LA
GACETA N° 233 DEL 08 DE
DICIEMBRE DEL 2017
MINISTERIO DE AGRICULTURA Y GANADERÍA
MINISTERIO DE EDUCACIÓN PÚBLICA
MINISTERIO DE COMERCIO EXTERIOR
TRIBUNAL SUPREMO DE ELECCIONES
MODIFICACIONES
A LOS PROGRAMAS
CAJA COSTARRICENSE DE SEGURO SOCIAL
INSTITUTO NACIONAL DE APRENDIZAJE
CAJA COSTARRICENSE DE SEGURO SOCIAL
BANCO POPULAR Y DE DESARROLLO COMUNAL
INSTITUCIONES DESCENTRALIZADAS
SERVICIO
NACIONAL DE AGUAS SUBTERRÁNEAS, RIEGO Y AVENAMIENTO
CONCEJO
MUNICIPAL DE DISTRITO DE MONTEVERDE
N° 40740-MP
EL PRESIDENTE DE LA
REPÚBLICA
Y EL MINISTRO DE LA PRESIDENCIA
En uso de las facultades que les confieren los artículos 140 incisos 3),
18) y 20) y 146 de la Constitución Política, artículos 25 inciso 1), 27 inciso
1, 28 inciso b) de la Ley General de Administración Pública, N° 6227 del 02 de
mayo de 1978 y artículos 1 y 2 de la Ley General de Salud, N°5395 del 30 de
octubre de 1973.
Considerando:
I.—De conformidad con la Ley N°5395, la salud de la población es un bien
de interés público tutelado por el Estado, quien debe procurar la promoción de
la misma por ser un derecho humano universal, y un bien de interés público.
II.—Que al concurrir eventos, actividades,
proyectos o productos, que merezcan una distinción por contribuir al
mejoramiento de la calidad y atención de problemas que afectan la salud de la
población, resulta conveniente y oportuno para el Estado declararlos de interés
Público y Nacional.
III.—Que la Fundación Dra. Anna Gabriela Ross
es una organización no gubernamental sin fines de lucro dedicada al
mejoramiento de la situación del cáncer en Costa Rica, a través de incidencia
en las políticas públicas y privadas, la promoción de la prevención y detección
temprana y, el acompañamiento psicosocial a pacientes con cáncer y sus
familias.
IV.—Que la primera semana del mes de octubre
de cada año, la Fundación Dra. Anna Gabriela Ross, realiza una actividad
denominada “Semana Nacional del Cáncer Dra. Anna Gabriela Ross” misma que incluye
la “Caminata y Carrera contra el Cáncer Fundación Anna Ross”.
V.—Que dicha actividad se considera de
importancia para el país en materia de salud, toda vez que reúne tanto a
profesionales en Ciencias de la Salud, como a la sociedad civil.
VI.—Que mediante escrito fechado el 07 de
junio de 2017, la Directora de la Fundación Anna Ross, señora Fabiola G. Ross,
solicitó al Ministerio de la Presidencia declarar de interés público y nacional
la “XIV Caminata y Carrera contra el Cáncer Fundación Anna Ross”, a realizarse
el día 08 de octubre de 2017. Por tanto,
Decretan:
DECLARATORIA DE INTERÉS PÚBLICO
DE LA “XIV CAMINATA Y CARRERA CONTRA
EL CÁNCER FUNDACIÓN ANNA ROSS”
Artículo 1°—Declárase
de Interés Público la “XIV Caminata y Carrera contra el Cáncer Fundación Anna
Ross”, a realizarse el día 08 de octubre de 2017, así como todas las
actividades relacionadas con su organización, celebración y seguimiento
derivado de su realización.
Artículo 2°—Las dependencias del Sector
Público y del Sector Privado, dentro del marco legal respectivo, podrán
contribuir, en la medida de sus posibilidades y sin perjuicio del cumplimiento
de sus propios objetivos, a fin de lograr la exitosa realización de las
actividades proyectadas.
Artículo 3°—Rige a partir de su publicación.
Dado en la
Presidencia de la República. San José, a los tres días del mes de octubre de
dos mil diecisiete.
LUIS GUILLERMO SOLÍS
RIVERA.—El Ministro de la Presidencia, Sergio Iván Alfaro Salas.—1 vez.—O. C.
N° 3400034167.—Solicitud N° 101976.—( D40740 - IN2017194210 ).
N°
283-MAG
El
MINISTRO DE AGRICULTURA Y GANADERÍA
Con fundamento en el artículo 141 de la
Constitución Política, artículos 27, 28, 103 de la Ley N° 6227, Ley General de
la Administración Pública, del 2 de mayo de 1978.
Considerando:
Único: Que resulta de interés del Servicio
Fitosanitario del Estado del Ministerio de Agricultura y Ganadería, que la
señora Magda González Arroyo, cédula 6-0138-0279 de Servicio
Fitosanitario del Estado, del Ministerio de Agricultura y Ganadería, participe
en la “Primera reunión de Comité de Implementación y
Desarrollo de Capacidades de la Convención Internacional de Protección
Fitosanitaria, FAO”,
que se realizará en Roma, Italia del 11 al 15 de diciembre del 2017.
ACUERDA:
Artículo 1º—Autorizar a Magda González Arroyo, para que participe en la “Primera
reunión de Comité de Implementación y Desarrollo de Capacidades de la
Convención Internacional de Protección Fitosanitaria, FAO”, que se realizará en Roma,
Italia del 11 al 15 de diciembre del 2017.
Artículo
2º—Los gastos por concepto de transporte aéreo serán cubiertos por el Servicio
Fitosanitario del Estado por un monto de ¢975.000,00 (novecientos setenta y
cinco mil colones 00/100), los gastos por concepto de hospedaje, alimentación y
viáticos serán sufragado por la FAO y el seguro de viaje está incluido en la
póliza del INS que cubre a los funcionarios del SFE.
Artículo
3º—El funcionario queda obligado en un plazo de 8 días naturales, contados a
partir de su regreso, de presentar un informe a su superior jerárquico en el
que se describan las actividades desarrolladas, los resultados obtenidos y los
beneficios logrados para la Institución y para el país.
Artículo
4º—Rige a partir del 11 de diciembre al 15 de diciembre del 2017.
Dado en San José, en el Ministerio de
Agricultura y Ganadería, a los siete días del mes de noviembre del dos mil
diecisiete.
Luis Felipe Arauz Cavallini, Ministro de
Agricultura y Ganadería.— 1 vez.—O.C. N° 16183.—Sol. N° 4909.—( IN2017195392 ).
Nº 306-MAG
EL MINISTRO DE AGRICULTURA Y GANADERÍA
Con fundamento en el
artículo 141 de la Constitución Política, artículos 27, 28, 103 de la Ley Nº
6227, Ley General de la Administración Pública, del 2 de mayo de 1978 y el
Reglamento de Gastos de Viaje y de Transporte para Funcionarios Públicos,
publicado en La
Gaceta Nº 92 del 14 de mayo del 2008 y sus reformas.
Considerando:
Único: que resulta de
interés del Servicio Fitosanitario del Estado del Ministerio de Agricultura y
Ganadería que la señora Gina Monteverde Castro, cédula Nº 1-0500-0528 participe
en “Reunión Bilateral de Sanidad Vegetal (USA-Costa Rica)” que se realizará en
Maryland, Estado Unidos, del 12 al 13 de diciembre del 2017.
ACUERDA:
Artículo 1º—Autorizar
a la señora Gina Monteverde Castro, para que participe en “Reunión Bilateral de
Sanidad Vegetal (USA-Costa Rica)” que se realizará en Maryland, Estado Unidos,
del 12 al 13 de diciembre del 2017.
Artículo 2º—Los gastos por concepto de
tiquetes aéreos, terrestres, hospedaje, alimentación, viáticos seguros de viaje
y otros por un monto de ¢1.940.000,00 (un millón novecientos cuarenta mil
colones 00/100) serán sufragados por el Servicio Fitosanitario del Estado.
Artículo 3º—El funcionario queda obligado en
un plazo de 8 días naturales, contados a partir de su regreso, de presentar un
informe a su superior jerárquico en el que se describan las actividades
desarrolladas, los resultados obtenidos y los beneficios logrados para la
Institución y para el país.
Artículo 4º—Rige a partir del 11 de diciembre
al 14 de diciembre del 2017.
Dado en San José,
Ministerio de Agricultura y Ganadería, a los veinte días del mes de noviembre
del dos mil diecisiete.
Luis Felipe Arauz
Cavallini, Ministro de Agricultura y Ganadería.—1 vez.—O. C. Nº
16183.—Solicitud Nº 4909.— ( IN2017195393 ).
Nº
307-MAG
EL
MINISTRO DE AGRICULTURA Y GANADERÍA
Con fundamento en el artículo 141 de la
Constitución Política, artículos 27, 28, 103 de la Ley N° 6227, Ley General de
la Administración Pública, del 2 de mayo de 1978 y el Reglamento de Gastos de
Viaje y de Transporte para Funcionarios Públicos, publicado en La Gaceta
N° 92 del 14 de mayo del 2008 y sus reformas.
Considerando:
Único: Que resulta de interés para Servicio
Fitosanitario del Estado del Ministerio de Agricultura y Ganadería que el señor
Marco Vinicio Jiménez Salas, cédula N° 2-339--660 participe en “Reunión
Bilateral de Sanidad Vegetal (USA-Costa Rica)” que se realizará en Maryland,
Estados Unidos, del 12 al 13 de diciembre del 2017.
ACUERDA:
Artículo 1º—Autorizar al señor Marco Vinicio
Jiménez Salas, para que participe en “Reunión Bilateral de Sanidad Vegetal
(USA-Costa Rica)” que se realizará en Maryland, Estados Unidos, del 12 al 13 de
diciembre del 2017.
Artículo
2º—Los gastos por concepto de tiquetes aéreos, terrestres, hospedaje,
alimentación, viáticos y seguros de viaje por un monto de ¢1.540.000,00 (Un
millón quinientos cuarenta mil colones 00/100) serán sufragados por el Servicio
Fitosanitario del Estado.
Artículo
3º—El funcionario queda obligado en un plazo de 8 días naturales, contados a
partir de su regreso, de presentar un informe a su superior jerárquico en el
que se describan las actividades desarrolladas, los resultados obtenidos y los
beneficios logrados para la Institución y para el país.
Artículo
4º—Rige a partir del 11 de diciembre al 14 de diciembre del 2017.
Dado en San José, Ministerio de Agricultura y
Ganadería, a los veinte días del mes de noviembre del dos mil diecisiete.
Luis Felipe Arauz Cavallini, Ministro de
Agricultura y Ganadería.— 1 vez.—O. C. N° 16183.—Sol. N° 4909.—( IN2017195394
).
N°
160-2017 AC.—13 de noviembre del 2017
EL
PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
Y LA MINISTRA DE EDUCACIÓN PÚBLICA
Con fundamento en los artículos 140, inciso
2) y 146 de la Constitución Política de Costa Rica, 12 inciso a) del Estatuto
de Servicio Civil, la Resolución N° 054-2017-TASC de las diez horas cuarenta
minutos del veintisiete de octubre del dos mil diecisiete del Tribunal
Administrativo del Servicio Civil.
ACUERDAN:
Artículo 1º—Despedir con justa causa y sin
responsabilidad para el Estado, al servidor Zenón Alberto Peraza González,
mayor de edad, cédula de identidad Nº 5-0256-0218, quien labora como Profesor
de Enseñanza Técnico Profesional, Especialidad Música en el Liceo de Pavas,
adscrito a la Dirección Regional de Educación de San José Oeste.
Artículo
2º—El presente acuerdo rige a partir del once de diciembre del dos mil
diecisiete.
LUIS GUILLERMO SOLÍS RIVERA.—La Ministra de
Educación Pública a. í, Alicia Vargas Porras.—1 vez.—O. C. N°
3400031607.—Solicitud N° 19721.—( IN2017194355 ).
Nº
332-2017
EL
MINISTRO DE COMERCIO EXTERIOR
Con fundamento en lo dispuesto en los artículos
140 inciso 20) y 146 de la Constitución Política; artículo 25 inciso 1), 28
inciso 2) acápite b de la Ley General de la Administración Pública, Ley N° 6227
del 2 de mayo de 1978; el artículo 8, inciso b) de la Ley 7638 del 30 de
octubre de 1996, Ley de Creación del Ministerio de Comercio Exterior y de la
Promotora del Comercio Exterior de Costa Rica; así como lo dispuesto en la Ley
Nº 9411, publicada en el Diario Oficial La
Gaceta el 12 de
diciembre de 2016, Ley de Presupuesto Ordinario y Extraordinario de la
República para el Ejercicio Económico del 2017 y en los artículos 7, 31 y 34
del Reglamento de Gastos de Viaje y de Transporte para Funcionarios Públicos
emitido por la Contraloría General de la República, y
Considerando:
I.—Que dentro de los objetivos del Ministerio
de Comercio Exterior se encuentra la representación y defensa de los intereses
comerciales del país en el exterior. En este sentido, el Ministerio tiene la
responsabilidad de realizar una adecuada defensa de los intereses comerciales del
país en arbitrajes internacionales iniciados contra el Gobierno de la
República. Actualmente, Costa Rica tiene catorce acuerdos vigentes para la
promoción y protección recíproca de las inversiones, los cuales establecen un
mecanismo de solución de controversias inversionista-Estado que remite a las
reglas de arbitraje del Centro Internacional de Arreglo de Diferencias
Relativas a Inversiones (CIADI). El país aprobó el Convenio que establece el
CIADI mediante Ley N° 7332, publicada en el Diario Oficial La Gaceta
N° 72 del 16 de abril de 1993, lo que implica que debe ejercer la defensa de
los intereses nacionales en cuando se presenten demandas de esta naturaleza
contra el Gobierno de Costa Rica.
II.—Que
el Ministerio de Comercio Exterior como Secretaría Técnica de la Comisión
Interinstitucional de Solución de Controversias en materia de comercio e
inversión es quien ejerce la defensa de estos casos. Actualmente el Ministerio
está a cargo de la defensa 3 controversias inversionista-Estado en coordinación
con la firma legal internacional contratada y con un equipo interinstitucional
de defensa.
III.—Que
en este marco el Columbia Center on Sustainable Investment, ha organizado una
actividad con mesas redondas durante los días 17 y 18 de octubre para
académicos, investigadores y gobiernos encargados de la defensa de los casos
sobre temas como: (i) las implicaciones de los acuerdos internacionales de
inversión, las disputas inversionista-Estado y el acceso a la justicia; y (ii)
Financiamiento de terceros donantes en arbitrajes internacionales de inversión.
Ambos temas son de interés y utilidad para el Ministerio, dado que los tres
casos activos tienen como objeto de controversia el tema ambiental y por la
naturaleza del tema, ha sido objeto de discusión el acceso a la justicia por
parte de organizaciones ambientales y otros grupos vulnerables. Además, en uno
de los casos que se tramitan actualmente, se dio la figura de financiamiento
por parte de terceros que es el tema de una de las mesas redondas. En ambos
temas, Costa Rica puede brindar una perspectiva desde el punto de vista
práctico a la luz de los casos que ha tenido y a la vez intercambiar
experiencias e información valiosa con actores relevantes en estos temas.
V.—Que
la participación de la señora Adriana González Saborío en estas actividades,
resulta de particular relevancia para el Ministerio de Comercio Exterior.
ACUERDA:
Artículo
1º—Designar a la señora Adriana González Saborío, portadora de la cédula número
1-0873-0574, funcionaria de la Dirección General de Comercio Exterior para
viajar a New York, Estados Unidos de América, para participar en las mesas
redondas durante los días 17 y 18 de octubre de 2017 en temas relacionados con
el mecanismo de solución de controversias inversionista-Estado organizado por
Columbia Center on Sustainable Investment. Durante su estadía procurará cumplir
con los siguientes objetivos específicos: 1) participar el 17 de octubre en la
mesa redonda sobre las implicaciones de los acuerdos internacionales de
inversión, las disputas inversionista-Estado y el acceso a la justicia; 2)
participar el 18 de octubre en la mesa redonda Financiamiento de terceros
donantes en arbitrajes internacionales de inversión; 3) brindar una perspectiva
desde el punto de vista práctico a la luz de la exitosa defensa que Costa Rica
ha realizado; 4) intercambiar experiencias e información valiosa con actores
relevantes en estos temas como académicos, gobiernos, y abogados especialistas
en la materia.
Artículo
2º—Los gastos de la señora Adriana González Saborío por concepto de hospedaje y
transporte aéreo de ida y de regreso, serán cubiertos con recursos del Centro
de Columbia sobre Inversión Sostenible. Los gastos de alimentación, los cuales
ascienden a $284,28 (doscientos ochenta y cuatro dólares con veintiocho
centavos), sujeto a liquidación, serán cubiertos con recursos de COMEX por la
subpartida 10504 del programa 796. El transporte terrestre en Costa Rica
también por la subpartida 10501 del programa 796. El seguro médico viajero por
la subpartida 10601, del mismo programa. Igualmente, los gastos
correspondientes a llamadas telefónicas, fotocopiado y envío de documentos vía
fax e Internet al Ministerio de Comercio Exterior y gastos conexos por pago de
equipaje, según los artículos 31 y 52 del Reglamento de Gastos de Viaje y
Transporte para funcionarios públicos, dado que por política de algunas
aerolíneas se está cobrando por cada maleta que sea chequeada tanto a la salida
como al regreso a Costa Rica, por la subpartida 10504 del programa 796. Se le
autoriza hacer escala en Panamá, por conexión. Por efectos de itinerario y
rutas de vuelo desde y hacia el lugar de destino viaja a partir del 16 de
octubre y regresa a Costa Rica hasta el 19 de octubre de 2017.
Artículo
3º—Rige a partir del 16 al 19 de octubre de 2017.
San José, a los doce días del mes de octubre
de dos mil diecisiete.
Alexander Mora Delgado, Ministro de Comercio
Exterior.— 1 vez.—O.C. N° 3400034165.—Solicitud N° 101648.—( IN2017194617 ).
DIRECCIÓN DE GESTIÓN Y EVALUACIÓN
DE LA CALIDAD
REPOSICIÓN
DE TÍTULO
EDICTOS
PUBLICACIÓN DE TERCERA VEZ
Ante esta Dirección se ha presentado la
solicitud de reposición del Título de Bachiller en Educación Media, inscrito en
el tomo 1, folio 248, título N° 2234, emitido por el Liceo Dr. Vicente Lachner
Sandoval, en el año dos mil cinco, a nombre de Solano Vargas Ana Sofía, cédula
Nº 3-0427-0899. Se solicita la reposición del título indicado por pérdida del
título original. Se publica este edicto para oír oposiciones a la reposición
solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la tercera publicación
en el Diario Oficial La Gaceta.—Dado en San José, a los veinte
días del mes de noviembre del dos mil diecisiete.—MEd. Lilliam Mora Aguilar,
Directora.—( IN2017191929 ).
PUBLICACIÓN DE PRIMERA VEZ
Ante esta Dirección se ha presentado la
solicitud de reposición del Título de Bachiller en Educación Media, inscrito en
el tomo 1, folio 65, título N° 816, emitido por el Colegio Gregorio José
Ramírez Castro, en el año mil novecientos noventa y ocho, a nombre de Garita
Cordero Geovanna Alejandra, cédula N° 1-1106-0619. Se solicita la reposición
del título indicado por deterioro del título original. Se publica este edicto
para oír oposiciones a la reposición solicitada dentro de los quince días
hábiles a partir de la tercera publicación en el Diario Oficial La Gaceta.—Dado
en San José, a los nueve días del mes de noviembre del dos mil diecisiete.—MEd.
Lilliam Mora Aguilar, Directora.—( IN2017192245 ).
JUNTA ADMINISTRATIVA DEL REGISTRO NACIONAL
REGISTRO
DE LA PROPIEDAD INDUSTRIAL
PUBLICACIÓN DE PRIMERA VEZ
Para ver imágenes
de marcas solo en La Gaceta con
formato PDF
Aaron
Montero Sequeira, casado una vez, cédula de identidad Nº 109080006, en calidad
de apoderado especial de Laureate Education, Inc. con domicilio en: 650 S. Exeter
Street Baltimore, Maryland 21202, Estados Unidos de América, solicita la
inscripción de: LPA LAUREATE Professional Assessment
como marca de servicios en clases: 35 y 41 internacionales, para
proteger y distinguir lo siguiente: en clase 35: pruebas para determinar las
habilidades laborales; pruebas para determinar las competencias en el lugar de
trabajo; desarrollo de pruebas de competencias específicas para la carrera;
gestión y consulta de empresas en el ámbito de la enseñanza superior y de los
instituciones de enseñanza superior; servicios de administración de empresas en
el ámbito de la enseñanza superior y de las instituciones de enseñanza superior
y en clase 41: consejería de carrera, a saber, asesoramiento sobre opciones
educativas para el desarrollo de competencias específicas de carrera y
competencias esenciales en el lugar de trabajo para promocionar una ventaja
competitiva en la obtención de empleo; servicios de asesoramiento y
asesoramiento, a saber, asesoramiento sobre opciones educativas para perseguir,
planificar y preparar el desarrollo profesional y personal; prestación de
servicios de evaluación educativa; prestación de servicios de evaluación y
evaluación de la educación; consejería de carrera, a saber, asesoramiento sobre
opciones educativas para perseguir oportunidades de carrera. Prioridad: se
otorga prioridad N° 87/573118 de fecha 17/08/2017 de Estados Unidos de América.
Fecha: 09 de noviembre de 2017. Se cita a terceros interesados en defender sus
derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses
siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto.
Presentada el 29 de agosto del 2017. Solicitud N° 2017-0008482. A efectos de
publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley N°
7978.—San José, 9 de noviembre del 2017.—Rina Ruiz Mata, Registradora.—(
IN2017192117 ).
Aaron
Montero Sequeira, casado una vez, cédula de identidad 109080006, en calidad de
apoderado especial de Odacité Inc., con domicilio en Topanga, California,
Estados Unidos de América, solicita la inscripción de: Odacité
como
marca de fábrica y comercio en clase 3 internacional para proteger y distinguir
lo siguiente: Cosméticos; preparaciones cosméticas para el cuidado de la piel;
cremas cosméticas para el cuidado de la piel; tónicos cosméticos refrescantes
de la piel; máscaras cosméticas; limpiadores para la piel; preparaciones
hidratantes para la piel; loción y gel retardantes de la edad; sueros de
belleza; crema para los ojos; preparaciones para el cuidado de la piel no
medicado, a saber, cremas lociones, geles, tónicos, limpiadres y peelings. Se
cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante
este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la
primera publicación de este edicto. Presentada el 02 de octubre del 2017.
Solicitud N° 2017-0009686. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo
dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978.—San José, 10 de noviembre del
2017.—Randall Abarca Aguilar, Registrador.—( IN2017192118 ).
Aaron Montero Sequeira, casado una vez, cédula
de identidad Nº 109080006, en calidad de apoderado especial de Microson S. A.,
con domicilio en Calle Pere IV, Nº 160 Barcelona, España, solicita la
inscripción de: microson YOUR SOUND
como marca de fábrica
y comercio, en clase: 10 internacional. Para proteger y distinguir lo
siguiente, en clase 10: Aparatos e instrumentos quirúrgicos, médicos y
veterinarios para la corrección auditiva, dispositivos terapéuticos y de
asistencia para personas con discapacidades auditivas; aparatos para uso en el
alivio de los trastornos de la audición. Se cita a terceros interesados en defender
sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses
siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto.
Presentada el 13 de octubre del 2017. Solicitud Nº 2017-0010147. A efectos de
publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley Nº
7978.—San José, 27 de octubre del 2017.—Randall Abarca Aguilar, Registrador.—(
IN2017192119 ).
Aaron
Montero Sequeira, casado una vez, cédula de identidad Nº 109080006, en calidad
de apoderado especial de Société Des Produits Nestlé S. A., con domicilio en:
1800 Vevey, Suiza, solicita la inscripción de: MAJESTO, como marca de fábrica y
comercio en clase 11 internacional, para proteger y distinguir lo siguiente:
Aparatos eléctricos de cocción, para cocinar calentar, enfriar y preparar
bebidas calientes, frías o refrigeradas; cafeteras de filtro eléctrico; cafeteras
eléctricas; cafeteras eléctricas para uso doméstico; máquinas de café
eléctricas; y partes constitutivas de estos productos. Fecha: 10 de noviembre
de 2017. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos
valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir
de la primera publicación de este edicto. Presentada el 19 de mayo del 2017.
Solicitud N° 2017-0004738. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo
dispuesto en el artículo 85 de la Ley N° 7978.—San José, 10 de noviembre del
2017.—Jamie Phillips Guardado, Registrador.—( IN2017192120 ).
Aaron Montero Sequeira, casado una vez, cédula
de identidad Nº 109080006, en calidad de apoderado especial de Biovert S.L.,
con domicilio en Carretera LV-9224, Km 8,8, 25137 Corbins (Lleida), España,
solicita la inscripción de: SEALGAE como marca de fábrica
y comercio, en clase: 1 internacional. Para proteger y distinguir lo siguiente,
en clase 1: Productos químicos destinados a la agricultura, horticultura y
silvicultura. Abonos y fertilizantes. Fecha: 08 de noviembre del 2017. Se cita a terceros interesados
en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los
dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este
edicto. Presentada el 31 de octubre del 2017. Solicitud Nº 2017-0010614. A
efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la
Ley Nº 7978.—San José, 08 de noviembre del 2017.—Ildreth Araya Mesén,
Registradora.—( IN2017192121 ).
Aaron
Montero Sequeira, casado una vez, cédula de identidad 109080006, en calidad de
apoderado especial de les Laboratoires Servier, con domicilio en 50, Rue
Carnot, 92284 Suresnes Cedex, Francia, solicita la inscripción de: SERVIER como marca de fábrica y servicios en clases:
3; 9; 10; 44 y 45 internacionales para proteger y distinguir lo siguiente: en
clase 3; preparaciones blanqueadoras y otras sustancias para el lavado;
preparaciones para limpiar, pulir, desengrasar y raspar; jabones; perfumería,
aceites esenciales, cosméticos, lociones para el cabello; dentífricos, en clase
9; aparatos e instrumentos científicos, ópticos, de pesaje, de medición, de
señalización, de control (inspección), de socorro y de enseñanza; aparatos e
instrumentos para conducir, cambiar, transformar, acumular, regular o controlar
la electricidad; aparatos para grabar, transmitir o reproducir sonido o
imágenes; sustratos de grabación (magnéticos); grabando discos; medios de
grabación digital; aparatos y equipos para procesar datos e información;
software de ordenador programas informáticos (software descargable);
ordenadores; equipo de procesamiento de datos; software grabado en medios
magnéticos o descargado de una red informática remota; aplicaciones de software
para computadora, descargables; hardware de telecomunicaciones para su uso con
redes móviles; software de control de datos fisiológicos; software para
analizar, almacenar y monitorear datos fisiológicos, incluido el software de
medicina predictiva, diagnóstico, monitoreo y advertencia; asistente personal
digital; transmisores de señales electrónicas; pulseras conectadas
(instrumentos de medida); escalas inteligentes; relojes inteligentes;
videocámaras; sensores electrónicos; software para uso médico, quirúrgico,
dental o veterinario; software de medicina predictiva; software de imágenes
médicas; aplicaciones descargables para su uso con dispositivos móviles;
aparatos de inteligencia artificial; gafas (óptica); lentes de contacto; lentes
inteligentes; auriculares intrauditivos, aplicaciones descargables de
telemedicina para dispositivos móviles; software de realidad aumentada;
software de realidad virtual; sistemas de análisis de imágenes médicas basados
en inteligencia artificial; chips electrónicos; cascos inteligentes, en clase
10; aparatos, instrumentos y equipos quirúrgicos, médicos, dentales y
veterinarios, miembros, ojos y dientes artificiales; artículos ortopédicos;
materiales de sutura; medias de soporte, medias y calcetines; medias, medias y
calcetines para venas varicosas; tiras de preparación de compresión; aparatos
médicos, instrumentos y equipos médicos para la introducción de preparados
farmacéuticos en el cuerpo humano; dispositivos de infusión y jeringas para uso
médico; herramientas e instrumentos de diagnóstico para fines médicos; aparatos
para análisis de sangre (para uso médico); aparatos médicos para uso en
endoscopia; inhaladores; aparatos de control y medida fisiológicos para uso
médico; aparatos de telemetría para uso médico; instrumentos de acupuntura;
audífonos; analizadores automatizados para uso médico; aparatos de imágenes
médicas; aparatos de masaje, en clase 44; servicios médicos; servicios
veterinarios; cuidado higiénico y de belleza para seres humanos o animales;
servicios de asesoramiento relacionados con la salud; consejos de farmacia;
servicios médicos; servicios de telemedicina; servicios de terapia; servicios
de diagnóstico médico; prestación de servicios de enfermería en el hogar
recetas médicas individualizadas; prescripciones médicas en línea; proporcionar
apoyo médico en el control de pacientes que reciben tratamientos médicos;
consultoría en relación con el tratamiento médico en el hogar consultoría de
automedicación; información médica para pacientes; exámenes médicos remotos;
asesoramiento en relación con el bienestar del personal (salud);supervisión
médica de pacientes, incluso a distancia, y en clase 45; prestar servicios de
apoyo personal a familias de pacientes con trastornos potencialmente mortales;
servicios de conexiones sociales; ninguno de los servicios mencionados se
presta en el contexto de centros para personas mayores, centros de acogida,
asistencia, asistencia y asesoramiento para personas mayores con o sin
discapacidad, instalaciones de acogida para el alojamiento y rehabilitación de
personas mayores que dependen de otros o que están sufriendo la psiquiatría
geriátrica, las guarderías, las casas de retiro, las residencias para personas
mayores y discapacitadas, pero que comprenden estructuras médicas de todo tipo.
Fecha: 8 de noviembre de 2017. Se cita a terceros interesados en defender sus
derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses
siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto.
Presentada el 31 de octubre del 2017. Solicitud N° 2017-0010639. A efectos de
publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley
7978.—San José, 8 de noviembre del 2017.—Ildreth Araya Mesen, Registradora.—(
IN2017192122 ).
Aaron Montero Sequeira, casado una vez, cédula
de identidad Nº 109080006, en calidad de apoderado especial de Partners Network
Holding BV, con domicilio en Laan 21, 8071 JG Nunspeet, Países Bajos, solicita
la inscripción de: NIKKI como marca de fábrica y comercio, en clase: 31 internacional. Para
proteger y distinguir lo siguiente, en clase 31: Bananas. Prioridad: Se otorga
prioridad Nº bx 1354348 de fecha 22/05/2017 de Países Bajos. Fecha: 13 de
noviembre del 2017. Se
cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante
este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la
primera publicación de este edicto. Presentada el 18 de octubre del 2017.
Solicitud Nº 2017-0010269. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo
dispuesto en el artículo 85 de la Ley Nº 7978.—San José, 13 de noviembre del
2017.—Ivonne Mora Ortega, Registradora.—( IN2017192123 ).
Aaron Montero Sequeira, casado una vez, cédula
de identidad Nº 109080006, en calidad de apoderado especial de Advanced Total
Marketing System Inc, con domicilio en Comosa Bank Building, 1st Floor, Samuel
Lewis Ave., P.O. Box 0816-01182, Panamá 5, Panamá, solicita la inscripción de: TOSTONCITOS DE
YUMMIES como marca de fábrica y comercio, en clases 29
y 30 internacionales. Para proteger y distinguir lo siguiente, en clase 29:
carne, pescado, carne de ave y carne de caza; extractos de carne; frutas y
verduras, hortalizas y legumbres en conserva, congeladas, secas y cocidas;
jaleas, confituras, compotas; huevos; leche y productos lácteos; aceites y
grasas comestibles. Clase 30: café, té, cacao y sucedáneos del café; arroz;
tapioca y sagú; harinas y preparaciones a base de cereales; pan, productos de
pastelería y confitería; helados; azúcar, miel, jarabe de melaza; levadura,
polvos de hornear; sal; mostaza; vinagre, salsas (condimentos); especias;
hielo. Fecha: 09 de noviembre del 2017. Se cita a terceros interesados en defender
sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses
siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto.
Presentada el 01 de noviembre del 2017. Solicitud Nº 2017-0010718. A efectos de
publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley Nº
7978.—San José, 09 de noviembre del 2017.—Johnny Rodríguez Garita,
Registrador.—( IN2017192124 ).
Melissa
Mora Martín, cédula de identidad Nº 1-1041-0825, en calidad de apoderado
especial de Innovación en Medios de Pago Electrónicos S. A., cédula jurídica Nº
3101657179, con domicilio en: San Rafael de Escazú, diagonal a Multiplaza
Escazú, edificio Atrium, segundo piso, San José, Costa Rica, solicita la
inscripción de:
como marca de servicios en clase 38 internacional, para proteger y
distinguir lo siguiente: servicios de salas de chat inteligentes o chatbot en
línea para páginas web y redes sociales. Fecha: 12 de septiembre de 2017. Se
cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante
este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la
primera publicación de este edicto. Presentada el 01 de setiembre del 2017.
Solicitud N° 2017-0008603. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo
dispuesto en el artículo 85 de la Ley N° 7978.—San José, 12 de setiembre del
2017.—César Alfonso Rojas Zúñiga, Registrador.—( IN2017192128 ).
Melissa
Mora Martín, casada una vez, cédula de identidad Nº 110410825, en calidad de
apoderada especial de Central de Lubricantes S. A., cédula jurídica Nº
3101110195, con domicilio en: La Uruca, 75 metros al oeste de la plaza de
deportes, San José, Costa Rica, solicita la inscripción de: POWEROAD,
como marca de fábrica y comercio en clase 9 internacional, para proteger y
distinguir lo siguiente: en clase 9: Baterías para motocicletas. Fecha 10 de
octubre de 2017. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos
valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir
de la primera publicación de este edicto. Presentada el 23 de agosto del 2017.
Solicitud N° 2017-0008244. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo
dispuesto en el artículo 85 de la Ley N° 7978.—San José, 10 de octubre del
2017.—Ildreth Araya Mesén, Registradora.—( IN2017192129 ).
Federico Antonio Rucavado Luque, casado una
vez, cédula de identidad Nº 108390188, en calidad de apoderado especial de
Global Tobacco FZCO, con domicilio en Warehouse Nº WT01FA01, PO Box 17331,
Jeble Ali, Dubai, Emiratos Árabes Unidos, Emiratos Árabes Unidos, solicita la
inscripción de: RICHMAN
ROYAL como marca de fábrica y comercio, en clase: 34
internacional. Para proteger y distinguir lo siguiente, en clase 34: tabaco,
artículos para fumadores; cerillas. Prioridad: Se otorga prioridad Nº 250395 de
fecha 09/06/2016 de Panamá. Fecha: 11 de octubre del 2017. Se cita a terceros interesados
en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los
dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este
edicto. Presentada el 06 de diciembre del 2016. Solicitud Nº 2016-0011947. A
efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la
Ley Nº 7978.—San José, 11 de octubre del 2017.—Sabrina Loáiciga Pérez,
Registradora.—( IN2017192130 ).
Melissa
Mora Martín, cédula de identidad Nº 110410825, en calidad de apoderada especial
de Innovación en Medios de Pago Electrónicos S. A., cédula jurídica Nº
3101657179, con domicilio en: Escazú, San Rafael, diagonal a Multiplaza Escazú,
edificio Atrium, segundo piso, San José, Costa Rica, solicita la inscripción
de: Layla A Smart Agent Platform
como marca de servicios en clase 38 internacional, para proteger y
distinguir lo siguiente: servicios de salas de chat inteligentes o chatbot en
línea para páginas web y redes sociales. Fecha: 12 de septiembre de 2017. Se
cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante
este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la
primera publicación de este edicto. Presentada el 01 de setiembre del 2017.
Solicitud N° 2017-0008605. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo
dispuesto en el artículo 85 de la Ley N° 7978.—San José, 12 de setiembre del
2017.—César Alfonso Rojas Zúñiga, Registrador.—( IN2017192131 ).
Arthur Ramírez Dobke, soltero, cédula de
identidad Nº 01016240332, con domicilio en San Antonio de Belén, 50 metros al
norte de Ferretería El Lagar, Heredia, Costa Rica, solicita la inscripción de:
AMABEN
como marca de
comercio, en clase 14 internacional, para proteger y distinguir lo siguiente:
Metales preciosos y sus aleaciones y artículos de estas materias o de chapado
no comprendidos en otras clases; joyería, bisutería, piedras preciosas;
relojería e instrumentos cronométricos. Fecha: 17 de noviembre del 2017. Se cita a terceros interesados
en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los
dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este
edicto. Presentada el 26 de octubre del 2017. Solicitud Nº 2017-0010522. A
efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la
Ley Nº 7978.—San José, 17 de noviembre del 2017.—Rolando Cardona Monge,
Registrador.—( IN2017192150 ).
Melissa Mora Martín, divorciada, cédula de
identidad 110410825, en calidad de apoderada especial de Dataformas de Costa
Rica Sociedad Anónima, cédula jurídica 3101123819, con domicilio en Curridabat,
distrito Curridabat, avenida primera, calle dos, edificio Dataformas, San José,
Costa Rica, solicita la inscripción de: elite como marca de fábrica y comercio en clase 3 internacional, para
proteger y distinguir lo siguiente: Preparaciones para blanquear y otras
sustancias para lavar la ropa; preparaciones para limpiar, pulir, desengrasar y
raspar; productos de perfumería, aceites esenciales, cosméticos, lociones
capilares; dentífricos; todo tipo de jabones; todo tipo de detergentes. Se cita
a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este
Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera
publicación de este edicto. Presentada el 21 de agosto del 2017. Solicitud N°
2017-0008127. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el
artículo 85 de la Ley 7978.—San José, 23 de agosto del 2017.—Randall Abarca
Aguilar, Registrador.—( IN2017192154 ).
Melissa Mora Martín, cédula de identidad Nº
110410835, en calidad de apoderada especial de Prologistica R J R Sociedad
Anónima, cédula jurídica Nº 3101301304, con domicilio en Plaza González Víquez,
120 metros sobre la Radial a Zapote, San José, Costa Rica, solicita la
inscripción de: PLX como marca de fábrica y servicios, en clases 20 y 42 internacionales,
para proteger y distinguir lo siguiente, en clase 20: estanterías y muebles
para logística en bodegas (no comprendidos en otras clases). Clase 42:
servicios de diseño de bodegas. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos
valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir
de la primera publicación de este edicto. Presentada el 21 de junio del 2017.
Solicitud Nº 2017-0005899. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo
dispuesto en el artículo 85 de la Ley Nº 7978.—San José, 17 de agosto del
2017.—Ildreth Araya Mesén, Registradora.—( IN2017192155 ).
Melissa Mora Martín, casada una vez, cédula de
identidad Nº 110410825, en calidad de apoderada especial de Asset Backed
Lending S. A., con domicilio en Edificio BMW Plaza, calle 50, piso 9, Ciudad de
Panamá, Panamá, solicita la inscripción de: WSTANDARD como marca de fábrica y comercio, en clase: 12 internacional. Para
proteger y distinguir lo siguiente: repuestos y accesorios de motocicletas no
comprendidos en otras clases. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos
valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir
de la primera publicación de este edicto. Presentada el 03 de julio del 2017.
Solicitud Nº 2017-0006394. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo
dispuesto en el artículo 85 de la Ley Nº 7978.—San José, 10 de agosto del
2017.—Rolando Cardona Monge, Registrador.—( IN2017192156 ).
Melissa
Mora Martín, divorciada, cédula de identidad 110410825, en calidad de apoderado
especial de Dataformas de Costa Rica Sociedad Anónima, cédula jurídica
3101123819, con domicilio en Curridabat, distrito Curridabat, avenida primera,
calle dos, edificio Dataformas, San José, Costa Rica, solicita la inscripción
de: Elite como marca de fábrica y comercio en clase: 16. Internacional. Para
proteger y distinguir lo siguiente: 16: Papel, papel higiénico, toallas de
papel, pañuelos de papel, servilletas de papel. Se cita a terceros interesados
en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los
dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este
edicto. Presentada el 21 de agosto de 2017. Solicitud Nº 2017-0008126. A
efectos de publicación téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la
Ley 7978.—San José, 25 de agosto de 2017.—Randall Abarca Aguilar,
Registrador.—( IN2017192157 ).
Melissa
Mora Martin, casado una vez, cédula de identidad 110410825, en calidad de
Apoderada Especial de Rodolfo Bonilla Gurdián, casado una vez, cédula de
identidad 108350021, con domicilio en Guachipelín de Escazú, de La Paco, 600
suroeste, Calle El Poro, casa Nº 1, Costa Rica, solicita la inscripción de:
Rústico COMIDAS TÍPICAS
como marca de fábrica y comercio, en clase 30 internacional, para
proteger y distinguir lo siguiente: Café, té, cacao y sucedáneos del café;
arroz tapioca y sagú; harinas y preparaciones a base de cereales; pan,
productos de pastelería y confitería; helados; azúcar, miel, jarabe de melaza;
levadura, polvos de hornear; sal; mostaza; vinagre, salsas (condimentos);
especias; hielo. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para
hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados
a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 17 de mayo del
2017. Solicitud Nº 2017-0004585. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo
dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978.—San José, 12 de julio del
2017.—Alex Villegas Méndez, Registrador.—( IN2017192171 ).
Francisco José Rucavado Luque, casado una vez,
cédula de identidad Nº 1-0695-0535, en calidad de apoderado especial de Global
Business Service S. A., con domicilio en Calle Bariloche Nº 1046 Esq. Colectora
Sur Acceso Oeste, Francisco Álvarez, Moreno, Buenos Aires, Argentina, solicita
la inscripción de: ENERGY
como marca de fábrica y comercio, en clase 8
internacional, para proteger y distinguir lo siguiente: Herramientas e
instrumentos de mano accionados manualmente; artículos de cuchillería,
tenedores y cucharas; armas blancas; navajas y maquinillas de afeitar. Se cita a terceros interesados
en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los
dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este
edicto. Presentada el 31 de marzo del 2017. Solicitud Nº 2017-0006279. A
efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la
Ley Nº 7978.—San José, 03 de julio del 2017.—Grettel Solís Fernández,
Registradora.—( IN2017192172 ).
Jose Alberto Agüero Hidalgo, casado dos veces,
cédula de identidad 107050715, con domicilio en Desamparados, Gravilias, 150
metros sur de la Fuerza Pública, San José, Costa Rica, solicita la inscripción
de: M MEASA
como marca de servicios en clase: 37
internacional, para proteger y distinguir lo siguiente: Reparación y
mantenimiento de equipo médico y estético. Se cita a terceros interesados en
defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos
meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto.
Presentada el 15 de junio de 2017. Solicitud N° 2017-0005685. A efectos de
publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley
7978.—San José, 4 de julio de 2017.—Ivonne Mora Ortega, Registradora.—(
IN2017192175 ).
Melissa
Mora Martín, divorciada, cédula de identidad Nº 110410825, en calidad de apoderado
especial de Rodolfo Bonilla Gurdián, casado una vez, cédula de identidad Nº
108350021, con domicilio en: Guachipelín de Escazú, de la Paco, 600 suroeste,
calle El Poro, casa Nº 1, San José, Costa Rica, solicita la inscripción de:
Rústico COMIDAS TIPICAS
como marca de fábrica y comercio en clase 29 internacional, para
proteger y distinguir lo siguiente: carne, pescado, carne de ave y carne de
caza; extractos de carne; frutas y verduras, hortalizas y legumbres en conserva,
congeladas, secas y cocidas; jaleas, confituras, campotas; huevos; leche y
productos lácteos; aceites y grasas comestibles. Se cita a terceros interesados
en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los
dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este
edicto. Presentada el 17 de mayo del 2017. Solicitud N° 2017-0004583. A efectos
de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley N°
7978.—San José, 12 de julio del 2017.—Alex Villegas Méndez, Registrador.—(
IN2017192190 ).
Melissa
Mora Martín, cédula de identidad N° 110410825, en calidad de apoderado especial
de Prevención y Seguridad Industrial S. A., cédula jurídica N° 3101035798, con
domicilio en La Uruca, Central, 125 metros al norte de las Oficinas de
Pasaportes y Licencias del Banco de Costa Rica, edificio y bodega color azul,
San José, Costa Rica, solicita la inscripción de: SAVIOR truck
como marca de servicios en clase(s): 35 y 39 internacional(es), para
proteger y distinguir lo siguiente: 35: Venta de camiones equipados para
incendios y ambulancias; y 39: Alquiler de camiones equipados para incendios y
ambulancias. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para
hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados
a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 21 de abril
del 2017. Solicitud Nº 2017-0003590. A efectos de publicación, téngase en
cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley Nº 7978.—San José, 5 de julio
del 2017.—Rina Ruiz Mata, Registradora.—( IN2017192191 ).
Carolina
Cabañas Urquilla, soltera, cédula de identidad 112070308, en calidad de
Apoderada Generalísima de Compañía y Escuela de Danza Aérea S. A., con
domicilio en San Pedro de Montes de Oca, Costa Rica, solicita la inscripción
de: danzaire como marca de fábrica, en clase 41 internacional.
Para proteger y distinguir lo siguiente: 41 Servicios, metodología en
danza aérea. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para
hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados
a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 16 de agosto
del 2017. Solicitud Nº 2017-0007956. A efectos de publicación, téngase en
cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978.—San José, 24 de agosto
del 2017.—Randall Abarca Aguilar, Registrador.—( IN2017192206 ).
Antonio Martínez Sánchez, soltero, cédula de
identidad 110550328, con domicilio en Barrio La Presa en Los Ángeles de Atenas,
2 kms este del monumento al Boyero, propiedad con malla metálica a mano
izquierda, Alajuela, Costa Rica, solicita la inscripción de: FINCA elefante
Meditación Vida y Cultura
como marca de servicios en clase: 41.
Internacional. Para proteger y distinguir lo siguiente: formación, práctica y
teórica en materia de meditación, yoga y filosofía clásica de la India.
Reservas: blanco, café, letras cafés. Fecha: 20 de noviembre del 2017. Se cita
a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este
Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera
publicación de este edicto. Presentada el 17 de octubre del 2017. Solicitud N°
2017-0010227. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el
artículo 85 de la Ley 7978.—San José, 20 de noviembre del 2017.—Rina Ruiz Mata,
Registradora.—( IN2017192222 ).
Allan
Hidalgo Campos, soltero, cédula de identidad N° 107220811, en calidad de
apoderado generalísimo de Chez Julián Sociedad Anónima, cédula jurídica N°
3101717524, con domicilio en cantón de Tibás, distrito Colima Barrio cuatro
Reinas de la Iglesia Católica, 50 metros al oeste dos cuadras pequeñas sur y 75
metros al oeste casa número 26 Q, San José, Costa Rica, solicita la inscripción
de: Julián
como marca de servicios en clases 35; 39 y 43 internacionales, para
proteger y distinguir lo siguiente: en clase 35: servicio de gestión
empresarial de restaurantes, en clase 39: reparto de alimentos por parte de
restaurantes, y en clase 43: servicio de restaurante. Fecha: 2 de noviembre del
2017. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos
valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir
de la primera publicación de este edicto. Presentada el 24 de octubre del 2017.
Solicitud Nº 2017-0010441. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo
dispuesto en el artículo 85 de la Ley Nº 7978.—San José, 2 de noviembre del
2017.—Cesar Alfonso Rojas Zúñiga, Registrador.—( IN2017192251 ).
Allan
Hidalgo Campos, soltero, cédula de identidad 107220811, en calidad de apoderado
especial de Chez Julián Sociedad Anónima, cédula jurídica 3101717524, con
domicilio en cantón de Tibás, distrito Colima Barrio Cuatro Reinas de la
iglesia católica, 50 metros al oeste dos cuadras pequeñas sur y 75 metros al
oeste casa número 26 Q, San José, Costa Rica, solicita la inscripción de:
Julian
como nombre comercial en clase: 49. Internacional. Para proteger y
distinguir lo siguiente: un establecimiento comercial dedicado a servicio de
restaurante, gestión empresarial de restaurantes y reparto de alimentos por
parte de restaurantes. Ubicado en San José, Pavas, del Centro Comercial Plaza
Mayor, 200 metros al este. Fecha: 02 de noviembre de 2017. Se cita a terceros
interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro,
dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación
de este edicto. Presentada el 24 de octubre de 2017. Solicitud Nº 2017-0010442.
A efectos de publicación téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la
Ley 7978.—San José, 02 de noviembre de 2017.—César Alfonso Rojas Zúñiga,
Registrador.—( IN2017192252 ).
María
Monserrat Soto Roig, soltera, cédula de identidad 112920641, en calidad de
Apoderada Especial de Magnetics U.S.A., Inc., con domicilio en 16330 N.W. 48th
Ave. Miami, FL 33014, Estados Unidos de América, solicita la inscripción de:
accenta
como
marca de fábrica, en clase 9 internacional, para proteger y distinguir lo
siguiente: en clase 9: Aparatos e instrumentos científicos, náuticos,
geodésicos, fotográficos, cinematográficos, ópticos, de pesaje, de medición, de
señalización, de control (inspección), de salvamento y de enseñanza; aparatos e
instrumentos de conducción, distribución, transformación, acumulación,
regulación o control de la electricidad; aparatos de grabación, transmisión o
reproducción de sonido o imágenes; soportes de registro magnéticos, discos
acústicos; discos compactos, DVD y otros soportes de grabación digitales;
mecanismos para aparatos de previo pago; cajas registradoras, máquinas de
calcular, equipos de procesamiento de datos, ordenadores; software; extintores.
Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer
ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la
primera publicación de este edicto. Presentada el 17 de octubre del 2017.
Solicitud N° 2017-0010194. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo
dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978.—San José, 31 de octubre del
2017.—César Alfonso Rojas Zúñiga, Registrador.—( IN2017192278 ).
María
Monserrat Soto Roig, soltera, cédula de identidad Nº 112920641, en calidad de
apoderado especial de Magnetics U.S. A., INC., con domicilio en: 16330 N.W.
48TH Ave. Miami, FL 33014, Estados Unidos de América, solicita la inscripción
de: MAGNETICSUSA
como marca de fábrica en clase 9 internacional, para proteger y
distinguir lo siguiente: en clase 9 aparatos e instrumentos científicos,
náuticos, geodésicos, fotográficos, cinematográficos, ópticos, de pesaje, de
medición, de señalización, de control (inspección), de salvamento y de
enseñanza; aparatos e instrumentos de conducción, distribución, transformación,
acumulación, regulación o control de la electricidad; aparatos de grabación,
transmisión o reproducción de sonido o imágenes; soportes de registro
magnéticos, discos acústicos; discos compactos, DVD y otros soportes de
grabación digitales; mecanismos para aparatos de previo pago; cajas
registradoras, máquinas de calcular, equipos de procesamiento de datos,
ordenadores; software; extintores. Reservas: no se hace reserva de “USA”.
Fecha: 31 de octubre de 2017. Se cita a terceros interesados en defender sus
derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses
siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto.
Presentada el 17 de octubre del 2017. Solicitud N° 2017-0010195. A efectos de
publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley N°
7978.—San José, 31 de octubre del 2017.—César Alfonso Rojas Zúñiga,
Registrador.—( IN2017192279 ).
María
Monserrat Soto Roig, soltera, cédula de identidad 112920641, en calidad de
apoderado especial de Magnetics U.S.A., Inc., con domicilio en 16330 NW 48th
Ave. Miami, Florida 33014, Estados Unidos de América, solicita la inscripción
de: accenta como marca de fábrica en clase: 15. Internacional.
Para
proteger y distinguir lo siguiente: en clase 15: Instrumentos musicales y bases
para instrumentos musicales. Se cita a terceros interesados en defender sus
derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses
siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto.
Presentada el 17 de octubre de 2017. Solicitud Nº 2017-0010196. A efectos de
publicación téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley
7978.—San José, 31 de octubre de 2017.—César Alfonso Rojas Zúñiga,
Registrador.—( IN2017192280 ).
María
Monserrat Soto Roig, soltera, cédula de identidad 112920641, en calidad de
Apoderada Especial de Magnetics U.S. A., Inc., con domicilio en 16330 N.W. 48th
Ave. Miami, FL 33014, Estados Unidos de América, solicita la inscripción de:
Kälo
como marca de fábrica, en clase 9 internacional, para proteger y
distinguir lo siguiente: en clase 9: Aparatos e instrumentos científicos,
náuticos, geodésicos, fotográficos, cinematográficos, ópticos, de pesaje, de
medición, de señalización, de control (inspección), de salvamento y de
enseñanza; aparatos e instrumentos de conducción, distribución, transformación,
acumulación, regulación o control de la electricidad; aparatos de grabación,
transmisión o reproducción de sonido o imágenes; soportes de registro
magnéticos, discos acústicos; discos compactos, DVD y otros soportes de
grabación digitales; mecanismos para aparatos de previo pago; cajas
registradoras, máquinas de calcular, equipos de procesamiento de datos,
ordenadores; software; extintores. Se cita a terceros interesados en defender
sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses
siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto.
Presentada el 17 de octubre del 2017. Solicitud Nº 2017-0010197. A efectos de
publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley
7978.—San José, 31 de octubre del 2017.—César Alfonso Rojas Zúñiga,
Registrador.—1 vez.—( IN2017192281 ).
María
Monserrat Soto Roig, soltera, cédula de identidad 1129206411 en calidad de
apoderada especial de Magnetics U.S.A. Inc., con domicilio en 16330 N.W. 48 TH
AVE. Miami, FL 33014, Estados Unidos de América, solicita la inscripción de:
Rollins
como
marca de fábrica en clase 15 internacional, para proteger y distinguir lo
siguiente: en clase 15: Instrumentos musicales y bases para instrumentos musicales.
Fecha: 15 de noviembre de 2017. Se cita a terceros interesados en defender sus
derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses
siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto.
Presentada el 17 de octubre del 2017. Solicitud N° 2017-0010198. A efectos de
publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley
7978.—San José, 15 de noviembre del 2017.—Cesar Alfonso Rojas Zúñiga,
Registrador.—( IN2017192294 ).
Adriana
Angulo Sibaja, soltera, cédula de identidad 110010009, en calidad de apoderado
generalísimo de R E D U C S Internacional Limitada, cédula jurídica N°
3102735193, con domicilio en San José, Costa Rica Santa Ana, Pozos, de
Productos Concentrados La Soya, 200 este; solicita la inscripción de: BIO SVELT,
como nombre comercial, para proteger y distinguir lo siguiente; un
establecimiento comercial dedicado a servicios de estética y procedimientos de
belleza, facial y corporal. Ubicado en Barrio Dent, del Centro Cultural, 300
metros norte. Fecha: 2 de noviembre del 2017. Se cita a terceros interesados en
defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos
meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto.
Presentada el 12 de septiembre del 2017. Solicitud Nº 2017-0008948. A efectos
de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley Nº
7978.—San José, 2 de noviembre del 2017.—Rina Ruiz Mata, Registradora.—(
IN2017192298 ).
Adriana
Angulo Sibaja, soltera, cédula de identidad Nº 110010009, en calidad de
apoderado generalísimo de Reducs Internatcional Limitada, cédula jurídica Nº
3102735193 con domicilio en: San José, Costa Rica, solicita la inscripción de: BIO SVELT,
como marca de servicios en clase 44 internacional, para proteger y distinguir
lo siguiente: servicios de procedimientos de estética y belleza facial y
corporal. Fecha: 17 de noviembre de 2017. Se cita a terceros interesados en
defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos
meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto.
Presentada el 20 de octubre del 2017. Solicitud N° 2017-0008947. A efectos de
publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley N°
7978.—San José, 17 de noviembre del 2017.—Rina Ruiz Mata, Registradora.—(
IN2017192299 ).
José
Alcides Monge Salazar, soltero, cédula de identidad 116540273, en calidad de
Apoderado Generalísimo de Cedevi Veinticuatro Siete Sociedad Anónima, cédula
jurídica 3101745790 con domicilio en 275 metros sur de la Torre Mercedes en
Barrio Don Bosco, San José, Costa Rica, solicita la inscripción de: Cedevi
como marca de servicios, en clase 35 internacional, para proteger y
distinguir lo siguiente: en clase 35; Agencia de viajes y excursiones. Se cita
a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este
Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera
publicación de este edicto. Presentada el 25 de octubre del 2017. Solicitud Nº
2017-0010484. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el
artículo 85 de la Ley 7978.—San José, 22 de noviembre del 2017.—Ivonne Mora
Ortega, Registradora.—( IN2017192341 ).
Julio
César Granados Sanabria, casado una vez, cédula de identidad 109940030, con
domicilio en Moravia, Los Colegios Norte, Costa Rica, solicita la inscripción
de: M motion & balance
como marca de servicios en clases 35; 41 y 44 internacionales. Para proteger
y distinguir lo siguiente: en clase 35: Importación de libros de texto
relacionados a la evaluación de la postura y los movimientos biomecánicas de
las personas, y plantillas ortopédicas, en clase 41: Formación y capacitación
en fisioterapia y osteopatía, y en clase 44: Análisis biomecánicas y de postura
corporal y movimiento, sea servicio de diagnóstico clínico. Reservas: No se
hace reserva de los términos Motion & Balance. Se cita a terceros
interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro,
dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación
de este edicto. Presentada el 01 de setiembre de 2017. Solicitud Nº
2017-0008630. A efectos de publicación téngase en cuenta lo dispuesto en el
artículo 85 de la Ley 7978.—San José, 10 de noviembre de 2017.—Ildreth Araya
Mesén, Registrador.—( IN2017192354 ).
Juan Felipe Rodríguez Quirós, soltero, cédula
de identidad 206210375, en calidad de apoderado generalísimo de Cervecería
Callidryas Sociedad Anónima, cédula jurídica 3101742806con domicilio en San
Ramón, San Rafael, calle Orozco, de la Mueblería La Cima 250 metros al este,
Alajuela, Costa Rica, solicita la inscripción de: CALLIDRYAS CERVECERÍA
ARTESANAL
como marca de comercio en clase 32
internacional, para proteger y distinguir lo siguiente: en clase 32; Cerveza
artesanal. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para
hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados
a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 4 de octubre
del 2017, solicitud Nº 2017-0009205. A efectos de publicación, téngase en
cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley Nº 7978.—San José, 20 de
noviembre del 2017.—Johnny Rodríguez Garita, Registrador.—( IN2017192370 ).
Juan
Felipe Rodríguez Quirós, soltero, cédula de identidad 206210375, en calidad de
apoderado generalísimo de Cervecería Callidryas Sociedad Anónima, cédula
jurídica 3101742806 con domicilio en San Ramón, San Rafael, Calle Orozco, de la
Mueblería La Cima; 250 metros al este, Alajuela, Costa Rica, solicita la
inscripción de: CALLIDRYAS CERVECERIA ARTESANAL
como nombre comercial en clase: Internacional para proteger y distinguir
lo siguiente: en clase 49: Un establecimiento comercial dedicado a la
elaboración, distribución y venta de cervezas artesanales, ubicado en Alajuela,
San Ramón, San Rafael, Calle Orozco, de la Mueblería La Cima; 250 metros al
este. Fecha: 4 de octubre de 2017. Se cita a terceros interesados en defender
sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses
siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto.
Presentada el 4 de octubre del 2017. Solicitud N° 2017-0009204. A efectos de
publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley
7978.—San José, 4 de octubre del 2017.—Johnny Rodríguez Garita, Registrador.—(
IN2017192371 ).
Juan
Carlos Cerdas Sánchez, soltero, cédula de identidad 113170888, en calidad de
apoderado generalísimo de El Mercadito de Tamarindo Limitada, cédula jurídica
3102746104, con domicilio en Santa Cruz, Tamarindo, El Mercadito de Tamarindo,
Guanacaste, Costa Rica, solicita la inscripción de: El Mercadito DE TAMARIND
como marca de servicios en clases 35 y 43 internacionales. Para
proteger y distinguir lo siguiente: en clase 35: Publicidad; gestión de
negocios comerciales; administración comercial; trabajos de oficina, venta de
ropa y artesanías, y en clase 43; Servicios de restauración en plaza de
kioscos. Reservas: No se hace reserva del El Mercadito término “Tamarindo”. Se
cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante
este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la
primera publicación de este edicto. Presentada el 30 de octubre de 2017.
Solicitud Nº 2017-0010603. A efectos de publicación téngase en cuenta lo
dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978.—San José, 20 de noviembre de
2017.—Johnny Rodríguez Garita, Registrador.—( IN2017192379 ).
Juan Carlos Cerdas Sánchez, soltero, cédula de
identidad 113170888, en calidad de apoderado especial de El Mercadito de
Tamarindo Limitada, cédula jurídica 3102746104, con domicilio en Santa Cruz,
Tamarindo, El Mercadito de Tamarindo, Guanacaste, Costa Rica, solicita la
inscripción de: El
Mercadito DE TAMARINDO
como nombre comercial
en clase internacional. Para proteger y distinguir lo siguiente: en clase 49;
Un establecimiento comercial dedicado a la venta de comidas de diferentes
tipos, así como venta de artesanías y de ropa, en plaza de kioscos, ubicado en
Guanacaste, Santa Cruz, Tamarindo, El Mercadito de Tamarindo. Reservas: No se
hace reserva del término: “TAMARINDO”.. Fecha: 20 de Noviembre de 2017. Se cita
a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este
Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera
publicación de este edicto. Presentada el 30 de octubre del 2017. Solicitud N°
2017-0010602. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el
artículo 85 de la Ley 7978.—San José, 20 de noviembre del 2017.—Johnny
Rodríguez Garita, Registrador.—( IN2017192380 ).
Sergio
Solano Montenegro, casado una vez, cédula de identidad Nº 105780279, en calidad
de apoderado especial de Apotex Technologies Inc., con domicilio en: 150 Signet
Drive, Toronto, Ontario, Canadá, solicita la inscripción de: DASTIA,
como marca de fábrica y comercio en clase: 5. Internacional. Para proteger y
distinguir lo siguiente: productos farmacéuticos, en específico medicamentos
para el tratamiento de la hipertensión (presión sanguínea elevada) e
insuficiencia cardíaca. Fecha: 22 de noviembre de 2017. Se cita a terceros interesados
en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los
dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este
edicto. Presentada el 17 de noviembre del 2017. Solicitud N° 2017-0011306. A
efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la
Ley N° 7978.—San José, 22 de noviembre del 2017.—Ivonne Mora Ortega,
Registradora.—( IN2017192384 ).
Josué
Cedeño Chaves, Soltero, cédula de identidad 304180821 con domicilio en Paraíso
de la Terminal de Buses COOPEPAR; 400 metros sur y 25 al este, Cartago, Costa
Rica, solicita la inscripción de: FACTOA
como
marca de servicios en clase 35 internacional, para proteger y distinguir lo
siguiente: en clase 35; Servicios de Facturación Electrónica y Asistencia de
Servicios Contables. Reservas: De los colores; azul, gris y celeste. Fecha: 17
de noviembre de 2017. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos
para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes,
contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 7 de
noviembre del 2017. Solicitud N° 2017-0010887. A efectos de publicación,
téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978.—San José, 17 de
noviembre del 2017.—Ildreth Araya Mesen, Registradora.—( IN2017192402 ).
Myriam
Haydee Martínez Carvajal, soltera, cédula de identidad 304820545, con domicilio
en Montes de Oca, Sabanilla, 100 metros oeste del Cristo de Sabanilla sobre
calle principal, San José, Costa Rica, solicita la inscripción de: Puramor
Arreglos frutales & más
como
marca de fábrica en clase: 31. Internacional. Para proteger y distinguir lo
siguiente: en clase 31: Arreglos de frutas frescas, cubiertos de chocolates.
Reservas: De los colores: café, rojo, amarillo y verde. Se cita a terceros
interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro,
dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación
de este edicto. Presentada el 01 de setiembre de 2017. Solicitud Nº
2017-0008614. A efectos de publicación téngase en cuenta lo dispuesto en el
artículo 85 de la Ley 7978.—San José, 25 de setiembre de 2017.—Ivonne Mora
Ortega, Registradora.—( IN2017192421 ).
Adriana
Berrocal Salas, divorciada una vez, cédula de identidad Nº 108850675, con
domicilio en: 3 km norte de la Municipalidad de La Unión, Cartago, Costa Rica,
solicita la inscripción de: ADRIANA BERROCAL Medicina y Nutrición Humana
como marca de servicios en clases 41 y 44 internacionales, para
proteger y distinguir lo siguiente: en clase 41: charlas y clases de diferentes
tópicos de nutrición y medicina y en clase 44: consulta médica y nutricional de
pacientes personas niños, adolescentes y adultos. Terapias de flores de Bach.
Fecha: 7 de noviembre de 2017. Se cita a terceros interesados en defender sus
derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses
siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto.
Presentada el 14 de setiembre del 2017. Solicitud N° 2017-0009111. A efectos de
publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley N°
7978.—San José, 07 de noviembre del 2017.—Wendy López Vindas, Registradora.—(
IN2017194433 ).
Marcas de ganado
Solicitud
N° 2017-2396.—Ref,: 35/2017/5009.—Gustavo Vinicio Salas Arias, cédula de
identidad 0206120216, en calidad de apoderado generalísimo sin límite de suma
de Ganadera Rio Plata Sociedad Anónima, cédula jurídica 3-101-74794, solicita
la inscripción de:
como marca de ganado, que usará preferentemente en Alajuela, Los Chiles,
San Jorge, San Humberto (antiguo puesto policial) 4 kilómetros al oeste por
camino de lastre, pasando el puente sobre el río Pocosol, primera entrada a la
derecha, 1 kilómetro al suroeste, finca con casa blanca de 2 plantas. Se cita a
terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este
Registro, dentro de los 10 días hábiles contados a partir de la publicación de
este edicto. Presentada el 14 de noviembre del 2017, según el expediente N°
2017-2396.—Luz Vega, Registradora.—1 vez.—( IN2017192235 ).
