LA GACETA N° 28 DEL 14 DE FEBRERO DEL 2018

PODER EJECUTIVO

ACUERDOS

MINISTERIO DE SALUD

MINISTERIO DE JUSTICIA Y PAZ

DOCUMENTOS VARIOS

PRESIDENCIA DE LA REPÚBLICA

AGRICULTURA Y GANADERÍA

TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIAL

JUSTICIA Y PAZ

AMBIENTE Y ENERGÍA

TRIBUNAL SUPREMO DE ELECCIONES

EDICTOS

AVISOS

CONTRATACIÓN ADMINISTRATIVA

PROGRAMA DE ADQUISICIONES

EDUCACIÓN PÚBLICA

MODIFICACIONES A LOS PROGRAMAS

COLEGIOS UNIVERSITARIOS

LICITACIONES

PODER JUDICIAL

CAJA COSTARRICENSE DE SEGURO SOCIAL

CONSEJO NACIONAL DE PRODUCCIÓN

INSTITUTO NACIONAL DE APRENDIZAJE

AVISOS

MUNICIPALIDADES

ADJUDICACIONES

PODER JUDICIAL

BANCO POPULAR Y DE DESARROLLO COMUNAL

UNIVERSIDAD DE COSTA RICA

INSTITUTO COSTARRICENSE DE ACUEDUCTOS Y ALCANTARILLADOS

REGISTRO DE PROVEEDORES

AVISOS

FE DE ERRATAS

OBRAS PÚBLICAS Y TRANSPORTES

UNIVERSIDAD DE COSTA RICA

UNIVERSIDAD NACIONAL

INSTITUTO TECNOLÓGICO DE COSTA RICA

CAJA COSTARRICENSE DE SEGURO SOCIAL

AVISOS

REGLAMENTOS

BANCO NACIONAL DE COSTA RICA

MUNICIPALIDADES

REMATES

HACIENDA

INSTITUCIONES DESCENTRALIZADAS

BANCO CENTRAL DE COSTA RICA

BANCO NACIONAL DE COSTA RICA

BANCO CRÉDITO AGRÍCOLA DE CARTAGO

UNIVERSIDAD NACIONAL

UNIVERSIDAD TÉCNICA NACIONAL

INSTITUTO DE DESARROLLO RURAL

PATRONATO NACIONAL DE LA INFANCIA

SUPERINTENDENCIA DE TELECOMUNICACIONES

RÉGIMEN MUNICIPAL

MUNICIPALIDAD DE HEREDIA

MUNICIPALIDAD DE BELÉN

AVISOS

CONVOCATORIAS

AVISOS

NOTIFICACIONES

EDUCACIÓN PÚBLICA

JUSTICIA Y PAZ

AVISOS

MUNICIPALIDADES

FE DE ERRATAS

MUNICIPALIDADES

PODER EJECUTIVO

ACUERDOS

MINISTERIO DE SALUD

N° DM-FP-1240-18

EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

Y LA MINISTRA DE SALUD

En uso de las facultades que les confieren los artículos 140 inciso 20) y 146 de la Constitución Política; 28 de la Ley N° 6227 del 02 de mayo de 1978 “Ley General de la Administración Pública”; 23 de la Ley N° 5412 del 08 de noviembre de 1973 “Ley Orgánica del Ministerio de Salud.”

ACUERDAN:

Artículo 1º—Aceptar la renuncia presentada por el MLA. Ronald Alberto Chinchilla González, cédula de identidad número 1-0676-0023, como miembro de la Junta Directiva del Instituto sobre Alcoholismo y Farmacodependencia (IAEA), y se le agradece por los servicios prestados.

Artículo 2°—Nombrar como miembro de la Junta Directiva del Instituto sobre Alcoholismo y Farmacodependencia (IAEA), a la Sra. Ana Argerie Alvarado Ulloa, conocida como Anargerie Alvarado Ulloa, cédula N° 1-0983-0387, funcionaria del Patronato Nacional de la Infancia, en sustitución del MLA. Ronald Alberto Chinchilla González.

Artículo 3°—Rige a partir del 19 de enero del 2018, hasta el 07 de mayo del 2018.

Dado en la Presidencia de la República, San José, a los diecinueve días del mes de enero de dos mil dieciocho.

Publíquese.—LUIS GUILLERMO SOLÍS RIVERA.—La Ministra de Salud, Dra. Karen Mayorga Quirós.—1 vez.—O. C. N° 3400035385.—Solicitud N° 18251.—( IN2018214126 ).

MINISTERIO DE JUSTICIA Y PAZ

N° AMJP-C-0003-12-2017

EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

Y EL MINISTRO DE JUSTICIA Y PAZ

En uso de las facultades que les confieren los artículos 140 inciso 2) y 146 de la Constitución Política y el artículo 28, inciso 2, acápite b, de la Ley General de la Administración Pública y la Ley Orgánica de la Procuraduría General de la República, Nº 6815 de 27 de setiembre de 1982.

ACUERDAN:

Artículo 1º—Ascender en propiedad a la Lic. Amanda Grosser Jiménez, cédula Nº 01-1256-0237 de Profesional de Servicio Civil 3, puesto Nº 350994 a Procuradora A, puesto Nº 372453, ambos, código presupuestario Nº 214 78100 01 000. Puesto autorizado mediante STAP Nº 2656-2016 de fecha 21 de diciembre del 2016.

Artículo 3º—Rige a partir del 01 de diciembre del 2017.

Dado en la Presidencia de la República, San José, el día 13 de diciembre del 2017.

LUIS GUILLERMO SOLÍS RIVERA.—El Ministro de Justicia y Paz a. í.—Marco Feoli Villalobos.—1 vez.—O. C. Nº 3400035920.—Solicitud Nº 13513.—( IN2018214110 ).

DOCUMENTOS VARIOS

PRESIDENCIA DE LA REPÚBLICA

COMISIÓN NACIONAL DE PREVENCIÓN DE RIESGOS

Y ATENCIÓN EMERGENCIAS

COMUNICA

Que la Junta Directiva de la Comisión Nacional de Prevención de Riesgos y Atención de Emergencias, ha aprobado mediante acuerdo Nº 004-01-2018, tomado en Sesión Extraordinaria Nº 01-01-18, celebrada el 10 de enero de 2018, el Plan General de la Emergencia: Decreto Nº 40677 “Plan General de la Emergencia ante la situación provocada por la Tormenta Tropical Nate”, el cual por su volumen, se pone a disposición de los interesados, mediante publicación en la página WEB de la CNE o se puede acceder directamente mediante el link:

https://www.cne.go.cr/Documentos/Plan_de_Emergencia_40677.pdf

Julisa María Ulate Arias.—1 vez.—O. C. N° 107506.—Solicitud N° 107506.—( IN2018214345 ).

AGRICULTURA Y GANADERÍA

SERVICIO FITOSANITARIO DEL ESTADO

DEPARTAMENTO DE AGROQUÍMICOS Y EQUIPOS

EDICTO

PUBLICACIÓN DE PRIMERA VEZ

AE-REG-068/2018.—El señor Juan Garro Acuña, cédula de identidad: 1-1085-0044, en calidad de representante legal de la compañía Fedecoop Suminsitros S. A., cuyo domicilio fiscal se encuentra en la ciudad de La Valencia, Heredia, solicita la inscripción del equipo de aplicación, tipo: Pulverizador de Mochila Operado con Palanca, marca: Matabi, modelo: Evolution Doser 20, peso: 3,6 kilogramos y cuyo fabricante es: Goizper S Coop-España, conforme a lo establece la Ley de Protección Fitosanitaria N° 7664 y el Decreto 27037 MAG-MEIC. Se solicita a terceros con derecho a oponerse, para que lo hagan ante el Servicio Fitosanitario del Estado dentro del término de cinco días hábiles, contados a partir de la tercera publicación de este edicto, en el Diario Oficial La Gaceta.—San José, a las 8:20 horas del 24 de enero del 2018.—Ing. Esaú Miranda Vargas, Jefe.—( IN2018214144 ).

TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIAL

DIRECCIÓN NACIONAL DE PENSIONES

De conformidad con resolución MTSS-DMT-RM-2308-2017 de las 14:30 horas del día 13 de noviembre del 2017. El Ministro de Trabajo y Seguridad Social, resuelve: Impartir aprobación final a la resolución JPIGTA-1495-2017, de la Junta de Pensiones e Indemnizaciones de Guerra. Se otorga una Pensión de Guerra incoadas por Mata Brenes Aidee, cédula de identidad N° 3-145-704, a partir del día 01 de mayo del 2017; por la suma de ciento diecinueve mil novecientos ochenta y cinco colones con ochenta y seis céntimos (¢119.985,86), mensuales en forma vitalicia, sin perjuicio de los aumentos que por costo de vida que se hayan decretado a la fecha. Se da así por agotada la vía administrativa Notifíquese.—Sr. Alfredo Hasbun, Ministro de Trabajo y Seguridad Social.—Irma Velásquez Yanez, Directora.—1 vez.—( IN2018216040 ).

JUSTICIA Y PAZ

JUNTA ADMINISTRATIVA DEL REGISTRO NACIONAL

DIRECTRIZ D.P.J.-002-2017

De:               Dirección Registro de Personas Jurídicas.

Para:            Subdirección, Asesoría Jurídica, Asesoría Técnica, Coordinación General, Coordinaciones, Registradores, Gobierno Digital, Banco de Costa Rica y Público en General.

Asunto:       Cobro de Derechos de Registro para el año 2018.

Fecha:         21 de diciembre de 2017.

A.       Derechos de Registro, período 2018.

I.—De conformidad con lo dispuesto por el inciso d) del artículo 2 de la Ley de Aranceles del Registro Público, N° 4564 del 29 de abril de 1970 y sus reformas, el monto por concepto del arancel del registro para los documentos que se tramitan en el Registro Mercantil, es la décima parte del salario base definido en la Ley N°. 7337, de 5 de mayo de 1993.

El artículo 2 de la citada Ley N° 7337, dispone:

     La denominación “salario base” contenida en los artículos 209, 212, 216 y 384 del Código Penal, corresponde al monto equivalente al salario base mensual del “Oficinista 1” que aparece en la relación de puestos de la Ley de Presupuesto Ordinario de la República, aprobada en el mes de noviembre anterior a la fecha de consumación del delito.

     Dicho salario base regirá durante todo el año siguiente, aún cuando el salario que se toma en consideración, para la fijación, sea modificado durante ese período. En caso de que llegaren a existir, en la misma Ley de Presupuesto, diferentes salarios para ese mismo cargo, se tomará el de mayor monto para los efectos de este artículo.

     La Corte Suprema de Justicia comunicará, por medio de publicación en el Diario Oficial La Gaceta, las variaciones anuales que se produzcan en el monto del salario referido… (Negrita no es del original).

En cumplimiento a lo anterior, en la sesión N° 113-17, celebrada el 19 de diciembre de 2017, del Consejo Superior de la Corte Suprema de Justicia, se dispuso mediante el artículo 1, que a partir del 1° de enero de 2018, el salario base a aplicar para definir las penas por la comisión de diversas figuras delictivas contenidas en el Código Penal y la Ley supra citada, es de cuatrocientos treinta y un mil colones exactos (¢431.000,00).

En razón de lo anteriormente expuesto, el monto a pagar por concepto de derechos de registro en materia mercantil para el año 2018, será la suma de cuarenta y tres mil cien colones (¢43.100,00).

El monto establecido en esta Directriz se aplicará a aquellos documentos presentados por primera vez al Diario del Registro y por medio del portal CrearEmpresa, a partir del día 08 de enero de 2018.

Para todos los efectos, la presente Directriz rige a partir del 01 de enero de 2018.—Luis Gustavo Álvarez Ramírez.—1 vez.— O.C. N° OC18-0003.—Solicitud N° 106288.—( IN2018214174 ).

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INDUSTRIAL

PUBLICACIÓN DE TERCERA VEZ

Para ver marcas con sus respectivas imágenes, ir a La Gaceta con formato PDF

(SE REPRODUCE POR ERROR DE IMPRENTA)

Ángelo Alejandro Marino, casado una vez, pasaporte YB0743086 con domicilio en Sabana Sur, avenida 14, calle sesenta, casa 1, Costa Rica, solicita la inscripción de: AMARTICOS

como marca de comercio en clase: 33. Internacional. Para proteger y distinguir lo siguiente: vinos. Fecha: 31 de octubre del 2017. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 19 de octubre del 2017. Solicitud Nº 2017-0010283. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley Nº 7978.—San José, 31 de octubre del 2017.—Milena Marín Jiménez, Registradora.—( IN2017183280 ).

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Víctor Manuel Bujan Delgado, casado una vez, cédula de identidad 102430999 con domicilio en Curridabat, Granadilla Norte, Urbanización Altamonte, casa 266-A, San José, Costa Rica, solicita la inscripción de: OMCEP OLIMPIADA MATEMÁTICA COSTARRICENSE PARA LA EDUCACIÓN PRIMARIA

como marca de servicios en clase 41 internacional, para proteger y distinguir lo siguiente: en clase 41; Competencia de naturaleza deportiva relacionada a la matemática del segundo ciclo de la educación general. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 27 de noviembre del 2017, solicitud Nº 2017-0010856. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley Nº 7978.—San José, 23 de enero del 2018.—Wendy López Vindas, Registradora.—( IN2018212065 )

Paola Castro Montealegre, casada, cédula de identidad 111430953, en calidad de apoderada especial de Laboratorio Internacional Pharmacorp SBO S. A., con domicilio en Volcán Lascar Poniente 784, Pudahuel, Santiago, Chile, solicita la inscripción de: SCIENTIFIC BODY ADVANCED NUTRITION

como marca de fábrica y comercio en clase: 5. Internacional. Para proteger y distinguir lo siguiente: en clase 5: Productos farmacéuticos y preparaciones para uso médico relacionados con la nutrición; alimentos y sustancias dietéticas para uso médico; alimentos para bebés; complementos alimenticios para personas. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 20 de octubre de 2017. Solicitud Nº 2017-0010335. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley Nº 7978.—San José, 14 de diciembre de 2017.—Katherine Jiménez Tenorio, Registradora.—( IN2018212252 ).

José Pablo Sánchez Hernández, casado una vez, cédula de identidad 108950867, en calidad de apoderado especial de Velcro BVBA con domicilio en Industrielaan 16, Deinze, 9800, Bélgica, solicita la inscripción de: PRESS-LOK como marca de fábrica en clases 16; 17 y 18 internacionales, para proteger y distinguir lo siguiente: en clase 16; Bolsas de materias plásticas para embalar, empaquetar y almacenar, bolsas de plástico para almacenamiento de alimentos, bolsas plásticas para empacar compras, bolsas plásticas desechables, bolsas de plástico para abarrotes, en clase 17; Plástico moldeado y extrusionado (productos semimanufacturados) para su utilización en la fabricación de elementos de fijación que constan de una serie de ganchos de enclavamiento utilizados en la fabricación de productos industriales, de consumo y de uso doméstico, y embalaje para los mismos, y en clase 18; Bolsas de plástico de almacenamiento durante viajes, bolsas de plástico de viaje. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 12 de enero del 2018, solicitud Nº 2018-0000248. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley Nº 7978.—San José, 23 de enero del 2018.—Ildreth Araya Mesén, Registradora.—( IN2018213004 ).

Roxana Cordero Pereira, cédula de identidad 101610034, en calidad de apoderado especial de Bear Naked Inc. con domicilio en P.O. Box 649, Solana Beach Ca. 92075, Estados Unidos de América, solicita la inscripción de: BEAR NAKED como marca de fábrica y comercio en clases 29 y 30 internacionales, para proteger y distinguir lo siguiente: en clase 29; Frutas y verduras en conservas, secas, enlatadas, deshidratadas, cocidas y otras procesadas; mezcla de alimentos secos compuesto principalmente de nueces, semillas y frutos secos; botanas a base de nuez, barras de merienda a base de nuez, barras energéticas a base de nuez; barras de merienda a base de nuez y fruta, botanas a base de nuez y fruta, barras energéticas a base de nuez y fruta, y en clase 30; Granola; barras de granola; botanas de granola; cereales a base de granola; cereal procesado; cereal para el desayuno; botanas a base de cereal, barras de cereal, barras de merienda a base de cereal, barras energéticas a base de cereal; alimentos a base de cereal procesado para ser usado como alimento para el desayuno, botanas o ingredientes para hacer otros alimentos; barras de alimentos derivado del cereal listo para comer; barras de cereal que contienen frutas o nueces; barras de merienda a base de cereal que contienen frutas o nueces; botanas y barras de alimentos a base de granos, barras de merienda a base de granos, barras energéticas a base de granos; botanas a base de granos procesados, granos procesados; copos de avena; barras de merienda a base de copos de avena, cereales a base de copos de avena; harina de avena; botanas de muesli; barras de merienda a base de muesli; alimentos secos compuestos principalmente de granola, y también incluyendo frutos secos, chocolate, o nueces procesados; magdalenas; botanas horneadas; pan; galletas; harina y preparaciones hechas de cereales, pan, pastelería y confitería. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 2 de octubre del 2017, solicitud Nº 2017-0009660. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley Nº 7978.—San José, 10 de enero del 2018.—Jamie Phillips Guardado, Registrador.—( IN2018213022 ).

Ricardo Alberto Rodríguez Valderrama, casado, cédula de identidad 113780918, en calidad de apoderado especial de Qingdao Pitelli International Trade Co., Ltd. con domicilio en room 309, N° 18 Of Calle Shangai, Zona de Libre Comercio, Qingdao, provincia de Shandong, China, solicita la inscripción de: CARLEO como marca de fábrica en clase 12 internacional, para proteger y distinguir lo siguiente: en clase 12; Equipos para reparar cámaras de aire; carcasas de neumáticos; bandas de rodadura para recauchutar neumáticos; clavos para neumáticos; neumáticos para automóviles; cubiertas de neumáticos para vehículos; neumáticos sin cámara para bicicletas; cámaras de aire para neumáticos. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 12 de enero del 2018, solicitud Nº 2018-0000256. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley Nº 7978.—San José, 23 de enero del 2018.—Ildreth Araya Mesén, Registradora.—( IN2018213028 ).

Jessica Isabel Arce Sequeira, casada, cédula de identidad 801040771 con domicilio en Dulce Nombre de Coronado, urbanización Josué del Bar La Amistad 200 norte, 750, 50 norte, casa N° 28, Costa Rica, solicita la inscripción de: Teje Moda Hilando sueños con amor como marca de comercio en clase 25 internacional, para proteger y distinguir lo siguiente: en clase 25; Prendas de vestir. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 20 de noviembre del 2017, solicitud Nº 2017-0011368. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley Nº 7978.—San José, 29 de noviembre del 2018.—Ildreth Araya Mesén, Registradora.—( IN2018213063 ).

Mario José Grimaldi Santos, casado una vez, pasaporte 11272684, en calidad de representante legal de Corporación 10 Tecnologías Sociedad Anónima, cédula jurídica 3101735010 con domicilio en Santa Ana, Centro, Quintas Don Lalo, 500 metros norte de Bikes Store casa a mano derecha color azul portón negro, al lado del parque, San José, Costa Rica, solicita la inscripción de: TEQUELUNCH como nombre comercial en clase internacional, para proteger y distinguir lo siguiente: en clase 49; Un establecimiento comercial y sus subsidiarias dedicado a la venta de alimentos congelados tales como carne, pescado, carne de ave y carne de caza, extractos de carne, frutas y verduras, hortalizas y legumbres en conserva, congeladas, secas y cocidas, jaleas, confituras, compotas, huevos, leche y productos lácteos, aceites y grasas comestibles, ubicado en San José, Santa Ana, de Ekono de Santa Ana 200 metros sur, 25 metros oeste, Condominio Casas del Sol, N 24. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 25 de octubre del 2017, solicitud Nº 2017-0010482. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley Nº 7978.—San José, 21 de noviembre del 2017.—Milena Marín Jiménez, Registradora.—( IN2018213119 ).

Mario José Grimaldi Santos, casado una vez, pasaporte 11272684, en calidad de apoderado especial de Human Consulting Group Sociedad Anónima, cédula jurídica 3101747500 con domicilio en Santa Ana, de Ekono de Santa Ana 200 metros sur, 25 metros oeste, Condominio Casas Del Sol, número 24, San José, Costa Rica, solicita la inscripción de: “GLOWPRO” como nombre comercial en clase internacional, para proteger y distinguir lo siguiente: en clase 49; Un establecimiento comercial y sus subsidiarias dedicado a la publicidad, gestión de negocios comerciales, administración comercial y trabajos de oficina, ubicado en San José, Santa Ana de Ekono Santa Ana 200 metros sur, 25 metros oeste, Condominio Casas del Sol, número 24Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 25 de octubre del 2017, solicitud Nº 2017-0010478. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley Nº 7978.—San José, 6 de noviembre del 2017.—Milena Marín Jiménez, Registradora.—( IN2018213120 ).

Mario José Grimaldi Santos, casado una vez, pasaporte 11272684, en calidad de apoderado generalísimo de Human Consulting Group Sociedad Anónima, cédula jurídica 3101747500 con domicilio en Santa Ana, de Ekono 200 metros sur, 25 metros oeste, Condominio Casas del Sol, N° 24, San José, Costa Rica, solicita la inscripción de: HUMAN CONSULTING GROUP como nombre comercial en clase internacional, para proteger y distinguir lo siguiente: en clase 49; Un establecimiento comercial y sus subsidiarias dedicado a la publicidad, gestión de negocios comerciales, administración comercial y trabajos de oficina. Ubicado en San José, Santa Ana, de Ekono de Santa Ana doscientos metros sur, veinticinco metros oeste, Condominio Casas del Sol, número veinticuatro. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 25 de octubre del 2017, solicitud Nº 2017-0010479. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley Nº 7978.—San José, 21 de noviembre del 2017.—Milena Marín Jiménez, Registradora.—( IN2018213121 ).

Rebeca Margarita Lazo Romero, cédula de identidad 603370684, en calidad de apoderado generalísimo de Asociación para la Promoción de la Pedagogía Waldorf en Costa Rica, cédula jurídica 3002731222, con domicilio en Goicoechea, Guadalupe, 200 metros sur y 25 metros oeste de la Municipalidad Guadalupe, San José, Costa Rica, solicita la inscripción de: KATÚ comunidad Educativa Waldorf como marca de servicios en clase 41 internacional, para proteger y distinguir lo siguiente: 41 Educación, formación, servicios de entretenimiento, actividades deportivas y culturales. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 14 de julio del 2017, solicitud Nº 2017-0006856. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley Nº 7978.—San José, 18 de agosto del 2018.—Wendy López Vindas, Registradora.—( IN2018213165 ).

Monserrat Alfaro Solano, casada, cédula de identidad 111490188, en calidad de apoderado especial de Novartis AG., con domicilio en 4002, Basilea, Suiza, solicita la inscripción de: CIRQILA como marca de fábrica y comercio en clase 5 internacional, para proteger y distinguir lo siguiente: en clase 5; Preparaciones farmacéuticas. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 9 de octubre del 2017, solicitud Nº 2017-0009917. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley Nº 7978.—San José, 25 de octubre del 2018.—Randall Abarca Aguilar, Registrador.—( IN2018213185 ).

Monserrat Alfaro Solano, casada, cédula de identidad 111490188, en calidad de apoderado especial de Novartis AG con domicilio en 4002, Basilea, Suiza, solicita la inscripción de: RYVERNA como marca de fábrica y comercio en clase 5 internacional, para proteger y distinguir lo siguiente: Preparaciones farmacéuticas. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 23 de noviembre del 2017, solicitud Nº 2017-0011496. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley Nº 7978.—San José, 29 de noviembre del 2017.—Ildreth Araya Mesén, Registradora.—( IN2018213186 ).

Jorge Arturo Jiménez Garita, soltero, cédula de identidad 105030858, en calidad de apoderado especial de Distribuidores Agropecuarios Diagro D.A.D S. A., cédula jurídica 3101682544 con domicilio en Belén La Ribera de Rex Internacional 100 sur, edificio esquinero amarillo, Heredia, Costa Rica, solicita la inscripción de: EL CARNIVORO como nombre comercial en clase: Internaciona1. Para proteger y distinguir lo siguiente: en clase 49: Un establecimiento comercial dedicado a distribución y venta de carne de pollo, ubicado en Heredia, Belén, La Ribera de Rex Internacional 100 sur, edificio esquinero amarillo. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 15 de enero de 2018. Solicitud Nº . 2018-0000263 A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley Nº 7978.—San José, 19 de enero de 2018.—Randall Abarca Aguilar, Registrador.—( IN2018213237 ).

Monserrat Alfaro Solano, casada, cédula de identidad 111490188, en calidad de apoderada especial de Novartis AG, con domicilio en 4002, Basilea, Suiza, solicita la inscripción de: MAYZENT como marca de fábrica y comercio en clase: 5. Internacional. Para proteger y distinguir lo siguiente: en clase 5; Preparaciones farmacéuticas. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 19 de setiembre de 2017. Solicitud Nº 2017-0009179. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley Nº 7978.—San José, 03 de octubre de 2017.—Ildreth Araya Mesén, Registradora.—( IN2018213274 ).

María Gabriela Bodden Cordero, casada una vez, cédula de identidad 701180461, en calidad de apoderada especial de The Coryn Group II, LLC, con domicilio en 7 Campus Boulevard, Nevvtown Square, Pennsylvania United States 19073, Estados Unidos de América, solicita la inscripción de: REFLECT como marca de servicios en clase: 43. Internacional. Para proteger y distinguir lo siguiente: en clase 43: Hoteles resort; servicios de hotel y restaurante; servicios de reservación de hotel y restaurante; proporcionando información personalizada sobre hoteles y alojamientos temporales para viajar, a través de internet y teléfono. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 08 de enero de 2018. Solicitud Nº 2018-0000011. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley Nº 7978.—San José, 19 de enero de 2018.—Katherine Jiménez Tenorio, Registradora.—( IN2018213339 ).

María Gabriela Bodden Cordero, casada, cédula de identidad 701180461, en calidad de apoderada especial de Howe Corporation, con domicilio en 1650 North Elston Avenue, Chicago, Illinois 60622, Estados Unidos de América, solicita la inscripción de: HOWEICE como marca de fábrica y comercio en clase: 11. Internacional. Para proteger y distinguir lo siguiente: en clase 11: Máquinas para fabricar hielo, partes y accesorios para el mismo, a saber, sistemas de filtración de agua, alimentadores de sal, válvulas y paneles de control, recipientes de almacenamiento de hielo y accesorios para los mismos, a saber, contenedores y carretas, y unidades de condensación de máquinas de fabricación de hielo. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 08 de enero de 2018. Solicitud Nº 2018-0000010. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley Nº 7978.—San José, 19 de enero de 2018.—Katherine Jiménez Tenorio, Registradora.—( IN2018213340 ).

Aarón Montero Sequeira, casado una vez, cédula de identidad 109080006, en calidad de apoderado especial de Orange Brand Services Limited, con domicilio en 3 More London Rivers1de, London SE1 2AQ Reino Unido, solicita la inscripción de: ORANGE ALLIANCE como marca de servicios en clases: 35; 38; 41 y 42. Internacionales. Para proteger y distinguir lo siguiente: en clase 35: publicidad; mercadeo; promoción de negocios; administración de Empresas; administración de Negocios; organización y gestión de programas de incentivos y fidelización de empresas; servicios de información comercial; servicios de consultoría relacionados con la gestión de centros de llamadas telefónicas; servicios de adquisiciones para terceros; servicios de consultoría relacionados con la adquisición de bienes y servicios; adquisición de contratos para la compra y venta de bienes y servicios para terceros; servicios de outsourcing (asistencia de negocios); servicios de consultoría empresarial relacionados con la planificación y recuperación de desastres; mentoría de negocios; servicios de incubación de empresas; servicios de consultoría y asesoramiento empresarial relacionados con la gestión empresarial, el desarrollo de negocios y el desarrollo de productos; procesamiento administrativo y organización de servicios de venta por correo; organización de presentaciones de negocios; servicios de investigación y encuestas empresariales; servicios de pronóstico de negocios; estudios y estudios de mercado en el ámbito de la protección del medio ambiente, las nuevas energías, la preservación de la riqueza natural y el desarrollo sostenible; prestación de servicios comerciales, de oficina y de secretaría; noticias y recortes de actualidad y servicios de información; investigación de mercado; análisis de mercado; recogida y análisis de datos de investigación de mercado; estudios de mercado y estudios de mercado; organización y dirección de exposiciones con fines comerciales; productos electrónicos y eléctricos piezas y accesorios para los productos antes mencionados, tarjetas de datos, dispositivos y equipos de seguridad, prendas de vestir, calzado, artículos de sombrerería, accesorios de moda, artículos de vestir, textiles, artículos de ropa de casa, equipaje y bolsas; variedad de materiales impresos y artículos de papelería, juguetes, juegos y equipo deportivo, joyería, instrumentos de relojería, productos eléctricos ligeros y utensilios para el hogar, muebles y mobiliario; subastas proporcionadas en Internet; servicios de administración de empresas para el procesamiento de ventas realizadas en Internet; servicios de publicidad para la promoción del comercio electrónico; suministro de información comercial y promocional y asesoramiento sobre el suministro y la promoción de productos básicos y la selección y exhibición de productos; prestación de información y asesoramiento comercial y profesional a los posibles compradores de productos y mercancías; recopilación y transcripción de datos; compilación de anuncios para uso como páginas web en Internet; producción de películas publicitarias; compilación de directorios para publicación en Internet; provisión de espacio en sitios web para la publicidad de bienes y servicios; servicios de gestión de bases de datos; servicios de procesamiento de datos; servicios de tele-mercadeo; servicios de respuesta telefónica y de gestión de mensajes; gestión de centros de llamadas telefónicas para terceros; gestión de centros de monitoreo remoto para terceros; gestión de datos y servicios electrónicos de inventario; servicios de verificación y autenticación de procesamiento de datos en el ámbito del transporte, facturación de líneas aéreas, reserva de viajes, billetes de viaje y billetes de eventos deportivos y culturales; servicios de verificación de billetes, cupones, bonos, descuentos, programas de fidelización, tarjetas de regalo y certificados de regalo; administración de programas de fidelización que impliquen descuentos o incentivos; servicios de asesoramiento, información y consultoría relacionados con todo lo anterior., en clase 38; Servicios de telecomunicaciones; servicios de comunicaciones; teléfono, telefonía móvil, facsímil, télex, recolección y transmisión de mensajes, radionavegación, desvío de llamadas, contestador automático, consultas de directorio y servicios de correo electrónico; transmisión, entrega y recepción de sonido, datos, imágenes, música e información; servicios de entrega de mensajes electrónicos; servicios de información en línea relacionados con las telecomunicaciones; servicios de intercambio de datos; transferencia de datos por telecomunicaciones; transmisión de archivos digitales; servicios de comunicaciones por satélite; servicios de radiodifusión; radiodifusión o transmisión de programas de radio o televisión, películas y juegos interactivos; servicios de videotexto, teletexto y visualización de datos; transmisión, transmisión y entrega de contenidos multimedia y juegos electrónicos a través de redes de comunicaciones electrónicas; servicios de mensajería de vídeo; servicios de videoconferencia; servicios de videotelefonía; telecomunicaciones de información (incluidas páginas web), programas informáticos y cualquier otro dato; alquiler de tiempo de acceso a un servidor de base de datos; suministro de conexiones de telecomunicaciones para líneas telefónicas directas y centros de llamadas; servicios de comunicación telefónica para líneas directas y centros de llamadas; proporcionar acceso de usuario a Internet; proporcionar conexiones de telecomunicaciones o enlaces a Internet o bases de datos; proporcionar acceso de los usuarios a Internet (proveedores de servicios); suministro y funcionamiento de conferencias electrónicas, grupos de discusión y salas de chat; proporcionar acceso a sitios web de música digital en Internet; proporcionar acceso a sitios web MP3 en Internet; entrega de música digital por telecomunicaciones; proporcionar acceso a infraestructuras y redes de telecomunicaciones para otros operadores y terceros; alquiler de infraestructuras y redes de telecomunicaciones a otros operadores y terceros; servicios de acceso a las telecomunicaciones; transmisión asistida por ordenador de mensajes e imágenes; comunicación por computadora; transmisión y distribución de datos o de imágenes audiovisuales a través de una red informática mundial o de Internet; facilitar el acceso a Internet de forma temporal a terceros; transmisión electrónica de datos de pago electrónico a través de una red informática mundial; servicios de agencia de noticias; transmisión de noticias e información de actualidad; alquiler, alquiler o arrendamiento de aparatos, instrumentos, instalaciones o componentes destinados a la prestación de los servicios antes mencionados; acceso a una red electrónica en línea para la recuperación de la información; arrendamiento de tiempo de acceso a una base de datos informática; arrendamiento de tiempo de acceso a boletines informativos y tableros de mensajes ya redes informáticas; servicios de proveedores de servicios de Internet (ISP); servicios de asesoramiento, información y consultoría relacionados con todo lo anterior., en clase 41: Servicios de educación y formación; servicios de entretenimiento; actividades deportivas y culturales; información relativa a la educación, el entretenimiento, los acontecimientos deportivos y culturales proporcionados en línea desde una base de datos informática o por Internet o proporcionados por otros medios; servicios de juegos electrónicos prestados a partir de una base de datos informática o por medio de Internet; servicios de alquiler de vídeo, audio y juegos de ordenador; servicios de entretenimiento de radio y televisión; edición y producción de música, películas (excepto películas publicitarias), programas de radio y televisión y de programas de ventas por televisión y web shopping; organización de juegos y competiciones; suministro de publicaciones electrónicas en línea; provisión de programas para videojuegos de consumo y aparatos de juegos portátiles a través de comunicación inalámbrica (no descargable); publicación electrónica de libros y revistas en línea; provisión de entretenimiento de cine, televisión y música por medio de un sitio web interactivo; publicación de textos en formato electrónico o de otro tipo; servicios de edición y producción de soportes sonoros y/o visuales; servicios de exposición; organización, producción y presentación de conciertos de música, actuaciones musicales, teatrales y de video, festivales, giras y otros espectáculos musicales y culturales, eventos y actividades; organización, gestión o organización de eventos de videojuegos; servicios de edición post-producción en el ámbito de la música, vídeos y películas; servicios de programación de noticias para transmisión a través de Internet; organización y dirección de conferencias, seminarios, simposios, tutorías, talleres, cursos, convenciones y exposiciones; cursos interactivos a distancia, cursos y sesiones de formación ofrecidos en línea a través de un enlace de telecomunicaciones o de una red informática o proporcionados por otros medios; servicios de traducción; servicios de galería de arte prestados en línea través de un enlace de telecomunicaciones; servicios de juegos; servicios de clubes; servicios de reserva y reserva de entradas para espectáculos, eventos deportivos y culturales; servicios de biblioteca electrónica para el suministro de información electrónica (incluida la información de archivo) en forma de textos electrónicos, información y datos de audio y / o video, juegos y diversiones; suministro y funcionamiento de conferencias electrónicas; suministro de música digital (no descargable) de Internet; proporcionar fotografías, imágenes, gráficos, sonido, películas, vídeos y programas audiovisuales (no descargables) en línea o desde bases de datos informáticas o en Internet o en sitios web de Internet; servicios de fotografía; mentoría de negocios; prestación de información y asesoramiento en relación con todos los servicios antes mencionados. y en clase 42: Servicios científicos y tecnológicos e investigación y diseño relacionados con los mismos; servicios de laboratorio de investigación; gestión de proyectos de investigación, diseño y desarrollo; investigación, diseño y desarrollo de productos; investigación técnica; servicios de investigación, diseño y desarrollo relacionados con ordenadores, programas informáticos, sistemas informáticos, soluciones de aplicación de software informático, juegos de ordenador, software de realidad virtual, sistemas de tratamiento de datos, gestión de datos, sistemas informáticos de tratamiento de la información, servicios de comunicaciones, soluciones de comunicaciones, aplicaciones de comunicaciones, comunicaciones sistemas e interfaces de red y prestación de servicios de consultoría técnica, información y asesoramiento relacionados con los mencionados; diseño y desarrollo de software operativo para redes y servidores de ordenadores; diseño y desarrollo de software operativo para redes de computación en nube; diseño técnico y planificación de redes de telecomunicaciones; diseño y desarrollo de programas de seguridad en Internet; diseño y desarrollo de sistemas electrónicos de seguridad de datos; pruebas técnicas; pruebas industriales; preparación de informes y estudios técnicos; servicios informáticos; servicios de computación en nube; actualización y diseño de equipos informáticos; mantenimiento, actualización y diseño de firmware informático, programas informáticos y programas informáticos; servicios de programación informática; preparación y suministro de información en relación con los ordenadores y las instalaciones de las redes informáticas; asesoramiento técnico y servicios de consulta en el ámbito de las tecnologías de la información y las telecomunicaciones; consultoría en el ámbito de las redes y servicios de computación en la nube; consultoría técnica relacionada con la aplicación y utilización de programas informáticos; servicios de consultoría e información en el ámbito de la integración de sistemas informáticos, tecnología de la información, arquitectura e infraestructura de tecnología de la información; consultoría en seguridad informática; diseño y desarrollo de sistemas informáticos y de sistemas y equipos de telecomunicaciones; servicios de gestión informática; servicios de apoyo operativo para redes informáticas, redes de telecomunicaciones y redes de transmisión de datos; servicios informáticos en línea; servicios de programación prestados en línea; programación de programas de seguridad en Internet; alquiler de computadoras; diseño, dibujo y escritura por encargo, todo ello para la compilación de páginas web en Internet; servicios de creación de imágenes virtuales e interactivos; creación, operación y mantenimiento de bases de datos, intranets y sitios web; creación, mantenimiento y alojamiento de sitios web de terceros; alojamiento de bases de datos, blogs en línea, portales web; alojamiento de plataformas en Internet; alojamiento de aplicaciones informáticas para terceros; alojamiento de espacio de memoria en Internet alojamiento y alquiler de espacio de memoria para sitios web; alojamiento de plataformas de comercio electrónico en Internet; alojamiento de aplicaciones multimedia e interactivas; alojamiento de software para su uso en la gestión de bibliotecas; alojamiento de instalaciones en línea para la realización de debates interactivos; alojamiento de servicios en línea para terceros; alojamiento de datos, archivos, aplicaciones e información informatizados; alojamiento de servidores; instalación y mantenimiento de programas informáticos; provisión de uso temporal de aplicaciones en línea, herramientas de software y software operativo en línea no descargable para redes y servidores de computadoras; alquiler de software operativo para acceder y utilizar una red de computación en nube; alquiler de software operativo para redes y servidores informáticos; alquiler de servidores web; alquiler de software para juegos de ordenador; proporcionar el uso temporal de software operativo no descargable en línea para acceder y utilizar una red de computación en nube; proporcionar el uso temporal de programas de seguridad de Internet alquiler de espacio de memoria en servidores para alojar tableros de anuncios electrónicos; creación, explotación y mantenimiento de sitios web, páginas web y portales para el registro de texto, imágenes y música, ya sea a través de ordenadores o teléfonos móviles; prestación de servicios de información y asesoramiento en línea en los servicios antes mencionados a partir de una base de datos informática a través de Internet; monitoreo de sistemas informáticos por acceso remoto; servicios de seguridad informática para la protección contra el acceso ilegal a la red; gestión de proyectos de TI; configuración de redes informáticas utilizando software; servicios de integración de sistemas informáticos; gestión de proyectos informáticos en el ámbito del tratamiento electrónico de datos (EDP); administración de servidores; predicción del tiempo; servicios de información meteorológica; servicios de diseño de interiores; servicios de almacenamiento de datos; operar y proporcionar motores de búsqueda; servicios de información y asesoramiento relacionados con todos los servicios antes mencionados. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 10 de octubre de 2017. Solicitud Nº 2017-0009994. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley Nº 7978.—San José, 17 de enero de 2018.—Ivonne Mora Ortega, Registradora.—( IN2018213342 ).

Aarón Montero Sequeira, casado una vez, cédula de identidad 109080006, en calidad de apoderado especial de The Gillete Company LLC con domicilio en One Gillette Park Boston Massachusetts 02127, Estados Unidos de América, solicita la inscripción de: START como marca de fábrica y comercio en clase: 8. Internacional. Para proteger y distinguir lo siguiente: Maquinillas de afeitar y cuchillas de afeitar; dispensadores, casettes, soportes y cartuchos, todos específicamente diseñados para y conteniendo hojas de afeitar; partes y piezas para todos los productos antes mencionados. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 10 de noviembre de 2017. Solicitud Nº 2017-0011085. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley Nº 7978.—San José, 21 de diciembre de 2017.—Alex Villegas Méndez, Registrador.—( IN2018213343 ).

Aarón Montero Sequeira, casado una vez, cédula de identidad 109080006, en calidad de apoderado especial de Capital Grille Holdings, Inc, con domicilio en 1000 Darden Center Drive Orlando, Fl 32837, Estados Unidos de América, solicita la inscripción de: THE CAPITAL GRILLE como marca de servicios en clase: 43. Internacional. Para proteger y distinguir lo siguiente: en clase 43: Servicios para proporcionar comida y bebida; reserva y alquiler de alojamiento temporal; servicios de restaurante; oficinas de alojamiento [hoteles, pensiones] alquiler de aparatos de cocina; alquiler de salas de reuniones; alquiler de sillas, mesas, mantelería, cristalería; servicios de bar, barras de merienda; cafés; cafeterías; servicios de campamento de vacaciones [alojamiento]; hogares turísticos; abastecimiento de comida y bebida; comedores; proporcionando instalaciones para acampar; guarderías infantiles [créches]; hoteles; moteles; reservas de alojamiento temporal; alojamiento de animales; casas de retiro; restaurantes de autoservicio, servicios de asistencia, información y consultoría relacionados con todos los servicios mencionados. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 13 de diciembre de 2017. Solicitud Nº 2017-0012109. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley Nº 7978.—San José, 10 de enero de 2018.—Katherine Jiménez Tenorio, Registradora.—( IN2018213344 ).

Aarón Montero Sequeira, casado una vez, cédula de identidad 109080006, en calidad de apoderado especial de Acino Pharma AG, con domicilio en Birsweg 2, 4253 Liesberg, Suiza, solicita la inscripción de: Zalervo como marca de fábrica y comercio en clase: 5. Internacional. Para proteger y distinguir lo siguiente: en clase 5: Preparaciones farmacéuticas. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 11 de diciembre de 2017. Solicitud Nº 2017-0012006. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley Nº 7978.—San José, 19 de diciembre de 2017.—César Alfonso Rojas Zúñiga, Registrador.—( IN2018213345 ).

Aarón Montero Sequeira, casado una vez, cédula de identidad 109080006, en calidad de apoderado especial de Acino Pharma AG con domicilio en Birsweg 2, 4253 Liesberg, Suiza, solicita la inscripción de: Empani como marca de fábrica y comercio en clase: 5. Internacional. Para proteger y distinguir lo siguiente: en clase 5: Preparaciones farmacéuticas. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 7 de diciembre de 2017. Solicitud Nº 2017-0011930. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley Nº 7978.—San José, 14 de diciembre de 2017.—Milena Marín Jiménez, Registradora.—( IN2018213346 ).

Arnoldo Bonilla Quesada, casado, cédula de identidad 107580660, en calidad de apoderado especial de Koruma Lenex Seguridad Sociedad Anónima, cédula de identidad 3101249767, con domicilio en Belén, San Antonio, 200 metro norte del Banco Crédito Agrícola de Cartago, Heredia, Costa Rica, solicita la inscripción de: GLOCK como marca de servicios en clase: 41. Internacional. Para proteger y distinguir lo siguiente: en clase 41: Servicios de educación, formación, capacitación y entretenimiento en temas de defensa personal y seguridad, uso de armas de fuego a nivel policial y civil. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 23 de octubre de 2017. Solicitud Nº 2017-0010394. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley Nº 7978.—San José, 31 de octubre de 2017.—Milena Marín Jiménez, Registradora.—( IN2018213400 ).

Arnaldo Bonilla Quesada, casado una vez, cédula de identidad Nº 107580660, en calidad de apoderado especial de Koruma Lenex Seguridad Sociedad Anónima, cédula jurídica Nº 3101249767, con domicilio en Belén, San Antonio, 200 metros norte del Banco Crédito Agrícola de Cartago, Heredia, Costa Rica, solicita la inscripción de: GLOCK como marca de fábrica y comercio, en clase: 13 internacional. Para proteger y distinguir lo siguiente, en clase 13: Armas de fuego, municiones y proyectiles. Fecha: 31 de octubre del 2017. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 23 de octubre del 2017. Solicitud Nº 2017-0010395. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley Nº 7978.—San José, 31 de octubre del 2017.—Milena Marín Jiménez, Registradora.—( IN2018213401 ).

