LA GACETA N° 157 DEL 29 DE
AGOSTO DEL 2018
PODER EJECUTIVO
DECRETOS
Nº 41230-MGP
N° 41267-MEP
RESOLUCIONES
MINISTERIO
DE OBRAS PÚBLICAS Y TRANSPORTES
DOCUMENTOS
VARIOS
EDUCACIÓN
PÚBLICA
TRABAJO
Y SEGURIDAD SOCIAL
JUSTICIA
Y PAZ
AMBIENTE
Y ENERGÍA
CONTRATACIÓN
ADMINISTRATIVA
MODIFICACIONES
A LOS PROGRAMAS
SEGURIDAD
PÚBLICA
LICITACIONES
PODER
JUDICIAL
UNIVERSIDAD
NACIONAL
INSTITUTO
COSTARRICENSE DE PUERTOS
DEL
PACÍFICO
CAJA
COSTARRICENSE DE SEGURO SOCIAL
INSTITUTO
NACIONAL DE APRENDIZAJE
AUTORIDAD
REGULADORA
DE LOS
SERVICIOS PÚBLICOS
AVISOS
MUNICIPALIDADES
ADJUDICACIONES
CAJA
COSTARRICENSE DE SEGURO SOCIAL
INSTITUTO
DE DESARROLLO RURAL
INSTITUTO
NACIONAL DE APRENDIZAJE
FE DE
ERRATAS
UNIVERSIDAD
NACIONAL
CAJA
COSTARRICENSE DE SEGURO SOCIAL
INSTITUTO
NACIONAL DE APRENDIZAJE
REGLAMENTOS
AVISOS
INSTITUCIONES
DESCENTRALIZADAS
UNIVERSIDAD
DE COSTA RICA
INSTITUTO
TECNOLÓGICO DE COSTA RICA
SUPERINTENDENCIA
DE TELECOMUNICACIONES
JUNTA
DE PROTECCIÓN SOCIAL
RÉGIMEN
MUNICIPAL
MUNICIPALIDAD DE VÁZQUEZ DE CORONADO
MUNICIPALIDAD DE MONTES DE OCA
MUNICIPALIDAD DE HEREDIA
AVISOS
CONVOCATORIAS
AVISOS
NOTIFICACIONES
OBRAS
PÚBLICAS Y TRANSPORTES
JUSTICIA
Y PAZ
CAJA
COSTARRICENSE DE SEGURO SOCIAL
INSTITUTO
DE DESARROLLO RURAL
MUNICIPALIDADES
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
Y EL
MINISTRO DE GOBERNACIÓN Y POLICÍA
De conformidad con las
facultades conferidas en los artículos 140, incisos 8) y 20) y 146 de la
Constitución Política; artículos 27 y 28 de la Ley General de la Administración
Pública, Ley Nº 6227 del 02 de mayo de 1978; el artículo 8 de la Ley sobre el
Desarrollo de la Comunidad (DINADECO), Ley Nº 3859 del 07 de abril de 1967; y
Considerando:
I.—Que de acuerdo el numeral 140
incisos 7) y 8) de la Constitución Política, así como los artículos 26 inciso
b) y 27.1 de la Ley General de la Administración Pública, Ley Nº 6227 del 02 de
mayo de 1978, el Poder Ejecutivo tiene la obligación de velar por el buen
funcionamiento de la Administración Pública. Para ello, le ha sido asignada la
potestad de coordinar las acciones de las instituciones que conforman el Poder
Ejecutivo y demás instituciones vinculadas con el ejercicio de su quehacer.
II.—Que de acuerdo con el artículo 1 de la
Ley sobre el Desarrollo de la Comunidad, en adelante DINADECO, Ley Nº 3859 del
07 de abril de 1967, la Dirección Nacional de Desarrollo de la Comunidad es un
órgano del Poder Ejecutivo adscrito al Ministerio de Gobierno y Policía, que
funge como un “instrumento básico de desarrollo, encargada de fomentar,
orientar, coordinar y evaluar la organización de las comunidades del país (…)”.
III.—Que según el artículo 8 de la Ley supra
citada, la DINADECO cuenta con un Consejo Nacional de Desarrollo de la
Comunidad, integrado por funcionarios público, representantes de asociaciones
de desarrollo y de la Unión de Gobiernos Locales. Dicho nombramientos están a
cargo del Poder Ejecutivo, mediante decreto correspondiente.
IV.—Que en atención del considerando anterior
y debido a la necesidad del funcionamiento de la DINECO, es procedente el
nombramiento de los miembros del Consejo Nacional de Desarrollo de la
Comunidad, a efectos de que dicho órgano entre en funciones. Por lo tanto,
Decretan:
NOMBRAMIENTO DE LOS MIEMBROS DEL CONSEJO
NACIONAL
DE DESARROLLO DE LA COMUNIDAD
Artículo 1º—Integrar el Consejo
Nacional de Desarrollo de la Comunidad con los siguientes miembros:
a) En representación del Ministro de Gobernación y Policía, designar
al señor Víctor Manuel Barrantes Marín, cédula de identidad Nº 6-329-391.
b) En representación del Poder Ejecutivo, designar
al señor Víctor Hugo Alpízar Castro, cédula de identidad Nº 2-304-861,
designado por el Presidente de la República.
c) En representación de las Asociaciones de
Desarrollo Comunal designar a las señoras Rosibel Villalobos Navarro, cédula de
identidad Nº 6-200-342 Milena Mena Sequeira, cédula de identidad Nº 2-501-971,
y el señor Marco Antonio Hernández Ramírez, cédula de identidad Nº 4-102-411.
d) En representación de la Unión Nacional de
Gobiernos Locales designar al señor Juan Pablo Barquero Sánchez, cédula Nº
5-033-085 y a la señora María del Rosario Rivera Rodríguez, cédula Nº
2-2891-070.
Artículo 2º—Rige a partir del 1°
de agosto de 2018.
Dado en la Presidencia de la República,
al primer día del mes de agosto del año dos mil dieciocho.
CARLOS ALVARADO QUESADA.—El
Ministro de Gobernación y Policía, Michael Soto Rojas.—1 vez.—O. C. N°
3400037259.—Solicitud N° 005-2018.—( D41230 - IN2018272020 ).
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
Y EL
MINISTRO DE EDUCACIÓN PÚBLICA
En el uso de las facultades que
les son conferidas por los artículos 1, 140, incisos 8) y 20) y 146 de la
Constitución Política; 25, acápite 1), 26, inciso a), b), h), 27, acápite 1) y
28, acápite 2), inciso b) de la Ley General de la Administración Pública, Ley
N° 6227 del 02 de mayo de 1978; artículo 2 inciso a), e) y f) de la Ley
Fundamental de Educación, Ley N° 2160 del 25 de setiembre de 1957;
Considerando:
I.—Que es a través de diferentes
actos culturales y el rememorar de los eventos históricos, con los que se
mantiene la armonía y la identidad propia del ser costarricense.
II.—Que las efemérides patrias celebran
hechos de relevancia histórica y cultural, que originaron profundos procesos de
transformación y que, además, representan los cimientos con los que se
construyó y se conserva la actual república democrática costarricense.
III.—Que son fines de la educación
costarricense, educar a la población para su crecimiento como seres humanos
integrales, amantes de la Patria y conscientes de su origen, sus deberes,
derechos y libertades fundamentales.
IV.—Que las actividades cívicas que se
realizan fomentan valores enriquecedores para los educandos matriculados en el
sistema educativo público costarricense.
V.—Que debido a la importancia que implican
estas celebraciones patrióticas para el fortalecimiento de la Educación Cívica,
así como para la democracia costarricense y, dado que las actividades que se
realizan son concurridas por el público en general, resulta necesaria su
declaración de interés tanto público como educativo a nivel nacional. Por
tanto,
Decretan:
“REFORMA AL ARTÍCULO 1 DEL DECRETO EJECUTIVO
N°
32609-MEP “REGULACIÓN GENERAL
PARA
LA REALIZACIÓN DE CELEBRACIONES
PATRIAS
(ACTOS CIVICOS Y DESFILES)
DE LOS
CENTROS EDUCATIVOS PÚBLICOS
DEL
MINISTERIO DE EDUCACIÓN PÚBLICA”
Artículo 1º—Adición.
Procédase a modificar el artículo 1 del Decreto Ejecutivo N° 32609- MEP
“Regulación general para la realización de celebraciones patrias (actos cívicos
y desfiles) de los centros educativos públicos del Ministerio de Educación
Pública”, el cual se leerá de la siguiente forma:
“Artículo 1°—Objeto e interés
público-educativo. Con el presente reglamento se pretende regular aspectos básicos
relativos a la organización, diseño, realización y ejecución de las
celebraciones cívicas realizadas en los distintos centros educativos del país,
a nivel comunal o local, regional, provincial o nacional, que se encuentren
establecidas en el Calendario Escolar o de forma particular y que cuenten con
la autorización de las autoridades educativas correspondientes. Deberá
interpretarse la presente normativa de la manera más favorable a la realización
de la celebración patria que corresponda. Asimismo, ante la importancia que las
celebraciones patrióticas tienen para el fortalecimiento de la democracia y el
enriquecimiento educativo, estas han de considerarse tanto de interés público
como educativo a nivel nacional”
Artículo 2º—Vigencia.
Rige a partir de su publicación en el Diario Oficial La Gaceta.
Dado en la Presidencia de la
República.—San José, a los veinte días del mes de agosto de dos mil dieciocho.
CARLOS ALVARADO QUESADA.—El
Ministro de Educación Pública, Édgar Eduardo Mora Altamirano.—1 vez.—O.C. Nº
3400034829.—Solicitud Nº 15879.—( D41267 - IN2018274128 ).
Nº 001678.—Ministerio de Obras
Públicas y Transportes.—San José, del día dieciséis del mes de agosto del dos
mil dieciocho.
Diligencias de declaratoria de interés
público y mandamiento provisional de anotación, en relación con inmueble
necesario para la construcción del proyecto denominado “Mejoramiento y
Rehabilitación de la Ruta Nacional N° 160, sección Playa Naranjo- Paquera”
Resultando:
1º—Mediante Oficio P095 del 11
de junio de 2018, remitido por la Unidad Ejecutora del Proyecto denominado
“Mejoramiento y Rehabilitación de la Ruta Nacional N° 160, sección Playa
Naranjo-Paquera”, se solicitó que se procediera a emitir el acto resolutivo
correspondiente, con el fin de declarar de interés público y expedir el
mandamiento provisional de anotación que a tales efectos prescribe la Ley de
Expropiaciones N° 9286 del 11 de noviembre de 2014, publicada en La Gaceta
N° 24 del 04 de febrero del 2015 y las reformas contenidas en la Ley N° 9462
del 29 de junio del 2017, publicada en el Alcance N° 175 del 18 de julio del
2017, en relación con inmueble inscrito en el Registro Público de la Propiedad
al Sistema de Folio Real matrícula Nº 6-82286-000-, cuya naturaleza es terreno
para la agricultura lote 69, situado en el distrito 5- Paquera, cantón 1-
Puntarenas de la provincia de Puntarenas, con una medida de 46169,11 metros
cuadrados y cuyos linderos de la finca madre según el Registro Público de la
Propiedad son: norte, Arturo Sánchez; sur, Petronila Sequeira; este: IDA y
manglar y oeste: calle e IDA.
2º—Del referido inmueble es de impostergable
adquisición un área de terreno equivalente a 1652 metros cuadrados, según plano
catastrado 6-2049991-2018. Siendo necesaria su adquisición para la construcción
del proyecto denominado “Mejoramiento y Rehabilitación de la Ruta Nacional N°
160, sección Playa Naranjo-Paquera”.
3º—Constan en el expediente administrativo Nº
P095_601087981993, a que se refiere este acto resolutivo, los siguientes
documentos:
a) Plano Catastrado 6-2049991-2018, mediante el cual se establece que
para los efectos del mencionado proyecto se requiere del citado inmueble un
área total de 1652 metros cuadrados.
b) Estudio sobre la inscripción del inmueble;
c) Información básica sobre el propietario, la
ubicación y características del inmueble, así como del área que del mismo se
requiere obtener, y los bienes a valorar;
4º—Es claro que la
Administración, en la tramitación del asunto en cuestión, se basa
fundamentalmente en el criterio técnico y profesional aportado por la Unidad
Ejecutora del Programa de Infraestructura de Transporte. En razón de lo
anterior y por constituir de interés público la presente declaratoria, al
requerirse el citado inmueble para la construcción del proyecto mencionado
supra, estando en el expediente administrativo la documentación requerida,
conoce este Despacho y,
Considerando:
De conformidad con las
disposiciones contenidas en la Ley de Creación del Ministerio de Obras Públicas
y Transportes, N° 4786 del 05 de julio de 1971 y sus reformas, este Ministerio
se encuentra legalmente facultado para llevar a cabo las obras públicas
necesarias dentro del ámbito de su competencia, ejerciendo el control y la
vigilancia necesaria, asimismo, en todas aquellas otras obras públicas que
realicen los particulares con sujeción a las disposiciones contenidas en la Ley
General de Concesión de Obra Pública con Servicios Públicos, N° 7762 del 14 de
abril de 1998.
La Ley de Expropiaciones, N° 9286 del 11 de
noviembre de 2014, publicada en La Gaceta N° 24 del 04 de febrero del
2015 y las reformes contenidas en la Ley N° 9462 del 29 de junio del 2017,
publicada en el Alcance N° 175 del 18 de julio del 2017, establece en sus
artículos 2, 18 y 20, que en todo caso en que la Administración Pública
requiera, para el cumplimiento de sus fines, adquirir bienes o afectar
derechos, deberá proceder a dictar un acto resolutivo mediante el cual sea
declarado de interés público el bien o derecho en referencia, a la vez que
contenga un mandamiento provisional de anotación en el correspondiente Registro
Público.
De conformidad con las disposiciones
normativas, procede declarar de interés público el área de dicho inmueble que a
continuación se describe:
a) Inscripción al Registro Público de la Propiedad al Sistema de Folio
Real matrícula Nº 6-82286-000.
b) Naturaleza: terreno para la agricultura lote
69.
c) Ubicación distrito 5- Paquera, cantón 1-
Puntarenas de la provincia de Puntarenas, linderos, los indicados en el plano
catastrado N° 6-2049991-2018.
d) Propiedad a nombre de: Marvin Barboza Jiménez
con cédula de identidad Nº 5-0214-0728.
e) De dicho inmueble se necesita un área total en
conjunto de 1652,00 metros cuadrados, para la construcción del proyecto
denominado “Mejoramiento y Rehabilitación de la Ruta Nacional N° 160, sección
Playa Naranjo-Paquera”, según se ha establecido supra.
Además, conforme a lo
establecido por el artículo 20 de la Ley de Expropiaciones, se ordena por este
acto mandamiento de anotación provisional en el Registro Público de la
Propiedad, en relación con dicho inmueble necesario para la construcción del
proyecto en referencia.
Procedan las dependencias administrativas
competentes a proseguir con la tramitación del procedimiento que corresponda,
con sujeción a los plazos establecidos por la Ley N° 9286, artículo 21 y
concordantes. Por tanto,
EL MINISTRO DE OBRAS PÚBLICAS Y TRANSPORTES,
RESUELVE:
1º—Declarar de interés público,
respecto al inmueble inscrito al Registro Público de la Propiedad al Sistema de
Folio Real matrícula Nº 6-82286-000, situado en el distrito 5- Paquera, cantón
1- Puntarenas de la provincia de Puntarenas y propiedad de Marvin Barboza
Jiménez con cédula de identidad Nº 5-0214-0728, con un área total de 1652,00
metros cuadrados, y cuyos linderos están delimitados conforme a lo indicado en
el Plano Catastrado N° 6-2049991-2018, necesaria para la construcción del
proyecto denominado “Mejoramiento y Rehabilitación de la Ruta Nacional N° 160,
sección Playa Naranjo-Paquera”.
2º—Ordénese mandamiento provisional de
anotación ante el Registro Público de la Propiedad, del área de dicho inmueble
que por esta Resolución se ha establecido como necesaria para la continuación
del proyecto en referencia y conforme a lo prescrito por la Ley N° 9286 del 11
de noviembre del 2014, publicada en La Gaceta N° 24 del 04 de febrero
del 2015, y las reformas contenidas en la Ley N° 9462 del 29 de junio del 2017,
publicada en el Alcance N° 175 del 18 de julio del 2017.
3º—Procedan las dependencias administrativas
competentes a continuar con el procedimiento establecido al efecto para la
adquisición de dicha área de terreno, con especial observancia de los plazos
fijados y en estricto apego a lo prescrito por la Ley de Expropiaciones.
Publíquese y notifíquese.
Rodolfo Méndez Mata, Ministro de
Obras Públicas y Transportes.— 1 vez.—( IN2018272396 ).
DIRECCIÓN DE GESTIÓN Y EVALUACIÓN
DE
LA CALIDAD
REPOSICIÓN DE TÍTULO
EDICTOS
PUBLICACIÓN DE TERCERA VEZ
Ante esta Dirección se ha
presentado la solicitud de reposición del Título de Bachiller en Educación
Media, inscrito en el tomo 2, folio 04, título Nº 105, emitido por el Colegio
Técnico Profesional de Santa Bárbara, en el año mil novecientos noventa y cinco,
a nombre de Mayorga Acosta Huberth, cédula Nº 5-0297-0599. Se solicita la
reposición del título indicado por pérdida del título original. Se publica este
edicto para oír oposiciones a la reposición solicitada dentro de los quince
días hábiles a partir de la tercera publicación en el Diario Oficial La
Gaceta.—San José, al primer día del mes de agosto del dos mil
dieciocho.—Dr. Pablo Mena Castillo, Director.—( IN2018270088 ).
Ante esta Dirección se ha
presentado la solicitud de reposición del Título de Bachiller en Educación
Media, inscrito en el tomo 1, folio 14, título Nº 51, emitido por el Liceo
Nocturno Maurilio Alvarado Vargas, en el año mil novecientos noventa y uno, a
nombre de Soto Rivera Ligia Yorleny, cédula Nº 5-0280-0187. Se solicita la
reposición del título indicado por pérdida del título original. Se publica este
edicto para oír oposiciones a la reposición solicitada dentro de los quince
días hábiles a partir de la tercera publicación en el Diario Oficial La
Gaceta.—San José, a los siete días del mes de agosto del dos mil
dieciocho.—Dr. Pablo Mena Castillo, Director.—( IN2018270282 ).
Ante esta Dirección se ha
presentado la solicitud de reposición del Título de Bachiller en Educación
Media, inscrito en el tomo 3, folio 3, asiento 25, título Nº 45, emitido por el
Colegio Iribó, en el año dos mil dieciocho, a nombre de Solano Steller Gabriela
del Carmen, cédula Nº 1-1744-0057. Se solicita la reposición del título
indicado por pérdida del título original. Se publica este edicto para oír
oposiciones a la reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a
partir de la tercera publicación en el Diario Oficial La Gaceta.—Dado en
San José, a los tres días del mes de agosto del dos mil dieciocho.—Dr. Pablo
Mena Castillo, Director.—( IN2018270314 ).
Ante esta Dirección se ha
presentado la solicitud de reposición del Título de Bachiller en Educación
Media, inscrito en el tomo 01, folio 28, título Nº 149, emitido por el Liceo
Tres Equis, en el año dos mil ocho, a nombre de Rojas Solano Daniela, cédula Nº
3-0416-0455. Se solicita la reposición del título indicado por pérdida del
título original. Se publica este edicto para oír oposiciones a la reposición
solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la tercera publicación
en el Diario Oficial La Gaceta.—Dado en San José, a los ocho días del
mes de agosto del dos mil dieciocho.—Dr. Pablo Mena Castillo, Director.—(
IN2018270721 ).
Ante esta Dirección se ha
presentado la solicitud de reposición del Título de Bachiller en Educación
Media, inscrito en el tomo 1, folio 132, título Nº 933, emitido por el Liceo
Maurilio Alvarado Vargas, en el año dos mil uno, a nombre de Molina Quirós José
Wayner, cédula Nº 5-0341-0416. Se solicita la reposición del título indicado
por pérdida del título original. Se publica este edicto para oír oposiciones a
la reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la
tercera publicación en el Diario Oficial La Gaceta.—San José, a los
siete días del mes de agosto del dos mil dieciocho.—Dr. Pablo Mena Castillo,
Director.—( IN2018270732 ).
Ante esta Dirección se ha
presentado la solicitud de reposición del Título de Bachiller en Educación
Media, inscrito en el tomo II, folio 143, título Nº 1642, emitido por el
Colegio Técnico Profesional Ricardo Castro Beer, en el año dos mil once, a
nombre de Valenciano Saborío María Priscila, cédula Nº 2-0720-0134. Se solicita
la reposición del título indicado por pérdida del título original. Se publica
este edicto para oír oposiciones a la reposición solicitada dentro de los
quince días hábiles a partir de la tercera publicación en el Diario Oficial La
Gaceta.—Dado en San José, a los cinco días del mes de junio del dos mil
dieciocho.—MEd. Lilliam Mora Aguilar, Directora.—( IN2018270844 ).
Ante esta Dirección se ha
presentado la solicitud de reposición del Título de Bachiller en Educación
Media, inscrito en el tomo 1, folio 53, asiento 18, título Nº 232, emitido por
el Liceo Experimental Bilingüe de Pococí, en el año mil novecientos noventa y
nueve, a nombre de Gamboa León Diana Rosa, cédula Nº 1-1145-0702. Se solicita
la reposición del título indicado por pérdida del título original. Se publica
este edicto para oír oposiciones a la reposición solicitada dentro de los
quince días hábiles a partir de la tercera publicación en el Diario Oficial La
Gaceta.—San José, a los veintinueve días del mes de junio del dos mil
dieciocho.—Dr. Pablo Mena Castillo, Director.—( IN2018270846 ).
Ante esta Dirección se ha
presentado la solicitud de reposición del Título de Bachiller en Educación Media,
inscrito en el tomo 1, folio 31, título Nº 86, emitido por el Liceo de
Bebedero, en el año dos mil dieciséis, a nombre de Bustos Castillo Kendall,
cédula Nº 5-0425-0881. Se solicita la reposición del título indicado por
pérdida del título original. Se publica este edicto para oír oposiciones a la
reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la tercera
publicación en el Diario Oficial La Gaceta.—San José, a los siete días
del mes de junio del dos mil dieciocho.—MEd. Lilliam Mora Aguilar, Directora.—(
IN2018270884 ).
Ante esta Dirección se ha
presentado la solicitud de reposición del Título de Bachiller en Educación
Media, inscrito en el tomo 03, folio 16, título Nº 665, emitido en el año dos
mil catorce y del Título de Técnico Medio en Agroecología, inscrito en el tomo
02, folio 49, título Nº 830, emitido en el año dos mil quince, ambos títulos
fueron extendidos por el Colegio Técnico Profesional de Talamanca, a nombre de
Chavarría Ortega Mabelin Andrea, cédula Nº 7-0243-0690. Se solicita la
reposición de los títulos indicados por pérdida de los títulos originales. Se
publica este edicto para oír oposiciones a la reposición solicitada dentro de
los quince días hábiles a partir de la tercera publicación en el Diario Oficial
La Gaceta.—San José, a los catorce días del mes de noviembre del dos mil
diecisiete.—MEd. Lilliam Mora Aguilar, Directora.—( IN2018270949 ).
Ante esta Dirección se ha
presentado la solicitud de reposición del Título de Bachiller en Educación
Media, inscrito en el tomo 2, folio 23, título Nº 704, emitido por el Liceo San
Miguel, en el año dos mil cuatro, a nombre de Obregón Silva Maybelin de los
Ángeles, cédula Nº 8-0121-0021. Se solicita la reposición del título indicado
por pérdida del título original. Se publica este edicto para oír oposiciones a
la reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la
tercera publicación en el Diario Oficial La Gaceta.—San José, a los tres
días del mes de abril del dos mil dieciocho.—MEd. Lilliam Mora Aguilar, Directora.—(
IN2018271393 ).
Ante esta Dirección se ha
presentado la solicitud de reposición del Título de Bachiller en Educación
Media, inscrito en el tomo 1, folio 7, título Nº 3, emitido por el Centro
Educativo Virgen de Guadalupe, en el año dos mil quince, a nombre de Agüero
Chaves Andrey Josué, cédula Nº 1-1689-0103. Se solicita la reposición del
título indicado por pérdida del título original. Se publica este edicto para
oír oposiciones a la reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a
partir de la tercera publicación en el Diario Oficial La Gaceta.—San
José, al primer día del mes de agosto del dos mil dieciocho.—Dr. Pablo Mena
Castillo, Director.—( IN2018271508 ).
Ante esta Dirección se ha
presentado la solicitud de reposición del Diploma de Conclusión de Estudios de
la Educación Diversificada “Rama Académica” Modalidad Ciencias y Letras,
inscrito en el tomo II, folio 75, asiento 14, título Nº 789, emitido por el
Colegio Madre del Divino Pastor, en el año mil novecientos ochenta y cuatro, a
nombre de Narváez Chaves Marianella, cédula Nº 1-0711-0410. Se solicita la
reposición del título indicado por pérdida del título original. Se publica este
edicto para oír oposiciones a la reposición solicitada dentro de los quince
días hábiles a partir de la tercera publicación en el Diario Oficial La
Gaceta.—San José, a los siete días del mes de agosto del dos mil
dieciocho.—Dr. Pablo Mena Castillo, Director.—( IN2018272351 ).
PUBLICACIÓN DE SEGUNDA VEZ
Ante esta Dirección se ha
presentado la solicitud de reposición del Título de Bachiller en Educación
Media, inscrito en el tomo 1, folio 17, título Nº 58, emitido por el Liceo
Aguas Claras, en el año dos mil dos, a nombre de Elizondo Mejías Jonathan,
cédula Nº 5-0350-0633. Se solicita la reposición del título indicado por
pérdida del título original. Se publica este edicto para oír oposiciones a la
reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la tercera
publicación en el Diario Oficial La Gaceta.—San José, a los trece días
del mes de agosto del dos mil dieciocho.—Dr. Pablo Mena Castillo, Director.—(
IN2018271594 ).
Ante esta Dirección se ha
presentado la solicitud de reposición del Título de Bachiller en Educación
Media, inscrito en el tomo 1, folio 300, título Nº 994, emitido por el Liceo
Édgar Cervantes Villalta, en el año dos mil cinco, a nombre de Agüero Otárola
María Isabel, cédula Nº 1-1326-0201. Se solicita la reposición del título
indicado por pérdida del título original. Se publica este edicto para oír
oposiciones a la reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a
partir de la tercera publicación en el Diario Oficial La Gaceta.—San
José, a los trece días del mes de agosto del dos mil dieciocho.—Dr. Pablo Mena
Castillo, Director.—( IN2018271603 ).
Ante esta Dirección se ha
presentado la solicitud de reposición del Título de Bachiller en Educación
Media, inscrito en el tomo 1, folio 10, título Nº 139, emitido por el Colegio
de San Luis Gonzaga, en el año mil novecientos ochenta y ocho, a nombre de
Sánchez Mata Juan Carlos, cédula Nº 1-0826-0591. Se solicita la reposición del
título indicado por deterioro del título original. Se publica este edicto para
oír oposiciones a la reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a
partir de la tercera publicación en el Diario Oficial La Gaceta.—San
José, a los siete días del mes de agosto del dos mil dieciocho.—MEd. Lilliam
Mora Aguilar, Directora.—( IN2018271615 ).
Ante esta Dirección se ha
presentado la solicitud de reposición del Título de Bachiller en Educación
Media, inscrito en el tomo 1, folio 141, título Nº 272, emitido por el Liceo
Potrero Grande, en el año dos mil diecisiete, a nombre de Lara Jiménez María
Yulissa, cédula Nº 1-1751-0032. Se solicita la reposición del título indicado
por pérdida del título original. Se publica este edicto para oír oposiciones a
la reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la
tercera publicación en el Diario Oficial La Gaceta.—San José, a los
trece días del mes de abril del dos mil dieciocho.—MEd. Lilliam Mora Aguilar,
Directora.—( IN2018271619 ).
Ante esta Dirección se ha
presentado la solicitud de reposición del Título de Bachiller en Educación
Media, inscrito en el tomo II, folio 23, título Nº 1089, emitido por el Liceo
San Carlos, en el año mil novecientos noventa y nueve, a nombre de Cordero
Hidalgo Cárol Tatiana, cédula Nº 2-0576-0294. Se solicita la reposición del
título indicado por pérdida del título original. Se publica este edicto para
oír oposiciones a la reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a
partir de la tercera publicación en el Diario Oficial La Gaceta.—San
José, a los trece días del mes de agosto del dos mil dieciocho.—Dr. Pablo Mena
Castillo, Director.—( IN2018271634 ).
Ante esta Dirección se ha
presentado la solicitud de reposición del Título de Bachiller en Educación
Media, inscrito en el tomo 2, folio 96, título Nº 587, emitido por el Colegio
Nocturno de Río Frío, en el año dos mil diez, a nombre Mena González José
Pablo, cédula Nº 1-1472-0909. Se solicita la reposición del título indicado por
pérdida del título original. Se publica este edicto para oír oposiciones a la
reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la tercera
publicación en el Diario Oficial La Gaceta.—San José, a los diecisiete
días del mes de agosto del dos mil dieciocho.—Dr. Pablo Mena Castillo,
Director.—( IN2018271702 ).
Ante esta Dirección se ha
presentado la solicitud de reposición del Título de Bachiller en Educación
Media, inscrito en el tomo 2, folio 10, título Nº 52, emitido por el Liceo
Nocturno Juan Santamaría, en el año dos mil doce, a nombre de Dawining Gómez
Geiner, cédula Nº 7-0154-0996. Se solicita la reposición del título indicado
por pérdida del título original. Se publica este edicto para oír oposiciones a
la reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la
tercera publicación en el Diario Oficial La Gaceta.—San José, el día
veintiuno del mes de setiembre del dos mil dieciséis.—MEd. Lilliam Mora
Aguilar, Directora.—( IN2018271790 ).
Ante esta Dirección se ha
presentado la solicitud de reposición del Título de Bachiller en Educación
Media, inscrito en el tomo 1, folio 15, título Nº 100, emitido por el Liceo de
San Pedro, en el año mil novecientos noventa y nueve, a nombre de Corrales Torres
Lilliam, cédula Nº 1-1158-0485. Se solicita la reposición del título indicado
por pérdida del título original. Se publica este edicto para oír oposiciones a
la reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la
tercera publicación en el Diario Oficial La Gaceta.—San José, a los tres
días del mes de agosto del dos mil dieciocho.—Dr. Pablo Mena Castillo,
Director.—( IN2018271869 ).
Ante esta Dirección se ha
presentado la solicitud de reposición del Título de Bachiller en Educación Media,
inscrito en el tomo 1, folio 2, asiento 13, emitido por el Colegio del Mundo
Unido Costa Rica, en el año dos mil dos, a nombre de Zamora Carvajal Yuliana,
cédula Nº 1-1236-0938. Se solicita la reposición del título indicado por
pérdida del título original. Se publica este edicto para oír oposiciones a la
reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la tercera
publicación en el Diario Oficial La Gaceta.—San José, a los seis días
del mes de agosto del dos mil dieciocho.—Dr. Pablo Mena Castillo, Director.—(
IN2018271968 ).
Ante esta Dirección se ha
presentado la solicitud de reposición del Título de Bachiller en Educación
Media, inscrito en el tomo 1, folio 109, título Nº 1713, emitido por el Colegio
Vocacional de Artes y Oficios de Cartago, en el año mil novecientos noventa y
nueve, a nombre de Valverde Quirós Alvin, cédula Nº 3-0370-0818. Se solicita la
reposición del título indicado por pérdida del título original. Se publica este
edicto para oír oposiciones a la reposición solicitada dentro de los quince
días hábiles a partir de la tercera publicación en el Diario Oficial La
Gaceta.—San José, al primer día del mes de agosto del dos mil
dieciocho.—Dr. Pablo Mena Castillo, Director.—( IN2018272009 ).
Ante esta Dirección se ha
presentado la solicitud de reposición del Título de Bachiller en Educación
Media, inscrito en el tomo 1, folio 66, título Nº 603, emitido por Colegio El
Rosario, en el año mil novecientos noventa y siete, a nombre de Abdelnour
Lorenzo Brenda, cédula Nº 1-1074-0929. Se solicita la reposición del título
indicado por pérdida del título original. Se publica este edicto para oír
oposiciones a la reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a
partir de la tercera publicación en el Diario Oficial La Gaceta.—San
José, a los ocho días del mes de agosto del dos mil dieciocho.—Dr. Pablo Mena
Castillo, Director.—( IN2018272156 ).
DEPARTAMENTO DE ORGANIZACIONES SOCIALES
PUBLICACIÓN DE PRIMERA VEZ
De conformidad con la
autorización extendida por la Dirección de Asuntos Laborales, se ha procedido a
la inscripción de la reforma que acordó introducir a su Estatuto Social de la
organización social denominada Federación Nacional de Trabajadores de la
Agroindustria y Afines, siglas: FENTRAG, acordada en asamblea celebrada el día
08 de diciembre de 2017. Expediente 944-SI. En cumplimiento con lo dispuesto en
el artículo 344 del Código de Trabajo y 49 de la Ley Orgánica del Ministerio de
Trabajo y Seguridad Social, se envía un extracto de la inscripción para su
publicación en el Diario Oficial La Gaceta. La reforma ha sido inscrita
en los libros de registro que al efecto lleva este Registro mediante tomo: 16,
folio: 280, asiento: 5036, del 13 de marzo de 2018. La reforma afecta los artículos
1, 2 y 5 del Estatuto. Con la reforma al artículo 1 varía el nombre y en lo
sucesivo se denominará Federación Nacional de Trabajadores de la Agroindustria,
Gastronomía, Hotelería y Afines, siglas FENTRAGH.—13 de marzo del 2018.—Licda.
Nuria Calvo Pachecho, Subjefa.—( IN2018267919 ).
DIRECCIÓN NACIONAL DE PENSIONES
En sesión celebrada en San José,
a las 9:00 horas del 19 de julio del 2018, se acordó conceder Pensión de
Gracia, mediante la resolución JNPTA-875-2018 a la señora Zaida Damaris Castro
Sam Lee, cédula de identidad 4-092-368, vecina de San José; por un monto de
ciento cuarenta y siete mil catorce colones con ochenta y seis céntimos
(¢147.014,86), con un rige a partir 1° de octubre del 2017. Constituye un gasto
fijo a cargo del Tesorero Nacional. El que se hay efectivo queda condicionado a
que exista el contenido presupuestario correspondiente.—Luis Paulino Mora
Lizano, Director Nacional de Pensiones.—1 vez.—( IN2018274034 ).
JUNTA ADMINISTRATIVA DEL REGISTRO NACIONAL
REGISTRO DE LA PROPIEDAD INDUSTRIAL
PUBLICACIÓN
DE TERCERA VEZ
Para
ver marcas con sus respectivas imágenes, ir a La Gaceta con formato PDF
María del Pilar López Quirós, divorciada,
cédula de identidad 10660601, en calidad de apoderada especial de Apple Inc.,
con domicilio en One Apple Park Way, Cupertino, California 95014, Estados
Unidos de América, solicita la inscripción de: I
como marca de fábrica y comercio en clase 9
internacional, para proteger y distinguir lo siguiente: en clase 9:
computadoras, hardware de cómputo, computadoras portátiles, computadoras tipo
tableta, aparatos e instrumentos de telecomunicación, teléfonos, teléfonos
móviles, teléfonos inteligentes, dispositivos de comunicación inalámbricos para
la transmisión de voz, datos, imágenes, audio, video y contenido multimedia,
aparatos de comunicación en red, dispositivos electrónicos digitales portátiles
capaces de proporcionar acceso a internet y para el envío, recepción y
almacenamiento de llamadas telefónicas, correo electrónico y otros datos
digitales, hardware de cómputo portátil, dispositivos electrónicos digitales
portátiles que pueden proporcionar acceso a internet, para enviar, recibir y
almacenar llamadas telefónicas, correo electrónico y otros datos digitales,
relojes inteligentes, lentes inteligentes, anillos inteligentes (dispositivos
electrónicos), rastreadores de actividad portátiles [dispositivos
electrónicos], pulseras conectadas [instrumentos de medida], lectores de libros
electrónicos, software de cómputo, software para ser usado en la revisión,
almacenamiento, organización y reproducción de contenido de audio y video,
software para su uso en la organización, transmisión, manipulación,
reproducción, procesamiento, transmisión, reproducción y revisión de audio,
video, imágenes y otro contenido multimedia en dispositivos electrónicos
digitales, software de desarrollo de aplicaciones, software de juegos de
computadora, contenido descargable de audio, video y multimedia pregrabado,
retransmisiones vía internet y redifusión multimedia descargables incluyendo
audio, video y otras transmisiones multimedia descargables en los campos de
música, televisión, cine, libros, noticias, conciertos, radio, deportes,
juegos, eventos culturales y programas educativos y relacionados con el
entretenimiento, archivos y grabaciones digitales descargables de audio, video
y multimedia incluyendo música, televisión, películas, libros, noticias,
conciertos, radio, deportes, juegos, eventos culturales y programas educativos
y relacionados con el entretenimiento, dispositivos periféricos de cómputo,
dispositivos periféricos para computadoras, teléfonos móviles, dispositivos
electrónicos móviles, dispositivos electrónicos portátiles, relojes
inteligentes, lentes inteligentes, auriculares, audífonos, televisores,
decodificadores y reproductores y grabadoras de audio y video, periféricos
portátiles para su uso con computadoras, teléfonos móviles, dispositivos
electrónicos móviles, relojes inteligentes, lentes inteligentes, anillos
inteligentes [dispositivos electrónicos], auriculares, audífonos, televisores,
decodificadores y reproductores y grabadoras de audio y video, aparatos de
identificación y autenticación biométricos, acelerómetros, altímetros, aparatos
de medición de distancia, aparatos para grabar datos de distancia, podómetros,
aparatos de medición de presión, aparatos indicadores de presión, monitores,
pantallas de visualización, pantallas de disposición frontal y auriculares para
su uso con computadoras, teléfonos inteligentes, dispositivos electrónicos
móviles, dispositivos electrónicos portátiles, relojes inteligentes, lentes
inteligentes, televisores, decodificadores y reproductores y grabadoras de
audio y video, pantallas de realidad virtual y aumentada, gafas protectoras,
controles y auriculares, anteojos 3D, lentes, lentes de sol, lentes, vidrio y cristales
ópticos, artículos ópticos, aparatos e instrumentos ópticos, cámaras, flashes
para cámaras, teclados, ratones de computadora, alfombrilla para ratones de
computadoras, impresoras, unidades de disco y discos duros, aparatos de
grabación y reproducción de sonido, reproductores y grabadoras de audio y video
digital, bocinas de audio, amplificadores y receptores de audio, aparatos de
audio para vehículos de motor, aparatos de grabación y reconocimiento de voz,
audífonos, auriculares, micrófonos, televisores, receptores de televisión y
monitores, decodificadores, radios, radiotransmisores y radiorreceptores,
interfaces para vehículos motorizados y dispositivos electrónicos, a saber,
paneles electrónicos de control, monitores, pantallas táctiles, controles
remotos, estaciones de carga de batería, conectores, switches (conmutadores) y
controles activados por voz, sistemas de posicionamiento global (dispositivos
GPS), instrumentos de navegación, instrumentos de navegación para vehículos
[computadoras a bordo del vehículo], controles remotos para controlar
computadoras, teléfonos móviles, dispositivos electrónicos móviles,
dispositivos electrónicos portátiles, relojes inteligentes, lentes
inteligentes, audífonos, auriculares, reproductores y grabadoras de audio y
video, televisores, decodificadores, bocinas, amplificadores, sistemas de cine
en casa y sistemas de entretenimiento, dispositivos portátiles para controlar
computadoras, teléfonos móviles, dispositivos electrónicos móviles, relojes
inteligentes, lentes inteligentes, audífonos, auriculares, reproductores y
grabadoras de audio y video, televisores, decodificadores, bocinas,
amplificadores, sistemas de cine en casa y sistemas de entretenimiento,
aparatos de almacenamiento de datos, chips de cómputo, baterías, cargadores de
batería, conectores eléctricos y electrónicos, acopladores, cables eléctricos,
cargadores, puertos (elementos de interfaz), replicadores de puertos y
adaptadores para su uso con computadoras, teléfonos móviles, computadoras
portátiles, periféricos de cómputo, teléfonos móviles, dispositivos
electrónicos móviles, dispositivos electrónicos portátiles, relojes
inteligentes, lentes inteligentes, auriculares, audífonos, reproductores y
grabadores de audio y video, televisores y decodificadores, pantallas táctiles
interactivas, interfaces para computadoras, pantallas de computadoras,
teléfonos móviles, dispositivos electrónicos móviles, dispositivos electrónicos
portátiles, relojes inteligentes, lentes inteligentes, televisores,
decodificadores y reproductores y grabadores de audio y video, láminas
protectoras adaptadas para pantallas de computadora, pantallas de teléfonos
móviles y de relojes inteligentes, partes y accesorios para computadoras,
periféricos de cómputo, teléfonos móviles, dispositivos electrónicos móviles,
dispositivos electrónicos portátiles, relojes inteligentes, lentes
inteligentes, audífonos, auriculares, reproductores y grabadoras de audio y
video, televisores y decodificadores, cubiertas, bolsas, fundas, estuches,
correas y cordones especialmente adaptados para computadoras, teléfonos
móviles, dispositivos electrónicos móviles, dispositivos electrónicos
portátiles, relojes inteligentes, lentes inteligentes, auriculares, audífonos,
decodificadores y reproductores y grabadores de audio y video, brazos
extensibles para autofotos (palos para selfies), cargadores de batería para
cigarrillos electrónicos, collares electrónicos para entrenar animales, agendas
electrónicas, aparatos para verificar el correo (scanner), cajas registradoras,
mecanismos para aparatos que funcionan con monedas, aparatos para dictado,
marcadores de dobladillos, aparatos para contar votos, etiquetas electrónicas
para productos, aparatos para seleccionar precios (scanner), aparatos de fax,
aparatos e instrumentos de pesaje, aparatos de medición, tablones de anuncios
electrónicos, aparatos de medición, obleas electrónicas hechas de silicio
(wafers), circuitos integrados, amplificadores, pantallas fluorescentes,
controles remotos, filamentos para la conducción de la luz (fibras ópticas),
instalaciones eléctricas para el control remoto de operaciones industriales,
aparatos electrónicos para controlar la iluminación, electrolizadores,
extintores, aparatos radiológicos para uso industrial, aparatos y dispositivos
de salvamento, silbatos de alarma, dibujos animados, ovoscopios, silbatos para
perros, imanes decorativos, vallas electrificadas, retardadores portátiles para
carros de control remoto. Reservas: se reservan los colores púrpura y blanco
fecha: 30 de julio de 2018. Se cita a terceros interesados en defender sus
derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses
siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto.
Presentada el 19 de julio del 2018. Solicitud N° 2018-0006560. A efectos de
publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley
7978.—San José, 30 de julio del 2018.—Johnny Rodríguez Garita, Registrador.—(
IN2018268315 ).
Ricardo José María Bonanno,
casado una vez, cédula de residencia N° 103200116715, en calidad de apoderado
generalísimo de Intercoorp Centroamericana Sociedad Anónima, cédula jurídica N°
3-101-751043, con domicilio en San José Hospital, de la Mc Donaldʼs, 150
metros este y 340 metros, San José, Costa Rica, solicita la inscripción de:
HIPOTE CASH
como marca de servicios en clase
36. Internacional. Para proteger y distinguir lo siguiente: servicios de
agencias de crédito, servicios de agencias de cobro de deudas, análisis
financiero, arrendamiento con opción de compra [leasing], asesoramiento sobre
deudas, servicios bancarios en línea, servicios de banco hipotecario, alquiler
de bienes inmuebles, servicios de caja de ahorros, servicios de caución, cobro
de alquileres, concesión de descuentos en establecimientos asociados de
terceros mediante una tarjeta de miembro, consultaría financiera, consultoría
sobre seguros, corretaje de seguros, corretaje de valores, servicios de
depósito en cajas de seguridad, depósito de valores, descuento de facturas [factoraje),
servicios de estimaciones fiscales, evaluación financiera [seguros, bancos,
bienes inmuebles], servicios fiduciarios, servicios de financiación, fondos
mutuos de inversión/constitución de capital, gestión financiera, gestión
financiera de pagos de reembolso para terceros, información financiera,
inversión de capital, inversión de fondos, patrocinio financiero, préstamos a
plazos/pagos en cuotas, prestamos (financiación], préstamos
prendarios/préstamos pignoraticios, prestamos con garantías, [financiación],
préstamos prendarios/préstamos pignoraticios, prestamos con garantías,
suministro de información financiera por sitios web, tasación de bienes
inmuebles/tasaciones inmobiliarias, transferencia electrónica de fondos. Se
cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante
este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la
primera publicación de este edicto. Presentada el 12 de junio del 2018.
Solicitud Nº 2018-0005149. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo
dispuesto en el artículo 85 de la Ley Nº 7978.—San José, 16 de julio del
2018.—Randall Abarca Aguilar, Registrador.—( IN2018270002 ).
Rafael Arturo Quirós Bustamante,
casado, cédula de identidad 105470445, en calidad de apoderado generalísimo de
Corporación de Viajes TAM S. A., con domicilio en Barrio los Yoses, del
Automercado, 300 metros sur, oficinas de Corporación de Viajes TAM S. A., San
José, Costa Rica, solicita la inscripción de: ROYAL EXPERIENCE By TAM Travel,
como marca de servicios en
clase: 35 internacional, para proteger y distinguir lo siguiente: publicidad,
gestión de negocios comerciales, administración comercial, trabajos de oficina.
Fecha: 8 de agosto de 2018. Se cita a terceros interesados en defender sus
derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses
siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto.
Presentada el 28 de mayo de 2018. Solicitud N° 2018-0004654. A efectos de
publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley
7978.—San José, 8 de agosto de 2018.—Milena Marín Jiménez, Registradora.—(
IN2018270012 ).
Rafael Arturo Quirós Bustamante,
casado, cédula de identidad N° 105470445, en calidad de apoderado generalísimo
de Corporación de Viajes Tam S. A., con domicilio en Barrio los Yoses, del
Automercado 300 metros sur, oficinas de Corporación de Viajes Tam S. A., San
José, Costa Rica, solicita la inscripción de: ROYAL EXPERIENCE By TAM Travel
como marca de servicios en clase
43 internacional, para proteger y distinguir lo siguiente: Servicios de
restauración (alimentación) hospedaje temporal y servicios de reserva de
alojamiento para viajeros prestados por agencias de viaje. Fecha: 08 de agosto
de 2018. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos
valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir
de la primera publicación de este edicto. Presentada el 28 de mayo de 2018.
Solicitud Nº 2018-0004655. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo
dispuesto en el artículo 85 de la Ley Nº 7978.—San José, 08 de agosto de
2018.—Milena Marín Jiménez, Registradora.—( IN2018270013 ).
Ricardo Alberto Rodríguez
Valderrama, casado, cédula de identidad N° 1-1378-0918, en calidad de apoderado
especial de Banlieue, Sociedad Anónima, de Capital Variable, con domicilio en
Mario PANI N° 200; Colonia Santa Fe, Cuajimalpa de Morelos, México, solicita la
inscripción de: GIANFRANCO DUNNA como marca de fábrica en clase 25. Internacional. Para proteger y
distinguir lo siguiente: prendas de vestir, calzado, artículos de sombrería.