Solicitud
Nº 2017-2377.—Ref.: 35/2017/5101.—Norberto Vargas Lara, cédula de identidad Nº
0400900645, solicita la inscripción de:
como marca de ganado, que usará preferentemente en Limón, Pococí, La
Rita, San Juan de Pococí, Chirriposito, 500 metros al oeste de la Escuela de la
localidad. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para
hacerlos valer ante este Registro, dentro de los 10 días hábiles contados a
partir de la publicación de este edicto. Presentada el 10 de noviembre del
2017. Según el expediente Nº 2017-2377.—Luz Vega, Registradora.—1 vez.—(
IN2017192241 ).
Solicitud
Nº 2017-2414.—Ref: 35/2017/5120.—Dilcia Martínez Solano, cédula de identidad Nº
0111000420, en calidad de apoderado generalísimo sin límite de suma de
3-101-724932 Sociedad Anónima, cédula jurídica Nº 3-101-724932, solicita la
inscripción de:
como
marca de ganado, que usará preferentemente en Guanacaste, Santa Cruz, Cartagena,
de la entrada principal a Cartagena, cuatrocientos metros suroeste entrada en
piedra a mano derecha con portón negro, finca La Chola. Se cita a terceros
interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro,
dentro de los 10 días hábiles contados a partir de la publicación de este
edicto. Presentada el 16 de noviembre del 2017. Según el expediente N°
2017-2414.—Elda Cerdas Badilla, Registradora.—1 vez.—( IN2017192424 ).
Patente de invención
PUBLICACIÓN DE PRIMERA VEZ
El señor Cruz Rojas, Eduardo, cédula de
identidad 204540506, solicita el Modelo de Utilidad denominado FREGADERO CON ESTRUCTURA DE BASE PARA LA INSTALACIÓN DE GRIFERÍA A
PRESIÓN.
Fregadero con estructura de base para la instalación de grifería a presión cuya
fabricación es diversa en materiales, tamaños y formas. Los fregaderos en su
mayoría vienen diseñados para que la grifería se asiente sobre ellos y la
sujeción se dé por la parte inferior del fregadero, por medio de tuercas,
tornillos, entre otros, teniendo este procedimiento diversas dificultades. La
memoria descriptiva, reivindicaciones, resumen y diseños quedan depositados, la
Clasificación Internacional de Patentes es: E03C 1/01; cuyo(s) inventor(es)
es(son) Cruz Rojas, Eduardo (CR). La solicitud correspondiente lleva el número
2017-0000489, y fue presentada a las 11:48:27 del 26 de octubre de 2017.
Cualquier interesado podrá oponerse dentro de los tres meses siguientes a la
tercera publicación de este aviso. Publíquese tres días consecutivos en el
Diario Oficial La Gaceta y una vez en un periódico de circulación
nacional.—San José, 10 de noviembre de 2017.—Randall Piedra Fallas,
Registrador.—( IN2017192178 ).
REGISTRO DE PERSONAS JURÍDICAS
Asociaciones civiles
Registro de Personas Jurídicas, ha recibido
para su inscripción la reforma del estatuto de la persona jurídica cédula:
3-002-084618, denominación: Asociación de Ingenieros en Electricidad y
Electrónica; por cuanto dicha reforma cumple con lo exigido por la ley N° 218
del 08/08/1939, y sus reformas. Se emplaza por 15 días hábiles a partir de esta
publicación a cualquier interesado para que formule reparos a la inscripción en
trámite. Documento Tomo: 2017 Asiento: 684326—Dado en el Registro Nacional, a
las 10 horas 49 minutos y 35 segundos, del 13 de noviembre del 2017.—Lic. Luis
Gustavo Álvarez Ramírez, Director.—1 vez.—( IN2017192227 ).
Registro de Personas Jurídicas, ha recibido
para su inscripción el Estatuto de la entidad: Asociación de Productores La
Esperanza Cristo Rey La Virgen Sarapiquí, con domicilio en la provincia de:
Heredia-Sarapiquí, cuyos fines principales, entre otros son los siguientes:
impulsar proyectos agrícolas y pecuarios de desarrollo productivo que sean
factibles a través del tiempo y que permitan a los asociados mejorar su nivel
socio-económico. Cuyo representante, será el presidente: Roberto Martínez
Silva, con las facultades que establece el estatuto. Por encontrarse dicha
entidad dentro de las prescripciones establecidas en la Ley Nº 218 del
08/08/1939, y sus reformas. Se emplaza por 15 días hábiles a partir de esta
publicación a cualquier interesado para que formule reparos a la inscripción en
trámite. Documento Tomo: 2017 Asiento: 485660.—Dado en el Registro Nacional, a
las 9 horas 49 minutos y 36 segundos, del 27 de octubre del 2017.—Lic. Luis
Gustavo Álvarez Ramírez, Director.—1 vez.—( IN2017192244 ).
Registro de Personas
Jurídicas, ha recibido para su inscripción la Reforma del estatuto de la
persona jurídica cédula: 3-002-676497, denominación: Asociación Cristiana
Visión de Dios de San Marcos de Sabalito. Por cuanto dicha reforma cumple con
lo exigido por la Ley N° 218 del 08/08/1939, y sus reformas. Se emplaza por 15
días hábiles a partir de esta publicación a cualquier interesado para que
formule reparos a la inscripción en trámite. Documento tomo: 2017, asiento:
308311.—Dado en el Registro Nacional, a las 9 horas 41 minutos y 3 segundos,
del 15 de junio del 2017.—Lic. Luis Gustavo Álvarez Ramírez, Director.—1 vez.—(
IN2017192414 ).
DIRECCIÓN GENERAL DE TRANSPORTE
Y COMERCIALIZACIÓN DE COMBUSTIBLE
DGTCC-DL-270-2017
EDICTO
POR CAMBIO DE TITULAR
DE ESTACIÓN DE SERVICIO
PUBLICACIÓN DE PRIMERA VEZ
Se tiene por correctamente presentada la
solicitud de la sociedad: Cooperativa de Caficultores de Llano Bonito R.L.
(COOPELLANOBINITO R.L.), cédula jurídica Nº 3-004-045235, actuando como actual
concesionaria del servicio público de la estación de servicio con expediente Nº
ES-1-20-03-01 y de la señora: Yorleny Castro Porras, cédula de identidad Nº
3-336-846, actuando en su condición de nueva concesionaria, para realizar el
cambio de titularidad de la prestación de servicio público de la estación de
servicio mencionada. La estación de servicio se encuentra ubicada en la
provincia de San José, cantón León Cortés, distrito Llano Bonito,
específicamente en la finca inscrita en el Registro Nacional bajo la matrícula
Nº 474040-000, y su propietario registral actual es la sociedad Agrocomercial
Fallas y Fallas S. A., cédula jurídica Nº 3-101-304147. Con el cambio
solicitado, el nuevo titular de la concesión para prestar el servicio público
sería la señora: Yorleny Castro Porras, cédula de identidad Nº 3-336-846.
Acerca de dicha solicitud, se otorga un plazo de quince días a partir de la
primera publicación en el Diario Oficial La
Gaceta, para
que aquellos acreedores e interesados se presenten a hacer valer sus derechos,
de conformidad con lo dispuesto por el artículo 77 del Decreto Ejecutivo Nº
30131-MINAE-S y el artículo 479 del Código de Comercio. San José, a las once
horas del veintiocho de noviembre del dos mil doce.—San José, a las catorce
horas cinco minutos del día 30 de noviembre del 2017.—Lic. Alberto Bravo Mora,
Director General.—( IN2017197526 ).
DIRECCIÓN DE AGUAS
EDICTOS
PUBLICACIÓN
DE TERCERA VEZ
ED-UHTPCOSJ-0207-2017.—Exp.
N° 16992P.—Guardaval de la Soria Ltda., solicita concesión de: 0.5 litros por
segundo del acuífero, efectuando la captación por medio del pozo DI-421 en
finca de su propiedad en Veintisiete de Abril, Santa Cruz, Guanacaste, para uso
turístico hotel. Coordenadas 251.519/345.369 hoja Diria. Quienes se consideren
lesionados, deben manifestarlo dentro del mes contado a partir de la primera
publicación.—San José, 15 de noviembre de 2017.—Departamento de información.—Andrés
Phillips Ureña.—( IN2017196521 ).
ED-UHTPCOSJ-0212-2017.—Expediente Nº
17190P.—Melones de Costa Rica S. A., solicita concesión de: 80 litros por
segundo del acuífero, efectuando la captación por medio del pozo AH-104 en
finca de su propiedad en Cañas Dulces, Liberia, Guanacaste, para uso
agropecuario - riego. Coordenadas 294.521 / 368.770 hoja Carrillo Norte.
Quienes se consideren lesionados, deben manifestarlo dentro del mes contado a
partir de la primera publicación.—San José, 16 de noviembre de 2017.—Departamento
de Información.—Andrés Phillips Ureña.—( IN2017196782 ).
PUBLICACIÓN DE SEGUNDA VEZ
ED-UHCAROG-0004-2017.—Exp.
Nº 17874A.—José L.
Díaz Valverde y Miguel A. Valverde Salazar, solicita concesión de: 0.12 litros
por segundo del cauce S/N, efectuando la captación en finca de en Limón, Limón,
Limón, para uso consumo humano e industria. Coordenadas: 201.215 / 651.191,
hoja Cahuita. 0.65 litros por segundo del cauce S/N, efectuando la captación en
finca de su propiedad en Limón, Limón, Limón, para uso consumo humano e
industria. Coordenadas: 201.027 / 651.111, hoja Cahuita. Predios inferiores:
Quienes se consideren lesionados, deben manifestarlo dentro del mes contado a
partir de la primera publicación.—San Jose, 14 de noviembre del 2017.—Departamento
de Información.—Andrés Phillips Ureña.—( IN2017197054 ).
ED-UHTPCOSJ-0151-2017.—Exp.
Nº 3292P.—Universidad
de Costa Rica, solicita concesión de: 14.2 litros por segundo del acuífero,
efectuando la captación por medio del pozo DI-198 en finca de su propiedad en
Santa Cruz, Santa Cruz, Guanacaste, para uso agropecuario-riego. Coordenadas:
252.080/362.185, hoja Diria. Quienes se consideren lesionados, deben
manifestarlo dentro del mes contado a partir de la primera publicación.—San
José, 28 de setiembre del 2017.—Departamento de Información.—Andrés Phillips
Ureña.—O. C. Nº 205177.—Solicitud Nº 102754.—( IN2017197245 ).
ED-UHTPCOSJ-0178-2017.—Exp.
N° 3293P.—Universidad de Costa Rica, solicita concesión de: 4 litros por
segundo del acuífero sin nombre, efectuando la captación por medio del pozo
AB-77 en finca de su propiedad en San Pedro, Montes de Oca, San José, para uso
agropecuario-riego. Coordenadas 213.300 / 530.520 hoja Abra. 4 litros por
segundo del acuífero sin nombre, efectuando la captación por medio del pozo
AB-78 en finca de su propiedad en San Pedro, Montes de Oca, San José, para uso
agropecuario-riego. Coordenadas 213.520 / 530.450 hoja Abra. 4 litros por
segundo del acuífero sin nombre, efectuando la captación por medio del pozo
AB-72 en finca de su propiedad en San Pedro, Montes de Oca, San José, para uso
agropecuario-riego. Coordenadas 213.340 / 530.620 hoja Abra. 4 litros por
segundo del acuífero sin nombre, efectuando la captación por medio del pozo
AB-73 en finca de su propiedad en San Pedro, Montes de Oca, San José, para uso
agropecuario-riego. Coordenadas 213.500 / 530.450 hoja Abra. 4 litros por
segundo del acuífero sin nombre, efectuando la captación por medio del pozo
AB-83 en finca de su propiedad en San Pedro, Montes de Oca, San José, para uso
agropecuario-riego. Coordenadas 213.580 / 530.660 hoja Abra. 4 litros por
segundo del acuífero sin nombre, efectuando la captación por medio del pozo
AB-84 en finca de su propiedad en San Pedro, Montes de Oca, San José, para uso
agropecuario-riego. Coordenadas 213.580 / 530.960 hoja Abra. 4 litros por
segundo del acuífero sin nombre, efectuando la captación por medio del pozo
AB-88 en finca de su propiedad en San Pedro, Montes de Oca, San José, para uso
agropecuario-riego. Coordenadas 213.280 / 530.900 hoja Abra. 4 litros por
segundo del acuífero sin nombre, efectuando la captación por medio del pozo
AB-95 en finca de su propiedad en San Pedro, Montes de Oca, San José, para uso
agropecuario-riego. Coordenadas 213.540 / 531.000 hoja Abra. 4 litros por segundo
del acuífero sin nombre, efectuando la captación por medio del pozo AB-97 en
finca de su propiedad en San Pedro, Montes de Oca, San José, para uso
agropecuario-riego. Coordenadas 213.340 / 531.050 hoja Abra. 4 litros por
segundo del acuífero sin nombre, efectuando la captación por medio del pozo
AB-991 en finca de su propiedad en San Pedro, Montes de Oca, San José, para uso
agropecuario-riego. Coordenadas 213.530 / 530.525 hoja Abra. 4 litros por
segundo del acuífero sin nombre, efectuando la captación por medio del pozo
AB-74 en finca de su propiedad en San Pedro, Montes de Oca, San José, para uso
agropecuario-riego. Coordenadas 213.370 / 530.820 hoja Abra. Quienes se
consideren lesionados, deben manifestarlo dentro del mes contado a partir de la
primera publicación.—San Jose, 26 de octubre de 2017.—Departamento de
Información.— Andrés Phillips Ureña.—( IN2017197246 ).
ED-UHTPCOSJ-0159-2017. Exp.
17826P.—Universidad de Costa Rica, solicita concesión de: 0.05 litros por
segundo del acuífero, efectuando la captación por medio del pozo NA-805 en
finca de su propiedad en Garita, Alajuela, para uso agropecuario-riego.
Coordenadas 221.600 / 507.300 hoja Naranjo. Quienes se consideren lesionados,
deben manifestarlo dentro del mes contado a partir de la primera
publicación.—San José, 12 de octubre de 2017.—Departamento de
información.—Andrés Phillips Ureña.—O. C. Nº 205177.—Solicitud Nº 102757.—(
IN2017197247 ).
PUBLICACIÓN
DE PRIMERA VEZ
ED-UHSAN-0031-2017.—Exp.
17823A.—Agroindustrial Piñas Del Bosque S. A., solicita concesión de: 15 litros
por segundo del Rio Tres Amigos, efectuando la captación en finca de su
propiedad en Pital, San Carlos, Alajuela, para uso agroindustrial. Coordenadas
273.976/500.927 hoja Aguas Zarcas. Predios inferiores: quienes se consideren
lesionados, deben manifestarlo dentro del mes contado a partir de la primera
publicación.—San Jose, 11 de octubre de 2017.—Jose Joaquín Chacón Solano,
Unidad Hidrológica San Juan.—( IN2017197384 ).
ED-UHSAN-0027-2017. Exp.
17818A.—Agroindustrial Piñas del Bosque S. A., solicita concesión de: 7 litros
por segundo de la Quebrada Los Chiles, efectuando la captación en finca de su
propiedad en Aguas Zarcas, San Carlos, Alajuela, para uso Agroindustrial.
Coordenadas 276.630/498.204 hoja Aguas Zarcas. Predios inferiores: Quienes se
consideren lesionados, deben manifestarlo dentro del mes contado a partir de la
primera publicación.—San José, 10 de octubre de 2017.—Unidad Hidrológica San
Juan.—José Joaquín Chacón Solano.—( IN2017197386 ).
ED-0185-2017.—Exp. N° 17702P.—Parcner S. A.,
solicita concesión de: 0.1 litro por segundo del acuífero, efectuando la
captación por medio del pozo VI-2016 en finca de Fideicomiso Andre S. A. en
Tamarindo, Santa Cruz, Guanacaste, para uso consumo humano. Coordenadas 245.900
/ 335.100 hoja Villarreal. Quienes se consideren lesionados, deben manifestarlo
dentro del mes contado a partir de la primera publicación.—San Jose, 24 de
julio del 2017.—Departamento de Información.—Douglas Alvarado Rojas.—(
IN2017197681 )
Registro
Civil – Departamento Civil
SECCIÓN ACTOS JURÍDICOS
En resolución N°
2629-2017 dictada por el Registro Civil a las catorce horas treinta minutos del
tres de marzo del dos mil diecisiete, en expediente de ocurso N° 51571-2015, incoado
por Felipe José García Martínez y Xiomara Del Carmen Duarte Barillas, se
dispuso rectificar en el asiento de matrimonio de Felipe José García Martínez y
Xiomara Del Carmen Duarte Barilla, que el apellido del padre del cónyuge,
segundo apellido de la cónyuge, apellido del padre y apellido de la madre de la
misma son García, Barillas, Duarte E Y Barillas y el asiento de nacimiento de
Julia Noemy Garcia Duarte, que el nombre del padre, nombre y segundo apellido
de la madre son Felipe José, Xiomara Del Carmen Y Barillas.— Luis Guillermo
Chinchilla Mora, Oficial Mayor Civil.—Carlos Luis Brenes Molina, Jefe a. i.—1
vez.—( IN2017192367 ).
Registro Civil - Departamento Civil
SECCIÓN
DE OPCIONES Y NATURALIZACIONES
Avisos de solicitud de naturalización
Blanca Nubia Baldelomar Silva, nicaragüense,
cédula de residencia 155802073319, ha presentado solicitud para obtener la
nacionalidad costarricense ante la Sección de Opciones y Naturalizaciones del
Registro Civil. Se emplaza a quienes tengan reparos comprobados que hacer a
dicha solicitud, para que los presenten por escrito en nuestras oficinas,
dentro del término de diez días hábiles siguientes a la publicación de este
aviso. 5613-2017.—San José al ser las 3:54 del 22 de noviembre de 2017.—Juan
José Calderón Vargas.—1 vez.—( IN2017192170 ).
Razek José Sayegh Kabbabe, venezolano, cédula
de residencia Nº DI186200226929, ha presentado solicitud para obtener la
nacionalidad costarricense ante la Sección de Opciones y Naturalizaciones del
Registro Civil. Se emplaza a quienes tengan reparos comprobados que hacer a
dicha solicitud, para que los presenten por escrito en nuestras oficinas,
dentro del término de diez días hábiles siguientes a la publicación de este
aviso. Expediente Nº 5665-2017.—Heredia, Central, al ser las 09:40 horas del 23
de noviembre del 2017.—Regional Heredia.—Luis Gerardo Cascante Solís.—1 vez.—(
IN2017192201 ).
Nadima Angelica Sayegh Kabbabe, venezolana,
cédula de residencia N° 01186200226715, ha presentado solicitud para obtener la
nacionalidad costarricense ante la Sección de Opciones y Naturalizaciones del
Registro Civil. Se emplaza a quienes tengan reparos comprobados que hacer a
dicha solicitud, para que los presenten por escrito en nuestras oficinas,
dentro del término de diez días hábiles siguientes a la publicación de este
aviso. Expediente N° 5661-2017.—Heredia, Central, al ser las 08:50 horas del 23
de noviembre de 2017.—Regioal Heredia.—Mauricio Jesús Villalobos Vargas.—1
vez.—( IN2017192202 ).
María Melva Guzmán
de Villanueva, colombiana, cédula de residencia 117001301431, ha presentado
solicitud para obtener la nacionalidad costarricense ante la Sección de
Opciones y Naturalizaciones del Registro Civil. Se emplaza a quienes tengan
reparos comprobados que hacer a dicha solicitud, para que los presenten por
escrito en nuestras oficinas, dentro del término de diez días hábiles
siguientes a la publicación de este aviso. Exp. N° 5610-2017.—San José, al ser
las 3:45 del 20 de noviembre de 2017.—Paul Alejandro Araya Hernandez.—1 vez.—(
IN2017192207 ).
Rober Villanueva
Guzmán, colombiano, cédula de residencia 117000001516, ha presentado solicitud
para obtener la nacionalidad costarricense ante la Sección de Opciones y
Naturalizaciones del Registro Civil. Se emplaza a quienes tengan reparos comprobados
que hacer a dicha solicitud, para que los presenten por escrito en nuestras
oficinas, dentro del término de diez días hábiles siguientes a la publicación
de este aviso.—San José, al ser las 3:34 del 20 de noviembre de
2017.—5608-2017.—Paul Alejandro Araya Hernández.—1 vez.—( IN2017192210 ).
María Daysi Leyva Huerta, nicaragüense,
cédula de residencia Nº 155802325113, ha presentado solicitud para obtener la
nacionalidad costarricense ante la Sección de Opciones y Naturalizaciones del
Registro Civil. Se emplaza a quienes tengan reparos comprobados que hacer a
dicha solicitud, para que los presenten por escrito en nuestras oficinas,
dentro del término de diez días hábiles siguientes a la publicación de este
aviso. Nº 5668-2017.—San José al ser las 10:27 del 23 de noviembre de
2017.—Juan José Calderón Vargas.—1 vez.—( IN2017192224 ).
Nancy Esperanza Hidalgo de Castro,
venezolana, cédula de residencia N° 186200054103, ha presentado solicitud para
obtener la nacionalidad costarricense ante la Sección de Opciones y
Naturalizaciones del Registro Civil. Se emplaza a quienes tengan reparos
comprobados que hacer a dicha solicitud, para que los presenten por escrito en
nuestras oficinas, dentro del término de diez días hábiles siguientes a la
publicación de este aviso Expediente 5557-2017.—San José, al ser las 12:25 del
21 de noviembre del 2017.—Paul Alejandro Araya Hernández.—1 vez.—( IN2017192236
).
Juan José Castro Valero, venezolano, cédula
de residencia 186200054033, ha presentado solicitud para obtener la nacionalidad
costarricense ante la Sección de Opciones y Naturalizaciones del Registro
Civil. Se emplaza a quienes tengan reparos comprobados que hacer a dicha
solicitud, para que los presenten por escrito en nuestras oficinas, dentro del
término de diez días hábiles siguientes a la publicación de este aviso.
5555-2017.—San José, al ser las 12:28 del 21 de noviembre de 2017.—Paul
Alejandro Araya Hernández.—1 vez.—( IN2017192240 ).
Eneyda Mercedes
Gonzalez De Pinialis, venezuela, cédula de residencia 186200065712, ha
presentado solicitud para obtener la nacionalidad costarricense ante la Sección
de Opciones y Naturalizaciones del Registro Civil. Se emplaza a quienes tengan
reparos comprobados que hacer a dicha solicitud, para que los presenten por
escrito en nuestras oficinas, dentro del término de diez días hábiles
siguientes a la publicación de este aviso. 5029-2017.—San José, al ser las 1:09
del 22 de noviembre de 2017.—Juan José Calderón Vargas.—1 vez.—( IN2017192429
).
PLAN
ANUAL DE ADQUISICIONES 2018
De conformidad con el artículo 6° de la Ley
de Contratación Administrativa, en concordancia con el numeral 7 de su
Reglamento, el Ministerio de Educación Pública hace de conocimiento a todos
aquellos potenciales oferentes que el Plan Anual de Adquisiciones para esta
cartera ministerial correspondiente al ejercicio económico 2018 será
debidamente publicado y visualizable a partir de enero 2018 en el sistema
electrónico de compras.
Rosario Segura Sibaja, Proveedora
Institucional.—1 vez.— ( IN2017197528 ).
SUBÁREA PROGRAMACIÓN DE BIENES Y SERVICIOS
ADDENDUM PLAN ANUAL DE COMPRAS 2017
Descripción |
Código |
Cantidad
referencial |
Unidad |
Monto
¢ |
Ertapenem Base 1g |
1-10-02-3770 |
2.640 |
FA |
80.968.800 |
Área Gestión de
Medicamentos-PEC.—Lic. Pablo Andrés Cordero Méndez.—1 vez.—O. C. N°
1147.—Solicitud N° 21685.—( IN2017197500 ).
GERENCIA
LOGÍSTICA
SUBÁREA
PROGRAMACIÓN DE BIENES Y SERVICIOS
ADDENDUM
PLAN ANUAL DE COMPRAS 2017
Para ver imagen
solo en La Gaceta con formato PDF
Lic. Pablo Andrés Cordero Méndez.—Área
Gestión de Medicamentos-PEC.—1 vez.—O. C. Nº 1147.—Solicitud Nº 21684.— (
IN2017197503 ).
RED DE
SERVICIOS DE SALUD
LICITACIÓN
NACIONAL Nº 2017LN-000007-INS-RSS
Adquisición de frutas, vegetales y verduras
harinosas
para los pacientes de la Red de Servicios de Salud
Se les invita a participar en la licitación
citada, cuya apertura está prevista para el martes 02 de enero del 2018 a las
09:00 horas. El cartel con los requisitos y detalles de la contratación podrán
solicitarse a la dirección de correo electrónico cargutirss@ins-cr.com o
comunicarse con el señor Carlos Gutiérrez Acosta, al teléfono 2296-9599, extensión
4137.
San José, 05 de diciembre del
2017.—Proveeduría.—Licda. Evelyn Marín Mora, Coordinadora.—1 vez.—O. C. N°
206-2016.—Solicitud N° 17009.—( IN2017197485 ).
CONTRATACIÓN DIRECTA N° 2017CD-000170-INS-RSS
Adquisición
del servicio de mantenimiento correctivo
según demanda para
las selladoras marca Hawo
Se les invita a
participar en la licitación citada, cuya apertura está prevista para el 15 de
diciembre del 2017 a las 09:00 horas.
El cartel con los requisitos y detalles de la
contratación podrán solicitarse a la dirección de correo electrónico
cargutirss@ins-cr.com o comunicarse con el señor Carlos Gutiérrez Acosta, al
teléfono 2296-9599, extensión 4137.
San José, 5 de
diciembre del 2017.—Licda. Evelyn Marín Mora, Coordinadora de Proveeduría.—1
vez.—O. C. N° 206-2016.—Solicitud N° 17010.—( IN2017197487 ).
CONTRATACIÓN DIRECTA N° 2017CD-000171-INS-RSS
Adquisición
de mantenimiento correctivo según demanda
para set de
diagnóstico, marca Riester
Se les invita a
participar en la licitación citada, cuya apertura está prevista para el 15 de
diciembre del 2017, a las 10:00 horas.
El cartel con los requisitos y detalles de la
contratación podrán solicitarse a la dirección de correo electrónico
cargutirss@ins-cr.com o comunicarse con el señor Carlos Gutiérrez Acosta, al
teléfono 2296-9599, extensión 4137.
San José, 5 de
diciembre del 2017.—Licda. Evelyn Marín Mora, Coordinadora de Proveeduría.—1
vez.—O. C. N° 206-2016.—Solicitud N° 17011.—( IN2017197493 ).
CONTRATACIÓN
DIRECTA Nº2017CD-000172-INS-RSS
Adquisición de mantenimiento correctivo según
demanda
para cortadoras de yeso, marca De-Soutter, Hebu
Se les invita a participar en la licitación
citada, cuya apertura está prevista para el 15 de diciembre del 2017 a las
11:00 horas.
El
cartel con los requisitos y detalles de la contratación podrán solicitarse a la
dirección de correo electrónico cargutirss@ins-cr.com o comunicarse con la
señor Carlos Gutiérrez Acosta al teléfono 2296-9599, extensión 4137.
San José, 5 de diciembre del 2017.—Licda.
Evelyn Marín Mora, Coordinadora de Proveeduría.—1 vez.—O. C. Nº
206-2016.—Solicitud Nº 17012.—( IN2017197498 ).
MUNICIPALIDAD DE CARTAGO
LICITACIÓN
PÚBLICA N° 2018LN-000001-MUNIPROV
Contratación para llevar a cabo la operacionalidad
de los Centros de Cuido y Desarrollo Infantil (CECUDI)
por un periodo de hasta 9 meses con opción a ser prorrogado
hasta por 3 periodos iguales, en los siguientes lugares: Atardecer,
Corralillo, Dulce Nombre, El Carmen, Fátima, Guadalupe, Llano
Grande, Manuel de Jesús, Oriente, San Nicolás y Tierra Blanca
A los interesados en esta licitación se les
hace saber, que se prórroga la apertura de ofertas para las 10:00 horas del día
14 de diciembre del 2017 y se modifica el cartel. Podrán accesar la información
en el sitio Web www.muni-carta.go.cr. Todo lo demás permanece
invariable.
Proveeduría.—Licda. Gabriela Redondo Cordero,
Proveedora Municipal.—1 vez.—( IN2017197588 ).
LICITACIÓN PÚBLICA NACIONAL Nº 2015LN-000028-01
Contratación
de una empresa para brindar servicios operativos
en la gestión
crediticia de la Dirección General de Crédito
Se comunica a los
interesados de esta Licitación Pública Nacional, que en artículo 03 de la
Sesión Extraordinaria 1396-2017, celebrada por el Comité de Licitaciones el 30
de noviembre del 2017 se acordó:
Adjudicar parcialmente la
Licitación Pública Nacional Nº 2015LN-000028-01 promovida para la “Contratación
de una empresa para brindar servicios operativos en la gestión crediticia de la
Dirección General de Crédito”, de acuerdo al siguiente detalle:
Nombre del adjudicatario: |
Consorcio CBP Business Process Outsourcing |
Representantes del Consorcio: |
José Manuel Villalobos Castro Erick Villalobos Álvarez Gerardo Vargas Fernández |
Precio cotizado por el servicio: |
¢65.60 (con mejora de precio) |
Procesos que se adjudican: |
Nos. 8, 9, 10, 12, 15, 18, 20, 21, 23, 35,
36, 37, 39, 43, 45, 27 (indicados en el anexo N° 1 del cartel que ampara la
presente licitación). |
Plazo del contrato: |
El plazo de la presente contratación será de
un año, prorrogable en forma automática por tres períodos iguales, cuatro (4)
en total. |
Todo conforme lo
estipulado en el cartel, la oferta económica y el informe técnico
DGCDSCC-OP-01523-2017, que consta en el expediente administrativo y que forma
parte integral de la presente contratación.
La Uruca, 6 de
diciembre del 2017.—Proveeduría General.—Alejandra Trejos Céspedes, Supervisora
Operativa.—1 vez.—O. C. Nº 524007.—Solicitud Nº 103195.—( IN2017197662 ).
LICITACIÓN
PÚBLICA N° 2017LN-000006-UADQ
(Resolución de Adjudicación N°
UADQ 447-2017)
Concesión de local para la instalación de máquinas
fotocopiadoras para la prestación de servicios
de fotocopiado en la sede de occidente
SE
ACUERDA:
1. Adjudicar la Licitación Pública N°
2017LN-000006-UADQ, titulada “Concesión de local para la instalación de
máquinas fotocopiadoras para la prestación de servicios de fotocopiado en la
sede de occidente” de la siguiente forma:
A: Oferta N° 2.—Edgar
Francisco Campos Lobo, cédula jurídica 2-0553-0674.
Canon mensual: ¢288.000,00
Monto
anual: ¢2.880.000,00
Nota: Para los meses no
lectivos, es decir, julio, diciembre, enero y febrero, el contratista deberá
pagar únicamente el 50% del valor mensual de la contratación.
Orden de inicio: La Oficina de Servicios
Generales, determinará la fecha de inicio, previo acuerdo con el contratista.
Vigencia
del contrato: La contratación que se realizará de la licitación en referencia
es por un año. Dicho contrato podrá prorrogarse por tres períodos similares,
hasta un máximo del contrato de 4 años, previo acuerdo entre las partes, por
escrito, dos meses antes del vencimiento del período contratado o de sus
prórrogas; y una vez aprobado el nuevo canon mensual por parte de la
Administración.
Precios
establecidos para los servicios prestados:
Monto
adjudicado anual ¢2.880.000,00
Sabanilla de Montes de Oca, 5 de diciembre
del 2017.—Unidad de Adquisiciones.—Licda. Yalile Muñoz Caravaca, Analista.—1
vez.—O. C. N° 205177.—Solicitud N° 103059.— ( IN2017197702 ).
PROCESO
DE ADQUISICIONES
LICITACIÓN
ABREVIADA 2017LA-000044-01
Contratación de seguridad y vigilancia física
y electrónica para el edificio de la UPYMESBD
La Comisión Local Central de Adquisiciones
del Instituto Nacional de Aprendizaje, en sesión 37-2017 celebrada el 5 de
diciembre del 2017, artículo VIII, tomo el siguiente acuerdo:
a. Adjudicar la Licitación Abreviada 2017LA-000044-01, Contratación de
seguridad y vigilancia física y electrónica para el edificio de la UPYMESBD,
según el dictamen técnico URMA-PSG-833-2017 y el Dictamen Legal ALCA-619-2017,
realizados por las dependencias responsable de analizar las ofertas; así como
en los elementos de adjudicación consignados en el punto 5 del cartel, de la
siguiente manera:
a. Adjudicar la línea N° 1 a la oferta N° 4, de la empresa Servicios de Monitoreo Electrónico Alfa S. A. & Seguridad Alfa S.
A. (Seguridad Alfa),
por un monto anual de ¢31.833.749,16, por ofrecer un precio razonable, con un
plazo de contractual de un año el cual podrá ser prorrogado año a año por tres
años más, para un total de cuatro años.
Unidad de Compras Institucionales.—Lic. Allan
Altamirano Díaz, Jefe.—1 vez.—O. C. Nº 25344.—Solicitud Nº 103127.— ( IN2017197331 ).
REFINADORA
COSTARRICENSE DE PETRÓLEO S. A.
LICITACIÓN ABREVIADA Nº 2017LA-000026-02
(Notificación de declaratoria de desierto)
Suministro
e instalación de dispositivos San Storage
3par para centro de
datos
Se informa que la
Gerencia General de RECOPE, mediante el oficio GG-1075-2017 de fecha 05 de
diciembre de 2017, acuerda declarar desierta la presente contratación; lo
anterior considerando lo establecido en el artículo 86 del Reglamento a la Ley
de Contratación Administrativa, y de conformidad con los resultados del
análisis legal y técnico del presente concurso con base en el oficio
ST-948-2017 de la Dirección de Tecnología Informática, mediante el cual indica
que a la fecha no ha sido posible formalizar la presente contratación, y
analizando el presupuesto para el 2018, no se cuenta con la previsión
presupuestaria para atender el compromiso que se generaría producto de una
eventual adjudicación de este concurso.
Se recuerda a los proveedores y demás interesados
que a través del sitio web www.recope.com se encuentran publicadas las
licitaciones y contrataciones por escasa cuantía promovidas por RECOPE.
Área de
Licitaciones.—Mauricio Méndez Araya.—1 vez.— O. C. Nº 201700142.—Solicitud Nº
103210.—( IN2017197734 ).
MUNICIPALIDAD
DE ZARCERO
LICITACIÓN ABREVIADA Nº 2017LA-000010-OPMZ
Compra
e instalación de romana camionera
El Concejo Municipal
de Zarcero, en sesión ordinaria Nº 101 del 4 diciembre del 2017, adjudica la
Licitación Abreviada Nº 2017LA-000010-OPMZ “Compra e instalación de romana
camionera”. A la empresa: Romanas Ocony S. A., cédula
número 3-101-029749 por un monto total de ¢ 31.500.000,00.
Zarcero, 6 diciembre
del 2017.—Ronald Araya Solís, Alcalde Municipal.—1 vez.—( IN2017197656 ).
MUNICIPALIDAD
DE SARAPIQUÍ
LICITACIÓN PÚBLICA Nº 2017LN-000003-01
Venta
de bienes propios inmuebles de la Municipalidad
de Sarapiquí,
ubicados en el distrito Puerto Viejo
La Municipalidad de
Sarapiquí, comunica, que el Concejo Municipal según artículo 4, acuerdo 6 de la
Sesión Ordinaria N° 48-2017 del 30 de noviembre del 2017, adjudicó la partida
Nº 1 de la Licitación Pública N° 2017LN-000003-01 “Venta de bienes propios
inmuebles de la Municipalidad de Sarapiquí, ubicados en el distrito Puerto Viejo”
al oferente Leida Oses Campos, cédula física Nº 4-0119-0938 por un monto de
¢5.447.825,00 (cinco millones cuatrocientos cuarenta y siete mil ochocientos
veinticinco colones sin céntimos). Notifíquese.
Licenciado Luis Diego
Corella Miranda, Proveedor Municipal.—1 vez.—( IN2017197577 ).
MUNICIPALIDAD DE GUÁCIMO
LICITACIÓN
PÚBLICA N° 2017LN-000001-01
Mejoramiento de caminos; colocación de Subbase, base
granular y carpeta asfáltica en los caminos C7-06-036
y C7-06-066, longitud total de mejoramiento de 4.33
kilómetros en un ancho promedio de superficie
de ruedo de 5.5 metros
El departamento de Proveeduría de la
Municipalidad de Guácimo, informa a los interesados en este concurso que en
Sesión Ordinaria N° 48-17, mediante acuerdo N° siete, celebrada el 01 de
diciembre de 2017, el Concejo Municipal de Guácimo adjudicó este proceso de
contratación a la empresa Constructora Meco S. A., cédula jurídica 3-101-035078,
por un monto de ¢253.108.098,10, con plazo de entrega de 65 días naturales.
Proveeduría Municipal.—Licda. Zilenia Venegas
Vargas, Proveedora.—1 vez.—( IN2017197411 ).
DIRECCIÓN
MANTENIMIENTO INSTITUCIONAL
SUBÁREA
DE GESTIÓN ADMINISTRATIVA Y LOGÍSTICA
SANCIÓN
DE INHABILITACIÓN
Mediante expediente administrativo Nº
004-2017, se instruyó procedimiento administrativo de ejecución de garantía de
cumplimiento y sanción de inhabilitación en contra del contratista Roy Sandino
González.
Atendiendo instrucción contenida en la
resolución GIT-8832-2017, del 29 de setiembre del 2017, se procede a publicar
la sanción de inhabilitación:
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Subárea de Gestión Administrativa y
Logística.—Lic. José Miguel Chavarría Cordero, Jefe.—1 vez.—( IN2017192376 ).
RESOLUCIÓN
OD-01-2017
PROCEDIMIENTO ADMINISTRATIVO
ORDINARIO DM-896-2017
PUBLICACIÓN DE PRIMERA VEZ
Procedimiento Ordinario Administrativo.—C/
Applied Research, S.A.—DM-896-2017.—Ministerio de Ambiente y Energía, a las
nueve horas del catorce de noviembre de dos mil diecisiete.
Se
inicia procedimiento administrativo ordinario conforme al oficio DM-896-2017,
del Ministro de Ambiente y Energía, para dar el debido proceso a la empresa
Applied Research, Sociedad Anónima, cédula de persona jurídica N° 3-101-661694,
en su condición de contratista de la Licitación Abreviada N°
2017LA-000007-0010800001, N° Merlink 20160800662-01, para la adquisición de
equipo de cómputo para el Ministerio de Ambiente y Energía.
Resultando:
1º—El 16 de agosto de 2016, se aprobó la
Solicitud de Contratación N°0062016000700002, para la adquisición de
computadoras portátiles para la Dirección de Agua del MINAE.
2º—El 4
de noviembre del 2016, se generó el contrato electrónico entre el Ministerio de
Ambiente y Energía y la empresa Applied Research, S. A., para la adquisición de
dos computadoras portátiles, marca Lenovo, Modelo E450, por un total de un
millón ciento noventa y nueve mil ochocientos cincuenta colones exactos
(¢1.199.850,00).
3º—El 8
de marzo del 2017, la señora Monika Holst Vargas, envió un correo electrónico
al señor Fabio Andrés Miranda Hamburguer, en el cual indicó: “Buenos días don Fabio, un gusto saludarlo. Efectivamente ocupamos
el lector de DVD. En cuanto al maletín, ocupamos transportar las computadoras
portátiles y no tenemos el accesorio, el cual también estaba incluido en el
requerimiento de la solicitud. Para cuándo podríamos contar con éstos
accesorios que realmente estamos necesitando”.
4º—El 8
de marzo del 2017, el señor Miranda Hamburguer, contestó el correo electrónico
a la señora Holst, indicó lo siguiente: “Monika le sirven maletines de espalda?
Cuántos ocupa?
5º—El 8
de marzo del 2017, la señora Holst Vargas, contestó el correo al señor Miranda
y le indicó: “Está bien don Fabio, si me pudiera enviar dos se lo agradecería,
uno es para una mujer y el otro para hombre, por aquello que tenga de otros
colores o todos negros”.
6º—El 8
de marzo del 2017, el señor Miranda, respondió el correo electrónico e indicó:
“Mañana agendado para entrega. Tengo negro como en la foto, pero son nuevos de
la marca Case Logic original, cómodos y espaciosos.
7º—El
10 de marzo del 2017, la señora Holst Vargas, envió correo electrónico al señor
Miranda y le comunicó´: “Buenos días don Fabio. ¿Será que para hoy podamos
tener los accesorios faltantes (maletines y el lector)? Es que ocupamos liberar
la garantía de cumplimiento, pero teniendo pendientes no podemos proceder”.
8º—El
12 de junio de 2017, se recibió el oficio DA-0575-2017, suscrito por el señor
José Miguel Zeledón Calderón, Director de Agua del Ministerio de Ambiente y
Energía, en la cual indicó: “En la contratación número
2016LA-000007-0010800004, resultó adjudicataria la firma Applied Research,
Sociedad Anónima, por la compra de dos computadoras portátiles, por un total de
un millón ciento noventa y nueve mil ochocientos cincuenta colones exactos
(¢1.199.850,00), bien que entregó incompleto a la Dirección de Agua del MINAE,
incurriendo en incumplimiento contractual. La no entrega de la mercadería
solicitada, consta de un lector de disco CD/DVD, y el maletín correspondiente,
ocasionando inconvenientes a nivel de personal, ya que, al no disponer del
lector, no se puede leer información que envían clientes externos, grabar
documentación requerida por otras dependencias, por ejemplo, el presupuesto, ni
se puede asistir a reuniones por no contar con el maletín para su transporte.
No obstante, la no entrega de los mismos, no genera situaciones que ameriten
invertir tiempo y recurso humano, en cálculos por concepto de daños y
perjuicios, sin embargo, el daño colateral basado en el costo de oportunidad es
alto, al tener que estar interrumpiendo a otros compañeros, para que ayuden a
copiar la información de un disco a una llave maya o solicitando que graben
archivos pesados en un disco. Al señor Fabio Miranda, se le envió un correo
electrónico el 08 de marzo, haciendo la solicitud de entrega y contestó que los
tendríamos, sin embargo, a la fecha no ha sido posible, ya que el señor
Miranda, no volvió a responder correo ni llamadas, se adjuntan correos de
prueba (…).
9º—Que
mediante oficio DM-896-2017, del 21 de setiembre de 2017, el MSc. Fernando Mora
Rodríguez, Ministro a.i., de Ambiente y Energía, en atención al oficio
DA-0575-2017, rubricado por el señor José Miguel Zeledón, procede a nombrar el
Órgano Director del Procedimiento Administrativo Ordinario, para que determinen
las normas legales violentadas y especificar las sanciones que procedan
conforme los numerales 99, 100 y 100 bis de la Ley de Contratación
Administrativa, contra la empresa Applied Research, Sociedad Anónima, cédula de
persona jurídica número 3-101-661694, en su condición de contratista de la
Licitación Abreviada N° 2017LA-000007-0010800001, N° Merlink 20160800662-01,
para la adquisición de equipo de cómputo para el Ministerio de Ambiente y Energía.
(Ver folio 50 del expediente del Procedimiento).
10.—El
26 de octubre del 2017, según consta en el Acta de Notificación, no fue posible
realizar la notificación personal al señor Fabio Andrés Miranda Hamburguer, en
su condición de representante legal de Applied Research S. A., debido a que no
se localizó el lugar señalado para éstos efectos.
Considerando:
I.—Que de conformidad con la Ley General de
la Administración Pública, artículo 308 inciso 1) será de obligado cumplimiento
para la Administración Pública, la tramitación de un procedimiento
administrativo ordinario, para aquellos casos en que el acto final puede causar
perjuicio grave al administrado, sea imponiéndole obligaciones, suprimiéndole o
denegándole derechos subjetivos, o por cualquier otra forma de lesión grave y
directa a sus derechos o intereses legítimos. En el mismo sentido lo
estableció, la Resolución N°. 2015017791, de la Sala Constitucional de la Corte
Suprema de Justicia, de las doce horas cero minutos del 11 de noviembre de 2015.
Este
procedimiento se tramitará mediante una comparecencia oral y privada ante la
Administración Pública, pudiendo comparecer al acto las partes, sus
representantes y sus abogados. La prueba testimonial será evacuada ante las
partes, un testigo por turno, pudiendo las partes formular sus preguntas.
Se
consideran violentados y son de aplicación, conforme a los hechos acusados que
se dirán, la normativa que se cita a continuación:
El artículo 99 de la Ley de Contratación Administrativa, que
establece: “Se hará acreedora a la sanción de apercibimiento, por parte de la
Administración o la Contraloría General de la República, la persona física o
jurídica que, durante el curso de los procedimientos para contratar, incurra en
las siguientes conductas: a) El contratista que, sin motivo suficiente,
incumpla o cumpla defectuosa o tardíamente con el objeto del contrato; sin
perjuicio de la ejecución de las garantías de participación o
cumplimiento(....)”.
II.—Que la empresa contra la que se dirige
este procedimiento se denomina Applied Research, Sociedad Anónima, cédula de
persona jurídica número 3-101-661694, representada por Fabio Andrés Miranda
Hamburguer, portador de la cédula de identidad número 8-0096-0782, en su
condición de Apoderado Generalísimo sin límite de suma de dicha sociedad.
III.—Que
este proceso se origina en razón de la solicitud realizada por medio del oficio
DA-0575-2017, suscrito por el señor José Miguel Zeledón Calderón, Director de
Agua del Ministerio de Ambiente y Energía, en el cual indicó que la empresa no
entregó un lector de disco CD/DVD y dos maletines para las computadoras
portátiles, ocasionando inconvenientes a nivel de personal, ya que al no
disponer del lector no se puede leer información que envían clientes externos,
así como grabar documentación requerida por otras dependencias y por correo
electrónico se le solicitó la entrega de dichos accesorios y hasta la fecha
actual, no se han recibido y solicita que se continúe con el procedimiento
respectivo.
Los
hechos que se imputan a la empresa son los que se detallan a continuación:
Supuesto incumplimiento en la entrega de un
lector de disco CD/DVD y dos maletines para las computadoras portátiles,
adjudicados por medio del contrato electrónico entre el Ministerio de Ambiente
y Energía y Applied Research, S.A., para la adquisición de dos computadoras
portátiles con los respectivos maletines, marca Lenovo, Modelo E450, por un
total de un millón ciento noventa y nueve mil ochocientos cincuenta colones
exactos (¢1.199.850,00).
IV.—Que la prueba que consta en poder del
Órgano Director para este procedimiento consiste en el expediente
administrativo denominado “Procedimiento Administrativo Ordinario contra la
empresa Applied Research, S. A., de la “Licitación Abreviada N°
2017LA-000007-0010800001, N° Merlink 20160800662-01”, que consta de 55 folios y
que se pone a disposición en este acto.
V.—Que
resulta procedente informar a la parte, que el Órgano Director está integrado
de forma unipersonal por la Licenciada Floribeth Ruiz Solís, quien preside el
Órgano Director y localizable al teléfono 2253 82 53, 22538050, ext. 0,
funcionaria del Ministerio de Ambiente y Energía, nombrada conforme al oficio
DM-896-2017, del 21 de setiembre de 2017.
Se fija
la sede del Órgano Director de este procedimiento, en la Oficina de la
Proveeduría Institucional del Ministerio de Ambiente y Energía, sita de la Casa
Italia cien metros al Oeste, casa de dos plantas, verjas gris, rótulo del
Ministerio de Ambiente y Energía, donde el expediente será custodiado y puesto
a disposición de la parte, previa coordinación para una mejor atención, la cual
puede hacer con la suscrita, en los teléfonos 2234-6504 y 2253-8253, en horario
de las siete horas a las catorce horas de lunes a viernes, a partir del momento
de notificación de la presente resolución.
VI.—Que
en virtud de la imposibilidad material para notificar personalmente al señor
Fabio Andrés Miranda Hamburguer, en su condición de representante legal de
Applied Research S. A., se realizarán las tres publicaciones consecutivas de
ley, según lo dispone el numeral 241 inciso 4, de la Ley General de la
Administración Pública, en la cual se realizará la convocatoria a la audiencia
oral y privada, para el veintiuno de diciembre de dos mil diecisiete a las
nueve de la mañana. Por tanto,
EL ÓRGANO
DIRECTOR, RESUELVE:
1º—Citar a comparecencia oral y privada al
señor Fabio Andrés Miranda Hamburguer, portador de la cédula de identidad N°
8-0096-0782, en su condición de apoderado generalísimo sin límite de suma de
Applied Research, Sociedad Anónima, cédula de persona jurídica N° 3-101-661694,
en su condición de contratista de la Licitación Abreviada N°
2017LA-000007-0010800001, N° Merlink 20160800662-01, y como posible responsable
de los hechos que se le atribuyen en el Considerando Tercero de esta
Resolución, a efectos de que manifieste sus argumentos y aporte todas las
pruebas de descargo que respalden su defensa. Se le advierte a la parte, que la
presentación previa de prueba deberá hacerse por escrito en la Sede de este
Órgano Director, pudiendo aportar toda la prueba en la comparecencia. Después
de la comparecencia, no se recibirá ninguna otra prueba, por así disponerlo la
ley.
La
comparecencia se realizará el veintiuno de diciembre de dos mil diecisiete, a
las nueve de la mañana, en la oficina de la Asesoría legal de la Proveeduría
Institucional del Ministerio de Ambiente y Energía, sita de la Casa Italia, 100
metros al oeste, casa de dos plantas, verjas gris, rótulo del Ministerio de
Ambiente y Energía. Se le indica que deberá comparecer personalmente y según
indicación del considerando Tercero de la presente resolución y podrá hacerse
acompañar de un abogado si lo desea. En caso de hacerse representar, el
apoderado deberá presentar documento legal suficiente que lo acredite para ese
fin. No se permitirá la presencia de otras personas con fundamento en el
artículo 310 de la Ley General de la Administración Pública, por lo que la
prueba testimonial ofrecida que desee llevar la parte será evacuada ese mismo
día, en el orden y como lo disponga el Órgano Director y con participación de
la parte, que tendrá derecho a formular sus preguntas. El expediente
administrativo, con toda la prueba que consta de 55 folios, está disponible en
la oficina de la Proveeduría Institucional del Ministerio de Ambiente y
Energía, sita de la Casa Italia cien metros al Oeste, casa de dos plantas,
verjas gris, rótulo del Ministerio de Ambiente y Energía, donde el expediente
será custodiado y puesto a disposición de la parte, previa coordinación para
una mejor atención, la cual puede hacer con la señora Floribeth Ruíz Solís, en
los teléfonos 2234-6504 y 2253-8253, en horario de las siete horas a las quince
horas de lunes a viernes, a partir del momento de notificación de la presente
resolución, para que la parte pueda revisarlo y copiarlo si lo desea.
2º—Se
le advierte a la parte, que para la presentación de testigos, deberán informar
de previo a la realización de la audiencia, a éste Órgano Director el nombre y calidades
de los testigos, así como la indicación sucinta de los hechos, sobre los cuales
va a declarar cada uno de ellos. Adicionalmente, se le advierte que toda
presentación de pruebas debe hacerla por escrito.
3º—Se le previene a la parte, que en su primera
actuación deberá señalar lugar o medio para notificaciones, dentro del
perímetro judicial o un numero de fax, caso contrario, las resoluciones
siguientes, se tendrán por notificadas con el transcurso de 24 horas.
4º—La
presente resolución, tiene los recursos ordinarios de revocatoria y apelación
en los plazos de la Ley General de la Administración Pública artículo 346 y de
conformidad con el artículo 347 inciso 2), es potestativo de la parte usar
ambos recursos o solo uno de ellos. Los Recursos deberán interponerse para ante
el Órgano Director en su sede.
5º—Ordenar
la publicación de la convocaría en el Diario Oficial La Gaceta,
durante tres días consecutivos, ante la imposibilidad material de notificar de
forma personal, al señor Fabio Andrés Miranda Hamburguer, en su condición de
representante legal de Applied Research, S.A., según lo dispone el numeral 241
inciso 4), de la Ley General de la Administración Pública.
Licda. Floribeth Ruiz Solís, Órgano
Director.—O. C. Nº
33963.—Solicitud Nº 18313.—( IN2017192176 ).
CORTE
SUPREMA DE JUSTICIA
DIRECCIÓN EJECUTIVA
DEPARTAMENTO DE PROVEEDURÍA
LICITACIÓN PÚBLICA 2015LN-000033-PROV
Compra
de vehículos con entrega de vehículos usados como
parte de pago, para
uso de diferentes oficinas judiciales
Se comunica que en el
aviso de adjudicación publicado en La Gaceta N° 209 del 1° de
noviembre del 2016, correspondiente a la Licitación Pública 2015LN-000033-PROV,
denominada “Compra de vehículos con entrega de vehículos usados como parte de
pago, para uso de diferentes oficinas judiciales”, por error se indicó que el
monto total readjudicado para la empresa Auto Ensambladora S. A., cédula jurídica 3-101-007866 fue de ¢479.987.764,88 siendo lo correcto
¢479.989.764,88.
San José, 6 de
diciembre del 2017.—Proceso de Adquisiciones.—MBA. Yurli Argüello Araya,
Jefa.—1 vez.—( IN2017197361 ).
LICITACION
PÚBLICA N° 2017LN-000026-DCADM
(Enmienda N° 1 y Prórroga N° 1)
Alquiler de un edificio para ubicar a la dirección
de soporte administrativo del Banco Popular,
sus áreas y unidades adscritas
Se les comunica a todos los interesados en
esta Licitación que el documento que contiene la Enmienda N° 1 de oficio al
cartel, puede ser retirada en la División de Contratación Administrativa del
Banco Popular, ubicado en el sexto piso de la sede central, en avenidas 2 y 4,
calle 1, San José, en un horario de lunes a viernes de 8:15 a.m. a 4:00 p.m.
Además, se les comunica que se prórroga de oficio la fecha y hora para la
apertura de ofertas de este concurso, para el día 15 de diciembre del 2017, a
las 10:00 horas.
Demás condiciones y requisitos permanecen
invariables.
Área de Gestión y Análisis de Compras.—Licda.
Ana Victoria Monge Bolaños, Jefe.—1 vez.—( IN2017197476 ).
MUNICIPALIDAD DE OROTINA
LICITACIÓN
PÚBLICA N° 2017LN-000001-01
(Prórroga al plazo para recibir
ofertas)
Contratación por obra total para la elaboración
del proyecto de conectividad y espacios públicos
en el casco urbano de Orotina
La Municipalidad de Orotina, realiza una
prórroga al plazo para recibir ofertas, relacionado a la invitación del cartel
número 2017LN-000001-01, denominado “Contratación por obra total para la
elaboración del proyecto de conectividad y espacios públicos en el casco urbano
de Orotina”.
La
nueva fecha para recibir ofertas (apertura), queda establecida para el día
martes 12 de diciembre del 2017, a las 9:00 horas. Para cualquier consulta, se
pueden dirigir al teléfono 2428-8047, ext. 139/140 y/o al correo electrónico proveeduria@muniorotina.go.cr
Orotina, 6 de diciembre de 2017.—Lic. Jeffry
Miranda Mena, Proveedor Municipal.—1 vez.—( IN2017197728 ).
DEPARTAMENTO
DE PROVEEDURIA
LICITACIÓN
PÚBLICA N° 2017LN-000001-01 (Modificación)
Contratación por obra total para la elaboración
del proyecto de conectividad y espacios públicos
en el casco urbano de Orotina
La Municipalidad de Orotina (atendiendo el
criterio contralor en oficio R-DCA-1037-2017), realiza una modificación,
relacionada a la invitación del cartel número 2017LN-000001-01, denominado
“Contratación por obra total para la elaboración del proyecto de conectividad y
espacios públicos en el casco urbano de Orotina”.
Se
modifica, el punto VII “Sistema de evaluación”, quedando de la siguiente
manera:
VII.—Sistema
de calificación y evaluación de las ofertas.
La calificación técnica la realizará el
departamento de la Unidad Técnica y Gestión Vial y la calificación de ofertas
en caso de ser necesario la realizará la Proveeduría Municipal. La labor será
un sólo Ítem. Las obras serán realizadas por una sola empresa
adjudicada o consorcio.
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La experiencia la empresa física o jurídica
se evaluará, a partir de la fecha de incorporación al CFIA, por lo que deberá
presentar la certificación correspondiente.
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La experiencia del profesional a cargo, se
evaluará, a partir de la fecha de incorporación al CFIA, por lo que deberá
presentar la certificación correspondiente.
Precio:
30 pts.
La empresa que ofrezca el menor precio tendrá
30 puntos y los restantes tendrán puntos en forma proporcional, según la
siguiente fórmula:
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Si hay cotizaciones en dólares, la evaluación se hará al tipo de
cambio respecto al colon del día de las aperturas.
Proyectos relacionados con obras civiles en los últimos 7 años: 15 pts.
Los oferentes deberán comprobar que han
realizado proyectos relacionados con obras civiles en los últimos 7 años por un
monto igual o superior a ¢300.000.000,00, debidamente inscritos dichos
proyectos al CFIA. Cada proyecto tendrá una calificación de 5pts, hasta un
máximo de 15 pts en total.
Plazo
de entrega: 15 pts.
La calificación de este apartado será de la
siguiente manera: Importante tomar en cuenta el punto relacionado a las
Brigadas mínimas, indicado en la página 10 del cartel.
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A pesar de que en el cartel se indica que el
plazo máximo de entrega de las obras es de 5 meses, para la Administración
resulta importante darle puntuación a dicho aspecto, tomando en consideración
el punto relacionado a las Brigadas mínimas, indicado en la página 10 del
cartel, con el fin de reconocerle puntos a empresas que nos oferten plazos de
entrega inferiores al ya establecido y así afectar con el menos tiempo posible
al comercio del cantón y aprovechar los meses de verano.
Criterio
de desempate:
En caso de empate, será adjudicada la empresa
física o jurídica oferente, que contabilice mayor experiencia, contada a partir
de la inscripción de la empresa al CFIA.
La
Municipalidad de Orotina se reserva el derecho de comprobar la exactitud y
veracidad de los datos consignados en la oferta, en caso de que así lo decida.
De conformidad con lo dispuesto en el Artículo N° 4 de la LCA y el Artículo N°
56 de su reglamento, en caso de requerirse certificaciones de experiencia
emitidas por el cliente, se exime a los oferentes de apodar certificaciones
relativos a la experiencia positiva que haya sido generada en la propia entidad
o que consten en los archivos de este Consejo, para lo cual será obligación del
oferente señalar de manera clara la experiencia que solicita le sea reconocida
y en cual expediente administrativo consta, indicando el número y nombre de la
contratación.
Se debe obtener una calificación minina de 70, para
que la oferta pueda resultar adjudicada. En caso de que una oferta sea
declarada elegible, pero no obtiene la calificación mínima de 70, no podrá ser
adjudicada.
Para
cualquier información, la pueden solicitar en el Edificio Municipal, que se
localiza en el costado suroeste del Parque Central de Orotina, al teléfono
2428-8047, ext. 139 / 140 y/ó al correo electrónico proveeduria@muniorotina.go.cr.
Orotina, 6 de diciembre del
2017.—Proveeduría.—Lic. Jeffry Miranda Mena, Proveedor Municipal.—1 vez.—(
IN2017197729 ).
MUNICIPALIDAD DE MORAVIA
El Concejo Municipal de Moravia, según
acuerdo N° 748-2017 tomado en la sesión ordinaria N° 77 del 16 de octubre del
2017, aprobó en forma definitiva el Reglamento del programa de voluntariado
Municipal del Concejo Municipal de Moravia, según se transcribe:
REGLAMENTO
DEL PROGRAMA DE VOLUNTARIADO
MUNICIPAL DEL CONCEJO MUNICIPAL
DE MORAVIA
CAPÍTULO
I
Disposiciones generales
Artículo 1º—Objetivo
general. El
presente reglamento pretende dotar de un marco legal que ordene y regule las acciones
llevadas a cabo a través del Programa de Voluntariado Municipal de Moravia.
Artículo
2º—Alcances y aplicación. Este reglamento brinda un marco legal que
aplicará sobre las acciones de se ejecuten a través del Programa de
Voluntariado Municipal impulsado por la Comisión de Asuntos Sociales del
Concejo Municipal de Moravia.
Artículo
3º—Sobre el carácter del voluntariado. Se entiende por voluntariado
municipal, a los efectos del presente Reglamento, el conjunto de actividades de
interés general, desarrolladas por personas físicas o jurídicas, siempre que
dichas acciones no se realicen en virtud de una relación laboral, funcionarial,
mercantil o cualquier otra retribuida y reúnan los siguientes requisitos:
a) Que tengan carácter altruista y solidario.
b) Que su realización sea libre, no motivada por ningún tipo de
obligación personal o deber jurídico. Se exceptúa de esta disposición aquellos
aportes derivados de los programas de trabajo comunal universitario, de entes
públicos o privados de la educación superior universitaria, y también de
centros educativos secundarios.
c) Que no comporten contraprestación económica, sin perjuicio del
derecho al reembolso de los gastos que dichas actividades voluntarias
ocasionen. Se prohíbe que los voluntarios soliciten, en nombre de la
Municipalidad, retribución o valores, sea en dinero o en especie, salvo
autorización expresa de la Municipalidad.
d) Que sean desarrolladas por organizaciones privadas, o por
instituciones públicas y se ajusten a programas o proyectos concretos de
colaboración.
CAPÍTULO
II
De los deberes y derechos de las personas
involucradas
Artículo 4º—Derechos de las personas
voluntarias. Las personas voluntarias tendrán los siguientes derechos:
a) Recibir, tanto con carácter inicial como permanente, la
información, orientación y apoyo que se consideren necesarios y pertinentes
para el ejercicio de las actividades comprendidas en el Programa de
Voluntariado Municipal.
b) Ser tratado sin discriminación, respetando su libertad, dignidad, intimidad
y creencias.
c) Participar activamente en el proyecto al que esté vinculado,
colaborando en la elaboración, diseño, ejecución y evaluación de las
actividades del mismo.
d) Disponer de una acreditación identificativa de su condición de
voluntario municipal.
e) Realizar su actividad en condiciones de seguridad e higiene en
función de las características de aquélla.
f) Ser reconocidos por el valor social de su contribución, pudiendo
obtener documentación acreditativa de la labor realizada.
g) Obtener el cambio de proyecto, de actividad o beneficiario
asignado, siempre que sea posible y existiesen causas justificadas que lo
aconsejen para la mejor ejecución de su actividad.
h) Rescindir el compromiso, siempre que se haga con la debida
antelación para efectos de evitar efectos indeseados en la prestación de
servicios y realización de actividades enmarcadas en el Programa de
Voluntariado Municipal.
Artículo 5º—Deberes de las personas
voluntarias. Las personas voluntarias tendrán los siguientes deberes:
a) Cumplir los compromisos
adquiridos en el acuerdo de incorporación, y en su caso con las organizaciones
en las que se integren.
b) Rechazar cualquier contraprestación económica que pudiera recibir
tanto del beneficiario como de otras personas relacionadas con su acción,
cuando lo anterior se desarrolle bajo el marco del Programa de Voluntariado
Municipal.
c) Enmarcar la acción voluntaria bajo el respeto, la tolerancia y la
cortesía, respetando siempre los derechos de las personas beneficiarias.
d) Seguir las indicaciones adecuadas a los fines previstos en el
desarrollo de las actividades encomendadas.
e) Utilizar debidamente la acreditación del Programa de Voluntariado
Municipal.
f) Respetar y cuidar los recursos que se pongan a su disposición.
Artículo 6º—Obligaciones de la entidad
responsable del Programa de Voluntariado Municipal. El Concejo Municipal de Moravia, representado
por la Comisión de Asuntos Sociales, tendrá las siguientes obligaciones:
a) Cumplir los compromisos adquiridos con las personas voluntarias en
el acuerdo de
incorporación.
b) Proporcionar a la persona voluntaria la información y los medios
necesarios para el
correcto
desarrollo de sus actividades.
c) Garantizar la realización de sus actividades en las debidas
condiciones de seguridad e higiene en función de la naturaleza y
características de aquéllas.
Artículo 7º—Responsabilidades de las personas
beneficiarias del Programa de Voluntariado Municipal.
a. Presentarse puntualmente a las actividades en las cuales se haya
enlistado.
b. Guardar en todo momento el respeto y la compostura en su
relacionamiento con la persona voluntaria y con el resto de personas
beneficiarias.
c. Atender las instrucciones y recomendaciones dirigidas por la
persona voluntaria.
CAPÍTULO
III
Organización del Programa de Voluntariado Municipal
Artículo 8º—Requisitos de las personas
voluntarias. Podrán ser voluntarios e incorporarse como tales, todas aquellas
personas físicas mayores de edad y las menores (a partir de 16 años)
debidamente autorizadas por sus padres o tutores, que cumplan los requisitos de
incorporación pertinentes, en los que se especifiquen la disponibilidad
horaria, perfil personal así como los conocimientos y la formación necesaria de
las personas que quieran participar en el Plan Municipal de Voluntariado.
Artículo
9º—De la solicitud de incorporación al Programa de Voluntariado Municipal. La
solicitud de incorporación al Programa de Voluntariado Municipal se gestionará
a través de la Comisión de Asuntos Sociales del Concejo Municipal, a la cual se
le presentará la siguiente documentación:
a. Un formulario, debidamente consignado por la Comisión de Asuntos
Sociales, que incluirá, como mínimo, los siguientes rubros: número de teléfono,
correo electrónico, distrito de residencia, disponibilidad horaria, breve
descripción del tipo de acción voluntaria que propone y exposición de la
formación académica, experiencia o conocimientos que posibilitan la realización
de las acciones propuestas.
b. Material de respaldo que compruebe que la persona cuenta con la
calificación para facilitar la acción voluntaria que propone. Esto, se podrá
realizar a través de la presentación de títulos académicos, bitácoras de
trabajo, material audiovisual o algún otro medio que permita constatar la
existencia de aptitudes y conocimientos suficientes para ejecutar la acción
voluntaria propuesta.
c. Hoja de delincuencia con vigencia.
