LA GACETA 141 DEL 29 DE JULIO DEL 2019

PODER EJECUTIVO

DECRETOS

N° 41473-MP-T-MCJ

N° 41640-C

DOCUMENTOS VARIOS

AGRICULTURA Y GANADERÍA

EDUCACIÓN PÚBLICA

JUSTICIA Y PAZ

AMBIENTE Y ENERGÍA

TRIBUNAL SUPREMO DE ELECCIONES

EDICTOS

CONTRALORÍA GENERAL DE LA REPÚBLICA

AVISOS

CONTRATACIÓN ADMINISTRATIVA

LICITACIONES

CAJA COSTARRICENSE DE SEGURO SOCIAL

INSTITUTO NACIONAL DE APRENDIZAJE

MUNICIPALIDADES

ADJUDICACIONES

CAJA COSTARRICENSE DE SEGURO SOCIAL

INSTITUTO NACIONAL DE APRENDIZAJE

VARIACIÓN DE PARÁMETROS

CAJA COSTARRICENSE DE SEGURO SOCIAL

NOTIFICACIONES

CAJA COSTARRICENSE DE SEGURO SOCIAL

FE DE ERRATAS

CAJA COSTARRICENSE DE SEGURO SOCIAL

INSTITUTO COSTARRICENSE DE ACUEDUCTOS

Y ALCANTARILLADOS

MUNICIPALIDADES

INSTITUCIONES DESCENTRALIZADAS

UNIVERSIDAD DE COSTA RICA

PATRONATO NACIONAL DE LA INFANCIA

SUPERINTENDENCIA DE TELECOMUNICACIONES

RÉGIMEN MUNICIPAL

MUNICIPALIDAD DE MONTES DE OCA

MUNICIPALIDAD DE LA CRUZ

MUNICIPALIDAD DE ESPARZA

MUNICIPALIDAD DE PARRITA

AVISOS

CONVOCATORIAS

AVISOS

NOTIFICACIONES

CAJA COSTARRICENSE DE SEGURO SOCIAL

FE DE ERRATAS

MUNICIPALIDADES

PODER EJECUTIVO

DECRETOS

41473-MP-T-MCJ

EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

Y LOS MINISTROS DE LA PRESIDENCIA,

CULTURA Y JUVENTUD, Y TURISMO

En uso de las facultades que les confieren los artículos 140 incisos 8), 18) y 20); 146 de la Constitución Política; los artículos 25 inciso 1), 27 inciso 1) y 28 inciso 2), acápite b) de la Ley General de la Administración Pública, Ley 6227 del 02 de mayo de 1978 y los artículos 4 y 5, de la Ley Orgánica del Instituto Costarricense de Turismo, Ley 1917 del 30 de julio de 1955.

Considerando:

I.—Que la Municipalidad de San José junto al artista Jorge Jiménez Deredia, presentarán la exposición titulada “Jiménez Deredia en San José, la Fuerza y la Universalidad de La Esfera”, la cual forma parte de un circuito internacional de exposiciones del maestro Jiménez Deredia, que dio inicio en el año 2003 y ha recorrido: de Florencia a Roma, de Valencia a Trapani, de La Baule en Francia a Ciudad de México, de Lucca en Italia a Miami.

II.—Que la inspiración artística del artista Jiménez Deredia, ha estado ligada a sus orígenes costarricenses, siendo uno de sus principales elementos las esferas de la cultura precolombina Boruca de Costa Rica.

III.—Que con esta exposición Jiménez Deredia busca trasmitir a través de su obra y de su pensamiento, una idea de mundo vinculada a una visión esférica de la vida, más que una exposición, es un momento de reflexión en donde el espectador podrá profundizar una visión del ser costarricense y tener así la posibilidad de entrar en contacto gratuitamente con esculturas de grandes dimensiones y con un pensamiento estructurado.

IV.—Que este proyecto cuenta con el patrocinio del Instituto Costarricense de Electricidad, el Instituto Nacional de Seguros, el Instituto Costarricense de Turismo, la empresa FIFCO y el BAC. Aunado al apoyo de Museos del Banco Central de Costa Rica y el Museo de Jade, entre otros.

V.—Que el objetivo principal de esta exposición es: promover el arte y la cultura costarricense en espacios públicos de la Ciudad Capital de manera gratuita, del 20 de febrero al 14 de julio del 2019 y dentro de los objetivos específicos que busca esta actividad, se encuentra fomentar el turismo nacional y extranjero.

VI.—Que el Instituto Costarricense de Turismo contará con presencia de marca en todas las publicaciones en las que sea pertinente la exposición de los patrocinadores, la marca que se promocionará es: “Vamos a Turistear”.

VII.—Que en concordancia con las iniciativas por convertir a la ciudad capital en un atractivo turístico, esta exposición, es un evento sin precedentes en el país y la región, en donde obras de un maestro como lo es el señor Jiménez Deredia son expuestas en espacios públicos, que vienen a revitalizar las vías peatonales y los museos de nuestra Ciudad Capital.

VIII.—Que esta exposición interviene la principal vía peatonal de la ciudad capital, por donde cada día miles de costarricenses y turistas transitan como un destino o para llegar a sus destinos, por lo que durante los cinco meses en los que se llevará a cabo la exposición, se espera alcanzar un mínimo de 1.5 millones de turistas nacionales y extranjeros. Por tanto;

Decretan

“DECLARATORIA DE INTERÉS PÚBLICO Y TURÍSTICO DE

LA EXPOSICIÓN TITULADA “JIMÉNEZ DEREDIA EN SAN

JOSÉ, LA FUERZA Y LA UNIVERSALIDAD DE LA ESFERA”

Artículo 1º—Declaratoria. Se declara de interés público y turístico, la exposición titulada “Jiménez Deredia en San José, la Fuerza y la Universalidad de La Esfera”, organizada por la Municipalidad de San José, la cual forma parte de un circuito internacional de exposiciones del maestro Jorge Jiménez Deredia, a efectuarse del 20 de febrero al 14 de julio del año 2019.

Artículo 2º—Colaboración. Las instituciones del Sector Público y el Sector Privado, dentro del marco legal respectivo, podrán contribuir con cualquier tipo de recursos o alternativas de colaboración, siempre en la medida de sus posibilidades y sin perjuicio del cumplimiento de sus propios objetivos, con las actividades e iniciativas relacionadas a dicha exposición.

Artículo 3º—Vigencia. Rige a partir de su publicación en el Diario Oficial La Gaceta.

Dado en la Presidencia de la República a los diez días del mes de diciembre de dos mil dieciocho.

CARLOS ALVARADO QUESADA.—El Ministro de la Presidencia, Rodolfo Piza Rocafort.—La Ministra de Cultura y Juventud, Sylvie Durán Salvatierra.—La Ministra de Turismo, María Amalia Revelo Raventós.—1 vez.—O. C. 3400039003.—Solicitud 007-2019.—( D41473 - IN2019361482 ).

41640-C

EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

Y LA MINISTRA DE CULTURA Y JUVENTUD

En uso de las facultades establecidas en los artículos 140, incisos 3), 8) y 20), soy 146 de la Constitución Política; los artículos 25, 27.1 y 28.2 inciso b) de la Ley 6227 del 2 de mayo de 1978, Ley General de Administración Pública;

Considerando:

I.—Que mediante Decreto Ejecutivo 24244 del 22 de marzo de 1995 y publicado en La Gaceta 100 del 25 de mayo de 1995, se promulgó el Decreto Ejecutivo 24244, que “Crea Ecomuseo de Moravia”.

II.—Que mediante el oficio DAMM-1592-11-2013 del 11 de diciembre de 2013, la Municipalidad de Moravia consulta al Museo Nacional de Costa Rica (MNCR) si la institución planea desarrollar proyectos de oficinas, laboratorios de investigación, conservación, educación u otras actividades para el desarrollo de un Ecomuseo, que tiempo atrás se planteó establecer en un terreno ubicado en Los Sitios de Moravia.

III.—Que ante consulta de la Municipalidad de Moravia externada en oficio DAMM-1592-11-2013, el entonces Director General del MNCR, Cristhian Kandler Rodríguez, responde a través del oficio DG-271-2014 de fecha 2 de junio de 2014 y DG-294-2014 de fecha 26 de junio de 2014 que, tras la adquisición de unos terrenos en la zona de Pavas en la que se estableció una sede adicional a la edificación del centro de San José del Museo, muchas de las necesidades institucionales que se esperaba atender a través del proyecto de Ecomuseo ya habían sido atendidas. Informan que la institución no posee convenio alguno de administración vigente con la Unión Cantonal de Asociaciones de Desarrollo de Moravia (UCAMO), con quien previamente se esperaba concretar el proyecto de Ecomuseo. Por ello, se mencionó que no existía oposición por parte de la institución para que el terreno ubicado en Los Sitios de Moravia fuese utilizado en ese entonces, para instalar el centro de acopio que se deseaba desarrollar en esta propiedad.

IV.—Que la señora, María del Rocío Fernández Salazar, Directora General del Museo Nacional de Costa Rica, envía oficio DG-153-2017 de fecha 20 de abril de 2017 al Alcalde de la Municipalidad de Moravia, Roberto Zoch Gutiérrez, donde le recomienda que, en la eventualidad de proseguir con el proyecto de construcción de un Centro de Acopio en dicho terreno, la Municipalidad de Moravia valore la conveniencia legal de solicitar la derogatoria del Decreto Ejecutivo 24244, el cual establece la creación del Ecomuseo de Moravia en la Finca “Los Guayabales”, matrícula 1-072891-000.

V.—Que por las razones indicadas en el considerando anterior, mediante oficio DAMM 285-04-2017 de fecha de 26 de abril de 2017, suscrito por Roberto Zoch Gutiérrez en su calidad de Alcalde de la Municipalidad de Moravia, manifiesta su anuencia para iniciar con trámite de derogatoria planteado.

VI.—Que, en razón de las anteriores consideraciones, se hace necesario y oportuno proceder a la derogatoria del Decreto Ejecutivo N°24244 “Crea Ecomuseo de Moravia”. Por tanto,

Decretan:

DEROGATORIA DEL DECRETO EJECUTIVO 24244-C

“CREA ECOMUSEO DE MORAVIA”

Artículo 1°—Deróguese el Decreto Ejecutivo 24244-C de 22 de marzo de 1995, publicado en La Gaceta 100 del 25 de mayo de 1995, denominado “Crea Ecomuseo de Moravia”.

Artículo 2°—Rige a partir de su publicación.

Dado en la Presidencia de la República.—San José, a los diecinueve días del mes de marzo de dos mil diecinueve.

CARLOS ALVARARO QUESADA.—La Ministra de Cultura y Juventud, Sylvie Durán Salvatierra.—1 vez.—O. C. 3400039003.—Solicitud 008-2019.—( D41640 - IN2019361486 ).

DOCUMENTOS VARIOS

AGRICULTURA Y GANADERÍA

SERVICIO FITOSANITARIO DEL ESTADO

DEPARTAMENTO DE AGROQUÍMICOS Y EQUIPOS

EDICTOS

PUBLICACIÓN DE PRIMERA VEZ

AE-REG-0853-2019.—El señor Sebastián Silesky Acuña, cédula de identidad: 1-1127-0460, en calidad de Representante Legal, de la compañía Agrosuperior S.A., cuyo domicilio fiscal se encuentra en la ciudad de Cartago, solicita la inscripción del Equipo de Aplicación de Agroquímicos, Tipo: Pulverizador de presión previa, Marca: CARPI, Modelo: Alfa Spray LT8, Capacidad: 8 litros y cuyo fabricante es: Officine Carpi SRL (Italia) Conforme a lo establece la Ley de Protección Fitosanitaria 7664 y el Decreto 27037 MAG-MEIC. Se solicita a terceros con derecho a oponerse, para que lo hagan ante el Servicio Fitosanitario del Estado dentro del término de cinco días hábiles, contados a partir de la tercera publicación de este edicto, en el Diario Oficial La Gaceta.—San José, a las 10:00 horas del 19 de junio del 2019.—Unidad de Registro de Agroquimicos y Equipos de Aplicación.—Ing. Arlet Vargas Morales, Jefe.—( IN2019361545 ).

AE-REG-0855-2019.—El señor Sebastián Silesky Acuña, cédula de identidad: 1-1127-0460, en calidad de Representante Legal, de la compañía Agrosuperior, S.A, cuyo domicilio fiscal se encuentra en la ciudad de Cartago, solicita la inscripción del Equipo de Aplicación de Agroquímicos, Tipo: Pulverizador de presión previa, marca: CARPI, modelo: ECO Spray LT 6, capacidad: 6 litros y cuyo fabricante es: Officine Carpi SRL (Italia) Conforme a lo establece la Ley de Protección Fitosanitaria 7664 y el Decreto 27037 MAG-MEIC. Se solicita a terceros con derecho a oponerse, para que lo hagan ante el Servicio Fitosanitario del Estado dentro del término de cinco días hábiles, contados a partir de la tercera publicación de este edicto, en el Diario Oficial La Gaceta.—San José, a las 10:45 horas del 19 de junio del 2019.—Unidad de Registro de Agroquimicos y Equipos de Aplicación.—Ing. Arlet Vargas Morales, Jefa.—( IN2019361546 ).

AE-REG-0854-2019.—El señor Sebastián Silesky Acuña, cédula de identidad N° 1-1127-0460, en calidad de Representante Legal, de la compañía Agrosuperior S. A., cuyo domicilio fiscal se encuentra en la ciudad de Cartago, solicita la inscripción del Equipo de Aplicación de Agroquímicos, Tipo: Pulverizador de presión previa, Marca: CARPI, Modelo: BIO SPRAY LT 2, Capacidad: 2 litros y cuyo fabricante es: Officine Carpi SRL (Italia). Conforme a lo establece la Ley de Protección Fitosanitaria N° 7664 y el Decreto 27037 MAG-MEIC. Se solicita a terceros con derecho a oponerse, para que lo hagan ante el Servicio Fitosanitario del Estado dentro del término de cinco días hábiles, contados a partir de la tercera publicación de este edicto, en el Diario Oficial La Gaceta.—San José a las 10:30 horas del 19 de junio del 2019.—Unidad de Registro de Agroquimicos y Equipos de Aplicación.—Ing. Arlet Vargas Morales, Jefe.—( IN2019361547 ).

EDUCACIÓN PÚBLICA

DIRECCIÓN DE GESTIÓN Y EVALUACIÓN

DE LA CALIDAD

REPOSICIÓN DE TÍTULO

EDICTO

PUBLICACIÓN DE PRIMERA VEZ

Ante esta Dirección se ha presentado la solicitud de reposición del Título de Bachiller en Educación Media, inscrito en el tomo 1, folio 21, título 171, emitido por el Colegio Técnico Profesional Jicaral, en el año mil novecientos noventa y tres, a nombre de Núñez Parra Amado, cédula 6-0266-0834. Se solicita la reposición del título indicado por pérdida del título original. Se publica este edicto para oír oposiciones a la reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la tercera publicación en el Diario Oficial La Gaceta.—San José, a los treinta y un días del mes de mayo del dos mil diecinueve.—Dr. Pablo Mena Castillo, Director.—( IN2019361612 ).

JUSTICIA Y PAZ

JUNTA ADMINISTRATIVA DEL REGISTRO NACIONAL

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INDUSTRIAL

PUBLICACIÓN DE TERCERA VEZ

Para ver las marcas con sus respectivas imágenes solo en La Gaceta con formato PDF

Francisco José Guzmán Ortiz, soltero, cédula de identidad 0104340595, en calidad de apoderado especial de MJN U.S. Holdings LLC, con domicilio en 2400 West Lloyd Expressway, Evansville, Indiana 47721-0001, Estados Unidos de Norteamérica, solicita la inscripción de: Mead Johnson, como marca de fábrica y comercio en clases 5 y 29 internacionales, para proteger y distinguir lo siguiente: en clase 5: preparaciones sanitarias, veterinarias y farmacéuticas; sustancias dietéticas adaptadas para uso médico, alimentos para bebes; fórmulas para infantes; suplementos nutricionales; suplementos vitamínicos y minerales; alimentos adaptados para propósitos médicos; preparaciones para reponer los electrolitos; emplastos, materiales para vendaje; material para empastar dientes, cera dental; desinfectantes; preparaciones para destruir los animales dañinos; fungicidas, herbicidas; en clase 29: carne, pescado, aves y caza; extractos de carne; vegetales y frutas preservadas, secas o cocidas; mermeladas, jaleas; huevos, leche y productos lácteos; preparaciones en polvo para hacer bebidas lácteas; leche en polvo; bebidas a base de leche; sustitutos de la leche; aceites y grasas comestibles. Fecha: 5 de julio de 2019. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 28 de junio de 2019. Solicitud 2019-0005825. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978. Esta solicitud se rige por el art. 28 de la Ley de Marcas Comerciales y Otros Signos Distintivos que indica “Cuando la marca consista en una etiqueta y otro signo compuesto por un conjunto de elementos, la protección no se extenderá a los elementos contenidos en ella que sean de uso común o necesario en el comercio”.—San José, 5 de julio de 2019.—Rina Ruiz Mata, Registradora.—( IN2019360907 ).

