LA GACETA N° 11 DEL 22 DE
ENERO DEL 2018
PODER EJECUTIVO
RESOLUCIONES
MINISTERIO
DE OBRAS PÚBLICAS
Y
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DOCUMENTOS
VARIOS
GOBERNACIÓN
Y POLICÍA
JUSTICIA
Y PAZ
AMBIENTE
Y ENERGÍA
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SUPREMO DE ELECCIONES
ACUERDOS
EDICTOS
CONTRATACIÓN
ADMINISTRATIVA
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DE ADQUISICIONES
PODER
LEGISLATIVO
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DE LA REPÚBLICA
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Y GANADERÍA
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DE COSTA RICA
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COSTARRICENSE DE SEGURO SOCIAL
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MUNICIPALIDADES
LICITACIONES
PODER
JUDICIAL
AGRICULTURA
Y GANADERÍA
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CAJA
COSTARRICENSE DE SEGURO SOCIAL
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BANCO
NACIONAL DE COSTA RICA
REGISTRO
DE PROVEEDORES
BANCO
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MUNICIPALIDADES
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NACIONAL DE SEGUROS
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PODER JUDICIAL
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COSTARRICENSE DE SEGURO SOCIAL
INSTITUTO
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Y
ALCANTARILLADOS
MUNICIPALIDADES
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MUNICIPALIDADES
INSTITUCIONES
DESCENTRALIZADAS
UNIVERSIDAD
DE COSTA RICA
PATRONATO
NACIONAL DE LA INFANCIA
INSTITUTO
COSTARRICENSE DE ELECTRICIDAD
INSTITUTO
NACIONAL DE ESTADÍSTICA Y CENSOS
AVISOS
RÉGIMEN
MUNICIPAL
MUNICIPALIDAD DE MONTES DE OCA
MUNICIPALIDAD DE SANTA ANA
MUNICIPALIDAD
DE GRECIA
MUNICIPALIDAD
DE POÁS
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MUNICIPALIDAD
DE FLORES
MUNICIPALIDAD
DE BUENOS AIRES
MUNICIPALIDAD DE GOLFITO
AVISOS
CONVOCATORIAS
AVISOS
NOTIFICACIONES
EDUCACIÓN
PÚBLICA
JUSTICIA
Y PAZ
AMBIENTE
Y ENERGÍA
CAJA
COSTARRICENSE DE SEGURO SOCIAL
N° 002053.—San José, a las nueve horas y cinco
minutos del día veintidós del mes de noviembre del dos mil diecisiete.
Diligencias de declaratoria de interés público y mandamiento provisional
de anotación, en relación con inmueble necesario para la construcción del
proyecto denominado “Bajos de Chilamate-Vuelta Kooper”.
Resultando:
1º—Mediante oficio N° DAJ-ABI-2017-2682 del 02
de octubre del 2017, remitido por el Departamento de Adquisición de Bienes
Inmuebles de la Dirección Jurídica del Ministerio de Obras Públicas y
Transportes, se solicitó que se procediera a emitir el acto resolutivo
correspondiente, con el fin de declarar de interés público y expedir el
mandamiento provisional de anotación, que a tales efectos prescribe la Ley de
Expropiaciones N° 9286 del 11 de noviembre de 2014, publicada en La Gaceta
N° 24 del 04 de febrero del 2015, y las reformas contenidas en la Ley Nº 9462
del 29 de junio del 2017, publicada en el Alcance Nº 175 del 18 de julio del
2017, en relación con inmueble inscrito en el Registro Público de la Propiedad
al Sistema de Folio Real Matrícula Número 331930-000, cuya naturaleza es:
terreno para la agricultura, situado en el distrito 06 Rio Cuarto, cantón 03
Grecia, de la provincia de Alajuela, con una medida de 28.449,67 metros cuadrados,
y cuyos linderos de la finca madre según Registro Público de la Propiedad son:
al Norte con El Estado y Calle Pública u otro asentamiento del IDA, al Sur con
Calle Pública, al Este con Parcela 22 y al Oeste con Parcela 11 y otro
asentamiento del IDA.
2º—Del referido inmueble es de impostergable adquisición de un área
equivalente a 2.557,00 metros cuadrados, según plano catastrado N°
2-2001577-2017. Siendo necesaria su adquisición para la construcción del
proyecto denominado: “Bajos de Chilamate-Vuelta Kooper”.
3º—Constan en el expediente administrativo número 29.380 a que se
refiere este acto resolutivo, los siguientes documentos:
a) Plano
Catastrado N° 2-2001577-2017, mediante el cual establece que para los efectos del
mencionado proyecto se requiere del citado inmueble un área de terreno
equivalente a 2.557,00 metros cuadrados.
b) Estudio sobre la inscripción del inmueble;
c) Información básica sobre el propietario, la ubicación y
características del inmueble, así como del área que del mismo se requiere
obtener, y los bienes a valorar;
4º—En razón de lo anterior y por constituir de
interés público la presente declaratoria, al requerirse el citado inmueble para
la construcción del proyecto mencionado supra, estando en el expediente
administrativo la documentación requerida, conoce este Despacho y,
Considerando:
De conformidad con las disposiciones contenidas
en la Ley de Creación del Ministerio de Obras Públicas y Transportes, Nº 4786
del 05 de julio de 1971 y sus reformas, este Ministerio se encuentra legalmente
facultado para llevar a cabo las obras públicas necesarias dentro del ámbito de
su competencia, ejerciendo el control y la vigilancia necesaria, asimismo, en
todas aquellas otras obras públicas que realicen los particulares con sujeción
a las disposiciones contenidas en la Ley General de Concesión de Obra Pública
con Servicios Públicos, Nº 7762 del 14 de abril de 1998.
La Ley de Expropiaciones, Nº 9286 del 11 de noviembre de 2014, publicada
en La Gaceta N° 24 del 04 de febrero del 2015, en sus artículos 2 y 20,
y las reformas contenidas en la Ley Nº 9462 del 29 de junio del 2017, publicada
en el Alcance Nº 175 del 18 de julio del 2017, establece en su artículo 18, que
en todo caso en que la Administración Pública requiera, para el cumplimiento de
sus fines, adquirir bienes o afectar derechos, deberá proceder a dictar un acto
resolutivo mediante el cual sea declarado de interés público el bien o derecho
en referencia, a la vez que contenga un mandamiento provisional de anotación en
el correspondiente Registro Público.
De conformidad con las disposiciones normativas, procede declarar de
interés público el área de dicho inmueble que a continuación se describe:
a) Inscripción
al Registro Público de la Propiedad al Sistema de Folio Real Matrícula Número
331930-000.
b) Naturaleza: terreno para la agricultura.
c) Ubicación: Situado en el distrito 06 Río Cuarto, cantón 03 Grecia,
de la provincia de Alajuela. Linderos, lo indicado en el plano catastrado antes
referido.
d) Propiedad: Javier Ballestero
Araya, cédula N° 2-477-843.
e) De dicho inmueble se necesita
un área de terreno equivalente a 2.557,00 metros cuadrados, para la
construcción del proyecto denominado: “Bajos de Chilamate-Vuelta Kooper”, según
se ha establecido supra.
Además, conforme a lo establecido por el
artículo 20 de la Ley de Expropiaciones, se ordena por este acto mandamiento de
anotación provisional en el Registro Público de la Propiedad, en relación con
dicho inmueble necesario para la construcción del proyecto en referencia.
Procedan las dependencias administrativas competentes a proseguir con la
tramitación del procedimiento que corresponda, con sujeción a los plazos
establecidos por la Ley Nº 9286, artículo 21 y concordantes y la Ley N° 9462. Por
tanto:
EL
MINISTRO DE OBRAS PUBLICAS Y TRANSPORTES
RESUELVE:
1º—Declarar de interés público, respecto al
inmueble inscrito al Registro Público de la Propiedad al Sistema de Folio Real
Matrícula Número 331930-000, situado en el distrito 06 Rio Cuarto, cantón 03 Grecia,
de la provincia de Alajuela, y propiedad de Javier Ballestero Araya, cédula N°
2-477-843, un área equivalente de terreno de 2.557,00 metros cuadrados, según
plano catastrado N° 2-2001577-2017, necesaria para la construcción del proyecto
denominado “Bajos de Chilamate-Vuelta Kooper”.
2º—Ordénese mandamiento provisional de anotación ante el Registro
Público de la Propiedad, del área de dicho inmueble que por esta Resolución se
ha establecido como necesaria para la continuación del proyecto en referencia y
conforme a lo prescrito por la Ley de Expropiaciones.
3º—Procedan las dependencias administrativas competentes a continuar con
el procedimiento establecido al efecto para la adquisición de dicha área de
terreno, con especial observancia de los plazos fijados y en estricto apego a
lo prescrito por la Ley de Expropiaciones.
Publíquese y notifíquese.—German Eduardo
Valverde González, Ministro de Obras Públicas y Transportes.—1 vez.— O. C. Nº
3400033600.—Solicitud Nº 104123.—( IN2017200772 ).
Res. N° 002054.—Despacho del Ministro de Obras Públicas y
Transportes.—San José, a las once horas y cincuenta minutos del día veintidós
del mes de noviembre de dos mil diecisiete.
Diligencias de declaratoria de “Interés o Utilidad
Pública” y mandamiento provisional de anotación que se procediera a emitir el
acto resolutivo correspondiente con el fin de declarar de Interés Público
tramitada bajo el expediente Nº 2017-04, a efecto de expedir el mandamiento
provisional de anotación en relación con el inmueble 200267694-000, propiedad
de Yarara Cussu Sociedad Anónima, cédula de jurídica 3-101-579830, necesario
para la construcción del proyecto denominado “Corredor San José-Caldera”.
Resultando:
1º—Mediante oficio
CNC-ST-PM-SJC-OF-1144-2017 de fecha 17 de octubre de 2017, remitido por la
Gerencia del Proyecto San José-Caldera del Consejo Nacional de Concesiones,
dentro del Expediente Administrativo Nº 2017-04, se solicitó iniciar los
trámites de adquisición de un área de 1185,00 (mil ciento ochenta y cinco)
metros cuadrados, según plano catastrado A-1956371-2017 del inmueble
200267694-000, Naturaleza: Terreno para la agricultura situada en el distrito
5- Concepción cantón 5-Atenas de la provincia de Alajuela linderos: norte, Arnoldo
Sánchez; sur:, Nemo Mora; este, Edgar Santiago Ramírez Acuña, calle pública y
Santiago Ramírez; oeste, Rolando Rojas. Mide: setenta y cuatro mil quinientos
sesenta y dos metros con sesenta y cuatro decímetros cuadrados. Plano:
A-0950011-1991. Conforme el Expediente Administrativo Nº 2017-04, se solicitó
proceda a emitir el actor resolutivo con el fin de declarar de interés público
y expedir el mandato provisional de anotación que a efectos prescribe la ley de
expropiaciones Ley Nº 9286 publicada en La Gaceta Nº 24 de febrero de
2015 y sus reformas publicadas mediante Ley Nº 9462 publicada en el alcance Nº
175 del martes 18 de julio de 2017.
2º—Del referido inmueble es de impostergable
adquisición un área de terreno de equivalente a 1 185,00 (mil ciento ochenta y
cinco) metros cuadrados que según plano catastro Nº plano catastrado
A-1956371-2017, siendo necesaria su adjudicación para la construcción de
accesos a la referida propiedad enclavada.
Considerando:
I—De conformidad con las
disposiciones contenidas en la Ley de Creación del Ministerio de Obras Públicas
y Transporte Nº 4786 del 5 de julio de 1971 y sus reformas, este Ministerio se
encuentra legalmente facultado para llevar a cabo las obras públicas necesarias
dentro del ámbito de su competencia, ejerciendo el control y la vigilancia
necesaria, asimismo, en todas aquellas otras obras públicas que realicen los
particulares con sujeción a las disposiciones en la Ley General de Concesión de
Obra Pública con Servicios Público Nº 7762 del 14 de abril de 1998 y lo
dispuesto en la Ley General de Concesión de Obras Públicas con Servicios
Públicos Nº 7762 del 14 de abril de 1198.
II—Ley de Expropiaciones Nº 9286 del 11 de
noviembre de 2014, publicada en La Gaceta Nº 24 de febrero de 2015 y sus
reformas contenidas en la Ley Nº 9462 del 29 de junio de 2017, publicada en el
Alcance Nº 175 del 18 de julio de 2017; establece en sus artículos 2, 18 y 20,
que en todo caso en que la Administración Pública requiera para el cumplimiento
de sus fines, adquirir bienes o afectar derechos, deberá proceder a dictar un
acto resolutivo mediante el cual sea declarado de interés público el bien o
derecho en referencia, a la vez que contenga un mandamiento provisional de
anotación en el correspondiente Registro Público.
EL MINISTRO DE OBRAS PÚBLICAS Y TRANSPORTES,
RESUELVE:
1º—Declarar de interés público
para la construcción del proyecto denominado Corredor San José-Caldera”, un
área de terreno de 1185,00 (mil ciento ochenta y cinco) metros cuadrados que
según plano catastrado A-1956371-2017 del inmueble 200267694-00, propiedad de
Yarara Cussu Sociedad Anónima cédula jurídica 3-101-579830.
2º—Ordénese mandamiento provisional de
anotación ante el Registro Público de la Propiedad, del área de dicho inmueble
que por esta Resolución se ha establecido como necesaria para la continuación
del proyecto en referencia y conforme a los prescrito por la Ley Nº 9286 del 11
de noviembre del 2014, publicada en La Gaceta Nº 24 del 04 de febrero
del 2015, y las reformas contenidas en la Ley Nº 9462 del 29 de junio del 2017,
publicada en el Alcance Nº 175 del 18 de julio de 2017.
3º—Procedan las dependencias administrativas
competentes a continuar con el procedimiento establecido al efecto para la
adquisición de dicha área de terreno, con especial observancia de los plazos
fijados y en estricto apego a lo prescrito por la Ley de Expropiaciones.
Notifíquese y publíquese.
German Valverde González,
Ministro de Obras Públicas y Transportes.—1 vez.—O. C. N° 009.—Solicitud N°
9335.—( IN2017199857 ).
DIRECCIÓN NACIONAL DE DESARROLLO
DE
LA COMUNIDAD
AVISO
El Registro Público de
Asociaciones de Desarrollo de la Comunidad del Dirección Legal y de Registro,
hace constar: Que la Asociación de Desarrollo Integral de el Brujo de Savegre
de Pérez Zeledón. Por medio de su representante: Manuel Antonio del Carmen Mata
Mora, cédula N° 1-550-253 ha hecho solicitud de inscripción de dicha
organización al Registro Nacional de Asociaciones de Desarrollo de la
Comunidad. De la siguiente reforma estatutaria al artículo 02: Al este de la
finca del señor Rafael Ángel Rojas Angulo en línea renta camino los Olivos. Al
norte siguiendo los límites de las fincas de Cristian Flores y Ronal Mora
quedando la finca de Cristian Flores dentro de la ADI del Brujo, siguiendo los
límites de las fincas de Jeudy Salazar y Carlos Elizondo quedando la finca de
Carlos Elizondo dentro de ADI el Brujo siguiendo por la entrada del señor
Antonio Acuña en línea recta hasta quebrada Sandijuelas siguiendo hasta la Fila
de Dos Bocas Aguirre. Al sur, Fila Villa Bonita. En cumplimiento de lo
establecido en el artículo 16 del Reglamento que rige esta materia, se emplaza
por el término de ocho días hábiles, a partir de la publicación de este aviso,
a cualquier persona, pública o privada y en especial a la Municipalidad, para
que formulen los reparos que estimen pertinentes a la inscripción en trámite,
manifestándolo por escrito a esta Dirección de Legal y de Registro.—San José, a
las 13:30 horas del día 15 de diciembre del 2017.—Departamento de
Registro.—Rosibel Cubero Paniagua.—1 vez.—( IN217203408 ).
JUNTA ADMINISTRATIVA DEL REGISTRO NACIONAL
REGISTRO DE LA PROPIEDAD INDUSTRIAL
PUBLICACIÓN
DE PRIMERA VEZ
Para ver marcas con sus respectivas
imágenes ir a La Gaceta con formato
PDF
Ronald Sasso Rojas, casado,
cédula de identidad Nº 105340078, en calidad de apoderado especial de
Universitas Veritas S. A., cédula jurídica Nº 3101051324, con domicilio en:
Zapote, edificio Veritas, carretera a Zapote, San José, Costa Rica, solicita la
inscripción de: BIOCENTER UNIVERSIDAD VERITAS
como marca de servicios en clase
42 internacional, para proteger y distinguir lo siguiente: en clase 42:
Servicios científicos y tecnológicos, así como servicios de investigación y
diseño en estos ámbitos. Fecha: 28 de noviembre de 2017. Se cita a terceros
interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro,
dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación
de este edicto. Presentada el 20 de octubre del 2017. Solicitud N°
2017-0010350. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el
artículo 85 de la Ley N° 7978.—San José, 28 de noviembre del 2017.—Ivonne Mora
Ortega, Registradora.—( IN2017198043 ).
Milena Andrea Hernández Sterling, casada una vez, cédula de residencia
117000702422, con domicilio en Goicoechea, Mata de Plátano, Condominio Hacienda
las Palmas, casa N° 22, San José, Costa Rica, solicita la inscripción de: ROBLE
Terapia Física Especializada para el Adulto Mayor,
como marca de servicios en clase: 44
internacional, para proteger y distinguir lo siguiente: servicios de terapia
física y cuidados médicos relacionados con el tratamiento de personas. Se cita
a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este
Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera
publicación de este edicto. Presentada el 26 de octubre de 2017. Solicitud N°
2017-0010521. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el
artículo 85 de la Ley 7978.—San José, 6 de noviembre de 2017.—Rolando Cardona
Monge, Registrador.—( IN2017198044 ).
Christian Carranza Solano, soltero, cédula de identidad 110180367, en
calidad de apoderado generalísimo de Ginger Elixirs S.R.L., cédula jurídica
3102736639con domicilio en Vargas Araya; 300 m. oeste de Perimercados,
Apartamentos Calalú, San Pedro, Montes de Oca, San José, Costa Rica, solicita
la inscripción de: ROOTS & CULTURE GINGER BEER
como marca de comercio en clase:
32 Internacional, para proteger y distinguir lo siguiente: Cerveza de jengibre.
Fecha: 15 de noviembre de 2017. Se cita a terceros interesados en defender sus
derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses
siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto.
Presentada el 20 de octubre del 2017. Solicitud N° 2017-0010365. A efectos de
publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley
7978.—San José, 15 de noviembre del 2017.—Ildreth Araya Mesen, Registradora.—(
IN2017198126 ).
José Nelson Rojas Gamboa,
divorciado una vez, cédula de identidad 2-0434-0410, con domicilio en
Sabanilla, Residencial Málaga, casa 43D, Costa Rica, solicita la inscripción
de: 53 Avenue
como marca de fábrica y comercio en clase(s):
25. Internacional(es). Para proteger y distinguir lo siguiente: en clase 25;
Prendas de vestir, calzado, artículos de sombrerería. Se cita a terceros
interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro,
dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación
de este edicto. Presentada el 14 de noviembre del 2017. Solicitud N°
2017-0011176. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el
artículo 85 de la Ley 7978.—San José, 30 de noviembre del 2017.—Ildreth Araya
Mesén, Registradora.—( IN2017198132 ).
Sheyla Conejo Abarca, casada una vez, cédula de identidad 109930769, en
calidad de apoderada especial de Centro Educativo Infantil Santa Mónica S. A.,
con domicilio en Tibás 150 metros oeste del Estadio Ricardo Saprissa, Costa
Rica, solicita la inscripción de: KATU Centro Educativo de Atención Integral
como nombre comercial en clase
49 internacional, para proteger y distinguir lo siguiente: Un establecimiento
comercial dedicado a educación. Ubicado en Colima de Tibás de CR Autos, 100 al
norte y 25 al este, Guardería y Prekinder KATÚ. Se cita a terceros interesados
en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los
dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este
edicto. Presentada el 07 de noviembre de 2017. Solicitud Nº 2017-0010908. A
efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la
Ley Nº 7978.—San José, 05 de diciembre de 2017.—Katherine Jiménez Tenorio, Registradora.—(
IN2017198178 ).
Yalitza Canales Ruiz, soltera, cédula de identidad Nº 503390180, con
domicilio en: Bagaces 300 metros norte de la bomba de agua del AYA, Barrio El
Chile, Guanacaste, Costa Rica, solicita la inscripción de: RINCONCITO EDUCATIVO
Preescolar Primaria como marca de servicios en clase 41
internacional.
Para proteger y distinguir lo
siguiente: educación y formación. Fecha: 22 de septiembre de 2017. Se cita a
terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este
Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera
publicación de este edicto. Presentada el 12 de setiembre del 2017. Solicitud
N° 2017-0008949. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el
artículo 85 de la Ley N° 7978.—San José, 22 de setiembre del 2017.—Ivonne Mora
Ortega, Registradora.—( IN2017198184 ).
David Enrique Fallas Ulate, casado una vez, cédula de identidad
402000303, en calidad de apoderado generalísimo de Inversiones Farro I.N.C.,
cédula jurídica 3101705193, con domicilio en Sarapiquí, Río Frío, Colonia
Villalobos de la plaza de deportes 400 metros al este, casa a mano izquierda
color amarilla, Heredia, Costa Rica, solicita la inscripción de: chimichanga’s
COCINA MEXICANA como nombre comercial.
Para proteger y distinguir lo
siguiente: Un establecimiento comercial dedicado a elaboración y venta de
comida mexicana, ubicado en Heredia-Sarapiquí, Río Frío Finca 11, 25 metros
oeste de Almacén Soluciones Totales. Se cita a terceros interesados en defender
sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses
siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto.
Presentada el 08 de noviembre de 2017. Solicitud Nº 2017-0010954. A efectos de
publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley Nº
7978.—San José, 20 de noviembre de 2017.—Grettel Solís Fernández,
Registradora.—( IN2017198212 ).
Wencheng Ren Xu, casado, cédula de identidad
800810710, en calidad de apoderado generalísimo de Corporación Z Y G Ticos
Dorados S. A., cédula jurídica 3101364513, con domicilio en Barrio México,
frente a Tracopa, San José , Costa Rica, solicita la inscripción de: SAVOL
como marca de fábrica y comercio en clase: 3. Internacional. Para proteger y
distinguir lo siguiente: en clase 3: Tintes para cabello y artículos de
belleza, cosméticos en general, shampús, lociones capilares, perfumes,
cosméticos para el cabello y uñas, estética y cuerpo en general. Se cita a
terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este
Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera
publicación de este edicto. Presentada el 13 de noviembre de 2017. Solicitud Nº
2017-0011123. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo
85 de la Ley Nº 7978.—San José, 27 de noviembre de 2017.—Milena Marín Jiménez,
Registradora.—( IN2017198247 ).
María Desiree Ramos Brenes, soltera, cédula de identidad 304380867, en
calidad de apoderado especial de La Carretica del Baño Sociedad de
Responsabilidad Limitada, cédula jurídica 3102748144, con domicilio en Montes
de Oca San Pedro, Los Yoses, edificio Centro Hispánico, segundo piso, San José,
Costa Rica, solicita la inscripción de: La Carretica DEL BAÑO como marca de
servicios en clase: 44. Internacional.
Para proteger y distinguir lo
siguiente: Servicios de provisión de baños públicos, con fines sanitarios.
Reservas: No se hace reserva de la frase “DEL BAÑO”. Se cita a terceros
interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro,
dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación
de este edicto. Presentada el 06 de noviembre de 2017. Solicitud Nº
2017-0010836. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el
artículo 85 de la Ley Nº 7978.—San José, 29 de noviembre de 2017.—Ildreth Araya
Mesén, Registrador.—( IN2017198268 ).
Sara Sáenz Umaña, cédula de identidad N°
204960310, en calidad de apoderada especial de Central American Brands Inc, con
domicilio en ciudad de Panamá, Calle Aquilino de La Guardia, edificio Igra N°
8, Panamá, solicita la inscripción de: CAJA DE LA SOLIDARIDAD, ALIMENTOS
PARA MI PAÍS como señal de propaganda en clase: Internacional. Para
proteger y distinguir lo siguiente: en clase 50: Para promocionar actividades
de distribución y comercio de mercaderías varias, relacionada con el nombre
comercial CIAMESA, registro 92819. Se cita a terceros interesados en defender
sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses
siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto.
Presentada el 27 de noviembre de 2017. Solicitud Nº 2017-0011572. A efectos de
publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley Nº
7978.—San José, 04 de diciembre de 2017.—Katherine Jiménez Tenorio,
Registradora.—( IN2017198352 ).
Katherine Herrera Fernández, soltera, cédula de identidad 112570999, con
domicilio en INVU Las Cañas, rotonda número 3, 75 metros al este, Alajuela,
Costa Rica, solicita la inscripción de: KiVELIX EVOLUCIONA CON NOSOTROS
como marca de servicios en
clase: 41. Internacional. Para proteger y distinguir lo siguiente: en clase 41:
Educación, formación, servicios de entretenimiento, actividades deportivas y culturales.
Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer
ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la
primera publicación de este edicto. Presentada el 9 de noviembre de 2017.
Solicitud Nº 2017-0011045. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo
dispuesto en el artículo 85 de la Ley Nº 7978.—San José, 20 de noviembre de
2017.—Wendy López Vindas, Registradora.—( IN2017198919 ).
Mauricio Bonilla Robert, casado una vez, cédula de identidad Nº
109030770, en calidad de apoderado especial de Luis Ricardo López Rojas, casado
una vez, cédula de identidad número 2-578-459, con domicilio en: Goicoechea,
Mata de Plátano, Condominio Valle Alto, casa 80, San José, Costa Rica, solicita
la inscripción de: INGENIERÍA + 10
como marca de servicios en clase
42 internacional, para proteger y distinguir lo siguiente: en clase 42:
Consultoría, tramitología, diseño, construcción, gestión ambiental de proyectos
constructivos. Fecha: 1° de diciembre de 2017. Se cita a terceros interesados
en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los
dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este
edicto. Presentada el 13 de octubre del 2017. Solicitud N° 2017-0010132. A efectos
de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley N°
7978.—San José, 01 de diciembre del 2017.—Katherin Jiménez Tenorio,
Registradora.—( IN2017198946 ).
Alberto Pauly Sáenz, casado, cédula de
identidad 104130799, en calidad de apoderado generalísimo de Tisio Sociedad
Anónima, cédula jurídica 310198847 con domicilio en Mata Redonda, Sabana Norte,
Avenida Las Américas, Edificio Torres del Parque, tercer piso, San José, Costa
Rica, solicita la inscripción de: HACIENDA MARICHAL como nombre comercial en clase:
Internacional, para proteger y distinguir lo siguiente: Un establecimiento
comercial dedicado al desarrollo de bienes raíces, alquiler y administración de
propiedades, servicios de correduría de bienes raíces, intermediación en ventas
de inmuebles y desarrollo de propiedades en condominio. Ubicado en Orotina,
Hacienda Vieja, de la Escuela de Cuatro Esquinas, 1,5 km hacia el este y 400
metros norte. Fecha: 4 de diciembre de 2017. Se cita a terceros interesados en
defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos
meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto.
Presentada el 28 de noviembre del 2017. Solicitud N° 2017-0011619. A efectos de
publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley
7978.—San José, 4 de diciembre del 2017.—Alex Villegas Méndez, Registrador.—(
IN2017198954 ).
Alberto Pauly Sáenz, casado, cédula de
identidad 104130799, en calidad de apoderado especial de Tisio Sociedad
Anónima, cédula jurídica 3101098847, con domicilio en Mata Redonda, Sabana
Norte, Avenida Las Américas, edificio Torres del Parque, tercer piso, Costa
Rica, solicita la inscripción de: HACIENDA MARICHAL como marca de
servicios en clase: 36. Internacional. Para proteger y distinguir lo siguiente:
Bienes inmuebles, servicios de agente inmobiliario, alquiler y corretaje de
inmuebles. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para
hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados
a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 28 de
noviembre de 2017. Solicitud Nº 2017-0011620. A efectos de publicación, téngase
en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley Nº 7978.—San José, 04 de
diciembre de 2017.—Alex Villegas Méndez, Registrador.—( IN2017198955 ).
Neighel Drummond Morales, divorciado una vez, cédula de identidad
111320546 con domicilio en B° Córdoba 125 este, Farmacia Especial, Costa Rica,
solicita la inscripción de: ND Wear
como marca de fábrica y comercio
en clase: 25 Internacional, para proteger y distinguir lo siguiente: 25 Ropa
deportiva. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para
hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados
a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 18 de agosto
del 2017. Solicitud N° 2017-0005687. A efectos de publicación, téngase en
cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978.—San José, 24 de agosto
del 2017.—Rina Ruiz Mata, Registradora.—( IN2017198981 ).
María Guadalupe Valiente Gutiérrez, soltera, cédula de identidad Nº
112600888, en calidad de apoderada generalísima de Helados del Cocal Sociedad
Anónima, cédula jurídica Nº 3101707767, con domicilio en distrito Carmen,
Barrio Escalante, avenida 13 entre calles 35 y 37, edificio 3617, San José,
Costa Rica, solicita la inscripción de: Del Cocal
como marca de fábrica y comercio, en clase: 30
internacional. Para proteger y distinguir lo siguiente, en clase 30: Helados,
productos alimenticios de origen vegetal. Fecha: 27 de noviembre del 2017. Se cita a terceros interesados
en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los
dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este
edicto. Presentada el 15 de noviembre del 2017. Solicitud Nº 2017-0011213. A
efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la
Ley Nº 7978.—San José, 27 de noviembre del 2017.—Wendy López Vindas,
Registradora.—( IN2017198993 ).
José Alberto Vargas Arroyo, casado una vez, cédula de identidad Nº
112100517, en calidad de apoderado generalísimo de MCJA La Estación Sociedad
Anónima, cédula jurídica Nº 3101729755, con domicilio en: Santa Ana, Pozos, de
la plaza de futbol 100 metros sur y 200 este, casa 17 en Residencial Solpark
Uno, San José, Costa Rica, solicita la inscripción de: ESTACION Alitas.59
como marca de servicios en clase
43 Internacional, para proteger y distinguir lo siguiente: servicios de
restauración (alimentación); alitas de pollo, en diferentes presentaciones,
sean y sin limitar a alitas de pollo empanizadas, al vapor y/o en especies.
Fecha: 5 de diciembre de 2017. Se cita a terceros interesados en defender sus
derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses
siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto.
Presentada el 3 de octubre del 2017. Solicitud N° 2017-0009722. A efectos de
publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley N°
7978.—Johnny Rodríguez Garita, Registrador.—( IN2017199023 ).
Marta Castro Mora, casada una vez, cédula de
identidad 204190096, con domicilio en Sabalito, Coto Brus, 1 km al sur de la
pulpería San Antonio, Costa Rica, solicita la inscripción de: Tyms de miel
como marca de fábrica en clase: 3: Internacional. Para proteger y distinguir lo
siguiente: Champú, Jabones, Crema Humectante, crema de manos, Champú, Jabones,
Protector, labial, todos elaborados a base de miel de abejas. Se cita a
terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este
Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera
publicación de este edicto. Presentada el 20 de noviembre de 2017. Solicitud Nº
2017-0011373. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el
artículo 85 de la Ley Nº 7978.—San José, 29 de noviembre de 2017.—Ildreth Araya
Mesén, Registradora.—( IN2017199042 ).
Abner Adin Mesén Corea, cédula de identidad número 110360364, en calidad
de apoderado generalísimo sin límite de suma de Comunicación Constante S. A.,
cédula jurídica 3101629282, con domicilio en San Sebastián, del Super
“Servicios”, 500 metros oeste en Urbanización Montecarlo, casa Nº 76, San José,
Costa Rica, solicita la inscripción de: CLICK TE CONECTA AL MUNDO
como marca de servicios en
clase: 38. Internacional. Para proteger y distinguir lo siguiente: Suministro
de acceso a internet y redes, televisión por suscripción, enlace de datos por
internet y redes. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para
hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados
a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 27 de
setiembre de 2017. Solicitud Nº 2017-0009524. A efectos de publicación, téngase
en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley Nº 7978.—San José, 28 de
noviembre de 2017.—Sabrina Loáiciga Pérez, Registradora.—( IN2017199088 ).
Yun Tan, cédula de identidad Nº 91729194, en calidad de apoderado
generalísimo de Anteater Mobile Payment Services S. A., con domicilio en:
Goicoechea, Guadalupe, de las piscinas, 75 m oeste, edificio amarillo, Costa
Rica, solicita la inscripción de: C Comiste
como marca de comercio en clase 9
internacional, para proteger y distinguir lo siguiente: plataforma, software y
aplicación móviles. Fecha: 15 de noviembre de 2017. Se cita a terceros
interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro,
dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación
de este edicto. Presentada el 10 de octubre del 2017. Solicitud N° 2017-0010001.
A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de
la Ley N° 7978.—San José, 15 de noviembre del 2017.—Ivonne Mora Ortega,
Registradora.—( IN2017199089 ).
Mario Alberto Zamora Sandí, casado una vez, cédula de identidad 601800009,
en calidad de apoderado generalísimo de Corporación Zamora y Mairena del
Pacífico S. A., cédula jurídica 3101283487, con domicilio en Puntarenas Barrio
El Carmen, Urbanización Las Brisas casa número 1, Puntarenas, Costa Rica,
solicita la inscripción de: LA ISLA TRAIL
como marca de servicios en
clase: 41. Internacional. Para proteger y distinguir lo siguiente: en clase 41:
Servicios de recreo, diversión, entretenimiento de personas, así como
actividades deportivas y culturales. Se cita a terceros interesados en defender
sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses
siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto.
Presentada el 28 de setiembre de 2017. Solicitud Nº 2017-0009584. A efectos de
publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley Nº
7978.—San José, 12 de octubre de 2017.—Bernard Molina Alvarado, Registrador.—(
IN2017199090 ).
Yun Tan, soltero, pasaporte E-91759194, en calidad de apoderado
generalísimo de Anteater Mobile Payment Services S. A., cédula jurídica Nº
3-101-746711 con domicilio en: Goicoechea, Guadalupe, de las piscinas, 75
metros oeste, edificio amarillo, San José, Costa Rica, solicita la inscripción
de: p$
como marca de comercio en clase
9 internacional, para proteger y distinguir lo siguiente: plataformas,
aplicaciones móviles y software. Fecha: 15 de noviembre de 2017. Se cita a
terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este
Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera
publicación de este edicto. Presentada el 10 de octubre del 2017. Solicitud N°
2017-0010002. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el
artículo 85 de la Ley N° 7978.—San José, 15 de noviembre del 2017.—Ivonne Mora
Ortega, Registradora.—( IN2017199091 ).
Edwin Segura Badilla, casado por cuarta vez, cédula de identidad
103440088, en calidad de apoderado especial de El Mago Internacional Sociedad
Anónima, cédula jurídica 3101657703, con domicilio en Barrio Naciones Unidas,
de la Bomba Shell, 200 metros oeste y 50 metros sur, Bufete Muñoz y Asociados,
San José, Costa Rica, solicita la inscripción de: DAPOP, como marca de
fábrica y comercio en clase: 5 internacional, para proteger y distinguir lo
siguiente: preparaciones farmacéuticas y veterinarias: preparaciones sanitarias
para usos o propósitos médicos; sustancias dietéticas adaptadas para uso
médico, alimentos para bebes, emplastos, yeso para uso médico, material para
curaciones (apósitos y vendas); material para empastar o tapar dientes y para
improntas dentales; ceras dentales, desinfectantes, preparaciones para la
destrucción de animales dañinos; fungicidas, herbicidas. Se cita a terceros
interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro,
dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación
de este edicto. Presentada el 8 de noviembre de 2017. Solicitud N°
2017-0010969. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el
artículo 85 de la Ley 7978.—San José, 14 de noviembre de 2017.—Johnny Rodríguez
Garita, Registrador.—( IN2017199139 ).
Edwin Segura Badilla, casado por cuarta vez, cédula de identidad
103440088, en calidad de apoderado especial de El Mago Internacional S. A.,
cédula jurídica 3-101-657703, con domicilio en Barrio Naciones Unidas; de la
Bomba Schell, 200 metros oeste y 50 metros al sur, Bufete Muñoz y Asociados,
San José, Costa Rica, solicita la inscripción de: DISCOTEEN, como marca
de fábrica y comercio en clase: 5 internacional, para proteger y distinguir lo
siguiente: preparaciones farmacéuticas y veterinarias; preparaciones sanitarias
para usos o propósitos médicos, sustancias dietéticas adaptadas para uso
médico, alimentos para bebés, emplastos, yeso para uso médico, material para curaciones
(apósitos y vendas); material para empastar o tapar dientes y para improntas
dentales; ceras dentales, desinfectantes; preparaciones para la destrucción de
animales dañinos, fungicidas, herbicidas. Se cita a terceros interesados en
defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos
meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto.
Presentada el 8 de noviembre de 2017. Solicitud N° 2017-0010968. A efectos de
publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley
7978.—San José, 14 de noviembre de 2017.—Johnny Rodríguez Garita,
Registrador.—( IN2017199142 ).
Alberto Gerardo Fernández Aguilar, soltero, cédula de identidad
109600290, con domicilio en Granadilla Norte de Curridabat, frente a la cuarta
etapa del Condominio Barlovento, Costa Rica, solicita la inscripción de:
Revista GRANADILLA, como marca de comercio en clases: 9 y 16 internacional.
Para proteger y distinguir lo siguiente: en
clase 9: una revista en formato digital con un énfasis cultural, deportivo y
social y en clase 16: una revista impresa con un énfasis cultural, deportivo y
social. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos
valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir
de la primera publicación de este edicto. Presentada el 26 de setiembre de
2017. Solicitud N° 2017-0009440. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo
dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978.—San José, 1° de noviembre de
2017.—Alex Villegas Méndez, Registrador.—( IN2017199168 ).
Denia Jiménez Acuña, casada una vez, cédula
de identidad 111420317, en calidad de apoderada especial de Caplin Point Costa
Rica Sociedad Anónima, cédula jurídica 3101679174, con domicilio en San José, distrito
El Carmen, Barrio Escalante, avenidas 9 y 10, calle 35, edificio Batalla
Abogados, San José, Costa Rica, solicita la inscripción de: SUNLIN INHALADOR
como marca de comercio en clase: 5. Internacional. Para proteger y distinguir
lo siguiente: en clase 5: Productos farmacéuticos cuya vía de administración
sea por inhalación oral o nasal. Se cita a terceros interesados en defender sus
derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses
siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto.
Presentada el 10 de noviembre de 2017. Solicitud Nº 2017-0011107. A efectos de
publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley Nº
7978.—San José, 22 de noviembre de 2017.—César Alfonso Rojas Zúñiga, Registrador.—(
IN2017199224 ).
Álvaro Solano Poveda, soltero, cédula de identidad 113800675, en calidad
de apoderado generalísimo de Lola Cocina A.A.A. SRL, cédula jurídica
3102725003, con domicilio en Santa Ana de la Trinidad de Mora, 150 metros sur
de la Iglesia Católica de la Trinidad, San José, Costa Rica, solicita la
inscripción de: sie7e Food & Drinks, como marca de servicios en clase: 43
internacional.
Para proteger y distinguir lo siguiente: servicio
de restaurante (alimento). Se cita a terceros interesados en defender sus
derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses
siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto.