Fecha: 08 de agosto de 2018. Se cita a terceros interesados en defender sus
derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses
siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto.
Presentada el 04 de junio del 2018. Solicitud N° 2018-0004860. A efectos de
publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley N°
7978.—San José, 08 de agosto del 2018.—Milena Marín Jiménez, Registradora.—(
IN2018270014 ).
Dehily Bonilla Calderón, casada,
cédula de identidad N° 5-0297-0667, en calidad de apoderado generalísimo de CYB
Trading Costa Rica S. A., cédula jurídica N° 3-101-504016, con domicilio en
Distrito Ulloa, Urbanización Nidia, casa 20C, Heredia, Costa Rica, solicita la
inscripción de: C&B,
como marca de comercio y
servicios en clases: 11 y 35 internacionales, para proteger y distinguir lo
siguiente: en clase 11: inodoros de loza sanitaria, pisos cerámicos, pisos
porcelanatos, grifería, artículos de acabados de construcción; en clase 35:
servicios de subcontratación (asistencia comercial), servicios de
subcontratación en el ámbito de las operaciones comerciales, servicios de
subcontratación que consisten en gestionar la adquisición de productos para terceros.
Reservas: se reservan los colores rojo azul y blanco. Fecha: 08 de agosto de
2018. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos
valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir
de la primera publicación de este edicto. Presentada el 06 de julio de 2018.
Solicitud N° 2018-0006100. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo
dispuesto en el artículo 85 de la Ley N° 7978.—San José, 08 de agosto de
2018.—Cesar Alfonso Rojas Zúñiga, Registrador.—( IN2018270045 ).
Ofelia Jiménez Hernández, cédula de identidad
105370679, en calidad de apoderada especial de Alimentos Kabuli Sociedad Civil,
cédula jurídica 3106744124 con domicilio en cantón Goicoechea, distrito
Guadalupe, del cruce a Moravia 300 metros al este y 150 metros al norte, San
José, Costa Rica, solicita la inscripción de: Garbanzínas
como marca de servicios en clases 35 y 45
internacional, para proteger y distinguir lo siguiente: en clase 35: Gestión de
negocios comerciales, administración comercial, publicidad; en clase 45:
Harinas no tradicionales. Se cita a terceros interesados en defender sus
derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses
siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto.
Presentada el 15 de marzo del 2018, solicitud Nº 2018-0002374. A efectos de
publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley Nº
7978.—San José, 28 de mayo del 2018.—Johnny Rodríguez Garita, Registrador.—(
IN2018270094 ).
Ofelia Jiménez Hernández,
divorciada una vez, cédula de identidad N° 105370679, en calidad de apoderada
especial de Alimento Kabuli Sociedad Civil con domicilio en Goicoechea,
Guadalupe, del cruce a Moravia 300 metros al este y 150 al norte, San José,
Costa Rica, solicita la inscripción de: Alimentos Kabuli, S.C. Harinas
Alternativas
como marca de fábrica y comercio
en clases 35 y 45 internacionales, para proteger y distinguir lo siguiente: en
clase 35: Gestión de negocios comerciales, administración comercial,
publicidad; en clase 45: Harinas no tradicionales. Fecha: 15 de mayo del 2018.
Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer
ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la
primera publicación de este edicto. Presentada el 15 de marzo del 2018.
Solicitud Nº 2018-0002375. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo
dispuesto en el artículo 85 de la Ley Nº 7978.—San José, 15 de mayo del
2018.—Johnny Rodríguez Garita, Registrador.—( IN2018270095 ).
Mónica Cirla Figueroa, casada 1v, cédula de
identidad 160400208108, con domicilio en San Rafael de Escazú, de la Compañía
de Fuerza y Luz, 50 metros al oeste (Restaurante Villa Rey), 300 metros (hasta
llegar al final), 125 metros este Apartamentos Dos Ríos a mano izquierda, San
José, Costa Rica, solicita la inscripción de: CAFÉ OLYMPIA
como nombre comercial. Para
proteger y distinguir lo siguiente: Un establecimiento comercial dedicado a:
Servicio de cafeterías y restaurantes Se ofrece variedades de cafés preparados,
repostería, panes y alimentos como paninis, ensaladas, parfaits, desayunos,
bebidas naturales, gasificadas y batidos, a la mesa o para llevar Venta de
productos empacados como mermeladas, café en grano o molido, cereales y
similares Ubicado en: San Rafael de Escazú, de la compañía de Fuerza y Luz 25
metros este, Centro Comercial Galería Escazú, Local N° 21. Reservas: De los
colores: Blanco y Negro. Fecha: 15 de mayo de 2018. Se cita a terceros
interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro,
dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación
de este edicto. Presentada el 7 de mayo del 2018. Solicitud N° 2018-0003899. A
efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la
Ley 7978.—San José, 15 de mayo del 2018.—Johnny Rodríguez Garita,
Registrador.—( IN2018270111 ).
Gabriela Ribera Guevara, casada
una vez, cédula de identidad 1-1067-0835, en calidad de apoderada generalísima
de Riguesa y Asociados Sociedad Anónima, cédula jurídica N° 3-101-477089, con
domicilio en Escazú, Guachipelín, contiguo a Plaza Mundo, San José, Costa Rica,
solicita la inscripción de: Prana RESPIREMEJOR.COM,
como marca de servicios en clase
44. Internacional. Para proteger y distinguir lo siguiente: prestar atención
médica, tratamientos, higiene, cuidados relacionados a la materia médica
respiratoria. Fecha: 06 de agosto de 2018. Se cita a terceros interesados en
defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos
meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto.
Presentada el 10 de julio de 2018. Solicitud N° 2018-0006172. A efectos de
publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley N°
7978.—San José, 06 de agosto de 2018.—Cesar Alfonso Rojas Zúñiga,
Registrador.—( IN2018270153 ).
Jorge Luis Arvelo Palma,
soltero, cédula de residencia 186200712706 con domicilio en Santa Ana Alto Las
Palomas contiguo a restaurante cebolla verde Apto Nº 5, San José, Costa Rica,
solicita la inscripción de: CINNADOL
como marca de fábrica y comercio
en clase 5 internacional. Para proteger y distinguir lo siguiente: Para un
ungüento mentolado de uso médico. Fecha: 07 de agosto de 2018. Se cita a
terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este
Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera
publicación de este edicto. Presentada el 12 de julio de 2018. Solicitud Nº 2018-0006264.
A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de
la Ley Nº 7978.—San José, 07 de agosto de 2018.—Alex Villegas Méndez,
Registrador.—( IN2018270169 ).
Katherine Aguilar Loría, casada
una vez, cédula de identidad N° 107650968, en calidad de apoderada especial de
Graf Depot S. A., cédula jurídica N° 3101423790 con domicilio en 200 este, 50
metros sur del Supermercado Perimercado, Vargas Araya, San Pedro, San José,
Costa Rica, solicita la inscripción de: eskolor Es confianza, es compromiso
como marca de fábrica y comercio
en clase 16 internacional, para proteger y distinguir lo siguiente: Productos
de imprenta, material de encuadernación, fotografías, artículos de papelería,
adhesivos (pegamentos) de papelería, material para artistas, pinceles, máquinas
de escribir y artículos de oficina (excepto muebles), materias plásticas para
embalar, caracteres de imprenta: clichés de imprenta. Fecha: 24 de julio del
2018. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos
valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir
de la primera publicación de este edicto. Presentada el 20 de junio del 2018.
Solicitud Nº 2018-0005524. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo
dispuesto en el artículo 85 de la Ley Nº 7978.—San José, 24 de julio del
2018.—Ildreth Araya Mesén, Registrador.—( IN2018270196 ).
Francisco Javier Castro Leitón, casado una vez,
cédula de identidad 602820461, en calidad de apoderado generalísimo de Castro
Inverciones Primero de Diciembre Sociedad Anónima con domicilio en Cerro Plano,
Monteverde, Hotel Cala Lodge, Puntarenas, Costa Rica, solicita la inscripción
de: CALA LODGE
como marca de servicios en clase 43
internacional, para proteger y distinguir lo siguiente: en clase 43: Servicios
de alojamiento temporal. Se cita a terceros interesados en defender sus
derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses
siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto.
Presentada el 14 de junio del 2018, solicitud Nº 2018-0005270. A efectos de
publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley Nº
7978.—San José, 17 de julio del 2018.—Milena Marín Jiménez, Registradora.—(
IN2018270205 ).
Fidel Alberto Quesada Madrigal,
casado una vez, cédula de identidad N° 105560976, en calidad de apoderado
generalísimo de Cooperativa de Ahorro y Crédito Alianza de Perez Zeledón R.L.,
con domicilio en 100 metros este del mercado municipal, San Isidro de El
General, Costa Rica, solicita la inscripción de: Buho Coopealianza La mejor
compra
como marca de servicios en
clase: 35. Internacional. Para proteger y distinguir lo siguiente: en clase 35:
venta de productos de línea blanca, artículos para el hogar, así como productos
tecnológicos. Fecha: 10 de agosto de 2018. Se cita a terceros interesados en
defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos
meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto.
Presentada el 02 de julio de 2018. Solicitud Nº 2018-0005905. A efectos de
publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley Nº
7978.—San José, 10 de agosto de 2018.—César Alfonso Rojas Zúñiga,
Registrador.—( IN2018270207 ).
Freddy Gabriel Abarca Rojas,
casado una vez, en calidad de apoderado generalísimo de Constructora Fabarpa S.
A., con domicilio en San Isidro de El General, Pérez Zeledón, concretamente en
Edificio Fabarpa, frente al Hotel Iguazú en Barrio Boston, San José, Costa
Rica, solicita la inscripción de: CONSTRUCTORA FABARPA
como marca de servicios en clase
37 internacional, para proteger y distinguir lo siguiente: en clase 37:
Servicios relacionados con la construcción de edificios, empresa especializada
en el campo de la construcción, pintura, fontanería, instalación de
calefacción, techado servicios anexos a la construcción, tales como inspección
y proyectos de construcción, servicio de alquiler de herramientas o materiales
de construcción. Fecha: 3 de agosto del 2018. Se cita a terceros interesados en
defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos
meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto.
Presentada el 2 de julio del 2018. Solicitud Nº 2018-0005906. A efectos de
publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley Nº
7978.—San José, 3 de agosto del 2018.—César Alfonso Rojas Zúñiga,
Registrador.—( IN2018270209 ).
María de La Cruz Villanea
Villegas, casada, cédula de identidad N° 109840695, en calidad de apoderado
especial de Cervecería Independiente SRL., con domicilio en Montes de Oca San
Pedro, segunda entrada a Los Yoses, en el Bufete GM Attorneys, frente a
Ceintec, San José, Costa Rica, solicita la inscripción de: SWELL PALE ALE,
como marca de fábrica y comercio en clase(s): 32 internacional(es), para
proteger y distinguir lo siguiente: en clase 32: cervecería tipo Pale Ale.
Fecha: 5 de junio del 2018. Se cita a terceros interesados en defender sus
derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses
siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada
el 1 de junio del 2018. Solicitud Nº 2018-0004836. A efectos de publicación,
téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley Nº 7978.—San José, 5
de junio del 2018.—Johnny Rodríguez Garita, Registrador.—( IN2018270210 ).
María de la Cruz Villanea Villegas, casada una
vez, cédula de identidad N° 109840695, en calidad de apoderada especial de
Cervecería Independiente SRL con domicilio en Montes de Oca, segunda entrada a
Los Yoses, en el Bufete GM Attorneys, frente a CEINTEC, San José, Costa Rica,
solicita la inscripción de: PUCKER SOUR como marca de fábrica y comercio
en clase 32 internacional, para proteger y distinguir lo siguiente: en clase
32: Cerveza. Fecha: 5 de junio del 2018. Se cita a terceros interesados en
defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos
meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto.
Presentada el 1 de junio del 2018. Solicitud Nº 2018-0004838. A efectos de
publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley Nº
7978.—San José, 5 de junio del 2018.—Johnny Rodríguez Garita, Registrador.—(
IN2018270211 ).
María de La Cruz Villanea
Villegas, casada, cédula de identidad Nº 109840695, en calidad de apoderada
especial de Cerveceria Independiente SRL., con domicilio en: Montes de Oca, San
Pedro, segunda entrada a Los Yoses en el Bufete GM Attorney’s frente a CEINTEC,
Costa Rica, solicita la inscripción de: KRAKEN IPA, como marca de
fábrica y comercio en clase 32 internacional, para proteger y distinguir lo
siguiente: cerveza tipo IPA. Fecha: 05 de junio de 2018. Se cita a terceros
interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro,
dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación
de este edicto. Presentada el 01 de junio del 2018. Solicitud N° 2018-0004837.
A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de
la Ley N° 7978.—San José, 05 de junio del 2018.—Johnny Rodríguez Garita,
Registrador.—( IN2018270212 ).
María de la Cruz Villanea Villegas, casada,
cédula de identidad N° 109840695, en calidad de apoderada especial de The Latin
America Trademark Corporation con domicilio en Edificio COMOSA, primer piso,
Avenida Samuel Lewis, Ciudad de Panamá, Panamá, solicita la inscripción de: EDIS
como marca de fábrica y comercio en clase 5 internacional, para proteger y
distinguir lo siguiente: Preparaciones farmacéuticas y veterinarias,
preparaciones higiénicas y sanitarias para uso médico, alimentos y sustancias
dietéticas para uso médico o veterinario, alimentos para bebés, complementos
alimenticios para personas y animales, emplastos, material para apósitos,
material para empastes e improntas dentales, desinfectantes, preparaciones para
eliminar animales dañinos, fungicidas, herbicidas. Fecha: 31 de mayo del 2018.
Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer
ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la
primera publicación de este edicto. Presentada el 29 de mayo del 2018.
Solicitud Nº 2018-0004692. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo
dispuesto en el artículo 85 de la Ley Nº 7978.—San José, 31 de mayo del
2018.—Alex Villegas Méndez, Registrador.—( IN2018270213 ).
María De La Cruz Villanea
Villegas, casada, cédula de identidad 109840695, en calidad de apoderada
especial de The Latin America Trademark Corporation con domicilio en Edificio
COMOSA, primer piso, Avenida Samuel Lewis, Ciudad de Panamá, Panamá, solicita
la inscripción de: TAXICLOS como marca de fábrica y comercio en clase: 5
Internacional para proteger y distinguir lo siguiente: Preparaciones
farmacéuticas y veterinarias, preparaciones higiénicas y sanitarias para uso
médico, alimentos y sustancias dietéticas para uso médico o veterinario, alimentos
para bebés, complementos alimenticios para personas y animales, emplastos,
material para apósitos, material para empastes e improntas dentales,
desinfectantes, preparaciones para eliminar animales dañinos, fungicidas,
herbicidas. Fecha: 31 de mayo de 2018. Se cita a terceros interesados en
defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos
meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto.
Presentada el 29 de mayo del 2018. Solicitud N° 2018-0004695. A efectos de
publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley
7978.—San José, 31 de mayo del 2018.—Alex Villegas Méndez, Registrador.—(
IN2018270214 ).
María De La Cruz Villanea
Villegas, casada, cédula de identidad 109840695, en calidad de apoderada
especial de The Latin America Trademark Corporation con domicilio en Edificio
COMOSA, primer piso, Avenida Samuel Lewis, Ciudad de Panamá, Panamá, solicita
la inscripción de: BRIETI como marca de fábrica y comercio en clase: 5 Internacional
para proteger y distinguir lo siguiente: Preparaciones farmacéuticas y
veterinarias, preparaciones higiénicas y sanitarias para uso médico, alimentos
y sustancias dietéticas para uso médico o veterinario, alimentos para bebés,
complementos alimenticios para personas y animales, emplastos, material para
apósitos, material para empastes e improntas dentales, desinfectantes,
preparaciones para eliminar animales dañinos, fungicidas, herbicidas. Fecha: 31
de mayo de 2018. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para
hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados
a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 29 de mayo del
2018. Solicitud N° 2018-0004694. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo
dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978.—San José, 31 de mayo del 2018.—Alex
Villegas Méndez.—( IN2018270215 ).
María De La Cruz Villanea
Villegas, casada, cédula de identidad 109840695, en calidad de apoderada
especial de The Latin America Trademark Corporation con domicilio en Edificio
COMOSA, primer piso, Avenida Samuel Lewis, Ciudad de panamá, Panamá, solicita
la inscripción de: INSAGOT como marca de fábrica y comercio en clase: 5
Internacional para proteger y distinguir lo siguiente: Preparaciones
farmacéuticas y veterinarias, preparaciones higiénicas y sanitarias para uso
médico, alimentos y sustancias dietéticas para uso médico o veterinario,
alimentos para bebés, complementos alimenticios para personas y animales,
emplastos, material para apósitos, material para empastes e improntas dentales,
desinfectantes, preparaciones para eliminar animales dañinos, fungicidas,
herbicidas. Fecha: 31 de mayo de 2018. Se cita a terceros interesados en
defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos
meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto.
Presentada el 29 de mayo del 2018. Solicitud N° 2018-0004693. A efectos de
publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978.—San
José, 31 de mayo del 2018.—Alex Villegas Méndez, Registrador.—( IN2018270216 ).
María De La Cruz Villanea
Villegas, casada, cédula de identidad 109840695, en calidad de apoderada
especial de Gran Fondo New York Inc., con domicilio en 1 Columbus Place #N27B,
New York, New York, United States of América, 10019, Estados Unidos de América,
solicita la inscripción de: GFNY como marca de fábrica y servicios en
clases 25 y 41 internacionales, para proteger y distinguir lo siguiente: en
clase 25: Prendas de vestir, a saber, camisetas de ciclismo, pantalones cortos
de ciclismo, gorras de ciclismo, calentadores de brazo de ciclismo, chaquetas
de ciclismo, chalecos de ciclismo, chaquetas de invierno de ciclismo, chaquetas
de viento para ciclismo, guantes de ciclismo, calcetines de ciclismo, sombreros
de tela microfibrosa que se pueden usar como bufanda, bandana, diadema, gorro,
mascarilla, forro del casco, pulsera, gorra, calcetines de la cubierta,
sombreros de béisbol, chalecos casuales, camisetas; en clase 41: Organizar,
concretar y conducir eventos ciclistas. Prioridad: Se otorga prioridad N°
87808014 de fecha 22/02/2018 de Estados Unidos de América. Fecha: 29 de mayo de
2018. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos
valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir
de la primera publicación de este edicto. Presentada el 23 de mayo del 2018.
Solicitud N° 2018-0004517. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo
dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978.—San José, 29 de mayo del
2018.—Ivonne Mora Ortega, Registradora.—( IN2018270217 ).
María De La Cruz Villanea
Villegas, casada, cédula de identidad 109840695, en calidad de apoderada
especial de Grupo Decoarte S. A. de C.V., con domicilio en 3era
Avenida Norte, N° 1620, Colonia Layco, San Salvador, El Salvador, solicita la
inscripción de: GRUPO DECO ARTE,
como marca de servicios en clase:
35 internacional, para proteger y distinguir lo siguiente: organización,
diseño, coordinación y celebración de eventos, exposiciones, ferias y
espectáculos con fines comerciales, de promoción y publicitarios, organización
de exposiciones y eventos con fines comerciales o publicitarios, organización y
realización de eventos promocionales, organización y coordinación de eventos de
marketing. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para
hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados
a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 15 de marzo de
2018. Solicitud N° 2018-0002340. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo
dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978.—San José, 1° de junio de 2018.—Randall
Abarca Aguilar, Registrador.—( IN2018270218 ).
María de la Cruz Villanea
Villegas, casada, cédula de identidad 109840695, en calidad de apoderada
especial de The Latin América Trademark Corporation, con domicilio en Edificio
Comosa, primer piso, avenida Samuel Lewis, ciudad de Panamá, Panamá, solicita
la inscripción de: LLENOS DE VIDA
como marca de fábrica y comercio
en clase 5 internacional, para proteger y distinguir lo siguiente: Suplementos
y probióticos para uso en gastroenterología. Se cita a terceros interesados en
defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos
meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto.
Presentada el 24 de mayo del 2018. Solicitud N° 2018-0004548. A efectos de
publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley
7978.—San José, 30 de mayo del 2018.—Randall Abarca Aguilar, Registrador.—(
IN2018270219 ).
Mark Beckford Douglas, casado
una vez, cédula de identidad número 108570192, en calidad de apoderado especial
de Gloria S. A., con domicilio en Avenida República de Panamá, 2461, Lima 13,
Perú, solicita la inscripción de: GLORIA
como marca de fábrica y comercio
en clase: 29. Internacional. Para proteger y distinguir lo siguiente: Carne;
extractos de carne; frutas y verduras, hortalizas y legumbres en conserva,
congeladas, secas y cocidas, jaleas, confituras, compotas; huevos: leche y
productos lácteos; aceites y grasas comestibles. Fecha: 22 de enero de 2018. Se
cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante
este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la
primera publicación de este edicto. Presentada el 09 de agosto de 2016.
Solicitud Nº 2016-0007603. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo
dispuesto en el artículo 85 de la Ley Nº 7978.—San José, 22 de enero de
2018.—Sabrina Loáiciga Pérez, Registradora.—( IN2018270251 ).
Mark Beckford Douglas, casado una vez, cédula
de identidad número 108570192, en calidad de apoderado especial de Gloria S. A.
con domicilio en Avenida República de Panamá 2461, Lima 13, Perú, solicita la
inscripción de: GLORIA
como marca de fábrica y comercio en clase 31
internacional, para proteger y distinguir lo siguiente: Productos agrícolas,
hortícolas, forestales y granos, no comprendidos en otras clases; frutas y
verduras, hortalizas y legumbres frescas; semillas, plantas y flores naturales;
malta. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos
valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir
de la primera publicación de este edicto. Presentada el 09 de agosto del 2016,
solicitud Nº 2016-0007601. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo
dispuesto en el artículo 85 de la Ley Nº 7978.—San José, 13 de febrero del
2018.—Sabrina Loáciga Pérez, Registradora.—( IN2018270252 ).
Mark Beckford Douglas, casado
una vez, cédula de identidad 108570192, en calidad de apoderada especial de
Gloria S. A., con domicilio en Avenida República de Panamá, 2461, Lima 13,
Perú, solicita la inscripción de: PUREZA como marca de fábrica y
comercio en clase 29 internacional, para proteger y distinguir lo siguiente: en
clase 29; pescado, carne de ave y carne de caza; extractos de carne; frutas y
verduras, hortalizas y legumbres en conserva, congeladas, secas y cocidas;
jaleas, confituras, compotas; huevos, leche y productos lácteos; aceites y
grasas comestibles. Fecha: 6 de marzo de 2018. Se cita a terceros interesados
en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los
dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este
edicto. Presentada el 14 de setiembre del 2017. Solicitud N° 2017-0009079. A
efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la
Ley 7978.—San José, 06 de marzo del 2018.—Bernard Molina Alvarado,
Registrador.—( IN2018270253 ).
Marvin Rodríguez Solórzano,
casado una vez, cédula de identidad 108290315, en calidad de apoderado
generalísimo de Café de Altura de San Ramón Especial Sociedad Anónima, cédula
jurídica 3101377316, con domicilio en San Ramón, Oficinas del Beneficio José
Valenciano Madrigal, un kilómetro y medio al este de la Bomba Chury, Alajuela,
Costa Rica, solicita la inscripción de: Café Tucán
como marca de servicios en
clase(s): 35. Internacional(es). Para proteger y distinguir lo siguiente:
Servicios de exportación y comercialización de café. Fecha: 7 de agosto de
2018. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos
valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir
de la primera publicación de este edicto. Presentada el 28 de junio del 2018.
Solicitud N° 2018-0005819. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo
dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978.—San José, 7 de agosto del
2018.—Ildreth Araya Mesén, Registradora.—( IN2018270451 ).
Adriana Isabel Jones Serrano, casada una vez,
cédula de identidad N° 701870944 con domicilio en San Rafael, Condominio
Terrazas del Norte, casa Nº 163, Alajuela, Costa Rica, solicita la inscripción
de: D & A Food lovers
como nombre comercial en clase internacional,
para proteger y distinguir lo siguiente: en clase 49: Un establecimiento
comercial dedicado a restaurante, ubicado 500 metros oeste de la Cruz Roja, San
Rafael de Alajuela. Fecha: 30 de julio del 2018. Se cita a terceros interesados
en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los
dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este
edicto. Presentada el 18 de julio del 2018. Solicitud Nº 2018-0006504. A
efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la
Ley Nº 7978.—San José, 30 de julio de 2018.—Katherine Jiménez Tenorio,
Registradora.—( IN2018270702 ).
Eduardo Chacón Zúñiga, soltero,
cédula de identidad 110940979 con domicilio en Porvenir, Desamparados; 75
metros sur, del Super Victoria, casa 12-34, San José, Costa Rica, solicita la
inscripción de: Sight of emptiness
como marca de servicios en clase
41 internacional para proteger y distinguir lo siguiente: servicios de
entretenimiento grupo musical. Fecha: 10 de agosto de 2018. Se cita a terceros
interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este registro,
dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación
de este edicto. Presentada el 01 de agosto del 2018. Solicitud N° 2018-0006955.
A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de
la ley 7978.—San José, 01 de agosto del 2018.—Wendy López Vindas,
Registrador.—( IN2018270742 ).
Jean Carlo Jiménez Céspedes,
casado una vez, cédula de identidad 112490615, en calidad de apoderado
generalísimo de GTECHNIQ Costa Rica Sociedad Anónima, cédula jurídica
3101758003con domicilio en San Carlos, La Tigra, El Futuro, de la entrada de
javillos un kilómetro; 200 metros sur, Alajuela, Costa Rica, solicita la
inscripción de: GTECHNIQ
como marca de fábrica en clase 4
internacional, para proteger y distinguir lo siguiente: en clase 4: aceites y
grasas para uso industrial, lubricantes productos para absorver, rociar y
acentar el polvo. Fecha: 10 de agosto de 2018. Se cita a terceros interesados
en defender sus derechos para hacerlos valer ante este registro, dentro de los
dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este
edicto. Presentada el 01 de agosto del 2018. Solicitud N° 2018-0006922. A
efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la
ley 7978.—San José, 10 de agosto del 2018.—Johnny Rodríguez Garita,
Registrador.—( IN2018270747 ).
Luis Fernando Rodríguez Méndez,
casado una vez, cédula de identidad N° 1-0482-0062, en calidad de apoderado
generalísimo de Bio Pharm Laboratories S. A., con domicilio en Quesada Durán;
150 mts. este, del Condominio Indiana, San José, Costa Rica, solicita la
inscripción de: Hexidin
como marca de fábrica y comercio
en clase 5. Internacional. Para proteger y distinguir lo siguiente: medicamento
jabón antibacterial. Fecha: 14 de agosto de 2018. Se cita a terceros
interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este registro, dentro
de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de
este edicto. Presentada el 26 de julio del 2018. Solicitud N° 2018-0006780. A
efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la
Ley N° 7978.—San José, 14 de agosto del 2018.—Alex Villegas Méndez,
Registrador.—( IN2018270767 ).
Grethel María Sánchez Fernández,
soltera, cédula de identidad 205320176 con domicilio en Grecia, Los Ángeles;
200 este, de Repuestos El Quijote, Costa Rica, solicita la inscripción de: SF
SanFer
como marca de comercio en clase:
25 Internacional para proteger y distinguir lo siguiente: prendas de vestir
para hombre y mujer. Fecha: 6 de agosto de 2018. Se cita a terceros interesados
en defender sus derechos para hacerlos valer ante este registro, dentro de los
dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este
edicto. Presentada el 27 de julio del 2018. Solicitud N° 2018-0006822. A
efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la
ley 7978.—San José, 6 de agosto del 2018.—Alex Villegas Méndez, Registrador.—(
IN2018270811 ).
Lucas Gutiérrez Pechemiel,
soltero, pasaporte aac234339, en calidad de apoderado generalísimo de LCT
Desarrollos Limitada, cédula jurídica 3102725602 con domicilio en Puntarenas
distrito Cóbano, Caserío Santa Teresa; 50 metros al sur, del Bar La Lora
Amarilla, Puntarenas, Costa Rica, solicita la inscripción de: SATORI SUSHI BAR
& ASIAN TAPAS
como marca de servicios en clase
43 internacional, para proteger y distinguir lo siguiente: servicio de
restaurante y bar. Fecha: 6 de agosto de 2018. Se cita a terceros interesados
en defender sus derechos para hacerlos valer ante este registro, dentro de los
dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este
edicto. Presentada el 24 de julio del 2018. Solicitud N° 2018-0006719. A
efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la
ley 7978.—San José, 06 de agosto del 2018.—Rolando Cardona Monge, Registrador.—(
IN2018270837 ).
Idania Lucía Chaves Villalobos,
casada una vez, cédula de identidad N° 1-1227-0352, con domicilio en San
Rafael, Ángeles Calle Monjas, Heredia, Costa Rica, solicita la inscripción de:
SWEET Temptations
como marca de fábrica y comercio
en clase 30. Internacional. Para proteger y distinguir lo siguiente: productos
de pastelería, postres, helados, salsas (condimentos) especias, postres,
gelatinas y especies, pan. Fecha: 10 de agosto de 2018. Se cita a terceros
interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este registro,
dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación
de este edicto. Presentada el 06 de agosto del 2018. Solicitud N° 2018-0007027.
A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de
la Ley N° 7978.—San José, 10 de agosto del 2018.—Alex Villegas Méndez,
Registrador.—( IN2018270877 ).
Andrea Gallegos Acuña, cédula de
identidad 1-1057-009, en calidad de apoderada especial de Laboratorios Ancla
Sociedad Anónima, cédula de identidad 3101004980 con domicilio en Barrio
México, 150 metros al norte de la iglesia, San José, Costa Rica, solicita la
inscripción de: VAINOL
como marca de fábrica y comercio
en clase: 32 Internacional para proteger y distinguir lo siguiente: esencias
para la preparación de bebidas, siropes para bebidas. Reservas: de los colores:
blanco, anaranjado y café. Fecha: 25 de junio de 2018. Se cita a terceros
interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este registro,
dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación
de este edicto. Presentada el 19 de junio del 2018. Solicitud N° 2018-0005453.
A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de
la ley 7978.—San José, 25 de junio del 2018.—Rolando Cardona Monge,
Registrador.—( IN2018270889 ).
Andrea Gallegos Acuña, cédula de
identidad N° 1-1057-0009, en calidad de apoderada especial de Laboratorios
Ancla Sociedad Anónima, cédula jurídica 3-101-004980, con domicilio en Barrio
México; 150 metros al norte, de la iglesia, San José, Costa Rica, solicita la
inscripción de: Vainol Ancla
como marca de fábrica y comercio
en clase 32. Internacional. Para proteger y distinguir lo siguiente: esencias
aromatizantes de vainilla para la preparación de bebidas y siropes. Reservas:
De los colores: blanco, café, anaranjado, amarillo. Fecha: 25 de junio de 2018.
Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer
ante este registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la
primera publicación de este edicto. Presentada el 19 de junio del 2018.
Solicitud N° 2018-0005455. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo
dispuesto en el artículo 85 de la Ley N° 7978.—San José, 25 de junio del
2018.—Rolando Cardona Monge, Registrador.—( IN2018270890 ).
Andrea gallegos acuña, cédula de
identidad 110570009, en calidad de apoderada especial de Laboratorios Ancla
Sociedad Anónima, cédula jurídica 3101004980, con domicilio en Barrio México;
150 metros al norte, de la iglesia, San José, Costa Rica, solicita la
inscripción de: Ancla
como marca de fábrica y comercio
en clase 3 Internacional para proteger y distinguir lo siguiente: en clase 3:
aromatizantes, aceites de tocador, bicarbonato de sodio para blanquear y
limpiar, tintes para cabello, productos cosméticos para el cuidado de la piel,
cremas cosméticas, productos para desmaquillar, jabones, lociones, perfumes.
Reservas: de los colores: blanco y azul. Fecha: 26 de junio de 2018. Se cita a
terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este
registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera
publicación de este edicto. Presentada el 19 de junio del 2018. Solicitud N°
2018-0005463. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el
artículo 85 de la ley 7978.—San José, 26 de junio del 2018.—Cesar Alfonso Rojas
Zúñiga, Registrador.—( IN2018270891 ).
Carolina Arguedas Mora,
divorciada, cédula de identidad 303320142, en calidad de apoderado especial de
Renta Unida de Costa Rica Sociedad Anónima, cédula jurídica 3101679262, con
domicilio en Barrio Dent, exactamente del INEC; 100 metros al sur, San José,
Costa Rica, solicita la inscripción de: RU RENTA UNIDA
como marca de servicios en clase
37 internacional para proteger y distinguir lo siguiente: en clase 37: alquiler
de herramientas y equipo de construcción. Reservas: de los colores: azul,
blanco, gris y rojo. Fecha: 18 de junio de 2018. Se cita a terceros interesados
en defender sus derechos para hacerlos valer ante este registro, dentro de los
dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este
edicto. Presentada el 08 de junio del 2018. Solicitud N° 2018-0005015. A
efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la
ley 7978.—San José, 18 de junio del 2018.—Cesar Alfonso Rojas Zúñiga,
Registrador.—( IN2018270905 ).
Carolina Arguedas Mora,
divorciada, cédula de identidad Nº 3-0332-0142, en calidad de apoderada
especial de Renta Unida de Costa Rica Sociedad Anónima, cédula jurídica Nº
3101679262, con domicilio en: Barrio Dent, exactamente del INEC 100 metros al
sur, San José, Costa Rica, solicita la inscripción de: RU RENTAUNIDA
como nombre comercial en clase
49. Internacional. Para proteger y distinguir lo siguiente: un establecimiento
comercial dedicado a servicios de construcción y actividades afines, ubicado en
la provincia de San José, Barrio Dent, exactamente del INEC 100 metros al sur.
Reservas: de los colores: azul, blanco, gris y rojo. Fecha: 18 de junio de
2018. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos
valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir
de la primera publicación de este edicto. Presentada el 08 de junio del 2018.
Solicitud N° 2018-0005016. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo
dispuesto en el artículo 85 de la Ley N° 7978.—San José, 18 de junio del
2018.—César Alfonso Rojas Zúñiga, Registrador.—( IN2018270906 ).
Katia Yazbecle Nassar,
divorciada una vez, cédula de identidad N° 2-0408-0591 con domicilio en
Curridabat, 50 este, 100 norte de la Popʼs, casa Nº 59, Costa Rica,
solicita la inscripción de: KATIKOLAR
como marca de comercio en clase:
14. Internacional. Para proteger y distinguir lo siguiente: metales preciosos y
aleaciones, artículos de joyería, piedras preciosas y semi preciosas, relojería
e instrumentos cronométricos. Fecha: 21 de junio de 2018. Se cita a terceros
interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro,
dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación
de este edicto. Presentada el 12 de abril de 2018. Solicitud Nº 2018-0003082. A
efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la
Ley Nº 7978.—San José, 21 de junio de 2018.—Rolando Cardona Monge,
Registrador.—( IN2018270908 ).
María Loriela Ureña Jiménez, casada una vez,
cédula de identidad N° 110320116, en calidad de apoderada generalísima de ACS
Asesoría Comercial S. A., cédula jurídica N° 3101548043 con domicilio en La
Garita, Residencial El Bosque, número 29 F, Alajuela, Costa Rica, solicita la
inscripción de: COSTA
como marca de fábrica y comercio en clases 32 y
33 internacionales, para proteger y distinguir lo siguiente: en clase 32:
Cervezas; en clase 33: Bebidas alcohólicas (excepto cervezas). Reservas: De los
colores: negro, naranja y celeste. Fecha: 14 de agosto del 2018. Se cita a
terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este
Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera
publicación de este edicto. Presentada el 25 de junio del 2018. Solicitud Nº
2018-0003554. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el
artículo 85 de la Ley Nº 7978.—San José, 14 de agosto del 2018.—Isela Chango
Trejos, Registradora.—( IN2018270911 ).
Daisy Elizondo Díaz, casada, cédula de
identidad 103660842con domicilio en Tarbaca, Aserrí, 50 sur La Tranca, Costa
Rica, solicita la inscripción de: CAFÉ Doña Daisy
como marca de fábrica en clase 30
internacional, para proteger y distinguir lo siguiente: en clase 30: Café. Se
cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante
este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la
primera publicación de este edicto. Presentada el 26 de julio del 2018,
solicitud Nº 2018-0006754. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo
dispuesto en el artículo 85 de la Ley Nº 7978.—San José, 9 de agosto del
2018.—Johnny Rodríguez Garita, Registrador.—( IN2018270929 ).
Karen Lissette Vargas Rojas, divorciada una
vez, cédula de identidad 112130231 con domicilio en Palmares, La Granja, en el
alto de La Granja, frente al Taller de Muebles José Ma. Valverde, portón de
madera, Alajuela, Costa Rica, solicita la inscripción de: Costa Natural un
pedacito de Costa Rica
como marca de fábrica en clase 5 internacional,
para proteger y distinguir lo siguiente: en clase 5: Champú, jabones y lociones
medicinales. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para
hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados
a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 14 de junio
del 2018, solicitud Nº 2018-0005308. A efectos de publicación, téngase en
cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley Nº 7978.—San José, 9 de agosto
del 2018.—Milena Marín Jiménez, Registradora.—( IN2018270935 ).
Jessica Salas Venegas, casada,
cédula de identidad 111210610, en calidad de apoderada especial de Alcames
Laboratorios Químicos de Centroamérica Sociedad Anónima, con domicilio en San
Sebastián, de las oficinas del Banco de Costa Rica, 200 metros al este,
Edificio Alcames, Costa Rica, solicita la inscripción de: Oralmed, como
marca de fábrica y comercio en clase: 5 internacional, para proteger y
distinguir lo siguiente: medicamentos y productos naturales e higiénicos para
uso humano y veterinario. Fecha: 11 de julio de 2018. Se cita a terceros
interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro,
dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación
de este edicto. Presentada el 3 de julio de 2018. Solicitud N° 2018-0005942. A
efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la
Ley 7978.—San José, 11 de julio de 2018.—Johnny Rodríguez Garita,
Registrador.—( IN2018270958 ).
María Lupita Quintero Nassar,
casada, cédula de identidad N° 108840675, en calidad de apoderado especial de
Merz Pharma GMBH & CO. KGAA, con domicilio en Eckenheimer Landstr, 100,
60318, Frankfurt AM Main, Alemania, solicita la inscripción de: Ebixa,
como marca de fábrica y comercio en clase 5 internacional, para proteger y
distinguir lo siguiente: en clase 5: preparaciones y sustancias farmacéuticas y
médicas, preparaciones y sustancias farmacéuticas para la prevención y el
tratamiento de trastornos y enfermedades en, generados por o actuando sobre el
sistema nervioso central, preparaciones y sustancias farmacéuticas que actúan
sobre el sistema nervioso central, preparaciones y sustancias farmacéuticas
para la prevención y el tratamiento de la enfermedad y trastorno de Alzheimer.
Fecha: 26 de julio del 2018. Se cita a terceros interesados en defender sus
derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes,
contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 19 de
julio del 2018. Solicitud Nº 2018-0006564. A efectos de publicación, téngase en
cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley Nº 7978.—San José, 26 de julio
del 2018.—Milena Marín Jiménez, Registradora.—( IN2018270960 ).
Jessica Salas Venegas, casada,
cédula de identidad N° 1-1221-0610, en calidad de apoderada especial de Deere
& Company con domicilio en One John Deere Place, Moline, Illinois 61265,
Estados Unidos de América, solicita la inscripción de:
como marca de fábrica y comercio
en clase 12. Internacional. Para proteger y distinguir lo siguiente Vehículos
para uso en la agricultura, la horticultura, el paisajismo y la silvicultura y
sus partes), aparatos de locomoción terrestre, aérea o acuática. Reservas: De
los colores: Verde y Amarillo. Fecha: 24 de julio de 2018. Se cita a terceros
interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro,
dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación
de este edicto. Presentada el 17 de julio de 2018. Solicitud Nº 2018-0006445. A
efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la
Ley Nº 7978.—San José, 24 de julio de 2018.—Alex Villegas Méndez,
Registrador.—( IN2018270961 ).
Jessica Salas Venegas, casada, cédula de
identidad N° 112210610, en calidad de apoderada especial de Deere & Company
con domicilio en One John Deere Place, Moline, Illinois 61265, Estados Unidos
de América, solicita la inscripción de:
como marca de fábrica y comercio en clases 7 y
12 internacionales, para proteger y distinguir lo siguiente: en clase 7:
Máquinas e implementos para uso en la agricultura, la horticultura, el
paisajismo y la silvicultura y sus partes; en clase 12: Vehículos para uso en
la agricultura, la horticultura, el paisajismo y la silvicultura y sus partes;
aparatos de locomoción terrestre, aérea o acuática. Reservas: De los colores:
verde y amarillo. Fecha: 24 de julio del 2018. Se cita a terceros interesados
en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los
dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este
edicto. Presentada el 17 de julio del 2018. Solicitud Nº 2018-0006446. A
efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la
Ley Nº 7978.—San José, 24 de julio del 2018.—Alex Villegas Méndez,
Registrador.—( IN2018270962 ).
