LA GACETA N° 158 DEL 30 DE
AGOSTO DEL 2018
PODER EJECUTIVO
DECRETOS
Nº 41234-H
EDICTOS
MINISTERIO
DE AMBIENTE Y ENERGÍA
DOCUMENTOS
VARIOS
SEGURIDAD
PÚBLICA
EDUCACIÓN
PÚBLICA
TRABAJO
Y SEGURIDAD SOCIAL
JUSTICIA
Y PAZ
AMBIENTE
Y ENERGÍA
TRIBUNAL
SUPREMO DE ELECCIONES
EDICTOS
AVISOS
CONTRATACIÓN
ADMINISTRATIVA
LICITACIONES
PODER
JUDICIAL
CAJA
COSTARRICENSE DE SEGURO SOCIAL
INSTITUTO
NACIONAL DE APRENDIZAJE
MUNICIPALIDADES
ADJUDICACIONES
CAJA
COSTARRICENSE DE SEGURO SOCIAL
INSTITUTO
NACIONAL DE APRENDIZAJE
FE DE
ERRATAS
CAJA
COSTARRICENSE DE SEGURO SOCIAL
INSTITUTO
NACIONAL DE APRENDIZAJE
AVISOS
INSTITUCIONES
DESCENTRALIZADAS
UNIVERSIDAD
DE COSTA RICA
UNIVERSIDAD
ESTATAL A DISTANCIA
INSTITUTO
TECNOLÓGICO DE COSTA RICA
REGLAMENTOS
BANCO
HIPOTECARIO DE LA VIVIENDA
AVISOS
CONVOCATORIAS
AVISOS
NOTIFICACIONES
GOBERNACIÓN
Y POLICÍA
OBRAS
PÚBLICAS Y TRANSPORTES
JUSTICIA
Y PAZ
AVISOS
MUNICIPALIDADES
FE DE
ERRATAS
MUNICIPALIDADES
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
Y LA
MINISTRA DE HACIENDA
Con fundamento en los artículos
140 incisos 3) y 18) y 146 de la Constitución Política; los artículos 25 inciso
1), 27 inciso 1) y 28 inciso 2) acápite b) de la Ley Nº 6227, Ley General de la
Administración Pública de 02 de mayo de 1978 y sus reformas; la Ley Nº 8131,
Ley de la Administración Financiera de la República y Presupuestos Públicos de
18 de setiembre de 2001 y sus reformas; su Reglamento, el Decreto Ejecutivo Nº
32988-H-MP-PLAN de 31 de enero de 2006 y sus reformas; la Ley Nº 7317, Ley de
Conservación de la Vida Silvestre de 30 de octubre de 1992 y sus reformas; la
Ley Nº 7575, Ley Forestal de 13 de febrero de 1996 y sus reformas; la Ley Nº
7554, Ley Orgánica del Ambiente del 4 de octubre de 1995 y sus reformas; la Ley
Nº 6084, Ley del Servicio de Parques Nacionales de 24 de agosto de 1977 y sus
reformas; la Ley Nº 5417, Ley de Emisión de Monedas Conmemorativas sobre
Conservación de la Naturaleza de 14 de noviembre de 1973 y su reforma; la Ley
Nº 7788, Ley de Biodiversidad de 30 de abril de 1998 y sus reformas; el Decreto
Ejecutivo Nº 32452-H de 29 de junio de 2005 y sus reformas; y el Decreto
Ejecutivo Nº 40281-H de 13 de marzo de 2017 y sus reformas, Directrices
Generales de Política Presupuestaria, Salarial, Empleo, Inversión y
Endeudamiento para entidades públicas, ministerios y órganos desconcentrados,
según corresponda, cubiertos por el ámbito de la Autoridad Presupuestaria, para
el año 2018 y sus reformas.
Considerando:
1. Que mediante la Ley Nº 7788, Ley de Biodiversidad publicada en La
Gaceta Nº 101 del 27 de mayo de 1998 y sus reformas, se crea el Sistema
Nacional de Áreas de Conservación (SINAC) como un sistema de gestión y
coordinación institucional, desconcentrado y participativo, que integrará las
competencias en materia forestal, vida silvestre, áreas protegidas y el
Ministerio de Ambiente y Energía, con el fin de dictar políticas, planificar y
ejecutar procesos dirigidos a lograr la sostenibilidad en el manejo de los
recursos naturales de Costa Rica, de manera que la Dirección General de Vida
Silvestre, la Administración Forestal del Estado y el Servicio de Parques
Nacionales ejercerán sus funciones y competencias como una sola instancia,
mediante la estructura administrativa del Sistema, sin perjuicio de los
objetivos para los que fueron establecidos.
2. Que mediante los oficios SINAC-DE-378-2018 de
13 de marzo de 2018 y SINAC-DE-550-2018 de 17 de abril de 2018, el Sistema
Nacional de Áreas de Conservación (SINAC) solicitó la ampliación del gasto
presupuestario máximo para el año 2018, en un monto de ¢2.660.784.022,00 (dos
mil seiscientos sesenta millones setecientos ochenta y cuatro mil veintidós
colones exactos), con el fin de incorporar recursos para atender objetivos y
obligaciones institucionales. Dicha solicitud fue autorizada por el Consejo
Nacional de Áreas de Conservación (CONAC) en el acuerdo Nº 3 tomado en la
sesión extraordinaria Nº 01-2018 del 19 de febrero del año 2018. Asimismo,
dicha solicitud fue avalada por el Ministro de Ambiente y Energía, en su
carácter de Ministro Rector, por medio del oficio DM-192-2018 de 20 de marzo de
2018.
3. Que de dicho monto, corresponde ser ampliado
por la vía del Decreto Ejecutivo, la suma de ¢2.035.882.307,00 (dos mil treinta
y cinco millones ochocientos ochenta y dos mil trescientos siete colones
exactos), misma que será financiada en su totalidad con recursos provenientes
de superávit específico del Fondo Parques Nacionales para incorporar recursos a
las siguientes subpartidas: “Otros servicios de gestión y apoyo”, “Tintas
pinturas y diluyentes”, “Útiles y materiales de limpieza”, “Equipo de
comunicación”, “Equipo y mobiliario de oficina”, “Equipo y programas de
cómputo”, “Edificios” y “Transferencias de capital a órganos desconcentrados” y
del superávit específico del Fondo SINAC para incorporar recursos a la
subpartida “Terrenos”.
4. Que mediante el Decreto Ejecutivo Nº 40281-H
de 13 de marzo de 2017, publicado en el Alcance Nº 68 a La Gaceta Nº 61
de 27 de marzo de 2017 y sus reformas, se emitieron las Directrices Generales
de Política Presupuestaria, Salarial, Empleo, Inversión y Endeudamiento para
entidades públicas, ministerios y órganos desconcentrados, según corresponda,
cubiertos por el ámbito de la Autoridad Presupuestaria, para el año 2018,
disponiéndose en el artículo 12, que para las entidades públicas y órganos
desconcentrados, el gasto presupuestario máximo del año 2018, se establecerá
con base en la proyección de ingresos totales 2018 (corrientes, capital y financiamiento),
definida por las entidades públicas y órganos desconcentrados en coordinación
con la Secretaría Técnica de la Autoridad Presupuestaria (en adelante STAP).
Para tal efecto, la STAP utilizará como insumo la serie histórica de ingresos
del periodo 2013-2016, así como la estimación de ingresos para los años 2017 y
2018, que suministren las entidades y órganos desconcentrados a más tardar el
último día del mes de marzo del año 2017.
5. Que en correspondencia con dicha disposición,
el monto de gasto presupuestario máximo para el año 2018 resultante para el
SINAC, fue establecido en la suma de ¢40.989.400.000,00 (cuarenta mil
novecientos ochenta y nueve millones cuatrocientos mil colones exactos),
comunicado en oficio STAP-0655-2017 del 28 de abril del dos mil diecisiete.
Este monto fue posteriormente modificado mediante oficio STAP-0871-2018 de 18
de junio de dos mil dieciocho, fijándose en ¢41.614.301.715,00 (cuarenta y un
mil seiscientos catorce millones trescientos un mil setecientos quince colones
exactos); cifra que no contempla el gasto indicado previamente en este decreto.
6. Que mediante el Decreto Ejecutivo Nº 32452-H,
publicado en La Gaceta Nº 130 de 06 de julio de 2005 y sus reformas, se
emite el “Lineamiento para la aplicación del artículo 6° de la Ley Nº 8131 de
la Administración Financiera de la República y Presupuestos Públicos y la
regulación de la clase de ingresos del Sector Público denominada
Financiamiento”.
7. Que en relación con el superávit específico,
el numeral 9° del referido Decreto Ejecutivo Nº 32452-H, posibilita la
utilización de éste, para el pago de gastos definidos en los fines establecidos
en las disposiciones especiales o legales aplicables a tales recursos.
8. Que por lo anterior, resulta necesario ampliar
el gasto presupuestario máximo fijado al Sistema Nacional de Áreas de
Conservación para el año 2018, incrementándolo en la suma de ¢2.035.882.307,00
(dos mil treinta y cinco millones ochocientos ochenta y dos mil trescientos
siete colones exactos). Por tanto;
Decretan:
AMPLIACIÓN DEL GASTO PRESUPUESTARIO
MÁXIMO
PARA EL AÑO 2018 DEL SISTEMA
NACIONAL
DE ÁREAS DE CONSERVACIÓN
Artículo 1º—Amplíese para el
Sistema Nacional de Áreas de Conservación, el gasto presupuestario máximo para
el año 2018, establecido de conformidad con el Decreto Ejecutivo Nº 40281-H de
13 de marzo de 2017, publicado en el Alcance Nº 68 a La Gaceta Nº 61 de
27 de marzo de 2017 y sus reformas, incrementándolo en la suma de
¢2.035.882.307,00 (dos mil treinta y cinco millones ochocientos ochenta y dos
mil trescientos siete colones exactos).
Artículo 2º—Es responsabilidad de la
administración activa del Sistema Nacional de Áreas de Conservación, el
cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 6º de la Ley Nº 8131, Ley de la
Administración Financiera de la República y Presupuestos Públicos, publicada en
La Gaceta Nº 198 de 16 de octubre de 2001 y sus reformas, así como en el
Decreto Ejecutivo Nº 32452-H, publicado en La Gaceta Nº 130 de 06 de
julio de 2005 y sus reformas.
Artículo 3º—Rige a partir de su publicación.
Dado en la Presidencia de la
República, el día diecinueve de julio del año dos mil dieciocho.
CARLOS ALVARADO QUESADA.—La
Ministra de Hacienda, Rocío Aguilar M.—1 vez.—O. C. Nº 3400036009.—Solicitud Nº
DE-030-2018.—( D41234 - IN2018274409 ).
PUBLICACIÓN DE PRIMERA VEZ
San
José, 06 de julio de 2018
DM-0284-2018
Señor
Alexander Sancho Ugalde
Estimado señor:
Con fundamento en el artículo 140
inciso 2) de la Constitución Política; numeral 211 de la Ley General de la
Administración Pública N° 6227; numeral 72 y 81 del Código de Trabajo;
artículos 39 inciso a) y 43 del Estatuto de Servicio Civil Ley N° 1581;
artículos 3, 4 y 39 inciso c) de la Ley Contra la Corrupción y el
Enriquecimiento Ilícito en la Función Pública N° 8422; artículos 24, 105 y 106
del Reglamento Autónomo de Servicios del MINAE, Decreto Ejecutivo N°
28409-MINAE; el artículo 07 de la Ley N° 8777; y según trámite de gestión de
despido expediente administrativo N° GD-103-2017, incoado por este Ministerio
contra su persona ante la Dirección General de Servicio Civil, le comunico que
mediante resolución N° 018-2018-TASC de las diez horas veinte minutos del
veintidós de junio de dos mil dieciocho, dictada por el Tribunal Administrativo
de Servicio Civil, se resolvió que “...Se rechaza el recurso de apelación
interpuesto por el señor Alexander Sancho Ugalde, cédula de identidad número
206420281 y se confirma la resolución N° 12930 de las veinte horas treinta y
cinco minutos del diecinueve de marzo de dos mil dieciocho emitida por el
Tribunal del Servicio Civil, que declara con lugar la gestión de despido
promovida por el Ministerio de Ambiente y Energía, contra el citado servidor, autorizándole
para proceder con su cese de labores sin responsabilidad patronal ...”.
De conformidad con lo anterior, le informo
que se da por terminada toda relación laboral entre la Administración Pública y
su persona como funcionario público de este Ministerio (SINAC), a partir del
día 16 de julio de 2018, despedido por causa justa y sin responsabilidad
patronal para el Estado, según el Acuerdo del Poder Ejecutivo N° 012-2018-MINAE
del 05 de julio del 2018. A partir de esa fecha, será excluido de las planillas
de este Ministerio de su puesto en propiedad destacado en el SINAC.
M.Sc. Carlos Manuel Rodríguez,
Ministro de Ambiente y Energía.—( IN2018270807 ).
06 de julio de 2018
DM-0283-2018
Licda. Miriam Valerio Bolaños
Coordinadora
Departamento de Gestión de Recursos
Humanos
Sistema Nacional de Áreas de
Conservación
Ministerio de Ambiente y Energía
Estimada señora:
Con fundamento en el artículo
140 inciso 2) de la Constitución Política; numeral 211 de la Ley General de la
Administración Pública N° 6227; numeral 72 y 81 del Código de Trabajo;
artículos 39 inciso a) y 43 del Estatuto de Servicio Civil Ley N° 1581;
artículos 3, 4 y 39 inciso c) de la Ley contra la Corrupción y el
Enriquecimiento Ilícito en la Función Pública N° 8422; artículos 24, 105 y 106
del Reglamento Autónomo de Servicios del MINAE, Decreto Ejecutivo N°
28409-MINAE; el artículo 07 de la Ley N° 8777; y la resolución N° 12930 de las
veinte horas treinta y cinco minutos del diecinueve de marzo de dos mil
dieciocho, dictada por el Tribunal de Servicio Civil y confirmada mediante
resolución N° 018-2018-TASC de las diez horas veinte minutos del veintidós de
junio de dos mil dieciocho, del Tribunal Administrativo del Servicio Civil,
expediente administrativo N° GD-103-2017, le solicito proceder a emitir la
Acción de Personal del cese definitivo y total de la relación laboral entre el
servidor Alexánder Sancho Ugalde, cédula de identidad Nº 206420281 y
este Ministerio (Sistema Nacional de Áreas de Conservación), por causa justa,
al declararse con lugar el despido sin responsabilidad patronal para el Estado,
en cualquier puesto que el servidor se encuentre nombrado en esta institución, a
partir del 16 de julio de 2018, lo anterior conforme al Acuerdo del Poder
Ejecutivo N° 012-2018-MINAE del 05 de julio de 2018.
De conformidad con lo anterior, solicito
proceder a excluir al funcionario Sancho Ugalde de la planilla y remitir a la
Dirección de Asesoría Jurídica de este Ministerio, copia de la Acción de Personal,
la cual debe ser enviada a la mayor brevedad posible.
M.Sc. Carlos Manuel Rodríguez,
Ministro de Ambiente y Energía.—O.C. Nº 3400036009.—Solicitud Nº DE-028-2018.—(
IN2018270812 ).
SE INFORMA AL PUBLICO EN GENERAL QUE:
INISTITUCIÓN DE GOBIERNO REQUIERE EL
ALQUILER DE EDIFICACIÓNES
Que cumpla con las siguientes
características:
1- Área total de construcción de 1000 m2 mínimo a 2000 m2
máximo.
2- Con posibilidad de parqueo para ubicar entre
5 mínimo a 10 vehículos.
3- Que este ubicado en el cantón de Tibás,
provincia San José.
4- Que cuente con instalaciones para red de
internet, teléfonos y computadoras.
5- Que la instalación eléctrica esté en
perfecto estado.
6- Con capacidad y disponibilidad de invertir
en adecuar la infraestructura con espacios de: oficinas, baños, comedor,
remodelación en construcción de celdas, bodegas; y albergaría 100 personas
simultáneamente, según las necesidades de la Fuerza Pública.
7- Con capacidad para adecuar la edificación o
que cuente con la especificación del Ley 7600.
8- Con capacidad en caso necesario para adecuar
sistema de tratamiento de aguas.
9- Que el edificio cuente con los permisos de
ley para funcionamiento y requerimientos del Código Sísmico de Costa Rica
vigente.
10. Que el inmueble cuente con el certificado de
Uso de suelo proporcionado por la Municipalidad correspondiente y aportarlo
11. Aportar copia de estudio registral del
inmueble, copia de plano legible en sus coordenadas y copia del levantamiento
arquitectónico del inmueble, si se tiene a disposición.
13. La propiedad que se oferta para alquilar debe
tener plano propio y no compartido con otros inmuebles o estructuras.
12. Indicar el monto inicial de la oferta por
concepto de alquiler.
Para ofertas presentarlas digitalmente
y más información al correo alquileres@fuerzapublica.go.cr, a partir de su
publicación.—Comisionado Reinaldo González Cubero, Subdirector General Fuerza
Pública.—1 vez.—O. C. N° 3400034912.—Solicitud N° 125141.— ( IN2018270710 ).
DIRECCIÓN DE GESTIÓN Y EVALUACIÓN
DE
LA CALIDAD
REPOSICIÓN DE TÍTULO
EDICTOS
PUBLICACIÓN DE TERCERA VEZ
Ante esta Dirección se ha
presentado la solicitud de reposición del Título de Bachiller en Educación
Media, inscrito en el tomo 1, folio 17, título Nº 58, emitido por el Liceo
Aguas Claras, en el año dos mil dos, a nombre de Elizondo Mejías Jonathan,
cédula Nº 5-0350-0633. Se solicita la reposición del título indicado por
pérdida del título original. Se publica este edicto para oír oposiciones a la
reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la tercera
publicación en el Diario Oficial La Gaceta.—San José, a los trece días
del mes de agosto del dos mil dieciocho.—Dr. Pablo Mena Castillo, Director.—(
IN2018271594 ).
Ante esta Dirección se ha
presentado la solicitud de reposición del Título de Bachiller en Educación
Media, inscrito en el tomo 1, folio 300, título Nº 994, emitido por el Liceo
Édgar Cervantes Villalta, en el año dos mil cinco, a nombre de Agüero Otárola María
Isabel, cédula Nº 1-1326-0201. Se solicita la reposición del título indicado
por pérdida del título original. Se publica este edicto para oír oposiciones a
la reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la
tercera publicación en el Diario Oficial La Gaceta.—San José, a los
trece días del mes de agosto del dos mil dieciocho.—Dr. Pablo Mena Castillo,
Director.—( IN2018271603 ).
Ante esta Dirección se ha
presentado la solicitud de reposición del Título de Bachiller en Educación Media,
inscrito en el tomo 1, folio 10, título Nº 139, emitido por el Colegio de San
Luis Gonzaga, en el año mil novecientos ochenta y ocho, a nombre de Sánchez
Mata Juan Carlos, cédula Nº 1-0826-0591. Se solicita la reposición del título
indicado por deterioro del título original. Se publica este edicto para oír
oposiciones a la reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a
partir de la tercera publicación en el Diario Oficial La Gaceta.—San José,
a los siete días del mes de agosto del dos mil dieciocho.—MEd. Lilliam Mora
Aguilar, Directora.—( IN2018271615 ).
Ante esta Dirección se ha
presentado la solicitud de reposición del Título de Bachiller en Educación
Media, inscrito en el tomo 1, folio 141, título Nº 272, emitido por el Liceo
Potrero Grande, en el año dos mil diecisiete, a nombre de Lara Jiménez María
Yulissa, cédula Nº 1-1751-0032. Se solicita la reposición del título indicado
por pérdida del título original. Se publica este edicto para oír oposiciones a
la reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la
tercera publicación en el Diario Oficial La Gaceta.—San José, a los
trece días del mes de abril del dos mil dieciocho.—MEd. Lilliam Mora Aguilar,
Directora.—( IN2018271619 ).
Ante esta Dirección se ha
presentado la solicitud de reposición del Título de Bachiller en Educación
Media, inscrito en el tomo II, folio 23, título Nº 1089, emitido por el Liceo
San Carlos, en el año mil novecientos noventa y nueve, a nombre de Cordero
Hidalgo Cárol Tatiana, cédula Nº 2-0576-0294. Se solicita la reposición del
título indicado por pérdida del título original. Se publica este edicto para
oír oposiciones a la reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a
partir de la tercera publicación en el Diario Oficial La Gaceta.—San
José, a los trece días del mes de agosto del dos mil dieciocho.—Dr. Pablo Mena
Castillo, Director.—( IN2018271634 ).
Ante esta Dirección se ha
presentado la solicitud de reposición del Título de Bachiller en Educación
Media, inscrito en el tomo 2, folio 96, título Nº 587, emitido por el Colegio
Nocturno de Río Frío, en el año dos mil diez, a nombre Mena González José
Pablo, cédula Nº 1-1472-0909. Se solicita la reposición del título indicado por
pérdida del título original. Se publica este edicto para oír oposiciones a la
reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la tercera
publicación en el Diario Oficial La Gaceta.—San José, a los diecisiete
días del mes de agosto del dos mil dieciocho.—Dr. Pablo Mena Castillo,
Director.—( IN2018271702 ).
Ante esta Dirección se ha
presentado la solicitud de reposición del Título de Bachiller en Educación
Media, inscrito en el tomo 2, folio 10, título Nº 52, emitido por el Liceo
Nocturno Juan Santamaría, en el año dos mil doce, a nombre de Dawining Gómez
Geiner, cédula Nº 7-0154-0996. Se solicita la reposición del título indicado
por pérdida del título original. Se publica este edicto para oír oposiciones a
la reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la
tercera publicación en el Diario Oficial La Gaceta.—San José, el día
veintiuno del mes de setiembre del dos mil dieciséis.—MEd. Lilliam Mora
Aguilar, Directora.—( IN2018271790 ).
Ante esta Dirección se ha
presentado la solicitud de reposición del Título de Bachiller en Educación
Media, inscrito en el tomo 1, folio 15, título Nº 100, emitido por el Liceo de
San Pedro, en el año mil novecientos noventa y nueve, a nombre de Corrales
Torres Lilliam, cédula Nº 1-1158-0485. Se solicita la reposición del título
indicado por pérdida del título original. Se publica este edicto para oír
oposiciones a la reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a
partir de la tercera publicación en el Diario Oficial La Gaceta.—San
José, a los tres días del mes de agosto del dos mil dieciocho.—Dr. Pablo Mena
Castillo, Director.—( IN2018271869 ).
Ante esta Dirección se ha
presentado la solicitud de reposición del Título de Bachiller en Educación
Media, inscrito en el tomo 1, folio 2, asiento 13, emitido por el Colegio del
Mundo Unido Costa Rica, en el año dos mil dos, a nombre de Zamora Carvajal
Yuliana, cédula Nº 1-1236-0938. Se solicita la reposición del título indicado
por pérdida del título original. Se publica este edicto para oír oposiciones a
la reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la
tercera publicación en el Diario Oficial La Gaceta.—San José, a los seis
días del mes de agosto del dos mil dieciocho.—Dr. Pablo Mena Castillo,
Director.—( IN2018271968 ).
Ante esta Dirección se ha
presentado la solicitud de reposición del Título de Bachiller en Educación
Media, inscrito en el tomo 1, folio 109, título Nº 1713, emitido por el Colegio
Vocacional de Artes y Oficios de Cartago, en el año mil novecientos noventa y
nueve, a nombre de Valverde Quirós Alvin, cédula Nº 3-0370-0818. Se solicita la
reposición del título indicado por pérdida del título original. Se publica este
edicto para oír oposiciones a la reposición solicitada dentro de los quince
días hábiles a partir de la tercera publicación en el Diario Oficial La
Gaceta.—San José, al primer día del mes de agosto del dos mil
dieciocho.—Dr. Pablo Mena Castillo, Director.—( IN2018272009 ).
Ante esta Dirección se ha
presentado la solicitud de reposición del Título de Bachiller en Educación
Media, inscrito en el tomo 1, folio 66, título Nº 603, emitido por Colegio El
Rosario, en el año mil novecientos noventa y siete, a nombre de Abdelnour
Lorenzo Brenda, cédula Nº 1-1074-0929. Se solicita la reposición del título indicado
por pérdida del título original. Se publica este edicto para oír oposiciones a
la reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la
tercera publicación en el Diario Oficial La Gaceta.—San José, a los ocho
días del mes de agosto del dos mil dieciocho.—Dr. Pablo Mena Castillo,
Director.—( IN2018272156 ).
DEPARTAMENTO DE ORGANIZACIONES SOCIALES
PUBLICACIÓN DE SEGUNDA VEZ
De conformidad con la
autorización extendida por la Dirección de Asuntos Laborales, se ha procedido a
la inscripción de la reforma que acordó introducir a su Estatuto Social de la
organización social denominada Federación Nacional de Trabajadores de la
Agroindustria y Afines, siglas: FENTRAG, acordada en asamblea celebrada el día
08 de diciembre de 2017. Expediente 944-SI. En cumplimiento con lo dispuesto en
el artículo 344 del Código de Trabajo y 49 de la Ley Orgánica del Ministerio de
Trabajo y Seguridad Social, se envía un extracto de la inscripción para su
publicación en el Diario Oficial La Gaceta. La reforma ha sido inscrita
en los libros de registro que al efecto lleva este Registro mediante tomo: 16,
folio: 280, asiento: 5036, del 13 de marzo de 2018. La reforma afecta los
artículos 1, 2 y 5 del Estatuto. Con la reforma al artículo 1 varía el nombre y
en lo sucesivo se denominará Federación Nacional de Trabajadores de la
Agroindustria, Gastronomía, Hotelería y Afines, siglas FENTRAGH.—13 de marzo
del 2018.—Licda. Nuria Calvo Pachecho, Subjefa.—( IN2018267919 ).
DIRECCIÓN
NACIONAL DE PENSIONES
En sesión celebrada en San José, a las 11:00
horas del 08 de agosto del 2018, se acordó conceder Pensión de Gracia, mediante
la resolución JNPA-1003-2018 al señor Jesús Vega Hernández, cédula de identidad
N° 2-281-1364, vecino de San José; por un monto de ciento veinte mil
ochocientos ochenta y seis colones con cuarenta céntimos (¢120.886,40), con un
rige a partir inclusión en planillas. Constituye un gasto fijo a cargo del
Tesorero Nacional. El que se hay efectivo queda condicionado a que exista el
contenido presupuestario correspondiente.—Luis Paulino Mora Lizano, Director
Nacional.—1 vez.—( IN2018274474 ).
JUNTA ADMINISTRATIVA DEL REGISTRO NACIONAL
REGISTRO DE LA PROPIEDAD INDUSTRIAL
PUBLICACIÓN
DE TERCERA VEZ
Para
ver marcas con sus respectivas imágenes, ir a La Gaceta con formato PDF
Marianella Arias Chacón, cédula de identidad
106790960, en calidad de apoderado especial de Whirlpool México, S. de R. L. de
C.V., con domicilio en Antiqua carretera a Roma km. 9 Col. el Milagro, Apodaca
Nuevo León 66634, México, solicita la inscripción de: ACROS como marca
de fábrica y comercio en clase(s): 7 y 11. Internacional(es). Para proteger y
distinguir lo siguiente: en clase 7: Máquinas de uso doméstico para su uso en
el procesamiento o preparación de alimentos y bebidas; aparatos eléctricos de
cocina y máquinas para picar, rallar, moler, triturar, raspar, moler, prensar,
triturar, cortar, rebanar, amasar, emulsionar, licuar, batir, mezclar, mezclar
o pelar alimentos, incluidas máquinas de cocina eléctricas; batidoras;
mezcladores; licuadoras; máquinas para hacer batidos; prensas de fruta;
extractores de jugos para frutas y verduras; centrífugas; picadoras; picadores;
procesadores de alimentos; cortadoras eléctricas; peladores eléctricos;
cuchillos eléctricos; máquinas eléctricas para afilar cuchillos; cortadores
universales; afiladores universales; máquinas de pasta; molinillos de café;
molinos de café; molinillos de especias; abrelatas eléctricos; máquinas de
coser; máquinas de tejer; lavadoras de ropa; lavavajillas/lavadoras de platos;
compactadores, incluyendo compactadores de deshechos de alimentos y basura;
trituradores incluyendo trituradores de desperdicios; cinturones para
transportadores; máquinas de limpieza eléctrica [lavado a presión]; máquinas
para lavar alimentos; máquinas de planchado; aspiradoras eléctricas; pulidores
de pisos eléctricos; discos de pulido para su uso con pulidores de piso
eléctricos; limpiadores de vapor eléctricos; motores que incluyen motores eléctricos
(excepto para vehículos terrestres); compresores para refrigeración y aire
acondicionado; bombas accionadas eléctricamente; máquinas de condensación;
piezas y accesorios de repuesto para todos los productos antes mencionados no
incluidos en otras clases. Y en clase 11: Aparatos para cocinar, calentar,
tostar, cocer al vapor, secar, refrigerar y congelar, incluidos los baños
María( bain-maries) calentados eléctricamente; armarios frigoríficos; gabinetes
de congelación; aparato de enfriamiento de bebidas; hornos de microondas;
cajones/gavetas para calentamiento de alimentos; aparatos para hornear y
barbacoa; armarios con calefacción eléctrica para alimentos; aparatos, a saber,
refrigeradores, congeladores, combinación de refrigerador y congelador, máquinas
para hacer hielo; cocinas, hornos y estufas eléctricas; hornos y estufas de
cocción a gas; parrillas de gas, electricidad y vapor; campanas de escape;
bodegas de temperatura controlada para vinos; horno de ´sous vide’ eléctrico
con temperatura controlada con baño de agua incorporado; máquinas y armarios
secadores; combinación de removedor de arrugas, olores y secado de prendas de
vestir; aparatos de calefacción, generación de vapor, refrigeración y
ventilación, incluidos hornos, calefactores, quemadores de conversión, bombas
de calor, aires unidades de aire acondicionado, unidades de condensación,
unidades evaporadoras, bobinas evaporadoras, deshumidificadores,
humidificadores, humidificadores centrales, filtros de aire, unidades de
purificación de aire, filtros de aire centrales, abanicos de ventilación,
ventiladores eléctricos portátiles, calderas de horno, intercambiadores de
calor; aparatos de calefacción, refrigeración y calidad de agua para cocinas y
hogares, incluidas unidades de suministro de agua para dispensar agua fría y
hielo de refrigeradores; aparatos para dispensar agua caliente, fría,
hirviendo, espumosa y filtrada; dispensadores de agua caliente; calentadores de
agua a gas y eléctricos; enfriadores de agua; accesorios de iluminación LED (diodo
emisor de luz); accesorios de iluminación LED (diodo emisor de luz) para su uso
en aplicaciones de iluminación de acento de exhibición, comerciales,
industriales, residenciales y arquitectónicas; luminarias LED para aplicaciones
de iluminación interior y exterior; unidades de suministro de agua; unidades de
filtración de agua; aparatos y máquinas de purificación de agua;
esterilizadores de agua; aparato de filtración de agua de refrigerador;
unidades de filtración de suministro de agua en el hogar; unidades de
suavizador de agua; unidades de acondicionamiento de agua; sistemas de
filtración de agua del fregadero; dispositivos de ósmosis inversa para uso en
aparatos de acondicionamiento de agua; elementos de ósmosis inversa para
reducir el salobre del agua; elementos de ósmosis inversa para usar en la
reducción del contenido de sal del agua; dispositivos de filtración de agua
para colocación en la encimera; filtros de agua para uso en el grifo; filtros
de reemplazo; pilas/fregaderos; fregaderos de ropa; accesorios para fregaderos,
a saber, grifos, coladores y rociadores; hornos portátiles o de encimera;
congeladores portátiles; sartenes eléctricos; ollas de cocción lenta; planchas
portátiles o de encimera; parrillas portátiles o de encimera; discos de cocina portátiles
o de encimera; quemadores portátiles o de encimera; cocinas portátiles o de
encimera; refrigeradoras portátiles; enfriadores de vino portátiles o de
encimera; máquinas de hacer hielo portátiles o de encimera; aparatos para hacer
‘waffles’; estufas portátiles o de encimera; ollas para sofreír; ollas para
cocinar con vapor; cocinas de aire caliente; ollas arroceras; unidades
eléctricas para calentar alimentos; calentadores de ollas; freidoras
eléctricas; calentadores de platos portátiles o de encimera; ollas de presión;
asadores portátiles o de encimera; asadores; tostadores; hornos tostadores;
teteras; máquinas eléctricas para hacer bebidas calientes; espumadores de leche
eléctricos; aparatos para hacer té; cafeteras; máquinas para hacer expreso; máquinas
para hacer capuchinos; aparatos para cocinar pasta; aparatos eléctricos para
hacer yogur; máquinas para hacer sorbetes; máquinas para hacer helados;
aparatos para cocinar crepes; aparatos para cocinar huevos; máquinas para hacer
emparedados; máquinas para hacer pizza, aparatos para secar el cabello; partes
y accesorios de repuesto para todos los productos antes mencionados no
incluidos en otras clases. Fecha: 08 de febrero de 2018. Se cita a terceros
interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro,
dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación
de este edicto. Presentada el 10 de enero del 2018. Solicitud N° 2018-0000138.
A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de
la Ley 7978.—San José, 08 de febrero del 2018.—Cesar Alfonso Rojas Zúñiga,
Registrador.—( IN2018269295 ).
Luis Diego Acuña Vega, casado, cédula de
identidad N° 1-1151-0238, en calidad de apoderado especial de Navemar S. A. con
domicilio en San Pedro de Montes de Oca: 600 metros sur y 75 m. oeste de la
iglesia católica (edificio de Colina Hermanos, 2ª planta), Costa Rica, solicita
la inscripción de I.Q. como marca de fábrica y servicios en clase 12 y
35 Internacionales. Para proteger y distinguir lo siguiente: en clase 12:
Partes para vehículos no incluidas en otras clases, en especial, sistemas de
amortiguadores, compensadores, muelles, suspensiones y sus partes, hules y
hules de balancín, soportes, bujes de tijeretas, roles y baquelitas, todo lo anterior
para vehículos; en clase 35: Importación, exportación, representación y
comercialización en general de repuestos, partes y accesorios para vehículos,
en especial, sistemas de amortiguadores, compensadores, muelles, suspensiones,
muelles, soportes para motor, soportes de chasis, hules y hules de balancín,
baquelitas y sus partes. Fecha: 10 de agosto 2018. Se cita a terceros
interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro,
dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación
de este edicto. Presentada el 03 de agosto del 2018, solicitud Nº 2018-0006961.
A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de
la Ley Nº 7978.—San José, 10 de agosto del 2018.—Johnny Rodríguez Garita,
Registrador.—( IN2018270154 ).
Luis Diego Acuña Vega, cédula de
identidad 1-1151-0238, en calidad de apoderado especial de Navemar S. A.,
cédula jurídica 3-101-35984, con domicilio en San Pedro de Montes de Oca: 600
m. sur y 75 m, oeste de la iglesia católica (Edificio de Colina Hermanos, 2°
planta), Costa Rica, solicita la inscripción de: NIKOYO como marca de
fábrica y servicios en clase(s): 12 y 35. Internacional(es). Para proteger y
distinguir lo siguiente: en clase 12:
Partes para vehículos no incluidas en otras clases, en especial, sistemas de
amortiguadores, compensadores, muelles, suspensiones y sus partes, hules y
hules de balancín, soportes, bujes de tijeretas, roles y baquelitas, todo lo
anterior para vehículos; en clase 35: Importación, exportación, representación
y comercialización en general de repuestos, partes y accesorios para vehículos,
en especial, sistemas de amortiguadores, compensadores, muelles, suspensiones,
muelles, soportes para motor, soportes de chasis, hules y hules de balancín,
baquelitas y sus partes. Fecha: 10 de agosto del 2018. Se cita a terceros
interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro,
dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación
de este edicto. Presentada el 3 de agosto del 2018. Solicitud N° 2018-0006960.
A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de
la Ley 7978.—San José, 10 de agosto del 2018.—Johnny Rodríguez Garita,
Registrador.—( IN2018270155 ).
María De La Cruz Villanea
Villegas, casada, cédula de identidad 109840695, en calidad de apoderada
especial de BYD Company Limited, con domicilio en Nº 1, Yan’an Road, Kuichong
Street, Dapeng New District, Shenzhen, People’s, China, solicita la inscripción
de: e5,
como marca de fábrica y comercio
en clase: 12 internacional, para proteger y distinguir lo siguiente:
automóviles, motores para vehículos terrestres, dispositivos antirrobo
locomoción por tierra, aire, agua o ferrocarril, vehículos eléctricos, Para
proteger y distinguir lo siguiente: en clase 12: vehículos para la locomoción
por tierra, aire, agua o ferrocarril, vehículos eléctricos, automóviles,
motores para vehículos terrestres, dispositivos antirrobo para vehículos,
cuerpos del automóvil, carritos de golf (vehículos), bicicletas, handcars,
volantes para vehículos, tapicería para vehículos, ruedas de vehículos, equipo
de reparación para cámaras de aire, chasis de automóvil, portaequipajes para
vehículos. Fecha: 4 de junio de 2018. Se cita a terceros interesados en defender
sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses
siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto.
Presentada el 24 de abril de 2018. Solicitud N° 2018-0003466. A efectos de
publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley
7978.—San José, 4 de junio de 2018.—Katherine Jiménez Tenorio, Registradora.—(
IN2018270220 ).
Louise Delphine Cazedessus,
casada, pasaporte 550000753, en calidad de apoderado especial de Calcaz
Ventures Sociedad de Responsabilidad Limitada, cédula jurídica Nº 3-102-754566,
con domicilio en: Tilarán, distrito Santa Rosa, ruta 142, 8 kilómetros de
Tilarán, carretera hacia Nuevo Arenal, Guanacaste, Costa Rica, solicita la
inscripción de: VENTUS
como marca de servicios en clase
36 internacional, para proteger y distinguir lo siguiente: servicios de
administración y alquiler de propiedades. Fecha: 01 de agosto de 2018. Se cita
a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este
Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera
publicación de este edicto. Presentada el 21 de junio del 2018. Solicitud N°
2018-0005541. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el
artículo 85 de la Ley N° 7978.—San José, 01 de agosto del 2018.—Ildreth Araya
Mesén, Registradora.—( IN2018270283 ).
Viviana Garro Montero, casada una vez, cédula
de identidad N° 112130203, en calidad de apoderada generalísima de Productos y
Servicios Ariale Limitada, cédula jurídica N° 3-102-760495, con domicilio en El
Guarco del Súper Los Sauces 30 metros este, Cartago, Costa Rica, solicita la
inscripción de: VITA BOOCH
como marca de fábrica y comercio en clase 32
internacional, para proteger y distinguir lo siguiente: en clase 32: Bebidas
orgánicas, bebidas energéticas, jugos naturales, jugos de pulpa, jugos en
polvo, cervezas, aguas minerales y gaseosas y otras bebidas sin alcohol,
bebidas a base de frutas y zumos de frutas, siropes, aguas comerciales, bebidas
probióticas, bebidas artificiales, bebidas multivitamínicas, bebidas
funcionales y otras preparaciones para elaborar bebidas a base de kombucha.
Fecha: 08 de agosto del 2018. Se cita a terceros interesados en defender sus
derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses
siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto.
Presentada el 13 de julio del 2018. Solicitud Nº 2018-0006329. A efectos de
publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley Nº
7978.—San José, 08 de agosto del 2018.—Ivonne Mora Ortega, Registradora.—(
IN2018271406 ).
Arnaldo Bonilla Quesada, casado una vez, cédula
de identidad número 107580660, en calidad de apoderado especial de Grupo Reysa
Del Caribe Sociedad Anónima, cédula jurídica número 3101309689, con domicilio
en barrio Los Yoses frente a la Embajada de Uruguay, San José, Costa Rica,
solicita la inscripción de: REYSA
como nombre comercial, para proteger y
distinguir lo siguiente: Un establecimiento comercial dedicado a la venta de
repuestos hidráulicos, mantenimiento de maquinaria en general, reparación y
fabricación de pistones y sistemas hidráulicos, mecánica de precisión,
reconstrucción y reparación de sistemas eléctricos y electrónicos. Ubicado en
Limón, Pococí, Guápiles, 800 metros este del Servicentro Santa Clara. Se cita a
terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este
Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera
publicación de este edicto. Presentada el 3 de noviembre del 2017, solicitud Nº
2017-0010800. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el
artículo 85 de la Ley Nº 7978.—San José, 22 de enero del 2018.—Sabrina Loáciga
Pérez, Registradora.—( IN2018271443 ).
Arnaldo Bonilla Quesada, casado
una vez, cédula de identidad N° 107580660, en calidad de apoderado especial de
GME Aviation Services Sociedad Anónima, cédula jurídica N° 3101491520, con
domicilio en Pavas Aeropuerto Tobías Bolaños Hangar 14, San José, Costa Rica,
solicita la inscripción de: AEROCLUB como marca de servicios en clase 43
internacional. Para proteger y distinguir lo siguiente: en clase 43: Servicios
de clubs para restauración Alojamiento y restauración ejecutiva. Fecha: 13 de
junio de 2018. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para
hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados
a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 18 de mayo de
2018. Solicitud Nº 2018-0004398. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo
dispuesto en el artículo 85 de la Ley Nº 7978.—San José, 13 de junio de
2018.—Johnny Rodríguez Garita, Registrador.—( IN2018271447 ).
Arnaldo Bonilla Quesada, casado
una vez, cédula de identidad 107580660, en calidad de apoderado especial de GME
Aviation Services Sociedad Anónima, cédula jurídica 3101491520, con domicilio
en Pavas, Aeropuerto Tobías Bolaños, hangar catorce, San José, Costa Rica,
solicita la inscripción de: AEROCLUB, como nombre comercial en clase: 49
internacional, para proteger y distinguir lo siguiente: un establecimiento
comercial dedicado a la prestación de servicio de clubs para la restauración
así como alojamiento y restauración ejecutiva, ubicado en San José, Pavas
Aeropuerto Tobías Bolaños, hangar 14. Fecha: 13 de junio de 2018. Se cita a
terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este
Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera
publicación de este edicto. Presentada el 18 de mayo de 2018. Solicitud N°
2018-0004399. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el
artículo 85 de la Ley 7978.—San José, 13 de junio de 2018.—Johnny Rodríguez
Garita, Registrador.—( IN2018271448 ).
José Andrés Rojas Bonilla,
casado una vez, cédula de identidad N° 1-1133-0194, en calidad de apoderado
generalísimo de Arenal Oasis R & B Sociedad Anónima, cédula jurídica N°
3-101-696025, con domicilio en San Carlos, Zeta trece de La Fortuna,
seiscientos metros al sur de la escuela del lugar Alajuela, Costa Rica,
solicita la inscripción de: ARENAL OASIS
como nombre comercial. Para
proteger y distinguir lo siguiente: Un establecimiento comercial dedicado a
hotel, el cual incluye habitaciones para huéspedes, venta de souvenirs, venta
de tours, información turística, venta de comidas y bebidas, spa, ubicado en
Alajuela, Zeta 13, de La Fortuna de San Carlos, 700 metros al sur de la Escuela
Pública. Reservas: De los colores, verde y blanco Fecha: 01 de agosto de 2018.
Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer
ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la
primera publicación de este edicto. Presentada el 12 de julio de 2018.
Solicitud Nº 2018-0006294. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo
dispuesto en el artículo 85 de la Ley Nº 7978.—San José, 01 de agosto de
2018.—Isela Chango Trejos, Registradora.—( IN2018271465 ).
Albert Zumbado Wint, casado una
vez, cédula de identidad 700880074, en calidad de apoderado generalísimo de
Finolasa Sociedad Anónima, cédula jurídica 3101409047, con domicilio en Ulloa,
costado este de la plaza de futbol de Lagunilla, Heredia, Costa Rica, solicita
la inscripción de: MONTECARLO, como marca de fábrica y comercio en clase
29 internacional, para proteger y distinguir lo siguiente: carne, pescado,
carne de ave, y carne de caza, extractos de carne, frutas y verduras,
hortalizas y legumbres en conserva, congeladas, secas y cocidas, jaleas,
confituras, compotas, huevos, leche y productos lácteos, aceites y grasas
comestibles. Fecha: 9 de agosto de 2018. Se cita a terceros interesados en
defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos
meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto.
Presentada el 23 de mayo de 2018. Solicitud N° 2018-0004502. A efectos de
publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley
7978.—San José, 9 de agosto de 2018.—Isela Chango Trejos, Registradora.—(
IN2018271477 ).
Ainhoa Pallares Alier, viuda,
cédula de residencia N° 172400024706, en calidad de apoderada especial de
Shandong Xinghan Material Corporation CO., LTD., con domicilio en Luxi New
Century Industrial Park, Guan County, Liaocheng City, Shandong Province, China,
solicita la inscripción de: XINGHAN,
como marca de fábrica y comercio
en clase(s): 6 internacional(es), para proteger y distinguir lo siguiente: en
clase 6; hojas y placas de metal, lámina de hierro galvanizado, vallas de
metal, paneles de construcción de metal, material ferroviario de metal, láminas
de acero, cuerdas de metal, guarniciones metálicas para muebles, edificios de
metal y barreras de seguridad metálicas para carreteras. Fecha: 23 de febrero
del 2018. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos
valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir
de la primera publicación de este edicto. Presentada el 6 de diciembre del
2017. Solicitud Nº 2017-0011893. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo
dispuesto en el artículo 85 de la Ley Nº 7978.—San José, 23 de febrero del
2018.—Ildreth Araya Mesén, Registradora.—( IN2018271517 ).
Marco Antonio Jiménez Carmiol,
casado, cédula de identidad Nº 102990846, en calidad de apoderado especial de
Audemars Piguet Holding S. A., con domicilio en: Route de France 16, 1348 Le
Brassus, Suiza, solicita la inscripción de: CODE 11.59 by AUDEMARS PIGUET
como marca de fábrica y comercio
en clase 14 internacional, para proteger y distinguir lo siguiente: metales
preciosos y sus aleaciones y productos en metales preciosos o chapados con
ellos, no comprendidos en otras clases: joyas, piedras preciosas, instrumentos
relojeros y cronométricos, brazaletes para reloj y cajas de reloj. Fecha: 03 de
agosto de 2018. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para
hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados
a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 23 de julio
del 2018. Solicitud N° 2018-0006635. A efectos de publicación, téngase en
cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley N° 7978.—San José, 03 de agosto
del 2018.—Katherine Jiménez Tenorio, Registradora.—( IN2018271523 ).
Marco Antonio Jiménez Carmiol,
casado, cédula de identidad N° 1-0299-0846, en calidad de apoderado especial de
Audemars Piguet Holding S. A., con domicilio en Route De France 16, 1348 Le
Brassus, Suiza, solicita la inscripción de: CODE 11.59 BY AUDEMARS PIGUET,
como marca de fábrica y comercio en clase: 14 internacional. Para proteger y
distinguir lo siguiente: joyería, relojería e instrumentos cronométricos,
metales preciosos y sus aleaciones, joyas, piedras preciosas y pulseras y
correas de reloj. Fecha: 18 de julio de 2018. Se cita a terceros interesados en
defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos
meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto.
Presentada el 14 de junio de 2018. Solicitud N° 2018-0005292. A efectos de
publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley N°
7978.—San José, 18 de julio de 2018.—Cesar Alfonso Rojas Zúñiga, Registrador.—(
IN2018271524 ).
Marco Antonio Jiménez Carmiol,
casado una vez, cédula de identidad 102990846, en calidad de apoderado especial
de Viiv Healthcare UK Limited, con domicilio en 980 Great West Road,
Brendtford, Middlesex, TW8 9GS, Reino Unido, solicita la inscripción de: ZENJOYCE,
como marca de fábrica y comercio en clase 5 internacional, para proteger y
distinguir lo siguiente: preparaciones y sustancias medicinales y
farmacéuticas, vacunas. Fecha: 24 de julio de 2018. Se cita a terceros
interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro,
dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación
de este edicto. Presentada el 12 de julio de 2018. Solicitud N° 2018-0006296. A
efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la
Ley 7978.—San José, 24 de julio de 2018.—Katherine Jiménez Tenorio,
Registradora.—( IN2018271525 ).
Marco Antonio Jiménez Carmiol,
casado una vez, cédula de identidad 102990846, en calidad de apoderado especial
de Viiv Healthcare UK Limited, con domicilio en 980 Great West Road,
Brendtford, Middlesex, TW8 9GS, Reino Unido, solicita la inscripción de: XENTROVIA,
como marca de fábrica y comercio en clase: 5 internacional, para proteger y
distinguir lo siguiente: preparaciones y sustancias medicinales y
farmacéuticas, vacunas. Fecha: 17 de julio de 2018. Se cita a terceros
interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro,
dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación
de este edicto. Presentada el 11 de julio de 2018. Solicitud N° 2018-0006232. A
efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la
Ley 7978.—San José, 17 de julio de 2018.—Milena Marín Jiménez, Registradora.—(
IN2018271526 ).
Ainhoa Pallares Alier, viuda,
cédula de residencia 172400024706, en calidad de apoderada especial de Nerium
International, LLC., con domicilio en 4004 Belt Line Road, Suite 112, Addison,
Texas 75001, Estados Unidos de América, solicita la inscripción de: N
como marca de fábrica y comercio
en clase 5 internacional. Para proteger y distinguir lo siguiente: Suplementos
dietéticos y nutricionales para el consumo humano. Fecha: 7 de marzo del 2018.
Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer
ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la
primera publicación de este edicto. Presentada el 6 de febrero del 2017.
Solicitud N° 2017-0001038. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo
dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978.—San José, 7 de marzo del
2018.—Wendy López Vindas, Registradora.—( IN2018271531 ).
Anel Aguilar Sandoval, soltera, cédula de
identidad N° 113590010, y Guiselle Reuben Hatounian, divorciada, cédula de
identidad N° 11055703, en calidad de apoderados especiales de The Bank of Nova
Scotia con domicilio en 44 King Street West, Toronto, ON MSH 1H1, Canadá,
solicita la inscripción de: SCOTIABANK CLUB SUELDO como marca de servicios
en clase 36 internacional, para proteger y distinguir lo siguiente: en clase
36: Servicios bancarios y servicios financieros prestados a través de un
programa de recompensa basado en nómina, servicios de seguros. Fecha: 31 de
julio del 2018. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para
hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados
a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 24 de julio
del 2018. Solicitud Nº 2018-0006700. A efectos de publicación, téngase en
cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley Nº 7978.—San José, 31 de julio
del 2018.—Rolando Cardona Monge, Registrador.—( IN2018271779 ).
León Weinstok Mendelewicz,
casado una vez, cédula de identidad N° 112200158, en calidad de apoderado
especial de Consultores de Negocios S. A., cédula jurídica N° 3101664163, con
domicilio en Calle 7, contiguo al parqueo del Hotel Balmoral, entre avenidas 0
y 1, San José, Costa Rica, solicita la inscripción de: MASTER BABY como
marca de fábrica y comercio en clase: 5 internacional. Para proteger y
distinguir lo siguiente: Pañales desechables. Fecha: 07 de agosto de 2018. Se
cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante
este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la
primera publicación de este edicto. Presentada el 31 de julio de 2018.
Solicitud Nº 2018-0006897. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo
dispuesto en el artículo 85 de la Ley Nº 7978.—San José, 7 de agosto de 2018.—Alex
Villegas Méndez, Registrador.—( IN2018271780 ).
León Weinstok Mendelewicz,
casado una vez, cédula de identidad N° 112200158, en calidad de apoderado
especial de Consultores de Negocios S. A., cédula jurídica N° 3101664163, con
domicilio en calle 7, contiguo al parqueo del Hotel Balmoral, entre avenidas 0
y 1, San José, Costa Rica, solicita la inscripción de: MC BAGS, como
marca de fábrica y comercio en clase(s): 16 internacional(es), para proteger y
distinguir lo siguiente: en clase 16: bolsas de papel y bolsas de plástico.
Fecha: 7 de agosto del 2018. Se cita a terceros interesados en defender sus
derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses
siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada
el 31 de julio del 2018. Solicitud Nº 2018-0006886. A efectos de publicación,
téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley Nº 7978.—San José, 7
de agosto del 2018.—Rolando Cardona Monge, Registrador.—( IN2018271781 ).
Giselle Reuben Hatounian,
divorciada, cédula de identidad 110550703, en calidad de apoderado especial de
Cuestamoras Urbanismo Sociedad Anónima, cédula jurídica 3101085016, con
domicilio en Santa Ana Uruca, Radial Santa Ana-Belén, Condominio Vertical se
Oficinas Fórum Seis, edificio Cuestamoras, tercer piso, San José, Costa Rica,
solicita la inscripción de: OXIGENATE como marca de servicios en clase:
35. Internacional. Para proteger y distinguir lo siguiente: en clase 35:
Servicios de publicidad, publicación de material publicitario en línea e
impreso, gestión de negocios comerciales, administración comercial, trabajos de
oficina. Fecha: 07 de agosto de 2018. Se cita a terceros interesados en
defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos
meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto.
Presentada el 31 de julio de 2018. Solicitud Nº 2018-0006889. A efectos de
publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley Nº
7978.—San José, 07 de agosto de 2018.—Rolando Cardona Monge, Registrador.—(
IN2018271782 ).
Giselle Reuben Hatounian,
divorciada, cédula de identidad N° 110550703, en calidad de apoderado especial
de Cuestamoras Urbanismo Sociedad Anónima, cédula jurídica N° 3101085016 con
domicilio en Santa Ana Uruca, Radial Santa Ana-Belén, Condominio Vertical de
Oficinas Forum 6, Edificio Cuestamoras, tercer piso, San José, Costa Rica,
solicita la inscripción de: OXIGENATE, como marca de servicios en
clase(s): 41 internacional(es), para proteger y distinguir lo siguiente: en
clase 41: edición electrónica de libros y de publicaciones periódicas en línea,
facilitación de publicaciones desde una red informática global o por Internet
que se puedan consultar, facilitación de publicaciones electrónicas en línea
(no descargables), publicación de calendarios de eventos, publicación de
revistas para el consumidor, servicios de educación, formación, servicios de
entretenimiento, actividades deportivas y culturales. Fecha: 07 de agosto del
2018. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos
valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir
de la primera publicación de este edicto. Presentada el 31 de julio del 2018.
Solicitud Nº 2018-0006896. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo
dispuesto en el artículo 85 de la Ley Nº 7978.—San José, 07 de agosto del
2018.—Rolando Cardona Monge, Registrador.—( IN2018271783 ).
Ricardo Vargas Aguilar, casado
una vez, cédula de identidad Nº 303040085, en calidad de apoderado especial de
LG Electronics INC con domicilio en: 128 Yeoui-Daero, Yeongdeungpo-Gu, Seoul
150-721, República Popular Democrática de Corea, solicita la inscripción de: ThinQ,
como marca de servicios en clase 42 internacional, para proteger y distinguir
lo siguiente: la anterior marca protege los siguientes servicios: investigación
y desarrollo de generación de energía fotovoltaica, investigación y desarrollo
de generación de energía mediante nuevas energías renovables, investigación y
desarrollo de convertidores de potencia, inversores y cargadores para baterías
eléctricas utilizadas en nuevos sistemas de energía renovable, incluida la
generación de energía fotovoltaica, investigación y desarrollo de baterías
solares y módulos de baterías solares, investigación para productos médicos,
investigación médica, desarrollo de software informático, investigación
técnica, hospedaje por medio de sitios web, creación y mantenimiento de sitios
web para terceros, instalación de software de computadora, conversión de datos
de programas informáticos y datos (no conversión física), alquiler de
computadoras, recuperación de datos informáticos, alquiler de software, diseño
de software, mantenimiento de software de computadora, análisis de sistemas
informáticos, investigación y desarrollo de electrodomésticos, programación de
computadoras, programación de computadoras, en concreto, suministro de un sitio
de internet con tecnología para su uso en sistemas de monitoreo, control y
automatización de hogares, programación de computadoras, en concreto,
suministro de un sitio de internet con tecnología que permite a los usuarios
interactuar de forma remota con los sistemas de monitoreo, control y
automatización del hogar, diseño de instalaciones de energía eléctrica,
investigación y desarrollo de vacunas y medicamentos, investigación de
medicamentos crudos, investigación sobre enfermedades de adultos, investigación
bacteriológica, investigación sobre el cáncer, desarrollo farmacéutico,
investigación farmacéutica, evaluación de productos farmacéuticos, consultoría
relacionada con farmacología, análisis de genes, investigación genética,
investigación y desarrollo de chips de ADN, servicios para la planificación
(diseño) de hospitales, investigación química, conversión de datos o documentos
de medios físicos a electrónicos, diseño de sistemas informáticos, duplicación
de programas de computadora, actualización de software de computadora, alquiler
y traducción de programas informáticos, consultoría en el campo del hardware
informático, diseño industrial, análisis de producto, evaluación del producto,
investigación y desarrollo de recursos de energía eléctrica. Prioridad: se
otorga prioridad N° 017547407 de fecha 30/11/2017 de Estados Unidos de América.
Fecha: 04 de junio de 2018. Se cita a terceros interesados en defender sus
derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses
siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto.
Presentada el 18 de abril del 2018. Solicitud N° 2018-0003296. A efectos de publicación,
téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley N° 7978.—San José,
04 de junio del 2018.—Milena Marín Jiménez, Registradora.—( IN2018272206 ).
