LA GACETA N° 187 DEL 10 DE OCTUBRE DEL 2018
DECRETOS
N° 41261-MEP
N° 41295-MAG
ACUERDOS
PRESIDENCIA DE LA REPÚBLICA
DOCUMENTOS VARIOS
AMBIENTE Y ENERGÍA
JUSTICIA Y PAZ
AMBIENTE Y ENERGÍA
CONTRATACIÓN ADMINISTRATIVA
LICITACIONES
PODER JUDICIAL
INSTITUTO DE DESARROLLO RURAL
AVISOS
MUNICIPALIDADES
ADJUDICACIONES
BANCO DE COSTA RICA
INSTITUTO COSTARRICENSE DE
PUERTOS
DEL PACÍFICO
CAJA COSTARRICENSE DE SEGURO
SOCIAL
INSTITUTO COSTARRICENSE DE
ACUEDUCTOS
Y ALCANTARILLADOS
INSTITUTO NACIONAL DE
APRENDIZAJE
NOTIFICACIONES
PODER JUDICIAL
FE DE ERRATAS
CAJA COSTARRICENSE DE SEGURO
SOCIAL
INSTITUTO COSTARRICENSE DE
ACUEDUCTOS
Y ALCANTARILLADOS
MUNICIPALIDADES
REGLAMENTOS
AVISOS
REMATES
AVISOS
INSTITUCIONES
DESCENTRALIZADAS
UNIVERSIDAD NACIONAL
UNIVERSIDAD ESTATAL A
DISTANCIA
INSTITUTO TECNOLÓGICO DE COSTA RICA
RÉGIMEN MUNICIPAL
MUNICIPALIDAD DE MONTES DE
OCA
MUNICIPALIDAD DE NICOYA
AVISOS
CONVOCATORIAS
AVISOS
NOTIFICACIONES
EDUCACIÓN PÚBLICA
TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIAL
JUSTICIA Y PAZ
CAJA COSTARRICENSE DE SEGURO SOCIAL
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
Y EL MINISTRO DE EDUCACIÓN
PÚBLICA
En uso de las facultades que les confieren los artículos 56, 62, 74,
140 incisos 3) y 18), 146, 191 y 192 de la Constitución Política; artículos 25
inciso 1), 27 inciso 1), 28 y 112 inciso 5 de la Ley General de la
Administración Pública, artículos 55, 696, 697y 698 del Código de Trabajo y los
artículos 20 y concordantes del Estatuto de Servicio Civil.
Considerando:
I.—Que el Poder Ejecutivo estima necesario dar una solución efectiva
al problema del interinazgo prolongado de las y los funcionarios del Ministerio
de Educación Pública, que afecta sus derechos fundamentales, así como la
eficiencia y la calidad del servicio de la educación pública.
II.—Que el régimen de empleo público que rige al Ministerio de
Educación Pública, se fundamenta en lo dispuesto en los artículos 191 y 192 de
la Constitución Política, orientado por los principios desarrollados por el
Estatuto del Servicio Civil y su reglamento que regula el régimen de empleo
público educativo; en concordancia con el artículo 62 de la Constitución
Política y los artículos 55, 696, 697y 698 del Código de Trabajo, que otorga
fuerza de ley entre partes a las convenciones colectivas de trabajo.
Adicionalmente, el artículo 112, inciso 5 de la Ley General de la
Administración Púbica, autoriza a los funcionarios públicos a suscribir
convenciones colectivas de trabajo; y, en el caso particular del Ministerio de
Educación Pública, por la Convención Colectiva de Trabajo suscrita entre el
Ministerio de Educación Pública como ente patronal y la coalición de sindicatos
compuesta por el Sindicato de Trabajadoras y Trabajadores de la Educación
Pública (SEC), la Asociación Nacional de Educadores y Educadoras(ANDE)y el
Sindicato de Trabajadores de Comedores Escolares y Afines (SITRACOME).
III.—Que los artículos 20, 88 y 180 del Estatuto del Servicio Civil,
así como los artículos 9, 11, 15 y 17 del Reglamento al Estatuto del Servicio
Civil, establecen que todo aspirante a un puesto dentro del Régimen de Servicio
Civil deberá someterse a los procedimientos que estime conveniente la Dirección
General de Servicio Civil, con el objetivo de verificar que la persona reúna
los requisitos y condiciones requeridas para el desempeño exitoso del cargo.
IV.—Que para ingresar al régimen del servicio civil, se requiere
cumplir con los requisitos establecidos en los artículos 20 y 21 del Estatuto
del Servicio Civil.
V.—Que la convención colectiva de trabajo, vigente en el Ministerio de
Educación Pública, en su artículo 10 señala: “Solución al intinerazgo
prolongado: Analizada la situación de intinerazgo prolongado en que se
encuentran cientos de funcionarios y funcionarias en el Ministerio de Educación
Pública, tanto del estrato docente, como del estrato administrativo (Título
primero y Título segundo del Estatuto del Servicio Civil), que ocupan plazas
vacantes, las partes convienen en procurarles seguridad jurídica en su
contratación laboral, por lo que en el plazo de tres meses a partir del
presente acuerdo, establecerán conjuntamente, un procedimiento para que
respetando los principios constitucionales que rigen el empleo público como
estabilidad, escogencia por idoneidad (que implica mérito, desempeño y
capacidad), eficiencia de la administración, así como el de igualdad y
publicidad en el acceso a los cargos públicos, se proceda a su nombramiento en
propiedad. Dicho procedimiento debe consultarse con la Dirección del Servicio
Civil, y será autorizado por el Jerarca del MEP; para su validez, debe hacerse
público por el correo institucional del MEP, pudiendo aplicarse en cualquier
momento en que funcionarios interinos en plazas vacantes, se encuentren en las
condiciones establecidas para acceder al nombramiento en propiedad, según lo
que dispongo el mismo reglamento”
VI.—Que en la actualidad, en el Ministerio de Educación Pública
se encuentran más de 10.000 funcionarios y funcionarias interinas que ocupan
plazas vacantes, cumpliendo los requisitos académicos, experiencia y procedimientos
de evaluación y calificación de servicios. Por tanto,
Decretan:
Artículo 1º—El Ministro de Educación Pública nombrará en propiedad a
los funcionarios interinos de los estratos docente y administrativo del
Ministerio de Educación Pública (Título primero y título segundo del Régimen de
Servicio Civil) que actualmente ocupen plazas vacantes en las que hayan estado
nombrados por dos años o más. También se nombrará a quienes hayan ocupado
interinamente, por ese mismo período, plazas por sustitución o en suplencia de
un servidor que luego por su pensión, renuncia, ascenso, traslado o cualquier
otro movimiento de personal, haya dejado la plaza vacante.
Artículo
2º—Dichos nombramientos se realizarán siempre y cuando estos servidores y
servidoras demuestren su idoneidad, mediante la evaluación de atestados;
además, estos servidores y servidoras deberán cumplir con los requisitos
establecidos en los manuales descriptivos de puestos.
Artículo
3º—El Ministerio de Educación Pública, mediante su Dirección de Recursos
Humanos, elaborará un informe del personal que cumple con lo establecido en
este decreto, que remitirá a la Dirección General de Servicio Civil para su
respectivo aval.
Además,
publicará el listado de personas beneficiadas, incluyendo las plazas en que
serán nombrados, según lo dispuesto por el artículo 10 de la Convención
Colectiva de Trabajo.
Artículo
4º—Diez días después de la publicación, el Ministro de Educación Pública, de
conformidad con el artículo 25 del Reglamento del Estatuto del Servicio Civil,
procederá formalizar el nombramiento mediante la confección de las acciones de
personal correspondientes.
Dado en la Presidencia de la República, a los veintitrés días del mes
de agosto del dos mil dieciocho.
CARLOS ALVARADO QUESADA.—El
Ministro de Educación Pública, Edgar Mora Altamirano.—1 vez.—O. C. N°
3400034829.—Solicitud N° 15887.—( D41261-IN2018276954 ).
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
Y EL MINISTRO DE AGRICULTURA Y
GANADERÍA
En uso de las facultades que les confieren los artículos 140, incisos
3) y 18) y 146 de la Constitución Política; los artículos 25 inciso 1), 27
inciso 1) y 28 inciso 2 acápite b) de la Ley General de Administración Pública,
Ley Nº 6227 del 02 de mayo de 1978; los artículos 2 inciso a) y b), artículo 5°
incisos a), b), f), ñ), de la Ley de Protección Fitosanitaria, Ley N° 7664, del
08 de abril de 1997; Ley de Fomento a la Producción Agropecuaria y Orgánica del
Ministerio de Agricultura y Ganadería, Ley N° 7064 del 29 de abril de 1987; Ley
General del Servicio Nacional de Salud Animal, Ley Nº 8495 del 6 de abril del
2006;
Considerando:
1º—Que corresponde al Estado, por medio del Ministerio de Agricultura
y Ganadería, conservar, promover, proteger y restablecer la salud de los
animales, a fin de procurarles mayor bienestar y productividad, en armonía con
el medio ambiente.
2º—Que en los rastrojos vegetales, así como en los desechos de
origen animal, durante el proceso de descomposición, intervienen una serie de
organismos que se ven favorecidos en su reproducción porque les sirve de medio
para completar su ciclo biológico, entre ellos se destacan los dípteros,
sobresaliendo la Mosca del Establo Stomoxys calcitrans (L.)
3º—Que se
hace conveniente y necesario reformar el Decreto Ejecutivo N° 37358-MAG del 28
de agosto del 2012; denominado: “Reglamento para el Manejo de Rastrojos,
Desechos y Residuos de origen Animal y Vegetal para el control de Plagas”,
debido a que el mismo concentra y regula la problemática de la Mosca del
Establo Stomoxys calcitrans (L.), en el rastrojo de piña y no en los rastrojos
vegetales y desechos de origen animal en general.
4º—Que de
conformidad con los párrafos segundo y tercero del artículo 12 bis del
Reglamento a la Ley de Protección al Ciudadano del Exceso de Requisitos y
Trámites Administrativos, Decreto Ejecutivo N° 37045-MP-MEIC del 22 de febrero
de 2012; se procedió a llenar la Sección I denominada “Control Previo de
Mejora Regulatoria” del “Formulario de Evaluación Costo Beneficio”,
siendo que la evaluación de la propuesta normativa dio resultado negativo y que
no contiene trámites, requisitos ni procedimientos, por lo que se determinó que
no se requería proseguir con el análisis regulatorio de cita. Por tanto,
Decretan:
REFORMA
PARCIAL AL REGLAMENTO PARA EL MANEJO
DE
RASTROJOS, DESECHOS Y RESIDUOS DE ORIGEN ANIMAL Y VEGETAL PARA EL CONTROL DE PLAGAS,
DECRETO EJECUTIVO Nº 37358-MAG
DEL 28 DE AGOSTO DEL 2012
Artículo 1º—Refórmese el artículo 4 del Decreto Ejecutivo N° 37358-MAG
del 28 de agosto del 2012, para que en lo sucesivo se lea así:
“Artículo 4º—Manejo de desechos o residuos de
origen animal o vegetal
El manejo de desechos o residuos de origen animal o vegetal,
se refiere a la implementación de las buenas prácticas agrícolas y pecuarias
cuyo fin sea evitar la reproducción de la plaga objeto de este Reglamento”.
Artículo 2º—Refórmese el inciso c) del artículo 5 del Decreto
Ejecutivo N° 37358-MAG del 28 de agosto del 2012, para que en lo sucesivo se
lea así:
“Artículo 5º—Obligaciones de los propietarios u ocupantes por
cualquier título, de unidades de producción pecuaria
(…)
c) Se prohíbe almacenar a cielo abierto los residuos de cosechas de
cultivos, en caso de comprobarse la violación de esta disposición se aplicarán
las sanciones establecidas en el artículo 80 de la Ley N° 8495 del Servicio
Nacional de Salud Animal.
(…)”
Artículo 3º—Refórmese el inciso g) del artículo 6 del Decreto
Ejecutivo N° 37358-MAG del 28 de agosto del 2012, para que en lo sucesivo se
lea así:
“Artículo 6º—Obligaciones de los propietarios u ocupantes por
cualquier título, de unidades de producción agrícola
(…)
g) El productor debe asegurarse de no dejar fruta tirada en el campo o
adherida a la planta; una vez que la misma haya llegado a su momento de
cosecha, debe ser recolectada en su totalidad y en caso de que no se
comercialice debe desecharse adecuadamente según el Plan de Manejo de rastrojos.”
Artículo 4º—Adiciónese un subinciso ix) al inciso c) del artículo 6 del
Decreto Ejecutivo N° 37358-MAG del 28 de agosto del 2012, para que en lo
sucesivo se lea así:
“Artículo 6º—Obligaciones de los propietarios u ocupantes por
cualquier título, de unidades de producción agrícola.
(…)
c) Todo propietario u ocupante por cualquier título que en su unidad
de producción genere rastrojos, desechos o residuos de origen vegetal, debe
realizar un Plan de Manejo de sus rastrojos, donde se contemplen las buenas
prácticas agrícolas necesarias para evitar la proliferación de plagas en
especial S. calcitrans.
En este Plan debe considerarse como mínimo lo siguiente:
c.ix- Acciones de contingencia y emergencia.
(…)”
Artículo 5º—Rige a partir de su publicación en La Gaceta.
Dado en la Presidencia de la República.—San
José, a los treinta y un días del mes de mayo del dos mil dieciocho.
CARLOS ALVARADO QUESADA.—El
Ministro de Agricultura y Ganadería, Luis Renato Alvarado Rivera.—1 vez.—O. C.
N° 21056.—Solicitud N° 019.—( D41295 - IN2018276730 ).
N° 071-P
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
Con fundamento en las atribuciones que le confieren el artículo 139 de
la Constitución Política de Costa Rica, el artículo 47 inciso 3) de la Ley
General de Administración Pública, Ley N° 6227 del 02 de mayo de 1978. Así como
lo establecido en el Reglamento de Gastos de Viaje y Transporte para
Funcionarios Públicos y sus reformas.
ACUERDA:
Artículo 1º—Que el Consejo de Gobierno, mediante el artículo décimo de
la sesión ordinaria número diecisiete celebrada el treinta y uno de agosto del
año en curso, aprobó el acuerdo de viaje de la señora ministra Victoria
Hernández Mora.
Artículo 2º—Autorizar a la señora Victoria Hernández Mora, portadora
de la cédula de identidad número uno-quinientos sesenta y seis-cuatrocientos
cincuenta y ocho, Ministra de Economía, Industria y Comercio, para que
participe en la “38a Conferencia Anual de la ASBDC”, actividad que
tendrá lugar en Washington DC, Estados Unidos de Norteamérica, del 03 al 07 de
setiembre de 2018.
Artículo
3º—Los gastos por concepto de transporte aéreo, pago de inscripción en la
Conferencia, hospedaje, alimentación y transporte terrestre serán financiados
por la Unión Europea.
Artículo
4º—La señora Hernández Mora, en un plazo de ocho días naturales, contados a
partir de su regreso, deberá presentar un informe a su superior jerárquico, en
el que se describan las actividades desarrolladas, los resultados obtenidos y
los beneficios logrados para la institución y para el país en general.
Artículo
5º—En tanto dure la ausencia de la señora ministra, nombrar
como ministro a. í, al señor Carlos Mora Gómez, portador de la cédula de
identidad número uno-novecientos tres-ochocientos ochenta y seis, Viceministro
de Economía, Industria y Comercio, de las trece horas con treinta minutos del
día tres de setiembre de dos mil dieciocho y hasta las veinte horas con
cuarenta y dos minutos del día siete de setiembre del mismo año.
Artículo
6º—Rige a partir de las de las trece horas con treinta minutos del día tres de setiembre
de dos mil dieciocho y hasta las veinte horas con cuarenta y dos minutos del
día siete de setiembre del mismo año.
Dado en la Presidencia de la República, a los treinta y un días del
mes de agosto del año dos mil dieciocho.
CARLOS ALVARADO QUESADA.—1 vez.—O. C. N°
34000035379.—Solicitud N° 024-DIAF-18.—( IN2018278002 ).
DIRECCIÓN DE GEOLOGÍA Y MINAS
SOLICITUD DE EXPLOTACIÓN EN
CAUCE
DGM-TOP-ED-006-2018
EDICTO
En expediente 4-2015, Alberto Laurencich Castro, casado,
costarricense, empresario cédula N° 1-624-725, vecino de San José, Apoderado
Generalísimo sin límite de suma de la Sociedad Quebradores El Toro S. A.,
solicita concesión Minera en cauce sorbe Río Turrialba.
Localización geográfica:
Sito en: distrito 1 Turrialba, cantón 05 Turrialba, provincia 03
Cartago.
Hoja cartográfica:
Hoja Tucurrique, escala 1:50.000 del I.G.N.
Ubicación cartográfica:
Entre coordenadas CRTMO5 generales 1095132.4N 535668E. y 1096077.8N
534027.6E
Área solicitada:
9 ha 4276.28m2, según consta en plano aportado al folio 1.
Derrotero:
Coordenadas del vértice 1: 1095132.4N 535668.6E
Para ver las imágenes solo
en La Gaceta en formato PDF
Edicto basado en la solicitud, área y derrotero aportado el 27 de mayo
del 2015.
Con quince días hábiles de término, contados a partir de la segunda
publicación, cítese a quienes tengan derechos mineros que oponer hacerlos valer
ante este Registro Nacional Minero.—San José, a las
once horas cinco minutos del doce de setiembre del dos mil dieciocho.—Msc.
Ileana Boschini López, Directora General de Geología y Minas.—(
IN2018280318 ). 2 v. 1 Alt.
JUNTA
ADMINISTRATIVA DEL REGISTRO NACIONAL
REGISTRO DE
LA PROPIEDAD INDUSTRIAL
PUBLICACIÓN DE TERCERA VEZ
Para ver las marcas con
su respectiva imagen solo en La Gaceta
en formato PDF
Kristel Faith Neurohr,
cédula de identidad N° 1-1143-0447, en calidad de apoderada especial de
Marketing Technology Partners UK Limited con domicilio en C/O Cheetah Digital,
Inc. 29 Broadway, Level 6 New York, New York 10006, Estados Unidos de América,
solicita la inscripción de: POST MARKETING CLOUD ERA como marca de
servicios en clase: 35. Internacional. Para proteger y distinguir lo siguiente:
Servicios de Marketing, servicios de marketing por medio de correo electrónico,
servicios de marketing por medio de redes sociales, servicios de marketing
móvil. Prioridad: Se otorga prioridad N° 87/701,314 de fecha 29/11/2017 de
Estados Unidos de América. Fecha: 29 de agosto del 2018. Se cita a terceros
interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro,
dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación
de este edicto. Presentada el 07 de mayo del 2018. Solicitud Nº 2018-0003889. A
efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la
Ley Nº 7978.—San José, 29 de agosto del 2018.—Bernard Molina Alvarado, Registrador.—( IN2018280951 ).
Andrea Bonilla Hernández, casada una vez, cédula de identidad N°
112290595, en calidad de apoderado especial de Programas TEF S. A., cédula
jurídica N° 3101675609, con domicilio en San Antonio de Desamparados, contiguo
a la Escuela República de Panamá, Edificio San Antonio, San José, Costa Rica,
solicita la inscripción de: PROGRAMAS TEF ACADEMIA DE TENIS,
como nombre comercial en clase(s): internacional(es), para proteger y
distinguir lo siguiente: en clase 49: un establecimiento comercial dedicado a
educación, formación, servicios de entretenimiento, actividades deportivas y
culturales. Ubicado en San José, Desamparados, San Antonio, contiguo a la
Escuela República de Panamá. Fecha: 03 de julio del 2018. Se cita a terceros
interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro,
dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación
de este edicto. Presentada el 22 de junio del 2018. Solicitud Nº 2018-0005611.
A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de
la Ley Nº 7978.—San José, 03 de julio del 2018.—Katherine Jiménez Tenorio, Registradora.—( IN2018276097 ).
María
Fernanda Malavasi Arce, soltera, con domicilio en Sabana, 600 metros oeste de
Pops, casa con dos palmeras al frente, color crema con verjas café, frente a
Fuerza y Luz, San José, Costa Rica, solicita la inscripción de: GO FOOD PRO INGENIO EN ALIMENTACIÓN
como
marca de comercio y servicios en clases 30 y 42 internacionales, para proteger
y distinguir lo siguiente: en clase 30: Productos de repostería, pan, barritas
energéticas, preparaciones a base de cereales; en clase 42: Servicios de
asesoramiento profesional relacionados con la tecnología de alimentos.
Reservas: De los colores: negro, verde, blanco y gris. Fecha: 06 de agosto del
2018. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos
valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir
de la primera publicación de este edicto. Presentada el 15 de junio del 2018.
Solicitud Nº 2018-0005334. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo
dispuesto en el artículo 85 de la Ley Nº 7978.—San José, 06 de agosto del
2018.—Jamie Phillips Guardado, Registrador.—(
IN2018276121 ).
David Ruiz Urda, divorciado una vez, pasaporte XDC562289, en calidad
de apoderado generalísimo de Fromada Costa Rica FMD Sociedad Anónima, cédula
jurídica N° 3101697026 con domicilio en Escazú, edificio Trilogía, número dos,
oficina número uno, San José, Costa Rica, solicita la inscripción de: SALONIT
como marca de servicios en clase: 44.
Internacional. Para proteger y distinguir lo siguiente: en clase 44: Servicios
de tratamientos de higiene y de belleza para personas. Fecha: 3 de setiembre de
2018. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos
valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir
de la primera publicación de este edicto. Presentada el 24 de agosto de 2018.
Solicitud Nº 2018-0007758. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo
dispuesto en el artículo 85 de la Ley Nº 7978.—San José, 03 de setiembre de
2018.—Rina Ruiz Mata, Registradora.—( IN2018276125 ).
Jorge Murillo Caldera, divorciado una vez, cédula de identidad
105650615, en calidad de apoderado generalísimo de Crediserver Sociedad
Anónima, cédula jurídica 3101446958, con domicilio en Vásquez de Coronado, de
la Clínica de Coronado; 100 metros este y 300 metros norte, San José, Costa
Rica, solicita la inscripción de: CS CrediServer Al servicio del crédito y
cobro
como marca de servicios en clase 42 internacional para proteger y
distinguir lo siguiente: servicios tecnológicos e informáticos sobre la
seguridad de los datos informáticos y la información personal y financiera, así
como la detección relacionándolos con crédito y cobro. Reservas: de los colores:
blanco, negro y verde el acceso no autorizado a datos e información. Fecha: 03
de setiembre de 2018. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos
para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes,
contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 03 de
setiembre del 2018. Solicitud Nº 2018-0006609. A efectos de publicación,
téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978.—San José, 03
de setiembre del 2018.—Rina Ruiz Mata, Registradora.—(
IN2018276128 ).
Néstor Alonso Hernández Hernández, cédula de identidad N° 401460965,
en calidad de apoderado general de Químicas Sagal de Costa Rica Sociedad
Anónima, cédula jurídica 3101595248, con domicilio en La Unión de Tres Ríos,
Concepción, del Colegio Victoria 200 metros norte, Cartago, Costa Rica,
solicita la inscripción de: SAGASTIM
como marca de comercio en clase 1
Internacional, para proteger y distinguir lo siguiente: Bioestimulante anti
estresante de L-cisteina y ácido fólico (producto agrícola fertilizante) y
productos químicos para la industria de la agricultura, la horticultura y la
silvicultura, compost, abonos, fertilizantes, preparaciones biológicas para la
industria y la ciencia. Reservas: De los colores: Negro, verde y blanco Fecha:
28 de agosto de 2018. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos
para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes,
contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 27 de
junio de 2018. Solicitud Nº 2018-0005765. A efectos de publicación, téngase en
cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley Nº 7978.—San José, 28 de agosto
de 2018.—Isela Chango Trejos, Registradora.—(
IN2018276129 ).
Fabiola Sáenz Quesada, divorciada, cédula de identidad 1-0953-0774, en
calidad de apoderada especial de Niels Pedersen S. A., con domicilio en Villa
Cecilia, Calle 3ERA, Pedregal, Panamá, solicita la inscripción de:
Sea Viking
como marca de fábrica comercio en clase 29.
Internacional. Para proteger y distinguir lo siguiente: carne, pescado, aves y
caza, extractos de carne, frutas y legumbres en conserva, secas y cocidas,
jaleas, mermeladas, compotas, huevos, leche y productos lácteos, aceites y
grasas comestibles. Fecha: 26 de julio de 2018. Se cita a terceros interesados
en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los
dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este
edicto. Presentada el 16 de julio del 2018. Solicitud N° 2018-0006384. A
efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la
Ley 7978.—San José, 26 de julio del 2018.—Katherine Jiménez Tenorio, Registradora.—( IN2018276171 ).
María Gabriela Miranda Urbina, divorciada una vez, cédula de identidad
111390272, en calidad de apoderado especial de Dopat S. A., con domicilio en
Calle Charles Robert Darwin 34-36, (Parque Tecnológico), 46980 Paterna,
Valencia, España, solicita la inscripción de: COOLWAY
como marca de fábrica y comercio en clase: 25 Internacional para
proteger y distinguir lo siguiente: en clase 25; Prendas de vestir, calzado, sombrerería. Fecha: 10 de abril
de 2018. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos
valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir
de la primera publicación de este edicto. Presentada el 16 de marzo del 2018.
Solicitud N° 2018-0002417. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo
dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978.—San José, 10 de abril del
2018.—María Leonor Hernández B., Registradora.—(
IN2018276187 ).
Arnoldo Bonilla Quesada, casado una vez,
cédula de identidad N° 107580660, en calidad de apoderado especial de Persianas
Canet Sociedad Anónima, cédula jurídica N° 3101031420, con domicilio en de la
iglesia de Zapote 100 metros sur, 400 metros oeste y 25 metros al norte, San
José, Costa Rica, solicita la inscripción de: TAC,
como marca de fábrica y comercio en clase(s): 17 internacional(es),
para proteger y distinguir lo siguiente: Láminas traslúcidas de policarbonato.
Reservas: de los colores: azul y verde. Fecha: 5 de abril del 2018. Se cita a
terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes,
contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 16 de
marzo del 2018. Solicitud Nº 2018-0002443. A efectos de publicación, téngase en
cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley Nº 7978.—San José, 5 de abril
del 2018.—Alex Villegas Méndez, Registrador.—(
IN2018276196 ).
Mariana Vargas Roqhuett, casada una vez, cédula de identidad N°
3-0426-0709, en calidad de apoderado especial de Caribbean Licensing Corp. y
Colombiana de Comercio Sociedad Anónima, con domicilio en 20 Locust Hall
Terrace, ST. George, Barbados y Calle 11 N° 31-42, Bogotá, Colombia, solicita
la inscripción de: ecity con el respaldo akt
marca de fábrica y comercio en clase 12.
Internacional. Para proteger y distinguir lo siguiente: bicicletas eléctricas.
Reservas: de los colores: verde y gris. Fecha: 09 de agosto de 2018. Se cita a
terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este
Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera
publicación de este edicto. Presentada el 26 de julio del 2018. Solicitud N°
2018-0006769. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo
85 de la Ley 7978.—San José, 09 de agosto del 2018.—Johnny Rodríguez Garita, Registrador.—( IN2018276210 ).
PUBLICACIÓN DE SEGUNDA VEZ
Giselle Reuben Hatounian, casada, cédula de identidad N° 110550703, en
calidad dé apoderado especial de Cuestamoras Urbanismo Sociedad Anónima, cédula
jurídica N° 3101085016, con domicilio en Santa Ana Uruca, Radial Santa Ana,
Belén, Condominio Vertical de Oficinas Forum 6, Edificio Cuestamoras, tercer
piso, San José, Costa Rica, solicita la inscripción de: TUBBY EVOLUTION,
como marca de servicios en clase 41 internacional, para proteger y
distinguir lo siguiente: Educación, formación, servicios de entretenimiento,
actividades deportivas y culturales. Reservas: de los colores: celeste, lila,
azul y fucsia. Fecha: 17 de agosto del 2018.
Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer
ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la
primera publicación de este edicto. Presentada el 09 de agosto del 2018.
Solicitud Nº 2018-0007240. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo
dispuesto en el artículo 85 de la Ley Nº 7978.—San José, 17 de agosto del
2018.—Ivonne Mora Ortega, Registradora.—( IN2018276211
).
Giselle Reuben Hatounian, casada, cédula de
identidad 110550703, en calidad de apoderada especial de Cuestamoras Urbanismo
Sociedad Anónima, cédula jurídica N° 3101085016, con domicilio en Santa Ana
Uruca, Radial Santa Ana - Belén, condominio vertical de oficinas Forum 6, edificio
Cuestamoras, tercer piso, San José, Costa Rica, solicita la inscripción de:
TUBBY EVOLUTION
como nombre comercial en clase: Internacional. Para proteger y
distinguir lo siguiente: en clase 49: Un establecimiento comercial dedicado a
brindar servicios de educación, formación, servicios de entretenimiento,
actividades deportivas y culturales, ubicado
en San José-Santa Ana Uruca, Radial Santa Ana-Belén, condominio vertical de
oficinas Forum 6, edificio Cuestamoras, tercer piso. Reservas: De los colores:
celeste, lila, azul y fucsia. Fecha: 17 de agosto de 2018. Se cita a terceros
interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro,
dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación
de este edicto. Presentada el 09 de agosto de 2018. Solicitud Nº 2018-0007248.