Marianella Arias Chacón, cédula
de identidad Nº 106790960, en calidad de apoderado especial de ENEL S.p.A., con
domicilio en: Viale Regina Margherita 137, 00198 Roma, Italia, solicita la
inscripción de: enel Green Power
como marca de fábrica y
servicios en clases 9, 11, 37, 39 y 40 internacionales, para proteger y
distinguir lo siguiente: en clase 9: baterías de almacenamiento eléctrico;
baterías eléctricas para vehículos; adaptadores eléctricos; adaptadores de
potencia; cobertores/carcasas para aparatos eléctricos; analizadores de energía
eléctrica; aparatos para analizar gases; probadores de voltaje; aparatos
eléctricos de control; controladores de energía eléctrica; instrumentos de
control de caldera; aparatos de almacenamiento de electricidad; instrumentos de
medición de electricidad; aparatos de medición de energía térmica; aparatos de
control remoto; aparatos de control de seguridad [eléctricos]; aparatos de
telecomunicaciones de fibra óptica; aparatos de transmisión por cable abierto;
aparatos e instalaciones fotovoltaicos para generar electricidad solar;
aparatos e instrumentos para controlar la electricidad; aparatos e instrumentos
para transformar electricidad; aparatos e instrumentos para regular la
electricidad; aparatos e instrumentos para acumular electricidad; equipos y
accesorios de procesamiento de datos (eléctricos y mecánicos); aparatos
eléctricos de control remoto; aparato de regulación, eléctrico; dispositivos de
medición, eléctricos; aparato de control, eléctrico; aparatos fotovoltaicos
para convertir la radiación solar en energía eléctrica; computadoras para
lectura remota de contadores; aparatos eléctricos de red; aparato de control de
punto de entrada remoto; medidor de consumo de combustible; cargadores para
baterías eléctricas; aparato de detección de gas; aparatos, instrumentos y
cables para electricidad; equipo de redes informáticas y comunicaciones de
datos; medidor de aparatos de prueba; equipo de comunicaciones; instalaciones
de control (eléctricas); aplicaciones de software para computadora,
descargables; baterías eléctricas; baterías para vehículos eléctricos; baterías
recargables; baterías solares; bloques de distribución de energía eléctrica;
cargadores de batería eléctricos; cargadores de batería solar; tarjetas de
fidelidad codificadas; tarjetas inteligentes; cajas de ramificación
[electricidad]; cajas de distribución [electricidad]; cajas de interruptores
[electricidad]; cables de fibra óptica; cable de audio; cables coaxiales;
cables e hilos eléctricos; cables de Ethernet; cables ópticos; cables de
comunicaciones; cables de telecomunicaciones; celdas de referencia
fotovoltaicas calibradas; celdas eléctricas; celdas solares para la generación
de electricidad; celdas fotovoltaicas; circuitos eléctricos; acoplamientos
eléctricos; colectores, eléctricos; colectores de energía solar para la
generación de electricidad; componentes eléctricos y electrónicos;
condensadores eléctricos; conductos [electricidad]; conductores eléctricos;
medidores; medidores de agua; gasómetros; medidores de calefacción; medidores
de frecuencia; medidores electrónicos; convertidores, eléctricos; placas
eléctricas de conmutación; diodos eléctricos; controles remotos
multifuncionales; dispositivos de control de corriente eléctrica; controladores
eléctricos; aparato de encendido, eléctrico, para encender a distancia;
distribuidores de energía [eléctricos]; distribuidores eléctricos; fibras
ópticas no lineales; fibras ópticas que mantienen la polarización; filamentos
conductores de luz [fibras ópticas (fibras)]; cables eléctricos; fusibles;
empalmes eléctricos; conjuntos de interruptores eléctricos; fundas para cable
de fibra óptica; cuadro/panel de distribución [eléctrico]; instrumentos de
medición de electricidad; indicadores de pérdida eléctrica; inducidos/armaduras
[electricidad]; inductores [electricidad]; instalaciones fotovoltaicas para
generar electricidad [plantas de energía fotovoltaica]; cierra circuitos
eléctricos; inversores fotovoltaicos; inversores [electricidad]; reguladores de
voltaje; manuales de instrucciones en formato electrónico; voltímetros; módulos
solares fotovoltaicos; paquetes de software; paneles de interruptores
[eléctricos]; paneles de control [electricidad]; paneles de control para
conexión de electricidad; paneles solares para la producción de electricidad;
enchufes eléctricos; cables de extensión de energía eléctrica; publicaciones
electrónicas descargables en forma de revistas; tableros de contacto (eléctricos);
tableros de control eléctrico; tableros de conexión [eléctricos]; paneles de
control eléctricos; tableros de distribución [electricidad]; reactores
eléctricos; reguladores de voltaje para energía eléctrica; resistencias,
eléctricas; balastos para accesorios de alumbrado eléctrico; receptores de
fibra óptica; detectores de gas de combustión; detectores de voltaje;
detectores para medidores eléctricos; sensores de distancia; sensores de gas;
sensores electrónicos para medir la radiación solar; software; software de
aplicación para teléfonos, móviles; software para su uso en monitoreo remoto de
medidores; software para tabletas; enchufes eléctricos; estabilizadores de
tensión; terminales [electricidad; termostatos eléctricos; temporizadores
eléctricos; transformadores de tensión eléctrica; transmisores ópticos para uso
con cables de fibra óptica; unidades de controlador de energía eléctrica;
unidades de energía eléctrica; válvulas termoiónicas; obleas solares; diodos
emisores de luz[LED]; en clase 11: accesorios de iluminación eléctrica;
accesorios de regulación y seguridad para instalaciones de agua y gas;
acumuladores de calor; aparatos de iluminación para vehículos; instalaciones y
aparatos de ventilación [aire acondicionado]; aparatos e instalaciones de refrigeración;
aparatos eléctricos de calefacción; instalaciones de aire acondicionado;
quemadores, calderas y calentadores; calderas; calderas de gas; calderas, que
no sean partes de máquinas; calderas domésticas; calderas eléctricas; calderas
industriales; velas eléctricas; acondicionadores de aire para montaje en
ventana [para fines industriales]; aparatos de aire acondicionado; aparatos
eléctricos de calefacción; economizadores de combustible; evaporadores para
aires acondicionados; filtros de aire para unidades de aire acondicionado;
filtros para aire acondicionado; hornos de eliminación de desechos;
ventiladores [aire acondicionado]; instalaciones de alumbrado eléctrico;
instalaciones de calentamiento de agua caliente; instalaciones de calefacción
con energía solar; instalaciones de calefacción; instalaciones nucleares;
incineradores de eliminación de desechos; candelabros; lámparas con energía
solar; bombillas; bombillas eléctricas; bombillas LED; lámparas eléctricas;
colectores solares térmicos [calefacción]; bombas de calor; bomba de calor para
el procesamiento de energía; enchufes para luces eléctricas; radiadores,
eléctricos; reactores nucleares; calentadores para baños; calentadores de agua;
estufas [aparatos de calefacción]; antorchas con energía solar; reflectores de
bolsillo; tubos de descarga, eléctricos, para alumbrado; tubos de lámparas;
válvulas para aires acondicionados; ventiladores eléctricos; ventiladores
eólicos para uso industrial; ventiladores para aparatos de aire acondicionado;
en clase 37: aplicación de revestimiento a cables eléctricos; supresión de
interferencias en aparatos eléctricos; construcción de plantas de energía;
construcción de plantas de energía eólica; construcción de plantas de energía
nuclear; construcción de estructuras para el almacenamiento de gas natural;
construcción de estructuras para el transporte de gas natural; construcción de
estructuras para la producción de gas natural; construcción de reactores
nucleares; extracción de gas; extracción de aceite; suministro de información
relacionada con la reparación o el mantenimiento de generadores de energía;
suministro de información relacionada con la reparación o el mantenimiento de
electrodomésticos; suministro de información relacionada con la reparación o el
mantenimiento de aparatos de alumbrado eléctrico; suministro de información
relacionada con la reparación o el mantenimiento de centrales nucleares;
instalación de un aparato de compensación de potencia reactiva; instalación de
calderas; instalación de cables para acceso a Internet; instalación de celdas y
módulos fotovoltaicos; instalación de tuberías de gas y agua; instalación de
generadores de energía eléctrica; instalación de hardware y cables para acceso
a Internet; instalación de luz eléctrica y sistemas de energía; instalación de
sistemas de calefacción solar; instalación de unidades de potencia; instalación
de sistemas alimentados por energía solar; instalación de sistemas de tuberías
para la conducción de gases; instalación y mantenimiento de instalaciones
fotovoltaicas; instalación y mantenimiento de instalaciones solares térmicas;
construcción y mantenimiento de tuberías; instalación y reparación de
artefactos eléctricos; instalación y reparación de aparatos de aire
acondicionado; instalación de fontanería, gas y agua; mantenimiento de
electrodomésticos; mantenimiento de aparatos e instalaciones de generación de
energía; mantenimiento de aparatos de telecomunicaciones; mantenimiento y
reparación de redes de comunicación de datos; mantenimiento y reparación de
sistemas de comunicaciones; mantenimiento y reparación de instrumentos;
mantenimiento y reparación de turbinas de gas; mantenimiento, servicio y
reparación de aparatos e instalaciones de generación de energía; mantenimiento,
reparación y reacondicionamiento de aparatos e instalaciones fotovoltaicas;
colocación de cables; colocación de cables de tierra; tendido de cables de mar;
colocación y entierro de cable; renovación de cableado eléctrico; renovación,
reparación y mantenimiento de cableado eléctrico; reparación de aparatos e
instalaciones de generación de energía; reparación de equipos eléctricos e
instalaciones electrotécnicas; reparación de sistemas de suministro de gas;
reparación de plantas y máquinas de producción de energía; reparación de máquinas
de tratamiento de desechos industriales; reparación de máquinas y aparatos de
telecomunicación; servicio de emergencia de aparatos para el suministro de
electricidad; servicio de emergencia de aparatos de suministro de gas;
mantenimiento y reparación de aparatos de aire acondicionado; mantenimiento y
reparación de plantas de energía eólica; mantenimiento y reparación de
generadores de electricidad; mantenimiento y reparación de instalaciones
generadoras de energía; mantenimiento y reparación de instalaciones de gas y
electricidad; mantenimiento y reparación de redes, aparatos e instrumentos de
telecomunicaciones; mantenimiento y reparación de vehículos eléctricos;
reparación o mantenimiento de aparatos de alumbrado eléctrico; reparación o
mantenimiento de electrodomésticos; reparación o mantenimiento de calderas;
reparación o mantenimiento de máquinas y aparatos de compactación de residuos;
reparación o mantenimiento de máquinas y aparatos trituradores de desechos;
reparación o mantenimiento de calentadores de agua a gas; reparación de líneas
eléctricas; servicios de cableado eléctrico; servicios de asesoramiento
relacionados con la instalación de centrales eléctricas; servicios de unión de
cables submarinos; servicios de instalación eléctrica; servicios de recarga
para vehículos eléctricos; servicios de reparación de generadores eléctricos y
turbinas eólicas; servicio de reabastecimiento de gas natural para vehículos
automotores; eliminación de desechos [limpieza]; desmantelamiento de líneas
eléctricas; en clase 39: almacenamiento de electricidad; transmisión de
petróleo o gas a través de tuberías; almacenamiento de combustibles gaseosos;
distribución de electricidad a través de cables; distribución de energía para
calentar y enfriar edificios; suministro de gas [distribución]; suministro y
distribución de electricidad; suministro de información relacionada con la
distribución de electricidad; almacenamiento de gas; arrendamiento del uso de
líneas eléctricas a terceros para la transmisión de electricidad; servicios de
almacenamiento y transporte de basura, servicios de recolección y transporte de
desechos; servicios de consultoría relacionados con la distribución de
electricidad; servicios de almacenamiento de gas; distribución de gas;
servicios de información y asesoría en relación con la distribución de energía;
servicios de alquiler de vehículos automóviles; remoción [remoción y
transporte] de desechos; almacenamiento de energía y combustibles;
almacenamiento de gas natural licuado en buques; suministro de electricidad;
servicios de información y asesoría arancelaria; alquiler de aparatos de
refrigeración y en clase 40: consultoría relacionada con el reciclaje de
desechos y basura; consultoría relacionada con la destrucción de desechos y
basura; consultoría relacionada con la incineración de desechos y basura;
destrucción de basura; filtración de gases; suministro de información
relacionada con el reciclaje de residuos; generación de electricidad;
incineración de gases; arrendamiento de generadores de electricidad; alquiler
de equipos generadores de energía; alquiler de aparatos de aire acondicionado;
alquiler de equipos de generación de energía; alquiler de baterías; alquiler de
calderas; alquiler de generadores de corriente; alquiler de generadores de energía
a eléctrica; alquiler de generadores de electricidad; alquiler de instalaciones
de calefacción; alquiler de transformadores eléctricos; generación de
electricidad a partir de energía eólica; producción de energía; producción de
energía eléctrica a partir de fuentes renovables; producción de energía
hidroeléctrica; producción de energía por plantas de energía; producción de
energía por plantas de energía nuclear; generación de gas y electricidad;
purificación de gases; refinación de gas; recuperación de hidrocarburos del
gas; reciclaje de gases aislantes de refrigeradores; reciclaje y tratamiento de
desechos; servicios de compresión de gas; servicios de consultoría relacionados
con la generación de energía eléctrica; refinación de gas; servicios de procesamiento
de gas, incluido el procesamiento de gas natural y la producción de gas natural
licuado; tratamiento de pozo de gas. Fecha: 14 de febrero de 2018. Se cita a
terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este
Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera
publicación de este edicto. Presentada el 08 de febrero Marianella Arias
Chacón, cédula de identidad Nº 106790960, en calidad de apoderado especial de
ENEL S.p.A., con domicilio en: Viale Regina Margherita 137, 00198 Roma, Italia,
solicita la inscripción de: enel Green Power INSERTAR IMAGEN como marca de
fábrica y servicios en clases: 9, 11, 37, 39 y 40 internacionales, para
proteger y distinguir lo siguiente: en clase 9: baterías de almacenamiento
eléctrico; baterías eléctricas para vehículos; adaptadores eléctricos;
adaptadores de potencia; cobertores/carcasas para aparatos eléctricos;
analizadores de energía eléctrica; aparatos para analizar gases; probadores de
voltaje; aparatos eléctricos de control; controladores de energía eléctrica;
instrumentos de control de caldera; aparatos de almacenamiento de electricidad;
instrumentos de medición de electricidad; aparatos de medición de energía
térmica; aparatos de control remoto; aparatos de control de seguridad
[eléctricos]; aparatos de telecomunicaciones de fibra óptica; aparatos de
transmisión por cable abierto; aparatos e instalaciones fotovoltaicos para
generar electricidad solar; aparatos e instrumentos para controlar la
electricidad; aparatos e instrumentos para transformar electricidad; aparatos e
instrumentos para regular la electricidad; aparatos e instrumentos para
acumular electricidad; equipos y accesorios de procesamiento de datos
(eléctricos y mecánicos); aparatos eléctricos de control remoto; aparato de
regulación, eléctrico; dispositivos de medición, eléctricos; aparato de
control, eléctrico; aparatos fotovoltaicos para convertir la radiación solar en
energía eléctrica; computadoras para lectura remota de contadores; aparatos
eléctricos de red; aparato de control de punto de entrada remoto; medidor de
consumo de combustible; cargadores para baterías eléctricas; aparato de
detección de gas; aparatos, instrumentos y cables para electricidad; equipo de
redes informáticas y comunicaciones de datos; medidor de aparatos de prueba;
equipo de comunicaciones; instalaciones de control (eléctricas); aplicaciones
de software para computadora, descargables; baterías eléctricas; baterías para
vehículos eléctricos; baterías recargables; baterías solares; bloques de
distribución de energía eléctrica; cargadores de batería eléctricos; cargadores
de batería solar; tarjetas de fidelidad codificadas; tarjetas inteligentes;
cajas de ramificación [electricidad]; cajas de distribución [electricidad];
cajas de interruptores [electricidad]; cables de fibra óptica; cable de audio;
cables coaxiales; cables e hilos eléctricos; cables de Ethernet; cables
ópticos; cables de comunicaciones; cables de telecomunicaciones; celdas de
referencia fotovoltaicas calibradas; celdas eléctricas; celdas solares para la
generación de electricidad; celdas fotovoltaicas; circuitos eléctricos;
acoplamientos eléctricos; colectores, eléctricos; colectores de energía solar
para la generación de electricidad; componentes eléctricos y electrónicos;
condensadores eléctricos; conductos [electricidad]; conductores eléctricos;
medidores; medidores de agua; gasómetros; medidores de calefacción; medidores
de frecuencia; medidores electrónicos; convertidores, eléctricos; placas
eléctricas de conmutación; diodos eléctricos; controles remotos
multifuncionales; dispositivos de control de corriente eléctrica; controladores
eléctricos; aparato de encendido, eléctrico, para encender a distancia;
distribuidores de energía [eléctricos]; distribuidores eléctricos; fibras
ópticas no lineales; fibras ópticas que mantienen la polarización; filamentos
conductores de luz [fibras ópticas (fibras)]; cables eléctricos; fusibles;
empalmes eléctricos; conjuntos de interruptores eléctricos; fundas para cable
de fibra óptica; cuadro/panel de distribución [eléctrico]; instrumentos de
medición de electricidad; indicadores de pérdida eléctrica; inducidos/armaduras
[electricidad]; inductores [electricidad]; instalaciones fotovoltaicas para
generar electricidad [plantas de energía fotovoltaica]; cierra circuitos
eléctricos; inversores fotovoltaicos; inversores [electricidad]; reguladores de
voltaje; manuales de instrucciones en formato electrónico; voltímetros; módulos
solares fotovoltaicos; paquetes de software; paneles de interruptores
[eléctricos]; paneles de control [electricidad]; paneles de control para
conexión de electricidad; paneles solares para la producción de electricidad;
enchufes eléctricos; cables de extensión de energía eléctrica; publicaciones
electrónicas descargables en forma de revistas; tableros de contacto
(eléctricos); tableros de control eléctrico; tableros de conexión [eléctricos];
paneles de control eléctricos; tableros de distribución [electricidad];
reactores eléctricos; reguladores de voltaje para energía eléctrica;
resistencias, eléctricas; balastos para accesorios de alumbrado eléctrico;
receptores de fibra óptica; detectores de gas de combustión; detectores de
voltaje; detectores para medidores eléctricos; sensores de distancia; sensores
de gas; sensores electrónicos para medir la radiación solar; software; software
de aplicación para teléfonos, móviles; software para su uso en monitoreo remoto
de medidores; software para tabletas; enchufes eléctricos; estabilizadores de
tensión; terminales [electricidad; termostatos eléctricos; temporizadores
eléctricos; transformadores de tensión eléctrica; transmisores ópticos para uso
con cables de fibra óptica; unidades de controlador de energía eléctrica;
unidades de energía eléctrica; válvulas termoiónicas; obleas solares; diodos
emisores de luz[LED]; en clase 11: accesorios de iluminación eléctrica;
accesorios de regulación y seguridad para instalaciones de agua y gas;
acumuladores de calor; aparatos de iluminación para vehículos; instalaciones y
aparatos de ventilación [aire acondicionado]; aparatos e instalaciones de
refrigeración; aparatos eléctricos de calefacción; instalaciones de aire
acondicionado; quemadores, calderas y calentadores; calderas; calderas de gas;
calderas, que no sean partes de máquinas; calderas domésticas; calderas
eléctricas; calderas industriales; velas eléctricas; acondicionadores de aire
para montaje en ventana [para fines industriales]; aparatos de aire
acondicionado; aparatos eléctricos de calefacción; economizadores de
combustible; evaporadores para aires acondicionados; filtros de aire para
unidades de aire acondicionado; filtros para aire acondicionado; hornos de
eliminación de desechos; ventiladores [aire acondicionado]; instalaciones de
alumbrado eléctrico; instalaciones de calentamiento de agua caliente;
instalaciones de calefacción con energía solar; instalaciones de calefacción;
instalaciones nucleares; incineradores de eliminación de desechos; candelabros;
lámparas con energía solar; bombillas; bombillas eléctricas; bombillas LED;
lámparas eléctricas; colectores solares térmicos [calefacción]; bombas de
calor; bomba de calor para el procesamiento de energía; enchufes para luces
eléctricas; radiadores, eléctricos; reactores nucleares; calentadores para
baños; calentadores de agua; estufas [aparatos de calefacción]; antorchas con
energía solar; reflectores de bolsillo; tubos de descarga, eléctricos, para
alumbrado; tubos de lámparas; válvulas para aires acondicionados; ventiladores
eléctricos; ventiladores eólicos para uso industrial; ventiladores para
aparatos de aire acondicionado; en clase 37: aplicación de revestimiento a
cables eléctricos; supresión de interferencias en aparatos eléctricos;
construcción de plantas de energía; construcción de plantas de energía eólica;
construcción de plantas de energía nuclear; construcción de estructuras para el
almacenamiento de gas natural; construcción de estructuras para el transporte
de gas natural; construcción de estructuras para la producción de gas natural;
construcción de reactores nucleares; extracción de gas; extracción de aceite;
suministro de información relacionada con la reparación o el mantenimiento de
generadores de energía; suministro de información relacionada con la reparación
o el mantenimiento de electrodomésticos; suministro de información relacionada
con la reparación o el mantenimiento de aparatos de alumbrado eléctrico;
suministro de información relacionada con la reparación o el mantenimiento de
centrales nucleares; instalación de un aparato de compensación de potencia reactiva;
instalación de calderas; instalación de cables para acceso a Internet;
instalación de celdas y módulos fotovoltaicos; instalación de tuberías de gas y
agua; instalación de generadores de energía eléctrica; instalación de hardware
y cables para acceso a Internet; instalación de luz eléctrica y sistemas de
energía; instalación de sistemas de calefacción solar; instalación de unidades
de potencia; instalación de sistemas alimentados por energía solar; instalación
de sistemas de tuberías para la conducción de gases; instalación y
mantenimiento de instalaciones fotovoltaicas; instalación y mantenimiento de
instalaciones solares térmicas; construcción y mantenimiento de tuberías;
instalación y reparación de artefactos eléctricos; instalación y reparación de
aparatos de aire acondicionado; instalación de fontanería, gas y agua;
mantenimiento de electrodomésticos; mantenimiento de aparatos e instalaciones
de generación de energía; mantenimiento de aparatos de telecomunicaciones;
mantenimiento y reparación de redes de comunicación de datos; mantenimiento y
reparación de sistemas de comunicaciones; mantenimiento y reparación de
instrumentos; mantenimiento y reparación de turbinas de gas; mantenimiento,
servicio y reparación de aparatos e instalaciones de generación de energía;
mantenimiento, reparación y reacondicionamiento de aparatos e instalaciones
fotovoltaicas; colocación de cables; colocación de cables de tierra; tendido de
cables de mar; colocación y entierro de cable; renovación de cableado
eléctrico; renovación, reparación y mantenimiento de cableado eléctrico;
reparación de aparatos e instalaciones de generación de energía; reparación de
equipos eléctricos e instalaciones electrotécnicas; reparación de sistemas de
suministro de gas; reparación de plantas y máquinas de producción de energía;
reparación de máquinas de tratamiento de desechos industriales; reparación de
máquinas y aparatos de telecomunicación; servicio de emergencia de aparatos
para el suministro de electricidad; servicio de emergencia de aparatos de
suministro de gas; mantenimiento y reparación de aparatos de aire
acondicionado; mantenimiento y reparación de plantas de energía eólica;
mantenimiento y reparación de generadores de electricidad; mantenimiento y
reparación de instalaciones generadoras de energía; mantenimiento y reparación
de instalaciones de gas y electricidad; mantenimiento y reparación de redes,
aparatos e instrumentos de telecomunicaciones; mantenimiento y reparación de
vehículos eléctricos; reparación o mantenimiento de aparatos de alumbrado
eléctrico; reparación o mantenimiento de electrodomésticos; reparación o
mantenimiento de calderas; reparación o mantenimiento de máquinas y aparatos de
compactación de residuos; reparación o mantenimiento de máquinas y aparatos
trituradores de desechos; reparación o mantenimiento de calentadores de agua a
gas; reparación de líneas eléctricas; servicios de cableado eléctrico;
servicios de asesoramiento relacionados con la instalación de centrales
eléctricas; servicios de unión de cables submarinos; servicios de instalación
eléctrica; servicios de recarga para vehículos eléctricos; servicios de
reparación de generadores eléctricos y turbinas eólicas; servicio de
reabastecimiento de gas natural para vehículos automotores; eliminación de desechos
[limpieza]; desmantelamiento de líneas eléctricas; en clase 39: almacenamiento
de electricidad; transmisión de petróleo o gas a través de tuberías;
almacenamiento de combustibles gaseosos; distribución de electricidad a través
de cables; distribución de energía para calentar y enfriar edificios;
suministro de gas [distribución]; suministro y distribución de electricidad;
suministro de información relacionada con la distribución de electricidad;
almacenamiento de gas; arrendamiento del uso de líneas eléctricas a terceros
para la transmisión de electricidad; servicios de almacenamiento y transporte
de basura, servicios de recolección y transporte de desechos; servicios de
consultoría relacionados con la distribución de electricidad; servicios de
almacenamiento de gas; distribución de gas; servicios de información y asesoría
en relación con la distribución de energía; servicios de alquiler de vehículos
automóviles; remoción [remoción y transporte] de desechos; almacenamiento de
energía y combustibles; almacenamiento de gas natural licuado en buques;
suministro de electricidad; servicios de información y asesoría arancelaria;
alquiler de aparatos de refrigeración y en clase 40: consultoría relacionada
con el reciclaje de desechos y basura; consultoría relacionada con la
destrucción de desechos y basura; consultoría relacionada con la incineración
de desechos y basura; destrucción de basura; filtración de gases; suministro de
información relacionada con el reciclaje de residuos; generación de
electricidad; incineración de gases; arrendamiento de generadores de
electricidad; alquiler de equipos generadores de energía; alquiler de aparatos
de aire acondicionado; alquiler de equipos de generación de energía; alquiler
de baterías; alquiler de calderas; alquiler de generadores de corriente;
alquiler de generadores de energía a eléctrica; alquiler de generadores de
electricidad; alquiler de instalaciones de calefacción; alquiler de
transformadores eléctricos; generación de electricidad a partir de energía
eólica; producción de energía; producción de energía eléctrica a partir de
fuentes renovables; producción de energía hidroeléctrica; producción de energía
por plantas de energía; producción de energía por plantas de energía nuclear;
generación de gas y electricidad; purificación de gases; refinación de gas;
recuperación de hidrocarburos del gas; reciclaje de gases aislantes de
refrigeradores; reciclaje y tratamiento de desechos; servicios de compresión de
gas; servicios de consultoría relacionados con la generación de energía
eléctrica; refinación de gas; servicios de procesamiento de gas, incluido el
procesamiento de gas natural y la producción de gas natural licuado;
tratamiento de pozo de gas. Fecha: 14 de febrero de 2018. Se cita a terceros
interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro,
dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación
de este edicto. Presentada el 08 de febrero del 2018. Solicitud N°
2018-0001050. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el
artículo 85 de la Ley N° 7978.—San José, 14 de febrero del 2018.—Rolando
Cardona Monge, Registrador.—( IN2018270970 ).
Elissa Madeline Stoffels
Ughetta, divorciada, cédula de identidad 800930991, en calidad de apoderada
especial de Entorno Limpio S. A., cédula jurídica 3101601078, con domicilio en
Goicoechea, Purral de Guadalupe, Residencial La Rivera, casa 17-C, San José,
Costa Rica, solicita la inscripción de: ENTORNO LIMPIO S. A. Un Entorno
agradable para usted,
como marca de servicios en
clases: 31; 37; 39 y 44 internacionales, para proteger y distinguir lo
siguiente: en clase 31: producción de plantas; en clase 37: mantenimiento de
zonas verdes y fincas y limpieza de terrenos; en clase 39: recolección de
basura; en clase 44: servicios de jardinería, paisajismo, siembra. Reservas: de
los colores: verde y amarillo. Fecha: 10 de agosto de 2018. Se cita a terceros
interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro,
dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación
de este edicto. Presentada el 12 de julio de 2018. Solicitud N° 2018-0006289. A
efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la
Ley 7978.—San José, 10 de agosto de 2018.—Wendy López Vindas, Registradora.—(
IN2018270978 ).
Edgar Gerardo Mora Romero,
casado una vez, cédula de identidad N° 502940965, en calidad de apoderado
generalísimo de Dayara Confort Sociedad de Responsabilidad Limitada, cédula
jurídica N° 3102663188, con domicilio en Liberia, Barrio Nazareth, 50 metros
sur de la Iglesia Betel, Guanacaste, Costa Rica, solicita la inscripción de:
Dayara “Elegancia & Confort.., a tu alcance”
como nombre comercial en clase:
Internacional. Para proteger y distinguir lo siguiente: en clase 49: Un
establecimiento comercial dedicado a venta de calzado, ubicado en Costa Rica,
Guanacaste, Liberia, Del Pulmitan de Liberia 100 metros este, edificio
esquinero, planta baja. Reservas: De los colores: azul, celeste, blanco, gris,
morado, verde, rosado Fecha: 08 de agosto de 2018. Se cita a terceros
interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro,
dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación
de este edicto. Presentada el 14 de mayo de 2018. Solicitud Nº 2018-0004132. A
efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la
Ley Nº 7978.—San José, 08 de agosto de 2018.—Milena Marín Jiménez,
Registradora.—( IN2018271024 ).
Jilma Judith Joseph Haynes,
casada una vez, cédula de identidad Nº 800600817, en calidad de apoderada
generalísima de Inversiones Joseph & Brooks S. A., cédula jurídica Nº
3101293391, con domicilio en: Oficentro Colonial, costado sureste del Invu, San
José, Costa Rica, solicita la inscripción de: Sunshine Caribe
como nombre comercial en clase
internacional, para proteger y distinguir lo siguiente: un establecimiento
comercial dedicado a hotel, cabinas, ubicado en Puerto Viejo de Limón, 200
oeste y 75 sur del Banco Nacional de CR. Fecha: 06 de agosto de 2018. Se cita a
terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este
Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera
publicación de este edicto. Presentada el 26 de julio del 2018. Solicitud N°
2018-0006781. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el
artículo 85 de la Ley N° 7978.—San José, 06 de agosto del 2018.—Alex Villegas
Méndez, Registrador.—( IN2018271031 ).
Fausto Isael Murillo Jara,
soltero, cédula de identidad 206640856con domicilio en Barrio la Agonía, calle
11, Avs. 2 y 4, 100 sur de Carnicería la Confianza, Alajuela, Costa Rica,
solicita la inscripción de: VOLATUS,
como marca de fábrica comercio
en clase: 25 internacional, para proteger y distinguir lo siguiente: ropa
deportiva hombre y mujer, camisetas, pantalonetas, medias, jacket, pantalonetas
de baño, trajes de baño, gorras, vinchas, pantalones, pantalonetas cortas.
Fecha: 10 de julio de 2018. Se cita a terceros interesados en defender sus
derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses
siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto.
Presentada el 26 de junio de 2018. Solicitud N° 2018-0005726. A efectos de
publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley
7978.—San José, 10 de julio de 2018.—Grettel Solís Fernández, Registradora.—(
IN2018271046 ).
Ana Luisa Montero Cordero, casada
una vez, cédula de identidad N° 111160291, en calidad de apoderada generalísima
de Comercializadora Heybaby Sociedad Anónima, cédula jurídica N° 3101759321,
con domicilio en San Juan, de Walmart 2 kilómetros al norte, Condominio
Hacienda Sacramento casa 28 A, Cartago, Costa Rica, solicita la inscripción de:
HEY BABY!
como marca de servicios en clase
35 internacional, para proteger y distinguir lo siguiente: Venta de prendas de
vestir para bebé, calzado para bebé, artículos de sombrerería para bebé,
juguetes para bebé; jabones para bebé, productos de perfumería (colonias de
bebé), aceites esenciales para bebés, lociones capilares (shampoo y
acondicionador) para bebés, lociones corporales para bebés, los accesorios para
cunas de bebé como colchones, sonnieres, almohadas y almohadones, ropa de cama
como sabanas, cobertores y edredones, cunas, encierros, cambiadores, mecedoras,
y coches para bebé, chupones, chupetas, beberitos; para los consumidores puedan
verlos y adquirirlos con comodidad, los servicios de venta serán prestados por
catálogos venta digital o por medios de comunicación electrónicos, como sitios
web, Facebook o Instagram. Reservas: De los colores: verde claro, rojo, coral y
turquesa. Fecha: 13 de agosto de 2018. Se cita a terceros interesados en
defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos
meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto.
Presentada el 01 de junio de 2018. Solicitud Nº 2018-0004835. A efectos de
publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley Nº
7978.—San José, 13 de agosto de 2018.—Ildreth Arya Mesén, Registradora.—(
IN2018271052 ).
Juan Carlos Bonilla Portocarrero, divorciado
una vez, cédula de identidad 109320473, en calidad de apoderado especial de
Kross Elegance Group Costa Rica Sociedad Anónima con domicilio en Escazú,
Guachipelín, calle Mango, Oficentro Atica, oficina LCG, San José, Costa Rica,
solicita la inscripción de: KROSS GAMING
como marca de comercio en clase 28
internacional, para proteger y distinguir lo siguiente: Aparatos de
videojuegos, los cuales se detallan en mouse, teclados, joystick (palanca de
mano para videojuegos), headset (auricular para videojuegos), volante de
control para videojuegos. Se cita a terceros interesados en defender sus
derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses
siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto.
Presentada el 24 de julio del 2018, solicitud Nº 2018-0006709. A efectos de
publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley Nº
7978.—San José, 03 de agosto del 2018.—Johnny Rodríguez Garita, Registrador.—(
IN2018271056 ).
Luis Paulino González Oviedo, soltero,
cédula de identidad N° 111830830 y Karla Ramírez Jiménez, soltera, cédula de
identidad N° 112980227, con domicilio en San Sabastián Calle 10, 250 metros al
sur de la Panadería Yadira, San José, Costa Rica y San Sabastián Calle 10, 250
metros al sur de la Panadería Yadira, San José, Costa Rica, solicita la
inscripción de: NOPAIN NUMBING,
como marca de fábrica y comercio
en clase(s): 5 internacional(es) para proteger y distinguir lo siguiente: en
clase 5: gel de uso tópico para contrarrestar los efectos de la confección de
tatuajes en la piel. Fecha: 13 de agosto del 2018. Se cita a terceros
interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro,
dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación
de este edicto. Presentada el 3 de agosto de 2018. Solicitud Nº 2018-0006993. A
efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la
Ley Nº 7978.—San José, 13 de agosto del 2018.—Grettel Solís Fernández,
Registradora.—( IN2018271063 ).
Álvaro Martín Morales Fallas, divorciado una
vez, cédula de identidad N° 106380167 con domicilio en El Carmen de Guadalupe,
Residencial La Pradera, casa 7A, Costa Rica, solicita la inscripción de: Nanofusión
como marca de fábrica y comercio en clase 3 internacional, para proteger y
distinguir lo siguiente: en clase 3: Tratamiento capilar y alisante con’
nanotecnología. Fecha: 17 de julio del 2018. Se cita a terceros interesados en
defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos
meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto.
Presentada el 15 de mayo del 2018. Solicitud Nº 2018-0004227. A efectos de
publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley Nº
7978.—San José, 17 de julio del 2018.—Ivonne Mora Ortega, Registradora.—(
IN2018271073 ).
Maja Jaqueline Frederike Jiménez
Cerdas, divorciada una vez, cédula de residencia 127600260304, con domicilio en
Quepos, La Managua, Residencial Llanuras del Palmar, casa número 18,
Puntarenas, Costa Rica, solicita la inscripción de: MajaKaffee
como marca de comercio en clase:
30. Internacional. Para proteger y distinguir lo siguiente: Café en grano de
oro, café tostado, café en grano entero y café molido. Fecha: 09 de marzo de
2018. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos
valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir
de la primera publicación de este edicto. Presentada el 28 de febrero de 2018.
Solicitud Nº 2018-0001719. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo
dispuesto en el artículo 85 de la Ley Nº 7978.—San José, 09 de marzo de
2018.—Alex Villegas Méndez, Registrador.—( IN2018271107 ).
Nathalie Simone Suzanne Jouault,
soltera, cédula de residencia 125000049607, con domicilio en Guisaro, Hacienda
Atenas, lote 51, Ave. Paraíso, Atenas, 4013, Alajuela, Costa Rica, solicita la
inscripción de: Boah!,
como marca de fábrica y comercio
en clase: 30 internacional, para proteger y distinguir lo siguiente: café, té,
cacao y sucedáneos del café, arroz, tapioca y sagú, harinas y preparaciones a
base de cereales, pan, productos de pastelería y confitería, helados, azúcar,
miel, jarabe de melaza, levadura, polvos de hornear, sal, mostaza, vinagre,
salsas (condimentos), especias, hielo. Fecha: 16 de agosto de 2018. Se cita a
terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este
Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera
publicación de este edicto. Presentada el 24 de abril de 2018. Solicitud N°
2018-0003478. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el
artículo 85 de la Ley 7978.—San José, 16 de agosto de 2018.—Ivonne Mora Ortega,
Registradora.—( IN2018271136 ).
Juan Félix Bolaños Castro,
casado una vez, cédula de identidad Nº 204400746, en calidad de apoderado
generalísimo de Casa Bohemia Limitada, cédula jurídica Nº 3-102-441355, con
domicilio en: Grecia, 400 metros al oeste del Balneario Tropical, Alajuela,
Costa Rica, solicita la inscripción de: CASA BOHEMIA, como marca de
comercio y servicios en clases 35, 36, 41 y 43 Internacionales. Para proteger y
distinguir lo siguiente: en clase 35: venta y comercialización de pinturas; en
clase 36: negocios inmobiliarios, alquiler, venta y administración de
propiedades; en clase 41: organización de eventos recreativos, servicios de
entretenimiento, actividades deportivas y culturales y en clase 43: servicios de
hospedaje temporal. Fecha: 17 de julio de 2018. Se cita a terceros interesados
en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los
dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este
edicto. Presentada el 03 de mayo del 2018. Solicitud N° 2018-0003793. A efectos
de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley N°
7978.—San José, 17 de julio del 2018.—Ildreth Araya Mesén, Registradora.—(
IN2018271153 ).
Álvaro Eduardo Chaves Herrera,
divorciado, cédula de identidad 107750203, en calidad de apoderado generalísimo
de Frescura Food Costa Rica Sociedad Anónima, cédula jurídica N° 3101741177,
con domicilio en San Carlos, Aguas Zarcas, Los Chiles, Cabinas Piedra Luna,
apartamento número 18, Alajuela, Costa Rica, solicita la inscripción de: F
& F by FRESCURA FOOD Forever Fresh
como marca de comercio en
clases: 29 y 31. Internacionales. Para proteger y distinguir lo siguiente: en
clase 29: Piña congelada, yuca congelada y coco congelado; en clase 31:
Productos frescos, ayote, chayote, gengibre, ñame, yampi (papa china), chamol
(ñampí), tiquisque lila, tiquisque blanco, yuca y piña. Reservas: Se hace
reserva de los colores: azul claro, amarillo, blanco y verde limón. Fecha: 07
de agosto de 2018. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para
hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados
a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 20 de junio de
2018. Solicitud Nº 2018-0005514. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo
dispuesto en el artículo 85 de la Ley Nº 7978.—San José, 07 de agosto de
2018.—Ildreth Araya Mesén, Registrador.—( IN2018271164 ).
Marco Antonio Hernández
Ballestero, casado, cédula de identidad N° 302040522, en calidad de apoderado
generalísimo de Transacciones Ferreteras de Costa Rica Sociedad Anónima, cédula
jurídica N° 3-101-068701, con domicilio en Pavas del Liceo de Pavas 300 metros
oeste y 300 metros norte mano izq. Edificio Transfesa, San José, Costa Rica,
solicita la inscripción de: TRANSFESA SOMOS LOS MEJORES EN SERVICIO,
como nombre comercial, para
proteger y distinguir lo siguiente: un establecimiento comercial dedicado a
venta de abrasivos, discos, lijas, piedra, productos de jardinería y
agricultura, accesorios, aspersores, mangueras, bazar, cuchillería, cajas para
herramientas, camping y accesorios como cilindros y cocinas, gatas hidráulicas,
rieles, teclas y rodines, cedazos y mallas, cerrajería y accesorios, fifineria
y tubería, grifería, fregaderos, lozas sanitarias, filtros para agua,
herramientas, herrajes, carpintería, eléctricos, soldaduras, tuercas,
tornillos, equipos electrices, productos de acero, ubicado en Heredia, San
Isidro, Santa Elena , 200 metros norte de Filtros JSM, por la calle lateral
ruta 32. Reservas: de los colores: azul, verde y blanco. Fecha: 07 de agosto
del 2018. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos
valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir
de la primera publicación de este edicto. Presentada el 29 de junio del 2018.
Solicitud Nº 2018-0005849. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo
dispuesto en el artículo 85 de la Ley Nº 7978.—San José, 07 de agosto del
2018.—Ildreth Araya Mesen, Registradora.—( IN2018271216 ).
Marco Antonio Hernández Ballestero, casado,
cédula de identidad 3-0204-0522, en calidad de apoderado generalísimo de
Transacciones Ferreteras de Costa Rica Sociedad Anónima, cédula jurídica
3-101-068701, con domicilio en Pavas, del Liceo de Pavas, 300 metros oeste y
300 metros norte mano izquierda edificio Transfesa, San José, Costa Rica,
solicita la inscripción de: TRANSFESA SOMOS LOS MEJORES EN SERVICIO
como marca de servicios en clases 35 y 37
internacionales. Para proteger y distinguir lo siguiente: publicidad, gestión
de negocios comerciales, administración comercial, trabajos de oficina; en
clase 37: Servicios de construcción, servicios de reparación, servicios de
instalación. Reservas: De los colores: azul, verde limón y blanco. Se cita a
terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este
Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera
publicación de este edicto. Presentada el 29 de junio del 2018, solicitud Nº 2018-0005850.
A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de
la Ley Nº 7978.—San José, 07 de agosto del 2018.—Ildreth Araya Mesén,
Registradora.—( IN2018271217 ).
Gabriel Clare Facio, casado,
cédula de identidad 112090212, en calidad de apoderado especial de Las Palmas
de Verano Sociedad Anónima, cédula jurídica 3101499545con domicilio en San
Rafael de Escazú, Centro Corporativo Plaza Roble, edificio El Patio, tercer
piso, San José, Costa Rica, solicita la inscripción de: PURA VISTA ECO
VILLAS como marca de servicios en clase: 43. Internacional. Para proteger y
distinguir lo siguiente: en clase 43: Protegiendo específicamente servicios de
reserva de alojamiento para viajeros, servicios de alojamiento, albergue y
abastecimiento de comida en hoteles, pensiones u otros establecimientos que
proporcionen hospedaje temporal. Fecha: 01 de agosto de 2018. Se cita a
terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este
Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera
publicación de este edicto. Presentada el 15 de junio de 2018. Solicitud Nº
2018-0005342. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el
artículo 85 de la Ley Nº 7978.—San José, 01 de agosto de 2018.—Jamie Phillips
Guardado, Registrador.—( IN2018271228 ).
Luis Esteban Hernández Brenes,
casado, cédula de identidad 401550803, en calidad de apoderado especial de
Qianjiang-Keeway (Európa) Ipari És Kereskedelmi Zártkörüen Müködö
Részvénytársaság, con domicilio en 2000 Szentendre, Közúzó U.8, Hungría,
solicita la inscripción de: KEEWAY, como marca de fábrica y servicios en
clases: 12 y 35 internacionales, para proteger y distinguir lo siguiente: en
clase 12: vehículos; aparatos de locomoción terrestre, aérea o acuática; en
clase 35: publicidad; gestión de negocios comerciales; administración
comercial; trabajos de oficina. Fecha: 18 de julio de 2018. Se cita a terceros
interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro,
dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación
de este edicto. Presentada el 17 de mayo de 2017. Solicitud N° 2017-0004578. A
efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la
Ley 7978.—San José, 18 de julio de 2018.—Ildreth Araya Mesen, Registradora.—(
IN2018271240 ).
Luis Esteban Hernández Brenes,
casado, cédula de identidad 401550803, en calidad de apoderado especial de King
Tony Tools Co. Ltd., con domicilio en N°. 66, Alley 65, LN. 270, Sec. 2, Xinan
RD. Taichung County, 414, Taiwán, Provincia de China, solicita la inscripción
de: KING TONY,
como marca de fábrica y comercio
en clase: 7 internacional, para proteger y distinguir lo siguiente: máquinas
herramientas, incluyendo herramientas neumáticas, enchufes de impacto, llaves
inglesas de impacto, destornilladores de impacto, destornilladores neumáticos,
llaves inglesas neumáticas, enchufes para herramientas manuales neumáticas,
enchufes para llaves inglesas manuales, taladros neumáticos, herramientas
eléctricas manuales, taladros eléctricos, llaves inglesas eléctricas, enchufes
para llaves inglesas eléctricas, taladros eléctricos, destornilladores
neumáticos, herramientas y aparatos electrotérmicos, soldadores de gas, hierros
de soldadura a gas, aparatos de soldadura eléctrica. Fecha: 26 de junio de
2018. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos
valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir
de la primera publicación de este edicto. Presentada el 20 de junio de 2018. A
efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la
Ley 7978.—San José, 26 de junio de 2018.—Rolando Cardona Monge, Registrador.—(
IN2018271241 ).
María Eugenia Mata Chavarría,
divirciada, cédula de identidad 106290639, en calidad de apoderada generalísima
de Instituto Sobre Alcoholismo y Farmacodependencia, cédula de identidad
3007045737 con domicilio en San Pedro de Montes de Oca de la Escuela Roosvelt,
300 este y 100 sur La Granja, San José, Costa Rica, solicita la inscripción de:
PLANETA V VALIENTE
como marca de servicios en
clase(s): 38. Internacional(es). Para proteger y distinguir lo siguiente: Una
marca dedicada a telecomunicaciones. Fecha: 6 de agosto de 2018. Se cita a
terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este
Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera
publicación de este edicto. Presentada el 26 de julio del 2018. Solicitud N°
2018-0006731. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el
artículo 85 de la Ley 7978.—San José, 6 de agosto del 2018.—Isela Chango
Trejos, Registradora.—( IN2018271297 ).
María Eugenia Mata Chavarría,
divorciada, cédula de identidad 106290639, en calidad de apoderada generalísima
de Instituto Sobre Alcoholismo y Farmacodependencia, cédula de identidad N°
3007045737 con domicilio en San Pedro de Montes de Oca de la Escuela Roosvelt,
300 este y 100 sur La Granja, San José, Costa Rica, solicita la inscripción de:
PLANETA V VALIENTE
como marca de servicios en
clase: 41. Internacional. Para proteger y distinguir lo siguiente: en clase 41:
Educación, formación y esparcimiento. Fecha: 06 de agosto de 2018. Se cita a
terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este
Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera
publicación de este edicto. Presentada el 26 de julio de 2018. Solicitud Nº
2018-0006732. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el
artículo 85 de la Ley Nº 7978.—San José, 06 de agosto de 2018.—Isela Chango
Trejos, Registradora.—( IN2018271298 ).
Carlos Roberto Solís Rodríguez, soltero, cédula
de identidad N° 206410167, con domicilio en Buenos Aires, Palmares 400 metros
norte y 150 este de la Bizcochera Palmareña, Costa Rica, solicita la
inscripción de: ALMENDRA como nombre comercial en clase internacional,
para proteger y distinguir lo siguiente: En clase 49: Un establecimiento
comercial dedicado a venta de zapatos, zapatos deportivos, pantuflas, galochas
(overshoes), zapatos de tacón bajo, zapatos tacón alto, zapatos de cuero,
zapatos de goma, zapatos de vestir, zapatos de charol, zapatos para la playa,
plantillas para el calzado, botas para la lluvia, botas de cuero, sandalias
para playa, sandalias con tacón, ubicado en San Ramón de Alajuela 150 metros al
norte del Perimercados. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos
para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes,
contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 9 de
julio del 2018. Solicitud Nº 2018-0006132. A efectos de publicación, téngase en
cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley Nº 7978.—San José, 6 de agosto
del 2018.—Randall Abarca Aguilar, Registrador.—( IN2018271300 ).
Luz Adriana Ortiz Ortega, casada, cédula de
identidad N° 801000094, en calidad de apoderada generalísima de Grupo Mapa
Beauty Paris Ltda, cédula jurídica N° 3102738464 con domicilio en San Vicente,
Moravia, del Club La Guaria, 150 m oeste, San José, Costa Rica, solicita la
inscripción de: PRO-TECHS
como marca de fábrica y comercio en clase 3 internacional, para proteger y distinguir
lo siguiente: Productos de perfumería, aceites, cosméticos, lociones capilares,
shampoo, acondicionadores, cremas para el cabello, geles, tintes color (tinte
para coloración del cabello). Fecha: 14 de agosto del 2018. Se cita a terceros
interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro,
dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación
de este edicto. Presentada el 17 de julio del 2018. Solicitud Nº 2018-0006447.
A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de
la Ley Nº 7978.—San José, 14 de agosto del 2018.—Alex Villegas Méndez,
Registrador.—( IN2018271325 )
Maricela Villalobos Arce, soltera, cédula de
identidad N° 207030047, en calidad de apoderada generalísima de 3-101-763176
Sociedad Anónima, cédula jurídica N° 3101763176 con domicilio en Naranjo
Centro, costado norte del Mercado Municipal, Alajuela, Costa Rica, solicita la
inscripción de: ALANI SWIMWEAR
como marca de fábrica comercio en clase 25
internacional, para proteger y distinguir lo siguiente: Trajes de baño. Fecha:
24 de julio del 2018. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos
para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes,
contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 18 de
julio del 2018. Solicitud Nº 2018-0006503. A efectos de publicación, téngase en
cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley Nº 7978.—San José, 24 de julio
del 2018.—Alex Villegas Méndez, Registrador.—( IN2018271339 ).
Carlos Arturo Koschny Alpízar,
casado una vez, cédula de identidad N° 205220405, con domicilio en San Carlos,
Aguas Zarcas, 800 metros este y 350 metros norte del Banco Nacional, Alajuela,
Costa Rica, solicita la inscripción de: KOSCHNY K-NINO, como marca de
fábrica en clase(s): 31 internacional(es), para proteger y distinguir lo
siguiente: en clase 31: alimento para animales. Se cita a terceros interesados
en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los
dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este
edicto. Presentada el 7 de agosto del 2018. Solicitud Nº 2018-0006544. A
efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la
Ley Nº 7978.—San José, 13 de agosto del 2018.— Randall Abarca Aguilar,
Registrador.—( IN2018271367 ).
Carlos Andrés Vargas Jiménez, soltero, cédula
de identidad N° 1-1462-0148 y Giancarlo Caamaño Rivera, soltero, cédula de
identidad N° 1-1460-0384, en calidad de apoderados especiales de Mueblería Diez
SRL, cédula jurídica N° 3102729569, con domicilio en Tibás, San Juan, del
Scotiabank 30 metros al oeste en Studio Mueblería, San José, Costa Rica,
solicita la inscripción de: studio MUEBLERÍA
como nombre comercial en clase internacional,
para proteger y distinguir lo siguiente: en clase 49: Un establecimiento
comercial dedicado a fabricación, venta y distribución de mubles en general
para el hogar y oficina, ubicado en San José, Tibas, San Juan de la bomba Uno
100 metros oeste. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para
hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados
a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 07 de agosto
del 2018. Solicitud Nº 2018-0007065. A efectos de publicación, téngase en
cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley Nº 7978.—San José, 13 de agosto
del 2018.—Randall Abarca Aguilar, Registrador.—( IN2018271376 ).
Carlos Andrés Vargas Jiménez, soltero, cédula
de identidad N° 1-1462-0148 y Giancarlo Caamaño Rivera, soltero, cédula de
identidad N° 1-1460-0384, en calidad de apoderados especiales de Mueblería Diez
SRL, cédula jurídica N° 3102729569, con domicilio en Tibás, San Juan, del
Scotiabank 30 metros al oeste en Studio Mueblería, San José, Costa Rica,
solicita la inscripción de: studio MUEBLERÍA PREMIUN
como nombre comercial en clase internacional,
para proteger y distinguir lo siguiente: En clase 49: Un establecimiento
comercial dedicado a la venta y distribución, fabricación de muebles en general
para el hogar y oficina, ubicado en San José, Tibás, San Juan de la Bomba Uno
100 metros oeste. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para
hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados
a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 07 de agosto del
2018. Solicitud Nº 2018-0007066. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo
dispuesto en el artículo 85 de la Ley Nº 7978.—San José, 13 de agosto del
2018.—Randall Abarca Aguilar, Registrador.—( IN2018271377 ).
