LA GACETA N° 28 DEL 14 DE FEBRERO DEL 2018
TRIBUNAL SUPREMO DE ELECCIONES
MODIFICACIONES A LOS PROGRAMAS
CAJA COSTARRICENSE DE SEGURO SOCIAL
CONSEJO NACIONAL DE PRODUCCIÓN
INSTITUTO NACIONAL DE APRENDIZAJE
BANCO POPULAR Y DE DESARROLLO COMUNAL
INSTITUTO COSTARRICENSE DE
ACUEDUCTOS Y ALCANTARILLADOS
INSTITUTO TECNOLÓGICO DE COSTA RICA
CAJA COSTARRICENSE DE SEGURO SOCIAL
INSTITUCIONES DESCENTRALIZADAS
BANCO CRÉDITO AGRÍCOLA DE CARTAGO
PATRONATO NACIONAL DE LA INFANCIA
SUPERINTENDENCIA DE TELECOMUNICACIONES
N°
DM-FP-1240-18
EL
PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
Y LA MINISTRA DE SALUD
En uso de las facultades que les confieren
los artículos 140 inciso 20) y 146 de la Constitución Política; 28 de la Ley N°
6227 del 02 de mayo de 1978 “Ley General de la Administración Pública”; 23 de
la Ley N° 5412 del 08 de noviembre de 1973 “Ley Orgánica del Ministerio de
Salud.”
ACUERDAN:
Artículo 1º—Aceptar la renuncia presentada
por el MLA. Ronald Alberto Chinchilla González, cédula de identidad número
1-0676-0023, como miembro de la Junta Directiva del Instituto sobre Alcoholismo
y Farmacodependencia (IAEA), y se le agradece por los servicios prestados.
Artículo
2°—Nombrar como miembro de la Junta Directiva del Instituto sobre Alcoholismo y
Farmacodependencia (IAEA), a la Sra. Ana Argerie Alvarado Ulloa, conocida como
Anargerie Alvarado Ulloa, cédula N° 1-0983-0387, funcionaria del Patronato
Nacional de la Infancia, en sustitución del MLA. Ronald Alberto Chinchilla
González.
Artículo
3°—Rige a partir del 19 de enero del 2018, hasta el 07 de mayo del 2018.
Dado en la Presidencia de la República, San
José, a los diecinueve días del mes de enero de dos mil dieciocho.
Publíquese.—LUIS GUILLERMO SOLÍS RIVERA.—La
Ministra de Salud, Dra. Karen Mayorga Quirós.—1 vez.—O. C. N°
3400035385.—Solicitud N° 18251.—( IN2018214126 ).
N°
AMJP-C-0003-12-2017
EL
PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
Y EL MINISTRO DE JUSTICIA Y PAZ
En uso de las facultades que les confieren
los artículos 140 inciso 2) y 146 de la Constitución Política y el artículo 28,
inciso 2, acápite b, de la Ley General de la Administración Pública y la Ley
Orgánica de la Procuraduría General de la República, Nº 6815 de 27 de setiembre
de 1982.
ACUERDAN:
Artículo 1º—Ascender en propiedad a la Lic.
Amanda Grosser Jiménez, cédula Nº 01-1256-0237 de Profesional de Servicio Civil
3, puesto Nº 350994 a Procuradora A, puesto Nº 372453, ambos, código
presupuestario Nº 214 78100 01 000. Puesto autorizado mediante STAP Nº
2656-2016 de fecha 21 de diciembre del 2016.
Artículo
3º—Rige a partir del 01 de diciembre del 2017.
Dado en la Presidencia de la República, San
José, el día 13 de diciembre del 2017.
LUIS GUILLERMO SOLÍS RIVERA.—El Ministro de Justicia
y Paz a. í.—Marco Feoli Villalobos.—1 vez.—O. C. Nº 3400035920.—Solicitud Nº
13513.—( IN2018214110 ).
COMISIÓN NACIONAL DE PREVENCIÓN DE RIESGOS
Y ATENCIÓN EMERGENCIAS
COMUNICA
Que la Junta Directiva de la Comisión
Nacional de Prevención de Riesgos y Atención de Emergencias, ha aprobado
mediante acuerdo Nº 004-01-2018, tomado en Sesión Extraordinaria Nº 01-01-18,
celebrada el 10 de enero de 2018, el Plan General de la Emergencia: Decreto Nº
40677 “Plan General de la Emergencia ante la situación provocada por la
Tormenta Tropical Nate”, el cual por su volumen, se pone a disposición de los
interesados, mediante publicación en la página WEB de la CNE o se puede acceder
directamente mediante el link:
https://www.cne.go.cr/Documentos/Plan_de_Emergencia_40677.pdf
Julisa María Ulate Arias.—1 vez.—O. C. N° 107506.—Solicitud N° 107506.—( IN2018214345 ).
SERVICIO FITOSANITARIO DEL ESTADO
DEPARTAMENTO
DE AGROQUÍMICOS Y EQUIPOS
EDICTO
PUBLICACIÓN DE PRIMERA VEZ
AE-REG-068/2018.—El señor Juan Garro Acuña,
cédula de identidad: 1-1085-0044, en calidad de representante legal de la
compañía Fedecoop Suminsitros S. A., cuyo domicilio fiscal se encuentra en la
ciudad de La Valencia, Heredia, solicita la inscripción del equipo de
aplicación, tipo: Pulverizador de Mochila Operado con Palanca, marca: Matabi,
modelo: Evolution Doser 20, peso: 3,6 kilogramos y cuyo fabricante es: Goizper
S Coop-España, conforme a lo establece la Ley de Protección Fitosanitaria N°
7664 y el Decreto 27037 MAG-MEIC. Se solicita a terceros con derecho a
oponerse, para que lo hagan ante el Servicio Fitosanitario del Estado dentro
del término de cinco días hábiles, contados a partir de la tercera publicación
de este edicto, en el Diario Oficial La
Gaceta.—San
José, a las 8:20 horas del 24 de enero del 2018.—Ing. Esaú Miranda Vargas,
Jefe.—( IN2018214144 ).
DIRECCIÓN NACIONAL DE PENSIONES
De conformidad con resolución
MTSS-DMT-RM-2308-2017 de las 14:30 horas del día 13 de noviembre del 2017. El
Ministro de Trabajo y Seguridad Social, resuelve: Impartir aprobación final a
la resolución JPIGTA-1495-2017, de la Junta de Pensiones e Indemnizaciones de
Guerra. Se otorga una Pensión de Guerra incoadas por Mata Brenes Aidee, cédula
de identidad N° 3-145-704, a partir del día 01 de mayo del 2017; por la suma de
ciento diecinueve mil novecientos ochenta y cinco colones con ochenta y seis
céntimos (¢119.985,86), mensuales en forma vitalicia, sin perjuicio de los
aumentos que por costo de vida que se hayan decretado a la fecha. Se da así por
agotada la vía administrativa Notifíquese.—Sr. Alfredo Hasbun, Ministro de
Trabajo y Seguridad Social.—Irma Velásquez Yanez, Directora.—1 vez.—(
IN2018216040 ).
JUNTA ADMINISTRATIVA DEL REGISTRO NACIONAL
DIRECTRIZ
D.P.J.-002-2017
De: Dirección Registro de Personas Jurídicas.
Para: Subdirección, Asesoría Jurídica,
Asesoría Técnica, Coordinación General, Coordinaciones, Registradores, Gobierno
Digital, Banco de Costa Rica y Público en General.
Asunto: Cobro de Derechos de Registro para el año
2018.
Fecha: 21 de diciembre de 2017.
A. Derechos de Registro, período 2018.
I.—De conformidad con lo
dispuesto por el inciso d) del artículo 2 de la Ley de Aranceles del Registro
Público, N° 4564 del 29 de abril de 1970 y sus reformas, el monto por concepto
del arancel del registro para los documentos que se tramitan en el Registro Mercantil,
es la décima parte del salario base definido en la Ley N°. 7337, de 5 de mayo
de 1993.
El artículo 2 de la citada Ley
N° 7337, dispone:
La denominación “salario base” contenida en los artículos 209, 212,
216 y 384 del Código Penal, corresponde al monto equivalente al salario base
mensual del “Oficinista 1” que aparece en la relación de puestos de la Ley de
Presupuesto Ordinario de la República, aprobada en el mes de noviembre anterior
a la fecha de consumación del delito.
Dicho
salario base regirá durante todo el año siguiente, aún cuando el salario que se
toma en consideración, para la fijación, sea modificado durante ese período. En
caso de que llegaren a existir, en la misma Ley de Presupuesto, diferentes
salarios para ese mismo cargo, se tomará el de mayor monto para los efectos de este artículo.
La Corte
Suprema de Justicia comunicará, por medio de publicación en el Diario Oficial
La Gaceta, las variaciones anuales que se produzcan en el monto del salario
referido… (Negrita no es del original).
En cumplimiento a lo anterior,
en la sesión N° 113-17, celebrada el 19 de diciembre de 2017, del Consejo
Superior de la Corte Suprema de Justicia, se dispuso mediante el artículo 1,
que a partir del 1° de enero de 2018, el salario base a aplicar para definir
las penas por la comisión de diversas figuras delictivas contenidas en el
Código Penal y la Ley supra citada, es de cuatrocientos treinta y un mil
colones exactos (¢431.000,00).
En razón de lo anteriormente
expuesto, el monto a pagar por concepto de derechos de registro en materia
mercantil para el año 2018, será la suma de cuarenta
y tres mil cien colones (¢43.100,00).
El monto establecido en esta
Directriz se aplicará a aquellos documentos presentados por primera vez al
Diario del Registro y por medio del portal CrearEmpresa, a partir del día 08 de enero de 2018.
Para todos los efectos, la
presente Directriz rige a partir del 01 de enero de 2018.—Luis Gustavo Álvarez
Ramírez.—1 vez.— O.C. N° OC18-0003.—Solicitud N° 106288.—( IN2018214174 ).
REGISTRO DE LA PROPIEDAD INDUSTRIAL
PUBLICACIÓN DE TERCERA VEZ
Para ver marcas con sus respectivas imágenes, ir a La Gaceta con formato PDF
(SE REPRODUCE POR ERROR DE
IMPRENTA)
Ángelo Alejandro Marino, casado una vez,
pasaporte YB0743086 con domicilio en Sabana Sur, avenida 14, calle sesenta,
casa 1, Costa Rica, solicita la inscripción de: AMARTICOS
como marca de comercio en clase: 33.
Internacional. Para proteger y distinguir lo siguiente: vinos. Fecha: 31 de
octubre del 2017. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para
hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados
a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 19 de octubre
del 2017. Solicitud Nº 2017-0010283. A efectos de publicación, téngase en
cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley Nº 7978.—San José, 31 de
octubre del 2017.—Milena Marín Jiménez, Registradora.—( IN2017183280 ).
-*-*-*-*-*-*-*-*-
Víctor Manuel Bujan Delgado, casado una vez, cédula de identidad
102430999 con domicilio en Curridabat, Granadilla Norte, Urbanización
Altamonte, casa 266-A, San José, Costa Rica, solicita la inscripción de: OMCEP
OLIMPIADA MATEMÁTICA COSTARRICENSE PARA LA EDUCACIÓN PRIMARIA
como marca de servicios en clase 41 internacional, para proteger y
distinguir lo siguiente: en clase 41; Competencia de naturaleza deportiva
relacionada a la matemática del segundo ciclo de la educación general. Se cita
a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este
Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera
publicación de este edicto. Presentada el 27 de noviembre del 2017, solicitud
Nº 2017-0010856. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el
artículo 85 de la Ley Nº 7978.—San José, 23 de enero del 2018.—Wendy López
Vindas, Registradora.—( IN2018212065 )
Paola Castro Montealegre, casada,
cédula de identidad 111430953, en calidad de apoderada especial de Laboratorio
Internacional Pharmacorp SBO S. A., con domicilio en Volcán Lascar Poniente
784, Pudahuel, Santiago, Chile, solicita la inscripción de: SCIENTIFIC BODY
ADVANCED NUTRITION
como marca de fábrica y comercio en clase: 5. Internacional. Para
proteger y distinguir lo siguiente: en clase 5: Productos farmacéuticos y
preparaciones para uso médico relacionados con la nutrición; alimentos y
sustancias dietéticas para uso médico; alimentos para bebés; complementos
alimenticios para personas. Se cita a terceros interesados en defender sus
derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses
siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto.
Presentada el 20 de octubre de 2017. Solicitud Nº 2017-0010335. A efectos de
publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley Nº
7978.—San José, 14 de diciembre de 2017.—Katherine Jiménez Tenorio, Registradora.—(
IN2018212252 ).
José Pablo Sánchez Hernández, casado
una vez, cédula de identidad 108950867, en calidad de apoderado especial de
Velcro BVBA con domicilio en Industrielaan 16, Deinze, 9800, Bélgica, solicita
la inscripción de: PRESS-LOK como marca de fábrica en clases 16; 17 y 18
internacionales, para proteger y distinguir lo siguiente: en clase 16; Bolsas
de materias plásticas para embalar, empaquetar y almacenar, bolsas de plástico
para almacenamiento de alimentos, bolsas plásticas para empacar compras, bolsas
plásticas desechables, bolsas de plástico para abarrotes, en clase 17; Plástico
moldeado y extrusionado (productos semimanufacturados) para su utilización en
la fabricación de elementos de fijación que constan de una serie de ganchos de
enclavamiento utilizados en la fabricación de productos industriales, de
consumo y de uso doméstico, y embalaje para los mismos, y en clase 18; Bolsas
de plástico de almacenamiento durante viajes, bolsas de plástico de viaje. Se
cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante
este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la
primera publicación de este edicto. Presentada el 12 de enero del 2018,
solicitud Nº 2018-0000248. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo
dispuesto en el artículo 85 de la Ley Nº 7978.—San José, 23 de enero del
2018.—Ildreth Araya Mesén, Registradora.—( IN2018213004 ).
Roxana Cordero Pereira, cédula de
identidad 101610034, en calidad de apoderado especial de Bear Naked Inc. con domicilio
en P.O. Box 649, Solana Beach Ca. 92075, Estados Unidos de América, solicita la
inscripción de: BEAR NAKED como marca de fábrica y comercio en clases 29 y 30
internacionales, para proteger y distinguir lo siguiente: en clase 29; Frutas y
verduras en conservas, secas, enlatadas, deshidratadas, cocidas y otras
procesadas; mezcla de alimentos secos compuesto principalmente de nueces,
semillas y frutos secos; botanas a base de nuez, barras de merienda a base de
nuez, barras energéticas a base de nuez; barras de merienda a base de nuez y
fruta, botanas a base de nuez y fruta, barras energéticas a base de nuez y
fruta, y en clase 30; Granola; barras de granola; botanas de granola; cereales
a base de granola; cereal procesado; cereal para el desayuno; botanas a base de
cereal, barras de cereal, barras de merienda a base de cereal, barras
energéticas a base de cereal; alimentos a base de cereal procesado para ser
usado como alimento para el desayuno, botanas o ingredientes para hacer otros
alimentos; barras de alimentos derivado del cereal listo para comer; barras de
cereal que contienen frutas o nueces; barras de merienda a base de cereal que
contienen frutas o nueces; botanas y barras de alimentos a base de granos,
barras de merienda a base de granos, barras energéticas a base de granos;
botanas a base de granos procesados, granos procesados; copos de avena; barras
de merienda a base de copos de avena, cereales a base de copos de avena; harina
de avena; botanas de muesli; barras de merienda a base de muesli; alimentos
secos compuestos principalmente de granola, y también incluyendo frutos secos,
chocolate, o nueces procesados; magdalenas; botanas horneadas; pan; galletas;
harina y preparaciones hechas de cereales, pan, pastelería y confitería. Se
cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante
este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la
primera publicación de este edicto. Presentada el 2 de octubre del 2017,
solicitud Nº 2017-0009660. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo
dispuesto en el artículo 85 de la Ley Nº 7978.—San José, 10 de enero del
2018.—Jamie Phillips Guardado, Registrador.—( IN2018213022 ).
Ricardo Alberto Rodríguez Valderrama,
casado, cédula de identidad 113780918, en calidad de apoderado especial de
Qingdao Pitelli International Trade Co., Ltd. con domicilio en room 309, N° 18
Of Calle Shangai, Zona de Libre Comercio, Qingdao, provincia de Shandong,
China, solicita la inscripción de: CARLEO como marca de fábrica en clase 12 internacional, para
proteger y distinguir lo siguiente: en clase 12; Equipos para reparar cámaras
de aire; carcasas de neumáticos; bandas de rodadura para recauchutar
neumáticos; clavos para neumáticos; neumáticos para automóviles; cubiertas de
neumáticos para vehículos; neumáticos sin cámara para bicicletas; cámaras de
aire para neumáticos. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos
para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes,
contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 12 de
enero del 2018, solicitud Nº 2018-0000256. A efectos de publicación, téngase en
cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley Nº 7978.—San José, 23 de enero
del 2018.—Ildreth Araya Mesén, Registradora.—( IN2018213028 ).
Jessica Isabel Arce Sequeira, casada,
cédula de identidad 801040771 con domicilio en Dulce Nombre de Coronado,
urbanización Josué del Bar La Amistad 200 norte, 750, 50 norte, casa N° 28,
Costa Rica, solicita la inscripción de: Teje
Moda Hilando sueños con amor como marca de
comercio en clase 25 internacional, para proteger y distinguir lo siguiente: en
clase 25; Prendas de vestir. Se cita a terceros interesados en defender sus
derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes,
contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 20 de
noviembre del 2017, solicitud Nº 2017-0011368. A efectos de publicación,
téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley Nº 7978.—San José,
29 de noviembre del 2018.—Ildreth Araya Mesén, Registradora.—( IN2018213063 ).
Mario José Grimaldi Santos, casado una
vez, pasaporte 11272684, en calidad de representante legal de Corporación 10
Tecnologías Sociedad Anónima, cédula jurídica 3101735010 con domicilio en Santa
Ana, Centro, Quintas Don Lalo, 500 metros norte de Bikes Store casa a mano
derecha color azul portón negro, al lado del parque, San José, Costa Rica,
solicita la inscripción de: TEQUELUNCH como nombre comercial en clase internacional, para proteger
y distinguir lo siguiente: en clase 49; Un establecimiento comercial y sus
subsidiarias dedicado a la venta de alimentos congelados tales como carne,
pescado, carne de ave y carne de caza, extractos de carne, frutas y verduras,
hortalizas y legumbres en conserva, congeladas, secas y cocidas, jaleas,
confituras, compotas, huevos, leche y productos lácteos, aceites y grasas
comestibles, ubicado en San José, Santa Ana, de Ekono de Santa Ana 200 metros
sur, 25 metros oeste, Condominio Casas del Sol, N 24. Se cita a terceros
interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro,
dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación
de este edicto. Presentada el 25 de octubre del 2017, solicitud Nº
2017-0010482. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el
artículo 85 de la Ley Nº 7978.—San José, 21 de noviembre del 2017.—Milena Marín
Jiménez, Registradora.—( IN2018213119 ).
Mario José Grimaldi Santos, casado una
vez, pasaporte 11272684, en calidad de apoderado especial de Human Consulting
Group Sociedad Anónima, cédula jurídica 3101747500 con domicilio en Santa Ana,
de Ekono de Santa Ana 200 metros sur, 25 metros oeste, Condominio Casas Del
Sol, número 24, San José, Costa Rica, solicita la inscripción de: “GLOWPRO”
como nombre comercial en clase internacional, para proteger y distinguir lo
siguiente: en clase 49; Un establecimiento comercial y sus subsidiarias
dedicado a la publicidad, gestión de negocios comerciales, administración
comercial y trabajos de oficina, ubicado en San José, Santa Ana de Ekono Santa
Ana 200 metros sur, 25 metros oeste, Condominio Casas del Sol, número 24Se cita
a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este
Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera
publicación de este edicto. Presentada el 25 de octubre del 2017, solicitud Nº
2017-0010478. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el
artículo 85 de la Ley Nº 7978.—San José, 6 de noviembre del 2017.—Milena Marín
Jiménez, Registradora.—( IN2018213120 ).
Mario José Grimaldi Santos, casado una
vez, pasaporte 11272684, en calidad de apoderado generalísimo de Human
Consulting Group Sociedad Anónima, cédula jurídica 3101747500 con domicilio en
Santa Ana, de Ekono 200 metros sur, 25 metros oeste, Condominio Casas del Sol,
N° 24, San José, Costa Rica, solicita la inscripción de: HUMAN CONSULTING GROUP
como nombre comercial en clase internacional, para proteger y distinguir lo
siguiente: en clase 49; Un establecimiento comercial y sus subsidiarias
dedicado a la publicidad, gestión de negocios comerciales, administración
comercial y trabajos de oficina. Ubicado en San José, Santa Ana, de Ekono de
Santa Ana doscientos metros sur, veinticinco metros oeste, Condominio Casas del
Sol, número veinticuatro. Se cita a terceros interesados en defender sus
derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses
siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto.
Presentada el 25 de octubre del 2017, solicitud Nº 2017-0010479. A efectos de
publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley Nº
7978.—San José, 21 de noviembre del 2017.—Milena Marín Jiménez, Registradora.—(
IN2018213121 ).
Rebeca Margarita Lazo Romero, cédula de
identidad 603370684, en calidad de apoderado generalísimo de Asociación para la
Promoción de la Pedagogía Waldorf en Costa Rica, cédula jurídica 3002731222,
con domicilio en Goicoechea, Guadalupe, 200 metros sur y 25 metros oeste de la
Municipalidad Guadalupe, San José, Costa Rica, solicita la inscripción de: KATÚ comunidad Educativa Waldorf como marca de servicios en clase 41 internacional, para
proteger y distinguir lo siguiente: 41 Educación, formación, servicios de
entretenimiento, actividades deportivas y culturales. Se cita a terceros
interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro,
dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación
de este edicto. Presentada el 14 de julio del 2017, solicitud Nº 2017-0006856.
A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de
la Ley Nº 7978.—San José, 18 de agosto del 2018.—Wendy López Vindas,
Registradora.—( IN2018213165 ).
Monserrat Alfaro Solano, casada, cédula
de identidad 111490188, en calidad de apoderado especial de Novartis AG., con
domicilio en 4002, Basilea, Suiza, solicita la inscripción de: CIRQILA como marca de
fábrica y comercio en clase 5 internacional, para proteger y distinguir lo
siguiente: en clase 5; Preparaciones farmacéuticas. Se cita a terceros
interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro,
dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación
de este edicto. Presentada el 9 de octubre del 2017, solicitud Nº 2017-0009917.
A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de
la Ley Nº 7978.—San José, 25 de octubre del 2018.—Randall Abarca Aguilar,
Registrador.—( IN2018213185 ).
Monserrat Alfaro Solano, casada, cédula
de identidad 111490188, en calidad de apoderado especial de Novartis AG con
domicilio en 4002, Basilea, Suiza, solicita la inscripción de: RYVERNA como marca de
fábrica y comercio en clase 5 internacional, para proteger y distinguir lo
siguiente: Preparaciones farmacéuticas. Se cita a terceros interesados en
defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos
meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto.
Presentada el 23 de noviembre del 2017, solicitud Nº 2017-0011496. A efectos de
publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley Nº
7978.—San José, 29 de noviembre del 2017.—Ildreth Araya Mesén, Registradora.—(
IN2018213186 ).
Jorge Arturo Jiménez Garita, soltero,
cédula de identidad 105030858, en calidad de apoderado especial de
Distribuidores Agropecuarios Diagro D.A.D S. A., cédula jurídica 3101682544 con
domicilio en Belén La Ribera de Rex Internacional 100 sur, edificio esquinero
amarillo, Heredia, Costa Rica, solicita la inscripción de: EL CARNIVORO
como nombre comercial en clase: Internaciona1. Para proteger y distinguir lo
siguiente: en clase 49: Un establecimiento comercial dedicado a distribución y
venta de carne de pollo, ubicado en Heredia, Belén, La Ribera de Rex Internacional
100 sur, edificio esquinero amarillo. Se cita a terceros interesados en
defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos
meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto.
Presentada el 15 de enero de 2018. Solicitud Nº . 2018-0000263 A efectos de
publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley Nº
7978.—San José, 19 de enero de 2018.—Randall Abarca Aguilar, Registrador.—(
IN2018213237 ).
Monserrat Alfaro Solano, casada, cédula
de identidad 111490188, en calidad de apoderada especial de Novartis AG, con
domicilio en 4002, Basilea, Suiza, solicita la inscripción de: MAYZENT como marca de
fábrica y comercio en clase: 5. Internacional. Para proteger y distinguir lo
siguiente: en clase 5; Preparaciones farmacéuticas. Se cita a terceros
interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro,
dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación
de este edicto. Presentada el 19 de setiembre de 2017. Solicitud Nº
2017-0009179. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el
artículo 85 de la Ley Nº 7978.—San José, 03 de octubre de 2017.—Ildreth Araya
Mesén, Registradora.—( IN2018213274 ).
María Gabriela Bodden Cordero, casada
una vez, cédula de identidad 701180461, en calidad de apoderada especial de The
Coryn Group II, LLC, con domicilio en 7 Campus Boulevard, Nevvtown Square,
Pennsylvania United States 19073, Estados Unidos de América, solicita la
inscripción de: REFLECT como marca de servicios en clase: 43. Internacional. Para
proteger y distinguir lo siguiente: en clase 43: Hoteles resort; servicios de
hotel y restaurante; servicios de reservación de hotel y restaurante;
proporcionando información personalizada sobre hoteles y alojamientos
temporales para viajar, a través de internet y teléfono. Se cita a terceros
interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro,
dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación
de este edicto. Presentada el 08 de enero de 2018. Solicitud Nº 2018-0000011. A
efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la
Ley Nº 7978.—San José, 19 de enero de 2018.—Katherine Jiménez Tenorio,
Registradora.—( IN2018213339 ).
María Gabriela Bodden Cordero, casada,
cédula de identidad 701180461, en calidad de apoderada especial de Howe
Corporation, con domicilio en 1650 North Elston Avenue, Chicago, Illinois
60622, Estados Unidos de América, solicita la inscripción de: HOWEICE como marca de
fábrica y comercio en clase: 11. Internacional. Para proteger y distinguir lo
siguiente: en clase 11: Máquinas para fabricar hielo, partes y accesorios para
el mismo, a saber, sistemas de filtración de agua, alimentadores de sal,
válvulas y paneles de control, recipientes de almacenamiento de hielo y
accesorios para los mismos, a saber, contenedores y carretas, y unidades de
condensación de máquinas de fabricación de hielo. Se cita a terceros
interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro,
dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación
de este edicto. Presentada el 08 de enero de 2018. Solicitud Nº 2018-0000010. A
efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la
Ley Nº 7978.—San José, 19 de enero de 2018.—Katherine Jiménez Tenorio,
Registradora.—( IN2018213340 ).
Aarón Montero Sequeira, casado una vez,
cédula de identidad 109080006, en calidad de apoderado especial de Orange Brand
Services Limited, con domicilio en 3 More London Rivers1de, London SE1 2AQ
Reino Unido, solicita la inscripción de: ORANGE
ALLIANCE como marca de servicios en clases: 35;
38; 41 y 42. Internacionales. Para proteger y distinguir lo siguiente: en clase
35: publicidad; mercadeo; promoción de negocios; administración de Empresas;
administración de Negocios; organización y gestión de programas de incentivos y
fidelización de empresas; servicios de información comercial; servicios de
consultoría relacionados con la gestión de centros de llamadas telefónicas;
servicios de adquisiciones para terceros; servicios de consultoría relacionados
con la adquisición de bienes y servicios; adquisición de contratos para la
compra y venta de bienes y servicios para terceros; servicios de outsourcing
(asistencia de negocios); servicios de consultoría empresarial relacionados con
la planificación y recuperación de desastres; mentoría de negocios; servicios
de incubación de empresas; servicios de consultoría y asesoramiento empresarial
relacionados con la gestión empresarial, el desarrollo de negocios y el
desarrollo de productos; procesamiento administrativo y organización de
servicios de venta por correo; organización de presentaciones de negocios;
servicios de investigación y encuestas empresariales; servicios de pronóstico
de negocios; estudios y estudios de mercado en el ámbito de la protección del
medio ambiente, las nuevas energías, la preservación de la riqueza natural y el
desarrollo sostenible; prestación de servicios comerciales, de oficina y de
secretaría; noticias y recortes de actualidad y servicios de información;
investigación de mercado; análisis de mercado; recogida y análisis de datos de
investigación de mercado; estudios de mercado y estudios de mercado;
organización y dirección de exposiciones con fines comerciales; productos
electrónicos y eléctricos piezas y accesorios para los productos antes
mencionados, tarjetas de datos, dispositivos y equipos de seguridad, prendas de
vestir, calzado, artículos de sombrerería, accesorios de moda, artículos de
vestir, textiles, artículos de ropa de casa, equipaje y bolsas; variedad de
materiales impresos y artículos de papelería, juguetes, juegos y equipo
deportivo, joyería, instrumentos de relojería, productos eléctricos ligeros y
utensilios para el hogar, muebles y mobiliario; subastas proporcionadas en
Internet; servicios de administración de empresas para el procesamiento de
ventas realizadas en Internet; servicios de publicidad para la promoción del
comercio electrónico; suministro de información comercial y promocional y
asesoramiento sobre el suministro y la promoción de productos básicos y la
selección y exhibición de productos; prestación de información y asesoramiento
comercial y profesional a los posibles compradores de productos y mercancías;
recopilación y transcripción de datos; compilación de anuncios para uso como
páginas web en Internet; producción de películas publicitarias; compilación de
directorios para publicación en Internet; provisión de espacio en sitios web
para la publicidad de bienes y servicios; servicios de gestión de bases de
datos; servicios de procesamiento de datos; servicios de tele-mercadeo;
servicios de respuesta telefónica y de gestión de mensajes; gestión de centros
de llamadas telefónicas para terceros; gestión de centros de monitoreo remoto
para terceros; gestión de datos y servicios electrónicos de inventario;
servicios de verificación y autenticación de procesamiento de datos en el
ámbito del transporte, facturación de líneas aéreas, reserva de viajes, billetes
de viaje y billetes de eventos deportivos y culturales; servicios de
verificación de billetes, cupones, bonos, descuentos, programas de
fidelización, tarjetas de regalo y certificados de regalo; administración de
programas de fidelización que impliquen descuentos o incentivos; servicios de
asesoramiento, información y consultoría relacionados con todo lo anterior., en
clase 38; Servicios de telecomunicaciones; servicios de comunicaciones;
teléfono, telefonía móvil, facsímil, télex, recolección y transmisión de
mensajes, radionavegación, desvío de llamadas, contestador automático,
consultas de directorio y servicios de correo electrónico; transmisión, entrega
y recepción de sonido, datos, imágenes, música e información; servicios de
entrega de mensajes electrónicos; servicios de información en línea
relacionados con las telecomunicaciones; servicios de intercambio de datos;
transferencia de datos por telecomunicaciones; transmisión de archivos
digitales; servicios de comunicaciones por satélite; servicios de
radiodifusión; radiodifusión o transmisión de programas de radio o televisión,
películas y juegos interactivos; servicios de videotexto, teletexto y
visualización de datos; transmisión, transmisión y entrega de contenidos
multimedia y juegos electrónicos a través de redes de comunicaciones
electrónicas; servicios de mensajería de vídeo; servicios de videoconferencia;
servicios de videotelefonía; telecomunicaciones de información (incluidas
páginas web), programas informáticos y cualquier otro dato; alquiler de tiempo
de acceso a un servidor de base de datos; suministro de conexiones de
telecomunicaciones para líneas telefónicas directas y centros de llamadas;
servicios de comunicación telefónica para líneas directas y centros de
llamadas; proporcionar acceso de usuario a Internet; proporcionar conexiones de
telecomunicaciones o enlaces a Internet o bases de datos; proporcionar acceso
de los usuarios a Internet (proveedores de servicios); suministro y
funcionamiento de conferencias electrónicas, grupos de discusión y salas de
chat; proporcionar acceso a sitios web de música digital en Internet;
proporcionar acceso a sitios web MP3 en Internet; entrega de música digital por
telecomunicaciones; proporcionar acceso a infraestructuras y redes de
telecomunicaciones para otros operadores y terceros; alquiler de
infraestructuras y redes de telecomunicaciones a otros operadores y terceros;
servicios de acceso a las telecomunicaciones; transmisión asistida por
ordenador de mensajes e imágenes; comunicación por computadora; transmisión y
distribución de datos o de imágenes audiovisuales a través de una red
informática mundial o de Internet; facilitar el acceso a Internet de forma
temporal a terceros; transmisión electrónica de datos de pago electrónico a
través de una red informática mundial; servicios de agencia de noticias;
transmisión de noticias e información de actualidad; alquiler, alquiler o
arrendamiento de aparatos, instrumentos, instalaciones o componentes destinados
a la prestación de los servicios antes mencionados; acceso a una red
electrónica en línea para la recuperación de la información; arrendamiento de
tiempo de acceso a una base de datos informática; arrendamiento de tiempo de
acceso a boletines informativos y tableros de mensajes ya redes informáticas; servicios
de proveedores de servicios de Internet (ISP); servicios de asesoramiento,
información y consultoría relacionados con todo lo anterior., en clase 41:
Servicios de educación y formación; servicios de entretenimiento; actividades
deportivas y culturales; información relativa a la educación, el
entretenimiento, los acontecimientos deportivos y culturales proporcionados en
línea desde una base de datos informática o por Internet o proporcionados por
otros medios; servicios de juegos electrónicos prestados a partir de una base
de datos informática o por medio de Internet; servicios de alquiler de vídeo,
audio y juegos de ordenador; servicios de entretenimiento de radio y
televisión; edición y producción de música, películas (excepto películas
publicitarias), programas de radio y televisión y de programas de ventas por
televisión y web shopping; organización de juegos y competiciones; suministro
de publicaciones electrónicas en línea; provisión de programas para videojuegos
de consumo y aparatos de juegos portátiles a través de comunicación inalámbrica
(no descargable); publicación electrónica de libros y revistas en línea;
provisión de entretenimiento de cine, televisión y música por medio de un sitio
web interactivo; publicación de textos en formato electrónico o de otro tipo;
servicios de edición y producción de soportes sonoros y/o visuales; servicios
de exposición; organización, producción y presentación de conciertos de música,
actuaciones musicales, teatrales y de video, festivales, giras y otros espectáculos
musicales y culturales, eventos y actividades; organización, gestión o
organización de eventos de videojuegos; servicios de edición post-producción en
el ámbito de la música, vídeos y películas; servicios de programación de
noticias para transmisión a través de Internet; organización y dirección de
conferencias, seminarios, simposios, tutorías, talleres, cursos, convenciones y
exposiciones; cursos interactivos a distancia, cursos y sesiones de formación
ofrecidos en línea a través de un enlace de telecomunicaciones o de una red
informática o proporcionados por otros medios; servicios de traducción;
servicios de galería de arte prestados en línea través de un enlace de
telecomunicaciones; servicios de juegos; servicios de clubes; servicios de reserva
y reserva de entradas para espectáculos, eventos deportivos y culturales;
servicios de biblioteca electrónica para el suministro de información
electrónica (incluida la información de archivo) en forma de textos
electrónicos, información y datos de audio y / o video, juegos y diversiones;
suministro y funcionamiento de conferencias electrónicas; suministro de música
digital (no descargable) de Internet; proporcionar fotografías, imágenes,
gráficos, sonido, películas, vídeos y programas audiovisuales (no descargables)
en línea o desde bases de datos informáticas o en Internet o en sitios web de
Internet; servicios de fotografía; mentoría de negocios; prestación de
información y asesoramiento en relación con todos los servicios antes
mencionados. y en clase 42: Servicios científicos y tecnológicos e
investigación y diseño relacionados con los mismos; servicios de laboratorio de
investigación; gestión de proyectos de investigación, diseño y desarrollo;
investigación, diseño y desarrollo de productos; investigación técnica;
servicios de investigación, diseño y desarrollo relacionados con ordenadores,
programas informáticos, sistemas informáticos, soluciones de aplicación de
software informático, juegos de ordenador, software de realidad virtual,
sistemas de tratamiento de datos, gestión de datos, sistemas informáticos de
tratamiento de la información, servicios de comunicaciones, soluciones de
comunicaciones, aplicaciones de comunicaciones, comunicaciones sistemas e
interfaces de red y prestación de servicios de consultoría técnica, información
y asesoramiento relacionados con los mencionados; diseño y desarrollo de
software operativo para redes y servidores de ordenadores; diseño y desarrollo
de software operativo para redes de computación en nube; diseño técnico y
planificación de redes de telecomunicaciones; diseño y desarrollo de programas
de seguridad en Internet; diseño y desarrollo de sistemas electrónicos de
seguridad de datos; pruebas técnicas; pruebas industriales; preparación de
informes y estudios técnicos; servicios informáticos; servicios de computación
en nube; actualización y diseño de equipos informáticos; mantenimiento,
actualización y diseño de firmware informático, programas informáticos y
programas informáticos; servicios de programación informática; preparación y
suministro de información en relación con los ordenadores y las instalaciones
de las redes informáticas; asesoramiento técnico y servicios de consulta en el
ámbito de las tecnologías de la información y las telecomunicaciones; consultoría
en el ámbito de las redes y servicios de computación en la nube; consultoría
técnica relacionada con la aplicación y utilización de programas informáticos;
servicios de consultoría e información en el ámbito de la integración de
sistemas informáticos, tecnología de la información, arquitectura e
infraestructura de tecnología de la información; consultoría en seguridad
informática; diseño y desarrollo de sistemas informáticos y de sistemas y
equipos de telecomunicaciones; servicios de gestión informática; servicios de
apoyo operativo para redes informáticas, redes de telecomunicaciones y redes de
transmisión de datos; servicios informáticos en línea; servicios de
programación prestados en línea; programación de programas de seguridad en
Internet; alquiler de computadoras; diseño, dibujo y escritura por encargo,
todo ello para la compilación de páginas web en Internet; servicios de creación
de imágenes virtuales e interactivos; creación, operación y mantenimiento de
bases de datos, intranets y sitios web; creación, mantenimiento y alojamiento
de sitios web de terceros; alojamiento de bases de datos, blogs en línea,
portales web; alojamiento de plataformas en Internet; alojamiento de
aplicaciones informáticas para terceros; alojamiento de espacio de memoria en
Internet alojamiento y alquiler de espacio de memoria para sitios web;
alojamiento de plataformas de comercio electrónico en Internet; alojamiento de
aplicaciones multimedia e interactivas; alojamiento de software para su uso en
la gestión de bibliotecas; alojamiento de instalaciones en línea para la
realización de debates interactivos; alojamiento de servicios en línea para
terceros; alojamiento de datos, archivos, aplicaciones e información
informatizados; alojamiento de servidores; instalación y mantenimiento de
programas informáticos; provisión de uso temporal de aplicaciones en línea,
herramientas de software y software operativo en línea no descargable para
redes y servidores de computadoras; alquiler de software operativo para acceder
y utilizar una red de computación en nube; alquiler de software operativo para
redes y servidores informáticos; alquiler de servidores web; alquiler de
software para juegos de ordenador; proporcionar el uso temporal de software
operativo no descargable en línea para acceder y utilizar una red de
computación en nube; proporcionar el uso temporal de programas de seguridad de
Internet alquiler de espacio de memoria en servidores para alojar tableros de
anuncios electrónicos; creación, explotación y mantenimiento de sitios web,
páginas web y portales para el registro de texto, imágenes y música, ya sea a
través de ordenadores o teléfonos móviles; prestación de servicios de
información y asesoramiento en línea en los servicios antes mencionados a
partir de una base de datos informática a través de Internet; monitoreo de
sistemas informáticos por acceso remoto; servicios de seguridad informática
para la protección contra el acceso ilegal a la red; gestión de proyectos de
TI; configuración de redes informáticas utilizando software; servicios de
integración de sistemas informáticos; gestión de proyectos informáticos en el
ámbito del tratamiento electrónico de datos (EDP); administración de
servidores; predicción del tiempo; servicios de información meteorológica;
servicios de diseño de interiores; servicios de almacenamiento de datos; operar
y proporcionar motores de búsqueda; servicios de información y asesoramiento
relacionados con todos los servicios antes mencionados. Se cita a terceros
interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro,
dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación
de este edicto. Presentada el 10 de octubre de 2017. Solicitud Nº 2017-0009994.
A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de
la Ley Nº 7978.—San José, 17 de enero de 2018.—Ivonne Mora Ortega,
Registradora.—( IN2018213342 ).
Aarón Montero Sequeira, casado una vez,
cédula de identidad 109080006, en calidad de apoderado especial de The Gillete
Company LLC con domicilio en One Gillette Park Boston Massachusetts 02127,
Estados Unidos de América, solicita la inscripción de: START como marca de
fábrica y comercio en clase: 8. Internacional. Para proteger y distinguir lo
siguiente: Maquinillas de afeitar y cuchillas de afeitar; dispensadores,
casettes, soportes y cartuchos, todos específicamente diseñados para y
conteniendo hojas de afeitar; partes y piezas para todos los productos antes
mencionados. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para
hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados
a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 10 de
noviembre de 2017. Solicitud Nº 2017-0011085. A efectos de publicación, téngase
en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley Nº 7978.—San José, 21 de
diciembre de 2017.—Alex Villegas Méndez, Registrador.—( IN2018213343 ).
Aarón Montero Sequeira, casado una vez,
cédula de identidad 109080006, en calidad de apoderado especial de Capital
Grille Holdings, Inc, con domicilio en 1000 Darden Center Drive Orlando, Fl
32837, Estados Unidos de América, solicita la inscripción de: THE CAPITAL GRILLE
como marca de servicios en clase: 43. Internacional. Para proteger y distinguir
lo siguiente: en clase 43: Servicios para proporcionar comida y bebida; reserva
y alquiler de alojamiento temporal; servicios de restaurante; oficinas de
alojamiento [hoteles, pensiones] alquiler de aparatos de cocina; alquiler de
salas de reuniones; alquiler de sillas, mesas, mantelería, cristalería;
servicios de bar, barras de merienda; cafés; cafeterías; servicios de
campamento de vacaciones [alojamiento]; hogares turísticos; abastecimiento de
comida y bebida; comedores; proporcionando instalaciones para acampar;
guarderías infantiles [créches]; hoteles; moteles; reservas de alojamiento
temporal; alojamiento de animales; casas de retiro; restaurantes de
autoservicio, servicios de asistencia, información y consultoría relacionados
con todos los servicios mencionados. Se cita a terceros interesados en defender
sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses
siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto.
Presentada el 13 de diciembre de 2017. Solicitud Nº 2017-0012109. A efectos de
publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley Nº
7978.—San José, 10 de enero de 2018.—Katherine Jiménez Tenorio, Registradora.—(
IN2018213344 ).
Aarón Montero Sequeira, casado una vez,
cédula de identidad 109080006, en calidad de apoderado especial de Acino Pharma
AG, con domicilio en Birsweg 2, 4253 Liesberg, Suiza, solicita la inscripción
de: Zalervo como marca de fábrica y comercio en clase: 5.
Internacional. Para proteger y distinguir lo siguiente: en clase 5:
Preparaciones farmacéuticas. Se cita a terceros interesados en defender sus
derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses
siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada
el 11 de diciembre de 2017. Solicitud Nº 2017-0012006. A efectos de
publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley Nº
7978.—San José, 19 de diciembre de 2017.—César Alfonso Rojas Zúñiga,
Registrador.—( IN2018213345 ).
Aarón Montero Sequeira, casado una vez,
cédula de identidad 109080006, en calidad de apoderado especial de Acino Pharma
AG con domicilio en Birsweg 2, 4253 Liesberg, Suiza, solicita la inscripción
de: Empani como marca de fábrica y comercio en clase: 5. Internacional.
Para proteger y distinguir lo siguiente: en clase 5: Preparaciones
farmacéuticas. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para
hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados
a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 7 de diciembre
de 2017. Solicitud Nº 2017-0011930. A efectos de publicación, téngase en cuenta
lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley Nº 7978.—San José, 14 de diciembre de
2017.—Milena Marín Jiménez, Registradora.—( IN2018213346 ).
Arnoldo Bonilla Quesada, casado, cédula
de identidad 107580660, en calidad de apoderado especial de Koruma Lenex
Seguridad Sociedad Anónima, cédula de identidad 3101249767, con domicilio en
Belén, San Antonio, 200 metro norte del Banco Crédito Agrícola de Cartago,
Heredia, Costa Rica, solicita la inscripción de: GLOCK
como marca de servicios en clase: 41.
Internacional. Para proteger y distinguir lo siguiente: en clase 41: Servicios
de educación, formación, capacitación y entretenimiento en temas de defensa
personal y seguridad, uso de armas de fuego a nivel policial y civil. Se cita a
terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este
Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera
publicación de este edicto. Presentada el 23 de octubre de 2017. Solicitud Nº
2017-0010394. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el
artículo 85 de la Ley Nº 7978.—San José, 31 de octubre de 2017.—Milena Marín
Jiménez, Registradora.—( IN2018213400 ).
Arnaldo Bonilla Quesada, casado una
vez, cédula de identidad Nº 107580660, en calidad de apoderado especial de
Koruma Lenex Seguridad Sociedad Anónima, cédula jurídica Nº 3101249767, con
domicilio en Belén, San Antonio, 200 metros norte del Banco Crédito Agrícola de
Cartago, Heredia, Costa Rica, solicita la inscripción de: GLOCK como marca de
fábrica y comercio, en clase: 13 internacional. Para proteger y distinguir lo
siguiente, en clase 13: Armas de fuego, municiones y proyectiles. Fecha: 31 de
octubre del 2017. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para
hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados
a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 23 de octubre
del 2017. Solicitud Nº 2017-0010395. A efectos de publicación, téngase en
cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley Nº 7978.—San José, 31 de
octubre del 2017.—Milena Marín Jiménez, Registradora.—( IN2018213401 ).
Arnoldo Bonilla Quesada, casado en
primeras nupcias, cédula de identidad Nº 107580660, en calidad de apoderado
especial de Koruma Lenex Seguridad S. A., cédula jurídica Nº 3101249767, con
domicilio en Belén, San Antonio, 200 metros norte del Banco Crédito Agrícola de
Cartago, Heredia, Costa Rica, solicita la inscripción de: GLOCK como nombre
comercial, en clase(s): internacional(es). Para proteger y distinguir lo
siguiente, en clase 49: un establecimiento comercial dedicado a la venta de
equipos de seguridad, defensa personal, armas de fuego, prendas de vestir, así
como centro de entretenimiento y capacitación en temas de defensa y seguridad.
Ubicado: en San José, Sabana Norte, de Pop’s 425 metros oeste. Fecha: 31 de
octubre del 2017. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para
hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados
a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 23 de octubre
del 2017. Solicitud Nº 2017-0010396. A efectos de publicación, téngase en
cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley Nº 7978.—San José, 31 de
octubre del 2017.—Milena Marín Jiménez, Registradora.—( IN2018213402 ).