Presentada el 9 de mayo de 2017. Solicitud N° 2017-0004238. A efectos de
publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley
7978.—San José, 16 de junio de 2017.—Alex Villegas Méndez, Registrador.—(
IN2017199234 ).
Eduardo Díaz Cordero, casado una vez, cédula
de identidad 107560893, en calidad de apoderado especial de Delphy Ferguson
Simpson, divorciado una vez, cédula de identidad 204740999, con domicilio en
San Francisco, Condominio San Agustín, N° 23ª, del Bar Albinos 50 metros al
este, Heredia, Costa Rica, solicita la inscripción de: 506 LIFESTYLE
como nombre comercial. Para proteger y distinguir lo siguiente: Un
establecimiento comercial dedicado a consultoría en organización y dirección de
negocios así como asistencia en la organización profesional y en la dirección
de negocios relacionados con administración y venta de edificaciones de
cualquier tipo y fincas; compra y venta de autos, dirección y administración de
restaurantes y negocios relacionados con la preparación y venta de alimentos de
todo tipo, así como la asesoría, dirección y apoyo profesional en la
administración, desarrollo y finanzas de negocios comerciales para pequeñas,
medianas y grandes empresas, ubicado en la Provincia de Heredia, San Francisco,
Condominio San Agustín; Nº 23ª, del Bar Albinos 50 metros al este. Se cita a
terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este
Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera
publicación de este edicto. Presentada el 21 de noviembre de 2017. Solicitud Nº
2017-0011383. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el
artículo 85 de la Ley Nº 7978.—San José, 27 de noviembre de 2017.—Ivonne Mora
Ortega, Registradora.—( IN2017199238 ).
Carlos Vinicio Sánchez Venegas, casado una vez, cédula de identidad Nº
401300439, en calidad de apoderado generalísimo de Micro-Concreto Nacionales
Sociedad Anónima, cédula jurídica Nº 3101675477, con domicilio en Belén, La
Ribera, del Centro Comercial La Ribera, cien metros al oeste, Heredia, Costa
Rica, solicita la inscripción de: MCN MICROCONCRETO NACIONALES
como marca de fábrica, en clase 19
internacional. Para proteger y distinguir lo siguiente, en clase 19: láminas de
micro concreto. Reservas: de los colores: verde, azul y gris. Se cita a terceros interesados
en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los
dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este
edicto. Presentada el 14 de noviembre del 2017. Solicitud Nº 2017-0011153. A
efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la
Ley Nº 7978.—San José, 27 de noviembre del 2017.—Randall Abarca Aguilar,
Registrador.—( IN2017199247 ).
Federico De Faria castro, casado una vez, cédula de identidad 110250429,
en calidad de apoderado generalísimo de 3-101-703128, con domicilio en Tibás,
del estadio municipal 100 oeste y 50 norte, Costa Rica, solicita la inscripción
de: Mediterrani como marca de fábrica y comercio en clases: 18 y 25.
Internacionales.
Para proteger y distinguir lo siguiente:
en clase 18: Bolsos, billeteras, carteras y marroquinería y en clase 25:
Prendas de vestir, calzado, sombrerería, cinturones. Se cita a terceros
interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro,
dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación
de este edicto. Presentada el 27 de octubre de 2015. Solicitud Nº 2015-0010320.
A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de
la Ley Nº 7978.—San José, 05 de diciembre de 2017.—Bernard Molina Alvarado,
Registrador.—( IN2017199260 ).
Ana Lucrecia Rodríguez Rodríguez, casada en primeras nupcias, cédula de
identidad Nº 204970341, en calidad de apoderada generalísima de Distribuidora
Difarr Sociedad de Responsabilidad Limitada, cédula jurídica Nº 3102742926, con
domicilio en cantón Central, distrito primero Carmen, Barrio González Laman, de
la Fundación Omar Dengo 200 metros al sur, en las Oficinas de RC Invercomsan
José, Costa Rica, solicita la inscripción de: DIFARR
como marca de servicios, en clase: 39
internacional. Para proteger y distinguir lo siguiente, en clase 39: el
transporte; embalaje y almacenamiento de mercancías en depósitos u otros
edificios para su preservación, custodia y distribución, tales como, pero sin limitarse
a productos alimenticios. Fecha: 29 de noviembre del 2017. Se cita a terceros interesados
en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los
dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto.
Presentada el 30 de octubre del 2017. Solicitud Nº 2017-0010595. A efectos de
publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley Nº
7978.—San José, 29 de noviembre del 2017.—Rina Ruiz Mata, Registradora.—(
IN2017199278 ).
Paola Delgado Cruz, casada 1 vez, cédula de identidad Nº 112300438, en
calidad de apoderado generalísimo de Aldel International S. A., cédula jurídica
Nº 3101633314, con domicilio en: La Unión, Tres Ríos, del Ministerio de Salud
75 oeste, Cartago, Costa Rica, solicita la inscripción de: PEQUEÑOS GENIOS
Centro Infantil
como nombre comercial en clase
internacional, para proteger y distinguir lo siguiente: un establecimiento
comercial dedicado a educación preescolar y guardería, ubicado en Cartago, La
Unión, Tres Ríos del Ministerio de Salud 75 oeste. Fecha: 30 de octubre de
2017. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos
valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir
de la primera publicación de este edicto. Presentada el 13 de octubre del 2017.
Solicitud N° 2017-0010164. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo
dispuesto en el artículo 85 de la Ley N° 7978.—San José, 30 de octubre del
2017.—Alex Villegas Méndez, Registrador.—( IN2017199302 ).
Andrés Lanza Méndez, soltero, cédula de identidad 801040474, en calidad
de apoderado generalísimo de Plataforma de Entretenimiento Two FTV S.R.L.,
cédula jurídica 3102737931, con domicilio en Santa Ana, Río Oro, Condominio
Avalon, Apartamento L4-310, San José, Costa Rica, solicita la inscripción de:
2fun tv
como marca de servicios en clase: 41
internacional, para proteger y distinguir lo siguiente: en clase: 41: Servicios
de entretenimiento, proveedor de videos en línea no descargables. Reservas: de
los colores: rojo, negro y blanco. Se cita a terceros interesados en defender
sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses
siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto.
Presentada el 17 de mayo de 2017. Solicitud N° 2017-0004595. A efectos de
publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley
7978.—San José, 9 de agosto de 2017.—Mauricio Granados Morales, Registradora.—(
IN2017199328 ).
Paola Castro Montealegre, casada, cédula de
identidad Nº 111430953, en calidad de apoderado especial de Tuteur S.
A.C.I.F.I.A., con domicilio en: Encarnación Ezcurra 365, piso 3, Ciudad
Autónoma de Buenos Aires (C1107CLA), Argentina, solicita la inscripción de: TUTEUR,
como marca de fábrica y comercio en clase 5 internacional, para proteger y
distinguir lo siguiente: productos farmacéuticos para la medicina humana;
medicamentos para uso humano; medicamentos para uso dental; especialidades
medicinales para uso humano (medicamentos especiales); productos higiénicos para
la medicina humana; sustancias dietéticas para uso médico; medicamentos para
uso veterinario. Fecha: 23 de octubre de 2017. Se cita a terceros interesados
en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los
dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este
edicto. Presentada el 06 de setiembre del 2017. Solicitud N° 2017-0008785. A
efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la
Ley N° 7978.—San José, 23 de octubre del 2017.—Rolando Cardona Monge,
Registrador.—( IN2017199331 ).
Paola Castro Montealegre,
casada, cédula de identidad 111430953, en calidad de apoderado especial de
Víctor Domingo Plumari, con domicilio en Santiago del Estero 1456, Lanús Oeste
(1824), provincia de Buenos Aires, Argentina, solicita la inscripción de: BONMETIQUE
como marca de fábrica y comercio en clase: 3. Internacional. Para proteger y
distinguir lo siguiente: preparaciones para blanquear y otras sustancias para
lavar la ropa; preparaciones para limpiar, pulir, desengrasar y raspar; jabones
no medicinales, productos de perfumería, aceites esenciales, cosméticos no
medicinales, lociones capilares no medicinales; dentífricos no medicinales;
especialmente productos para el cuidado del cabello, bálsamos, champús,
acondicionadores, productos para colorear el cabello, oxidantes, tinturas para
el cabello, productos para decolorar el cabello, tintes. Se cita a terceros
interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro,
dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación
de este edicto. Presentada el 09 de octubre del 2017. Solicitud N°
2017-0009908. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el
artículo 85 de la Ley 7978.—San José, 24 de octubre del 2017.—Randall Abarca
Aguilar, Registrador.—( IN2017199345 ).
Rodolfo Jiménez Sáenz, casado una vez, cédula de identidad 105150132, en
calidad de apoderado generalísimo de Dr. Max Salud Sociedad Anónima, cédula
jurídica 3101741553 con domicilio en cantón central avenida central frente a la
plaza de la cultura, contiguo a Starbuks, San José, Costa Rica, solicita la
inscripción de: DR. MAX CENTRO DE SALUD
como nombre comercial. Para proteger y
distinguir lo siguiente; Un establecimiento comercial dedicado a un centro de
salud, servicios médicos, odontológicos, oftalmológicos y de óptica, ubicado en
San José Central, frente a la Plaza de la Cultura, Avenida Central contiguo a
Starbuks. Reservas: De los colores: celeste turquesa, naranja y blanco.. Fecha:
5 de diciembre de 2017. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos
para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes,
contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 8 de
noviembre del 2017. Solicitud N° 2017-0010959. A efectos de publicación,
téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978.—San José, 5 de
diciembre del 2017.—Rolando Cardona Monge, Registrador.—( IN2017199403 ).
Matthew Thomas Sullilvan, casado una vez, cédula de residencia
182600003716, en calidad de Apoderado Especial de Asociación Instituto de
Gobierno Corporativo de Costa Rica, cédula jurídica 3002594116con domicilio en
Edificio del Colegio de Contadores Públicos, segundo piso, Oficinas de la
Cámara Costarricense de Emisoras de Valores, San José, Costa Rica, solicita la
inscripción de: IGC Instituto de Gobierno Corporativo de Costa Rica como marca
de servicios, en clase 41 internacional.
Para proteger y distinguir lo
siguiente: en clase 41; Servicios de formación de profesionales en gobierno
corporativo y organizaciones de gobierno corporativo, así como la divulgación
de Instituto de material educativo a gobierno corporativo y buenas prácticas.
Reservas: No se hace reserva del término: “COSTA RICA”. Se cita a terceros
interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro,
dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación
de este edicto. Presentada el 23 de octubre del 2017. Solicitud Nº
2017-0010383. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el
artículo 85 de la Ley 7978.—San José, 2 de noviembre del 2017.—Rolando Cardona
Monge, Registrador.—( IN2017199427 ).
Kattia Vargas Álvarez, casada dos veces, cédula de identidad 109520076,
en calidad de apoderada especial de Cuatro Drinks Sociedad Anónima, cédula
jurídica 3101675411, con domicilio en Santa Ana, Piedades, Urbanización la
Caraña de la segunda entrada, doscientos metros al norte, San José, Costa Rica,
solicita la inscripción de: K-NTINA, como marca de servicios en clase: 33
internacional.
Para proteger y distinguir lo siguiente:
bebidas alcohólicas (guaro). Reservas: del color: negro. Se cita a terceros
interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro,
dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación
de este edicto. Presentada el 1° de noviembre de 2017. Solicitud N°
2017-0010685. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el
artículo 85 de la Ley 7978.—San José, 9 de noviembre de 2017.—Alex Villegas
Méndez, Registrador.—( IN2017199434 ).
Nicole Díaz Martínez, casada una vez, cédula de identidad 0111440810,
con domicilio en Escazú, Los Laureles, casa 218, Costa Rica, solicita la
inscripción de: Nicole´s Glam como marca de fábrica y servicios en clases: 25 y
35. Internacionales.
Para proteger y distinguir lo
siguiente: en clase 25: Prendas de vestir y en clase 35: Servicios de venta de
ropa en línea. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para
hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados
a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 31 de octubre
de 2017. Solicitud Nº 2017-0010618. A efectos de publicación, téngase en cuenta
lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley Nº 7978.—San José, 08 de noviembre de
2017.—Alex Villegas Méndez, Registrador.—( IN2017199444 ).
José Antonio Gamboa Vázquez, casado, cédula de identidad Nº 104610803,
en calidad de apoderado especial de Shanghai Hugong Electric (Group) Co., Ltd
con domicilio en: 7177 Waiqingsong HWY, Qingpu District, 201700, Shanghai,
China, solicita la inscripción de: HG
como marca de fábrica y comercio
en clase 7 internacional, para proteger y distinguir lo siguiente: en clase 7:
Dispositivos de encendido para motores de combustión interna; bujías de
precalentamiento para motores de diesel; alimentadores de carburador;
cortadoras; máquinas para trabajar metales; máquinas industriales de
manipulación automáticas (manipuladores); robots (máquinas); dinamos;
generadores electricidad; arrancadores para motores y motores; estatores
(partes de máquinas); máquinas de soldar eléctricas; aparatos de soldar de gas;
aparatos de soldadura eléctrica; aparatos de soldar eléctricos; aparatos de
soldadura por arco eléctrico; aparatos por corte de arco eléctrico; lanzas
térmicas (máquinas). Se cita a terceros interesados en defender sus derechos
para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes,
contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 28 de
julio del 2017. Solicitud N° 2017-0007319. A efectos de publicación, téngase en
cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley N° 7978.—San José, 10 de agosto
del 2017.—Rina Ruiz Mata, Registradora.—( IN2017199471 ).
Carol Diana Mora Sánchez, soltera, cédula de identidad 108290352, en
calidad de apoderada especial de Intrade ABC S.A., cédula jurídica
310106439823, con domicilio en La Uruca, concretamente del Puente Juan Pablo
Segundo, 150 metros al oeste, edificio esquinero de color blanco, San José,
Costa Rica, solicita la inscripción de: Carol *ILLUSIONS*, como marca de
comercio en clases: 14 y 35 internacionales.
Para proteger y distinguir lo siguiente: en
clase 14: artículos de joyería, bisutería, piedras preciosas; artículos de
relojería e instrumentos cronométricos y en clase 35: servicios de presentación
de productos en cualquier medio de comunicación para su venta. Se cita a
terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este
Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera
publicación de este edicto. Presentada el 25 de octubre de 2017. Solicitud N°
2017-0009719. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el
artículo 85 de la Ley 7978.—San José, 25 de octubre de 2017.—Johnny Rodríguez
Garita, Registrador.—( IN2017199472 ).
Álvaro Enrique Dengo Solera, divorciado,
cédula de identidad 105440035, en calidad de apoderado especial de Wal-Mart
Stores, Inc., con domicilio en 702 Southwest 8th Street, Bentonville, Arkansas
72716-0520, Estados Unidos de América, solicita la inscripción de: TERRA
& SKY como marca de comercio en clase: 25. Internacional. Para proteger
y distinguir lo siguiente: en clase 25: Prendas de vestir, calzado, artículos
de sombrerería; ropa para damas de tallas grandes. Se cita a terceros
interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro,
dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación
de este edicto. Presentada el: 10 de octubre de 2017. Solicitud Nº 2017-0010000
A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de
la Ley Nº 7978.—San José, 30 de octubre de 2017.—Grettel Solís Fernández,
Registradora.—( IN2017199473 ).
Álvaro Enrique Dengo Solera, divorciado, cédula
de identidad 105440035, en calidad de Apoderado Especial de Wal-Mart Stores,
Inc., con domicilio en 702 Southwest 8th Street, Bentonville, Arkansas
72716-0520, Estados Unidos de América, solicita la inscripción de: TIME ANO
TRU como marca de comercio, en clases 9; 14; 18 y 25 internacional, para
proteger y distinguir lo siguiente: en clase 9; Aparatos e instrumentos
científicos, náuticos, geodésicos, fotográficos, cinematográficos, ópticos, de
pesaje, de medición, de señalización, de control (inspección), de salvamento y
de enseñanza; aparatos e instrumentos de conducción, distribución,
transformación, acumulación, regulación o control de la electricidad; aparatos
de grabación, transmisión o reproducción de sonido o imágenes; soportes de
registro magnéticos, discos acústicos; discos compactos, DVD y otros soportes
de grabación digitales; mecanismos para aparatos de previo pago; cajas
registradoras, máquinas de calcular, equipos de procesamiento de datos,
ordenadores; software; extintores; gafas de sol., en clase 14; Metales
preciosos y sus aleaciones, así como productos de estas materias o chapados no
comprendidos en otras clases; artículos de joyería, bisutería, piedras
preciosas; artículos de relojería e instrumentos cronométricos; joyería., en
clase 18; Cuero y cuero de imitación, productos de estas materias no
comprendidos en otras clases; pieles de animales; baúles y maletas; paraguas y
sombrillas; bastones; fustas y artículos de guarnicionería; y accesorios, es
decir, bolsos de mano; billeteras y en clase 25; Prendas de vestir, calzado,
artículos de sombrerería; ropa para damas. Se cita a terceros interesados en
defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos
meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto.
Presentada el 10 de octubre del 2017. Solicitud Nº 2017-0009999. A efectos de
publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley
7978.—San José, 30 de octubre del 2017.—Grettel Solís Fernández,
Registradora.—( IN2017199474 ).
María José Alemán Quirós, soltera, cédula de identidad 114480927 con
domicilio en San Rafael de Montes de Oca, San José, Costa Rica, solicita la
inscripción de: nash -BOUTIQUE-
como nombre comercial. Para
proteger y distinguir lo siguiente: Un establecimiento comercial dedicado a
tienda física y virtual de ropa, zapatos, bolsos, bisutería, maquillaje, trajes
de baño, ropa interior y lencería, perfumes, cremas, vestidos de noche, ropa
deportiva, ubicado en San Rafael de Montes de Oca, San José. Se cita a terceros
interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro,
dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación
de este edicto. Presentada el 10 de noviembre de 2017. Solicitud Nº
2017-0010453. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el
artículo 85 de la Ley Nº 7978.—San José, 16 de noviembre de 2017.—Grettel Solís
Fernández, Registradora.—( IN2017199486 ).
José Antonio Gamboa Vázquez, casado una vez, cédula de identidad Nº 104610803,
en calidad de apoderado especial de LG Corp con domicilio en: 128, Yeoui-Daero,
Yeongdeungpo-Gu, Seúl, 07336, República de Corea, solicita la inscripción de:
LG
como marca de fábrica y comercio
en clase 9 internacional, para proteger y distinguir lo siguiente: teléfonos
inteligentes; aparatos de comunicaciones portátiles; aparatos de grabación,
almacenamiento, transmisión y reproducción de sonidos e imágenes. Fecha: 20 de
noviembre de 2017. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para
hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados
a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 09 de octubre
del 2017. Solicitud N° 2017-0009942. A efectos de publicación, téngase en
cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley N° 7978.—San José, 20 de
noviembre del 2017.—Rina Ruiz Mata, Registradora.—( IN2017199490 ).
José Antonio Gamboa Vázquez, casado una vez, cédula de identidad
104610803, en calidad de apoderado especial de Fertiplus Agrosciences, S.L.U.,
con domicilio en c/industria, 74 -Pol. Ind. Comte de Sert - 08755 Castellbisbal
(Barcelona), España, solicita la inscripción de: NUTRION como marca de
fábrica y comercio en clase: 1. Internacional. Para proteger y distinguir lo
siguiente: productos químicos para la agricultura; abonos; fertilizantes;
tierra para el cultivo; turba (fertilizante); productos químicos de protección
contra las enfermedades de la vida. Se cita a terceros interesados en defender
sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses
siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto.
Presentada el 30 de mayo del 2017. Solicitud N° 2017-0005066. A efectos de
publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978.—San
José, 12 de junio del 2017.—Milena Marín Jiménez, Registradora.—( IN2017199491
).
José Antonio Gamboa Vázquez, casado una vez,
cédula de identidad 104610803, en calidad de apoderado especial de LG CORP con
domicilio en 128, Yeoui-Daero, Yeongdeungpo-Gu, Seoul, 07336, República de
Corea, solicita la inscripción de: LG SIGNATURE como marca de fábrica y
comercio en clases: 7; 9 y 11 internacionales, para proteger y distinguir lo
siguiente: en clase 7; Lavadoras; lavavajillas; aspiradoras, en clase 9; Televisores;
teléfonos móviles; teléfonos inteligentes; monitores para computadoras. y en
clase 11; Refrigeradoras; purificadores de aire; humidificadores; aires
acondicionados; secadoras de ropa; hornos de cocina para uso doméstico; hornos
de microondas. Fecha: 23 de noviembre de 2017. Se cita a terceros interesados
en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los
dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este
edicto. Presentada el 9 de octubre del 2017. Solicitud N° 2017-0009943. A
efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la
Ley 7978.—San José, 23 de noviembre del 2017.—Rina Ruiz Mata, Registradora.—(
IN2017199496 ).
Álvaro Enrique Dengo Solera, divorciado,
cédula de identidad 105440035, en calidad de Apoderado Especial de Wal-Mart
Stores Inc., con domicilio en 702 Southwest 8th Street, Bentonville, Arkansas
72716-0520, Estados Unidos de América, solicita la inscripción de: Walmart
como marca de servicios en clase 36 internacional, para proteger y distinguir
lo siguiente: 36 Servicios de seguros; servicios de negocios financieros;
servicios de negocios monetarios; servicios de asesoramiento financiero y
servicios de consultoría; servicios de asuntos inmobiliarios; Servicios
bancarios; servicios de gestión Inmobiliaria; servicios de recaudación de
fondos de candad; servicios de gestión de almacenes; servicios de gestión de
mercado; servicios de operación y gestión de supermercados; Servicios de
transacciones financieras, especialmente, proporcionar transacciones
comerciales seguras y opciones de pago mediante un dispositivo móvil en un
punto de venta; Servicios financieros, especialmente, de tarjetas de crédito,
tarjetas de débito, tarjetas de regalo y tarjetas de compra prepagada
electrónicamente a través de Internet, de teléfonos móviles y a través de
teléfonos inteligentes; Servicios de procesamiento de pagos, especialmente, de
tarjetas de crédito, tarjetas de regalo, tarjetas de débito y servicios de
procesamiento de transacciones de tarjetas prepago. Se cita a terceros
interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro,
dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación
de este edicto. Presentada el 28 de julio del 2017. Solicitud Nº 2017-0007326.
A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de
la Ley 7978.—San José, 10 de agosto del 2017.—Katherin Jiménez Tenorio,
Registradora.—( IN2017199507 ).
Álvaro Enrique Dengo Solera, divorciado, cédula
de identidad Nº 105440035, en calidad de apoderado especial de Gilead Sciences
Ireland UC con domicilio en: Ida Business and Technology Park, Carrigtohill,
County Cork, Irlanda, solicita la inscripción de: BIKTARVY, como marca
de comercio en clase 5 internacional, para proteger y distinguir lo siguiente:
en clase 5: Preparaciones farmacéuticas. Se cita a terceros interesados en
defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos
meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto.
Presentada el 28 de julio del 2017. Solicitud N° 2017-0007320. A efectos de
publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley N°
7978.—San José, 10 de agosto del 2017.—Rina Ruiz Mata, Registradora.—( IN2017199508
).
Álvaro Arguedas Durán, casado una vez, cédula de identidad 108980460 con
domicilio en Ciudad Colón Brasil de Mora, San José, Costa Rica, solicita la
inscripción de: ARG
como marca de servicios en clase 45
internacional. Servicios. Para proteger y distinguir lo siguiente: en clase 45;
Servicios jurídicos, servicios prestados por juristas a personas, grupos de
personas organizaciones o empresas. Se cita a terceros interesados en defender
sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses
siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto.
Presentada el 23 de noviembre del 2017. Solicitud N° 2017-0011472. A efectos de
publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley
7978.—San José, 4 de diciembre del 2017.—Randall Abarca Aguilar, Registrador.—(
IN2017199521 ).
Álvaro Arguedas Durán, casado una vez, cédula de identidad Nº 108980460
con domicilio en: Ciudad Colón Brasil de Mora, San José, Costa Rica, solicita
la inscripción de: ARG
como marca de servicios en clase
36 internacional, para proteger y distinguir lo siguiente: negocios
inmobiliarios, corredores de bienes, servicios de arrendamiento con opción de
compra, los servicios de administradores de propiedades, a saber, servicios de
alquiler, tasación de bienes inmuebles o financiación. Se cita a terceros
interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro,
dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación
de este edicto. Presentada el 23 de noviembre del 2017. Solicitud N°
2017-0011473. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el
artículo 85 de la Ley N° 7978.—San José, 4 de diciembre del 2017.—Randall
Abarca Aguilar, Registrador.—( IN2017199522 ).
Merilyn Ortiz Gutiérrez, casada una vez,
cédula de identidad 111820353, en calidad de apoderado especial de Betesda La
Alternativa Natural Sociedad Anónima, cédula jurídica 3101663043, con domicilio
en Paseo de los Estudiantes frente a la escuela España, San José, Costa Rica,
solicita la inscripción de: OSTEOGÉNESIS como marca de comercio, en
clase: 5. Internacional. Para proteger y distinguir lo siguiente: producto
macrobiótico, específicamente cápsulas que contienen sulfato de glucosamina con
efecto medicinal para evitar que las vértebras se peguen una con la otra.
Fecha: 15 de noviembre de 2017. Se cita a terceros interesados en defender sus
derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses
siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto.
Presentada el 09 de noviembre del 2017. Solicitud N° 2017-0011019. A efectos de
publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley
7978.—San José, 15 de noviembre del 2017.—César Alfonso Rojas Zúñiga,
Registrador.—( IN2017199525 ).
Esteban Bermúdez Sánchez, casado una vez, cédula de identidad 109890056,
en calidad de Representante Legal de Cooperativa Colegio Cooperativo de
Educación Integral de Coronado, Coopecoceic R. L., cédula jurídica 3004507792
con domicilio en Vásquez de Coronado, San Rafael, 400 metros noroeste del cruce
con San Pedro de Coronado, Costa Rica, solicita la inscripción de: Creston
-School-
como marca de servicios, en
clase 41 internacional, para proteger y distinguir lo siguiente: en clase 41;
Servicios de guardería para los niveles educativos de maternal (0-3 años),
prekinder (e a 4 años), kinder (4 a 5 años), preparatoria (5 a 6 años),
primaria (6 a 13 años) y secundaria completa. Reservas: De colores: Verde,
naranja y azul. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para
hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados
a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 25 de agosto
del 2017. Solicitud Nº 2017-0008352. A efectos de publicación, téngase en
cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978.—San José, 4 de diciembre
del 2017.—Bernard Molina Alvarado, Registrador.—( IN2017199545 ).
Ronny Araya Loría, casado dos veces, cédula de identidad 110370589, con
domicilio en Tres Ríos, La Unión de Pasoca 100 Este, Cartago, Costa Rica,
solicita la inscripción de: Trasciende
como nombre comercial en clase(s):
Internacional(es). Para proteger y distinguir lo siguiente: Clase 49: Un
establecimiento comercial dedicado a la venta de joyería, relojería, pedrería.
Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer
ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la
primera publicación de este edicto. Presentada el 8 de junio del 2017. Solicitud
N° 2017-0005435. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el
artículo 85 de la Ley 7978.—San José, 29 de junio del 2017.—César Alfonso Rojas
Zúñiga, Registrador.—( IN2017199556 ).
Ronny Araya Loría, casado dos veces, cédula de identidad 110370589, con
domicilio en Tres Ríos, La Unión de Pasoca 100 este, Costa Rica, solicita la
inscripción de: Trasciende como marca de comercio, en clase 14 internacional.
Para proteger y distinguir lo
siguiente: 14 Metales preciosos y sus aleaciones, artículos de joyería, piedras
preciosas y semipreciosas, relojería. Se cita a terceros interesados en
defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos
meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto.
Presentada el 3 de julio del 2017. Solicitud N° 2017-0006391. A efectos de
publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley
7978.—San José, 12 de julio del 2017.—Milena Marín Jiménez, Registradora.—(
IN2017199557 ).
Claudio Murillo Ramírez, cédula de identidad 105570443, en calidad de
apoderado especial de Nicoventures Holdings Limited, con domicilio en Globe
House, 1 Water Street, London WC2R 3LA, Reino Unido, solicita la inscripción
de: RAPTOR MAXX, como marca de comercio en clases 9 y 34
internacionales, para proteger y distinguir lo siguiente: en clase 9: baterías
para cigarrillos electrónicos y cargadores de baterías, dispositivos
electrónicos para llevar los cigarrillos electrónicos, dispositivos
electrónicos para cargar los cigarrillos electrónicos y cajas para cigarrillos
electrónicos, y en clase 34: cigarrillos electrónicos; cartuchos para
cigarrillos electrónicos; líquidos para cigarrillos electrónicos; cigarrillos
que contengan sustitutos del tabaco; sucedáneos del tabaco; cigarrillos;
tabaco; productos de tabaco; estuches de cigarrillos; cajas de cigarrillos. Se
cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante
este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la
primera publicación de este edicto. Presentada el 5 de junio de 2017. Solicitud
N° 2017-0004242. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el
artículo 85 de la Ley 7978.—San José, 7 de junio de 2017.—Rolando Cardona
Monge, Registrador.—( IN2017199655 ).
Claudio Murillo Ramírez, cédula de identidad
105570443, en calidad de Apoderado Especial de Banco Davivienda S. A., con
domicilio en Avenida El Dorado N° 68 C-61, Bogotá, Colombia, solicita la
inscripción de: A PAGUITOS DAVIVIENDA como marca de servicios en clase
36 internacional, para proteger y distinguir lo siguiente: en clase 36;
Servicios de seguros; operaciones financieras; operaciones Monetarias; negocios
inmobiliarios. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para
hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados
a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 25 de octubre
del 2017. Solicitud Nº 2017-0009717. A efectos de publicación, téngase en
cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978.—San José, 25 de octubre
del 2017.—Johnny Rodríguez Garita, Registrador.—( IN2017199663 ).
Carlos Manuel Alfaro Alfaro, casado, cédula de identidad N° 107170334,
con domicilio en Moravia, Los Colegios, frente al Colegio de Farmacéuticos,
Condominio Providencia, N° 28, Costa Rica, solicita la inscripción de: YO LO
HAGO
como marca de fábrica y
servicios en clases: 9 y 42. Internacionales. Para proteger y distinguir lo
siguiente: en clase 9: Software de cómputo para la interacción de personas que
requieran un trabajo o servicio; software de cómputo y en clase 42: Servicios
prestados de coordinación e interacción entre personas que requieran un trabajo
o servicio a través de un software de cómputo; diseño y desarrollo de software
de cómputo. Reservas: De los colores: cyan y amarillo. Se cita a terceros
interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro,
dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación
de este edicto. Presentada el 16 de noviembre de 2017. Solicitud Nº
2017-0011276. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el
artículo 85 de la Ley Nº 7978.—San José, 7 de diciembre de 2017.—Katherine
Jiménez Tenorio, Registradora.—( IN2017199752 ).
Alexander Uhrig Martínez, divorciado, cédula de identidad 108340031, en
calidad de apoderado generalísimo de Alltruck S.R.L., cédula jurídica
3102749902, con domicilio en cantón de Curridabat, distrito de Curridabat,
calles 75 y 77, avenidas 78a, 40 metros al oeste de calle 76, San
José, Costa Rica, solicita la inscripción de Alltruck, como marca de
fábrica y servicios en clases 9; 38; 39 y 42 internacionales, para proteger y
distinguir lo siguiente en clase 9: Software de cómputo para coordinar
servicios de transporte y traslado de carga, a saber, software para la
programación automatizada y despacho de vehículos motorizados; software de
cómputo, en clase 38: Servicios de telecomunicaciones, a saber, llamadas de
enrutamiento, mensajes SMS, y notificaciones entregadas a terceros operadores
de vehículos motorizados locales dentro del entorno de la persona que llama
mediante teléfonos móviles; telecomunicaciones, en clase 39: Suministro de
información en relación con servicios de transporte y traslado de carga y
reservaciones de servicios de transporte y traslado de carga; transporte,
embalaje y almacenaje de productos, organización de viajes, todos los
anteriores ofrecidos en línea y en clase 42: Suministro de uso temporal de
software no-descargable en línea para proveer servicios de transporte y
traslado de carga; reservaciones para servicios de transporte y traslado de
carga, y para despachar vehículos motorizados a los clientes, diseño y
desarrollo de software de cómputo. Se cita a terceros interesados en defender
sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses
siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto.
Presentada el 28 de noviembre de 2017. Solicitud N° 2017-0011618. A efectos de
publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley
7978.—San José, 12 de diciembre de 2017.—Alex Villegas Méndez, Registrador.—(
IN2017199864 ).
Luis Pal Hegedus, casado, cédula de identidad 105580219, en calidad de
apoderado especial de Victoria’s Secret Stores Brand Management Inc, con
domicilio en Four Limited Parkway, Reynoldsburg, Ohio 43068, Estados Unidos de
América, solicita la inscripción de: VICTORIA’S SECRET LOVE
como marca de fábrica y comercio en clase: 3 internacional,
para proteger y distinguir lo siguiente: Perfume, eau de parfum (agua de
perfume), eau de toilette(agua de baño), aceites esenciales, aceites para
masajes, splash corporal (spray corporal perfumado), rocío corporal, espray
corporal, scrub corporal (exfoliante corporal), gel de baño, jabón corporal,
crema corporal, loción corporal, polvo corporal, baño de burbujas, bombas de
baño, gel de ducha, jabón de mano, crema de manos, cosméticos, preparaciones
para el cuido de cabello; preparaciones para el bronceado solar; preparaciones
para auto- broncearse y preparaciones no medicadas para la protección del sol.
Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer
ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la
primera publicación de este edicto. Presentada el 8 de junio de 2017. Solicitud
N° 2017-0005447. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el
artículo 85 de la Ley 7978.—San José, 28 de junio de 2017.—Alex Villegas Méndez,
Registrador.—( IN2017199919 ).
Alexis Antonio León Azofeifa, divorciado, cédula de identidad 601850501
con domicilio en Montes de Oca, Sabanilla, Residencial La Alhambra, casa N°
F-5, San José, Costa Rica, solicita la inscripción de: TIC NIC
como nombre comercial. Para proteger y
distinguir lo siguiente: Un establecimiento comercial dedicado a brindar
servicios de restauración, ubicado en San José, Montes de Oca, Sabanilla,
Residencial La Alhambra, casa N° F-5. Fecha: 11 de diciembre de 2017. Se cita a
terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este
Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera
publicación de este edicto. Presentada el 4 de diciembre del 2017. Solicitud N°
2017-0011758. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el
artículo 85 de la Ley 7978.—San José, 11 de diciembre del 2017.—Rolando Cardona
Monge, Registrador.—( IN2017199988 ).
Harry Zurcher Blen, casado una vez, cédula de identidad 104151184, en
calidad de apoderado especial de Marriott Worldwide Corporation, con domicilio
en 10400 Fernwood Road, Bethesda, Maryland 20817, Estados Unidos de América,
solicita la inscripción de: COURTYARD BY MARRIOTT
como marca de servicios en clase: 43.
Internacional. Para proteger y distinguir lo siguiente: servicios para
proporcionar alimentos y bebidas; proporcionar alojamiento temporal;
preparación de alimentos; reservación de alojamiento temporal; servicios de
hotel; servicios de restauración (alimentación), catering, bar y cafetería;
servicios de alojamiento en complejos turísticos; provisión de instalaciones de
uso general para reuniones, conferencias y exhibiciones; provisión de banquetes
y salones de actos sociales para ocasiones especiales; y servicios de reserva
de alojamiento en hoteles; suministro de información y asesoría relacionado con
todos los servicios antes mencionados. Se cita a terceros interesados en
defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos
meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto.
Presentada el 08 de agosto del 2017. Solicitud N° 2017-0007653. A efectos de
publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley
7978.—San José, 16 de noviembre del 2017.—Randall Abarca Aguilar,
Registrador.—( IN2017200000 ).
María del Pilar López Quirós, divorciada, cédula de identidad Nº
110660601, en calidad de apoderada especial de Pizza Hut International, LLC,
con domicilio en: 7100 Corporate Drive, Plano, TX 75024, Estados Unidos de
América, solicita la inscripción de: PIZZA HUT
como marca de fábrica y
servicios en clases: 29, 30 y 43 internacionales, para proteger y distinguir lo
siguiente: en clase 29: carne, pescado, carne de ave, pollo cocido y pollo
congelado; frutas y hortalizas en conserva, congeladas, secas y cocidas; quesos
para coberturas de pizza; en clase 30: pizza; platos de pastas preparadas y en
clase 43: servicios de restaurantes. Se cita a terceros interesados en defender
sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses
siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto.
Presentada el 04 de octubre del 2017. Solicitud N° 2017-0009868. A efectos de
publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley N° 7978.—San
José, 22 de noviembre del 2017.—Johnny Rodríguez Garita, Registrador.—(
IN2017200001 ).
María del Pilar López Quirós, divorciada,
cédula de identidad 11066601, en calidad de apoderada especial de The William
Carter Company, con domicilio en 3438 Peachtree St. NE, Suite 1800, Atlanta,
Georgia 30326, Estados Unidos de América, solicita la inscripción de: CHILD
OF MINE como marca de fábrica y comercio en clase: 25. Internacional. Para
proteger y distinguir lo siguiente: en clase 25: Ropa para bebés y niños,
camisetas, calcetines, sombreros, gorras, mamelucos, overoles, jumpers (ropa),
vestidos, suéteres, abrigos, batas, blúmers, baberos de tela, pañoletas,
leggings, botines, vestidos de noche, juegos de dos piezas camisa y pantalón,
ropa interior, zapatillas, pantalones de mezclilla, cubre pañales para bebés
(calzones), ropa exterior, guantes, mitones, enterizos-tipo pijama, batas de
dormir, pijamas, camisas, zapatos, zapatos suaves, sandalias, pantalones
cortos, overoles, cortos, calcetines, trajes para la nieve y trajes para el
sol; baberos de plástico para bebés; prendas de vestir y conjuntos de ropa para
bebés y niños, a saber, canastilla de ropa para bebé, saquitos de dormir para
bebé, trajes de baño, monos (ropa), tops (ropa) y pantalones, camisetas, pañales
de tela, abrigos, chaquetas, pantalones. Se cita a terceros interesados en
defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos
meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto.
Presentada el 11 de octubre de 2017. Solicitud Nº 2017-0010053. A efectos de
publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley Nº
7978.—San José, 22 de noviembre de 2017.—Johnny Rodríguez Garita,
Registrador.—( IN2017200002 ).
María del Pilar López Quirós, divorciada, cédula de identidad 110660601,
en calidad de apoderada especial de Plásticos Espumados S. A. de C.V., con
domicilio en carretera México - Toluca N° 5324, piso 2, Col. El Yaqui, Ciudad
México, C.P. 03650, Delegación Cuajimalpa de Morelos, México, solicita la
inscripción de: POLYBARRIER como marca de fábrica y comercio en
clase(s): 17. Internacional(es). Para proteger y distinguir lo siguiente: en
clase 17: Caucho, gutapercha, goma, amianto, mica y productos de estas
materias, no comprendidos en otras clases; productos de materias plásticas
semielaborados; materiales para calafatear, estopar y aislar; tubos flexibles
no metálicos. Fecha: 13 de noviembre de 2017. Se cita a terceros interesados en
defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos
meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto.
Presentada el 31 de octubre del 2017. Solicitud N° 2017-0010651. A efectos de
publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley
7978.—San José, 13 de noviembre del 2017.—Grettel Solís Fernández,
Registradora.—( IN2017200003 ).