PUBLICACIÓN DE SEGUNDA VEZ
Marianella Arias Chacón, cédula de identidad
106790960, en calidad de apoderado especial de Whirlpool México, S. de R. L. de
C.V., con domicilio en Antiqua carretera a Roma km. 9 Col. el Milagro, Apodaca
Nuevo León 66634, México, solicita la inscripción de: ACROS como marca
de fábrica y comercio en clase(s): 7 y 11. Internacional(es). Para proteger y
distinguir lo siguiente: en clase 7: Máquinas de uso doméstico para su uso en
el procesamiento o preparación de alimentos y bebidas; aparatos eléctricos de
cocina y máquinas para picar, rallar, moler, triturar, raspar, moler, prensar,
triturar, cortar, rebanar, amasar, emulsionar, licuar, batir, mezclar, mezclar
o pelar alimentos, incluidas máquinas de cocina eléctricas; batidoras;
mezcladores; licuadoras; máquinas para hacer batidos; prensas de fruta;
extractores de jugos para frutas y verduras; centrífugas; picadoras; picadores;
procesadores de alimentos; cortadoras eléctricas; peladores eléctricos;
cuchillos eléctricos; máquinas eléctricas para afilar cuchillos; cortadores
universales; afiladores universales; máquinas de pasta; molinillos de café;
molinos de café; molinillos de especias; abrelatas eléctricos; máquinas de
coser; máquinas de tejer; lavadoras de ropa; lavavajillas/lavadoras de platos;
compactadores, incluyendo compactadores de deshechos de alimentos y basura;
trituradores incluyendo trituradores de desperdicios; cinturones para
transportadores; máquinas de limpieza eléctrica [lavado a presión]; máquinas
para lavar alimentos; máquinas de planchado; aspiradoras eléctricas; pulidores
de pisos eléctricos; discos de pulido para su uso con pulidores de piso
eléctricos; limpiadores de vapor eléctricos; motores que incluyen motores
eléctricos (excepto para vehículos terrestres); compresores para refrigeración
y aire acondicionado; bombas accionadas eléctricamente; máquinas de
condensación; piezas y accesorios de repuesto para todos los productos antes
mencionados no incluidos en otras clases. Y en clase 11: Aparatos para cocinar,
calentar, tostar, cocer al vapor, secar, refrigerar y congelar, incluidos los
baños María( bain-maries) calentados eléctricamente; armarios frigoríficos;
gabinetes de congelación; aparato de enfriamiento de bebidas; hornos de
microondas; cajones/gavetas para calentamiento de alimentos; aparatos para
hornear y barbacoa; armarios con calefacción eléctrica para alimentos;
aparatos, a saber, refrigeradores, congeladores, combinación de refrigerador y
congelador, máquinas para hacer hielo; cocinas, hornos y estufas eléctricas;
hornos y estufas de cocción a gas; parrillas de gas, electricidad y vapor;
campanas de escape; bodegas de temperatura controlada para vinos; horno de
´sous vide’ eléctrico con temperatura controlada con baño de agua incorporado;
máquinas y armarios secadores; combinación de removedor de arrugas, olores y
secado de prendas de vestir; aparatos de calefacción, generación de vapor,
refrigeración y ventilación, incluidos hornos, calefactores, quemadores de
conversión, bombas de calor, aires unidades de aire acondicionado, unidades de condensación,
unidades evaporadoras, bobinas evaporadoras, deshumidificadores,
humidificadores, humidificadores centrales, filtros de aire, unidades de
purificación de aire, filtros de aire centrales, abanicos de ventilación,
ventiladores eléctricos portátiles, calderas de horno, intercambiadores de
calor; aparatos de calefacción, refrigeración y calidad de agua para cocinas y
hogares, incluidas unidades de suministro de agua para dispensar agua fría y
hielo de refrigeradores; aparatos para dispensar agua caliente, fría,
hirviendo, espumosa y filtrada; dispensadores de agua caliente; calentadores de
agua a gas y eléctricos; enfriadores de agua; accesorios de iluminación LED
(diodo emisor de luz); accesorios de iluminación LED (diodo emisor de luz) para
su uso en aplicaciones de iluminación de acento de exhibición, comerciales,
industriales, residenciales y arquitectónicas; luminarias LED para aplicaciones
de iluminación interior y exterior; unidades de suministro de agua; unidades de
filtración de agua; aparatos y máquinas de purificación de agua;
esterilizadores de agua; aparato de filtración de agua de refrigerador;
unidades de filtración de suministro de agua en el hogar; unidades de
suavizador de agua; unidades de acondicionamiento de agua; sistemas de filtración
de agua del fregadero; dispositivos de ósmosis inversa para uso en aparatos de
acondicionamiento de agua; elementos de ósmosis inversa para reducir el salobre
del agua; elementos de ósmosis inversa para usar en la reducción del contenido
de sal del agua; dispositivos de filtración de agua para colocación en la
encimera; filtros de agua para uso en el grifo; filtros de reemplazo;
pilas/fregaderos; fregaderos de ropa; accesorios para fregaderos, a saber,
grifos, coladores y rociadores; hornos portátiles o de encimera; congeladores
portátiles; sartenes eléctricos; ollas de cocción lenta; planchas portátiles o
de encimera; parrillas portátiles o de encimera; discos de cocina portátiles o
de encimera; quemadores portátiles o de encimera; cocinas portátiles o de
encimera; refrigeradoras portátiles; enfriadores de vino portátiles o de
encimera; máquinas de hacer hielo portátiles o de encimera; aparatos para hacer
‘waffles’; estufas portátiles o de encimera; ollas para sofreír; ollas para
cocinar con vapor; cocinas de aire caliente; ollas arroceras; unidades
eléctricas para calentar alimentos; calentadores de ollas; freidoras
eléctricas; calentadores de platos portátiles o de encimera; ollas de presión;
asadores portátiles o de encimera; asadores; tostadores; hornos tostadores;
teteras; máquinas eléctricas para hacer bebidas calientes; espumadores de leche
eléctricos; aparatos para hacer té; cafeteras; máquinas para hacer expreso;
máquinas para hacer capuchinos; aparatos para cocinar pasta; aparatos
eléctricos para hacer yogur; máquinas para hacer sorbetes; máquinas para hacer
helados; aparatos para cocinar crepes; aparatos para cocinar huevos; máquinas
para hacer emparedados; máquinas para hacer pizza, aparatos para secar el
cabello; partes y accesorios de repuesto para todos los productos antes
mencionados no incluidos en otras clases. Fecha: 08 de febrero de 2018. Se cita
a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este
Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera
publicación de este edicto. Presentada el 10 de enero del 2018. Solicitud N°
2018-0000138. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el
artículo 85 de la Ley 7978.—San José, 08 de febrero del 2018.—Cesar Alfonso
Rojas Zúñiga, Registrador.—( IN2018269295 ).
Luis Diego Acuña Vega, casado, cédula de
identidad N° 1-1151-0238, en calidad de apoderado especial de Navemar S. A. con
domicilio en San Pedro de Montes de Oca: 600 metros sur y 75 m. oeste de la
iglesia católica (edificio de Colina Hermanos, 2ª planta), Costa Rica, solicita
la inscripción de I.Q. como marca de fábrica y servicios en clase 12 y
35 Internacionales. Para proteger y distinguir lo siguiente: en clase 12:
Partes para vehículos no incluidas en otras clases, en especial, sistemas de
amortiguadores, compensadores, muelles, suspensiones y sus partes, hules y
hules de balancín, soportes, bujes de tijeretas, roles y baquelitas, todo lo
anterior para vehículos; en clase 35: Importación, exportación, representación
y comercialización en general de repuestos, partes y accesorios para vehículos,
en especial, sistemas de amortiguadores, compensadores, muelles, suspensiones,
muelles, soportes para motor, soportes de chasis, hules y hules de balancín,
baquelitas y sus partes. Fecha: 10 de agosto 2018. Se cita a terceros
interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro,
dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación
de este edicto. Presentada el 03 de agosto del 2018, solicitud Nº 2018-0006961.
A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de
la Ley Nº 7978.—San José, 10 de agosto del 2018.—Johnny Rodríguez Garita,
Registrador.—( IN2018270154 ).
Luis Diego Acuña Vega, cédula de
identidad 1-1151-0238, en calidad de apoderado especial de Navemar S. A.,
cédula jurídica 3-101-35984, con domicilio en San Pedro de Montes de Oca: 600
m. sur y 75 m, oeste de la iglesia católica (Edificio de Colina Hermanos, 2°
planta), Costa Rica, solicita la inscripción de: NIKOYO como marca de
fábrica y servicios en clase(s): 12 y 35. Internacional(es). Para proteger y
distinguir lo siguiente: en clase 12:
Partes para vehículos no incluidas en otras clases, en especial, sistemas de
amortiguadores, compensadores, muelles, suspensiones y sus partes, hules y
hules de balancín, soportes, bujes de tijeretas, roles y baquelitas, todo lo
anterior para vehículos; en clase 35: Importación, exportación, representación
y comercialización en general de repuestos, partes y accesorios para vehículos,
en especial, sistemas de amortiguadores, compensadores, muelles, suspensiones,
muelles, soportes para motor, soportes de chasis, hules y hules de balancín,
baquelitas y sus partes. Fecha: 10 de agosto del 2018. Se cita a terceros interesados
en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los
dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este
edicto. Presentada el 3 de agosto del 2018. Solicitud N° 2018-0006960. A
efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la
Ley 7978.—San José, 10 de agosto del 2018.—Johnny Rodríguez Garita,
Registrador.—( IN2018270155 ).
María De La Cruz Villanea
Villegas, casada, cédula de identidad 109840695, en calidad de apoderada
especial de BYD Company Limited, con domicilio en Nº 1, Yan’an Road, Kuichong
Street, Dapeng New District, Shenzhen, People’s, China, solicita la inscripción
de: e5,
como marca de fábrica y comercio
en clase: 12 internacional, para proteger y distinguir lo siguiente:
automóviles, motores para vehículos terrestres, dispositivos antirrobo
locomoción por tierra, aire, agua o ferrocarril, vehículos eléctricos, Para
proteger y distinguir lo siguiente: en clase 12: vehículos para la locomoción
por tierra, aire, agua o ferrocarril, vehículos eléctricos, automóviles,
motores para vehículos terrestres, dispositivos antirrobo para vehículos,
cuerpos del automóvil, carritos de golf (vehículos), bicicletas, handcars,
volantes para vehículos, tapicería para vehículos, ruedas de vehículos, equipo
de reparación para cámaras de aire, chasis de automóvil, portaequipajes para
vehículos. Fecha: 4 de junio de 2018. Se cita a terceros interesados en
defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos
meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto.
Presentada el 24 de abril de 2018. Solicitud N° 2018-0003466. A efectos de
publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley
7978.—San José, 4 de junio de 2018.—Katherine Jiménez Tenorio, Registradora.—(
IN2018270220 ).
Louise Delphine Cazedessus,
casada, pasaporte 550000753, en calidad de apoderado especial de Calcaz
Ventures Sociedad de Responsabilidad Limitada, cédula jurídica Nº 3-102-754566,
con domicilio en: Tilarán, distrito Santa Rosa, ruta 142, 8 kilómetros de
Tilarán, carretera hacia Nuevo Arenal, Guanacaste, Costa Rica, solicita la
inscripción de: VENTUS
como marca de servicios en clase
36 internacional, para proteger y distinguir lo siguiente: servicios de
administración y alquiler de propiedades. Fecha: 01 de agosto de 2018. Se cita
a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este
Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera
publicación de este edicto. Presentada el 21 de junio del 2018. Solicitud N°
2018-0005541. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el
artículo 85 de la Ley N° 7978.—San José, 01 de agosto del 2018.—Ildreth Araya
Mesén, Registradora.—( IN2018270283 ).
Viviana Garro Montero, casada una vez, cédula
de identidad N° 112130203, en calidad de apoderada generalísima de Productos y
Servicios Ariale Limitada, cédula jurídica N° 3-102-760495, con domicilio en El
Guarco del Súper Los Sauces 30 metros este, Cartago, Costa Rica, solicita la
inscripción de: VITA BOOCH
como marca de fábrica y comercio en clase 32
internacional, para proteger y distinguir lo siguiente: en clase 32: Bebidas
orgánicas, bebidas energéticas, jugos naturales, jugos de pulpa, jugos en
polvo, cervezas, aguas minerales y gaseosas y otras bebidas sin alcohol,
bebidas a base de frutas y zumos de frutas, siropes, aguas comerciales, bebidas
probióticas, bebidas artificiales, bebidas multivitamínicas, bebidas
funcionales y otras preparaciones para elaborar bebidas a base de kombucha.
Fecha: 08 de agosto del 2018. Se cita a terceros interesados en defender sus
derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses
siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto.
Presentada el 13 de julio del 2018. Solicitud Nº 2018-0006329. A efectos de
publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley Nº
7978.—San José, 08 de agosto del 2018.—Ivonne Mora Ortega, Registradora.—(
IN2018271406 ).
Arnaldo Bonilla Quesada, casado una vez, cédula
de identidad número 107580660, en calidad de apoderado especial de Grupo Reysa
Del Caribe Sociedad Anónima, cédula jurídica número 3101309689, con domicilio
en barrio Los Yoses frente a la Embajada de Uruguay, San José, Costa Rica,
solicita la inscripción de: REYSA
como nombre comercial, para proteger y
distinguir lo siguiente: Un establecimiento comercial dedicado a la venta de
repuestos hidráulicos, mantenimiento de maquinaria en general, reparación y
fabricación de pistones y sistemas hidráulicos, mecánica de precisión,
reconstrucción y reparación de sistemas eléctricos y electrónicos. Ubicado en
Limón, Pococí, Guápiles, 800 metros este del Servicentro Santa Clara. Se cita a
terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este
Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera
publicación de este edicto. Presentada el 3 de noviembre del 2017, solicitud Nº
2017-0010800. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el
artículo 85 de la Ley Nº 7978.—San José, 22 de enero del 2018.—Sabrina Loáciga
Pérez, Registradora.—( IN2018271443 ).
Arnaldo Bonilla Quesada, casado
una vez, cédula de identidad N° 107580660, en calidad de apoderado especial de
GME Aviation Services Sociedad Anónima, cédula jurídica N° 3101491520, con
domicilio en Pavas Aeropuerto Tobías Bolaños Hangar 14, San José, Costa Rica,
solicita la inscripción de: AEROCLUB como marca de servicios en clase 43
internacional. Para proteger y distinguir lo siguiente: en clase 43: Servicios
de clubs para restauración Alojamiento y restauración ejecutiva. Fecha: 13 de
junio de 2018. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para
hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados
a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 18 de mayo de
2018. Solicitud Nº 2018-0004398. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo
dispuesto en el artículo 85 de la Ley Nº 7978.—San José, 13 de junio de
2018.—Johnny Rodríguez Garita, Registrador.—( IN2018271447 ).
Arnaldo Bonilla Quesada, casado
una vez, cédula de identidad 107580660, en calidad de apoderado especial de GME
Aviation Services Sociedad Anónima, cédula jurídica 3101491520, con domicilio
en Pavas, Aeropuerto Tobías Bolaños, hangar catorce, San José, Costa Rica,
solicita la inscripción de: AEROCLUB, como nombre comercial en clase: 49
internacional, para proteger y distinguir lo siguiente: un establecimiento
comercial dedicado a la prestación de servicio de clubs para la restauración
así como alojamiento y restauración ejecutiva, ubicado en San José, Pavas
Aeropuerto Tobías Bolaños, hangar 14. Fecha: 13 de junio de 2018. Se cita a
terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este
Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera
publicación de este edicto. Presentada el 18 de mayo de 2018. Solicitud N°
2018-0004399. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el
artículo 85 de la Ley 7978.—San José, 13 de junio de 2018.—Johnny Rodríguez
Garita, Registrador.—( IN2018271448 ).
José Andrés Rojas Bonilla,
casado una vez, cédula de identidad N° 1-1133-0194, en calidad de apoderado
generalísimo de Arenal Oasis R & B Sociedad Anónima, cédula jurídica N°
3-101-696025, con domicilio en San Carlos, Zeta trece de La Fortuna,
seiscientos metros al sur de la escuela del lugar Alajuela, Costa Rica,
solicita la inscripción de: ARENAL OASIS
como nombre comercial. Para
proteger y distinguir lo siguiente: Un establecimiento comercial dedicado a
hotel, el cual incluye habitaciones para huéspedes, venta de souvenirs, venta
de tours, información turística, venta de comidas y bebidas, spa, ubicado en
Alajuela, Zeta 13, de La Fortuna de San Carlos, 700 metros al sur de la Escuela
Pública. Reservas: De los colores, verde y blanco Fecha: 01 de agosto de 2018.
Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer
ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la
primera publicación de este edicto. Presentada el 12 de julio de 2018.
Solicitud Nº 2018-0006294. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo
dispuesto en el artículo 85 de la Ley Nº 7978.—San José, 01 de agosto de
2018.—Isela Chango Trejos, Registradora.—( IN2018271465 ).
Albert Zumbado Wint, casado una
vez, cédula de identidad 700880074, en calidad de apoderado generalísimo de
Finolasa Sociedad Anónima, cédula jurídica 3101409047, con domicilio en Ulloa,
costado este de la plaza de futbol de Lagunilla, Heredia, Costa Rica, solicita
la inscripción de: MONTECARLO, como marca de fábrica y comercio en clase
29 internacional, para proteger y distinguir lo siguiente: carne, pescado,
carne de ave, y carne de caza, extractos de carne, frutas y verduras,
hortalizas y legumbres en conserva, congeladas, secas y cocidas, jaleas,
confituras, compotas, huevos, leche y productos lácteos, aceites y grasas
comestibles. Fecha: 9 de agosto de 2018. Se cita a terceros interesados en
defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos
meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto.
Presentada el 23 de mayo de 2018. Solicitud N° 2018-0004502. A efectos de
publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley
7978.—San José, 9 de agosto de 2018.—Isela Chango Trejos, Registradora.—(
IN2018271477 ).
Ainhoa Pallares Alier, viuda,
cédula de residencia N° 172400024706, en calidad de apoderada especial de
Shandong Xinghan Material Corporation CO., LTD., con domicilio en Luxi New
Century Industrial Park, Guan County, Liaocheng City, Shandong Province, China,
solicita la inscripción de: XINGHAN,
como marca de fábrica y comercio
en clase(s): 6 internacional(es), para proteger y distinguir lo siguiente: en
clase 6; hojas y placas de metal, lámina de hierro galvanizado, vallas de
metal, paneles de construcción de metal, material ferroviario de metal, láminas
de acero, cuerdas de metal, guarniciones metálicas para muebles, edificios de
metal y barreras de seguridad metálicas para carreteras. Fecha: 23 de febrero
del 2018. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos
valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir
de la primera publicación de este edicto. Presentada el 6 de diciembre del
2017. Solicitud Nº 2017-0011893. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo
dispuesto en el artículo 85 de la Ley Nº 7978.—San José, 23 de febrero del
2018.—Ildreth Araya Mesén, Registradora.—( IN2018271517 ).
Marco Antonio Jiménez Carmiol,
casado, cédula de identidad Nº 102990846, en calidad de apoderado especial de
Audemars Piguet Holding S. A., con domicilio en: Route de France 16, 1348 Le
Brassus, Suiza, solicita la inscripción de: CODE 11.59 by AUDEMARS PIGUET
como marca de fábrica y comercio
en clase 14 internacional, para proteger y distinguir lo siguiente: metales
preciosos y sus aleaciones y productos en metales preciosos o chapados con
ellos, no comprendidos en otras clases: joyas, piedras preciosas, instrumentos
relojeros y cronométricos, brazaletes para reloj y cajas de reloj. Fecha: 03 de
agosto de 2018. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para
hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados
a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 23 de julio
del 2018. Solicitud N° 2018-0006635. A efectos de publicación, téngase en
cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley N° 7978.—San José, 03 de agosto
del 2018.—Katherine Jiménez Tenorio, Registradora.—( IN2018271523 ).
Marco Antonio Jiménez Carmiol,
casado, cédula de identidad N° 1-0299-0846, en calidad de apoderado especial de
Audemars Piguet Holding S. A., con domicilio en Route De France 16, 1348 Le
Brassus, Suiza, solicita la inscripción de: CODE 11.59 BY AUDEMARS PIGUET,
como marca de fábrica y comercio en clase: 14 internacional. Para proteger y
distinguir lo siguiente: joyería, relojería e instrumentos cronométricos,
metales preciosos y sus aleaciones, joyas, piedras preciosas y pulseras y
correas de reloj. Fecha: 18 de julio de 2018. Se cita a terceros interesados en
defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos
meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto.
Presentada el 14 de junio de 2018. Solicitud N° 2018-0005292. A efectos de
publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley N°
7978.—San José, 18 de julio de 2018.—Cesar Alfonso Rojas Zúñiga, Registrador.—(
IN2018271524 ).
Marco Antonio Jiménez Carmiol,
casado una vez, cédula de identidad 102990846, en calidad de apoderado especial
de Viiv Healthcare UK Limited, con domicilio en 980 Great West Road,
Brendtford, Middlesex, TW8 9GS, Reino Unido, solicita la inscripción de: ZENJOYCE,
como marca de fábrica y comercio en clase 5 internacional, para proteger y
distinguir lo siguiente: preparaciones y sustancias medicinales y
farmacéuticas, vacunas. Fecha: 24 de julio de 2018. Se cita a terceros
interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro,
dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación
de este edicto. Presentada el 12 de julio de 2018. Solicitud N° 2018-0006296. A
efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la
Ley 7978.—San José, 24 de julio de 2018.—Katherine Jiménez Tenorio,
Registradora.—( IN2018271525 ).
Marco Antonio Jiménez Carmiol,
casado una vez, cédula de identidad 102990846, en calidad de apoderado especial
de Viiv Healthcare UK Limited, con domicilio en 980 Great West Road,
Brendtford, Middlesex, TW8 9GS, Reino Unido, solicita la inscripción de: XENTROVIA,
como marca de fábrica y comercio en clase: 5 internacional, para proteger y
distinguir lo siguiente: preparaciones y sustancias medicinales y
farmacéuticas, vacunas. Fecha: 17 de julio de 2018. Se cita a terceros
interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro,
dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación
de este edicto. Presentada el 11 de julio de 2018. Solicitud N° 2018-0006232. A
efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la
Ley 7978.—San José, 17 de julio de 2018.—Milena Marín Jiménez, Registradora.—(
IN2018271526 ).
Ainhoa Pallares Alier, viuda,
cédula de residencia 172400024706, en calidad de apoderada especial de Nerium
International, LLC., con domicilio en 4004 Belt Line Road, Suite 112, Addison,
Texas 75001, Estados Unidos de América, solicita la inscripción de: N
como marca de fábrica y comercio
en clase 5 internacional. Para proteger y distinguir lo siguiente: Suplementos
dietéticos y nutricionales para el consumo humano. Fecha: 7 de marzo del 2018.
Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer
ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la
primera publicación de este edicto. Presentada el 6 de febrero del 2017.
Solicitud N° 2017-0001038. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo
dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978.—San José, 7 de marzo del
2018.—Wendy López Vindas, Registradora.—( IN2018271531 ).
Anel Aguilar Sandoval, soltera, cédula de
identidad N° 113590010, y Guiselle Reuben Hatounian, divorciada, cédula de
identidad N° 11055703, en calidad de apoderados especiales de The Bank of Nova
Scotia con domicilio en 44 King Street West, Toronto, ON MSH 1H1, Canadá,
solicita la inscripción de: SCOTIABANK CLUB SUELDO como marca de
servicios en clase 36 internacional, para proteger y distinguir lo siguiente:
en clase 36: Servicios bancarios y servicios financieros prestados a través de
un programa de recompensa basado en nómina, servicios de seguros. Fecha: 31 de
julio del 2018. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para
hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados
a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 24 de julio
del 2018. Solicitud Nº 2018-0006700. A efectos de publicación, téngase en
cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley Nº 7978.—San José, 31 de julio
del 2018.—Rolando Cardona Monge, Registrador.—( IN2018271779 ).
León Weinstok Mendelewicz,
casado una vez, cédula de identidad N° 112200158, en calidad de apoderado
especial de Consultores de Negocios S. A., cédula jurídica N° 3101664163, con
domicilio en Calle 7, contiguo al parqueo del Hotel Balmoral, entre avenidas 0
y 1, San José, Costa Rica, solicita la inscripción de: MASTER BABY como
marca de fábrica y comercio en clase: 5 internacional. Para proteger y
distinguir lo siguiente: Pañales desechables. Fecha: 07 de agosto de 2018. Se
cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante
este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera
publicación de este edicto. Presentada el 31 de julio de 2018. Solicitud Nº
2018-0006897. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el
artículo 85 de la Ley Nº 7978.—San José, 7 de agosto de 2018.—Alex Villegas
Méndez, Registrador.—( IN2018271780 ).
León Weinstok Mendelewicz,
casado una vez, cédula de identidad N° 112200158, en calidad de apoderado
especial de Consultores de Negocios S. A., cédula jurídica N° 3101664163, con
domicilio en calle 7, contiguo al parqueo del Hotel Balmoral, entre avenidas 0
y 1, San José, Costa Rica, solicita la inscripción de: MC BAGS, como
marca de fábrica y comercio en clase(s): 16 internacional(es), para proteger y
distinguir lo siguiente: en clase 16: bolsas de papel y bolsas de plástico.
Fecha: 7 de agosto del 2018. Se cita a terceros interesados en defender sus
derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses
siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto.
Presentada el 31 de julio del 2018. Solicitud Nº 2018-0006886. A efectos de
publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley Nº
7978.—San José, 7 de agosto del 2018.—Rolando Cardona Monge, Registrador.—(
IN2018271781 ).
Giselle Reuben Hatounian,
divorciada, cédula de identidad 110550703, en calidad de apoderado especial de
Cuestamoras Urbanismo Sociedad Anónima, cédula jurídica 3101085016, con
domicilio en Santa Ana Uruca, Radial Santa Ana-Belén, Condominio Vertical se
Oficinas Fórum Seis, edificio Cuestamoras, tercer piso, San José, Costa Rica,
solicita la inscripción de: OXIGENATE como marca de servicios en clase:
35. Internacional. Para proteger y distinguir lo siguiente: en clase 35:
Servicios de publicidad, publicación de material publicitario en línea e
impreso, gestión de negocios comerciales, administración comercial, trabajos de
oficina. Fecha: 07 de agosto de 2018. Se cita a terceros interesados en
defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos
meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto.
Presentada el 31 de julio de 2018. Solicitud Nº 2018-0006889. A efectos de
publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley Nº
7978.—San José, 07 de agosto de 2018.—Rolando Cardona Monge, Registrador.—( IN2018271782
).
Giselle Reuben Hatounian,
divorciada, cédula de identidad N° 110550703, en calidad de apoderado especial
de Cuestamoras Urbanismo Sociedad Anónima, cédula jurídica N° 3101085016 con
domicilio en Santa Ana Uruca, Radial Santa Ana-Belén, Condominio Vertical de
Oficinas Forum 6, Edificio Cuestamoras, tercer piso, San José, Costa Rica,
solicita la inscripción de: OXIGENATE, como marca de servicios en
clase(s): 41 internacional(es), para proteger y distinguir lo siguiente: en
clase 41: edición electrónica de libros y de publicaciones periódicas en línea,
facilitación de publicaciones desde una red informática global o por Internet
que se puedan consultar, facilitación de publicaciones electrónicas en línea
(no descargables), publicación de calendarios de eventos, publicación de
revistas para el consumidor, servicios de educación, formación, servicios de
entretenimiento, actividades deportivas y culturales. Fecha: 07 de agosto del
2018. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos
valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir
de la primera publicación de este edicto. Presentada el 31 de julio del 2018.
Solicitud Nº 2018-0006896. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo
dispuesto en el artículo 85 de la Ley Nº 7978.—San José, 07 de agosto del
2018.—Rolando Cardona Monge, Registrador.—( IN2018271783 ).
Ricardo Vargas Aguilar, casado
una vez, cédula de identidad Nº 303040085, en calidad de apoderado especial de
LG Electronics INC con domicilio en: 128 Yeoui-Daero, Yeongdeungpo-Gu, Seoul
150-721, República Popular Democrática de Corea, solicita la inscripción de: ThinQ,
como marca de servicios en clase 42 internacional, para proteger y distinguir
lo siguiente: la anterior marca protege los siguientes servicios: investigación
y desarrollo de generación de energía fotovoltaica, investigación y desarrollo
de generación de energía mediante nuevas energías renovables, investigación y
desarrollo de convertidores de potencia, inversores y cargadores para baterías
eléctricas utilizadas en nuevos sistemas de energía renovable, incluida la
generación de energía fotovoltaica, investigación y desarrollo de baterías
solares y módulos de baterías solares, investigación para productos médicos,
investigación médica, desarrollo de software informático, investigación
técnica, hospedaje por medio de sitios web, creación y mantenimiento de sitios
web para terceros, instalación de software de computadora, conversión de datos
de programas informáticos y datos (no conversión física), alquiler de
computadoras, recuperación de datos informáticos, alquiler de software, diseño
de software, mantenimiento de software de computadora, análisis de sistemas
informáticos, investigación y desarrollo de electrodomésticos, programación de
computadoras, programación de computadoras, en concreto, suministro de un sitio
de internet con tecnología para su uso en sistemas de monitoreo, control y
automatización de hogares, programación de computadoras, en concreto,
suministro de un sitio de internet con tecnología que permite a los usuarios
interactuar de forma remota con los sistemas de monitoreo, control y
automatización del hogar, diseño de instalaciones de energía eléctrica,
investigación y desarrollo de vacunas y medicamentos, investigación de
medicamentos crudos, investigación sobre enfermedades de adultos, investigación
bacteriológica, investigación sobre el cáncer, desarrollo farmacéutico,
investigación farmacéutica, evaluación de productos farmacéuticos, consultoría
relacionada con farmacología, análisis de genes, investigación genética,
investigación y desarrollo de chips de ADN, servicios para la planificación
(diseño) de hospitales, investigación química, conversión de datos o documentos
de medios físicos a electrónicos, diseño de sistemas informáticos, duplicación
de programas de computadora, actualización de software de computadora, alquiler
y traducción de programas informáticos, consultoría en el campo del hardware
informático, diseño industrial, análisis de producto, evaluación del producto,
investigación y desarrollo de recursos de energía eléctrica. Prioridad: se
otorga prioridad N° 017547407 de fecha 30/11/2017 de Estados Unidos de América.
Fecha: 04 de junio de 2018. Se cita a terceros interesados en defender sus
derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses
siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto.
Presentada el 18 de abril del 2018. Solicitud N° 2018-0003296. A efectos de
publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley N°
7978.—San José, 04 de junio del 2018.—Milena Marín Jiménez, Registradora.—(
IN2018272206 ).
Ricardo Vargas Aguilar, casado una vez, cédula
de identidad 303040085, en calidad de apoderado especial de LG Electronics Inc.
con domicilio en 128, Yeoui-Daero, Yeongdeungpo-Gu, Seoul, 150-721, República
Popular Democrática de Corea, solicita la inscripción de: ThinQ como
marca de servicios en clase 44 internacional, para proteger y distinguir lo
siguiente: en clase 44: Enfermería médica, cuidado de la salud, servicios de
examen físico, clínica de obesidad, consejo farmacéutico, servicios de
telemedicina, alquiler de máquinas y aparatos médicos, alquiler de equipos
médicos y de atención médica, consultas médicas, alquiler de aparatos de rayos
X para uso médico, proporcionar información de salud, pruebas de productos
médicos, información de productos médicos, terapia de acupresión, realizar
diagnóstico de enfermedades, cuidado de la salud con medicinas orientales,
pruebas de sangre, servicios de banco de sangre, servicios de masaje, alquiler
de instalaciones de saneamiento. Prioridad: Se otorga prioridad N° 017547407 de
fecha 30/11/2017 de España. Se cita a terceros interesados en defender sus
derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses
siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto.
Presentada el 18 de abril del 2018, solicitud Nº 2018-0003300. A efectos de
publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley Nº
7978.—San José, 31 de mayo del 2018.—Milena Marín Jiménez, Registradora.—(
IN2018272207 ).
Víctor Vargas Valenzuela,
casado, cédula de identidad 103350794, en calidad de apoderado especial de
Roche Diagnostics GMBH, con domicilio en Sandhofer Strasse 116, D 68305,
Mannheim, Alemania, solicita la inscripción de: MILLISECT como marca de
fábrica y comercio en clases: 9 y 10. Internacionales. Para proteger y
distinguir lo siguiente: en clase 9: Instrumentos automatizados para disección
de tejido, a saber, hojas de corte desechables para usar con instrumentos
automatizados para disección de tejido, hardware y software de computadora para
usar con esas operaciones, todos los productos antes mencionados usados en el
campo de la patología, histología y diagnóstico molecular para propósitos
científicos y de investigación; en clase 10: Instrumentos automatizados para
disección de tejido para usar en análisis en el campo de patología, histología
y diagnósticos moleculares para diagnósticos médicos y para propósitos
clínicos-médicos. Fecha: 24 de mayo de 2018. Se cita a terceros interesados en
defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos
meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto.
Presentada el 18 de mayo de 2018. Solicitud Nº 2018-0004368. A efectos de
publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley Nº
7978.—San José, 24 de mayo de 2018.—Wendy López Vindas, Registradora.—(
IN2018272264 ).
Víctor Vargas Valenzuela,
casado, cédula de identidad N° 103350794, en calidad de apoderado especial de
Bodegas Cepa 21, S. A., con domicilio en CTRA. Nacional 122, KM. 297, 47318
Castrillo De Duero (Valladolid), España, solicita la inscripción de: MALABRIGO,
como marca de fábrica y comercio en clase 33 internacional, para proteger y
distinguir lo siguiente: en clase 33: bebidas alcohólicas, excepto cervezas.
Fecha: 16 de mayo del 2018. Se cita a terceros interesados en defender sus
derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses
siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto.
Presentada el 7 de mayo del 2018. Solicitud Nº 2018-0003920. A efectos de
publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley Nº 7978.—San
José, 16 de mayo del 2018.—Cesar Alfonso Rojas Zúñiga, Registrador.—(
IN2018272265 ).
María Vargas Uribe, divorciada, cédula de
identidad N° 107850618, en calidad de apoderada especial de Pierre Fabre
Dermo-Cosmetique con domicilio en 45, Place Abel Gance, 92100 Boulogne,
Francia, solicita la inscripción de: EVENACTIV como marca de fábrica y
comercio en clase 3 internacional, para proteger y distinguir lo siguiente:
Cosméticos, preparaciones cosméticas para el cuidado de la piel, preparaciones
cosméticas para dar luminosidad a la piel. Prioridad: Se otorga prioridad N°
4396598 de fecha 16/10/2017 de Francia. Fecha: 30 de mayo del 2018. Se cita a
terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este
Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera
publicación de este edicto. Presentada el 10 de abril del 2018. Solicitud Nº
2018-0003023. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el
artículo 85 de la Ley Nº 7978.—San José, 30 de mayo del 2018.—Alex Villegas
Méndez, Registrador.—( IN2018272266 ).
Víctor Vargas Valenzuela,
casado, cédula de identidad Nº 103350794, en calidad de apoderado especial de
Hasbro, Inc. con domicilio en: 1027 Newport avenue, Pavvtucket, Estado de Rhode
Island 02862, Estados Unidos de América, solicita la inscripción de: HUNGRY
HUNGRY HIPPOS, como marca de fábrica y comercio en clase 28 internacional,
para proteger y distinguir lo siguiente: juguetes, juegos y artículos para
jugar, aparatos de videojuegos, artículos de gimnasia y deporte, adornos para
árboles de navidad. Fecha: 31 de mayo de 2018. Se cita a terceros interesados
en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los
dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este
edicto. Presentada el 24 de mayo del 2018. Solicitud N° 2018-0004560. A efectos
de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley N°
7978.—San José, 31 de mayo del 2018.—Rina Ruiz Mata, Registradora.—(
IN2018272267 ).
Víctor Vargas Valenzuela, casado, cédula de
identidad 103350794, en calidad de apoderado especial de Basf SE con domicilio
en Carl-Bosch- Strasse 38, Ludwigshafen AM Rhein, Alemania, solicita la
inscripción de: SELION como marca de fábrica y comercio en clases 1 y 5
internacionales, para proteger y distinguir lo siguiente: en clase 1: Químicos
usados en agricultura, horticultura y silvicultura, especialmente preparaciones
para fortalecer las plantas, preparaciones químicas y/o biológicas para manejar
el estrés en plantas, preparaciones para regular el crecimiento de las plantas,
preparaciones químicas para el tratamiento de semillas, surfactantes; en clase
5: Preparaciones para destruir y combatir animales dañinos, insecticidas,
fungicidas, herbicidas, pesticidas. Se cita a terceros interesados en defender
sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses
siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto.
Presentada el 29 de mayo del 2018, solicitud Nº 2018-0004697. A efectos de
publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley Nº
7978.—San José, 5 de junio del 2018.—Isela Chango Trejos, Registradora.—(
IN2018272268 ).
María Vargas Uribe, divorciada,
cédula de identidad N° 107850618, en calidad de apoderado especial de COLIAN
SPÓȽKA Z OGRANICZONĄ ODPOWIEDZIALNOŚCIĄ con domicilio en
UL. ZDROJOWA 1, 62-860 OPATÓWEK, Polonia, solicita la inscripción de: GOPLANA,
como marca de fábrica y comercio en clase(s): 29 y 30 internacional(es), para
proteger y distinguir lo siguiente: en clase 29: frutas en conserva; secas y
cocidas; purés de frutas; jaleas; compotas; frutas en pasta para untar; frutas
en conserva; gelatinas para usar con alimentos; jaleas bajas en azúcar; jaleas
con cocoa y/o con chocolate adicionado; mermelada de frutas; jaleas de ciruela;
confituras; mermeladas; productos para untar hechos a base de trufas; productos
para untar hecho a base de frutas; productos para untar hechos a base de
nueces; en clase 30: cocoa; productos hechos a base de cocoa; cremas, para
untar, hechas a base de cocoa; café; golosinas (dulces); productos de
panadería; confitería; productos de chocolate; productos a base de chocolate;
pastas de chocolate; cremas de chocolate; bebidas a base de chocolate;
chocolate; chocolates; chocolate rellenos; trufas; bebidas a base de chocolate;
siropes a base de chocolate; salsas de chocolate; pralinés; pralinés rellenos
con licor; mazapán; obleas; barras de chocolate; dulces, gomitas (dulces);
gomitas rellenas (dulces); goma de mascar, gelatinas; gelatinas rellenas,
queques; panecillos tipo biscuit; helados; frutas secas y nueces envueltas en
chocolate. Fecha: 18 de mayo del 2018. Se cita a terceros interesados en
defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos
meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto.
Presentada el 12 de abril del 2018. Solicitud Nº 2018-0003080. A efectos de
publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley Nº
7978.—San José, 18 de mayo del 2018.—Rolando Cardona Monge, Registrador.—(
IN2018272275 ).
Víctor Vargas Valenzuela, casado, cédula de
identidad N° 103350794, en calidad de apoderado especial de Roche Diagnostics
GMBH con domicilio en Sandhofer Strasse 116,-D 68305 Mannheim, Alemania,
solicita la inscripción de: DIACONNECT como marca de fábrica y comercio
en clase 9 internacional, para proteger y distinguir lo siguiente: en clase 9:
Software para usar en el campo de secuenciación de genomas, software de
computadora y programas de computadora para intercambio de datos entre aparatos
científicos, instrumentos y equipo y entre sistemas de gestión de información de
laboratorio (LIMS); software para instrumentos de interfase en el campo de
secuenciación de genoma, software de computadora para el control remoto y
adquisición de datos y gestión de aparatos e instrumentos médicos y
biotecnológicos en el campo de secuenciación de genoma, sistemas de computadora
y software para recopilar, almacenar, analizar y reportar información
biológica, y para rastreo de muestras y gestión de proyectos, de procesos de
trabajo y datos de laboratorio, para uso en el campo de secuenciación de genoma
para propósitos científicos, de diagnóstico, de investigación clínica y para
diagnósticos clínicos, software de computadora para la creación de perfiles de
pacientes y para suministro de reportes de pacientes. Fecha: 30 de mayo del
2018. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos
valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir
de la primera publicación de este edicto. Presentada el 24 de mayo del 2018.
Solicitud Nº 2018-0004559. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo
dispuesto en el artículo 85 de la Ley Nº 7978.—San José, 30 de mayo del
2018.—Isela Chango Trejos, Registradora.—( IN2018272276 ).
María Vargas Uribe, divorciada,
cédula de identidad Nº 107850618, en calidad de apoderada especial de Johnson
& Johnson, con domicilio en: One Johnson & Johnson Plaza, New
Brunswick, Nueva Jersey, 08933, Estados Unidos de América, solicita la
inscripción de: KAPLYENT, como marca de fábrica y comercio en clase 5
internacional, para proteger y distinguir lo siguiente: preparaciones
farmacéuticas de uso humano para la prevención y el tratamiento de enfermedades
virales, de enfermedades auto inmunes e inflamatorias, de enfermedades
cardiovasculares y pulmonares, de enfermedades del sistema nervioso central, de
enfermedades del sistema neurológico periférico, para prevención y tratamiento
contra el dolor, así como para la prevención y tratamiento de enfermedades
dermatológicas, de enfermedades gastrointestinales, de enfermedades
relacionadas con infecciones, de enfermedades metabólicas, de enfermedades
oncológicas, de enfermedades oftálmicas, de enfermedades respiratorias, de
úlceras digitales y de enfermedades cerebrovasculares, vacunas, ansiolíticos,
antialérgicos, anti infecciosos. Fecha: 05 de junio de 2018. Se cita a terceros
interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro,
dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación
de este edicto. Presentada el 10 de abril del 2018. Solicitud N° 2018-0003011.
A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de
la Ley N° 7978.—San José, 05 de junio del 2018.—Bernard Molina Alvarado,
Registrador.—( IN2018272277 ).
María Vargas Uribe, divorciada, cédula de
identidad 107850618, en calidad de apoderado especial de LVMH Swiss
Manufactures S. A, con domicilio en 6 Rue Louis Joseph Chevrolet 2300 La
Chaux-De-Fonds, Suiza, solicita la inscripción de: HEUER como marca de
fábrica y comercio en clase 14 internacional, para proteger y distinguir lo
siguiente: en clase 14: Joyería, productos de joyería, piedras preciosas,
instrumentos horológicos, a saber, relojes, relojes de pulsera, partes que los
constituyen y accesorios para instrumentos horológicos no comprendidos en otras
clases, relojes despertadores, relojes y otros tipos de instrumentos
cronométricos, cronómetros, cronógrafos, aparatos para tomar en tiempo durante
actividades deportivas, aparatos para mediar y marcar el tiempo, no incluidos
en otras clases, pulseras de reloj, mecanismos de relojería y relojes; cadenas
de reloj, resortes de reloj, esferas (piezas) de reloj o cristales de reloj,
bobinadores de relojes, estuches para relojes (partes de relojes), estuches y
cajas para relojes, metales preciosos y sus aleaciones; estuches para joyería
(joyeros); cajas de metales preciosos; llaveros de fantasía; gemelos,
brazaletes; anillos; medallas; relojes con funciones adicionales tales como
transmitir y / o recibir datos hacia y desde asistentes personales digitales,
desde computadoras tipo tabletas, desde teléfonos inteligentes, y desde
computadoras personales a través de sitios web de internet y a través de otras
redes de computadoras y de redes de comunicación electrónica; relojes que
tienen funciones de juegos electrónicos; relojes que incorporan funciones de
telecomunicaciones; cajas de cuero para relojes. Se cita a terceros interesados
en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los
dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este
edicto. Presentada el 27 de octubre del 2017, solicitud Nº 2017-0010565. A
efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la
Ley Nº 7978.—San José, 31 de mayo del 2018.—César Alfonso Rojas Zúñiga,
Registrador.—( IN2018272278 ).
Victor Vargas Valenzuela, casado, cédula de
identidad N° 103350794, en calidad de apoderado especial de Hasbro, Inc. con
domicilio en 1027 Newport Avenue, Pawtucket, Estado de Rhode Island, Estados
Unidos de América, Estados Unidos de América, solicita la inscripción de: MY
LITTLE PONY como marca de fábrica y servicios en clases 28 y 41
internacionales, para proteger y distinguir lo siguiente: en clase 28:
Juguetes, juegos y artículos para jugar, aparatos de videojuegos, artículos de
gimnasia y deporte, adornos para árboles de navidad; en clase 41: Servicios de
educación, servicios para proveer capacitaciones servicios de entretenimiento,
servicios de actividades deportivas y culturales, a saber, servicios de
producción y distribución de filmes cinematográficos, de programas de
televisión en vivo, de espectáculos de juegos televisivos y de series animadas
de televisión, servicios de entretenimiento a saber, programas en vivo en el
campo de entretenimiento para niños accesibles por medio de la televisión, por
medio de satélites, de radio, de audio, de vídeo, de medios electrónicos y de
redes de computadora, servicios de entretenimiento, a saber, servicios para
proveer juegos de computadora en línea y juegos interactivos en línea con
múltiples jugadores mediante redes globales de computadora, servicios de
entretenimiento, a saber, la producción de DVD’s pre-grabados caracterizados
por filmes, películas cinematográficas, espectáculos, caricaturas animadas y
presentaciones audio visuales, servicios de producción de vídeo y de
grabaciones de audio, servicios de publicaciones en línea de libros y
publicaciones periódicas en forma electrónica, servicios de organización de
competiciones y de reuniones con propósitos de entretenimiento, servicios de
organización de competiciones y torneos de juegos tantos en vivo como en línea,
servicios de organización y presentación de eventos con miembros de clubes de
seguidores (fans), servicios para ofrecer un foro en línea para miembros de
clubes de seguidores (fans), servicios de clubes de seguidores (fans),
servicios de redacción para blogs, servicios de entretenimiento, a saber,
servicios de organización y dirección de convenciones, de exhibiciones, de
clubes de seguidores (fans) y de reuniones para fines de entretenimiento y en
las áreas de juguetes, de animación, de libros de historietas, de fantasía, de
juegos, de cultura popular, de ciencia ficción, de televisión y de filmes
servicios de entretenimiento en la naturaleza de torneos de juegos, servicios
de organización, dirección y operación de torneos de juegos, servicios de
localización de ubicaciones para fines de entretenimiento, servicios para
ubicación de instalación para sitios de juegos de entretenimiento, servicios de
organización de eventos deportivos y de entretenimiento, servicios para ofrecer
instalaciones y equipo para actividades y juegos para divertirse servicios de
organización de competiciones deportivas, servicios de parques de atracciones.
Fecha: 01 de junio del 2018. Se cita a terceros interesados en defender sus
derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses
siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto.
Presentada el 24 de mayo del 2018. Solicitud Nº 2018-0004556. A efectos de
publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley Nº
7978.—San José, 01 de junio del 2018.—Rina Ruiz Mata, Registradora.—(
IN2018272279 ).
Víctor Vargas Valenzuela,
casado, cédula de identidad 103350794,
en calidad de apoderado especial de Nihon Nohyaku Co., Ltd., con domicilio en
19-8, Kyobashi 1-Chome, Chuo-Ku, Tokio, Japón, solicita la inscripción de:
Cerosiga, como marca de fábrica y comercio en clase: 5 internacional, para
proteger y distinguir lo siguiente: fungicidas, desinfectantes, germicidas. Fecha:
16 de mayo de 2018. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos
para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes,
contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 7 de
mayo de 2018. Solicitud N° 2018-0003919. A efectos de publicación, téngase en
cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978.—San José, 16 de mayo de
2018.—Cesar Alfonso Rojas Zúñiga, Registrador.—( IN2018272281 ).