A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de
la Ley Nº 7978.—San José, 17 de agosto de 2018.—Ivonne Mora Ortega, Registradora.—( IN2018276212 ).
León Weinstok Mendelewicz, casado una vez, cédula de identidad N°
1-1220-0158, en calidad de apoderado especial de Grupo Bata Centroamericana
Sociedad Anónima, cédula jurídica N° 3101177759, con domicilio en Palmares,
Oficinas del Almacén Juan Bautista Rojas C. Ltda., 200 metros al este del
parque, Alajuela, Costa Rica, solicita la inscripción de: GB SIRIUS,
como marca de fábrica y comercio en clase 9
internacional, para proteger y distinguir lo siguiente: Mecanismos para
aparatos de previo pago, cajas registradoras, máquinas de calcular, equipos de
procesamiento de datos, ordenadores, software, extintores. Reservas: de los
colores: verde, blanco, gris y anaranjado. Fecha: 13 de agosto del 2018. Se
cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante
este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la
primera publicación de este edicto. Presentada el 03 de agosto del 2018.
Solicitud Nº 2018-0006998. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo
dispuesto en el artículo 85 de la Ley Nº 7978.—San José, 13 de agosto de
2018.—Grettel Solís Fernández, Registradora.—(
IN2018276213 ).
Giselle Reuben Hatounian, casada, cédula de
identidad 110550703, en calidad de apoderada especial de CM Group Inc., con
domicilio en bloque 9100, unidad 6 del Centro Corporativo Panamericano, Ciudad
de Panamá, Panamá, solicita la inscripción de: Tinec
como marca de fábrica y comercio en clase: 7
Internacional, para proteger y distinguir lo siguiente: en clase 7: Planchas
térmicas de impresión (no sensibilizadas), máquinas de imprimir, máquinas
impresoras y de estampado por contacto. Reservas: De los colores: amarillo,
celeste, lila, verde, morado, rojo y negro. Fecha: 14 de agosto de 2018. Se
cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante
este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la
primera publicación de este edicto. Presentada el 06 de agosto del 2018.
Solicitud N° 2018-0007049. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo
dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978.—San José, 14 de agosto del
2018.—Isela Chango Trejos, Registradora.—(
IN2018276214 ).
León Weinstok Mendelewicz, casado una vez, cédula de identidad N°
1-1220-0158, en calidad de apoderado especial de Grupo Bata Centroamericana
Sociedad Anónima, cédula jurídica N° 3101177759, con domicilio en Palmares,
Oficinas del Almacén Juan Bautista Rojas C. Ltda., 200 metros al este del
parque, Alajuela, Costa Rica, solicita la inscripción de: Espigas de sabor,
como marca de servicios en clase 35 internacional, para proteger y
distinguir lo siguiente: Servicios de venta al por mayor y al detalle de
productos de panadería. Reservas: de los colores: café y crema Fecha: 13 de
agosto del 2018. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para
hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados
a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 03 de agosto
del 2018. Solicitud Nº 2018-0006999. A efectos de publicación, téngase en
cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley Nº 7978.—San José, 13 de agosto
del 2018.—Grettel Solís Fernández, Registradora.—(
IN2018276215 ).
Claudio Murillo Ramírez, cédula de identidad N° 105570443, en calidad
de apoderado especial de Banco Davivienda S. A., con domicilio en Avenida El
Dorado N° 68C- 61 piso 10, Bogotá, Colombia, solicita la inscripción de: Davi
Puntos
como marca de servicios en clase 36 internacional, para proteger y
distinguir lo siguiente: Servicios de seguros, operaciones financieras,
operaciones monetarias, negocios inmobiliarios. Reservas: Del color: Negro.
Fecha: 17 de agosto de 2018. Se cita a terceros interesados en defender sus
derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses
siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto.
Presentada el 07 de agosto de 2018. Solicitud Nº 2018-0007086. A efectos de
publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley Nº
7978.—San José, 17 de agosto de 2018.—Katherine Jiménez Tenorio, Registradora.—( IN2018276252 ).
Claudio Murillo Ramírez, cédula de identidad N° 1-0557-0443, en
calidad de apoderado especial de Banco Davivienda S. A., con domicilio en
Avenida El Dorado N° 68C- 61 piso 10, Bogotá, Colombia, solicita la inscripción
de: DaviPuntos
como marca de servicios en clase 36 internacional, para proteger y
distinguir lo siguiente: Servicios de seguros, operaciones financieras,
operaciones monetarias, negocios inmobiliarios. Reservas: Del color: 485 c/
rojo pantone. Fecha: 17 de agosto de 2018. Se cita a terceros interesados en
defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos
meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto.
Presentada el 07 de agosto de 2018. Solicitud Nº 2018-0007087. A efectos de
publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley Nº
7978.—San José, 17 de agosto de 2018.—Katherine Jiménez Tenorio, Registradora.—( IN2018276253 ).
Claudio Murillo Ramírez, cédula de identidad N° 1-0557-0443, en
calidad de apoderado especial de Banco Davivienda S. A., con domicilio en
Avenida El Dorado N° 68C-61 piso 10, Bogotá, Colombia, solicita la inscripción
de: DaviPuntos
como marca de servicios en clase 36 internacional, para proteger y
distinguir lo siguiente: Servicios de seguros, operaciones financieras,
operaciones monetarias, negocios inmobiliarios. Reservas: De los colores:
blanco. Fecha: 17 de agosto de 2018. Se cita a terceros interesados en defender
sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses
siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto.
Presentada el 07 de agosto de 2018. Solicitud Nº 2018-0007088. A efectos de
publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley Nº
7978.—San José, 17 de agosto de 2018.—Katherine Jiménez Tenorio, Registradora.—( IN2018276254 ).
Kristel Faith Neurohr, cédula de identidad 111430447, en calidad de
apoderada especial de British American Tobacco (Brands) Inc., con domicilio en
251 Little Falls Drive, Suite 100, Wilmington, DE 19808-1674, Estados Unidos de
América, solicita la inscripción de: FALL MALL VEGAS MEETS FRESH
como marca de comercio en clases 34. Internacionales. Para proteger y
distinguir lo siguiente: en clase 34: Cigarrillos; tabaco en bruto o
manufacturado; productos de tabaco; sustitutos del tabaco (no para uso médico);
cigarros; cigarrillos, encendedores; fósforos; artículos para fumadores; papel
de fumar, tubos de cigarrillos, filtros para cigarrillos; aparatos de bolsillo
para liar cigarrillos; máquinas de mano de inyección de tabaco en tubos de
papel; cigarrillos electrónicos; líquidos para cigarrillos electrónicos;
productos de tabaco con el fin de ser calentados. Fecha: 22 de febrero de 2018.
Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer
ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la
primera publicación de este edicto. Presentada el 13 de febrero de 2018.
Solicitud Nº 2018-0001173. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo
dispuesto en el artículo 85 de la Ley Nº 7978.—San José, 22 de febrero de
2018.—Johnny Rodríguez Garita, Registrador.—(
IN2018276255 ).
Kristel Faith Neurohr, cédula de identidad 111430447, en calidad de
apoderada especial de MR. Didier Petitot, con domicilio en Avenida Portal del
Ángel 42, 5a planta-08002, Barcelona, España, solicita la
inscripción de: BYPHASSE
como marca de comercio en clase 3 internacional para proteger y
distinguir lo siguiente: Jabones, perfumería, aceites esenciales, productos
cosméticos, lociones para cabello, depilatorios, productos removedores de maquillaje, mascarillas faciales,
cremas cosméticas, productos de afeitado, gel de ducha, productos para el
cuidado del cabello. Reservas: De los colores: Rosado y Gris. Se cita a
terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este
Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera
publicación de este edicto. Presentada el 21 de marzo del 2018. Solicitud N°
2018-0002539. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el
artículo 85 de la Ley 7978.—San José, 09 de abril del 2018.—Randall Abarca
Aguilar, Registradora.—( IN2018276257 ).
Kristel Faith Neurohr, cédula de identidad N° 1-1143-0447, en calidad
de apoderada especial de McCormick & Company Incorporated, con domicilio en
18 Loveton Circle, Sparks, Maryland, 21152-6000, Estados Unidos de América,
solicita la inscripción de: MC MCCORMICK FOR CHEFS
como marca de comercio en clases 29 y 30 internacionales, para
proteger y distinguir lo siguiente en clase 29: Mezclas de sopas, mezclas de
dip (salsas para mojar alimentos), cebollas procesadas, ajo, pimientos y
semillas comestibles, toppings (aderezos o cubiertas) para ensalada,
especialmente tozos de proteína vegetal con sabor a tocino, vegetales
deshidratados, mezclas de bebida alimenticias a base de productos lácteos,
productos a base de frutas y en clase 30: Hierbas procesadas, especias, mezclas
de especias, condimentos, mezclas de condimentos, surtidos de condimentos,
mezclas de condimentos y condimentos en bolsas para asar combinadas en paquetes
unitarios, sal, sal sazonada, sustitutos de sal, pimienta, extractos, aceites
no esenciales utilizados como saborizantes alimenticios, adobos y mezclas de
adobo, aderezos o cubiertas sazonados para alimentos, especialmente, mezclas
para freír, para azar, para batir y para rebozar, mezclas de salsas (gravy),
condimentos especialmente salsa tártara, salsa de coctel de mariscos, salsas,
sin incluir manzana y arándano, mezclas de salsas, ablandador de carnes, mezcla
de salsas de espagueti. Fecha: 05 de julio
de 2018. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos
valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir
de la primera publicación de este edicto. Presentada el 29 de junio de 2018.
Solicitud Nº 2018-0005863. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo
dispuesto en el artículo 85 de la Ley Nº 7978.—San José, 05 de julio de
2018.—Wendy López Vindas, Registradora.—( IN2018276258
).
Rolando Bernal Castro Blanco, casado una vez, cédula de identidad N°
104740353, en calidad de apoderado generalísimo de Marketinhg Consultores L.B.
S. A., cédula jurídica 3101398864, con domicilio en Ciudad Hacienda Los Reyes
Nº 168 a la Guácima, Alajuela, Costa Rica, solicita la inscripción de: RISE
como marca de servicios en clase 41 internacional, para proteger y
distinguir lo siguiente: Actividades deportivas, mejora de condición física,
bienestar físico. Reservas: De los colores: negro, naranja, amarillo y blanco. Se
cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante
este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la
primera publicación de este edicto. Presentada el 28 de agosto de 2018.
Solicitud Nº 2018-0007898. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo
dispuesto en el artículo 85 de la Ley Nº 7978.—San José, 04 de setiembre de
2018.—Randall Abarca Aguilar, Registrador.—(
IN2018276264 ).
Ana Cecilia Núñez Carrillo, casada una vez, cédula de identidad N°
1-0533-0658, con domicilio en Hacienda Vieja de Curridabat 100 oeste y 50 sur
del Liceo de Curridabat, San José, Costa Rica, solicita la inscripción de: Ana
& Nana
como marca de fábrica y servicios en clases: 16 y 41. Internacionales.
Para proteger y distinguir lo siguiente: en clase 16: Plantillas de curvas,
escuadras de dibujo, reglas de dibujo, telas para calcar, patrones de costura y
de quilting, diseños de bordados; en clase 41: Videos educativos con técnicas
de quilting accesibles por radio, video, cable, satélite y computadora. Fecha:
21 de agosto de 2018. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos
para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes,
contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 26 de
julio de 2018. Solicitud Nº 2018-0006739. A efectos de publicación, téngase en
cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley Nº 7978.—San José, 21 de agosto
de 2018.—Wendy López Vindas, Registradora.—( IN2018276294
).
Jorge Dada Santos, casado una vez, cédula de identidad N° 108850700,
en calidad de apoderado generalísimo de Orgánicos Ecogreen, S. A. con domicilio
en Rincón Grande de Pavas, del plantel del ICE, 75 metros norte Bodegas Rincón
Grande, San José, Costa Rica, solicita la inscripción de: DADA CAFÉ
como marca de fábrica y comercio en clase 30 internacional, para
proteger y distinguir lo siguiente: Café. Fecha: 30 de agosto del 2018. Se cita
a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este
Registro, dentro de los dos meses
siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto.
Presentada el 09 de agosto del 2018. Solicitud Nº 2018-0007226. A efectos de
publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley Nº
7978.—San José, 30 de agosto del 2018.—Rina Ruiz Mata, Registradora.—(
IN2018276295 ).
Luis Alberto Solís Rodríguez, casado una vez, cédula de identidad N°
204780777 con domicilio en Pittier, San Vito, Coto Brus, 1 kilómetro al oeste
de la Escuela Las Marías, Puntarenas, Costa Rica, solicita la inscripción de:
PITTIER
como marca de fábrica en clase: 29. Internacional. Para proteger y
distinguir lo siguiente: Queso tipo Mozarella, queso palmito, queso blanco
corriente, queso tierno, queso semiduro, queso seco sin moler y queso seco
molido, queso ricota, natilla. Fecha: 30 de agosto de
2018. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos
valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir
de la primera publicación de este edicto. Presentada el 23 de agosto de 2018.
Solicitud Nº 2018-0007700. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo
dispuesto en el artículo 85 de la Ley Nº 7978.—San José, 30 de agosto de
2018.—Alex Villegas Méndez, Registrador.—(
IN2018276310 ).
Enmanuel
Rene Ramírez Sobalvarro, casado una vez, cédula de identidad N° 4-0213-0772, en
calidad de apoderado generalísimo de Detail Garage S. A., cédula jurídica N°
3-101-741429 con domicilio en San Rafael, Centro Comercial San Rafael Arcángel,
local Nº 6, Heredia, Costa Rica, solicita la inscripción de: DetailGarage
Detallado Profesional
como
nombre comercial en clase 49. Internacional, para proteger y distinguir lo
siguiente: un establecimiento comercial dedicado a detallado, pulido,
aplicación de tratamientos de protección, lavado y restauración de automóviles,
ubicado en San José, San Vicente de Moravia, del Club La Granvía, 300 metros
oeste. Reservas: De los colores: naranja, rojo y negro. Fecha: 19 de julio del
2018. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos
valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir
de la primera publicación de este edicto. Presentada el 09 de marzo del 2018.
Solicitud Nº 2018-0003995. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo
dispuesto en el artículo 85 de la Ley Nº 7978.—San José, 19 de julio del
2018.—Jamie Phillips Guardado, Registrador.—( IN2018276311 ).
Juan Carlos Alvarado Montalto, cédula de identidad N° 114490600, en
calidad de apoderado generalísimo de Grupo de Producción Almo C.R. S. A.,
cédula jurídica N° 3101670329 con domicilio en Alajuela, San Rafael de Ojo de
Agua en el Condominio La Cascada, casa 42, Alajuela, Costa Rica, solicita la
inscripción de: GRUPO BONANZA
como marca de servicios en clase: 44.
Internacional. Para proteger y distinguir lo siguiente: Servicios veterinarios,
servicios médicos, tratamientos de higiene,
personas o animales. Fecha: 28 de agosto de 2018. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos
valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir
de la primera publicación de este edicto. Presentada el 3 de agosto de 2018.
Solicitud Nº 2018-0006975. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo
dispuesto en el artículo 85 de la Ley Nº 7978.—San José, 28 de agosto de
2018.—Alex Villegas Méndez, Registrador.—(
IN2018276331 ).
Juan Carlos Alvarado Montalto, soltero, cédula de identidad N° 114490600, en calidad de apoderado generalísimo
de Grupo de Producción Almo C.R. S. A., cédula jurídica N° 3101670329 con
domicilio en Alajuela, San Rafael de Ojo de Agua en el Condominio La Cascada,
casa 42, Alajuela, Costa Rica, solicita la inscripción de: Pets & Go
como marca de servicios en clase 44 internacional, para proteger y
distinguir lo siguiente: Servicios veterinarios. Reservas: De los colores:
Amarillo y Azul. Fecha: 29 de agosto del 2018. Se cita a terceros interesados en
defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos
meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto.
Presentada el 03 de agosto del 2018. Solicitud Nº 2018-0006977. A efectos de
publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley Nº
7978.—San José, 29 de agosto del 2018.—Alex Villegas Méndez, Registrador.—(
IN2018276332 ).
Mariana Vargas Roqhuett, casada, cédula de
identidad N° 3-0426-0709, en calidad de apoderado especial de Productora de
Insumos Agropecuarios Somex, S. A. con domicilio en Transversal 12 A 32 64,
Medellín, Antioquia, Colombia, solicita la inscripción de: somex
como marca de fábrica y servicios en clases 31 y 35. Internacionales.
Para proteger y distinguir lo siguiente: en clase 31: Alimentos para animales,
concentrados para animales, sales minerales para ganado; en clase 35: Servicios
de comercialización, importación y exportación de alimentos para animales,
concentrados para animales, sales minerales para ganado, complementos y
suplementos nutricionales para animales. Reservas: de los colores: blanco,
verde vivo, verde oscuro Fecha: 30 de julio
del 2018. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos
valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir
de la primera publicación de este edicto. Presentada el 19 de julio del 2018.
Solicitud Nº 2018-0006557. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo
dispuesto en el artículo 85 de la Ley Nº 7978.—San José, 30 de julio del
2018.—Johnny Rodríguez Garita, Registrador.—(
IN2018276361 ).
Luis
Emmanuel Castro Ordoñez, casado una vez, cédula de identidad N° 1-1271-0613, en
calidad de apoderado generalísimo de Agencia Vamos de Viaje CR SRL, cédula
jurídica N° 3-102-745916, con domicilio en San Luis, Santo Domingo, del Bar Las
Juntas 200 metros oeste, 100 sur, casa color beige de dos plantas, N° 3,
Heredia, Costa Rica, solicita la inscripción de: V MALETA DE VIAJE COSTA RICA
como
marca de servicios en clase 39. Internacional. Para proteger y distinguir lo
siguiente: organización de viajes. Fecha: 04 de junio del 2018. Se cita a
terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este
Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 28 de
mayo del 2018. Solicitud Nº 2018-0004618. A efectos de publicación, téngase en
cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley Nº 7978.—San José, 04 de junio
del 2018.—Milena Marín Jiménez, Registradora.—( IN2018276393 ).
Verónica Edwards Segura, soltera, cédula de identidad
N° 114910928 con domicilio en Guápiles, 300 metros sur Registro Civil, Limón,
Costa Rica, solicita la inscripción de: ALQUIMIA FITNESS VIP
como nombre comercial en clase internacional, para
proteger y distinguir lo siguiente en clase 49: Un establecimiento comercial
dedicado a gimnasio, acondicionamiento físico, ubicado en Guápiles,
Pococí, Limón, trescientos metros sur Registro Civil. Fecha: 23 de agosto del
2018. Se cita a terceros interesados en defender
sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses
siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto.
Presentada el 14 de agosto del 2018. Solicitud Nº 2018-0007409. A efectos de
publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley Nº
7978.—San José, 23 de agosto del 2018.—Rina Ruiz Mata, Registradora.—(
IN2018276408 ).
Ainhoa Pallares Alier, viuda, cédula de residencia N° 172400024706, en
calidad de apoderado especial de Mauricio Antonio Chacón Picado, soltero,
cédula de identidad N° 109170527 con domicilio en Barreal, Ulloa, Condominio
Francosta casa N° 260, Heredia, Costa Rica, solicita la inscripción de: MCH
MAURICIO CHACON
como
marca de servicios en clases 41 y 44 internacionales, para proteger y
distinguir lo siguiente: en clase 41: Organización, planeamiento y decoración
de eventos sociales y recreativos (no con fines promocionales); y en clase 44:
Servicios en relación con el arte floral, tales como arreglos y decoración
floral. Fecha: 23 de julio del 2018. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este
Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera
publicación de este edicto. Presentada el 16 de julio del 2018. Solicitud Nº
2018-0006400. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el
artículo 85 de la Ley Nº 7978.—San José, 23 de julio del 2018.—Isela Chango
Trejos, Registradora.—( IN2018276428 ).
Andrés Alberto Ortiz Salas, soltero, cédula de identidad Nº 504050454,
con domicilio en Barrio Escalante, Carmen, 300 metros este del Limoncello, Apartamentos
Palau, San José, Costa Rica, solicita la inscripción de: IMPERIUM ACADEMY
como marca de servicios, en clase 41 internacional, para proteger y
distinguir lo siguiente: Clases de pasarela de imagen personal, de automaquillaje,
de nutrición, de autopeinado, de proyección frente a cámaras y escenarios y
talleres de crecimiento personal. Reservas: de los colores: negro y dorado.
Fecha: 19 de setiembre del 2018. Se cita a terceros interesados en defender sus
derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses
siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto.
Presentada el 11 de setiembre del 2018. Solicitud Nº 2018-0008315. A efectos de
publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley Nº
7978.—San José, 19 de setiembre del 2018.—Isela Chango Trejos, Registradora.—( IN2018282089 ).
PUBLICACIÓN DE PRIMERA VEZ
Ainhoa Pallares Alier,
viuda, cédula de residencia N° 172400024706, en calidad de apoderado especial
de Mauricio Antonio Chacón Picado, soltero, cédula de identidad N° 109170527
con domicilio en Barreal, Ulloa, Condominio Francosta casa Nº 260, Heredia,
Costa Rica, solicita la inscripción de: EVENTOS Y FLORES Ninfa Tropical
como marca de servicios en
clases 41 y 44 internacionales, para proteger y distinguir lo siguiente: en
clase 41: Organización, planeamiento y decoración de eventos sociales y
recreativos (no con Ninta Tropical fines promocionales); y en clase 44: Servicios
en relación con el arte floral, tales como arreglos y decoración floral. Reservas: No se reivindica en exclusiva la frase
“EVENTOS Y FLORES” Fecha: 23 de julio del 2018. Se cita a terceros interesados
en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los
dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este
edicto. Presentada el 16 de julio del 2018. Solicitud Nº 2018-0006396. A
efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley
Nº 7978.—San José, 23 de julio del 2018.—Rolando Cardona Monge, Registrador.—( IN2018276429 ).
Andrés Rubinstein Wasserman, soltero, cédula de identidad N°
112310840, en calidad de apoderado generalísimo de Rubinstein MP S. A. con
domicilio en Rohrmoser, av. 3 A, calle 80, Costa Rica, solicita la inscripción
de: CAFÉ PREMIUM ESENCIA
como marca de comercio en clase 30 internacional, para proteger y
distinguir lo siguiente: Café premium en varias presentaciones: molido, grano,
prensa, percolador, espresso. Fecha: 04 de setiembre de 2018. Se cita a
terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este
Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera
publicación de este edicto. Presentada el 29 de agosto de 2018. Solicitud Nº
2018-0007916. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el
artículo 85 de la Ley Nº 7978.—San José, 04 de setiembre de 2018.—Alex Villegas
Méndez, Registrador.—( IN2018276467 ).
María Pía Martín León, soltera, cédula de identidad N° 1-1140-0826,
con domicilio en Moravia, Los Colegios, de la entrada principal del Colegio
Sion, 100 metros oeste y 100 metros sur, San José, Costa Rica, solicita la
inscripción de: LA ESQUINA VERDE
como marca de servicios en clase 43.
Internacional. Para proteger y distinguir lo siguiente: servicios de
alimentación, restaurante, cafetería y bar, hospedaje temporal y área para
acampar. Fecha: 03 de setiembre de 2018. Se cita a terceros interesados en
defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos
meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto.
Presentada el 24 de agosto de 2018. Solicitud Nº 2018-0007742. A efectos de
publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley Nº
7978.—San José, 03 de setiembre de 2018.—Rina Ruiz Mata, Registradora.—(
IN2018276498 ).
David Herrera Diaz, soltero, cédula de identidad N° 1-1491-0684, con
domicilio en los Colegios de Moravia, de Taco Bell 200 oeste, 400 norte, 100
oeste casa mano derecha, Costa Rica, solicita la inscripción de: N Naturalis,
como marca de fábrica y comercio en clase 3 y 5 Internacionales. Para
proteger y distinguir lo siguiente: en clase 3: jabones, crema humectante,
bálsamos para labio, champú maquillaje, exfoliante, lociones, desodorantes,
bloqueador solar; en clase 5: ungüento y crema medicinal (para aliviar dolores
musculares). Fecha: 5 de junio del 2018. Se cita a terceros interesados en
defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos
meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto.
Presentada el 05 de abril del 2018. Solicitud Nº 2018-0002889. A efectos de
publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley Nº
7978.—San José, 05 de junio del 2018.—Katherine Jiménez Tenorio, Registradora.—( IN2018276524 ).
Roy de Jesús Herrera Muñoz, casado, cédula de
identidad N° 108330948, en calidad de apoderado especial de Roberto Lemaitre
Picado, casado una vez, cédula de identidad N° 112090757, con domicilio en
Grecia, del Subway de Grecia 250 metros sur, casa verjas café, mano izquierda,
Alajuela, Costa Rica, solicita la inscripción de: Noches de Ciberseguridad con
Roberto Lemaitre Picado,
como marca de servicios en clase 41 internacional, para proteger y
distinguir lo siguiente: programa con temas de fondo legales e informáticos,
específicamente sobre ciberseguridad, transmitido en línea por medio de redes
sociales. Reservas: no se hace reserva del término “CIBERSEGURIDAD”. Fecha: 12
de julio del 2018. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para
hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados
a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 25 de abril
del 2018. Solicitud Nº 2018-0003546. A efectos de publicación, téngase en
cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley Nº 7978.—San José, 12 de julio
del 2018.—Alex Villegas Méndez, Registrador.—(
IN2018276533 ).
José Antonio Muñoz Fonseca, casado, cédula de identidad N° 104330939,
en calidad de apoderado especial de Los Nuevos Meridianos (NM) Sociedad
Anónima, con domicilio en Santa Ana, Fórum I, Edificio C, Oficina 1 C 1, San
José, Costa Rica, solicita la inscripción de: Los Cielos,
como nombre comercial en clase internacional, para proteger y
distinguir lo siguiente en clase 49: Un establecimiento comercial dedicado a
realizar actividades de servicios inmobiliarios, bienes raíces en general,
turísticas, hoteleras, comunicación,
producción de papel y ropa, distribución y tratamiento de aguas, esparcimiento,
educación y actividades deportivas, ubicado en Quepos, Savegre, 1.7 Km al este
del Cementerio de Matapalo, sobre la Costanera sur. Fecha: 09 de julio del
2018. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos
valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir
de la primera publicación de este edicto. Presentada el 03 de abril del 2018.
Solicitud Nº 2018-0002742. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo
dispuesto en el artículo 85 de la Ley Nº 7978.—San José, de julio del 2018.
A.—Isela Chango Trejos, Registradora.—( IN2018276534
).
José Antonio Muñoz Fonseca, casado, cédula de identidad N°
1-0433-0939, en calidad de apoderado especial de Aerovías del Continente
Americano S. A. AVIANCA, con domicilio en Carrera 51B Nº 80-58, Local 104 y
Oficinas 1207, 1208 y 1209. Barranquilla, Colombia, solicita la inscripción de:
todopara enamorarte,
como marca de fábrica y servicios en clase 39.
Internacional. Para proteger y distinguir lo siguiente: transporte aéreo,
embalaje y almacenamiento de mercancías, organización de viajes y planes
turísticos. Fecha: 11 de julio del 2018. Se cita a terceros interesados en
defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos
meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto.
Presentada el 04 de julio del 2018. Solicitud Nº 2018-0006036. A efectos de
publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley Nº
7978.—San José, 11 de julio del 2018.—Ildreth Araya Mesen, Registradora.—(
IN2018276535 ).
Norel Rafael Sanchez Díaz, soltero, cédula de identidad N° 801070179 y
David Fernando Sánchez Díaz, soltero, cédula de identidad N° 801020169, con
domicilio en Jaco, Garabito, 150 sur del Hotel la Palmera, casa a mano izd,
color gris, Puntarenas, Costa Rica y Jaco, Garabito, 150 sur del Hotel La
Palmera, casa a mano izd, color gris, Puntarenas, Costa Rica, solicita la
inscripción de: D’FRUTA MADRE,
como marca de servicios en clase(s): 35
internacional(es), para proteger y distinguir lo siguiente: en clase 35:
servicio de venta de productos comestibles. Fecha: 17 de agosto del 2018. Se
cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante
este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la
primera publicación de este edicto. Presentada el 30 de marzo del 2017.
Solicitud Nº 2017-0002975. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo
dispuesto en el artículo 85 de la Ley Nº 7978.—San José, 17 de agosto del
2018.—Bernard Molina Alvarado, Registrador.—(
IN2018276542 ).
Jocelin
Navarro Cambronero, soltera, cédula de identidad N° 603680437 con domicilio en
calle 32 y avenida 4, San José, Costa Rica, solicita la inscripción de: J LAB
Nutri Cosmetics
como marca de fábrica y comercio en clase 3
internacional, para proteger y distinguir lo siguiente: Cremas y aceites de
belleza. Fecha: 03 de julio del 2018. Se cita a terceros interesados en
defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos
meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto.
Presentada el 30 de mayo del 2018. Solicitud Nº 2018-0004709. A efectos de
publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley Nº
7978.—San José, 03 de julio del 2018.—Rolando Cardona Monge, Registrador.—(
IN2018276574 ).