María del Pilar López Quirós, divorciada, cédula de identidad 110660601,
en calidad de apoderada especial de 3-102-717002 S.R.L., cédula jurídica 3102717002,
con domicilio en Escazú, San Rafael, Centro Corporativo Plaza Roble, edificio
Los Balcones, 4to piso, San José, Costa Rica, solicita la inscripción de:
como marca de servicios en
clase: 43. Internacional. Para proteger y distinguir lo siguiente: en clase 43:
Servicios de restauración (alimentación). Reservas: De los colores: negro y
naranja. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos
valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir
de la primera publicación de este edicto. Presentada el 31 de octubre de 2017.
Solicitud Nº 2017-0010652. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo
dispuesto en el artículo 85 de la Ley Nº 7978.—San José, 20 de noviembre de
2017.—Katherine Jiménez Tenorio, Registradora.—( IN2017200004 ).
Edgar Zurcher Gurdian, cédula de identidad
1-0532-0390, en calidad de apoderado especial de SCA Hygiene Products AB, con
domicilio en SE-405 03 Göteborg, Suecia, solicita la inscripción de: TENA
DISCRET como marca de fábrica y comercio en clase: 5. Internacional. Para
proteger y distinguir lo siguiente: en clase 5: Preparaciones higiénicas
absorbentes y artículos para la higiene personal; artículos higiénicos
absorbentes para incontinencia, a saber, compresas sanitarias (toallas), almohadillas,
pañales, bragas y protectores diarios; artículos higiénicos absorbentes para
protección femenina, a saber, compresas sanitarias (toallas), almohadillas,
tampones, bragas y protectores diarios. Se cita a terceros interesados en
defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos
meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto.
Presentada el 31 de octubre de 2017. Solicitud Nº 2017-0010653. A efectos de
publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley Nº
7978.—San José, 13 de noviembre de 2017.—Grettel Solís Fernández,
Registradora.—( IN2017200005 ).
Édgar Zurcher Gurdián, divorciado, cédula de identidad 105320390, en
calidad de apoderado especial de SCA Hygiene Products AB, con domicilio en
SE-405 03 Göteborg, Suecia, solicita la inscripción de: TENA LADY como
marca de fábrica y comercio en clase(s): 5. Internacional(es). Para proteger y
distinguir lo siguiente: en clase 5: Preparaciones higiénicas absorbentes y
artículos para la higiene personal; artículos higiénicos absorbentes para
incontinencia, a saber, compresas sanitarias (toallas), almohadillas, pañales,
bragas y protectores diarios; artículos higiénicos absorbentes para protección
femenina, a saber, compresas sanitarias (toallas), almohadillas, tampones,
bragas y protectores diarios. Fecha: 13 de noviembre de 2017. Se cita a
terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este
Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera
publicación de este edicto. Presentada el 31 de octubre del 2017. Solicitud N°
2017-0010654. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el
artículo 85 de la Ley 7978.—San José, 13 de noviembre del 2017.—Grettel Solís
Fernández, Registradora.—( IN2017200006 ).
Harry Zurcher Blen, casado, cédula de identidad 104151184, en calidad de
apoderado especial de Estructuras Sociedad Anónima, con domicilio en
Curridabat, Pinares, de la Farmacia Fischel, 200 metros norte y 100 metros este,
Condominio Pinar del Río, casa N° 17, San José, Costa Rica, solicita la
inscripción de: C
como marca de fábrica y comercio en clase(s):
19. Internacional(es). Para proteger y distinguir lo siguiente: en clase 19;
Materiales de construcción no metálicos; tubos rígidos no metálicos para la
construcción; asfalto, pez y betún; construcciones transportables no metálicas;
monumentos no metálicos. Se cita a terceros interesados en defender sus
derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses
siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto.
Presentada el 8 de noviembre del 2017. Solicitud N° 2017-0010936. A efectos de
publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley
7978.—San José, 15 de noviembre del 2017.—Rolando Cardona Monge, Registrador.—(
IN2017200007 ).
Harry Zurcher Blen, casado, cédula de identidad 104151184, en calidad de
apoderado especial de Estructuras Sociedad Anónima con domicilio en Curridabat,
Pinares, de la Farmacia Fischel, 200 metros norte y 100 metros este, Condominio
Pinar del Río, casa Nº 17, San José, Costa Rica, solicita la inscripción de: C
como marca de fábrica y comercio
en clase: 6. Internacional. Para proteger y distinguir lo siguiente: en clase
6: Metales comunes y sus aleaciones; materiales de construcción metálicos;
construcciones transportables metálicas; materiales metálicos para vías
férreas; cables e hilos metálicos no eléctricos; cerrajería y ferretería
metálica; tubos metálicos; cajas de caudales; productos metálicos no
comprendidos en otras clases; minerales. Reservas: De los colores: dorado y
blanco. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos
valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir
de la primera publicación de este edicto. Presentada el 08 de noviembre de
2017. Solicitud Nº 2017-0010937. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo
dispuesto en el artículo 85 de la Ley Nº 7978.—San José, 16 de noviembre de
2017.—Rolando Cardona Monge, Registrador.—( IN2017200008 ).
Édgar Zurcher Gurdián, cédula de identidad 105320390, en calidad de
apoderado especial de Campagnolo S.R.L., con domicilio en Vía Della Chimica 4 –
36100 Vicenza, Italia, solicita la inscripción de: F FULCRUM
como marca de fábrica y comercio en clase(s):
12. Internacional(es). Para proteger y distinguir lo siguiente: en clase 12;
Bicicletas, componentes para bicicletas, piñones (ruedas dentadas), bielas para
bicicletas, frenos de bicicletas, ruedas de bicicletas, llantas y radios para
ruedas de bicicletas, sujetadores de radios para ruedas de bicicletas,
neumáticos para bicicletas y neumáticos sin cámara para bicicletas, cadenas de
bicicletas, manubrios de bicicletas, marcos de bicicleta. Fecha: 17 de noviembre
de 2017. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos
valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir
de la primera publicación de este edicto. Presentada el 8 de noviembre del
2017. Solicitud N° 2017-0010979. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo
dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978.—San José, 17 de noviembre del
2017.—Grettel Solís Fernández, Registradora.—( IN2017200009 ).
Edgar Zurcher Gurdian, cédula de identidad 105320390, en calidad de
apoderado especial de Conair Corporation, con domicilio en One Cummings Point
Road, Stamford, Connecticut 06902, Estados Unidos de América, solicita la
inscripción de: RUSKPRO
como marca de fábrica y comercio
en clase 3 internacional. Para proteger y distinguir lo siguiente: en clase 3:
Decolorante para el cabello; preparaciones para decolorar el cabello;
preparaciones para el cuidado del cabello; colorantes para el cabello; geles
para el SK cabello; preparaciones para peinar el cabello; jabones de baño;
jabones de belleza; acondicionadores de cabello; espumas para el PRO cabello;
pomadas para el cabello; champú para el cabello; spray para el cabello; gel y
espuma para el cabello; spray para peinar el cabello; jabones cosméticos no
medicados; preparaciones no medicadas, todas para el cuidado de la piel, el
cabello y el cuero cabelludo; espumas para peinar el cabello. Se cita a
terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este
Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera
publicación de este edicto. Presentada el 08 de noviembre de 2017. Solicitud Nº
2017-0010981. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el
artículo 85 de la Ley Nº 7978.—San José, 17 de noviembre de 2017.—Grettel Solís
Fernández, Registradora.—( IN2017200010 ).
María del Pilar López Quirós, divorciada,
cédula de identidad Nº 110660601, en calidad de apoderada especial de Apple
Inc., con domicilio en: 1 Infinite Loop, Cupertino, California 95014, Estados
Unidos de América, solicita la inscripción de: ARKIT, como marca de
fábrica y comercio en clase 9 internacional, para proteger y distinguir lo
siguiente: software utilizado en el desarrollo de otras aplicaciones de
software; software de desarrollo de aplicaciones. Fecha: 21 de noviembre de
2017. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos
valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir
de la primera publicación de este edicto. Presentada el 16 de noviembre del
2017. Solicitud N° 2017-0011277. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo
dispuesto en el artículo 85 de la Ley N° 7978.—San José, 21 de noviembre del
2017.—Johnny Rodríguez Garita, Registrador.—( IN2017200011 ).
Guido Alexánder Jiménez Madrigal, soltero, cédula de identidad Nº
109200687, con domicilio en: Copey de Dota, Río Blanco, setecientos metros este
de la escuela de Río Blanco, casa color madera, Costa Rica, solicita la
inscripción de: Tierra de uz Huevos de Pastoreo
como marca de comercio en clase
29 internacional, para proteger y distinguir lo siguiente: en clase 29: Huevos.
Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer
ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la
primera publicación de este edicto. Presentada el 3019 de junio del 2017.
Solicitud N° 2017-0006365. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo
dispuesto en el artículo 85 de la Ley N° 7978.—San José, 03 de agosto del
2017.—César Alfonso Rojas Zúñiga, Registrador.—( IN2017200029 ).
Roger Alexis Cortés Solano, casado una vez, cédula de identidad
303070934 y Andrey Alberto Mejía Solano, soltero, cédula de identidad N°
304240262 con domicilio en Paraíso 175 mts este de la iglesia Ciudad del
Salvador, Costa Rica y Paraíso 400 mts norte y 175 mts este, Cartago, Costa
Rica, solicita la inscripción de: Alberto Barón
como marca de comercio en clase:
25. Internacional. Para proteger y distinguir lo siguiente: prendas de vestir,
línea ejecutiva de caballero, camisas, trajes, pantalones de armi, trajes de
primera comunión, blazer. Se cita a terceros interesados en defender sus
derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses
siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada
el 06 de noviembre de 2017. Solicitud Nº 2017-0010842. A efectos de
publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley Nº
7978.—San José, 04 de diciembre de 2017.—Randall Abarca Aguilar, Registrador.—(
IN2017200044 ).
Esaú Herrera Miranda, soltero, cédula de identidad 108750239, en calidad
de apoderado generalísimo de Crema Y Nata S. A., con domicilio en Atenas
Centro, del Banco Popular seiscientos metros al norte, carretera a Fátima de
Atenas después del puente sobre el Rio Fátima 50 metros, casa a mano izquierda,
Alajuela, Costa Rica, solicita la inscripción de: CREMA Y NATA como nombre comercial. Para distinguir lo
siguiente: Un establecimiento comercial dedicado a Panadería, Pastelería,
Repostería, Cafetería, Restaurante, Servicio Catering, Ubicado en Atenas -
Alajuela, 100 metros este 10 norte de las oficinas del ICE. Se cita a terceros
interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro,
dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación
de este edicto. Presentada el 20 de noviembre del 2017. Solicitud N°
2017-0011357. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el
artículo 85 de la Ley 7978.—San José, 30 de noviembre del 2017.—Ivonne Mora
Ortega, Registradora.—( IN2017200080 ).
María Gabriela Arroyo Vargas, casada una vez, cédula de identidad
109330536, en calidad de apoderada especial de Sociedad Alimentos de Primera
Sociedad Anónima, con domicilio en Corregimiento de José Domingo Espinar, Vía Domingo
Díaz, Edificio Bonlac, Distrito de San Miguelito, Ciudad de Panamá, Panamá,
solicita la inscripción de: DIGESTIVE, como marca de fábrica y comercio
en clase: 29 internacional, para proteger y distinguir lo siguiente: lácteos,
yogurt, bebidas lácteas de fácil digestión o para la buena digestión. Se cita a
terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este
Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera
publicación de este edicto. Presentada el 4 de octubre de 2017. Solicitud N°
2017-0009772. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el
artículo 85 de la Ley 7978.—San José, 4 de diciembre de 2017.—Rolando Cardona
Monge, Registrador.—( IN2017200090 ).
María Gabriela Arroyo Vargas, casada una vez,
cédula de identidad Nº 109330536, en calidad de apoderada especial de Sociedad
Alimentos de Primera Sociedad Anónima con domicilio en: Corregimiento de José
Domingo Espinar, Vía Domingo Díaz, edificio Bonlac, distrito de San Miguelito,
Ciudad de Panamá, Panamá, solicita la inscripción de: SHAKE IT, como
marca de fábrica y comercio en clase 29 internacional, para proteger y
distinguir lo siguiente: Batidos lácteos y batidos de yogurt. Fecha: 28 de
noviembre de 2017. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para
hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados
a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 04 de octubre
del 2017. Solicitud N° 2017-0009792. A efectos de publicación, téngase en
cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley N° 7978.—San José, 28 de
noviembre del 2017.—Alex Villegas Méndez, Registrador.—( IN2017200091 ).
María Gabriela Arroyo Vargas, casada una vez, cédula de identidad Nº
109330536, en calidad de apoderada especial de Sociedad Alimentos de Primera,
S. A., con domicilio en: Corregimiento de José Domingo Espinar, vía Domingo
Díaz, edificio Bonlac, distrito de San Miguelito, Ciudad de Panamá, Panamá,
solicita la inscripción de: DIGESTIVE
como marca de fábrica
y comercio en clase 29 internacional, para proteger y distinguir lo siguiente:
lácteos, yogurt, bebidas lácteas de fácil digestión o para la buena digestión.
Reservas: de colores: blanco, negro y gris. Fecha: 4 de diciembre de 2017. Se
cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante
este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la
primera publicación de este edicto. Presentada el 4 de octubre del 2017.
Solicitud N° 2017-0009774. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo
dispuesto en el artículo 85 de la Ley N° 7978.—San José, 4 de diciembre del
2017.—Rolando Cardona Monge, Registrador.—( IN2017200094 ).
María Gabriela Arroyo Vargas, casada una vez, cédula de identidad
109330536, en calidad de apoderada especial de sociedad Alimentos de Primera
Sociedad Anónima con domicilio en Corregimiento de José Domingo Espinar, Vía
Domingo Díaz, edificio Bonlac, Distrito de San Miguelito, Ciudad de Panamá,
Panamá, solicita la inscripción de: LA NUESTRA como marca de fábrica y
comercio en clase 29 internacional. Para proteger y distinguir lo siguiente:
Lácteos, yogurt, bebidas lácteas. Se cita a terceros interesados en defender
sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses
siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto.
Presentada el 04 de octubre de 2017. Solicitud Nº 2017-0009791. A efectos de
publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley Nº
7978.—San José, 28 de noviembre de 2017.—Alex Villegas Méndez, Registrador.—( IN2017200095
).
María Gabriela Arroyo Vargas, casada una vez, cédula de identidad
109330536, en calidad de apoderada especial de Sociedad Alimentos de Primera S.
A., con domicilio en Corregimiento de José Domingo Espinar, Vía Domingo Díaz,
edificio Bonlac, Distrito de San Miguelito, Ciudad de Panamá, Panamá, solicita
la inscripción de: BONLAC FRESALAC como marca de fábrica y comercio en
clase: 29. Internacional. Para proteger y distinguir lo siguiente: Lácteos,
yogurt, y bebidas lácteas todas a base de fresa o con sabor a fresa. Se cita a
terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este
Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera
publicación de este edicto. Presentada el 04 de octubre de 2017. Solicitud Nº
2017-0009790. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el
artículo 85 de la Ley Nº 7978.—San José, 28 de noviembre de 2017.—Alex Villegas
Méndez, Registrador.—( IN2017200098 ).
María Gabriela Arroyo Vargas, casada, cédula de identidad Nº 109330536,
en calidad de apoderada especial de Sociedad Alimentos de Primera Sociedad
Anónima con domicilio en: Corregimiento de José Domingo Espinar, vía Domingo
Díaz, edificio Bonlac, distrito de San Miguelito, Panamá, solicita la
inscripción de: Bonie
como marca de fábrica y comercio
en clase 29 internacional, para proteger y distinguir lo siguiente: lácteos,
yogurt y bebidas lácteas. Se cita a terceros interesados en defender sus
derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses
siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto.
Presentada el 04 de octubre del 2017. Solicitud N° 2017-0009785. A efectos de
publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley N°
7978.—San José, 24 de noviembre del 2017.—Rándall Abarca Aguilar,
Registrador.—( IN2017200099 ).
María Gabriela Arroyo Vargas, casada una vez, cédula de identidad
109330536, en calidad de apoderada especial de sociedad Alimentos de Primera
Sociedad Anónima con domicilio en Corregimiento de José Domingo Espinar, Vía
Domingo Díaz, edificio Bonlac, Distrito de San Miguelito, Ciudad de Panamá,
Panamá, solicita la inscripción de: BONLITE como marca de fábrica y
comercio en clase: 29. Internacional. Para proteger y distinguir lo siguiente:
Lácteos, yogurt, y bebidas lácteas. Se cita a terceros interesados en defender
sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses
siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto.
Presentada el 04 de octubre de 2017. Solicitud Nº 2017-0009788. A efectos de
publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley Nº
7978.—San José, 28 de noviembre de 2017.—Alex Villegas Méndez, Registrador.—( IN2017200101
).
María Gabriela Arroyo Vargas, casada una vez, cédula de identidad
109330536, en calidad de apoderada especial de Sociedad Alimentos de Primera
Sociedad Anónima, con domicilio en Corregimiento de José Domingo Espinar, Vía
Domingo Díaz, Edificio Bonlac, Distrito de San Miguelito, Ciudad de Panamá,
Panamá, solicita la inscripción de: BONLAC VAINILAC como marca de
fábrica y comercio en clase(s): 29. Internacional(es). Para proteger y
distinguir lo siguiente: Lácteos, yogurt, bebidas lácteas todas a base de
vainilla o con sabor a vainilla. Fecha: 28 de noviembre de 2017. Se cita a
terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este
Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera
publicación de este edicto. Presentada el 4 de octubre del 2017. Solicitud N°
2017-0009789. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el
artículo 85 de la Ley 7978.—San José, 28 de noviembre del 2017.—Alex Villegas
Méndez, Registrador.—( IN2017200103 ).
María Gabriela Arroyo Vargas, casada una vez, cédula de identidad
109330536, en calidad de apoderada especial de sociedad Alimentos de Primera S.
A., con domicilio en Corregimiento de José Domingo Espinar, Vía Domingo Díaz,
Edificio Bonlac, Distrito de San Miguelito, Ciudad de Panamá, Panamá, solicita
la inscripción de: QUE BUEN FEELING como señal de propaganda. Para
promocionar carne pescado, aves y caza; extractos de carne, frutas y legumbres
en conserva, secas y cocidas; jaleas, mermeladas, huevos, leche y otros
productos lácteos, aceites y grasas comestibles; conservas, encurtidos.
Relacionado con el registro 100548. Se cita a terceros interesados en defender
sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses
siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto.
Presentada el 04 de octubre de 2017. Solicitud Nº 2017-0009776. A efectos de
publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley Nº
7978.—San José, 04 de diciembre de 2017.—Rolando Cardona Monge, Registrador.—(
IN2017200107 ).
Alejandra Granados Obregon, soltera, cédula de identidad 111860213, con
domicilio en San Rafael de Montes de Oca, Urbanización Mansiones casa 34, San
Pedro, San José, Costa Rica, solicita la inscripción de: SOLEM Soluciones
empresariales
como marca de servicios en
clase: 35. Internacional. Para proteger y distinguir lo siguiente: en clase 35:
Diseño de plan de negocios, plan de ventas, plan de publicidad, consultoría en
clima organizacional diseño de manual de puestos, procedimientos y servicio al
cliente estrategias de mercadeo y publicidad p/ empresas, asesoría de negocios.
Reservas: De los colores: verde turquesa y naranja. Se cita a terceros
interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro,
dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación
de este edicto. Presentada el 26 de octubre de 2017. Solicitud Nº 2017-0010517.
A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de
la Ley Nº 7978.—San José, 01 de diciembre de 2017.—Rina Ruiz Mata,
Registradora.—( IN2017200116 ).
Carlos Guillermo Alvarado Heinrich, casado una vez, cédula de identidad
109140590, en calidad de apoderado generalísimo de Grupo Jurídico Alco Sociedad
Anónima, cédula jurídica 3101267113, con domicilio en Curridabat, Guayabos, de
Motores Británicos, 400 al metros norte, entrada a Urbanización Cataluña, casa
esquinera a mano izquierda, San José, Costa Rica, solicita la inscripción de:
ALCO ABOGADOS Premium Law Firm,
como nombre comercial en clase: internacional,
para proteger y distinguir lo siguiente: un establecimiento comercial dedicado
a brindar servicios de despacho legal y servicios jurídicos en general, ubicado
en San José, Curridabat, Guayabos, de Motores Británicos, 400 metros norte,
entrada a Urbanización Cataluña, casa esquinera, a mano derecha. Se cita a
terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este
Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera
publicación de este edicto. Presentada el 6 de noviembre de 2017. Solicitud N°
2017-0010827. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el
artículo 85 de la Ley 7978.—San José, 27 de noviembre de 2017.—Cesar Alfonso
Rojas Zúñiga, Registrador.—( IN2017200157 ).
Israel Hernández Morales, casado, cédula de identidad 500640914, en
calidad de apoderado generalísimo de Asociación Universidad de Iberoamérica,
cédula jurídica 3002150460 con domicilio en Tibás; del ICE, 200 metros al este,
instalaciones de la Universidad de Iberoamérica, San José, Costa Rica, solicita
la inscripción de: Colegio Universitario Luis Pasteur como nombre
comercial para proteger y distinguir lo siguiente: un establecimiento comercial
dedicado a educación, formación, esparcimiento, actividades deportivas y
culturales. Ubicado en San José, Tibás, del ICE, 200 metros al este,
instalaciones de la Universidad de Iberoamérica. Fecha: 5 de diciembre de 2017.
Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer
ante este registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la
primera publicación de este edicto. Presentada el 27 de octubre del 2017.
Solicitud N° 2017-0010567. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo
dispuesto en el artículo 85 de la ley 7978.—San José, 5 de diciembre del
2017.—Grettel Solís Fernández, Registradora.—( IN2017200208 ).
Roxana Cordero Pereira, cédula de identidad 111610034, en calidad de
apoderado especial de Zodiac International Corporation, con domicilio en ciudad
de Panamá, calle 50, edificio Global Plaza, 6to piso, Panamá,
Panamá, solicita la inscripción de: VILAZIC como marca de fábrica y
comercio en clase: 5. Internacional. Para proteger y distinguir lo siguiente:
preparaciones farmacéuticas y veterinarias; preparaciones higiénicas y
sanitarias para uso médico; alimentos y sustancias dietéticas para uso médico o
veterinario, alimentos para bebes, complementos alimenticios para personas y
animales; emplastos, material para apósitos; material para empastes e improntas
dentales; desinfectantes; preparaciones para eliminar animales dañinos;
fungicidas, herbicidas. Fecha: 27 de noviembre de 2017. Se cita a terceros
interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este registro,
dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación
de este edicto. Presentada el 16 de noviembre del 2017. Solicitud N°
2017-0011285. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el
artículo 85 de la ley 7978.—San José, 27 de noviembre del 2017.—Katherine
Jiménez Tenorio, Registradora.—( IN2017200245 ).
Roxana Cordero Pereira, cédula de identidad 111610034, en calidad de
apoderado especial de Zodiac International Corporation, con domicilio en calle
50, Torre Global plaza, 6to piso, Panamá, solicita la inscripción
de: OZANTI como marca de fábrica y comercio en clase: 5. Internacional.
Para proteger y distinguir lo siguiente: preparaciones farmacéuticas y
veterinarias; preparaciones higiénicas y sanitarias para uso médico; alimentos
y sustancias dietéticas para uso médico o veterinario, alimentos para bebes,
complementos alimenticios para personas y animales; emplastos, material para
apósitos; material para empastes e improntas dentales; desinfectantes;
preparaciones para eliminar animales dañinos; fungicidas, herbicidas. Fecha: 27
de noviembre de 2017. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos
para hacerlos valer ante este registro, dentro de los dos meses siguientes,
contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 16 de
noviembre del 2017. Solicitud N° 2017-0011281. A efectos de publicación,
téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978.—San José, 27
de noviembre del 2017.—Katherine Jiménez Tenorio, Registradora.—( IN2017200246
).
Keril Guillermo Castillo Cárdenas, casado una vez, cédula de identidad
502880846, en calidad de apoderado generalísimo de Grupo CAM Sociedad Anónima,
cédula jurídica 3101742172, con domicilio en Nicoya, 100 metros este de la
plaza de deportes de San Antonio, Guanacaste, Costa Rica, solicita la
inscripción de:
como marca de servicios en clase 41
internacional, para proteger y distinguir lo siguiente: espectáculos taurinos y
entretenimientos. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para
hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados
a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 4 de octubre
de 2017. Solicitud N° 2017-0009820. A efectos de publicación, téngase en cuenta
lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978.—San José, 16 de noviembre de
2017.—Ildreth Araya Mesen, Registradora.—( IN2017200260 ).
Marcia Camacho Montero, soltera, cédula de identidad 304790213, con
domicilio en San Isidro de El Guarco, Cartago, Costa Rica, solicita la
inscripción de: BLUE MOON,
como marca de comercio en clase 25
internacional, para proteger y distinguir lo siguiente: Pantalones, blusas,
zapatos. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos
valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir
de la primera publicación de este edicto. Presentada el 18 de octubre de 2017.
Solicitud N° 2017-0010243. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo
dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978.—San José, 30 de octubre de
2017.—Randall Abarca Aguilar, Registrador.—( IN2017200282).
Emmanuel Rojas Bolaños, casado una vez, cédula de identidad 106170452,
en calidad de apoderado generalísimo de Consorcio Litográfico Herediano
Sociedad Anónima, cédula jurídica 310185135, con domicilio en Flores San
Joaquín, 300 metros este de la Clínica Jorge Volio, Heredia, Costa Rica,
solicita la inscripción de: EXCELENCIA GRÁFICA, como señal de propaganda en
clase: 50 internacional.
Para proteger y distinguir lo
siguiente: para promocionar servicios de impresión en pequeño y gran formato.
Relacionado con el registro 264830, de la marca CONLITH. Se cita a terceros
interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro,
dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación
de este edicto. Presentada el 14 de noviembre de 2017. Solicitud N°
2017-0011178. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el
artículo 85 de la Ley 7978.—San José, 11 de diciembre de 2017.—Cesar Alfonso
Rojas Zúñiga, Registrador.—( IN2017200364 ).
María de La Cruz Villanea Villegas, casada, cédula de identidad
109840695, en calidad de apoderada especial de IWI AG (IWI LTD), con domicilio
en C/O Hodel Frei-Advokatur & Notariat Industriestrasse 13C Postfach
4339-6304, Zug, Suiza, solicita la inscripción de: BLACKWOOD como marca
de fábrica y comercio en clase: 3 Internacional, para proteger y distinguir lo
siguiente: en clase 3; productos de cuidado oral. Fecha: 12 de setiembre de
2017. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos
valer ante este registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir
de la primera publicación de este edicto. Presentada el 29 de agosto del 2017.
Solicitud N° 2017-0008490. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo
dispuesto en el artículo 85 de la ley 7978.—San José, 12 de setitembre del
2017.—Katherin Jiménez Tenorio, Registradora.—( IN2017200374 ).
REGISTRO DE LA PROPIEDAD INDUSTRIAL
Cambio de Nombre N° 111832
Que Edgar Nassar Guier, soltero,
cédula de identidad 106170850, en calidad de apoderado especial de Hanes IP
Europe S.Á.R.L, solicita a este Registro se anote la inscripción de cambio de
nombre de DBA Lux 1 Sàrl por el de Hanes IP Europe S.Á.R.L, presentada el 25 de
mayo de 2017, bajo expediente 111832. El nuevo nombre afecta a las siguientes
marcas: 1998-0008229 Registro N° 114276 ABANDERADO en clase 25 Marca
Mixto, 2000-0004057 Registro N° 132194 PRINCESA UNNO en clase 25 Marca
Mixto, 2000-0004058 Registro N° 129144 ABANDERADO UNNO en clase 25 Marca
Mixto y 2000-0008110 Registro N° 128410 en clase 25 Marca Figurativa. Publicar
en La Gaceta Oficial por única vez, de conformidad con el artículo 32 de
la Ley N° 7978. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el
artículo 85 de la Ley 7978.—Alex Villegas Méndez, Registrador.—1 vez.—(
IN2017200092 ).
Cambio
de Nombre Nº 112836
Que María de La Cruz Villanea Villegas, casada,
cédula de identidad Nº 109840695, en calidad de apoderada especial de Sheseidc
Americas Corporation, solicita a este Registro se anote la inscripción de
cambio de nombre de Gurwitch Products, L.L.C. por el de Sheseido Americas
Corporation, presentada el día 24 de julio de 2017 bajo expediente Nº 112836.
El nuevo nombre afecta a las siguientes marcas: 2006-0007828 Registro Nº 167998
LAURA MERCIER en clase 3 Marca Denominativa y 2015-0005670
Registro Nº 247914 LAURA MERCIER en clase
3 Marca Denominativa. Publicar en La Gaceta Oficial por única vez, de
conformidad con el artículo 32 de la Ley Nº 7978. A efectos de publicación,
téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978.—Wendy López
Vindas, Registradora.—1 vez.—( IN2017200416 ).
Cambio
de Nombre Nº 114470
Que Laura Valverde Cordero, soltera, cédula de
identidad Nº 113310307, en calidad de apoderado especial de Pegaucho S. A.S.,
solicita a este Registro se anote la inscripción de Cambio de Nombre de
Pegaucho, S. A. por el de Pegaucho, S. A.S., domicilio en Carrera 50 97 B sur
301 La Estrella, Antioquía, Colombia, presentada el día 31 de octubre de 2017
bajo expediente Nº 114470. El nuevo nombre afecta a las siguientes marcas:
2000-0004374 Registro Nº 127872 PEGAUCHO en clase 16 Marca Mixto y 2000-0004376 Registro Nº 127894 PEGAUCHO en clase 1 Marca Mixto. Publicar en La
Gaceta Oficial por única vez, de conformidad con el artículo 32 de la Ley
Nº 7978. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el
artículo 85 de la Ley 7978.—Ivonne Mora Ortega, Registradora.—1 vez.—(
IN2017200797 ).
Cambio
de Nombre Nº 114305
Que Paola Castro Montealegre, casada una vez,
cédula de identidad Nº 111430953, en calidad de apoderada especial de Márquez
Brothers International S. A. de C.V., solicita a este Registro se anote la
inscripción de Cambio de Nombre de Grupo Márquez S. A. de C.V., por el de Márquez
Brothers International S. A. de C.V., presentada el día 20 de octubre de 2017
bajo expediente Nº 114305. El nuevo nombre afecta a las siguientes marcas:
2005-0003295 Registro Nº 168832 EL MEXICANO MÁRQUEZ BROTHERS MB en clase 29 Marca Mixto. Publicar en La
Gaceta Oficial por única vez, de conformidad con el artículo 32 de la Ley
Nº 7978. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el
artículo 85 de la Ley 7978.—Rolando Cardona Monge, Registrador.—1 vez.—( IN2017200818
).
Cambio
de Nombre Nº 113472
Que José Antonio Muñoz Fonseca, casado una vez,
cédula de identidad Nº 104330939, en calidad de apoderado especial de Hoteles
Charleston S A S, solicita a este Registro se anote la inscripción de Cambio de
Nombre de Hoteles Charleston S. A. por el de Hoteles Charleston S A S,
presentada el día 6 de septiembre de 2017 bajo expediente Nº 113472. El nuevo
nombre afecta a las siguientes marcas: 2006-0002738 Registro Nº 169882 CASA MEDINA en clase 43 Marca Mixto. Publicar en La
Gaceta Oficial por única vez, de conformidad con el artículo 32 de la Ley
Nº 7978. A efectos de publicación, téngase en cuenta dispuesto en el artículo
85 de la Ley 7978.—Grettel Solís Fernández, Registradora.—1 vez.—( IN2017202368
).
Cambio
de Nombre Nº 105103
Que José Antonio Muñoz Fonseca, casado una vez,
cédula de identidad Nº 104330939, en calidad de apoderado especial de Grupo
Financiero Citibank de Costa Rica S.A., solicita a este Registro se anote la
inscripción de Cambio de Nombre de Grupo Financiero Cuscatlán de Costa Rica
S.A., cédula jurídica Nº 3-101-230612 por el de Grupo Financiero Citibank de
Costa Rica S.A., domicilio en San José, La Uruca, del puente Juan Pablo Segundo
150 metros al norte, presentada el día 11 de agosto de 2016 bajo expediente
105103. El nuevo nombre afecta a las siguientes marcas: 2006-0006765 Registro
Nº 168862 Tarjeta 18K BANCO CUSCATKLAN en
clase 36 Marca Mixto, 2006-0007673 Registro Nº 178602 Un banco regional para
mentes sin fronteras BANCO CUSCATLAN en
clase 36 Marca Mixto, 2006-0007702 Registro Nº 214930 Cuenta Maestra BANCO CUSCATLAN en clase 36 Marca Mixto, 2006-0007703 Registro
Nº 171206 BANCO
CUSCATLAN Cuenta Futuro en clase 36 Marca Mixto, 2006-0007704 Registro
Nº 169358 PRIVATE
ISSUE BANCO CUSCATLAN en clase
36 Marca Mixto, 2006-0008214 Registro Nº 171016 CORPORACION UBC BANCO CUSCATLAN en clase 36 Marca Mixto y 2006-0008215
Registro Nº 171015 UNION DE BANCOS CUSCATLAN Corporación UBC Internacional en clase 36 Marca Mixto. Publicar en La Gaceta Oficial por única
vez, de conformidad con el artículo 32 de la Ley Nº 7978. A efectos de
publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley
7978.—Ivonne Mora Ortega, Registradora.—1 vez.—( IN2017202369 ).
Marcas de ganado
Solicitud N° 2017-2664.—Ref.:
35/2017/5569.—Jimmy Gerardo Paniagua Rodríguez, cédula de identidad N°
0205760309, en calidad de apoderado generalísimo sin límite de suma de Centro
Internacional Genético Animal Cigac Sociedad Anónima, cédula jurídica
3-101-690330, solicita la inscripción de:
Para ver la imagen ir a La Gaceta con formato PDF
como marca de ganado, que usará
preferentemente en Alajuela, San Carlos, Aguas Zarcas, Cerro Cortes, 300 metros
al oeste de Tico Fruit. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos
para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los 10 días hábiles contados
a partir de la publicación de este edicto. Presentada el 21 de diciembre del
2017. Según el expediente N° 2017-2664.—Luz Vega, Registradora.—1 vez.—(
IN2018207475 ).
Solicitud N° 2017-2670. Ref: 35/2017/5575.—Juan Arturo Duarte Guadamuz,
cédula de identidad 0203620807, solicita la inscripción de:
9 G
D
como marca de ganado, que usará
preferentemente en Alajuela, Guatuso, Katira, caserío Katira, trescientos metros
sur del colegio, finca de su propiedad. Se cita a terceros interesados en
defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los 10
días hábiles contados a partir de la publicación de este edicto. Presentada el
21 de diciembre del 2017. Según el expediente N° 2017-2670.—Luz Vega,
Registradora.—1 vez.—( IN2018208548 ).
Solicitud N° 2017-2652.—Ref.: 35/2018/101.—Alexis Leandro Cedeño
Quesada, cédula de identidad 0108900903, solicita la inscripción de:
7 Q
L
como marca de ganado, que usará
preferentemente en Alajuela, San Carlos, Fortuna, Fortuna, Barrio Dora, del
estadio de fútbol, 100 metros al norte y 300 al norte y 300 metros al este. Se
cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante
este Registro, dentro de los 10 días hábiles contados a partir de la
publicación de este edicto. Presentada el 20 de diciembre del 2017. Según el
expediente N° 2017-2652.—Luz Vega, Registradora.—1 vez.—( IN2018208864 ).
REGISTRO DE PERSONAS JURÍDICAS
Asociaciones civiles
Registro de Personas Jurídicas,
ha recibido para su inscripción el Estatuto de la entidad: Asociación Ríos de
Agua Viva de Asambleas de Dios de Finca Diez de Osa, con domicilio en la
provincia de: Puntarenas-Osa, cuyos fines principales, entre otros son los
siguientes: Difundir las enseñanzas del Evangelio de Cristo. Cuyo
representante, será el presidente: Gregorio García García, con las facultades
que establece el estatuto. Por encontrarse dicha entidad dentro de las
prescripciones establecidas en la Ley Nº 218 del 08/08/1939, y sus reformas. Se
emplaza por 15 días hábiles a partir de esta publicación a cualquier interesado
para que formule reparos a la inscripción en trámite. Documento: Tomo: 2017,
Asiento: 549458.—Dado en el Registro Nacional, a las 12 horas 8 minutos y 43
segundos, del 13 de setiembre del 2017.—Lic. Luis Gustavo Álvarez Ramírez,
Director.—1 vez.—( IN2017200148 ).
Registro de Personas Jurídicas, ha recibido para su inscripción la
reforma del estatuto de la persona jurídica cédula: 3-002-045395, denominación:
Asociación Nacional de Educación Católica. Por cuanto dicha reforma cumple con
lo exigido por la Ley Nº 218 del 08/08/1939, y sus reformas. Se emplaza por 15
días hábiles a partir de esta publicación a cualquier interesado para que formule
reparos a la inscripción en trámite. Documento tomo: 2017, asiento:
698025.—Dado en el Registro Nacional, a las 7 horas 16 minutos y 40 segundos,
del 14 de diciembre del 2017.—Lic. Luis Gustavo Álvarez Ramírez, Director.—1
vez.—( IN2017202054 ).
Registro de Personas Jurídicas, ha recibido para su inscripción el
Estatuto de la entidad: Asociación Cristiana El Rey Te Mando a Llamar, con
domicilio en la provincia de: San José-Desamparados, cuyos fines principales,
entre otros son los siguientes: Cumplir con la gran comisión de nuestro Señor
Jesús que nos ordenó ir por todo el mundo a anunciar y predicar las buenas
nuevas a toda criatura. Capacitar y dotar al grupo de herramientas de
autoestima, proyectos de vida, cristianismo, relaciones familiares y de pareja,
entre otros, en un plano de igualdad de oportunidad, derechos y obligaciones,
que permitan el pleno e integral desarrollo personal, económico y social de los
grupos sociales en los cuales incidiremos con el Me. Cuyo representante, será
el presidente: Freddy Carvajal Matamoros, con las facultades que establece el
estatuto. Por encontrarse dicha entidad dentro de las prescripciones
establecidas en la Ley Nº 218 del 08/08/1939, y sus reformas. Se emplaza por 15
días hábiles a partir de esta publicación a cualquier interesado para que
formule reparos a la inscripción en trámite. Documento Tomo: 2017. Asiento:
509633 con adicional(es): 2017-619312, 2017-666090.—Dado en el Registro
Nacional, a las 13 horas 57 minutos y 55 segundos, del 26 de octubre del 2017.—Lic.
Luis Gustavo Álvarez Ramírez, Director.—1 vez.—( IN2017203156 ).
Registro de Personas Jurídicas, ha recibido para su inscripción el
estatuto de la entidad: Asociacion Movete por tu Ciudad, con domicilio en la
provincia de: San José-San José, cuyos fines principales, entre otros son los
siguientes: promover y organizar la participación ciudadana, generar criterios
informados en la opinión pública, incidir en el ámbito de políticas públicas,
cooperar con otros entes públicos o privados, así como proveer apoyo y
servicios de consulta técnica con la finalidad de mejorar las condiciones de
movilidad urbana, planificación urbana y de los sistemas de transporte público
en cualquier aglomeración urbana que la asamblea general estime relevante. Cuyo
representante, será el presidente: Theodoro Mezger, con las facultades que
establece el estatuto. Por encontrarse dicha entidad dentro de las
prescripciones establecidas en la Ley Nº 218 del 08/08/1939 y sus reformas. Se
emplaza por 15 días hábiles a partir de esta publicación a cualquier interesado
para que formule reparos a la inscripción en trámite. Documento tomo: 2017,
asiento: 488621 con adicional(es): 2017-721563.—Dado en el Registro Nacional, a
las 10 horas 29 minutos y 43 segundos, del 27 de noviembre del 2017.—Lic. Henry
Jara Solís, Director a. í.—1 vez.—( IN2017200232 ).