Ricardo Vargas Aguilar, casado una vez, cédula
de identidad 303040085, en calidad de apoderado especial de LG Electronics Inc.
con domicilio en 128, Yeoui-Daero, Yeongdeungpo-Gu, Seoul, 150-721, República
Popular Democrática de Corea, solicita la inscripción de: ThinQ como
marca de servicios en clase 44 internacional, para proteger y distinguir lo
siguiente: en clase 44: Enfermería médica, cuidado de la salud, servicios de
examen físico, clínica de obesidad, consejo farmacéutico, servicios de
telemedicina, alquiler de máquinas y aparatos médicos, alquiler de equipos
médicos y de atención médica, consultas médicas, alquiler de aparatos de rayos
X para uso médico, proporcionar información de salud, pruebas de productos
médicos, información de productos médicos, terapia de acupresión, realizar
diagnóstico de enfermedades, cuidado de la salud con medicinas orientales,
pruebas de sangre, servicios de banco de sangre, servicios de masaje, alquiler
de instalaciones de saneamiento. Prioridad: Se otorga prioridad N° 017547407 de
fecha 30/11/2017 de España. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos
para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes,
contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 18 de
abril del 2018, solicitud Nº 2018-0003300. A efectos de publicación, téngase en
cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley Nº 7978.—San José, 31 de mayo
del 2018.—Milena Marín Jiménez, Registradora.—( IN2018272207 ).
Víctor Vargas Valenzuela,
casado, cédula de identidad 103350794, en calidad de apoderado especial de
Roche Diagnostics GMBH, con domicilio en Sandhofer Strasse 116, D 68305,
Mannheim, Alemania, solicita la inscripción de: MILLISECT como marca de
fábrica y comercio en clases: 9 y 10. Internacionales. Para proteger y
distinguir lo siguiente: en clase 9: Instrumentos automatizados para disección
de tejido, a saber, hojas de corte desechables para usar con instrumentos
automatizados para disección de tejido, hardware y software de computadora para
usar con esas operaciones, todos los productos antes mencionados usados en el
campo de la patología, histología y diagnóstico molecular para propósitos
científicos y de investigación; en clase 10: Instrumentos automatizados para
disección de tejido para usar en análisis en el campo de patología, histología
y diagnósticos moleculares para diagnósticos médicos y para propósitos
clínicos-médicos. Fecha: 24 de mayo de 2018. Se cita a terceros interesados en
defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos
meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto.
Presentada el 18 de mayo de 2018. Solicitud Nº 2018-0004368. A efectos de
publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley Nº
7978.—San José, 24 de mayo de 2018.—Wendy López Vindas, Registradora.—(
IN2018272264 ).
Víctor Vargas Valenzuela,
casado, cédula de identidad N° 103350794, en calidad de apoderado especial de
Bodegas Cepa 21, S. A., con domicilio en CTRA. Nacional 122, KM. 297, 47318
Castrillo De Duero (Valladolid), España, solicita la inscripción de: MALABRIGO,
como marca de fábrica y comercio en clase 33 internacional, para proteger y
distinguir lo siguiente: en clase 33: bebidas alcohólicas, excepto cervezas.
Fecha: 16 de mayo del 2018. Se cita a terceros interesados en defender sus
derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses
siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto.
Presentada el 7 de mayo del 2018. Solicitud Nº 2018-0003920. A efectos de
publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley Nº
7978.—San José, 16 de mayo del 2018.—Cesar Alfonso Rojas Zúñiga, Registrador.—(
IN2018272265 ).
María Vargas Uribe, divorciada, cédula de
identidad N° 107850618, en calidad de apoderada especial de Pierre Fabre
Dermo-Cosmetique con domicilio en 45, Place Abel Gance, 92100 Boulogne,
Francia, solicita la inscripción de: EVENACTIV como marca de fábrica y
comercio en clase 3 internacional, para proteger y distinguir lo siguiente:
Cosméticos, preparaciones cosméticas para el cuidado de la piel, preparaciones
cosméticas para dar luminosidad a la piel. Prioridad: Se otorga prioridad N°
4396598 de fecha 16/10/2017 de Francia. Fecha: 30 de mayo del 2018. Se cita a
terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este
Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera
publicación de este edicto. Presentada el 10 de abril del 2018. Solicitud Nº
2018-0003023. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el
artículo 85 de la Ley Nº 7978.—San José, 30 de mayo del 2018.—Alex Villegas
Méndez, Registrador.—( IN2018272266 ).
Víctor Vargas Valenzuela,
casado, cédula de identidad Nº 103350794, en calidad de apoderado especial de
Hasbro, Inc. con domicilio en: 1027 Newport avenue, Pavvtucket, Estado de Rhode
Island 02862, Estados Unidos de América, solicita la inscripción de: HUNGRY
HUNGRY HIPPOS, como marca de fábrica y comercio en clase 28 internacional,
para proteger y distinguir lo siguiente: juguetes, juegos y artículos para
jugar, aparatos de videojuegos, artículos de gimnasia y deporte, adornos para
árboles de navidad. Fecha: 31 de mayo de 2018. Se cita a terceros interesados
en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los
dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este
edicto. Presentada el 24 de mayo del 2018. Solicitud N° 2018-0004560. A efectos
de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley N°
7978.—San José, 31 de mayo del 2018.—Rina Ruiz Mata, Registradora.—( IN2018272267
).
Víctor Vargas Valenzuela, casado, cédula de
identidad 103350794, en calidad de apoderado especial de Basf SE con domicilio
en Carl-Bosch- Strasse 38, Ludwigshafen AM Rhein, Alemania, solicita la
inscripción de: SELION como marca de fábrica y comercio en clases 1 y 5
internacionales, para proteger y distinguir lo siguiente: en clase 1: Químicos
usados en agricultura, horticultura y silvicultura, especialmente preparaciones
para fortalecer las plantas, preparaciones químicas y/o biológicas para manejar
el estrés en plantas, preparaciones para regular el crecimiento de las plantas,
preparaciones químicas para el tratamiento de semillas, surfactantes; en clase
5: Preparaciones para destruir y combatir animales dañinos, insecticidas,
fungicidas, herbicidas, pesticidas. Se cita a terceros interesados en defender
sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses
siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto.
Presentada el 29 de mayo del 2018, solicitud Nº 2018-0004697. A efectos de
publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley Nº
7978.—San José, 5 de junio del 2018.—Isela Chango Trejos, Registradora.—(
IN2018272268 ).
María Vargas Uribe, divorciada,
cédula de identidad N° 107850618, en calidad de apoderado especial de COLIAN
SPÓȽKA Z OGRANICZONĄ ODPOWIEDZIALNOŚCIĄ con domicilio en
UL. ZDROJOWA 1, 62-860 OPATÓWEK, Polonia, solicita la inscripción de: GOPLANA,
como marca de fábrica y comercio en clase(s): 29 y 30 internacional(es), para
proteger y distinguir lo siguiente: en clase 29: frutas en conserva; secas y
cocidas; purés de frutas; jaleas; compotas; frutas en pasta para untar; frutas
en conserva; gelatinas para usar con alimentos; jaleas bajas en azúcar; jaleas
con cocoa y/o con chocolate adicionado; mermelada de frutas; jaleas de ciruela;
confituras; mermeladas; productos para untar hechos a base de trufas; productos
para untar hecho a base de frutas; productos para untar hechos a base de
nueces; en clase 30: cocoa; productos hechos a base de cocoa; cremas, para
untar, hechas a base de cocoa; café; golosinas (dulces); productos de
panadería; confitería; productos de chocolate; productos a base de chocolate;
pastas de chocolate; cremas de chocolate; bebidas a base de chocolate; chocolate;
chocolates; chocolate rellenos; trufas; bebidas a base de chocolate; siropes a
base de chocolate; salsas de chocolate; pralinés; pralinés rellenos con licor;
mazapán; obleas; barras de chocolate; dulces, gomitas (dulces); gomitas
rellenas (dulces); goma de mascar, gelatinas; gelatinas rellenas, queques;
panecillos tipo biscuit; helados; frutas secas y nueces envueltas en chocolate.
Fecha: 18 de mayo del 2018. Se cita a terceros interesados en defender sus
derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses
siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto.
Presentada el 12 de abril del 2018. Solicitud Nº 2018-0003080. A efectos de
publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley Nº 7978.—San
José, 18 de mayo del 2018.—Rolando Cardona Monge, Registrador.—( IN2018272275
).
Víctor Vargas Valenzuela, casado, cédula de
identidad N° 103350794, en calidad de apoderado especial de Roche Diagnostics
GMBH con domicilio en Sandhofer Strasse 116,-D 68305 Mannheim, Alemania,
solicita la inscripción de: DIACONNECT como marca de fábrica y comercio
en clase 9 internacional, para proteger y distinguir lo siguiente: en clase 9:
Software para usar en el campo de secuenciación de genomas, software de computadora
y programas de computadora para intercambio de datos entre aparatos
científicos, instrumentos y equipo y entre sistemas de gestión de información
de laboratorio (LIMS); software para instrumentos de interfase en el campo de
secuenciación de genoma, software de computadora para el control remoto y
adquisición de datos y gestión de aparatos e instrumentos médicos y
biotecnológicos en el campo de secuenciación de genoma, sistemas de computadora
y software para recopilar, almacenar, analizar y reportar información
biológica, y para rastreo de muestras y gestión de proyectos, de procesos de
trabajo y datos de laboratorio, para uso en el campo de secuenciación de genoma
para propósitos científicos, de diagnóstico, de investigación clínica y para
diagnósticos clínicos, software de computadora para la creación de perfiles de
pacientes y para suministro de reportes de pacientes. Fecha: 30 de mayo del
2018. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos
valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir
de la primera publicación de este edicto. Presentada el 24 de mayo del 2018.
Solicitud Nº 2018-0004559. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo
dispuesto en el artículo 85 de la Ley Nº 7978.—San José, 30 de mayo del
2018.—Isela Chango Trejos, Registradora.—( IN2018272276 ).
María Vargas Uribe, divorciada,
cédula de identidad Nº 107850618, en calidad de apoderada especial de Johnson
& Johnson, con domicilio en: One Johnson & Johnson Plaza, New Brunswick,
Nueva Jersey, 08933, Estados Unidos de América, solicita la inscripción de: KAPLYENT,
como marca de fábrica y comercio en clase 5 internacional, para proteger y
distinguir lo siguiente: preparaciones farmacéuticas de uso humano para la
prevención y el tratamiento de enfermedades virales, de enfermedades auto
inmunes e inflamatorias, de enfermedades cardiovasculares y pulmonares, de
enfermedades del sistema nervioso central, de enfermedades del sistema
neurológico periférico, para prevención y tratamiento contra el dolor, así como
para la prevención y tratamiento de enfermedades dermatológicas, de
enfermedades gastrointestinales, de enfermedades relacionadas con infecciones,
de enfermedades metabólicas, de enfermedades oncológicas, de enfermedades oftálmicas,
de enfermedades respiratorias, de úlceras digitales y de enfermedades
cerebrovasculares, vacunas, ansiolíticos, antialérgicos, anti infecciosos.
Fecha: 05 de junio de 2018. Se cita a terceros interesados en defender sus
derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses
siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto.
Presentada el 10 de abril del 2018. Solicitud N° 2018-0003011. A efectos de
publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley N°
7978.—San José, 05 de junio del 2018.—Bernard Molina Alvarado, Registrador.—(
IN2018272277 ).
María Vargas Uribe, divorciada, cédula de
identidad 107850618, en calidad de apoderado especial de LVMH Swiss
Manufactures S. A, con domicilio en 6 Rue Louis Joseph Chevrolet 2300 La
Chaux-De-Fonds, Suiza, solicita la inscripción de: HEUER como marca de
fábrica y comercio en clase 14 internacional, para proteger y distinguir lo
siguiente: en clase 14: Joyería, productos de joyería, piedras preciosas,
instrumentos horológicos, a saber, relojes, relojes de pulsera, partes que los
constituyen y accesorios para instrumentos horológicos no comprendidos en otras
clases, relojes despertadores, relojes y otros tipos de instrumentos
cronométricos, cronómetros, cronógrafos, aparatos para tomar en tiempo durante
actividades deportivas, aparatos para mediar y marcar el tiempo, no incluidos
en otras clases, pulseras de reloj, mecanismos de relojería y relojes; cadenas
de reloj, resortes de reloj, esferas (piezas) de reloj o cristales de reloj,
bobinadores de relojes, estuches para relojes (partes de relojes), estuches y
cajas para relojes, metales preciosos y sus aleaciones; estuches para joyería
(joyeros); cajas de metales preciosos; llaveros de fantasía; gemelos,
brazaletes; anillos; medallas; relojes con funciones adicionales tales como
transmitir y / o recibir datos hacia y desde asistentes personales digitales,
desde computadoras tipo tabletas, desde teléfonos inteligentes, y desde
computadoras personales a través de sitios web de internet y a través de otras
redes de computadoras y de redes de comunicación electrónica; relojes que
tienen funciones de juegos electrónicos; relojes que incorporan funciones de
telecomunicaciones; cajas de cuero para relojes. Se cita a terceros interesados
en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los
dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este
edicto. Presentada el 27 de octubre del 2017, solicitud Nº 2017-0010565. A efectos
de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley Nº
7978.—San José, 31 de mayo del 2018.—César Alfonso Rojas Zúñiga, Registrador.—(
IN2018272278 ).
Victor Vargas Valenzuela, casado, cédula de
identidad N° 103350794, en calidad de apoderado especial de Hasbro, Inc. con
domicilio en 1027 Newport Avenue, Pawtucket, Estado de Rhode Island, Estados
Unidos de América, Estados Unidos de América, solicita la inscripción de: MY
LITTLE PONY como marca de fábrica y servicios en clases 28 y 41
internacionales, para proteger y distinguir lo siguiente: en clase 28:
Juguetes, juegos y artículos para jugar, aparatos de videojuegos, artículos de
gimnasia y deporte, adornos para árboles de navidad; en clase 41: Servicios de
educación, servicios para proveer capacitaciones servicios de entretenimiento,
servicios de actividades deportivas y culturales, a saber, servicios de
producción y distribución de filmes cinematográficos, de programas de
televisión en vivo, de espectáculos de juegos televisivos y de series animadas
de televisión, servicios de entretenimiento a saber, programas en vivo en el
campo de entretenimiento para niños accesibles por medio de la televisión, por
medio de satélites, de radio, de audio, de vídeo, de medios electrónicos y de
redes de computadora, servicios de entretenimiento, a saber, servicios para
proveer juegos de computadora en línea y juegos interactivos en línea con
múltiples jugadores mediante redes globales de computadora, servicios de
entretenimiento, a saber, la producción de DVD’s pre-grabados caracterizados
por filmes, películas cinematográficas, espectáculos, caricaturas animadas y
presentaciones audio visuales, servicios de producción de vídeo y de
grabaciones de audio, servicios de publicaciones en línea de libros y
publicaciones periódicas en forma electrónica, servicios de organización de
competiciones y de reuniones con propósitos de entretenimiento, servicios de
organización de competiciones y torneos de juegos tantos en vivo como en línea,
servicios de organización y presentación de eventos con miembros de clubes de
seguidores (fans), servicios para ofrecer un foro en línea para miembros de
clubes de seguidores (fans), servicios de clubes de seguidores (fans),
servicios de redacción para blogs, servicios de entretenimiento, a saber,
servicios de organización y dirección de convenciones, de exhibiciones, de
clubes de seguidores (fans) y de reuniones para fines de entretenimiento y en
las áreas de juguetes, de animación, de libros de historietas, de fantasía, de
juegos, de cultura popular, de ciencia ficción, de televisión y de filmes
servicios de entretenimiento en la naturaleza de torneos de juegos, servicios
de organización, dirección y operación de torneos de juegos, servicios de
localización de ubicaciones para fines de entretenimiento, servicios para
ubicación de instalación para sitios de juegos de entretenimiento, servicios de
organización de eventos deportivos y de entretenimiento, servicios para ofrecer
instalaciones y equipo para actividades y juegos para divertirse servicios de
organización de competiciones deportivas, servicios de parques de atracciones.
Fecha: 01 de junio del 2018. Se cita a terceros interesados en defender sus
derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes,
contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 24 de
mayo del 2018. Solicitud Nº 2018-0004556. A efectos de publicación, téngase en
cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley Nº 7978.—San José, 01 de junio
del 2018.—Rina Ruiz Mata, Registradora.—( IN2018272279 ).
Víctor Vargas Valenzuela,
casado, cédula de identidad 103350794,
en calidad de apoderado especial de Nihon Nohyaku Co., Ltd., con domicilio en
19-8, Kyobashi 1-Chome, Chuo-Ku, Tokio, Japón, solicita la inscripción de:
Cerosiga, como marca de fábrica y comercio en clase: 5 internacional, para
proteger y distinguir lo siguiente: fungicidas, desinfectantes, germicidas.
Fecha: 16 de mayo de 2018. Se cita a terceros interesados en defender sus
derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses
siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto.
Presentada el 7 de mayo de 2018. Solicitud N° 2018-0003919. A efectos de
publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley
7978.—San José, 16 de mayo de 2018.—Cesar Alfonso Rojas Zúñiga, Registrador.—(
IN2018272281 ).
Víctor Vargas Valenzuela,
casado, cédula de identidad 103350794, en calidad de apoderado especial de
Nihon Nohyaku Co. Ltd., con domicilio en 19-8, Kyobashi 1-Chome, Chuo-Ku,
Tokio, Japón, solicita la inscripción de: LUCHABANA, como marca de
fábrica y comercio en clase: 5 internacional, para proteger y distinguir lo
siguiente: fungicidas, desinfectantes, germicidas. Fecha: 16 de mayo de 2018.
Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer
ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la
primera publicación de este edicto. Presentada el 7 de mayo de 2018. Solicitud
N° 2018-0003918. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el
artículo 85 de la Ley 7978.—San José, 16 de mayo de 2018.—Cesar Alfonso Rojas
Zúñiga, Registrador.—( IN2018272282 ).
María Vargas Uribe, divorciada,
cédula de identidad 107850618, en calidad de apoderada especial de Prometheus
Brands Llc, con domicilio en 79 Two Bridges Road, Fairfield, Estado de Nueva
Jersey, 07004, Estados Unidos de América, solicita la inscripción de: SUNBLAST,
como marca de fábrica y comercio en clase: 11 internacional, para proteger y
distinguir lo siguiente: accesorios para lámparas solares, a saber, unidades
exteriores de iluminación que funcionan por medio de los rayos solares y
accesorios con detección de movimiento. Fecha: 21 de mayo de 2018. Se cita a
terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este
Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera
publicación de este edicto. Presentada el 3 de mayo de 2018. Solicitud N°
2018-0003802. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el
artículo 85 de la Ley 7978.—San José, 21 de mayo de 2018.—Katherine Jiménez
Tenorio, Registradora.—( IN2018272283 ).
María Vargas Uribe, divorciada,
cédula de identidad 107850618, en calidad de apoderada especial de Prometheus
Brands Llc, con domicilio en 79 Two Bridges Road, Fairfield, Estado de Nueva
Jersey, 07004, Estados Unidos de América, solicita la inscripción de: ATOMIC
BEAM, como marca de fábrica y comercio en clase 11 internacional, para
proteger y distinguir lo siguiente: accesorios para lámparas solares, a saber,
unidades exteriores de iluminación que funcionan por medio de los rayos solares
y accesorios con detección de movimiento. Fecha: 21 de mayo de 2018. Se cita a
terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este
Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera
publicación de este edicto. Presentada el 3 de mayo de 2018. Solicitud N°
2018-0003801. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el
artículo 85 de la Ley 7978.—San José, 21 de mayo de 2018.—Katherine Jiménez
Tenorio, Registradora.—( IN2018272284 ).
Víctor Vargas Valenzuela,
casado, cédula de identidad 103350794, en calidad de apoderado especial de Man
Truck & Bus AG, con domicilio en Dachauer Straße 667, 80995 Múnich,
Alemania, solicita la inscripción de: Lion’s Coach, como marca de
fábrica y comercio en clase: 12 internacional, para proteger y distinguir lo
siguiente: ómnibus. Fecha: 24 de mayo de 2018. Se cita a terceros interesados
en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los
dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este
edicto. Presentada el 18 de mayo de 2018. Solicitud N° 2018-0004367. A efectos
de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley
7978.—San José, 24 de mayo de 2018.—Alex Villegas Méndez, Registrador.—(
IN2018272285 ).
Flor de María Chacón Torres,
casada una vez, cédula de identidad Nº 105540595, en calidad de apoderado
generalísimo de Centro Natural La Fuente Sociedad Anónima, cédula jurídica Nº
3-101-180162 con domicilio en: San Francisco de Dos Ríos, de la Bomba Delta 100
metros al sur y 50 metros al oeste, San José, Costa Rica, solicita la
inscripción de: ISOFLAVONA, como marca de fábrica y comercio en clase 32
internacional, para proteger y distinguir lo siguiente: bebidas naturales y
gaseosas, refrescos en polvo, zumos de frutas y legumbres, jarabes y otros
preparados para hacer bebidas. Fecha: 01 de agosto de 2018. Se cita a terceros interesados
en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los
dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este
edicto. Presentada el 27 de julio del 2018. Solicitud N° 2018-0006790. A
efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la
Ley N° 7978.—San José, 01 de agosto del 2018.—Alex Villegas Méndez,
Registrador.—( IN2018272323 ).
Flor De María Chacón Torres, casada una vez,
cédula de identidad 105540595, en calidad de apoderado especial de Centro
Natural La Fuente Sociedad Anónima, cédula jurídica 3101180162 con domicilio en
San Francisco de Dos Ríos de la Bomba Delta 100 metros al sur y 50 metros al
oeste, San José, Costa Rica, solicita la inscripción de: SOYALAC como
marca de fábrica y comercio en clase 32 internacional, para proteger y
distinguir lo siguiente: Bebidas naturales y gaseosas, refrescos en polvo,
zumos de frutas y legumbres, jarabe y otros preparados para hacer bebidas. Se
cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante
este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la
primera publicación de este edicto. Presentada el 27 de julio del 2018,
solicitud Nº 2018-0006791. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo
dispuesto en el artículo 85 de la Ley Nº 7978.—San José, 1 de agosto del
2018.—Alex Villegas Méndez, Registrador.—( IN2018272324 ).
PUBLICACIÓN DE SEGUNDA VEZ
Jorge Tristán Trelles,
divorciado una vez, cédula de identidad 103920470, en calidad de apoderado
especial de Terex Corporation con domicilio en 200 Nyala Farm Road Westport,
Connecticut 06880, Estados Unidos de América, solicita la inscripción de: TEREX
como marca de fábrica y comercio
en clase: 7 Internacional para proteger y distinguir lo siguiente: en clase 7: Grúas todoterreno, máquinas
agrícolas, implementos agrícolas, que no sean manuales, grúas hidráulicas
articuladas, excavadoras, grúas hidráulicas montadas en soporte, astilladoras,
clíperes (máquinas), mezcladoras de cemento (máquinas), máquinas de
pavimentación de cemento, mecanismos de control para máquinas, motores o
maquinaria, transportadores, controles hidráulicos para máquinas, motores y
maquinaria, controles neumáticos para máquinas, motores y maquinaria,
transportadores (máquinas), acoplamientos, que no sean para vehículos
terrestres, grúas (aparatos de elevación y carga), máquinas trituradoras,
máquinas trituradoras de desechos, máquinas trituradoras para uso industrial,
cortadoras (máquinas), máquinas de corte, cilindros para máquinas, torres de
perforación (derricks), excavadoras (máquinas), zanjadoras (arados), máquinas
divisorias, cabezas de perforación (partes de máquinas), máquinas de
perforación, plataformas de perforación, flotantes o no flotantes, tambores
(partes de máquinas), máquinas de movimiento de tierra, aparato elevador,
excavadoras, alimentadoras (partes de máquinas, máquinas de llenado, máquinas
de filtrado, filtros (partes de máquinas o motores, máquinas de acabado, grúas
torre de superficie plana, máquinas clasificadoras y cribadoras de grava y
suciedad y sus partes, máquinas de molienda, martillos (partes de máquinas),
grúas torre de cabeza de martillo, aparatos de manipulación para carga y
descarga, máquinas de manipulación, automáticas (manipuladoras)s, perchas
(partes de máquinas), tolvas (descarga mecánica), grúas sobre orugas con mástil
de celosía, grúas de pedestal con mástil de celosía, aparatos de elevación,
ascensores, equipos y maquinaria de procesamiento de materiales, manipuladoras
de desechos materiales, grúas de torre con pluma abatible, mezcladoras
(máquinas), mezcladoras; grúas telescópicas móviles, motores, que no sean para
vehículos / maquinaria terrestres, que no sean para vehículos terrestres, grúas
de recolección y transporte; poleas, poleas (partes de máquinas),
pulverizadoras (máquinas) / atomizadoras (máquinas) / máquinas de
pulverización, bombas (partes de máquinas, motores o maquinaria), bombas
(máquinas), maquinaria de reciclaje, grúas para terreno áspero, maquinaria de
cribado, grúas de torre autoerigibles, palas (mecánicas), trituradoras
(máquinas) para uso industrial, máquinas de tamizar, grúas de pluma
telescópicas, máquinas para cortar / aparatos para rellenar / aparatos para el
mecanizado, grúas de torre, aparatos de lavado, máquinas de compactar desecho /
máquinas compactadoras de basura, cabrestantes, máquina de hileras, separador
vertical (windshifter), plataformas de trabajo aéreas, piezas de repuesto para
los productos antes mencionados. Fecha: 6 de Julio de 2018. Se cita a terceros
interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro,
dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación
de este edicto. Presentada el 21 de mayo del 2018. Solicitud N° 2018-0004409. A
efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la
Ley 7978.—San José, 21 de mayo del 2018.—Ildreth Araya Mesen, Registradora.—(
IN2018270186 ).
PUBLICACIÓN DE PRIMERA VEZ
Rebeca Verónica Chávez Ramírez, casada una vez, cédula de identidad 801140836,
en calidad de Apoderado Generalísimo de 3-101-712208 sociedad anónima, cédula
jurídica 3101712208 con domicilio en San Carlos, Zeta Trece de La Fortuna, 800
metros al sur de la escuela, Alajuela, Costa Rica, solicita la inscripción de:
CALLIDRYAS TOURS
como nombre comercial, para proteger y distinguir lo siguiente: Un
establecimiento comercial dedicado a Agencia de viajes receptiva y operadora de
viajes de turismo, ubicado en Alajuela, Zeta 13, de la Fortuna de San Carlos,
800 metros al sur de la Escuela Pública. Reservas: De los colores: rojo, verde
y blanco. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos
valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir
de la primera publicación de este edicto. Presentada el 12 de julio del 2018,
solicitud Nº 2018-0006295. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo
dispuesto en el artículo 85 de la Ley Nº 7978.—San José, 1 de agosto del
2018.—Isela Chango Trejos, Registradora.—( IN2018271466 ).
Ana Cecilia Brenes López,
divorciada una vez, cédula de identidad N° 1-1281-0115, con domicilio en
Guadalupe, Goicoechea del Banco Nacional de Guadalupe, 100 metros al norte y 50
al oeste, casa a mano derecha verjas negras, San José, Costa Rica, solicita la
inscripción de: Anita Brenes Inspiro Reconexiones con Amor
como marca de servicios en clase
45. Internacional. Para proteger y distinguir lo siguiente: charlas tácticas,
talleres, consejos para restaurar el alma, reconexiones del alma inspiradas en
el amor, talleres de crecimiento personal, transformación, empoderamiento
sanación emocional, coaching y liderazgo. Fecha: 12 de febrero de 2018. Se cita
a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este
Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera
publicación de este edicto. Presentada el 31 de enero de 2018. Solicitud Nº
2018-0000814. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el
artículo 85 de la Ley Nº 7978.—San José, 12 de febrero de 2018.—Johnny
Rodríguez Garita, Registrador.—( IN2018271554 ).
Vivian Elena Rojas Brenes,
casada una vez, cédula de identidad N° 304200905 con domicilio en Paraíso,
Cartago, Costa Rica, solicita la inscripción de: Rabbit-Cv,
como marca de servicios en clase
35 internacional, para proteger y distinguir lo siguiente: servicios de
reclutamiento y selección de personal. Fecha: 7 de agosto del 2018. Se cita a
terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este
Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera
publicación de este edicto. Presentada el 23 de julio del 2018. Solicitud Nº
2018-0006652. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el
artículo 85 de la Ley Nº 7978.—San José, 7 de agosto del 2018.—Alex Villegas
Méndez, Registrador.—( IN2018271609 ).
Ana Catalina Monge Rodríguez,
casada dos veces, cédula de identidad N° 108120604, en calidad de apoderada
especial de Vista Paradise Ma SRL Sociedad de Responsabilidad Limitada con
domicilio en distrito primero Quepos, cantón de Aguirre, Valle Pura Vida,
Rancho Manuel Antonio, Casa Caballito de Mar, Puntarenas, Costa Rica, solicita
la inscripción de: Islas of MANUEL ANTONIO
como marca de servicios en clase
36 internacional. Para proteger y distinguir lo siguiente: en clase 36:
Desarrollos inmobiliarios en Manuel Antonio. Reservas: De los colores: negro,
verde claro y verde oscuro Fecha: 27 de julio de 2018. Se cita a terceros
interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro
de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de
este edicto. Presentada el 19 de julio de 2018. Solicitud Nº 2018-0006528. A
efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la
Ley Nº 7978.—San José, 27 de julio de 2018.—Isela Chango Trejos,
Registradora.—( IN2018271632 ).
Ana Catalina Monge Rodríguez,
casada dos veces, cédula de identidad N° 108120604, en calidad de apoderado
especial de Vista Paradise MA SRL, Sociedad de Responsabilidad Limitada con
domicilio en distrito primero Quepos, cantón sexto Aguirre, Valle Pura Vida,
Rancho Manuel Antonio, Casa Caballito de Mar, Puntarenas, Costa Rica, solicita
la inscripción de: Islas of MANUEL ANTONIO
como nombre comercial, para
proteger y distinguir lo siguiente: un establecimiento comercial dedicado a un
complejo habitacional compuesto de 50 residencias de lujo en condominios y tipo
“penthouse”, ubicado en distrito primero Quepos, cantón sexto Aguirre, de la
provincia de Puntarenas, Valle Pura Vida, Rancho Manuel Antonio, Casa Caballito
de Mar. Fecha: 27 de julio del 2018. Se cita a terceros interesados en defender
sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses
siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto.
Presentada el 19 de julio del 2018. Solicitud Nº 2018-0006529. A efectos de
publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley Nº
7978.—San José, 27 de julio del 2018.—Isela Chango Trejos, Registradora.—(
IN2018271633 ).
Jorge Luis Muñoz Garita, soltero, cédula de
identidad 112320132 con domicilio en Curridabat, La Colina, frente al Super
Tirrases, San José. Costa Rica, solicita la inscripción de: PIZY
como marca de comercio en clase 9
internacional, para proteger y distinguir lo siguiente: en clase 9: Cascos o
caretas de protección para soldar. Reservas: De los colores: negro y rojo. Se
cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante
este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la
primera publicación de este edicto. Presentada el 29 de junio del 2018,
solicitud Nº 2018-0005847. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo
dispuesto en el artículo 85 de la Ley Nº 7978.—San José, 26 de julio del
2018.—Katherin Jiménez Tenorio, Registradora.—( IN2018271672 ).
Tatiana Vargas Piedra, casada
una vez, cédula de identidad N° 108370239, con domicilio en La Unión, San
Rafael, Residencial Estancia Antigua, casa F3, Cartago, Costa Rica, solicita la
inscripción de: DeJanDO HueLLa Taa
como marca de servicios en
clases: 41 y 44. Internacionales. Para proteger y distinguir lo siguiente: en
clase 41: Formación, doma y adiestramiento de animales y perros de asistencia;
en clase 44: Servicios terapéuticos y de asistencia médica para personas
asistida con animales y perros. Fecha: 01 de agosto de 2018. Se cita a terceros
interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro,
dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación
de este edicto. Presentada el 19 de abril de 2018. Solicitud Nº 2018-0003318. A
efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la
Ley Nº 7978.—San José, 01 de agosto de 2018.—Jamie Phillips Guardado,
Registrador.—( IN2018271673 ).
Giselle Reuben Hatounian,
divorciada, cédula de identidad N° 110550703, en calidad de apoderado especial
de Thomas Gabriel Doutt Rivera, soltero, cédula de identidad N° 604310489, con
domicilio en Liberia, Cañas Dulces, de la entrada de Cañas Dulces, 800 metros noroeste,
casa amarilla a mano derecha, Guanacaste, Costa Rica, solicita la inscripción
de: DOUTT
como marca de fábrica y comercio
en clase 25 internacional, para proteger y distinguir lo siguiente: en clase
25: prendas de vestir, calzado, artículos de sombrerería. Fecha: 9 de agosto
del 2018. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos
valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir
de la primera publicación de este edicto. Presentada el 13 de julio de 2018.
Solicitud Nº 2018-0006341. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo
dispuesto en el artículo 85 de la Ley Nº 7978.—San José, 9 de agosto del
2018.—Grettel Solís Fernández, Registradora.—( IN2018271710 ).
Patentes de Invención
PUBLICACIÓN DE PRIMERA VEZ
La señora María del Pilar López
Quirós, cédula de identidad N° 1-1066-0601, en calidad de apoderada especial de
BASF Agro B.V., solicita la Patente PCT denominada COMPOSICIONES DE
MICROPARTICULAS QUE COMPRENDEN SAFLUFENACIL. La presente invención se
refiere a composiciones de micropartículas que comprenden saflufenacil, a un
método para su preparación y al uso de estas composiciones de micropartículas
para controlar la vegetación no deseada. En las composiciones de
micropartículas, el saflufenacil está presente en forma de micropartículas, que
comprenden saflufenacil sólido, que está rodeado o incorporado por un polímero
de aminoplasto. La memoria descriptiva, reivindicaciones, resumen y diseños
quedan depositados, la Clasificación Internacional de Patentes es: A01N 25/28,
A01N 43/54, A01P 13/00 y B01J 13/18; cuyos inventores son: Sowa, Christian
(DE); Noller, Bastian Manen (DE); Fuchs, Yannick; (DE) y Simon, Anja; (DE).
Prioridad: N° EP 15183734.1 del 03/09/2015 (EP). Publicación Internacional: WO2017/037210.
La solicitud correspondiente lleva el número 2018-0000194, y fue presentada a
las 14:07:09 del 3 de abril de 2018. Cualquier interesado podrá oponerse dentro
de los tres meses siguientes a la tercera publicación de este aviso. Publíquese
tres días consecutivos en el Diario Oficial La Gaceta y una vez en un
periódico de circulación nacional.—San José, 19 de julio de 2018.—Viviana
Segura De La O, Resgistradora.—( IN2018270751 ).
DIRECCIÓN NACIONAL DE NOTARIADO
HABILITACIÓN DE NOTARIO(A) PÚBLICO(A). La DIRECCIÓN NACIONAL DE NOTARIADO con
oficinas en San José, San Pedro de Montes de Oca, costado Oeste del Mall San
Pedro, Oficentro Sigma, Edificio A, 5to. piso HACE
SABER: Que ante este Despacho se ha recibido solicitud de HABILITACIÓN como
delegatario para ser y ejercer la
función pública Estatal del NOTARIADO, por parte de: JAVIER ALBERTO MONTEJO
CALVO, con cédula de identidad número 1-1438- 0275 carné número 26069.
De conformidad con lo dispuesto por el artículo 11 del Código Notarial, se
invita a quienes conozcan hechos o situaciones que afecten la conducta del (de la) solicitante, a
efecto de que lo comuniquen por escrito a esta Dirección dentro de los QUINCE
(15) DÍAS HÁBILES siguientes a esta publicación. Expediente Nº 65976.—San
José, 16 de agosto del 2018.—Unidad Legal Notarial.—Tattiana Rojas Salgado,
Abogada.—1 vez.—( IN2018274264 ).
DIRECCIÓN DE AGUA
EDICTOS
PUBLICACIÓN DE TERCERA VEZ
ED-0041-2018.—Exp. N°
7385P.—Tejidos y Confecciones Palmares de C.R., solicita concesión de: 1 litro
por segundo del acuífero, efectuando la captación por medio del pozo NA-336 en
finca de su propiedad en Granja, Palmares, Alajuela, para uso industria-textil.
Coordenadas 226.550/488.250 hoja Naranjo. Quienes se consideren lesionados,
deben manifestarlo dentro del mes contado a partir de la primera
publicación.—San José, 01 de agosto de 2018.—Douglas Alvarado Rojas.—(
IN2018273396 ).
ED-UHTPCOSJ-0275-2018.—Exp. N° 12901P.—Adys María Solís Monge, solicita
concesión de: 0.02 litros por segundo del acuífero, efectuando la captación por
medio del pozo AB-2446 en finca de su propiedad en Hatillo, San José, San José,
para uso comercial-lavado de vehículos. Coordenadas 210.725/525.580 hoja Abra.
Quienes se consideren lesionados, deben manifestarlo dentro del mes contado a
partir de la primera publicación.—San José, 10 de agosto de 2018.—Douglas
Alvarado Rojas, Departamento de Información.—( IN2018273490 ).
ED-UHTPCOSJ-0261-2018.—Exp.
17676P.—Jorge Ignacio Chinchilla Bonilla, solicita concesión de: 1.5 litros por
segundo del acuífero, efectuando la captación por medio del pozo RG-1003 en
finca de su propiedad en Garita, Alajuela, Alajuela, para uso consumo humano
doméstico y agropecuario riego. Coordenadas 219.449 / 501.601 hoja Garita.
Quienes se consideren lesionados, deben manifestarlo dentro del mes contado a
partir de la primera publicación.—San José, 01 de agosto del 2018.—Departamento
de Información.—Douglas Alvarado Rojas.—( IN2018273788 )
PUBLICACIÓN DE PRIMERA VEZ
ED-UHTPCOSJ-0287-2018. Exp.
11992.—Royalte S. A., solicita concesión de: 0.51 litros por segundo del
nacimiento 6, efectuando la captación en finca de Cerro Púas MM S. A. en
Naranjo, Naranjo, Alajuela, para uso riego. Coordenadas 233.915/493.980 hoja Naranjo.
0.18 litros por segundo del nacimiento 3, efectuando la captación en finca de
Cerro Púas MM S. A. en Cirri Sur, Naranjo, Alajuela, para uso riego.
Coordenadas 234.400/493.900 hoja Naranjo. 0.27 litros por segundo del
nacimiento 7, efectuando la captación en finca de Cerro Púas MM S. A. en
Naranjo, Naranjo, Alajuela, para uso riego. Coordenadas 233.900/493.950 hoja
Naranjo. 0.12 litros por segundo del Nacimiento 10, efectuando la captación en
finca de Coffex Internacional MMA S. A. en Cirri Sur, Naranjo, Alajuela, para
uso riego. Coordenadas 234.700/494.200 hoja Naranjo. 0.33 litros por segundo
del nacimiento 4, efectuando la captación en finca de Cerro Púas MM S. A. en
Cirri Sur, Naranjo, Alajuela, para uso consumo humano-doméstico y riego. Coordenadas
234.300/493.900 hoja Naranjo. 0.24 litros por segundo del Nacimiento 5,
efectuando la captación en finca de Cerro Púas MM S. A. en Cirri Sur, Naranjo,
Alajuela, para uso Riego. Coordenadas 233.850/494.900 hoja Naranjo. Quienes se
consideren lesionados, deben manifestarlo dentro del mes contado a partir de la
primera publicación.—San José, 24 de agosto de 2018.—Departamento de
Información.—Douglas Alvarado Rojas.—( IN25018274178 ).
ED-UHTPSOZ-0067-2018.—Exp. N°
18381.—DCR Rio Barú S. A., solicita concesión de: 0.05 litros por segundo de la
quebrada sin nombre, efectuando la captación en finca de su propiedad en Bahía
Ballena, Osa, Puntarenas, para uso consumo humano. Coordenadas 140.682/552.306
hoja Dominical. Quienes se consideren lesionados deben manifestarlo dentro del
mes contado a partir de la primera publicación.—San José, 9 de agosto de
2018.—Francisco Vargas Salazar, Unidad Hidrológica Térraba Pacífico Sur.—(
IN2018274247 ).
ED-UHTPSOZ-0058-2018.—Exp. N°
12260.—Cupertino, Jiménez Ulloa, solicita concesión de: 0.01 litros por segundo
del nacimiento sin nombre, efectuando la captación en finca de su propiedad en
San Isidro De El General, Pérez Zeledón, San José, para uso consumo
humano-doméstico. Coordenadas 148.075/564.556 hoja San Isidro. Quienes se
consideren lesionados, deben manifestarlo dentro del mes contado a partir de la
primera publicación.—San José, 18 de julio de 2018.—Unidad Hidrológica, Térraba
Pacífico Sur.—Francisco Vargas Salazar.—( IN2018274249 ).
ED-UHTPCOSJ-0276-2018.
Expediente Nº 11233P.—Escuela Angloamericana S. A., solicita concesión de: 2.8
litros por segundo del acuífero, efectuando la captación por medio del pozo
IS-498 en finca de su propiedad en Concepción (La Unión) La Unión, Cartago,
para uso consumo humano - Institución Educativa. Coordenadas 211.220 / 536.750
hoja Istarú. Quienes se consideren lesionados, deben manifestarlo dentro del
mes contado a partir de la primera publicación.—San José, 14 de agosto de
2018.—Departamento de Información.—Douglas Alvarado Rojas.—( IN2018274380 ).
ED-UHTPSOZ-0075-2018.—Exp.
18416-P.—Luis, Díaz Méndez, solicita concesión de: 0.03 litros por segundo del
pozo CHG-4, efectuando la captación en finca de su propiedad en Palmar, Osa,
Puntarenas, para uso consumo humano-doméstico. Coordenadas 104.533/595.145 hoja
Changuena. Quienes se consideren lesionados, deben manifestarlo dentro del mes
contado a partir de la primera publicación.—San José, 24 de agosto del
2018.—Unidad Hidrológica Térraba Pacífico Sur.—Francisco Vargas Salazar.—( IN2018274492
).
Registro Civil-Departamento Civil
SECCIÓN DE ACTOS JURÍDICOS
PUBLICACIÓN DE PRIMERA VEZ
Expediente N° 12009-2018. A
efectos de enderezar procedimiento, déjese sin efecto el auto de inicio dictado
por el Registro Civil, Departamento Civil, Sección de Actos Jurídicos, San
José, a las once horas cinco minutos del treinta y uno de mayo de dos mil
dieciocho y en consecuencia las publicaciones Nos. 125, 126 y 127 de los días
11, 12 y 13 de julio de 2018 en el Diario Oficial La Gaceta. Asimismo,
el Registro Civil, Departamento Civil, Sección Actos Jurídicos, San José, a las
once horas seis minutos del primero de agosto de dos mil dieciocho, inicia
procedimiento administrativo tendiente a la posible cancelación del asiento de
nacimiento de Rebeca Murcia López, número cuatrocientos ochenta y cinco (0485),
folio doscientos cuarenta y tres (243), tomo trescientos veintisiete (0327), de
la provincia de Limón, por aparecer inscrita como Rebeca María Murcia López, en
el asiento número cincuenta (0050), folio veinticinco (025), tomo trescientos
veinticinco (0325), de la provincia de Limón. Lo anterior conforme lo establece
el artículo 64 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Elecciones y del
Registro Civil. Se previene a las partes interesadas para que aleguen sus
derechos dentro de los ocho días posteriores a la primera publicación.—Irene
Montanaro Lacayo, Jefe Sección de Actos Jurídicos.—O.C. Nº
3400034762.—Solicitud Nº 125242.—( IN2018270741 ).
Exp. N° 17662-2018.—Registro Civil.—Departamento
Civil.— Sección de Actos Jurídicos.—San José, a las nueve horas treinta y nueve
minutos del tres de agosto de dos mil dieciocho.—Procedimiento administrativo
tendiente a la posible cancelación del asiento de nacimiento de Laura Marcela Méndez
Marín, número quinientos ochenta (00580), folio doscientos noventa (290), tomo
ochocientos veintidós (0822) de la provincia de San José, por aparecer inscrita
como Laura Marcela Méndez Marín, en el asiento número quinientos ochenta y tres
(0583), folio doscientos noventa y dos (0292), tomo ochocientos veintidós
(0822) de la provincia de San José. Lo anterior conforme lo establece el
artículo 64 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Elecciones y del
Registro Civil. Se previene a las partes interesadas para que aleguen sus
derechos dentro de los ocho días posteriores a la primera publicación.—Irene
Montanaro Lacayo, Jefa.—( IN2018270745 ).
Registro Civil - Departamento Civil
SECCIÓN DE OPCIONES Y NATURALIZACIONES
Avisos de solicitud de naturalización
Raquel Abigail Guillén
Gutiérrez, nicaragüense, cédula de residencia N° DI 155820018203, ha presentado
solicitud para obtener la nacionalidad costarricense ante la Sección de
Opciones y Naturalizaciones del Registro Civil. Se emplaza a quienes tengan
reparos comprobados que hacer a dicha solicitud, para que los presenten por
escrito en nuestras oficinas, dentro del término de diez días hábiles
siguientes a la publicación de este aviso. Expediente N° 4076-2018.—Alajuela,
San Carlos, al ser las 13:26 horas del 08 de agosto del 2018.—Regional San
Carlos.—Lic. José Manuel Marín Castro, Jefe.—1 vez.—( IN2018270711 ).
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA
DIRECCIÓN EJECUTIVA
DEPARTAMENTO DE PROVEEDURÍA
El Departamento de Proveeduría
invita a todos los potenciales proveedores interesados en participar en el
siguiente procedimiento:
LICITACIÓN ABREVIADA N° 2018LA-000054-PROV
Compra de Sistema de Grabación para Salón de Corte Plena
Fecha y hora de apertura: 21 de
setiembre del 2018, a las 10:00 horas. El cartel se puede obtener sin costo
alguno a partir de la presente publicación. Para ello, los interesados deben
acceder a través de Internet, en la dirección
http://www.poder-judicial.go.cr/proveeduria/, en el aparte de invitación, y
seleccionar el cartel en mención.
San José, 28 de agosto del
2018.—Proceso de Adquisiciones.—MBA. Yurli Argüello Araya, Jefa.—1 vez.—(
IN2018274514 ).
ÁREA SALUD DE MATINA- UP- 2654.
COMPRA DIRECTA N° 2018CD-000013-2654
Servicio, instalación sobres de granito y grifería de los muebles
a
instalar en las Clínicas (EBAIS): Bataan, Matina,
Estrada,
Luzón, 28 Millas y Cuba Creek
(cc-
Venecia ) del Área Salud
de
Matina- CCSS
El Área Salud de Matina-CCSS
Huetar Atlántica, invita a todos los interesados en participar en el siguiente
concurso: Compra Directa N° 2018CD-000013-2654, servicio, instalación sobres de
granito y grifería de los muebles a instalar en las Clínicas (EBAIS): Bataan,
Matina, Estrada, Luzón, 28 Millas y Cuba Creek (cc- Venecia) del Área Salud de
Matina-CCSS.
Apertura de ofertas: viernes 07 de setiembre
del 2018, a las 10:00 horas (10:00 a. m.) en la oficina de compras de la
Clínica de Bataan (sede del Área), sita en Bataan centro 250 Mt al norte
carreta a Sahara.
Visita al sitio: el 4 de setiembre del 2018,
a partir de las 8:00 a.m., se inicia en la Cl. de Bataan (Sede del Área),
contacto con el Sr. Eric Meza Martínez, Encargado de Mantenimiento, teléf.
2799-6511-Directo.
El
cartel se puede adquirir en la Oficina de compras de la Clínica de Bataan
(sede) del Área Salud de Matina, sita en Bataan centro, 250 mts. al norte
carretera a Sahara. Para su coordinación con la Srta. Carmen Rosales Acuña,
encargada de la susodicha oficina, tel.: 2799-6504, fax: 2718-6562, correo:
crosales@ccss.sa.cr.
Bataan, 27 de agosto del
2018.—Administración.—Lic. René Zamora Alemán.—1 vez.—( IN2018274270 ).
COMPRA DIRECTA N° 2018CD-000014-2654
Servicio: Readecuación de tres (3) consultorios, cambio cuatro
(4)
cortinas metálicas, Instalación de dos (2) portones
eléctricos,
reparación de la malla perimetral en la
Clínica
de Bataan y reparación de rampa en la
Clínica
de Estrada del Área Salud de Matina- CCSS
El Área Salud de Matina- CCSS Huetar Atlántica,
invita a todos los interesados en participar en el siguiente concurso: Compra
Directa N° 2018CD-000014-2654 Servicio: Readecuación de tres (3) consultorios,
cambio cuatro (4) cortinas metálicas, Instalación de dos (2) portones
eléctricos, reparación de la malla perimetral en la Clínica de Bataan y
reparación de rampa en la Clínica de Estrada del Área Salud de Matina- CCSS.
Apertura de ofertas: viernes 07
de setiembre del 2018, a las 11:00 horas (11:00 a. m) en la oficina de compras
de la Clínica de Bataan (sede del área), sita en Bataan centro 250 metros al
norte carretera a Sahara.
Visita al sitio: El 04 de setiembre del 2018,
a partir de las 8:00 a. m., se inicia en la CI. de Bataan (sede del área),
contacto con el señor Eric Meza Martínez, Encargado de Mantenimiento, teléf.
2799-6511- Directo.
El cartel se puede adquirir en la Oficina de
compras de la Clínica de Bataan (sede) del Área Salud de Matina, sita en Bataan
centro 250 metros al norte carretera a Sahara. Para su coordinación con la
señorita Carmen Rosales Acuña, encargada de la susodicha oficina, tel:
2799-6504, fax: 2718-6562, correo: crosales@ccss.sa.cr
Bataan, lunes 27 de agosto del
2018.—Lic. René Zamora Alemán, Administración.—1 vez.—( IN2018274271 ).
HOSPITAL DR. TONY FACIO CASTRO
LICITACIÓN ABREVIADA Nº 2018LA-000025-2601
Objeto contractual: contratación de servicios
de
ambulancia privada para el traslado de pacientes
del
H.T.F.C. a otros centros médicos o casa de habitación
y
hora de espera; bajo la modalidad de entrega según demanda
Fecha apertura de ofertas:
jueves 12 de septiembre de 2018 a las 10:00 a.m.
Los interesados pueden adquirir el cartel en
la Subárea de Contratación Administrativa del hospital, ubicada frente a las
oficinas centrales de Corporación de Desarrollo Agrícola del Monte, de 7:30
a.m. a 2:30 p.m., valor del cartel en ventanilla ¢750.00 o bien los interesados
pueden solicitarlo mediante oficio al fax 2758-0932, posterior a su cancelación
mediante depósito a la cuenta del Banco Nacional de Costa Rica Nº
100-01-000-003599-8, valor del cartel por fax ¢3,000.00
Limón, 27 de agosto de
2018.—Subárea de Contratación Administrativa.—Licda. Kris Guillén Rojas,
Coordinadora a. í.— 1 vez.—( IN2018274299 ).
PROCESO
DE ADQUISICIONES
COMPRA
DIRECTA N° 2018CD-000099-07
(Invitación)
Macetas de arcilla
El Proceso de Adquisiciones de la Unidad
Regional Pacífico Central del Instituto Nacional de Aprendizaje estará
recibiendo ofertas por escrito hasta las 09:00 horas del 07 de setiembre del
2018. Los interesados podrán retirar el pliego de condiciones el cual es
gratuito, en el Proceso de Adquisiciones, sita en Barranca de Puntarenas, 200
metros al norte de la entrada principal de la fábrica INOLASA, o bien ver la
página web del INA, dirección http://infoweb.ina.ac.cr/consultacarteles.
Unidad de Compras Institucionales.—Allan
Altamirano Díaz, Jefe.—1 vez.—O. C. N° 26133.—Solicitud N° 126657.—( IN2018274498
).
COMPRA DIRECTA N° 2018CD-000068-03
(Invitación)
Compra de útiles y materiales de limpieza y otros usos
El Proceso de Adquisiciones de
la Unidad Regional Central Occidental del Instituto Nacional de Aprendizaje
estará recibiendo ofertas por escrito hasta las 11:00 horas del 07 de setiembre
del 2018. Los interesados podrán retirar el pliego de condiciones el cual es
gratuito en el Proceso de Adquisiciones sita en Naranjo, Alajuela, 300 metros
al sur del cruce de Cirrí, o bien ver la página web del INA, dirección
http://infoweb.ina.ac.cr/consultacarteles.
Unidad de Compras
Institucionales.—Allan Altamirano Díaz, Jefe.—1 vez.—O. C. N° 26133.—Solicitud
N° 126658.—( IN2018274499 ).
COMPRA DIRECTA Nº 2018CD-000067-03
(Invitación)
Compra de equipo especializado para
capacitación
en electricidad
El Proceso de Adquisiciones de
la Unidad Regional Central Occidental del Instituto Nacional de Aprendizaje
estará recibiendo ofertas por escrito hasta las 10:00 horas del 07 de setiembre
del 2018. Los interesados podrán retirar el pliego de condiciones el cual es
gratuito en el Proceso de Adquisiciones sita en Naranjo, Alajuela, 300 metros
al sur del cruce de Cirrí, o bien ver la página web del INA, dirección
http://infoweb.ina.ac.cr/consultacarteles.
Unidad de Compras
Institucionales.—Allan Altamirano Díaz, Jefe.—1 vez.—O. C. N° 26133.—Solicitud
N° 126661.—( IN2018274502 ).
MUNICIPALIDAD DE ESCAZÚ
LICITACIÓN PÚBLICA N°2018LN-000022-01 (Invitación)
Diseño y construcción de edificio para la policía municipal
Se invita a los potenciales
oferentes a participar en el siguiente Proceso de Contratación Administrativa:
Licitación Pública N° 2018LN-000022-01, “Diseño y construcción de edificio para
la policía municipal”.
Se recibirán ofertas hasta las diez horas
(10:00) del viernes 28 de setiembre de 2018.
El pliego de condiciones podrá obtenerse en
forma digital a través de sitio web www.escazu.go.cr o en la oficina de
Proveeduría, para lo cual las personas interesadas deberán traer un dispositivo
de almacenamiento USB libre de virus. Se advierte que, si el dispositivo USB se
encuentra infectado, no se transferirá el archivo solicitado. El horario para
gestionar la solicitud de información es de lunes a viernes de 7:30 a. m. a
4:00 p. m.
Para más información comunicarse con la
Proveeduría Municipal, al teléfono 2208-7573.
Proceso de Proveeduría.—Licda.
Laura Cordero Méndez, Proveedora.—1 vez.—O. C. N° 36097.—Solicitud N° 126512.—(
IN2018274201 ).
MUNICIPALIDAD DE ALAJUELA
LICITACIÓN PÚBLICA 2018LN-000002-01
Construcción de Sistemas de Macromedición-I Etapa
La Municipalidad del Cantón
Central de Alajuela, cordialmente les invita a participar en el referido concurso
y recibirá ofertas por escrito original y dos copias y en sobre cerrado hasta
las 10:00 horas del 25 de setiembre de 2018.
Las especificaciones técnicas y condiciones
generales pueden solicitarse al e-mail: marcia.picado@munialajuela.go.cr o
retirarse en la oficina de la Proveeduría Municipal, ubicada en el edificio
Municipal, actualmente situado 100 mts. oeste de la Iglesia La Agonía, 3° piso
a partir de esta publicación, con horario de lunes a jueves de 07:30 hasta las
16:30 y viernes de 07:30 hasta las 15:30 horas.
Subproceso de Proveeduría.—Lic.
Giovanni Robles Rojas, Proveedor Municipal a. í.—1 vez.—( IN2018274257 ).
LICITACIÓN ABREVIADA 2018LA-000005-01
Contratación de empresa que brinde mantenimiento
de
hidrómetros y disminución de fugas, para la
actividad
ordinaria de la Administración del
Acueducto
y Alcantarillado Municipal
La Municipalidad del cantón
Central de Alajuela, cordialmente les invita a participar en el referido
concurso y recibirá ofertas por escrito y en sobre cerrado hasta las 11:00
horas del día 12 de setiembre de 2018, por lo que deberá presentar oferta
original y dos copias completas.
Las especificaciones técnicas y condiciones
generales (sin costo) pueden solicitarse al e-mail:
shilena.salas@munialajuela.go.cr o retirarse en la oficina de la Proveeduría
Municipal, ubicada en el Edificio Municipal actualmente situado 100 m oeste de
la Iglesia La Agonía, 30 piso a partir de esta publicación, con horario de
lunes a jueves de 07:30 hasta las 16:30 y viernes de 07:30 hasta las 15:30
horas.
Subproceso de Proveeduría.—Lic.
Giovanni Robles Rojas, Proveedor Municipal a. í.— 1 vez.—( IN2018274258 ).
LICITACIÓN PÚBLICA 2018LN-000001-01
Contratación de entrega según demanda para obra pública,
mantenimiento
y mejoramiento red vial
Cantonal
de Alajuela
La Municipalidad del Cantón
Central de Alajuela, cordialmente les invita a participar en el referido
concurso y recibirá ofertas por escrito y en sobre cerrado hasta las 15:00
horas del 25 de setiembre de 2018.