Arnaldo Bonilla Quesada, casado una
vez, cédula de identidad Nº 107580660, en calidad de apoderado especial de
Koruma Lenex Seguridad Sociedad Anónima, cédula jurídica Nº 3101249767, con
domicilio en Belén, San Antonio, 200 metros norte del Banco Crédito Agrícola de
Cartago, Heredia, Costa Rica, solicita la inscripción de: GLOCK como marca de
servicios, en clase: 35 internacional. Para proteger y distinguir lo siguiente,
en clase 35: servicios de venta al por mayor y al por menor de armas de fuego,
municiones y proyectiles. Servicios de publicidad, mercadeo y ventas, por medio
de canales tradicionales, así como medios electrónicos, Internet, sitios web, programas
de televenta y redes sociales. Fecha: 23 de noviembre del 2017. Se cita a
terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este
Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera
publicación de este edicto. Presentada el 17 de noviembre del 2017. Solicitud
Nº 2017-0010393. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el
artículo 85 de la Ley Nº 7978.—San José, 23 de noviembre del 2017.—Milena Marín
Jiménez, Registradora.—( IN2018213403 ).
Esteban Carranza Kooper, cédula de
identidad Nº 1-1101-0504, en calidad de apoderado especial de Compañía Química
Industrial S. A. C.V., cédula jurídica Nº 0614-100682-001-4, con domicilio en
Ciudad Delgado San Salvador, Km 9½ Carretera Troncal del Norte, El Salvador,
solicita la inscripción de: COQUINSA
COMPAÑÍA QUÍMICA INDUSTRIAL como nombre
comercial, en clase(s): internacional(es). Para proteger y distinguir lo
siguiente, en clase 49: Un establecimiento comercial dedicado a la fabricación,
venta y distribución, importación y exportación de materias primas, productos
intermedios y de acabados, tales como cosméticos, solventes, detergente,
pinturas, lacas, blanqueadores, desinfectantes, suavizantes, insecticidas,
aerosoles, y en general productos para el tratamiento de la limpieza y
productos relacionados con la industria química. Fecha: 23 de enero del 2018.
Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer
ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la
primera publicación de este edicto. Presentada el 11 de enero del 2018.
Solicitud Nº 2018-0000175. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo
dispuesto en el artículo 85 de la Ley Nº 7978.—San José, 23 de enero del
2018.—Katherine Jiménez Tenorio, Registradora.—( IN2018213561 ).
Emilio Baharet Shields, casado una vez,
cédula de identidad Nº 8-0070-0048, en calidad de apoderado generalísimo sin
límite de suma de Pague Menos Servicio Express S. A., cédula jurídica Nº
3101322408, con domicilio en La Uruca, frente a la Gasolinera Shell, Edificio
Pierre Balmain, San José, Costa Rica, solicita la inscripción de: WHOLE FOODS PAGUE MENOS (ALIMENTOS INTEGRALES PAGUE
MENOS) como marca de comercio, en clase: 30
internacional. Para proteger y distinguir lo siguiente: productos enlatados,
galletas, dulces y confitería, productos no perecederos. Fecha: 19 de enero del
2018. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos
valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir
de la primera publicación de este edicto. Presentada el 14 de diciembre del
2016. Solicitud Nº 2016-0012223. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo
dispuesto en el artículo 85 de la Ley Nº 7978.—San José, 19 de enero del
2018.—Sabrina Loáiciga Pérez, Registradora.—( IN2018213676 ).
Laura Castro Coto, casada una vez,
cédula de identidad Nº 900250731, en calidad de apoderada generalísima de
Laboratorios Barly S. A., cédula jurídica Nº 3-101-008646, con domicilio en
Barrio Francisco Peralta, 100 metros sur, 100 metros este y 50 metros sur de la
Casa Italia, casa Nº 1054, Costa Rica, solicita la inscripción de: Astefin Relax
como marca de fábrica, en clase: 5 internacional. Para proteger y distinguir lo
siguiente, en clase 5: productos farmacéuticos, veterinarios e higiénicos;
productos dietéticos para niños y enfermos; emplastos, material para vendajes;
materiales para empastar dientes y para improntas dentales; desinfectantes;
preparaciones para destruir las malas hierbas y animales dañinos. Se cita a
terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este
Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera
publicación de este edicto. Presentada el 19 de diciembre del 2017. Solicitud
Nº 2017-0012247. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el
artículo 85 de la Ley Nº 7978.—San José, 09 de enero del 2018.—Rina Ruiz Mata,
Registradora.—( IN2018213832 ).
Harry Zurcher Blen, casado, cédula de
identidad Nº 104151184, en calidad de apoderado especial de The Clorox
International Company, con domicilio en 1221 Broadway, Oakland, California
94612, Estados Unidos de América, solicita la inscripción de: FORMULA 409
como marca de fábrica y comercio, en clase: 3 internacional. Para proteger y
distinguir lo siguiente, en clase 3: Preparaciones para blanquear y otras
sustancias para lavar la ropa; preparaciones para limpiar, pulir, desengrasar y
raspar; jabones no medicinales; productos de perfumería, aceites esenciales,
cosméticos no medicinales, lociones capilares no medicinales; dentífricos no
medicinales. Fecha: 10 de enero del 2018. Se cita a terceros interesados en
defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos
meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto.
Presentada el 21 de diciembre del 2017. Solicitud Nº 2017-0012411. A efectos de
publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley Nº
7978.—San José, 10 de enero del 2018.—Wendy López Vindas, Registradora.—(
IN2018213856 ).
Édgar Zurcher Gurdian, cédula de
identidad Nº 105320390, en calidad de apoderado especial de Takeda Vaccines
Inc., con domicilio en One Takeda Parkway, Deerfield, IL 60015, Estados Unidos
de América, solicita la inscripción de: TEMGUE como marca de fábrica y comercio, en clase: 5
internacional. Para proteger y distinguir lo siguiente, en clase 5: vacunas
para uso humano, a saber, vacunas contra el dengue. Se cita a terceros
interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro,
dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación
de este edicto. Presentada el 18 de junio del 2015. Solicitud Nº 2015-0005813.
A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de
la Ley Nº 7978.—San José, 10 de enero del 2018.—Milena Marín Jiménez,
Registradora.—( IN2018213857 ).
María del Pilar López Quirós,
divorciada, cédula de identidad Nº 110660601, en calidad de apoderada especial
de M. Arthur Gensler JR.& Associates Inc., con domicilio en Two Harrison
Street, Suite 400, San Francisco, California 94105, Estados Unidos de América,
solicita la inscripción de: GCRIT como marca de fábrica y comercio, en clase: 9
internacional. Para proteger y distinguir lo siguiente: Software descargable de
aplicaciones informáticas para dispositivos móviles y plataformas web para
mensajes de texto y comentarios de audio, anotaciones, marcas y bocetos sobre
fotos, imágenes, gráficos y bocetos que se pueden guardar y transmitir. Fecha:
18 de enero del 2018. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos
para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes,
contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 11 de
enero del 2018. Solicitud Nº 2018-0000190. A efectos de publicación, téngase en
cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley Nº 7978.—San José, 18 de enero
del 2018.—Alex Villegas Méndez, Registrador.—( IN2018213860 ).
María Carpintero Mora, casada, cédula
de identidad Nº 111180272, en calidad de apoderada especial de TDL Señales y
Marcas S. A., cédula jurídica Nº 3101238836, con domicilio en Ulba, La
Valencia, 200 norte de Autos Xiri, Heredia, Costa Rica, solicita la inscripción
de: Milf
como nombre comercial, en clase(s): internacional(es). Para proteger y
distinguir lo siguiente, en clase 49: Un establecimiento comercial dedicado a
bar. Ubicado: en Escazú, San Rafael, detrás del Centro Comercial Plaza
Colonial. Fecha: 26 de enero del 2018. Se cita a terceros interesados en
defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos
meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto.
Presentada el 18 de enero del 2018. Solicitud Nº 2018-0000375. A efectos de
publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley Nº
7978.—San José, 26 de enero del 2018.—Johnny Rodríguez Garita, Registrador.—(
IN2018213908 ).
Fabiola Sáenz Quesada, divorciada,
cédula de identidad Nº 109530774, en calidad de apoderada especial de Kraft
Foods Group Brands LLC, con domicilio en 200 E. Randolph St., Chicago, IL
60601, Estados Unidos de América, solicita la inscripción de: PUNCHERS como marca de
fábrica y comercio, en clase: 32 internacional. Para proteger y distinguir lo
siguiente, en clase 32: cervezas; aguas minerales y otras bebidas sin alcohol;
bebidas a base de frutas y zumos de frutas; siropes y otras preparaciones para
elaborar bebidas. Fecha: 15 de noviembre del 2017. Se cita a terceros
interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro,
dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación
de este edicto. Presentada el 08 de noviembre del 2017. Solicitud Nº
2017-0010978. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el
artículo 85 de la Ley Nº 7978.—San José, 15 de noviembre del 2017.—Cesar
Alfonso Rojas Zúñiga, Registrador.—( IN2018214079 ).
José Antonio Gamboa Vázquez, casado,
cédula de identidad Nº 104610803, en calidad de apoderado especial de Wal-Mart
Stores Inc., con domicilio en 702 Southwest 8Th Street, Bentonville, Arkansas
72716-0520, Estados Unidos de América, solicita la inscripción de: WONDER NATION
como marca de fábrica y comercio, en clases: 16; 18; 24; 25; 26 y 28
internacional. Para proteger y distinguir lo siguiente, en clase 16: Papel,
cartón y artículos de estas materias no comprendidos en otras clases; productos
de imprenta; material de encuadernación; fotografías; artículos de papelería;
adhesivos (pegamentos) de papelería o para uso doméstico; material para artistas;
pinceles; máquinas de escribir y artículos de oficina (excepto muebles);
material de instrucción o material didáctico (excepto aparatos); materias
plásticas para embalar (no comprendidas en otras clases); caracteres de
imprenta; clichés de imprenta; objetos de arte grabados y objetos de arte
litografiados. Clase 18: Cuero y cuero de imitación, productos de estas
materias no comprendidos en otras clases; pieles de animales; baúles y maletas;
paraguas y sombrillas; bastones; fustas y artículos de guarnicionería; fajas de
cuero. Clase 24: Tejidos y productos textiles no comprendidos en otras clases;
ropa de cama; ropa de mesa; ropa de cama decorada y ropa de baño decorada.
Clase 25: Prendas de vestir, calzado, artículos de sombrerería; ropa para
niños; zapatos; accesorios como lo son; cinturones, sombreros de clima frío,
guantes, bufandas, sombreros de moda, bufandas de moda. Clase 26: Encajes y
bordados, cintas y cordones; botones, ganchos y ojetes, alfileres y agujas;
flores artificiales; accesorios para el cabello. Clase 28: Juegos y juguetes;
artículos de gimnasia y deporte no comprendidos en otras clases; adornos para
árboles de navidad; juguetes y juguetes artesanales. Fecha: 12 de diciembre del
2017. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos
valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir
de la primera publicación de este edicto. Presentada el 04 de diciembre del
2017. Solicitud Nº 2017-0011753. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo
dispuesto en el artículo 85 de la Ley Nº 7978.—San José, 12 de diciembre del
2017.—Johnny Rodríguez Garita, Registrador.—( IN2018214138 ).
José Antonio Gamboa Vázquez, casado,
cédula de identidad Nº 105440035, en calidad de apoderado especial de Wal-Mart
Stores Inc., con domicilio en 702 Southwest 8th Street, Bentonville, Arkansas
72716-0520, Estados Unidos de América, solicita la inscripción de: PEN+GEAR como marca de
comercio, en clases: 6; 8; 9; 16; 20; 21; 22 y 26 internacional. Para proteger
y distinguir lo siguiente, en clase 6: Metales comunes y sus aleaciones;
materiales de construcción metálicos; construcciones transportables metálicas;
materiales metálicos para vías férreas; cables e hilos metálicos no eléctricos;
artículos de cerrajería y ferretería metálicos; tubos y tuberías metálicos;
cajas de caudales; productos metálicos no comprendidos en otras clases;
minerales metalíferos, cajas fuertes de metal; llaveros metálicos. Clase 8:
Herramientas e instrumentos de mano accionados manualmente; artículos de
cuchillería, tenedores y cucharas; armas blancas; navajas y maquinillas de
afeitar y tijeras. Clase 9: Aparatos e instrumentos científicos, náuticos,
geodésicos, fotográficos, cinematográficos, ópticos, de pesaje, de medición, de
señalización, de control (inspección), de salvamento y de enseñanza; aparatos e
instrumentos de conducción, distribución, transformación, acumulación,
regulación o control de la electricidad; aparatos de grabación, transmisión o
reproducción de sonido o imágenes; soportes de registro magnéticos, discos
acústicos; discos compactos, Di/O y otros soportes de grabación digitales;
mecanismos para aparatos de previo pago; cajas registradoras, máquinas de
calcular, equipos de procesamiento de datos, ordenadores; software; extintores;
cajas registradoras; calculadoras; contadores eléctricos de monedas; punteros
de láser; imanes, lupas. Clase 16: Papel, cartón y artículos de estas materias
no comprendidos en otras clases; productos de imprenta; material de
encuadernación; fotografías; artículos de papelería; adhesivos (pegamentos) de
papelería o para uso doméstico; material para artistas; pinceles; máquinas de
escribir y artículos de oficina (excepto muebles); material de instrucción o
material didáctico (excepto aparatos); materias plásticas para embalar (no
comprendidas en otras clases); caracteres de imprenta; clichés de imprenta.
productos de papelería, a saber, correctores líquidos, goma de pegar, libros
para colorear y de actividades, cuadernos, portafolios, libretas de oficina,
diarios, divisores o tabuladores de papel, planificadores, cartulina, papel de
construcción, blocks de dibujo, papel de relleno, block para notas tamaño
legal, carpetas, papel para copias, libretas de direcciones; calendarios;
blocks para notas adhesivas de papel; clips para papel; alfileres, chinchetas;
sujetapapeles (de pinza); marcadores de lectura; contenedores pequeños para
guardar productos de oficina, a saber, bandejas de escritorio, organizadores de
escritorio, cajas de papelería (artículos de oficina); fichas bibliográficas;
cajas para fichas bibliográficas; cubiertas protectoras para hojas de papel y
páginas de libros y similares, a saber hojas laminadas y bolsitas; bolsas de
papel laminado para embalaje; láminas de plástico laminado para escribir, imprimir
y marcar; portapapeles de clip (artículos de oficina); pestañas divisoras de
cuadernos, a saber, pestañas reforzadas para papelería; etiquetas adhesivas
para cuadernos; bandejas para contar y clasificar monedas; bandas elásticas;
reglas de dibujo; cinta adhesivas para uso en el escritorio; etiquetas
postales; paquetes de plástico con burbujas para envolver o envasar; cajas de
cartón o papel; cinta adhesiva de embalaje para papelería o uso doméstico;
dispensadores de cinta adhesiva; sobres de papel acolchado para correo o
embalaje; grapas; carpetas para archivo; cestas de escritorio para accesorios
de escritorio; calendarios de escritorio; bandejas de archivos para escritorio;
tapetes de escritorio; gabinetes de escritorio montados en escritorio; juegos de
escritorio; soportes para accesorios de escritorio; sobres; tableros de borrado
en seco; trituradoras de papel; máquinas laminadoras para uso en el hogar y la
oficina; utensilios de escritura; lápices; plumas; marcadores, marcadores de
borrado en seco; plumas y marcadores de resaltar; tiza; borradores; productos
de papelería, en concreto, sacapuntas de lápices; lápices de colores; crayolas;
bolsas para lápices; empuñaduras para escritura; contenedores pequeños para
guardar productos de oficina, a saber, soportes para lapiceros; soportes de
escritorio y soportes para bolígrafos, lápices, papel y tinta; sacapuntas de
lápiz eléctricos. Clase 20: Muebles, espejos, marcos; productos de madera,
corcho, caña, junco, mimbre, cuerno, hueso, marfil, ballena, concha, ámbar,
nácar, espuma de mar, sucedáneos de todos estos materiales o de materias
plásticas, no comprendidos en otras clases, gabinetes para almacenamiento de
metal; contenedores no metálicos y no de papel para almacenamiento; marcos de
plástico para sostener y acomodar el uso de bolsas plásticas para basura;
espejos; marcos de fotos; tablas de corcho; porta plásticos transparentes para
placas de identificación. Clase 21: Utensilios y recipientes para uso doméstico
y culinario; peines y esponjas; cepillos; materiales para fabricar cepillos;
material de limpieza; lana de acero; vidrio en bruto o semielaborado (excepto
el vidrio de construcción); artículos de cristalería, porcelana y loza no
comprendidos en otras clases, contenedores de basura para uso doméstico;
alfileres. Clase 22: Cuerdas, cordeles, redes, tiendas de campaña, lonas, velas
de navegación, sacos y bolsas (no comprendidos en otras clases); materiales de
acolchado y relleno (excepto el caucho o las materias plásticas); materias
textiles fibrosas en bruto, cordones para sostener tarjetas de identificación y
gafetes de identificación; porta carretes retráctil para sostener tarjetas de
identificación e insignias de nombre. Clase 26: Encajes y bordados, cintas y
cordones; botones, ganchos y ojetes, alfileres y agujas; flores artificiales,
cintas autoadhesivas de gancho y rizo (artículos de mercería). Fecha: 12 de
diciembre del 2017. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos
para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes,
contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 04 de
diciembre del 2017. Solicitud Nº 2017-0011754. A efectos de publicación,
téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley Nº 7978.—San José,
12 de diciembre del 2017.—Johnny Rodríguez Garita, Registrador.—( IN2018214139
).
Álvaro Enrique Dengo Solera,
divorciado, cédula de identidad Nº 105440035, en calidad de apoderado especial
de Astellas Pharma Inc, con domicilio en 5-1, Nihonbashi-Honcho 2-Chome,
Chuo-Ku, Tokyo, Japón, solicita la inscripción de: TRANSVAX como marca de
fábrica y comercio, en clase: 5 internacional. Para proteger y distinguir lo
siguiente, en clase 5: vacunas para uso humano. Prioridad: Se otorga prioridad
Nº 2016-56353 de fecha 21/04/2017 de Japón. Se cita a terceros interesados en
defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos
meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto.
Presentada el 17 de octubre del 2017. Solicitud Nº 2017-0010188. A efectos de
publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley Nº
7978.—San José, 16 de noviembre del 2017.—Katherin Jiménez Tenorio,
Registradora.—( IN2018214140 ).
Álvaro Enrique Dengo Solera,
divorciado, cédula de identidad 105440035, en calidad de apoderado especial de
Astellas Pharma Inc, con domicilio en 5-1, Nihonbashihoncho 2- Chome, Chuo-Ku,
Tokyo, Japón, solicita la inscripción de: NUPAVLI como marca de fábrica y comercio en clase: 5.
Internacional. Para proteger y distinguir lo siguiente: en clase 5:
Preparaciones farmacéuticas para uso humano. Prioridad: Se otorga prioridad N°
2017-46549 de fecha 06/04/2017 de Japón. Se cita a terceros interesados en
defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos
meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto.
Presentada el 4 de octubre de 2017. Solicitud Nº 2017-0009861. A efectos de
publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley Nº
7978.—San José, 26 de octubre de 2017.—Ivonne Mora Ortega, Registradora.—(
IN2018214141 ).
Álvaro Enrique Dengo Solera,
divorciado, cédula de identidad 105440035, en calidad de apoderado especial de
Astellas Pharma Inc, con domicilio en 5-1 Nihonbashi-Honcho 2 Chome, Chuo-Ku,
Tokyo, Japón, solicita la inscripción de: HAPVYO como marca de fábrica y comercio en clase: 5.
Internacional. Para proteger y distinguir lo siguiente: en clase 5:
Preparaciones farmacéuticas para uso humano. Prioridad: Se otorga prioridad N°
2017-46553 de fecha 06/04/2017 de Japón. Se cita a terceros interesados en
defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos
meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto.
Presentada el 04 de octubre de 2017. Solicitud Nº 2017-0009862. A efectos de
publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley Nº
7978.—San José, 26 de octubre de 2017.—Ivonne Mora Ortega, Registradora.—(
IN2018214145 ).
Fabiola Sáenz Quesada, divorciada, cédula
de identidad 109530764, en calidad de apoderada especial de Arabela, S. A. de
C.V., con domicilio en calle 3 norte N° 102 Parque Industrial Toluca 2000, CD.
de Toluca, Estado de México, C.P. 50200, México, solicita la inscripción de: CONQUISTADOR BLACK PANTHER como marca de fábrica y comercio en clase: 3. Internacional.
Para proteger y distinguir lo siguiente: en clase 3: Jabones de uso cosmético,
productos de perfumería, aceites esenciales, productos cosméticos para el
cuidado de la piel. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos
para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes,
contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 25 de
agosto de 2017. Solicitud Nº 2017-0008334. A efectos de publicación, téngase en
cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley Nº 7978.—San José, 04 de
setiembre de 2017.—Katherin Jiménez Tenorio, Registradora.—( IN2018214177 ).
Fabiola Sáenz Quesada, divorciada,
cédula de identidad 109530774, en calidad de apoderada especial de Arabela,
S.A. de C.V., con domicilio en calle 3 norte N° 102 Parque Industrial Toluca
2000, CD. de Toluca, Estado de México, C.P. 50200, México, solicita la
inscripción de: TORMENTA PLATINUM como marca de fábrica y comercio en clase: 3. Internacional.
Para proteger y distinguir lo siguiente: jabones de uso cosmético, productos de
perfumería, aceites esenciales, productos cosméticos para el cuidado de la
piel. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos
valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir
de la primera publicación de este edicto. Presentada el 25 de agosto de 2017.
Solicitud Nº 2017-0008333. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo
dispuesto en el artículo 85 de la Ley Nº 7978.—San José, 04 de setiembre de
2017.—Katherin Jiménez Tenorio, Registradora.—( IN2018214180 ).
Mellissa Mora Martín, casada una vez,
cédula de identidad 110410825, en calidad de apoderada especial de Costa Rican
Rum Company S. A., cédula jurídica 3101733532, con domicilio en Santa Ana,
Pozos, Parque Empresarial Forum II, edificio N, quinto piso, oficinas de la
firma Pragma Legal, San José, Costa Rica, solicita la inscripción de: RON JAGUAR
como marca de fábrica y comercio en clase: 33. Internacional. Para proteger y
distinguir lo siguiente: en clase 33: Ron; bebidas a base de ron; ron infundido
con vitaminas; ron de zumo de caña de azúcar: ponche de ron; bebidas
energéticas alcohólicas con bose de ron; extractos de frutas mezclados con ron:
bebidas alcohólicas premezcladas; bebidas alcohólicas a base de té y ron. Se
cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante
este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la
primera publicación de este edicto. Presentada el 11 de agosto de 2017.
Solicitud Nº 2017-0007822. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo
dispuesto en el artículo 85 de la Ley Nº 7978.—San José, 24 de octubre de
2017.—Mauricio Granados Morales, Registrador.—( IN2018214258 ).
Melissa Mora Martín, divorciada, cédula
de identidad 110410825, en calidad de Gestor Oficioso de Fénix Outdoor
Development And CSR AG con domicilio en Industriestrasse 6, 6300 ZUG, Suiza,
solicita la inscripción de: Fjällräven como marca de fábrica y comercio en clase: 25.
Internacional. Para proteger y distinguir lo siguiente: en clase 25: Prendas de
vestir, en particular suéteres, camisetas, calentadores de brazos, cardiganes,
chaquetas para el frío, chalecos para el frío, vestidos, sudaderos de lana
(franelas), calentadores de piernas, prendas de punto, guantes. cinturones,
cinturones hechos de cuero de imitación, prendas de vestir hechas de cuero de
imitación, prendas de vestir hechas de cuero, prendas de vestir para niños,
pantalones, porkas, anoraks, PVULLOVERS, bufandas, chaquetas, camisas, camisas
tipo palo, ropa interior absorbente de sudar, tops, prendas resistentes al agua
y al viento: sombrerería, en particular gorras y gorros: calzado, en particular
zapatos y botas para excursionismo, batas de caza, botas con cordones, zapatos
y botas de montanismo, zapatos y batas para caminatas, zapatos y batas a prueba
de agua, botas para invierno, calzada deportivo, calzado infantil, calzado para
escalar, botas de caminatas, botas y zapatos impermeables: polainas: parte
superior del calzado: calcetines: suelas de zapatos plantillas: suelas
intermedias. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para
hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados
a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 09 de octubre
de 2017. Solicitud Nº 2017-0009937. A efectos de publicación, téngase en cuenta
lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley Nº 7978.—San José, 12 de diciembre de
2017.—Wendy López Vindas, Registradora.—( IN2018214259 ).
Melissa Mora Martin, casada una vez,
cédula de identidad 110416825, en calidad de Gestor Oficioso de Centenario
Internacional S. A., cédula jurídica 3101010979, con domicilio en Curridabat,
100 metros norte y 75 metros al oeste de la Municipalidad, San José, Costa
Rica, solicita la inscripción de: “HOMBRES
PURA SANGRE” como señal de propaganda en clase:
Internacional. Para proteger y distinguir lo siguiente: en clase 50; Para
promocionar Licores, relacionado con la marca CENTENARIO en Clase 33 con número
de registro 66063. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para
hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados
a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 17 de
setiembre de 2015. Solicitud Nº 2015-0009063. A efectos de publicación, téngase
en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley Nº 7978.—San José, 31 de
octubre de 2017.—Alex Villegas Méndez, Registrador.—( IN2018214260 ).
Melissa Mora Martin, casada una vez,
cédula de identidad 110410825, en calidad de apoderada especial de Centenario
Internacional S. A., cédula jurídica 3101010979, con domicilio en Curridabat,
100 metros norte y 75 metros al oeste de la Municipalidad, San José, Costa
Rica, solicita la inscripción de: ESPÍRITU
PURA SANGRE como señal de propaganda en clase:
Internacional. Para proteger y distinguir lo siguiente: Para promocionar
licores, relacionado con la marca Centenario en clase 33 con número de registro
66063. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos
valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir
de la primera publicación de este edicto. Presentada el 17 de setiembre de
2015. Solicitud Nº 2015-0009064. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo
dispuesto en el artículo 85 de la Ley Nº 7978.—San José, 31 de octubre de
2017.—Alex Villegas Méndez, Registrador.—( IN2018214261 ).
2017-0012260 Claudio Murillo Ramírez,
cédula de identidad 105570443, en calidad de apoderado especial de Banco
Davivienda (Costa Rica) Sociedad Anónima, cédula jurídica 3101046008, con
domicilio en calle Central, edificio Davivienda, San José, Costa Rica, solicita
la inscripción de: MAR ADENTRO como marca de servicios en clase: 36. Internacional. Para
proteger y distinguir lo siguiente: en clase 36: Servicios de seguros;
operaciones financieras; operaciones monetarias; negocios inmobiliarios. Se
cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante
este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la
primera publicación de este edicto. Presentada el . Solicitud Nº . A efectos de
publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley Nº
7978.—San José, 10 de enero de 2018.—César Alfonso Rojas Zúñiga, Registrador.—(
IN2018214291 ).
Giselle Reuben Hatounian, divorciada,
cédula de identidad Nº 110550703, en calidad de apoderada especial de Alticor
Inc., con domicilio en: 7575 Fulton Street East, Ada, Michigan, 49355, Estados
Unidos de América, solicita la inscripción de: como marca de fábrica y comercio
en clase 5 internacional.
Para proteger y distinguir lo siguiente: complementos alimenticios.
Reservas: de los colores: morado, verde, amarillo, gris, naranja, rojo y negro.
Fecha: 20 de diciembre de 2017. Se cita a terceros interesados en defender sus
derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses
siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto.
Presentada el 17 de octubre del 2017. Solicitud N° 2017-0010223. A efectos de
publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley N°
7978.—San José, 20 de diciembre del 2017.—Grettel Solís Fernández,
Registradora.—( IN2018214394 ).
Alejandro Stavropoilos De La Cruz, casado,
cédula de residencia 115200061225, en calidad de apoderado generalísimo de Saca
Trading Group C. R. S. A., cédula jurídica 3-101-514944 con domicilio en
Condominio Lomas de Granadilla N° 38 Curridabat, Costa Rica, solicita la
inscripción de: bio oikos
como marca de
fábrica y comercio en clases 8 y 21 internacionales, para proteger y distinguir
lo siguiente: en clase 8, Cubiertos, tenedor, cuchillo, cucharas
biodegradables. y en clase 21; Platos, vajillas y otro tipo de platos
biodegradables. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para
hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados
a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 11 de enero
del 2018, solicitud Nº 2018-0000181. A efectos de publicación, téngase en
cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley Nº 7978.—San José, 31 de enero
del 2018.—Randall Abarca Aguilar, Registrador.—( IN2018214431 ).
Rafael Soto Quirós, casado, cédula de
identidad Nº 302830848, en calidad de apoderado generalísimo de Instituto
Costarricense de Turismo, cédula jurídica Nº 40000042141, con domicilio en: San
José, La Uruca, costado este del puente Juan Pablo Segundo, Costa Rica,
solicita la inscripción de: CRCC COSTA RICA CENTRO DE CONVENCIONES
como marca de servicios en clases: 35 y 41 internacionales, para proteger
y distinguir lo siguiente: en clase 35: publicidad, gestión de negocios
comerciales, administración comercial; trabajos de oficina y en clase 41:
educación, formación; servicios de entretenimiento; actividades deportivas y
culturales. Reservas: de los colores: verde y blanco. Se cita a terceros
interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro,
dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación
de este edicto. Presentada el 23 de noviembre del 2017. Solicitud N°
2017-0011474. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el
artículo 85 de la Ley N° 7978.—San José, 22 de diciembre del 2017.—Rándall
Abarca Aguilar, Registrador.—O.C. Nº 17989.—Solicitud Nº 17052.—( IN2018214442
).
Ricardo Alberto Vargas Valverde,
divorciado una vez, cédula de identidad N° 106530276, en calidad de apoderado
especial de Aceromex S.A DE C.V., con domicilio en , Costa Rica, solicita la
inscripción de: Aceromex, como marca de servicios en clase(s): 6 internacional(es).
Para proteger y
distinguir lo siguiente; materiales de construcción metálicos, artículos
pequeños de metal de ferretería, tubería y tubos metálicos. Fecha: 31 de enero
de 2018. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos
valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir
de la primera publicación de este edicto. Presentada el 23 de enero del 2018.
Solicitud Nº 2018-0000482. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo
dispuesto en el artículo 85 de la Ley Nº 7978.—San José, 31 de enero del
2018.—Rolando Cardona Monge, Registrador.—( IN2018214491 ).
Paola Castro Montealegre, casada,
cédula de identidad N° 111430953, en calidad de apoderado especial de DKT de México,
S. A. DE C.V., con domicilio en Avenida Miguel Ángel de Quevedo, N° 696,
Colonia Villa Coyoacán, código postal 08100, delegación Coyoacán, Ciudad de
México, México, solicita la inscripción de: dkt Mejorando vidas a través del
Marketing Social,
como marca de
servicios en clase(s): 35 internacional(es), para proteger y distinguir lo
siguiente: en clase 35; publicidad, gestión de negocios comerciales,
administración comercial, trabajos de oficina. Fecha: 08 de enero de 2018. Se
cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante
este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la
primera publicación de este edicto. Presentada el 27 de noviembre del 2017.
Solicitud Nº 2017-0011586. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo
dispuesto en el artículo 85 de la Ley Nº 7978.—San José, 08 de enero del
2018.—Rolando Cardona Monge, Registrador.—( IN2018214549 ).
Paola Castro Montealegre, casada,
cédula de identidad 111430953, en calidad de apoderado especial de DKT de
México S. A. de C.V., con domicilio en Avenida Miguel Ángel de Quevedo, número
696, Colonia Villa Coyoacán, código postal 08100, Delegación Coyoacán, Ciudad
de México, México, solicita la inscripción de: EASY CARE
como
marca de fábrica y comercio en clase 10 internacional, para proteger y
distinguir lo siguiente: en clase 10; Aparatos e instrumentos quirúrgicos,
médicos, en especial para la anticoncepción. Se cita a terceros interesados en
defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos
meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto.
Presentada el 27 de noviembre del 2017, solicitud Nº 2017-0011587. A efectos de
publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley Nº
7978.—San José, 23 de enero del 2018.—Rolando Cardona Monge Registrador.—(
IN2018214550 ).
Paola Castro Montealegre, casada, cédula
de identidad 111430953, en calidad de apoderada especial de DKT de México, S.
A. de C.V., con domicilio en, México, solicita la inscripción de: U-CARE
como marca de fábrica y comercio en clase: 10. Internacional. Para
proteger y distinguir lo siguiente: en clase 10: Aparatos e instrumentos
quirúrgicos, médicos, en especial para la anticoncepción. Se cita a terceros
interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro,
dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación
de este edicto. Presentada el 27 de noviembre de 2017. Solicitud Nº
2017-0011588. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el
artículo 85 de la Ley Nº 7978.—San José, 08 de enero de 2018.—Rolando Cardona
Monge, Registrador.—( IN2018214551 ).
Paola Castro Montealegre, casada,
cédula de identidad Nº 111430953, en calidad de apoderado especial de DKT de
México S. A. de C.V., con domicilio en México, solicita la inscripción de:
SILVER CARE como marca de fábrica y comercio en clase 10 internacional.
Para proteger y distinguir lo siguiente: aparatos e instrumentos
quirúrgicos, médicos, en especial para la anticoncepción. Fecha: 23 de enero de
2018. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos
valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir
de la primera publicación de este edicto. Presentada el 27 de noviembre del
2017. Solicitud N° 2017-0011589. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo
dispuesto en el artículo 85 de la Ley N° 7978.—San José, 23 de enero del
2018.—Rolando Cardona Monge, Registrador.—( IN2018214552 ).
Paola Castro Montealegre, casada una
vez, cédula de identidad 111430953, en calidad de Apoderado Especial de DKT de
México, S. A., de C.V., con domicilio en Avenida Miguel Ángel de Quevedo,
número 696, Colonia Villa Coyoacán, Código Postal 08100, Delegación Coyoacán,
Ciudad de México, México, solicita la inscripción de: T-CARE
como marca de
fábrica y comercio, en clase 10 internacional, para proteger y distinguir lo
siguiente: en clase 10; Aparatos e instrumentos quirúrgicos, médicos, en
especial para la anticoncepción. Se cita a terceros interesados en defender sus
derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses
siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto.
Presentada el 27 de noviembre del 2017. Solicitud Nº 2017-0011590. A efectos de
publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley
7978.—San José, 08 de enero del 2018.—Rolando Cardona Monge, Registrador.—(
IN2018214553 ).
Claudia María Margarita Geraldina
Mendoza Parker, casada una vez, cédula de residencia 122200807623, en calidad
de apoderado especial de Ricardo Ramón Ernesto González Giner, divorciado,
pasaporte D006145, con domicilio en Calle Circunvalación, Polígono D número
uno, Plan de La Laguna, Antiguo Cuscatlán, La Libertad, El Salvador y Rolando
Javier Simán Daboub, casado una vez, pasaporte A02621404 y con domicilio en
calle circunvalación, polígono D número Uno, Plan De La Laguna, antiguo
Cuscatlán, La Libertad, El Salvador, solicita la inscripción de: La Chula como
marca de fábrica en clase 31 internacional.
Para
proteger y distinguir lo siguiente: Productos agrícolas, hortícolas, forestales
y granos, no comprendidos en otras clases; animales vivos; frutas y legumbres
frescas; semillas y flores naturales; alimentos para animales; malta. Se cita a
terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este
Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera
publicación de este edicto. Presentada el 19 de enero del 2018, solicitud Nº
2018-0000435. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el
artículo 85 de la Ley Nº 7978.—San José, 30 de enero del 2018.—Alex Villegas
Méndez, Registrador.—( IN2018214555 ).
Paola Castro Montealegre, casada,
cédula de identidad 111430953, en calidad de Apoderado Especial de DKT de
México S. A., de C.V., con domicilio en Avenida Miguel Ángel de Quevedo, número
696, Colonia Villa Coyoacán, Código Postal 08100, Delegación Coyoacán, Ciudad
de México, México, solicita la inscripción de:
como marca de
servicios, en clase 35 internacional, para proteger y distinguir lo siguiente;
Publicidad, gestión de negocios comerciales, administración comercial, trabajos
de oficina. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para
hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados
a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 27 de
noviembre del 2017. Solicitud Nº 2017-0011591. A efectos de publicación,
téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978.—San José, 10
de enero del 2018.—Rolando Cardona Monge, Registrador.—( IN2018214556 ).
Paola Castro Montealegre, casada,
cédula de identidad 111430953, en calidad de Apoderada Especial de DKT de
México, S. A., de C.V., con domicilio en Avenida Miguel Ángel de Quevedo,
número 696, Colonia Villa Coyoacán, Código Postal 08100, Delegación Coyoacán,
Ciudad de México, México, solicita la inscripción de: ¿DUDAS? CHATEA O LLAMA:
red dkt
como marca de
servicios, en clase 35 internacional, para proteger y distinguir lo siguiente:
en clase 35: Publicidad, gestión de negocios comerciales, administración
comercial, trabajos de oficina. Se cita a terceros interesados en defender sus
derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses
siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto.
Presentada el 27 de noviembre del 2017. Solicitud Nº 2017-0011595. A efectos de
publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley
7978.—San José, 9 de enero del 2018.—Randall Abarca Aguilar, Registrador.—(
IN2018214557 ).
Paola Castro Montealegre, casada,
cédula de identidad 111430953, en calidad de apoderada especial de DKT de
México, S. A. de C.V., con domicilio en México, solicita la inscripción de:
Planifícame Esta,
como marca de
servicios en clase: 35. Internacional. Para proteger y distinguir lo siguiente:
en clase 35: Publicidad, gestión de negocios comerciales, administración
comercial, trabajos de oficina. Se cita a terceros interesados en defender sus
derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses
siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto.
Presentada el 27 de noviembre de 2017. Solicitud Nº 2017-0011596. A efectos de
publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley Nº
7978.—San José, 9 de enero de 2018.—Randall Abarca Aguilar, Registrador.—(
IN2018214559 ).
Paola Castro Montealegre, casada,
cédula de identidad 111430953, en calidad de apoderado especial de DKT de
México, S. A. de C.V., con domicilio en Avenida Miguel Ángel de Quevedo, número
696, Colonia Villa Coyoacán, código postal 08100, Delegación Coyoacán, Ciudad
de México, México, solicita la inscripción de: TANECIPROL como marca de fábrica y comercio en clase: 5.
Internacional. Para proteger y distinguir lo siguiente: en clase 5: Productos
Farmacéuticos y otras preparaciones para uso médico. Se cita a terceros
interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro,
dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación
de este edicto. Presentada el 27 de noviembre de 2017. Solicitud Nº
2017-0011592. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el
artículo 85 de la Ley Nº 7978.—San José, 09 de enero de 2018.—Randall Abarca
Aguilar, Registrador.—( IN2018214561 ).
Eduardo Días Cordero, casado una vez,
cédula de identidad Nº 107560893, en calidad de apoderado especial de Isasa Latam
Sociedad Anónima, cédula jurídica Nº 3101488091, con domicilio en: diagonal a
la estación de bomberos, edificio Renta Carro A-1, Alajuela, Costa Rica,
solicita la inscripción de: ISASA, como marca de servicios en clase 35 internacionales, para
proteger y distinguir lo siguiente: servicios de comercialización en general de
productos para terceros ( intermediario comercial ), servicios de venta al
mayoreo o menudeo particularmente de aparatos o instrumentos científicos,
ópticos, de pesaje, de medición, así como las refacciones de estos; servicios
de comercialización de consumibles (refacciones) para los aparatos o
instrumentos científicos, ópticos de pesaje, de medición. Fecha: 26 de enero de
2018. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos
valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir
de la primera publicación de este edicto. Presentada el 15 de diciembre del
2017. Solicitud N° 2017-0012157. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo
dispuesto en el artículo 85 de la Ley N° 7978.—San José, 26 de enero del
2018.—Rolando Cardona Monge, Registrador.—( IN2018214582 ).
Eduardo Díaz Cordero, casado una vez,
cédula de identidad Nº 107560893, en calidad de apoderado especial de Isasa
Latam Sociedad Anónima, cédula jurídica Nº 3101488091 con domicilio en:
Alajuela diagonal a la estación de bomberos, edificio Renta Carro A-1,
Alajuela, Costa Rica, solicita la inscripción de: ISASA, como marca de servicios en clase 41 internacional, para
proteger y distinguir lo siguiente: servicios de educación o formación
(academia), a saber, cursos, talleres o seminarios. Fecha: 26 de enero de 2018.
Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer
ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la
primera publicación de este edicto. Presentada el 15 de diciembre del 2017.
Solicitud N° 2017-0012158. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo
dispuesto en el artículo 85 de la Ley N° 7978.—San José, 26 de enero del
2018.—Rolando Cardona Monge, Registrador.—( IN2018214583 ).
Eduardo Díaz Cordero, casado una vez,
cédula de identidad Nº 107560893, en calidad de apoderado especial de Isasa
Latam Sociedad Anónima, cédula jurídica Nº 3101488091 con domicilio en: diagonal
a la estación de bomberos, edificio Renta Carro A-1, Alajuela, Costa Rica,
solicita la inscripción de: ISASA, como marca de servicios en clase 42 internacional, para
proteger y distinguir lo siguiente: servicios científicos y tecnológicos;
servicios de análisis e investigación industriales; servicios de calibración y
medición en los ámbitos científico, tecnológico e industrial. Se cita a
terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este
Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera
publicación de este edicto. Presentada el 15 de diciembre del 2017. Solicitud
N° 2017-0012159. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el
artículo 85 de la Ley N° 7978.—San José, 26 de enero del 2018.—Rándall Abarca
Aguilar, Registrador.—( IN2018214584 ).
Eduardo Diaz Cordero, casado una vez,
cédula de identidad Nº 107560893, en calidad de apoderado especial de Isasa
Latam Sociedad Anónima, cédula jurídica Nº 3101488091 con domicilio en:
diagonal a la estación de bomberos, edificio Renta Carro A-1, Alajuela, Costa
Rica, solicita la inscripción de: ISASA
LATAM, como marca de servicios en clase 35 internacional, para
proteger y distinguir lo siguiente: servicios de comercialización en general de
productos para terceros (intermediario comercial), servicios de venta al
mayoreo o menudeo particularmente de aparatos o instrumentos científicos,
ópticos, de pesaje, de medición, así como las refacciones de estos; servicios
de comercialización de consumibles (refacciones) para los aparatos o
instrumentos científicos, ópticos, de pesaje, de medición. Se cita a terceros
interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro,
dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación
de este edicto. Presentada el 15 de diciembre del 2017. Solicitud N°
2017-0012160. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el
artículo 85 de la Ley N° 7978.—San José, 26 de enero del 2018.—Rándall Abarca
Aguilar, Registrador.—( IN2018214585 ).
Eduardo Díaz Cordero, casado una vez,
cédula de identidad Nº 107560893, en calidad de apoderado especial de Isasa
Latam Sociedad Anónima, cédula jurídica Nº 3101488091 con domicilio en:
diagonal a la estación de bomberos, edificio Renta Carro A-1, Alajuela, Costa
Rica, solicita la inscripción de: ISASA
LATAM, como marca de servicios en clase 41
internacional. Para proteger y distinguir lo siguiente: servicios de educación
o formación (academia), a saber, cursos, talleres o seminarios. Se cita a
terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este
Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera
publicación de este edicto. Presentada el 15 de diciembre del 2017. Solicitud N°
2017-0012161. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el
artículo 85 de la Ley N° 7978.—San José, 26 de enero del 2018.—Rándall Abarca
Aguilar, Registrador.—( IN2018214586 ).
Eduardo Díaz Cordero, casado una vez,
cédula de identidad N° 107560893, en calidad de apoderado especial de Isasa
Latam Sociedad Anónima, cédula jurídica N° 3101488091 con domicilio en Alajuela
diagonal a la estación de Bomberos, Edificio Renta Carro A-1, Alajuela, Costa
Rica, solicita la inscripción de: ISASA
LATAM, como marca de servicios en clase(s):
42 internacional(es), para proteger y distinguir lo siguiente: en clase 42;
servicios científicos y tecnológicos; servicios de análisis e investigación
industriales; servicios de calibración y medición en los ámbitos científico,
tecnológico e industrial. Se cita a terceros interesados en defender sus
derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses
siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto.
Presentada el 15 de diciembre del 2017. Solicitud Nº 2017-0012162. A efectos de
publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley Nº
7978.—San José, 26 de enero del 2018.—Randall Abarca Aguilar, Registrador.—(
IN2018214587 ).
Eduardo Díaz Cordero, casado una vez,
cédula de identidad N° 107560893, en calidad de apoderado especial de Isasa
Latam Sociedad Anónima, cédula jurídica N° 3101488091, con domicilio en
diagonal a la estación de Bomberos, Edificio Renta Carro A-1, Alajuela, Costa
Rica, solicita la inscripción de: como marca de servicios en clase(s): 35
internacional(es).
Para proteger y
distinguir lo siguiente: en clase 35; servicios de comercialización en general
de productos para terceros (intermediario comercial), servicios de venta al
mayoreo o menudeo particularmente de aparatos o instrumentos científicos,
ópticos, de pesaje, de medición, así como las refacciones de estos; servicios
de comercialización de consumibles (refacciones) para los aparatos o
instrumentos científicos, ópticos, de pesaje, de medición. Fecha: 26 de enero
del 2018. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos
valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir
de la primera publicación de este edicto. Presentada el 15 de diciembre del
2017. Solicitud Nº 2017-0012163. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo
dispuesto en el artículo 85 de la Ley Nº 7978.—San José, 26 de enero del
2018..—Rolando Cardona Monge, Registrador.—( IN2018214588 ).
Eduardo Díaz Cordero, casado una vez,
cédula de identidad N° 107560893, en calidad de apoderado especial de Isasa
Latam Sociedad Anónima, cédula jurídica N° 3101488091, con domicilio en
diagonal a la estación de Bomberos, Edificio Renta Carro A-1, Alajuela, Costa
Rica, solicita la inscripción de:
como marca de
servicios en clase(s): 41 internacional(es), para proteger y distinguir lo
siguiente: en clase 41: Servicios de educación o formación (academia), a saber,
cursos, talleres o seminarios. Fecha: 26 de enero del 2018. Se cita a terceros
interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro,
dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación
de este edicto. Presentada el 15 de diciembre del 2017. Solicitud Nº
2017-0012164. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el
artículo 85 de la Ley Nº 7978.—San José, 26 de enero del 2018.—Rolando Cardona
Monge, Registrador.—( IN2018214589 ).