Arnoldo Bonilla Quesada, casado en primeras nupcias, cédula de identidad Nº 107580660, en calidad de apoderado especial de Koruma Lenex Seguridad S. A., cédula jurídica Nº 3101249767, con domicilio en Belén, San Antonio, 200 metros norte del Banco Crédito Agrícola de Cartago, Heredia, Costa Rica, solicita la inscripción de: GLOCK como nombre comercial, en clase(s): internacional(es). Para proteger y distinguir lo siguiente, en clase 49: un establecimiento comercial dedicado a la venta de equipos de seguridad, defensa personal, armas de fuego, prendas de vestir, así como centro de entretenimiento y capacitación en temas de defensa y seguridad. Ubicado: en San José, Sabana Norte, de Pop’s 425 metros oeste. Fecha: 31 de octubre del 2017. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 23 de octubre del 2017. Solicitud Nº 2017-0010396. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley Nº 7978.—San José, 31 de octubre del 2017.—Milena Marín Jiménez, Registradora.—( IN2018213402 ).

Arnaldo Bonilla Quesada, casado una vez, cédula de identidad Nº 107580660, en calidad de apoderado especial de Koruma Lenex Seguridad Sociedad Anónima, cédula jurídica Nº 3101249767, con domicilio en Belén, San Antonio, 200 metros norte del Banco Crédito Agrícola de Cartago, Heredia, Costa Rica, solicita la inscripción de: GLOCK como marca de servicios, en clase: 35 internacional. Para proteger y distinguir lo siguiente, en clase 35: servicios de venta al por mayor y al por menor de armas de fuego, municiones y proyectiles. Servicios de publicidad, mercadeo y ventas, por medio de canales tradicionales, así como medios electrónicos, Internet, sitios web, programas de televenta y redes sociales. Fecha: 23 de noviembre del 2017. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 17 de noviembre del 2017. Solicitud Nº 2017-0010393. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley Nº 7978.—San José, 23 de noviembre del 2017.—Milena Marín Jiménez, Registradora.—( IN2018213403 ).

Esteban Carranza Kooper, cédula de identidad Nº 1-1101-0504, en calidad de apoderado especial de Compañía Química Industrial S. A. C.V., cédula jurídica Nº 0614-100682-001-4, con domicilio en Ciudad Delgado San Salvador, Km 9½ Carretera Troncal del Norte, El Salvador, solicita la inscripción de: COQUINSA COMPAÑÍA QUÍMICA INDUSTRIAL como nombre comercial, en clase(s): internacional(es). Para proteger y distinguir lo siguiente, en clase 49: Un establecimiento comercial dedicado a la fabricación, venta y distribución, importación y exportación de materias primas, productos intermedios y de acabados, tales como cosméticos, solventes, detergente, pinturas, lacas, blanqueadores, desinfectantes, suavizantes, insecticidas, aerosoles, y en general productos para el tratamiento de la limpieza y productos relacionados con la industria química. Fecha: 23 de enero del 2018. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 11 de enero del 2018. Solicitud Nº 2018-0000175. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley Nº 7978.—San José, 23 de enero del 2018.—Katherine Jiménez Tenorio, Registradora.—( IN2018213561 ).

Emilio Baharet Shields, casado una vez, cédula de identidad Nº 8-0070-0048, en calidad de apoderado generalísimo sin límite de suma de Pague Menos Servicio Express S. A., cédula jurídica Nº 3101322408, con domicilio en La Uruca, frente a la Gasolinera Shell, Edificio Pierre Balmain, San José, Costa Rica, solicita la inscripción de: WHOLE FOODS PAGUE MENOS (ALIMENTOS INTEGRALES PAGUE MENOS) como marca de comercio, en clase: 30 internacional. Para proteger y distinguir lo siguiente: productos enlatados, galletas, dulces y confitería, productos no perecederos. Fecha: 19 de enero del 2018. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 14 de diciembre del 2016. Solicitud Nº 2016-0012223. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley Nº 7978.—San José, 19 de enero del 2018.—Sabrina Loáiciga Pérez, Registradora.—( IN2018213676 ).

Laura Castro Coto, casada una vez, cédula de identidad Nº 900250731, en calidad de apoderada generalísima de Laboratorios Barly S. A., cédula jurídica Nº 3-101-008646, con domicilio en Barrio Francisco Peralta, 100 metros sur, 100 metros este y 50 metros sur de la Casa Italia, casa Nº 1054, Costa Rica, solicita la inscripción de: Astefin Relax como marca de fábrica, en clase: 5 internacional. Para proteger y distinguir lo siguiente, en clase 5: productos farmacéuticos, veterinarios e higiénicos; productos dietéticos para niños y enfermos; emplastos, material para vendajes; materiales para empastar dientes y para improntas dentales; desinfectantes; preparaciones para destruir las malas hierbas y animales dañinos. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 19 de diciembre del 2017. Solicitud Nº 2017-0012247. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley Nº 7978.—San José, 09 de enero del 2018.—Rina Ruiz Mata, Registradora.—( IN2018213832 ).

Harry Zurcher Blen, casado, cédula de identidad Nº 104151184, en calidad de apoderado especial de The Clorox International Company, con domicilio en 1221 Broadway, Oakland, California 94612, Estados Unidos de América, solicita la inscripción de: FORMULA 409 como marca de fábrica y comercio, en clase: 3 internacional. Para proteger y distinguir lo siguiente, en clase 3: Preparaciones para blanquear y otras sustancias para lavar la ropa; preparaciones para limpiar, pulir, desengrasar y raspar; jabones no medicinales; productos de perfumería, aceites esenciales, cosméticos no medicinales, lociones capilares no medicinales; dentífricos no medicinales. Fecha: 10 de enero del 2018. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 21 de diciembre del 2017. Solicitud Nº 2017-0012411. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley Nº 7978.—San José, 10 de enero del 2018.—Wendy López Vindas, Registradora.—( IN2018213856 ).

Édgar Zurcher Gurdian, cédula de identidad Nº 105320390, en calidad de apoderado especial de Takeda Vaccines Inc., con domicilio en One Takeda Parkway, Deerfield, IL 60015, Estados Unidos de América, solicita la inscripción de: TEMGUE como marca de fábrica y comercio, en clase: 5 internacional. Para proteger y distinguir lo siguiente, en clase 5: vacunas para uso humano, a saber, vacunas contra el dengue. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 18 de junio del 2015. Solicitud Nº 2015-0005813. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley Nº 7978.—San José, 10 de enero del 2018.—Milena Marín Jiménez, Registradora.—( IN2018213857 ).

María del Pilar López Quirós, divorciada, cédula de identidad Nº 110660601, en calidad de apoderada especial de M. Arthur Gensler JR.& Associates Inc., con domicilio en Two Harrison Street, Suite 400, San Francisco, California 94105, Estados Unidos de América, solicita la inscripción de: GCRIT como marca de fábrica y comercio, en clase: 9 internacional. Para proteger y distinguir lo siguiente: Software descargable de aplicaciones informáticas para dispositivos móviles y plataformas web para mensajes de texto y comentarios de audio, anotaciones, marcas y bocetos sobre fotos, imágenes, gráficos y bocetos que se pueden guardar y transmitir. Fecha: 18 de enero del 2018. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 11 de enero del 2018. Solicitud Nº 2018-0000190. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley Nº 7978.—San José, 18 de enero del 2018.—Alex Villegas Méndez, Registrador.—( IN2018213860 ).

María Carpintero Mora, casada, cédula de identidad Nº 111180272, en calidad de apoderada especial de TDL Señales y Marcas S. A., cédula jurídica Nº 3101238836, con domicilio en Ulba, La Valencia, 200 norte de Autos Xiri, Heredia, Costa Rica, solicita la inscripción de: Milf como nombre comercial, en clase(s): internacional(es). Para proteger y distinguir lo siguiente, en clase 49: Un establecimiento comercial dedicado a bar. Ubicado: en Escazú, San Rafael, detrás del Centro Comercial Plaza Colonial. Fecha: 26 de enero del 2018. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 18 de enero del 2018. Solicitud Nº 2018-0000375. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley Nº 7978.—San José, 26 de enero del 2018.—Johnny Rodríguez Garita, Registrador.—( IN2018213908 ).

Fabiola Sáenz Quesada, divorciada, cédula de identidad Nº 109530774, en calidad de apoderada especial de Kraft Foods Group Brands LLC, con domicilio en 200 E. Randolph St., Chicago, IL 60601, Estados Unidos de América, solicita la inscripción de: PUNCHERS como marca de fábrica y comercio, en clase: 32 internacional. Para proteger y distinguir lo siguiente, en clase 32: cervezas; aguas minerales y otras bebidas sin alcohol; bebidas a base de frutas y zumos de frutas; siropes y otras preparaciones para elaborar bebidas. Fecha: 15 de noviembre del 2017. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 08 de noviembre del 2017. Solicitud Nº 2017-0010978. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley Nº 7978.—San José, 15 de noviembre del 2017.—Cesar Alfonso Rojas Zúñiga, Registrador.—( IN2018214079 ).

José Antonio Gamboa Vázquez, casado, cédula de identidad Nº 104610803, en calidad de apoderado especial de Wal-Mart Stores Inc., con domicilio en 702 Southwest 8Th Street, Bentonville, Arkansas 72716-0520, Estados Unidos de América, solicita la inscripción de: WONDER NATION como marca de fábrica y comercio, en clases: 16; 18; 24; 25; 26 y 28 internacional. Para proteger y distinguir lo siguiente, en clase 16: Papel, cartón y artículos de estas materias no comprendidos en otras clases; productos de imprenta; material de encuadernación; fotografías; artículos de papelería; adhesivos (pegamentos) de papelería o para uso doméstico; material para artistas; pinceles; máquinas de escribir y artículos de oficina (excepto muebles); material de instrucción o material didáctico (excepto aparatos); materias plásticas para embalar (no comprendidas en otras clases); caracteres de imprenta; clichés de imprenta; objetos de arte grabados y objetos de arte litografiados. Clase 18: Cuero y cuero de imitación, productos de estas materias no comprendidos en otras clases; pieles de animales; baúles y maletas; paraguas y sombrillas; bastones; fustas y artículos de guarnicionería; fajas de cuero. Clase 24: Tejidos y productos textiles no comprendidos en otras clases; ropa de cama; ropa de mesa; ropa de cama decorada y ropa de baño decorada. Clase 25: Prendas de vestir, calzado, artículos de sombrerería; ropa para niños; zapatos; accesorios como lo son; cinturones, sombreros de clima frío, guantes, bufandas, sombreros de moda, bufandas de moda. Clase 26: Encajes y bordados, cintas y cordones; botones, ganchos y ojetes, alfileres y agujas; flores artificiales; accesorios para el cabello. Clase 28: Juegos y juguetes; artículos de gimnasia y deporte no comprendidos en otras clases; adornos para árboles de navidad; juguetes y juguetes artesanales. Fecha: 12 de diciembre del 2017. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 04 de diciembre del 2017. Solicitud Nº 2017-0011753. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley Nº 7978.—San José, 12 de diciembre del 2017.—Johnny Rodríguez Garita, Registrador.—( IN2018214138 ).

José Antonio Gamboa Vázquez, casado, cédula de identidad Nº 105440035, en calidad de apoderado especial de Wal-Mart Stores Inc., con domicilio en 702 Southwest 8th Street, Bentonville, Arkansas 72716-0520, Estados Unidos de América, solicita la inscripción de: PEN+GEAR como marca de comercio, en clases: 6; 8; 9; 16; 20; 21; 22 y 26 internacional. Para proteger y distinguir lo siguiente, en clase 6: Metales comunes y sus aleaciones; materiales de construcción metálicos; construcciones transportables metálicas; materiales metálicos para vías férreas; cables e hilos metálicos no eléctricos; artículos de cerrajería y ferretería metálicos; tubos y tuberías metálicos; cajas de caudales; productos metálicos no comprendidos en otras clases; minerales metalíferos, cajas fuertes de metal; llaveros metálicos. Clase 8: Herramientas e instrumentos de mano accionados manualmente; artículos de cuchillería, tenedores y cucharas; armas blancas; navajas y maquinillas de afeitar y tijeras. Clase 9: Aparatos e instrumentos científicos, náuticos, geodésicos, fotográficos, cinematográficos, ópticos, de pesaje, de medición, de señalización, de control (inspección), de salvamento y de enseñanza; aparatos e instrumentos de conducción, distribución, transformación, acumulación, regulación o control de la electricidad; aparatos de grabación, transmisión o reproducción de sonido o imágenes; soportes de registro magnéticos, discos acústicos; discos compactos, Di/O y otros soportes de grabación digitales; mecanismos para aparatos de previo pago; cajas registradoras, máquinas de calcular, equipos de procesamiento de datos, ordenadores; software; extintores; cajas registradoras; calculadoras; contadores eléctricos de monedas; punteros de láser; imanes, lupas. Clase 16: Papel, cartón y artículos de estas materias no comprendidos en otras clases; productos de imprenta; material de encuadernación; fotografías; artículos de papelería; adhesivos (pegamentos) de papelería o para uso doméstico; material para artistas; pinceles; máquinas de escribir y artículos de oficina (excepto muebles); material de instrucción o material didáctico (excepto aparatos); materias plásticas para embalar (no comprendidas en otras clases); caracteres de imprenta; clichés de imprenta. productos de papelería, a saber, correctores líquidos, goma de pegar, libros para colorear y de actividades, cuadernos, portafolios, libretas de oficina, diarios, divisores o tabuladores de papel, planificadores, cartulina, papel de construcción, blocks de dibujo, papel de relleno, block para notas tamaño legal, carpetas, papel para copias, libretas de direcciones; calendarios; blocks para notas adhesivas de papel; clips para papel; alfileres, chinchetas; sujetapapeles (de pinza); marcadores de lectura; contenedores pequeños para guardar productos de oficina, a saber, bandejas de escritorio, organizadores de escritorio, cajas de papelería (artículos de oficina); fichas bibliográficas; cajas para fichas bibliográficas; cubiertas protectoras para hojas de papel y páginas de libros y similares, a saber hojas laminadas y bolsitas; bolsas de papel laminado para embalaje; láminas de plástico laminado para escribir, imprimir y marcar; portapapeles de clip (artículos de oficina); pestañas divisoras de cuadernos, a saber, pestañas reforzadas para papelería; etiquetas adhesivas para cuadernos; bandejas para contar y clasificar monedas; bandas elásticas; reglas de dibujo; cinta adhesivas para uso en el escritorio; etiquetas postales; paquetes de plástico con burbujas para envolver o envasar; cajas de cartón o papel; cinta adhesiva de embalaje para papelería o uso doméstico; dispensadores de cinta adhesiva; sobres de papel acolchado para correo o embalaje; grapas; carpetas para archivo; cestas de escritorio para accesorios de escritorio; calendarios de escritorio; bandejas de archivos para escritorio; tapetes de escritorio; gabinetes de escritorio montados en escritorio; juegos de escritorio; soportes para accesorios de escritorio; sobres; tableros de borrado en seco; trituradoras de papel; máquinas laminadoras para uso en el hogar y la oficina; utensilios de escritura; lápices; plumas; marcadores, marcadores de borrado en seco; plumas y marcadores de resaltar; tiza; borradores; productos de papelería, en concreto, sacapuntas de lápices; lápices de colores; crayolas; bolsas para lápices; empuñaduras para escritura; contenedores pequeños para guardar productos de oficina, a saber, soportes para lapiceros; soportes de escritorio y soportes para bolígrafos, lápices, papel y tinta; sacapuntas de lápiz eléctricos. Clase 20: Muebles, espejos, marcos; productos de madera, corcho, caña, junco, mimbre, cuerno, hueso, marfil, ballena, concha, ámbar, nácar, espuma de mar, sucedáneos de todos estos materiales o de materias plásticas, no comprendidos en otras clases, gabinetes para almacenamiento de metal; contenedores no metálicos y no de papel para almacenamiento; marcos de plástico para sostener y acomodar el uso de bolsas plásticas para basura; espejos; marcos de fotos; tablas de corcho; porta plásticos transparentes para placas de identificación. Clase 21: Utensilios y recipientes para uso doméstico y culinario; peines y esponjas; cepillos; materiales para fabricar cepillos; material de limpieza; lana de acero; vidrio en bruto o semielaborado (excepto el vidrio de construcción); artículos de cristalería, porcelana y loza no comprendidos en otras clases, contenedores de basura para uso doméstico; alfileres. Clase 22: Cuerdas, cordeles, redes, tiendas de campaña, lonas, velas de navegación, sacos y bolsas (no comprendidos en otras clases); materiales de acolchado y relleno (excepto el caucho o las materias plásticas); materias textiles fibrosas en bruto, cordones para sostener tarjetas de identificación y gafetes de identificación; porta carretes retráctil para sostener tarjetas de identificación e insignias de nombre. Clase 26: Encajes y bordados, cintas y cordones; botones, ganchos y ojetes, alfileres y agujas; flores artificiales, cintas autoadhesivas de gancho y rizo (artículos de mercería). Fecha: 12 de diciembre del 2017. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 04 de diciembre del 2017. Solicitud Nº 2017-0011754. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley Nº 7978.—San José, 12 de diciembre del 2017.—Johnny Rodríguez Garita, Registrador.—( IN2018214139 ).

Álvaro Enrique Dengo Solera, divorciado, cédula de identidad Nº 105440035, en calidad de apoderado especial de Astellas Pharma Inc, con domicilio en 5-1, Nihonbashi-Honcho 2-Chome, Chuo-Ku, Tokyo, Japón, solicita la inscripción de: TRANSVAX como marca de fábrica y comercio, en clase: 5 internacional. Para proteger y distinguir lo siguiente, en clase 5: vacunas para uso humano. Prioridad: Se otorga prioridad Nº 2016-56353 de fecha 21/04/2017 de Japón. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 17 de octubre del 2017. Solicitud Nº 2017-0010188. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley Nº 7978.—San José, 16 de noviembre del 2017.—Katherin Jiménez Tenorio, Registradora.—( IN2018214140 ).

Álvaro Enrique Dengo Solera, divorciado, cédula de identidad 105440035, en calidad de apoderado especial de Astellas Pharma Inc, con domicilio en 5-1, Nihonbashihoncho 2- Chome, Chuo-Ku, Tokyo, Japón, solicita la inscripción de: NUPAVLI como marca de fábrica y comercio en clase: 5. Internacional. Para proteger y distinguir lo siguiente: en clase 5: Preparaciones farmacéuticas para uso humano. Prioridad: Se otorga prioridad N° 2017-46549 de fecha 06/04/2017 de Japón. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 4 de octubre de 2017. Solicitud Nº 2017-0009861. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley Nº 7978.—San José, 26 de octubre de 2017.—Ivonne Mora Ortega, Registradora.—( IN2018214141 ).

Álvaro Enrique Dengo Solera, divorciado, cédula de identidad 105440035, en calidad de apoderado especial de Astellas Pharma Inc, con domicilio en 5-1 Nihonbashi-Honcho 2 Chome, Chuo-Ku, Tokyo, Japón, solicita la inscripción de: HAPVYO como marca de fábrica y comercio en clase: 5. Internacional. Para proteger y distinguir lo siguiente: en clase 5: Preparaciones farmacéuticas para uso humano. Prioridad: Se otorga prioridad N° 2017-46553 de fecha 06/04/2017 de Japón. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 04 de octubre de 2017. Solicitud Nº 2017-0009862. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley Nº 7978.—San José, 26 de octubre de 2017.—Ivonne Mora Ortega, Registradora.—( IN2018214145 ).

Fabiola Sáenz Quesada, divorciada, cédula de identidad 109530764, en calidad de apoderada especial de Arabela, S. A. de C.V., con domicilio en calle 3 norte N° 102 Parque Industrial Toluca 2000, CD. de Toluca, Estado de México, C.P. 50200, México, solicita la inscripción de: CONQUISTADOR BLACK PANTHER como marca de fábrica y comercio en clase: 3. Internacional. Para proteger y distinguir lo siguiente: en clase 3: Jabones de uso cosmético, productos de perfumería, aceites esenciales, productos cosméticos para el cuidado de la piel. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 25 de agosto de 2017. Solicitud Nº 2017-0008334. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley Nº 7978.—San José, 04 de setiembre de 2017.—Katherin Jiménez Tenorio, Registradora.—( IN2018214177 ).

Fabiola Sáenz Quesada, divorciada, cédula de identidad 109530774, en calidad de apoderada especial de Arabela, S.A. de C.V., con domicilio en calle 3 norte N° 102 Parque Industrial Toluca 2000, CD. de Toluca, Estado de México, C.P. 50200, México, solicita la inscripción de: TORMENTA PLATINUM como marca de fábrica y comercio en clase: 3. Internacional. Para proteger y distinguir lo siguiente: jabones de uso cosmético, productos de perfumería, aceites esenciales, productos cosméticos para el cuidado de la piel. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 25 de agosto de 2017. Solicitud Nº 2017-0008333. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley Nº 7978.—San José, 04 de setiembre de 2017.—Katherin Jiménez Tenorio, Registradora.—( IN2018214180 ).

Mellissa Mora Martín, casada una vez, cédula de identidad 110410825, en calidad de apoderada especial de Costa Rican Rum Company S. A., cédula jurídica 3101733532, con domicilio en Santa Ana, Pozos, Parque Empresarial Forum II, edificio N, quinto piso, oficinas de la firma Pragma Legal, San José, Costa Rica, solicita la inscripción de: RON JAGUAR como marca de fábrica y comercio en clase: 33. Internacional. Para proteger y distinguir lo siguiente: en clase 33: Ron; bebidas a base de ron; ron infundido con vitaminas; ron de zumo de caña de azúcar: ponche de ron; bebidas energéticas alcohólicas con bose de ron; extractos de frutas mezclados con ron: bebidas alcohólicas premezcladas; bebidas alcohólicas a base de té y ron. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 11 de agosto de 2017. Solicitud Nº 2017-0007822. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley Nº 7978.—San José, 24 de octubre de 2017.—Mauricio Granados Morales, Registrador.—( IN2018214258 ).

Melissa Mora Martín, divorciada, cédula de identidad 110410825, en calidad de Gestor Oficioso de Fénix Outdoor Development And CSR AG con domicilio en Industriestrasse 6, 6300 ZUG, Suiza, solicita la inscripción de: Fjällräven como marca de fábrica y comercio en clase: 25. Internacional. Para proteger y distinguir lo siguiente: en clase 25: Prendas de vestir, en particular suéteres, camisetas, calentadores de brazos, cardiganes, chaquetas para el frío, chalecos para el frío, vestidos, sudaderos de lana (franelas), calentadores de piernas, prendas de punto, guantes. cinturones, cinturones hechos de cuero de imitación, prendas de vestir hechas de cuero de imitación, prendas de vestir hechas de cuero, prendas de vestir para niños, pantalones, porkas, anoraks, PVULLOVERS, bufandas, chaquetas, camisas, camisas tipo palo, ropa interior absorbente de sudar, tops, prendas resistentes al agua y al viento: sombrerería, en particular gorras y gorros: calzado, en particular zapatos y botas para excursionismo, batas de caza, botas con cordones, zapatos y botas de montanismo, zapatos y batas para caminatas, zapatos y batas a prueba de agua, botas para invierno, calzada deportivo, calzado infantil, calzado para escalar, botas de caminatas, botas y zapatos impermeables: polainas: parte superior del calzado: calcetines: suelas de zapatos plantillas: suelas intermedias. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 09 de octubre de 2017. Solicitud Nº 2017-0009937. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley Nº 7978.—San José, 12 de diciembre de 2017.—Wendy López Vindas, Registradora.—( IN2018214259 ).

Melissa Mora Martin, casada una vez, cédula de identidad 110416825, en calidad de Gestor Oficioso de Centenario Internacional S. A., cédula jurídica 3101010979, con domicilio en Curridabat, 100 metros norte y 75 metros al oeste de la Municipalidad, San José, Costa Rica, solicita la inscripción de: “HOMBRES PURA SANGRE” como señal de propaganda en clase: Internacional. Para proteger y distinguir lo siguiente: en clase 50; Para promocionar Licores, relacionado con la marca CENTENARIO en Clase 33 con número de registro 66063. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 17 de setiembre de 2015. Solicitud Nº 2015-0009063. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley Nº 7978.—San José, 31 de octubre de 2017.—Alex Villegas Méndez, Registrador.—( IN2018214260 ).

Melissa Mora Martin, casada una vez, cédula de identidad 110410825, en calidad de apoderada especial de Centenario Internacional S. A., cédula jurídica 3101010979, con domicilio en Curridabat, 100 metros norte y 75 metros al oeste de la Municipalidad, San José, Costa Rica, solicita la inscripción de: ESPÍRITU PURA SANGRE como señal de propaganda en clase: Internacional. Para proteger y distinguir lo siguiente: Para promocionar licores, relacionado con la marca Centenario en clase 33 con número de registro 66063. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 17 de setiembre de 2015. Solicitud Nº 2015-0009064. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley Nº 7978.—San José, 31 de octubre de 2017.—Alex Villegas Méndez, Registrador.—( IN2018214261 ).

2017-0012260 Claudio Murillo Ramírez, cédula de identidad 105570443, en calidad de apoderado especial de Banco Davivienda (Costa Rica) Sociedad Anónima, cédula jurídica 3101046008, con domicilio en calle Central, edificio Davivienda, San José, Costa Rica, solicita la inscripción de: MAR ADENTRO como marca de servicios en clase: 36. Internacional. Para proteger y distinguir lo siguiente: en clase 36: Servicios de seguros; operaciones financieras; operaciones monetarias; negocios inmobiliarios. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el . Solicitud Nº . A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley Nº 7978.—San José, 10 de enero de 2018.—César Alfonso Rojas Zúñiga, Registrador.—( IN2018214291 ).

Giselle Reuben Hatounian, divorciada, cédula de identidad Nº 110550703, en calidad de apoderada especial de Alticor Inc., con domicilio en: 7575 Fulton Street East, Ada, Michigan, 49355, Estados Unidos de América, solicita la inscripción de: como marca de fábrica y comercio en clase 5 internacional.

Para proteger y distinguir lo siguiente: complementos alimenticios. Reservas: de los colores: morado, verde, amarillo, gris, naranja, rojo y negro. Fecha: 20 de diciembre de 2017. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 17 de octubre del 2017. Solicitud N° 2017-0010223. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley N° 7978.—San José, 20 de diciembre del 2017.—Grettel Solís Fernández, Registradora.—( IN2018214394 ).

Alejandro Stavropoilos De La Cruz, casado, cédula de residencia 115200061225, en calidad de apoderado generalísimo de Saca Trading Group C. R. S. A., cédula jurídica 3-101-514944 con domicilio en Condominio Lomas de Granadilla N° 38 Curridabat, Costa Rica, solicita la inscripción de: bio oikos

como marca de fábrica y comercio en clases 8 y 21 internacionales, para proteger y distinguir lo siguiente: en clase 8, Cubiertos, tenedor, cuchillo, cucharas biodegradables. y en clase 21; Platos, vajillas y otro tipo de platos biodegradables. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 11 de enero del 2018, solicitud Nº 2018-0000181. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley Nº 7978.—San José, 31 de enero del 2018.—Randall Abarca Aguilar, Registrador.—( IN2018214431 ).

Rafael Soto Quirós, casado, cédula de identidad Nº 302830848, en calidad de apoderado generalísimo de Instituto Costarricense de Turismo, cédula jurídica Nº 40000042141, con domicilio en: San José, La Uruca, costado este del puente Juan Pablo Segundo, Costa Rica, solicita la inscripción de: CRCC COSTA RICA CENTRO DE CONVENCIONES

como marca de servicios en clases: 35 y 41 internacionales, para proteger y distinguir lo siguiente: en clase 35: publicidad, gestión de negocios comerciales, administración comercial; trabajos de oficina y en clase 41: educación, formación; servicios de entretenimiento; actividades deportivas y culturales. Reservas: de los colores: verde y blanco. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 23 de noviembre del 2017. Solicitud N° 2017-0011474. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley N° 7978.—San José, 22 de diciembre del 2017.—Rándall Abarca Aguilar, Registrador.—O.C. Nº 17989.—Solicitud Nº 17052.—( IN2018214442 ).

Ricardo Alberto Vargas Valverde, divorciado una vez, cédula de identidad N° 106530276, en calidad de apoderado especial de Aceromex S.A DE C.V., con domicilio en , Costa Rica, solicita la inscripción de: Aceromex, como marca de servicios en clase(s): 6 internacional(es).

Para proteger y distinguir lo siguiente; materiales de construcción metálicos, artículos pequeños de metal de ferretería, tubería y tubos metálicos. Fecha: 31 de enero de 2018. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 23 de enero del 2018. Solicitud Nº 2018-0000482. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley Nº 7978.—San José, 31 de enero del 2018.—Rolando Cardona Monge, Registrador.—( IN2018214491 ).

Paola Castro Montealegre, casada, cédula de identidad N° 111430953, en calidad de apoderado especial de DKT de México, S. A. DE C.V., con domicilio en Avenida Miguel Ángel de Quevedo, N° 696, Colonia Villa Coyoacán, código postal 08100, delegación Coyoacán, Ciudad de México, México, solicita la inscripción de: dkt Mejorando vidas a través del Marketing Social,

como marca de servicios en clase(s): 35 internacional(es), para proteger y distinguir lo siguiente: en clase 35; publicidad, gestión de negocios comerciales, administración comercial, trabajos de oficina. Fecha: 08 de enero de 2018. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 27 de noviembre del 2017. Solicitud Nº 2017-0011586. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley Nº 7978.—San José, 08 de enero del 2018.—Rolando Cardona Monge, Registrador.—( IN2018214549 ).

Paola Castro Montealegre, casada, cédula de identidad 111430953, en calidad de apoderado especial de DKT de México S. A. de C.V., con domicilio en Avenida Miguel Ángel de Quevedo, número 696, Colonia Villa Coyoacán, código postal 08100, Delegación Coyoacán, Ciudad de México, México, solicita la inscripción de: EASY CARE

como marca de fábrica y comercio en clase 10 internacional, para proteger y distinguir lo siguiente: en clase 10; Aparatos e instrumentos quirúrgicos, médicos, en especial para la anticoncepción. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 27 de noviembre del 2017, solicitud Nº 2017-0011587. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley Nº 7978.—San José, 23 de enero del 2018.—Rolando Cardona Monge Registrador.—( IN2018214550 ).

Paola Castro Montealegre, casada, cédula de identidad 111430953, en calidad de apoderada especial de DKT de México, S. A. de C.V., con domicilio en, México, solicita la inscripción de: U-CARE

como marca de fábrica y comercio en clase: 10. Internacional. Para proteger y distinguir lo siguiente: en clase 10: Aparatos e instrumentos quirúrgicos, médicos, en especial para la anticoncepción. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 27 de noviembre de 2017. Solicitud Nº 2017-0011588. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley Nº 7978.—San José, 08 de enero de 2018.—Rolando Cardona Monge, Registrador.—( IN2018214551 ).

Paola Castro Montealegre, casada, cédula de identidad Nº 111430953, en calidad de apoderado especial de DKT de México S. A. de C.V., con domicilio en México, solicita la inscripción de: SILVER CARE como marca de fábrica y comercio en clase 10 internacional.

Para proteger y distinguir lo siguiente: aparatos e instrumentos quirúrgicos, médicos, en especial para la anticoncepción. Fecha: 23 de enero de 2018. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 27 de noviembre del 2017. Solicitud N° 2017-0011589. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley N° 7978.—San José, 23 de enero del 2018.—Rolando Cardona Monge, Registrador.—( IN2018214552 ).

Paola Castro Montealegre, casada una vez, cédula de identidad 111430953, en calidad de Apoderado Especial de DKT de México, S. A., de C.V., con domicilio en Avenida Miguel Ángel de Quevedo, número 696, Colonia Villa Coyoacán, Código Postal 08100, Delegación Coyoacán, Ciudad de México, México, solicita la inscripción de: T-CARE

como marca de fábrica y comercio, en clase 10 internacional, para proteger y distinguir lo siguiente: en clase 10; Aparatos e instrumentos quirúrgicos, médicos, en especial para la anticoncepción. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 27 de noviembre del 2017. Solicitud Nº 2017-0011590. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978.—San José, 08 de enero del 2018.—Rolando Cardona Monge, Registrador.—( IN2018214553 ).

Claudia María Margarita Geraldina Mendoza Parker, casada una vez, cédula de residencia 122200807623, en calidad de apoderado especial de Ricardo Ramón Ernesto González Giner, divorciado, pasaporte D006145, con domicilio en Calle Circunvalación, Polígono D número uno, Plan de La Laguna, Antiguo Cuscatlán, La Libertad, El Salvador y Rolando Javier Simán Daboub, casado una vez, pasaporte A02621404 y con domicilio en calle circunvalación, polígono D número Uno, Plan De La Laguna, antiguo Cuscatlán, La Libertad, El Salvador, solicita la inscripción de: La Chula como marca de fábrica en clase 31 internacional.

Para proteger y distinguir lo siguiente: Productos agrícolas, hortícolas, forestales y granos, no comprendidos en otras clases; animales vivos; frutas y legumbres frescas; semillas y flores naturales; alimentos para animales; malta. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 19 de enero del 2018, solicitud Nº 2018-0000435. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley Nº 7978.—San José, 30 de enero del 2018.—Alex Villegas Méndez, Registrador.—( IN2018214555 ).

Paola Castro Montealegre, casada, cédula de identidad 111430953, en calidad de Apoderado Especial de DKT de México S. A., de C.V., con domicilio en Avenida Miguel Ángel de Quevedo, número 696, Colonia Villa Coyoacán, Código Postal 08100, Delegación Coyoacán, Ciudad de México, México, solicita la inscripción de:

como marca de servicios, en clase 35 internacional, para proteger y distinguir lo siguiente; Publicidad, gestión de negocios comerciales, administración comercial, trabajos de oficina. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 27 de noviembre del 2017. Solicitud Nº 2017-0011591. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978.—San José, 10 de enero del 2018.—Rolando Cardona Monge, Registrador.—( IN2018214556 ).

Paola Castro Montealegre, casada, cédula de identidad 111430953, en calidad de Apoderada Especial de DKT de México, S. A., de C.V., con domicilio en Avenida Miguel Ángel de Quevedo, número 696, Colonia Villa Coyoacán, Código Postal 08100, Delegación Coyoacán, Ciudad de México, México, solicita la inscripción de: ¿DUDAS? CHATEA O LLAMA: red dkt

como marca de servicios, en clase 35 internacional, para proteger y distinguir lo siguiente: en clase 35: Publicidad, gestión de negocios comerciales, administración comercial, trabajos de oficina. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 27 de noviembre del 2017. Solicitud Nº 2017-0011595. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978.—San José, 9 de enero del 2018.—Randall Abarca Aguilar, Registrador.—( IN2018214557 ).

Paola Castro Montealegre, casada, cédula de identidad 111430953, en calidad de apoderada especial de DKT de México, S. A. de C.V., con domicilio en México, solicita la inscripción de: Planifícame Esta,

como marca de servicios en clase: 35. Internacional. Para proteger y distinguir lo siguiente: en clase 35: Publicidad, gestión de negocios comerciales, administración comercial, trabajos de oficina. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 27 de noviembre de 2017. Solicitud Nº 2017-0011596. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley Nº 7978.—San José, 9 de enero de 2018.—Randall Abarca Aguilar, Registrador.—( IN2018214559 ).

Paola Castro Montealegre, casada, cédula de identidad 111430953, en calidad de apoderado especial de DKT de México, S. A. de C.V., con domicilio en Avenida Miguel Ángel de Quevedo, número 696, Colonia Villa Coyoacán, código postal 08100, Delegación Coyoacán, Ciudad de México, México, solicita la inscripción de: TANECIPROL como marca de fábrica y comercio en clase: 5. Internacional. Para proteger y distinguir lo siguiente: en clase 5: Productos Farmacéuticos y otras preparaciones para uso médico. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 27 de noviembre de 2017. Solicitud Nº 2017-0011592. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley Nº 7978.—San José, 09 de enero de 2018.—Randall Abarca Aguilar, Registrador.—( IN2018214561 ).

Eduardo Días Cordero, casado una vez, cédula de identidad Nº 107560893, en calidad de apoderado especial de Isasa Latam Sociedad Anónima, cédula jurídica Nº 3101488091, con domicilio en: diagonal a la estación de bomberos, edificio Renta Carro A-1, Alajuela, Costa Rica, solicita la inscripción de: ISASA, como marca de servicios en clase 35 internacionales, para proteger y distinguir lo siguiente: servicios de comercialización en general de productos para terceros ( intermediario comercial ), servicios de venta al mayoreo o menudeo particularmente de aparatos o instrumentos científicos, ópticos, de pesaje, de medición, así como las refacciones de estos; servicios de comercialización de consumibles (refacciones) para los aparatos o instrumentos científicos, ópticos de pesaje, de medición. Fecha: 26 de enero de 2018. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 15 de diciembre del 2017. Solicitud N° 2017-0012157. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley N° 7978.—San José, 26 de enero del 2018.—Rolando Cardona Monge, Registrador.—( IN2018214582 ).

Eduardo Díaz Cordero, casado una vez, cédula de identidad Nº 107560893, en calidad de apoderado especial de Isasa Latam Sociedad Anónima, cédula jurídica Nº 3101488091 con domicilio en: Alajuela diagonal a la estación de bomberos, edificio Renta Carro A-1, Alajuela, Costa Rica, solicita la inscripción de: ISASA, como marca de servicios en clase 41 internacional, para proteger y distinguir lo siguiente: servicios de educación o formación (academia), a saber, cursos, talleres o seminarios. Fecha: 26 de enero de 2018. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 15 de diciembre del 2017. Solicitud N° 2017-0012158. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley N° 7978.—San José, 26 de enero del 2018.—Rolando Cardona Monge, Registrador.—( IN2018214583 ).

Eduardo Díaz Cordero, casado una vez, cédula de identidad Nº 107560893, en calidad de apoderado especial de Isasa Latam Sociedad Anónima, cédula jurídica Nº 3101488091 con domicilio en: diagonal a la estación de bomberos, edificio Renta Carro A-1, Alajuela, Costa Rica, solicita la inscripción de: ISASA, como marca de servicios en clase 42 internacional, para proteger y distinguir lo siguiente: servicios científicos y tecnológicos; servicios de análisis e investigación industriales; servicios de calibración y medición en los ámbitos científico, tecnológico e industrial. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 15 de diciembre del 2017. Solicitud N° 2017-0012159. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley N° 7978.—San José, 26 de enero del 2018.—Rándall Abarca Aguilar, Registrador.—( IN2018214584 ).

Eduardo Diaz Cordero, casado una vez, cédula de identidad Nº 107560893, en calidad de apoderado especial de Isasa Latam Sociedad Anónima, cédula jurídica Nº 3101488091 con domicilio en: diagonal a la estación de bomberos, edificio Renta Carro A-1, Alajuela, Costa Rica, solicita la inscripción de: ISASA LATAM, como marca de servicios en clase 35 internacional, para proteger y distinguir lo siguiente: servicios de comercialización en general de productos para terceros (intermediario comercial), servicios de venta al mayoreo o menudeo particularmente de aparatos o instrumentos científicos, ópticos, de pesaje, de medición, así como las refacciones de estos; servicios de comercialización de consumibles (refacciones) para los aparatos o instrumentos científicos, ópticos, de pesaje, de medición. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 15 de diciembre del 2017. Solicitud N° 2017-0012160. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley N° 7978.—San José, 26 de enero del 2018.—Rándall Abarca Aguilar, Registrador.—( IN2018214585 ).

Eduardo Díaz Cordero, casado una vez, cédula de identidad Nº 107560893, en calidad de apoderado especial de Isasa Latam Sociedad Anónima, cédula jurídica Nº 3101488091 con domicilio en: diagonal a la estación de bomberos, edificio Renta Carro A-1, Alajuela, Costa Rica, solicita la inscripción de: ISASA LATAM, como marca de servicios en clase 41 internacional. Para proteger y distinguir lo siguiente: servicios de educación o formación (academia), a saber, cursos, talleres o seminarios. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 15 de diciembre del 2017. Solicitud N° 2017-0012161. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley N° 7978.—San José, 26 de enero del 2018.—Rándall Abarca Aguilar, Registrador.—( IN2018214586 ).

Eduardo Díaz Cordero, casado una vez, cédula de identidad N° 107560893, en calidad de apoderado especial de Isasa Latam Sociedad Anónima, cédula jurídica N° 3101488091 con domicilio en Alajuela diagonal a la estación de Bomberos, Edificio Renta Carro A-1, Alajuela, Costa Rica, solicita la inscripción de: ISASA LATAM, como marca de servicios en clase(s): 42 internacional(es), para proteger y distinguir lo siguiente: en clase 42; servicios científicos y tecnológicos; servicios de análisis e investigación industriales; servicios de calibración y medición en los ámbitos científico, tecnológico e industrial. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 15 de diciembre del 2017. Solicitud Nº 2017-0012162. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley Nº 7978.—San José, 26 de enero del 2018.—Randall Abarca Aguilar, Registrador.—( IN2018214587 ).

Eduardo Díaz Cordero, casado una vez, cédula de identidad N° 107560893, en calidad de apoderado especial de Isasa Latam Sociedad Anónima, cédula jurídica N° 3101488091, con domicilio en diagonal a la estación de Bomberos, Edificio Renta Carro A-1, Alajuela, Costa Rica, solicita la inscripción de: como marca de servicios en clase(s): 35 internacional(es).

Para proteger y distinguir lo siguiente: en clase 35; servicios de comercialización en general de productos para terceros (intermediario comercial), servicios de venta al mayoreo o menudeo particularmente de aparatos o instrumentos científicos, ópticos, de pesaje, de medición, así como las refacciones de estos; servicios de comercialización de consumibles (refacciones) para los aparatos o instrumentos científicos, ópticos, de pesaje, de medición. Fecha: 26 de enero del 2018. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 15 de diciembre del 2017. Solicitud Nº 2017-0012163. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley Nº 7978.—San José, 26 de enero del 2018..—Rolando Cardona Monge, Registrador.—( IN2018214588 ).

Eduardo Díaz Cordero, casado una vez, cédula de identidad N° 107560893, en calidad de apoderado especial de Isasa Latam Sociedad Anónima, cédula jurídica N° 3101488091, con domicilio en diagonal a la estación de Bomberos, Edificio Renta Carro A-1, Alajuela, Costa Rica, solicita la inscripción de:

como marca de servicios en clase(s): 41 internacional(es), para proteger y distinguir lo siguiente: en clase 41: Servicios de educación o formación (academia), a saber, cursos, talleres o seminarios. Fecha: 26 de enero del 2018. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 15 de diciembre del 2017. Solicitud Nº 2017-0012164. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley Nº 7978.—San José, 26 de enero del 2018.—Rolando Cardona Monge, Registrador.—( IN2018214589 ).

Eduardo Diaz Codero, casado, cédula de identidad 107560893, en calidad de apoderado especial de Isasa Latam Sociedad Anónima, cédula jurídica 3101488091 con domicilio en diagonal a la estación de bomberos, edificio Renta Carro A-1, Alajuela, Costa Rica, solicita la inscripción de:

como marca de servicios en clase 42 internacional, para proteger y distinguir lo siguiente: en clase 42: Servicios científicos y tecnológicos; servicios de análisis e investigación industriales; servicios de calibración y medición en los ámbitos científico, tecnológico e industrial. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 15 diciembre del 2017, Solicitud Nº 2017-0012165. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley Nº 7978.—San José, 26 de enero del 2018.—Rolando Cardona Monge Registrador.—( IN2018214590 ).

Eduardo Díaz Cordero, casado una vez, cédula de identidad 107560893, en calidad de apoderado especial de Isasa Latam Sociedad Anónima, cédula jurídica 3101488091 con domicilio en diagonal a la Estación de Bomberos, Edificio Renta Carro A-1, Alajuela, Costa Rica, solicita la inscripción de: SOLUCIONES INTEGRALES EN INSTRUMENTACIÓN ANALÍTICA como marca de servicios en clase: 35 Internacional, para proteger y distinguir lo siguiente: en clase 35: Servicios de comercialización en general de productos para terceros (intermediario comercial), servicios de venta al mayoreo o menudeo particularmente de aparatos o instrumentos científicos, ópticos, de pesaje, de medición, así como las refacciones de estos; servicios de comercialización de consumibles (refacciones) para los aparatos o instrumentos científicos, ópticos, de pesaje, de medición. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 15 de diciembre del 2017. Solicitud N° 2017-0012166. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978.—San José, 26 de enero del 2018.—Randall Abarca Aguilar, Registrador.—( IN2018214591 ).