Javier Enrique Blanco Murillo, casado una vez, cédula de identidad 203620597, en calidad de apoderado especial de Helados Sensación Limitada, cédula jurídica 3102368681con domicilio en Grecia, Barrio El Mezon; 400 al norte, Pulpería La Parada, Alajuela, Costa Rica, solicita la inscripción de: Sensación

como marca de fábrica y comercio en clases: 29; 30; 32; 35 y 43 Internacionales para proteger y distinguir lo siguiente: en clase 29: carne, pescado, carne de ave y carne de caza, extractos de carne, frutas y verduras, hortalizas y legumbres en conserva, congeladas, secas y cocidas, jaleas, confituras, compotas, huevos, leche y productos lácteos, aceites y grasas comestibles; en clase 30: Café, té, cacao y sucedáneos del café, arroz, tapioca y sagú, harinas y preparaciones a base de cereales, pan, productos de pastelería y confitería, helados, azúcar, miel, jarabe de melaza, levadura, polvos de hornear, sal, mostaza, vinagre, salsas (condimentos), especias, hielo; en clase 32: Cervezas, aguas minerales y otras bebidas sin alcohol, bebidas a base de frutas y zumos de frutas, siropes y otras preparaciones para elaborar bebidas; en clase 35: Comercialización, venta y distribución de helados, golosinas congeladas y todo tipo de productos lácteos; en clase 43: Heladería, cafetería, restaurantes, servicios de restauración (alimentación). Fecha: 11 de enero de 2019 Presentada el 18 de diciembre del 2018. Solicitud 2018-0011569. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978. Esta solicitud se rige por el art. 28 de la Ley de Marcas Comerciales y Otros Signos Distintivos que indica “Cuando la marca consista en una etiqueta y otro signo compuesto por un conjunto de elementos, la protección no se extenderá a los elementos contenidos en ella que sean de uso común o necesario en el comercio”—San José, 11 de enero del 2019.—Katherine Jiménez Tenorio, Registradora.—( IN2019360917 ).

Carlos Emilio Calvo López, casado una vez, cédula de identidad 501770430, en calidad de apoderado generalísimo de Detransa Diseños y Demarcaciones de Transito Sociedad Anónima, cédula jurídica 3101121052, con domicilio en San José, La Uruca, Residencial Las Magnolias, casa N° 163, San José, Costa Rica, solicita la inscripción de: CASA GRANDE,

como nombre comercial en clase: internacional, para proteger y distinguir lo siguiente: un establecimiento comercial dedicado a fabricación y venta de todo tipo de alimentos, restaurante, catering service, salón de eventos, organización de eventos y todo tipo de actividades, ubicado en Heredia, Barva, un kilómetro al oeste del parque. Reservas: de los colores: negro y dorado. Fecha: 23 de enero de 2019. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 11 de enero de 2019. Solicitud 2019-0000210. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978. Esta solicitud se rige por el art. 28 de la Ley de Marcas Comerciales y Otros Signos Distintivos que indica “Cuando la marca consista en una etiqueta y otro signo compuesto por un conjunto de elementos, la protección no se extenderá a los elementos contenidos en ella que sean de uso común o necesario en el comercio”.—San José, 23 de enero de 2019.—Wendy López Vindas, Registradora.—( IN2019360919 ).

Carlos Emilio Calvo López, casado una vez, cédula de identidad 501770430, en calidad de apoderado generalísimo de DETRANSA Diseños y Demarcaciones de Tránsito Sociedad Anónima, cédula jurídica 3101121052, con domicilio en San José, La Uruca, Residencial las Magnolias, casa N° 163, San José, Costa Rica, solicita la inscripción de: CASA GRANDE,

como marca de servicios en clase 43 internacional, para proteger y distinguir lo siguiente: servicios de restauración (alimentación), hospedaje temporal. Reservas: de los colores: negro y dorado. Fecha: 23 de enero de 2019. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 11 de enero de 2019. Solicitud 2019-0000211. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978. Esta solicitud se rige por el art. 28 de la Ley de Marcas Comerciales y Otros Signos Distintivos que indica “Cuando la marca consista en una etiqueta y otro signo compuesto por un conjunto de la protección no se extenderá a los elementos contenidos en ella que sean de uso común o necesario en el comercio”.—San José, 23 de enero de 2019.—Wendy López Vindas, Registradora.—( IN2019360920 ).

Jorge Guido Delgado, casado una vez, cédula de identidad N° 600980126, en calidad de apoderado generalísimo de Fideos Precocidos De Costa Rica Sociedad Anónima, cédula jurídica N° 3101023673, con domicilio en Santo Domingo un kilómetro al norte de la Iglesia, Heredia, Costa Rica, solicita la inscripción de: Healthy Chef,

como marca de fábrica y comercio en clase(s): 30 internacional(es), para proteger y distinguir lo siguiente: en clase 30: café, té, cacao y sucedáneos del café, arroz, tapioca y sagú, harinas y preparaciones a base de cereales, pan, productos de pastelería, levadura, polvos de hornear, sal, mostaza, vinagre, salsas (condimentos), especias, hielo, todo tipo de pastas de trigo y arroz en diversas preparaciones y presentaciones. Reservas: de los colores: azul. Fecha: 18 de febrero de 2019. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 6 de noviembre del 2018. Solicitud 2018-0010229. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978. Esta solicitud se rige por el art. 28 de la Ley de Marcas Comerciales y Otros Signos Distintivos que indica “Cuando la marca consista en una etiqueta y otro signo compuesto por un conjunto de elementos, la protección no se extenderá a los elementos contenidos en ella que sean de uso común o necesario en el comercio”.—San José, 18 de febrero del 2019.—Isela Chango Trejos, Registradora.—( IN2019360921 ).

Rafael Acuña Vargas, casado una vez, cédula de identidad N° 302600971, en calidad de apoderado generalísimo sin límite de suma de Cafetalera Aquiares Sociedad Anónima, cédula jurídica N° 3101063474, con domicilio en Escazú de la Residencia del Embajador de Estados Unidos de Norteamérica, 100 metros norte y 75 metros al este, San José, Costa Rica, solicita la inscripción de: Aquiares,

como marca de fábrica en clases 16; 25; 30; 39; 41 y 43 internacionales, para proteger y distinguir lo siguiente: en clase 16: artículos de papelería, cartón, fotografías; en clase 25: prendas de vestir, calzado, articules de sombrerería; en clase 30: café, té, cacao, azúcar, arroz, tapioca, sagú, sucedáneos del café; harinas y preparaciones a base de cereales, pan, productos de pastelería y de confitería, helados; miel, jarabe de melaza; levadura, polvos de hornear; sal, mostaza; vinagre, salsas (condimentos); especies; hielo; en clase 39: Servicios relacionados con el transporte de personas o transporte de mercancías de un lugar a otro. Los servicios de información sobre viajes o transporte de mercancías prestados por intermediarios y agencias de turismo, así como los servicios de información sobre tarifas, horarios y medios de transporte; en clase 41: actividades culturales y deportivas; en clase 43: hospedaje temporal y alimentación. Fecha: 27 de junio del 2019. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 8 de mayo del 2019. Solicitud 2019-0003397. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978. Esta solicitud se rige por el art. 28 de la Ley de Marcas Comerciales y Otros Signos Distintivos que indica “Cuando la marca consista en una etiqueta y otro signo compuesto por un conjunto de elementos, la protección no se extenderá a los elementos contenidos en ella que sean de uso común o necesario en el comercio”.—San José, 27 de junio del 2019.—Sabrina Loaiciga Pérez, Registradora.—( IN2019360960 ).

María Mercedes Fallas Marín, casada una vez, cédula de identidad 108080944, con domicilio en La Damita del Guarco, mil metros al norte de la escuela, Cartago, Costa Rica, solicita la inscripción de: Centro Ecoturístico Los Robles,

como Nombre Comercial en clase: 49. Internacional. Para proteger y distinguir lo siguiente: un establecimiento comercial dedicado a prestar servicios de ecoturismo, incluyendo provisión de espacios de relajación y descanso provisión de instalaciones, equipo y medios para la pesca de trucha, provisión de caminos y senderos, servicio de restaurante y soda, ubicada en Cartago, La Damita del Guarco, mil metros al norte de la escuela. Reservas: de los colores: verde claro, verde y café. Fecha: 07 de mayo de 2019. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 1° de abril de 2019. Solicitud 2019-0002913. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978. Esta solicitud se rige por el art. 28 de la Ley de Marcas Comerciales y Otros Signos Distintivos que indica “Cuando la marca consista en una etiqueta y otro signo compuesto por un conjunto de elementos, la protección no se extenderá a los elementos contenidos en ella que sean de uso común o necesario en el comercio”.—San José, 07 de mayo de 2019.—Katherine Jiménez Tenorio, Registradora.—( IN2019360984 ).

Luis Federico Monge Rojas, casado una vez, cédula de identidad 110770022, en calidad de apoderado generalísimo de Soluciones Químicas Integrales FYA Limitada, cédula jurídica N° 3102575244, con domicilio en montes de oca. San pedro, Barrio Santa Marta, 100 m. este y 75 m. sur de la escuela pública, edificio 15, color amarillo y café, San José, Costa Rica, solicita la inscripción de: Sqi Ltda.,

como marca de servicios en clase: 42 internacional, para proteger y distinguir lo siguiente: servicios de regencia, consultorías en la industria química. Fecha: 8 de julio de 2019. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 19 de junio de 2019. Solicitud 2019-0005503. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el articulo 85 de la Ley 7978. Esta solicitud se rige por el art. 28 de la Ley de Marcas Comerciales y Otros Signos Distintivos que indica “Cuando la marca consista en una etiqueta y otro signo compuesto por un conjunto de elementos, la protección no se extenderá a los elementos contenidos en ella que sean de uso común o necesario en el comercio”.—San José, 8 de julio de 2019.—Ildreth Araya Mesen, Registradora.—( IN2019360992 ).

Mariana Vargas Roqhuett, casada, cédula de identidad 304260709, en calidad de apoderado especial de Ikatech Solutions LLC., con domicilio en calle 1, Metro Office Park Lote 8, suite 305, Edificio Colgate Palmolive, Guaynabo, Puerto Rico, solicita la inscripción de: u-share

como marca de fábrica en clase 9 internacional para proteger y distinguir lo siguiente: en clase 9: Programas de computador y software informáticos para la acumulación, compilación, procesamiento, transmisión y difusión de datos para uso en dispositivos fijos, móviles y manuales Software en los campos de la comunicación inalámbrica de acceso a la información móvil, y de la gestión de datos a distancia, para la entrega inalámbrica de contenido a las computadoras de mano, los organizadores personales digitales (pda), computadoras portátiles y dispositivos móviles, software que permita cargar, fijar, mostrar, vincular, presentar, etiquetar, bitácoras (blogs), compartir o suministrar medios electrónicos o información en la internet u otras redes de comunicaciones, software que permita a los usuarios de la red en línea transferir datos de identidad personal para identificar y compartir información con otros sitios web o aplicaciones, software que permite realizar operaciones de comercio electrónico, software de interfaz de programación de aplicaciones (api) para proporcionar sugerencias y permitir a los usuarios realizar operaciones de comercio electrónico a través de la red mundial de informática, software para proporcionar sugerencias, envió de alertas, de mensajes electrónicos, para la transmisión de órdenes, envió y recepción de mensajes electrónicos y permitir a los usuarios realizar transacciones de comercio electrónico a través de la red mundial de informática software para coordinación de servicios logísticos. Fecha: 14 de marzo de 2019. Presentada el 1 de febrero del 2019. Solicitud 2019-0000836. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978. Esta solicitud se rige por el art. 28 de la Ley de Marcas Comerciales y Otros Signos Distintivos que indica “Cuando la marca consista en una etiqueta y otro signo compuesto por un conjunto de elementos, la protección no se extenderá a los elementos contenidos en ella que sean de uso común o necesario en el comercio”—San José, 14 de marzo del 2019.—Katherine Jiménez Tenorio, Registradora.—( IN2019360998 ).

Mariana Vargas Roqhuett, casada una vez, cédula de identidad 304260709, en calidad de apoderada especial de Nos Moda Kumas Tekstil Ticaret VE Sanayi Anonim Sirketi, con domicilio en Organize Sanayi Bölgesi, Kahverengi Cadde, No: 1, Nilüfer-Bursa, Turquía, solicita la inscripción de:

como marca de fábrica en clase: 23 internacional, para proteger y distinguir lo siguiente: hilos e hilos para uso textil, hilos e hilados para coser, bordar y tejer, hilo, hilos e hilos elásticos para uso textil. Fecha: 1° de abril de 2019. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 21 de febrero de 2019. Solicitud 2019-0000705. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978. Esta solicitud se rige por el art. 28 de la Ley de Marcas Comerciales y Otros Signos Distintivos que indica “Cuando la marca consista en una etiqueta y otro signo compuesto por un conjunto de elementos, la protección no se extenderá a los elementos contenidos en ella que sean de uso común o necesario en el comercio”.—San José, 1° de abril de 2019.—Rina Ruiz Mata, Registradora.—( IN2019361000 ).

Mariana Vargas Roqhuett, casada, cédula de identidad N° 304260709, en calidad de apoderado especial de Ikatech Solutions LLC, con domicilio en calle 1 metro Office Park Lote 8 Suite 305, Edificio Colgate Palmolive, Guaynabo, Puerto Rico, solicita la inscripción de: ikatech SOLTIONS,

como marca de servicios en clase 42 internacional, para proteger y distinguir lo siguiente: en clase 42: servicios de investigación en tecnología, diseño y consultoría en tecnología, consultoría en el área de proveer software y aplicaciones de software para negocios o propósitos generales que tengan o no la particularidad de estar disponibles en línea o por medio de descargas, servicios de supervisión tecnológica de operaciones de logística por medio de aplicaciones de software y software, consultoría en el diseño y desarrollo de hardware y software de computadora para terceros, servicios de proveedor para terceros de servicios de análisis, desarrollo, creación, mantenimiento y administración de aplicaciones de software y software, suministro de información de índices de búsqueda de información y bases de datos de información, suministro temporal de aplicaciones de software, administración de información relativa a tecnología informática proporcionada en línea, creación y mantenimiento de sitios web y software de aplicaciones, servicios de desarrollo y proveedor de aplicaciones de software, facilitación, alojamiento, gestión, desarrollo y mantenimiento para aplicaciones de software, software, sitios web y bases de datos, en los campos de la comunicación inalámbrica, de acceso a la información móvil, y de la gestión de datos a distancia, para la entrega inalámbrica de contenido a las computadoras de mano, los organizadores personales digitales [PDA], computadoras portátiles y dispositivos móviles, provisión de servicios de aplicaciones de servicios (ASP) de computo en la red y software que permita cargar, fijar, mostrar, vincular, presentar, etiquetar, bitácoras [blogs], compartir o suministrar medios electrónicos o información en la internet u otras redes de comunicaciones, suministro de soluciones tecnológicas que permita a los usuarios de la red en línea transferir datos de identidad personal para identificar y compartir datos personales con otros sitios web o aplicaciones, suministro en línea de software que permite realizar operaciones de comercio electrónico, suministro de servicios de aplicaciones de software de interfaz de programación de aplicaciones (api) para proporcionar sugerencias y permitir a los usuarios realizar operaciones de comercio electrónico a través de la red mundial de informática, suministro de software como un servicio (SaaS) para proporcionar sugerencias, envió de alertas, de mensajes electrónicos, para la transmisión de órdenes, envió y recepción de mensajes electrónicos y permitir a los usuarios realizar transacciones de comercio electrónico a través de la red mundial de informática. Fecha: 1 de abril del 2019. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 1 de febrero del 2019. Solicitud 2019-0000839. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978. Esta solicitud se rige por el art. 28 de la Ley de Marcas Comerciales y Otros Signos Distintivos que indica “Cuando la marca consista en una etiqueta y otro signo compuesto por un conjunto de elementos, la protección no se extenderá a los elementos contenidos en ella que sean de uso común o necesario en el comercio”.—San José, 1 de abril del 2019.—Katherine Jiménez Tenorio, Registradora.—( IN2019361001 ).

Mariana Vargas Roqhuett, casada, cédula de identidad 304260709, en calidad de apoderada especial de Ikatech Solutions Llc., con domicilio en calle 1 metro office park lote 8 suite 305, Edificio Colgate Palmolive, Guaynabo, Puerto Rico, solicita la inscripción de: eküs

como marca de fábrica en clase: 9 Internacional para proteger y distinguir lo siguiente: en clase 9: Programas de computador y software informáticos para la acumulación, compilación, procesamiento, transmisión y difusión de datos para uso en dispositivos fijos, móviles y manuales Software en los campos de la comunicación inalámbrica de acceso a la información móvil, y de la gestión de datos a distancia, para la entrega inalámbrica de contenido a las computadoras de mano, los organizadores personales digitales (pda), computadoras portátiles y dispositivos móviles, software que permita cargar, fijar, mostrar, vincular, presentar, etiquetar, bitácoras (blogs), compartir o suministrar medios electrónicos o información en la internet u otras redes de comunicaciones, software que permita a los usuarios de la red en línea transferir datos de identidad personal para identificar y compartir información con otros sitios web o aplicaciones, software que permite realizar operaciones de comercio electrónico, software de interfaz de programación de aplicaciones (api) para proporcionar sugerencias y permitir a los usuarios realizar operaciones de comercio electrónico a través de la red mundial de informática, software para proporcionar sugerencias, envió de alertas, de mensajes electrónicos, para la transmisión de órdenes, envió y recepción de mensajes electrónicos y permitir a los usuarios realizar transacciones de comercio electrónico a través de la red mundial de informática software para coordinación de servicios logísticos. Fecha: 14 de marzo de 2019. Presentada el 1 de febrero del 2019. Solicitud 2019-0000837. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978. Esta solicitud se rige por el art. 28 de la Ley de Marcas Comerciales y Otros Signos Distintivos que indica “Cuando la marca consista en una etiqueta y otro signo compuesto por un conjunto de elementos, la protección no se extenderá a los elementos contenidos en ella que sean de uso común o necesario en el comercio”—San José, 14 de marzo del 2019.—Katherine Jiménez Tenorio, Registradora.—( IN2019361003 ).