Víctor Vargas Valenzuela,
casado, cédula de identidad 103350794, en calidad de apoderado especial de
Nihon Nohyaku Co. Ltd., con domicilio en 19-8, Kyobashi 1-Chome, Chuo-Ku,
Tokio, Japón, solicita la inscripción de: LUCHABANA, como marca de
fábrica y comercio en clase: 5 internacional, para proteger y distinguir lo
siguiente: fungicidas, desinfectantes, germicidas. Fecha: 16 de mayo de 2018.
Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer
ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la
primera publicación de este edicto. Presentada el 7 de mayo de 2018. Solicitud
N° 2018-0003918. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el
artículo 85 de la Ley 7978.—San José, 16 de mayo de 2018.—Cesar Alfonso Rojas
Zúñiga, Registrador.—( IN2018272282 ).
María Vargas Uribe, divorciada,
cédula de identidad 107850618, en calidad de apoderada especial de Prometheus
Brands Llc, con domicilio en 79 Two Bridges Road, Fairfield, Estado de Nueva
Jersey, 07004, Estados Unidos de América, solicita la inscripción de: SUNBLAST,
como marca de fábrica y comercio en clase: 11 internacional, para proteger y
distinguir lo siguiente: accesorios para lámparas solares, a saber, unidades
exteriores de iluminación que funcionan por medio de los rayos solares y
accesorios con detección de movimiento. Fecha: 21 de mayo de 2018. Se cita a
terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este
Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera
publicación de este edicto. Presentada el 3 de mayo de 2018. Solicitud N°
2018-0003802. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el
artículo 85 de la Ley 7978.—San José, 21 de mayo de 2018.—Katherine Jiménez
Tenorio, Registradora.—( IN2018272283 ).
María Vargas Uribe, divorciada,
cédula de identidad 107850618, en calidad de apoderada especial de Prometheus
Brands Llc, con domicilio en 79 Two Bridges Road, Fairfield, Estado de Nueva
Jersey, 07004, Estados Unidos de América, solicita la inscripción de: ATOMIC
BEAM, como marca de fábrica y comercio en clase 11 internacional, para
proteger y distinguir lo siguiente: accesorios para lámparas solares, a saber,
unidades exteriores de iluminación que funcionan por medio de los rayos solares
y accesorios con detección de movimiento. Fecha: 21 de mayo de 2018. Se cita a
terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este
Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera
publicación de este edicto. Presentada el 3 de mayo de 2018. Solicitud N°
2018-0003801. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el
artículo 85 de la Ley 7978.—San José, 21 de mayo de 2018.—Katherine Jiménez
Tenorio, Registradora.—( IN2018272284 ).
Víctor Vargas Valenzuela,
casado, cédula de identidad 103350794, en calidad de apoderado especial de Man
Truck & Bus AG, con domicilio en Dachauer Straße 667, 80995 Múnich,
Alemania, solicita la inscripción de: Lion’s Coach, como marca de
fábrica y comercio en clase: 12 internacional, para proteger y distinguir lo
siguiente: ómnibus. Fecha: 24 de mayo de 2018. Se cita a terceros interesados
en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los
dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este
edicto. Presentada el 18 de mayo de 2018. Solicitud N° 2018-0004367. A efectos
de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley
7978.—San José, 24 de mayo de 2018.—Alex Villegas Méndez, Registrador.—(
IN2018272285 ).
Flor de María Chacón Torres,
casada una vez, cédula de identidad Nº 105540595, en calidad de apoderado
generalísimo de Centro Natural La Fuente Sociedad Anónima, cédula jurídica Nº
3-101-180162 con domicilio en: San Francisco de Dos Ríos, de la Bomba Delta 100
metros al sur y 50 metros al oeste, San José, Costa Rica, solicita la
inscripción de: ISOFLAVONA, como marca de fábrica y comercio en clase 32
internacional, para proteger y distinguir lo siguiente: bebidas naturales y
gaseosas, refrescos en polvo, zumos de frutas y legumbres, jarabes y otros
preparados para hacer bebidas. Fecha: 01 de agosto de 2018. Se cita a terceros
interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro,
dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación
de este edicto. Presentada el 27 de julio del 2018. Solicitud N° 2018-0006790.
A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de
la Ley N° 7978.—San José, 01 de agosto del 2018.—Alex Villegas Méndez,
Registrador.—( IN2018272323 ).
Flor De María Chacón Torres, casada una vez,
cédula de identidad 105540595, en calidad de apoderado especial de Centro
Natural La Fuente Sociedad Anónima, cédula jurídica 3101180162 con domicilio en
San Francisco de Dos Ríos de la Bomba Delta 100 metros al sur y 50 metros al
oeste, San José, Costa Rica, solicita la inscripción de: SOYALAC como
marca de fábrica y comercio en clase 32 internacional, para proteger y
distinguir lo siguiente: Bebidas naturales y gaseosas, refrescos en polvo,
zumos de frutas y legumbres, jarabe y otros preparados para hacer bebidas. Se
cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante
este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la
primera publicación de este edicto. Presentada el 27 de julio del 2018,
solicitud Nº 2018-0006791. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo
dispuesto en el artículo 85 de la Ley Nº 7978.—San José, 1 de agosto del
2018.—Alex Villegas Méndez, Registrador.—( IN2018272324 ).
PUBLICACIÓN DE PRIMERA VEZ
Jorge Tristán Trelles,
divorciado una vez, cédula de identidad 103920470, en calidad de apoderado
especial de Terex Corporation con domicilio en 200 Nyala Farm Road Westport,
Connecticut 06880, Estados Unidos de América, solicita la inscripción de: TEREX
como marca de fábrica y comercio
en clase: 7 Internacional para proteger y distinguir lo siguiente: en clase 7: Grúas todoterreno, máquinas
agrícolas, implementos agrícolas, que no sean manuales, grúas hidráulicas articuladas,
excavadoras, grúas hidráulicas montadas en soporte, astilladoras, clíperes
(máquinas), mezcladoras de cemento (máquinas), máquinas de pavimentación de
cemento, mecanismos de control para máquinas, motores o maquinaria,
transportadores, controles hidráulicos para máquinas, motores y maquinaria,
controles neumáticos para máquinas, motores y maquinaria, transportadores
(máquinas), acoplamientos, que no sean para vehículos terrestres, grúas
(aparatos de elevación y carga), máquinas trituradoras, máquinas trituradoras
de desechos, máquinas trituradoras para uso industrial, cortadoras (máquinas),
máquinas de corte, cilindros para máquinas, torres de perforación (derricks),
excavadoras (máquinas), zanjadoras (arados), máquinas divisorias, cabezas de
perforación (partes de máquinas), máquinas de perforación, plataformas de
perforación, flotantes o no flotantes, tambores (partes de máquinas), máquinas
de movimiento de tierra, aparato elevador, excavadoras, alimentadoras (partes
de máquinas, máquinas de llenado, máquinas de filtrado, filtros (partes de
máquinas o motores, máquinas de acabado, grúas torre de superficie plana,
máquinas clasificadoras y cribadoras de grava y suciedad y sus partes, máquinas
de molienda, martillos (partes de máquinas), grúas torre de cabeza de martillo,
aparatos de manipulación para carga y descarga, máquinas de manipulación,
automáticas (manipuladoras)s, perchas (partes de máquinas), tolvas (descarga
mecánica), grúas sobre orugas con mástil de celosía, grúas de pedestal con
mástil de celosía, aparatos de elevación, ascensores, equipos y maquinaria de
procesamiento de materiales, manipuladoras de desechos materiales, grúas de
torre con pluma abatible, mezcladoras (máquinas), mezcladoras; grúas
telescópicas móviles, motores, que no sean para vehículos / maquinaria
terrestres, que no sean para vehículos terrestres, grúas de recolección y
transporte; poleas, poleas (partes de máquinas), pulverizadoras (máquinas) /
atomizadoras (máquinas) / máquinas de pulverización, bombas (partes de máquinas,
motores o maquinaria), bombas (máquinas), maquinaria de reciclaje, grúas para
terreno áspero, maquinaria de cribado, grúas de torre autoerigibles, palas
(mecánicas), trituradoras (máquinas) para uso industrial, máquinas de tamizar,
grúas de pluma telescópicas, máquinas para cortar / aparatos para rellenar /
aparatos para el mecanizado, grúas de torre, aparatos de lavado, máquinas de
compactar desecho / máquinas compactadoras de basura, cabrestantes, máquina de
hileras, separador vertical (windshifter), plataformas de trabajo aéreas,
piezas de repuesto para los productos antes mencionados. Fecha: 6 de Julio de
2018. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos
valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir
de la primera publicación de este edicto. Presentada el 21 de mayo del 2018.
Solicitud N° 2018-0004409. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo
dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978.—San José, 21 de mayo del
2018.—Ildreth Araya Mesen, Registradora.—( IN2018270186 ).
DIRECCIÓN NACIONAL DE NOTARIADO
HABILITACIÓN DE NOTARIA (O)
PÚBLICA (O). La DIRECCIÓN NACIONAL DE NOTARIADO con oficinas en San José, San
Pedro de Montes de Oca, costado Oeste del Mall San Pedro, Oficentro Sigma,
Edificio A, 5to.piso, HACE SABER: Que ante este Despacho se ha recibido
solicitud de INSCRIPCIÓN Y HABILITACIÓN como delegataria (o) para ser y ejercer
la función pública Estatal del NOTARIADO, por parte de: JUAN GABRIEL PIEDRA
SOTO, con cédula de identidad N° 1-1433-0709, carné N° 25202. De
conformidad con lo dispuesto por el artículo 11 del Código Notarial, se invita
a quienes conozcan hechos o situaciones que afecten la conducta de la
solicitante, a efecto de que lo comuniquen por escrito a esta Dirección dentro
de los QUINCE (15) DÍAS HÁBILES siguientes a esta publicación. Proceso
N°66402.—San José, 22 de agosto de 2018.—Licda. Kíndily Vílchez Arias,
Abogada-Unidad Legal Notarial.—1 vez.—( IN2018274039 ).
HABILITACIÓN DE NOTARIA (O)
PÚBLICA (O). La DIRECCIÓN NACIONAL DE NOTARIADO con oficinas en San José, San
Pedro de Montes de Oca, costado oeste del Mall San Pedro, Oficentro Sigma,
Edificio A, 5to.piso, HACE SABER: Que ante este Despacho se ha recibido
solicitud de INSCRIPCIÓN Y HABILITACION como delegataria (o) para ser y ejercer
la función pública Estatal del NOTARIADO, por parte de: MARILYN CERDAS
CHAVES, con cédula de identidad N° 3-0427-0853, carné N° 26397. De
conformidad con lo dispuesto por el artículo 11 del Código Notarial, se invita
a quienes conozcan hechos o situaciones que afecten la conducta de la
solicitante, a efecto de que lo comuniquen por escrito a esta dirección dentro
de los quince (15) días hábiles siguientes a esta publicación. Proceso N°
65227.—San José, 3 de agosto de 2018.—Licda. Kíndily Vílchez Arias,
Abogada-Unidad Legal Notarial.—1 vez.—( IN2018274136 ).
HABILITACIÓN DE NOTARIA (O)
PÚBLICA (O). La DIRECCIÓN NACIONAL DE NOTARIADO con oficinas en San José, San
Pedro de Montes de Oca, costado oeste del Mall San Pedro, Oficentro Sigma,
Edificio A, 5to.piso, HACE SABER: Que ante este Despacho se ha recibido
solicitud de INSCRIPCIÓN Y HABILITACIÓN como delegataria (o) para ser y ejercer
la función pública Estatal del NOTARIADO, por parte de: JAIME EDUARDO
SCHMIDT MUÑOZ, con cédula de identidad N° 1-1405-0655, carné N° 24111. De
conformidad con lo dispuesto por el artículo 11 del Código Notarial, se invita
a quienes conozcan hechos o situaciones que afecten la conducta de la
solicitante, a efecto de que lo comuniquen por escrito a esta Dirección dentro
de los QUINCE (15) DÍAS HÁBILES siguientes a esta publicación. Proceso N°
64713.—San José, 14 de agosto de 2018.—Unidad Legal Notarial.—Licda. Kíndily
Vílchez Arias, Abogada.—1 vez.—( IN2018274139 ).
DIRECCIÓN DE AGUA
EDICTOS
PUBLICACIÓN DE TERCERA VEZ
IN-UHTPCOSJ-0099-2018.—Exp.
11535P.—Banco Crédito Agrícola de Cartago, solicita concesión de: 8.7 litros
por segundo del acuífero, efectuando la captación por medio del pozo AB-2294 en
finca de su propiedad en Trinidad, Moravia, San José, para uso
industrial-alimentaria. Coordenadas 219.100 / 533.680 hoja Abra. Quienes se
consideren lesionados, deben manifestarlo dentro del mes contado a partir de la
primera publicación.—San José, 30 de julio de 2018.—Departamento de
Información.—Douglas Alvarado Rojas.—( IN2018272825 ).
ED-UHTPCOSJ-0273-2018.—Exp. N°
3073.—Empresa de Servicios Públicos de Heredia Sociedad Anónima, solicita
concesión de: 30 litros por segundo del nacimiento Iris Hernández oeste,
efectuando la captación en Finca de Alfiris S. A. y Elsie Vega M., en San José
de la Montaña, Barva, Heredia, para uso consumo humano-poblacional. Coordenadas
231.000 / 524.800 hoja Barva; 15 litros por segundo del nacimiento Anexa
Arrieta, efectuando la captación en finca de estado (cauce del Río Ciruelas) en
San José de La Montaña, Barva, Heredia, para uso consumo humano-poblacional.
Coordenadas 232.800 / 525.100 hoja Barva. 40 litros por segundo del nacimiento
Botho Steinvorth, efectuando la captación en finca de W. Steinvorth Hnos. En
San José de la Montaña, Barva, Heredia, para uso consumo humano-poblacional.
Coordenadas 230.900 / 525.100 hoja Barva. 75 litros por segundo del nacimiento
Flores, efectuando la captación en Finca de W. Steinvorth Hnos. en San José de
la Montaña, Barva, Heredia, para uso consumo humano-poblacional. Coordenadas
231.200 / 526.100 hoja Barva. 70 litros por segundo del nacimiento Sacramento,
efectuando la captación en finca de hacienda paso robles s.a. En San José de la
Montaña, Barva, Heredia, para uso consumo humano-poblacional. Coordenadas
233.200 / 524.200 hoja Barva. 80 litros por segundo del nacimiento Carlos
Steinvorth, efectuando la captación en Finca de Inversiones SPI S.A. en San
José, de la Montaña, Barva, Heredia, para uso consumo humano-poblacional.
Coordenadas 232.700 / 524.900 hoja Barva. 325 litros por segundo del nacimiento
la hoja, efectuando la captación en finca de estado (cauce del Río La Hoja) en
San Pablo, Barva, Heredia, para uso consumo humano-poblacional. Coordenadas 227.700
/ 525.900 hoja Barva. 20 litros por segundo del nacimiento veintinueve a,
efectuando la captación en finca de estado (cauce del rio ciruelas) en San José
de la Montaña, Barva, Heredia, para uso consumo humano-poblacional. Coordenadas
231.000 / 524.500 hoja Barva. 45 litros por segundo del nacimiento Arrieta,
efectuando la captación en finca de estado (cauce del Río Ciruelas) en San José
de la Montaña, Barva, Heredia, para uso consumo humano-poblacional. Coordenadas
232.700 / 525.300 hoja Barva.10 litros por segundo del nacimiento veintinueve,
efectuando la captación en finca de estado (cauce del Río Ciruelas) en San José
de la Montaña, Barva, Heredia, para uso consumo humano-poblacional. Coordenadas
230.900 / 524.400 hoja Barva. Quienes se consideren lesionados, deben
manifestarlo dentro del mes contado a partir de la primera publicación.—San
José, 10 de agosto de 2018.—Departamento De Información, Pacífico
Central.—Douglas Alvarado Rojas.—( IN2018272881 ).
ED-UHTPCOSJ-0262-2018.—Exp. N°
17018P.—Propiedades Cosmo Global PCG S. A., solicita concesión de: 5 litros por
segundo del acuífero, efectuando la captación por medio del pozo BA-958 en
finca del solicitante en Sabanilla, Alajuela, Alajuela, para uso consumo humano
doméstico y agropecuario-riego. Coordenadas 288.813/512.609 hoja Barva. Quienes
se consideren lesionados deben manifestarlo dentro del mes contado a partir de
la primera publicación.—San José, 1° de agosto de 2018.—Douglas Alvarado Rojas,
Departamento de Información.—( IN2018272970 ).
ED-UHTPCOSJ-0260-2018.—Exp.
12799P.—Cedralmar Griega S. A., solicita concesión de: 0.57 litros por segundo
del acuífero, efectuando la captación por medio del pozo NA-867 en finca de su
propiedad en Tacares, Grecia, Alajuela, para uso consumo humano-doméstico.
Coordenadas 230.710 / 506.100 hoja Naranjo. Quienes se consideren lesionados,
deben manifestarlo dentro del mes contado a partir de la primera
publicación.—San José, 31 de julio de 2018.—Departamento de
Información.—Douglas Alvarado Rojas, Coordinador.—( IN2018273343 ).
PUBLICACIÓN DE SEGUNDA VEZ
ED-0041-2018.—Exp. N°
7385P.—Tejidos y Confecciones Palmares de C.R., solicita concesión de: 1 litro
por segundo del acuífero, efectuando la captación por medio del pozo NA-336 en
finca de su propiedad en Granja, Palmares, Alajuela, para uso industria-textil.
Coordenadas 226.550/488.250 hoja Naranjo. Quienes se consideren lesionados,
deben manifestarlo dentro del mes contado a partir de la primera
publicación.—San José, 01 de agosto de 2018.—Douglas Alvarado Rojas.—(
IN2018273396 ).
ED-UHTPCOSJ-0275-2018.—Exp. N° 12901P.—Adys María Solís Monge, solicita
concesión de: 0.02 litros por segundo del acuífero, efectuando la captación por
medio del pozo AB-2446 en finca de su propiedad en Hatillo, San José, San José,
para uso comercial-lavado de vehículos. Coordenadas 210.725/525.580 hoja Abra.
Quienes se consideren lesionados, deben manifestarlo dentro del mes contado a
partir de la primera publicación.—San José, 10 de agosto de 2018.—Douglas
Alvarado Rojas, Departamento de Información.—( IN2018273490 ).
ED-UHTPCOSJ-0261-2018.—Exp.
17676P.—Jorge Ignacio Chinchilla Bonilla, solicita concesión de: 1.5 litros por
segundo del acuífero, efectuando la captación por medio del pozo RG-1003 en
finca de su propiedad en Garita, Alajuela, Alajuela, para uso consumo humano
doméstico y agropecuario riego. Coordenadas 219.449 / 501.601 hoja Garita.
Quienes se consideren lesionados, deben manifestarlo dentro del mes contado a
partir de la primera publicación.—San José, 01 de agosto del 2018.—Departamento
de Información.—Douglas Alvarado Rojas.—( IN2018273788 )
DIRECCIÓN PROVEEDURÍA INSTITUCIONAL
MODIFICACIÓN PLAN ANUAL DE ADQUISICIONES
2018
La Dirección de Proveeduría
Institucional les informa a todos los interesados que a partir de esta fecha se
ha publicado Modificación al Plan Anual de Adquisiciones del Ministerio de
Seguridad Pública correspondiente al siguiente programa presupuestario 09002
Escuela Nacional de Policía el cual se encuentra a su disposición en la
dirección electrónica www.hacienda.go.cr, en el link de COMPRARED, así como en
la dirección electrónica www.sicop.go.cr
San José, 24 de agosto de
2018.—Proveeduría Institucional.—Lic. Mario Umaña Mora, Director.—1 vez.—O. C.
N° 3400035710.— Solicitud N° 126317.—( IN2018273899 ).
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA
DIRECCIÓN EJECUTIVA
DEPARTAMENTO DE PROVEEDURÍA
El Departamento de Proveeduría
invita a participar en el siguiente procedimiento de contratación:
LICITACIÓN PÚBLICA N° 2018LN-000003-PROV
Concesión de Servicios de Soda para los Servidores Judiciales
y
Usuarios del Edificio Anexo A del Segundo
Circuito
Judicial de San José
Fecha y hora de apertura: 28 de
setiembre de 2018, a las 10:00 horas. El respectivo cartel se puede obtener sin
costo alguno a partir de la presente publicación. Para ello, los interesados
podrán obtenerlo a través de Internet, en la siguiente dirección:
http://poder-judicial.go.cr/proveeduria (ingresar a la opción “Contrataciones
Disponibles”).
San José, 27 de agosto de
2018.—Proceso de Adquisiciones.—MBA. Yurly Argüello Araya, Jefa.—1 vez.—(
IN2018274000 ).
PROVEEDURÍA INSTITUCIONAL
LICITACIÓN PÚBLICA N° 2018LN-00009-SCA
Concesión de instalación pública para prestar
el
servicio de la soda comedor de la Facultad
de
Ciencias Exactas y Naturales (FCEN)
La Universidad Nacional a través
de la Proveeduría Institucional recibirá ofertas por escrito, hasta las 10:00
a. m. del día 21 de setiembre del 2018, en las instalaciones de la Proveeduría
Institucional sita 250 metros norte y 75 metros oeste del Liceo Mario Vindas en
San Pablo de Heredia.
El cartel deberá obtenerse en la siguiente
dirección electrónica www.una.ac.cr/proveeduria en los documentos electrónicos
propiamente, información para proveedores.
Ciudad de Heredia, 27 de agosto
del 2018.—MAP. Nelson Valerio Aguilar, Director.—1 vez.—O. C. N°
P0032131.—Solicitud N° 126423.—( IN2018274002 ).
PROVEEDURÏA
LICITACIÓN ABREVIADA N° 2018LA-000013-01
Contratación de servicios profesionales para la actualización
del
valor de reposición de la infraestructura portuaria
en
Puerto Caldera
El Departamento de Proveeduría
del INCOP invita a participar en la Licitación Abreviada N° 2018LA-000013-01
para la “Contratación de servicios profesionales para la actualización del
valor de reposición de la infraestructura portuaria en Puerto Caldera”. El día
05 de setiembre del 2018, a las 10:00 horas se realizará una visita al sitio a
efecto de conocer mejor los alcances del trabajo de la presente
licitación. El plazo para la recepción
de ofertas vence el día 12 de setiembre del 2018 a las 10:00 horas en la
Oficina de Proveeduría del INCOP en Puerto Caldera. Los interesados en
participar en esta Licitación podrán descargar el cartel respectivo en el
siguiente link http://www.incop.go.cr/licitaciones/ o solicitar el cartel de
licitación a los correos electrónicos jamadrigal@incop.go.cr o
jbravo@incop.go.cr a partir de la publicación de este aviso.
Mba. Juan Ariel Madrigal Porras,
Proveedor General.—1 vez.—O.C. N° 29533.—Solicitud N° 126415.— ( IN2018273988
).
GERENCIA DE LOGÍSTICA
ÁREA DE ADQUISICIONES DE BIENES Y SERVICIOS
LICITACIÓN ABREVIADA N° 2018LA-000069-5101
Aminofilina hidratada 250 mg. Solución inyectable. Ampolla
con
10 ml o aminofilina anhidra 250 mg. Solución inyectable.
Ampolla
con 10 ml Código 1-10-23-3130
Se informa a todos los
interesados que está disponible en la dirección electrónica institucional
http://www.ccss.sa.cr/licitaciones detalle?up=5101&tipo=LA el cartel de
Licitación Pública 2018LA-000069-5101 para la adquisición de: Aminofilina
hidratada 250 mg. Solución inyectable. Ampolla con 10 ml o aminofilina anhidra
250 mg. Solución inyectable. Ampolla con 10 ml. La apertura de ofertas está
programada para el día 24 de setiembre de 2018 a las 13:00 horas; ver detalles
en el expediente físico en la recepción del Área de Adquisiciones de Bienes y
Servicios, en el piso 11 del edificio Laureano Echandi de Oficinas Centrales
Línea Producción de
Medicamentos.—Licda. Shirley Solano Mora, Jefatura.—1 vez.—O. C. Nº
1142.—Solicitud Nº AABS-1449-18.—( IN2018273935 ).
PROCESO DE ADQUISICIONES
CONTRATACIÓN DIRECTA 2018CD-000078-09 (Invitación)
Contratación de servicios de mantenimiento correctivo para
impresoras,
proyectores multifuncionales y escáner
de
la Unidad Regional Heredia y Centros
de
Formación Adscritos
El Proceso de Adquisiciones de
la Unidad Regional de Heredia, recibirá ofertas por escrito para este concurso
hasta las 10:00 horas del 04 de setiembre del 2018, los interesados podrán
retirar el pliego de condiciones, el cual es gratuito en el Proceso de
Adquisiciones, sita: Heredia, 50 metros norte y 50 este de la Clínica de la
CCSS o bien ver la página web del INA, dirección
http://infoweb.ina.ac.cr/consultacarteles.
Unidad de Compras
Institucionales.—Lic. Allan Altamirano Díaz, Jefe.—1 vez.—O. C. N°
26133.—Solicitud N° 126376.—( IN2018274104 ).
COMPRA DIRECTA Nº 2018CD-000065-03
Compra de equipo de procesamiento
de
alimentos de industria alimentaria
El Proceso de Adquisiciones de
la Unidad Regional Central Occidental del Instituto Nacional de Aprendizaje
estará recibiendo ofertas por escrito hasta las 10:00 horas del 06 de setiembre
del 2018. Los interesados podrán retirar el pliego de condiciones el cual es
gratuito en el Proceso de Adquisiciones sita en Naranjo, Alajuela, 300 metros
al sur del cruce de Cirrí, o bien ver la página web del INA, dirección
http://infoweb.ina.ac.cr/consultacarteles.
Unidad de Compras
Institucionales.—Lic. Allan Altamirano Díaz, Jefe.—1 vez.—O. C. N°
26133.—Solicitud N° 126506.—( IN2018274177 ).
Departamento de Proveeduría
LICITACIÓN ABREVIADA N° 2018LA-000001-ARESEP
Contratación de servicios de información del mercado
internacional
de los hidrocarburos, necesarios
para
las fijaciones tarifarias de
los
combustibles
La Proveeduría Institucional de
la Autoridad Reguladora de los Servicios Públicos avisa a todos los interesados
que ha formulado el concurso denominado Licitación Abreviada N°
2018LA-000001-ARESEP, “Contratación de servicios de información del mercado internacional
de los hidrocarburos, necesario para las fijaciones tarifarias de los
combustibles”.
Las especificaciones técnicas y las
condiciones generales que forman parte de esta licitación podrán ser accesadas
en la dirección electrónica:
https://aresep.go.cr/aresep/transparencia-institucional/2017-11-09-20-52-40/contratacion-administrativa.
Las ofertas para dicho concurso se recibirán
en forma escrita y en sobre cerrado hasta las 14:00 horas del jueves 20 de
setiembre del 2018, en la Oficina de la Proveeduría, ubicada en el edificio de
la ARESEP, en Guachipelín, Escazú de Construplaza, 100 m. al norte en el
Oficentro Multipark, cualquier consulta o información adicional puede
solicitarse al tel.: 2506-3200, ext. 1153, o bien al correo electrónico:
jromero@aresep.go.cr o chaconha@aresep.go.cr.
Merari Herrera Campos, Jefa.—1
vez.—O. C. N° 9006-2018.—Solicitud N° 151-2018.—(
IN2018273873 ).
INS
SERVICIOS S. A.
CONTRATACIÓN EXCEPTUADA N° 2018CE-000010
Servicios de estimación de daños vehicular
De conformidad con la resolución
R-DCA-0817-2018 de la División de Contratación Administrativa de la Contraloría
General de la República,1NS Servicios S. A., por medio de la Unidad de
Proveeduría, Servicios Generales y Administración de Proveedores invita a
participar en el concurso Contratación Exceptuada N° 2018CE-000010, a todas las
personas físicas y jurídicas que brinden servicios de estimación de daños
vehiculares.
El servicio consiste en realizar la
valoración de los daños que presentan los vehículos asegurados y/o terceros
perjudicados con ocasión o a consecuencia de un siniestro y que se encuentran
bajo póliza del INS.
El pliego de condiciones podrá ser retirado
en la siguiente dirección electrónica:
● http://www.insservicios.com/DescargaArchivos.
● Puede solicitar el cartel a la dirección:
aliadosinsservicios@ insservicios.com
● O bien retirarlo en las oficinas de INS
Servicios S.A. en San José, Curridabat, frente a centro comercial Plaza del
Sol, mediante su Unidad de Proveeduría y Servicios Generales en horario de
lunes a viernes de 7:45 a. m. a 5:21 p. m.
INS Servicios S. A., recibirá
ofertas por escrito a partir del 30 de agosto 2018 hasta las diecisiete horas
con veintiún minutos del 03 de setiembre del 2018. Los interesados en
participar en esta contratación deberán presentar sus ofertas (original y dos
copias), en forma física y en sobre cerrado en las instalaciones de INS
Servicios S.A. en San José, Curridabat, frente a centro comercial Plaza del
Sol, mediante su Unidad de Proveeduría y Servicios Generales en horario de
lunes a viernes de 7:45 a. m. a 5:21 p. m.
Carlos Achong Rojas, gerente
Administrativo Financiero.—Proveeduría.—Heylin Vásquez Hernández, Asesora Legal.—
1 vez.—( IN2018273972 ).
MUNICIPALIDAD DE UPALA
CONTRATACIÓN DIRECTA 2018CD-00079-01
Contratación de persona física o jurídica para la compra
de
reloj marcador para el Registro de
Funcionarios
Municipales
La Municipalidad de Upala,
invita a participar en el siguiente proceso de contratación: Contratación
Directa 2018CD-00079 -01, contratación de persona física o jurídica para la
compra de reloj marcador para el Registro de Funcionarios Municipales
Los detalles de la contratación los
encontrará en el cartel de Licitación, el cual podrán adquirir en la
Proveeduría de esta municipalidad.
Cualquier información adicional comunicarse
al teléfono 2470-0157, ext. 212 y 2013 (proveeduría), o al correo electrónico
eshion@muniupala.go.cr, cnoguera@muniupala.go.cr.
Así mismo se le informa al oferente que tiene
un tiempo perentorio para presentar oferta hasta las diez horas del martes 04
de setiembre del 2018, en la oficina de proveeduría de la Municipalidad de
Upala, ubicada 75 metros este del parque central en Upala centro.
Juan Bosco Acevedo Hurtado,
Alcalde.—1 vez.— ( IN2018274117 ).
La Municipalidad de Upala invita
a participar en el siguiente proceso de contratación:
CONTRATACIÓN DIRECTA N° 2018CD-00080-01
Contratación de persona física o jurídica, para adquisición
de
tarjetas de combustibles y GPS para los vehículos
municipales
pertenecientes a los departamentos
de:
Administración, Control Urbano, Unidad
Técnica de Gestión Vial y
Acueductos
Los detalles de la contratación
los encontrará en el cartel de licitación, el cual podrán adquirir en la
Proveeduría de esta Municipalidad.
Cualquier información adicional comunicarse
al teléfono 2470-0157 Ext. 212 y 2013 (Proveeduría), o al correo electrónico
eshion@muniupala.go.cr / cnoguera@muniupala.go.cr.
Así mismo se le informa al oferente que tiene
un tiempo perentorio para presentar oferta hasta las diez horas del martes 04
de setiembre del 2018, en la Oficina de Proveeduría de la Municipalidad de
Upala, ubicada 75 metros este del Parque Central en Upala Centro.
Juan Bosco Acevedo Hurtado,
Alcalde.—1 vez.— ( IN2018274123 ).
HOSPITAL SAN VICENTE DE PAÚL
LICITACIÓN ABREVIADA Nº 2018LA-000038-2208
Modalidad de entrega según demanda
aloinjerto
de origen cadavérico
La Subárea de Contratación
Administrativa del Hospital San Vicente de Paúl, comunica a los proveedores
participantes en la presente Licitación, su adjudicación a la empresa:
New Medical S. A.
Monto total aproximado: Ítem del
1 al 10: $67.000,00 (Sesenta y siete mil dólares exactos, monto según demanda).
Heredia, 23 de agosto del
2018.—Msc. Oscar Montero Sánchez, Dirección Administrativa.—1 vez.—(
IN2018273892 ).
GERENCIA DE LOGÍSTICA
DIRECCIÓN DE APROVISIONAMIENTO
DE
BIENES Y SERVICIOS
SUBAÁREA DE INSUMOS MÉDICOS
N° 2018LN-000011-5101
Guantes para cirugía estériles, libres de polvo lubricante,
Código
2-94-03-0360
A todos los interesados se les
informa que el presente concurso bajo la modalidad entrega según demanda, ha
sido adjudicado de la siguiente manera: Ítem único: Guantes para cirugía
estériles libre de polvo lubricante. Empresa: Hospimédica S. A. Precio
unitario: $0.244 Precio total referencial: $317.200.00
La información se encuentra en el expediente
físico en el Área de Adquisiciones de Bienes y Servicios y en la dirección
institucional.
San José, 27 de agosto del
2018.—Área de Adquisiciones de Bienes y Servicios.—Licda. Adriana Chávez Díaz,
Jefa.—1 vez.— O. C. Nº 1142.—Solicitud Nº AABS-1524-18.—( IN2018273937 ).
Contratación de servicio de transporte para la asamblea
del
Concejo Territorial de Desarrollo Rural Pérez
Zeledón
de la Oficina de Desarrollo Territorial
de
San Isidro y asamblea ordinaria para
Concejo
Territorial de Desarrollo
Rural
Osa-Golfito y Corredores
de
la Oficina de Desarrollo
Territorial
de
Río
Claro
El Instituto de Desarrollo Rural
comunica que de conformidad al oficio GG-1071-2018, se declara infructuoso el
siguiente proceso: “Contratación de servicio de transporte para la asamblea del
Concejo Territorial de Desarrollo Rural Pérez Zeledón, de la Oficina de
Desarrollo Territorial de San Isidro y asamblea ordinaria para el Concejo
Territorial de Desarrollo Rural Osa-Golfito y Corredores de la Oficina de
Desarrollo Territorial de Río Claro”.
San Vicente de Moravia, San
José.—Proveeduría Institucional.—Licda. Karen Valverde Soto, Coordinadora.—1
vez.—( IN2018273868 ).
PROCESO DE ADQUISICIONES
UNIDAD REGIONAL HUETAR NORTE
LICITACIÓN ABREVIADA Nº 2018LA-000003-06
(Adjudicación)
Equipo de medición para magnitudes eléctricas
La Comisión Local Regional de
Adquisiciones, de la Unidad Regional Huetar Norte del Instituto Nacional de
Aprendizaje, en su Acta Nº CLRA-14-2018, del día 17 de agosto del 2018,
artículo III, tomó el siguiente acuerdo de conformidad con los criterios técnicos,
jurídicos y administrativo, según detalle:
Adjudicar las seis líneas del
concurso de la Licitación Abreviada 2018LA-000003-06, para la “Equipo de
Medición para Magnitudes Eléctricas”, a los siguientes oferentes: las líneas:
1, 3 y 5 al señor Mainor Enrique Porras Salazar, por un monto de
$14.580,00 (Catorce mil quinientos ochenta dólares) con plazo de entrega de 30
días hábiles y las líneas: 2, 4 y 6 a la empresa Elvatron S. A., por un
monto de $36.289,95 (Treinta y seis mil doscientos ochenta y nueve dólares con
noventa y cinco) con plazo de entrega de 30 días hábiles.; por cumplir
técnicamente con lo solicitado en el cartel de Licitación y obtener el mayor
puntaje de acuerdo a los elementos de adjudicación y metodología de comparación
de ofertas.
Unidad de Compras
Institucionales.—Allan Altamirano Díaz, Jefe.—1 vez.—O. C. Nº 26133.—Solicitud
Nº 126375.—( IN2018273903 ).
PROVEEDURÍA INSTITUCIONAL
LICITACIÓN PÚBLICA N° 2018LN-000004-SCA
Concesión de instalación pública para prestar el servicio de
fotocopiado,
impresión, y venta de artículos de librería
en
el Centro de Investigación y Docencia
en
Educación (Cide)
La Universidad Nacional por
medio de la Proveeduría Institucional informa a todos los invitados e
interesados en la Licitación Pública N° 2018 LN-000004-SCA, que el encabezado
del aviso publicado en La Gaceta N° 155 de fecha 27 de agosto del 2018, se
debe de leer correctamente LICITACIÓN PÚBLICA N° 2018LN-000004-SCA
Todo lo demás permanece
invariable
Heredia, de 27 de agosto del
2018.—MAP. Nelson Valerio Aguilar, Director Proveeduría Institucional.—1
vez.—O. C. Nº P0032131.—Solicitud Nº 126449.—( IN2018274124 ).
HOSPITAL MÉXICO
SUBÁREA DE CONTRATACIÓN ADMINISTRATIVA
LICITACIÓN NACIONAL 2018LN-000014-2104 (Prórroga N° 1)
Por la adquisición de implementos descartables de laparoscopia
Se comunica a los interesados
que la fecha de apertura se prorrogará hasta nuevo aviso; además que de existir
modificaciones al cartel se les estará comunicando por este mismo medio.
San José, 27 de agosto de
2018.—MSc. Dennys Miranda Boza, Coordinador a. í.—1 vez.—O. C. N°
168.—Solicitud N° 126406.—( IN2018273901 ).
PROCESO DE ADQUISICIONES
LICITACIÓN ABREVIADA 2018LA-000005-09
(Modificación)
Contratación de servicio aseo y limpieza con criterios
ambientales
para las instalaciones de la Unidad
Regional
y Centro de Formación Plurisectorial
de
la Unidad Regional Heredia
El Proceso de Adquisiciones de
la Unidad Regional de Heredia informa:
De acuerdo al criterio técnico
URMA-PSG-779-2018 y consulta realizada por el proveedor Servicios de
Consultoría de Occidente S.A, se procede a modificar las especificaciones del
cartel de la Licitación en mención con el objeto de contar con una mayor
participación de oferentes tal y como se indica a continuación:
Sirva la presente para solicitar
la modificación al cartel de la Licitación Abreviada 2018LA-000005-09
correspondiente a “Servicio de aseo y limpieza con criterios ambientales para
las instalaciones de la Unidad Regional de Heredia y Centro de Formación
Plurisectorial de la Unidad Regional de Heredia”, debido a que durante la
visita al sitio realizada el día 24 de agosto del 2018, se detectó que se deben
aclarar y modificar algunos puntos del cartel de licitación. Adicionalmente, se
acoge la solicitud planteada por la empresa Servicios de Consultoría de
Occidente S. A, con respecto a la verificación de la Regencia del Regente químico
de la empresa fabricante.
1. Se modifica la nota del inciso 3.15.6 del
punto 3.15 “CLÁUSULAS AMBIENTALES” de forma tal que se incluya el certificado
de regencia con la finalidad de verificar que la misma se encuentre vigente y
al día. Que se lea de la siguiente manera:
“Con la finalidad de
salvaguardar que la composición química de los productos se mantiene en el
tiempo y que el análisis de biodegradabilidad independientemente de la fecha en
que fue emitido, es válido, se solicita una declaración jurada por parte del
Regente Químico de la empresa fabricante de los productos solicitados, en donde
se indique y dé fe pública que dicha composición se mantiene y que no ha habido
cambios en los ingredientes de los productos. Adicionalmente, se deberá aportar
la Regencia correspondiente, con la finalidad de verificar que el Regente
Químico se encuentra inscrito ante el Colegio respectivo y que la misma está
vigente y al día.”
2. Se elimina las palabras “TECHO Y CANOAS” del
punto 2.5.3 “LIMPIEZA MENSUAL” párrafo cuarto de las especificaciones técnicas,
donde se menciona lo relacionado con el lavado de agua a presión de las aceras,
parqueos, mallas perimetrales, techos, canoas y zonas donde se determine
necesario este trabajo, ya que se debe velar por la seguridad de las personas
que brindan el servicio y al no contar con líneas de vida en las instalaciones
donde puedan sujetarse, se eliminará dicha actividad en estos elementos.
Dicho párrafo se leerá de la siguiente
manera:
- Lavado con agua a presión de las aceras,
parqueos, mallas perimetrales y zonas donde se determine necesario este
trabajo.
3. Se modificar el punto 2.6 de las
especificaciones técnicas, ya que todo el equipo que vaya a aportar el
Contratista debe estar nuevo y no se especifica.
Dicho punto se leerá de la siguiente
manera:
2.6 Equipos mínimos requeridos para prestar el
servicio los cuales deben de estar nuevos al inicio de la contratación y
mantenerse en perfecto estado de funcionamiento durante el plazo de la
contratación.
4. Se incluye en la lista de equipos del punto
2.6 de las especificaciones técnicas, los escurridores de estropajos.
Dicha cantidad de productos se leerá de la
siguiente manera:
- Diez (10) escurridores de
estropajos.
5. Se modifica la descripción del cepillo de raíz
grande para aceras indicado en el punto 2.7 de las especificaciones técnicas,
ya que se presta para confusión con lo que realmente se requiere para atender
el servicio.
Que se
lea de la siguiente manera:
- 05 Escobones para aceras (semestralmente).
6. Se anula el punto 2.4.3 del cartel “Timbre de
¢ 200.00 del Colegio de Profesionales en Ciencias Económicas, según reforma
publicada el día 11 de mayo del presente año a la ley número 9529 el uso de los
timbres en las ofertas presentadas en las Licitaciones, se elimina.
- Las demás condiciones, se mantienen
invariables, al igual que la fecha y hora de apertura publicada en La Gaceta
N° 154 del 24 de agosto 2018.
Unidad de Compras
Institucionales.—Lic. Allan Altamirano Díaz, Jefe.—1 vez.—O. C. Nº
26133.—Solicitud Nº 126503.—( IN2018274175 ).
COLEGIO DE LICENCIADOS Y PROFESORES
EN
LETRAS, FILOSOFÍA, CIENCIAS Y ARTES
MANUAL DE POLÍTICAS Y PROCEDIMIENTOS
Control del ejercicio legal de los profesionales en educación
Modificación del punto 3 de las políticas generales:
3- El control del ejercicio legal de la profesión,
se hará mediante el cotejo de nóminas de personal y la notificación, denuncias
u otras acciones dirigidas a la verificación del ejercicio profesional de los
educadores, por tal motivo, este Colegio Profesional se encuentra facultado por
la Ley Nº 4770 y sus reformas para solicitar las nóminas del personal a todas
las instituciones educativas públicas y privadas que se requieran, así como
solicitar la nómina general al M.E.P.
Modificación del punto 3 de las políticas específicas:
3- El proceso de notificación a los profesionales
en condición irregular y/o no incorporados a este Colegio Profesional, se hará
mediante oficio de notificación debidamente fundamentado, el cual se enviará a
cada profesional mediante entrega personal por parte de los abogados de la
Unidad de Fiscalización a cada institución y por correo certificado con acuse
de recibo a través de Correos de Costa Rica o cualquier otro medio legalmente
autorizado según la Ley de Notificaciones, estableciéndole al profesional
notificado un plazo de 30 días hábiles para que proceda con la incorporación.
Inclusión de los puntos 7, 8 y 9 del procedimiento:
7. |
Prepara los oficios de
notificación, según las instituciones que se vayan a visitar en los cuales
hay docentes ejerciendo ilegalmente. |
Abogado(a) |
8. |
Realiza la logística de la
gira de fiscalización por zona geográfica. |
Abogado(a) |
9. |
Se desplaza a las diferentes
instituciones Públicas o Privadas, con la lista del MEP, la cual incluya los
datos necesarios para confeccionar y notificar a las personas que presenten
condiciones de no colegiado y situación irregular. |
Abogado(a) |
M.Sc. Lilliam González Castro,
Presidenta Junta Directiva.— 1 vez.—( IN2018269988 ).
VICERRECTORÍA
DE VIDA ESTUDIANTIL
EDICTOS
PUBLICACIÓN
DE SEGUNDA VEZ
ORI-R-1538-2018.—Vargas Miranda Guiby Marcela, R-242-2018,
cédula Nº 6-0328-0224, solicitó reconocimiento y equiparación del título de Máster
Universitario en Cooperación Internacional y Gestión de Políticas Públicas,
Programas y Proyectos de Desarrollo, Universidad Internacional Menéndez Pelayo,
España. La persona interesada en aportar información del solicitante, podrá hacerlo
por escrito ante esta Oficina dentro de los 5 días hábiles siguientes a la
publicación del tercer aviso.—Ciudad Universitaria Rodrigo Facio, 03 de junio
del 2018.—Oficina de Registro e Información.—MBA. José
Rivera Monge, Director.— O. C. Nº 24191.—Solicitud Nº 125381.—( IN2018271830 ).
PUBLICACIÓN DE PRIMERA VEZ
ORI-1426-2018.—Contreras Álvarez
Lissette, cédula de identidad 6-0171-0142, ha solicitado reposición del título
de Licenciada en Educación Primaria. Cualquier persona interesada en aportar datos
sobre la vida y costumbres del solicitante, podrá hacerlo mediante escrito que
ha de ser presentado ante esta Oficina dentro de los cinco días hábiles
siguientes a la publicación del tercer aviso.—Ciudad Universitaria, Rodrigo
Facio, 6 de julio del 2018.—MBA José Rivera Monge, Director.—( IN2018264792 ).
DEPARTAMENTO DE ADMISIÓN Y REGISTRO
EDICTO
PUBLICACIÓN DE PRIMERA VEZ
El señor Jorge Lorenzo Bonilla
Rojas, cédula de identidad Nº 1 1049 0566, ha presentado para el trámite de
reconocimiento y equiparación el diploma con el título de Master of Fine Arts
obtenido en Hongik University. Cualquier persona interesada en aportar
información al respecto de este trámite, podrá hacerlo mediante un escrito que
debe ser presentado en el Departamento de Admisión y Registro del Instituto
Tecnológico de Costa Rica, dentro de los quince días hábiles siguientes a la
publicación del tercer aviso.—Cartago, 31 de julio del 2018.—Ing. Giovanny
Rojas Rodríguez, M.Ed., Director.—O. C. Nº 20150003.—Solicitud Nº 124324.—(
IN2018270117 ).El señor Mario Alberto Campo Ugalde, cédula de identidad N° 4
0193 0290, ha presentado para el trámite de reconocimiento y equiparación el
diploma con el título de Maestro en Ciencias en Agroforestería para el
Desarrollo Sostenible, obtenido en la Universidad Autonoma Chapingo. Cualquier
persona interesada en aportar información al respecto de este trámite, podrá
hacerlo mediante un escrito que debe ser presentado en el Departamento de
Admisión y Registro del Instituto Tecnológico de Costa Rica, dentro de los
quince días hábiles siguientes a la publicación del tercer aviso.—Cartago, 31
de julio 2018.—Ing. Giovanny Rojas Rodríguez, M.Ed., Director.—O.C. N°
20150003.—Solicitud N° 124325.— ( IN2018270119 ).