Las especificaciones técnicas y condiciones
generales pueden solicitarse al e-mail: shilena.salas@munialajuela.go.cr o
retirarse en la oficina de la Proveeduría Municipal, ubicada en el Edificio
Municipal actualmente, situado 100 mts. oeste de la Iglesia La Agonía, 3° piso
a partir de esta publicación, con horario de lunes a jueves de 07:30 hasta las
16:30 y viernes de 07:30 hasta las 15:30 horas.
Subproceso de Proveeduría.—Lic.
Giovanni Robles Rojas, Proveedor a. í.—1 vez.—( IN2018274259 ).
MUNICIPALIDAD DE ZARCERO
LICITACIÓN ABREVIADA Nº 2018LA-000004-OPMZ
Contratación de la recopilación de información
de
campo de los predios ubicados en el cantón de Zarcero
Invitación a la Licitación
Abreviada Nº 2018LA-000004-OPMZ “Contratación de la recopilación de información
de campo de los predios ubicados en el cantón de Zarcero”. La apertura será el
día 18 de setiembre del año 2018, a las 9:00 a. m. horas. Los interesados
podrán retirar el pliego de condiciones el cual es gratuito en la plataforma de
la Municipalidad de Zarcero, ubicada 50 metros oeste de la esquina noroeste del
parque de Zarcero, o bien en la dirección: http://www.zarcero.go.cr
Zarcero, 28 setiembre del
2018.—Vanessa Salazar Huertas, Proveeduría Municipal.—1 vez.—( IN2018274468 ).
MUNICIPALIDAD DE CAÑAS
LICITACIÓN ABREVIADA N° 2018LA-000004-01
Contratación para los servicios de operacionalidad del Centro
de
Cuido y Desarrollo Infantil (CECUDI) en el cantón
de
Cañas, por un periodo de un año prorrogable
hasta
los cuatro años
La Municipalidad de Cañas,
cordialmente les invita a participar y recibirá ofertas por escrito y en sobre
cerrado hasta las 10:00 horas del día 26 de setiembre del 2018. Los interesados
pueden adquirir el cartel de la licitación, sin costo alguno, en la Oficina de
Proveeduría Municipal ubicada al costado norte del parque de Cañas, podrán
solicitar información adicional en el teléfono 2690-4067 o solicitarla vía
correo electrónico awong@municanas.go.cr.
Rafael Coto Ramírez, Abogado.—1
vez.—( IN2018274475 ).
HOSPITAL SAN JUAN DE DIOS
LICITACIÓN PÚBLICA N° 2018LN-000008-2102
SUBÁREA DE CONTRATACIÓN ADMINISTRATIVA
Reactivos laboratorio clínico
A los interesados en la presente
licitación se les hace saber que la casa comercial adjudicada es CAPRIS S.
A.
27 de agosto de 2018.—Lic.
Andrés Araya Jiménez.—Área de Gestión de Bienes y Servicios.—1 vez.—(
IN2018274294 ).
PROCESO DE ADQUISICIONES
LICITACIÓN PÚBLICA N° 2018LN-000001-05
Contratación de servicios de seguridad física y electrónica para
las
instalaciones del Centro Regional Polivalente de Limón,
Centro
Regional Polivalente de Guácimo, Centro
de
Formación de Limón y Centro de Formación
de
Talamanca de la Unidad Regional Huetar Caribe
La Comisión Local Regional de la
Unidad Regional Huetar Caribe en sesión 5-2018, celebrada el 24 de agosto del
2018, articulo II, tomo el siguiente acuerdo:
Adjudicar las líneas 1, 2 y 3 de
la Licitación Pública 2018LN-000001-05, para la Contratación de Servicios de
Seguridad y Vigilancia Física y Electrónica para las instalaciones del Centro
Formación Profesional de Limón, Centro Regional Polivalente de Guácimo y Centro
de Formación Profesional de Talamanca por un plazo de 1 año prorrogable año a
año por tres años más para un total de cuatro años, ya que de acuerdo a estudio
técnico URMA-PSG-583-2018 y estudio Legal AL-URHC-42-2018, cumplen con las
condiciones y especificaciones técnicas del cartel, quedando de la siguiente
manera:
4 (Seguridad y Vigilancia Sevin Ltda.) |
N° 1 Centro Regional Polivalente de Guácimo |
¢5.200.522.71 Mensual ¢62.406.272.52 Anual |
1 (Servicio de Monitoreo Electrónica Alfa S. A.) |
N° 2 Centro de Formación Profesional de Limón y N° 3 Centro de Formación Profesional de Talamanca |
¢5.212.833.82 Mensual ¢62.554.005.84 Anual ¢2.808.513.40 Mensual ¢33.702.160.80 Anual |
Se declara
infructuosa la línea N° 4 correspondiente al Centro Regional Polivalente de
Limón, motivo a que de acuerdo a informe técnico URMA-PSG-583-2018, no cumple con
las condiciones y especificaciones técnicas del cartel de Licitaciones.
Unidad de Compras
Institucionales.—Lic. Allan Altamirano Díaz, Jefe.—1 vez.—O. C. Nº
26133.—Solicitud Nº 126660.—( IN2018274501 ).
UNIDAD
REGIONAL HUETAR NORTE
LICITACIÓN
ABREVIADA Nº 2018LA-000002-06
(Adjudicación)
Vehículos automotores para uso didáctico
La Comisión Local Regional de Adquisiciones, de
la Unidad Regional Huetar Norte del Instituto Nacional de Aprendizaje, en su
Acta Nº CLRA-15-2018, del día 20 de agosto del 2018, artículo III, tomó el
siguiente acuerdo de conformidad con los criterios técnicos, jurídicos y
administrativo, según detalle:
Adjudicar las cuatro líneas del concurso de la
Licitación Abreviada N° 2018LA-000002-06, para la compra de “Vehículos
automotores para uso didáctico”, a los siguientes oferentes: la línea: 4 a la
empresa Purdy Motor S. A., por un monto de $21.600,00 (veintiún mil
seiscientos dólares) con plazo de entrega de 30 días hábiles y las líneas: 1, 2
y 3 a la empresa Escuela de Capacitación Automotriz ECAC S. A., por un
monto de ¢30.400.000,00 (treinta millones cuatrocientos mil colones) con plazo
de entrega de 30 días hábiles; por cumplir técnicamente con lo solicitado en el
cartel de licitación y obtener el mayor puntaje de acuerdo a los elementos de
adjudicación y metodología de comparación de ofertas.
Unidad de Compras Institucionales.—Lic. Allan
Altamirano Díaz, Jefe.—1 vez.—O. C. N° 26133.—Solicitud N° 126504.—(
IN2018274504 ).
HOSPITAL
DR. RAFAEL Á. CALDERÓN GUARDIA
LICITACIÓN
ABREVIADA N° 2018LA-000058-2101
Por
concepto de mallas para incontinencia urinaria
y trastornos del
piso pélvico
Se aclara a los interesados de la Licitación Abreviada
N° 2018LA-000058-2101, por concepto de mallas para incontinencia urinaria y
trastornos del piso pélvico, que por error en la hoja principal y secundaria
del cartel de marras se indicó como fecha de apertura el día martes 18 de
setiembre del 2018 a las 09:30 a.m., siendo lo correcto el día viernes 07 de
setiembre del 2018 a las 09:30 a.m., tal y como se publicó en La Gaceta
número 154 del día 24 de agosto del 2018. Los demás aspectos se mantienen
invariables. Vea detalles en http://www.ccss.sa.cr.
27 de agosto del 2018.—Sub Área de Contratación
Administrativa.—Lic. Glen Aguilar Solano, Coordinador.—1 vez.—( IN2018274423 ).
PROCESO DE ADQUISICIONES
LICITACIÓN ABREVIADA 2018LN-000001-09
(Aclaraciones,
modificaciones y prórroga a la apertura)
Servicios de seguridad y vigilancia física y electrónica para
las
instalaciones de la Unidad Regional y Centro
de
Formación Plurisectorial de la Unidad
Regional
de Heredia
Señores proveedores, el Proceso
de Adquisiciones de la Unidad Regional de Heredia les informa:
De acuerdo al criterio técnico
URMA-PSG-775-2018 en respuesta a la consulta realizada por el proveedor
SEGURIDAD ALFA., se procede aclarar y modificar las especificaciones técnicas
del cartel de la licitación en mención, con el objetivo de que sea de su
conocimiento y además poder contar con una mayor participación de oferentes tal
y como se indica a continuación:
1. Punto 2.2.2. Cartel de licitaciones.
El Técnico aclara:
a) Fichas técnicas de la UPS: El oferente debe aportar las fichas
técnicas de la UPS ofertadas con la finalidad de valorar y verificar la
información requerida. En caso de que el oferente no la presente, la
Administración subsanará dicha información. Este párrafo se agregó al final del
punto 2.2.2 del cartel.
b) Porcentaje de eficacia mínimo permito en la
UPS: no hay un mínimo de porcentaje de eficiencia de la UPS, ya que ese
porcentaje lo define la ficha técnica del equipo a instalar. Si el oferente
pone un factor diferente al indicado en la ficha, la Administración realizará
los cálculos por su parte para verificar el tiempo de respaldo. En cuanto a lo
del factor de potencia de salida y tiempo de transferencia, lo determina cada
oferente con respecto al equipo que instalen. Cada oferente tiene su propia marca
de equipos y estos no guardan relación con los que pueda utilizar otro
oferente.
c) Respaldo de grabación mínimo de la UPS: cuando
se indica que se debe garantizar el respaldo de grabación por una hora, involucra
todo el sistema como tal, ya que si existe una falla eléctrica y las cámaras se
apagan, el sistema de grabación por ende no graba al no visualizar los que las
cámaras deberían enfocar con el sistema respaldado en ese tiempo. Lo mismo
sucede con los monitores, ya que deben estar en funcionamiento por ese tiempo
de respaldo solicitado. Para no dejar dudas al respecto se incluirá en el
cartel esos detalles para que todos los oferentes coticen en las mismas
condiciones.
d) Fichas técnicas de todos los equipos del
sistema de CCTV: se debe aportar las fichas técnicas de todos los equipos que
comprenden el sistema de CCTV, en caso de que el oferente no las aporte, la
Administración subsanará dicha información. La no aportación de las fichas
técnicas no excluye al oferente del proceso de selección.
2. Punto 3.6.2. Cartel de Licitaciones “experiencia de la
empresa”.
a) Método de evaluación y calificación para la experiencia en
seguridad electrónica: La experiencia requerida en el cartel no tiene ninguna
metodología de evaluación o calificación. Se utiliza ese término en dicho punto
haciendo referencia a que, de no cumplirse con lo solicitado en cuanto a
puestos de seguridad, el oferente no cumpliría con dicho requerimiento y por
ende sería un elemento de no cumplimiento, excluyéndolo de una posible
recomendación técnica.
b) Evaluación de la Experiencia que incluya
aspectos de seguridad electrónica: La experiencia solicitada en el cartel de
licitaciones corresponde propiamente al servicio de seguridad física. Por
considerarse de mayor proporción en cuanto al costo del servicio y al ser el
personal de seguridad el relacionado directamente con el servicio, la
experiencia se solicita para dicha modalidad. El servicio de seguridad
electrónica es un complemento al servicio de seguridad y por eso se solicita
únicamente la experiencia en seguridad física. La empresa de seguridad física
privada que participa como tal dentro de una licitación, tiene que velar porque
el servicio de seguridad electrónica sea acorde con lo solicitado (sea propio o
subcontratado), ya que se atiene a que por un mal servicio en seguridad
electrónica el servicio sea multado.
Este punto se mantiene
invariable.
3. Punto 7.1.7. De las condiciones técnicas.
a) Batería de Respaldo en el sistema de Alarma: El sistema de botón de
asalto es parte del sistema que debe ser respaldado con la finalidad de darle
continuidad al servicio requerido. Aunado a lo que se incluirá en el cartel con
respecto al respaldo de todos los equipos, se incluirá el sistema de botón de
asalto dentro del respaldo por una hora de todo el sistema.
b) Se solicita incluir como mínimo, gabinete con
llave, panel de control, teclado con pantalla LCD, batería de respaldo de 12
voltios amperios, transformador, sirena
de 15 watts ( doble tono), receptor inalámbrico, repetidor inalámbrico ( en
caso de ser requerido), botón de asalto inalámbrico, módulo GSM para
comunicación 3g con su respectivo SIM: considerando que lo anotado por el
oferente en este inciso es fundamental para brindar una igualdad de competencia
entre los posibles oferentes, se modificará este punto de las especificaciones
técnicas para incluir los elementos anotados en este oficio.
4. Punto 8.4.1, 8.4.2, 8.4.3 y 8.4.4. De las condiciones técnicas.
Se acoge la solicitud del
oferente, con la finalidad de que el sistema de seguridad electrónica cuente
con los requerimientos actuales del mercado. Estas modificaciones por realizar
no afectan la participación de los posibles oferentes ni brindan ventaja
competitiva al oferente que las solicita ni a otros posibles ya que son
requerimientos que cumplen las diferentes marcas en el mercado nacional. Es por
ello que se solicitará la modificación de las especificaciones técnicas de los
requerimientos de las cámaras solicitadas en los puntos 8.4.1, 8.4.2, 8.4.3 y
8.4.4. Estas especificaciones se han venido utilizando en las contrataciones
tramitadas este año por lo que no afectan la funcionalidad del sistema y más
bien llegan a darle un mejoramiento técnico al mismo.
5. Punto 8.6. De las condiciones técnicas.
a) Solicitud de puerto RS-485: Lo anotado por el oferente con respecto
al puerto RS-485 es correcto. Toda la plataforma solicitada para esta
contratación es en IP y no es necesario que el grabador tenga incluido el
puerto para conexión de equipos análogos. Se modificarán las especificaciones
técnicas para eliminar este requerimiento y poder contar con equipos solamente
con tecnología IP.
b) En relación a la funcionalidad del SWITCH: lo
indicado por el proveedor en cuanto switch administrador es correcto, sin
embargo, hay cámaras a instalar que tendrán que ser visualizadas únicamente por
la persona encargada de supervisar el servicio y guardan una distancia mayor a
lo indicado por la norma, por lo que dicho elemento, se queda dentro de las
especificaciones técnicas.
6. Punto 8.6. De las condiciones técnicas.
a) Cámaras: se acoge la indicación que hace el oferente con respecto
al equipo que se vaya a instalar en el puesto principal de ingreso a las
instalaciones, ya que será el puesto más importante para la visualización del
sistema de seguridad electrónica. Este puesto, será los ojos del sistema y por
ende de la seguridad de las instalaciones por lo que se debe contar con el
equipo que brinde las mejores condiciones de funcionamiento de todo el sistema.
Estas modificaciones por realizar no afectan la participación de los posibles
oferentes ni brindan ventaja competitiva al oferente que las solicita ni a
otros posibles ya que son requerimientos que cumplen las diferentes marcas en
el mercado nacional.
7. Se incluirá en las especificaciones técnicas lo referente al tiempo
de desinstalación de los equipos al concluir el contrato, ya que no se
especifica.
8. Fichas técnicas en español.
La presentación de las fichas
técnicas en español es fundamental para la verificación de los requerimientos
técnicos, sin embargo, es claro que, muchos de estos equipos son producidos en
países con idioma diferente al de Costa Rica y muchas veces se hace complicada
la traducción de estas fichas o bien al traducirse, se hacen de manera
incorrecta y afectan más bien lo que se pretende indicar. Es por ello que, se
acoge la solicitud del oferente de indicar que las fichas técnicas sean
entregadas en español preferiblemente y en los casos que definitivamente no
haya traducción se entreguen en un idioma diferente.
9. Consideraciones finales.
Una vez atendidas las
aclaraciones enviadas por el oferente, es criterio técnico de esta instancia
que se tienen que modificar algunos aspectos de las especificaciones técnicas
con la finalidad de no dejar espacios que permitan a los oferentes proceder a
su manera y que posteriormente en la ejecución del servicio, no se brinde
correctamente. Para ello, se va a proceder de la siguiente manera:
9.1 El párrafo primero del punto 8.7 “Condiciones Generales”, se lee de
la siguiente manera:
- Los equipos a instalar grabadores, switch, monitores y cámaras
deberán contar con sus respectivas baterías de respaldo o fuentes de poder
adicionales. Además, se debe contemplar todo aquel accesorio que sea necesario
para el eficiente funcionamiento del sistema. el respaldo de grabación debe
garantizarse por al menos 1 hora en caso de algún evento.
Léase correctamente de la
siguiente manera:
- Todos los equipos que integran el sistema de CCTV (grabadores,
switch, monitores, cámaras, CPU y otros) y botones de asalto, deberán contar
con sus respectivas baterías de respaldo (UPS) o fuentes de poder adicionales
con el fin de garantizar la continuidad del sistema complementario de seguridad
por al menos una 1 hora en caso de ausencia de energía eléctrica.
Dichas UPS deben contar con
pantalla LCD que facilite la revisión y el estado de la UPS, las mismas deben
contar con un regulador de voltaje para protección de las subidas y bajadas de
tensión.
9.2 El punto 7.1.7 del punto 7.1 “Equipo de Seguridad Solicitado”, se
lee de la siguiente manera:
7.11.7- UN (01) Dispositivo
electrónico (a manera de ejemplo botón de pánico o asalto) inalámbrico con un
botón para su activación (el dispositivo puede ser de un solo botón o más
siempre que uno active el sistema), por puesto de seguridad que permita al
oficial (en caso de asalto, inmovilización u otro) activarlo desde cualquier
punto de su y área de recorrido. al
activarse este dispositivo deberá de emanar una señal sonora (sirena) en las
instalaciones y silenciosa que debe ser recibida en la central de operaciones y
monitoreo de la empresa contratista. los dispositivos de recepción de la señal
de activación del dispositivo deberán de cubrir todas las áreas del recorrido
de los puestos. la instalación de los dispositivos electrónicos adicionales al
que debe portar el oficial de seguridad necesarios para la efectiva
operacionalidad del sistema deberá ser cubierta por parte de la empresa. una vez instalado el sistema se procederá a
la comprobación del funcionamiento del sistema con la periocidad que la
institución considere oportuna durante la ejecución del contrato. en caso de
que la unidad regional de Heredia no cuente con una línea telefónica disponible
para uso y comunicación del dispositivo electrónico, el contratista deberá
instalar una línea remota GSM o GPRS para asegurar la comunicación efectiva a
la central de operaciones y monitoreo. los costos correrán por cuenta del
contratista.
Léase correctamente de la
siguiente manera:
7.1.7. UN (01) Dispositivo
electrónico (a manera de ejemplo botón de pánico o asalto) inalámbrico con un
botón para su activación, por puesto de seguridad que permita al oficial (en
caso de asalto, inmovilización u otro) activarlo desde cualquier punto del área
de recorrido. al activarse este dispositivo deberá de emanar una señal sonora
(sirena) en las instalaciones del INA. De igual forma debe enviar una señal a
la central de operaciones y monitoreo de la empresa contratista a fin de
proceder con los protocolos de seguridad correspondientes. Los dispositivos de
recepción de la señal de activación del dispositivo deberán de cubrir todas las
áreas del recorrido de los puestos. la instalación de los dispositivos electrónicos
adicionales al que debe portar el oficial de seguridad necesaria para la
efectiva operacionalidad del sistema deberá ser cubierta por parte de la
empresa. Una vez instalado el sistema se procederá a la comprobación del
funcionamiento con la periocidad que la institución considere oportuna durante
la ejecución del contrato. en caso de que unidad regional de Heredia no cuente
con una línea telefónica disponible para uso y comunicación del dispositivo
electrónico, el contratista deberá instalar una línea remota mínimo 3g para
asegurar la comunicación efectiva a la central de operaciones y monitoreo. los
costos correrán por cuenta del contratista.
Para dicho sistema se debe
contemplar como mínimo, gabinete con llave, panel de control, teclado con pantalla
LCD, batería de respaldo de 12 voltios 7 amperios, transformador, sirena de 15
watts (doble tono), receptor inalámbrico, repetidor inalámbrico (en caso de ser
requerido), módulo GSM para comunicación 3 G con su respectivo SIM.
Con la finalidad de evaluar la
operacionalidad del sistema el contratista deberá suministrar de forma mensual
un informe escrito o digital a la administración del INA, en el cual se
demuestre las activaciones del sistema incluyendo las pruebas realizadas por el
INA y por el propio contratista el cual deberá realizar pruebas semanales.
9.3 Se modifican por completo las especificaciones técnicas de las
cámaras indicadas en los puntos 8.4.1 “Cámaras Bullet IP captura de rostros”,
8.4.2 “Cámaras Bullet IP captura de placas”, 8.4.3 “Cámaras tipo Bullet” y
8.4.4 “Cámaras tipo minidomo”, de las especificaciones técnicas. Se leerán de
la siguiente manera:
8.4.1 Cámaras Bullet IP captura de rostros
- Sistema tipo día/noche a color- (corte IR extraíble).
- Mínimo de iluminación 0 Lux (IR encendido).
- Iluminación con IR mínimo 80 mts.
- Sensor de imagen 1/2.5” cmos.
- Con un mínimo de 5 mega pixel (2592X1944).
- Sistema de compresión H.265. (HEVC)
- Con lente vari focal (campo de visión) de 9-22
mm., motorizado de ajuste automático con enfoque *(24°-11°).
- Debe incluir como mínimo AWB/AGC
AJUSTABLE/WDR PURO/BLC/HLC/ROI/.
- Modo de exposición automático, nitidez,
saturación, brillo y contraste ajustable.
- Con zona de privacidad, detección de
movimiento, multistreaming y orientación de imagen espejo/FLIP.
- Con analítica de manipulación de la cámara,
cruce de línea, área estéril y monitoreo de objetos.
- Con monitoreo remoto para 4 usuarios
simultáneos con trasmisión en tiempo real en múltiples flujos.
- Conexión de RED RJ45 (+POE).
- Alimentación POE.
- Protocolo TCP/IP Y ONVIF.
- Audio con un canal de entrada y un canal de
salida con sistema de compresión G.711A/G.711U.
- Entrada y salida de 1 alarma.
- Puerto de entrada CVBS (BNCX1).
- Reducción de ruido 3D-DNR.
- Puerto de conexión RS-485.
- Temperatura de -30°C a 50°C y humedad del
10% a 90%.
- Fuente de alimentación DC 12V.
- Debe contar con protección para intemperies
IP66.
- Debe contar con cuerpo metálico.
El oferente deberá aportar la ficha
técnica de la cámara que cotice. La cámara que no cumpla con el mínimo
establecido en las especificaciones anteriores no será considerada en el
proceso de selección.
8.4.2 Cámaras Bullet IP captura de placas.
- Sistema tipo día/noche a color- (Corte IR extraíble).
- Mínimo de iluminación 0 Lux (IR encendido).
- Iluminación con IR mínimo 80 mts.
- Sensor de imagen 1/2.5” cmos.
- Con un mínimo de 5 mega pixel (2592X1944).
- Sistema de compresión H.265. (HEVC)
- Con lente vari focal (campo de visión) de
9-22 mm., motorizado de ajuste automático con enfoque *(24°-11°).
- Debe incluir como mínimo AWB/AGC
ajustable/WDR PURO/BLC/HLC/ROI/.
- Modo de exposición automático, nitidez,
saturación, brillo y contraste ajustable.
- Con zona de privacidad, detección de
movimiento, multistreaming y orientación de imagen espejo/FLIP.
- Con analítica de manipulación de la cámara,
cruce de línea, área estéril y monitoreo de objetos.
- Con monitoreo remoto para 4 usuarios
simultáneos con trasmisión en tiempo real en múltiples flujos.
- Conexión de red RJ45 (+POE).
- Alimentación POE.
- Protocolo TCP/IP Y ONVIF.
- Audio con un canal de entrada y un canal de
salida con sistema de compresión G.711A/G.711U.
- Entrada y salida de 1 alarma.
- Puerto de entrada CVBS (BNCX1).
- Reducción de ruido 3D-DNR.
- Puerto de conexión RS-485.
- Temperatura de -30°C a 50°C y humedad del
10% a 90%.
- Fuente de alimentación DC 12V.
- Debe contar con protección para intemperies
IP66.
- Debe contar con cuerpo metálico.
El oferente deberá aportar la
ficha técnica de la cámara que cotice. La cámara que no cumpla con el mínimo
establecido en las especificaciones anteriores no será considerada en el
proceso de selección.
8.4.3 Cámaras tipo Bullet.
- Sistema tipo día/noche a color- (IR extraíble).
- Mínimo de iluminación 0 Lux (IR encendido).
- Iluminación con IR mínimo 40 mts.
- Sensor de imagen 1/2.5” cmos.
- Con un mínimo de 5 mega pixel (2592X1944).
- Sistema de compresión H.265. (HEVC).
- Con lente vari focal de 3.3-12 mm.,
motorizado de ajuste automático (98° - 36°).
- Debe incluir como mínimo AWB/AGC
AJUSTABLE/WDR PURO/BLC/HLC/ROI/.
- Modo de exposición automático, nitidez,
saturación, brillo y contraste ajustable.
- Con zona de privacidad, detección de
movimiento, multistreaming y orientación de imagen ESPEJO/FLIP.
- Con analítica de manipulación de la cámara,
cruce de línea, área estéril y monitoreo de objetos.
- Con monitoreo remoto para 4 usuarios
simultáneos con trasmisión en tiempo real en múltiples flujos.
- Conexión de red RJ45 (+POE).
- Alimentación POE.
- Protocolo TCP/IP Y ONVIF.
- Audio bidireccional con sistema de
compresión G.711A/G.711U.
- Entrada y salida de 1 alarma.
- Puerto de entrada CVBS (BNCX1).
- Reducción de ruido 3D-DNR.
- Temperatura de -30°C a 50°C y humedad del
10% a 90%.
- Fuente de alimentación DC 12V.
- Debe contar con protección para intemperies
IP66.
- Debe contar con cuerpo metálico.
El oferente deberá aportar la
ficha técnica de la cámara que cotice. La cámara que no cumpla con el mínimo
establecido en las especificaciones anteriores no será considerada en el
proceso de selección.
8.4.4 Cámaras tipo Minidomo.
- Sistema tipo día/noche a color- (corte IR extraíble).
- Mínimo de iluminación 0 Lux (IR encendido).
- Iluminación con IR mínimo 25 mts.
- Sensor de imagen 1/2.5” cmos.
- Con un mínimo de 5 mega pixel (2592X1944).
- Sistema de compresión H.265. (HEVC).
- Con lente vari focal de 3.3-12 mm.,
motorizado de ajuste automático (98° - 36°).
- Debe incluir como mínimo AWB/AGC
AJUSTABLE/WDR PURO/BLC/HLC/ROI/.
- Modo de exposición automático, nitidez,
saturación, brillo y contraste ajustable.
- Con zona de privacidad, detección de
movimiento, multistreaming y orientación de imagen ESPEJO/FLIP.
- Con analítica de manipulación de la cámara,
cruce de línea, área estéril y monitoreo de objetos.
- con monitoreo remoto para 4 usuarios
simultáneos con trasmisión en tiempo real en múltiples flujos.
- Conexión de Red RJ45 (+POE).
- Alimentación POE.
- Protocolo TCP/IP Y ONVIF.
- Con una entrada de audio en una vía, con
sistema de compresión G.711A/G.711U.
- Puerto de entrada CVBS (BNC).
- Reducción de ruido 3D-DNR.
- Temperatura de -30°C a 50°C y humedad del
10% a 90%.
- Fuente de alimentación DC 12V.
- Debe contar con protección para intemperies
IP66.
- Debe contar con cuerpo metálico.
El oferente deberá aportar la
ficha técnica de la cámara que cotice. la cámara que no cumpla con el mínimo
establecido en las especificaciones anteriores no será considerada en el
proceso de selección
9.4 El párrafo primero del punto 8.6 “Especificaciones Técnicas de los
Grabadores”, se lee de la siguiente manera:
- La cantidad de NVRS a instalar variará según el diseño de cada
oferente, sin embargo, al menos deben cumplir con los siguientes requisitos:
Estos deberán contar con
grabación/captura de imágenes digital que permitirá la captura de imagen por
movimiento, en tiempo real, para un reconocimiento total de las personas y
vehículos que transiten, ingresen o egresen de las áreas descritas supra
durante las 24 horas del día los 365 días del año. Deberá de almacenar la
información al menos por 30 días en
tiempo real y deberá permitir el monitoreo, acceso remoto vía internet,
revisión, edición, configuración y captura de imágenes para generar videos e
imágenes fijas en formato JPG, AVI o similares. Para lo cual deberá de aportar
los programas necesarios a las personas encargadas de cada área. Deberá contar
con entradas de conexión directa y alimentación POE para cada canal, así como
formato ONVIF. Deberá contar con salidas de video en formatos VGA y HDMI,
grabación en mínimo 1080 P, con opciones de grabación por horario, manual,
movimiento o sensor, con capacidad de búsqueda por fecha, evento o archivo, con
al menos una entrada de USB 2.0 para respaldos, con capacidad de Dual Stream,
con entradas y salidas de audio, con entradas y salida de alarma. Deberán de
contener al menos un puerto de comunicación RS-485. todos deben de contar con
un puerto RJ45 de mínimo 100 MBPS para transmisión de datos.
Léase correctamente de la
siguiente manera:
- La cantidad de NVRS a instalar variará según el diseño de cada
oferente, sin embargo, al menos debe instalar un (01) grabador en cada sitio
definifido y que cumpla con los siguientes requisitos:
Estos deberán contar con
grabación/captura de imágenes digital que permita la captura de imagen por
movimiento o en tiempo real, para un reconocimiento total de las personas y
vehículos que transiten, ingresen o egresen de las áreas descritas supra,
durante las 24 horas del día, los 365 días del año.
Deberá de almacenar la
información al menos por 30 días en
tiempo real y deberá permitir el monitoreo y acceso remoto vía internet de
al menos 10 usuarios simultáneamente en línea con autoridad de administrador,
según disponibilidad institucional, revisión, edición, configuración, captura
de imágenes para generar videos e imágenes fijas en formato JPG, AVI o
similares.
Deberá contar con entradas de
conexión directa vía red o RJ45 conexión directa y alimentación POE+, así como
protocolos ONVIF y TCP/IP. Deberá contar con salidas de video en formatos HDMI
4K y VGA (1080P), por monitor, grabación en mínimo de 3 MP, con opciones de
grabación por horario, manual, movimiento o sensor. Con capacidad de búsqueda
por tiempo específico, tiempo evento y manejo de archivos, con al menos una
entrada de 1 USB 2.0 más, 1 USB 3.0 para respaldos en formatos AVI/DAT.
Deberá permitir la integración
con todo tipo de cámaras (Bullet, Mini Domo y PTZ) vía red en un ancho de banda
no menor a 256 MBPS. Debe contar con entradas y salidas de audio y alarma.
Además de contar con formato de compresión H.265 y H.264 y almacenamiento tipo
Sata y E-Sata que permita lo solicitado anteriormente.
Dichos grabadores deben de
contar con mínimo un puerto de Red RJ-45 de mínimo 1000 MBPS para transmisión
de datos y operar en un rango de temperatura de 0° a 50 °C.
9.5 El párrafo del punto 8.6 “Especificaciones Técnicas de Los
Grabadores”, se lee de la siguiente manera:
- Adicionalmente se instalará un monitor (01) en el puesto de
seguridad del ingreso principal de mínimo 50 pulgadas. No lleva sistema de
grabación, pero deberá tener visualización de las cámaras instaladas que
indique la persona encargada del proceso de seguimiento, apoyo y control de la
Unidad Regional de Heredia. El contratista tiene que considerar todos los
elementos y accesorios necesarios como CPU, UPS y otros para que las cámaras se
puedan visualizar desde la caseta de seguridad del puesto de ingreso principal.
Todos los costos correrán por cuenta del contratista.
Léase correctamente de la
siguiente manera:
- Adicionalmente se instalará un monitor (01) en el puesto de
seguridad del ingreso principal de mínimo 50 pulgadas. No lleva sistema de
grabación, pero deberá tener visualización de las cámaras instaladas que
indique la persona encargada del proceso de seguimiento, apoyo y control de la
Unidad Regional de Heredia. El contratista tiene que considerar todos los
elementos y accesorios necesarios para que las cámaras se puedan visualizar
desde la caseta de seguridad del puesto de ingreso principal. Todos los costos
correrán por cuenta del contratista.
Los equipos para el monitoreo en
la caseta de seguridad del puesto principal, debe incluir como mínimo un CPU
que cuente con un procedaro igual o superior a Core I5, con una memoria RAM mínimo
de 8 GB, un disco duro de 500 GB, una tarjeta de video de 1 giga y su
respectivo teclado, mouse y otros que sean requeridos.
9.6 Se incluirá en el punto 8.6 “Especificaciones Técnicas de los
Grabadores” el siguiente párrafo donde se indica el tiempo de desinstalación de
los equipos una vez finalizado el periodo contractual.
- Una vez finalizada la ejecución contractual el contratista debe
de desinstalar todos los sistemas en un plazo no mayor a 5 días hábiles de la
fecha de término del contrato.
9.8 Se modifica el párrafo segundo del punto 8.7 Condiciones Generales,
de manera tal que se indique el aporte de las fichas técnicas en español
preferiblemente. Que se lea de la siguiente manera:
- Para evaluar el respaldo de los equipos, el oferente deberá aportar
la ficha técnica de todos los equipos que cotice en idioma español preferiblemente. los equipos que no
cumplan con el mínimo establecido en las especificaciones anteriores no será
considerado en el proceso de selección y la oferta será desestimada técnicamente.
10. 1.1 Puesto de Seguridad: leer correctamente el nombre completo:
Unidad Regional y Centro de Formación Plurisectorial de Heredia.
11. En el punto 2.3 Información que debe contener
la oferta, se corrige los dos últimos números de consecutivos para que sean el
2.3.6 y 2.3.7 y se lea de la siguiente manera:
2.3.7 El oferente que presente su oferta como PYME,
deberá demostrar tal condición, según Ley 82612.
2.3.8 Declaraciones Juradas
12. Se anula el punto 2.4.3 del cartel “Timbre de ¢ 200.00 del Colegio
de Profesionales en Ciencias Económicas, según reforma publicada el día 11 de
mayo del presente año a la Ley número 9529 el uso de los timbres en las ofertas
presentadas en las Licitaciones, se elimina.
13. En el punto 2.9 Definición Puesto de Seguridad:
se debe leer correctamente la Unidad Regional y Centro de Formación
Plurisectorial de Heredia.
14. Se prorroga la apertura de ofertas para el 12
de setiembre a las 10: 00 a. m., en el Proceso de Adquisiciones de la Unidad
Regional Heredia, 50 metros norte y 50 metros este de la clínica de la CCSS.
15. El pliego de condiciones original se puede
localizar en el Proceso de Adquisiciones del INA, Unidad Regional de Heredia y
es el único documento oficial, por lo tanto, prevalece sobre cualquier información
obtenida en el formato electrónico.
16. Demás aspectos no mencionados, se mantienen
invariables.
Unidad de Compras
Institucionales.—Lic. Allan Altamirano Díaz, Jefe.—1 vez.—O. C. N°
26133.—Solicitud N° 126505.—( IN2018274176 ).
UNIDAD REGIONAL PACÍFICO CENTRAL
CONTRATACIÓN DIRECTA 2018CD-000060-07
Servicio de mantenimiento y reparación de equipo
para
buceo del Núcleo Náutico Pesquero
El Proceso de Adquisiciones de
la Unidad Regional Pacífico Central del Instituto Nacional de Aprendizaje, informa
que se hace la siguiente fe de erratas a la adjudicación de la compra directa
2018CD-000060-07 “Servicio de mantenimiento y reparación de equipo para
buceo del Núcleo Náutico Pesquero”:
Según acta del Proceso de Adquisiciones Nº
085-2018 del 22 de agosto de 2018 y de acuerdo a estudio técnico
FR-NNP-PGA-93-2018 del Núcleo Náutico Pesquero, se adjudica la compra directa
2018CD-000060-07 “Servicio de mantenimiento y reparación de equipo para
buceo del Núcleo Náutico Pesquero” según se detalla:
Oferta N° |
Línea adjudicada |
Monto adjudicado |
1 |
1,3,5,6 |
$5.430,00 |
Unidad de Compras
Institucionales.—Lic. Allan Altamirano Díaz, Jefe.—1 vez.—O. C. N°
26133.—Solicitud N° 126659.—( IN2018274500 ).
JUNTA
DIRECTIVA DEL COMITÉ CANTONAL
DE DEPORTES DE
CARTAGO
LICITACIÓN
PÚBLICA N° 2018 LN 000001-07-18
(Traslado de acto de
apertura N° 1)
Contratación de servicios profesionales para personas
físicas
o jurídicas para
la planificación y desarrollo de
disciplinas
deportivas y sus ligas menores
La Junta Directiva del Comité Cantonal de
Deportes de Cartago, avisa que la Licitación Pública N° 2018 LN 000001-07-18
“Contratación de servicios profesionales para personas físicas o jurídicas para
la planificación y desarrollo de disciplinas deportivas y sus ligas menores”, con
fundamento en el Reglamento de Contratación Administrativa, se traslada la
apertura de este concurso para el día:
A recibir ofertas a las 18:00 horas del día 12 de setiembre del 2018,
cita oficina de la Junta Directiva en el Polideportivo de Cartago.
Cartago, 28 de agosto del 2018.—Mauricio
González, Presidente.—1 vez.—( IN2018274462 ).
VICERRECTORÍA
DE VIDA ESTUDIANTIL
EDICTOS
PUBLICACIÓN
DE TERCERA VEZ
ORI-R-1538-2018.—Vargas Miranda Guiby Marcela, R-242-2018, cédula Nº 6-0328-0224, solicitó reconocimiento y equiparación del título de Máster Universitario en Cooperación Internacional y Gestión de Políticas Públicas, Programas y Proyectos de Desarrollo, Universidad Internacional Menéndez Pelayo, España. La persona interesada en aportar información del solicitante, podrá hacerlo por escrito ante esta Oficina dentro de los 5 días hábiles siguientes a la publicación del tercer aviso.—Ciudad Universitaria Rodrigo Facio, 03 de junio del 2018.—Oficina de Registro e Información.—MBA. José Rivera Monge, Director.— O. C. Nº 24191.—Solicitud Nº 125381.—( IN2018271830 ).
PUBLICACIÓN DE SEGUNDA VEZ
ORI-1426-2018.—Contreras Álvarez
Lissette, cédula de identidad 6-0171-0142, ha solicitado reposición del título
de Licenciada en Educación Primaria. Cualquier persona interesada en aportar
datos sobre la vida y costumbres del solicitante, podrá hacerlo mediante
escrito que ha de ser presentado ante esta Oficina dentro de los cinco días
hábiles siguientes a la publicación del tercer aviso.—Ciudad Universitaria,
Rodrigo Facio, 6 de julio del 2018.—MBA José Rivera Monge, Director.—(
IN2018264792 ).
PUBLICACIÓN
DE PRIMERA VEZ
ORI-1673-2018.—Fernández Montalto Arnoldo,
cédula de identidad 1-0699-0380. Ha solicitado reposición del título de
licenciado en Ingeniería Industrial. Cualquier persona interesada en aportar
datos sobre la vida y costumbres del solicitante, podrá hacerlo mediante escrito
que ha de ser presentado ante esta Oficina dentro de los cinco días hábiles
siguientes a la publicación del tercer aviso.—Ciudad Universitaria Rodrigo
Facio, 13 de agosto del 2018.—M.B.A. José A. Rivera Monge, Director.—(
IN2018270882 ).
VICERRECTORÍA
EJECUTIVA
PROGRAMA
DE RECONOCIMIENTO
Y EQUIPARACIÓN DE
ESTUDIOS
EDICTOS
PUBLICACIÓN
DE PRIMERA VEZ
José Pablo Porras Monge,
costarricense, cédula N° 1-1072-0818, ha solicitado reconocimiento y
equiparación del diploma de: Máster Universitario en Gestión de Empresas de
Comunicación, de la Universidad de Navarra de España. Cualquier persona
interesada en aportar datos sobre la vida y costumbres del solicitante, podrá
hacerlo mediante escrito que ha de ser presentado a la Oficina de Registro,
dentro de los cinco días hábiles siguientes a la publicación del tercer aviso.
Sabanilla, 10 de agosto,
2018.—Oficina de Registro y Administración Estudiantil.—Licda. Cinthya Vega
Álvarez, Jefa a. í.— ( IN2018270722 ).
Liliana del Valle Matheus Segovia, venezolana,
número de pasaporte 088175393, ha solicitado reconocimiento y equiparación del
diploma de Licenciada en Educación Mención Preescolar, obtenido en la
Universidad de Los Andes de Venezuela. Cualquier persona interesada en aportar
datos sobre la vida y costumbres de la solicitante, podrá hacerlo mediante
escrito que ha de ser presentado a la Oficina de Registro, dentro de los cinco
días hábiles siguientes a la publicación del tercer aviso.
Mercedes, 17 de agosto del 2018.—Oficina de
Registro y Administración Estudiantil.—Licda. Cinthya Vega Álvarez, Jefe a. í.—
( IN2018271557 ).
DEPARTAMENTO DE ADMISIÓN Y REGISTRO
EDICTOS
PUBLICACIÓN DE PRIMERA VEZ
El señor Jorge Lorenzo Bonilla
Rojas, cédula de identidad Nº 1 1049 0566, ha presentado para el trámite de
reconocimiento y equiparación el diploma con el título de Master of Fine Arts
obtenido en Hongik University. Cualquier persona interesada en aportar
información al respecto de este trámite, podrá hacerlo mediante un escrito que
debe ser presentado en el Departamento de Admisión y Registro del Instituto
Tecnológico de Costa Rica, dentro de los quince días hábiles siguientes a la
publicación del tercer aviso.—Cartago, 31 de julio del 2018.—Ing. Giovanny Rojas
Rodríguez, M.Ed., Director.—O. C. Nº 20150003.—Solicitud Nº 124324.—(
IN2018270117 ).
El señor Mario Alberto Campo
Ugalde, cédula de identidad N° 4 0193 0290, ha presentado para el trámite de
reconocimiento y equiparación el diploma con el título de Maestro en Ciencias
en Agroforestería para el Desarrollo Sostenible, obtenido en la Universidad
Autonoma Chapingo. Cualquier persona interesada en aportar información al
respecto de este trámite, podrá hacerlo mediante un escrito que debe ser
presentado en el Departamento de Admisión y Registro del Instituto Tecnológico
de Costa Rica, dentro de los quince días hábiles siguientes a la publicación
del tercer aviso.—Cartago, 31 de julio 2018.—Ing. Giovanny Rojas Rodríguez,
M.Ed., Director.—O.C. N° 20150003.—Solicitud N° 124325.— ( IN2018270119 ).
La Junta Directiva del Banco
Hipotecario de la Vivienda, en su sesión número 36-2018, del 19 de julio de
2018, tomó el acuerdo número 3 que, en lo conducente, indica lo siguiente:
“ACUERDO N° 3:
Considerando:
1º—Que mediante el informe
AL-OF-0073-2018 del 16 de julio de 2018, la Asesoría Legal somete a la
consideración de esta Junta Directiva una propuesta de modificación al artículo
9 de las “Normas operativas sobre la preparación, redacción, comunicación y
control de acuerdos de la Junta Directiva”, a efectos de cambiar a un esquema
digital de gestión de las actas de este Órgano Colegiado.
2º—Que dicha propuesta es avalada por la
Gerencia General por medio del oficio GG-ME-0619-2018 del 17 de julio de 2018,
señalando que en caso de contar con la aprobación de la referida reforma por
parte de la Junta Directiva, recomienda que la reforma sea implementada por
medio del respectivo procedimiento, a ser desarrollado por la Secretaría de la
Junta Directiva y aprobado conforme la metodología dispuesta al respecto.
3º—Que esta Junta Directiva no encuentra
objeción en actuar de la forma que recomienda la Administración, estableciendo
además el requerimiento de adquirir el equipo tecnológico más adecuado para que
la indicada reforma reglamentaria, sea implementada de forma eficiente y
efectiva.
Por tanto, se acuerda:
1) Modificar el artículo 9 de
las “Normas operativas sobre la preparación, redacción, comunicación y control
de acuerdos de la Junta Directiva”, para que se lea de la siguiente forma:
“Artículo 9: Actas: Las
actas no se levantarán físicamente. Las sesiones se grabarán y guardarán
digitalmente, constituyendo la grabación la respectiva acta, la cual deberá
cumplir con los términos y requisitos de la Ley General de la Administración
Pública y la legislación conexa.
Las actas serán custodiadas
digitalmente y de manera permanente, resguardando su inalterabilidad, su
preservación, su acceso para quien tenga esa posibilidad y su autenticidad.
Serán firmadas digitalmente por el Presidente, por el Auditor Interno y por
aquellos miembros que hubieren hecho constar su voto disidente. Su
levantamiento y custodia digital o electrónica se hará mediante las tecnologías
de información que para tales efectos se encuentren a disposición.
Los acuerdos serán redactados,
motivados y comunicados (por cualquier medio legalmente válido, incluyendo el
electrónico) y mediante las formas usuales, conservándose un archivo
electrónico de ellos, lo mismo que de los informes técnicos y de la
correspondencia de todo tipo, y alternativamente un archivo físico para todos o
algunos de los documentos. Sin embargo los documentos físicos también podrán
irse digitalizando para su eliminación, conforme a la legislación
correspondiente.
La Junta Directiva emitirá un
acuerdo para definir los accesos y perfiles correspondientes a los lectores,
modificadores, administradores del sistema, el control de versiones y para
asegurar a las diversas autoridades públicas y judiciales el acceso a las actas
electrónicas y documentos conexos.
Todo lo dispuesto en el presente
artículo sobre actas y libros de actas, será aplicable a los Comités de Apoyo
institucionales.”
Vigencia: Rige a partir de su
aprobación en firme. Publíquese”. (…)
Acuerdo Unánime.”
San José, 31 de julio del
2018.—Junta Directiva.—David López Pacheco, Secretario.—1 vez.—O.C. N°
22968.—Solicitud N° 124130.—( IN2018270857 ).
GANADERA MAHE S. A.
Convocatoria a asamblea general ordinaria
y
extraordinaria de socios
A solicitud del socio y presidente
Mario Alberto Vargas Solano, se convoca a los socios de Ganadera Mahe Sociedad
Anónima, cédula jurídica N° 3-101-666762, a asamblea general ordinaria y
extraordinaria de accionistas, a fin de discutir los aspectos que se enlistan
taxativamente como sigue:
Lectura y Verificación de
cumplimiento de lo establecido en el acta anterior.
Autorización de
traspaso de la propiedad del partido de Limón, finca N° 46367, único bien de la
sociedad, a favor del presidente y socio Mario Alberto Vargas Solano, por
motivo de haber sido la persona cancelo la hipoteca que pesa sobre la
propiedad, y otras deudas de la sociedad.
Ratificación de
disolución ya acordada y firmada en acta número uno de Asamblea Extraordinaria,
una vez efectuado el traspaso de la propiedad. La asamblea de accionistas se
celebrará el próximo 15 de septiembre del 2018, en primera convocatoria a las
diez horas en el domicilio de la sociedad Cartago-La Unión Tres Ríos
Residencial Vistas del Este, casa número cuatro F.
De no presentarse el quórum de
ley en primera convocatoria se celebrará en segunda convocatoria una hora
después (a las once horas), con el número de socios con derecho a voto que se
encuentren presentes.
Se advierte a los socios que sólo podrán
participar en la asamblea de accionistas aquellos socios, que exhiban sus
acciones originales y que estén debidamente inscritos como tales en el Libro de
Registro de Accionistas.—San José, Costa Rica, 27 de agosto del 2018.—Mario
Alberto Vargas Solano, Presidente.—1 vez.—( IN2018274394 ).
CORPORACIÓN A. Y. G. AGACY S. A.
La suscrita, María del Carmen
Rojas Rodríguez, mayor, cédula N° 2-0481-0077, en calidad de tesorera con
facultades de apoderada generalísima sin límite de suma de Corporación A. Y. G.
Agacy S. A., cédula jurídica N° 3-101-515271, convoco a asamblea general
extraordinaria de socios a celebrarse en San José, San Francisco de Dos Ríos,
Residencial Lomas de San Francisco, casa 14 C, 11 de octubre del 2018, para
votar la disolución de la sociedad. La primera convocatoria será a las 15:00
horas y de no haber quórum la segunda convocatoria será una hora después y se
celebrará la asamblea con el número de socios presentes.—San José, 20 de agosto
de 2018.—María del Carmen Rojas Rodríguez.—1 vez.—( IN2018274441 ).
PUBLICACIÓN DE SEGUNDA VEZ
NAANS & CURRIES DE GYPSY CULTURE CR S. A.
Por contrato privado del
otorgado ante esta notaría, a las doce horas del veintisiete de junio del dos
mil dieciocho, se traspasa nombre Comercial Naans & Curries de Gypsy
Culture CR S. A., 3-101-663123 a Kapil Gulati. Se cita a acreedores e
interesados.—San José, dieciséis de julio del dos mil dieciocho.—Licda. Sindy
Priscilla González Chacón, Notaria.—( IN2018269975 ).
THE
HORSE RED OF CHICAGO, S. A.
El señor John Harold Latham,
solicita la reposición del certificado de acciones Nº 3 representativo de 30
acciones comunes y nominativas de 100 colones cada uno, de la sociedad
denominada The Horse Red of Chicago, S. A., cédula jurídica Nº 3-101-325332.
Quien se considere afectado favor proceder en el término de un mes contado a
partir de la última publicación, de acuerdo con lo establecido en el artículo
689 del Código de Comercio, pudiendo para tal efecto dirigirse a la oficina del
agente residente del Lic. Fernán Pacheco Alfaro en Barrio Dent, edificio Latitud
Dent, Oficina 312.—13 de agosto del 2018.—Guillermo Cubas Pérez, Secretario
Apoderado Generalísimo.—( IN2018269984 ).
CONDOMINIO DEL NORTE
El suscrito, Lynn Mauricio
Camacho Loáiciga, mayor de edad, viudo una vez, administrador de empresas,
portador de la cédula de identidad número siete-cero cero ocho ocho-cero siete
ocho seis, con domicilio en San José, Tibás, solicito la reposición de los
siguientes libros del Condominio del Norte edificio dos, cédula jurídica número
tres-ciento nueve-uno uno siete uno ocho nueve: Actas de Asamblea de
Condóminos, Actas de Junta Directiva y Caja.—( IN2018270175 ).
PUBLICACIÓN
DE PRIMERA VEZ
CONDOMINIO EL RINCÓN
Yo, Walter Cecil Dittel De Pass,
mayor, casado una vez, Ingeniero Industrial, portador de la cédula de identidad
número uno-cero trescientos dieciséis-cero ciento sesenta y siete, en mi
condición de presidente y representante legal de Propiedades Ribaca Sociedad
Anónima, cédula jurídica tres-ciento uno-cero treinta mil ochocientos ochenta y
dos, solicito a la sección de Propiedad en Condominio del Registro Público la
reposición del libro de Actas de Asamblea de Condóminos del Condominio El
Rincón, cédula de persona jurídica tres-ciento nueve-cero ochenta y siete mil
ochocientos veintitrés, folio real M-setenta y uno-cero cero cero, inscrito al
tomo ciento seis, asiento cero cero uno, folio quinientos doce, domiciliado en
San Rafael de Escazú, el cual fue extraviado. Se emplaza por ocho días hábiles
a partir de la publicación a cualquier interesado a fin de escuchar objeciones
ante el Registro de Propiedad en Condominio del Registro Público.—San José,
trece de agosto del dos mil dieciocho.—Firma ilegible.—( IN2018270222 ).
PUBLICACIÓN DE UNA
VEZ
DR. ÓSCAR S.R.L.
Por escritura otorgada ante esta
notaría, se protocolizó solicitud de reposición de los libros: Registro de
Socios y Actas de Asamblea de Socios, de la compañía Dr. Óscar S.R.L., cédula
jurídica Nº 3-102-710.102. Es todo.—San José, 14 de agosto del año 2018.—Lic.
Pablo Bogarín Bustamante, Notario Público.—1 vez.—( IN2018270842 ).
ECOTEC-CONSULTORÍA ECOLÓGICA Y TÉCNICA
DE
COSTA RICA S. A.
Licda. Susan Esquivel Céspedes,
hace constar que mediante asamblea general extraordinaria de socios accionistas,
celebrada el 07 de noviembre del dos mil dieciséis, se aprobó el proyecto de
escisión parcial. Se traspasa la rama de actividad comercial de consultoría, el
nombre comercial, a la sociedad 3102725682 SRL. Se convoca por el plazo de 30
días calendario, a todos los interesados para que efectos de cumplimiento del
artículo 222 del Código de Comercio.—San José, 13 de agosto del 2018.—Licda.
Susan Esquivel Céspedes, Notaria.—1 vez.—( IN2018271122 ).