Jason Steven Rodríguez Carvajal, soltero, cédula de identidad 402130282, con domicilio en Flores, San Joaquín, Urb. Las Flores, casa 15-B, Heredia, Costa Rica, solicita la inscripción de: KEY SOLUTIONS Servicios Técnicos y Asesoría,

como nombre comercial en clase internacional, para proteger y distinguir lo siguiente: un establecimiento comercial dedicado a servicios profesionales en las áreas de redes, seguridad CCTV, informática, electrónica y electricidad residencial, ubicado en Heredia, 25 mts. este de la entrada a emergencias del antiguo Hospital de Heredia, Parqueo Rojas. Fecha: 28 de junio de 2019. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 21 de junio de 2019. Solicitud 2019-0005597. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978. Esta solicitud se rige por el art. 28 de la Ley de Marcas Comerciales y Otros Signos Distintivos que indica “Cuando la marca consista en una etiqueta y otro signo compuesto por un conjunto de elementos, la protección no se extenderá a los elementos contenidos en ella que sean de uso común o necesario en el comercio”.—San José, 28 de junio de 2019.—Rolando Cardona Monge, Registrador.—( IN2019361029 ).

PUBLICACIÓN DE SEGUNDA VEZ

Alejandro Javier Gonzaga Ulate, casado una vez, cédula de identidad 114370194, en calidad de apoderado generalísimo de Licores Artesanales Sociedad de Responsabilidad Limitada, cédula jurídica 3102729733, con domicilio en San Ramón, costado sur del Cementerio Municipal, Alajuela, Costa Rica, solicita la inscripción de: Licores Artesanales el Cantinero, como nombre comercial en clase: internacional, para proteger y distinguir lo siguiente: un establecimiento comercial dedicado a la elaboración de bebidas con contenido alcohólica, ubicado en San Ramón de Alajuela, 25 norte de la Bomba Chury. Fecha: 25 de enero de 2019. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 14 de diciembre de 2018. Solicitud 2018-0011499. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978. Esta solicitud se rige por el art. 28 de la Ley de Marcas Comerciales y Otros Signos Distintivos que indica “Cuando la marca consista en una etiqueta y otro signo compuesto por un conjunto de elementos, la protección no se extenderá a los elementos contenidos en ella que sean de uso común o necesario en el comercio”.—San José, 25 de enero de 2019.—Bernard Molina Alvarado, Registrador.—( IN2019361047 ).

Alejandro Javier Gonzaga Ulate, casado una vez, Cédula de identidad 114370194, en calidad de apoderado generalísimo de Licores Artesanales Sociedad de Responsabilidad Limitada, Cédula jurídica 3102729733, con domicilio en San Ramón, costado sur del cementerio municipal, Alajuela, Costa Rica, solicita la inscripción de: L.A.E.C. coctel Leche Burra como marca de fábrica y comercio en clase 33 internacional. Para proteger y distinguir lo siguiente: Coctel a base de leche llamado coctel leche Burra. Fecha: 11 de enero de 2019. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 14 de diciembre del 2018. Solicitud 2018-0011500. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978. Esta solicitud se rige por el art. 28 de la Ley de Marcas Comerciales y Otros Signos Distintivos que indica “Cuando la marca consista en una etiqueta y otro signo compuesto por un conjunto de elementos, la protección no se extenderá a los elementos contenidos en ella que sean de uso común o necesario en el comercio.—San José, 11 de enero del 2019.—Katherine Jiménez Tenorio, Registradora.—( IN2019361048 ).

Rafael A. Quesada Vargas, casado, cédula de identidad N° 1-0994-0112, en calidad de apoderado especial de Goque Grouo Inc., con domicilio en Ciudad de Panamá, avenida Nicanor 50, Panamá, solicita la inscripción de: GOQUE SEGUROS,

como nombre comercial, para proteger y distinguir lo siguiente: un establecimiento comercial dedicado a ofrecer asesoría consultoría y corretaje de seguros, ubicado en San José, Santa Ana, Plaza Murano, piso 8. Fecha: 15 de enero de 2019. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 20 de diciembre de 2018. Solicitud 2018-0011780. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978.—San José, 15 de enero de 2019.—Rina Ruiz Mata, Registradora.—( IN2019361049 ).

Rafael A. Quesada Vargas, casado, cédula de identidad N° 109940112, en calidad de apoderado especial de Goque Group INC con domicilio en Ciudad de Panamá, avenida Nicanor 50, Panamá, solicita la inscripción de: GOQUE SEGUROS,

como marca de servicios en clase 36 internacional, para proteger y distinguir lo siguiente: en clase 36: asesoría, corretaje y consultoría en materia de seguros. Fecha: 15 de enero del 2019. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 20 de diciembre del 2018. Solicitud 2018-0011779. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978.—San José, 15 de enero del 2019.—Rina Ruiz Mata, Registradora.—( IN2019361051 ).

Korana Arias Cortes, casada, cedula de identidad 401660877, en calidad de apoderada especial de COPRODISA Costa Rica (C.R.) S. A., cedula jurídica 3101421033, con domicilio en frente al Archivo Nacional, casa amarilla de dos plantas, Costa Rica, solicita la inscripción de: LYMPYHADA, como marca de fábrica y comercio en clase: 5 internacionales, para proteger y distinguir lo siguiente: desinfectantes, productos higiénicos y sanitarios para uso médico. Fecha: 25 de junio de 2019. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 20 de junio de 2019. Solicitud 2019-0005581. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978. Esta solicitud se rige por el art. 28 de la Ley de Marcas Comerciales y Otros Signos Distintivos que indica “Cuando la marca consista en una etiqueta y otro signo compuesto por un conjunto de elementos, la protección no se extenderá a los elementos contenidos en ella que sean de uso común o necesario en el comercio”.—San José, 25 de junio de 2019.—Ivonne Mora Ortega, Registradora.—( IN2019361053 ).

Korana Arias Cortes, casada cédula de identidad 401660877, en calidad de apoderada especial de Coprodisa Costa Rica, (C.R.) S.A, cédula jurídica N° 3101421033, con domicilio en frente al archivo nacional casa amarilla de dos plantas, Costa Rica, solicita la inscripción de: miss cotton como

marca de fábrica y comercio en clase 5 internacional. Para proteger y distinguir lo siguiente: Toallas sanitarias y protectores sanitarios de algodón. Fecha: 1 de julio de 2019. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 29 de mayo del 2019. Solicitud 2019-0004725. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978. Esta solicitud se rige por el art. 28 de la Ley de Marcas Comerciales y Otros Signos Distintivos que indica “Cuando la marca consista en una etiqueta y otro signo compuesto por un conjunto de elementos, la protección no se extenderá a los elementos contenidos en ella que sean de uso común o necesario en el comercio.—San José, 1 de julio del 2019.—Alex Villegas Méndez, Registrador.—( IN2019361054 ).

Domenico Schiavone, casado una vez, pasaporte YA5262881, en calidad de apoderado generalísimo de Belli Bambini Giocando S.R.L., cédula jurídica 3102715989, con domicilio en Escazú, Guachipelín, 400 mts. oeste del Memorial Park, San José, Costa Rica, solicita la inscripción de: KIDS U PRESCHOOL & DAY CARE,

como nombre comercial en clase: internacional, para proteger y distinguir lo siguiente: un establecimiento comercial dedicado a kínder y guardería, ubicado en San José, Escazú, San Rafael, 200 metros sureste de Plaza Ross. Reservas: rojo, azul, amarillo, celeste, verde. Fecha: 3 de julio de 2019. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 30 de mayo de 2019. Solicitud 2019-0004789. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978. Esta solicitud se rige por el art. 28 de la Ley de Marcas Comerciales y Otros Signos Distintivos que indica “Cuando la marca consista en una etiqueta y otro signo compuesto por un conjunto de elementos, la protección no se extenderá a los elementos contenidos en ella que sean de uso común o necesario en el comercio”.—San José, 3 de julio de 2019.—Rina Ruiz Mata, Registradora.—( IN2019361056 ).

María Ximena Barahona Mata, soltera, cédula de identidad N° 1-1330-0577, en calidad de apoderada especial de Grupo La Bocana del Oeste y J Sociedad Anónima, cédula de identidad N° 3-101-766805, con domicilio en San José, Santa Ana, Santa Ana, Centro Comercial Town Center, Barra N° 15 San José, Costa Rica, solicita la inscripción de: BOCA´E JARROS BOQUERÍA,

como nombre comercial en clase Internacional. Para proteger y distinguir lo siguiente: en clase 49: un establecimiento comercial dedicado a la actividad de restaurante y boquería, un espacio dedicado a preparar deliciosas y amplias bocas costarricenses e internacionales, las cuales se acompañan de una gran variedad de bebidas y cocteles, con productos frescos y variados se mantiene el principio de calidad para ofrecer y degustar la gastronomía tradicional y moderna costarricense e internacional en un ambiente moderno, cómodo e ideal para compartir con amigos y familiares, ubicado San José, Santa Ana, Santa Ana, Centro Comercial Town Center, barra número 15. Fecha: 2 de julio del 2019. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 27 de mayo del 2019. Solicitud 2019-0004666. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978. Esta solicitud se rige por el art. 28 de la Ley de Marcas Comerciales y Otros Signos Distintivos que indica “Cuando la marca consista en una etiqueta y otro signo compuesto por un conjunto de elementos, la protección no se extenderá a los elementos contenidos en ella que sean de uso común o necesario en el comercio”.—San José, 02 de julio del 2019.—Rina Ruiz Mata, Registradora.—( IN2019361143 ).

María Ximena Barahona Mata, soltera, cédula de identidad 113300577, en calidad de apoderado especial de Grupo La Bocana del oeste S Y J Sociedad Anónima, cédula jurídica 3101766805 con domicilio en Santa Ana, Centro Comercial Town Center, Barra N° 15, San José, Costa Rica, solicita la inscripción de: BOCA’E JARRO

como marca de servicios en clase: 43 Internacional para proteger y distinguir lo siguiente: en clase 43: Servicios de catering, Catering para el suministro de comidas y bebidas, Suministro de comidas y bebidas (catering) a centros de ferias y exposiciones, Preparación y suministro de comidas y bebidas de consumo inmediato, Servicio de comidas y bebidas en restaurantes y bares, Servicios de consultoría en materia de servicios de comidas y bebidas preparadas (catering), Suministro de comidas y bebidas para clientes de restaurantes, Restaurantes de comida para llevar, Servicios de comida por contrato, Organización de comidas en hoteles, instalaciones, convenciones, instituciones, restaurante, Preparación de comidas para terceros mediante subcontratación, Prestación de servicios personalizados de planificación de comidas a través de un sitio web Alquiler de equipos de catering. Fecha: 26 de junio de 2019. Presentada el 27 de mayo del 2019. Solicitud 2019-0004667. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978. Esta solicitud se rige por el art. 28 de la Ley de Marcas Comerciales y Otros Signos Distintivos que indica “Cuando la marca consista en una etiqueta y otro signo compuesto por un conjunto de elementos, la protección no se extenderá a los elementos contenidos en ella que sean de uso común o necesario en el comercio”—San José, 26 de junio del 2019.—Rina Ruiz Mata, Registradora.—( IN2019361144 ).

María Del Rocío Quirós Arroyo, cédula de identidad 108710341, en calidad de apoderada especial de Döterra Holdings LLC., con domicilio en 389 South 1300 West, Pleasant Grove, Utah 84062, Estados Unidos de América, solicita la inscripción de: Volo, como marca de fábrica y comercio en clase: 11 internacional, para proteger y distinguir lo siguiente: difusores de aire para aceites esenciales; difusores de aire para aromaterapia; purificadores de aire; dispensadores eléctricos para ambientadores; luces de noche eléctricas; difusores de luz. Fecha: 3 de julio de 2019. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 26 de junio de 2019. Solicitud 2019-0005764. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978. Esta solicitud se rige por el art. 28 de la Ley de Marcas Comerciales y Otros Signos Distintivos que indica “Cuando la marca consista en una etiqueta y otro signo compuesto por un conjunto de elementos, la protección no se extenderá a los elementos contenidos en ella que sean de uso común o necesario en el comercio”.—San José, 3 de julio de 2019.—Johnny Rodríguez Garita, Registrador.—( IN2019361153 ).

Víctor Manuel Carranza Lazo, divorciado una vez, cédula de identidad N° 8-0071-0323, en calidad de apoderado generalísimo de Vitin Médica Sociedad Anónima, cédula jurídica N° 3-101-209591, con domicilio en Goicoechea, distrito Mata de Plátano, Barrio el Carmen, Residencial la Pradera, casa N° B1, San José, Costa Rica, solicita la inscripción de: SMART BAAF Liquid Biopsy Transporter for Baaf,

como marca de fábrica y comercio en clase 10. Internacional. Para proteger y distinguir lo siguiente: medio transportador líquido para biopsia guiada por ultrasonido que incluye un frasco de plástico conteniendo 10 ml de medio líquido de transporte celular, así como el protocolo para procesar la muestra con material biológico, hasta que quede lista en una lámina de vidrio para ser examinada por el médico patólogo. Fecha: 09 de julio de 2019. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 19 de junio de 2019. Solicitud 2019-0005532. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978. Esta solicitud se rige por el art. 28 de la Ley de Marcas Comerciales y Otros Signos Distintivos que indica “Cuando la marca consista en una etiqueta y otro signo compuesto por un conjunto de elementos, la protección no se extenderá a los elementos contenidos en ella que sean de uso común o necesario en el comercio”.—San José, 09 de julio de 2019.—Milena Marín Jiménez, Registradora.—( IN2019361170 ).

PUBLICACIÓN DE PRIMERA VEZ

Karolina Sánchez Vargas, divorciada una vez, cédula de identidad 109730865, en calidad de apoderada generalísima de Proarsa Sociedad Anónima, cédula jurídica 3101022571, con domicilio en Flores, San Lorenzo, 200 al norte del Bar la Gallera, Heredia, Costa Rica, solicita la inscripción de: URSafe,

como marca de servicios en clase: 38 internacional, para proteger y distinguir lo siguiente: los servicios que permitan la comunicación, por medios sensoriales, entre dos o más personas, en particular: la conversación entre dos personas, la transmisión de mensajes entre dos personas, la comunicación oral o visual (radio y televisión), que se realicen mediante una aplicación de software para dispositivos móviles, propiedad de la solicitante, que brinda herramientas a sus usuarios para monitoreo y localización de personas, envío de alertas, comunicación directa e inmediata, vía teléfono o mediante envío y recepción de mensajes de texto y de voz, de fotografías y de vídeos, entre los usuarios, sus contactos afiliados y la central de monitoreo de la solicitante, con el fin de brindar protección al usuario y su familia, a su empresa y sus colaboradores, mediante monitoreo electrónico, localización, y coordinación y comunicación inmediata con servicios de emergencias, médicas, incendio y seguridad, a través de la central de monitoreo de la solicitante, mediante el uso de los botones de alerta de la aplicación. Reservas: de los colores: azul, morado, rojo y gris. Fecha: 21 de mayo de 2019. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 26 de marzo de 2019. Solicitud 2019-0002680. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978. Esta solicitud se rige por el art. 28 de la Ley de Marcas Comerciales y Otros Signos Distintivos que indica “Cuando la marca consista en una etiqueta y otro signo compuesto por un conjunto de elementos, la protección no se extenderá a los elementos contenidos en ella que sean de uso común o necesario en el comercio”.—San José, 21 de mayo de 2019.—Randall Abarca Aguilar, Registrador.—( IN2019361180 ).

Max Alonso Víquez García, casado una vez, en calidad de apoderado especial de Biotterfly Sociedad Anónima, cédula jurídica 3101754967, con domicilio en San Carlos, Fortuna, Barrio Pastoral, frente a Cabinas el Buho, Alajuela, Costa Rica, solicita la inscripción de: BIOSFERA honestly natural,

como marca de fábrica y comercio en clase: 3 internacional, para proteger y distinguir lo siguiente: jabones de uso cosmético, perfumería, aceites esenciales y lociones para el cabello, mezclados con lodo volcánico para la limpieza facial y corporal, todos naturales y biodegradables, fabricados en armonía con el medio ambiente, para uso en spas, hoteles, establecimientos que ofrecen tratamientos, terapias o sistemas de relajación, y lugares similares. Fecha: 6 de junio de 2019. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 22 de abril de 2019. Solicitud 2019-0003421. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978. Esta solicitud se rige por el art 28 de la Ley de Marcas Comerciales y Otros Signos Distintivos que indica “Cuando la marca consista en una etiqueta y otro signo compuesto por un conjunto de elementos, la protección no se extenderá a los elementos contenidos en ella que sean de uso común o necesario en el comercio”.—San José, 6 de junio de 2019.—Ivonne Mora Ortega, Registradora.—( IN2019361182 ).

Cristiam Alvarado Sánchez, soltero, cédula de identidad N° 1-0815-0309, con domicilio en Zapote, Las Luisas casa N° 15, calle 31, Costa Rica, solicita la inscripción de: El Bazar DEL MAGO

como nombre comercial en clase Internacionales. Para proteger y distinguir lo siguiente en clase 49: Un establecimiento comercial dedicado a la venta y asesoría en productos y servicios en la rama esotérica, holística y terapias alternativas a través del uso de aceites, perfumes, lociones, esencias e inciensos para técnicas holísticas, además, como productos complementarios de la línea esotérica-holística están la bisutería, ropa y velas, el producto de velas se caracteriza por ser velas perfumadas, con propósito de relajación, meditación y terapias alternativas, ubicado en Centro Comercial Boldaldi; 50 mts. oeste, de la plaza municipal de Liberia, Guanacaste, local 9. Reservas: De los colores: verde, blanco, rojo, negro, amarillo. Fecha: 04 de julio de 2019. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 21 de mayo del 2019. Solicitud 2019-0004451. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978. Esta solicitud se rige por el art. 28 de la Ley de Marcas Comerciales y Otros Signos Distintivos que indica “Cuando la marca consista en una etiqueta y otro signo compuesto por un conjunto de elementos, la protección no se extenderá a los elementos contenidos en ella que sean de uso común o necesario en el comercio”.—San José, 04 de julio del 2019.—Jamie Phillips Guardado, Registrador.—( IN2019361187 ).