Eduardo Diaz Codero, casado, cédula de
identidad 107560893, en calidad de apoderado especial de Isasa Latam Sociedad
Anónima, cédula jurídica 3101488091 con domicilio en diagonal a la estación de
bomberos, edificio Renta Carro A-1, Alajuela, Costa Rica, solicita la inscripción
de:
como
marca de servicios en clase 42 internacional, para proteger y distinguir lo
siguiente: en clase 42: Servicios científicos y tecnológicos; servicios de
análisis e investigación industriales; servicios de calibración y medición en
los ámbitos científico, tecnológico e industrial. Se cita a terceros
interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro,
dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación
de este edicto. Presentada el 15 diciembre del 2017, Solicitud Nº 2017-0012165.
A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de
la Ley Nº 7978.—San José, 26 de enero del 2018.—Rolando Cardona Monge
Registrador.—( IN2018214590 ).
Eduardo Díaz Cordero, casado una vez,
cédula de identidad 107560893, en calidad de apoderado especial de Isasa Latam
Sociedad Anónima, cédula jurídica 3101488091 con domicilio en diagonal a la
Estación de Bomberos, Edificio Renta Carro A-1, Alajuela, Costa Rica, solicita
la inscripción de: SOLUCIONES INTEGRALES EN
INSTRUMENTACIÓN ANALÍTICA como marca de servicios en clase: 35
Internacional, para proteger y distinguir lo siguiente: en clase 35: Servicios
de comercialización en general de productos para terceros (intermediario
comercial), servicios de venta al mayoreo o menudeo particularmente de aparatos
o instrumentos científicos, ópticos, de pesaje, de medición, así como las
refacciones de estos; servicios de comercialización de consumibles
(refacciones) para los aparatos o instrumentos científicos, ópticos, de pesaje,
de medición. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para
hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados
a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 15 de
diciembre del 2017. Solicitud N° 2017-0012166. A efectos de publicación,
téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978.—San José, 26
de enero del 2018.—Randall Abarca Aguilar, Registrador.—( IN2018214591 ).
Alejandra Estévez, casada una vez,
cédula residencia 103200207222 con domicilio en Condominio Andalucía casa N°
12, Bello Horizonte, Plaza Rolex; 500 mts. sur, 100 mts. este, 50 mts. sur, San
Rafael, Escazú, San José, Argentina, solicita la inscripción de: Little Lamb
Sweet
como marca de fábrica y comercio en clase: 30 Internacional para
proteger y distinguir lo siguiente: en clase 30: Productos de repostería y
panadería artesanal que incluye decoración de bolitas de queque o “cakepops” y
galletas queques y panes. Fecha: 24 de enero del 2018. Se cita a terceros
interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro,
dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación
de este edicto. Presentada el 10 de enero del 2018. Solicitud N° 2018-0000148.
A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de
la Ley 7978.—San José, 24 de enero del 2018.—Rina Ruiz Mata, Registrador.—(
IN2018214596 ).
Margarita Morales Mora, casada una vez,
cédula de identidad 204460551, en calidad de apoderada generalísima de
Gestación y Nacimiento R & M S.A., cédula jurídica 3101712661 con domicilio
en San Carlos, Alajuela, San Carlos, Monterrey; 500 metros sur del Banco de Costa
Rica, Alajuela, Costa Rica, solicita la inscripción de: Instituto Santo Cristo
de Esquipulas GESTACIÓN
como marca de
servicios en clase: 41 Internacional para proteger y distinguir lo siguiente:
en clase 41; Servicios de formación y capacitación, tanto a nivel regional como
nacional, en el abordaje de la mayoría de los temas de preconcepción,
gestación, nacimiento y primera infancia del ser humano, mediante charlas,
cursos de aprovechamiento con el fin de prevenir heridas emocionales
innecesarias en las personas, donde tengan a su alcance, mediante un
conocimiento previo, hallas el origen de dichas situaciones traumáticas, y de
ésta manera, puedan descubrir sus necesidades y las de sus seres amados, de una
atención temprana para tener una mejor salud emocional. Se cita a terceros
interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro,
dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación
de este edicto. Presentada el 04 de diciembre del 2017. Solicitud N°
2017-0011792. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el
artículo 85 de la Ley 7978.—San José, 30 de enero del 2018.—Ivonne Mora Ortega,
Registradora.—( IN2018214613 ).
José Daniel Carrillo Arroyo, soltero,
cédula de identidad 207120189, en calidad de apoderado generalísimo de Dacar
Sociedad Anónima, cédula jurídica 3101748142 con domicilio en San Carlos,
Quesada; 200 metros norte, del Cruce de Cedral, Alajuela, Costa Rica, solicita
la inscripción de: Rinox como marca de comercio en clases: 3; 16 y 21
Internacionales para proteger y distinguir lo siguiente: en clase 3:
Preparaciones para blanquear y otras sustancias para lavar la ropa,
preparaciones para limpiar, pulir, desengrasar y jabones., en clase 16: Bolsas
plásticas para basura. y en clase 21: Materiales de limpieza, utensilios y
recipientes. Fecha: 22 de enero del 2018. Se cita a terceros interesados en
defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos
meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto.
Presentada el 31 de octubre del 2017. Solicitud N° 2017-0010647. A efectos de
publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley
7978.—San José, 22 de enero del 2017.—Bernard Molina Alvarado, Registrador.—(
IN2018214665 ).
Vladimir Alonso Jiménez Castillo,
soltero, cédula de identidad 1-1382-0671 con domicilio en del cruce de
Llorente, con Colima en Tibás; 100 metros este y 50 metros sur contiguo a la
Fábrica de Puertas Jiménez, Costa Rica, solicita la inscripción de: Vlady Pan
como marca de comercio en clase: 30 Internacional para proteger y
distinguir lo siguiente: en clase 30: Harinas y preparaciones a base de cereal,
pan, productos de pastelería y confitería. Reservas: De los colores: amarillo y
azul. Fecha: 23 de noviembre de 2017. Se cita a terceros interesados en
defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos
meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto.
Presentada el 25 de octubre del 2017. Solicitud N° 2017-0009869. A efectos de
publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley
7978.—San José, 23 de noviembre del 2017.—Johnny Rodríguez Garita,
Registrador.—( IN2018214682 ).
Adriana Calvo Fernández, soltera,
cédula de identidad 110140725, en calidad de apoderada especial de Bali Trading
Group Corp., con domicilio en Chera Chambers, Road Town, Tortola, Islas
Vírgenes (Británicas), solicita la inscripción de: ABRE Logistics
como marca de
fábrica y servicios en clases: 35; 39 y 40 Internacionales para proteger y
distinguir lo siguiente: En clase 35: Servicios de importación, exportación,
distribución y ventas. En clase 39: Servicios de transporte, embalaje y almacenamiento
de mercancías, logística En clase 40: Servicios de fabricación de productos
alimenticios y bebidas. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos
para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes,
contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 09 de
agosto del 2017. Solicitud N° 2017-0007704. A efectos de publicación, téngase
en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978.—San José, 21 de agosto
del 2017.—Johnny Rodríguez Garita, Registrador.—( IN2018214690 ).
Adriana Calvo Fernández, soltera,
cédula de identidad 110140725, en calidad de apoderado especial de Nice de
México S. A. de C.V., con domicilio en Ottawa N° 1610, Colonia Providencia,
C.P.44630, Guadalajara, Jalisco, México, solicita la inscripción de:
como marca de fábrica y servicios en clases: 14 y 35 Internacionales
para proteger y distinguir lo siguiente: en clase 14; metales preciosos;
joyería; bisutería y piedras preciosas; relojería e instrumentos cronométricos.
y en clase 35; comercialización de metales preciosos; joyería; bisutería y
piedras preciosas; relojería e instrumentos cronométricos. Fecha: 18 de
setiembre de 2017. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para
hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados
a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 05 de julio
del 2017. Solicitud N° 2017-0006288. A efectos de publicación, téngase en
cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978.—San José, 18 de setiembre
del 2017.—Ivonne Mora Ortega, Registradora.—( IN2018214692 ).
Adriana Calvo Fernández, soltera,
cédula de identidad N° 110140725, en calidad de apoderado especial de Fabrizio
Enrique Grazioso Bonetto, casado una vez, con domicilio en Avenida Las Américas
20-39 Zona 14 de la Ciudad de Guatemala, República de Guatemala, Guatemala,
solicita la inscripción de: FOMTEX, como marca de fábrica y comercio en clase(s): 20
internacional(es), para proteger y distinguir lo siguiente: en clase 20 camas,
colchones, somiers y almohadas; accesorios para camas no comprendidos en otras
clases. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos
valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir
de la primera publicación de este edicto. Presentada el 09 de agosto del 2017.
Solicitud Nº 2017-0007705. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo
dispuesto en el artículo 85 de la Ley Nº 7978.—San José, 17 de agosto del 2017.—Johnny
Rodríguez Garita, Registrador.—( IN2018214694 ).
Adriana Calvo Fernández, soltera,
cédula de identidad N° 110140725, en calidad de apoderado especial de Edge
Systems LLC, con domicilio en 2277 Redondo Ave Signal Hill, California, 90755,
Estados Unidos de América, solicita la inscripción de: HydraFacial,
como marca de fábrica y servicios en clase(s): 3; 10 y 44 internacional(es),
para proteger y distinguir lo siguiente: en clase 3; preparaciones para la
limpieza de máquinas de microdermoabrasión; preparaciones no medicadas para el
cuidado de la piel, a saber, lociones y sueros; en clase 10; aparatos e
instrumentos médicos para el desprendimiento y reaparición de tejidos, y en
clase 44; servicios de spa médico, a saber, terapias mínimamente invasivas y no
invasivas cosméticas y corporales. Fecha: 27 de septiembre del 2017. Se cita a
terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este
Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera
publicación de este edicto. Presentada el 6 de junio del 2017. Solicitud Nº
2017-0005330. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el
artículo 85 de la Ley Nº 7978.—San José, 27 de septiembre del 2017.—Bernard
Molina Alvarado, Registrador.—( IN2018214698 ).
Adriana Calvo Fernández, soltera,
cédula de identidad N° 110140725, en calidad de apoderado especial de Nice de
México S. A. de C.V., con domicilio en Ottawa Nº 1610, Colonia Providencia,
C.P. 44630, Guadalajara, Jalisco, México, solicita la inscripción de: NICE & BELLA,
como marca de comercio y servicios en clase(s): 14 y 35 internacional(es), para
proteger y distinguir lo siguiente: en clase 14: Metales preciosos; joyería;
bisutería y piedras preciosas; relojería e instrumentos cronométricos, y en
clase 35: Comercialización de metales preciosos; joyería; bisutería y piedras
preciosas; relojería e instrumentos cronométricos. Fecha: 18 de setiembre del
2017. Se cita a terceros interesados en
defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos
meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto.
Presentada el 5 de julio del 2017. Solicitud Nº 2017-0006289. A efectos de
publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley Nº
7978.—San José, 18 de setiembre del 2017.—Ivonne Mora Ortega, Registradora.—(
IN2018214700 ).
Mauren Tatiana González Álvarez,
soltera, cédula de identidad 115180576 con domicilio en 175 m. norte y 75 m.
este del antiguo plantel del INA, Ipís de Goicoechea, Urbanización Zetillal,
Ave Piñas, casa N° 505, Costa Rica, solicita la inscripción de: Cuatricromía
como marca de fábrica y servicios en clases: 25 y 40 Internacionales
para proteger y distinguir lo siguiente: en clase 25: Abrigos, ajuares de bebé
(prendas de vestir), artículos de sombrerería, baberos que no sean de papel,
bandanas (pañuelos, para el cuello), bandas para la cabeza (prendas de vestir),
gorras, ropa de confección, delantales (prendas (le vestir), ropa de gimnasia,
disfraces (trajes),ropa exterior, suéteres, viseras (artículos de sombrerería),
camisas, uniformes, camisas de manga corta, camisetas de deporte, camisetas de
deporte sin mangas, camisetas (de manga corta),pijamas, prendas de calcetería,
prendas de vestir, prendas de vestir impermeables. y en clase 40: Servicios de
bordado, costura, estampado de dibujos, grabado, encuadernación, impresión
litográfica, impresión de fotografías, serigrafia, servicios de imprenta, tratamiento
de separación de colores. Se cita a terceros interesados en defender sus
derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses
siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto.
Presentada el 10 de octubre del 2017. Solicitud N° 2017-0010032. A efectos de
publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley
7978.—San José, 08 de noviembre del 2017.—Randall Abarca Aguilar,
Registrador.—( IN2018214707 ).
Óscar Pauly Laspiur, casado una vez,
cédula de identidad 105000160, en calidad de apoderado especial de Norel Animal
Nutrition Costa Rica S. A., cédula jurídica 3-101-736106 con domicilio en San
Rafael; carretera a Los Ángeles del Colegio Nueva Generación; 350 mts. norte y
75 suroeste, casa amarilla, segunda planta, Heredia, Costa Rica, solicita la
inscripción de: NOREL ANIMAL NUTRITION
como nombre
comercial para proteger y distinguir lo siguiente: Un establecimiento comercial
dedicado a comercialización, importación, exportación dentro del territorio
nacional de aditivos e ingredientes de uso en los procesos de fabricación de
alimentos balanceados para animales, ubicado en Heredia San Rafael carretera a
los Angeles; del Colegio Nueva generación 350 mts norte y 75 suroeste casa amarilla
2da planta. Reservas: De los colores: negro y rojo. Se cita a terceros
interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro,
dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación
de este edicto. Presentada el 17 de agosto del 2017. Solicitud N° 2017-0008021.
A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de
la Ley 7978.—San José, 28 de agosto del 2017.—Johnny Rodríguez Garita,
Registrador.—( IN2018214726 ).
Oscar Pauly Laspiur, casado una vez,
cédula de identidad 105000160, en calidad de apoderado especial de Norel Animal
Nutrition Costa Rica S. A., cédula jurídica 3-101-736106 con domicilio en San
Rafael, carretera a Los Ángeles del Colegio Nueva Generación; 350 mts. norte y
75 suroeste, casa amarilla, segunda planta, Heredia, Costa Rica, solicita la
inscripción de: NOREL ANIMAL NUTRITION
como nombre
comercial para proteger y distinguir lo siguiente: Un establecimiento comercial
dedicado a comercialización, importación, exportación dentro del territorio
nacional de aditivos e ingredientes de uso en los procesos de fabricación de
alimentos balanceados para animales, ubicado en Heredia San Rafael, carretera a
Los Ángeles; del Colegio Nueva Generación; 350 mts. norte y 75 suroeste, casa
amarilla 2da planta. Reservas: De los colores: negro y rojo. Se cita a terceros
interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro,
dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación
de este edicto. Presentada el 17 de agosto del 2017. Solicitud N° 2017-0008021.
A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de
la Ley 7978.—San José, 28 de agosto del 2017.—Johnny Rodríguez Garita, Registrador.—(
IN2018214727 ).
Mauricio Bonilla Robert, casado una
vez, cédula de identidad N° 109030770, en calidad de apoderado especial de
Importaciones A.F. Ayarco Limitada, cédula jurídica N° 3102716296, con
domicilio en Curridabat, Lomas de Ayarco, de La Casa de Doña Lela, 600 metros
sur, 200 metros este, Condominio Tierras del Este, casa N° 54, San José, Costa
Rica, solicita la inscripción de: HEROE
21, como marca de fábrica y comercio en
clase(s): 18 internacional(es), para proteger y distinguir lo siguiente:
bultos, carteras, maletines, bolsos, valijas, bolsas de transporte. Fecha: 9 de
enero del 2018. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para
hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados
a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 19 de
diciembre del 2017. Solicitud Nº 2017-0012268. A efectos de publicación,
téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley Nº 7978.—San José, 9
de enero del 2018.— Alex Villegas Méndez, Registrador.—( IN2018214739 ).
Mauricio Bonilla Robert, casado una
vez, cédula de identidad N° 109030770, en calidad de apoderado especial de
Industrias de Hilos, S. A. de C.V., con domicilio en Ilopango Departamento de
San Salvador, El Salvador, solicita la inscripción de: VENADO, como marca de
fábrica y comercio en clase(s): 23 internacional(es), para proteger y
distinguir lo siguiente: Hilo para uso textil (hilo de coser). Se cita a
terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este
Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera
publicación de este edicto. Presentada el 31 de julio del 2017. Solicitud Nº
2017-0007351. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el
artículo 85 de la Ley Nº 7978.—San José, 8 de agosto del 2017.—Ildreth Araya
Mesén, Registradora.—( IN2018214741 ).
Mauricio Bonilla Robert, casado una
vez, cédula de identidad N° 109030770, en calidad de apoderado especial de
Industrias de Hilos, S. A. de C.V., con domicilio en Ilopango Departamento de
San Salvador, El Salvador, solicita la inscripción de: CANDADO, como marca de
fábrica y comercio en clase(s): 23 internacional(es), para proteger y
distinguir lo siguiente: Hilo para uso textil (hilo de coser). Se cita a terceros
interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro,
dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación
de este edicto. Presentada el 31 de julio del 2017. Solicitud Nº 2017-0007350.
A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de
la Ley Nº 7978.—San José, 8 de agosto del 2017.—Ildreth Araya Mesén,
Registradora.—( IN2018214746 ).
Mauricio Bonilla Robert, casado una
vez, cédula de identidad 109030770, en calidad de apoderado especial de
Industria de Hilos S. A. de C. V. con domicilio en Ilopango, Departamento de
San Salvador, El Salvador, solicita la inscripción de: STAR TEX como marca de
fábrica y comercio en clase 24 internacional, para proteger y distinguir lo
siguiente: Tejidos y productos textiles no comprendidos en otras clases, ropa
de cama y de mesa. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para
hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados
a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 31 de julio
del 2017, Solicitud Nº 2017-0007349. A efectos de publicación, téngase en
cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley Nº 7978.—San José, 8 de agosto
del 2017.—Ildreth Araya Mesén, Registradora.—( IN2018214747 ).
Mauricio Bonilla Robert, casado una
vez, cédula de identidad 109030770, en calidad de apoderado especial de Ardo
Coordination Center NV, con domicilio en Wezestraat 61, 8850 Ardooie, Bélgica,
solicita la inscripción de: ardo como marca de fábrica y comercio en clases: 29
y 30. Internacionales.
Para proteger y distinguir lo siguiente: en clase 29: Productos
congelados, de patata, frutas y hortalizas congeladas, pescado y carne
congelados; postres congelados: comidas preparadas a base de carne extractos de
carne, pescado, carne de ave, frutas y hortalizas en conserva, congeladas,
secas y cocidas, huevos y/o leche. y en clase 30: Postres congelados y helados;
comidas preparadas a base de arroz, pastas alimenticias, tapioca, sagú y/o
harina; preparaciones a base de cereales y pan. Se cita a terceros interesados
en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los
dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto.
Presentada el 4 de octubre de 2017. Solicitud Nº 2017-0009832. A efectos de
publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley Nº
7978.—San José, 5 de febrero de 2018.—Wendy López Vindas, Registradora.—(
IN2018214748 ).
Wencheng Ren Xu, casado, cédula de
identidad Nº 800810710, en calidad de apoderado generalísimo de Corporación Z
& G Ticos Dorados S. A., cédula jurídica Nº 3101364513, con domicilio en:
Barrio México, frente a Tracopa, San José, Costa Rica, solicita la inscripción
de: Kosswell
como marca de comercio en clase 3 internacional, para proteger y
distinguir lo siguiente: tintes para cabello y artículos de belleza, cosméticos
en general, shampús, lociones capilares, perfumes, cosméticos para el cabello y
uñas, estética y cuerpo en general. Se cita a terceros interesados en defender
sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses
siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto.
Presentada el 25 de enero del 2018. Solicitud N° 2018-0000630. A efectos de
publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley N°
7978.—San José, 31 de enero del 2018.—Johnny Rodríguez Garita, Registrador.—(
IN2018214765 ).
Rocío Hernández Arley, casada una vez,
cédula de identidad N° 106080941 con domicilio en San Pedro, Residencial Don
Bosco, entrada principal, mano derecha 2da cuadra casa esquinera, Costa Rica,
solicita la inscripción de: Bellgello UNIVERSE
como marca de
fábrica y comercio en clase(s): 25 internacional(es), para proteger y
distinguir lo siguiente: en clase 25: Prendas de vestir de niños, jóvenes y
adultos. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos
valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir
de la primera publicación de este edicto. Presentada el 22 de enero del 2018.
Solicitud Nº 2018-0000463. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo
dispuesto en el artículo 85 de la Ley Nº 7978.—San José, 30 de enero del
2018.—Randall Abarca Aguilar, Registrador.—( IN2018214782 ).
Johanny Mena Campos, casado una vez,
cédula de identidad N° 109510067, con domicilio en La Angostura Pérez Zeledón,
150 metros este y 150 norte del templo católico, San José, Costa Rica, solicita
la inscripción de: LA MACHACA, como marca de fábrica y comercio en clase(s): 32
internacional(es).
Para proteger y distinguir lo siguiente: en
clase 32; Cervezas. Reservas: de los colores: negro y blanco. Fecha: 15 de
enero del 2018. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para
hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados
a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 21 de
diciembre del 2017. Solicitud Nº 2017-0012373. A efectos de publicación,
téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley Nº 7978.—San José,
15 de enero del 2018.—Milena Marín Jiménez, Registradora.—( IN2018214796 ).
Mauren Stephanie Díaz Segura, casada
una vez, cédula de identidad N° 113090128, con domicilio en Ulloa, Residencial
Los Arcos, Rotonda 14, casa Nº 94, Heredia, Costa Rica, solicita la inscripción
de: DIVA COLLECTION,
como marca de
fábrica comercio en clase(s): 18 internacional(es), para proteger y distinguir
lo siguiente: artículos de equipaje y bolsas de transporte, paraguas y
sombrillas. Reservas: de los colores blanco y negro. Fecha: 31 de enero de
2018. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos
valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir
de la primera publicación de este edicto. Presentada el 2 de octubre del 2017.
Solicitud Nº 2017-0009688. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo
dispuesto en el artículo 85 de la Ley Nº 7978.—San José, 31 de enero del
2018.—Sabrina Loaiciga Pérez, Registradora.—( IN2018214809 ).
Ericka Vanessa López Araya, casada una
vez, cédula de identidad 111690577 con domicilio en Goicoechea, Guadalupe, El
Alto, de la Iglesia Vida Abundante, 200 metros norte, 100 metros oeste y 15
metros sur, Barrio La Flor, San José, Costa Rica, solicita la inscripción de:
Artela
como marca de fábrica y comercio en clases: 16 y 24. Internacionales.
Para proteger y distinguir lo siguiente: en clase 16: Libros para niños hechos
con tela como material principal y diversos materiales añadidos a la tela y en
clase 24: Adornos de tela para festividades, artículos de tela para hogar (cortinas,
ropa de cama, manteles, limpiones, protectores de electrodomésticos). Reservas:
De los colores: negro, rojo, blanco, rosado, turquesa, celeste, lila, verde,
gris. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos
valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir
de la primera publicación de este edicto. Presentada el 13 de diciembre de
2017. Solicitud Nº 2017-0012090. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo
dispuesto en el artículo 85 de la Ley Nº 7978.—San José, 24 de enero de
2018.—Ivonne Mora Ortega, Registradora.—( IN2018214816 ).
Ericka Vanessa López Araya, casada una
vez, cédula de identidad Nº 111690577, con domicilio en: Goicoechea, Guadalupe,
El Alto, de la Iglesia Vida Abundante, 200 metros norte,100 metros oeste y 15
metros sur, Barrio La Flor, San José, Costa Rica, solicita la inscripción de:
Artela
como marca de fábrica y comercio en clases: 18 y 25 internacionales,
para proteger y distinguir lo siguiente: en clase 18: Ropa para animales y en
clase 25: Ropa para humanos. Reservas: de los colores: negro, rojo, blanco,
rosado, turquesa, celeste, lila, verde, gris. Fecha: 24 de enero de 2018. Se
cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante
este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la
primera publicación de este edicto. Presentada el 13 de diciembre del 2017.
Solicitud N° 2017-0012091. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo
dispuesto en el artículo 85 de la Ley N° 7978.—San José, 24 de enero del
2018.—Ivonne Mora Ortega, Registradora.—( IN2018214817 ).
Rebeca Linox Chacón, casada una vez,
cédula de identidad 109680428, en calidad de Apoderada Especial de José
Leonardo Jiménez Montero, casado una vez, cédula de identidad 205400926 con
domicilio en La Unión, Lomas de Ayarco Sur, del Colegio Iribó 25 metros al sur,
100 al oeste, 200 sur, 100 oeste y 25 sur, Cartago, Costa Rica, solicita la
inscripción de: LASERPLOTT Studio Design LP
como nombre
comercial, en clase internacional, para proteger y distinguir lo siguiente: en
clase 49; Un establecimiento comercial dedicado a brindar servicios de Ploteo
(impresión realizada por plotter de impresión), y servicios de corte y/o
grabado utilizando láser. Reservas: De los colores: rojo, negro y blanco. Se
cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante
este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la
primera publicación de este edicto. Presentada el 22 de enero del 2018.
Solicitud Nº 2018-0000473. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo
dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978.—San José, 2 de febrero del
2018.—Randall Abarca Aguilar, Registrador.—( IN2018214835 ).
Ariana Azofeifa Vaglio, cédula de
identidad 109540679, en calidad de Apoderada Especial de Estel Ingeniería y
Obras de Costa Rica Sociedad de Responsabilidad Limitada, cédula jurídica
3102730133, con domicilio en Carrillo, Sardinal, Playas del Coco, centro
comercial Plaza Colonial, oficina cuatro, Guanacaste, Costa Rica, solicita la
inscripción de: estel
como nombre comercial, en clase
internacional, para proteger y distinguir lo siguiente: en clase 49: Un
establecimiento comercial dedicado a brindar servicios de ingeniería e
instalación integral de: electricidad, fontanería, climatización,
telecomunicaciones, contra incendios, climatización mecánica e hidráulicas e
instalaciones especiales; así como su debido mantenimiento. Se cita a terceros
interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro,
dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación
de este edicto. Presentada el 28 de setiembre del 2017. Solicitud Nº
2017-0009627. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el
artículo 85 de la Ley 7978.—San José, 27 de noviembre del 2017.—César Alfonso
Rojas Zúñiga, Registrador.—( IN2018214838 ).
Simón Alfredo Valverde Gutiérrez,
casado, cédula de identidad 303760289, en calidad de apoderado especial de
Jonathan José Vargas Rodríguez, Cédula de identidad 205800764con domicilio en
casa A35 Condominio San Ignacio, San Nicolás, Central, Cartago, Costa Rica,
solicita la inscripción de: LIBREFIRMA como marca de fábrica y comercio en clase 9 internacional,
para proteger y distinguir lo siguiente: en clase 9; Programas de computación
de firma digital. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para
hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados
a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 22 de
diciembre del 2017, solicitud Nº 2017-0012478. A efectos de publicación,
téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley Nº 7978.—San José,
18 de enero del 2018.—Wendy López Vindas, Registradora.—( IN2018214882 ).
Simón Alfredo Valverde Gutiérrez,
casado, cédula de identidad 303760289, en calidad de apoderado especial de
Jonathan José Vargas Rodríguez, cédula de identidad 205800764 con domicilio en
casa A35 Condominio San Ignacio, San Nicolás, Central, Cartago, Costa Rica,
solicita la inscripción de: METRO BPM como marca de fábrica y comercio en clase 9 internacional,
para proteger y distinguir lo siguiente: en clase 9; Programas de computación.
Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer
ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la
primera publicación de este edicto. Presentada el 22 de diciembre del 2017,
solicitud Nº 2017-0012479. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo
dispuesto en el artículo 85 de la Ley Nº 7978.—San José, 18 de enero del
2018.—Wendy López Vindas, Registradora.—( IN2018214885 ).
Simón Alfredo Valverde Gutiérrez,
casado, cédula de identidad 303760289, en calidad de Apoderado Especial de
Jonathan José Vargas Rodríguez, soltero, cédula de identidad 205800764 con
domicilio en casa A35 Condominio San Ignacio, San Nicolás, Central, Cartago,
Costa Rica, solicita la inscripción de: ALKAID como marca de servicios, en
clase 42 internacional.
Para proteger y
distinguir lo siguiente: en clase 42; Servicios científicos y tecnológicos, así
como servicios de investigación y diseño en estos ámbitos; servicios de
análisis e investigación industriales; diseño y desarrollo de equipos
informáticos y de software. Se cita a terceros interesados en defender sus
derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses
siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto.
Presentada el 22 de diciembre del 2017. Solicitud Nº 2017-0012476. A efectos de
publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley
7978.—Wendy López Vindas, Registradora.—( IN2018214887 ).
Simón Alfredo Valverde Gutiérrez,
casado, cédula de identidad 303760289, en calidad de apoderado especial de
Jonathan José Vargas Rodríguez, soltero, cédula de identidad 205800764 con
domicilio en casa A35 Condominio San Ignacio, San Nicolás, Central, Cartago,
Costa Rica, solicita la inscripción de: ALKAID como marca de servicios en clase 42 internacional, para
proteger y distinguir lo siguiente: en clase 42: Servicios científicos y
tecnológicos, así como servicios de investigación y diseño en estos ámbitos:
servicios de análisis e investigación industriales: diseño y desarrollo de
equipos informáticos y de software. Se cita a terceros interesados en defender
sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses
siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto.
Presentada el 22 de diciembre del 2017, solicitud Nº 2017-0012477. A efectos de
publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley Nº
7978.—San José, 18 de enero del 2018.—Wendy López Vindas, Registradora.—(
IN2018214889 ).
Mayra Cecilia Jiménez Murillo, soltera,
cédula de identidad 503470498 con domicilio en Guayabo de Bagaces, 3 km al
noreste del Bar Caballo Blanco, camino a Pueblo Nuevo, Costa Rica, solicita la
inscripción de: LACTEOS MOGOTE
como marca de
fábrica y comercio, en clase 29 internacional, para proteger y distinguir lo
siguiente: en clase 29; queso semiduro, queso tierno, queso ahoga pollo, queso
palmito, natilla, yogurt. Reservas: De los colores: verde, amarillo, rojo. Se
cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante
este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la
primera publicación de este edicto. Presentada el 20 de setiembre del 2017.
Solicitud Nº 2017-0008848. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo
dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978.—San José, 26 de octubre del
2017.—Johnny Rodríguez Garita, Registrador.—( IN2018214897 ).
Melissa Ramírez Fernández, casada una
vez, cédula de identidad Nº 110800672, con domicilio en: 50 mts norte Liceo
Samuel Sáenz, Heredia, Costa Rica, solicita la inscripción de: DS DRESS STUDIO
como marca de comercio en clase 25 internacional, para proteger y
distinguir lo siguiente: prendas de vestir, calzado, artículos de sombrerería.
Reservas: de los colores: dorado, negro y gris. Se cita a terceros interesados
en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los
dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este
edicto. Presentada el 23 de enero del 2018. Solicitud N° 2018-0000526. A
efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la
Ley N° 7978.—San José, 01 de febrero del 2018.—Milena Marín Jiménez, Registradora.—(
IN2018214912 ).
Mariana Vargas Roqhuett, soltera,
cédula de identidad 304260709, en calidad de apoderado especial de Loh
Enterprises, LLC con domicilio en 318 Davis Street, Clarks Summit, PA, 18411,
Estados Unidos de América, solicita la inscripción de: Movilidad e Independencia
como marca de servicios en clase 35 internacional, para proteger y distinguir
lo siguiente: en clase 35: Publicidad de distribuidores mayoristas en el campo
de equipos médicos. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos
para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes,
contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 14 de
noviembre del 2017, Solicitud Nº 2017-0011162. A efectos de publicación,
téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley Nº 7978.—San José,
10 de enero del 2018.—Wendy López Vindas, Registradora.—( IN2018214954 ).
Mariana Vargas Roqhuett, soltera,
cédula de identidad 304260709, en calidad de apoderada especial de Rubell Corp,
con domicilio en Flemming House Wickhams Cay, Po Box 662, Road Town, Tórtola,
Islas Vírgenes (Británicas), solicita la inscripción de: TAS! como marca de
fábrica en clases: 29 y 30. Internacionales.
Para proteger y distinguir lo siguiente: en clase 29: Frutas,
legumbres, vegetales y hortalizas secas, horneadas y/o fritas. Semillas, manís
y nueces, horneadas, fritas o en conserva o condimentadas, boquitas de papas,
plátanos, bananos y tubérculos, ya sea fritos, horneados o procesados de alguna
forma, boquitas de o a base de cerdo, boquitas de o a base de leguminosas,
frituras comestibles a base de frutas, verduras o vegetales, y en clase 30:
Palomitas de maíz naturales o saborizadas. Reservas: De los colores:
anaranjado, rojo y blanco. Se cita a terceros interesados en defender sus
derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses
siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto.
Presentada el 22 de agosto de 2017. Solicitud Nº 2017-0008175. A efectos de
publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley Nº
7978.—San José, 8 de enero de 2018.—Jamie Phillips Guardado, Registrador.—(
IN2018214955 ).
Mariana Vargas Roqhuett, soltera,
cédula de identidad 304260709, en calidad de apoderado especial de Mavic S.A.
R.L. con domicilio en 19, Rue Du Commerce, 1351, Luxemburgo, solicita la
inscripción de:
como
marca de fábrica en clase 25 internacional, para proteger y distinguir lo
siguiente: en clase 25: Ropa, calzado, artículos de sombrerería; camisetas;
polos, suéteres; suéteres con capucha; chaquetas (ropa, sudaderas; gorras
sombreros); tapas; chales; Puños (prendas de vestir); disfraces; cinturones,
(ropa); ropa interior; calcetines; overoles; guantes [ropa]. Se cita a terceros
interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro,
dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación
de este edicto. Presentada el 11 de diciembre del 2017, Solicitud Nº
2017-0012007. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el
artículo 85 de la Ley Nº 7978.—San José, 20 de diciembre del 2017.—Johnny
Rodríguez Garita, Registrador.—( IN2017214972 ).
María Vargas Uribe, divorciada, cédula
de identidad 107850618, en calidad de apoderada especial de Neostrata Company
Inc., con domicilio en 307 College Road East, Princeton, New Jersey 08540,
Estados Unidos de América, solicita la inscripción de: VESPERA como marca de fábrica y comercio en clase: 3
Internacionales para proteger y distinguir lo siguiente: en clase 3; Productos
de uso cosmético, a saber, limpiadoras faciales para uso cosmético, lociones
para uso cosmético, hidratantes para uso cosmético, cremas para uso cosmético,
geles para uso cosmético, sueros para uso cosmético, tonificadoras para uso
cosmético, productos de uso cosmético, a saber, lavados exfoliantes para uso cosmético,
lociones exfoliantes para uso cosmético, exfoliantes en forma granulada para
uso cosmético, protectores solares para uso cosmético, mascarillas faciales
para uso cosmético, productos para dermoabrasión (peeling) facial para uso
cosmético, cremas y sueros anti envejecimiento para uso cosmético; productos de
uso cosmético, a saber, limpiadoras para el cuerpo para uso cosmético, lociones
para uso cosmético, hidratantes para uso cosmético, cremas para uso cosmético,
geles para uso cosmético; cremas para los ojos para uso cosmético, mascarillas
para párpados para uso cosmético; cosméticos a saber, bases de maquillaje y
corrector, todos los productos antes mencionados comprendidos en ésta clase. Se
cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante
este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la
primera publicación de este edicto. Presentada el 25 de enero del 2018.
Solicitud N° 2018-0000637. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo
dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978.—San José, 01 de febrero del
2018.—Grettel Solís Fernández, Registradora.—( IN2018214976 ).
Rafael Méndez Jiménez, casado una vez,
cédula de identidad 203180604, con domicilio en Concepción, San Ramón, 1 km al
norte de la Escuela Mercedes Quesada Quesada, Alajuela, Costa Rica, solicita la
inscripción de: CAFÉ Doña Paula “Más que un buen café”
como marca de fábrica y comercio en clase: 30. Internacional. Para
proteger y distinguir lo siguiente: en clase 30: Café y sucedáneos del café. Se
cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante
este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la
primera publicación de este edicto. Presentada el 12 de diciembre de 2017.
Solicitud Nº 2017-0012031. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo
dispuesto en el artículo 85 de la Ley Nº 7978.—San José, 29 de enero de
2018.—César Alfonso Rojas Zúñiga, Registrador.—( IN2018215004 ).
Ana Catalina Monge Rodríguez, casada
dos veces, cédula de identidad Nº 108120604, en calidad de apoderada especial
de SMA Solar Technology AG., con domicilio en: Sonnenallee 1, 34266 Niestetal,
Alemania, solicita la inscripción de: SMA
como marca de fábrica y servicios en clases: 6, 9, 16, 37, 38, 41 y 42
internacionales, para proteger y distinguir lo siguiente: en clase 6:
construcciones transportables mecánicas para sostener aparatos eléctricos, en
particular inversores; en clase 9: programas de cómputo; programa de computo
(software) para controlar y administrar aparatos de energía tecnológica;
programa de cómputo (software) para presentación de datos de aparatos con
energía tecnológica; programa de cómputo (software) para proveer acceso a la información
en la internet en el campo de la energía tecnológica; aparatos e instrumentos
para la conducción; interrupción, acumulación, regulación y control de la
electricity; aparatos e instrumentos para la medición y análisis de la
electricidad, aparatos de exhibición eléctricos; aparatos de procesador de
datos; enchufes eléctricos; conectores eléctricos enchufables; aparatos
eléctricos controladores de procesos; interruptores eléctricos; invertidor;
transformadores eléctricos; rectificadores; conductores eléctricos; conectores
de poder; paneles de control eléctrico; módulos solares; celdas solares;
aparatos eléctricos para red de monitoreo; controlador de energía eléctrica;
aparatos, instrumentos y cables para electricidad; indicadores eléctricos;
aparatos para la transmisión de datos; red de datos; bases de datos; aparatos
para comunicaciones de datos; sistema de procesamiento de datos; programas de
cómputo para procesamiento de datos; unidad de intercambio de datos; redes de
transmisión de datos; systemas de recolección de datos; aplicaciones para
teléfonos móviles; aparatos de comunicación satelital; aparatos de regulación
eléctrica; aparatos de señalización; convertidores; transformadores eléctricos:
rectificadores de corriente; conductores eléctricos; conectores de energía:
paneles de control eléctrico; bobinas electromagnéticas; cajas de distribución
eléctrica; cajas de interruptor eléctrico; interruptores eléctricos;
transistores electrónicos; voltímetros; terminales eléctricas, transmisores
mecánicos, circuitos de control electrónico, circuitos eléctricos y tableros de
circuitos, interfaces para computadoras; programa de cómputo para automatizar
el almacenamiento de datos unidades de procesamiento central (procesadores);
aparatos, instrumentos y cables para electrividad, aparatos para la
distribución de energía eléctrica, aparatos e instrumentos para el monitoreo
eléctrico; en clase 16: manuales, materiasl de enseñanaza (no incluye
aparatos); instrumentos de escritura, en particular lápices y bolígrafos;
requerimientos de oficina (excepto muebles), en particular carpetas y
almohadillas, folletos y prospectos; en clase 37: instalación, reparación y
mantenimiento de sistemas de generación de eléctrica, fotovoltaica y solar; los
servicios anteriormente mencionados en conección con garantías y disponibilidad
de garantías en repuestos; mantenimiento; reparación, reemplazo y afinamiento
de componentes, partes y sistemas de los sistemas de generación solar,
fotovoltaica y eléctricoa; proveyendo información relativa a la instalación;
trabajos de reparación y mantenimiento respecto a las instalaciones suplidoras
solares, fotovoltaicas y eléctricas como un centro de llamadas (call center);
en clase 38: provisión de acceso a un portal de Internet, que ofrece servicios
de mercadeo a comerciantes en el campo de la energía renovable; provisión de un
acceso a portales de internet y bases de datos que monitorean las instalaciones
fotovoltaicas y los datos operativos; en clase 41: educación y entrenamiento
con respecto a tecnología solar y en clase 42: servicios de asesoría técnica
concerniente a dispositivos y sistemas; contemplados en la clase 09; para la
técnica de medir, controlar, regular y analizar; especialmente la técnica
solar, para dispositivos para conducir, interrumpir, almacenar, regular y
controlar la electricidad; para los dispositivos suplidores de energía y los
sistemas de técnica de la transformación de energía solar; para
transformadores, convertidores, inversores, convertidores de corriente directa,
acumuladores, así como dispositivos para la medición y control correspondiente,
para sistemas de plata solar para generación de electricidad; monitoreo
técnico, denominados inspección de instalaciones proveedores de energía solar,
fotovoltaica y eléctrica; asesoría técnica relativa a suministro de
instalaciones de energía solar, fotovoltaica y eléctrica. Reservas: de los
colores: azul y rojo. Fecha: 24 de enero de 2018. Se cita a terceros
interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro,
dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación
de este edicto. Presentada el 19 de diciembre del 2017. Solicitud N°
2017-0012235. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el
artículo 85 de la Ley N° 7978.—San José, 24 de enero del 2018.—Rándall Abarca
Aguilar, Registrador.—( IN2018215017 ).
Ana Catalina Monge Rodríguez, casada
dos veces, cédula de identidad 108120604, en calidad de apoderada especial de
SMA Solar Technology AG, con domicilio en Sonnenallee 1, 34266 Niestetal,
Alemania, solicita la inscripción de: SMA
como marca de fábrica y servicios en clases: 6; 9; 16; 37; 38; 41 y
42. Internacionales. Para proteger y distinguir lo siguiente: en clase 6:
Construcciones transportables mecánicas para sostener aparatos eléctricos, en
particular inversores, en clase 9: Programas de cómputo; programa de cómputo
(software) para controlar y administrar aparatos de energía tecnológica;
programa de cómputo (software) para presentación de datos de aparatos con
energía tecnológica; programa de cómputo (software) para proveer acceso a la
información en la internet en el campo de la energía tecnológica; aparatos e instrumentos
para la conducción; interrupción, acumulación, regulación y control de la
electricista; aparatos instrumentos para la medición y análisis de la
electricidad, aparatos de exhibición eléctricos; aparatos de procesador de
datos; enchufes eléctricos; conectores eléctricos enchufables; aparatos
eléctricos controladores de procesos; interruptores eléctricos; invertidor;
transformadores eléctricos; rectificadores; conductores eléctricos; conectores
de poder; paneles de control eléctrico; módulos solares; celdas solares;
aparatos eléctricos para red de monitoreo; controlador de energía eléctrica;
aparatos, instrumentos y cables para electricidad; indicadores eléctricos:
aparatos para la transmisión de datos; red de datos; bases de datos; aparatos
para comunicaciones de datos; sistema de procesamiento de datos; programas de
cómputo para procesamiento de datos; unidad de intercambio de datos; redes de
transmisión de datos; systemas de recolección de datos; aplicaciones para
teléfonos móviles; aparatos de comunicación satelital; aparatos de regulación
eléctrica; aparatos de señalización; convertidores; transformadores eléctricos;
rectificadores de corriente; conductores eléctricos; conectores de energía;
paneles de control eléctrico; bobinas electromagnéticas; cajas de distribución
eléctrica; cajas de interruptor eléctrico; interruptores eléctricos;
transistores electrónicos; voltímetros; terminales eléctricas, transmisores
mecánicos, circuitos de control electrónico; circuitos eléctricos y tableros de
circuitos; interfaces para computadoras; programa de cómputo para automatizar
el almacenamiento de datos; unidades de procesamiento central
(procesadores);aparatos, instrumentos y cables para electricidad; aparatos para
la distribución de energía eléctrica, aparatos e instrumentos para el monitoreo
eléctrico, en clase 16: Manuales, materias de enseñanza (no incluye aparatos);
instrumentos de escritura, en particular lápices y bolígrafos; requerimientos
de oficina (excepto muebles), en particular carpetas y almohadillas; folletos y
prospectos, en clase 37: Instalación, reparación y mantenimiento de sistemas de
generación de eléctrica, fotovoltaica y solar; los servicios anteriormente
mencionados en conexión con garantías y disponibilidad de garantías en
repuestos; mantenimiento; reparación, reemplazo y afinamiento de componentes,
partes y sistemas de los sistemas de generación solar, fotovoltaica y
eléctrico; proveyendo información relativa a la instalación; trabajos de
reparación y mantenimiento respecto a las instalaciones suplidoras solares,
fotovoltaicas y eléctricas como un centro de llamadas (call center), en clase
38: Provisión de acceso a un portal de internet que ofrece servicios de
mercadeo a comerciantes en el campo de la energía renovable; provisión de un acceso
a portales de internet y bases de datos que monitorean las instalaciones
fotovoltaicas y los datos operativos, en clase 41: Educación y entrenamiento
con respecto a tecnología solar. y en clase 42: Servicios de asesoría técnica
concerniente a dispositivos y sistemas; contemplados en la clase 09: para la
técnica de medir, controlar, regular y analizar; especialmente la técnica
solar, para dispositivos para conducir, interrumpir, almacenar, regular y
controlar la electricidad; para los dispositivos suplidores de energía y los
sistemas de técnica de la transformación de energía solar; para
transformadores, convertidores, inversores, convertidores de corriente directa,
acumuladores, así como dispositivos para la medición y control correspondiente,
para sistemas de plata solar para generación de electricidad; monitoreo
técnico, denominados inspección de instalaciones proveedores de energía solar,
fotovoltaica y eléctrica; asesoría técnica relativa a suministro de
instalaciones de energía solar, fotovoltaica y eléctrica. Se cita a terceros
interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro,
dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación
de este edicto. Presentada el 19 de diciembre de 2017. Solicitud Nº 2017-0012234.
A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de
la Ley Nº 7978.—San José, 24 de enero de 2018.—Randall Abarca Aguilar,
Registrador.—( IN2018215018 ).
Fabián Abadía Flores, casado una vez,
cédula de identidad 110220673 con domicilio en Grecia Condominio Montezuma,
Alajuela, Costa Rica, solicita la inscripción de: My
Treat
como
marca de servicios en clase 42 internacional, para proteger y distinguir lo
siguiente: en clase 42: Servicios brindados en el ámbito tecnológico, por medio
de una solución integral para comercios y usuarios finales para facilitar hacer
pedidos y realizar pagos, brindándoles la opción de tener cuentas separadas
(cuenta individual por usuario), facturación electrónica, historial y detalle
de lo consumido y lo pagado en el comercio, todo a través de una aplicación
móvil. Reservas: Del colores: Rojo. Se cita a terceros interesados en defender
sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses
siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto.
Presentada el 2 de octubre del 2017, Solicitud Nº 2017-0009681. A efectos de
publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley Nº
7978.—San José, 23 de enero del 2018.—Rolando Cardona Monge Registrador.—(
IN2018215026 ).
Luis Diego Castro Chavarría, cédula de
identidad 1-0669-0228, en calidad de apoderado especial de Victoria’s Secret
Stores Brand Management Inc., con domicilio en 4 Limited Parkvvay, Reynoldsburg,
Ohio 43068, Estados Unidos de América, solicita la inscripción de: VICTORIA’S SECRET como marca de fábrica y comercio en clase: 4 Internacional
para proteger y distinguir lo siguiente: en clase 4; Candelas, candelas
perfumadas, candelas votivas, mechas para candelas. Se cita a terceros
interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro,
dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación
de este edicto. Presentada el 16 de agosto del 2017. Solicitud N° 2017-0007960.