La Comisión de Asuntos Sociales realizará la
valoración de las solicitudes recibidas, y en caso de resolver afirmativamente,
a través de mayoría simple, la solicitud de incorporación, procederá a
coordinar, de forma conjunta con la persona solicitante, su participación en el
Programa de Voluntariado Municipal. Esta coordinación implica la definición de
las acciones a llevar a cabo y sus respectivos horarios.
Artículo
10.—Del acuerdo de incorporación. Una vez aceptada la solicitud de
incorporación del postulante, y habiéndose coordinado con la persona postulante
los detalles de su participación en el Programa de Voluntariado Municipal, se
procederá a consignar un Acuerdo de Incorporación que incluirá los siguientes
elementos:
a. Acciones que se compromete a llevar a cabo la persona voluntaria,
indicando su respectivo horario.
b. En caso pertinente, indicación de entes que facilitan o apoyan las
acciones voluntarias.
c. Recursos necesarios para la realización de las acciones
voluntarias.
d. Cláusula en la cual se libere de responsabilidad a la Municipalidad
de Moravia y al Concejo Municipal de Moravia ante posibles accidentes generados
en el marco del Programa de Voluntariado Municipal.
El mencionado Acuerdo de incorporación será
firmado por la persona voluntaria y al menos un integrante de la Comisión de
Asuntos Sociales del Concejo Municipal.
Artículo
11.—De la acreditación. Las personas voluntarias dispondrán de los distintivos
que acrediten su condición como tal, sirviendo en una primera fase como
acreditación, la copia compulsada del Acuerdo de Incorporación mencionado en el
artículo 9° del presente Reglamento. Se entregará, oportunamente, un carné que
acredite a la persona como voluntaria o voluntario del Programa de Voluntariado
Municipal de Moravia.
Artículo
12.—De las bajas en el Programa de Voluntariado Municipal. La Comisión de Asuntos
Sociales del Concejo Municipal tiene la facultad de dar de baja del Programa de
Voluntariado Municipal a cualquier persona voluntaria en los siguientes casos:
a. Lleve a cabo comportamientos irrespetuosos contra las personas
beneficiarias del Programa de Voluntariado Municipal, contra integrantes de la
Comisión de Asuntos Sociales o contra funcionarios de las organizaciones o
instituciones con las cuales se coordinen las acciones voluntarias.
b. Incumpla reiterativamente con los compromisos establecidos en el
Acuerdo de Incorporación.
La decisión de dar de baja a una persona del
Programa de Voluntariado Municipal, se realizará a través de una votación, en
la cual tendrán voto los miembros de la Comisión. Se definirá por mayoría
simple.
Rige a partir de su publicación.
Lic. Roberto Zoch Gutiérrez, Alcalde de
Moravia.—1 vez.— ( IN2017194244 ).
FEDERACIÓN DE MUNICIPALIDADES Y CONCEJOS
MUNICIPALES DE DISTRITO DE LA PROVINCIA
DE CARTAGO
REFORMA A
LOS ESTATUTOS FEDERACIÓN
DE MUNICIPALIDADES DE LA
PROVINCIA
DE CARTAGO
(Publicado
en La Gaceta N° 13, 18-enero-2008)
Adiciónese al artículo 2° para que en
adelante se lea:
Artículo 2º—La Federación constituida se
denominará FEDEMUCARTAGO y tendrá su domicilio en el Cantón Central de la
provincia de Cartago. Sin embargo, podrá abrir oficinas, sucursales o agencias
dentro de la provincia.
Este
domicilio podrá cambiarse cuando así lo acuerde el Consejo Directivo a
cualquier cantón que la integre según convenga sus intereses, sin que ello
suponga modificaciones estatutarias.
Modifíquese al artículo 4° para que en
adelante se lea:
Artículo 4º—Del domicilio. El domicilio legal
de la Federación será el Cantón Central de la provincia de Cartago.
Adiciónese al párrafo primero del artículo 9°
para que en adelante se lea:
Artículo 9º—De la Asamblea General: La
Asamblea General es el órgano superior de la Federación y estará constituida
por cada Alcalde (sa) e Intendente(a) de las municipalidades signatarias y
contarán con voz y voto, o bien el Vicealcalde (sa) o Viceintendente(a) en
cumplimiento de las funciones por delegación o suplencia de del titular y
ostentando los mismos derechos y obligaciones, y dos regidores miembros de cada
Concejo Municipal afiliado, esto para ejercer dentro del Concejo Directivo como
propietario y suplente, éste último con derecho a voz pero sin voto. Estos
serán nombrados por sus respectivos Concejos Municipales y durarán en sus
funciones el mismo período que dure su cargo electoral.
(…)
Modifíquese el inciso b) del artículo 10°
para que en adelante se lea:
Artículo 10.—Son atribuciones de la Asamblea:
(…)
b)
Aprobar el Plan Estratégico, por un periodo quinquenal
(…)
Modifíquense los párrafos primero, segundo y
quinto del artículo 11° para que respectivamente se lean:
Artículo 11.—Del Concejo Directivo.
El Concejo Directivo estará integrado por
quince miembros propietarios y quince suplentes. Todos serán regidores,
alcaldes e intendentes, integrantes de la Asamblea General. Cada uno de los
Concejos Municipales estarán representados en el Concejo Directivo con un
directivo propietario y uno suplente. Los Alcaldes estarán representados en el
Concejo Directivo por cinco Alcaldes o Intendentes propietarios y cinco
suplentes. Los miembros propietarios tendrán voz y voto y los miembros
suplentes tendrán únicamente voz en las reuniones del Consejo y solo tendrán
voto cuando estén sustituyendo al miembro propietario. Los Vicealcaldes (as) y
los Viceintendentes (as) podrán sustituir a los Alcaldes (as) o Intendentes (as)
en sus funciones como miembros del Consejo Directivo, con los mismos derechos y
obligaciones.
Estará
conformado por un presidente, 2 vicepresidentes, 1 tesorero, 1 secretario y 10
vocales. Dicha elección deberá llevarse a cabo la primera sesión ordinaria del
Concejo Directivo.
(…)
El quórum del Concejo Directivo lo formará la
mitad más uno de los gobiernos locales signatarios de la Federación, y sus
acuerdos se toman la mayoría simple del total de los miembros, excepto los que
requieran mayoría calificada según lo determine el presente Estatuto.
(...)
Modifíquense los incisos c) y h) del artículo
12° para que en adelante se lea:
Artículo 12.—Son atribuciones del Concejo
Directivo:
(…)
c) Aprobar el Plan Operativo Anual y el
Presupuesto Anual Ordinario, lo mismo que los extraordinarios y liquidación del
ejercicio.
(…)
h) Publicar la oferta para el puesto de
Director(a) Ejecutivo (a), ser parte del proceso de concurso y presentar la
terna a la Asamblea General. Además, definir el salario del Director Ejecutivo,
en los términos que al respecto indica el Código Municipal.
Modifíquese el artículo 19 para que en
adelante se lea:
Artículo 19.—Del/la directora/a Ejecutivo/a.
La Dirección Ejecutiva, es un puesto de confianza y como tal se regirá por las
normas establecidas para este tipo de puestos. Será electa por asamblea
general, para un período de cuatro años, pudiendo ser reelecto y terminará sus
funciones el último día hábil de mes de junio inmediato a la instalación de las
nuevas autoridades municipales.
Tendrá
un perfil profesional universitario, con grado mínimo de Licenciatura, su
selección se realizará atendiendo a criterios de experiencia en el ámbito
municipal y capacidad ejecutiva o gerencial.
Podrá
ser remunerado y su salario será fijado por el Concejo Directivo de acuerdo a
los establecido al respecto en el Código Municipal y el Reglamento Autónomo de
la Federación.
La
oferta de empleo para el puesto será pública para favorecer la concurrencia de
aspirantes.
No podrán
ejercer el cargo de Director Ejecutivo de la Federación, los regidores y
síndicos de las municipalidades federadas, durante el ejercicio de sus cargos
de elección popular.
El
Consejo Directivo podrá nombrar a un Director Ejecutivo Interino por no más de
doce meses cumpliendo a un criterio razonado de necesidad y urgencia para la
administración, debidamente demostrado y justificado.
Cartago, 4 de agosto del 2017.—Lic. Alberto
Camacho Pereira, Director Ejecutivo.—1 vez.—( IN2017195342 ).
Acuerdo N° 5518: se
modifica el acuerdo N° 4454, tomado por la Junta Directiva de Senara, en su
sesión extraordinaria N° 328-12, celebrada el lunes 12 de noviembre de 2012,
para que en lo sucesivo se lea así:
Considerando:
I.—Que de conformidad
con el artículo 2 de la Ley Nº 6877 (Ley de Creación del Servicio Nacional de
Aguas Subterráneas Riego y Avenamiento), es objetivo del SENARA fomentar el
desarrollo agropecuario en el país, mediante el establecimiento y
funcionamiento de sistemas de riego, avenamiento y protección contra
inundaciones; así como, procurar el aprovechamiento óptimo y justo de los
recursos de tierras y aguas, tanto superficiales como subterráneos, en las
actividades agropecuarias del país, sean de carácter privado, colectivo o
cooperativo, en los distritos de riego. De igual forma el artículo 3 de la
misma Ley, define como funciones de SENARA, entre otras, elaborar y ejecutar
una política justa de aprovechamiento y distribución del agua para fines
agropecuarios, en forma armónica con las posibilidades óptimas de uso del suelo
y los demás recursos naturales en los distritos de riego, desarrollar y
administrar los distritos de riego, avenamiento y control de las inundaciones
en los mismos, contribuir al incremento y diversificación de la producción
agropecuaria en el país procurando el óptimo aprovechamiento y distribución del
agua para riego.
II.—La Ley Constitutiva de SENARA número 6877
establece en su artículo 3 inciso f), que es función de SENARA “Adquirir conforme
lo establecido en la ley 6313 de 4 de enero de 1979, bienes y derechos
necesarios para establecer, integrar o modificar las áreas de distribución de
riego, asentamiento y protección contra inundaciones, de manera que a una justa
distribución de la tierra corresponda una justa distribución del agua”.
III.—Que de conformidad con el artículo 6
inciso e) de la Ley Constitutiva de SENARA, es función de la Junta Directiva
“e) Expedir los acuerdos de solicitud de expropiación cuando así le sea
solicitado por la oficina respectiva”.
IV.—Que la Ley número 6877 Ley de Creación del
Servicio Nacional de Aguas Subterráneas, Riego y Avenamiento, en el artículo 15
declara de interés público las acciones que promueve el Estado, con el objeto
de asegurar la protección y el uso racional de las aguas y de las tierras
comprendidas en los distritos de riego, de conformidad con las disposiciones de
esa Ley y su reglamento, y el artículo 16 de la misma Ley faculta al SENARA para
construir las obras necesarias para el establecimiento y funcionamiento de
sistemas de riego, avenamiento y control de inundaciones así como las obras
complementarias que hagan posible el mejor aprovechamiento agropecuario de las
tierras en los distritos de riego.
V.—Que el SENARA es el organismo ejecutor del
Programa de Gestión Integrada de Recursos Hídricos (PROGIRH), financiado por
medio del contrato de préstamo número 1709, suscrito entre el Gobierno de la
República de Costa Rica y el Banco Centroamericano de Integración Económica
(BCIE), contrato ratificado mediante Ley de la República Nº 8685 publicada en La Gaceta Nº 240 del 11 de diciembre del 2008.
VI.—Que dentro del Programa de Gestión
Integrada de Recursos Hídricos (PROGIRH), se encuentra el componente de
Producción Agrícola con Riego, el cual contempla la Ampliación del Canal del
Sur en el Distrito de Riego Arenal-Tempisque, a fin de procurar un uso óptimo y
eficiente de los recursos hídricos disponibles.
VII.—Que de conformidad con el diseño realizado
el distrito de Riego Arenal-Tempisque para la Ampliación del Canal Sur, es
necesaria la adquisición de dos fajas de terreno, que se describirán adelante,
sobre la finca inscrita en el Registro Nacional, Sección Propiedad, Partido de
Guanacaste, matrícula de folio real número 148272-000 que pertenece a
“Agroservicios Teca Aseteca Sociedad Anónima”, cédula de persona jurídica Nº
3-101-130446.
VIII.—Dado que el diseño del sistema pretende
habilitar con servicio de riego la mayor cantidad de áreas agrícolas posibles,
mediante un sistema de riego por gravedad, según la topografía del terreno, es
evidente la utilidad y necesidad pública de la adquisición de las dos fajas de
terreno a que se refiere este acuerdo, a fin de satisfacer el interés público.
IX.—Que el Ministerio de Hacienda, Dirección
General de Tributación, Administración Tributaria de Puntarenas, realizó la
valoración pericial de las fajas de terreno a expropiar, y al efecto emitió los
Avalúos Administrativos números AA-ciento treinta-dos mil once de fecha siete
de noviembre de dos mil once y AA-cero veintiuno-dos mil doce de fecha dos de
febrero de dos mil doce, que establecen el valor de las indemnizaciones que
SENARA debe pagar por las fajas de terreno a expropiar. Por tanto,
Con fundamento en el
artículo 45 de la Constitución Política, y los artículos 2, 3, 4, 6 inciso e),
15 y 16 de la Ley de Creación del Servicio Nacional de Aguas Subterráneas,
Riego y Avenamiento Nº 6877 del 18 de julio de 1998, Ley Nº 8685 (Ley de
Aprobación del Contrato de Préstamo Nº 1709 suscrito entre el Gobierno de la
República de Costa Rica y el Banco Centroamericano de Integración Económica),
Ley Nº 6313 de 4 de enero de 1979 y Ley de Expropiaciones Nº 7495 y sus
reformas.
DECRETA:
Se declara de interés
y utilidad pública, y por lo tanto se acuerda la expropiación de dos fajas de
terreno que forman parte de la Finca inscrita en el Registro Nacional, Sección
Propiedad, Partido de Guanacaste, matrícula número 148272-000 situada en la
Provincia de Guanacaste cantón sétimo (Abangares), distrito cuarto (Colorado),
que pertenece a “Agroservicios Teca Aseteca Sociedad Anónima” cédula de persona
jurídica Nº 3-101-130446 y que se describen así:
Primera
faja: naturaleza: terreno destinado a canal de riego y camino de acceso para la
operación y mantenimiento, mide veinticuatro mil trescientos nueve metros
cuadrados, linderos: norte: calle pública con un frente de veintitrés metros
con diecinueve centímetros lineales, sur: SENARA, este: finca madre, resto
reservado oeste: finca madre, resto reservado, plano catastrado Nº
5-1402943-2010 inscrito en el Catastro Nacional el 23 de febrero de 2010.
Segunda
faja: naturaleza: terreno destino a canal de canal de riego y caminos para la
operación y mantenimiento, situado en la Provincia de Guanacaste, cantón sétimo
(Abangares), distrito cuarto (Colorado), mide de cuatro mil novecientos diez
metros cuadrados, linderos: norte: calle pública a La Palma con un frente de
setecientos dos metros con sesenta y un centímetros lineales, sur: finca madre,
resto reservado, este: canal de riego de SENARA: camino público con un frente
de siete metros lineales, plano catastrado: 5-1466662-2010 inscrito en el
Catastro Nacional el 9 de diciembre de 2010
El resto de la finca
madre y que le queda perteneciendo a la sociedad expropiada que divida en
porciones, se describe así: naturaleza: terreno de agricultura, situada en el
distrito cuarto (Colorado) del cantón sétimo (Abangares) de la provincia de
Guanacaste, Primera porción: linderos: norte, segunda faja de terreno
expropiada por SENARA, sur, en parte Juan Bonilla Ayub y calle publica, este,
primera faja de terreno expropiada por SENARA, oeste, camino público. Segunda
porción: linderos: norte, camino público, sur, en parte Juan Bonilla Ayub y
calle publica, este, Emiliano Centeno Reyes, oeste, primera faja de terreno
expropiada por SENARA. Ambas porciones tienen una medida conjunta de: dos
millones cuatrocientos ochenta y siete mil ciento sesenta metros con seis
decímetros cuadrados.
Asimismo, se aprueban los Avalúos
Administrativos números AA-ciento treinta-dos mil once de fecha siete de
noviembre de dos mil once y AA-cero veintiuno-dos mil doce de fecha dos de
febrero de dos mil doce, elaborados por el Ministerio de Hacienda, Dirección
General de Tributación, Administración Tributaria de Puntarenas, los cuales
establecen los montos de las indemnizaciones que SENARA, debe pagar por la
adquisición del derecho de servidumbres y de la expropiación que son los
siguientes:
Avalúo
130-2011 (Primera faja de terreno)
Valor total de la indemnización ¢
14.342.310,00
Valor total en letras: catorce millones
trescientos cuarenta y dos mil trescientos diez colones exactos.
Avalúo
AA-021-2012 (Segunda faja de terreno)
Valor del terreno de la segunda faja: ¢
2.607.210,00
Valor de daños al remanente
de la segunda faja: ¢ 375.862,18
Valor total de la indemnización ¢
2.983.072,18
Valor total en
letras: dos millones novecientos ochenta y tres mil setenta y dos colones con
dieciocho céntimos.
Se autoriza a la
Gerencia General continúe con el Proceso Especial de Expropiación que establece
la Ley Nº 6313 de 4 de enero de 1979 y, supletoriamente la Ley de
Expropiaciones Nº 7495, a efectos de adquirir las dos fajas de terreno a que se
refiere este acuerdo. En vista que las diligencias de avalúo por expropiación a
que se refiere este acuerdo ya están tramitándose en vía judicial, con base en
el artículo 113 inciso 2) del Código Procesal Contencioso Administrativo se
desiste de continuar el proceso de expropiación en relación con la faja de
terreno que mide 1947 metros, plano catastrado 5-1466175-2010 inscrito en el
Catastro Nacional el 8 de diciembre de 2010. Comuníquese este acuerdo al
Juzgado Contencioso Administrativo y Civil de Hacienda del Segundo Circuito
Judicial de San José, expediente Nº 13-000941-1028-CA-5, para que proceda a
readecuar el objeto del proceso de acuerdo con la modificación que aquí se
realiza.
Licda. Xinia Herrera
Mata, Coordinadora Servicios Administrativos.—1 vez.—O. C. Nº 268-17.—Solicitud
Nº 100751.— ( IN2017192322 ).
Acuerdo N° 5517: Se modifica el Acuerdo N°
4159, tomado por la Junta Directiva de SENARA, en su Sesión Ordinaria N°
601-11, celebrada el lunes 08 de agosto de 2011, para que en lo sucesivo se lea
así:
Considerando
I.—Que de conformidad con el artículo 2 de la
Ley Nº 6877 (Ley de Creación del Servicio Nacional de Aguas Subterráneas Riego
y Avenamiento), es objetivo del SENARA fomentar el desarrollo agropecuario en
el país, mediante el establecimiento y funcionamiento de sistemas de riego,
avenamiento y protección contra inundaciones; así como, procurar el
aprovechamiento óptimo y justo de los recursos de tierras y aguas, tanto
superficiales como subterráneos, en las actividades agropecuarias del país,
sean de carácter privado, colectivo o cooperativo, en los distritos de riego.
De igual forma el artículo 3 de la misma Ley, define como funciones de SENARA,
entre otras, elaborar y ejecutar una política justa de aprovechamiento y
distribución del agua para fines agropecuarios, en forma armónica con las
posibilidades óptimas de uso del suelo y los demás recursos naturales en los
distritos de riego, desarrollar y administrar los distritos de riego,
avenamiento y control de las inundaciones en los mismos, contribuir al
incremento y diversificación de la producción agropecuaria en el país
procurando el óptimo aprovechamiento y distribución del agua para riego.
II.—La
Ley Constitutiva de SENARA número 6877 establece en su artículo 3 inciso f),
que es función de SENARA “Adquirir conforme lo establecido en la ley 6313 de 4
de enero de 1979, bienes y derechos necesarios para establecer, integrar o
modificar las áreas de distribución de riego, asentamiento y protección contra
inundaciones, de manera que a una justa distribución de la tierra corresponda
una justa distribución del agua”.
III.—Que
de conformidad con el artículo 6 inciso e) de la Ley Constitutiva de SENARA, es
función de la Junta Directiva “e) Expedir los acuerdos de solicitud de
expropiación cuando así le sea solicitado por la oficina respectiva”.
IV.—Que
la Ley número 6877 Ley de Creación del Servicio Nacional de Aguas Subterráneas,
Riego y Avenamiento, en el artículo 15 declara de interés público las acciones
que promueve el Estado, con el objeto de asegurar la protección y el uso
racional de las aguas y de las tierras comprendidas en los distritos de riego,
de conformidad con las disposiciones de esa Ley y su reglamento, y el artículo
16 de la misma Ley faculta al SENARA para construir las obras necesarias para
el establecimiento y funcionamiento de sistemas de riego, avenamiento y control
de inundaciones así como las obras complementarias que hagan posible el mejor
aprovechamiento agropecuario de las tierras en los distritos de riego.
V.—Que
el SENARA es el organismo ejecutor del Programa de Gestión Integrada de
Recursos Hídricos (PROGIRH), financiado por medio del Contrato de préstamo
número 1709, suscrito entre el Gobierno de la República de Costa Rica y el
Banco Centroamericano de Integración Económica (BCIE), Contrato ratificado
mediante Ley de la República número 8685 publicada en La Gaceta
Nº 240 del 11 de diciembre del 2008.
VI.—Que
dentro del Programa de Gestión Integrada de Recursos Hídricos (PROGIRH), se
encuentra el componente de Producción Agrícola con Riego, el cual contempla la
Ampliación del Canal del Sur en el Distrito de Riego Arenal-Tempisque, a fin de
procurar un uso óptimo y eficiente de los recursos hídricos disponibles.
VII.—Que
de conformidad con el diseño realizado el Distrito de Riego Arenal-Tempisque
para la Ampliación del Canal Sur, es necesaria la adquisición de dos fajas de
terreno, que se describirán adelante, sobre la finca inscrita en el Registro
Nacional, Sección Propiedad, Partido de Guanacaste, matrícula de folio real
número: 100539-000.
VIII.—Dado
que el diseño del sistema pretende habilitar con servicio de riego la mayor
cantidad de áreas agrícolas posibles, mediante un sistema de riego por
gravedad, según la topografía del terreno, es evidente la utilidad y necesidad
pública de adquirir las dos fajas de terreno a que se refiere este acuerdo, a
fin de satisfacer el interés público.
IX.—Que
el Ministerio de Hacienda, Dirección General de Tributación, Administración
Tributaria de Puntarenas, realizó la valoración pericial del derecho de
servidumbre y de la faja de terreno a expropiar, y al efecto emitió con fecha
09 de diciembre del 2010 los Avalúos Administrativos números AA-C-ciento
noventa y cuatro-dos mil diez y AA-C-ciento ochenta y
cinco-dos mil diez (modificados mediante nota ATP-06-140-2017 de fecha 24 de marzo del 2017),
que establecen el valor de las indemnizaciones que SENARA debe pagar por la
constitución del derecho de servidumbre y por la faja de terreno a expropiar. Por tanto,
Con
fundamento en el artículo 45 de la Constitución Política, y los artículos 2, 3,
4, 6 inciso e), 15 y 16 de la Ley de Creación del Servicio Nacional de Aguas
Subterráneas, Riego y Avenamiento número 6877 del 18 de julio de 1998, Ley
número 8685 (Ley de Aprobación del Contrato de Préstamo Nº 1709 suscrito entre
el Gobierno de la República de Costa Rica y el Banco Centroamericano De
Integración Económica), Ley Nº 6313 de 4 de enero de 1979 y Ley de
Expropiaciones número 7495 y sus reformas.
DECRETA
Se declara de interés y utilidad pública, y
por lo tanto se acuerda la adquisición de dos fajas de terreno que forman parte
de la Finca inscrita en el Registro Nacional, Sección Propiedad, Partido de
Guanacaste, matrícula de folio real número: 100539-000. Las fajas de terreno se describen así:
La primera faja de terreno a expropiar se describe así: Naturaleza: terreno destinado
a canal de riego y caminos de acceso, para operación y mantenimiento, situado
en la provincia de Guanacaste, distrito primero (Juntas), cantón sétimo
(Abangares), mide: nueve mil cincuenta y dos metros cuadrados. Linderos: norte:
Canal del Riego del SENARA, sur: Canal de Riego SENARA, este: finca madre,
resto reservado, oeste: finca madre, resto reservado, plano catastrado: G-uno
cuatro cero tres cero cero cinco-dos mil diez inscrito en el Catastro Nacional
en fecha veintitrés de febrero de dos mil diez.
La segunda
faja de terreno a expropiar se describe así: Naturaleza: terreno destinado a canal de
riego y caminos de acceso, para operación y mantenimiento, situado en la
provincia de Guanacaste, distrito primero (Juntas), cantón sétimo (Abangares),
mide: mil noventa y dos metros cuadrados. Linderos: norte: canal de riego de
SENARA, sur: Canal de riego de SENARA, este: finca madre, resto reservado y
oeste: calle Pública con un frente de ciento ocho metros cuarenta y un
centímetros lineales, plano catastrado G-uno cuatro uno uno uno cuatro tres-dos
mil diez inscrito en el Catastro Nacional el siete de abril de dos mil diez.
El resto de la finca madre y que le queda
perteneciendo a los expropiados queda dividida en dos porciones y se describe
así: naturaleza: lote 46, terreno para la agricultura, situada en el distrito primero
(Juntas) del cantón séptimo (Abangares) de la provincia de Guanacaste, Primera porción: linderos: Norte: lote 45, Sur: lote 47, este: primera faja de
terreno expropiada por SENARA. Oeste: segunda faja de terreno expropiada por
SENARA. Segunda porción: linderos: Norte: lote 45, Sur: lote 47,
este: lote 32 SENARA. Oeste: primera faja de terreno expropiada por SENARA.
Ambas porciones tienen una medida conjunta de sesenta y nueve mil ochocientos
cincuenta y cinco metros, cincuenta y cuatro decímetros cuadrados.
Asimismo,
se aprueba el Avalúo Administrativo número AA-C-194-2010 fechados 9 de diciembre de 2010
y el Avalúo Administrativo número AA-C-195-2010, fechado 09 de diciembre del
2010 y modificado mediante oficio ATP-06-120-2017 del 15 de marzo del 2017,
elaborados por el Ministerio de Hacienda, Dirección General de Tributación,
Administración Tributaria de Puntarenas, los cuales establecen los montos de
las indemnizaciones que SENARA, debe pagar por la adquisición del derecho de
servidumbres y de la expropiación que son los siguientes:
Avalúo
Administrativo AA-C-194-2010 (Primera Faja de Terreno)
Valor de la faja de terreno expropiada: ¢4.345.018,00 (cuatro millones trescientos
cuarenta y cinco mil dieciocho colones)
Avalúo
Administrativo AA-C-195-2010 (Segunda Faja de Terreno)
Valor de los derechos reales de la franja: ¢523.747,00
Valor de los daños al remanente: ¢388.739,00
Valor de la franja de terreno expropiada: ¢912.486,00 (novecientos doce mil
cuatrocientos ochenta y seis colones)
Se autoriza a la Gerencia continúe con el
Proceso Especial de Expropiación que establece la Ley número 6313 de 4 de enero
de 1979 y, supletoriamente la Ley de Expropiaciones número 7495, a efectos de
adquirir las fajas de terreno a que se refiere este acuerdo. En vista que las
diligencias de avalúo por expropiación correspondiente a las fajas de terreno a
que se refiere este acuerdo ya están tramitándose en vía judicial, con base en
el acuerdo que aquí se modifica, comuníquese este acuerdo al Juzgado
Contencioso Administrativo y Civil de Hacienda del Segundo Circuito Judicial de
San José, expediente número 11-001247-1028-CA, para que proceda a readecuar el
objeto del proceso de acuerdo con la modificación que aquí se realiza.
Licda. Xinia Herrera Mata, Coordinadora
Servicios Administrativos.—1 vez.—O. C. Nº 269-17.—Solicitud Nº 100752.— (
IN2017192338 ).
SECRETARÍA
MUNICIPAL
Que mediante acuerdo N° 24, artículo quinto,
iniciativas de regidores, asunto N° 04, de la sesión ordinaria N° 078-2017,
celebrada el veinte de noviembre del dos mil diecisiete, El Concejo Municipal
acuerda trasladar las sesiones ordinarias del 25 de diciembre del 2017 y del 01
de enero del 2018, a los días martes 26 de diciembre del 2017 y el día martes
02 de enero del 2018, esto por considerar que son días feriados y festivos.
Además, se acuerda que a partir del año 2018 todas las sesiones ordinarias que
coincidan con los lunes feriados se trasladaran para los martes siguientes,
mantenimiento el horario establecido. Acuerdo aprobado por unanimidad y
definitivamente, con dispensa de trámite de comisión.
Sandra Hernández Chinchilla, Secretaria
Municipal.—1 vez.— ( IN2017192166 ).
Seguidamente me permito solicitar la
publicación por una única vez del acuerdo Nº 06 tomado por el Concejo Municipal
de distrito de Monte Verde en Sesión Ordinaria Nº 120 del 21 de noviembre del
2017 en el capítulo IX, artículo 09, inciso f):
Acuerdo Nº 06
“El Concejo Municipal de Distrito de
Monteverde, acuerda trasladar la sesión ordinaria del 26 de diciembre del 2017
para el día 20 de diciembre del 2017 a partir de las 4:15 p.m. y trasladar la
sesión ordinaria del 02 de enero del 2018 para el 10 de enero del 2018 a partir
de las 4:15 p.m.”. Aplicar artículo 44 y 45 del Código Municipal.
Monteverde, 22 de noviembre del 2017.—Bach.
Floribeth Chacón Villegas, Secretaria Municipal.—1 vez.—( IN2017192307 ).
CASA ROSA
R.S.B. S. A.
La suscrita Rosa Sequeira Bustos, mayor,
viuda, pensionada, vecina de Quepos, contigua al restaurante el Trompo,
portadora de la cédula de identidad número ocho-cero treinta-doscientos sesenta
y cuatro, en mi condición de presidenta con facultades de apoderada
generalísima sin límite de suma de la sociedad Casa Rosa R.S.B. S. A., con
cédula de persona jurídica número tres-ciento uno-quinientos sesenta y ocho mil
setecientos sesenta y tres, convoca a sus socios a la asamblea general
extraordinaria a celebrarse el día jueves 28 de diciembre del 2017, en San José
centro corporativo Plaza Roble Facio Abogados tercer piso edificio El Patio, a
las diez horas en primera convocatoria (10:00) y a las once horas en segunda
convocatoria (11:00). En caso de no conformarse quórum en primera convocatoria,
la Asamblea se realizará una hora después, según queda indicado, con el número
de asociados presentes. El orden del día de la asamblea se seguirá la siguiente
agenda:
Asamblea general extraordinaria:
Otorgar poder especial a la
presidenta a efectos que pueda vender el inmueble partido de Heredia matrícula
folio real N° 189669-000.
San José, 5 de setiembre del 2017.—Rosa
Sequeira Bustos, Presidente.—1 vez.—( IN2017197376 ).
EXPORTADORA
LAURELES DEL OESTE DAM S.A.
Cédula de persona jurídica
3-101-551326
Se convoca a todos los accionistas de
Exportadora Laureles del Oeste DAM S.A., a la asamblea general extraordinaria
de Accionistas, todo de conformidad con lo dispuesto en los Estatutos del Pacto
Social y el Código de Comercio, a celebrarse en sus oficinas administrativas en
Guachipelín de Escazú, de la antigua fábrica de muñecas Paco, carretera a
Guachipelín, seiscientos metros norte, Edificio Salicsa, en primera
convocatoria a las trece horas del martes 09 de enero del 2018. En caso de no
haber quorum en la primera convocatoria, la Asamblea se celebrará en segunda
convocatoria una hora después con cualquier número de accionistas presentes,
todo conforme lo establecido con los artículos 152 siguientes y concordantes
del Código de Comercio.
El
orden del día a tratar es el siguiente:
Nombrar nuevo secretario de la
Junta Directiva.
Reorganizar la Junta Directiva.
Cambiar el domicilio social de
la empresa.
Modificar la cláusula de la
representación en el Pacto Constitutivo de la Empresa.
Para ejercer válidamente su derecho con voz y
voto en la asamblea, se deberá aportar la documentación idónea que demuestre
legal y fehacientemente esa condición. Las personas jurídicas deberán acreditar
su representación vigente mediante certificación registral o notarial.
Únicamente los accionistas o sus apoderados podrán asistir con derecho a voz y
voto en la Asamblea.—San José, 2 de diciembre del 2017.—Ernesto Alonso Umaña
Umaña, Presidente.—Sergio Espinoza Baviera, Secretario.—1 vez.—( IN2017197457
).
DUTY FREE
LAURELES DEL OESTE CAG S.A.
Cédula de persona jurídica
3-101-624971
Se convoca a todos los accionistas de Duty
Free Laureles del Oeste CAG S. A., a la asamblea general extraordinaria de
accionistas, todo de conformidad con lo dispuesto en los Estatutos del Pacto Social
y el Código de Comercio, a celebrarse en sus oficinas administrativas en
Guachipelín de Escazú, de la antigua fábrica de muñecas Paco, carretera a
Guachipelín; seiscientos metros norte, Edificio Salicsa, en primera
convocatoria a las once horas del martes 09 de enero del 2018. En caso de no
haber quorum en la primera convocatoria, la asamblea se celebrará en segunda
convocatoria una hora después con cualquier número de accionistas presentes,
todo conforme lo establecido con los artículos 152 siguientes y concordantes
del Código de Comercio.
El
orden del día a tratar es el siguiente:
Nombrar nuevo secretario de la
Junta Directiva.
Reorganizar la Junta Directiva.
Cambiar el domicilio social de
la empresa.
Modificar la cláusula de la
representación en el Pacto Constitutivo de la Empresa.
Para ejercer válidamente su derecho con voz y
voto en la asamblea, se deberá aportar la documentación idónea que demuestre
legal y fehacientemente esa condición. Las personas jurídicas deberán acreditar
su representación vigente mediante certificación registral o notarial.
Únicamente los accionistas o sus apoderados podrán asistir con derecho a voz y
voto en la asamblea.—San José, 2 diciembre del 2017.—Ernesto Alonso Umaña
Umaña, Presidente.—Sergio Espinoza Baviera, Secretario.—1 vez.—( IN2017197458
).
INDUSTRIAS LAURELES DEL OESTE MAGA S. A.
Se convoca a todos
los accionistas de Industrias Laureles del Oeste Maga S. A., a la asamblea
general extraordinaria de accionistas, todo de conformidad con lo dispuesto en
los estatutos del pacto social y el Código de Comercio, a celebrarse en sus
oficinas administrativas en Guachipelín de Escazú, de la antigua fábrica de
muñecas Paco, carretera a Guachipelín, seiscientos metros norte, Edificio
Salicsa, en primera convocatoria a las diez horas del martes 09 de enero del
2018. En caso de no haber quorum en la primera convocatoria, la asamblea se
celebrará en segunda convocatoria una hora después con cualquier número de
accionistas presentes, todo conforme lo establecido con los artículos 152
siguientes y concordantes del Código de Comercio.
El orden del día a tratar es el siguiente:
1) Nombrar nuevo secretario y tesorero de la
junta directiva.
2) Reorganizar la junta
directiva.
3) Cambiar el domicilio social de
la empresa.
4) Modificar la cláusula de la
representación en el pacto constitutivo de la empresa.
Para ejercer
válidamente su derecho con voz y voto en la asamblea, se deberá aportar la
documentación idónea que demuestre legal y fehacientemente esa condición. Las
personas jurídicas deberán acreditar su representación vigente mediante
certificación registral o notarial. Únicamente los accionistas o sus apoderados
podrán asistir con derecho a voz y voto en la asamblea.—San José, 2 de
diciembre del 2017.—Ernesto Alonso Umaña Umaña, Presidente.—Sergio Espinoza
Baviera.—1 vez.—( IN2017197459 ).
COMERCIALIZADORA
LAURELES DEL OESTE FIO S.A.
Cédula de persona jurídica
3-101-624850
Se convoca a todos los accionistas de
Comercializadora Laureles del Oeste Fio S. A. a la asamblea general extraordinaria
de accionistas, todo de conformidad con lo dispuesto en los estatutos del pacto
social y el Código de Comercio, a celebrarse en sus oficinas administrativas en
Guachipelín de Escazú, de la antigua fábrica de muñecas Paco, carretera a
Guachipelín, seiscientos metros norte, edificio Salicsa, en primera
convocatoria a las doce horas del martes 09 de enero del 2018. En caso de no
haber quorum en la primera convocatoria, la asamblea se celebrará en segunda
convocatoria una hora después con cualquier número de accionistas presentes,
todo conforme lo establecido con los artículos 152 siguientes y concordantes
del Código de Comercio.
El orden del día a tratar es el siguiente:
1) Nombrar nuevo secretario de la Junta Directiva.
2) Reorganizar la Junta Directiva.
3) Cambiar el domicilio social de la empresa.
4) Modificar la cláusula de la representación en el Pacto Constitutivo
de la Empresa.
Para ejercer válidamente su derecho con voz y
voto en la asamblea, se deberá aportar la documentación idónea que demuestre
legal y fehacientemente esa condición. Las personas jurídicas deberán acreditar
su representación vigente mediante certificación registral o notarial.
Únicamente los accionistas o sus apoderados podrán asistir con derecho a voz y
voto en la asamblea.—San José, 2 de diciembre del 2017.—Ernesto Alonso Umaña
Umaña, Presidente.—Sergio Espinoza Baviera, Secretario.—1 vez.—( IN2017197460
).
PAN-AMERICAN SCHOOL S.A.
Se convoca a los socios de Pan-American
School S.A., cédula de persona jurídica N° 3-101-128631 a la asamblea general
ordinaria que tendrá lugar el día martes 09 de enero del 2018, en las oficinas
de Pan-American School, San Antonio de Belén. La asamblea se celebrará en
primera convocatoria, a las 8:00 horas de la fecha indicada. Si no se
presentare el cuórum previsto por los estatutos de la sociedad y la ley, la
asamblea se celebrará en segunda convocatoria, a las 9:00 horas del día
indicado, en el mismo sitio, con los accionistas presentes. El orden del día
será el siguiente:
1. Aprobar
o no distribución de utilidades.
San José, 4 de diciembre del 2017.—Francis
Durman, Presidente.—1 vez.—( IN2017197519 ).
PUBLICACIÓN DE
PRIMERA VEZ
NEGOCIOS
E MA VI S. A.
Se hace constar que, la señora Irene Calderón
Hernández, portadora de la cédula de identidad número 1-0863-0330, ha
solicitado la reposición de veintiún acciones comunes y nominativas, de mil
colones cada una, de la sociedad, Negocios E MA VI S. A., cédula jurídica
número 3-101-131811, por haberse extraviado las mismas. Por el término de Ley,
las oposiciones podrán dirigirse a Negocios E MA VI, S. A., a su domicilio
social, en San José, cantón Santa Ana, distrito Río Oro, diagonal a Plaza
Obelisco, Condominio Oro del Río, casa número tres, y transcurrido el mismo se
procederá a la reposición solicitada.—San José, 16 de noviembre del 2017.—Irene
Calderón Hernández, Presidenta.—( IN2017192193 ).
LEBOT S. A.
De conformidad con lo
que dispone el párrafo segundo del artículo 689 del Código de Comercio, se
avisa que dentro del término de un mes contado a partir de la primera
publicación de este aviso, se procederá a la reposición de las acciones que
representan el capital social de Lebot S.A., conforme a lo que se desprende del
libro de Registro de Accionistas de la sociedad.—San José, 23 de noviembre de
2017.—Tobel Cohen Kaplan, Presidente.—Sherwin Cosiol Cohen, Tesorero.—(
IN2017192292 ).
PUBLICACIÓN DE UNA VEZ
COLEGIO
DE PROFESIONALES EN NUTRICIÓN
DE COSTA RICA
Informa que en la asamblea general ordinaria
del Colegio de Profesionales en Nutrición realizada el día 12 de noviembre del
2017 en el Hotel Tryp Sabana, Paseo Colón, San José, en segunda convocatoria,
la junta directiva quedó integrada de la siguiente forma: Presidenta: Dra.
Norma Meza Rojas, Vicepresidente: Dr. Carlos Leal Hernández, Secretario: Dr.
Mauricio Barahona Cruz, Tesorero: Dr. Mario Carballo de la Espriella, Primera
Vocal: Dra. Rosanna Mauro Gómez, Segundo Vocal: Dr. José Pablo Valverde Díaz, Tercer
Vocal: Dr. Manuel Stif Masis Mathieu. La Fiscalía quedó integrada de la
siguiente forma: Fiscal I: Dra. Ana Catalina Solano Ortiz, Fiscal II: Dra.
Angie Jiménez Castro, Fiscal III: Dra. Lorena Brenes Vega, Fiscal IV: Dra.
Nancy Solano Avendaño.—San José, 20 de noviembre del 2017.—Dra. Norma Meza
Rojas, Presidenta.—1 vez.—( IN2017192149 ).
HERMANOS ALEXANDRE GARCÍA FERNÁNDEZ
SOCIEDAD ANÓNIMA
Por escritura número
ciento treinta y ocho otorgada a las 14:00 horas del 20 de noviembre del 2017,
se solicita la reposición de los siguientes Libros extraviados: del tomo
primero: libro de Registro de Socios, libro de Actas de Asamblea de Socios y
libro de Actas del Consejo de Administración, pertenecientes a la entidad
denominada Hermanos Alexandre García Fernández Sociedad Anónima, de cédula
jurídica número 3-101-299294. Es todo.—San José, 21 de noviembre del 2017.—Lic.
Eduardo Aráuz Sánchez, Notario.—1 vez.—( IN2017192160 ).
PROGRAMA
TELEVISIVO Y RADIAL CRÍTICA
Y AUTOCRÍTICA SOCIEDAD ANÓNIMA
Por escritura número ciento treinta y nueve
otorgada a las 14 horas con 30 minutos del 20 de noviembre del 2017, se
solicita la reposición de los siguientes libros extraviados: del tomo primero:
Libro de Registro de Socios, Libro de Actas de Asamblea de Socios y Libro de Actas
del Consejo de Administración, pertenecientes a la entidad denominada Programa
Televisivo y Radial Crítica y Autocrítica Sociedad Anónima, de cédula jurídica
número 3-101-104507. Es todo.—San José, 21 de noviembre del 2017.—Lic. Eduardo
Aráuz Sánchez, Notario.—1 vez.—( IN2017192161 ).
JPJ CONSULTORES INTERNACIONALES
SOCIEDAD ANÓNIMA
Por escritura número
ciento cuarenta otorgada a las 15:00 horas del 20 de noviembre del 2017, se
solicita la reposición de los siguientes libros extraviados: del tomo primero:
libro de Registro de Socios, libro de Actas de Asamblea de Socios y libro de
Actas del Consejo de Administración, pertenecientes a la entidad denominada JPJ
Consultores Internacionales Sociedad Anónima, de cédula jurídica número
3-101-247765. Es todo.—San José, 21 de noviembre del 2017.—Lic. Eduardo Aráuz
Sánchez, Notario.—1 vez.—( IN2017192162 ).
ECOEFFICIENT
SOLUTIONS GROUP
SOCIEDAD ANÓNIMA
Ecoefficient Solutions Group Sociedad
Anónima, portadora de la cédula de persona jurídica número 3-101-561743 por
extravío repone libros de Registro de Accionistas y Actas de Junta Directiva
número uno. Primero de junio del dos mil diecisiete.—Licda. Irina Castro
Gamboa, Notaria.—1 vez.—( IN2017192393 ).
VILLA
ROSENS SOCIEDAD ANÓNIMA
Informamos al público en general y a quien
tenga algún interés que, en día no determinado, se extravió el libro legal de
Registro de Socios, de la compañía Villa Rosens Sociedad Anónima, cédula de
persona jurídica número 3-101-057740. Ni la sociedad, ni los personeros de la
misma, seremos entonces responsables por el uso indebido del mismo. A su vez,
comunicamos que en fecha veintisiete de enero de dos mil quince, se procedió a
la reposición y apertura oficial del nuevo libro, con el número de legalización
4061000242191, el cual es el vigente y se encuentra en uso.—Rubén Roszentock
Lang, Representante Legal.—1 vez.—( IN2017194656 ).
PUBLICACIÓN DE SEGUNDA VEZ
CORPORACIÓN
DE VIAJES TAM SOCIEDAD ANÓNIMA
Por escrituras otorgadas ante mí: (i) a las
11:00 horas del día 6 de octubre del 2017, y (ii) a las 12:00 horas del día del
3 de noviembre del 2017, Corporación de Viajes Tam Sociedad Anónima, cédula
jurídica 3-101-080180, acordó por unanimidad de socios, reformar la cláusula
quinta de sus estatutos eliminando en su totalidad las acciones preferentes de
la compañía.—San José, siete de noviembre del 2017.—Lic. Mauricio Quirós
González, Notario.—( IN2017183802 ).
Por escritura otorgada ante esta notaría
pública, a las 16:30 horas del 26 de octubre de 2017, Guayabarí S. A., disminuyó su Capital Social.—Lic. David Dumani Echandi, Notario.—(
IN2017191927 ).
PUBLICACIÓN DE PRIMERA VEZ
Por escritura número ciento cuarenta y
dos-seis, otorgada ante esta notaría: notarios públicos David Arturo Campos
Brenes y Soledad Bustos Chaves a las once horas del día veintiuno de noviembre
de dos mil diecisiete, se protocoliza el acta de asamblea general ordinaria y
extraordinaria de accionistas de la sociedad denominada Grupo Financiero Citibank de Costa Rica S. A., cédula jurídica número
tres-ciento uno-doscientos treinta mil seiscientos doce, mediante la cual se
reforma la cláusula quinta del capital social acordándose su disminución.—San
José, veintiuno de noviembre del dos mil diecisiete.—Licda. Soledad Bustos
Chaves, Notaria.—( IN2017192182 ).
PUBLICACIÓN DE UNA VEZ
Hago constar que mediante escritura pública
Nº 99-46 otorgada a las 12:00 horas del 22 de noviembre del 2017, la socia
mayorista toma la decisión de solicitar el cese de la disolución de la empresa:
Inversiones Contracoqui S. A., con la cédula jurídica Nº
3-101-304538, domiciliada en Tibás, de conformidad con el transitorio II de la
Ley Nº 9428 y sus reformas.—Tibás, 22 de noviembre del 2017.—Lic. Jorge Antonio
Salas Bonilla, Notario Público.—1 vez.—( IN2017189305 ).
En escritura 28 del tomo 4, de las 8:30 horas
del 22-11-17, se tramita ante el Registro de Personas Jurídicas la disolución
de la sociedad 3-101-510417 S. A., cédula jurídica 3-101-510417.—San José, 22
de noviembre del 2017.—Lic. Víctor Manuel Ruiz Ruiz, Notario.—1 vez.—(
IN2017192135 ).
Por escritura número
ciento ochenta y cinco del tomo trece, otorgada ante esta notaría, a las
catorce horas con cuarenta minutos del día dieciocho de noviembre del dos mil
diecisiete, se constituyó una sociedad anónima que se denominará con el número
de cédula jurídica que le asigne el Registro, con plazo social de noventa y
nueve años, capital social de sesenta mil colones; presidente: Johel Vargas
Sánchez, cédula número siete-ciento veinte-quinientos sesenta y ocho, tesorera:
Cristobalina Sánchez Rivera, cédula número uno-cuatrocientos
treinta-setecientos setenta y ocho; con facultades de apoderados generalísimos
sin límite de suma.—Guápiles, dieciocho de noviembre de dos mil
diecisiete.—Lic. José Fco. Fallas González, Notario Público.—1 vez.—(
IN2017192198 ).
Por escritura número
ochenta y siete del tomo trece, otorgada ante esta notaría, a las quince horas
con veinticinco minutos del día veintiuno de noviembre del dos mil diecisiete,
se ha constituido la sociedad denominada Servicios y Soluciones
Técnicas JVS Sociedad Anónima, con plazo social de
noventa y nueve años, capital social de sesenta mil colones; presidente: Johel
Vargas Sánchez, cédula número siete-ciento veinte-quinientos sesenta y ocho,
tesorero: Mainor Vargas Sánchez, cédula número siete-ciento veintiocho-ciento
cuarenta y ocho; con facultades de apoderados generalísimos sin límite de
suma.—Guápiles, veintiuno de noviembre del dos mil diecisiete.—Lic. José
Francisco Fallas González, Notario.—1 vez.—( IN2017192199 ).
Se hace constar que en escritura número
doscientos cuarenta y nueve, de las nueve horas treinta minutos del diecisiete
de noviembre del dos mil diecisiete, la sociedad: Inversiones
Saretto Maroto y Vemaca Sociedad Anónima, cédula jurídica Nº 3-101-560369, solicito
ser reactivada ya que fue disuelta por ley.—Licda. Sally Madrigal Saborío,
Notaria Pública.—1 vez.—( IN2017192200 ).
Ante mí, Víctor Armando Rodríguez Vado,
notario público de Alajuela, se ha constituido mediante escritura ciento
cuarenta y ocho, visible al folio ciento dieciocho frente del tomo décimo de mi
protocolo, la sociedad denominada: Corporación
DMM y Asociados Limitada, modificó la cláusula sétima del pacto constitutivo.—Alajuela,
veintitrés de noviembre del dos mil diecisiete.—Lic. Víctor Armando Rodríguez
Vado, Notario.—1 vez.—( IN2017192203 ).
Por medio de escritura número ciento treinta,
otorgada a las diez horas del veintitrés de noviembre del dos mil diecisiete,
se protocoliza acuerdo de socios de la sociedad: MC
y LG Inversiones Futuras Sociedad Anónima, cédula jurídica número tres-ciento
uno-ciento setenta y siete mil seiscientos cuarenta y dos, por medio de la cual
se acuerda disolver dicha sociedad.—Licda. Kattia Bermúdez Montenegro,
Notaria.—1 vez.—( IN2017192204 ).
Ante esta notaría comparece Luis Alberto
Guillen Fischel, mayor, casado una vez, Empresario, vecino de San José,
portador de la cédula de identidad uno-setecientos catorce-ochocientos ochenta
y nueve actuando en su condición de representante de la Fundación Holding de Servicios Múltiples número de ficha ocho mil veintinueve,
fundación registrada y vigente según las Leyes de la República de Panamá de lo
cual hace constar y da fe el suscrito notario con vista en el sistema
mecanizado del registro público panameño manifestando que su representada como
titular del cien por ciento de las acciones que representan la totalidad del
capital social de: Propiedades Loira Sociedad
Anónima, cédula
jurídica número tres-ciento uno-doscientos sesenta y nueve mil trescientos
cincuenta y cuatro, Propiedades Gorgo Inc.
Sociedad Anónima,
cédula jurídica número tres-ciento uno-trescientos
doce mil trescientos ochenta y cinco y tres-ciento uno-cuatrocientos cincuenta
y siete mil cuatrocientos treinta y uno Sociedad Anónima, cédula jurídica número tres-ciento
uno-cuatrocientos cincuenta y siete mil cuatrocientos treinta y uno,
comparezco, dentro del plazo de ley, ante esta notaría pública a efecto de
otorgar escritura pública mediante la cual se solicita al registro de personas
jurídicas del registro nacional, el cese de la disolución de la sociedad al
amparo de lo dispuesto en el transitorio segundo de la ley de personas
jurídicas número 9428 de 21 de marzo del 2017, y su reforma. Es todo.—San José,
veintiuno de noviembre del año dos mil diecisiete.—Lic. Marco Montero González,
Notario.—1 vez.—( IN2017192208 ).
Por escritura otorgada ante mí, a las diez
horas del veintiuno de noviembre del dos mil diecisiete, se solicita el cese de
la disolución de la sociedad denominada Reforestadora
Bosques del Jaular S. A., así como su reinscripción en el Registro Mercantil.—Lic. Carlos
Enrique Cruz Loría, Notario.—1 vez.—( IN2017192209 ).
Por escritura otorgada ante este notario, a
las nueve horas del veintidós de noviembre del dos mil diecisiete, se solicita
ante esta notaria el cese a la disolución de la sociedad Canadian Pura Vida Sociedad Anónima, cédula tres-ciento uno-cuatrocientos
cuarenta y seis mil novecientos cincuenta y cinco.—Lic. Alfredo Gallegos
Villanea, Notario.—1 vez.—( IN2017192212 ).
Por escritura otorgada ante este notario, a
las quince horas del veintidós de noviembre del dos mil diecisiete se
protocoliza acta de asamblea general extraordinaria de socios de High Roller LLC Limitada, cédula tres-ciento dos-seiscientos ochenta
mil ciento cuarenta y tres mediante la cual se reforman las cláusulas segunda y
octava de su pacto social.—Lic. Alfredo Gallegos Villanea, Notario.—1 vez.—(
IN2017192213 ).
Por escritura número ochenta y tres de las
diecisiete horas del diecinueve de junio del dos mil diecisiete, se protocolizó
el acta de asamblea general ordinaria y extraordinaria de la sociedad Inversiones Kartikka Sociedad Anónima, mediante la cual se modificó la cláusula
segunda del pacto constitutivo de la sociedad.—San José, veinte de noviembre
del dos mil diecisiete.—Licda. Silvia Marcela Chaves Delgado, Notaria.—1 vez.—(
IN2017192217 ).
Los suscritos Óscar Nelson Arango Botero,
mayor, ingeniero, colombiano, casado una vez, vecino de Santa Ana, Condominio
Hacienda del Sol, identificado con carnet diplomático número cinco uno siete
cero tres cero siete siete seis cuatro uno cero; Gertie Esperanza Díaz de
Arango, mayor, ama de casa, casada una vez, vecina de Santa Ana, Condominio
Hacienda del Sol, portadora de la cédula de identidad número ocho cero uno uno
uno cero dos ocho seis, y Gertie Alexandra Arango Díaz, mayor, casada en
primeras nupcias, ama de casa, portadora de la cédula de identidad número
ocho-cero ciento ocho-cero cero setenta y cinco, vecina de San José, Santa Ana,
Condominio Hacienda del Sol, casa número ochenta y dos, por medio del presente
edicto informan que, como titulares de más del cincuenta y un por ciento de las
acciones que representan la totalidad del capital social de: Grupo Arandia S. A., cédula jurídica número tres ciento uno-cinco cero tres cero nueve
cuatro, comparecerá, dentro del plazo de ley, ante notaría pública a efecto de
otorgar escritura pública mediante la cual se solicita al Registro de Personas
Jurídicas del Registro Nacional, el cese de la disolución de la sociedad al
amparo de lo dispuesto en el transitorio segundo de la Ley de Personas
Jurídicas Nº 9428 de 21 de marzo del 2017, y su reforma. Publíquese una vez en
el Diario Oficial La Gaceta.—San José, a las nueve horas
del veintidós de noviembre del dos mil diecisiete.—Óscar Nelson Arango
Botero.—Gertie Esperanza Díaz de Arango.—Gertie Alexandra Arango Díaz.—1 vez.—(
IN2017192218 ).
Por escritura autorizada en esta notaría, a
las 15:00 horas del día de hoy, de conformidad con lo dispuesto en el
Transitorio II de la Ley N° 9024, se solicita a la Dirección de Personas
Jurídicas del Registro Nacional, con efectos retroactivos, el cese de la
disolución de la compañía Corporación Cacique Dorado
del Sociedad Anónima, con domicilio en San José, cédula de persona jurídica
3-101-360829.—San José, 22 de noviembre del 2017.—Lic. Luis Paulino Salas
Rodríguez, Notario.—1 vez.—( IN2017192225 ).
Los suscritos Guillermo Quesada Zamora,
conocido como William Quesada Zamora, mayor, casado una vez, Mecánico de
Precisión, vecino de Pavas, Rohrmoser, Urbanización Geroma, del Pague Geroma;
cincuenta metros norte y setenta y cinco metros oeste, cédula número
uno-seiscientos trece-cero veinticinco y Dinia María Cedeño soto, mayor, casada
una vez, de oficios domésticos, vecina de Pavas, Rohrmoser, Urbanización
Geroma, del Pague Geroma; cincuenta metros norte y setenta y cinco metros
oeste, cedula de identidad número uno-quinientos cincuenta y dos-cuatrocientos
setenta y dos, por medio del presente edicto informamos que, como titulares del
cien por ciento de las acciones que representan la totalidad del capital social
de la sociedad Alianzas Comerciales del Oeste Sociedad Anónima, cédula jurídica número
tres-ciento uno-doscientos sesenta y un mil trescientos cuarenta y uno,
compareceremos, dentro del plazo de ley, ante notaría pública a efecto de
otorgar escritura pública mediante la cual se solicita al Registro de Personas
Jurídicas del Registro Nacional, el cese de la disolución de la sociedad al
amparo de lo dispuesto en el transitorio segundo de la Ley de Personas
Jurídicas número 9428 de 21 de marzo del 2017, y su reforma. Publíquese una vez
en el Diario Oficial La Gaceta.—San José, veintidós de
noviembre del dos mil diecisiete.—Guillermo Quesada Zamora conocido como
William Quesada Zamora.—Dinia María Cedeño Soto.—1 vez.—( IN2017192226 ).
Por escritura de las 8:00 horas del día de
hoy, protocolicé acuerdos de la asamblea extraordinaria de Iniciativas H H & G S. A., en la que se acuerda disolver la sociedad y
nombrar liquidadora.—San José, 20 de noviembre de 2017.—Licda. Aurora Hernández
Fuentes, Notaria.—1 vez.—( IN2017192228 ).
Los suscritos Guillermo Quesada Zamora
conocido como William Quesada Zamora, mayor, casado una vez, Mecánico de
Precisión, vecino de Pavas, Rohrmoser, Urbanización Geroma, del Pague Geroma;
cincuenta metros norte y setenta y cinco metros oeste, cédula número
uno-seiscientos trece-cero veinticinco y Dinia María Cedeño Soto, mayor, casada
una vez, de oficios domésticos, vecina de Pavas, Rohrmoser, Urbanización
Geroma, del Pague Geroma; cincuenta metros norte y setenta y cinco metros
oeste, cedula de identidad número uno-quinientos cincuenta y dos-cuatrocientos
setenta y dos, por medio del presente edicto informamos que, como titulares del
cien por ciento de las acciones que representan la totalidad del capital social
de la sociedad Iztli Sociedad Anónima, cédula jurídica número tres-ciento
uno-trescientos ochenta y dos cero catorce, compareceremos, dentro del plazo de
ley, ante notaría pública a efecto de otorgar escritura pública mediante la
cual se solicita al registro de personas jurídicas del registro nacional, el
cese de la disolución de la sociedad al amparo de lo dispuesto en el
Transitorio Segundo de la Ley de Personas Jurídicas número 9428 de 21 de marzo
del 2017, y su reforma. Publíquese una vez en el Diario Oficial La Gaceta.
Guillermo Quesada Zamora conocido como William Quesada Zamora.—San José,
veintidós de noviembre del año dos mil diecisiete.—Dinia María Cedeño Soto.—1
vez.—( IN2017192229 ).
Por escritura número ciento veintiuno-nueve Hervar Sociedad Anónima, con la cédula jurídica tres-ciento uno-cero cuarenta y seis mil
seiscientos noventa y dos, protocoliza asamblea y modifica la cláusula del
domicilio, el plazo y de la administración, que se regirá por las disposiciones
correspondientes al Código de Comercio. Heredia, presidente Dady Issa El Khoury
Jacob en Heredia, a las ocho horas del veintitrés de noviembre del dos mil
diecisiete.—Licda. Sonia Víquez Chaverri, Notaria.—1 vez.—( IN2017192233 ).
Por escritura número 310, visible a folio 174
frente del tomo 23 del protocolo de la Notaria, Grace Morales Vargas, otorgada
a las 14:00 horas del 13 de noviembre del 2017, Roberto Arguedas Guzmán y Lorena
Acuña Vargas, solicitan cese de disolución de Inversiones
Huetar Arca S. A.,
cédula jurídica 3-101-142144.—Ciudad Quesada, San Carlos, 13 de noviembre
2017.—Licda. Grace Morales Vargas, Notaria.—1 vez.—( IN2017192234 ).
Ante mi notaría, se ha solicitado la
reactivación de la sociedad denominada Agropecuaria
Quirós Sánchez 3004 S. A., cédula jurídica tres-ciento uno-cero siete cuatro ocho ocho tres, en
virtud de haberse cancelado el asiento registral por adeudos en el Impuesto de
Personas Jurídicas.—Licda. Aurea Elena Padilla Gutiérrez, Notaria.—1 vez.—(
IN2017192238 ).
Por escritura otorgada ante Notario, Ernesto
Azofeifa Cedeño, bajo escritura 459, en protocolo 11 a las 11:00 horas del
23-11-2017, se reformaron clausulas y se cambió miembros de junta directiva de
la sociedad anónima denominada Soluciones Crediticias Yabe
Sociedad Anónima,
domicilio San José. Presidenta: Ana Mabel Zúñiga Alvarado, 23/11/2017.—Lic.
Ernesto Azofeifa Cedeño, Notario.—1 vez.—( IN2017192247 ).
Por escritura
otorgada ante notario Ernesto Azofeifa Cedeño bajo escritura 457, en protocolo
11 a las 09:00 horas del 23-11-2017, se reformaron clausulas y se cambió
miembros de junta directiva de la sociedad anónima denominada Transportes Gem
Sociedad Anónima, domicilio en San José, presidente
Gelly Carina Caamaño Barrientos.—23 de noviembre del 2017.—Lic. Ernesto
Azofeifa Cedeño, Notario.—1 vez.—( IN2017192248 ).
Por escritura
otorgada ante notario Ernesto Azofeifa Cedeño, bajo escritura 457, en protocolo
11 a las 09:00 horas del 23-11-2017, se reformaron clausulas y se cambió
miembros de junta directiva de la sociedad anónima denominada Lagunas del
Crepúsculo Sociedad Anónima, domicilio San José
presidente Fengmin Zheng Zheng.—23 de noviembre del 2017.—Lic. Ernesto Azofeifa
Cedeño, Notaria.—1 vez.—( IN2017192249 ).
Ante esta notaría,
conforme a la escritura otorgada a las veinte horas del veintidós de noviembre
del dos mil diecisiete, se protocolizan las declaraciones juradas de los socios
Linnet Marcella Sanabria Burgos, casada una vez, abogada, portadora de la
cédula de identidad número tres-trescientos cincuenta y ocho-cuatrocientos
cuarenta y José Alberto González Rodríguez, casado una vez, comerciante,
portador de la cédula de identidad número uno-mil veintiséis-trescientos noventa
y nueve, vecinos ambos de Puerto Viejo, donde acuerdan la disolución de la
sociedad G
& S Alquileres Sociedad Anónima, cédula jurídica
número tres-ciento uno-quinientos ochenta y un mil ochocientos sesenta y seis,
domiciliada en Heredia, Sarapiquí, Puerto Viejo, Barrio La Guaria, doscientos
cincuenta metros sur de Abastecedor La Guaria Uno.—San José, veintitrés de
noviembre del dos mil diecisiete.—Licda. Katerin Andrea Vargas Leal, Notaria.—1
vez.—( IN2017192256 ).
Ante esta notaría
por escritura otorgada a las diecinueve horas del veintidós de noviembre del
dos mil diecisiete, se protocolizan acuerdos de asamblea general extraordinaria
de socios de la sociedad denominada: Inmobiliaria Abril Setenta y Nueve Sociedad Anónima, cédula de persona jurídica número tres-ciento uno-trescientos
veintidós mil ochocientos ochenta y dos, donde se acuerda la disolución de la
sociedad.—San José, veintitrés de noviembre del dos mil diecisiete.—Licda.
Katerin Andrea Vargas Leal, Notaria.—1 vez.—( IN2017192259 ).
Por escritura número
224 del tomo 37 de mi protocolo, otorgada a las 12:00 horas del 20 noviembre
2017, se protocolizó acta de asamblea extraordinaria de socios de Círculo de
Afinidades Unidas S. A., cédula jurídica N°
3-101-507038, se reformó cláusula sétima de estatutos y se nombró
vocal.—Alajuela, 23 de noviembre del 2017.—Licda. Ana Rosa Aguilar González,
Notario.—1 vez.—( IN2017192264 ).
En esta notaría, por
escritura número trescientos cuarenta y cuatro de las doce horas quince minutos
del veintidós de noviembre de dos mil diecisiete, los socios Pedro Luis, Edwin
Armando y Yamileth, todos Campos Paniagua, proceden a solicitar al Registro de
Personas Jurídicas del Registro Nacional, el cese de disolución de la sociedad Hermanos Campos
Paniagua S. A., cédula de persona jurídica número
tres-ciento uno-quinientos setenta y cuatro ciento quince.—Alajuela, veintidós
de noviembre de dos mil diecisiete.—Lic. Libni Muñoz Sarmiento, Notario.—1
vez.—( IN2017192267 ).
Por escritura
otorgada en mi notaría protocolicé acta de la sociedad anónima tres-ciento
uno-siete cuatro dos seis siete cinco, se modifica la cláusula novena de sus
estatutos.—Paso Canoas, veinte de noviembre del dos mil diecisiete.—Licda. Ana
Yansy Rojas Villarreal, Notaria.—1 vez.—( IN2017192269 ).
La suscrita, Yolanda
Bassini Guillén, mayor, viuda de su único matrimonio, cédula de identidad
número 103320840, pensionada y vecina de Heredia, en mi condición de
propietaria de la totalidad del capital social de la sociedad Propiedades Lolo S.
A., cédula jurídica 3-101-300795, disuelta por la Ley
9024, por haber cumplido con el pago de todos los impuestos a las sociedades y
de conformidad con el transitorio II de la Ley 9428, solicito al Registro
Nacional, Registro de Personas Jurídicas el cese de la disolución de la
sociedad con la finalidad de activar la misma sociedad descrita y que la misma
continúe vigente por todo su plazo social.—San José, 21 de noviembre del
2017.—Yolanda Bassini Guillén.—1 vez.—( IN2017192270 ).
Por escritura otorgada a las once horas del
día seis de junio del 2017, en mi notaría, se protocolizó acta de la sociedad Inversiones Bajo Sucio Sociedad Anónima, por medio de la cual se acuerda disolver la
sociedad.—Paso Canoas, veintiuno de noviembre del dos mil diecisiete.—Ana Yansy
Rojas Villarreal, Notaria.—1 vez.—( IN2017192272 ).