Tatiana Rojas Hernández, cédula de identidad 1-0956-0429, en calidad de apoderada especial de Tralema Asesoría en Producción y Calidad S. A., cédula jurídica 3101268927, con domicilio en Curridabat, Urbanización Lomas del Sol, casa N° 364, San José, Costa Rica, solicita la inscripción de: THE DREAM WORKSHOP,

como marca de servicios en clase: 37 internacional, para proteger y distinguir lo siguiente: reparación de somieres, colchones, accesorios de cama. Fecha: 21 de junio de 2019. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 10 de abril de 2019. Solicitud 2019-0003249. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978. Esta solicitud se rige por el art. 28 de la Ley de Marcas Comerciales y Otros Signos Distintivos que indica “Cuando la marca consista en una etiqueta y otro signo compuesto por un conjunto de elementos, la protección no se extenderá a los elementos contenidos en ella que sean de uso común o necesario en el comercio”.—San José, 21 de junio de 2019.—Jamie Phillips Guardado, Registrador.—( IN2019361210 ).

José Luis Rodríguez Madrigal, casado una vez, cédula de identidad 2-0345-0295, en calidad de apoderado especial de Unión Comercial de Costa Rica, Unicomer Sociedad Anónima, cédula jurídica 3-101-074154, con domicilio en El Coyol, 800 metros oeste de Riteve, San José, Costa Rica, solicita la inscripción de: CON LA CUOTA MAS PEQUEÑA como señal de propaganda en clase Internacional. Para proteger y distinguir lo siguiente: Para proteger y distinguir electrodomésticos, muebles y artículos para el hogar En relación con la marca G GOLLO registro 103622. Reservas: De los colores: rojo, amarillo y azul. Fecha: 04 de julio de 2019. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 14 de mayo del 2019. Solicitud 2019-0004198. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978. Esta solicitud se rige por el art. 28 de la Ley de Marcas Comerciales y Otros Signos Distintivos que indica. “Cuando la marca consista en una etiqueta y otro signo compuesto por un conjunto de elementos, la protección no se extenderá a los elementos contenidos en ella que sean de uso común o necesario en el comercio y el artículo 63 que indica”. “Alcance de la protección. La protección conferida por el registro de una expresión o señal de publicidad comercial abarca la expresión o señal en su conjunto y no se extiende a sus partes o elementos considerados por separado. Una vez inscrita, una expresión o señal de publicidad comercial goza de protección por tiempo indefinido; pero su existencia depende, según el caso, de la marca o el nombre comercial a que se refiera”.—San José, 04 de julio del 2019.—Alex Villegas Méndez, Registrador.—( IN2019361220 ).

Nidia Núñez Alfaro, casada dos veces, cédula de identidad 204240236con domicilio en calle 29 Ave. 58 A Bo. Los Sauces, San Francisco de Dos Ríos, San José, Costa Rica, solicita la inscripción de: EON CONSULTORES

como marca de servicios en clase: 35 y 36 Internacional para proteger y distinguir lo siguiente: en clase 35: servicios de consultoría administrativa y en recursos humamos; en clase 36: servicios de contabilidad, auditoría externa, consultoría financiera y asesoría fiscal. Fecha: 23 de abril de 2019. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 5 de abril del 2019. Solicitud 2019-0003126. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978. Esta solicitud se rige por el art. 28 de la Ley de Marcas Comerciales y Otros Signos Distintivos que indica “Cuando la marca consista en una etiqueta y otro signo compuesto por un conjunto de elementos, la protección no se extenderá a los elementos contenidos en ella que sean de uso común o necesario en el comercio”.—San José, 23 de abril del 2019.—Milena Marín Jiménez, Registradora.—( IN2019361227 ).

Gabriela Alvarado Alfaro, casada, cédula de identidad 1097500108, en calidad de apoderada generalísima de Industrias Hache Siete Limitada, cédula jurídica 3102058643, con domicilio en San Sebastián, 300 metros sur de la Iglesia Católica, San José, Costa Rica, solicita la inscripción de: GALVANIZADORA G CEMESA,

como marca de servicios en clase: 40 internacional, para proteger y distinguir lo siguiente: galvanizado y metalizado, tratamiento y fundición de metales, endurecimiento de metales y productos metálicos. Fecha: 3 de julio de 2019. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 24 de junio de 2019. Solicitud 2019-0005679. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978. Esta solicitud se rige por el art. 28 de la Ley de Marcas Comerciales y Otros Signos Distintivos que indica “Cuando la marca consista en una etiqueta y otro signo compuesto por un conjunto de elementos, la protección no se extenderá a los elementos contenidos en ella que sean de uso común o necesario en el comercio”.—San José, 3 de julio de 2019.—Johnny Rodríguez Garita, Registrador.—( IN2019361239 ).

Benjamín Gutiérrez Contreras, cédula de identidad número 108470905, en calidad de apoderado especial de Sinhue, LLC, con domicilio en Delaware, en 1007 Orange Street, noveno piso, Wilmington, Newcastle County, Delaware 19801, Estados Unidos de América, solicita la inscripción de: EQUILIBRA PODEROSAMENTE TU SISTEMA INMUNOLOGICO como señal de propaganda. Para promocionar: Productos cosméticos y preparaciones de tocador no medicinales; dentífricos no medicinales; productos de perfumería, aceites esenciales; Productos farmacéuticos, preparaciones para uso médico y veterinario; alimentos y sustancias dietéticas para uso médico o veterinario, alimentos para bebés, suplementos alimenticios para personas o animales, emplastos, material para apósitos; café, té, cacao y sucedáneos del café, preparaciones a base de cereales; pan, productos de pastelería y confitería, chocolate; jarabe de melaza; todos buscan equilibrar el sistema inmunológico de las personas. En relación con las marcas Registros 277720 y 277908. Fecha: 10 de junio de 2019. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 21 de marzo del 2019. Solicitud 2019-0002518. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978. Esta solicitud se rige por el art. 28 de la Ley de Marcas Comerciales y Otros Signos Distintivos que indica “Cuando la marca consista en una etiqueta y otro signo compuesto por un conjunto de elementos, la protección no se extenderá a los elementos contenidos en ella que sean de uso común o necesario en el comercio y el artículo 63 que indica “Alcance de la protección. La protección conferida por el registro de una expresión o señal de publicidad comercial abarca la expresión o señal en su conjunto y no se extiende a sus partes o elementos considerados por separado. Una vez inscrita, una expresión o señal de publicidad comercial goza de protección por tiempo indefinido; pero su existencia depende, según el caso, de la marca o el nombre que se refiera”.—San José, 10 de junio del 2019.—Sabrina Loáiciga Pérez, Registradora.—( IN2019361245 ).

Ricardo Alberto Rodríguez Valderrama, casado, cédula de identidad 1-1378-0918, en calidad de apoderado especial de Aventón Tech, Sociedad Anónima, con domicilio en ciudad de Managua, Residencial Bolonia, de la Óptica Nicaragüense 1 cuadra al este, 50 m al sur, Nicaragua, solicita la inscripción de: AVENTON como marca de servicios en clase 35 y 42. Internacional. Para proteger y distinguir lo siguiente: en clase 35: Publicidad; gestión de negocios comerciales; administración comercial; trabajos de oficina; Facilitación de asesoramiento sobre productos de consumo en relación con software; Servicios de venta al por menor en relación con el software de ordenador; Suministro de información sobre productos de consumo en relación con software; servicios de marketing en el marco de edición de software; en clase 42: Consultoría en software; Consultoría en software informático; Creación de programas informáticos; Creación de sitios web en Internet; creación y diseño de índices de información basados en la web para terceros [servicios de tecnología de la información]; Desarrollo de software de controladores y sistemas operativos; Desarrollo de software informático; Desarrollo, actualización y mantenimiento de software y bases de datos; Desarrollo, diseño y actualización de páginas web; Diseño de páginas web; Diseño de páginas y sitios web; Diseño de software; Diseño de software informático para el control de terminales de autoservicio; Diseño de software informático, páginas y sitios web; Diseño y actualización de software informático; Diseño y desarrollo [escritura] de software informático; Diseño y desarrollo de hardware informático; Diseño y desarrollo de páginas web en la Internet; Diseño y desarrollo de software informático; Diseño, desarrollo y aplicación de software informático; Diseño, desarrollo, instalación y mantenimiento de software informático; Diseño, instalación, actualización y mantenimiento de software informático; Diseño, mantenimiento, desarrollo y actualización de software informático; Diseño, mejora y alquiler de software informático; software como servicio. Fecha: 13 de mayo de 2019. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 03 de mayo del 2019. Solicitud 2019-0003844. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978. Esta solicitud se rige por el art. 28 de la Ley de Marcas Comerciales y Otros Signos Distintivos que indica “Cuando la marca consista en una etiqueta y otro signo compuesto por un conjunto de elementos, la protección no se extenderá a los elementos contenidos en ella que sean de uso común o necesario en el comercio”.—San José, 13 de mayo del 2019.—Wendy López Vindas, Registradora.—( IN2019361262 ).

Ricardo Alberto Rodríguez Valderrama, casado, cedula de identidad 113780918, en calidad de apoderado especial de Organización Solarte & CIA SCA (la compañía) con domicilio en calle 12B N° 35-69, Bogotá, Oficinas de la Compañía, Colombia, solicita la inscripción de: TRUKITAS, como marca de fábrica en clase: 30 Internacional para proteger y distinguir lo siguiente: en clase 30: galletas; galletas de malta; galletas de mantequilla; galletas de sal y de dulce. Fecha: 6 de junio de 2019. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 30 de mayo del 2019. Solicitud N° 2019-0004804. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978. Esta solicitud se rige por el art. 28 de la Ley de Marcas Comerciales y Otros Signos Distintivos que indicaCuando la marca consista en una etiqueta y otro signo compuesto por un conjunto de elementos, la protección no se extenderá a los elementos contenidos en ella que sean de uso común o necesario en el comercio”.—San José, 6 de julio del 2019.—Wendy López Vindas, Registradora.—( IN2019361264 ).

Ricardo Alberto Rodríguez Valderrama, casado cédula de identidad 113780918, en calidad de apoderado especial de Organización Solarte & CIA SCA (la compañía) con domicilio en calle 12 B 35-69, Bogotá, Colombia, oficinas de la compañía, Colombia, solicita la inscripción de: DELEITINAS como marca de fábrica en clase: 30 Internacional para proteger y distinguir lo siguiente: en clase 30: galletas; galletas de malta; galletas de mantequilla; galletas de sal y de dulce. Fecha: 10 de junio de 2019. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 30 de mayo del 2019. Solicitud 2019-0004809. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978. Esta solicitud se rige por el art. 28 de la Ley de Marcas Comerciales y Otros Signos Distintivos que indica “Cuando la marca consista en una etiqueta y otro signo compuesto por un conjunto de elementos, la protección no se extenderá a los elementos contenidos en ella que sean de uso común o necesario en el comercio”.—San José, 10 de junio del 2019.—Wendy López Vindas, Registradora.—( IN2019361265 ).

Ricardo Alberto Rodríguez Valderrama, casado, cédula de identidad 113780918, en calidad de apoderado especial de Organización Solarte & CIA SCA (LA “COMPAÑIA”), con domicilio en calle 12 B 35 - 69 Bogota, Oficinas de la Compañía, Colombia, solicita la inscripción de: BYN’S, como marca de fábrica en clase(s): 30 internacional(es), para proteger y distinguir lo siguiente: en clase 30: galletas; galletas de malta; galletas de mantequilla; galletas de sal y de dulce. Fecha: 6 de junio del 2019. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 30 de mayo del 2019. Solicitud 2019-0004802. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978. Esta solicitud se rige por el art. 28 de la Ley de Marcas Comerciales y Otros Signos Distintivos que indica “Cuando la marca consista en una etiqueta y otro signo compuesto por un conjunto de elementos, la protección no se extenderá a los elementos contenidos en ella que sean de uso común o necesario en el comercio”.—San José, 6 de junio del 2019.—Wendy López Vindas, Registradora.—( IN2019361266 ).

Ricardo Alberto Rodríguez Valderrama, casado cédula de identidad 113780918, en calidad de apoderado especial de organización Solarte & CIA SCA con domicilio en calle 12 B 35-69, Bogotá, oficinas de la compañía, Colombia, solicita la inscripción de: GRONCH como marca de fábrica en clase: 30 Internacional para proteger y distinguir lo siguiente: en clase 30: galletas; galletas de malta; galletas de mantequilla; galletas de sal y de dulce. Fecha: 6 de junio de 2019. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 30 de mayo del 2019. Solicitud 2019-0004801. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978. Esta solicitud se rige por el art. 28 de la Ley de Marcas Comerciales y Otros Signos Distintivos que indica “Cuando la marca consista en una etiqueta y otro signo compuesto por un conjunto de elementos, la protección no se extenderá a los elementos contenidos en ella que sean de uso común o necesario en el comercio”.—San José, 6 de junio del 2019.—Wendy López Vindas, Registradora.—( IN2019361267 ).

Ricardo Alberto Rodríguez Valderrama, casado, cédula de identidad 113780918, en calidad de apoderado especial de Organización Solarte & CIA SCA (LA “COMPAÑÍA”), con domicilio en calle 12 B 35-69, Bogotá, Oficinas de La Compañía, Colombia, solicita la inscripción de: GOLOZETAS, como marca de fábrica en clase 30 internacional, para proteger y distinguir lo siguiente: en clase 30: galletas; galletas de malta; galletas de mantequilla; galletas de sal y de dulce. Fecha: 6 de junio del 2019. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 30 de mayo del 2019. Solicitud 2019-0004803. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978. Esta solicitud se rige por el art. 28 de la Ley de Marcas Comerciales y Otros Signos Distintivos que indica “Cuando la marca consista en una etiqueta y otro signo compuesto por un conjunto de elementos, la protección no se extenderá a los elementos contenidos en ella que sean de uso común o necesario en el comercio”.—San José, 6 de junio de 2019.—Wendy López Vindas, Registradora.—( IN2019361268 ).

Ricardo Alberto Rodríguez Valderrama, casado, cedula de identidad 113780918, en calidad de apoderado especial de Yanco Limited (La Compañía) con domicilio en 1 Estuary Banks, Estuary Commerce Park, Speke, Liverpool, L24 8QR, Oficinas de Yanco, Reino Unido, solicita la inscripción de: ZAPPO como marca de fábrica y comercio en clases 4; 5 y 21 internacionales para proteger y distinguir lo siguiente: en clase 4: Velas (iluminación); velas (iluminación); mechas; aceite para alumbrado; velas, cirios, mechas y aceite de lampara que contienen repelente de insectos; velas, cirios, mechas y aceite de lampara que contienen preparados para matar insectos; en clase 5: Insecticidas; insecticidas para uso agrícola, domestico, hortícola y veterinario; repelentes de insectos; repelentes de insectos; preparaciones para matar insectos; insecticidas; polvos insecticidas; pulverizador de insecticidas; papel para atrapar moscas e insectos; bobinas anti mosquitos y esteras; larvicidas; larvicidas para uso agrícola, domestico, hortícola y veterinario; tratamientos antipolillas; pesticidas (distintos de germicidas, fungicidas, herbicidas, desinfectantes, preparados y sustancias sanitarios); pesticidas agrícolas, domésticos, hortícolas y de uso veterinario (distintos de germicidas, fungicidas y herbicidas, desinfectantes, preparados y sustancias sanitarios); rodenticidas; productos para eliminar roedores para uso agrícola, domestico, hortícola y veterinario; acaricidas; productos para eliminar ácaros para uso agrícola, domestico, hortícola y veterinario; productos y sustancias farmacéuticos; productos y sustancias veterinarias; ninguno de los productos mencionados sirve para su uso en animales de compañía; ninguno de los productos mencionados sirve para su uso en relación con los escarabajos; en clase 21: Trampas para insectos, plagas, moscas y roedores; dispositivos y aparatos para atraer, repeler y eliminar insectos, moscas, plagas y roedores; botellas; botellas de plástico; aerosoles, que no sean para uso personal; recipientes de aerosoles, válvulas de aerosol; aparatos accionados eléctricamente para la producción de vapor insecticida; dispositivos eléctricos para atraer, eliminar y repeler insectos; aparatos eléctricos para repeler insectos; trampas eléctricas para insectos; dispositivos eléctricos para repeler insectos; piezas y accesorios de estos productos. Fecha: 11 de junio de 2019. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 30 de mayo del 2019. Solicitud 2019-0004814. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978. Esta solicitud se rige por el art. 28 de la Ley de Marcas Comerciales y Otros Signos Distintivos que indica “Cuando la marca consista en una etiqueta y otro signo compuesto por un conjunto de elementos, la protección no se extenderá a los elementos contenidos en ella que sean de uso común o necesario en el comercio”.—San José, 11 de junio del 2019.—Ildreth Araya Mesen, Registradora.—( IN2019361269 ).