Katlin
Montero Lafuente, casada una vez, cédula de identidad N° 110460584, en calidad
de apoderada generalísima de Happy Land Sociedad Anónima, cédula jurídica N°
3101597643 con domicilio en El Coyol, cien metros al oeste de la Estación de
Riteve, Alajuela, Costa Rica, solicita la inscripción de: Happy Land
como
nombre comercial en clase internacional, para proteger y distinguir lo
siguiente: Un establecimiento comercial dedicado a guardería y prescolar,
ubicado en Alajuela, El Coyol, cien metros al oeste de la estación de Riteve.
Reservas: De los colores: celeste, amarillo, naranja, verde lila, fucsia, azul,
verde, rojo y negro. Fecha: 03 de setiembre del 2018. Se cita a terceros
interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro,
dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación
de este edicto. Presentada el 27 de agosto del 2018. Solicitud Nº 2018-0007824.
A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de
la Ley Nº 7978.—San José, 03 de setiembre del 2018.—Alex Villegas Méndez, Registrador.—( IN2018276583 ).
Carlos
Roberto López León, casado, cédula de identidad N° 1-0788-0621, en calidad de
apoderado especial de Latin Farma Sociedad Anónima, con domicilio en Zona Franca,
Parque Industrial Zeta-La Unión S. A. 4ta calle y 2da avenida “A” lote 18 “A”
km. 30.5, Amatitlán, Guatemala, solicita la inscripción de: ESPECIALISTAS EN
SALUD BUCAL
como
señal de propaganda en clase 50. Internacional. Para proteger y distinguir lo
siguiente: para promocionar y atraer la atención de los consumidores sobre los
productos que vende, distribuye y comercializa Latin Farma, Sociedad Anónima,
así como la propaganda y promoción de productos farmacéuticos, higiénicos,
cosméticos y dentífricos, en relación con la marca “ODDONTOARTI”, registro
261899. Fecha: 16 de agosto del 2018. Se
cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante
este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la
primera publicación de este edicto. Presentada el 07 de junio del 2018.
Solicitud Nº 2018-0004984. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo
dispuesto en el artículo 85 de la Ley Nº 7978.—San José, 16 de agosto del
2018.—César Alfonso Rojas Zúñiga, Registrador.—(
IN2018276586 ).
Erick
Mauricio Box Espinoza, casado una vez, cédula de identidad N° 111170505, con
domicilio en San Francisco de 2 Ríos, Apart Los Sauces apt 2B-1, San José,
Costa Rica, solicita la inscripción de: Mr. CHOMBOX
como
marca de fábrica y comercio en clase 30 internacional, para proteger y
distinguir lo siguiente: Salsa chilera caribeña con moringa. Fecha: 24 de abril
del 2018. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos
valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir
de la primera publicación de este edicto. Presentada el 12 de abril del 2018.
Solicitud Nº 2018-000276589. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto
en el artículo 85 de la Ley Nº 7978.—San José, 24 de abril del 2018.—Alex
Villegas Méndez, Registrador.—( IN2018276589 ).
Jamie
Schmidt Muñoz, cédula de identidad N° 114050655, en calidad de apoderado
especial de La Letra Escondida S. A. con domicilio en Curridabat Pinares, de la
Iglesia de Pinares 100 metros al norte, Condominios Pinos Verdes, Número Trece,
San José, Costa Rica, solicita la inscripción de: K Kandler
como
marca de fábrica y comercio en clases 29 y 30 internacionales, para proteger y
distinguir lo siguiente: en clase 29: Jaleas comestibles, jaleas de fruta,
mermeladas, compotas, Preparaciones a base de mantequilla, mantequilla,
mantequilla de almendra, mantequilla de maní, queso, queso vegano; en clase 30:
Harinas y preparaciones a base de cereales, pan artesanal, productos de
pastelería y repostería, pasteles, tartas y galletas artesanales, helados,
azúcar, levadura, polvos de hornear. Fecha: 04 de setiembre del 2018. Se cita a
terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este
Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera
publicación de este edicto. Presentada el 12 de julio del 2018. Solicitud Nº
2018-0006267. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el
artículo 85 de la Ley Nº 7978.—San José, 04 de setiembre del 2018.—Alex
Villegas Méndez, Registrador.—( IN2018276812 ).
Ruby Constanza Torres Espejo, casada dos veces, cédula de identidad N°
800890149, con domicilio en Tejar del Guarco, Ur Las Catalinas, casa 15 BB 3era
etapa, Costa Rica, solicita la inscripción de: TIPENCO
como marca de servicios en clase 43. Internacional. Para proteger y
distinguir lo siguiente: en clase 43: Servicios de restaurante. Fecha: 4 de
setiembre de 2018. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para
hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados
a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 30 de julio de
2018. Solicitud Nº 2018-0006856. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo
dispuesto en el artículo 85 de la Ley Nº 7978.—San José, 04 de setiembre de
2018.—Wendy López Vindas, Registradora.—( IN2018276825
).
María Fernanda Salazar Acuña, cédula de identidad N° 115050764, en
calidad de apoderada especial de Café Barismo El Tostador Sociedad Anónima,
cédula jurídica 3101672515, con domicilio en La Uruca, del Taller Vargas
Matamoros, 200 metros al norte y 25 metros al este, contiguo al Taller ABC, San
José, Costa Rica, solicita la inscripción de: CAFÉ AUTORÍA
como marca de fábrica y comercio en
clase: 30. Internacional. Para proteger y distinguir lo siguiente: En clase 30:
Café, sucedáneos del café. Se cita a terceros interesados en defender sus
derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses
siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto.
Presentada el 24 de agosto de 2018. Solicitud Nº 2018-0007737. A efectos de publicación,
téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley Nº 7978.—San José,
31 de agosto de 2018.—Randall Abarca Aguilar, Registrador.—(
IN2018276870 ).
Manuel Augusto Mendoza Herrera, casado una vez, cedula de residencia
N° 186200360728 y Mariant Coromoto Contreras Ortiz, casada una vez, cédula de
residencia 186200287022, en calidad de apoderados generalísimos de Redycarga CR
Sociedad Anónima, cédula jurídica N° 3-101-756132, con domicilio en San Rafael,
Santiago, Condominio Flor de Itabos, casa número 46, Heredia, Costa Rica,
solicita la inscripción de: REDYCARGA RC
como marca de servicios en clase 39. Internacional. Para proteger y
distinguir lo siguiente: transporte, embalaje y almacenamiento de mercancías,
organización de viajes. Fecha: 03 de setiembre de 2018. Se cita a terceros
interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro,
dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación
de este edicto. Presentada el 27 de agosto de 2018. Solicitud Nº 2018-0007795.
A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de
la Ley Nº 7978.—San José, 03 de setiembre de 2018.—Randall Abarca Aguilar, Registrador.—( IN2018276886 ).
Carlos
Daniel Arroyo Badilla, soltero, cédula de identidad N° 114830417, con domicilio
en Mercedes Norte, Residencial Amoranto, Heredia, Costa Rica, solicita la
inscripción de: heimdall BROKER
como marca de comercio y servicios en clases 9 y 36 internacionales,
para proteger y distinguir lo siguiente: en clase 9: Software; y en clase 36:
Servicios de seguros. Fecha: 27 de agosto de 2018. Se cita a terceros
interesados en defender sus derechos para
hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados
a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 07 de agosto
de 2018. Solicitud Nº 2018-0007068. A efectos de publicación, téngase en cuenta
lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley Nº 7978.—San José, 27 de agosto de
2018.—Rolando Cardona Monge, Registrador.—(
IN2018277048 ).
Korana Arias Cortés, casada, cédula de identidad N° 401660877, en
calidad de apoderada especial de Hamdan H R Abuawad Ribhia, casada una vez con
domicilio en Tejar del Guarco, Condominio Los Cafetos, casa Nº 14, Cartago,
Costa Rica, solicita la inscripción de: Thuraya
como marca de fábrica y comercio en clase: 3. Internacional. Para
proteger y distinguir lo siguiente: Preparaciones para blanquear y otras
sustancias para lavar la ropa, preparaciones para limpiar, pulir, desengrasar y
raspar, jabones, productos de perfumería, aceites esenciales, cosméticos tales
como shampú, mascarillas, acondicionadores, tratamientos capilares, maquillaje
para el rostro, cremas, sombras de ojos, labiales, rubor, cremas y tratamientos
para peinar todos los anteriores para el cabello, lociones capilares,
dentífricos. Fecha: 05 de setiembre de 2018. Se cita a terceros interesados en
defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos
meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto.
Presentada el 21 de agosto de 2018. Solicitud Nº 2018-0007587. A efectos de
publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley Nº
7978.—San José, 05 de setiembre de 2018.—Alex Villegas Méndez, Registrador.—( IN2018277050 ).
Gustavo Ramírez Calderón, casado una vez, cédula de identidad N°
1-0720-0378, en calidad de apoderado generalísimo de Meditek Services Sociedad Anónima,
cédula jurídica N° 3-101-190164, con domicilio en Sabana Norte, doscientos
metros al este y trescientos metros al norte del Instituto Costarricense de
Electricidad, San José, Costa Rica, solicita la inscripción de: MD Link
como marca de comercio y servicios en clase: 9;
36; 37; 42 y 44. Internacionales. Para proteger y distinguir lo siguiente: en
clase 9: Software para: Link Sistemas de gestión hospitalaria en nube, sistema
informático de radiografías, sistemas de archivo y comunicación de imágenes
cardiológicas, localización en tiempo real hospitalaria; en clase 36: Control
de activos: Gestión de activos; en clase 37: Control de ambiente: Instalación
de sistemas de control de ambiente Flujos hospitalarios; en clase 42:
Desarrollo de: Sistemas de gestión hospitalaria en nube, software médico,
sistema computarizado para el archivado digital de imágenes médicas, sistema
informático de radiografías, sistemas de archivo y comunicación de imágenes
cardiológicas, localización en tiempo real hospitalaria; en clase 44: servicios
médicos, alquiler de equipo médico. Reservas: De los colores: celeste, blanco y
negro. Fecha: 03 de setiembre de 2018. Se cita a terceros interesados en
defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos
meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto.
Presentada el 07 de agosto de 2018. Solicitud Nº 2018-0007075. A efectos de
publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley Nº
7978.—San José, 03 de setiembre de 2018.—Alex Villegas Méndez, Registrador.—( IN2018277062 ).
Cristina Montero Vincent, soltera, cédula de
identidad 114130977, en calidad de representante legal de Moncafé Sociedad
Anónima, cédula jurídica N° 3101751466 con domicilio en 1 kilómetro al oeste de
Jardines del Recuerdo Residencial Privacia, casa C 17, Costa Rica, solicita la
inscripción de: MonCafé Farm to Cup
como marca de comercio en clase: 30. Internacional. Para proteger y
distinguir lo siguiente: en clase 30: Café tostado Café verde. Reservas: De los
colores: no indica. Fecha: 22 de agosto de 2018. Se cita a terceros interesados
en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los
dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este
edicto. Presentada el 17 de julio de 2018. Solicitud Nº 2018-0006439. A efectos
de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley Nº
7978.—San José, 22 de agosto de 2018.—Isela Chango Trejos, Registradora.—(
IN2018277065 ).
José Pablo de Jesús Salazar Chavarría, soltero, cédula de identidad N°
117390726, con domicilio en San Francisco, del Bar La Deportiva, 200 metros al
sur, casa 4-D, Heredia, Costa Rica, solicita la inscripción de: NSALJ
como marca de comercio en clase 14
internacional, para proteger y distinguir lo siguiente: Pulseras. Fecha: 23 de
julio de 2018. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para
hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados
a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 16 de mayo de
2018. Solicitud Nº 2018-0004301. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo
dispuesto en el artículo 85 de la Ley Nº 7978.—San José, 23 de julio de
2018.—Ivonne Mora Ortega, Registradora.—( IN2018277069
).
Zianny Morales Guevara, casada una vez, cédula de identidad N°
502190537, en calidad de apoderado generalísimo de Corporación de Servicios
Múltiples del Magisterio Nacional, cédula jurídica N° 3007071587, con domicilio
en Paseo Colón, avenida 3, calles 24 y 28, de Torre Mercedes 200 metros norte y
150 al oeste, San José, Costa Rica, solicita la inscripción de: FUNERARIA DEL
MAGISTERIO
como nombre comercial en clase: Internacional. o Para proteger y
distinguir lo siguiente: Un establecimiento comercial dedicado a
comercialización y venta de servicios fúnebres y venta de cajas mortuarias,
ubicado en San José, Torre Mercedes, 200
metros norte y 75 metros oeste, avenida 3, diagonal a Ticabus. Reservas: De los
colores: gris y azul. Fecha: 06 de setiembre de 2018. Se cita a terceros
interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro,
dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación
de este edicto. Presentada el 17 de agosto de 2018. Solicitud Nº 2018-0007490.
A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de
la Ley Nº 7978.—San José, 06 de setiembre de 2018.—Wendy López Vindas, Registradora.—( IN2018277083 ).
Zianny Morales Guevara, casada una vez, cédula de identidad 502190537,
en calidad de apoderada especial de Corporación de Servicios Múltiples del
Magisterio, cédula jurídica N° 300771587, con domicilio en Paseo Colón, de la
Torre Mercedes, 200 metros norte y 150 metros oeste, San José, Costa Rica,
solicita la inscripción de: FLORES GALA
como nombre comercial en clase internacional, para proteger y
distinguir lo siguiente: Un establecimiento comercial FLORES dedicado a venta
de flores, arreglos florales de todo tipo y para toda ocasión, con servicio al
público en general y entrega a domicilio, ubicado en San José, de Torre
Mercedes, 200 metros norte y 75 metros oeste,
avenida tres, diagonal a Ticabus. Reservas: De los colores: verde, rosado,
amarillo, negro y dorado. Fecha: 06 de setiembre de 2018. Se cita a terceros
interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro,
dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación
de este edicto. Presentada el 17 de agosto de 2018. Solicitud Nº 2018-0007491.
A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de
la Ley Nº 7978.—San José, 06 de setiembre de 2018.—Wendy López Vindas, Registradora.—( IN2018277084 ).
Zianny
Morales Guevara, casada una vez, cédula de identidad N° 502190537, en calidad
de apoderado generalísimo de Corporación de Servicios Múltiples del Magisterio
Nacional, cédula jurídica N° 3007071587 con domicilio en Paseo Colón, de la
Torre Mercedes, 200 metros norte y 150 oeste, San José, Costa Rica, solicita la
inscripción de: CORPORACIÓN DE SERVICIOS MÚLTIPLES DEL MAGISTERIO
como
nombre comercial en clase internacional, para proteger y distinguir lo
siguiente: Un establecimiento comercial dedicado a servicios múltiples para el
sector magisterial y público en general, entre ellos funeraria, floristería,
electrodomésticos, agencias de viajes y salud, ubicado en San José, de Torre
Mercedes, cien metros norte y cincuenta metros oeste, detrás de Torres de Paseo
Colón. Reservas: De los colores: azul. Fecha: 06 de setiembre del 2018. Se cita
a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este
Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 17 de
agosto del 2018. Solicitud Nº 2018-0007492. A efectos de publicación, téngase
en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley Nº 7978.—San José, 06 de
setiembre del 2018.—Wendy López Vindas, Registradora.—(
IN2018277085 ).
Roberto
Alexandre Campos Delgado, soltero, cédula de identidad N° 112330494 con
domicilio en La Asunción de Belén, Calle Zumbado cuatrocientos sur de entrada
principal, Heredia, Costa Rica, solicita la inscripción de: EL MULTIVERSO
Tienda para Coleccionistas
como
marca de comercio y servicios en clases 28 y 35 internacionales, para proteger
y distinguir lo siguiente: en clase 28: Juguetes de colección de: historietas,
manga, fábulas japonesas, cine y televisión; en clase 35: Servicios de
publicidad, propaganda y venta de juguetes de
colección de: historietas, manga, fábulas japonesas, cine y televisión,
mediante sitios Web, redes sociales, catálogos de ventas digitales y correo
electrónico. Fecha: 06 de setiembre del 2018. Se cita a terceros interesados en
defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos
meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto.
Presentada el 29 de agosto del 2018. Solicitud Nº 2018-0007920. A efectos de
publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley Nº
7978.—San José, 06 de setiembre del 2018.—Katherine Jiménez Tenorio, Registradora.—( IN2018277087 ).
Kattia
María Retana Hernández, divorciada una vez, cédula de identidad N° 109800509
con domicilio en Uvita Centro, Centro Comercial y Plaza El Dame, edificio Nº 2,
Puntarenas, Costa Rica, solicita la inscripción de: COSTATIKA LANGUAGE SCHOOL
como
marca de servicios en clase 41 internacional, para proteger y distinguir lo
siguiente: en clase 41: El servicio de enseñanza de diferentes idiomas a niños
y adultos, cursos conversacionales de idiomas. Reservas: De los colores: negro
y verde. Fecha: 23 de julio del 2018. Se cita a terceros interesados en
defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos
meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto.
Presentada el 19 de junio del 2018. Solicitud Nº 2018-0005446. A efectos de
publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley Nº
7978.—San José, 23 de julio del 2018.—Grettel Solís Fernández, Registradora.—( IN2018277090 ).
Kattia
María Retana Hernández, divorciada una vez, cédula de identidad N° 109800509,
con domicilio en Uvita Centro, Centro Comercial y Plaza El Dome, edificio Nº 2,
Puntarenas, Costa Rica, solicita la inscripción de: COSTATIKA LANGUAGE SCHOOL
como
nombre comercial, para proteger y distinguir lo siguiente: Un establecimiento
comercial dedicado a servicios de enseñanza de diferentes idiomas a niños y
adultos, cursos conversacionales de idiomas,
ubicado en Uvita de Osa, provincia de Puntarenas Centro Comercial El Dome,
edificio N° 2, local del fondo, Costatika Language School. Reservas: De los
colores: negro y verde. Fecha: 31 de julio del 2018. Se cita a terceros
interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro,
dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación
de este edicto. Presentada el 19 de junio del 2018. Solicitud Nº 2018-0005447.
A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de
la Ley Nº 7978.—San José, 31 de julio del 2018.—Ivonne Mora Ortega, Registradora.—( IN2018277091 ).
Natalia
Briceño Guzmán, soltera, cédula de identidad N° 114270829 con domicilio en
Barrio Otoya, de Café de Los Deseos, 25 metros al norte, 50 metros al oeste,
San José, Costa Rica, solicita la inscripción de: Babyface
como
marca de servicios en clase 44 internacional, para proteger y distinguir lo
siguiente: Servicio de tratamientos estéticos faciales, de higiene facial y
servicios de belleza como maquillaje y protección de la piel del rostro,
depilación con cera para el rostro, servicio de salones de belleza para la
estética facial. Fecha: 06 de agosto del 2018. Se cita a terceros interesados
en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los
dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este
edicto. Presentada el 26 de junio del 2018. Solicitud Nº 2018-0005711. A
efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la
Ley Nº 7978.—San José, 06 de agosto del 2018.—Ivonne Mora Ortega, Registradora.—( IN2018277173 ).
Carlos
José Gómez Quintanilla, casado una vez, en calidad de apoderado generalísimo de
Vehículos Rusos de Centroamérica Sociedad Anónima, cédula jurídica N°
3101748513 con domicilio en Tibás, Centro Comercial Expreso, Local Siete, San
José, Costa Rica, solicita la inscripción de: UAZ
como marca de fábrica y comercio en clase 12 internacional, para
proteger y distinguir lo siguiente: en clase 12: Camiones con horquilla para
levantar, montacargas (vehículos para levar objetos), vagonetas, camiones para
riego, buses, coches de motor, camiones, carros para instalaciones de
transporte por cable, vehículos habitación tipo trailer, carretas para mangueras,
carruajes, tractores, camionetas, carros de ciclo, vehículos eléctricos,
vehículos para equipaje tipo “VAN”, vehículos refrigerados, carros para dormir,
vehículos militares para transporte, vehículos acuáticos, carros para
transportar cenas o comidas, vehículos deportivos, tranvías, vehículos de
locomoción terrestre, aérea y acuática, automóviles, carros de motor, carros,
vehículos para mezclar concreto, ambulancias, vehículos amortiguadores de aire,
carros para acampar, buses móviles para vivienda, tranvías de limpieza, motos
de nieve, vehículos a control remoto (otros diferentes de juguetes), resortes
para absorber golpes para vehículos, ruedas para vehículos, bornes para ruedas
de vehículos, chasis para vehículos, parachoques para vehículos “bumpers”, ejes
para vehículos, frenos para vehículos, puertas para vehículos, resortes para
suspensión para vehículos, aros para llantas de vehículos, cajas de cambios
para vehículos terrestres, carrocerías para vehículos, convertidores de torsión
para vehículos terrestres, amortiguadores de aire para vehículos,
portaequipajes para vehículos, asientos para vehículos, tapicería para
vehículos, llantas para vehículos. Fecha: 08 de agosto del 2018. Se cita a
terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este
Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera
publicación de este edicto. Presentada el 31 de julio del 2018. Solicitud Nº
2018-0006908. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el
artículo 85 de la Ley Nº 7978.—San José, 08 de agosto del 2018.—Wendy López
Vindas, Registradora.—( IN2018277175 ).
Catalina
Villalobos Calderón, casada una vez, cédula de identidad N° 108650289, en
calidad de apoderada especial de Manrique Sanabria Villalobos, casado una vez,
cédula de identidad N° 112180770 con domicilio en La Unión, San Ramón de Tres
Ríos, Constru Plaza, 25 mts oeste y 100 al sur, a mano derecha Residencial El
Refugio, Costa Rica, solicita la inscripción de: The Tribe YOGA & WELLNESS
RETREATS
como
marca de servicios en clase 41 internacional, para proteger y distinguir lo
siguiente: en clase 41: Todo lo relacionado con eventos y servicios de yoga
para el bienestar de la salud dirigido a adultos. Fecha: 06 de setiembre del
2018. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos
valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir
de la primera publicación de este edicto. Presentada el 03 de agosto del 2018.
Solicitud Nº 2018-0006992. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo
dispuesto en el artículo 85 de la Ley Nº 7978.—San José, 06 de setiembre del
2018.—Grettel Solís Fernández, Registradora.—(
IN2018277180 ).
María Fernanda Salazar Acuña, cédula de identidad N° 1-1505-0764, en
calidad de apoderado especial de El Tostador Comercio Web Sociedad Anónima,
cédula jurídica N° 3-101-672774, con domicilio en La Uruca, del Taller Vargas
Matamoros, 200 metros al norte y 25 metros al este, contiguo al taller ABC, San
José, Costa Rica, solicita la inscripción de: EL TOSTADOR,
como marca de fábrica y servicios en clases 30; 35; 40 y 43.
Internacionales. Para proteger y distinguir lo siguiente: clase 30: café,
sucedáneos del café, productos de pastelería; en clase 35: comercialización de
café y subproductos, empaque de café en todas sus presentaciones como también
todo tipo de granos para el consumo humano; en clase 40: torrefacción de café y
subproductos; en clase 43: servicio de restaurantes y cafeterías. Reservas: del
color: rojo. Fecha: 06 de septiembre del 2018. Se cita a terceros interesados
en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los
dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este
edicto. Presentada el 13 de diciembre del 2017. Solicitud Nº 2017-0012067. A
efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la
Ley Nº 7978.—San José, 06 de septiembre del 2018.—Wendy López Vindas, Registradora.—( IN2018277227 ).
Juan Jesús Vinueza, casado dos veces, cédula
de identidad N° 801210619, con domicilio en San Francisco de Dos Ríos, del
Parque El Bosque, de la Guardia Rural 200 metros este, casa esquinera segunda
planta, San José, Costa Rica, solicita la inscripción de: SESMAX,
como marca de fábrica y comercio en clase(s): 5 internacional(es),
para proteger y distinguir lo siguiente: en clase 5: productos naturales para
uso médico (suplemento dietario). Fecha: 14 de marzo del 2018. Se cita a
terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este
Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera
publicación de este edicto. Presentada el 9 de febrero del 2018. Solicitud Nº
2018-0001099. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el
artículo 85 de la Ley Nº 7978.—San José, 14 de marzo del 2018.—Ivonne Mora
Ortega, Registradora.—( IN2018277264 ).
Merilyn Ortiz Gutiérrez, casada una vez, cédula de identidad N°
111820353, en calidad de apoderada especial de Betesda La Alternativa Natural
Sociedad Anónima, cédula jurídica N° 3101663043, con domicilio en San José
paseo de los estudiantes frente a la Escuela España, San José, Costa Rica,
solicita la inscripción de: BETESDA LA ALTERNATIVA NATURALFITOPAUSIA,
como marca de comercio en clase 5 internacional, para proteger y
distinguir lo siguiente: Producto macrobiótico, específicamente cápsulas que
contienen salvia con efecto medicinal para aliviar los síntomas de la
menopausia previniendo el envejecimiento prematuro. Fecha: 27 de agosto del
2018. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos
valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir
de la primera publicación de este edicto. Presentada el 14 de agosto del 2018.
Solicitud Nº 2018-0007377. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo
dispuesto en el artículo 85 de la Ley Nº 7978.—San José, 27 de agosto del
2018.—Rolando Cardona Monge, Registrador.—(
IN2018277303 ).
Merilyn Ortiz Gutiérrez, casada una vez, cédula de identidad N°
1-1182-0353, en calidad de apoderado especial de Betesda La Alternativa Natural
S. A., cédula jurídica N° 3-101-663043, con domicilio en Paseo Estudiantes
frente a la Escuela España, San José, Costa Rica, solicita la inscripción de:
BETESDA LA ALTERNATIVA NATURALESTREÑICAP,
como marca de comercio en clase 5.
Internacional. Para proteger y distinguir lo siguiente: en clase 5: producto
macrobiótico, específicamente cápsulas que contienen cáscara sagrada, que
combate el estreñimiento agudo y crónico, ayuda a reducir el abdomen. Fecha: 27
de agosto del 2018. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos
para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes,
contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 14 de
agosto del 2018. Solicitud Nº 2018-0007376. A efectos de publicación, téngase
en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley Nº 7978.—San José, 27 de
agosto del 2018.—Rolando Cardona Monge, Registrador.—(
IN2018277304 ).
Jaime Schmidt Muñoz, soltero, cédula de identidad N° 114050655, en
calidad de apoderado especial de ACM Marketing Digital Internacional, SRL, con
domicilio en Montes de Oca, San Pedro, Los Yoses, costado norte de la Iglesia
de Fátima, San José, Costa Rica, solicita la inscripción de: FACTUFÁCIL,
como marca de fábrica y servicios en clases 9 y 35 internacionales,
para proteger y distinguir lo siguiente: Software de facturación electrónica,
software de ordenador, programas de ordenador (software descargable)
relacionados a facturación electrónica, software de gestión de bases de datos,
software de gestión de datos, relacionados con facturación electrónica a través
de internet; en clase 35: gestión de negocios comerciales, administración
comercios, compilación de información en bases de datos informáticas, todo lo
anterior relacionado y limitado a servicios de facturación electrónica a través
de internet. Fecha: 06 de setiembre del 2018. Se cita a terceros interesados en
defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos
meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto.
Presentada el 26 de julio del 2018. Solicitud Nº 2018-0006779. A efectos de
publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley Nº 7978.—San
José, 06 de setiembre del 2018.—Grettel Solís Fernández, Registradora.—(
IN2018277305 ).
María de la Cruz Villanea Villegas, casada,
cédula de identidad N° 109840695, en calidad de apoderada especial de
Cooperativa de Productores de Leche Dos Pinos R. L., cédula jurídica N°
3-004-045002, con domicilio en del Aeropuerto 7 kilómetros al oeste, Alajuela,
Costa Rica, solicita la inscripción de: Tapita Cookies & Cream
como marca de fábrica y comercio en clase: 30. Internacional. Para
proteger y distinguir lo siguiente: en clase 30: Chocolate blanco con sabor
cookies and cream (galletas y crema). Fecha: 21 de junio de 2018. Se cita a
terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este
Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera
publicación de este edicto. Presentada el 19 de abril de 2018. Solicitud Nº
2018-0003320. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el
artículo 85 de la Ley Nº 7978.—San José, 21 de junio de 2018.—Rina Ruiz Mata, Registradora.—( IN2018277331 ).
María de la Cruz Villanea Villegas, casada una vez, cédula de
identidad N° 109840695, en calidad de apoderada especial de Petcher Footwear
Industry (en Ping) Co., Ltd, con domicilio en N° 2 Qiaojiang Road, Dahuai Town,
Enping City, Guangdong Province, China, solicita la inscripción de: Da Lupo
como marca de fábrica y comercio en clase 9 internacional, para
proteger y distinguir lo siguiente: Zapatos para upo la protección contra
accidentes, radiación y fuego Dispositivos de protección para uso personal ante
accidentes, zapatos para protección contra el fuego, zapatos de protección
industrial, botas de protección industrial, cascos de protección, respiradores
para filtrar el aire, chalecos de seguridad reflectivos, gafas protectoras,
guantes resistentes al fuego. Fecha: 02 de julio de 2018. Se cita a terceros interesados
en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la
primera publicación de este edicto. Presentada el 25 de junio de 2018.
Solicitud Nº 2018-0005683. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo
dispuesto en el artículo 85 de la Ley Nº 7978.—San José, 02 de julio de
2018.—Isela Chango Trejos, Registradora.—(
IN2018277332 ).