Alejandra Estévez, casada una vez, cédula residencia 103200207222 con domicilio en Condominio Andalucía casa N° 12, Bello Horizonte, Plaza Rolex; 500 mts. sur, 100 mts. este, 50 mts. sur, San Rafael, Escazú, San José, Argentina, solicita la inscripción de: Little Lamb Sweet

como marca de fábrica y comercio en clase: 30 Internacional para proteger y distinguir lo siguiente: en clase 30: Productos de repostería y panadería artesanal que incluye decoración de bolitas de queque o “cakepops” y galletas queques y panes. Fecha: 24 de enero del 2018. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 10 de enero del 2018. Solicitud N° 2018-0000148. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978.—San José, 24 de enero del 2018.—Rina Ruiz Mata, Registrador.—( IN2018214596 ).

Margarita Morales Mora, casada una vez, cédula de identidad 204460551, en calidad de apoderada generalísima de Gestación y Nacimiento R & M S.A., cédula jurídica 3101712661 con domicilio en San Carlos, Alajuela, San Carlos, Monterrey; 500 metros sur del Banco de Costa Rica, Alajuela, Costa Rica, solicita la inscripción de: Instituto Santo Cristo de Esquipulas GESTACIÓN

como marca de servicios en clase: 41 Internacional para proteger y distinguir lo siguiente: en clase 41; Servicios de formación y capacitación, tanto a nivel regional como nacional, en el abordaje de la mayoría de los temas de preconcepción, gestación, nacimiento y primera infancia del ser humano, mediante charlas, cursos de aprovechamiento con el fin de prevenir heridas emocionales innecesarias en las personas, donde tengan a su alcance, mediante un conocimiento previo, hallas el origen de dichas situaciones traumáticas, y de ésta manera, puedan descubrir sus necesidades y las de sus seres amados, de una atención temprana para tener una mejor salud emocional. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 04 de diciembre del 2017. Solicitud N° 2017-0011792. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978.—San José, 30 de enero del 2018.—Ivonne Mora Ortega, Registradora.—( IN2018214613 ).

José Daniel Carrillo Arroyo, soltero, cédula de identidad 207120189, en calidad de apoderado generalísimo de Dacar Sociedad Anónima, cédula jurídica 3101748142 con domicilio en San Carlos, Quesada; 200 metros norte, del Cruce de Cedral, Alajuela, Costa Rica, solicita la inscripción de: Rinox como marca de comercio en clases: 3; 16 y 21 Internacionales para proteger y distinguir lo siguiente: en clase 3: Preparaciones para blanquear y otras sustancias para lavar la ropa, preparaciones para limpiar, pulir, desengrasar y jabones., en clase 16: Bolsas plásticas para basura. y en clase 21: Materiales de limpieza, utensilios y recipientes. Fecha: 22 de enero del 2018. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 31 de octubre del 2017. Solicitud N° 2017-0010647. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978.—San José, 22 de enero del 2017.—Bernard Molina Alvarado, Registrador.—( IN2018214665 ).

Vladimir Alonso Jiménez Castillo, soltero, cédula de identidad 1-1382-0671 con domicilio en del cruce de Llorente, con Colima en Tibás; 100 metros este y 50 metros sur contiguo a la Fábrica de Puertas Jiménez, Costa Rica, solicita la inscripción de: Vlady Pan

como marca de comercio en clase: 30 Internacional para proteger y distinguir lo siguiente: en clase 30: Harinas y preparaciones a base de cereal, pan, productos de pastelería y confitería. Reservas: De los colores: amarillo y azul. Fecha: 23 de noviembre de 2017. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 25 de octubre del 2017. Solicitud N° 2017-0009869. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978.—San José, 23 de noviembre del 2017.—Johnny Rodríguez Garita, Registrador.—( IN2018214682 ).

Adriana Calvo Fernández, soltera, cédula de identidad 110140725, en calidad de apoderada especial de Bali Trading Group Corp., con domicilio en Chera Chambers, Road Town, Tortola, Islas Vírgenes (Británicas), solicita la inscripción de: ABRE Logistics

como marca de fábrica y servicios en clases: 35; 39 y 40 Internacionales para proteger y distinguir lo siguiente: En clase 35: Servicios de importación, exportación, distribución y ventas. En clase 39: Servicios de transporte, embalaje y almacenamiento de mercancías, logística En clase 40: Servicios de fabricación de productos alimenticios y bebidas. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 09 de agosto del 2017. Solicitud N° 2017-0007704. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978.—San José, 21 de agosto del 2017.—Johnny Rodríguez Garita, Registrador.—( IN2018214690 ).

Adriana Calvo Fernández, soltera, cédula de identidad 110140725, en calidad de apoderado especial de Nice de México S. A. de C.V., con domicilio en Ottawa N° 1610, Colonia Providencia, C.P.44630, Guadalajara, Jalisco, México, solicita la inscripción de:

como marca de fábrica y servicios en clases: 14 y 35 Internacionales para proteger y distinguir lo siguiente: en clase 14; metales preciosos; joyería; bisutería y piedras preciosas; relojería e instrumentos cronométricos. y en clase 35; comercialización de metales preciosos; joyería; bisutería y piedras preciosas; relojería e instrumentos cronométricos. Fecha: 18 de setiembre de 2017. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 05 de julio del 2017. Solicitud N° 2017-0006288. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978.—San José, 18 de setiembre del 2017.—Ivonne Mora Ortega, Registradora.—( IN2018214692 ).

Adriana Calvo Fernández, soltera, cédula de identidad N° 110140725, en calidad de apoderado especial de Fabrizio Enrique Grazioso Bonetto, casado una vez, con domicilio en Avenida Las Américas 20-39 Zona 14 de la Ciudad de Guatemala, República de Guatemala, Guatemala, solicita la inscripción de: FOMTEX, como marca de fábrica y comercio en clase(s): 20 internacional(es), para proteger y distinguir lo siguiente: en clase 20 camas, colchones, somiers y almohadas; accesorios para camas no comprendidos en otras clases. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 09 de agosto del 2017. Solicitud Nº 2017-0007705. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley Nº 7978.—San José, 17 de agosto del 2017.—Johnny Rodríguez Garita, Registrador.—( IN2018214694 ).

Adriana Calvo Fernández, soltera, cédula de identidad N° 110140725, en calidad de apoderado especial de Edge Systems LLC, con domicilio en 2277 Redondo Ave Signal Hill, California, 90755, Estados Unidos de América, solicita la inscripción de: HydraFacial, como marca de fábrica y servicios en clase(s): 3; 10 y 44 internacional(es), para proteger y distinguir lo siguiente: en clase 3; preparaciones para la limpieza de máquinas de microdermoabrasión; preparaciones no medicadas para el cuidado de la piel, a saber, lociones y sueros; en clase 10; aparatos e instrumentos médicos para el desprendimiento y reaparición de tejidos, y en clase 44; servicios de spa médico, a saber, terapias mínimamente invasivas y no invasivas cosméticas y corporales. Fecha: 27 de septiembre del 2017. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 6 de junio del 2017. Solicitud Nº 2017-0005330. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley Nº 7978.—San José, 27 de septiembre del 2017.—Bernard Molina Alvarado, Registrador.—( IN2018214698 ).

Adriana Calvo Fernández, soltera, cédula de identidad N° 110140725, en calidad de apoderado especial de Nice de México S. A. de C.V., con domicilio en Ottawa Nº 1610, Colonia Providencia, C.P. 44630, Guadalajara, Jalisco, México, solicita la inscripción de: NICE & BELLA, como marca de comercio y servicios en clase(s): 14 y 35 internacional(es), para proteger y distinguir lo siguiente: en clase 14: Metales preciosos; joyería; bisutería y piedras preciosas; relojería e instrumentos cronométricos, y en clase 35: Comercialización de metales preciosos; joyería; bisutería y piedras preciosas; relojería e instrumentos cronométricos. Fecha: 18 de setiembre del 2017.  Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 5 de julio del 2017. Solicitud Nº 2017-0006289. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley Nº 7978.—San José, 18 de setiembre del 2017.—Ivonne Mora Ortega, Registradora.—( IN2018214700 ).

Mauren Tatiana González Álvarez, soltera, cédula de identidad 115180576 con domicilio en 175 m. norte y 75 m. este del antiguo plantel del INA, Ipís de Goicoechea, Urbanización Zetillal, Ave Piñas, casa N° 505, Costa Rica, solicita la inscripción de: Cuatricromía

como marca de fábrica y servicios en clases: 25 y 40 Internacionales para proteger y distinguir lo siguiente: en clase 25: Abrigos, ajuares de bebé (prendas de vestir), artículos de sombrerería, baberos que no sean de papel, bandanas (pañuelos, para el cuello), bandas para la cabeza (prendas de vestir), gorras, ropa de confección, delantales (prendas (le vestir), ropa de gimnasia, disfraces (trajes),ropa exterior, suéteres, viseras (artículos de sombrerería), camisas, uniformes, camisas de manga corta, camisetas de deporte, camisetas de deporte sin mangas, camisetas (de manga corta),pijamas, prendas de calcetería, prendas de vestir, prendas de vestir impermeables. y en clase 40: Servicios de bordado, costura, estampado de dibujos, grabado, encuadernación, impresión litográfica, impresión de fotografías, serigrafia, servicios de imprenta, tratamiento de separación de colores. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 10 de octubre del 2017. Solicitud N° 2017-0010032. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978.—San José, 08 de noviembre del 2017.—Randall Abarca Aguilar, Registrador.—( IN2018214707 ).

Óscar Pauly Laspiur, casado una vez, cédula de identidad 105000160, en calidad de apoderado especial de Norel Animal Nutrition Costa Rica S. A., cédula jurídica 3-101-736106 con domicilio en San Rafael; carretera a Los Ángeles del Colegio Nueva Generación; 350 mts. norte y 75 suroeste, casa amarilla, segunda planta, Heredia, Costa Rica, solicita la inscripción de: NOREL ANIMAL NUTRITION

como nombre comercial para proteger y distinguir lo siguiente: Un establecimiento comercial dedicado a comercialización, importación, exportación dentro del territorio nacional de aditivos e ingredientes de uso en los procesos de fabricación de alimentos balanceados para animales, ubicado en Heredia San Rafael carretera a los Angeles; del Colegio Nueva generación 350 mts norte y 75 suroeste casa amarilla 2da planta. Reservas: De los colores: negro y rojo. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 17 de agosto del 2017. Solicitud N° 2017-0008021. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978.—San José, 28 de agosto del 2017.—Johnny Rodríguez Garita, Registrador.—( IN2018214726 ).

Oscar Pauly Laspiur, casado una vez, cédula de identidad 105000160, en calidad de apoderado especial de Norel Animal Nutrition Costa Rica S. A., cédula jurídica 3-101-736106 con domicilio en San Rafael, carretera a Los Ángeles del Colegio Nueva Generación; 350 mts. norte y 75 suroeste, casa amarilla, segunda planta, Heredia, Costa Rica, solicita la inscripción de: NOREL ANIMAL NUTRITION

como nombre comercial para proteger y distinguir lo siguiente: Un establecimiento comercial dedicado a comercialización, importación, exportación dentro del territorio nacional de aditivos e ingredientes de uso en los procesos de fabricación de alimentos balanceados para animales, ubicado en Heredia San Rafael, carretera a Los Ángeles; del Colegio Nueva Generación; 350 mts. norte y 75 suroeste, casa amarilla 2da planta. Reservas: De los colores: negro y rojo. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 17 de agosto del 2017. Solicitud N° 2017-0008021. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978.—San José, 28 de agosto del 2017.—Johnny Rodríguez Garita, Registrador.—( IN2018214727 ).

Mauricio Bonilla Robert, casado una vez, cédula de identidad N° 109030770, en calidad de apoderado especial de Importaciones A.F. Ayarco Limitada, cédula jurídica N° 3102716296, con domicilio en Curridabat, Lomas de Ayarco, de La Casa de Doña Lela, 600 metros sur, 200 metros este, Condominio Tierras del Este, casa N° 54, San José, Costa Rica, solicita la inscripción de: HEROE 21, como marca de fábrica y comercio en clase(s): 18 internacional(es), para proteger y distinguir lo siguiente: bultos, carteras, maletines, bolsos, valijas, bolsas de transporte. Fecha: 9 de enero del 2018. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 19 de diciembre del 2017. Solicitud Nº 2017-0012268. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley Nº 7978.—San José, 9 de enero del 2018.— Alex Villegas Méndez, Registrador.—( IN2018214739 ).

Mauricio Bonilla Robert, casado una vez, cédula de identidad N° 109030770, en calidad de apoderado especial de Industrias de Hilos, S. A. de C.V., con domicilio en Ilopango Departamento de San Salvador, El Salvador, solicita la inscripción de: VENADO, como marca de fábrica y comercio en clase(s): 23 internacional(es), para proteger y distinguir lo siguiente: Hilo para uso textil (hilo de coser). Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 31 de julio del 2017. Solicitud Nº 2017-0007351. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley Nº 7978.—San José, 8 de agosto del 2017.—Ildreth Araya Mesén, Registradora.—( IN2018214741 ).

Mauricio Bonilla Robert, casado una vez, cédula de identidad N° 109030770, en calidad de apoderado especial de Industrias de Hilos, S. A. de C.V., con domicilio en Ilopango Departamento de San Salvador, El Salvador, solicita la inscripción de: CANDADO, como marca de fábrica y comercio en clase(s): 23 internacional(es), para proteger y distinguir lo siguiente: Hilo para uso textil (hilo de coser). Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 31 de julio del 2017. Solicitud Nº 2017-0007350. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley Nº 7978.—San José, 8 de agosto del 2017.—Ildreth Araya Mesén, Registradora.—( IN2018214746 ).

Mauricio Bonilla Robert, casado una vez, cédula de identidad 109030770, en calidad de apoderado especial de Industria de Hilos S. A. de C. V. con domicilio en Ilopango, Departamento de San Salvador, El Salvador, solicita la inscripción de: STAR TEX como marca de fábrica y comercio en clase 24 internacional, para proteger y distinguir lo siguiente: Tejidos y productos textiles no comprendidos en otras clases, ropa de cama y de mesa. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 31 de julio del 2017, Solicitud Nº 2017-0007349. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley Nº 7978.—San José, 8 de agosto del 2017.—Ildreth Araya Mesén, Registradora.—( IN2018214747 ).

Mauricio Bonilla Robert, casado una vez, cédula de identidad 109030770, en calidad de apoderado especial de Ardo Coordination Center NV, con domicilio en Wezestraat 61, 8850 Ardooie, Bélgica, solicita la inscripción de: ardo como marca de fábrica y comercio en clases: 29 y 30. Internacionales.

Para proteger y distinguir lo siguiente: en clase 29: Productos congelados, de patata, frutas y hortalizas congeladas, pescado y carne congelados; postres congelados: comidas preparadas a base de carne extractos de carne, pescado, carne de ave, frutas y hortalizas en conserva, congeladas, secas y cocidas, huevos y/o leche. y en clase 30: Postres congelados y helados; comidas preparadas a base de arroz, pastas alimenticias, tapioca, sagú y/o harina; preparaciones a base de cereales y pan. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 4 de octubre de 2017. Solicitud Nº 2017-0009832. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley Nº 7978.—San José, 5 de febrero de 2018.—Wendy López Vindas, Registradora.—( IN2018214748 ).

Wencheng Ren Xu, casado, cédula de identidad Nº 800810710, en calidad de apoderado generalísimo de Corporación Z & G Ticos Dorados S. A., cédula jurídica Nº 3101364513, con domicilio en: Barrio México, frente a Tracopa, San José, Costa Rica, solicita la inscripción de: Kosswell

como marca de comercio en clase 3 internacional, para proteger y distinguir lo siguiente: tintes para cabello y artículos de belleza, cosméticos en general, shampús, lociones capilares, perfumes, cosméticos para el cabello y uñas, estética y cuerpo en general. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 25 de enero del 2018. Solicitud N° 2018-0000630. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley N° 7978.—San José, 31 de enero del 2018.—Johnny Rodríguez Garita, Registrador.—( IN2018214765 ).

Rocío Hernández Arley, casada una vez, cédula de identidad N° 106080941 con domicilio en San Pedro, Residencial Don Bosco, entrada principal, mano derecha 2da cuadra casa esquinera, Costa Rica, solicita la inscripción de: Bellgello UNIVERSE

como marca de fábrica y comercio en clase(s): 25 internacional(es), para proteger y distinguir lo siguiente: en clase 25: Prendas de vestir de niños, jóvenes y adultos. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 22 de enero del 2018. Solicitud Nº 2018-0000463. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley Nº 7978.—San José, 30 de enero del 2018.—Randall Abarca Aguilar, Registrador.—( IN2018214782 ).

Johanny Mena Campos, casado una vez, cédula de identidad N° 109510067, con domicilio en La Angostura Pérez Zeledón, 150 metros este y 150 norte del templo católico, San José, Costa Rica, solicita la inscripción de: LA MACHACA, como marca de fábrica y comercio en clase(s): 32 internacional(es).

Para proteger y distinguir lo siguiente: en clase 32; Cervezas. Reservas: de los colores: negro y blanco. Fecha: 15 de enero del 2018. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 21 de diciembre del 2017. Solicitud Nº 2017-0012373. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley Nº 7978.—San José, 15 de enero del 2018.—Milena Marín Jiménez, Registradora.—( IN2018214796 ).

Mauren Stephanie Díaz Segura, casada una vez, cédula de identidad N° 113090128, con domicilio en Ulloa, Residencial Los Arcos, Rotonda 14, casa Nº 94, Heredia, Costa Rica, solicita la inscripción de: DIVA COLLECTION,

como marca de fábrica comercio en clase(s): 18 internacional(es), para proteger y distinguir lo siguiente: artículos de equipaje y bolsas de transporte, paraguas y sombrillas. Reservas: de los colores blanco y negro. Fecha: 31 de enero de 2018. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 2 de octubre del 2017. Solicitud Nº 2017-0009688. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley Nº 7978.—San José, 31 de enero del 2018.—Sabrina Loaiciga Pérez, Registradora.—( IN2018214809 ).

Ericka Vanessa López Araya, casada una vez, cédula de identidad 111690577 con domicilio en Goicoechea, Guadalupe, El Alto, de la Iglesia Vida Abundante, 200 metros norte, 100 metros oeste y 15 metros sur, Barrio La Flor, San José, Costa Rica, solicita la inscripción de: Artela

como marca de fábrica y comercio en clases: 16 y 24. Internacionales. Para proteger y distinguir lo siguiente: en clase 16: Libros para niños hechos con tela como material principal y diversos materiales añadidos a la tela y en clase 24: Adornos de tela para festividades, artículos de tela para hogar (cortinas, ropa de cama, manteles, limpiones, protectores de electrodomésticos). Reservas: De los colores: negro, rojo, blanco, rosado, turquesa, celeste, lila, verde, gris. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 13 de diciembre de 2017. Solicitud Nº 2017-0012090. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley Nº 7978.—San José, 24 de enero de 2018.—Ivonne Mora Ortega, Registradora.—( IN2018214816 ).

Ericka Vanessa López Araya, casada una vez, cédula de identidad Nº 111690577, con domicilio en: Goicoechea, Guadalupe, El Alto, de la Iglesia Vida Abundante, 200 metros norte,100 metros oeste y 15 metros sur, Barrio La Flor, San José, Costa Rica, solicita la inscripción de: Artela

como marca de fábrica y comercio en clases: 18 y 25 internacionales, para proteger y distinguir lo siguiente: en clase 18: Ropa para animales y en clase 25: Ropa para humanos. Reservas: de los colores: negro, rojo, blanco, rosado, turquesa, celeste, lila, verde, gris. Fecha: 24 de enero de 2018. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 13 de diciembre del 2017. Solicitud N° 2017-0012091. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley N° 7978.—San José, 24 de enero del 2018.—Ivonne Mora Ortega, Registradora.—( IN2018214817 ).

Rebeca Linox Chacón, casada una vez, cédula de identidad 109680428, en calidad de Apoderada Especial de José Leonardo Jiménez Montero, casado una vez, cédula de identidad 205400926 con domicilio en La Unión, Lomas de Ayarco Sur, del Colegio Iribó 25 metros al sur, 100 al oeste, 200 sur, 100 oeste y 25 sur, Cartago, Costa Rica, solicita la inscripción de: LASERPLOTT Studio Design LP

como nombre comercial, en clase internacional, para proteger y distinguir lo siguiente: en clase 49; Un establecimiento comercial dedicado a brindar servicios de Ploteo (impresión realizada por plotter de impresión), y servicios de corte y/o grabado utilizando láser. Reservas: De los colores: rojo, negro y blanco. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 22 de enero del 2018. Solicitud Nº 2018-0000473. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978.—San José, 2 de febrero del 2018.—Randall Abarca Aguilar, Registrador.—( IN2018214835 ).

Ariana Azofeifa Vaglio, cédula de identidad 109540679, en calidad de Apoderada Especial de Estel Ingeniería y Obras de Costa Rica Sociedad de Responsabilidad Limitada, cédula jurídica 3102730133, con domicilio en Carrillo, Sardinal, Playas del Coco, centro comercial Plaza Colonial, oficina cuatro, Guanacaste, Costa Rica, solicita la inscripción de: estel

como nombre comercial, en clase internacional, para proteger y distinguir lo siguiente: en clase 49: Un establecimiento comercial dedicado a brindar servicios de ingeniería e instalación integral de: electricidad, fontanería, climatización, telecomunicaciones, contra incendios, climatización mecánica e hidráulicas e instalaciones especiales; así como su debido mantenimiento. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 28 de setiembre del 2017. Solicitud Nº 2017-0009627. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978.—San José, 27 de noviembre del 2017.—César Alfonso Rojas Zúñiga, Registrador.—( IN2018214838 ).

Simón Alfredo Valverde Gutiérrez, casado, cédula de identidad 303760289, en calidad de apoderado especial de Jonathan José Vargas Rodríguez, Cédula de identidad 205800764con domicilio en casa A35 Condominio San Ignacio, San Nicolás, Central, Cartago, Costa Rica, solicita la inscripción de: LIBREFIRMA como marca de fábrica y comercio en clase 9 internacional, para proteger y distinguir lo siguiente: en clase 9; Programas de computación de firma digital. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 22 de diciembre del 2017, solicitud Nº 2017-0012478. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley Nº 7978.—San José, 18 de enero del 2018.—Wendy López Vindas, Registradora.—( IN2018214882 ).

Simón Alfredo Valverde Gutiérrez, casado, cédula de identidad 303760289, en calidad de apoderado especial de Jonathan José Vargas Rodríguez, cédula de identidad 205800764 con domicilio en casa A35 Condominio San Ignacio, San Nicolás, Central, Cartago, Costa Rica, solicita la inscripción de: METRO BPM como marca de fábrica y comercio en clase 9 internacional, para proteger y distinguir lo siguiente: en clase 9; Programas de computación. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 22 de diciembre del 2017, solicitud Nº 2017-0012479. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley Nº 7978.—San José, 18 de enero del 2018.—Wendy López Vindas, Registradora.—( IN2018214885 ).

Simón Alfredo Valverde Gutiérrez, casado, cédula de identidad 303760289, en calidad de Apoderado Especial de Jonathan José Vargas Rodríguez, soltero, cédula de identidad 205800764 con domicilio en casa A35 Condominio San Ignacio, San Nicolás, Central, Cartago, Costa Rica, solicita la inscripción de: ALKAID como marca de servicios, en clase 42 internacional.

Para proteger y distinguir lo siguiente: en clase 42; Servicios científicos y tecnológicos, así como servicios de investigación y diseño en estos ámbitos; servicios de análisis e investigación industriales; diseño y desarrollo de equipos informáticos y de software. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 22 de diciembre del 2017. Solicitud Nº 2017-0012476. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978.—Wendy López Vindas, Registradora.—( IN2018214887 ).

Simón Alfredo Valverde Gutiérrez, casado, cédula de identidad 303760289, en calidad de apoderado especial de Jonathan José Vargas Rodríguez, soltero, cédula de identidad 205800764 con domicilio en casa A35 Condominio San Ignacio, San Nicolás, Central, Cartago, Costa Rica, solicita la inscripción de: ALKAID como marca de servicios en clase 42 internacional, para proteger y distinguir lo siguiente: en clase 42: Servicios científicos y tecnológicos, así como servicios de investigación y diseño en estos ámbitos: servicios de análisis e investigación industriales: diseño y desarrollo de equipos informáticos y de software. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 22 de diciembre del 2017, solicitud Nº 2017-0012477. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley Nº 7978.—San José, 18 de enero del 2018.—Wendy López Vindas, Registradora.—( IN2018214889 ).

Mayra Cecilia Jiménez Murillo, soltera, cédula de identidad 503470498 con domicilio en Guayabo de Bagaces, 3 km al noreste del Bar Caballo Blanco, camino a Pueblo Nuevo, Costa Rica, solicita la inscripción de: LACTEOS MOGOTE

como marca de fábrica y comercio, en clase 29 internacional, para proteger y distinguir lo siguiente: en clase 29; queso semiduro, queso tierno, queso ahoga pollo, queso palmito, natilla, yogurt. Reservas: De los colores: verde, amarillo, rojo. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 20 de setiembre del 2017. Solicitud Nº 2017-0008848. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978.—San José, 26 de octubre del 2017.—Johnny Rodríguez Garita, Registrador.—( IN2018214897 ).

Melissa Ramírez Fernández, casada una vez, cédula de identidad Nº 110800672, con domicilio en: 50 mts norte Liceo Samuel Sáenz, Heredia, Costa Rica, solicita la inscripción de: DS DRESS STUDIO

como marca de comercio en clase 25 internacional, para proteger y distinguir lo siguiente: prendas de vestir, calzado, artículos de sombrerería. Reservas: de los colores: dorado, negro y gris. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 23 de enero del 2018. Solicitud N° 2018-0000526. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley N° 7978.—San José, 01 de febrero del 2018.—Milena Marín Jiménez, Registradora.—( IN2018214912 ).

Mariana Vargas Roqhuett, soltera, cédula de identidad 304260709, en calidad de apoderado especial de Loh Enterprises, LLC con domicilio en 318 Davis Street, Clarks Summit, PA, 18411, Estados Unidos de América, solicita la inscripción de: Movilidad e Independencia como marca de servicios en clase 35 internacional, para proteger y distinguir lo siguiente: en clase 35: Publicidad de distribuidores mayoristas en el campo de equipos médicos. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 14 de noviembre del 2017, Solicitud Nº 2017-0011162. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley Nº 7978.—San José, 10 de enero del 2018.—Wendy López Vindas, Registradora.—( IN2018214954 ).

Mariana Vargas Roqhuett, soltera, cédula de identidad 304260709, en calidad de apoderada especial de Rubell Corp, con domicilio en Flemming House Wickhams Cay, Po Box 662, Road Town, Tórtola, Islas Vírgenes (Británicas), solicita la inscripción de: TAS! como marca de fábrica en clases: 29 y 30. Internacionales.

Para proteger y distinguir lo siguiente: en clase 29: Frutas, legumbres, vegetales y hortalizas secas, horneadas y/o fritas. Semillas, manís y nueces, horneadas, fritas o en conserva o condimentadas, boquitas de papas, plátanos, bananos y tubérculos, ya sea fritos, horneados o procesados de alguna forma, boquitas de o a base de cerdo, boquitas de o a base de leguminosas, frituras comestibles a base de frutas, verduras o vegetales, y en clase 30: Palomitas de maíz naturales o saborizadas. Reservas: De los colores: anaranjado, rojo y blanco. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 22 de agosto de 2017. Solicitud Nº 2017-0008175. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley Nº 7978.—San José, 8 de enero de 2018.—Jamie Phillips Guardado, Registrador.—( IN2018214955 ).

Mariana Vargas Roqhuett, soltera, cédula de identidad 304260709, en calidad de apoderado especial de Mavic S.A. R.L. con domicilio en 19, Rue Du Commerce, 1351, Luxemburgo, solicita la inscripción de:

como marca de fábrica en clase 25 internacional, para proteger y distinguir lo siguiente: en clase 25: Ropa, calzado, artículos de sombrerería; camisetas; polos, suéteres; suéteres con capucha; chaquetas (ropa, sudaderas; gorras sombreros); tapas; chales; Puños (prendas de vestir); disfraces; cinturones, (ropa); ropa interior; calcetines; overoles; guantes [ropa]. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 11 de diciembre del 2017, Solicitud Nº 2017-0012007. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley Nº 7978.—San José, 20 de diciembre del 2017.—Johnny Rodríguez Garita, Registrador.—( IN2017214972 ).

María Vargas Uribe, divorciada, cédula de identidad 107850618, en calidad de apoderada especial de Neostrata Company Inc., con domicilio en 307 College Road East, Princeton, New Jersey 08540, Estados Unidos de América, solicita la inscripción de: VESPERA como marca de fábrica y comercio en clase: 3 Internacionales para proteger y distinguir lo siguiente: en clase 3; Productos de uso cosmético, a saber, limpiadoras faciales para uso cosmético, lociones para uso cosmético, hidratantes para uso cosmético, cremas para uso cosmético, geles para uso cosmético, sueros para uso cosmético, tonificadoras para uso cosmético, productos de uso cosmético, a saber, lavados exfoliantes para uso cosmético, lociones exfoliantes para uso cosmético, exfoliantes en forma granulada para uso cosmético, protectores solares para uso cosmético, mascarillas faciales para uso cosmético, productos para dermoabrasión (peeling) facial para uso cosmético, cremas y sueros anti envejecimiento para uso cosmético; productos de uso cosmético, a saber, limpiadoras para el cuerpo para uso cosmético, lociones para uso cosmético, hidratantes para uso cosmético, cremas para uso cosmético, geles para uso cosmético; cremas para los ojos para uso cosmético, mascarillas para párpados para uso cosmético; cosméticos a saber, bases de maquillaje y corrector, todos los productos antes mencionados comprendidos en ésta clase. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 25 de enero del 2018. Solicitud N° 2018-0000637. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978.—San José, 01 de febrero del 2018.—Grettel Solís Fernández, Registradora.—( IN2018214976 ).

Rafael Méndez Jiménez, casado una vez, cédula de identidad 203180604, con domicilio en Concepción, San Ramón, 1 km al norte de la Escuela Mercedes Quesada Quesada, Alajuela, Costa Rica, solicita la inscripción de: CAFÉ Doña Paula “Más que un buen café”

como marca de fábrica y comercio en clase: 30. Internacional. Para proteger y distinguir lo siguiente: en clase 30: Café y sucedáneos del café. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 12 de diciembre de 2017. Solicitud Nº 2017-0012031. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley Nº 7978.—San José, 29 de enero de 2018.—César Alfonso Rojas Zúñiga, Registrador.—( IN2018215004 ).

Ana Catalina Monge Rodríguez, casada dos veces, cédula de identidad Nº 108120604, en calidad de apoderada especial de SMA Solar Technology AG., con domicilio en: Sonnenallee 1, 34266 Niestetal, Alemania, solicita la inscripción de: SMA

como marca de fábrica y servicios en clases: 6, 9, 16, 37, 38, 41 y 42 internacionales, para proteger y distinguir lo siguiente: en clase 6: construcciones transportables mecánicas para sostener aparatos eléctricos, en particular inversores; en clase 9: programas de cómputo; programa de computo (software) para controlar y administrar aparatos de energía tecnológica; programa de cómputo (software) para presentación de datos de aparatos con energía tecnológica; programa de cómputo (software) para proveer acceso a la información en la internet en el campo de la energía tecnológica; aparatos e instrumentos para la conducción; interrupción, acumulación, regulación y control de la electricity; aparatos e instrumentos para la medición y análisis de la electricidad, aparatos de exhibición eléctricos; aparatos de procesador de datos; enchufes eléctricos; conectores eléctricos enchufables; aparatos eléctricos controladores de procesos; interruptores eléctricos; invertidor; transformadores eléctricos; rectificadores; conductores eléctricos; conectores de poder; paneles de control eléctrico; módulos solares; celdas solares; aparatos eléctricos para red de monitoreo; controlador de energía eléctrica; aparatos, instrumentos y cables para electricidad; indicadores eléctricos; aparatos para la transmisión de datos; red de datos; bases de datos; aparatos para comunicaciones de datos; sistema de procesamiento de datos; programas de cómputo para procesamiento de datos; unidad de intercambio de datos; redes de transmisión de datos; systemas de recolección de datos; aplicaciones para teléfonos móviles; aparatos de comunicación satelital; aparatos de regulación eléctrica; aparatos de señalización; convertidores; transformadores eléctricos: rectificadores de corriente; conductores eléctricos; conectores de energía: paneles de control eléctrico; bobinas electromagnéticas; cajas de distribución eléctrica; cajas de interruptor eléctrico; interruptores eléctricos; transistores electrónicos; voltímetros; terminales eléctricas, transmisores mecánicos, circuitos de control electrónico, circuitos eléctricos y tableros de circuitos, interfaces para computadoras; programa de cómputo para automatizar el almacenamiento de datos unidades de procesamiento central (procesadores); aparatos, instrumentos y cables para electrividad, aparatos para la distribución de energía eléctrica, aparatos e instrumentos para el monitoreo eléctrico; en clase 16: manuales, materiasl de enseñanaza (no incluye aparatos); instrumentos de escritura, en particular lápices y bolígrafos; requerimientos de oficina (excepto muebles), en particular carpetas y almohadillas, folletos y prospectos; en clase 37: instalación, reparación y mantenimiento de sistemas de generación de eléctrica, fotovoltaica y solar; los servicios anteriormente mencionados en conección con garantías y disponibilidad de garantías en repuestos; mantenimiento; reparación, reemplazo y afinamiento de componentes, partes y sistemas de los sistemas de generación solar, fotovoltaica y eléctricoa; proveyendo información relativa a la instalación; trabajos de reparación y mantenimiento respecto a las instalaciones suplidoras solares, fotovoltaicas y eléctricas como un centro de llamadas (call center); en clase 38: provisión de acceso a un portal de Internet, que ofrece servicios de mercadeo a comerciantes en el campo de la energía renovable; provisión de un acceso a portales de internet y bases de datos que monitorean las instalaciones fotovoltaicas y los datos operativos; en clase 41: educación y entrenamiento con respecto a tecnología solar y en clase 42: servicios de asesoría técnica concerniente a dispositivos y sistemas; contemplados en la clase 09; para la técnica de medir, controlar, regular y analizar; especialmente la técnica solar, para dispositivos para conducir, interrumpir, almacenar, regular y controlar la electricidad; para los dispositivos suplidores de energía y los sistemas de técnica de la transformación de energía solar; para transformadores, convertidores, inversores, convertidores de corriente directa, acumuladores, así como dispositivos para la medición y control correspondiente, para sistemas de plata solar para generación de electricidad; monitoreo técnico, denominados inspección de instalaciones proveedores de energía solar, fotovoltaica y eléctrica; asesoría técnica relativa a suministro de instalaciones de energía solar, fotovoltaica y eléctrica. Reservas: de los colores: azul y rojo. Fecha: 24 de enero de 2018. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 19 de diciembre del 2017. Solicitud N° 2017-0012235. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley N° 7978.—San José, 24 de enero del 2018.—Rándall Abarca Aguilar, Registrador.—( IN2018215017 ).

Ana Catalina Monge Rodríguez, casada dos veces, cédula de identidad 108120604, en calidad de apoderada especial de SMA Solar Technology AG, con domicilio en Sonnenallee 1, 34266 Niestetal, Alemania, solicita la inscripción de: SMA

como marca de fábrica y servicios en clases: 6; 9; 16; 37; 38; 41 y 42. Internacionales. Para proteger y distinguir lo siguiente: en clase 6: Construcciones transportables mecánicas para sostener aparatos eléctricos, en particular inversores, en clase 9: Programas de cómputo; programa de cómputo (software) para controlar y administrar aparatos de energía tecnológica; programa de cómputo (software) para presentación de datos de aparatos con energía tecnológica; programa de cómputo (software) para proveer acceso a la información en la internet en el campo de la energía tecnológica; aparatos e instrumentos para la conducción; interrupción, acumulación, regulación y control de la electricista; aparatos instrumentos para la medición y análisis de la electricidad, aparatos de exhibición eléctricos; aparatos de procesador de datos; enchufes eléctricos; conectores eléctricos enchufables; aparatos eléctricos controladores de procesos; interruptores eléctricos; invertidor; transformadores eléctricos; rectificadores; conductores eléctricos; conectores de poder; paneles de control eléctrico; módulos solares; celdas solares; aparatos eléctricos para red de monitoreo; controlador de energía eléctrica; aparatos, instrumentos y cables para electricidad; indicadores eléctricos: aparatos para la transmisión de datos; red de datos; bases de datos; aparatos para comunicaciones de datos; sistema de procesamiento de datos; programas de cómputo para procesamiento de datos; unidad de intercambio de datos; redes de transmisión de datos; systemas de recolección de datos; aplicaciones para teléfonos móviles; aparatos de comunicación satelital; aparatos de regulación eléctrica; aparatos de señalización; convertidores; transformadores eléctricos; rectificadores de corriente; conductores eléctricos; conectores de energía; paneles de control eléctrico; bobinas electromagnéticas; cajas de distribución eléctrica; cajas de interruptor eléctrico; interruptores eléctricos; transistores electrónicos; voltímetros; terminales eléctricas, transmisores mecánicos, circuitos de control electrónico; circuitos eléctricos y tableros de circuitos; interfaces para computadoras; programa de cómputo para automatizar el almacenamiento de datos; unidades de procesamiento central (procesadores);aparatos, instrumentos y cables para electricidad; aparatos para la distribución de energía eléctrica, aparatos e instrumentos para el monitoreo eléctrico, en clase 16: Manuales, materias de enseñanza (no incluye aparatos); instrumentos de escritura, en particular lápices y bolígrafos; requerimientos de oficina (excepto muebles), en particular carpetas y almohadillas; folletos y prospectos, en clase 37: Instalación, reparación y mantenimiento de sistemas de generación de eléctrica, fotovoltaica y solar; los servicios anteriormente mencionados en conexión con garantías y disponibilidad de garantías en repuestos; mantenimiento; reparación, reemplazo y afinamiento de componentes, partes y sistemas de los sistemas de generación solar, fotovoltaica y eléctrico; proveyendo información relativa a la instalación; trabajos de reparación y mantenimiento respecto a las instalaciones suplidoras solares, fotovoltaicas y eléctricas como un centro de llamadas (call center), en clase 38: Provisión de acceso a un portal de internet que ofrece servicios de mercadeo a comerciantes en el campo de la energía renovable; provisión de un acceso a portales de internet y bases de datos que monitorean las instalaciones fotovoltaicas y los datos operativos, en clase 41: Educación y entrenamiento con respecto a tecnología solar. y en clase 42: Servicios de asesoría técnica concerniente a dispositivos y sistemas; contemplados en la clase 09: para la técnica de medir, controlar, regular y analizar; especialmente la técnica solar, para dispositivos para conducir, interrumpir, almacenar, regular y controlar la electricidad; para los dispositivos suplidores de energía y los sistemas de técnica de la transformación de energía solar; para transformadores, convertidores, inversores, convertidores de corriente directa, acumuladores, así como dispositivos para la medición y control correspondiente, para sistemas de plata solar para generación de electricidad; monitoreo técnico, denominados inspección de instalaciones proveedores de energía solar, fotovoltaica y eléctrica; asesoría técnica relativa a suministro de instalaciones de energía solar, fotovoltaica y eléctrica. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 19 de diciembre de 2017. Solicitud Nº 2017-0012234. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley Nº 7978.—San José, 24 de enero de 2018.—Randall Abarca Aguilar, Registrador.—( IN2018215018 ).

Fabián Abadía Flores, casado una vez, cédula de identidad 110220673 con domicilio en Grecia Condominio Montezuma, Alajuela, Costa Rica, solicita la inscripción de: My Treat

como marca de servicios en clase 42 internacional, para proteger y distinguir lo siguiente: en clase 42: Servicios brindados en el ámbito tecnológico, por medio de una solución integral para comercios y usuarios finales para facilitar hacer pedidos y realizar pagos, brindándoles la opción de tener cuentas separadas (cuenta individual por usuario), facturación electrónica, historial y detalle de lo consumido y lo pagado en el comercio, todo a través de una aplicación móvil. Reservas: Del colores: Rojo. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 2 de octubre del 2017, Solicitud Nº 2017-0009681. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley Nº 7978.—San José, 23 de enero del 2018.—Rolando Cardona Monge Registrador.—( IN2018215026 ).

Luis Diego Castro Chavarría, cédula de identidad 1-0669-0228, en calidad de apoderado especial de Victoria’s Secret Stores Brand Management Inc., con domicilio en 4 Limited Parkvvay, Reynoldsburg, Ohio 43068, Estados Unidos de América, solicita la inscripción de: VICTORIA’S SECRET como marca de fábrica y comercio en clase: 4 Internacional para proteger y distinguir lo siguiente: en clase 4; Candelas, candelas perfumadas, candelas votivas, mechas para candelas. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 16 de agosto del 2017. Solicitud N° 2017-0007960. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978.—San José, 12 de setiembre del 2017.—Katherin Jiménez Tenorio, Registradora.—( IN2018215038 ).

Luis Pal Hegedus, casado, cédula de identidad 105580219, en calidad de apoderado especial de Kylie Jenner Inc., con domicilio en C/O Boulevard Management Inc., 21731 Ventura Blvd., Suite 300, Woodland Hills, CA 91364, Estados Unidos de América, solicita la inscripción de: KYLIE como marca de fábrica y comercio en clase: 3. Internacional para proteger y distinguir lo siguiente: en clase 3; Cosméticos. Prioridad: Se otorga prioridad N° 87/325706 de fecha 06/02/2017 de Estados Unidos de América. Fecha: 14 de setiembre de 2017. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 04 de agosto del 2017. Solicitud N° 2017-0007536. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978.—San José, 14 de setiembre del 2017.—Milena Marín Jiménez, Registradora.—( IN2018215039 ).

Luis Pal Hegedus, casado una vez, cédula de identidad 105580219, en calidad de apoderado especial de UPL Corporation Limited con domicilio en 5Th Floor, Newport Building, Louis Pasteur Street, Port Louis, Mauricio, Mauricio, solicita la inscripción de: LIFELINE como marca de fábrica y comercio en clases: 1 y 5 Internacionales para proteger y distinguir lo siguiente: en clase 1: Productos fertilizantes y químicos para uso en la agricultura, fertilizantes multi-micro nutrientes, nutriente orgánico para el crecimiento de plantas, aditivos químicos para fungicidas, aditivos químicos para insecticidas, conservantes para flores, químicos para silvicultura, fósforo. y en clase 5: Pesticidas, insecticidas, fungicidas, herbicidas, vermicidas, sustancias para matar roedores, preparaciones para eliminar mala hierba y destruir plagas. Fecha: 9 de octubre de 2017. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 27 de julio del 2017. Solicitud N° 2017-0007238. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978.—San José, 09 de octubre del 2017.—Jamie Phillips Guardado, Registrador.—( IN2018215040 ).

Luis Pal Hegedüs, casado una vez, cédula de identidad 105580219, en calidad de apoderado especial de Can Technologies Inc., con domicilio en 9350 Excelsior Blvd., Hopkins, MN 55343, Estados Unidos de América, solicita la inscripción de: TRUVISOR como marca de fábrica y comercio en clases: 5 y 31 Internacionales para proteger y distinguir lo siguiente: en clase 5; suplementos de alimento para animales y en clase 31; alimento para animales. Fecha: 4 de octubre de 2017. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 21 de setiembre del 2017. Solicitud N° 2017-0009287. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978.—San José, 04 de octubre del 2017.—Rina Ruiz Mata, Registradora.—( IN2018215041 ).

Simón Alfredo Valverde Gutiérrez, casado, cédula de identidad N° 303760289, en calidad de apoderado especial de Ilegal Mezcal, S. A., con domicilio en Sur 11C Antigua Guatemala Sacatepequez Guatemala 03001, Panamá, solicita la inscripción de: ILEGAL MEZCAL

como marca de fábrica y comercio en clase(s): 33 internacional(es), para proteger y distinguir lo siguiente: en clase 33: Mezcal y crema de mezcal. Fecha: 22 de setiembre del 2017. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 12 de setiembre del 2017. Solicitud Nº 2017-0008956. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley Nº 7978.—San José, 22 de setiembre del 2017.—Rolando Cardona Monge, Registrador.—( IN2018215042 ).

Luis Pal Hegedüs, casado una vez, cédula de identidad 1558219, en calidad de apoderado especial de Bath & Body Works Brand Management Inc. con domicilio en Seven Limited Parkvvay, Reynoldsburg, Ohio 43068, Costa Rica, solicita la inscripción de: AQUA COOL como marca colectiva en clase: 3 Internacional para proteger y distinguir lo siguiente: en clase 3; productos para cuidado personal, a saber, aceite corporal, exfoliante corporal, polvo para el cuerpo, crema para el cuerpo, cremas para cutículas, crema para los ojos, crema facial, crema para labios, crema para pies, baños de burbujas, gel de ducha, baño, de crema para la ducha, aceite de baño, sales de baño, exfoliantes de piel, geles para los ojos, mascarillas faciales, rocío facial remojadores para los pies, loción para el cuerpo, loción de mano, loción facial, humectantes para la piel, limpiadores faciales no medicados, jabón para el cuerpo, jabón facial, jabón de 010 manos, loción para el bronceado sin sol, loción bronceadora, loción bloqueadora del sol. Fecha: 14 de setiembre de 2017. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 25 de agosto del 2017. Solicitud N° 2017-0008388. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978.—San José, 14 de setiembre del 2017.—Grettel Solís Fernández, Registradora.—( IN2018215043 ).