Ricardo Alberto Rodríguez Valderrama, casado, cédula de identidad 113780918, en calidad de apoderado especial de Kamadaya Entertainment Corp, con domicilio en calle 12 B 35-69 Bogotá, Colombia, solicita la inscripción de: SEBASTIAN YATRA, como marca de fábrica y servicios en clases 25; 35 y 41, internacionales, para proteger y distinguir lo siguiente: en clase 25: prendas de vestir, calzado, artículos de sombrerería para hombres y mujeres; en clase 35: publicidad; gestión de negocios comerciales; servicios de comunicados de prensa; consultoría sobre estrategias de comunicación [relaciones publicas]; gestión empresarial de artistas intérpretes o ejecutantes; publicación de textos publicitarios; publicidad; relaciones públicas; marketing/mercadotecnia; en clase 41: servicios de entretenimiento; servicios de artistas del espectáculo; servicios de composición musical; servicios de compositores y autores de música; servicios de entretenimiento; producción de espectáculos; organización y dirección de conciertos; servicios de estudios de grabación; suministro en línea de música no descargable. Fecha: 26 de junio del 2019. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 18 de junio del 2019. Solicitud 2019-0004815. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978. Esta solicitud se rige por el art. 28 de la Ley de Marcas Comerciales y Otros Signos Distintivos que indica “Cuando la marca consista en una etiqueta y otro signo compuesto por un conjunto de elementos, la protección no se extenderá a los elementos contenidos en ella que sean de uso común o necesario en el comercio”.—San José, 26 de junio del 2019.—Ildreth Araya Mesen, Registradora.—( IN2019361270 ).

Ricardo Alberto Rodríguez Valderrama, casado, cédula de identidad N° 1-1378-0918, en calidad de apoderado especial de Organización Solarte & CIA SCA, con domicilio en calle 12 B N° 35-69, Bogotá, Colombia, oficinas de la compañía, Colombia, solicita la inscripción de: GOLOZETAS

como marca de fábrica en clase 30. Internacional. Para proteger y distinguir lo siguiente: Galletas; galletas de malta; galletas de mantequilla; galletas de sal y de dulce. Fecha: 10 de junio de 2019. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 30 de mayo del 2019. Solicitud 2019-0004811. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978. Esta solicitud se rige por el art. 28 de la Ley de Marcas Comerciales y Otros Signos Distintivos que indica “Cuando la marca consista en una etiqueta y otro signo compuesto por un conjunto de elementos, la protección no se extenderá a los elementos contenidos en ella que sean de uso común o necesario en el comercio”.—San José, 10 de junio del 2019.—Wendy López Vindas, Registradora.—( IN2019361271 ).

Ricardo Alberto Rodríguez Valderrama, casado, cédula de identidad N° 1-1378-0918, en calidad de apoderado especial de Organización Solarte & CIA SCA (LA “COMPAÑÍA”), con domicilio en calle 12 B Nº 35-69 Bogotá, Colombia, Oficinas de La Compañía, Colombia, solicita la inscripción de: TRUKITAS,

como marca de fábrica en clase 30. Internacional. Para proteger y distinguir lo siguiente: Galletas; galletas de malta; galletas de mantequilla; galletas de sal y de dulce. Fecha: 10 de junio del 2019. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 30 de mayo del 2019. Solicitud 2019-0004812. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978. Esta solicitud se rige por el art. 28 de la Ley de Marcas Comerciales y Otros Signos Distintivos que indica “Cuando la marca consista en una etiqueta y otro signo compuesto por un conjunto de elementos, la protección no se extenderá a los elementos contenidos en ella que sean de uso común o necesario en el comercio”.—San José, 10 de junio del 2019.—Wendy López Vindas, Registradora.—( IN2019361272 ).

Ricardo Alberto Rodríguez Valderrama, casado, cédula de identidad 113780918, en calidad de apoderado especial de Organización Solarte & Cía SCA, con domicilio en calle 12 B N° 35-69, Bogotá, Oficinas de la Compañía Colombia, solicita la inscripción de: Deleitinas

como marca de fábrica en clase 30 internacional. Para proteger y distinguir lo siguiente: Galletas; galletas de malta; galletas de mantequillas; galletas de sal y de dulce. Fecha: 20 de junio de 2019. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 11 de junio del 2019. Solicitud 2019-0005243. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978. Esta solicitud se rige por el art. 28 de la Ley de Marcas Comerciales y Otros Signos Distintivos que indica “Cuando la marca consista en una etiqueta y otro signo compuesto por un conjunto de elementos, la protección no se extenderá a los elementos contenidos en ella que sean de uso común o necesario en el comercio.—San José, 11 de junio del 2019.—Rina Ruiz Mata, Registradora.—( IN2019361273 ).

Ricardo Alberto Rodríguez Valderrama, casado, cédula de identidad N° 113780918, en calidad de apoderado especial de Organización Solarte & Cia SCA con domicilio en Calle 12 B Nº 35-69, Bogotá, Colombia, Oficinas de la Compañía, Colombia, solicita la inscripción de: Dom’s

como marca de fábrica en clase 30 internacional, para proteger y distinguir lo siguiente: en clase 30: Galletas; galletas de malta; galletas de mantequilla; galletas de sal y de dulce. Fecha: 10 de junio del 2019. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 03 de junio del 2019. Solicitud Nº 2019-0004918. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley Nº 7978. Esta solicitud se rige por el art. 28 de la Ley de Marcas Comerciales y Otros Signos Distintivos que indicaCuando la marca consista en una etiqueta y otro signo compuesto por un conjunto de elementos, la protección no se extenderá a los elementos contenidos en ella que sean de uso común o necesario en el comercio”.—San José, 10 de junio del 2019.—Wendy López Vindas, Registradora.—( IN2019361274 ).

Max Araya Cruz, divorciado, cédula de identidad 111990628, en calidad de apoderado generalísimo de Rua Mercadeo S. A., cedula jurídica 3101556922, con domicilio en Pavas, del correo de Pavas, 200 metros norte, 100 oeste y 50 norte, casa a mano izquierda, portón negro, San José, Costa Rica, solicita la inscripción de: RUA MERCADEO,

como marca de servicios en clase: 35 internacional, para proteger y distinguir lo siguiente: servicios de publicidad. Fecha: 2 de julio de 2019. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 20 de junio de 2019. Solicitud 2019-0005580. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978. Esta solicitud se rige por el art. 28 de la Ley de Marcas Comerciales y Otros Signos Distintivos que indica “Cuando la marca consista en una etiqueta y otro signo compuesto por un conjunto de elementos, la protección no se extenderá a los elementos contenidos en ella que sean de uso común o necesario en el comercio”.—San José, 2 de julio de 2019.—Isela Chango Trejos, Registradora.—( IN2019361275 ).

Erick Lonis Bolaños, divorciado una vez, cédula de identidad 606590358 con domicilio en Alajuela, Costa Rica, solicita la inscripción de: Las Cumbres Agrihood Natural Connectión

como nombre comercial en clase: Internacional para proteger y distinguir lo siguiente: en clase 49: Un establecimiento comercial dedicado a ganadería, agricultura e inmobiliaria, ubicado en Alajuela, Poás, San Juan Norte de Ferretería San Juan; 27 km al norte. Fecha: 17 de junio de 2019. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 10 de mayo del 2019. Solicitud 2019-0004075. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978. Esta solicitud se rige por el art. 28 de la Ley de Marcas Comerciales y Otros Signos Distintivos que indica “Cuando la marca consista en una etiqueta y otro signo compuesto por un conjunto de elementos, la protección no se extenderá a los elementos contenidos en ella que sean de uso común o necesario en el comercio”.—San José, 17 de junio del 2019.—Katherine Jiménez Tenorio, Registradora.—( IN2019361300 ).

Luis Diego Castro Chavarría, casado en segundas nupcias, cédula de identidad N° 106690228, en calidad de apoderado especial de Abbott Cardiovascular Systems, Inc. con domicilio en 300 Lakeside Drive Santa Clara California 95054, Estados Unidos de América, solicita la inscripción de: HI-TORQUE VEKTOR como marca de fábrica y comercio en clase 10 internacional, para proteger y distinguir lo siguiente: en clase 10: Dispositivos médicos, a saber, alambres guía para uso cardiovascular, excluyendo oftalmología. Fecha: 19 de junio del 2019. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 26 de abril del 2019. Solicitud Nº 2019-0003651. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley Nº 7978. Esta solicitud se rige por el art. 28 de la Ley de Marcas Comerciales y Otros Signos Distintivos que indicaCuando la marca consista en una etiqueta y otro signo compuesto por un conjunto de elementos, la protección no se extenderá a los elementos contenidos en ella que sean de uso común o necesario en el comercio”.—San José, 19 de junio del 2019.—Bernard Molina Alvarado, Registrador.—( IN2019361302 ).

Luis Diego Castro Chavarría, casado dos veces, cédula de identidad 106690228, en calidad de apoderado especial de Benemerito Cuerpo de Bomberos de Costa Rica, con domicilio en avenida 3a, calle 18, costado norte parada de buses del mercado la Coca Cola, San José, Costa Rica, solicita la inscripción de: Amamos lo que hacemos, cuidamos lo que usted ama como señal de propaganda en clase(s): Internacional(es). Para proteger y distinguir lo siguiente: en clase 50: Para promocionar metales preciosos y sus aleaciones, así como productos de estas materias o chapados no comprendidos en otras clases; artículos de joyería, bisutería, piedras preciosas; artículos de relojería e instrumentos cronométricos Papel, cartón y artículos de estas materias no comprendidos en otras clases; productos de imprenta; material de encuadernación; fotografías; artículos de papelería; adhesivos (pegamentos) de papelería o para uso doméstico; material para artistas; pinceles; máquinas de escribir y artículos de oficina (excepto muebles); material de instrucción o material didáctico (excepto aparatos); materias plásticas para embalar (no comprendidas en otras clases); caracteres de imprenta; clichés de imprenta Utensilios y recipientes para uso doméstico y culinario; peines y esponjas; cepillos; materiales para fabricar cepillos; material de limpieza; lana de acero; vidrio en bruto o semielaborado (excepto el vidrio de construcción); artículos de cristalería, porcelana y loza no comprendidos en otras clases Prendas de vestir; calzado, artículos de sombrerería Servicios de construcción; servicios de reparación; servicios de instalación Educación; formación; servicios de entretenimiento; actividades deportivas y culturales Servicios científicos y tecnológicos, así como servicios de investigación y diseño en estos ámbitos; servicios de análisis e investigación industriales; diseño y desarrollo de equipos informáticos y de software Servicios jurídicos; servicios de seguridad para la protección de bienes y personas; servicios personales y sociales prestados por terceros para satisfacer necesidades individuales En relación con la marca “BOMBEROS 1865 COSTA RICA”, número de registro 237758. Fecha: 21 de junio de 2019. SSe cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 18 de junio del 2019. Solicitud 2019-0005450. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978. Esta solicitud se rige por el art. 28 de la Ley de Marcas Comerciales y Otros Signos Distintivos que indica “Cuando la marca consista en una etiqueta y otro signo compuesto por un conjunto de elementos, la protección no se extenderá a los elementos contenidos en ella que sean de uso común o necesario en el comercio.—San José, 21 de junio del 2019.—Katherine Jiménez Tenorio, Registradora.—( IN2019361303 ).

Mariana Vargas Roqhuett, casada una vez, cédula de identidad 304260709, en calidad de apoderada especial de Roble International Corporation, con domicilio en Torre Las Américas, Torre C, piso 27-02, Punta Pacífica, Ciudad de Panamá, Islas Vírgenes (Británicas), solicita la inscripción de: EL PASEO LINDORA, como marca de servicios en clase: 36 Internacional, para proteger y distinguir lo siguiente: negocios inmobiliarios. Reservas: No se hace reserva del término LINDORA. Fecha: 21 de junio de 2019. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 27 de marzo de 2019. Solicitud 2019-0002725. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978. Esta solicitud se rige por el art. 28 de la Ley de Marcas Comerciales y Otros Signos Distintivos que indica “Cuando la marca consista en una etiqueta y otro signo compuesto por un conjunto de elementos, la protección no se extenderá a los elementos contenidos en ella que sean de uso común o necesario en el comercio”.—San José, 21 de junio de 2019.—Jamie Phillips Guardado, Registrador.—( IN2019361305 ).

Kiran Kamal (nombres) Motwani Shivdasani (apellidos), casada una vez, pasaporte PAI243569 con domicilio en Calle San Bartolomé setenta y nueve uno B El Arenal Cero Siete Mil Seiscientos, Mallorca, Baleares, España, solicita la inscripción de: ALOHA MENTAL ARITHMETIC

como marca de fábrica en clase 16 internacional, para proteger y distinguir lo siguiente: en clase 16: Papel y cartón; productos de imprenta; material de encuadernación; fotografías; artículos de papelería y artículos de oficina, excepto muebles; adhesivos (pegamentos) de papelería o para uso doméstico; material de dibujo y material para artistas; pinceles; material de instrucción y material didáctico; hojas películas y bolsas de materias plásticas para embalar y empaquetar; caracteres de imprenta, clichés de imprenta. Fecha: 09 de mayo del 2019. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 02 de mayo del 2019. Solicitud Nº 2019-0003781. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley Nº 7978. Esta solicitud se rige por el art. 28 de la Ley de Marcas Comerciales y Otros Signos Distintivos que indicaCuando la marca consista en una etiqueta y otro signo compuesto por un conjunto de elementos, la protección no se extenderá a los elementos contenidos en ella que sean de uso común o necesario en el comercio”.—San José, 09 de mayo del 2019.—Randall Abarca Aguilar, Registrador.—( IN2019361308 ).

Javier Alberto Montejo Calvo, soltero, cédula de identidad 114380275, en calidad de apoderado especial de Costa Vida Presenta Limitada, cédula jurídica 3102778905 con domicilio en Escazú, EBC Centro Corporativo Octavo Piso, Sfera Legal, San José, Costa Rica, solicita la inscripción de: COSTA VIDA PRESENTA

como marca de servicios en clase 35 internacional, para proteger y distinguir lo siguiente: en clase 35: publicidad; gestión de negocios comerciales; administración comercial; trabajos de oficina. Fecha: 19 de junio de 2019. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 9 de mayo del 2019. Solicitud 2019-0004017. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978. Esta solicitud se rige por el art. 28 de la Ley de Marcas Comerciales y Otros Signos Distintivos que indica “Cuando la marca consista en una etiqueta y otro signo compuesto por un conjunto de elementos, la protección no se extenderá a los elementos contenidos en ella que sean de uso común o necesario en el comercio”—San José, 19 de junio del 2019.—Katherine Jiménez Tenorio, Registradora.—( IN2019361310 ).

Javier Alberto Montejo Calvo, soltero, cédula de identidad 1-1438-0275, en calidad de apoderado especial de Costa Vida Presenta Limitada, cédula jurídica 3-102-778905, con domicilio en Escazú, EBC Centro Corporativo, octavo piso, Sfera Legal, San José, Costa Rica, solicita la inscripción de: COSTA VIDA PRESENTA, como marca de servicios en clase 41. Internacional. Para proteger y distinguir lo siguiente: servicios de entretenimiento; actividades deportivas y culturales. Fecha: 13 de junio de 2019. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 09 de mayo de 2019. Solicitud 2019-0004018. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978. Esta solicitud se rige por el art. 28 de la Ley de Marcas Comerciales y Otros Signos Distintivos que indica “Cuando la marca consista en una etiqueta y otro signo compuesto por un conjunto de elementos, la protección no se extenderá a los elementos contenidos en ella que sean de uso común o necesario en el comercio”.—San José, 13 de junio de 2019.—Katherine Jiménez Tenorio, Registradora.—( IN2019361311 ).

Carlos Gerardo Díaz Soto, casado 2 veces, cédula de identidad 1-0911- 0575, con domicilio en Mata de Plátano de Goicoechea Resd Portevadia casa 39 frente igle católica, Costa Rica, solicita la inscripción de: SI-Transportes

como marca de servicios en clase 39 internacional. Para proteger y distinguir lo siguiente: Servicio de transporte, embalaje y almacenamiento de mercancías, organización de viajes. Fecha: 10 de julio de 2019. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 26 de junio del 2019. Solicitud 2019-0005766. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978. Esta solicitud se rige por el art. 28 de la Ley de Marcas Comerciales y Otros Signos Distintivos que indica “Cuando la marca consista en una etiqueta y otro signo compuesto por un conjunto de elementos, la protección no se extenderá a los elementos contenidos en ella que sean de uso común o necesario en el comercio.—San José, 10 de julio del 2019.—Randall Abarca Aguilar, Registrador.—( IN2019361323 ).

José Hans Vargas Sandi, soltero, cédula de identidad 108910614, en calidad de apoderado generalísimo de Tres-Ciento Uno-Quinientos Ocho Mil Doscientos Trece S. A., cédula jurídica 3101508213, con domicilio en Santa Ana, Salitral, Calle Perico, frente Puplena Gato, Costa Rica, solicita la inscripción de: GSM Infracon, como nombre comercial en clase(s): internacional(es), para proteger y distinguir lo siguiente: un establecimiento comercial dedicado a construcción de inmuebles ubicado en Salitral de Santa Ana, calle el Perico, de las cabañas ochocientos metros al sur. Fecha: 17 de junio del 2019. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 10 de mayo del 2019. Solicitud 2019-0004074. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978. Esta solicitud se rige por el art. 28 de la Ley de Marcas Comerciales y Otros Signos Distintivos que indica “Cuando la marca consista en una etiqueta y otro signo compuesto por un conjunto de elementos, la protección no se extenderá a los elementos contenidos en ella que sean de uso común o necesario en el comercio”.—San José, 17 de junio del 2019.—Alex Villegas Méndez, Registrador.—( IN2019361339 ).