A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de
la Ley 7978.—San José, 12 de setiembre del 2017.—Katherin Jiménez Tenorio,
Registradora.—( IN2018215038 ).
Luis Pal Hegedus, casado, cédula de
identidad 105580219, en calidad de apoderado especial de Kylie Jenner Inc., con
domicilio en C/O Boulevard Management Inc., 21731 Ventura Blvd., Suite 300,
Woodland Hills, CA 91364, Estados Unidos de América, solicita la inscripción
de: KYLIE como marca de fábrica y comercio en clase: 3. Internacional
para proteger y distinguir lo siguiente: en clase 3; Cosméticos. Prioridad: Se
otorga prioridad N° 87/325706 de fecha 06/02/2017 de Estados Unidos de América.
Fecha: 14 de setiembre de 2017. Se cita a terceros interesados en defender sus
derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses
siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto.
Presentada el 04 de agosto del 2017. Solicitud N° 2017-0007536. A efectos de
publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley
7978.—San José, 14 de setiembre del 2017.—Milena Marín Jiménez, Registradora.—(
IN2018215039 ).
Luis Pal Hegedus, casado una vez,
cédula de identidad 105580219, en calidad de apoderado especial de UPL Corporation
Limited con domicilio en 5Th Floor, Newport Building, Louis Pasteur Street,
Port Louis, Mauricio, Mauricio, solicita la inscripción de: LIFELINE como marca de
fábrica y comercio en clases: 1 y 5 Internacionales para proteger y distinguir
lo siguiente: en clase 1: Productos fertilizantes y químicos para uso en la
agricultura, fertilizantes multi-micro nutrientes, nutriente orgánico para el
crecimiento de plantas, aditivos químicos para fungicidas, aditivos químicos
para insecticidas, conservantes para flores, químicos para silvicultura,
fósforo. y en clase 5: Pesticidas, insecticidas, fungicidas, herbicidas,
vermicidas, sustancias para matar roedores, preparaciones para eliminar mala
hierba y destruir plagas. Fecha: 9 de octubre de 2017. Se cita a terceros
interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro,
dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación
de este edicto. Presentada el 27 de julio del 2017. Solicitud N° 2017-0007238.
A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de
la Ley 7978.—San José, 09 de octubre del 2017.—Jamie Phillips Guardado,
Registrador.—( IN2018215040 ).
Luis Pal Hegedüs, casado una vez,
cédula de identidad 105580219, en calidad de apoderado especial de Can
Technologies Inc., con domicilio en 9350 Excelsior Blvd., Hopkins, MN 55343,
Estados Unidos de América, solicita la inscripción de: TRUVISOR como marca de fábrica y comercio en clases: 5 y 31
Internacionales para proteger y distinguir lo siguiente: en clase 5;
suplementos de alimento para animales y en clase 31; alimento para animales.
Fecha: 4 de octubre de 2017. Se cita a terceros interesados en defender sus
derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses
siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto.
Presentada el 21 de setiembre del 2017. Solicitud N° 2017-0009287. A efectos de
publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley
7978.—San José, 04 de octubre del 2017.—Rina Ruiz Mata, Registradora.—(
IN2018215041 ).
Simón Alfredo Valverde Gutiérrez,
casado, cédula de identidad N° 303760289, en calidad de apoderado especial de
Ilegal Mezcal, S. A., con domicilio en Sur 11C Antigua Guatemala Sacatepequez
Guatemala 03001, Panamá, solicita la inscripción de: ILEGAL MEZCAL
como marca de
fábrica y comercio en clase(s): 33 internacional(es), para proteger y
distinguir lo siguiente: en clase 33: Mezcal y crema de mezcal. Fecha: 22 de
setiembre del 2017. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos
para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes,
contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 12 de
setiembre del 2017. Solicitud Nº 2017-0008956. A efectos de publicación,
téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley Nº 7978.—San José,
22 de setiembre del 2017.—Rolando Cardona Monge, Registrador.—( IN2018215042 ).
Luis Pal Hegedüs, casado una vez,
cédula de identidad 1558219, en calidad de apoderado especial de Bath &
Body Works Brand Management Inc. con domicilio en Seven Limited Parkvvay,
Reynoldsburg, Ohio 43068, Costa Rica, solicita la inscripción de: AQUA COOL como marca colectiva en clase: 3 Internacional para
proteger y distinguir lo siguiente: en clase 3; productos para cuidado
personal, a saber, aceite corporal, exfoliante corporal, polvo para el cuerpo,
crema para el cuerpo, cremas para cutículas, crema para los ojos, crema facial,
crema para labios, crema para pies, baños de burbujas, gel de ducha, baño, de
crema para la ducha, aceite de baño, sales de baño, exfoliantes de piel, geles
para los ojos, mascarillas faciales, rocío facial remojadores para los pies,
loción para el cuerpo, loción de mano, loción facial, humectantes para la piel,
limpiadores faciales no medicados, jabón para el cuerpo, jabón facial, jabón de
010 manos, loción para el bronceado sin sol, loción bronceadora, loción
bloqueadora del sol. Fecha: 14 de setiembre de 2017. Se cita a terceros interesados
en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los
dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este
edicto. Presentada el 25 de agosto del 2017. Solicitud N° 2017-0008388. A
efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la
Ley 7978.—San José, 14 de setiembre del 2017.—Grettel Solís Fernández,
Registradora.—( IN2018215043 ).
Luis Pal Hegedüs, casado, cédula de
identidad 105580219, en calidad de apoderado especial de Can Technologies Inc.,
con domicilio en 15407 Mcginty Road West, Wayzata, MN55391, Estados Unidos de
América, solicita la inscripción de: EWOS
ESSENTIAL como
marca de fábrica y comercio en clase: 31 Internacional para proteger y
distinguir lo siguiente: en clase 31: Alimento para animales. Fecha: 24 de
noviembre de 2017. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para
hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados
a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 18 de mayo del
2017. Solicitud N° 2017-0004664. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo
dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978.—San José, 24 de noviembre del
2017.—Katherine Jiménez Tenorio, Registradora.—( IN2018215047 ).
Simón Alfredo Valverde Gutiérrez,
casado, cédula de identidad 303760289, en calidad de Apoderado Especial de Can
Technologies Inc., con domicilio en 15407 Mcginty Road West, Wayzata, MN 55391,
Estados Unidos de América, solicita la inscripción de: EWOS ADVANCE
como marca de fábrica y comercio en clase 31 internacional, para proteger y
distinguir lo siguiente: en clase 31: Alimentos para animales acuáticos. Se
cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante
este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la
primera publicación de este edicto. Presentada el 29 de mayo del 2017.
Solicitud Nº 2017-0005013. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo
dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978.—San José, 23 de noviembre del
2017.—Ivonne Mora Ortega, Registradora.—( IN2018215048 ).
Luis Pal Hegedüs, casado una vez,
cédula de identidad Nº 105580219, en calidad de apoderado especial de Instituto
Cervantes; Universidad de Buenos Aires; Universidad de Salamanca y Universidad Nacional
Autónoma de México, con domicilios respectivamente en Alcalá, 49, 28014 Madrid,
España; Viamonte 430 Buenos Aires, Argentina; Patio de Escuelas Menores, 1.
Salamanca, España; y Torre de Rectoría 6º piso, Circuito Universitario, Ciudad
Universitaria, Delegación Coayacán, Ciudad de México, México, solicita la
inscripción de: siele SERVICIO INTERNACIONAL DE EVALUACIÓN DE LA LENGUA
ESPAÑOLA
como marca de
servicios, en clase: 41 internacional. Para proteger y distinguir lo siguiente,
en clase 41: servicios de enseñanza del idioma español como lengua extranjera,
formación de profesorado, organización de pruebas pedagógicas y exposición con
fines culturales o educativos; edición de textos y videos educativos. Fecha: 07
de noviembre del 2017. Se cita a
terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este
Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera
publicación de este edicto. Presentada el 25 de octubre del 2017. Solicitud Nº
2017-0010474. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el
artículo 85 de la Ley Nº 7978.—San José, 07 de noviembre del 2017.—Cesar
Alfonso Rojas Zúñiga, Registrador.—( IN2018215049 ).
Simón Alfredo Valverde Gutiérrez,
casado, cédula de identidad 303760289, en calidad de Apoderado Especial de
Fluence Corporation Limited con domicilio en Level 3, 62 Lygon Street, Carlton,
Victoria 3053, Australia, solicita la inscripción de: FLUENCE como marca de
fábrica y servicios, en clase 7; 9; 11; 37; 39; 40 y 42 internacional, para
proteger y distinguir lo siguiente: en clase 7; Aireador (dispositivos de
aireación). En clase 9; Aparatos, instalaciones, bio-reactores, tanques para
generación de electricidad electroquímica, a saber, celdas de electrólisis,
celdas de combustible y conductores eléctricos, ninguno de los anteriores es o
contiene baterías. En clase 11; Aparatos, instalaciones, bio-reactores y
tanques, para el tratamiento y purificación de aguas residuales; unidades de
purificación de aguas residuales; equipo para tratamiento agua, a saber,
unidades de filtración de agua. En clase 37; Construcción, instalación,
mantenimiento y reparación de sistemas y plantas de tratamiento y purificación
de aguas residuales; construcción de plantas de tratamiento de aguas;
construcción, instalación, mantenimiento y reparación de sistemas y plantas de
generación de energía y electricidad; servicios de consultaría para la
construcción de plantas de tratamiento y purificación de aguas, plantas de
tratamiento de desechos sólidos y otras instalaciones de infraestructura
municipal. En clase 39; Suministro de agua; distribución de agua; servicios
públicos, a saber, suministro de servicios de agua; servicios de entrega de
agua. En clase 40; Tratamiento y purificación de aguas residuales; generación
de energía; generación de electricidad; servicios de tratamiento de agua;
tratamiento y purificación del agua; servicios de generación de desechos a
energía, y en clase 42; Servicios de ingeniería y consultoría en ingeniería
para la construcción de sistemas y plantas de tratamiento y purificación de
agua; servicios de ingeniería y consultoría en ingeniería para la construcción
de sistemas y plantas de generación eléctrica; servicios de ingeniería para la
construcción de plantas de tratamiento de desechos sólidos y de otras
instalaciones de infraestructura municipal. Prioridad: Se otorga prioridad N°
01829781 de fecha 06/03/2017 de Australia. Se cita a terceros interesados en
defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos
meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto.
Presentada el 5 de setiembre del 2017. Solicitud Nº 2017-0008711. A efectos de
publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley
7978.—San José, 20 de noviembre del 2017.—Grettel Solís Fernández,
Registradora.—( IN2018215050 ).
Luis Pal Hededüs, casado una vez,
cédula de identidad 105580219, en calidad de Apoderado Especial de UPL
Corporation Limited con domicilio en 5th Floor, Newport Building, Louis Pasteur
Street, Port Louis, Mauricio, solicita la inscripción de: LIFELINE FLASH
como marca de fábrica y comercio, en clase 1 y 5 internacionales, para proteger
y distinguir lo siguiente: en clase 1: Productos fertilizantes y químicos para
uso en la agricultura, fertilizantes multimicro nutrientes, nutriente orgánico
para el crecimiento de plantas, aditivos químicos para fungicidas, aditivos
químicos para insecticidas, conservantes para flores, químicos para
silvicultura, fósforo, y en clase 5: Pesticidas, insecticidas, fungicidas,
herbicidas, vermicidas, sustancias para matar roedores, preparaciones para
eliminar mala hierba y destruir plagas. Se cita a terceros interesados en
defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos
meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto.
Presentada el 27 de setiembre del 2017. Solicitud Nº 2017-0007237. A efectos de
publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley
7978.—San José, 29 de noviembre del 2017.—Jamie Phillips Guardado,
Registrador.—( IN2018215052 ).
Luis Pal Hegedüs, casado, cédula de
identidad 105580219, en calidad de Apoderado Especial de Can Technologies,
Inc., con domicilio en 15407 Mcginty Road West, Wayzata, MN 55391, Estados
Unidos de América, solicita la inscripción de: READY2MILK como marca de fábrica y servicios, en clases 31 y 44
internacionales, para proteger y distinguir lo siguiente: en clase 31;
Alimentos para animales que mejora el período de transición en vacas lactantes,
y en clase 44; Asesoría en relación con la alimentación de animales; servicio
de racionamiento de alimento para animales; asesoría en relación con la cría de
animales; suministro de información relacionada con la cría de animales;
servicios de agricultura; servicios de ganadería; servicios de consultoría
relacionados con agricultura. Se cita a terceros interesados en defender sus
derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses
siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto.
Presentada el 21 de setiembre del 2017. Solicitud Nº 2017-0009290. A efectos de
publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley
7978.—San José, 4 de diciembre del 2017.—Bernard Molina Alvarado,
Registrador.—( IN2018215053 ).
Francisco Antonio Acuña Flaque,
soltero, cédula de identidad Nº 117600661 con domicilio en: Central, San
Antonio, de la rotonda Siquiares, Coyol, 50 metros noreste, casa a mano
derecha, portón color café, Alajuela, Costa Rica, solicita la inscripción de: M
MALIA
como marca de fábrica y comercio en clases: 25, 28. Internacionales.
Para proteger y distinguir lo siguiente: en clase 25: prendas de vestir,
calzado, artículos de sombrerería, y en clase 28: artículos de gimnasia y
deporte. Fecha: 02 de febrero de 2018. Se cita a terceros interesados en
defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos
meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto.
Presentada el 24 de enero del 2018. Solicitud N° 2018-0000559. A efectos de
publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley N°
7978.—San José, 02 de febrero del 2018.—Rolando Cardona Monge, Registrador.—(
IN2018215056 ).
Ricardo Alberto Vargas Valverde, cédula
de identidad 106530276, en calidad de Apoderado Especial de Star War Holdings
Corp., con domicilio en Saint Kitts and Nevis, Charlestown Nevis, Hunkins
Waterfront Plaza, Suite 556, Mainstreet, Estados Unidos de América, solicita la
inscripción de: S H U S H O P
como marca de
comercio, en clases 18 y 25 internacional, para proteger y distinguir lo
siguiente: en clase 18; Billeteras; monederos; monederos de tela; bolsos de
deporte; armazones de bolsos; bolsos de playa; bolsos de viaje; neceseres
(equipaje); bolsos de mano; bolsos de campamento; bolsos de montañismo;
carteras (bolsos de mano); armazones de carteras (bolsos de mano); bolsas;
talegas (bolsas); bolsas de playa; bolsas de viaje; bolsas para la compra;
bolsas cosmetiqueras (vacías); mochilas; alforjas (bolsas); estuches para
cosméticos (vacíos); bolsas de herramientas vacías; bolsas de red para la
compra; bolsas de medas para la compra; bolsas de viaje; bolsas (sobres,
bolsitas) de cuero para empaquetar; estuche de viaje para corbatas
(marroquinería); portatarjetas; carteras para tarjetas de presentación
(tarjeteros); cajas de cuero o cartón cuero; carteras de bolsillo; carteras
escolares; carteras pan tarjetas de visita (tarjeteros), tarjeteros (carteras);
estuches para artículos de tocador, estuches de cuero o cartón cuero; estuches
de viaje (artículos de marroquinería); mochilas escolares; portafolios
(artículos de marroquinería); portafolios escolares; chaucheras (monederos);
alforjas; baúles (equipaje); baúles de viaje; carteras (bolsos de mano);
bolsitos de mano; morrales; morrales de caza; monederos de malla; maletas;
maletas con ruedas; maletas de mano; maletines para documentos; artículos de guarnicionería;
artículos de equipaje y bolsas de transporte; y en clase 25; Prendas de vestir,
a saber: camisetas, pantalones, shorts, suéteres, vestidos, faldas, sudaderas,
playeras, chaquetas, abrigos, trajes de baño (bañadores), bikinis, pareos,
sarongs (pareos), bufandas, sombreros, guantes (prendas de vestir) calzado;
prendas de vestir, alpargatas; bañadores; bandanas; bermudas (prendas de
vestir); blusas; botas; botines; bufandas; calcetines; camisas; camisas de
manga corta; camisetas (de manga corta); chalecos; chales; chalinas; chamarras
rompe vientos (prendas de vestir); chaquetas; conjuntos para vestir, corbatas;
corbatín (prendas de vestir); calzado de deportes; filares; gabardinas (prendas
de vestir); gorras; gorros; guayaberas; huaraches (sandalias); huipiles
(vestimenta); jerseys (prendas de vestir); leggings (pantalones); orejeras
(prendas de vestir); pantalones; pecheras de camisa; pijamas; calzado de playa;
ropa de playa; ropa exterior; ropa de deporte; artículos de sombrerería;
suéteres; tirantes; trajes; turbantes; vestidos; vestimenta; vestuario;
zapatillas de interior; zapatos; cinturones (prendas de vestir); suecos
(calzado). Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para
hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados
a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 21 de
diciembre del 2017. Solicitud Nº 2017-0012381. A efectos de publicación,
téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978.—San José, 30
de enero del 2018.—Wendy López Vindas, Registradora.—( IN2018215060 ).
Ramón Alpízar Torres, casado dos veces,
cédula de identidad 203190301 con domicilio en Santa Barbara de Heredia, del
Palacio Municipal, 100 metros norte y 150 oeste, última casa, Heredia, Costa
Rica, solicita la inscripción de: PIRATA como marca de fábrica y comercio, en clase 33
internacional, para proteger y distinguir lo siguiente: en clase 33;
Aguardiente o guaro. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos
para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes,
contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 24 de
enero del 2018. Solicitud Nº 2018-0000568. A efectos de publicación, téngase en
cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978.—San José, 31 de enero del
2018.—Johnny Rodríguez Garita, Registrador.—( IN2018215118 ).
Jefferson Alpízar Quirós, soltero,
cédula de identidad 112650687, con domicilio en, 200 m este, 50 sur, este, de
la iglesia católica de San Jerónimo de Moravia, San José, Costa Rica, solicita
la inscripción de: ARCHIDUQUE
como marca de
fábrica y comercio, en clase 32 internacional, para proteger y distinguir lo
siguiente: en clase 32; Cervezas artesanales y cervezas industriales. Se cita a
terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este
Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera
publicación de este edicto. Presentada el 24 de enero del 2018. Solicitud Nº
2018-0000567. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el
artículo 85 de la Ley 7978.—San José, 5 de febrero del 2018.—Ivonne Mora
Ortega, Registradora.—( IN2018215119 ).
Susana Vásquez Álvarez, cédula de
identidad 109560295, en calidad de Apoderada Especial de Laboratorios Stein
Sociedad Anónima, cédula jurídica 3101028601 con domicilio en 500 metros al sur
del Cruce de Taras, sobre la autopista Florencio del Castillo, Cartago, Costa
Rica, solicita la inscripción de: STINIB como marca de fábrica y comercio, en clase 5 internacional,
para proteger y distinguir lo siguiente: en clase 5: Productos farmacéuticos de
uso humano. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para
hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados
a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 30 de agosto
del 2017. Solicitud Nº 2017-0008554. A efectos de publicación, téngase en
cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978.—San José, 26 de enero del
2018.—Rina Ruiz Mata, Registradora.—( IN2018215122 ).
Patricia Castro Molina, soltera, cédula
de identidad 109650989, en calidad de Apoderada Especial de Fisiovet, Limitada,
cédula jurídica 3102746158 con domicilio en La Unión Centro Comercial Rainbow,
local en planta baja, Cartago, Costa Rica, solicita la inscripción de: FISIOVET
como nombre comercial, en clase internacional.
Para proteger y
distinguir lo siguiente: en clase 49; Un establecimiento comercial dedicado a
prestación de servicios de Fisioterapia y Rehabilitación Veterinaria, ubicado
en Cartago-La Unión Centro Comercial Rainbow local en planta baja. Se cita a
terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este
Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera
publicación de este edicto. Presentada el 26 de enero del 2018. Solicitud Nº
2018-0000662. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el
artículo 85 de la Ley 7978.—San José, 5 de febrero del 2018.—Randall Abarca
Aguilar, Registrador.—( IN2018215156 ).
Patricia Castro Molina, soltera, cédula
de identidad 109650989, en calidad de Apoderada Especial de Fisiovet Limitada,
cédula jurídica 3102746158 con domicilio en La Unión Centro Comercial Rainbow,
local en planta baja, Cartago, Costa Rica, solicita la inscripción de: FISIOVET
como marca de
servicios, en clase 44 internacional, para proteger y distinguir lo siguiente:
en clase 44: Servicios veterinarios. Se cita a terceros interesados en defender
sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses
siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto.
Presentada el 26 de enero del 2018. Solicitud N° 2018-0000663. A efectos de publicación,
téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978.—San José, 5 de
febrero del 2018.—Randall Abarca Aguilar, Registrador.—( IN2018215158 ).
Fabius Dereck Foti Muir, casado una
vez, cédula de identidad N° 800870265, con domicilio en La Asunción de Belén,
Ciudad Cariari, calle Los Jardines Nº 34, Costa Rica, solicita la inscripción
de: AQUATECH DM
como marca de
servicios en clase(s) 40 internacional(es), para proteger y distinguir lo
siguiente: en clase 40: Servicio de operación de plantas de agua. Reservas: del
color: celeste degradado. Fecha: 25 de octubre del 2017. Se cita a terceros
interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro,
dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación
de este edicto. Presentada el 25 de octubre del 2017. Solicitud Nº
2017-0009870. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el
artículo 85 de la Ley Nº 7978.—San José, 25 de octubre del 2017.—Johnny
Rodríguez Garita, Registrador.—( IN2018215168 ).
Fabiola Sáenz Quesada, divorciada,
cédula de identidad 109530764, en calidad de Gestor oficioso de James B. Manion
con domicilio en 845 Ridgefield Avenue, Pittsburgh Pennsylvania 15216, Estados
Unidos de América, solicita la inscripción de: NPC
WORLDWIDE como marca colectiva en clase 41
internacional, para proteger y distinguir lo siguiente: en clase 41: Servicios
de entretenimiento, a saber, organización y realización de concursos de
fisicoculturismo. Prioridad: Se otorga prioridad N° 87/645,088 de fecha
13/10/2017 de Estados Unidos de América. Se cita a terceros interesados en
defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos
meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto.
Presentada el 16 de noviembre del 2017. Solicitud Nº 2017-0011294. A efectos de
publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley
7978.—San José, 8 de diciembre del 2017.—Randall Abarca Aguilar, Registrador.—(
IN2018215204 ).
Juan Ignacio Mas Romero, casado una
vez, cédula de identidad 107300551, en calidad de apoderado especial de
Tecniseguros, Corredores de Seguros, Sociedad Anónima con domicilio en Avenida
Reforma 9-00 Zona 9, edificio Plaza Panamericana, octavo nivel, Bufete Escobar,
Guatemala, solicita la inscripción de:
como
marca de servicios en clase 36. Internacional. Para proteger y distinguir lo
siguiente: Asesoría, diseño y comercialización de programas de seguro y
asistencias enfocadas en solventar las necesidades de cobertura de los
colaboradores de las empresas, a través de una logística y procesos definidos
propiamente. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para
hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados
a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 24 de enero
del 2018. Solicitud Nº 2018-0000560. A efectos de publicación, téngase en
cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley Nº 7978.—San José, 05 de
febrero del 2018.—Milena Marín Jiménez, Registradora.—( IN2018215216 ).
Laura Villalobos Chaves, casada en
primeras nupcias, cédula de identidad Nº 109690974, con domicilio en La Ribera
de Belén, Condominio Haciendas de la Ribera, casa Nº 8, Heredia, Costa Rica,
solicita la inscripción de: VANGUART
como marca de
servicios, en clases: 35 y 42 internacional. Para proteger y distinguir lo
siguiente, en clase 35: Consultoría en estrategias de comunicación, servicios
de comunicados de prensa, presentación de productos en medios de comunicación,
publicidad, imagen y construcción de marca, diseño, mercadeo. Clase 42:
Consultoría en materia de medio ambiente, consultoría en desarrollo sostenible.
Se cita a
terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este
Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera
publicación de este edicto. Presentada el 07 de noviembre del 2017. Solicitud
Nº 2017-0010893. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el
artículo 85 de la Ley Nº 7978.—San José, 08 de diciembre del 2017.—Randall
Abarca Aguilar, Registrador.—( IN2018215221 ).
Álvaro Sáenz Saborío, casado, cédula de
identidad 105000072, en calidad de Apoderado Especial de Distribuidora
Comercial Agrotico S. A., cédula jurídica 3-101-009367-08 con domicilio en La
Lima, 300 metros norte de la Bomba Delta, Cartago, Costa Rica, solicita la
inscripción de: BLOCKADE como marca de fábrica, en clase 5 internacional, para
proteger y distinguir lo siguiente: en clase 5; Fungicidas, insecticidas,
herbicidas para la agricultura. Se cita a terceros interesados en defender sus
derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses
siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto.
Presentada el 14 de diciembre del 2017. Solicitud Nº 2017-0012126. A efectos de
publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley
7978.—San José, 20 de diciembre del 2017.—Johnny Rodríguez Garita,
Registrador.—( IN2018215222 ).
Álvaro Sáenz Saborío, casado, cédula de
identidad 105000072, en calidad de Apoderado Generalísimo de Distribuidora
Comercial Agrotico S. A., cédula jurídica 3101009367 con domicilio en La Lima,
300 norte de la Bomba Delta, Cartago, Costa Rica, solicita la inscripción de: BLOCKADE como marca de
fábrica, en clase 1 internacional, para proteger y distinguir lo siguiente: en
clase 1: Coadyuvantes y sustancias afines para la agricultura. Se cita a
terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este
Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera
publicación de este edicto. Presentada el 14 de diciembre del 2017. Solicitud
Nº 2017-0012125. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el
artículo 85 de la Ley 7978.—San José, 20 de diciembre del 2017.—Johnny
Rodríguez Garita, Registrador.—( IN2018215223 ).
Javier Francisco Moya Cárdenas, casado
una vez, cédula de identidad Nº 108380532, en calidad de apoderado generalísimo
de Corporación Janfy y Asociados Sociedad Anónima, cédula jurídica Nº
3101751052, con domicilio en: Las Mercedes de Cajón, Pérez Zeledón, 200 sur y
200 oeste de la Agencia del ICE, Costa Rica, solicita la inscripción de:
UNIVERSITY FOR HUMAN AND SUSTAINABLE BUSINESS DEVELOPMENT UDHES
como nombre comercial en clase internacional, para proteger y
distinguir lo siguiente: un establecimiento comercial dedicado a formación y
capacitación en todas las áreas educativas y sociales. Además de investigación
y extensión para formación en áreas técnicas. Ciencias empresariales, ciencias
sociales, ciencias de la salud, tecnologías de información, áreas de
ingeniería, construcción y arquitectura. “hospitalidad (gastronomía y turismo.
Formación, capacitación y asesoría en áreas técnicas: Ciencias agropecuarias.
Comercio y servicios. Industria alimentaria. Industria gráfica. Industria
textil. Mecánica de vehículos. Industria metalmecánica. Sector náutico
pesquero. Sector salud, sector cultura y arte. Industria eléctrica. Industria
tecnología de materiales. Sector turismo. Ubicado en Las Mercedes de Cajón,
Pérez Zeledón, 200 sur y 200 oeste de la agencia del ICE. Se cita a terceros
interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro,
dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación
de este edicto. Presentada el 18 de enero del 2018. Solicitud N° 2018-0000394.
A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de
la Ley N° 7978.—San José, 29 de enero del 2018.—Wendy López Vindas,
Registradora.—( IN2018215260 ).
Eduardo Zúñiga Brenes, casado, cédula
de identidad 110950656, en calidad de apoderado especial de Inversiones Coffee
Nace S. A., con domicilio en Cantón Central, en el Llano De Los Ángeles,
distrito Corralillo, 200 metros al norte de la escuela, Cartago, Costa Rica,
solicita la inscripción de: CAFÉ NAVARRO Desde 1927 COSTA RICA
como
marca de fábrica y comercio en clase 30 internacional, para proteger y
distinguir lo siguiente: en clase 30; Café en grano sin tostar y café molido.
Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer
ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la
primera publicación de este edicto. Presentada el 15 de noviembre del 2017,
solicitud Nº 2017-0011239. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo
dispuesto en el artículo 85 de la Ley Nº 7978.—San José, 22 de enero del
2018.—Johnny Rodríguez Garita, Registrador.—( IN2018215379 ).
PUBLICACIÓN DE PRIMERA VEZ
Joe
Alejandra Vargas Blanco, casada una vez, cédula de identidad 109810860 con
domicilio en Tres Ríos, La Unión, Urbanización Monserrat, Cartago, Costa Rica,
solicita la inscripción de: XIO
como
marca de comercio en clases: 16; 18; 21; 24 y 25. Internacional. Para proteger
y distinguir lo siguiente: en clase 16; artículos papelería y oficina, material
didáctico, en clase 18; bolsas de transporte, en clase 21; utensilios y
recipientes uso doméstico y culinario. Artículos cristalería, porcelana y loza,
en clase 24; tejidos y sus sucedáneos, ropa de hogar y en clase 25; prendas de
vestir (camisetas), calzado. Fecha: 07 de noviembre de 2017. Se cita a terceros
interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro,
dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación
de este edicto. Presentada el 27 de octubre del 2017. Solicitud Nº
2017-0010570. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el
artículo 85 de la Ley Nº 7978.—San José, 07 de noviembre del 2017.—Grettel
Solís Fernández, Registradora.—( IN2018205043 ).
REGISTRO
DE PERSONAS JURÍDICAS
Asociaciones civiles
AVISOS
El Registro de Personas Jurídicas, ha
recibido para su inscripción el estatuto de la entidad: Asociación Deportiva
Escuela de Fútbol Los Tibaseños, con domicilio en la provincia de: San
José-Tibás. Cuyos fines principales, entre otros son los siguientes: enseñanza
del fútbol de categoría liga menor. Cuyo representante, será la presidenta:
Raquel Núñez González, con las facultades que establece el estatuto. Por
encontrarse dicha entidad dentro de las prescripciones establecidas en la Ley
Nº 218 del 08/08/1939, y sus reformas. Se emplaza por 15 días hábiles a partir
de esta publicación a cualquier interesado para que formule reparos a la
inscripción en trámite. Documento tomo: 2017, asiento: 666145 con
adicional(es): 2018-27527.—Dado en el Registro Nacional, a las 08 horas 28
minutos y 39 segundos, del 25 de enero del 2018.—Lic. Henry Jara Solís,
Director a. í.—1 vez.—( IN2018214058 ).
El Registro de Personas Jurídicas, ha
recibido para su inscripción el estatuto de la entidad: Asociación Pro Caminos
Santa Gertrudes de Peñas Blancas, con domicilio en la provincia de:
Alajuela-San Ramón. Cuyos fines principales, entre otros son los siguientes: la
realización de obras encaminadas a la ampliación y mantenimiento de los caminos
existentes en Santa Gertrudes. Cuyo representante, será el presidente: Carlos
Vinicio Arias Castro, con las facultades que establece el estatuto. Por
encontrarse dicha entidad dentro de las prescripciones establecidas en la Ley
Nº 218 del 08/08/1939, y sus reformas. Se emplaza por 15 días hábiles a partir
de esta publicación a cualquier interesado para que formule reparos a la
inscripción en trámite. Documento tomo: 2017, asiento: 756472 con
adicional(es): 2018-38341.—Dado en el Registro Nacional, a las 12 horas 43
minutos y 3 segundos, del 19 de enero del 2018.—Lic. Henry Jara Solís, Director
a. í.—1 vez.—( IN2018214099 ).
Registro de Personas Jurídicas, ha
recibido para su inscripción la Reforma del estatuto de la persona jurídica
cédula: 3-002-567877, denominación: Asociación de Colegios del Bi de Costa
Rica. Por cuanto dicha reforma cumple con lo exigido por la Ley Nº 218 del
08/08/1939, y sus reformas. Se emplaza por 15 días hábiles a partir de esta
publicación a cualquier interesado para que formule reparos a la inscripción en
trámite. Documento: Tomo: 2018. Asiento: 51420.—Dado en el Registro Nacional, a
las 10 horas 38 minutos y 48 segundos, del 30 de enero del 2018.—Lic. Luis
Gustavo Álvarez Ramírez, Director.—1 vez.—( IN2018214109 ).
Registro de Personas Jurídicas, ha
recibido para su inscripción la Reforma del estatuto de la persona jurídica
cédula: 3-002-560732, denominación: Asociación Administradora del Acueducto y
Alcantarillado Sanitario de la Abundancia y Concepción; por cuanto dicha
reforma cumple con lo exigido por la Ley No. 218 del 08/08/1939, y sus
reformas. Se emplaza por 15 días hábiles a partir de esta publicación a
cualquier interesado para que formule reparos a la inscripción en trámite.
Documento Tomo: 2017 Asiento: 554752.—Dado en el Registro Nacional, a las 10
horas 41 minutos y 5 segundos, del 18 de diciembre del 2017.—Lic. Luis Gustavo
Álvarez Ramírez, Director.—1 vez.—( IN2018214129 ).
Registro de Personas Jurídicas, ha
recibido para su inscripción el Estatuto de la entidad: Asociación de Familias
Homoparentales y Diversas de Costa Rica, con domicilio en la provincia de: San
José-San José, cuyos fines principales, entre otros son los siguientes: Generar
Conciencia Nacional acerca de la existencia de Familias homoparentales y
diversas, o sea, aquellas familias en las que una o más personas homosexuales o
de las demás manifestaciones de la diversidad sexual ejercen un rol de
paternidad o maternidad, para así luchar contra dudas y temores basados en la
ignorancia, visibilizando esta realidad. Cuyo representante, será la presidenta:
Ana Isabel Sanz Mora, con las facultades que establece el estatuto. Por
encontrarse dicha entidad dentro de las prescripciones establecidas en la Ley
Nº 218 del 08/08/1939, y sus reformas. Se emplaza por 15 días hábiles a partir
de esta publicación a cualquier interesado para que formule reparos a la
inscripción en trámite. Documento Tomo:2017 Asiento:805458.—Dado en el Registro
Nacional, a las 7 horas 37 minutos y 49 segundos, del 26 de enero del 2018.—
Lic. Henry Jara Solís, Director, a. í.—
1 vez.—( IN2018214458 ).
Registro de Personas Jurídicas, ha
recibido para su inscripción el Estatuto de la entidad: Asociación Deportiva
Arqueros de Curridabat, con domicilio en la provincia de: San José-Curridabat,
cuyos fines principales, entre otros son los siguientes: Promover la práctica
del deporte en general y del tiro con arco en especial por parte de sus
asociados, sus familiares y sus comunidades. Cuyo representante, será el
presidente: Luis Alberto Fernández Vaglio, con las facultades que establece el
estatuto. Por encontrarse dicha entidad dentro de las prescripciones
establecidas en la Ley N° 218 del 08/08/1939, y sus reformas. Se emplaza por 15
días hábiles a partir de esta publicación a cualquier interesado para que
formule reparos a la inscripción en trámite. Documento Tomo: 2017, asiento:
748410.—Dado en el Registro Nacional, a las 9 horas 14 minutos y 40 segundos,
del 31 de enero del 2018.—Lic. Luis Gustavo Álvarez Ramírez, Director.—1 vez—(
IN2018214460).
El Registro de Personas Jurídicas, ha
recibido para su inscripción la Reforma del estatuto de la persona jurídica
cédula: N° 3-002-740203, denominación: Asociación de Moravia de Voleibol. Por
cuanto dicha reforma cumple con lo exigido por la Ley Nº 218 del 08 de agosto
de 1939, y sus reformas. Se emplaza por 15 días hábiles a partir de esta
publicación a cualquier interesado para que formule reparos a la inscripción en
trámite. Documento tomo: 2017, asiento: 597346.—Dado en el Registro Nacional, a
las 14 horas 50 minutos y 41 segundos, del 20 de diciembre del 2017.—Lic. Luis
Gustavo Álvarez Ramírez, Director.—1 vez.—( IN2018214488 ).
Registro de Personas Jurídicas, ha
recibido para su inscripción el Estatuto de la entidad: Asociación Cristiana a
Los Pies del Maestro de San Jerónimo de Tarrazú, con domicilio en la provincia
de: San José-Tarrazú, cuyos fines principales, entre otros son los siguientes:
Promover que las personas puedan desarrollar sus vidas de forma más espiritual
y en paz con Dios. Cuyo representante, será el presidente: José Antonio De La
Trinidad Castillo Umaña, con las facultades que establece el estatuto. Por
encontrarse dicha entidad dentro de las prescripciones establecidas en la Ley
N° 218 del 08/08/1939, y sus reformas. Se emplaza por 15 días hábiles a partir
de esta publicación a cualquier interesado para que formule reparos a la
inscripción en trámite. Documento tomo: 2017, asiento: 496076.—Dado en el
Registro Nacional, a las 9 horas 9 minutos y 3 segundos, del 10 de enero del
2018.—Lic. Luis Gustavo Álvarez Ramírez, Director.—1 vez—( IN2018214504 ).
Patentes de Invención
PUBLICACIÓN DE TERCERA VEZ
La señor(a)(ita) María de La Cruz Villanea
Villegas, cédula de identidad Nº 109840695, en calidad de apoderado especial de
Compañía Colombiana de Cerámica S. A.S Colcerámica S. A.S, solicita el Diseño
Industrial denominado MANIJA PARA GRIFERÍA.
Para ver la imagen ir a La Gaceta con formato PDF
El presente
diseño industrial se refiere a una grifería para lavaplatos como se describe y
muestra en los dibujos o representaciones adjuntos en el correspondiente
expediente, en sus vistas isométrica, lateral izquierda, lateral derecha,
posterior, frontal, inferior y superior, sea en su versión individual o unidos
en cadena. La memoria descriptiva, reivindicaciones, resumen y diseños quedan
depositados, la Clasificación Internacional de Diseños Industriales es: 23-02;
cuyo inventor es Mesa Orlas, Juan Esteban (CO). Prioridad: N° NC2017/0003728
del 18/04/2017 (CO). La solicitud correspondiente lleva el Nº 2017-0000473, y
fue presentada a las 13:49:52 del 18 de octubre de 2017. Cualquier interesado
podrá oponerse dentro de los tres meses siguientes a la tercera publicación de
este aviso. Publíquese tres días consecutivos en el Diario Oficial La Gaceta y una vez en
un periódico de circulación nacional.—San José, 24 de enero de 2018.—Randall
Piedra Fallas, Registrador.—( IN2018213023 ).
La señora María de la Cruz Villanea
Villegas, cédula de identidad 109840695, en calidad de apoderado especial de
Compañía Colombiana de Cerámica S.A.S. Colceramica S.A.S., solicita el Diseño
Industrial denominado GRIFERÍA.
Para ver la imagen ir a La Gaceta con formato PDF
El presente
diseño industrial se refiere a una grifería para lavaplatos como se describe y
muestra en los dibujos o representaciones adjuntos en el correspondiente
expediente, en sus vistas isométrica, lateral izquierda, lateral derecha,
frontal, posterior, inferior y superior, sea en su versión individual o unidos
en cadena. La memoria descriptiva, reivindicaciones, resumen y diseños quedan
depositados, la Clasificación Internacional de Diseños Industriales es: 23-02;
cuyo(s) inventor(es) es(son) Mesa Orlas, Juan Esteban (CO). Prioridad: N°
NC2017/0003726 del 18/04/2017 (CO). La solicitud correspondiente lleva el
número 2017-0000475, y fue presentada a las 13:51:42 del 18 de octubre de 2017.
Cualquier interesado podrá oponerse dentro de los tres meses siguientes a la
tercera publicación de este aviso. Publíquese tres días consecutivos en el
Diario Oficial La
Gaceta y una vez en un periódico de
circulación nacional.—San José, 24 de enero de 2018.—Randall Piedra Fallas,
Registrador.—( IN2018213024 ).
El señor Aaron Montero Sequeira, cédula
de identidad 109080006, en calidad de apoderado especial de SIPCAM INAGRA S.
A., solicita la Patente PCT denominada COMPOSICIÓN
ÁCIDA A BASE DE LEONARDITA Y AMINOÁCIDOS.
La presente invención se refiere a una composición ácida que comprende:
leonardita, aminoácidos y surfactantes para su uso como fertilizante,
bioestimulante y/o nutiente y a un procedimiento para obtener dicha
composición. La memoria descriptiva, reivindicaciones, resumen y diseños quedan
depositados, la Clasificación Internacional de Patentes es: CO5F 11/02, CO5G
3/00, CO8H 7/00 y CO8L 97/00; cuyos inventores son: Valieri, Gianluca; (ES).
Prioridad: N° P201530214 del 20/02/2015 (ES). Publicación Internacional:
WO2016/132000. La solicitud correspondiente lleva el número 2017- 0000380, y
fue presentada a las 13:27:54 del 17 de agosto de 2017. Cualquier interesado
podrá oponerse dentro de los tres meses siguientes a la tercera publicación de
este aviso. Publíquese tres días consecutivos en el Diario Oficial La Gaceta
y una vez en un periódico de circulación nacional.—San José, 18 de enero de
2018.—Viviana Segura de La O, Registradora.—( IN2018213330 ).
PUBLICACIÓN
DE PRIMERA VEZ
El señor Luis Diego Acuña Vega, cédula de
identidad Nº 111510238, en calidad de apoderado especial de Idear Electrónica
S. A. de C.V., solicita la Patente PCT denominada ETIQUETA
LUMINISCENTE Y SU INTERFAZ PARA APARATOS QUE OFERTAN PRODUCTOS O SERVICIOS A
CONSUMIDORES.
Existen diversas máquinas automáticas que interactúan con usuarios realizando
diferentes funcionalidades por mencionar algunas de manera enunciativa más no
limitativa: de estacionamientos, de recarga y venta de tarjetas para transporte
público, de tipo vending para comprar de artículos de consumo, cajeros
automáticos bancarios, dispensadores de café, etc. La interfaz de estas
máquinas con los usuarios es por medio del despliegue de información en una
pantalla, mediante información en las etiquetas y/o pequeñas señales luminosas
como pueden ser botones iluminados y/o luces instaladas en las partes visibles
del gabinete. Derivado de la información de los errores que comete el usuario
de las máquinas actuales, se inventaron estas etiquetas luminosas que controlan
las zonas independientemente unas de otras, en la misma pantalla interactuando
con una unidad de procesamiento lógico. La memoria descriptiva,
reivindicaciones, resumen y diseños quedan depositados, la Clasificación
Internacional de Patentes es: G02B 5/00, G09F 3/00 y G09F 9/33; cuyos
inventores son González Franco, Gabriel (MX); Gutiérrez Torres, Raúl (MX) y
Baeza Ramos, Ignacio (MX). Prioridad: N° PCT/MX2015/000101 del 13/07/2015 (MX).
Publicación Internacional: WO2017/010857. La solicitud correspondiente lleva el
Nº 2018-0000035, y fue presentada a las 11:46:38 del 16 de enero de 2018.
Cualquier interesado podrá oponerse dentro de los tres meses siguientes a la
tercera publicación de este aviso. Publíquese tres días consecutivos en el
Diario Oficial La Gaceta y una vez en un periódico de circulación
nacional.—San José, 19 de enero de 2018.—Hellen Marín Cabrera, Registradora.—(
IN2018213976 ).
La señora(ita) Giselle Reuben
Hatounian, cédula de identidad 110550703, en calidad de apoderada especial de
BASF, SE, solicita la patente PCT denominada FENILPIRIMIDINAS
HERBICIDAS. Uso de fenilpirimidinas de fórmula
(i) o sus sales o derivados aceptables para uso agrícola como herbicidas, en
donde las variables se definen de acuerdo con la descripción, fenilpirimidinas
específicas de fórmula (i), procesos e intermediarios para preparar las
fenilpirimidinas de fórmula (i), composiciones que las comprenden, y su uso
como herbicidas, es decir, para controlar plantas dañinas, y también un método
para controlar la vegetación no deseada que comprende permitir que una cantidad
efectiva de herbicida de al menos una fenilpirimidina de la fórmula (i) actúe
sobre las plantas, su semilla y/o su hábitat. La memoria descriptiva,
reivindicaciones, resumen y diseños quedan depositados, la clasificación
internacional de patentes es: AO1N 43/54, AO1P 13/00, CO7D 239/30, CO7D 239/34,
CO7D 239/38 y CO7D 239/42; cuyos inventores son: Vogt, Florian (DE); Evans,
Richard R.(US); Witschel, Matthías (DE); Seitz, Thomas (DE); Michrowska-Pianowska,
Anna Aleksandra (PL); Parra Rapado, Liliana (ES); Kraemer, Gerd (DE); Newton,
Trevor William (GB); Hanzlik, Kristin (DE); Schachtschabel, Doreen (DE) y
Kreuz, Klaus (DE). Prioridad: N° 15153269.4 del 30/01/2015 (EP). Publicación
internacional: WO 2016/120355. La solicitud correspondiente lleva el número
2017- 0000387, y fue presentada a las 10:01:57 del 30 de agosto de 2017.
Cualquier interesado podrá oponerse dentro de los tres meses siguientes a la
tercera publicación de este aviso. Publíquese tres días consecutivos en el
Diario Oficial La Gaceta y una vez en un periódico de circulación nacional.—San
José, 25 de enero de 2018.—Randall Piedra Fallas, Registrador.—( IN2018214395
).
El señor Guillermo Rodríguez Zúñiga, en
calidad de Apoderado Especial de Basf, SE, solicita la Patente PCT denominada PLANTAS QUE TIENEN UNA MAYOR TOLERANCIA A HERBICIDAS. La presente invención se refiere a una planta o parte de
planta que comprende un polinucleótido que codifica un polipéptido TriA de tipo
silvestre o mutante, en donde la expresión de dicho polinucleótido confiere a
la planta o parte de planta tolerancia a herbicidas. La memoria descriptiva,
reivindicaciones, resumen y diseños quedan depositados, la Clasificación
Internacional de Patentes es: A01H 5/00, C07K 14/195, C12N 15/52, C12N 15/82 y
C12N 5/04; cuyo(s) inventor(es) es(son) Schachtschabel, Doreen (DE);
Steinhardt, Birgit (DE); Sisay, Mihiret Tekeste (DE); Tresch, Stefan (DE);
Major, Julia (DE); Vogt, Florian (DE); Calo, Frederick (FR) y Lerchi, Jens
(DE). Prioridad: N° 15151966.7 del 21/01/2015 (EP). Publicación Internacional:
WO 2016/116870 A1. La solicitud correspondiente lleva el número 2017-0000382, y
fue presentada a las 12:25:21 del 21 de agosto del 2017. Cualquier interesado
podrá oponerse dentro de los tres meses siguientes a la tercera publicación de
este aviso. Publíquese tres días consecutivos en el Diario Oficial La Gaceta
y una vez en un periódico de circulación nacional.—San José, 1° de febrero del
2018.—Viviana Segura de la O, Registradora .—( IN2018214396 ).