LA BALLARDA DEL NORTE SOCIEDAD ANÓNIMA
Yo Jeannette Quirós Vásquez,
cédula de identidad número 2-355-433, en mi calidad de tesorera y representante
legal de la sociedad La Ballarda del Norte Sociedad Anónima, cédula jurídica N°
3-101-613927, solicito al Registro de Personas Jurídicas la reposición de los libros
legales y contables número 1: (Registro de Accionistas, Asamblea de Socios,
Consejo de Administración, Diario, Mayor, Inventarios y Balances), los cuales
fueron extraviados. se emplaza por ocho días hábiles a partir de la publicación
a cualquier interesado a fin de oír objeciones ante el Registro de
Asociaciones.—10 de agosto del 2018.—Jeannette Quirós Vásquez.—1 vez.—(
IN2018270227 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las 17 horas 00 minutos del 24 de junio del año 2018, se
constituyó la sociedad denominada Optica Ver Más de Centroamérica OVMC
Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 11 de julio del
2018.—Licda. Andrea Rojas Rodríguez, Notaria.—1 vez.—CE2018009356.—(
IN2018269032 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las 11 horas 30 minutos del 04 de julio del año 2018, se
constituyó la sociedad denominada Tala Pinto Sociedad Anónima.—San José,
11 de julio del 2018.—Licda. Alma Monterrey Rogers, Notaria.—1
vez.—CE2018009357.—( IN2018269033 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las 15 horas 00 minutos del 10 de julio del año 2018, se
constituyó la sociedad denominada Bolsa de Comercio de Activos Digitales y
Cryptomonedas de Costa Rica (Bolcrypto) Sociedad Anónima.—San José, 11 de
julio del 2018.—Lic. Luis Felipe Martínez Obando, Notario.—1
vez.—CE2018009358.—( IN2018269034 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las 13 horas 00 minutos del 09 de julio del año 2018, se
constituyó la sociedad denominada Golden Star Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San
José, 12 de julio del 2018.—Lic. Rolando Miguel Guardiola Arroyo, Notario.—1
vez.—CE2018009359.—( IN2018269035 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las 14 horas 15 minutos del 11 de julio del año 2018, se
constituyó la sociedad denominada Inversiones Constructivas Almen Sociedad
De Responsabilidad Limitada.—San José, 12 de julio del 2018.—Lic. Fernando
Campos Céspedes, Notario.—1 vez.—CE2018009360.—( IN2018269036 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las 08 horas 00 minutos del 05 de julio del año 2018, se
constituyó la sociedad denominada LW Multi Services Sociedad de
Responsabilidad Limitada.—San José, 12 de julio del 2018.—Licda. Marcela
Patricia Gurdián Cedeño, Notario.—1 vez.—CE2018009361.—( IN2018269037 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las 10 horas 00 minutos del 11 de julio del año 2018, se
constituyó la sociedad denominada sin nombre Sociedad Anónima.—San José, 12 de
julio del 2018.—Licda. Tatiana María Contreras Castillo, Notaria.—1 vez.—CE2018009362.—(
IN2018269038 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las 09 horas 00 minutos del 11 de julio del año 2018, se
constituyó la sociedad denominada Contratos Piña del Campo Sociedad Anónima.—San
José, 12 de julio del 2018.—Lic. Maikol Sebastián Segura Chavarría, Notario.—1
vez.—CE2018009363.—( IN2018269039 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las 11 horas 00 minutos del 15 de septiembre del año 2017, se
constituyó la sociedad denominada Comidas de Nuestras Raíces Sociedad
Anónima.—San José, 12 de julio del 2018.—Licda. Alma Monterrey Rogers,
Notaria.—1 vez.—CE2018009364.—( IN2018269040 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las 10 horas 00 minutos del 06 de julio del año 2018, se
constituyó la sociedad denominada The Jev Group Holdings of Costa Rica
Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 12 de julio del
2018.—Licda. Magally María Guadamuz García, Notaria.—1 vez.—CE2018009365.—(
IN2018269041 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las 16 horas 30 minutos del 31 de mayo del año 2018, se
constituyó la sociedad denominada Los Kakikes C S F Sociedad Anónima.—San
José, 12 de julio del 2018.—Lic. Juan Carlos Bonilla Portocarrero, Notario.—1
vez.—CE2018009366.—( IN2018269042 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría a las 07 horas 30 minutos del 11 de julio del año 2018, se
constituyó la sociedad denominada Fotográficos SCA Sociedad Anónima.—San
José, 12 de julio del 2018.—Lic. Raúl Hidalgo Rodríguez, Notario.—1
vez.—CE2018009367.—( IN2018269043 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las 15 horas 00 minutos del 11 de Julio del año 2018, se
constituyó la sociedad denominada Ottomatic Sociedad de Responsabilidad
Limitada.—San José, 12 de julio del 2018.—Lic. Eduardo Abarca Vargas, Notario.—1
vez.—CE2018009368.—( IN2018269044 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las 17 horas 00 minutos del 11 de julio del año 2018, se
constituyó la sociedad denominada NJMA Developments Sociedad De
Responsabilidad Limitada.—San José, 12 de julio del 2018.—Lic. Henry Gómez
Pineda, Notario.—1 vez.—CE2018009369.—( IN2018269045 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las 17 horas 00 minutos del 20 de abril del año 2018, se
constituyó la sociedad denominada Mercantil Americana Mera Sociedad de
Responsabilidad Limitada.—San José, 12 de julio del 2018.—Lic. José Raúl
Ugalde Xatruch, Notario.—1 vez.—CE2018009370.—( IN2018269046 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las 16 horas 00 minutos del 25 de junio del año 2018, se
constituyó la sociedad denominada Agworld Sociedad Anónima.—San José, 12
de julio del 2018.—Lic. Manfred Fischel Robles, Notario.—1 vez.—CE2018009371.—(
IN2018269047 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría a las 10 horas 00 minutos del 06 de Julio del año 2018, se
constituyó la sociedad denominada Instituto Parauniversitario Neotropical
Sociedad Anónima.—San José, 12 de julio del 2018.—Licda. Clara Diana
Rodríguez Monge, Notaria.—1 vez.—CE2018009372.—( IN2018269048 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría a las 15 horas 00 minutos del 11 de Julio del año 2018, se
constituyó la sociedad denominada Avanzada Escoltas Sociedad de
Responsabilidad Limitada.—San José, 12 de julio del 2018.—Lic. Gastón
Sancho Cubero, Notario.—1 vez.—CE2018009373.—( IN2018269049 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las 10 horas 40 minutos del 12 de julio del año 2018, se
constituyó la sociedad denominada Greenwood Casa de Invierno LLC Sociedad de
Responsabilidad Limitada.—San José, 12 de julio del 2018.—Licda. Mariajose
Víquez Alpízar, Notaria.—1 vez.—CE2018009374.—( IN2018269050 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría a las 08 horas 00 minutos del 11 de julio del año 2018, se
constituyó la sociedad denominada Freeboot C.R. Sociedad Anónima.—San
José, 12 de julio del 2018.—Licda. Xinia María Arias Naranjo, Notaria.—1
vez.—CE2018009375.—( IN2018269051 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría a las 12 horas 00 minutos del 09 de julio del año 2018, se
constituyó la sociedad denominada Los Pastas Sociedad de Responsabilidad
Limitada.—San José, 12 de julio del 2018.—Lic. Alexander Alberto Coto
Zyzak, Notario.—1 vez.—CE2018009377.—( IN2018269052 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las 09 horas 30 minutos del 05 de julio del año 2018, se
constituyó la sociedad denominada Transportes Peke de Poás Sociedad Anónima.—San
José, 12 de julio del 2018.—Lic. Pablo Eliecer Valerio Soto, Notario.—1
vez.—CE2018009378.—( IN2018269053 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las 15 horas 00 minutos del 10 de julio del año 2018, se
constituyó la sociedad denominada Fiecag Operaciones y Proyectos Sociedad
Anónima.—San José, 12 de julio del 2018.—Lic. Mario Alberto Valverde
Brenes, Notario.—1 vez.—CE2018009381.—( IN2018269054 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las 14 horas 00 minutos del 11 de julio del año 2018, se
constituyó la sociedad denominada Keywill Asociados Sociedad Anónima.—San
José, 12 de julio del 2018.—Lic. Sharon Núñez Milgram, Notario.—1 vez.—CE2018009382.—(
IN2018269055 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las 11 horas 00 minutos del 12 de julio del año 2018, se
constituyó la sociedad denominada Eco Poda Especializada Sociedad Anónima.—San
José, 12 de julio del 2018.—Lic. Cristhian Fabián Artavia Gamboa, Notario.—1
vez.—CE2018009383.—( IN2018269056 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las 11 horas 20 minutos del 12 de julio del año 2018, se
constituyó la sociedad denominada Vantov SJ Sociedad Anónima.—San José,
12 de julio del 2018.—Lic. Juan Carlos Bonilla Portocarrero, Notario.—1
vez.—CE2018009384.—( IN2018269057 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las 11 horas 30 minutos del 12 de julio del año 2018, se
constituyó la sociedad denominada Ibitov SJ Sociedad Anónima.—San José,
12 de julio del 2018.—Lic. Juan Carlos Bonilla Portocarrero, Notario.—1
vez.—CE2018009385.—( IN2018269058 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las 08 horas 00 minutos del 20 de mayo del año 2018, se
constituyó la sociedad denominada Capitán Gato Sociedad de Responsabilidad
Limitada.—San José, 12 de julio del 2018.—Lic. Jorge Alberto Molina
Corrales, Notario.—1 vez.—CE2018009386.—( IN2018269059 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las 20 horas 00 minutos del 10 de julio del año 2018, se
constituyó la sociedad denominada Franxini D y M Sociedad Anónima.—San
José, 12 de julio del 2018.—Licda. Esther Cecilia Solano Jerez, Notaria.—1
vez.—CE2018009387.—( IN2018269060 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las 14 horas 30 minutos del 02 de julio del año 2018, se
constituyó la sociedad denominada Orcas Seis Tres Cero Seis Sociedad Anónima.—San
José, 12 de julio del 2018.—Lic. Iván Francisco Sancho Solano, Notario.—1
vez.—CE2018009388.—( IN2018269061 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las 17 horas 00 minutos del 09 de julio del año 2018, se
constituyó la sociedad denominada Maxilo Dental Sociedad de Responsabilidad
Limitada.—San José, 12 de julio del 2018.—Lic. Olger Gerardo Vargas
Castillo, Notario.—1 vez.—CE2018009389.—( IN2018269062 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las 09 horas 30 minutos del 03 de julio del año 2018, se
constituyó la sociedad denominada Inversiones Coín Sociedad Anónima.—San
José, 12 de julio del 2018.—Lic. Francisco Arturo Arias Mena, Notario.—1
vez.—CE2018009390.—( IN2018269063 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las 10 horas 00 minutos del 10 de julio del año 2018, se
constituyó la sociedad denominada Inversiones Regu Sociedad Anónima.—San
José, 12 de julio del 2018.—Licda. Erika Vanessa Montero Corrales, Notaria.—1
vez.—CE2018009391.—( IN2018269064 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las 17 horas 30 minutos del 11 de julio del año 2018, se
constituyó la sociedad denominada Keed Jump & Fun Limitada.—San
José, 12 de julio del 2018.—Licda. Raquel Verónica Piedra Alfaro, Notaria.—1
vez.—CE2018009392.—( IN2018269065 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las 10 horas 00 minutos del 12 de julio del año 2018, se
constituyó la sociedad denominada Arkmai Holdings Sociedad de
Responsabilidad Limitada.—San José, 12 de julio del 2018.—Licda. Andrea
Ovares López, Notaria.—1 vez.—CE2018009393.—( IN2018269066 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las 20 horas 00 minutos del 29 de junio del año 2018, se
constituyó la sociedad denominada Diamant O´Toucan S. A. Sociedad Anónima.—San
José, 12 de julio del 2018.—Lic. Fernando Rottier Salguero, Notario.—1
vez.—CE2018009394.—( IN2018269067 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las 18 horas 30 minutos del 05 de julio del año 2018, se
constituyó la sociedad denominada Asesores Empresariales en Soluciones
Integrales de Consultoría AESIC Sociedad Anónima.—San José, 13 de julio del
2018.—Lic. Walter Rodríguez Rodríguez, Notario.—1 vez.—CE2018009494.—(
IN2018269071 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las 09 horas 30 minutos del 10 de julio del año 2018, se
constituyó la sociedad denominada Batavia West Services Sociedad Anónima.—San
José, 13 de julio del 2018.—Licda. Laura Castillo Charpantier, Notaria.—1
vez.—CE2018009495.—( IN2018269072 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las 10 horas 00 minutos del 05 de julio del año 2018, se
constituyó la sociedad denominada Ackerly´S Point Business Sociedad Anónima.—San
José, 13 de julio del 2018.—Licda. Cindy Margot Quesada Vargas, Notaria.—1
vez.—CE2018009496.—( IN2018269073 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las 10 horas 00 minutos del 10 de julio del año 2018, se
constituyó la sociedad denominada Valabe Limitada.—San José, 14 de julio
del 2018.—Lic. German Enrique Salazar Santamaría, Notario.—1
vez.—CE2018009497.—( IN2018269074 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las 12 horas 00 minutos del 29 de junio del año 2018, se
constituyó la sociedad denominada Distribuidora de Te e Insumos Ditein
Sociedad Anónima.—San José, 14 de julio del 2018.—Lic. Adrián López Vega,
Notario.—1 vez.—CE2018009498.—( IN2018269075 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las 14 horas 00 minutos del 14 de julio del año 2018, se
constituyó la sociedad denominada Flor Segura Sociedad Anónima.—San
José, 14 de julio del 2018.—Lic. Luis Adolfo Vargas Vargas, Notario.—1 vez.—CE2018009500.—(
IN2018269077 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las 10 horas 01 minutos del 21 de junio del año 2018, se
constituyó la sociedad denominada Eureka Marketing Solutions Limitada.—San
José, 15 de julio del 2018.—Lic. Ricardo Jose Cañas Escoto, Notario.—1
vez.—CE2018009501.—( IN2018269079 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las 11 horas 30 minutos del 13 de julio del año 2018, se
constituyó la sociedad denominada WH Group Sociedad de Responsabilidad
Limitada.—San José, 15 de julio del 2018.—Lic. Francisco Eduardo Montes
Fonseca, Notario.—1 vez.—CE2018009502.—( IN2018269080 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las 11 horas 00 minutos del 10 de julio del año 2018, se
constituyó la sociedad denominada Inversiones Carioquinha Limitada.—San
José, 12 de julio del 2018.—Lic. Esteban Carranza Kopper, Notario.—1
vez.—CE2018009435.—( IN2018269082 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las 19 horas 30 minutos del 28 de junio del año 2018, se constituyó
la sociedad denominada Resiliencia Consultores Sociedad Anónima.—San
José, 12 de julio del 2018.—Licda. Yohaidy Otárola Mora, Notaria.—1
vez.—CE2018009436.—( IN2018269083 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las 18 horas 00 minutos del 11 de julio del año 2018, se
constituyó la sociedad denominada Lubricantes Alvagra Sociedad de
Responsabilidad Limitada.—San José, 12 de julio del 2018.—Licda. Ana
Grettel Chaves Loria, Notaria.—1 vez.—CE2018009437.—( IN2018269084 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las 18 horas 30 minutos del 08 de julio del año 2018, se
constituyó la sociedad denominada Nutrifrut Sociedad de Responsabilidad
Limitada.—San José, 12 de julio del 2018.—Licda. Diana Carolina López
Rosales, Notaria.—1 vez.—CE2018009438.—( IN2018269085 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las 09 horas 00 minutos del 05 de julio del año 2018, se
constituyó la sociedad denominada MS Servicios Profesionales de Auditorías
de Costa Rica Sociedad Anónima.—San José, 13 de julio del 2018.—Licda.
Iveth Gómez Sandí, Notaria.—1 vez.—CE2018009439.—( IN2018269086 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las 11:00 horas 00 minutos del 12 de julio del año 2018, se
constituyó la sociedad denominada Grupo Cubo Ciento Treinta Sociedad Anónima.—San
José, 13 de julio del 2018.—Licda. Alejandra Vanessa Vindas Rocha, Notaria.—1
vez.—CE2018009440.—( IN2018269087 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las 08 horas 45 minutos del 12 de julio del año 2018, se
constituyó la sociedad denominada Alrroca Sociedad de Responsabilidad
Limitada.—San José, 13 de julio del 2018.—Lic. Alfonso Gerardo Bolaños
Alpízar, Notario.—1 vez.—CE2018009441.—( IN2018269088 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las 8:00 horas 30 minutos del 12 de julio del año 2018, se
constituyó la sociedad denominada Alpoma Sociedad de Responsabilidad
Limitada.—San José, 13 de julio del 2018.—Lic. Alfonso Gerardo Bolaños
Alpízar, Notario.—1 vez.—CE2018009442.—( IN2018269089 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las 08 horas 00 minutos del 12 de julio del año 2018, se
constituyó la sociedad denominada Alferro Sociedad de Responsabilidad
Limitada.—San José, 13 de julio del 2018.—Lic. Alfonso Gerardo Bolaños
Alpízar, Notario.—1 vez.—CE2018009443.—( IN2018269090 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las 8:00 horas 00 minutos del 05 de julio del año 2018, se
constituyó la sociedad denominada Macaw Kakau Sociedad de Responsabilidad
Limitada.—San José, 13 de julio del 2018.—Lic. Cesar Alfredo Castillo
Incera, Notario.—1 vez.—CE2018009444.—( IN2018269091 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las 15 horas 00 minutos del 10 de julio del año 2018, se
constituyó la sociedad denominada Artes Marciales Evolution Sociedad Anónima.—San
José, 13 de julio del 2018.—Lic. Luis Andrés Bonilla Ortiz, Notario.—1
vez.—CE2018009445.—( IN2018269092 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las 8:00 horas 00 minutos del 13 de julio del año 2018, se
constituyó la sociedad denominada Importadora de Acero y Soluciones
Automotrices Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 13 de julio
del 2018.—Lic. Jairo Mauricio Guzmán Jiménez, Notario.—1 vez.—CE2018009446.—(
IN2018269093 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las 00 horas 00 minutos del 12 de julio del año 2018, se
constituyó la sociedad denominada GRP Erkaha Sociedad Anónima.—San José,
13 de julio del 2018.—Lic. Guillermo Francisco Sánchez Sava, Notario.—1
vez.—CE2018009447.—( IN2018269094 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las 12 horas 00 minutos del 11 de julio del año 2018, se
constituyó la sociedad denominada Grupo Barrio Sociedad Anónima.—San
José, 13 de julio del 2018.—Licda. Paola Castro Montealegre, Notario.—1
vez.—CE2018009448.—( IN2018269095 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las 12 horas 00 minutos del 12 de julio del año 2018, se
constituyó la sociedad denominada Logicenter Costa Rica Sociedad de
Responsabilidad Limitada.—San José, 13 de julio del 2018.—Lic. Diego José
Mata Morales, Notario.—1 vez.—CE2018009449.—( IN2018269096 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las 11:00 horas 00 minutos del 03 de julio del año 2018, se
constituyó la sociedad denominada Vigilancia y Portería Victer Sociedad
Anónima.—San José, 13 de julio del 2018.—Licda. Lina María Jaramillo
Jiménez, Notaria.—1 vez.—CE2018009450.—( IN2018269097 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las 08 horas 15 minutos del 12 de julio del año 2018, se
constituyó la sociedad denominada Servicios Multitecnicos para la Salud
Sociedad Anónima.—San José, 13 de julio del 2018.—Licda. Tatiana Arce
Chaves, Notaria.—1 vez.—CE201800945.—( IN2018269098 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las 13 horas 00 minutos del 02 de julio del año 2018, se
constituyó la sociedad denominada Propietarios Villas del Pacífico Sociedad
de Responsabilidad Limitada.—San José, 13 de julio del 2018.—Licda. Marcela
Murillo Quirós, Notaria.—1 vez.—CE2018009452.—( IN2018269099 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las 09 horas 00 minutos del 12 de julio del año 2018, se
constituyó la sociedad denominada Thyberg Holdings, LLC Sociedad de
Responsabilidad Limitada.—San José, 13 de julio del 2018.—Licda. Clara
Eugenie Alvarado Jiménez, Notaria.—1 vez.—CE2018009453.—( IN2018269100 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las 11 horas 00 minutos del 11 de julio del año 2018, se
constituyó la sociedad denominada Fetish and Leather Gear Sociedad de
Responsabilidad Limitada.—San José, 13 de julio del 2018.—Licda. Olga María
Rivera Monge, Notaria.—1 vez.—CE2018009454.—( IN2018269101 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las 14 horas 30 minutos del 12 de julio del año 2018, se
constituyó la sociedad denominada Innova Sublimacion Sociedad Anónima.—San
José, 13 de julio del 2018.—Lic. Óscar Gabriel Cordero Sáenz, Notario.—1
vez.—CE2018009455.—( IN2018269102 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las 9:00 horas 00 minutos del 11 de julio del año 2018, se
constituyó la sociedad denominada Ecosistemas Laborales K Y A Sociedad
Anónima.—San José, 13 de julio del 2018.—Lic. Alberto Víquez Garro,
Notario.—1 vez.—CE2018009456.—( IN2018269103 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las 18 horas 00 minutos del 12 de julio del año 2018, se
constituyó la sociedad denominada Gourmet Cuisine Sociedad de
Responsabilidad Limitada.—San José, 13 de julio del 2018.—Lic. Federico
Peralta Calzada, Notario.—1 vez.—CE2018009457.—( IN2018269104 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las 09 horas 30 minutos del 11 de julio del año 2018, se
constituyó la sociedad denominada Xyleborus Sociedad Anónima.—San José,
13 de julio del 2018.–Lic. Alberto Víquez Garro, Notario.—1
vez.—CE2018009458.—( IN2018269105 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las 10 horas 00 minutos del 13 de julio del año 2018, se
constituyó la sociedad denominada Work Truck La Finca Limitada.—San José,
13 de julio del 2018.—Lic. Esteban Villegas Castro, Notario.—1
vez.—CE2018009459.—( IN2018269106 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las 8:00 horas 00 minutos del 13 de julio del año 2018, se
constituyó la sociedad denominada Waymore Global Solutions Sociedad
Anónima.—San José, 13 de julio del 2018.—Lic. Manuel Anrango Bonilla,
Notario.—1 vez.—CE2018009460.—( IN2018269107 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las 18 horas 00 minutos del 12 de julio del año 2018, se constituyó
la sociedad denominada G O Technologies Sociedad Anónima.—San
José, 13 de julio del 2018.—Licda. Eugenia Brenes Rojas, Notaria.—1
vez.—CE2018009461.—( IN2018269108 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las 10 horas 00 minutos del 12 de julio del año 2018, se
constituyó la sociedad denominada Las Tres Potrillas Sociedad Anónima.—San
José, 13 de julio del 2018.—Licda. Esther Valverde Mora, Notaria.—1
vez.—CE2018009462.—( IN2018269109 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las 11 horas 15 minutos del 13 de julio del año 2018, se
constituyó la sociedad denominada Transportes Yupaca Sociedad Anónima.—San
José, 13 de julio del 2018.—Lic. Roy Gustavo Quesada Rodríguez, Notario.—1
vez.—CE2018009463.—( IN2018269110 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las 8:00 horas 30 minutos del 13 de julio del año 2018, se
constituyó la sociedad denominada Importadora Caberali Sociedad
Anónima.—San José, 13 de julio del 2018.—Lic. Juan Rafael Zavala Tasies,
Notario.—1 vez.—CE2018009464.—( IN2018269111 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las 15 horas 00 minutos del 01 de julio del año 2018, se
constituyó la sociedad denominada Servicios Franquiciantes de Minimarket
Premium S. A. Sociedad Anónima.—San José, 13 de julio del 2018.—Lic. Walter
Rolando Portuguez Fernández, Notario.—1 vez.—CE2018009465.—( IN2018269112 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las 12 horas 00 minutos del 11 de julio del año 2018, se
constituyó la sociedad denominada Son of a Sailor Limitada.—San
José, 13 de julio del 2018.—Lic. José Alberto Schroeder Leiva, Notario.—1
vez.—CE2018009466.—( IN2018269113 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las 10 horas 00 minutos del 10 de julio del año 2018, se
constituyó la sociedad denominada Corporación Regu Sociedad Anónima.—San
José, 13 de julio del 2018.—Licda. Erika Vanessa Montero Corrales, Notaria.—1
vez.—CE2018009467.—( IN2018269114 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las 14 horas 00 minutos del 12 de julio del año 2018, se
constituyó la sociedad denominada Inversiones La Colina V Y M Sociedad
Anónima.—San José, 13 de julio del 2018.—Lic. Ricardo Reyes Calix,
Notario.—1 vez.—CE2018009468.—( IN2018269115 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las 14 horas 00 minutos del 02 de julio del año 2018, se
constituyó la sociedad denominada Econciencia Internacional Sociedad
de Responsabilidad Limitada.—San José, 13 de julio del 2018.—Licda. Melissa
Guardia Tinoco, Notario.—1 vez.—CE2018009469.—( IN2018269116 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las 08 horas 00 minutos del 02 de julio del año 2018, se
constituyó la sociedad denominada IZBA Sociedad Anónima.—San José, 13 de
julio del 2018.—Licda. Melissa Guardia Tinoco, Notaria.—1 vez.—CE2018009470.—( IN2018269117
).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría a las 16 horas 20 minutos del 12 de julio del año 2018, se
constituyó la sociedad denominada RLC Investments LLC Limitada.—San
José, 13 de julio del 2018.—Lic. Sergio Antonio Solera Lacayo, Notario.—1
vez.—CE2018009471.—( IN2018269118 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría a las 16 horas 30 minutos del 12 de julio del año 2018, se
constituyó la sociedad denominada MS Obando Sociedad de
Responsabilidad Limitada.—San José, 13 de julio del 2018.—Lic. Guillermo
Brenes Cambronero, Notario.—1 vez.—CE2018009472.—( IN2018269119 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría a las 16 horas 00 minutos del 12 de julio del año 2018, se
constituyó la sociedad denominada Alianza J Y P Sociedad de Responsabilidad
Limitada.—San José, 13 de julio del 2018.—Lic. Kenneth Mauricio Mora Diaz,
Notario.—1 vez.—CE2018009473.—( IN2018269120 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría a las 13 horas 40 minutos del 12 de julio del año 2018, se
constituyó la sociedad denominada Corporación S.A.A.P Sociedad
Anónima.—San José, 13 de julio del 2018.—Licda. Evelin de Los Ángeles
Sandoval Sandoval, Notaria.—1 vez.—CE2018009474.—( IN2018269121 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría a las 15 horas 45 minutos del 12 de julio del año 2018, se
constituyó la sociedad denominada Anthya Sociedad Anónima.—San José, 13
de julio del 2018.—Licda. Cynthia Granados Barrantes, Notaria.—1
vez.—CE2018009475.—( IN2018269122 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las 10 horas 00 minutos del 11 de julio del año 2018, se
constituyó la sociedad denominada MHJ Inversiones Sociedad Anónima.—San
José, 13 de julio del 2018.—Licda. Alejandra María Montiel Quirós, Notaria.—1
vez.—CE2018009476.—( IN2018269123 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las 08 horas 00 minutos del 10 de julio del año 2018, se
constituyó la sociedad denominada Inmobiliaria Luyti de Escazú Sociedad
Anónima.—San José, 13 de julio del 2018.—Lic. Eugenio Desanti Hurtado,
Notario.—1 vez.—CE2018009477.—( IN2018269124 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las 08 horas 00 minutos del 10 de julio del año 2018, se
constituyó la sociedad denominada Delicias y Cosechas de Nuestra Finka
Sociedad Anónima.—San José, 13 de julio del 2018.—Licda. Lolita Arias
Sánchez, Notaria.—1 vez.—CE2018009478.—( IN2018269125 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las 09 horas 30 minutos del 13 de julio del año 2018, se
constituyó la sociedad denominada C.J Teranga Sociedad Anónima.—San José,
13 de julio del 2018.—Lic. Jarlin Guerra Álvarez, Notario.—1
vez.—CE2018009479.—( IN2018269126 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las 09 horas 00 minutos del 09 de julio del año 2018, se
constituyó la sociedad denominada N.F.N. Trading Sociedad Anónima.—San
José, 13 de julio del 2018.—Lic. Rafael Ángel Guillen Monge, Notario.—1
vez.—CE2018009480.—( IN2018269127 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las 09 horas 30 minutos del 03 de julio del año 2018, se
constituyó la sociedad denominada Inversiones y Desarrollos Coín Sociedad
Anónima.—San José, 13 de julio del 2018.—Lic. Francisco Arturo Arias Mena,
Notario.—1 vez.—CE2018009481.—( IN2018269128 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las 08 horas 00 minutos del 13 de julio del año 2018, se
constituyó la sociedad denominada Corporación Rome Mil Novecientos Ochenta
Sociedad Anónima.—San José, 13 de julio del 2018.—Lic. Arturo Varela
Aguilar, Notario.—1 vez.—CE2018009482.—( IN2018269129 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las 14 horas 00 minutos del 13 de julio del año 2018, se
constituyó la sociedad denominada Casitas Tropicales Samara Sociedad de
Responsabilidad Limitada.—San José, 13 de julio del 2018.—Lic. William
Juárez Mendoza, Notario.—1 vez.—CE2018009483.—( IN2018269130 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las 13 horas 00 minutos del 02 de julio del año 2018, se
constituyó la sociedad denominada Fresh, Dry and Frozen Trading LLC Sociedad
de Responsabilidad Limitada.—San José, 13 de julio del 2018.—Lic. Guillermo
Emilio Zúñiga González, Notario.—1 vez.—CE2018009484.—( IN2018269131 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las 12 horas 00 minutos del 12 de julio del año 2018, se
constituyó la sociedad denominada Bai Xing Shi Pin Sociedad Anónima.—San
José, 13 de julio del 2018.—Lic. Yijun Xie Luo, Notario.—1 vez.—CE2018009485.—(
IN2018269132 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría a las 14 horas 00 minutos del 03 de julio del año 2018, se
constituyó la sociedad denominada Inversiones M Q K Oriente Sociedad de
Responsabilidad Limitada.—San José, 13 de julio del 2018.—Licda. Loana
Leitón Porras, Notaria.—1 vez.—CE2018009486.—( IN2018269133 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría a las 13 horas 50 minutos del 13 de julio del año 2018, se
constituyó la sociedad denominada Rojas y Berrocal Limitada.—San José,
13 de julio del 2018.—Lic. Mario Alonso Arias Agüero, Notario.—1
vez.—CE2018009487.—( IN2018269134 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría a las 15 horas 00 minutos del 13 de julio del año 2018, se
constituyó la sociedad denominada Biz Latin Hub Costa Rica Sociedad
Anónima.—San José, 13 de julio del 2018.—Lic. Randall José Murillo Gomez,
Notario.—1 vez.—CE2018009488.—( IN2018269135 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las 16:00 horas 00 minutos del 30 de junio del año 2018, se
constituyó la sociedad denominada Agropecuaria Bosque Encanto Sociedad
Anónima Sociedad Anónima.—San José, 13 de julio del 2018.—Licda. Antonieta
Arce Sancho, Notaria.—1 vez.—CE2018009489.—( IN2018269136 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría a las 15 horas 00 minutos del 04 de julio del año 2018, se
constituyó la sociedad denominada LT Enterprise Sociedad Anónima.—San
José, 13 de julio del 2018.—Lic. Edwin Alfredo Chacón Bolaños, Notario.—1
vez.—CE2018009490.—( IN2018269137 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría a las 12 horas 00 minutos del 09 de julio del año 2018, se
constituyó la sociedad denominada Construyendo Tu Cuerpo Sociedad Anónima.—San
José, 13 de julio del 2018.—Licda. Antonieta Arce Sancho, Notaria.—1
vez.—CE2018009491.—( IN2018269138 ).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría a
las 18 horas 00 minutos del 23 de junio del año 2018, se constituyó la sociedad
denominada Pabru Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 13 de julio del
2018.—Lic. Goldy Ponchner Geller, Notario.—1 vez.—CE2018009492.—( IN2018269139
).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las 11:00 horas 00 minutos del 11 de julio del año 2018, se
constituyó la sociedad denominada J & X Promociones Publicitarias
Int. Sociedad Anónima.—San José, 13 de julio del 2018.—Licda. Karol
Cristina Guzmán Ramírez, Notaria.—1 vez.—CE2018009493.—( IN2018269140 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría a las 18 horas 00 minutos del 09 de julio del año 2018, se
constituyó la sociedad denominada Punto Favorito Store Sociedad Anónima.—San
José, 15 de julio del 2018.—Licda. Netzy Yanina Soto Rojas, Notaria.—1
vez.—CE2018009503.—( IN2018269142 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría a las 09 horas 00 minutos del 12 de julio del año 2018, se
constituyó la sociedad denominada El Progreso del Sur Sociedad Anónima.—San
José, 15 de julio del 2018.—Licda. Fresia Chaves Hernández, Notaria.—1
vez.—CE2018009504.—( IN2018269143 ).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría,
a las 16:00 horas 00 minutos del 18 de junio del año 2018, se constituyó la
sociedad denominada Promotora Estudio B Nueve Uno Cuatro Sociedad
de Responsabilidad Limitada.—San José, 16 de julio del
2018.—Licda. Melania de los Ángeles Chin Wo Cruz, Notaria.—1
vez.—CE2018009505.—( IN2018269144 ).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría a
las 11 horas 00 minutos del 18 de mayo del año 2018, se constituyó la sociedad
denominada Gutreiman Medical Services Sociedad Anónima.—San José, 16 de
julio del 2018.—Licda. Melania de los Ángeles Chin Wo Cruz, Notaria.—1
vez.—CE2018009506.—( IN2018269145 ).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría,
a las 14:00 horas 00 minutos del 12 de julio del año 2018, se constituyó la
sociedad denominada Amorosa Life Sociedad de Responsabilidad
Limitada.—San José, 16 de julio del 2018.—Lic. Eduardo Román Gómez,
Notario.—1 vez.—CE2018009507.—( IN2018269146 ).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría a
las 11 horas 30 minutos del 25 de junio del año 2018, se constituyó la sociedad
denominada Industrias Deli Sociedad de Responsabilidad
Limitada.—San José, 16 de julio del 2018.—Licda. Ileana Rodríguez González,
Notaria.—1 vez.—CE2018009508.—( IN2018269147 ).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría a
las 19 horas 00 minutos del 13 de julio del año 2018, se constituyó la sociedad
denominada Inversiones Las Gacelas del Coco Sociedad de
Responsabilidad Limitada.—San José, 16 de julio del 2018.—Lic. Daniel
Asdrúbal Siezar Cárdenas, Notario.—1 vez.—CE2018009509.—( IN2018269148 ).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría,
a las 11:00 horas 30 minutos del 11 de junio del año 2018, se constituyó la
sociedad denominada Pronac Sociedad Anónima.—San José, 16 de julio del
2018.—Licda. Ileana Rodríguez González, Notaria.—1 vez.—CE2018009510.—(
IN2018269149 ).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría a
las 12 horas 00 minutos del 25 de junio del año 2018, se constituyó la sociedad
denominada D.R. Rodríguez Sociedad de Responsabilidad
Limitada.—San José, 16 de julio del 2018.—Licda. Ileana Rodríguez González,
Notaria.—1 vez.—CE2018009511.—( IN2018269150 ).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría,
a las 16:00 horas 00 minutos del 05 de junio del año 2018, se constituyó la
sociedad denominada Constructora El Pesebre Sociedad Anónima.—San
José, 16 de julio del 2018.—Licda. Ileana Rodríguez González, Notaria.—1
vez.—CE2018009512.—( IN2018269151 ).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría a
las 08 horas 45 minutos del 12 de julio del año 2018, se constituyó la sociedad
denominada Alsepia Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San
José, 16 de julio del 2018.—Lic. Alfonso Gerardo Bolaños Alpízar, Notario.—1 vez.—CE2018009513.—(
IN2018269152 ).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría a
las 14 horas 00 minutos del 05 de julio del año 2018, se constituyó la sociedad
denominada Inversiones Zheng Sociedad Anónima.—San José, 16 de julio del
2018.—Lic. José Francisco Barahona Segnini, Notario.—1 vez.—CE2018009514.—(
IN2018269153 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las 8:00 horas 00 minutos del 16 de julio del año 2018, se
constituyó la sociedad denominada Rincón de La Laguna Sociedad Anónima.—San
José, 16 de julio del 2018.—Lic. David Salvador Cruz Salablanca, Notario.—1
vez.—CE2018009515.—( IN2018269154 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las 15 horas 30 minutos del 12 de julio del año 2018, se
constituyó la sociedad denominada Angular Software y Marketing Sociedad
Anónima.—San José, 16 de julio del 2018.—Lic. Ólger Gerardo Vargas
Castillo, Notario.—1 vez.—CE2018009516.—( IN2018269155 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las 16 horas 00 minutos del 26 de junio del año 2018, se
constituyó la sociedad denominada Limón Development Consulting Corporation
Sociedad Anónima.—San José, 16 de julio del 2018.—Lic. Derick Dilmark
Cruickshank Foster, Notario.—1 vez.—CE2018009517.—( IN2018269156 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las 15:00 horas 20 minutos del 12 de julio del año 2018, se
constituyó la sociedad denominada NH International Cuisine Limitada.—San
José, 16 de julio del 2018.—Lic. Rolando González Calderón, Notario.—1
vez.—CE2018009518.—( IN2018269157 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las 15 horas 00 minutos del 29 de junio del año 2018, se
constituyó la sociedad denominada MHP Consulting Sociedad de Responsabilidad
Limitada.—San José, 16 de julio del 2018.—Lic. Carlos Alberto Echeverría
Alfaro, Notario.—1 vez.—CE2018009519.—( IN2018269158).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las 08 horas 00 minutos del 13 de julio del año 2018, se
constituyó la sociedad denominada Long Beach Records Latam Sociedad de
Responsabilidad Limitada.—San José, 16 de julio del 2018.—Lic. Marco
Antonio Montero González, Notario.—1 vez.—CE2018009520.—( IN2018269159 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las 11 horas 30 minutos del 12 de julio del año 2018, se
constituyó la sociedad denominada Gartov SJ Sociedad Anónima.—San José,
16 de julio del 2018.—Lic. Juan Carlos Bonilla Portocarrero, Notario.—1
vez.—CE2018009521.—( IN2018269160 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las 13 horas 30 minutos del 12 de julio del año 2018, se
constituyó la sociedad denominada Huts Inversiones Sociedad Anónima.—San
José, 16 de julio del 2018.—Licda. María Ester Campos Ramírez, Notaria.—1
vez.—CE2018009522.—( IN2018269161 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las 09 horas 00 minutos del 28 de junio del año 2018, se
constituyó la sociedad denominada Dantero Sociedad Anónima.—San José, 16
de julio del 2018.—Lic. Carlos Arturo Terán París, Notario.—1
vez.—CE2018009523.—( IN2018269162 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las 08 horas 00 minutos del 16 de julio del año 2018, se
constituyó la sociedad denominada Timmorah International Sociedad de
Responsabilidad Limitada.—San José, 16 de julio del 2018.—Lic. José Matías
Tristán Montero, Notario.—1 vez.—CE2018009524.—( IN2018269163 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las 09 horas 00 minutos del 14 de julio del año 2018, se
constituyó la sociedad denominada Efficient Thinking Consulting PDCA
Sociedad Anónima.—San José, 16 de julio del 2018.—Lic. Dimas Alexánder
Fonseca García, Notario.—1 vez.—CE2018009525.—( IN2018269164 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las 14 horas 30 minutos del 12 de julio del año 2018, se
constituyó la sociedad denominada Proveedora de Talento Humano PDL Sociedad
Anónima.—San José, 16 de julio del 2018.—Licda. María Ester Campos Ramírez,
Notaria.—1 vez.—CE2018009526.—( IN2018269165 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las 12 horas 00 minutos del 17 de junio del año 2018, se
constituyó la sociedad denominada WEPASS.IO Sociedad Anónima.—San José,
16 de julio del 2018.—Lic. Geovanny Cordero Jiménez, Notario.—1
vez.—CE2018009527.—( IN2018269166 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las 09 horas 00 minutos del 16 de julio del año 2018, se
constituyó la sociedad denominada Faith Adventures Sociedad de
Responsabilidad Limitada.—San José, 16 de julio del 2018.—Lic. José Matías
Tristán Montero, Notario.—1 vez.—CE2018009528.—( IN2018269167 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las 08 horas 00 minutos del 16 de julio del año 2018, se
constituyó la sociedad denominada Steve & Mike’s Place Sociedad de
Responsabilidad Limitada.—San José, 16 de julio del 2018.—Lic. Ricardo
Cordero Vargas, Notario.—1 vez.—( IN2018269168 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las 12 horas 00 minutos del 11 de julio del año 2018, se
constituyó la sociedad denominada Inversiones Agrícolas Hermanos Bonilla
Sociedad Anónima.—San José, 16 de julio del 2018.—Lic. Joaquín Alvarado
Rojas, Notario.—1 vez.—CE2018009530.—( IN2018269169 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las 11:00 horas 00 minutos del 30 de junio del año 2018, se
constituyó la sociedad denominada Seminarios y Consultoría Sinapsis Sociedad
Anónima Sociedad Anónima.—San José, 16 de julio del 2018.—Licda. Carolina
Arguedas Mora, Notaria.—1 vez.—CE2018009531.—( IN2018269170 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las 10 horas 50 minutos del 12 de julio del año 2018, se
constituyó la sociedad denominada SAH International Holding Company Limitada.—San
José, 16 de julio del 2018.—Lic. Eric Scharf Taitelbaum, Notario.—1
vez.—CE2018009532.—( IN2018269171 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las 19 horas 00 minutos del 11 de julio del año 2018, se
constituyó la sociedad denominada Intellectus Technologies Sociedad de
Responsabilidad Limitada.—San José, 16 de julio del 2018.—Lic. Jorge Arturo
Hernández Rodríguez, Notario.—1 vez.—CE2018009533.—( IN2018269172 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las 08 horas 00 minutos del 16 de julio del año 2018, se
constituyó la sociedad denominada Control Ware Ingeniería Sociedad de
Responsabilidad Limitada.—San José, 16 de julio del 2018.—Licda. Clara
Eugenie Alvarado Jiménez, Notaria.—1 vez.—CE2018009534.—( IN2018269173 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las 10 horas 00 minutos del 23 de abril del año 2018, se
constituyó la sociedad denominada Soteit Asesorías Soluciones Globales
Sociedad Anónima.—San José, 16 de julio del 2018.—Lic. José Fernelli
Rodríguez Ortega, Notario.—1 vez.—CE2018009535.—( IN2018269174 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las 17 horas 30 minutos del 29 de mayo del año 2018, se
constituyó la sociedad denominada Importaciones Wasca KYC Sociedad Anónima.—San
José, 16 de julio del 2018.—Licda. Mauren Marcela Rojas Bejarano, Notaria.—1
vez.—CE2018009536.—( IN2018269175 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las 07 horas 00 minutos del 13 de julio del año 2018, se
constituyó la sociedad denominada Peor para El Sol Sociedad Anónima.—San
José, 16 de julio del 2018.—Lic. Rolando José Mora Madrigal, Notario.—1
vez.—CE2018009537.—( IN2018269176 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las 08 horas 00 minutos del 16 de julio del año 2018, se constituyó
la sociedad denominada Inversiones Dieciséis del Siete AA & B Sociedad
Anónima.—San José, 16 de julio del 2018.—Lic. Manuel Tuckler Oconor,
Notario.—1 vez.—CE2018009538.—( IN2018269177 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las 13:00 horas 00 minutos del 14 de julio del año 2018, se
constituyó la sociedad denominada Grupo Victoria - CHSEG Sociedad Anónima.—San
José, 16 de julio del 2018.—Licda. Marlly Condega Sánchez, Notaria.—1
vez.—CE2018009539.—( IN2018269178 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las 13 horas 00 minutos del 12 de julio del año 2018, se
constituyó la sociedad denominada Hermopi de Alajuela Sociedad de
Responsabilidad Limitada.—San José, 16 de julio del 2018.—Licda. Antonieta
Arce Sancho, Notaria.—1 vez.—CE2018009540.—( IN2018269179 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las 14 horas 00 minutos del 23 de junio del año 2018, se
constituyó la sociedad denominada Vinos Valle del Elqui Sociedad Anónima.—San
José, 16 de julio del 2018.—Lic. Edwin Daniel Leiva Jara, Notario.—1
vez.—CE2018009541.—( IN2018269180 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las 11 horas 00 minutos del 14 de julio del año 2018, se
constituyó la sociedad denominada Constructora Yascar Sociedad Anónima.—San
José, 16 de julio del 2018.—Lic. Manuel Vargas Mora, Notario.—1
vez.—CE2018009542.—( IN2018269181 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría a las 13 horas 00 minutos del 07 de julio del año 2018, se
constituyó la sociedad denominada Servicios Quinientos Seis Go Sociedad de
Responsabilidad Limitada.—San José, 16 de julio del 2018.—Lic. Rubén
Naranjo Brenes, Notario.—1 vez.—CE2018009543.—( IN2018269182 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las 17 horas 30 minutos del 10 de julio del año 2018, se constituyó
la sociedad denominada Serviaire Heavenly Breeze Sociedad Anónima.—San
José, 16 de julio del 2018.—Lic. Óscar Efraín Hidalgo Umaña, Notario.—1
vez.—CE2018009544.—( IN2018269183 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría a las 10 horas 00 minutos del 19 de junio del año 2018, se
constituyó la sociedad denominada Hacienda María Isabel Sociedad Anónima.—San
José, 16 de julio del 2018.—Licda. Carolina Campos Solís, Notaria.—1
vez.—CE2018009545.—( IN2018269184 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría a las 11 horas 00 minutos del 13 de julio del año 2018, se
constituyó la sociedad denominada Ten Quality Studio Sociedad de
Responsabilidad Limitada.—San José, 16 de julio del 2018.—Licda. Sally
Madrigal Saborío, Notaria.—1 vez.—CE2018009546.—( IN2018269185 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría a las 08 horas 00 minutos del 16 de julio del año 2018, se
constituyó la sociedad denominada Rincón de La Laguna de La Bajura Sociedad
Anónima.—San José, 16 de julio del 2018.—Lic. David Salvador Cruz
Salablanca, Notario.—1 vez.—CE2018009547.—( IN2018269186 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría a las 19 horas 00 minutos del 15 de julio del año 2018, se
constituyó la sociedad denominada Cartago, La Unión, Dulce Nombre, 200
Metros al Norte de la Iglesia Católica Sociedad Anónima.—San José, 16 de
julio del 2018.—Licda. Lidiette Carvajal Sánchez, Notaria.—1
vez.—CE2018009548.—( IN2018269187 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría a las 12 horas 00 minutos del 12 de julio del año 2018, se
constituyó la sociedad denominada Aires Acondicionados Arteaga Sociedad
Anónima.—San José, 16 de julio del 2018.—Licda. Franciny Gomez Cruz,
Notaria.—1 vez.—CE2018009549.—( IN2018269188 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría a las 15 horas 00 minutos del 12 de julio del año 2018, se
constituyó la sociedad denominada Medeyer Sociedad de Responsabilidad
Limitada.—San José, 16 de julio del 2018.—Lic. Juan Diego Campos Bermúdez,
Notario.—1 vez.—CE2018009550.—( IN2018269189 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría a las 09 horas 00 minutos del 27 de junio del año 2018, se
constituyó la sociedad denominada Otto Guevara Abogados y Asociados Sociedad
Anónima.—San José, 16 de julio del 2018.—Lic. Jorge Francisco Ross Araya,
Notario.—1 vez.—CE2018009551.—( IN2018269190 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las 15:00 horas 00 minutos del 13 de julio del año 2018, se
constituyó la sociedad denominada Guzpa Sociedad Anónima.—San José, 16 de
julio del 2018.—Licda. Gabriela Oviedo Vargas, Notario.—1 vez.—CE2018009552.—(
IN2018269191 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las 11 horas 30 minutos del 12 de julio del año 2018, se
constituyó la sociedad denominada Ibisameaj Sociedad Anónima.—San José,
16 de Julio del 2018.—Lic. Juan Carlos Bonilla Portocarrero, Notario.—1
vez.—CE2018009553.—( IN2018269192 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las 08 horas 00 minutos del 10 de julio del año 2018, se
constituyó la sociedad denominada Patriotsoxpride The Second Llc Sociedad de
Responsabilidad Limitada.—San José, 16 de julio del 2018.—Lic. Rodrigo
Arturo Atmetlla Molina, Notario.—1 vez.—CE2018009554.—( IN2018269193 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las 14:00 horas 00 minutos del 03 de julio del año 2018, se
constituyó la sociedad denominada Fersasoro Sociedad Anónima.—San José,
16 de julio del 2018.—Lic. Nelson Alexander Fernández Solano, Notario.—1
vez.—CE2018009555.—( IN2018269194 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las 10 horas 00 minutos del 16 de julio del año 2018, se
constituyó la sociedad denominada Ok Property Investment Sociedad de
Responsabilidad Limitada.—San José, 16 de julio del 2018.—Lic. Omar Tabash
Fonseca, Notario.—1 vez.—CE2018009556.—( IN2018269195 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las 10 horas 00 minutos del 07 de julio del año 2018, se
constituyó la sociedad denominada Tailored Consulting Group Cr Sociedad
Anónima.—San José, 16 de julio del 2018.—Lic. Jorge Fredy Chacón
Villalobos, Notario.—1 vez.—CE2018009557.—( IN2018269196 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las 12:00 horas 00 minutos del 16 de julio del año 2018, se
constituyó la sociedad denominada Centro de Tratamientos de Belleza Beauty
Avenue Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 16 de julio del
2018.—Lic. Rodrigo Arturo Atmetlla Molina, Notario.—1 vez.—CE2018009558.—(
IN2018269197 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las 00 horas 00 minutos del 12 de junio del año 2018, se
constituyó la sociedad denominada Vidaventura Sociedad Anónima.—San
José, 16 de julio del 2018.—Licda. Cindy Araya Montes, Notaria.—1
vez.—CE2018009559.—( IN2018269198 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las 09 horas 16 minutos del 13 de julio del año 2018, se
constituyó la sociedad denominada Ciento Cuarenta Mil Doscientos Cincuenta
Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 16 de julio del 2018.—Lic.
Ricardo Suárez Badilla, Notario.—1 vez.—CE2018009560.—( IN2018269199 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las 09 horas 00 minutos del 28 de junio del año 2018, se
constituyó la sociedad denominada Terodan del Carmen Sociedad Anónima.—San
José, 16 de julio del 2018.—Lic. Carlos Arturo Terán Paris, Notario.—1
vez.—CE2018009561.—( IN2018269200 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las 11 horas 00 minutos del 05 de julio del año 2018, se
constituyó la sociedad denominada Inversiones de Arancibia Sociedad Anónima.—San
José, 16 de julio del 2018.—Lic. Jorge Francisco Ross Araya, Notario.—1
vez.—CE2018009562.—( IN2018269201 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las 11 horas 10 minutos del 13 de julio del año 2018, se
constituyó la sociedad denominada Casacerchio Sociedad Anónima.—San
José, 16 de julio del 2018.—Lic. Ricardo Suárez Badilla, Notario.—1
vez.—CE2018009563.—( IN2018269202 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las 14 horas 00 minutos del 16 de julio del año 2018, se
constituyó la sociedad denominada Esterillos ECO Properties Sociedad de
Responsabilidad Limitada.—San José, 16 de julio del 2018.—Lic. Sergio
Antonio Solera Lacayo, Notario.—1 vez.—CE2018009564.—( IN2018269203 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las 12 horas 00 minutos del 03 de julio del año 2018, se
constituyó la sociedad denominada Civil Ingeniería y Desarrollo Cid Sociedad
Anónima.—San José, 16 de julio del 2018.—Lic. Federico Ureña Ferrero,
Notario.—1 vez.—CE2018009565.—( IN2018269204 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las 13:00 horas 00 minutos del 22 de junio del año 2018, se
constituyó la sociedad denominada Cowtown Sociedad de Responsabilidad
Limitada.—San José, 16 de julio del 2018.—Licda. Ana Graciela Alvarenga
Jiménez, Notaria.—1 vez.—CE2018009566.—( IN2018269205 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las 16 horas 30 minutos del 13 de abril del año 2018, se
constituyó la sociedad denominada Morete Adventure Tour Sociedad Anónima.—San
José, 16 de julio del 2018.—Lic. José Aurei Navarro Garro, Notario.—1
vez.—CE2018009567.—( IN2018269206 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las 12 horas 00 minutos del 13 de julio del año 2018, se
constituyó la sociedad denominada Majaviq Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San
José, 16 de julio del 2018.—Licda. Paola Castro Montealegre, Notaria.—1
vez.—CE2018009568.—( IN2018269207 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las 16 horas 00 minutos del 16 de julio del año 2018, se
constituyó la sociedad denominada Meliken Sociedad de Responsabilidad
Limitada.—San José, 16 de julio del 2018.—Lic. Olger Gerardo Vargas
Castillo, Notario.—1 vez.—CE2018009569.—( IN2018269208 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las 12:00 horas 00 minutos del 16 de julio del año 2018, se
constituyó la sociedad denominada Administradora Inmobiliaria Tanok Costa
Rica Sociedad Anónima.—San José, 16 de julio del 2018.—Lic. Jorge Fredy
Chacón Villalobos, Notario.—1 vez.—CE2018009570.—( IN2018269209 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las 14 horas 00 minutos del 12 de julio del año 2018, se
constituyó la sociedad denominada Inversiones Cheo V&M Sociedad Anónima.—San
José, 16 de julio del 2018.—Lic. Ricardo Reyes Calix, Notario.—1
vez.—CE2018009571.—( IN2018269210 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las 16 horas 15 minutos del 12 de julio del año 2018, se
constituyó la sociedad denominada Monteserra Sociedad de Responsabilidad
Limitada.—San José, 16 de julio del 2018.—Licda. Rafaela Solano Granados,
Notaria.—1 vez.—CE2018009572.—( IN2018269211 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las 10 horas 05 minutos del 16 de julio del año 2018, se
constituyó la sociedad denominada Importaciones Vensun Sociedad de
Responsabilidad Limitada.—San José, 16 de julio del 2018.—Lic. Carlos
Fabian Chaves Leitón, Notario.—1 vez.—CE2018009573.—( IN2018269212 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las 17 horas 30 minutos del 12 de julio del año 2018, se
constituyó la sociedad denominada Crelectrons Sociedad Anónima.—San
José, 16 de julio del 2018.—Licda. Carmen De Maria Castro Kahle, Notaria.—1
vez.—CE2018009574.—( IN2018269213 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las 16 horas 00 minutos del 16 de julio del año 2018, se
constituyó la sociedad denominada Barboza Vargas Limitada.—San José, 16
de julio del 2018.—Lic. Adrián Ceciliano Altamirano, Notario.—1
vez.—CE2018009575.—( IN2018269214 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las 14:00 horas 00 minutos del 16 de julio del año 2018, se
constituyó la sociedad denominada KR Manualidades Sociedad Anónima.—San
José, 16 de julio del 2018.—Lic. Luis Pablo Rojas Grijalba, Notario.—1
vez.—CE2018009576.—( IN2018269215 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las 14 horas 30 minutos del 12 de julio del año 2018, se
constituyó la sociedad denominada Ferretería HR Valle Azul Sociedad Anónima.—San
José, 16 de julio del 2018.—Licda. Priscila Vanessa Vizcaino Camas, Notaria.—1
vez.—CE2018009577.—( IN2018269217 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las 20 horas 00 minutos del 16 de julio del año 2018, se
constituyó la sociedad denominada Inversiones Argentinas LCM Sociedad
Anónima.—San José, 16 de julio del 2018.—Lic. Geovanny Víquez Arley,
Notario.—1 vez.—CE2018009578.—( IN2018269218 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las 14 horas 00 minutos del 14 de julio del año 2018, se
constituyó la sociedad denominada Softkey Solutions Sociedad Anónima.—San
José, 16 de julio del 2018.—Lic. Eduardo Alberto Castillo Mora, Notario.—1
vez.—CE2018009579.—( IN2018269219 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las 09 horas 00 minutos del 05 de julio del año 2018, se
constituyó la sociedad denominada Invesment.BD Limitada.—San José, 17 de
julio del 2018.—Licda. Eugenia María Rojas Rodríguez, Notaria.—1
vez.—CE2018009580.—( IN2018269220 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las 18:00 horas 00 minutos del 05 de junio del año 2018, se
constituyó la sociedad denominada Visión Grafika Sociedad Anónima.—San
José, 17 de julio del 2018.—Lic. Hernán Navarro Rojas, Notario.—1
vez.—CE2018009581.—( IN2018269221 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las 10 horas 00 minutos del 12 de julio del año 2018, se
constituyó la sociedad denominada Las Tres Potrillas Vindas Sociedad Anónima.—San
José, 17 de julio del 2018.—Licda. Esther Valverde Mora, Notaria.—1
vez.—CE2018009582.—( IN2018269222 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las 16 horas 00 minutos del 16 de julio del año 2018, se
constituyó la sociedad denominada: Espumas Joma CR Sociedad de
Responsabilidad Limitada.—San José, 17 de julio del 2018.—Lic. Ever Vargas
Araya, Notario.—1 vez.—CE2018009583.—( IN2018269223 ).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría a
las 08 horas 00 minutos del 10 de julio del año 2018, se constituyó la sociedad
denominada Patriotsoxpride the Second of Jaco
LLC Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José,
17 de julio del 2018.—Lic. Rodrigo Arturo Atmetlla Molina, Notario.—1 vez.—CE2018009584.—(
IN2018269224 ).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría a
las 15 horas 30 minutos del 14 de julio del año 2018, se constituyó la sociedad
denominada Don Pollo Frito Mollejones PZ Limitada.—San José, 17 de julio
del 2018.—Lic. Adrián Ceciliano Altamirano, Notario.—1 vez.—CE2018009585.—(
IN2018269225 ).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría a
las 12 horas 00 minutos del 12 de julio del año 2018, se constituyó la sociedad
denominada Integrity Green Sociedad Anónima.—San José, 17 de julio del
2018.—Lic. René Dagoberto Orellana Meléndez, Notario.—1 vez.—CE2018009586.—(
IN2018269226 ).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría,
a las 9:00 horas 00 minutos del 17 de julio del año 2018, se constituyó la
sociedad denominada Pinturas Castro EMGC Sociedad Anónima.—San
José, 17 de julio del 2018.—Lic. Oscar Sáenz Ugalde, Notario.—1
vez.—CE2018009587.—( IN2018269227 ).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría a
las 08 horas 00 minutos del 11 de julio del año 2018, se constituyó la sociedad
denominada Perfect Paradise Sociedad Anónima.—San José, 17 de julio del
2018.—Licda. Xinia María Arias Naranjo, Notaria.—1 vez.—CE2018009588.—(
IN2018269228 ).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría a
las 17 horas 00 minutos del 14 de julio del año 2018, se constituyó la sociedad
denominada Viquezuga Sociedad Anónima.—San José, 17 de julio del
2018.—Lic. Sergio Elizondo Garófalo, Notario.—1 vez.—CE2018009589.—(
IN2018269229 ).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría a
las 11 horas 00 minutos del 11 de julio del año 2018, se constituyó la sociedad
denominada El Bosque Trails Limitada.—San José, 17 de julio del
2018.—Lic. Freddy Mesén Bermúdez, Notario.—1 vez.—CE2018009590.—( IN2018269230
).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría,
a las 00:00 horas 45 minutos del 05 de julio del año 2018, se constituyó la
sociedad denominada Beatco Engineering Consulting Sociedad Anónima.—San
José, 17 de julio del 2018.—Lic. Max Alberto Monestel Peralta, Notario.—1
vez.—CE2018009591.—( IN2018269231 ).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría a
las 18 horas 00 minutos del 16 de julio del año 2018, se constituyó la sociedad
denominada Industria Ecoquímicas Sociedad de Responsabilidad
Limitada.—San José, 17 de julio del 2018.—Licda. Ilem Tatiana Rojas Rojas,
Notaria.—1 vez.—CE2018009592.—( IN2018269232 ).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría a
las 15 horas 00 minutos del 12 de julio del año 2018, se constituyó la sociedad
denominada Kombuchogusto Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José,
17 de julio del 2018.—Lic. Danilo Loaiza Bolandi, Notario.—1
vez.—CE2018009593.—( IN2018269233 ).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría a
las 15 horas 00 minutos del 16 de julio del año 2018, se constituyó la sociedad
denominada Zimplifica Sociedad Anónima.—San José, 17 de julio del
2018.—Licda. Ana Lorena Coto Esquivel, Notaria.—1 vez.—CE2018009594.—(
IN2018269234 ).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría a
las 16 horas 00 minutos del 16 de julio del año 2018, se constituyó la sociedad
denominada Carnicería El Chivito Sociedad Anónima.—San José, 17
de julio del 2018.—Lic. Martín de Jesús Álvarez Zamora, Notario.—1
vez.—CE2018009595.—( IN2018269235 ).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría,
a las 17:00 horas 00 minutos del 13 de julio del año 2018, se constituyó la
sociedad denominada Publicaciones y Distribuciones Marvar
Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 17 de julio
del 2018.—Lic. Arturo Joaquín Blanco Páez, Notario.—1 vez.—CE2018009596.—(
IN2018269236 ).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría a
las 11 horas 00 minutos del 12 de julio del año 2018, se constituyó la sociedad
denominada Servicios de Construcción L P Sociedad
Anónima.—San José, 17 de julio del 2018.—Licda. Olga Lidia Guerrero Vargas,
Notaria.—1 vez.—CE2018009597.—( IN2018269237 ).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría a
las 13 horas 00 minutos del 13 de junio del año 2018, se constituyó la sociedad
denominada Cayja Desarrollos Sociedad de Responsabilidad
Limitada.—San José, 17 de julio del 2018.—Lic. Javier Sebastián Jiménez
Monge, Notario.—1 vez.—CE2018009598.—( IN2018269238 ).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría a
las 10 horas 01 minutos del 21 de junio del año 2018, se constituyó la sociedad
denominada Solalera Limitada.—San José, 17 de julio del 2018.—Lic.