Ana Laura Berdugo Ulate, divorciada, cédula de identidad 108850602, en calidad de apoderada generalísima de Grupo Santa Diabla Sociedad Anónima, cédula jurídica 3101700141, con domicilio en Colima de Tibás, 200 norte del Maxipalí, Residencial Real de Colima, apartamento N° 6, San José, Costa Rica, solicita la inscripción de: socialforce,

como marca de servicios en clase: 35 internacional, para proteger y distinguir lo siguiente: servicios publicitarios que consisten en publicar en cualquier medio de difusión, comunicaciones, declaraciones o anuncios relacionados publicitarios que consisten en publicar en cualquier medio de con todo tipo de productos o servicios, por medo de comunicaciones electrónicas en sitios web o redes sociales. Fecha: 5 de junio de 2019. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 28 de mayo de 2019. Solicitud 2019-0004701. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978. Esta solicitud se rige por el art. 28 de la Ley de Marcas Comerciales y Otros Signos Distintivos que indica “Cuando la marca consista en una etiqueta y otro signo compuesto por un conjunto de elementos, la protección no se extenderá a los elementos contenidos en ella que sean de uso común o necesario en el comercio”.—San José, 5 de junio de 2019.—Rina Ruiz Mata, Registradora.—( IN2019361343 ).

Juan Ernesto Arias Achío, casado una vez, cédula de identidad N° 113270088 con domicilio en Asunción de Belén, de EPA 250 metros oeste y 100 metros norte, Costa Rica, solicita la inscripción de: AA ADVANT ATELIER

como Marca de Servicios en clase: 42. Internacional. Para proteger y distinguir lo siguiente: diseño de nuevos productos, diseño arquitectónico, servicio de consultaría de diseño y arquitectura. Fecha: 03 de julio del 2019. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 17 de junio del 2019. Solicitud 2019-0005429. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978. Esta solicitud se rige por el art. 28 de la Ley de Marcas Comerciales y Otros Signos Distintivos que indica “Cuando la marca consista en una etiqueta y otro signo compuesto por un conjunto de elementos, la protección no se extenderá a los elementos contenidos en ella que sean de uso común o necesario en el comercio”.—San José, 03 de julio del 2019.—Ivonne Mora Ortega, Registradora.—( IN2019361371 ).

M. Enrique Lizano, casado una vez, cédula de identidad 108330413, en calidad de apoderado especial de Aceros de Guatemala Sociedad Anónima, con domicilio en Avenida las Américas 18-81, Zona 14, Edificio Columbus Center, Nivel 14 Guatemala, Guatemala, solicita la inscripción de: HIERRO AG,

como marca de fábrica y comercio en clase: 6 internacional, para proteger y distinguir lo siguiente: materiales de construcción metálicos a base de hierro; construcciones transportables metálicas a base de hierro, materiales metálicos para vías férreas a base de hierro. Fecha: 3 de julio de 2019. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 22 de marzo de 2019. Solicitud 2019-0002592. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978. Esta solicitud se rige por el art. 28 de la Ley de Marcas Comerciales y Otros Signos Distintivos que indica “Cuando la marca consista en una etiqueta y otro signo compuesto por un conjunto de elementos, la protección no se extenderá a los elementos contenidos en ella que sean de uso común o necesario en el comercio”.—San José, 3 de julio de 2019.—Alex Villegas Méndez, Registrador.—( IN2019361384 ).

Michael Tarcica Galindo, soltero, cédula de identidad 114070869, en calidad de apoderado especial de Parkside Inmobiliaria S. A., cédula jurídica 3101669952 con domicilio en San José, Sabana Sur, 250 metros al sur de Pops, casa a mano derecha color azul de dos pisos, San José, Costa Rica, solicita la inscripción de: URBANIA, como marca de servicios en clase(s): 36, internacional(es), para proteger y distinguir lo siguiente: en clase 36: negocios inmobiliarios. Fecha: 26 de junio del 2019. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 9 de mayo del 2019. Solicitud 2019-0004032. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978. Esta solicitud se rige por el art. 28 de la Ley de Marcas Comerciales y Otros Signos Distintivos que indica “Cuando la marca consista en una etiqueta y otro signo compuesto por un conjunto de elementos, la protección no se extenderá a los elementos contenidos en ella que sean de uso común o necesario en el comercio”.—San José, 26 de junio del 2019.—Ildreth Araya Mesén, Registradora.—( IN2019361390 ).

Flor María Rodríguez Gamboa, casada una vez, cédula de identidad N° 203450464 con domicilio en casa 159, Residencial Aries, Cantón Central, San Francisco, Heredia, Costa Rica, solicita la inscripción de: Bolsitica

como marca de fábrica y comercio en clase 18 internacional, para proteger y distinguir lo siguiente: en clase 18: Bolsas de empaque de carga de compras, del hogar reutilizables sustitutas de las de plástico. Fecha: 01 de abril del 2019. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 01 de marzo del 2019. Solicitud 2019-0001868. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978. Esta solicitud se rige por el art. 28 de la Ley de Marcas Comerciales y Otros Signos Distintivos que indica “Cuando la marca consista en una etiqueta y otro signo compuesto por un conjunto de elementos, la protección no se extenderá a los elementos contenidos en ella que sean de uso común o necesario en el comercio”.—San José, 1 de abril del 2019.—Grettel Solís Fernández, Registradora.—( IN2019361423 ).

David Mora Marín, divorciado una vez, cédula de identidad 6-205-856, con domicilio en San Isidro de Pérez Zeledón, Barrio San Andrés. calle Leman, San José, Costa Rica, solicita la inscripción de: NaturalTico,

como marca de comercio en clase 29 internacional, para proteger y distinguir lo siguiente: aceite de coco, mantequilla de coco, coco deshidratado, grasa de coco. Fecha: 9 de julio de 2019. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 4 de abril de 2019. Solicitud 2019-0003070. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978. Esta solicitud se rige por el art. 28 de la Ley de Marcas Comerciales y Otros Signos Distintivos que indica “Cuando la marca consista en una etiqueta y otro signo compuesto por un conjunto de elementos, la protección no se extenderá a los elementos contenidos en ella que sean de uso común o necesario en el comercio”.—San José, 9 de julio de 2019.—Jamie Phillips Guardado, Registrador.—( IN2019361430 ).

Gilberto Ricardo Sáenz Vargas, casado una vez, cédula de identidad 112490237, en calidad de apoderado generalísimo de Constructora Sáenz Vargas HSV Sociedad Anónima, cédula jurídica 3101436575, con domicilio en Pérez Zeledón, Quebrada Honda, 50 metros al este del surtidor Vargas, San José, Costa Rica, solicita la inscripción de: CONSTRUCTORA SAENZ,

como marca de servicios en clase 37 internacional, para proteger y distinguir lo siguiente: construcción o fabricación, remodelación y restauración de edificaciones. Fecha: 10 de julio de 2019. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 2 de julio de 2019. Solicitud 2019-0005928. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978. Esta solicitud se rige por el art. 28 de la Ley de Marcas Comerciales y Otros Signos Distintivos que indica “Cuando la marca consista en una etiqueta y otro signo compuesto por un conjunto de elementos, la protección no se extenderá a los elementos contenidos en ella que sean de uso común o necesario en el comercio”.—San José, 10 de julio de 2019.—Milena Marín Jiménez, Registradora.—( IN2019361433 ).

Shannon Biodin (nombres) Smith (único apellido), casada una vez, cédula de residencia 18400147381121, en calidad de apoderada generalísima de Charolitas Limitada, cédula jurídica 3102729427, con domicilio en cantón Monteverde, distrito Santa Elena, contiguo al Banco Nacional, en la pensión Santa Elena, Puntarenas, Costa Rica, solicita la inscripción de: MUCHA LUCHA como nombre comercial. Para proteger y distinguir lo siguiente: Un establecimiento comercial dedicado a la elaboración de comida, venta y preparación de alimentos y salsa picantes. Ubicado en Puntarenas, cantón Monteverde, distrito Santa Elena, contiguo al Banco Nacional, en La Pensión Santa Elena. Fecha: 8 de julio de 2019. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 19 de junio del 2019. Solicitud 2019-0005488. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978. Esta solicitud se rige por el art. 28 de la Ley de Marcas Comerciales y Otros Signos Distintivos que indica “Cuando la marca consista en una etiqueta y otro signo compuesto por un conjunto de elementos, la protección no se extenderá a los elementos contenidos en ella que sean de uso común o necesario en el comercio.—San José, 8 de julio del 2019.—Rolando Cardona Monge, Registrador.—( IN2019361435 ).

Mariana Vargas Roqhuett, casada una vez, cédula de identidad N° 304260709, en calidad de apoderado especial de Intratext de El Salvador S. A. DE C.V. (Intratex, S. A. de C.V.), con domicilio en Soyopango, Departamento de San Salvador, El Salvador solicita la inscripción de: INTRATEC PERFORMANCE APPAREL,

como marca de fábrica y comercio en clase(s): 25 internacional(es), para proteger y distinguir lo siguiente: en clase 25: prendas de vestir, calzado, artículos de sombrerería, todas en el área de ropa de rendimiento. Fecha: 20 de junio del 2019. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 26 de abril del 2019. Solicitud 2019-0003649. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978. Esta solicitud se rige por el art. 28 de la Ley de Marcas Comerciales y Otros Signos Distintivos que indica “Cuando la marca consista en una etiqueta y otro signo compuesto por un conjunto de elementos, la protección no se extenderá a los elementos contenidos en ella que sean de uso común o necesario en el comercio”.—San José, 20 de junio del 2019.—Katherine Jiménez Tenorio, Registradora.—( IN2019361439 ).

William Zúñiga Jiménez, casado una vez, cédula de identidad 503090883, en calidad de apoderado generalísimo de Hermosa High School SRL, cédula jurídica 3102689180, con domicilio en Playa Hermosa, San Martín de Cóbano, sobre la carretera principal, instalaciones de Hermosa Valley School, Puntarenas, Costa Rica, solicita la inscripción de: CENTRO PRIVADO HERMOSA HIGH SCHOOL, como nombre comercial en clase: internacional, para proteger y distinguir lo siguiente: un establecimiento comercial dedicado a servicios en materia de educación secundaria, ubicado en Playa Hermosa, San Martín de Cóbano, Puntarenas, sobre la carretera principal, instalaciones de Hermosa Valley School. Fecha: 16 de enero de 2019. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 21 de diciembre de 2018. Solicitud 2018-0011809. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978.—San José, 16 de enero de 2019.—Alex Villegas Méndez, Registrador.—( IN2019361444 ).

Edgar Nassar Guier, soltero, cédula de identidad N° 106170850, en calidad de apoderado especial de Interamérica Trading Corporation of Costa Rica SRL, cédula jurídica N° 3102715138 con domicilio en Moravia, San Jerónimo, 50 metros al este de La Ermita Católica, Costa Rica, solicita la inscripción de: ABAD como marca de comercio en clase 25 internacional, para proteger y distinguir lo siguiente: Ropa, calzado y sombrerería. Fecha: 16 de enero del 2019. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 21 de diciembre del 2018. Solicitud Nº 2018-0011811. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley Nº 7978. Esta solicitud se rige por el art. 28 de la Ley de Marcas Comerciales y Otros Signos Distintivos que indicaCuando la marca consista en una etiqueta y otro signo compuesto por un conjunto de elementos, la protección no se extenderá a los elementos contenidos en ella que sean de uso común o necesario en el comercio”.—San José, 16 de enero del 2019.—Alex Villegas Méndez, Registrador.—( IN2019361446 ).

Luis Alfredo Mata Guzmán, casado una vez, cédula de identidad 113040956, en calidad de apoderado generalísimo de Soestra Sociedad de Responsabilidad Limitada, cédula jurídica 3102774958, con domicilio en Pavas, Boulevard de Rohrmoser, la Favorita Norte Avenida 27, calle 108, primera casa, a mano derecha, San José, Costa Rica, solicita la inscripción de: Natural Soul by Nancy Sánchez,

como marca de servicios en clase: 44 internacional, para proteger y distinguir lo siguiente: educación alimentaria del paciente en temas de nutrición clínica Realización, análisis e interpretación de mediciones de composición corporal Asesoría en planes de alimentación y recomendaciones nutricionales de forma individual y personalizada, ajustada a las necesidades nutricionales de cada paciente y su familia tomando en cuenta las enfermedades asociadas Orientación nutricional a mujeres embarazadas, niños y personas sanas que deseen mejorar sus hábitos de alimentación Tratamiento de todo tipo de patologías relacionadas con trastornos del metabolismo (desnutrición, diabetes, trastornos de la alimentación, sobre peso, obesidad, entre otros. Fecha: 10 de julio de 2019. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 17 de junio de 2019. Solicitud 2019-0005420. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978. Esta solicitud se rige por el art. 28 de la Ley de Marcas Comerciales y Otros Signos Distintivos que indica “Cuando la marca consista en una etiqueta y otro signo compuesto por un conjunto de elementos, la protección no se extenderá a los elementos contenidos en ella que sean de uso común o necesario en el comercio”.—San José, 10 de julio de 2019.—Milena Marín Jiménez, Registradora.—( IN2019361504 ).

Marcas de Ganado

Solicitud 2019-1322.—Ref: 35/2019/2947.—Elio José Jiménez Rosales, cédula de identidad 5-0091-0701, solicita la inscripción de: OJR, como marca de ganado que usará preferentemente en Guanacaste, Bagaces, Río Naranjo, Río Chiquito, de la entrada a Río Chiquito 1 kilómetro al norte, carretera a Upala. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los 10 días hábiles contados a partir de la publicación de este edicto. Presentada el 20 de junio del 2019. Según el expediente 2019-1322.—Karol Claudel Palma, Registradora.—1 vez.—( IN2019361449 ).

Solicitud N° 2019-1484.—Ref.: 35/2019/3278.—Jeffry Esteban Pérez Calderón, cédula de identidad 0115480708, solicita la inscripción de:

P   C

1   0

como marca de ganado, que usará preferentemente en San José, Pérez Zeledón, Pejibaye, San Marcos, 250 metros este de la escuela del lugar. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los 10 días hábiles contados a partir de la publicación de este edicto. Presentada el 9 de julio del 2019, según el expediente 2019-1484.—Elda Cerdas Badilla, Registradora.—1 vez.—( IN2019361477 ).

Solicitud 2019-1483.—Ref: 35/2019/3274.—Julio Roberto Webb Villanueva, cédula de identidad 0109400129, solicita la inscripción de: R-W como marca de ganado, que usará preferentemente en Puntarenas, Buenos Aires, Potrero Grande, La Lucha, 2 kilómetros norte de la escuela El Jorón. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los 10 días hábiles contados a partir de la publicación de este edicto. Presentada el 09 de julio del 2019. Según el expediente 2019-1483.—Elda Cerdas Badilla Registradora.—1 vez.—( IN2019361478 ).

Solicitud N° 2019-1420.—Ref.: 35/2019/3164.—Alfonso Azofeifa Fallas, cédula de identidad 1-1055-0004, solicita la inscripción de:

como marca de ganado que usará preferentemente en San José, Mora, Tabarcia, Piedra Blanca, 3.2 kilómetros al oeste de la escuela Tomás Acosta de Bajos de Jorco. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los 10 días hábiles contados a partir de la publicación de este edicto. Presentada el 3 de julio del 2019, según el expediente 2019-1420.—Karol Claudel Palma, Registradora.—1 vez.—( IN2019361533 ).

Solicitud N° 2019-978.—Ref.: 35/2019/2485.—Raimundo Arcia Cascante, cédula de identidad 0800560307, solicita la inscripción de:

3   A

F

Como marca de ganado, que usará preferentemente en Guanacaste, La Cruz, Santa Cecilia, Bella Vista, de la escuela de Los Palmares, dos kilómetros al norte, comunidad Bella Vista. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los 10 días hábiles contados a partir de la publicación de este edicto. Presentada el 10 de mayo del 2019. Según el expediente 2019-978.—Elda Cerdas Badilla, Registradora.—1 vez.—( IN2019361577 ).

Solicitud 2019-1124.—Ref.: 35/2019/2713.—Rafael Ángel Ponce Lara, cédula de identidad 0502120682, solicita la inscripción de: I80, como marca de ganado, que usará preferentemente en Guanacaste, La Cruz, Santa Elena, Cuajiniquil, del ebais, dos kilómetros al sur. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los 10 días hábiles contados a partir de la publicación de este edicto. Presentada el 29 de mayo del 2019, según el expediente 2019-1124.—san José, 12 de junio del 2019.—Elda Cerdas Badilla, Registradora.—1 vez.—( IN2019361579 ).

Solicitud N° 2019-1191.—Ref: 35/2019/2736.—Viasney Romero Castro, cédula de identidad 0205230979, solicita la inscripción de:

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como marca de ganado, que usará preferentemente en Las cubas de Los Chiles de Alajuela, de la entrada a las Cubas, un kilómetro al este. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los 10 días hábiles contados a partir de la publicación de este edicto. Presentada el 06 de junio del 2019. Según la Solicitud 2019-1191.—Elda Cerdas Badilla, Registradora.—1 vez.—( IN2019361598 ).

Asociaciones Civiles

El Registro de Personas Jurídicas, ha recibido para su inscripción la Reforma del estatuto de la persona jurídica cédula: 3-002-051743, denominación: Asociación Campamento Roble Alto. Por cuanto dicha reforma cumple con lo exigido por la Ley 218 del 08/08/1939, y sus reformas. Se emplaza por 15 días hábiles a partir de esta publicación a cualquier interesado para que formule reparos a la inscripción en trámite. Documento tomo: 2019, asiento: 329698.—Registro Nacional, 10 de junio del 2019.—Licda. Yolanda Víquez Alvarado.—1 vez.—( IN2019361551 ).