Luis Pal Hegedüs, casado, cédula de identidad 105580219, en calidad de apoderado especial de Can Technologies Inc., con domicilio en 15407 Mcginty Road West, Wayzata, MN55391, Estados Unidos de América, solicita la inscripción de: EWOS ESSENTIAL como marca de fábrica y comercio en clase: 31 Internacional para proteger y distinguir lo siguiente: en clase 31: Alimento para animales. Fecha: 24 de noviembre de 2017. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 18 de mayo del 2017. Solicitud N° 2017-0004664. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978.—San José, 24 de noviembre del 2017.—Katherine Jiménez Tenorio, Registradora.—( IN2018215047 ).

Simón Alfredo Valverde Gutiérrez, casado, cédula de identidad 303760289, en calidad de Apoderado Especial de Can Technologies Inc., con domicilio en 15407 Mcginty Road West, Wayzata, MN 55391, Estados Unidos de América, solicita la inscripción de: EWOS ADVANCE como marca de fábrica y comercio en clase 31 internacional, para proteger y distinguir lo siguiente: en clase 31: Alimentos para animales acuáticos. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 29 de mayo del 2017. Solicitud Nº 2017-0005013. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978.—San José, 23 de noviembre del 2017.—Ivonne Mora Ortega, Registradora.—( IN2018215048 ).

Luis Pal Hegedüs, casado una vez, cédula de identidad Nº 105580219, en calidad de apoderado especial de Instituto Cervantes; Universidad de Buenos Aires; Universidad de Salamanca y Universidad Nacional Autónoma de México, con domicilios respectivamente en Alcalá, 49, 28014 Madrid, España; Viamonte 430 Buenos Aires, Argentina; Patio de Escuelas Menores, 1. Salamanca, España; y Torre de Rectoría 6º piso, Circuito Universitario, Ciudad Universitaria, Delegación Coayacán, Ciudad de México, México, solicita la inscripción de: siele SERVICIO INTERNACIONAL DE EVALUACIÓN DE LA LENGUA ESPAÑOLA

como marca de servicios, en clase: 41 internacional. Para proteger y distinguir lo siguiente, en clase 41: servicios de enseñanza del idioma español como lengua extranjera, formación de profesorado, organización de pruebas pedagógicas y exposición con fines culturales o educativos; edición de textos y videos educativos. Fecha: 07 de noviembre del 2017. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 25 de octubre del 2017. Solicitud Nº 2017-0010474. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley Nº 7978.—San José, 07 de noviembre del 2017.—Cesar Alfonso Rojas Zúñiga, Registrador.—( IN2018215049 ).

Simón Alfredo Valverde Gutiérrez, casado, cédula de identidad 303760289, en calidad de Apoderado Especial de Fluence Corporation Limited con domicilio en Level 3, 62 Lygon Street, Carlton, Victoria 3053, Australia, solicita la inscripción de: FLUENCE como marca de fábrica y servicios, en clase 7; 9; 11; 37; 39; 40 y 42 internacional, para proteger y distinguir lo siguiente: en clase 7; Aireador (dispositivos de aireación). En clase 9; Aparatos, instalaciones, bio-reactores, tanques para generación de electricidad electroquímica, a saber, celdas de electrólisis, celdas de combustible y conductores eléctricos, ninguno de los anteriores es o contiene baterías. En clase 11; Aparatos, instalaciones, bio-reactores y tanques, para el tratamiento y purificación de aguas residuales; unidades de purificación de aguas residuales; equipo para tratamiento agua, a saber, unidades de filtración de agua. En clase 37; Construcción, instalación, mantenimiento y reparación de sistemas y plantas de tratamiento y purificación de aguas residuales; construcción de plantas de tratamiento de aguas; construcción, instalación, mantenimiento y reparación de sistemas y plantas de generación de energía y electricidad; servicios de consultaría para la construcción de plantas de tratamiento y purificación de aguas, plantas de tratamiento de desechos sólidos y otras instalaciones de infraestructura municipal. En clase 39; Suministro de agua; distribución de agua; servicios públicos, a saber, suministro de servicios de agua; servicios de entrega de agua. En clase 40; Tratamiento y purificación de aguas residuales; generación de energía; generación de electricidad; servicios de tratamiento de agua; tratamiento y purificación del agua; servicios de generación de desechos a energía, y en clase 42; Servicios de ingeniería y consultoría en ingeniería para la construcción de sistemas y plantas de tratamiento y purificación de agua; servicios de ingeniería y consultoría en ingeniería para la construcción de sistemas y plantas de generación eléctrica; servicios de ingeniería para la construcción de plantas de tratamiento de desechos sólidos y de otras instalaciones de infraestructura municipal. Prioridad: Se otorga prioridad N° 01829781 de fecha 06/03/2017 de Australia. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 5 de setiembre del 2017. Solicitud Nº 2017-0008711. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978.—San José, 20 de noviembre del 2017.—Grettel Solís Fernández, Registradora.—( IN2018215050 ).

Luis Pal Hededüs, casado una vez, cédula de identidad 105580219, en calidad de Apoderado Especial de UPL Corporation Limited con domicilio en 5th Floor, Newport Building, Louis Pasteur Street, Port Louis, Mauricio, solicita la inscripción de: LIFELINE FLASH como marca de fábrica y comercio, en clase 1 y 5 internacionales, para proteger y distinguir lo siguiente: en clase 1: Productos fertilizantes y químicos para uso en la agricultura, fertilizantes multimicro nutrientes, nutriente orgánico para el crecimiento de plantas, aditivos químicos para fungicidas, aditivos químicos para insecticidas, conservantes para flores, químicos para silvicultura, fósforo, y en clase 5: Pesticidas, insecticidas, fungicidas, herbicidas, vermicidas, sustancias para matar roedores, preparaciones para eliminar mala hierba y destruir plagas. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 27 de setiembre del 2017. Solicitud Nº 2017-0007237. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978.—San José, 29 de noviembre del 2017.—Jamie Phillips Guardado, Registrador.—( IN2018215052 ).

Luis Pal Hegedüs, casado, cédula de identidad 105580219, en calidad de Apoderado Especial de Can Technologies, Inc., con domicilio en 15407 Mcginty Road West, Wayzata, MN 55391, Estados Unidos de América, solicita la inscripción de: READY2MILK como marca de fábrica y servicios, en clases 31 y 44 internacionales, para proteger y distinguir lo siguiente: en clase 31; Alimentos para animales que mejora el período de transición en vacas lactantes, y en clase 44; Asesoría en relación con la alimentación de animales; servicio de racionamiento de alimento para animales; asesoría en relación con la cría de animales; suministro de información relacionada con la cría de animales; servicios de agricultura; servicios de ganadería; servicios de consultoría relacionados con agricultura. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 21 de setiembre del 2017. Solicitud Nº 2017-0009290. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978.—San José, 4 de diciembre del 2017.—Bernard Molina Alvarado, Registrador.—( IN2018215053 ).

Francisco Antonio Acuña Flaque, soltero, cédula de identidad Nº 117600661 con domicilio en: Central, San Antonio, de la rotonda Siquiares, Coyol, 50 metros noreste, casa a mano derecha, portón color café, Alajuela, Costa Rica, solicita la inscripción de: M MALIA

como marca de fábrica y comercio en clases: 25, 28. Internacionales. Para proteger y distinguir lo siguiente: en clase 25: prendas de vestir, calzado, artículos de sombrerería, y en clase 28: artículos de gimnasia y deporte. Fecha: 02 de febrero de 2018. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 24 de enero del 2018. Solicitud N° 2018-0000559. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley N° 7978.—San José, 02 de febrero del 2018.—Rolando Cardona Monge, Registrador.—( IN2018215056 ).

Ricardo Alberto Vargas Valverde, cédula de identidad 106530276, en calidad de Apoderado Especial de Star War Holdings Corp., con domicilio en Saint Kitts and Nevis, Charlestown Nevis, Hunkins Waterfront Plaza, Suite 556, Mainstreet, Estados Unidos de América, solicita la inscripción de: S H U  S H O P

como marca de comercio, en clases 18 y 25 internacional, para proteger y distinguir lo siguiente: en clase 18; Billeteras; monederos; monederos de tela; bolsos de deporte; armazones de bolsos; bolsos de playa; bolsos de viaje; neceseres (equipaje); bolsos de mano; bolsos de campamento; bolsos de montañismo; carteras (bolsos de mano); armazones de carteras (bolsos de mano); bolsas; talegas (bolsas); bolsas de playa; bolsas de viaje; bolsas para la compra; bolsas cosmetiqueras (vacías); mochilas; alforjas (bolsas); estuches para cosméticos (vacíos); bolsas de herramientas vacías; bolsas de red para la compra; bolsas de medas para la compra; bolsas de viaje; bolsas (sobres, bolsitas) de cuero para empaquetar; estuche de viaje para corbatas (marroquinería); portatarjetas; carteras para tarjetas de presentación (tarjeteros); cajas de cuero o cartón cuero; carteras de bolsillo; carteras escolares; carteras pan tarjetas de visita (tarjeteros), tarjeteros (carteras); estuches para artículos de tocador, estuches de cuero o cartón cuero; estuches de viaje (artículos de marroquinería); mochilas escolares; portafolios (artículos de marroquinería); portafolios escolares; chaucheras (monederos); alforjas; baúles (equipaje); baúles de viaje; carteras (bolsos de mano); bolsitos de mano; morrales; morrales de caza; monederos de malla; maletas; maletas con ruedas; maletas de mano; maletines para documentos; artículos de guarnicionería; artículos de equipaje y bolsas de transporte; y en clase 25; Prendas de vestir, a saber: camisetas, pantalones, shorts, suéteres, vestidos, faldas, sudaderas, playeras, chaquetas, abrigos, trajes de baño (bañadores), bikinis, pareos, sarongs (pareos), bufandas, sombreros, guantes (prendas de vestir) calzado; prendas de vestir, alpargatas; bañadores; bandanas; bermudas (prendas de vestir); blusas; botas; botines; bufandas; calcetines; camisas; camisas de manga corta; camisetas (de manga corta); chalecos; chales; chalinas; chamarras rompe vientos (prendas de vestir); chaquetas; conjuntos para vestir, corbatas; corbatín (prendas de vestir); calzado de deportes; filares; gabardinas (prendas de vestir); gorras; gorros; guayaberas; huaraches (sandalias); huipiles (vestimenta); jerseys (prendas de vestir); leggings (pantalones); orejeras (prendas de vestir); pantalones; pecheras de camisa; pijamas; calzado de playa; ropa de playa; ropa exterior; ropa de deporte; artículos de sombrerería; suéteres; tirantes; trajes; turbantes; vestidos; vestimenta; vestuario; zapatillas de interior; zapatos; cinturones (prendas de vestir); suecos (calzado). Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 21 de diciembre del 2017. Solicitud Nº 2017-0012381. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978.—San José, 30 de enero del 2018.—Wendy López Vindas, Registradora.—( IN2018215060 ).

Ramón Alpízar Torres, casado dos veces, cédula de identidad 203190301 con domicilio en Santa Barbara de Heredia, del Palacio Municipal, 100 metros norte y 150 oeste, última casa, Heredia, Costa Rica, solicita la inscripción de: PIRATA como marca de fábrica y comercio, en clase 33 internacional, para proteger y distinguir lo siguiente: en clase 33; Aguardiente o guaro. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 24 de enero del 2018. Solicitud Nº 2018-0000568. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978.—San José, 31 de enero del 2018.—Johnny Rodríguez Garita, Registrador.—( IN2018215118 ).

Jefferson Alpízar Quirós, soltero, cédula de identidad 112650687, con domicilio en, 200 m este, 50 sur, este, de la iglesia católica de San Jerónimo de Moravia, San José, Costa Rica, solicita la inscripción de: ARCHIDUQUE

como marca de fábrica y comercio, en clase 32 internacional, para proteger y distinguir lo siguiente: en clase 32; Cervezas artesanales y cervezas industriales. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 24 de enero del 2018. Solicitud Nº 2018-0000567. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978.—San José, 5 de febrero del 2018.—Ivonne Mora Ortega, Registradora.—( IN2018215119 ).

Susana Vásquez Álvarez, cédula de identidad 109560295, en calidad de Apoderada Especial de Laboratorios Stein Sociedad Anónima, cédula jurídica 3101028601 con domicilio en 500 metros al sur del Cruce de Taras, sobre la autopista Florencio del Castillo, Cartago, Costa Rica, solicita la inscripción de: STINIB como marca de fábrica y comercio, en clase 5 internacional, para proteger y distinguir lo siguiente: en clase 5: Productos farmacéuticos de uso humano. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 30 de agosto del 2017. Solicitud Nº 2017-0008554. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978.—San José, 26 de enero del 2018.—Rina Ruiz Mata, Registradora.—( IN2018215122 ).

Patricia Castro Molina, soltera, cédula de identidad 109650989, en calidad de Apoderada Especial de Fisiovet, Limitada, cédula jurídica 3102746158 con domicilio en La Unión Centro Comercial Rainbow, local en planta baja, Cartago, Costa Rica, solicita la inscripción de: FISIOVET como nombre comercial, en clase internacional.

Para proteger y distinguir lo siguiente: en clase 49; Un establecimiento comercial dedicado a prestación de servicios de Fisioterapia y Rehabilitación Veterinaria, ubicado en Cartago-La Unión Centro Comercial Rainbow local en planta baja. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 26 de enero del 2018. Solicitud Nº 2018-0000662. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978.—San José, 5 de febrero del 2018.—Randall Abarca Aguilar, Registrador.—( IN2018215156 ).

Patricia Castro Molina, soltera, cédula de identidad 109650989, en calidad de Apoderada Especial de Fisiovet Limitada, cédula jurídica 3102746158 con domicilio en La Unión Centro Comercial Rainbow, local en planta baja, Cartago, Costa Rica, solicita la inscripción de: FISIOVET

como marca de servicios, en clase 44 internacional, para proteger y distinguir lo siguiente: en clase 44: Servicios veterinarios. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 26 de enero del 2018. Solicitud N° 2018-0000663. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978.—San José, 5 de febrero del 2018.—Randall Abarca Aguilar, Registrador.—( IN2018215158 ).

Fabius Dereck Foti Muir, casado una vez, cédula de identidad N° 800870265, con domicilio en La Asunción de Belén, Ciudad Cariari, calle Los Jardines Nº 34, Costa Rica, solicita la inscripción de: AQUATECH DM

como marca de servicios en clase(s) 40 internacional(es), para proteger y distinguir lo siguiente: en clase 40: Servicio de operación de plantas de agua. Reservas: del color: celeste degradado. Fecha: 25 de octubre del 2017. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 25 de octubre del 2017. Solicitud Nº 2017-0009870. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley Nº 7978.—San José, 25 de octubre del 2017.—Johnny Rodríguez Garita, Registrador.—( IN2018215168 ).

Fabiola Sáenz Quesada, divorciada, cédula de identidad 109530764, en calidad de Gestor oficioso de James B. Manion con domicilio en 845 Ridgefield Avenue, Pittsburgh Pennsylvania 15216, Estados Unidos de América, solicita la inscripción de: NPC WORLDWIDE como marca colectiva en clase 41 internacional, para proteger y distinguir lo siguiente: en clase 41: Servicios de entretenimiento, a saber, organización y realización de concursos de fisicoculturismo. Prioridad: Se otorga prioridad N° 87/645,088 de fecha 13/10/2017 de Estados Unidos de América. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 16 de noviembre del 2017. Solicitud Nº 2017-0011294. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978.—San José, 8 de diciembre del 2017.—Randall Abarca Aguilar, Registrador.—( IN2018215204 ).

Juan Ignacio Mas Romero, casado una vez, cédula de identidad 107300551, en calidad de apoderado especial de Tecniseguros, Corredores de Seguros, Sociedad Anónima con domicilio en Avenida Reforma 9-00 Zona 9, edificio Plaza Panamericana, octavo nivel, Bufete Escobar, Guatemala, solicita la inscripción de:

como marca de servicios en clase 36. Internacional. Para proteger y distinguir lo siguiente: Asesoría, diseño y comercialización de programas de seguro y asistencias enfocadas en solventar las necesidades de cobertura de los colaboradores de las empresas, a través de una logística y procesos definidos propiamente. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 24 de enero del 2018. Solicitud Nº 2018-0000560. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley Nº 7978.—San José, 05 de febrero del 2018.—Milena Marín Jiménez, Registradora.—( IN2018215216 ).

Laura Villalobos Chaves, casada en primeras nupcias, cédula de identidad Nº 109690974, con domicilio en La Ribera de Belén, Condominio Haciendas de la Ribera, casa Nº 8, Heredia, Costa Rica, solicita la inscripción de: VANGUART

como marca de servicios, en clases: 35 y 42 internacional. Para proteger y distinguir lo siguiente, en clase 35: Consultoría en estrategias de comunicación, servicios de comunicados de prensa, presentación de productos en medios de comunicación, publicidad, imagen y construcción de marca, diseño, mercadeo. Clase 42: Consultoría en materia de medio ambiente, consultoría en desarrollo sostenible. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 07 de noviembre del 2017. Solicitud Nº 2017-0010893. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley Nº 7978.—San José, 08 de diciembre del 2017.—Randall Abarca Aguilar, Registrador.—( IN2018215221 ).

Álvaro Sáenz Saborío, casado, cédula de identidad 105000072, en calidad de Apoderado Especial de Distribuidora Comercial Agrotico S. A., cédula jurídica 3-101-009367-08 con domicilio en La Lima, 300 metros norte de la Bomba Delta, Cartago, Costa Rica, solicita la inscripción de: BLOCKADE como marca de fábrica, en clase 5 internacional, para proteger y distinguir lo siguiente: en clase 5; Fungicidas, insecticidas, herbicidas para la agricultura. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 14 de diciembre del 2017. Solicitud Nº 2017-0012126. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978.—San José, 20 de diciembre del 2017.—Johnny Rodríguez Garita, Registrador.—( IN2018215222 ).

Álvaro Sáenz Saborío, casado, cédula de identidad 105000072, en calidad de Apoderado Generalísimo de Distribuidora Comercial Agrotico S. A., cédula jurídica 3101009367 con domicilio en La Lima, 300 norte de la Bomba Delta, Cartago, Costa Rica, solicita la inscripción de: BLOCKADE como marca de fábrica, en clase 1 internacional, para proteger y distinguir lo siguiente: en clase 1: Coadyuvantes y sustancias afines para la agricultura. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 14 de diciembre del 2017. Solicitud Nº 2017-0012125. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978.—San José, 20 de diciembre del 2017.—Johnny Rodríguez Garita, Registrador.—( IN2018215223 ).

Javier Francisco Moya Cárdenas, casado una vez, cédula de identidad Nº 108380532, en calidad de apoderado generalísimo de Corporación Janfy y Asociados Sociedad Anónima, cédula jurídica Nº 3101751052, con domicilio en: Las Mercedes de Cajón, Pérez Zeledón, 200 sur y 200 oeste de la Agencia del ICE, Costa Rica, solicita la inscripción de: UNIVERSITY FOR HUMAN AND SUSTAINABLE BUSINESS DEVELOPMENT UDHES

como nombre comercial en clase internacional, para proteger y distinguir lo siguiente: un establecimiento comercial dedicado a formación y capacitación en todas las áreas educativas y sociales. Además de investigación y extensión para formación en áreas técnicas. Ciencias empresariales, ciencias sociales, ciencias de la salud, tecnologías de información, áreas de ingeniería, construcción y arquitectura. “hospitalidad (gastronomía y turismo. Formación, capacitación y asesoría en áreas técnicas: Ciencias agropecuarias. Comercio y servicios. Industria alimentaria. Industria gráfica. Industria textil. Mecánica de vehículos. Industria metalmecánica. Sector náutico pesquero. Sector salud, sector cultura y arte. Industria eléctrica. Industria tecnología de materiales. Sector turismo. Ubicado en Las Mercedes de Cajón, Pérez Zeledón, 200 sur y 200 oeste de la agencia del ICE. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 18 de enero del 2018. Solicitud N° 2018-0000394. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley N° 7978.—San José, 29 de enero del 2018.—Wendy López Vindas, Registradora.—( IN2018215260 ).

Eduardo Zúñiga Brenes, casado, cédula de identidad 110950656, en calidad de apoderado especial de Inversiones Coffee Nace S. A., con domicilio en Cantón Central, en el Llano De Los Ángeles, distrito Corralillo, 200 metros al norte de la escuela, Cartago, Costa Rica, solicita la inscripción de: CAFÉ NAVARRO Desde 1927 COSTA RICA

como marca de fábrica y comercio en clase 30 internacional, para proteger y distinguir lo siguiente: en clase 30; Café en grano sin tostar y café molido. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 15 de noviembre del 2017, solicitud Nº 2017-0011239. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley Nº 7978.—San José, 22 de enero del 2018.—Johnny Rodríguez Garita, Registrador.—( IN2018215379 ).

PUBLICACIÓN DE PRIMERA VEZ

Joe Alejandra Vargas Blanco, casada una vez, cédula de identidad 109810860 con domicilio en Tres Ríos, La Unión, Urbanización Monserrat, Cartago, Costa Rica, solicita la inscripción de: XIO

como marca de comercio en clases: 16; 18; 21; 24 y 25. Internacional. Para proteger y distinguir lo siguiente: en clase 16; artículos papelería y oficina, material didáctico, en clase 18; bolsas de transporte, en clase 21; utensilios y recipientes uso doméstico y culinario. Artículos cristalería, porcelana y loza, en clase 24; tejidos y sus sucedáneos, ropa de hogar y en clase 25; prendas de vestir (camisetas), calzado. Fecha: 07 de noviembre de 2017. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 27 de octubre del 2017. Solicitud Nº 2017-0010570. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley Nº 7978.—San José, 07 de noviembre del 2017.—Grettel Solís Fernández, Registradora.—( IN2018205043 ).

REGISTRO DE PERSONAS JURÍDICAS

Asociaciones civiles

AVISOS

El Registro de Personas Jurídicas, ha recibido para su inscripción el estatuto de la entidad: Asociación Deportiva Escuela de Fútbol Los Tibaseños, con domicilio en la provincia de: San José-Tibás. Cuyos fines principales, entre otros son los siguientes: enseñanza del fútbol de categoría liga menor. Cuyo representante, será la presidenta: Raquel Núñez González, con las facultades que establece el estatuto. Por encontrarse dicha entidad dentro de las prescripciones establecidas en la Ley Nº 218 del 08/08/1939, y sus reformas. Se emplaza por 15 días hábiles a partir de esta publicación a cualquier interesado para que formule reparos a la inscripción en trámite. Documento tomo: 2017, asiento: 666145 con adicional(es): 2018-27527.—Dado en el Registro Nacional, a las 08 horas 28 minutos y 39 segundos, del 25 de enero del 2018.—Lic. Henry Jara Solís, Director a. í.—1 vez.—( IN2018214058 ).

El Registro de Personas Jurídicas, ha recibido para su inscripción el estatuto de la entidad: Asociación Pro Caminos Santa Gertrudes de Peñas Blancas, con domicilio en la provincia de: Alajuela-San Ramón. Cuyos fines principales, entre otros son los siguientes: la realización de obras encaminadas a la ampliación y mantenimiento de los caminos existentes en Santa Gertrudes. Cuyo representante, será el presidente: Carlos Vinicio Arias Castro, con las facultades que establece el estatuto. Por encontrarse dicha entidad dentro de las prescripciones establecidas en la Ley Nº 218 del 08/08/1939, y sus reformas. Se emplaza por 15 días hábiles a partir de esta publicación a cualquier interesado para que formule reparos a la inscripción en trámite. Documento tomo: 2017, asiento: 756472 con adicional(es): 2018-38341.—Dado en el Registro Nacional, a las 12 horas 43 minutos y 3 segundos, del 19 de enero del 2018.—Lic. Henry Jara Solís, Director a. í.—1 vez.—( IN2018214099 ).

Registro de Personas Jurídicas, ha recibido para su inscripción la Reforma del estatuto de la persona jurídica cédula: 3-002-567877, denominación: Asociación de Colegios del Bi de Costa Rica. Por cuanto dicha reforma cumple con lo exigido por la Ley Nº 218 del 08/08/1939, y sus reformas. Se emplaza por 15 días hábiles a partir de esta publicación a cualquier interesado para que formule reparos a la inscripción en trámite. Documento: Tomo: 2018. Asiento: 51420.—Dado en el Registro Nacional, a las 10 horas 38 minutos y 48 segundos, del 30 de enero del 2018.—Lic. Luis Gustavo Álvarez Ramírez, Director.—1 vez.—( IN2018214109 ).

Registro de Personas Jurídicas, ha recibido para su inscripción la Reforma del estatuto de la persona jurídica cédula: 3-002-560732, denominación: Asociación Administradora del Acueducto y Alcantarillado Sanitario de la Abundancia y Concepción; por cuanto dicha reforma cumple con lo exigido por la Ley No. 218 del 08/08/1939, y sus reformas. Se emplaza por 15 días hábiles a partir de esta publicación a cualquier interesado para que formule reparos a la inscripción en trámite. Documento Tomo: 2017 Asiento: 554752.—Dado en el Registro Nacional, a las 10 horas 41 minutos y 5 segundos, del 18 de diciembre del 2017.—Lic. Luis Gustavo Álvarez Ramírez, Director.—1 vez.—( IN2018214129 ).

Registro de Personas Jurídicas, ha recibido para su inscripción el Estatuto de la entidad: Asociación de Familias Homoparentales y Diversas de Costa Rica, con domicilio en la provincia de: San José-San José, cuyos fines principales, entre otros son los siguientes: Generar Conciencia Nacional acerca de la existencia de Familias homoparentales y diversas, o sea, aquellas familias en las que una o más personas homosexuales o de las demás manifestaciones de la diversidad sexual ejercen un rol de paternidad o maternidad, para así luchar contra dudas y temores basados en la ignorancia, visibilizando esta realidad. Cuyo representante, será la presidenta: Ana Isabel Sanz Mora, con las facultades que establece el estatuto. Por encontrarse dicha entidad dentro de las prescripciones establecidas en la Ley Nº 218 del 08/08/1939, y sus reformas. Se emplaza por 15 días hábiles a partir de esta publicación a cualquier interesado para que formule reparos a la inscripción en trámite. Documento Tomo:2017 Asiento:805458.—Dado en el Registro Nacional, a las 7 horas 37 minutos y 49 segundos, del 26 de enero del 2018.— Lic. Henry Jara Solís, Director, a.  í.— 1 vez.—( IN2018214458 ).

Registro de Personas Jurídicas, ha recibido para su inscripción el Estatuto de la entidad: Asociación Deportiva Arqueros de Curridabat, con domicilio en la provincia de: San José-Curridabat, cuyos fines principales, entre otros son los siguientes: Promover la práctica del deporte en general y del tiro con arco en especial por parte de sus asociados, sus familiares y sus comunidades. Cuyo representante, será el presidente: Luis Alberto Fernández Vaglio, con las facultades que establece el estatuto. Por encontrarse dicha entidad dentro de las prescripciones establecidas en la Ley N° 218 del 08/08/1939, y sus reformas. Se emplaza por 15 días hábiles a partir de esta publicación a cualquier interesado para que formule reparos a la inscripción en trámite. Documento Tomo: 2017, asiento: 748410.—Dado en el Registro Nacional, a las 9 horas 14 minutos y 40 segundos, del 31 de enero del 2018.—Lic. Luis Gustavo Álvarez Ramírez, Director.—1 vez—( IN2018214460).

El Registro de Personas Jurídicas, ha recibido para su inscripción la Reforma del estatuto de la persona jurídica cédula: N° 3-002-740203, denominación: Asociación de Moravia de Voleibol. Por cuanto dicha reforma cumple con lo exigido por la Ley Nº 218 del 08 de agosto de 1939, y sus reformas. Se emplaza por 15 días hábiles a partir de esta publicación a cualquier interesado para que formule reparos a la inscripción en trámite. Documento tomo: 2017, asiento: 597346.—Dado en el Registro Nacional, a las 14 horas 50 minutos y 41 segundos, del 20 de diciembre del 2017.—Lic. Luis Gustavo Álvarez Ramírez, Director.—1 vez.—( IN2018214488 ).

Registro de Personas Jurídicas, ha recibido para su inscripción el Estatuto de la entidad: Asociación Cristiana a Los Pies del Maestro de San Jerónimo de Tarrazú, con domicilio en la provincia de: San José-Tarrazú, cuyos fines principales, entre otros son los siguientes: Promover que las personas puedan desarrollar sus vidas de forma más espiritual y en paz con Dios. Cuyo representante, será el presidente: José Antonio De La Trinidad Castillo Umaña, con las facultades que establece el estatuto. Por encontrarse dicha entidad dentro de las prescripciones establecidas en la Ley N° 218 del 08/08/1939, y sus reformas. Se emplaza por 15 días hábiles a partir de esta publicación a cualquier interesado para que formule reparos a la inscripción en trámite. Documento tomo: 2017, asiento: 496076.—Dado en el Registro Nacional, a las 9 horas 9 minutos y 3 segundos, del 10 de enero del 2018.—Lic. Luis Gustavo Álvarez Ramírez, Director.—1 vez—( IN2018214504 ).

Patentes de Invención

PUBLICACIÓN DE TERCERA VEZ

La señor(a)(ita) María de La Cruz Villanea Villegas, cédula de identidad Nº 109840695, en calidad de apoderado especial de Compañía Colombiana de Cerámica S. A.S Colcerámica S. A.S, solicita el Diseño Industrial denominado MANIJA PARA GRIFERÍA.

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El presente diseño industrial se refiere a una grifería para lavaplatos como se describe y muestra en los dibujos o representaciones adjuntos en el correspondiente expediente, en sus vistas isométrica, lateral izquierda, lateral derecha, posterior, frontal, inferior y superior, sea en su versión individual o unidos en cadena. La memoria descriptiva, reivindicaciones, resumen y diseños quedan depositados, la Clasificación Internacional de Diseños Industriales es: 23-02; cuyo inventor es Mesa Orlas, Juan Esteban (CO). Prioridad: N° NC2017/0003728 del 18/04/2017 (CO). La solicitud correspondiente lleva el Nº 2017-0000473, y fue presentada a las 13:49:52 del 18 de octubre de 2017. Cualquier interesado podrá oponerse dentro de los tres meses siguientes a la tercera publicación de este aviso. Publíquese tres días consecutivos en el Diario Oficial La Gaceta y una vez en un periódico de circulación nacional.—San José, 24 de enero de 2018.—Randall Piedra Fallas, Registrador.—( IN2018213023 ).

La señora María de la Cruz Villanea Villegas, cédula de identidad 109840695, en calidad de apoderado especial de Compañía Colombiana de Cerámica S.A.S. Colceramica S.A.S., solicita el Diseño Industrial denominado GRIFERÍA.

Para ver la imagen ir a La Gaceta con formato PDF

El presente diseño industrial se refiere a una grifería para lavaplatos como se describe y muestra en los dibujos o representaciones adjuntos en el correspondiente expediente, en sus vistas isométrica, lateral izquierda, lateral derecha, frontal, posterior, inferior y superior, sea en su versión individual o unidos en cadena. La memoria descriptiva, reivindicaciones, resumen y diseños quedan depositados, la Clasificación Internacional de Diseños Industriales es: 23-02; cuyo(s) inventor(es) es(son) Mesa Orlas, Juan Esteban (CO). Prioridad: N° NC2017/0003726 del 18/04/2017 (CO). La solicitud correspondiente lleva el número 2017-0000475, y fue presentada a las 13:51:42 del 18 de octubre de 2017. Cualquier interesado podrá oponerse dentro de los tres meses siguientes a la tercera publicación de este aviso. Publíquese tres días consecutivos en el Diario Oficial La Gaceta y una vez en un periódico de circulación nacional.—San José, 24 de enero de 2018.—Randall Piedra Fallas, Registrador.—( IN2018213024 ).

El señor Aaron Montero Sequeira, cédula de identidad 109080006, en calidad de apoderado especial de SIPCAM INAGRA S. A., solicita la Patente PCT denominada COMPOSICIÓN ÁCIDA A BASE DE LEONARDITA Y AMINOÁCIDOS. La presente invención se refiere a una composición ácida que comprende: leonardita, aminoácidos y surfactantes para su uso como fertilizante, bioestimulante y/o nutiente y a un procedimiento para obtener dicha composición. La memoria descriptiva, reivindicaciones, resumen y diseños quedan depositados, la Clasificación Internacional de Patentes es: CO5F 11/02, CO5G 3/00, CO8H 7/00 y CO8L 97/00; cuyos inventores son: Valieri, Gianluca; (ES). Prioridad: N° P201530214 del 20/02/2015 (ES). Publicación Internacional: WO2016/132000. La solicitud correspondiente lleva el número 2017- 0000380, y fue presentada a las 13:27:54 del 17 de agosto de 2017. Cualquier interesado podrá oponerse dentro de los tres meses siguientes a la tercera publicación de este aviso. Publíquese tres días consecutivos en el Diario Oficial La Gaceta y una vez en un periódico de circulación nacional.—San José, 18 de enero de 2018.—Viviana Segura de La O, Registradora.—( IN2018213330 ).

PUBLICACIÓN DE PRIMERA VEZ

El señor Luis Diego Acuña Vega, cédula de identidad Nº 111510238, en calidad de apoderado especial de Idear Electrónica S. A. de C.V., solicita la Patente PCT denominada ETIQUETA LUMINISCENTE Y SU INTERFAZ PARA APARATOS QUE OFERTAN PRODUCTOS O SERVICIOS A CONSUMIDORES. Existen diversas máquinas automáticas que interactúan con usuarios realizando diferentes funcionalidades por mencionar algunas de manera enunciativa más no limitativa: de estacionamientos, de recarga y venta de tarjetas para transporte público, de tipo vending para comprar de artículos de consumo, cajeros automáticos bancarios, dispensadores de café, etc. La interfaz de estas máquinas con los usuarios es por medio del despliegue de información en una pantalla, mediante información en las etiquetas y/o pequeñas señales luminosas como pueden ser botones iluminados y/o luces instaladas en las partes visibles del gabinete. Derivado de la información de los errores que comete el usuario de las máquinas actuales, se inventaron estas etiquetas luminosas que controlan las zonas independientemente unas de otras, en la misma pantalla interactuando con una unidad de procesamiento lógico. La memoria descriptiva, reivindicaciones, resumen y diseños quedan depositados, la Clasificación Internacional de Patentes es: G02B 5/00, G09F 3/00 y G09F 9/33; cuyos inventores son González Franco, Gabriel (MX); Gutiérrez Torres, Raúl (MX) y Baeza Ramos, Ignacio (MX). Prioridad: N° PCT/MX2015/000101 del 13/07/2015 (MX). Publicación Internacional: WO2017/010857. La solicitud correspondiente lleva el Nº 2018-0000035, y fue presentada a las 11:46:38 del 16 de enero de 2018. Cualquier interesado podrá oponerse dentro de los tres meses siguientes a la tercera publicación de este aviso. Publíquese tres días consecutivos en el Diario Oficial La Gaceta y una vez en un periódico de circulación nacional.—San José, 19 de enero de 2018.—Hellen Marín Cabrera, Registradora.—( IN2018213976 ).

La señora(ita) Giselle Reuben Hatounian, cédula de identidad 110550703, en calidad de apoderada especial de BASF, SE, solicita la patente PCT denominada FENILPIRIMIDINAS HERBICIDAS. Uso de fenilpirimidinas de fórmula (i) o sus sales o derivados aceptables para uso agrícola como herbicidas, en donde las variables se definen de acuerdo con la descripción, fenilpirimidinas específicas de fórmula (i), procesos e intermediarios para preparar las fenilpirimidinas de fórmula (i), composiciones que las comprenden, y su uso como herbicidas, es decir, para controlar plantas dañinas, y también un método para controlar la vegetación no deseada que comprende permitir que una cantidad efectiva de herbicida de al menos una fenilpirimidina de la fórmula (i) actúe sobre las plantas, su semilla y/o su hábitat. La memoria descriptiva, reivindicaciones, resumen y diseños quedan depositados, la clasificación internacional de patentes es: AO1N 43/54, AO1P 13/00, CO7D 239/30, CO7D 239/34, CO7D 239/38 y CO7D 239/42; cuyos inventores son: Vogt, Florian (DE); Evans, Richard R.(US); Witschel, Matthías (DE); Seitz, Thomas (DE); Michrowska-Pianowska, Anna Aleksandra (PL); Parra Rapado, Liliana (ES); Kraemer, Gerd (DE); Newton, Trevor William (GB); Hanzlik, Kristin (DE); Schachtschabel, Doreen (DE) y Kreuz, Klaus (DE). Prioridad: N° 15153269.4 del 30/01/2015 (EP). Publicación internacional: WO 2016/120355. La solicitud correspondiente lleva el número 2017- 0000387, y fue presentada a las 10:01:57 del 30 de agosto de 2017. Cualquier interesado podrá oponerse dentro de los tres meses siguientes a la tercera publicación de este aviso. Publíquese tres días consecutivos en el Diario Oficial La Gaceta y una vez en un periódico de circulación nacional.—San José, 25 de enero de 2018.—Randall Piedra Fallas, Registrador.—( IN2018214395 ).

El señor Guillermo Rodríguez Zúñiga, en calidad de Apoderado Especial de Basf, SE, solicita la Patente PCT denominada PLANTAS QUE TIENEN UNA MAYOR TOLERANCIA A HERBICIDAS. La presente invención se refiere a una planta o parte de planta que comprende un polinucleótido que codifica un polipéptido TriA de tipo silvestre o mutante, en donde la expresión de dicho polinucleótido confiere a la planta o parte de planta tolerancia a herbicidas. La memoria descriptiva, reivindicaciones, resumen y diseños quedan depositados, la Clasificación Internacional de Patentes es: A01H 5/00, C07K 14/195, C12N 15/52, C12N 15/82 y C12N 5/04; cuyo(s) inventor(es) es(son) Schachtschabel, Doreen (DE); Steinhardt, Birgit (DE); Sisay, Mihiret Tekeste (DE); Tresch, Stefan (DE); Major, Julia (DE); Vogt, Florian (DE); Calo, Frederick (FR) y Lerchi, Jens (DE). Prioridad: N° 15151966.7 del 21/01/2015 (EP). Publicación Internacional: WO 2016/116870 A1. La solicitud correspondiente lleva el número 2017-0000382, y fue presentada a las 12:25:21 del 21 de agosto del 2017. Cualquier interesado podrá oponerse dentro de los tres meses siguientes a la tercera publicación de este aviso. Publíquese tres días consecutivos en el Diario Oficial La Gaceta y una vez en un periódico de circulación nacional.—San José, 1° de febrero del 2018.—Viviana Segura de la O, Registradora .—( IN2018214396 ).

PUBLICACIÓN DE UNA VEZ

Inscripción N° 3495

Ref.: 30/2017/6956.—Por resolución de las 07:55 horas del 14 de diciembre de 2017, fue inscrito(a) la Patente denominado(a) AGONISTAS DE MGLU2 a favor de la compañía Eli Lilly and Company, cuyos inventores son: Shaw, Bruce William (US); Taboada Martínez, Lorena (ES); Prieto, Lourdes (ES); Montero Salgado, Carlos (ES) y Monn, James Allen (US). Se le ha otorgado el número de inscripción 3495 y estará vigente hasta el 15 de diciembre de 2030. La Clasificación Internacional de Patentes versión 2017.01 es: A61K 31/4196, A61P 25/00 y C07D 249/10 . Publicar en La Gaceta por única vez, de conformidad con el artículo 22 del Reglamento a la Ley Nº 6867. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 32 de la Ley citada.—14 de diciembre de 2017.—María Leonor Fernández Bustamante, Registradora.—1 vez.—( IN2018214005 ).

Anotación de renuncia N° 184

Que domiciliado en Eli Lilly And Company solicita a este Registro la Renuncia total de el/la Patente PCT denominado/a Inhibidores De 11-Beta-Hidroxiesteroide Deshidrogenasa 1, inscrita mediante resolución del 24 de febrero de 2014, en la cual se le otorgó el número de registro 3022, cuyo titular es ELI LILLY ANO COMPANY, con domicilio en Elli Lilly Corporate Center, Indianápolis, Indiana. La renuncia presentada surtirá efectos a partir de su publicación. Publicar en La Gaceta por única vez, de conformidad con el artículo 27 del Reglamento a la Ley N° 6867. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 32 de la Ley citada.—San José, 19 de enero del 2018.—Viviana Segura de la O, Registradora.—1 vez.—( IN2018214006 ).

Inscripción N° 897

Ref: 30/2017/7047.—Por resolución de las 06:43 horas del 20 de diciembre de 2017, fue inscrito(a) el Modelo de Utilidad denominado(a) DOBLECES PARA PROTEGER DEL FILO EN LOS LATERALES DE LAS CUMBRERAS Y BOTAGUAS PARA TECHO a favor de la compañía Wilder Javín Quirós Arroyo, cédula de identidad N° 105020261, cuyos inventores son: Quirós Arroyo, Wilder Javín (CR). Se le ha otorgado el número de inscripción 897 y estará vigente hasta el 8 de marzo de 2026. La Clasificación Internacional de Patentes versión 2017.01 es: B21D 5/00 y E04D 3/40. Publicar en La Gaceta por única vez, de conformidad con el artículo 22 del Reglamento a la Ley Nº 6867. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 32 de la Ley citada.—San José,. 20 de diciembre del 2017.—María Leonor Hernández Bustamante, Registradora.—1 vez.—( IN2018214372 ).

REGISTRO DE DERECHOS DE AUTOR

Y DERECHOS CONEXOS

El 24 de enero 2018 se solicita la inscripción del seudónimo N.P. SOMMER. Publíquese por una sola vez en el Diario Oficial La Gaceta, para que terceros quienes crean tener derechos puedan oponerse a la inscripción solicitada dentro de los 30 días hábiles siguientes a esta publicación, conforme a los artículos 98 y 113 de la Ley de Derecho de Autor y Derechos Conexos Nº 6683. Expediente 9444.—Curridabat, 30 de enero de 2018.—Lic. Andrés Hernández Osti, Registrador.—1 vez.—( IN2018214143 ).

DIRECCIÓN NACIONAL DE NOTARIADO

HABILITACIÓN DE NOTARIO(A) PÚBLICO(A). La DIRECCIÓN NACIONAL DE NOTARIADO con oficinas en San José, San Pedro de Montes de Oca, costado Oeste del Mall San Pedro, Oficentro Sigma, Edificio A, 5to.piso HACE SABER. Que ante este Despacho se ha recibido solicitud de HABILITACIÓN como delegatario para ser y ejercer la función pública Estatal del NOTARIADO, por parte de: SHARON VANESSA CORDOBA ORTIZ, con cédula de identidad número 1-1316-0099 carné número 25749. De conformidad con lo dispuesto por el artículo 11 del Código Notarial, se invita a quienes conozcan hechos o situaciones que afecten la conducta del (de la) solicitante, a efecto de que lo comuniquen por escrito a esta Dirección dentro de los QUINCE (15) DÍAS HÁBILES siguientes a esta publicación. Expediente N° 50901.—San José, 29 de enero del 2018.—Licda. Tattiana Rojas Salgado, Abogada-Unidad Legal Notarial.—1 vez.—( IN2018215868 ).

HABILITACIÓN DE NOTARIA (O) PÚBLICA (O). La DIRECCIÓN NACIONAL DE NOTARIADO con oficinas en San José, San Pedro de Montes de Oca, costado Oeste del Mall San Pedro, Oficentro Sigma, Edificio A, 5to. piso, HACE SABER: Que ante este Despacho se ha recibido solicitud de INSCRIPCIÓN Y HABILITACIÓN como delegataria (o) para ser y ejercer la función pública Estatal del NOTARIADO, por parte de: JOSÉ EDUARDO JIMÉNEZ LEITÓN, con cédula de identidad N° 2-0417-0365, carné N° 14012. De conformidad con lo dispuesto por el artículo 11 del Código Notarial, se invita a quienes conozcan hechos o situaciones que afecten la conducta de la solicitante, a efecto de que lo comuniquen por escrito a esta Dirección dentro de los QUINCE (15) DÍAS HÁBILES siguientes a esta publicación. Proceso N°53463.—San José, 01 de febrero de 2018.—Unidad Legal Notarial.—Licda. Kíndily Vílchez Arias, Abogada.—1 vez.—( IN2018216061 ).