María de la Cruz Villanea Villegas, casada, cédula de identidad N°
1-0984-0695, en calidad de apoderada especial de The Latin America Trademark
Corporation, con domicilio en edificio Comosa, primer piso, Avenida Samuel
Lewis, Ciudad de Panamá, Panamá, solicita la inscripción de: Poen
como marca de fábrica y comercio en clase 5. Internacional. Para
proteger y distinguir lo siguiente: preparaciones farmacéuticas y veterinarias,
preparaciones higiénicas y sanitarias para uso médico, alimentos y sustancias
dietéticas para uso médico o veterinario, alimentos para bebés, complementos
alimenticios para personas y animales, emplastos, material para apósitos,
material para empastes e improntas dentales, desinfectantes, preparaciones para
eliminar animales dañinos, fungicidas, herbicidas. Fecha: 21 de junio de 2018.
Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer
ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la
primera publicación de este edicto. Presentada el 14 de junio de 2018.
Solicitud Nº 2018-0005309. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo
dispuesto en el artículo 85 de la Ley Nº 7978.—San José, 21 de junio de
2018.—Ildreth Araya Mesén, Registradora.—(
IN2018277333 ).
María de la Cruz Villanea Villegas, casada, cédula de identidad N°
109840695, en calidad de apoderada especial de Mesoamerican Brands Corp, con
domicilio en Avenida Aquilino de La Guardia, calle N° 8, Ciudad de Panamá,
República de Panamá, Panamá, solicita la inscripción de: Del Arbolito
como marca de fábrica y comercio en clase: 32. Internacional. Para
proteger y distinguir lo siguiente: en clase 32: aguas minerales y gaseosas, y
otras bebidas sin alcohol, bebidas a base de
frutas y zumos de frutas, siropes y otras preparaciones para elaborar bebidas.
Fecha: 20 de junio de 2018. Se cita a terceros interesados en defender sus
derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses
siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto.
Presentada el 20 de febrero de 2018. Solicitud Nº 2018-0001426. A efectos de
publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley Nº
7978.—San José, 20 de Junio de 2018.—Wendy López Vindas, Registradora.—(
IN2018277334 ).
María de La Cruz Villanea Villegas, casada,
cédula de identidad N° 109840695, en calidad de apoderada especial de Shezhen
Transchan Technology Limited con domicilio en Room 03, 23/F, Unit B Building,
N° 9, Shenzhen Bay Eco-Technology Park, Yuehai Street, Nanshan District,
Shenzhen City, China, solicita la inscripción de: POUVOIR
como marca de fábrica y comercio en clase 9
internacional, para proteger y distinguir lo siguiente: Teléfonos móviles;
baterías, eléctricas; cargadores para baterías eléctricas; armados para
altavoces; kits de manos libres pan teléfonos; conexiones para líneas
eléctricas; dispositivos de memoria de computadora; auriculares; pantallas de
video; cámaras [fotografía]; indicadores de cantidad; inductores
[electricidad]; instalaciones eléctricas para el control remoto de operaciones
industriales; selflesticks [monópodos de mano]; cubiertas para teléfonos
inteligentes. Fecha: 13 de junio de 2018. Se cita a terceros interesados en
defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos
meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto.
Presentada el 25 de abril de 2018. Solicitud Nº 2018-0003538. A efectos de
publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley Nº
7978.—San José, 13 de junio de 2018.—Alex Villegas Méndez, Registrador.—(
IN2018277340 ).
María de La Cruz Villanea Villegas, casada, cédula de identidad N°
109840695, en calidad de apoderada especial de Gran Fondo New York, Inc., con
domicilio en 1 Columbus Place N° N27B, New York, New York, 10019, Estados
Unidos de América, solicita la inscripción de: GF
como marca de fábrica y servicios en clases: 25 y 41. Internacionales.
Para proteger y distinguir lo siguiente: en clase 25: Prendas de vestir, a
saber, camisetas de ciclismo, pantalones cortos de ciclismo, gorras de
ciclismo, calentadores de brazo de ciclismo, chaquetas de ciclismo, chalecos de
ciclismo, chaquetas de invierno de ciclismo, chaquetas de viento para ciclismo,
guantes de ciclismo, calcetines de ciclismo, sombreros de tela microfibrosa que
se pueden usar como bufanda, bandana, diadema, gorro, mascarilla, forro del
casco, pulsera, gorra, calcetines de la cubierta, sombreros de béisbol,
chalecos casuales, camisetas; en clase 41: Organizar, concretar y conducir
eventos ciclistas. Fecha: 06 de junio de 2018. Se cita a terceros interesados
en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los
dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este
edicto. Presentada el 23 de mayo de 2018. Solicitud Nº 2018-0004516. A efectos
de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley Nº
7978.—San José, 06 de junio de 2018.—César Alfonso Rojas Zúñiga, Registradora.—( IN2018277342 ).
Rebeca Linox Chacón, casada una vez, cédula de identidad N°
1-0968-0428, en calidad de apoderada especial de Productos Ujarrás Sociedad
Anónima, cédula jurídica N° 3-101-007967, con domicilio en San Diego, Tres
Ríos, de la esquina suroeste de la plaza de deportes, 600 metros al oeste, San
José, Costa Rica, solicita la inscripción de: King’s Jelly
como marca de fábrica y comercio en clase 29. Internacional. Para
proteger y distinguir lo siguiente: jaleas. Reservas: de los colores: blanco y
rojo. Fecha: 06 de setiembre de 2018. Se cita a terceros interesados en
defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos
meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto.
Presentada el 03 de agosto de 2018. Solicitud Nº 2018-0006989. A efectos de
publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley Nº
7978.—San José, 06 de setiembre de 2018.—Grettel Solís Fernández, Registradora.—( IN2018277497 ).
Jeannette
Cortés García, divorciada dos veces, cédula de identidad N° 204660467, en
calidad de apoderada generalísima de Colegio Técnico Profesional CIT, cédula
jurídica N° 3101670954, con domicilio en Santa Bárbara, Heredia, Costa Rica,
solicita la inscripción de: PREESCOLAR CIT 2016
como nombre comercial en clase: Internacional. Para proteger y
distinguir lo siguiente: Un establecimiento comercial dedicado a servicios
educativos de educación preescolar, ubicado en San Antonio Belén 200 metros
norte de la entrada Pedregal, Complejo CIT. Reservas: De los colores: verde,
café, amarillo y celeste. Fecha: 24 de abril de 2018. Se cita a terceros
interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro,
dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación
de este edicto. Presentada el 12 de abril de 2018. Solicitud Nº 2018-0003088. A
efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la
Ley Nº 7978.—San José, 24 de abril de 2018.—Rolando Cardona Monge, Registrador.—( IN2018277554 ).
Jorge Rodríguez Thomas, casado una vez, cédula de identidad N°
701110504, en calidad de apoderado generalísimo de Atlantic Beer and Beverages
Sociedad Anónima, cédula jurídica N° 3101688031, con domicilio en carretera
Portete 75 metros oeste y 75 metros al sur del Hotel Maribu Caribe, almacén
color verde ubicado detrás del parqueo, Limón, Costa Rica, solicita la
inscripción de: MAESTROS DE LA CERVEZA & VINO, PUERTO LIMON SINCE 2016
como marca de servicios en clases: 35 y 39. Internacionales. Para
proteger y distinguir lo siguiente: en clase 35: Venta al detalle de cerveza, y
de bebidas alcohólicas; en clase 39: servicios de distribución directa de vino
y cerveza artesanal al consumidor, así como los servicios de transporte de
mercancías, Servicios de almacenamiento, Almacenamiento en depósitos,
Almacenamiento y depósito de mercancías, Almacenamiento y depósito de
productos, Almacenamiento y depósito de productos destinados al comercio.
Reservas: Se hacer reserva de los colores color madera caoba, rojo y blanco
Fecha: 07 de setiembre de 2018. Se cita a terceros interesados en defender sus
derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses
siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto.
Presentada el 22 de junio de 2018. Solicitud Nº 2018-0005621. A efectos de
publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley Nº
7978.—San José, 07 de setiembre de 2018.—César Alfonso Rojas, Registrador.—( IN2018277558 ).
Elena Patricia Mora De Tapia, casada una vez, cédula de residencia N°
148400044104, en calidad de apoderada generalísima de 3101632187 S. A., con
domicilio en 100 oeste de Tribunales de Goicoechea, San José, Costa Rica,
solicita la inscripción de: TOTOPOS
como nombre comercial en clase: Internacional. Para proteger y
distinguir lo siguiente: Un establecimiento comercial dedicado a preparación y
venta de comida mexicana y sus derivados como salsas picantes, postres, se
atiende al cliente en el local y también con pedidos para llevar, ubicado 100
oeste de Tribunales de Goicoechea, Calle Blancos, San José. Fecha: 05 de
setiembre de 2018. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para
hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados
a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 09 de agosto
de 2018. Solicitud Nº 2018-0007223. A efectos de publicación, téngase en cuenta
lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley Nº 7978.—San José, 05 de setiembre de
2018.—Wendy López Vindas, Registradora.—( IN2018277572
).
Alejandra Eduarte Arce, soltera, cédula de identidad N° 207420405, con
domicilio en Ciudad Quesada, Barrio San Pablo, 25 metros oeste y 50 metros sur
del Super Alberth, del cantón de San Carlos, Alajuela, Costa Rica, solicita la
inscripción de: AE AREDÚ,
como marca de fábrica y comercio en clase(s): 25 internacional(es),
para proteger y distinguir lo siguiente: en clase 25: prendas de vestir. Se
cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este
Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera
publicación de este edicto. Presentada el 1 de agosto del 2018. Solicitud Nº
2018-0006929. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el
artículo 85 de la Ley Nº 7978.—San José, 5 de septiembre del 2018.—Randall
Abarca Aguilar, Registrador.—( IN2018277588 ).
Fabiola Saénz Quesada, divorciada, cédula de identidad N° 1-0953-0774,
en calidad de apoderado especial de Ultra Development Group INC., con domicilio
en calles 50 y 74 San Francisco, Edificio P.H. 909, piso 16, Ciudad de Panamá,
Panamá, solicita la inscripción de: ULTRA DEVELOPMENT GROUP,
como marca de servicios en clase 37. Internacional. Para proteger y
distinguir lo siguiente: servicios de construcción, servicios de reparación y
servicios de conservación para mantener el estado original de objetos sin
alterar ninguna de sus propiedades. Reservas: se reserva el color
turquesa. Fecha: 22 de agosto de 2018. Se cita a terceros interesados en
defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos
meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto.
Presentada el 18 de julio del 2018. Solicitud Nº 2018-0006494. A efectos de
publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley Nº
7978.—San José, 22 de agosto del 2018.—Cesar Alfonso Rojas Zúñiga, Registrador.—( IN2018277620 ).
Fabiola Sáenz Quesada, divorciada, cédula de identidad N° 1-0953-0774,
en calidad de apoderado especial de Ultra Development Group, INC., con
domicilio en calles 50 y 74 San Francisco, Edificio P.H. 909, piso 16, Ciudad
de Panamá, Panamá, solicita la inscripción de: ULTRA DEVELOPMENT GROUP,
como marca de servicios en clase 37 internacional. Para proteger y
distinguir lo siguiente: servicios de construcción, servicios de reparación,
servicios de conservación para mantener el estado original de objetos sin
alterar ninguna de sus propiedades. Reservas: se reserva el color gris verdoso
Fecha: 22 de agosto del 2018. Se cita a terceros interesados en defender sus
derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses
siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto.
Presentada el 18 de julio del 2018. Solicitud Nº 2018-0006495. A efectos de
publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley Nº
7978.—San José, 22 de agosto del 2018.—Wendy López Vindas, Registradora.—(
IN2018277621 ).
Alberto Laurencich Castro, casado una vez, cédula de identidad N°
106240725, en calidad de apoderado generalísimo de Power Fit Sociedad Anónima,
cédula jurídica N° 3101746438, con domicilio en Sabana Norte, del Scotiabank
300 metros norte y 100 metros este, edificio Lauca, apartamento número 10, San
José, Costa Rica, solicita la inscripción de: VOLT FUNCTIONAL TRAINING
como marca de servicios en clase: 41. Internacional. Para proteger y
distinguir lo siguiente: en clase 41: Servicios dirigidos a brindar una forma
de entrenamiento físico para el ejercicio de las personas. Reservas: De los
colores: amarillo. Fecha: 06 de setiembre de 2018. Se cita a terceros
interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro,
dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación
de este edicto. Presentada el 30 de agosto de 2018. Solicitud Nº 2018-0007934.
A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de
la Ley Nº 7978.—San José, 06 de setiembre de 2018.—Milena Marín Jiménez, Registradora.—( IN2018280315 ).
Cambio de Nombre Nº 119398
Que José Antonio Muñoz Fonseca, casado una vez, cédula de identidad
104330939, en calidad de apoderado especial de Uno Honduras S. A. de CV,
solicita a este Registro se anote la inscripción de Cambio de Nombre de
Petróleos de Honduras, S. A. de C.V. por el de Uno Honduras S. A. de C.V.
presentada el día 25 de mayo del 2018 bajo expediente 119398. El nuevo nombre
afecta a las siguientes marcas: 2011-0012209 Registro Nº 221403 UNOPETROL
en clase 37 Marca Mixto, 2011-0012210 Registro Nº 221405 UNOPETROL en
clase 4 Marca Mixto, 2011-0012211 Registro Nº 221408 UNOPETROL en clase
49 Marca Mixto y 2012-0002961 Registro Nº 223206 UNO AXXIS en clase 4
Marca Mixto. Publicar en La Gaceta Oficial por única vez, de conformidad
con el artículo 32 de la Ley Nº 7978. A efectos de publicación, téngase en
cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978.—César Alfonso Rojas
Zúñiga, Registrador.—1 vez.—( IN2018276532 ).
Marcas de Ganado
Solicitud N° 2018-1896. Ref.: 35/2018/3838.—Fernando Antonio Navarro
Mendoza, cédula de identidad N° 0206420787, solicita la inscripción de:
como marca de ganado, que usará preferentemente
en Guanacaste, Carrillo, Belén, barrio La Guanislama, contiguo a Hacienda El
Guacal. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos
valer ante este Registro, dentro de los 10 días hábiles contados a partir de la
publicación de este edicto. Presentada el 22 de agosto del 2018. Según el
expediente N° 2018-1896.—Elda Cerdas Badilla, Registradora.—1
vez.—( IN2018276447 ).
Solicitud Nº 2018-1894.—Ref: 35/2018/3839.—Mathieu Dorion Sincennes,
Pasaporte GA381763, solicita la inscripción de:
Como marca de ganado, que usará preferentemente en Guanacaste, Santa Cruz, Cabo Velas, Gol las
Colinas en Matapalo camino Playa Grande 1 kilómetro mano izquierda. Se cita a
terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este
Registro, dentro de los 10 días hábiles contados a partir de la publicación de
este edicto. Presentada el 22 de agosto del 2018. Según el expediente N°
2018-1894.—Elda Cerdas Badilla, Registradora.—1 vez.—(
IN2018276448 ).
Solicitud
Nº 2018-1895.—Ref: 35/2018/3842.—Iván Gerardo Elizondo Mejías, cédula de
identidad N° 0401860117, solicita la inscripción de:
como marca de ganado, que usará preferentemente en
Guanacaste, Carrillo, Belén, Barrio La Gunislama contiguo a Hacienda El Guacal.
Presentada el 22 de agosto del 2018. Según el expediente Nº 2018-1895. Se cita
a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este
Registro, dentro de los 10 días hábiles contados a partir de la publicación de
este edicto.—Elda Cerdas Badilla, Registradora.—1
vez.—( IN2018276449 ).
Solicitud N° 2018-2016. Ref: 35/2018/4080.—Ángel Humberto Mora
Goldoni, cédula de identidad N° 1-0511-0083, en calidad de apoderado
generalísimo sin límite de suma de Nanchi Sociedad Anónima, cédula jurídica N°
3-101-100120, solicita la inscripción de:
como marca de ganado que usará preferentemente en San José,
Desamparados, Gravilias, del Mega Súper, 100 metros este, 600 este, 600 metros
sur casa mano derecha color café. Se cita a terceros interesados en defender
sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los 10 días
hábiles contados a partir de la publicación de este edicto. Presentada el 03 de
setiembre del 2018 Según el expediente N° 2018-2016.—Karol Claudel Palma, Registrador.—1 vez.—( IN2018276547 ).
Solicitud N° 2018-2004.—Ref: 35/2018/4047.—Raúl Solórzano Soto, cédula
de identidad N° 1-0407-1159, solicita la inscripción de:
como marca de ganado que usará preferentemente en Heredia, San Rafael,
Concepción, San Isidro, de la iglesia católica de San Isidro de Heredia, 4
kilómetros al norte, donde acaba el pavimento, portón a mano izquierda, Calle
Breña de Mora. Presentada el 31 de agosto del 2018. Según el expediente N°
2018-2004. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para
hacerlos valer ante este Registro, dentro de los 10 días hábiles contados a
partir de la publicación de este edicto.—Karol Claudel
Palma, Registradora.—1 vez.—( IN2018276561 ).
Solicitud N° 2018-1874. Ref: 35/2018/3826.—Ana Laura Campos Alfaro,
cédula de identidad N° 2-0634-0882, solicita la inscripción de:
como marca de ganado, que usará
preferentemente en Alajuela, San Carlos, La Palmera, La Marina, seiscientos
metros este y cien metros sur del Hotel El Tucano. Se cita a terceros
interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro,
dentro de los 10 días hábiles contados a partir de la publicación de este
edicto. Presentada el 21 de agosto del 2018. Según el expediente N°
2018-1874.—Karol Claudel Palma, Registradora.—1 vez.—(
IN2018276598 ).
Solicitud
Nº 2018-2072.—Ref: 35/2018/4212.—Rafael Ángel Araya Morales, cédula de
identidad N° 0502010656, solicita la inscripción de:
como
marca de ganado, que usará preferentemente en Alajuela, Upala, Dos Ríos,
Asentamiento El Gavilán, de la escuela del Gavilán 500 metros oeste. Presentada
el 11 de setiembre del 2018. Según el expediente Nº 2018-2072. Se cita a
terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este
Registro, dentro de los 10 días hábiles contados a partir de la publicación de
este edicto.—Elda Cerdas Badilla, Registradora1 vez.—1
vez.—( IN2018280509 ).
REGISTRO DE PERSONAS JURÍDICAS
Asociaciones civiles
El Registro de Personas Jurídicas, ha recibido para su inscripción el
estatuto de la entidad: Praying Pelican Mission Costa Rica, con domicilio en la
provincia de: Guanacaste-Liberia, cuyos fines principales, entre otros son los
siguientes: Apoyar a las comunidades en los proyectos sociales, aportando
personas voluntarias a los proyectos. Colaborar con alimentación a personas en
estado de indigencia. Contribuir con las iglesias en las comunidades que tengan
proyectos de ayuda social. Proveer personal voluntario para campañas de ayuda
social a las iglesias de Costa Rica. Brindar ayuda a las iglesias locales en
proyectos de mejora de infraestructura. Cuyo representante, será el presidente:
Nathan Paul Norman, con las facultades que establece el estatuto. Por
encontrarse dicha entidad dentro de las prescripciones establecidas en la Ley
Nº 218 del 08/08/1939 y sus reformas. Se emplaza por 15 días hábiles a partir
de esta publicación a cualquier interesado para que formule reparos a la
inscripción en trámite. Documento: Tomo: 2018. Asiento: 359886 con
adicional(es) Tomo: 2018. Asiento: 386159.—Registro Nacional, 23 de agosto de
2018.—Henry Jara Solís.—1 vez.—( IN218276757 ).
El Registro de Personas Jurídicas, ha recibido
para su inscripción el Estatuto de la entidad: Asociación Animal Rescue of
Costa Rica de la Comunidad de Bataan Matina Limón Asociación Rescate Animal de
Costa Rica, con domicilio en la provincia de: Limón-Matina, cuyos fines
principales, entre otros son los siguientes: recaudar fondos públicos o
privados para la ayuda de rescate, cuidado y rehabilitación animal, contribuir
a mejorar las condiciones de vida de todos los animales, velando por el respeto
de los animales y la aplicación de sus derechos, asistir a ferias, reuniones,
fiestas, entre otros para dar a conocer nuestra actividad, sensibilizar a la
población sobre el abandono, maltrato y la tenencia responsable de un animal.
Cuyo representante, será el presidente: Tatiana María Flores Cárdenas, con las
facultades que establece el estatuto. Por encontrarse dicha entidad dentro de
las prescripciones establecidas en la Ley Nº 218 del 08/08/1939, y sus
reformas. Se emplaza por 15 días hábiles a partir de esta publicación a
cualquier interesado para que formule reparos a la inscripción en trámite.
Documento Tomo: 2018 Asiento: 304340 con adicional(es) Tomo: 2018 Asiento:
534711, Tomo: 2018 Asiento: 381389.—Registro Nacional, 13 de setiembre del
2018.—Henry Jara Solís.—1 vez.—( IN2018281286 ).
Patentes de Invención
PUBLICACIÓN DE SEGUNDA VEZ
La señora(ita) Mariana Vargas Roqhuett, cédula de identidad N°
304260709, en calidad de apoderada especial de Immatics Biotechnologies GMBH,
solicita la Patente PCT denominada PÉPTIDOS Y COMBINACIONES DE PÉPTIDOS PARA EL USO EN LA INMUNOTERAPIA
CONTRA EL LINFOMA NO HODGKINIANO (LNH) Y OTROS TIPOS DE CÁNCER. En general, la presente invención está dirigida a un aparato para
procesar localmente transacciones de tarjeta de valor almacenado, el aparato
próximo a un punto de venta minorista (POS) o servidor, el aparato en
comunicación con el POS o servidor y un procesador de tarjetas de valor
almacenado configurado para: recibir una solicitud de transacción; determinar
si la solicitud de transacción debe pasarse al procesador de tarjetas de valor
almacenado o decidirse localmente; si la solicitud de transacción debe pasarse:
comunicar dicha solicitud al procesador de la tarjeta de valor almacenado;
después de recibir una cierta respuesta del procesador de la tarjeta de valor
almacenado, o del intento de comunicación con el procesador de la tarjeta de
valor almacenado, anulando localmente la respuesta del procesador de la tarjeta
de valor almacenado o decidiendo la solicitud de transacción localmente; si la
solicitud de transacción no se debe pasar: localmente decidiendo sobre la
solicitud de transacción; y comunicando una respuesta de solicitud de
transacción de vuelta al POS o al servicio.. La memoria descriptiva,
reivindicaciones, resumen y diseños quedan depositados, la Clasificación
Internacional de Patentes es: A61K 39/00, C07K 14/47, C07K 14/705, C07K 16/30,
C12N 15/115, C12N 5/07, C12Q 1/68 y G01N 33/574; cuyos inventores son Fritsche,
Jens (DE); Mahr, Andrea (DE); Wiebe, Anita (DE); SCHOOR, Oliver (DE); Weinschenk,
Toni; (DE) y Singh, Harpreet; (US). Prioridad: N° 1602918.3 del 19/02/2016 (GB)
y N° 62/297,495 del 19/02/2016 (US). Publicación Internacional: WO2017/140897.
La solicitud correspondiente lleva el número 2018-0000346, y fue presentada a
las 12:33:04 del 2 de julio de 2018. Cualquier interesado podrá oponerse dentro
de los tres meses siguientes a la tercera publicación de este aviso. Publíquese
tres días consecutivos en el Diario Oficial La Gaceta y una vez en un
periódico de circulación nacional.—San José, 21 de
agosto del 2018.—Oficina de Patentes.—Walter Alfaro González.—( IN2018276365 ).
PUBLICACIÓN DE PRIMERA VEZ
El
señor Marco Antonio Jiménez Carmiol, cédula de identidad N° 102990846, en
calidad de apoderado especial de University of Maryland, Baltimore, solicita la
Patente PCT denominada APARATO DE
ANCLAJE DISTAL Y MÉTODOS PARA LA REPARACIÓN DE LA VÁLVULA MITRAL. En algunas realizaciones, un aparato incluye una aguja, un empujador,
un anclaje distal que tiene un extremo distal, un extremo proximal, una
pluralidad de miembros expandibles radialmente entre el extremo distal y el
extremo proximal, y un orificio central, y unas cuerdas artificiales que tienen
una porción proximal y una porción distal que termina en un tapón. El empujador
está dispuesto dentro de un orificio de la aguja para el movimiento entre una
posición de entrega y una posición desplegada. El anclaje distal está dispuesto
dentro del orificio de la aguja en una configuración de entrega y puede moverse
entre una posición de entrega y una posición desplegada. Las cuerdas
artificiales están dispuestas dentro de la boca del anclaje distal con el tope
distal a un extremo distal del tapón y la porción proximal al extremo proximal
del anclaje distal. El anclaje distal se puede reconfigurar de la configuración
de entrega a una configuración desplegada. La memoria descriptiva,
reivindicaciones, resumen y diseños quedan depositados, la Clasificación
Internacional de Patentes es: A61B 17/04; cuyos inventores son Wilson, Peter;
(US); Epstein, Stephen; (US); Boyd, Peter; (US) y Gammie, James; (US).
Prioridad: N° 62/249,694 del 02/11/2015 (US). Publicación Internacional:
WO2017/079153. La solicitud correspondiente lleva el número 2018-0000227, y fue
presentada a las 12:48:28 del 23 de abril de 2018. Cualquier interesado podrá
oponerse dentro de los tres meses siguientes a la tercera publicación de este
aviso. Publíquese tres días consecutivos en el Diario Oficial La Gaceta
y una vez en un periódico de circulación nacional.—San
José, 29 de agosto del 2018.—Oficina de Patentes.—Kelly Selva Vasconcelos.—(
IN2018276698 ).
REGISTRO NACIONAL DE DERECHO DE AUTOR
Y DERECHOS CONEXOS
Franklin
Eduardo Ramos Oviedo, cédula de identidad N° 1-998-472, mayor, casado,
ingeniero, vecino de Heredia Jardines de Santa Lucía, cien metros este de la
primera entrada solicita la inscripción de su obra literaria y divulgada que se
titula DISEÑO ELECTROMECÁNICO PRÁCTICAS Y FUNDAMENTOS PARA EL CONTROL DE LOS
VEHÍCULOS AUTOMOTORES. La obra es un estudio realizado en varias empresas
del ámbito de los vehículos automotores en Costa Rica. Contiene un perfil
profesional, cuatro módulos de formación y su fundamentación. Publíquese por
una sola vez en el Diario Oficial La Gaceta, para que terceros quienes
crean tener derechos puedan oponerse a la inscripción solicitada dentro de los
30 días hábiles siguientes a esta publicación, conforme al artículo 113 de la
Ley de Derecho de Autor y Derechos Conexos Nº 6683. Expediente N°
9705.—Curridabat, 04 de setiembre de 2018.—Lic. Andrés Hernández Osti, Registrador.—1 vez.—( IN2018277575 ).
Coinca
Comunicaciones Inalámbricas S. A., cédula jurídica N° 3-101-415379 y
domiciliada en San José Pozos de Santa Ana, Centro Comercial Fórum edificio E
primer piso, en calidad de cedente solicita la inscripción del CONTRATO DE
CESIÓN DE DERECHOS PATRIMONIALES DE LA OBRA REGISTRADA MAPA COINCA COSTA RICA
RUTEABLE a favor del cesionario Cosic Comercialización de Sistemas
Inalámbricas de Comunicación S. A., cédula jurídica N° 3-101-760092 y
domiciliada en San José Pozos de Santa Ana, Parque Empresarial Fórum uno,
edificio E primer piso, por todo el plazo de protección legal y aplicable al
territorio nacional. Publíquese por una sola vez en el Diario Oficial La
Gaceta, para que terceros quienes crean tener derechos puedan oponerse a la
inscripción solicitada dentro de los 30 días hábiles siguientes a esta
publicación, conforme a los artículos 102, 110 y 113 de la Ley de Derecho de
Autor y Derechos Conexos N° 6683. Expediente N° 9702.—Curridabat, 03 de
setiembre del 2018.—Lic. Andrés Hernández Osti, Registrador.—1
vez.—( IN2018278857 ).
DIRECCIÓN NACIONAL DE NOTARIADO
HABILITACIÓN DE NOTARIO(A)
PÚBLICO(A). La DIRECCIÓN NACIONAL DE
NOTARIADO con oficinas en San José, San Pedro de Montes de Oca, costado Oeste
del Mall San Pedro, Oficentro Sigma, Edificio A, 5to.piso HACE SABER. Que ante este Despacho se ha recibido solicitud de
HABILITACIÓN como delegatario para
ser y ejercer la función pública Estatal del NOTARIADO, por parte: VERNY
AVALOS VILLALOBOS (c.c. Kenneth Avalos Villalobos), con cédula de
identidad número 1-1139-0665, carné número 26291. De conformidad
con lo dispuesto por el artículo 11 del Código Notarial, se invita a quienes
conozcan hechos o situaciones que afecten la conducta
del (de la) solicitante, a efecto de que lo comuniquen por escrito a esta
Dirección dentro de los QUINCE (15) DÍAS HÁBILES siguientes a esta
publicación. EXPEDIENTE #60718--1 vez.—San José, 10 de
setiembre del 2018.—Tattiana Rojas Salgado. Abogada-Unidad Legal Notarial.—1 vez.—( IN2018284968 ).