EDICTO
La SUTEL hace saber que de
conformidad con el expediente C0829-STT-AUT-01113-2018 y en cumplimiento del
artículo 42 del Reglamento a la Ley N° 8642, se publica extracto de la
resolución RCS-288-2018 que otorga título habilitante a Controlnet S. A.,
cédula jurídica 3-101-705167. 1) Servicio autorizados: transferencia de datos
en la modalidad de acceso a internet y en la modalidad de enlaces punto a punto
por medios inalámbricos en bandas de frecuencia de “uso libre”. 2) Plazo de
vigencia: diez años a partir de la notificación de la resolución. 3) Zonas
geográficas: todo el territorio nacional 4) Sobre las condiciones: debe
someterse a lo dispuesto en la RCS-288-2018.
Luis Alberto Cascante Alvarado,
Secretario del Consejo.— 1 vez.—O. C. N° OC-3376-18.—Solicitud N° 126381.— (
IN2018273977 ).
La Junta de Protección Social
procede a publicar listado de cancelaciones, adjudicaciones, reajustes,
renuncias y sustituciones de cuotas de lotería que se han presentado del 1º de
enero de 2018 al 30 de junio de 2018. Lo anterior para dar cumplimiento a lo
que establece el artículo N° 9 de la Ley de Loterías N° 7395.
Para ver las imágenes ir a La Gaceta con formato PDF
Administración de Loterías.—Raúl
Vargas Montenegro.— 1 vez.— O. C.
N° 21926.—Solicitud N° 124746.—( IN2018269992 ).
El Concejo Municipal de la
Municipalidad de Vázquez de Coronado el 30 del mes de julio del año 2018, en la
sesión ordinaria N° 120, solicita mediante acuerdo 2018-120-16 que se publique
en el Diario Oficial La Gaceta, el ajuste en los precios del cementerio
municipal del Cantón Vázquez de Coronado, rigen un mes después de su
publicación según el siguiente desglose: Precios trimestrales por mantenimiento
de nichos municipales:
Tipo
de derecho |
Precio
a cobrar por trimestre |
Sencillo
|
¢
5.315,00 |
Doble |
¢
9.305,00 |
Triple |
¢
13.290,00 |
Precios de otros servicios del
cementerio:
Acuerdo. Cuenta con siete votos
afirmativos. Acuerdo firme. Es todo.
Vázquez de Coronado, 8 de
agosto.—Arq. Rolando Méndez Soto, Alcalde Municipal.—1 vez.—( IN2018269966 ).
El Concejo Municipal de Vázquez
de Coronado, en la Sesión Ordinaria N° 112-2018 celebrada el 04 de junio del
2018 en la Sala de Sesiones de la Municipalidad Vázquez de Coronado, tomó el
Acuerdo 2018-112-19, mediante el cual aprueba lo siguiente:
Con base en el artículo 69 del
Código Municipal. Artículo 57 del Código de Normas y Procedimientos
Tributarios, Acuerdo 2018-112-19, de fecha 4 de junio 2018 dictado por el
Concejo Municipal de Vázquez de Coronado, se ajusta el porcentaje de interés
que se imputa a las cuentas tributarias de los contribuyentes de este
municipio, al dieciséis cero cinco por ciento (16.05 %).
Rige a partir de su publicación
en el Diario Oficial La Gaceta. Es todo. Rige a partir de su
publicación.—Coronado, 18 de junio del 2018.—Arq. Rolando Méndez Soto, Alcalde
Municipal.—1 vez.—( IN2018269973 ).
Para los fines consiguientes la
Dirección de Servicios de la Municipalidad de Montes de Oca hace saber que Iris
Segura Sánchez, cédula 4-0119-0352 ha presentado escritura pública rendida ante
Notario Leonardo Díaz Rivel, en la que dice que es arrendataria del derecho de
uso doble N° 412 del bloque D del Cementerio Nuevo de Sabanilla y que en este
acto le solicita a la Unidad Operativa de Cementerios que se traspase a José
Barquero Jiménez, cédula 1-0410-0316; quién acepta que quede inscrito a su
nombre con las obligaciones y responsabilidades que de este acto se derivan. La
Municipalidad de Montes de Oca queda exonerada de toda responsabilidad civil y
penal y brindará un plazo de 8 días hábiles a partir de esta publicación para
escuchar objeciones.—Sabanilla de Montes de Oca, 01/08/2018.—Licda. Joselyn
Umaña Camacho, Encargada.—1 vez.—( IN2018270107 ).
EDICTO
En el Cementerio central de
Heredia existe un derecho a nombre de: Familia Zamora Vargas, los descendientes
vivos de la familia solicitan traspasar este derecho, además desea incluir
beneficiarios, indicándose así:
Arrendatario: Ana Isabel Zamora Vargas, cédula 04-0118-0958
Beneficiarios: Carmen Zamora Vargas, cédula 04-0136-0167
Olga
Marta Zamora Vargas, cédula 04-0127-260
Mercedes
Zamora Vargas, cédula 04-0115-0687
María
del Rosario Zamora Vargas, cédula 04-0100-0613
María
Eugenia Zamora Vargas, cédula 04-0098-0214
Vilma
María Zamora Vargas, cédula 04-0094-0999
Carlos
Alberto Zamora Vargas, cédula 04-0143-0964
José
Martín Zamora Vargas, cédula 04-0112-0521
Mario
Antonio Zamora Vargas, cédula 04-0109-0548
Luis
Adolfo Zamora Vargas, cédula 04-0104-0331
Marco
Tulio Zamora Vargas, cédula 01-0399-0432
Óscar
Zamora Vargas, cédula 04-0090-0624
Lote N° 133, bloque Q, medida 6
metros cuadrados para 4 nichos, solicitud 2851, recibo 50681, inscrito en folio
6, libro 1. Datos confirmados según constancia extendida por la Administración
de Cementerios con fecha 17 de agosto de 2016. Se emplaza por 30 días hábiles a
todo aquel que pretenda tener derecho sobre el mismo para que se apersone a la
oficina de Asesoría Jurídica de la Municipalidad de Heredia, a fin de hacer
valer sus derechos caso contrario se inscribirá dicho derecho a nombre de la
petente.
Lic. Juan José Carmona Chaves,
Administrador de Cementerios.— 1 vez.—( IN2018270174 ).
INVERSIONES
TORRESMA SOCIEDAD ANÓNIMA
Asamblea
general extraordinaria de socios
El presidente de la compañía de Inversiones
Torresma Sociedad Anónima, cédula jurídica número tres-ciento uno-dos ocho tres
uno cinco siete, convoca a sus socios a asamblea general extraordinaria, a
celebrarse en el domicilio de la sociedad, el próximo diecisiete de setiembre
del año dos mil dieciocho, a las dieciséis horas y en segunda convocatoria a
las diecisiete horas de ese mismo día, para conocer asunto de compra de finca y
realización de permuta de las fincas y autorizar al presidente a
realizarlo.—San José, veintisiete de agosto del año dos mil dieciocho.—Marco
Antonio Tores Barrantes, Presidente.—1 vez.—( IN2018273863 ).
PUBLICACIÓN DE TERCERA VEZ
GRUPO CONCREPAL HUETAR R Y V S. A.
Se pone en conocimiento que
Grupo Concrepal Huetar R y V S. A., cédula jurídica 3-101-325734, ha traspasado
a Derco de Palmares S. A., cédula jurídica 3-101209317, los nombres comerciales
Concrepal Huetar, bajo el registro 169869 y CP Concrepal Huetar, bajo el
registro 169580, ambas en clase internacional N° 49. La presente para los
efectos del artículo 479 del Código de Comercio. Se procede citar a los
acreedores o interesados para que hagan valer sus derechos en el término de
quince días, los que se contabilizan a partir de la primera publicación del
presente aviso.—Palmares, 8 de agosto del 2018.—Lic. Albino Solórzano Vega,
Notario.—( IN2018268147 ).
UNIVERSIDAD DE CIENCIAS MÉDICAS
DE
CENTROAMÉRICA
Ante el Departamento de Registro
de la Universidad de Ciencias Médicas de Centroamérica UCIMED, se ha presentado
la solicitud de reposición del Título de Licenciatura en Medicina y Cirugía,
emitido por esta casa de estudios el ocho de abril del dos mil diez, inscrito
en el tomo uno, folio ciento treinta y ocho, asiento nueve de la UCIMED, y bajo
el tomo cuarenta y uno, folio ciento siete, asiento dos mil setecientos cuatro
del CONESUP a nombre de Lorna María Sibaja Muñoz, cédula N° uno-uno dos cuatro
tres cero cuatro nueve cinco. Se solicita la reposición del título por
extravío. Se publica este edicto tres veces para oír oposiciones a la
reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la
publicación en el Diario Oficial.—San José, Campus Universitario, 06 de agosto
del 2018.—Departamento de Registro.—Ing. Bayron Castillo Romero, Coordinador de
Registro.—( IN2018268431 ).
PUBLICACIÓN DE
PRIMERA VEZ
NAANS & CURRIES DE GYPSY CULTURE CR S. A.
Por contrato privado del
otorgado ante esta notaría, a las doce horas del veintisiete de junio del dos
mil dieciocho, se traspasa nombre Comercial Naans & Curries de Gypsy
Culture CR S. A., 3-101-663123 a Kapil Gulati. Se cita a acreedores e
interesados.—San José, dieciséis de julio del dos mil dieciocho.—Licda. Sindy
Priscilla González Chacón, Notaria.—( IN2018269975 ).
THE
HORSE RED OF CHICAGO, S. A.
El señor John Harold Latham,
solicita la reposición del certificado de acciones Nº 3 representativo de 30
acciones comunes y nominativas de 100 colones cada uno, de la sociedad
denominada The Horse Red of Chicago, S. A., cédula jurídica Nº 3-101-325332.
Quien se considere afectado favor proceder en el término de un mes contado a
partir de la última publicación, de acuerdo con lo establecido en el artículo
689 del Código de Comercio, pudiendo para tal efecto dirigirse a la oficina del
agente residente del Lic. Fernán Pacheco Alfaro en Barrio Dent, edificio
Latitud Dent, Oficina 312.—13 de agosto del 2018.—Guillermo Cubas Pérez,
Secretario Apoderado Generalísimo.—( IN2018269984 ).
CONDOMINIO DEL NORTE
El suscrito, Lynn Mauricio
Camacho Loáiciga, mayor de edad, viudo una vez, administrador de empresas,
portador de la cédula de identidad número siete-cero cero ocho ocho-cero siete
ocho seis, con domicilio en San José, Tibás, solicito la reposición de los
siguientes libros del Condominio del Norte edificio dos, cédula jurídica número
tres-ciento nueve-uno uno siete uno ocho nueve: Actas de Asamblea de
Condóminos, Actas de Junta Directiva y Caja.—( IN2018270175 ).
PUBLICACIÓN DE UNA
VEZ
BUSY BOY ENTERPRICE SOCIEDAD ANÓNIMA
Busy Boy Enterprice Sociedad
Anónima, cédula jurídica número tres-ciento uno-quinientos veintiocho mil
trescientos cuarenta y tres, representada por María Fernanda Salazar Acuña,
mayor de edad, casada una vez, abogada, vecina de San José, Escazú, San Rafael,
avenida Escazú, torre Lexus, segundo piso, portadora de la cédula de identidad
número uno-mil quinientos cinco-setecientos sesenta y cuatro, en su condición
de apoderada especial, solicita la legalización de los siguientes libros
legales: Registro de Socios (N° 1), Actas de Asamblea de Socios (N° 1) y Acta
Junta Directiva (N° 1).—San José, 13 de agosto del 2018.—Firma ilegible.—1
vez.—( IN2018270007 ).
QUIRÓS TANZI ARQUITECTURA LIMITADA
Quirós Tanzi Arquitectura
Limitada, cédula jurídica número tres-ciento dos-seiscientos treinta y siete
mil novecientos ocho, representada por Marianne Quirós Tanzi, mayor de edad,
casada una vez, Arquitecta, vecina de San José, Escazú, San Rafael, Avenida
Escazú, Torre Lexus, segundo piso, portadora de la cédula de identidad número
uno-mil doscientos sesenta y dos-cero seiscientos siete, en su calidad de
gerente con facultades de apoderada generalísima sin límite de suma, solicita
la legalización de los siguientes libros legales: registro de socios (N° 1), actas
de asamblea de cuotistas (N°1).—San José, 09 de agosto del 2018.—Marianne
Quirós Tanzi, Gerente.—1 vez.—( IN2018270008 ).
ISASA LATAM SOCIEDA ANÓNIMA
Isasa Latam Sociedad Anónima,
Yo, Iliana González Santamaría, mayor, casada una vez, Química, cédula número
uno-ochocientos sesenta y tres-doscientos cincuenta y ocho, vecina de El Brasil
de Alajuela, Residencial Los Adobes, cuarta calle, casa seis-E, en mi calidad
de Tesorera con facultades de apoderada generalísima sin límite de suma de la
sociedad “Isasa Latam Sociedad Anónima”, cédula jurídica N° 3-101-488091,
solicitó la reposición del Libro de Actas de Asamblea de Socios, el Libro de
Registro de Socios y el Libro de Actas del Consejo de Administración, de esta
sociedad, por motivo de extravío.—Alajuela, 11 de Agosto del 2018.—Iliana
González Santamaría.—1 vez.—( IN2018270090 ).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría,
a las 10 horas 00 minutos del 21 de mayo del año 2018, se constituyó la
sociedad denominada Agroservicios Palacios Sociedad Anónima.—San José,
06 de julio del 2018.—Licda. Ana Yansy Rojas Villarreal, Notaria.—1
vez.—CE2018009109.—( IN2018268761 ).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría,
a las 13 horas 00 minutos del 04 de junio del año 2018, se constituyó la
sociedad denominada Soluciones Ecoamigales de las Américas
Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 06 de julio
del 2018.—Licda. Mónica María Monge Solís, Notaria.—1 vez.—CE2018009110.—(
IN2018268762 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las 09 horas 00 minutos del 11 de junio del año 2018, se
constituyó la sociedad denominada JZJA Fitness Oxígeno Energym Inc Sociedad
Anónima.—San José, 06 de julio del 2018.—Lic. Marco Antonio Rodríguez
Vargas, Notario.—1 vez.—CE2018009111.—( IN2018268763 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las 17 horas 00 minutos del 26 de junio del año 2018, se
constituyó la sociedad denominada Mati Costa Rica Sociedad de
Responsabilidad Limitada.—San José, 06 de julio del 2018.—Licda. Vivian
Gazel Cortes, Notaria.—1 vez.—CE2018009145.—( IN2018268770 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las 10 horas 00 minutos del 02 de julio del año 2018, se
constituyó la sociedad denominada cédula jurídica correspondiente sociedad de
responsabilidad limitada.—San José, 06 de julio del 2018.—Lic. Orlando José
Díaz Hernández, Notario.—1 vez.—E2018009146.—( IN2018268771 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las 17 horas 00 minutos del 20 de abril del año 2018, se
constituyó la sociedad denominada Mercantil Americana Escazú Sociedad de
Responsabilidad Limitada.—San José, 07 de julio del 2018.—Lic. José Raúl
Ugalde Xatruch, Notario.—1 vez.—CE2018009147 ( IN2018268772 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las 10 horas 00 minutos del 07 de julio del año 2018, se
constituyó la sociedad denominada Costa Veterinaria R & S Sociedad
Anónima.—San José, 07 de julio del 2018.—Lic. Cristhian Fabián Artavia
Gamboa, Notario.—1 vez.—CE2018009148.—( IN2018268773 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría a las 11 horas 00 minutos del 07 de julio del año 2018, se
constituyó la sociedad denominada Veterinaria El Tórsalo F & A Sociedad
Anónima.—San José, 07 de julio del 2018.—Lic. Cristhian Fabián Artavia
Gamboa, Notario.—1 vez.—CE2018009149.—( IN2018268774 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las 20 horas 00 minutos del 05 de julio del año 2018, se
constituyó la sociedad denominada Osean Energy Corporation Sociedad Anónima.—San
José, 08 de julio del 2018.—Licda. Netzy Yanina Soto Rojas, Notaria.—1
vez.—CE2018009150.—( IN2018268775 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las 19 horas 00 minutos del 06 de julio del año 2018, se
constituyó la sociedad denominada Inversiones ING C Y W Sociedad de
Responsabilidad Limitada.—San José, 08 de julio del 2018.—Licda. Netzy
Yanina Soto Rojas, Notaria.—1 vez.—CE2018009151.—( IN2018268776 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las 09 horas 00 minutos del 05 de julio del año 2018, se
constituyó la sociedad denominada. Super Perfecto SHI Sociedad Anónima.—San
José, 08 de julio del 2018.—Licda. Ginnette Arias Mora, Notaria.—1
vez.—CE2018009152.—( IN2018268777 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría a las 22 horas 20 minutos del 18 de junio del año 2018, se
constituyó la sociedad denominada Finish Automotriz Sociedad Anónima.—San
José, 08 de julio del 2018.—Lic. Jonatan Javier López Arias, Notario.—1
vez.—CE2018009153.—( IN2018268782 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las 09 horas 00 minutos del 12 de junio del año 2018, se
constituyó la sociedad denominada Corporación Wise CIA Sociedad de
Responsabilidad Limitada.—San José, 08 de julio del 2018.—Licda. María
Cecilia Ramírez Gómez, Notaria.—1 vez.—CE2018009154.—( IN2018268783 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las 00 horas 00 minutos del 16 de junio del año 2014, se
constituyó la sociedad denominada Pizarro Las Tres Sociedad Anónima.—San
José, 08 de julio del 2018.—Licda. Rebeca Montenegro Morales, Notaria.—1
vez.—CE2018009155.—( IN2018268784 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las 11 horas 20 minutos del 06 de julio del año 2018, se
constituyó la sociedad denominada Grupo de Restaurantes Jaco Limitada.—San
José, 09 de julio del 2018.—Lic. Diana Elke Pinchanski Fachler, Notaria.—1
vez.—CE2018009156.—( IN2018268785 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las 18 horas 30 minutos del 06 de julio del año 2018, se
constituyó la sociedad denominada Inversiones Isavalm Sociedad de
Responsabilidad Limitada.—San José, 09 de julio del 2018.—Lic. Manuel Gomis
Muñoz, Notario.—1 vez.—CE2018009157.—( IN2018268786 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las 09 horas 00 minutos del 02 de julio del año 2018, se
constituyó la sociedad denominada Gold Cost Air Conditioning Sociedad de Responsabilidad
Limitada.—San José, 09 de julio del 2018.—Licda. María Gabriela Gómez
Miranda, Notaria.—1 vez.—CE2018009158.—( IN2018268787 ).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría a
las 15 horas 15 minutos del 04 de julio del año 2018, se constituyó la sociedad
denominada Vazlo Costa Rica Sociedad Anónima.—San José, 09 de julio del
2018.—Licda. Alejandra Bastida Álvarez, Notaria.—1 vez.—CE2018009159.—(
IN2018268788 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las 12 horas 00 minutos del 06 de julio del año 2018, se
constituyó la sociedad denominada Mark & David Sociedad Anónima.—San
José, 09 de julio del 2018.—Lic. Shuk Shen Young Au Yeung, Notario.—1
vez.—CE2018009160.—( IN2018268789 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las 10 horas 20 minutos del 29 de junio del año 2018, se
constituyó la sociedad denominada Nimbu Residential Reserve Hoa Limitada.—San
José, 09 de julio del 2018.—Lic. Robert Christian Van Der Putten Reyes,
Notario.—1 vez.—CE2018009161.—( IN2018268790 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las 11 horas 30 minutos del 05 de julio del año 2018, se
constituyó la sociedad denominada Reddcom de Belén Sociedad Anónima.—San
José, 09 de julio del 2018.—Lic. Juan Manuel Ramírez Villanea, Notario.—1
vez.—CE2018009162.—( IN2018268791 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las 08 horas 00 minutos del 05 de julio del año 2018, se
constituyó la sociedad denominada Ansoma Ganadera Sociedad de
Responsabilidad Limitada.—San José, 09 de julio del 2018.—Lic. Rafael Elías
Madrigal Brenes, Notario.—1 vez.—CE2018009163.—( IN2018268792 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las 11 horas 00 minutos del 07 de julio del año 2018, se
constituyó la sociedad denominada Maryjos de San Isidro Sociedad Anónima.—San
José, 09 de julio del 2018.—Licda. Jockseline Zúñiga Varela, Notaria.—1
vez.—CE2018009164.—( IN2018268793 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las 00 horas 00 minutos del 07 de julio del año 2018, se
constituyó la sociedad denominada Marmolería Costa Rica M&J Sociedad
Anónima.—San José, 09 de julio del 2018.—Lic. Salvador Humberto Calderón
Alvarado, Notario.—1 vez.—CE2018009165.—( IN2018268794 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las 09 horas 00 minutos del 28 de junio del año 2018, se
constituyó la sociedad denominada Inversiones Tahona Sociedad Anónima.—San
José, 09 de julio del 2018.—Lic. Carlos Arturo Terán París, Notario.—1
vez.—CE2018009166.—( IN2018268795 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las 14 horas 00 minutos del 05 de julio del año 2018, se
constituyó la sociedad denominada Jevaro VR Sociedad Anónima.—San José,
09 de julio del 2018.—Lic. Raúl Hidalgo Rodríguez, Notario.—1
vez.—CE2018009167.—( IN2018268796 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las 10 horas 30 minutos del 27 de junio del año 2018, se
constituyó la sociedad denominada AGK Holding Company Assets Sociedad
Anónima.—San José, 09 de julio del 2018.—Licda. Betzabeth Miller Barquero,
Notaria.—1 vez.—CE2018009168.—( IN2018268797 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las 13 horas 30 minutos del 02 de diciembre del año 2017, se
constituyó la sociedad denominada Madera Nueva Producciones Sociedad Anónima.—San
José, 09 de julio del 2018.—Lic. Mario Alberto Sandoval Pineda, Notario.—1
vez.—CE2018009169.—( IN2018268798 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las 17 horas 00 minutos del 06 de julio del año 2018, se
constituyó la sociedad denominada Lesco Cultura Sociedad Anónima.—San
José, 09 de julio del 2018.—Licda. Wendy Solórzano Vargas, Notaria.—1
vez.—CE2018009170.—( IN2018268799 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las 14 horas 00 minutos del 06 de julio del año 2018, se
constituyó la sociedad denominada Luckey Climbers LLC Sociedad de
Responsabilidad Limitada.—San José, 09 de julio del 2018.—Lic. Elías Shadid
Esquivel, Notario.—1 vez.—CE2018009171.—( IN2018268800 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las 10 horas 00 minutos del 04 de junio del año 2018, se
constituyó la sociedad denominada Gaia Cosmefarmaceuticals Sociedad Anónima.—San
José, 09 de julio del 2018.—Lic. Ignacio Herrero Knohr, Notario.—1
vez.—CE2018009172.—( IN2018268801 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las 11 horas 00 minutos del 29 de junio del año 2018, se
constituyó la sociedad denominada Villavista MC Holdings Limitada.—San
José, 09 de julio del 2018.—Lic. Robert Christian Van Der Putten Reyes,
Notario.—1 vez.—CE2018009173.—( IN2018268802 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las 15 horas 00 minutos del 06 de julio del año 2018, se
constituyó la sociedad denominada El Sabor de Picolo Sociedad de
Responsabilidad Limitada.—San José, 09 de julio del 2018.—Licda. Leslie
Guiselle Mora Cordero, Notaria.—1 vez.—CE2018009174.—( IN2018268803 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las 11 horas 00 minutos del 07 de julio del año 2018, se
constituyó la sociedad denominada Aguilar y Valgue Sociedad Anónima.—San
José, 09 de julio del 2018.—Licda. Celenia Godínez Prado, Notaria.—1
vez.—CE2018009175.—( IN2018268804 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las 10 horas 30 minutos del 07 de julio del año 2018, se
constituyó la sociedad denominada Vanex Group Management Sociedad de Responsabilidad
Limitada.—San José, 09 de julio del 2018.—Lic. Luis Diego Chaves Solís,
Notario.—1 vez.—CE2018009176.—( IN2018268805 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las 10 horas 00 minutos del 09 de julio del año 2018, se
constituyó la sociedad denominada Nineteen Estates Sociedad de
Responsabilidad Limitada.—San José, 09 de julio del 2018.—Lic. Roger Allen
Petersen Morice, Notario.—1 vez.—CE2018009177.—( IN2018268806 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las 16 horas 00 minutos del 06 de julio del año 2018, se
constituyó la sociedad denominada Reina Pepiada Sociedad Anónima.—San
José, 09 de julio del 2018.–Licda. María Gabriela Valladares Navas, Notaria.—1
vez.—CE2018009178.—( IN2018268807 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las 10 horas 37 minutos del 29 de junio del año 2018, se
constituyó la sociedad denominada Soluciones Automotrices Navarro Sociedad
Anónima.—San José, 09 de julio del 2018.—Licda. Mariana Campos Jiménez,
Notaria.—1 vez.—CE2018009179.—( IN2018268808 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría a las 09 horas 00 minutos del 03 de julio del año 2018, se
constituyó la sociedad denominada DCD Consultants Sociedad de
Responsabilidad Limitada.—San José, 09 de julio del 2018.—Licda. Marcela
Vargas Madrigal, Notaria.—1 vez.—CE2018009180.—( IN2018268809 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las 19 horas 00 minutos del 29 de junio del año 2018, se
constituyó la sociedad denominada Open Mind Creations Sociedad de Responsabilidad
Limitada.—San José, 09 de julio del 2018.—Lic. Luis Felipe Martínez Obando,
Notario.—1 vez.—CE2018009181.—( IN2018268810 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las 08 horas 00 minutos del 20 de mayo del año 2018, se
constituyó la sociedad denominada Leviatan Sociedad de Responsabilidad
Limitada.—San José, 09 de julio del 2018.—Lic. Jorge Alberto Molina
Corrales, Notario.—1 vez.—CE2018009182.—( IN2018268811 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las 12 horas 35 minutos del 05 de mayo del año 2018, se
constituyó la sociedad denominada BP Medical Sociedad Anónima.—San José,
09 de julio del 2018.—Licda. Fiorella Cardenas Sancho, Notaria.—1
vez.—CE2018009183.—( IN2018268812 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las 19 horas 00 minutos del 02 de julio del año 2018, se
constituyó la sociedad denominada Soccer Investment Consultants, CA Sociedad
Anónima.—San José, 09 de julio del 2018.—Licda. Vera Denise Mora Salazar,
Notaria.—1 vez.—CE2018009184.—( IN2018268813 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las 17 horas 00 minutos del 30 de junio del año 2017, se
constituyó la sociedad denominada JRB Diseño y Construcción Sociedad de
Responsabilidad Limitada.—San José, 09 de julio del 2018.—Lic. Leonardo
Salazar Villalta, Notario.—1 vez.—CE2018009185.—( IN2018268814 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las 17 horas 00 minutos del 05 de junio del año 2018, se
constituyó la sociedad denominada Rectificación Total de Motores HM Sociedad
Anónima.—San José, 09 de julio del 2018.—Licda. Maritza Rodríguez García,
Notaria.—1 vez.—CE2018009186.—( IN2018268815 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las 12 horas 00 minutos del 09 de julio del año 2018, se
constituyó la sociedad denominada White Tailed Deer Sociedad de
Responsabilidad Limitada.—San José, 09 de julio del 2018.—Lic. Alejandro
Pignataro Madrigal, Notario.—1 vez.—CE2018009187.—( IN2018268816 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las 16 horas 15 minutos del 08 de julio del año 2018, se
constituyó la sociedad denominada La Finca Villa Carito Limitada.—San
José, 09 de julio del 2018.—Licda. Johanna Pamela Cordero Araya, Notaria.—1
vez.—CE2018009188.—( IN2018268817 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las 09 horas 15 minutos del 28 de junio del año 2018, se
constituyó la sociedad denominada MT MMV Integradores Sociedad Anónima.—San
José, 09 de julio del 2018.—Lic. Manuel Antonio Porras Vargas, Notario.—1
vez.—CE2018009189.—( IN2018268818 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las 12 horas 00 minutos del 09 de julio del año 2018, se
constituyó la sociedad denominada Videoconferencia Audiovisual Sociedad
Anónima.—San José, 09 de julio del 2018.—Lic. Alfredo Álvarez Quirós,
Notario.—1 vez.—CE2018009190.—( IN2018268819 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las 14 horas 00 minutos del 03 de julio del año 2018, se
constituyó la sociedad denominada Multi Asesorías y Servicios Navia Vas
Dieciocho Sociedad Anónima.—San José, 09 de julio del 2018.—Lic. Gabelo
Rodríguez Quesada, Notario.—1 vez.—CE2018009191.—( IN2018268820 ).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría a
las 15 horas 00 minutos del 05 de julio del año 2018, se constituyó la sociedad
denominada Swellness Limitada.—San
José, 09 de julio del 2018.—Licda. Marcela Freer Rohrmoser, Notaria.—1
vez.—CE2018009192.—( IN2018268821 ).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría a
las 18 horas 00 minutos del 07 de julio del año 2018, se constituyó la sociedad
denominada Del Castillo Contact Center and Business
Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 09 de julio
del 2018.—Lic. Greivin Chacón Ramírez, Notario.—1 vez.—CE2018009193.—(
IN2018268822 ).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría a
las 11 horas 50 minutos del 28 de junio del año 2018, se constituyó la sociedad
denominada Prana Digital Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San
José, 09 de julio del 2018.—Licda. Dinia Chavarría Blanco, Notaria.—1
vez.—CE2018009194.—( IN2018268823 ).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría a
las 11 horas 00 minutos del 12 de junio del año 2018, se constituyó la sociedad
denominada Transleón de Occidente Limitada.—San José, 09 de julio
del 2018.—Lic. Luis Ricardo Garino Granados, Notario.—1 vez.—CE2018009195.—(
IN2018268824 ).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría a
las 12 horas 40 minutos del 09 de julio del año 2018, se constituyó la sociedad
denominada SLE Negocios Mundiales Sociedad de Responsabilidad
Limitada.—San José, 09 de julio del 2018.—Lic. Manuel Antonio Porras
Vargas, Notario.—1 vez.—CE2018009196.—( IN2018268825 ).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría a
las 12 horas 30 minutos del 09 de julio del año 2018, se constituyó la sociedad
denominada SBF Intercambio y Negocios Internacionales
Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 09 de julio
del 2018.—Lic. Manuel Antonio Porras Vargas, Notario.—1 vez.—CE2018009197.—(
IN2018268826 ).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría a
las 09 horas 30 minutos del 03 de julio del año 2018, se constituyó la sociedad
denominada Coin Sociedad Anónima.—San José, 09 de julio del 2018.—Lic.
Francisco Arturo Arias Mena, Notario.—1 vez.—CE2018009198.—( IN2018268827 ).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría a
las 09 horas 00 minutos del 06 de julio del año 2018, se constituyó la sociedad
denominada Culpo Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San
José, 09 de julio del 2018.—Licda. Melba María Pastor Pacheco, Notaria.—1
vez.—CE2018009199.—( IN2018268828 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las 10 horas 00 minutos del 09 de julio del año 2018, se
constituyó la sociedad denominada Río Forestry Sociedad de Responsabilidad
Limitada.—San José, 09 de julio del 2018.—Lic. Juan Carlos Villasuso
Morales, Notario.—1 vez.—CE2018009200.—( IN2018268829 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las 13 horas 10 minutos del 09 de julio del año 2018, se
constituyó la sociedad denominada ECM Marcas y Productos Limitada.—San
José, 09 de julio del 2018.—Lic. Enrique David Céspedes Salas, Notario.—1
vez.—CE2018009201.—( IN2018268830 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las 11 horas 00 minutos del 09 de julio del año 2018, se
constituyó la sociedad denominada Inversiones Ctintl Sociedad Anónima.—San
José, 09 de julio del 2018.—Licda. Lissette Susana Ortiz Brenes, Notaria.—1
vez.—CE2018009202.—( IN2018268831 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las 10 horas 30 minutos del 09 de julio del año 2018, se
constituyó la sociedad denominada Premium Forestry Sociedad de
Responsabilidad Limitada.—San José, 09 de julio del 2018.—Lic. Juan Carlos
Villasuso Morales, Notario.—1 vez.—CE2018009203.—( IN2018268832 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las 15 horas 15 minutos del 05 de julio del año 2018, se
constituyó la sociedad denominada PWC Business Services Costa Rica Sociedad
de Responsabilidad Limitada.—San José, 09 de julio del 2018.—Lic. Fabio
Enrique Corrales Loría, Notario.—1 vez.—CE2018009204.—( IN2018268833 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las 13 horas 00 minutos del 05 de julio del año 2018, se
constituyó la sociedad denominada AG & DG Imports Limitada.—San
José, 09 de julio del 2018.—Lic. Juan Manuel Ramírez Villanea, Notario.—1
vez.—CE2018009205.—( IN2018268834 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las 14 horas 00 minutos del 09 de julio del año 2018, se
constituyó la sociedad denominada Central Pacific Holdings V.L. Sociedad de
Responsabilidad Limitada.—San José, 09 de julio del 2018.—Lic. Cesar Augusto
Mora Zahner, Notario.—1 vez.—CE2018009206.—( IN2018268835 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las 14 horas 00 minutos del 09 de julio del año 2018, se
constituyó la sociedad denominada Impetus Real State Limitada.—San José,
09 de julio del 2018.—Lic. Steve Miguel Monge González, Notario.—1
vez.—CE2018009207.—( IN2018268836 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las 09 horas 00 minutos del 05 de julio del año 2018, se
constituyó la sociedad denominada MS Audit de Costa Rica Sociedad
Anónima.—San José, 9 de julio del 2018.—Licda. Iveth Gómez Sandí,
Notaria.—1 vez.—CE2018009208.—( IN2018268837 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las 12 horas 00 minutos del 09 de julio del año 2018, se
constituyó la sociedad denominada Nunciatura RM Limitada.—San José, 09
de julio del 2018.—Lic. Tomas Quirós Jiménez, Notario.—1 vez.—CE2018009209.—(
IN2018268838 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las 13 horas 15 minutos del 06 de julio del año 2018, se
constituyó la sociedad denominada DHG-Densler Holding Group Sociedad de
Responsabilidad Limitada.—San José, 9 de julio del 2018.—Licda. Betzabeth
Miller Barquero, Notaria.—1 vez.—CE2018009210.—( IN2018268839 ).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría a
las 09 horas 00 minutos del 07 de julio del año 2018, se constituyó la sociedad
denominada M & H Comercializadora Rome Sociedad Anónima.—San
José, 09 de julio del 2018.—Licda. María Emilia Alfaro Rojas, Notaria.—1
vez.—CE2018009211.—( IN2018268840 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las 10 horas 00 minutos del 04 de julio del año 2018, se
constituyó la sociedad denominada Costa Rides Sociedad Anónima.—San
José, 09 de julio del 2018.—Lic. Víctor Hugo Castillo Mora, Notario.—1
vez.—CE2018009212.—( IN2018268841 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las 16 horas 30 minutos del 04 de julio del año 2018, se
constituyó la sociedad denominada Rojalv Sociedad de Responsabilidad
Limitada.—San José, 09 de julio del 2018.—Lic. Henry Sandoval Gutiérrez,
Notario.—1 vez.—CE2018009213.—( IN2018268842 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las 08 horas 00 minutos del 09 de julio del año 2018, se
constituyó la sociedad denominada Grupo Gopra G & P Sociedad Anónima.—San
José, 09 de julio del 2018.—Lic. Luis Pablo Rojas Grijalba, Notario.—1
vez.—CE2018009214.—( IN2018268843 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las 08 horas 00 minutos del 06 de julio del año 2018, se
constituyó la sociedad denominada Fademesa Limitada.—San José, 09 de
julio del 2018.—Lic. Raúl Alberto Guevara Villalobos, Notario.—1
vez.—CE2018009215.—( IN2018268844 ).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría a
las 13 horas 00 minutos del 05 de julio del año 2018, se constituyó la sociedad
denominada Green Path Torre Nueve Sociedad Anónima.—San José, 09 de
julio del 2018.—Lic. Hubert Pablo Salas Ortega, Notario.—1 vez.—CE2018009216.—(
IN2018268845 ).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría a
las 11 horas 30 minutos del 05 de julio del año 2018, se constituyó la sociedad
denominada Casa Suárez Sociedad de Responsabilidad
Limitada.—San José, 09 de julio del 2018.—Licda. Sonia María Saborío
Flores, Notaria.—1 vez.—CE2018009217.—( IN2018268846 ).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría a
las 20 horas 00 minutos del 29 de junio del año 2018, se constituyó la sociedad
denominada O´Toucan S. A. Sociedad Anónima.—San José, 09
de julio del 2018.—Lic. Fernando Rottier Salguero, Notario.—1
vez.—CE2018009218.—( IN2018268847 ).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría a
las 13 horas 15 minutos del 06 de julio del año 2018, se constituyó la sociedad
denominada CRD-Cameron Robert Densler Research & Development
Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 09 de julio
del 2018.—Licda. Betzabeth Miller Barquero, Notaria.—1 vez.—CE2018009219.—(
IN2018268848 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las 11 horas 00 minutos del 09 de julio del año 2018, se
constituyó la sociedad denominada Vigo Servicios Sociedad Anónima.—San
José, 09 de julio del 2018.—Licda. Magally Herrera Jiménez, Notaria.—1
vez.—CE2018009220.—( IN2018268849 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las 10 horas 00 minutos del 09 de julio del año 2018, se
constituyó la sociedad denominada El Chic de Pezeta Limitada.—San José,
09 de julio del 2018.—Lic. Orlando Gustavo Araya Amador, Notario.—1
vez.—CE2018009221.—( IN2018268850 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las 10 horas 30 minutos del 07 de julio del año 2018, se
constituyó la sociedad denominada Oldrich & Janas Group Sociedad de
Responsabilidad Limitada.—San José, 09 de julio del 2018.—Lic. Luis Diego
Chaves Solís, Notario.—1 vez.—CE2018009222 ( IN2018268851 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las 15 horas 00 minutos del 06 de julio del año 2018, se
constituyó la sociedad denominada Samayoa Food Solutions Sociedad De
Responsabilidad Limitada.—San José, 09 de julio del 2018.—Lic. Alberto
Chamorro Umaña, Notario.—1 vez.—CE2018009223.—( IN2018268852 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las 16 horas 00 minutos del 06 de julio del año 2018, se
constituyó la sociedad denominada Agalychnis Tours Sociedad Anónima.—San
José, 09 de julio del 2018.—Lic. David Mata Ríos, Notario.—1
vez.—CE2018009224.—( IN2018268853 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las 16 horas 00 minutos del 06 de julio del año 2018, se
constituyó la sociedad denominada La Fila Sociedad Anónima.—San José, 09
de julio del 2018.—Licda. Adriana Vanessa Tencio Castro, Notaria.—1
vez.—CE2018009225.—( IN2018268854 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las 10 horas 00 minutos del 06 de julio del año 2018, se
constituyó la sociedad denominada Fernández Ingeniería y Construcción
Sociedad Anónima.—San José, 09 de julio del 2018.—Lic. Marlon Eduardo
Schlotterhausen Rojas, Notario.—1 vez.—CE2018009226.—( IN2018268855 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las 14 horas 30 minutos del 09 de julio del año 2018, se
constituyó la sociedad denominada Pensión Calle Once Limitada.—San José,
09 de julio del 2018.—Lic. Luis Alberto Víquez Aragón, Notario.—1
vez.—CE2018009227.—( IN2018268856 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las 18 horas 00 minutos del 09 de julio del año 2018, se
constituyó la sociedad denominada Inversiones Tres D Family Sociedad Anónima.—San
José, 09 de julio del 2018.—Lic. Walter Rodríguez Rodríguez, Notario.—1
vez.—CE2018009228.—( IN2018268860 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las 16 horas 00 minutos del 03 de julio del año 2018, se constituyó
la sociedad denominada Once Grupo Melocotón Sociedad Anónima.—San José,
09 de julio del 2018.—Lic. Audrys Esquivel Jiménez, Notario.—1
vez.—CE2018009229.—( IN2018268861 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las 18 horas 00 minutos del 02 de julio del año 2018, se
constituyó la sociedad denominada Producciones Marqui Sociedad de
Responsabilidad Limitada.—San José, 09 de julio del 2018.—Licda. Ivonne
María Alfaro Brenes, Notaria.—1 vez.—CE2018009230.—( IN2018268862 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las 17 horas 00 minutos del 29 de Junio del año 2018, se
constituyó la sociedad denominada Seguridad Protección y Mas del Atlántico
Sociedad Anónima.—San José, 09 de julio del 2018.—Lic. Juan Diego Cruz
Esquivel, Notario.—1 vez.—CE2018009231.—( IN2018268863 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las 19 horas 00 minutos del 09 de julio del año 2018, se
constituyó la sociedad denominada Dentalca Limitada.—San José, 09 de
julio del 2018.—Lic. Steve Miguel Monge González, Notario.—1
vez.—CE2018009232.—( IN2018268864 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las 11 horas 00 minutos del 02 de julio del año 2018, se
constituyó la sociedad denominada Inversiones Guillén Sociedad Anónima.—San
José, 10 de julio del 2018.—Lic. Sebastián Adonay Arroyo Trejos, Notario.—1
vez.—CE2018009233.—( IN2018268865 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las 08 horas 00 minutos del 02 de julio del año 2018, se
constituyó la sociedad denominada Grupo Corporativo Feryvar Sociedad Anónima.—San
José, 10 de julio del 2018.—Licda. Gabriela Porras Muñoz, Notaria.—1
vez.—CE2018009234.—( IN2018268866 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las 16 horas 00 minutos del 06 de julio del año 2018, se constituyó
la sociedad denominada Golden Anchor Tech Sociedad de Responsabilidad
Limitada.—San José, 10 de julio del 2018.—Lic. Alan Elizondo Medina,
Notario.—1 vez.—CE2018009235.—( IN2018268867 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las 10 horas 00 minutos del 09 de julio del año 2018, se
constituyó la sociedad denominada Lavacar Ruta Sesenta y Seis Sociedad
Anónima.—San José, 10 de julio del 2018.—Lic. Héctor Rolando Vargas
Sánchez, Notario.—1 vez.—CE2018009236.—( IN2018268868 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las 10 horas 00 minutos del 03 de julio del año 2018, se
constituyó la sociedad denominada Spartan Gobal Investments Sociedad de
Responsabilidad Limitada.—San José, 10 de julio del 2018.—Licda. María
Gabriela Gómez Miranda, Notaria.—1 vez.—CE2018009237.—( IN2018268869 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las 15 horas 00 minutos del 09 de julio del año 2018, se
constituyó la sociedad denominada Chamatica Cuatro Sociedad Anónima.—San
José, 10 de julio del 2018.—Lic. Aldo José Mata Morales, Notario.—1
vez.—CE2018009238.—( IN2018268870 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las 10 horas 00 minutos del 10 de julio del año 2018, se
constituyó la sociedad denominada Serviproductos Prisma Sociedad Anónima.—San
José, 10 de julio del 2018.—Lic. Eduardo Antonio Zúñiga Zúñiga, Notario.—1
vez.—CE2018009239.—( IN2018268871 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las 10 horas 00 minutos del 09 de julio del año 2018, se
constituyó la sociedad denominada El Sol Poniente Dos Sociedad Anónima.—San
José, 10 de julio del 2018.—Licda. Elizabeth María Mora Arguedas, Notaria.—1
vez.—CE2018009240.—( IN2018268872 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las 14 horas 00 minutos del 05 de julio del año 2018, se
constituyó la sociedad denominada Inversiones Grupo Feliz Sociedad Anónima.—San
José, 10 de julio del 2018.—Lic. José Francisco Barahona Segnini, Notario.—1
vez.—CE2018009241.—( IN2018268873 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las 11 horas 00 minutos del 06 de julio del año 2018, se
constituyó la sociedad denominada Plush House Sociedad de Responsabilidad
Limitada.—San José, 10 de julio del 2018.—Lic. Óscar Luis Trejos Antillón,
Notario.—1 vez.—CE2018009242.—( IN2018268874 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las 12 horas 00 minutos del 03 de julio del año 2018, se
constituyó la sociedad denominada Garoji Sociedad de Responsabilidad
Limitada.—San José, 10 de julio del 2018.—Licda. Carolina Gallegos
Steinvorth, Notaria.—1 vez.—CE2018009243.—( IN2018268875 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las 00 horas 00 minutos del 06 de julio del año 2018, se
constituyó la sociedad denominada Villa Luz Sociedad de Responsabilidad
Limitada.—San José, 10 de julio del 2018.—Lic. Óscar Luis Trejos Antillón,
Notario.—1 vez.—CE2018009244.—( IN2018268876 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las 13 horas 00 minutos del 09 de julio del año 2018, se
constituyó la sociedad denominada Silver Cost Sociedad de Responsabilidad
Limitada.—San José, 10 de julio del 2018.—Lic. Rolando Miguel Guardiola
Arroyo, Notario.— 1 vez.—CE2018009245.—( IN2018268877 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las 14 horas 00 minutos del 09 de julio del año 2018, se
constituyó la sociedad denominada Best Point C R Cero Tres Limitada.—San
José, 10 de julio del 2018.—Lic. Iara Lancaster Cortés, Notario.—1
vez.—CE2018009246.—( IN2018268878 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las 16 horas 00 minutos del 09 de julio del año 2018, se
constituyó la sociedad denominada Latamcr Propco El Coyol Dos Sociedad de
Responsabilidad Limitada.—San José, 10 de julio del 2018.—Lic. Eric Scharf
Taitelbaum, Notario.—1 vez.—CE2018009247.—( IN2018268879 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las 15 horas 00 minutos del 06 de julio del año 2018, se
constituyó la sociedad denominada Adfima Sociedad Anónima.—San José, 10
de julio del 2018.—Licda. Shirley Cecilia Guzmán Cartín, Notario.—1
vez.—CE2018009248.—( IN2018268880 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las 10 horas 40 minutos del 10 de julio del año 2018, se
constituyó la sociedad denominada Miramar Ventures Sociedad de
Responsabilidad Limitada.—San José, 10 de julio del 2018.—Lic. Sergio
Antonio Solera Lacayo, Notario.—1 vez.—CE2018009249.—( IN2018268881 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las 11 horas 00 minutos del 28 de junio del año 2018, se
constituyó la sociedad denominada Der Unterschied Sociedad de
Responsabilidad Limitada.—San José, 10 de julio del 2018.—Lic. Natalia
Molina Chinchilla, Notaria.—1 vez.—CE2018009250—( IN2018268882).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las 15 horas 15 minutos del 06 de julio del año 2018, se
constituyó la sociedad denominada Distribuidora Farmacéutica y Natural
Disfana Sociedad Anónima.—San José, 10 de julio del 2018.—Licda. Catalina
Villalobos Calderón, Notaria.—1 vez.—CE2018009251.—( IN2018268883 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las 00 horas 00 minutos del 09 de julio del año 2018, se
constituyó la sociedad denominada Total Lube Centers Sociedad de
Responsabilidad Limitada.—San José, 10 de julio del 2018.—Lic. Jorge Guzmán
Calzada, Notario.—1 vez.—CE2018009252.—( IN2018268884 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las 00 horas 00 minutos del 09 de julio del año 2018, se
constituyó la sociedad denominada HL Raymond CR Properties Limitada.—San
José, 10 de julio del 2018.—Lic. Eric Scharf Taitelbaum, Notario.—1
vez.—CE2018009253.—( IN2018268885 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las 09 horas 00 minutos del 09 de julio del año 2018, se
constituyó la sociedad denominada Dolce & Vita Group Sociedad Anónima.—San
José, 10 de julio del 2018.—Lic. Rafael Ángel Guillen Monge, Notario.—1 vez.—CE2018009254.—(
IN2018268886 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las 11 horas 00 minutos del 09 de julio del año 2018, se
constituyó la sociedad denominada La Hacienda Mexicana Sociedad Anónima.—San
José, 10 de julio del 2018.—Lic. Paul Zúñiga Hernández, Notario.—1
vez.—CE2018009255.—( IN2018268887 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las 19 horas 30 minutos del 09 de julio del año 2018, se
constituyó la sociedad denominada Inversiones Verano del Norte Sociedad de
Responsabilidad Limitada.—San José, 10 de julio del 2018.—Licda. Yadriela
Rodriguez Quesada, Notaria.—1 vez.—CE2018009256.—( IN2018268888 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las 07 horas 50 minutos del 09 de julio del año 2018, se
constituyó la sociedad denominada Inversiones Primavera del Norte Sociedad
de Responsabilidad Limitada.—San José, 10 de julio del 2018.—Licda.