Registro de Personas Jurídicas, ha recibido para su inscripción la
reforma del estatuto de la persona jurídica cédula: 3-002-056121, denominación:
Asociación de Importadores de Vehículos y Maquinaria. Por cuanto dicha reforma
cumple con lo exigido por la Ley Nº 218 del 08/08/1939, y sus reformas. Se
emplaza por 15 días hábiles a partir de esta publicación a cualquier interesado
para que formule reparos a la inscripción en trámite. Documento tomo: 2017,
asiento: 86210.—Dado en el Registro Nacional, a las 10 horas 2 minutos y 24
segundos, del 11 de diciembre del 2017.—Lic. Luis Gustavo Álvarez Ramírez,
Director.—1 vez.—( IN2017200345 ).
Patentes de Invención
PUBLICACIÓN DE TERCERA VEZ
El señor Néstor Morera Víquez,
cédula de identidad 110180975, en calidad de Apoderado Especial de
Glaxosmithkline Intellectual Property Development Limited, solicita la Patente
PCT denominada COMPOSICIONES FARMACÉUTICAS TÓPICAS. La presente invención se refiere a
composiciones farmacéuticas tópicas en emulsión, que comprenden una cantidad
terapéuticamente eficaz de 3,5-dihidroxi-4-isopropil-trans-estilbeno o una de
sus sales farmacéuticamente aceptables, una fase oleosa, una fase acuosa, un
tensioactivo, y un antioxidante, y en donde la composición en emulsión es
homogénea y/o el ingrediente activo se solubiliza en la fase oleosa. La
invención se refiere también a métodos para tratar una afección o trastorno
dermatológico en un paciente mediante la administración de las presentes
composiciones a la piel del paciente. La memoria descriptiva, reivindicaciones,
resumen y diseños quedan depositados, la Clasificación Internacional de
Patentes es: A61K 9/00, A61K 9/107 y A61K 9/113; cuyos inventores son Bedard,
Mary (US); Doherty, Michael Quinn; (US); Lenn, Jon D.; (US); Santos, Leandro
L.; (BR); Sonti, Sujatha D.; (US); Thomas, Joey Roger; (US) y Whiteman, Justin
E.; (US). Prioridad: N° 62/165,097 del 21/05/2015 (US) y N° 62/324,450 del
19/04/2016 (US). Publicación Internacional: WO2016/185428. La solicitud
correspondiente lleva el número 2017- 0000528, y fue presentada a las 11:03:17
del 21 de noviembre de 2017. Cualquier interesado podrá oponerse dentro de los
tres meses siguientes a la tercera publicación de este aviso. Publíquese tres
días consecutivos en el Diario Oficial La Gaceta y una vez en un
periódico de circulación nacional.—San José, 23 de noviembre del 2017.—Randall
Piedras Fallas, Registrador.—( IN2017198156 ).
El señor Néstor Morera Víquez, cédula de identidad 110180975, en calidad
de Apoderado Especial de Gilead Sciences, Inc., solicita la Patente PCT
denominada MÉTODOS
PARA TRATAR INFECCIONES POR EL VIRUS FILOVIRIDAE (Divisional 2017-165). Se proporcionan compuestos, métodos, y
composiciones farmacéuticas para tratar infecciones por el virus Filoviridae
administrando ribósidos, fosfatos de ribósido, y profármacos del mismo, de
Fórmula IV: Los compuestos, composiciones, y métodos provistos son
particularmente útiles para el tratamiento de infecciones por el virus de
Marburg, virus de Ebola y virus Cueva. La memoria descriptiva,
reivindicaciones, resumen y diseños quedan depositados, la Clasificación
Internacional de Patentes es: A61K 31/00, A61K 31/53, A61K 31/675, A61K 31/685,
C07D 487/04, C07D 519/00, C07H 1/00, C07H 1/02, C07H 11/00, C07H 15/18 y A61P
31/14; cuyos inventores son Doerffler, Edward (US); Jordan, Robert (US);
Siegel, Dustin (US); Chun, Byoung, Kwon (US); Clarke, Michael, O’Neil Hanrahan
(US); HUI, Hon, Chung (US); Mackman, Richard, L.; (GB); Parrish, Jay, P.; (US)
y Ray, Adrián, S.; (US). Prioridad: N° 62/072,331 del 29/10/2014 (US) y N°
62/105, 619 del 20/01/2015 (US). Publicación Internacional: WO2016/069826. La
solicitud correspondiente lleva el número 2017- 0000483, y fue presentada a las
11:19:15 del 24 de octubre de 2017. Cualquier interesado podrá oponerse dentro
de los tres meses siguientes a la tercera publicación de este aviso. Publíquese
tres días consecutivos en el diario oficial La Gaceta y una vez en un
periódico de circulación nacional.—San José, 30 de octubre del 2017.—Randall
Piedras Fallas, Registrador.—( IN2017198157 ).
El señor Néstor Morera Víquez, cédula de identidad 110180975, en calidad
de Apoderado Especial de Glaxosmithkline Intellectual Property Development
Limited y University Of Dundee, solicita la Patente PCT denominada DERIVADOS DE PIRAZOL[3,4-D]
PIRIMIDINA Y SU USO PARA EL TRATAMIENTO DE LESHMANIASIS. El compuesto
3,3,3-trifluoro-N-((1,4-trans)-4-((3-((S)-2-metilmorfolino)-1H-pirazolo[3,4-d]pirimidin-6-il)amino)ciclohexil)propano-1-
sulfonamida, que tiene la Fórmula (I): o una sal del mismo, su enantiómero
opuesto, composiciones que comprenden el compuesto, y su uso en el tratamiento
o prevención de leishmaniasis, en particular, leishmaniasis visceral. La
memoria descriptiva, reivindicaciones, resumen y diseños quedan depositados, la
Clasificación Internacional de Patentes es: A61K 31/519, A61P 33/00 y C07D
487/04; cuyo(s) inventor(es) es(son) MILES, Timothy James; (GB) y Thomas,
Michael George (GB). Prioridad: N° 15382011.3 del 23/01/2015 (EP). Publicación
Internacional: WO2016/116563. La solicitud correspondiente lleva el número
2017-0000339, y fue presentada a las 12:15:14 del 21 de julio de 2017.
Cualquier interesado podrá oponerse dentro de los tres meses siguientes a la
tercera publicación de este aviso. Publíquese tres días consecutivos en el
diario oficial La Gaceta y una vez en un periódico de circulación
nacional.—San José, 31 de octubre de 2017.—Randall Piedras Fallas,
Registrador.—( IN2017198158 ).
El señor Néstor Morera Víquez, cédula de identidad Nº 110180975, en
calidad de apoderado especial de Glaxosmithkline Intellectual Property
Development Limited, solicita la Patente PCT denominada COMPUESTOS NOVEDOSOS.
La presente invención se refiere a compuestos, composiciones, combinaciones y
medicamentos que contienen dichos compuestos y a procedimientos para su
preparación. La invención también se refiere al uso de dichos compuestos,
combinaciones, composiciones y medicamentos, por ejemplo como inhibidores de la
actividad de cinasa RIP2, incluyendo la degradación de cinasa RIP2, el
tratamiento de enfermedades y estados mediados por la cinasa RIP2, en
particular para el tratamiento de enfermedades o estados inflamatorios. La
memoria descriptiva, reivindicaciones, resumen y diseños quedan depositados, la
Clasificación Internacional de Patentes es: C07D 207/09, C07D 239/86, C07D
403/12, H04L 12/24 y H04L 12/26; cuyos inventores son Casillas, Linda, N (US);
Harling. John David (GB); Miah, Afjal Hussain (GB);
Rackham, Mark David (GB) y Smith, Ian Edward David (GB). Prioridad: N° 1506872.9 del 22/04/2015 (GB).
Publicación Internacional: WO/2016/172134. La solicitud correspondiente lleva
el Nº 2017-0000478, y fue presentada a las 11:17:42 del 20 de octubre de 2017.
Cualquier interesado podrá oponerse dentro de los tres meses siguientes a la
tercera publicación de este aviso. Publíquese tres días consecutivos en el
Diario Oficial La Gaceta y una vez en un periódico de circulación
nacional.—San José, 26 de octubre de 2017.—Viviana Segura de La O,
Registradora.—( IN2017198159 ).
El señor Néstor Morera Víquez, cédula de identidad 110180975, en calidad
de Apoderado Especial de Glaxosmithkline Intellectual Property (N° 2) Limited y
Anacor Pharmaceuticals, Inc, solicita la Patente PCT denominada COMPUESTOS DE BENZOMBORAL
4-SUSTITUIDOS Y USO DE LOS MISMOS. Se proporcionan benzoxaboroles sustituidos cuya estructura comprende
la fórmula I I I: en donde R3 se selecciona a partir de —CH3 , —CH2CH3 , —CH2
=CH2 ,—CH2CH2CH3, —CH(CH3 )2, —CH2CH2 =CH2 y ciclopropilo, R1 y R2 se
seleccionan cada uno independientemente a partir de H, -CH3, -CH2CH3,
—CH2CH2CH3 y —CH(CH3) 2; composiciones que contienen estos compuestos, su uso
en terapia, incluyendo su uso como agentes anti -micobacterianos, por ejemplo,
en el tratamiento de una infección micobacteriana en un mamífero, y los métodos
para la preparación de estos compuestos. La memoria descriptiva,
reivindicaciones, resumen y diseños quedan depositados, la Clasificación
Internacional de Patentes es: A61K 31/69, A61P 31/06 y C07F 5/02; cuyos
inventores son Barros-Aguirre, David (ES); Alemparte-Gallardo, Carlos (ES);
Alley, M.R.K. (dickon) (US); Giordano, (ES); Hernández, Vincent; (US); LI,
Xianfeng (US) y Plattner, Jacob J.; (US). Prioridad: N° 15382054.3 del
12/02/2015 (EP), N° 15382055.0 del 12/02/2015 (EP) y N° 15382056.8 del
12/02/2015 (EP). Publicación Internacional: WO2016/128948. La solicitud
correspondiente lleva el número 2017- 0000371, y fue presentada a las 13:30:46
del 11 de agosto de 2017. Cualquier interesado podrá oponerse dentro de los
tres meses siguientes a la tercera publicación de este aviso. Publíquese tres
días consecutivos en el diario oficial La Gaceta y una vez en un
periódico de circulación nacional.—San José, 7 de noviembre del 2017.—Randall
Piedra Fallas, Registrador.—( IN2017198160 ).
El señor Néstor Morera Víquez, cédula de identidad N° 110180975, en
calidad de apoderado especial de Glaxosmithkline Intellectual Property Development
Limited; Inserm (Institut National de La Santé Et de La Recherche Médicale);
Institut Jean Paoli & Irene Calmettes; Universite D’aix-Marseille y Centre
National de La Recherche Scientifique, solicita la Patente PCT denominada PROTEÍNAS
DE UNIÓN A ICOS. La presente invención se refiere a una proteína de unión a
ICOS o porción de unión al antígeno de la misma que es un agonista para ICOS
humana y no induce complemento, ADCC o CDC cuando se pone en contacto con un
linfocito T in vivo. Adicionalmente, las proteínas de unión a ICOS o porciones
de unión al antígeno de las mismas de la presente invención son capaces de
activar un linfocito T cuando se pone en contacto con dicho linfocito T;
estimular la proliferación de linfocitos T cuando se ponen en contacto con
dicho linfocito T y/o inducir la producción de citocinas cuando se ponen en
contacto con dicho linfocito T. La memoria descriptiva, reivindicaciones,
resumen y diseños quedan depositados, la Clasificación Internacional de
Patentes es: A61P 31/00, A61P 35/00, A61P 37/00 y C07K 16/28; cuyo(s)
inventor(es) es (son) Yao-Bin, LIU (US); Radha Shah Parmar (GB); Patrick Mayes
(US) y Daniel Olive (FR). Prioridad: N° 62/108,605 del 25/01/2015 (US), N°
62/192,331 del 14/07/2015 (US) y N° 62/247,355 del 28/10/2015 (US). Publicación
Internacional: WO 2016/120789. La solicitud correspondiente lleva el número
2017- 0000351, y fue presentada a las 14:10:57 del 28 de julio de 2017.
Cualquier interesado podrá oponerse dentro de los tres meses siguientes a la
tercera publicación de este aviso. Publíquese tres días consecutivos en el
Diario Oficial La Gaceta y una vez en un periódico de circulación
nacional.—San José, 07 de noviembre de 2017.—Randall Piedra Fallas,
Registrador.—( IN2017198161 ).
El señor Nestor Morera Víquez, cédula de identidad 110180975, en calidad
de apoderado especial de Glaxosmithkline Intellectual Property Development
Limited, solicita la Patente PCT denominada AMIDAS HETEROCÍCLICAS COMO
INHIBIDORES DE QUINASA. Se describen compuestos que tienen la fórmula: en
donde R1, R2, y R3 son como se definen en este documento, y métodos de
fabricación y uso de los mismos. La memoria descriptiva, reivindicaciones,
resumen y diseños quedan depositados, la Clasificación Internacional de
Patentes es: A61K 31/4155, A61P 25/00, A61P 31/04, A61P 35/00, C07D 231/06,
C07D 401/04, C07D 401/06, C07D 401/14, C07D 403/04, C07D 405/04, C07D 405/06,
C07D 405/14, C07D 409/14, C07D 413/14, C07D 417/14 y C07D 487/04; cuyo(s)
inventor(es) es(son) Bandyopadhyay, Deepak (IN); Anderson, Niall Andrew; (GB);
Daugan, Alain Claude-Marie (FR); Donche, Frederic G.; (FR); Eidam, Patrick M.;
(US); Faucher, Nicolas Eric (FR); George, Nicolas S.; (FR); Harris, Philip
Anthony; (US); Jeong, Jae U.; (US); King, Bryan W.; (US); Sehon, Clark A.; (US);
White, Gemma Victoria; (GB) y Wisnoski, David Duff; (US). Prioridad: N°
62/163,552 del 19/05/2015 (US), N° 62/167,359 del 28/05/2015 (US) y N°
62/197,602 del 28/07/2015 (US). Publicación Internacional: WO2016/185423. La
solicitud correspondiente lleva el número 2017-0000524, y fue presentada a las
14:36:54 del 15 de noviembre de 2017. Cualquier interesado podrá oponerse
dentro de los tres meses siguientes a la tercera publicación de este aviso..
Publíquese tres días consecutivos en el Diario Oficial La Gaceta y una
vez en un periódico de circulación nacional.—San José, 17 de noviembre de
2017.—Viviana Segura de La O, Registradora.—( IN2017198162 ).
El señor Néstor Morera Víquez, cédula de identidad 110180975, en calidad
de apoderado especial de Xencor, Inc., solicita la Patente PCT denominada ANTICUERPOS
HETERODIMÉRICOS QUE SE UNEN A CD3 Y A ANTÍGENOS TUMORALES. La presente
invención se refiere a nuevos anticuerpos heterodiméricos. La memoria
descriptiva, reivindicaciones, resumen y diseños quedan depositados, la
Clasificación Internacional de Patentes es: A61K 39/00, C07K 16/28, C07K 16/30
y C07K 16/46; cuyo(s) inventor(es) es(son) Moore, Gregory (US); Rashid, Rumana
(US); Muchhal, Umesh (US); Bernett, Matthew (US); Deslarlais, John; (US); Chu,
Seung; (US) y Lee, Sung-Hyung; (US). Prioridad: N° 14/952,714 del 25/11/2015
(US), N° 62/159,111 del 08/05/2015 (US), N° 62/250,971 del 04/11/2015 (US), N°
62/251,005 del 04/11/2015 (US) y N° PCT/US2015/062772 del 25/11/2015 (US).
Publicación Internacional: WO2016/182751. La solicitud correspondiente lleva el
número 2017-0000511, y fue presentada a las 13:14:13 del 8 de noviembre de
2017. Cualquier interesado podrá oponerse dentro de los tres meses siguientes a
la tercera publicación de este aviso. Publíquese tres días consecutivos en el
Diario Oficial La Gaceta y una vez en un periódico de circulación
nacional.—San José, 13 de noviembre de 2017.—Viviana Segura de La O,
Registradora.—( IN2017198163 ).
PUBLICACIÓN DE SEGUNDA VEZ
La señora(ita) Kristel Faith Neurohr,
cédula de identidad 111430447, en calidad de apoderada especial de H. Lundbeck
A/S, solicita el diseño industrial denominado TABLETA FARMACEUTICA
Para ver la imagen ir a La Gaceta con formato PDF
El diseño corresponde a las
características visuales de la totalidad de la tableta farmacéutica que se
muestra en los dibujos, ya sean características de forma, color, configuración,
adorno o patrón, o una combinación de cualquiera de estas características. La
memoria descriptiva, reivindicaciones, resumen y diseños quedan depositados, la
Clasificación Internacional de Diseños Industriales es: 28-01; cuyos inventores
son: Dignum, Cara (AU); Miller, Charlotte (GB) y Liljegren, Ken (DK).
Prioridad: N° 003841915-0001 del 05/04/2017 (EP). La solicitud correspondiente
lleva el número 2017-0000451, y fue presentada a las 12:38:37 del 3 de octubre
de 2017. Cualquier interesado podrá oponerse dentro de los tres meses
siguientes a la tercera publicación de este aviso. Publíquese tres días
consecutivos en el Diario Oficial La Gaceta y una vez en un periódico de
circulación nacional.—San José, 28 de noviembre de 2017.—Randall Piedra Fallas,
Registrador.—( IN2017199678 ).
La señora Maricela Alpízar Chacón, cédula de
identidad N° 1-1035-0557, en calidad de apoderada especial de Kushida, Chiaki,
solicita la Patente PCT denominada MÉTODO PARA FORMAR MATERIA PRIMA DE
COMIDA PARA MASCOTAS O PIENSO DE MASA DE HOJAS Y TALLOS DE PIÑA TRITURADOS, Y
MATERIA PRIMA DE COMIDA PARA MASCOTAS O PIENSO DE MASA DE HOJAS Y TALLOS DE
PIÑA TRITURADOS. Formar un material sin procesar de alimento para mascota o
un alimento, para intentar producir un piensos para ganado que contrarreste la
vasta cantidad de hojas y tallos de piña generadas después de la cosecha de
frutos de piña, las cuales pueden convertirse en una alimento que le guste al
ganado al ajustar el estado de fermentación de las hojas y tallos de piña que
incluye azúcar y muchos otros componentes de fibra, y que puede reducir la
carga de los compradores tales como productores de leche. La memoria
descriptiva, reivindicaciones, resumen y diseños quedan depositados, la
Clasificación Internacional de Patentes es: A23K 10/12, A23K 10/30, A23K 30/18
y A23K 50/40; cuyo(s) inventor(es) es(son) Kushida, Chiaki (JP). Prioridad: N°
2015-093108 del 30/04/2015 (JP). Publicación Internacional: WO2016/174886. La
solicitud correspondiente lleva el número 2017-0000493, y fue presentada a las
11:20:56 del 30 de octubre de 2017. Cualquier interesado podrá oponerse dentro
de los tres meses siguientes a la tercera publicación de este aviso. Publíquese
tres días consecutivos en el Diario Oficial La Gaceta y una vez en un
periódico de circulación nacional.—San José, 16 de noviembre de 2017.—Randall
Piedra Fallas, Registrador.—( IN2017199695 ).
El señor Luis Diego Castro Chavarría, cédula
de identidad Nº 106690229, en calidad de apoderado especial de Azko Nobel
Chemicals International B.V, solicita la Patente PCT denominada DISPERSANTE
UNIVERSAL. Se proporciona un dispersante que comprende una mezcla de
ésteres mono- y di-fosfato, estando cada grupo fosfato sustituido con uno o dos
grupos alcoxilato de alquilo o alquenilo en los cuales la porción alquilo o
alquenilo es un radical alquilo o alquenilo ramificado que comprende de 1-30
átomos de carbono, la porción de alcoxilato comprende monómeros de etoxilato
y/o monómeros de propoxilato y el dispersante comprende además un componente
básico seleccionado de una amidopropildimetilamina, una amina heterocíclica, un
ion de amonio y un ion de metal alcalino. El dispersante es adecuado para
dispersar una variedad de pigmentos y otra materia particulada en medios
acuosos u orgánicos. La memoria descriptiva, reivindicaciones, resumen y
diseños quedan depositados, la Clasificación Internacional de Patentes es: B01F
17/00, B01F 17/14, C09B 67/46, C09C 1/24, C09C 1/36, C09C 1/56 y C09C 3/08;
cuyos inventores son Yu, Hua (US). Prioridad: N° 15153402.1 del 02/02/2015 (EP)
y N° 62/094,409 del 19/12/2014 (US). Publicación Internacional: WO/2016/097162.
La solicitud correspondiente lleva el Nº 2017- 0000330, y fue presentada a las
13:33:46 del 18 de julio de 2017. Cualquier interesado podrá oponerse dentro de
los tres meses siguientes a la tercera publicación de este aviso. Publíquese
tres días consecutivos en el Diario Oficial La Gaceta y una vez en un
periódico de circulación nacional.—San José, 8 de noviembre de 2017.—Viviana
Segura de la O, Registradora.—( IN2017199920 ).
La señor(a)(ita) María de La Cruz Villanea
Villegas, cédula de identidad N° 109840695, en calidad de apoderada especial de
Spartan Chemical Company Inc, solicita la Patente Nacional París denominada SISTEMAS
DE REVESTIMIENTO DE PISO DE SACRIFICIO ANTIMICROBIANO. Se describen
sistemas de revestimientos de piso de sacrificio antimicrobianos que incluyen
una composición de revestimiento de piso de sacrificio antimicrobiano capaz de
reducir y/o prevenir el crecimiento de bacteriano gram positivo y gram negativo
en pisos. La memoria descriptiva, reivindicaciones, resumen y diseños quedan
depositados, la Clasificación Internacional de Patentes es: B05D 5/00; cuyo(s)
inventor(es) es(son) Kaufold, Rebecca S. (US); Welch, Jason J. (US) y Venable
Jamie N. (US). Prioridad: N° 15/602,508 del 23/05/2017 (US), N° 62/360,740 del
11/07/2016 (US), N° 62/400.437 del 27/09/2016 (US) y N° 62/504,165 del
10/05/2017 (US). La solicitud correspondiente lleva el número 2017-0000312, y
fue presentada a las 13:21:55 del 07 de julio de 2017. Cualquier interesado
podrá oponerse dentro de los tres rieses siguientes a la tercera publicación de
este aviso. Publíquese tres días consecutivos en el Diario Oficial La Gaceta
y una vez en un periódico de circulación nacional.—San José, 05 de diciembre de
2017.—Randall Piedra Fallas, Registrador.—( IN2017200417 ).
DIRECCIÓN
NACIONAL DE NOTARIADO
HABILITACIÓN DE NOTARIA (O)
PÚBLICA (O). La DIRECCIÓN NACIONAL DE NOTARIADO con oficinas en San José, San
Pedro de Montes de Oca, costado Oeste del Mall San Pedro, Oficentro Sigma,
Edificio A, 5to.piso, HACE SABER: Que ante este Despacho se ha recibido
solicitud de INSCRIPCIÓN Y HABILITACIÓN como delegataria (o) para ser y ejercer
la función pública Estatal del NOTARIADO, por parte de: ALEXANDER BUSTAMANTE
AMPIÉ, con cédula de identidad N° 1-0818-0115, carné N° 24037. De
conformidad con lo dispuesto por el artículo 11 del Código Notarial, se invita
a quienes conozcan hechos o situaciones que afecten la conducta del
solicitante, a efecto de que lo comuniquen por escrito a esta Dirección dentro
de los QUINCE (15) DÍAS HÁBILES siguientes a esta publicación. Proceso N° 51442.—San
José, 12 de enero del 2018.—Licda. Kíndily Vílchez Arias, Abogada-Unidad Legal
Notarial.—1 vez.—( IN2018208952 ).
DIRECCIÓN DE AGUA
EDICTOS
PUBLICACIÓN DE TERCERA VEZ
ED-UHTPCOSJ-0010-2018.—Exp.
17931P.—Componentes Intel de Costa Rica S. A., solicita concesión de: 3.13
litros por segundo del acuífero, efectuando la captación por medio del pozo
BA-570 en finca de su propiedad en La Ribera, Belén, Heredia, para uso
Industrial Torres de Enfriamiento. Coordenadas 220.138 / 517.262 hoja Río
Segundo. Quienes se consideren lesionados, deben manifestarlo dentro del mes
contado a partir de la primera publicación.—San Jose, 15 de enero del
2018.—Departamento de Información.—Douglas Alvarado Rojas.—( IN2018207720 ).
ED-UHTPCOSJ-0085-2017. Exp. 17726A.—Leroy Monge Valverde, solicita
concesión de: 0.02 litros por segundo del nacimiento, efectuando la captación
en finca de su propiedad en Corralillo, Cartago, para uso consumo humano
doméstico. Coordenadas 197.617 / 529.326 hoja Caraigres. Predios inferiores:
Quienes se consideren lesionados, deben manifestarlo dentro del mes contado a
partir de la primera publicación.—San José, 23 de agosto de 2017.—Unidad
Hidrológica Tárcoles, Pacífico Central.—Marilyn Mora Vega.—( IN2018207881 ).
PUBLICACIÓN DE SEGUNDA VEZ
ED-UHTPSOZ-0001-2018. Expediente
Nº 17919A.—Aralob del Oeste AL S. A., solicita concesión de: 0.05 litro por
segundo del nacimiento sin nombre, efectuando la captación en finca de Aralob
del Oeste AL S. A. en San Isidro, Pérez Zeledón, San José, para uso consumo
humano-doméstico. Coordenadas 152.950 / 567.990 hoja San Isidro. Predios
inferiores: Quienes se consideren lesionados, deben manifestarlo dentro del mes
contado a partir de la primera publicación.—San José, 10 de enero de
2018.—Unidad Hidrológica Térraba Pacífico Sur.—Francisco Vargas Salazar.—(
IN2018208594 ).
PUBLICACIÓN
DE PRIMERA VEZ
ED-UHSAN-0039-2017.—Exp. N° 9996A.—Ibo Valero
Piedra y Gilda Hidalgo Chaves, solicita concesión de: 0.15 litros por segundo
del nacimiento sin nombre, efectuando la captación en finca de Jorge Solís
Zamora en Quesada, San Carlos, Alajuela, para uso consumo humano-doméstico y
turístico-recreación. Coordenadas 251.850 / 489.400 hoja Quesada. Predios
inferiores: no se indican. Quienes se consideren lesionados, deben manifestarlo
dentro del mes contado a partir de la primera publicación.—San Jose, 27 de
noviembre de 2017.—Departamento de Información.—Andrés Phillips Ureña.—( IN2018208870
).
N° 14-2017
De conformidad con lo dispuesto
en el párrafo segundo del artículo 110 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo
de Elecciones y del Registro Civil, se autoriza a los siguientes funcionarios,
para que firmen certificaciones y constancias del Departamento Civil, a partir
de la respectiva publicación en el Diario Oficial:
• Sandra Vanessa Rojas Barrantes, portadora de la cédula de
identidad número seis cero trescientos sesenta cero doscientos seis, Asistente
1 de la Oficina Regional de Puntarenas.
• George Louis Villegas Zúñiga, portador de la
cédula de identidad número cuatro cero doscientos uno cero ciento treinta y
ocho, Asistente 1 de la Oficina Regional de Pococí.
• Catherine Vanessa Brenes Tenorio, portadora
de la cédula de identidad número siete cero ciento ochenta y uno cero
seiscientos cuarenta y ocho, Asistente1 de la Oficina Regional de Limón.
• Ariadme Aurora Manjarres Cubero, portadora
de la cédula de identidad número siete cero doscientos doce cero setecientos
veintidós, Asistente 1 de la Oficina Regional de Limón.
• Carlos Alberto Lozano Alvarado, portador de
la cédula de identidad número dos cero seiscientos cuarenta y dos cero
setecientos veinticinco, Oficinista 1 de la Oficina Regional de Alajuela.
• Marcos Armando Rodríguez Murillo, portador
de la cédula de identidad número dos cero quinientos ochenta y ocho cero cero
cuarenta y dos, Asistente 1 de la Oficina Regional de Alajuela.
• Eider Duarte Gómez, portador de la cédula de
identidad número cinco cero trescientos veintiocho cero ochocientos
veintinueve, Asistente 1 de la Oficina Regional de Jicaral.
• Sofía Calvo Uribe, portadora de la cédula de
identidad número uno uno trescientos noventa y tres cero cero ochenta y cinco,
Oficinista 1 de la Oficina Regional de Heredia.
• Víctor Hugo Quirós Fonseca, portador de la
cédula de identidad número siete cero ciento noventa y cinco cero cuatrocientos
dieciséis, Asistente 1 de la Oficina Regional de Heredia.
• Elvis Alejandro Ramírez Quirós, portador de la
cédula de identidad número cuatro cero doscientos uno cero setecientos treinta
y uno, Asistente 1 de la Oficina Regional de Heredia.
• Juan Alberto Flores Soto, portador de la
cédula de identidad número uno uno ciento noventa y tres cero cero ochenta, Asistente
1 de la Oficina Regional de Heredia.
• Gabriela Zamora Bolaños, portadora de la
cédula número uno cero seiscientos cuarenta y seis cero quinientos seis,
Asistente 1 de la Oficina Regional de Heredia.
• Mónica Solórzano Lazo, portadora de la
cédula de identidad número dos cero setecientos dos, cero cuatrocientos sesenta
y seis, Asistente 1 de la Oficina Regional de Los Chiles.
• Marcela Avilés Sandoval, portadora de la
cédula de identidad número tres cero trescientos noventa y nueve cero
quinientos noventa y tres, Asistente 1 de oficina Regional de Cartago.
• Melvin Antonio Balderramos Castillo,
portador de la cédula de identidad número uno uno doscientos cincuenta y cinco
cero cuatrocientos noventa y ocho, Oficinista 2 de la Oficina Regional de Cartago.
• Pablo Breiner Bravo Sojo, portador de la
cédula de identidad número tres cero cuatrocientos veintiséis cero ochocientos
uno, Asistente 1 de la Oficina Regional de Cartago.
• Yamileth Moreno Vargas, portadora de la
cédula de identidad número uno uno doscientos sesenta y seis cero cero setenta
y cinco, Asistente 1 de la Oficina Regional de Cartago.
• Eimy Rebeca Ramírez Flores, portadora de la
cédula de identidad número siete cero ciento ochenta y tres cero cero sesenta y
tres, Oficinista 1 de la Oficina Regional de Limón.
San José, a las quince horas del
siete de diciembre de dos mil diecisiete.
Luis Antonio Sobrado González,
Presidente.—Eugenia María Zamora Chavarría, Vicepresidenta.—Max Alberto Esquivel
Faerron, Magistrado.—Zetty María Bou Valverde, Magistrada.—Luis Diego Brenes
Villalobos, Magistrado.—1 vez.—O. C. N° 3400030797.—Solicitud N° 103967.—(
IN2017199945 ).
Registro Civil-Departamento Civil
SECCIÓN DE ACTOS JURÍDICOS
Se hace saber a los señores
Danilo González Campos y Dania de los Ángeles Alvarado Venegas o Dania González
Venegas, que este Registro Civil, en Procedimiento Administrativo de
cancelación de asiento de nacimiento ha dictado una resolución que en lo
conducente dice: Resolución N° 5565-2016. Registro Civil. Departamento Civil.
Sección de Actos Jurídicos. San José, a las trece horas cincuenta minutos del
veintiuno de octubre de dos mil dieciséis. Exp. N° 24223-2006. Resultando:
1..., 2..., 3..., 4…, Considerando: I Hechos Probados:..., II Sobre el Fondo...
Por Tanto: 1. Cancélese el asiento de nacimiento correspondiente a Dania de los
Ángeles Alvarado Venegas, que lleva el número ochocientos noventa y ocho, folio
cuatrocientos cuarenta y nueve, tomo quinientos treinta y dos, de la provincia
de San José. 2. Manténgase la inscripción del asiento de nacimiento de Dania
González Venegas, que lleva el número seiscientos treinta y dos, folio
trescientos dieciséis, tomo seiscientos setenta y seis, de la provincia de San
José. 3. En el asiento que se mantiene vigente, se identificará a la persona
como Dania González Venegas, hija de Luis Edgar Alvarado Solís y Ruth Eduviges
Venegas Mondragón, costarricenses. 4.-Trasládese la inscripción de la
paternidad de Luis Edgar Alvarado Solís, a la inscripción de la señora Dania
González Venegas, pues es parte de la filiación que legalmente le corresponde.
5. Déjese sin efecto la razón marginal de advertencia de fecha veintisiete de
julio de dos mil quince en el asiento de nacimiento de Dania González
Venegas.—Luis Antonio Bolaños Bolaños, Director General del Registro
Civil.—Irene Montanaro Lacayo, Jefe Sección de Actos Jurídicos.—1 vez.— O. C.
N° 3400030797.—Solicitud N° 104104.—( IN2017200391 ).
DEFENSORÍA
DE LOS HABITANTES
DE LA REPÚBLICA
PROGRAMA
DE ADQUISICIONES 2018
Se avisa a todos los potenciales oferentes que con el
fin de cumplir lo establecido en el artículo 6 de la Ley No.7494 de la
Contratación Administrativa, reformada mediante Ley N° 8511 y en el artículo 7
de su Reglamento, el programa de adquisiciones de este período presupuestario,
así como las ampliaciones que se realicen del mismo, se encuentran disponibles
en la página electrónica oficial de la Defensoría de los Habitantes
www.dhr.go.cr/defensoria_transparente/proveeduria.aspx y en la plataforma de
compras electrónicas Mer-link www.mer-link.co.cr
Departamento de Proveeduría y Servicios Generales.—Karen
Román Guerrero, Jefa.—1 vez.—O. C. Nº 015008.—Solicitud Nº 106569.—(
IN2018209164 ).
COMISIÓN
NACIONAL DE PREVENCIÓN
DE RIESGOS Y ATENCIÓN DE EMERGENCIAS
UNIDAD
DE PROVEEDURÍA INSTITUCIONAL
PROGRAMA
DE ADQUISICIONES 2018
La Proveeduría Institucional de la Comisión Nacional
de Prevención de Riesgo y Atención de Emergencias de conformidad con el
artículo 7 del Reglamento a la Ley de Contratación Administrativa, informa que
el plan de adquisiciones para el año 2018, estará disponible en el sistema de
compras gubernamentales del Ministerio de Hacienda SICOP, en la dirección
electrónica: www.sicop.go.cr/avisosporinstituciones y en la dirección
electrónica de la CNE: www.cne.go.cr/licita1.html. El día hábil siguiente a
ésta publicación.
San José, doce de enero de dos mil
dieciocho.—Proveeduría Institucional.—Licda. Paola Méndez Avendaño, Jefa.—1
vez.—O. C. Nº 17594.—Solicitud Nº 106319.—( IN2018209035 ).
PROGRAMA
INTEGRAL
DE MERCADEO AGROPECUARIO
PROGRAMA
DE COMPRAS 2018
En aplicación a lo establecido en los artículo seis de
la Ley de Contratación Administrativa y en concordancia con el artículo siete
de su Reglamento, la Proveeduría del Programa Integral de Mercado Agropecuario,
comunica a los interesados y público en general que ya se encuentra a
disposición para consulta el Programa de Compras Institucional para el periodo
2018, específicamente en la dirección electrónica www.pima.go.cr Sección
Proveeduría, apartado “Carteles y Publicaciones”. Cualquier consulta o
aclaración sobre el particular puede efectuarse en la Proveeduría del PIMA al
teléfono 2239-1233, extensiones 222, 258 o 267, o mediante los correos
electrónicos jgutierrez@pima.go.cr, krodriguez@pima.go.cr, rmiranda@pima.go.cr
Heredia 17 de enero del 2018/.—Roy Chaves Araya,
Proveeduría.—1 vez.—( IN2018208858 ).
SUPERINTENDENCIA
GENERAL DE SEGUROS
PLAN DE
INVERSIONES AÑO 2018
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Henry Meoño Castro.—1 vez.—O. C. Nº 4200001463.—Solicitud Nº 106695.—( IN2018209067 ).
PLAN
ANUAL DE ADQUISICIONES 2018
De conformidad con lo estipulado en el
artículo N° 6 de la Ley de Contratación Administrativa y el artículo N° 7 del
Reglamento a la Ley de Contratación Administrativa, se informa a todos los interesados
que durante el período 2018, se contratará lo siguiente:
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Departamento
de Proveeduría.—Licda. Carmen Lidia González Ramírez, Jefa a. í.—1 vez.—O. C.
N° 18525.—Solicitud N° 106380.—( IN2018209103 ).
VICERRECTORÍA
DE ADMINISTRACIÓN
OFICINA
DE SUMINISTROS
PROGRAMA
ANUAL DE ADQUISICIONES 2018
POR OBJETO DE GASTO
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Walter Bustillos Sequeira.—1 vez.—O. C. Nº 205177.—Solicitud Nº 106617.—( IN2017208991 ).
PLAN DE
ADQUISICIONES PARA EL AÑO 2018
Y SUS MODIFICACIONES
DIRECCIÓN
REGIONAL CENTRAL
DE SUCURSALES (1201)
Se avisa a todos los potenciales oferentes
que el Plan de Adquisiciones y sus modificaciones, correspondientes a la
Dirección Regional Central de Sucursales, se encuentra a disposición de los
interesados en la página web de la Caja Costarricense de Seguro Social. Ver
detalles y mayor información en http://www.ccss.sa.cr. Teléfonos: 2224-7293 /
2234-0598 / 2234-7023. Fax: 2253-9226.
San José, 12 de enero del
2018.—Dirección Regional Central de Sucursales.—Lic. Alfredo Vindas Evans,
Director.—1 vez.—( IN2018208728 ).
GERENCIA
MÉDICA Y UNIDADES ANEXAS
PROGRAMA
ANUAL ADQUISICIONES 2018
En cumplimiento de la Ley de Contratación
Administrativa y su Reglamento se informa que los Programas Anuales de
Adquisiciones proyectados para el año 2018, correspondiente a: Despacho de la
Gerencia Médica, Dirección de Centros Especializados, Dirección de Red de
Servicios de Salud, Dirección de Proyección de Servicios de Salud, Dirección de
Compra de Servicios de Salud, Dirección de Farmacoepidemiología, CENDEISSS,
Dirección de Desarrollo de Servicios de Salud, Proyecto Fortalecimiento de la
Atención Integral del Cáncer, Centro de Gestión Informática de la Gerencia
Médica, Centro Nacional del Control del Dolor y Cuidados Paliativos, Clínica
Oftalmológica, Laboratorio Nacional de Citologías, Laboratorio de Pruebas de
Paternidad Responsable, Banco Nacional de Sangre, Unidad Técnica de Listas de
Espera, y unidades conexas a las anteriores, se encuentran publicados en la
página web de la Caja Costarricense de Seguro Social. Ver detalles en la página
http://www.ccss.sa.cr. Asimismo, cualquier modificación a este programa durante
el ejercicio económico será debidamente publicada y visible en la dirección
electrónica supracitado.