HABILITACIÓN DE NOTARIA (O) PÚBLICA (O). La DIRECCIÓN
NACIONAL DE NOTARIADO con oficinas en San José, San Pedro de Montes de Oca,
costado Oeste del Mall San Pedro, Oficentro Sigma, Edificio A, 5to.piso, HACE
SABER: Que ante este Despacho se ha recibido solicitud de INSCRIPCIÓN Y
HABILITACIÓN como delegataria(o) para ser y ejercer la función pública Estatal
del NOTARIADO, por parte de: STEPHANIE MARY PICADO CHANG, con cédula de
identidad N° 1-1300-0254, carné N° 26661. De conformidad con lo dispuesto por
el artículo 11 del Código Notarial, se invita a quienes conozcan hechos o
situaciones que afecten la conducta de la solicitante, a efecto de que lo
comuniquen por escrito a esta Dirección dentro de los QUINCE (15) DÍAS HÁBILES
siguientes a esta publicación. Proceso N° 68271.—San José, 03 de octubre del
2018.—Unidad Legal Notarial.—Lic. Paul S. Gabert
Peraza, Abogado.—1 vez.—( IN2018285168 ).
DIRECCIÓN
DE AGUA
EDICTOS
PUBLICACIÓN DE TERCERA VEZ
ED-UHTPCOSJ-0310-2018.—Exp. N° 18454.—Bernal, Gilberto y Álvaro, todos Picado Cerdas, solicita concesión de: 0.05 litros por
segundo del nacimiento sin nombre, efectuando
la captación en finca de su propiedad en Chires, Puriscal, San José, para uso
consumo humano-doméstico. Coordenadas 186.468 / 489.893 hoja Candelaria.
Quienes se consideren lesionados, deben manifestarlo dentro del mes contado a
partir de la primera publicación.—San José, 14 de
setiembre de 2018. Douglas Alvarado Rojas.—(
IN2018284323 ).
ED-UHTPCOSJ-0303-2018. Exp. 18449P. Jonathan,
Andrew Cromander solicita concesión de:
0.5 litros por segundo del acuífero, efectuando la captación por medio del pozo
RG-628 en finca de Inmobiliaria Ojo de Agua Hoda S. A. en San Rafael, Alajuela,
Alajuela, para uso consumo humano-doméstico y riego. Coordenadas
213.000/508.600 hoja Río Grande. Quienes se consideren lesionados, deben
manifestarlo dentro del mes contado a partir de la primera publicación.—San
José, 10 de setiembre de 2018.—Douglas Alvarado Rojas.—( IN2018284342 ).
ED-UHTPCOSJ-0319-2018.—Exp.
N° 18217P.—Jemar Tropical Fusión
Limitada, solicita concesión de: 2.5 litros por segundo del acuífero,
efectuando la captación por medio del pozo NA-1036 en finca de su propiedad en
San Rafael, San Ramon, Alajuela, para uso comercial, consumo humano,
agropecuario-riego y turístico. Coordenadas 220.634 / 484.622 hoja Naranjo.
Quienes se consideren lesionados, deben manifestarlo dentro del mes contado a
partir de la primera publicación.—Departamento de
Información.—San José, 21 de setiembre de 2018.—Douglas Alvarado Rojas.—(
IN2018284391 ).
ED-UHTPSOZ-0048-2018.—Expediente Nº 18252.—Jean Marc Christian Diane Vereecke/,
Virginia Van Der Haegen, solicita concesión de: 0.05 litros por segundo del
nacimiento sin nombre, efectuando la captación en finca de Inversiones Tíbet
SA, en Savegre, Quepos, Puntarenas, para uso consumo humano y turístico.
Coordenadas: 147.385/543.838, hoja Savegre. Quienes se consideren lesionados,
deben manifestarlo dentro del mes contado a partir de la primera publicación.—San Jose, 15 de junio del 2018.—Unidad
Hidrológica Térraba Pacífico Sur.—Francisco Vargas Salazar.—( IN2018284474 ).
ED-UHTPSOZ-0089-2018.—Expediente Nº 18484.—Settarc SRL, solicita
concesión de: 2 litros por segundo del nacimiento sin nombre, efectuando la
captación en finca de su propiedad en Bahía Ballena, Osa, Puntarenas, para uso
consumo humano, agropecuario-riego y turístico. Coordenadas: 130.036/566.630,
hoja Repunta. Quienes se consideren lesionados, deben manifestarlo dentro del mes
contado a partir de la primera publicación.—San José,
28 de setiembre del 2018.—Unidad Hidrológica Térraba Pacífico Sur.—David Chacón
Robles.—( IN2018284475 ).
PUBLICACIÓN
DE SEGUNDA VEZ
ED-UHTPSOZ-0066-2018.—Exp. N° 2050.—Hacienda Las
Estrellas S. A., solicita concesión de: 1.15 litros por segundo de la quebrada
sin nombre, efectuando la captación en finca de su propiedad en San Vito, Coto
Brus, Puntarenas, para uso agroindustrial, agropecuario-abrevadero, consumo
humano-domestico, riego. Coordenadas 89.602 / 650.683 hoja Cañas Gordas.
Quienes se consideren lesionados, deben manifestarlo dentro del mes contado a
partir de la primera publicación.—San José, 08 de
agosto de 2018.—Unidad Hidrológica Térraba Pacífico Sur.—Francisco Vargas
Salazar.—( IN2018284567 ).
ED-UHTPCOSJ-0313-2018.—Exp. N° 933H.—Empresa
de Servicios Públicos de Heredia Sociedad Anónima, solicita concesión de: 9865
litros por segundo del Río Poás, efectuando la captación en finca de su
propiedad en Tacares, Grecia, Alajuela para fuerza hidráulica a ser usada en
Generación Eléctrica Coordenadas 220.100 / 502.300 hoja Naranjo. Caída bruta
(metros): 93 y potencia teórica (KW): 900. Quienes se consideren lesionados,
deben manifestarlo dentro del mes contado a partir de la primera publicación.—Departamento de Información.—San José, 20 de
setiembre de 2018.—Douglas Alvarado Rojas.—( IN2018284732 ).
PUBLICACIÓN DE PRIMERA VEZ
ED-UHTPNOL-0093-2018.—Exp.12753P.—Cañafistula
de Ostional S. A., solicita concesión de: 0.02 litros por segundo del acuífero,
efectuando la captación por medio del pozo MTP-327 en finca de su propiedad en
Cabo Velas, Santa Cruz, Guanacaste, para uso consumo humano - domestico.
Coordenadas 263.265 / 335.265 hoja Matapalo. Quienes se consideren lesionados,
deben manifestarlo dentro del mes contado a partir de la primera publicación.—Liberia, 21 de setiembre de 2018.—Unidad
Hidrológica Tempisque Pacífico Norte.—Leonardo Solano Romero.—( IN2018285068 ).
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA
DIRECCIÓN EJECUTIVA
DEPARTAMENTO DE PROVEEDURÍA
LICITACIÓN ABREVIADA Nº
2018LA-000066-PROV
El Departamento de Proveeduría invita a participar en el siguiente
procedimiento de contratación:
LICITACIÓN ABREVIADA Nº
2018LA-000066-PROV
Servicio de recolección desechos
infecto-contagiosos
para los servicios de salud del
Poder Judicial
Fecha y hora de apertura: 8 de noviembre de 2018, a las 10:00 horas.
El respectivo cartel se puede obtener sin costo alguno a partir de la presente
publicación. Para ello, los interesados podrán obtenerlo a través de Internet,
en la siguiente dirección: www.poder-judicial.go.cr/proveeduría/invitaciones.
San José, 5 de octubre de 2018.—MBA. Yurli
Argüello Araya, Jefa Proceso de Adquisiciones.—1
vez.—( IN2018284919 ).
El Instituto de Desarrollo Rural comunica la Apertura del siguiente
proceso:
CONTRATACIÓN DIRECTA N° 2018CD-000129-01
Servicios de consultas vía web
sobre información
y comportamiento crediticio de
personas físicas
y jurídicas para trámites de
análisis
de crédito del INDER
Fecha y hora de recepción de ofertas: 17 de octubre del 2018, a las
09:00 horas, (09:00 a.m.), en la Proveeduría Institucional, oficinas centrales
del INDER.
El cartel está a disposición a partir de su publicación en el Diario
Oficial La Gaceta, puede retirarse personalmente en nuestras Oficinas
Centrales, ubicadas en San José, San Vicente de Moravia, del antiguo Colegio
Lincoln, 200 metros al oeste, 100 metros al sur y 250 metros al oeste,
Proveeduría Institucional, Planta alta del Edificio B, en horario de 8:00 horas
hasta las 16:00 horas; el cartel no tiene costo. Puede descargarse de la página
web del INDER www.inder.go.cr, menú de contrataciones, contrataciones
administrativas, proveeduría institucional, o puede solicitarse enviando un
correo electrónico a la dirección jazofeifa@inder.go.cr sin embargo la
legalidad de las ofertas está condicionada a que se ajusten al cartel en forma
digital original que posee el Inder, del cual se tiene impresión adjunta en el
expediente del proceso licitatorio para fines de verificación y evaluación de
ofertas.
San Vicente de Moravia, San José.—Proveeduría
Institucional.—Licda. Karen Valverde Soto.—1 vez.—( IN2018284939 ).
El Instituto de Desarrollo Rural comunica la Apertura del siguiente
proceso:
LICITACIÓN ABREVIADA
2018LA-000124-01
Compra de materiales metálicos,
eléctricos, plásticos, asfalto
y minerales para la construcción
de corrales de los módulos
de ganado de doble propósito,
caprino y mejoramiento
de finca a establecer en varios
Asentamientos de la
Oficina de Desarrollo
Territorial de Cariari
Fecha y hora de recepción de ofertas: 23 de octubre 2018, a las 14:00
horas, (02:00 p. m.), en la Proveeduría Institucional, Oficinas Centrales del
INDER.
El cartel
está a disposición a partir de su publicación en el Diario Oficial La Gaceta,
puede retirarse personalmente en nuestras Oficinas Centrales, ubicadas en San
José, San Vicente de Moravia, del antiguo Colegio Lincoln, 200 metros al oeste,
100 metros al sur y 250 metros al oeste, Proveeduría Institucional, Planta alta
del Edificio B, en horario de 8:00 horas hasta las 16:00 horas; el cartel no tiene
costo. Puede descargarse de la página web del Inder www.inder.go.cr, menú de
Contrataciones Administrativas, Proveeduría Institucional, puede solicitarse
enviando un correo electrónico a la dirección ogarita@inder.go.cr sin embargo
la legalidad de las ofertas está condicionada a que se ajusten al cartel en
forma digital original que posee el Inder, del cual se tiene impresión adjunta
en el expediente del proceso licitatorio para fines de verificación y
evaluación de ofertas.
Proveeduría Institucional.—Licda.
Karen Valverde Soto.—1 vez.—( IN2018284940 ).
JUNTA DE EDUCACIÓN DE LA ESCUELA
INGLATERRA
CONCURSO 2018LP-0001
Proveedor de alimentos para el
comedor escolar,
curso lectivo 2019
La Junta de Educación de la Escuela Inglaterra desea invitar muy
cordialmente a todos los posibles oferentes a participar en el concurso
2018LP-0001 Proveedor de Alimentos para el comedor escolar, curso lectivo 2019.
Todos los
interesados pueden retirar el cartel al día hábil siguiente de esta
publicación, costo del mismo de ¢5.000 (cinco mil
colones exactos) mismo, pagaderos el día del retiro de dicho cartel.
Horario
para la compra del cartel de lunes de viernes de 9:00 am 5:00 pm a horario de
la oficina de la Junta. Dirección: 600 metros este del Cristo de Sabanilla,
diagonal a la Iglesia Católica de San Rafael Montes de Oca. Firmamos el día 01
de octubre del 2018
San Rafael de Montes de Oca, 01 de octubre del 2018.—Sra. Carmen Rojas
Coles, Presidenta.—1 vez.—( IN2018284886 ).
JUNTA ADMINISTRATIVA
DEL LICEO NOCTURNO DE GRECIA
PROCESO LICITATORIO N° J.A.L.N.G-DANEA-2019-001
Compra de alimentos para el comedor estudiantil
en tres
módulos frutas y verduras, abarrotes y carnes
para
el ejercicio económico 2019
La
Junta Administrativa del Liceo Nocturno de Grecia, invita a todos los
interesados a participar en el proceso licitatorio N° J.A.L.N.G-DANEA-2019-001,
para la compra de alimentos para el comedor estudiantil en tres módulos frutas
y verduras, abarrotes y carnes para el ejercicio económico 2019. El respectivo
cartel está a disposición en las oficinas principales de la institución del 16
de octubre al 22 de octubre del 2018. Hora: 5:00 p.m a 9:00 m.d. Publíquese.
María
de los Ángeles Montes Madrigal, Presidenta.—1 vez.—(
IN2018285223 ).
FEDERACIÓN DE MUNICIPALIDADES DE CANTONES
PRODUCTORES DE BANANO DE COSTA RICA
CONTRATACIÓN DIRECTA N° 2018CD-0000027-01
Servicios Jurídicos
para Concejo Municipal de Siquirres”
Se
recibirán ofertas hasta las 10:00 horas del tercer día hábil posterior a la
publicación en el Diario Oficial La Gaceta. En esta misma fecha y hora
se realizará el acto de apertura de ofertas.
----------------------------
CONTRATACIÓN DIRECTA N° 2018CD-0000028-01
Servicios Jurídicos para
Concejo Municipal de Pococí
Se
recibirán ofertas hasta las 11:00 horas del tercer día hábil posterior a la
publicación en el Diario Oficial La Gaceta. En esta misma fecha y hora
se realizará el acto de apertura de ofertas.
Los
interesados podrán solicitar el cartel respectivo al correo electrónico
info@caproba.go.cr, en nuestras oficinas ubicadas en Siquirres Barrio El Mangal
costado norte del Polideportivo.
Siquirres,
Barrio El Mangal.—Johnny Alberto Rodríguez Rodríguez,
Director Ejecutivo.—1 vez.—( IN2018285224 ).
MUNICIPALIDAD DE CARTAGO
LICITACION ABREVIADA N°
2018LA-000030-MUNIPROV
Contratación para llevar a cabo
los trabajos de rehabilitación
de vías en el cantón central de
Cartago
El Departamento de Proveeduría, avisa que recibirá ofertas para la
licitación antes indicada hasta las 10:00 horas del 25 de octubre del 2018. Los
interesados podrán accesar el cartel de licitación en nuestra página web
www.municarta.go.cr.
Proveeduría.—Lic. Christian Corrales Jiménez, Proveedor.—1
vez.—( IN2018285005 ).
MUNICIPALIDAD DE GUÁCIMO
LICITACIÓN ABREVIADA
2018LA-000009-01
Compra de productos minerales
mantenimiento rutinario
El Departamento de Proveeduría de la Municipalidad de Guácimo informa
a los interesados en participar de este concurso que se recibirá ofertas hasta
las 9:00 horas del viernes 19 de octubre de 2018, las cuales deben hacerse
llegar en sobre cerrado a la oficina de proveeduría de la Municipalidad. El
cartel del concurso será enviado únicamente vía correo electrónico a solicitud
del interesado a la dirección proveeduria@guacimo.go.cr
Licda. Zilenia Venegas Vargas.—Proveedora
Municipal.—1 vez.—( IN2018284900 ).
Oficina de
Contratación Administrativa.
LICITACIÓN PÚBLICA N° 2017LN-000017-01
Adquisición de una Solución Tecnológica para la
Renovación
del Sistema de Cajas, Plataforma de Servicios
y Sistema de firmas
El
Banco de Costa Rica, comunica a los interesados que su Comité Corporativo
Ejecutivo, en reunión 36-18 CCE, celebrada el 02 de octubre del 2018, acordó
adjudicar la licitación en referencia a la empresa Unisys de Centro
América LLC, por los siguientes montos: Licencias Cajas-Plataforma
costo unitario US$298,35, licencias para firmas US$10.000,00, servicios de
implementación de la solución US$2.423.586,21, horas de desarrollo (5000 horas)
costo unitario US$56.60, mantenimiento preventivo y consultivo US$178.896,60,
horas de mantenimiento evolutivo (6000 horas) costo unitario US$53,81.
Todo de conformidad con
los términos y requisitos establecidos en el cartel y la oferta del
adjudicatario.
San
José, 8 de octubre del 2018.—Francis Hernández Monge, Supervisor a. í.—1 vez.—O. C. N° 66970.—Solicitud N° 130374.—( IN2018285194 ).
REMATE PÚBLICO N° 2-2018
Venta de vehículos de uso
oficial y discrecional
propiedad del INCOP
La Junta Directiva de esta Institución mediante Acuerdo N° 6 firme
tomado en la sesión N° 4126, celebrada el día 03 de octubre del año en curso,
acordó declarar infructuoso el Remate N° 2-2018 por la “Venta de vehículos de
uso oficial y discrecional propiedad del INCOP” en lo que respecta a los
vehículos placa 104-66, 104-67, 104-68 y 764888, debido a que no se recibieron
propuestas, para le venta de esos vehículos.
En cuanto
al vehículo placa 104-70 el mismo fue adjudicado al señor Emiliano Gómez
Víquez, cedula 2-0674-0615, por un monto de ¢6.110.000,00 (Seis millones
ciento diez mil colones exactos).
Lo anterior
de conformidad con el oficio N° CR-INCOP-GG-2018-1038 de fecha 27 de setiembre
del 2018, de la Gerencia General y el Acta N°019-18 de fecha 24 de setiembre
del 2018, de la Comisión de Contratación Administrativa.
Proveedor General.—Mba.
Juan Ariel Madrigal Porras.—1 vez.—O.C. N°
29858.—Solicitud N° 130342.—( IN2018285009 ).
HOSPITAL SAN VICENTE DE PAÚL
LICITACIÓN PÚBLICA NACIONAL
Nº 2018LN-000007-2208
Ruolitinib 5 mg y ruxolitinib 15
mg
modalidad entrega según demanda
La Subárea de Contratación Administrativa del Hospital San Vicente de
Paúl, comunica a los proveedores participantes en la presente Licitación, su
adjudicación a la empresa:
Distribuidora Farmanova Sociedad Anónima, los ítems Nº 1 y 2.
Monto Aproximado: $337.399,92 (trescientos treinta y siete mil
trescientos noventa y nueve dólares con 92/100).
Heredia, 03 de octubre del 2018.—Dirección
Administrativa.—Msc. Óscar Montero Sánchez.—1 vez.—(
IN2018284902 ).
HOSPITAL DR. RAFAEL ÁNGEL
CALDERÓN GUARDIA
ÁREA DE GESTIÓN DE BIENES Y
SERVICIOS
LICITACIÓN ABREVIADA Nº
2018LA-000041-2101
Por concepto de navegador
tridimensional
La Dirección Administrativa Financiera del Hospital Dr. Rafael Ángel
Calderón Guardia, les comunica a los interesados en este concurso, que se
resolvió adjudicar la contratación de la siguiente manera:
Oferta uno: Medical Supplies CR S. A.
Ítem: 1 al
12.
Monto
total: $458.789,99
Tiempo de
entrega: Del ítem 1 al 8: 60 días hábiles máximo, del 9 al 11 el 50% con la
entrega del equipo (60 días hábiles máximo) y el otro 50% 3 meses después de la
primera entrega. Ítem 12 visitas trimestrales.
Todo de acuerdo al cartel y a la oferta presentada.
Ver
detalles en http://www.ccss.sa.cr.
San José, 08 de octubre del 2018.—Subárea de
Contratación Administrativa.—Lic. Glen Aguilar
Solano.—1 vez.—( IN2018285179 ).
DIRECCIÓN PROVEEDURÍA
LICITACIÓN PÚBLICA NACIONAL Nº
2018LN-000006-PRI
Servicio de seguridad y
vigilancia en los edificios de la Sede
Central,
Subgerencia Gestión de Sistemas Periféricos, Unidad
Ejecutora
BCIE, Laboratorio Nacional de Aguas, Unidad
Técnica de
Perforación de Pozos (Finca Katadin), Fincas
AyA: San Francisco de Coronado y
Padre Carazo
El Instituto Costarricense de Acueductos y Alcantarillados, cédula
jurídica Nº 4-000-042138, comunica que mediante Acuerdo de Junta Directiva Nº
2018-328 del 03 de octubre del 2018, se adjudica la Licitación Pública Nacional
Nº 2018LN-000006-PRI “Servicio de seguridad y vigilancia en los edificios de la
Sede Central, Subgerencia Gestión de Sistemas Periféricos, Unidad Ejecutora
BCIE, Laboratorio Nacional de Aguas, Unidad Técnica de Perforación de pozos
(Finca Katdín), Fincas de AyA: San Francisco de Coronado y Padre Carazo”, de la
siguiente manera: Oferta Nº 1 Consorcio Avahuer-Seguridad Avahuer por un
monto de ¢439.632.880,80. Demás condiciones de acuerdo al cartel y la oferta
respectiva.
Licda. Iris Fernández Barrantes.—1 vez.—O. C. Nº 6000002848.—Solicitud Nº 130246.—( IN2018284877 ).
CONTRATACIÓN DIRECTA N°
2018CDS-00244-PRI
Pago de publicidad
El Instituto Costarricense de
Acueductos y Alcantarillados, cédula jurídica N° 4-000-042138, comunica que
mediante Resolución de Adjudicación N° 2018-245, se adjudica la Contratación
Directa N° 2018CDS-00244-PRI, “Pago de publicidad”, para cancelar los servicios
de publicidad Institucional, Inversiones y PAPS (radio, prensa
escrita y televisión) para el mes de julio.
|
Adjudicatario |
N° solicitud de pedido
(presupuesto |
N° de orden de publicidad |
Precio total |
1 |
Fundación
Líderes Globales para el fomento de los gobiernos locales |
1500007307 |
887 |
¢452.000,00 |
Licda. Iris Patricia Fernández Barrantes, Proveedora Institucional.—1 vez.—O. C. N° 6000002848.—Solicitud N°
130308.—( IN2018284969 ).
LICITACIÓN PÚBLICA NACIONAL N°
2018LN-000001-PRI
Venta de vehículos en desuso
El Instituto Costarricense de Acueductos y Alcantarillados (AyA),
cédula jurídica N° 4-000-042138, comunica que mediante Acuerdo de Junta
Directiva Nº 2018-330 del 03 de octubre del 2018, se adjudica la presente
licitación de la siguiente manera:
Oferta N° 7: Diseño En Concreto Armd S. A. posiciones 94, 109 y
111, por un monto total de ¢1.490.000,00 colones .
Oferta N° 9: Miguel Leiva Tellez posiciones:
2-10-11-16-21-29-31-36-46-50-51-53- 59-61-68-89-92-93-97-101-135 y 156, por un
monto total de ¢10,460,000,00 colones .
Oferta N°
12: Transportes Manuel Araya S. A. posiciones: 8-45-98-103 y 148, por un
monto total de ¢ 1,585,000,00 colones . oferta N° 13: Jorge
Allan Zúñiga Solano posiciones: 35-37-38-47-54-56-58-70 y 71, por un monto
total de ¢3.285.000,00 colones.
Oferta N°
14: Inmobiliaria Negocio de Propiedades S. A. posiciones: 9-34-44-57 y
90, por un monto total de ¢2.322.000,00 colones .
Demás condiciones de acuerdo al cartel y la
oferta respectiva.
• Se declaran infructuosas por
no contar con ofertas elegibles las posiciones: 1-3-4-5-6-7-12-13-14-15-17-19-22-23-24-25-26-27-28-30-32-33-39-40-41-42-43-48-49-52-60-61-62-63-64-65-66-67-68-69-72-73-74-75-76-77-78-79-80-81-82-83-84-85-86-87-88-95-96-97-99-100-102-104-105-106-107-08-110-112-113-114-115-116-117-118-119-120-121-122-123-124-125-126-127-128-129-130-131-132-133-134-136-137-138-139-140-141-142-143-144-145-146-147-149-150-151-152-153-154-155-157-158-159-160.
• Se
declara desierta la posición 91 por lo externado por la parte técnica en la
Comisión Asesora.
Dirección Proveeduría.—Licda. Iris Patricia
Fernández Barrantes.—1 vez.—O.C. N° 6000002848.—Solicitud N° 130321.—(
IN2018284996 ).
LICITACIÓN PÚBLICA NACIONAL N°
2018LN-00007-PRI
Contratación de
Servicios de Limpieza para los Edificios de la Sede
Central,
Subgerencia Gestión de Sistemas Periféricos, Unidades
Ejecutoras
BCIE-KFW, Gestión Ambiental, Urbanizaciones
y Desarrollo de
Proyectos Rurales, Laboratorio Nacional
de Aguas, Unidad
Técnica de Perforación de Pozos
(Finca Katadin)
y Fondo de Ahorro,
Retiro y
Garantía del AyA
El Instituto Costarricense de Acueductos y
Alcantarillados (AyA), Cédula Jurídica N° 4-000-042138, comunica que mediante
Acuerdo de Junta Directiva Nº 2018-327 del 03 de octubre del 2018, se adjudica
en su totalidad la presente licitación de la oferta N° 3: Suplidora Hotelera
Santamaría Ltda., por un monto anual de ¢243.975.304,80 colones. Demás
condiciones de acuerdo al cartel y la oferta
respectiva.
Dirección Proveeduría.—Licda. Iris Patricia
Fernández Barrantes.—1 vez.—O.C. N° 6000002848.—Solicitud N° 130323.—(
IN2018284998 ).
LICITACIÓN ABREVIADA N° 2018LA-00030-PRI
Compra de accesorios
metálicos e hidrantes
para el mantenimiento y sustitución
El
Instituto Costarricense de Acueductos y Alcantarillados (AyA), cédula jurídica
N° 4-000-042138 comunica que mediante Resolución de Gerencia Nº GG-2018-834 del
04 de octubre del 2018, se adjudica la presente licitación de la siguiente
manera:
A:
Oferta N° 1: Fábrica Centroamericana de Niples S. A.,
posiciones: 6, 11, 12, 13, 14, 15, 20, 21 y 24, por un monto total de $30.424,46
dólares i.v.i.
A:
Oferta N° 2: Inversiones Mareve S. A., posiciones: 8, 16 y 17,
por un monto total de ¢811.984,21 colones i.v.i.
A:
Oferta N° 3: Consultora Costarricense para Programas de
Desarrollo S. A. (COPRODESA), posiciones: 35 y 39, por un
monto total de $66.653,19 dólares i.v.i.
A:
Oferta N° 4: Aquaworks S. A., posiciones: 32, 33, 37 y 40, por un
monto total de $117.537,55 dólares i.v.i.
A:
Oferta N° 5: Atlas Marketing Inc. representada por A.T.C Tecnoval
S. A., posiciones: 1, 2, 3, 4, 5, 7, 9, 10, 18, 19, 22, 25, 26, 27, 28,
29, 30, 31, 34, 36 y 38, por un monto total de $115.615,75 dólares precio DDP.
Demás
condiciones de acuerdo al cartel y la oferta
respectiva.
Se
declara infructuosa por no contar con ofertas elegibles la posición 23.
Dirección
Proveeduría.—Licda. Iris Patricia Fernández
Barrantes.—1 vez.—O. C. N° 6000002848.—Solicitud N° 130379.—( IN2018285206 ).
LICITACIÓN ABREVIADA Nº
2018LA-000040-PRI
(Readjudicación)
Compra de equipos y herramientas
El Instituto Costarricense de Acueductos y Alcantarillados (AyA),
cédula jurídica Nº 4-000-042138, comunica que mediante Resolución de Gerencia
Nº GG-2018-854 del 08 de octubre del 2018, se readjudica la posición Nº 4 a la
oferta Nº 12: Atlas Marketing Inc., representada por A.T.C Tecnoval
S. A., por un monto total de $62.554,00 dólares precio DDP.
Demás
condiciones de acuerdo al cartel y la oferta
respectiva.
Licda. Iris Patricia Fernández Barrantes.—1
vez.—O. C. Nº 6000002848.—Solicitud Nº 130382.—(
IN2018285208 ).
PROCESO DE ADQUISICIONES
UNIDAD REGIONAL BRUNCA
CONTRATACIÓN DIRECTA
2018CD-000105-08
Motores y otros equipos para
actividades marítimas
El Proceso de Adquisiciones del Instituto Nacional de Aprendizaje,
Unidad Regional Brunca. Informa la resolución para la Contratación Directa
2018CD-000105-08 Motores y Otros Equipos para Actividades Marítimas.
I. Adjudicar
de conformidad con el informe de recomendación URB-PA-887-2018, mismo que se
fundamenta en el análisis legal-administrativo de las ofertas recibidas, los
resultados del estudio técnico que constan en el oficio FR-NNP-PGA-125-2018, la
razonabilidad del precio de los bienes cotizados, el cartel de la contratación,
así como la metodología de evaluación y comparación de ofertas; la contratación
directa Nº 2018CD-000105-08 denominada “Motores y otros equipos para
actividades marítimas”, agrupación Nº 2321 de la manera que se detalla a
continuación: Oferta Nº 1: V&O MARINO S. A., la línea Nº 01,
monto total $3.002.55.00, plazo de entrega: 10 días hábiles. Líneas no
recomendadas; línea número 2 se declara infructuosa porque no fue cotizada por
el único oferente. Mercadería nacionalizada en bodega del oferente.