Ricardo José Cañas Escoto, Notario.—1 vez.—CE2018009599.—( IN2018269239 ).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría a
las 11 horas 00 minutos del 17 de julio del año 2018, se constituyó la sociedad
denominada Prime Properties in Costa Rica Limitada.—San José, 17 de
julio del 2018.—Lic. José Matías Tristán Montero, Notario.—1
vez.—CE2018009600.—( IN2018269240 ).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría a
las 11 horas 00 minutos del 17 de julio del año 2018, se constituyó la sociedad
denominada Gatze Global Desarrollos Deportivos Sociedad Anónima.—San
José, 17 de julio del 2018.—Lic. Ronald Francisco Ramírez Garita, Notario.—1
vez.—CE2018009601.—( IN2018269241 ).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría,
a las 9:00 horas 00 minutos del 16 de julio del año 2018, se constituyó la
sociedad denominada Nanakorobi Yaoki Sociedad de Responsabilidad
Limitada.—San José, 17 de julio del 2018.—Lic. Leonardo Díaz Rivel,
Notario.—1 vez.—CE2018009602.—( IN2018269242 ).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría a
las 17 horas 00 minutos del 16 de julio del año 2018, se constituyó la sociedad
denominada Nueva Creación ELS Sociedad Anónima.—San José,
17 de julio del 2018.—Lic. Hugo Madrigal Chinchilla, Notario.—1
vez.—CE2018009603.—( IN2018269243 ).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría a
las 09 horas 30 minutos del 17 de julio del año 2018, se constituyó la sociedad
denominada Monte Ruma Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San
José, 17 de julio del 2018.—Lic. Shuk Shen Young Au Yeung, Notario.—1
vez.—CE2018009604.—( IN2018269244 ).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría a
las 14 horas 00 minutos del 06 de julio del año 2018, se constituyó la sociedad
denominada Inversiones Maslo Internacional Sociedad Anónima.—San José,
17 de julio del 2018.—Licda. Jacqueline Gamboa Valverde, Notaria.—1
vez.—CE2018009605.—( IN2018269245 ).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría,
a las 10:00 horas 00 minutos del 12 de julio del año 2018, se constituyó la
sociedad denominada World Wide Product Supplier Sociedad Anónima.—San
José, 17 de julio del 2018.—Licda. Alejandra Castro Peck, Notaria.—1
vez.—CE2018009606.—( IN2018269246 ).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría,
a las 9:00 horas 00 minutos del 16 de julio del año 2018, se constituyó la
sociedad denominada Elran Sociedad Anónima.—San José, 17 de julio del
2018.—Licda. Gabriela Oviedo Vargas, Notaria.—1 vez.—CE2018009607.—(
IN2018269247 ).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría a
las 19 horas 00 minutos del 15 de julio del año 2018, se constituyó la sociedad
denominada Empresa de Seguridad Privada Ligero Cazadores Elite
Sociedad Anonima.—San José, 17 de julio del 2018.—Licda. Lidiette Carvajal
Sánchez, Notaria.—1 vez.—CE2018009608.—( IN2018269248 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las 8:00 horas 30 minutos del 11 de julio del año 2018, se
constituyó la sociedad denominada Corporación Comagrasur Limitada.—San
José, 17 de julio del 2018.—Lic. Jorge Daniel Moncrieffe Santana, Notario.—1
vez.—CE2018009609.—( IN2018269249 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las 09 horas 15 minutos del 17 de julio del año 2018, se
constituyó la sociedad denominada Blue Hound Investments Sociedad de
Responsabilidad Limitada.—San José, 17 de julio del 2018.—Lic. Dan Alberto
Hidalgo Hidalgo, Notario.—1 vez.—CE2018009610.—( IN2018269250 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las 11 horas 00 minutos del 25 de junio del año 2018, se
constituyó la sociedad denominada Alquimia M & G Bebidas Sociedad de
Responsabilidad Limitada.—San José, 17 de julio del 2018.—Lic. Andrés
Antonio Arias Victory, Notario.—1 vez.—CE2018009611.—( IN2018269251 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las 11 horas 00 minutos del 17 de julio del año 2018, se
constituyó la sociedad denominada. Gonen Pacific Limitada.—San José, 17
de julio del 2018.—Lic. Alan Masis Angulo, Notario.—1 vez.—CE2018009612.—(
IN2018269252 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las 00:00 horas 00 minutos del 17 de julio del año 2018, se
constituyó la sociedad denominada Nafre Limitada.—San José, 17 de julio
del 2018.—Lic. Freddy Mesén Bermúdez, Notario.—1 vez.—CE2018009613.—(
IN2018269253 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las 09 horas 00 minutos del 06 de julio del año 2018, se
constituyó la sociedad denominada Scoolstuff Limitada.—San José, 17 de
julio del 2018.—Lic. Óscar Emilio Zeledón Grau, Notario.—1 vez.—CE2018009614.—(
IN2018269254 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las 09 horas 45 minutos del 11 de julio del año 2018, se
constituyó la sociedad denominada Brisas de Caracol Sur Sur Limitada.—San
José, 17 de julio del 2018.—Lic. Jorge Daniel Moncrieffe Santana, Notario.—1
vez.—CE2018009615.—(IN2018269255 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las 17 horas 30 minutos del 15 de julio del año 2018, se
constituyó la sociedad denominada Diprocolas Sociedad de Responsabilidad
Limitada.—San José, 17 de julio del 2018.—Licda. Xinia María Ulloa Solano,
Notaria.—1 vez.—CE2018009616.—( IN2018269256 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las 11:00 horas 00 minutos del 13 de julio del año 2018, se
constituyó la sociedad denominada Kids and Baby Limitada.—San José, 17
de julio del 2018.—Lic. Rodrigo Madrigal Núñez, Notario.—1 vez.—CE2018009617.—(
IN2018269257 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las 13 horas 30 minutos del 09 de julio del año 2018, se
constituyó la sociedad denominada R A Innova (RAICR) Sociedad de
Responsabilidad Limitada.—San José, 17 de julio del 2018.—Lic. Soledad
Bustos Chaves, Notario.—1 vez.—CE2018009618.—( IN2018269258 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las 11 horas 25 minutos del 25 de junio del año 2018, se
constituyó la sociedad denominada Costa Rica Teca Internacional Sociedad
Anónima.—San José, 17 de julio del 2018.—Licda. Ana Elena Castillo Chaves,
Notaria.—1 vez.—CE2018009619.—( IN2018269259 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las 12 horas 00 minutos del 17 de julio del año 2018, se
constituyó la sociedad denominada Pharma Medical Sociedad Anónima.—San
José, 17 de julio del 2018.—Licda. Christy Alejandra Martínez Carvajal,
Notaria.—1 vez.—CE2018009620.—( IN2018269260 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las 09 horas 00 minutos del 16 de julio del año 2018, se
constituyó la sociedad denominada Importaciones Zerro Sociedad Anónima.—San
José, 17 de julio del 2018.—Lic. José Alberto Zúñiga López, Notario.—1
vez.—CE2018009621.—( IN2018269261 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las 15:00 horas 00 minutos del 13 de julio del año 2018, se
constituyó la sociedad denominada Ograpb Sociedad Anónima.—San José, 17
de julio del 2018.—Licda. Gabriela Oviedo Vargas, Notaria.—1
vez.—CE2018009622.—( IN2018269262 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las 13 horas 00 minutos del 17 de julio del año 2018, se
constituyó la sociedad denominada E T M Seguridad Sociedad Anónima.—San
José, 17 de julio del 2018.—Licda. Adriana Francisca Hidalgo Sánchez,
Notaria.—1 vez.—CE2018009623.—( IN2018269263 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría a las 09 horas 00 minutos del 16 de julio del año 2018, se
constituyó la sociedad denominada HKR Constructora Sociedad Anónima.—San
José, 17 de julio del 2018.—Lic. Marcelo José Gamboa Venegas, Notario.—1
vez.—CE2018009624.—( IN2018269264 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría a las 18 horas 00 minutos del 12 de julio del año 2018, se
constituyó la sociedad denominada Inversiones Gune Sociedad de
Responsabilidad Limitada.—San José, 17 de julio del 2018.—Lic. Isidor Asch
Steele, Notario.—1 vez.—CE2018009625.—( IN2018269265 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría a las 16 horas 00 minutos del 10 de julio del año 2018, se
constituyó la sociedad denominada The Computer Company Sociedad de
Responsabilidad Limitada.—San José, 17 de julio del 2018.—Lic. Jorge Guzmán
Calzada, Notario.—1 vez.—CE2018009626.—( IN2018269266 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las 9:00 horas 00 minutos del 17 de julio del año 2018, se
constituyó la sociedad denominada Swiss Cabrio Sociedad De Responsabilidad
Limitada.—San José, 17 de julio del 2018.—Licda. Ana Grettel Chaves Loría
Notaria.—1 vez.—CE2018009627.—( IN2018269267 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría a las 19 horas 11 minutos del 16 de julio del año 2018, se
constituyó la sociedad denominada Hexagon Logic Sociedad de Responsabilidad
Limitada.—San José, 17 de julio del 2018.—Licda. Adriana María Arias Mora
Notaria.—1 vez.—CE2018009628.—( IN2018269268 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría a las 12 horas 00 minutos del 03 de julio del año 2018, se
constituyó la sociedad denominada civil, Desarrollo E Ingenieria Sociedad
Anónima.—San José, 17 de julio del 2018.—Lic. Federico Ureña Ferrero,
Notario.—1 vez.—CE2018009629.—( IN2018269269 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las 15 horas 20 minutos del 09 de julio del año 2018, se
constituyó la sociedad denominada Desarrollos Karosan Sociedad de
Responsabilidad Limitada .—San José, 17 de julio del 2018.—Licda. Priscila
Picado Murillo Notaria.—1 vez.—CE2018009630.—( IN2018269270 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría a las 15 horas 05 minutos del 09 de julio del año 2018, se constituyó
la sociedad denominada Indesco Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San
José, 17 de julio del 2018.—Licda. Priscila Picado Murillo Notaria.—1
vez.—CE2018009631.—( IN2018269271 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría a las 15 horas 30 minutos del 19 de junio del año 2018, se
constituyó la sociedad denominada Servicios Múltiples QH de Occidente
Sociedad Anónima.—San José, 17 de julio del 2018.—Licda. María Del Milagro
Arguedas Delgado Notaria.—1 vez.—CE2018009632.—( IN2018269272 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las 10:00 horas 00 minutos del 06 de julio del año 2018, se
constituyó la sociedad denominada Fernández y Ulate Ingeniería y
Construcción Sociedad Anónima.—San José, 17 de julio del 2018.—Lic. Marlon
Eduardo Schlotterhausen Rojas, Notario.—1 vez.—CE2018009633.—( IN2018269273 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría a las 13 horas 00 minutos del 07 de julio del año 2018, se
constituyó la sociedad denominada Mantenimiento Farisa Sociedad Anónima.—San
José, 17 de julio del 2018.—Lic. Gerardo Delgado Del Valle, Notario.—1
vez.—CE2018009634.—( IN2018269274 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría a las 11 horas 00 minutos del 09 de julio del año 2018, se
constituyó la sociedad denominada Vigo Servicios M&L Sociedad Anónima.—San
José, 17 de julio del 2018.—Licda. Magally Herrera Jimenez, Notaria.—1
vez.—CE2018009635.—( IN2018269275 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las 8:00 horas 00 minutos del 06 de julio del año 2018, se constituyó
la sociedad denominada Servicios Cobrofacturas Ghss Sociedad de
Responsabilidad Limitada.—San José, 17 de julio del 2018.—Lic. Alejandro
José Burgos Bonilla, Notario.—1 vez.—CE2018009636.—( IN2018269276 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría a las 14 horas 45 minutos del 16 de julio del año 2018, se
constituyó la sociedad denominada PYV Industriales de Occidente
Sociedad Anónima.—San José, 17 de julio del 2018.—Lic. José Alberto Zúñiga
López, Notario.—1 vez.—CE2018009637.—( IN2018269277 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría a las 18 horas 00 minutos del 10 de julio del año 2018, se
constituyó la sociedad denominada Las Princesas de Lindora Sociedad Anónima.—San
José, 17 de julio del 2018.—Lic. Juan Bautista Moya Fernández , Notario.—1
vez.—CE2018009638.—( IN2018269330 ).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría a
las 12 horas 00 minutos del 14 de julio del año 2018, se constituyó la sociedad
denominada Palapa Dorado Fusión Sociedad Anónima.—San José, 17 de julio
del 2018.—Licda. Mónica Patricia Umaña Barrantes, Notaria.—1
vez.—CE2018009639.—( IN2018269331 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las 10 horas 30 minutos del 13 de julio del año 2018, se
constituyó la sociedad denominada Kafeclub Sociedad Anónima.—San José,
17 de julio del 2018.—Licda. Maricela Peña Acuña, Notaria.—1
vez.—CE2018009640.—( IN2018269332 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las 13 horas 10 minutos del 09 de julio del año 2018, se
constituyó la sociedad denominada ECM Comercializadora Mercantil Limitada.—San
José, 17 de julio del 2018.—Lic. Enrique David Céspedes Salas, Notario.—1
vez.—CE2018009641.—( IN2018269333 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las 9:00 horas 00 minutos del 17 de julio del año 2018, se
constituyó la sociedad denominada Int. Autostyle Corp. Sociedad de
Responsabilidad Limitada.—San José, 17 de julio del 2018.—Lic. Daniel
Mauricio Salazar Araya, Notario.—1 vez.—CE2018009642.—( IN2018269334 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las 12 horas 00 minutos del 17 de julio del año 2018, se
constituyó la sociedad denominada Chiquita Caribeña Sociedad Anónima.—San
José, 17 de julio del 2018.—Licda. Ana Grettel Chaves Loría, Notaria.—1
vez.—CE2018009643.—( IN2018269335 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las 12 horas 00 minutos del 11 de julio del año 2018, se
constituyó la sociedad denominada Los Cuatro Mapaches Alegres Sociedad de
Responsabilidad Limitada.—San José, 18 de julio del 2018.—Licda. Elissa
Madeline Stoffels Ughetta, Notaria.—1 vez.—CE2018009644.—( IN2018269336 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las 15 horas 00 minutos del 17 de julio del año 2018, se
constituyó la sociedad denominada Donde Licho Desde el Cincuenta y Cuatro
Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 18 de julio del 2018.—Lic.
Juan Carlos Bonilla Portocarrero, Notario.—1 vez.—CE2018009645.—( IN2018269337
).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría a las 09 horas 00 minutos del 15 de julio del año 2018, se
constituyó la sociedad denominada FFH Services Limitada Sociedad de
Responsabilidad Limitada.—San José, 18 de julio del 2018.—Lic. Hubert
Santiago Quirós Abarca, Notario.—1 vez.—CE2018009646.—( IN2018269338 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las 14:00 horas 00 minutos del 27 de mayo del año 2018, se
constituyó la sociedad denominada Nomadic Ikigai International Sociedad de
Responsabilidad Limitada.—San José, 18 de julio del 2018.—Lic. Rafael
Vladimir Valverde Ramírez, Notario.—1 vez.—CE2018009647.—( IN2018269339 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las 14 horas 00 minutos del 17 de julio del año 2018, se
constituyó la sociedad denominada Los Isleños de Gran Canaria
Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 18 de julio del 2018.—Lic.
Manuel Giménez Costillo, Notario.—1 vez.—CE2018009648.—( IN2018269340 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría a las 18 horas 00 minutos del 16 de julio del año 2018, se
constituyó la sociedad denominada Jiménez, Soto & Vargas CIA Contructora
Sociedad Anónima.—San José, 18 de julio del 2018.—Lic. Carlos Arturo
Terán Paris, Notario.—1 vez.—CE2018009649.—( IN2018269341 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría a las 16 horas 00 minutos del 17 de julio del año 2018, se
constituyó la sociedad denominada Dubar Veinticuatro Siete Sociedad
Anónima.—San José, 18 de julio del 2018.—Lic. Northoon Alville Allen White,
Notario.—1 vez.—CE2018009650.—( IN2018269342 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las 13:00 horas 33 minutos del 16 de julio del año 2018, se
constituyó la sociedad denominada Inversiones Olicam Sociedad Anónima.—San
José, 18 de julio del 2018.—Lic. Francis Estrada Acevedo, Notario.—1
vez.—CE2018009651.—( IN2018269343 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría a las 09 horas 00 minutos del 16 de julio del año 2018, se
constituyó la sociedad denominada Grupo HKR Constructora Sociedad
Anónima.—San José, 18 de julio del 2018.—Lic. Marcelo José Gamboa Venegas ,
Notario.—1 vez.—CE2018009652.—( IN2018269344 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría a las 14 horas 00 minutos del 05 de julio del año 2018, se
constituyó la sociedad denominada Altmont Dieciocho Sociedad Anónima.—San
José, 18 de julio del 2018.—Lic. Álvaro Rodrigo Mora Salazar, Notario.—1
vez.—CE2018009653.—( IN2018269345 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría a las 12 horas 30 minutos del 13 de junio del año 2018, se
constituyó la sociedad denominada I Global CR Sociedad Anónima.—San
José, 18 de julio del 2018.—Lic. Ileana Rodríguez González, Notaria.—1
vez.—CE2018009654.—( IN2018269346 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las 11 horas 50 minutos del 12 de junio del año 2018, se
constituyó la sociedad denominada Alverstone División de Costa Rica Sociedad
Anónima.—San José, 18 de julio del 2018.—Lic. Ester Rodríguez González,
Notario.—1 vez.—CE2018009655.—( IN2018269347 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las 16 horas 00 minutos del 16 de julio del año 2018, se
constituyó la sociedad denominada Convenios Barjar Tamarindo PZ Limitada.—San
José, 18 de julio del 2018.—Lic. Adrián Ceciliano Altamirano, Notario.—1
vez.—CE2018009656.—( IN2018269348 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las 13 horas 00 minutos del 16 de julio del año 2018, se
constituyó la sociedad denominada Hem Cero Cero Uno Construction Inc
Sociedad Anónima.—San José, 18 de julio del 2018.—Licda. Karen Melissa
Morelli Alfaro, Notaria.—1 vez.—CE2018009657.—( IN2018269349 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las 08 horas 00 minutos del 18 de julio del año 2018, se
constituyó la sociedad denominada Paradise Hills Sociedad Anónima.—San
José, 18 de julio del 2018.—Lic. Erasmo Enrique Rojas Madrigal, Notario.—1
vez.—CE2018009658.—( IN2018269350 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las 18 horas 30 minutos del 13 de julio del año 2018, se
constituyó la sociedad denominada Fusión Crops Sociedad Anónima.—San
José, 18 de julio del 2018.—Lic. Edwin Mauricio Rojas Quirós, Notario.—1
vez.—CE2018009659.—( IN2018269351 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las 11 horas 00 minutos del 11 de julio del año 2018, se
constituyó la sociedad denominada RYM Contbilidad y Finanzas Limitada.—San
José, 18 de julio del 2018.—Lic. Helber Enrique Brenes Arce, Notario.—1
vez.—CE2018009660.—( IN2018269352 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las 11 horas 00 minutos del 13 de julio del año 2018, se
constituyó la sociedad denominada Tojema Intl Sociedad Anónima.—San
José, 18 de julio del 2018.—Licda. Andrea Fernández Bonilla, Notaria.—1
vez.—CE2018009661.—( IN2018269353 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las 00 horas 00 minutos del 17 de julio del año 2018, se
constituyó la sociedad denominada Nafre de Monteverde Limitada.—San
José, 18 de julio del 2018.—Lic. Freddy Mesén Bermúdez, Notario.—1
vez.—CE2018009662.—( IN2018269354 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las 14 horas 00 minutos del 12 de julio del año 2018, se
constituyó la sociedad denominada Servicios Globales de Construcciones
Desarollos e Inversión de Costa Rica Sociedad Anónima.—San José, 18 de
julio del 2018.—Lic. Roland Antonio García Navarro, Notario.—1
vez.—CE2018009663.—( IN2018269355 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las 13 horas 00 minutos del 17 de julio del año 2018, se
constituyó la sociedad denominada BRC Tres Uno Cero Tres Sociedad de
Responsabilidad Limitada.—San José, 18 de julio del 2018.—Lic. Eleonora
Alejandra Varela Sánchez, Notaria.—1 vez.—CE2018009664.—( IN2018269356 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría a las 08 horas 00 minutos del 18 de julio del año 2018, se
constituyó la sociedad denominada Oberhaus Management Limitada.—San
José, 18 de julio del 2018.—Licda. Ismene Arroyo Marín, Notaria.—1
vez.—CE2018009665.—( IN2018269357 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las 16 horas 00 minutos del 17 de julio del año 2018, se
constituyó la sociedad denominada F.H.G LLC Sociedad de Responsabilidad
Limitada.—San José, 18 de julio del 2018.—Licda. Vilma Acuña Arias,
Notaria.—1 vez.—CE2018009666.—( IN2018269358 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las 09 horas 45 minutos del 18 de julio del año 2018, se
constituyó la sociedad denominada Sky-High Ingeniería Sociedad de
Responsabilidad Limitada.—San José, 18 de julio del 2018.—Licda. Eslava
Hernández Jiménez, Notaria.—1 vez.—CE2018009667.—( IN2018269359 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las 09 horas 45 minutos del 18 de julio del año 2018, se
constituyó la sociedad denominada Sky-High Ingeniería Sociedad de
Responsabilidad Limitada.—San José, 18 de julio del 2018.—Licda. Eslava
Hernández Jiménez, Notaria.—1 vez.—CE2018009667.—( IN2018269359 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las 10:00 horas 00 minutos del 16 de enero del año 2018, se
constituyó la sociedad denominada Renacr MKT S. A. Sociedad Anónima.—San
José, 18 de julio del 2018.—Lic. Gabriel Zamora Márquez, Notario.—1
vez.—CE2018009669.—( IN2018269361 ).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría a
las 17 horas 00 minutos del 26 de junio del año 2018, se constituyó la sociedad
denominada Matisoft Costa Rica Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 18 de julio del
2018.—Licda. Vivian Gazel Cortés, Notaria.—1 vez.—CE2018009670—( IN2018269362
).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría a las 11 horas 30 minutos del 14 de julio del año 2018, se
constituyó la sociedad denominada Vital Dental Care Sociedad Anónima.—San
José, 18 de julio del 2018.—Licda. Lucia Azofeifa Azofeifa, Notaria.—1
vez.—CE2018009671.—( IN2018269363 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría a las 09 horas 00 minutos del 18 de julio del año 2018, se
constituyó la sociedad denominada Colis Sociedad Anónima.—San José, 18
de julio del 2018.—Lic. Geovanny Víquez Arley, Notario.—1 vez.—CE2018009672.—(
IN2018269364 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las 14 horas 00 minutos del 16 de julio del año 2018, se
constituyó la sociedad denominada Inversiones Vía Grande Sociedad de
Responsabilidad Limitada.—San José, 18 de julio del 2018.—Lic. Jorge
Antonio Escalante Escalante, Notario.—1 vez.—CE2018009673.—( IN2018269365 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría a las 11 horas 00 minutos del 17 de julio del año 2018, se
constituyó la sociedad denominada Next Choice CR Real Estate Ventures Llc
Limitada.—San José, 18 de julio del 2018.—Lic. José Matías Tristán Montero,
Notario.—1 vez.—CE2018009674.—( IN2018269366 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las 8:00 horas 30 minutos del 18 de julio del año 2018, se
constituyó la sociedad denominada Joysa Sociedad Anónima.—San José, 18
de julio del 2018.—Lic. Alfonso Gerardo Bolaños Alpízar, Notario.—1
vez.—CE2018009675.—( IN2018269367 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría a las 13 horas 00 minutos del 18 de julio del año 2018, se
constituyó la sociedad denominada Mcdile Coco Sociedad de
Responsabilidad Limitada.—San José, 18 de julio del 2018.—Lic. Omar Jalil
Ayales Aden, Notario.—1 vez.—CE2018009676.—( IN2018269368 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría a las 10 horas 00 minutos del 11 de julio del año 2018, se
constituyó la sociedad denominada MHJ Inversiones Sociedad Anónima.—San
José, 18 de julio del 2018.—Licda. Alejandra María Montiel Quirós, Notaria.—1
vez.—CE2018009677.—( IN2018269369 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las 11:00 horas 00 minutos del 18 de julio del año 2018, se
constituyó la sociedad denominada Dididik Sociedad de Responsabilidad
Limitada.—San José, 18 de julio del 2018.—Lic. Luis Felipe Gamboa Camacho,
Notario.—1 vez.—CE2018009678.—( IN2018269370 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría a las 12 horas 00 minutos del 17 de julio del año 2018, se
constituyó la sociedad denominada Pharma Medical PGS Sociedad Anónima.—San
José, 18 de julio del 2018.—Licda. Christy Alejandra Martínez Carvajal,
Notaria.—1 vez.—CE2018009679.—( IN2018269371 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las 10 horas 00 minutos del 07 de junio del año 2018, se
constituyó la sociedad denominada Ganadería El Torito de La Bajura Sociedad
Anónima.—San José, 18 de julio del 2018.—Lic. Ulises José Retana Jiménez,
Notario.—1 vez.—CE2018009680.—( IN2018269372 ).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría a
las 09 horas 00 minutos del 16 de julio del año 2018, se constituyó la sociedad
denominada Constructora Ka´Bá Sociedad Anónima.—San José, 18 de julio
del 2018.—Lic. Marcelo José Gamboa Venegas, Notario.—1 vez.—CE2018009681.—(
IN2018269373 ).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría,
a las 11:00 horas 00 minutos del 17 de julio del año 2018, se constituyó la
sociedad denominada Frutas y Transportes Caribeños del
Atlántico Central Sociedad Anónima.—San José, 18 de julio del
2018.—Lic. Salvador Gerardo Orozco Trejos, Notario.—1 vez.—CE2018009682.—(
IN2018269374 ).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría a
las 07 horas 00 minutos del 10 de julio del año 2018, se constituyó la sociedad
denominada Grobs Ent Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San
José, 18 de julio del 2018.—Lic. Jorge Enrique Muñoz García, Notario.—1
vez.—CE2018009683.—( IN2018269375 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta Notaría a las 10 horas 00 minutos del 17 de julio del año 2018, se
constituyó la sociedad denominada Supertiendas Detodo Costa Rica Sociedad
Anónima.—San José, 18 de julio del 2018.–Lic. Marco Vinicio Solano Gómez,
Notario.—1 vez.—CE2018009684.—( IN2018269376 ).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría a
las 15 horas 00 minutos del 17 de julio del año 2018, se constituyó la sociedad
denominada Grupo El Pata Limitada.—San José, 18 de julio del 2018.—Lic.
Manfred Gerhard Marshall Facio, Notario.—1 vez.—CE2018009685.—( IN2018269377 ).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría a
las 11 horas 00 minutos del 18 de julio del año 2018, se constituyó la sociedad
denominada Inmobiliaria S.N.S.T Sociedad de
Responsabilidad Limitada.—San José, 18 de julio del 2018.—Lic. Carlos
Gutiérrez Font, Notario.—1 vez.—CE2018009686.—( IN2018269378 ).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría a
las 20 horas 00 minutos del 18 de julio del año 2018, se constituyó la sociedad
denominada Berco Tours and Transportation Sociedad de
Responsabilidad Limitada.—San José, 18 de julio del 2018.—Licda. Clara
Eugenie Alvarado Jiménez, Notaria.—1 vez.—CE2018009687.—( IN2018269379 ).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría,
a las 16:00 horas 00 minutos del 17 de julio del año 2018, se constituyó la
sociedad denominada El Fin del Camino Sociedad Anónima.—San José,
18 de julio del 2018.—Lic. Manfred Fischel Robles, Notario.—1
vez.—CE2018009688.—( IN2018269380 ).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría a
las 17 horas 00 minutos del 17 de julio del año 2018, se constituyó la sociedad
denominada Fishtales Sociedad Anónima.—San José, 18 de julio del
2018.—Lic. Manfred Fischel Robles, Notario.—1 vez.—CE2018009689.—( IN2018269381
).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría,
a las 18 horas 00 minutos del 17 de julio del año 2018, se constituyó la
sociedad denominada Ladida Golfito Sociedad Anónima.—San José, 18 de
julio del 2018.—Lic. Manfred Fischel Robles, Notario.—1 vez.—CE2018009690.—(
IN2018269382 ).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría a
las 09 horas 00 minutos del 09 de julio del año 2018, se constituyó la sociedad
denominada N.F.N. Import Sociedad Anónima.—San José, 18 de julio
del 2018.—Lic. Rafael Ángel Guillén Monge, Notario.—1 vez.—CE2018009691.—(
IN2018269383 ).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría a
las 16 horas 00 minutos del 13 de julio del año 2018, se constituyó la sociedad
denominada Multiservicios Selah Sociedad de Responsabilidad
Limitada.—San José, 18 de julio del 2018.—Lic. Byron Iván Espinoza Ulate,
Notario.—1 vez.—CE2018009692.—( IN2018269384 ).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría,
a las 8:00 horas 00 minutos del 18 de julio del año 2018, se constituyó la
sociedad denominada Nene Pastelería Sociedad Anónima.—San José,
18 de julio del 2018.—Lic. Edwin Astúa Porras, Notario.—1 vez.—CE2018009693.—(
IN2018269385 ).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría,
a las 12:00 horas 00 minutos del 18 de julio del año 2018, se constituyó la
sociedad denominada Gastronomía F&F Sociedad de
Responsabilidad Limitada.—San José, 18 de julio del 2018.—Lic. Edgar
Antonio Nassar Guier, Notario.—1 vez.—CE2018009694.—( IN2018269386 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las 15 horas 00 minutos del 17 de julio del año 2018, se
constituyó la sociedad denominada Capitalia Consultores Sociedad Anónima.—San
José, 18 de julio del 2018.—Lic. José Alfredo Campos Salas, Notario.—1
vez.—CE2018009695.—( IN2018269387 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las 10 horas 00 minutos del 18 de Julio del año 2018, se
constituyó la sociedad denominada Laureles Primero Dos Mil Veinte Sociedad
Anónima.—San José, 18 de Julio del 2018.—Licda. Sindy Priscilla González
Chacón, Notaria.—1 vez.—CE2018009696.—( IN2018269388 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría a las 09 horas 00 minutos del 17 de Julio del año 2018, se
constituyó la sociedad denominada Hogar MYR Sociedad Anónima.—San José,
18 de Julio del 2018.—Lic. Aldy Alfaro Di Bella, Notario.—1 vez.—
CE2018009697.—( IN2018269389 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las 10 horas 00 minutos del 18 de julio del año 2018, se
constituyó la sociedad denominada Terra Segundo Dos Mil Veinte Sociedad
Anónima.—San José, 18 de julio del 2018.—Licda. Sindy Priscilla González
Chacón, Notaria.—1 vez.—CE2018009698.—( IN2018269390 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las 16:00 horas 00 minutos del 16 de julio del año 2018, se
constituyó la sociedad denominada Jiromo de Nosara Sociedad de
Responsabilidad Limitada.—San José, 18 de julio del 2018.—Lic. Mauricio del
Valle Hernández, Notario.—1 vez.—CE2018009699.—( IN2018269396 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las 08 horas 30 minutos del 11 de junio del año 2018, se
constituyó la sociedad denominada VMA Management Facilities Sociedad Anónima.—San
José, 18 de julio del 2018.—Licda. Adriana Vargas Rosales, Notaria.—1
vez.—CE2018009700.—( IN2018269397 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las 14:00 horas 00 minutos del 09 de julio del año 2018, se
constituyó la sociedad denominada Monorrieles de Costa Rica Sociedad Anónima.—San
José, 18 de julio del 2018.—Lic. Gabelo Rodríguez Quesada, Notario.—1
vez.—CE2018009701.—( IN2018269398 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las 18 horas 00 minutos del 18 de julio del año 2018, se
constituyó la sociedad denominada Publi Ofertas Costa Rica Sociedad Anónima.—San
José, 18 de julio del 2018.—Lic. Fernando Vargas Rojas, Notario.—1
vez.—CE2018009702.—( IN2018269399 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las 18 horas 00 minutos del 18 de julio del año 2018, se
constituyó la sociedad denominada Publi Ofertas Costa Rica Sociedad Anónima.—San
José, 18 de julio del 2018.—Lic. Fernando Vargas Rojas, Notario.—1
vez.—CE2018009703.—( IN2018269400 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las 17 horas 00 minutos del 13 de julio del año 2018, se
constituyó la sociedad denominada Grupo Financiero Segura Sociedad Anónima.—San
José, 19 de julio del 2018.—Licda. Leila Marcela Ross Porras, Notaria.—1
vez.—CE2018009704.—( IN2018269401 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las 8:00 horas 00 minutos del 18 de julio del año 2018, se
constituyó la sociedad denominada Invertodo Sociedad Anónima.—San José,
19 de julio del 2018.—Licda. Ginnette Arias Mora, Notario.—1
vez.—CE2018009705.—( IN2018269402 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las 18 horas 30 minutos del 18 de julio del año 2018, se
constituyó la sociedad denominada Salón Cincuenta y Ocho Sociedad de
Responsabilidad Limitada.—San José, 19 de julio del 2018.—Licda. Ivonne
María Alfaro Brenes, Notaria.—1 vez.—CE2018009706.—( IN2018269403 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las 12:00 horas 00 minutos del 18 de julio del año 2018, se
constituyó la sociedad denominada Grupo Huarun Costa Rica Sociedad Anónima.—San
José, 19 de julio del 2018.—Lic. Gabriel Gerardo Valenciano Rojas, Notario.—1
vez.—CE2018009707.—( IN2018269404 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las 16 horas 00 minutos del 18 de julio del año 2018, se
constituyó la sociedad denominada Multi Foods Sociedad Anónima.—San
José, 19 de julio del 2018.—Lic. Alfredo Álvarez Quirós, Notario.—1
vez.—CE2018009708.—( IN2018269405 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las 8:00 horas 30 minutos del 18 de julio del año 2018, se
constituyó la sociedad denominada Inversiones Y S A L P Sociedad Anónima.—San
José, 19 de julio del 2018.—Lic. Alfonso Gerardo Bolaños Alpízar, Notario.—1
vez.—CE2018009709.—( IN2018269406 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las 18 horas 00 minutos del 12 de julio del año 2018, se
constituyó la sociedad denominada Inversiones Gunel Sociedad de
Responsabilidad Limitada.—San José, 19 de julio del 2018.—Lic. Isidor Asch
Steele, Notario.—1 vez.—CE2018009710.—( IN2018269407 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las 19:00 horas 00 minutos del 06 de julio del año 2018, se
constituyó la sociedad denominada Rogeol Sociedad Anónima.—San José, 19
de julio del 2018.—Licda. Eida Patricia Sáenz Zumbado, Notaria.—1
vez.—CE2018009711.—( IN2018269408 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las 16 horas 00 minutos del 26 de junio del año 2018, se
constituyó la sociedad denominada Inversiones JDFA Sociedad de
Responsabilidad Limitada.—San José, 19 de julio del 2018.—Lic. William
David Solís Segura, Notario.—1 vez.—CE2018009712.—( IN2018269409 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las 14 horas 00 minutos del 18 de julio del año 2018, se
constituyó la sociedad denominada Turfsafari Sociedad de Responsabilidad
Limitada.—San José, 19 de julio del 2018.—Licda. Ismene Arroyo Marín,
Notaria.—1 vez.—CE2018009713.—( IN2018269410 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las 10 horas 00 minutos del 19 de julio del año 2018, se
constituyó la sociedad denominada Constructora KYLCSA del Pacífico Limitada.—San
José, 19 de julio del 2018.—Lic. Víctor Hugo Fernández Mora, Notario.—1
vez.—CE2018009714.—( IN2018269411 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las 14:00 horas 00 minutos del 18 de julio del año 2018, se
constituyó la sociedad denominada Arrieta Fleur de LYS del Sur Sociedad de
Responsabilidad Limitada.—San José, 19 de julio del 2018.—Lic. Luis Felipe
Gamboa Camacho, Notario.—1 vez.—CE2018009715.—( IN2018269412 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las 09 horas 00 minutos del 18 de julio del año 2018, se
constituyó la sociedad denominada Zárate y Compañía Centroamericana Sociedad
Anónima.—San José, 19 de julio del 2018.—Lic. Leonardo Díaz Rivel,
Notario.—1 vez.—CE2018009716.—( IN2018269413 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las 14 horas 00 minutos del 18 de enero del año 2018, se
constituyó la sociedad denominada Muhu Limitada.—San José, 19 de julio
del 2018.—Lic. Manfred Gerhard Marshall Facio, Notario.—1 vez.—CE2018009717.—(
IN2018269414 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las 15 horas 00 minutos del 18 de julio del año 2018, se
constituyó la sociedad denominada Turfsafari Management Services Sociedad de
Responsabilidad Limitada.—San José, 19 de julio del 2018.—Licda. Ismene
Arroyo Marín, Notaria.—1 vez.—CE2018009718.—( IN2018269415 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las 11 horas 00 minutos del 04 de julio del año 2018, se
constituyó la sociedad denominada Morama Hermanos Sociedad Anónima.—San
José, 19 de julio del 2018.—Lic. Marco Vinicio Araya Arroyo, Notario.—1
vez.—CE2018009719.—( IN2018269416 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las 13 horas 00 minutos del 12 de julio del año 2018, se
constituyó la sociedad denominada L & J Seguridad Sociedad Anónima.—San
José, 19 de julio del 2018.—Licda. María Abigail Ruiz Rosales, Notaria.—1
vez.—CE2018009720.—( IN2018269417 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las 10:00 horas 30 minutos del 17 de julio del año 2018, se
constituyó la sociedad denominada Buen Vista Pacífica Sociedad de
Responsabilidad Limitada.—San José, 19 de julio del 2018.—Licda. María del
Milagro Arguedas Delgado, Notaria.—1 vez.—CE2018009721.—( IN2018269418 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las 10 horas 00 minutos del 16 de julio del año 2018, se
constituyó la sociedad denominada Ophir & Koerfer Property Investment
Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 19 de julio del 2018.—Lic.
Omar Tabash Fonseca, Notario.—1 vez.—CE2018009722.—( IN2018269419 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las 15 horas 00 minutos del 29 de junio del año 2018, se
constituyó la sociedad denominada Kri Orore Kri Sociedad Anónima.—San
José, 19 de julio del 2018.—Lic. Claudio Antonio Hernández Guerrero, Notario.—1
vez.—CE2018009723.—( IN2018269420 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las 15 horas 00 minutos del 18 de julio del año 2018, se
constituyó la sociedad denominada Amiel Sociedad Anónima.—San José, 19
de julio del 2018.—Licda. Karol Tatiana Segura Sandoval, Notaria.—1
vez.—CE2018009724.—( IN2018269421 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las 09 horas 00 minutos del 18 de junio del año 2018, se
constituyó la sociedad denominada Faseco Telecom Sociedad de Responsabilidad
Limitada.—San José, 19 de julio del 2018.—Licda. Georgia Lorena Montt
Villacura, Notaria.—1 vez.—CE2018009725.—( IN2018269422 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las 13 horas 30 minutos del 07 de julio del año 2018, se
constituyó la sociedad denominada Danza y Proyección Escénica Adagio
Sociedad Anónima.—San José, 19 de julio del 2018.—Licda. María Abigail Ruiz
Rosales, Notaria.—1 vez.—CE2018009726.—( IN2018269423 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las 14:00 horas 00 minutos del 17 de julio del año 2018, se
constituyó la sociedad denominada Los Mosqueteros del Mar Pibpg Sociedad
Anónima.—San José, 19 de julio del 2018.—Licda. Alejandra Patricia Borjas
Bourdeth, Notaria.—1 vez.—CE2018009727.—( IN2018269424 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las 08 horas 00 minutos del 19 de Julio del año 2018, se
constituyó la sociedad denominada Alce América Limitada.—San José, 19 de
julio del 2018.—Lic. Orlando Gustavo Araya Amador, Notario.—1 vez.—CE2018009728.—(
IN2018269425 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las 15 horas 40 minutos del 17 de julio del año 2018, se
constituyó la sociedad denominada Rancho Vida Caribe Sociedad Anónima.—San
José, 19 de julio del 2018.—Lic. Alfredo Carazo Ramírez, Notario.—1
vez.—CE2018009729.—( IN2018269426 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta Notaría a las 15 horas 00 minutos del 11 de julio del año 2018, se
constituyó la sociedad denominada Laboratorios Cartín Desamparados Sociedad
Anónima.—San José, 19 de julio del 2018.—Lic. Marco Vinicio Villegas
Arroyo, Notario.—1 vez.—CE2018009730.—( IN2018269427 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las 18 horas 00 minutos del 17 de julio del año 2018, se
constituyó la sociedad denominada Inversiones L Camuri Sociedad Anónima.—San
José, 19 de julio del 2018.—Lic. Roberto Villegas Espinoza, Notario.—1
vez.—CE2018009731.—( IN2018269428 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las 17 horas 00 minutos del 17 de julio del año 2018, se
constituyó la sociedad denominada Cartalaw Limitada.—San José, 19 de
julio del 2018.—Licda. Ana Patricia Vargas Jara, Notaria.—1
vez.—CE2018009732.—( IN2018269429 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las 13:00 horas 00 minutos del 16 de junio del año 2018, se
constituyó la sociedad denominada Lubricentro Fast Sociedad Anónima.—San
José, 19 de julio del 2018.—Lic. Deiber Porras Guerrero, Notario.—1
vez.—CE2018009733.—( IN2018269430 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las 11 horas 00 minutos del 19 de julio del año 2018, se
constituyó la sociedad denominada Kona Papagayo LLC Limitada.—San José,
19 de julio del 2018.—Licda. Priscilla Solano Castillo, Notaria.—1
vez.—CE2018009734.—( IN2018269431 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las 11 horas 00 minutos del 06 de julio del año 2018, se
constituyó la sociedad denominada Interglobal Connect ISP Sociedad Anónima.—San
José, 19 de julio del 2018.—Lic. Luis Paulo Castro Hernández, Notario.—1
vez.—CE2018009735.—( IN2018269432 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las 12:00 horas 40 minutos del 17 de julio del año 2018, se
constituyó la sociedad denominada Transportes Eléctricos Rojo y Asociados S.
A. Sociedad Anónima.—San José, 19 de julio del 2018.—Lic. Enrique Curling Alvarado,
Notario.—1 vez.—CE2018009736.—( IN2018269433 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las 08 horas 15 minutos del 19 de julio del año 2018, se
constituyó la sociedad denominada Atenas Rea LLC Limitada.—San José, 19
de julio del 2018.—Lic. Pablo Arias González, Notario.—1 vez.—CE2018009737.—(
IN2018269434 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las 15 horas 00 minutos del 18 de julio del año 2018, se
constituyó la sociedad denominada Turfsafari Management Services LLC
Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 19 de julio del
2018.—Licda. Ismene Arroyo Marín, Notaria.—1 vez.—CE2018009738.—( IN2018269435
).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las 10 horas 00 minutos del 18 de julio del año 2018, se
constituyó la sociedad denominada Condominio Altos de Anderes Sociedad
Anónima.—San José, 19 de julio del 2018.—Licda. Eleonora Ortiz Runnebaum,
Notaria.—1 vez.—CE2018009739.—( IN2018269436 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las 12:00 horas 00 minutos del 17 de julio del año 2018, se
constituyó la sociedad denominada Invercredit Solutions M&S Sociedad de
Responsabilidad Limitada.—San José, 19 de julio del 2018.—Lic. Luis
Alejandro Vargas Carazo, Notario.—1 vez.—CE2018009740.—( IN2018269437 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las 14 horas 50 minutos del 18 de julio del año 2018, se
constituyó la sociedad denominada Teos Sociedad Anónima.—San José, 19 de
julio del 2018.—Licda. Bianchy Magdalena Rodriguez Salas, Notaria.—1
vez.—CE2018009741.—( IN2018269438 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las 09 horas 00 minutos del 03 de julio del año 2018, se
constituyó la sociedad denominada Jota G.C. Seguridad Empresarial Sociedad
Anónima.—San José, 19 de julio del 2018.—Lic. Jorge Bonilla Peña,
Notario.—1 vez.—CE2018009742.—( IN2018269439 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las 15 horas 04 minutos del 21 de junio del año 2018, se
constituyó la sociedad denominada Constructora Jermeik Sociedad Anónima.—San
José, 19 de julio del 2018.—Lic. Marco Aurelio Zamora Morales, Notario.—1
vez.—CE2018009743.—( IN2018269440 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las 14:00 horas 45 minutos del 19 de julio del año 2018, se
constituyó la sociedad denominada Centro Superior RAC Sociedad Anónima.—San
José, 19 de julio del 2018.—Licda. Pamela Quesada Venegas, Notaria.—1
vez.—CE2018009744.—( IN2018269441 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las 15 horas 30 minutos del 12 de junio del año 2018, se
constituyó la sociedad denominada JJC Inversiones del Norte Sociedad Anónima.—San
José, 19 de julio del 2018.—Lic. Freddy Nelson Pérez Barrientos, Notario.—1
vez.—CE2018009745.—( IN2018269442 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las 16 horas 00 minutos del 14 de julio del año 2018, se
constituyó la sociedad denominada In Services Latam Sociedad de
Responsabilidad Limitada.—San José, 19 de julio del 2018.—Lic. Juan Manuel
Campos Ávila, Notario.—1 vez.—CE2018009746.—( IN2018269443 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las 11 horas 00 minutos del 19 de julio del año 2018, se
constituyó la sociedad denominada Nuevo Colon Development Limitada.—San
José, 19 de julio del 2018.—Lic. Andrés Montejo Morales, Notario.—1 vez.—CE2018009747.—(
IN2018269444 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las 12:00 horas 00 minutos del 19 de julio del año 2018, se
constituyó la sociedad denominada Nuevo Colón Partners Limitada.—San
José, 19 de julio del 2018.—Lic. Andrés Montejo Morales, Notario.—1
vez.—CE2018009748.—( IN2018269445 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las 13 horas 00 minutos del 19 de julio del año 2018, se
constituyó la sociedad denominada Asesorías Canoas A.C Limitada.—San
José, 19 de julio del 2018.—Lic. Alex Thompson Chacón, Notario.—1
vez.—CE2018009749.—( IN2018269446 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las 15 horas 10 minutos del 16 de julio del año 2018, se
constituyó la sociedad denominada Almacén Ávila Sociedad Anónima.—San
José, 19 de julio del 2018.—Licda. María Antonieta Rodríguez Sandoval,
Notaria.—1 vez.—CE2018009750.—( IN2018269447 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las 14 horas 00 minutos del 19 de julio del año 2018, se
constituyó la sociedad denominada Guiones H Twenty-Seven Development Entity
Sociedad Anónima.—San José, 19 de julio del 2018.—Lic. José Alberto
Schroeder Leiva, Notario.—1 vez.—CE2018009751.—( IN2018269448 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las 15 horas 00 minutos del 04 de julio del año 2018, se
constituyó la sociedad denominada Out Of Arizona Sociedad Anónima.—San
José, 19 de julio del 2018.—Lic. Edwin Alfredo Chacón Bolaños, Notario.—1
vez.—CE2018009752.—( IN2018269449 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las 13 horas 00 minutos del 09 de julio del año 2018, se
constituyó la sociedad denominada Eagle Cost Sociedad de Responsabilidad
Limitada.—San José, 19 de julio del 2018.—Lic. Rolando Miguel Guardiola
Arroyo, Notario.—1 vez.—CE2018009753.—( IN2018269450 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las 09 horas 00 minutos del 16 de julio del año 2018, se
constituyó la sociedad denominada El Tururum Sociedad Anónima.—San José,
19 de julio del 2018.—Lic. Ballardo Avalos Sequeira, Notario.—1 vez.—CE2018009754.—(
IN2018269451 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las 16 horas 00 minutos del 06 de marzo del año 2017, se
constituyó la sociedad denominada Publi - Wifi ZN Sociedad Anónima.—San
José, 19 de julio del 2018.—Lic. Ballardo Avalos Sequeira, Notario.—1
vez.—CE2018009755.—( IN2018269452 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las 13 horas 00 minutos del 16 de julio del año 2018, se
constituyó la sociedad denominada Hem Amir Cero Cero Uno Construction INC
Sociedad Anónima.—San José, 19 de julio del 2018.—Licda. Karen Melissa
Morelli Alfaro, Notaria.—1 vez.—CE2018009756.—( IN2018269453 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las 14 horas 00 minutos del 20 de junio del año 2018, se
constituyó la sociedad denominada Sin Fronteras Pura Vida Limitada.—San
José, 20 de julio del 2018.—Lic. Fernando Pizarro Abarca, Notario.—1
vez.—CE2018009771.—( IN2018269454 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las 16:00 horas 00 minutos del 06 de julio del año 2018, se
constituyó la sociedad denominada Abundancia Creativa Sociedad de
Responsabilidad Limitada.—San José, 20 de julio del 2018.—Licda. Gabriela
Gómez Solera, Notaria.—1 vez.—CE2018009772.—( IN2018269455 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las 09 horas 00 minutos del 16 de julio del año 2018, se
constituyó la sociedad denominada Colibrí Renovation Team Limitada.—San
José, 20 de julio del 2018.—Lic. Fernando Pizarro Abarca, Notario.—1
vez.—CE2018009773.—( IN2018269456 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las 15 horas 00 minutos del 18 de julio del año 2018, se
constituyó la sociedad denominada Familia de Pablo y Sofía de Guanacaste
Sociedad Anónima.—San José, 20 de julio del 2018.—Lic. José Antonio Aiza
Juárez, Notario.—1 vez.—CE2018009774.—( IN2018269457 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las 10 horas 00 minutos del 29 de junio del año 2018, se
constituyó la sociedad denominada Sterling CGB. Worldwide Sociedad de
Responsabilidad Limitada.—San José, 20 de julio del 2018.—Licda. Yerlyn
Tatiana Mena Navarrete, Notaria.—1 vez.—CE2018009775.—( IN2018269458 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las 19 horas 00 minutos del 19 de julio del año 2018, se
constituyó la sociedad denominada Kofi Estudio de Diseño Limitada.—San
José, 20 de julio del 2018.—Lic. Jonathan Quiros Brenes, Notario.—1
vez.—CE2018009776.—( IN2018269459 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las 08 horas 00 minutos del 18 de julio del año 2018, se
constituyó la sociedad denominada Denene Pastelería Sociedad Anónima.—San
José, 20 de julio del 2018.—Lic. Edwin Astua Porras, Notario.—1
vez.—CE2018009777.—( IN2018269460 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las 09 horas 00 minutos del 16 de julio del año 2018, se
constituyó la sociedad denominada Constructora Barrantes & Víquez
Sociedad Anónima.—San José, 20 de julio del 2018.—Lic. Dagoberto Madrigal
Mesén, Notario.—1 vez.—CE2018009778.—( IN2018269461 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las 8:00 horas 00 minutos del 19 de julio del año 2018, se
constituyó la sociedad denominada Kruger Costa Rica Sociedad Anónima.—
San José, 20 de julio del 2018.—Lic. Gabriel Zamora Baudrit, Notario.—1
vez.—CE2018009779.—( IN2018269462 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las 18 horas 00 minutos del 18 de julio del año 2018, se
constituyó la sociedad denominada Inversiones Álvarez & Alvarado de
Belén Sociedad Anónima.—San José, 20 de julio del 2018.—Lic. Randall
Francisco Fallas Castro, Notario.—1 vez.—CE2018009780.—( IN2018269463 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las 10 horas 00 minutos del 09 de agosto del año 2017, se
constituyó la sociedad denominada TMS International Sociedad Anónima.—San
José, 20 de julio del 2018.—Lic. Juan Manuel Gómez Mora, Notario.—1
vez.—CE2018009781.—( IN2018269464 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las 16 horas 00 minutos del 16 de marzo del año 2018, se
constituyó la sociedad denominada Texarq Import Sociedad Anónima.—San
José, 20 de julio del 2018.—Licda. Andrea Fernández Bonilla, Notaria.—1
vez.—CE2018009782.—( IN2018269465 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las 16 horas 30 minutos del 27 de junio del año 2018, se
constituyó la sociedad denominada Importadora El Pirata Sociedad Anónima.—San
José, 20 de julio del 2018.—Lic. Marco Aurelio Zamora Morales, Notario.—1
vez.—CE2018009783.—( IN2018269466 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las 11 horas 00 minutos del 20 de julio del año 2018, se
constituyó la sociedad denominada Inversiones Retuanis Sociedad de
Responsabilidad Limitada.—San José, 20 de julio del 2018.—Lic. José Pablo
Masís Artavia, Notario.—1 vez.—CE2018009784.—( IN2018269467 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las 9:00 horas 30 minutos del 20 de julio del año 2018, se
constituyó la sociedad denominada Explorador de Viajes Limitada.—San
José, 20 de julio del 2018.—Licda. Annia Shirley Zúñiga Méndez, Notaria.—1
vez.—CE2018009785.—( IN2018269468 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las 10 horas 00 minutos del 19 de julio del año 2018, se
constituyó la sociedad denominada Puerto Shop Sociedad Anónima.—San
José, 20 de julio del 2018.—Licda. Ingrid Magaly Sánchez Araya, Notaria.—1
vez.—CE2018009786.—( IN2018269469 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las 17 horas 00 minutos del 18 de julio del año 2018, se
constituyó la sociedad denominada Molina Corrales Sociedad Anónima.—San
José, 20 de julio del 2018.—Licda. Jessica Sánchez Fonseca, Notaria.—1
vez.—CE2018009787.—( IN2018269470 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las 10 horas 00 minutos del 14 de julio del año 2018, se
constituyó la sociedad denominada Constructora Heme del Roble Sociedad
Anónima.—San José, 20 de julio del 2018.—Lic. Jorge Fernando Salgado Portuguez,
Notario.—1 vez.—CE2018009788.—( IN2018269471 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las 11 horas 00 minutos del 19 de julio del año 2018, se
constituyó la sociedad denominada C.K.C Alva Asesorías y Servicios
Logísticos Sociedad Anónima.—San José, 20 de julio del 2018.—Licda. Karol
Cristina Guzmán Ramírez, Notaria.—1 vez.—CE2018009789.—( IN2018269472 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las 15 horas 00 minutos del 01 de julio del año 2018, se
constituyó la sociedad denominada Tita Du Sociedad Anónima.—San José, 20
de julio del 2018.—Lic. Carlos Eduardo Quesada Madrigal, Notario.—1
vez.—CE2018009790.—( IN2018269473 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las 00:00 horas 00 minutos del 20 de julio del año 2018, se
constituyó la sociedad denominada H & A Grupo Consultor Sociedad de
Responsabilidad Limitada.—San José, 20 de julio del 2018.—Licda. Nidia
María Alvarado Morales, Notaria.—1 vez.—CE2018009791.—( IN2018269474 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las 09 horas 00 minutos del 16 de julio del año 2018, se
constituyó la sociedad denominada Elluranc Sociedad Anónima.—San José,
20 de julio del 2018.—Licda. Gabriela Oviedo Vargas, Notaria.—1
vez.—CE2018009792.—( IN2018269475 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las 16 horas 00 minutos del 14 de julio del año 2018, se
constituyó la sociedad denominada In Services Sociedad de Responsabilidad
Limitada.—San José, 20 de julio del 2018.—Lic. Juan Manuel Campos Ávila,
Notario.—1 vez.—CE2018009793.—( IN2018269476 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las 10 horas 00 minutos del 03 de julio del año 2018, se
constituyó la sociedad denominada Sociedad Constructora Ángeles Zúñiga
Sociedad Anónima.—San José, 20 de julio del 2018.—Licda. Zaira Salazar
Castro, Notaria.—1 vez.—CE2018009794.—( IN2018269477 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las 12 horas 30 minutos del 20 de julio del año 2018, se
constituyó la sociedad denominada Vive Verde Sistemas Solares Limitada.—San
José, 20 de julio del 2018.—Licda. Silvia Vega Carballo, Notaria.—1
vez.—CE20180097945.—( IN2018269478 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las 10 horas 00 minutos del 18 de julio del año 2018, se
constituyó la sociedad denominada Moracas de Quepos Sociedad de
Responsabilidad Limitada.—San José, 20 de julio del 2018.—Lic. Andrés
Antonio Bonilla Valdés, Notario.—1 vez.—CE2018009796.—( IN2018269479 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las 13 horas 00 minutos del 20 de julio del año 2018, se
constituyó la sociedad denominada Inversiones Castillo Schouwé Sociedad de
Responsabilidad Limitada.—San José, 20 de julio del 2018.—Lic. Douglas
Alvarado Castro, Notario.—1 vez.—CE2018009797.—( IN2018269480 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las 12 horas 00 minutos del 17 de julio del año 2018, se
constituyó la sociedad denominada Corporación Martines & Segura de C.R.
Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 20 de julio del 2018.—Lic.