INSCRIPCIÓN Y HABILITACIÓN DE NOTARIO (A) PÚBLICO (A). La DIRECCIÓN NACIONAL DE NOTARIADO con oficinas en San José, San Pedro de Montes de Oca, costado Oeste del Mall San Pedro, Oficentro Sigma, Edificio A, 5to. piso, HACE SABER: Que ante este Despacho se ha recibido solicitud de INSCRIPCIÓN Y HABILITACIÓN como delegatario para ser y ejercer la función pública Estatal del NOTARIADO, por parte de: ELIAN JOAQUÍN MENA TRUJILLO con cédula de identidad número 2-0677-0254, carné número 24083. De conformidad con lo dispuesto por el artículo 11 del Código Notarial, se invita a quienes conozcan hechos o situaciones que afecten la conducta del solicitante, a efecto de que lo comuniquen por escrito a esta Dirección dentro de los QUINCE (15) DÍAS HÁBILES siguientes a esta publicación. Proceso Administrativo Nº 53332.—San José, 30 de enero del 2018.—Unidad Legal Notarial.—Lic. Ricardo Edo. Arias Villalobos, Abogado.—1 vez.—( IN2018216186 ).

HABILITACIÓN DE NOTARIO PÚBLICO. La DIRECCIÓN NACIONAL DE NOTARIADO con oficinas en San José, San Pedro de Montes de Oca, costado Oeste del Mall San Pedro, Oficentro Sigma, Edificio A, 5° piso, HACE SABER: Que ante este Despacho se ha recibido solicitud de INSCRIPCIÓN Y HABILITACIÓN como delegatario para ser y ejercer la función pública Estatal del NOTARIADO, por parte de: WALTER GRANADOS BERMÚDEZ, con cédula de identidad número 6-0218-0425, carné número 22649. De conformidad con lo dispuesto por el artículo 11 del Código Notarial, se invita a quienes conozcan hechos o situaciones que afecten la conducta del solicitante, a efecto de que lo comuniquen por escrito a esta Dirección dentro de los QUINCE (15) DÍAS HÁBILES siguientes a esta publicación. Proceso Nº 53727.—San José, 7 de febrero del 2018.—Unidad Legal Notarial.—Licda. Anaida Cambronero Anchía, Abogada.—1 vez.—( IN2018216250 ).

INSCRIPCIÓN Y HABILITACIÓN DE NOTARIO (A) PÚBLICO (A). La DIRECCIÓN NACIONAL DE NOTARIADO con oficinas en San José, San Pedro de Montes de Oca, costado Oeste del Mall San Pedro, Oficentro Sigma, Edificio A, 5to. piso, HACE SABER: Que ante este Despacho se ha recibido solicitud de INSCRIPCIÓN Y HABILITACIÓN como delegatario para ser y ejercer la función pública Estatal del NOTARIADO, por parte de: MARCO VINICIO CALVO MONTERO con cédula de identidad número 1-1244-0721, carné número 22204. De conformidad con lo dispuesto por el artículo 11 del Código Notarial, se invita a quienes conozcan hechos o situaciones que afecten la conducta del solicitante, a efecto de que lo comuniquen por escrito a esta Dirección dentro de los QUINCE (15) DÍAS HÁBILES siguientes a esta publicación. Proceso Administrativo Nº 53465.—San José, 31 de enero del 2018.—Unidad Legal Notarial.—Lic. Ricardo Edo. Arias Villalobos, Abogado- INSCRIPCIÓN Y HABILITACIÓN DE NOTARIO (A) PÚBLICO (A). La DIRECCIÓN NACIONAL DE NOTARIADO con oficinas en San José, San Pedro de Montes de Oca, costado Oeste del Mall San Pedro, Oficentro Sigma, Edificio A, 5to. piso, HACE SABER: Que ante este Despacho se ha recibido solicitud de INSCRIPCIÓN Y HABILITACIÓN como delegatario para ser y ejercer la función pública Estatal del NOTARIADO, por parte de: MARCO VINICIO CALVO MONTERO con cédula de identidad número 1-1244-0721, carné número 22204. De conformidad con lo dispuesto por el artículo 11 del Código Notarial, se invita a quienes conozcan hechos o situaciones que afecten la conducta del solicitante, a efecto de que lo comuniquen por escrito a esta Dirección dentro de los QUINCE (15) DÍAS HÁBILES siguientes a esta publicación. Proceso Administrativo Nº 53465.—San José, 31 de enero del 2018.—Lic. Ricardo Edo. Arias Villalobos, Abogado - Unidad Legal Notarial.—1 vez.—( IN2018216321 ).

HABILITACIÓN DE NOTARIA PÚBLICA. La DIRECCIÓN NACIONAL DE NOTARIADO con oficinas en San José, San Pedro de Montes de Oca, costado Oeste del Mall San Pedro, Oficentro Sigma, Edificio A, 5to. piso, HACE SABER: Que ante este Despacho se ha recibido solicitud de INSCRIPCIÓN Y HABILITACIÓN como delegataria para ser y ejercer la función pública Estatal del NOTARIADO, por parte de: GLORIANA CARAZO GONZÁLEZ, con cédula de identidad número 1-1468-0964, carné número 23018. De conformidad con lo dispuesto por el artículo 11 del Código Notarial, se invita a quienes conozcan hechos o situaciones que afecten la conducta de la solicitante, a efecto de que lo comuniquen por escrito a esta Dirección dentro de los QUINCE (15) DÍAS HÁBILES siguientes a esta publicación. Proceso Nº 53329.—San José, 7 de febrero del 2018.—Unidad Legal Notarial.—Anaida Cambronero Anchía, Abogada.—1 vez.—( IN2018216360 ).

AMBIENTE Y ENERGÍA

DIRECCIÓN DE AGUA

EDICTOS

PUBLICACIÓN DE TERCERA VEZ

ED-UHTPSOZ-0002-2018.—Exp. 17958-P.—Brigth Star Investments Holding, solicita concesión de: 2 litros por segundo del Pozo Cor-15, efectuando la captación en finca de su propiedad en Puntarenas, Osa, Cortés, para uso consumo humano-poblacional. Coordenadas 113.205/587.385 hoja Coronado. Quienes se consideren lesionados, deben manifestarlo dentro del mes contado a partir de la primera publicación.—San José, 26 de enero del 2018.—Francisco Vargas Salazar, Unidad Hidrológica Térraba Pacífico Sur.—( IN2018215422 ).

PUBLICACIÓN DE PRIMERA VEZ

ED-UHTPCOSJ-0034-2018.—Exp. Nº 17960A.—Jeannette Quirós Sánchez, solicita concesión de: 0.25 litros por segundo del nacimiento sin nombre, efectuando la captación en finca de su propiedad en San Pablo, León Cortés, San José, para uso consumo humano doméstico. Coordenadas: 186.508 / 530.810, hoja. Predios inferiores: Quienes se consideren lesionados, deben manifestarlo dentro del mes contado a partir de la primera publicación.—San Jose, 26 de enero del 2018.—Unidad Hidrológica Tárcoles, Pacífico Central.—Andrés Phillips Ureña.—( IN2018215852 ).

ED-UHTPCOSJ-0023-2018. Exp. 6723P.—Desarrollo Bananero Acorsa S. A., solicita concesión de: 0.5 litros por segundo del acuífero, efectuando la captación por medio del pozo AF-56 en finca de su propiedad en Roxana, Pococí, Limón, para uso agroindustrial-empacadora de banano. Coordenadas 266.200/580.200 hoja Agua Fría. 10.5 litros por segundo del acuífero, efectuando la captación por medio del pozo AF-55 en finca de su propiedad en Roxana, Pococí, Limón, para uso agroindustrial-empacadora de banano. Coordenadas 266.350/580.350 hoja Agua Fría. 0.4 litros por segundo del acuífero, efectuando la captación por medio del pozo AF-58 en finca de su propiedad en Roxana, Pococí, Limón, para uso agroindustrial-empacadora de banano. Coordenadas 266.700 / 579.950 hoja. 0.5 litros por segundo del acuífero, efectuando la captación por medio del pozo AF-57 en finca de su propiedad en Roxana, Pococí, Limón, para uso agroindustrial-empacadora de banano. Coordenadas 266.350 / 580.000 hoja Agua Fría. 1 litro por segundo del acuífero, efectuando la captación por medio del pozo AF-54 en finca de su propiedad en Roxana, Pococí, Limón, para uso Agroindustrial-empacadora de banano. Coordenadas 266.500 / 580.650 hoja Agua Fría. Quienes se consideren lesionados, deben manifestarlo dentro del mes contado a partir de la primera publicación.—San José, 19 de enero de 2018.—Douglas Alvarado Rojas, Departamento de Información.—( IN2018216176 ).

ED-UHTPCOSJ-0036-2018. Exp. 17963P.—Inversiones La Cueva de Limón S. A., solicita concesión de: 0.05 litros por segundo del acuífero, efectuando la captación por medio del pozo artesanal en finca de su propiedad en Limón, Limón, para uso comercial lavandería, consumo humano doméstico y turístico hotel-piscina. Coordenadas 221.607/641.273 hoja. Quienes se consideren lesionados, deben manifestarlo dentro del mes contado a partir de la primera publicación.—San José, 29 de enero de 2018.—Departamento de Información.—Douglas Alvarado Rojas.—( IN218216209 ).

ED-UHTPCOSJ-0025-2018 Expediente Nº 8633A.—Orlando Alpízar Montoya, solicita concesión de: 0.1 litro por segundo del nacimiento sin nombre, efectuando la captación en finca de Eliécer Montoya Alvarado en San Antonio, Puriscal, San José, para uso consumo humano - doméstico. Coordenadas 204.700 / 502.600 hoja. Predios inferiores: quienes se consideren lesionados, deben manifestarlo dentro del mes contado a partir de la primera publicación.—San José, 22 de enero de 2018.—Departamento de Información.—Douglas Alvarado Rojas.—( IN2018216333 ).

TRIBUNAL SUPREMO DE ELECCIONES

EDICTOS

Registro Civil - Departamento Civil

SECCIÓN DE ACTOS JURÍDICOS

En resolución N° 7614-2017 dictada por el Registro Civil a las catorce horas del siete de diciembre del dos mil diecisiete, en expediente de ocurso N° 44110-2017, incoado por Rosadelía Del Carmen Martínez, se dispuso rectificar en los asientos de nacimiento de Karolay Samantha Jarquín Carrillo y de Jeremy Jarquín Carrillo, que el nombre y apellido de la madre son: Rosadelía Del Carmen Martínez y en el asiento de Génesis Carrillo Martínez, que el nombre y apellido de la madre, consecuentemente los apellidos de la persona inscrita son Rosadelía Del Carmen Martínez y Martínez Martínez.— Lic. Luis Guillermo Chinchilla Mora, Oficial Mayor Civil.—Irene Montanaro Lacayo, Jefa.—1 vez.—( IN2018214485 ).

AVISOS

Registro Civil – Departamento Civil

SECCIÓN DE OPCIONES Y NATURALIZACIONES

Avisos de solicitud de naturalización

Duilio Antonio Mendoza Sotelo, nicaragüense, cédula de residencia Nº 155807689906, ha presentado solicitud para obtener la nacionalidad costarricense ante la Sección de Opciones y Naturalizaciones del Registro Civil. Se emplaza a quienes tengan reparos comprobados que hacer a dicha solicitud, para que los presenten por escrito en nuestras oficinas, dentro del término de diez días hábiles siguientes a la publicación de este aviso. Expediente Nº 574-2018.—San José, al ser las 08:53 del 02 de febrero del 2018.—Wendy Pamela Valverde Bonilla.—1 vez.—( IN2018214012 ).

Estefanía Gutiérrez Brito, venezolana, cédula de residencia N° 186200091112, ha presentado solicitud para obtener la nacionalidad costarricense ante la Sección de Opciones y Naturalizaciones del Registro Civil. Se emplaza a quienes tengan reparos comprobados que hacer a dicha solicitud, para que los presenten por escrito a este Registro, dentro del término de diez días hábiles siguientes a la publicación de este aviso. Expediente N° 4034-2017.—San José, a las 8:54 horas del 1° de febrero del 2018.—German Alberto Rojas Flores, Jefe.—1 vez.—( IN2018214081 ).

Aaron Adolfo López Cruz, nicaragüense, cédula de residencia 155819020418, ha presentado solicitud para obtener la nacionalidad costarricense ante la Sección de Opciones y Naturalizaciones del Registro Civil. Se emplaza a quienes tengan reparos comprobados que hacer a dicha solicitud, para que los presenten por escrito en nuestras oficinas, dentro del término de diez días hábiles siguientes a la publicación de este aviso. Exp. N° 529-2018.—San José, al ser las 11:51 del 31 de enero de 2018.—Selmary Vanessa Velásquez Sobalvarro.—1 vez.—( IN2018214091 ).

Claudia Maritza Gómez Pulgarín, colombiana, cédula de residencia 117001413904, ha presentado solicitud para obtener la nacionalidad costarricense ante la Sección de Opciones y Naturalizaciones del Registro Civil. Se emplaza a quienes tengan reparos comprobados que hacer a dicha solicitud, para que los presenten por escrito en nuestras oficinas, dentro del término de diez días hábiles siguientes a la publicación de este aviso. Exp. N° 466-2018.—San José, al ser las 10:57 del 29 de enero de 2018.—Selmary Vanessa Veláquez Sobalvarro.—1 vez.—( IN2018214130 ).

Brígido Antonio Sequeira Balladares, nicaragüense, cédula de residencia N° DI 155804575926, ha presentado solicitud para obtener la nacionalidad costarricense ante la Sección de Opciones y Naturalizaciones del Registro Civil. Se emplaza a quienes tengan reparos comprobados que hacer a dicha solicitud, para que los presenten por escrito en nuestras oficinas, dentro del término de diez días hábiles siguientes a la publicación de este aviso. Expediente N° 461-2018.—Alajuela, San Carlos, al ser las 16:00 horas del 31 de enero del 2018.—Lic. Kattia Jiménez Zamora, Jefa a. í.—1 vez.—( IN2018214191 ).

Pamela Georgina Cáceres Ponce de León, hondureña, cédula de residencia Nº 134000235830, ha presentado solicitud para obtener la nacionalidad costarricense ante la Sección de Opciones y Naturalizaciones del Registro Civil. Se emplaza a quienes tengan reparos comprobados que hacer a dicha solicitud, para que los presenten por escrito en nuestras oficinas, dentro del término de diez días hábiles siguientes a la publicación de este aviso. Expediente Nº 4459-2017.—San José, al ser las 12:35 del 02 de febrero del 2018.—Paul Alejandro Araya Hernández.—1 vez.—( IN2018214265 ).

Diana Isabel Moncada Granados, nicaragüense, cédula de residencia N° 155818291523, ha presentado solicitud para obtener la nacionalidad costarricense ante la Sección de Opciones y Naturalizaciones del Registro Civil. Se emplaza a quienes tengan reparos comprobados que hacer a dicha solicitud, para que los presenten por escrito en nuestras oficinas, dentro del término de diez días hábiles siguientes a la publicación de este aviso. Expediente N°447-2018.—Puntarenas, Golfito, al ser las once veinte horas del 29 de enero del 2018.—Oficina Regional de Golfito.—Licda. Ana Yenci Gutiérrez Espinoza, Jefa.—1 vez.—( IN2018214356 ).

Mariela Moreno Medina, nicaragüense, cédula de residencia N° DI 155811531128, ha presentado solicitud para obtener la nacionalidad costarricense ante la Sección de Opciones y Naturalizaciones del Registro Civil. Se emplaza a quienes tengan reparos comprobados que hacer a dicha solicitud, para que los presenten por escrito en nuestras oficinas, dentro del término de diez días hábiles siguientes a la publicación de este aviso. Expediente N° 558-2018.—Guanacaste, Cañas, al ser las 12:45 horas del 01 de febrero del 2018.—Jorge Luis Varela Rojas.—1 vez.—( IN2018214453 ).

 

CONTRATACIÓN ADMINISTRATIVA

PROGRAMA DE ADQUISICIONES

EDUCACIÓN PÚBLICA

CONSEJO SUPERIOR DE EDUCACIÓN

PLAN DE COMPRAS DEL AÑO 2018

El Consejo Superior de Educación hace de su conocimiento que el Plan de Compras correspondiente al año 2018, ya se encuentra debidamente publicado en la página web del Sistema Integrado de Compras Públicas SICOP y en la página web del Consejo: www.cse.go.cr.

San José, Costa Rica, 12 de febrero del 2018.—Secretaría General.—Sra. Guiselle Cruz Maduro, Secretaria General.— 1 vez.—( IN2018216042 ).

INSTITUTO NACIONAL DE FOMENTO COOPERATIVO

La Proveeduría Institucional les informa a todos los interesados el Plan Anual de Adquisiciones 2018 del INFOCOOP correspondiente a los programas presupuestarios administrativo y cooperativo, el cual se encuentra a su disposición en la página web del INFOCOOP en la siguiente dirección electrónica http://www.infocoop.go.cr/conozcanos/transparencia/concursos/Plan%20de%20Adquisiciones%202018.pdf

Para ver las imágenes, ir a La Gaceta con formato PDF

Lic. Eduardo Mestayer Cedeño, Proveedor Institucional.—O.C. Nº 37333.—Solicitud Nº 107986.—1 vez.—( IN2018215996 ).

MODIFICACIONES A LOS PROGRAMAS

COLEGIOS UNIVERSITARIOS

COLEGIO UNIVERSITARIO DE LIMÓN

ACLARACIÓN PUBLICACIÓN

PLAN DE COMPRAS 2018

Publicado en el Diario Oficial La Gaceta, jueves 01 de febrero del 2018.

Se hace corrección a las siguientes partidas presupuestarias:

Para ver la imagen ir a La Gaceta con formato PDF

Karleny Clark Nelson, Directora Administrativa Financiera.— 1 vez.—( IN2018216284 ).

LICITACIONES

PODER JUDICIAL

CORTE SUPREMA DE JUSTICIA

DIRECCIÓN EJECUTIVA

DEPARTAMENTO DE PROVEEDURÍA

El Departamento de Proveeduría invita a participar en el siguiente procedimiento de contratación:

LICITACIÓN ABREVIADA Nº 2018LA-000005-PROV

Compra de sistema de videoconferencia

Fecha y hora de apertura: 13 de marzo de 2018, a las 10:00 horas.

El cartel se puede obtener sin costo alguno a partir de la presente publicación. Para ello, los interesados podrán obtenerlo a través de Internet, en la siguiente dirección: www.poder-judicial.go.cr/proveeduría/invitaciones.

San José, 8 de febrero de 2018.—Proceso de Adquisiciones.—Licda. Mauren Venegas Méndez, Jefa a. í.—1 vez.—( IN2018215978 ).

CAJA COSTARRICENSE DE SEGURO SOCIAL

HOSPITAL DR. RAFAEL Á. CALDERÓN GUARDIA

LICITACIÓN ABREVIADA 2018LA-000008-2101

Levetiracetam 500 mg y 1000 mg, tabletas

Se informa a los interesados a participar en la Licitación Abreviada 2018LA-000008-2101 por concepto de Levetiracetam 500 mg y 1000 mg, tabletas, que la fecha de apertura de las ofertas es para el día 13 de marzo 2018, a las 08:30 a. m.

El cartel se puede adquirir en la Administración del Hospital, por un costo de ¢500,00. Vea detalles en http://www.ccss.sa.cr

Subárea de Contratación Administrativa.—Lic. Glen Aguilar Solano, Coordinador.—1 vez.—( IN2018216215 ).

HOSPITAL DR. FERNANDO ESCALANTE

PRADILLA DE PÉREZ ZELEDÓN

LICITACIÓN NACIONAL PÚBLICA N° 2018LN-000001-2701

Compra de insumos para facoemulsificador

El Hospital Dr. Fernando Escalante Pradilla de Pérez Zeledón, recibirá ofertas hasta las 08:00 horas del 13 de marzo de 2018, para la Licitación Nacional Pública N° 2018LN-000001-2701 por el “Compra de insumos para facoemulsificador”.

Los interesados retirar el cartel en la Página Web de Caja Costarricense de Seguro Social. (www.ccss.sa.cr).

Lic. Greivin Blanco Padilla.—Área de Gestión Bienes y Servicios.—1 vez.—( IN2018216240 ).

CONSEJO NACIONAL DE PRODUCCIÓN

FÁBRICA NACIONAL DE LICORES

DIVISIÓN ADSCRITA AL CONSEJO

NACIONAL DE PRODUCCIÓN

CÉDULA JURÍDICA Nº 4-000-042146-5

SECCIÓN PROVEEDURÍA

LICITACIÓN ABREVIADA Nº 2018LA-000007-PV

(Apertura de licitación)

Compra de vehículos

La Fábrica Nacional de Licores, por medio de su Proveeduría, comunica que se recibirán ofertas por escrito para el siguiente concurso:

Descripción: compra de vehículos

Tipo de concurso: Licitación Abreviada Nº 2018LA-000007-PV.

Fecha de apertura: 8 de marzo de 2018, 10:00 horas.

Se invita a los interesados a que retiren el respectivo cartel en la oficina de la Sección Proveeduría, ubicada en Rincón de Salas Grecia, en horarios de lunes a viernes de 7:30 a.m. a 3:30 p.m., sin costo alguno. Se puede acceder al mismo por medio de la página www.fanal.co.cr. El acto de apertura de las ofertas se realizará en la oficina de la Proveeduría.

San José, 9 de febrero del 2018.—Departamento Administrativo.—MBA. Francisco Merino Carmona, Coordinador de Área.—1 vez.—( IN2018216231 ).

LICITACIÓN ABREVIADA 2018LA-000006-PV

(Apertura de licitación)

Compra cajas de cartón

La Fábrica Nacional de Licores, cédula jurídica 4-000-042146-5, por medio de su Proveeduría, comunica que se recibirán ofertas por escrito para el siguiente concurso:

Descripción: Compra cajas de cartón.

Tipo de concurso: Licitación Abreviada 2018LA-000006-PV.

Fecha de apertura: 06 de marzo de 2018, 10:00 horas.

Se invita a los interesados a que retiren el respectivo cartel en la oficina de la Sección Proveeduría, ubicada en Rincón de Salas Grecia, en horarios de lunes a viernes de 7:30 a. m. a 3:30 p. m., sin costo alguno. Se puede acceder al mismo por medio de la página www.fanal.co.cr. El acto de apertura de las ofertas se realizará en la oficina de la Proveeduría.

San José, 9 de febrero de 2018.—MBA. Francisco Merino Carmona, Coordinador de Área.—1 vez.—( IN2018216232 ).

INSTITUTO NACIONAL DE APRENDIZAJE

LICITACIÓN ABREVIADA Nº 2018LA-000002-02

(Invitación N° 1)

Compra de telas para confección de ropas

y otros artículos de tienda en general

El Proceso de Adquisiciones de la Unidad Regional Central Oriental del Instituto Nacional de Aprendizaje estará recibiendo ofertas por escrito hasta las 09:00 horas del 6 de marzo del 2018.

Los interesados podrán retirar el pliego de condiciones el cual es gratuito, en el Proceso de Adquisiciones de la Unidad Regional Central Oriental, ubicado de Pizza Hut Paseo Colón, 250 metros al Sur contiguo a la Iglesia San Juan Bosco, edificio Don Bosco, primer nivel, o bien ver la página web del INA, dirección http://infoweb.ina.ac.cr/consultacarteles.

Unidad de Compras Institucionales.—Lic. Allan Altamirano Díaz, Jefe.—1 vez.—O. C. Nº 26133.—Sol. Nº 108851.—( IN2018216255 ).

AVISOS

REFINADORA COSTARRICENSE DE PETRÓLEO S. A.

LICITACIÓN ABREVIADA Nº 2018LA-000001-02

Suministro e instalación de sistema de medición de flujo

La Dirección de Suministros de RECOPE invita a participar en la Licitación Abreviada Nº 2018LA-000001-02, para lo cual las propuestas deberán presentarse en el segundo piso de las Oficinas Centrales de RECOPE, edificio Hernán Garrón, sita en San José. Goicoechea, San Francisco, calle 108, Ruta 32 km 0 hasta las 10:00 horas del día 08 de marzo del 2018.

La visita al sitio para explicar los alcances técnicos y demás aspectos relevantes de este concurso se llevará a cabo el día 16 de febrero del 2018, a las 10:00 horas en la entrada principal del Plantel Moín en Limón.

Se les informa a los proveedores y demás interesados que los carteles únicamente estarán disponibles a través de la página WEB de Recope www.recope.go.cr.

Se recuerda a los proveedores y demás interesados que a través del sitio WEB www.recope.com, se encuentran publicadas las licitaciones y contrataciones por escasa cuantía promovidas por RECOPE.

Dirección de Suministros.—Ing. Norma Álvarez Morales, Directora.—1 vez.—O. C. N° 2017000142.—Solicitud N° 108853.— ( IN2018216257 ).

MUNICIPALIDADES

MUNICIPALIDAD DE PUNTARENAS

PROVEEDURÍA MUNICIPAL

Invita a los potenciales oferentes, a participar en los procesos de licitación que seguidamente se detallan, para que retiren el cartel, que estará disponible en el Departamento de Proveeduría y en el sitio web www.puntarenas.go.cr, a partir de esta publicación.

Licitación Abreviada Nº 2018LA-000001-01 “Adquisición de dos vehículos tipo pick up, doble cabina, para la Dirección de Desarrollo Urbano y el Plantel Municipal”

Límite de recepción de ofertas: hasta las 10:00 horas del 27 de febrero de 2018.

Licitación Abreviada Nº 2018LA-000002-01 “Adquisición de equipo triturador de troncos para ser utilizado en el mantenimiento de las zonas verdes y parques del cantón Central de Puntarenas”

Límite de recepción de ofertas: hasta las 10:00 horas del 26 febrero de 2018.

Para mayor información escribir correo electrónico: lrojas@munipuntarenas.go.cr o teléfono 2661-2104 de la Proveeduría Municipal.

Puntarenas, 12 febrero de 2018.—Lic. Luis Edward Rojas Barrantes, Proveedor Municipal.—1 vez.—( IN2018216346 ).

ADJUDICACIONES

PODER JUDICIAL

CORTE SUPREMA DE JUSTICIA

DIRECCIÓN EJECUTIVA

DEPARTAMENTO DE PROVEEDURÍA

AVISO DE ADJUDICACIÓN

Se comunica a todos los interesados en los procedimientos de contratación que se dirán, que, por acuerdo del Consejo Superior del Poder Judicial, en sesión Nº 10-18 del 06 de febrero del 2018, artículos VI y VII respectivamente, se dispuso a adjudicar de la siguiente manera:

LICITACIÓN ABREVIADA Nº 2017LA-000062-PROV

Contratación de un asesor externo del Comité de Riesgos

para el Fondo de Jubilaciones y Pensiones

del Poder Judicial

A: Arturo Chaves Marín, cédula de identidad 4-0105-1112:

Con un costo mensual de ¢350.000,00.

Demás términos y condiciones conforme al cartel y la oferta.

LICITACIÓN ABREVIADA Nº 2017LA-000026-PROV

Compra de cromatógrafo líquido con detector

de masa de alta resolución

A: ISASA Latam S. A., cédula jurídica 3-101-488091:

Con un costo total de $421.000,00.

Demás términos y condiciones conforme al cartel y la oferta.

San José, 7 de febrero de 2018.—Proceso de Adquisiciones.—Licda. Mauren Venegas Méndez, Jefa a. í.—1 vez.—( IN2018215981 ).

BANCO POPULAR Y DE DESARROLLO COMUNAL

LICITACIÓN PÚBLICA N° 2017LN-000024-DCADM

Compra de una solución firewall físicos de próxima

generación e integración de la ampliación

de la Plataforma VMWARE

La División de Contratación Administrativa del Banco Popular y de Desarrollo Comunal hace del conocimiento de los interesados en la Licitación Pública N° 2017LN-000024-DCADM, que la Comisión de Licitaciones Públicas mediante acta N° 835 del 08 de febrero de 2018 resolvió Adjudicar la presente licitación en los siguientes términos:

Adjudicatario: Datasys Group S. A., C.J. 3-101-225751.

Oferta Económica:

ÍTEM ÚNICO

Línea

Descripción

Cantidad

Costo unitario IVI

Costo total IVI

N° 1

Firewall NGFW (Next Generation Firewall), de acuerdo con las condiciones establecidas en el apartado 2.1 Objeto

4

$290.760,44

$1.163.041,77

N° 2

Costo por hora técnico para el mantenimiento correctivo no cubierto por garantía para Firewall NGFW (Next Generation Firewall).

N/A

$90,00

$90.00

 

GARANTÍA DE CUMPLIMIENTO: DATASYS CROUP, S. A. dispondrá de cinco días hábiles, contados a partir de la firmeza del acto de adjudicación, para rendir la correspondiente garantía de cumplimiento por un monto de $ 58.157.00, con una vigencia mínima de siete meses.

Demás condiciones y requisitos de conformidad con el cartel definitivo, la oferta del adjudicatario, el informe de adjudicación N° 001-2018.

Área Gestión y Análisis de Compras.—Licda. Ana Victoria Monge Bolaños, Jefa AGAC-165-2018.—1 vez.—( IN2018216265 ).

UNIVERSIDAD DE COSTA RICA

RESOLUCIÓN DE ADJUDICACIÓN Nº UADQ 011-2018

LICITACIÓN PÚBLICA Nº 2017LN-000007-UADQ

Concesión de local para la instalación de máquinas

fotocopiadoras para la prestación de servicios

de fotocopiado en la facultad de derecho

SE ACUERDA:

1º—Adjudicar la Licitación Pública Nº 2017LN-000007-UADQ, titulada “Concesión de local para la instalación de máquinas fotocopiadoras para la prestación de servicios de fotocopiado en la Facultad de Derecho” de la siguiente forma:

A: Oferta Nº 2: Zenén Humberto Rodríguez Ruiz, cédula física Nº 3-0265-0935.

Canon mensual: ¢290.000,00

Monto anual: ¢2.900.000,00

Nota: para los meses no lectivos, es decir, julio, diciembre, enero y febrero, el contratista deberá pagar únicamente el 50% del valor mensual de la contratación.

Orden de inicio: la Oficina de Servicios Generales, determinará la fecha de inicio, previo acuerdo con el contratista.

Vigencia del contrato: La contratación que se realizará de la licitación en referencia es por un año. Dicho contrato podrá prorrogarse por tres períodos similares, hasta un máximo del contrato de 4 años, previo acuerdo entre las partes, por escrito, dos meses antes del vencimiento del período contratado o de sus prórrogas; y una vez aprobado el nuevo canon mensual por parte de la Administración.

Precios establecidos para los servicios prestados:

Tipo de servicio y copia

Precio ¢

Encuadernación sencilla 50 hojas

500,00

Encuadernación sencilla 100 hojas

600,00

Encuadernación sencilla más de 100 hojas

700,00

Escaneo

15,00

Encuadernación de lujo

4.500,00

Copia tamaño carta B/N

10,00

Copia color tamaño carta

100,00

Copia tamaño oficio B/N

15,00

Copia color tamaño carta

100,00

Copia color tamaño oficio

150,00

Ampliación

15,00

Reducción

15,00

Impresión B/N

10,00

Impresión a color carta

100,00

Grabar CD

250,00

Levantamiento de textos

500,00

Cuaderno de examen

175,00

 

Monto adjudicado anual ¢2.900.000,00.

Sabanilla de Montes de Oca, al día 09 del mes de febrero de 2018.—Unidad de Adquisiciones.—Licda. Jalile Muñoz Caravaca, Analista.—1 vez.—O.C. Nº 205177.—Solicitud Nº 108800.— ( IN2018216249 ).

INSTITUTO COSTARRICENSE DE ACUEDUCTOS Y ALCANTARILLADOS

DIRECCIÓN PROVEEDURÍA

LICITACIÓN PÚBLICA NACIONAL 2017LN-000019-PRI

Servicio de seguridad y vigilancia para región central oeste

El Instituto Costarricense de Acueductos y Alcantarillados (A y A), cédula jurídica N° 4-000-042138, comunica que mediante Acuerdo de Junta Directiva Nº 2018-23 del 07 de febrero del 2018, se adjudica la presente licitación a:

Oferta N° 4: Consorcio VMA-VMA Comercial conformado por Servicios Administrativos Vargas Mejías S. A. y VMA Comercial e Industrial de San José S. A., posición 1 por un monto total anual (sin arma) de ¢222.647.193,96 colones.

Oferta N° 6: Seguridad y Vigilancia Sevin Ltda., posiciones 2 y 3 por un monto total anual (sin arma) de ¢106.245.012,72 colones.

Demás condiciones de acuerdo al cartel y la oferta respectiva.

Dirección Proveeduría.—Licda. Jeniffer Fernández Guillén.— 1 vez.—O. C. N° 6000002848.—Sol. N° 108742.—( IN2018216246 ).

REGISTRO DE PROVEEDORES

AVISOS

JUNTA ADMINISTRATIVA COLEGIO TÉCNICO

PROFESIONAL DE OROSI

REGISTRO INSTITUCIONAL DE PROVEEDORES

Cumpliendo con los artículos 46 de la Ley de Contratación Administrativa y artículo 122 de su Reglamento, se invita a las personas físicas y jurídicas interesadas en ser consideradas en los procesos de contratación administrativa de la institución a inscribirse en el respectivo Registro de Proveedores. El formulario de inscripción y los requisitos los podrán solicitar al correo junta.ctpdeorosi@gmail.com . Los proveedores inscritos en años anteriores deben verificar su estado en el registro de proveedores a fin de ser considerados en futuras contrataciones. Para más información comunicarse al teléfono: 2533-2504.

Cartago, Orosi, 08 febrero del 2018.—Gestión de Proveeduría.—Allan Sanabria Solano, Asistente Administrativo.— 1 vez.—( IN2018215975 ).

FE DE ERRATAS

OBRAS PÚBLICAS Y TRANSPORTES

PROGRAMA DE INFRAESTRUCTURA DE TRANSPORTE

CONVENIO DE PRÉSTAMO 3071/OC-CR Y 3072/CH-CR

LICITACIÓN PÚBLICA INTERNACIONAL PIT-7-LPI-O-2016

Contratación del diseño y construcción para la rehabilitación

y reforzamiento del rompeolas de Puerto Caldera

Se comunica que se traslada la fecha para recibir ofertas para el 02 de marzo del 2018 a las 10:00 a. m. En la sala de reuniones de la Proveeduría Institucional ubicada en el Plantel Central del Ministerio de Obras Públicas y Transportes, al costado sur del Liceo de Costa Rica Plaza Cleto González Víquez. Lo anterior debido a que se ha presentado nuevamente un recurso de objeción ante la Contraloría General de la República y se está en espera de la resolución.

Tomas Figueroa Malavassi, Director Unidad Asesora del Mopt.—1 vez.—( IN2018216362 ).

UNIVERSIDAD DE COSTA RICA

LICITACIÓN PÚBLICA N° 2018LN-000004-UADQ

(Modificación N° 1)

Concesión de un local para la prestación de servicios

de alimentación en la facultad de ingeniería

La Oficina de Suministros comunica la modificación de la fecha de apertura de la Licitación en Referencia, cuya invitación salió publicada el 02 de febrero de 2018, en La Gaceta N° 20.

Se recibirá propuestas por escrito hasta las 14:00 horas del 02 de marzo de 2018, para la contratación citada.

Permaneciendo constante los demás puntos del cartel Los interesados podrán acceder al cartel en la siguiente página de Internet http://osum.ucr.ac.cr, modulo contrataciones, Licitaciones Públicas, o retirar el cartel en la Oficina de Suministros de la Universidad de Costa Rica, ubicada en Sabanilla de Montes de Oca, de las Instalaciones Deportivas 250 metros al este y 400 metros al norte.

Los interesados en participar deberán enviar al fax: 2511-5520 ó al correo electrónico jalile.munoz@ucr.ac.cr, los datos de la empresa, número telefónico, fax y el nombre de la persona a quien contactar en caso necesario, el incumplimiento de este requisito exonera a la Unidad de Adquisiciones la no comunicación de prórrogas, modificaciones o aclaraciones al concurso.

Sabanilla de Montes de Oca, 6 de febrero de 2018.—Unidad de Adquisiciones.—Licda. Yalile Muñoz Caravaca, Analista.— 1 vez.—O.C. N° 205177.—Sol. N° 108815.—( IN2018216254 ).

UNIVERSIDAD NACIONAL

PROVEEDURÍA INSTITUCIONAL

LICITACIÓN PÚBLICA Nº 2017LN-000011-SCA

Compra de equipo científico y de laboratorio

La Universidad Nacional por medio de la Proveeduría Institucional comunica a los proveedores que participaron en esta Contratación, que mediante resolución UNA-PI-D-RESO-0061-2018 del día 07 de febrero, 2018 se corrige error material en el monto total adjudicado a la empresa Audrain y Jiménez S. A., ya que se indicó $2.067,46, siendo lo correcto $4.944,15.

Heredia, 08 de febrero, 2018.—MAP. Nelson Valerio Aguilar, Director.—1 vez.—Orden de C. Nº P0032131.—Solicitud Nº 108723.— ( IN2018216296 ).

INSTITUTO TECNOLÓGICO DE COSTA RICA

LICITACIÓN PÚBLICA NACIONAL CR-ITCR-232-B-LPN-

0001-2018-APITCRBM (Aclaración y modificación N° 1)

Adquisición de equipo núcleo integrado química- ambiental

A los interesados en la Licitación arriba indicada se les comunica que el cartel ha sido aclarado y modificado, dicho documento ya está disponible para solicitarlo a la dirección electrónica ebonilla@itcr.ac.cr

Se modifica la fecha de recepción y apertura de las ofertas para el día 28 de febrero de 2018, a las 10:00 a.m. la recepción y a las 10:30 a.m. la apertura.

Cartago, 8 de febrero del 2018.—Departamento de Aprovisionamiento.— MAE. Kattya Calderón Mora, Directora.—1 vez.—O. C. Nº 20187548.— Sol. Nº 108656.—( IN2018216233 ).

CAJA COSTARRICENSE DE SEGURO SOCIAL

HOSPITAL DR. MAX PERALTA JIMÉNEZ DE CARTAGO

LICITACIÓN PÚBLICA Nº 2018LN-000001-2306

Reactivos tropinina, probnp y procalcitonina

bajo modalidad de entrega según demanda

El Hospital Dr. Max Peralta Jiménez de Cartago comunica a todos los interesados, que el cartel de licitación ha sido objeto de algunas modificaciones producto de la resolución de recursos de objeción interpuestos en contra del cartel de licitación, por lo que las mismas pueden ser consultadas en la página web de la institución, en la siguiente dirección: http://www.ccss.sa.cr/licitaciones, también pueden ser solicitadas a través del teléfono 2591-1161 y se le enviarán por correo electrónico o bien, pueden pasar a nuestras oficinas por una copia del documento.

Además se les comunica que la fecha para la recepción y apertura de ofertas se mantiene para el día 22 de febrero de 2018, a las 10:00 a.m.

Lo anterior con fundamento en lo dispuesto por los artículos 81 y siguientes de la Ley de Contratación Administrativa y 178 y siguientes de su Reglamento.

Cartago, 09 de febrero de 2018.—Área de Gestión de Bienes y Servicios.—Licenciado Randall Varela Martínez, Coordinador.— 1 vez.—( IN2018215889 ).

HOSPITAL MÉXICO

SUB-ÁREA DE CONTRATACIÓN ADMINISTRATIVA

LICITACIÓN ABREVIADA 2018LA-000001-2104

Por la adquisición de:

clips permanentes para aneurisma

Se comunica a los interesados que la fecha de apertura se prorrogará hasta nuevo aviso; además que de existir modificaciones al cartel se les estará comunicando por este mismo medio. Demás condiciones continúan invariables.

San José, 09 de febrero del 2018.—Área Gestión Bienes y Servicios.—Licda. Carmen Rodríguez Castro, Jefe a. í.—1 vez.— O. C. Nº 22.—Solicitud Nº 108731.—( IN2018216235 ).

SUB-ÁREA DE CONTRATACIÓN ADMINISTRATIVA

LICITACIÓN NACIONAL Nº 2018LN-000002-2104

Por la adquisición de material médico descartable

Se comunica a los interesados que la fecha de apertura se prorrogará hasta nuevo aviso; además que de existir modificaciones al cartel se les estará comunicando por este mismo medio. Demás condiciones continúan invariables.

San José, 09 de febrero del 2018.—Área Gestión Bienes y Servicios.—Licda. Carmen Rodríguez Castro, Jefa a. í.—1 vez.—O.C. Nº 23.—Solicitud Nº 108733.—( IN2018216237 ).

HOSPITAL SAN VICENTE DE PAÚL

LICITACIÓN PÚBLICA NACIONAL

Nº 2018LN-000001-2208

(Modalidad según demanda)

Por insumos para sellado de vasos

para cirugía abierta y laparoscópica

La Sub Área de Contratación Administrativa del Hospital San Vicente de Paúl, comunica a los oferentes interesados en participar en la presente licitación, que por motivo de Recurso de Objeción presentado por la empresa Eurociencia Costa Rica Sociedad Anónima; se realiza modificación al cartel de especificaciones técnicas y administrativas.

El cartel modificación Nº 1, se encuentra disponible en la Sub Área de Contratación Administrativa de este nosocomio y en el sitio web de la institución, en el link http://www.ccss.sa.cr/ licitaciones. Se mantiene apertura de ofertas para el día 15 de febrero del 2018, a las 11:00 horas.

Heredia, 09 de febrero del 2018.—Dirección Administrativa.—Lic. Jhonderth Cruz Sandí.—1 vez.—( IN2018216314 ).

AVISOS

REFINADORA COSTARRICENSE DE PETRÓLEO S. A.

LICITACIÓN PÚBLICA Nº 2017LN-000004-02 (Prórroga N° 3)

Construcción sistema de filtración de líneas marinas

Les comunicamos a los interesados en participar en el concurso en referencia, que la fecha de apertura y recepción de ofertas se prorrogó para el día 07 de marzo del 2018 a las 10:00 horas. Se recuerda a los proveedores y demás interesados que a través del sitio Web www.recope.com, se encuentran publicadas las licitaciones y contrataciones por escasa cuantía promovidas por RECOPE.

Dirección de Suministros.—Ing. Norma Álvarez Morales, Directora.—1 vez.—O.C. N° 2017000142.—Solicitud N° 108776.— ( IN2018216003 ).

REGLAMENTOS

BANCO NACIONAL DE COSTA RICA

MODIFICACIÓN AL CÓDIGO DE CONDUCTA Y ÉTICA

DEL CONGLOMERADO BANCO NACIONAL

El Banco Nacional de Costa Rica comunica la parte resolutiva del acuerdo tomado por la Junta Directiva General, en la sesión N° 12.205, artículo 1º, celebrada el 04 de diciembre del 2018, en el cual acordó aprobar la modificación al Código de Conducta y Ética del Conglomerado Banco Nacional, específicamente en lo que respecta al apartado 3.3 Los Conflictos de Interés, en el punto Deber de abstención, con el propósito de adicionar el siguiente párrafo, para que, en lo sucesivo, se lea de conformidad con el siguiente texto:

Con la salvedad de las operaciones relacionadas con inversión, ahorro y/o cuenta corriente, se prohíbe a los funcionarios y servidores del Banco Nacional de Costa Rica, en el ejercicio de sus funciones, autorizar operaciones activas directas o indirectas, o celebrar todo tipo de contratos, convenios y generar cualquier tipo de relación comercial en la que tenga interés directo las asociaciones, cooperativas o cualquier otra organización constituida por colaboradores del Banco Nacional. Los colaboradores indicados no podrán renovar, a su vencimiento, las relaciones de negocio existentes con cualquiera de esas organizaciones, una vez entrada en vigencia esta regulación.

En lo demás, el citado Código de Conducta y Ética se mantiene invariable.

La Uruca, 05 de febrero del 2018.—Licda. Alejandra Trejos Céspedes, Supervisora Operativa.—1 vez.—O. C. Nº 524007.—Solicitud Nº 108145.—( IN2018214463 ).

MUNICIPALIDADES

CONCEJO MUNICIPAL

DE DISTRITO DE MONTEVERDE

Se solicita la publicación por una única vez de la modificación al Reglamento para la Aplicación de Sanciones en Materia de Construcción del Concejo Municipal de Distrito de Monteverde, aprobado por el Concejo Municipal de Distrito de Monteverde en sesión ordinaria Nº 131 del 16 de enero del 2018, en el capítulo XI, artículo 09, inciso c), según se detalla:

1)  En el artículo 01: Definiciones importantes, agregar la siguiente:

     Arquitectos o ingenieros responsables: Se entenderán como profesionales responsables aquellos profesionales en ingeniería o arquitectura debidamente incorporados al Colegio Federado de Ingenieros y Arquitectos de Costa Rica y habilitados para ejercer sus profesiones en distintas especialidades. Estos profesionales actuarán conforme a sus distintas especialidades. Los profesionales responsables son los únicos que tienen facultad para autorizar solicitudes de licencia para obras de construcción; además, tienen la obligación de vigilar las obras para las cuales hayan solicitado o autorizado licencia para obras de construcción.