Se toma este acuerdo bajo el acta 1553 del libro de contrataciones
directas INA, al ser las 08:00 horas del día 05/10/2018, de conformidad con la
Ley de Contratación Administrativa y su Reglamento, así como el Reglamento de
Adquisición del Instituto Nacional de Aprendizaje.
Unidad de Compras Institucionales.—Lic.
Allan Altamirano Díaz, Jefe.—1 vez.—O. C. N° 26133.—Solicitud N° 130305.—(
IN2018284957 ).
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA
Resolución
Nº 441-VEC-2018.—Departamento de Proveeduría, Poder
Judicial.—San José, a las ocho horas del dieciocho de setiembre del dos mil
dieciocho.
A toda la Administración
Pública se hace saber, que la Dirección Jurídica del Poder Judicial, mediante
la resolución en firme Nº 545-18 de las diez horas con veintinueve minutos del
diecinueve de abril del dos mil dieciocho; con fundamento en los artículos 100
inciso a) y 100 bis de la Ley de Contratación Administrativa, dispuso
inhabilitar por el período de cuatro años al señor Roy Sandino González, cédula
de identidad N° 1-820-029, para participar en procesos de contratación
promovidos por el Poder Judicial, en todo contrato de obra pública, toda vez
que el incumplimiento en la ejecución de la obra adjudicada bajo la Licitación
Abreviada N° 2017LA-000009-PROV, es una conducta reincidente del contratista
sancionada previamente con apercibimiento dentro de la Contratación Directa N°
2016CD-000011-PROVCD; sanción que se comunicó tanto a la contratista infractora
como a la Contraloría General de la República. Publíquese por única vez en el Diario
Oficial.
Lic. Wilbert Kidd Alvarado, Proveedor Judicial.—1
vez.—( IN2018285169 ).
GERENCIA DE LOGÍSTICA
DIRECCIÓN DE APROVISIONAMIENTO
DE BIENES Y SERVICIOS
ÁREA DE ADQUISICIONES DE BIENES Y SERVICIOS
2018LN-000025-5101
(Prórroga-Aviso N° 01)
Venda elástica de 10 cms ± 1
mm
A
todos los interesados en el presente concurso se les informa que se prorroga
para el 31 de octubre del 2018, a las 11:00 horas, por estar pendiente
respuesta de la Comisión Técnica con respecto a recurso de objeción presentado
ante la Contraloría General de la Republica.
El resto de cartel se
encuentra invariable.
http://www.ccss.sa.cr/licitaciones_detalle?up=5101&tipo=PU
San
José, 04 de octubre del 2018.—Sub-Área de Insumos Médicos.—Licda.
Shirley Méndez Amador, Asistente.—1 vez.—O. C. N° 1142.—Solicitud N°
AABS-1546-18.—( IN2018285048 ).
HOSPITAL DR. RAFAEL A. CALDERÓN GUARDIA
LICITACIÓN ABREVIADA N° 2018LA-000066-2101
Por concepto de barras de pectus
Se
informa a los interesados a participar en la Licitación Abreviada N°
2018LA-000066-2101 por concepto de barras de pectus la fecha de apertura de las
ofertas se traslada para el día 30 de octubre del 2018, a las 09:00 a.m.
El cartel se puede
adquirir en la Administración del Hospital, por un costo de ¢500,00. Vea
detalles en http://www.ccss.sa.cr.
08 de octubre del 2018.—Sub-Área de Contratación Administrativa.—Lic. Glen Aguilar Solano, Coordinador.—1
vez.— ( IN2018285187 ).
DIRECCIÓN PROVEEDURÍA
LICITACIÓN PÚBLICA NACIONAL
2018LN-000027-PRI
(Circular Nº 1)
Servicio de seguridad y
vigilancia Plantel Socorrito, plantas
planta
tratamiento agua potable, planta tratamiento aguas
residuales
y cantonales Puntarenas y cantonal Parrita
de la Región Pacifico Central
El Instituto Costarricense de Acueductos y Alcantarillados (AyA)
Cédula Jurídica Nº 4-000-042138, comunica a los interesados en participar en la
presente licitación que a partir de hoy podrán retirar, sin costo alguno, la Circular
Nº 1 en la Proveeduría del AYA sita en el Módulo C, piso 3 del edificio sede
del AYA, ubicado en Pavas o en el Web www.aya.go.cr, Contrataciones,
Proveeduría-Expediente Digital, en trámite.
Demás condiciones permanecen invariables.
Dirección Proveeduría Institucional.—Licda.
Iris Patricia Fernández Barrantes.—1 vez.—O. C. Nº 6000002848.—Solicitud Nº
130324.—( IN2018284999 ).
MUNICIPALIDAD DE CARTAGO
LICITACIÓN ABREVIADA N°
2018LA-000026-MUNIPROV
Suministro,
diseño, configuración, programación, instalación
y puesta en funcionamiento de
equipos completos de automatización y de
medición de cloro residual y
medidores de caudal todo en el
cantón
central de Cartago
A los interesados en esta licitación se les hace saber, que en nuestra
página web www.muni-carta.go.cr, se encuentran modificaciones y aclaraciones al
cartel y que se prorroga la apertura de ofertas para las 10:00 horas del 18 de
octubre del 2018.
Todo lo demás permanece invariable.
Lic. Christian Corrales Jiménez, Proveedor Municipal.—1 vez.— ( IN2018285006 ).
COLEGIO DE TERAPEUTAS DE COSTA RICA
MODIFICACIÓN A LOS ARTÍCULOS 35 Y 36
DEL REGLAMENTO DE
INCORPORACIÓN
Y OTROS PROCESOS AFINES
La
Junta Directiva del Colegio de Terapeutas de Costa Rica, en sesión
extraordinaria N° 2018-0014 del 24 de agosto del 2018, acordó modificar los
siguientes artículos correspondientes al Reglamento de Incorporación y Otros
Procesos Afines que fue publicado en el Alcance Número 49 al Diario Oficial La
Gaceta del día martes 06 de marzo del 2018, para
que en adelante se lean:
Artículo
35.—Sobre la pérdida, robo o destrucción de
credenciales. En caso de pérdida, robo o destrucción de las credenciales
(excepto el título o diploma de incorporación), el agremiado podrá solicitar su
reposición, presentando los siguientes documentos:
Solicitud
de reposición, misma que deberá ser debidamente motivada.
Declaración jurada cuya firma sea autenticada por notario público, con
menos de un mes de emitida, en la que declare la pérdida del documento o copia
de la denuncia interpuesta ante el Organismo de Investigación Judicial.
Comprobante de pago, por el monto que la Junta Directiva del Colegio
fije para la reposición de la credencial.
Artículo
36.—En los casos de reposición del carné profesional,
una vez cumplidos los requisitos establecidos en el artículo anterior, la
Plataforma de Servicios del Colegio de Terapeutas de Costa Rica, procederá a
emitir nuevamente el documento.
En los
casos en que se requiera reponer el sello blanco o el certificado de uso social
de Doctor o Doctora, una vez cumplidos los requisitos establecidos en el
artículo anterior, se procederá a realizar el trámite interno para la emisión
del nuevo sello o certificado. El Colegio de Terapeutas contará con un plazo de
30 días hábiles para la entrega de la credencial.
En el momento en que se cuente con el sello o el certificado a reponer,
el agremiado deberá presentarse en las instalaciones del Colegio de Terapeutas
para completar y firmar el formulario de entrega de la credencial, donde
constará el día, la hora y la firma del agremiado.
De manera mensual, la Plataforma de Servicios notificará a la Junta
Directiva respecto de las reposiciones de credenciales que se hayan tramitado.
Las
presentes modificaciones, rigen a partir de su publicación en el Diario Oficial
La Gaceta.
Viviana
Pérez Zumbado, Presidencia.—Natalia Solera Esquivel,
Secretaria.—1 vez.—( IN2018276490 ).
RBT TRUST SERVICES LTDA.
RBT
Trust Services Ltda., con cédula de persona jurídica número tres-ciento
dos-cuatrocientos setenta y dos mil trescientos veintidós, en calidad de
fiduciario del Fideicomiso denominado “fideicomiso de custodia y garantía
Carilo P V S Ciento Setenta y Nueve S.A./RBT/Dos Mil Dieciseis” en adelante identificado como el “Fideicomiso”,
procederá a subastar el bien que se encuentra fideicometido en el fideicomiso,
descrito a continuación, en una primera subasta a las quince horas del día
veintiséis de octubre del año dos mil dieciocho si fuera necesaria una segunda
subasta esta será a las quince horas del trece de noviembre del año dos mil
dieciocho y si fuera necesaria una tercera subasta ésta será a las quince horas
del veintinueve de noviembre del año dos mil dieciocho. Todas las subastas se
celebrarán en las oficinas de RBT Trust Services Ltda., sita en San José, Santa
Ana, Lindora, ciento cincuenta metros Oeste de Holiday Inn Express, Urban
Plaza, Local 209. 1-Finca Filial del Partido de San José, matrícula número
cuatrocientos treinta y siete mil ochocientos noventa y ocho-cero cero cero,
que se describe así: Naturaleza: Terreno para construir lote ciento setenta y
nueve. Situación: Distrito tercero Pozos, cantón noveno Santa Ana, de la
provincia de San José. Linderos: Norte, calle pública; sur, zona de protección;
este, lote ciento setenta y ocho; oeste, Lote ciento ochenta. Medida: Dos mil
doscientos setenta y ocho metros con cincuenta y cinco decímetros cuadrados,
plano catastrado número Si- cero ciento ochenta y dos mil cuatrocientos
cuarenta y cuatro-mil novecientos noventa y cuatro; libre de todo tipo de
anotaciones y con los gravámenes de servidumbre trasladada inscrito bajo las
citas tres dos cinco-uno nueve cuatro tres uno-cero uno-cero nueve cero siete-
cero cero uno y de Cedulas Hipotecarias inscrito bajo las citas dos cero uno
seis-cuatro siete cinco siete ocho dos- cero uno- cero cero cero tres-cero cero
uno. II- Los derechos de utilización y explotación de todos los permisos,
planos constructivos, arquitectónicos, estructurales y eléctricos existentes para
la construcción del proyecto. El precio base de dicho bien para la primera
subasta es de un millón de dólares moneda de los Estados Unidos de América
(USD$1.000.000,00); para la segunda subasta será un 75% del precio base para la
primera; y para la tercera subasta será un 25% del precio base para la primera
subasta. Queda entendido que para que una oferta sea válida, el oferente deberá
entregarle a RBT Trust Services Ltda., en adelante el Fiduciario, según
corresponda, un quince por ciento del precio base en primera y segunda subasta,
y un 100% del precio base para la tercera subasta. Como excepción a lo anterior
y en concordancia con lo que establece la Ley de Cobro Judicial en relación con
los procesos de remate en la vía judicial los Fideicomisarios Principales
podrán participar de las subastas indicadas sin necesidad de efectuar el
depósito previo. Dichos montos deberán ser entregados al fiduciario en
efectivo, mediante entero bancario, a la orden del fiduciario, o cheque de
gerencia de un banco costarricense, o cualquier otro valor de alta liquidez que
sea de la aceptación del fiduciario, además debe señalar medio para atender
notificaciones. Si en el acto del remate el oferente no paga la totalidad de lo
ofrecido al fiduciario, deberá depositar, dentro del tercer día, salvo que los
fideicomisarios principales autoricen un plazo mayor, el precio total de su
oferta, mediante cheque de gerencia, o cualquier otro valor de alta liquidez
que sea de la aceptación del fiduciario. Si el mejor oferente no paga la
totalidad del precio dentro del plazo señalado, el remate se tendrá por
insubsistente, en consecuencia, el quince por ciento del depósito se entregará
a los ejecutantes como indemnización fija de daños y perjuicios ocasionados por
el incumplimiento, y el resto en abono al crédito de los fideicomisarios
principales, previa deducción de los gastos, tributos, honorarios y cualquier
otro gasto que haya causado el presente fideicomiso. Se deja constancia que una
vez que el patrimonio fideicometido antes descrito haya sido adjudicado y/o
vendido, y que dicha adjudicación y/o venta se declare firme, se haya pagado la
totalidad del precio de venta y/o adjudicación producto del proceso de
ejecución y no existan sumas adeudadas al fiduciario que hayan sido generadas
por la administración, gestión o ejecución del
presente fidelcomiso,e1 fiduciario celebrará asamblea de cuotistas en la
compañía Carilo P V S Ciento Setenta y Nueve S. R. L., a efectos de que se
otorgue Poder Especial a favor de cualquier persona que el fiduciario estime
pertinente, con el fin de que dicha
persona comparezca ante notario público de la elección del fiduciario a otorgar
escritura pública correspondiente al traspaso de la finca del Partido de San
José, matrícula número cuatrocientos treinta y siete mil ochocientos noventa y
ocho-cero cero cero a favor del comprador y/o adjudicatario correspondiente,
producto del proceso de ejecución del fideicomiso. Lo anterior, en virtud de
que el fiduciario debe velar porque el patrimonio del fideicomiso se libere y
liquide en su totalidad, cumpliéndose con la finalidad para la cual fue creado
el fideicomiso. El adjudicatario y/o comprador deberá asumir de forma completa,
el pago de los honorarios y gastos legales del notario público elegido por el
fiduciario para efectuar el traspaso indicado y para que el notario público
pueda presentar el testimonio de la escritura de traspaso ante el Registro
Nacional en un plazo improrrogable de ocho días naturales contados a partir de
la firma de la escritura pública. Se deja constancia que en cualquier momento
antes de realizarse las subastas aquí referidas, se podrá cancelar la totalidad
de las sumas adeudadas al amparo del Crédito Garantizado y todos los
honorarios, tributos, seguros y demás gastos
causados por el fideicomiso, caso en el cual se suspenderá el proceso de venta.—Mónica Dobles Elizondo, Apoderada Generalísima P/Rbt
Trust Services Ltda. En calidad fiduciaria del Fideicomiso.—1
vez.—( IN2018285059 ).
RBT Trust Services Ltda, con cédula de persona jurídica número
tres-ciento dos-cuatrocientos setenta y dos mil trescientos veintidós, en
calidad de Fiduciario del Fideicomiso “Fideicomiso de Garantía Green Land
Lindora/ RBT / dos mil diecisiete”, en adelante identificado como el
“Fideicomiso”, procederá a subastar el bien que se encuentra fideicometido en
el Fideicomiso, descrito a continuación, en una primera subasta a las quince
horas del día veintitrés de octubre del año dos mil dieciocho, si fuera
necesaria una segunda subasta esta será a las quince horas del ocho de
noviembre del año dos mil dieciocho y si fuera necesaria una tercera subasta
ésta será a las quince horas del veintisiete de noviembre del año dos mil
dieciocho. Todas las subastas se celebrarán en las oficinas de RBT Trust
Services Ltda., sita en San José, Santa Ana, Lindora, ciento cincuenta metros
Oeste de Holiday Inn Express, Urban Plaza, Local 209.
Finca del Partido de San José matrícula número seiscientos sesenta y
tres mil sesenta y dos- cero cero cero, que es terreno de potrero y pastos situada
en el distrito tercero Pozos, cantón noveno Santa Ana, de la provincia de San
José, con una medida de treinta y dos mil trescientos sesenta y ocho metros
cuadrados; linderos: al norte con calle pública; sur con Inversiones Costa Sur
S. A.; al este: con Inversiones Costa Sur S. A.; al oeste con calle pública,
con plano catastrado número SJ- un millón ochocientos veintiséis mil noventa y
siete- dos mil quince, sin anotaciones pero soportando los gravámenes que
indica el Registro Nacional al día de hoy.
El precio base de dicho bien para la primera subasta es de tres
millones quinientos mil dólares, moneda de los Estados Unidos de América
(USD$3.500.000,00); para la segunda subasta será un 75% del precio base para la
primera; y para la tercera subasta será un 25% del precio base para la primera
subasta. Queda entendido que para que una oferta sea válida, el oferente deberá
entregarle a RBT Trust Services Ltda, en adelante el Fiduciario, según
corresponda, un quince por ciento del precio base en primera y segunda subasta,
y un 100% del precio base para la tercera subasta. Como excepción a lo anterior
y en concordancia con lo que establece la Ley de Cobro Judicial en relación con
los procesos de remate en la vía judicial los Fideicomisarios Principales podrán
participar de las subastas indicadas sin necesidad de efectuar el depósito
previo. Dichos montos deberán ser entregados a RBT Trust Services Ltda,
mediante entero bancario, a la orden del Fiduciario, o cheque de gerencia de un
banco costarricense, o cualquier otro valor de alta liquidez que sea de la
aceptación del Fiduciario, además debe señalar medio para atender
notificaciones. Si en el acto del remate el oferente no paga la totalidad de lo
ofrecido al Fiduciario, deberá depositar, dentro del tercer día, salvo que los
Fideicomisarios Principales autoricen un plazo mayor, el precio total de su
oferta, mediante cheque de gerencia, o cualquier otro valor de alta liquidez
que sea de la aceptación del Fiduciario. Si el mejor oferente no paga la
totalidad del precio dentro del plazo señalado, el remate se tendrá por
insubsistente, en consecuencia, el quince por ciento del depósito se entregará
a los ejecutantes como indemnización fija de daños y perjuicios ocasionados por
el incumplimiento, y el resto en abono al crédito de los Fideicomisarios
Principales, previa deducción de los gastos, tributos, honorarios y cualquier
otro gasto que haya causado el presente fideicomiso. Se deja constancia que una
vez que el patrimonio fideicometido antes descrito, haya sido adjudicado y/o
vendido, y que dicha adjudicación y/o venta se declare firme, se haya pagado la
totalidad del precio de venta y/o adjudicación producto del proceso de
ejecución y no existan sumas adeudadas al Fiduciario que hayan sido generadas
por la administración, gestión o ejecución del presente fideicomiso, el
Fiduciario deberá comparecer ante Notario Público de la elección del Fiduciario
a otorgar escritura pública correspondiente al traspaso de las fincas a favor
del comprador y/o adjudicatario correspondiente, producto del proceso de
ejecución del fideicomiso. Lo anterior, en virtud de que el Fiduciario debe
velar porque el patrimonio del Fideicomiso se libere y liquide en su totalidad,
cumpliéndose con la finalidad para la cual fue creado el Fideicomiso. El
adjudicatario y/o comprador deberá asumir de forma completa, el pago de los
honorarios y gastos legales del Notario Público elegido por el Fiduciario para
efectuar el traspaso indicado y para que el Notario Público pueda presentar el
testimonio de la escritura de traspaso ante el Registro Nacional en un plazo
improrrogable de ocho días naturales contados a partir de la firma de la
escritura pública.
Se deja constancia que en cualquier momento
antes de realizarse las subastas aquí referidas, se podrá cancelar la totalidad
de las sumas adeudadas al amparo del Crédito Garantizado y todos los
honorarios, tributos, seguros y demás gastos causados por el Fideicomiso, caso
en el cual se suspenderá el proceso de venta.—Mónica
Dobles Elizondo, Apoderada Generalísima.—1 vez.—( IN2018285060 ).
VICERRECTORÍA ACADÉMICA
PROGRAMA DE GRADUACIÓN
REPOSICIÓN DE TÍTULO
PUBLICACIÓN DE PRIMERA VEZ
Ante el Departamento de Registro de la Universidad Nacional se ha
presentado solicitud de reposición de diploma por extravío, correspondiente al
título de Diplomado en Pedagogía con Énfasis en Educación Preescolar, grado
académico Diplomado, registrado en el libro de títulos bajo Tomo 29, Folio 95,
Asiento 1504, a nombre de Cinthya Vanessa Arroyo Ramos, con fecha 30 de mayo
del 2013, cédula de identidad N° 1-1501-0983. Se publica este edicto para oír
oposiciones a dicha reposición, dentro del término de quince días hábiles a
partir de la tercera publicación en La Gaceta.
Heredia, 10 de agosto del 2018.—Departamento de Registro.—M.A.E.
Marvin Sánchez Hernández, Director.—( IN2018278875 ).
Ante el Departamento de Registro de la Universidad Nacional se ha
presentado solicitud de reposición de diploma por extravío, correspondiente al
título de Bachillerato en Pedagogía con énfasis en Educación Preescolar, grado
académico Bachillerato, registrado en el libro de títulos bajo Tomo 31, Folio
144, Asiento 1733, a nombre de Cinthya Vanessa Arroyo Ramos, con fecha 25 de
mayo del 2015, cédula de identidad N° 1-1501-0983. Se publica este edicto para
oír oposiciones a dicha reposición, dentro del término de quince días hábiles a
partir de la tercera publicación en La Gaceta.
Heredia, 10 de agosto del 2018.—Departamento de Registro.—M.A.E.
Marvin Sánchez Hernández, Director.—( IN2018278876 ).
VICERRECTORÍA EJECUTIVA
OFICINA DE REGISTRO Y
ADMINISTRACIÓN ESTUDIANTIL
PROGRAMA DE RECONOCIMIENTO
Y EQUIPARACION DE ESTUDIOS
PUBLICACIÓN DE PRIMERA VEZ
María Joaquina Calero Ibarra, nicaragüense, número de residencia N°
155825985215, ha solicitado reconocimiento y equiparación del diploma de
Licenciada en Turismo Sostenible otorgado por la Universidad Nacional Autónoma
de Nicaragua, Managua. Cualquier persona interesada en apodar datos sobre la
vida y costumbres de la solicitante, podrá hacerlo mediante escrito que ha de
ser presentado a la Oficina de Registro, dentro de los cinco días hábiles
siguientes a la publicación del tercer aviso.—Mercedes
de Montes de Oca, 11 de setiembre del 2018.—Licda. Cinthya Vega Álvarez, Jefa
a. í.—( IN2018278859 ).
PUBLICACIÓN DE PRIMERA VEZ
EDICTOS
La señora María Lisbeth Jiménez Carrillo, cédula de identidad Nº
503370011, ha presentado para el trámite de reconocimiento y equiparación el
diploma con el título de Master Universitario en
Prevención de Riesgos Laborales y Salud Medioambiental obtenido en la
Universidad Santiago de Compostela. Cualquier persona interesada en aportar
información al respecto de este trámite, podrá hacerlo mediante un escrito que
debe ser presentado en el Departamento de Admisión y Registro del Instituto
Tecnológico de Costa Rica, dentro de los quince días hábiles siguientes a la
publicación del tercer aviso.—Cartago, 13 de setiembre
del 2018.—Departamento de Admisión y Registro.—Ing. Giovanny Rojas Rodríguez,
M.Ed., Director.—O. C. N° 20150003.—Solicitud N° 128099.—( IN2018278473 ).
Ante el Departamento de Admisión y Registro del Instituto Tecnológico
de Costa Rica, se ha presentado Reinier Mata González, cédula N° 303000167,
carné de estudiante N° 8603567, a solicitar reposición de su título de
Administrador de Empresas énfasis en Contaduría Pública, Grado Académico: Licenciatura, según consta en el Libro
Oficial de Graduados Tomo 2, Acta N° 67, Página 26, Registro N° AELCP-96005,
Graduación efectuada el 22 de marzo de 1996, debido a que se extravío. Se
publica este edicto para recibir oposiciones a esta reposición, dentro del
término de cinco días hábiles a partir de la tercera publicación.—Departamento
de Admisión y Registro.—Ing. Giovanny Rojas Rodríguez, M.Ed., Director.—O. C.
N° 20150003.—Solicitud N° 126649.—( IN2018278514 ).
Para los fines consiguientes la Dirección de Servicios de la
Municipalidad de Montes de Oca hace saber que Isabel Vargas Chincilla, cédula
1-0215-0552; ha presentado escritura pública rendida ante el Notario Francisco
Orlando Salinas Aleman, en la que dicen que es titular del derecho de uso N°
217 del bloque 2 del Cementerio de San Pedro y que en este acto le solicitan a
la Unidad Operativa de Cementerios que se traspase a Geannina Ospino Vargas,
cédula 1-0599-0312, quién acepta que quede inscrito a su nombre con las
obligaciones y responsabilidades que de este acto se derivan. La Municipalidad
de Montes de Oca queda exonerada de toda responsabilidad civil y penal y
brindará un plazo de 8 días hábiles a partir de esta publicación para escuchar
objeciones.
Sabanilla de Montes de Oca, 21/06/2018.—Licda.
Joselyn Umaña Camacho, Encargada de Cementerios.—1
vez.— ( IN2018254660 ).
La Municipalidad de Nicoya, convoca a la presentación del Plan
Cantonal para la Gestión Integral de Residuos Sólidos de Nicoya 2018-2023, a
realizarse el 09 de noviembre, a las 08:15 a.m., en la Universidad Nacional,
Campus Nicoya; actividad presidida por el Comité de Residuos Sólidos de Nicoya,
para efectos de exponer el diagnóstico y estrategias del plan. Para consultas o
solicitudes del documento por presentar, puede dirigirse al correo
institucional: gestionambiental@municoya.go.cr o al teléfono: 2685-8792.
Adriana Rodríguez Cárdenas.—1 vez.—(
IN2018285067 ).
SINDICATO DE TRABAJADORAS
DE COMEDORES ESCOLARES Y AFINES
El Comité Ejecutivo del Sindicato de Trabajadoras de Comedores
Escolares SITRACOME, hace su convocatoria a la asamblea general ordinaria,
dedicado a la Sra. Paulina González Céspedes, a realizarse en el Auditorio de
la Conferencia Episcopal de Costa Rica el día viernes
26 de octubre del 2018, a las 09:00 a. m. ubicado sobre calle 20, distrito
Merced, de la ciudad de San José, con el siguiente Orden del Día.
Al no
existir el quórum de ley, los presentes acuerdan realizar la asamblea para el
mismo día viernes 26 de octubre del 2018, a las 09:30
a. m.
1. Apertura.
2. Saludo de la Secretaria General Sra. Rosario Ruiz Ruiz.
3. Saludo del Representante de la CTRN.
4. Saludo del Ministro de Educación Pública M.P.A. Sr. Édgar Mora
Altamirano.
5. Refrigerio.
6. Acto Cultural.
7. Informe del Comité Ejecutivo.
8. Informe de Finanzas y presupuesto a cargo de la Secretaria de
Finanzas, Sra. Cecilia Mora Torres.
9. Almuerzo.
10. Clausura.
San José, 26 de octubre del 2018.—Comité Ejecutivo.—Rosario Ruiz Ruiz, Secretaria General.—1 vez.—(
IN2018281673 ).
ROANI FLOR DE LUNA S. A.
La suscrita, Ana Isabel Barrantes Mora, cédula 1-0387-0679, en calidad
de secretaria con facultades de apoderada generalísima sin límite de suma de la
sociedad Roani Flor de Luna S. A., cédula jurídica N° 3-101-480222, se convoca
a Asamblea General Extraordinaria a celebrarse el 13 de noviembre del 2018, en
San José, San Francisco de Dos Ríos, Urbanización Lomas de San Francisco, casa
14C, para nombrar nueva junta directiva y fiscal. Contactar al teléfono
89809773 con la Licenciada Annette Cambronero Valverde. La primera convocatoria
será a las 15:00 horas y de no haber quórum la segunda será 1 hora después con
el número de socios presentes.—San José, 04 de octubre
del 2018.—Licda Annette Cambronera Valverde, Notaria.—1 vez.—( IN2018285013 ).
CONSULTORIO EDUCATIVO
LINGÜÍSTICO
MATEMÁTICO Y DESARROLLO DE
LA INTELIGENCIA S.A
A solicitud de la socia Ana Isabel Barrantes
Mora, cédula 1-0387-0679, de Consultorio Educativo Lingüístico Matemático y
Desarrollo de la Inteligencia S. A., cédula jurídica 3-101-204938, se convoca a
asamblea general extraordinaria a celebrarse el 13 de noviembre del 2018 en San
José, San Francisco de Dos Ríos, Urbanización Lomas de San Francisco, casa 14C,
para nombrar nueva junta directiva y fiscal y para nombrar apoderado. especial
que cumpla trámite ante Tributación Directa de inscribirse como representante
legal, firme presente declaraciones de rentas y de personas jurídicas, pague impuestos
y montos pendientes, requeridos para poder inscribir los nombramientos.
Contactar al teléfono 89809773 con la Licda. Annette Cambronero Valverde. La
primera convocatoria será a las 13:00 horas y de no haber quórum la segunda
será 1 hora después con el número de socios presentes.—San
José, 4 de octubre del 2018.—Licda Annette Cambronera Valverde.—1 vez.—(
IN2018285014 ).
CONDOMINIO RESIDENCIAL TORINO
De conformidad con el artículo 25 de la ley Reguladora de la propiedad
en Condominio y el Reglamento Interno, se convoca a todos los propietarios del
Condominio Residencial Torino, cedula 3-109-220223, a celebrarse en el aérea
social del condominio el día sábado 27 de octubre del
2018, a las dieciocho horas en primera convocatoria. Si a la hora señalada en
la convocatoria no se reuniese el quórum fijado, sé considerara la asamblea
convocada por segunda vez para veinte minutos después, sea las dieciocho horas
y veinte minutos y convocada en tercera convocatoria para las diecinueve horas
y sesionara válidamente con el número de propietarios que se encuentren
presentes.
Los temas a tratar en dicha asamblea serán los siguientes:
Elección de la nueva
administración.