PUBLICACIÓN DE UNA VEZ
Inscripción N° 3495
Ref.: 30/2017/6956.—Por resolución de las
07:55 horas del 14 de diciembre de 2017, fue inscrito(a) la Patente
denominado(a) AGONISTAS DE MGLU2 a favor de la compañía Eli Lilly and Company,
cuyos inventores son: Shaw, Bruce William (US); Taboada Martínez, Lorena (ES);
Prieto, Lourdes (ES); Montero Salgado, Carlos (ES) y Monn, James Allen (US). Se
le ha otorgado el número de inscripción 3495 y estará vigente hasta el 15 de
diciembre de 2030. La Clasificación Internacional de Patentes versión 2017.01
es: A61K 31/4196, A61P 25/00 y C07D 249/10 . Publicar en La Gaceta
por única vez, de conformidad con el artículo 22 del Reglamento a la Ley Nº
6867. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo
32 de la Ley citada.—14 de diciembre de 2017.—María Leonor Fernández
Bustamante, Registradora.—1 vez.—( IN2018214005 ).
Anotación de renuncia N° 184
Que domiciliado en Eli Lilly And Company
solicita a este Registro la Renuncia total de el/la Patente PCT denominado/a
Inhibidores De 11-Beta-Hidroxiesteroide Deshidrogenasa 1, inscrita mediante
resolución del 24 de febrero de 2014, en la cual se le otorgó el número de
registro 3022, cuyo titular es ELI LILLY ANO COMPANY, con domicilio en Elli Lilly
Corporate Center, Indianápolis, Indiana. La renuncia presentada surtirá efectos
a partir de su publicación. Publicar en La
Gaceta por
única vez, de conformidad con el artículo 27 del Reglamento a la Ley N° 6867. A
efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 32 de la
Ley citada.—San José, 19 de enero del 2018.—Viviana Segura de la O,
Registradora.—1 vez.—( IN2018214006 ).
Inscripción N° 897
Ref: 30/2017/7047.—Por resolución de las
06:43 horas del 20 de diciembre de 2017, fue inscrito(a) el Modelo de Utilidad
denominado(a) DOBLECES PARA PROTEGER DEL
FILO EN LOS LATERALES DE LAS CUMBRERAS Y BOTAGUAS PARA TECHO a favor de la compañía Wilder
Javín Quirós Arroyo, cédula de identidad N° 105020261, cuyos inventores son:
Quirós Arroyo, Wilder Javín (CR). Se le ha otorgado el número de inscripción
897 y estará vigente hasta el 8 de marzo de 2026. La Clasificación
Internacional de Patentes versión 2017.01 es: B21D 5/00 y E04D 3/40. Publicar
en La Gaceta por única vez, de conformidad con el
artículo 22 del Reglamento a la Ley Nº 6867. A efectos de publicación, téngase
en cuenta lo dispuesto en el artículo 32 de la Ley citada.—San José,. 20 de
diciembre del 2017.—María Leonor Hernández Bustamante, Registradora.—1 vez.—(
IN2018214372 ).
REGISTRO DE DERECHOS DE AUTOR
Y DERECHOS CONEXOS
El 24 de enero 2018 se solicita la
inscripción del seudónimo N.P. SOMMER. Publíquese por una sola vez en
el Diario Oficial La Gaceta, para que terceros quienes
crean tener derechos puedan oponerse a la inscripción solicitada dentro de los
30 días hábiles siguientes a esta publicación, conforme a los artículos 98 y
113 de la Ley de Derecho de Autor y Derechos Conexos Nº 6683. Expediente
9444.—Curridabat, 30 de enero de 2018.—Lic. Andrés Hernández Osti,
Registrador.—1 vez.—( IN2018214143 ).
DIRECCIÓN NACIONAL DE NOTARIADO
HABILITACIÓN DE NOTARIO(A)
PÚBLICO(A). La
DIRECCIÓN NACIONAL DE NOTARIADO con oficinas en San José, San Pedro de Montes
de Oca, costado Oeste del Mall San Pedro, Oficentro Sigma, Edificio A, 5to.piso
HACE SABER. Que ante este Despacho se
ha recibido solicitud de HABILITACIÓN como delegatario para ser y ejercer la
función pública Estatal del NOTARIADO, por parte de: SHARON VANESSA CORDOBA ORTIZ, con cédula de identidad número 1-1316-0099
carné número 25749. De conformidad con lo dispuesto por el artículo 11 del Código
Notarial, se invita a quienes conozcan hechos o situaciones que afecten la conducta del (de la) solicitante, a
efecto de que lo comuniquen por escrito a esta Dirección dentro de los QUINCE (15) DÍAS HÁBILES siguientes a esta publicación. Expediente N°
50901.—San José, 29 de enero del 2018.—Licda. Tattiana Rojas Salgado,
Abogada-Unidad Legal Notarial.—1 vez.—( IN2018215868 ).
HABILITACIÓN DE NOTARIA (O) PÚBLICA
(O). La DIRECCIÓN NACIONAL DE NOTARIADO con oficinas en San José, San Pedro de
Montes de Oca, costado Oeste del Mall San Pedro, Oficentro Sigma, Edificio A,
5to. piso, HACE SABER: Que ante este Despacho se ha recibido solicitud de
INSCRIPCIÓN Y HABILITACIÓN como delegataria (o) para ser y ejercer la función
pública Estatal del NOTARIADO, por parte de: JOSÉ
EDUARDO JIMÉNEZ LEITÓN, con cédula de identidad N°
2-0417-0365, carné N° 14012. De conformidad con lo dispuesto por el artículo 11
del Código Notarial, se invita a quienes conozcan hechos o situaciones que
afecten la conducta de la solicitante, a efecto de que lo comuniquen por
escrito a esta Dirección dentro de los QUINCE (15) DÍAS HÁBILES siguientes a
esta publicación. Proceso N°53463.—San José, 01 de febrero de 2018.—Unidad
Legal Notarial.—Licda. Kíndily Vílchez Arias, Abogada.—1 vez.—( IN2018216061 ).
INSCRIPCIÓN Y HABILITACIÓN DE NOTARIO (A) PÚBLICO (A). La DIRECCIÓN NACIONAL DE NOTARIADO con oficinas en San
José, San Pedro de Montes de Oca, costado Oeste del Mall San Pedro, Oficentro
Sigma, Edificio A, 5to. piso, HACE SABER:
Que ante este Despacho se ha recibido solicitud de INSCRIPCIÓN Y HABILITACIÓN
como delegatario para ser y ejercer
la función pública Estatal del NOTARIADO, por parte de: ELIAN JOAQUÍN MENA TRUJILLO con cédula de identidad número 2-0677-0254,
carné número 24083. De conformidad con lo dispuesto por el artículo 11 del
Código Notarial, se invita a quienes conozcan hechos o situaciones que afecten
la conducta del solicitante, a efecto de que lo comuniquen por escrito a esta
Dirección dentro de los QUINCE (15) DÍAS HÁBILES siguientes a esta publicación. Proceso Administrativo Nº
53332.—San José, 30 de enero del 2018.—Unidad Legal Notarial.—Lic. Ricardo Edo.
Arias Villalobos, Abogado.—1 vez.—( IN2018216186 ).
HABILITACIÓN DE NOTARIO PÚBLICO. La
DIRECCIÓN NACIONAL DE NOTARIADO con oficinas en San José, San Pedro de Montes
de Oca, costado Oeste del Mall San Pedro, Oficentro Sigma, Edificio A, 5° piso,
HACE SABER: Que ante este Despacho se ha recibido solicitud de INSCRIPCIÓN Y
HABILITACIÓN como delegatario para ser y ejercer la función pública Estatal del
NOTARIADO, por parte de: WALTER GRANADOS BERMÚDEZ, con cédula de identidad
número 6-0218-0425, carné número 22649. De conformidad con lo dispuesto por el
artículo 11 del Código Notarial, se invita a quienes conozcan hechos o
situaciones que afecten la conducta del solicitante, a efecto de que lo
comuniquen por escrito a esta Dirección dentro de los QUINCE (15) DÍAS HÁBILES
siguientes a esta publicación. Proceso Nº 53727.—San José, 7 de febrero del
2018.—Unidad Legal Notarial.—Licda. Anaida Cambronero Anchía, Abogada.—1 vez.—(
IN2018216250 ).
INSCRIPCIÓN Y HABILITACIÓN DE NOTARIO (A) PÚBLICO (A). La DIRECCIÓN NACIONAL DE NOTARIADO con oficinas en San
José, San Pedro de Montes de Oca, costado Oeste del Mall San Pedro, Oficentro
Sigma, Edificio A, 5to. piso, HACE SABER:
Que ante este Despacho se ha recibido solicitud de INSCRIPCIÓN Y HABILITACIÓN
como delegatario para ser y ejercer
la función pública Estatal del NOTARIADO, por parte de: MARCO VINICIO CALVO MONTERO con cédula de identidad número 1-1244-0721,
carné número 22204. De conformidad con lo dispuesto por el artículo 11 del
Código Notarial, se invita a quienes conozcan hechos o situaciones que afecten
la conducta del solicitante, a efecto de que lo comuniquen por escrito a esta
Dirección dentro de los QUINCE (15) DÍAS HÁBILES siguientes a esta publicación. Proceso Administrativo Nº
53465.—San José, 31 de enero del 2018.—Unidad Legal Notarial.—Lic. Ricardo Edo.
Arias Villalobos, Abogado- INSCRIPCIÓN Y
HABILITACIÓN DE NOTARIO (A) PÚBLICO (A). La DIRECCIÓN NACIONAL DE NOTARIADO
con oficinas en San José, San Pedro de Montes de Oca, costado Oeste del Mall
San Pedro, Oficentro Sigma, Edificio A, 5to. piso, HACE SABER: Que ante este Despacho se ha recibido solicitud de
INSCRIPCIÓN Y HABILITACIÓN como delegatario
para ser y ejercer la función pública Estatal del NOTARIADO, por parte de: MARCO VINICIO CALVO MONTERO con cédula de identidad número 1-1244-0721,
carné número 22204. De conformidad con lo dispuesto por el artículo 11 del
Código Notarial, se invita a quienes conozcan hechos o situaciones que afecten
la conducta del solicitante, a efecto de que lo comuniquen por escrito a esta
Dirección dentro de los QUINCE (15) DÍAS HÁBILES siguientes a esta publicación. Proceso Administrativo Nº
53465.—San José, 31 de enero del 2018.—Lic. Ricardo Edo. Arias Villalobos,
Abogado - Unidad Legal Notarial.—1 vez.—( IN2018216321 ).
HABILITACIÓN DE NOTARIA PÚBLICA. La
DIRECCIÓN NACIONAL DE NOTARIADO con oficinas en San José, San Pedro de Montes
de Oca, costado Oeste del Mall San Pedro, Oficentro Sigma, Edificio A, 5to.
piso, HACE SABER: Que ante este Despacho se ha recibido solicitud de
INSCRIPCIÓN Y HABILITACIÓN como delegataria para ser y ejercer la función
pública Estatal del NOTARIADO, por parte de: GLORIANA CARAZO GONZÁLEZ, con
cédula de identidad número 1-1468-0964, carné número 23018. De conformidad con
lo dispuesto por el artículo 11 del Código Notarial, se invita a quienes
conozcan hechos o situaciones que afecten la conducta de la solicitante, a
efecto de que lo comuniquen por escrito a esta Dirección dentro de los QUINCE
(15) DÍAS HÁBILES siguientes a esta publicación. Proceso Nº 53329.—San José, 7
de febrero del 2018.—Unidad Legal Notarial.—Anaida Cambronero Anchía,
Abogada.—1 vez.—( IN2018216360 ).
DIRECCIÓN DE AGUA
EDICTOS
PUBLICACIÓN DE TERCERA VEZ
ED-UHTPSOZ-0002-2018.—Exp. 17958-P.—Brigth Star Investments Holding,
solicita concesión de: 2 litros por segundo del Pozo Cor-15, efectuando la
captación en finca de su propiedad en Puntarenas, Osa, Cortés, para uso consumo
humano-poblacional. Coordenadas 113.205/587.385 hoja Coronado. Quienes se
consideren lesionados, deben manifestarlo dentro del mes contado a partir de la
primera publicación.—San José, 26 de enero del 2018.—Francisco Vargas Salazar,
Unidad Hidrológica Térraba Pacífico Sur.—( IN2018215422 ).
PUBLICACIÓN DE PRIMERA VEZ
ED-UHTPCOSJ-0034-2018.—Exp. Nº 17960A.—Jeannette Quirós Sánchez, solicita concesión
de: 0.25 litros por segundo del nacimiento sin nombre, efectuando la captación
en finca de su propiedad en San Pablo, León Cortés, San José, para uso consumo humano
doméstico. Coordenadas: 186.508 / 530.810, hoja. Predios inferiores: Quienes se
consideren lesionados, deben manifestarlo dentro del mes contado a partir de la
primera publicación.—San Jose, 26 de enero del 2018.—Unidad Hidrológica
Tárcoles, Pacífico Central.—Andrés Phillips Ureña.—( IN2018215852 ).
ED-UHTPCOSJ-0023-2018. Exp.
6723P.—Desarrollo Bananero Acorsa S. A., solicita concesión de: 0.5 litros por
segundo del acuífero, efectuando la captación por medio del pozo AF-56 en finca
de su propiedad en Roxana, Pococí, Limón, para uso agroindustrial-empacadora de
banano. Coordenadas 266.200/580.200 hoja Agua Fría. 10.5 litros por segundo del
acuífero, efectuando la captación por medio del pozo AF-55 en finca de su
propiedad en Roxana, Pococí, Limón, para uso agroindustrial-empacadora de
banano. Coordenadas 266.350/580.350 hoja Agua Fría. 0.4 litros por segundo del
acuífero, efectuando la captación por medio del pozo AF-58 en finca de su
propiedad en Roxana, Pococí, Limón, para uso agroindustrial-empacadora de
banano. Coordenadas 266.700 / 579.950 hoja. 0.5 litros por segundo del
acuífero, efectuando la captación por medio del pozo AF-57 en finca de su
propiedad en Roxana, Pococí, Limón, para uso agroindustrial-empacadora de
banano. Coordenadas 266.350 / 580.000 hoja Agua Fría. 1 litro por segundo del
acuífero, efectuando la captación por medio del pozo AF-54 en finca de su
propiedad en Roxana, Pococí, Limón, para uso Agroindustrial-empacadora de
banano. Coordenadas 266.500 / 580.650 hoja Agua Fría. Quienes se consideren
lesionados, deben manifestarlo dentro del mes contado a partir de la primera
publicación.—San José, 19 de enero de 2018.—Douglas Alvarado Rojas,
Departamento de Información.—( IN2018216176 ).
ED-UHTPCOSJ-0036-2018. Exp.
17963P.—Inversiones La Cueva de Limón S. A., solicita concesión de: 0.05 litros
por segundo del acuífero, efectuando la captación por medio del pozo artesanal
en finca de su propiedad en Limón, Limón, para uso comercial lavandería,
consumo humano doméstico y turístico hotel-piscina. Coordenadas 221.607/641.273
hoja. Quienes se consideren lesionados, deben manifestarlo dentro del mes
contado a partir de la primera publicación.—San José, 29 de enero de
2018.—Departamento de Información.—Douglas Alvarado Rojas.—( IN218216209 ).
ED-UHTPCOSJ-0025-2018 Expediente Nº
8633A.—Orlando Alpízar Montoya, solicita concesión de: 0.1 litro por segundo
del nacimiento sin nombre, efectuando la captación en finca de Eliécer Montoya
Alvarado en San Antonio, Puriscal, San José, para uso consumo humano -
doméstico. Coordenadas 204.700 / 502.600 hoja. Predios inferiores: quienes se
consideren lesionados, deben manifestarlo dentro del mes contado a partir de la
primera publicación.—San José, 22 de enero de 2018.—Departamento de
Información.—Douglas Alvarado Rojas.—( IN2018216333 ).
Registro Civil - Departamento Civil
SECCIÓN DE ACTOS
JURÍDICOS
En resolución N° 7614-2017 dictada por el Registro Civil a las catorce
horas del siete de diciembre del dos mil diecisiete, en expediente de ocurso N°
44110-2017, incoado por Rosadelía Del Carmen Martínez, se dispuso rectificar en
los asientos de nacimiento de Karolay Samantha Jarquín Carrillo y de Jeremy
Jarquín Carrillo, que el nombre y apellido de la madre son: Rosadelía Del
Carmen Martínez y en el asiento de Génesis Carrillo Martínez, que el nombre y
apellido de la madre, consecuentemente los apellidos de la persona inscrita son
Rosadelía Del Carmen Martínez y Martínez Martínez.— Lic. Luis Guillermo
Chinchilla Mora, Oficial Mayor Civil.—Irene Montanaro Lacayo, Jefa.—1 vez.—(
IN2018214485 ).
Registro Civil – Departamento Civil
SECCIÓN
DE OPCIONES Y NATURALIZACIONES
Avisos de solicitud de naturalización
Duilio Antonio Mendoza Sotelo, nicaragüense,
cédula de residencia Nº 155807689906, ha presentado solicitud para obtener la
nacionalidad costarricense ante la Sección de Opciones y Naturalizaciones del
Registro Civil. Se emplaza a quienes tengan reparos comprobados que hacer a
dicha solicitud, para que los presenten por escrito en nuestras oficinas,
dentro del término de diez días hábiles siguientes a la publicación de este
aviso. Expediente Nº 574-2018.—San José, al ser las 08:53 del 02 de febrero del
2018.—Wendy Pamela Valverde Bonilla.—1 vez.—( IN2018214012 ).
Estefanía Gutiérrez Brito, venezolana,
cédula de residencia N° 186200091112, ha presentado solicitud para obtener la
nacionalidad costarricense ante la Sección de Opciones y Naturalizaciones del
Registro Civil. Se emplaza a quienes tengan reparos comprobados que hacer a
dicha solicitud, para que los presenten por escrito a este Registro, dentro del
término de diez días hábiles siguientes a la publicación de este aviso.
Expediente N° 4034-2017.—San José, a las 8:54 horas del 1° de febrero del
2018.—German Alberto Rojas Flores, Jefe.—1 vez.—( IN2018214081 ).
Aaron Adolfo López Cruz, nicaragüense,
cédula de residencia 155819020418, ha presentado solicitud para obtener la
nacionalidad costarricense ante la Sección de Opciones y Naturalizaciones del
Registro Civil. Se emplaza a quienes tengan reparos comprobados que hacer a
dicha solicitud, para que los presenten por escrito en nuestras oficinas,
dentro del término de diez días hábiles siguientes a la publicación de este
aviso. Exp. N° 529-2018.—San José, al ser las 11:51 del 31 de enero de
2018.—Selmary Vanessa Velásquez Sobalvarro.—1 vez.—( IN2018214091 ).
Claudia Maritza Gómez Pulgarín,
colombiana, cédula de residencia 117001413904, ha presentado solicitud para
obtener la nacionalidad costarricense ante la Sección de Opciones y
Naturalizaciones del Registro Civil. Se emplaza a quienes tengan reparos
comprobados que hacer a dicha solicitud, para que los presenten por escrito en
nuestras oficinas, dentro del término de diez días hábiles siguientes a la
publicación de este aviso. Exp. N° 466-2018.—San José, al ser las 10:57 del 29
de enero de 2018.—Selmary Vanessa Veláquez Sobalvarro.—1 vez.—( IN2018214130 ).
Brígido Antonio Sequeira Balladares,
nicaragüense, cédula de residencia N° DI 155804575926, ha presentado solicitud
para obtener la nacionalidad costarricense ante la Sección de Opciones y
Naturalizaciones del Registro Civil. Se emplaza a quienes tengan reparos comprobados
que hacer a dicha solicitud, para que los presenten por escrito en nuestras
oficinas, dentro del término de diez días hábiles siguientes a la publicación
de este aviso. Expediente N° 461-2018.—Alajuela, San Carlos, al ser las 16:00
horas del 31 de enero del 2018.—Lic. Kattia Jiménez Zamora, Jefa a. í.—1 vez.—(
IN2018214191 ).
Pamela Georgina Cáceres Ponce de León,
hondureña, cédula de residencia Nº 134000235830, ha presentado solicitud para
obtener la nacionalidad costarricense ante la Sección de Opciones y
Naturalizaciones del Registro Civil. Se emplaza a quienes tengan reparos
comprobados que hacer a dicha solicitud, para que los presenten por escrito en
nuestras oficinas, dentro del término de diez días hábiles siguientes a la
publicación de este aviso. Expediente Nº 4459-2017.—San José, al ser las 12:35
del 02 de febrero del 2018.—Paul Alejandro Araya Hernández.—1 vez.—(
IN2018214265 ).
Diana Isabel Moncada Granados,
nicaragüense, cédula de residencia N° 155818291523, ha presentado solicitud
para obtener la nacionalidad costarricense ante la Sección de Opciones y
Naturalizaciones del Registro Civil. Se emplaza a quienes tengan reparos
comprobados que hacer a dicha solicitud, para que los presenten por escrito en
nuestras oficinas, dentro del término de diez días hábiles siguientes a la
publicación de este aviso. Expediente N°447-2018.—Puntarenas, Golfito, al ser
las once veinte horas del 29 de enero del 2018.—Oficina Regional de
Golfito.—Licda. Ana Yenci Gutiérrez Espinoza, Jefa.—1 vez.—( IN2018214356 ).
Mariela Moreno Medina, nicaragüense,
cédula de residencia N° DI 155811531128, ha presentado solicitud para obtener
la nacionalidad costarricense ante la Sección de Opciones y Naturalizaciones
del Registro Civil. Se emplaza a quienes tengan reparos comprobados que hacer a
dicha solicitud, para que los presenten por escrito en nuestras oficinas,
dentro del término de diez días hábiles siguientes a la publicación de este
aviso. Expediente N° 558-2018.—Guanacaste, Cañas, al ser las 12:45 horas del 01
de febrero del 2018.—Jorge Luis Varela Rojas.—1 vez.—( IN2018214453 ).
CONSEJO SUPERIOR DE EDUCACIÓN
PLAN DE
COMPRAS DEL AÑO 2018
El Consejo Superior de Educación hace de su
conocimiento que el Plan de Compras correspondiente al año 2018, ya se
encuentra debidamente publicado en la página web del Sistema Integrado de
Compras Públicas SICOP y en la página web del Consejo: www.cse.go.cr.
San José, Costa Rica, 12 de febrero del
2018.—Secretaría General.—Sra. Guiselle Cruz Maduro, Secretaria General.— 1 vez.—(
IN2018216042 ).
INSTITUTO
NACIONAL DE FOMENTO COOPERATIVO
La Proveeduría Institucional les informa a todos los interesados el Plan
Anual de Adquisiciones 2018 del INFOCOOP correspondiente a los programas
presupuestarios administrativo y cooperativo, el cual se encuentra a su
disposición en la página web del INFOCOOP en la siguiente dirección electrónica
http://www.infocoop.go.cr/conozcanos/transparencia/concursos/Plan%20de%20Adquisiciones%202018.pdf
Para ver las imágenes, ir a La Gaceta con formato PDF
Lic. Eduardo Mestayer Cedeño, Proveedor Institucional.—O.C. Nº
37333.—Solicitud Nº 107986.—1 vez.—( IN2018215996 ).
COLEGIO UNIVERSITARIO DE LIMÓN
ACLARACIÓN
PUBLICACIÓN
PLAN DE
COMPRAS 2018
Publicado en el Diario Oficial La Gaceta,
jueves 01 de febrero del 2018.
Se hace
corrección a las siguientes partidas presupuestarias:
Para ver la imagen ir a La Gaceta con formato PDF
Karleny
Clark Nelson, Directora Administrativa Financiera.— 1 vez.—( IN2018216284 ).
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA
DIRECCIÓN EJECUTIVA
DEPARTAMENTO DE
PROVEEDURÍA
El Departamento de Proveeduría invita a participar en el siguiente
procedimiento de contratación:
LICITACIÓN ABREVIADA Nº
2018LA-000005-PROV
Compra de sistema de videoconferencia
Fecha y hora de apertura: 13 de marzo de 2018, a las 10:00 horas.
El cartel se puede
obtener sin costo alguno a partir de la presente publicación. Para ello, los
interesados podrán obtenerlo a través de Internet, en la siguiente dirección:
www.poder-judicial.go.cr/proveeduría/invitaciones.
San José, 8 de febrero de 2018.—Proceso de Adquisiciones.—Licda. Mauren
Venegas Méndez, Jefa a. í.—1 vez.—( IN2018215978 ).
HOSPITAL
DR. RAFAEL Á. CALDERÓN GUARDIA
LICITACIÓN
ABREVIADA 2018LA-000008-2101
Levetiracetam 500 mg y 1000 mg, tabletas
Se informa a los interesados a participar en
la Licitación Abreviada 2018LA-000008-2101 por concepto de Levetiracetam 500 mg
y 1000 mg, tabletas, que la fecha de apertura de las ofertas es para el día 13
de marzo 2018, a las 08:30 a. m.
El
cartel se puede adquirir en la Administración del Hospital, por un costo de
¢500,00. Vea detalles en http://www.ccss.sa.cr
Subárea de Contratación Administrativa.—Lic.
Glen Aguilar Solano, Coordinador.—1 vez.—( IN2018216215 ).
HOSPITAL DR. FERNANDO
ESCALANTE
PRADILLA DE PÉREZ ZELEDÓN
LICITACIÓN NACIONAL
PÚBLICA N° 2018LN-000001-2701
Compra de insumos para facoemulsificador
El Hospital Dr. Fernando Escalante Pradilla de Pérez Zeledón, recibirá
ofertas hasta las 08:00 horas del 13 de marzo de 2018, para la Licitación
Nacional Pública N° 2018LN-000001-2701 por el “Compra de insumos para
facoemulsificador”.
Los interesados
retirar el cartel en la Página Web de Caja Costarricense de Seguro Social.
(www.ccss.sa.cr).
Lic. Greivin Blanco Padilla.—Área de Gestión Bienes y Servicios.—1
vez.—( IN2018216240 ).
FÁBRICA NACIONAL DE LICORES
DIVISIÓN ADSCRITA AL
CONSEJO
NACIONAL DE PRODUCCIÓN
CÉDULA JURÍDICA Nº 4-000-042146-5
SECCIÓN PROVEEDURÍA
LICITACIÓN ABREVIADA Nº
2018LA-000007-PV
(Apertura de licitación)
Compra de vehículos
La Fábrica Nacional de Licores, por medio de su Proveeduría, comunica
que se recibirán ofertas por escrito para el siguiente concurso:
Descripción: compra de vehículos
Tipo de concurso:
Licitación Abreviada Nº 2018LA-000007-PV.
Fecha de apertura: 8
de marzo de 2018, 10:00 horas.
Se invita a los interesados a que retiren el respectivo cartel en la
oficina de la Sección Proveeduría, ubicada en Rincón de Salas Grecia, en
horarios de lunes a viernes de 7:30 a.m. a 3:30 p.m., sin costo alguno. Se
puede acceder al mismo por medio de la página www.fanal.co.cr. El acto de apertura de las ofertas se
realizará en la oficina de la Proveeduría.
San José, 9 de febrero del 2018.—Departamento Administrativo.—MBA.
Francisco Merino Carmona, Coordinador de Área.—1 vez.—( IN2018216231 ).
LICITACIÓN
ABREVIADA 2018LA-000006-PV
(Apertura de licitación)
Compra cajas de cartón
La Fábrica Nacional de Licores, cédula
jurídica 4-000-042146-5, por medio de su Proveeduría, comunica que se recibirán
ofertas por escrito para el siguiente concurso:
Descripción: Compra cajas de cartón.
Tipo de concurso: Licitación Abreviada 2018LA-000006-PV.
Fecha de apertura: 06 de marzo de 2018, 10:00 horas.
Se invita a los interesados a que retiren el
respectivo cartel en la oficina de la Sección Proveeduría, ubicada en Rincón de
Salas Grecia, en horarios de lunes a viernes de 7:30 a. m. a 3:30 p. m., sin
costo alguno. Se puede acceder al mismo por medio de la página www.fanal.co.cr. El acto de apertura de las
ofertas se realizará en la oficina de la Proveeduría.
San José, 9
de febrero de 2018.—MBA. Francisco Merino Carmona, Coordinador de Área.—1
vez.—( IN2018216232 ).
LICITACIÓN
ABREVIADA Nº 2018LA-000002-02
(Invitación N° 1)
Compra de telas para confección de ropas
y otros artículos de tienda en general
El Proceso de Adquisiciones de la Unidad
Regional Central Oriental del Instituto Nacional de Aprendizaje estará
recibiendo ofertas por escrito hasta las 09:00 horas del 6 de marzo del 2018.
Los
interesados podrán retirar el pliego de condiciones el cual es gratuito, en el
Proceso de Adquisiciones de la Unidad Regional Central Oriental, ubicado de
Pizza Hut Paseo Colón, 250 metros al Sur contiguo a la Iglesia San Juan Bosco,
edificio Don Bosco, primer nivel, o bien ver la página web del INA, dirección
http://infoweb.ina.ac.cr/consultacarteles.
Unidad de Compras Institucionales.—Lic. Allan
Altamirano Díaz, Jefe.—1 vez.—O. C. Nº 26133.—Sol. Nº 108851.—( IN2018216255 ).
REFINADORA COSTARRICENSE DE PETRÓLEO S. A.
LICITACIÓN ABREVIADA Nº
2018LA-000001-02
Suministro e instalación de sistema de medición de
flujo
La Dirección de Suministros de RECOPE invita a participar en la
Licitación Abreviada Nº 2018LA-000001-02, para lo cual las propuestas deberán
presentarse en el segundo piso de las Oficinas Centrales de RECOPE, edificio
Hernán Garrón, sita en San José. Goicoechea, San Francisco, calle 108, Ruta 32
km 0 hasta las 10:00 horas del día 08 de marzo del 2018.
La visita al sitio
para explicar los alcances técnicos y demás aspectos relevantes de este
concurso se llevará a cabo el día 16 de febrero del 2018, a las 10:00 horas en
la entrada principal del Plantel Moín en Limón.
Se les informa a los
proveedores y demás interesados que los carteles únicamente estarán disponibles
a través de la página WEB de Recope www.recope.go.cr.
Se recuerda a los
proveedores y demás interesados que a través del sitio WEB www.recope.com, se
encuentran publicadas las licitaciones y contrataciones por escasa cuantía
promovidas por RECOPE.
Dirección de Suministros.—Ing. Norma Álvarez Morales, Directora.—1
vez.—O. C. N° 2017000142.—Solicitud N° 108853.— ( IN2018216257 ).
MUNICIPALIDAD DE PUNTARENAS
PROVEEDURÍA MUNICIPAL
Invita a los potenciales oferentes, a participar en los procesos de
licitación que seguidamente se detallan, para que retiren el cartel, que estará
disponible en el Departamento de Proveeduría y en el sitio web
www.puntarenas.go.cr, a partir de esta publicación.
Licitación Abreviada Nº 2018LA-000001-01
“Adquisición de dos vehículos tipo pick up, doble cabina, para la Dirección de
Desarrollo Urbano y el Plantel Municipal”
Límite de recepción de ofertas: hasta las 10:00
horas del 27 de febrero de 2018.
Licitación Abreviada Nº 2018LA-000002-01
“Adquisición de equipo triturador de troncos para ser utilizado en el
mantenimiento de las zonas verdes y parques del cantón Central de Puntarenas”
Límite de recepción de ofertas: hasta las 10:00 horas del 26 febrero de
2018.
Para mayor información
escribir correo electrónico: lrojas@munipuntarenas.go.cr o teléfono 2661-2104
de la Proveeduría Municipal.
Puntarenas, 12 febrero de 2018.—Lic. Luis Edward Rojas Barrantes,
Proveedor Municipal.—1 vez.—( IN2018216346 ).
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA
DIRECCIÓN EJECUTIVA
DEPARTAMENTO
DE PROVEEDURÍA
AVISO DE
ADJUDICACIÓN
Se comunica a todos los interesados en los
procedimientos de contratación que se dirán, que, por acuerdo del Consejo
Superior del Poder Judicial, en sesión Nº 10-18 del 06 de febrero del 2018,
artículos VI y VII respectivamente, se dispuso a adjudicar de la siguiente
manera:
LICITACIÓN
ABREVIADA Nº 2017LA-000062-PROV
Contratación de un asesor externo del Comité de
Riesgos
para el Fondo de Jubilaciones y Pensiones
del Poder Judicial
A: Arturo Chaves Marín, cédula de identidad 4-0105-1112:
Con un
costo mensual de ¢350.000,00.
Demás
términos y condiciones conforme al cartel y la oferta.
LICITACIÓN
ABREVIADA Nº 2017LA-000026-PROV
Compra de cromatógrafo líquido con detector
de masa de alta resolución
A: ISASA
Latam S. A., cédula jurídica 3-101-488091:
Con un
costo total de $421.000,00.
Demás
términos y condiciones conforme al cartel y la oferta.
San José, 7 de febrero de 2018.—Proceso de
Adquisiciones.—Licda. Mauren Venegas Méndez, Jefa a. í.—1 vez.—( IN2018215981
).
LICITACIÓN
PÚBLICA N° 2017LN-000024-DCADM
Compra de una solución firewall físicos de próxima
generación e integración de la ampliación
de la Plataforma VMWARE
La División de Contratación Administrativa
del Banco Popular y de Desarrollo Comunal hace del conocimiento de los
interesados en la Licitación Pública N° 2017LN-000024-DCADM, que la Comisión de
Licitaciones Públicas mediante acta N° 835 del 08 de febrero de 2018 resolvió
Adjudicar la presente licitación en los siguientes términos:
Adjudicatario: Datasys
Group S. A.,
C.J. 3-101-225751.
Oferta
Económica:
ÍTEM ÚNICO |
||||
Línea |
Descripción |
Cantidad |
Costo unitario IVI |
Costo total IVI |
N° 1 |
Firewall NGFW
(Next Generation Firewall), de acuerdo con las condiciones establecidas en el
apartado 2.1 Objeto |
4 |
$290.760,44 |
$1.163.041,77 |
N° 2 |
Costo por hora
técnico para el mantenimiento correctivo no cubierto por garantía para
Firewall NGFW (Next Generation Firewall). |
N/A |
$90,00 |
$90.00 |
GARANTÍA DE CUMPLIMIENTO: DATASYS CROUP, S.
A. dispondrá de cinco días hábiles, contados a partir de la firmeza del acto de
adjudicación, para rendir la correspondiente garantía de cumplimiento por un
monto de $ 58.157.00, con una vigencia mínima de siete meses.
Demás
condiciones y requisitos de conformidad con el cartel definitivo, la oferta del
adjudicatario, el informe de adjudicación N° 001-2018.
Área Gestión y Análisis de Compras.—Licda.
Ana Victoria Monge Bolaños, Jefa AGAC-165-2018.—1 vez.—( IN2018216265 ).
RESOLUCIÓN DE
ADJUDICACIÓN Nº UADQ 011-2018
LICITACIÓN PÚBLICA Nº
2017LN-000007-UADQ
Concesión de local para la instalación de máquinas
fotocopiadoras
para la prestación de servicios
de
fotocopiado en la facultad de derecho
SE ACUERDA:
1º—Adjudicar la Licitación Pública Nº 2017LN-000007-UADQ, titulada
“Concesión de local para la instalación de máquinas fotocopiadoras para la
prestación de servicios de fotocopiado en la Facultad de Derecho” de la
siguiente forma:
A: Oferta Nº 2: Zenén Humberto
Rodríguez Ruiz, cédula física Nº 3-0265-0935.
Canon mensual:
¢290.000,00
Monto anual:
¢2.900.000,00
Nota: para
los meses no lectivos, es decir, julio, diciembre, enero y febrero, el
contratista deberá pagar únicamente el 50% del valor mensual de la
contratación.
Orden de inicio: la Oficina de Servicios Generales, determinará la fecha de inicio,
previo acuerdo con el contratista.
Vigencia del contrato: La contratación que se realizará de la
licitación en referencia es por un año. Dicho contrato podrá prorrogarse por
tres períodos similares, hasta un máximo del contrato de 4 años, previo acuerdo
entre las partes, por escrito, dos meses antes del vencimiento del período
contratado o de sus prórrogas; y una vez aprobado el nuevo canon mensual por
parte de la Administración.
Precios establecidos
para los servicios prestados:
Tipo
de servicio y copia |
Precio ¢ |
Encuadernación
sencilla 50 hojas |
500,00 |
Encuadernación
sencilla 100 hojas |
600,00 |
Encuadernación sencilla más de 100 hojas |
700,00 |
Escaneo |
15,00 |
Encuadernación de
lujo |
4.500,00 |
Copia tamaño carta B/N |
10,00 |
Copia color
tamaño carta |
100,00 |
Copia tamaño oficio B/N |
15,00 |
Copia color
tamaño carta |
100,00 |
Copia color
tamaño oficio |
150,00 |
Ampliación |
15,00 |
Reducción |
15,00 |
Impresión B/N |
10,00 |
Impresión a color
carta |
100,00 |
Grabar CD |
250,00 |
Levantamiento de
textos |
500,00 |
Cuaderno de
examen |
175,00 |
Monto adjudicado
anual ¢2.900.000,00.
Sabanilla de Montes de Oca, al día 09 del mes de febrero de 2018.—Unidad
de Adquisiciones.—Licda. Jalile Muñoz Caravaca, Analista.—1 vez.—O.C. Nº
205177.—Solicitud Nº 108800.— ( IN2018216249 ).
DIRECCIÓN
PROVEEDURÍA
LICITACIÓN
PÚBLICA NACIONAL 2017LN-000019-PRI
Servicio de seguridad y vigilancia para región
central oeste
El Instituto Costarricense de Acueductos y
Alcantarillados (A y A), cédula jurídica N° 4-000-042138, comunica que mediante
Acuerdo de Junta Directiva Nº 2018-23 del 07 de febrero del 2018, se adjudica
la presente licitación a:
Oferta N° 4: Consorcio
VMA-VMA Comercial
conformado por Servicios Administrativos Vargas Mejías S. A. y VMA
Comercial e Industrial de San José S. A., posición 1 por un monto total anual (sin
arma) de ¢222.647.193,96 colones.
Oferta N° 6: Seguridad
y Vigilancia Sevin Ltda., posiciones 2 y 3 por un monto total anual (sin arma) de
¢106.245.012,72 colones.
Demás condiciones de acuerdo al cartel y la
oferta respectiva.
Dirección Proveeduría.—Licda. Jeniffer
Fernández Guillén.— 1 vez.—O. C. N° 6000002848.—Sol. N° 108742.—( IN2018216246 ).
JUNTA ADMINISTRATIVA COLEGIO TÉCNICO
PROFESIONAL
DE OROSI
REGISTRO INSTITUCIONAL
DE PROVEEDORES
Cumpliendo con los artículos 46 de la Ley de Contratación Administrativa
y artículo 122 de su Reglamento, se invita a las personas físicas y jurídicas
interesadas en ser consideradas en los procesos de contratación administrativa
de la institución a inscribirse en el respectivo Registro de Proveedores. El
formulario de inscripción y los requisitos los podrán solicitar al correo junta.ctpdeorosi@gmail.com
. Los proveedores inscritos en años anteriores deben verificar su estado en el
registro de proveedores a fin de ser considerados en futuras contrataciones.
Para más información comunicarse al teléfono: 2533-2504.
Cartago, Orosi, 08 febrero del 2018.—Gestión de Proveeduría.—Allan
Sanabria Solano, Asistente Administrativo.— 1 vez.—( IN2018215975 ).
PROGRAMA
DE INFRAESTRUCTURA DE TRANSPORTE
CONVENIO
DE PRÉSTAMO 3071/OC-CR Y 3072/CH-CR
LICITACIÓN
PÚBLICA INTERNACIONAL PIT-7-LPI-O-2016
Contratación del diseño y construcción para la
rehabilitación
y reforzamiento del rompeolas de Puerto Caldera
Se comunica que se traslada la fecha para
recibir ofertas para el 02 de marzo del 2018 a las 10:00 a. m. En la sala de
reuniones de la Proveeduría Institucional ubicada en el Plantel Central del
Ministerio de Obras Públicas y Transportes, al costado sur del Liceo de Costa
Rica Plaza Cleto González Víquez. Lo anterior debido a que se ha presentado
nuevamente un recurso de objeción ante la Contraloría General de la República y
se está en espera de la resolución.
Tomas Figueroa Malavassi, Director Unidad
Asesora del Mopt.—1 vez.—( IN2018216362 ).
LICITACIÓN
PÚBLICA N° 2018LN-000004-UADQ
(Modificación N° 1)
Concesión de un local para la prestación de
servicios
de alimentación en la facultad de ingeniería
La Oficina de Suministros comunica la
modificación de la fecha de apertura de la Licitación en Referencia, cuya
invitación salió publicada el 02 de febrero de 2018, en La Gaceta
N° 20.
Se
recibirá propuestas por escrito hasta las 14:00 horas del 02 de marzo de 2018,
para la contratación citada.
Permaneciendo
constante los demás puntos del cartel Los interesados podrán acceder al cartel
en la siguiente página de Internet http://osum.ucr.ac.cr, modulo
contrataciones, Licitaciones Públicas, o retirar el cartel en la Oficina de
Suministros de la Universidad de Costa Rica, ubicada en Sabanilla de Montes de
Oca, de las Instalaciones Deportivas 250 metros al este y 400 metros al norte.
Los
interesados en participar deberán enviar al fax: 2511-5520 ó al correo
electrónico jalile.munoz@ucr.ac.cr, los datos de la empresa, número telefónico,
fax y el nombre de la persona a quien contactar en caso necesario, el
incumplimiento de este requisito exonera a la Unidad de Adquisiciones la no
comunicación de prórrogas, modificaciones o aclaraciones al concurso.
Sabanilla de Montes de Oca, 6 de febrero de
2018.—Unidad de Adquisiciones.—Licda. Yalile Muñoz Caravaca, Analista.— 1 vez.—O.C.
N° 205177.—Sol. N° 108815.—( IN2018216254 ).
PROVEEDURÍA
INSTITUCIONAL
LICITACIÓN PÚBLICA Nº
2017LN-000011-SCA
Compra de equipo científico y de laboratorio
La Universidad Nacional por medio de la Proveeduría Institucional
comunica a los proveedores que participaron en esta Contratación, que mediante
resolución UNA-PI-D-RESO-0061-2018 del día 07 de febrero, 2018 se corrige error
material en el monto total adjudicado a la empresa Audrain y Jiménez S. A., ya
que se indicó $2.067,46, siendo lo correcto $4.944,15.
Heredia, 08 de febrero, 2018.—MAP. Nelson Valerio Aguilar, Director.—1
vez.—Orden de C. Nº P0032131.—Solicitud Nº 108723.— ( IN2018216296 ).
LICITACIÓN PÚBLICA
NACIONAL CR-ITCR-232-B-LPN-
0001-2018-APITCRBM (Aclaración y modificación
N° 1)
Adquisición de equipo núcleo integrado química-
ambiental
A los interesados en la Licitación arriba indicada se les comunica que
el cartel ha sido aclarado y modificado, dicho documento ya está disponible
para solicitarlo a la dirección electrónica ebonilla@itcr.ac.cr
Se modifica la fecha
de recepción y apertura de las ofertas para el día 28 de febrero de 2018, a las
10:00 a.m. la recepción y a las 10:30 a.m. la apertura.
Cartago, 8 de febrero del 2018.—Departamento de Aprovisionamiento.— MAE.
Kattya Calderón Mora, Directora.—1 vez.—O. C. Nº 20187548.— Sol. Nº 108656.—(
IN2018216233 ).
HOSPITAL DR. MAX PERALTA
JIMÉNEZ DE CARTAGO
LICITACIÓN PÚBLICA Nº
2018LN-000001-2306
Reactivos tropinina, probnp y procalcitonina
bajo
modalidad de entrega según demanda
El Hospital Dr. Max Peralta Jiménez de Cartago comunica a todos los
interesados, que el cartel de licitación ha sido objeto de algunas
modificaciones producto de la resolución de recursos de objeción interpuestos
en contra del cartel de licitación, por lo que las mismas pueden ser
consultadas en la página web de la institución, en la siguiente dirección:
http://www.ccss.sa.cr/licitaciones, también pueden ser solicitadas a través del
teléfono 2591-1161 y se le enviarán por correo electrónico o bien, pueden pasar
a nuestras oficinas por una copia del documento.
Además se les comunica
que la fecha para la recepción y apertura de ofertas se mantiene para el día 22
de febrero de 2018, a las 10:00 a.m.
Lo anterior con
fundamento en lo dispuesto por los artículos 81 y siguientes de la Ley de
Contratación Administrativa y 178 y siguientes de su Reglamento.
Cartago, 09 de febrero de 2018.—Área de Gestión de Bienes y
Servicios.—Licenciado Randall Varela Martínez, Coordinador.— 1 vez.—(
IN2018215889 ).
HOSPITAL
MÉXICO
SUB-ÁREA
DE CONTRATACIÓN ADMINISTRATIVA
LICITACIÓN
ABREVIADA 2018LA-000001-2104
Por la adquisición de:
clips permanentes para aneurisma
Se comunica a los interesados que la fecha de
apertura se prorrogará hasta nuevo aviso; además que de existir modificaciones
al cartel se les estará comunicando por este mismo medio. Demás condiciones
continúan invariables.
San José, 09 de febrero del 2018.—Área
Gestión Bienes y Servicios.—Licda. Carmen Rodríguez Castro, Jefe a. í.—1 vez.—
O. C. Nº 22.—Solicitud Nº 108731.—( IN2018216235 ).
SUB-ÁREA DE CONTRATACIÓN
ADMINISTRATIVA
LICITACIÓN NACIONAL Nº
2018LN-000002-2104
Por la adquisición de material médico descartable
Se comunica a los interesados que la fecha de apertura se prorrogará
hasta nuevo aviso; además que de existir modificaciones al cartel se les estará
comunicando por este mismo medio. Demás condiciones continúan invariables.
San José, 09 de febrero del 2018.—Área Gestión Bienes y
Servicios.—Licda. Carmen Rodríguez Castro, Jefa a. í.—1 vez.—O.C. Nº
23.—Solicitud Nº 108733.—( IN2018216237 ).
HOSPITAL
SAN VICENTE DE PAÚL
LICITACIÓN
PÚBLICA NACIONAL
Nº 2018LN-000001-2208
(Modalidad según demanda)
Por insumos para sellado de vasos
para cirugía abierta y laparoscópica
La Sub Área de Contratación Administrativa
del Hospital San Vicente de Paúl, comunica a los oferentes interesados en
participar en la presente licitación, que por motivo de Recurso de Objeción
presentado por la empresa Eurociencia Costa Rica Sociedad Anónima; se realiza
modificación al cartel de especificaciones técnicas y administrativas.
El
cartel modificación Nº 1, se encuentra disponible en la Sub Área de
Contratación Administrativa de este nosocomio y en el sitio web de la
institución, en el link http://www.ccss.sa.cr/ licitaciones. Se mantiene
apertura de ofertas para el día 15 de febrero del 2018, a las 11:00 horas.