2)  En el artículo 5: Eliminar el inciso b) y correr la numeración como corresponde.

     En el inciso d): eliminar la palabra “no”.

     En el inciso g): agregar al final del párrafo lo siguiente: “cuando se trate de proyectos urbanísticos.

     En el inciso l): eliminar lo siguiente “ochocientos mil colones (¢800.000,00)” y en su lugar agregar “los diez salarios base”.

3)  Cambiar la tabla de categorización y quedaría como sigue:

Para ver las imágenes, ir a La Gaceta con formato PDF

4)  Agregar un artículo 5 bis como sigue:

     Artículo 5 bis: Permiso para obras menores: Toda persona puede hacer reparaciones, remodelaciones, ampliaciones, mantenimientos y otras obras de carácter menor por cuenta propia o de terceros sin necesidad de contar con la autorización de un profesional, siempre que las mismas no excedan al equivalente a diez salarios base según lo dispuesto en el artículo 2º de la Ley Nº 7337.

     Se consideran obras de mantenimiento, las siguientes:

     Reposición o instalación de canoas y bajantes.

     Reparación de aceras.

     Instalación de verjas, rejas, cortinas de acero o mallas perimetrales no estructurales.

     Limpieza de terreno de capa vegetal o de vegetación.

     Cambio de cubierta de techo.

     Pintura en general, tanto de paredes como de techo.

     Colocación de cercas de alambre.

     Acabados de pisos, puertas, ventanería y de cielo raso.

     Reparación de repellos y de revestimientos.

     Reparaciones de fontanería.

     Reparaciones eléctricas (sustitución de luminarias, de toma corrientes y de apagadores).

     Se podrán incluir como obras de ampliación o reparación (obras menores) en viviendas, las siguientes:

     Cambio estructura y forros de pared.

     Construcción de casetilla de vigilancia.

     Levantar o cambiar estructura de techo.

     Ampliación de alero, muros y tapias.

     Construir cochera.

     Ampliación de baño, sala, cuarto de pilas, terraza (en primer nivel).

     Bajar nivel de terreno y muros de contención.

     Remodelación de fachada.

     Rampa de accesibilidad.

     Instalación de malla.

     Construcción de tapias (muros de contención o retención no clasifica en este ítem).

     Si dentro de los siguientes doce meses a partir del otorgamiento de un permiso de obra menor, se presentase una nueva solicitud sobre el mismo inmueble, el Concejo Municipal de Distrito previa inspección podrá denegar el nuevo permiso si se determina que una obra mayor está siendo fraccionada en aras de evadir los controles municipales y urbanísticos.

5)  En el artículo 6º, inciso a) quedaría como sigue:

a.  En caso de tratarse de obras y de actividades que requieran de la alteración parcial o total de los recursos ambientales y humanos que estén a su alrededor será necesario aportar el correspondiente Estudio de Impacto Ambiental aprobado por SETENA, o las autoridades que designe con ese fin el Ministerio del Ambiente, Energía y Telecomunicaciones; en forma previa.

6)  Modificar el artículo 19 y quedaría como sigue:

     Artículo 19.—La Resolución Administrativa. El Departamento tendrá un término de 15 días para resolver si rechaza o concede el permiso solicitado. En caso de atraso se comunicará al solicitante la demora so pena de sanción. La resolución que conceda el permiso municipal, podrá ser emitida mediante un documento que tendrá la siguiente leyenda: “Aplicar artículo 44 y 45 del código Municipal”.

Monteverde, 22 de enero del 2018.—Bach. Floribeth Chacón Villegas, Secretaria Municipal.—1 vez.—( IN2018214269 ).

REMATES

HACIENDA

SERVICIO NACIONAL DE ADUANAS

SUBASTA PÚBLICA ADUANERA

De conformidad con la Ley General de Aduanas Nº 7557 del 8 de noviembre de 1995, su reglamento y reformas, se detalla a continuación las mercancías en condición de abandono que serán subastadas públicamente y de forma individual en la Aduana Central, a las 09:30 horas del día 07 de marzo del año 2018, en las instalaciones de la misma, sita en San José, Calle Blancos, 300 metros al oeste de la Coca Cola.

Depositario Aduanero: Centro Logístico CLADISA S. A., Código: A-205, cédula jurídica: 3-101-198416-02. Dirección: 150 metros al este de la Estación de Gasolina La Pacífica en Curridabat, San José.

Detalle de la mercancía

Boleta N° 150-205-2017. Consignatario: Komelux SPR S. A. Movimiento de inventario: 62513-2016. Descripción: 88 paquetes con brillo verde para lavar ollas marca Scotch Brite, 24 unidades de 12 piezas cada uno. Valor aduanero: $1.393,25. Precio base: ¢151.586,70.

Boleta N° 151-205-2017. Consignatario: Sony Corporation of Panamá S. A. Movimiento de inventario: 62504-2016. Descripción: 5 cartones con reproductores de CD/DVD player marca Sony, una unidad en cada cartón. Valor aduanero: $128,10. Precio base: ¢36.085,45.

Boleta N° 152-205-2017. Consignatario: Comercor S. A. Movimiento de inventario: 62516-2016. Descripción: 4 cartones con pantalón BASS para dama, 41 unidades y 2 cartones con camisa BASS para hombre, 9 unidades. Total 6 cartones. Valor aduanero: $58,81. Precio base: ¢11.347,96.

Boleta N° 153-205-2017. Consignatario: Kativo Costa Rica S. A. Movimiento de inventario: 62507-2016. Descripción: 18 cartones con pintura en aerosol marca Protecto, 12 unidades cada cartón. 106 cartones con brochas marca Protecto 24 unidades cada cartón y 1 cartón con brochas marca Protecto 120 unidades. Total 125 cartones. Valor Aduanero: $2.199,96. Precio base: ¢368.838,11. Nota Técnica 54.

Boleta N° 154-205-2017. Consignatario: Almacén Uribe y Pagés. Movimiento de inventario: 62515-2016. Descripción: 21 cartones con ventiladores de mesa, 21 unidades. Y 4 cartones con balde plástico para exprimir mapeador. Valor aduanero: $309,98. Precio base: ¢52.242,30.

Se informa a los interesados los siguientes puntos para su consideración:

a.  El interesado puede apersonarse al lugar de ubicación de la mercancía, para observarla dentro del plazo de tres días previos al inicio de la Subasta.

b.  Para poder participar en la subasta es indispensable depositar por concepto de anticipo y mediante cheque certificado a favor del Ministerio de Hacienda, una suma equivalente al 10% del precio base de las mercancías que desee adquirir.

c.  La diferencia entre el monto del cheque que funge como anticipo y el monto de adjudicación de las mercancías, el mismo se debe cancelar de forma inmediata o más tardar el día hábil siguiente de la adjudicación, mediante Entero de Gobierno. La subasta aduanera es pública, por lo que cualquier interesado puede tener acceso, con excepción de participación como postor o comprador, tanto de forma directa o indirecta, de los funcionarios del Servicio Nacional de Aduanas, ni sus parientes con afinidad o consanguinidad hasta el tercer grado inclusive.

d.  El costo por concepto de bodegaje de las mercancías no está incluido en el precio base, por lo tanto los interesados deben pactar tal rubro directamente con el respectivo depositario aduanero.

e.  En el caso de mercancías sujeta a restricciones no arancelarias, el interesado debe presentar el debido permiso, licencia o autorización vigente, en el momento de la subasta.

Licda. Maribel Abarca Sandoval, Gerente Aduana Central.—1 vez.—O. C. N° 3400035911.—Solicitud N° 108533.—( IN2018216094 ).

De conformidad con la Ley General de Aduanas Nº 7557 del 8 de noviembre de 1995, su reglamento y reformas, se detalla a continuación las mercancías en condición de abandono que serán subastadas públicamente y de forma individual en la Aduana Central, a las 09:30 horas del día 08 de marzo del año 2018, en las instalaciones de la misma, sita en San José, Calle Blancos, 300 metros al oeste de la Coca Cola.

Depositario Aduanero: ILG Supply Chain Services, S. A. Código: A-253, cédula jurídica Nº 3-101-1682513. Dirección: San Rafael Arriba de Desamparados, Parque Industrial Las Brisas, San José.

Detalle de la mercancía

Boleta Nº 192-253-2017. Consignatario: Kimberly Clark C.R. Movimiento de inventario: 40736-2016. Descripción: 1 bulto de pañales para adulto con 4 paquetes de 17 unidades cada uno. Valor aduanero: $16,95. Precio base: ¢4.535,71. Nota técnica 57.

Boleta Nº 194-253-2017. Consignatario: Kimberly Clark C.R. Movimiento de inventario: 43652-2016. Descripción: 17 bultos de toallitas húmedas con 24 paquetes de 48 unidades cada uno. Valor aduanero: $212,67. Precio base: ¢71.401,99. Nota técnica 57.

Boleta Nº 195-253-2017. Consignatario: Kimberly Clark C.R. Movimiento de inventario: 19636-2015. Descripción: 48 bultos de rollos de papel de uso doméstico con 12 paquetes de 2 unidades cada uno. Valor aduanero: $702,82. Precio base: ¢113.804,07.

Boleta Nº 196-253-2017. Consignatario: Kimberly Clark C.R. Movimiento de inventario: 19799-2015. Descripción: 1 bulto de pañuelos kleenex con 32 paquetes de 60 unidades cada uno. Valor aduanero: $24,86. Precio base: ¢4.025,67.

Boleta Nº 197-253-2017. Consignatario: Kimberly Clark C.R. Movimiento de inventario: 47600-2016. Descripción: 2 bultos de pañales para adulto con 2 paquetes de 17 unidades cada uno. Valor aduanero: $18,84. Precio base: ¢4.971,73. Nota técnica 57.

Boleta Nº 198-253-2017. Consignatario: Kimberly Clark C.R. Movimiento de inventario: 39911-2016. Descripción: 1 bulto de lentes transparentes antiempañantes de seguridad con 9 paquetes de 12 unidades cada uno. Valor aduanero: $71,18. Precio base: ¢7.217,67.

Boleta Nº 210-253-2017. Consignatario: Kimberly Clark C.R. Movimiento de inventario: 41924-2016. Descripción: 2 bultos de toallitas húmedas con 16 paquetes de 16 unidades cada uno. Valor aduanero: $10,40. Precio base: ¢2.309,02. Nota técnica 57.

Boleta Nº 213-253-2017. Consignatario: Kimberly Clark C.R. Movimiento de inventario: 45684-2016. Descripción: 6 bultos de pañales para adulto con 3 paquetes de 20 unidades cada uno. Valor aduanero: $96,43. Precio base: ¢17.637,32. Nota técnica 57.

Boleta Nº 214-253-2017. Consignatario: Kimberly Clark C.R. Movimiento de inventario: 47299-2016. Descripción: 240 bultos de toallitas húmedas con 16 paquetes de 16 unidades cada uno. Valor aduanero: $1.248,44. Precio base: ¢286.085,23. Nota técnica 57.

Boleta Nº 216-253-2017. Consignatario: Kimberly Clark C.R. Movimiento de inventario: 47422-2016. Descripción: 1 bulto de guantes revestidos de nitrilo con 5 paquetes de 12 unidades cada uno. Valor aduanero: $66,40. Precio base: ¢12.879,19.

Se informa a los interesados los siguientes puntos para su consideración:

a.  El interesado puede apersonarse al lugar de ubicación de la mercancía, para observarla dentro del plazo de tres días previos al inicio de la Subasta.

b.  Para poder participar en la subasta es indispensable depositar por concepto de anticipo y mediante cheque certificado a favor del Ministerio de Hacienda, una suma equivalente al 10% del precio base de las mercancías que desee adquirir.

c.  La diferencia entre el monto del cheque que funge como anticipo y el monto de adjudicación de las mercancías, el mismo se debe cancelar de forma inmediata o más tardar el día hábil siguiente de la adjudicación, mediante Entero de Gobierno. La subasta aduanera es pública, por lo que cualquier interesado puede tener acceso, con excepción de participación como postor o comprador, tanto de forma directa o indirecta, de los funcionarios del Servicio Nacional de Aduanas, ni sus parientes con afinidad o consanguinidad hasta el tercer grado inclusive.

d.  El costo por concepto de bodegaje de las mercancías no está incluido en el precio base, por lo tanto los interesados deben pactar tal rubro directamente con el respectivo depositario aduanero.

e.  En el caso de mercancías sujeta a restricciones no arancelarias, el interesado debe presentar el debido permiso, licencia o autorización vigente, en el momento de la subasta.

Licda. Maribel Abarca Sandoval, Gerente Aduana Central.— 1 vez.—O.C. Nº 3400035911.—Sol. Nº 108538.—( IN2018216098 ).

INSTITUCIONES DESCENTRALIZADAS

BANCO CENTRAL DE COSTA RICA

La Junta Directiva del Banco Central de Costa Rica en el artículo 7 del acta de la sesión 5813-2018, celebrada el 31 de enero del 2018,

Considerando que:

El artículo 2 de la Ley Orgánica del Banco Central de Costa Rica establece como objetivos prioritarios de esta Entidad, mantener la estabilidad interna y externa del colón y asegurar su conversión a otras monedas.

B. El Título IV, numeral 2, literales D y E de las Regulaciones de Política Monetaria establecen que, en ese orden, corresponde a esta Junta Directiva determinar la Tasa de política monetaria (TPM) y la tasa de interés de captación a un día plazo (DON).

C. Si bien, desde abril de 2015, las expectativas de inflación han estado contenidas en el rango meta de inflación, en meses recientes han aumentado con una tendencia hacia el valor superior de ese rango.

D. El precio del petróleo mantiene el comportamiento alcista observado desde julio de 2017. Esta situación, con rezago, se traslada al precio local de los combustibles, con una potencial transmisión en los próximos meses hacia otros precios (efectos de segunda ronda) y hacia las expectativas de inflación.

E.  La información disponible revela que a finales de 2017 e inicios del presente año el proceso de desdolarización del ahorro financiero se contuvo, lo que podría generar presiones al alza en las expectativas de variación cambiaria y, por esta vía, sobre las expectativas de inflación.

F.  Para reducir riesgos para la estabilidad del sistema financiero es preciso mantener el incentivo por ahorrar en moneda nacional.

G. Existen rezagos que son de magnitud variable en la transmisión de las acciones de política monetaria.

Dispuso, por unanimidad y en firme:

1.  Fijar la Tasa de política monetaria (TPM) en 5,0% anual, a partir del 1º de febrero de 2018.

2.  Fijar la tasa de interés bruta de los depósitos a un día plazo (DON) en 3,04% anual, a partir del 1º de febrero de 2018.

Jorge Luis Rivera Coto, Secretario General Ad Hoc.— 1 vez.—O. C. N° 4200001441.—Sol. N° 108078.—( IN2018214187 ).

SUPERINTENDENCIA GENERAL DE ENTIDADES FINANCIERAS

Publicación de la Superintendencia General de Entidades Financieras con base en la información suministrada por los intermediarios financieros.

BALANCE DE SITUACIÓN COMBINADO DEL SISTEMA BANCARIO NACIONAL

Al 31 de julio del 2017

(en miles de colones)

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Notas:

1º—Esta publicación se realiza en acatamiento de lo dispuesto en el Artículo 19 de la Ley Orgánica del Sistema Bancario Nacional y se ha elaborado con base en la información suministrada por las entidades financieras disponible en nuestras bases de datos al 16/08/2017.

2º—En el sitio Web de la SUGEF (www.sugef.fi.cr) se pueden consultar los estados financieros individuales de los bancos, con un mayor nivel de detalle, de este periodo y de periodos anteriores, así como otra información adicional.

Cecilia Sancho Calvo, Superintendente a. í.—1 vez.—( IN2018214225 ).

BANCO NACIONAL DE COSTA RICA

AVISOS

PUBLICACIÓN DE TERCERA VEZ

El Banco Nacional de Costa Rica, Sucursal Calle Blancos, provincia de San José, avisa a las siguientes personas que tienen pendiente el retiro de bienes en Custodia, por Cajitas de Seguridad abiertas por incumplimiento de contrato:

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Para mayor información puede comunicarse a los números de teléfonos 2247-1924 Cajitas de Seguridad o 2247-1968 Supervisor Operativo Sucursal Calle Blancos, Banco Nacional de Costa Rica, Jesús Chavarría Vargas, Supervisor Operativo.

La Uruca, 29 de enero del 2018.—Proveeduría General.—Licda. Alejandra Trejos Céspedes, Supervisora Operativa.—O. C. N° 524007.—Solicitud N° 107503.—( IN2018213246 ).

PUBLICACIÓN DE SEGUNDA VEZ

Se informa al público en general sobre el extravio del cheque de gerencia del Banco Nacional de Costa Rica N° 11046-7 a favor del BAC San José, por un monto de 1.370.415; no nos hacemos responsables por el mal uso que se le de al mismo.—Kimberly García Ch., Responsable.—( IN2018214024 ).

PUBLICACIÓN DE UNA VEZ

A las entidades acreedoras supervisadas por la Superintendencia General de Entidades Financieras, que para acogerse a lo dispuesto en los incisos c) y d) del artículo 4 del Acuerdo Sugef 6-05 Reglamento sobre la Distribución de Utilidades por la Venta de Bienes Adjudicados (Artículo 1 de la Ley 4631), en un plazo no mayor a 10 días hábiles, deberán presentar a través de sus Representantes Legales formal solicitud ante la Dirección General de Infraestructura y Compras del Banco Nacional de Costa Rica, localizada en La Uruca, frente a la Mercedes Benz y adjuntar una certificación de un contador público autorizado sobre el estado de la obligación y el saldo adeudado de Jorge Luis Corrales Zamora, cédula 3-0418-0743 en calidad de Ex Deudor y de Ex Propietario. En caso de consultas remitirlas a operacionesuso@bncr.fi.cr

San José, 31 de enero del 2018.—Proveeduría General.—Licda. Alejandra Trejos Céspedes, Supervisora Operativa.— 1 vez.—O. C. Nº 524007.—Solicitud Nº 107920.—( IN2018214452 ).

A las entidades acreedoras supervisadas por la Superintendencia General de Entidades Financieras, que para acogerse a lo dispuesto en los incisos c) y d) del artículo 4 del Acuerdo SUGEF 6-05 Reglamento Sobre la Distribución de Utilidades por la Venta de Bienes Adjudicados (Artículo 1 de la Ley 4631), en un plazo no mayor a 10 días hábiles, deberán presentar a través de sus Representantes Legales formal solicitud ante la Dirección General de Infraestructura y Compras del Banco Nacional de Costa Rica, localizada en La Uruca, frente a la Mercedes Benz y adjuntar una certificación de un contador público autorizado sobre el estado de la obligación y el saldo adeudado de Rosemarie Sancho Alvarado, cédula 1-1030-0769 en calidad de exdeudora y de expropietaria. En caso de consultas remitirlas a operacionesuso@bncr.fi.cr

San José, 31 de enero del 2018.—Proveeduría General.—Licda. Alejandra Trejos Céspedes, Supervisora Operativa.—1 vez.—O.C. N° 524007.—Solicitud N° 107921.—( IN2018214454 ).

A las entidades acreedoras supervisadas por la Superintendencia General de Entidades Financieras, que para acogerse a lo dispuesto en los incisos c) y d) del artículo 4 del Acuerdo SUGEF 6-05 Reglamento Sobre la Distribución de Utilidades por la Venta de Bienes Adjudicados (Artículo 1 de la Ley 4631), en un plazo no mayor a 10 días hábiles, deberán presentar a través de sus Representantes Legales formal solicitud ante la Dirección General de Infraestructura y Compras del Banco Nacional de Costa Rica, localizada en La Uruca, frente a la Mercedes Benz y adjuntar una certificación de un contador público autorizado sobre el estado de la obligación y el saldo adeudado de Edgar Antonio Miranda Jaen, cédula 105710849 en calidad de Exdeudor (a) o de Playa Dos Mil Turquesa S. A., cédula 3-101-283905 en calidad de Expropietario (a). En caso de consultas remitirlas a operacionescontauso@bncr.fi.cr

San José, 31 de enero del 2018.—Proveeduría General.—Licda. Alejandra Trejos Céspedes, Supervisora Operativa.— 1 vez.—O. C. N° 524007.—Solicitud N° 107922.—( IN2018214455 ).

A las entidades acreedoras supervisadas por la Superintendencia General de Entidades Financieras, que para acogerse a lo dispuesto en los incisos c) y d) del artículo 4 del Acuerdo Sugef 6-05 Reglamento sobre la Distribución de Utilidades por la Venta de Bienes Adjudicados (Artículo 1 de la Ley 4631), en un plazo no mayor a 10 días hábiles, deberán presentar a través de sus Representantes Legales formal solicitud ante la Dirección General de Infraestructura y Compras del Banco Nacional de Costa Rica, localizada en la Uruca, frente a la Mercedes Benz y adjuntar una certificación de un contador público autorizado sobre el estado de la obligación y el saldo adeudado de Cooperativa de Servicios Agropecuarios de Bagatzi RL, cédula 3-004-066688 en calidad de Ex Deudor (a) y Ex Propietario (a). En caso de consultas remitirlas a operacionescontauso@bncr.fi.cr

San José, 31 de enero del 2018.—Proveeduría General.—Licda. Alejandra Trejos Céspedes, Supervisora Operativa.— 1 vez.—O. C. Nº 524007.—Solicitud Nº 107923.—( IN2018214457 ).

BANCO CRÉDITO AGRÍCOLA DE CARTAGO

P. C. PARAÍSO

AVISO

PUBLICACIÓN DE SEGUNDA VEZ

La señora Jenny Lizeth Arce Chévez, portadora de la cédula de identidad N° 8-0098-0293 solicita la reposición por extravío del Certificado de Depósito a plazo en colones N° 302-300-302110368 por un monto de ¢1.000.000,00 (un millones de colones exactos) emitido el 06 de febrero del 2017 por Banco Crédito Agrícola de Cartago con fecha de vencimiento al 07 de agosto del 2017, con un plazo de 181 días y una tasa de interés del 5.70%, así como de su cupón de intereses número 1 (Fórmula 1110373) por ¢26.365,11 (Veintiséis mil trescientos sesenta y cinco colones con once céntimos), con fecha de vencimiento 07 de agosto del 2017. Lo anterior para dar cumplimiento con lo que estípula nuestro código de comercio, artículos 708 y 709. Transcurrido el término de quince días hábiles después de la última publicación, se repondrá dicho documento.—Cartago, 11 de diciembre del 2017.—Manuel Brenes Castillo, Plataformista.—( IN2018213613 ).

UNIVERSIDAD NACIONAL

VICERRECTORÍA ACADÉMICA

PROGRAMA DE GRADUACIÓN

REPOSICIÓN DE TÍTULO

PUBLICACIÓN DE TERCERA VEZ

Ante el Departamento de Registro de la Universidad Nacional, se ha presentado solicitud de reposición de diploma por robo, correspondiente al título de Bachillerato en Pedagogía con Énfasis en I y II Ciclos de la Educación General Básica, grado académico: bachillerato, registrado en el libro de títulos bajo: tomo: 33, folio: 168, asiento: 2042, a nombre de: Melissa Varela Araya, con fecha 26 de mayo del 2017, cédula de identidad Nº 1-1500-0818. Se publica este edicto para oír oposiciones a dicha reposición, dentro del término de quince días hábiles a partir de la tercera publicación en La Gaceta.

Heredia, 17 de enero del 2018.—Departamento de Registro.—M.A.E. Marvin Sánchez Hernández, Director.—( IN2018213112 ).

UNIVERSIDAD TÉCNICA NACIONAL

REPOSICIÓN DE TÍTULO

EDICTO

PUBLICACIÓN DE TERCERA VEZ

Ante la Universidad Técnica Nacional (UTN) se ha presentado la solicitud de reposición del Título de Diplomado en Educación Superior Parauniversitaria del Colegio Universitario de Alajuela (CUNA), institución fusionada a la UTN, según la ley 8638 del 12 de mayo del 2008. El título a reponer corresponde a Juan Carlos Mesen Araya, cédula N° 107140239 graduado de la Carrera “Diplomado en Educación Superior Parauniversitaria en Salud Ocupacional” en el año 2002, a quien se le autoriza la reposición del título indicado por extravío del título original. Conforme la información que consta en los archivos de esta Institución, el título a reponer se encuentra inscrito en el Tomo CUNA 1, Folio 176, Asiento 194-2002 y ante el Ministerio de Educación Pública se encuentra inscrito en el Tomo MEP-5, Folio 194, Asiento 27.508 en el año 2002. Se publica este edicto para oír oposiciones a la reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la tercera publicación en el Diario Oficial La Gaceta.

Alajuela, a los treinta y un días del mes de octubre de 2017.—Rectoría.—Lic. Marcelo Prieto Jiménez, Rector.—( IN2018213125 ).

INSTITUTO DE DESARROLLO RURAL

EDICTO

Instituto de Desarrollo Rural, cédula jurídica número: 4-000-042143, Asuntos Jurídicos de Región de Desarrollo Brunca, Daniel Flores de Pérez Zeledón, San José, Costa Rica, a las quince horas del dos de febrero de dos mil dieciocho. Que habiéndose recibido las solicitudes de Concesiones en terrenos de Franja Fronteriza, que a continuación se detallan y atendiendo lo dispuesto en el artículo 19 del Reglamento al Otorgamiento de Concesiones en Franjas Fronterizas, publicado en el Alcance Digital ochenta y uno de La Gaceta del diecinueve de mayo de dos mil dieciséis, se concede un plazo de diez días hábiles contados a partir de esta publicación, para que cualquier interesado presente oposición ante cualquier oficina del Instituto de Desarrollo Rural.

Para ver las imágenes, ir a La Gaceta con formato PDF

Notifíquese.—Licda. Joselyn Pamela Ugalde Jiménez, Asesora Legal de Asuntos Jurídicos.—1 vez.—( IN2018214481 ).

PATRONATO NACIONAL DE LA INFANCIA

EDICTOS

PUBLICACIÓN DE PRIMERA VEZ

Al señor Allan Guillermo Quesada Campos, de otras calidades y domicilio ignorados en su condición de progenitor de la persona menor de edad April Valentina Quesada Ibarra y al señor Juan Carlos Mejías Navarrete de otras caridades y domicilio ignorados, en su condición de progenitor de la persona menor de edad Josiney Fernelly Mejías Ibarra. Respectivamente, se les comunica la resolución de inicio del proceso especial de protección y se dicta medida de protección de cuido provisional en el hogar sustituto de las 14:00 horas del 27/12/2017. Notifíquese: lo anterior a los interesados a quienes se les previene que deben señalar casa u oficina para recibir notificaciones futuras, con la advertencia de que de no hacerlo las resoluciones posteriores que se dicten se tendrán por notificadas veinticuatro horas después de dictadas, igual consecuencia se tendrá, si el lugar fuere impreciso, incierto o ya no existiere. Contra esta resolución proceden los recursos de revocatoria y de apelación, los que deberán interponerse dentro de los tres días hábiles siguientes a partir de su notificación, siendo competencia de esta oficina local resolver el de revocatoria, el de apelación corresponderá a la Presidencia Ejecutiva de la Institución. Es potestativo usar uno o ambas recursos, pero será inadmisible el interpuesto pasado los tres días señalados. Se deberá publicar este edicto por tres veces consecutivas en el Diario Oficial La Gaceta, Expediente Administrativo: OLPO-00315-2017.—Oficina Local de Pococí.—Msc. María Gabriela Hidalgo Hurtado, Abogada.— O.C. Nº 42789.—Solicitud Nº 18000006.—( IN2018214519 ).

A Allen Daniel Solano Vindas. Persona menor de edad Sherri Solano Ávalos y Keity Solano Ávalos. Se le(s) comunica la resolución de las catorce horas con treinta minutos del dos de junio de dos mil diecisiete, donde se resuelve: 1) Dar por iniciado el proceso especial de protección y dictar medida de abrigo temporal a favor de la persona menor de edad quien permanecerá en la ONG Casa Viva. Notificaciones. Se le previene a la parte señalar casa, oficina o lugar, donde atender notificaciones, en el caso de no hacerlo, las resoluciones posteriores se tendrán por notificadas veinticuatro horas después de dictadas. Garantía de defensa: Se les informa a las partes, que es su derecho hacerse asesorar o representar por un profesional en derecho de su elección, así como a tener acceso en la Oficina Local dentro de horas hábiles al estudio y revisión del expediente administrativo. Recursos: Se hace saber a las partes, que en contra de esta resolución procede el recurso de apelación, el que deberá interponerse ante este despacho, en forma verbal o por escrito dentro de las cuarenta y ocho horas, posteriores a la notificación, resolviendo dicho recurso la Presidencia Ejecutiva de la entidad, ubicada en San José, barrio Luján, en horas hábiles de las siete a las quince y treinta horas. Para tal efecto pueden ofrecer, además, las pruebas que consideren pertinentes (Artículo 139 del Código de la Niñez y la Adolescencia). Dicho recurso será inadmisible si es presentado pasado el plazo indicado. La presentación del recurso de apelación no suspenderá la aplicación del acto recurrido. Expediente OLPV-00166-2017.—Oficina Local de Pavas.—Licda. Luanis Pons Rodríguez, Órgano Director del Procedimiento.— O. C. Nº 42789.—Solicitud Nº 18000006.—( IN2018214520 ).

A la señora, Ana Live Redondo Olivares de otras calidades y domicilio ignorados en su condición de progenitora de las personas menores de edad Adriana Cascante Redondo, Daniela Cascante Redondo y Carlos Andrés Cascante Redondo, se le comunica la resolución de medida de protección guarda crianza y educación provisional de las 10:30 horas del 19/01/2018. Notifíquese: lo anterior a los interesados a quienes se les previene que deben señalar casa u oficina para recibir notificaciones futuras, con la advertencia de que de no hacerlo las resoluciones posteriores que se dicten se tendrán por notificadas veinticuatro horas después de dictadas, igual consecuencia se tendrá, si el lugar fuere impreciso, incierto o ya no existiere. Contra esta resolución proceden los recursos de revocatoria y de apelación, los que deberán interponerse dentro de los tres días hábiles siguientes a partir de su notificación, siendo competencia de esta oficina Local resolver el de revocatoria, el de apelación corresponderá a la Presidencia Ejecutiva de la Institución. Es potestativo usar uno o ambas, recursos, pero será inadmisible el interpuesto pasado los tres días señalados. Se deberá publicar este edicto por tres veces consecutivas en el Diario Oficial La Gaceta. Expediente Administrativo: OLP0-00333-2017.—Oficina Local de Pococí.—Área Legal.—Msc. María Gabriela Hidalgo Hurtado, Abogada.—O. C. Nº 42789.—Solicitud Nº 18000006.—( IN2018214521 ).

A Daly Lichey Rivera Batista. Se le comunica la resolución de las quince horas del siete de junio del dos mil diecisiete, donde se resuelve, declarar la adoptabilidad de la persona menor de edad Joselyn María Rivera Batista, de conformidad con la normativa supracitada, en cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 113 del Código de Familia, toda vez que se ha constatado que la adopción en cuestión conviene a su interés superior. Notifíquese la anterior resolución a la parte interesada, personalmente o en su casa de habitación, a quien se le advierte que deberá señalar lugar conocido para recibir sus notificaciones, o bien, señalar número de facsímile para recibir aquellas notificaciones que pudieren practicarse por ese medio, en el entendido que de no hacerlo, o si el lugar señalado fuere impreciso, inexacto o llegare a desaparecer, o si el medio seleccionado fuere defectuoso, estuviere desconectado, sin suficiente provisión de papel o por cualquier otro modo no imputable a esta institución se interrumpiere la comunicación, las notificaciones futuras quedarán firmes veinticuatro horas después -de dictadas. Se le hace saber además, que contra la presente resolución procede el recurso ordinario de apelación, que deberán interponer ante esta Representación Legal dentro del plazo de cuarenta y ocho horas siguientes a la fecha de la última notificación a las partes, el de recurso será de conocimiento de la Presidencia Ejecutiva de esta institución, en el entendido que hacerlo fuera de dicho término el recurso deviene en inadmisible. Exp. N° OLA-00734-2015.—Oficina Local de Alajuela.—Licda. Marianela Acón Chan, Órgano Director del Procedimiento.—O. C. Nº 42789.—Solicitud Nº 18000006.—( IN2018214522 ).

A la señora, Daniela Fabiola Solano Herrera de otras calidades y domicilio ignorados en su condición de progenitora de la persona menor de edad Saycha Clementina Darce Solano se le comunica la resolución de inicio del proceso especial de protección y se dicta medida de protección de cuido provisional en el Hogar Sustituto de las 14:00 horas del 26/12/2017. Notifíquese: lo anterior a los interesados a quienes se les previene que deben señalar casa u oficina para recibir notificaciones futuras, con la advertencia de que de no hacerlo las resoluciones posteriores que se dicten se tendrán por notificadas veinticuatro horas después de dictadas, igual consecuencia se tendrá, si el lugar fuere impreciso, incierto o ya no existiere. Contra esta resolución proceden los recursos de revocatoria y de apelación, los que deberán interponerse dentro de los tres días hábiles siguientes a partir de su notificación, siendo competencia de esta oficina Local resolver el de revocatoria, el de apelación corresponderá a la Presidencia Ejecutiva de la Institución. Es potestativo usar uno o ambas recursos, pero será inadmisible el interpuesto pasado los tres días señalados. Se deberá publicar este edicto por tres veces consecutivas en el Diario Oficial La Gaceta. Expediente Administrativo: OLP0-00293-2017.—Oficina Local de Pococí.—Msc. María Gabriela Hidalgo Hurtado, Abogada.—O. C. Nº 42789.—Solicitud Nº 18000006.—( IN2018214523 ).

Al señor Delgado Aguilar José Manuel, titular de la cédula de identidad costarricense N° 112480371, divorciado, sin más datos, se le comunica la resolución de las quince horas veintidós minutos del dieciséis de enero del año dos mil dieciocho, mediante la cual se eleve Recurso de Apelación interpuesto por la señora Jennifer Gabriela Thompson Agüero en favor de la persona menor de edad Darrius Yazdanni Delgado Thompson, titular de la cédula de persona menor de edad costarricense N° 604910880, con fecha de nacimiento cuatro de abril del dos mil cinco. Se le confiere audiencia al señor Delgado Aguilar José Manuel por tres días hábiles, para que presente los alegatos de su interés, y ofrezca las pruebas que estime necesarias, y se le advierte que tiene derecho a hacerse asesorar y representar por abogados y técnicos de su elección, así como consultar el expediente en días y horas hábiles, se le hace la salvedad que para fotocopiar el expediente administrativo se cuenta con el horario de siete horas con treinta minutos y hasta las dieciséis horas en días hábiles, el cual permanecerá a su disposición en esta Oficina Local, ubicada en Puntarenas, cantón Osa, distrito Puerto Cortes, sita Ciudad Cortes, 75 metros norte de la pulpería Cinco Esquinas.  Expediente OLOS-00146-2016.—Oficina Local Osa.—Licda. Roxana Gamboa Martinez, Representante Legal.—O. C. Nº 42789.—Solicitud Nº 18000006.—( IN2018214524 ).

SUPERINTENDENCIA DE TELECOMUNICACIONES

INFORMA

CONTRATO DE USO COMPARTIDO DE INFRAESTRUCTURA

La Superintendencia de Telecomunicaciones hace saber que las empresas Instituto Costarricense de Electricidad y Tecnología y Sistemas Wilcasji Sociedad Anónima, han firmado un Contrato de Servicios de Uso Compartido de Infraestructura, el cual podrá ser consultado y reproducido en el expediente I0053-STT-INT-0265-2018, disponible en las oficinas de la SUTEL ubicadas en el Oficentro Multipark, Edificio Tapantí, Escazú, San José, cuyo horario de atención es de lunes a viernes de 08:00 a las 16:00 horas. De conformidad con el artículo 63 del Reglamento de Acceso e Interconexión de Redes de Telecomunicaciones, se otorga a los interesados un plazo de diez días hábiles, contados a partir de la publicación de este aviso, para que presenten sus objeciones ante la SUTEL por escrito y con una copia en soporte magnético.

San José, 06 de febrero 2018.—Luis Alberto Cascante Alvarado, Secretario del Consejo.—1 vez.—O. C. Nº OC-3376-18.—Solicitud Nº 108721.—( IN2018216295 ).

RÉGIMEN MUNICIPAL

MUNICIPALIDAD DE HEREDIA

En el Cementerio Central de Heredia, existe un derecho a nombre de Acosta Chaverri Ramón, los descendientes desean traspasar el derecho, además desea incluir beneficiarios indicándose así:

Arrendatario:        María Teresa Badilla Acosta, cédula 09-0007-0999

Beneficiarios:       Evelyn Salas Badilla, cédula 04-0169-0292

Franciny Víquez Badilla, cédula 09-0065-0078

Dany Arce Badilla, cédula 04-0141-0689

Lote N° 54 Bloque F, medida 6 metros cuadrados para 4 nichos, solicitud 227 y 362, recibo 936 y 107002, inscrito en Folio 8 y 21, Libro 1. Datos confirmados según constancia extendida por la Administración de Cementerios con fecha 31 de enero de 2018.

Se emplaza por 30 días hábiles a todo aquel que pretenda tener derecho sobre el mismo, para que se apersone a la oficina de Asesoría Jurídica de la Municipalidad de Heredia, a fin de hacer valer sus derechos, caso contrario se inscribirá dicho derecho a nombre de la petente. Publíquese una vez.

Lic. Juan José Carmona Chaves, Administrador de Cementerios.—1 vez.—( IN2018214427 ).

En el Cementerio Central de Heredia, existe un derecho a nombre de Familia Chaves Corrales y Chaves García, los descendientes de la familia desean, traspasar el derecho, además desea incluir beneficiarios indicándose así:

Arrendatario:   Miguel Ángel Chaves Corrales, cédula 01-0479-0263

Beneficiarios:  Carlos Manuel Chaves Corrales, cédula 09-0047-0189

Lote N° 88, bloque D, medida 6 metros cuadrados para 4 nichos, solicitud 1867, recibo 643, inscrito en folio 54 libro 1. Datos confirmados según constancia extendida por la Administración de Cementerios con fecha 23 de octubre de 2016. Se emplaza por 30 días hábiles a todo aquel que pretenda tener derecho sobre el mismo, para que se apersone a la oficina de Asesoría Jurídica de la Municipalidad de Heredia, a fin de hacer valer sus derechos, caso contrario se inscribirá dicho derecho a nombre de la petente.

Lic. Juan José Carmona Chaves, Administrdor de Cementerios.—1 vez.—( IN2018214500 ).

MUNICIPALIDAD DE BELÉN

ÁREA DE SERVICIOS PÚBLICOS

El Concejo Municipal de la Municipalidad de Belén, hace del conocimiento de los usuarios de este cantón, los nuevos costos por concepto de costos construcción de acera según lo establece el artículo 75 Código Municipal, aprobadas en la Sesión Ordinaria 41-2017 celebrada el día 11 de julio de 2017:

Multas artículo 75 del Código Municipal.

Concepto monto de la multa metro cuadrado.

Construcción de aceras de concreto fc.210kg/cm2, 10 cm de espesor sin refuerzo, sisado indicado en planos o cada 150 cm. Subbase de lastre compactado 10 cm acabado escobillado con bordes tiburoneados ¢25.807,00

Construcción de aceras de concreto fc.210kg/cm2, 10 cm de espesor malla electrosoldada N° 2, sisado indicado en planos o cada 150 cm. Subbase de lastre compactado 10 cm acabado escobillado con bordes tiburoneados ¢28.153,00.

Belén, 31 de enero del 2018.—Área de Servicios Públicos.—Ing. Denis Mena Muñoz, Director.—1 vez.—O. C. N° 33217.—Solicitud N° 108026.—( IN2018214182 ).

AVISOS

CONVOCATORIAS

NAGUILAN S. A.

Naguilan S. A. 3-101-178517. Convoca a los socios a asamblea general extraordinaria de accionistas a celebrarse en primera convocatoria a las ocho horas del día trece de marzo del dos mil dieciocho. En Ciudad Cariari, entrada de Bosques de Doña Rosa Villa Sunneshii. Si a la hora indicada no estuviere presente el quórum de ley, se efectuará una segunda convocatoria una hora después, sea a las nueve horas del día citado, constituyendo quórum los socios presentes. La agenda para esta asamblea será la siguiente:

1.  Disolución de la sociedad

3.  Pago de Honorarios Legales

Nota:  Aquellas personas que asistan en representación de un socio deberán presentar los debidos poderes que los acrediten o de lo contrario no se le permitirá su presencia en la asamblea.

San José, 9 de febrero del año 2018.—Maggie Aeberhard Aeberhard, Presidente.—1 vez.—( IN2018215934 ).

AVISOS

PUBLICACIÓN DE TERCERA VEZ

INFRA GI DE COSTA RICA S. A.

Yo, Minor Calvo Fernández, cédula 1-0638-0132, representante legal de Infra GI de Costa Rica S. A., cédula jurídica 3-101-255031. Solicitante del Certificado de Depósito a plazo, emitido por el Banco Nacional de Costa Rica, Oficina de Sede Heredia, que se detalla a continuación:

C.D.P.                      Monto             Emisión           vencimiento

400-01-201-000047-2         ¢1.966.477.75      06/12/2013          06/04/2015

Título a la orden, a una tasa de interés del 6%. Solicito reposición de este documento por causa de extravío. Se publica este anuncio por tres veces consecutivas para oír reclamos de terceros, por el término de quince días.—Heredia, el 30 de enero del 2018.—Minor Calvo Fernández, Gerente General.—( IN2018213388 ).

INFRA G.I. DE COSTA RICA S. A.

Yo Minor Calvo Fernández, cédula 1-0638-0132, representante legal de Infra GI de Costa Rica S. A., cédula jurídica 3-101-255031. Solicitante del Certificado de Depósito a plazo, emitido por el Banco Nacional de Costa Rica, Oficina de Sede Heredia, que se detalla a continuación:

       C.D.P.                              Monto                Emision       Vencimiento

400-01-201-000048-0        ¢6.250.000,00        06/12/2013       06/04/2015

Título(s) a la orden, a una tasa de interés del 6% . Solicito reposición de este documento por causa de extravió. Se publica este anuncio por tres veces consecutivas para oír reclamos de terceros, por el término de quince días.—Heredia, el 30 de enero del 2018.—Minor Calvo Fernández, Gerente General.—( IN2018213393 ).

SAN JOSE INDOOR CLUB S. A.

El San José Indoor Club S. A., tramita la reposición de la Acción N° 0561 a nombre de Carlos José Gallegos Echeverria, cédula identidad 1-0516-0285 por haberse extraviado. Cualquier persona que se considere con derechos deberá apersonarse ante el San José Indoor Club S. A., en sus oficinas sitas en Curridabat, dentro del plazo indicado en el Articulo 709 del Código de Comercio.—San José, 30 de noviembre del 2017.—Jesús Ulloa Montoya, Gerente General.—( IN2018213414 ).

PUBLICACIÓN DE SEGUNDA VEZ

VECTOR CUATRO

Se cita a los acreedores y en general a todos los interesados, para que de conformidad con los artículos 479 y siguientes del Código de Comercio, se presenten en mi oficina instalada en San José, San Pedro de Montes de Oca, doscientos metros al sur y veinticinco metros al este del Banco Nacional, casa color gris, dentro del término de quince días a partir de la primera publicación, a hacer valer sus derechos, en relación con la compraventa del establecimiento mercantil conocido con el nombre Vector Cuatro el siguiente paso de la impresión.—San José, 29 de enero del 2018.—Erenia Corea Cerdas, Depositaria.—( IN2018213764 ).