El Registro de Personas Jurídicas, ha recibido para su inscripción el estatuto de la entidad: Asociación Comunidad Autosuficiente Bio Morlen, con domicilio en la provincia de: San José-San José, cuyos fines principales, entre otros son los siguientes: defender los intereses comunes de los asociados en todo aquello que pueda redundar en el beneficio de todos. Fomentar entre todos los sentimientos cívicos de respeto y cuidado hacia los bienes de uso comunitario, cuyo representante, será el presidente: Elías Roberto Muñoz Calvo, con las facultades que establece el estatuto. Por encontrarse dicha entidad dentro de las prescripciones establecidas en la ley no. 218 del 08/08/1939, y sus reformas. Se emplaza por 15 días hábiles a partir de esta publicación a cualquier interesado para que formule reparos a la inscripción en trámite. Documento tomo: 2019 asiento: 211234 con adicionales: tomo: 2019 asiento: 362271.—Registro nacional, 18 de junio de 2019.—Licda. Yolanda Víquez Alvarado, Registradora.—1 vez.—( IN2019361570 ).

Patentes de Invención

PUBLICACIÓN DE TERCERA VEZ

El señor Manuel Francisco Amador Cedeño, solicita la Patente Nacional sin Prioridad denominada MOTOR DE UNIDAD DE POTENCIA DE CABALLOS DE FUERZA ALMACENADA EN CUERDA DE ACERO INDUSTRIAL F-521 DE ALTA TENSIÓN EN TONELADAS DE COMPRESIÓN DE DIVERSAS MAGNITUDES. El motor de unidad de potencia caballos de fuerza almacenada en cuerda de acero industrial F-521 de alta tensión en toneladas de compresión en diversas magnitudes se desprende de la unión de tres dispositivos comúnmente utilizados o renonocidos pero que al estar dispuestos uno en función del otro conforman este novedoso motor que produce unidad de potencia caballos de fuerza industrial sin necesidad de energías hidrocarburantes o eléctricas o térmicas para su funcionamiento, si no más bien energía almacenada en cuerda de acero F-521 de alta tensión por tanto se requerirá brindarle a la bomba hidráulica de acción manual sencilla cada vez que se agote la fuerza almacenada en cuerda de acero industrial F-521 de alta tensión para así reanudar las veces que sean necesarias, ya que el rendimiento de la energía almacenada dependerá de la energía almacenada dependerá de la energía liberada a través de su eje muelle motor y de las magnitudes del motor en sí único y novedoso en su estilo promete brindar fuerza convertida en energía eléctrica o mecánica donde se requiera sin la necesidad que conlleva los motores de energías combustibles externas. La memoria descriptiva, reivindicaciones, resumen y diseños quedan depositados, la Clasificación Internacional de Patentes es: B60T 1/10, F15B 1/02 y F15B 21/00; cuyos inventores son: Amador Cedeño, Manuel Francisco (CR). Prioridad: Publicación Internacional: La solicitud correspondiente lleva el número 2019-0000288, y fue presentada a las 09:52:12 del 14 de junio de 2019. Cualquier interesado podrá oponerse dentro de los tres meses siguientes a la tercera publicación de este aviso. Publíquese tres días consecutivos en el Diario Oficial La Gaceta y una vez en un periódico de circulación nacional.—San José, 27 de junio de 2019.— Viviana Segura de La O.—( IN2019360987 ).

La señora María del Pilar López Quirós, cédula de identidad 110660601, en calidad de apoderado especial de Mcniven, Sean A.; Valencia, Francisco y Von Oepen, Randolf, solicita la Patente PCT denominada COMBINACIÓN DE CATÉTER Y SISTEMAS DIRIGIDOS. Un catéter orientable tiene un cuerpo con una superficie exterior y una superficie interior que define un lumen central. La superficie exterior y la superficie interior definen una pared del cuerpo, que tiene una pluralidad de luz de dirección y luz de control que se extiende longitudinalmente a través de ella. El cuerpo incluye un material corporal. La luz de la dirección y la luz de control tienen un revestimiento de la luz de control y un revestimiento de la luz de la dirección, respectivamente, con un durómetro más alto que el material del cuerpo. Un alambre de dirección se coloca dentro de la luz de la dirección y un alambre de control se coloca dentro de la luz de control. La memoria descriptiva, reivindicaciones, resumen y diseños quedan depositados, la Clasificación Internacional de Patentes es: A61F 2/24; cuyos inventores son Mcniven, Sean A. (CA); Valencia, Francisco (US) y Von Oepen, Randolf (DE). Prioridad: N° 15/662,013 del 27/07/2017 (US) y N° 62/368,702 del 29/07/2016 (US). Publicación Internacional: W0/2018/023044. La solicitud correspondiente lleva el número 2019-0000109, y fue presentada a las 14:31:09 del 28 de febrero de 2019. Cualquier interesado podrá oponerse dentro de los tres meses siguientes a la tercera publicación de este aviso. Publíquese tres días consecutivos en el diario oficial La Gaceta y una vez en un periódico de circulación nacional.—San José, 7 de junio de 2019.—Randall Piedra Fallas, Registrador.—( IN2019361121 ).

La señora María Del Pilar López Quirós, cédula de identidad 110660601, en calidad de apoderada especial de Tillotts Pharma AG, solicita la Patente PCT denominada: FORMULACIÓN DE FÁRMACO DE LIBERACIÓN RETARDADA (Divisional del expediente 2014-0486). La liberación retardada de un fármaco al colon se logra de una formulación de liberación retardada que comprende un núcleo y un recubrimiento para el núcleo. El núcleo comprende un fármaco y un recubrimiento que comprende una capa interior y al menos una capa entre el núcleo y la capa exterior seleccionada del grupo que consiste de una capa de aislamiento y una capa interior. La capa exterior comprende una mezcla de un primer material polimérico que es susceptible a ataques por parte de la bacteria colónica, y un segundo material polimérico que tiene un umbral de pH a aproximadamente pH 5 o más alto. La capa interior comprende un tercer material polimérico que es soluble en el fluido intestinal o en el fluido gastrointestinal, tal tercer material polimérico se selecciona de ácido policarboxílico al menos parcialente neutralizado y un polímero no iónico. En modalidades en donde el tercer material polimérico no iónico, la capa interior comprende al menos un agente amortiguador y una base. La capa de islamiento comprende un polímero no iónico que es soluble en el fluido intestinal o fluido gastrointestinal. El exterior es un medio acuoso con un segundo material polimérico es un medio orgánico. Las ventajas de las formulaciones de acuerdo con la presente invención incluyen la liberación acelerada del fármaco cuando se expone a condiciones colónicas y la reducción o eliminación del efecto de los alimentos y/o alcohol en la liberación del fármaco después e la administración. La memoria descriptiva, reivindicaciones, resumen y diseños quedan depositados, la Clasificación Internacional de Patentes es: A61K 31/606, A61K 47/32, A61K 47/36, A61K 9/00 y A61K 9/28; cuyo inventores son: Buser, Thomas (CH); Bravo González, Roberto Carlos (CH); Freire, Ana, Cristina (GB); Goutte, Frédéric Jean-Claude (FR); Basit, Abdul, Waseh; (GB) y Varum, Felipe, José, Oliveria; (CH). Prioridad: 12166110.2 del 30/04/2012 (EP) y 61/640,217 del 30/04/2012 (US). Publicación Internacional: W0/2013/164316. La solicitud correspondiente lleva el número 2019- 0000245, y fue presentada a las 14:24:19 del 20 de mayo de 2019. Cualquier interesado podrá oponerse dentro de los tres meses siguientes a la tercera publicación de este aviso. Publíquese tres días consecutivos en el Diario Oficial La Gaceta y una vez en un periódico de circulación nacional.—San José, 13 de junio de 2019.—Viviana Segura De La O, Registradora.—( IN2019361122 ).

La señora María del Pilar López Quirós, cédula de identidad 1-1066-0601, en calidad de apoderada especial de Biogen MA INC., solicita la Patente PCT denominada MÉTODOS PARA EL TRATAMIENTO DE LA ATROFIA MUSCULAR Y ENFERMEDAD ÓSEA CON EL USO DE PROTEÍNAS TRAP HÍBRIDAS NOVEDOSAS DEL LIGANDO ACTRIIB. La presente descripción describe polipéptidos híbridos ActRIIB-ECD solubles novedosos. La presente descripción proporciona métodos para el tratamiento o la prevención de la atrofia muscular, enfermedad ósea, una enfermedad metabólica, fibrosis, una enfermedad autoinmune/inflamatoria, una enfermedad cardiovascular, cáncer o cáncer, enfermedad renal crónica (CKD), artritis, anorexia, enfermedad hepática, rechazo de trasplante de órganos o tejidos, anemia, dolor y/o envejecimiento en un sujeto que lo necesite. Además, la presente descripción proporciona métodos para inducir el crecimiento de células madre para la reparación de tejidos o la regeneración de órganos en un sujeto. Los métodos antemencionados comprenden la administración al sujeto de una cantidad terapéuticamente eficaz de un polipéptido trap híbrido del ligando ActRIIB. La presente descripción proporciona también composiciones farmacéuticas que comprenden polipéptidos trap híbridos del ligando ActRIIB. La memoria descriptiva, reivindicaciones, resumen y diseños quedan depositados, la Clasificación Internacional de Patentes es: A61K 38/17, A61K 38/18, A61P 19/00, A61P 3/00, A61P 9/00, A61P 9/10 y A61P 9/12; cuyos inventores son: Han, Hq (US) y ZHOU, Xiaolan; (US). Prioridad: 62/410,595 del 20/10/2016 (US). Publicación Internacional: WO/2018/075747. La solicitud correspondiente lleva el número 2019-0000247, y fue presentada a las 14:26:12 del 20 de mayo de 2019. Cualquier interesado podrá oponerse dentro de los tres meses siguientes a la tercera publicación de este aviso. Publíquese tres días consecutivos en el Diario Oficial La Gaceta y una vez en un periódico de circulación nacional.—San José, 07 de junio de 2019.—Randall Piedra Fallas.—( IN2019361123 ).

El señor José Antonio Muñoz Fonseca, cédula de identidad 1-0433-0939, en calidad de apoderado especial de ABBVIE Inc., solicita la Patente PCT denominada AGONISTA DEL RECEPTOR DE GLUCOCORTICOIDES E INMUNOCONJUGADOS DEL MISMO. En el presente documento se proporcionan inmunoconjugados del agonista del receptor de glucocorticoides, agonistas del receptor de glucocorticoides, y métodos de uso de los mismos, por ejemplo, para tratar enfermedades autoinmunes o inflamatorias. La memoria descriptiva, reivindicaciones, resumen y diseños quedan depositados, la Clasificación Internacional de Patentes es: A61K 31/58, A61K 47/00, A61P 37/06, C07J 71/00 y C07K 16/24; cuyos inventores son: Randolph, John T. (US); Hobson, Adrian D. (US); Hayes, Martin E. (US); McPherson, Michael J. (US); Marvin, Christopher C. (US); Schmidt, Diana (US); Waegell, Wendy (US); Goess, Christian (US); OH, Jason Z. (US) y Hernández JR, Axel (US). Prioridad: 62/344,948 del 02/06/2016 (US) y 62/371,134 del 04/08/2016 (US). Publicación Internacional: WO/2017/210471. La solicitud correspondiente lleva el 2018-0000594, y fue presentada a las 11:47:50 del 17 de diciembre de 2018. Cualquier interesado podrá oponerse dentro de los tres meses siguientes a la tercera publicación de este aviso. San José, 12 de junio del 2019. Publíquese tres días consecutivos en el Diario Oficial La Gaceta y una vez en un periódico de circulación nacional.—Viviana Segura De La O, Registradora.—( IN2019361256 ).

El señor José Antonio Muñoz Fonseca, cédula de identidad 1-0433-0939, en calidad de apoderado especial de ABBVIE Inc., solicita la Patente PCT denominada: ANTICUERPOS ANTI-B7-H3 Y CONJUGADOS DE ANTICUERPO Y FÁRMACO. La invención se refiere a anticuerpos de la proteína 3 homóloga de B7 (B7-H3) y a conjugados de anticuerpo y fármaco (ADC), incluyendo composiciones y métodos de uso de dichos anticuerpos y ADC. La memoria descriptiva, reivindicaciones, resumen y diseños quedan depositados, la Clasificación Internacional de Patentes es: A61K 31/00 y C07K 16/28; cuyos inventores son: Bruncko, Milan (US); Souers, Andrew, J. (US); Benatul, Lorenzo (US); Chao, Debra (US); Izeradjene, Kamel (US); Judd, Andrew, S. (US); Phillips, Andrew, C. (US) y Thakur, Archana (US). Prioridad: 62/347,476 del 08/06/2016 (US) y 62/366,511 del 25/07/2016 (US). Publicación Internacional: WO/2017/214335. La solicitud correspondiente lleva el 2018-0000603, y fue presentada a las 14:29:48 del 19 de diciembre de 2018. Cualquier interesado podrá oponerse dentro de los tres meses siguientes a la tercera publicación de este aviso. Publíquese tres días consecutivos en el Diario Oficial La Gaceta y una vez en un periódico de circulación nacional.—San José, 12 de junio de 2019.—Viviana Segura De La O.—( IN2019361257 ).

El señor Eduardo Zúñiga Brenes, cédula de identidad 110950656, en calidad de apoderado especial de Abbvie Inc., solicita la Patente PCT denominada CONJUGADOS DE ANTICUERPO Y FÁRMACO ANTI-EGFR. La invención se refiere a conjugados de anticuerpo y fármaco (ADC) anti-receptor del factor de crecimiento epidérmico (EGFR) que inhiben BcI-xL, incluyendo composiciones y métodos de uso de dichos ADC. La memoria descriptiva, reivindicaciones, resumen y diseños quedan depositados, la Clasificación Internacional de Patentes es: A61K 39/395, A61P 35/00, A61P 43/00 y C07K 16/28; cuyo(s) inventor(es) es(son) Souers, Andrew, J (US); Judd, Andrew, S. (US); Phillips, Andrew, C. (US); Boghaert, Erwin, R (US) y Bruncko, Milan (US). Prioridad: 62/347,416 del 08/06/2016 (US). Publicación Internacional: WO/2017/214282. La solicitud correspondiente lleva el número 2018-0000614, y fue presentada a las 13:18:10 del 20 de diciembre de 2018. Cualquier interesado podrá oponerse dentro de los tres meses siguientes a la tercera publicación de este aviso. Publíquese tres días consecutivos en el Diario Oficial La Gaceta y una vez en un periódico de circulación nacional.—San José, 17 de junio del 2019.—Walter Alfaro González.—( IN2019361258 ).

DIRECCIÓN NACIONAL DE NOTARIADO

INSCRIPCIÓN Y HABILITACIÓN DE NOTARIO (A) PÚBLICO (A). LA DIRECCIÓN NACIONAL DE NOTARIADO con oficinas en San José, San Pedro de Montes de Oca, costado Oeste del Mall San Pedro, Oficentro Sigma, Edificio A, 5to.piso, HACE SABER: Que ante este Despacho se ha recibido solicitud de INSCRIPCIÓN Y HABILITACIÓN como delegatario para ser y ejercer la función pública estatal del NOTARIADO, por parte de: LUIS ANTONIO CHAVES SOTO, con cedula de identidad número 6-0335-0157, carne número 27315. De conformidad con lo dispuesto por el artículo 11 del Código Notarial, se invita a quienes conozcan hechos o situaciones que afecten la conducta del solicitante, a efecto de que lo comuniquen por escrito a esta Dirección dentro de los QUINCE (15) DÍAS HÁBILES siguientes a esta publicación. Proceso Administrativo 86640.—San José, 22 de julio del 2019.—Lic. Ricardo Edo. Arias Villalobos.—1 vez.—( IN2019365716 ).

HABILITACIÓN DE NOTARIO(A) PÚBLICO(A). La DIRECCIÓN NACIONAL DE NOTARIADO con oficinas en San José, San Pedro de Montes de Oca, costado Oeste del Mall San Pedro, Oficentro Sigma, Edificio A, 5to.piso HACE SABER: Que ante este Despacho se ha recibido solicitud de HABILITACIÓN como delegatario para ser y ejercer la función pública Estatal del NOTARIADO, por parte de: OTTO ALEJANDRO FALLAS VARGAS, con cédula de identidad número 1-0699-0678, carné número 20885. De conformidad con lo dispuesto por el artículo 11 del Código Notarial, se invita a quienes conozcan hechos o situaciones que afecten la conducta del (de la) solicitante, a efecto de que lo comuniquen por escrito a esta Dirección dentro de los QUINCE (15) DÍAS HÁBILES siguientes a esta publicación. EXPEDIENTE # 86009.—San José, 8 de julio del 2019.—Tattiana Rojas Salgado, Abogada-Unidad Legal Notarial.—1 vez.—( IN2019365881 ).

AMBIENTE Y ENERGÍA

DIRECCIÓN DE AGUA

EDICTOS

PUBLICACIÓN DE TERCERA VEZ

ED-UHTPNOL-0047-2019.—Expediente 19027P.—Desarrollos Armenia DA S.A., solicita concesión de: 2.2 litros por segundo del Pozo, efectuando la captación en finca de su propiedad en Veintisiete de Abril, Santa Cruz, Guanacaste, para uso agropecuario-abrevadero, consumo humano-doméstico. Coordenadas 241.928/346.632 hoja DIRIA. 2.3 litros por segundo del Pozo, efectuando la captación en finca de su propiedad en Veintisiete de Abril, Santa Cruz, Guanacaste, para uso agropecuario-abrevadero y consumo humano-doméstico. Coordenadas 241.450/346.000 hoja Diriá. Quienes se consideren lesionados deben manifestarlo dentro del mes contado a partir de la primera publicación.—Liberia, 18 de junio de 2019.—Unidad Hidrológica Tempisque, Pacífico Norte.—Silvia Mena Ordoñez.—( IN2019364514 ).