San José, 17 de enero
del 2018.—Despacho Gerencia Médica.—Msc. Arturo Herrera Barquero.—1 vez.—(
IN2018208764 ).
PROGRAMA
ANUAL DE COMPRAS DE LA
GERENCIA FINANCIERA DEL AÑO 2018
De conformidad con el artículo 7 del
Reglamento a la Ley de Contratación Administrativa, se informa que el Plan
Anual de Adquisiciones 2018 y sus futuras modificaciones, de la Gerencia
Financiera de la CCSS, se encuentra publicado en la página Web de la CCSS. Vea
detalle en http://www.ccss.sa.cr
San José, 17 de enero
del 2018.—Subárea de Administración y Logística.—Lic. Danilo Rodas Chaverri,
Jefe.—1 vez.—( IN2018208789
).
DIRECCIÓN
EJECUTIVA FONDO DE RETIRO AHORRO
Y PRÉSTAMO DE LOS EMPLEADOS
DE LA CCSS (FRAP)
Programa
anual de compras 2018
De conformidad con el artículo 6 de la Ley de
Contratación Administrativa y artículo 7 de su Reglamento, correspondiente a la
programación anual de compras de la Dirección del Fondo de Retiro Ahorro y
Préstamo de los Empleados de la CCSS (FRAP) del 2018, se comunica que el mismo
se encuentra a disposición en la página Web institucional, de igual forma sus
modificaciones futuras. Ver detalles y mayor información en http://www.ccss.sa.cr.
San José, 11 de enero del 2018.—Lic. Víctor
Fernández Badilla, Director Ejecutivo.—1 vez.—( IN2018208795 ).
HOSPITAL
DR. FERNANDO ESCALANTE PRADILLA
ÁREA
GESTIÓN DE BIENES Y SERVICIOS
En cumplimiento con la Ley de Contratación
Administrativa y su Reglamento, el Hospital Dr. Escalante Pradilla, informa que
el Programa de Adquisiciones para el año 2018, y sus modificaciones
correspondientes a nuestra unidad programática (2701), se encuentra publicado y
actualizado, en la página Web de la Caja Costarricense del Seguro Social. Vea
detalles en http/www.ccss.sa.cr.
San Isidro de El General,
16 de enero del 2018.—Área Gestión de Bienes y Servicios.—Licda. Ligia
Castrillo Morales.—1 vez.—( IN2018208801 ).
Dirección Regional de Sucursales Chorotega.
Programa
de compras período 2018
En cumplimiento con lo
normado en los artículos 6º de la Ley de Contratación Administrativa y 7º de su
Reglamento, se informa que el Programa de Adquisiciones 2018 y sus
modificaciones, correspondiente a la Dirección Regional de Sucursales Chorotega
y a las unidades adscritas a esta, se encuentra en la página Web de la Caja
Costarricense de Seguro Social, enlace “Contratación y otros servicios”, Vea
detalles y mayor información en http://www.ccss.sa.cr.
Puntarenas, 12 de enero
del 2018.—Lic. Alexander Porras Castillo, Director a. í.—1 vez.—( IN2018208811
).
INS SERVICIOS S. A.
PLAN ANUAL DE
ADQUISICIONES PERIODO 2018
De conformidad con lo dispuesto en el artículo 6° de la Ley de
Contratación Administrativa y el artículo 7° del Reglamento a la Ley de
Contratación Administrativa, se informa a todos los interesados que durante el
período 2018, se contratará lo siguiente:
Ver detalle en página http://www.insservicios.com/
Además dicho plan se
encuentra en la plataforma MERLINK-SICOP.
Este plan corresponde a la planeación inicial de
adquisiciones de la empresa y está sujeto a variaciones justificadas por el
principio de negocio en marcha. El monto total de este plan es por la suma de
¢1.261.314.239,00 (mil doscientos sesenta y un mil millones trescientos catorce
mil doscientos treinta y nueve colones con 00/00).
Se
les invita a inscribirse al
Registro de Proveedores de la empresa o bien en Gobierno Digital-Merlink, para
cualquier duda, tramitar su registro como proveedor o más información pueden
comunicarse con el Lic. Carlos Sandoval Torres (teléfono 2284-8313 o correo
electrónico csandoval@inssercicios.com) o con Silvia Zamora Hernández (teléfono
2284-8571 o correo electrónico szamora@inservicios.com) o Lic. Carlos Achong
Rojas, correero electrónico:crojas@insservicios.com
Departamento Financiero-Administrativo.—Lic. Carlos Achong Rojas,
Jefe.—Lic. Carlos Sandoval Torres, Supervisor de Proveeduría.—1 vez.—(
IN2018208865 ).
MUNICIPALIDAD
DE TURRUBARES
PROGRAMA
DE ADQUISICIONES 2018
De
conformidad con el artículo 6 de la Ley de Contratación Administrativa en
concordancia con el numeral 7 de su Reglamento se informa el Plan Anual de
Adquisiciones para el periodo dos mil dieciocho de bienes y servicios. Para futuras contrataciones se
requerirá lo siguiente: Textiles y vestuario, papel, cartón e impresos, útiles
y materiales de oficina, equipo y programas de cómputo, tintas, pinturas y
colorantes, servicios generales, servicios de ingeniería, equipo y
herramientas, mantenimiento de equipo, vehículos y maquinaria, materiales y
productos minerales y asfalticos, materiales y productos metálicos,
combustibles y lubricantes, compra de útiles y materiales de limpieza,
compra de repuestos y accesorios, servicios jurídicos, edificaciones, compra de
maquinaria y vehículos. Los servicios, materiales y suministros y bienes
duraderos serán adquiridos durante todo el periodo dos mil dieciocho y su
financiamiento saldrá del presupuesto ordinario dos mil dieciocho.
Partidas |
Monto |
1 Servicios |
185.418.294,00 |
2 Materiales y suministros |
51.288.321,52 |
5 Bienes duraderos |
937.100.898,73 |
Total |
1.173.807.514,25 |
La proveeduría Municipal
informa a los interesados en formar parte del registro de proveedores que se
encuentra a disposición el formulario y demás requisitos de inscripción. Para
mayor información comunicarse con el Departamento de Proveeduría al correo
electrónico jesus.lopez@turrubares.go.cr o al teléfono 2419-0445.
Lic. Jesús López López,
Proveedor Municipal.—1 vez.—( IN2018208983 ).
CORTE SUPREMA DE
JUSTICIA
DIRECCIÓN EJECUTIVA
DEPARTAMENTO DE
PROVEEDURÍA
El Departamento de Proveeduría invita a participar en el siguiente
procedimiento de contratación:
LICITACIÓN PÚBLICA Nº
2017LN-000017-PROV
Compra de equipo de
cómputo, bajo
la modalidad según demanda
Fecha y hora de apertura: 22 de febrero de 2018, a las 10:00 horas.
El respectivo cartel
se puede obtener sin costo alguno a partir de la presente publicación. Para
ello, los interesados podrán obtenerlo a través de Internet, en la siguiente
dirección: www.poder-judicial.go.cr/proveeduria (ingresar al botón “Contrataciones
Disponibles”).
San José, 18 de enero del 2018.—Proceso de Adquisiciones MBA. Yurly
Argüello Araya, Jefa.—1 vez.—( IN2018209001 ).
PROGRAMA
INTEGRAL DE
MERCADEO AGROPECUARIO
LICITACIÓN
ABREVIDA 2018LA-000001-0001600005
Compra
de cabezote de compresor marca
Howden XRV-204 para la Red de
Frío
La Proveeduría de PIMA avisa a todos los
interesados que se ha formulado el cartel de Licitación Abreviada N°
2018LA-000001-0001600005 concurso que tiene por objeto la “Compra de cabezote
de compresor marca Howden XRV-204 para la Red de Frío”. El cartel de licitación
correspondiente puede ser adquirido por los interesados en las oficinas de la
Proveeduría de PIMA ubicadas un kilómetro al este, del centro comercial Plaza
Real Cariari en Barrial de Heredia. Los interesados deberán cancelar la suma de
¢500 por concepto de copias del cartel y los términos de referencia
correspondientes, o acceder a la versión digital de los documentos en la
dirección electrónica www.pima.go.cr, en el apartado de Proveeduría/ Carteles y
publicaciones. Las ofertas para este proceso concursal se recibirán hasta las
10:00 del día miércoles 31 de enero del año 2018. Los oferentes que deseen
participar en el presente concurso deberán asistir de forma obligatoria a una
inspección al sitio de ejecución de los trabajos, esta visita está programa
para el miércoles 24 de enero del 2018 a las 09:30 a.m. y será dirigida por el
profesional encargado del área Mantenimiento de Red de Frío Francisco Anet
Ruíz. Para consultas o información adicional puede solicitarse al teléfono
2239-1233 extensiones 108, con personal de la Proveeduría. Barrial de Heredia.
Publicación una vez.
Proveeduría PIMA.—Roy
Francisco Chaves Araya.—1 vez.—( IN2018208856 ).
LICITACIÓN
PÚBLICA N° 2016LN-000001-UPIMS
Servicio
de importación y distribución
de drogas estupefacientes
La Proveeduría Institucional del Ministerio
de Salud, informa que recibirá propuestas hasta las 09:00 horas del lunes 12 de
febrero de 2018, para la contratación de: Línea única: Servicio de Importación
y Distribución de Drogas Estupefacientes. El
cartel con las especificaciones técnicas y condiciones generales de dicha
contratación administrativa podrán retirarse por parte de los interesados, sin
costo alguno, a partir de la presente publicación en la Proveeduría
Institucional de ese Ministerio, sita tercer piso del Edificio Sur del
Ministerio de Salud, ubicado en la calle 16 avenidas 6 y 8.
San José, 17 de enero de
2018.—Proveeduría.—Licda. Vanessa Arroyo Chavarría, Proveedora Institucional.—1
vez.—O.C. N° 3400035384.—Solicitud N° 106570.—( IN2018208742 ).
Llamado a licitación
República de Costa Rica
Proyecto de Mejoramiento
de la Educación Superior
Construcción de la
ampliación del
Centro Universitario de Cañas
CR-UNED-37019-CW-RFB-PS-14-2017
Préstamo N° 8194-CR
1. Este
llamado a licitación se emite como resultado del Aviso General de Adquisiciones
para este Proyecto publicado en la edición N° DB Reference N° WB1717-03/14, de
26 de marzo del 2014.
2. El
Gobierno de Costa Rica ha recibido un préstamo del Banco Internacional de
Reconstrucción y Fomento/de la Asociación Internacional de Fomento, para
financiar el costo del Proyecto de Mejoramiento de la Educación Superior, y se
propone utilizar parte de los fondos de este préstamo para efectuar los pagos
bajo el Contrato: “Construcción de la Ampliación del Centro Universitario de
Cañas”, CR-UNED-37019-CW-RFB-PS-14-2017.
3. La
Universidad Estatal a Distancia invita a los licitantes elegibles a presentar
ofertas selladas para “Construcción de la ampliación del Centro Universitario
de Cañas”. Para esta licitación se dispone de un contenido presupuestario de
$710.257,00.
4. La
licitación se efectuará conforme a los procedimientos de Licitación Pública
Nacional Simplificada (LPNS) establecidos en la publicación del Banco Mundial
titulada Normas: Adquisiciones con Préstamos del BIRF y Créditos de la AIF, y
está abierta a todos los licitantes de países elegibles, según se definen en
dichas normas.
5. Los
licitantes elegibles que estén interesados podrán obtener los documentos de la
licitación completos, cartel, planos constructivos y anexos, solicitándolos a
la dirección electrónica: gsibaja@uned.ac.cr, atención: Mag. Giovanni Sibaja
Fernández. Los planos constructivos y anexos serán compartidos por medio de One
Drive.
6. Los
requisitos de calificaciones incluyen: Cumplimiento de Especificaciones
Técnicas, Experiencia del licitante, Personal, Facturación, Situación
Financiera, entre otros requisitos de admisibilidad. No se otorgará un Margen
de Preferencia a contratistas nacionales elegibles. Mayores detalles se
proporcionan en los Documentos de Licitación.
7. Las
ofertas deberán hacerse llegar a la dirección indicada abajo a más tardar a las
10:00 horas del día 13 de febrero del 2018. Ofertas electrónicas no serán
permitidas. Todas las ofertas deberán estar acompañadas de una Declaración de
Mantenimiento de la Oferta. Las ofertas que se reciban fuera de plazo serán
rechazadas.
8. La
apertura de ofertas se efectuará en presencia de los representantes de los
licitantes que deseen asistir, a la dirección indicada abajo, a las 10:00 horas
del día 13 de febrero del 2018.
Nombre de la oficina: Oficina de Contratación y
Suministros.
Nombre del funcionario: Giovanni Sibaja
Fernández. Teléfono: 2527-2610.
Dirección:
San José, Costa Rica, Universidad Estatal a Distancia, Sede Central de la UNED,
Mercedes de Montes de Oca, de la Rotonda de la Bandera 800 metros este,
carretera hacia Sabanilla. En la Oficina de Contratación y Suministros,
Edificio A, tercer nivel. Horario de Oficina: 8:00 a. m. a 4:30 p. m.
Teléfono: (506)2224-6739 / (506)2253-2907 /
Fax: (506)2224-9759.
Mag. Giovanni Sibaja Fernández, Oficina de Contratación y Suministros.—1
vez.—( IN2018208883 ).
HOSPITAL
MÉXICO
LICITACIÓN
ABREVIADA Nº 2018LA-000002-2104
Adquisición
de: Alglucosidasa alfa 50 mg polvo
para concentrado solución para
perfusión
Se les comunica a las empresas interesadas en
el presente concurso, que la fecha de apertura es para el lunes 29 de enero del
2018, a las 09:00 horas. El cartel de compra puede ser adquirido en el centro
de fotocopiado contiguo al Laboratorio Clínico. Ver detalle y mayor información
en: http://www.ccss.sa.cr/licitaciones.
San José, 17 de enero del 2018.—Área de
Gestión Bienes y Servicios.—Licda. Jacqueline
Villalobos Hernández, Jefa a. í.— 1 vez.—O. C. Nº 6.—Solicitud Nº
106525.—( IN2018208741 ).
ÁREA DE
SALUD DE BUENOS AIRES
LICITACIÓN
ABREVIADA 2018LA-000001-2732
Contratación
del servicio transporte de funcionarios vía
terrestre a
diferentes comunidades del Área de Salud
Buenos Aires para brindar
servicios médicos
y odontológicos
El Área de Salud Buenos Aires, comunica que
se encuentra a disposición de todos los interesados, el cartel para la
Licitación Abreviada 2018LA-000001-2732, por la contratación del servicio
transporte de funcionarios vía terrestre a diferentes comunidades del Área de
Salud Buenos Aires para brindar servicios médicos y odontológicos, con entrega
según demanda. Para mayor información ingresar a la página web de la Caja
Costarricense de Seguro Social www.ccss.sa.cr/licitaciones.
La
apertura está programada para el día 15 de febrero del 2018 al ser las 11:00
horas.
Buenos Aires, 18 de enero
del 2018.—Área de Gestión de Bienes y Servicios.—Lic. Heiner Jiménez
Cordero.—1 vez.—( IN2018208927 ).
DIRECCIÓN
DE CENTROS ESPECIALIZADOS
LICITACIÓN
PÚBLICA N° 2018LN-000001-2944
Adquisición
de pruebas moleculares del Virus
de Papiloma Humano para el
Centro
Nacional de Citología
Se les invita a participar en el presente
concurso, cuya fecha máxima para la presentación de las ofertas será en quince
días hábiles (a las 10 horas) contabilizados a partir del día siguiente a la
publicación del presente edicto de invitación. El cartel estará a su
disposición, una vez que se realice esta publicación y puede solicitarse a la
dirección de correo electrónico compras_dce@ccss.sa.cr o retirarse
personalmente en esta Dependencia, ubicada en Oficinas Centrales de la Caja
Costarricense de Seguro Social, Edificio Anexo, Genaro Valverde, segundo nivel
de las gradas de caracol, avenida cuarta, entre calle 5 y 7.
Dr. Julio Calderón
Serrano, cédula: 106100565.—1 vez.—( IN2018208978 ).
DIRECCIÓN
REGIONAL DE SERVICIOS
DE SALUD CENTRAL NORTE
LICITACIÓN
PÚBLICA NACIONAL 2017LN-000002-2299
(Modalidad entrega según
demanda)
Servicios
Integral de Laboratorio Clínico
Área de Salud Alfaro
Ruiz-Zarcero
Se les informa a todos los oferentes que
deseen participar de este proceso licitatorio, que a partir del día hábil
siguiente a esta publicación disponen de un máximo de 15 días hábiles para la
presentación de las ofertas. Así mismo, el último día hábil (15), se estará
realizando a las 10:00 a. m. el acto de apertura de ofertas en la Dirección
Regional de Servicios de Salud Central Norte, ubicada 200 metros norte de la
Municipalidad de Santo Domingo de Heredia. Para mayor información comunicarse
con la Unidad Regional de Contratación Administrativa al número 2244-1223 o
2244-1224.
Unidad Regional de Contratación
Administrativa.—Lic. Carlos Humberto Gómez Cruz.—1 vez.—( IN2018208987 ).
LICITACIÓN ABREVIADA
2017LA-000001-BNCS
Compra de equipo de
cómputo para BN
Sociedad Corredora de Seguros S. A.
Se comunica a los interesados de la Licitación Abreviada N°
2017LA-000001-BNCS, que el Comité de Licitaciones de la BNCR Corredora de
Seguros en el acta de la sesión 95 del Comité de Licitaciones de BN Corredora
Adjudicación de la Licitación Abreviada 2017LA-000001-BNCS, la cual se puede
observar en el expediente administrativo, acordaron:
Adjudicar la Licitación Abreviada N°
2017LA-000001-BNCS promovida para la “Compra de equipo de cómputo para BN
Sociedad Corredora de Seguros S. A., de acuerdo al siguiente detalle:
Ítem N° 1 compra de treinta y cinco (35) Laptop.
Se recomienda adjudicar el ítem N° 1 a la empresa Central de
Servicios P.C.S AS. La cantidad de 35 laptop a un precio unitario de
U$1.124.35 i.v.i. para un total de U$U$39.352.25 i.v.i., con una garantía
técnica de 36 meses y un plazo de entrega de 30 días hábiles.
Empresa |
Monto ítem N° 1 |
Central de Servicios P.C. S. A. |
U$39.352.25 i.v.i. |
Garantía: |
36 meses |
Plazo de Entrega: |
30 días hábiles |
Ítem N° 2 compra de veinte (20) Laptop.
Con base al oficio BNCS-UAF-0256-2017 emitido por el señor Hernán Zamora
Pastrana Soporte TI BN Corredora, en donde justifica que al sobrar presupuesto
destinado para la compra del equipo, y que existe necesidades tecnológicas por
equipos obsoletos, nuevos programas que los equipos actuales no trabajan bien,
se aprueba adjudicar la compra de 20 equipos adicionales, que no se contemplo
en esta Licitación Abreviada, ya que de acuerdo, con el estudio de mercado los
cuatro (4) ítems, se presupuesto el monto de ¢56.000.000.00 para toda la
licitación, pero de acuerdo con los precios ofertados por las empresas, y por
la empresa que se recomienda para la compra de 20 equipos, el cual se indica:
Empresa |
Monto |
Tecnología Global YSMR S. A. |
U$25.086.00 |
Garantía: |
Garantía: 36 meses |
Plazo de entrega: |
Plazo de entrega 22 días
hábiles |
Con base articulo 86 Acto Final del Reglamento a la Ley de Contratación
Administrativa en donde indica:
“Si la oferta ganadora del concurso presenta un precio menor al monto
presupuestado, la Administración podrá adjudicar una mayor cantidad de bienes o
servicios si la necesidad así lo justica”.
Se recomienda
adjudicar al Comité de Licitaciones de BN Sociedad Corredora de Seguros S. A.,
para el ítem N° 2, a la empresa Tecnología Global YSMER S. A. La
cantidad de 20 laptops de acuerdo con el ítem, más la compra adicional de 20
laptops, para un total de 40 laptops, a un precio unitario de U$1.254.30 i.v.i.
para un total de U$ 50.172.00 i.v.i., con una garantía técnica de 36 meses y un
plazo de entrega de 22 días hábiles.
Empresa |
Monto |
Tecnología Global YSMR S. A. |
U$50.172.00 i.v.i. |
Garantía: |
Garantía: 36 meses |
Plazo de entrega: |
Plazo de entrega 22 días
hábiles |
Esto aprobado y adjudicado según el acta de la sesión 95 del Comité de
Licitaciones de BN Corredora Adjudicación de la Licitación Abreviada
2017LA-000001-BNCS, la cual se puede observar en el expediente administrativo.
Ítem N° 3 compra de cincuenta y cinco (55) monitores.
Con base al oficio BNCS-UAF-0256-2017 emitido por el señor Hernán Zamora
Pastrana Soporte TI BN Corredora, en donde justifica que al sobrar presupuesto
destinado para la compra del equipo, y que existe necesidades tecnológicas por equipos obsoletos, nuevos programas
que los equipos actuales no trabajan bien, se aprueba y se adjudica la compra
de 2 monitores adicionales, que no se contemplo en esta Licitación Abreviada,
ya que de acuerdo, con el estudio de mercado los cuatro (4) ítems, se
presupuesto el monto de ¢56.000.000.00 para toda la licitación, pero de acuerdo
con los precios ofertados por las empresas, y por la empresa que se recomienda
para la compra de 55 monitores, el cual se indica:
Empresa |
Monto |
Tecnología Global YSMR S. A. |
U$5.947.75 |
Garantía: |
Garantía: 36 meses |
Plazo de entrega: |
Plazo de entrega 22 días
hábiles |
Con base articulo 86 Acto Final del Reglamento a la Ley de Contratación
Administrativa en donde indica:
“Si la oferta ganadora
del concurso presenta un precio menor al monto presupuestado, la Administración
podrá adjudicar una mayor cantidad de bienes o servicios si la necesidad así lo
justica”.
Se recomienda
adjudicar al Comité de Licitaciones de BN Sociedad Corredora de Seguros S. A.,
para el ítem N°3, a la empresa Tecnología Global YSMER S.A. La cantidad
de 55 monitores de acuerdo con el ítem, más la compra adicional de 2 monitores,
para un total de 57 monitores, a un precio unitario de U$108.14 i.v.i. para un
total de U$ 6.163.98 .i.v.i, con una garantía técnica de 36 meses y un plazo de
entrega de 22 días hábiles.
Empresa |
Monto |
Tecnología Global YSMR S. A. |
U$6.163.98i.v.i. |
Garantía: |
Garantía: 36 meses |
Plazo de entrega: |
Plazo de entrega 22 días
hábiles |
Esto aprobado y adjudicado según el acta de la sesión 95 del Comité de
Licitaciones de BN Corredora Adjudicación de la Licitación Abreviada
2017LA-000001-BNCS, la cual se puede observar en el expediente administrativo.
Ítem N° 4 Compra de cincuenta y cinco (55) bases para laptop.
Con base al oficio
BNCS-UAF-0256-2017 emitido por el señor Hernán Zamora Pastrana Soporte TI BN
Corredora, en donde justifica que al sobrar presupuesto destinado para la
compra del equipo, y que existe necesidades tecnológicas por equipos obsoletos,
nuevos programas que los equipos actuales no trabajan bien, se solicita la
compra de 20 bases para laptop adicionales, que no se contemplo en esta
Licitación Abreviada, ya que de acuerdo, con el estudio de mercado los cuatro
(4) ítems, se presupuesto el monto de ¢56.000.000.00 para toda la licitación,
pero de acuerdo con los precios ofertados por las empresas, y por la empresa
que se recomienda para la compra de 55 bases para laptop, el cual se indica:
Empresa |
Monto |
Consorcio Tecnova Soluciones S. A. Netser Group Costa Rica S. A. |
U$1.392.16 |
Garantía: |
Garantía: 36 meses |
Plazo de entrega: |
Plazo de entrega 30 días
hábiles |
Con base articulo 86 Acto Final del Reglamento a la Ley de Contratación
Administrativa en donde indica:
“Si la oferta ganadora del concurso presenta un precio menor al monto
presupuestado, la Administración podrá adjudicar una mayor cantidad de bienes o
servicios si la necesidad así lo justica”.
Se recomienda
adjudicar al Comité de Licitaciones de BN Sociedad Corredora de Seguros S. A.,
para el ítem N 4, al Consorcio Tecnova Soluciones S. A. y Netser Group Costa
Rica S. A.. La cantidad de 55 bases laptop más la compra adicional de 20
bases pata un total de 75 bases para laptop, a un precio unitario de U$25.31
i.v.i. para un total de U$ 1.898.25 i.v.i. con una garantía técnica de 36 meses
y un plazo de entrega de 30 días hábiles.
Empresa |
Monto |
Consorcio Tecnova Soluciones S. A. Netser Group Costa Rica S. A. |
U$1.898.25 i.v.i. |
Garantía: |
Garantía: 36 meses |
Plazo de entrega: |
Plazo de entrega 30 días
hábiles |
Esto aprobado y adjudicado según el acta de la sesión 95 del Comité de
Licitaciones de BN Corredora Adjudicación de la Licitación Abreviada
2017LA-000001-BNCS, la cual se puede observar en el expediente administrativo.
Todo conforme lo
estipulado en el cartel, las ofertas económicas y el informe técnico que consta
en el expediente administrativo y que forma parte integral de la presente
contratación.
La Uruca, 16 de enero 2018.—Licda. Alejandra Trejos Céspedes,
Proveeduría General.—1 vez.—O. C. Nº 524007.—Solicitud Nº 106602.—(
IN2018208954 ).
ÁREA
BIENES ADJUDICADOS
Registro
de Corredores de Bienes Adjudicados
El Área Bienes Adjudicados invita a los
interesados en conformar el registro de corredores de bienes adjudicados a
presentar su solicitud de inscripción en nuestras oficinas ubicadas en San José
calle1, avenida 2 y 4, sétimo piso, conforme a lo estipulado en el Instructivo “Sistema
de conformación de registro de corredores de bienes raíces para la venta
nacional e internacional de bienes inmuebles transferidos al Banco Popular en pago de obligaciones o adjudicados
en remates judiciales”, publicado
en el Diario Oficial La Gaceta. Se apercibe a los corredores inscritos
su obligación de actualizar los datos de forma anual con forme al artículo 6
del Instructivo. Los formularios requeridos para el trámite pueden ser
solicitados en el Área de Bienes Adjudicados a los Teléfonos: 2104-7791,
2104-7751.
San José, 16 de enero
del 2018.—División Gestión Activos Crediticios.—Lic. Ronald Ramírez Bolaños,
Jefe.—1 vez.—( IN2018208765 ).
MUNICIPALIDAD
DE TURRIALBA
En cumplimiento de los artículos 46 de la Ley
de Contratación Administrativa y 124 de su reglamento, se invita a todas las
personas físicas y jurídicas interesadas en ser consideradas en los procesos de
Contratación Administrativa de la Institución, a inscribirse en el registro de
proveedores Institucional, así mismo, se les comunica a todos los proveedores
inscritos en años anteriores que verifique su estado en el Registro de
Proveedores a fin de ser considerados en futuras contrataciones. Información a
los teléfonos 2556-0231, Ext. 125, Fax 2556-1559.
Proveeduría.—MBA Ronald Bolaños Calvo,
Proveedor Municipal.—1 vez.—( IN2018208929 ).
MUNICIPALIDAD DE
HEREDIA
REGISTRO DE PROVEEDORES
2018
El Departamento de Proveeduría de la Municipalidad del cantón central de
Heredia, informa a los interesados que el Registro de Proveedores de la
Municipalidad para el año 2018, lo pueden consultar en la página web:
www.heredia.go.cr
Departamento de Proveeduría.—Lic. Enio Vargas Arrieta,
Proveedor.—1 vez.—O. C. N° 60368.—Solicitud N° 106593.—( IN2018208810 ).
MUNICIPALIDAD DE SAN
PABLO DE HEREDIA
PROVEEDURÍA MUNICIPAL
INVITACIÓN A FORMAR
PARTE DEL
REGISTRO DE PROVEEDORES
De conformidad con el artículo 108 de la Ley de Contratación
Administrativa y artículos 124 y 126 del Reglamento a esta Ley se invita a
personas físicas y jurídicas a integrar o actualizar el Registro de Proveedores
de esta Municipalidad. Los proveedores que ya se encuentren inscritos solamente
deberán informar mediante nota si ha variado la situación declarada. Los
formularios de inscripción los pueden obtener en la Proveeduría Municipal en
San Pablo de Heredia, costado norte del Parque Central de San Pablo de Heredia.
San Pablo de Heredia, 17 de enero de 2018.—Óscar Hidalgo Mena, Proveedor
Municipal.—1 vez.—( IN2018208933 ).
SUBGERENCIA
ÁREA ADMINISTRATIVA
SGA-01143-2017
20 de diciembre del 2017
Resolución
Final
Procedimiento
Administrativo número 2017PA-021
PUBLICACIÓN
DE TERCERA VEZ
Al ser las 15 horas del día 20 de diciembre
del 2017, la suscrita Antonieta Solís Mata, en mi condición de Subgerente Área
Administrativa del Instituto Nacional de Seguros, de conformidad con las
facultades que me son conferidas al tenor de lo estipulado en el artículo 36
del Manual de Reglamentos Administrativos, la Ley General de la Administración
Pública, la Ley de Contratación Administrativa y su Reglamento, para este caso
se resuelve lo que se expone de seguido:
Resultando:
1º—El día 11 de junio del 2012, mediante
oficio número PROV-03741-2012, la Proveeduría del Instituto hizo público el
cartel versión final del concurso de la Licitación Pública número
2012LN-112002-UL “Suministros por consumo” (Folios 76 al 158 del expediente
administrativo)
2º—El 13 de enero del 2017, Pacasa del Norte S. A., presentó formal
oferta de participación. (Folios 159 al 180 del expediente administrativo).
3º—Mediante
acuerdo 9150-V del 27 de febrero del 2013, Pacasa del Norte S. A., resultó
entre otras empresas, adjudicataria de la Licitación Pública número
2012LN-112002-UL “Suministros por consumo”, producto de lo cual se le adjudicó
los renglones: N° 14 Borrador de tinta y grafito, N° 24 Sello fechador pequeño,
N° 25 Goma de aplicación directa de 120CC, N° 64 Archivo acordeón oficio, N° 70
Marcador Fosforescente Celeste, N° 97 Resmas de papel Ultra Brite, N° 167 Porta
Minas 0,7 con punta metálica, N° 201 Papel para fotocopiadora carta, N° 2014
Papel Bond 20/75g 27.94cm x 43.18 cm (11” x 17”), N° 215 Papel Bond 20/75g
27.94 cm x 43.18 cm (22” x 34”), N° 231 Cartulina Bristol Celeste, N°241
Cartulina Bristol Blanca (folio 181 al 183 del expediente administrativo).
4º—En fecha 28 de mayo del 2013, las partes contratantes suscribieron
el contrato administrativo de mérito. (Folios 184 al 189)
5º—En
fecha del 10 de mayo del 2017, se notificó al contratista orden de compra,
consistente en 30 unidades de Borrador de tinta y grafito, 10 unidades de porta
minas de 0.7mm con punta, 3.600 unidades de papel blanco para fotocopiador, 290
unidades de cartulina Bristol celeste (pedido N° 10002656), con lo cual la
fecha máxima de entrega de los insumos se pactó para el 25 de mayo del 2017.
(Folios 5 al 7)
6º—En
memoranda del 29 de junio 2017, 23 de junio 2017, 04 de julio del 2017,
remitida a la contratista Pacasa del Norte S. A. por parte de la Unidad Usuaria
de la contratación, se solicitó la entrega del producto, ya que a dichas fechas
no se contaba con la entrega correspondiente a los renglones requeridos en la
orden de pedido N°10002656. (Folios 7 al 11)
7º—Mediante
oficios CEDINS-01238-2017 del ocho de julio del 2017, el Centro de Distribución
y Logística informó al Centro de Gestión Técnica de Aprovisionamiento, el
presunto incumplimiento de Pacasa del Norte S. A. (Folios 12 al 34), e indicó
lo siguiente:
(...) “por
un plazo bastante prolongado hemos intentado por diversos medios de
comunicarnos con el adjudicatario o alguno de sus representantes y no ha sido
posible, siendo que incluso enviamos uno de nuestros funcionarios a verificar
físicamente en la dirección aportada por dicha empresa, para lo cual, se
corroboró que dichas instalaciones se encuentran vacía y los vecinos indican que ya la
empresa no opera en ese sitio...”
Lo anterior, fue ratificado por el Centro de
Gestión Técnica de Aprovisionamiento en oficio CGTA-02473-2017 del 14 de julio
del 2017. (Folios 35 al 60)
8º—Mediante
oficio SGA-00944-2017 del 25 de octubre del 2017, la Subgerencia Área
Administrativa, realizó el nombramiento del Órgano Director y emitió la orden
de inicio del presente procedimiento. (Folios 71 al 73)
9º—En
oficio PA-00426-2017 del 30 de octubre del 2017, se emitió traslado de cargos;
sin embargo, no fue posible su notificación, toda vez que al apersonarse al
lugar establecido para recibir notificaciones, se comprobó que la empresa ya no
se encuentra en la localidad correspondiente. Asimismo, se intentó ubicarla vía
telefónica y ello no fue posible. (Folios 191 al 198)
10.—En
oficio PA-00430-2017 del ocho de noviembre del 2017, se emitió nuevamente el
traslado de cargos, mismo que fue notificado por medio del Diario Oficial La
Gaceta de fechas 15, 16 y 17 de noviembre del 2017. (Folios 199 al 215)
11.—El
ocho de diciembre del 2017 -fecha establecida para celebrar la audiencia oral y
privada del presente procedimiento-, los representantes de la parte
procedimentada no se hicieron presentes, además no se aportaron alegatos ni
pruebas de descargo dentro del plazo establecido para tal efecto. (Folio 216)
12.—En
oficio PA-00460-2017 del 20 de diciembre del 2017, el Órgano Director del
procedimiento remitió la recomendación respectiva para la resolución del
presente caso. (Folios 217 al 221)
Considerando:
I.—En oficio PA-00460-2017 del 20 de
diciembre del 2017, el Órgano Director expuso lo siguiente:
(...) “Primero: Hechos probados
En el presente caso se
recomienda tener como Hecho Probado el siguiente:
- Que en fecha del 10 de mayo del 2017, se notificó al
contratista orden de compra, consistente en 30 unidades de Borrador de tinta y
grafito, 10 unidades de porta minas de 0.7mm con punta, 3.600 unidades de papel
blanco para fotocopiador, 290 unidades de cartulina bristol celeste (pedido N°
10002656), con lo cual la fecha máxima de entrega de los insumos se pactó para
el 25 de mayo del 2017. (Folios 5 al 7)
- Que Pacasa del Norte S. A., infringió las disposiciones del
pliego cartelario, específicamente las contenidas en las cláusulas incorporadas
en el Capítulo I “Aspectos técnicos”, Aparte I “Descripción del requerimiento”,
punto D “Metodología de ejecución del contrato”; así como el aparte III. “Requisitos
generales técnicos para el oferente”, punto A. “Plazo de entrega”, por la no
entrega de los insumos requeridos en el pedido 10002656).
Segundo: Hechos no probados
No se tienen hechos no probados de relevancia
para la resolución del presente caso.
Tercero: Normativa aplicable
El caso en estudio se enmarque dentro de los
alcances de los artículos 20 y 99 inciso a) de la Ley de Contratación
Administrativa, es decir por incumplimiento de lo pactado contractualmente.
Cuarto: Sobre el fondo
Una vez concluido el procedimiento
sancionatorio tramitado en contra del Contratista Pacasa del Norte S. A., en el
expediente consta prueba suficiente que logra acreditar el incumplimiento en la
entrega total de los insumos correspondientes a los renglones: N° 14 Borrador
de tinta y grafito, N° 24 Sello fechador pequeño, N° 25 Goma de aplicación
directa de 120CC, N° 64 Archivo acordeón oficio, N° 70 Marcador Fosforescente
Celeste, N° 97 Resmas de papel Ultra Brite, N° 167 Porta Minas 0,7 con punta metálica,
N° 201 Papel para fotocopiadora carta, N° 2014 Papel Bond 20/75g 27.94cm x
43.18 cm (11” x 17”), N° 215 Papel Bond 20/75g 27.94cm x 43.18 cm (22” x 34”),
N° 231 Cartulina Bristol Celeste, N°241 Cartulina Bristol Blanca.
Al respecto, es menester establecer que el
cartel estableció que los insumos adjudicados se debían entregar en el plazo
máximo de 20 días naturales posteriores a la notificación de la orden de
inicio. (Folio 156)
En el caso bajo estudio, el plazo de la
primera entrega estaba fijado para el 25 de mayo del 2017; no obstante, según
lo manifestado por la Unidad Usuaria de la contratación el Contratista no
efectuó la entrega del pedido N°10002656; partiendo de lo anterior, así como de
la demás prueba que consta en el expediente, se logra acreditar que el
incumplimiento se reputa con la no entrega de los suministros adjudicados en el
plazo establecido en el acto de adjudicación y debidamente aceptada en su
oferta. (Folio 173)
En consecuencia, se determina que la
aplicación de la sanción de apercibimiento resulta proporcionada y razonable,
ya que la misma se ajusta a las causales establecidas en el artículo 99 inciso
a) de la Ley de Contratación Administrativa, el incumplimiento demostrado en
este procedimiento, así como la inexistencia en el expediente del procedimiento
de elementos de prueba que demuestren que el incumplimiento respondiera a
motivos no imputables al contratista.
Así las cosas, se recomienda que la
Subgerencia Área Administrativa, como Órgano Decisor del presente procedimiento
sancionatorio imponga la sanción de apercibimiento contemplada en el artículo
99 inciso a) de la Ley de Contratación Administrativa al contratista, por los
motivos antes apuntados...’’.
II.—No se han observado nulidades en el
proceso que hagan necesaria la repetición de actos, encontrándose ajustado en
todos sus extremos a lo establecido en la Ley General de la Administración
Pública, Ley de Contratación Administrativa y su Reglamento.
III.—Consecuentemente,
se acoge de manera íntegra la recomendación final rendida por el Órgano
Director del procedimiento, a fin de que se imponga a la contratista Pacasa del
Norte S. A., la sanción de apercibimiento contemplada en el artículo 99 inciso
a) de la Ley de Contratación Administrativa. Por tanto,
En virtud de los argumentos antes expuestos,
como órgano decisor resuelve:
I- Imponer la sanción de apercibimiento contenida en el artículo 99
inciso a) de la Ley de Contratación Administrativa, en contra de Pacasa del
Norte S. A.
II- Contra esta resolución puede formularse recurso de revocatoria y
apelación, el cual deberá plantearse ante la Subgerencia Área Administrativa
para su conocimiento y resolución, dentro de los tres días hábiles siguientes a
la notificación.
III- Informar al contratista Pacasa del Norte S. A., y al Centro de
Distribución y Logística sobre el resultado de este procedimiento.
Área Administrativa
Órgano Decisor.—MBA. Antonieta Solís Mata, Subgerente.—O. C. N°
18525.—Solicitud N° 105350.— ( IN2018207488 ).
PUBLICACIÓN
DE UNA VEZ
CONTRATACIÓN
DIRECTA Nº 2009CD-009129-UC
(Intimación)
Mantenimiento
preventivo y correctivo del sistema
de alarmas e instalación,
remodelación
y ampliación de alarmas del INS
PROV-07038-2017
06 de diciembre del 2017
Señores
EIDOS Sociedad Anónima
Presente.