Luis Alejandro Vargas Carazo, Notario.—1 vez.—CE2018009798.—( IN2018269481 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las 19:00 horas 00 minutos del 02 de julio del año 2018, se
constituyó la sociedad denominada Costa Rica Environmental Solutions
Sociedad Anónima.—San José, 20 de julio del 2018.—Lic. Marco Antonio
Rodríguez Vargas, Notario.—1 vez.—CE2018009799.—( IN2018269482 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las 11 horas 00 minutos del 20 de julio del año 2018, se
constituyó la sociedad denominada Magic Fish Limitada.—San José, 20 de
julio del 2018.—Licda. Annia Shirley Zúñiga Méndez, Notaria.—1
vez.—CE2018009800.—( IN2018269483 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las 08 horas 00 minutos del 20 de julio del año 2018, se
constituyó la sociedad denominada Tensor and Cía Sociedad Anónima.—San
José, 20 de julio del 2018.—Lic. Dagoberto Madrigal Mesén, Notario.—1
vez.—CE2018009801.—( IN2018269484 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las 17 horas 20 minutos del 16 de julio del año 2018, se constituyó
la sociedad denominada TRT Licensing Sociedad Anónima.—San José, 20 de
julio del 2018.—Lic. Fernando Dionisio Zamora Castellanos, Notario.—1
vez.—CE2018009802.—( IN2018269485 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las 12 horas 00 minutos del 20 de julio del año 2018, se
constituyó la sociedad denominada Historieria Sociedad de Responsabilidad
Limitada.—San José, 20 de julio del 2018.—Lic. Elías Shadid Esquivel,
Notario.—1 vez.—CE2018009803.—( IN2018269486 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría a las 11 horas 00 minutos del 02 de junio del año 2018, se
constituyó la sociedad denominada Vega Jeans L&L CR Sociedad de
Responsabilidad Limitada.—San José, 20 de julio del 2018.—Lic. Marco
Antonio Rodríguez Vargas, Notario.—1 vez.—CE2018009804.—( IN2018269487 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las 13:00 horas 50 minutos del 18 de julio del año 2018, se
constituyó la sociedad denominada TRT Interactive Sociedad Anónima.—San
José, 20 de julio del 2018.—Lic. Fernando Dionisio Zamora Castellanos,
Notario.—1 vez.—CE2018009805.—( IN2018269488 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las 15 horas 00 minutos del 08 de junio del año 2018, se
constituyó la sociedad denominada Plus Consultors Company Sociedad de
Responsabilidad Limitada.—San José, 20 de julio del 2018.—Licda. María de
los Ángeles Angulo Gómez, Notaria.—1 vez.—CE2018009806.—( IN2018269489 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las 11 horas 00 minutos del 10 de julio del año 2018, se
constituyó la sociedad denominada Chefka Sociedad Anónima.—San José, 20
de julio del 2018.—Licda. María de los Ángeles Portela Rojas, Notaria.—1
vez.—CE2018009807.—( IN2018269490 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las 19 horas 15 minutos del 16 de julio del año 2018, se
constituyó la sociedad denominada RBHK Investments Sociedad Anónima.—San
José, 20 de julio del 2018.—Lic. Fernando Dionisio Zamora Castellanos,
Notario.—1 vez.—CE2018009808.—( IN2018269491 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las 14 horas 45 minutos del 18 de julio del año 2018, se
constituyó la sociedad denominada S.O.S. Mantenimiento y Limpieza Sociedad
Anónima.—San José, 20 de julio del 2018.—Licda. Karina del Carmen Badilla
Abarca, Notaria.—1 vez.—CE2018009809.—( IN2018269492 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las 11 horas 00 minutos del 19 de julio del año 2018, se
constituyó la sociedad denominada Níspero Labs Sociedad Anónima.—San
José, 20 de julio del 2018.—Licda. Ivannia Méndez Rodríguez, Notaria.—1
vez.—CE2018009810.—( IN2018269493 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las 09 horas 18 minutos del 18 de julio del año 2018, se
constituyó la sociedad denominada Expandd Development and Design Sociedad de
Responsabilidad Limitada.—San José, 20 de julio del 2018.—Licda. Carla
Baltodano Estrada, Notaria.—1 vez.—CE2018009811.—( IN2018269494 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las 11 horas 00 minutos del 16 de julio del año 2018, se
constituyó la sociedad denominada Vams Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San
José, 20 de julio del 2018.—Lic. Shih Min Lin Chang, Notaria.—1
vez.—CE2018009812.—( IN2018269495 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las 11 horas 00 minutos del 22 de junio del año 2018, se
constituyó la sociedad denominada Grupo Trigueros Ramírez Sociedad Anónima.—San
José, 20 de julio del 2018.—Lic. Gabriel Zamora Baudrit, Notario.—1
vez.—CE2018009813.—( IN2018269496 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las 17 horas 10 minutos del 16 de julio del año 2018, se
constituyó la sociedad denominada TRT Development Sociedad Anónima.—San
José, 20 de julio del 2018.—Lic. Fernando Dionisio Zamora Castellanos,
Notario.—1 vez.—CE2018009814.—( IN2018269497 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las 12 horas 00 minutos del 10 de julio del año 2018, se
constituyó la sociedad denominada Baska Engineering Sociedad Anónima.—San
José, 20 de julio del 2018.—Lic. José Carlos Barquero Arce, Notario.—1
vez.—CE2018009815.—( IN2018269498 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las 14 horas 00 minutos del 23 de junio del año 2018, se
constituyó la sociedad denominada Trans Gato y Mini Sociedad Anónima.—San
José, 20 de julio del 2018.—Licda. Rosa María Corrales Villalobos, Notaria.—1
vez.—CE2018009816.—( IN2018269499 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las 20 horas 00 minutos del 18 de julio del año 2018, se
constituyó la sociedad denominada Allpro Medical Sociedad de Responsabilidad
Limitada.—San José, 20 de julio del 2018.—Lic. David Alonso Montero
Camacho, Notario.—1 vez.—CE2018009817.—( IN2018269500 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las 14 horas 00 minutos del 28 de junio del año 2018, se
constituyó la sociedad denominada Vidrio de Mar Sociedad Anónima.—San
José, 20 de julio del 2018.—Licda. Carolina Muñoz Solís, Notaria.—1
vez.—CE2018009818.—( IN2018269501 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las 08 horas 00 minutos del 18 de julio del año 2018, se
constituyó la sociedad denominada Lonsocietytrescientos Treinta y Tres
Sociedad Anónima.—San José, 19 de julio del 2018.—Licda. Vera Violeta
Salazar Rojas, Notaria.—1 vez.—CE2018009757.—( IN2018269502 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las 17 horas 00 minutos del 13 de julio del año 2018, se
constituyó la sociedad denominada Grupo Empresarial Segura Sociedad Anónima.—San
José, 20 de julio del 2018.—Licda. Leila Marcela Ross Porras, Notaria.—1
vez.—CE2018009758.—( IN2018269503 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las 08 horas 00 minutos del 19 de julio del año 2018, se
constituyó la sociedad denominada Trading Corporation del Caribe Sociedad
Anónima.—San José, 20 de julio del 2018.—Lic. Carlos Eduardo Murillo
Rodríguez, Notario.—1 vez.—CE2018009759.—( IN2018269504 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las 16 horas 00 minutos del 16 de julio del año 2018, se
constituyó la sociedad denominada Espumas CRVM Sociedad de Responsabilidad
Limitada.—San José, 20 de julio del 2018.—Lic. Ever Vargas Araya,
Notario.—1 vez.—CE2018009760.—( IN2018269505 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las 15 horas 00 minutos del 18 de julio del año 2018, se
constituyó la sociedad denominada por el número de cédula jurídica que le asigne
el Registro Público al momento de su inscripción Sociedad Anónima.—San José, 20
de julio del 2018.—Lic. Javier Estrada González, Notario.—1
vez.—CE2018009761.—( IN2018269506 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las 12 horas 30 minutos del 17 de julio del año 2018, se
constituyó la sociedad denominada Sendero de la Vida SV Sociedad de
Responsabilidad Limitada.—San José, 20 de julio del 2018.—Lic. Roberto Soto
Vega, Notario.—1 vez.—CE2018009762.—( IN2018269507 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las 14 horas 00 minutos del 05 de julio del año 2018, se
constituyó la sociedad denominada Inversiones ZZH de Occidente Sociedad
Anónima.—San José, 20 de julio del 2018.—Lic. José Francisco Barahona
Segnini, Notario.—1 vez.—CE2018009763.—( IN2018269508 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las 20 horas 30 minutos del 10 de julio del año 2018, se
constituyó la sociedad denominada Servicios Múltiples Estragui Sociedad
Anónima.—San José, 20 de julio del 2018.—Lic. Edwin Martín Chacón Saborío,
Notario.—1 vez.—CE2018009764.—( IN2018269509 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las 09 horas 00 minutos del 19 de julio del año 2018, se
constituyó la sociedad denominada Sentido Este Sociedad Anónima.—San
José, 20 de julio del 2018.—Licda. Andrea Maria Meléndez Corrales, Notaria.—1
vez.—CE2018009765.—( IN2018269510 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las 15 horas 00 minutos del 12 de julio del año 2018, se
constituyó la sociedad denominada City View Sociedad Anónima.—San José,
20 de julio del 2018.—Lic. Álvaro Rodrigo Mora Salazar, Notario.—1
vez.—CE2018009766.—( IN2018269511 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las 15 horas 45 minutos del 18 de julio del año 2018, se
constituyó la sociedad denominada SYC Gestion Humana y Comercio Sociedad
Anónima.—San José, 20 de julio del 2018.—Lic. Álvaro Rodrigo Mora Salazar,
Notario.—1 vez.—CE2018009767.—( IN2018269512 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las 19:00 horas 00 minutos del 19 de julio del año 2018, se
constituyó la sociedad denominada Mark It Sociedad de Responsabilidad
Limitada.—San José, 20 de julio del 2018.—Lic. Diego Alonso Fernández
Otárola, Notario.—1 vez.—CE2018009768.—( IN2018269513 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las 09 horas 00 minutos del 20 de julio del año 2018, se
constituyó la sociedad denominada Fenby Limitada.—San José, 20 de julio
del 2018.—Licda. Mariana Isabel Alfaro Salas, Notaria.—1 vez.—CE2018009769.—(
IN2018269514 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las 20 horas 00 minutos del 15 de julio del año 2018, se
constituyó la sociedad denominada Spartan Winter Sociedad Anónima.—San
José, 20 de julio del 2018.—Lic. Gretchen Mora Valverde, Notario.—1
vez.—CE2018009770.—( IN2018269515 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las 10 horas 00 minutos del 10 de julio del año 2018, se
constituyó la sociedad denominada JSJS Sociedad Anónima.—San José, 20 de
julio del 2018.—Licda. Gaudy Gabriela Mora Retana, Notaria.—1 vez.—CE2018009819.—(
IN2018269516 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las 11 horas 00 minutos del 15 de julio del año 2018, se
constituyó la sociedad denominada OG E-Sports Sociedad de Responsabilidad
Limitada.—San José, 20 de julio del 2018.—Lic. Óscar Diyer Montero Badilla,
Notario.—1 vez.—CE2018009820.—( IN2018269517 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las 17 horas 00 minutos del 07 de junio del año 2018, se
constituyó la sociedad denominada Carr-Tek Sociedad Anónima.—San José, 20
de julio del 2018.—Lic. Jonathan Ruiz Campos, Notario.—1 vez.—CE2018009821.—(
IN2018269518 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las 17 horas 00 minutos del 16 de julio del año 2018, se
constituyó la sociedad denominada Distribuidora Valgari Sociedad de
Responsabilidad Limitada.—San José, 20 de julio del 2018.—Lic. Óscar Diyer
Montero Badilla, Notario.—1 vez.—CE2018009822.—( IN2018269519 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las 14 horas 00 minutos del 20 de julio del año 2018, se
constituyó la sociedad denominada Prefil International Corporation Pic
Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 21 de julio del
2018.—Licda. Victoria Van Ginkel Mourelo, Notaria.—1 vez.—CE2018009823.—(
IN2018269520 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las 14 horas 00 minutos del 10 de julio del año 2018, se
constituyó la sociedad denominada Inversiones Estrellas Doradas Sociedad
Anónima.—San José, 21 de julio del 2018.—Lic. Eladio Antonio Picado Ramírez,
Notario.—1 vez.—CE2018009824.—( IN2018269521 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las 17 horas 00 minutos del 12 de julio del año 2018, se
constituyó la sociedad denominada Ardeva Sociedad Anónima.—San José, 22
de julio del 2018.—Lic. Eladio Antonio Picado Ramírez, Notario.—1
vez.—CE2018009825.—( IN2018269523 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las 16:00 horas 00 minutos del 16 de julio del año 2018, se
constituyó la sociedad denominada Ticos de Canadá Sociedad Anónima.—San
José, 22 de julio del 2018.—Lic. Eladio Antonio Picado Ramírez, Notario.—1
vez.—CE2018009826.—( IN2018269524 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las 20 horas 00 minutos del 20 de julio del año 2018, se
constituyó la sociedad denominada Dachhaus Sociedad de Responsabilidad
Limitada.—San José, 22 de julio del 2018.—Lic. José Carlos Quesada
González, Notario.—1 vez.—CE2018009827.—( IN2018269525 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las 17 horas 00 minutos del 22 de julio del año 2018, se
constituyó la sociedad denominada Rifer y Asociados Sociedad Anónima.—San
José, 22 de julio del 2018.—Licda. Diana Picado Vargas, Notaria.—1
vez.—CE2018009828.—( IN2018269527 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las 07 horas 00 minutos del 11 de julio del año 2018, se
constituyó la sociedad denominada Telefonía y Tecnología de Costa Rica
Sociedad Anónima.—San José, 23 de julio del 2018.—Licda. Tatiana Vanessa
Castro Alfaro, Notaria.—1 vez.—CE2018009829.—( IN2018269528 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las 13 horas 00 minutos del 19 de julio del año 2018, se
constituyó la sociedad denominada Rosa & Clavel Sociedad Anónima.—San
José, 23 de julio del 2018.—Lic. Gary Lloyd Hidalgo de La O, Notario.—1
vez.—CE2018009830.—( IN2018269529 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las 17 horas 00 minutos del 13 de julio del año 2018, se
constituyó la sociedad denominada Grufise Sociedad Anónima.—San José, 23
de julio del 2018.—Licda. Leila Marcela Ross Porras, Notaria.—1
vez.—CE2018009831.—( IN2018269530 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las 12:00 horas 00 minutos del 17 de julio del año 2018, se
constituyó la sociedad denominada Zegen Pharma Sociedad Anónima.—San
José, 23 de julio del 2018.—Licda. Christy Alejandra Martínez Carvajal,
Notaria.—1 vez.—CE2018009832.—( IN2018269531 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las 09 horas 00 minutos del 20 de julio del año 2018, se
constituyó la sociedad denominada Jack And Romeo Limitada.—San José, 23
de julio del 2018.—Licda. Mariana Isabel Alfaro Salas, Notaria.—1
vez.—CE2018009833.—( IN2018269532 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las 15 horas 30 minutos del 22 de julio del año 2018, se
constituyó la sociedad denominada Twenty Three Levels Consulting Sociedad de
Responsabilidad Limitada.—San José, 23 de julio del 2018.—Lic. Luis
Guillermo Coto Cervantes, Notario.—1 vez.—CE2018009834.—( IN2018269533 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las 09 horas 30 minutos del 20 de julio del año 2018, se
constituyó la sociedad denominada Josemaiz Sociedad de Responsabilidad
Limitada.—San José, 23 de julio del 2018.—Licda. Claudia Elena Martínez
Odio, Notaria.—1 vez.—CE2018009835.—( IN2018269534 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las 17:00 horas 00 minutos del 19 de julio del año 2018, se
constituyó la sociedad denominada Sportfishing and Golf Specialists Limitada.—San
José, 23 de julio del 2018.—Licda. Diana Elke Pinchanski Fachler, Notaria.—1
vez.—CE2018009836.—( IN2018269535 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría a las 10 horas 00 minutos del 20 de julio del año 2018, se
constituyó la sociedad denominada Fuego Dulce Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San
José, 23 de julio del 2018.—Licda. Claudia Elena Martínez Odio, Notaria.—1
vez.—CE2018009837.—( IN2018269537 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría a las 10 horas 00 minutos del 22 de julio del año 2018, se
constituyó la sociedad denominada Instalaciones Lazo Sociedad De
Responsabilidad Limitada.—San José, 23 de julio del 2018.—Lic. Jorge Luis
González Solano, Notario.—1 vez.—CE2018009838.—( IN2018269539 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría a las 09 horas 20 minutos del 21 de julio del año 2018, se
constituyó la sociedad denominada Elysium Holdings XXVXIII Sociedad de
Responsabilidad Limitada.—San José, 23 de julio del 2018.—Lic. Jefte David
Zúñiga Jimenez, Notario.—1 vez.—CE2018009839.—( IN2018269540 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las 16:00 horas 13 minutos del 18 de julio del año 2018, se
constituyó la sociedad denominada Tecnología Bonilla T B Sociedad Anónima.—San
José, 23 de julio del 2018.—Lic. Sergio Elizondo Garofalo, Notario.—1
vez.—CE2018009840.—( IN2018269541 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las 09 horas 00 minutos del 20 de julio del año 2018, se
constituyó la sociedad denominada Coble Corporation Limitada.—San José,
23 de julio del 2018.—Lic. José Alberto Schroeder Leiva, Notario.—1
vez.—CE2018009840.—( IN2018269542 ).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría a
las 08 horas 00 minutos del 23 de julio del año 2018, se constituyó la sociedad
denominada Connection Abroad By Sep Group Sociedad de Responsabilidad
Limitada.—San
José, 23 de julio del 2018.—Licda. Andrea María Meléndez Corrales, Notaria.—1
vez.—CE2018009841.—( IN2018269543 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría a las 09 horas 00 minutos del 17 de julio del año 2018, se
constituyó la sociedad denominada Volunteer Tours Sociedad Anónima.—San
José, 23 de julio del 2018.—Licda. Nazareth Abarca Madrigal, Notaria.—1
vez.—CE2018009842.—( IN2018269544 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las 14:00 horas 45 minutos del 20 de julio del año 2018, se
constituyó la sociedad denominada Meerkat Holdings Limitada.—San José,
23 de julio del 2018.—Lic. José Pablo Arce Piñar, Notario.—1
vez.—CE2018009843.—( IN2018269545 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría a las 18 horas 00 minutos del 17 de julio del año 2018, se
constituyó la sociedad denominada Inversiones Samyca Sociedad Anónima.—San
José, 23 de julio del 2018.—Lic. Roberto Villegas Espinoza, Notario.—1
vez.—CE2018009844.—( IN2018269546 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las 08 horas 00 minutos del 23 de julio del año 2018, se
constituyó la sociedad denominada Casa Ballena Guiones Sociedad de
Responsabilidad Limitada.—San José, 23 de julio del 2018.—Lic. William
Richard Philps Moore, Notario.—1 vez.—CE2018009845.—( IN2018269547 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las 14:00 horas 00 minutos del 19 de julio del año 2018, se
constituyó la sociedad denominada Tajo Arenal San Carlos Sociedad de
Responsabilidad Limitada.—San José, 23 de julio del 2018.–Lic. Guillermo Emilio
Zúñiga González, Notario.—1 vez.—CE2018009846.—( IN2018269548 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría a las 10 horas 00 minutos del 14 de julio del año 2018, se
constituyó la sociedad denominada Inversiones Gomez de Río Cuarto Sociedad
Anónima.—San José, 23 de julio del 2018.—Lic. Pastor de Jesús Bonilla
González, Notario.—1 vez.—CE2018009847.—( IN2018269549 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las 10 horas 00 minutos del 18 de julio del año 2018, se
constituyó la sociedad denominada Lindora Tercero Dos Mil Veinte Sociedad
Anónima.—San José, 23 de julio del 2018.—Licda. Sindy Priscilla González
Chacón, Notaria.—1 vez.—CE2018009848.—( IN2018269550 ).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 15 horas 00 minutos del 20 de julio
del año 2018, se constituyó la sociedad denominada Tectienda Sociedad
Anónima.—San José, 23 de julio del 2018.—Lic. Jorge Luis Quesada Hidalgo,
Notario.—1 vez.—CE2018009849.—( IN2018269551 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría a las 09 horas 00 minutos del 18 de junio del año 2018, se constituyó
la sociedad denominada Faseco Telecomunicaciones Sociedad De Responsabilidad
Limitada.—San José, 23 de julio del 2018.—Licda. Georgia Lorena Montt
Villacura, Notaria.—1 vez.—CE2018009850.—( IN2018269552 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las 13:00 horas 00 minutos del 20 de julio del año 2018, se
constituyó la sociedad denominada Brooklyn Arquitectura y Administración
Sociedad Anónima.—San José, 23 de julio del 2018.—Lic.. Gerardo Alonso
Benavides Sánchez, Notario.—1 vez.—CE2018009851.—( IN2018269553 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría a las 11 horas 00 minutos del 18 de julio del año 2018, se
constituyó la sociedad denominada Agrícola R N Ocho Sociedad
Anónima.—San José, 23 de julio del 2018.—Lic. Braulio Ulises Murillo Segura,
Notario.—1 vez.—CE2018009852.—( IN2018269554 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría a las 11 horas 00 minutos del 19 de julio del año 2018, se
constituyó la sociedad denominada Radiodent Sociedad Anónima.—San José,
23 de julio del 2018.—Lic. Braulio Ulises Murillo Segura, Notario.—1
vez.—CE2018009853.—( IN2018269555 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría a las 08 horas 30 minutos del 16 de julio del año 2018, se
constituyó la sociedad denominada Feviis Sociedad de Responsabilidad
Limitada.—San José, 23 de julio del 2018.—Lic. Felipe Gómez Rodríguez,
Notario.—1 vez.—CE2018009854.—( IN2018269556 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría a las 09 horas 15 minutos del 23 de julio del año 2018, se
constituyó la sociedad denominada Ferconce Alajuelita Sociedad Anónima.—San
José, 23 de julio del 2018.—Lic. Uriel Ortega Hegg, Notario.—1
vez.—CE2018009855.—( IN2018269557 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría a las 14 horas 30 minutos del 21 de julio del año 2018, se constituyó
la sociedad denominada Baez & Kios Inversiones Sociedad de
Responsabilidad Limitada.—San José, 23 de julio del 2018.—Lic. Edwin Martin
Chacón Saborío, Notario.—1 vez.—CE2018009856.—( IN2018269558 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría a las 00 horas 00 minutos del 09 de julio del año 2018, se
constituyó la sociedad denominada Wer Multiservicios Sociedad de
Responsabilidad Limitada.—San José, 23 de julio del 2018.—Lic. Georgia
Lorena Montt Villacura, Notaria.—1 vez.—CE2018009857.—( IN2018269559 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría a las 12 horas 00 minutos del 29 de junio del año 2018, se
constituyó la sociedad denominada Grupo Lobo Quinientos Seis Sociedad
Anónima.—San José, 23 de julio del 2018.—Lic. Guillermo Enrique Segura
Amador, Notario.—1 vez.—CE2018009858.—( IN2018269560 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría a las 10 horas 00 minutos del 10 de junio del año 2018, se
constituyó la sociedad denominada HCG Ingeniería Sociedad Anónima.—San
José, 23 de julio del 2018.—Lic. Soren Araya Madrigal, Notario.—1
vez.—CE2018009859.—( IN2018269561 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría a las 10 horas 38 minutos del 18 de julio del año 2018, se
constituyó la sociedad denominada Golds Cherrys Sociedad de Responsabilidad
Limitada.—San José, 23 de julio del 2018.—Lic. Fernando Berrocal Soto,
Notario.—1 vez.—CE2018009860.—( IN2018269562 ).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría a las 11 horas 00 minutos del 19 de julio del año 2018, se constituyó la sociedad denominada Nuevo Colón Development NCD Limitada.—San José, 23 de julio del 2018.—Lic. Andrés Montejo Morales, Notario.—1 vez.—CE2018009861.—( IN2018269563 ).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría a las 12 horas 00 minutos del 19 de julio del año 2018, se constituyó la sociedad denominada Nuevo Colón Artola Partners NCAP Limitada.—San José, 23 de julio del 2018.—Lic. Andrés Montejo Morales, Notario.—1 vez.—CE2018009862.—( IN2018269564 ).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría a las 13 horas 00 minutos del 21 de julio del año 2018, se constituyó la sociedad denominada Ofde Cuarenta Cuatrocientos Tres Sociedad Anónima.—San José, 23 de julio del 2018.—Lic. Sergio Arturo Bravo Aguilar, Notario.—1 vez.—CE2018009863.—( IN2018269565 ).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría a las 10 horas 00 minutos del 14 de julio del año 2018, se constituyó la sociedad denominada Inversiones Los Tejas Sociedad Anónima.—San José, 23 de julio del 2018.—Lic. Pastor de Jesús Bonilla González, Notario.—1 vez.—CE2018009864.—( IN2018269566 ).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría a las 12 horas 45 minutos del 20 de julio del año 2018, se constituyó la sociedad denominada Hits Alliance Higher Intelligent Technology Services Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 23 de julio del 2018.—Lic. Manuel Antonio Porras Vargas, Notario.—1 vez.—CE2018009865.—( IN2018269567 ).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría a las 14 horas 50 minutos del 18 de julio del año 2018, se constituyó la sociedad denominada Teos Cero Seis Sociedad Anónima.—San José, 23 de julio del 2018.—Licda. Bianchy Magdalena Rodríguez Salas, Notaria.—1 vez.—CE2018009866.—( IN2018269568 ).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría a las 10 horas 00 minutos del 23 de julio del año 2018, se constituyó la sociedad denominada Celiton Guanacaste LLC Limitada.—San José, 23 de julio del 2018.—Lic. Gabriel Chaves Ledezma, Notario.—1 vez.—CE2018009867.—( IN2018269569 ).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría a las 10 horas 00 minutos del 18 de julio del año 2018, se constituyó la sociedad denominada Boulevard Cuarto Dos Mil Veinte Sociedad Anónima.—San José, 23 de julio del 2018.—Licda. Sindy Priscilla González Chacón, Notaria.—1 vez.—CE2018009868.—( IN2018269570 ).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría a las 12 horas 00 minutos del 19 de julio del año 2018, se constituyó la sociedad denominada Restaurante J.B. Bistro Sociedad Anónima.—San José, 23 de julio del 2018.—Licda. María Gabriela Rodríguez Méndez, Notaria.—1 vez.—CE2018009869.—( IN2018269571 ).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría a las 10 horas 15 minutos del 22 de julio del año 2018, se constituyó la sociedad denominada MWM Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 23 de julio del 2018.—Licda. Rebeca Villanueva Porras, Notaria.—1 vez.—CE2018009870.—( IN2018269572 ).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría a las 10 horas 00 minutos del 18 de julio del año 2018, se constituyó la sociedad denominada Carolina Quinta Dos Mil Veinte Sociedad Anónima.—San José, 23 de julio del 2018.—Licda. Sindy Priscilla González Chacón, Notaria.—1 vez.—CE2018009871.—( IN2018269573 ).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría a las 14 horas 00 minutos del 20 de junio del año 2018, se constituyó la sociedad denominada Kinti Corporation Sociedad Anónima.—San José, 23 de julio del 2018.—Lic. Juan Carlos Chavez Alvarado, Notario.—1 vez.—CE2018009872.—( IN2018269574 ).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría a las 10 horas 00 minutos del 29 de junio del año 2018, se constituyó la sociedad denominada Lorimon Development Corporation Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 23 de julio del 2018.—Licda. Yerlyn Tatiana Mena Navarrete, Notaria.—1 vez.—CE2018009873.—( IN2018269575 ).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría a las 09 horas 00 minutos del 23 de julio del año 2018, se constituyó la sociedad denominada Axolotl Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 23 de julio del 2018.—Lic. Luis Felipe Gamboa Camacho, Notario.—1 vez.—CE2018009874.—( IN2018269576 ).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría a las 10 horas 00 minutos del 17 de julio del año 2018, se constituyó la sociedad denominada Multinegocios Universales Hiram Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 23 de julio del 2018.—Lic. Roberto Alonso Rimola Real, Notario.—1 vez.—CE2018009875.—( IN2018269577 ).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría a las 18 horas 00 minutos del 17 de julio del año 2018, se constituyó la sociedad denominada Hules Auténticos de Costa Rica Sociedad Anónima.—San José, 23 de julio del 2018.—Lic. Luis Carlo Fernández Flores, Notario.—1 vez.—CE2018009876.—( IN2018269578 ).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría a las 08 horas 00 minutos del 21 de julio del año 2018, se constituyó la sociedad denominada Inversiones G Y R Limitada.—San José, 23 de julio del 2018.—Lic. Francisco Arturo Arias Mena, Notario.—1 vez.—CE2018009877.—( IN2018269579 ).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría a las 12 horas 00 minutos del 23 de julio del año 2018, se constituyó la sociedad denominada Percent Sociedad Anónima.—San José, 23 de julio del 2018.—Licda. Alejandra Vanessa Vindas Rocha, Notaria.—1 vez.—CE2018009878.—( IN2018269580 ).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría a las 18 horas 31 minutos del 18 de julio del año 2018, se constituyó la sociedad denominada Consultoría & Inversión S A B E Sociedad Anónima.—San José, 23 de julio del 2018.—Lic. Samael Delgado Angulo, Notario.—1 vez.—CE2018009879.—( IN2018269581 ).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría a las 11 horas 20 minutos del 21 de julio del año 2018, se constituyó la sociedad denominada Grupo de Inversiones y Desarrollo de Servicios Sociedad Anónima.—San José, 23 de julio del 2018.—Licda. Carolina Gutiérrez Marín, Notaria.—1 vez.—CE2018009880.—( IN2018269582 ).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría a las 11 horas 30 minutos del 18 de julio del año 2018, se constituyó la sociedad denominada Soluciones Empresariales en Gestión para la Empresa Química y Médica Sociedad Anónima.—San José, 23 de julio del 2018.—Licda. Alicia Yesenia Chacón Araya, Notaria.—1 vez.—CE2018009881.—( IN2018269583 ).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría a las 16 horas 00 minutos del 17 de julio del año 2018, se constituyó la sociedad denominada Remodelaciones Bogafa Sociedad Anónima.—San José, 23 de julio del 2018.—Lic. Heberth Alonso Arrieta Carballo, Notario.—1 vez.—CE2018009882.—( IN2018269584 ).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría a las 11 horas 00 minutos del 23 de julio del año 2018, se constituyó la sociedad denominada Muebles Nazareth Sociedad Anónima.—San José, 23 de julio del 2018.—Licda. Nelly Elizabeth Jiménez Rodríguez, Notaria.—1 vez.—CE2018009883.—( IN2018269585 ).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría a las 08 horas 00 minutos del 19 de julio del año 2018, se constituyó la sociedad denominada Annie Magdenys Soteldo Rivero Sociedad Anónima.—San José, 23 de julio del 2018.—Licda. Marianella Mora Barrantes, Notaria.—1 vez.—CE2018009884.—( IN2018269586 ).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría a las 09 horas 00 minutos del 23 de julio del año 2018, se constituyó la sociedad denominada Prime Hospitality Services LLC Limitada.—San José, 23 de julio del 2018.—Licda. Amy Pamela Rodríguez Jiménez, Notaria.—1 vez.—CE2018009885.—( IN2018269587 ).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría a las 08 horas 00 minutos del 21 de julio del año 2018, se constituyó la sociedad denominada M D S Damitas Sociedad Anónima.—San José, 23 de julio del 2018.—Lic. Gustavo Adolfo Fernández Badilla, Notario.—1 vez.—CE2018009886.—( IN2018269588 ).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría a las 11 horas 00 minutos del 21 de julio del año 2018, se constituyó la sociedad denominada Galilea Services Costa Rica Sociedad Anónima.—San José, 23 de julio del 2018.—Licda. Carolina Gutiérrez Marín, Notaria.—1 vez.—CE2018009887.—( IN2018269589 ).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría a las 09 horas 30 minutos del 23 de julio del año 2018, se constituyó la sociedad denominada Under the Sun Vacations LLC Limitada.—San José, 23 de julio del 2018.—Licda. Amy Pamela Rodríguez Jiménez, Notaria.—1 vez.—CE2018009888.—( IN2018269590 ).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría a las 12 horas 10 minutos del 01 de junio del año 2018, se constituyó la sociedad denominada Residencias Villas del Prado Sociedad Anónima.—San José, 23 de julio del 2018.—Lic. Victor Manuel Herrera Jara, Notario.—1 vez.—CE2018009889.—( IN2018269591 ).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría a las 13 horas 00 minutos del 05 de julio del año 2018, se constituyó la sociedad denominada RBS Finanz AG Sociedad Anónima.—San José, 23 de julio del 2018.—Lic. René Dagoberto Orellana Meléndez, Notario.—1 vez.—CE2018009890.—( IN2018269592 ).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 11 horas 00 minutos del 23 de julio del año 2018, se constituyó la sociedad denominada Hannahbella Limitada.—San José, 23 de julio del 2018.—Lic. Armando Moreno Arroyo, Notario.—1 vez.—CE2018009891.—( IN2018269593 ).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 08 horas 00 minutos del 23 de julio del año 2018, se constituyó la sociedad denominada VC Producciones Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 23 de julio del 2018.—Lic. Juan Antonio Casafont Álvarez, Notario.—1 vez.—CE2018009892.—( IN2018269594 ).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 12 horas 00 minutos del 23 de julio del año 2018, se constituyó la sociedad denominada MC Éxito Sociedad Anónima.—San José, 23 de julio del 2018.—Licda. Maira Torres López, Notaria.—1 vez.—CE2018009893.—( IN2018269595 ).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 10 horas 00 minutos del 23 de julio del año 2018, se constituyó la sociedad denominada Gasof Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 23 de julio del 2018.—Licda. María Alejandra Arias Madrigal, Notaria.—1 vez.—CE2018009894.—( IN2018269596 ).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 23 horas 00 minutos del 22 de julio del año 2018, se constituyó la sociedad denominada De Reneville Malina Internacional Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 23 de julio del 2018.—Lic. Yiell Flores Madrigal, Notario.—1 vez.—CE2018009895.—( IN2018269597 ).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 14 horas 00 minutos del 23 de julio del año 2018, se constituyó la sociedad denominada Global Costa Rica Recycling Sociedad Anónima.—San José, 23 de julio del 2018.—Licda. Seidy Patricia Miranda Castro, Notaria.—1 vez.—CE2018009896.—( IN2018269598 ).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 12 horas 30 minutos del 16 de junio del año 2018, se constituyó la sociedad denominada Modelin Cinco Cero Seis Sociedad Anónima.—San José, 23 de julio del 2018.—Lic. José Alfonso Ruiz Hidalgo, Notario.—1 vez.—CE2018009897.—( IN2018269599 ).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 20 horas 15 minutos del 09 de junio del año 2018, se constituyó la sociedad denominada Casa de Motocicletas Costa Rica Dos Sociedad Anónima.—San José, 23 de julio del 2018.—Licda. Myriam Nelly Bedoya Zarate, Notaria.—1 vez.—CE2018009898.—( IN2018269600 ).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 10 horas 00 minutos del 17 de julio del año 2018, se constituyó la sociedad denominada Supertiendas Detodo Costa Rica MCC Sociedad Anónima.—San José, 23 de julio del 2018.—Lic. Marco Vinicio Solano Gómez, Notario.—1 vez.—CE2018009899.—( IN2018269601 ).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 10 horas 10 minutos del 01 de junio del año 2018, se constituyó la sociedad denominada Natural Slim Costa Rica Sociedad Anónima.—San José, 23 de julio del 2018.—Lic. Víctor Manuel Herrera Jara , Notario.—1 vez.—CE2018009900.—( IN2018269602 ).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 14 horas 00 minutos del 21 de julio del año 2018, se constituyó la sociedad denominada Chamano Sociedad Anónima.—San José, 23 de julio del 2018.—Licda. María Fernanda Monge Quesada, Notario.—1 vez.—CE2018009901.—( IN2018269603 ).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 13 horas 00 minutos del 23 de julio del año 2018, se constituyó la sociedad denominada C & F Car Rent Sociedad Anónima.—San José, 23 de julio del 2018.—Licda. Melissa Villalobos Ceciliano, Notaria.—1 vez.—CE2018009902.—( IN2018269604 ).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 08 horas 00 minutos del 05 de julio del año 2018, se constituyó la sociedad denominada Lauwa Group Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 23 de julio del 2018.—Licda. Marcela Patricia Gurdián Cedeño, Notario.—1 vez.—CE2018009903.—( IN2018269609 ).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 19 horas 00 minutos del 19 de julio del año 2018, se constituyó la sociedad denominada Andamios Akua Sociedad Anónima.—San José, 23 de julio del 2018.—Licda. Carmen Fernández Molina, Notaria.—1 vez.—CE2018009904.—( IN2018269610 ).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 00 horas 00 minutos del 23 de julio del año 2018, se constituyó la sociedad denominada Unlimited Transportation & Logistic Sociedad Anónima.—San José, 23 de julio del 2018.—Licda. Vera Violeta Salazar Rojas, Notaria.—1 vez.—CE2018009905.—( IN2018269611 ).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 19 horas 30 minutos del 19 de julio del año 2018, se constituyó la sociedad denominada Bucehi Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 23 de julio del 2018.—Licda. Carmen Fernández Molina, Notaria.—1 vez.—CE2018009906.—( IN2018269612 ).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 08 horas 00 minutos del 22 de julio del año 2018, se constituyó la sociedad denominada Lalita Sociedad Anónima.—San José, 23 de julio del 2018.—Licda. María Rocío Díaz Garita, Notaria.—1 vez.—CE2018009907.—( IN2018269613 ).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 10 horas 00 minutos del 20 de julio del año 2018, se constituyó la sociedad denominada Edysm Constructora y Consultora Internacional Sociedad Anónima.—San José, 24 de julio del 2018.—Licda. Yorleni Díaz Berrocal, Notaria.—1 vez.—CE2018009908.—( IN2018269614 ).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 00 horas 00 minutos del 23 de julio del año 2018, se constituyó la sociedad denominada Miniso de Costa Rica Sociedad Anónima.—San José, 24 de julio del 2018.—Licda. Marianela Angulo Tam, Notaria.—1 vez.—CE2018009909.—( IN2018269615 ).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 16 horas 00 minutos del 23 de julio del año 2018, se constituyó la sociedad denominada Cedral Outdoor Adventures Sociedad Anónima.—San José, 24 de julio del 2018.—Licda. Eugenia María Hernández Carballo, Notaria.—1 vez.—CE2018009910.—( IN2018269616 ).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría a las 08 horas 30 minutos del 23 de julio del año 2018, se constituyó la sociedad denominada Estrella de El General Limitada.—San José, 24 de julio del 2018.—Lic. Arturo Méndez Jiménez, Notario.—1 vez.—CE2018009911.—( IN2018269617 ).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 14 horas 00 minutos del 23 de julio del año 2018, se constituyó la sociedad denominada Entre Dos Mares Azules Sociedad Anónima.—San José, 24 de julio del 2018.—Licda. Édgar Alberto Díaz Sánchez, Notario.—1 vez.—CE2018009912.—( IN2018269618 ).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 12 horas 20 minutos del 20 de julio del año 2018, se constituyó la sociedad denominada Servicios Multiples Ortiz López Sociedad Anónima.—San José, 24 de julio del 2018.—Lic. Elvis Eduardo Lawson Villafuerte, Notario.—1 vez.—CE2018009913.—( IN2018269619 ).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 18 horas 00 minutos del 21 de julio del año 2018, se constituyó la sociedad denominada Fishin Off Charters Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 24 de julio del 2018.—Licda. Irene Arrieta Chacón, Notaria.—1 vez.—CE2018009914.—( IN2018269620 ).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 14 horas 00 minutos del 23 de julio del año 2018, se constituyó la sociedad denominada Carger del Sur Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 24 de julio del 2018.—Lic. Hilario Andrey Aguero Santos, Notario.—1 vez.—CE2018009915.—( IN2018269621 ).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 11 horas 00 minutos del 10 de julio del año 2018, se constituyó la sociedad denominada Chefkarla Alfaro Solano Sociedad Anónima.—San José, 24 de julio del 2018.—Licda. María de Los Ángeles Portela Rojas, Notaria.—1 vez.—CE2018009916.—( IN2018269622 ).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 10 horas 00 minutos del 13 de julio del año 2018, se constituyó la sociedad denominada Las Tortillas de Costa Rica Sociedad Anónima.—San José, 24 de julio del 2018.—Lic. Osman González Araya, Notario.—1 vez.—CE2018009917.—( IN2018269623 ).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 08 horas 30 minutos del 24 de julio del año 2018, se constituyó la sociedad denominada La Hiper Nave de Ban Tam Sociedad Anónima.—San José, 24 de julio del 2018.—Licda. Ingrid Dayana Hidalgo Hernández, Notaria.—1 vez.—CE2018009918.—( IN2018269624 ).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 09 horas 00 minutos del 20 de julio del año 2018, se constituyó la sociedad denominada Servirepuestos RYM Sociedad de Responsabilidad Limitada.— San José, 24 de julio del 2018.—Lic. Mauricio Vargas Chavarría, Notario.—1 vez.—CE2018009919.—( IN2018269625 ).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 15 horas 30 minutos del 23 de julio del año 2018, se constituyó la sociedad denominada Gurú Vacations Sociedad Anónima.—San José, 24 de julio del 2018.—Licda. Nathalie Elizondo Montero, Notaria.—1 vez.—CE2018009920.—( IN2018269626 ).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 08 horas 00 minutos del 19 de julio del año 2018, se constituyó la sociedad denominada Plataforma Web-E Care Sociedad Anónima.—San José, 24 de julio del 2018.—Lic. Alfredo Andreoli González, Notario.—1 vez.—CE2018009921.—( IN2018269627 ).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 09 horas 00 minutos del 23 de julio del año 2018, se constituyó la sociedad denominada Los Potreros Catorce Piraña Limitada.—San José, 24 de julio del 2018.—Licda. Silvia Vega Carballo, Notaria.—1 vez.—CE2018009922.—( IN2018269628 ).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 20 horas 15 minutos del 09 de junio del año 2018, se constituyó la sociedad denominada Importaciones E-J de Motocicletas Costa Rica Sociedad Anónima.—San José, 24 de julio del 2018.—Licda. Myriam Nelly Bedoya Zarate, Notaria.—1 vez.—CE2018009923.—( IN2018269630 ).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 11 horas 30 minutos del 23 de julio del año 2018, se constituyó la sociedad denominada Mata & Cole Investments Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 24 de julio del 2018.—Licda. Vilma Acuña Arias, Notaria.—1 vez.—CE2018009924.—( IN2018269631 ).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 10 horas 55 minutos del 24 de julio del año 2018, se constituyó la sociedad denominada Inversiones Zenplus Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 24 de julio del 2018.—Lic. Manuel Antonio Porras Vargas, Notario.—1 vez.—CE2018009925.—( IN2018269632 ).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 09 horas 50 minutos del 23 de julio del año 2018, se constituyó la sociedad denominada D Cuatro E Limitada.—San José, 24 de julio del 2018.—Licda. Silvia Vega Carballo, Notaria.—1 vez.—CE2018009926.—( IN2018269633 ).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría a las 16 horas 30 minutos del 20 de julio del año 2018, se constituyó la sociedad denominada Alpha Integración Para Fortalecimiento Tecnológico Sociedad Anónima.—San José, 24 de julio del 2018.—Licda. Loreana Hernández Ulloa, Notaria.—1 vez.—CE2018009927.—( IN2018269634 ).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 11 horas 20 minutos del 21 de julio del año 2018, se constituyó la sociedad denominada Grindeservicios Sociedad Anónima.—San José, 24 de julio del 2018.—Licda. Carolina Gutiérrez Marín, Notario.—1 vez.—CE2018009928.—( IN2018269635 ).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 08 horas 30 minutos del 23 de julio del año 2018, se constituyó la sociedad denominada Consorcio Constructivo Cristal y Madrigal Sociedad Anónima.—San José, 24 de julio del 2018.—Lic. Jorge Fredy Chacón Villalobos, Notario.—1 vez.—CE2018009929.—( IN2018269636 ).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 08 horas 00 minutos del 11 de julio del año 2018, se constituyó la sociedad denominada AG Living Sociedad Anónima.—San José, 24 de julio del 2018.—Licda. Xinia María Arias Naranjo, Notaria.—1 vez.—CE2018009930.—( IN2018269637 ).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 20 horas 15 minutos del 23 de julio del año 2018, se constituyó la sociedad denominada Neat Technology Sociedad Anónima.—San José, 24 de julio del 2018.—Lic. Luis Fernando Hernández Madrigal, Notario.—1 vez.—CE2018009931.—( IN2018269638 ).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 08 horas 00 minutos del 11 de julio del año 2018, se constituyó la sociedad denominada Dulces Olas del Mar Sociedad Anónima.—San José, 24 de julio del 2018.—Licda. Xinia María Arias Naranjo, Notaria.—1 vez.—CE2018009932.—( IN2018269639 ).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 11 horas 00 minutos del 23 de julio del año 2018, se constituyó la sociedad denominada Muebles Nazareth Krisna Sociedad Anónima.—San José, 24 de julio del 2018.—Licda. Nelly Elizabeth Jiménez Rodríguez, Notaria.—1 vez.—CE2018009933.—( IN2018269640 ).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 08 horas 00 minutos del 11 de julio del año 2018, se constituyó la sociedad denominada Nuestra Rebanada de Pura Vida Sociedad Anónima.—San José, 24 de julio del 2018.—Licda. Xinia María Arias Naranjo, Notaria.—1 vez.—CE2018009934.—( IN2018269641 ).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 09 horas 00 minutos del 07 de julio del año 2018, se constituyó la sociedad denominada Lanfo Land Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 24 de julio del 2018.—Licda. Nancy Tattiana Zúñiga Oses, Notaria.—1 vez.—CE2018009935.—( IN2018269642 ).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 18 horas 00 minutos del 14 de julio del año 2018, se constituyó la sociedad denominada Multiservicios Yalu A.O. Sociedad Anónima.—San José, 24 de julio del 2018.—Lic. Joaquín Bernardo Molina Hernández, Notario.—1 vez.—CE2018009936.—( IN2018269643 ).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 10 horas 30 minutos del 24 de julio del año 2018, se constituyó la sociedad denominada Quiroz Sierra Q S Limitada.—San José, 24 de julio del 2018.—Lic. Luis Alfredo Rojas Rivera, Notario.—1 vez.—CE2018009937.—( IN2018269644 ).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 08 horas 00 minutos del 11 de julio del año 2018, se constituyó la sociedad denominada C Dos C Holdings C R Sociedad Anónima.—San José, 24 de julio del 2018.—Licda. Xinia María Arias Naranjo, Notaria.—1 vez.—CE2018009938.—( IN2018269645 ).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 15 horas 30 minutos del 23 de julio del año 2018, se constituyó la sociedad denominada Passionis Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 24 de julio del 2018.—Lic. Felipe Saborío Carrillo, Notario.—1 vez.—CE2018009939.—( IN2018269646 ).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las
09 horas 00 minutos del 19 de julio del año 2018, se constituyó la sociedad
denominada Thurbert S. A. Sociedad Anónima.—San José, 24 de julio del
2018.—Licda. Marianella Mora Barrantes, Notaria.—1 vez.—CE2018009942.—(
IN2018269649 ).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 12 horas 00 minutos del 23 de julio del año 2018, se constituyó la sociedad denominada Centro de Formación y Capacitación Profesional Rotac Sociedad Anónima.—San José, 24 de julio del 2018.—Lic. Ulises Alberto Obregón Alemán, Notario.—1 vez.—CE2018009943.—( IN2018269650 ).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 08 horas 00 minutos del 24 de julio del año 2018, se constituyó la sociedad denominada Jam Holding Condos CR Limitada.—San José, 24 de julio del 2018.—Lic. Edry Herminio Mendoza Hidalgo, Notario.—1 vez.—CE2018009944.—( IN2018269651 ).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 11 horas 00 minutos del 18 de julio del año 2018, se constituyó la sociedad denominada Sky Consulting Global Management Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 24 de julio del 2018.—Licda. Erika María Castro Argüello, Notaria.—1 vez.—CE2018009945.—( IN2018269652 ).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 11 horas 20 minutos del 24 de julio del año 2018, se constituyó la sociedad denominada Inversiones Colonia Puntarenas Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 24 de julio del 2018.—Licda. Yadriela Rodríguez Quesada, Notaria.—1 vez.—CE2018009946.—( IN2018269653 ).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 09 horas 00 minutos del 24 de julio del año 2018, se constituyó la sociedad denominada Samonais Sociedad Anónima.—San José, 24 de julio del 2018.—Lic. José Fernando Fernández Alvarado, Notario.—1 vez.—CE2018009947.—( IN2018269654 ).
Mediante escritura otorgada ante esta
notaría a las 17 horas 30 minutos del 29 de mayo del año 2018, se constituyó la
sociedad denominada Importaciones Waston Co Sociedad Anónima.—San José,
24 de julio del 2018.—Licda. Mauren Marcela Rojas Bejarano, Notaria.—1
vez.—CE2018009948.—( IN2018269655 ).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría a las 09 horas 00 minutos del 03 de julio del año 2018, se constituyó la sociedad denominada Eagle Family Cars Limitada.—San José, 24 de julio del 2018.—Lic. Esteban Agüero Guier, Notario.—1 vez.—CE2018009949.—( IN2018269656 ).
Mediante escritura
otorgada ante esta notaría, a las 09 horas 00 minutos del 23 de julio del año
2018, se constituyó la sociedad denominada Gustosa Sociedad Anónima.—San
José, 24 de julio del 2018.—Lic. Randall Mauricio Rojas Quesada, Notario.—1
vez.—CE2018009950.—( IN2018269657 ).
Mediante escritura
otorgada ante esta notaría, a las 10 horas 00 minutos del 24 de julio del año
2018, se constituyó la sociedad denominada DTM Properties LLC
Limitada.—San José, 24 de julio del 2018.—Licda. Ismene Arroyo Marín,
Notaria.—1 vez.—CE2018009951.—( IN2018269658 ).
Mediante escritura
otorgada ante esta notaría, a las 08 horas 40 minutos del 19 de julio del año
2018, se constituyó la sociedad denominada Paso de la Vaca Villanueva
Sociedad Anónima.—San José, 24 de julio del 2018.—Licda. Leda Patricia Mora
Fonseca, Notaria.—1 vez.—CE2018009952.—( IN2018269659 ).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las
12 horas 30 minutos del 13 de junio del año 2018, se constituyó la sociedad
denominada Inversiones Globales Jiménez y Rivas Sociedad Anónima.—San
José, 24 de julio del 2018.—Licda. Ileana Rodriguez González, Notaria.—1
vez.—CE2018009953.—( IN2018269660 ).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 14 horas 00 minutos del 10 de julio
del año 2018, se constituyó la sociedad denominada Inversiones Estrellas en
el Mar Sociedad Anónima.—San José, 24 de julio del 2018.—Lic. Eladio
Antonio Picado Ramírez, Notario.—1 vez.—CE2018009954.—( IN2018269661 ).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 15 horas 00 minutos del 23 de julio
del año 2018, se constituyó la sociedad denominada CÁ Mia Maimar Sociedad
Anónima.—San José, 24 de julio del 2018.—Lic. Uriel Ortega Hegg, Notario.—1
vez.—CE2018009955.—( IN2018269662 ).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 11 horas 30 minutos del 23 de julio
del año 2018, se constituyó la sociedad denominada Samara Fishing Week
Limitada.—San José, 24 de julio del 2018.—Lic. Carlos Roberto Rivera Ruiz,
Notario.—1 vez.—CE2018009956.—( IN2018269663 ).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 15 horas 00 minutos del 04 de abril
del año 2018, se constituyó la sociedad denominada Grupo Valhalla y Hermanos
Sociedad Anónima.—San José, 24 de julio del 2018.—Licda. Ileana Rodriguez
González, Notaria.—1 vez.—CE2018009957.—( IN2018269664 ).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 08 horas 00 minutos del 19 de julio
del año 2018, se constituyó la sociedad denominada Benestare Coaching &
Consulting Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 24 de julio del
2018.—Lic. Marvin Eduardo Roldan Granados, Notario.—1 vez.—CE2018009958.—(
IN2018269665 ).
Por escritura número veintisiete de las
quince horas treinta minutos del seis de agosto del dos mil dieciocho, ante la
notaria pública Mariam Mariela Vargas Alfaro, se constituyó la sociedad
denominada: Sociedad de Usuarios de Agua Quebrada Norberta. Presidente:
Carlos Minor Aguilar Chacón. Capital social: ciento veinte mil colones.—San
José, siete de agosto del dos mil dieciocho.—Licda. Mariam Mariela Vargas
Alfaro, Notaria.—1 vez.—( IN2018269955 ).
Ante esta notaría, mediante escritura número doce-cuatro del ocho de junio del dos mil dieciocho, se modificó la cláusula octava y novena del pacto constitutivo de la sociedad Escuela Bilingüe Villa Paraíso Sociedad Anónima, en cuanto a la cláusula de integración y representación de la sociedad y el plazo de nombramiento de los representantes. Es todo. Carné 16540. Cédula 1-0744-0438.—Lic. Adrián Montero Granados, Notario.—1 vez.—( IN2018269989 ).
Por escritura otorgada ante el suscrito notario, a las doce horas diez minutos del trece de agosto del dos mil dieciocho, la sociedad Regenuino Costa Rica Limitada con cédula de persona jurídica número tres-ciento dos-setecientos treinta y seis mil ochocientos cincuenta, reforma la cláusula primera de sus estatutos sociales. Capital suscrito y pagado.—San José, trece de agosto del dos mil dieciocho.—Lic. Raúl Herrera Ortiz, Notario.—1 vez.—( IN2018270050 ).
Por escritura otorgada por la suscrita notaria a las 8:00 horas del 14 de agosto del 2018, se protocoliza acta número uno de asamblea general extraordinaria de socios, de Cintas Gema Sociedad Anónima, con cédula de persona jurídica número 3-101-119804 celebrada el día 08 de agosto del dos mil dieciocho acuerdan la disolución de la sociedad de conformidad con el artículo 201 inciso d) del Código de Comercio y prescinden del nombramiento de liquidador conforme se establece en el acta constitutiva, por no existir activos ni pasivos que liquidar.—San José, 14 de agosto del 2018.—Licda. Ileana María Chaves López, Notaria.—1 vez.—( IN2018270281 ).
A efecto de publicación del edicto correspondiente, le informo que el día 03 de agosto del 2018, Astudfc Imports Sociedad Anónima, cédula jurídica N° 3-101-755867, los socios procedieron a disolver y liquidar, esta sociedad. Dicha disolución fue protocolizada en escritura 253-33, visible al folio 75 vuelto del Tomo 33 del protocolo, con fecha 7:30 horas del día 03 de agosto del 2018, por el notario Gerardo Quesada Monge.—Lic. Gerardo Quesada Monge, Abogado y Notario, Teléfono: 2283-9169.—1 vez.—( IN2018270292 ).
Por asamblea general extraordinaria de asociados de las 10:00 horas del 07 de agosto del 2019, se acordó la disolución de la sociedad Novedades Karina JL S. A.—Cartago, 13 de agosto del 2018.—Lic. Carlos Mata Ortega, Notario.—1 vez.—( IN2018270295 ).
Por escritura otorgada ante esta notaría a las 15:00 horas del día 09 de agosto del 2018, la empresa Kopper Peralta Sociedad de Responsabilidad Limitada, cédula jurídica N° 3-102-005860, protocolizó acuerdos en donde se reforman las cláusulas del domicilio social y de la administración.—San José, 13 de agosto del 2018.—Lic. Guillermo Emilio Zúñiga González, Notario Público.—1 vez.—( IN2018270296 ).
Por escritura otorgada a las trece horas treinta minutos del ocho de agosto de dos mil dieciocho, ante el notario Sergio García Mejía, se protocolizan acuerdos de asamblea general ordinaria y extraordinaria de accionistas de la sociedad Flatdraw Sociedad Anónima, con cédula de persona jurídica número tres-ciento uno-trescientos veintitrés mil sesenta y cinco, mediante la cual se acuerda la disolución y liquidación de la sociedad.—San José, nueve de agosto de dos mil dieciocho.—Lic. Sergio García Mejía, Notario.—1 vez.—( IN2018270306 ).
Por escritura otorgada a las trece horas del ocho de agosto de dos mil dieciocho, ante el notario Sergio García Mejía, se protocolizan acuerdos de asamblea general ordinaria y extraordinaria de accionistas de la sociedad Los Vendavales De Arica, Sociedad Anónima, con cédula de persona jurídica número tres-ciento uno-trescientos mil ochocientos cuarenta y dos, mediante la cual se acuerda la disolución y liquidación de la sociedad.—San José, nueve de agosto de dos mil dieciocho.—Lic. Sergio García Mejía, Notario.—1 vez.—( IN2018270308 ).
Protocolicé acta de asamblea general extraordinaria de accionistas por medio de la cual se acordó la disolución de la sociedad Difuminación S. A. Se cita y emplaza a interesados por el plazo establecido en el artículo 207 del Código de Comercio.—San José, 9 de agosto del 2018.—Lic. Álvaro Carazo Zeledón, Notario.—1 vez.—( IN2018270387 ).