Ante el suscrito notario se otorgó escritura
de disolución de la sociedad denominada: Acón
Consultores Sociedad Anónima, cédula jurídica tres-ciento uno-setecientos doce mil ciento
cincuenta y uno.—Alajuela, dieciséis de mayo del dos mil diecisiete.—Lic. Jaime
Jesús Flores Cerdas, Notario.—1 vez.—( IN2017192282 ).
Yo Mohit Mohan (nombre) Mukherjee (apellido),
portador del pasaporte de la India Z tres tres cuatro cuatro ocho uno seis,
propietario del cien por ciento del capital social de la sociedad Praia Mahal S. A., cédula jurídica N° 3-101-403526, solicito el cese de la disolución
de dicha sociedad.—Mohit Mohan Mukherjee.—Lic. José Pablo Arce Sánchez,
Notario.—1 vez.—( IN2017192283 ).
Por escritura
pública otorgada ante mi notaría, comparece Luis Gustavo Fernández Salgado,
cédula de identidad Nº 1-0525-0057 quien declara bajo juramento que es
propietario del 100% del capital social de Calaway Mountains S. A., cédula jurídica Nº 3-101-435755 y solicita al Registro de Personas
Jurídicas del Registro Nacional, el cese de la disolución de la sociedad al
amparo de lo dispuesto en el transitorio segundo de la Ley de Personas
Jurídicas Nº 9428 de 21 de marzo del 2017, y su reforma.—San José, 23 de noviembre
del 2017.—Lic. Mario Alberto Calvo Así, Notario.—1 vez.—( IN2017192288 ).
Por escrituras número ciento cuarenta y
siete; de 17/10/2017, se protocolizó acta de asamblea de Iproductos y Servicios Tony y Pan S.
A.; se nombra
nueva junta directiva, se cambian apoderados generales.—San José, 22 de
noviembre del 2017.—Licda. Xinia Mayela Campos Campos, Notaria 7664.—1 vez.—(
IN2017192291 ).
Por escritura otorgada a las 11:00 horas del
09 de noviembre del 2017, se modificaron los estatutos sociales de la firma Constructora e Inmobiliaria ADISA CR S. A., en cuanto a domicilio social,
composición del capital social y representación legal.—San José, nueve de
noviembre del dos mil diecisiete.—Lic. Gustavo Adolfo Montero Ureña, Notario.—1
vez.—( IN2017192296 ).
Por escritura otorgada ante esta notaría, a
las nueve horas del siete de noviembre del dos mil diecisiete, se constituyó la
fundación SIMONE.—Licda. Andrea Karolina Rojas Mora,
Notaria.—1 vez.—( IN2017192300 ).
Por escritura otorgada ante esta notaría, a
las 16:00 horas del 21 de noviembre del 2017, Representaciones Roma
Sociedad Anónima,
protocoliza acuerdos de asamblea general extraordinaria de socios. Se reforma
cláusula sétima del pacto constitutivo y se nombra vocal por el resto del plazo
social.—Lic. Roberto Sossa Sandí, Notario.—1 vez.—( IN2017192302 ).
Por escritura otorgada ante mí, el día de
hoy, se protocoliza acta de la compañía Hightecroa
Sociedad Anónima,
mediante la cual se reforma la cláusula sexta de los Estatutos Sociales. Se
nombran nuevos miembros en la junta directiva y fiscal.—San José, veintidós de
noviembre del dos mil diecisiete.—Lic. Raúl Herrera Ortiz, Notario.—1 vez.—(
IN2017192306 ).
La suscrita Patricia Sánchez González, mayor
de edad, soltera, oficinista, cédula de identidad 1-405-218, en su condición de
propietaria de las acciones del capital social de la sociedad Vicpat S. A., cédula jurídica 3-101-44976, hace constar que conforme a la Ley N°
9485, Ley de Reforma Impuesto a las Personas Jurídicas; Vicpat S. A., cédula jurídica 3-101-44976, ha cancelado las sumas adeudadas por
concepto del impuesto de la Ley N° 9024, impuesto a las Personas Jurídicas. Por
lo tanto, procede a presentar solicitud de cese de disolución.—San José, 20 de
noviembre del 2017.—Patricia Sánchez González.—1 vez.—( IN2017192308 ).
Por escritura otorgada ante esta notaría, a
las 13:00 horas del 22 de noviembre de 2017 se protocolizó acta de asamblea
general ordinaria y extraordinaria de socios de la sociedad Remote Contact Quinientos Seis S. A., cédula jurídica número 3-101-730470,
modificándose la cláusula de la administración y nombrándose nuevo secretario y
tesorero.—San José, 22 de noviembre del 2017.—Lic. Luis Alonso Quesada Díaz,
Notario.—1 vez.—( IN2017192311 ).
Por escritura otorgada ante esta notaría, a
las 14:00 horas del 22 de noviembre de 2017, se protocolizó acta de asamblea
general ordinaria y extraordinaria de socios de la sociedad Global Prime CRV S. A., cédula jurídica número 3-101-712125, modificándose la cláusula de la
administración y nombrándose nuevo secretario y tesorero.—San José, 22 de
noviembre del 2017.—Luis Alonso Quesada Díaz, Notario.—1 vez.—( IN2017192312 ).
Ante esta notaría, conforme a la escritura
104 otorgada las 14:00 horas del 08 de noviembre del 2017 se toman los siguientes,
en la asamblea extraordinaria de socios de la sociedad anónima a Instituto para la Formación Integral San Agustín de Sarapiquí, cédula jurídica 3-101-689593, se
nombra junta directiva y Fiscalía, como presidenta Ana Isabel González Álvarez,
como secretaria Maritza González Álvarez, como tesorero Randall Lobo Córdoba, y
como Fiscal Manuel Santamaría Rojas. Acuerdan además que la representación
judicial y extrajudicial será a cargo de la presidente y secretaria quienes
podrán actuar en conjunto o de forma separada, como apoderadas generalísimas
sin límites de suma.—Licda. Katerin Andrea Vargas Leal, Notaria.—1 vez.—(
IN2017192325 ).
Por escritura ochenta y dos, del veintiuno de
noviembre del dos mil diecisiete, a las doce horas, la empresa 3-102-642271 Limitada, protocolizó acta de cuotistas mediante la que se reformó el
domicilio y se nombró nuevo gerente uno y gerente dos de la empresa.—San José,
veintiuno de noviembre del dos mil diecisiete.—Lic. Marco Rodríguez Vargas,
Notario.—1 vez.—( IN2017192339 ).
Por escritura otorgada en mi notaría, a las
11:30 horas del 02 de noviembre del 2017, se solicitó protocolizar, el cese de
la disolución de Lucer Consultorios S. A., cédula jurídica
3-101-297244.—Goicoechea, 15 de noviembre del 2017.—Lic. Herman Mora Vargas,
Notario.—1 vez.—( IN2017192340 ).
Por escritura pública otorgada ante mí, a las
once horas treinta minutos del tres de noviembre de dos mil diecisiete, Víctor
Augusto Hurtado Oviedo, José Pablo Torres Matarrita, Celeste Ayelén Torres,
Óscar Delfín Moreno Ortega, José María Torres, Iñigo Rafael Legarza Ormaeche,
Alicia Raquel Torres y Silvia Beatriz Álvarez, constituyen una Fundación llamada Sociedad Racionalista Costarricense, con fines intelectuales
filosóficos.—Santo Domingo de Heredia, a las ocho horas del veintidós de
noviembre del dos mil diecisiete.—Licda. María Gabriela Zúñiga Chavarría,
Notaria.—1 vez.—( IN2017192366 ).
La suscrita notaria pública Johanna María
Zamora Villalobos, hace constar que mediante escritura trescientos trece-uno,
visible a folios ciento noventa y tres frente y vuelto, de mi protocolo tomo
uno, se ha modificado el objeto social de la sociedad Tres-Ciento Uno-Quinientos Un Mil Trescientos Cuarenta y Dos Sociedad
Anónima, en la
ciudad de San José, el veintidós de noviembre del dos mil diecisiete.—Licda.
Johanna María Zamora Villalobos, Notaria.—1 vez.—( IN2017192368 ).
Por escritura de las 12:00 horas del 01 de
noviembre de 2017 otorgada ante esta notaría pública, se modifica la cláusula
cuarta del pacto constitutivo referente a la representación de 1a sociedad Inmobiliaria Inmobicap Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 22 de noviembre del
2017.—Licda. Wendy Pamela Vargas Porras, Notaria.—1 vez.—( IN2017192375 ).
Por escritura otorgada ante mí, el día de
hoy, los socios de Compañía Constructora Herco
S. A.,
solicitan al Registro el cese de disolución de la sociedad.—San José, a los
trece días del mes de noviembre del dos mil diecisiete.—Lic. Edwin Chacón
Bolaños, Notario.—1 vez.—( IN2017192377 ).
Que ante la notaría del suscrito, Carlos
Eduardo Blanco Fonseca, con oficina en San Ramón de Alajuela, se ha presentado
el señor Vilmar Salazar Rodríguez, mayor, casado una vez, con cédula
dos-trescientos ochenta y ocho-cuatrocientos veintisiete, en su condición de
accionista de la sociedad Inversiones Salazar Elizondo
de Occidente Sociedad Anónima, con cédula jurídica número 3-101-624291. Dentro del plazo de ley y
ante notaría pública compareció en escritura pública número ciento veinte para
solicitar al Registro de Personas Jurídicas del Registro Nacional, el cese de
la disolución de las sociedades antes indicadas, según transitorio segundo de
la Ley de Personas Jurídicas número nueve mil cuatrocientos veintiocho del
veintiuno de marzo del dos mil diecisiete, y su reforma.—San Ramón de Alajuela,
veintitrés de noviembre del dos mil diecisiete.—Lic. Carlos Eduardo Blanco
Fonseca, Notario.—1 vez.—( IN2017192383 ).
Por escrituras otorgadas por el suscrito
notario protocolizaron asambleas generales extraordinarias de Almacén Belén Awad Internacional S A., cédula de persona jurídica número tres-uno
cero uno-tres dos cuatro siete nueve seis; Nurleah
S. A., cédula
de persona jurídica número tres-uno cero uno-seis ocho cinco ocho cuatro tres; Importadora La Espuela Centroamericana S. A., cédula de persona jurídica
número tres-uno cero uno-tres cuatro tres seis seis cinco; y Food Facu S. A., cédula de persona jurídica número tres-uno cero uno-tres siete
cuatro siete dos uno, acordando la disolución y liquidación de dichas
sociedades. San José, 22 de noviembre del 2017.—Tomás Esquivel Cerdas,
Notario.—1 vez.—( IN2017192385 ).
Que ante esta notaría pública, se acordó el
cese de disolución por acuerdo de socios de conformidad con lo establecido en
el transitorio II de la Ley 9428 la sociedad denominada The Beautiful Full Moon Sociedad de Responsabilidad Limitada, cédula jurídica tres-ciento
dos-seis cero seis cuatro cinco dos.—Puntarenas, Uvita, Osa, 23 de
noviembre.—Lic. Eduardo Abarca Vargas, Notario.—1 vez.—( IN2017192387 ).
Que por escritura setenta y ocho, de esta
notaría Pilar María Jiménez Bolaños se modificó el pacto constitutivo y se
nombró junta directiva de la sociedad Inversiones
Romaka Sociedad Anónima, cédula jurídica número tres-ciento uno siete nueve nueve seis ocho.
Es todo.—San José, veintitrés de noviembre del dos mil diecisiete.—Licda. Pilar
María Jiménez Bolaños, Notaria.—1 vez.—( IN2017192389 ).
Mediante escritura número once-diez, otorgada
en Ciudad Quesada a las diez horas del veinte de noviembre del año dos mil
diecisiete, se protocoliza acta número cuatro de asamblea general
extraordinaria de accionistas de la sociedad denominada Rico Rico Max Sociedad Anónima, cédula jurídica número tres-ciento
uno-doscientos ochenta y dos mil setecientos cuarenta y cinco, en la cual se
reforma la cláusula primera y se reforma la Junta Directiva.—Ciudad Quesada,
veintiuno de noviembre del dos mil diecisiete.—Licda. Patricia Castro Salazar,
Notaria.—1 vez.—( IN2017192390 ).
Por escritura otorgada en mi notaría, a las
trece horas treinta minutos del veintitrés de noviembre del dos mil diecisiete,
se protocolizó acta de la asamblea general extraordinaria de socios de la
empresa Excell Trade Corp Sociedad Anónima. Se modifica el domicilio de la
sociedad y por ende la cláusula segunda de los estatutos. El domicilio nuevo
será: provincia de San José, cantón Curridabat, distrito Granadilla, de la
Mitsubishi, Veinsa, cien metros sur y cincuenta metros oeste, tercera casa a
mano izquierda.—San José, veintitrés de noviembre del 2017.—Ana Cristina
Cordero Blanco, Notaria.—1 vez.—( IN2017192392 ).
Por escritura ante mí otorgada el día de hoy,
se constituyó la compañía Consorcio de Seguridad Marín
Huete Sociedad Anónima. Capital social: cien dólares; (moneda de los Estados Unidos de
Norteamérica). Presidente es el apoderado generalísimo sin límite de suma.
Plazo social: 99 años.—San José, quince de noviembre del dos mil
diecisiete.—Lizbeth Becerril Cambronero, Notaria.—1 vez.—( IN2017192394 ).
Por escritura ante mí otorgada el día de hoy,
se constituyó la compañía Baldosas Tiribi Sociedad
Anónima,
capital social: cien dólares; (moneda de los Estados Unidos de Norteamérica).
Presidente es el apoderado generalísimo sin límite de suma. Plazo social: 3
años, 1 mes y 16 días.—San José, quince de noviembre del dos mil
diecisiete.—Licda. Lizbeth Becerril Cambronero, Notaria.—1 vez.—( IN2017192395
).
Por escritura otorgada ante mi notaría, a las
diecisiete horas del veintitrés de noviembre del dos mil diecisiete, se
protocolizo acta de asamblea extraordinaria de accionistas de la sociedad
anónima denominada Marilokar Sociedad Anónima. Cédula de persona jurídica N°
3-101-196966. Reforma clausula sexta. Licenciada Irina Castro Gamboa, Notaria.
Cédula N° 1-830-815, número 7977.—Veintitrés de noviembre del dos mil
diecisiete.—Licda. Irina Castro Gamboa, Notaria.—1 vez.—( IN2017192397 ).
Se hace constar que por escritura de las 9:00
horas del 20 de noviembre del 2017, se protocolizó acta de asamblea general
extraordinaria y ordinaria de accionistas de la compañía Tres-Ciento Uno-Setecientos Cuarenta y Cinco Mil Sesenta y Cuatro
Sociedad Anónima,
cédula jurídica N° 3-101-745075. Se reforma la cláusula cuarta del Pacto
Constitutivo de la administración, estableciendo que será administrada por la
Junta Directiva de cuatro miembros, los cuales serán el presidente, el
vicepresidente, el secretario y el tesorero. Además, el secretario y el
vicepresidente ostentarán las mismas facultades que el presidente, siempre que
actúen de manera conjunta.—San José, 22 de noviembre del 2017.—Lic. Eladio
González Solís, Notario.—1 vez.—( IN2017192398 ).
Mediante escritura otorgada ante esta
notaría, a las dieciséis horas 05 minutos del 22 de noviembre del 2017, se
protocolizó el acta dos de asamblea extraordinaria de socios de Alturas de San Isidro S. A., cédula jurídica N° 3-101-388524, en la que
se acuerda la disolución de esa sociedad.—Grecia, 23 de noviembre del
2017.—Lic. Carlos Alpízar Alfaro, Notario.—1 vez.—( IN2017192399 ).
A las 10:00 horas del día de hoy ante esta
notaría se constituyó la empresa de esta plaza Tata
Mami e Hijos S. A.
Plazo social 99 años, correspondiendo al presidente y secretario la
representación judicial y extrajudicial de la sociedad.—San José, 7 de octubre
del 2017.—Lic. Sergio Arnoldo Masís Olivas, Notario.—1 vez.—( IN2017192403 ).
El suscrito notario Ricardo Vargas Guerrero,
notario público con oficina en Guanacaste, Playas del Coco ciento cincuenta
metros este del Hotel Flor de Itabo, hace constar que, el señor Ronald Vargas
Scott, mayor, casado, empresario, vecino de Alajuela centro residencial
Barcelona casa número cuarenta y seis, portador de la cédula de identidad
número: uno cero cinco dos cuatro cero cuatro nueve cinco, por medio del
presente edicto informa que, como titular del cien por ciento de las cuotas que
representan la totalidad del capital social de Excavaciones
Ronald Vargas Scott Sociedad de Responsabilidad Limitada, cédula jurídica número:
tres-cientos dos-uno siete nueve siete nueve tres, comparecerá, dentro del
plazo de ley, ante notaría pública a efecto de otorgar escritura pública
mediante la cual se solicita al Registro de Personas Jurídicas del Registro
Nacional, el cese de la disolución de la sociedad al amparo de lo dispuesto en
el transitorio segundo de la Ley de Personas Jurídicas número 9428 de 21 de
marzo del 2017, y su reforma. Es todo. Publíquese una vez en el Diario Oficial La Gaceta.
Lugar y fecha: Playas del Coco, a las diez horas con catorce minutos del 23 del
mes de noviembre del 2017.—Lic. Ricardo Vargas Guerrero, Notario.—1 vez.—(
IN2017192407 ).
Ante esta notaría la sociedad Aracel R.V Sociedad Anónima, cédula jurídica número tres-ciento
uno-quinientos veintiún mil ochocientos sesenta y cinco, se ha disuelto por
acuerdo de socios.—Miramar, doce horas con treinta minutos del veintiuno de
setiembre del dos mil diecisiete.—Licda. Shirley Ávila Cortés, Notaria.—1
vez.—( IN2017192408 ).
El suscrito notario Ricardo Vargas Guerrero,
notario público con oficina en Guanacaste, Playas del Coco ciento cincuenta
metros este del Hotel Flor de Itabo, hace constar que se revocaron los cargos
de gerente uno y gerente dos y en su defecto se nombró nueva junta directiva,
esto de la sociedad denominada: Piamonfoto Sociedad de
Responsabilidad Limitada, con cedula de persona jurídica número: tres ciento dos siete dos
cuatro siete tres cinco, domiciliada en Guanacaste, Carrillo, Playas del Coco,
la Chorrera, el pueblito segundo piso; acto celebrada en su domicilio. Acto
celebrado en Playas del Coco a las diez horas del trece de noviembre del dos
mil diecisiete, en escritura número ciento treinta y seis, visible al folio
ciento dieciocho vuelto, del tomo noveno de mi protocolo”. Es todo.—Playas del
Coco a las once horas y diez minutos del veintitrés de noviembre del dos mil
diecisiete.—Lic. Ricardo Vargas Guerrero, Notario.—1 vez.—( IN2017192409 ).
Por escritura otorgada ante esta notaría a
las dieciséis horas del día veintiuno de noviembre del dos mil diecisiete, la
sociedad Jira y Arce S. A. cédula de persona jurídica tres-ciento uno-doscientos
ochenta y seis mil novecientos cuarenta, solicitó al Registro de Personas
Jurídicas del Registro Nacional el cese de disolución.—San José, veintitrés de
noviembre del dos mil diecisiete.—Licda. Sandra Cerdas Mora, Notaria.—1 vez.—(
IN2017192410 ).
Se informa que el señor Pablo Solórzano
Alvarado, mayor, soltero, comerciante, vecino de Alajuela, Orotina, portador de
la cédula de identidad número 2-0487-0520, por medio del presente edicto
informo que, como titular de más del cincuenta y un por ciento de las acciones
que representan el capital social de la sociedad anónima Ferretería y Materiales Rosol, cédula de persona jurídica 3-101-110758
comparecerá, dentro del plazo de ley, ante notaría pública a efecto de otorgar
escritura pública mediante la cual se solicitará al Registro de Personas
Jurídicas del Registro Nacional, el cese de la disolución de la sociedad al
amparo de lo dispuesto en el transitorio segundo de la Ley de Personas
Jurídicas número 9428 de 21 de marzo del 2017, y su reforma. Publíquese una vez
en el Diario Oficial La Gaceta.—San José, al ser las once
horas cero minutos del veintitrés de noviembre del dos mil diecisiete.—Lic.
Fabio Enrique Corrales Loría, Notario.—1 vez.—( IN2017192411 ).
Que por escritura otorgada ante esta notaría
a las quince horas del día veintitrés de noviembre del dos mil diecisiete, se
protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de accionistas de la
compañía Empresa de Seguridad Ávila Sociedad Anónima, mediante la cual se acordó la
reforma de la cláusula tercera (plazo).—San José, veintitrés de noviembre del
año dos mil diecisiete.—Lic. Álvaro Alfaro Rojas, Notario.—1 vez.—(
IN2017192412 ).
Por instrumento público otorgado ante esta
notaría a las 12 horas del día 23 de noviembre 2017, se protocolizó asamblea
general extraordinaria de accionistas de Jugos
y Batidos Tropicales Dama S. A., cédula jurídica 3-101-285771, se acordó disolver definitivamente la
sociedad y se prescindió del nombramiento de liquidador.—San José, 23 noviembre
del 2017.—Lic. Josué Hidalgo Bolaños, Notario Público.—1 vez.—( IN2017192419 ).
Por escritura otorgada ante la suscrita
notaria en la ciudad de San José, a las 08:00 horas del 23 de noviembre de
2017, se protocolizó el acta de asamblea general ordinaria y extraordinaria de
accionistas de la compañía Buddys Smokehouse & Grill
S. A., cédula
jurídica 3-101-734633, mediante la cual se modificó los nombramientos de la
junta directiva y del fiscal y se reformó la cláusula segunda.—San José, 23 de
noviembre del 2017.—Licda. Mónica Patricia Umaña Barrantes, Notaria.—1 vez.—(
IN2017192423 ).
Los suscritos Ana Lorena Sandoval Nelson,
mayor, casada una vez, contador público, con cédula de identidad uno-quinientos
cincuenta y tres-setecientos ochenta y cuatro, vecina de Curridabat, y Rory
Alfredo Clarke Steele, mayor, casado una vez, empresario, cédula de identidad
número uno-quinientos-quinientos veintidós, vecino de Curridabat, por medio del
presente edicto informamos que, como titulares de la totalidad del capital
social de Rojayson y Asociados S. A., cédula jurídica tres-ciento
uno-ciento setenta y un mil ochocientos uno, compareceremos, dentro del plazo
de ley, ante notaría pública a efecto de otorgar escritura pública mediante la
cual se solicita al Registro de Personas Jurídicas del Registro Nacional, el
cese de la disolución de la sociedad al amparo de lo dispuesto en el
transitorio segundo de la Ley de Personas Jurídicas número nueve mil
cuatrocientos veintiocho de veintiuno de marzo del dos mil diecisiete y su
reforma. Publíquese una vez en el Diario Oficial La
Gaceta.—San
José a las trece horas del veintitrés de noviembre del dos mil diecisiete.—Ana
Lorena Sandoval Nelson, Contador Público.—1 vez.—( IN2017192425 ).
Por escritura otorgada ante el suscrito
notario, a las 9:00 horas del 23 de noviembre del 2017, compareció el cien por
ciento del capital social de la empresa Inversiones
Condo Tania Limitada, cédula de persona jurídica número tres-ciento dos-cuatrocientos
cinco mil seiscientos sesenta, mediante la cual solicitan al Registro Mercantil
el cese de la disolución de la sociedad.—San José, 23 de noviembre del
2017.—Lic. Orlando Hidalgo Gallegos, Notario.—1 vez.—( IN2017192426 ).
Por escritura otorgada ante el suscrito
notario, a las 8:00 horas del 23 de noviembre del 2017, compareció el cien por
ciento del capital social de la empresa Los
Cuatro del Coco Sociedad Anónima, cédula de persona jurídica número tres-ciento uno-cuatrocientos ocho
mil veintinueve, mediante la cual solicitan al Registro Mercantil el cese de la
disolución de la sociedad.—San José, 23 de noviembre del 2017.—Lic. Orlando
Hidalgo Gallegos, Notario.—1 vez.—( IN2017192427 ).
Por escritura otorgada ante el suscrito
notario, a las 10:00 horas del 22 de noviembre del 2017, compareció el cien por
ciento del capital social de la empresa Asesoría
y Consultoría de Negocios Abeledo Sociedad Anónima, cédula de persona jurídica
número tres-ciento uno-trescientos cuarenta y dos mil veinticinco, mediante la
cual solicita al Registro Mercantil el cese de la disolución de la
sociedad.—San José, 23 de noviembre del 2017.—Lic. Orlando Hidalgo Gallegos,
Notario.—1 vez.—( IN2017192428 ).
Se informa que por
la escritura número doscientos sesenta y uno, realizada ante el notario público
Christian Javier Badilla Vargas, se modifica el pacto constitutivo de la
sociedad Fuente
de Prosperidad CR Sociedad Anónima, con cédula
jurídica tres-ciento uno- cuatrocientos setenta y un mil quinientos treinta y
cinco.—Lic. Christian Javier Badilla Vargas, Notario.—1 vez.—( IN2017192430 ).
Mediante escritura
número once, visible a folio siete frente y vuelto del tomo cinco de mi
protocolo Luis Eugenio Suárez Maroto como dueño del total del capital social de
Agrícola
La Caturra E.S. S. A., solicita su cese de disolución
por cumplir con todos los requisitos de rigor.—San José, 31 octubre del
2017.—Lic. José Miguel Zúñiga Zúñiga, Notario.—1 vez.—( IN2017192431 ).
La suscrita notaria
hace constar, que mediante escritura otorgada a las catorce horas del día de
hoy, se protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de accionistas de Instituto de
Cirugía Plástica y Dermatología de Costa Rice (ICPDCR) Sociedad Anónima”, en la cual se acuerda la disolución de la misma.—San José, trece de
noviembre del año dos mil diecisiete.—Licda. Andrea Morúa Vega, Notaria.—1
vez.—( IN2017192432 ).
Protocolización de
asamblea general extraordinaria de accionistas de la sociedad Grupo Constructivo
Belén Veinte Sociedad Anónima, cédula jurídica número
3-101-430698, con la que se disolvió la sociedad. Escritura otorgada a las 15
horas del 23 de setiembre del 2017.—Licda. Nataly Mireya Espinoza Alvarado,
Notaria.—1 vez.—( IN2017192435 ).
Mediante escritura otorgada ante esta
notaría, a las 10 horas 00 minutos del 26 de setiembre del año 2017, se
constituyó la sociedad denominada Adwood
Exports Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 02 de octubre del 2017.—Lic.
Arnulfo Carmona Martínez, Notario.—1 vez.—CE2017012457.—( IN2017192436 ).
Mediante escritura otorgada ante esta
notaría, a las 10 horas 00 minutos del 08 de setiembre del año 2017, se
constituyó la sociedad denominada Educo
Sociedad Anónima.—San
José, 02 de octubre del 2017.—Lic. Erik Antonio Cordero Sánchez, Notario.—1
vez.—CE2017012458.—( IN2017192437 ).
Mediante escritura otorgada ante esta
notaría, a las 16 horas 00 minutos del 28 de septiembre del año 2017, se
constituyó la sociedad denominada Vivaracha
Chakra Limitada.—San
José, 02 de octubre del 2017.—Lic. Mauricio Eduardo Martínez Parada, Notario.—1
vez.—CE2017012459.—( IN2017192438 ).
Mediante escritura otorgada ante esta
notaría, a las 11 horas 30 minutos del 29 de septiembre del año 2017, se
constituyó la sociedad denominada Retelsa
Redes Eléctricas del Irazú Sociedad Anónima Sociedad Anónima.—San José, 02 de octubre del
2017.—Lic. Óscar Rodrigo Vargas Jiménez, Notario.—1 vez.—CE2017012460.—(
IN2017192439 ).
Mediante escritura otorgada ante esta
notaría, a las 14 horas 00 minutos del 23 de agosto del año 2017, se constituyó
la sociedad denominada Adua Net Sociedad Anónima.—San José, 02 de octubre del
2017.—Lic. Karys González Solano, Notario.—1 vez.—CE2017012461.—( IN2017192440
).
Mediante escritura otorgada ante esta
notaría, a las 14 horas 00 minutos del 29 de Septiembre del año 2017, se
constituyó la sociedad denominada Los
Ajenos Sociedad Anónima.—San José, 02 de octubre del 2017.—Licda. Ana Laura Vásquez Alfaro,
Notaria.—1 vez.—CE2017012462.—( IN2017192441 ).
Mediante escritura otorgada ante esta
notaría, a las 08 horas 00 minutos del 29 de septiembre del año 2017, se
constituyó la sociedad denominada La
Encantada Investments Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 02 de octubre del
2017.—Lic. Carlos Roberto Rivera Ruiz, Notario.—1 vez.—CE2017012463.—(
IN2017192442 ).
Mediante escritura otorgada ante esta
notaría, a las 16 horas 00 minutos del 28 de setiembre del año 2017, se
constituyó la sociedad denominada Inversiones
Serviagro Quepos Sociedad Anónima.—San José, 02 de octubre del 2017.—Licda.
Karol Tatiana Segura Sandoval, Notaria.—1 vez.—CE2017012464.—( IN2017192443 ).
Mediante escritura otorgada ante esta
notaría, a las 16 horas 30 minutos del 20 de setiembre del año 2017, se
constituyó la sociedad denominada Desarrollos
del Mañana JYR Sociedad Anónima.—San José, 02 de octubre del 2017.—Lic. Alan René Flores Moya,
Notario.—1 vez.—CE2017012465.—( IN2017192444 ).
Mediante escritura otorgada ante esta
notaría, a las 09 horas 00 minutos del 26 de setiembre del año 2017, se
constituyó la sociedad denominada Pizzería
Los Primos Sociedad Anónima.—San José, 02 de octubre del 2017.—Lic. José Joaquín Herrera Arias,
Notario.—1 vez.—CE2017012466.—( IN2017192445 ).
Mediante escritura otorgada ante esta
notaría, a las 13 horas 00 minutos del 22 de setiembre del año 2017, se
constituyó la sociedad denominada Pawo
Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 02 de octubre del 2017.—Licda.
Patricia Claudia Frances, Notaria.—1 vez.—CE2017012467.—( IN2017192446 ).
Mediante escritura
otorgada ante esta notaría, a las 15 horas 00 minutos del 30 de setiembre del
año 2017, se constituyó la sociedad denominada Inversiones Farmacéuticas
Lobo de Turrialba Sociedad Anónima.—San José, 02 de
octubre del 2017.—Licda. Astrid Binns Rodríguez, Notario.—1
vez.—CE2017012468.—( IN2017192447 ).
Mediante escritura
otorgada ante esta notaría, a las 19 horas 00 minutos del 21 de setiembre del
año 2017, se constituyó la sociedad denominada SBS Smart Building
Solutions Sociedad Anónima.—San José, 02 de octubre
del 2017.—Licda. Belma Patricia Castro Hernández, Notaria.—1
vez.—CE2017012469.—( IN2017192448 ).
Mediante escritura
otorgada ante esta notaría, a las 11 horas 00 minutos del 09 de setiembre del
año 2017, se constituyó la sociedad denominada Doceceronueve Sociedad
Anónima.—San José, 02 de octubre del 2017.—Licda.
Laura Inés Castro Conejo, Notario.—1 vez.—CE2017012470.—( IN2017192449 ).
Mediante escritura
otorgada ante esta notaría, a las 09 horas 00 minutos del 26 de setiembre del
año 2017, se constituyó la sociedad denominada Comercializadora de
Servicios Móviles de Costa Rica Movilcom Sociedad Anónima.—San José, 02 de octubre del 2017.—Licda. Karla Marina Núñez Ruiz,
Notaria.—1 vez.—CE2017012471.—( IN2017192450 ).
Mediante escritura
otorgada ante esta notaría, a las 16 horas 00 minutos del 28 de setiembre del
año 2017, se constituyó la sociedad denominada Condominio Seiscientos
Cinco EV Sociedad Anónima.—San José, 02 de octubre del
2017.—Lic. Mauricio Bolaños Alvarado, Notario.—1 vez.—CE2017012472.—(
IN2017192451 ).
Mediante escritura
otorgada ante esta notaría, a las 08 horas 00 minutos del 25 de setiembre del
año 2017, se constituyó la sociedad denominada Lajaf Sociedad Anónima.—San José, 02 de octubre del 2017.—Lic. Pastor De Jesús Bonilla
González, Notario.—1 vez.—CE2017012473.—( IN2017192452 ).
Mediante escritura
otorgada ante esta notaría, a las 11 horas 00 minutos del 28 de setiembre del
año 2017, se constituyó la sociedad denominada Guercontre Sociedad de
Responsabilidad Limitada.—San José, 02 de octubre del
2017.—Licda. Marcela Patricia Gurdián Cedeño, Notaria.—1 vez.—CE2017012474.—(
IN2017192453 ).
Mediante escritura
otorgada ante esta notaría, a las 16 horas 00 minutos del 22 de setiembre del
año 2017, se constituyó la sociedad denominada Portillo S Desing Sociedad
Anónima.—San José, 02 de octubre del 2017.—Licda.
Elizabeth Víquez Matamoros, Notaria.—1 vez.—CE2017012475.—( IN2017192454 ).
Mediante escritura
otorgada ante esta notaría, a las 10 horas 00 minutos del 30 de setiembre del
año 2017, se constituyó la sociedad denominada DJB Realty Llc Limitada.—San José, 02 de octubre del 2017.—Licda. Laura Carolina Coto Rojas,
Notaria.—1 vez.—CE2017012476.—( IN2017192455 ).
Mediante escritura
otorgada ante esta notaría, a las 16 horas 00 minutos del 24 de agosto del año
2017, se constituyó la sociedad denominada Gaman Core Sociedad Anónima.—San José, 02 de octubre del 2017.—Licda. Lilliam Boza Guzmán,
Notaria.—1 vez.—CE2017012477.—( IN2017192456 ).
Mediante escritura
otorgada ante esta notaría, a las 11 horas 00 minutos del 28 de setiembre del
año 2017, se constituyó la sociedad denominada Legal Logistics Group
Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 02 de
octubre del 2017.—Lic. Sebastián David Vargas Roldan, Notario.—1
vez.—CE2017012478.—( IN2017192457 ).
Mediante escritura
otorgada ante esta notaría, a las 17 horas 30 minutos del 15 de septiembre del
año 2017, se constituyó la sociedad denominada Anteater Mobile Payment
Services Sociedad Anónima.—San José, 02 de octubre del
2017.—Licda. Evelyn Alejandra Calderón Murillo, Notario.—1 vez.—CE2017012479.—(
IN2017192458 ).
Mediante escritura otorgada ante esta
notaría, a las 08 horas 30 minutos del 26 de setiembre del año 2017, se
constituyó la sociedad denominada Pikuyos
del Mar Sociedad Anónima.—San José, 02 de octubre del 2017.—Lic. Álvaro Carazo Zeledón,
Notario.—1 vez.—CE2017012480.—( IN2017192459 ).
Mediante escritura otorgada ante esta
notaría, a las 12 horas 00 minutos del 29 de setiembre del año 2017, se
constituyó la sociedad denominada Relax
Investments LLC Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 02 de octubre del
2017.—Licda. Mariajosé Víquez Alpízar, Notaria.—1 vez.—CE2017012481.—(
IN2017192460 ).
Mediante escritura otorgada ante esta
notaría, a las 11 horas 00 minutos del 01 de octubre del año 2017, se
constituyó la sociedad denominada Cormoran
B Seis Costa Rica LLC Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 02 de octubre del
2017.—Lic. Giordano Zeffiro Caravaca, Notario.—1 vez.—CE2017012482.—(
IN2017192461 ).
Mediante escritura otorgada ante esta
notaría, a las 11 horas 30 minutos del 28 de setiembre del año 2017, se
constituyó la sociedad denominada Bolfics
Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 02 de octubre del 2017.—Lic.
Sebastián David Vargas Roldán, Notario.—1 vez.—CE2017012483.—( IN2017192462 ).
Mediante escritura otorgada ante esta
notaría, a las 15 horas 00 minutos del 28 de setiembre del año 2017, se
constituyó la sociedad denominada Yongchang
Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 02 de octubre del 2017.—Lic.
Carlos Guillermo Alvarado Heinrichs, Notario.—1 vez.—CE2017012484.—(
IN2017192463 ).
Mediante escritura otorgada ante esta
notaría, a las 16 horas 00 minutos del 21 de setiembre del año 2017, se
constituyó la sociedad denominada Villa
Encanto Tropical Limitada.—San José, 02 de octubre del 2017.—Licda. Maricela Alpízar Chacón,
Notaria.—1 vez.—CE2017012485.—( IN2017192464 ).
Mediante escritura otorgada ante esta
notaría, a las 17 horas 00 minutos del 29 de setiembre del año 2017, se
constituyó la sociedad denominada Tranquility
Farm Sociedad Anónima.—San José, 02 de octubre del 2017.—Lic. Diego José Mata Morales,
Notario.—1 vez.—CE2017012486.—( IN2017192465 ).
Mediante escritura
otorgada ante esta notaría, a las 21 horas 00 minutos del 13 de septiembre del
año 2017, se constituyó la sociedad denominada Proyecto Diecisiete
Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 02 de
octubre del 2017.—Lic. Mario Carazo Zeledón, Notario.—1 vez.—CE2017012487.—(
IN2017192466 ).
Mediante escritura
otorgada ante esta notaría, a las 09 horas 00 minutos del 02 de octubre del año
2017, se constituyó la sociedad denominada NH Seis Nueve Dos Cuatro
Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 02 de
octubre del 2017.—Licda. Eleonora Alejandra Varela Sánchez, Notaria.—1
vez.—CE2017012488.—( IN2017192467 ).
Mediante escritura
otorgada ante esta notaría, a las 16 horas 00 minutos del 30 de septiembre del
año 2017, se constituyó la sociedad denominada RNR Web Design Sociedad
Anónima.—San José, 02 de octubre del 2017.—Licda.
Kimberlyn Rojas De La Torre, Notaria.—1 vez.—CE2017012489.—( IN2017192468 ).
Mediante escritura
otorgada ante esta notaría, a las 12 horas 00 minutos del 21 de setiembre del
año 2017, se constituyó la sociedad denominada Climb Consultants Sociedad
Anónima.—San José, 02 de octubre del 2017.—Lic.
Ernesto Desanti González, Notario.—1 vez.—CE2017012490.—( IN2017192469 ).
Mediante escritura
otorgada ante esta notaría, a las 20 horas 00 minutos del 01 de octubre del año
2017, se constituyó la sociedad denominada Playa Barranquilla Vista
Ocho Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José,
02 de octubre del 2017.—Licda. Eleonora Alejandra Varela Sánchez, Notaria.—1
vez.—CE2017012491.—( IN2017192470 ).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 09 horas 00 minutos del 02 de
octubre del año 2017, se constituyó la sociedad denominada Guanacaste
Construcción Limitada.—San José, 02 de octubre
del 2017.—Lic. Carlos Roberto Rivera Ruiz, Notario.—1 vez.—CE2017012492.—(
IN2017192471 ).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 08 horas 00 minutos del 29 de
septiembre del año 2017, se constituyó la sociedad denominada Neo Siwa
Sociedad Anónima.—San José, 02 de octubre del
2017.—Lic. Erasmo Enrique Rojas Madrigal, Notario.—1 vez.—CE2017012493.—(
IN2017192472 ).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 18 horas 00 minutos del 01 de
octubre del año 2017, se constituyó la sociedad denominada Playa
Barranquilla Puente Nueve Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 02 de octubre del 2017.—Licda. Eleonora Alejandra
Varela Sánchez, Notario.—1 vez.—CE2017012494.—( IN2017192473 ).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 11 horas 00 minutos del 18 de
septiembre del año 2017, se constituyó la sociedad denominada Txibirita
Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José,
02 de octubre del 2017.—Lic. Mauricio Bonilla Robert, Notario.—1
vez.—CE2017012495.—( IN2017192474 ).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 11 horas 00 minutos del 28 de
setiembre del año 2017, se constituyó la sociedad denominada Finca Yolillal
Sociedad Anónima.—San José, 02 de octubre del 2017.—Lic.
Luis Adrian Quiros Carmona, Notario.—1 vez.—CE2017012496.—( IN2017192475 ).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 18 horas 30 minutos del 22 de
septiembre del año 2010, se constituyó la sociedad denominada The J and O
Team Limitada.—San José, 02 de octubre del
2017.—Lic. Dan Alberto Hidalgo Hidalgo, Notario.—1 vez.—CE2017012497.—(
IN2017192476 ).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 11 horas 15 minutos del 23 de
agosto del año 2017, se constituyó la sociedad denominada Arco Iris de
Monteverde Sociedad Anónima.—San José, 02 de
octubre del 2017.—Lic. Luis Ramón Sibaja Campos, Notario.—1
vez.—CE2017012498.—( IN2017192477 ).
Mediante escritura otorgada ante esta
notaría, a las 11 horas 00 minutos del 25 de setiembre del año 2017, se
constituyó la sociedad denominada Bluma
It Retake Sociedad Anónima.—San José, 02 de octubre del 2017.—Lic. Dan Alberto Hidalgo Hidalgo,
Notario.—1 vez.—CE2017012499.—( IN2017192478 ).
Mediante escritura otorgada ante esta
notaría, a las 11 horas 30 minutos del 25 de setiembre del año 2017, se
constituyó la sociedad denominada Globeland
TKS House Sociedad Anónima.—San José, 02 de octubre del 2017.—Lic. Dan Alberto Hidalgo Hidalgo,
Notario.—1 vez.—CE2017012500.—( IN2017192479 ).
Mediante escritura otorgada ante esta
notaría, a las 17 horas 00 minutos del 23 de setiembre del año 2017, se
constituyó la sociedad denominada Giftstico
Sociedad Anónima.—San
José, 02 de octubre del 2017.—Lic. Gerardo Andrés Camacho Quirós, Notario.—1
vez.—CE2017012501.—( IN2017192480 ).
Mediante escritura otorgada ante esta
notaría, a las 11 horas 00 minutos del 02 de octubre del año 2017, se
constituyó la sociedad denominada Carofrange
Sociedad Anónima.—San
José, 02 de octubre del 2017.—Licda. Mariela Paniagua Camacho, Notaria.—1
vez.—CE2017012502.—( IN2017192481 ).
Mediante escritura otorgada ante esta
notaría, a las 13 horas 00 minutos del 30 de setiembre del año 2017, se
constituyó la sociedad denominada Inversiones
Jiménez y Blanco Sociedad Anónima.—San José, 02 de octubre del 2017.—Lic.
Roger Arturo Trigueros García, Notario.—1 vez.—CE2017012503.—( IN2017192482 ).
Mediante escritura otorgada ante esta
notaría, a las 08 horas 00 minutos del 08 de setiembre del año 2017, se
constituyó la sociedad denominada Bio
Nutri Sociedad Anónima.—San José, 02 de octubre del 2017.—Licda. María Isabel Leiva Solano,
Notaria.—1 vez.—CE2017012504.—( IN2017192483 ).
Mediante escritura otorgada ante esta
notaría, a las 11 horas 50 minutos del 29 de setiembre del año 2017, se constituyó
la sociedad denominada Eagle Crushing Limitada.—San José, 02 de octubre del
2017.—Lic. Gabriel Álvarez Hernández, Notario.—1 vez.—CE2017012505.—(
IN2017192484 ).
Mediante escritura otorgada ante esta
notaría, a las 08 horas 00 minutos del 02 de octubre del año 2017, se
constituyó la sociedad denominada Motos
Total Sociedad Anónima.—San José, 02 de octubre del 2017.—Lic. Marco Antonio Montero
González, Notario.—1 vez.—CE2017012506.—( IN2017192485 ).
Mediante escritura otorgada ante esta
notaría, a las 12 horas 00 minutos del 28 de setiembre del año 2017, se
constituyó la sociedad denominada Panes
Artesanales Kamoji Sociedad Anónima.—San José, 02 de octubre del 2017.—Lic. José
Luis Rodríguez Jiménez, Notario.—1 vez.—CE2017012507.—( IN2017192486 ).
Mediante escritura otorgada ante esta
notaría, a las 09 horas 00 minutos del 28 de setiembre del año 2017, se
constituyó la sociedad denominada Universal
de Aires Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 02 de octubre del 2017.—Lic.
Federico Ureña Ferrero, Notario.—1 vez.—CE2017012508.—( IN2017192487 ).
Mediante escritura otorgada ante esta
notaría, a las 16 horas 35 minutos del 12 de setiembre del año 2017, se
constituyó la sociedad denominada Inversiones
Listio Sociedad Anónima.—San José, 02 de octubre del 2017.—Lic. Joshua Joel Rosales Watson,
Notario.—1 vez.—CE2017012509.—( IN2017192488 ).
Mediante escritura otorgada ante esta
notaría, a las 17 horas 30 minutos del 27 de setiembre del año 2017, se
constituyó la sociedad denominada Dorothy
Design & Deco Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 02 de octubre del
2017.—Licda. Viviana Castro Alvarado, Notaria.—1 vez.—CE2017012510.—(
IN2017192489 ).
Mediante escritura otorgada ante esta
notaría, a las 15 horas 30 minutos del 30 de setiembre del año 2017, se
constituyó la sociedad denominada Inmobiliaria
Regina Angelorum Limitada.—San José, 02 de octubre del 2017.—Lic. Carlos Roberto Rivera Ruiz,
Notario.—1 vez.—CE2017012511.—( IN2017192490 ).
Mediante escritura otorgada ante esta
notaría, a las 10 horas 00 minutos del 02 de octubre del año 2017, se
constituyó la sociedad denominada Argonza
Logistic Service Sociedad Anónima.—San José, 02 de octubre del 2017.—Lic. Luis
Franklin Gutiérrez Rodríguez, Notario.—1 vez.—CE2017012512.—( IN2017192491 ).
Mediante escritura otorgada ante esta
notaría, a las 10 horas 00 minutos del 02 de octubre del año 2017, se
constituyó la sociedad denominada Profesionales
Continentales FTL Sociedad Anónima.—San José, 02 de octubre del 2017.—Licda.
Ana Lourdes Golcher González, Notaria.—1 vez.—CE2017012513.—( IN2017192492 ).
Mediante escritura otorgada ante esta
notaría, a las 10 horas 00 minutos del 02 de octubre del año 2017, se
constituyó la sociedad denominada Pyka
Limitada.—San
José, 02 de octubre del 2017.—Lic. Carlos Roberto Rivera Ruiz, Notario.—1
vez.—CE2017012514.—( IN2017192493 ).
Mediante escritura otorgada ante esta
notaría, a las 10 horas 00 minutos del 02 de octubre del año 2017, se
constituyó la sociedad denominada Las
Brisas Cincuenta y Nueve SS & L Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 02 de octubre del
2017.—Lic. Juan Manuel Gómez Mora, Notario.—1 vez.—CE2017012515.—( IN2017192494
).
Mediante escritura otorgada ante esta
notaría, a las 12 horas 00 minutos del 21 de setiembre del año 2017, se
constituyó la sociedad denominada Steel
Engineering Sociedad Anónima.—San José, 02 de octubre del 2017.—Licda. Lourdes Salazar Agüero,
Notaria.—1 vez.—CE2017012516.—( IN2017192495 ).
Mediante escritura otorgada ante esta
notaría, a las 08 horas 00 minutos del 01 de octubre del año 2017, se
constituyó la sociedad denominada Monteverde
Real Estate US Limitada.—San José, 02 de octubre del 2017.—Lic. Freddy Mesén Bermúdez,
Notario.—1 vez.—CE2017012517.—( IN2017192496 ).
Mediante escritura otorgada ante esta
notaría, a las 17 horas 30 minutos del 28 de setiembre del año 2017, se
constituyó la sociedad denominada Ciento
Ochenta Mil Ochocientos Cuatro Sociedad Anónima.—San José, 02 de octubre del 2017.—Licda.
Vilma Solano Pérez, Notaria.—1 vez.—CE2017012518.—( IN2017192497 ).
Mediante escritura otorgada ante esta
notaría, a las 11 horas 05 minutos del 26 de setiembre del año 2017, se
constituyó la sociedad denominada FAMAFU
Sociedad Anónima.—San
José, 02 de octubre del 2017.—Licda. Marjorie Arroyo Ocampo, Notaria.—1
vez.—CE2017012519.—( IN2017192498 ).
Mediante escritura
otorgada ante esta notaría, a las 08 horas 00 minutos del 29 de setiembre del
año 2017, se constituyó la sociedad denominada Sikap Petualang Limitada.—San José, 02 de octubre del 2017.—Lic. Carlos Roberto Rivera Ruiz,
Notario.—1 vez.—CE2017012520.—( IN2017142499 ).
Mediante escritura
otorgada ante esta notaría, a las 17 horas 00 minutos del 28 de septiembre del
año 2017, se constituyó la sociedad denominada Veinte Mil Cuatrocientos
Uno Sociedad Anónima.—San José, 02 de octubre del
2017.—Licda. Vilma Solano Pérez, Notaria.—1 vez.—CE2017012521.—( IN2017192500
).
Mediante escritura
otorgada ante esta notaría, a las 16 horas 30 minutos del 28 de setiembre del
año 2017, se constituyó la sociedad denominada Treinta Mil Cuatrocientos
Noventa y Ocho Sociedad Anónima.—San José, 02 de
octubre del 2017.—Licda. Vilma Solano Pérez, Notaria.—1 vez.—CE2017012522.—(
IN2017192501 ).
Mediante escritura
otorgada ante esta notaría, a las 16 horas 00 minutos del 28 de setiembre del
año 2017, se constituyó la sociedad denominada Setenta Mil Seiscientos
Noventa y Cinco Sociedad Anónima.—San José, 02 de
octubre del 2017.—Licda. Vilma Solano Pérez, Notaria.—1 vez.—CE2017012523.—(
IN2017192502 ).
Mediante escritura
otorgada ante esta notaría, a las 08 horas 00 minutos del 02 de octubre del año
2017, se constituyó la sociedad denominada The Marketing Group (TMG)
Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 02 de
octubre del 2017.—Lic. Álvaro Enrique Aguilar Saborío, Notario.—1 vez.—CE2017012524.—(
IN2017192503 ).
Mediante escritura
otorgada ante esta notaría, a las 13 horas 30 minutos del 02 de octubre del año
2017, se constituyó la sociedad denominada Suministros Diecinueve
Sociedad Anónima.—San José, 02 de octubre del
2017.—Lic. Rafael Ángel Salazar Fonseca, Notario.—1 vez.—CE2017012525.—(
IN2017192504 ).
Mediante escritura
otorgada ante esta notaría, a las 16 horas 00 minutos del 25 de septiembre del
año 2017, se constituyó la sociedad denominada B Y R Metrología Calidad e
Ingeniería Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San
José, 02 de octubre del 2017.—Lic. Owen Amen Montero, Notario.—1
vez.—CE2017012526.—( IN2017192505 ).
Mediante escritura
otorgada ante esta notaría, a las 11 horas 00 minutos del 11 de setiembre del
año 2017, se constituyó la sociedad denominada Norwegian Innovative
Solutions Limitada.—San José, 02 de octubre del
2017.—Lic. Gabriel Chaves Ledezma, Notario.—1 vez.—CE2017012527.—( IN2017192506
).
Mediante escritura
otorgada ante esta notaría, a las 15 horas 00 minutos del 28 de septiembre del
año 2017, se constituyó la sociedad denominada Philly Birds Sociedad de
Responsabilidad Limitada.—San José, 02 de octubre del
2017.—Licda. Paola Castro Montealegre, Notaria.—1 vez.—CE2017012528.—(
IN2017192507 ).
Mediante escritura
otorgada ante esta notaría, a las 14 horas 00 minutos del 02 de octubre del año
2017, se constituyó la sociedad denominada Corporación TSL Bitácoras
Digitales Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San
José, 02 de octubre del 2017.—Licda. Miriam Adriela Medina Espinoza, Notaria.—1
vez.—CE2017012529.—( IN2017192508 ).
Mediante escritura
otorgada ante esta notaría, a las 14 horas 30 minutos del 25 de setiembre del
año 2017, se constituyó la sociedad denominada Sepro MGCR Sociedad de
Responsabilidad Limitada.—San José, 02 de octubre del
2017.—Licda. María José Yglesias Ramos, Notaria.—1 vez.—CE2017012530.—(
IN2017192509 ).
Mediante escritura
otorgada ante esta notaría, a las 16 horas 00 minutos del 13 de septiembre del
año 2017, se constituyó la sociedad denominada Tepsi Creativo Limitada.—San José, 02 de octubre del 2017.—Lic. Alan Masis Angulo, Notario.—1
vez.—CE2017012531.—( IN2017192510 ).
Mediante escritura otorgada ante esta
notaría, a las 08 horas 00 minutos del 28 de setiembre del año 2017, se
constituyó la sociedad denominada Servicios
de Salud San Gabriel Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 02 de octubre del
2017.—Licda. Ligia Rodríguez Moreno, Notaria.—1 vez.—CE2017012532.—(
IN2017192511 ).
Mediante escritura otorgada ante esta
notaría, a las 14 horas 00 minutos del 02 de octubre del año 2017, se
constituyó la sociedad denominada Champ
Action Sociedad Anónima.—San José, 02 de octubre del 2017.—Lic. Fernán Pacheco Alfaro,
Notario.—1 vez.—CE2017012533.—( IN2017192512 ).
Mediante escritura otorgada ante esta
notaría, a las 15 horas 10 minutos del 26 de setiembre del año 2017, se
constituyó la sociedad denominada Zona
Mecánica Sociedad Anónima.—San José, 02 de octubre del 2017.—Lic. Pablo José Castrillo Arias,
Notario.—1 vez.—CE2017012534.—( IN2017192513 ).
Mediante escritura otorgada ante esta
notaría, a las 14 horas 30 minutos del 02 de octubre del año 2017, se
constituyó la sociedad denominada Maldlion
Sociedad Anónima.—San
José, 02 de octubre del 2017.—Lic. Fernán Pacheco Alfaro, Notario.—1 vez.—CE2017012535.—(
IN2017192514 ).
Mediante escritura otorgada ante esta
notaría, a las 18 horas 00 minutos del 27 de setiembre del año 2017, se
constituyó la sociedad denominada Auto
Épocas Sociedad Anónima.—San José, 02 de octubre del 2017.—Lic. Tomas Esquivel Cerdas,
Notario.—1 vez.—CE2017012536.—( IN2017192515 ).
Mediante escritura otorgada ante esta
notaría, a las 08 horas 00 minutos del 02 de octubre del año 2017, se
constituyó la sociedad denominada The
Marketing Group TMG Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 02 de octubre del
2017.—Lic. Álvaro Enrique Aguilar Saborío, Notario.—1 vez.—CE2017012537.—(
IN2017192516 ).
Mediante escritura otorgada ante esta
notaría, a las 14 horas 00 minutos del 28 de setiembre del año 2017, se
constituyó la sociedad denominada Impresiones
Mundiales Limitada.—San
José, 02 de octubre del 2017.—Lic. Jimmy Gerardo Solano Ulloa, Notario.—1
vez.—CE2017012538.—( IN2017192517 ).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría,
a las 10 horas 00 minutos del 27 de setiembre del año 2017, se constituyó la
sociedad denominada Inn-Performance Promocionales
Sociedad Anónima.—San
José, 02 de octubre del 2017.—Lic. Marcelo Antonio Wilson Cole, Notario.—1
vez.—CE2017012539.—( IN2017192518 ).
Mediante escritura otorgada ante esta
notaría, a las 17 horas 00 minutos del 05 de mayo del año 2017, se constituyó
la sociedad denominada Inversiones Vivamar ZM
Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 02 de octubre del 2017.—Licda.
Ligia Rodríguez Moreno, Notaria.—1 vez.—CE2017012540.—( IN2017192519 ).
Mediante escritura otorgada ante esta
notaría, a las 20 horas 00 minutos del 30 de setiembre del año 2017, se
constituyó la sociedad denominada RKO
Inversiones Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 02 de octubre del 2017.—Licda.
Ana Gabriela Acevedo Rivera, Notaria.—1 vez.—CE2017012541.—( IN2017192520 ).
Mediante escritura otorgada ante esta
notaría, a las 14 horas 00 minutos del 30 de setiembre del año 2017, se
constituyó la sociedad denominada Women´s
Business Consortium Sociedad Anónima.—San José, 02 de octubre del 2017.—Licda.
Johanna María Moreno Bustos, Notaria.—1 vez.—CE2017012542.—( IN2017192521 ).
Mediante escritura otorgada ante esta
notaría, a las 13 horas 00 minutos del 30 de setiembre del año 2017, se
constituyó la sociedad denominada Teragym
Sociedad Anónima.—San
José, 02 de octubre del 2017.—Lic. Adrián Tames Muñoz, Notario.—1
vez.—CE2017012543.—( IN2017192522 ).
Mediante escritura otorgada ante esta
notaría, a las 09 horas 00 minutos del 28 de setiembre del año 2017, se
constituyó la sociedad denominada Phoenicia
Sociedad Anónima.—San
José, 02 de octubre del 2017.—Lic. José Martín Salas Sánchez, Notario.—1
vez.—CE2017012544.—( IN2017192523 ).
Mediante escritura otorgada ante esta
notaría, a las 08 horas 15 minutos del 04 de setiembre del año 2017, se
constituyó la sociedad denominada Pacific
Laser Jacó Sociedad Anónima.—San José, 02 de octubre del 2017.—Lic. Jorge Gamboa Ureña,
Notario.—1 vez.—CE2017012545.—( IN2017192524 ).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría
a las 08 horas 00 minutos del 26 de setiembre del año 2017, se constituyó la
sociedad denominada Profesionales Guanacastecos
Sociedad Anónima
(PROGUA) Sociedad
Anónima.—San
José, 02 de octubre del 2017.—Licda. Edith Gutiérrez Ruiz, Notaria.—1
vez.—CE2017012546.—( IN2017192525 ).
Mediante escritura otorgada ante esta
notaría, a las 13 horas 40 minutos del 27 de setiembre del año 2017, se
constituyó la sociedad denominada Danziguer
Sociedad Anónima.—San
José, 02 de octubre del 2017.—Licda. Evelin de los Ángeles Sandoval Sandoval,
Notaria.—1 vez.—CE2017012547.—( IN2017192526 ).
Mediante escritura otorgada ante esta
notaría, a las 18 horas 00 minutos del 01 de octubre del año 2017, se
constituyó la sociedad denominada Cien
Por Ciento Finca Ganadera Sociedad Anónima.—San José, 02 de octubre del 2017.—Lic.
Guiselle Sánchez Solórzano, Notaria.—1 vez.—CE2017012548.—( IN2017192527 ).
Mediante escritura
otorgada ante esta notaría, a las 16 horas 00 minutos del 28 de septiembre del
año 2017, se constituyó la sociedad denominada JPG Setenta Mil Seiscientos
Noventa y Cinco Sociedad Anónima.—San José, 02 de
octubre del 2017.—Licda. Vilma Solano Pérez, Notaria.—1 vez.—CE2017012549.—(
IN2017192528 ).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría
a las 11 horas 00 minutos del 02 de octubre del año 2017, se constituyó la
sociedad denominada Raíces y Tubérculos El Futuro
Sociedad Anónima.—San
José, 2 de octubre del 2017.—Lic. Robert Solís Sauma, Notario.—1
vez.—CE2017012550.—( IN2017192529 ).
Mediante escritura otorgada ante esta
notaría, a las 11 horas 30 minutos del 02 de octubre del año 2017, se
constituyó la sociedad denominada Sociedad
Rojas y Araya Sociedad Anónima.—San José, 02 de octubre del 2017.—Lic. Robert Solís Sauma,
Notario.—1 vez.—CE2017012551.—( IN2017192530 ).
Mediante escritura
otorgada ante esta notaría, a las 17 horas 00 minutos del 27 de setiembre del
año 2017, se constituyó la sociedad denominada Boza Inmobiliaria Limitada.—San José, 02 de octubre del 2017.—Licda. Katherine Chaves Alpízar,
Notaria.—1 vez.—CE2017012552.—( IN2017192531 ).
Mediante escritura otorgada ante esta
notaría, a las 15 horas 00 minutos del 28 de setiembre del año 2016, se
constituyó la sociedad denominada Chaesqui
Dos Mil Uno Sociedad Anónima.—San José, 02 de octubre del 2017.—Lic. Randall Esteban Salas Rojas,
Notario.—1 vez.—CE2017012553.—( IN2017192532 ).
Mediante escritura
otorgada ante esta notaría, a las 09 horas 00 minutos del 04 de setiembre del
año 2017, se constituyó la sociedad denominada Multiservicios Zima
Sociedad Anónima.—San José, 02 de octubre del
2017.—Licda. Johanna María Moreno Bustos, Notaria.—1 vez.—CE2017012554.—(
IN2017192533 ).
Mediante escritura otorgada ante esta
notaría, a las 15 horas 00 minutos del 25 de setiembre del año 2017, se
constituyó la sociedad denominada Soda
Rústica de Sarchí Limitada.—San José, 02 de octubre del 2017.—Lic. Luis Felipe Zamora Cubero,
Notario.—1 vez.—CE2017012555.—( IN2017192534 ).
Mediante escritura otorgada ante esta
notaría, a las 18 horas 00 minutos del 21 de setiembre del año 2017, se
constituyó la sociedad denominada Total
Seafood de Costa Rica Sociedad Anónima.—San José, 02 de octubre del 2017.—Licda.
Nadya Schmidt Rodríguez, Notario.—1 vez.—CE2017012556.—( IN2017192535 ).
Mediante escritura otorgada ante esta
notaría, a las 08 horas 00 minutos del 29 de setiembre del año 2017, se
constituyó la sociedad denominada Sayas
Sociedad Anónima.—San
José, 02 de octubre del 2017.—Lic. Netzy Yanina Soto Rojas, Notaria.—1 vez.—
CE2017012557.—( IN2017192536 ).
Mediante escritura otorgada ante esta
notaría, a las 12 horas 00 minutos del 02 de octubre del año 2017, se
constituyó la sociedad denominada Arenas
del Silencio Sociedad Anónima.—San José, 02 de octubre del 2017.—Licda. Xenia Priscilla Moya
Chavarría, Notaria.—1 vez.—CE2017012558.—( IN2017192537 ).
Mediante escritura
otorgada ante esta notaría, a las 11 horas 00 minutos del 29 de septiembre del
año 2017, se constituyó la sociedad denominada Alimentos Skisada Limitada.—San José, 02 de octubre del 2017.—Lic. Jorge Bonilla Peña, Notario.—1
vez.—CE2017012559.—( IN2017192538 ).
Mediante escritura otorgada ante esta
notaría, a las 15 horas 00 minutos del 11 de setiembre del año 2017, se
constituyó la sociedad denominada P
C & Compañía Sociedad Anónima.—San José, 02 de octubre del 2017.—Lic. Luis
Sebastián Calderón Cerdas, Notario.—1 vez.—CE2017012560.—( IN2017192539 ).
Mediante escritura
otorgada ante esta notaría, a las 15 horas 20 minutos del 02 de octubre del año
2017, se constituyó la sociedad denominada Gurusoft Sociedad Anónima.—San José, 02 de octubre del 2017.—Licda. Katherine Natalia Delgado
Zamora, Notaria.—1 vez.—CE2017012561.—( IN2017192540 ).
Mediante escritura otorgada ante esta
notaría, a las 15 horas 00 minutos del 31 de agosto del año 2017, se constituyó
la sociedad denominada AMR Ingeniería Sociedad de
Responsabilidad Limitada.—San José, 02 de Octubre del 2017.—Licda. Francela Anchia Umaña,
Notaria.—1 vez.—CE2017012562.—( IN2017192541 ).
Mediante escritura otorgada ante esta
notaría, a las 08 horas 10 minutos del 02 de octubre del año 2017, se
constituyó la sociedad denominada AV
Y MP Seguridad Privada Sociedad Anónima.—San José, 02 de octubre del 2017.—Lic.
Federico Rodríguez Camacho, Notario.—1 vez.—CE2017012563.—( IN2017192542 ).
Mediante escritura
otorgada ante esta notaría, a las 18 horas 00 minutos del 27 de setiembre del
año 2017, se constituyó la sociedad denominada Paradise Brewing Company
Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 02 de
octubre del 2017.—Licda. Francela Anchía Umaña, Notaria.—1 vez.—CE2017012564.—(
IN2017192543 ).
Mediante escritura otorgada ante esta
notaría, a las 17 horas 00 minutos del 02 de octubre del año 2017, se
constituyó la sociedad denominada Jasoshop
Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 03 de octubre del 2017.—Lic.
Kattia Quirós Chevez, Notario.—1 vez.—CE2017012565.—( IN2017192544 ).
Mediante escritura
otorgada ante esta notaría, a las 17 horas 00 minutos del 16 de setiembre del
año 2017, se constituyó la sociedad denominada Créditos y Soluciones de
Financiamiento de Costa Rica Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 03 de octubre del 2017.—Lic. José Luis Estrada Sánchez,
Notario.—1 vez.—CE2017012566.—( IN2017192545 ).
Mediante escritura
otorgada ante esta notaría, a las 09 horas 00 minutos del 02 de octubre del año
2017, se constituyó la sociedad denominada Alimenco Sociedad Anónima.—San José, 03 de octubre del 2017.—Licda. Milena Acuña Ugalde,
Notaria.—1 vez.—CE2017012567.—( IN2017192546 ).
Mediante escritura
otorgada ante esta notaría, a las 08 horas 00 minutos del 01 de octubre del año
2017, se constituyó la sociedad denominada Real Estate US Limitada.—San José, 03 de octubre del 2017.—Lic. Freddy Mesén Bermúdez,
Notario.—1 vez.—CE2017012568.—( IN2017192547 ).
Mediante escritura
otorgada ante esta notaría, a las 15 horas 00 minutos del 27 de septiembre del
año 2017, se constituyó la sociedad denominada STCR Limitada.—San José, 03 de octubre del 2017.—Lic. Eduardo Rojas Piedra,
Notario.—1 vez.—CE2017012569.—( IN2017192548 ).
Mediante escritura otorgada ante esta
notaría, a las 08 horas 00 minutos del 20 de setiembre del año 2017, se
constituyó la sociedad denominada Limmit
Sociedad Anónima.—San
José, 3 de octubre del 2017.—Lic. Martín Alfredo Masís Delgado, Notario.—1
vez.—CE2017012570.—( IN2017192549 ).