ASUNTO: Intimación para el pago de los daños y perjuicios ocasionados en
la ejecución de la Contratación Directa Nº 2009CD-009129-UC “Mantenimiento
preventivo y correctivo del sistema de alarmas e instalación, remodelación y
ampliación de alarmas del INS”.
Estimados Señores:
Mediante resolución final contenida en oficio
G-01945-2017 del 25 de mayo del 2017, la Gerencia del Instituto dictó el acto
final del procedimiento administrativo Nº 2014PA-009-G derivado de la
contratación citada en el asunto, cursado en contra de su representada.
En
dicho procedimiento se determinó entre otros, el incumplimiento de EIDOS
Sociedad Anónima y los daños y perjuicios ocasionados en perjuicio de la
Administración por la suma de ¢28.561.206,00 (veintiocho millones quinientos
sesenta y un mil doscientos seis colones exactos).
En
virtud de lo expuesto, se le realiza el primer emplazamiento, para que en el
plazo de cinco días hábiles proceda a cancelar los montos indicados
anteriormente, en las siguientes cuentas bancarias:
Banco |
Número de Cuenta Cliente |
Número de Cuenta Corriente |
Moneda |
Banco de Costa Rica |
15201001000029681 |
001-0000296-8 |
CRC |
Banco de Costa Rica |
15201001020269103 |
001-0202691-0 |
USD |
Banco Nacional de Costa Rica |
15100010010077221 |
100-01-000-007722-2 |
CRC |
Banco Nacional de Costa Rica |
15100010020604555 |
100-02-000-060455-3 |
USD |
En caso de no cumplir con la cancelación de
la deuda dentro del plazo establecido, se requerirá al Departamento de Cobros
institucional para proceder con los trámites judiciales que correspondan, hasta
que se acredite el importe correspondiente.
Departamento Proveeduría.—Licda. Carmen Lidia
González Ramírez, Jefatura a. í.—1 vez.—O. C.
Nº 18523.—Solicitud Nº 103354.—( IN2017200219 ).
CORTE
SUPREMA DE JUSTICIA
DIRECCIÓN
EJECUTIVA
DEPARTAMENTO
DE PROVEEDURÍA
LICITACIÓN
ABREVIADA N° 2017LA-000067-PROV
(Aviso de modificación y
prórroga N°1)
Remodelación
del cuarto piso del edificio de la tercera torre
de los
Tribunales de Justicia del Primer Circuito Judicial
de la Zona
Atlántica para alojar el Juzgado Laboral
El Departamento de Proveeduría informa, a los
potenciales oferentes que existen modificaciones al cartel y los planos;
asimismo, se informa que la fecha de apertura de ofertas se prorroga para el
día 12 de febrero de 2018, a las 10:00 a.m.
AVISO DE
ACLARACIONES N° 1
LICITACIÓN
PÚBLICA Nº 2017LN-000012-PROV
Concesión de soda y contratación de servicios de alimentación
para el Primer Circuito Judicial
de San José
El Departamento de Proveeduría informa a
todos los potenciales proveedores interesados a participar en el procedimiento
indicado, que, dadas las consultas realizadas, se realizaron aclaraciones al
pliego de condiciones. La recepción y apertura de ofertas se mantiene para el
30 de enero de 2018, a las 10:00 horas.
Para
ambos casos los demás términos y condiciones permanecen invariables.
Todos
las modificaciones y aclaraciones estarán disponibles a partir de la presente
publicación y podrán obtenerlas a través de Internet, en la siguiente dirección:
www.poder-judicial.go.cr/proveeduría/invitaciones.
San José, 17 de enero del 2017.—Proceso de
Adquisiciones.—MBA. Yurli Argüello Araya, Jefa.—1 vez.—( IN2018208932 ).
LICITACIÓN
PÚBLICA N° 2017LN-000010-01
Contratación
de hasta dos agencias
de publicidad para el Banco de
Costa Rica
Se informa que el cartel
de la licitación en referencia se ha modificado y el documento que contiene las
modificaciones, lo puede obtener a través de la página electrónica del Banco de
Costa Rica, www.bancobcr.com, en la siguiente ruta: Acerca del
banco/proveedores/carteles. Además, la fecha para la recepción de ofertas se
traslada para las diez horas con treinta minutos (10:30 a.m.) del día 16 de
febrero del 2018.
San José, 17 de enero del 2018.—Oficina de
Contratación Administrativa.—Rodrigo Aguilar
Solórzano, Supervisor.— 1 vez.—O.C.
N° 66970.—Solicitud N° 106585.—( IN2018208745 ).
PROVEEDURÍA
INSTITUCIONAL
LICITACIÓN ABREVIADA
2017LA-000016-UTN
(Modificación 01)
Adquisición de
vehículos
Se comunica a los interesados que se modifica en la
Línea N° 2 la cilindrada del motor, para que se lea: Cilindraje: de 2700 a 3000
CC.
Consultas con José
Solís, correo jsolis@utn.ac.cr, copia a vcascante@utn.ac.cr, o bien al fax 2430-3496.
Se modifica la fecha apertura para el 31 de enero de 2018 a las 10:00 horas.
Lic. Miguel González Matamoros, Director de Proveeduría Institucional.—1
vez.—( IN2018209113 ).
GERENCIA
DE INFRAESTRUCTURA Y TECNOLOGÍAS
DIRECCIÓN
DE ARQUITECTURA Y TECNOLOGÍAS
LICITACIÓN
PÚBLICA 2017LN-000006-4402
(Prórroga N° 1)
Adquisición
e implementación del Sistema de Angiografía,
Sistema de
Mamografía y readecuación de instalaciones
en Hospital San Vicente de Paúl
de Heredia
A los interesados en participar en el
presente concurso, se les comunica que se prorroga la fecha de apertura de
ofertas, para el 8 de febrero de 2018, a las 10:00 horas, en la Dirección de
Arquitectura e Ingeniería. Sita: Oficinas Centrales de la CCSS, piso número 12
edificio Jenaro Valverde (anexo), San José, Avenida 4ª, Calles 5 y 7.
Los
demás términos del cartel permanecen invariables.
San José, 17 de enero
del 2018.—Subárea Gestión Administrativa y Logística.—Lic. Bernan Fallas
Gamboa.—1 vez.—( IN2018208787 ).
DIRECCIÓN PROVEEDURIA
LICITACIÓN ABREVIADA Nº.
2017LA-000066-PRI
(Circular N° 1)
Compra de válvulas
checks de columna, horizontales, verticales,
válvulas de aire, tubería para pozo
profundo y accesorios
metálicos para el
mantenimiento de
estaciones de bombo
de la GAM” (modalidad
según demanda)
El Instituto Costarricense de Acueductos y Alcantarillados (AyA) Cédula
Jurídica Nº 4-000-042138, comunica a todos los interesados en participar en la
licitación arriba indicada, que a partir de la presente publicación podrán
retirar, sin costo alguno, la Circular Nº 1, en la Dirección Proveeduría del
AYA sita en el Módulo C, piso 3 del edificio sede del AYA, ubicado en Pavas o
accesarla en el
Web www.aya.go.cr,
Link Proveeduría.Expediente
Demás condiciones del
cartel permanecen invariables.
Dirección Proveeduría.—Licda. Jeniffer Fernández Guillén.—1 vez.—O. C. Nº
6000002848.—Solicitud Nº 106748.— ( IN2018209115 ).
MUNICIPALIDAD
DE TILARÁN
LICITACIÓN
PÚBLICA Nº 2017LN-000003-01
(Aclaración)
Adquisición dos camiones con volquete de 14 m3 tipo C4 o
C4+,
totalmente
nuevos, año 2017 o superior y un cargador retroexcavador integrado de 97 Hp mínimo,
nuevo, año 2017 o superior
Se comunica a los interesados en participar
en la Licitación Pública Nacional Nº 2017LN-000003-01, que en atención al punto
de la página 35 del cartel de licitación, artículo 10 Cabina, así como en la
página 40 que dice cabina alta, se aclara que se debe eliminar la palabra
“alta”.
Tilarán, 17 de enero del 2018.—Shirley
Ramírez Méndez, Proveedora Institucional.—1 vez.—( IN2018208985 ).
MUNICIPALIDAD
DE SANTA ANA
El Concejo Municipal de Santa Ana, de
conformidad con el artículo 43 del Código Municipal, comunica que en la Sesión
Ordinaria número 79-2017 celebrada el día martes 31 de octubre del 2017,
mediante acuerdo número cuatro, visible en el artículo VI, se aprobó la reforma
al Reglamento para la Adjudicación de Becas de la Municipalidad de Santa Ana a
Estudiantes de Escasos Recursos. La presente reforma se somete a consulta
pública no vinculante por un plazo mínimo de diez días hábiles, luego del cual,
el órgano colegiado se pronunciará sobre el fondo del asunto.
REFORMA
AL REGLAMENTO PARA LA ADJUDICACIÓN
DE BECAS DE LA MUNICIPALIDAD DE
SANTA ANA
A ESTUDIANTES DE ESCASOS
RECURSOS
Considerando:
1º—Que actualmente está vigente el
“Reglamento para la Adjudicación de Becas de la Municipalidad de Santa Ana a
Estudiantes de Escasos Recursos”, publicado en La Gaceta N° 80 del 27 de
abril del 2010.
2º—Que
desde la fecha de su aprobación a hoy, se han dado cambios en nuestro entorno
que requieren la actualización del mismo.
Se
acuerda derogar el inciso c) y reformar el inciso f) del artículo 3; reformar
el inciso a) del artículo 4, los artículos 6, 10, el inciso e) del artículo 11,
los artículos 14, 18 y se introducen los artículos 9 bis y 12 bis del citado
“Reglamento para la Adjudicación de Becas de la Municipalidad de Santa Ana a
Estudiantes de Escasos Recursos”, para que en lo sucesivo se lean de la
siguiente forma:
Artículo 3º—
f) El derecho será de un estudiante por núcleo familiar. No obstante;
en caso de que la calificación socioeconómica de la familia sea como de extrema
pobreza; la Comisión de Becas podrá ofrecer más de una beca a la misma familia,
en el tanto los estudiantes beneficiados no cuenten con beca de otros sistemas
de becas, sean estos públicos o privados.
Artículo 4º—
a) El porcentaje de personas que se ubiquen en los grupos de edades
que corresponden a los años de formación académica primaria y secundaria (4 a
17 años y doce meses) del total de población del distrito. Se tomará como base
los datos aportados por la Dirección de Estadística y Censos, el Ministerio de
Educación o alguna.
Artículo 6º—Los Concejos de
Distrito tendrán las funciones indicadas en el Artículo 57 del Código Municipal
y en lo conducente a la Comisión de Becas deberán:
a) Realizar una selección preliminar de las becas que se asignen en su
distrito, tomando en cuenta los aspectos que componen el índice descrito en el
artículo 4º y recomendaciones de los centros educativos.
b) Remitir la recomendación respectiva a la Comisión Municipal de
Becas.
Artículo 10.—La Comisión de
Becas, será nombrada por el Concejo Municipal y la Presidencia nombrará a los
integrantes, así mismo deben estar conformadas con equidad y armonía,
procurando que en ella participen todos los partidos políticos representados en
el Concejo Municipal, siguiendo lo estipulado en el Código Municipal y el
Reglamento de Interior de Orden, Dirección y Debates del Concejo Municipal del
Cantón de Santa Ana.
Artículo 11.—
e) Atender las solicitudes de becas realizadas por los funcionarios de
acuerdo a la Convención Colectiva.
Artículo 14.—Todos los acuerdos
del Concejo Municipal podrán ser recurridos mediante título sexto, capítulo
primero del Código Municipal, Recursos Contra los Actos Municipales.
Artículo
18.—La Comisión de Becas municipales podrá solicitar al Concejo Municipal vía
dictamen, su aprobación para reservar un 3% del presupuesto asignado a becas,
cuando la cantidad de becas lo permita, el cual será destinado para atender
casos de estudiantes no becados en condición de vulnerabilidad o riesgo social.
Estos casos deben ser presentados por los Concejos de Distrito y remitidos al
Concejo Municipal para que se instruya a la Administración confeccionar el
estudio técnico de Vulnerabilidad y Riesgo Social, y con base en el mismo la Comisión de Becas emita un
dictamen.
Artículo 9 Bis.—La Unidad de
Vulnerabilidad y Riesgo Social elaborará un estudio socio-económico, utilizando
como parámetro para la medición de pobreza, el índice de línea de pobreza
establecido por el Instituto de Estadística y Censos, para el mes y año en que
los casos estén siendo valorados. La Comisión de Becas puede seleccionar
estudiantes cuya condición de pobreza supere hasta en un 5%, este índice.
Artículo 12 Bis.—Una vez
aprobada una beca; esta podrá ser renovada en los años escolares siguientes,
siempre que la condición de pobreza se
mantenga y el estudiante continúe cumpliendo con los requisitos establecidos en
el artículo 3 y con la presentación de los documentos que la Unidad de
Vulnerabilidad y Riesgo Social solicite. Los estudiantes becados que soliciten
la renovación y hayan reprobado un máximo de tres materias, serán colocados en
lista de espera mientras realizan las pruebas de aplazado. Corresponde al
estudiante demostrar a la Unidad de Vulnerabilidad y Riesgo Social que aprobó
las materias, para que le sea renovada la beca. La Unidad de Vulnerabilidad y
Riesgo Social realizará un seguimiento de becas en el mes de setiembre,
mediante el cual se constatará si el estudiante continúa escolarizado y su
rendimiento académico, para valorar la continuidad de la beca. Es todo.
Martes 14 de noviembre del 2017.—Jorge A.
Fallas Moreno, Secretario del Concejo.—1 vez.—( IN2017199763 ).
VICERRECTORÍA DE VIDA
ESTUDIANTIL
EDICTO
PUBLICACIÓN DE
TERCERA VEZ
ORI-5592-2017.—Quintanilla Serrano Juan Diego, cédula Nº 5-0377-0769, ha
solicitado reposición de los títulos de Bachillerato en Derecho y Licenciatura
en Derecho. Mención Derecho Ambiental. Cualquier persona interesada en aportar
datos sobre la vida y costumbres del solicitante, podrá hacerlo mediante
escrito que ha de ser presentado ante esta Oficina dentro de los cinco días
hábiles siguientes a la publicación del tercer aviso.—Ciudad Universitaria
Rodrigo Facio, a los veinticuatro días del mes de noviembre del dos mil
diecisiete.—Oficina de Registro e Información.—MBA. José Rivera Monge,
Director.—( IN2017198341 ).
EDICTOS
PUBLICACIÓN DE
TERCERA VEZ
A Abelardo Cajiao Guerrero, mayor, demás calidades
desconocidas, se le comunica la resolución de las quince horas cuarenta minutos
del catorce de noviembre del dos mil diecisiete, en virtud de la cual se ordena
dar inicio al proceso especial de protección y medida de abrigo temporal a favor de la persona menor de edad: Meilany
Meliza, Wendolyn Nicole, Werlin José, Keilor Josué, Emili Franchesca y Britany
Tatiana todos apellidos Cajiao López, con fecha de nacimiento: 02/11/2006,
14/10/2008, 13/07/2011, 21/01/2013, 05/05/2015 y 16/02/2017, citas de
inscripción: 605030070, 605140966, 605420567, 605410407, 605530796 y 605640340,
para que se ubiquen en la Alternativa de Protección Hogarcito Infantil de
Corredores. Notifíquese. Con la advertencia de que deben señalar lugar o un fax
o correo electrónico donde recibir notificaciones, en caso de no hacerlo o si
el lugar fuera inexacto, impreciso o llegara a desaparecer o el medio
seleccionado fuera defectuoso estuviera desconectado, sin suficiente provisión
de papel o por cualquier otro modo no imputable a esta institución se interrumpiera, la comunicación
de las resoluciones futuras quedarán firmes veinticuatro horas después de ser
dictadas. En contra de esta resolución procede únicamente el recurso ordinario
de apelación que deberá interponerse ante esta representación legal dentro de
las 48 horas hábiles después de notificada la presente resolución, recurso que
será resuelto por la presidencia ejecutiva de la entidad. Expediente: OLCO-00151-2017.—Oficina
Local de Corredores.—Licda. Arelys Ruiz Bojorge, Representante Legal.—O. C. N° 42759.—Solicitud N° 17000058.—( IN2017198109 ).
Al señor Álvaro Manuel Mendoza no indica
segundo apellido, de nacionalidad Nicaragüense, con domicilio desconocido y sin
más datos, se le comunica las resoluciones de las resolución de las 15:00 horas
del 29 de agosto del dos mil diecisiete, mediante la cual se resuelve a favor
de la persona menor de edad Melanie de los Ángeles Mendoza Urbizagastegui,
medida de cuido provisional y la resolución de las 15:00 del 30 de noviembre
del 2017, mediante la cual se sustituye medida de cuido provisional por una
Medida de Orientación, Apoyo y Seguimiento a la Familia. Se le confiere
audiencia al señor Álvaro Manuel Mendoza no indica segundo apellido por tres
días hábiles, para que presenten los alegatos de su interés, y ofrezcan las
pruebas que estimen necesarias, y se les advierte que tienen derecho a hacerse
asesorar y representar por abogados y técnicos de su elección, así como
consultar el expediente en días y horas hábiles. Así mismo se les hace saber
que Deberán señalar lugar conocido o número de facsímil para recibir sus
notificaciones, en el entendido que de no hacerlo, o si el lugar señalado fuere
impreciso, inexacto o llegare a desaparecer, o si el medio electrónico
seleccionado fuere defectuoso, estuviere desconectado, sin suficiente provisión
de papel o por cualquier otro modo no imputable a esta institución se
interrumpiere la comunicación, las resoluciones futuras quedarán firmes 24
horas después de dictadas, conforme la Ley de Notificaciones Judiciales. Se le
hace saber, además, que contra las indicada resolución procede Recurso de
Apelación para ante la Presidencia Ejecutiva de esta institución, el cual
deberán interponer ante esta Representación Legal dentro de las 48 horas siguientes,
contadas a partir del día hábil inmediato siguiente a la fecha de publicación
del tercer aviso en el Diario Oficial, en el entendido que hacerlo fuera de
dicho término el recurso deviene en inadmisible. (Artículo 139 del Código de la
Niñez y la Adolescencia). Publíquese tres veces. Expediente Nº
OLSJO-00032-2016.—Oficina Local de San José Oeste.—Licda. Marisol Piedra Mora,
Representante Legal.—O. C. N° 42759.—Solicitud N° 17000058.—( IN2017198110 ).
A Carlos José Mendoza Torres y Leonel Enrique Medina Alvarado, ambos de
domicilio y demás calidades desconocidas, se les hace saber la resolución de
las ocho horas veinte minutos del diecisiete de noviembre del dos mil
diecisiete, mediante la cual se ordena la ubicación de las personas menores de
edad Reichel M, Dylan Andrey y Jouseth Alberto Todos Chavarría Diaz, Yuneiker
Stif Mendoza Chavarría, Julia Gael Medina Chavarría y Angely Nahomy Acuña
Chavarría, en el hogar de la señora Evarista Chavarría Díaz, vecina de Playas
del Coco. Recurso: apelación ante esta oficina local quien lo elevará a la
Presidencia Ejecutiva en San José. Plazo: cuarenta y ocho horas después de la
última publicación de este edicto. Expediente administrativo número
OLSC-00224-2015.—Santa Cruz, 24 de noviembre del 2017.—Lic. German Morales
Bonilla, Representante Legal.—O. C. N° 42759.—Solicitud N° 17000058.—(
IN2017198111 ).
Al señor Cristyn Francella Morgan González y
Davie Fallas Pérez, se le comunica resolución de las trece horas del
veinticuatro de octubre del dos mil diecisiete, en donde se dio inicio del
proceso especial de protección en sede administrativa y dictado de medida de
cuido provisional a favor de la persona menor de edad Dahiliany Francela Fallas
Morgan y Keyleth Gahel Morgan González y se le concede audiencia a las partes
para que se refieran al informe social extendido por la licenciada en Trabajo
Social, la Licda. Angélica Barrientos Méndez. Se le advierte que deberá señalar
lugar conocido para recibir sus notificaciones, dentro del perímetro de un
kilómetro a la redonda de la sede de esta Oficina Local, la cual se encuentra
situada en Buenos Aires, 300 metros al sur de la Clínica de Salud,
instalaciones de Aradikes, o bien, señalar número de facsímil para recibir
aquellas notificaciones que pudieren practicarse por ese medio, en el entendido
que de no hacerlo, o si el lugar señalado fuere inexacto, las notificaciones
futuras quedarán firmes veinticuatro horas después de dictadas. Contra la presente
cabe recurso de apelación ante la presidencia ejecutiva de esta institución, el
cual deberá interponer ante esta Representación Legal dentro de las cuarenta y
ocho horas siguientes, contadas a partir del día hábil inmediato siguiente de
la última notificación a las partes, en el entendido que hacerlo fuera de dicho
término el recurso deviene en inadmisible. (Artículo 139 Código de la Niñez y
Adolescencia). Publíquese por tres veces consecutivas. Expediente
OLBA-00109-2016.—Oficina Local de Buenos Aires.—Licda. Heilyn Mena Gómez,
Representante Legal.—O. C. N° 42759.—Solicitud N° 17000058.—( IN2017198112 ).
Oficina Local de San Pablo de Heredia y otros
cantones hace saber: a David Solano Carballo y Carol Dayana Gómez Esquivel, que
por Resolución Administrativa de la Oficina Local de San Pablo de las ocho
horas del veintiocho de noviembre del dos mil diecisiete, se dictó Inicio de
Proceso Especial de Protección con una medida de Protección de Cuido Provisonal
en favor de la persona menor de edad Kendall Solano Gómez. Para que permanezca
ubicado con el abuelo materno señor Alberto Gómez Soto, por espacio de seis
meses prorrogables judicialmente. Plazo para oposiciones cuarenta y ocho horas
a partir de la segunda publicación de este edicto, mediante recurso de apelación
el cual deberá interponerse ante este Oficina Local, en forma verbal o escrita;
oficina que lo elevará ante el Órgano Superior. La presentación del recurso no
suspende los efectos de la resolución dictada. Asimismo, se les emplaza a
señalar lugar o medio para notificaciones futuras. bajo apercibimiento que de
no hacerlo o si el lugar señalado fuera impreciso, inexacto o llegare a
desaparecer, las resoluciones posteriores quedaran notificadas con el simple
transcurrir de veinticuatro horas después de dictadas. igual sucederá cuando se
haga imposible la notificación en el medio señalado. Expediente Administrativo
número OLSP-0145-2017-2017.—San Pablo de Heredia, 28 de noviembre del
2017.—Lic. Jorge Alonso Rodríguez Ulate, Representante Legal.—O. C. N°
42759.—Solicitud N° 17000058.—( IN2017198114 ).
A Edwin Fonseca Monge y Karolina Ramírez
Bonilla se les comunica la resolución de las doce horas del veintiocho de
noviembre del dos mil diecisiete que Declaró la Adoptabilidad Administrativa de
la persona menor de edad Andrey Leonardo Fonseca Ramírez. Notifíquese la
anterior resolución a las partes interesadas personalmente o en su casa de
habitación, a quienes se les advierte que deberán señalar lugar conocido para
recibir notificaciones, o bien señalar número de facsímil para recibir aquellas
notificaciones que deban pudieran practicarse por ese medio, en el entendido
que de no hacerlo, o si el lugar señalado fuera impreciso, inexacto o llegare a
desaparecer, o si el medio seleccionado fuera defectuoso, estuviera
desconectado, sin suficiente provisión de papel o por cualquier otro modo no
imputable a esta Institución se interrumpiera la comunicación, las
notificaciones futuras quedarán firmes veinticuatro horas después de dictadas.
Se les hace saber además que contra la presente resolución proceden los
recursos ordinarios de Revocatoria con Apelación en subsidio, que deberán
interponerse ante esta Representación Legal dentro del plazo de tres días
siguientes a la fecha de la última notificación a las partes. El Recurso de
Revocatoria lo conocerá el Órgano Director que dictó la resolución y el de
Apelación la Presidencia Ejecutiva, en el entendido que de hacerlo fuera de
dicho término los Recursos serán inadmisibles. Expediente N°
OLD-00191-2016.—Oficina Local PANI de Desamparados.—Licda. María Elena Roig
Vargas, Órgano Director del Procedimiento Administrativo.—O.C. N°
42759.—Solicitud N° 17000058.—( IN2018198115 ).
Al señor Fredd Frank, único apellido en razón de su nacionalidad se le
comunica la resolución de este despacho de las 08:40 horas del 16 de agosto
2017, en razón de la cual se dio inicio al proceso especial de protección y se
dispuso el cuido provisional de la persona menor de edad Joseph Carlos Leslie
Cabalceta. Se le advierte que deberá señalar lugar conocido para recibir sus
notificaciones ó bien señalar número de facsímil para recibir aquellas
notificaciones que pudieran practicarse por este medio, en el entendido de que
de no hacerlo, ó si el lugar señalado fuere inexacto, las notificaciones futuras
quedarán firmes veinticuatro horas después de dictadas. Recursos: Se le hace
saber además, que contra la presente resolución proceden los recursos
ordinarios de revocatoria con apelación en subsidio, que deberá interponer ante
esta Representación Legal dentro del tercer día hábil siguiente a partir de la
tercera publicación de este edicto, siendo que el de revocatoria será de
conocimiento de esta Representación Legal, y el de apelación de la Presidencia
Ejecutiva de esta institución, en el entendido que hacerlo fuera de dicho
término el recurso deviene en inadmisible. Se le informa que es su derecho
hacerse asesorar o representar por un profesional en Derecho así como revisar y
estudiar el expediente administrativo. Exp. N° OLSC-00344-2016.—Oficina Local
de Barranca.—Licda. Kattia Guerrero Barboza, Representante Legal.—O. C. Nº
42759.—Solicitud Nº 17000058.—( IN2017198116 ).
Al señor Luis Alberto Ruiz Ruiz,
nicaragüense, quien reside en Limón, sin mayores datos, se le comunica las
resoluciones de las 08:10 horas del 06 de enero del 2016, correspondiente a
Abrigo Temporal y tratamiento a favor de la persona menor de edad Luis Alberto
Ruiz Chavez en la ONG Asociación Hogar Bíblico Roble Alto. Se le notifica la
resolución de las 08:00 del 10 de enero del 2017 mediante el cual la Oficina
Local de Hatillo dicta la incompetencia territorial y ordena el envió del
expediente administrativo OLHT-00271-2015 a la Oficina Local de San José oeste
y la resolución de las 10:00 del 30 de mayo del 2017 mediante el cual la Oficina
Local de San José oeste, se arroga el conocimiento de la situación
correspondiente a la persona menor de edad Luis Alberto Ruiz Chavez. Se le
confiere audiencia al señor Luis Alberto Ruiz Ruiz por tres días hábiles, para
que presente los alegatos de su interés, y ofrezca las pruebas que estime
necesarias, y se le advierte que tiene derecho a hacerse asesorar y representar
por abogados y técnicos de su elección, así como consultar el expediente en
días y horas hábiles, se hace la salvedad que para fotocopiar el expediente
administrativo se cuenta con el horario de siete horas con treinta minutos y
hasta las once horas con treinta minutos en días hábiles, el cual permanecerá a
su disposición en esta oficina local, ubicada en San José, Distrito Hospital,
sita en calle catorce, avenidas seis y ocho, del costado suroeste del parque La
Merced, ciento cincuenta metros al sur. Así mismo se les hace saber que Deberá
señalar lugar conocido o número de facsímil para recibir sus notificaciones, en
el entendido que de no hacerlo, o si el lugar señalado fuere impreciso,
inexacto o llegare a desaparecer, o si el medio electrónico seleccionado fuere
defectuoso, estuviere desconectado, sin suficiente provisión de papel o por
cualquier otro modo no imputable a esta institución se interrumpiere la
comunicación, las resoluciones futuras quedarán firmes 24 horas después de
dictadas, conforme la Ley de Notificaciones Judiciales. Se le hace saber,
además, que contra la indicada resolución procede Recurso de Apelación para ante
la Presidencia Ejecutiva de esta institución, el cual deberán interponer ante
esta Representación Legal dentro de las 48:00 horas siguientes, contadas a
partir del día hábil inmediato siguiente a la fecha de publicación del tercer
aviso en el Diario Oficial, en el entendido que hacerlo fuera de dicho término
el recurso deviene en inadmisible (Artículo 139 del Código de la Niñez y la
Adolescencia). Publíquese tres veces. Expediente N° OLHT-00271-2015.—Oficina
Local de San José Oeste.—Licda. Marisol Piedra Mora, Representante Legal.—O.C.
N° 42759.—Solicitud N° 17000058.—( IN2017198117 ).
Al señor Jesús Enrique Palma Durán se le comunica que por resolución de
las 11:00 horas del 27 de noviembre de 2017 se dio inicio al proceso especial
de protección mediante el dictado de una medida de Orientación, apoyo y
seguimiento a la familia a favor de las personas menores de edad Jareth
Denilson y Meybeline Alexia, ambos de apellidos Palma Campos, así como de su
hermana Cielo Dariany Briceño Campos. Se le advierte que deberá señalar lugar
conocido para recibir sus notificaciones o bien señalar número de facsímil para
recibir aquellas notificaciones que pudieran practicarse por este medio, en el
entendido de que de no hacerlo, o si el lugar señalado fuere inexacto, las notificaciones
futuras quedarán firmes veinticuatro horas
después de dictadas. Recursos: Contra la presente resolución procede el recurso
de apelación ante la Presidencia ejecutiva de esta institución, que deberá
interponer ante esta Representación Legal dentro de las cuarenta y ocho horas
siguientes a partir de la tercera publicación de este edicto, en el entendido
que hacerlo fuera de dicho término el recurso deviene en inadmisible. Se le
informa que es su derecho hacerse asesorar o representar por un profesional en
Derecho así como revisar y estudiar el expediente administrativo. Exp. N°
OLB-00076-2017.—Oficina Local de Barranca.—Licda. Kattia Guerrero Barboza,
Representante Legal.—O. C. Nº 42759.—Solicitud Nº 17000058.—(
IN2017198119 ).
A los señores Jonathan Jaubert Elizondo,
titular de la cedula de identidad costarricense número 110730026, y Oscar
Fernando Artavia Cruz, titular de la cedula de identidad costarricense número
202820511, sin más datos, se les comunica la resolución de las 10:00 horas del
28 de junio del 2017, mediante la cual se resuelve a favor de las personas
menores de edad Matías Jaubert Sánchez y Valentina Artavia Sánchez, medida de
abrigo temporal en la alternativa de protección institucional y la resolución
de las 13:00 horas del 29 de noviembre del 2017, mediante la cual se sustituye
medida de abrigo por medida de Orientación, Apoyo y Seguimiento a la Familia y
se delega la atención y seguimiento a la Oficina Local de Cartago. Se le
confiere audiencia a los señores Jonathan Jaubert Elizondo, Oscar Fernando
Artavia Cruz por tres días hábiles, para que presenten los alegatos de su
interés, y ofrezcan las pruebas que estimen necesarias, y se les advierte que
tienen derecho a hacerse asesorar y representar por abogados y técnicos de su
elección, así como consultar el expediente en días y horas hábiles, así mismo
se les hace saber que Deberán señalar lugar conocido o número de facsímil para
recibir sus notificaciones, en el entendido que de no hacerlo, o si el lugar
señalado fuere impreciso, inexacto o llegare a desaparecer, o si el medio
electrónico seleccionado fuere defectuoso, estuviere desconectado, sin
suficiente provisión de papel o por cualquier otro modo no imputable a esta
institución se interrumpiere la comunicación, las resoluciones futuras quedarán
firmes 24:00 horas después de dictadas, conforme la Ley de Notificaciones
Judiciales. Se le hace saber, además, que contra la indicada resolución procede
Recurso de Apelación para ante la Presidencia Ejecutiva de esta institución, el
cual deberán interponer ante esta Representación Legal dentro de las 48:00
horas siguientes, contadas a partir del día hábil inmediato siguiente a la
fecha de publicación del tercer aviso en el Diario Oficial, en el entendido que
hacerlo fuera de dicho término el recurso deviene en inadmisible (Artículo 139
del Código de la Niñez y la Adolescencia). Publíquese tres veces. Expediente N°
OLSJO-00110-2017.—Oficina Local de San José Oeste.—Licda. Marisol Piedra Mora,
Representante Legal.—O.C. N° 42759.—Solicitud N° 17000058.—( IN2017198120 ).
A Jorge Giovanni Hidalgo Mosquera, se hace
saber la resolución de las quince horas
cincuenta minutos del trece de octubre del dos mil diecisiete, mediante la cual
se ordena la ubicación de la joven: Michelle Hidalgo Ruiz, en el hogar de los
señores: Kelmy Ruiz Vallejos y Leidy Moraga Juárez, vecinos de Hatillo de Santa
Cruz, Guanacaste. Recurso: apelación ante esta Oficina Local, quien lo elevará
a la Presidencia Ejecutiva en San José. Plazo: cuarenta y ocho horas después de
la última publicación de este edicto. Expediente administrativo Nº
OLSC-00223-2016.—Oficina Local de Santa Cruz, 10 de noviembre del 2017.—Lic.
German Morales Bonilla, Representante Legal.—O. C. Nº 42759.—Solicitud Nº
17000058.—( IN2017198121 ).
Al señor José Martin Chavarría López, sin más
datos, se le comunica la resolución de las 11:00 del 27 de noviembre del 2017,
mediante la cual se resuelve medida de inclusión en programas oficiales o
comunitarios de auxilio, que impliquen orientación y tratamiento a alcohólicos
y toxicómanos en beneficio de la PME Melvin José Chavarria Cruz, para que
reciba el tratamiento especializado, con internamiento en caso de así
requerirlo, dentro del Programa del Instituto Nacional sobre Alcoholismo y
Farmacodependencia, denominado IAFA. Se le confiere audiencia al señor José
Martin Chavarria López por tres días hábiles, para que presente los alegatos de
su interés, y ofrezca las pruebas que estime necesarias, y se le advierte que
tiene derecho a hacerse asesorar y representar por abogados y técnicos de su
elección, así como consultar el expediente en días y horas hábiles, se hace la
salvedad que para fotocopiar el expediente administrativo se cuenta con el
horario de siete horas con treinta minutos y hasta las once horas con treinta
minutos en días hábiles, el cual permanecerá a su disposición en esta Oficina
Local, ubicada en San José, distrito Hospital, sita en calle catorce, avenidas
seis y ocho, del costado suroeste, del Parque La Merced; ciento cincuenta
metros al sur, así mismo se les hace saber que deberá señalar lugar conocido o
número de facsímil para recibir sus notificaciones, en el entendido que de no
hacerlo, o si el lugar señalado fuere impreciso, inexacto o llegare a
desaparecer, o si el medio electrónico seleccionado fuere defectuoso, estuviere
desconectado, sin suficiente provisión de papel o por cualquier otro modo no
imputable a esta institución se interrumpiere la comunicación, las resoluciones
futuras quedarán firmes 24:00 horas después de dictadas, conforme la ley de
notificaciones judiciales. Se le hace saber, además, que contra la indicada
resolución procede recurso de apelación para ante la presidencia ejecutiva de
esta institución, el cual deberán interponer ante esta representación legal
dentro de las 48:00 horas siguientes, contadas a partir del día hábil inmediato
siguiente a la fecha de publicación del tercer aviso en el diario oficial, en
el entendido que hacerlo fuera de dicho término el recurso deviene en
inadmisible (artículo 139 del código de la niñez y la adolescencia). Publíquese
tres veces. Expediente N° OLSJO-00140-2016.—Oficina Local de San José
Oeste.—Licda. Marisol Piedra Mora, Representante Legal.—O.C. N°
42759.—Solicitud N° 17000058.—( IN2017198122 ).
A la señora: Kattia María Salazar Solís, titular
de la cédula de identidad costarricense Nº 111370124, con domicilio
desconocido, se le comunica la resolución de las 14:00 del 24 de noviembre del
2017, mediante la cual se dispone a favor de la persona menor de edad: Johan
Alberto Salazar Solís, sustituir la medida
protección de las once horas del veintidós de junio del dos mil diecisiete,
correspondiente a medida orientación, apoyo y seguimiento, para que en su lugar
se tenga como medida de tratamiento, con internamiento, a cargo de la entidad
privada denominada: Asociación Hogar Crea Internacional, Birrisito, Cartago. Se
le confiere audiencia a la señora: Kattia María Salazar Solís, por tres días
hábiles, para que presente los alegatos de su interés, y ofrezca las pruebas
que estime necesarias, y se le advierte que tiene derecho a hacerse asesorar y
representar por abogados y técnicos de su elección, así como consultar el
expediente en días y horas hábiles, se hace la salvedad que para fotocopiar el
expediente administrativo se cuenta con el horario de siete horas con treinta
minutos y hasta las once horas con treinta minutos en días hábiles, el cual
permanecerá a su disposición en esta Oficina Local, ubicada en San José,
distrito Hospital, sita en calle catorce, avenidas seis y ocho, del costado suroeste
del parque La Merced, ciento cincuenta metros al sur. Así mismo se les hace
saber que deberá señalar lugar conocido o número de facsímil para recibir sus
notificaciones, en el entendido que de no hacerlo, o si el lugar señalado fuere
impreciso, inexacto o llegare a desaparecer, o si el medio electrónico
seleccionado fuere defectuoso, estuviere desconectado, sin suficiente provisión
de papel o por cualquier otro modo no
imputable a esta Institución se interrumpiere la comunicación, las resoluciones
futuras quedarán firmes 24 horas después de dictadas, conforme la Ley de Notificaciones
Judiciales. Se le hace saber, además, que contra la indicada resolución procede
recurso de apelación para ante la Presidencia Ejecutiva de esta Institución, el
cual deberán interponer ante esta Representación Legal dentro de las 48 horas
siguientes, contadas a partir del día hábil inmediato siguiente a la fecha de
publicación del tercer aviso en el Diario Oficial, en el entendido que hacerlo
fuera de dicho término el recurso deviene en inadmisible (artículo 139 del
Código de la Niñez y la Adolescencia). Expediente Nº OLSJO-00136-2017.—Oficina
Local de San José Oeste.—Licda. Marisol Piedra Mora, Representante Legal.—O. C.
Nº 42759.—Solicitud Nº 17000058.—( IN2017198123 ).
Se comunica a Leonard Vern Joiner, la resolución de las nueve horas y
treinta minutos del dieciséis de noviembre del dos mil diecisiete, que ubica a
Ronald Alfredo Joiner Segura y Noelia Camila Joiner Segura, en un Proceso
Especial de Protección en Sede Administrativa, en la que se ubica a las
personas menores de edad al lado de Wendy Segura González En contra de la
presente resolución procede el recurso de apelación para ante la Presidencia
Ejecutiva de la Entidad, dentro de un plazo de 48 horas después de notificada.
Deberán además señalar lugar o medio electrónico para recibir sus
notificaciones dentro del perímetro de esta Oficina Local, si el lugar señalado
fuere inexacto o incierto o el medio ineficaz, las resoluciones posteriores se
tendrán por notificadas con el sólo transcurso de 24 horas después de dictada.
OLSC-00257-2013.—Oficina Local de Guadalupe, 21 de noviembre de 2017.—Licda.
Ana Yancy López Valerio, Representante Legal.—O. C. Nº 42759.—Solicitud Nº
17000058.—( IN2017198124 ).