Mediante escritura de las ocho horas del trece de agosto del dos mil dieciocho, número doscientos sesenta y ocho, tomo segundo de mi protocolo, se protocoliza acta de asamblea de socios de la sociedad OHRMZ S. A., en la cual se nombra nueva Junta Directiva y Fiscal. Presidente: José Luis Conejo Pacheco.—Licda. Kattia Hernández Chaves, fax 2272-0757, Notaria.—1 vez.—( IN2018270392 ).
Por escrituras otorgadas ante mí a las doce horas; doce horas treinta; y catorce horas; todas del trece de agosto del dos mil dieciocho se protocolizaron respectivamente: Actas de asamblea general ordinaria y extraordinaria de socios de las sociedades: L Cuatro Lomas Azules de Bello Horizonte S. A.; V Cinco Vistas Celestes De Bello Horizonte S. A.; P Seis Paisaje Verde De Bello Horizonte S. A. En todas se reforman la cláusula quinta de su pacto social, aumentándose su capital social. San José, trece de agosto del dos mil dieciocho.—Lic. Alfredo Gallegos Villanea, Notario.—1 vez.—( IN2018270406 ).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 11 horas 00 minutos del 03 de agosto del año 2018, se constituyó la sociedad denominada Leda y Familia Bienes Inmuebles Sociedad Anónima.—San José, 05 de agosto del 2018.—Lic. Juan Antonio Vázquez Bendaña, Notario.—1 vez.—CE2018010439.—( IN2018270545 ).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 18 horas 00 minutos del 18 de febrero del año 2018, se constituyó la sociedad denominada Vamosa Mantenimiento Sociedad Anónima.—San José, 05 de agosto del 2018.—Lic. Juan Antonio Vázquez Bendaña, Notario.—1 vez.—CE2018010440.—( IN2018270546 ).
Por escritura otorgada número setenta y seis, de las nueve horas del seis de agosto del dos mil dieciocho, se constituyó: Sleepovaacs Empresa Individual de Responsabilidad Limitada, abreviada: SLEEPOVAACS E.I.R.L., su domicilio social será: provincia Alajuela, cantón Atenas, distrito Mercedes, Barrio Fátima Calle Mimi de la entrada novecientos veinticinco metros norte, capital aportado diez mil colones.—San José, seis de agosto del 2018.—Lic. Óscar Murillo Castro, Notario Público.—1 vez.—( IN2018270723 ).
Por escritura otorgada en esta notaría, a las dieciséis horas del día trece de agosto del año dos mil dieciocho, la sociedad denominada C y V Carranza Vindas Consultores S. A., reforma cláusula del domicilio y del capital social aumentándolo.—Heredia, trece de agosto del año dos mil dieciocho.—Firma ilegible.—1 vez.—( IN2018270728 ).
Por escritura número ciento veinticuatro, se reforma domicilio de la sociedad denominada Distribuidora Poveda Sociedad Anónima, con cédula jurídica tres-ciento uno-veintiséis mil seiscientos cincuenta y nueve.—San José, catorce de agosto del dos mil dieciocho.—Lic. José Manuel Mojica Cerda, Notario.—1 vez.—( IN2018270738 ).
Por escritura doscientos noventa y nueve, otorgada en esta notaría en Alajuela de las diez horas y diez minutos del treinta de julio del dos mil dieciocho, se protocolizó acta veintisiete de asamblea general extraordinaria de socios de la sociedad denominada Compañía Agrícola El Coco Sociedad Anónima, cédula jurídica tres-ciento uno-cero doce mil treinta y seis, se revocan los cargos de secretaria, tesorero y fiscal y se nombran nuevos en los cargos vacantes por todo el plazo social, se modifica la cláusula cuarta por un plazo de cincuenta años hasta el veintiuno de agosto del dos mil sesenta y ocho, se ratifica la presidenta, se nombra agente residente.—Alajuela, trece de agosto del dos mil dieciocho.—Lic. Salvador Castro Oviedo, Notario.—1 vez.—( IN2018270748 ).
Por escritura otorgada ante la suscrita notaria, a las 9:00 horas del 14 de agosto del 2018, protocolicé acuerdos de asamblea general ordinaria y extraordinaria de accionistas de la sociedad Bosques de Nosara BN S. A., mediante la cual se reforman las cláusulas segunda y sétima del pacto social.—Licda. Roxana María Villalobos Chaves, Notaria.—1 vez.—( IN2018270755 ).
Por escritura otorgada ante mi notaría, a las 16:00 horas del 13 de agosto de 2018, Waterfarms Costa Rica Sociedad Anónima, modificó la cláusula segunda del domicilio social y la cláusula octava de la representación.—Cañas, Guanacaste, 13 de agosto de 2018.—Licda. Ester Solano Jerez, Notaria.—1 vez.—( IN2018270762 ).
Por escritura otorgada ante mi notaría, a las 16:00 horas del 9 de agosto de 2018, D.M.D.P. Sociedad Anónima, modificó el pacto constitutivo.—Cañas, Guanacaste, 9 de agosto de 2018.—Licda. Ester Solano Jerez, Notaria.—1 vez.—( IN2018270765 ).
Mediante escritura autorizada por el suscrito notario, a las 12:00 horas del 6 de agosto del 2018, se protocolizó el acta de asamblea de accionistas de la sociedad Inversiones Varadero Tropical S. A., mediante la cual se acuerda reformar las cláusulas primera, segunda y novena de los estatutos sociales de la sociedad.—San José, 14 de agosto del 2018.—Licda. Myrna Valverde López, Notaria.—1 vez.—( IN2018270770 ).
Que por escritura N° ciento cuarenta y dos-uno, otorgada a las dieciséis horas del primero de agosto del dos mil dieciocho, ante el notario público Henry Monge Zúñiga, se protocoliza acta número tres de asamblea general extraordinaria de la sociedad denominada Inversiones Erovijau del Genral Sociedad Anónima, cédula jurídica N° tres-uno cero uno-dos dos nueve tres ocho uno, en la cual se acuerda la disolución de dicha sociedad, de conformidad con el artículo doscientos uno, inciso d) del Código de Comercio.—San Isidro de Pérez Zeledón, primero de agosto del dos mil dieciocho.—Lic. Henry Monge Zúñiga, Notario.—1 vez.—( IN2018270794 ).
Mediante escritura 98 otorgada ante mi notaría, a las 15:00 horas del 13 de agosto del 2018, se protocolizó el acta 2 de asamblea general extraordinaria y/o ordinaria de la compañía Plaza Grecia Uno Aguarium Sociedad Anónima, con domicilio en Alajuela, Grecia centro, doscientos veinte metros norte de Perimercados, cédula jurídica 3-101-570162, por virtud de la cual se reforman las cláusulas segunda y sétima del pacto constitutivo y se nombra nuevo presidente y tesorero.—Grecia, 14 de agosto del 2018.—Lic. Kerby Rojas Alfaro, Notario.—1 vez.—( IN2018270799 ).
Mediante escritura otorgada en mi notaría, se modificó la cláusula sexta de los estatutos de la sociedad Inversiones La Nueva Cima Sociedad Anónima, cédula jurídica número tres-ciento uno-ciento doce mil cuatrocientos setenta y cinco.—San José, trece de agosto del dos mil dieciocho.—Lic. Federico Jenkins Moreno, Notario.—1 vez.—( IN2018270821 ).
Por escritura otorgada ante esta notaría, a las quince horas del día trece de agosto del dos mil dieciocho, se protocoliza acta de asamblea general ordinaria y extraordinaria de socios de la sociedad denominada Sigma Sociedad Anónima, cédula jurídica número tres-ciento uno-once mil novecientos veintitrés, por la cual se reforma la cláusula segunda y cuarta.—San José, trece de agosto del dos mil dieciocho.—Lic. Esteban Gil-Girón Carvajal, Notario.—1 vez.—( IN2018270841 ).
Mediante escritura pública número doscientos veintiuno-catorce otorgada a las doce horas del catorce de agosto del dos mil dieciocho, protocolizo los acuerdos de asamblea general extraordinaria de accionistas de Resuelva Sociedad Anónima, cédula jurídica número: tres-ciento uno-seiscientos cincuenta y nueve mil ochocientos treinta y ocho, procediendo a modificar el domicilio, la administración, y representación legal y a nombrar nuevos miembros de junta directiva y agente residente.—14 agosto 2018.—Lic. Luis Fernando Castro Gómez.—1 vez.—( IN2018270843 ).
Mediante escritura pública número doscientos veintiuno-catorce otorgada a las doce horas del catorce de agosto del dos mil dieciocho, protocolizo los acuerdos de asamblea general extraordinaria de accionistas de Resuelva Sociedad Anónima, cédula jurídica número: tres-ciento uno-seiscientos cincuenta y nueve mil ochocientos treinta y ocho, procediendo a modificar el domicilio, la administración, y representación legal y a nombrar nuevos miembros de junta directiva y agente residente.—San José, 14 de agosto del 2018.—Lic. Luis Fernando Castro Gómez, Notario.—1 vez.—( IN2018270845 ).
Marileth Vargas Molina y Adan Enoc Pérez Hernández; constituyen A & H Asociados P. H. Sociedad Anónima, domiciliada en provincia de Guanacaste, cantón: cuatro: Bagaces, distrito: uno: Bagaces, del Instituto Costarricense de Electricidad, trescientos metros al este, casa color verde. Con un capital social de veinte dólares moneda de curso legal de los Estados Unidos de América.—Bagaces, quince de agosto del dos mil dieciocho.—Lic. Ronald Alberto Chévez Ordóñez, Notario.—1 vez.—( IN2018270965 ).
Ante esta notaria por escritura número ciento cuarenta y cinco otorgada a las quince horas día catorce de agosto del dos mil dieciocho, se protocolizó asamblea general extraordinaria de la sociedad denomina Tres Ciento Uno- Seiscientos Setenta y Ocho Mil Veintiséis Sociedad Anónima, con cédula de persona jurídica número tres ciento uno seiscientos setenta y ocho mil veintiséis. Se modifica cláusula sétima y se nombra nueva junta directiva y fiscal.—Alajuela, 14 de agosto del dos mil dieciocho.—Licda. Melba Pastor Pacheco, Notaria.—1 vez.—( IN2018270981 ).
Ante esta notaria por escritura número ciento cuarenta y cuatro otorgada a las catorce horas día catorce de agosto del dos mil dieciocho se protocolizo asamblea general extraordinaria de la sociedad denomina VMF Desarrollos Inmobiliarios Sociedad Anónima, con cédula de persona jurídica número tres ciento uno seiscientos sesenta y cuatro mil trescientos treinta y dos. Se modifica clausula sétima y se nombra nueva junta directiva y fiscal.—Alajuela, 14 de agosto del dos mil dieciocho.—Licda. Melba Pastor Pacheco, Notaria.—1 vez.—( IN2018270984 ).
Por escritura otorgada ante esta notaría a las 10:30 horas del 14 de agosto del 2018, se protocolizó acta de la asamblea de Accionistas de Vistas Los Sueños R.A.R. Sociedad Anónima, cédula jurídica número 3-101-397740, mediante la cual se modifican las cláusulas segunda y octava del pacto social y nombra nueva junta directiva.—San José, 16 de agosto del dos mil dieciocho.—Lic. Norman Leslie de Pass Ibarra, Notario.—1 vez.—( IN2018270989 ).
Por escritura otorgada ante esta notaría, a las 9:00 horas del 14 de agosto del 2018, se protocolizó acta de la asamblea de accionistas de Argent Capital Sociedad Anónima cédula jurídica número 3-101-379158, mediante la cual se modifican las cláusulas segunda y octava del pacto social y nombra nueva junta directiva.—San José, 14 de agosto del año dos mil dieciocho.—Lic. Norman Leslie de Pass Ibarra, Notario.—1 vez.—( IN2018270991 ).
Por escritura 94-6 otorgada ante esta notaría, al ser las 11:00 horas del 16 de agosto del 2018, se protocoliza acta de asamblea de Proyecto Guaraní S.R.L., donde se acuerda su disolución.—San José, 16 de agosto del 2018.—Licda. Andrea Ovares López, Notaria Pública.—1 vez.—( IN2018271005 ).
En escritura otorgada ante el notario Luis Alberto Pereira Brenes, mediante escritura diecisiete, de las ocho horas con cuarenta minutos del día dieciséis de agosto de dos mil dieciocho se protocolizó asamblea general extraordinaria de accionistas de la compañía Sáenz & Zúñiga Sociedad Anónima donde se transforma la sociedad en Sociedad Civil.—San José, dieciséis de agosto de dos mil dieciocho.—Lic. Luis Alberto Pereira Brenes, Notario.—1 vez.—( IN2018271006 ).
Por escritura otorgada ante la suscrita notaría, a las catorce horas del veintiocho de junio del año curso, se reforma la cláusula primera de la sociedad Tres-Ciento Uno-Setecientos Cuarenta y Ocho Mil Novecientos Nueve Anónima.—San José, 14 de agosto del 2018.—Licda. Ester Rodríguez González, Notaria.—1 vez.—( IN2018271038 ).
Por escritura ante el notario de Walter Garita Quirós, la sociedad Grupo Logístico JMA S. A., cédula jurídica 3-101-625371 reforma la cláusula del domicilio social siendo en adelante: Heredia San Miguel un kilómetro al este de la casa de doña Lela, se reforma el objetivo de la sociedad.—Trece de agosto del dos mil dieciocho.—Lic. Walter Garita Quirós, Notario.—1 vez.—( IN2018271064 ).
Por escritura otorgada a las once horas del dieciséis de agosto del dos mil dieciocho, se protocolizan acuerdos por los que se aumenta el capital social de la empresa Polymer S. A.—San José, dieciséis de agosto del dos mil dieciocho.—Licda. Sara Sáenz Umaña, Notaria.—1 vez.—( IN2018271067 ).
En mi notaría según escritura número 246-35, visible a folios 146 vlto, a 148 vlto, del tomo 35 de mi protocolo y otorgada a las 16:00 horas del 10 de mayo del 2018, se constituyó la entidad denominada Cabane Sociedad Anónima, que es nombre de fantasía. Presidente y tesorera con facultades de apoderados generalísimos sin límite de suma. Capital social: diez mil colones. Plazo: 99 años.—San Isidro de El Gral Pérez Zeledón, agosto del 2018.—Licda. María Cecilia Vargas Navarro, Notaria.—1 vez.—( IN2018271070 ).
Liquidación de Sociedad en Sede Notarial de Transportes del Futuro TDF S. A. En proceso de liquidación en vía notarial, expediente número 0002-2018, de la compañía Transportes del Futuro TDF, Sociedad Anónima, cédula jurídica tres-ciento uno-dos dos siete siete cinco nueve, que se ha tramitado ante esta notaría, la señorita Caterina Feoli Zúñiga, cédula de identidad número nueve-cero ciento catorce-cero novecientos seis, en su calidad de liquidador ha presentado el estado final de los bienes cuyo extracto se transcribe así: propiedad de folio real número cuatro-dos dos nueve nueve ocho-F-cero cero cero de la provincia de Heredia se traspasa en su totalidad a la sociedad Transportes del Futuro TDF, Sociedad Anónima, cédula jurídica número tres-ciento uno-siete seis cinco cero cero dos, por ser los socios de ambas sociedades los mismos. Se cita y emplaza a todos los interesados para que dentro del plazo máximo de quince días hábiles contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan ante esta notaría a presentar sus reclamaciones y hacer valer sus derechos. Notaría de la Lic. Lorena Soto Rodríguez, Residencial Los Arcos, Heredia, número mil ciento noventa y seis. Teléfono 8340-4195.—Heredia, 16 de agosto del 2018.—Lic. Lorena Soto Rodríguez, Notaria.—1 vez.—( IN2018271071 ).
Por escritura pública número veintisiete, otorgada a las catorce horas treinta minutos del diez de agosto del dos mil dieciocho ante esta notaría, se protocoliza asamblea general ordinaria y extraordinaria de la sociedad Guepardo Azul S. A., cédula jurídica tres - ciento uno - trescientos setenta y cuatro mil doscientos seis, en la que se acuerda reformar la cláusula quinta capital social del pacto constitutivo.—Nicoya diez de agosto del dos mil dieciocho.—Lic. Rodolfo José Quirós Campos, Notario.—1 vez.—( IN2018271075 ).
Por escritura pública número veintiocho, otorgada a las catorce horas cuarenta y cinco minutos del diez de agosto del dos mil dieciocho ante esta notaría, se protocoliza asamblea general ordinaria y extraordinaria de la sociedad Helecho de Agua, cédula jurídica tres - ciento uno - trescientos sesenta y siete mil cuatrocientos ochenta, en la que se acuerda reformar las cláusulas segunda domicilio social y quinta capital social del pacto constitutivo.—Nicoya, diez de agosto del dos mil dieciocho.—Lic. Rodolfo José Quirós Campos, Notario.—1 vez.—( IN2018271076 ).
Por escritura pública número veintinueve, otorgada a las quince horas del diez de agosto del dos mil dieciocho ante esta notaría, se protocoliza asamblea general ordinaria y extraordinaria de la sociedad La Calle de los Balcones S. A., cédula jurídica tres-ciento uno-trescientos cincuenta mil cuatrocientos diez, en la que se acuerda reformar la cláusula quinta “Capital Social” del pacto constitutivo.—Nicoya, diez de agosto del dos mil dieciocho.—Lic. Rodolfo José Quirós Campos, Notario.—1 vez.—( IN2018271077 ).
Por escritura pública número treinta, otorgada a las quince horas quince minutos del diez de agosto del dos mil dieciocho ante esta notaría, se protocoliza asamblea general ordinaria y extraordinaria de la sociedad Trenkadis S. A., cédula jurídica tres-ciento uno-cuatrocientos tres mil ciento sesenta, en la que se acuerda reformar la cláusula quinta “Capital Social” del pacto constitutivo.—Nicoya, diez de agosto del dos mil dieciocho.—Lic. Rodolfo José Quirós Campos, Notario.—1 vez.—( IN2018271078 ).
Por escritura otorgada ante mí, número ciento veintiocho de las dieciséis horas del seis de agosto del dos mil dieciocho, se constituyó la sociedad denominada Neferet S. A. Domiciliada en Heredia, Cubujuquí. Objeto: El ejercicio del comercio en todas sus formas, la industria, la ganadería, la agricultura, y en general toda actividad lucrativa. Plazo social: Noventa y nueve años. Presidente: John Eric Richter Vargas. Capital social: Un millón de colones, representado por diez acciones, comunes y nominativas de cien mil colones cada una, suscritas y pagadas.—Licda. Ana Lucía Campos Monge, Notaria.—1 vez.—( IN2018271091 ).
Se hace saber del público: Que reunido el setenta y cinco por ciento del capital social acordaron reactivar sociedad y solicitar el cese de disolución de sociedad Casa del Río Sociedad Anónima, cédula jurídica tres-ciento uno-trescientos setenta y nueve mil novecientos catorce.—Lic. José David Vaquerano Rivera, Notario.—1 vez.—( IN2018271105 ).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría a las 10:00 horas, del 15 de agosto de 2018 se acordó constituir la sociedad Isla de Nabumbu Sociedad Anónima. Notaria pública Mariana Herrera Ugarte. 8846-8145.—San José, 15 de agosto de 2018.—Licda. Mariana Herrera Ugarte, Notaria.—1 vez.—( IN2018271106 ).
El notario Geovanny Víquez Arley, otorgó escritura N° 137 de las 12:00 horas del 15 de julio de 2018, por medio de la cual se protocoliza el acta N° 7 que acuerda variar la junta directiva y el nombre de la sociedad Grupo LIM S. A., cédula jurídica 3-101-703835, que pasará a llamarse Móvil Tico Automotriz S. A. Es todo.—San José, 9 de agosto de 2018.—Lic. Geovanny Víquez Arley, Notario.—1 vez.—( IN2018271117 ).
Por escritura 115-02 del tomo 02 de protocolo de notario público Omar Tabash Fonseca, otorgada a la 10:58 horas del 16 de agosto del 2018, se protocoliza acta que acuerda disolver la sociedad Document Process Center S. R. L., cédula jurídica 3-102-706703.—San Isidro de El General, 16 de agosto del 2018.—Lic. Omar Tabash Fonseca, Notario.—1 vez.—( IN2018271118 ).
Pablo Machado Machado y Ana Cecilia Casasola Berrocal, constituyen la sociedad denominada Inversiones Familiares Machado Casasola Sociedad Anónima. Escritura otorgada en Cartago a las 15:00 horas del 31 de julio del 2018. Ante el notario Daniel Valverde Schmidt.—Cartago, 16 de agosto del 2018.—Lic. Daniel Valverde Schmidt, Notario.—1 vez.—( IN2018271125 ).
Ante esta notaria, mediante escritura número trescientos seis de las nueve horas del dieciséis de agosto de dos mil dieciocho se reforma la cláusula correspondiente al domicilio de la sociedad Aceros Carazo-Reimers S. A. cédula jurídica tres-ciento uno-cero cero ocho cinco cinco tres. Es todo.—San José, dieciséis de agosto del dos mil dieciocho.—Licda. Lisa María Bejarano Valverde, Notaria.—1 vez.—( IN2018271127 ).
Mediante escritura número ciento treinta, visible al folio ciento treinta y seis vuelto del tomo octavo de mi protocolo, se reformó cláusula segunda, y nombramiento de secretario de la junta directiva de la sociedad denominada Maracuya del Tempate Sociedad Anónima, cédula jurídica tres-ciento uno-cuatrocientos sesenta y un mil seiscientos setenta y nueve. Es todo.—San José, dieciséis de agosto del dos mil dieciocho.—Lic. Federico Ureña Ferrero, Notario.—1 vez.—( IN2018271135 ).
Por escritura número 244 del tomo 12, otorgada ante esta notaría a las 12:00 horas del 14 de agosto del 2018, se protocolizó acta de la asamblea de accionistas de San Ángel Ocho Sociedad Anónima, cédula jurídica número 3-101-183351, mediante la cual se nombra nueva junta directiva.—San José, 14 de agosto del dos mil dieciocho.—Lic. Norman Leslie de Pass Ibarra, Notario.—1 vez.—( IN2018271160 ).
Por escritura número: 178-01 otorgada ante mí notaría Cindy Yilena Herrera Camacho, a las 10:00 horas del 16 de agosto del 2018, la sociedad Chirraca Sociedad Anónima, aumentó su capital social a doscientos cincuenta millones de colones.—Ciudad Quesada, San Carlos, 16 de agosto del 2018.—Licda. Cindy Yilena Herrera Camacho, Notaria Pública.—1 vez.—( IN2018271185 ).
Por escritura N° 179-01 otorgada ante mi notaría Cindy Yilena Herrera Camacho, a las 11:00 horas del 16 de agosto del 2018, la sociedad Ganadera los Llanos de los Chiles Sociedad Anónima, aumentó su capital social a quinientos millones de colones.—Ciudad Quesada, San Carlos, 16 de agosto del 2018.—Licda. Cindy Yilena Herrera Camacho, Notaria.—1 vez.—( IN2018271188 ).
Por escritura otorgada ante mí a las catorce horas del catorce de agosto de dos mil dieciocho, protocolicé acta de asamblea general extraordinaria de socios de Tres-Ciento Uno-Cinco Ocho Tres Siete Cinco Seis Sociedad Anónima, cédula jurídica N° tres-ciento uno-cinco ocho tres siete cinco seis, por la que se nombra nuevo presidente, secretario y fiscal, se elimina el cargo de vocal y se reforma el domicilio social.—San José, catorce de agosto de dos mil dieciocho.—Licda. Rosemarie Maynard Fernández, Notaria.—1 vez.—( IN2018271189 ).
Por escritura 20 otorgada ante esta notaría a las 10:00 horas del 13 de agosto del 2018, se protocolizó la asamblea general ordinaria y extraordinaria de Indios del Sol Sociedad Anónima, se otorga poder generalísimo y se nombra nuevo agente residente. Lic. Slawomir Wiciak, Notario Público 6001.—San José, 13 de agosto del 2018.—Lic. Slawomir Wiciak, Notario.—1 vez.—( IN2018271190 ).
Ante esta notaría por escritura pública, otorgada a las diecisiete horas del catorce de agosto del dos mil dieciocho, se protocolizan las actas de asamblea general extraordinaria de accionistas de las compañías Arco Iris del Caribe Sociedad Anónima, cédula jurídica número tres-ciento uno-ochenta mil doscientos, Palmas del Caribe Sociedad Anónima, cédula jurídica N° tres-ciento uno-ciento diecinueve mil doscientos ochenta y seis, mediante la cual las sociedades se fusionaron por el sistema de absorción subsistiendo la sociedad Arco Iris del Caribe Sociedad Anónima. Es todo.—San José, a las quince horas cincuenta y un minutos del dieciséis de agosto del año dos mil dieciocho.—Lic. Marcelo Gamboa Venegas, Notario.—1 vez.—( IN2018271192 ).
Por este medio se les haces saber que mediante escritura 224-8 se modificaron estatutos de Ganadera J F y Hermanas S. A., cédula 3-101-367049.—MSc. Ana Patricia Alfaro Acuña, Notaria.—1 vez.—( IN2018271194 ).
Por este medio se les haces saber que mediante escritura 225-8 se modificaron estatutos de Finca Ganadera El Corazón de Jesús de La Thesalia S. A., cédula 3-101-370845.—MSc. Ana Patricia Alfaro Acuña, Notaria.—1 vez.—( IN2018271195 ).
OFICINA DE NOTIFICACIONES
PUBLICACIÓN DE PRIMERA VEZ
San José a las catorce horas
veinte minutos del primero de agosto del dos mil dieciocho. De conformidad con
lo dispuesto en el artículo 241 de la Ley General de la Administración Pública
en virtud de que materialmente resultó imposible localizar a la encausada
Maricel del Carmen Acosta Carrillo, cédula de identidad N° 01-0774-0107, quien
fungía como Oficial de la Policía Profesional de Migración destacada en la
Unidad de Denuncias de esa entidad; y por ignorarse su actual domicilio, esta
Dirección procede en esta vía legal, a notificarle que mediante resolución N°
0283-2018-DMG, del Despacho del Ministro de Gobernación y Policía, de las nueve
y treinta horas del nueve de julio del dos mil dieciocho; resuelve: I)
Despedirla por causa justificada, por ausencias laborales de los días que van
desde el 03 de diciembre del 2017 al 31 de enero del 2018 y el incumplimiento
de la obligación de dar aviso oportunamente a su superior de los motivos de
tales ausencias y aportar prueba documental donde se demuestre la justificación
válida de las mismas. II) Ejecutar el presente acto de despido de conformidad
con lo dispuesto en los artículos 146 y 148 de la Ley General de la
Administración Pública. III) Contra la presente resolución cabe únicamente
recurso de reposición, dentro del tercer día hábil a partir del recibo de la
misma, de conformidad con los artículos 345 y 346, ambos de la Ley General de
la Administración Pública. Dicho recurso debe presentarse en la Asesoría
Jurídica de este Ministerio de Gobernación y Policía. Por lo anterior se le
despide con causa justificada sin responsabilidad para el Estado a partir de la
fecha de la publicación del presente edicto. Expedientes Físicos N°
019-IP-20018 y 065-IP-2017. Notifíquese.—Dirección Asesoría Jurídica.—Lic.
Adolfo Arguedas Fernández, Director Asesoría Jurídica.—O.C. N°
3400034814.—Solicitud N° 042-2018-MGP.—( IN2018270699 ).
San José, a las catorce horas
veinte minutos del treinta y uno de julio del dos mil dieciocho. De conformidad
con lo dispuesto en el artículo 241 de la Ley General de la Administración
Pública y en virtud de que materialmente resultó imposible localizar al
encausado Erick Rodrigo Martínez Camacho, cédula de identidad N° 01-01374-0791,
de la Coordinación Policial Regional de Paso Canoas; y por ignorarse su actual
domicilio, esta Dirección procede en esta vía legal, a notificarle que mediante
resolución N° 0282-2018-DMG, del Despacho del Ministro de Gobernación y
Policía, de las nueve horas del nueve de julio del dos mil dieciocho; resuelve:
I) Despedirlo por causa justificada, por ausencias laborales de los días que
van desde el 20 de noviembre del 2017 al 09 de enero del 2018 y el
incumplimiento de la obligación de dar aviso oportunamente a su superior de los
motivos de tales ausencias y aportar prueba documental donde se demuestre la
justificación válida de las mismas. II) Ejecutar el presente acto de despido de
conformidad con lo dispuesto en los artículos 146 y 148 de la Ley General de la
Administración Pública. III) Contra la presente resolución cabe únicamente recurso
de reposición, dentro del tercer día hábil a partir del recibo de la misma, de
conformidad con los artículos 345 y 346, ambos de la Ley General de la
Administración Pública. Dicho recurso debe presentarse en la Asesoría Jurídica
de este Ministerio de Gobernación y Policía. Por lo anterior se le despide por
causa justificada sin responsabilidad patronal para el Estado a partir de la
fecha de la publicación del presente edicto. Expediente Físico N° 066-IP-2017.
Notifíquese. Lic. Adolfo Arguedas Fernández, Director Asesoría Jurídica.—O. C.
N° 3400034814.—Solicitud N° 041-2018-MGP.—( IN2018270700 ).
CONSEJO DE
TRANSPORTE PÚBLICO
PUBLICACIÓN
DE TERCERA VEZ
DAJ2018001461.—Apertura de
procedimiento para la cancelación del permiso
de la ruta N° 101.
Expediente 118
Señores
Francisco y Antonio Fallas
Quesada
Permisionario de la Ruta N° 101
Notificaciones: Sin medio
señalado
Estimado señor:
Dirección de Asuntos
Jurídicos.—San José, a las ocho horas del veintiséis de junio de dos mil
dieciocho.
Conoce esta Dirección de Asuntos Jurídicos,
acuerdo adoptado en el artículo 7.10 de la Sesión Ordinaria 27-2017, emitido
por la Junta Directiva del Consejo de Transporte Público, mediante el cual se
dispuso comisionar a esta Dirección para que inicie el debido proceso para la
cancelación del permiso de operación de la Ruta No. 101, cuyo titular de
operación corresponde a la empresa denominada Francisco Y Antonio Fallas
Quesada.
Traslado de cargos
1. Que la empresa Francisco y Antonio Fallas Quesada, aparece como
permisionaria de la Ruta No. 101, descrita como San Marcos- San Pablo- Llano
Bonito y Viceversa, según el acuerdo N° 02 de la sesión 2997, de la antigua
Comisión
Técnica de Transportes de fecha 30 de agosto
de 1995.
2. Que mediante el acuerdo N° 02 de la sesión
2997, de la antigua Comisión Técnica de Transportes de fecha 30 de agosto de
1995, se autorizó para la operación del servicio en estas rutas 02 unidades, y
se registraron las unidades placa CB-703 y TMP820635.
3. Que mediante el artículo 5.1 de la sesión
ordinaria 09-2011 de la Junta Directiva del Consejo de Transporte Público, del
03 de febrero del 2011, se desinscribieron las unidades placas CB-703 y
TMP820635, por encontrarse fuera de la vida útil máxima autorizada, según la Ley
7600 y Decreto Ejecutivo 29743-MOPT.
4. Que según se indica en la constancia N°
DACP-2017-1457, al parecer la Ruta N° 101 no posee flota inscrita para brindar
el servicio público de transporte de personas
modalidad autobús.
En razón de lo anteriormente
citado, se le brinda un plazo de quince días hábiles, para que manifieste lo
que considere oportuno, de los posibles incumplimientos que fundamentan el
procedimiento de cancelación del permiso de la ruta N° 101, contados a partir
de la notificación del presente documento, no omito manifestarle que
conjuntamente con su escrito de respuesta podrá aportar toda la prueba que
considere pertinente y medio para recibir notificaciones ( fax o correo
electrónico).—Lic. Bryan Jiménez Agüero, Asesor Legal.—Dirección de Asuntos
Jurídicos.—Licda. Sidia Cerdas Ruiz MLA, Directora.—O.C. N° 2018-185.—Solicitud
N° DE-2018-1377.—( IN2018269293 ).
DAJ-2018001578.—Apertura de
procedimiento para la cancelación del permiso de la ruta N° 107.
Expediente 113
Señor
Rigoberto Campos Cubillo
Permisionario de la Ruta N° 107
Notificaciones: Sin medio
señalado
Estimado señor:
Dirección de Asuntos Jurídicos.
San José, a las ocho horas del dieciséis de julio de dos mil dieciocho.
Conoce esta Dirección de Asuntos Jurídicos,
acuerdo adoptado en el Artículo 7.10 de la Sesión Ordinaria 27-2017, emitido
por la Junta Directiva del Consejo de Transporte Público, mediante el cual se
dispuso a comisionar a esta Dirección para que inicie el debido proceso para la
cancelación del permiso de operación de la Ruta N° 107, cuyo titular de
operación corresponde al señor Rigoberto Campos Cubillo.
Traslado de cargos
1. Que el señor Rigoberto Campos Cubillo, aparece como permisionario
de la Ruta N° 107, descrita como Puriscal- Galán y Viceversa, según el acuerdo
N° 03 de la sesión 2420, de la antigua Comisión Técnica de Transportes de fecha
04 de enero de 1990.
2. Que mediante el acuerdo N° 03 de la sesión
2420, de la antigua Comisión Técnica de Transportes de fecha 04 de enero de
1990, se autorizó para la operación del servicio en esta ruta 02 unidades, y se
registraron las unidades placa SJB-4199 y SJB-1979.
3. Que mediante el artículo 5.1 de la sesión
ordinaria 09-2011 de la Junta Directiva del Consejo de Transporte Público, del
03 de febrero del 2011, se desinscribieron las unidades Transporte Público
placas SJB-4199 y SJB-1979, por encontrarse fuera de la vida útil máxima
autorizada, según
la Ley 7600 y Decreto Ejecutivo 29743-MOPT.
4. Que según se indica en la constancia N°
DACP-2017-1458, la Ruta N° 107 no posee flota inscrita para brindar el servicio
público de transporte de personas modalidad autobús.
En razón de lo anteriormente
citado, se le brinda un plazo de quince días hábiles, para que manifieste lo
que considere oportuno, de los posibles incumplimientos que fundamentan el
procedimiento de cancelación del permiso de la ruta N° 107, plazo que se
contabilizara a partir de la notificación del presente documento, no omito
manifestarle que conjuntamente con su escrito de respuesta podrá aportar toda
la prueba que considere pertinente y deberá señalar medio para recibir
notificaciones ( fax o correo electrónico).—Dirección de Asuntos
Jurídicos.—Lic. Bryan Jiménez Agüero, Asesor Legal.—Licda. Sidia Cerdas Ruiz
MLA, Directora.—O.C. N° 2018-191.—Solicitud N° DE-2018-1376.—( IN2018269294 ).
DAJ-2018001577.—Apertura de
procedimiento para la cancelación del permiso de la ruta N° 113 BS.
Expediente 114
Señor
Carlos Chavarría Murillo
Permisionario de la Ruta No. 113
BS
Notificaciones: Sin medio
señalado
Estimado señor:
Dirección de Asuntos
Jurídicos.—San José, a las once horas del dieciséis de julio de dos mil
dieciocho.
Conoce esta Dirección de Asuntos Jurídicos,
acuerdo adoptado en el Artículo 7.10 de la sesión ordinaria 27-2017, emitido
por la Junta Directiva del Consejo de Transporte Público, mediante el cual se
dispuso comisionar a esta Dirección para que inicie el debido proceso para la
cancelación del permiso de operación de la Ruta N° 113 BS, cuyo titular de
operación corresponde al señor Carlos Chavarría Murillo.
Traslado de cargos
1. Que el señor Carlos Chavarría Murillo, aparece como permisionario
de la Ruta N° 113 BS, descrita como Santiago de Puriscal- Charcón de Puriscal y
viceversa, según el acuerdo No. 14 de la sesión 3019, de la antigua Comisión
Técnica de Transportes de fecha 17 de enero de 1996.
2. Que mediante el acuerdo N° 14 de la sesión
3019, de la antigua Comisión Técnica de Transportes de fecha 17 de enero de
1996, se autorizó para la operación del servicio en esta ruta 01 unidad, y se
registró la unidad placa SJB-2819.
3. Que según se indica en la constancia N° DACP-2017-1464, la Ruta N° 113 BS no posee flota inscrita para brindar
el servicio público de transporte de personas modalidad autobús.
En razón de lo anteriormente
citado, se le brinda un plazo de quince días hábiles, para que manifieste lo
que considere oportuno, de los posibles incumplimientos que fundamentan el
procedimiento de cancelación del permiso de la ruta N° 113 BS, plazo que se
contabilizará a partir de la notificación del presente documento, no omito
manifestarle que conjuntamente con su escrito de respuesta podrá aportar toda
la prueba que considere pertinente y deberá señalar medio para recibir
notificaciones (fax o correo electrónico).—Lic. Bryan Jiménez Agüero.—Licda.
Sidia Cerdas Ruiz MLA, Directora.—O.C. N° 2018-189.—Solicitud N°
DE-2018-1375.—( IN2018269299 ).
DAJ-2018001576.—Apertura de
procedimiento para la cancelación del permiso de la ruta N° 168.
Expediente 117
Señores
Olman Arce Bolaños
Permisionario de la Ruta No. 168
Notificaciones: Sin medio
señalado
Estimado señor:
Dirección de Asuntos
Jurídicos.—San José, a las diez horas del dieciséis de julio de dos mil
dieciocho.
Conoce esta Dirección de Asuntos Jurídicos,
acuerdo adoptado en el artículo 7.10 de la sesión ordinaria 27-2017, emitido
por la Junta Directiva del Consejo de Transporte Público, mediante el cual se
dispuso comisionar a esta Dirección para que inicie el debido proceso para la
cancelación del permiso de operación de la Ruta No. 168, cuyo titular de
operación corresponde al señor Olman Arce Bolaños.
Traslado de cargos
1. Que el señor Olman Arce Bolaños, aparece como permisionario de la
Ruta N° 168, descrita como San Isidro del General- San Agustín- San Luis y viceversa,
según el acuerdo N° 27 de la sesión 2649, de la antigua Comisión Técnica de
Transportes de fecha 06 de noviembre del 1991.
2. Que mediante el acuerdo N° 27 de la sesión
2649, de la antigua Comisión Técnica de Transportes de fecha 06 de noviembre
del 1991, se autorizó para la operación del servicio en estas rutas 01 unidad.
3. Que mediante el artículo 5.1 de la sesión
ordinaria 09-2011 de la Junta Directiva
del Consejo de Transporte Público, del 03 de febrero del 2011, se desinscribió
la unidad placa CB-60, por encontrarse fuera de la vida útil máxima autorizada,
según la Ley 7600 y Decreto Ejecutivo 29743-MOPT.
4. Que según se indica en la constancia N°
DACP-2017-1460, al parecer la Ruta N° 168 no posee flota inscrita para brindar
el servicio público de transporte de personas modalidad autobús.
En razón de lo anteriormente
citado, se le brinda un plazo de quince días hábiles, para que manifieste lo
que considere oportuno, de los posibles incumplimientos que fundamentan el
procedimiento de cancelación del permiso de la ruta N° 168, plazo que se
contabilizará a partir de la notificación del presente documento, no omito
manifestarle que conjuntamente con su escrito de respuesta podrá aportar toda
la prueba que considere pertinente y medio para recibir notificaciones ( fax o
correo electrónico).—Lic. Bryan Jiménez Agüero, Asesor Legal.—Licda. Sidia
Cerdas Ruiz MLA, Directora.—O.C. N° 2018-180.—Solicitud N° DE-2018-1374.—(
IN2018269301 ).
DAJ.—2018001353.—Traslado de
cargos sobre la cancelación del permiso de la ruta 596 por abandono de la ruta.
Expediente administrativo N°
2018-82-B
Señor
Leonardo Sánchez González
Operador de la ruta No. 596
Notificaciones: Diario Oficial La
Gaceta
Estimado señor:
Dirección de Asuntos
Jurídicos.—San José, a las once horas siete minutos del cinco de junio del año
dos mil dieciocho
Conoce esta Dirección de Asuntos Jurídicos,
acuerdo adoptado por la Junta Directiva, en el artículo 7.11 de la sesión
ordinaria 17-2016 del 06 de abril del 2016, mediante el cual se dispuso comisionar
a esta Dirección para que inicie el Procedimiento Administrativo a fin de
otorgar audiencia al operador permisionario de la Ruta 596 para la cancelación
del permiso de operación por abandono de la ruta.
Traslado de cargos:
1. Que el señor Olman Arce Bolaños, es permisionario de la ruta N° 596
descrita como San Isidro de El General- San Agustín- San Luis y viceversa,
según acuerdo No. 27 de la sesión N° 2649 de la antigua Comisión Técnica de
Transporte.
2. Que ante solicitudes de interesados en brindar
el servicio en varias rutas, entre éstas la ruta N° 596, por lo que la
Dirección Técnica realizó un estudio para verificar el estado de la ruta y la
necesidad de un nuevo permisionario, según en el oficio DTE-16-0155 del 19 de
febrero del 2016.
3 Que consta en el oficio DTE-16-0155 de la
Dirección Técnica, en lo que interesa lo siguiente:
“Ruta N° 596
Se visualiza en la prestación
del servicio entre Nicoya-Moracia-Zapote y vic a la unidad GB-2487 la cual no
se encuentra autorizada para brindar el servicio de la ruta N° 596. Según
información dada por el chofer de la unidad el servicio es brindado por el
señor Leonardo Sánchez González sin embargo conversando con el señor Sánchez
vía telefónica indica que el (sic) no opera la ruta desde aproximadamente el 2011
cuando venció la vida útil de la unidades (sic) y que cedió los derechos de
operación al señor Diego Obando, sin embargo la gestión a la fecha no ha sido
presentada al Consejo. Mediante Artículo 5.1 de la sesión ordinaria 09-2011 de
la Junta Directiva del Consejo de Transporte Público con fecha del 03 de
febrero de 2011 se tienen por inscritas las unidades GB-0877 y GB-0669 por
exceder la vida útil establecida para brindar el servicio y se le ordenó en ese
mismo Artículo la inscripción inmediata de nuevas unidades que cumplieran con
la normativa establecida, orden que al fecha no ha sido cumplida según
información del Departamento de Administración de Concesiones y Permisos de
Este (sic) Consejo. (...)
• La Ruta N° 596 se encuentra operada de forma precaria por el
señor Diego Obando Méndez pues su operador autorizado el señor Leonardo Sánchez
González indica vía telefónica (te. 8354-3063) que cedió la operación del
servicio al señor Obando desde el año 2011, sin embargo esta gestión de
traspaso de derechos no ha sido presentada a la fecha de este informe ante este
Consejo y continúa a nombre del señor Sánchez, se visualiza la prestación del
servicio con tres unidades las cuales no están autorizadas para la ruta según
certificación del-Dirección de Asuntos Jurídicos Departamento de Administración
de Concesiones y Permisos las cuales de igual forma se encuentran des inscritas
por estar fuera de vida útil ya la fecha de este informe no habían sido
reemplazadas ante la administración (sic). Se ubica en el Departamento de
Administración de Concesiones y Permisos una gestión a nombre del señor
Leonardo Sánchez (exp. 284171 del 22/09/14) donde se solicita la inscripción de
la unidad GB-2487 sin embargo por falta de documentación por parte del señor
Sánchez se le previno mediante el DACP-2015-2698 y al no contestar se le
archivó la gestión mediante el DACP-2015-3348. Por lo anterior se concluye que
la Ruta N° 596 se brinda con un operador y unidades no autorizadas y que se
encuentra en abandono por su operador señor Leonardo Sánchez González quien
manifiesta ya no brinda el servicio.
4. Que mediante artículo 7.11 de
la sesión ordinaria 17-2016 la Junta Directiva del Consejo de Transporte
Público, indicó en lo interesa lo siguiente:
“Por tanto, se acuerda por
unanimidad de los presentes:
1. Aprobar parcialmente, basados en los fundamentos, motivos y
contenidos, desarrollados en los considerandos del oficio DAJ 2016-001105, las recomendaciones
contenidas en el oficio dicho, el cual forma parte integral de este acuerdo.
(...)
7. Iniciar el proceso administrativo de eventual
cancelación con base en el oficio DTE-16-0155, al operador de la ruta N° 596
descrita como Nicoya - Zapote y viceversa al señor Leonardo Sánchez González,
debido a los siguientes hallazgos:
• Actualmente no está siendo operada por el señor Leonardo Sánchez
González.
• Las unidades GB-2487, GB-2536 y CB1911 que
se determinó brindan el servicio de la ruta N° 596, no se encuentran
autorizadas para realizarlo, ni tienen relación alguna con el señor Sánchez
González.
• Según documentación del Departamento de
Administración de Concesiones y Permisos de este Consejo, actualmente la
empresa no ha inscrito unidades desde la realización de la sesión ordinaria
09-2011, en el artículo 5.1, en donde se le desinscribían las unidades placa
GB-0877 y GB-0669, y por ende, no cuenta con ninguna unidad inscrita para
brindar el servicio de la ruta N° 596.”
En razón de que esta Asesoría
Jurídica fue designada órgano Director por la Junta Directiva de este Consejo,
según Artículo 7.11 de la Sesión ordinaria 17-2016, arróguese esta Dirección el
conocimiento de instrucción de este asunto, tendiente a la cancelación del
permiso de operación de la ruta N° 596 por abandono del servicio.
En virtud de las situaciones antes descritas,
se otorga el debido proceso al señor Leonardo Sánchez González, operador de la
ruta No. 596 de conformidad con las disposiciones del artículo 214, siguientes
y concordantes de la Ley General de la Administración Pública, el numeral 25 de
la Ley 3503.
Se procede entonces, a otorgar audiencia al señor
Leonardo Sánchez González para que en el plazo de LOS PRÓXIMOS 15 DÍAS
HÁBILES contados a partir del día siguiente de la notificación de este
documento se manifieste por escrito de la decisión de la Administración,
otorgando con ello el debido proceso y derecho de defensa a efectos de
determinar si resulta procedente cancelar el permiso que actualmente opera con
base en los antecedentes y documentos señalados previamente, teniendo en
consideración que el artículo 154 de la Ley General de la Administración
Pública establece:
Artículo 154.—Los permisos de
uso de dominio público y los demás actos que reconozcan a un administrado un
derecho expresa y válidamente a título precario, podrán ser revocados por
razones de oportunidad o conveniencia sin responsabilidad de la Administración;
pero la revocación no deberá ser intempestiva ni arbitraria y deberá darse en
todos los casos un plazo prudencial para el cumplimiento del acto de
revocación.
No se omite indicar que, en
aspectos como el que nos ocupa, por su parte, la Jurisprudencia de la Sala
Constitucional es clara en indicar que el título otorgado en condición de
precario, no genera para el Administrado ninguna clase de Derecho Subjetivo,
con lo cual no se hace necesario sobrellevar un Procedimiento Administrativo
Ordinario, de conformidad con el artículo 308 y siguientes de la Ley General de
la Administración Pública.
“Sobre el particular, la Sala
Constitucional de manera reiterada ha sostenido que el permiso reconoce un
derecho al administrado a título precario que puede ser revocado sin ninguna
responsabilidad para la Administración por razones calificadas de oportunidad y
conveniencia. En este sentido, es necesario dejar claro que si bien la
Administración puedo anular o revocar un permiso, no se encuentra obligada a
incoar un procedimiento administrativo ordinario para ello, en virtud que el
permiso no otorga ningún derecho subjetivo al permisionario. Esa revocación o
anulación no puede ser intempestiva o arbitraria de conformidad con lo que
establece el artículo 154 de la Ley General de la Administración Pública. En
este particular, estima este Tribunal que lo dispuesto por la autoridad
recurrida en el acuerdo impugnado no lesiona los derechos fundamentales del
tutelado, en la medida en que no se ha producido de manera intempestiva ni
arbitraria. En este sentido, del informe rendido por la autoridad accionada
claramente se deduce que se concedió una audiencia previa al tutelado con
motivo de la anulación de su permiso, razón por la que no se aprecia ninguna
infracción de los derechos fundamentales del agraviado que sea susceptible de
tutelada (sic) en esta Jurisdicción.” (Resolución No. 2008-001127 de la Sala
Constitucional de la Corte Suprema de Justicia.)
Se le indica, además, que existe
en la Dirección de Asuntos Jurídicos un expediente elaborado con los informes
técnicos y legales en que se fundamenta el presente procedimiento en relación
con la posibilidad de la cancelación del permiso de operación de la ruta N°
596, el cual queda a su disposición para lo que considere pertinente.—Órgano
Director de Procedimiento.—Licda. Laura Sánchez Navarro, Asesora
Legal.—Dirección de Asuntos Jurídicos.—Licda. Sidia María Cerdas Ruiz,
Directora.—O.C. N° 2018-188.—Solicitud N° DE-2018-1373.—( IN2018269303 ).
DAJ-2018001352.—Traslado de
cargos sobre la cancelación del permiso de la ruta 374 por no inscribir
unidades en la flota autorizada.—Expediente administrativo N° 2018-84-B.
Dirección de Asuntos Jurídicos.—San José, a
las once horas siete minutos del once de junio del dos mil dieciocho.
Señor
Jorge Luis Rojas Bravo
Operador de la ruta N° 374
Notificaciones: Diario Oficial La
Gaceta
Estimado señor:
Conoce esta Dirección de Asuntos
Jurídicos, acuerdo adoptado por la Junta Directiva, en el Artículo 7.10 de la
sesión ordinaria 27-2017 del 05 de julio del 2017, mediante el cual se dispuso
comisionar a esta Dirección para que inicie el Procedimiento Administrativo a
fin de otorgar audiencia al operador permisionario de la Ruta 374 para la
cancelación del permiso de operación por no inscribir unidades en la flota
autorizada.
Traslado de cargos:
1. Que el señor Jorge Luis Rojas Bravo, es permisionario de la ruta N°
374 descrita como Turrialba-San Joaquín y viceversa.
2. Que mediante artículo 7.10 de la sesión
ordinaria 27-2017 del 05 de julio del 2017, la junta directiva ordenó el inicio
de procedimientos administrativos a los permisionarios que no habían inscrito
unidades en la flota autorizada, entre las cuales se encuentra la ruta N° 374.
3. Que mediante oficio DACP-2017-1625 del 05 de
septiembre del 2017, el Departamento de Administración de Concesiones y
Permisos, remitió un oficio a la Dirección de Asuntos Jurídicos con el listado
de las rutas a las que se les debe iniciar procedimiento administrativo para
cancelación del permiso por tener flota autorizada y no haber inscrito unidades
ante el Departamento de Administración de Concesiones y Permisos, entre éstas
se encuentra la ruta N° 374.
4. Que en la constancia DACP-2017-1472 del
Departamento de Concesiones y Permisos del 23 de agosto del 2017, se hace
constar que la ruta N° 374 tiene inscritas dos unidades fuera de vida útil, y
por tanto se encuentran desincritas, según las disposiciones del artículo 5.1
de la sesión ordinaria 09-2011 del 03 de febrero del 2011, las mismas son las
placas CB-1454, año modelo 1992 y CB-1007, año modelo 1977.
En razón de que esta asesoría
jurídica fue designada Órgano Director por la Junta Directiva de este Consejo,
según Artículo 7.10 de la sesión ordinaria 27-2017, arróguese esta Dirección el
conocimiento de instrucción de este asunto, tendiente a la cancelación del
permiso de operación de la ruta N° 374 por abandono del servicio.
En virtud de las situaciones antes descritas
se otorga el debido proceso al señor Jorge Luis Rojas Bravo, operador de la
ruta N° 374 de conformidad con las disposiciones del artículo 214, siguientes y
concordantes de la Ley General de la Administración Pública, el numeral 25 de
la Ley 3503.
Se procede entonces, a otorgar audiencia al
señor Jorge Luis Rojas Bravo para que en el plazo de los próximos 15 días hábiles contados a partir del día siguiente
de la notificación de este documento, se
manifieste por escrito de la decisión de la Administración, otorgando con
ello el debido proceso y derecho de defensa a efectos de determinar si resulta
procedente cancelar el permiso que actualmente opera con base en los
antecedentes y documentos señalados previamente, teniendo en consideración que
el artículo 154 de la Ley General de la Administración Pública establece:
Artículo 154.—Los permisos de
uso de dominio público y los demás actos que reconozcan a un administrado un
derecho expresa y válidamente a título precario, podrán ser revocados por
razones de oportunidad o conveniencia sin responsabilidad de la Administración;
pero la revocación no deberá ser intempestiva ni arbitraria y deberá darse en
todos los casos un plazo prudencial para el cumplimiento del acto de
revocación.
No se omite indicar que, en
aspectos como el que nos ocupa, por su parte, la Jurisprudencia de la Sala
Constitucional es clara en indicar que el título otorgado en condición de
precario, no genera para el Administrado ninguna clase de Derecho Subjetivo,
con lo cual no se hace necesario sobrellevar un Procedimiento Administrativo
Ordinario, de conformidad con el artículo 308 y siguientes de la Ley General de
la Administración Pública.
“Sobre el particular, la Sala
Constitucional de manera reiterada ha sostenido que el permiso reconoce un
derecho al administrado a título precario que puede ser revocado sin ninguna
responsabilidad para la Administración por razones calificadas de oportunidad y
conveniencia.
En este sentido, es necesario
dejar claro que si bien la Administración puedo anular o revocar un permiso, no
se encuentra obligada a incoar un procedimiento administrativo ordinario para
ello, en virtud que el permiso no otorga ningún derecho subjetivo al
permisionario. Esa revocación o anulación no puede ser intempestiva o
arbitraria de conformidad con lo que establece el artículo 154 de la Ley
General de la Administración Pública. En este particular, estima este Tribunal
que lo dispuesto por la autoridad recurrida en el acuerdo impugnado no lesiona
los derechos fundamentales del tutelado, en la medida en que no se ha producido
de manera intempestiva ni arbitraria. En este sentido, del informe rendido por
la autoridad accionada claramente se deduce que se concedió una audiencia
previa al tutelado con motivo de la anulación de su permiso, razón por la que
no se aprecia ninguna infracción de los derechos fundamentales del agraviado
que sea susceptible de tutelada (sic) en esta Jurisdicción.” (Resolución N°
2008-001127 de la Sala Constitucional de la Corte Suprema de Justicia).
Se le indica, además, que existe
en la Dirección de Asuntos Jurídicos un expediente elaborado con los informes
técnicos y legales en que se fundamenta el presente procedimiento en relación
con la posibilidad de la cancelación del permiso de operación de la ruta N°
374, el cual queda a su disposición para lo que considere pertinente.—Órgano
Director de Procedimiento.—Licda. Laura Sánchez Navarro, Asesora
Legal.—Dirección de Asuntos Jurídicos.—Licda. Sidia María Cerdas Ruiz,
Directora.—O. C. N° 2018187.—Solicitud N° DE-2018-1372.—( IN2018269305 ).
DAJ-2018001705.—Apertura de
procedimiento sumario por irregularidades en la prestación del servicio del permiso
de la ruta N° 1262 Sarchí Norte-Rodríguez-Sabanillas y viceversa.
Expediente Administrativo N° 2018-0124-B.
Dirección de Asuntos
Jurídicos.—San José, a las once horas treinta minutos del treinta y uno de
julio del año dos mil dieciocho.
Señor: Alberto Rodríguez
Rodríguez.
Permisionario de la Ruta N° 1262
Notificaciones: Sin medio
conocido para notificar.
Estimado señor:
Conoce esta Dirección de Asuntos
Jurídicos, acuerdo adoptado en el artículo 7.10 de la sesión ordinaria 27-2017
celebraba el día 07 de julio de 2017, emitido por la Junta Directiva del
Consejo de Transporte Público, mediante el cual se dispuso comisionar a esta
Dirección para que inicie el Procedimiento Administrativo Sumario a fin de
otorgar audiencia al permisionario, según lo dispone la Ley General de
Administración Pública; en cuanto a Procedimientos Sumarios en sus artículos
320 siguientes y concordantes, para averiguar la verdad de los hechos, por
supuestas inconsistencias en el permiso de operación de la Ruta N° 1262, cuyo
titular de operación corresponde al señor Alberto Rodríguez Rodríguez.
Traslado de cargos
1º—Que el señor Alberto
Rodríguez Rodríguez, aparece como permisionario de la Ruta N° 1262, descrita
como Sarchí Norte-Rodríguez-Sabanillas y viceversa, según el acuerdo N° 35 de
la sesión 2869, de la antigua Comisión Técnica de Transportes de fecha 22 de
noviembre de 1993.
2º—Que según oficio DACP-2017-1168 del 27 de
junio del 2017 de la Dirección Técnica de este Consejo, la Ruta N° 1262 a
nombre del señor Alberto Rodríguez Rodríguez, tiene 2 unidades como flota
autorizada en esa ruta y ninguna flota inscrita para la operación del servicio
público de transporte de personas modalidad autobús en esta ruta.
3º—Que mediante la constancia DACP-2017-1498
del 23 de agosto del 2017 del Departamento de Administración de Concesiones y
Permisos, se indicó que para la Ruta N° 1262, el permisionario, mantuvo
registradas las unidades, HB-882 y TMP-133979, para prestar el servicio en la
Ruta 1262, y según el artículo 5.1 de la sesión ordinaria 09-2011, de la Junta
Directiva de este Consejo del 03 de febrero del 2011, se tiene por desinscritas
las unidades citadas, por encontrarse fuera de la vida útil máxima autorizada,
según Ley 7600 y Decreto Ejecutivo 29743-MOPT.