Mediante escritura otorgada ante esta
notaría, a las 12 horas 30 minutos del 18 de setiembre del año 2017, se
constituyó la sociedad denominada Adache
Sociedad Anónima.—San
José, 03 de octubre del 2017.—Licda. Carolina Muñoz Solís, Notaria.—1
vez.—CE2017012571.—( IN2017192550 ).
Mediante escritura
otorgada ante esta notaría, a las 11 horas 00 minutos del 28 de setiembre del
año 2017, se constituyó la sociedad denominada Los Gabino Sociedad Anónima.—San José, 3 de octubre del 2017.—Lic. Rafael Mauricio Rodríguez
González, Notario.—1 vez.—CE2017012572.—( IN2017192551 ).
Mediante escritura otorgada ante esta
notaría, a las 12 horas 00 minutos del 23 de septiembre del año 2017, se
constituyó la sociedad denominada Inversiones
Cambria del Este Sociedad Anónima.—San José, 3 de octubre del 2017.—Lic. Juan
Manuel Ramírez Villanea, Notario.—1 vez.—CE2017012573.—( IN2017192552 ).
Mediante escritura otorgada ante esta
notaría, a las 12 horas 30 minutos del 27 de setiembre del año 2017, se
constituyó la sociedad denominada Tijerino
Álvarez Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 3 de octubre del 2017.—San José,
3 de octubre del 2017.—Lic. Rafael Mauricio Rodríguez González, Notario.—1
vez.—CE2017012574.—( IN2017192553 ).
Mediante escritura otorgada ante esta
notaría, a las 08 horas 00 minutos del 29 de septiembre del año 2017, se
constituyó la sociedad denominada Grupo
Usekorpa Siwa Sociedad Anónima.—San José, 03 de octubre del 2017.—Lic. Erasmo Enrique Rojas Madrigal,
Notario.—1 vez.—CE2017012575.—( IN2017192554 ).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría
a las 14 horas 00 minutos del 29 de setiembre del año 2017, se constituyó la
sociedad denominada L G R Sociedad
de Responsabilidad Limitada.—San José, 3 de octubre del 2017.—Lic. María José Alvarado Núñez,
Notaria.—1 vez.—CE2017012576.—( IN2017192555 ).
Mediante escritura otorgada ante esta
notaría, a las 12 horas 30 minutos del 23 de septiembre del año 2017, se
constituyó la sociedad denominada Consorcio
Cosmetico Coral Sociedad Anónima.—San José, 03 de octubre del 2017.—Lic. Juan Manuel Ramírez Villanea,
Notario.—1 vez.—CE2017012577.—( IN2017192556 ).
Mediante escritura otorgada ante esta
notaría, a las 15 horas 00 minutos del 28 de setiembre del año 2017, se
constituyó la sociedad denominada Productora
Jaz Limitada.—San
José, 3 de octubre del 2017.—Lic. Johnny Vinicio Matute Obando, Notario.—1
vez.—CE2017012578.—( IN2017192557 ).
Mediante escritura otorgada ante esta
notaría, a las 17 horas 30 minutos del 29 de septiembre del año 2017, se
constituyó la sociedad denominada HDS
Holdings Limitada.—San
José, 03 de octubre del 2017.—Licda. Fabiola Soler Bonilla, Notaria.—1
vez.—CE2017012579.—( IN2017192558 ).
Mediante escritura otorgada ante esta
notaría, a las 16 horas 00 minutos del 28 de setiembre del año 2017, se
constituyó la sociedad denominada Inversiones
Aleza Limitada.—San
José, 03 de octubre del 2017.—Lic. Johnny Vinicio Matute Obando, Notario.—1
vez.—CE2017012580.—( IN2017192559 ).
Mediante escritura otorgada ante esta
notaría, a las 10 horas 00 minutos del 26 de setiembre del año 2017, se
constituyó la sociedad denominada Terra
Moda Sociedad Anónima.—San José, 03 de octubre del 2017.—Lic. Andrés Emilio Ramos Sibaja,
Notario.—1 vez.—CE2017012581.—( IN2017192560 ).
Mediante escritura otorgada ante esta
notaría, a las 10 horas 00 minutos del 02 de octubre del año 2017, se
constituyó la sociedad denominada Alima
Sociedad Anónima.—San
José, 03 de octubre del 2017.—Lic. Jorge Moisés Ulloa Maduro, Notario.—1 vez.—CE2017012582.—(
IN2017192561 ).
Mediante escritura otorgada ante esta
notaría, a las 16 horas 00 minutos del 01 de octubre del año 2017, se
constituyó la sociedad denominada Filial
Altos Número Veinte Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 03 de octubre del
2017.—Lic. Eleonora Alejandra Varela Sánchez, Notaria.—1 vez.—CE2017012583.—(
IN2017192562 ).
Mediante escritura otorgada ante esta
notaría, a las 10 horas 00 minutos del 16 de setiembre del año 2017, se
constituyó la sociedad denominada Calexcorp
Sociedad Anónima.—San
José, 03 de octubre del 2017.—Lic. Víctor Julio Chavarría Rojas, Notario.—1
vez.—CE2017012584.—( IN2017192563 ).
Mediante escritura otorgada ante esta
notaría, a las 09 horas 00 minutos del 27 de setiembre del año 2017, se constituyó
la sociedad denominada Media Pulsar Producciones
Sociedad Anónima.—San
José, 03 de octubre del 2017.—Lic. Rafael Enrique Monestel González, Notario.—1
vez.—CE2017012585.—( IN2017192564 ).
Mediante escritura otorgada ante esta
notaría, a las 08 horas 00 minutos del 03 de octubre del año 2017, se
constituyó la sociedad denominada Aquatro
Enterprise Sociedad Anónima.—San José, 03 de octubre del 2017.—Lic. Alejandro Montero Vargas,
Notario.—1 vez.—CE2017012586.—( IN2017192565 ).
Mediante escritura otorgada ante esta
notaría, a las 09 horas 00 minutos del 03 de octubre del año 2017, se
constituyó la sociedad denominada Farmacéutica
Angevic Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 03 de octubre del 2017.—Licda.
Lilliam Hidalgo Álvarez, Notaria.—1 vez.—CE2017012587.—( IN2017192566 ).
Mediante escritura otorgada ante esta
notaría, a las 20 horas 12 minutos del 02 de octubre del año 2017, se
constituyó la sociedad denominada Corporación
Alunar Sociedad Anónima.—San José, 03 de octubre del 2017.—Lic. Nora Vanessa Chacón Jiménez,
Notaria.—1 vez.—CE2017012588.—( IN2017192567 ).
Mediante escritura otorgada ante esta
notaría, a las 13 horas 00 minutos del 29 de setiembre del año 2017, se
constituyó la sociedad denominada Lote
Condo Las Rusias FF Veintisiete Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 03 de octubre del
2017.—Lic. Ruhal Román Barrientos Saborío, Notario.—1 vez.—CE2017012589.—(
IN2017192568 ).
Mediante escritura
otorgada ante esta notaría, a las 15 horas 00 minutos del 02 de octubre del año
2017, se constituyó la sociedad denominada Tecknow TKN Limitada.—San José, 03 de octubre del 2017.—Lic. Alberto Víquez Garro,
Notario.—1 vez.—CE2017012590.—( IN2017192569 ).
Mediante escritura otorgada ante esta
notaría, a las 14 horas 00 minutos del 02 de octubre del año 2017, se
constituyó la sociedad denominada Hacienda
de Rosella Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 03 de octubre del 2017.—Lic.
Alejandro Montealegre Isern, Notario.—1 vez.—CE2017012591.—( IN2017192570 ).
Mediante escritura otorgada ante esta
notaría, a las 15 horas 00 minutos del 28 de setiembre del año 2017, se
constituyó la sociedad denominada El
Maná de los Herrera Sociedad Anónima.—San José, 03 de octubre del 2017.—Licda.
Xinia María Arias Naranjo, Notaria.—1 vez.—CE2017012592.—( IN2017192571 ).
Mediante escritura otorgada ante esta
notaría, a las 11 horas 30 minutos del 22 de setiembre del año 2017, se
constituyó la sociedad denominada Avícola
Lucy Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 03 de octubre del 2017.—Lic.
Ólger Gerardo Vargas Castillo, Notario.—1 vez.—CE2017012593.—( IN2017192572 ).
Mediante escritura otorgada ante esta
notaría, a las 13 horas 00 minutos del 22 de setiembre del año 2017, se
constituyó la sociedad denominada Pawo
de Santa Teresa Indumentaria Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 03 de octubre del
2017.—Licda. Patricia Claudia Frances, Notaria.—1 vez.—CE2017012594.—(
IN2017192573 ).
Mediante escritura otorgada ante esta
notaría, a las 09 horas 00 minutos del 28 de setiembre del año 2017, se
constituyó la sociedad denominada Phoenicia
Servicios Sociedad Anónima.—San José, 03 de octubre del 2017.—Lic. José Martín Salas Sánchez,
Notario.—1 vez.—CE2017012595.—( IN2017192574 ).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría,
a las 16 horas 00 minutos del 27 de setiembre del año 2017, se constituyó la
sociedad denominada Rahefer Sociedad de
Responsabilidad Limitada.—San José, 03 de octubre del 2017.—Lic. Miguel Antonio Rodríguez
Espinoza, Notario.—1 vez.—CE2017012596.—( IN2017192575 ).
Mediante escritura otorgada ante esta
notaría, a las 13 horas 00 minutos del 29 de setiembre del año 2017, se
constituyó la sociedad denominada Master
Security System MSS Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 03 de octubre del 2017.—Lic.
Randall Tamayo Oconitrillo, Notario.—1 vez.—CE2017012597.—( IN2017192576 ).
Mediante escritura otorgada ante esta
notaría, a las 11 horas 00 minutos del 03 de octubre del año 2017, se
constituyó la sociedad denominada En
Papel Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 03 de octubre del 2017.—Lic.
Slawomir Wiciak Gasiorowska, Notario.—1 vez.—CE2017012598.—( IN2017192577 ).
Mediante escritura otorgada ante esta
notaría, a las 17 horas 00 minutos del 13 de setiembre del año 2017, se
constituyó la sociedad denominada Lobaro
Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 03 de octubre del 2017.—Lic.
Carlos Roberto Galva Brizuela, Notario.—1 vez.—CE2017012599.—( IN2017192578 ).
Mediante escritura otorgada ante esta
notaría, a las 16 horas 00 minutos del 02 de octubre del año 2017, se
constituyó la sociedad denominada Estrella
de Oro Costa Ballena Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 03 de octubre del
2017.—Lic. Eduardo Abarca Vargas, Notario.—1 vez.—CE2017012600.—( IN2017192579
).
Mediante escritura otorgada ante esta
notaría, a las 13 horas 30 minutos del 29 de septiembre del año 2017, se
constituyó la sociedad denominada GPS
Security Group Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 03 de octubre del
2017.—Lic. Randall Tamayo Oconitrillo, Notario.—1 vez.—CE2017012601.—(
IN2017192580 ).
Mediante escritura otorgada ante esta
notaría, a las 10 horas 00 minutos del 03 de octubre del año 2017, se
constituyó la sociedad denominada Starr
de Tejas Vacation Rentals Limitada.—San José, 03 de octubre del 2017.—Lic. Paul
Oporta Romero, Notario.—1 vez.—CE2017012602.—( IN2017192581 ).
Mediante escritura otorgada ante esta
notaría, a las 11 horas 00 minutos del 23 de septiembre del año 2017, se
constituyó la sociedad denominada Ecobeneficio
Jiménez Sociedad Anónima.—San José, 03 de octubre del 2017.—Lic. Olman Alberto Rivera
Valverde, Notario.—1 vez.—CE2017012603.—( IN2017192582 ).
Mediante escritura otorgada ante esta
notaría, a las 11 horas 00 minutos del 25 de julio del año 2016, se constituyó
la sociedad denominada Auto Partes Mendieta Sociedad
Anónima.—San
José, 03 de octubre del 2017.—Licda. Kattia Hernández Chaves, Notaria.—1
vez.—CE2017012604.—( IN2017192583 ).
Mediante escritura otorgada ante esta
notaría, a las 17 horas 00 minutos del 28 de setiembre del año 2017, se
constituyó la sociedad denominada Tracmata
Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 03 de octubre del 2017.—Lic.
Melvin Arias Pizarro, Notario.—1 vez.—CE2017012605.—( IN2017192584 ).
Mediante escritura otorgada ante esta
notaría, a las 14 horas 00 minutos del 22 de setiembre del año 2017, se
constituyó la sociedad denominada CA-AR
Sociedad Anónima.—San
José, 03 de octubre del 2017.—Lic. Luis Alonso Carrillo Castro, Notario.—1
vez.—CE2017012606.—( IN2017192585 ).
Mediante escritura otorgada ante esta
notaría, a las 08 horas 00 minutos del 28 de septiembre del año 2017, se
constituyó la sociedad denominada Accesorios
Europeos Sociedad Anónima.—San José, 03 de octubre del 2017.—Lic. Adrián Lizano Pacheco,
Notario.—1 vez.—CE2017012607.—( IN2017192586 ).
Mediante escritura otorgada ante esta
notaría, a las 17 horas 00 minutos del 02 de octubre del año 2017, se
constituyó la sociedad denominada Inversiones
Fiestas del Mar Roble
Sociedad Anónima.—San José, 03 de octubre del 2017.—Lic.
Félix Ángel Hernández Obando, Notario.—1 vez.—CE2017012608.—( IN2017192587 ).
Mediante escritura otorgada ante esta
notaría, a las 12 horas 00 minutos del 03 de octubre del año 2017, se
constituyó la sociedad denominada Gentilini
Progress Sociedad Anónima.—San José, 03 de octubre del 2017.—Lic. Simón Alfredo Valverde
Gutiérrez, Notario.—1 vez.—CE2017012609.—( IN2017192588 ).
Mediante escritura otorgada ante esta
notaría, a las 19 horas 00 minutos del 02 de octubre del año 2017, se
constituyó la sociedad denominada Beauty
Brands Sociedad Anónima.—San José, 03 de octubre del 2017.—Lic. Tomas Esquivel Cerdas,
Notario.—1 vez.—CE2017012610.—( IN2017192589 ).
Mediante escritura otorgada ante esta
notaría, a las 15 horas 00 minutos del 28 de septiembre del año 2017, se
constituyó la sociedad denominada Rugo
Constructora Dinámica Sociedad Anónima.—San José, 03 de octubre del 2017.—Lic.
Miguel Ángel Zumbado González, Notario.—1 vez.—CE2017012611.—( IN2017192590 ).
Mediante escritura otorgada ante esta
notaría, a las 12 horas 00 minutos del 03 de octubre del año 2017, se
constituyó la sociedad denominada AT:12
Desarrollo de Proyectos Sociedad Anónima.—San José, 03 de octubre del 2017.—Lic.
Henry Campos Vargas, Notario.—1 vez.—CE2017012612.—( IN2017192591 ).
Mediante escritura otorgada ante esta
notaría, a las 10 horas 00 minutos del 29 de agosto del año 2017, se constituyó
la sociedad denominada VAG Producciones Sociedad
Anónima.—San
José, 03 de octubre del 2017.—Licda. Kattia Isela Castro Arias, Notaria.—1
vez.—CE2017012613.—( IN2017192592 ).
Mediante escritura otorgada ante esta
notaría, a las 15 horas 00 minutos del 02 de octubre del año 2017, se
constituyó la sociedad denominada Leoclas
de Costa Rica
Sociedad Anónima.—San José, 03 de octubre del 2017.—Lic. Jorge
Julián Ortega Volio, Notario.—1 vez.—CE2017012614.—( IN2017192593 ).
Mediante escritura otorgada ante esta
notaría, a las 10 horas 00 minutos del 26 de septiembre del año 2017, se
constituyó la sociedad denominada Adwood
C.R.Exports Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 03 de octubre del 2017.—Lic.
Arnulfo Carmona Martínez, Notario.—1 vez.—CE2017012615.—( IN2017192594 ).
Mediante escritura otorgada ante esta
notaría, a las 16 horas 00 minutos del 30 de setiembre del año 2017, se
constituyó la sociedad denominada Empresa
de Seguridad Arteaga Aguirre Sociedad
Anónima.—San
José, 03 de octubre del 2017.—Lic. Carlos Manuel Sánchez Leitón, Notario.—1
vez.—CE2017012616.—( IN2017192595 ).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría,
a las 13 horas 00 minutos del 28 de septiembre del año 2017, se constituyó la
sociedad denominada Casa Dïtso Sociedad
Anónima.—San
José, 03 de octubre del 2017.—Licda. Nelly Nohelia Achio Artavia, Notaria.—1
vez.—CE2017012617.—( IN2017192596 ).
Mediante escritura otorgada ante esta
notaría, a las 11 horas 00 minutos del 03 de octubre del año 2017, se
constituyó la sociedad denominada Gosurfcostarica
Sociedad Anónima.—San
José, 03 de octubre del 2017.—Lic. German José Berdugo González, Notario.—1
vez.—CE2017012618.—( IN2017192597 ).
Mediante escritura otorgada ante esta
notaría, a las 13 horas 00 minutos del 28 de setiembre del año 2017, se
constituyó la sociedad denominada Distribuciones
Herrera Valerio CR
Sociedad Anónima.—San José, 03 de octubre del 2017.—Lic.
Bismarck Adonis Gómez Zúñiga, Notario.—1 vez.—CE2017012619.—( IN2017192598 ).
Mediante escritura otorgada ante esta
notaría, a las 11 horas 00 minutos del 23 de setiembre del año 2017, se
constituyó la sociedad denominada Translogistica Sociedad
Anónima.—San
José, 03 de octubre del 2017.—Lic. Juan Manuel Ramírez Villanea, Notario.—1
vez.—CE2017012620.—( IN2017192599 ).
Mediante escritura otorgada ante esta
notaría, a las 11 horas 00 minutos del 03 de octubre del año 2017, se constituyó
la sociedad denominada Inalambrika Networks Sociedad
Anónima.—San
José, 03 de octubre del 2017.—Lic. Danny Fabricio Saborío Muñoz, Notario.—1
vez.—CE2017012621.—( IN2017192600 ).
Mediante escritura otorgada ante esta
notaría, a las 17 horas 30 minutos del 02 de octubre del año 2017, se
constituyó la sociedad denominada BC
Bristow Limitada.—San
José, 03 de octubre del 2017.—Lic. Andrés Montejo Morales, Notario.—1
vez.—CE2017012622.—( IN2017192601 ).
Mediante escritura otorgada ante esta
notaría, a las 10 horas 00 minutos del 28 de setiembre del año 2017, se
constituyó la sociedad denominada Delgasosa
Sociedad Anónima.—San
José, 03 de octubre del 2017.—Lic. Bernal Monge Corrales, Notario.—1
vez.—CE2017012623.—( IN2017192602 ).
Mediante escritura otorgada ante esta
notaría, a las 20 horas 00 minutos del 27 de setiembre del año 2017, se
constituyó la sociedad denominada Kiamar
CR Sociedad Anónima.—San
José, 03 de octubre del 2017.—Lic. Juan Manuel Ramírez Villanea, Notario.—1
vez.—CE2017012624.—( IN2017192603 ).
Mediante escritura otorgada ante esta
notaría, a las 11 horas 00 minutos del 02 de octubre del año 2017, se
constituyó la sociedad denominada Watushunoco
Limitada.—San
José, 03 de octubre del 2017.—Lic. Mauricio Eduardo Martínez Parada, Notario.—1
vez.—CE2017012625.—( IN2017192604 ).
Mediante escritura otorgada ante esta
notaría, a las 10 horas 00 minutos del 21 de setiembre del año 2017, se
constituyó la sociedad denominada Dismedical
Costa Rica Sociedad Anónima.—San José, 03 de octubre del 2017.—Lic. Ángel Valdivia Sing,
Notario.—1 vez.—CE2017012626.—( IN2017192605 ).
Mediante escritura otorgada ante esta
notaría, a las 10 horas 00 minutos del 01 de octubre del año 2017, se
constituyó la sociedad denominada Construmanía
Constructora Sociedad Anónima.—San José, 03 de octubre del 2017.—Lic. José Francisco Protti Chaves,
Notario.—1 vez.—CE2017012627.—( IN2017192606 ).
Mediante escritura otorgada ante esta
notaría, a las 10 horas 10 minutos del 03 de octubre del año 2017, se
constituyó la sociedad denominada Servicios
Constructivos Dilex Sociedad Anónima.—San José, 03 de octubre del 2017.—Lic.
Gustavo Adolfo Chinchilla Zúñiga, Notario.—1 vez.—CE2017012628.—( IN2017192607
).
Mediante escritura otorgada ante esta
notaría, a las 08 horas 00 minutos del 27 de setiembre del año 2017, se
constituyó la sociedad denominada ALG
Soluciones Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 03 de octubre del 2017.—Lic.
Jeffry Gerardo Ortega Zúñiga, Notario.—1 vez.—CE2017012629.—( IN2017192608 ).
Mediante escritura otorgada ante esta
notaría, a las 15 horas 00 minutos del 29 de setiembre del año 2017, se
constituyó la sociedad denominada MIT
Mantenimiento e Ingeniería Total Sociedad Anónima.—San José, 03 de octubre del 2017.—Lic.
Oldemar Antonio Fallas Navarro, Notario.—1 vez.—CE2017012630.—( IN2017192609 ).
Mediante escritura
otorgada ante esta notaría, a las 10 horas 00 minutos del 22 de septiembre del
año 2017, se constituyó la sociedad denominada Electromecánica Pérez
Ciento Noventa y Uno Sociedad Anónima.—San José, 03 de
octubre del 2017.—Lic. Harold Rafael Ureña Agüero, Notario.—1
vez.—CE2017012631.—( IN2017192610 ).
Mediante escritura
otorgada ante esta notaría, a las 13 horas 00 minutos del 02 de octubre del año
2017, se constituyó la sociedad denominada Berrocal Barboza Sociedad
Anónima.—San José, 03 de octubre del 2017.—Licda.
María Catalina Garro Mora, Notaria.—1 vez.—CE2017012632.—( IN2017192611 ).
Mediante escritura
otorgada ante esta notaría, a las 15 horas 00 minutos del 29 de setiembre del
año 2017, se constituyó la sociedad denominada Doral Technologies Sociedad
Anónima.—San José, 03 de octubre del 2017.—Licda.
Paola Tamara Cerdas Bolívar, Notaria.—1 vez.—CE2017012633.—( IN2017192612 ).
Mediante escritura
otorgada ante esta notaría, a las 08 horas 01 minutos del 26 de setiembre del
año 2017, se constituyó la sociedad denominada Justwater Limitada.—San José, 03 de octubre del 2017.—Lic. Pablo Arias González,
Notario.—1 vez.—CE2017012634.—( IN2017192613 ).
Mediante escritura
otorgada ante esta notaría, a las 10 horas 00 minutos del 03 de octubre del año
2017, se constituyó la sociedad denominada Balhaire de Costa Rica
Sociedad Anónima.—San José, 03 de octubre del
2017.—Lic. Roberto Sosa Sandí, Notario.—1 vez.—CE2017012635.—( IN2017192614 ).
Mediante escritura
otorgada ante esta notaría, a las 08 horas 30 minutos del 26 de setiembre del
año 2017, se constituyó la sociedad denominada GH Green Heart CR Sociedad
Anónima.—San José, 3 de octubre del 2017.—Licda. Sara
Angelina Miranda Osorio, Notaria.—1 vez.—CE2017012636.—( IN2017192615 ).
Mediante escritura
otorgada ante esta notaría, a las 17 horas 00 minutos del 02 de octubre del año
2017, se constituyó la sociedad denominada Solano & Rodríguez
A.M.E.M Sociedad Anónima.—San José, 03 de octubre del
2017.—Licda. Ana Cedin Vásquez Solórzano, Notaria.—1 vez.—CE2017012637.—(
IN2017192616 ).
Mediante escritura
otorgada ante esta notaría, a las 12 horas 00 minutos del 22 de setiembre del
año 2017, se constituyó la sociedad denominada Inversiones Familiares
Yodajo Sociedad Anónima.—San José, 03 de octubre del
2017.—Lic. Jorge Andrés Cordero Leandro, Notario.—1 vez.—CE2017012638.—(
IN2017192617 ).
Mediante escritura
otorgada ante esta notaría, a las 18 horas 30 minutos del 30 de septiembre del
año 2017, se constituyó la sociedad denominada Decoraciones y Alquileres
Carody Sociedad Anónima.—San José, 03 de octubre del
2017.—Lic. Juan José Picado Herrera, Notario.—1 vez.—CE2017012639.—(
IN2017192618 ).
Mediante escritura
otorgada ante esta notaría, a las 15 horas 00 minutos del 02 de octubre del año
2017, se constituyó la sociedad denominada Manadaldo Sociedad de
Responsabilidad Limitada.—San José, 03 de octubre del
2017.—Licda. Ana Giselle Barboza Quesada, Notaria.—1 vez.—CE2017012640.—(
IN2017192619 ).
Mediante escritura otorgada ante esta
notaría, a las 12 horas 00 minutos del 29 de setiembre del año 2017, se
constituyó la sociedad denominada Perry
Investments Management LLC Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 03 de octubre del
2017.—Licda. Mariajosé Víquez Alpízar, Notario.—1 vez.—CE2017012641.—(
IN2017192620 ).
Mediante escritura otorgada ante esta
notaría, a las 13 horas 00 minutos del 03 de octubre del año 2017, se
constituyó la sociedad denominada Inversiones
Rayfer Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 03 de octubre del 2017.—Lic. Juan
Luis Céspedes Vargas, Notario.—1 vez.—CE2017012642.—( IN2017192621 ).
Mediante escritura otorgada ante esta
notaría, a las 07 horas 00 minutos del 03 de octubre del año 2017, se
constituyó la sociedad denominada Tacos
Mexicanos de Santa Ana Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 03 de octubre del
2017.—Lic. Ricardo Cordero Vargas, Notario.—1 vez.—CE2017012643.—( IN2017192622
).
Mediante escritura otorgada ante esta
notaría, a las 17 horas 00 minutos del 28 de septiembre del año 2017, se
constituyó la sociedad denominada Ang
Veinte Mil Cuatrocientos Uno Sociedad Anónima.—San José, 03 de octubre del 2017.—Licda.
Vilma Solano Pérez, Notaria.—1 vez.—CE2017012644.—( IN2017192623 ).
Mediante escritura otorgada ante esta
notaría, a las 09 horas 00 minutos del 03 de octubre del año 2017, se
constituyó la sociedad denominada Assisted
Living Residences Sociedad Anónima.—San José, 03 de octubre del 2017.—Lic.
Ricardo Cordero Vargas, Notario.—1 vez.—CE2017012645.—( IN2017192624 ).
Mediante escritura otorgada ante esta
notaría, a las 18 horas 00 minutos del 27 de septiembre del año 2017, se
constituyó la sociedad denominada Auto
Décadas Sociedad Anónima.—San José, 03 de octubre del 2017.—Lic. Tomas Esquivel Cerdas,
Notario.—1 vez.—CE2017012646.—( IN2017192625 ).
Mediante escritura otorgada ante esta
notaría, a las 10 horas 00 minutos del 28 de septiembre del año 2017, se
constituyó la sociedad denominada Emprende
Incorporation Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 03 de octubre del
2017.—Licda. Ivonne María Alfaro Brenes, Notaria.—1 vez.—CE2017012647.—(
IN2017192626 ).
Mediante escritura otorgada ante esta
notaría, a las 14 horas 10 minutos del 16 de septiembre del año 2017, se
constituyó la sociedad denominada Los
Pelones Rofer Sociedad Anónima.—San José, 3 de octubre del 2017.—Lic. José Alberto Rivera Torrealba,
Notario.—1 vez.—CE2017012648.—( IN2017192627 ).
Mediante escritura otorgada ante esta
notaría, a las 12 horas 09 minutos del 02 de octubre del año 2017, se
constituyó la sociedad denominada Radulos
Bros Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 3 de octubre del 2017.—Lic. Paul
Tacsan Tacsan, Notario.—1 vez.—CE2017012649.—( IN2017192628 ).
Mediante escritura otorgada ante esta
notaría, a las 17 horas 00 minutos del 01 de octubre del año 2017, se
constituyó la sociedad denominada My
Express Costa Rica Sociedad Anónima.—San José, 3 de octubre del 2017.—Lic. Sindy
Priscilla González Chacón, Notaria.—1 vez.—CE2017012650.—( IN2017192629 ).
Mediante escritura otorgada ante esta
notaría, a las 16 horas 00 minutos del 03 de octubre del año 2017, se
constituyó la sociedad denominada Terapia
Física y Rehabilitación Soto Sociedad Anónima.—San José, 3 de octubre del 2017.—Lic.
Rafael Ángel Rodríguez Chaverri, Notario.—1 vez.—CE2017012651.—( IN2017192630
).
Mediante escritura otorgada ante esta
notaría, a las 09 horas 00 minutos del 04 de septiembre del año 2017, se
constituyó la sociedad denominada multiservicios Bradfort
Sociedad Anónima.—San
José, 3 de octubre del 2017.—Lic. Johanna María Moreno Bustos, Notaria.—1
vez.—CE2017012652.—( IN2017192631 ).
Mediante escritura otorgada ante esta
notaría, a las 20 horas 00 minutos del 30 de septiembre del año 2017, se
constituyó la sociedad denominada Kantaka
R K O Inversiones Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 3 de octubre del
2017.—Lic. Ana Gabriela Acevedo Rivera, Notaria.—1 vez.—CE2017012653.—(
IN2017192632 ).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría,
a las 09 horas 00 minutos del 03 de octubre del año 2017, se constituyó la
sociedad denominada Ridiculous Burgers Limitada.—San José, 03 de octubre del
2017.—Lic. José Juan Sánchez Chavarría, Notario.—1 vez.—CE2017012654.—(
IN2017192633 ).
Mediante escritura otorgada ante esta
notaría, a las 09 horas 00 minutos del 03 de octubre del año 2017, se
constituyó la sociedad denominada Restaurante
Peruana Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 03 de octubre del 2017.—Lic.
Enrique Loria Brunker, Notario.—1 vez.—CE2017012655.—( IN2017192634 ).
Mediante escritura otorgada ante esta
notaría, a las 19 horas 00 minutos del 25 de septiembre del año 2017, se
constituyó la sociedad denominada Inmaguz
Limitada.—San
José, 03 de octubre del 2017.—Lic. Manuel Enrique Ortiz Coronado, Notario.—1
vez.—CE2017012656.—( IN2017192635 ).
Mediante escritura otorgada ante esta
notaría, a las 00 horas 00 minutos del 03 de octubre del año 2017, se
constituyó la sociedad denominada Comercial
Ofertas King Limitada.—San José, 03 de octubre del 2017.—Licda. Marianela Angulo Tam,
Notaria.—1 vez.—CE2017012657.—( IN2017192636 ).
Mediante escritura otorgada ante esta
notaría, a las 13 horas 00 minutos del 01 de octubre del año 2017, se
constituyó la sociedad denominada Grupo
Jagui Sociedad Anónima.—San José, 3 de octubre del 2017.—Licda. Alejandra Ramírez Castro,
Notaria.—1 vez.—CE2017012658.—( IN2017192637 ).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría
a las 19 horas 00 minutos del 26 de septiembre del año 2017, se constituyó la
sociedad denominada Inversiones MF Sociedad
Anónima.—San
José, 4 de octubre del 2017.—Lic. Mario Gerardo López Durán, Notario.—1
vez.—CE2017012659.—( IN2017192638 ).
Mediante escritura otorgada ante esta
notaría, a las 08 horas 00 minutos del 01 de octubre del año 2017, se
constituyó la sociedad denominada Nadlan
Us Limitada.—San
José, 04 de octubre del 2017.—Lic. Freddy Mesen Bermúdez, Notario.—1
vez.—CE2017012660.—( IN2017192639 ).
Mediante escritura
otorgada ante esta notaría, a las 12 horas 45 minutos del 05 de abril del año
2017, se constituyó la sociedad denominada Horizon Food de Costa Rica
Sociedad Anónima.—San José, 04 de octubre del
2017.—Lic. Luis Alonso Gutiérrez Herrera, Notario.—1 vez.—CE2017012661.—(
IN2017192640 ).
Mediante escritura
otorgada ante esta notaría, a las 09 horas 00 minutos del 03 de octubre del año
2017, se constituyó la sociedad denominada Carbran Sociedad Anónima.—San José, 04 de octubre del 2017.—Lic. Jorge Daniel Gamboa Binns,
Notario.—1 vez.—CE2017012662.—( IN2017192641 ).
Mediante escritura
otorgada ante esta notaría, a las 08 horas 00 minutos del 04 de julio del año
2017, se constituyó la sociedad denominada Tajo del Rosario de Pacuar
Sociedad Anónima.—San José, 04 de octubre del
2017.—Licda. Ingrid Dayana Hidalgo Hernández, Notaria.—1 vez.—CE2017012663.—(
IN2017192642 ).
Mediante escritura otorgada ante esta
notaría, a las 20 horas 00 minutos del 21 de setiembre del año 2017, se
constituyó la sociedad denominada DFV
Tax Advisory Sociedad Anónima.—San José, 04 de octubre del 2017.—Licda. Nancy Tattiana Zúñiga Oses,
Notaria.—1 vez.—CE2017012664.—( IN2017192643 ).
Mediante escritura otorgada ante esta
notaría, a las 10 horas 00 minutos del 28 de setiembre del año 2017, se
constituyó la sociedad denominada Short
Bus Properties Holdings Limitada.—San José, 04 de octubre del 2017.—Lic. Rafael Enrique Cañas Coto,
Notario.—1 vez.—CE2017012665.—( IN2017192644 ).
Mediante escritura otorgada ante esta
notaría, a las 13 horas 00 minutos del 03 de octubre del año 2017, se
constituyó la sociedad denominada Inversiones
Rayfer Limitada.—San
José, 04 de octubre del 2017.—Lic. Juan Luis Céspedes Vargas, Notario.—1
vez.—CE2017012666.—( IN2017192645 ).
Mediante escritura otorgada ante esta
notaría, a las 14 horas 00 minutos del 03 de octubre del año 2017, se
constituyó la sociedad denominada Vigilancia
Seguridad Guevara Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 04 de octubre del
2017.—Lic. Edgardo Campos Espinoza, Notario.—1 vez.—CE2017012667.—(
IN2017192646 ).
Mediante escritura otorgada ante esta
notaría, a las 10 horas 00 minutos del 12 de setiembre del año 2017, se
constituyó la sociedad denominada Pagan
Poetry Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 04 de octubre del 2017.—Lic.
Ángel Edmundo Solano Calderón, Notario.—1 vez.—CE2017012668.—( IN2017192647 ).
Mediante escritura otorgada ante esta
notaría, a las 09 horas 00 minutos del 03 de octubre del año 2017, se
constituyó la sociedad denominada Global
Paika INC Sociedad Anónima.—San José, 04 de octubre del 2017.—Licda. Gabriela Oviedo Vargas,
Notaria.—1 vez.—CE2017012669.—( IN2017192648 ).
Mediante escritura otorgada ante esta
notaría, a las 08 horas 30 minutos del 28 de setiembre del año 2017, se
constituyó la sociedad denominada DDHE
Family Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 04 de octubre del 2017.—Licda.
Magally María Guadamuz García, Notaria.—1 vez.—CE2017012670.—( IN2017192649 ).
Mediante escritura
otorgada ante esta notaría, a las 16 horas 00 minutos del 03 de octubre del año
2017, se constituyó la sociedad denominada Procura Internacional Dos E
Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 04 de
octubre del 2017.—Lic. Edgardo Campos Espinoza, Notario.—1 vez.—CE2017012671.—(
IN2017192650 ).
Mediante escritura
otorgada ante esta notaría, a las 17 horas 15 minutos del 12 de septiembre del
año 2017, se constituyó la sociedad denominada Río Oro Osa Sociedad
Anónima.—San José, 04 de octubre del 2017.—Lic. Jorge
Gamboa Ureña, Notario.—1 vez.—CE2017012672.—( IN2017192651 ).
Mediante escritura otorgada ante esta
notaría, a las 15 horas 00 minutos del 03 de octubre del año 2017, se
constituyó la sociedad denominada Futviva
Sociedad Anónima.—San
José, 04 de octubre del 2017.—Lic. Federico José Vega Rodríguez, Notario.—1
vez.—CE2017012673.—( IN2017192652 ).
Mediante escritura otorgada ante esta
notaría, a las 18 horas 00 minutos del 03 de octubre del año 2017, se
constituyó la sociedad denominada Asesores
Especializados JNNK y Asociados Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 04 de octubre del
2017.—Lic. Federico Ureña Ferrero, Notario.—1 vez.—CE2017012674.—( IN2017192653
).
Mediante escritura otorgada ante esta
notaría, a las 08 horas 00 minutos del 28 de setiembre del año 2017, se
constituyó la sociedad denominada Accesorios
Europeos Aesa Sociedad Anónima.—San José, 04 de octubre del 2017.—Lic. Adrián Lizano Pacheco,
Notario.—1 vez.—CE2017012675.—( IN2017192654 ).
Mediante escritura otorgada ante esta
notaría, a las 07 horas 00 minutos del 04 de octubre del año 2017, se
constituyó la sociedad denominada Threecaneu
Limitada.—San
José, 04 de octubre del 2017.—Lic. Guillermo Francisco Sánchez Sava, Notario.—1
vez.—CE2017012676.—( IN2017192655 ).
Mediante escritura
otorgada ante esta notaría, a las 09 horas 00 minutos del 04 de octubre del año
2017, se constituyó la sociedad denominada Orsoso Servicios de
Asesoría Económica y Bursatil Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 04 de octubre del 2017.—Lic. Gabriel Castro Benavides,
Notario.—1 vez.—CE2017012677.—( IN2017192656 ).
Mediante escritura
otorgada ante esta notaría, a las 10 horas 35 minutos del 02 de octubre del año
2017, se constituyó la sociedad denominada TM LB Tortugas Holdings
Limitada.—San José, 04 de octubre del 2017.—Licda.
María Laura Vargas Cabezas, Notaria.—1 vez.—CE2017012678.—( IN2017192657 ).
Mediante escritura
otorgada ante esta notaría, a las 17 horas 00 minutos del 12 de setiembre del
año 2017, se constituyó la sociedad denominada Servicios Alimenticios la
Merienda - Sam - Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San
José, 04 de octubre del 2017.—Lic. Carlos Roberto Galva Brizuela, Notario.—1
vez.—CE2017012679.—( IN2017192658 ).
Mediante escritura
otorgada ante esta notaría, a las 15 horas 00 minutos del 20 de setiembre del
año 2017, se constituyó la sociedad denominada Stonhard de Costa Rica
Sociedad Anónima.—San José, 04 de octubre del
2017.—Licda. Ingrid Noemy Jiménez Godoy, Notaria.—1 vez.—CE2017012680.—(
IN2017192659 ).
Mediante escritura
otorgada ante esta notaría, a las 18 horas 00 minutos del 21 de setiembre del
año 2017, se constituyó la sociedad denominada Total Seafood Holding Costa
Rica Sociedad Anónima.—San José, 04 de octubre del
2017.—Licda. Nadya Schmidt Rodríguez, Notaria.—1 vez.—CE2017012681.—(
IN2017192660 ).
Mediante escritura otorgada ante esta
notaría, a las 09 horas 00 minutos del 23 de setiembre del año 2017, se
constituyó la sociedad denominada Olen
Properties Limitada.—San
José, 04 de octubre del 2017.—Lic. Mario Alberto Piña Líos, Notario.—1
vez.—CE2017012682.—( IN2017192661 ).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría,
a las 13 horas 00 minutos del 03 de octubre del año 2017, se constituyó la
sociedad denominada Maryvivi Sociedad Anónima.— San José, 04 de octubre del
2017.—Lic. Álvaro López Araya, Notario.—1 vez.—CE2017012683.—( IN2017192662 ).
Mediante escritura otorgada ante esta
notaría, a las 13 horas 00 minutos del 02 de octubre del año 2017, se
constituyó la sociedad denominada Induagro
del Atlántico Sociedad Anónima.—San José, 04 de octubre del 2017.—Licda. María Laura Vargas Cabezas,
Notaria.—1 vez.—CE2017012684.—( IN2017192663 ).
Mediante escritura otorgada ante esta
notaría, a las 09 horas 00 minutos del 21 de setiembre del año 2017, se
constituyó la sociedad denominada Light
Energy Vibration Sociedad Anónima.—San José, 04 de octubre del 2017.—Lic.
Óscar Guevara Arias, Notario.—1 vez.—CE2017012685.—( IN2017192664 ).
Mediante escritura otorgada ante esta
notaría, a las 14 horas 00 minutos del 03 de octubre del año 2017, se
constituyó la sociedad denominada Dream
Inc Sociedad Anónima.—San José, 04 de octubre del 2017.—Licda. Annia Ross Muñoz,
Notaria.—1 vez.—CE2017012686.—( IN2017192665 ).
Mediante escritura otorgada ante esta
notaría, a las 19 horas 00 minutos del 03 de octubre del año 2017, se
constituyó la sociedad denominada MBA
Suministros Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 04 de octubre del 2017.—Lic.
Randall Francisco Fallas Castro, Notario.—1 vez.—CE2017012687.—( IN2017192666
).
Mediante escritura otorgada ante esta
notaría, a las 13 horas 00 minutos del 30 de setiembre del año 2017, se constituyó
la sociedad denominada Mad For Make Up CR Limitada.—San José, 04 de octubre del
2017.—Licda. Clara Isabel Loria Martinez, Notaria.—1 vez.—CE2017012688.—(
IN2017192667 ).
Mediante escritura otorgada ante esta
notaría, a las 07 horas 00 minutos del 26 de setiembre del año 2017, se
constituyó la sociedad denominada Servicios
Policromáticos Sociedad Anónima.—San José, 04 de octubre del 2017.—Lic. Miguel Enrique Zamora
Azofeifa, Notario.—1 vez.—CE2017012689.—( IN2017192668 ).
Mediante escritura otorgada ante esta
notaría, a las 10 horas 00 minutos del 04 de octubre del año 2017, se
constituyó la sociedad denominada Cloud
Business Solutions Sociedad Anónima.—San José, 04 de octubre del 2017.—Licda.
Beverly Dinorah Palma Brenes, Notaria.—1 vez.—CE2017012690.—( IN2017192669 ).
Mediante escritura otorgada ante esta
notaría, a las 10 horas 00 minutos del 02 de octubre del año 2017, se
constituyó la sociedad denominada Fluidsmart
Sociedad Anónima.—San
José, 04 de octubre del 2017.—Licda. Angélica Campos Barrantes, Notaria.—1
vez.—CE2017012691.—( IN2017192670 ).
Mediante escritura otorgada ante esta
notaría, a las 08 horas 10 minutos del 02 de octubre del año 2017, se
constituyó la sociedad denominada Ediciones
de Centroamérica Sociedad Anónima.—San José, 04 de octubre del 2017.—Licda.
Grethel Fernández Carmona, Notaria.—1 vez.—CE2017012692.—( IN2017192671 ).
Mediante escritura otorgada ante esta
notaría, a las 11 horas 00 minutos del 04 de octubre del año 2017, se
constituyó la sociedad denominada Inversiones
Tirra M & S Sociedad Anónima.—San José, 04 de octubre del 2017.—Lic. Héctor Chaves Sandoval,
Notario.—1 vez.—CE2017012693.—( IN2017192672 ).
Mediante escritura otorgada ante esta
notaría, a las 09 horas 30 minutos del 04 de octubre del año 2017, se constituyó
la sociedad denominada Alquileres El Coyol F.R.
Limitada.—San
José, 04 de octubre del 2017.—Lic. Luis Diego Herrera Elizondo, Notario.—1
vez.—CE2017012694.—( IN2017192673 ).
Mediante escritura otorgada ante esta
notaría, a las 10 horas 15 minutos del 04 de octubre del año 2017, se
constituyó la sociedad denominada Administración
Veinte R.C. Limitada.—San José, 04 de octubre del 2017.—Lic. Luis Diego Herrera Elizondo,
Notario.—1 vez.—CE2017012695.—( IN2017192674 ).
Mediante escritura
otorgada ante esta notaría, a las 15 horas 30 minutos del 11 de setiembre del
año 2017, se constituyó la sociedad denominada Constructora PJM SRL
Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 04 de
octubre del 2017.—Licda. Gracel María Arguedas González, Notaria.—1 vez.—CE2017012696.—(
IN2017192675 ).
Mediante escritura
otorgada ante esta notaría, a las 15 horas 00 minutos del 02 de octubre del año
2017, se constituyó la sociedad denominada Strong Dream Team L L C
Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 04 de
octubre del 2017.—Lic. Alejandro Montealegre Isern, Notario.—1
vez.—CE2017012697.—( IN2017192676 ).
Mediante escritura
otorgada ante esta notaría, a las 15 horas 00 minutos del 02 de octubre del año
2017, se constituyó la sociedad denominada Strong Dream Team L L C
Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 04 de
octubre del 2017.—Lic. Alejandro Montealegre Isern, Notario.—1
vez.—CE2017012697.—( IN2017192676 ).
Mediante escritura
otorgada ante esta notaría, a las 14 horas 00 minutos del 26 de setiembre del
año 2017, se constituyó la sociedad denominada Biocombustibles
Alternativos y Pellets de Costa Rica Sociedad Anónima.—San
José, 04 de octubre del 2017.—Lic. Raúl Hidalgo Rodríguez, Notario.—1
vez.—CE2017012698.—( IN2017192677 ).
Mediante escritura
otorgada ante esta notaría, a las 13 horas 00 minutos del 02 de octubre del año
2017, se constituyó la sociedad denominada Cake Boutique TPB Sociedad
Anónima.—San José, 04 de octubre del 2017.—Lic. Rafael
Ángel Ugalde Quirós, Notario.—1 vez.—CE2017012699.—( IN2017192678 ).
Mediante escritura
otorgada ante esta notaría, a las 10 horas 00 minutos del 30 de setiembre del
año 2017, se constituyó la sociedad denominada Corporación Inversionistas
Sureños Sociedad Anónima.—San José, 04 de octubre del
2017.—Lic. Marlon Eduardo Schlotterhausen Rojas, Notario.—1
vez.—CE2017012700.—( IN2017192679 ).
Mediante escritura otorgada ante esta
notaría, a las 12 horas 00 minutos del 02 de octubre del año 2017, se
constituyó la sociedad denominada Asset
Consulting CRC Limitada.—San José, 04 de octubre del 2017.—Lic. Helber Enrique Brenes Arce,
Notario.—1 vez.—CE2017012701.—( IN2017192680 ).
Mediante escritura otorgada ante esta
notaría, a las 13 horas 00 minutos del 03 de octubre del año 2017, se
constituyó la sociedad denominada NPA
Producciones Limitada.—San José, 04 de octubre del 2017.—Lic. Gabriel Clare Facio,
Notario.—1 vez.—CE2017012702.—( IN2017192681 ).
Mediante escritura otorgada ante esta
notaría, a las 11 horas 00 minutos del 03 de octubre del año 2017, se
constituyó la sociedad denominada Stay
Gold Limitada.—San
José, 04 de octubre del 2017.—Lic. Gabriel Clare Facio, Notario.—1
vez.—CE2017012703.—( IN2017192682 ).
Mediante escritura otorgada ante esta
notaría, a las 17 horas 00 minutos del 03 de octubre del año 2017, se constituyó
la sociedad denominada Residence Phlox Sociedad
Anónima.—San
José, 04 de octubre del 2017.—Licda. Mariela Hernández Brenes, Notario.—1
vez.—CE2017012704.—( IN2017192683 ).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría,
a las 13 horas 00 minutos del 11 de setiembre del año 2017, se constituyó la
sociedad denominada Tres Por Cuatro Sociedad
Anónima.—San
José, 04 de octubre del 2017.—Lic. Rafael Arturo Quiros Bustamante, Notario.—1
vez.—CE2017012705.—( IN2017192684 ).
Mediante escritura otorgada ante esta
notaría, a las 12 horas 00 minutos del 21 de septiembre del año 2017, se
constituyó la sociedad denominada Grupo
Bersol y Compañía Sociedad Anónima.—San José, 04 de octubre del 2017.—Licda.
Karol Frutos Fernández, Notaria.—1 vez.—CE2017012706.—( IN2017192685 ).
Mediante escritura otorgada ante esta
notaría, a las 15 horas 00 minutos del 02 de octubre del año 2017, se
constituyó la sociedad denominada Green
Works CR Limitada.—San
José, 04 de octubre del 2017.—Lic. Helber Enrique Brenes Arce, Notario.—1
vez.—CE2017012707.—( IN2017192686 ).
Mediante escritura otorgada ante esta
notaría, a las 15 horas 00 minutos del 15 de setiembre del año 2017, se
constituyó la sociedad denominada Matrioska
Sociedad Anónima.—San
José, 04 de octubre del 2017.—Lic. Miguel Ángel Rojas Pacheco, Notario.—1
vez.—CE2017012708.—( IN2017192687 ).
Mediante escritura otorgada ante esta
notaría, a las 20 horas 30 minutos del 22 de Agosto del año 2017, se constituyó
la sociedad denominada Green Line Costa Rica
Sociedad Anónima.—San
José, 04 de octubre del 2017.—Lic. Ricardo Suarez Badilla, Notario.—1
vez.—CE2017012709.—( IN2017192688 ).
Mediante escritura otorgada ante esta
notaría, a las 15 horas 00 minutos del 27 de setiembre del año 2017, se
constituyó la sociedad denominada Gaviota
Costa Rica Sociedad Anónima.—San José, 04 de octubre del 2017.—Licda. Odra Vanessa Alvarado
Mejía, Notaria.—1 vez.—CE2017012710.—( IN2017192689 ).
Mediante escritura otorgada ante esta
notaría, a las 14 horas 00 minutos del 26 de setiembre del año 2017, se
constituyó la sociedad denominada Thompson
and Xander Sociedad Anónima.—San José, 04 de octubre del 2017.—Lic. Ester Rodríguez González,
Notaria.—1 vez.—CE2017012711.—( IN2017192690 ).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría,
a las 18 horas 00 minutos del 04 de octubre del año 2017, se constituyó la
sociedad denominada HC Consulting Group Sociedad
Anónima.—San
José, 04 de octubre del 2017.—Lic. Randall Tamayo Oconitrillo, Notario.—1
vez.—CE2017012712.—( IN2017192691 ).
Mediante escritura otorgada ante esta
notaría, a las 15 horas 30 minutos del 02 de octubre del año 2017, se
constituyó la sociedad denominada Walter
Flores Producciones Limitada.—San José, 04 de octubre del 2017.—Lic. Rafael Mauricio Rodríguez
González, Notario.—1 vez.—CE2017012713.—( IN2017192692 ).
Mediante escritura otorgada ante esta
notaría, a las 11 horas 00 minutos del 29 de setiembre del año 2017, se
constituyó la sociedad denominada Ferosa R
S R del Oeste Sociedad Anónima.—San José, 04 de octubre del 2017.—Lic.
Jesus Osvaldo Rojas Oconor, Notario.—1 vez.—CE2017012714.—( IN2017192693 ).
Mediante escritura otorgada ante esta
notaría, a las 19 horas 00 minutos del 16 de Agosto del año 2017, se constituyó
la sociedad denominada Corporación Filarmónica de
Costa Rica Sociedad Anónima.—San José, 04 de octubre del 2017.—Lic. Rafael Mauricio Rodríguez
González, Notario.—1 vez.—CE2017012715.—( IN2017192694 ).
Mediante escritura otorgada ante esta
notaría, a las 16 horas 00 minutos del 03 de setiembre del año 2017, se
constituyó la sociedad denominada Paradise
Península Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 04 de octubre del 2017.—Lic.
Jefte David Zúñiga Jiménez, Notario.—1 vez.—CE2017012716.—( IN2017192695 ).
Mediante escritura otorgada ante esta
notaría, a las 10 horas 00 minutos del 04 de octubre del año 2017, se
constituyó la sociedad denominada Transtijer
Limitada.—San
José, 04 de octubre del 2017.—Lic. Mario Alberto Piña Líos, Notario.—1
vez.—CE2017012717.—( IN2017192696 ).
Mediante escritura otorgada ante esta
notaría, a las 16 horas 30 minutos del 04 de octubre del año 2017, se
constituyó la sociedad denominada Kremlin
Limitada.—San
José, 4 de octubre del 2017.—Lic. Mario Alberto Piña Líos, Notario.—1
vez.—CE2017012718.—( IN2017192697 ).
Mediante escritura otorgada ante esta
notaría, a las 12 horas 30 minutos del 10 de setiembre del año 2017, se
constituyó la sociedad denominada Manubi
Sociedad Anónima.—San
José, 04 de octubre del 2017.—Licda. Carmen Cecilia Polo Camacho, Notaria.—1
vez.—CE2017012719.—( IN2017192698 ).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría
a las 08 horas 00 minutos del 03 de octubre del año 2017, se constituyó la
sociedad denominada Sombra Sociedad de
Responsabilidad Limitada.—San José, 5 de octubre del 2017.—Lic. Rafael Ángel Pérez Zumbado,
Notario.—1 vez.—CE2017012720.—( IN2017192699 ).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría
a las 08 horas 40 minutos del 03 de octubre del año 2017, se constituyó la
sociedad denominada Kressgo Sociedad de
Responsabilidad Limitada.—San José, 5 de octubre del 2017.—Lic. Rafael Ángel Pérez Zumbado,
Notario.—1 vez.—CE2017012721.—( IN2017192700 ).
Mediante escritura otorgada ante esta
notaría, a las 09 horas 00 minutos del 03 de octubre del año 2017, se
constituyó la sociedad denominada Lionlamb
Sociedad De Responsabilidad Limitada.—San José, 5 de octubre del 2017.—Lic.
Rafael Ángel Pérez Zumbado, Notario.—1 vez.—CE2017012722.—( IN2017192701 ).
Mediante escritura otorgada ante esta
notaría, a las 15 horas 15 minutos del 04 de octubre del año 2017, se
constituyó la sociedad denominada Nill
Siete Dos Cinco Cinco Sociedad Anónima.—San José, 09 de octubre del 2017.—Licda.
Laura Mariana Oviedo Murillo, Notaria.—1 vez.—CE2017012723.—( IN2017192702 ).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría
a las 08 horas 00 minutos del 05 de octubre del año 2017, se constituyó la
sociedad denominada Rancho Cerro Azul A & V
Sociedad Anónima.—San
José, 9 de octubre del 2017.—Lic. Manuel Tuckler Oconor, Notario.—1
vez.—CE2017012724.—( IN2017192703 ).
Mediante escritura otorgada ante esta
notaría, a las 14 horas 00 minutos del 07 de octubre del año 2017, se
constituyó la sociedad denominada Cicatricem
Sociedad Anónima.—San
José, 9 de octubre del 2017.—Lic. Marco Antonio Fallas Del Valle, Notario.—1
vez.—CE2017012725.—( IN2017192704 ).
Mediante escritura otorgada ante esta
notaría, a las 08 horas 15 minutos del 05 de octubre del año 2017, se
constituyó la sociedad denominada Granja Ecoturística
Rancho Cerro Azul A & V
Sociedad Anónima.—San
José, 9 de octubre del 2017.—Lic. Manuel Tuckler Oconor, Notario.—1
vez.—CE2017012726.—( IN2017192705 ).
Mediante escritura otorgada ante esta
notaría, a las 15 horas 00 minutos del 3 de octubre del año 2017, se constituyó
la sociedad denominada AMR NCY Sociedad
Anónima.—San
José, 9 de octubre del 2017.—Lic. Daniel Befeler Scharf, Notario.—1
vez.—CE2017012727.—( IN2017192706 ).
Mediante escritura
otorgada ante esta notaría, a las 14 horas 30 minutos del 04 de octubre del año
2017, se constituyó la sociedad denominada Bahía Langosta Número Uno
Limitada.—San José, 09 de octubre del 2017.—Lic.
Tobías Felipe Murillo Jiménez, Notario.—1 vez.—CE2017012728.—( IN2017192707 ).
Mediante escritura
otorgada ante esta notaría, a las 18 horas 30 minutos del 04 de octubre del año
2017, se constituyó la sociedad denominada Reginae Sum Sociedad
Anónima.—San José, 09 de octubre del 2017.—Lic. Sergio
García Mejía, Notario.—1 vez.—CE2017012729.—( IN2017192708 ).
Mediante escritura otorgada ante esta
notaría, a las 10 horas 00 minutos del 05 de octubre del año 2017, se
constituyó la sociedad denominada Corchav
JDMJ Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 09 de octubre del 2017.—Licda.
Marcela María Alfaro Orozco, Notaria.—1 vez.—CE2017012730.—( IN2017192709 ).
Mediante escritura
otorgada ante esta notaría, a las 08 horas 00 minutos del 05 de octubre del año
2017, se constituyó la sociedad denominada Lot Eighteen Limitada.—San José, 09 de octubre del 2017.—Lic. Óscar Manuel Funes Orellana,
Notario.—1 vez.—CE2017012731.—( IN2017192710 ).
Mediante escritura
otorgada ante esta notaría, a las 00 horas 00 minutos del 06 de octubre del año
2017, se constituyó la sociedad denominada Transportes Mayda Sociedad
Anónima.—San José, 09 de octubre del 2017.—Licda.
Marlene Lobo Chaves, Notaria.—1 vez.—CE2017012732.—( IN2017192711 ).
Mediante escritura
otorgada ante esta notaría, a las 16 horas 00 minutos del 02 de octubre del año
2017, se constituyó la sociedad denominada Inversiones Fernández
Guardia Sociedad Anónima.—San José, 09 de octubre del
2017.—Lic. Juan Carlos Montero Villalobos, Notario.—1 vez.—CE2017012733.—(
IN2017192712 ).
Mediante escritura otorgada ante esta
notaría, a las 09 horas 30 minutos del 05 de octubre del año 2017, se
constituyó la sociedad denominada Diseños
Amarillo y Café DAC Limitada.—San José, 09 de octubre del 2017.—Lic. Juan Pablo Carmona Mendoza,
Notario.—1 vez.—CE2017012734.—( IN2017192713 ).
Mediante escritura otorgada ante esta
notaría, a las 17 horas 00 minutos del 04 de octubre del año 2017, se
constituyó la sociedad denominada Disuma
Ingeniería Sociedad Anónima.—San José, 09 de octubre del 2017.—Lic. David Rogelio Jiménez Zamora,
Notario.—1 vez.—CE2017012735.—( IN2017192714 ).
Mediante escritura
otorgada ante esta notaría, a las 08 horas 00 minutos del 20 de setiembre del
año 2017, se constituyó la sociedad denominada Clínica Cirugía Estética
Belanova Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San
José, 09 de octubre del 2017.—Lic. Jimmy José León Madrigal, Notario.—1
vez.—CE2017012736.—( IN2017192715 ).
Mediante escritura
otorgada ante esta notaría, a las 15 horas 20 minutos del 02 de octubre del año
2017, se constituyó la sociedad denominada C Tres Corporate Center II
Sociedad Anónima.—San José, 09 de octubre del
2017.—Licda. Betzabeth Miller Barquero, Notaria.—1 vez.—CE2017012737.—(
IN2017192716 ).
Mediante escritura
otorgada ante esta notaría, a las 08 horas 00 minutos del 26 de setiembre del
año 2017, se constituyó la sociedad denominada Ingeniería Kinetix Sociedad
Anónima.—San José, 09 de octubre del 2017.—Lic.
William Fernández Sagot, Notario.—1 vez.—CE2017012738.—( IN2017192717 ).
Mediante escritura
otorgada ante esta notaría, a las 08 horas 00 minutos del 09 de octubre del año
2017, se constituyó la sociedad denominada I.V.I.S.A. Sociedad Anónima.—San José, 09 de octubre del 2017.—Lic. Casimiro Sánchez Carballo,
Notario.—1 vez.—CE2017012739.—( IN2017192718 ).
Mediante escritura
otorgada ante esta notaría, a las 15 horas 00 minutos del 28 de setiembre del
año 2017, se constituyó la sociedad denominada E.C. Birdz Sociedad de
Responsabilidad Limitada.—San José, 09 de octubre del
2017.—Licda. Paola Castro Montealegre, Notaria.—1 vez.—CE2017012740.—(
IN2017192719 ).
Mediante escritura otorgada ante esta
notaría, a las 15 horas 00 minutos del 29 de setiembre del año 2017, se
constituyó la sociedad denominada Dos
Gringos Pacific Coast Delivery LLC Limitada.—San José, 09 de octubre del 2017.—Lic.
Gabriel Chaves Ledezma, Notario.—1 vez.—CE2017012741.—( IN2017192720 ).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría,
a las 15 horas 10 minutos del 06 de octubre del año 2017, se constituyó la
sociedad denominada The Black Tap Restaurante
Sociedad Anónima.—San
José, 09 de octubre del 2017.—Lic. Adrián Echeverria Escalante, Notario.—1
vez.—CE2017012742.—( IN2017192721 ).
Mediante escritura otorgada ante esta
notaría, a las 17 horas 00 minutos del 05 de octubre del año 2017, se
constituyó la sociedad denominada LRS
Soluciones Constructivas Sociedad Anónima.—San José, 09 de octubre del 2017.—Licda.
Katherine Natalia Delgado Zamora, Notaria.—1 vez.—CE2017012743.—( IN2017192722
).
Mediante escritura otorgada ante esta
notaría, a las 08 horas 00 minutos del 09 de octubre del año 2017, se
constituyó la sociedad denominada Ricanaco
Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 09 de octubre del 2017.—Lic. Johnny
Solis Barrantes, Notario.—1 vez.—CE2017012744.—( IN2017192723 ).
Mediante escritura otorgada ante esta
notaría, a las 09 horas 00 minutos del 17 de mayo del año 2017, se constituyó
la sociedad denominada Consultores Arquitek Jiménez
Mora Sociedad Anónima.—San José, 09 de octubre del 2017.—Lic. Greivin Jiménez Méndez,
Notario.—1 vez.—CE2017012745.—( IN2017192724 ).
Mediante escritura otorgada ante esta
notaría, a las 08 horas 00 minutos del 05 de octubre del año 2017, se
constituyó la sociedad denominada Montesol
Bnna Limitada.—San
José, 09 de octubre del 2017.—Lic. Orlando Gustavo Araya Amador, Notario.—1
vez.—CE2017012746.—( IN2017192725 ).
Mediante escritura otorgada ante esta
notaría, a las 08 horas 00 minutos del 18 de agosto del año 2017, se constituyó
la sociedad denominada Multi.CR Sociedad Anónima.—San José, 09 de octubre del
2017.—Lic. Federico Antonio Rucavado Luque, Notario.—1 vez.—CE2017012747.—(
IN2017192726 ).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría,
a las 14 horas 00 minutos del 03 de octubre del año 2017, se constituyó la
sociedad denominada Bajo El Sol de Costa Rica LLC
Limitada.—San
José, 09 de octubre del 2017.—Lic. Gabriel Chaves Ledezma, Notario.—1
vez.—CE2017012748.—( IN2017192727 ).
Mediante escritura otorgada ante esta
notaría, a las 15 horas 00 minutos del 07 de octubre del año 2017, se
constituyó la sociedad denominada Constructora
Murosa y Asociados Sociedad Anónima.—San José, 09 de octubre del 2017.—Lic. Ever
Vargas Araya, Notario.—1 vez.—CE2017012749.—( IN2017192728 ).
Mediante escritura otorgada ante esta
notaría, a las 17 horas 00 minutos del 03 de octubre del año 2017, se
constituyó la sociedad denominada Transportes
Nico del Sur Sociedad Anónima.—San José, 09 de octubre del 2017.—Lic. Cristhian Fabián Artavia
Gamboa, Notario.—1 vez.—CE2017012750.—( IN2017192729 ).
Mediante escritura otorgada ante esta
notaría, a las 11 horas 30 minutos del 03 de octubre del año 2017, se
constituyó la sociedad denominada Complejo
Deportivo Tercer Tiempo Limitada.—San José, 09 de octubre del 2017.—Licda. Magally María Guadamuz
García, Notaria.—1 vez.—CE2017012751.—( IN2017192730 ).
Mediante escritura otorgada ante esta
notaría, a las 12 horas 00 minutos del 27 de setiembre del año 2017, se
constituyó la sociedad denominada Lucky
Dreams Sport Fishing Sociedad Anónima.—San José, 09 de octubre del 2017.—Lic.
William Elizondo Manzanares, Notario.—1 vez.—CE2017012752.—( IN2017192731 ).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría,
a las 18 horas 00 minutos del 04 de octubre del año 2017, se constituyó la
sociedad denominada HCM Consulting Group Inc
Sociedad Anónima.—San
José, 09 de octubre del 2017.—Lic. Randall Tamayo Oconitrillo, Notario.—1
vez.—CE2017012753.—( IN2017192732 ).
Mediante escritura otorgada ante esta
notaría, a las 17 horas 00 minutos del 04 de octubre del año 2017, se
constituyó la sociedad denominada Villandry
Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 09 de octubre del 2017.—Licda.
Carmen Fernández Molina, Notaria.—1 vez.—CE2017012754.—( IN2017192733 ).
Mediante escritura otorgada ante esta
notaría, a las 18 horas 00 minutos del 23 de setiembre del año 2017, se
constituyó la sociedad denominada DG
Desarrollos Empresariales Sociedad Anónima.—San José, 09 de octubre del 2017.—Licda.
Ana Giselle Barboza Quesada, Notaria.—1 vez.—CE2017012755.—( IN2017192734 ).
Mediante escritura otorgada ante esta
notaría, a las 09 horas 00 minutos del 09 de octubre del año 2017, se
constituyó la sociedad denominada SMTM
Tech Limitada.—San
José, 09 de octubre del 2017.—Lic. Rolando Romero Obando, Notario.—1
vez.—CE2017012756.—( IN2017192735 ).
Mediante escritura otorgada ante esta
notaría, a las 08 horas 15 minutos del 05 de octubre del año 2017, se
constituyó la sociedad denominada Granja
Ecoturística Azul A & V Sociedad Anónima.—San José, 09 de octubre del 2017.—Lic.
Manuel Tuckler Oconor, Notario.—1 vez.—CE2017012757.—( IN2017192736 ).