Yadriela Rodríguez Quesada, Notaria.—1 vez.—CE2018009257.—( IN2018268889 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las 16 horas 00 minutos del 29 de noviembre del año 2017, se
constituyó la sociedad denominada Grupo de Ciencias Médicas Punto Azul
Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 10 de julio del 2018.—Lic.
Franklin Antonio Aguilera Amador, Notario.—1 vez.—CE2018009258.—( IN2018268890
).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las 20 horas 00 minutos del 09 de julio del año 2018, se
constituyó la sociedad denominada Inversiones Zona Norte Sociedad de
Responsabilidad Limitada.—San José, 10 de julio del 2018.—Licda. Yadriela
Rodríguez Quesada, Notaria.—1 vez.—CE2018009259.—( IN2018268891 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las 16 horas 00 minutos del 22 de junio del año 2017, se
constituyó la sociedad denominada Inversiones Valenzele Sociedad Anónima.—San
José, 10 de julio del 2018.—Licda. Rosa María Cosio Cubero, Notaria.—1
vez.—CE2018009260.—( IN2018268892 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las 11 horas 00 minutos del 10 de julio del año 2018, se
constituyó la sociedad denominada Grupo Empresarial OG Limitada.—San
José, 10 de julio del 2018.—Lic. Pablo Peña Ortega, Notario.—1
vez.—CE2018009261.—( IN2018268893 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las 11 horas 00 minutos del 10 de julio del año 2018, se
constituyó la sociedad denominada Roosterfish Carrillo Limitada.—San
José, 10 de julio del 2018.—Lic. Edgar Manrique Salazar Sánchez, Notario.—1
vez.—CE2018009262.—( IN2018268894 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las 15 horas 00 minutos del 05 de julio del año 2018, se
constituyó la sociedad denominada Alta Epona Sociedad de Responsabilidad
Limitada.—San José, 10 de julio del 2018.—Licda. Mariana Arias Oconitrillo,
Notaria.—1 vez.—CE2018009263.—( IN2018268895 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las 17 horas 00 minutos del 30 de junio del año 2018, se
constituyó la sociedad denominada JRB Arquitectura y Construcción Sociedad
de Responsabilidad Limitada.—San José, 10 de julio del 2018.—Lic. Leonardo
Salazar Villalta, Notario.—1 vez.—CE2018009264.—( IN2018268896 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las 11 horas 00 minutos del 26 de junio del año 2018, se
constituyó la sociedad denominada Inmobiliaria Roya de Costa Rica Sociedad
de Responsabilidad Limitada.—San José, 10 de julio del 2018.—Licda. Laura
Virginia Baltodano Acuña, Notaria.—1 vez.—CE2018009265.—( IN2018268897 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las 18 horas 30 minutos del 05 de junio del año 2018, se
constituyó la sociedad denominada Tuckler y Aguilera Sociedad de
Responsabilidad Limitada.—San José, 10 de julio del 2018.—Lic. Andrés Ríos
Mora, Notario.—1 vez.—CE2018009266.—( IN2018268898 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las 14 horas 00 minutos del 09 de julio del año 2018, se constituyó
la sociedad denominada QAT Global CR Limitada.—San José, 10 de julio del
2018.—Lic. Ricardo Cordero Baltodano, Notario.—1 vez.—CE2018009267.—(
IN2018268899 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las 17 horas 15 minutos del 09 de julio del año 2018, se
constituyó la sociedad denominada Alidade Corp Sociedad Anónima.—San
José, 10 de julio del 2018.—Lic. Jose Pablo Arce Piñar, Notario.—1
vez.—CE2018009268.—( IN2018268900 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las 11 horas 20 minutos del 11 de diciembre del año 2017, se
constituyó la sociedad denominada Moraga Piña y Tijerino Sociedad Anónima.—San
José, 10 de julio del 2018.—Lic. Dagoberto Venegas Barrantes, Notario.—1
vez.—CE2018009269.—( IN2018268901 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las 14 horas 00 minutos del 10 de julio del año 2018, se
constituyó la sociedad denominada Sunset Ten a Sociedad de Responsabilidad
Limitada.—San José, 10 de julio del 2018.—Lic. Sergio Antonio Solera
Lacayo, Notario.—1 vez.—CE2018009270.—( IN2018268902 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las 10 horas 30 minutos del 06 de julio del año 2018, se
constituyó la sociedad denominada Martes Trece Limitada.—San José, 10 de
julio del 2018.—Lic. Rodrigo Andrés González Hernández, Notario.—1
vez.—CE2018009271.—( IN2018268903 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las 14 horas 00 minutos del 09 de julio del año 2018, se
constituyó la sociedad denominada Inversiones Montriver Limitada.—San
José, 10 de julio del 2018.—Lic. Steve Miguel Monge González, Notario.—1
vez.—CE2018009272.—( IN2018268904 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las 13 horas 00 minutos del 13 de junio del año 2018, se
constituyó la sociedad denominada CYJ Desarrollos Sociedad de Responsabilidad
Limitada.—San José, 10 de julio del 2018.—Lic. Javier Sebastián Jiménez
Monge, Notario.—1 vez.—CE2018009273.—( IN2018268905 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las 21 horas 16 minutos del 09 de julio del año 2018, se
constituyó la sociedad denominada Constructora e Inmobiliaria Bozarz
Sociedad Anónima.—San José, 10 de julio del 2018.—Licda. Marta Arabela
Arauz Mora, Notaria.—1 vez.—CE2018009274.—( IN2018268906 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las 14 horas 30 minutos del 08 de junio del año 2018, se
constituyó la sociedad denominada Despacho Lara Eduarte Consultoría Sociedad
Anónima.—San José, 10 de julio del 2018.—Lic. Heidel Sequeira Guzmán,
Notario.—1 vez.—CE2018009275.—( IN2018268907 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las 14 horas 00 minutos del 08 de junio del año 2018, se
constituyó la sociedad denominada Despacho Lara Eduarte Riesgos Sociedad
Anónima.—San José, 10 de julio del 2018.—Lic. Heidel Sequeira Guzmán,
Notario.—1 vez.—CE2018009276.—( IN2018268908 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las 15 horas 00 minutos del 10 de julio del año 2018, se
constituyó la sociedad denominada Aspen & Montana Costa Rica Sociedad de
Responsabilidad Limitada.—San José, 10 de julio del 2018.—Lic. Adrián
Echeverria Escalante, Notario.—1 vez.—CE2018009277.—( IN2018268909 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las 10 horas 00 minutos del 09 de julio del año 2018, se
constituyó la sociedad denominada Emamia Properties Sociedad de
Responsabilidad Limitada.—San José, 10 de julio del 2018.—Licda. Hazell
Ahrens Arce, Notaria.—1 vez.—CE2018009278.—( IN2018268910 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las 15 horas 00 minutos del 09 de julio del año 2018, se constituyó
la sociedad denominada PAB Capital Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San
José, 10 de julio del 2018.—Licda. Priscila Picado Murillo, Notaria.—1
vez.—CE2018009279.—( IN2018268911 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las 15 horas 05 minutos del 09 de julio del año 2018, se
constituyó la sociedad denominada CBC Soluciones Mercantiles Sociedad De
Responsabilidad Limitada.—San José, 10 de julio del 2018.—Licda. Priscila
Picado Murillo, Notaria.—1 vez.—CE2018009280.—( IN2018268912 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las 15 horas 10 minutos del 09 de julio del año 2018, se
constituyó la sociedad denominada Desarrollos Groen Sociedad de
Responsabilidad Limitada.—San José, 10 de julio del 2018.—Licda. Priscila
Picado Murillo, Notaria.—1 vez.—CE2018009281.—( IN2018268913 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las 16 horas 00 minutos del 26 de junio del año 2018, se
constituyó la sociedad denominada Inversiones Médicas Pro Salud Sociedad de
Responsabilidad Limitada.—San José, 10 de julio del 2018.—Lic. William
David Solís Segura, Notario.—1 vez.—CE2018009282.—( IN2018268914 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las 15 horas 15 minutos del 09 de julio del año 2018, se
constituyó la sociedad denominada Heaven Ingenia Sociedad de Responsabilidad
Limitada.—San José, 10 de julio del 2018.—Licda. Priscila Picado Murillo,
Notaria.—1 vez.—CE2018009283.—( IN2018268915 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las 15 horas 20 minutos del 09 de julio del año 2018, se
constituyó la sociedad denominada Industrias TPM Sociedad de Responsabilidad
Limitada.—San José, 10 de julio del 2018.—Licda. Priscila Picado Murillo,
Notaria.—1 vez.—CE2018009284.—( IN2018268916 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las 15 horas 25 minutos del 09 de julio del año 2018, se
constituyó la sociedad denominada Elsker Enterprises Sociedad de
Responsabilidad Limitada.—San José, 10 de julio del 2018.—Licda. Priscila
Picado Murillo, Notaria.—1 vez.—CE2018009285.—( IN2018268917 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las 09 horas 10 minutos del 10 de julio del año 2018, se
constituyó la sociedad denominada Bar La Barra de Víctor Limitada.—San
José, 10 de julio del 2018.—Lic. Carlos Luis Fernández Vásquez, Notario.—1
vez.—CE2018009286.—( IN2018268918 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las 11 horas 20 minutos del 01 de junio del año 2018, se
constituyó la sociedad denominada Accesible Medical Services U.C Sociedad de
Responsabilidad Limitada.—San José, 10 de julio del 2018.—Lic. Walter Solís
Amen, Notario.—1 vez.—CE2018009287.—( IN2018268919 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las 19 horas 00 minutos del 04 de julio del año 2018, se
constituyó la sociedad denominada Coto &Cubero Ingeniería Sociedad
Anónima.—San José, 10 de julio del 2018.—Licda. Paola Andrea Álvarez Marín,
Notaria.—1 vez.—CE2018009288.—( IN2018268920 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las 13 horas 00 minutos del 10 de julio del año 2018, se
constituyó la sociedad denominada Hou Shi Bai Huo Sociedad Anónima.—San
José, 10 de julio del 2018.—Lic. Yijun Xie Luo, Notario.—1 vez.—CE2018009289.—(
IN2018268921 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las 16 horas 00 minutos del 06 de julio del año 2018, se
constituyó la sociedad denominada Golden Anchor Development Sociedad de
Responsabilidad Limitada.—San José, 10 de julio del 2018.—Lic. Alan
Elizondo Medina, Notario.—1 vez.—CE2018009290.—( IN2018268922 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las 15 horas 30 minutos del 10 de julio del año 2018, se
constituyó la sociedad denominada Soloko Sociedad de Responsabilidad
Limitada.—San José, 10 de julio del 2018.—Lic. Sergio Antonio Solera
Lacayo, Notario.—1 vez.—CE2018009291.—( IN2018268923 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las 10 horas 00 minutos del 10 de julio del año 2018, se
constituyó la sociedad denominada Frosol Quinientos Cuatro Sociedad Anónima.—San
José, 10 de julio del 2018.—Lic. Luis Enrique Salazar Sánchez, Notario.—1
vez.—CE2018009292.—( IN2018268924 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las 19 horas 30 minutos del 09 de julio del año 2018, se
constituyó la sociedad denominada Inversiones Veranera Oriental del Norte
Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 10 de julio del
2018.—Licda. Yadriela Rodríguez Quesada, Notaria.—1 vez.—CE2018009293.—(
IN2018268925 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las 13 horas 00 minutos del 27 de junio del año 2018, se
constituyó la sociedad denominada Tzone Digital Central América Tech
Sociedad Anónima.—San José, 10 de julio del 2018.—Lic. Cristian Vargas
Araya, Notario.—1 vez.—CE2018009294.—( IN2018268926 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las 10 horas 00 minutos del 05 de julio del año 2018, se
constituyó la sociedad denominada Puntaperico Sociedad de Responsabilidad
Limitada.—San José, 10 de julio del 2018.—Lic. Roberto José Araya Lao,
Notario.—1 vez.—CE2018009295.—( IN2018268927 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las 15 horas 00 minutos del 10 de julio del año 2018, se
constituyó la sociedad denominada Kasaac Laboratories Sociedad Anónima.—San
José, 10 de julio del 2018.—Lic. José Fermín Morales Campos, Notario.—1 vez.—CE2018009296.—(
IN2018268930 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las 17 horas 30 minutos del 10 de julio del año 2018, se
constituyó la sociedad denominada Ayarco Consultores Unidos Sociedad de
Responsabilidad Limitada.—San José, 10 de julio del 2018.—Lic. Luis Adolfo
Vargas Vargas, Notario.—1 vez.—CE2018009297.—( IN2018268931 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las 15 horas 00 minutos del 08 de junio del año 2018, se
constituyó la sociedad denominada Despacho Lara Eduarte Ti Sociedad Anónima.—San
José, 10 de julio del 2018.—Licda. Heidel Sequeira Guzmán, Notaria.—1
vez.—CE2018009298.—( IN2018268932 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las 08 horas 00 minutos del 09 de julio del año 2018, se
constituyó la sociedad denominada Rayo de Caupolicán Limitada.—San José,
10 de julio del 2018.—Lic. Walter José Garita Quirós, Notario.—1
vez.—CE2018009299.—( IN2018268933 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las 15 horas 30 minutos del 08 de junio del año 2018, se
constituyó la sociedad denominada Despacho Lara Eduarte Impuestos y Legal
Sociedad Anónima.—San José, 10 de julio del 2018.—Licda. Heidel Sequeira
Guzmán, Notaria.—1 vez.—CE2018009300.—( IN2018268934 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las 14 horas 00 minutos del 05 de julio del año 2018, se
constituyó la sociedad denominada E-Amubri Tecnología Sociedad Anónima.—San
José, 10 de julio del 2018.—Licda. Lorena Víquez Muñoz, Notaria.—1
vez.—CE2018009301.—( IN2018268935 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las 18 horas 01 minutos del 10 de junio del año 2018, se
constituyó la sociedad denominada Del Agro Internacional Sociedad de
Responsabilidad Limitada.—San José, 10 de julio del 2018.—Lic. Jesús
Jiménez García, Notario.—1 vez.—CE2018009302.—( IN2018268936 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las 10 horas 00 minutos del 01 de julio del año 2018, se
constituyó la sociedad denominada Delivery 32 & Logistics Sociedad
Anónima.—San José, 11 de julio del 2018.—Lic. Walter Rolando Portuguéz
Fernández, Notario.—1 vez.—CE2018009303.—( IN2018268937 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las 10 horas 00 minutos del 10 de julio del año 2018, se
constituyó la sociedad denominada Construcciones del Futuro H&P de Costa
Rica Limitada.—San José, 11 de julio del 2018.—Lic. Juan Carlos Montero
Villalobos, Notario.—1 vez.—CE2018009304.—( IN2018268938 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las 15 horas 00 minutos del 09 de julio del año 2018, se
constituyó la sociedad denominada Walltopia Costa Rica Sociedad de
Responsabilidad Limitada.—San José, 11 de julio del 2018.—Lic. Elías Shadid
Esquivel, Notario.—1 vez.—CE2018009305.—( IN2018268939 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las 10 horas 30 minutos del 09 de julio del año 2018, se
constituyó la sociedad denominada Balaji Exmi Sociedad de Responsabilidad
Limitada.—San José, 11 de julio del 2018.—Lic. Juan Carlos Villasuso
Morales, Notario.—1 vez.—CE2018009306.—( IN2018268940 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las 14 horas 10 minutos del 12 de junio del año 2018, se
constituyó la sociedad denominada Academia de Formación Deportiva Genesis
Sociedad Anónima.—San José, 11 de julio del 2018.—Lic. Xochitl Camacho
Medina, Notario.—1 vez.—CE2018009307.—( IN2018268941 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las 11 horas 11 minutos del 09 de julio del año 2018, se
constituyó la sociedad denominada Supermercado La Nacional Alajuela Limitada.
San José, 11 de julio del 2018.—Lic. Andrés de Jesús Durán López, Notario.—1
vez.—CE2018009308.—( IN2018268942 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las 14 horas 00 minutos del 06 de julio del año 2018, se
constituyó la sociedad denominada Munaycha Holding Co. Limitada.—San José,
11 de julio del 2018.—Lic. Alberto Pauly Saénz, Notario.—1 vez.—CE2018009309.—(
IN2018268943 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las 15 horas 00 minutos del 06 de julio del año 2018, se
constituyó la sociedad denominada Ruhani Wellness Centre Inc. Limitada.—San
José, 11 de julio del 2018.—Lic. Alberto Pauly Saénz, Notario.—1
vez.—CE2018009310.—( IN2018268944 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las 15 horas 00 minutos del 09 de julio del año 2018, se
constituyó la sociedad denominada Jeanne Orzano Limitada.—San José, 11
de julio del 2018.—Lic. José Alberto Schroeder Leiva, Notario.—1
vez.—CE2018009311.—( IN2018268945 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las 11 horas 00 minutos del 10 de julio del año 2018, se constituyó
la sociedad denominada Grupo Tangmen Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San
José, 11 de julio del 2018.—Lic. Eduardo Román Gómez, Notario.—1
vez.—CE2018009312.—( IN2018268946 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las 16 horas 00 minutos del 10 de julio del año 2018, se
constituyó la sociedad denominada Sicala Sociedad de Responsabilidad
Limitada.—San José, 11 de julio del 2018.—Lic. Alberto Pauly Saénz,
Notario.—1 vez.—CE2018009313.—( IN2018268947 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las 12 horas 00 minutos del 03 de julio del año 2018, se
constituyó la sociedad denominada Inmobiliaria Garoji Sociedad de
Responsabilidad Limitada.—San José, 11 de julio del 2018.—Licda. Carolina
Gallegos Steinvorth, Notaria.—1 vez.—CE2018009314.—( IN2018268948 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las 17 horas 30 minutos del 10 de julio del año 2018, se
constituyó la sociedad denominada Sky Breeze Sociedad Anónima.—San José,
11 de julio del 2018.—Lic. Oscar Efraín Hidalgo Umaña, Notario.—1
vez.—CE2018009315.—( IN2018268949 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las 16 horas 30 minutos del 03 de julio del año 2018, se
constituyó la sociedad denominada Servicios L.P.G. Sociedad Anónima.—San
José, 11 de julio del 2018.—Lic. Jarlin Guerra Álvarez, Notario.—1
vez.—CE2018009316.—( IN2018268951 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las 11 horas 00 minutos del 10 de julio del año 2018, se
constituyó la sociedad denominada Grupo Inmobiliario de Negocios OG Limitada.—San
José, 11 de julio del 2018.—Lic. Pablo Peña Ortega, Notario.—1
vez.—CE2018009317.—( IN2018268952 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las 16 horas 00 minutos del 04 de julio del año 2018, se
constituyó la sociedad denominada Orange Rock Sociedad Anónima.—San
José, 11 de julio del 2018.—Lic. Juan Carlos Montero Villalobos, Notario.—1
vez.—CE2018009318.—( IN2018268953 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las 10 horas 10 minutos del 10 de julio del año 2018, se constituyó
la sociedad denominada Franquicia de Servicios de Salud y Estética NS
Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 11 de julio del 2018.—Lic.
Víctor Hugo Fernández Mora, Notario.—1 vez.—CE2018009319.—( IN2018268954 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las 11 horas 00 minutos del 06 de julio del año 2018, se
constituyó la sociedad denominada Star Connect ISP de Centroamérica Sociedad
Anónima.—San José, 11 de julio del 2018.—Lic. Luis Paulo Castro Hernández,
Notario.—1 vez.—CE2018009320.—( IN2018268955 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las 09 horas 00 minutos del 10 de julio del año 2018, se
constituyó la sociedad denominada Productos Montesierra del Oeste Sociedad
de Responsabilidad Limitada.—San José, 11 de julio del 2018.—Licda. Melania
Campos Lara, Notaria.—1 vez.—CE2018009321.—( IN2018268956 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las 10 horas 00 minutos del 11 de julio del año 2018, se
constituyó la sociedad denominada Tridana Sociedad de Responsabilidad
Limitada.—San José, 11 de julio del 2018.—Lic. Franklin López Ramírez,
Notario.—1 vez.—CE2018009322.—( IN2018268957 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las 09 horas 10 minutos del 10 de julio del año 2018, se
constituyó la sociedad denominada Inversiones Outdoors ACR de Playa Negra
Sociedad Anónima.—San José, 11 de julio del 2018.—Lic. Jorge Federico
Baldioceda Baltodano, Notario.—1 vez.—CE2018009323.—( IN2018268958 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las 11 horas 00 minutos del 04 de julio del año 2018, se
constituyó la sociedad denominada Inversiones El Chaquetazo Sociedad
Anónima.—San José, 11 de julio del 2018.—Lic. Wilber Barquero Bolaños,
Notario.—1 vez.—CE2018009324.—( IN2018268959 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las 10 horas 00 minutos del 10 de julio del año 2018, se
constituyó la sociedad denominada Serviproductos Prisma Sociedad Anónima.—San
José, 11 de julio del 2018.—Lic. Eduardo Antonio Zúñiga Zúñiga, Notario.—1 vez.—CE2018009325.—(
IN2018268960 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las 12 horas 30 minutos del 08 de mayo del año 2018, se
constituyó la sociedad denominada Importaciones MG del Mediterráneo Sociedad
Anónima.—San José, 11 de julio del 2018.—Lic. Jorge Walter Ruiz González,
Notario.—1 vez.—CE2018009326.—( IN2018268961 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las 10 horas 00 minutos del 11 de julio del año 2018, se
constituyó la sociedad denominada Zamani Inversiones LLC Limitada.—San
José, 11 de julio del 2018.—Lic. Gabriel Chaves Ledezma, Notario.—1
vez.—CE2018009327.—( IN2018268962 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las 11 horas 00 minutos del 10 de julio del año 2018, se
constituyó la sociedad denominada Valencia Inmobiliaria (Valinsa) Sociedad
Anónima.—San José, 11 de julio del 2018.—Lic. Carlos Andrés Jiménez Rojas,
Notario.—1 vez.—CE2018009328.—( IN2018268963 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las 10 horas 30 minutos del 11 de julio del año 2018, se
constituyó la sociedad denominada Staz Sunset Eight LLC Limitada.—San
José, 11 de julio del 2018.—Lic. Gabriel Chaves Ledezma, Notario.—1
vez.—CE2018009329.—( IN2018268964 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las 16 horas 00 minutos del 06 de julio del año 2018, se
constituyó la sociedad denominada Grupo La Fila Las Esperanzas Sociedad
Anónima.—San José, 11 de julio del 2018.—Licda. Adriana Vanessa Tencio
Castro, Notaria.—1 vez.—CE2018009330.—( IN2018268965 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las 18 horas 00 minutos del 10 de julio del año 2018, se
constituyó la sociedad denominada Transportes La Roca I Sociedad Anónima.—San
José, 11 de julio del 2018.—Licda. Rosela Rojas Barquero, Notario.—1
vez.—CE2018009331.—( IN2018268966 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las 12 horas 00 minutos del 04 de julio del año 2018, se
constituyó la sociedad denominada El Chante Raji Sociedad Anónima.—San
José, 11 de julio del 2018.—Lic. Carlos Eduardo Rodríguez Paniagua, Notario.—1
vez.—CE2018009332.—( IN2018268967 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las 12 horas 00 minutos del 10 de julio del año 2018, se
constituyó la sociedad denominada Los Ultraligeros de La Pampa Sociedad de
Responsabilidad Limitada.—San José, 11 de julio del 2018.—Lic. Johnny
Alfaro Llaca, Notario.—1 vez.—CE2018009333.—( IN2018268968 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las 08 horas 00 minutos del 01 de julio del año 2018, se
constituyó la sociedad denominada Zafnat Panea International Group Sociedad
Anónima.—San José, 11 de julio del 2018.—Lic. Danilo Loaiza Bolandi,
Notario.—1 vez.—CE2018009334.—( IN2018268969 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las 16 horas 00 minutos del 10 de julio del año 2018, se
constituyó la sociedad denominada Global Business Advidory Limitada.—San
José, 11 de julio del 2018.—Lic. Fernando Alfaro Chamberlain, Notario.—1
vez.—CE2018009335.—( IN2018268970 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las 00 horas 00 minutos del 11 de julio del año 2018, se
constituyó la sociedad denominada High Tide Properties Sociedad de
Responsabilidad Limitada.—San José, 11 de julio del 2018.—Lic. Omar Jalil
Ayales Adén, Notario.—1 vez.—CE2018009336.—( IN2018268971 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las 16 horas 00 minutos del 09 de julio del año 2018, se
constituyó la sociedad denominada Noctiluca Lodge Sociedad de
Responsabilidad Limitada.—San José, 11 de julio del 2018.—Lic. Carlos
Eduardo Rodriguez Paniagua, Notario.—1 vez.—CE2018009337.—( IN2018268972 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las 10 horas 00 minutos del 11 de julio del año 2018, se
constituyó la sociedad denominada Zatura CR Sociedad Anónima.—San José,
11 de julio del 2018.—Licda. María Verónica Méndez Reyes, Notaria.—1
vez.—CE2018009338.—( IN2018268973 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las 15 horas 00 minutos del 02 de julio del año 2018, se
constituyó la sociedad denominada Kapelle Juárez Sociedad de Responsabilidad
Limitada.—San José, 11 de julio del 2018.—Lic. Danilo Loaiza Bolandi,
Notario.—1 vez.—CE2018009339.—( IN2018268974 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las 10 horas 00 minutos del 11 de julio del año 2018, se
constituyó la sociedad denominada M&Y Design Limitada.—San José, 11
de julio del 2018.—Lic. Carlos Roberto Rivera Ruiz, Notario.—1
vez.—CE2018009340.—( IN2018268975 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las 17 horas 00 minutos del 10 de julio del año 2018, se
constituyó la sociedad denominada Flygfisk Charter Sociedad de
Responsabilidad Limitada.—San José, 11 de julio del 2018.—Lic. Jose Ramón
Chavarría Saxe, Notario.—1 vez.—CE2018009341.—( IN2018268976 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las 10 horas 15 minutos del 11 de julio del año 2018, se
constituyó la sociedad denominada Mageo Limitada.—San José, 11 de julio
del 2018.—Lic. Carlos Roberto Rivera Ruiz, Notario.—1 vez.—CE2018009342.—(
IN2018268977 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las 13 horas 00 minutos del 11 de julio del año 2018, se
constituyó la sociedad denominada Casa Tortuga, Tucán y Jaguar Limitada.—San
José, 11 de julio del 2018.—Licda. Kennia Guerrero Ruiz, Notaria.—1
vez.—CE2018009343.—( IN2018268978 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las 13 horas 30 minutos del 09 de julio del año 2018, se
constituyó la sociedad denominada Vestigio RJG Sociedad de Responsabilidad
Limitada.—San José, 11 de julio del 2018.—Licda. Ana Laura Vásquez Alfaro,
Notaria.—1 vez.—CE2018009344.—( IN2018268979 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las 16 horas 40 minutos del 06 de Julio del año 2018, se
constituyó la sociedad denominada Farohe & J R Sociedad Anónima.—San
José, 11 de julio del 2018.—Lic. Juan Manuel Ramírez Villanea, Notario.—1
vez.—CE2018009345.—( IN2018268980 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las 11 horas 00 minutos del 09 de julio del año 2018, se
constituyó la sociedad denominada Vigo Servicios de Mantenimiento Sociedad
Anónima.—San José, 11 de julio del 2018.—Licda. Magally Herrera Jiménez,
Notaria.—1 vez.—CE2018009346.—( IN2018268981 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las 15 horas 00 minutos del 05 de julio del año 2018, se
constituyó la sociedad denominada Inversiones Maxirma Limitada.—San
José, 11 de julio del 2018.—Lic. Arturo Barzuna Lacayo, Notario.—1
vez.—CE2018009347.—( IN2018268982 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las 16 horas 00 minutos del 10 de julio del año 2018, se
constituyó la sociedad denominada Exportaciones Cárnicas de Centroamérica
Sociedad Anónima.—San José, 11 de julio del 2018.—Lic. Douglas Alvarado
Castro, Notario.—1 vez.—CE2018009348.—( IN2018268983 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las 18 horas 00 minutos del 04 de junio del año 2018, se
constituyó la sociedad denominada Fio Village Sociedad Anónima.—San
José, 11 de julio del 2018.—Licda. Marcela Núñez Troyo, Notaria.—1
vez.—CE2018009349.—( IN2018268984 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las 08 horas 00 minutos del 06 de julio del año 2018, se
constituyó la sociedad denominada Serco Servicios de Cobro Limitada.—San
José, 11 de julio del 2018.—Lic. Alejandro José Burgos Bonilla, Notario.—1
vez.—CE2018009350.—( IN2018268985 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las 16 horas 10 minutos del 10 de julio del año 2018, se
constituyó la sociedad denominada Agroexportadora Cosechas Tropicales
Sociedad Anónima.—San José, 11 de julio del 2018.—Lic. Douglas Alvarado
Castro, Notario.—1 vez.—CE2018009351.—( IN2018268986 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las 09 horas 00 minutos del 18 de junio del año 2018, se
constituyó la sociedad denominada FSE Telecom Service Sociedad de
Responsabilidad Limitada.—San José, 12 de julio del 2018.—Licda. Georgia
Lorena Montt Villacura, Notaria.—1 vez.—CE2018009395.—( IN2018268988 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las 16 horas 30 minutos del 04 de julio del año 2018, se
constituyó la sociedad denominada ER & LA Sociedad de Responsabilidad
Limitada. San José, 12 de julio del 2018.—Lic. Henry Sandoval Gutiérrez,
Notario.—1 vez.—CE2018009396.—( IN2018268989 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las 09 horas 30 minutos del 03 de julio del año 2018, se
constituyó la sociedad denominada Cofasa Sociedad Anónima.—San José, 12
de julio del 2018.—Lic. Francisco Arturo Arias Mena, Notario.—1
vez.—CE2018009397.—( IN2018268990 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las 09 horas 00 minutos del 12 de julio del año 2018, se
constituyó la sociedad denominada Creaciones Talentik Sociedad Anónima.—San
José, 12 de julio del 2018.—Lic. Magda González Salas, Notaria.—1
vez.—CE2018009398.—( IN2018268991 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las 11 horas 30 minutos del 12 de Julio del año 2018, se
constituyó la sociedad denominada Frutimosa Sociedad de Responsabilidad
Limitada.—San José, 12 de julio del 2018.—Licda. Yesenia Quesada Rojas,
Notaria.—1 vez.—CE2018009399.—( IN2018268992 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las 12 horas 00 minutos del 10 de julio del año 2018, se
constituyó la sociedad denominada Rodriherra Limitada.—San José, 12 de
julio del 2018.—Licda. Sarita Castillo Saborío, Notaria.—1 vez.—CE2018009400.—(
IN2018268993 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las 14:00 horas 00 minutos del 09 de julio del año 2018, se
constituyó la sociedad denominada ISG América Sociedad de Responsabilidad
Limitada.—San José, 12 de julio del 2018.—Lic. José Alfredo Campos Salas,
Notario.—1 vez.—CE2018009401.—( IN2018268994 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las 18 horas 45 minutos del 11 de julio del año 2018, se
constituyó la sociedad denominada Contenedores Gastro Park Limitada Limitada.—San
José, 12 de julio del 2018.—Lic. Fernando Alfaro Chamberlain, Notario.—1
vez.—CE2018009402.—( IN2018268995 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las 11 horas 00 minutos del 11 de julio del año 2018, se
constituyó la sociedad denominada Fetish Gear Sociedad de Responsabilidad
Limitada.—San José, 12 de julio del 2018.—Licda. Olga María Rivera Monge,
Notaria.—1 vez.—CE2018009403.—( IN2018268996 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las 11 horas 00 minutos del 12 de julio del año 2018, se
constituyó la sociedad denominada Empresa de Seguridad Almengor Hidalgo
Sociedad Anónima.—San José, 12 de julio del 2018.—Lic. Rodrigo Antonio
Vargas Araya, Notario.—1 vez.—CE2018009404.—( IN2018268997 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las 14 horas 00 minutos del 06 de julio del año 2018, se
constituyó la sociedad denominada Soluciones Médicas Integrales Somecsa
Sociedad Anónima.—San José, 12 de julio del 2018.—Licda. Lilliana Fernández
Urpi, Notaria.—1 vez.—CE2018009405.—( IN2018268998 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las 11 horas 00 minutos del 12 de julio del año 2018, se
constituyó la sociedad denominada Corporación Pitufo Veintiuno Doce Sociedad
de Responsabilidad Limitada.—San José, 12 de julio del 2018.—Lic. Cristian
Alejandro Chaverri Acosta, Notario.—1 vez.—CE2018009406.—( IN2018268999 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las 09 horas 00 minutos del 12 de junio del año 2018, se
constituyó la sociedad denominada Institute Sage, Centro Inter-Cultural
Americano Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 12 de julio del
2018.—Licda. María Cecilia Ramírez Gómez, Notaria.—1 vez.—CE2018009407.—(
IN2018269000 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las 12 horas 00 minutos del 28 de junio del año 2017, se
constituyó la sociedad denominada Beep Beep Car Rental Sociedad Anónima.—San
José, 12 de julio del 2018.—Lic. Braulio Vargas Núñez, Notario.—1
vez.—CE2018009408.—( IN2018269001 ).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría a
las 16 horas 00 minutos del 06 de julio del año 2018, se constituyó la sociedad
denominada Importaciones Farmacéuticas de Costa Rica Imfarcori
Sociedad Anónima.—San José, 12 de julio del 2018.—Licda. Lilliana Fernández
Urpi, Notaria.—1 vez.—CE2018009409.—( IN2018269002 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las 12 horas 00 minutos del 12 de julio del año 2018, se
constituyó la sociedad denominada Grupo Cafex Internacional Sociedad Anónima.—San
José, 12 de julio del 2018.—Licda. María De Los Ángeles Angulo Gómez,
Notaria.—1 vez.—CE2018009410.—( IN2018269003 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las 13 horas 00 minutos del 12 de julio del año 2018, se
constituyó la sociedad denominada Dantina Limitada.—San José, 12 de
julio del 2018.—Lic. Alan Masís Angulo, Notaria.—1 vez.—CE2018009411.—(
IN2018269004 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las 16 horas 00 minutos del 11 de julio del año 2018, se
constituyó la sociedad denominada Inversiones Mosquera Sociedad Anónima.—San
José, 12 de julio del 2018.—Licda. Nathalie Elizondo Montero, Notaria.—1
vez.—CE2018009412.—( IN2018269005 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las 15 horas 00 minutos del 06 de junio del año 2016, se
constituyó la sociedad denominada Servicios Múltiples y Turísticos Cazuba
Internacional Sociedad Anónima.—San José, 12 de julio del 2018.—Lic. Elvis
Eduardo Lawson Villafuerte, Notario.—1 vez.—CE2018009413.—( IN2018269006 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las 12 horas 20 minutos del 28 de junio del año 2018, se
constituyó la sociedad denominada Tikiosco Sociedad Anónima.—San José,
12 de julio del 2018.—Lic. Braulio Vargas Núñez, Notario.—1
vez.—CE2018009414.—( IN2018269007 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las 13 horas 00 minutos del 19 de junio del año 2018, se
constituyó la sociedad denominada Servicios Múltiples del Caribe Elizondo
Álvarez Sociedad Anónima.—San José, 12 de julio del 2018.—Lic. Elvis
Eduardo Lawson Villafuerte, Notario.—1 vez.—CE2018009415.—( IN2018269008 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las 14 horas 00 minutos del 09 de julio del año 2018, se
constituyó la sociedad denominada MRD Evolución Arenal Sociedad Anónima.—San
José, 12 de julio del 2018.—Lic. Gonzalo Murillo Álvarez, Notario.—1
vez.—CE2018009416.—( IN2018269009 ).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría a
las 12 horas 40 minutos del 28 de junio del año 2018, se constituyó la sociedad
denominada Costa Rica Coolrides Sociedad Anónima.—San José, 12 de julio
del 2018.—Lic. Braulio Vargas Núñez, Notario.—1 vez.—CE2018009417.—(
IN2018269010 ).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría a
las 14 horas 30 minutos del 12 de julio del año 2018, se constituyó la sociedad
denominada Whitening Smiles MME Limitada.—San José, 12 de
julio del 2018.—Lic. Felipe Esquivel Delgado, Notario.—1 vez.—CE2018009418.—(
IN2018269011 ).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría a
las 08 horas 00 minutos del 06 de julio del año 2018, se constituyó la sociedad
denominada Hokhmah Limitada.—San José, 12 de julio del 2018.—Lic. Raúl
Alberto Guevara Villalobos, Notario.—1 vez.—CE2018009419.—( IN2018269012 ).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría a
las 10 horas 40 minutos del 12 de julio del año 2018, se constituyó la sociedad
denominada Coco Beach Village Playa Matapalo Limitada.—San José, 12 de
julio del 2018.—Licda. Ana Patricia Vargas Jara, Notaria.—1
vez.—CE2018009420.—( IN2018269013 ).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría a
las 09 horas 00 minutos del 07 de junio del año 2018, se constituyó la sociedad
denominada Savios Latinoamerica SLA Sociedad de Responsabilidad
Limitada.—San José, 12 de julio del 2018.—Lic. Alonso Vargas Araya,
Notario.—1 vez.—CE2018009421.—( IN2018269014 ).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría a
las 14 horas 00 minutos del 12 de julio del año 2018, se constituyó la sociedad
denominada Charlotte American Furniture Sociedad Anónima.—San José, 12
de julio del 2018.—Lic. José Francisco Protti Chaves, Notario.—1
vez.—CE2018009422.—( IN2018269015 ).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría a
las 12 horas 00 minutos del 12 de julio del año 2018, se constituyó la sociedad
denominada GVA Consulting Group Sociedad Anónima.—San José, 12 de
julio del 2018.—Licda. Alejandra Vanessa Vindas Rocha, Notaria.—1
vez.—CE2018009423.—( IN2018269016 ).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría a
las 16 horas 00 minutos del 12 de julio del año 2018, se constituyó la sociedad
denominada Mar Vista Azul Properties LLC Limitada.—San
José, 12 de julio del 2018.—Lic. Sergio Antonio Solera Lacayo, Notario.—1
vez.—CE2018009424.—( IN2018269017 ).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría a
las 08 horas 00 minutos del 01 de julio del año 2018, se constituyó la sociedad
denominada Grupo JAH Pervar Sociedad Anónima.—San José, 12
de julio del 2018.—Lic. Danilo Loaiza Bolandi, Notario.—1 vez.—CE2018009425.—(
IN2018269018 ).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría a
las 16 horas 20 minutos del 12 de julio del año 2018, se constituyó la sociedad
denominada Naranjo Investments LLC Limitada.—San José, 12
de julio del 2018.—Lic. Sergio Antonio Solera Lacayo, Notario.—1
vez.—CE2018009426.—( IN2018269019 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las 11 horas 00 minutos del 04 de julio del año 2018, se
constituyó la sociedad denominada KNG Direct Limited Costa Rica
Sociedad Anónima.—San José, 12 de julio del 2018.—Licda. Douglas Ruiz
Gutiérrez, Notario.—1 vez.—CE2018009427.—( IN2018269020 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las 21 horas 00 minutos del 09 de julio del año 2018, se
constituyó la sociedad denominada Feusable Sociedad de Responsabilidad
Limitada.—San José, 12 de julio del 2018.—Lic. Miguel Antonio Rodríguez
Espinoza, Notario.—1 vez.—CE2018009428.—( IN2018269021 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las 10 horas 00 minutos del 06 de julio del año 2018, se
constituyó la sociedad denominada Del Valle y Méndez Sociedad Anónima.—San
José, 12 de julio del 2018.—Lic. Edwin Alfredo Chacón Bolaños, Notario.—1
vez.—CE2018009429.—( IN2018269022 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría a las 18 horas 00 minutos del 11 de julio del año 2018, se
constituyó la sociedad denominada Servicios Gastronomicos Del Sol Sociedad
Anónima.—San José, 12 de julio del 2018.—Lic. Johanny Esquivel Hidalgo,
Notario.—1 vez.—CE2018009430.—( IN2018269023 )
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las 09 horas 00 minutos del 12 de julio del año 2018, se
constituyó la sociedad denominada Bucurú Travel Limitada.—San José, 12
de julio del 2018.—Lic. Rolando Romero Obando, Notario.—1 vez.—CE2018009431.—(
IN2018269024 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las 14 horas 30 minutos del 12 de julio del año 2018, se
constituyó la sociedad denominada Paufi Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San
José, 12 de julio del 2018.—Lic. Billy Benjamín Latouche Ortiz, Notario.—1
vez.—CE2018009432.—( IN2018269025 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las 16 horas 00 minutos del 12 de julio del año 2018, se
constituyó la sociedad denominada Almasye del Norte Sociedad de
Responsabilidad Limitada.—San José, 12 de julio del 2018.—Lic. Óscar
Basilio La Touche Argüello, Notario.—1 vez.—CE2018009433.—( IN2018269026 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las 18 horas 30 minutos del 05 de julio del año 2018, se
constituyó la sociedad denominada Comercializadora Gusto y Sabor Sociedad de
Responsabilidad Limitada.—San José, 12 de julio del 2018.—Lic. Edwin
Alfredo Chacón Bolaños, Notario.—1 vez.—CE2018009434.—( IN2018269027 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las 12:00 horas 00 minutos del 11 de julio del año 2018, se
constituyó la sociedad denominada Los Cuatro Mapaches Sociedad de
Responsabilidad Limitada.—San José, 11 de julio del 2018.—Lic. Elissa
Madeline Stoffels Ughetta, Notaria.—1 vez.—CE2018009352.—( IN2018269028 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las 08 horas 00 minutos del 11 de julio del año 2018, se
constituyó la sociedad denominada Vista Tortuga Loka Sociedad Anónima.—San
José, 11 de julio del 2018.—Licda. Andrea Karolina Rojas Mora, Notaria.—1
vez.—CE2018009353.—( IN2018269029 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las 11 horas 00 minutos del 11 de julio del año 2018, se constituyó
la sociedad denominada Eagle Sesenta y Nueve Fetish Gear Sociedad de
Responsabilidad Limitada.—San José, 11 de julio del 2018.—Licda. Olga María
Rivera Monge, Notaria.—1 vez.—CE2018009354.—( IN2018269030 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las 17 horas 00 minutos del 09 de julio del año 2018, se
constituyó la sociedad denominada Desarrollos Empresariales Real Estate
Alcamady Sociedad Anónima.—San José, 11 de julio del 2018.—Lic. Eitel
Eduardo Álvarez Ulate, Notario.—1 vez.—CE2018009355.—( IN2018269031 ).
Por escritura otorgada ante mí,
el día de hoy, se modificó la junta directiva y se agregó la cláusula
decimocuarta de los estatutos de: M y J Consultores Corporativos S.A.—San
José, 27 de agosto del 2018.—Lic. Arnulfo Carmona Martínez, Notario.—1 vez.—(
IN2018274173 ).
CONSEJO DE
TRANSPORTE PÚBLICO
PUBLICACIÓN
DE SEGUNDA VEZ
DAJ2018001461.—Apertura de
procedimiento para la cancelación del
permiso de la ruta N° 101.
Expediente 118
Señores
Francisco y Antonio Fallas
Quesada
Permisionario de la Ruta N° 101
Notificaciones: Sin medio
señalado
Estimado señor:
Dirección de Asuntos
Jurídicos.—San José, a las ocho horas del veintiséis de junio de dos mil
dieciocho.
Conoce esta Dirección de Asuntos Jurídicos,
acuerdo adoptado en el artículo 7.10 de la Sesión Ordinaria 27-2017, emitido
por la Junta Directiva del Consejo de Transporte Público, mediante el cual se
dispuso comisionar a esta Dirección para que inicie el debido proceso para la
cancelación del permiso de operación de la Ruta No. 101, cuyo titular de
operación corresponde a la empresa denominada Francisco Y Antonio Fallas
Quesada.
Traslado de cargos
1. Que la empresa Francisco y Antonio Fallas Quesada, aparece como
permisionaria de la Ruta No. 101, descrita como San Marcos- San Pablo- Llano
Bonito y Viceversa, según el acuerdo N° 02 de la sesión 2997, de la antigua
Comisión
Técnica de Transportes de fecha 30 de agosto
de 1995.
2. Que mediante el acuerdo N° 02 de la sesión
2997, de la antigua Comisión Técnica de Transportes de fecha 30 de agosto de
1995, se autorizó para la operación del servicio en estas rutas 02 unidades, y
se registraron las unidades placa CB-703 y TMP820635.
3. Que mediante el artículo 5.1 de la sesión
ordinaria 09-2011 de la Junta Directiva del Consejo de Transporte Público, del
03 de febrero del 2011, se desinscribieron las unidades placas CB-703 y
TMP820635, por encontrarse fuera de la vida útil máxima autorizada, según la
Ley 7600 y Decreto Ejecutivo 29743-MOPT.
4. Que según se indica en la constancia N°
DACP-2017-1457, al parecer la Ruta N° 101 no posee flota inscrita para brindar
el servicio público de transporte de personas
modalidad autobús.
En razón de lo anteriormente
citado, se le brinda un plazo de quince días hábiles, para que manifieste lo
que considere oportuno, de los posibles incumplimientos que fundamentan el
procedimiento de cancelación del permiso de la ruta N° 101, contados a partir
de la notificación del presente documento, no omito manifestarle que conjuntamente
con su escrito de respuesta podrá aportar toda la prueba que considere
pertinente y medio para recibir notificaciones ( fax o correo
electrónico).—Lic. Bryan Jiménez Agüero, Asesor Legal.—Dirección de Asuntos
Jurídicos.—Licda. Sidia Cerdas Ruiz MLA, Directora.—O.C. N° 2018-185.—Solicitud
N° DE-2018-1377.—( IN2018269293 ).
DAJ-2018001578.—Apertura de
procedimiento para la cancelación del permiso de la ruta N° 107.
Expediente 113
Señor
Rigoberto Campos Cubillo
Permisionario de la Ruta N° 107
Notificaciones: Sin medio
señalado
Estimado señor:
Dirección de Asuntos Jurídicos.
San José, a las ocho horas del dieciséis de julio de dos mil dieciocho.
Conoce esta Dirección de Asuntos Jurídicos,
acuerdo adoptado en el Artículo 7.10 de la Sesión Ordinaria 27-2017, emitido
por la Junta Directiva del Consejo de Transporte Público, mediante el cual se
dispuso a comisionar a esta Dirección para que inicie el debido proceso para la
cancelación del permiso de operación de la Ruta N° 107, cuyo titular de
operación corresponde al señor Rigoberto Campos Cubillo.