4º—No consta en los registros de este Consejo
que se haya realizado la inscripción de nueva Rota requerida en su momento por
parte del permisionario de la ruta N° 1262.
En razón de que esta Asesoría Jurídica fue
designada Órgano Director por la Junta Directiva de este Consejo, según el
artículo 7.10 de la sesión ordinaria 27-2017 del 07 de julio del año 2017,
arróguese esta Dirección el conocimiento de instrucción de este asunto,
tendiente a la valoración de cancelación del permiso temporal de la placa de
servicio público, modalidad autobús Ruta N° 1262, por los presuntos
incumplimientos antes citados.
En virtud de las situaciones antes descritas
se otorga el debido proceso al permisionario de la Ruta N° 1262, del señor
Alberto Rodríguez Rodríguez, de conformidad con las disposiciones del artículo
214, siguientes y concordantes de la Ley General de la Administración Pública,
así como el artículo 320 siguientes y concordantes, de la misma Ley.
Se procede entonces, a otorgar derecho de
defensa y debido proceso al señor Alberto Rodríguez Rodríguez, para que en el
plazo de los próximos 15 días hábiles contados a partir del día
siguiente de la notificación de este documento, se
manifieste por escrito, acerca de lo dicho en este traslado de la
Administración, acerca de los posibles incumplimientos que fundamentan el
procedimiento, otorgando con ello el debido proceso a efectos de determinar si
resulta procedente cancelar el permiso que actualmente opera, con base en los
antecedentes y documentos señalados previamente, teniendo en consideración que
el artículo 154 de la Ley General de la Administración Pública establece:
“Artículo 154.—Los permisos de
uso de dominio público y los demás actos que reconozcan a un administrado un
derecho expresa y válidamente a título precario, podrán ser revocados por
razones de oportunidad o conveniencia sin responsabilidad de la Administración;
pero la revocación no deberá ser intempestiva ni arbitraria y deberá darse en
todos los casos un plazo prudencial para el cumplimiento del acto de
revocación.”
No se omite indicar que, en
aspectos como el que nos ocupa, por su parte, la Jurisprudencia de la Sala
Constitucional es clara en indicar que el título otorgado en condición de
precario, no genera para el Administrado ninguna clase de Derecho Subjetivo,
con lo cual no se hace necesario sobrellevar un Procedimiento Administrativo
Ordinario, de conformidad con el artículo 308 y siguientes de la Ley General de
la Administración Pública:
“Sobre el particular, la Sala
Constitucional de manera reiterada ha sostenido que el permiso reconoce un
derecho al administrado a título precario que puede ser revocado sin ninguna
responsabilidad para la Administración por razones calificadas de oportunidad y
conveniencia. En este sentido, es necesario dejar claro que si bien la Administración
puedo anular o revocar un permiso, no se encuentra obligada a incoar un
procedimiento administrativo ordinario para ello, en virtud que el permiso no
otorga ningún derecho subjetivo al permisionario. Esa revocación o anulación no
puede ser intempestiva o arbitraria de conformidad con lo que establece el
artículo 154 de la Ley General de la Administración Pública. En este
particular, estima este Tribunal que lo dispuesto por la autoridad recurrida en
el acuerdo impugnado no lesiona los derechos fundamentales del tutelado, en la
medida en que no se ha producido de manera intempestiva ni arbitraria. En este
sentido, del informe rendido por la autoridad accionada claramente se deduce
que se concedió una audiencia previa al tutelado con motivo de la anulación de
su permiso, razón por la que no se aprecia ninguna infracción de los derechos
fundamentales del agraviado que sea susceptible de tutelada (sic) en esta
Jurisdicción.” (Resolución N° 2008-001127 de la Sala Constitucional de la Corte
Suprema de Justicia.)
Se le indica, además, que existe
en la Dirección de Asuntos Jurídicos, el expediente 2018-0214-B, elaborado para
este Procedimiento Administrativo Sumario, que contiene copias de los
documentos que en este traslado se indicaron en los cuales se fundamenta el
presente procedimiento en relación con la posibilidad de la cancelación del
permiso temporal descrito de la Ruta N° 1262, para que manifieste lo que
considere oportuno y no se omite manifestarle que conjuntamente con su escrito
de respuesta podrá aportar toda la prueba que considere pertinente y medio para
recibir notificaciones (fax o correo electrónico).
Es menester señalar que no tiene señalado en
el expediente administrativo medio conocido para notificar.—Licda. Angie Solís Morales,
Asesora Legal.—Licda. Sidia Cerdas Ruiz MLA, Directora.—O. C. N°
2018186.—Solicitud N° DE-2018-1371.—( IN2018269306 ).
DEPARTAMENTO DE RELACIONES LABORALES
De acuerdo a la Resolución
Ministerial N° 001399 de las once horas y quince minutos del día nueve de
setiembre del 2016, el Despacho del señor Ministro de Obras Públicas y
Transportes, ordena la instrucción de un Procedimiento Administrativo
Cobratorio en contra del señor Juan José Peña Jirón, cédula de identidad número
6-314-207, con el objeto de recuperar la suma de ¢115.103.65 (ciento quince mil
ciento tres colones con sesenta y cinco céntimos), que corresponde a los pagos
que le realizó la Administración desde el día 12 al 15 de noviembre del 2015,
además de siete días de ausencias injustificadas, los cuales corresponden a 26,
29 y 30 de octubre del 2015 y 05, 09, 10 y 11 de noviembre del 2015, cuatro
horas del día 06 de noviembre del 2015 y el porcentaje correspondiente de la
incapacidad por enfermedad del 02 al 04 de noviembre del 2015. De conformidad
con lo antes expuesto y al tenor de los dispuesto en los numerales 146
siguientes y concordantes de la Ley General de la Administración Pública,
procedemos a intimarle, para que en un término de cinco días, se presente a
restituir la suma de dinero, sea, de ¢115.103.65 (ciento quince mil ciento tres
colones con sesenta y cinco céntimos), al Banco Nacional a la cuenta única del
Estado N° 15100010012159331.—Licda. Rocío Cascante Meneses, Órgano
Director.—O.C. N° 3400037620.—Solicitud N° 059-2018.—( IN2018269278 ).
De acuerdo a la Resolución
Ministerial N° 000925 de las once horas y veinticinco minutos del día once de
junio de 2014, el Despacho del señor Ministro de Obras Públicas y Transportes,
ordena la instrucción de un Procedimiento Administrativo de Responsabilidad
Civil, en contra del señor Álvaro Chinchilla Arias, cédula de identidad número
1-554-036, con el objeto que se haga presente a ejercer su derecho de defensa
en la Dirección de Gestión Institucional de Recursos Humanos, segundo piso, Departamento
de Relaciones Laborales, Plantel Central, en ocasión de que el Estado le giró
sumas de más, por concepto de salario y pasajes durante los días en que no se
presentó a laborar, por lo que la Administración debe de recuperar el monto de
¢492.294.60 (cuatrocientos noventa y dos mil doscientos noventa y cuatro
colones con sesenta céntimos). De conformidad con lo antes expuesto y al tenor
de los dispuesto en los numerales 146 siguientes y concordantes de la Ley
General de la Administración Pública, procedemos a intimarle, para que en un
término de quince días, se presente al Departamento supracitado, y se comunique
al teléfono 2523-2382.—Licda. Rocío Cascante Meneses, Órgano Director.—O.C. N°
3400037620.—Solicitud N° 060-2018.—( IN2018269281 ).
De acuerdo a la Resolución
Ministerial N° 001317 de las trece horas y quince minutos del día veinticinco
de agosto del 2016, el Despacho del señor Ministro de Obras Públicas y
Transportes, ordena la instrucción de un Procedimiento Administrativo de
Responsabilidad Civil, en contra del señor Herberth Ramírez López, cédula de
identidad número 1-1395-816, con el objeto que se haga presente a ejercer su
derecho de defensa en la Dirección de Gestión Institucional de Recursos
Humanos, segundo piso, Departamento de Relaciones Laborales, Plantel
Central, en ocasión de que el Estado
sufrió la pérdida de dos taladros, con un monto total de ¢1.304.612,00 (un
millón trescientos cuatro mil con seiscientos doce colones, cero céntimos) siendo
que su persona se encontraba como Encargada de la Bodega del Taller de la
Dirección de Puentes de esta Institución. De conformidad con lo antes expuesto
y al tenor de los dispuesto en los numerales 146 siguientes y concordantes de
la Ley General de la Administración Pública, procedemos a intimarle, para que
en un término de quince días, se presente al Departamento supracitado, y se
comunique al teléfono 2523-2382.—Licda. Rocío Cascante Meneses, Órgano
Director.—O.C. N° 3400037620.—Solicitud N° 061-2018.—( IN2018269284 ).
De acuerdo a la Resolución
Ministerial N° 001450 de las once horas y cuarenta y ocho minutos del día dieciséis de octubre del
2015, el Despacho del señor Ministro de Obras Públicas y Transportes, ordena la
instrucción de un Procedimiento Administrativo Cobratorio en contra del señor
José Mauricio Núñez Solano, cédula de
identidad número 6-309-457, con el objeto de recuperar la suma de ¢ 328.941.13 (trescientos veintiocho mil
novecientos cuarenta y un mil colones con trece céntimos), que corresponde a
los pagos que le realizó la Administración desde el 01 de mayo al 31 de octubre
del 2014, correspondientes a una reasignación que obtuvo del puesto de
Trabajador Calificado del Servicio Civil 3, presentando un título falso de
Bachiller en Educación Media para obtener dicha reasignación, siendo así la
pérdida económica que sufrió la Administración por el pago anómalo de salarios
a su favor, según lo acredita el oficio N° DGIRH 4720-2014 SP de fecha 01 de
diciembre del 2014, suscrito por el Lic. Alfredo Paisano Chaves, Jefe del Departamento
de Servicio de Personal de la Dirección Institucional de Recursos Humanos,
mismo que rola a folio 56 del expediente No. 397-2015. De conformidad con lo antes expuesto y al
tenor de los dispuesto en los numerales 146 siguientes y concordantes de la Ley
General de la Administración Pública, procedemos a intimarle, para que en un
término de cinco días, se presente a restituir la suma de dinero, sea, de
¢328.941.13 (trescientos veintiocho mil novecientos cuarenta y un mil colones
con trece céntimos), al Banco Nacional a la cuenta única del Estado N°
15100010012159331.—Licda. Rocío Cascante Meneses, Órgano Director.—O.C. N°
340037620.—Solicitud N° 062-2018.—( IN2018269285 ).
PUBLICACIÓN DE SEGUNDA VEZ
De acuerdo a la Resolución
Ministerial N° 000711, de las doce horas y treinta y cuatro minutos del día
catorce de junio de 2013, el Despacho del señor Ministro de Obras Públicas y
Transportes, ordena la instrucción de un Procedimiento Administrativo
Cobratorio en contra del señor Ovidio Ramírez Ureña, cédula de identidad número
1-927-993, con el objeto de recuperar la suma de ¢303.296,00 ( trescientos tres
mil doscientos noventa y seis con cero céntimos), siendo que sólo cumplió con
un primer deposito que correspondía a un monto de ¢60.660 (sesenta mil seiscientos
sesenta mil colones exactos ) correspondiente a sumas giradas de más de
salarios correspondientes al periodo comprendido del 01 de mayo al 15 de junio
del 2012, por goce de un permiso sin salario. De conformidad con lo antes
expuesto y al tenor de los dispuesto en los numerales 146 siguientes y
concordantes de la Ley General de la Administración Pública, procedemos a
intimarle, para que en un término de cinco días, se presente a restituir la
suma de dinero, sea, de ¢303.296,00 (trescientos tres mil doscientos noventa y
seis con cero céntimos), al Banco Nacional a la cuenta única del Estado No.
15100010012159331.—Licda. Rocío Cascante Meneses, Órgano Director.—O. C. N°
3400037620.—Solicitud N° 063-2018.—( IN2018269286 ).
JUNTA ADMINISTRATIVA DEL REGISTRO NACIONAL
REGISTRO DE LA PROPIEDAD INDUSTRIAL
PUBLICACIÓN DE SEGUNDA VEZ
Documento admitido traslado al titular
Ref: 30/2018/58059.—Marco
Vinicio Coll Argüello, cédula de identidad 1-628-405, en calidad de
Representante Legal de Desarrollo Turístico Tulin S. A., cédula jurídica
3-101-063730.—Documento: Cancelación por falta de uso (Solicitado por: Valle
Dorado M).—Nro y fecha: Anotación/2-119993 de 19/06/2018.—Expediente:
1997-0008877.—Registro N° 108250.—Valle Dorado (Golden Valley) en clase
49.—Marca Mixto y 2009-0000161.—Registro N° 191935.—Golden Valley Montessori en
clase(s) 41 Marca Mixto.
Registro de La Propiedad
Industrial, a las 14:48:56 del 31 de Julio de 2018.—Conoce este Registro, la
solicitud de Cancelación por falta de uso, promovida por Ana María Bernini
Arias, casada, cédula de identidad 106880797, en calidad de apoderada especial
de Valle Dorado Montessori, contra el registro del signo distintivo Valle
Dorado (Golden Valley), Registro N° 108250, el cual protege y distingue: Un
establecimiento dedicado a la educación y esparcimiento Ubicado en Heredia; 500
metros al norte, de la Comandancia de Heredia, Villa Sole. en clase
internacional, propiedad de Desarrollo Turistico Tulin, S. A., cédula jurídica
3-101-063730. Conforme a lo previsto en los artículos 38/39 de la Ley de Marcas
y otros Signos Distintivos, y los artículos 48 y 49 del Reglamento a la Ley de
Marcas y Otros Signos Distintivos, Decreto Ejecutivo N° 30233-J; se procede a
trasladar la solicitud de Cancelación por falta de uso al titular citado, para
que en el plazo de un mes contados a partir del día hábil siguiente de la
presente notificación, proceda a pronunciarse respecto a la misma y demuestre
su mejor derecho, aportando al efecto las pruebas que estime convenientes, para
lo cual se comunica que el expediente se encuentra a disposición de las partes
en este Registro. Se les previene a las partes el señalamiento de lugar o medio
para recibir notificaciones y se advierte al titular que de no indicarlo, o si
el medio escogido imposibilitare la notificación por causas ajenas al despacho,
o bien, si el lugar señalado permaneciere cerrado, fuere impreciso, incierto o
inexistente, quedará notificado de las resoluciones posteriores con sólo que
transcurran veinticuatro horas después de dictadas, conforme lo dispone los
artículos 11 y 34 de la Ley de Notificaciones, Ley N° 8687. A manera de
excepción y en caso de que esta resolución sea notificada mediante publicación
en el Diario Oficial La Gaceta, sin que medie apersonamiento del titular
al proceso con el respectivo aporte del medio o lugar para recibir
notificaciones, se aplicará lo dispuesto en los artículos 239, 241 incisos 2, 3
y 4 y 242 de la Ley General de la Administración Pública. Notifíquese.—Johana
Peralta, Asesora Jurídica.—( IN2018270150 ).
Ref: 30/2017/37519.—Ernesto
Gutiérrez Blanco, cédula de identidad Nº 1-848-886, en calidad de apoderado
especial de Museo de Turrón S. A. Documento: cancelación por falta de uso
(Presentada por K+S Chile S. A.). Nro. y fecha: anotación/2-113348 de 0 Expediente: 2010-0004866 Registro Nº 215047
El Lobo en clase 30 Marca Mixto.—Registro de la Propiedad Industrial, a las
10:10:20 del 8 de septiembre de 2017.
Conoce este Registro, la solicitud de
cancelación por falta de uso, promovida por María Vargas Uribe, divorciada,
cédula de identidad Nº 107850618, en calidad de apoderado especial de K+S Chile
S. A., contra el registro del signo distintivo EL LOBO, Registro Nº 215047, el
cual protege y distingue: café, té, cacao, azúcar, arroz, tapioca, sagú,
sucedáneos del café; harinas y preparaciones a base de cereales, pan, productos
de pastelería y confitería, turrones, helados; miel, jarabe de melaza;
levadura, polvos de hornear; sal, mostaza; vinagre, salsas (condimentos);
especies; hielo, en clase 30 internacional, propiedad de Museo de Turrón S. A.
Conforme a lo previsto en los artículos 38/39 de la Ley de Marcas y otros
Signos Distintivos, y los artículos 48 y 49 del Reglamento a la Ley de Marcas y
Otros Signos Distintivos, Decreto Ejecutivo Nº 30233-J; se procede a trasladar
la solicitud de cancelación por falta de uso al titular citado, para que en el
plazo de un mes contados a partir del día hábil siguiente de la presente
notificación, proceda a pronunciarse respecto a la misma y demuestre su mejor
derecho, aportando al efecto las pruebas que estime convenientes, para lo cual
se comunica que el expediente se encuentra a disposición de las partes en este
Registro. Se les previene a las partes el señalamiento de lugar o medio para
recibir notificaciones y se advierte al titular que de no indicarlo, o si el
medio escogido imposibilitare la notificación por causas ajenas al despacho, o
bien, si el lugar señalado permaneciere cerrado, fuere impreciso, incierto o
inexistente, quedará notificado de las resoluciones posteriores con sólo que
transcurran veinticuatro horas después de dictadas, conforme lo dispone los
artículos 11 y 34 de la Ley de Notificaciones, Ley N° 8687. A manera de
excepción y en caso de que esta resolución sea notificada mediante publicación
en el Diario Oficial La Gaceta, sin que medie apersonamiento del titular
al proceso con el respectivo aporte del medio o lugar para recibir
notificaciones, se aplicará lo dispuesto en los artículos 239, 241 incisos 2, 3
y 4 y 242 de la Ley General de la Administración Pública. Notifíquese.—Johana
Peralta, Asesora Jurídica.—( IN2018270159 ).
PUBLICACIÓN DE PRIMERA VEZ
Ref: 30/2018/33990.—Josef
Leopoldo Burg Horodecka, Pasaporte C 1276230.—Documento: Cancelación por falta
de uso (Presentada por COOPERATIVA DE).—Nro y fecha: Anotación/2-118368 de
06/04/2018.—Expediente N° 2007-0014170.—Registro N° 183303.—La Granja en clase
29.—Marca Mixto.
Registro de la Propiedad
Industrial, a las 11:36:28 del 10 de mayo de 2018.—Conoce este Registro, la solicitud
de cancelación por falta de uso, promovida por María de la Cruz Villanea
Villegas, en calidad de apoderada especial de COOPERATIVA de Productores de
Leche Dos Pinos R. L., contra la marca La Granja (diseño) registro N° 183303,
inscrita el 16/12/2008 y con vencimiento el 16/12/2018, la cual protege en
clase 29 “productos alimenticios congelados y alimentos secos envasados,
todos a base de carne de pollo y sus derivados en todas sus formas”
propiedad de Josef Leopoldo Burg Horodecka, pasaporte C-1276230 domiciliado en
Venezuela, Caracas, quinta la Viga, calle principal Urbanización Lomas el
Mirador.
Conforme a lo previsto en los
artículos 39 de la Ley de Marcas y otros Signos Distintivos, y los artículos 48
y 49 del Reglamento a la Ley de Marcas y Otros Signos Distintivos, Decreto
Ejecutivo No. 30233-J; se procede a trasladar la solicitud de Cancelación por
falta de uso al titular citado, para que en el plazo de un mes contados a
partir del día hábil siguiente de la presente notificación, proceda a pronunciarse
respecto a la misma y demuestre su mejor derecho, aportando al efecto las
pruebas que estime convenientes, tomar en cuenta que es el titular del signo a
quien le corresponde demostrar con prueba contundente el uso del signo, para lo
cual se comunica que el expediente se encuentra a disposición de las partes en
este Registro, asimismo en el expediente constan las copias de ley de la acción
para el titular del signo. Se les previene a las partes el señalamiento de
lugar o medio para recibir notificaciones y se advierte al titular que de no
indicarlo, o si el medio escogido imposibilitare la notificación por causas
ajenas al despacho, o bien, si el lugar señalado permaneciere cerrado, fuere
impreciso, incierto o inexistente, quedará notificado de las resoluciones
posteriores con sólo que transcurran veinticuatro horas después de dictadas,
conforme lo dispone los artículos 11 y 34 de la Ley de Notificaciones, Ley N°
8687. A manera de excepción y en caso de que esta resolución sea notificada
mediante publicación en el Diario Oficial La Gaceta, sin que medie
apersonamiento del titular al proceso con el respectivo aporte del medio o
lugar para recibir notificaciones, se aplicará lo dispuesto en los artículos
239, 241 incisos 2, 3 y 4 y 242 de la Ley General de la Administración Pública.
Se le señala al titular del signo, que las pruebas que aporte deben ser
presentadas en documento original o copia certificada (haciéndose acompañar la
traducción necesaria y la legalización o apostillado correspondiente, según sea
el caso), lo anterior conforme al artículo 294 de la Ley General de
Administración Pública. Notifíquese.—Tomás Montenegro Montenegro, Asesor
Jurídico.—( IN2018270208 ).
REGISTRO INMOBILIARIO
Se hace saber a los señores:
Óscar Ching Sarmiento, cédula 1-870-316, propietario del derecho 001 en la
finca 7-67994 y la señora Rachel Cristina Lapson Antonio, cédula de residencia
27017042898981, propietaria registral del derecho 002 en dicho inmueble; que en
este Registro se iniciaron diligencias administrativas, en virtud de oficio
remitido a la Dirección del Registro Inmobiliario por el funcionario Geovanny
Alvarado Hidalgo destacado en el Departamento de Reconstrucción de este
Registro, mediante el cual comunica que con ocasión del caso 44837, se
determinó que con la inscripción del documento tomo 451, asiento 4735, en la
finca 7-67994, se generó un error registral en virtud de haber quedado
pendiente de inscripción la habitación familiar en dicho inmueble, por cuanto
el 24 de marzo de 1998 se inscribieron las ventas, hipotecas limitaciones y
cesiones de crédito solicitadas sobre 16 fincas, no obstante las habitaciones
familiares quedaron sin inscribir, siendo que en el año 2010 la registradora
encargada del trámite del documento 451-4735 corrige el error cometido e
inscribe la habitaciones familiares que habían quedado pendientes, sin embargo
en la finca 7-67994 no realizó tal inscripción por cuanto ya existían
movimientos posteriores inscritos en dicho inmueble y con el objeto de cumplir
con el principio constitucional del debido proceso, en virtud de haber sido
devueltos por Correos de Costa Rica los sobres de notificación enviados a estos
señores; mediante resolución de las catorce horas del dieciséis de julio de dos
mil dieciocho, se autorizó la publicación por una única vez de un edicto para
conferirle audiencia a las personas mencionadas, por el término de quince días
contados a partir del día siguiente de la publicación del edicto en el Diario
Oficial La Gaceta; a efecto de que dentro de dicho término presenten los
alegatos que a sus derechos convenga y se le previene que dentro del término
establecido para la audiencia deben señalar número de fax o correo electrónico
conforme el artículo 26 del Reglamento de Organización del Registro
Inmobiliario, que es Decreto Ejecutivo N° 35509-J, del 13 de setiembre del
2009, bajo apercibimiento que de no cumplir con lo anterior, las resoluciones
se tendrán por notificadas veinticuatro horas después de dictadas. Igual
consecuencia se producirá si el medio señalado fuere impreciso, incierto o ya
no existiere, conforme a los artículos 20 y 21 de la Ley Sobre Inscripción de
Documentos en el Registro Público N° 3883 de 30 de mayo de 1967 y sus reformas
y el artículo 11 de la Ley de Notificaciones Judiciales N° 8687 vigente a esta
fecha, en relación con el artículo 185 del Código Procesal Civil. Notifíquese.
(Referencia Exp. 2018-0252-RIM).—Curridabat, 16 de julio de 2018.—Licda. Ana
Lorena Sáenz Jiménez, Asesora Jurídica.—1 vez.—O. C. N° OC18-0074.—Solicitud N°
122991.—( IN2018270855 ).
Se hace saber a los herederos
del señor Eusebio Alfredo Coto Reyes, cédula de identidad 3-0264-0732 que, en
la Dirección de este Registro Inmobiliario, existen Diligencias Administrativas
para investigar el traspaso de la finca de Alajuela matrícula 478333 a favor
del señor Eusebio en contravención de lo dispuesto por el artículo 7 de la Ley
N° 7142, Ley de Promoción de Igualdad Social de la Mujer y del artículo 56 de
la Ley N° 7052. Por lo anterior esta Asesoría mediante resolución de las 12:00
horas del 07 de mayo de 2018, ordenó la consignación de una Nota de Advertencia
Administrativa sobre la finca indicada. De igual forma por resolución de las
9:00 horas del 20 de julio de 2018, cumpliendo el principio del debido proceso,
se autorizó publicación por una única vez de edicto para conferir audiencia a
los herederos del señor Eusebio Alfredo, por el término de quince días contados
a partir del día siguiente de la respectiva publicación La Gaceta; para
que dentro de dicho término presenten los alegatos correspondientes, y se les
previene que dentro del término establecido para audiencia señalar facsímil o
casa u oficina dentro de la ciudad de San José para oír notificaciones,
conforme al artículo 22 inciso b) del Decreto Ejecutivo N° 35509 que es el
Reglamento de Organización del Registro Inmobiliario, bajo apercibimiento, que
de no cumplir con lo anterior, las resoluciones se tendrán por notificadas
veinticuatro horas después de dictadas. Igual consecuencia se producirá si el
lugar señalado fuere impreciso, incierto o ya no existiere, conforme al
artículo 11 de la Ley N° 8687 Ley de Notificaciones Judiciales. Notifíquese.
(Referencia Exp. 2018-0418-RIM).—Curridabat, 20 de julio del 2018.—Lic. Diiter
Chaves Gehring, Asesor Jurídico.— 1 vez.—O.C 18-00749.—Solicitud N° 123435.—(
IN2018270856 ).
Se hace saber a Mayra Camacho
Rojas, cédula identidad Nº 3-0337-0850, en calidad de propietario registral de
finca de Guanacaste, matrícula 201368, que en este Registro se iniciaron diligencias
administrativas, según reportes de mantenimiento presentado ante la Dirección
de este Registro a las 8:35 horas del 31 de enero del año en curso, por el
señor Natalio Mastroni Chacón, cédula de identidad Nº 1-0790-0995, en
representación de El Brinco del León Rojo S. A., cédula jurídica Nº
3-101-487705. En virtud de lo denunciado esta Asesoría mediante resolución de
las 13:20 horas del 29/11/2016, ordenó consignar advertencia administrativa
sobre la finca citada, y con el objeto de cumplir con el principio
constitucional del debido proceso, por resolución de las 14:00 horas del
09/11/2017, se autorizó la publicación por una única vez de un edicto para
conferirle audiencia a las personas mencionadas, por el término de quince días
contados a partir del día siguiente de la publicación del edicto en el Diario
Oficial La Gaceta; a efecto de que dentro de dicho término presenten los
alegatos que a sus derechos convenga, y se le previene que dentro del término
establecido, deben señalar facsímil o en su defecto casa u oficina dentro de la
ciudad de San José donde oír notificaciones, conforme al artículo 22 inciso b)
del Decreto Ejecutivo N° 35509 que es el Reglamento de Organización del
Registro Inmobiliario, bajo apercibimiento, que de no cumplir con lo anterior,
las resoluciones se tendrán por notificadas 24 horas después de dictadas. Igual
consecuencia se producirá si el lugar señalado fuere impreciso, incierto o ya
no existiere, conforme a los artículos 20 y 21 de la Ley Sobre Inscripción de
Documentos en el Registro Público 3883 de 30 de mayo de 1967 y sus reformas,
artículo 11 de la Ley de Notificaciones Judiciales 8687 vigente a la fecha, en
correlación con el artículo 185 del Código Procesal Civil. Notifíquese.
(Referencia exp. 2016-1026-RIM).—Curridabat, 03 de agosto de 2018.—Departamento
de Asesoría Jurídica Registral.—Licenciada Karol Solano Solano.—1 vez.—O.C. Nº
OC18-0074.—Solicitud Nº 124496.—( IN2018270858 ).
Se hace saber a María de Los
Ángeles Monge Brenes, cédula 9-077-497, Jesús Monge Monge, cédula 3-0098-291 y
Olga Brenes López, cédula 3-107-0015 en su condición de propietarios de los
derechos que componen la finca de Cartago matrícula 106056, que en este
Registro se iniciaron Diligencias
Administrativas de oficio que involucran las fincas indicadas. En virtud
que en apariencia se cometió un error registral por el cual las fincas de
Cartago matrículas 106056 y 106956 tienen una descripción que no les
corresponde, mediante resolución de las 8:00 horas del 18/01/2018, se ordenó
consignar Advertencia Administrativa sobre las fincas indicadas, y con el
objeto de cumplir con el principio constitucional del debido proceso, por
resolución de las 14:00 del 31/7/2018, se autorizó la publicación por una
única vez de un edicto para conferirle audiencia a la persona mencionada,
por el término de quince días contados a partir del día siguiente de la
publicación del edicto en el Diario Oficial “La Gaceta”; a efecto de que
dentro de dicho término presente los alegatos que a sus derechos convenga, y se
le previene que dentro del término establecido, debe señalar facsímil o
correo electrónico donde recibir notificaciones, conforme al artículo 22 inciso
b) del Decreto Ejecutivo 35509-J que es el Reglamento de Organización del Registro
Inmobiliario, bajo apercibimiento, que de no cumplir con lo anterior, las
resoluciones se tendrán por notificadas 24 horas después de dictadas. Igual
consecuencia se producirá si el lugar señalado fuere impreciso, incierto o ya
no existiere, conforme a los artículos 20 y 21 de la Ley Sobre Inscripción de
Documentos en el Registro Público 3883 de 30 de mayo de 1967 y sus reformas,
artículo 11 de la Ley de Notificaciones Judiciales 8687 vigente a la fecha, en
correlación con el artículo 185 del Código Procesal Civil. Publíquese.
(Referencia Expediente 2017-1194-RIM).—Curridabat, 31 de julio del
2018.—Departamento de Asesoría Jurídica Registral.—Licda. Mónica Mora Apuy.—1
vez.—O. C. Nº OC18-0074.—Solicitud Nº 124719.—( IN2018270859 ).
Se hace saber al señor Alen
Espinoza Siles, cédula 5-297-453, deudor del crédito hipotecario que soporta la
finca 5-71921 que en este registro se iniciaron diligencias administrativas de
oficio que involucran la finca indicada. En virtud de sobre posición detectada
entre las fincas 105033 y 71921 de Guanacaste, mediante resolución de las 12:40
horas del 11/10/2017, se ordenó consignar Advertencia Administrativa sobre las
fincas indicadas, y con el objeto de cumplir con el principio constitucional
del debido proceso, por resolución de las 12:00 del 31/07/18, se autorizó la
publicación por una única vez de un edicto para conferirle audiencia a la
persona mencionada, por el término de quince días contados a partir del día
siguiente de la publicación del edicto en el Diario Oficial La Gaceta; a
efecto de que dentro de dicho término presente los alegatos que a sus derechos
convenga y se le previene que dentro del término establecido, debe señalar
facsímil o correo electrónico donde recibir notificaciones, conforme al
artículo 22 inciso b) del Decreto Ejecutivo 35509-J que es el Reglamento de
Organización del Registro Inmobiliario, bajo apercibimiento, que de no cumplir
con lo anterior las resoluciones se tendrán por notificadas 24 horas después de
dictadas. Igual consecuencia se producirá si el lugar señalado fuere impreciso,
incierto o ya no existiere, conforme a los artículos 20 y 21 de la Ley Sobre
Inscripción de Documentos en el Registro Público 3883 de 30 de mayo de 1967 y
sus reformas, artículo 11 de la Ley de Notificaciones Judiciales 8687 vigente a
la fecha, en correlación con el artículo 185 del Código Procesal Civil.
Publíquese. (Referencia Expediente 2017-494-RIM).—Departamento de Asesoría
Jurídica Registral.—Curridabat, 31 de julio del 2018.—Licda. Mónica Mora
Apuy.—1 vez.—O. C. N° OC18-0074.—Solicitud N° 124729.—( IN2018270860 ).
Se hace saber a los herederos,
legatarios, albacea de la sucesión o quien tenga un interés legítimo de quienes
fueran en vida Higinio Segura González cédula número 2-0142-0966, propietario
de la finca de Alajuela matrícula: 294393 y Miguel Quesada Cabezas cédula
número 2-0117-0868, propietario de la finca de Alajuela matrícula: 284302, y a
las señoras Jacqueline Quesada Campos cédula número 2-0459-0549, propietaria
del derecho 001 la finca de Alajuela matrícula: 289015, Jeannette Segura
Rodríguez, cédula número 2-0426-0780, propietaria de la finca de Alajuela
matrícula 453439 e Ileana Quesada Campos cédula número 2-0423-0845, propietaria
del derecho 002 la finca de Alajuela matrícula: 289015 siendo que los acuses de
notificación fueron devueltos, que en este Registro se iniciaron Diligencias
Administrativas por haberse detectado una sobre posición de los planos
catastrados A-555665-1999, A-1213985-2008, A-1482652-2011, A-1172938-2007,
A-1330010-2009 y A-1330010-2009, que involucra la finca del Partido de
Alajuela, matrículas folio real números 264367, 156085, 156087, 156089 A,
155969, 285838 Y 453439. En virtud de lo anterior, esta Asesoría mediante
resolución de las doce horas cuarenta minutos del catorce de setiembre del dos
mil once y de las trece horas cincuenta minutos del veinticinco de junio del
dos mil quince, se ordenó consignar nota de Advertencia Administrativa sobre
las fincas del partido de Alajuela matrículas 264367, 156085, 156087, 156089 A,
155969, 285838, 453439, 294393, 280875, 283498, 284302, 289015 y 156091 y con
el objeto de cumplir con el principio constitucional del debido proceso, por
resolución de las 11:00 horas del 31/7/2018 se autorizó la publicación por una
única vez de un edicto para conferirle audiencia a las personas indicadas, por
el término de quince días contados a partir del día siguiente de la última
publicación del edicto en el Diario Oficial La Gaceta; a efecto de que
dentro de dicho término presenten los alegatos que a sus derechos convengan, y
se les previene que dentro del término establecido, deben señalar facsímil o
correo electrónico dentro de la ciudad de San José donde oír notificaciones,
conforme al artículo 22 inciso b) del Decreto Ejecutivo 35509-J que es el
Reglamento de Organización del Registro Inmobiliario, bajo apercibimiento, que
de no cumplir con lo anterior, las resoluciones se tendrán por notificadas
veinticuatro horas después de dictadas. Igual consecuencia se producirá si el
lugar señalado fuere impreciso, incierto o ya no existiere, conforme a los
artículos 20 y 21 de la Ley sobre Inscripción de Documentos en el Registro
Público N° 3883 de 30 de mayo de 1967 y sus reformas, el artículo 11 de la Ley
de Notificaciones Judiciales N° 8687 vigente a esta fecha, en correlación con
el artículo 185 del Código Procesal Civil. Notifíquese. (Referencia Exp.
2011-716 RIM).—Curridabat, 31 de julio de 2018.—Licda. Mónica Mora Apuy,
Asesora Jurídica.—1 vez.—O.C. N° OC18-0074.—Solicitud N° 124761.—( IN2018270861
).
COLEGIO
FEDERADO DE INGENIEROS
Y
DE ARQUITECTOS DE COSTA RICA
PUBLICACIÓN DE PRIMERA VEZ
Para información refiérase al N°
INT-212-2017/190-2016, Auto de Intimación. En San José, Granadilla de
Curridabat, casa anexa número uno del CFIA de Costa Rica, al ser las 15:00
horas del 04 de julio del 2017, el Tribunal de Honor instaurado por la Junta
Directiva General en el acuerdo N° 02 de la sesión N° 05-16/17-G.E., del 22 de
noviembre de 2016, procede a emitir y comunicar el auto de intimación que da inicio
al proceso disciplinario seguido en el expediente administrativo N° 190-2016,
al ingeniero Randall Aguilar Mora, registro número IC-18476, portador de la
cédula de identidad número 108290802, por su actuación en el siguiente caso: En
su condición de profesional incorporado a este Colegio Federado y suscriptor de
un contrato privado de fecha 21 de mayo de 2015, por un monto de
¢22.515.000,00, con la señora Esther Sequeira Paguaga, cédula de identidad
6-146-932, para “… la remodelación de una casa de habitación…”, (folios
07 a 17), en vivienda construida en lote con plano catastrado SJ-14279-75
(folio 47) ubicado en la Urbanización Monte Claro, cantón Desamparados de la
provincia San José. Se le atribuye la presunta comisión de los siguientes
hechos: 1. No haber registrado ante el CFIA de Costa Rica las responsabilidades
profesionales asumidas dentro del contrato privado de construcción firmado el
21 de mayo de 2015 con la señora Esther Sequeira Paguaga, cédula de identidad
N° 6-146-932, para “… la remodelación de una casa de habitación…”,
(folios 07 a 17), según el Informe de Regencia N° 0919-2016-CAV del 1 de
noviembre de 2016, (folios 52 a 58). 2. Haber permitido que la empresa Metalum
del Oeste S. A., con cédula jurídica N° 3-101-561778, desarrollara labores de
ingeniería y arquitectura para el proyecto de remodelación de casa de
habitación, contratado por la señora Esther Sequeira Paguaga, cédula de
identidad N° 6-146-932, sin estar dicha empresa registrada ante el CFIA de
Costa Rica; lo anterior con base en el contrato privado de construcción de
fecha de 21 de mayo de 2015, suscrito entre la señora Sequeira Paguaga y la
empresa Metalum del Oeste S. A., en donde aparece el ingeniero Randall Aguilar
Mora como su representante legal, (folios 07-17); la factura N° 416 emitida por
Metalum del Oeste S. A., (folio 18); los recibos por dinero a nombre Metalum
del Oeste S. A., (folios 19, 21 y 23); y la certificación N° 2016-016666-E del
20 de setiembre de 2016, emitida por la Dirección Ejecutiva del CFIA de Costa
Rica (folio 45). 3. Haber incumplido el compromiso profesional adquirido con su
cliente, en cuanto al plazo de entrega de la obra, definido en 10 semanas en el
punto 4.1 del contrato privado de construcción suscrito el 21 de mayo de 2015,
con la señora Esther Sequeira Paguaga, cédula de identidad N° 6-146-932 (folios
07 a 17), según la denuncia de la señora Sequeira Paguaga, (folios 03 a 06) y
el Informe de Regencia N° 0919-2016-CAV del 1 de noviembre de 2016, (folios 52
a 58). 4. Haber suspendido unilateralmente la continuación de las obras, sin
haber notificado a su cliente las razones para haber tomado tal decisión, según
la denuncia de la señora Sequeira Paguaga, (folios 03 a 06) y el Informe de
Regencia N° 0919-2016-CAV del 1 de noviembre de 2016, (folios 52 a 58). Con lo
actuado podría haber faltado a: Ley Orgánica del CFIA de Costa Rica, artículos
8, 52, 53 y 54. Reglamento Interior General del CFIA de Costa Rica, artículo
53. Reglamento para la Contratación de Servicios de Consultoría en Ingeniería y
Arquitectura, artículos 7, 10, 11.B, incisos a), b), g,), i) y j), 32 y 40.
Código de Ética Profesional del CFIA de Costa Rica, artículos 1, 2, 3, 4, 5, 18
y 19. De encontrarse alguna violación a la reglamentación indicada, se podría
sancionar al investigado, según lo establecido en el artículo 61 de la Ley
Orgánica del CFIA, Ley N°3663 y sus reformas y el artículo 21 del Código de
Ética Profesional de este Colegio Profesional, que contempla una sanción
máxima, de hasta 24 meses de suspensión en el ejercicio profesional. Se le
advierte, además, de lo establecido en el artículo 25 del mismo código, “Cuando
con una misma conducta se violen varias disposiciones del presente Código, se
aplicará la sanción establecida para la falta más grave”. Sobre los cargos
que se le hacen al ingeniero Randall Aguilar Mora, se le concede el plazo
improrrogable de veintiún días hábiles, contados a partir del día hábil
siguiente de la última publicación en el Diario Oficial La Gaceta del
presente auto de intimación, para que se refiera por escrito sobre los hechos
que se le atribuyen, si lo tiene a bien, pudiendo ofrecer toda la prueba de
descargo que considere oportuna y conveniente. Se le advierte que, de no
apersonarse, el procedimiento continuará sin su participación sin perjuicio de
que pueda hacerlo en cualquier momento, pero sin reposición de ningún trámite y
tomando el procedimiento en el estado en que se encuentre (artículo 78 del
Reglamento del CFIA que Regula los Procedimientos de la Aplicación de la Ética
Profesional y sus Efectos Patrimoniales). Se garantiza el acceso en todo
momento al expediente, sus piezas y demás antecedentes que motivaron la
investigación en su contra, las cuales se encuentran debidamente ordenados y
foliados como garantía del acceso a la misma. El acceso al expediente se
regulará conforme a lo establecido en los artículos 54, 55 y 56 del reglamento
antes mencionado. Tiene derecho a hacerse representar y asesorar por un
abogado, técnico o cualquier persona calificada que estime conveniente. Contra
la presente resolución caben los recursos ordinarios de revocatoria con
apelación en subsidio, artículos 99, 100, 101 del Reglamento dicho, para lo
cual cuenta con un plazo de siete días hábiles contados a partir del día hábil
siguiente de la última publicación en el Diario Oficial La Gaceta del
presente auto de intimación. Se apercibe al investigado, que dentro del tercer
día hábil y por escrito, de conformidad con lo establecido en los artículos 31
y 32 del Reglamento dicho y el 3 y 9 del Reglamento Especial para las
Notificaciones y Comunicaciones, ambos del CFIA, deberá señalar un número de
fax, o bien un correo electrónico donde recibir notificaciones, bajo el
apercibimiento de que si no lo hiciere, las resoluciones posteriores se tendrán
por notificadas con el solo transcurso de veinticuatro horas después de
dictadas. Igual consecuencia sucederá si el medio escogido fuere impreciso o se
imposibilitare la notificación por causas ajenas al CFIA. Se cita al ingeniero
Randall Aguilar Mora en calidad de investigado, para que comparezca
personalmente y no por medio de apoderado, a la sede ya indicada de este
órgano, con el fin de celebrar audiencia oral y privada según artículo 79 del
Reglamento dicho, que se llevará a cabo el día miércoles 24 de octubre de 2018, a las 14:00 horas, en la
cual se recibirá y admitirá toda la prueba ofrecida por las partes, así como la
que presenten ese mismo día, bajo sanción de caducidad; podrá ejercer su
derecho de defensa, formular interrogatorios, argumentos y conclusiones; se
recibirán las declaraciones de las partes y los testigos ofrecidos, si los
hubiere, se analizarán los documentos que obran en el expediente y se recibirán
los alegatos de las partes. Se le hace saber al investigado que puede hacerse
acompañar por un abogado. Se le advierte que, según el artículo 84 del
Reglamento dicho tiene derecho a asistir a la audiencia convocada a esos
efectos, pero si no lo hace, el procedimiento seguirá sin su participación.
Igualmente, se informa que en esa comparecencia podrá abstenerse de declarar,
sin que ello implique la aceptación de los hechos imputados. A este acto podrán
asistir las partes y sus representantes legales. Se informa a la parte
investigada que este procedimiento se tramita de acuerdo con las normas
vigentes y principios del procedimiento administrativo, establecidos en la Ley
Orgánica, el Reglamento vigente y el Reglamento Especial para las
Notificaciones y Comunicaciones, todos del CFIA. Notifíquese.—24 de agosto de
2018.—Tribunal de Honor del Colegio de Ingenieros Civiles.—Ing. Mario Chavarría
Gutiérrez, Presidente.—O. C. N° 401-2018.—Solicitud N° 126380.—( IN2018274490
).
Para información refiérase al N°
INT-188-2017/270-2016, auto de intimación. En San José, Curridabat, Casa Anexa
Número Uno del CFIA de Costa Rica, al ser las 8:45 horas del 13 de octubre de
2017, el Tribunal de Honor instaurado por la Junta Directiva General en el
acuerdo N° 05 de la sesión N° 05-16/17-G.E., del 22 de noviembre de 2016,
procede a emitir y comunicar el auto de intimación que da inicio al proceso
disciplinario seguido en el expediente administrativo N° 270-2016, al ingeniero
Randall Aguilar Mora, registro número IC-18476, portador de la cédula de
identidad número 108290802, por su actuación en el siguiente caso: En su
condición de profesional responsable del proyecto OC-690726 del 27 de julio de
2015, para la construcción de una casa de habitación de dos niveles, de 120m² y
una tapia de 8m, en lote con catastro H-1429294-2010, propiedad de Karla Castro
Castro, cédula 110670674, ubicado en urbanización Brisas del Río, lote B25, de
la provincia de Heredia, cantón San Pablo, distrito San Pablo. (folios 26 al
29) Se le atribuye la presunta comisión de los siguientes hechos: 1. Contratar
el 14 de mayo del 2015 con la empresa Metalum del Oeste S. A. un contrato de
construcción, siendo que Metalum del Oeste S. A. no es miembro de este Colegio
Federado, según la copia del contrato y sus anexos que consta en la Carpeta
comprimida N° 10 del archivo digital del caso. 2. Dirigir el inicio de la obra
sin contar con el permiso de construcción de la municipalidad de San Pablo de
Heredia, según el informe de Regencia N° 0939-2016-CAV del 03 de noviembre de
2016. (folios 39 al 45) 3. Dirigir la construcción de la obra del 14 de
setiembre del 2015 al 14 de octubre del 2015, sin contar con la póliza de
riesgos del trabajo, según el informe de regencia N° 0939-2016-CAV del 03 de
noviembre de 2016. (folios 39 al 45) 4. Omitir en la razón de apertura del
Cuaderno de Bitácora en Obras N° M 29690 una constancia de que se cumplían con
los requisitos legales para iniciar la construcción, así como la convocatoria y
firma del profesional a cargo del Proyecto Eléctrico de la obra, según la
imagen del folio 01 del Cuaderno de Bitácora en Obras serie M 29690 en carpeta
comprimida N° 20 del archivo digital. 5. No habría cumplido con la normativa en
cuanto a la periodicidad con que el director técnico debe de visitar la obra,
según la copia del Cuaderno de Bitácora en Obras serie M 29690 en carpeta
comprimida N° 20 del archivo digital del caso. 6. Dirigir la construcción del
proyecto, sin la participación de un profesional responsable de la parte
eléctrica a partir del 05 de octubre de 2015, cuando renuncia el ingeniero
Diego Fallas Mora, IMI-21467, según el documento “Datos del Proyecto OC
690726”, (folios 26 y 27), y hasta el 07 de junio de 2016, fecha en que asume
esa responsabilidad el ingeniero Guillermo Naranjo Calvo, IMI-5786, según el
Informe de Regencia N° 0939-2016-CAV del 03 de noviembre de 2016 (folios 39 al
45). Con lo actuado podría haber faltado a: Ley Orgánica del CFIA de Costa
Rica: Artículo 8, inciso a). Reglamento Interior General del CFIA de Costa
Rica: Artículo 53. Reglamento de Empresas Consultoras y Constructoras: Artículo
1. Reglamento para la contratación de servicios de consultoría en ingeniería y
arquitectura: Artículos 10 y 11.B, incisos a), b) y j). Reglamento Especial del
Cuaderno de Bitácora en Obras: Artículos 5-Bis. y 9. Reglamento para el Trámite
de planos y la Conexión de los Servicios Eléctricos, Telecomunicaciones y de
Otros en Edificios: Artículo 2.4. Ley de Construcciones: Artículo 74. Código de
Ética Profesional del CFIA de Costa Rica: Artículos 2, 3, 6, 7, 9, 18 y 19. De
encontrarse alguna violación a la reglamentación indicada, se podría sancionar
al investigado, según lo establecido en el artículo 61 de la Ley Orgánica del
CFIA, Ley N°3663 y sus reformas y el artículo 21 del Código de Ética
Profesional de este Colegio Profesional, que contempla una sanción máxima, de
hasta 24 meses de suspensión en el ejercicio profesional. Se le advierte,
además, de lo establecido en el artículo 25 del mismo código, “Cuando con una
misma conducta se violen varias disposiciones del presente Código, se aplicará
la sanción establecida para la falta más grave”. Sobre los cargos que se le
hacen al ingeniero Randall Aguilar Mora, se le concede el plazo
improrrogable de veintiún días hábiles, contados a partir del día hábil
siguiente de la última publicación en el Diario Oficial La Gaceta del
presente auto de intimación, para que se refiera por escrito sobre los hechos
que se le atribuyen, si lo tiene a bien, pudiendo ofrecer toda la prueba de
descargo que considere oportuna y conveniente. Se le advierte que, de no
apersonarse, el procedimiento continuará sin su participación sin perjuicio de
que pueda hacerlo en cualquier momento, pero sin reposición de ningún trámite y
tomando el procedimiento en el estado en que se encuentre (artículo 78 del
Reglamento del CFIA que Regula los Procedimientos de la Aplicación de la Ética
Profesional y sus Efectos Patrimoniales). Se garantiza el acceso en todo
momento al expediente, sus piezas y demás antecedentes que motivaron la
investigación en su contra, las cuales se encuentran debidamente ordenados y
foliados como garantía del acceso a la misma. El acceso al expediente se
regulará conforme a lo establecido en los artículos 54, 55 y 56 del reglamento
antes mencionado. Tiene derecho a hacerse representar y asesorar por un
abogado, técnico o cualquier persona calificada que estime conveniente. Contra
la presente resolución caben los recursos ordinarios de revocatoria con
apelación en subsidio, artículos 99, 100, 101 del Reglamento dicho, para lo
cual cuenta con un plazo de siete días hábiles contados a partir del día
hábil siguiente de la última publicación en el Diario Oficial La Gaceta
del presente auto de intimación. Se apercibe al investigado, que dentro del
tercer día hábil y por escrito, de conformidad con lo establecido en los
artículos 31 y 32 del Reglamento dicho y el 3 y 9 del Reglamento Especial para
las Notificaciones y Comunicaciones, ambos del CFIA, deberá señalar un n1úmero
de fax, o bien un correo electrónico donde recibir notificaciones, bajo el
apercibimiento de que si no lo hiciere, las resoluciones posteriores se tendrán
por notificadas con el solo transcurso de veinticuatro horas después de
dictadas. Igual consecuencia sucederá si el medio escogido fuere impreciso o se
imposibilitare la notificación por causas ajenas al CFIA. Se cita al ingeniero
Randall Aguilar Mora en calidad de investigado, para que comparezca
personalmente y no por medio de apoderado, a la sede ya indicada de este
órgano, con el fin de celebrar audiencia oral y privada según artículo 79 del
Reglamento dicho, que se llevará a cabo el día miércoles 31 de octubre de
2018, a las 14:00 horas, en la cual se recibirá y admitirá toda la prueba
ofrecida por las partes, así como la que presenten ese mismo día, bajo sanción
de caducidad; podrá ejercer su derecho de defensa, formular interrogatorios,
argumentos y conclusiones; se recibirán las declaraciones de las partes y los
testigos ofrecidos, si los hubiere, se analizarán los documentos que obran en
el expediente y se recibirán los alegatos de las partes. Se le hace saber al
investigado que puede hacerse acompañar por un abogado. Se le advierte que,
según el artículo 84 del Reglamento dicho tiene derecho a asistir a la
audiencia convocada a esos efectos, pero si no lo hace, el procedimiento
seguirá sin su participación. Igualmente, se informa que en esa comparecencia
podrá abstenerse de declarar, sin que ello implique la aceptación de los hechos
imputados. A este acto podrán asistir las partes y sus representantes legales.
Se informa a la parte investigada que este procedimiento se tramita de acuerdo
con las normas vigentes y principios del procedimiento administrativo,
establecidos en la Ley Orgánica, el Reglamento vigente y el Reglamento Especial
para las Notificaciones y Comunicaciones, todos del CFIA. Notifíquese.—Tribunal
de Honor del Colegio de Ingenieros Civiles.—Departamento de Tribunales.—Ing.
Javier Porras Arrieta, Presidente.—O.C. N° 402-2018.—Solicitud N° 126384.—(
IN2018274491 ).
MUNICIPALIDAD DE ZARCERO
NOTIFICACIÓN POR EDICTO
DE
AVALÚOS DE BIENES INMUEBLES
De conformidad con lo dispuesto
en los artículos 17, 19 y 36 de Ley de Impuesto sobre Bienes Inmuebles Nº 7509,
y el artículo 137 inciso d) del Código de Normas y Procedimientos Tributarios,
se notifica por este medio a los siguientes sujetos pasivos los avalúos realizados
a sus inmuebles, por haber agotado este Municipio los medios previos de
notificación sin resultado favorable.
Avalúo 013-2018. Finca 2-439202. Derecho 000.
Nombre: José Alberto Coto Bravo, Cédula: 3-0284-0650, valor terreno
¢3.519.180,00; valor construcción: ¢10.028.200,00; valor total: ¢13.547.380,00;
valor derecho: ¢13.547.380,00; avalúo 017-2018. Finca 2-203910. Derecho 001.
Nombre: Leonor Facundo Ordóñez, pasaporte: 310602228, valor terreno
¢14.687.400,00; valor construcción: ¢30.924.000,00; valor total:
¢45.611.400,00; valor derecho: ¢22.805.700,00; avalúo 017-2018. Finca 2-203910.
Derecho 002. Nombre: Wilson Martínez, Pasaporte: 451757424, valor terreno
¢14.687.400,00; valor construcción: ¢30.924.000,00; valor total:
¢45.611.400,00; valor derecho: ¢22.805.700,00; avalúo 018-2018. Finca 2-492794.
Derecho 000. Nombre: Manuel Ángel González Alvarado, cédula: 2-0411-0989, valor
terreno ¢3.124.550,00; valor construcción: ¢8.417.500,00; valor total:
¢11.542.050,00; valor derecho: ¢11.542.050,00; avalúo 030-2018. Finca 2-349800.
Derecho 000. Nombre: Inmobiliaria y Constructora Blan & Co, cédula:
3-101-261502, Valor Terreno ¢4.116.836,00; valor construcción: ¢00; valor
total: ¢4.116.836,00; valor derecho: ¢4.116.836,00; avalúo 034-2018. Finca
2-269772. Derecho 010. Nombre: Ivetthe Castillo Alfaro, cédula: 1-0497-0397,
valor terreno ¢22.341.622,00; valor construcción: ¢8.100.000,00; valor total:
¢30.441.622,00; valor derecho: ¢22.831.216,00; avalúo 042-2018. Finca 2-523731.
Derecho 000. Nombre: Luis Diego Mora Francesa, cédula: 1-1051-0549, valor
terreno ¢2.697.000,00; valor construcción: ¢0; valor total: ¢2.697.000,00;
valor derecho: ¢2.697.000,00; avalúo 043-2018. Finca 2-538218. Derecho 000.
Nombre: Brayan Joaquín Arce Sancho, cédula: 2-0681-0553, valor terreno
¢3.480.000,00; valor construcción: ¢3.480.000,00; valor total: ¢3.480.000,00;
valor derecho: ¢3.480.000,00; avalúo 045-2018. Finca 2-324693. Derecho 000.
Nombre: Radiofusión Comercial de Centro América S.A., cédula: 3-101-165730,
valor terreno ¢2.560.277,00; valor construcción: ¢0; valor total:
¢2.560.277,00; valor derecho: ¢2.560.277,00;
Prevenciones:
1. De conformidad con el artículo 137 del Código de Normas y
Procedimientos Tributarios se considera notificado el interesado a partir del
tercer día hábil siguiente a la fecha de publicación del presente edicto.
2. Los expedientes se encuentran a disposición
del sujeto pasivo en nuestra oficina, de la esquina noroeste del Parque de
Zarcero, 50 metros oeste.
3. De conformidad con el artículo 19 de la Ley Nº
7509 de Impuesto sobre Bienes Inmuebles, contra este acto podrán interponerse
los siguientes recursos: de revocatoria ante esta Administración y de apelación
ante el Concejo Municipal, y deberán ser interpuestos dentro de los 15 hábiles
días siguientes a esta notificación.
Zarcero 13 agosto del
2018.—Vanessa Salazar Huertas, Proveeduría Municipal.—1 vez.—( IN2018270814 ).
MUNICIPALIDAD DE SANTA BÁRBARA
Quien suscribe, Fanny Campos Chavarría,
secretaria del Concejo Municipal de Santa Bárbara, por este medio dejo
constancia de un error material descubierto en el consecutivo de las actas del
honorable Concejo Municipal por esta Secretaría del Concejo, al día quince de
julio del año dos mil dieciocho. El error material indicado se denota en los
consecutivos de las actas ordinarias y extraordinarias a partir del mes de
agosto del año dos mil diecisiete, apertura del libro de actas N° 39, mes en el
que se vuelve a repetir el folio consecutivo N° 8886 el cual pertenece al acta
N° 60-2017. Al existir la duplicación de foliatura, y al hacer la revisión de
rigor recientemente, se denota que son sesenta y ocho folios, lo que arrastró
en todo el foliado siguiente hasta el mes de julio del año dos mil dieciocho.
En razón de ello, dejo constancia de la situación, de manera que el consecutivo
siguiente al mes de agosto del dos mil diecisiete continuará con el número de
folio 8886. Es todo.
Santa Bárbara, 08 de agosto del 2018.—Fanny Campos Chavarría, Secretaria del Concejo Municipal.—1 vez.—( IN2018274322 ).