Mediante escritura otorgada ante esta
notaría, a las 13 horas 00 minutos del 03 de octubre del año 2017, se
constituyó la sociedad denominada Ka
Fashion Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 09 de octubre del 2017.—Licda.
Vera Denise Mora Salazar, Notaria.—1 vez.—CE2017012758.—( IN2017192737 ).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría,
a las 16 horas 00 minutos del 08 de octubre del año 2017, se constituyó la
sociedad denominada Asap Sociedad Anónima.— San José, 09 de octubre del
2017.—Licda. Raquel María Arias Castellón, Notaria.—1 vez.—CE2017012759.—(
IN2017192738 ).
Mediante escritura otorgada ante esta
notaría, a las 10 horas 30 minutos del 02 de octubre del año 2017, se
constituyó la sociedad denominada MJH
Soluciones Industriales Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 09 de octubre del
2017.—Lic. Allan Roberto Guerrero Vargas, Notario.—1 vez.—CE2017012760.—(
IN2017192739 ).
Mediante escritura otorgada ante esta
notaría, a las 11 horas 00 minutos del 02 de octubre del año 2017, se
constituyó la sociedad denominada Magna
La Lasagna Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 09 de octubre del 2017.—Licda.
Gianna Cersosimo D Agostino, Notaria.—1 vez.—CE2017012761.—( IN2017192740 ).
Mediante escritura otorgada ante esta
notaría, a las 16 horas 30 minutos del 03 de octubre del año 2017, se
constituyó la sociedad denominada Mármoles
y Granitos Granimar Sociedad Anónima.—San José, 09 de octubre del 2017.—Lic.
Gustavo Adolfo Fernández Badilla, Notario.—1 vez.—CE2017012762.—( IN2017192741
).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría,
a las 11 horas 00 minutos del 05 de octubre del año 2017, se constituyó la
sociedad denominada Importadora Fauca Sociedad de
Responsabilidad Limitada.—San José, 09 de octubre del 2017.—Licda. Jessica María Oviedo
González, Notaria.—1 vez.—CE2017012763.—( IN2017192742 ).
Mediante escritura otorgada ante esta
notaría, a las 08 horas 00 minutos del 09 de octubre del año 2017, se
constituyó la sociedad denominada Inversiones
Campo Real Nicoya Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 09 de octubre del 2017.—Lic.
William Richard Philps Moore, Notario.—1 vez.—CE2017012764.—( IN2017192743 ).
Mediante escritura otorgada ante esta
notaría, a las 08 horas 00 minutos del 09 de octubre del año 2017, se
constituyó la sociedad denominada Ye
Cen Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 09 de octubre del 2017.—Lic. Juan
Carlos Villasuso Morales, Notario.—1 vez.—CE2017012765.—( IN2017192744 ).
Mediante escritura otorgada ante esta
notaría, a las 14 horas 00 minutos del 04 de octubre del año 2017, se
constituyó la sociedad denominada Mcpherson
Denbeste Costa Rica Plaza Carlota Diez Limitada.—San José, 09 de octubre del 2017.—Lic.
Hernán Cordero Baltodano, Notario.—1 vez.—CE2017012766.—( IN2017192745 ).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría,
a las 09 horas 00 minutos del 09 de octubre del año 2017, se constituyó la
sociedad denominada Grupo Matva Internacional
Sociedad Anónima.—San
José, 09 de octubre del 2017.—Lic. Randall Francisco Alvarado Cubillo,
Notario.—1 vez.—CE2017012767.—( IN2017192746 ).
Mediante escritura otorgada ante esta
notaría, a las 09 horas 00 minutos del 30 de setiembre del año 2017, se
constituyó la sociedad denominada Agro
Equipos La Meseta Prado Sociedad Anónima.—San José, 09 de octubre del 2017.—Licda.
Carla Rigioni Soltero, Notaria.—1 vez.—CE2017012768.—( IN2017192747 ).
Mediante escritura otorgada ante esta
notaría, a las 09 horas 00 minutos del 18 de setiembre del año 2017, se
constituyó la sociedad denominada Grupo
Oportunidad Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 09 de octubre del 2017.—Lic.
Guillermo Guerrero Corrales, Notario.—1 vez.—CE2017012769.—( IN2017192748 ).
Mediante escritura otorgada ante esta
notaría, a las 19 horas 00 minutos del 26 de setiembre del año 2017, se
constituyó la sociedad denominada MF
Supply Sociedad Anónima.—San José, 09 de octubre del 2017.—Lic. Mario Gerardo López Duran,
Notario.—1 vez.—CE2017012770.—( IN2017192749 ).
Mediante escritura otorgada ante esta
notaría, a las 08 horas 00 minutos del 04 de octubre del año 2017, se constituyó
la sociedad denominada Zona Boutique M y K Sociedad
Anónima.—San
José, 09 de octubre del 2017.—Lic. Guadalupe Montero Ugalde, Notario.—1
vez.—CE2017012771.—( IN2017192750 ).
Mediante escritura otorgada ante esta
notaría, a las 15 horas 00 minutos del 05 de octubre del año 2017, se
constituyó la sociedad denominada M&N
Wuzheng Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 09 de octubre del 2017.—Lic.
Walter Solís Amen, Notario.—1 vez.—CE2017012772.—( IN2017192751 ).
Mediante escritura otorgada ante esta
notaría, a las 13 horas 00 minutos del 05 de octubre del año 2017, se
constituyó la sociedad denominada Inversiones
Familia Araya Agüero Sociedad Anónima.—San José, 09 de octubre del 2017.—Lic.
Eduardo José Mora Castro, Notario.—1 vez.—CE2017012773.—( IN2017192752 ).
Mediante escritura otorgada ante esta
notaría, a las 08 horas 00 minutos del 02 de octubre del año 2017, se
constituyó la sociedad denominada Camada
Cinco PR Sociedad Anónima.—San José, 09 de octubre del 2017.—Lic. Allan Roberto Guerrero
Vargas, Notario.—1 vez.—CE2017012774.—( IN2017192753 ).
Mediante escritura otorgada ante esta
notaría, a las 14 horas 00 minutos del 06 de octubre del año 2017, se
constituyó la sociedad denominada Exmar
del Pacifico Sociedad Anónima.—San José, 09 de octubre del 2017.—Lic. Giovanni Ruiz Mata,
Notario.—1 vez.—CE2017012775.—( IN2017192754 ).
Mediante escritura otorgada ante esta
notaría, a las 08 horas 00 minutos del 09 de octubre del año 2017, se
constituyó la sociedad denominada Denbeste
Costa Rica Dos a Plaza Central Limitada.—San José, 09 de octubre del 2017.—Lic.
Hernán Cordero Baltodano, Notario.—1 vez.—CE2017012776.—( IN2017192755 ).
Mediante escritura otorgada ante esta
notaría, a las 16 horas 00 minutos del 04 de octubre del año 2017, se constituyó
la sociedad denominada Inversiones A & G
Sociedad Anónima.—San
José, 09 de octubre del 2017.—Licda. Antonella Da Re Masis, Notaria.—1
vez.—CE2017012777.—( IN2017192756 ).
Mediante escritura otorgada ante esta
notaría, a las 08 horas 00 minutos del 06 de octubre del año 2017, se
constituyó la sociedad denominada Islas
Japonesas Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 09 de octubre del 2017.—Lic.
Jorge Alberto Molina Corrales, Notario.—1 vez.—CE2017012778.—( IN2017192757 ).
Mediante escritura otorgada ante esta
notaría, a las 09 horas 00 minutos del 06 de octubre del año 2017, se
constituyó la sociedad denominada Isla
Sajalín Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 09 de octubre del 2017.—Lic.
Jorge Alberto Molina Corrales, Notario.—1 vez.—CE2017012779.—( IN2017192758 ).
Mediante escritura otorgada ante esta
notaría, a las 14 horas 00 minutos del 10 de julio del año 2017, se constituyó
la sociedad denominada Grupo Marga & García Sociedad
Anónima.—San
José, 09 de octubre del 2017.—Licda. Gloria Virginia Vega Chaves, Notaria.—1
vez.—CE2017012780.—( IN2017192759 ).
Mediante escritura otorgada ante esta
notaría, a las 11 horas 00 minutos del 04 de octubre del año 2017, se
constituyó la sociedad denominada Emergencias
Global Sociedad Anónima.—San José, 09 de octubre del 2017.—Lic. Georgia Lorena Montt
Villacura, Notaria.—1 vez.—CE2017012781.—( IN2017192760 ).
Mediante escritura otorgada ante esta
notaría, a las 10 horas 00 minutos del 22 de setiembre del año 2017, se
constituyó la sociedad denominada Playa
Grande Ventanas Propiedad Número Diez-Cinco Sociedad
de Responsabilidad Limitada.—San José, 09 de octubre del 2017.—Lic. Edgar Odio Rohrmoser,
Notario.—1 vez.—CE2017012782.—( IN2017192761 ).
Mediante escritura otorgada ante esta
notaría, a las 09 horas 00 minutos del 05 de octubre del año 2017, se
constituyó la sociedad denominada Soluciones
Técnicas Concreta
Sociedad Anónima.—San José, 09 de octubre del 2017.—Lic.
Dimas Alexander Fonseca García, Notario.—1 vez.—CE2017012783.—( IN2017192762 ).
Mediante escritura otorgada ante esta
notaría, a las 12 horas 00 minutos del 25 de setiembre del año 2017, se
constituyó la sociedad denominada Ugabis
Propiedades Sociedad Anónima.—San José, 09 de octubre del 2017.—Licda. Annette Marie Tapia
Zumbado, Notaria.—1 vez.—CE2017012784.—( IN2017192763 ).
Mediante escritura otorgada ante esta
notaría, a las 11 horas 00 minutos del 09 de octubre del año 2017, se
constituyó la sociedad denominada Zona
Azul Farms Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 09 de octubre del 2017.—Lic.
Róger Allen Petersen Morice, Notario.—1 vez.—CE2017012785.—( IN2017192764 ).
Mediante escritura otorgada ante esta
notaría, a las 14 horas 00 minutos del 29 de setiembre del año 2017, se
constituyó la sociedad denominada Lugeru Sociedad
de Responsabilidad Limitada.—San José, 09 de octubre del 2017.—Licda. María José Alvarado Núñez,
Notario.—1 vez.—CE2017012786.—( IN2017192765 ).
Mediante escritura otorgada ante esta
notaría, a las 11 horas 50 minutos del 01 de setiembre del año 2017, se
constituyó la sociedad denominada PC
Latam Inc Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 09 de octubre del 2017.—Licda.
María Laura Vargas Cabezas, Notaria.—1 vez.—CE2017012787.—( IN2017192766 ).
Mediante escritura otorgada ante esta
notaría, a las 15 horas 45 minutos del 09 de octubre del año 2017, se
constituyó la sociedad denominada Poasito
Investments Corp.
Limitada Limitada.—San José, 09 de octubre del 2017.—Licda.
Gueneth Marjorie Williams Mullins, Notaria.—1 vez.—CE2017012788.—( IN2017192767
).
Mediante escritura otorgada ante esta
notaría, a las 14 horas 00 minutos del 03 de octubre del año 2017, se
constituyó la sociedad denominada Inversiones
Vereda Al Rio Sociedad Anónima.—San José, 09 de octubre del 2017.—Lic. Carlos Francisco García
Zamora, Notario.—1 vez.—CE2017012789.—( IN2017192768 ).
Mediante escritura otorgada ante esta
notaría, a las 10 horas 30 minutos del 23 de agosto del año 2017, se constituyó
la sociedad denominada Palo de Naranja Sociedad
Anónima.—San
José, 09 de octubre del 2017.—Lic. Javier Alberto Acuña Delcore, Notario.—1
vez.—CE2017012790.—( IN2017192769 ).
Mediante escritura otorgada ante esta
notaría, a las 15 horas 00 minutos del 04 de octubre del año 2017, se
constituyó la sociedad denominada LBT
Latam Acquisitions Sociedad Anónima.—San José, 09 de octubre del 2017.—Lic. Dan
Alberto Hidalgo Hidalgo, Notario.—1 vez.—CE2017012791.—( IN2017192770 ).
Mediante escritura otorgada ante esta
notaría, a las 11 horas 00 minutos del 25 de setiembre del año 2017, se
constituyó la sociedad denominada Bluemak
it Retake Sociedad Anónima.—San José, 09 de octubre del 2017.—Lic. Dan Alberto Hidalgo Hidalgo,
Notario.—1 vez.—CE2017012792.—( IN2017192771 ).
Mediante escritura otorgada ante esta
notaría, a las 00 horas 00 minutos del 04 de octubre del año 2017, se
constituyó la sociedad denominada Centro
Internacional de Formación, CIF Sociedad Anónima.—San José, 09 de octubre del 2017.—Lic.
Francisco Javier Vargas Solano, Notario.—1 vez.—CE2017012793.—( IN2017192772 ).
Mediante escritura
otorgada ante esta notaría, a las 10 horas 00 minutos del 07 de octubre del año
2017, se constituyó la sociedad denominada Skiob Sociedad Anónima.—San José, 09 de octubre del 2017.—Lic. Cristian Palma Salguero,
Notario.—1 vez.—CE2017012794.—( IN2017192773 ).
Mediante escritura
otorgada ante esta notaría a las 16 horas 00 minutos del 04 de octubre del año
2017, se constituyó la sociedad denominada Telecom Site Locators Costa
Rica Limitada.—San José, 09 de octubre del 2017.—Lic.
Carlos Manuel Sánchez Leitón, Notario.—1 vez.—CE2017012795.—( IN2017192774 ).
Mediante escritura
otorgada ante esta notaría, a las 15 horas 00 minutos del 04 de octubre del año
2017, se constituyó la sociedad denominada Agroganadera Estero Azul de
Sierpe Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José,
09 de octubre del 2017.—Lic. Víctor Solís Castillo, Notario.—1
vez.—CE2017012796.—( IN2017192775 ).
Mediante escritura
otorgada ante esta notaría, a las 15 horas 00 minutos del 09 de octubre del año
2017, se constituyó la sociedad denominada Taiabjee House Limitada.—San José, 09 de octubre del 2017.—Licda. Ana Patricia Vargas Jara,
Notaria.—1 vez.—CE2017012797.—( IN2017192776 ).
Mediante escritura
otorgada ante esta notaría, a las 10 horas 30 minutos del 06 de octubre del año
2017, se constituyó la sociedad denominada Sea Moon of Bahía Sociedad
de Responsabilidad Limitada.—San José, 09 de octubre
del 2017.—Lic. Víctor Solís Castillo, Notario.—1 vez.—CE2017012798.—(
IN2017192777 ).
Mediante escritura otorgada ante esta
notaría, a las 11 horas 00 minutos del 07 de octubre del año 2017, se
constituyó la sociedad denominada CPC Consultores
Sociedad Anónima
.—San José, 9 de octubre del 2017.—Lic. Eylin Priscila Peraza Alvarado, Notaria.—1
vez.—CE2017012799.—( IN2017192778 ).
Mediante escritura otorgada ante esta
notaría, a las 15 horas 21 minutos del 05 de octubre del año 2017, se
constituyó la sociedad denominada Inversiones
Rivera Solís J E Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 09 de octubre del
2017.—Lic. Sergio Elizondo Garofalo, Notario.—1 vez.—CE2017012800.—(
IN2017192779 ).
Ante el suscrito
notario se solicita reactivar la sociedad de esta plaza Transportes Dymeza
CMQ Sociedad Anónima, cedula jurídica tres- ciento uno-
doscientos cincuenta y nueve mil cuatrocientos veintiuno.—Alajuela, cuatro de
noviembre del dos mil diecisiete.—Lic. Johnny Ramírez Sánchez, Notario.—1
vez.—( IN2017193741 ).
Mediante escritura pública número ciento
veinticuatro-cuarenta y cuatro de las once horas del veinte de noviembre del
dos mil diecisiete, se solicita la reactivación del estatus jurídico de la
empresa Inversiones Alve Sociedad Anónima, cédula jurídica número
tres-ciento uno-quinientos sesenta y nueve mil novecientos treinta y cuatro. Se
emplaza por treinta días a partir de la publicación a todos los interesados a
fin de que se apersonen a hacer valer sus derechos.—Cartago, veinte de
noviembre del dos mil diecisiete.—Lic. Erick Fabricio Jiménez Masis, Notario.—1
vez.—( IN2017193753 ).
Que mediante escritura número setenta y dos,
del tomo dieciséis del notario Ronald E. González Calderón, se solicita la
cesación de disolución de la sociedad Euromec
de Centroamérica S. A., persona con cédula de tres-ciento uno-cero seis cinco siete siete uno,
de conformidad con la circular DPJ-cero uno tres-dos mil diecisiete.—San José,
veinticuatro de noviembre del dos mil diecisiete.—Lic. Ronald E. González
Calderón, Notario.—1 vez.—( IN2017193762 ).
Que mediante escritura número setenta y uno,
del tomo dieciséis del notario Ronald E. González Calderón, se solicita la
cesación de disolución de la sociedad Inversiones
Mun Riza LTDA.,
persona con cédula de tres-ciento dos-seis dos cuatro siete siete ocho, de
conformidad con la circular DP.1-cero uno tres-dos mil diecisiete.—San José,
veintidós de noviembre del dos mil diecisiete.—Lic. Ronald E. González
Calderón, Notario.—1 vez.—( IN2017193763 ).
Por escritura otorgada ante mí, a las
dieciocho horas del veintitrés de noviembre del dos mil diecisiete, se protocoliza
acta de asamblea de la sociedad Leseps Sociedad Anónima, en la que se nombra
liquidador.—San José, 23 de noviembre del 2017.—Licda. Ana Lorena Coto
Esquivel, Notaria.—1 vez.—( IN2017193764 ).
Por escritura número veintitrés, otorgada el
día de hoy ante esta notaría, los señores Joaquín Masis Jiménez, Erika Herzog
Masís, Christine Herzog Masís y Bruce Masís Jiménez, en condición de
propietarios del sesenta y tres punto veinte por ciento del capital social,
solicitan al Registro Público proceder a suspender la disolución de la sociedad
Whale Bay Investment Group S. A., cédula jurídica número
tres-ciento uno-quinientos diecinueve mil cuatrocientos ochenta y nueve, en
aplicación a lo dispuesto por el Transitorio Segundo de la Ley nueve mil
cuatrocientos veintiocho, reformado a su vez por la ley nueve mil cuatrocientos
ochenta y cinco.—San José, a las catorce horas quince minutos del día trece de
noviembre del dos mil diecisiete.—Lic. Adrián Echeverría Escalante, Notario.—1
vez.—( IN2017193765 ).
Por escritura otorgada ante mí, a las quince
horas del veinte de noviembre del dos mil diecisiete, se protocolizó acta de
disolución de la sociedad Network Access Point de
Centroamérica S. A.—San
José, veinte de noviembre del dos mil diecisiete.—Licda. Ana Lorena Coto
Esquivel, Notaria.—1 vez.—( IN2017193767 ).
Ante mí, a las 17:00 horas del 23 de
noviembre del dos mil diecisiete, escritura N° 267 del tomo 8 del protocolo de
la suscrita notaria, se protocolizó acta de la sociedad 3-102-569176 S.R.L., con cédula jurídica N° 3-102-569176, en donde se acuerda disolver
esta sociedad. Teléfono notaría 2771-6968.—San Isidro, Pérez Zeledón, 23 de
noviembre 2017.—Licda. Alicia Murcia López, Notaria.—1 vez.—( IN2017193768 ).
Yo, José Andrés Masís Calvo, Notario Público
con oficina en la ciudad de San José, hago constar que el día veinte de
noviembre de dos mil diecisiete, protocolicé acta de la compañía Icher Soluciones Tecnológicas S.R.L. En la cual se revocan nombramientos y se
modifica la cláusula de la administración.—San José, veinte de noviembre del
dos mil diecisiete.—José Andrés Masís Calvo, Notario.—1 vez.—( IN2017193769 ).
Mediante escritura otorgada ante esta
notaría, a las dieciséis horas del día veinte de noviembre del año 2017,
protocolicé el acta número doce la compañía de Inversiones
Mafe de Curridabath Sociedad Anónima, mediante el cual se solicita el cese de
disolución de la misma.—Heredia, 23 de noviembre del 2017.—Lic. Carlos Sánchez
Carballo, Notario.—1 vez.—( IN2017193770 ).
Ante mí, Celenia Mora Chinchilla, Notaria
Pública con oficina abierta en San José, por medio de escritura otorgada a las
nueve horas del veintiuno de noviembre de dos mil diecisiete y en virtud del
acuerdo tomado por los socios se protocolizó acta de la sociedad Mensajería Rema S. A., por medio de la cual se acuerda disolver la sociedad. Es todo.—San
José, veinticuatro de noviembre del dos mil diecisiete.—Licda. Celenia Mora
Chinchilla, Notaria.—1 vez.—( IN2017193771 ).
A las 11:00 horas de hoy protocolicé acta de Almacén y Tienda Elías Sociedad Anónima, cédula jurídica 3-101-039231, por la cual
se reforman las cláusulas segunda y sétima del pacto social, se adicionan las
cláusulas décima primera y décima segunda, y se nombra nueva junta directiva y
fiscal.—Heredia, 23 de noviembre del 2017.—Ana Lorena Gutiérrez Herrera,
Notaria.—1 vez.—( IN2017193772 ).
En mi notaría con fecha 22 de noviembre del
dos mil diecisiete, se constituyó sociedad civil denominada Nuestra Casa W.M.S Sociedad Civil, con domicilio en provincia de San José,
Aserrí, del Balneario La Reina del Sol, quinientos sur, por un plazo de noventa
y nueve años y con un capital de cien mil colones, representada por sus
administradores el señor Wilmar Rodríguez Carrillo, aporta la suma de ochenta
mil colones y el socio Mónica María Hidalgo Picado, aporta la suma de veinte
mil colones.—Heredia, San Joaquín de Flores, 23 de noviembre 2017.—Licda.
Marcela del Carmen Chaves Hernández, Notaria.—1 vez.—( IN2017193773 ).
Ante mi Alejandro Sanabria Romero Notario
Público con oficina en San José, por medio de escritura otorgada a las once
horas quince minutos del día veintitrés de noviembre del dos mil diecisiete y
en virtud del acuerdo tomado por los socios, se protocolizó acta de la sociedad
Tres Ciento Uno Seiscientos tres mil veinticuatro S.
A., por medio
de la cual se acuerda disolver la sociedad. Es todo, veinticuatro de noviembre
del dos mil diecisiete.—Lic. Alejandro Sanabria Romero, Notario.—1 vez.—(
IN2017193774 ).
Por escritura otorgada ante mi notaría, a las
17:00 horas del día hoy, Melvin Campos Villalobos, cédula número 1-720-590,
como accionista que representa el 60% de Janus
Siglo XXI S. A.,
cédula jurídica 3-101-229947, solicita al Registro Nacional, el cese de la
disolución de Janus Siglo XXI S. A.—San José, 23 de noviembre del 2017.—Juan
Chow Wong, Notario.—1 vez.—( IN2017193776 ).
Ante mí, Alejandro Sanabria Romero, Notario
Público con oficina en San José, por medio de escritura otorgada a las once
horas cuarenta y cinco minutos del día veintitrés de noviembre del dos mil
diecisiete y en virtud del acuerdo tomado por los socios, se protocolizó acta
de la sociedad Tomosofari S. A., por medio de la cual se acuerda disolver la
sociedad. Es todo.—San José, veinticuatro de noviembre del dos mil
diecisiete.—Lic. Alejandro Sanabria Romero, Notario.—1 vez.—( IN2017193777 ).
Por escritura 13, 128 y 122 otorgadas a las
28 de agosto 2017, 27 de setiembre del 2017 y 18 de setiembre 2017, se
disuelven las sociedades Inversiones Dioter de la
Francia S. A., Edichama S. A. y Vistas del Bosque S. A.—San José, 09 de noviembre del
2017.—Lic. Marvin Roldán Granados, Notario.—1 vez.—( IN2017193782 ).
Por escritura número treinta y uno-setenta y
cinco, del tomo setenta y cinco de mi protocolo, otorgada a las quince horas
del veintitrés de noviembre dos mil diecisiete, el suscrito notario,
protocolicé el acta de asamblea general extraordinaria de socios de la compañía
denominada Nutec América Costa Rica S. A. con cédula de persona jurídica
número 3-101- 664957, mediante la cual se reforman las cláusulas primera,
segunda y quinta de los estatutos sociales y se nombra nueva junta directiva.
Tel: 2290-2550.—San José, 23 de noviembre del 2017.—Lic. Danilo Chaverri
Soto.—1 vez.—( IN2017193784 ).
Ante mí, Alex Thompson Chacón notario público,
mediante escritura otorgada a las nueve horas con treinta minutos del veintiuno
de noviembre del dos mil diecisiete, comparecen José Pablo Ocampo Villalobos,
mayor de edad, casado en primeras nupcias, ingeniero civil, vecino de Heredia,
Barreal, Condominio La Ladera, portador de la cédula de identidad número
dos-cuatrocientos ochenta y dos-cero veintinueve y Marjorie Vargas Díaz, mayor
de edad, casada una vez, mercadóloga, vecina de Heredia, Barreal, Condominio La
Ladera, portadora de la cédula de identidad número uno-ochocientos cincuenta y
uno-trescientos veintidós, dueños de la totalidad del capital social de la
compañía denominada Condominio La Ladera Bloque
BHI Lote Once KKK Sociedad Anónima, con cédula jurídica N° 3-101-374988, hace
constar que conforme al Transitorio II de la Ley 9428, solicita al Registro de
Personas Jurídicas del Registro Nacional, el cese de la disolución de la
sociedad precitada.—Lic. Alex Thompson Chacón, Notario.—1 vez.—( IN2017193794
).
Que ante esta notaría pública, mediante
escritura número cuatro de fecha veintitrés de noviembre del 2017, tomo 9, se
acordó y solicitó el cese de disolución por acuerdo del socio dueño de la
totalidad del capital social de conformidad con lo establecido en el
Transitorio II de la Ley 9428 la sociedad denominada Grupo Cinco Haches Sociedad Anónima, cédula de persona jurídica número tres
ciento uno ciento sesenta y un mil trescientos setenta y cuatro.—San José, 23
de noviembre del 2017.—Licda. Shirley Sánchez Bustamante, Notaria.—1 vez.—(
IN2017193796 ).
Los suscritos Rafael Enrique Castro Alvarado,
portador de la cedula de identidad número uno-cero trescientos noventa y
nueve-mil trescientos ochenta y cinco y la señora Marta Eugenia Bolaños Camaño,
portadora de la cédula de identidad número uno-cero cuatrocientos nueve-cero
quinientos cincuenta y siete, ambos vecinos de Escazú, por medio del presente
edicto informan que, como titulares del ciento por ciento de las acciones que
representan la totalidad del capital social de El
Viñedo Carmenere S. A., cédula jurídica número 3-101-515726, comparecieron ante Notaria
Pública, Yesenia Arce Gómez; a efecto de otorgar escritura pública número
cincuenta y seis mediante la cual se solicitan al Registro de Personas
Jurídicas del Registro Nacional, el cese de la disolución de la sociedad al
amparo de lo dispuesto en el transitorio segundo de la Ley de Personas
Jurídicas número 9428 de 21 de marzo del 2017, y su reforma. Publíquese una vez
en el Diario Oficial La Gaceta.—San José, 08 de noviembre del
2017.—Rafael Castro Álvaro.—Marta Eugenia Bolaños Camacho.—1 vez.—(
IN2017193797 ).
Mediante escritura número trece de las seis
horas del veinticuatro de noviembre del dos mil diecisiete, se constituyó la
fundación que se denominara la fundación se denominará The M2:. Calderón and Forwood Fundation, nombre en español la Fundación M2:. Calderón y Forwood. Siendo su presidente el Doctor, Moisés
Antonio Calderón Zapata, mayor, médico cirujano, soltero, con cédula de
identidad uno-cero quinientos setenta y dos cero novecientos cincuenta.—San
José, 24 de noviembre del 2017.—Licda. Marlen Sibaja Fonseca, Notaria.—1 vez.—(
IN2017193798 ).
Los suscritos Rafael Enrique Castro Alvarado,
portador de la cedula de identidad número uno- cero trescientos noventa y
nueve-mil trescientos ochenta y cinco y la señora Marta Eugenia Bolaños Camaño,
portadora de la cédula de identidad número uno-cero cuatrocientos nueve-cero
quinientos cincuenta y siete, ambos vecinos de Escazú, por medio del presente
edicto informan que, como titulares del ciento por ciento de las acciones que
representan la totalidad del capital social de Siembra
Nueva S. A.,
cédula jurídica número 3-101-137172, comparecieron ante Notaria Pública,
Yesenia Arce Gómez, a efecto de otorgar escritura pública número cincuenta y
siete mediante la cual se solicitan al Registro de Personas Jurídicas del
Registro Nacional, el cese de la disolución de la sociedad al amparo de lo
dispuesto en el transitorio segundo de la Ley de Personas Jurídicas número 9428
de 21 de marzo del 2017, y su reforma. Publíquese una vez en el Diario Oficial La Gaceta.—San
José, 08 de noviembre del 2017.—Rafael Castro Alvarado.—Marta Eugenia Bolaños
Camaño.—1 vez.—( IN2017193799 ).
Los suscritos Rafael Enrique Castro Alvarado,
portador de la cedula de identidad número uno-cero trescientos noventa y
nueve-mil trescientos ochenta y cinco y la señora Marta Eugenia Bolaños
Caamaño, portadora de la cédula de identidad número uno-cero cuatrocientos
nueve-cero quinientos cincuenta y siete, ambos vecinos de Escazú, por medio del
presente edicto informan que, como titulares del ciento por ciento de las
acciones que representan la totalidad del capital social de Virgen del Pilar S. A., cédula jurídica número 3-101-579317, comparecieron ante Notaria
Pública, Yesenia Arce Gómez, a efecto de otorgar escritura pública número
sesenta y cinco mediante la cual se solicitan al Registro de Personas Jurídicas
del Registro Nacional, el cese de la disolución de la sociedad al amparo de lo
dispuesto en el transitorio segundo de la Ley de Personas Jurídicas número 9428
de 21 de marzo del 2017, y su reforma. Publíquese una vez en el Diario Oficial La Gaceta.—San
José, 13 de noviembre del 2017.—Rafael Castro Alvarado.—Marta Eugenia Bolaños
Camaño.—1 vez.—( IN2017193800 ).
Hernán Vargas Solera, mayor, divorciado tres
veces, Médico, con cédula de identidad número uno-doscientos cincuenta y
cinco-ciento noventa y cuatro, vecino de Alajuela, Tacares norte de Grecia;
cuatrocientos metros al este, de la iglesia católica, Residencial Mirasol, casa
número once, solicita cese de disolución de Comercio
e Industria de Materiales para el Desarrollo CIMADESA Sociedad Anónima, con cédula de persona jurídica
número tres-ciento uno-veintisiete mil setecientos cincuenta y nueve, disuelta
en el registro por la ley nueve mil veinticuatro.—Hernán Vargas Solera.—1
vez.—( IN2017193801 ).
Ante esta notaría, a las 14:00 horas, del día
21 de noviembre del año 2017, el señor Luciano Fattori, en carácter de único
accionista del capital social, otorgó escritura pública número 111, mediante la
cual solicitó a Registro Mercantil, el cese de la disolución de la sociedad Gaba Coco Uno Sociedad Anónima, cédula de persona jurídica número
3-101-515662, de conformidad con la ley número 9485, que es reforma al
Transitorio II de la Ley 9428.—Sardinal, Guanacaste, 23 de noviembre del año
2017.—Lic. Fernando Pizarro Abarca, Notario.—1 vez.—( IN2017193802 ).
Ante esta notaría, se ha iniciado por
extravío el procedimiento de reposición del libro de registro de socios, junta
directiva y asamblea general de la compañía Azul
Cielo IPG Rojo Azul S. A.—San José. 21 de noviembre del 2017.—Lic. Juan Carlos Montero
Villalobos, Notario.—1 vez.—( IN2017193803 ).
Mediante escritura número 65, visible a folio
96 frente del tomo 12; otorgada a las 12:00 horas del 23 de noviembre del 2017,
por acuerdo unánime de los socios de la compañía vive ros ediciones empresa Individual de Responsabilidad Limitada, cédula jurídica número 3-105-585443; se
acuerda disolver la sociedad.—San José, 23 de noviembre del 2017.—Licda. Xinia
patricia mora segura, Notaria.—1 vez.—( IN2017193807 ).
Mediante escritura otorgada ante esta
notaría, de las 13 horas 40 minutos del 23 de noviembre del 2017, se protocolizó
acta de Inversiones Kafal del Este Sociedad Anónima, mediante la cual se reforma la
cláusula sétima del pacto constitutiva. Oldemar Fallas Navarro, Notario Público
de San José, Central.—Lic. Oldemar fallas navarro, Notario.—1 vez.—(
IN2017193809 ).
Mediante escritura
otorgada ante esta notaría de las 13 horas 15 minutos del 23 de noviembre del
2017, se protocolizó acta de Inversiones Almeka del Este Sociedad Anónima, se nombra junta directiva y se reforma la cláusula sétima del pacto
constitutivo. Oldemar Fallas Navarro, notario público de San José, Central,
cédula 107650094, tel. 71547010.—Lic. Oldemar Fallas Navarro, Notario.—1 vez.—(
IN2017193810 ).
Mediante escritura
otorgada ante esta notaría de las 13:00 horas del 23 de noviembre del 2017, se
protocolizó acta de Servicios
Mebafal del Este Sociedad Anónima, mediante la cual se
reforma la cláusula sétima del pacto constitutiva Oldemar Fallas Navarro,
notario público de San José, Central. Cédula: 107650094, tel. 71547010.—Lic.
Oldemar Fallas Navarro, Notario.—1 vez.—( IN2017193811 ).
Mediante escritura
otorgada ante esta notaría de las 13 horas 30 minutos del 23 de noviembre del
2017, se protocolizó acta de Inversiones Autofal del Este Sociedad Anónima, se nombra junta directiva y se reforma la cláusula sétima del pacto
constitutivo. Oldemar Fallas Navarro, notario público de San José, Central,
cédula 107650094, tel. 71547010.—Lic. Oldemar Fallas Navarro, Notario.—1 vez.—(
IN2017193812 ).
Ante esta notaría
por escritura otorgada a las trece horas del día dieciséis de noviembre del dos
mil diecisiete, se protocolizan acuerdos de asamblea general extraordinaria de
accionistas de la sociedad: Box Jellyfish Sociedad Anónima,
cédula de persona jurídica número tres-ciento uno-quinientos siete mil dos,
donde se acuerda la disolución de la sociedad.—San José, 23 de noviembre del
2017.—Licda. Mariela Céspedes Cruz, Notaria.—1 vez.—( IN2017193813 ).
Ante esta notaría
por escritura otorgada a las diecisiete horas del dieciséis de noviembre del
dos mil diecisiete, se protocolizan acuerdos de asamblea general extraordinaria
de accionistas de la sociedad: Las Pirámides de la Luna Sociedad Anónima, cédula jurídica número tres-ciento uno-doscientos cuarenta mil
treinta y cinco, donde se acuerda la disolución de la sociedad.—San José, 23 de
noviembre del 2017.——Licda. Mariela Céspedes Cruz, Notaria.—1 vez.—(
IN2017193814 ).
Ante esta notaría
por escritura otorgada a las trece horas treinta minutos del dieciséis de
noviembre del dos mil diecisiete, se protocolizan acuerdos de asamblea general
extraordinaria de accionistas de la sociedad: Cat In Punta Banco Beah
Sociedad Anónima, cédula de persona jurídica número
tres-ciento uno-seiscientos cuarenta mil ochocientos treinta y uno, donde se
acuerda la disolución de la sociedad.—San José, 23 de noviembre del
2017.—Licda. Mariela Céspedes Cruz, Notaria.—1 vez.—( IN2017193815 ).
Ante esta notaría
por escritura otorgada a las catorce horas treinta minutos del dieciséis de
noviembre del dos mil diecisiete, se protocolizan acuerdos de asamblea general
extraordinaria de accionistas de la sociedad: El Tour de Castilla
Sociedad Anónima, cédula jurídica número tres-ciento
uno-quinientos ochenta y dos mil setecientos sesenta y ocho, donde se acuerda
la disolución de la sociedad.—San José, 23 de noviembre del 2017.—Licda.
Mariela Céspedes Cruz, Notaria.—1 vez.—( IN2017193816 ).
Ante esta notaría, por escritura otorgada a
las catorce horas del día dieciséis de noviembre del año dos mil diecisiete, se
protocolizan acuerdos de asamblea general extraordinaria de accionistas de la
sociedad: Local Treinta y Ocho P D F Sociedad Anónima, cédula jurídica número
tres-ciento uno-quinientos cuarenta y dos mil ochocientos ochenta y uno, donde
se acuerda la disolución de la sociedad.—San José, 23 de noviembre del
2017.—Licenciada Mariela Céspedes Cruz, Notaria.—1 vez.—( IN2017193817 ).
Ante esta notaría, por escritura otorgada a
las quince horas del día dieciséis de noviembre del dos mil diecisiete, se
protocolizan acuerdos de asamblea general extraordinaria de accionistas de la
sociedad: Flores del Alba Sociedad Anónima, cédula jurídica número
tres-ciento uno-quinientos ochenta y un mil quinientos ochenta y tres, donde se
acuerda la disolución de la sociedad.—San José, 23 de noviembre del
2017.—Licenciada. Mariela Céspedes Cruz, Notaria.—1 vez.—( IN2017193818 ).
Ante esta notaría,
por escritura otorgada a las quince horas treinta minutos del día dieciséis de
noviembre del año dos mil diecisiete, se protocolizan acuerdos de asamblea
general extraordinaria de accionistas de la sociedad: Hummingbird In Punta Banco
Beach H U M Sociedad Anónima, cédula jurídica número
tres-ciento uno-seiscientos cuarenta mil setecientos sesenta y uno, donde se
acuerda la disolución de la sociedad.—San José, 23 de noviembre del 2017.—Licda.
Mariela Céspedes Cruz, Notaria.—1 vez.—( IN2017193819 ).
Ante esta notaría, por escritura otorgada a
las dieciséis horas del día dieciséis de noviembre del año dos mil diecisiete,
se protocolizan acuerdos de asamblea general extraordinaria de accionistas de
la sociedad: Jimbre Point Sociedad Anónima, cédula jurídica número
tres-ciento uno-cuatrocientos cincuenta y cuatro mil ciento treinta y seis,
donde se acuerda la disolución de la sociedad.—San José, 23 de noviembre del
2017.—Licda. Mariela Céspedes Cruz, Notaria.—1 vez.—( IN2017193820 ).
Ante esta notaría, por escritura otorgada a
las dieciséis horas treinta minutos del día dieciséis de noviembre del año dos
mil diecisiete, se protocolizan acuerdos de asamblea general extraordinaria de
accionistas de la sociedad: Kerasugey Arcoiris Sociedad
Anónima, cédula
jurídica número tres-ciento uno-trescientos noventa y cinco mil ciento sesenta
y cuatro, donde se acuerda la disolución de la sociedad.—San José, 23 de
noviembre del 2017.—Lic. Mariela Céspedes Cruz, Notaria.—1 vez.—( IN2017193821
).
Ante esta notaría, por escritura otorgada a
las once horas del día dieciséis de noviembre del año dos mil diecisiete, se
protocolizan acuerdos de asamblea general extraordinaria de accionistas de la
sociedad: Blue Beach Paftadise B B J Sociedad Anónima, cédula jurídica número
tres-ciento uno-quinientos noventa mil cuatrocientos ochenta y tres, donde se
acuerda la disolución de la sociedad.—San José, 20 de noviembre del
2017.—Licda. Mariela Céspedes Cruz, Notaria.—1 vez.—( IN2017193822 ).
Ante esta notaría, por escritura otorgada a
las nueve horas treinta minutos del día dieciséis de noviembre del año dos mil
diecisiete, se protocolizan acuerdos de asamblea general extraordinaria de
accionistas de la sociedad: 3-101-675472 Sociedad Anónima, cédula jurídica número
tres-ciento uno-seiscientos setenta y cinco mil cuatrocientos setenta y dos,
donde se acuerda la disolución de la sociedad.—San José, 20 de noviembre del
2017.—Licenciada Mariela Céspedes Cruz, Notaria.—1 vez.—( IN2017193823 ).
Ante esta notaría, por escritura otorgada a
las doce horas treinta minutos del día dieciséis de noviembre del año dos mil
diecisiete, se protocolizan acuerdos de asamblea general extraordinaria de
accionistas de la sociedad: Blue Beach Sunset B B S
Sociedad Anónima,
cédula jurídica número tres-ciento uno-quinientos noventa mil quinientos
cincuenta y cinco, donde se acuerda la disolución de la sociedad.—San José, 20
de noviembre del 2017.—Licda. Mariela Céspedes Cruz, Notaria.—1 vez.—( IN2017193824
).
En mi notaría se protocolizó acta de asamblea
de socios de Inversiones Mobiliarias JIMC S. A., cédula tres-ciento
uno-trescientos cincuenta y nueve mil seiscientos sesenta y tres, haciéndose
nombramiento de nueva tesorera.—San José, veintitrés de noviembre del dos mil
diecisiete.—Licda. Giselle Solórzano Guillén, Notaria.—1 vez.—( IN2017193827 ).
Ante mi notaria se protocolizó Acta de Producciones La Bella S. A., cédula tres- ciento uno-doscientos
cincuenta y cuatro mil novecientos cincuenta y seis, donde se hace nombramiento
de secretaria y se reforma la cláusula séptima del pacto constitutivo en el
sentido de que presidente y secretario son apoderados generalísimos sin límite
de suma, pudiendo actuar conjunta o separadamente.—San José, veintitrés de
noviembre del dos mil diecisiete.—Licda. Giselle Solórzano Guillén, Notaria.—1
vez.—( IN2017193829 ).
Ante esta notaría, por escritura otorgada a
las once horas treinta minutos del día dieciséis de noviembre del año dos mil
diecisiete, se protocolizan acuerdos de asamblea general extraordinaria de
accionistas de la sociedad: Blue Beach Saint B B S
Sociedad Anónima,
cédula jurídica número tres-ciento uno-quinientos noventa y un mil quinientos
cuarenta y ocho, donde se acuerda la disolución de la sociedad.—San José, 20 de
noviembre del 2017.—Licda. Mariela Céspedes Cruz, Notaria.—1 vez.—(
IN2017193890 ).
Ante esta notaría, por escritura otorgada a
las doce horas del dieciséis de noviembre del dos mil diecisiete, se
protocolizan acuerdos de asamblea general extraordinaria de accionistas de la
sociedad: Blue Beach Star B B S Sociedad Anónima, cédula jurídica número
tres-ciento uno-quinientos noventa mil seiscientos noventa y seis, donde se
acuerda la disolución de la sociedad.—San José, 20 de noviembre del
2017.—Licenciada Mariela Céspedes Cruz, Notaria.—1 vez.—( IN2017193831 ).
Ante esta notaría, por escritura otorgada a
las diez horas treinta minutos del día dieciséis de noviembre del año dos mil
diecisiete, se protocolizan acuerdos de asamblea general extraordinaria de
accionistas de la sociedad: Blue Beach Jewel B B J
Sociedad Anónima,
cédula jurídica número tres-ciento uno-quinientos noventa mil quinientos
cuatro, donde se acuerda la disolución de la sociedad.—San José, 20 de noviembre
del 2017.—Licda. Mariela Céspedes Cruz, Notaria.—1 vez.—( IN2017193832 ).
Ante esta notaría
por escritura otorgada a las nueve horas del día dieciséis de noviembre del dos
mil diecisiete, se protocolizan acuerdos de asamblea general extraordinaria de
accionistas de la sociedad: 3-101-652499 Sociedad Anónima,
cédula jurídica número tres-ciento uno-seiscientos cincuenta y dos mil
cuatrocientos noventa y nueve, donde se acuerda la disolución de la
sociedad.—San José, 20 de noviembre del 2017.—Licda. Mariela Céspedes Cruz,
Notaria.—1 vez.—( IN2017193833 ).
Ante esta notaría
por escritura otorgada a las ocho horas del día dieciséis de noviembre del dos
mil diecisiete, se protocolizan acuerdos de asamblea general extraordinaria de
accionistas de la sociedad: 3-101-622788 Sociedad Anónima,
cédula de persona jurídica número tres-ciento uno-seiscientos veintidós mil
setecientos ochenta y ocho, donde se acuerda la disolución de la sociedad.—San
José, 20 de noviembre del 2017.—Licda. Mariela Céspedes Cruz, Notaria.—1 vez.—(
IN2017193834 ).
Ante esta notaría,
por escritura otorgada a las diez horas del dieciséis de noviembre del dos mil
diecisiete, se protocolizan acuerdos de asamblea general extraordinaria de
accionistas de la sociedad: Alligator In Punta Banco Beach A L I Sociedad Anónima, cédula de persona jurídica número tres-ciento uno-seiscientos
cuarenta y un mil trescientos treinta, donde se acuerda la disolución de la
sociedad.—San José, 20 de noviembre del 2017.—Licda. Mariela Céspedes Cruz,
Notaria.—1 vez.—( IN2017193835 ).
Ante esta notaría
por escritura otorgada a las ocho horas treinta minutos del dieciséis de
noviembre del dos mil diecisiete, se protocolizan acuerdos de asamblea general
extraordinaria de accionistas de la sociedad: 3-101-623407 Sociedad
Anónima, cédula de persona jurídica número tres-ciento
uno-seiscientos veintitrés mil cuatrocientos siete, donde se acuerda la
disolución de la sociedad.—San José, 20 de noviembre del 2017.—Licda. Mariela
Céspedes Cruz, Notaria.—1 vez.—( IN2017193836 ).
En esta notaria se disolvió por acuerdo de
socios de conformidad con el articulo doscientos uno, inciso d) del Código de
Comercio de la República de Costa Rica, la compañía Festival de Colores Sociedad Anónima, con cédula jurídica número tres-ciento
uno-seiscientos setenta y ocho mil seiscientos cuarenta y ocho.—San José, 23 de
noviembre del dos mil diecisiete.—Lic. Esteban Carranza Kopper, Notario.—1
vez.—( IN2017193841 ).
Por escritura N° 7, otorgada a las 14:00
horas del día de hoy, ante notario público Esteban Carranza Kopper, se
protocolizó el acta de la sociedad Ganadería
Atayu S. A.,
donde se modificó la cláusula sexta de los estatutos de la sociedad.—San José,
23 de noviembre del 2017.—Lic. Esteban Carranza Kopper, Notario.—1 vez.—(
IN2017193842 ).
En esta notaría se disolvió por acuerdo de
socios de conformidad con el artículo doscientos uno, inciso d) del Código de
Comercio de la República de Costa Rica, la compañía Expressnet Remesadora Costa Rica Sociedad Anónima, con cédula jurídica número
tres-ciento uno-quinientos sesenta y cinco mil seiscientos cuatro.—San José, 23
de noviembre del dos mil diecisiete.—Lic. Esteban Carranza Kopper, Notario.—1
vez.—( IN2017193843 ).
Por medio de la escritura número doscientos
cincuenta y ocho, otorgada ante la notaria Marianela Portuguéz Sánchez, a las
quince horas del día veintidós de noviembre del dos mil diecisiete, se acuerda
la disolución de la sociedad denominada Agrícola
Llorente Agrillo Sociedad Anónima, titular de la cédula de persona jurídica
número tres-ciento uno-cero seis cero ocho uno dos, y en virtud de que no
existen pasivo y activo que repartir se declara liquidada esta sociedad.—San
José, veintitrés de noviembre del dos mil diecisiete.—Licda. Marianela
Portuguéz Sánchez, Notaria.—1 vez.—( IN2017193845 ).
Los suscritos Omar Rojas Valladares, cédula
uno-uno uno dos nueve-ocho seis ocho, Marcia Rojas Valladares, cédula uno-uno
uno ocho siete-siete cinco nueve, Natasha Rojas Valladares, cédula uno-uno dos
dos cero-nueve cero cinco, y José Martí Rojas Valladares, cedula uno-uno tres
cero cero-dos siete seis, como socios totalitarios de Real Purire S. A. Cedula jurídica tres-ciento uno-cuatro cuatro uno dos uno siete.—San
José, solicitamos ante notario público el cese de disolucion, al Registro
Público de la Propiedad, Sección Mercantil.—San José, veintidós de noviembre
del dos mil diecisiete.—Licda. Dora María Fernández Rojas, Notaria.—1 vez.—(
IN2017193846 ).
Los suscritos Omar Rojas Valladares, cédula
uno ciento veintinueve-ochocientos sesenta y ocho, Marcia Rojas Valladares,
cédula uno-ciento ochenta y ocho-setecientos cincuenta y nueve como socios
totalitarios de Distribuidora Internacional M.E.T.E.0 Sociedad
Anónima, cedula
jurídica tres-ciento uno-tres cero cinco cinco ocho. San José, solicitamos ante
notario público el cese de disolución, al Registro Público de la Propiedad,
Sección Mercantil.—San José, veintidós de noviembre del dos mil diecisiete.—Licda.
Dora María Fernández Rojas, Notaria.—1 vez.—( IN2017193851 ).
Por escritura de las 20:00 horas del 08 de
noviembre del 2017, se constituyó la sociedad Grupo
Virova S. A.
Domicilio: Tibás, San José, de la escuela Jesús Jiménez, 25 metros oeste.
Presidenta: Adriana Rojas Barrantes. Objeto: Comercio y servicios.—Lic. Maynor
Ignacio Sánchez Ramírez, Notario.—1 vez.—( IN2017193852 ).
Mediante escritura
número 139, del tomo 9 de mi protocolo, de las doce horas diez minutos del día
veintidós de noviembre de dos mil diecisiete, se constituyó la sociedad
denominada Distribuidora
y Comercializadora Alcegro Sociedad de Responsabilidad Limitada.—Guadalupe, 22 de noviembre de 2017.—Licda. Lucy Dayana Camacho
Guzmán, Notaria.—1 vez.—( IN2017193854 ).
Ante esta notaría,
al ser las diez horas del veintiuno de noviembre de dos mil diecisiete, se
acordó solicitar ante el Registro Público el cese de la disolución por
Transitorio II de Ley 9428 de la sociedad Aristides Villa Quinientos
Veintiocho Sociedad Anónima, cédula jurídica número
tres-ciento uno-cuatrocientos treinta y mil setecientos dieciocho a solicitud
de Robert Gordon Mc Donald. Lic. Rafael Ángel Pérez Zumbado, notario, teléfono
2249-2852.—Puntarenas, Cóbano, once horas del veintiuno de noviembre de dos mil
diecisiete.—Lic. Rafael Ángel Pérez Zumbado, Notario.—1 vez.—( IN2017193856 ).
Mediante escritura
autorizada en mi notaría, a las 14:00 horas del 20 de octubre del 2017,
protocolicé acta de asamblea general extraordinaria de socios de Agropecuaria Madre
Tierra S. A., cédula tres-ciento uno-cero noventa y
siete mil novecientos treinta y nueve, mediante la cual se modifica la cláusula
segunda relativa al nuevo domicilio fiscal que es Condominio El Estoril
Rohrmoser, Pavas, distrito noveno del cantón primero de San José.—San José, 27
de octubre del 2017.—Lic. Rigoberto Alvarado Flores, Notario.—1 vez.—(
IN2017193857 ).
Por escritura
otorgada a las ocho horas del veinticuatro del dos mil diecisiete, se
protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de socios de la sociedad
denominada Vistas
del Cerro L & P Sociedad Anónima, cédula de
persona jurídica número tres-ciento uno-seiscientos tres mil trescientos
setenta, en la cual conforme a las disposiciones del inciso a) del artículo
treinta del Código de Comercio, se acuerda aumentar el capital social de la
compañía, así mismo se procede a reformar las cláusulas sétima y octava.
Teléfono: 2593-0101, email: luciana@acevedoabogados.com.—Cartago, veinticuatro
de noviembre de dos mil diecisiete.—Licda. Luciana Acevedo Gutiérrez,
Notaria.—1 vez.—( IN2017193859 ).
Yo, Freddy Daniel
Bruno Gnudi, en mi condición de socio, con la representación de un cincuenta
por ciento de las acciones y como apoderado generalísimo sin límite de suma de
la otra socia con el otro cincuenta por ciento de las acciones de la sociedad
denominada Brugnu
Sociedad Anónima, cédula jurídica número tres-ciento
uno-trescientos ochenta y cuatro mil setecientos noventa y siete, de
conformidad con el Transitorio II de la Ley de Impuesto a las Personas Jurídicas
N° 9428, a fin de solicitar el cese de la disolución de esta sociedad,
solicitamos la publicación del edicto en el diario La Gaceta.—San José, 22 de noviembre de 2017.—Lic. Freddy Daniel Bruno Gnudi,
Notario.—1 vez.—( IN2017193860 ).
Los suscritos José
Douglas Chaves Morúa, mayor soltero, programador, portador de la cédula de
identidad número uno-novecientos noventa y tres-setecientos seis y Randall
Roberto Chaves Morua, mayor, soltero, transportista, cédula de identidad número
uno-mil treinta y dos-ochocientos veintiuno, ambos vecinos de San José,
Desamparados, San Juan de Dios; como titulares de la totalidad de las cuotas
que constituyen el capital social de la sociedad Transportes Optima Dos Doce
S. R. L., cédula jurídica tres-ciento dos-quinientos
setenta y ocho mil quinientos cincuenta y cuatro, informan que comparecerán
ante notario público a efecto de otorgar la escritura pública que solicitará al
Registro de Personas Jurídicas del Registro Nacional, el cese de la disolución
de la indicada sociedad, de acuerdo a lo dispuesto en el transitorio segundo de
la Ley de Personas Jurídicas N° 9428 del 21 de marzo de 2017 y su reforma.—José
Douglas Chaves Morúa.—Randall Roberto Chaves Morúa.—1 vez.—( IN2017193861 ).
El suscrito
Francisco Alvarado Segura, cédula número uno-novecientos cuarenta y
cinco-setecientos cincuenta y dos, como socio totalitario de Valles y Montañas
Azules del Pacífico S. A., cédula jurídica tres-ciento
uno-trescientos noventa y siete mil novecientos cuarenta y siete, San José,
solicitamos ante notario público el cese de disolución al Registro Público de
la Propiedad, Sección Mercantil. Lic. Dora María Fernández Rojas, carné
3030.—San José, veintidós de noviembre del dos mil diecisiete.—Lic. Dora María
Fernández Rojas, Notario.—1 vez.—( IN2017193862 ).
Por escritura número
ciento siete, otorgada ante esta notaría, el día de hoy el señor Edward Jess
(nombres) Harsh II (apellido), con un único apellido en razón de su
nacionalidad, mayor, casado una vez, empresarios, vecino de Estados Unidos de
América, ciudadano con pasaporte de su país cinco seis nueve ocho siete cinco
siete cuatro nueve, dueño del cincuenta y uno por ciento de las acciones que
representan el capital social solicita al Registro proceder a suspender la
disolución de la sociedad denominada Forestal Bohemia S. A.,
titular de la cédula de persona jurídica número tres-ciento uno-cuarenta y
siete mil cuatrocientos cuarenta, en aplicación a lo dispuesto por el
transitorio segundo de la ley nueve mil cuatrocientos veintiocho reformado a su
vez por la Ley nueve mil cuatrocientos ochenta y cinco.—San José, quince de
noviembre del dos mil diecisiete.—Lic. Álvaro Carazo Zeledón, Notario Público.—1
vez.—( IN2017193864 ).
Por escritura número
ciento siete, otorgada ante esta notaría, el día de hoy el señor Edward Jess
(nombres) Harsh II (apellido), con un único apellido en razón de su
nacionalidad, mayor, casado una vez, empresarios, vecino de Estados Unidos de
América, ciudadano con pasaporte de su país cinco seis nueve ocho siete cinco
siete cuatro nueve, dueño del cincuenta y uno por ciento de las acciones que
representan el capital social solicita al Registro proceder a suspender la
disolución de la sociedad denominada Inversiones Ganaderas del Norte S. A., titular de la cédula de persona jurídica número tres-ciento
uno-sesenta y cinco mil ochocientos cuarenta y ocho„ en aplicación a lo
dispuesto por el transitorio segundo de la ley nueve mil cuatrocientos
veintiocho reformado a su vez por la Ley nueve mil cuatrocientos ochenta y
cinco.—San José, quince de noviembre del dos mil diecisiete.—Lic. Álvaro Carazo
Zeledón, Notario Público.—1 vez.—( IN2017193865 ).
Por escritura
otorgada ante mí, se protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de la
sociedad Control
Ecológico de Plagas Taboada y Asociados Sociedad Anónima, en la que se reforma la cláusula octava del pacto constitutivo.—San
José, 24 de noviembre del 2017.—Licda. Elizabeth Angulo Gatjens, Notaria.—1
vez.—( IN2017193868 ).
Por escritura
otorgada ante mí, se protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de la
sociedad Control
Ecológico de Plagas Cos,a Rica Sociedad Anónima, en la
que se reforma la cláusula primera del pacto constitutivo.—San José, 23 de
noviembre del 2017.—Licda. Elizabeth Angulo Gatjens, Notaria.—1 vez.—(
IN2017193873 ).
Yo, Georgia Lorena Montt Villacura, el día de
hoy protocolicé acta de asamblea general extraordinaria de socios de Humanitarian Visions International Sociedad Anónima. Se nombra liquidador general
por disolución de sociedad.—San José, veintitrés de noviembre del dos mil
diecisiete.—Licda. Georgia Lorena Montt Villacura, Notaria.—1 vez.—(
IN2017193874 ).
Tierra
Fértil Sociedad Anónima, acuerda su disolución. Escritura otorgada en San José, a las ocho
horas del veintitrés de noviembre del dos mil diecisiete.—Lic. Humberto Jarquín
Anchía, Notario.—1 vez.—( IN2017193875 ).
Por escritura pública otorgada ante esta
notaría, en la ciudad de San José a las nueve horas del día dieciséis de
noviembre del dos mil diecisiete, se protocolizó el acta de asamblea general
extraordinaria de accionistas de la sociedad Compañía
Chiloe del Pacífico Sociedad Anónima, con cédula jurídica tres-ciento uno-cuatro
uno uno siete cuatro tres, en la que se acordó la disolución y liquidación de
la sociedad.—San José, dieciséis de noviembre del 2017.—Licda. Alma Monterrey
Rogers, Notaria.—1 vez.—( IN2017193880 ).
Mediante escrituras otorgadas ante esta
notaría, a las 8 y 9 horas del 24 de noviembre del 2017, se protocolizaron
asambleas generales de accionistas de: a) Transportes
Osa S. A., en
Cartago, en su domicilio social, a las 17:00 horas del 21 de noviembre del
2017, se reformaron las cláusulas segunda y octava, referentes al domicilio y
la representación. B) Bomba Osa S. A., en Cartago, en su domicilio
social, a las 18:00 horas del 21 de noviembre del 2017, se reformaron las
cláusulas segunda y sexta, referentes al domicilio y la representación.—San
José, 04 de agosto del 2017.—Andrés Mora Carli, Notario.—1 vez.—( IN2017193882
).
Reunida la totalidad del capital social y de
conformidad con el artículo doscientos uno inciso d), del Código de Comercio,
se acuerda por unanimidad la disolución de la compañía, Aserradero Cañafístula-Altos de Pinilla Sociedad Anónima, cédula jurídica número
tres-ciento uno-cuatrocientos setenta mil doscientos ochenta y cinco, con
domicilio social en Guanacaste, Santa Cruz, Cañafístula, en las oficinas de los
Altos de Pinilla frente a la Hacienda La Pinta, inscrita en la Sección
Mercantil del Registro Público, al Tomo: Quinientos sesenta y nueve, Asiento:
noventa y tres mil setecientos dieciocho, acuerdo que se encuentra firme. En
virtud de ello se cita y emplaza a quien se considere afectado para que se
apersonen y pueda manifestar su oposición, haciendo valer sus derechos ante la
notaría de la Licenciada María Abigail Ruiz Rosales, sito en Santa Cruz,
Guanacaste ciento cincuenta metros al oeste y veinticinco metros al sur de
Correos de Costa.—Guanacaste, Santa Cruz, siete de noviembre del dos mil
diecisiete.—Licda. María Abigail Ruiz Rosales, Notaria.—1 vez.—( IN2017193883
).
Ante esta notaría mediante la escritura
número trescientos noventa y cinco, del veintitrés de noviembre del año dos mil
diecisiete, se activa y se comunica el cese de disolución de la sociedad La Liga Bar S. A., cédula jurídica número tres-ciento uno-doscientos treinta y un mil
ciento dos.—Quepos, veintitrés de noviembre del dos mil diecisiete.—Lic.
Giovanni Ruiz Mata, Notario.—1 vez.—( IN2017193884 ).
Mediante escritura número ciento dieciséis
otorgada a las 7:00 horas del día 24 de noviembre del 2017, visible al folio
130 del tomo 2 del notario público José Miguel Alfaro Gómez, se protocolizó
acta de asamblea general ordinaria y extraordinaria de accionistas de la
sociedad Grupo Malengo S. A., con cédula de persona jurídica número
3-101-712279, mediante la cual se modificó la cláusula quinta, sexta, octava y
novena de la sociedad.—San José, 24 de noviembre del 2017.—Lic. José Miguel
Alfaro Gómez, Notario.—1 vez.—( IN2017193885 ).
Reunida la totalidad del capital social y de
conformidad con el artículo doscientos uno inciso d), del Código de Comercio,
se acuerda por unanimidad la disolución de la compañía, Condominios Escazú Sociedad Anónima, cédula jurídica número tres-ciento
uno-doscientos setenta y nueve mil ochocientos noventa y uno, con domicilio
social en San José, San José, calle veintiuno, avenida seis y ocho, número
seiscientos treinta, inscrita en la Sección Mercantil del Registro Público, al
Tomo: cuatrocientos ochenta y tres, Asiento: cuatro mil cuarenta y dos, acuerdo
que se encuentra firme. En virtud de ello se cita y emplaza a quien se
considere afectado para que se apersonen y pueda manifestar su oposición, haciendo
valer sus derechos ante la notaría de la Licenciada María Abigail Ruiz Rosales,
sito en Santa Cruz, Guanacaste ciento cincuenta metros al oeste y veinticinco
metros al sur de Correos de Costa Rica.—Santa Cruz, Guanacaste, veinte de
noviembre del dos mil diecisiete.—Licda. María Abigail Ruiz Rosales, Notaria.—1
vez.—( IN2017193886 ).
Se comunica que mediante escritura otorgada a
las quince horas del día veintitrés de noviembre de dos mil diecisiete, ante
esta notaría se solicita el cese de la disolución de la sociedad Balcones Abubilla B.M.L.S A Tres
Sociedad Anónima,
con cédula de persona jurídica número tres-ciento uno-tres nueve dos siete tres
nueve.—San José, veinticuatro de noviembre del 2017.—Lic. Huberth Salas Ortega,
Notario.—1 vez.—( IN2017193887 ).
Reunida la totalidad del capital social y de
conformidad con el artículo doscientos uno inciso d), del Código de Comercio,
se acuerda por unanimidad la disolución de la compañía, Inversiones Gralepois y Souc Sociedad Anónima, cédula jurídica número tres-ciento
uno-ciento treinta y ocho mil quinientos ochenta y uno, con domicilio social
Guanacaste, Santa Cruz, Cañafístula, en las oficinas de los Altos de Pinilla,
frente a la Hacienda La Pinta, inscrita en la Sección Mercantil del Registro
Público, al Tomo: cuatrocientos tres, Asiento: trece mil doscientos ochenta,
acuerdo que se encuentra firme. En virtud de ello se cita y emplaza a quien se
considere afectado para que se apersonen y pueda manifestar su oposición,
haciendo valer sus derechos ante la notaria de la Licenciada María Abigail Ruiz
Rosales, sito en Santa Cruz, Guanacaste ciento cincuenta metros al oeste y
veinticinco metros al sur de Correos de Costa.—Guanacaste, Santa Cruz, siete de
noviembre del dos mil diecisiete.—Licda. María Abigail Ruiz Rosales, Notaria.—1
vez.—( IN2017193888 ).
Por escritura otorgada a las diecisiete horas
cuarenta minutos del día de hoy, se protocolizó asamblea general extraordinaria
de socios de la empresa denominada Distribuidora
Kamaval S. A.,
en la que se acordó disolver la sociedad.—San José, veintidós de noviembre de
dos mil diecisiete.—Lic. Luis Ricardo Garino Granados, Notario.—1 vez.—(
IN2017193889 ).
Por escritura otorgada a las dieciséis horas
y cuarenta minutos del día de hoy, se protocolizó asamblea general extraordinaria
de socios de la empresa denominada Manatí
S. A., en la
que se acordó disolver la sociedad.—San José, veinte de noviembre de dos mil
diecisiete.—Lic. Miguel Antonio Maktouf Lobo, Notario.—1 vez.—( IN2017193830).
Por escritura otorgada a las once horas del
veintidós de noviembre del dos mil diecisiete, se solicita el cese de
disolución de la sociedad: Hermanos Alfaro Durán
Sociedad Anónima.
Teléfono: 26801694.—Santa Cruz, Guanacaste, 22 de noviembre del 2017.—Lic.
María Abigail Ruíz Rosales, Notaria.—1 vez.—( IN2017193891 ).
Ricardo Calvo Gamboa, notario público,
comunica que por escritura número ciento cincuenta y dos, otorgada a las once
horas del día dos de octubre del año dos mil diecisiete, Evelyn Gonzalo
Bermúdez y Carlos Mauricio Jiménez Jara constituyen la Fundación Casa de Esperanza, domicilio en San José.—Lic. Ricardo Calvo
Gamboa, Notario.—1 vez.—( IN2017193892 ).
Mediante escritura
número N° 157-6, de la notaria del Lic. Hugo Salazar Solano, de fecha 23 de
noviembre del 2017, visible al tomo N° 06, folio N° 116 frente, la sociedad
anónima denominada Formula
Quince Sociedad Responsabilidad Limitada, con cédula
jurídica N° 3-102-203099 reformó la cláusula tercera del pacto constitutivo. Es
todo.—Dada en Alajuela, el 24 de noviembre del 2017.—Lic. Hugo Salazar Solano,
Notario.—1 vez.—( IN2017193899 ).