En caso de que el propietario sea una persona
jurídica o bien propietario persona física, no puede asistir y quiere verse
representado en la asamblea, deberá otorgar un poder especial o carta poder,
debidamente autenticada por un abogado y la personería de quien otorga el
poder. Los inquilinos interesados pueden asistir a la asamblea, con voz, pero
sin voto y deberán llevar personería respectiva y el contrato que acredite su
condición. Únicamente podrá asistir una persona por filial, por razones de
orden y contabilización de votos. La persona que no cumpla con lo indicado no
podrá estar presente en la asamblea. La administradora: Violeta Mora Gómez,
cedula 1-387-095.
Violeta Mora Gómez, Administradora.—1
vez.—( IN2018285031 ).
COMPAÑÍA INDUSTRIAS DE ESPECIES
Y CONDIMENTOS
LA ESTRELLA SOCIEDAD ANÓNIMA
Convocatorias a asamblea general extraordinaria de la Compañía
Industrias de Especies y Condimentos La Estrella Sociedad Anónima, de cedula
jurídica tres-ciento uno noventa y tres mil ciento veinticuatro a celebrar el
día cuatro de noviembre al ser las siete horas, en ausencia de quorum se cita a
segunda convocatoria treinta minutos después de la primera convocatoria y
sesionara una hora después con el quorum presente, en su domicilio social en
San José entre avenida dieciocho y veinte quinientos metros al oeste de abonos
Agro, en las Instalaciones de la Compañía para conocer, a) Verificación del
quórum, B) Revocatoria al cargo de Vise presidente c) Designación del cargo de
Vise Presidente D) Modificación de la Cláusula Segunda del domicilio social.
Lectura y aprobación del texto integral del acta.
María Eugenia Miranda Guevara, Presidenta.—1 vez.—( IN2018285140 ).
PUBLICACIÓN DE SEGUNDA VEZ
MARINA LOFTS SOCIEDAD ANÓNIMA
Para efectos del artículo 689 del Código de Comercio, Lanfranco
Cevoli, mayor, divorciado una vez, empresario, ciudadano de nacionalidad
italiana, pasaporte italiano número YA 1101560, solicita la reposición de los
certificados de acciones común y nominativa y de acción privilegiada números 4
y 5, de Marina Lofts Sociedad Anónima, cédula jurídica N° 3-101-403586.
Cualquier persona interesada al respecto podrá oponerse durante un mes a partir
de la última publicación de este aviso.—Playas del
Coco, 21 de agosto del 2018.—Lic. Fernando Pizarro Abarca, Representante
Legal.—( IN2018276346 ).
PUBLICACIÓN DE PRIMERA VEZ
Conste
que yo: José Antonio Vargas Vargas, cédula de identidad siete-cero cero tres
cuatro-cero cero tres ocho, notifico por este medio al público en general y/o
interesados, que en la ciudad de San José, Costa Rica, y mediante los trámites
previstos en el Código de Comercio y Código Civil, ambos vigentes, he iniciado
los trámites de cancelación y de reposición del siguiente título valor, cheque
de Gerencia, con el número dos siete ocho seis cinco-dos, del Banco Nacional de
Costa Rica, el cual se encuentra extraviado, cheque a nombre de José Antonio
Vargas Vargas, cédula de identidad siete-cero cero tres cuatro-cero cero tres
ocho, por un valor de diez millones de colones, por lo que se solicita al
público en general abstenerse de efectuar cualquier tipo de operación comercial
con dicho cheque. Publíquese tres veces en forma continua en el Diario Oficial La
Gaceta.—San
José, a los seis de setiembre del dos mil dieciocho.—Lic. Marco Ovidio Vargas
Vargas, Abogado y Notario Público.—( IN2018276800 ).
PUBLICACIÓN DE UNA VEZ
TIMMINS S. A.
Por escritura otorgada el día de hoy ante mí, se solicita al Registro
de Personas Jurídicas, la reposición de libros legales de actas de Asamblea
General, Junta Directiva y el de Registro de Accionistas, de la compañía
Timmins S. A., cédula jurídica N° 3-101-240052.—San José, 27 de agosto del
2018.—Lic. José Fernado Carter Vargas, Notario.—1
vez.—( IN2018276430 ).
3-102-739181 S.R.L.
Yo Wilbert Eduardo Boniche Hidalgo, mayor de edad, casado una vez,
ingeniero, cédula de identidad uno-uno cero siete uno-cero cero siete cero, en
mi concepto de gerente y representante legal de Tres-Uno Cero Dos-Siete Tres
Nueve Uno Ocho Uno S.R.L., cédula jurídica: tres-uno cero dos-siete tres nueve
uno ocho uno, domiciliada en San José, Montes de Oca Sabanilla de Montes de
Oca, del Colegio Metodista, veinticinco metros al este y veinticinco metros al
norte apartamentos Santa Cecilia número dos doy aviso que se procederá a la
reposición de los libros número uno de Registro de Socios y Actas de Asamblea
General, los cuales fueron extraviados. Se emplaza por ocho días hábiles a
partir de la publicación, a cualquier interesado a fin de oír objeciones en el
domicilio social indicado.—Ciudad de San José,
veintidós de agosto del dos mil dieciocho.—Wilbert Eduardo Boniche Hidalgo,
Gerente y Representante Legal.—1 vez.—( IN2018276460 ).
GRUATEC DE CENTROAMÉRICA S. A.
Por
extravío, se ha iniciado el procedimiento de reposición del libro de Asamblea
General, Registro de Accionistas y Junta Directiva, de la sociedad: Gruatec de
Centroamérica S. A., cédula jurídica N° 3-101-525759. Oposiciones al correo
electrónico licdafernandezbarboza@gmail.com, dentro del término de cinco días
hábiles a partir de la publicación de este aviso. Publíquese una vez para
efectos de llevar a cabo las diligencias que corresponden para reposición de libros.—San Ramón, 05 de setiembre del 2018.—Licda. Lidia
Teresa Fernández Barboza, Notaria.—1 vez.—( IN2018276521 ).
IMOTEC S. A.
Por extravío, se ha iniciado el procedimiento de reposición del libro
de Asamblea General, Registro de Accionistas y Junta Directiva, de la sociedad:
Imotec S. A., cédula jurídica N° 3-101-503490. Oposiciones al correo
electrónico licdafernandezbarboza@gmail.com, dentro del término de cinco días
hábiles a partir de la publicación de este aviso. Publíquese una vez para
efectos de llevar a cabo las diligencias que corresponden para reposición de libros.—San Ramón, 05 de setiembre del 2018.—Licda. Lidia
Teresa Fernández Barboza, Notaria.—1 vez.—( IN2018276522 ).
EXPLOSIVOS EXPANSIVOS EXPLOCEM
S. A.
Por extravío, se ha iniciado el procedimiento de reposición del libro
de Asamblea General, Registro de Accionistas y Junta Directiva, de la sociedad:
Explosivos Expansivos Explocen S. A., cédula jurídica 3-101-508166. Oposiciones
al correo electrónico licdafernandezbarboza@gmail.com, dentro del término de
cinco días hábiles a partir de la publicación de este aviso. Publíquese una vez
para efectos de llevar a cabo las diligencias que corresponden para reposición
de libros.—San Ramón, 05 de setiembre del 2018.—Licda.
Lidia Teresa Fernández Barboza, Notaria.—1 vez.—( IN2018276523 ).
EMPRESA DE SERVICIOS
METROPOLITANOS ESM S. A.
La Empresa de Servicios Metropolitanos ESM S.A. requiere disponer de
soluciones tecnológicas para el levantamiento en 3D de diferentes tipos de
estructuras mediante equipo de escaneo laser. Las empresas interesadas en
participar en el presente estudio de mercado deberán solicitar los términos de
este, a la dirección de correo electrónico secretaria@esm.go.cr El plazo de
recepción de ofertas será de seis días hábiles a partir de esta publicación.—André Bellido Irías, Gerente General, Empresa
de Servicios Metropolitanos ESM S. A.—1 vez.—( IN2018276623 ).
ASOCIACIÓN ADMINISTRADORA DEL
ASENTAMIENTO
PENINSULA DE TRONADORA TILARÁN
Yo, Gerardo Domingo de La Trinidad Mejías Álvarez, cédula de identidad
N° 5-135-348. en mi calidad de presidente y representante legal de la
Asociación Administradora del Asentamiento Península de Tronadora Tilarán,
cédula jurídica: N° 3-002-241540, solicito al departamento de asociaciones del
registro de personas jurídicas la reposición del libro de registro de socios
número uno, el cual fue extraviado. se emplaza por ocho días hábiles a partir
de la publicación a cualquier interesado a fin de oír objeciones ante el
Registro de Asociaciones, a los 5 días de setiembre del 2018.—Yalta Argentina
Aragón González.—1 vez.—( IN2018276842 ).
ASOCIACIÓN ADMINISTRADORA DEL ACUEDUCTO
Y ALCANTARILLADO SANITARIO DE NUEVO
COLÓN, DISTRITO SARDINAL,
CANTÓN
CARRILLO, PROVINCIA DE
GUANACASTE
Yo,
Ángel Alonso Bustos Peralta, mayor, casado una vez, comerciante, cédula número
cinco-cero trescientos diez-cero quinientos cincuenta y cuatro, vecino de
Nuevo, Colón, Sardinal, Carrillo, Guanacaste, de la escuela trecientos metros
sur, actuando en mi condición de Presidente con facultades de Representante
Judicial y Extrajudicial con carácter de Apoderado Generalísimo sin Límite de
Suma, de la Asociación Administradora del Acueducto y Alcantarillado Sanitario
de Nuevo Colón, Distrito Sardinal, Cantón Carrillo, Provincia de Guanacaste, cédula jurídica tres-cero cero dos-cinco siete ocho cero
ocho nueve, domiciliada en Guanacaste, Carrillo Sardinal, Nuevo Colon, en la
escuela de la localidad, solicito al Departamento de Asociaciones de Personas
Jurídicas la reposición de los libros: Diario, Mayor e Inventario y Balances,
los cuales fueron extraviados. Se emplaza por ocho días hábiles a partir de la
publicación a cualquier interesado, a fin de oír objeciones ante el Registro de
Asociaciones.—Guanacaste, Carrillo, Sardinal, Nuevo
Colón, seis de setiembre del dos mil dieciocho.—Ángel Alonso Bustos Peralta.—1
vez.—( IN2018276874 ).
TINO CARWASH SOCIEDAD ANÓNIMA
Ante esta notaría, Mary Flor Barrientos Bonilla por escritura otorgada
a las nueve horas del seis de setiembre del dos mil dieciocho, se solicita la
reposición de los libros de la sociedad Tino Carwash Sociedad Anónima, cédula
jurídica tres-ciento uno-seis cuatro siete dos ocho uno los cuales fueron extraviados.—Tres Ríos, siete de setiembre del dos mil
dieciocho.—Licda. Mary Flor Barrientos Bonilla, Notaria.—1 vez.—( IN2018276900
).
RINCÓN DE TOLEDO UNO S. A.
Por escritura ante mí, de las 14:00 horas del 6
de setiembre del 2018, se solicitó la reposición de libros de la sociedad
Rincón de Toledo Uno S.A.—San José, 7 de setiembre del 2018.—Lic. Mauricio José
Molina Valverde, Notario.—1 vez.—( IN2018276923 ).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría,
a las 13 horas 30 minutos del 13 de agosto del año 2018, se constituyó la
sociedad denominada Jareca C.C Sociedad Anónima.—San José, 16 de agosto del
2018.—Licda. Jacqueline Eras Martínez, Notaria.—1 vez.—CE2018010981.—(
IN2018279133 ).
Mediante escritura otorgada, ante esta notaría, a las 09 horas 00
minutos del 14 de agosto del año 2018, se constituyó la sociedad denominada Second
River Mercantile Sociedad Anónima.—San José, 16 de agosto del 2018.—Lic. Ricardo
Alberto Murillo Sánchez, Notario.—1 vez.—CE2018010982.—( IN2018279134 ).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 11 horas 00
minutos del 15 de agosto del año 2018, se constituyó la sociedad denominada Nago
Capital Sociedad Anónima.—San
José, 16 de agosto del 2018.—Lic. Casimiro Alberto Vargas Mora, Notario.—1
vez.—CE2018010983.—( IN2018279135 ).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 10 horas 55
minutos del 10 de agosto del año 2018, se constituyó la sociedad denominada Segura
Durán Tres Sociedad Anónima.—San
José, 16 de agosto del 2018.—Licda. Bianchy Magdalena Rodríguez Salas,
Notaria.—1 vez.—CE2018010984.—( IN2018279136 ).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría,
a las 18 horas 00 minutos del 14 de agosto del año 2018, se constituyó la
sociedad denominada Pro Field Services LLC Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San
José, 16 de agosto del 2018.—Lic. Adrián Echeverría Escalante, Notario.—1
vez.—CE2018010985.—( IN2018279137 ).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría,
a las 11 horas 40 minutos del 16 de agosto del año 2018, se constituyó la
sociedad denominada BBH Holdings Jacó LLC Limitada.—San José, 16 de agosto del
2018.—Licda. Silvia Vega Carballo, Notaria.—1 vez.—CE2018010986.—( IN2018279138
).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 10 horas 00
minutos del 01 de agosto del año 2018, se constituyó la sociedad denominada
Distribuidora Cerro Hilarco Calderón y León Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San
José, 16 de agosto del 2018.—Lic. Juan Luis Gómez Gamboa, Notario.—1
vez.—CE2018010987.—( IN2018279139 ).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría,
a las 12 horas 00 minutos del 08 de agosto del año 2018, se constituyó la
sociedad denominada Ecoclima Servicios Técnicos RA Sociedad Anónima.—San
José, 16 de agosto del 2018.—Lic. Wálter Rodríguez Rodríguez, Notario.—1
vez.—CE2018010988.—( IN2018279140 ).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 14 horas 00
minutos del 13 de agosto del año 2018, se constituyó la sociedad denominada Multiservicios
Na-Fra Sociedad Anónima.—San
José, 16 de agosto del 2018.—Licda. Ana Esperanza Vicente Sotela, Notaria.—1
vez.—CE2018010989.—( IN2018279141 ).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría,
a las 15 horas 00 minutos del 16 de agosto del año 2018, se constituyó la
sociedad denominada Authentica Gift Shop Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San
José, 16 de agosto del 2018.—Lic. Arturo Joaquín Blanco Páez, Notario.—1
vez.—CE2018010990.—( IN2018279142 ).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría,
a las 15 horas 00 minutos del 13 de agosto del año 2018, se constituyó la
sociedad denominada Placements Brusselas Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San
José, 16 de agosto del 2018.—Lic. Álvaro Jesús Guevara Gutiérrez, Notario.—1
vez.—CE201801991.—( IN2018279143 ).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría,
a las 12 horas 00 minutos del 16 de agosto del año 2018, se constituyó la
sociedad denominada Suzohapp Costa Rica Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San
José, 16 de agosto del 2018.—Lic. Edgar Odio Rohrmoser, Notario.—1
vez.—CE2018010992.—( IN2018279144 ).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría,
a las 13 horas 00 minutos del 16 de agosto del año 2018, se constituyó la
sociedad denominada Herramientas del Valle Sociedad Anónima.—San José, 16 de agosto del
2018.—Licda. Nuria Solís Sáenz, Notaria.—1 vez.—CE2018010993.—( IN2018279145 ).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 10 horas 00
minutos del 12 de agosto del año 2018, se constituyó la sociedad denominada Inversiones
Escobedo Quirós Sociedad Anónima.—San José, 16 de agosto del 2018.—Lic. Carlos
Ramírez Ulate, Notario.—1 vez.—CE2018010994.—( IN2018279146 ).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría,
a las 15 horas 00 minutos del 03 de agosto del año 2018, se constituyó la
sociedad denominada TMQ Transportes Maquinaria Quesada Sociedad de
Responsabilidad Limitada.—San
José, 16 de agosto del 2018.—Lic. Alban Sing Villalobos, Notario.—1
vez.—CE2018010995.—( IN2018279148 ).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría,
a las 16 horas 00 minutos del 24 de julio del año 2018, se constituyó la
sociedad denominada Vivero Jibeba Sociedad Anónima.—San José, 16 de agosto del
2018.—Licda. Maricela Berrocal Velásquez, Notaria.—1 vez.—CE2018010996.—(
IN2018279149 ).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría,
a las 13 horas 00 minutos del 03 de agosto del año 2018, se constituyó la
sociedad denominada Tecnicolor Digital Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San
José, 16 de agosto del 2018.—Lic. Roberto Antonio Marín Segura, Notario.—1
vez.—CE2018010997.—( IN2018279150 ).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 12 horas 15
minutos del 10 de agosto del año 2018, se constituyó la sociedad denominada Multiservicios
Mavile Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 16 de agosto del
2018.—Lic. Henry Sandoval Gutiérrez, Notario.—1 vez.—CE2018010998.—(
IN2018279151 ).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría,
a las 09 horas 00 minutos del 08 de agosto del año 2018, se constituyó la
sociedad denominada Naturalatex Desarrollos Agroforestales Sociedad Anónima.—San José, 16 de agosto del 2018.—Licda. Vivian
Patricia Conejo Torres, Notaria.—1 vez.—CE2018010999.— ( IN2018279178 ).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría,
a las 18 horas 00 minutos del 16 de agosto del año 2018, se constituyó la
sociedad denominada Tabernazaemm Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San
José, 16 de agosto del 2018.—Lic. Juan Carlos Herrera Flores, Notario.—1
vez.—CE2018011000.—( IN2018279179 ).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 11 horas 55
minutos del 11 de agosto del año 2018, se constituyó la sociedad denominada Infimed
Sociedad Anónima.—San
José, 16 de agosto del 2018.—Lic. Jorge Andres Cordero Leandro, Notario.—1
vez.—CE2018011001.—( IN2018279180 ).
Mediante escritura otorgada, ante esta
notaría, a las 12 horas 00 minutos del 16 de marzo del año 2018, se constituyó
la sociedad denominada SYGA Sociedad Anónima.—San José, 16 de agosto del
2018.—Licda. Vivian Patricia Conejo Torres, Notaria.—1 vez.—CE2018011002.—(
IN201827279181 ).
Mediante escritura otorgada, ante esta
notaría, a las 13 horas 00 minutos del 14 de agosto del año 2018, se constituyó
la sociedad denominada Lest Go Sociedad Anónima.—San José, 16 de agosto del
2018.—Licda. Susan Ginneth Esquivel Céspedes, Notaria.—1 vez.—CE2018011003.—(
IN2018279182 ).
Mediante escritura otorgada, ante esta notaría, a las 14 horas 00
minutos del 16 de agosto del año 2018, se constituyó la sociedad denominada Inversión
Universal Tianhua Sociedad Anónima.—San José, 16 de agosto del 2018.—Licda. Nathalie
Woodbridge Gómez, Notaria.—1 vez.—CE2018011004.—( IN2018279183 ).
Mediante escritura otorgada, ante esta notaría, a las 16 horas 00
minutos del 04 de agosto del año 2018, se constituyó la sociedad denominada AT-Bash
Promo & Entertaiment Sociedad Anónima.—San José, 16 de agosto del
2018.—Lic. Eric Esquivel Carvajal, Notario.—1 vez.—CE2018011005.—( IN2018279184
).
Mediante escritura otorgada, ante esta notaría,
a las 13 horas 13 minutos del 13 de agosto del año 2018, se constituyó la
sociedad denominada Metro Networks CR Limitada Sociedad De Responsabilidad Limitada.—San
José, 17 de agosto del 2018.—Lic. Julio López Esquivel, Notario.—1
vez.—CE2018011006.—( IN2018279185 ).
Mediante escritura otorgada, ante esta notaría, a las 09 horas 34
minutos del 07 de agosto del año 2018, se constituyó la sociedad denominada DRO
Sociedad Anónima.—San
José, 17 de agosto del 2018.—Lic. Carlos Gerardo Monge Carvajal, Notario.—1
vez.—CE2018011007.—( IN2018279186 ).
Mediante escritura otorgada, ante esta notaría, a las 09 horas 00
minutos del 08 de agosto del año 2018, se constituyó la sociedad denominada Bravo/Romeo
Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 17 de agosto del 2018.—Lic. Óscar Venegas
Córdoba, Notario.—1 vez.—CE2018011008.—( IN2018279187 ).
Mediante escritura otorgada, ante esta notaría,
a las 15 horas 30 minutos del 16 de agosto del año 2018, se constituyó la
sociedad denominada Librería y Suministros Santa Rosa Sociedad Anónima.—San
José, 17 de agosto del 2018.—Lic. Denis Mauricio Artavia Cordero, Notario.—1
vez.—CE2018011009.—( IN2018279188 ).
Mediante escritura otorgada, ante esta notaría,
a las 14 horas 30 minutos del 13 de agosto del año 2018, se constituyó la
sociedad denominada Miel de Playa Hermosa Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San
José, 17 de agosto del 2018.—Lic. Federico Torrealba Navas, Notario.—1
vez.—CE2018011010.—( IN2018279189 ).
Mediante escritura otorgada, ante esta notaría, a las 12 horas 30
minutos del 16 de agosto del año 2018, se constituyó la sociedad denominada Biosenose
Limitada.—San
José, 17 de agosto del 2018.—Lic. Enrique Loría Brunker, Notario.—1
vez.—CE2018011011.—( IN2018279190 ).
Mediante escritura otorgada, ante esta notaría,
a las 13 horas 30 minutos del 16 de agosto del año 2018, se constituyó la
sociedad denominada Comercial JA Arango & Valerio Sociedad Anónima.—San
José, 17 de agosto del 2018.—Lic. Edgar Gerardo Lobo Arroyo, Notario.—1
vez.—CE2018011012.—( IN2018279191 ).
Mediante escritura otorgada, ante esta notaría, a las 16 horas 30
minutos del 01 de agosto del año 2018, se constituyó la sociedad denominada Excellent
Cars Sociedad Anónima.—San
José, 17 de agosto del 2018.—Licda. Ivania Araya Vargas, Notaria.—1
vez.—CE2018011013.—( IN2018279192 ).
Mediante escritura otorgada, ante esta notaría, a las 00 horas 00
minutos del 16 de agosto del año 2018, se constituyó la sociedad denominada Wolf
Packarica Limitada.—San
José, 17 de agosto del 2018.—Lic. Paul Oporta Romero, Notario.—1
vez.—CE2018011014.—( IN2018279193 ).
Mediante escritura otorgada, ante esta notaría, a las 16 horas 30
minutos del 13 de agosto del año 2018, se constituyó la sociedad denominada Tomsal
de Costa Rica Sociedad Anónima.—San
José, 17 de agosto del 2018.—Licda. Betzabeth Miller Barquero, Notaria.—1
vez.—CE2018011015.—( IN2018279194 ).
Mediante escritura otorgada, ante esta notaría, a las 14 horas 00 minutos
del 14 de agosto del año 2018, se constituyó la sociedad denominada Programa
de Asistencia al Empleado EAP Latina Costa Rica Sociedad Anónima.—San José, 17 de agosto del
2018.—Lic. Simón Alfredo Valverde Gutiérrez, Notario.—1 vez.—CE2018011016.—( IN2018279195
).
Mediante escritura otorgada, ante esta notaría, a las 10 horas 00
minutos del 16 de agosto del año 2018, se constituyó la sociedad denominada Residencia
Las Arecas R.V. Sociedad Anónima.—San José, 17 de agosto del 2018.—Licda. Glorielena
Alvarado Orozco, Notaria.—1 vez.—CE2018011017.—( IN2018279196 ).
Mediante escritura otorgada, ante esta notaría, a las 11 horas 00
minutos del 16 de agosto del año 2018, se constituyó la sociedad denominada Canción
del Río Limitada.—San
José, 17 de agosto del 2018.—Licda. Ana Patricia Vargas Jara, Notaria.—1
vez.—CE2018011018.—( IN2018279197 ).
Mediante escritura otorgada, ante esta notaría, a las 15 horas 00
minutos del 29 de mayo del año 2018, se constituyó la sociedad denominada LS
Produce Exports Limitada.—San
José, 17 de agosto del 2018.—Lic. Rafael Eduardo Méndez Jiménez, Notario.—1
vez.—CE2018011019.—( IN2018279198 ).
Mediante escritura otorgada, ante esta notaría,
a las 13 horas 00 minutos del 06 de agosto del año 2018, se constituyó la
sociedad denominada Kameza Sociedad Anónima.—San José, 17 de agosto del
2018.—Licda. María Gabriela Paniagua Briceño, Notario.—1 vez.—CE2018011020.—(
IN2018279199 ).
Mediante escritura otorgada, ante esta notaría,
a las 09 horas 00 minutos del 14 de agosto del año 2018, se constituyó la
sociedad denominada Hotel Pibí Boreal Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San
José, 17 de agosto del 2018.—Lic. Óscar Gabriel Cordero Sáenz, Notario.—1
vez.—CE2018011021.—( IN2018279200 ).
Mediante escritura otorgada, ante esta notaría, a las 10 horas 00
minutos del 16 de agosto del año 2018, se constituyó la sociedad denominada Puertas
y Ventanas de PVC Sociedad Anónima.—San José, 17 de agosto del 2018.—Licda. María
Francela Herrera Ulate, Notaria.—1 vez.—CE2018011022.—( IN2018279201 ).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 12 horas 00
minutos del 10 de agosto del año 2018, se constituyó la sociedad denominada CR
Medical de Logística y Suministros Limitada.—San José, 17 de agosto del
2018.—Lic. Óscar Eduardo Álvarez López, Notario.—1 vez.—CE2018011023.—(
IN2018279202 ).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 08 horas 00
minutos del 17 de agosto del año 2018, se constituyó la sociedad denominada
Wackosurf INC Limitada.—San
José, 17 de agosto del 2018.—Lic. Pablo Arias González, Notario.—1
vez.—CE2018011024.—( IN2018279203 ).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría,
a las 18 horas 30 minutos del 16 de agosto del año 2018, se constituyó la
sociedad denominada RE & CA Sociedad Anónima.—San José, 17 de agosto del
2018.—Licda. Carolina María Ulate Zárate, Notaria.—1 vez.—CE2018011025.—(
IN2018279204 ).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría,
a las 14 horas 30 minutos del 14 de agosto del año 2018, se constituyó la
sociedad denominada Costa Vida Mirador Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San
José, 17 de agosto del 2018.—Lic. Adrián Echeverría Escalante, Notario.—1
vez.—CE2018011026.—( IN2018279205 ).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría,
a las 08 horas 20 minutos del 27 de diciembre del año 2017, se constituyó la
sociedad denominada Constructora RCCH de Santa Cruz Sociedad Anónima.—San
José, 17 de agosto del 2018.—Licda. María Gabriela Paniagua Briceño, Notaria.—1
vez.—CE2018011027.—( IN2018279206 ).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 16 horas 00
minutos del 16 de agosto del año 2018, se constituyó la sociedad denominada Cantalarana
Limitada.—San
José, 17 de agosto del 2018.—Lic. Enrique Loría Brunker, Notario.—1
vez.—CE2018011028.—( IN2018279207 ).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría,
a las 17 horas 00 minutos del 09 de agosto del año 2018, se constituyó la
sociedad denominada Villas Oro del Valle Sociedad Anónima.—San José, 17 de agosto del
2018.—Licda. Betsabe Zúñiga Blanco, Notaria.—1 vez.—CE2018011029.—( IN2018279208
).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 18 horas 00
minutos del 17 de julio del año 2018, se constituyó la sociedad denominada Multiservicios
Kurama de Costa Rica Sociedad Anónima.—San José, 17 de agosto del 2018.—Licda. Ileana
Garita Arce, Notaria.—1 vez.—CE2018011030.—( IN2018279209 ).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 11 horas 30
minutos del 16 de agosto del año 2018, se constituyó la sociedad denominada Princess
L And Baby Q Limitada.—San
José, 17 de agosto del 2018.—Lic. Paul Oporta Romero, Notario.—1
vez.—CE2018011031.—( IN2018279210 ).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría,
a las 09 horas 00 minutos del 14 de agosto del año 2018, se constituyó la
sociedad denominada Pakamara DCR Sociedad Anónima.—San José, 17 de agosto del
2018.—Lic. José Antonio Gómez Cortes, Notario.—1 vez.—CE2018011032.—(
IN2018279211 ).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 09 horas 00
minutos del 17 de agosto del año 2018, se constituyó la sociedad denominada Inversiones
Carmiol Sobre la Veintisiete Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 17 de agosto del
2018.—Lic. Alfredo Andreoli González, Notario.—1 vez.—CE2018011033.—(
IN2018279212 ).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 16 horas 30
minutos del 13 de agosto del año 2018, se constituyó la sociedad denominada Tropic
Trade Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 17 de agosto del
2018.—Lic. Arvid Bokenfohr Solís, Notario.—1 vez.—CE2018011034.—( IN2018279213
).