Heredia, 09 de febrero del 2018.—Dirección
Administrativa.—Lic. Jhonderth Cruz Sandí.—1 vez.—( IN2018216314 ).
REFINADORA COSTARRICENSE DE PETRÓLEO S. A.
LICITACIÓN
PÚBLICA Nº 2017LN-000004-02 (Prórroga N° 3)
Construcción sistema de filtración de líneas marinas
Les comunicamos a los interesados en
participar en el concurso en referencia, que la fecha de apertura y recepción
de ofertas se prorrogó para el día 07 de marzo del 2018 a las 10:00 horas. Se
recuerda a los proveedores y demás interesados que a través del sitio Web
www.recope.com, se encuentran publicadas las licitaciones y contrataciones por
escasa cuantía promovidas por RECOPE.
Dirección de Suministros.—Ing. Norma Álvarez
Morales, Directora.—1 vez.—O.C. N° 2017000142.—Solicitud N° 108776.— (
IN2018216003 ).
MODIFICACIÓN
AL CÓDIGO DE CONDUCTA Y ÉTICA
DEL CONGLOMERADO BANCO NACIONAL
El Banco Nacional de Costa Rica comunica la
parte resolutiva del acuerdo tomado por la Junta Directiva General, en la
sesión N° 12.205, artículo 1º, celebrada el 04 de diciembre del 2018, en el cual
acordó aprobar la modificación al Código de Conducta y Ética del Conglomerado
Banco Nacional, específicamente en lo que respecta al apartado 3.3 Los
Conflictos de Interés, en el punto Deber de abstención, con el propósito de
adicionar el siguiente párrafo, para que, en lo sucesivo, se lea de conformidad
con el siguiente texto:
Con la salvedad de las operaciones
relacionadas con inversión, ahorro y/o cuenta corriente, se prohíbe a los
funcionarios y servidores del Banco Nacional de Costa Rica, en el ejercicio de
sus funciones, autorizar operaciones activas directas o indirectas, o celebrar
todo tipo de contratos, convenios y generar cualquier tipo de relación
comercial en la que tenga interés directo las asociaciones, cooperativas o
cualquier otra organización constituida por colaboradores del Banco Nacional.
Los colaboradores indicados no podrán renovar, a su vencimiento, las relaciones
de negocio existentes con cualquiera de esas organizaciones, una vez entrada en
vigencia esta regulación.
En lo demás, el citado Código de Conducta y
Ética se mantiene invariable.
La Uruca, 05 de febrero del 2018.—Licda.
Alejandra Trejos Céspedes, Supervisora Operativa.—1 vez.—O. C. Nº
524007.—Solicitud Nº 108145.—( IN2018214463 ).
CONCEJO MUNICIPAL
DE DISTRITO DE MONTEVERDE
Se solicita la publicación por una única vez
de la modificación al Reglamento para la Aplicación de Sanciones en Materia de
Construcción del Concejo Municipal de Distrito de Monteverde, aprobado por el
Concejo Municipal de Distrito de Monteverde en sesión ordinaria Nº 131 del 16
de enero del 2018, en el capítulo XI, artículo 09, inciso c), según se detalla:
1) En el artículo 01: Definiciones importantes, agregar la
siguiente:
Arquitectos
o ingenieros responsables: Se entenderán como profesionales responsables
aquellos profesionales en ingeniería o arquitectura debidamente incorporados al
Colegio Federado de Ingenieros y Arquitectos de Costa Rica y habilitados para
ejercer sus profesiones en distintas especialidades. Estos profesionales
actuarán conforme a sus distintas especialidades. Los profesionales
responsables son los únicos que tienen facultad para autorizar solicitudes de
licencia para obras de construcción; además, tienen la obligación de vigilar
las obras para las cuales hayan solicitado o autorizado licencia para obras de
construcción.
2) En el artículo 5: Eliminar el inciso b) y correr la
numeración como corresponde.
En
el inciso d): eliminar la palabra “no”.
En el inciso g): agregar al final del
párrafo lo siguiente: “cuando se trate de proyectos urbanísticos.
En el inciso l): eliminar lo siguiente
“ochocientos mil colones (¢800.000,00)” y en su lugar agregar “los diez
salarios base”.
3) Cambiar la tabla de categorización y quedaría como
sigue:
Para ver las imágenes, ir a La Gaceta con formato PDF
4) Agregar un artículo 5 bis como sigue:
Artículo
5 bis: Permiso para obras menores: Toda persona puede hacer
reparaciones, remodelaciones, ampliaciones, mantenimientos y otras obras de
carácter menor por cuenta propia o de terceros sin necesidad de contar con la
autorización de un profesional, siempre que las mismas no excedan al
equivalente a diez salarios base según lo dispuesto en el artículo 2º de la Ley
Nº 7337.
Se
consideran obras de mantenimiento, las siguientes:
Reposición
o instalación de canoas y bajantes.
Reparación de aceras.
Instalación de verjas, rejas, cortinas de
acero o mallas perimetrales no estructurales.
Limpieza de terreno de capa vegetal o de
vegetación.
Cambio de cubierta de techo.
Pintura en general, tanto de paredes como
de techo.
Colocación de cercas de alambre.
Acabados de pisos, puertas, ventanería y de
cielo raso.
Reparación de repellos y de revestimientos.
Reparaciones de fontanería.
Reparaciones eléctricas (sustitución de
luminarias, de toma corrientes y de apagadores).
Se
podrán incluir como obras de ampliación o reparación (obras menores) en
viviendas, las siguientes:
Cambio
estructura y forros de pared.
Construcción de casetilla de vigilancia.
Levantar o cambiar estructura de techo.
Ampliación de alero, muros y tapias.
Construir cochera.
Ampliación de baño, sala, cuarto de pilas,
terraza (en primer nivel).
Bajar nivel de terreno y muros de
contención.
Remodelación de fachada.
Rampa de accesibilidad.
Instalación de malla.
Construcción de tapias (muros de contención
o retención no clasifica en este ítem).
Si
dentro de los siguientes doce meses a partir del otorgamiento de un permiso de
obra menor, se presentase una nueva solicitud sobre el mismo inmueble, el Concejo
Municipal de Distrito previa inspección podrá denegar el nuevo permiso si se
determina que una obra mayor está siendo fraccionada en aras de evadir los
controles municipales y urbanísticos.
5) En el artículo 6º, inciso a) quedaría como sigue:
a. En caso de tratarse de obras y de actividades que requieran de la
alteración parcial o total de los recursos ambientales y humanos que estén a su
alrededor será necesario aportar el correspondiente Estudio de Impacto
Ambiental aprobado por SETENA, o las autoridades que designe con ese fin el
Ministerio del Ambiente, Energía y Telecomunicaciones; en forma previa.
6) Modificar el artículo 19 y quedaría como sigue:
Artículo
19.—La Resolución Administrativa. El Departamento tendrá un
término de 15 días para resolver si rechaza o concede el permiso solicitado. En
caso de atraso se comunicará al solicitante la demora so pena de sanción. La
resolución que conceda el permiso municipal, podrá ser emitida mediante un
documento que tendrá la siguiente leyenda: “Aplicar artículo 44 y 45 del código
Municipal”.
Monteverde, 22 de enero del 2018.—Bach.
Floribeth Chacón Villegas, Secretaria Municipal.—1 vez.—( IN2018214269 ).
SERVICIO NACIONAL DE ADUANAS
SUBASTA
PÚBLICA ADUANERA
De conformidad con la Ley General de Aduanas
Nº 7557 del 8 de noviembre de 1995, su reglamento y reformas, se detalla a
continuación las mercancías en condición de abandono que serán subastadas
públicamente y de forma individual en la Aduana Central, a las 09:30 horas del
día 07 de marzo del año 2018, en las instalaciones de la misma, sita en San
José, Calle Blancos, 300 metros al oeste de la Coca Cola.
Depositario
Aduanero:
Centro Logístico CLADISA S. A., Código: A-205, cédula jurídica:
3-101-198416-02. Dirección: 150 metros al este de la Estación de Gasolina La
Pacífica en Curridabat, San José.
Detalle de la mercancía
Boleta
N° 150-205-2017.
Consignatario: Komelux SPR S. A. Movimiento de inventario: 62513-2016.
Descripción: 88 paquetes con brillo verde para lavar ollas marca Scotch Brite, 24
unidades de 12 piezas cada uno. Valor aduanero: $1.393,25. Precio base:
¢151.586,70.
Boleta N° 151-205-2017. Consignatario: Sony Corporation of Panamá
S. A. Movimiento de inventario: 62504-2016. Descripción: 5 cartones con
reproductores de CD/DVD player marca Sony, una unidad en cada cartón. Valor
aduanero: $128,10. Precio base: ¢36.085,45.
Boleta N° 152-205-2017. Consignatario: Comercor S. A. Movimiento de
inventario: 62516-2016. Descripción: 4 cartones con pantalón BASS para dama, 41
unidades y 2 cartones con camisa BASS para hombre, 9 unidades. Total 6
cartones. Valor aduanero: $58,81. Precio base: ¢11.347,96.
Boleta N° 153-205-2017. Consignatario: Kativo Costa Rica S. A.
Movimiento de inventario: 62507-2016. Descripción: 18 cartones con pintura en
aerosol marca Protecto, 12 unidades cada cartón. 106 cartones con brochas marca
Protecto 24 unidades cada cartón y 1 cartón con brochas marca Protecto 120
unidades. Total 125 cartones. Valor Aduanero: $2.199,96. Precio base:
¢368.838,11. Nota Técnica 54.
Boleta N° 154-205-2017. Consignatario: Almacén Uribe y Pagés.
Movimiento de inventario: 62515-2016. Descripción: 21 cartones con ventiladores
de mesa, 21 unidades. Y 4 cartones con balde plástico para exprimir mapeador.
Valor aduanero: $309,98. Precio base: ¢52.242,30.
Se informa a los interesados los siguientes
puntos para su consideración:
a. El interesado puede apersonarse al lugar de ubicación de la
mercancía, para observarla dentro del plazo de tres días previos al inicio de
la Subasta.
b. Para poder participar en la subasta es indispensable depositar por
concepto de anticipo y mediante cheque certificado a favor del Ministerio de
Hacienda, una suma equivalente al 10% del precio base de las mercancías que
desee adquirir.
c. La diferencia entre el monto del cheque que funge como anticipo y
el monto de adjudicación de las mercancías, el mismo se debe cancelar de forma
inmediata o más tardar el día hábil siguiente de la adjudicación, mediante
Entero de Gobierno. La subasta aduanera es pública, por lo que cualquier
interesado puede tener acceso, con excepción de participación como postor o
comprador, tanto de forma directa o indirecta, de los funcionarios del Servicio
Nacional de Aduanas, ni sus parientes con afinidad o consanguinidad hasta el
tercer grado inclusive.
d. El costo por concepto de bodegaje de las mercancías no está
incluido en el precio base, por lo tanto los interesados deben pactar tal rubro
directamente con el respectivo depositario aduanero.
e. En el caso de mercancías sujeta a restricciones no arancelarias, el
interesado debe presentar el debido permiso, licencia o autorización vigente,
en el momento de la subasta.
Licda. Maribel Abarca Sandoval, Gerente
Aduana Central.—1 vez.—O. C. N° 3400035911.—Solicitud N° 108533.—( IN2018216094
).
De conformidad con la Ley General de Aduanas Nº 7557 del 8 de noviembre
de 1995, su reglamento y reformas, se detalla a continuación las mercancías en
condición de abandono que serán subastadas públicamente y de forma individual
en la Aduana Central, a las 09:30 horas del día 08 de marzo del año 2018, en
las instalaciones de la misma, sita en San José, Calle Blancos, 300 metros al
oeste de la Coca Cola.
Depositario Aduanero: ILG Supply Chain Services, S. A. Código:
A-253, cédula jurídica Nº 3-101-1682513. Dirección: San Rafael Arriba de
Desamparados, Parque Industrial Las Brisas, San José.
Detalle de la mercancía
Boleta Nº 192-253-2017. Consignatario: Kimberly Clark C.R. Movimiento
de inventario: 40736-2016. Descripción: 1 bulto de pañales para adulto con 4 paquetes
de 17 unidades cada uno. Valor aduanero: $16,95. Precio base: ¢4.535,71. Nota
técnica 57.
Boleta Nº 194-253-2017. Consignatario: Kimberly Clark C.R. Movimiento
de inventario: 43652-2016. Descripción: 17 bultos de toallitas húmedas con 24
paquetes de 48 unidades cada uno. Valor aduanero: $212,67. Precio base:
¢71.401,99. Nota técnica 57.
Boleta Nº 195-253-2017. Consignatario: Kimberly Clark C.R. Movimiento
de inventario: 19636-2015. Descripción: 48 bultos de rollos de papel de uso
doméstico con 12 paquetes de 2 unidades cada uno. Valor aduanero: $702,82.
Precio base: ¢113.804,07.
Boleta Nº 196-253-2017. Consignatario: Kimberly Clark C.R. Movimiento
de inventario: 19799-2015. Descripción: 1 bulto de pañuelos kleenex con 32
paquetes de 60 unidades cada uno. Valor aduanero: $24,86. Precio base:
¢4.025,67.
Boleta Nº 197-253-2017. Consignatario: Kimberly Clark C.R. Movimiento
de inventario: 47600-2016. Descripción: 2 bultos de pañales para adulto con 2
paquetes de 17 unidades cada uno. Valor aduanero: $18,84. Precio base:
¢4.971,73. Nota técnica 57.
Boleta Nº 198-253-2017. Consignatario: Kimberly Clark C.R. Movimiento
de inventario: 39911-2016. Descripción: 1 bulto de lentes transparentes
antiempañantes de seguridad con 9 paquetes de 12 unidades cada uno. Valor
aduanero: $71,18. Precio base: ¢7.217,67.
Boleta Nº 210-253-2017. Consignatario: Kimberly Clark C.R. Movimiento
de inventario: 41924-2016. Descripción: 2 bultos de toallitas húmedas con 16
paquetes de 16 unidades cada uno. Valor aduanero: $10,40. Precio base:
¢2.309,02. Nota técnica 57.
Boleta Nº 213-253-2017. Consignatario: Kimberly Clark C.R. Movimiento
de inventario: 45684-2016. Descripción: 6 bultos de pañales para adulto con 3
paquetes de 20 unidades cada uno. Valor aduanero: $96,43. Precio base: ¢17.637,32.
Nota técnica 57.
Boleta Nº 214-253-2017. Consignatario: Kimberly Clark C.R. Movimiento
de inventario: 47299-2016. Descripción: 240 bultos de toallitas húmedas con 16
paquetes de 16 unidades cada uno. Valor aduanero: $1.248,44. Precio base: ¢286.085,23.
Nota técnica 57.
Boleta Nº 216-253-2017. Consignatario: Kimberly Clark C.R. Movimiento
de inventario: 47422-2016. Descripción: 1 bulto de guantes revestidos de
nitrilo con 5 paquetes de 12 unidades cada uno. Valor aduanero: $66,40. Precio
base: ¢12.879,19.
Se informa a los
interesados los siguientes puntos para su consideración:
a. El
interesado puede apersonarse al lugar de ubicación de la mercancía, para
observarla dentro del plazo de tres días previos al inicio de la Subasta.
b. Para
poder participar en la subasta es indispensable depositar por concepto de
anticipo y mediante cheque certificado a favor del Ministerio de Hacienda, una
suma equivalente al 10% del precio base de las mercancías que desee adquirir.
c. La
diferencia entre el monto del cheque que funge como anticipo y el monto de
adjudicación de las mercancías, el mismo se debe cancelar de forma inmediata o
más tardar el día hábil siguiente de la adjudicación, mediante Entero de
Gobierno. La subasta aduanera es pública, por lo que cualquier interesado puede
tener acceso, con excepción de participación como postor o comprador, tanto de
forma directa o indirecta, de los funcionarios del Servicio Nacional de
Aduanas, ni sus parientes con afinidad o consanguinidad hasta el tercer grado
inclusive.
d. El
costo por concepto de bodegaje de las mercancías no está incluido en el precio
base, por lo tanto los interesados deben pactar tal rubro directamente con el
respectivo depositario aduanero.
e. En el
caso de mercancías sujeta a restricciones no arancelarias, el interesado debe
presentar el debido permiso, licencia o autorización vigente, en el momento de
la subasta.
Licda. Maribel Abarca Sandoval, Gerente Aduana Central.— 1 vez.—O.C. Nº
3400035911.—Sol. Nº 108538.—( IN2018216098 ).
La Junta Directiva del Banco Central de Costa
Rica en el artículo 7 del acta de la sesión 5813-2018, celebrada el 31 de enero
del 2018,
Considerando
que:
El artículo 2 de la Ley Orgánica del Banco Central de Costa Rica establece como objetivos
prioritarios de esta Entidad, mantener la estabilidad interna y externa del
colón y asegurar su conversión a otras monedas.
B. El Título IV, numeral 2, literales D y E de las Regulaciones de Política Monetaria establecen que, en ese orden, corresponde a
esta Junta Directiva determinar la Tasa de política monetaria (TPM) y la tasa
de interés de captación a un día plazo (DON).
C. Si bien, desde abril de 2015, las expectativas de inflación han
estado contenidas en el rango meta de inflación, en meses recientes han
aumentado con una tendencia hacia el valor superior de ese rango.
D. El precio del petróleo mantiene el comportamiento alcista observado
desde julio de 2017. Esta situación, con rezago, se traslada al precio local de
los combustibles, con una potencial transmisión en los próximos meses hacia
otros precios (efectos de segunda ronda) y hacia las expectativas de inflación.
E. La información disponible revela que a finales de 2017 e inicios
del presente año el proceso de desdolarización del ahorro financiero se
contuvo, lo que podría generar presiones al alza en las expectativas de
variación cambiaria y, por esta vía, sobre las expectativas de inflación.
F. Para reducir riesgos para la estabilidad del sistema financiero es
preciso mantener el incentivo por ahorrar en moneda nacional.
G. Existen rezagos que son de magnitud variable en la transmisión de
las acciones de política monetaria.
Dispuso,
por unanimidad y en firme:
1. Fijar la Tasa de política monetaria (TPM) en 5,0% anual, a partir
del 1º de febrero de 2018.
2. Fijar la tasa de interés bruta de los depósitos a un día plazo
(DON) en 3,04% anual, a partir del 1º de febrero de 2018.
Jorge Luis Rivera Coto, Secretario General Ad
Hoc.— 1 vez.—O. C. N° 4200001441.—Sol.
N° 108078.—( IN2018214187 ).
SUPERINTENDENCIA
GENERAL DE ENTIDADES FINANCIERAS
Publicación de la Superintendencia General de
Entidades Financieras con base en la información suministrada por los
intermediarios financieros.
BALANCE DE SITUACIÓN COMBINADO
DEL SISTEMA BANCARIO NACIONAL
Al 31 de julio del 2017
(en miles de colones)
Para ver la imagen ir a La Gaceta con formato PDF
Notas:
1º—Esta publicación se realiza en acatamiento
de lo dispuesto en el Artículo 19 de la Ley Orgánica del Sistema Bancario
Nacional y se ha elaborado con base en la información suministrada por las
entidades financieras disponible en nuestras bases de datos al 16/08/2017.
2º—En
el sitio Web de la SUGEF (www.sugef.fi.cr) se pueden consultar los
estados financieros individuales de los bancos, con un mayor nivel de detalle,
de este periodo y de periodos anteriores, así como otra información adicional.
Cecilia Sancho Calvo, Superintendente a. í.—1
vez.—( IN2018214225 ).
AVISOS
PUBLICACIÓN DE TERCERA VEZ
El Banco Nacional de Costa Rica, Sucursal
Calle Blancos, provincia de San José, avisa a las siguientes personas que
tienen pendiente el retiro de bienes en Custodia, por Cajitas de Seguridad
abiertas por incumplimiento de contrato:
Para ver la imagen ir a La Gaceta con formato PDF
Para mayor información puede comunicarse a
los números de teléfonos 2247-1924 Cajitas de Seguridad o 2247-1968 Supervisor
Operativo Sucursal Calle Blancos, Banco Nacional de Costa Rica, Jesús Chavarría
Vargas, Supervisor Operativo.
La Uruca, 29 de enero del 2018.—Proveeduría
General.—Licda. Alejandra Trejos Céspedes, Supervisora Operativa.—O. C. N°
524007.—Solicitud N° 107503.—( IN2018213246 ).
PUBLICACIÓN DE SEGUNDA VEZ
Se informa al público en general sobre el
extravio del cheque de gerencia del Banco Nacional de Costa Rica N° 11046-7 a
favor del BAC San José, por un monto de 1.370.415; no nos hacemos responsables
por el mal uso que se le de al mismo.—Kimberly García Ch., Responsable.—(
IN2018214024 ).
PUBLICACIÓN DE UNA VEZ
A las entidades acreedoras supervisadas por
la Superintendencia General de Entidades Financieras, que para acogerse a lo
dispuesto en los incisos c) y d) del artículo 4 del Acuerdo Sugef 6-05
Reglamento sobre la Distribución de Utilidades por la Venta de Bienes
Adjudicados (Artículo 1 de la Ley 4631), en un plazo no mayor a 10 días
hábiles, deberán presentar a través de sus Representantes Legales formal
solicitud ante la Dirección General de Infraestructura y Compras del Banco
Nacional de Costa Rica, localizada en La Uruca, frente a la Mercedes Benz y
adjuntar una certificación de un contador público autorizado sobre el estado de
la obligación y el saldo adeudado de Jorge Luis Corrales Zamora, cédula
3-0418-0743 en calidad de Ex Deudor y de Ex Propietario. En caso de consultas
remitirlas a operacionesuso@bncr.fi.cr
San José, 31 de enero del 2018.—Proveeduría
General.—Licda. Alejandra Trejos Céspedes, Supervisora Operativa.— 1 vez.—O. C.
Nº 524007.—Solicitud Nº 107920.—( IN2018214452 ).
A las entidades acreedoras supervisadas por
la Superintendencia General de Entidades Financieras, que para acogerse a lo
dispuesto en los incisos c) y d) del artículo 4 del Acuerdo SUGEF 6-05
Reglamento Sobre la Distribución de Utilidades por la Venta de Bienes
Adjudicados (Artículo 1 de la Ley 4631), en un plazo no mayor a 10 días
hábiles, deberán presentar a través de sus Representantes Legales formal
solicitud ante la Dirección General de Infraestructura y Compras del Banco
Nacional de Costa Rica, localizada en La Uruca, frente a la Mercedes Benz y
adjuntar una certificación de un contador público autorizado sobre el estado de
la obligación y el saldo adeudado de Rosemarie Sancho Alvarado, cédula
1-1030-0769 en calidad de exdeudora y de expropietaria. En caso de consultas
remitirlas a operacionesuso@bncr.fi.cr
San José, 31 de enero del 2018.—Proveeduría
General.—Licda. Alejandra Trejos Céspedes, Supervisora Operativa.—1 vez.—O.C.
N° 524007.—Solicitud N° 107921.—( IN2018214454 ).
A las entidades acreedoras supervisadas por
la Superintendencia General de Entidades Financieras, que para acogerse a lo
dispuesto en los incisos c) y d) del artículo 4 del Acuerdo SUGEF 6-05
Reglamento Sobre la Distribución de Utilidades por la Venta de Bienes
Adjudicados (Artículo 1 de la Ley 4631), en un plazo no mayor a 10 días
hábiles, deberán presentar a través de sus Representantes Legales formal
solicitud ante la Dirección General de Infraestructura y Compras del Banco
Nacional de Costa Rica, localizada en La Uruca, frente a la Mercedes Benz y
adjuntar una certificación de un contador público autorizado sobre el estado de
la obligación y el saldo adeudado de Edgar Antonio Miranda Jaen, cédula
105710849 en calidad de Exdeudor (a) o de Playa Dos Mil Turquesa S. A., cédula
3-101-283905 en calidad de Expropietario (a). En caso de consultas remitirlas a
operacionescontauso@bncr.fi.cr
San José, 31 de enero del 2018.—Proveeduría
General.—Licda. Alejandra Trejos Céspedes, Supervisora Operativa.— 1 vez.—O. C.
N° 524007.—Solicitud N° 107922.—( IN2018214455 ).
A las entidades acreedoras supervisadas por
la Superintendencia General de Entidades Financieras, que para acogerse a lo
dispuesto en los incisos c) y d) del artículo 4 del Acuerdo Sugef 6-05
Reglamento sobre la Distribución de Utilidades por la Venta de Bienes
Adjudicados (Artículo 1 de la Ley 4631), en un plazo no mayor a 10 días
hábiles, deberán presentar a través de sus Representantes Legales formal
solicitud ante la Dirección General de Infraestructura y Compras del Banco
Nacional de Costa Rica, localizada en la Uruca, frente a la Mercedes Benz y
adjuntar una certificación de un contador público autorizado sobre el estado de
la obligación y el saldo adeudado de Cooperativa de Servicios Agropecuarios de
Bagatzi RL, cédula 3-004-066688 en calidad de Ex Deudor (a) y Ex Propietario
(a). En caso de consultas remitirlas a operacionescontauso@bncr.fi.cr
San José, 31 de enero del 2018.—Proveeduría
General.—Licda. Alejandra Trejos Céspedes, Supervisora Operativa.— 1 vez.—O. C.
Nº 524007.—Solicitud Nº 107923.—( IN2018214457 ).
P. C.
PARAÍSO
AVISO
PUBLICACIÓN DE SEGUNDA VEZ
La señora Jenny Lizeth Arce Chévez, portadora
de la cédula de identidad N° 8-0098-0293 solicita la reposición por extravío
del Certificado de Depósito a plazo en colones N° 302-300-302110368 por un
monto de ¢1.000.000,00 (un millones de colones exactos) emitido el 06 de
febrero del 2017 por Banco Crédito Agrícola de Cartago con fecha de vencimiento
al 07 de agosto del 2017, con un plazo de 181 días y una tasa de interés del
5.70%, así como de su cupón de intereses número 1 (Fórmula 1110373) por
¢26.365,11 (Veintiséis mil trescientos sesenta y cinco colones con once
céntimos), con fecha de vencimiento 07 de agosto del 2017. Lo anterior para dar
cumplimiento con lo que estípula nuestro código de comercio, artículos 708 y
709. Transcurrido el término de quince días hábiles después de la última
publicación, se repondrá dicho documento.—Cartago, 11 de diciembre del
2017.—Manuel Brenes Castillo, Plataformista.—( IN2018213613 ).
VICERRECTORÍA
ACADÉMICA
PROGRAMA
DE GRADUACIÓN
REPOSICIÓN
DE TÍTULO
PUBLICACIÓN DE TERCERA VEZ
Ante el Departamento de Registro de la
Universidad Nacional, se ha presentado solicitud de reposición de diploma por
robo, correspondiente al título de Bachillerato en Pedagogía con Énfasis en I y
II Ciclos de la Educación General Básica, grado académico: bachillerato,
registrado en el libro de títulos bajo: tomo: 33, folio: 168, asiento: 2042, a
nombre de: Melissa Varela Araya, con fecha 26 de mayo del 2017, cédula de
identidad Nº 1-1500-0818. Se publica este edicto para oír oposiciones a dicha
reposición, dentro del término de quince días hábiles a partir de la tercera
publicación en La Gaceta.
Heredia, 17 de enero del 2018.—Departamento
de Registro.—M.A.E. Marvin Sánchez Hernández, Director.—( IN2018213112 ).
REPOSICIÓN
DE TÍTULO
EDICTO
PUBLICACIÓN DE TERCERA VEZ
Ante la Universidad Técnica Nacional (UTN) se
ha presentado la solicitud de reposición del Título de Diplomado en Educación
Superior Parauniversitaria del Colegio Universitario de Alajuela (CUNA),
institución fusionada a la UTN, según la ley 8638 del 12 de mayo del 2008. El
título a reponer corresponde a Juan Carlos Mesen Araya, cédula N° 107140239
graduado de la Carrera “Diplomado en Educación Superior Parauniversitaria en
Salud Ocupacional” en el año 2002, a quien se le autoriza la reposición del título
indicado por extravío del título original. Conforme la información que consta
en los archivos de esta Institución, el título a reponer se encuentra inscrito
en el Tomo CUNA 1, Folio 176, Asiento 194-2002 y ante el Ministerio de
Educación Pública se encuentra inscrito en el Tomo MEP-5, Folio 194, Asiento
27.508 en el año 2002. Se publica este edicto para oír oposiciones a la
reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la tercera
publicación en el Diario Oficial La Gaceta.
Alajuela, a los treinta y un días del mes de
octubre de 2017.—Rectoría.—Lic. Marcelo Prieto Jiménez, Rector.—( IN2018213125
).
EDICTO
Instituto de Desarrollo Rural, cédula
jurídica número: 4-000-042143, Asuntos Jurídicos de Región de Desarrollo
Brunca, Daniel Flores de Pérez Zeledón, San José, Costa Rica, a las quince
horas del dos de febrero de dos mil dieciocho. Que habiéndose recibido las
solicitudes de Concesiones en terrenos de Franja Fronteriza, que a continuación
se detallan y atendiendo lo dispuesto en el artículo 19 del Reglamento al
Otorgamiento de Concesiones en Franjas Fronterizas, publicado en el Alcance
Digital ochenta y uno de La Gaceta del diecinueve de mayo de dos
mil dieciséis, se concede un plazo de diez días hábiles contados a partir de
esta publicación, para que cualquier interesado presente oposición ante
cualquier oficina del Instituto de Desarrollo Rural.
Para ver las imágenes, ir a La Gaceta con formato PDF
Notifíquese.—Licda. Joselyn Pamela Ugalde
Jiménez, Asesora Legal de Asuntos Jurídicos.—1 vez.—( IN2018214481 ).
EDICTOS
PUBLICACIÓN DE PRIMERA VEZ
Al señor Allan Guillermo Quesada Campos, de otras calidades y domicilio
ignorados en su condición de progenitor de la persona menor de edad April
Valentina Quesada Ibarra y al señor Juan Carlos Mejías Navarrete de otras
caridades y domicilio ignorados, en su condición de progenitor de la persona
menor de edad Josiney Fernelly Mejías Ibarra. Respectivamente, se les comunica
la resolución de inicio del proceso especial de protección y se dicta medida de
protección de cuido provisional en el hogar sustituto de las 14:00 horas del
27/12/2017. Notifíquese: lo anterior a los interesados a quienes se les
previene que deben señalar casa u oficina para recibir notificaciones futuras,
con la advertencia de que de no hacerlo las resoluciones posteriores que se
dicten se tendrán por notificadas veinticuatro horas después de dictadas, igual
consecuencia se tendrá, si el lugar fuere impreciso, incierto o ya no
existiere. Contra esta resolución proceden los recursos de revocatoria y de
apelación, los que deberán interponerse dentro de los tres días hábiles
siguientes a partir de su notificación, siendo competencia de esta oficina
local resolver el de revocatoria, el de apelación corresponderá a la
Presidencia Ejecutiva de la Institución. Es potestativo usar uno o ambas recursos,
pero será inadmisible el interpuesto pasado los tres días señalados. Se deberá
publicar este edicto por tres veces consecutivas en el Diario Oficial La
Gaceta, Expediente
Administrativo: OLPO-00315-2017.—Oficina Local de Pococí.—Msc. María Gabriela
Hidalgo Hurtado, Abogada.— O.C. Nº 42789.—Solicitud Nº 18000006.—( IN2018214519
).
A Allen Daniel Solano Vindas. Persona menor
de edad Sherri Solano Ávalos y Keity Solano Ávalos. Se le(s) comunica la
resolución de las catorce horas con treinta minutos del dos de junio de dos mil
diecisiete, donde se resuelve: 1) Dar por iniciado el proceso especial de
protección y dictar medida de abrigo temporal a favor de la persona menor de
edad quien permanecerá en la ONG Casa Viva. Notificaciones. Se le previene a la
parte señalar casa, oficina o lugar, donde atender notificaciones, en el caso
de no hacerlo, las resoluciones posteriores se tendrán por notificadas
veinticuatro horas después de dictadas. Garantía de defensa: Se les informa a
las partes, que es su derecho hacerse asesorar o representar por un profesional
en derecho de su elección, así como a tener acceso en la Oficina Local dentro
de horas hábiles al estudio y revisión del expediente administrativo. Recursos:
Se hace saber a las partes, que en contra de esta resolución procede el recurso
de apelación, el que deberá interponerse ante este despacho, en forma verbal o
por escrito dentro de las cuarenta y ocho horas, posteriores a la notificación,
resolviendo dicho recurso la Presidencia Ejecutiva de la entidad, ubicada en
San José, barrio Luján, en horas hábiles de las siete a las quince y treinta
horas. Para tal efecto pueden ofrecer, además, las pruebas que consideren
pertinentes (Artículo 139 del Código de la Niñez y la Adolescencia). Dicho
recurso será inadmisible si es presentado pasado el plazo indicado. La
presentación del recurso de apelación no suspenderá la aplicación del acto
recurrido. Expediente OLPV-00166-2017.—Oficina Local de Pavas.—Licda. Luanis Pons
Rodríguez, Órgano Director del Procedimiento.— O. C. Nº 42789.—Solicitud Nº
18000006.—( IN2018214520 ).
A la señora, Ana Live Redondo Olivares de
otras calidades y domicilio ignorados en su condición de progenitora de las
personas menores de edad Adriana Cascante Redondo, Daniela Cascante Redondo y
Carlos Andrés Cascante Redondo, se le comunica la resolución de medida de
protección guarda crianza y educación provisional de las 10:30 horas del
19/01/2018. Notifíquese: lo anterior a los interesados a quienes se les
previene que deben señalar casa u oficina para recibir notificaciones futuras,
con la advertencia de que de no hacerlo las resoluciones posteriores que se
dicten se tendrán por notificadas veinticuatro horas después de dictadas, igual
consecuencia se tendrá, si el lugar fuere impreciso, incierto o ya no
existiere. Contra esta resolución proceden los recursos de revocatoria y de
apelación, los que deberán interponerse dentro de los tres días hábiles
siguientes a partir de su notificación, siendo competencia de esta oficina
Local resolver el de revocatoria, el de apelación corresponderá a la
Presidencia Ejecutiva de la Institución. Es potestativo usar uno o ambas,
recursos, pero será inadmisible el interpuesto pasado los tres días señalados.
Se deberá publicar este edicto por tres veces consecutivas en el Diario Oficial
La Gaceta. Expediente Administrativo:
OLP0-00333-2017.—Oficina Local de Pococí.—Área Legal.—Msc. María Gabriela
Hidalgo Hurtado, Abogada.—O. C. Nº 42789.—Solicitud Nº 18000006.—( IN2018214521
).
A Daly Lichey Rivera Batista. Se le comunica la resolución de las quince
horas del siete de junio del dos mil diecisiete, donde se resuelve, declarar la
adoptabilidad de la persona menor de edad Joselyn María Rivera Batista, de
conformidad con la normativa supracitada, en cumplimiento a lo dispuesto en el
artículo 113 del Código de Familia, toda vez que se ha constatado que la
adopción en cuestión conviene a su interés superior. Notifíquese la anterior
resolución a la parte interesada, personalmente o en su casa de habitación, a
quien se le advierte que deberá señalar lugar conocido para recibir sus
notificaciones, o bien, señalar número de facsímile para recibir aquellas
notificaciones que pudieren practicarse por ese medio, en el entendido que de
no hacerlo, o si el lugar señalado fuere impreciso, inexacto o llegare a
desaparecer, o si el medio seleccionado fuere defectuoso, estuviere
desconectado, sin suficiente provisión de papel o por cualquier otro modo no
imputable a esta institución se interrumpiere la comunicación, las
notificaciones futuras quedarán firmes veinticuatro horas después -de dictadas.
Se le hace saber además, que contra la presente resolución procede el recurso
ordinario de apelación, que deberán interponer ante esta Representación Legal
dentro del plazo de cuarenta y ocho horas siguientes a la fecha de la última
notificación a las partes, el de recurso será de conocimiento de la Presidencia
Ejecutiva de esta institución, en el entendido que hacerlo fuera de dicho
término el recurso deviene en inadmisible. Exp. N° OLA-00734-2015.—Oficina
Local de Alajuela.—Licda. Marianela Acón Chan, Órgano Director del
Procedimiento.—O. C. Nº 42789.—Solicitud Nº 18000006.—( IN2018214522 ).
A la señora, Daniela Fabiola Solano Herrera
de otras calidades y domicilio ignorados en su condición de progenitora de la
persona menor de edad Saycha Clementina Darce Solano se le comunica la
resolución de inicio del proceso especial de protección y se dicta medida de
protección de cuido provisional en el Hogar Sustituto de las 14:00 horas del
26/12/2017. Notifíquese: lo anterior a los interesados a quienes se les
previene que deben señalar casa u oficina para recibir notificaciones futuras,
con la advertencia de que de no hacerlo las resoluciones posteriores que se
dicten se tendrán por notificadas veinticuatro horas después de dictadas, igual
consecuencia se tendrá, si el lugar fuere impreciso, incierto o ya no
existiere. Contra esta resolución proceden los recursos de revocatoria y de
apelación, los que deberán interponerse dentro de los tres días hábiles siguientes
a partir de su notificación, siendo competencia de esta oficina Local resolver
el de revocatoria, el de apelación corresponderá a la Presidencia Ejecutiva de
la Institución. Es potestativo usar uno o ambas recursos, pero será inadmisible
el interpuesto pasado los tres días señalados. Se deberá publicar este edicto
por tres veces consecutivas en el Diario Oficial La
Gaceta.
Expediente Administrativo: OLP0-00293-2017.—Oficina Local de Pococí.—Msc. María
Gabriela Hidalgo Hurtado, Abogada.—O. C. Nº 42789.—Solicitud Nº 18000006.—(
IN2018214523 ).
Al señor Delgado Aguilar José Manuel, titular
de la cédula de identidad costarricense N° 112480371, divorciado, sin más
datos, se le comunica la resolución de las quince horas veintidós minutos del
dieciséis de enero del año dos mil dieciocho, mediante la cual se eleve Recurso
de Apelación interpuesto por la señora Jennifer Gabriela Thompson Agüero en
favor de la persona menor de edad Darrius Yazdanni Delgado Thompson, titular de
la cédula de persona menor de edad costarricense N° 604910880, con fecha de
nacimiento cuatro de abril del dos mil cinco. Se le confiere audiencia al señor
Delgado Aguilar José Manuel por tres días hábiles, para que presente los
alegatos de su interés, y ofrezca las pruebas que estime necesarias, y se le
advierte que tiene derecho a hacerse asesorar y representar por abogados y
técnicos de su elección, así como consultar el expediente en días y horas
hábiles, se le hace la salvedad que para fotocopiar el expediente
administrativo se cuenta con el horario de siete horas con treinta minutos y
hasta las dieciséis horas en días hábiles, el cual permanecerá a su disposición
en esta Oficina Local, ubicada en Puntarenas, cantón Osa, distrito Puerto
Cortes, sita Ciudad Cortes, 75 metros norte de la pulpería Cinco Esquinas. Expediente OLOS-00146-2016.—Oficina Local
Osa.—Licda. Roxana Gamboa Martinez, Representante Legal.—O. C. Nº
42789.—Solicitud Nº 18000006.—( IN2018214524 ).
INFORMA
CONTRATO
DE USO COMPARTIDO DE INFRAESTRUCTURA
La Superintendencia de Telecomunicaciones
hace saber que las empresas Instituto Costarricense de Electricidad y
Tecnología y Sistemas Wilcasji Sociedad Anónima, han firmado un Contrato de
Servicios de Uso Compartido de Infraestructura, el cual podrá ser consultado y
reproducido en el expediente I0053-STT-INT-0265-2018, disponible en las
oficinas de la SUTEL ubicadas en el Oficentro Multipark, Edificio Tapantí,
Escazú, San José, cuyo horario de atención es de lunes a viernes de 08:00 a las
16:00 horas. De conformidad con el artículo 63 del Reglamento de Acceso e
Interconexión de Redes de Telecomunicaciones, se otorga a los interesados un
plazo de diez días hábiles, contados a partir de la publicación de este aviso,
para que presenten sus objeciones ante la SUTEL por escrito y con una copia en
soporte magnético.
San José, 06 de febrero 2018.—Luis Alberto
Cascante Alvarado, Secretario del Consejo.—1 vez.—O. C. Nº
OC-3376-18.—Solicitud Nº 108721.—( IN2018216295 ).
En el Cementerio Central de Heredia, existe
un derecho a nombre de Acosta Chaverri Ramón, los descendientes desean
traspasar el derecho, además desea incluir beneficiarios indicándose así:
Arrendatario: María Teresa Badilla Acosta, cédula
09-0007-0999
Beneficiarios: Evelyn Salas Badilla, cédula 04-0169-0292
Franciny Víquez Badilla, cédula 09-0065-0078
Dany Arce Badilla, cédula 04-0141-0689
Lote N° 54 Bloque F, medida 6 metros
cuadrados para 4 nichos, solicitud 227 y 362, recibo 936 y 107002, inscrito en
Folio 8 y 21, Libro 1. Datos confirmados según constancia extendida por la
Administración de Cementerios con fecha 31 de enero de 2018.
Se
emplaza por 30 días hábiles a todo aquel que pretenda tener derecho sobre el
mismo, para que se apersone a la oficina de Asesoría Jurídica de la
Municipalidad de Heredia, a fin de hacer valer sus derechos, caso contrario se
inscribirá dicho derecho a nombre de la petente. Publíquese una vez.
Lic. Juan José Carmona Chaves, Administrador
de Cementerios.—1 vez.—( IN2018214427 ).
En el Cementerio Central de Heredia, existe
un derecho a nombre de Familia Chaves Corrales y Chaves García, los
descendientes de la familia desean, traspasar el derecho, además desea incluir
beneficiarios indicándose así:
Arrendatario: Miguel Ángel Chaves Corrales, cédula
01-0479-0263
Beneficiarios: Carlos Manuel Chaves Corrales, cédula
09-0047-0189
Lote N° 88, bloque D, medida 6 metros
cuadrados para 4 nichos, solicitud 1867, recibo 643, inscrito en folio 54 libro
1. Datos confirmados según constancia extendida por la Administración de
Cementerios con fecha 23 de octubre de 2016. Se emplaza por 30 días hábiles a
todo aquel que pretenda tener derecho sobre el mismo, para que se apersone a la
oficina de Asesoría Jurídica de la Municipalidad de Heredia, a fin de hacer
valer sus derechos, caso contrario se inscribirá dicho derecho a nombre de la
petente.
Lic. Juan José Carmona Chaves, Administrdor
de Cementerios.—1 vez.—( IN2018214500 ).
ÁREA DE
SERVICIOS PÚBLICOS
El Concejo Municipal de la Municipalidad de
Belén, hace del conocimiento de los usuarios de este cantón, los nuevos costos
por concepto de costos construcción de acera según lo establece el artículo 75
Código Municipal, aprobadas en la Sesión Ordinaria 41-2017 celebrada el día 11
de julio de 2017:
Multas artículo 75 del Código Municipal.
Concepto monto de la multa metro cuadrado.
Construcción de aceras de concreto
fc.210kg/cm2, 10 cm de espesor sin refuerzo, sisado indicado en planos o cada 150
cm. Subbase de lastre compactado 10 cm acabado escobillado con bordes
tiburoneados ¢25.807,00
Construcción
de aceras de concreto fc.210kg/cm2, 10 cm de espesor malla electrosoldada N° 2,
sisado indicado en planos o cada 150 cm. Subbase de lastre compactado 10 cm
acabado escobillado con bordes tiburoneados ¢28.153,00.
Belén, 31 de enero del 2018.—Área de
Servicios Públicos.—Ing. Denis Mena Muñoz, Director.—1 vez.—O. C. N°
33217.—Solicitud N° 108026.—( IN2018214182 ).
NAGUILAN S. A.
Naguilan S. A. 3-101-178517. Convoca a los socios a asamblea general extraordinaria de accionistas
a celebrarse en primera convocatoria a las ocho horas del día trece de marzo
del dos mil dieciocho. En Ciudad Cariari, entrada de Bosques de Doña Rosa Villa
Sunneshii. Si a la hora indicada no estuviere presente el quórum de ley, se
efectuará una segunda convocatoria una hora después, sea a las nueve horas del
día citado, constituyendo quórum los socios presentes. La agenda para esta
asamblea será la siguiente:
1. Disolución de la sociedad
3. Pago de Honorarios Legales
Nota: Aquellas personas que asistan en representación de un socio deberán
presentar los debidos poderes que los acrediten o de lo contrario no se le
permitirá su presencia en la asamblea.
San José, 9 de febrero del año 2018.—Maggie
Aeberhard Aeberhard, Presidente.—1 vez.—( IN2018215934 ).
PUBLICACIÓN DE TERCERA VEZ
INFRA GI
DE COSTA RICA S. A.
Yo, Minor Calvo Fernández, cédula
1-0638-0132, representante legal de Infra GI de Costa Rica S. A., cédula
jurídica 3-101-255031. Solicitante del Certificado de Depósito a plazo, emitido
por el Banco Nacional de Costa Rica, Oficina de Sede Heredia, que se detalla a
continuación:
C.D.P. Monto Emisión vencimiento
400-01-201-000047-2 ¢1.966.477.75 06/12/2013 06/04/2015
Título a la orden, a una tasa de interés del
6%. Solicito reposición de este documento por causa de extravío. Se publica
este anuncio por tres veces consecutivas para oír reclamos de terceros, por el
término de quince días.—Heredia, el 30 de enero del 2018.—Minor Calvo
Fernández, Gerente General.—( IN2018213388 ).
INFRA
G.I. DE COSTA RICA S. A.
Yo Minor Calvo Fernández, cédula 1-0638-0132,
representante legal de Infra GI de Costa Rica S. A., cédula jurídica
3-101-255031. Solicitante del Certificado de Depósito a plazo, emitido por el
Banco Nacional de Costa Rica, Oficina de Sede Heredia, que se detalla a
continuación:
C.D.P. Monto Emision Vencimiento
400-01-201-000048-0 ¢6.250.000,00 06/12/2013 06/04/2015
Título(s) a la orden, a una tasa de interés
del 6% . Solicito reposición de este documento por causa de extravió. Se
publica este anuncio por tres veces consecutivas para oír reclamos de terceros,
por el término de quince días.—Heredia, el 30 de enero del 2018.—Minor Calvo
Fernández, Gerente General.—( IN2018213393 ).
SAN JOSE
INDOOR CLUB S. A.
El San José Indoor Club S. A., tramita la
reposición de la Acción N° 0561 a nombre de Carlos José Gallegos Echeverria,
cédula identidad 1-0516-0285 por haberse extraviado. Cualquier persona que se
considere con derechos deberá apersonarse ante el San José Indoor Club S. A.,
en sus oficinas sitas en Curridabat, dentro del plazo indicado en el Articulo
709 del Código de Comercio.—San José, 30 de noviembre del 2017.—Jesús Ulloa
Montoya, Gerente General.—( IN2018213414 ).