Por escritura número siete, del tomo octavo,
otorgada ante esta notaría a las once horas del veintitrés de noviembre del dos
mil diecisiete se protocolizó acta de sociedad Bogomar
S. A., cédula
de persona jurídica número tres-ciento uno-cinco cuatro ocho uno cinco cinco,
en la que se nombra liquidador.—Licda. Hazel Delgado Cascante, Notaria.—1
vez.—( IN2017193902 ).
Mediante escritura N° 156-6, de la notaría
del Licenciado Hugo Salazar Solano, de fecha 23 de noviembre del 2017, visible
al tomo N° 06, folio N° 115 frente, la sociedad anónima denominada Partes & Piezas Yaki Sociedad Responsabilidad Limitada, con cédula jurídica N°
3-102-202723, reformó la cláusula tercera y decima segunda del pacto
constitutivo. Es todo.—Alajuela, 24 de noviembre del 2017.—Lic. Hugo Salazar
Solano, Notario.—1 vez.—( IN2017193903 ).
Ante esta notaría, la compañía La Nube Gris del Cerro Frío Sociedad Anónima, cédula de persona jurídica
número tres-ciento uno-seiscientos veintiocho mil ochocientos cincuenta y
siete, inició el trámite de cese de la disolución de la sociedad antes descrita
y solicitud al Registro Público, a efecto de que dicha persona jurídica quede
en la misma condición jurídica en que se encontraba antes de su disolución, con
los efectos retroactivos que ello conlleva.—Jicaral, veintiuno de noviembre del
dos mil diecisiete.—Lic. Carlos Fernando Cubero Rojas, Notario.—1 vez.—(
IN2017193906 ).
Por escritura otorgada en esta ciudad a las
12:00 horas de hoy se protocolizaron actas de asamblea general extraordinaria
de las sociedades tres-ciento uno-siete dos
cuatro nueve cero cinco s.a. y tres-ciento dos-seis siete cinco siete seis siete s
r l en las que
se acuerda fusionar por absorción las mismas, prevaleciendo tres-ciento dos- seis siete cinco siete seis siete s r l, reformándose la cláusulas
quinta de los estatutos.—San José, veintitrés de noviembre de dos mil
diecisiete.—Lic. Patricia Rivero Breedy, Notaria.—1 vez.—( IN2017193909 ).
Por escritura otorgada ante el suscrito
notario a las 16:00 horas del día de hoy se disolvió y liquidó la sociedad Timwood Costa Rica Sociedad Anónima.—San José, 23 de noviembre del 2017.—Lic.
José Antonio Jalet Brandt, Notario.—1 vez.—( IN2017193912 ).
El suscrito, Ybo Rojas Cerna, cédula N°
1-0441-0435, actuando en mi condición de propietario del cien por ciento del
capital social de la sociedad Agencia Aduanal CR S. A., cédula jurídica N°
3-101-105537, con sustento en lo dispuesto por la Ley N° 9485, mediante la cual
se reforma el Transitorio II de la Ley N° 9428 de Impuesto a las Personas
Jurídicas, procedo por este medio a: i) Dejar constancia expresa que se han
cancelado todas las sumas adeudadas por concepto de la Ley N° 9024 para esta
sociedad, y ii) Hacer la publicación de ley a efectos de proceder oportunamente
con la solicitud ante el Registro Nacional, respecto al cese de la disolución
de la sociedad referida. Es todo.—San José, veintitrés de noviembre del
2017.—Ybo Rojas Cerna.—1 vez.—( IN2017193913 ).
Solicito el cese de la disolución y la
reinscripción en el Registro Nacional de la sociedad Tres-Ciento Uno-Quinientos Treinta y Un Mil Ochocientos Trece S. A., cédula jurídica N°
3-101-531813, de conformidad con lo establecido en la Ley N° 9485.—San José, 24
de noviembre de dos mil diecisiete.—Martín Alexander Flogg, Accionista.—Lic.
José Antonio Jalet Brandt, Notario.—1 vez.—( IN2017193914 ).
El suscrito, Ybo Rojas Cema, cédula N°
1-0441-0435, actuando en mi condición de propietario del cien por ciento del
capital social de la sociedad Transportes YA S. A., cédula jurídica N°
3-101-036695, con sustento en lo dispuesto por la Ley N° 9485, mediante la cual
se reforma el Transitorio II de la Ley N° 9428 de Impuesto a las Personas
Jurídicas, procedo por este medio a: i) Dejar constancia expresa que se han
cancelado todas las sumas adeudadas por concepto de la Ley N° 9024 para esta
sociedad, y n) Hacer la publicación de ley a efectos de proceder oportunamente
con la solicitud ante el Registro Nacional, respecto al cese de la disolución
de la sociedad referida. Es todo.—San José, veintitrés de noviembre del
2017.—Ybo Rojas Cema.—1 vez.—( IN2017193915 ).
Luis Fernando Martínez Pacheco, solicita el
cese de disolución y la reactivación de la sociedad Maderas Industriales Campania Sociedad Anónima, cedula jurídica N°
3-101-95250.—San José, veintidós de noviembre del dos mil diecisiete.—J.
Montero Cortés, Notario.—1 vez.—( IN2017193916 ).
Carlos Rodolfo Cortes Tormo, solicita el cese
de disolución y la reactivación de la sociedad Myro
Sociedad Anónima,
cédula jurídica N° 3-101-015105.—San José, veintidós de noviembre del dos mil
diecisiete.—Firma ilegible, Notario.—1 vez.—( IN2017193917 ).
El suscrito, Ybo Rojas Cerna, cédula N°
1-0441-0435, actuando en mi condición de propietario del cien por ciento del
capital social de la sociedad Bosques de la Fortuna S. A., cédula jurídica N°
3-101-070726, con sustento en lo dispuesto por la Ley N° 9485, mediante la cual
se reforma el Transitorio II de la Ley N° 9428 de Impuesto a las Personas
Jurídicas, procedo por este medio a: i) Dejar constancia expresa que se han
cancelado todas las sumas adeudadas por concepto de la Ley N° 9024 para esta
sociedad, y ii) Hacer la publicación de ley a efectos de proceder oportunamente
con la solicitud ante el Registro Nacional, respecto al cese de la disolución
de la sociedad referida. Es todo.—San José, veintitrés de noviembre del
2017.—Ybo Rojas Cerna.—1 vez.—( IN2017193918 ).
Al ser las catorce horas del veintidós de
noviembre del dos mil diecisiete, se procede a protocolizar acta de asamblea
general extraordinaria de socios de la entidad denominada Melonhead Limitada. Según la cual se acuerda proceder a la disolución de la
sociedad.—Lic. Allan Garro Navarro, Notario.—1 vez.—( IN2017193921 ).
Por escritura otorgada al ser las dieciocho
horas del veintitrés de noviembre del dos mil diecisiete, se constituyó la
sociedad denominada Ocho Ocho Ocho Dos Nueve
Sociedad Civil.
Administradores: Allan Salazar López y Gabriela Carballo Gómez.—Lic. Allan
Garro Navarro, Notario.—1 vez.—( IN2017193923 ).
Protocolización del acta de asamblea general
ordinaria y extraordinaria de accionistas de la compañía Comunicación Corporativa de Centro América Sociedad Anónima, cédula de persona jurídica
número tres-ciento uno-noventa y cinco mil setecientos cincuenta y cuatro, en
la cual se modifica la cláusula del capital social. Escritura otorgada, a las
nueve horas treinta minutos del veintitrés de noviembre del dos mil
diecisiete.—Licda. Cinzia Víquez Renda, Notaria.—1 vez.—( IN2017193926 ).
Por medio de
escritura número ciento cincuenta y siete otorgada al ser las once horas con
treinta minutos del veintitrés de noviembre del dos mil diecisiete, ante el
notario público Juan Francisco Molinero Hernández, el señor José Manuel Núñez
Ramírez, portador de la cédula de identidad número uno-cero siete cuatro
cinco-cero siete cero siete, quien representa el cien por ciento del capital
social, solicitó el cese de disolución de la sociedad denominada Vista Pacífica
Central de Banderas CR Sociedad Anónima.—San José,
veintitrés de noviembre del dos mil diecisiete.—Lic. Juan Francisco Molinero
Hernández, Notario.—1 vez.—( IN2017193927 ).
Por escritura
otorgada número doscientos dieciocho de las doce horas del veinticuatro de
octubre del dos mil diecisiete, se constituyó: Irsajo Soluciones y
Soportes Empresa Individual de Responsabilidad Limitada, abreviada Irsajo
Soluciones y Soportes E.I.R.L., su domicilio social
será: San Rafael De Alajuela, Residencial Vista Real, piso cuarto apartamento
tres, capital aportado diez mil colones.—San José, 16 de noviembre del
2017.—Lic. Óscar Murillo Castro, Notario.—1 vez.—( IN2017193928 ).
Se comunica que
mediante la escritura doscientos treinta y nueve otorgada ante esta notaría, a
las siete horas diez minutos del 24 de noviembre del 2017, se solicita la
disolución de la sociedad Condo Casa del Oeste CDO Ocho S. A.—San José, 24 de noviembre del 2017.—Lic. Uriel Ortega Hegg,
Notario.—1 vez.—( IN2017193929 ).
Por escritura
otorgada ante esta notaría, se protocoliza acta de la sociedad Planes de Lealtad
del Este S. A., en la que se nombre nueva junta
directiva.—San José, 23 de noviembre del 2017.—Lic. Francisco Hernán Barth
Villalobos, Notario.—1 vez.—( IN2017193931 ).
Por escritura otorgada
ante esta notaria el día de hoy los señores Rolando Arias Rodríguez y Andrés
Arias Arce, quienes conforman el cien por ciento del capital social,
solicitaron al registro proceder a suspender la disolución de la sociedad Amrol del Poás S.
A., cédula jurídica 3-101-502881, en aplicación a lo
dispuesto por el Transitorio Segundo de la Ley 9428 reformado a su vez por la
Ley 9485.—San Pedro de Poás, Alajuela, veintiuno de noviembre del dos mil
diecisiete.—Licda. Elena Isabel Aguilar Céspedes, Notaria.—1 vez.—(
IN2017193932 ).
Por escritura otorgada ante esta notaria el
día de hoy los señores José Segura Muñoz, Francisco Javier Segura Muñoz, y
Víctor Julio Segura Muñoz, quienes conforman el cien por ciento del capital
social, solicitaron al Registro proceder a suspender la disolución de la
sociedad Lamosa de La Carpintera S. A., cédula jurídica 3 101 508475,
en aplicación a lo dispuesto por el transitorio segundo de la Ley 9428
reformado a su vez por la Ley 9485.—San Pedro de Poás, Alajuela, veintitrés de noviembre
del dos mil diecisiete.—Licda. Elena Isabel Aguilar Céspedes, Notaria.—1 vez.—(
IN2017193933 ).
Por escritura número siete-seis, otorgada
ante el suscrito notario, a las once horas con treinta minutos del día doce de
noviembre del dos mil diecisiete, se protocoliza acta de asamblea general
extraordinaria de cuotistas de la sociedad L
V Ocho S.R.L.,
en la cual se reforman las cláusulas segunda y sétima del pacto social.— Lic.
Roberto Alonso Rímola Real, Notario.—1 vez.—( IN2017193935 ).
El suscrito notario público, hago constar que
en esta notaria, al ser 10 horas del 22 de noviembre de 2017, el señor Jonathan
Valverde Rivera y la señora Andrea Durán Gómez, constituyeron la sociedad
denominada Inversiones Valdu Sociedad Anónima, con un capital de diez mil
colones; domicilio provincia de Cartago, cantón de Cartago, distrito El Carmen
cien metros al norte y doscientos cincuenta oeste del Asilo del Carmen,
presidente y secretaria con facultades de apoderada generalísimo sin límite de
suma. Presidenta: Andrea Durán Gómez.—Cartago, 22 de noviembre de 2017.—Lic.
Minor Álvarez López, Notaria.—1 vez.—( IN2017193936 ).
Ante esta notaría, a las nueve horas del día
seis de noviembre de dos mil diecisiete, se protocolizó acta de la sociedad
limitada de esta plaza denominada Asogrupo
S. C. D. S. de la Uruca Sociedad de Responsabilidad Limitada, con cédula de persona jurídica
número tres-ciento dos-setecientos cuarenta y cinco mil cuatrocientos sesenta y
siete, con un plazo social de noventa y nueva años, en donde se reforma
cláusula del nombre, del domicilio y se nombra subgerente.—San José, 06 de
noviembre de 2017.—Lic. Carlos José Jacobo Zelaya, Notario.—1 vez.—(
IN2017193938 ).
Nosotros Marco Antonio Arroyo Quesada, mayor,
casado una vez, oficinista, cédula número dos-doscientos sesenta y
seis-trescientos ochenta, la señora Ana María Mora Mendoza, mayor, casada una
vez, ama de hogar, cédula de identidad número uno- cuatrocientos dos-ciento
dieciséis, María del Rocío Arroyo Mora, mayor, soltera, estudiante, cédula de
identidad número uno-mil ciento sesenta y nueve-trescientos diecisiete, vecinos
de San Pablo de Heredia, de la iglesia católica setecientos metros al este y
doscientos al norte, urbanización Las Brisas, casa número catorce,
manifestamos: Como titulares del setenta y cinco por ciento de las acciones que
representan la totalidad del capital social de la empresa Inmobiliaria Las Brisas Sociedad Anónima, cédula jurídica número 3-101-309254,
solicitamos al Registro de Personas Jurídicas del Registro Nacional el cese de
la disolución de la sociedad al amparo de lo dispuesto en el transitorio II de
la Ley de Personas Jurídicas 9428 del 21 de marzo del 2017 y su reforma.
Publíquese por una vez en el Diario Oficial La
Gaceta.—San
José, 24 de noviembre del 2017.—Marco Antonio Arroyo Quesada, cédula N°
2-266-380.—Ana María Mora Mendoza, cédula N° 1402-116.—María del Rocío Arroyo
Mora, cédula N° 1-1169- 317.—1 vez.—( IN2017193941 ).
La empresa Helizana
Sociedad Anónima,
cédula jurídica: tres-ciento uno-quinientos veinticinco mil novecientos ochenta
y uno, con domicilio en Urbanización El Llano de Cariari de Pococí, Limón, casa
N-uno, por acuerdo en firme de junta de accionistas celebrada en su domicilio
social, acordaron modificar la cláusula novena del pacto constitutivo para
modificar que sea únicamente el presidente quien tendrá la representación
judicial y extrajudicial con facultad de apoderado generalísimos sin límite de
suma, de conformidad al artículo mil doscientos cincuenta y tres del Código
Civil, ante la notaría del Lic. Esequias Lobo Chaves.—Guápiles, veintitrés de
noviembre del dos mil diecisiete.—Lic. Esequias Lobo Chaves, Notario.—1 vez.—(
IN2017193942 ).
Yo, Ana Yuri Ortega Moya con cédula N°
3-0246-0312 y Jorge Enrique Alfaro Rojas, con cédula N° 2-0274-0246, en nuestra
condición de dueños de la totalidad del capital social de la compañía de esta
plaza: 3-101-500797 S. A., cédula jurídica 3-101-500797, al tenor de
lo dispuesto en la reforma al transitorio II de la Ley N° 9428, Impuesto a las
Personas Jurídicas, de 21 de mayo del 2017, publicada en el Alcance N° 250 de La Gaceta
del 19 de octubre de 2017, solicito al Registro Nacional el cese de disolución
de dicha sociedad, por haber cumplido los requisitos estipulados en dicha
reforma.—San José, 21 de noviembre del 2017.—Ana Yuri Ortega Moya.—Jorge
Enrique Alfaro Rojas.—1 vez.—( IN2017193943 ).
Yo, Néstor Gabriel Baltodano Vargas, con
cédula N° 1-0467-0059, en mi condición de dueño de la totalidad del capital
social de la compañía de esta plaza: Estirrel
S. A., cédula
jurídica 3-101-074198, al tenor de lo dispuesto en la reforma al transitorio II
de la Ley N° 9428, Impuesto a las Personas Jurídicas, de 21 de mayo del 2017,
publicada en el Alcance N° 250 de La
Gaceta del 19
de octubre de 2017, solicito al Registro Nacional el cese de disolución de
dicha sociedad, por haber cumplido los requisitos estipulados en dicha
reforma.—San José, 21 de noviembre del 2017.—Néstor Gabriel Baltodano Vargas,
Notario.—1 vez.—( IN2017193945 ).
La empresa Ganadera
Las Amazonas D.J. Sociedad Anónima, cédula jurídica tres-ciento
uno-cuatrocientos catorce mil setecientos noventa y siete, con domicilio en La
Suerte de Ticabán de La Rita de Pococí, Limón, dos kilómetros al norte de la
escuela, por acuerdo en firme de junta de accionistas celebrada en su domicilio
social, acordaron modificar la cláusula novena del pacto constitutivo para
modificar que le corresponde al presidente, vicepresidente y secretario, la
representación judicial y extrajudicial con facultades de apoderados
generalísimos sin límite de suma, de conformidad al artículo mil doscientos
cincuenta y tres del Código Civil, pudiendo actuar en forma conjunta o
separadamente.—Guápiles, veintitrés de noviembre del dos mil diecisiete.—Lic.
Esequias Lobo Chaves, Notario.—1 vez.—( IN2017193946 ).
Nosotros Jeanneth Sánchez Arguedas, cédula de
identidad 1-534-203, Óscar Alcides Valverde Sánchez, cédula N° 1-1346-181,
Ricardo Andrés Valverde Sánchez, cédula de identidad N° 1-1407-394, que
constituimos el sesenta y seis por ciento del capital de la sociedad 3-101-664430 Sociedad Anónima, comunicamos el cese de la disolución de la
sociedad, conforme la Ley 9428.—San Antonio de Desamparados, 22 de noviembre
del 2017.—Jeanneth Sánchez Arguedas.—Óscar Alcides Valverde Sánchez.—Ricardo A.
Valverde Sánchez.—1 vez.—( IN2017193947 ).
El suscrito, Juan Rafael Campos Monge, mayor,
casado, vecino de Heredia, avenida cuatro, calles cinco y siete, contador,
cédula número 4-0147-0196, por medio del presente edicto informa que, como titular
de más del cincuenta y un por ciento de las acciones que representan la
totalidad del capital social de Corporacion Jurasa de Costa
Rica S. A.,
cédula jurídica número 3-101-342821, comparecerá, dentro del plazo de ley, ante
notaría pública a efecto de otorgar escritura pública mediante la cual se
solicita al Registro de Personas Jurídicas del Registro Nacional, el cese de la
disolución de la sociedad al amparo de lo dispuesto en el transitorio segundo
de la Ley de Personas Jurídicas número 9428 de 21 de marzo del 2017 y su
reforma. Publíquese una vez en el Diario Oficial La
Gaceta.—San
José, a las nueve horas del 02 del mes de noviembre del 2017.—Lic. Juan Rafael
Campos Monge, Notario.—1 vez.—( IN20171931948 ).
Ante esta notaría, se ha protocolizado el
acta de asamblea general extraordinaria de cuotistas de la sociedad Ondas Blancas del Norte S. R. L., cédula jurídica número 3-102-593288, en la
que se reforma la cláusula tercera y octava del acta constitutiva.—Talamanca,
Puerto Viejo, 24 de noviembre del 2017.—Licda. Liza Bertarioni Castillo,
Notaria.—1 vez.—( IN2017193952 ).
Por escritura otorgada ante mí a las 11:00
horas del 23 de noviembre de 2017, se protocolizó acta de asamblea general
extraordinaria de socios de la compañía Armendia
y Canarias S. A.
mediante la cual se acordó reformar el domicilio legal de la sociedad, así como
nombrar nuevo agente residente.—Tamarindo, Santa Cruz, Guanacaste, 23 de
noviembre del 2017.—Licda. Yosandra Apú Rojas, Notaria.—1 vez.—( IN2017193954
).
Por escrituras números 219 y 220 de 16 de
noviembre del 2017, en su respectivo orden se protocolizan actas de asamblea
general de las sociedades DJS Casa de Vacasiones S. A. y Cornsoy
S. A. se
transforman sociedades limitadas. Es todo. Celular 8380-5974, oficina:
2643-2386.—Lic. José Juan Sánchez Chavarría, Notario.—1 vez.—( IN2017193957 ).
Mediante acta número dos la totalidad de los
socios en el libro asamblea de socios, a las 11:45 minutos del 20 de noviembre
del año 2017, por acuerdo unánime de la compañía Imag
- San Sociedad Anónima, cédula jurídica tres- ciento uno-seiscientos tres mil ciento noventa
y nueve, se acordó cesar la disolución de esta empresa.—Heredia, 20 de
noviembre del año 2017.—David Sánchez Delgado, Presidente.—1 vez.—( IN2017193958
).
Por escritura otorgada ante esta notaria, a
las dieciséis horas del diecinueve de setiembre del dos mil diecisiete, se
constituye la sociedad Inversiones Petrus CR
Sociedad Anónima.
Con un capital de mil dólares moneda de curso legal de los Estados Unidos de
América.—San José, veintitrés de noviembre del dos mil diecisiete.—Licda. Ana
Giselle Barboza Quesada, Notaria.—1 vez.—( IN2017193959 ).
Por medio de la
escritura número doscientos cuarenta y tres, de las quince horas del día de
hoy, se reformó la cláusula sétima, referente a la administración, de la
sociedad denominada Mirallo S. A.—San José, 23 de noviembre del 2017.—Lic. Álvaro
Castillo Castro, Notario.—1 vez.—( IN2017193967 ).
Por escritura otorgada hoy por mí, se
disolvió Patrimonio Familiar Maribel Sociedad Anónima, sin activos ni
pasivos.—Alajuela, diez de noviembre del dos mil diecisiete.—Lic. Marco Tulio
Araya Vargas, Notario.—1 vez.—( IN2017193968 ).
Por escritura número 84 otorgada ante esta
notaría, a las 16:00 horas del día 23 de noviembre del 2017, se protocoliza
acta de asamblea general extraordinaria de socios de la sociedad Laboratorio Químico y Ambiental L.A.QU.S.C.R. Sociedad Anónima, con cédula jurídica número:
3-101- 637654, mediante la cual se reforma la cláusula primera: el nombre de la
sociedad cambia a Lab Gaia Análisis Químicos y
Ambientales Sociedad Anónima.—San Rafael de Alajuela, 23 de noviembre del 2017.—Lic. Sergio Madriz
Avendaño, Notario.—1 vez.—( IN2017193977 ).
Por escritura otorgada ante el notario
público Sergio Madriz Avendaño, número 86 del tomo 3 de las 17:00 horas del día
23 de noviembre del 2017, se realizó escritura pública para cese de disolución
de la sociedad denominada: Prosperity Men S Y H S. A.—San Rafael de Alajuela, 23 de
noviembre del 2017.—Lic. Sergio Madriz Avendaño, Notario.—1 vez.—( IN2017193979
).
Por escritura otorgada ante notario Sergio
Madriz Avendaño, carné Nº 23733, a las 18:00 horas del día 23 de noviembre del
2017, se protocoliza acta de asamblea general extraordinaria de socios de la
sociedad: Centro y Distribución de Carnes Tilín S. A., cédula jurídica Nº
3-101-626342, celebrada en su domicilio social San Rafael de Alajuela, mediante
la cual se reforma la cláusula sétima: el único que tendrá representación será
exclusivamente el presiente, y la cláusula décimo cuarta: aceptándose la
renuncia del fiscal y se hace nuevo nombramiento.—San Rafael de Alajuela, 23 de
noviembre del 2017.—Lic. Sergio Madriz Avendaño, Notario.—1 vez.—( IN2017193980
).
Ante la notaría del Lic. Ricardo Pérez
Montiel, mediante escritura cincuenta y seis, se realiza el cede de disolución
de la sociedad: Baruj Produce S. A. Lic. Ricardo Pérez Montiel, carnet Nº 8277.
Teléfono: 3847177.—San José, veinticuatro de noviembre del dos mil
diecisiete.—Lic. Ricardo Pérez Montiel, Notario.—1 vez.—( IN2017193982 ).
En esta notaría, a las quince horas del
veintidós de noviembre del dos mil diecisiete, comparecieron la totalidad del
capital social de: Inversiones Chaves Vargas del
Lado Norte S. A.,
cédula jurídica número tres-ciento uno-cinco ocho ocho cuatro seis uno, donde
los socios acuerdan solicitar el cese de la disolución de la sociedad, que fue
operado en aplicación de la Ley nueve mil veinticuatro.—Lic. Édgar Rainier
Cordero Campos, Notario.—1 vez.—( IN2017193984 ).
Por escritura otorgada en esta notaría, el
día 23 de noviembre del 2017, a las 14:15 horas, se protocolizó asamblea
general extraordinaria de socios de la Tamfratay
Caribean SRL,
con cédula de persona jurídica Nº 3-102-537249, en la que se modifican la
totalidad de los estatutos y se trasforma en una “Sociedad Anónima”.
Presidente. Tammy Taylor Coblentz.—Palmares de Alajuela, 23 de noviembre del
2017.—Licda. Rosibel Quesada Vásquez, Notaria Pública.—1 vez.—( IN2017193986 ).
Por escritura otorgada en esta notaría, el
día 23 de noviembre del 2017, a las 14:15 horas, se protocolizó asamblea
general extraordinaria de socios de la Tamfratay
Caribean SRL,
con cédula de persona jurídica Nº 3-102-537249, en la que se modifican la
totalidad de los estatutos y se trasforma en una “Sociedad Anónima”.
Presidente. Tammy Taylor Coblentz.—Palmares de Alajuela, 23 de noviembre del
2017.—Licda. Rosibel Quesada Vásquez, Notaria Pública.—1 vez.—( IN2017193986 ).
El suscrito Malcolm Gregory Miles Smith,
mayor, divorciado una vez, comerciante, vecino de Río Claro, Pavón, Golfito,
portador de la cédula de identidad Nº 8-0087-0073, por medio del presente
edicto informa que, como titular de más del cincuenta y un por ciento de las
acciones que representan la totalidad del capital social de: Pavon Gregories Forest S. A., cédula jurídica Nº 3-101-335319,
comparecerá, dentro del plazo de ley, ante notaría pública a efecto de otorgar
escritura pública mediante la cual se solicita al Registro de Personas
Jurídicas del Registro Nacional, el cese de la disolución de la sociedad al
amparo de lo dispuesto en el transitorio segundo de la Ley de Personas
Jurídicas Nº 9428 de 21 de marzo del 2017, y su reforma. Publíquese una vez en
el Diario Oficial La Gaceta.—San José, 23 de noviembre del
2017.—Malcolm Gregory Miles Smith, Comerciante.—1 vez.—( IN2017193989 ).
Ante la notaría de Juan Carlos Campos Salas,
mediante número ciento cincuenta y ocho, de las catorce horas del veintitrés de
noviembre del dos mil diecisiete, se protocoliza acta de asamblea general
extraordinaria número seis de la sociedad denominada: Autos Garita Sociedad Anónima, cédula número tres-ciento uno-ciento
ochenta y cinco mil trescientos veintisiete, donde se reforma la cláusula
primera del acta constitutiva cambiando su nombre a: Costa Rica Travel On Line Sociedad Anónima, así como su domicilio social,
de igual forma se revoca y procede a nombramiento de presidente y secretario.
Es todo.—Santo Domingo de Heredia, veintitrés de noviembre del dos mil
diecisiete.—Lic. Juan Carlos Campos Salas, Notario Público.—1 vez.—(
IN2017193990 ).
Por escritura
otorgada ante Melania Campos Lara, a las ocho horas del dieciséis de noviembre
del dos mil diecisiete, se protocolizó el acta de asamblea general
extraordinaria de cuotistas de la sociedad Advice Legal Studio
Limitada, en la cual se modifica la cláusula segunda
referente al domicilio social. Es todo.—San José, veinte de noviembre del dos
mil diecisiete.—Licda. Melania Campos Lara, Notaria.—1 vez.—( IN2017193992 ).
Vereda de la Sierra del Oeste PVMM S. A., cédula jurídica 3-101-326133, solicita ante el Registro Nacional el
cese de la disolución de la compañía anteriormente mencionada.—San José, 17 de
noviembre de 2017.—Pablo Villa Michel Morales, Socio.—1 vez.—( IN2017193993 ).
El suscrito Robert
Van Der Putten Reyes, mayor, divorciado, abogado y notario, vecino de San José,
Escazú, San Rafael, portador de la cédula de identidad número 8-0079-0378, en
su condición de secretario con facultades de apoderado generalísimo sin límite
de suma de la sociedad CFV Fiduciaria Sociedad Anónima, con cédula jurídica
3-101-242635, por medio del presente edicto informa que como su representada es
dueña de la totalidad del capital social de Panamericana Mayal Sociedad
Anónima, con cédula de persona jurídica número 3-101-189007, comparecerá dentro
del plazo de ley ante los notarios públicos de su elección a efecto de otorgar
escritura pública mediante la cual se solicita al Registro de Personas
Jurídicas del Registro Nacional el cese de la disolución de la sociedad,
referida al amparo de lo dispuesto en el transitorio segundo de la Ley de
Personas Jurídicas número 9428 de 21 de marzo del 2017, y su reforma.—San José,
a las quince horas del 23 de noviembre del 2017.—Robert C. Van Der Putten,
apoderado generalísimo sin límite de suma Panamericana Mayal S. A.—1 vez.—(
IN2017193996 ).
Por escritura de las
trece horas y treinta minutos del veintitrés de noviembre, se protocolizan
acuerdos de asamblea extraordinaria de Comercentro Manudo S. A., en el que se reforman las cláusulas segunda y sétima de los estatutos
y se nombra nueva junta directiva.—Lic. Mark Beckford Douglas, Notario.—1
vez.—( IN2017193999 ).
Los señores
Christian René Henri Thummen y Danielle Antoinette Callebaut Thummen, en su
condición de socios propietarios del cien por ciento de la sociedad Llanura del Canto
del Cenízaro S. A., cédula jurídica 3-101-418714,
solicitan el cese de disolución de dicha sociedad conforme a la Ley 9428. Lic.
Einar José Villavicencio López, notario público de Playa Brasilito, cédula
107440485, tel. 26544321.—Lic. Einar José Villavicencio López, Notario.—1
vez.—( IN2017194003 ).
Ante esta notaría se
modificó la sociedad anónima denominada Taller de Enderezado y
Pintura Siquirres Sociedad Anónima, al ser las ocho
horas del veintiuno de Setiembre del dos mil diecisiete. Es todo.—Siquirres,
veintitrés de noviembre del dos mil diecisiete.—Licda. Ingrid Vanessa Otoya
Murillo, Notaria.—1 vez.—( IN2017194007 ).
La suscrita notaria, Daniela Madrigal
Rodríguez, hace constar que se modificó la administración y junta directiva de
la compañía Dischavel Sociedad Anónima, en la ciudad de Santa Ana, el
veintidós de noviembre del dos mil diecisiete.—Lic. Daniela Madrigal Rodríguez,
Notaria.—1 vez.—( IN2017194010 ).
Por escritura 055-02 del tomo 02 del
protocolo del notario público Ómar Tabash Fonseca, otorgada en esta ciudad a
las 10:50 horas del 23 de noviembre del 2017, se protocoliza acta que modifica
los estatutos de Tres-Ciento Dos-Seiscientos Veintitrés Mil Ochocientos
Sesenta y Siete, S. R. L. cedula jurídica 3-102-623867.—San Isidro de El General, 23 de
noviembre del 2017.—Lic. Ómar Tabash Fonseca, Notario.—1 vez.—( IN2017194011 ).
Por escritura otorgada ante mí, a las 15:00
horas del 23 de noviembre de 2017, protocolicé acta de 3-102-721183 SRL, de las 08:00 horas del 23 de octubre del 2017, mediante la cual se
acuerda modificar las cláusulas primera y sexta de los estatutos.—Lic. Hernán
Cordero Baltodano, Notario.—1 vez.—( IN2017194015 ).
Por escritura otorgada ante mí, a las 16:40
horas del 23 de noviembre de 2017, protocolicé acta de Rubinoff Investments Corp. de Nosara S. A., de las 09:45 horas del 16 de
agosto del 2017, disolviéndose la sociedad por acuerdo de socios.—Lic. Rolando
González Calderón, Notario.—1 vez.—( IN2017194016 ).
Por escritura otorgada ante mí a las 16:30
horas del 23 de noviembre de 2017, protocolicé acta de Palo Invest Ltda., de las 13:45 horas del 24 de agosto del 2017, disolviéndose la
sociedad por acuerdo de socios.—Lic. Hernán Cordero Baltodano, Notario.—1
vez.—( IN2017194017 ).
Por escritura otorgada ante mí, a las 08:00
horas del 8 de setiembre de 2017, protocolicé acta de Garden of the Moon Ltda., de las 16:00 horas del 7 de setiembre del
2017, disolviéndose la sociedad por acuerdo de socios.—Lic. Rolando González
Calderón, Notario.—1 vez.—( IN2017194018 ).
El señor Sergio
Zamora Alvarado, cédula uno-setecientos cuarenta y ocho-trescientos veintiocho,
en condición de representante de Audio Boutique Grecia Sociedad Anónima, cédula jurídica tres-ciento uno-doscientos sesenta y siete mil
ochocientos treinta y cuatro según lo establecido en la Ley nueve mil
cuatrocientos ochenta y cinco, tramita ante el Registro de Personas Jurídicas
del Registro Público la re-activación de la sociedad indicada.—Grecia, a las
catorce horas del veintitrés de noviembre de dos mil diecisiete.—Lic. Jhin
Alonso Rojas Sánchez, Notario.—1 vez.—( IN2017194020 ).
El señor Sergio
Zamora Alvarado, cédula uno-setecientos cuarenta y ocho-trescientos veintiocho,
en condición de representante de Auto Sistemas A.S.Y. Sociedad de Responsabilidad, cédula jurídica tres-ciento dos-trescientos ochenta y ocho mil
setecientos diecisiete, según lo establecido en la Ley nueve mil cuatrocientos
ochenta y cinco, tramita ante el Registro de Personas Jurídicas del Registro
Público la re-activación de la sociedad indicada.—Grecia, a las catorce horas
del veintitrés de noviembre de dos mil diecisiete.—Lic. Jhin Alonso Rojas
Sánchez, Notaria.—1 vez.—( IN2017194021 ).
El señor Allen
Ronald Arrieta Hidalgo, cédula dos-trescientos ochenta y cinco-ciento veinte,
en condición de representante de Tierra Auto Sociedad Anónima,
cédula jurídica tres-ciento uno-trescientos sesenta y ocho mil novecientos
setenta y siete, según lo establecido en la Ley nueve mil cuatrocientos ochenta
y cinco, tramita ante el Registro de Personas Jurídicas del Registro Público la
re-activación de la sociedad indicada.—Grecia, a las catorce horas del
veintitrés de noviembre de dos mil diecisiete.—Lic. Jhin Alonso Rojas Sánchez,
Notario.—1 vez.—( IN2017194022 ).
Se publica edicto en
donde se comunica la solicitud de cese de disolución que presenta la empresa Ben Sociedad
Anónima, cedula jurídica número tres-ciento uno-uno
seis dos tres siete ocho, firma la solicitud el representante legal de la
empresa, el señor Dirk Booij, portador del pasaporte holandés número N U J
siete uno F C dos siete. Es todo.—San José, a las diez horas del diecinueve de
octubre del dos mil diecisiete.— Dirk Booij.—1 vez.—( IN2017194027 ).
Yo, Adriana Zamora
López, notaria pública con oficina en San José, a solicitud de Amy Catherine
(nombres) Hewitt (apellido), canadiense sin segundo apellido por su
nacionalidad, mayor, soltera, consultora en comunicaciones, vecina de 8920
Peterson RD, Saint Francisville, LA 70775, USA, anteriormente con pasaporte de
su país número PC 507305, y actualmente portadora del pasaporte número
HB656646, como titular de más del cincuenta y uno por ciento de las acciones
que representan la totalidad del capital social de la empresa Hoja Verde del
Rodeo S. A., cédula jurídica 3-101-376188, comparecerá
dentro del plazo de ley, ante un notario público a efecto de otorgar escritura
pública para solicitar al registro de personas jurídicas del Registro Nacional,
el cese de la disolución de la indicada sociedad, al amparo de lo dispuesto en
el transitorio segundo de la Ley de Personas Jurídicas N° 9428 del 21 de marzo
del 2017 y su reforma.—San José, 21 de noviembre del 2017.—Licda. Adriana
Zamora López, Notaria.—1 vez.—( IN2017194028 ).
Por escritura
otorgada ante mí a las once horas del diecisiete de noviembre del dos mil
diecisiete, Arena
Plateada del Pacífico Sociedad Anónima, solicita el
cese de disolución.—Lic. Sergio Leiva Urcuyo, Notario.—1 vez.—( IN2017194031 ).
Víctor Hugo Acuña
Alvarado, cedula de identidad N° tres-doscientos cincuenta y seis-doscientos
setenta y uno, y Alina Grettel Laurent Rodríguez; cédula de identidad:
seis-doscientos treinta y ocho-quinientos cincuenta, quien comparece a
consentir el gravamen que se dirá; dueños del cien por ciento de las acciones
de Hermanos Acuña Laurent S. A., cuya cédula jurídica es tres-ciento
uno-seiscientos cincuenta y un mil seiscientos veinte solicita al Registro de
Personas Jurídicas del Registro Nacional, el cese de la disolución de la
sociedad conforme al transitorio segundo de la Ley de Personas Jurídicas N°
9428 de 21 de marzo del 2017, y su reforma.—San Vito, diez de noviembre del dos
mil diecisiete.—Lic. Erick González Gutiérrez, Notario.—1 vez.—( IN2017194036
).
Por escritura otorgada ante esta notaría, el
día 05 de setiembre del dos mil diecisiete, se protocolizó el acta de asamblea
general extraordinaria de accionistas de la sociedad 3-101-620863 Sociedad Anónima, con cédula jurídica N° 3-101-620863, en la
que se modificó la cláusula octava, de la junta directiva.—San José, veintiuno
de noviembre del dos mil diecisiete.—Lic. Víctor Manuel Lobo Quirós, Notario.—1
vez.—( IN2017194044 ).
La suscrita María Edith Alfaro Rodríguez,
mayor, divorciada, empresaria, vecino de Alajuela Grecia, portadora de la
cédula de identidad número dos-cinco dos nueve-cero uno ocho seis, por medio
del presente edicto informa que, como titular de más del cincuenta y un por
ciento de las acciones (cuotas) que representan la totalidad del capital social
de La Rotonda de Mi Vecina S. A., cédula jurídica N°
3-101-371427, comparecerá, dentro del plazo de ley, ante notaría pública a
efecto de otorgar escritura pública mediante la cual se solicita al Registro de
Personas Jurídicas del Registro Nacional, el cese de la disolución de la
sociedad al amparo de lo dispuesto en el transitorio segundo de la Ley de
Personas Jurídicas N° 9428 de 21 de marzo del 2017, y su reforma. Publíquese
una vez en el Diario Oficial La Gaceta.—San José, 24 de noviembre de
2017.—Lic. Carlos Vidal Bolaños, Notario.—1 vez.—( IN2017194046 ).
Por escritura otorgada ante la suscrita
notaria, a las 10:00 horas del 24 de noviembre del 2017, se protocolizan
acuerdos de asamblea general ordinaria y extraordinaria de Juice Box Sociedad Anónima, cédula jurídica N° 3-101-695629,
disolviendo y liquidando la compañía.—San José, 24 de noviembre del
2017.—Licda. Carolina Gallegos Steinvorth, Notario.—1 vez.—( IN2017194048 ).
Mediante escritura N° 283 otorgada a las
10:00 horas del 24 de noviembre del 2017, en el tomo 8 del notario Carlos
Madrigal Mora, se solicitó el cese de la disolución y reactivación de la
sociedad Inmobiliaria Kamin Sociedad Anónima, cedula jurídica N°
3-101-334967.—San José, 24 de noviembre del 2017.—Lic. Carlos Madrigal Mora,
Notario.—1 vez.—( IN2017194049 ).
Ante esta notaria, por escritura otorgada a
las diecisiete horas del día veinte de noviembre del dos mil diecisiete, se
protocoliza, acuerdos de asamblea general extraordinaria de accionistas de la
denominada Balance Gastronómico G y A Sociedad Anónima. Se acordó la
disolución.—Heredia, veintidós de noviembre del dos mil diecisiete.—Licda.
María Auxiliadora Gutiérrez Lazo, Notaria.—1 vez.—( IN2017194058 ).
Por escritura otorgada ante esta notaría, a
las diecisiete horas del veintitrés de noviembre del dos mil diecisiete, se
acordó disolver la sociedad Julmar G & M Sociedad
Anónima, de
conformidad con el artículo doscientos uno del Código de Comercio.—Cartago, 23
de noviembre del 2017.—Lic. Asdrúbal Mora Marín, Notario.—1 vez.—( IN2017194060
).
Mediante escritura N° 134-9 de las 09:30
horas del 02 de agosto del 2017, otorgada en Guanacaste, protocolicé acuerdos
de asamblea de socios de la sociedad West
Shore Drive S. A.,
con cédula jurídica N° 3-101-500618, donde se modifica la cláusula de domicilio
social.—Guanacaste, 22 de enero del 2017.—Lic. Omar Ayales Aden, Notario.—1
vez.—( IN2017194061 ).
Por escritura otorgada ante ésta notaría a
las diecisiete horas treinta minutos del día veintiuno de noviembre de dos mil
diecisiete, se modificó el pacto constitutivo de la sociedad Monpar de Maracaibo MPMC S. A.—San José, 22 de noviembre del 2017.—Lic.
Alfredo Andreoli González, Notario.—1 vez.—( IN2017194062 ).
Ante esta notaría por escritura otorgada a
las diecisiete horas treinta minutos del veintitrés de noviembre del dos mil
diecisiete, donde se protocolizan acuerdos de asamblea de accionistas de la
sociedad denominada Narafsa Identity and Security
S. A. Donde se
acuerda modificar las cláusula primera y la cláusula segunda referente a los
estatutos de la compañía y del domicilio social, respectivamente.—San José,
veintitrés de noviembre del dos mil diecisiete.—Licda. Betzabeth Miller
Barquero, Notaria.—1 vez.—( IN2017194064 ).
Por escritura otorgada ante esta notaría, a
las ocho horas treinta minutos del día veintidós de noviembre de dos mil
diecisiete, se modificó el pacto constitutivo de la sociedad Tres Ciento Dos Seiscientos Cincuenta y Cuatro Mil Quinientos Setenta
y Cuatro SRL.—San
José, 23 de noviembre del 2017.— M.Sc.
Alfredo Andreoli González, Notario.—1 vez.—( IN2017194065 ).
Por escritura otorgada ante ésta notaría a
las ocho horas cuarenta y cinco minutos del día veintidós de noviembre de dos
mil diecisiete, se modificó el pacto constitutivo de la sociedad tres ciento dos seiscientos cincuenta y cuatro mil novecientos sesenta
y nueve srl.—San
José, 23 de noviembre del 2017.— M.Sc. Alfredo Andreoli González, Notario.—1
vez.—( IN2017194066 )
Por escritura otorgada ante esta notaría a
las nueve horas del día veintidós de noviembre de dos mil diecisiete, se
modificó el pacto constitutivo de la sociedad Tres
Ciento Dos Seiscientos Cincuenta y Cuatro Mil Novecientos Setenta y Tres SRL.—San José, 23 de noviembre del
2017.—M.Sc. Alfredo Andreoli González, Notario.—1 vez.—( IN2017194067 ).
Por escritura otorgada ante esta notaría, a
las nueve horas quince minutos del día veintidós de noviembre de dos mil
diecisiete, se modificó el pacto constitutivo de la sociedad Tres Ciento Dos Seiscientos Cincuenta y Cuatro Mil Novecientos Setenta
y Seis SRL.—San
José, 23 de noviembre del 2017.—M.Sc. Alfredo Andreoli González, Notario.—1
vez.—( IN2017194068 ).
Por escritura otorgada en esta notaría, el
día de hoy, se protocoliza acta de asamblea general extraordinaria de socios de
la sociedad Raizen Sociedad Anónima, con cédula de persona jurídica
tres-ciento uno-cero doce mil trescientos sesenta y cuatro. Se modifica
domicilio y plazo de la sociedad. Carné 15304.—San José, veinticuatro de
noviembre del dos mil diecisiete.—Licda. Lucrecia Gómez Mora, Notaria.—1 vez.—(
IN2017194070 ).
Se hace saber que se constituyó la Sociedad de Responsabilidad Limitada La Guatileña, cuyo domicilio social es en
provincia de Cartago, cantón La Unión, distrito Río Azul barrio Linda Vista,
frente a la Pulpería Los Gemelos número uno, escritura otorgada ante notario
Jorge Luis Ulloa Hidalgo, escritura número cuarenta del tomo segundo visible a
folios diecinueve vuelto y al veintiuno frente. Notificaciones al fax
2219-0520.—Cartago, 24 de noviembre del 2017.—Lic. Jorge Luis Ulloa Hidalgo,
Notario.—1 vez.—( IN2017194071 ).
Por escritura de las trece horas del
veintitrés de noviembre de dos mil diecisiete, se adiciona la escritura número
doscientos cincuenta y ocho otorgada a las diez horas del veintisiete de
octubre del dos mil diecisiete en esta notaría, mediante la cual se modifica la
razón social a Tecno Universal Ltda.—San José, veintitrés de noviembre del dos
mil diecisiete.—Lic. Rogelio Fernández Moreno, Notario.—1 vez.—( IN2017194073
).
Mediante escritura número trescientos trece,
de las doce horas del veintitrés de noviembre del dos mil diecisiete, se
modifica la cláusula quinta en cuanto a la representación de la sociedad Cake Business Development Sociedad Anónima, cuya cédula jurídica es
tres-ciento uno-seis nueve cinco dos siete siete.—San José, veinticuatro de
noviembre del dos mil diecisiete.—Licda. Lourdes Rojas Martínez, Notaria.—1
vez.—( IN2017194074 ).
Por escritura otorgada en mi notaría, a las
catorce horas del veinte de noviembre de dos mil diecisiete, se protocolizó
acta de la asamblea general extraordinaria de socios de la empresa B&B Abogados Sociedad Anónima. Se nombra nuevo tesorero y se modifica la
cláusula segunda de los estatutos El domicilio nuevo será: provincia de San
José, cantón Curridabat, distrito Granadilla, de la Mitsubishi, Veinsa, cien
metros sur y cincuenta metros oeste, tercera casa a mano izquierda.—San José,
veinte de noviembre del 2017.—Licda. Ana Lourdes Gólcher González, Notaria.—1
vez.—( IN2017194075 ).
Ante el notario Rafael Elías Madrigal Brenes,
por escritura doscientos cuarenta, de las quince horas del veintitrés de
noviembre del dos mil diecisiete, la sociedad Generación
Comercial Savalisa, Sociedad de Responsabilidad Limitada, cédula jurídica tres-ciento
dos-seiscientos cincuenta y un mil cuarenta y nueve; modifica las cláusulas
primera y tercera del pacto social.—Lic. Rafael Elías Madrigal Brenes,
Notario.—1 vez.—( IN2017194076 ).
Por escritura otorgada ante esta notaría, a
las ocho del día veinticuatro de noviembre del dos mil diecisiete, escritura
número noventa y ocho, compareciendo el cien por ciento del capital social y
libre voluntad de la socia, solicita la reactivación de forma voluntaria la
sociedad de la empresa San Charbel Maklouf Sociedad
Anónima, cédula
jurídica número tres-ciento uno-doscientos sesenta y un mil quinientos
cincuenta y ocho, presidente y apoderada generalísima sin límite de suma, la
señora María de los Ángeles Maklouf Maklouf. Es todo.—San José, veinticuatro de
noviembre del dos mil diecisiete.—Licda. Ileana María Arguedas Maklouf,
Notaria.—1 vez.—( IN2017194077 ).
Por escritura otorgada ante esta notaría, a
las ocho horas del día uno de noviembre del año dos mil diecisiete, escritura
número noventa y dos se protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de
accionistas número dos, se reformó cláusula primera, cambio de domicilio social
de la empresa Importaciones Guzmán Rojas Sociedad Anónima, cédula jurídica número
tres-ciento uno uno seis ocho cinco siete tres. Presidente y apoderado generalísimo
sin límite de suma, el señor Boyan Huang. Es todo.—San José, primero de
noviembre del dos mil diecisiete.—Ileana María Arguedas Maklouf, Notaria.—1
vez.—( IN2017194078 ).
Se convoca a asamblea general extraordinaria
de la sociedad Ganadera La Soledad Sociedad Anónima, a realizarse en Vainilla de
Paquera de Puntarenas, un kilómetro al norte de la escuela, el día 28 de
diciembre del 2017. La primera convocatoria a las 14:00 horas y la segunda
convocatoria a las 15:00 horas. Los asuntos a tratar son: Punto uno:
Modificación de la cláusula sexta de la administración. Punto dos: Nombramiento
de vicepresidente.—Puntarenas, 23 de noviembre del 2017.—(Firma ilegible),
Presidente.—1 vez.—( IN2017194084 ).
El suscrito notario Jorge Julián Ortega
Volio, carné número 15401, hace constar que mediante escritura número setenta y
cinco-once, de las siete horas del día veintiuno de noviembre del año dos mil
diecisiete, protocoliza acta de la sociedad OB
Group International Sociedad Anónima, cédula jurídica 3-101-704365, modifica
domicilio.—Santa Ana, veintiuno de noviembre del dos mil diecisiete.—Lic. Jorge
Julián Ortega Volio, Notario.—1 vez.—( IN2017194085 ).
En esta notaría se protocoliza el acta de
disolución de la sociedad denominada Comercial
Tang y Kong Sociedad Anónima, cédula jurídica tres-ciento uno-cuatro cinco nueve cinco siete
ocho.—San José, 20 de noviembre del 2017.—Licda. Marianela Angulo Tam,
Notaria.—1 vez.—( IN2017194089 ).
Los suscritos, Cristiana María Rodríguez
Fernández, mayor, casada una vez, licenciada en terapia física, vecina de San
José, Curridabat, Guayabos, Urbanización San Ángel, Condominio del Roble, casa
número veintisiete, cédula número uno-mil nueve-doscientos noventa y nueve, y
Antonio José Rodríguez Fernández, mayor, casado por segunda vez, administrador
de negocios, cédula número uno-setecientos noventa-cuatrocientos noventa y dos,
vecino de San José, San Pedro de Montes de Oca, contiguo costado norte del
Instituto de Alcoholismo y Farmacodependencia, por medio del presente edicto informan
que, como cuotistas titulares de más del cincuenta y un por ciento de las
cuotas que representan la totalidad del capital social de Espumas de Brillo Rojo Sociedad de Responsabilidad Limitada, cédula jurídica número
tres-ciento dos-cuatrocientos cuarenta y dos mil cuatrocientos ochenta y tres,
comparecerán, dentro del plazo de ley, ante notaría pública a efecto de otorgar
escritura pública mediante la cual se solicita al Registro de Personas
Jurídicas del Registro Nacional, el cese de la disolución de la sociedad al
amparo de lo dispuesto en el transitorio segundo de la Ley de Personas
Jurídicas N° 9428 de 21 de marzo del 2017, y su reforma.—San José, a las nueve
horas del veintitrés de noviembre del dos mil diecisiete. Cristiana Rodríguez
Fernández, Antonio José Rodríguez Fernández.—Lic. Luis Fernando Hernández
Madrigal, Notario.—1 vez.—( IN2017194090 ).
Yo, Juan Carlos González Lavergne, notario
público de San José, mediante escritura pública se protocolizó el acta número
diez de asamblea general extraordinaria donde se acuerda la disolución de la
sociedad Open Card S. A. Carné 5012.—San José, veintidós de noviembre
del dos mil diecisiete.—Lic. Juan Carlos González Lavergne, Notario.—1 vez.—(
IN2017194092 ).
Por escritura número cuatrocientos cuatro-cinco
otorgada ante esta notaría, a las catorce horas del veintitrés de noviembre del
dos mil, diecisiete, por acuerdo de socios, se conviene disolver la sociedad
anónima denominada Roselake Inc. Sociedad
Anónima.
Presidente Rafael Camacho Alpízar.—Lic. Leonel Cruz Valverde, Notario.—1 vez.—(
IN2017194093 ).
Yo, Carlos Francisco Montero Pereira, cédula
Nº 1-0602-0271, en mi condición de dueño absoluto de la totalidad del capital
social de la persona jurídica: Agropecuaria Las Abras de San
Rodrigo Seiscientos Dos S. A., cédula jurídica Nº 3-101-331583, solicito al Registro Mercantil, el
cese de la disolución de la compañía que motivó la Ley Nº 9024.—San José, 23 de
noviembre del 2017.—Carlos Francisco Montero Pereira.—1 vez.—( IN2017194095 ).
El día veinticuatro de noviembre del año dos
mil diecisiete, se otorgó escritura mediante la cual se protocoliza acta de la
sociedad Auto Colores de Occidente Ltda., cambiándose un
gerente.—Palmares, veinticuatro de noviembre del año dos mil diecisiete.—Lic.
Edgar Solorzano Vega, Notario.—1 vez.—( IN2017194096 ).
La sociedad Los
Jardines del Norte de
San Isidro Sociedad Anónima, cédula jurídica número
tres-ciento uno-quinientos noventa y cinco mil ochocientos veinticuatro,
anuncia que reestructura junta directiva y órgano fiscal , haciendo los
siguientes nombramientos presidenta María Rafaela de Los Ángeles García
Barquero, cédula de identidad número cuatro-cero ochenta y seis-doscientos
veintiséis, Tesorero se Alexis Villalobos Chacón, cédula de identidad número
cuatro-cero cero setenta y nueve-cero cuatrocientos noventa y seis. En el
Órgano Fiscal se nombra a Eric Gerardo Ballestero Miranda, cédula de identidad
número uno-cero setecientos veinte-cero setecientos cincuenta y tres.—San
Isidro de Heredia, veinticuatro de noviembre del dos mil diecisiete.—Licda.
Gabriela Oviedo Vargas, Notaria.—1 vez.—( IN2017194097 ).
Por escritura otorgada hoy ante esta notaría,
se protocoliza acta de asamblea general de la empresa Quintanar de La Garita Plata Número Veintiséis Sociedad Anónima, con cédula jurídica número
tres-ciento uno-cuatrocientos cincuenta y un mil ocho, por medio de la cual se
acuerda de forma unánime por el sesenta y seis por ciento del capital social de
la compañía reactivar el estatus jurídico de la sociedad de conformidad con lo
establecido en el transitorio segundo de la ley número nueve mil cuatrocientos
veintiocho, reformado a su vez por la ley número nueve mil cuatrocientos
ochenta y cinco y, por consiguiente, se solicita al Registro Nacional el cese
de la disolución de la sociedad.—San José, veintitrés de noviembre del dos mil
diecisiete.—Rita María Calvo González.—1 vez.—( IN2017194106 ).
Por escritura otorgada hoy ante esta notaría,
se protocoliza acta de asamblea general de la empresa Quintanar de la Garita Rosado Número Cuatro Sociedad Anónima, con cédula jurídica número
tres-ciento uno-trescientos noventa y cuatro mil ciento veintidós, por medio de
la cual se acuerda de forma unánime por el cien por ciento del capital social
de la compañía reactivar el estatus jurídico de la sociedad de conformidad con
lo establecido en el transitorio segundo de la ley número nueve mil
cuatrocientos veintiocho, reformado a su vez por la ley número nueve mil
cuatrocientos ochenta y cinco y, por consiguiente, se solicita al Registro
Nacional el cese de la disolución de la sociedad.—San José, trece de noviembre
del dos mil diecisiete.—Rita María Calvo González.—1 vez.—( IN2017194107 ).
Por escritura número ciento dos, otorgada en
la ciudad de San José, a las catorce horas del veintitrés de noviembre del año
dos mil diecisiete, mediante la cual se dispuso solicitar el cese de la
disolución de la sociedad denominada: Las
Pavas de Llano Grande Sociedad Anónima, con cédula jurídica número tres-ciento
uno-doscientos veintiséis mil cuatrocientos treinta y seis, domiciliada en San
José, de acuerdo con lo establecido en el Transitorio II de la ley número nueve
mil cuatrocientos veintiocho.—San José, diez de noviembre del año dos mil
catorce.—Licda. Ligia María González Leiva, Notaria.—1 vez.—( IN2017194108 ).
Por escritura pública otorgada en mi notaría,
a las dieciséis horas del dieciocho de noviembre del dos mil diecisiete, se
presentó: Luis Ramón Bedoya Monge, cédula: dos-doscientos ochenta y
cinco-doscientos sesenta y cuatro, como titular de más del cincuenta y un por
ciento de las acciones que representan la totalidad del capital social de: Cerámicas Hispano Azul S. A., cédula jurídica: tres-ciento uno-doscientos
veintisiete mil noventa y uno a efecto de solicitarle al registro de personas
jurídicas del registro nacional, el cese de la disolución de la sociedad al
amparo de lo dispuesto en el Transitorio II de la Ley de Impuesto a las
Personas Jurídicas número: nueve mil cuatrocientos veintiocho, y su
reforma.—Lic. José Adrián Vargas Solís, Notario.—1 vez.—( IN2017194110 ).
Se protocoliza acta mediante escritura de las
trece horas del veintiocho de enero del año dos mil diecisiete, de la sociedad Vista Feroni Sociedad Anónima, cédula jurídica tres-ciento
uno-cuatrocientos sesenta y cuatro mil ciento cuarenta y seis, se reforma
clausula segunda del domicilio, siendo ahora el mismo en Guachipilín de Escazú;
cien metros al sur, del distrito cuatro, Plaza Top Xteriors, local cinco.—San
José, 15 de noviembre del 2017.—Lic. Javier Clot Barrientos, Notario.—1 vez.—(
IN2017194111 ).
Tronadora Sociedad Anónima, de
conformidad con la Ley 9428 solicita el cese de la disolución de la
sociedad.—Lic. Tomás Arturo Batalla Esquivel.—1 vez.—( IN2017194125 ).
Por escritura 206-5
otorgada ante esta notaría al ser las 07:30 del 27 de noviembre del 2017, se
protocoliza acta de asamblea de Tres- Ciento Dos- Seiscientos Cinco Mil Treinta y Tres
S.R.L., donde se acuerda su disolución.—San José, 27
de noviembre del 2017.—Licda. Andrea Ovares López, Notaria Pública.—1 vez.—(
IN2017194129 ).
Mediante escritura
otorgada ante la suscrita notaria a las 8:00 horas del 23 de noviembre de 2017,
la señora Andrea Corinne Borel Borel, solicita el cese de la disolución de la
sociedad Desarrollos
CCAS Tres Sociedad Anónima, a fin de que la misma
quede con la condición jurídica en que se encontraba antes de su disolución,
con los efectos retroactivos que ello conlleva.—San José, 24 de noviembre de
2017.—Licda. Ivannia Zúñiga Vidal, Notaria Publica.—( IN2017194130 ).
Por escritura número
73 de las 17:00 horas del 15 de noviembre del 2017, protocolicé el acta de
asamblea general extraordinaria de socios de la entidad Familia Aguilar
Rojas Sociedad Anónima en la que por unanimidad de
todos los socios de la empresa se determinó disolver la sociedad.—San José, 16
de noviembre del 2017.—Lic. Francisco J. Venegas Avilés, Notario.—1 vez.—(
IN2017194132 ).
A las doce horas de
hoy, protocolicé acta de asamblea general ordinaria y extraordinaria de socios
de Consultoría
y Construcción Electromecánica S. A., cédula jurídica
Nº 3-101-039420, mediante la cual se acordé disolver y liquidar la sociedad.
Notificaciones brichmesegue@gmail.com.—San José, 24 de noviembre del
2017.—Licda. María Montserrat Brich Mesegué, Notaria Pública.—1 vez.—(
IN2017194136 ).
Se hace del conocimiento solicitud de cese de
disolución de sociedad: Potron Veinte
B de CCRR Sociedad Anónima, cédula jurídica número: tres-ciento uno-trescientos ochenta y nueve
mil ochocientos ochenta y siete, conforme a la ley número nueve mil cuatrocientos
ochenta y cinco.—Liberia, dieciocho de noviembre del dos mil diecisiete.—Licda.
Ana María Rivas Quesada, Notaria.—1 vez.—( IN2017194161 ).
Por escritura número noventa y cuatro-once,
otorgada ante esta notaría, a las 18:00 horas del día veintitrés de noviembre
del 2017, se protocolizo acta de asamblea general extraordinaria de accionistas
de la sociedad Tlaloc J
& J Sociedad Anónima, mediante la cual se revocaron y realizaron nuevos
nombramientos.—Licda. Lilliam Boza Guzmán, Notaria.—1 vez.—( IN2017194163 ).
La sociedad denominada: Tres-Uno Cero Uno-Seiscientos Ochenta Mil Ochocientos Veintidós
Sociedad Anónima,
cédula jurídica número uno-tres cero uno-seiscientos ochenta mil ochocientos
veintidós sociedad anónima, domiciliada en Alajuela, San Carlos, Ciudad
Quesada, costado sur de la Escuela Juan Chaves Rojas, por medio de la asamblea
extraordinaria de socios, número tres, procede a modificar la cláusula octava:
quedando de la siguiente manera: Cláusula octava: de la administración: los
negocios serán administrados por una junta directiva formada por tres miembros,
socios o no, quienes serán presidente, secretario, y tesorero. La
representación judicial extrajudicial de la sociedad corresponde al presidente,
quien podrá actuar con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma.
El presidente podrá sustituir su mandato en todo o en parte en otro u otros
miembros de la junta directiva, reservándose o no su ejercicio, revocar,
sustituciones que hiciere y hacer otros de nuevo. Tomaran quórum dos de sus
miembros y en caso de empate decide el presidente con doble voto. La junta
directiva se reunirá ordinariamente una vez al año y extraordinariamente cuando
la convoque el presidente o el secretario. Las sesiones se celebran en el
domicilio de la compañía y los acuerdos se tomarán por simple mayoría. Los
miembros de la junta directiva durarán en sus cargos por todo el plazo social y
podrán ser o no socios. Teléfono: 88-42-70-75.—Ciudad Quesada, San Carlos, 23
de noviembre del 2017.—Lic. Lenis Morales Castro, Notario Público.—1 vez.—(
IN2017194168 ).
Ante esta notaría, se constituyó la entidad
jurídica: CB Media Sociedad de Responsabilidad Limitada.—Heredia, 20 de noviembre del
2017.—Licda. Patricia Benavides Chaverri, Notaria Pública.—1 vez.—(
IN2017194188 ).
Por escritura otorgada a las ocho horas del
veintiuno de noviembre del dos mil diecisiete, número cuarenta y cinco-dos, se
acordó solicitar ante el Registro Público, el cese de disolución de la
sociedad: Hermanos Arguedas Guzmán S. A., cédula jurídica Nº
3-101-0281560, de acuerdo al transitorio II de Ley Nº 9428.—Licda. Sonia María
Ugalde Hidalgo, Notaria.—1 vez.—( IN2017194189 ).
Por escritura otorgada a las siete horas del
veintisiete de noviembre del dos mil diecisiete, se protocolizó acta de
asamblea general extraordinaria en la que se acuerda la disolución y
liquidación de la sociedad: Tres-Ciento Uno-Seiscientos
Quince Mil Cuatrocientos Treinta y Nueve, cédula jurídica número tres-ciento
uno-seiscientos quince mil cuatrocientos treinta y nueve.—San José, veintisiete
de noviembre del dos mil diecisiete.—Licda. Alexa Rodríguez Salas, Notaria.—1
vez.—( IN2017194190 ).
Ante mi notaría, mediante la escritura número
veinticinco de las diez horas del veintidós de noviembre del dos mil
diecisiete, se protocolizó el acta número cinco de la sociedad: C.G.C. Consultores Globales Corporativos S. A., se reforma la cláusula
segunda, del domicilio del pacto constitutivo.—San José, 22 de noviembre del
2017.—MSc. José Rafael Vargas Zúñiga, Notario.—1 vez.—( IN2017194191 ).
Ante mi notaría, mediante la escritura número
veintiséis de las doce horas del veintidós de noviembre del dos mil diecisiete,
se protocolizó el acta número cuatro de la sociedad: Bokare de Costa Rica S. A., se reforman las cláusulas: segunda, del
domicilio y la sexta, de la administración, del pacto constitutivo.—San José,
22 de noviembre del 2017.—MSc. José Rafael Vargas Zúñiga, Abogado y Notario.—1
vez.—( IN2017194192 ).
Por escritura número veintinueve-tres,
otorgada ante Mónica Dobles Elizondo y Alberto Sáenz Roesch, actuando en el
protocolo del primero, a las ocho horas del veintitrés de noviembre del dos mil
diecisiete, donde se acuerda revocar los nombramientos actuales de junta
directiva y realizar nuevos nombramientos, modificar el domicilio de la
sociedad y nombrar agente residente correspondiente a la sociedad: Colonial P Uno Dos D S. A.—San José, 27 de noviembre del 2017.—Lic.
Alberto Sáenz Roesch, Conotario.—1 vez.—( IN2017194193 ).
Al ser las nueve horas del veintidós de
noviembre del dos mil diecisiete, se protocolizó ante esta notaria acta de
asamblea extraordinaria de socios de la Asociación
de Comercializadores de Llantas y Recauchadores, mediante la cual se modifica la cláusula
segunda y la décima quinta del pacto social.—San José, 22 de noviembre del
2017.—Licda. Ivannia Esquivel Carrillo, Notaria.—1 vez.—( IN2017194194 ).
El suscrito Carlos Mauricio Solano Araya,
mayor de edad, casado una vez, empresario, vecino de Cartago centro, con cédula
de identidad número tres-cero doscientos cuarenta y uno-cero doscientos ochenta
y cinco, por medio del presente edicto informa que, como titular de más del
cincuenta y un por ciento de las acciones que representan la totalidad del
capital social de Supercolor de Cartago
Sociedad Anónima,
cédula jurídica número 3-101-88057, comparecerá, dentro del plazo de ley, ante
notaría pública a efecto de otorgar escritura pública mediante la cual se
solicita al Registro de Personas Jurídicas del Registro Nacional, el cese de la
disolución de la sociedad al amparo de lo dispuesto en el transitorio segundo
de la Ley de Personas Jurídicas N° 9428 de 21 de marzo del 2017, y su reforma.