COLEGIO DE CONTADORES PÚBLICOS DE COSTA RICA

Integración de junta directiva

Se informa que por acuerdo JG-II-222-2017 de asamblea general ordinaria N° 222, celebrada el ocho de diciembre del dos mil diecisiete y asamblea general ordinaria N° 223, celebrada el treinta y uno de enero de dos mil dieciocho, fueron electos y juramentados respectivamente como nuevos integrantes de la Junta Directiva del Colegio de Contadores Públicos de Costa Rica, los siguientes miembros:

Vicepresidenta:

Licda. Mercedes Campos Alpízar

Rige del 01-02-2018 al 31-01-2020

Secretario:

Lic. Gary Garita Jiménez

Rige del 01-02-2018 al 31-01-2020

Tesorera:

Licda. Sharon Alvarado Martínez

Rige del 01-02-2018 al 31-01-2020

Vocal II:

Licda. Rosibel López González

Rige del 01-02-2018 al 31-01-2020

 

En ese sentido la Junta Directiva, se encuentra integrada de la siguiente forma:

Presidente

Lic. Ronald Artavia Chavarría

Nombramiento del 01-02-2017 al 31-01-2019

Vicepresidenta:

Licda. Mercedes Campos Alpízar

Nombramiento del 01-02-2018 al 31-01-2020

Secretario:

Lic. Gary Garita Jiménez

Nombramiento del 01-02-2018 al 31-01-2020

Prosecretario:

Lic. Franklin Noguera Flores

Nombramiento del 01-02-2017 al 31-01-2019

Tesorera:

Licda. Sharon Alvarado Martínez

Nombramiento del 01-02-2018 al 31-01-2020

Fiscal:

Licda. Dunia Zamora Solano

Nombramiento del 01-02-2017 al 31-01-2019

Vocal I:

Msc. Gerardo Marín Tijerino

Nombramiento del 01-02-2017 al 31-01-2019

Vocal II:

Licda. Rosibel López González

Nombramiento del 01-02-2018 al 31-01-2020

Vocal III:

Licda. Francinne Sojo Mora

Nombramiento del 01-02-2017 al 31-01-2019

 

Licenciado Mauricio Artavia Mora, Director Ejecutivo.—  ( IN2018216216 ).        2 v. 1

PUBLICACIÓN DE UNA VEZ

DOLVERS ENGINEERING CONSULTING

SOCIEDAD ANÓNIMA

Por escritura otorgada en mi notaría, a las diecisiete horas y treinta minutos del día veinticinco del mes de enero del año dos mil dieciocho, el accionista de Dolvers Engineering Consulting Sociedad Anónima, cédula jurídica: tres-ciento uno-dos cinco nueve nueve siete cinco, solicita ante el Registro de Personas Jurídicas del Registro Nacional la reposición por extravío del tomo primero de los siguientes libros: Libro de Actas de Asamblea de Socios.—Licda. Julia Salazar Valverde, Notaria.—1 vez.—( IN2018214347 ).

COLEGIO DE INGENIEROS QUÍMICOS

Y PROFESIONALES AFINES

La Junta Directiva del Colegio de Ingenieros Químicos y Profesionales Afines, comunica que los profesionales abajo listados se encuentran registrados con la categoría indicada en el siguiente cuadro:

Para ver la imagen ir a La Gaceta con formato PDF

Ing. José Adrián Jiménez Brenes, Director Administrativo.— 1 vez.—( IN2018214393 ).

COLEGIO DE CONTADORES PÚBLICOS DE COSTA RICA

LINEAMIENTO DEL DEPARTAMENTO DE FISCALÍA

Se informa a todos los miembros del Colegio de Contadores Públicos de Costa Rica y público en general, que la Junta Directiva aprobó en la sesión ordinaria N° 24-2017 del 06/12/2017, por acuerdo N° 665-2017, el Lineamiento del Departamento de Fiscalía, el cual deroga cualquier otro anterior aprobado por la Junta Directiva. Este Lineamiento estará disponible en nuestra página web: www.ccpa.or.cr.

Lic. Mauricio Artavia Mora, Msc. Director Ejecutivo.— 1 vez.—( IN2018214449 ).

GEIZPAUL DEL DESIERTO SOCIEDAD ANÓNIMA

De conformidad con el artículo 14 del Reglamento del Registro Nacional para la legalización de libros de sociedades mercantiles se avisa que Geizpaul del Desierto Sociedad Anónima, con cédula jurídica número tres-ciento uno-trescientos veinte mil ochenta y ocho, procederá con la reposición, por motivo de extravío, del tomo primero de los Libros Legales Registro de Socios, actas de junta directiva, actas de asamblea general.—Heredia, 29 de enero del 2018.—Licda. Isabel Bolaños Madrigal, Notaria.—1 vez.—( IN2018215179 ).

Mediante escritura número ciento ochenta y nueve, del tomo segundo de mi protocolo, se constituyó la empresa denominada: Servicios Profesionales J A M de Occidente, Empresa Individual de Responsabilidad Limitada, con plazo social para vencer el día dos de febrero del dos mil ciento diecisiete.—Lic. Jonathan García Quesada, Notario.—1 vez.—( IN2018214181 ).

El suscrito notario René Orellana Meléndez, hace constar que en su notaria se disolvió la sociedad anónima: Inmobiliaria H. Eheverria Sociedad Anónima, cédula jurídica número tres ciento uno seis uno cero cero cero cero.—Santa Ana a las quince horas del cinco de febrero del dos mil dieciocho.—Lic. René Orellana Meléndez, Notario.—1 vez.—( IN2018215054 ).

Por escritura otorgada a las ocho horas del siete de febrero de dos mil dieciocho, ante el notario Sergio García Mejía, se protocolizan acuerdos de asamblea general extraordinaria de cuotistas de la sociedad Los Constructores Rojas y Monge Limitada, donde se acuerda reformar la cláusula sexta de los estatutos de la compañía, referente a la administración.—San José, siete de febrero de dos mil dieciocho.—Lic. Sergio García Mejía, Notario Público.—1 vez.—( IN2018215059 ).

Por escritura otorgada el día de hoy ante mi notaría, se constituyó la sociedad denominada Selah Vida Sociedad Anónima, capital totalmente suscrito y pagado, presidente con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma.—San José, treinta de enero del año dos mil dieciocho.—Licda. Rosette María Morgan Asch, Notaria Pública.—1 vez.—( IN2018215127 ).

Por escritura otorgada el día de hoy ante mi notaría, se constituyó la sociedad denominada Santa Ana Vida Sociedad Anónima, capital totalmente suscrito y pagado, presidente con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma.—San José, treinta de enero del año dos mil dieciocho.—Licda. Rosette María Morgan Asch, Notaria Pública.—1 vez.—( IN2018215128 ).

Por escritura otorgada el día de hoy ante mi notaría, se constituyó la sociedad denominada Sabanilla Vida Sociedad Anónima, capital totalmente suscrito y pagado, presidente con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma.—San José, treinta de enero del año dos mil dieciocho.—Licda. Rosette María Morgan Asch, Notaria Pública.—1 vez.—( IN2018215129 ).

Por escritura otorgada ante mí a las 10:00 horas del 01 de diciembre del 2017, se protocolizan acuerdos de asamblea general extraordinaria de socios de la sociedad Conservación y Servicios Conyser S. A., cédula de persona jurídica número tres-ciento uno-seiscientos once mil seiscientos sesenta y dos, en la cual se acuerda la disolución de dicha sociedad.—San José, 16 de enero del 2018.—Lic. Luis Ángel Sánchez Montero, Notario.—1 vez.—( IN2018215133 ).

Por escritura otorgada ante este notario, a las nueve horas treinta minutos del cinco de febrero del dos mil dieciocho, se protocolizó el acta de asamblea general extraordinaria de accionistas de accionistas de Inversiones Montaña Nueva Sociedad Anónima, mediante la cual se reforma la cláusula sexta del pacto constitutivo.—San José, cinco de febrero del dos mil dieciocho.—Lic. Carlos José Oreamuno Morera, Notario.—1 vez.—( IN2018215142 ).

Ante mi notaría se constituyó el día de hoy la compañía denominada, Joma Barra Cuarenta Y Dos, Sociedad Anónima capital social: mil colones, cuyo aporte se hace mediante bienes muebles, sean estos una carpeta de cuero con un valor de novecientos colones y un bolígrafo con un valor de cien colones. Plazo: cien años. A las diecisiete horas del cinco de febrero del dos mil dieciocho. Libero a la Imprenta Nacional de toda responsabilidad. Notario: Miguel Córdoba Retana. mcordobaretana@yahoo.com, Celular: 8384-8721.—Lic. Miguel Córdoba Retana, Notario.—1 vez.—( IN2018215143 ).

En mi notaría, sita en Purral Abajo de Goicoechea: se otorgó escritura pública, para solicitar la disolución de la sociedad mercantil denominada Cibercreativa S. A., cédula jurídica N° 3-101-596129, a partir de su inscripción en el Registro Civil. José Luis Ramírez Chaves, presidente. Se avisa a los interesados para los fines pertinentes.—San José, Goicoechea, 7 de febrero del año 2018.—Lic. Edgar Gerardo Ardón Retana, Notario.—1 vez.—( IN2018215146 ).

Por escritura otorgada a las quince horas del cinco de febrero del dos mil dieciocho, se constituyó la sociedad Infobip Costa Rica, Sociedad de Responsabilidad Limitada.—Licda. Catalina Moya Azucena, Notaria.—1 vez.—( IN2018215148 ).

Ante mí notaría, se disolvió la empresa Transportes Chola Sociedad Anónima, cédula jurídica número: tres-ciento uno-trescientos treinta y siete mil cincuenta y seis, domiciliada en Ciudad Quesada en San Carlos, provincia de Alajuela, del Parque central un kilómetro al oeste. Otorgamiento: Siquirres, 12:00 horas del treinta y uno de enero del año dos mil dieciocho.—Licda. Susana Zamora Fonseca, Notaria.—1 vez.—( IN2018215149 ).

Ante mí notaría, se constituyó la sociedad Pila Mil Novecientos Cincuenta Sociedad Anónima. Presidente será el único apoderado generalísimo sin límite de suma. Presidente: Alejandro Sancho Ugalde. Capital social: Doscientos mil colones. Plazo: Noventa y nueve años. Constitución: 14:00 horas del 31 de enero de 2018.—Lic. Susana Zamora Fonseca, Notaria.—1 vez.—( IN2018215150 ).

Por escritura otorgada ante esta notaría, a las ocho horas del día cinco de febrero del año dos mil dieciocho, se protocoliza acta de asamblea general extraordinaria de socios de la sociedad Inergia Ingeniería y Energía Sociedad Anónima, cédula jurídica número tres-ciento uno- seiscientos noventa y dos mil doscientos once (3-101-692211), por la cual no existiendo activos ni pasivos se acuerda la disolución de la sociedad.—Santo Domingo de Heredia, diez horas del cinco de febrero del dos mil dieciocho, Notaría Pública del licenciado Óscar Gerardo Pereira Villalobos.—Lic. Óscar Gerardo Pereira Villalobos, Notario.—1 vez.—( IN2018215151 ).

Por escritura número ciento seis otorgada a las doce horas del seis de febrero del dos mil dieciocho ante esta notaria, se protocolizó el acta asamblea general de socios, número seis, de la sociedad Fe y Perseverancia Sociedad Anónima, con cedula de persona jurídica tres-ciento uno-cuatrocientos mil ciento noventa y tres, donde se acordó el cambio del domicilio social.—Liberia, Guanacaste, 6 de febrero del 2018.—Licda. Adriana Marín Fonseca, Notaria.—1 vez.—( IN2018215154 ).

Mediante escritura número treinta y tres-treinta, se protocoliza acta de asamblea general ordinaria y extraordinaria de accionistas de la sociedad Craftop Costa Rica Sociedad Anónima, en donde se eligen nuevos miembros de junta directiva, se modifica el domicilio, y se modifica cláusula de administración. Presidente: OU LING conocida como Phoebe Ling, tesorero: Steve Quirós Aguilar conocido como Steven Quirós Aguilar.—Lic. Luis Albert Carrillo Delgado, Notario.—1 vez.—( IN2018215161 ).

Mediante escritura ciento quince de las ocho horas con quince minutos del veintinueve de enero del dos mil dieciocho, se disuelve la sociedad: Brasilito Beach Front Sports Bar And Grill S. A. Lic. Einar José Villavicencio López, notario público de Playa Brasilito, cédula Nº 1-0744-0485. Teléfono: 2654-4321.—Lic. Einar José Villavicencio López, Notario.—1 vez.—( IN2018215164 ).

Por escritura otorgada a las 08:00 horas del 07 de febrero del 2018, se constituyó sociedad de responsabilidad limitada, y se denominará: Roiboos S.R.L.—San José, 07 de febrero del 2018.—Licda. Rebeca Linox Chacón, Abogada y Notaria.—1 vez.—( IN2018215165 ).

Por escritura número ciento veintitrés-cinco, otorgada ante los notarios: Juan Carlos León Silva y Juvenal Sánchez Zúñiga, actuando en el protocolo del primero, a las quince horas quince minutos del cinco de febrero del dos mil dieciocho, se acuerda modificar la cláusula sétima correspondiente a la administración y representación, adicionar al pacto la cláusula sétima bis y modificar la cláusula octava de las asambleas de socios, correspondiente a la sociedad: Acamsys Sociedad Anónima.—San José, 07 de enero del 2018.—Lic. Juan Carlos León Silva, Notario.—1 vez.—( IN2018215166 ).

Mediante escritura número ciento diecisiete, otorgada por la notaria pública Elluany Coto Barquero, a las ocho horas del seis de febrero del dos mil dieciocho, se transforman los estatutos de la compañía: Wes-Vel Family Seashore Investment Sociedad Anónima, para que en adelante sea una sociedad de responsabilidad limitada denominada: Wes-Vel Family Seashore Investment Limitada, para lo cual se nombra gerente y agente residente.—San José, 06 de febrero del 2018.—Licda. Elluany Coto Barquero, Notaria Pública.—1 vez.—( IN2018215169 ).

A las diez horas del día seis de febrero del dos mil dieciocho, protocolicé acta de asamblea general ordinaria y extraordinaria de accionistas de la sociedad: Escalante Professional Services Branch Sociedad Anónima, con cédula de persona jurídica número: tres-ciento uno-seiscientos sesenta y un mil ochenta y cuatro, mediante la cual se modifican las cláusulas primera, segunda y sexta del pacto social. Es todo.—San José, seis de febrero del dos mil dieciocho.—Licda. Margarita Sandí Mora, Notaria Pública.—1 vez.—( IN2018215170 ).

Por escritura otorgada ante mí, a las 10:00 horas del 24 de enero del dos mil dieciocho, que es asamblea general extraordinaria de accionistas de la sociedad denominada Impluo Sociedad Anónima, donde se acuerda la disolución de la compañía. Es todo.—San José, a las ocho horas, del veintinueve de enero del dos mil dieciocho.—Licda. Ana Cecilia de Ezpeleta Aguilar, Notaria.—1 vez.—( IN2018215175 ).

Por escritura otorgada ante mí, a las 10:30 horas del 24 de enero del dos mil dieciocho, que es asamblea general extraordinaria de accionistas de la sociedad denominada Unión Funis Sociedad Anónima, donde se acuerda la disolución de la compañía. Es todo.—San José, a las nueve horas del veintinueve de enero del dos mil dieciocho.—Licda. Ana Cecilia de Ezpeleta Aguilar, Notaria.—1 vez.—( IN2018215176 ).

Por escritura otorgada ante la suscrita notaria en San José, Coronado, a las 08 horas del día 01 de febrero 2018, se realizó un cambio en la Junta Directiva de la Sociedad Complejo Internacional Cosol S. A., y se nombró un apoderado generalísimo sin límite de suma de la sociedad.—San José, 07 de febrero del 2018.—Licda. Grace María Quesada Cubillo, Notaria.—1 vez.—( IN2018215178 ).

La compartía Rua de Varet S. A., cédula 3-101- 562435, reforma cláusula quinta en cuanto al capital social. Escritura otorgada en la ciudad de San José, al ser las 18:00 horas,.— 6 de febrero del 2018.—Lic. Wagner Chazón Castillo, Notario.—1 vez.—( IN2018215183 ).

Por escritura de las 17:40 horas de hoy, protocolicé acta de Trece de Setiembre S. A., por la cual se declara la disolución de la compañía.—Montes de Oca, San Pedro, 01 de febrero del 2018.—Lic. Fabio Alberto Arias Córdoba, Notario.—1 vez.—( IN2018215186 ).

Por escritura otorgada en esta notaría, a las diecisiete horas treinta minutos del seis de febrero de dos mil dieciocho, se protocolizo acta de asamblea general de cuotistas de la empresa Diggitus Solutions Limitada según la cual, se nombra nuevo gerente y se cambia el domicilio social.—Licda. Gloriana Carmona Castañeda, Notaria.—1 vez.—( IN2018215188 ).

Víctor Nelly y Asociados Vinel&A Sedimo S. A., modifica la cláusula referente a la administración de la sociedad y nombra nueva junta directiva. Acta protocolizada por el Notario, Álvaro Rojas Morera.—San José siete de febrero del dos mil dieciocho.—Lic. Álvaro Rojas Morera, Notario.—1 vez.—( IN2018215189 ).

Yo, Álvaro Peralta Castillo, notario público con oficinas abiertas en la ciudad de Guadalupe, Goicoechea, debidamente autorizado, en asamblea general de socios cuotistas de la empresa denominada, Comercializadora Naranjo Guzmán Sociedad de Responsabilidad Limitada, cédula de persona jurídica número: tres-ciento dos-trescientos veintiocho mil setecientos sesenta, celebrada a las ocho horas del día once de diciembre del año dos mil diecisiete, según consta en el acta número tres , contenida en el libro de asambleas generales número uno, indica que en el acuerdo primero; procedió a aumentar el capital social de la empresa en la suma de dos mil colones, por el capital social actual será la suma de doce mil colones, con lo cual se procede a modificar la cláusula quinta del pacto constitutivo, y por medio del acuerdo segundo que en el acuerdo segundo se procedió a aumentar el capital social en la suma de veinte mil colones, por el capital social actual es la suma de ciento veinte mil colones, y que por medio del mismo acuerdo; se autorizó al suscrito Notario Público, para que protocolizara literalmente o el conducente el acta mencionada y procediera a suscribir el presente edicto.— 07 de enero del 2018.—Lic. Álvaro Peralta Castillo, Notario.—1 vez.—( IN2018215192 ).

Yo, Álvaro Peralta Castillo, notario público con oficinas abiertas en la ciudad de Guadalupe, Goicoechea, debidamente autorizado, en asamblea general de socios de la empresa denominada, Avícola Piedras Negras Sociedad Anónima, cédula de persona jurídica número: tres-ciento uno- doscientos ochenta mil seiscientos doce, celebrada a las diez horas del día once de diciembre del año dos mil diecisiete, según consta en el acta número seis , contenida en el libro de asambleas generales número uno, indica que en el acuerdo primero; procedió a nombrar nueva junta directiva y fiscal, que en el acuerdo segundo se procedió a aumentar el capital social en la suma de veinte mil colones, por el capital social actual es la suma de ciento veinte mil colones, y que por medio del acuerdo tercero se autorizó al suscrito notario público, para que protocolizara literalmente o el conducente el acta mencionada y procediera a suscribir el presente edicto. 07 de enero del 2018.—Lic. Álvaro Peralta Castillo, Notario.—1 vez.—( IN2018215195 ).

Ante mi notaría, en escritura número trescientos cuarenta y ocho-veintisiete, se constituyó la sociedad anónima Campos Deportivos de Costa Rica S. A., al ser las diez horas treinta minutos del veinte de diciembre del dos mil diecisiete, presidente con facultades de apoderado generalísimo. Publíquese una vez.—Heredia veinte de diciembre del dos mil diecisiete.—Licda. Julieta López Sánchez, Notaria.—1 vez.—( IN2018215196 ).

Ante esta notaría, por escritura número doscientos ochenta y ocho-dieciséis de las ocho horas del siete de febrero del año dos dieciocho, se reformaron las cláusulas quinta y sexta del pacto social de la sociedad Trucks Press S. A., se nombró como presidente al señor Lester Javier López Jiménez. Es todo.—San José, siete de febrero del año dos mil dieciocho.—Licda. María Verónica Méndez Reyes, Notaria.—1 vez.—( IN2018215197 ).

Por escritura otorgada ante mí, el veintiséis de enero de dos mil dieciocho, se modificó la integración de junta directiva de la sociedad La Puerta de Siloe S. A., cedula jurídica tres-ciento uno-trescientos nueve mil cuatrocientos noventa y nueve.—San José, treinta de enero de dos mil dieciocho.—Lic. Daniel León Núñez, Notario.—1 vez.—( IN2018215198 ).

Mediante escritura doscientos veintiséis del tomo sexto del protocolo de la Notaria, María Cecilia Rodríguez Carvajal, a las 14 horas 00 minutos del veintinueve de enero del año dos mil dieciocho, se constituyó la sociedad de usuarios de Agua El Cerro-Franca de Cartago. Siete de febrero del dos mil dieciocho.—Licda. María Cecilia Rodríguez Carvajal, Notaria.—1 vez.—( IN2018215200 ).

Por escritura otorgada ante este notario, a las doce horas treinta minutos del cinco de febrero del dos mil dieciocho, se protocolizó el acta de asamblea general de cuotistas de H-Eighteen LLC Limitada, mediante la cual se reforma la cláusula segunda de los estatutos sociales.—San José, cinco de febrero del dos mil dieciocho.—Lic. Sergio Antonio Solera Lacayo, Notario.—1 vez.—( IN2018215201 ).

En escritura número ochenta y cinco-siete, se protocolizó acuerdo de asamblea general donde se modificó la cláusula primera del pacto constitutivo, referente al nombre, que en adelante será Vitec Production Solutions Srl., con cédula jurídica 3-102-194834.—Tres Ríos, seis de febrero del dos mil dieciocho.—Licda. Jéssica Margot Barboza Barrantes, Notaria.—1 vez.—( IN2018215203 ).

Por escritura otorgada ante esta notaría, a las 11:00 horas del 07 de febrero del 2018, se acuerda modificar la cláusula décimo cuarta del pacto constitutivo de la sociedad Inversiones El X Cinco Sociedad Anónima, presidente: Jonathan Francisco Henry Bejarano.—San José, 7 de febrero del 2017.—Lic. Jorge Bonilla Peña, Notario.—1 vez.—( IN2018215206 ).

Ante esta notaría, se reforma la cláusula primera del pacto constitutivo y se nombran presidente y secretario de la junta directiva de la sociedad Inversiones Balisticas del Carmen Sociedad Anónima.—San José, tres de febrero del año dos mil dieciocho.—Lic. Román Esquivel Font, Notario.—1 vez.—( IN2018215208 ).

Ante esta notaría, por escritura otorgada a las 17:00 horas del día 2 de febrero del 2018, se protocolizan acuerdos de asamblea general extraordinaria de socios de la sociedad denominada: Enlace Facero Sociedad Anónima, cédula de persona jurídica número tres-ciento uno-quinientos sesenta y un mil trescientos nueve, donde se acuerda la disolución de la sociedad.—Aguas Zarcas, dos de febrero del dos mil dieciocho.—Lic. Luis Orlando Chaves Quesada, Notario.—1 vez.—( IN2018215212 ).

Por escritura otorgada ante la suscrita notaria a las 7:30 horas del 7 de febrero del 2018, se protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de socios de la sociedad Urotec Medical S. A., en donde se modifican las cláusulas segunda y décima de los estatutos sociales. Es todo.—San José, 7 de febrero del 2018.—Licda. Cecilia Ivette Villalobos Soto, Notaria.—1 vez.—( IN2018215214 ).

Ante esta notaría, a las diez horas treinta minutos del día primero de febrero del dos mil dieciocho, se constituyó la sociedad denominada Estructuras Familia Fernández Los Norteñitos Sociedad Anónima, cuyo presidente es: Johnny Gerardo Fernández Navarrete. Domicilio: Santa Cecilia de La Cruz Guanacaste. El capital social lo constituye la suma de diez dólares, representado por diez acciones comunes y nominativas de un dólar cada una. El socio Johnny Gerardo Fernández Navarrete, le corresponde cinco acciones y al socio Franklin Fernández Acuña, le corresponden cinco acciones.—La Cruz, Guanacaste, cinco de febrero del 2018.—Licda. Carmen Chavarría Marenco, Notaria.—1 vez.—( IN2018215219 ).

Ante esta notaría, mediante escritura 18-13 de las 13:00 horas del 06-02-2018 se reformó la junta directiva de “Maleku Guayabos Ambar Cinco S. A.”—San José 6 febrero de 2018.—Lic. Óscar Eddy Trejos Monge, Notario.—1 vez.—( IN2018215224 ).

Por esta escritura otorgada en esta notaría, en Tamarindo, a las trece horas y quince minutos del día diecinueve de octubre del año dos mil diecisiete, se disolvió la sociedad denominada “Sunburst Las Orquídeas Sociedad Anónima”.—San José, seis de febrero, dos mil diecisiete.—Lic. Felipe Beeche Pozuelo, Notario.—1 vez.—( IN2018215227 ).

Por escritura 151, del tomo 34, de las 08:00 horas del 07-02-2018, en esta notaría se protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de socios de la sociedad 3-101-499688 S. A., Cédula jurídica 3-101-499688, por la cual se modifica la cláusula del domicilio San José, Escazú, San Rafael, y la cláusula de la administración, se elimina agente residente, se revocan nombramientos y se hacen otros.—San José, Santa Ana, 07-02-2018.—Licda. Lary Glorianna Escalante Flores, Notaria.—1 vez.—( IN2018215230 ).

Mediante escritura número ciento cincuenta y cuatro de las quince horas del cinco de febrero del dos mil dieciocho se declara el aumento del capital social de la sociedad tres-ciento dos-siete dos cinco dos cinco dos Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, seis de febrero del dos mil dieciocho.—Firma Ilegible.—1 vez.—( IN2018215231 ).

Ante esta notaría, por escritura otorgada a las doce horas diez minutos del siete de febrero del dos mil dieciocho, donde se protocolizan acuerdos de asamblea general ordinaria y extraordinaria de las sociedades denominadas Agrícola Diwo y Siwo S. A. y Parque Pacífico S. A. Donde se acuerda fusionar ambas sociedades, prevaleciendo Parque Pacífico S. A.—San José, siete de febrero del dos mil dieciocho.—Licda. Magally María Guadamuz García, Notaria.—1 vez.—( IN2018215232 )

La sociedad Meca Enderezado y Pintura Sociedad Anónima, cédula jurídica número tres-ciento uno-tres ocho dos ocho nueve cinco, en virtud del fallecimiento de la actual secretaria, se nombre en sustitución a Yesenia María Meléndez Delgado, cédula número uno-uno dos nueve dos-seis ocho seis. Se modifica la cláusula sexta del pacto constitutivo y en adelante la representación judicial y extrajudicial le corresponderá al presidente con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma. Es todo.—San José, seis de febrero del año dos mil dieciocho.—Lic. Gabriel Valenciano Rojas, Notario.—1 vez.—( IN2018215233 ).

Por escritura otorgada ante esta notaría, a las trece horas quince minutos del veintiséis de diciembre dos mil diecisiete se modifica cláusula del plazo de la sociedad Kinam Blue S. A., cédula de persona jurídica tres-ciento uno-doscientos setenta y seis mil sesenta y ocho.—Lic. Gonzalo Vargas Acosta, Notario.—1 vez.—( IN2018215234 ).

Por escritura otorgada ante esta notaría, a las trece horas del veintiséis de diciembre dos mil diecisiete se modifica cláusula del plazo de la sociedad Durrington & Haddon S. A., cédula de persona jurídica tres-ciento uno-doscientos sesenta y cuatro mil trescientos cincuenta y ocho.—Lic. Gonzalo Vargas Acosta, Notario.—1 vez.—( IN2018215235 ).

Por escritura otorgada ante esta notaría, a las catorce horas treinta minutos del veintiséis de diciembre dos mil diecisiete se modifica cláusula del plazo de la sociedad MHZ Dimensiones S. A., cédula de persona jurídica tres-ciento uno doscientos setenta y seis mil cincuenta.—Lic. Gonzalo Vargas Acosta, Notario.—1 vez.—( IN2018215236 ).

Por escritura otorgada ante esta notaría, a las trece horas cuarenta y cinco minutos del veintiséis de diciembre dos mil diecisiete se modifica cláusula del plazo de la sociedad Teleconexiones Digitel S. A., cédula de persona jurídica tres-ciento uno doscientos setenta y seis mil cincuenta.—Lic. Gonzalo Vargas Acosta, Notario.—1 vez.—( IN2018215237 ).

Por escritura otorgada ante esta notaría, a las quince horas quince minutos del veintiséis de diciembre dos mil diecisiete se modifica cláusula del plazo de la sociedad Bettor s Business Bureau S. A., cédula de persona jurídica tres-ciento uno doscientos setenta mil ochocientos cincuenta y uno.—Lic. Gonzalo Vargas Acosta, Notario.—1 vez.—( IN2018215239 ).

Por escritura otorgada ante esta notaría a las trece horas treinta minutos del veintiséis de diciembre dos mil diecisiete, se modifica cláusula del plazo de la sociedad Voip Networks S. A., cédula de persona jurídica número tres-ciento uno-cuatrocientos dos mil cuatrocientos ochenta y ocho. Notario: Gonzalo Vargas Acosta.—Lic. Gonzalo Vargas Acosta, Notario.—1 vez.—( IN2018215241 ).

Por escritura otorgada ante esta notaría a las dieciséis horas del veintiséis de diciembre dos mil diecisiete, se modifica cláusula del plazo de la sociedad Tres Ciento Uno Quinientos Noventa Mil Quinientos Noventa y Dos S. A., cédula de persona jurídica número tres-ciento uno-quinientos noventa mil quinientos noventa y dos. Notario: Gonzalo Vargas Acosta.—Lic. Gonzalo Vargas Acosta, Notario.—1 vez.—( IN2018215242 ).

Por escritura otorgada ante esta notaría a las catorce horas cuarenta y cinco minutos del veintiséis de diciembre dos mil diecisiete, se modifica cláusula del plazo de la sociedad Internet Protocolo S. A., cédula de persona jurídica número tres-ciento uno-cuatrocientos ochenta y un mil trescientos cuarenta y cinco. Notario: Gonzalo Vargas Acosta.—Lic. Gonzalo Vargas Acosta, Notario.—1 vez.—( IN2018215243 ).

Por escritura otorgada ante esta notaría a las catorce horas quince minutos del veintiséis de diciembre dos mil diecisiete, se modifica cláusula del plazo de la sociedad Soluciones Telefónicas Solultelsa S. A., cédula de persona jurídica número tres-ciento uno-doscientos noventa y siete mil setecientos noventa y uno. Notario: Gonzalo Vargas Acosta.—Lic. Gonzalo Vargas Acosta, Notario.—1 vez.—( IN2018215245 ).

Por escritura otorgada en esta notaría a las 13:15 del 2/02/2018, se protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de la empresa Transportes Sama S M del Sur S. A., cédula jurídica Nº 3-101-252580. Acuerdos: reforma cláusula novena del pacto constitutivo, nombramiento de nueva junta directiva.—San Isidro, Pérez Zeledón, 02 de febrero del 2018.—Lic. Jorge Zúñiga Calderón, Notario.—1 vez.—( IN2018215246 ).

Por escritura otorgada ante esta notaría a las quince horas treinta minutos del veintiséis de diciembre dos mil diecisiete se modifica cláusula del plazo de la sociedad Aris ABC S. A., cédula de persona jurídica tres-ciento uno-cuatrocientos ochenta y cinco mil trescientos treinta y tres.—Lic. Gonzalo Vargas Acosta, Notario.—1 vez.—( IN2018215247 ).

Por escritura otorgada ante esta notaría a las catorce horas del veintiséis de diciembre dos mil diecisiete, se modifica cláusula del plazo de la sociedad Tecnología Paso a Paso S. A., cédula de persona jurídica tres-ciento uno-quinientos sesenta y seis mil doscientos cuarenta y dos.—Lic. Gonzalo Vargas Acosta, Notario.—1 vez.—( IN2018215248 ).

Por escritura otorgada ante esta notaría a las catorce horas cuarenta y cinco minutos del veintiséis de diciembre dos mil diecisiete se modifica cláusula del plazo de la sociedad Tres ciento dos quinientos noventa mil quinientos noventa y cinco S.R.L., cédula de persona jurídica tres-ciento uno-quinientos noventa mil quinientos noventa y cinco.—Lic. Gonzalo Vargas Acosta, Notario.—1 vez.—( IN2018215250 ).

Ante esta notaría a las trece horas del día de hoy se protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de accionistas de la sociedad extranjera Pernasi S. A., por medio de la cual acoge al Transitorio Segundo de la Ley nueve mil cuatrocientos veintiocho.—San José 12 de enero de 2018.—Lic. Francisco Quijano Quirós, Notario.—1 vez.—( IN2018215254 ).

Mediante escritura pública número cuatrocientos cuarenta y dos otorgada ante mí el día seis de febrero de dos mil dieciocho, se protocoliza acta de asamblea extraordinaria de socios de la sociedad Grupo Durán BCN S. A., con cédula jurídica número: tres- ciento uno-cuatrocientos treinta y cinco mil ochocientos setenta y seis, donde se acuerda reformar la cláusula primera, segunda y octava. Es todo.—San José, 07 de febrero del 2018.—Licda. Catalina Villalobos Calderón, Notaria.—1 vez.—( IN2018215264 ).

Por medio de la escritura número doscientos cincuenta y siete, de las catorce horas treinta minutos del día de hoy, se constituyó la sociedad denominada PC Innovations SC Ltda.—San José, 06 de febrero del 2018.—Lic. Álvaro Castillo Castro, Notario.—1 vez.—( IN2018215265 ).

Ante esta notaría, se constituye sociedad anónima denominada Constructora & Asesorías KGK Sociedad Anónima. Capital suscrito y pago. Notaría del licenciado Pedro José Peña Rodríguez, abogado y notario público con carné: 14938.—Lic. Pedro José Peña Rodríguez, Notario.—1 vez.—( IN2018215266 ).

Ante esta notaría, se constituye sociedad de responsabilidad limitada denominada Hermanos Landaverde Sociedad de Responsabilidad Limitada. Capital suscrito y pago. Notaría del licenciado Pedro José Peña Rodríguez, abogado y notario público con carné: 14938.—Lic. Pedro José Peña Rodríguez, Notario.—1 vez.—( IN2018215267 ).

Por escritura otorgada ante mí, a las diecisiete horas con treinta minutos del cinco de febrero del año dos mil dieciocho se reforma las cláusula tercera y octava de la sociedad Tres-Ciento Uno- Quinientos Sesenta y Cuatro Mil Ciento Setenta y Cuatro Sociedad Anónima, en cuanto a: Cláusula tercera del objeto: La sociedad podrá otorgar toda clase de poderes, cláusula octava: la representación, “Corresponde al presidente y tesorera la representación judicial y extrajudicial con facultades de apoderados generalísimos sin límite de suma de dicha sociedad, pudiendo actuar conjunta o separadamente.—Tilarán, seis de febrero del año dos mil dieciocho.—Lic Mario Enrique Delgado Solórzano, Notario.—1 vez.—( IN2018215272 ).

Ante esta notaría, mediante escritura número ciento setenta y nueve- dos, otorgada a las once horas del seis de febrero del dos mil dieciocho, se disuelve por acuerdo de cuotistas la sociedad denominada Motorepuestos Metrópoli Fercnang Sociedad de Responsabilidad Limitada, con cédula jurídica número tres-ciento dos-seiscientos sesenta mil cuatrocientos cincuenta y seis, domiciliada en Cartago, El Guarco, Tejar, Urbanización Fundación primera etapa, casa número treinta A.—Cartago, seis de febrero del dos mil dieciocho.—Licda. Arlyn Salguero Rojas, Notaria.—1 vez.—( IN2018215275 ).

Mediante escritura número cuarenta y ocho, otorgada ante esta notaría, a siete horas del día seis de febrero del dos mil dieciocho, se disolvio la sociedad, de la compañía Servicios Médicos del Sur E.R Sociedad Anónima, cédula jurídica número tres-ciento uno-seis cuatro uno cinco uno ocho, en San José.—San José, seis de febrero del dos mil dieciocho.—Lic. Leonardo Díaz Rivel, Notario.—1 vez.—( IN2018215279 ).

Por escritura otorgada ante mí a las 10 horas del 31 de enero del 2018, escritura N° 3-14 del tomo catorce de mi protocolo, protocolicé acta de asamblea general ordinaria y extraordinaria de socios de la sociedad Tres-Ciento Dos-Setecientos Veintitrés Mil Seiscientos Sesenta y Cinco Sociedad de Responsabilidad Limitada, acta de las 17 horas del 21 de noviembre del 2017 mediante la cual se acuerda modificar las cláusulas quinta y octava del pacto constitutivo. Notario Público Paul Oporta Romero, cédula. 1-967-948.—Lic. Paul Oporta Romero, Notario.—1 vez.—( IN2018215282 ).

Por escritura otorgada ante mí, a las11:00 horas del 31 de enero del 2018, escritura N° 4-14 del tomo catorce de mi protocolo, protocolicé acta de asamblea general ordinaria y extraordinaria de socios de la sociedad Tres-Ciento Dos-Seiscientos Setenta y Siete Mil Setenta Sociedad de Responsabilidad Limitada, acta de las 10:00 horas del 20 de enero del 2018, mediante la cual se acuerda modificar la cláusula octava del pacto constitutivo.—Lic. Paul Oporta Romero, Notario.—1 vez.—( IN2018215283 ).

Ante esta notaría, se protocoliza asamblea general extraordinaria de accionistas de la sociedad denominada Manjak Okiek Sociedad Anónima, cédula de persona jurídica número tres-ciento uno-cuatrocientos catorce mil trescientos ochenta y nueve que modifica la cláusula quinta del pacto social, referente al plazo de la sociedad. Es todo.—San José, seis de febrero del dos mil dieciocho.—Lic. Carlos Alberto Ramirez Aguilar, Notario.—1 vez.—( IN2018215293 ).

Por escritura otorgada ante esta notaría, a las 15:00 horas del 01 de febrero del 2018, se protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de cuotistas de la sociedad de esta plaza denominada Casa Flamingo MCP S.R.L., con cédula jurídica N° 3-102-732638, se modifica de la cláusula sexta de representación del pacto social constitutivo y se modifica la administración, nombrándose un gerente.—Guanacaste, Santa Cruz, Tamarindo, 01 de febrero del 2018.—Licda. Ismene Arroyo Marín, Notaria.—1 vez.—( IN2018215300 ).

Por escritura otorgada ante esta notaría, a las dieciséis horas treinta minutos del día veinticuatro de enero del año dos mil dieciocho, se protocolizó acta de reunión general ordinaria de propietarios del Condominio Villas Cerca del Mar, cédula jurídica número: tres-ciento nueve-trescientos quince mil doscientos cincuenta y tres, se nombra como administrador a la compañía RPM Business Administration Group Sociedad Anónima.—Guanacaste, veinticuatro de enero del año dos mil dieciocho.—Licda. Ismene Arroyo Marín, Abogada y Notaria.—1 vez.—( IN2018215301 ).

Ante esta notaría se transformó la sociedad La Casa de Alba M & M Sociedad Anónima, a La Casa de Alba M & M Sociedad Civil a quince horas del veinticinco de enero del dos mil dieciocho, quince horas del veinticinco de enero del dos mil dieciocho.—Licda. Irene Aguilar Monge, Notaria.—1 vez.—( IN2018215302 ).

Por escritura número ciento veinticinco-uno autorizada en esta notaría, a las nueve horas treinta minutos del dos de febrero de dos mil dieciocho se protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de accionistas de la compañía Enjoy Hotels & Resorts Sociedad Anónima, con cédula jurídica tres-ciento uno-trescientos dieciocho mil doscientos cinco, en la que se acordó por unanimidad de votos reformar la cláusula sexta del pacto constitutivo de la compañía. Es todo.—San José, dos de febrero del dos mil dieciocho.—Licda. Nadia Chaves Zúñiga, Notaria.—1 vez.—( IN2018215303 ).

Ante mí, Pablo Arias González, notario con oficina en Atenas, hago constar que el día dieciséis de marzo del dos mil diecisiete a las quince horas se realizó asamblea general extraordinaria de la sociedad El Rinconcito Hickman Limitada, en la cual se nombra la nueva plaza de gerente tres y se reforma la cláusula quinta del pacto constitutivo.—Atenas, diecisiete de marzo del dos mil diecisiete.—Lic. Pablo Arias González, Notario.—1 vez.—( IN2018215304 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 9 horas 00 minutos del 28 de enero del 2018, se constituyó la sociedad denominada Merticadona Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 06 de febrero del 2018.—Licda. Gloria Leandro Vega, Notaria.—1 vez.—( IN2018215306 ).

Por escritura en Heredia a las diez horas del día siete de febrero del año dos mil dieciocho se constituyó Rocavar Internacional S. A., capital suscrito y pago, domicilio: Hatillo, San José. Plazo noventa y nueve años, objeto, industria, comercio en general, agricultura.—Heredia, diez horas del siete de febrero del año dos mil dieciocho.—Lic. Rafael Ángel Barahona Melgar, Notario.—1 vez.—( IN2018215308 ).

Por escritura otorgada el día de hoy se constituye la sociedad C.A.M.A.L.E.O.N M Y R Sociedad de Responsabilidad Limitada. Domicilio Venecia de San Carlos, capital diez mil colones, gerente y subgerente con facultades de apoderados generalísimos sin límite de suma, plazo noventa y nueve años.—Alajuela, siete de febrero de dos mil dieciocho.—Lic. Eduardo Gamboa Rojas, Notario Público.—1 vez.—( IN2018215310 ).

En mi notaría, mediante escritura número 194-19, de las 11:00 horas del 06 de febrero del 2018, protocolicé acta de las sociedades All Costa Rica Realty Pcrh S. A., cédula jurídica Nº 3-101-498683, y 3-102-731619 S.R.L, con idéntica cédula jurídica, en las cuales se acordó la fusión por absorción prevaleciendo la primera. Cualquier interesado podrá oponerse a la fusión para lo cual contará con el plazo improrrogable de un mes, contado a partir de la publicación de este edicto, para manifestar su oposición ante este notaría. Lic. Arturo Ortiz Sánchez, Notario, tel. 8914-0228.—Lic. Arturo Ortiz Sánchez, Notario Público.—( IN2018215311 ).

Mediante escritura Nº 32 iniciada a folio 021 frente del tomo dos de la notaria Geilin del Carmen Salas Cruz y de conformidad con el artículo 19 y 201 del Código de Comercio, se acordó la disolución de la sociedad Grupo Don Miguel de San Pedro Sociedad Anónima, cédula jurídica Nº 3-101-588307 en San Isidro de El General a las 16:00 horas del 06 de febrero del 2018.—Licda. Geilin del Carmen Salas Cruz, Notaria.—1 vez.—( IN2018215317 ).

Por escritura Nº 4-59, otorgada ante el notario Gustavo Adolfo Fernández Martínez, se reforma la cláusula cuarta de la sociedad Lasiler Sociedad Anónima, cédula jurídica Nº 3-101-127178.—San Isidro de El General, 31 de enero del 2018.—Gustavo Adolfo Fernández Martínez, Notario.—1 vez.—( IN2018215318 ).

Por escritura otorgada ante esta notaría, se protocoliza acta de asamblea de socios de la sociedad Geosoluciones Civiles VYA de Centroamérica S. A., se reforma la cláusula tercera del pacto constitutivo. Notaria: Leda Patricia Mora Morales.—Licda. Leda Patricia Mora Morales, Notaria.—1 vez.—( IN2018215319 ).

Por escritura Nº 89-58, otorgada ante el notario Gustavo Adolfo Fernández Martínez, se disolvió sociedad Producciones Liliana Halder Sociedad Anónima, cédula jurídica Nº 3-101-198254.—San Isidro de El General, 31 de enero del 2018.—Lic. Gustavo Adolfo Fernández Martínez, Notario.—1 vez.—( IN2018215320 ).

Mediante escritura otorgada ante el suscrito notario público, a las 13:00 horas del 19 de octubre del 2017, se procedió a protocolizar el acta de asamblea general extraordinaria de cuotistas número dos de la empresa: Hernández Marrero Sociedad de Responsabilidad Limitada, cédula jurídica número tres-uno cero dos-siete tres ocho tres cero uno, en donde se reforma la cláusula quinta del pacto constitutivo se aumenta el capital social y modifica el número de acciones; aumento que ha sido suscrito y pagado.—Licda. Rosibel Alvarado Granados, Notaria.—1 vez.—( IN2018215321 ).

En mi notaría, se disuelve la sociedad: Vean el Horizonte Cinco Estelar Sociedad Anónima, cédula jurídica número: tres-ciento uno-seiscientos once mil cuarenta y siete, por acuerdo de accionistas, según se indica en el acta número dos de asamblea general extraordinaria de accionistas.—San José, ocho de febrero del dos mil dieciocho.—Lic. Jorge Adrián Prado Salas, Notario Público.—1 vez.—( IN2018215322 ).

Por escritura otorgada el día diez de enero del dos mil dieciocho, ante el suscrito notario, se protocolizan acuerdos de la asamblea general ordinaria y extraordinaria de cuotistas de la sociedad: Compañía Inmobiliaria Centroamericana CICCR S. A., mediante la cual, se modifica la cláusula décimo quinta del pacto constitutivo.—San José, siete de febrero del dos mil dieciocho.—Lic. Alberto Víquez Garro, Notario Público.—1 vez.—( IN2018215323 ).

Por escritura pública Nº 63-2, otorgada ante esta notaría, a las 15:00 horas del día 07 de febrero del 2018, se constituyó la sociedad: Inversiones Hoteleras CH de Alajuela S. A.—San José, 08 de febrero del 2018.—Lic. Carlos Andrés Jiménez Rojas, Notario.—1 vez.—( IN2018215327 ).