A Luis Alberto Rodríguez Hernández, se le
comunica la resolución de las diez horas con veinte minutos del día veinte de
octubre del dos mil diecisiete, que ordenó cuido provisional de las niñas:
Nazareth Segura Montero, María Paula Rodríguez Montero, Larissa Rodríguez Montero,
en el hogar de su tía materna señora: Shirlen Patricia Montero Vargas.
Notifíquese la anterior resolución a las partes interesadas, personalmente o en
su casa de habitación, a quienes se les advierte que deberán señalar lugar
conocido para recibir sus notificaciones, o bien, señalar número de facsímile
para recibir aquellas notificaciones que pudieren practicarse por ese medio, en
el entendido que de no hacerlo, o si el lugar señalado fuere impreciso,
inexacto o llegare a desaparecer, o si el medio seleccionado fuere defectuoso,
estuviere desconectado, sin suficiente provisión de papel o por cualquier otro
modo no imputable a esta Institución se interrumpiere la comunicación, las
notificaciones futuras quedarán firmes veinticuatro horas después de dictadas.
Se les hace saber, además, que contra la presente resolución procede el recurso
ordinario de apelación, que deberán interponer ante esta Representación Legal
dentro del plazo de cuarenta y ocho horas siguientes a la fecha de la última
notificación a las partes, el de recurso será de conocimiento de la Presidencia
Ejecutiva de esta Institución, en el entendido que hacerlo fuera de dicho
término el recurso deviene en inadmisible. Expediente Nº
OLHN-00319-2017.—Oficina Local Heredia Norte.—Órgano Director del
Procedimiento.—Licda. Marcela Ramírez Ulate, Representante Legal.—O. C. Nº
42759.—Solicitud Nº 17000058.—( IN2017198125 ).
CONSEJO
DIRECTIVO
ACUERDO
EXPROPIATORIO
Artículo 3 del Capítulo 1 de la Sesión número
6242 del 13 de noviembre del 2017.
“(…)
Por tanto, por unanimidad acuerda:
1º—Al amparo de la Ley
6313 de Adquisiciones, Expropiaciones y Constitución de Servidumbres del ICE,
se emite el presente acuerdo expropiatorio con base en el avalúo 295-2017, para
expropiar un lote parte de la finca matrícula 5-64080-000, propiedad de la
Asociación Desarrollo Integral La Garita de La Cruz, cédula jurídica
3-002-61668, para la Central Telefónica La Garita de La Cruz, Guanacaste.
2º—El lote a segregar se ubica en el distrito
3 La Garita, del cantón 10 La Cruz de la Provincia de Guanacaste, tiene una
medida de 28 metros cuadrados, se ubica en la colindancia sureste de la finca
madre, según plano catastrado G-1974851-2017 y tiene los siguientes linderos:
al norte y oeste: Asociación de Desarrollo Integral de La Garita, al Sur:
Frente a calle pública con 1,69 m y terreno en posesión del ICE y al Este:
terreno en posesión del ICE.
3. (…). Acuerdo
firme.”
Publíquese en el Diario Oficial.
San José, 7 de diciembre del 2017.—Lic. Erick
Picado Sancho, Apoderado General Judicial.—1 vez.—O.C. N° 383771.—Solicitud N°
103319.—( IN2017199169 ).
CONSEJO
DIRECTIVO
ACUERDO
EXPROPIATORIO
Inciso a) del artículo 2º del capítulo 1 de
la sesión Nº 6226 del 12 de junio del 2017.
“(…)
Por tanto, por unanimidad, acuerda:
1º—Al amparo de la Ley Nº 6313 de
Adquisiciones, Expropiaciones y Constitución de Servidumbres del ICE, se toma
el presente acuerdo expropiatorio con base en el avalúo 31-2017, para expropiar
un derecho de servidumbre y sitio de torre, que será utilizado para el paso de
la línea de transmisión eléctrica denominada SIEPAC-tramo Parrita-Palmar Norte,
(…)
2º—El
avalúo 31-2017, se requiere para la constitución de una servidumbre y
establecimiento de sitio de torre, para la Línea de Transmisión SIEPAC-tramo
Parrita-Palmar Norte, sobre la finca inscrita en el Registro Público, matrícula
Nº 6-169935-000, propiedad del Banco Popular y de Desarrollo Comunal; la
servidumbre tendrá una longitud de 102,08 metros, un ancho de 30 metros, para
un área total de afectación de 2 870,12 m2; posee un rumbo de oeste
a noroeste. Se ubica el sitio de torre 112 a 24,74 metros del lindero oeste
según croquis realizado por el área técnica y el área que ocupa es de 75,17 m2,
avalúo que fue comunicado al propietario registral el 13 de febrero del año en
curso y no fue aceptado por su propietario, iniciándose así la interposición de
las diligencias de expropiación.
3º—(…).
Acuerdo firme.”
Publíquese
en el Diario Oficial.
San José, 06 de diciembre del 2017.—Lic.
Erick Picado Sancho, Apoderado General Judicial.—1 vez.—O. C. Nº
383771.—Solicitud Nº 103174.—( IN2017199183 ).
El Instituto Nacional de Estadística y
Censos, avisa que el índice de precios al consumidor (IPC) base junio 2015,
correspondiente a noviembre del 2017 es de 101,965, el cual muestra una
variación mensual de 0,16 % y una variación acumulada del primero de diciembre
de 2016 al treinta de noviembre de 2017 (doce meses) de 2,49 %.
Esta
oficialización se hace con base en estudios realizados en el Instituto Nacional
de Estadística y Censos.
San José, a los siete días de diciembre del
dos mil diecisiete.—Elizabeth Solano Salazar, Subgerente.—1 vez.—O. C. N° 4577.—Solicitud N° 103685.—( IN2017199362 ).
POPULAR SOCIEDAD
AGENCIA DE SEGUROS S. A.
Popular Sociedad Agencia de Seguros S. A., se permite notificar que a
partir del 22 de noviembre 2017 el señor Mauricio Francisco Hernández Monge,
Licencia SUGESE N° 08-1307, deja de estar inscrito como agente de seguros para
nuestra empresa. Cabe mencionar que su cartera de clientes seguirá siendo
atendida por nuestra sociedad por parte de nuestra nueva agente la Sra. Silvia
Elena Valle Zúñiga, Licencia 08-1673, quien se incorpora a partir del de la
misma fecha y forma parte de nuestra empresa como agente de seguros acreditada.
Cabe mencionar que la cartera de clientes la Sra. Valle seguirá siendo atendida
por nuestra sociedad.—Johanna Montero Araya, Gerente Comercial.—1 vez.—( IN2017199291 ).
UNIDAD
OPERATIVA DE CEMENTERIOS
Para los fines consiguientes la Dirección de
Servicios de la Municipalidad de Montes de Oca hace saber que la señora Solís
Álvarez Mariana, cédula 1-1209-0837, ha presentado escritura pública rendida
ante el notario, Alfaro Portugez Ulises en la que dice que es titular del
derecho de uso fosa N° 447 del bloque D del Cementerio Nuevo de Sabanilla y que
en este acto le solicita a la Unidad Operativa de Cementerios que se le
traspase a; Barahona Romero Leticia cédula 7-0028-0891 quién acepta que quede
inscrito a nombre de ella con las obligaciones y responsabilidades que de este
acto se derivan. Se nombra como beneficiaria a Porras Barahona Tatiana cédula
7-0092-0333. La Municipalidad de Montes de Oca queda exonerada de toda
responsabilidad civil y penal y brindará un plazo de 8 días hábiles a partir de
esta publicación para escuchar objeciones.—Sabanilla de Montes de Oca, once de
diciembre del 2017.—Lic. Guillermo Montero Marroquín, Encargado de Cementerios.—1
vez.—( IN2017199290 ).
La Municipalidad de
Santa Ana informa: Que de conformidad con el artículo 69 del Código Municipal y
el artículo 37 del Reglamento a la Ley del Impuesto sobre los Traspasos de
Bienes Inmuebles, Decreto Ejecutivo Nº 21743-J-H- del 17 de noviembre del 1992,
el Concejo Municipal de Santa Ana tomó el acuerdo número trece, en la sesión
ordinaria Nº 84 del 05 de diciembre del 2017, artículo V, mediante el cual se
autorizó a la Administración Municipal, aplicar un descuento por pronto pago, a
los contribuyentes de Bienes Inmuebles que paguen todo el año en el primer
trimestre del año 2018. El descuento por aplicar en el año 2018 será de un
5.90%. Es todo.
Santa Ana, a las ocho horas del día siete de
diciembre del dos mil diecisiete.—Jorge Arturo Fallas Moreno, Secretario del
Concejo Municipal.—1 vez.—( IN2017199382 ).
La Municipalidad de Grecia informa que el Concejo Municipal, en sesión
ordinaria del 28 de noviembre del 2017, en su Artículo V, Inciso 7, Acta 128,
aprobó la tarifa de 5.600 colones como timbre municipal, el cual cita
textualmente:
Acuerdo N 26: Con base en el oficio IDC-165-2017, firmado por el
ingeniero Rolando Miranda Villegas aprobar la tarifa de cinco mil seiscientos
colones (¢5.600) como timbre municipal para los efectos establecidos en el plan
regulador urbano del cantón de Grecia, así mismo se autoriza al señor Alcalde
Municipal a realizar las publicaciones respectivas en el Diario Oficial La
Gaceta.
Acuerdo aprobado por
unanimidad.
Minor Molina Murillo, Alcalde Municipal.—1 vez.—( IN2017199418 ).
AVISA
DESCUENTO 4.50% IMPUESTO
DE BIENES
INMUEBLES ANTES DEL 31
MARZO 2018
La suscrita Secretaria del Concejo Municipal, Roxana Chinchilla Fallas,
hace constar que en la Sesión Ordinaria Nº 084-2017 celebrada el 05 de
diciembre 2017, el Concejo Municipal de Poás, tomó el acuerdo Nº 1135-12-2017
en forma unánime y definitivamente aprobado, aprobar un descuento por pronto
pago de un 4.50% a los contribuyentes que cancelen por adelantado, el Impuesto
de Bienes Inmuebles de todo el año, antes del 31 de marzo del 2018 (Primer
Trimestre del 2018), del cantón de Poás. Esto de conformidad con el artículo 69
del Código Municipal, y el artículo 25 de la Ley de Bienes Inmuebles.
Poás, 06 diciembre del 2017.—Roxana Chinchilla Fallas, Secretaria
Concejo Municipal.—1 vez.—( IN2017199551 ).
DESCUENTO 4.50% IMPUESTO
DE PATENTES
ANTES DEL 31 DE MARZO DEL 2018
La suscrita secretaria del Concejo Municipal, Roxana Chinchilla Fallas,
hace constar que en la sesión ordinaria N° 084-2016, celebrada el 5 de
diciembre del 2017, el Concejo Municipal de Poás tomó el acuerdo N°
1136-12-2017, en forma unánime y definitivamente aprobado, aprobar un descuento
por pronto pago de un 4.50% a los contribuyentes que cancelen por adelantado,
el Impuesto de Patentes de todo el año, antes del 31 de marzo del 2018 (primer
trimestre del 2018), del cantón de Poás. Esto de conformidad con el Artículo 69
del Código Municipal, y el artículo 6 del Reglamento de Patentes de la
Municipalidad de Poás.
Poás, 6 de diciembre del 2017.—Roxana Chinchilla Fallas, Secretaria.—1
vez.—( IN2017199588 ).
El Concejo Municipal de la Municipalidad de
Cartago comunica que, en sesión ordinaria realizada el día 05 de diciembre del
2017, en su artículo VIII del acta N° 122-2017, se aprobó por unanimidad la
siguiente resolución general administrativa:
RESOLUCIÓN
GENERAL ADMINISTRATIVA
La Municipalidad del cantón Central de
Cartago mediante resolución administrativa aprueba el descuento incentivo para
el pago de Bienes Inmuebles o Patentes Municipales.
Considerando:
1º—Que de conformidad
con el artículo 99 del Código de Normas y Procedimientos Tributarios, esta
Municipalidad puede dictar normas generales para efectos de la correcta
aplicación de las leyes tributarias.
2º—Que
la Ley N° 7729 del 15 de diciembre de 1997, confiere a las municipalidades el
carácter de Administración Tributaria.
3º—Que
la Ley del Impuesto sobre Bienes Inmuebles, Ley N° 7509 y sus reformas, en su
artículo N° 25 establece la facultad legal que la Municipalidad tiene, para
otorgar incentivos a los contribuyentes que cancelen su impuesto en forma
adelantada y que el porcentaje de incentivo o descuento no podrá superar la
tasa básica pasiva definida por el Banco Central.
4º—Que
el Reglamento a la Ley de Impuestos sobre Bienes Inmuebles N° 27601-H, en su
artículo 37, indica que cada Administración Tributaria, debe comunicar en el
mes de diciembre de cada año, a los contribuyentes del impuesto sobre bienes
inmuebles, mediante publicación en el Diario Oficial, la forma de pago del
impuesto, si es en forma anual, semestral o trimestral. Si no se publica la
resolución indicada se entenderá que rige la del año anterior. Las
municipalidades previa resolución fundada y debidamente divulgada, podrán
otorgar descuento por pronto pago del tributo, cuando el sujeto pasivo cancele
por adelantado en el primer trimestre los impuestos de todo el año.
5º—Que
el artículo 69 del Código Municipal indica que “... Las patentes municipales se
cancelarán por adelantado. A juicio del Concejo, dicho cobro podrá ser
fraccionado. La municipalidad podrá otorgar incentivos a los contribuyentes
que, en el primer trimestre, cancelen por adelantado los tributos de todo el
año...”
6º—Que para la Municipalidad de Cartago es de gran interés que los
contribuyentes cancelen su impuesto en forma adelantada pues ello representa
una economía por conceptos de gastos de gestión cobratoria.
7º—Que
el porcentaje de descuento otorgado debe resultar atractivo a los
contribuyentes, en función de una adecuada recuperación del costo de
oportunidad para la Municipalidad, no obstante no debe ir más allá del
beneficio financiero que podría obtener esta por la inversión inmediata de los
recursos recaudados en forma anticipada.
8º—Que
la información que se utiliza para el cálculo de la tasa de descuento es la
brindada por el Banco Central de Costa Rica en su página de Internet, la cual
corresponde a información diaria de las tasas de interés suministradas por los
intermediarios financieros cada miércoles, la tasa básica pasiva establecida
por el Banco Central de Costa Rica es de un 5.85% anual calculada hasta el 22
de noviembre del 2017.
9º—Que
los impuestos de Bienes Inmuebles y Patentes Municipales el incentivo por
descuento para el período fiscal 2018 debe fijarse en un 5.85% y un 6%
respectivamente durante el primer trimestre del año 2018(enero, febrero,
marzo). Dicho porcentaje obedece a que para el impuesto sobre Bienes Inmuebles
no existe autorización para superar la tasa básica pasiva (Articulo 25 ley N°
7509), en tanto que para el impuesto de Patentes Municipales puede superarse ese
máximo razonablemente, lo que hace aconsejable incentivar su pronto pago a los
contribuyentes.
10.—Que
de acuerdo al numeral 69 del Código Municipal importante aclarar que el
beneficio citado debe cubrir tanto el impuesto de patente comercial como el Impuesto
de la patente de licores, además los tributos pagados por los contribuyentes
que están dentro del periodo fiscal ordinario así como el periodo natural y los
periodos especiales.
Resuelve:
Con fundamento en todo lo anterior se otorga
un descuento a manera de incentivo a todos aquellos contribuyentes que
cancelen, en un solo pago, las cuatro cuotas trimestrales del Impuesto sobre
Bienes Inmuebles y/o Patentes Municipales, correspondiente al año 2018, a más
tardar el 31 de marzo del 2018.
Este descuento será calculado sobre el monto
total a pagar correspondiente al período 2018 del Impuesto sobre Bienes
Inmuebles y/o Patentes Municipales (Comerciales y de Licores), el cual será
5.85% (cinco punto ochenta y cinco por ciento) y un 6% (seis por ciento) respectivamente,
durante el primer trimestre (enero, febrero, marzo todos del 2018)
Rige a partir del 01 de enero del 2018 y hasta el 31 de marzo del
2018.
Proveeduría Municipal.—Guisella Zúñiga
Hernández, Secretaria del Concejo Municipal.—1 vez.—( IN2017199457 ).
La Municipalidad de
Flores comunica a los propietarios de las siguientes fincas ubicadas en el
cantón que deben cortar la maleza alta de sus lotes o realizar la limpieza de
estos, para lo anterior se brinda un plazo improrrogable de 10 días hábiles:
Finca |
Ubicación |
0160963 |
Urbanización Las Carretas, lote 35 D. |
0160964 |
Urbanización Las Carretas, lote 36 D. |
Si vencido este plazo los propietarios no han realizado la limpieza de
sus predios, la municipalidad procederá a realizarla trasladando del costo de
la misma a dichos usuarios, según lo dispuesto en el Reglamento de Aseo y
Ornato de la Municipalidad de Flores.
Lic. Gerardo Rojas Barrantes, Alcalde.—1 vez.—(
IN2017199298 ).
Transcribo acuerdo de la Corporación Municipal, de Sesión Ordinaria
72-2017, celebrada el día 25 de setiembre del 2017, que en letra dice. Se
acuerda: aprobar el Estudio de Costos de Operación de los Servicios
Municipales: recolección de residuos sólidos, aseo de vías, mantenimiento de
parque central, cementerio y terminal de buses, el cual rige a partir de enero
2018, conforme se detalla.
Para ver la imagen ir a La Gaceta con formato PDF
Buenos Aires, 05 de diciembre de 2017.—Lic. Alban Serrano Siles,
Proveedor Institucional.—1 vez.—( IN2017199294 ).
“La Municipalidad de Golfito, va a gestionar
por la Procuraduría General de la República, a través de la Notaría del Estado,
la inscripción del inmueble a nombre del Estado, el cual deberá describirse
conforme el plano P-31720-1992 a nombre de la Municipalidad de Golfito, cuya
propiedad se describe así: norte, calle pública con 20 metros; sur, Golfo
Dulce; este, Compañía Yikok S. A., oeste, calle pública con 7 metros. Lo
anterior, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 27 de la Ley General
de Caminos Públicos, por tratarse de un derecho indiviso, en razón de que en
este terreno se ubica el Parque del distrito primero de Golfito y el Gimnasio
Municipal, debido a su naturaleza demanial y al ejercicio de su derecho de
posesión compartida con la titularidad de todos los administrados del cantón de
Golfito, a fin de que cualquier interesado se presente a hacer valer sus
derechos dentro de un mes a partir de la publicación (dictamen Procuraduría
General de la República número C-017-1992).—Lic. Elberth Barrantes Arrieta,
Alcalde Municipal.—1 vez.—( IN2017199307 ).
INDUSTRIAS
LAURELES DEL OESTE MAGA S. A.
Se convoca a todos los accionistas de
Industrias Laureles del Oeste Maga S. A., cédula de persona jurídica
3-101-544085, a la asamblea general extraordinaria de accionistas, todo de
conformidad con lo dispuesto en los estatutos del pacto social y el Código de
Comercio, a celebrarse en sus oficinas administrativas en Guachipelín de
Escazú, de la antigua fábrica de muñecas Paco, carretera a Guachipelín,
seiscientos metros norte, Edificio Salicsa, en primera convocatoria a las diez
horas del jueves 8 de febrero del 2018. En caso de no haber quórum en la
primera convocatoria, la asamblea se celebrará en segunda convocatoria una hora
después con cualquier número de accionistas presentes, todo conforme lo
establecido con los artículos 152 siguientes y concordantes del Código de
Comercio.
El orden del día a tratar es el siguiente:
1) Conocimiento de renuncias de miembros de junta directiva;
2) Revocatoria y nombramiento de miembros de junta directiva;
3) Cambiar el domicilio social de la empresa si
fuese necesario;
4) Modificar la cláusula de la representación en el pacto constitutivo
de la empresa. Para ejercer válidamente su derecho con voz y voto en la
asamblea, se deberá aportar la documentación idónea que demuestre legal y
fehacientemente esa condición. Las personas jurídicas deberán acreditar su
representación vigente mediante certificación registral o notarial. Únicamente
los accionistas o sus apoderados podrán asistir con derecho a voz y voto en la
asamblea.
San José, 10 de enero del 2018.—Ernesto
Alonso Umaña Umaña, Presidente.—1 vez.—( IN2018208829 )
DUTY FREE LAURELES DEL
OESTE CAG S. A.
Se convoca a todos los accionistas de Duty Free Laureles del Oeste CAG
S. A., a la asamblea general extraordinaria de accionistas, todo de conformidad
con lo dispuesto en los Estatutos del Pacto Social y el Código de Comercio, a
celebrarse en sus oficinas administrativas en Guachipelín de Escazú, de la
antigua fábrica de muñecas Paco, carretera a Guachipelín; seiscientos metros
norte, Edificio Salicsa, en primera convocatoria a las once horas del jueves 8
de febrero del 2018. En caso de no haber quorum en la primera convocatoria, la
asamblea se celebrará en segunda convocatoria una hora después con cualquier
número de accionistas presentes, todo conforme lo establecido con los artículos
152 siguientes y concordantes del Código de Comercio.
El orden del día a
tratar es el siguiente:
1) Conocimiento
de renuncias de miembros de junta directiva.
2) Revocatoria
y nombramiento de miembros de junta directiva;
3) Cambiar
el domicilio social de la empresa si fuese necesario:
4) Modificar
la cláusula de la representación en el pacto constitutivo de la empresa. Para
ejercer válidamente su derecho con voz y voto en la asamblea, se deberá aportar
la documentación idónea que demuestre legal y fehacientemente esa condición.
Las personas jurídicas deberán acreditar su representación vigente mediante
certificación registral o notarial. Únicamente los accionistas o sus apoderados
podrán asistir con derecho a voz y voto en la asamblea
San José, 10 de enero del 2018.—Ernesto Alonso Umaña Umaña,
Presidente.—1 vez.—( IN2018208833 ).
COMERCIALIZADORA
LAURELES DEL OESTE FIO S. A.
Se convoca a todos los accionistas de Comercializadora Laureles del
Oeste Fio S. A., a la asamblea general extraordinaria de accionistas, todo de
conformidad con lo dispuesto en los estatutos del pacto social y el Código de
Comercio, a celebrarse en sus oficinas administrativas en Guachipelín de
Escazú, de la antigua fábrica de muñecas Paco, carretera a Guachipelín,
seiscientos metros norte, edificio Salicsa, en primera convocatoria a las doce
horas del jueves 8 de febrero del 2018. En caso de no haber quorum en la
primera convocatoria, la asamblea se celebrará en segunda convocatoria una hora
después con cualquier número de accionistas presentes, todo conforme lo
establecido con los artículos 152 siguientes y concordantes del Código de
Comercio.
El orden del día a
tratar es el siguiente:
1) Conocimiento
de renuncias de miembros de junta directiva;
2) Revocatoria y nombramiento de miembros de junta directiva;
3) Cambiar el domicilio social de la empresa si fuese necesario;
4) Modificar
la cláusula de la representación en el pacto constitutivo de la empresa. Para
ejercer válidamente su derecho con voz y voto en la asamblea, se deberá aportar
la documentación idónea que demuestre legal y fehacientemente esa condición.
Las personas jurídicas deberán acreditar su representación vigente mediante
certificación registral o notarial. Únicamente los accionistas o sus apoderados
podrán asistir con derecho a voz y voto en la asamblea
San José, 10 de enero del 2018.—Ernesto Alonso Umaña Umaña,
Presidente.—1 vez.—( IN2018208835 ).
EXPORTADORA
LAURELES DEL OESTE DAM S. A.
Se convoca a todos los accionistas de
Exportadora Laureles del Oeste DAM S. A., cédula de persona jurídica
3-101-551326, a la asamblea general extraordinaria de Accionistas, todo de
conformidad con lo dispuesto en los Estatutos del Pacto Social y el Código de
Comercio, a celebrase en sus oficinas administrativas en Guachipelín de Escazú,
de la antigua fábrica de muñecas Paco, carretera a Guachipelín, seiscientos
metros norte, Edificio Salicsa, en primera convocatoria a las trece horas del
jueves 08 de febrero del 2018. En caso de no haber quorum en la primera
convocatoria, la asamblea se celebrará en segunda convocatoria una hora después
con cualquier número de accionistas presentes, todo conforme lo establecido con
los artículos 152 siguientes y concordantes del Código de Comercio.
El orden del día a tratar es el siguiente:
1) Conocimiento de renuncias de miembros de junta directiva;
2) Revocatoria y nombramiento de miembros de
junta directiva;
3) Cambiar el domicilio social de la empresa si
fuese necesario;
4) Modificar la cláusula de la representación en el pacto constitutivo
de la empresa. Para ejercer válidamente su derecho con voz y voto en la
asamblea, se deberá aportar la documentación idónea que demuestre legal y
fehacientemente esa condición. Las personas jurídicas deberán acreditar su
representación vigente mediante certificación registral o notarial. Únicamente
los accionistas o sus apoderados podrán asistir con derecho a voz y voto en la
Asamblea.
San José, 10 de enero del 2018.—Ernesto
Alonso Umaña Umaña, Presidente.—1 vez.—( IN2018208837 ).
ASOCIACION CÁMARA COSTARRICENSE
DE LA INDUSTRIA DEL PLÁSTICO
La Asociación Cámara Costarricense de la Industria del Plástico
(ACIPLAST) convoca a sus asociados a la asamblea general anual a celebrarse el
día jueves 8 de febrero del 2018, a las 5:00 p. m., en las instalaciones del
Costa Rica Tennis Club, Salón Principal Dos, situado en Sabana Sur, costado
este de la Contraloría General de la República, en caso de no haber quórum en
primera convocatoria la asamblea se realizará una hora después con el número de
asociados presentes.
AGENDA
1) Informe
del presidente
2) Informe
del tesorero
3) Informe
del fiscal
4) Elección
de la junta directiva según corresponda
5) Asuntos
varios
6) Propuesta
señores asociados
7) Habrá
refrigerio
San José, enero del 2018.—Rosa Isela Gutiérrez Fuentes, Secretaria.—1
vez.—( IN2018209016 ).
PUBLICACIÓN DE TERCERA VEZ
UNIVERSIDAD
METROPOLITANA CASTRO CARAZO
Departamento
de Registro de la Universidad Metropolitana Castro Carazo, informa que se ha
extraviado el Título de Licenciatura en Administración Educativa registrado en
el control de emisiones de título tomo 4, folio 9 asiento 27375 con fecha de
octubre del 2015 a nombre de José Guillermo Calvo Calvo cédula número: seis
cero tres cuatro seis cero cuatro cinco uno se publica este edicto para oír
oposiciones a la reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a
partir de la tercera publicación en La Gaceta.—San José, 14 agosto de
2017.—Departamento de Registro.—Ing. Alejandra González López, Directora de
Registro.—( IN2017198235 ).
PUBLICACIÓN
DE SEGUNDA VEZ
CONDOMINIO RESIDENCIAL
VERTICAL MIS SUEÑOS
Condominio Residencial Vertical Mis Sueños, cédula jurídica Nº 3-109-
689456, solicita al Registro Nacional,
Sección Mercantil, la reposición de los siguientes libros: Actas de Asamblea de
Condominio, Junta Directiva y Libro de Caja, todos Nº 2. Quien se considere
afectado dirigir las oposiciones ante el Registro Nacional de la Propiedad, en
el término de ocho días hábiles a partir de la última publicación de este
aviso.—San José, 04 de diciembre del dos mil diecisiete.—Lic. Mario E.
Calvo Achoy, Notario Público.—( IN2017198983 ).
BEPC
INGENIERÍA COSTA RICA SOCIEDAD ANÓNIMA
Para efectos de
reposición, la sociedad BEPC Ingeniería Costa Rica Sociedad Anónima, con cédula
de persona jurídica número 3-101-650445, hace constar que por haberse
extraviado la totalidad de los certificados representativos de la totalidad de
las acciones comunes y nominativas que representan el capital social de esta
compañía, se solicitó a la sociedad la reposición de dichos títulos, en cumplimiento
de los términos señalados en el artículo 689 del Código de Comercio de Costa
Rica. Durante el plazo de Ley, las oposiciones podrán dirigirse a la siguiente
dirección: San José, Santa Ana, Centro Empresarial Fórum II, edificio N, quinto
piso, oficinas de Pragma Legal. Transcurrido dicho plazo, se procederá con la
reposición solicitada.—San José, 30 de noviembre del dos mil diecisiete.—Óscar
Casillas, Representante Legal.—( IN2017199252 ).
PUBLICACIÓN
DE PRIMERA VEZ
UNIVERSIDAD
INTERNACIONAL
SAN ISIDRO LABRADOR
La Universidad Internacional San Isidro
Labrador comunica que el título de “Licenciatura en la Enseñanza de la
Matemática”, del estudiante Carlos Mario García Rojas, cédula de identidad
número 0114240484, fue sustraído a su dueño, por lo cual la Universidad está
tramitando la reposición del mismo. Cualquier interesado comunicarse a la
Universidad Internacional San Isidro Labrador”.—San Isidro de El General, 27 de
octubre de 2017.—Ph.D. Carlos Cortés Sandí, Rector.—( IN2017199348 ).
PUBLICACIÓN DE UNA VEZ
ASOCIACIÓN MINISTERIOS
VIDA ABUNDANTE
DE LAS ASAMBLEAS DE DIOS
Yo, Ricardo Castillo Medina, cédula de identidad número cinco-cero
doscientos dos-cero ochocientos cuarenta y seis, en mi condición de presidente
de la Asociación Ministerios Vida Abundante de las Asambleas de Dios, cédula
jurídica número tres-cero cero dos-dos cero cuatro cinco cinco siete, solicito
al Departamento de Asociaciones del Registro de Personas Jurídicas, la
reposición del libro de Actas de Asamblea General N° uno el cual se extravió. Se emplaza por ocho días hábiles a partir de la
publicación a cualquier interesado a fin de oír objeciones ante el Registro de
Asociaciones.—San José, a los ocho días del mes de diciembre de dos mil
diecisiete.—María Lucrecia Quesada Barquero, Notaria.—1 vez.—( IN2017199198 ).
TIENDA
ESCUELA DE BUCEO MUNDO
ACUÁTICO SOCIEDAD ANÓNIMA
Ante mi notaría, la
entidad Tienda Escuela de Buceo Mundo Acuático Sociedad Anónima, cédula de
persona jurídica tres-ciento uno-sesenta y ocho mil cuatrocientos sesenta y
uno, realiza los trámites para ante el Registro Público de reposición y
legalización del libro actas de asamblea de accionistas, por cuanto el mismo se
extravió sin haber sido posible su recuperación.—San José, 08 de diciembre del
2017.—Eduardo Rojas Piedra.—1 vez.—( IN2017199325 ).
SERVICIOS
Y SUMINISTROS GAMAR DEL SUR S. A.
Por escritura otorgada en esta notaría, a las
10:45 horas del día de hoy, se solicita la reposición del Libro de Actas de
Asamblea General número uno de la sociedad denominada Servicios y Suministros
Gamar del Sur S. A., cédula jurídica número 3-101-267830. Se emplaza a terceros
interesados para que hagan valer sus derechos ante el Registro de Personas
Jurídicas, Sección Mercantil, dentro del plazo de 8 días posteriores a la
primera publicación de este edicto.—San José, 08 de diciembre del 2017.—Lic.
Karla Pla Rieger, cédula número 1-0892-0751.—1 vez.—( IN2017199410 ).
CONSTRUCTORA
LADERAS DEL RÍO LIMITADA
Por extravío Constructura Laderas del Río
Limitada, cédula jurídica: tres-ciento dos-cinco nueve nueve ocho uno cero,
solicitará la reposición de los libros de actas: Asamblea de Socios, Consejo de
Administración y Registro de Socios, Libros contables: mayor, diario,
inventario balance.—Liberia, 5 de diciembre del 2017.—Priscilla Rizo Sandoval,
Notaria.—1 vez.—( IN2017199511 ).
RED STAR DIGITAL CR
LIMITADA
Por este medio y para los efectos establecidos en los artículos 53, 53
Bis, 53 Ter y 53 Quáter del Decreto Ejecutivo 34739-COMEX-H y sus reformas,
Reglamento a la Ley de Régimen de Zonas Francas, la empresa denominada Red Star
Digital CR Limitada, cédula de persona jurídica tres - ciento dos - seiscientos
treinta y seis mil novecientos setenta y siete, comunica su intención de
renunciar al Régimen de Zonas Francas.—Ricardo Cordero Baltodano, Apoderado
General.—1 vez.—( IN2017199533 ).
PECUARIA PORRAS PÉREZ
SOCIEDAD ANÓNIMA
Pecuaria Porras Pérez Sociedad Anónima, cédula de persona jurídica Nº
3-101-251377, solicita ante el Registro Nacional la reposición del libro de
Asambleas Generales de Socios, número Uno. Quien se considere afectado puede
manifestar su oposición ante la Sección Mercantil del Registro Nacional, dentro
del término de 8 días hábiles a partir de la publicación de este aviso.—Eduardo
Salas Rodríguez, Abogado y Notario.—1 vez.—( IN2017199541 ).
COLEGIO DE LICENCIADOS Y
PROFESORES
EN LETRAS, FILOSOFÍA, CIENCIAS Y ARTES
Levantamiento
suspendidos octubre
A las siguientes personas se les comunica que, según nuestros registros,
su situación de morosidad en el pago de sus cuotas de colegiación se encuentra
normalizada. Por lo tanto, son colegiados activos a partir del mes abajo
indicado. Se le recuerda a la sociedad costarricense que estos profesionales
están habilitados para ejercer la docencia y áreas afines en Costa Rica.
Para ver las imágenes ir a La Gaceta con formato PDF
M.Sc. Lilliam González Castro, Presidenta, Junta Directiva.— 1 vez.—(
IN2017199563 ).
ASOCIACIÓN
ADMINISTRADORA DEL ACUEDUCTO
SANITARIO DE MONTE VERDE
Asociación Administradora del Acueducto Sanitario de Monte Verde
Distrito Monte Verde cantón Puntarenas, provincia de Puntarenas ,cedula
jurídica N° 3-002-396321 solicito ante Registro Público la reposición por
extravió de los libros de Diario, Mayor, Inventados y balances, Acta de
Asamblea Actas de Junta Directiva , Registro de Asociados.—Puntarenas, 11 de
diciembre del 2017.—Lic. Efraín Marín Madrigal,
Notario.—1 vez.—( IN2017199568 ).
ASOCIACIÓN
RED COSTARRICENSE
DE RESERVAS NATURALES
Yo, Guillermo Enrique Piedra González, mayor
de edad, casado, administrador de empresas, vecino de La Unión, Tres Ríos,
Cartago, con cédula de identidad número uno-cero setecientos doce-cero cero
diecinueve, en mi condición de vicepresidente y representante legal con
facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma de la Asociación Red
Costarricense de Reservas Naturales, con
domicilio en San José, cincuenta metros norte del Centro Colón y cédula
jurídica número tres-cero cero dos-ciento ochenta y nueve mil ochocientos
cincuenta y dos, solicito al Departamento de Asociaciones del Registro de
Personas Jurídicas del Registro Nacional la reposición del Libro de Actas de
Asambleas número uno de dicha asociación, el cual fue extraviado. Se emplaza
por ocho días hábiles a partir de esta publicación a cualquier interesado a fin
de oír objeciones ante el propio Registro de Asociaciones.—San José, veintiuno
de noviembre de dos mil diecisiete.—Guillermo Enrique Piedra González.—1 vez.—(
IN2017200053 ).
COLEGIO
DE INGENIEROS
AGRÓNOMOS DE COSTA RICA
El Colegio de Ingenieros Agrónomos de Costa
Rica comunica Que la Junta Directiva con fundamento en lo establecido en el
artículo 14 de la Ley N° 7221 y con base en la potestad que le concede el
inciso k) artículo 47 de la citada ley, acordó en su sesión 24-2017, celebrada
el 25 de setiembre de 2017, suspender del ejercicio de la profesión a los
siguientes colegiados:
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Así
mismo informa que el Colegio efectuará la sanciones que considere necesarias
ante quien corresponda, con el propósito de evitar que los colegiados citados
ejerzan la profesión, mientras se mantengan en su condición de suspendidos.—San
José, 06 de noviembre de 2017.—Por Junta Directiva.—Ing. Agr. José Ramón Molina
Villalobos, Presidente.—Ing. Agr. Alexandra María Urbina Bravo,
Prosecretaria.—1 vez.—( IN2018209012 ).
PUBLICACIÓN
DE SEGUNDA VEZ
Se hace constar que por escritura de las ocho
horas diez minutos del ocho de diciembre del dos mil diecisiete, se
protocolizaron actas de asamblea general extraordinaria de accionistas de la
compañía Global Pharmend Int. Sociedad Anónima, se disminuye el capital
social en la suma de noventa millones de colones, quedando así el capital
social en la suma de diez millones de colones.—Lic. Jorge Arturo Hernández
Rodríguez.—( IN2017199411 ).
PUBLICACIÓN DE UNA VEZ
Mediante escritura otorgada ante esta
notaría, a las 17 horas 00 minutos del 08 de noviembre del año 2017, se
constituyó la sociedad denominada Vivanol Sociedad de Responsabilidad
Limitada.—San José, 09 de noviembre del 2017.—Licda. Rosa María Artavia
Sánchez, Notaria.—1 vez.—CE2017014180.—( IN2017198742 ).
Mediante escritura
otorgada ante esta notaría, a las 11 horas 00 minutos del 09 de noviembre del
año 2017, se constituyó la sociedad denominada Laboratorios Arsal Costa Rica
Sociedad Anónima.—San José, 09 de noviembre del 2017.—Licda. María
Teresa Urpi Sevilla, Notaria.—1 vez.—CE2017014181.—( IN2017198743 ).
Los socios, de CRE
Doscientos Veinticinco Dacita Sociedad Anónima, cédula jurídica
3-101-501973, solicitan el cese de la disolución de la sociedad.—San José, 8 de
diciembre de 2017.—Lic. Arturo Monge Corrales, carné 13491, Notario Público.—1
vez.—( IN2017199115 ).
Por medio de la escritura número ciento veinticinco otorgada ante esta
notaría, a las once horas del once de diciembre del dos mil diecisiete, los
señores Otto Gutiérrez Coto y Janice Carol Pribram, solicitan al Registro de
Personas Jurídicas del Registro Nacional, el cese de la disolución de la
sociedad Inversiones Gupribam S. A., con cédula jurídica tres-ciento
uno-ciento setenta y siete mil trescientos ochenta y seis, por haber pagado los
períodos del impuesto a las personas jurídicas y consecuentemente se reactive
su estatus jurídico para que se le asigne un nuevo asiento registral de
conformidad con lo establecido en el Transitorio Segundo de la ley nueve mil
cuatrocientos veintiocho reformado a su vez por la ley nueve mil cuatrocientos
ochenta y cinco.—Firmo en Cartago, once de diciembre del dos mil
diecisiete.—Lic. José Francisco Acevedo Gutiérrez, Notario.—1 vez.—(
IN2017199853 ).
Se solicita al Registro de Personas Jurídicas del Registro Nacional, el
cese de la disolución de Pedro Nirma Sociedad Anónima, cédula jurídica
número tres-ciento uno-cuatro cuatro seis nueve cuatro seis, por la reforma al
Transitorio dos de la Ley nueve mil cuatrocientos veintiocho por la Ley nueve
mil cuatrocientos ochenta y cinco, y la circular registral número D.P.J - cero
trece - dos mil diecisiete del diecinueve de octubre del año dos mil
diecisiete. Escritura pública número cuarenta y nueve, iniciada al folio
cuarenta y dos frente del tomo diez de mi protocolo, otorgada en la ciudad de
Miami, Estado de Florida, Estados Unidos de América, a las catorce horas del
día veinticuatro de noviembre del año dos mil diecisiete. Notario público:
Warner Calvo Dinarte. Registro de Personas Jurídicas del Registro
Nacional.—Lic. Warner Calvo Dinarte, Notario Público.—1 vez.—( IN2017199861 ).