PUBLICACIÓN DE SEGUNDA VEZ
VECTOR
CUATRO
Se cita a los acreedores y en general a todos
los interesados, para que de conformidad con los artículos 479 y siguientes del
Código de Comercio, se presenten en mi oficina instalada en San José, San Pedro
de Montes de Oca, doscientos metros al sur y veinticinco metros al este del
Banco Nacional, casa color gris, dentro del término de quince días a partir de
la primera publicación, a hacer valer sus derechos, en relación con la
compraventa del establecimiento mercantil conocido con el nombre Vector Cuatro
el siguiente paso de la impresión.—San José, 29 de enero del 2018.—Erenia Corea
Cerdas, Depositaria.—( IN2018213764 ).
COLEGIO
DE CONTADORES PÚBLICOS DE COSTA RICA
Integración de junta directiva
Se
informa que por acuerdo JG-II-222-2017 de asamblea general ordinaria N° 222,
celebrada el ocho de diciembre del dos mil diecisiete y asamblea general
ordinaria N° 223, celebrada el treinta y uno de enero de dos mil dieciocho,
fueron electos y juramentados respectivamente como nuevos integrantes de la
Junta Directiva del Colegio de Contadores Públicos de Costa Rica, los
siguientes miembros:
Vicepresidenta: |
Licda. Mercedes Campos
Alpízar |
Rige del 01-02-2018 al
31-01-2020 |
Secretario: |
Lic. Gary Garita Jiménez |
Rige del 01-02-2018 al
31-01-2020 |
Tesorera: |
Licda. Sharon Alvarado
Martínez |
Rige del 01-02-2018 al
31-01-2020 |
Vocal II: |
Licda. Rosibel López
González |
Rige del 01-02-2018 al
31-01-2020 |
En ese
sentido la Junta Directiva, se encuentra integrada de la siguiente forma:
Presidente |
Lic. Ronald Artavia
Chavarría |
Nombramiento del 01-02-2017
al 31-01-2019 |
Vicepresidenta: |
Licda. Mercedes Campos
Alpízar |
Nombramiento del 01-02-2018
al 31-01-2020 |
Secretario: |
Lic. Gary Garita Jiménez |
Nombramiento del 01-02-2018
al 31-01-2020 |
Prosecretario: |
Lic. Franklin Noguera
Flores |
Nombramiento del 01-02-2017
al 31-01-2019 |
Tesorera: |
Licda. Sharon Alvarado
Martínez |
Nombramiento del 01-02-2018
al 31-01-2020 |
Fiscal: |
Licda. Dunia Zamora Solano |
Nombramiento del 01-02-2017
al 31-01-2019 |
Vocal I: |
Msc. Gerardo Marín Tijerino |
Nombramiento del 01-02-2017
al 31-01-2019 |
Vocal II: |
Licda. Rosibel López
González |
Nombramiento del 01-02-2018
al 31-01-2020 |
Vocal III: |
Licda. Francinne Sojo Mora |
Nombramiento del 01-02-2017
al 31-01-2019 |
Licenciado Mauricio Artavia
Mora, Director Ejecutivo.— (
IN2018216216 ). 2 v. 1
PUBLICACIÓN DE UNA VEZ
DOLVERS
ENGINEERING CONSULTING
SOCIEDAD ANÓNIMA
Por escritura otorgada en mi notaría, a las
diecisiete horas y treinta minutos del día veinticinco del mes de enero del año
dos mil dieciocho, el accionista de Dolvers Engineering Consulting Sociedad
Anónima, cédula jurídica: tres-ciento uno-dos cinco nueve nueve siete cinco,
solicita ante el Registro de Personas Jurídicas del Registro Nacional la
reposición por extravío del tomo primero de los siguientes libros: Libro de
Actas de Asamblea de Socios.—Licda. Julia Salazar Valverde, Notaria.—1 vez.—(
IN2018214347 ).
COLEGIO
DE INGENIEROS QUÍMICOS
Y PROFESIONALES AFINES
La Junta Directiva del Colegio de Ingenieros
Químicos y Profesionales Afines, comunica que los profesionales abajo listados
se encuentran registrados con la categoría indicada en el siguiente cuadro:
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Ing. José Adrián Jiménez Brenes, Director
Administrativo.— 1 vez.—( IN2018214393 ).
COLEGIO
DE CONTADORES PÚBLICOS DE COSTA RICA
LINEAMIENTO
DEL DEPARTAMENTO DE FISCALÍA
Se informa a todos los miembros del Colegio
de Contadores Públicos de Costa Rica y público en general, que la Junta
Directiva aprobó en la sesión ordinaria N° 24-2017 del 06/12/2017, por acuerdo
N° 665-2017, el Lineamiento del Departamento de Fiscalía, el cual deroga
cualquier otro anterior aprobado por la Junta Directiva. Este Lineamiento
estará disponible en nuestra página web: www.ccpa.or.cr.
Lic. Mauricio Artavia Mora, Msc. Director
Ejecutivo.— 1 vez.—( IN2018214449 ).
GEIZPAUL
DEL DESIERTO SOCIEDAD ANÓNIMA
De conformidad con el artículo 14 del
Reglamento del Registro Nacional para la legalización de libros de sociedades
mercantiles se avisa que Geizpaul del Desierto Sociedad Anónima, con cédula
jurídica número tres-ciento uno-trescientos veinte mil ochenta y ocho,
procederá con la reposición, por motivo de extravío, del tomo primero de los
Libros Legales Registro de Socios, actas de junta directiva, actas de asamblea
general.—Heredia, 29 de enero del 2018.—Licda. Isabel Bolaños Madrigal,
Notaria.—1 vez.—( IN2018215179 ).
Mediante escritura número ciento ochenta y
nueve, del tomo segundo de mi protocolo, se constituyó la empresa denominada: Servicios Profesionales J A M de Occidente, Empresa Individual de
Responsabilidad Limitada, con plazo social para vencer el día dos de febrero del dos mil
ciento diecisiete.—Lic. Jonathan García Quesada, Notario.—1 vez.—( IN2018214181
).
El suscrito notario René Orellana Meléndez, hace constar que en su
notaria se disolvió la sociedad anónima: Inmobiliaria H. Eheverria
Sociedad Anónima, cédula
jurídica número tres ciento uno seis uno cero cero cero cero.—Santa Ana a las
quince horas del cinco de febrero del dos mil dieciocho.—Lic. René Orellana
Meléndez, Notario.—1 vez.—( IN2018215054 ).
Por escritura otorgada a las ocho horas del siete de febrero de dos mil
dieciocho, ante el notario Sergio García Mejía, se protocolizan acuerdos de
asamblea general extraordinaria de cuotistas de la sociedad Los
Constructores Rojas y Monge Limitada, donde se acuerda reformar la cláusula sexta de los estatutos de la
compañía, referente a la administración.—San José, siete de febrero de dos mil
dieciocho.—Lic. Sergio García Mejía, Notario Público.—1 vez.—( IN2018215059 ).
Por escritura otorgada el día de hoy ante mi notaría, se constituyó la
sociedad denominada Selah Vida Sociedad Anónima, capital totalmente suscrito y pagado,
presidente con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma.—San
José, treinta de enero del año dos mil dieciocho.—Licda. Rosette María Morgan
Asch, Notaria Pública.—1 vez.—( IN2018215127 ).
Por escritura otorgada el día de hoy ante mi notaría, se constituyó la
sociedad denominada Santa Ana Vida Sociedad Anónima, capital totalmente suscrito y pagado,
presidente con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma.—San
José, treinta de enero del año dos mil dieciocho.—Licda. Rosette María Morgan
Asch, Notaria Pública.—1 vez.—( IN2018215128 ).
Por escritura otorgada el día de hoy ante mi notaría, se constituyó la
sociedad denominada Sabanilla Vida Sociedad Anónima, capital totalmente suscrito y pagado,
presidente con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma.—San
José, treinta de enero del año dos mil dieciocho.—Licda. Rosette María Morgan
Asch, Notaria Pública.—1 vez.—( IN2018215129 ).
Por escritura otorgada ante mí a las 10:00
horas del 01 de diciembre del 2017, se protocolizan acuerdos de asamblea
general extraordinaria de socios de la sociedad Conservación
y Servicios Conyser S. A., cédula de persona jurídica número tres-ciento uno-seiscientos once
mil seiscientos sesenta y dos, en la cual se acuerda la disolución de dicha
sociedad.—San José, 16 de enero del 2018.—Lic. Luis Ángel Sánchez Montero,
Notario.—1 vez.—( IN2018215133 ).
Por escritura otorgada ante este notario, a
las nueve horas treinta minutos del cinco de febrero del dos mil dieciocho, se
protocolizó el acta de asamblea general extraordinaria de accionistas de
accionistas de Inversiones Montaña Nueva Sociedad Anónima, mediante la cual se reforma la
cláusula sexta del pacto constitutivo.—San José, cinco de febrero del dos mil
dieciocho.—Lic. Carlos José Oreamuno Morera, Notario.—1 vez.—( IN2018215142 ).
Ante mi notaría se constituyó el día de hoy
la compañía denominada, Joma Barra Cuarenta Y Dos,
Sociedad Anónima
capital social: mil colones, cuyo aporte se hace mediante bienes muebles, sean
estos una carpeta de cuero con un valor de novecientos colones y un bolígrafo
con un valor de cien colones. Plazo: cien años. A las diecisiete horas del
cinco de febrero del dos mil dieciocho. Libero a la Imprenta Nacional de toda
responsabilidad. Notario: Miguel Córdoba Retana. mcordobaretana@yahoo.com,
Celular: 8384-8721.—Lic. Miguel Córdoba Retana, Notario.—1 vez.—( IN2018215143
).
En mi notaría, sita en Purral Abajo de Goicoechea:
se otorgó escritura pública, para solicitar la disolución de la sociedad
mercantil denominada Cibercreativa S. A., cédula jurídica N°
3-101-596129, a partir de su inscripción en el Registro Civil. José Luis
Ramírez Chaves, presidente. Se avisa a los interesados para los fines
pertinentes.—San José, Goicoechea, 7 de febrero del año 2018.—Lic. Edgar
Gerardo Ardón Retana, Notario.—1 vez.—( IN2018215146 ).
Por escritura otorgada a las quince horas del
cinco de febrero del dos mil dieciocho, se constituyó la sociedad Infobip Costa Rica, Sociedad de Responsabilidad Limitada.—Licda. Catalina Moya Azucena,
Notaria.—1 vez.—( IN2018215148 ).
Ante mí notaría, se disolvió la empresa Transportes Chola Sociedad Anónima, cédula jurídica número: tres-ciento
uno-trescientos treinta y siete mil cincuenta y seis, domiciliada en Ciudad
Quesada en San Carlos, provincia de Alajuela, del Parque central un kilómetro
al oeste. Otorgamiento: Siquirres, 12:00 horas del treinta y uno de enero del
año dos mil dieciocho.—Licda. Susana Zamora Fonseca, Notaria.—1 vez.—(
IN2018215149 ).
Ante mí notaría, se constituyó la sociedad Pila Mil Novecientos Cincuenta Sociedad Anónima. Presidente será el único
apoderado generalísimo sin límite de suma. Presidente: Alejandro Sancho Ugalde.
Capital social: Doscientos mil colones. Plazo: Noventa y nueve años.
Constitución: 14:00 horas del 31 de enero de 2018.—Lic. Susana Zamora Fonseca,
Notaria.—1 vez.—( IN2018215150 ).
Por escritura otorgada ante esta notaría, a
las ocho horas del día cinco de febrero del año dos mil dieciocho, se
protocoliza acta de asamblea general extraordinaria de socios de la sociedad Inergia Ingeniería y Energía Sociedad Anónima, cédula jurídica número
tres-ciento uno- seiscientos noventa y dos mil doscientos once (3-101-692211),
por la cual no existiendo activos ni pasivos se acuerda la disolución de la
sociedad.—Santo Domingo de Heredia, diez horas del cinco de febrero del dos mil
dieciocho, Notaría Pública del licenciado Óscar Gerardo Pereira
Villalobos.—Lic. Óscar Gerardo Pereira Villalobos, Notario.—1 vez.—(
IN2018215151 ).
Por escritura número ciento seis otorgada a
las doce horas del seis de febrero del dos mil dieciocho ante esta notaria, se
protocolizó el acta asamblea general de socios, número seis, de la sociedad Fe y Perseverancia Sociedad Anónima, con cedula de persona jurídica tres-ciento
uno-cuatrocientos mil ciento noventa y tres, donde se acordó el cambio del
domicilio social.—Liberia, Guanacaste, 6 de febrero del 2018.—Licda. Adriana
Marín Fonseca, Notaria.—1 vez.—( IN2018215154 ).
Mediante escritura número treinta y
tres-treinta, se protocoliza acta de asamblea general ordinaria y
extraordinaria de accionistas de la sociedad Craftop
Costa Rica Sociedad Anónima, en donde se eligen nuevos miembros de junta directiva, se modifica
el domicilio, y se modifica cláusula de administración. Presidente: OU LING
conocida como Phoebe Ling, tesorero: Steve Quirós Aguilar conocido como Steven
Quirós Aguilar.—Lic. Luis Albert Carrillo Delgado, Notario.—1 vez.—( IN2018215161
).
Mediante escritura ciento quince de las ocho
horas con quince minutos del veintinueve de enero del dos mil dieciocho, se
disuelve la sociedad: Brasilito Beach Front Sports
Bar And Grill S. A.
Lic. Einar José Villavicencio López, notario público de Playa Brasilito, cédula
Nº 1-0744-0485. Teléfono: 2654-4321.—Lic. Einar José Villavicencio López,
Notario.—1 vez.—( IN2018215164 ).
Por escritura otorgada a las 08:00 horas del
07 de febrero del 2018, se constituyó sociedad de responsabilidad limitada, y
se denominará: Roiboos S.R.L.—San José, 07 de febrero del 2018.—Licda.
Rebeca Linox Chacón, Abogada y Notaria.—1 vez.—( IN2018215165 ).
Por escritura número ciento veintitrés-cinco,
otorgada ante los notarios: Juan Carlos León Silva y Juvenal Sánchez Zúñiga, actuando
en el protocolo del primero, a las quince horas quince minutos del cinco de
febrero del dos mil dieciocho, se acuerda modificar la cláusula sétima
correspondiente a la administración y representación, adicionar al pacto la
cláusula sétima bis y modificar la cláusula octava de las asambleas de socios,
correspondiente a la sociedad: Acamsys Sociedad Anónima.—San José, 07 de enero del
2018.—Lic. Juan Carlos León Silva, Notario.—1 vez.—( IN2018215166 ).
Mediante escritura número ciento diecisiete,
otorgada por la notaria pública Elluany Coto Barquero, a las ocho horas del
seis de febrero del dos mil dieciocho, se transforman los estatutos de la
compañía: Wes-Vel Family Seashore Investment Sociedad Anónima, para que en adelante sea una
sociedad de responsabilidad limitada denominada: Wes-Vel
Family Seashore Investment Limitada, para lo cual se nombra gerente y agente
residente.—San José, 06 de febrero del 2018.—Licda. Elluany Coto Barquero,
Notaria Pública.—1 vez.—( IN2018215169 ).
A las diez horas del día seis de febrero del
dos mil dieciocho, protocolicé acta de asamblea general ordinaria y
extraordinaria de accionistas de la sociedad: Escalante
Professional Services Branch Sociedad Anónima, con cédula de persona jurídica número:
tres-ciento uno-seiscientos sesenta y un mil ochenta y cuatro, mediante la cual
se modifican las cláusulas primera, segunda y sexta del pacto social. Es
todo.—San José, seis de febrero del dos mil dieciocho.—Licda. Margarita Sandí
Mora, Notaria Pública.—1 vez.—( IN2018215170 ).
Por escritura otorgada ante mí, a las 10:00
horas del 24 de enero del dos mil dieciocho, que es asamblea general
extraordinaria de accionistas de la sociedad denominada Impluo Sociedad Anónima, donde se acuerda la disolución de la compañía. Es todo.—San José, a
las ocho horas, del veintinueve de enero del dos mil dieciocho.—Licda. Ana
Cecilia de Ezpeleta Aguilar, Notaria.—1 vez.—( IN2018215175 ).
Por escritura otorgada ante mí, a las 10:30
horas del 24 de enero del dos mil dieciocho, que es asamblea general extraordinaria
de accionistas de la sociedad denominada Unión
Funis Sociedad Anónima, donde se acuerda la disolución de la compañía. Es todo.—San José, a
las nueve horas del veintinueve de enero del dos mil dieciocho.—Licda. Ana
Cecilia de Ezpeleta Aguilar, Notaria.—1 vez.—( IN2018215176 ).
Por escritura otorgada ante la suscrita
notaria en San José, Coronado, a las 08 horas del día 01 de febrero 2018, se
realizó un cambio en la Junta Directiva de la Sociedad Complejo Internacional Cosol S. A., y se nombró un apoderado generalísimo sin
límite de suma de la sociedad.—San José, 07 de febrero del 2018.—Licda. Grace
María Quesada Cubillo, Notaria.—1 vez.—( IN2018215178 ).
La compartía Rua
de Varet S. A.,
cédula 3-101- 562435, reforma cláusula quinta en cuanto al capital social.
Escritura otorgada en la ciudad de San José, al ser las 18:00 horas,.— 6 de
febrero del 2018.—Lic. Wagner Chazón Castillo, Notario.—1 vez.—( IN2018215183
).
Por escritura de las 17:40 horas de hoy,
protocolicé acta de Trece de Setiembre S. A., por la cual se declara la
disolución de la compañía.—Montes de Oca, San Pedro, 01 de febrero del
2018.—Lic. Fabio Alberto Arias Córdoba, Notario.—1 vez.—( IN2018215186 ).
Por escritura otorgada en esta notaría, a las
diecisiete horas treinta minutos del seis de febrero de dos mil dieciocho, se
protocolizo acta de asamblea general de cuotistas de la empresa Diggitus Solutions Limitada según la cual, se nombra nuevo gerente y se
cambia el domicilio social.—Licda. Gloriana Carmona Castañeda, Notaria.—1 vez.—(
IN2018215188 ).
Víctor
Nelly y Asociados Vinel&A Sedimo S.
A., modifica la
cláusula referente a la administración de la sociedad y nombra nueva junta
directiva. Acta protocolizada por el Notario, Álvaro Rojas Morera.—San José
siete de febrero del dos mil dieciocho.—Lic. Álvaro Rojas Morera, Notario.—1
vez.—( IN2018215189 ).
Yo, Álvaro Peralta Castillo, notario público
con oficinas abiertas en la ciudad de Guadalupe, Goicoechea, debidamente
autorizado, en asamblea general de socios cuotistas de la empresa denominada, Comercializadora Naranjo Guzmán Sociedad
de Responsabilidad Limitada, cédula de persona jurídica número: tres-ciento dos-trescientos
veintiocho mil setecientos sesenta, celebrada a las ocho horas del día once de
diciembre del año dos mil diecisiete, según consta en el acta número tres ,
contenida en el libro de asambleas generales número uno, indica que en el
acuerdo primero; procedió a aumentar el capital social de la empresa en la suma
de dos mil colones, por el capital social actual será la suma de doce mil
colones, con lo cual se procede a modificar la cláusula quinta del pacto
constitutivo, y por medio del acuerdo segundo que en el acuerdo segundo se
procedió a aumentar el capital social en la suma de veinte mil colones, por el
capital social actual es la suma de ciento veinte mil colones, y que por medio
del mismo acuerdo; se autorizó al suscrito Notario Público, para que
protocolizara literalmente o el conducente el acta mencionada y procediera a
suscribir el presente edicto.— 07 de enero del 2018.—Lic. Álvaro Peralta
Castillo, Notario.—1 vez.—( IN2018215192 ).
Yo, Álvaro Peralta Castillo, notario público
con oficinas abiertas en la ciudad de Guadalupe, Goicoechea, debidamente
autorizado, en asamblea general de socios de la empresa denominada, Avícola Piedras Negras Sociedad Anónima, cédula de persona jurídica número:
tres-ciento uno- doscientos ochenta mil seiscientos doce, celebrada a las diez
horas del día once de diciembre del año dos mil diecisiete, según consta en el
acta número seis , contenida en el libro de asambleas generales número uno,
indica que en el acuerdo primero; procedió a nombrar nueva junta directiva y
fiscal, que en el acuerdo segundo se procedió a aumentar el capital social en
la suma de veinte mil colones, por el capital social actual es la suma de
ciento veinte mil colones, y que por medio del acuerdo tercero se autorizó al
suscrito notario público, para que protocolizara literalmente o el conducente
el acta mencionada y procediera a suscribir el presente edicto. 07 de enero del
2018.—Lic. Álvaro Peralta Castillo, Notario.—1 vez.—( IN2018215195 ).
Ante mi notaría, en escritura número
trescientos cuarenta y ocho-veintisiete, se constituyó la sociedad anónima Campos Deportivos de Costa Rica S. A., al ser las diez horas treinta minutos del
veinte de diciembre del dos mil diecisiete, presidente con facultades de
apoderado generalísimo. Publíquese una vez.—Heredia veinte de diciembre del dos
mil diecisiete.—Licda. Julieta López Sánchez, Notaria.—1 vez.—( IN2018215196 ).
Ante esta notaría, por escritura número
doscientos ochenta y ocho-dieciséis de las ocho horas del siete de febrero del
año dos dieciocho, se reformaron las cláusulas quinta y sexta del pacto social
de la sociedad Trucks Press S. A., se nombró como presidente al señor Lester
Javier López Jiménez. Es todo.—San José, siete de febrero del año dos mil
dieciocho.—Licda. María Verónica Méndez Reyes, Notaria.—1 vez.—( IN2018215197
).
Por escritura otorgada ante mí, el veintiséis
de enero de dos mil dieciocho, se modificó la integración de junta directiva de
la sociedad La Puerta de Siloe
S. A., cedula
jurídica tres-ciento uno-trescientos nueve mil cuatrocientos noventa y
nueve.—San José, treinta de enero de dos mil dieciocho.—Lic. Daniel León Núñez,
Notario.—1 vez.—( IN2018215198 ).
Mediante escritura doscientos veintiséis del
tomo sexto del protocolo de la Notaria, María Cecilia Rodríguez Carvajal, a las
14 horas 00 minutos del veintinueve de enero del año dos mil dieciocho, se
constituyó la sociedad de usuarios de Agua
El Cerro-Franca de
Cartago. Siete de febrero del dos mil
dieciocho.—Licda. María Cecilia Rodríguez Carvajal, Notaria.—1 vez.—(
IN2018215200 ).
Por escritura otorgada ante este notario, a
las doce horas treinta minutos del cinco de febrero del dos mil dieciocho, se
protocolizó el acta de asamblea general de cuotistas de H-Eighteen LLC Limitada, mediante la cual se reforma la cláusula segunda de los estatutos
sociales.—San José, cinco de febrero del dos mil dieciocho.—Lic. Sergio Antonio
Solera Lacayo, Notario.—1 vez.—( IN2018215201 ).
En escritura número ochenta y cinco-siete, se
protocolizó acuerdo de asamblea general donde se modificó la cláusula primera
del pacto constitutivo, referente al nombre, que en adelante será Vitec Production Solutions Srl., con cédula jurídica 3-102-194834.—Tres
Ríos, seis de febrero del dos mil dieciocho.—Licda. Jéssica Margot Barboza
Barrantes, Notaria.—1 vez.—( IN2018215203 ).
Por escritura otorgada ante esta notaría, a
las 11:00 horas del 07 de febrero del 2018, se acuerda modificar la cláusula
décimo cuarta del pacto constitutivo de la sociedad Inversiones El X Cinco Sociedad Anónima, presidente: Jonathan Francisco Henry
Bejarano.—San José, 7 de febrero del 2017.—Lic. Jorge Bonilla Peña, Notario.—1
vez.—( IN2018215206 ).
Ante esta notaría, se reforma la cláusula
primera del pacto constitutivo y se nombran presidente y secretario de la junta
directiva de la sociedad Inversiones Balisticas del
Carmen Sociedad Anónima.—San José, tres de febrero del año dos mil dieciocho.—Lic. Román
Esquivel Font, Notario.—1 vez.—( IN2018215208 ).
Ante esta notaría, por escritura otorgada a
las 17:00 horas del día 2 de febrero del 2018, se protocolizan acuerdos de
asamblea general extraordinaria de socios de la sociedad denominada: Enlace Facero Sociedad Anónima, cédula de persona jurídica número
tres-ciento uno-quinientos sesenta y un mil trescientos nueve, donde se acuerda
la disolución de la sociedad.—Aguas Zarcas, dos de febrero del dos mil
dieciocho.—Lic. Luis Orlando Chaves Quesada, Notario.—1 vez.—( IN2018215212 ).
Por escritura otorgada ante la suscrita
notaria a las 7:30 horas del 7 de febrero del 2018, se protocolizó acta de
asamblea general extraordinaria de socios de la sociedad Urotec Medical S. A., en donde se modifican las cláusulas segunda y décima de los
estatutos sociales. Es todo.—San José, 7 de febrero del 2018.—Licda. Cecilia
Ivette Villalobos Soto, Notaria.—1 vez.—( IN2018215214 ).
Ante esta notaría, a las diez horas treinta
minutos del día primero de febrero del dos mil dieciocho, se constituyó la
sociedad denominada Estructuras Familia Fernández
Los Norteñitos Sociedad Anónima, cuyo presidente es: Johnny Gerardo Fernández Navarrete. Domicilio:
Santa Cecilia de La Cruz Guanacaste. El capital social lo constituye la suma de
diez dólares, representado por diez acciones comunes y nominativas de un dólar
cada una. El socio Johnny Gerardo Fernández Navarrete, le corresponde cinco
acciones y al socio Franklin Fernández Acuña, le corresponden cinco
acciones.—La Cruz, Guanacaste, cinco de febrero del 2018.—Licda. Carmen
Chavarría Marenco, Notaria.—1 vez.—( IN2018215219 ).
Ante esta notaría, mediante escritura 18-13
de las 13:00 horas del 06-02-2018 se reformó la junta directiva de “Maleku Guayabos Ambar Cinco S. A.”—San José 6 febrero de 2018.—Lic. Óscar Eddy
Trejos Monge, Notario.—1 vez.—( IN2018215224 ).
Por esta escritura otorgada en esta notaría,
en Tamarindo, a las trece horas y quince minutos del día diecinueve de octubre
del año dos mil diecisiete, se disolvió la sociedad denominada “Sunburst Las Orquídeas Sociedad Anónima”.—San José, seis de febrero, dos mil
diecisiete.—Lic. Felipe Beeche Pozuelo, Notario.—1 vez.—( IN2018215227 ).
Por escritura 151, del tomo 34, de las 08:00
horas del 07-02-2018, en esta notaría se protocolizó acta de asamblea general
extraordinaria de socios de la sociedad 3-101-499688
S. A., Cédula
jurídica 3-101-499688, por la cual se modifica la cláusula del domicilio San
José, Escazú, San Rafael, y la cláusula de la administración, se elimina agente
residente, se revocan nombramientos y se hacen otros.—San José, Santa Ana,
07-02-2018.—Licda. Lary Glorianna Escalante Flores, Notaria.—1 vez.—(
IN2018215230 ).
Mediante escritura número ciento cincuenta y
cuatro de las quince horas del cinco de febrero del dos mil dieciocho se
declara el aumento del capital social de la sociedad tres-ciento dos-siete dos cinco dos cinco dos Sociedad
de Responsabilidad Limitada.—San José, seis de febrero del dos mil dieciocho.—Firma Ilegible.—1
vez.—( IN2018215231 ).
Ante esta notaría, por escritura otorgada a
las doce horas diez minutos del siete de febrero del dos mil dieciocho, donde
se protocolizan acuerdos de asamblea general ordinaria y extraordinaria de las
sociedades denominadas Agrícola Diwo y Siwo S. A. y Parque
Pacífico S. A.
Donde se acuerda fusionar ambas sociedades, prevaleciendo Parque Pacífico S. A.—San José, siete de febrero del dos mil dieciocho.—Licda. Magally
María Guadamuz García, Notaria.—1 vez.—( IN2018215232 )
La sociedad Meca
Enderezado y Pintura Sociedad Anónima, cédula jurídica número tres-ciento uno-tres
ocho dos ocho nueve cinco, en virtud del fallecimiento de la actual secretaria,
se nombre en sustitución a Yesenia María Meléndez Delgado, cédula número
uno-uno dos nueve dos-seis ocho seis. Se modifica la cláusula sexta del pacto
constitutivo y en adelante la representación judicial y extrajudicial le
corresponderá al presidente con facultades de apoderado generalísimo sin límite
de suma. Es todo.—San José, seis de febrero del año dos mil dieciocho.—Lic.
Gabriel Valenciano Rojas, Notario.—1 vez.—( IN2018215233 ).
Por escritura otorgada ante esta notaría, a
las trece horas quince minutos del veintiséis de diciembre dos mil diecisiete
se modifica cláusula del plazo de la sociedad Kinam
Blue S. A.,
cédula de persona jurídica tres-ciento uno-doscientos setenta y seis mil
sesenta y ocho.—Lic. Gonzalo Vargas Acosta, Notario.—1 vez.—( IN2018215234 ).
Por escritura otorgada ante esta notaría, a
las trece horas del veintiséis de diciembre dos mil diecisiete se modifica
cláusula del plazo de la sociedad Durrington
& Haddon S. A.,
cédula de persona jurídica tres-ciento uno-doscientos sesenta y cuatro mil
trescientos cincuenta y ocho.—Lic. Gonzalo Vargas Acosta, Notario.—1 vez.—(
IN2018215235 ).
Por escritura otorgada ante esta notaría, a
las catorce horas treinta minutos del veintiséis de diciembre dos mil
diecisiete se modifica cláusula del plazo de la sociedad MHZ Dimensiones S. A., cédula de persona jurídica tres-ciento uno doscientos setenta y seis
mil cincuenta.—Lic. Gonzalo Vargas Acosta, Notario.—1 vez.—( IN2018215236 ).
Por escritura otorgada ante esta notaría, a
las trece horas cuarenta y cinco minutos del veintiséis de diciembre dos mil
diecisiete se modifica cláusula del plazo de la sociedad Teleconexiones Digitel S. A., cédula de persona jurídica tres-ciento uno
doscientos setenta y seis mil cincuenta.—Lic. Gonzalo Vargas Acosta, Notario.—1
vez.—( IN2018215237 ).
Por escritura otorgada ante esta notaría, a
las quince horas quince minutos del veintiséis de diciembre dos mil diecisiete
se modifica cláusula del plazo de la sociedad Bettor
s Business Bureau S. A., cédula de persona jurídica tres-ciento uno doscientos setenta mil
ochocientos cincuenta y uno.—Lic. Gonzalo Vargas Acosta, Notario.—1 vez.—(
IN2018215239 ).
Por escritura otorgada ante esta notaría a las trece horas treinta
minutos del veintiséis de diciembre dos mil diecisiete, se modifica cláusula
del plazo de la sociedad Voip Networks S. A., cédula de persona jurídica número tres-ciento uno-cuatrocientos dos
mil cuatrocientos ochenta y ocho. Notario: Gonzalo Vargas Acosta.—Lic. Gonzalo
Vargas Acosta, Notario.—1 vez.—( IN2018215241 ).
Por escritura otorgada ante esta notaría a las dieciséis horas del
veintiséis de diciembre dos mil diecisiete, se modifica cláusula del plazo de
la sociedad Tres Ciento Uno Quinientos Noventa Mil Quinientos
Noventa y Dos S. A., cédula de
persona jurídica número tres-ciento uno-quinientos noventa mil quinientos
noventa y dos. Notario: Gonzalo Vargas Acosta.—Lic. Gonzalo Vargas Acosta,
Notario.—1 vez.—( IN2018215242 ).
Por escritura otorgada ante esta notaría a las catorce horas cuarenta y
cinco minutos del veintiséis de diciembre dos mil diecisiete, se modifica
cláusula del plazo de la sociedad Internet Protocolo S. A., cédula de persona jurídica número tres-ciento
uno-cuatrocientos ochenta y un mil trescientos cuarenta y cinco. Notario:
Gonzalo Vargas Acosta.—Lic. Gonzalo Vargas Acosta, Notario.—1 vez.—(
IN2018215243 ).
Por escritura otorgada ante esta notaría a las catorce horas quince
minutos del veintiséis de diciembre dos mil diecisiete, se modifica cláusula
del plazo de la sociedad Soluciones Telefónicas Solultelsa S. A., cédula de persona jurídica número tres-ciento
uno-doscientos noventa y siete mil setecientos noventa y uno. Notario: Gonzalo
Vargas Acosta.—Lic. Gonzalo Vargas Acosta, Notario.—1 vez.—( IN2018215245 ).
Por escritura otorgada en esta notaría a las 13:15 del 2/02/2018, se
protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de la empresa Transportes
Sama S M del Sur S. A., cédula
jurídica Nº 3-101-252580. Acuerdos: reforma cláusula novena del pacto
constitutivo, nombramiento de nueva junta directiva.—San Isidro, Pérez Zeledón,
02 de febrero del 2018.—Lic. Jorge Zúñiga Calderón, Notario.—1 vez.—(
IN2018215246 ).
Por escritura otorgada ante esta notaría a
las quince horas treinta minutos del veintiséis de diciembre dos mil diecisiete
se modifica cláusula del plazo de la sociedad Aris
ABC S. A.,
cédula de persona jurídica tres-ciento uno-cuatrocientos ochenta y cinco mil
trescientos treinta y tres.—Lic. Gonzalo Vargas Acosta, Notario.—1 vez.—(
IN2018215247 ).
Por escritura otorgada ante esta notaría a
las catorce horas del veintiséis de diciembre dos mil diecisiete, se modifica
cláusula del plazo de la sociedad Tecnología
Paso a Paso S. A.,
cédula de persona jurídica tres-ciento uno-quinientos sesenta y seis mil
doscientos cuarenta y dos.—Lic. Gonzalo Vargas Acosta, Notario.—1 vez.—(
IN2018215248 ).
Por escritura otorgada ante esta notaría a
las catorce horas cuarenta y cinco minutos del veintiséis de diciembre dos mil
diecisiete se modifica cláusula del plazo de la sociedad Tres ciento dos quinientos noventa mil quinientos noventa y cinco
S.R.L., cédula
de persona jurídica tres-ciento uno-quinientos noventa mil quinientos noventa y
cinco.—Lic. Gonzalo Vargas Acosta, Notario.—1 vez.—( IN2018215250 ).
Ante esta notaría a las trece horas del día
de hoy se protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de accionistas de
la sociedad extranjera Pernasi S. A., por medio de la cual acoge al
Transitorio Segundo de la Ley nueve mil cuatrocientos veintiocho.—San José 12
de enero de 2018.—Lic. Francisco Quijano Quirós, Notario.—1 vez.—( IN2018215254
).
Mediante escritura pública número cuatrocientos
cuarenta y dos otorgada ante mí el día seis de febrero de dos mil dieciocho, se
protocoliza acta de asamblea extraordinaria de socios de la sociedad Grupo Durán BCN S. A., con cédula jurídica número: tres- ciento uno-cuatrocientos treinta y
cinco mil ochocientos setenta y seis, donde se acuerda reformar la cláusula
primera, segunda y octava. Es todo.—San José, 07 de febrero del 2018.—Licda.
Catalina Villalobos Calderón, Notaria.—1 vez.—( IN2018215264 ).
Por medio de la escritura número doscientos cincuenta
y siete, de las catorce horas treinta minutos del día de hoy, se constituyó la
sociedad denominada PC Innovations
SC Ltda.—San
José, 06 de febrero del 2018.—Lic. Álvaro Castillo Castro, Notario.—1 vez.—(
IN2018215265 ).
Ante esta notaría, se constituye sociedad
anónima denominada Constructora & Asesorías
KGK Sociedad Anónima. Capital suscrito y pago. Notaría del licenciado Pedro José Peña
Rodríguez, abogado y notario público con carné: 14938.—Lic. Pedro José Peña
Rodríguez, Notario.—1 vez.—( IN2018215266 ).
Ante esta notaría, se constituye sociedad de
responsabilidad limitada denominada Hermanos
Landaverde Sociedad de Responsabilidad Limitada. Capital suscrito y pago. Notaría del
licenciado Pedro José Peña Rodríguez, abogado y notario público con carné:
14938.—Lic. Pedro José Peña Rodríguez, Notario.—1 vez.—( IN2018215267 ).
Por escritura otorgada ante mí, a las
diecisiete horas con treinta minutos del cinco de febrero del año dos mil
dieciocho se reforma las cláusula tercera y octava de la sociedad Tres-Ciento Uno- Quinientos Sesenta y Cuatro Mil Ciento Setenta y
Cuatro Sociedad Anónima, en cuanto a: Cláusula tercera del objeto: La sociedad podrá otorgar
toda clase de poderes, cláusula octava: la representación, “Corresponde al
presidente y tesorera la representación judicial y extrajudicial con facultades
de apoderados generalísimos sin límite de suma de dicha sociedad, pudiendo
actuar conjunta o separadamente.—Tilarán, seis de febrero del año dos mil
dieciocho.—Lic Mario Enrique Delgado Solórzano, Notario.—1 vez.—( IN2018215272
).
Ante esta notaría, mediante escritura número
ciento setenta y nueve- dos, otorgada a las once horas del seis de febrero del
dos mil dieciocho, se disuelve por acuerdo de cuotistas la sociedad denominada Motorepuestos Metrópoli Fercnang Sociedad de Responsabilidad Limitada, con cédula jurídica número
tres-ciento dos-seiscientos sesenta mil cuatrocientos cincuenta y seis,
domiciliada en Cartago, El Guarco, Tejar, Urbanización Fundación primera etapa,
casa número treinta A.—Cartago, seis de febrero del dos mil dieciocho.—Licda.
Arlyn Salguero Rojas, Notaria.—1 vez.—( IN2018215275 ).
Mediante escritura número cuarenta y ocho,
otorgada ante esta notaría, a siete horas del día seis de febrero del dos mil
dieciocho, se disolvio la sociedad, de la compañía Servicios Médicos del Sur E.R Sociedad Anónima, cédula jurídica número
tres-ciento uno-seis cuatro uno cinco uno ocho, en San José.—San José, seis de
febrero del dos mil dieciocho.—Lic. Leonardo Díaz Rivel, Notario.—1 vez.—(
IN2018215279 ).
Por escritura otorgada ante mí a las 10 horas
del 31 de enero del 2018, escritura N° 3-14 del tomo catorce de mi protocolo,
protocolicé acta de asamblea general ordinaria y extraordinaria de socios de la
sociedad Tres-Ciento Dos-Setecientos Veintitrés Mil
Seiscientos Sesenta y Cinco Sociedad de Responsabilidad Limitada, acta de las 17 horas del 21 de
noviembre del 2017 mediante la cual se acuerda modificar las cláusulas quinta y
octava del pacto constitutivo. Notario Público Paul Oporta Romero, cédula.
1-967-948.—Lic. Paul Oporta Romero, Notario.—1 vez.—( IN2018215282 ).
Por escritura otorgada ante mí, a las11:00
horas del 31 de enero del 2018, escritura N° 4-14 del tomo catorce de mi
protocolo, protocolicé acta de asamblea general ordinaria y extraordinaria de
socios de la sociedad Tres-Ciento Dos-Seiscientos
Setenta y Siete Mil Setenta Sociedad de Responsabilidad Limitada, acta de las 10:00 horas del 20
de enero del 2018, mediante la cual se acuerda modificar la cláusula octava del
pacto constitutivo.—Lic. Paul Oporta Romero, Notario.—1 vez.—( IN2018215283 ).
Ante esta notaría, se protocoliza asamblea
general extraordinaria de accionistas de la sociedad denominada Manjak Okiek Sociedad Anónima, cédula de persona jurídica número
tres-ciento uno-cuatrocientos catorce mil trescientos ochenta y nueve que
modifica la cláusula quinta del pacto social, referente al plazo de la
sociedad. Es todo.—San José, seis de febrero del dos mil dieciocho.—Lic. Carlos
Alberto Ramirez Aguilar, Notario.—1 vez.—( IN2018215293 ).
Por escritura otorgada ante esta notaría, a
las 15:00 horas del 01 de febrero del 2018, se protocolizó acta de asamblea
general extraordinaria de cuotistas de la sociedad de esta plaza denominada Casa Flamingo MCP S.R.L., con cédula jurídica N° 3-102-732638, se
modifica de la cláusula sexta de representación del pacto social constitutivo y
se modifica la administración, nombrándose un gerente.—Guanacaste, Santa Cruz,
Tamarindo, 01 de febrero del 2018.—Licda. Ismene Arroyo Marín, Notaria.—1 vez.—(
IN2018215300 ).
Por escritura otorgada ante esta notaría, a
las dieciséis horas treinta minutos del día veinticuatro de enero del año dos
mil dieciocho, se protocolizó acta de reunión general ordinaria de propietarios
del Condominio Villas Cerca del Mar, cédula jurídica número:
tres-ciento nueve-trescientos quince mil doscientos cincuenta y tres, se nombra
como administrador a la compañía RPM Business Administration Group Sociedad
Anónima.—Guanacaste, veinticuatro de enero del año dos mil dieciocho.—Licda.
Ismene Arroyo Marín, Abogada y Notaria.—1 vez.—( IN2018215301 ).
Ante esta notaría se transformó la sociedad La Casa de Alba M & M Sociedad Anónima, a La Casa de Alba M & M Sociedad Civil a quince horas del veinticinco de enero del
dos mil dieciocho, quince horas del veinticinco de enero del dos mil
dieciocho.—Licda. Irene Aguilar Monge, Notaria.—1 vez.—( IN2018215302 ).
Por escritura número ciento veinticinco-uno
autorizada en esta notaría, a las nueve horas treinta minutos del dos de
febrero de dos mil dieciocho se protocolizó acta de asamblea general
extraordinaria de accionistas de la compañía Enjoy
Hotels & Resorts Sociedad Anónima, con cédula jurídica tres-ciento
uno-trescientos dieciocho mil doscientos cinco, en la que se acordó por
unanimidad de votos reformar la cláusula sexta del pacto constitutivo de la
compañía. Es todo.—San José, dos de febrero del dos mil dieciocho.—Licda. Nadia
Chaves Zúñiga, Notaria.—1 vez.—( IN2018215303 ).
Ante mí, Pablo Arias González, notario con
oficina en Atenas, hago constar que el día dieciséis de marzo del dos mil
diecisiete a las quince horas se realizó asamblea general extraordinaria de la
sociedad El Rinconcito Hickman Limitada, en la cual se nombra la nueva
plaza de gerente tres y se reforma la cláusula quinta del pacto
constitutivo.—Atenas, diecisiete de marzo del dos mil diecisiete.—Lic. Pablo
Arias González, Notario.—1 vez.—( IN2018215304 ).
Mediante escritura otorgada ante esta
notaría, a las 9 horas 00 minutos del 28 de enero del 2018, se constituyó la
sociedad denominada Merticadona Sociedad de
Responsabilidad Limitada.—San José, 06 de febrero del 2018.—Licda. Gloria Leandro Vega,
Notaria.—1 vez.—( IN2018215306 ).
Por escritura en Heredia a las diez horas del
día siete de febrero del año dos mil dieciocho se constituyó Rocavar Internacional S. A., capital suscrito y pago, domicilio:
Hatillo, San José. Plazo noventa y nueve años, objeto, industria, comercio en
general, agricultura.—Heredia, diez horas del siete de febrero del año dos mil
dieciocho.—Lic. Rafael Ángel Barahona Melgar, Notario.—1 vez.—( IN2018215308 ).
Por escritura otorgada el día de hoy se
constituye la sociedad C.A.M.A.L.E.O.N M Y R
Sociedad de Responsabilidad Limitada. Domicilio Venecia de San Carlos, capital
diez mil colones, gerente y subgerente con facultades de apoderados
generalísimos sin límite de suma, plazo noventa y nueve años.—Alajuela, siete
de febrero de dos mil dieciocho.—Lic. Eduardo Gamboa Rojas, Notario Público.—1
vez.—( IN2018215310 ).
En mi notaría, mediante escritura número 194-19, de las 11:00 horas del
06 de febrero del 2018, protocolicé acta de las sociedades All
Costa Rica Realty Pcrh S. A.,
cédula jurídica Nº 3-101-498683, y 3-102-731619 S.R.L, con idéntica cédula jurídica, en las cuales
se acordó la fusión por absorción prevaleciendo la primera. Cualquier
interesado podrá oponerse a la fusión para lo cual contará con el plazo
improrrogable de un mes, contado a partir de la publicación de este edicto,
para manifestar su oposición ante este notaría. Lic. Arturo Ortiz Sánchez,
Notario, tel. 8914-0228.—Lic. Arturo Ortiz Sánchez, Notario Público.—(
IN2018215311 ).
Mediante escritura Nº 32 iniciada a folio 021
frente del tomo dos de la notaria Geilin del Carmen Salas Cruz y de conformidad
con el artículo 19 y 201 del Código de Comercio, se acordó la disolución de la
sociedad Grupo Don Miguel de San Pedro Sociedad Anónima, cédula jurídica Nº
3-101-588307 en San Isidro de El General a las 16:00 horas del 06 de febrero
del 2018.—Licda. Geilin del Carmen Salas Cruz, Notaria.—1 vez.—( IN2018215317
).
Por escritura Nº 4-59, otorgada ante el notario Gustavo Adolfo Fernández
Martínez, se reforma la cláusula cuarta de la sociedad Lasiler
Sociedad Anónima, cédula
jurídica Nº 3-101-127178.—San Isidro de El General, 31 de enero del 2018.—Gustavo
Adolfo Fernández Martínez, Notario.—1 vez.—( IN2018215318 ).
Por escritura otorgada ante esta notaría, se protocoliza acta de
asamblea de socios de la sociedad Geosoluciones Civiles VYA de
Centroamérica S. A., se
reforma la cláusula tercera del pacto constitutivo. Notaria: Leda Patricia Mora
Morales.—Licda. Leda Patricia Mora Morales, Notaria.—1 vez.—( IN2018215319 ).
Por escritura Nº 89-58, otorgada ante el notario Gustavo Adolfo
Fernández Martínez, se disolvió sociedad Producciones Liliana Halder
Sociedad Anónima, cédula
jurídica Nº 3-101-198254.—San Isidro de El General, 31 de enero del 2018.—Lic.
Gustavo Adolfo Fernández Martínez, Notario.—1 vez.—( IN2018215320 ).
Mediante escritura otorgada ante el suscrito
notario público, a las 13:00 horas del 19 de octubre del 2017, se procedió a
protocolizar el acta de asamblea general extraordinaria de cuotistas número dos
de la empresa: Hernández Marrero Sociedad de Responsabilidad
Limitada,
cédula jurídica número tres-uno cero dos-siete tres ocho tres cero uno, en
donde se reforma la cláusula quinta del pacto constitutivo se aumenta el
capital social y modifica el número de acciones; aumento que ha sido suscrito y
pagado.—Licda. Rosibel Alvarado Granados, Notaria.—1 vez.—( IN2018215321 ).
En mi notaría, se disuelve la sociedad: Vean el Horizonte Cinco Estelar Sociedad Anónima, cédula jurídica número:
tres-ciento uno-seiscientos once mil cuarenta y siete, por acuerdo de
accionistas, según se indica en el acta número dos de asamblea general
extraordinaria de accionistas.—San José, ocho de febrero del dos mil
dieciocho.—Lic. Jorge Adrián Prado Salas, Notario Público.—1 vez.—(
IN2018215322 ).