Por escritura otorgada ante mí, hoy a las 17 horas 30 minutos, se constituye la sociedad: Inversiones Grim Sociedad Anónima, pudiendo abreviarse: Inversiones Grim S. A. Objeto: el comercio, la industria, la agricultura. Domicilio: Guanacaste, Santa Cruz, Tempate, Calle Aguacate, Condominio Surfside, Villa Grim número catorce A. Capital social: íntegramente suscrito y cancelado por los socios fundadores.—San José, 06 de febrero del 2018.—Licda. Liliana Marín Barquero, Notaria Pública.—1 vez.—( IN2018215329 ).

Por escritura otorgada ante mí, hoy a las 17:00 horas, se constituye la sociedad: Sofá Italiano Sociedad Anónima, pudiendo abreviarse: Sofá Italiano S. A. Objeto: el comercio, la industria, la agricultura. Domicilio: Guanacaste, Santa Cruz, Tempate, calle Aguacate, Condominio Surfside, Villa Grim número catorce A. Capital social: íntegramente suscrito y cancelado por los socios fundadores.—San José, 06 de febrero del 2018.—Licda. Liliana Marín Barquero, Notaria.—1 vez.—( IN2018215330 ).

Por protocolización de acta ante el suscrito notario, se ha constituido la Asociación Costarricense de Guías de Turismo Certificados con acrónimo AGUICE, con domicilio en Condominio La Ladera, Fraccionamiento lote trece A, Barreal de Heredia.—San José.—Lic. Freddy Jiménez Peña, Notario.—1 vez.—( IN2018215332 ).

Ivannia Méndez Rodríguez, notaria pública, hace constar y da fe que en escritura pública número cuarenta y cuatro-cinco, otorgada en fecha siete de febrero del dos mil dieciocho, se protocolizó acta de asamblea general ordinaria y extraordinaria de socios de la sociedad denominada: Inversiones Grammy Sociedad Anónima, titular de la cédula de persona jurídica número: tres-ciento uno-ciento setenta y siete mil sesenta y dos, mediante la cual se acordó y procedió a disolver y liquidar la sociedad. Es todo.—San José, siete de febrero del dos mil dieciocho.—Licda. Ivannia Méndez Rodríguez, Notaria.—1 vez.—( IN2018215336 ).

Ante esta notaría, por escritura otorgada a las diecisiete horas diez minutos del día siete de febrero del dos mil dieciocho, donde se protocolizan acuerdos de asamblea general extraordinaria de accionistas de la sociedad denominada: 3-101-744583 S. A., donde se acuerda modificar las cláusulas primera y sexta de los estatutos y se revocan y hacen nombramientos.—San José, siete de febrero del dos mil dieciocho.—Licda. Betzabeth Miller Barquero, Notaria Pública.—1 vez.—( IN2018215344 ).

Mediante escritura Nº 3-3, folios de 3 frente a 3 vuelto, tomo 3 del protocolo del suscrito notario, con fundamento en el transitorio segundo de la Ley de Impuesto a las Personas Jurídicas Nº 9428, se solicita al Registro de Personas Jurídicas, el cese de la disolución de la empresa: Filial Veinte Cornalina Fuerte Ventura Sociedad Anónima, con domicilio social en San José, Santa Ana, Pozos, diagonal a la esquina sureste de la plaza del Instituto Nacional de Vivienda y Urbanismo, Condominio Residencial Fuerte Ventura, cédula jurídica Nº 3-101-438603. Escritura otorgada en San José, a las 17:15 horas del 11 de enero del 2018.—Lic. Eduardo Antonio Alvarado Miranda, Notario.—1 vez.—( IN2018215348 ).

Por escritura otorgada ante la notaría del Lic. Hugo Alberto Corella Agüero, a las doce horas del día seis de febrero del dos mil dieciocho, la sociedad denominada: LTE Dieciocho Alisonyee Sociedad Anónima, cédula jurídica número: tres-ciento uno-quinientos treinta y cinco mil setecientos treinta y seis, reforma las cláusulas segunda y octava del pacto constitutivo.—San Marcos de Tarrazú, seis de febrero del dos mil dieciocho.—Lic. Hugo Alberto Corella Agüero, Notario.—1 vez.—( IN2018215349 ).

En esta notaría, se protocolizó el acta de la asamblea general de accionistas de Improsa Agencia de Seguros Sociedad Anónima, cédula jurídica número tres-ciento uno-ciento sesenta y cuatro mil seiscientos noventa y cinco, celebrada el treinta de enero del dos mil dieciocho, mediante la cual se modifican las cláusulas primera, cuarta y octava de los estatutos.—San José, dos de febrero del dos mil dieciocho.—Lic. Said Breedy Arguedas, Notario Público.—1 vez.—( IN2018215352).

Por escritura otorgada ante mí, a las 10:45 horas del 07 de febrero del 2018, se acuerda la disolución de la sociedad Quinguz Ecocasas de Teca S. A.; con cédula jurídica número 3-101-664218.—Ciudad Quesada, 07 de febrero del 2018.—Licda. Ivannia Barboza Carvajal, Notaria.—1 vez.—( IN2018215353 ).

A las 10:30 horas de hoy, protocolice acta de Discomóvil Energy S. A., cédula jurídica número 3-101-2805417, donde cambia al nombre de RLA SAV Costa Rica S. A., y modifican las cláusulas del domicilio. Se nombra junta directiva.—San José, 06 de febrero del 2018.—Lic. Dania Valverde Núñez, Notaria.—1 vez.—( IN2018215357 ).

Por escritura otorgada en la Aurora de Heredia a las doce horas del veinticinco de enero del dos mil dieciocho Media Calle Brewing Company Sociedad Anónima, cédula jurídica tres-uno cero uno-siete cuatro cinco cuatro seis cero, modifico su pacto social, nombro nueva junta directiva y fiscal.—San José, veintiocho de enero del dos mil dieciocho.—Lic. Luis Fernando Fallas Marín, Notario.—1 vez.—( IN2018215358 ).

A las 10:00 horas de hoy, protocolice acta de Avil Laboratorios S. A., cédula jurídica número 3-101-290569, donde cambia al nombre de Magix de Costa Rica S. A. y modifican las cláusulas del domicilio. Se nombra junta directiva.—San José, 6 de febrero del 2018.—Lic. Dania Valverde Núñez, Notario.—1 vez.—( IN2018215362 ).

Por escritura otorgada a las dieciséis horas del día seis de febrero del dos mil dieciocho protocolizo acta de asamblea general ordinaria y extraordinaria de socios de la sociedad denominada KPO Al Pha Inc. Sociedad Anónima, con cédula jurídica número tres- ciento uno-seiscientos cincuenta y ocho mil cuatrocientos treinta y tres, mediante la cual se reforma la cláusula quinta del capital social de la compañía.—San José, dieciséis horas treinta minutos del seis de febrero de dos mil dieciocho.—Lic. Edgar Odio Rohrmoser, Notario.—1 vez.—( IN2018215363 ).

Por escritura otorgada en mi notaría a las 10:00 horas del 21 de diciembre del año 2017, se liquidó la sociedad Gutiérrez Acuña e hijos S. A.—San José, 1° de febrero del 2018.—Lic. Ronald Rodríguez Villalobos, Notario.—1 vez.—( IN2018215375 ).

Ante esta notaria, Lic. Robert Coto Quirós, se nombra nuevo presidente de la sociedad La Geisha y su Hanamachi S. A. 3-101-536690. Aysha Morales Chaves, cédula número 1-1644-184.—Cartago, 5 de febrero del 2018.—Lic. Robert Coto Quirós, Notario.—1 vez.—( IN2018215378 ).

Mediante escritura número 78 del tomo 12° del protocolo del notario Enrique Corrales Barrientos, se reformó el pacto constitutivo de la sociedad Santa Fe Del Rey Sociedad Anónima.—San Vito Coto Brus, 06 de febrero del 2018.—Lic. Enrique Corrales Barrientos, Notario.—1 vez.—( IN2018215380 ).

Por escritura otorgada ante esta notaría a las 13:00 horas del 5 de febrero del 2018, se protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de accionistas de la sociedad 3-101-751971 S. A., cédula de persona jurídica número 3-101-751971.Se reformó la cláusula del nombre.—San José, 5 de febrero del 2018.—Lic. Carlos Baltodano Estrada, Notario.—1 vez.—( IN2018215383 ).

Hoy protocolicé acta de asamblea general ordinaria y extraordinaria de accionistas de la compañía de este domicilio Royal Development Solutions Sociedad Anónima, modificando el pacto social, reformando la cláusula de administración y la de vigilancia.—San José, 24 de enero del año 2018.—Lic. Jorge Castro Olmos, Notario.—1 vez.—( IN2018215387 ).

Por escritura Nº 272, de las nueve horas del 06 de febrero 2018, protocolicé la asamblea general extraordinaria Nº 64 de la Asociación Movimiento Familiar Cristiano Católico de CR cual reformó los artículos 1, 3, 4, 6, 7, 9, 10, 10 bis, 11, 12, 13 y 16 de los estatutos.—San Miguel de Santo Domingo de Heredia, 07 de enero del 2018.—Lic. Walter Robles Navarro, Notario.—1 vez.—( IN2018215389 ).

Ante esta notaría, se liquidó la sociedad denominada Terranostra A B  Lote Uno S. A., cédula jurídica número tres-ciento uno-cinco uno cuatro siete tres seis. Es todo.—San José, al ser las diez horas del ocho de febrero del año dos mil dieciocho.—Licda. Kerly Masis Beita, Notaria.—1 vez.—( IN2018215391 ).

La sociedad Melcama del Poás Sociedad Anónima, cédula jurídica número tres ciento uno-tres seis nueve cinco tres uno, en virtud del fallecimiento de la actual tesorera, se nombre en sustitución a Yesenia María Meléndez Delgado, cédula número uno-uno dos nueve dos-seis ocho seis. Se modifica la cláusula sexta del pacto constitutivo y en adelante la representación judicial y extrajudicial le corresponderá al presidente con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma. Es todo.—San José, seis de febrero del año dos mil dieciocho.—Lic. Gabriel Valenciano Rojas, Notario.—1 vez.—( IN2018215392 ).

La suscrita notaria hace constar que el día de hoy, ante esta notaría y mediante escritura pública de las diez horas del día siete de febrero del año dos mil dieciocho, se protocolizan los artículos primero y segundo, debidamente aprobados en asamblea general extraordinaria de socios de la compañía de esta plaza denominada Pachavi Sociedad Anónima, con cédula de persona jurídica número tres-ciento uno-ciento setenta y siete mil cuarenta y ocho, mediante los cuales se reforma la cláusula segunda del pacto social, la cual en el futuro deberá leerse que el domicilio de la compañía será en San José, Rohrmoser, del Parque de la Amistad, doscientos metros oeste, ciento setenta y cinco metros norte, casa a mano derecha, color verde, número uno, pudiendo establecer agencias y sucursales en cualquier lugar de la República o fuera de ella.—San José, siete de febrero del año dos mil dieciocho.—Licda. Beverly Dinorah Palma Brenes, Notaria.—1 vez.—( IN2018215395 ).

Mediante escritura pública número doscientos cuarenta y siete-nueve, otorgada a las diez horas con treinta minutos del día siete de febrero del año dos mil dieciocho, se protocoliza acta de asamblea general extraordinaria de socios de la sociedad Tatano del Sur Sociedad Anónima, cédula jurídica número tres-ciento uno-ciento cuarenta y siete mil quinientos veintiocho, por la cual no existiendo activos ni pasivos se acuerda la disolución de la sociedad.—San José, 07 de febrero del 2018.—Licda. Beverly Dinorah Palma Brenes, Notaria.—1 vez.—( IN2018215396 ).

Por escritura otorgada en esta notaría de San José, a las diez horas del siete de febrero del dos mil dieciocho, se protocolizó acta de la sociedad Lubricantes del Futuro Sociedad Anónima. Se reformó cláusula de la administración, se nombra presidente.—Licda. Roxana Herrera Peña, Notaria.—1 vez.—( IN2018215398 ).

Ante esta notaría mediante escritura pública número ciento cincuenta y cuatro otorgada a las trece horas treinta minutos del primero de diciembre del dos mil diecisiete, la sociedad Inversiones Yuen S. A., mediante su socio mayoritario, solicitó al registro mercantil, el cese de la disolución de la misma. Es todo.—San José, a las quince horas del doce de enero del dos mil dieciocho.—Licda. María de Los Ángeles Solano Mora, Notaria.—1 vez.—( IN2018215411 ).

Por escritura otorgada ante la notaría, de la Licda. Nadia Chaves Zúñiga, a las 12:00 horas del 07 de febrero del 2018, protocolizamos el acta de asamblea general de socios de Swiss Costa Rica Trade Corporation, 3-101-22145, la cual acordó disolver y liquidar dicha compañía.—San José, 07 de febrero del 2018.—Lic. Dan Alberto Hidalgo Hidalgo, Notario.—1 vez.—( IN2018215415 ).

Por escritura número ciento quince-uno, autorizada en esta notaría, a las dieciséis horas con quince minutos del once de diciembre de dos mil diecisiete se protocolizó acta de asamblea general ordinaria y extraordinaria de accionistas número dos de la compañía Aceros Laminados Sociedad Anónima, con cédula jurídica tres-ciento uno-setecientos veinticinco mil ciento sesenta y dos, en la que se acordó por unanimidad de votos liquidar la sociedad. Es todo.—San José, seis de febrero del dos mil dieciocho.—Licda. Nadia Chaves Zúñiga, Notaria.—1 vez.—( IN2018215418 ).

Por escritura número noventa y dos-uno autorizada en esta notaría, a las diecisiete horas con treinta minutos del cuatro de diciembre de dos mil diecisiete se protocolizó acta de asamblea de asamblea de cuotistas de la compañía Desarrollo PVS Cuatrocientos Veintisiete S.R.L., con cédula jurídica tres-ciento dos-seiscientos veintiún mil cuatrocientos veintinueve, en la que se acordó por unanimidad fusionar esta compañía con la sociedad denominada Sagasti Limitada, con cédula jurídica número tres-ciento dos-setecientos dieciocho mil cuatrocientos ocho, en la cual Sagasti Limitada prevalece y absorbe a la presente sociedad Desarrollo PVS Cuatrocientos Veintisiete S.R.L. Es todo.—San José, seis de febrero de dos mil dieciocho.—Licda. Nadia Chaves Zúñiga, Notaria.—1 vez.—( IN2018215419 ).

Protocolización del acta de asamblea general extraordinaria de accionistas de la compañía Visita Médica Sociedad Anónima, con cédula de persona jurídica número tres-ciento uno-setecientos cuarenta y tres mil ciento treinta y cuatro, en la cual se modifica la cláusula del nombre, escritura otorgada a las nueve horas del siete de febrero del dos mil dieciocho.—Licda. Cinzia Víquez Renda, Notaria.—1 vez.—( IN2018215420 ).

Protocolización del acta de asamblea general extraordinaria de accionistas de la compañía Servicios Médicos del Continente Sociedad Anónima, con cédula de persona jurídica número tres-ciento uno-setecientos veintinueve mil ciento setenta y ocho, en la cual se modifica la cláusula del nombre. Escritura otorgada a las nueve horas del siete de febrero del dos mil dieciocho.—Licda. Cinzia Víquez Renda, Notaria.—1 vez.—( IN2018215421 ).

Protocolización de acta asamblea general extraordinaria de accionistas de la compañía “Cedeño y Méndez Costa Rica Sociedad Anónima”, cédula jurídica número tres-ciento uno-cuatrocientos sesenta y seis mil ciento veintiuno, en la cual se modifica la cláusula segunda del pacto constitutivo escritura otorgada a las ocho horas del ocho de febrero del dos mil dieciocho.—Licda. Cinzia Víquez Renda, Notaria.—1 vez.—( IN2018215423 ).

Por escritura pública otorgada ante esta notaría, en la ciudad de San José, al ser las dieciséis horas con treinta minutos del primero de febrero de dos mil dieciocho, se protocolizó el acta de asamblea general ordinaria y extraordinaria de accionistas de Latinamerican Hospitality Management de Costa Rica LAHM S. A., cédula de persona jurídica número tres-ciento uno-quinientos noventa y nueve mil diecinueve, en la que se acordó reformar las cláusulas del domicilio y de reuniones de junta directiva de la sociedad.—San José, 05 de febrero del 2018.—Licda. Melania Dittel Sotela, Notaria.—1 vez.—( IN2018215424 ).

Por escritura que autoricé hoy, protocolicé acuerdos de asamblea general extraordinaria de Paladri R.N. Sociedad Anónima, donde se solicita la disolución de la sociedad.—San José, 7 de febrero del año 2018.—Licda. Irene Mendieta Vargas, Notaria.—1 vez.—( IN2018215425 ).

Por escritura otorgada ante mí, a las 10.30 horas del 8 de febrero de 2018, se constituye la sociedad, denominada: Braña y Asociados Sociedad Anónima, pudiendo abreviarse las dos últimas palabras S. A. Plazo: cien años.—San José, 8 de febrero de 2018.—Lic. Maynor Solano Carvajal, Notario.—1 vez.—( IN2018215426 ).

Por escritura otorgada ante esta notaría, a las nueve horas quince minutos del siete de febrero dos mil dieciocho, se constituyó la sociedad Corp. TYT Tundra Sociedad Civil. Capital social suscrito y pagado.—Lic. Gonzalo Vargas Acosta, Notario.—1 vez.—( IN2018215432 ).

Por escritura otorgada hoy ante mí, protocolicé acta de la asamblea general extraordinaria de accionistas de la empresa denominada Telesites Costa Rica Sociedad Anónima, mediante la cual se reforma la cláusula segunda del pacto constitutivo, se revoca nombramiento de agente residente y se designa sustituto.—San José, 06 de febrero de 2018.—Lic. Alberto Rojas Chaves, Notario.—1 vez.—( IN2018215436 ).

Ante mi notaría, se protocolizaron acuerdos que modifican la cláusula octava del pacto constitutivo de la compañía Matalop Nicoyano Sociedad Anónima, cédula jurídica tres-ciento uno-cien mil doscientos setenta y nueve, la cual es se refiere a la administración y representación, además se realizan nuevos nombramientos de junta directiva.—Nicoya, seis de febrero del dos mil dieciocho.—Licda. Marjorie Vargas Sequeira, Notaria.—1 vez.—( IN2018215441 ).

En escritura número cuarenta y nueve otorgada y autorizada ante los notarios públicos, José Francisco Herrán Rescia y Max Alberto Monestel Peralta, acto realizado en el tomo dieciocho del notario Herrán Rescia; a las once horas del día dos de febrero del año dos mil diecisiete, se protocoliza el acta de asamblea general extraordinaria de socios de empresa Unified Financial Services Sociedad de Responsabilidad Limitada, mediante la cual se reforma la cláusula la relativa a la representación de la sociedad, se revoca el nombramiento del segundo gerente y se hace un nuevo nombramiento.—Ciudad de San José, ocho de febrero del año dos mil dieciocho—Lic. Max Alberto Monestel Peralta, Conotario.—1 vez.—( IN2018215443 ).

Mediante protocolización de acta de asamblea general extraordinaria de socios otorgada ante esta notaría, a las 17:00 horas del 7 de febrero de 2018, se acordó realizar nuevos nombramientos en la junta directiva los cuales son presidente: Allan Redondo Vega, cédula 1-757-757, y secretario: Yeison Estiven Redondo Arce, cédula 2-744-593 de la sociedad Inversiones Múltiple Comercial del Istmo V B Y G Sociedad Anónima, cedula jurídica 3-101-732120.—Barva, 8 de febrero de 2018.—Lic. Isaac Montero Solera, Notario.—1 vez.—( IN2018215445 ).

En la notaría del Licenciado Nelson Ramírez Ramírez, se constituyó la Sociedad Anónima denominada BR ALVH ERZ S. A., mediante la escritura pública ciento noventa y cuatro del tomo noveno, el seis de febrero de dos mil dieciocho. Es todo.—Heredia, siete de febrero de dos mil dieciocho.—Lic. Nelson Ramírez Ramírez, Notario Público.—1 vez.—( IN2018215450 ).

Mediante escritura número 50 otorgada en el protocolo 1 del notario público Fernando Rottier Salguero, otorgada a las 15:00 horas del 12 de enero de 2018 se solicitó el cese de disolución de la Sociedad Anónima Dos Mil Ocho Patrice JT Sociedad Anónima, con número de cédula jurídica 3-101-518483.—Lic. Fernando Rottier Salguero, Notario.—1 vez.—( IN2018215451 ).

Por medio de escritura número setenta y siete, otorgada a las once horas del seis de febrero del dos mil dieciocho, se protocoliza acuerdo de socios de la sociedad Samag Corp Sociedad de Responsabilidad Limitada, cédula jurídica número tres-ciento dos setecientos cuarenta y cinco mil quinientos diecinueve, donde se modifica la cláusula “sétima” del pacto constitutivo relativa a la administración y se realiza nombramiento de agente residente.—la unión, ocho de febrero de dos mil dieciocho.—Lic. Ángel Edmundo Solano Calderón, Notario.—1 vez.—( IN2018215452 ).

Mediante escritura 114, de las 08:00 horas del 29 de enero del 2018, se acuerda disolver la sociedad: Consultorio Renacer de Psicología y Salud Mental Limitada, cédula jurídica 3-102-702034. Playa Brasilito.—Lic. Einar José Villavicencio López, Notario.—1 vez.—( IN2018215463 ).

Por escritura de las 11:00 horas del 06 de febrero del año 2018, se acordó por unanimidad del capital social, reformar la cláusula décima de los estatutos de la sociedad Algotel Marketing Sociedad de Responsabilidad Limitada, titular de la cédula de persona jurídica número 3-102-731678, referente a la administración.—San José, 08 de febrero del 2018.—Lic. Manuel Antonio Porras Vargas, Notario.—1 vez.—( IN2018215471 ).

Ante esta notaría, por escritura otorgada a las 13:05 horas del día 07 de febrero del 2018, se protocolizan acuerdos de asamblea extraordinaria de socios de la sociedad Nayara Funding Sociedad Anónima, cédula de persona jurídica número tres-ciento uno-seiscientos noventa y cinco mil-ciento cuarenta, donde se acuerda la disolución de la sociedad.—San José, 08 de febrero del dos mil dieciocho.—Lic. Tobías Felipe Murillo Jiménez, Notario.—1 vez.—( IN2018215472 ).

Por escritura otorgada ante esta notaría, a las 13:10 horas del 07 de febrero del 2018, la empresa Nayara Holding S. A., protocolizó acuerdos en donde se transforma de Sociedad Anónima, a sociedad de responsabilidad limitada, y modifica la totalidad de sus estatutos.—San José, 08 de febrero de 2018.—Lic. Tobías Felipe Murillo Jiménez, Notario.—1 vez.—( IN2018215473 ).

Por escritura otorgada ante esta notaría, a las 13:00 horas del 07 de febrero del 2018, la empresa Trademark Holding S. A., protocolizó acuerdos en donde se transforma de Sociedad Anónima, a Sociedad de Responsabilidad Limitada, y modifica la totalidad de sus estatutos.—San José, 08 de febrero de 2018.—Lic. Tobías Felipe Murillo Jiménez, Notario.—1 vez.—( IN2018215474 ).

Por escritura doscientos cincuenta otorgada ante la notaria pública Carolina Ulate Zárate, a las ocho horas del día ocho de febrero del año dos mil dieciocho, se modificó la cláusula cuarta de la sociedad denominada Bosque Frío C.E.M.A Sociedad Anónima.—Heredia, ocho de febrero del año dos mil dieciocho.—Licda. Carolina Ulate Zárate,  Notaria Pública.—1 vez.—( IN2018215477 ).

Por escritura doscientos cincuenta y uno otorgada ante la notaria pública Carolina Ulate Zárate, a las diez horas treinta minutos del día ocho de febrero del año dos mil dieciocho, se modificó la cláusula cuarta de la sociedad denominada Tres-Ciento Uno-Cuatrocientos Sesenta y Dos Mil Seiscientos Setenta y Nueve Sociedad Anónima —Heredia, ocho de febrero del año dos mil dieciocho.—Licda. Carolina Ulate Zárate, Notaria Pública.—1 vez.—( IN2018215478 ).

Mediante escritura Nº 15 del tomo 3 otorgada a las 11:40 horas del 07/02/2018 ante la suscrita notaria, se reformó el nombre sociedad anónima denominada como Asesoría Aduanera B & R S. A., a Aduanera B & R S. A., además se modifica la cláusula tercera de la relacionada sociedad anónima. Publíquese.—Licda. Bianchy Rodríguez Salas.—1 vez.—( IN2018215481 ).

Mediante escritura Nº 16 del tomo 3 otorgada a las 15:50 horas del 07/02/2018 ante la suscrita notaria, se reformó la sociedad anónima denominada como Data Sense Centroamérica S. A., en la cláusula octava y no nombre secretaria a Victoria Vargas Solís y tesorera Laura Gómez Núñez Publíquese.—Licda. Bianchy Rodríguez Salas.—1 vez.—( IN2018215482 ).

La notaria Rosaura Carmiol Yalico, hace constar que en asamblea general de la sociedad Alegamar Mil Novecientos Noventa y Nueve S. A., cédula jurídica número tres-ciento uno-setecientos siete mil novecientos once, realizada el primero de febrero del dos mil dieciocho, se modificó el pacto constitutivo y se nombró nueva junta directiva.—San José, cinco de febrero del dos mil dieciocho.—Licda. Rosaura Carmiol Yalico, Notaria.—1 vez.—( IN2018215483 ).

Por escritura otorgada número doscientos ochenta y tres, de las doce y treinta horas del siete de febrero del dos mil dieciocho. Se constituyo: Inversiones Pocenca, Empresa Individual de Responsabilidad Limitada, abreviada: Inversiones Pocenca “E.I.R.L.”, su domicilio social será: distrito San Juan de Tibás, de la Municipalidad cien este cien norte, San José, capital aportado diez mil colones.—San José, siete de febrero del 2018.—Lic. Oscar Murillo Castro, Notario.—1 vez.—( IN2018215485 ).

Por escritura otorgada número doscientos ochenta y seis de las doce horas del ocho de febrero del dos mil dieciocho. Se constituyo: ALICA, Empresa Individual de Responsabilidad Limitada, abreviada ALICA, “E.I.R.L.” Su domicilio social será: de la Municipalidad, veinticinco al sur, casa mano izquierda, ciudad de Alajuela, capital aportado diez mil colones.—San José, 08 de febrero del 2018.—Lic. Oscar Murillo Castro, Notario.— 1 vez.—( IN2018215487 ).

NOTIFICACIONES

EDUCACIÓN PÚBLICA

PUBLICACIÓN DE PRIMERA VEZ

Apertura de Procedimiento Administrativo Disciplinario.— c/ Ortega Jiménez Fernando Daniel.

Resolución N° 6034-17.—El Órgano Director del Procedimiento, a las ocho horas y cuarenta y cinco minutos del veintiuno de diciembre del dos mil diecisiete.

Resultando:

I.—Que mediante Resolución N° 4894-17 de las catorce horas y cuatro minutos del veinticinco de octubre del dos mil diecisiete, suscrita por Yaxinia Díaz Mendoza, Directora de Recursos Humanos del Ministerio de Educación Pública, se ordenó la apertura de procedimiento administrativo ordinario tendiente a establecer la responsabilidad disciplinaria de Ortega Jiménez Fernando Daniel, cédula de identidad número 2-0674-0439, Auxiliar de Vigilancia en el Colegio Técnico Profesional de Calle Blancos, de la Dirección Regional de Educación de San José-Norte, Asimismo se designa a quien suscribe como Órgano Director Unipersonal del Procedimiento Administrativo tramitado contra el servidor de cita. (Ver folios 16 y 17 del expediente N° 717-17).

II.—Que lo anterior encuentra sustento en lo establecido en los artículos 211 y siguientes (de la responsabilidad Disciplinaria del Servidor), 214 y siguientes (Del Procedimiento Administrativo), 272 y siguientes (Del acceso al Expediente y sus Piezas) y 308 y siguientes (Del Procedimiento Ordinario), todos de la Ley General de la Administración Pública; 41, 42 y 43 del Estatuto del Servicio Civil, artículos 18 inciso j) y 50 inciso k) de la Ley Orgánica del Ministerio de Educación Pública, así como en los artículos 54 y siguientes del Reglamento Autónomo de Servicios del Ministerio de Educación Pública.

III.—Que de conformidad con lo anteriormente expuesto, se considera procedente dar inicio al Procedimiento Administrativo Ordinario tendiente a establecer la responsabilidad disciplinaria de la persona investigada, a saber: Ortega Jiménez Fernando Daniel, cédula de identidad número 2-0674-0439, quien se desempeña en el puesto de Auxiliar de Vigilancia en el Colegio Técnico Profesional de Calle Blancos, de la Dirección Regional de Educación de San José-Norte, respecto al supuesto hecho que a continuación se detalla:

Que en su condición de Auxiliar de Vigilancia en el Colegio Técnico Profesional de Calle Blancos, de la Dirección Regional de Educación de San José-Norte, supuestamente se ausentó de sus labores los días 09, 10, 11, 12, 13, 16, 17, 18 y 19 de octubre del 2017; lo anterior sin dar aviso oportuno a su superior inmediato y sin presentar justificación posterior alguna, dentro del término legalmente establecido. (Ver folios del 01 al 14 de la causa de marras)

IV.—Que los hechos anteriormente citados -de corroborarse su comisión- constituirían una violación a las obligaciones y prohibiciones del cargo contempladas en el Estatuto de Servicio Civil artículo 39 inciso a), Reglamento del Estatuto de Servicio Civil artículo 35, Reglamento de Servicio para los Agentes de Seguridad y Vigilancia del Ministerio de Educación Pública artículos 8 inciso a), 15, 16, 17, 25, 26 y 27; todos en relación con el artículo 81 inciso g) del Código de Trabajo; que podrían acarrear una sanción que alcanzaría ir desde una suspensión sin goce de salario hasta el despido sin responsabilidad patronal.

V.—Que en razón de lo anterior se dictó la resolución N° 5016-17 de las 11:21 horas del 01 de junio del 2017, convocándose a audiencia oral y privada para el día 27 de noviembre del 2017, comisionándose al Subdirector institucional, MSc. Francisco Piedra Ureña, para notificar personalmente dicha resolución, siendo que en fechas 06 de noviembre y 12 de diciembre -ambos del 2017- se recibe el oficio en la sede de este Órgano Director, suscrito por el anteriormente citado Subdirector, estableciendo la imposibilidad de notificar al señor Ortega Jiménez la actuación descrita (ver folios 25 y 34 de los autos), por lo que en aras de cumplir con lo establecido en el artículo 311 de la Ley General de Administración Pública, y no causar indefensión al investigado, se dicta la presente resolución, que se encuentra ajustada a derecho.

VI.—La prueba que constituye la base del procedimiento disciplinario, es el expediente administrativo número 717-17 a nombre de Ortega Jiménez Fernando Daniel, donde consta la denuncia y el registro de asistencia supra establecido, debidamente certificados, visible a folios del 01 al 06 y del 09 al 12 de los autos.

VII.—Se apercibe al accionado que debe señalar medio o lugar para recibir futuras notificaciones dentro del plazo de diez días hábiles a partir de la notificación del presente acto, bajo el apercibimiento de que, si no se hiciere o el lugar fuere impreciso, incierto, o ya no existiere, las resoluciones se tendrán por notificadas automáticamente veinticuatro horas después de dictadas.

VIII.—Que para los efectos de este procedimiento, se pone a disposición de la persona accionada el respectivo expediente administrativo, el cual podrá consultar, reproducir o analizar cuantas veces considere necesario. Así mismo, se le hace saber que le asiste el derecho de presentar los argumentos de defensa y descargo que considere oportunos, de ofrecer la prueba que estime pertinente, desde este momento y hasta el mismo día de la audiencia, así como hacerse asesorar por un profesional en Derecho que le provea la defensa técnica, si así lo considera oportuno. En caso de aportar prueba testimonial, se le solicita que indique expresamente el nombre, calidades, la dirección respectiva de los testigos junto con la descripción lacónica de los hechos sobre los que versará su deposición, para efectos de confeccionar las citaciones respectivas.

IX.—Se cita a Ortega Jiménez Fernando Daniel a comparecencia oral y privada de ley, (artículos 309 y 312 de la Ley General de la Administración Pública) se fija para tales efectos el día 15 de marzo del 2018, al ser las ocho horas, en el Departamento de Gestión Disciplinaria, ubicado frente a la entrada de emergencias del Hospital San Juan de Dios, 4to piso del Oficentro Plaza Rofas, San José, oportunidad procedimental en que podrá ejercer su derecho de defensa y se le garantizará el principio constitucional al debido proceso. En esa oportunidad podrá:

1)  Ofrecer (presentar) su prueba, si es que no lo hubiera hecho con antelación o quisiera adicionarla.

2)  Obtener su admisión y trámite cuando sea pertinente y relevante

3)  Interrogar a la contraparte, si la hubiera, preguntar y repreguntar a los testigos y peritos cuando los hubiera.

4)  Aclarar, ampliar o reformar su petición o escrito de defensa inicial

5)  Formular conclusiones de hecho y de derecho en cuanto a la prueba y resultados de la comparecencia. Lo anterior deberá hacerse verbalmente y bajo la sanción de caducidad del derecho para hacerlo si se omite en la comparecencia.

X.—La sede del Órgano Director donde las partes podrán consultar el expediente y presentar su defensa, recusaciones e impugnaciones, será la normal del Departamento de Asuntos Disciplinarios, sito en el Edificio Rofas, frente a la entrada de Emergencias del Hospital San Juan de Dios, 4° Piso, San José.

XI.—Conforme lo estipulan los artículos 245 de la Ley General de la Administración Pública y 18 j) de la Ley Orgánica del Ministerio de Educación Pública, se hace saber que contra esta Resolución proceden los recursos ordinarios, los cuales deben formularse ante esta instancia dentro del término de veinticuatro (24) horas siguientes a la respectiva notificación. El primero será resuelto por este órgano y el segundo por el Órgano Decisor.—Notifíquese.—Lic. Christopher Ross López, Órgano Director.—O. C. N° 3400035728.—Solicitud N° 19695.—( IN2018214242 ).

JUSTICIA Y PAZ

JUNTA ADMINISTRATIVA DEL REGISTRO NACIONAL

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INDUSTRIAL

Documento admitido traslado al titular

PUBLICACIÓN DE SEGUNDA VEZ

Ref: 30/2017/31155.—Allan Cedeño Matarrita, cédula de identidad 1-1037-112.—Documento: Cancelación por falta de uso (Importadora Maduro S.A. presen).—N° y fecha: Anotación/2-112870 de 26/07/2017.—Expediente: 2012-0001665 Registro N° 218823 Felix B Maduro en clase 49 Marca Mixto.—Registro de la Propiedad Industrial, a las 14:55:23 del 31 de Julio de 2017. Conoce este Registro, la solicitud de Cancelación por falta de uso, promovida por María del Pilar López Quirós, en calidad de apoderado especial de IMPORTADORA MADURO S.A., contra el registro del nombre comercial FELIX B. MADURO (diseño), registro N° 218823, inscrito el 25 de mayo de 2012 y vigente la cual protege, Un establecimiento comercial dedicado a la venta de productos de juguetería, ropa para toda la familia, zapatería, accesorios y bisutería como tienda departamental. Ubicado en San José, Sabanilla del parque 300 metros este Condominios Veranda N° 7., propiedad de ALLAN CEDEÑO MATARRITA, cédula de identidad 1-1037-112. Conforme a lo previsto en los artículos 39 de la Ley de Marcas y otros Signos Distintivos, y los artículos 48 y 49 del Reglamento a la Ley de Marcas y Otros Signos Distintivos, Decreto Ejecutivo N° 30233-J; se procede a TRASLADAR la solicitud de Cancelación por falta de uso al titular citado, para que en el plazo de UN MES contados a partir del día hábil siguiente de la presente notificación, proceda a pronunciarse respecto a la misma y demuestre su mejor derecho, aportando al efecto las pruebas que estime convenientes, tomar en cuenta que es el titular del signo a quien le corresponde demostrar con prueba contundente el uso del signo, para lo cual se comunica que el expediente se encuentra a disposición de las partes en este Registro, asimismo en el expediente constan las copias de ley de la acción para el titular del signo. Se les previene a las partes el señalamiento de lugar o medio para recibir notificaciones y se advierte al titular que de no indicarlo, o si el medio escogido imposibilitare la notificación por causas ajenas al despacho, o bien, si el lugar señalado permaneciere cerrado, fuere impreciso, incierto o inexistente, quedará notificado de las resoluciones posteriores con sólo que transcurran VEINTICUATRO HORAS después de dictadas, conforme lo dispone los artículos 11 y 34 de la Ley de Notificaciones, Ley N° 8687. A manera de excepción y en caso de que esta resolución sea notificada mediante publicación en el Diario Oficial La Gaceta, sin que medie apersonamiento del titular al proceso con el respectivo aporte del medio o lugar para recibir notificaciones, se aplicará lo dispuesto en los artículos 239, 241 incisos 2, 3 y 4 y 242 de la Ley General de la Administración Pública. Se le señala al titular del signo, que las pruebas que aporte deben ser presentadas en documento original o copia certificada (haciéndose acompañar la traducción necesaria v la legalización o apostillado correspondiente, según sea el caso), lo anterior conforme al artículo 294 de la Ley General de Administración Pública. Notifíquese.—Tomás Montenegro Montenegro, Asesor Jurídico.—( IN2018213849 ).

REGISTRO DE PERSONAS JURÍDICAS

EDICTO

PUBLICACIÓN DE SEGUNDA VEZ

Se hace saber al señor Carl Enrique Davies Drumond, cédula de identidad 7-0113-0402 en su calidad de interesado en el poder inscrito bajo las citas 2016-828147, y a la licenciada Angioletta Alvarenga Venutolo, cédula de identidad 3-0199-0194, en su calidad de supuesta autorizante del poder inscrito bajo las citas 2016-828147, que a través del Expediente DPJ-079-2017 del Registro de Personas Jurídicas, se está conociendo diligencia administrativa de oficio en contra del poder inscrito bajo las citas 2016-828147. A efecto de proceder como en derecho corresponde, otorgando el debido proceso a los interesados, todo ello, con fundamento en la circular DRPJ 11-2010 del 25 de agosto del año 2010, dictada por la Dirección de este registro, de conformidad con lo estipulado por el artículo 97 del Reglamento del Registro Público, que es Decreto Ejecutivo N° 26771-J de 18 de marzo de 1998 y sus reformas, se ha ordenado apertura oficiosa y consignar advertencia administrativa de manera preventiva en la inscripción registral del citado poder y por este medio se le confiere audiencia por el plazo de quince días hábiles contados a partir del día siguiente al de la tercera publicación del presente edicto, a efecto de que dentro del plazo indicado, presente los alegatos que a su derecho convenga. Publíquese por 3 veces consecutivas en el Diario Oficial La Gaceta.—Curridabat, 22 de diciembre del año 2017.—Lic. Juan Carlos Sánchez García, Asesor Legal.—O. C. Nº OC18-0003.—Solicitud Nº 106287.—( IN2018214173 ).

PUBLICACIÓN DE PRIMERA VEZ

Se hace saber a, Carlos Alberto Durán Bulgarelli en su calidad de apoderado generalísimo de los señores Thien Shui Hung Hung y Yang Chen mandatos registrados a las citas 2017-221932-1-1; y 2017-221932-1-2 respectivamente, que a través del Expediente DPJ-083-2017 del Registro de Personas Jurídicas se ha iniciado diligencia administrativa oficiosa por cuanto: De conformidad con la resolución final de las 13:30 horas del 12 de diciembre de 2017 concerniente al expediente administrativo número DPJ-066-2017 dictada por la Subdirección de este Registro, en concreto, con lo dispuesto en el punto II del “Por Tanto” que señala: “Abrir investigación la investigación oficiosa de estilo”. Así las cosas, este Despacho procede como en derecho corresponde a investigar una eventual inconsistencia en el procedimiento de calificación e inscripción de los poderes generalísimos registrados bajo las citas 2017-221932-1-1; y 2017-221932-1-2, en ocasión de que referidos mandatos fueron otorgados ante notario público nicaragüense y se inscribió en este Registro, sin considerar que Nicaragua no ha ratificado la Convención Interamericana sobre el Régimen Legal de Poderes, conocida como la Convención de Panamá.. Con fundamento en la circular DRPJ 11-2010 del 25 de agosto del año dos mil diez, dictada por la Dirección de este Registro, de conformidad con lo estipulado por el artículo noventa y siete del Reglamento del Registro Público, que es Decreto Ejecutivo Nº veintiséis mil setecientos setenta y uno-J de dieciocho de marzo de mil novecientos noventa y ocho y sus reformas, se ha ordenado consignar advertencia administrativa de manera preventiva en las inscripciones registrales de la citada sociedad y por este medio se le confiere audiencia por el plazo de quince días hábiles contados a partir del día siguiente al de la tercera publicación del presente edicto, a efecto de que dentro del plazo indicado, presente los alegatos que a sus derechos convenga. Publíquese en el Diario Oficial La Gaceta.—Curridabat, 2 de febrero del 2018.—Departamento de Asesoría Legal.—Licdo. Fabián Benavides Acosta, Notario.—O. C. N° OC18-0003.—Solicitud N° 108034.—( IN2018214241 ).

AVISOS

COLEGIO DE PROFESIONALES EN CIENCIAS

ECONOMICAS DE COSTA RICA

PUBLICACIÓN DE TERCERA VEZ

De conformidad con el artículo Nº 241 de la Ley General de la Administración Pública, se procede a notificar por publicación a los siguientes empresa inscritas al Colegio, los cuales no fue posible la notificación en las direcciones que constan en la base de datos del Colegio, el acuerdo Nº 39 de la sesión ordinaria de junta directiva Nº 2693-2017, celebrada el 09 de octubre del 2017, en el cual se acordó desinscribirlas por morosidad en el pago de sus cuotas de colegiatura, según lo establecido en el artículo 35 inciso r) y 50 inciso b) de la Ley Orgánica Nº 7105.

Línea

Carné

Nombre

1

C00362

El camino Asesores S. A.

2

C00280

Manpower Costa Rica S. A.

3

C00020

Interamericana de Desarrollo S. A.

4

C00167

Fundepos

5

C00383

Mercadeo Planificado Mercaplan S. A.

6

C00183

Consultorías en Servicios Tecnológicos

7

C00264

Asociación Costarricense de Gestores

8

C00251

Grupo Libertad Promotores de Capacitación Empresarial S. A.

9

C00369

Power Peolple Consulting S. A.

10

C00368

Risks XY S. R. L.

11

C00186

Alta Gestión Consultores S. A.

12

C00352

Coronado y Pérez AS Consultores S. A.

13

C00378

Cedar S. A.

14

C00272

LMO Consultores Multidisciplinarios

 

Máster José Alberto Carpio Solano, Fiscal.—Máster Katherine Víquez Ledezma, Secretaria.—( IN2018213574 ).

MUNICIPALIDADES

MUNICIPALIDAD DE ALAJUELITA

DEPARTAMENTO DE CEMENTERIO MUNICIPAL

PUBLICACIÓN DE SEGUNDA VEZ

La Municipalidad de Alajuelita informa a todas las personas que se encuentran en la presente lista, y que tienen obligaciones pendientes por más 5 trimestres, en el pago de cuota de mantenimiento de cementerio; que de acuerdo al artículo 26 del Reglamento de Cementerio, el cual indica “Todos arrendatarios de derecho de Cementerio se compromete en el acto mismo de adquisición al pago anual de mantenimiento. La omisión en el pago de un período o que se constituye de cuatro trimestres (un año calendario) dará por cancelado el derecho de arrendamiento”. Por lo anterior se establece un plazo de 15 días naturales a partir de la publicación de este edicto para poner sus obligaciones al día, de lo contrario se procederá a eliminar la posesión del Derecho de Cementerio correspondiente.

Para ver las imágenes, ir a La Gaceta con formato PDF

Alajuelita, 12 de diciembre del 2017.—Luis Orozco Ureña, Administrador.—Licenciada Karen Redondo Bermúdez, Proveedora.—( IN2018213034 ).

FE DE ERRATAS

MUNICIPALIDADES

MUNICIPALIDAD DE PUNTARENAS

Se deja sin efecto la publicación realizada en el Diario Oficial La Gaceta N° 12 del 23 de enero del 2018, en donde se comunica el traslado de la sesión ordinaria del día 02 de enero del 2018 para el sábado 13 de enero del 2018. Lo anterior, por no haber sido publicado de forma oportuna.

Acordado por el Concejo Municipal en la Sesión Ordinaria N°152 celebrada el día 2 de enero del 2018, artículo 5°, inciso A).

Puntarenas, 06 de febrero del 2018.—Lic. Luis Edward Rojas Barrantes, Proveedor Municipal.—1 vez.—( IN2018216304 ).