Ante mi, Óscar Venegas Córdoba, notario público
de San José, mediante escritura pública número ciento treinta, visible a folio
ciento ochenta y uno frente del tomo catorce de mi protocolo, al ser las ocho
horas veinticinco minutos del diez de setiembre del dos mil dieciocho, se fusionaron
por absorción las sociedades Mango Marbella Limitada, cédula jurídica
3-102-343617, domiciliada en Guanacaste, Nicoya, Bocas de Nosara, Urbanización
Playas de Nosara, casa G-veinticinco, JM Ventures Sociedad de
Responsabilidad Limitada, cédula jurídica 3-102-620615, domiciliada en San
José, Escazú, San Rafael, Guachipelín, Multipark oficina número cuarenta y uno
y Tubo Azul Sociedad Anónima, cédula jurídica número 3-101-129523,
domiciliada en San José, prevaleciendo esta última sobre todas las otras
sociedades dichas. Consecuentemente, se reforma el pacto constitutivo de la
sociedad prevalente en su cláusula segunda modificando su domicilio social y en
su cláusula quinta aumentando el capital social. Emplácese a los interesados
para que dentro del plazo de ley se apersonen a manifestar sus oposiciones en
San José, Escazú, San Rafael, Guachipelín, Multipark, oficina 41.—San José, 17
de setiembre del 2018.—Lic. Óscar Venegas Córdoba, Notario Público.—1
vez.—( IN2018279554 ).
Dirección
de Recursos Humanos
PUBLICACIÓN DE TERCERA VEZ
Expediente N° 419-2018. La Dirección de Recursos Humanos a: Soto
Castro Luis Ángelo, cédula N° 1-0690-0273
HACE SABER:
I.—Que en su nombre se ha iniciado la
instrucción del expediente disciplinario Nº 419-2018, de conformidad con el
procedimiento establecido al efecto en el Estatuto de Servicio Civil, por la
supuesta comisión de faltas a los deberes inherentes al cargo.
II.—De la
información substanciada existen elementos probatorios para imputarle el
siguiente supuesto hecho:
Que en su condición de Profesor de Idioma Extranjero -especialidad
Inglés- en la Escuela Fray Casiano de Madrid, adscrita a la Dirección Regional
de Educación de Puntarenas, supuestamente se ausentó de sus labores los días
01, 04, 05, 06, 07, 08, 11, 12, 13, 14, 15, 18, 19, 20, 21, 22, 25, 26, 27, 28,
29 de junio del 2018; lo anterior sin dar aviso oportuno a su superior
inmediato y sin aportar dentro del término normativamente previsto, justificación
posterior alguna. (Ver folios 01 al 70 del expediente disciplinario).
III.—Que de ser cierto el hecho que se le atribuye, usted incurriría
en faltas graves o de alguna gravedad, según las obligaciones y deberes de su
cargo, tal y como se establece en los artículos 57 incisos a), c) y h) del
Estatuto de Servicio Civil; 8 inciso b); 11 inciso e),12 incisos k) y l) del
Reglamento de la Carrera Docente, artículo 63 del Reglamento Autónomo de
Servicio del Ministerio de Educación Pública, todos en concordancia con el
artículo 81 inciso g) del Código de Trabajo; lo que eventualmente acarrearía
una sanción que podría ir desde una suspensión sin goce de salario hasta la
presentación de las gestiones de autorización de despido ante el Tribunal de la
Carrera Docente.
IV.—Que se le emplaza para que ejerza su derecho de defensa dentro de
los diez días hábiles siguientes al recibo de la presente notificación,
de conformidad con lo dispuesto en el artículo 69 del Estatuto de Servicio
Civil y ofrecer las pruebas que estimare pertinentes. Si fueren testimoniales,
indicará los hechos sobre los que versarán las respectivas deposiciones, así
como la correspondiente dirección de los testigos, bajo apercibimiento de poder
ser declarada inadmisible la referida prueba, de no cumplirse con lo requerido.
Para el
ejercicio pleno de su derecho de defensa, puede tener acceso al expediente
disciplinario iniciado al efecto y hacerse representar por un abogado.
V.—Que la defensa deberá formularse por escrito ante el Departamento
de Gestión Disciplinaria de la Dirección de Recursos Humanos del Ministerio de
Educación Pública, ubicado en el Edificio ROFAS, cuarto piso, frente a
emergencias del Hospital San Juan de Dios, debiendo señalar medio o lugar para
atender notificaciones, bajo apercibimiento que en caso contario quedará
notificada de forma automática dentro de las 24 horas siguientes, de
conformidad con el artículo 11 de la Ley de Notificaciones Judiciales N° 8687.
La no presentación de la defensa hará presumir la renuncia al ejercicio de ese
derecho en esta etapa procedimental.
VI.—Que
contra este traslado de cargos se pueden interponer los recursos ordinarios de
revocatoria, -ante esta instancia- y de apelación -ante el Tribunal de Carrera
Docente- de conformidad con lo previsto en el artículo 66 del Estatuto de
Servicio Civil, siempre que se presenten dentro de los cinco días siguientes a
la notificación de este acto.
San José, 01 de agosto del 2018.—Yaxinia Díaz Mendoza, Directora.—O.C. Nº 3400035728.—Solicitud Nº 6204.— (
IN2018276153 ).
PUBLICACIÓN DE SEGUNDA VEZ
Expediente número 334-2018.—La Dirección de Recursos Humanos.—A: Miranda Rodríguez Stephanie Priscilla, cédula N°
01-1336-0754, hace saber:
I.—Que a su nombre se ha iniciado la instrucción de un expediente
disciplinario, de conformidad con el procedimiento establecido al efecto en el
Estatuto de Servicio Civil, por la supuesta comisión de faltas a los deberes
inherentes al cargo.
II.—De la
información substanciada existen elementos probatorios para imputarle los
siguientes supuestos hechos:
Que en su condición de Profesor de Enseñanza Media en el Liceo de Cot
Francisco J. Orlich, de la Dirección Regional de Educación de Cartago,
supuestamente, no se presentó a laborar los días 28, 29 y 30 de mayo; 04, 05,
06, 11, 12 y 13 de junio; ambos del 2018, lo anterior sin dar aviso oportuno a
su superior inmediato y sin aportar dentro del término normativamente previsto,
justificación posterior alguna. (Ver folios 01 al 22 del expediente de marras)
III.—Que de ser cierto el hecho que se le atribuye, usted incurriría
en faltas graves o de alguna gravedad, según las obligaciones y deberes de su
cargo, tal y como se establece en el artículo 57 incisos a) y h) del Estatuto
de Servicio Civil; artículo 81 inciso g) del Código de Trabajo; artículos 8
incisos b) y 12 inciso k) del Reglamento de la Carrera Docente; lo que podrá
acarrear una sanción que iría desde suspensión sin goce de salario hasta de
treinta días, o el Cese de Interinidad sin Responsabilidad para la
Administración.
IV.—Que se le emplaza para que ejerza su derecho de defensa dentro de
los diez días hábiles siguientes al recibo de la presente notificación, de
conformidad con lo dispuesto en el artículo 69 del Estatuto de Servicio Civil y
ofrecer las pruebas que estimare pertinentes. Si fueren testimoniales, indicará
los hechos sobre los que versarán las respectivas deposiciones, así como la
correspondiente dirección de los testigos, bajo apercibimiento de poder ser
declarada inadmisible la referida prueba, en caso de incumplimiento. Para el
ejercicio pleno de su derecho de defensa puede tener acceso al expediente
disciplinario iniciado al efecto y hacerse representar por un abogado.
V.—Que la
defensa deberá formularse por escrito ante el Departamento de Gestión
Disciplinaria de la Dirección de Recursos Humanos del Ministerio de Educación
Pública, ubicado en el Edificio Rofas, cuarto piso, frente a emergencias del
Hospital San Juan de Dios, debiendo señalar medio o lugar para atender
notificaciones, bajo apercibimiento que en caso contario quedará notificada de
forma automática dentro de las 24 horas siguientes, de conformidad con el
artículo 11 de la Ley de Notificaciones Judiciales N° 8687. La no presentación
de la defensa hará presumir la renuncia al ejercicio de ese derecho en esta
etapa procedimental.
VI.—Que contra este traslado de cargos se pueden interponer los
recursos ordinarios de revocatoria, ante esta instancia y el de apelación para
ante el Despacho de la Ministra de Educación Pública de conformidad con lo
previsto en los artículos 345 y 346 de la Ley General de la Administración
Pública, siempre que se haya presentado dentro de las 24 horas siguientes a la
notificación de este acto.
San José, 29 de junio del 2018.—Yaxinia Díaz
Mendoza, Directora.—O. C. N° 3400035728.—Solicitud N°
3133.—( IN2018280912 ).
JUNTA DE
PENSIONES E INDEMNIZACIONES DE GUERRA
JPIGTA-EP-475-2018.—Junta de Pensiones e Indemnizaciones de Guerra.—San José a las 9:00 horas del 08 de junio del 2018.
Diligencias de caducidad de pensión por mandato de Ley 1922 del 05 de agosto de
1955, Régimen de Guerra, de José Vidal Solano Céspedes, portador de la cédula
de identidad N° 1-1570-625.
Resultando:
a) El señor José Vidal Solano
Céspedes, es hijo de Carlos Ramón Solano Fernández, quien disfrutó de Pensión
de Guerra y falleció el 09 de noviembre del 2008.
b) Consta
certificación visible a folio 45, emitida por el Registro Civil y que obra en
el expediente administrativo, que establece que el señor José Vidal Solano
Céspedes, nació el 14 de mayo de 1994, alcanzando los 18 años
de edad el 14 de mayo del 2012.
c) El
señor José Vidal Solano Céspedes, disfruta de pensión por Traspaso de Guerra,
otorgada por resolución RMT-2323-2010, de las 09:00 horas del 23 de junio de
2010.
d) Que
no consta en el expediente administrativo acreditación del señor José Vidal
Solano Céspedes de estado civil, de que no es asalariada y que está estudiando
regularmente a partir del 14 de mayo del 2012.
e) Este
Despacho conoce las presentes diligencias de conformidad con la Ley N° 1922 del
05 de agosto de 1955.
Considerando:
Esta Junta de oficio ha realizado un análisis de los autos,
determinando que el señor José Vidal Solano Céspedes, a partir del 14 de mayo
del 2012, fecha en que cumplió los 12 años de edad, no acreditó estudios, por
lo cual, a partir de ese momento, no se encuentra dentro de los presupuestos
del artículo 12 del Reglamento de Invalidez, Vejez y Muerte de la Caja
Costarricense de Seguro Social, y artículo 22 de la Ley 1922 de 05 de agosto de
1955, que contempla como beneficiarios de la pensión a las hijos menores o
incapacitados o a los que, aunque mayores de dieciocho y menores de veinticinco
años de edad, que sean estudiantes en una institución de Educación Superior,
por lo que no le asiste el derecho a continuar disfrutando del beneficio
jubilatorio que oportunamente se le otorgó, razón por lo que se procede a
declarar la caducidad del mismo. En consecuencia, se ordena al Núcleo de Pagos
de Regímenes Especiales del Departamento de Gestión de Pagos de esta Dirección
proceder a retener y anular los giros emitidos por concepto de pensión a nombre
del señor José Vidal Solano Céspedes, así como excluir de la planilla de
pensionados al citado beneficiario a partir del 14 de mayo del 2012, tomando en
consideración las fechas límites de presentación de movimientos de planillas
que establece el Ministerio de Hacienda. Asimismo, una vez realizada la
exclusión correspondiente, se ordena proceder a realizar el estudio contable
correspondiente, a fin de que se determinen las sumas giradas en forma indebida
al señor José Vidal Solano Céspedes, desde el 14 de mayo del 2012 y hasta la
efectiva exclusión de planillas del beneficio jubilatorio indicado, como en
derecho corresponde. Por tanto,
LA JUNTA NACIONAL DE PENSIONES,
RESUELVE
Declarar la caducidad de la pensión por Traspaso de la Ley del Régimen
de Guerra, N° 1922 del 05 de agosto de 1955, del señor José Vidal Solano
Céspedes, de calidades indicadas, por las razones señaladas en la parte
considerativa de la presente resolución. Todo lo anterior de conformidad con la
Directriz N° 008-2011 de las 11:11 horas del 28 de febrero del 2011 la cual fue
modificada por la Directriz 015-2013-MTSS del 06 de mayo del 2013. Tiene el
interesado cinco días hábiles a partir de la notificación de esta resolución,
para interponer el Recurso de Apelación, para ante el Ministro de Trabajo y
Seguridad Social de conformidad con el artículo 23 de la Ley N° 1922 de 05 de
agosto de 1955 y Ley N° 7302 del 15 de julio de 1992. Notifíquese y comuníquese
al Núcleo de Pagos de Regímenes Especiales del Departamento de Gestión Pagos.—Luis Paulino Mora Lizano, Director Nacional de
Pensiones.—Andrés Arias Rodríguez, Director General Administrativo.—Ericka
Álvarez Ramírez, Directora Nacional de Seguridad Social.—1 vez.—O. C. N°
3400037538.—Solicitud N° 002-2018-DNP.—( IN2018276699 ).
JPIGTA-EP-474-2018.—Junta de Pensiones e Indemnizaciones de Guerra,
San José a las 09:05 horas del 08 de junio del 2018. Diligencias de caducidad
de pensión por mandato de Ley 1922 del 05 de agosto de 1955, Régimen de Guerra,
de Flora Amalia Solano Céspedes, portadora de la cédula de identidad N°
6-430-521.
Resultando:
La señora(ita) Flora Amalia Solano Céspedes, es hija de Carlos Ramón
Solano Fernández, quien disfrutó de Pensión de Guerra y falleció el 09 de
noviembre del 2008.
Consta certificación visible a folio 47,
emitida por el Registro Civil y que obra en el expediente administrativo, que
establece que la señora(ita) Flora Amalia Solano Céspedes, nació el 24 de marzo
de 1996, alcanzando los 18
años de edad el 24 de marzo del 2014.
La señora(ita) Flora Amalia Solano Céspedes,
disfruta de pensión por traspaso de guerra, otorgada por resolución
RMT-2321-2010, de las 09:00 horas del 23 de junio de 2010.
Que no consta en el expediente administrativo
acreditación de la señora(ita) Flora Amalia Solano Céspedes de estado civil, de
que no es asalariada y que está estudiando regularmente a partir del 24 de
marzo del 2014.
Este Despacho conoce las presentes diligencias
de conformidad con la Ley N° 1922 del 05 de agosto de 1955.
Considerando:
Esta junta de oficio ha realizado un análisis de los autos,
determinando que la señora(ita) Flora Amalia Solano Céspedes, a partir del 24
de marzo del 2014, fecha en que cumplió los 18 años de edad, no acreditó
estudios, por lo cual, a partir de ese momento, no se encuentra dentro de los
presupuestos del artículo 12 del Reglamento de Invalidez Vejez y Muerte de la
Caja Costarricense del Seguro Social y artículo 22 de la Ley 1922 de 05 de
agosto de 1955, que contempla como beneficiarios de la pensión a los hijos
menores o incapacitados o a los que, aunque mayores de dieciocho y menores de
veinticinco años de edad, que sean estudiantes en una institución de Educación
Superior, por lo que no le asiste el derecho a continuar disfrutando del
beneficio jubilatorio que oportunamente se le otorgó, razón por lo que se
procede a declarar la caducidad del mismo. En consecuencia, se ordena al Núcleo
de Pagos de Regímenes Especiales del Departamento de Gestión de Pagos de esta
Dirección proceder a retener y anular los giros emitidos por concepto de
pensión a nombre de la señora(ita) Flora Amalia Solano Céspedes, así como
excluir de la planilla de pensionados al citado beneficiario a partir del 24 de
marzo del 2014, tomando en consideración las fechas límites de presentación de
movimientos de planillas que establece el Ministerio de Hacienda. Asimismo, una
vez realizada la exclusión correspondiente, se ordena proceder a realizar el
estudio contable correspondiente, a fin de que se determinen las sumas giradas
en forma indebida a la señora(ita) Flora Amalia Solano Céspedes, desde el 24 de
marzo del 2014 y hasta la efectiva exclusión de planillas del beneficio
jubilatorio indicado, como en derecho corresponde. Por tanto,
LA JUNTA NACIONAL DE PENSIONES,
RESUELVE
Declarar la caducidad de la pensión por Traspaso de la Ley del Régimen
de Guerra, N° 1922 del 05 de agosto de 1955, de la señora(ita) Flora Amalia
Solano Céspedes, de calidades indicadas, por las razones señaladas en la parte
considerativa de la presente resolución. Todo lo anterior de conformidad con la
Directriz N°008-2011 de las 11:11 horas del 28 de febrero del 2011, la cual fue
modificada por la Directriz 015-2013-MTSS del 06 de mayo del 2013. Tiene la
interesada cinco días hábiles a partir de la notificación de esta resolución,
para interponer el Recurso de Apelación, para ante el Ministro de Trabajo y
Seguridad Social de conformidad con el artículo 23 de la Ley N° 1922 del 05 de
agosto de 1955 y Ley 7302 del 15 de julio de 1992. Notifíquese y comuníquese al
Núcleo de Pagos de Regímenes Especiales del Departamento de Gestión Pagos.—Luis Paulino Mora Lizano, Director Nacional de
Pensiones.—Andrés Aris Rodríguez, Director General Administrativo.—Erick
Álvarez Ramírez, Directora Nacional de Seguridad Social.—1 vez.—O. C. Nº
3400037538.—Solicitud Nº 003-2018-DNP.—( IN2018276705 ).
JPIGTA-EP-472-2018.—Junta de Pensiones e Indemnizaciones de Guerra.—San José a las 9 horas del 1 de junio del 2018.
Diligencias de caducidad de pensión por mandato de Ley N° 1922 del 5 de agosto
de 1955, Régimen de Guerra, de Yoselin Méndez Sánchez, portador de la cédula de
identidad Nº 5-424-688.
Resultando:
a) La señorita Yoselin Méndez
Sánchez, es hija de Enrique Méndez Brenes, quien disfrutó de Pensión de Guerra
y falleció el 04 de junio del 2008.
b) Consta
certificación visible a folio 43, emitida por el Registro Civil y que obra en
el expediente administrativo, que establece que la señorita Yoselin Méndez
Sánchez, nació el 08 de noviembre de 1998, alcanzando los 18 años
de edad el 80 de noviembre del 2016.
c) La
señorita Yoselin Méndez Sánchez, disfruta de pensión por Traspaso de Guerra,
otorgada por resolución RMT-972-2009, de las 8:00 horas del 18 de marzo de 2009.
d) Que
no consta en el expediente administrativo acreditación de la señorita Yoselin
Méndez Sánchez de estado civil, de que no es asalariada y que está estudiando
regularmente a partir del 08 de noviembre del 2016.
e) Este
Despacho conoce las presentes diligencias de conformidad con la Ley N° 1922 del
5 de agosto de 1955.
Considerando:
Esta junta de oficio ha
realizado un análisis de los autos, determinando que la señorita Yoselin Méndez
Sánchez, a partir del 08 de noviembre del 2016, fecha en que cumplió los 18
años de edad, no acredito estudios, por lo cual, a partir de ese momento, no se
encuentra dentro de los presupuestos del artículo 12 del Reglamento de
Invalidez Vejez y Muerte de la Caja Costarricense del Seguro Social, y artículo
22 de la Ley 1922 de 5 de agosto de 1955, que contempla como beneficiarios de
la pensión a los hijos menores o incapacitados o a los que, aunque mayores de
dieciocho y menores de veinticinco años de edad, que sean estudiantes en una
institución de Educación Superior, por lo que no le asiste el derecho a
continuar disfrutando del beneficio jubilatorio que oportunamente se le otorgó,
razón por lo que se procede a declarar la caducidad del mismo. En consecuencia, se ordena al Núcleo de Pagos
de Regímenes Especiales del Departamento de Gestión de Pagos de esta Dirección
proceder a retener y anular los giros emitidos por concepto de pensión a nombre
de la señorita Yoselin Méndez Sánchez, así como excluir de la planilla de
pensionados al citado beneficiario a partir del 08 de noviembre del 2016,
tomando en consideración las fechas límites de presentación de movimientos de
planillas que establece el Ministerio de Hacienda. Asimismo, una vez realizada
la exclusión correspondiente, se ordena proceder a realizar el estudio contable
correspondiente, a fin de que se determinen las sumas giradas en forma indebida
a la señorita Yoselin Méndez Sánchez, desde el 08 de noviembre del 2016 y hasta
la efectiva exclusión de planillas del beneficio jubilatorio indicado, como en
derecho corresponde. Por tanto,
LA JUNTA NACIONAL DE PENSIONES, RESUELVE
Declarar la caducidad de la pensión por
Traspaso de la Ley del Régimen de Guerra, Nº 1922 del 05 de agosto de 1955, de
la señorita Yoselin Méndez Sánchez, de calidades indicadas, por las razones señaladas
en la parte considerativa de la presente resolución. Todo lo anterior de
conformidad con la Directriz Nº 008-2011 de las 11:11 horas del 28 de febrero
del 2011 la cual fue modificada por la Directriz 015-2013-MTSS del 06 de mayo
del 2013. Tiene la interesada cinco días hábiles a partir de la notificación de
esta resolución, para interponer el Recurso de Apelación, para ante el Ministro
de Trabajo y Seguridad Social de conformidad con el artículo 23 de la Ley Nº
1922 de 5 de agosto de 1955 y ley 7302 del 15 de julio de 1992. Notifíquese y
comuníquese al Núcleo de Pagos de Regímenes Especiales del Departamento de
Gestión Pagos.—Luis Paulino Mora Lizano, Director
Nacional de Pensiones.—Andrés Arias Rodríguez, Director General
Administrativo.—Erick Álvarez Ramírez, Directora Nacional de Seguridad
Social.—1 vez.—O. C. Nº 3400037538.—Solicitud Nº 004-2018-DNP.—( IN2018276706
).
JUNTA ADMINISTRATIVA DEL
REGISTRO NACIONAL
REGISTRO DE PERSONAS JURÍDICAS
PUBLICACIÓN DE PRIMERA VEZ
Se hace saber al señor Antonio Tomasello Mineo, pasaporte número
121806705, en su calidad de Poderdante del poder inscrito al tomo 2018, asiento
82280, consecutivo 1, secuencia 1, que a través del expediente N° DPJ-044-2018
del Registro de Personas Jurídicas, se está conociendo diligencia
administrativa en contra de la inscripción del poder inscrito al Tomo 2018
Asiento 82280, consecutivo 1, secuencia 1. A efecto de proceder como en derecho
corresponde, otorgando el debido proceso a los interesados, todo ello, con fundamento
en la circular DRPJ 11-2010 del 25 de agosto del año 2010, dictada por la
Dirección de este registro, de conformidad con lo estipulado por el artículo 97
del Reglamento del Registro Público, que es Decreto Ejecutivo N° 26771-J de 18
de marzo de 1998 y sus reformas, se ha ordenado consignar advertencia
administrativa de manera preventiva en la inscripción registral del citado
poder, y por este medio se le confiere audiencia por el plazo de quince días
hábiles contados a partir del día siguiente al de la tercera publicación del
presente edicto, a efecto de que dentro del plazo indicado, presente los
alegatos que a su derecho convenga. Publíquese por 3 veces consecutivas en el
Diario Oficial La Gaceta.—Curridabat,
22 de agosto del año 2018.—Lic. Juan Carlos Sánchez García, Asesor Legal,
Registro de Personas Jurídicas.—O. C. Nº OC18-0003.—Solicitud Nº 126061.—(
IN2018276828 ).
PUBLICACIÓN DE UNA VEZ
REGISTRO INMOBILIARIO
Se hace saber a Víctor Manuel González García, cédula de identidad
2-239-755, como titular de la finca del Partido de Alajuela matrícula 526523,
que en este Registro se iniciaron Diligencias Administrativas, relacionadas con
una presunta inconsistencia entre las fincas del partido de Alajuela, matrículas
cuatrocientos trece mil quinientos veintisiete (413527) y quinientos veintiséis
mil quinientos veintitrés (526523). Por lo anterior esta Asesoría mediante
resolución de las 08:00 horas del 09 de setiembre del 2016, ordenó la apertura
del expediente 2016-058-RIM. Mediante resolución de las 13:10 horas del 22
agosto del 2018, cumpliendo el principio del debido proceso, se dictó
audiencia, autorizándose la publicación por una única vez de edicto para
conferir audiencia a las personas mencionadas, por el término de quince días
contados a partir del día siguiente de la respectiva publicación La Gaceta;
para que dentro de dicho término presente los alegatos correspondientes y se le
previene que dentro del término establecido para audiencia señalar facsímil o
casa u oficina dentro de la ciudad de San José para oír notificaciones,
conforme al artículo 22 inciso b) del Decreto Ejecutivo 35509 que es el
Reglamento de Organización del Registro Inmobiliario, bajo apercibimiento, que
de no cumplir con lo anterior, las resoluciones se tendrán por notificadas
veinticuatro horas después de dictadas. Igual consecuencia se producirá si el
lugar señalado fuere impreciso, incierto o ya no existiere, conforme al
artículo 11 de la Ley 8687 Ley de Notificaciones Judiciales. Notifíquese.
(Referencia Exp. 2016-058-RIM).—Curridabat, 22 de
agosto del 2018.—Lic. Alejandro Madrigal Quesada, Asesor Jurídico del Registro
Inmobiliario.—1 vez.—O. C. N° OC18-0074.—Solicitud N° 126693.—( IN2018276829 ).
Se hace saber a María Florinda Umaña Hidalgo, cédula 9-062-017, en su
condición de usufructuaria del derecho 002 en la finca 198131, que en este
Registro se iniciaron Diligencias Administrativas por resolución de las 11:00
horas del 03/11/2018 debido a traslape con la finca 6-19251 y con el objeto de
cumplir con el principio constitucional del debido proceso, por resolución de
las 09:40 horas del 05 de febrero del 2018, se autorizó la publicación por una
única vez de un edicto para conferirles audiencia, por el término de 15 días
contados a partir del día siguiente de la publicación en el Diario Oficial La
Gaceta; a efecto de que dentro de dicho término presenten los alegatos que
a sus derechos convenga, y se les previene que dentro del término establecido,
debe señalar fax o correo electrónico donde oír notificaciones, conforme al
artículo 22 inciso b) del Decreto Ejecutivo 35509 que es el Reglamento de
Organización del Registro Inmobiliario, bajo apercibimiento, que de no cumplir
con lo anterior, las resoluciones se tendrán por notificadas 24 horas después
de dictadas. Igual consecuencia se producirá si el lugar señalado fuere
impreciso, incierto o ya no existiere, conforme a los artículos 20 y 21 de la
Ley Sobre Inscripción de Documentos en el Registro Público N° 3883, el artículo
11 de la Ley de Notificaciones Judiciales N° 8687, en correlación con el
artículo 185 del Código Procesal Civil. Notifíquese. (Referencia Exp.
2017-1118-RIM).—Curridabat, 05 de setiembre del
2018.—Lic. María Auxiliadora Gutiérrez Acevedo, Asesoría Jurídica Registro
Inmobiliario.—1 vez.—O. C. Nº OC18-0074.—Solicitud Nº 127303.—( IN2018276841 ).
SUCURSAL LA UNIÓN
De
conformidad con el artículo 20 del Reglamento para Verificar el Cumplimiento de
las Obligaciones Patronales y de Trabajadores Independientes por ignorase el
domicilio actual del patrono Olmelan Servicios Profesionales Sociedad Anónima,
número patronal 2-3101396-001-001, la Sucursal La Unión notifica Traslado de
Cargos del 09 de julio 2018, caso N° 1205-2018-1937, por eventuales omisiones
salariales del trabajador Cristóbal José Moreno, en los meses de agosto 2014 a
noviembre 2014, por un monto de ¢290.519,00 en cuotas obrero patronales.
Consulta expediente en Cartago, La Unión, Tres Ríos, frente a la entrada del
costado norte, del Cementerio de Tres Ríos. Se le confiere 10 días hábiles a
partir del quinto día siguiente de su publicación, para ofrecer pruebas de
descargo y hacer las alegaciones jurídicas pertinentes. Se previene señalar
lugar o medio para notificaciones dentro del perímetro administrativo
establecido por el Juzgado de Menor Cuantía de La Unión; de no indicarlo las
resoluciones posteriores se tendrán por notificadas con solo el transcurso de
24:00 horas a partir de la fecha de resolución. Notifíquese.—La
Unión, 27 de julio del 2018.—Lic. Jolmny Sanabria Solano, Jefe Sucursal La
Unión.—1 vez.—( IN2018276773 ).
De
conformidad con el artículo 20 del Reglamento para Verificar el Cumplimiento de
las Obligaciones Patronales y de Trabajadores Independientes por ignorase el domicilio
actual del patrono Sistemas para Automatización y Domótica Sociedad Anónima,
número patronal 2-3101401023-001-001, la Sucursal La Unión notifica Traslado de
Cargos del 11 de enero 2018, caso N° 1205-2018-00023, por eventuales omisiones
salariales del trabajador Sergio Enrique Díaz Calderón, en los meses de
setiembre 2008 a agosto 2013, por un monto de ¢6.691.021,00 en cuotas obrero
patronales. Consulta expediente en Cartago, La Unión, Tres Ríos, frente a la
entrada del costado norte del Cementerio de Tres Ríos. Se le confiere 10 días
hábiles a partir del quinto día siguiente de su publicación, para ofrecer
pruebas de descargo y hacer las alegaciones jurídicas pertinentes. Se previene
señalar lugar o medio para notificaciones dentro del perímetro administrativo
establecido por el Juzgado de Menor Cuantía de La Unión; de no indicarlo las
resoluciones posteriores se tendrán por notificadas con solo el transcurso de
24 horas a partir de la fecha de resolución. Notifíquese.—La
Unión, 27 de julio del 2018.—Licda. Rocío Fonseca Rojas, Jefe a. í.—1 vez.—( IN2018276774 ).