Por escritura otorgada el día diez de enero
del dos mil dieciocho, ante el suscrito notario, se protocolizan acuerdos de la
asamblea general ordinaria y extraordinaria de cuotistas de la sociedad: Compañía Inmobiliaria Centroamericana CICCR S. A., mediante la cual, se modifica
la cláusula décimo quinta del pacto constitutivo.—San José, siete de febrero
del dos mil dieciocho.—Lic. Alberto Víquez Garro, Notario Público.—1 vez.—(
IN2018215323 ).
Por escritura pública Nº 63-2, otorgada ante
esta notaría, a las 15:00 horas del día 07 de febrero del 2018, se constituyó
la sociedad: Inversiones Hoteleras CH de Alajuela S. A.—San José, 08 de febrero del
2018.—Lic. Carlos Andrés Jiménez Rojas, Notario.—1 vez.—( IN2018215327 ).
Por escritura otorgada ante mí, hoy a las 17
horas 30 minutos, se constituye la sociedad: Inversiones
Grim Sociedad Anónima, pudiendo abreviarse: Inversiones Grim S. A. Objeto: el comercio, la
industria, la agricultura. Domicilio: Guanacaste, Santa Cruz, Tempate, Calle
Aguacate, Condominio Surfside, Villa Grim número catorce A. Capital social:
íntegramente suscrito y cancelado por los socios fundadores.—San José, 06 de
febrero del 2018.—Licda. Liliana Marín Barquero, Notaria Pública.—1 vez.—(
IN2018215329 ).
Por escritura otorgada ante mí, hoy a las
17:00 horas, se constituye la sociedad: Sofá
Italiano Sociedad Anónima, pudiendo abreviarse: Sofá Italiano S. A. Objeto: el comercio, la
industria, la agricultura. Domicilio: Guanacaste, Santa Cruz, Tempate, calle
Aguacate, Condominio Surfside, Villa Grim número catorce A. Capital social:
íntegramente suscrito y cancelado por los socios fundadores.—San José, 06 de
febrero del 2018.—Licda. Liliana Marín Barquero, Notaria.—1 vez.—( IN2018215330
).
Por protocolización de acta ante el suscrito
notario, se ha constituido la Asociación Costarricense de
Guías de Turismo Certificados con acrónimo AGUICE, con domicilio en Condominio La
Ladera, Fraccionamiento lote trece A, Barreal de Heredia.—San José.—Lic. Freddy
Jiménez Peña, Notario.—1 vez.—( IN2018215332 ).
Ivannia Méndez Rodríguez, notaria pública,
hace constar y da fe que en escritura pública número cuarenta y cuatro-cinco,
otorgada en fecha siete de febrero del dos mil dieciocho, se protocolizó acta
de asamblea general ordinaria y extraordinaria de socios de la sociedad
denominada: Inversiones Grammy Sociedad Anónima, titular de la cédula de
persona jurídica número: tres-ciento uno-ciento setenta y siete mil sesenta y
dos, mediante la cual se acordó y procedió a disolver y liquidar la sociedad.
Es todo.—San José, siete de febrero del dos mil dieciocho.—Licda. Ivannia
Méndez Rodríguez, Notaria.—1 vez.—( IN2018215336 ).
Ante esta notaría, por escritura otorgada a
las diecisiete horas diez minutos del día siete de febrero del dos mil
dieciocho, donde se protocolizan acuerdos de asamblea general extraordinaria de
accionistas de la sociedad denominada: 3-101-744583
S. A., donde se
acuerda modificar las cláusulas primera y sexta de los estatutos y se revocan y
hacen nombramientos.—San José, siete de febrero del dos mil dieciocho.—Licda.
Betzabeth Miller Barquero, Notaria Pública.—1 vez.—( IN2018215344 ).
Mediante escritura Nº 3-3, folios de 3 frente
a 3 vuelto, tomo 3 del protocolo del suscrito notario, con fundamento en el
transitorio segundo de la Ley de Impuesto a las Personas Jurídicas Nº 9428, se
solicita al Registro de Personas Jurídicas, el cese de la disolución de la
empresa: Filial Veinte Cornalina Fuerte Ventura Sociedad
Anónima, con
domicilio social en San José, Santa Ana, Pozos, diagonal a la esquina sureste
de la plaza del Instituto Nacional de Vivienda y Urbanismo, Condominio
Residencial Fuerte Ventura, cédula jurídica Nº 3-101-438603. Escritura otorgada
en San José, a las 17:15 horas del 11 de enero del 2018.—Lic. Eduardo Antonio
Alvarado Miranda, Notario.—1 vez.—( IN2018215348 ).
Por escritura otorgada ante la notaría del
Lic. Hugo Alberto Corella Agüero, a las doce horas del día seis de febrero del
dos mil dieciocho, la sociedad denominada: LTE
Dieciocho Alisonyee Sociedad Anónima, cédula jurídica número: tres-ciento
uno-quinientos treinta y cinco mil setecientos treinta y seis, reforma las
cláusulas segunda y octava del pacto constitutivo.—San Marcos de Tarrazú, seis
de febrero del dos mil dieciocho.—Lic. Hugo Alberto Corella Agüero, Notario.—1
vez.—( IN2018215349 ).
En esta notaría, se protocolizó el acta de la
asamblea general de accionistas de Improsa
Agencia de Seguros Sociedad Anónima, cédula jurídica número tres-ciento
uno-ciento sesenta y cuatro mil seiscientos noventa y cinco, celebrada el
treinta de enero del dos mil dieciocho, mediante la cual se modifican las
cláusulas primera, cuarta y octava de los estatutos.—San José, dos de febrero
del dos mil dieciocho.—Lic. Said Breedy Arguedas, Notario Público.—1 vez.—(
IN2018215352).
Por escritura otorgada ante mí, a las 10:45
horas del 07 de febrero del 2018, se acuerda la disolución de la sociedad Quinguz Ecocasas de Teca S. A.; con cédula jurídica número
3-101-664218.—Ciudad Quesada, 07 de febrero del 2018.—Licda. Ivannia Barboza
Carvajal, Notaria.—1 vez.—( IN2018215353 ).
A las 10:30 horas de hoy, protocolice acta de
Discomóvil Energy S. A., cédula jurídica número
3-101-2805417, donde cambia al nombre de RLA SAV Costa
Rica S. A., y
modifican las cláusulas del domicilio. Se nombra junta directiva.—San José, 06
de febrero del 2018.—Lic. Dania Valverde Núñez, Notaria.—1 vez.—( IN2018215357
).
Por escritura otorgada en la Aurora de
Heredia a las doce horas del veinticinco de enero del dos mil dieciocho Media Calle Brewing Company Sociedad Anónima, cédula jurídica tres-uno cero
uno-siete cuatro cinco cuatro seis cero, modifico su pacto social, nombro nueva
junta directiva y fiscal.—San José, veintiocho de enero del dos mil
dieciocho.—Lic. Luis Fernando Fallas Marín, Notario.—1 vez.—( IN2018215358 ).
A las 10:00 horas de hoy, protocolice acta de
Avil Laboratorios S. A., cédula jurídica número
3-101-290569, donde cambia al nombre de Magix
de Costa Rica S. A.
y modifican las cláusulas del domicilio. Se nombra junta directiva.—San José, 6
de febrero del 2018.—Lic. Dania Valverde Núñez, Notario.—1 vez.—( IN2018215362
).
Por escritura otorgada a las dieciséis horas
del día seis de febrero del dos mil dieciocho protocolizo acta de asamblea
general ordinaria y extraordinaria de socios de la sociedad denominada KPO Al Pha Inc. Sociedad Anónima, con cédula jurídica número tres- ciento
uno-seiscientos cincuenta y ocho mil cuatrocientos treinta y tres, mediante la
cual se reforma la cláusula quinta del capital social de la compañía.—San José,
dieciséis horas treinta minutos del seis de febrero de dos mil dieciocho.—Lic.
Edgar Odio Rohrmoser, Notario.—1 vez.—( IN2018215363 ).
Por escritura otorgada en mi notaría a las
10:00 horas del 21 de diciembre del año 2017, se liquidó la sociedad Gutiérrez Acuña e hijos S. A.—San José, 1° de febrero del 2018.—Lic. Ronald
Rodríguez Villalobos, Notario.—1 vez.—( IN2018215375 ).
Ante esta notaria, Lic. Robert Coto Quirós,
se nombra nuevo presidente de la sociedad La
Geisha y su Hanamachi S. A. 3-101-536690. Aysha Morales Chaves, cédula número
1-1644-184.—Cartago, 5 de febrero del 2018.—Lic. Robert Coto Quirós, Notario.—1
vez.—( IN2018215378 ).
Mediante escritura número 78 del tomo 12° del
protocolo del notario Enrique Corrales Barrientos, se reformó el pacto
constitutivo de la sociedad Santa Fe Del Rey Sociedad
Anónima.—San
Vito Coto Brus, 06 de febrero del 2018.—Lic. Enrique Corrales Barrientos,
Notario.—1 vez.—( IN2018215380 ).
Por escritura otorgada ante esta notaría a
las 13:00 horas del 5 de febrero del 2018, se protocolizó acta de asamblea
general extraordinaria de accionistas de la sociedad 3-101-751971 S. A., cédula de persona jurídica número 3-101-751971.Se reformó la
cláusula del nombre.—San José, 5 de febrero del 2018.—Lic. Carlos Baltodano
Estrada, Notario.—1 vez.—( IN2018215383 ).
Hoy protocolicé acta de asamblea general
ordinaria y extraordinaria de accionistas de la compañía de este domicilio Royal Development Solutions Sociedad Anónima, modificando el pacto social,
reformando la cláusula de administración y la de vigilancia.—San José, 24 de
enero del año 2018.—Lic. Jorge Castro Olmos, Notario.—1 vez.—( IN2018215387 ).
Por escritura Nº 272, de las nueve horas del
06 de febrero 2018, protocolicé la asamblea general extraordinaria Nº 64 de la Asociación Movimiento Familiar Cristiano Católico de CR cual reformó los artículos 1,
3, 4, 6, 7, 9, 10, 10 bis, 11, 12, 13 y 16 de los estatutos.—San Miguel de
Santo Domingo de Heredia, 07 de enero del 2018.—Lic. Walter Robles Navarro,
Notario.—1 vez.—( IN2018215389 ).
Ante esta notaría, se liquidó la sociedad
denominada Terranostra A B
Lote Uno S. A., cédula jurídica número tres-ciento uno-cinco uno cuatro siete tres
seis. Es todo.—San José, al ser las diez horas del ocho de febrero del año dos
mil dieciocho.—Licda. Kerly Masis Beita, Notaria.—1 vez.—( IN2018215391 ).
La sociedad Melcama
del Poás Sociedad Anónima, cédula jurídica número tres ciento uno-tres seis nueve cinco tres
uno, en virtud del fallecimiento de la actual tesorera, se nombre en
sustitución a Yesenia María Meléndez Delgado, cédula número uno-uno dos nueve
dos-seis ocho seis. Se modifica la cláusula sexta del pacto constitutivo y en
adelante la representación judicial y extrajudicial le corresponderá al
presidente con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma. Es
todo.—San José, seis de febrero del año dos mil dieciocho.—Lic. Gabriel
Valenciano Rojas, Notario.—1 vez.—( IN2018215392 ).
La suscrita notaria hace constar que el día
de hoy, ante esta notaría y mediante escritura pública de las diez horas del
día siete de febrero del año dos mil dieciocho, se protocolizan los artículos
primero y segundo, debidamente aprobados en asamblea general extraordinaria de
socios de la compañía de esta plaza denominada Pachavi
Sociedad Anónima,
con cédula de persona jurídica número tres-ciento uno-ciento setenta y siete
mil cuarenta y ocho, mediante los cuales se reforma la cláusula segunda del
pacto social, la cual en el futuro deberá leerse que el domicilio de la
compañía será en San José, Rohrmoser, del Parque de la Amistad, doscientos
metros oeste, ciento setenta y cinco metros norte, casa a mano derecha, color
verde, número uno, pudiendo establecer agencias y sucursales en cualquier lugar
de la República o fuera de ella.—San José, siete de febrero del año dos mil
dieciocho.—Licda. Beverly Dinorah Palma Brenes, Notaria.—1 vez.—( IN2018215395
).
Mediante escritura pública número doscientos
cuarenta y siete-nueve, otorgada a las diez horas con treinta minutos del día
siete de febrero del año dos mil dieciocho, se protocoliza acta de asamblea
general extraordinaria de socios de la sociedad Tatano
del Sur Sociedad Anónima, cédula jurídica número tres-ciento uno-ciento cuarenta y siete mil
quinientos veintiocho, por la cual no existiendo activos ni pasivos se acuerda
la disolución de la sociedad.—San José, 07 de febrero del 2018.—Licda. Beverly
Dinorah Palma Brenes, Notaria.—1 vez.—( IN2018215396 ).
Por escritura otorgada en esta notaría de San
José, a las diez horas del siete de febrero del dos mil dieciocho, se
protocolizó acta de la sociedad Lubricantes del Futuro Sociedad
Anónima. Se
reformó cláusula de la administración, se nombra presidente.—Licda. Roxana
Herrera Peña, Notaria.—1 vez.—( IN2018215398 ).
Ante esta notaría mediante escritura pública
número ciento cincuenta y cuatro otorgada a las trece horas treinta minutos del
primero de diciembre del dos mil diecisiete, la sociedad Inversiones Yuen S. A., mediante su socio mayoritario, solicitó al registro mercantil, el
cese de la disolución de la misma. Es todo.—San José, a las quince horas del
doce de enero del dos mil dieciocho.—Licda. María de Los Ángeles Solano Mora,
Notaria.—1 vez.—( IN2018215411 ).
Por escritura otorgada ante la notaría, de la
Licda. Nadia Chaves Zúñiga, a las 12:00 horas del 07 de febrero del 2018,
protocolizamos el acta de asamblea general de socios de Swiss Costa Rica Trade Corporation, 3-101-22145, la cual acordó disolver y
liquidar dicha compañía.—San José, 07 de febrero del 2018.—Lic. Dan Alberto
Hidalgo Hidalgo, Notario.—1 vez.—( IN2018215415 ).
Por escritura número ciento quince-uno,
autorizada en esta notaría, a las dieciséis horas con quince minutos del once
de diciembre de dos mil diecisiete se protocolizó acta de asamblea general
ordinaria y extraordinaria de accionistas número dos de la compañía Aceros Laminados Sociedad Anónima, con cédula jurídica tres-ciento
uno-setecientos veinticinco mil ciento sesenta y dos, en la que se acordó por
unanimidad de votos liquidar la sociedad. Es todo.—San José, seis de febrero
del dos mil dieciocho.—Licda. Nadia Chaves Zúñiga, Notaria.—1 vez.—(
IN2018215418 ).
Por escritura número noventa y dos-uno
autorizada en esta notaría, a las diecisiete horas con treinta minutos del
cuatro de diciembre de dos mil diecisiete se protocolizó acta de asamblea de
asamblea de cuotistas de la compañía Desarrollo
PVS Cuatrocientos Veintisiete S.R.L., con cédula jurídica tres-ciento
dos-seiscientos veintiún mil cuatrocientos veintinueve, en la que se acordó por
unanimidad fusionar esta compañía con la sociedad denominada Sagasti Limitada, con cédula jurídica número tres-ciento dos-setecientos dieciocho mil
cuatrocientos ocho, en la cual Sagasti Limitada prevalece y absorbe a la
presente sociedad Desarrollo PVS Cuatrocientos
Veintisiete S.R.L.
Es todo.—San José, seis de febrero de dos mil dieciocho.—Licda. Nadia Chaves
Zúñiga, Notaria.—1 vez.—( IN2018215419 ).
Protocolización del acta de asamblea general
extraordinaria de accionistas de la compañía Visita
Médica Sociedad Anónima, con cédula de persona jurídica número tres-ciento uno-setecientos
cuarenta y tres mil ciento treinta y cuatro, en la cual se modifica la cláusula
del nombre, escritura otorgada a las nueve horas del siete de febrero del dos
mil dieciocho.—Licda. Cinzia Víquez Renda, Notaria.—1 vez.—( IN2018215420 ).
Protocolización del acta de asamblea general
extraordinaria de accionistas de la compañía Servicios
Médicos del Continente Sociedad Anónima, con cédula de persona jurídica número
tres-ciento uno-setecientos veintinueve mil ciento setenta y ocho, en la cual
se modifica la cláusula del nombre. Escritura otorgada a las nueve horas del
siete de febrero del dos mil dieciocho.—Licda. Cinzia Víquez Renda, Notaria.—1
vez.—( IN2018215421 ).
Protocolización de acta asamblea general
extraordinaria de accionistas de la compañía “Cedeño
y Méndez Costa Rica Sociedad Anónima”, cédula jurídica número tres-ciento
uno-cuatrocientos sesenta y seis mil ciento veintiuno, en la cual se modifica
la cláusula segunda del pacto constitutivo escritura otorgada a las ocho horas
del ocho de febrero del dos mil dieciocho.—Licda. Cinzia Víquez Renda,
Notaria.—1 vez.—( IN2018215423 ).
Por escritura pública otorgada ante esta
notaría, en la ciudad de San José, al ser las dieciséis horas con treinta
minutos del primero de febrero de dos mil dieciocho, se protocolizó el acta de
asamblea general ordinaria y extraordinaria de accionistas de Latinamerican Hospitality Management de Costa
Rica LAHM S. A.,
cédula de persona jurídica número tres-ciento uno-quinientos noventa y nueve
mil diecinueve, en la que se acordó reformar las cláusulas del domicilio y de
reuniones de junta directiva de la sociedad.—San José, 05 de febrero del
2018.—Licda. Melania Dittel Sotela, Notaria.—1 vez.—( IN2018215424 ).
Por escritura que autoricé hoy, protocolicé
acuerdos de asamblea general extraordinaria de Paladri
R.N. Sociedad Anónima, donde se solicita la disolución de la sociedad.—San José, 7 de
febrero del año 2018.—Licda. Irene Mendieta Vargas, Notaria.—1 vez.—(
IN2018215425 ).
Por escritura otorgada ante mí, a las 10.30
horas del 8 de febrero de 2018, se constituye la sociedad, denominada: Braña y Asociados Sociedad Anónima, pudiendo abreviarse las dos últimas
palabras S. A. Plazo: cien años.—San José, 8 de febrero de 2018.—Lic. Maynor Solano
Carvajal, Notario.—1 vez.—( IN2018215426 ).
Por escritura otorgada ante esta notaría, a
las nueve horas quince minutos del siete de febrero dos mil dieciocho, se
constituyó la sociedad Corp. TYT Tundra Sociedad
Civil. Capital
social suscrito y pagado.—Lic. Gonzalo Vargas Acosta, Notario.—1 vez.—(
IN2018215432 ).
Por escritura otorgada hoy ante mí,
protocolicé acta de la asamblea general extraordinaria de accionistas de la
empresa denominada Telesites Costa Rica Sociedad
Anónima,
mediante la cual se reforma la cláusula segunda del pacto constitutivo, se
revoca nombramiento de agente residente y se designa sustituto.—San José, 06 de
febrero de 2018.—Lic. Alberto Rojas Chaves, Notario.—1 vez.—( IN2018215436 ).
Ante mi notaría, se protocolizaron acuerdos
que modifican la cláusula octava del pacto constitutivo de la compañía Matalop Nicoyano Sociedad Anónima, cédula jurídica tres-ciento uno-cien mil
doscientos setenta y nueve, la cual es se refiere a la administración y
representación, además se realizan nuevos nombramientos de junta
directiva.—Nicoya, seis de febrero del dos mil dieciocho.—Licda. Marjorie
Vargas Sequeira, Notaria.—1 vez.—( IN2018215441 ).
En escritura número cuarenta y nueve otorgada
y autorizada ante los notarios públicos, José Francisco Herrán Rescia y Max
Alberto Monestel Peralta, acto realizado en el tomo dieciocho del notario
Herrán Rescia; a las once horas del día dos de febrero del año dos mil
diecisiete, se protocoliza el acta de asamblea general extraordinaria de socios
de empresa Unified Financial Services Sociedad de Responsabilidad
Limitada,
mediante la cual se reforma la cláusula la relativa a la representación de la
sociedad, se revoca el nombramiento del segundo gerente y se hace un nuevo
nombramiento.—Ciudad de San José, ocho de febrero del año dos mil
dieciocho—Lic. Max Alberto Monestel Peralta, Conotario.—1 vez.—( IN2018215443
).
Mediante protocolización de acta de asamblea
general extraordinaria de socios otorgada ante esta notaría, a las 17:00 horas
del 7 de febrero de 2018, se acordó realizar nuevos nombramientos en la junta
directiva los cuales son presidente: Allan Redondo Vega, cédula 1-757-757, y secretario:
Yeison Estiven Redondo Arce, cédula 2-744-593 de la sociedad Inversiones Múltiple Comercial del Istmo V
B Y G Sociedad Anónima, cedula jurídica 3-101-732120.—Barva, 8 de febrero de 2018.—Lic.
Isaac Montero Solera, Notario.—1 vez.—( IN2018215445 ).
En la notaría del Licenciado Nelson Ramírez
Ramírez, se constituyó la Sociedad Anónima denominada BR ALVH ERZ S. A., mediante la escritura pública ciento noventa y cuatro del tomo
noveno, el seis de febrero de dos mil dieciocho. Es todo.—Heredia, siete de
febrero de dos mil dieciocho.—Lic. Nelson Ramírez Ramírez, Notario Público.—1
vez.—( IN2018215450 ).
Mediante escritura número 50 otorgada en el
protocolo 1 del notario público Fernando Rottier Salguero, otorgada a las 15:00
horas del 12 de enero de 2018 se solicitó el cese de disolución de la Sociedad
Anónima Dos Mil Ocho Patrice JT Sociedad
Anónima, con
número de cédula jurídica 3-101-518483.—Lic. Fernando Rottier Salguero,
Notario.—1 vez.—( IN2018215451 ).
Por medio de escritura número setenta y
siete, otorgada a las once horas del seis de febrero del dos mil dieciocho, se
protocoliza acuerdo de socios de la sociedad Samag
Corp Sociedad de Responsabilidad Limitada, cédula jurídica número tres-ciento dos
setecientos cuarenta y cinco mil quinientos diecinueve, donde se modifica la
cláusula “sétima” del pacto constitutivo relativa a la administración y se
realiza nombramiento de agente residente.—la unión, ocho de febrero de dos mil
dieciocho.—Lic. Ángel Edmundo Solano Calderón, Notario.—1 vez.—( IN2018215452
).
Mediante escritura 114, de las 08:00 horas
del 29 de enero del 2018, se acuerda disolver la sociedad: Consultorio Renacer de Psicología y Salud
Mental Limitada,
cédula jurídica 3-102-702034. Playa Brasilito.—Lic. Einar José Villavicencio
López, Notario.—1 vez.—( IN2018215463 ).
Por escritura de las 11:00 horas del 06 de
febrero del año 2018, se acordó por unanimidad del capital social, reformar la
cláusula décima de los estatutos de la sociedad Algotel
Marketing Sociedad de Responsabilidad Limitada, titular de la cédula de persona jurídica
número 3-102-731678, referente a la administración.—San José, 08 de febrero del
2018.—Lic. Manuel Antonio Porras Vargas, Notario.—1 vez.—( IN2018215471 ).
Ante esta notaría, por escritura otorgada a
las 13:05 horas del día 07 de febrero del 2018, se protocolizan acuerdos de
asamblea extraordinaria de socios de la sociedad Nayara
Funding Sociedad Anónima, cédula de persona jurídica número tres-ciento uno-seiscientos
noventa y cinco mil-ciento cuarenta, donde se acuerda la disolución de la
sociedad.—San José, 08 de febrero del dos mil dieciocho.—Lic. Tobías Felipe
Murillo Jiménez, Notario.—1 vez.—( IN2018215472 ).
Por escritura otorgada ante esta notaría, a
las 13:10 horas del 07 de febrero del 2018, la empresa Nayara Holding S. A., protocolizó acuerdos en donde se transforma de Sociedad Anónima, a
sociedad de responsabilidad limitada, y modifica la totalidad de sus
estatutos.—San José, 08 de febrero de 2018.—Lic. Tobías Felipe Murillo Jiménez,
Notario.—1 vez.—( IN2018215473 ).
Por escritura otorgada ante esta notaría, a
las 13:00 horas del 07 de febrero del 2018, la empresa Trademark Holding S. A., protocolizó acuerdos en donde se transforma de Sociedad Anónima, a Sociedad de Responsabilidad Limitada, y modifica la totalidad de sus
estatutos.—San José, 08 de febrero de 2018.—Lic. Tobías Felipe Murillo Jiménez,
Notario.—1 vez.—( IN2018215474 ).
Por escritura doscientos cincuenta otorgada ante la notaria pública
Carolina Ulate Zárate, a las ocho horas del día ocho de febrero del año dos mil
dieciocho, se modificó la cláusula cuarta de la sociedad denominada Bosque
Frío C.E.M.A Sociedad Anónima.—Heredia,
ocho de febrero del año dos mil dieciocho.—Licda. Carolina Ulate Zárate, Notaria Pública.—1 vez.—( IN2018215477 ).
Por escritura doscientos cincuenta y uno otorgada ante la notaria
pública Carolina Ulate Zárate, a las diez horas treinta minutos del día ocho de
febrero del año dos mil dieciocho, se modificó la cláusula cuarta de la
sociedad denominada Tres-Ciento Uno-Cuatrocientos Sesenta y Dos Mil
Seiscientos Setenta y Nueve Sociedad Anónima —Heredia, ocho de febrero del año dos mil dieciocho.—Licda. Carolina
Ulate Zárate, Notaria Pública.—1 vez.—( IN2018215478 ).
Mediante escritura Nº 15 del tomo 3 otorgada a las 11:40 horas del
07/02/2018 ante la suscrita notaria, se reformó el nombre sociedad anónima
denominada como Asesoría Aduanera B & R S. A., a Aduanera B & R S. A., además se modifica la cláusula tercera de la
relacionada sociedad anónima. Publíquese.—Licda. Bianchy Rodríguez Salas.—1
vez.—( IN2018215481 ).
Mediante escritura Nº 16 del tomo 3 otorgada a las 15:50 horas del
07/02/2018 ante la suscrita notaria, se reformó la sociedad anónima denominada
como Data Sense Centroamérica S. A., en la cláusula octava y no nombre secretaria
a Victoria Vargas Solís y tesorera Laura Gómez Núñez Publíquese.—Licda. Bianchy
Rodríguez Salas.—1 vez.—( IN2018215482 ).
La notaria Rosaura Carmiol Yalico, hace constar que en asamblea general
de la sociedad Alegamar Mil Novecientos Noventa y Nueve S. A., cédula jurídica número tres-ciento
uno-setecientos siete mil novecientos once, realizada el primero de febrero del
dos mil dieciocho, se modificó el pacto constitutivo y se nombró nueva junta
directiva.—San José, cinco de febrero del dos mil dieciocho.—Licda. Rosaura
Carmiol Yalico, Notaria.—1 vez.—( IN2018215483 ).
Por escritura otorgada número doscientos
ochenta y tres, de las doce y treinta horas del siete de febrero del dos mil
dieciocho. Se constituyo: Inversiones Pocenca, Empresa
Individual de Responsabilidad Limitada, abreviada: Inversiones
Pocenca “E.I.R.L.”,
su domicilio social será: distrito San Juan de Tibás, de la Municipalidad cien
este cien norte, San José, capital aportado diez mil colones.—San José, siete
de febrero del 2018.—Lic. Oscar Murillo Castro, Notario.—1 vez.—( IN2018215485
).
Por escritura otorgada número doscientos
ochenta y seis de las doce horas del ocho de febrero del dos mil dieciocho. Se
constituyo: ALICA, Empresa Individual de Responsabilidad Limitada, abreviada ALICA, “E.I.R.L.” Su domicilio social será: de la Municipalidad, veinticinco al sur,
casa mano izquierda, ciudad de Alajuela, capital aportado diez mil colones.—San
José, 08 de febrero del 2018.—Lic. Oscar Murillo Castro, Notario.— 1 vez.—(
IN2018215487 ).
PUBLICACIÓN DE PRIMERA VEZ
Apertura de Procedimiento Administrativo
Disciplinario.— c/ Ortega Jiménez Fernando Daniel.
Resolución
N° 6034-17.—El Órgano Director del Procedimiento, a las ocho horas y cuarenta y
cinco minutos del veintiuno de diciembre del dos mil diecisiete.
Resultando:
I.—Que mediante Resolución N° 4894-17 de las
catorce horas y cuatro minutos del veinticinco de octubre del dos mil
diecisiete, suscrita por Yaxinia Díaz Mendoza, Directora de Recursos Humanos
del Ministerio de Educación Pública, se ordenó la apertura de procedimiento
administrativo ordinario tendiente a establecer la responsabilidad
disciplinaria de Ortega Jiménez Fernando Daniel, cédula de identidad número
2-0674-0439, Auxiliar de Vigilancia en el Colegio Técnico Profesional de Calle
Blancos, de la Dirección Regional de Educación de San José-Norte, Asimismo se
designa a quien suscribe como Órgano Director Unipersonal del Procedimiento
Administrativo tramitado contra el servidor de cita. (Ver folios 16 y 17 del
expediente N° 717-17).
II.—Que
lo anterior encuentra sustento en lo establecido en los artículos 211 y
siguientes (de la responsabilidad Disciplinaria del Servidor), 214 y siguientes
(Del Procedimiento Administrativo), 272 y siguientes (Del acceso al Expediente
y sus Piezas) y 308 y siguientes (Del Procedimiento Ordinario), todos de la Ley
General de la Administración Pública; 41, 42 y 43 del Estatuto del Servicio
Civil, artículos 18 inciso j) y 50 inciso k) de la Ley Orgánica del Ministerio
de Educación Pública, así como en los artículos 54 y siguientes del Reglamento
Autónomo de Servicios del Ministerio de Educación Pública.
III.—Que
de conformidad con lo anteriormente expuesto, se considera procedente dar
inicio al Procedimiento Administrativo Ordinario tendiente a establecer la
responsabilidad disciplinaria de la persona investigada, a saber: Ortega Jiménez Fernando Daniel, cédula de identidad número 2-0674-0439,
quien se desempeña en el puesto de Auxiliar de Vigilancia en el Colegio Técnico
Profesional de Calle Blancos, de la Dirección Regional de Educación de San
José-Norte, respecto al supuesto hecho que a continuación se detalla:
Que en su condición de Auxiliar de Vigilancia
en el Colegio Técnico Profesional de Calle Blancos, de la Dirección Regional de
Educación de San José-Norte, supuestamente se ausentó de sus labores los días
09, 10, 11, 12, 13, 16, 17, 18 y 19 de octubre del 2017; lo anterior sin dar
aviso oportuno a su superior inmediato y sin presentar justificación posterior
alguna, dentro del término legalmente establecido. (Ver folios del 01 al 14 de
la causa de marras)
IV.—Que los hechos anteriormente citados -de
corroborarse su comisión- constituirían una violación a las obligaciones y
prohibiciones del cargo contempladas en el Estatuto de Servicio Civil artículo
39 inciso a), Reglamento del Estatuto de Servicio Civil artículo 35, Reglamento
de Servicio para los Agentes de Seguridad y Vigilancia del Ministerio de
Educación Pública artículos 8 inciso a), 15, 16, 17, 25, 26 y 27; todos en
relación con el artículo 81 inciso g) del Código de Trabajo; que podrían
acarrear una sanción que alcanzaría ir desde una suspensión sin goce de salario
hasta el despido sin responsabilidad patronal.
V.—Que
en razón de lo anterior se dictó la resolución N° 5016-17 de las 11:21 horas
del 01 de junio del 2017, convocándose a audiencia oral y privada para el día
27 de noviembre del 2017, comisionándose al Subdirector institucional, MSc.
Francisco Piedra Ureña, para notificar personalmente dicha resolución, siendo
que en fechas 06 de noviembre y 12 de diciembre -ambos del 2017- se recibe el
oficio en la sede de este Órgano Director, suscrito por el anteriormente citado
Subdirector, estableciendo la imposibilidad de notificar al señor Ortega
Jiménez la actuación descrita (ver folios 25 y 34 de los autos), por lo que en
aras de cumplir con lo establecido en el artículo 311 de la Ley General de
Administración Pública, y no causar indefensión al investigado, se dicta la
presente resolución, que se encuentra ajustada a derecho.
VI.—La
prueba que constituye la base del procedimiento disciplinario, es el expediente
administrativo número 717-17 a nombre de Ortega Jiménez Fernando Daniel, donde
consta la denuncia y el registro de asistencia supra establecido, debidamente
certificados, visible a folios del 01 al 06 y del 09 al 12 de los autos.
VII.—Se
apercibe al accionado que debe señalar medio o lugar para recibir futuras
notificaciones dentro del plazo de diez días hábiles a partir de la
notificación del presente acto, bajo el apercibimiento de que, si no se hiciere
o el lugar fuere impreciso, incierto, o ya no existiere, las resoluciones se
tendrán por notificadas automáticamente veinticuatro horas después de dictadas.
VIII.—Que
para los efectos de este procedimiento, se pone a disposición de la persona
accionada el respectivo expediente administrativo, el cual podrá consultar,
reproducir o analizar cuantas veces considere necesario. Así mismo, se le hace
saber que le asiste el derecho de presentar los argumentos de defensa y
descargo que considere oportunos, de ofrecer la prueba que estime pertinente,
desde este momento y hasta el mismo día de la audiencia, así como hacerse
asesorar por un profesional en Derecho que le provea la defensa técnica, si así
lo considera oportuno. En caso de aportar prueba testimonial, se le solicita
que indique expresamente el nombre, calidades, la dirección respectiva de los
testigos junto con la descripción lacónica de los hechos sobre los que versará
su deposición, para efectos de confeccionar las citaciones respectivas.
IX.—Se
cita a Ortega Jiménez Fernando Daniel a comparecencia oral y privada de ley,
(artículos 309 y 312 de la Ley General de la Administración Pública) se fija
para tales efectos el día 15 de marzo del 2018, al ser las ocho horas, en el
Departamento de Gestión Disciplinaria, ubicado frente a la entrada de
emergencias del Hospital San Juan de Dios, 4to piso del Oficentro Plaza Rofas,
San José, oportunidad procedimental en que podrá ejercer su derecho de defensa
y se le garantizará el principio constitucional al debido proceso. En esa
oportunidad podrá:
1) Ofrecer (presentar) su prueba, si es que no lo hubiera hecho con
antelación o quisiera adicionarla.
2) Obtener su admisión y trámite cuando sea pertinente y relevante
3) Interrogar a la contraparte, si la hubiera, preguntar y repreguntar
a los testigos y peritos cuando los hubiera.
4) Aclarar, ampliar o reformar su petición o escrito de defensa
inicial
5) Formular conclusiones de hecho y de derecho en cuanto a la prueba y
resultados de la comparecencia. Lo anterior deberá hacerse verbalmente y bajo
la sanción de caducidad del derecho para hacerlo si se omite en la
comparecencia.
X.—La sede del Órgano Director donde las
partes podrán consultar el expediente y presentar su defensa, recusaciones e
impugnaciones, será la normal del Departamento de Asuntos Disciplinarios, sito
en el Edificio Rofas, frente a la entrada de Emergencias del Hospital San Juan
de Dios, 4° Piso, San José.
XI.—Conforme
lo estipulan los artículos 245 de la Ley General de la Administración Pública y
18 j) de la Ley Orgánica del Ministerio de Educación Pública, se hace saber que
contra esta Resolución proceden los recursos ordinarios, los cuales deben
formularse ante esta instancia dentro del término de veinticuatro (24) horas
siguientes a la respectiva notificación. El primero será resuelto por este
órgano y el segundo por el Órgano Decisor.—Notifíquese.—Lic. Christopher Ross López, Órgano Director.—O. C. N°
3400035728.—Solicitud N° 19695.—( IN2018214242 ).
JUNTA ADMINISTRATIVA DEL REGISTRO NACIONAL
REGISTRO
DE LA PROPIEDAD INDUSTRIAL
Documento admitido traslado al titular
PUBLICACIÓN DE SEGUNDA VEZ
Ref: 30/2017/31155.—Allan Cedeño Matarrita,
cédula de identidad 1-1037-112.—Documento: Cancelación por falta de uso
(Importadora Maduro S.A. presen).—N° y fecha: Anotación/2-112870 de
26/07/2017.—Expediente: 2012-0001665 Registro N° 218823 Felix B Maduro en clase
49 Marca Mixto.—Registro de la Propiedad Industrial, a las 14:55:23 del 31 de
Julio de 2017. Conoce este Registro, la solicitud de Cancelación por falta de
uso, promovida por María del Pilar López Quirós, en calidad de apoderado
especial de IMPORTADORA MADURO S.A., contra el registro del nombre comercial FELIX B. MADURO (diseño), registro N° 218823, inscrito el 25 de mayo de 2012
y vigente la cual protege, Un establecimiento
comercial dedicado a la venta de productos de juguetería, ropa para toda la
familia, zapatería, accesorios y bisutería como tienda departamental. Ubicado
en San José, Sabanilla del parque 300 metros este Condominios Veranda N° 7., propiedad de ALLAN CEDEÑO
MATARRITA, cédula de identidad 1-1037-112. Conforme a lo previsto en los
artículos 39 de la Ley de Marcas y otros Signos Distintivos, y los artículos 48
y 49 del Reglamento a la Ley de Marcas y Otros Signos Distintivos, Decreto
Ejecutivo N° 30233-J; se procede a TRASLADAR la solicitud de Cancelación por
falta de uso al titular citado, para que en el plazo de UN MES contados a
partir del día hábil siguiente de la presente notificación, proceda a
pronunciarse respecto a la misma y demuestre su mejor derecho, aportando al
efecto las pruebas que estime convenientes, tomar
en cuenta que es el titular del signo a quien le corresponde demostrar con
prueba contundente el uso del signo, para lo cual se comunica que el
expediente se encuentra a disposición de las partes en este Registro, asimismo
en el expediente constan las copias de ley de la acción para el titular del
signo. Se les previene a las partes el señalamiento de lugar o medio para
recibir notificaciones y se advierte al titular que de no indicarlo, o si el
medio escogido imposibilitare la notificación por causas ajenas al despacho, o
bien, si el lugar señalado permaneciere cerrado, fuere impreciso, incierto o
inexistente, quedará notificado de las resoluciones posteriores con sólo que
transcurran VEINTICUATRO HORAS después de dictadas, conforme lo dispone los
artículos 11 y 34 de la Ley de Notificaciones, Ley N° 8687. A manera de
excepción y en caso de que esta resolución sea notificada mediante publicación
en el Diario Oficial La Gaceta, sin que medie apersonamiento
del titular al proceso con el respectivo aporte del medio o lugar para recibir
notificaciones, se aplicará lo dispuesto en los artículos 239, 241 incisos 2, 3
y 4 y 242 de la Ley General de la Administración Pública. Se le señala al titular del signo, que
las pruebas que aporte deben ser presentadas en documento original o copia
certificada (haciéndose acompañar la traducción necesaria v la legalización o
apostillado correspondiente, según sea el caso), lo anterior conforme al
artículo 294 de la Ley General de Administración Pública.
Notifíquese.—Tomás Montenegro Montenegro, Asesor Jurídico.—( IN2018213849 ).
REGISTRO
DE PERSONAS JURÍDICAS
EDICTO
PUBLICACIÓN DE SEGUNDA VEZ
Se hace saber al señor Carl Enrique Davies
Drumond, cédula de identidad 7-0113-0402 en su calidad de interesado en el
poder inscrito bajo las citas 2016-828147, y a la licenciada Angioletta
Alvarenga Venutolo, cédula de identidad 3-0199-0194, en su calidad de supuesta
autorizante del poder inscrito bajo las citas 2016-828147, que a través del
Expediente DPJ-079-2017 del Registro de Personas Jurídicas, se está conociendo
diligencia administrativa de oficio en contra del poder inscrito bajo las citas
2016-828147. A efecto de proceder como en derecho corresponde, otorgando el
debido proceso a los interesados, todo ello, con fundamento en la circular DRPJ
11-2010 del 25 de agosto del año 2010, dictada por la Dirección de este
registro, de conformidad con lo estipulado por el artículo 97 del Reglamento
del Registro Público, que es Decreto Ejecutivo N° 26771-J de 18 de marzo de
1998 y sus reformas, se ha ordenado apertura oficiosa y consignar advertencia
administrativa de manera preventiva en la inscripción registral del citado
poder y por este medio se le confiere audiencia por el plazo de quince días
hábiles contados a partir del día siguiente al de la tercera publicación del
presente edicto, a efecto de que dentro del plazo indicado, presente los
alegatos que a su derecho convenga. Publíquese por 3 veces consecutivas en el
Diario Oficial La Gaceta.—Curridabat, 22 de diciembre del año
2017.—Lic. Juan Carlos Sánchez García, Asesor Legal.—O. C. Nº
OC18-0003.—Solicitud Nº 106287.—( IN2018214173 ).
PUBLICACIÓN DE PRIMERA VEZ
Se hace saber a, Carlos Alberto Durán
Bulgarelli en su calidad de apoderado generalísimo de los señores Thien Shui
Hung Hung y Yang Chen mandatos registrados a las citas 2017-221932-1-1; y
2017-221932-1-2 respectivamente, que a través del Expediente DPJ-083-2017 del
Registro de Personas Jurídicas se ha iniciado diligencia administrativa
oficiosa por cuanto: De conformidad con la resolución final de las 13:30 horas
del 12 de diciembre de 2017 concerniente al expediente administrativo número
DPJ-066-2017 dictada por la Subdirección de este Registro, en concreto, con lo
dispuesto en el punto II del “Por Tanto” que señala: “Abrir investigación la
investigación oficiosa de estilo”. Así las cosas, este Despacho procede como en
derecho corresponde a investigar una eventual inconsistencia en el
procedimiento de calificación e inscripción de los poderes generalísimos
registrados bajo las citas 2017-221932-1-1; y 2017-221932-1-2, en ocasión de
que referidos mandatos fueron otorgados ante notario público nicaragüense y se
inscribió en este Registro, sin considerar que Nicaragua no ha ratificado la
Convención Interamericana sobre el Régimen Legal de Poderes, conocida como la
Convención de Panamá.. Con fundamento en la circular DRPJ 11-2010 del 25 de
agosto del año dos mil diez, dictada por la Dirección de este Registro, de
conformidad con lo estipulado por el artículo noventa y siete del Reglamento
del Registro Público, que es Decreto Ejecutivo Nº veintiséis mil setecientos
setenta y uno-J de dieciocho de marzo de mil novecientos noventa y ocho y sus
reformas, se ha ordenado consignar advertencia administrativa de manera
preventiva en las inscripciones registrales de la citada sociedad y por este
medio se le confiere audiencia por el plazo de quince días hábiles contados a
partir del día siguiente al de la tercera publicación del presente edicto, a
efecto de que dentro del plazo indicado, presente los alegatos que a sus
derechos convenga. Publíquese en el Diario Oficial La Gaceta.—Curridabat,
2 de febrero del 2018.—Departamento de Asesoría Legal.—Licdo. Fabián Benavides
Acosta, Notario.—O. C. N° OC18-0003.—Solicitud N° 108034.—( IN2018214241 ).
COLEGIO DE PROFESIONALES EN CIENCIAS
ECONOMICAS DE COSTA RICA
PUBLICACIÓN DE TERCERA VEZ
De
conformidad con el artículo Nº 241 de la Ley General de la Administración
Pública, se procede a notificar por publicación a los siguientes empresa
inscritas al Colegio, los cuales no fue posible la notificación en las
direcciones que constan en la base de datos del Colegio, el acuerdo Nº 39 de la
sesión ordinaria de junta directiva Nº 2693-2017, celebrada el 09 de octubre
del 2017, en el cual se acordó desinscribirlas por morosidad en el pago de sus
cuotas de colegiatura, según lo establecido en el artículo 35 inciso r) y 50
inciso b) de la Ley Orgánica Nº 7105.
Línea |
Carné |
Nombre |
1 |
C00362 |
El camino Asesores S. A. |
2 |
C00280 |
Manpower Costa Rica S. A. |
3 |
C00020 |
Interamericana de Desarrollo
S. A. |
4 |
C00167 |
Fundepos |
5 |
C00383 |
Mercadeo Planificado Mercaplan
S. A. |
6 |
C00183 |
Consultorías en Servicios
Tecnológicos |
7 |
C00264 |
Asociación Costarricense de
Gestores |
8 |
C00251 |
Grupo Libertad Promotores de
Capacitación Empresarial S. A. |
9 |
C00369 |
Power Peolple Consulting S. A. |
10 |
C00368 |
Risks XY S. R. L. |
11 |
C00186 |
Alta Gestión Consultores S. A. |
12 |
C00352 |
Coronado y Pérez AS
Consultores S. A. |
13 |
C00378 |
Cedar S. A. |
14 |
C00272 |
LMO Consultores
Multidisciplinarios |
Máster José Alberto Carpio Solano,
Fiscal.—Máster Katherine Víquez Ledezma, Secretaria.—( IN2018213574 ).
MUNICIPALIDAD DE ALAJUELITA
DEPARTAMENTO
DE CEMENTERIO MUNICIPAL
PUBLICACIÓN DE SEGUNDA VEZ
La Municipalidad de Alajuelita informa a
todas las personas que se encuentran en la presente lista, y que tienen
obligaciones pendientes por más 5 trimestres, en el pago de cuota de
mantenimiento de cementerio; que de acuerdo al artículo 26 del Reglamento de
Cementerio, el cual indica “Todos arrendatarios de derecho de Cementerio se
compromete en el acto mismo de adquisición al pago anual de mantenimiento. La
omisión en el pago de un período o que se constituye de cuatro trimestres (un
año calendario) dará por cancelado el derecho de arrendamiento”. Por lo
anterior se establece un plazo de 15 días naturales a partir de la publicación
de este edicto para poner sus obligaciones al día, de lo contrario se procederá
a eliminar la posesión del Derecho de Cementerio correspondiente.
Para ver las imágenes, ir a La Gaceta con formato PDF
Alajuelita, 12 de diciembre del 2017.—Luis
Orozco Ureña, Administrador.—Licenciada Karen Redondo Bermúdez, Proveedora.—(
IN2018213034 ).
MUNICIPALIDAD DE PUNTARENAS
Se deja sin efecto la publicación realizada
en el Diario Oficial La Gaceta N° 12 del 23 de enero del 2018,
en donde se comunica el traslado de la sesión ordinaria del día 02 de enero del
2018 para el sábado 13 de enero del 2018. Lo anterior, por no haber sido
publicado de forma oportuna.
Acordado
por el Concejo Municipal en la Sesión Ordinaria N°152 celebrada el día 2 de
enero del 2018, artículo 5°, inciso A).
Puntarenas, 06 de febrero del 2018.—Lic. Luis
Edward Rojas Barrantes, Proveedor Municipal.—1 vez.—( IN2018216304 ).