Por escritura otorgada el día de hoy, se rectifica el
nombre de la sociedad denominada Agopecuaria Gosa de San Rafael AGS S. A.,
con cédula de persona jurídica Nº 3-101-748751 ya que por un error en el
llenado de formulario se incluyó mal el nombre siendo lo correcto Agropecuaria
Gosa de San Rafael AGS S. A.—San José, 12 de diciembre del 2017.—Lic.
Alberto Víquez Garro, Notario.—1 vez.—( IN2017200142 ).
Por asamblea general ordinaria de Asociación Comunidad Cristiana Vida
Abundante de San Carlos, cédula de persona jurídica número 3-002-708827, se
procede al nombramiento de junta directiva y fiscal.—Alajuela, Ciudad Quesada,
San Carlos, trece de diciembre del dos mil diecisiete.—Lic. Eduardo Salas
Rodríguez, Notario.—1 vez.—( IN2017200185 ).
Mediante escritura
otorgada ante esta notaría, a las 17 horas 00 minutos del 06 de noviembre del
año 2017, se constituyó la sociedad denominada Naranjal F Y D Sociedad
Anónima.—San José, 06 de noviembre del 2017.—Lic. Gaston Sancho Cubero,
Notario.—1 vez.—CE2017013972.—( IN2018205303 ).
Mediante escritura
otorgada ante esta notaría, a las 16 horas 00 minutos del 05 de noviembre del
año 2017, se constituyó la sociedad denominada Level Up Learning &
Consulting Group Sociedad Anónima.—San José, 06 de noviembre del
2017.—Licda. Vilma María Guevara Mora, Notaria.—1 vez.—CE2017013973.—(
IN2018205304 ).
Mediante escritura otorgada ante esta
notaría, a las 17 horas 00 minutos del 16 de septiembre del año 2017, se
constituyó la sociedad denominada Wright´S International Investments Company
Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 07 de noviembre del
2017.—Lic. José Luis Estrada Sánchez, Notario.—1 vez.—CE2017013974.—(
IN2018205305 ).
Mediante escritura otorgada ante esta
notaría, a las 12 horas 45 minutos del 06 de noviembre del año 2017, se
constituyó la sociedad denominada Inversora Bimo Sociedad Anónima.—San
José, 07 de noviembre del 2017.—Lic. Orlando Gustavo Araya Amador, Notario.—1
vez.—CE2017013975.—( IN2018205306 ).
Mediante escritura
otorgada ante esta notaría, a las 11 horas 30 minutos del 04 de noviembre del
año 2017, se constituyó la sociedad denominada Electricidad Voz y Datos
R&M Sociedad Anónima.—San José, 07 de noviembre del 2017.—Lic.
Javier Yesca Soto, Notario.—1 vez.—CE2017013976.—( IN2018205307 ).
Mediante escritura
otorgada ante esta notaría, a las 12 horas 30 minutos del 06 de noviembre del
año 2017, se constituyó la sociedad denominada Binri Holding Limitada.—San
José, 07 de noviembre del 2017.—Lic. Orlando Gustavo Araya Amador, Notario.—1
vez.—CE2017013977.—( IN2018205308 ).
Mediante escritura otorgada ante esta
notaría, a las 00 horas 00 minutos del 28 de octubre del año 2017, se
constituyó la sociedad denominada AAMA Profesional Limitada.—San
José, 07 de noviembre del 2017.—Lic. Gonzalo Ernesto Velasquez Martínez,
Notario.—1 vez.—CE2017013978.—( IN2018205309 ).
Mediante escritura
otorgada ante esta notaría, a las 13 horas 30 minutos del 31 de octubre del año
2017, se constituyó la sociedad denominada Tiquicia Dreams Sociedad Anónima.—San
José, 07 de noviembre del 2017.—Licda. Evelyn Daniela Madrigal Rodríguez,
Notaria.—1 vez.—CE2017013979.—( IN2018205310 ).
Mediante escritura
otorgada ante esta notaría, a las 00 horas 00 minutos del 06 de noviembre del
año 2017, se constituyó la sociedad denominada PK-Ditos Sociedad Anónima.—San
José, 07 de noviembre del 2017.—Licda. Eugenia Brenes Rojas, Notaria.—1
vez.—CE2017013988.—( IN2018205319 ).
Mediante escritura
otorgada ante esta notaría, a las 16 horas 00 minutos del 03 de noviembre del
año 2017, se constituyó la sociedad denominada 3 Devils Sociedad de
Responsabilidad Limitada.—San José, 07 de noviembre del 2017.—Licda.
Marcela Patricia Gurdian Cedeño, Notaria.—1 vez.—CE2017013994.—( IN2018205325
).
Mediante escritura
otorgada ante esta notaría, a las 08 horas 30 minutos del 25 de octubre del año
2017, se constituyó la sociedad denominada Importaciones Aire Nuevo CR del
Pacífico Sociedad Anónima.—San José, 07 de noviembre del 2017.—Lic. Hans
Van Der Laat Robles, Notario.—1 vez.—CE2017013995.—( IN2018205326 ).
Mediante escritura
otorgada ante esta notaría, a las 08 horas 00 minutos del 21 de octubre del año
2017, se constituyó la sociedad denominada Galindo Holdings Sociedad de
Responsabilidad Limitada.—San José, 07 de noviembre del 2017.—Lic. Pablo
José González Montoya, Notario.—1 vez.—CE2017013996.—( IN2018205327 ).
Mediante escritura otorgada ante esta
notaría, a las 10 horas 00 minutos del 07 de noviembre del año 2017, se
constituyó la sociedad denominada Snap Advances Costa Rica Limitada.—San
José, 07 de noviembre del 2017.—Lic. Fernando Alfaro Chamberlain, Notario.—1
vez.—CE2017013997.—( IN2018205328 ).
Mediante escritura otorgada ante esta
notaría, a las 11 horas 00 minutos del 03 de noviembre del año 2017, se
constituyó la sociedad denominada Benica Sociedad de Responsabilidad
Limitada.—San José, 07 de noviembre del 2017.—Lic. Fernando Montero López,
Notario.—1 vez.—CE2017013998.—( IN2018205329 ).
Mediante escritura otorgada ante esta
notaría, a las 08 horas 00 minutos del 07 de noviembre del año 2017, se
constituyó la sociedad denominada Semele Limitada.—San José, 07 de
noviembre del 2017.—Lic. Ricardo León Vargas Guerrero, Notario.—1
vez.—CE2017013999.—( IN2018205330 ).
Mediante escritura
otorgada ante esta notaría, a las 11 horas 00 minutos del 05 de noviembre del
año 2017, se constituyó la sociedad denominada Multiservicios Técnicos en
Revisión Sámara Limitada.—San José, 07 de noviembre del 2017.—Licda. Olga
Irene Granados Porras, Notaria.—1 vez.—CE2017014000.—( IN2018205331 ).
Mediante escritura otorgada ante esta
notaría, a las 16 horas 00 minutos del 03 de noviembre del año 2017, se
constituyó la sociedad denominada GPT International Sociedad Anónima.—San
José, 07 de noviembre del 2017.—Lic. Dewin Brenes Fernández, Notario.—1 vez.—CE2017014001.—(
IN2018205332 ).
Mediante escritura otorgada ante esta
notaría, a las 19 horas 00 minutos del 31 de octubre del año 2017, se
constituyó la sociedad denominada AMGT Commerce LLC Sociedad de
Responsabilidad Limitada.—San José, 07 de noviembre del 2017.—Licda.
Gabriela Ocon Sánchez, Notaria.—1 vez.—CE2017014002.—( IN2018205333 ).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 16 horas 00 minutos del 02 de
noviembre del año 2017, se constituyó la sociedad denominada Pura Vida
Bartending PVB Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 07 de
noviembre del 2017.—Licda. Marcela Patricia Gurdian Cedeño, Notaria.—1
vez.—CE2017014003.—( IN2018205334 ).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 08 horas 00 minutos del 05 de
noviembre del año 2017, se constituyó la sociedad denominada Prodemca
América Limitada.—San José, 07 de noviembre del 2017.—Lic. Pablo José
González Montoya, Notario.—1 vez.—CE2017014004.—( IN2018205335 ).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 07 horas 00 minutos del 07 de
noviembre del año 2017, se constituyó la sociedad denominada Ganadera J
& R Norte Sociedad Anónima.—San José, 07 de noviembre del 2017.—Licda.
Meilin Milagro López Chaves, Notaria.—1 vez.—CE2017014005.—( IN2018205336 ).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 11 horas 30 minutos del 03 de
noviembre del año 2017, se constituyó la sociedad denominada Corporación de
Inversiones y Representaciones M F Internacional Sociedad de Responsabilidad
Limitada.—San José, 07 de noviembre del 2017.—Lic. Merlin Starling Leiva
Madrigal, Notario.—1 vez.—CE2017014006.—( IN2018205337 ).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a
las 18 horas 00 minutos del 03 de noviembre del año 2017, se constituyó la
sociedad denominada El Ogro y la Bruja Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San
José, 07 de noviembre del 2017.—Licda. Erika Gabriela Sanabria Rojas,
Notaria.—1 vez.—CE2017014007.—( IN2018205338 ).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 08 horas 30 minutos del 07 de
noviembre del año 2017, se constituyó la sociedad denominada Fumigadora
Bichos Limitada.—San José, 07 de noviembre del 2017.—Lic. Dewin Brenes
Fernández, Notario.—1 vez.—CE2017014008.—( IN2018205339 ).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 15 horas 00 minutos del 28 de
octubre del año 2017, se constituyó la sociedad denominada Café en lo Alto
Sociedad Anónima.—San José, 07 de noviembre del 2017.—Licda. Diana Picado
Vargas, Notaria.—1 vez.—CE2017014009.—( IN2018205340 ).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 12 horas 00 minutos del 07 de
noviembre del año 2017, se constituyó la sociedad denominada Eastern
Construction International Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José,
07 de noviembre del 2017.—Lic. Johnny Gerardo León Guido, Notario.—1
vez.—CE2017014010.—( IN2018205341 ).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 08 horas 00 minutos del 03 de
noviembre del año 2017, se constituyó la sociedad denominada CLK
Internacional Sociedad Anónima.—San José, 07 de noviembre del 2017.–Licda.
Ana Gabriela Ávila Morua, Notaria.—1 vez.—CE2017014011.—( IN2018205342 ).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a
las 09 horas 00 minutos del 02 de noviembre del año 2017, se constituyó la
sociedad denominada Servicios de Mantenimiento Profesional Guanacaste
M&M Limitada.—San José, 07 de noviembre del 2017.—Lic. Andrés Montejo
Morales, Notario.—1 vez.—CE2017014012.—( IN2018205343 ).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 09 horas 00 minutos del 01 de
noviembre del año 2017, se constituyó la sociedad denominada Herblon HLDN
Sociedad Anónima.—San José, 07 de noviembre del 2017.—Lic. Pablo José
González Montoya, Notario.—1 vez.—CE2017014013.—( IN2018205344 ).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a
las 12 horas 00 minutos del 06 de noviembre del año 2017, se constituyó la
sociedad denominada Hippie Shack Holdings Limitada.—San José, 07 de
noviembre del 2017.—Lic. Andrés Montejo Morales, Notario.—1
vez.—CE2017014014.—( IN2018205345 ).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a
las 11 horas 00 minutos del 06 de noviembre del año 2017, se constituyó la
sociedad denominada Soltec Soluciones Internacionales Sociedad Anónima.—San
José, 07 de noviembre del 2017.—Licda. Lilliam Hidalgo Álvarez, Notaria.—1
vez.—CE2017014015.—( IN2018205346 ).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a
las 10 horas 00 minutos del 03 de noviembre del año 2017, se constituyó la
sociedad denominada Totalsinergia M&V Sociedad de Responsabilidad
Limitada.—San José, 07 de noviembre del 2017.—Licda. Laura Daniela
Fernández Mora, Notaria.—1 vez.—CE2017014016.—( IN2018205347 ).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a
las 23 horas 30 minutos del 07 de noviembre del año 2017, se constituyó la
sociedad denominada Inversiones Comerciales S y N del Sur B.C.
Sociedad Anónima.—San José, 07 de noviembre del 2017.—Lic. Byron Vargas
Vásquez, Notario.—1 vez.—CE2017014017.—( IN2018205348 ).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las
13 horas 00 minutos del 06 de noviembre del año 2017, se constituyó la sociedad
denominada Caballos en Paraíso Limitada.—San José, 07 de noviembre del
2017.—Lic. Elías Shadid Esquivel, Notario.—1 vez.—CE2017014018.—( IN2018205349
).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a
las 10 horas 00 minutos del 07 de noviembre del año 2017, se constituyó la
sociedad denominada Weirdo´s Cafe Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San
José, 07 de noviembre del 2017.—Licda. María Gabriela Morales Peralta, Notaria.—1
vez.—CE2017014019.—( IN2018205350 ).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 11 horas 00 minutos del 07 de
noviembre del año 2017, se constituyó la sociedad denominada Guanacaste
Fishing Charter´s Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 07 de
noviembre del 2017.—Lic. María Gabriela Morales Peralta, Notaria.—1
vez.—CE2017014020.—( IN2018205351 ).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría a las 11 horas 00 minutos del 06 de
noviembre del año 2017, se constituyó la sociedad denominada Magpat Inc
Limitada.—San José, 07 de noviembre del 2017.—Licda. Ana Patricia Vargas
Jara, Notaria.—1 vez.—CE2017014021.—( IN2018205352 ).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría a las 13 horas 00 minutos del 07 de
noviembre del año 2017, se constituyó la sociedad denominada Playa Grande
Fish Company Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 07 de
noviembre del 2017.—Licda. María Gabriela Morales Peralta, Notaria.—1
vez.—CE2017014022.—( IN2018205353 ).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a
las 18 horas 00 minutos del 06 de noviembre del año 2017, se constituyó la
sociedad denominada Samara Diving Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San
José, 07 de noviembre del 2017.—Lic. Rodrigo Alberto Meza Vallejos, Notario.—1
vez.—CE2017014023.—( IN2018205354 ).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a
las 12 horas 40 minutos del 06 de noviembre del año 2017, se constituyó la
sociedad denominada Maquinaria y Transportes Herra H&A Sociedad Anónima.—San
José, 07 de noviembre del 2017.—Lic. María Elieth Pacheco Rojas, Notario.—1
vez.—CE2017014024.—( IN2018205355 ).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 15 horas 00 minutos del 30 de
octubre del año 2017, se constituyó la sociedad denominada Pelo Loco Revenge
Sociedad Anónima.—San José, 07 de noviembre del 2017.—Lic. Eric Francisco
Badilla Córdoba, Notario.—1 vez.—CE2017014025.—( IN2018205356 ).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a
las 18 horas 30 minutos del 06 de noviembre del año 2017, se constituyó la
sociedad denominada World Diving Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San
José, 07 de noviembre del 2017.—Lic. Rodrigo Alberto Meza Vallejos, Notario.—1
vez.—CE2017014026.—( IN2018205357 ).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 10 horas 00 minutos del 06 de
noviembre del año 2017, se constituyó la sociedad denominada Villabas
Construcciones de Costa Rica Sociedad Responsabilidad Limitada.—San José,
07 de noviembre del 2017.—Lic. Mauricio José Ramírez Murillo, Notario.—1
vez.—CE2017014027.—( IN2018205358 ).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 15 horas 00 minutos del 07 de
noviembre del año 2017, se constituyó la sociedad denominada Polarus
Sociedad Anónima.—San José, 07 de noviembre del 2017.—Licda. Fiorella
Hidalgo Quirós, Notaria.—1 vez.—CE2017014028.—( IN2018205359 ).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 15 horas 00 minutos del 04 de
noviembre del año 2017, se constituyó la sociedad denominada Jozha Sociedad
Anónima.—San José, 07 de noviembre del 2017.—Lic. Ricardo José Nassar
Guell, Notario.—1 vez.—CE2017014029.—( IN2018205360 ).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 10 horas 50 minutos del 23 de
octubre del año 2017, se constituyó la sociedad denominada Jaco Life
Sociedad Anónima.—San José, 07 de noviembre del 2017.—Licda. Nathalie
Elizondo Montero, Notaria.—1 vez.—CE2017014030.—( IN2018205361 ).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 13 horas 00 minutos del 03 de
noviembre del año 2017, se constituyó la sociedad denominada CSHPSH Sociedad
de Responsabilidad Limitada.—San José, 07 de noviembre del 2017.—Licda. Ana
Cristina Cordero Blanco, Notaria.—1 vez.—CE2017014031.—( IN2018205362 ).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 16 horas 40 minutos del 20 de
setiembre del año 2017, se constituyó la sociedad denominada Grupo Arso
Indrustrial Sociedad Anónima.—San José, 07 de noviembre del 2017.—Lic.
Leonardo Gómez Salazar, Notario.—1 vez.—CE2017014032.—( IN2018205363 ).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 14 horas 00 minutos del 07 de
noviembre del año 2017, se constituyó la sociedad denominada Synergy O Dos
Internacional Sociedad Anónima.—San José, 07 de noviembre del 2017.—Licda.
Sonia María Ugalde Hidalgo, Notaria.—1 vez.—CE2017014033.—( IN2018205364 ).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a
las 15 horas 00 minutos del 06 de noviembre del año 2017, se constituyó la
sociedad denominada PLV Resort Manager Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 07 de noviembre del
2017.—Licda. Magally María Guadamuz García, Notaria.—1 vez.—CE2017014034.—( IN2018205365 ).
LA
DIRECCIÓN DE RECURSOS HUMANOS
A:
RODRÍGUEZ VENEGAS FRANKLIN JOSÉ
Cédula N° 1-0674-0156
PUBLICACIÓN
DE TERCERA VEZ
HACE
SABER:
I.—Que a su nombre se ha
iniciado la instrucción de un expediente disciplinario, de conformidad con el
procedimiento establecido al efecto en el Estatuto de Servicio Civil, por la
supuesta comisión de faltas a los deberes inherentes al cargo. Expediente N°
500-17
II.—De
la información substanciada existen elementos probatorios para imputarle los
siguientes supuestos hechos:
Que en su condición de Profesor
de Enseñanza General Básica en la Escuela Lomas del Río de Pavas, adscrita a la
Dirección Regional de Educación de San José-Oeste, supuestamente, no se
presentó a laborar los días 18, 19 y 20 de julio de 2017; lo anterior sin dar
aviso oportuno a su superior inmediato y sin aportar dentro del término
normativamente previsto, justificación posterior alguna o idónea. (Ver folios
01 al 02 del expediente de marras)
III.—Que de ser cierto el hecho que se le
atribuye, usted incurriría en faltas graves o de alguna gravedad, según las
obligaciones y deberes de su cargo, tal y como se establece en el artículo 57
incisos a), c) y h) del Estatuto de Servicio Civil; artículo 81 inciso g) del
Código de Trabajo; artículos 8 inciso b); 12 incisos k) y 1) del Reglamento de
la Carrera Docente; artículo 63 del Reglamento Autónomo de Servicios del
Ministerio de Educación Pública; que eventualmente acarrearían una sanción que
podría ir desde una suspensión sin goce de salario hasta el cese de interinidad
sin responsabilidad para el Estado.
IV.—Que
se le emplaza para que ejerza su derecho de defensa dentro de los diez días
hábiles siguientes al recibo de la presente notificación, de conformidad con lo
dispuesto en el artículo 69 del Estatuto de Servicio Civil y ofrecer las
pruebas que estimare pertinentes. Si fueren testimoniales, indicará los hechos
sobre los que versarán las respectivas deposiciones así como la correspondiente
dirección de los testigos bajo apercibimiento de poder ser declarada
inadmisible la referida prueba.
Para el
ejercicio pleno de su derecho de defensa puede tener acceso al expediente
disciplinario iniciado al efecto y hacerse representar por un abogado.
V.—Que
la defensa deberá formularse por escrito ante el Departamento de Gestión
Disciplinaria, de la Dirección de Recursos Humanos del Ministerio de Educación
Pública, ubicado en el Edificio ROFAS, cuarto piso, frente a emergencias del
Hospital San Juan de Dios, debiendo señalar medio o lugar para atender
notificaciones, bajo apercibimiento que en caso contario quedará notificada de
forma automática dentro de las 24:00 horas siguientes, de conformidad con el
artículo 11 de la Ley de Notificaciones Judiciales N° 8687. La no presentación
de la defensa hará presumir la renuncia al ejercicio de ese derecho en esta
etapa procedimental y, la no indicación de lugar para recibir notificaciones
surtirá los efectos previstos en el artículo antes citado.
VI.—Que contra este traslado de cargos se pueden interponer los
recursos ordinarios de Revocatoria y/o Apelación previstos en los artículos 345
y 346 de la Ley General de la Administración Pública, los cuales deben
formularse dentro del término de veinticuatro (24:00) horas siguientes a la
respectiva notificación. El primero será resuelto por esta instancia y el
segundo por la Ministra de Educación Pública.
San José, 03 de agosto del 2017.—Yaxinia Díaz
Mendoza, Directora.—O. C. 3400031607.—Sol. 19677.—( IN2017198374 ).
JUNTA ADMINISTRATIVA
DEL REGISTRO NACIONAL
REGISTRO DE LA PROPIEDAD
INDUSTRIAL
Documento admitido
traslado al titular
PUBLICACIÓN DE TERCERA VEZ
T-110840.—Ref: 30/2017/27884. Inmobiliaria Sopra
Sociedad Anónima, cédula jurídica Nº 3-101-566118. Documento: cancelación por
falta de uso (KADIMA S. A.). Nro. y fecha: anotación/2-110840 de 31/03/2017.
Expediente: Nº 2009-0008682 Registro Nº 198498 Almacén y Ferretería Al Costo en
clase 49 Marca Mixto.—Registro de la Propiedad Industrial, a las 09:55:48 del 6
de julio de 2017.
Conoce este Registro,
la solicitud de cancelación por falta de uso, promovida por Ricardo
Vargas Aguilar, en calidad de apoderada especial de Kadima S. A., contra el
registro de la nombre comercial al costo (diseño), registro Nº 195498,
inscrito el 29 de enero de 2010 para proteger y distinguir un establecimiento
comercial dedicado a venta de todo tipo de productos para el hogar, ropa,
artículos de ferretería, zapatería y librería, ubicado en Tejar de El Guarco de
Cartago, 175 metros norte del Restaurante El Quijongo, Almacén el Al Costo,
propiedad de Inmobiliaria Sopra S. A., cédula jurídica Nº 3-101-566118,
domiciliada en Cartago, El Guarco, Tejar, 175 metros al norte del Restaurante
El Quijongo, Almacén el Triunfo.
Conforme a lo previsto
en los artículos 39 de la Ley de Marcas y otros Signos Distintivos, y los
artículos 48 y 49 del Reglamento a la Ley de Marcas y Otros Signos Distintivos,
Decreto Ejecutivo Nº 30233-J; se procede a trasladar la solicitud de cancelación
por falta de uso al titular citado, para que en el plazo de un mes
contados a partir del día hábil siguiente de la presente notificación, proceda
a pronunciarse respecto a la misma y
demuestre su mejor derecho, aportando al efecto las pruebas que estime
convenientes, tomar en cuenta que es el
titular del signo a quien le corresponde demostrar con prueba contundente el
uso del signo, para lo cual se comunica que el expediente se encuentra a
disposición de las partes en este Registro, asimismo en el expediente constan
las copias de ley de la acción para el titular del signo. Se les previene a las
partes el señalamiento de lugar o medio para recibir notificaciones y se
advierte al titular que de no indicarlo, o si el medio escogido imposibilitare
la notificación por causas ajenas al despacho, o bien, si el lugar señalado
permaneciere cerrado, fuere impreciso, incierto o inexistente, quedará
notificado de las resoluciones posteriores con sólo que transcurran veinticuatro
horas después de dictadas, conforme lo dispone los artículos 11 y 34 de la
Ley de Notificaciones, Ley N° 8687. A manera de excepción y en caso de que esta
resolución sea notificada mediante publicación en el Diario Oficial La
Gaceta, sin que medie apersonamiento del titular al proceso con el
respectivo aporte del medio o lugar para recibir notificaciones, se
aplicará lo dispuesto en los artículos 239, 241 incisos 2, 3 y 4 y 242 de la
Ley General de la Administración Pública. Se le señala al titular del signo,
que las pruebas que aporte deben ser
presentadas en documento original o copia certificada (haciéndose acompañar la
traducción necesaria y la legalización o apostillado correspondiente, según sea
el caso), lo anterior conforme al artículo 294 de la Ley General de Administración
Pública. Notifíquese.—Tomás Montenegro Montenegro,
Asesor Jurídico.—( IN2017197960 ).
SISTEMA
NACIONAL DE ÁREAS DE CONSERVACIÓN
ÁREA DE
CONSERVACIÓN CORDILLERA
VOLCÁNICA CENTRAL
COMUNICA:
PUBLICACIÓN
DE PRIMERA VEZ
A la empresa: Radio Mensajes S.A., Caseta Nº
80, que con fundamento en el artículo 5º del Decreto Ejecutivo Nº 26187-MINAE
por encontrarse en abandono tanto el expediente administrativo como las instalaciones correspondientes al permiso de
uso identificado como Caseta Nº 80 ubicada en el Parque Nacional Volcán Irazú,
se otorga un plazo de 90 días calendario para que retire del lugar los bienes
que haya instalado. Vencido el plazo se procederá al retiro de todos los bienes
y la disposición de los mismos.—Área de Conservación Central.—Responsable:
Rafael Gutiérrez Rojas, Director.—O. C. Nº 001-2017.—Solicitud Nº
18606.—( IN2017201549 ).
HOSPITAL SAN JUAN DE
DIOS
PUBLICACIÓN DE
SEGUNDA VEZ
Hospital San Juan de Dios.—San José, al ser las diez horas del 12 de
octubre del 2017
Procedimiento administrativo de responsabilidad
disciplinaria contra: Sr. Carlos Alberto Marín Azofeifa, expediente N°
EA-SG-045-2017
Se emite resolución
inicial de traslado de cargos:
i Mediante oficio SG-564-17 del 11 de Octubre de los corrientes,
suscrito por el Lic. Marco Pérez Castro, Jefe del Servicio de Servicios
Generales del Hospital San Juan de Dios, donde se solicita instruir
Procedimiento Administrativo [Disciplinario según lo establecido por la ley
General de Administración Publica y de conformidad con el artículo 92
siguientes y concordantes de la Normativa de Relaciones laborales, vigente a
partir del año 2010, contra el funcionario de Servicios Generales Carlos
Alberto Marín Azofeifa, cédula 1-0947-0457, funcionario del Departamento de
Servicios Generales, designando en dicho acto al suscrito Lic. Diego Jiménez
Masís, Funcionario del Hospital San Juan de Dios, como órgano Director.
ii. Que
con fundamento a lo anterior, se procede a dar inicio procedimiento administrativo
de responsabilidad disciplinaria, por parte del órgano Director, en contra del
Sr, Carlos Alberto Marín Azofeifa, de cédula de identidad 1-0947-0457
Trabajador de Servicios Generales del Hospital San Juan, con fundamento en los
supuesto hechos.
Hechos:
De conformidad con la
prueba que luego se indicará se tienen por enlistados los siguientes hechos en GRADO DE PROBABILIDAD:
1 Que el
señor Carlos Alberto Marín Azofeifa, en el mes de Setiembre del 2017 se
encontraba laborando con un horario de 12:00pm a 8:00 p. m.
2 Haberse
ausentado de manera injustificada los días 01, 02, 03, 04, 05 y 09 de Setiembre
del 2017
IMPUTACIÓN DE HECHOS Y
CONDUCTAS
En grado de Probabilidad, se le imputa al investigado a efecto de
establecer su posible responsabilidad disciplinaria de conformidad con los
hechos que fueron expuestos anteriormente, las faltas que a continuación se
detallan.
PRIMERO:
3 Haberse
ausentado de manera Injustificado los dias 01, 02, 03, 04, 05 y 09 de Setiembre
del 2017
FUNDAMENTO LEGAL
El presente procedimiento Administrativo ordinario, encuentra fundamento
jurídico en lo establecido en la siguiente normativa:
Constitución
Política, Artículo 11
Ley General de
Administración Pública,
artículo 198, 214 y siguientes
Reglamento Interior
de Trabajo C.C.S.S. Artículos
72, 73, 74, 75, 76, 77, 78, 79
Normativa
de Relaciones Laborales Artículo 92-98-118-119-120-121-122-123-124-125-126-127-128-129-130-131-132-133
FINALIDAD DEL PROCEDIMIENTO ADMINISTRATIVO
El presente Procedimiento Administrativo Disciplinario tiene por
finalidad establecer la verdad real de los hechos indicados supra, y de
confirmarse la existencia y participación del investigado en los mismos,
proceder a fijar la responsabilidad disciplinaria correspondiente de acuerdo a
la normativa antes mencionada.
POSIBLE SANCIÓN A APLICAR
El investigado,
tenerse como probadas las conductas imputadas en grado de probabilidad
Conforme a lo establecido en el artículo 72, 73, 74, 75, 76, 77, 78, 79
del Reglamento Interior de Trabajo podrá hacerse acreedor de una sanción
disciplinaria que va desde
a) Amonestación
verbal
b) Amonestación
escrita
c) Suspensión
del trabajador sin goce de salario
d) Despido
PRUEBA DOCUMENTAL:
1) Oficio
SG-564-17 suscrita por el Lic. Marco Pérez Castro, Jefe Servicios Generales.
2) Consolidado
de las faltas al régimen de Puntualidad y Asistencia en el mes de setiembre
2017,
3) Comunicaciones
de Ausencias, Boletas # 311562, #311563, #311564, #311565, #311566, #311567,
visto en el folio 004 al 009, de expediente EA-SG #045-2017
DERECHOS DEL INVESTIGADO
Para la correcta prosecución del procedimiento y celebración de la
comparecencia oral que se les indicará, se le hace saber al investigado lo
siguiente:
a. Derecho a ser comunicado del carácter y fines del Procedimiento,
así como a ser notificado de las resoluciones que se adopten.
b. Que
tiene derecho a hacerse asesorar y acompañar de un abogado de su elección o
representante sindical, en cada una de las diligencias del procedimiento.
c Que durante el curso del procedimiento e incluso durante la
celebración de la audiencia oral que se llevará a cabo, puede ofrecer la prueba
documental y testimonial que estime pertinente, así como formular alegatos de
hecho, derecho y presentar la defensa que considere.
d Que
puede estar presente en el momento de la recepción de la prueba testimonial que
sea recibida en este procedimiento, acto donde también puede hacerse acompañar
por su abogado personal o un representante sindical; pero su inasistencia no
impedirá que la misma se lleve a cabo, y el asunto será resuelto según la
prueba obrante en autos.
e Que
tiene derecho a una comparecencia y de abstenerse a declarar sin que ello
implique presunción de culpabilidad.
f. Derecho
a ser oído, aportar prueba, formular alegatos de hecho y de derecho.
g. Derecho
a presentar las defensas que considere (Recurso, Incidentes y Excepciones)
h. Artículo 11: Ley de Notificaciones Judiciales N°8687. Notificación
automática a la parte que, en su primer escrito o prevenida al efecto por el
juez, no indique el medio conforme a esta ley, las resoluciones posteriores le
quedaran notificadas con el transcurso de veinticuatro horas de dictadas,
incluidas las sentencias. Se produciría igual consecuencia cuando la
notificación no se pueda efectuar por el medio señalado. En este caso, la
resolución se tendrá por notificada con el comprobante de trasmisión
electrónica o la respectiva constancia, salvo que se demuestre que ello se
debió a causas que no le sean imputables.
i. Tiene
derecho a examinar y fotocopiar el expediente que contiene esta causa, el cual
estará custodiado en la Oficina Administrativa del Servicio Generales, Edificio
de Cirugías, Cuarto Piso, en horarios de 7:30 a.m. a 11: 00 a.m. y de 1:00 p.
m. a 2:00 p. m. los días lunes a viernes, teléfono 2547-8060
j. La
presente Resolución Inicial de Traslado de Cargos puede ser impugnada si así lo
considera oportuno, para lo que cuenta con los recursos ordinarios de
conformidad con lo establecido en el artículo 342, siguientes y concordantes de
la Ley General de Administración Pública, los recursos que proceden contra esta
resolución son los de revocatoria y apelación, los cuales deben ser
interpuestos dentro de los cinco días posteriores a la notificación del
traslado tal y como lo dispone el artículo 139 de la Normativa de Relaciones
Laborales el cual indica: “(...)E1 plazo de interposición de los recursos
ordinarios será de cinco días hábiles, dichos plazos comenzarán a contarse a
partir del día siguiente de la notificación de su texto íntegro. Si la
revocatoria fuera rechazada, el órgano inferior trasladará el expediente
administrativo al superior para que conozca el recurso de apelación. (...).
Asimismo, una vez iniciado el procedimiento administrativo podrán interponerse
excepciones previas dentro del plazo de cinco días hábiles después de
notificada la presente resolución inicial, según el numeral 110 de la Normativa
de Relaciones Laborales.
k. El
cuestionamiento de aspectos interlocutorios (suscitados durante la tramitación
del proceso) serán resueltos en primera instancia por el órgano Director, y en
segunda instancia por la Dirección General del Hospital San Juan de Dios.
i. Deberá
señalar, dentro de un plazo de 5 días
hábiles contados a partir de la notificación de la presente resolución,
lugar o medio donde atender futuras notificaciones, de no hacerlo, o bien si el
lugar indicado fuera impreciso o inexistente, se le tendrá por notificado en lo
sucesivo de forma automática con el sólo transcurso de veinticuatro horas; de
no encontrarse presente en el lugar señalado, de previo deberá indicar con
quien dejarle las notificaciones. De señalar un lugar, el mismo deberá estar
ubicado dentro de un radio de un kilómetro de la sede del órgano Director, lo
anterior de conformidad con el artículo 243 de la Ley General de
Administración, así como lo dispuesto en la Ley de notificación Judicial.
m. Cualquier
escrito o gestión que presente deberá hacerlo en la Sede del órgano Director,
ubicada en El Edificio de Cirugías del Hospital San Juan de Dios, Cuarto Piso,
Asistencia Administrativa dentro del horario establecido de 7:00 a. m. a 3:00
p. m. de lunes a viernes.
Notifíquese.—Lic. Diego Jiménez Masís, Órgano
Director.—( IN2017198925 ).
DIRECCION
DE INSPECCIÓN
De conformidad con el artículo 20 del Reglamento para Verificar el
Cumplimiento de las Obligaciones Patronales y de Trabajadores Independientes
por ignorarse domicilio actual del patrono Corporación de Asesoría y Comercio
S. A., cédula jurídica 3101154778, Inversiones Arroyo de Cedro S. A., cédula
jurídica 3101095030 Sociedad Agencia de Seguro Uniseguros S.A., cédula
jurídica: 3101164048, Fiduciaria Unibanc S. A., cédula jurídica 3101353395 y
Agencia Mundo de los Viajes S.A., cédula jurídica 3101113754, la Subárea de
Estudios Especiales Servicios notifica traslado de cargos en que se imputa
eventual responsabilidad solidaria, según lo referido en el artículo 51 de la
Ley Constitutiva de la CCSS. Consulta el expediente en San José, c. 7, av. 4
Edif. Da Vinci, piso 2. Se le confiere 10 días hábiles a partir del quinto día
siguiente de su publicación, para ofrecer pruebas de descargo y hacer las
alegaciones jurídicas pertinentes. Se previene señalar lugar o medio para
notificaciones dentro del perímetro administrativo establecido por la Corte
Suprema de Justicia del Primer Circuito Judicial de San José; de no indicarlo
las resoluciones posteriores se tendrán por notificadas con solo el transcurso
de 24 horas a partir de la fecha de resolución. Notifíquese.—San José, 6 de
octubre del 2017.—Geiner Solano C., Jefe.—1 vez.—( IN2017199393 ).
De conformidad con el artículo 20 del
Reglamento para Verificar el Cumplimiento de la Obligaciones Patronales y de
trabajadores Independientes por ignorarse el domicilio actual del patrono Isla
Victoria SS. número patronal 2-03101112079-001-001, la Subárea Servicios Financieros notifica Traslado de Cargos
1236-2017-02137, por eventuales omisiones salariales por un monto ¢8.173.070,00
en cuotas obrero patronales. Consulta expediente en San José C.7 Av. 4 Edif. Da
Vinci piso 2. Se le confiere 10 días hábiles a partir del quinto día siguiente
de su publicación, para ofrecer pruebas de descargo y hacer las alegaciones
jurídicas pertinentes. Se previene señalar lugar o medio para notificaciones
dentro del perímetro administrativo establecido por la Corte Suprema de
Justicia del Primer Circuito Judicial de San José; de no indicarlo las
resoluciones posteriores se tendrán por notificadas con solo el transcurso de
24:00 horas a partir de la fecha de resolución. Notifíquese.—San José, 24 de
octubre 2017.—Subárea Servicios Financieros.—Licda. Mayela Azofeifa Castro,
Jefa.—1 vez.—( IN2017199394 ).
De conformidad con los artículos 10 y 20 del
“Reglamento para Verificar el Cumplimiento de la Obligaciones Patronales y de
trabajadores Independientes”. Por ignorarse el domicilio actual del patrono
Wendell Carrera Figueroa, número patronal 0-00502510544-001-001, se procede a
notificar por medio de edicto, que el área de Inspección de la Sucursal de La
Fortuna de San Carlos, ha dictado el Traslado de Cargos número de caso
1330-2016-00271, que en lo que interesa indica: como resultado material de la
revisión salarial efectuada, se han detectado omisiones salariales de los
trabajadores detallados en hoja de trabajo, folio 13 y 14 el expediente
administrativo, por el período del agosto 2015 a diciembre 2015, por los
trabajadores: Peralta Acosta Julián Inés, 7-1860104441, Rojas Obando Carlos
Eduardo, 207310097. Total de salarios omitidos ¢1,200,000.00. Total de cuotas
obreras y patronales de la Caja ¢272,040.00. Total de aportaciones de la Ley de
Protección al Trabajador ¢69,000.00 Consulta expediente: en esta oficina, sita
frente al costado norte del Banco Nacional de Costa Rica en Fortuna San Carlos,
se encuentra a su disposición el expediente para los efectos que dispone la
Ley. Se les confiere un plazo de diez días hábiles contados a partir del quinto
día siguiente de su publicación, para ofrecer pruebas de descargo y para hacer las alegaciones
jurídicas pertinentes. Se le previene que debe señalar lugar o medio para oír
notificaciones dentro del perímetro administrativo de la Sucursal Fortuna San
Carlos (1km este Gasolinera La Cristalina, 1 km oeste del Tanque de agua Acueducto
Fortuna, 1 km sur Arenal Country Inn y 1 km norte Finca La Margarita), fax y/o
correo electrónico De no indicar lugar o medio para notificaciones, las
resoluciones posteriores al Traslado de Cargos se tendrán por notificadas con
solo el transcurso de 24:00 horas contadas a partir de la fecha de resolución.
Notifíquese.—La Fortuna de San Carlos, 05 de diciembre del 2017.—Sucursal La
Fortuna de San Carlos.—Licda. Magdalena Quirós Seravalli, Jefa.—1 vez.—( IN2017199722 ).