Publíquese una vez en el Diario Oficial La
Gaceta.—San José,
21 de noviembre del 2017.—Lic. Carlos Mauricio Solano Araya, Notario.—1 vez.—(
IN2017194198 ).
El suscrito Carlos Mauricio Solano Araya,
mayor de edad, casado una vez, empresario, vecino de Cartago Centro, con cédula
de identidad número tres-cero doscientos cuarenta y uno-cero doscientos ochenta
y cinco, por medio del presente edicto informa que, como titular de más del
cincuenta y un por ciento de las acciones que representan la totalidad del
capital social de Jugomanía Sociedad Anónima, cédula jurídica N°
3-101-191860, comparecerá, dentro del plazo de ley, ante notaria pública a
efecto de otorgar escritura pública mediante la cual se solicita al Registro de
Personas Jurídicas del Registro Nacional, el cese de la disolución de la
sociedad al amparo de lo dispuesto en el transitorio segundo de la Ley de
Personas Jurídicas N° 9428 de 21 de marzo del 2017, y su reforma Publíquese una
vez en el Diario Oficial La Gaceta.—San José, 21 de noviembre de
2017.—Lic. Carlos Mauricio Solano Araya, Notario.—1 vez.—( IN2017194199 ).
El suscrito Carlos Mauricio Solano Araya,
mayor de edad, casado una vez, empresario, vecino de Cartago Centro, con cédula
de identidad número tres-cero doscientos cuarenta y uno-cero doscientos ochenta
y cinco, por medio del presente edicto informa que, como titular de más del
cincuenta y un por ciento de las acciones que representan la totalidad del
capital social de Soros y Mas Sociedad Anónima, cédula jurídica número
3-101-263015, comparecerá, dentro del plazo de ley, ante notaría pública a
efecto de otorgar escritura pública mediante la cual se solicita al Registro de
Personas Jurídicas del Registro Nacional, el cese de la disolución de la
sociedad al amparo de lo dispuesto en el transitorio segundo de la Ley de
Personas Jurídicas número 9428 de 21 de marzo del 2017, y su reforma.
Publíquese una vez en el Diario Oficial La
Gaceta.—San
José, 21 de noviembre de 2017.—Lic. Carlos Mauricio Solano Araya, Notario.—1
vez.—( IN2017194200 ).
Por escritura otorgada ante esta notaría, a
las 8:00 horas del día 17 de noviembre del dos mil diecisiete, se protocoliza
acta de asamblea general extraordinaria de socios de la sociedad 3-101-604131 S. A., por la cual no existiendo activos ni pasivos se acuerda la
disolución de la sociedad.—San José, diecisiete de noviembre del 2017.—Lic.
Carlos Alberto Guardia Gutiérrez, Notario.—1 vez.—( IN2017194204 ).
Yo, Sebastián David Vargas Roldan, hago
constar que el día de hoy he protocolizado en mi notaria, acta de asamblea de
cuotistas de las siguientes sociedades i) Mundava
Limitada, ii) Grupo Rivati & Asociados Limitada; iii) Armana
Limitada; iv) Mitrita Limitada, donde se acordó su disolución de las mismas. Es todo.—San José, 27
de noviembre del 2017.—Lic. Sebastián David Vargas Roldán, Notario.—1 vez.—(
IN2017194206 ).
Que mediante escritura de las 8:00 horas de
hoy, se modificó la administración y domicilio de Kagua
Irazú S. A.—San
José, 22 de noviembre del 2017.—Lic. Alexander Chacón Porras, Notario.—1 vez.—(
IN2017194214 ).
Por escritura número ciento treinta otorgada
en esta notaría al ser las 8:00 horas del 22 de noviembre de 2017, se
protocolizó el acta número tres de asamblea ordinaria y extraordinaria de
accionistas de la compañía Inversiones Vista India de
Centroamérica Dos Mil Dos Sociedad Anónima, cédula de persona jurídica número
3-101-312887, mediante la cual se disuelve esta mercantil. Misma fecha.—Lic.
José Luis Lee Chino, Notario.—1 vez.—( IN2017194216 ).
Por escritura otorgada ante esta notaría, a
las 14:00 horas del 24 de noviembre del 2017, protocolicé acta de asamblea
general extraordinaria de socios de Condominio
Bosque Dorado Cristóbal S. A., mediante la cual se reforman la cláusula segunda, del domicilio
social y la cláusula octava de la administración.—San José, 24 de noviembre del
2017.—Licda. Melba Pastor Pacheco, Notaria.—1 vez.—( IN2017194218 ).
Por escritura pública otorgada ante mi
notaría, se protocoliza asamblea de socios de la sociedad Nosara Verde PWB Sociedad de Responsabilidad Limitada, con cédula número tres-ciento
dos-quinientos veintidós mil setecientos trece, se solicita al Registro
Mercantil del Registro Nacional dejar si efectos la disolución de dicha
sociedad. Es todo.—San José, a las ocho horas del día veintisiete de noviembre
del dos mil diecisiete.—Lic. Mario Alberto Vargas Arias, Notario.—1 vez.—(
IN2017194223 ).
Ante esta notaría, por escritura otorgada a
las doce horas treinta minutos del día veinticuatro de noviembre del dos mil
diecisiete, donde se protocolizan acuerdos de acta de asamblea de socios de la
sociedad denominada Gradeo de San Antonio S. A. Donde se acuerda modificar la
cláusula referente a la representación de la compañía.—San José, veinticuatro
de noviembre del dos mil diecisiete.—Licda. Magally María Guadamuz García,
Notaria.—1 vez.—( IN2017194225 ).
Que por escritura otorgada ante esta notaria,
a las doce horas del seis de octubre del dos mil diecisiete. Se procede a
realizar el convenio de fusión por el sistema de absorción de la sociedad The Money Maker S. A., con las sociedades Torres Alella Cinco A Amunt
S. A. y Ake Mensajes Virtuales S. A., prevaleciendo la primera.—San José, 06 de
noviembre del 2017.—Lic. Hans Van der Laat Robles, Notario.—1 vez.—(
IN2017194227 ).
Que, por escritura otorgada ante esta
notaria, a las quince horas del primero de noviembre del dos mil diecisiete. Se
procede a realizar el convenio de fusión por el sistema de absorción de la
sociedad Tres-Ciento Uno-Cuatro Ocho Cero Cuatro Cero Ocho S.
A., con las
sociedades Torres Aella Tres a Advis S. A. y Corporación
BL Ciento Sesenta y Uno de Santa Ana S. A., prevaleciendo la primera.—San José, 06 de
noviembre del 2017.—Lic. Hans Van der Laat Robles, Notario.—1 vez.—(
IN2017194228 ).
Por escritura número ciento cuarenta y
seis-diecisiete, otorgada ante esta notaría, notarios Juan Manuel Godoy Pérez y
Rolando Laclé Castro, a las catorce horas del 21 de noviembre del 2017, se
protocoliza el acta de asamblea extraordinaria de cuotistas de la sociedad Jalitia S.R.L., cédula de persona jurídica N° 3-102-735409; mediante la cual se
reforma la cláusula novena: “De la Representación”, del pacto social.—San José,
veintiuno de noviembre de dos mil diecisiete.—Lic. Juan Manuel Godoy Pérez,
Notario.—1 vez.—( IN2017194236 ).
Que, ante esta notaria, en escritura número
ciento cincuenta y tres, otorgada al ser las diecinueve horas del día
veinticinco de noviembre del dos mil diecisiete, se modificó las cláusulas
quinta y octava de la sociedad de esta plaza denominada Nacaissy Sociedad Anónima. Cédula jurídica tres-ciento uno-uno dos
cuatro dos uno cuatro.—San José, veinticinco de noviembre del dos mil
diecisiete.—Licda. Ana Cristina Mata Colombari, Notaria.—1 vez.—( IN2017194242
).
Que ante esta notaria, en escritura número
ciento cincuenta y dos, otorgada al ser las dieciocho horas del día veinticinco
de noviembre de dos mil diecisiete, se revocó el nombramiento de los miembros
de la junta directiva y se nombró otros y se modificó la cláusula octava de la
sociedad de esta plaza denominada Panorama
Dorado CJM Sociedad Anónima, cédula jurídica tres-ciento uno-dos cuatro siete tres tres dos.—San
José, veinticinco de noviembre de dos mil diecisiete.—Licda. Ana Cristina Mata
Colombari, Notaria.—1 vez.—( IN2017194243 ).
Que ante esta notaria, en escritura número
ciento cincuenta y uno, otorgada al ser las diecisiete horas del día
veinticinco de noviembre de dos mil diecisiete, se modificó la cláusula octava
de la sociedad y se revoca los nombramientos de la junta directiva y se nombran
nuevos de la sociedad Playa Azul Treinta y Ocho
Carmin OC Sociedad Anónima, cedula jurídica tres-ciento uno-tres cero uno ocho ocho tres.— San
José, veinticinco de noviembre de dos mil diecisiete—Licda. Ana Cristina Mata
Colombari, Notaria.—1 vez.—( IN2017194247 ).
Por escritura otorgada en esta notaría a las
7:00 horas del 7 de noviembre del 2017, se reforma pacto constitutivo en cuanto
domicilio social y representación de M.N.R. Manoro
de Palmares S. A.—Lic.
Olga María Rivera Monge, Notaria.—1 vez.—( IN2017194249 ).
Mediante escritura pública otorgada en esta
notaria de las ocho horas del dos de octubre del dos mil diecisiete, se acuerda
disolver y liquidar la sociedad de esta plaza RRAY
Sociedad Anónima,
con cédula de persona jurídica 3-101-128026.—Heredia, cuatro de noviembre del
dos mil diecisiete.—Licda. Vilma Cordero Benavides, Notaria.—1 vez.—(
IN2017194252 ).
Mediante escritura pública otorgada ante mi
notaría, en Ciudad Colón, Cantón de Mora, a las once horas del día veinticuatro
de noviembre del dos mil diecisiete, se nombra nuevo tesorero en la junta
directiva de la sociedad denominada Enrique
Alpízar y Sucesores Sociedad Anónima, con cédula de persona jurídica número
tres-ciento uno-doscientos cuarenta y cinco mil ochocientos tres, y se reforma
adicionalmente la representación de esta sociedad. Firmo en Ciudad Colón, Cantón
de Mora, a las quince horas del día veinticuatro de noviembre del dos mil
diecisiete.—Lic. José Aurelio Aguilar Sandí, Notario.—1 vez.—( IN2017194255 ).
Por escritura número dieciocho-treinta y dos
otorgada ante esta notaria, a las diez horas del veintidós de noviembre de dos
mil diecisiete, se protocolizó el acta de la asamblea general extraordinaria de
accionistas en la que se modifica la cláusula: estima: Administración, de la
sociedad denominada Inversiones del Río Sociedad
Anónima cédula
de persona jurídica número tres-ciento uno-cero treinta y tres mil ciento
veintinueve.—San José, veinticuatro de noviembre de dos mil diecisiete.—Lic.
Gustavo Adolfo Sauma Fernández, Notario.—1 vez.—( IN2017194256 ).
Por escritura número diecisiete-treinta y dos
otorgada ante esta notaria, a las nueve horas del veintidós de noviembre de dos
mil diecisiete, se protocolizó el acta de la asamblea general extraordinaria de
accionistas en la que se modifica la cláusula: Novena: Administración, de la
sociedad denominada Agrícola Industrial La Lydia
Sociedad Anónima
cédula de persona jurídica número tres-ciento uno-cero quince mil seiscientos
treinta y cinco.—San José, veinticuatro de noviembre de dos mil
diecisiete.—Lic. Gustavo Adolfo Sauma Fernández, Notario.—1 vez.—( IN2017194257
).
Por escritura número diecinueve-treinta y
dos, otorgada ante esta notaría, a las diez horas del veinticuatro de noviembre
de dos mil diecisiete, se protocolizó el acta de la asamblea general
extraordinaria de accionistas en la que se modifica la cláusula: Segunda,
domicilio social; de la sociedad denominada cincuenta
y cinco noventa y cinco, sociedad anónima, cédula de persona jurídica número
tres-ciento uno-ciento setenta y dos mil novecientos cincuenta y cinco.—San
José, veinticuatro de noviembre de dos mil diecisiete.—Lic. Gustavo Adolfo
Sauma Fernández, Notario.—1 vez.—( IN2017194258 ).
Ante esta notaria se tramita la liquidación
de la sociedad Tres-Ciento Uno-Cinco Ocho Siete Seis Cuatro Cero Sociedad
Anónima, cédula
tres-ciento uno-cinco ocho siete seis cuatro cero en la escritura ciento ocho
de las ocho horas del veintiuno de noviembre del dos mil diecisiete.—Licda.
Norma Sheyla Sotela Leiva, Notaria.—1 vez.—( IN2017194260 ).
A las 8:00 horas de hoy protocolice asamblea
general extraordinaria de socios número DIF7 de la sociedad E.G.E. y Asociados Ingeniertos Estructurales S. A., en la cual se acuerda disolver
la sociedad de conformidad con el artículo doscientos uno, inciso d del Código
de Comercio.—San José, veintisiete de noviembre del dos mil diecisiete.—Lic.
Álvaro Camacho Mejía, Notario.—1 vez.—( IN2017194261 ).
Los suscritos Joseph Bechtold Pent Post,
mayor, casado una vez, administrador, con cédula de identidad uno-seis cinco
uno-cero tres ocho, vecino de San José, Escazú y Loreta Jayne Pent, de un solo
apellido en razón de nacionalidad estadounidense, casada una vez, del hogar,
vecina de la misma dirección que el anterior, con pasaporte de su país 20061911,
por medio del presente edicto informa que, como titulares del cien por ciento
de las acciones que representan la totalidad del capital social de Compañía de Desarrollo J L S. A., cédula jurídica tres-ciento uno- 292329,
comparecerá dentro del plazo de ley, ante notaría pública a efecto de otorgar
escritura pública mediante la cual se solicita al Registro de Personas
Jurídicas del Registro Nacional, el cese de la disolución de la sociedad al
amparo de lo dispuesto en el transitorio segundo de la Ley de Personas
Jurídicas N° 9428 de 21 de marzo del 2017, y su reforma publíquese una
vez.—Grecia, a las diez horas y veinte minutos del 23 de noviembre del
2017.—Joseph Bechtold Pent Post.—Loreta Jayne Pent.—1 vez.—( IN2017194263 ).
El suscrito notario, Marco Antonio Jiménez
Carmiol, informa que, por escritura otorgada ante el suscrito notario en San
José, a las diez horas del catorce de noviembre del dos mil diecisiete, la
sociedad Arquitecto Hugo Guzmán & asociados Sociedad
Anónima, acordó
la disolución de la misma.—San José, 14 de noviembre del 2017.—Lic. Marco
Antonio Jiménez Carmiol, Notario.—1 vez.—( IN2017194264 ).
Que por escritura otorgada el día
veinticuatro de noviembre ante esta notaría se protocolizaron los acuerdos de
asambleas generales extraordinarias de accionistas de las sociedades: (i) Monod S. A., cédula de persona jurídica número tres-ciento uno-ciento veintiséis
mil trescientos treinta y seis, y (ii) Ecobella
Limitada,
cédula de persona jurídica número tres-ciento dos-noventa y cuatro mil ciento
ochenta y cuatro, en los cuales acordaron fusionarse prevaleciendo la sociedad Ecobella Limitada, asimismo se modifica la cláusula del pacto social de Ecobella Limitada, en virtud del aumento de capital, consecuencia a la fisión
anteriormente referida. Escritura otorgada a las nueve horas del veinticuatro
de noviembre del dos mil diecisiete.—Licda. Cinzia Víquez Renda, Notaria.—1
vez.—( IN2017194265 ).
Por escritura N° 235 otorgada en mi notaría,
a las diez horas del siete de noviembre del 2017, se acuerda disolver la
sociedad Comercializadora de Celulares Alroa Sociedad Anónima, cédula jurídica N°
3-101-434562.—San José, veintidós de noviembre del 2017.—Licda. Maureen Meneses
Castro, Notaria.—1 vez.—( IN2017194266 ).
Ante mí, Adriana Varela Solís, notaria
pública de San José, se constituido la sociedad Labcare
Int Sociedad Anónima. Presidente Jimy Alberto Bolaños Mena.—San José, trece de setiembre
del dos mil diecisiete.—Licda. Adriana Varela Solís, Notaria.—1 vez.—(
IN2017194267 ).
Ante esta notaría, por acta de asamblea
general extraordinaria de socios de la entidad de esta plaza denominada Familia Arroces y Flor Sociedad Anónima, cédula jurídica tres-ciento uno-cinco seis
cuatro tres seis cero, celebrada el día trece de octubre de dos mil diecisiete y
protocolizada mediante escritura cincuenta y cuatro, de conformidad al artículo
201 inc. d) del Código de Comercio se acordó la disolución de dicha sociedad.
Se avisa de la disolución para efectos de derechos de interesados, por el plazo
de ley. Es todo.—San José, 27 de noviembre del 2017.—Licda. María de los
Ángeles Cordero Díaz, Notaria.—1 vez.—( IN2017194268 ).
Protocolización de acuerdos de asamblea
ordinaria y extraordinaria de accionistas de la sociedad Lupeca S. A., en la cual se reforma la cláusula sexta de la administración.
Escritura número ochenta y seis-cinco, otorgada en San José, ante la Notaria
Pública Fabiola Soler Bonilla, a las ocho horas del veintitrés de noviembre de
dos mil diecisiete, visible al folio setenta y tres frente del tomo quinto de
su protocolo.—Licda. Fabiola Soler Bonilla, Notaria.—1 vez.—( IN2017194269 ).
Protocolización de acta de asamblea general
ordinaria y extraordinaria de accionistas de Tessuto
Sociedad Anónima,
cédula jurídica tres-ciento uno-trescientos cuarenta y cuatro mil novecientos
diecisiete, en la cual se acordó disolver la sociedad. Escritura número ciento
cincuenta y seis, otorgada en San José, ante el notario público Alejandro
Pignataro Madrigal, a las dieciséis horas del veinticuatro de noviembre de dos
mil diecisiete, visible al folio ciento setenta vuelto del tomo quince de su
protocolo.—Lic. Alejandro Pignataro Madrigal, Notario.—1 vez.—( IN2017194270 )
El suscrito, Mauricio Arce Lara, cédula
1-0771-0285, actuando en mi condición de propietario del cien por ciento del
capital social de la sociedad Caballos de Andalucía S. A., cédula jurídica 3-101-573633,
con sustento en lo dispuesto por la Ley N° 9485, mediante la cual se reforma el
Transitorio II de la Ley N° 9428 de Impuesto a las Personas Jurídicas, procedo
por este medio a: i) Dejar constancia expresa que se han cancelado todas las
sumas adeudadas por concepto de la Ley N° 9024 para esta sociedad, y ii) Hacer
la publicación de ley a efectos de proceder oportunamente con la solicitud ante
el Registro Nacional, respecto al cese de la disolución de la sociedad
referida. Es todo.—San José, nueve de noviembre del 2017.—Mauricio Arce Lara,
Propietario.—1 vez.—( IN2017194271 ).
Por escritura otorgada a las once horas del
veinticuatro de noviembre del dos mil diecisiete, protocolicé acta de asamblea
general de accionistas de Marina del Lago Sociedad
Anónima, cédula
de persona jurídica tres-ciento uno-trescientos setenta y nueve mil seiscientos
uno, por la que se reforma la cláusula sétima en cuanto la administración de la
sociedad, de los estatutos de constitución.—San José, veinticuatro de noviembre
del dos mil diecisiete.—Lic. Fernando Mora Oreamuno, Notario.—1 vez.—(
IN2017194273 ).
Mediante escritura otorgada ante el suscrito
notario, a las ocho horas del veinticuatro de noviembre del dos mil diecisiete
se protocolizó asamblea general extraordinaria de Inversiones
Agrícolas Río La Suerte Sociedad Anónima, cédula de persona jurídica número tres-uno
cero uno-cinco siete ocho cero cero cuatro, modificando el pacto constitutivo,
en cuanto domicilio y la y la Administración.—San José, 24 de noviembre del
2017.—Lic. Tomás Esquivel Cerdas, Notario.—1 vez.—( IN2017194277 ).
Ante esta notaría, los socios representativos
de más del cincuenta y un por ciento de las acciones que representan la
totalidad del capital social de Tres-Ciento Uno-Quinientos
Treinta Mil Cuatrocientos Cuarenta y Dos Sociedad Anónima, cédula jurídica tres-ciento
uno-quinientos treinta mil cuatrocientos cuarenta y dos, comparecieron dentro
del plazo de ley, a efecto de otorgar escritura pública mediante la cual se
solicita al Registro de Personas Jurídicas del Registro Nacional, el cese de la
disolución de la sociedad al amparo de lo dispuesto en el transitorio segundo
de la Ley de Personas Jurídicas número 9428 de 21 de marzo del 2017, y su
reforma. Carné 6716.—Moravia, veintitrés de noviembre del dos mil
diecisiete.—Lic. Óscar Mora Vargas, Notario.—1 vez.—( IN2017194278 ).
La suscrita Notaria Pública, Lic. Laura
Cristina Zúñiga Mora, hace constar que el señor Walter Ramsés Solano Sánchez,
mayor, en unión de hecho, ingeniero en sistemas, vecino de Residencial Vistas
del Sol Nº 11B, Barrio La Carpintera, Ulloa, Heredia, portador de la cédula de
identidad número 1-1062-0229, por medio del presente edicto informa que, como
titular de más del cincuenta y un por ciento de las acciones que representan la
totalidad del capital social de Anbros Beach UF ABL Sociedad
Anónima, cédula
jurídica número 3-101-448457 comparecerá, dentro del plazo de ley, ante esta
notaría pública a efecto de otorgar escritura pública mediante la cual se
solicitará al Registro de Personas Jurídicas del Registro Nacional el cese de
la disolución de la sociedad al amparo de lo dispuesto en el transitorio
segundo de la Ley de Personas Jurídicas número 9428 de 21 de marzo del 2017 y
su reforma.—San José, a las 9 horas del día 27 de noviembre del 2017.—Licda.
Laura Cristina Zúñiga Mora, Notaria.—1 vez.—( IN2017194288 ).
Por escritura otorgada ante mí, a las 10:00
horas del 13 de noviembre del 2017 se solicitó la reactivación de Apartamento Siete C Sociedad Anónima a efecto de cesar su disolución ante el
Registro de Personas Jurídicas.—Lic. Ignacio Herrero Knöhr, Notario.—1 vez.—(
IN2017194294 ).
Por escritura otorgada ante mí, a las 14:00
horas del 31 de octubre del 2017 se solicitó la reactivación de Rodríguez y Porras Sociedad Anónima a efecto de cesar su disolución ante el
Registro de Personas Jurídicas.—Lic. Ignacio Herrero Knöhr, Notario.—1 vez.—(
IN2017194295 ).
Mediante escritura otorgada el día de hoy, en
mi notaría, se reformaron las cláusulas segunda del domicilio y quinta para
aumentar el capital social, del pacto social de la sociedad Purdy Auto S. A.—San José, diez de noviembre del dos mil diecisiete.—Lic. Ana Lucía
Espinoza Blanco, Notaria.—1 vez.—( IN2017194298 ).
El
Fruto del Esfuerzo, Sociedad Anónima, cédula jurídica 3-101-204087, María del
Rocío Fernández Segovia, mayor, cédula de identidad número 1-0340-0578, en mi
condición de propietaria del cien por ciento del capital social de la compañía,
acogida al transitorio II de la Ley número nueve mil cuatrocientos veintiocho,
solicitaré el cese de la disolución de dicha sociedad.—San José, Jacó, 18 de
noviembre del 2017.—(Firma Ilegible).—1 vez.—( IN2017194300 ).
Ante este notario, mediante escritura número
uno de las diez horas del veintitrés de noviembre de dos mil diecisiete, se
solicitó el cese de la disolución de la sociedad Tres-Ciento
Uno-Cuatrocientos Ochenta y Tres
Mil Ciento Cuarenta y Cinco S. A., cédula jurídica tres-ciento uno-cuatrocientos ochenta y tres mil
ciento cuarenta y cinco. Es todo.—San José, veinticuatro de noviembre del dos
mil diecisiete.—Lic. Néstor Eduardo Solís Bonilla, Notario.—1 vez.—(
IN2017194307 ).
Ante este notario, mediante escritura número
cien de las diez horas del ocho de noviembre del dos mil diecisiete se acordó
la reforma de representación, de la sociedad Corporación
Delfos de La Unión
S. A., cédula jurídica tres-ciento uno-tres ocho cero dos cero seis. Es
todo.—San José, ocho horas del veintisiete noviembre del dos mil
diecisiete.—Licda. Lisa María Bejarano Valverde, Notaria.—1 vez.—( IN2017194308
).
La suscrita, Cecilia Cruz Ramírez, quien es
mayor de edad, soltera, ingeniera, vecina de San José, Escazú, seiscientos
metros al norte de la terminal de Buses de San Antonio, con cédula de identidad
número seis-cero doscientos once-cero cuatrocientos ochenta y cuatro, por medio
del presente edicto informa que, como titular y apoderada de más del cincuenta
y un por ciento de las acciones que representan la totalidad del capital social
de Felis Onca S. A., cédula jurídica número tres-ciento uno-ciento noventa y
ocho mil cuatrocientos noventa y uno comparecerá, dentro del plazo de ley, ante
una notaría pública a efecto de otorgar escritura pública mediante la cual se
solicita al Registro de Personas Jurídicas del Registro Nacional, el cese de la
disolución de la sociedad al amparo de lo dispuesto en el transitorio segundo
de la Ley de Personas Jurídicas número 9428 de 21 de marzo del 2017 y su
reforma.—San José, a las ocho horas del veintidós de noviembre del dos mil
diecisiete.—Cecilia Cruz Ramírez.—1 vez.—( IN2017194320 ).
Por escritura número ciento ochenta-tres
otorgada ante el Lic. Luis Alejandro Chacón Alvarado, se solicitaron cambios en
nombramientos de junta directiva de la sociedad Inversiones
Cea sociedad anónima, cédula jurídica 3-101-016734.—San José, 27 de noviembre del
2017.—Lic. Luis Alejandro Chacón Alvarado, Notario.—1 vez.—( IN2017194321 ).
Hoy he protocolizado las actas de la compañía
Pelo de Ajo de Virginia Sociedad Anónima, en la cual se transforma a
sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, veintisiete de noviembre del
dos mil diecisiete.—Lic. Fernando Alonso Castro Esquivel, Notario.—1 vez.—(
IN2017194328 ).
Que mediante asamblea general extraordinaria
de las diez horas del día veinticuatro de noviembre del dos mil diecisiete, se
acordó el cese de disolución por acuerdo de socios de conformidad con lo
establecido en el transitorio II de la Ley 9428 la sociedad denominada Calera Alfa Sociedad Anonima, cédula de persona jurídica número tres-
ciento uno-trescientos cincuenta y cinco mil cuatrocientos noventa y uno.—Lic.
Ólger Alejandro Brenes Brenes, Notario.—1 vez.—( IN2017194334 ).
Yo, Alessandro (nombre) Cavaletti (apellido)
de único apellido en razón de su nacionalidad italiana, mayor, soltero,
empresario, con domicilio en Guanacaste, Santa Cruz, Tamarindo, del
Supermercado Dos mil uno, cincuenta metros al este, portador de la cédula de
residencia costarricense número 138000119504, en su condición de único socio de
la sociedad, denominada: Green Land Colinas Sociedad
Anónima, con
número de cédula jurídica 3-101-605879, domiciliada en la provincia de San
José, cantón noveno Santa Ana, distrito tercero Pozos, exactamente en Oficentro
Momentum, segundo piso, oficina cuarenta y nueve, en virtud de que la sociedad
fue disuelta por la aplicación de la ley nueve mil veinticuatro, solicito el
cese de la disolución de dicha sociedad.—Tamarindo, 10 de noviembre del
2017.—Alessandro Cavaletti.—1 vez.—( IN2017194336 ).
El suscrito Rafael Chaves Lara, mayor, casado
dos veces, consultor aduanero, cedula dos cero cinco cero siete cero nueve dos
dos, vecino de Alajuela, Tacacorí, calle Unión Norte, ultima casa, por medio
del presente edicto informa que, como titular de más del cincuenta y un por
ciento de las acciones que representan la totalidad del capital social de Representaciones y Consultoría Chaves Sociedad Anónima, cédula jurídica número 3-101-269514,
comparecerá, dentro del plazo de ley, ante notaría pública a efecto de otorgar
escritura pública mediante la cual se solicita al Registro de Personas
Jurídicas del Registro Nacional, el cese de la disolución de la sociedad al
amparo de lo dispuesto en el transitorio segundo de la Ley de Personas
Jurídicas número 9428 de 21 de marzo del 2017, y su reforma. Publíquese una vez
en el Diario Oficial La Gaceta. Lugar y fecha.—San José, a las
12 horas y 30 minutos del 27 del mes de noviembre del año 2017.—Firma
ilegible.—1 vez.—( IN2017194338 ).
El suscrito Luis Fernando Castro Ramírez,
mayor de edad, casado en primeras nupcias, albañil, vecino de la provincia de
Heredia, Santo Domingo, San Miguel, novecientos metros al este de la Iglesia El
Carmen, portador de la cédula de identidad número cuatro-cero ciento treinta y
siete-cero ciento setenta y tres, declaro que soy dueño del cien por ciento del
capital social de la sociedad disuelta por Ley Número nueve mil veinticuatro,
Impuesto a las Personas Jurídicas, de veintitrés de diciembre de dos mil once,
sociedad denominada Familia Castro Ramírez FCR S.
A., con cédula
jurídica tres-ciento uno-cuatrocientos ochenta mil cuatrocientos cuarenta y
siete, con personería e inscripción que estuvieron vigentes bajo la cédula
jurídica tres-ciento uno- cuatrocientos ochenta mil cuatrocientos cuarenta y
siete. Asimismo, manifiesto que, compareceré dentro del plazo de ley ante esta
notaría a efecto de otorgar escritura pública mediante la cual se solicitará al
Registro de Personas Jurídicas del Registro Nacional el cese de la disolución
de la sociedad, y que dicha persona jurídica quede en la misma condición
jurídica en que ostentaba antes de su disolución.—San José, veinticuatro de
noviembre de dos mil diecisiete.—Lic. Soledad Bustos Chaves, Notaria.—1 vez.—(
IN2017194340 ).
Ante esta notaría el día 24 de noviembre del
2017 se protocolizó la solicitud de reactivación de sociedad Bosques de Portobello S. A.—San José, 24 de noviembre del 2017.—Lic.
David Rivera Villegas, Notario.—1 vez.—( IN2017194341 ).
En escritura otorgada ante mí, protocolice el
acta de la asamblea general extraordinaria de accionistas celebrada por tres- ciento dos-seiscientos setenta y siete mil trescientos noventa y
nueve s.a., con
cédula jurídica tres-ciento dos-seiscientos setenta y siete mil trescientos
noventa y nueve, en la cual se modifica la cláusula de la administración de los
estatutos.—Heredia, veintisiete de noviembre del dos mil diecisiete.—Lic. Hazel
Sancho González, Notaria.—1 vez.—( IN2017194343 ).
El suscrito notario, Eddy José Pérez Jiménez,
a las dieciséis horas del veinte de noviembre del año dos mil diecisiete,
protocolizo el acta extraordinaria de socios de la sociedad denominada Three Orange Point Sociedad Anónima, cédula jurídica número tres-ciento
uno-seiscientos un mil sesenta y tres modificándose el artículo octava de la
junta directiva. Es todo.—Heredia, veinte de noviembre del dos mil
diecisiete.—Lic. Eddy José Pérez Jiménez, Notario.—1 vez.—( IN2017194347 ).
Los suscritos Christopher Bonilla Rodríguez,
mayor de edad, mercadólogo, casado, portador
de la cédula de identidad número 1-817-174 y Renata
Halina Czerska, de un solo apellido en razón de su nacionalidad polaca, mayor
de edad, mercadóloga, casada portadora de la cédula de residencia número
161600001921, ambos vecinos de Heredia, San Francisco, Condominio Los Sauces,
casa número veinte B por medio del presente edicto informan que, como titulares
del cien por ciento de las acciones de Hacienda
El Boulevar Numero Catorce Dirb Sociedad Anónima, cédula jurídica 3-101-442202, comparecerán,
dentro del plazo de ley, ante notaría pública a efecto de otorgar escritura
pública mediante la cual se solicita al Registro de Personas Jurídicas del
Registro Nacional, el cese de la disolución de la sociedad al amparo de lo
dispuesto en el transitorio segundo de la Ley de Personas Jurídicas número 9428
de 21 de marzo del 2017, y su reforma.—San José, a las 11 horas y del 27 del
mes de noviembre del 2017.—Firmas ilegibles.—1 vez.—( IN2017194348 ).
El suscrito notario hace constar que, por
escritura otorgada ante mí, a las catorce horas del trece de noviembre del dos
mil diecisiete, se disolvió la sociedad denominada Numbers Accounting And Financial Services Sociedad Anónima. Es todo.—San José, veintisiete
de noviembre del dos mil diecisiete.—Lic. Roberto Esquivel Cerdas, Notario.—1
vez.—( IN2017194352 ).
El suscrito Roberto Alpízar González, cédula
de identidad número: uno-mil ochenta y ocho-ciento setenta y nueve, mayor,
casado una vez, comerciante, vecino de Alajuela, La Guácima doscientos metros
al norte de la entrada de Ciudad Hacienda Los Reyes calle los Encinos y
Karolina Alpízar González, cédula número: cuatro-ciento ochenta y
tres-doscientos setenta y seis, casa una vez, arquitecta, vecina de Alajuela,
La Guácima Arriba, ciento cincuenta metros noroeste del Rancho Español, por
medio del presente edicto informa que, como titular de más del cincuenta y un
por ciento de las acciones que representan la totalidad del capital social de Posada de Lupita Sociedad Anónima, cédula jurídica número tres-ciento uno-dos
cero cuatro ocho cuatro cinco, comparecerá, dentro del plazo de ley, ante
notaría pública a efecto de otorgar escritura pública mediante la cual se solicita
al Registro de Personas Jurídicas del Registro Nacional, el cese de la
disolución de la sociedad al amparo de lo dispuesto en el transitorio segundo
de la Ley de Personas Jurídicas número 9428 de 21 de marzo del 2017, y su
reforma. Publíquese una vez en el Diario Oficial La
Gaceta. Lugar y
fecha: Heredia, a las diez horas y treinta minutos del veinte del mes de
noviembre del dos mil diecisiete.—Roberto Alpízar González.—Karolina Alpízar
González.—1 vez.—( IN2017194356 ).
El suscrito, Rodrigo Alberto Lara Rivera,
costarricense, mayor de edad, casado una vez, ingeniero civil, vecino de San
José, Moravia, Los Colegios, del Colegio Nuestra Señora de Sion seiscientos
metros oeste y cincuenta metros norte, por medio del presente edicto informo;
que en mi condición de propietario de la totalidad de las acciones (sea titular
del ciento por ciento) que representan el capital social de la sociedad
mercantil denominada Constructora Lara y Asociados
Sociedad Anónima,
cédula jurídica número tres-ciento uno-trescientos cuarenta y seis mil
doscientos noventa y ocho, compareceré dentro del plazo de ley ante notario
público, para otorgar escritura pública en la que se solicitará al Registro de
Personas Jurídicas del Registro Público, el cese de la disolución de la sociedad
antes indicada, según lo dispuesto en el transitorio segundo de la Ley de
Impuesto a las Personas Jurídicas número nueve mil cuatrocientos veintiocho y
su reforma. Publíquese una vez.—San José, veintitrés de noviembre del dos mil
diecisiete.—Rodrigo Alberto Lara Rivera.—1 vez.—( IN2017194360 ).
El suscrito, Juan Gabriel Araya Brenes,
costarricense, mayor de edad, divorciado tres veces, empresario, vecino de San
José, Curridabat, Guayabos, Urbanización San Ángel, Apartamentos Málaga número
dos, por medio del presente edicto informo; que en mi condición de propietario
de la totalidad de las acciones (sea titular del ciento por ciento) que
representan el capital social de la sociedad mercantil denominada Asics Turs Sociedad Anónima, cédula jurídica número tres-ciento
uno-ciento ocho mil doscientos ochenta y nueve, compareceré dentro del plazo de
ley ante notario público, para otorgar escritura pública en la que se
solicitará al Registro de Personas Jurídicas del Registro Público, el cese de
la disolución de la sociedad antes indicada, según lo dispuesto en el
transitorio segundo de la Ley de Impuesto a las Personas Jurídicas número nueve
mil cuatrocientos veintiocho y su reforma. Publíquese una vez.—San José,
veintitrés de noviembre del dos mil diecisiete.—Juan Gabriel Araya Brenes.—1
vez.—( IN2017194364 ).
La suscrita, Luis Ángel Carrillo Henchoz,
mayor, casado una vez, empresario, portador de la cédula de identidad número
uno-trescientos setenta y siete-trescientos cuarenta y cinco; y a la señora Ana
Elvia Zamora Jiménez, mayor, casada una vez, de oficios del hogar, con cédula
de identidad número dos-doscientos treinta y nueve-cero doscientos sesenta y
seis, ambos convivientes y vecinos de Guadalupe, Goicoechea, por medio del
presente edicto informa que como titulares del cien por ciento de las cuotas
que representan la totalidad del capital social de Mercadeo Directo S.R.L., con cédula jurídica número tres-ciento dos-treinta mil novecientos
cuatro, comparecerá dentro del plazo de ley ante notario público a efecto de
otorgar escritura pública mediante la cual se solicita al Registro de Personas
Jurídicas del Registro Nacional, el cese de la disolución de dicha sociedad, al
amparo de lo dispuesto por el transitorio segundo de la ley de Personas Jurídicas
número 9428 del 21 de marzo del 2017 y su reforma. Publíquese una vez en el
Diario Oficial La Gaceta. Es todo.—San Vicente de Moravia, a las diez
horas sin minutos del 24 de noviembre del 2017.—Luís Ángel Carrillo
Henchoz.—Ana Elvia Zamora Jiménez.—1 vez.—( IN2017194365 ).
La suscrita, Rocío Ballestero Alfaro, quien
es mayor, casada una vez, periodista, vecina de San Francisco de Dos Ríos,
portadora de la cédula de identidad número uno-setecientos setenta y seis-cero
treinta y uno, por medio del presente edicto informa que como titular del
cincuenta y uno por ciento de las acciones que representan la totalidad del
capital social de Casa Carbal S. A., con cédula jurídica número
tres-ciento uno-ciento noventa y cuatro mil seiscientos veintiocho, comparecerá
dentro del plazo de ley ante notario público a efecto de otorgar escritura
pública mediante la cual se solicita al Registro de Personas Jurídicas del
Registro Nacional, el cese de la disolución de dicha sociedad, al amparo de lo
dispuesto por el transitorio segundo de la ley de Personas Jurídicas número
9428 del 21 de marzo del 2017 y su reforma. Publíquese una vez en el Diario
Oficial La Gaceta. Es todo.—San Vicente de Moravia, a las diez
horas sin minutos del 24 de noviembre de 2017.—Rocío Ballestero Alfaro.—Lic.
Carlos E. Brilla Ferrer, Notario.—1 vez.—(IN2017194367 ).
Por escritura número trescientos trece-dos,
el compareciente Anthonny Horacio Castro, en calidad de socio de la sociedad Casanwod Sociedad Anónima, con cédula jurídica tres-ciento uno-quinientos
noventa y cuatro mil setecientos diecisiete, solicita al Registro Mercantil
reactivar dicha sociedad que fue disuelta con base en la ley nueve mil
cuatrocientos veintiocho. Presidente. Anthonny Horacio Castro.—Tres Ríos,
veintisiete de noviembre del dos mil diecisiete.—Licda. Elsa María Vásquez
Calderón, Notaria.—1 vez.—( IN2017194368 ).
Por escritura otorgada ante esta notaria, a
las 14:00 horas del 15 de noviembre del 2017, se procede a protocolizar acta de
socios de la sociedad West Ham QKS Inversiones
Sociedad Anónima,
se acuerda modificar cláusula segunda del domicilio social, cláusula
administración; y se renombra presidente y secretario de la junta directiva. Es
todo.—San José, quince de noviembre del dos mil diecisiete.—Lic. Francisco
Arturo Arias Mena, Notario.—1 vez.—( IN2017194369 ).
Por escritura otorgada ante esta notaria, a
las 18:00 horas del 13 de noviembre del 2017, se procede a protocolizar acta de
socios de la sociedad Inversiones Vargas Amaya
Sociedad Anónima,
se acuerda modificar cláusula segunda del domicilio social, cláusula
administración; y se renombra presidente y secretario de la junta directiva. Es
todo.—San José, trece de noviembre del dos mil diecisiete.—Lic. Francisco
Arturo Arias Mena, Notario.—1 vez.—( IN2017194370 ).
Mediante escritura N° 179 del tomo 21 del
notario Arturo Méndez Jiménez, otorgada a las ocho horas del 21 de noviembre
del 2017; se estableció por acuerdo de socios, de conformidad con el artículo
doscientos uno, inciso d) del Código de Comercio, disolver la sociedad: Rojas Salazar Constructora Limitada, cédula jurídica N° 3-102-251938.—San Vito
de Coto Brus, 21 de noviembre del 2017.—Licdo. Arturo Méndez Jiménez,
Notario.—1 vez.—( IN2017194373 ).
Por escritura otorgada ante esta notaría, a
las 11:00 horas del 27 de noviembre 2017, protocolicé el acta de asamblea
general de socios de Elarish Consulting S. A. 3-101-284666, la cual acordó
liquidar la compañía.—San José, 27 de noviembre del 2017.—Lic. Dan Alberto
Hidalgo Hidalgo, Notario.—1 vez.—( IN2017194374 ).
Por medio de la escritura número veinte,
otorgada a las diecisiete horas del día veintidós de noviembre del dos mil
diecisiete, se acordó solicitar el cese de disolución de la sociedad denominada
IVI Consultores Informáticos S. A., cédula jurídica: 3-101-103956,
de conformidad con el transitorio II de la Ley N° 9428.—Licda. Karys González
Solano, Notaria.—1 vez.—( IN201194376 ).
Ante este notario mediante escritura número:
quinientos veintiuno, del tomo cincuenta y tres del catorce de octubre de dos
mil diecisiete, se disuelve la sociedad Darycid
Hermanos Sociedad Anónima. Es todo.—Cartago, veintisiete de noviembre del dos mil
diecisiete.—Lic. José Ángel Piedra Vargas, Notario.—1 vez.—( IN2017194377 ).
Mediante escritura número ciento treinta y
cuatro otorgada ante mí a las once horas del veinte de noviembre del dos mil
diecisiete, se acordó la fusión de las sociedades Pabeber
S. A., cédula
jurídica tres-ciento uno-setenta y nueve mil ciento sesenta y tres; Plaza Garibaldi S. A., cédula jurídica tres-ciento uno-cuarenta y seis mil cuatrocientos
setenta y cuatro, y Condominios Tropicana S. A., cédula jurídica tres-ciento
uno-noventa y cuatro mil
ochocientos veintisiete; prevaleciendo la sociedad Pabeber S. A.—San José, veinte de noviembre del dos mil diecisiete.—Lic. Arturo
Enrique Apéstegui Barzuna, Notario.—1 vez.—( IN2017194380 ).
Por escritura otorgada ante esta notaría, a
las doce horas del día veintisiete de noviembre del dos mil diecisiete, se
protocoliza acta de asamblea general extraordinaria de socios de la sociedad Carga Internacional de Costa Rica Sociedad Anónima, mediante la cual se reforma la
cláusula referente a la administración, otorgando la representación judicial y
extra judicial únicamente al presidente.—Heredia, veintisiete de noviembre del
dos mil diecisiete.—Lic. María Lidiette Acuña, Notaria.—1 vez.—( IN2017194381
).
Mediante asamblea general extraordinaria del
cuatro de noviembre de dos mil diecisiete de Corporación
Daya Paraíso S.R.L.
se acordó modificar la cláusula sexta del estatuto social, variando la cantidad
de gerentes a uno solo.—Licda. María del Milagro Arguedas Delgado, Notaria.—1
vez.—( IN2017194385 ).
Para los efectos legales pertinentes, la
sociedad: Las Torres A Catorce Verdes de La Esmeralda Sociedad
Anónima,
publica este edicto, por haber cancelado el impuesto a las sociedades anónimas,
en que estaba en mora, por lo que solicita al Registro de Personas Jurídicas su
reactivación.—Orotina. 23 de noviembre del año 2017.—Gerardo Otilio Córdoba
Núñez, Presidente.—Lic. Thais Melissa Hernández Vargas, Notaria.—1 vez.—(
IN2017194388 ).
El presente edicto se publica, en orden de la
normativa para habilitar a La sociedad Quinta
Gracia a Dios Sociedad Anónima, representada por su presidente, María Elena Bolaños León e inscrita
en el Registro de Personas Jurídicas tres-ciento uno dos seis siete dos siete
cuatro, del Registro Nacional, en virtud de haberse cancelado el impuesto
sociedades anónimas.—Orotina, 27 de noviembre del 2017.—María Elena Bolaños León.—Lic.
Thais Melissa Hernández Vargas, Notaria.—1 vez.—( IN2017194389 ).
Por escritura número cuatrocientos noventa y
nueve, iniciada al folio ciento sesenta y tres frente del Tomo tercero de mi
Protocolo, otorgada a las dieciocho horas del veinticuatro de noviembre del dos
mil diecisiete, se protocoliza el acta número siete de la sociedad Transportes Unidos Mejor Organizados T.U.M.O
S. A., donde se
revoca nombramiento de junta directiva.—Alajuela, veinticuatro de noviembre del
dos mil diecisiete.—Lic. Guillermo Jiménez Chacón, Notario.—1 vez.—(
IN2017194391 ).
El suscrito, José Antonio Calderón Sandino,
cédula uno-novecientos dos-cero veinte; por medio del presente edicto informa
que, como titular de más del cincuenta y un por ciento de las acciones que
representan la totalidad del capital social de Calderon
Arquitectos Sociedad Anónima, cedula jurídica tres-ciento uno-cuatrocientos setenta y
dos-ochocientos noventa, comparecerá, dentro del plazo de ley, ante notaría
pública a efecto de otorgar escritura pública mediante la cual se solicita al
Registro de Personas Jurídicas del Registro Nacional, el cese de la disolución
de la sociedad al amparo de lo dispuesto en el transitorio segundo de la Ley de
Personas Jurídicas N° 9428 de 21 de marzo del 2017, y su reforma. Publíquese
una vez en el Diario Oficial La Gaceta.—San José, veintisiete de
noviembre del año dos mil diecisiete.—José Antonio Calderón Sandino.—1 vez.—(
IN2017194392 ).
Yo, Marlene Francis Mora Segura, notaría
pública, mediante escritura N° 47 bis, del tomo uno de mi protocolo,
protocolicé acta número cinco, de Torre
Marina Roa S. A.,
en la que se nombra tesorera: Ana Gabriela Vargas Morales y fiscal: María José
Vargas Morales.—San José, 21 de noviembre del 2017.—Licda. Marlene Francis Mora
Segura, Notaria.—1 vez.—( IN2017194397 ).
Por escritura otorgada ante la suscrita
notaria, se protocolizan acuerdos por virtud de la cual se modifica la cláusula
del objeto de la sociedad ODJ Importadora y Servicios
S. A. Escritura
otorgada en la ciudad de San José, a las 19:00 horas del 19 de noviembre de
2017.—Licda. Margarita Odio Rohrmoser, Notaria.—1 vez.—( IN2017194398 ).
Por escritura pública N° 298-10, otorgada a
las 10:00 horas del 24 de noviembre del 2017, se protocoliza acta número siete
de la sociedad denominada Servicios de Nutrición y
Salud S. A.,
cédula jurídica N° 3-101-102493, mediante la cual se acuerda disolver la
sociedad sin más trámites.—Lic. Adrián Antonio Brenes Bonilla, Notario.—1
vez.—( IN2017194410 ).
La empresa Bianfiore
S. A., cedula jurídica
N° 3-101-289523, con domicilio real en Guápiles, Pococí, Limón, quinientos
metros al norte y cien metros al este de Oficinas del INS, está solicitando al
Registro de Personas jurídicas el cese de la disolución ordenada en aplicación
de la Ley nueve mil veinticuatro.—Lic. Marcos Fernández Herrera, Notario
Público.—1 vez.—( IN2017194417 ).
Ante esta notaria, se ha protocolizado el
acta de asamblea general extraordinaria de cuotistas de la sociedad 3-102-503725 S.R.L., cédula jurídica N° 3-102-503725, en la que se reforma la cláusula
tercera, sexta y sétima del acta constitutiva y se nombra nueva junta directiva
y agente residente.—Limón, Puerto Viejo, 27 de noviembre del 2017.—Licda. Liza
Bertarioni Castillo, Notaria.—1 vez.—( IN2017194421 ).
Ante esta notaría, la compañía Villa Diez Finca El Cedro Amargo Cobrizo Corozalito Sociedad Anónima, cédula de persona jurídica
número tres-ciento uno-cuatrocientos dieciocho mil novecientos sesenta, inició
el trámite de cese de la disolución de la sociedad antes descrita y solicitud
al Registro Público, a efecto de que dicha persona jurídica quede en la misma
condición jurídica en que se encontraba antes de su disolución, con los efectos
retroactivos que ello conlleva.—Jicaral, veintiuno de noviembre del dos mil
diecisiete.—Lic. Carlos Fernando Cubero Rojas, Notario.—1 vez.—( IN2017194425
).
Ante esta notaría, la compañía Villa Trece Finca El Almendro Solido Tamuja Menuda Corozalito Sociedad
Anónima, cédula
de persona jurídica número tres-ciento uno-cuatrocientos dieciséis mil
cuatrocientos dieciséis, inició el trámite de cese de la disolución de la
sociedad antes descrita y solicitud al Registro Público, a efecto de que dicha
persona jurídica quede en la misma condición jurídica en que se encontraba
antes de su disolución, con los efectos retroactivos que ello
conlleva.—Jicaral, veintiuno de noviembre del dos mil diecisiete.—Lic. Carlos
Fernando Cubero Rojas, Notario.—1 vez.—( IN2017194426 ).
Ante esta notaría, la compañía Villa Cinco Finca El Pochote Espinozo Sin Hojas Corozalito Sociedad
Anónima, cédula
de persona jurídica número tres-ciento uno-cuatrocientos dieciséis mil
setecientos cuarenta y tres, inició el trámite de cese de la disolución de la
sociedad antes descrita y solicitud al Registro Público, a efecto de que dicha
persona jurídica quede en la misma condición jurídica en que se encontraba
antes de su disolución, con los efectos retroactivos que ello
conlleva.—Jicaral, veintiuno de noviembre del dos mil diecisiete.—Lic. Carlos
Fernando Cubero Rojas, Notario.—1 vez.—( IN2017194427 ).
Ante esta notaria, comparece María Laura
Camacho Saenz a fin de solicitar la cancelación de la sociedad M.L.C.S. Salud y Estética Dental S. A., cedula jurídica número tres ciento uno
cinco cuatro ocho tres cinco nueve ante el Registro Nacional.—Tres de noviembre
del dos mil diecisiete.—Licda. Floria Segreda Sagot, Notaria.—1 vez.—(
IN2017194429 ).
El suscrito Rodrigo Obando Piedra, cédula de
identidad, cédula de identidad 3-248-412, en representación de entidades
titulares del ochenta por ciento de las cuotas del capital social de Corporación Cafetalera La Meseta S. A. cédula jurídica 3-101-83091, en virtud de
haber cancelado el Impuesto de las Personas Jurídicas y de conformidad con la
reforma del Transitorio II de la Ley N° 9428; solicito al Registro Nacional el
cese de su disolución, con los efectos retroactivos correspondientes.—San José,
16 de noviembre del 2017.—Lic. Rodrigo Obando Piedra, Notario.—1 vez.—(
IN2017194431 ).
Por escritura otorgada ante esta notaría, a
las nueve horas del veintitrés de noviembre del dos mil diecisiete, se
protocoliza el acta de la asamblea general extraordinaria de la sociedad Tecnología Táctil Sociedad de Responsabilidad Limitada, se modifica la cláusula cuarta
del plazo del pacto constitutivo.—San José, 23 de noviembre del 2017.—Licda.
Nancy Tattiana Zúñiga Oses, Notaria.—1 vez.—( IN2017194435 ).
Por escritura otorgada ante esta notaria a
las catorce horas del veintitrés de noviembre del dos mil diecisiete, se
protocoliza el acta de la asamblea general extraordinaria de la sociedad Maribeca de Alajuela Sociedad Anónima, se modifica la cláusula sexta de la
administración del pacto constitutivo.—San José, 23 de noviembre del
2017.—Licda. Nancy Tattiana Zúñiga Oses, Notaria.—1 vez.—( IN2017194436 ).
Por escritura otorgada ante esta notaría a
las ocho horas treinta minutos del veintitrés de noviembre del dos mil
diecisiete, se protocoliza el acta de la asamblea general extraordinaria de la
sociedad Darfio Desarrolladores Sociedad de Responsabilidad
Limitada, se
modifica la cláusula cuarta del plazo del pacto constitutivo.—San José, 23 de
noviembre del 2017.—Licda. Nancy Tattiana Zúñiga Oses, Notaria.—1 vez.—(
IN2017194437 ).
Ante esta notaría, la compañía Distribuidora de Alimentos La Josefina Sociedad Anónima, cédula de persona Jurídica
tres- ciento uno-seiscientos treinta y dos mil setecientos ochenta y dos,
inició la reforma de la cláusula quinta del pacto constitutivo para que la
misma diga: “El capital social suscrito y pagado de la sociedad, lo es por la
suma de doce acciones representados por doce acciones comunes y nominativos de
mil colones cada una las cuales serán firmadas por el presidente y secretario
de la junta directiva. El capital social se encuentra, íntegramente suscrito y
pagado de la siguiente forma: ... el pago en numerario de dichas acciones fue
realizado mediante letras de cambio debidamente firmadas por cada socio y
depositadas a la orden de la misma sociedad ante el presidente de la junta
directiva. Se emplaza a quienes estén interesados, para que dentro del término
legal se apersone a hacer oposiciones a dicho cambio.—Jicaral, veinticuatro de
noviembre del dos mil diecisiete.—Lic. Carlos Fernando Cubero Rojas, Notario.—1
vez.—( IN2017194440 ).
Ante esta notaría, por escritura otorgada a
las dieciocho horas treinta minutos del día dieciséis de noviembre del año dos
mil diecisiete, se protocolizan acuerdos de asamblea general extraordinaria de
accionistas de la sociedad: Long Blue Beach L B B
Sociedad Anónima,
cédula jurídica número tres-ciento uno-quinientos noventa mil cuatrocientos
cuarenta y cuatro, donde se acuerda la disolución de la sociedad.—San José, 23
de noviembre del 2017.—Licenciada Mariela Céspedes Cruz, Notaria.—1 vez.—(
IN2017194442 ).
JUSTICIA Y PAZ
JUNTA
ADMINISTRATIVA DEL REGISTRO NACIONAL
REGISTRO DE LA PROPIEDAD INDUSTRIAL
Documento
admitido traslado al titular
PUBLICACIÓN
DE SEGUNDA VEZ
T-110331. Ref:
30/2017/21254. Prosegur S. A. Documento: cancelación por falta de uso (Presentada
por Prosegur Compañ). Nro. y fecha: anotación/2-110331 de 07/03/2017.
Expediente: 1900-6757500 Registro Nº 67575 Prosegur S. A. en clase 49 Marea
Denominativa.—Registro de la Propiedad Industrial, a las 14:15:54 del 24 de
mayo de 2017.
Conoce este Registro, la solicitud de cancelación por falta de uso, promovida por Aaron Montero Sequeira, en calidad de
apoderado especial de Prosegur Compañía de Seguridad S. A., contra el registro
del nombre comercial Prosegur
S. A., registro Nº 67575, inscrito el 23 de marzo de
1987, la cual protege: un establecimiento comercial dedicado al transporte
en vehículos blindados o no, de toda clase de valores y dinero, pago de
planillas, custodia de documentos y otros servicios afines. Ubicado en Paseo
Colón, diagonal al Edificio del Banco Anglo Costarricense, San José., propiedad de Remigio, S. de .R.L. de CV., domiciliada en avenida
Desierto de Los Leones N 52, subanclal, Colonia San Ángel, C.P. 01000,
Delegación Álvaro Obregón, México D.F. Conforme a lo previsto en los artículos
39 de la Ley de Marcas y otros Signos Distintivos, y los artículos 48 y 49 del
Reglamento a la Ley de Marcas y Otros Signos Distintivos, Decreto Ejecutivo Nº
30233-J; se procede a trasladar la solicitud de cancelación por falta de uso
al titular citado, para que en el plazo de un mes contados a partir del día hábil siguiente de la presente notificación,
proceda a pronunciarse respecto a la misma y demuestre su mejor derecho,
aportando al efecto las pruebas que estime convenientes, tomar en cuenta que es el titular del signo a quien le corresponde
demostrar con prueba contundente el uso del signo, para lo cual se comunica
que el expediente se encuentra a disposición de las partes en este Registro,
asimismo en el expediente constan las copias de ley de la acción para el
titular del signo. Se les previene a las partes el señalamiento de lugar o
medio para recibir notificaciones y se advierte al titular que de no indicarlo,
o si el medio escogido imposibilitare la notificación por causas ajenas al
despacho, o bien, si el lugar señalado permaneciere cenado, fuere impreciso,
incierto o inexistente, quedará notificado de las resoluciones posteriores con
sólo que transcurran veinticuatro
horas después de dictadas, conforme lo dispone los
artículos 11 y 34 de la Ley de Notificaciones, Ley N° 8687. A manera de
excepción y en caso de que esta resolución sea notificada mediante publicación
en el Diario Oficial La
Gaceta, sin que medie apersonamiento del titular al
proceso con el respectivo aporte del medio o lugar para recibir notificaciones,
se aplicará lo dispuesto en los artículos 239, 241 incisos 2, 3 y 4 y 242 de la
Ley General de la Administración Pública. Se le señala al titular del
signo, que las
pruebas que aporte deben ser presentadas en documento original o copia
certificada (haciéndose acompañar la traducción necesaria y la legalización o
apostillado correspondiente, según sea el caso), lo anterior conforme al
artículo 294 de 1 Ley General de Administración Pública. Notifíquese.—Tomás
Montenegro Montenegro, Asesor Jurídico.—( IN2017192112 ).
BANCO
NACIONAL DE COSTA RICA
Notificación
Fideicomiso de Garantía Nº I-2999-2011. De conformidad con las cláusulas 3.03 y
5.10 del Contrato del Fideicomiso de Garantía Nº I-2999-2011, suscrito para
garantizar obligaciones otorgadas a favor de Banco Nacional de Costa Rica,
cédula de persona jurídica número cuatro-cero- cero cero-cero
cero-mil-veintiuno; se procede a notificar al Fideicomitente Privilegiado -
Deudor: Iván Vargas Ortiz, cédula número uno-uno cero siete cuatro-cero dos
siete uno; en razón de que la operación de crédito Nº 173-05-30587187 a su
nombre, presentan un atraso de ochenta y un días. Por este motivo, en este acto
se le otorga de conformidad con la cláusula 3.03 del citado Fideicomiso, un
plazo de diez días naturales, contados a partir de esta notificación, a fin de
que pague satisfactoriamente las obligaciones incumplidas o demuestre haber
hecho el debido pago de las mismas. Si al final del plazo otorgado, la mora en
las obligaciones no ha sido solventada, le solicitaremos al Fiduciario Banco
Improsa Sociedad Anónima cédula de persona jurídica número tres-ciento uno-cero
setenta y nueve mil seis que proceda al remate del bien que conforma el
Patrimonio Fideicometido sea las Fincas de la provincia de Heredia, matrículas
de folio real Nros. 228528-000, 228527-000, de conformidad con los términos y
condiciones estipulados en el Fideicomiso de Garantía Nº I-2999-2011.—San José,
23 de noviembre del año 2017.—Proceso de Gestión Cobratoria. Banco Nacional de
Costa Rica.—Lic. Joan Manuel Blanco Saborío.—1 vez.—( IN2017192231 ).
MUNICIPALIDADES
MUNICIPALIDAD
DE ZARCERO
NOTIFICACIÓN POR EDICTO DE AVALÚOS
DE BIENES INMUEBLES
De conformidad con lo
dispuesto en los artículos 17, 19 y 36 de Ley de Impuesto sobre Bienes
Inmuebles Nº 7509, y el artículo 137 inciso d) del Código de Normas y
Procedimientos Tributarios, se notifica por este medio a los siguientes sujetos
pasivos los avalúos realizados a sus inmuebles, por haber agotado este
Municipio los medios previos de notificación sin resultado favorable.
Avalúo 004-2017.
Finca 2-267661. Derecho 000. Nombre: Industrias Castro Y Blanco, cédula:
3-101-192753, valor terreno ¢8.119.251,00; valor construcción: ¢22.442.800,00;
valor total: ¢30.562.051,00; valor derecho: ¢30.562.051,00; Avalúo 016-2017.
Finca 2-221635. Derecho 000. Nombre: Lucrecia Solano Rodríguez, cédula:
2-443-447, valor terreno ¢4.368.024,00; valor construcción: ¢7.605.000,00;
valor total: ¢11.973.024,00; valor derecho: 11.973.024,00; Avalúo 018-2017.
Finca 2-167390. Derecho 002. Nombre: Mérida Rojas Pérez, cédula: 2-154-099,
valor terreno ¢13.914.384,00; valor construcción: ¢10.483.200,00; valor total:
¢24.397.584,00; valor derecho 002: ¢24.397.584,00; Avalúo 020-2017. Finca
2-412990. Derecho 000. Nombre: Oscar Bruno Mata Gómez, cédula: 1-1363-075,
valor terreno ¢6.229.749,00; valor construcción: ¢20.930.000,00; valor total:
¢27.159.749,00; valor derecho: ¢27.159.749,00; Avalúo 025-2017. Finca 2-489023.
Derecho 000. Nombre: María Edith Rodríguez Araya, cédula: 2-401-729; valor
terreno ¢4.132.800,00; valor construcción: ¢0; valor total: ¢4.132.800,00;
valor derecho: ¢4.132.800,00; Avalúo 027-2017. Finca 2-443126. Derecho 000.
Nombre: Horacio Alberto Arias Salas, cédula: 1-659-402; valor terreno
¢7.967.934,00; valor construcción: ¢0; valor total: ¢7.967.934,00; valor
derecho: ¢7.967.934,00; Avalúo 032-2017. Finca 2-396689. Derecho 000. Nombre:
Asociación Fuente Administradora de los Mantos Acuíferos, cédula: 3-002-257510;
valor terreno ¢3.546.443,00; valor construcción: ¢0; valor total:
¢3.546.443,00; valor derecho: ¢3.546.443,00; Avalúo 043-2017. Finca 2-405857.
Derecho 000. Nombre: Albin Jesús Hernández Durán, cédula: 2-562-524; valor
terreno ¢10.326.855,00; valor construcción: ¢0; valor total: ¢10.326.855,00;
valor derecho: ¢10.326.855,00; Avalúo 044-2017. Finca 2-402889. Derecho 000.
Nombre: Rosa Marlene Gamboa Araya, Cedula: 2-416-611; valor terreno ¢13.910.490,00;
valor construcción: ¢0; valor total: ¢13.910.490,00; valor derecho:
¢3.602.816,91; Avalúo 044-2017. Finca 2-402889. Derecho 000. Nombre: Freddy E.
Gamboa Araya, Cedula: 2-405-412; valor terreno ¢13.910.490,00; valor
construcción: ¢0; valor total: ¢13.910.490,00; valor derecho: ¢10.307.673,09;
Avalúo 046-2017. Finca 2-279598. Derecho 000. Nombre: Raymond Gray, Pasaporte:
036035998; valor terreno ¢9.880.371,00; valor construcción: ¢86.672.460,00;
valor total: ¢96.552.831,00; valor derecho: ¢96.552.831,00; Avalúo 048-2017.
Finca 2-537348. Derecho 003. Nombre: Élida Soledad Brenes Blanco, cédula:
2-289-732; valor terreno ¢2.858.700,00; valor construcción: ¢1.940.000,00;
valor total: ¢4.798.700,00; valor derecho 003: ¢3.359.090,00; Avalúo 048-2017.
Finca 2-537348. Derecho 004. Nombre: Hilda María Brenes Blanco, cédula:
2-275-241; valor terreno ¢2.858.700,00; valor construcción: ¢1.940.000,00;
valor total: ¢4.798.700,00; valor derecho 004: ¢1.439.610,00; Avalúo 052-2017.
Finca 2-223778. Derecho 000. Nombre: El León de Palmira S.A, cédula:
3-101-094395; valor terreno ¢12.286.098,00; valor construcción: ¢26.325.000,00;
valor total: ¢38.611.098,00; valor derecho 000: ¢38.611.098,00; Avalúo
058-2017. Finca 2-174934. Derecho 000. Nombre: Gerardo Rojas Rodríguez, cédula:
2-414-905; valor terreno ¢26.208.875,00; valor construcción: ¢0; valor total:
¢26.208.875,00; valor derecho 000: ¢26.208.875,00;
Prevenciones:
1 De conformidad con el artículo 137 del Código
de Normas y Procedimientos Tributarios se considera notificado el interesado a
partir del tercer día hábil siguiente a la fecha de publicación del presente
edicto.
2. Los expedientes se encuentran
a disposición del sujeto pasivo en nuestra oficina, de la esquina noroeste del
Parque de Zarcero, 25 metros oeste.
3. De conformidad con el artículo
19 de la Ley Nº 7509 de Impuesto sobre Bienes Inmuebles, contra este acto
podrán interponerse los siguientes recursos: de revocatoria ante esta
Administración y de apelación ante el Concejo Municipal, y deberán ser
interpuestos dentro de los 15 hábiles días siguientes a esta notificación.
Zarcero, 23 noviembre
del 2017.—Vanessa Salazar Huertas, Proveeduría Municipal.—1 vez.—( IN2017192304
).