Traslado de cargos
1. Que el señor Rigoberto Campos Cubillo, aparece como permisionario
de la Ruta N° 107, descrita como Puriscal- Galán y Viceversa, según el acuerdo
N° 03 de la sesión 2420, de la antigua Comisión Técnica de Transportes de fecha
04 de enero de 1990.
2. Que mediante el acuerdo N° 03 de la sesión
2420, de la antigua Comisión Técnica de Transportes de fecha 04 de enero de
1990, se autorizó para la operación del servicio en esta ruta 02 unidades, y se
registraron las unidades placa SJB-4199 y SJB-1979.
3. Que mediante el artículo 5.1 de la sesión
ordinaria 09-2011 de la Junta Directiva del Consejo de Transporte Público, del
03 de febrero del 2011, se desinscribieron las unidades Transporte Público
placas SJB-4199 y SJB-1979, por encontrarse fuera de la vida útil máxima
autorizada, según
la Ley 7600 y Decreto Ejecutivo 29743-MOPT.
4. Que según se indica en la constancia N°
DACP-2017-1458, la Ruta N° 107 no posee flota inscrita para brindar el servicio
público de transporte de personas modalidad autobús.
En razón de lo anteriormente
citado, se le brinda un plazo de quince días hábiles, para que manifieste lo
que considere oportuno, de los posibles incumplimientos que fundamentan el
procedimiento de cancelación del permiso de la ruta N° 107, plazo que se
contabilizara a partir de la notificación del presente documento, no omito
manifestarle que conjuntamente con su escrito de respuesta podrá aportar toda
la prueba que considere pertinente y deberá señalar medio para recibir
notificaciones ( fax o correo electrónico).—Dirección de Asuntos
Jurídicos.—Lic. Bryan Jiménez Agüero, Asesor Legal.—Licda. Sidia Cerdas Ruiz
MLA, Directora.—O.C. N° 2018-191.—Solicitud N° DE-2018-1376.—( IN2018269294 ).
DAJ-2018001577.—Apertura de
procedimiento para la cancelación del permiso de la ruta N° 113 BS.
Expediente 114
Señor
Carlos Chavarría Murillo
Permisionario de la Ruta No. 113
BS
Notificaciones: Sin medio
señalado
Estimado señor:
Dirección de Asuntos
Jurídicos.—San José, a las once horas del dieciséis de julio de dos mil
dieciocho.
Conoce esta Dirección de Asuntos Jurídicos,
acuerdo adoptado en el Artículo 7.10 de la sesión ordinaria 27-2017, emitido
por la Junta Directiva del Consejo de Transporte Público, mediante el cual se
dispuso comisionar a esta Dirección para que inicie el debido proceso para la
cancelación del permiso de operación de la Ruta N° 113 BS, cuyo titular de
operación corresponde al señor Carlos Chavarría Murillo.
Traslado de cargos
1. Que el señor Carlos Chavarría Murillo, aparece como permisionario
de la Ruta N° 113 BS, descrita como Santiago de Puriscal- Charcón de Puriscal y
viceversa, según el acuerdo No. 14 de la sesión 3019, de la antigua Comisión
Técnica de Transportes de fecha 17 de enero de 1996.
2. Que mediante el acuerdo N° 14 de la sesión
3019, de la antigua Comisión Técnica de Transportes de fecha 17 de enero de
1996, se autorizó para la operación del servicio en esta ruta 01 unidad, y se
registró la unidad placa SJB-2819.
3. Que según se indica en la constancia N° DACP-2017-1464, la Ruta N° 113 BS no posee flota inscrita para brindar
el servicio público de transporte de personas modalidad autobús.
En razón de lo anteriormente
citado, se le brinda un plazo de quince días hábiles, para que manifieste lo
que considere oportuno, de los posibles incumplimientos que fundamentan el
procedimiento de cancelación del permiso de la ruta N° 113 BS, plazo que se
contabilizará a partir de la notificación del presente documento, no omito
manifestarle que conjuntamente con su escrito de respuesta podrá aportar toda
la prueba que considere pertinente y deberá señalar medio para recibir
notificaciones (fax o correo electrónico).—Lic. Bryan Jiménez Agüero.—Licda.
Sidia Cerdas Ruiz MLA, Directora.—O.C. N° 2018-189.—Solicitud N°
DE-2018-1375.—( IN2018269299 ).
DAJ-2018001576.—Apertura de
procedimiento para la cancelación del permiso de la ruta N° 168.
Expediente 117
Señores
Olman Arce Bolaños
Permisionario de la Ruta No. 168
Notificaciones: Sin medio
señalado
Estimado señor:
Dirección de Asuntos
Jurídicos.—San José, a las diez horas del dieciséis de julio de dos mil
dieciocho.
Conoce esta Dirección de Asuntos Jurídicos,
acuerdo adoptado en el artículo 7.10 de la sesión ordinaria 27-2017, emitido
por la Junta Directiva del Consejo de Transporte Público, mediante el cual se
dispuso comisionar a esta Dirección para que inicie el debido proceso para la
cancelación del permiso de operación de la Ruta No. 168, cuyo titular de
operación corresponde al señor Olman Arce Bolaños.
Traslado de cargos
1. Que el señor Olman Arce Bolaños, aparece como permisionario de la
Ruta N° 168, descrita como San Isidro del General- San Agustín- San Luis y
viceversa, según el acuerdo N° 27 de la sesión 2649, de la antigua Comisión
Técnica de Transportes de fecha 06 de noviembre del 1991.
2. Que mediante el acuerdo N° 27 de la sesión
2649, de la antigua Comisión Técnica de Transportes de fecha 06 de noviembre
del 1991, se autorizó para la operación del servicio en estas rutas 01 unidad.
3. Que mediante el artículo 5.1 de la sesión
ordinaria 09-2011 de la Junta Directiva
del Consejo de Transporte Público, del 03 de febrero del 2011, se desinscribió
la unidad placa CB-60, por encontrarse fuera de la vida útil máxima autorizada,
según la Ley 7600 y Decreto Ejecutivo 29743-MOPT.
4. Que según se indica en la constancia N°
DACP-2017-1460, al parecer la Ruta N° 168 no posee flota inscrita para brindar
el servicio público de transporte de personas modalidad autobús.
En razón de lo anteriormente
citado, se le brinda un plazo de quince días hábiles, para que manifieste lo
que considere oportuno, de los posibles incumplimientos que fundamentan el
procedimiento de cancelación del permiso de la ruta N° 168, plazo que se
contabilizará a partir de la notificación del presente documento, no omito
manifestarle que conjuntamente con su escrito de respuesta podrá aportar toda
la prueba que considere pertinente y medio para recibir notificaciones ( fax o
correo electrónico).—Lic. Bryan Jiménez Agüero, Asesor Legal.—Licda. Sidia
Cerdas Ruiz MLA, Directora.—O.C. N° 2018-180.—Solicitud N° DE-2018-1374.—(
IN2018269301 ).
DAJ.—2018001353.—Traslado de
cargos sobre la cancelación del permiso de la ruta 596 por abandono de la ruta.
Expediente administrativo N°
2018-82-B
Señor
Leonardo Sánchez González
Operador de la ruta No. 596
Notificaciones: Diario Oficial La
Gaceta
Estimado señor:
Dirección de Asuntos
Jurídicos.—San José, a las once horas siete minutos del cinco de junio del año
dos mil dieciocho
Conoce esta Dirección de Asuntos Jurídicos,
acuerdo adoptado por la Junta Directiva, en el artículo 7.11 de la sesión
ordinaria 17-2016 del 06 de abril del 2016, mediante el cual se dispuso
comisionar a esta Dirección para que inicie el Procedimiento Administrativo a
fin de otorgar audiencia al operador permisionario de la Ruta 596 para la
cancelación del permiso de operación por abandono de la ruta.
Traslado de cargos:
1. Que el señor Olman Arce Bolaños, es permisionario de la ruta N° 596
descrita como San Isidro de El General- San Agustín- San Luis y viceversa,
según acuerdo No. 27 de la sesión N° 2649 de la antigua Comisión Técnica de
Transporte.
2. Que ante solicitudes de interesados en brindar
el servicio en varias rutas, entre éstas la ruta N° 596, por lo que la
Dirección Técnica realizó un estudio para verificar el estado de la ruta y la
necesidad de un nuevo permisionario, según en el oficio DTE-16-0155 del 19 de
febrero del 2016.
3 Que consta en el oficio DTE-16-0155 de la
Dirección Técnica, en lo que interesa lo siguiente:
“Ruta N° 596
Se visualiza en la prestación
del servicio entre Nicoya-Moracia-Zapote y vic a la unidad GB-2487 la cual no
se encuentra autorizada para brindar el servicio de la ruta N° 596. Según
información dada por el chofer de la unidad el servicio es brindado por el
señor Leonardo Sánchez González sin embargo conversando con el señor Sánchez
vía telefónica indica que el (sic) no opera la ruta desde aproximadamente el
2011 cuando venció la vida útil de la unidades (sic) y que cedió los derechos
de operación al señor Diego Obando, sin embargo la gestión a la fecha no ha
sido presentada al Consejo. Mediante Artículo 5.1 de la sesión ordinaria
09-2011 de la Junta Directiva del Consejo de Transporte Público con fecha del 03
de febrero de 2011 se tienen por inscritas las unidades GB-0877 y GB-0669 por
exceder la vida útil establecida para brindar el servicio y se le ordenó en ese
mismo Artículo la inscripción inmediata de nuevas unidades que cumplieran con
la normativa establecida, orden que al fecha no ha sido cumplida según
información del Departamento de Administración de Concesiones y Permisos de
Este (sic) Consejo. (...)
• La Ruta N° 596 se encuentra operada de forma precaria por el
señor Diego Obando Méndez pues su operador autorizado el señor Leonardo Sánchez
González indica vía telefónica (te. 8354-3063) que cedió la operación del
servicio al señor Obando desde el año 2011, sin embargo esta gestión de
traspaso de derechos no ha sido presentada a la fecha de este informe ante este
Consejo y continúa a nombre del señor Sánchez, se visualiza la prestación del
servicio con tres unidades las cuales no están autorizadas para la ruta según
certificación del-Dirección de Asuntos Jurídicos Departamento de Administración
de Concesiones y Permisos las cuales de igual forma se encuentran des inscritas
por estar fuera de vida útil ya la fecha de este informe no habían sido
reemplazadas ante la administración (sic). Se ubica en el Departamento de
Administración de Concesiones y Permisos una gestión a nombre del señor
Leonardo Sánchez (exp. 284171 del 22/09/14) donde se solicita la inscripción de
la unidad GB-2487 sin embargo por falta de documentación por parte del señor
Sánchez se le previno mediante el DACP-2015-2698 y al no contestar se le
archivó la gestión mediante el DACP-2015-3348. Por lo anterior se concluye que
la Ruta N° 596 se brinda con un operador y unidades no autorizadas y que se
encuentra en abandono por su operador señor Leonardo Sánchez González quien manifiesta
ya no brinda el servicio.
4. Que mediante artículo 7.11 de
la sesión ordinaria 17-2016 la Junta Directiva del Consejo de Transporte
Público, indicó en lo interesa lo siguiente:
“Por tanto, se acuerda por
unanimidad de los presentes:
1. Aprobar parcialmente, basados en los fundamentos, motivos y
contenidos, desarrollados en los considerandos del oficio DAJ 2016-001105, las
recomendaciones contenidas en el oficio dicho, el cual forma parte integral de
este acuerdo. (...)
7. Iniciar el proceso administrativo de eventual
cancelación con base en el oficio DTE-16-0155, al operador de la ruta N° 596
descrita como Nicoya - Zapote y viceversa al señor Leonardo Sánchez González,
debido a los siguientes hallazgos:
• Actualmente no está siendo operada por el señor Leonardo Sánchez
González.
• Las unidades GB-2487, GB-2536 y CB1911 que
se determinó brindan el servicio de la ruta N° 596, no se encuentran
autorizadas para realizarlo, ni tienen relación alguna con el señor Sánchez
González.
• Según documentación del Departamento de
Administración de Concesiones y Permisos de este Consejo, actualmente la
empresa no ha inscrito unidades desde la realización de la sesión ordinaria
09-2011, en el artículo 5.1, en donde se le desinscribían las unidades placa
GB-0877 y GB-0669, y por ende, no cuenta con ninguna unidad inscrita para
brindar el servicio de la ruta N° 596.”
En razón de que esta Asesoría
Jurídica fue designada órgano Director por la Junta Directiva de este Consejo,
según Artículo 7.11 de la Sesión ordinaria 17-2016, arróguese esta Dirección el
conocimiento de instrucción de este asunto, tendiente a la cancelación del
permiso de operación de la ruta N° 596 por abandono del servicio.
En virtud de las situaciones antes descritas,
se otorga el debido proceso al señor Leonardo Sánchez González, operador de la
ruta No. 596 de conformidad con las disposiciones del artículo 214, siguientes
y concordantes de la Ley General de la Administración Pública, el numeral 25 de
la Ley 3503.
Se procede entonces, a otorgar audiencia al señor
Leonardo Sánchez González para que en el plazo de LOS PRÓXIMOS 15 DÍAS
HÁBILES contados a partir del día siguiente de la notificación de este
documento se manifieste por escrito de la decisión de la Administración,
otorgando con ello el debido proceso y derecho de defensa a efectos de
determinar si resulta procedente cancelar el permiso que actualmente opera con
base en los antecedentes y documentos señalados previamente, teniendo en
consideración que el artículo 154 de la Ley General de la Administración
Pública establece:
Artículo 154.—Los permisos de
uso de dominio público y los demás actos que reconozcan a un administrado un
derecho expresa y válidamente a título precario, podrán ser revocados por
razones de oportunidad o conveniencia sin responsabilidad de la Administración;
pero la revocación no deberá ser intempestiva ni arbitraria y deberá darse en
todos los casos un plazo prudencial para el cumplimiento del acto de
revocación.
No se omite indicar que, en
aspectos como el que nos ocupa, por su parte, la Jurisprudencia de la Sala
Constitucional es clara en indicar que el título otorgado en condición de
precario, no genera para el Administrado ninguna clase de Derecho Subjetivo,
con lo cual no se hace necesario sobrellevar un Procedimiento Administrativo
Ordinario, de conformidad con el artículo 308 y siguientes de la Ley General de
la Administración Pública.
“Sobre el particular, la Sala
Constitucional de manera reiterada ha sostenido que el permiso reconoce un
derecho al administrado a título precario que puede ser revocado sin ninguna
responsabilidad para la Administración por razones calificadas de oportunidad y
conveniencia. En este sentido, es necesario dejar claro que si bien la
Administración puedo anular o revocar un permiso, no se encuentra obligada a
incoar un procedimiento administrativo ordinario para ello, en virtud que el
permiso no otorga ningún derecho subjetivo al permisionario. Esa revocación o
anulación no puede ser intempestiva o arbitraria de conformidad con lo que
establece el artículo 154 de la Ley General de la Administración Pública. En
este particular, estima este Tribunal que lo dispuesto por la autoridad
recurrida en el acuerdo impugnado no lesiona los derechos fundamentales del
tutelado, en la medida en que no se ha producido de manera intempestiva ni
arbitraria. En este sentido, del informe rendido por la autoridad accionada
claramente se deduce que se concedió una audiencia previa al tutelado con
motivo de la anulación de su permiso, razón por la que no se aprecia ninguna
infracción de los derechos fundamentales del agraviado que sea susceptible de
tutelada (sic) en esta Jurisdicción.” (Resolución No. 2008-001127 de la Sala
Constitucional de la Corte Suprema de Justicia.)
Se le indica, además, que existe
en la Dirección de Asuntos Jurídicos un expediente elaborado con los informes
técnicos y legales en que se fundamenta el presente procedimiento en relación
con la posibilidad de la cancelación del permiso de operación de la ruta N°
596, el cual queda a su disposición para lo que considere pertinente.—Órgano
Director de Procedimiento.—Licda. Laura Sánchez Navarro, Asesora
Legal.—Dirección de Asuntos Jurídicos.—Licda. Sidia María Cerdas Ruiz,
Directora.—O.C. N° 2018-188.—Solicitud N° DE-2018-1373.—( IN2018269303 ).
DAJ-2018001352.—Traslado de
cargos sobre la cancelación del permiso de la ruta 374 por no inscribir
unidades en la flota autorizada.—Expediente administrativo N° 2018-84-B.
Dirección de Asuntos Jurídicos.—San José, a
las once horas siete minutos del once de junio del dos mil dieciocho.
Señor
Jorge Luis Rojas Bravo
Operador de la ruta N° 374
Notificaciones: Diario Oficial La
Gaceta
Estimado señor:
Conoce esta Dirección de Asuntos
Jurídicos, acuerdo adoptado por la Junta Directiva, en el Artículo 7.10 de la
sesión ordinaria 27-2017 del 05 de julio del 2017, mediante el cual se dispuso
comisionar a esta Dirección para que inicie el Procedimiento Administrativo a
fin de otorgar audiencia al operador permisionario de la Ruta 374 para la
cancelación del permiso de operación por no inscribir unidades en la flota
autorizada.
Traslado de cargos:
1. Que el señor Jorge Luis Rojas Bravo, es permisionario de la ruta N°
374 descrita como Turrialba-San Joaquín y viceversa.
2. Que mediante artículo 7.10 de la sesión
ordinaria 27-2017 del 05 de julio del 2017, la junta directiva ordenó el inicio
de procedimientos administrativos a los permisionarios que no habían inscrito
unidades en la flota autorizada, entre las cuales se encuentra la ruta N° 374.
3. Que mediante oficio DACP-2017-1625 del 05 de
septiembre del 2017, el Departamento de Administración de Concesiones y
Permisos, remitió un oficio a la Dirección de Asuntos Jurídicos con el listado
de las rutas a las que se les debe iniciar procedimiento administrativo para
cancelación del permiso por tener flota autorizada y no haber inscrito unidades
ante el Departamento de Administración de Concesiones y Permisos, entre éstas
se encuentra la ruta N° 374.
4. Que en la constancia DACP-2017-1472 del
Departamento de Concesiones y Permisos del 23 de agosto del 2017, se hace
constar que la ruta N° 374 tiene inscritas dos unidades fuera de vida útil, y
por tanto se encuentran desincritas, según las disposiciones del artículo 5.1
de la sesión ordinaria 09-2011 del 03 de febrero del 2011, las mismas son las
placas CB-1454, año modelo 1992 y CB-1007, año modelo 1977.
En razón de que esta asesoría
jurídica fue designada Órgano Director por la Junta Directiva de este Consejo,
según Artículo 7.10 de la sesión ordinaria 27-2017, arróguese esta Dirección el
conocimiento de instrucción de este asunto, tendiente a la cancelación del
permiso de operación de la ruta N° 374 por abandono del servicio.
En virtud de las situaciones antes descritas
se otorga el debido proceso al señor Jorge Luis Rojas Bravo, operador de la
ruta N° 374 de conformidad con las disposiciones del artículo 214, siguientes y
concordantes de la Ley General de la Administración Pública, el numeral 25 de
la Ley 3503.
Se procede entonces, a otorgar audiencia al
señor Jorge Luis Rojas Bravo para que en el plazo de los próximos 15 días hábiles contados a partir del día siguiente
de la notificación de este documento, se
manifieste por escrito de la decisión de la Administración, otorgando con
ello el debido proceso y derecho de defensa a efectos de determinar si resulta
procedente cancelar el permiso que actualmente opera con base en los
antecedentes y documentos señalados previamente, teniendo en consideración que
el artículo 154 de la Ley General de la Administración Pública establece:
Artículo 154.—Los permisos de
uso de dominio público y los demás actos que reconozcan a un administrado un
derecho expresa y válidamente a título precario, podrán ser revocados por
razones de oportunidad o conveniencia sin responsabilidad de la Administración;
pero la revocación no deberá ser intempestiva ni arbitraria y deberá darse en
todos los casos un plazo prudencial para el cumplimiento del acto de
revocación.
No se omite indicar que, en
aspectos como el que nos ocupa, por su parte, la Jurisprudencia de la Sala
Constitucional es clara en indicar que el título otorgado en condición de
precario, no genera para el Administrado ninguna clase de Derecho Subjetivo,
con lo cual no se hace necesario sobrellevar un Procedimiento Administrativo
Ordinario, de conformidad con el artículo 308 y siguientes de la Ley General de
la Administración Pública.
“Sobre el particular, la Sala
Constitucional de manera reiterada ha sostenido que el permiso reconoce un
derecho al administrado a título precario que puede ser revocado sin ninguna
responsabilidad para la Administración por razones calificadas de oportunidad y
conveniencia.
En este sentido, es necesario
dejar claro que si bien la Administración puedo anular o revocar un permiso, no
se encuentra obligada a incoar un procedimiento administrativo ordinario para
ello, en virtud que el permiso no otorga ningún derecho subjetivo al
permisionario. Esa revocación o anulación no puede ser intempestiva o
arbitraria de conformidad con lo que establece el artículo 154 de la Ley General
de la Administración Pública. En este particular, estima este Tribunal que lo
dispuesto por la autoridad recurrida en el acuerdo impugnado no lesiona los
derechos fundamentales del tutelado, en la medida en que no se ha producido de
manera intempestiva ni arbitraria. En este sentido, del informe rendido por la
autoridad accionada claramente se deduce que se concedió una audiencia previa
al tutelado con motivo de la anulación de su permiso, razón por la que no se
aprecia ninguna infracción de los derechos fundamentales del agraviado que sea
susceptible de tutelada (sic) en esta Jurisdicción.” (Resolución N° 2008-001127
de la Sala Constitucional de la Corte Suprema de Justicia).
Se le indica, además, que existe
en la Dirección de Asuntos Jurídicos un expediente elaborado con los informes
técnicos y legales en que se fundamenta el presente procedimiento en relación
con la posibilidad de la cancelación del permiso de operación de la ruta N°
374, el cual queda a su disposición para lo que considere pertinente.—Órgano
Director de Procedimiento.—Licda. Laura Sánchez Navarro, Asesora
Legal.—Dirección de Asuntos Jurídicos.—Licda. Sidia María Cerdas Ruiz,
Directora.—O. C. N° 2018187.—Solicitud N° DE-2018-1372.—( IN2018269305 ).
DAJ-2018001705.—Apertura de
procedimiento sumario por irregularidades en la prestación del servicio del
permiso de la ruta N° 1262 Sarchí Norte-Rodríguez-Sabanillas y viceversa.
Expediente Administrativo N° 2018-0124-B.
Dirección de Asuntos
Jurídicos.—San José, a las once horas treinta minutos del treinta y uno de
julio del año dos mil dieciocho.
Señor: Alberto Rodríguez
Rodríguez.
Permisionario de la Ruta N° 1262
Notificaciones: Sin medio
conocido para notificar.
Estimado señor:
Conoce esta Dirección de Asuntos
Jurídicos, acuerdo adoptado en el artículo 7.10 de la sesión ordinaria 27-2017
celebraba el día 07 de julio de 2017, emitido por la Junta Directiva del
Consejo de Transporte Público, mediante el cual se dispuso comisionar a esta
Dirección para que inicie el Procedimiento Administrativo Sumario a fin de
otorgar audiencia al permisionario, según lo dispone la Ley General de
Administración Pública; en cuanto a Procedimientos Sumarios en sus artículos
320 siguientes y concordantes, para averiguar la verdad de los hechos, por
supuestas inconsistencias en el permiso de operación de la Ruta N° 1262, cuyo
titular de operación corresponde al señor Alberto Rodríguez Rodríguez.
Traslado de cargos
1º—Que el señor Alberto
Rodríguez Rodríguez, aparece como permisionario de la Ruta N° 1262, descrita
como Sarchí Norte-Rodríguez-Sabanillas y viceversa, según el acuerdo N° 35 de
la sesión 2869, de la antigua Comisión Técnica de Transportes de fecha 22 de
noviembre de 1993.
2º—Que según oficio DACP-2017-1168 del 27 de
junio del 2017 de la Dirección Técnica de este Consejo, la Ruta N° 1262 a
nombre del señor Alberto Rodríguez Rodríguez, tiene 2 unidades como flota
autorizada en esa ruta y ninguna flota inscrita para la operación del servicio
público de transporte de personas modalidad autobús en esta ruta.
3º—Que mediante la constancia DACP-2017-1498
del 23 de agosto del 2017 del Departamento de Administración de Concesiones y
Permisos, se indicó que para la Ruta N° 1262, el permisionario, mantuvo
registradas las unidades, HB-882 y TMP-133979, para prestar el servicio en la
Ruta 1262, y según el artículo 5.1 de la sesión ordinaria 09-2011, de la Junta
Directiva de este Consejo del 03 de febrero del 2011, se tiene por desinscritas
las unidades citadas, por encontrarse fuera de la vida útil máxima autorizada,
según Ley 7600 y Decreto Ejecutivo 29743-MOPT.
4º—No consta en los registros de este Consejo
que se haya realizado la inscripción de nueva Rota requerida en su momento por
parte del permisionario de la ruta N° 1262.
En razón de que esta Asesoría Jurídica fue
designada Órgano Director por la Junta Directiva de este Consejo, según el
artículo 7.10 de la sesión ordinaria 27-2017 del 07 de julio del año 2017,
arróguese esta Dirección el conocimiento de instrucción de este asunto, tendiente
a la valoración de cancelación del permiso temporal de la placa de servicio
público, modalidad autobús Ruta N° 1262, por los presuntos incumplimientos
antes citados.
En virtud de las situaciones antes descritas
se otorga el debido proceso al permisionario de la Ruta N° 1262, del señor
Alberto Rodríguez Rodríguez, de conformidad con las disposiciones del artículo
214, siguientes y concordantes de la Ley General de la Administración Pública,
así como el artículo 320 siguientes y concordantes, de la misma Ley.
Se procede entonces, a otorgar derecho de
defensa y debido proceso al señor Alberto Rodríguez Rodríguez, para que en el
plazo de los próximos 15 días hábiles contados a partir del día
siguiente de la notificación de este documento, se
manifieste por escrito, acerca de lo dicho en este traslado de la
Administración, acerca de los posibles incumplimientos que fundamentan el
procedimiento, otorgando con ello el debido proceso a efectos de determinar si
resulta procedente cancelar el permiso que actualmente opera, con base en los
antecedentes y documentos señalados previamente, teniendo en consideración que
el artículo 154 de la Ley General de la Administración Pública establece:
“Artículo 154.—Los permisos de
uso de dominio público y los demás actos que reconozcan a un administrado un
derecho expresa y válidamente a título precario, podrán ser revocados por
razones de oportunidad o conveniencia sin responsabilidad de la Administración;
pero la revocación no deberá ser intempestiva ni arbitraria y deberá darse en
todos los casos un plazo prudencial para el cumplimiento del acto de
revocación.”
No se omite indicar que, en
aspectos como el que nos ocupa, por su parte, la Jurisprudencia de la Sala
Constitucional es clara en indicar que el título otorgado en condición de
precario, no genera para el Administrado ninguna clase de Derecho Subjetivo,
con lo cual no se hace necesario sobrellevar un Procedimiento Administrativo
Ordinario, de conformidad con el artículo 308 y siguientes de la Ley General de
la Administración Pública:
“Sobre el particular, la Sala
Constitucional de manera reiterada ha sostenido que el permiso reconoce un
derecho al administrado a título precario que puede ser revocado sin ninguna
responsabilidad para la Administración por razones calificadas de oportunidad y
conveniencia. En este sentido, es necesario dejar claro que si bien la
Administración puedo anular o revocar un permiso, no se encuentra obligada a
incoar un procedimiento administrativo ordinario para ello, en virtud que el
permiso no otorga ningún derecho subjetivo al permisionario. Esa revocación o
anulación no puede ser intempestiva o arbitraria de conformidad con lo que
establece el artículo 154 de la Ley General de la Administración Pública. En
este particular, estima este Tribunal que lo dispuesto por la autoridad
recurrida en el acuerdo impugnado no lesiona los derechos fundamentales del
tutelado, en la medida en que no se ha producido de manera intempestiva ni
arbitraria. En este sentido, del informe rendido por la autoridad accionada
claramente se deduce que se concedió una audiencia previa al tutelado con
motivo de la anulación de su permiso, razón por la que no se aprecia ninguna
infracción de los derechos fundamentales del agraviado que sea susceptible de
tutelada (sic) en esta Jurisdicción.” (Resolución N° 2008-001127 de la Sala
Constitucional de la Corte Suprema de Justicia.)
Se le indica, además, que existe
en la Dirección de Asuntos Jurídicos, el expediente 2018-0214-B, elaborado para
este Procedimiento Administrativo Sumario, que contiene copias de los
documentos que en este traslado se indicaron en los cuales se fundamenta el
presente procedimiento en relación con la posibilidad de la cancelación del
permiso temporal descrito de la Ruta N° 1262, para que manifieste lo que
considere oportuno y no se omite manifestarle que conjuntamente con su escrito
de respuesta podrá aportar toda la prueba que considere pertinente y medio para
recibir notificaciones (fax o correo electrónico).
Es menester señalar que no tiene señalado en
el expediente administrativo medio conocido para notificar.—Licda. Angie Solís
Morales, Asesora Legal.—Licda. Sidia Cerdas Ruiz MLA, Directora.—O. C. N°
2018186.—Solicitud N° DE-2018-1371.—( IN2018269306 ).
DEPARTAMENTO DE RELACIONES LABORALES
De acuerdo a la Resolución
Ministerial N° 001399 de las once horas y quince minutos del día nueve de
setiembre del 2016, el Despacho del señor Ministro de Obras Públicas y
Transportes, ordena la instrucción de un Procedimiento Administrativo
Cobratorio en contra del señor Juan José Peña Jirón, cédula de identidad número
6-314-207, con el objeto de recuperar la suma de ¢115.103.65 (ciento quince mil
ciento tres colones con sesenta y cinco céntimos), que corresponde a los pagos
que le realizó la Administración desde el día 12 al 15 de noviembre del 2015,
además de siete días de ausencias injustificadas, los cuales corresponden a 26,
29 y 30 de octubre del 2015 y 05, 09, 10 y 11 de noviembre del 2015, cuatro
horas del día 06 de noviembre del 2015 y el porcentaje correspondiente de la
incapacidad por enfermedad del 02 al 04 de noviembre del 2015. De conformidad
con lo antes expuesto y al tenor de los dispuesto en los numerales 146
siguientes y concordantes de la Ley General de la Administración Pública,
procedemos a intimarle, para que en un término de cinco días, se presente a
restituir la suma de dinero, sea, de ¢115.103.65 (ciento quince mil ciento tres
colones con sesenta y cinco céntimos), al Banco Nacional a la cuenta única del
Estado N° 15100010012159331.—Licda. Rocío Cascante Meneses, Órgano
Director.—O.C. N° 3400037620.—Solicitud N° 059-2018.—( IN2018269278 ).
De acuerdo a la Resolución
Ministerial N° 000925 de las once horas y veinticinco minutos del día once de
junio de 2014, el Despacho del señor Ministro de Obras Públicas y Transportes,
ordena la instrucción de un Procedimiento Administrativo de Responsabilidad
Civil, en contra del señor Álvaro Chinchilla Arias, cédula de identidad número
1-554-036, con el objeto que se haga presente a ejercer su derecho de defensa
en la Dirección de Gestión Institucional de Recursos Humanos, segundo piso,
Departamento de Relaciones Laborales, Plantel Central, en ocasión de que el
Estado le giró sumas de más, por concepto de salario y pasajes durante los días
en que no se presentó a laborar, por lo que la Administración debe de recuperar
el monto de ¢492.294.60 (cuatrocientos noventa y dos mil doscientos noventa y
cuatro colones con sesenta céntimos). De conformidad con lo antes expuesto y al
tenor de los dispuesto en los numerales 146 siguientes y concordantes de la Ley
General de la Administración Pública, procedemos a intimarle, para que en un
término de quince días, se presente al Departamento supracitado, y se comunique
al teléfono 2523-2382.—Licda. Rocío Cascante Meneses, Órgano Director.—O.C. N°
3400037620.—Solicitud N° 060-2018.—( IN2018269281 ).
De acuerdo a la Resolución
Ministerial N° 001317 de las trece horas y quince minutos del día veinticinco
de agosto del 2016, el Despacho del señor Ministro de Obras Públicas y
Transportes, ordena la instrucción de un Procedimiento Administrativo de
Responsabilidad Civil, en contra del señor Herberth Ramírez López, cédula de
identidad número 1-1395-816, con el objeto que se haga presente a ejercer su
derecho de defensa en la Dirección de Gestión Institucional de Recursos
Humanos, segundo piso, Departamento de Relaciones Laborales, Plantel
Central, en ocasión de que el Estado
sufrió la pérdida de dos taladros, con un monto total de ¢1.304.612,00 (un
millón trescientos cuatro mil con seiscientos doce colones, cero céntimos)
siendo que su persona se encontraba como Encargada de la Bodega del Taller de
la Dirección de Puentes de esta Institución. De conformidad con lo antes
expuesto y al tenor de los dispuesto en los numerales 146 siguientes y
concordantes de la Ley General de la Administración Pública, procedemos a
intimarle, para que en un término de quince días, se presente al Departamento
supracitado, y se comunique al teléfono 2523-2382.—Licda. Rocío Cascante
Meneses, Órgano Director.—O.C. N° 3400037620.—Solicitud N° 061-2018.—(
IN2018269284 ).
De acuerdo a la Resolución
Ministerial N° 001450 de las once horas y cuarenta y ocho minutos del día dieciséis de octubre del
2015, el Despacho del señor Ministro de Obras Públicas y Transportes, ordena la
instrucción de un Procedimiento Administrativo Cobratorio en contra del señor
José Mauricio Núñez Solano, cédula de
identidad número 6-309-457, con el objeto de recuperar la suma de ¢ 328.941.13 (trescientos veintiocho mil novecientos
cuarenta y un mil colones con trece céntimos), que corresponde a los pagos que
le realizó la Administración desde el 01 de mayo al 31 de octubre del 2014,
correspondientes a una reasignación que obtuvo del puesto de Trabajador
Calificado del Servicio Civil 3, presentando un título falso de Bachiller en
Educación Media para obtener dicha reasignación, siendo así la pérdida
económica que sufrió la Administración por el pago anómalo de salarios a su
favor, según lo acredita el oficio N° DGIRH 4720-2014 SP de fecha 01 de
diciembre del 2014, suscrito por el Lic. Alfredo Paisano Chaves, Jefe del
Departamento de Servicio de Personal de la Dirección Institucional de Recursos
Humanos, mismo que rola a folio 56 del expediente No. 397-2015. De conformidad con lo antes expuesto y al
tenor de los dispuesto en los numerales 146 siguientes y concordantes de la Ley
General de la Administración Pública, procedemos a intimarle, para que en un
término de cinco días, se presente a restituir la suma de dinero, sea, de ¢328.941.13
(trescientos veintiocho mil novecientos cuarenta y un mil colones con trece
céntimos), al Banco Nacional a la cuenta única del Estado N°
15100010012159331.—Licda. Rocío Cascante Meneses, Órgano Director.—O.C. N°
340037620.—Solicitud N° 062-2018.—( IN2018269285 ).
PUBLICACIÓN DE PRIMERA VEZ
De acuerdo a la Resolución
Ministerial N° 000711, de las doce horas y treinta y cuatro minutos del día
catorce de junio de 2013, el Despacho del señor Ministro de Obras Públicas y
Transportes, ordena la instrucción de un Procedimiento Administrativo
Cobratorio en contra del señor Ovidio Ramírez Ureña, cédula de identidad número
1-927-993, con el objeto de recuperar la suma de ¢303.296,00 ( trescientos tres
mil doscientos noventa y seis con cero céntimos), siendo que sólo cumplió con
un primer deposito que correspondía a un monto de ¢60.660 (sesenta mil
seiscientos sesenta mil colones exactos ) correspondiente a sumas giradas de
más de salarios correspondientes al periodo comprendido del 01 de mayo al 15 de
junio del 2012, por goce de un permiso sin salario. De conformidad con lo antes
expuesto y al tenor de los dispuesto en los numerales 146 siguientes y
concordantes de la Ley General de la Administración Pública, procedemos a
intimarle, para que en un término de cinco días, se presente a restituir la
suma de dinero, sea, de ¢303.296,00 (trescientos tres mil doscientos noventa y
seis con cero céntimos), al Banco Nacional a la cuenta única del Estado No.
15100010012159331.—Licda. Rocío Cascante Meneses, Órgano Director.—O. C. N°
3400037620.—Solicitud N° 063-2018.—( IN2018269286 ).
JUNTA ADMINISTRATIVA DEL REGISTRO NACIONAL
REGISTRO DE LA PROPIEDAD INDUSTRIAL
PUBLICACIÓN DE PRIMERA VEZ
Documento admitido traslado al titular
Ref: 30/2018/58059.—Marco Vinicio
Coll Argüello, cédula de identidad 1-628-405, en calidad de Representante Legal
de Desarrollo Turístico Tulin S. A., cédula jurídica 3-101-063730.—Documento:
Cancelación por falta de uso (Solicitado por: Valle Dorado M).—Nro y fecha:
Anotación/2-119993 de 19/06/2018.—Expediente: 1997-0008877.—Registro N°
108250.—Valle Dorado (Golden Valley) en clase 49.—Marca Mixto y
2009-0000161.—Registro N° 191935.—Golden Valley Montessori en clase(s) 41 Marca
Mixto.
Registro de La Propiedad
Industrial, a las 14:48:56 del 31 de Julio de 2018.—Conoce este Registro, la
solicitud de Cancelación por falta de uso, promovida por Ana María Bernini
Arias, casada, cédula de identidad 106880797, en calidad de apoderada especial
de Valle Dorado Montessori, contra el registro del signo distintivo Valle
Dorado (Golden Valley), Registro N° 108250, el cual protege y distingue: Un
establecimiento dedicado a la educación y esparcimiento Ubicado en Heredia; 500
metros al norte, de la Comandancia de Heredia, Villa Sole. en clase internacional,
propiedad de Desarrollo Turistico Tulin, S. A., cédula jurídica 3-101-063730.
Conforme a lo previsto en los artículos 38/39 de la Ley de Marcas y otros
Signos Distintivos, y los artículos 48 y 49 del Reglamento a la Ley de Marcas y
Otros Signos Distintivos, Decreto Ejecutivo N° 30233-J; se procede a trasladar
la solicitud de Cancelación por falta de uso al titular citado, para que en el
plazo de un mes contados a partir del día hábil siguiente de la presente
notificación, proceda a pronunciarse respecto a la misma y demuestre su mejor
derecho, aportando al efecto las pruebas que estime convenientes, para lo cual
se comunica que el expediente se encuentra a disposición de las partes en este
Registro. Se les previene a las partes el señalamiento de lugar o medio para
recibir notificaciones y se advierte al titular que de no indicarlo, o si el
medio escogido imposibilitare la notificación por causas ajenas al despacho, o
bien, si el lugar señalado permaneciere cerrado, fuere impreciso, incierto o
inexistente, quedará notificado de las resoluciones posteriores con sólo que
transcurran veinticuatro horas después de dictadas, conforme lo dispone los
artículos 11 y 34 de la Ley de Notificaciones, Ley N° 8687. A manera de
excepción y en caso de que esta resolución sea notificada mediante publicación
en el Diario Oficial La Gaceta, sin que medie apersonamiento del titular
al proceso con el respectivo aporte del medio o lugar para recibir
notificaciones, se aplicará lo dispuesto en los artículos 239, 241 incisos 2, 3
y 4 y 242 de la Ley General de la Administración Pública. Notifíquese.—Johana
Peralta, Asesora Jurídica.—( IN2018270150 ).
Ref: 30/2017/37519.—Ernesto
Gutiérrez Blanco, cédula de identidad Nº 1-848-886, en calidad de apoderado
especial de Museo de Turrón S. A. Documento: cancelación por falta de uso
(Presentada por K+S Chile S. A.). Nro. y fecha: anotación/2-113348 de 0 Expediente: 2010-0004866 Registro Nº 215047
El Lobo en clase 30 Marca Mixto.—Registro de la Propiedad Industrial, a las
10:10:20 del 8 de septiembre de 2017.
Conoce este Registro, la solicitud de
cancelación por falta de uso, promovida por María Vargas Uribe, divorciada,
cédula de identidad Nº 107850618, en calidad de apoderado especial de K+S Chile
S. A., contra el registro del signo distintivo EL LOBO, Registro Nº 215047, el
cual protege y distingue: café, té, cacao, azúcar, arroz, tapioca, sagú,
sucedáneos del café; harinas y preparaciones a base de cereales, pan, productos
de pastelería y confitería, turrones, helados; miel, jarabe de melaza;
levadura, polvos de hornear; sal, mostaza; vinagre, salsas (condimentos);
especies; hielo, en clase 30 internacional, propiedad de Museo de Turrón S. A.
Conforme a lo previsto en los artículos 38/39 de la Ley de Marcas y otros
Signos Distintivos, y los artículos 48 y 49 del Reglamento a la Ley de Marcas y
Otros Signos Distintivos, Decreto Ejecutivo Nº 30233-J; se procede a trasladar
la solicitud de cancelación por falta de uso al titular citado, para que en el
plazo de un mes contados a partir del día hábil siguiente de la presente
notificación, proceda a pronunciarse respecto a la misma y demuestre su mejor
derecho, aportando al efecto las pruebas que estime convenientes, para lo cual
se comunica que el expediente se encuentra a disposición de las partes en este
Registro. Se les previene a las partes el señalamiento de lugar o medio para
recibir notificaciones y se advierte al titular que de no indicarlo, o si el
medio escogido imposibilitare la notificación por causas ajenas al despacho, o
bien, si el lugar señalado permaneciere cerrado, fuere impreciso, incierto o
inexistente, quedará notificado de las resoluciones posteriores con sólo que
transcurran veinticuatro horas después de dictadas, conforme lo dispone los
artículos 11 y 34 de la Ley de Notificaciones, Ley N° 8687. A manera de
excepción y en caso de que esta resolución sea notificada mediante publicación
en el Diario Oficial La Gaceta, sin que medie apersonamiento del titular
al proceso con el respectivo aporte del medio o lugar para recibir notificaciones,
se aplicará lo dispuesto en los artículos 239, 241 incisos 2, 3 y 4 y 242 de la
Ley General de la Administración Pública. Notifíquese.—Johana Peralta, Asesora
Jurídica.—( IN2018270159 ).
SUCURSAL SAN RAFAEL DE HEREDIA
De conformidad con el artículo
20 del Reglamento para Verificar el Cumplimiento de las Obligaciones Patronales
y de Trabajadores Independientes por no poder localizar en el domicilio actual
del patrono Corporación Seguridad Avanzada Avanced Security Corsad S. A.,
número patronal: 2-3101555450-001-001, la sucursal de San Rafael de Heredia de
la CCSS notifica traslado de cargos 1215-2016-0032, por eventuales omisiones
salariales, por un monto de ¢58.307,00 en cuotas obrero-patronales. Consulta expediente
en Edificio Sigifredo Sánchez, diagonal a la esquina noreste de la Iglesia
Católica de San Rafael de Heredia. Se le confiere 10 días hábiles a partir del
quinto día siguiente de su publicación, para ofrecer pruebas de descargo y
hacer las alegaciones jurídicas pertinentes. Se previene señalar lugar o medio
para notificaciones dentro del perímetro administrativo establecido por los
Tribunales de Justicia; de no indicarlo las resoluciones posteriores se tendrán
por notificadas con solo el transcurso de 24 horas a partir de la fecha de
resolución. Notifíquese.—Heredia, 4 de julio de 2018.—Marvin Camacho Miranda,
Jefe.—1 vez.—( IN2018270143 ).
Asesoría Legal.—Región
Brunca.—Daniel Flores de Pérez Zeledón.—San José, Costa Rica, a las doce horas
del diez de agosto de dos mil dieciocho. Que habiéndose recibido las
solicitudes de Concesiones en terrenos de Franja Fronteriza, que a continuación
se detallan y atendiendo lo dispuesto en el artículo 19 del Reglamento al
Otorgamiento de Concesiones en Franjas Fronterizas, publicado en el Alcance
Digital ochenta y uno, de La Gaceta del diecinueve de mayo de dos mil
dieciséis, se concede un plazo de diez días hábiles contados a partir de esta
publicación, para que cualquier interesado presente oposición ante cualquier
oficina del Instituto de Desarrollo Rural.
Para ver las imágenes ir a La Gaceta con formato PDF
Notifíquese.—Licda. Yoselyn
Pamela Ugalde Jimenez, Asesoría Legal.—1 vez.—( IN2018270118 ).
MUNICIPALIDAD
DE SAN JOSÉ
SECCIÓN
GESTIÓN ADMINISTRATIVA
DEL RECURSO HUMANO
PUBLICACIÓN
DE TERCERA VEZ
La Sección de Gestión Administrativa del
Recurso Humano, de la Municipalidad de San José, de conformidad con lo
dispuesto en el artículo 241 de la Ley General de la Administración Pública,
notifica por este medio que el siguiente exfuncionario le adeuda a la
Municipalidad de San José por concepto de pagos hechos en exceso.
Se le previene que debe realizar la cancelación de esta deuda en el
Banco de Costa Rica, a la cuenta corriente 65350-0 del Municipio y presentar
fotocopia del depósito a la Sección de Administrativa del Recurso Humano, ello
dentro de los quince días siguientes de esta publicación, en caso contrario las
deudas serán trasladadas a cobro judicial.
Por lo anterior previamente, deben consultar el
monto por intereses el que debe se sumará a la deuda.
Extrabajador Cédula Suma adeudada Concepto
Donyfan
Andrey
Campos Mora 116780371 ¢239.677,40 Salario
girado de más
San José, 9 de agosto del 2018.—Departamento de
Comunicación.—Lic. Gilberto Luna Montero.—O. C. N° 137647.—Solicitud N°
125021.—( IN2018268398 ).
Revocatoria de Patentes de Licores inactivas
La Municipalidad de San José
notifica la intención de revocar las licencias de expendio de bebidas con
contenido alcohólico que no han sido explotadas comercialmente por más de seis
meses sin que se haya hecho de conocimiento municipal causa justa por parte de
su titular, lo anterior con fundamento en el artículo 6 inciso b) de la Ley de
Regulación, Fiscalización y Comercialización de Bebidas con contenido
Alcohólico, y el artículo 38.c.2 de su Reglamento. Con base en el artículo 264
de la Ley General Admiración Publica se le concede un plazo de diez días
hábiles, contados a partir de la presente publicación en el Diario Oficial La
Gaceta, para que ejerza o no, su derecho de defensa según la etapa del
proceso, aportando y ofreciendo toda la prueba que estime conveniente (Artículo
312 Ley General Administración Pública), ante la Plataforma de Servicios en
escrito dirigido a la Sección de Patentes. Transcurrido dicho termino sin que
se haya apersonado, se procederá a revocar la licencia y su posterior exclusión
de la base de datos municipal. Se le solicitara a la dependencia encargada de
la gestión de cobro la recuperación del pendiente de pago, en caso de existir.
Las licencias expendio de bebidas con contenido alcohólico sobre las cuales
versa la presente notificación (sin explotación por más de seis meses sin justa
causa), son las siguientes:
Para ver las imágenes ir a La Gaceta con formato PDF
San José, 9
de agosto del 2018.—Lic. Gilberto Luna Montero.— O. C. N° 142497.—Solicitud N°
124934.—( IN2018268386 ).