PUBLICACIÓN DE SEGUNDA VEZ

ED-0197-2019.—Exp. 19022P.—Inversiones K.L.M. de San Ramón Sociedad Anónima, solicita concesión de: 0.05 litros por segundo del acuífero, efectuando la captación por medio del pozo NA-855 en finca de su propiedad en Alfaro, San Ramon, Alajuela, para uso consumo humano doméstico. Coordenadas 229.992 / 483.983 hoja Naranjo. Quienes se consideren lesionados, deben manifestarlo dentro del mes contado a partir de la primera publicación.—San José, 17 de junio de 2019.—Departamento de Información.—David Chaves Zúñiga.—( IN2019361068 ).

ED-0240-2019.—Exp. 19082.—Olman Vinicio Ramírez Mora solicita concesión de: 0.05 litros por segundo del nacimiento, efectuando la captación en finca de Ganadería San Ramón Grayol S. A. en Santiago, San Ramón, Alajuela, para uso consumo humano doméstico. Coordenadas 225.000 / 484.000 hoja Naranjo. Predios inferiores: Luis Quirós Delgado y Danilo Chavarría Calderón. Quienes se consideren lesionados, deben manifestarlo dentro del mes contado a partir de la primera publicación.—San José, 11 de julio del 2019.—Departamento de Información.—David Chaves Zúñiga.—( IN2019364719 ).

ED-0266-2019.—Expediente 6032P.—Fiduciaria MCF Sociedad Anónima, solicita concesión de: 10 litros por segundo del acuífero, efectuando la captación por medio del pozo GM-23 en finca de su propiedad en Duacarí, Guácimo, Limón, para uso consumo humano y agroindustrial-empacadora de banano. Coordenadas 255.800 / 576.700 hoja Guácimo. Quienes se consideren lesionados deben manifestarlo dentro del mes contado a partir de la primera publicación.—San José, 18 de julio de 2019.—Departamento de Información.—David Chaves Zúñiga.—( IN2019364804 ).

ED-UHTPCOSJ-0082-2019.—Exp. 18830.—Gerardo Cerdas Hidalgo, solicita concesión de: Primera: 60 litros por segundo de la quebrada molina, efectuando la captación en finca de su propiedad en San Miguel (Desamparados), Desamparados, San José, para uso agropecuario, acuicultura, consumo humano y turístico. Coordenadas 199.749 / 531.237 hoja Caraigres. Segundo:1 litro por segundo del nacimiento sin nombre, efectuando la captación en finca de su propiedad en San Miguel (Desamparados), Desamparados, San José, para uso agropecuario, acuicultura, consumo humano y turístico. Coordenadas 199.743 / 531.268 hoja Caraigres. Quienes se consideren lesionados, deben manifestarlo dentro del mes contado a partir de la primera publicación.—San José, 28 de marzo de 2019.—Grettel Céspedes Arias.—( IN2019365105 ).

ED-0235-2019.—Exp. 19076.—Avícola S Y M S.A., solicita concesión de: 0.23 litros por segundo del nacimiento sin nombre, efectuando la captación en finca de S & V Las Quebradas de Sermal Sociedad Anónima en Santiago (San Ramón), San Ramón, Alajuela, para uso agropecuario-granja. Coordenadas 225.500 / 483.550 hoja Naranjo. Quienes se consideren lesionados, deben manifestarlo dentro del mes contado a partir de la primera publicación.—San José, 10 de julio del 2019.—Departamento de Información.—Vanessa Galeano Penado.—( IN2019365270 ).

ED-0087-2019.—Exp. 18851.—Victor Manuel Díaz Angulo solicita concesión de: 0.2 litros por segundo del nacimiento 1, efectuando la captación en finca de su propiedad en Copey, Dota, San José, para uso agropecuario abrevadero-acuicultura y consumo humano doméstico. Coordenadas 180.232 / 550.860 hoja Vueltas. 2 litros por segundo de la quebrada 1, efectuando la captación en finca de su propiedad en Copey, Dota, San José, para uso agropecuario abrevadero-acuicultura y consumo humano doméstico. Coordenadas 180.153 / 551.070 hoja Vueltas. 0.8 litros por segundo de la quebrada 3, efectuando la captación en finca de su propiedad en Copey, Dota, San José, para uso agropecuario abrevadero-acuicultura y consumo humano doméstico. Coordenadas 180.026 / 551.490 hoja Vueltas. 3.5 litros por segundo de la quebrada 2, efectuando la captación en finca de su propiedad en Copey, Dota, San José, para uso agropecuario abrevadero-acuicultura y consumo humano doméstico. Coordenadas 180.139 / 551.196 hoja Vueltas. Predios inferiores: Carlos Díaz Angulo y Humberto Gamboa Robles. Quienes se consideren lesionados, deben manifestarlo dentro del mes contado a partir de la primera publicación.—San Jose, 04 de abril del 2019.—Departamento de Información.—David Chaves Zúñiga.—( IN2019365423 ).

ED-0227-2019.—Exp. 11718.—Ganados Pastando Gapasa Sociedad Anónima, solicita concesión de: 2.33 litros por segundo de la Quebrada Calderón, efectuando la captación en finca de su propiedad en Matina, Limón, para uso Agroindustrial Producción de Aceite. Coordenadas 223.600 / 607.200 hoja Matina. Quienes se consideren lesionados, deben manifestarlo dentro del mes contado a partir de la primera publicación.—San José, 03 de julio del 2019.—Departamento de Información.—David Chaves Zúñiga.—( IN2019365434 ).

ED-UHTPCOSJ-0068-2019.—Exp. 11394.—Oscar Gómez Calderón solicita concesión de: 8.4 litros por segundo del río Macho, efectuando la captación en finca de su propiedad en San Isidro, El Guarco, Cartago, para uso agropecuario-pisicultura. Coordenadas 186.900 / 548.100 hoja Tapantí. Quienes se consideren lesionados, deben manifestarlo dentro del mes contado a partir de la primera publicación.—San José, 14 de marzo del 2019.—Departamento de Información, Pacífico Central.—David Chaves Zúñiga.—( IN2019365546 ).

PUBLICACIÓN DE PRIMERA VEZ

ED-UHTPNOL-0059-2019.—Expediente 12010.—Agrocomercial Navapor S. A., solicita concesión de: 0,06 litros por segundo de la Quebrada Hormiguero, efectuando la captación en finca de su propiedad en Río Naranjo, Bagaces, Guanacaste, para uso agropecuario-piscicultura. Coordenadas 297.350/417.600 hoja Miravalles. Quienes se consideren lesionados, deben manifestarlo dentro del mes contado a partir de la primera publicación.—Liberia, 8 de julio de 2019.—Unidad Hidrológica Tempisque, Pacífico Norte.—Silvia Mena Ordóñez.—( IN2019365812 ).

ED-0094-2019.—Exp. 18859.—Sergio José, Durán Solano solicita concesión de: 40 litros por segundo de la quebrada el Quetzal, efectuando la captación en finca de su propiedad en San Isidro, El Guarco, Cartago, para uso agropecuario-acuicultura y consumo humano-domestico. Coordenadas 185.120 / 548.699 hoja Tapanti. Quienes se consideren lesionados, deben manifestarlo dentro del mes contado a partir de la primera publicación.—San José, 08 de abril del 2019.—Departamento de Información.—Vanessa Galeano Penado.—( IN2019365831 ).

ED-0095-2019.—Expediente 18861.—José Luis, Durán Cordero, solicita concesión de: 50 litros por segundo de la Quebrada los Quetzalez, efectuando la captación en finca de su propiedad en San Isidro, (El Guarco), El Guarco, Cartago, para uso agropecuario-acuicultura, consumo humano-doméstico y turístico-hotel-restaurante. Coordenadas 185.029/548.709 hoja Tapantí. 100 litros por segundo del Rio Macho, efectuando la captación en finca de su propiedad en San Isidro, (El Guarco), El Guarco, Cartago, para uso agropecuario-acuicultura, consumo humano-doméstico y turístico-hotel-restaurante. Coordenadas 185.048/548.874 hoja Tapantí. 10 litros por segundo del nacimiento sin nombre 1, efectuando la captación en finca de su propiedad en San Isidro (El Guarco), El Guarco, Cartago, para uso agropecuario-acuicultura, consumo humano-doméstico y turístico-hotel-restaurante. Coordenadas 184.911/548.620 hoja Tapantí. 10 litros por segundo del nacimiento sin nombre 3, efectuando la captación en finca de su propiedad en San Isidro, (El Guarco), El Guarco, Cartago, para uso agropecuario-acuicultura, consumo humano-doméstico y turístico-hotel-restaurante. Coordenadas 184.967/548.848 hoja Tapantí. 10 litros por segundo del nacimiento sin nombre 2, efectuando la captación en finca de su propiedad en San Isidro, (El Guarco), El Guarco, Cartago, para uso agropecuario-acuicultura, consumo humano-doméstico y turístico-hotel-restaurante. Coordenadas 184.947/548.743 hoja Tapantí. Quienes se consideren lesionados, deben manifestarlo dentro del mes contado a partir de la primera publicación.—San José, 08 de abril de 2019.—Departamento de Información.—Vanessa Galeano Penado.—( IN2019365832 ).

ED-0088-2019. Exp. 18852.—Rolando Felipe Mora Romero, solicita concesión de: 2 litros por segundo de la quebrada 3, efectuando la captación en finca de su propiedad en San Isidro, El Guarco, Cartago, para uso consumo humano doméstico, agropecuario abrevadero-acuicultura y riego. Coordenadas 186.137/549.277 hoja Tapantí. 1 litro por segundo de la Quebrada 1, efectuando la captación en finca de su propiedad en San Isidro, El Guarco, Cartago, para uso consumo humano doméstico, agropecuario abrevadero-acuicultura y riego Coordenadas 186.027/549.315 hoja Tapantí. 4 litros por segundo de la Quebrada 2, efectuando la captación en finca de su propiedad en San Isidro, El Guarco, Cartago, para uso consumo humano doméstico, agropecuario abrevadero-acuicultura y riego. Coordenadas 186.023/549.302 hoja Tapantí. Quienes se consideren lesionados, deben manifestarlo dentro del mes contado a partir de la primera publicación.—San José, 04 de abril de 2019.—Departamento de Información.—David Chaves Zúñiga.—( IN2019366033 ).

TRIBUNAL SUPREMO DE ELECCIONES

EDICTOS

Registro Civil-Departamento Civil

SECCIÓN DE ACTOS JURÍDICOS

En resolución 4953-2019, dictada por este registro a las nueve horas ocho minutos del diecisiete de junio de dos mil diecinueve, en expediente de ocurso 39439-2018, incoado por Dixiana Díaz Ruiz, se dispuso rectificar en el asiento de nacimiento de Dixiana Díaz Ruiz, que el apellido de la madre es Espinoza.—Luis Guillermo Chinchilla Mora, Oficial Mayor.—Irene Montanaro Lacayo, Jefa.—1 vez.—( IN2019361139 ).

CONTRALORÍA GENERAL DE LA REPÚBLICA

AVISOS

Contraloría General de la República, informa, que se encuentran firmes las resoluciones 17037-2018 (DJ-1559 ) de las 13:31 horas del 27 de noviembre de 2019 y R-DC-61-2019 (8531, DC-0185) de 19 de junio de 2019, dictadas dentro del procedimiento administrativo CGR-PA-2018004426, mediante las cuales se dispuso: Declarar responsables administrativamente, en grado de culpa grave, a los señores Carlos Segnini Villalobos , cédula de identidad 5-0259-0269, Giselle Alfaro Bogantes , cédula de identidad 1-0924-001, Ana Lizeth Rodríguez Barquero , cédula de identidad 2-0508-0679, Christian Campos Monge , cédula de identidad 1-0886-0315, Nelson Gómez Barrantes , cédula de identidad 2-0638-0310 y Jorge Solano Jiménez, cédula de identidad 3-0189-1023 y disponer, de forma vinculante, sancionarlos con el impedimento previsto en el artículo 72 de la Ley Orgánica de la Contraloría General de la República, que consiste en la prohibición de ingreso o reingreso a cargos de la Hacienda Pública por el plazo de dos años, con la consecuencia del cese inmediato de cualquier cargo de la Hacienda Pública que ocupen o de cualquier puesto dentro de un sujeto público y/o privado (componente de la Hacienda Pública) que administre o custodie fondos públicos por cualquier título. Lo anterior, contado a partir del 24 de junio de 2019 y hasta el 24 de junio de 2021 . Asimismo, se dispuso: Declarar responsable administrativamente, en grado de culpa grave, al señor Mauricio Salom Echeverría , cédula de identidad 1-0526-0308 y disponer, de forma vinculante, sancionarlo con el impedimento previsto en el artículo 72 de la Ley Orgánica de la Contraloría General de la República, que consiste en la prohibición de ingreso o reingreso a cargos de la Hacienda Pública por el plazo de cuatro años, con la consecuencia del cese inmediato de cualquier cargo de la Hacienda Pública que ocupe o cualquier puesto dentro de un sujeto público y/o privado (componente de la Hacienda Pública) que administre o custodie fondos públicos por cualquier título. Lo anterior, contado a partir del 24 de junio de 2019 y hasta el 24 de junio de 2023. En razón de ello, sírvanse tomar nota las Administraciones interesadas, a efectos de que dichas personas no sean nombradas en cargos de la Hacienda Pública por los periodos indicados, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 57 del “ Reglamento de Organización y Servicio de las Potestades Disciplinaria y Anulatoria en Hacienda Pública de la Contraloría General de la República”.

Licda. Daisy Carvajal Gutiérrez, Órgano Decisor.—1 vez.—O.C. 219069.—Solicitud 153950.—( IN2019359617 ).

CONTRATACIÓN ADMINISTRATIVA

LICITACIONES

CAJA COSTARRICENSE DE SEGURO SOCIAL

HOSPITAL MÉXICO

Subárea de Contratación Administrativa

LICITACIÓN ABREVIADA 2019LA-000073-2104

Por la adquisición de puntos de red, cableado

estructurado y enlaces de fibra óptica

Se les comunica a los interesados en el presente concurso que la fecha de apertura se realizará el día 08 de agosto del 2019 al ser las 13:00 horas; además se les informa que pueden adquirir el pliego cartelario, en el Centro de Fotocopiado de la institución, ubicado contiguo al Banco de Sangre, en Planta Baja de este Hospital. Ver detalles en: https://www.ccss.sa.cr/licitaciones.

San José, 23 de julio del 2019.—Lic. Marco Campos Salas, Coordinador a. í.— 1 vez.—O.C. 234.—Solicitud 156608.—( IN2019365944 ).

INSTITUTO NACIONAL DE APRENDIZAJE

PROCESO DE ADQUISICIONES

Unidad de Compras Institucionales

COMPRA DIRECTA 2019CD-000049-03

Compra de software específico para el área técnica programa

Adobe Creative Cloud

El Proceso de Adquisiciones de la Unidad Regional Central Occidental del Instituto Nacional de Aprendizaje, estará recibiendo ofertas por escrito hasta las 10:00 horas del 30 de julio del 2019. Los interesados podrán retirar el pliego de condiciones el cual es gratuito en el Proceso de Adquisiciones sita en Naranjo, Alajuela, 300 metros al sur del cruce de Cirrí, o bien ver la página web del INA, dirección http://infoweb.ina.ac.cr/consultacarteles.

Lic. Allan Altamirano Díaz, Jefe.—1 vez.—O.C. 26976.— Solicitud 156777.— ( IN2019365802 ).

GERENCIA GENERAL

DIRECCIÓN DE TECNOLOGÍAS

DE INFORMACIÓN Y COMUNICACIONES

Subárea Gestión Administrativa

LICITACIÓN ABREVIADA 2019LA-000015-1150

Adecuación oficinas Dirección de Tecnologías

de Información y Comunicaciones Pisos

02 y 11 del Edificio Jenaro Valverde

Marín, Anexo Oficinas

Centrales de la CCSS

Se informa a los interesados que está disponible el cartel de la licitación mencionada, con apertura de ofertas para el 8 de agosto de 2019, a las 09:00 a.m., ver detalles en https://www.ccss.sa.cr/licitaciones_detalle?up=1150&tipo=LA.

Máster Yehudi Céspedes Quirós.—1 vez.—( IN2019366193 ).

LICITACIÓN ABREVIADA 2019LA-000016-1150

Servicios de Apoyo al Desarrollo

del EDUS

Se informa a los interesados que está disponible el cartel de la Licitación mencionada, con apertura de ofertas para el 09 de agosto de 2019, a las 09:00 a. m. Ver detalles en https://www.ccss.sa.cr/licitaciones_detalle?up=1150&tipo=LA

Lic. Andrés Ruiz Argüello.—1 vez.—( IN2019366194 ).

MUNICIPALIDADES

MUNICIPALIDAD DE HEREDIA

DIRECCIÓN FINANCIERA-ADMINISTRATIVA

LICITACIÓN ABREVIADA N°2019LA-000018-01

Contratación de servicios para la Curaduría de Exposición de

obras del Salón de Sesiones del Concejo Municipal de Heredia

La Municipalidad del Cantón Central de Heredia informa a todos los interesados en participar en este proceso de contratación que pueden solicitar el cartel a los correos mflores@heredia.go.cr o proveeduria@heredia.go.cr.

Heredia, 23 de julio del 2019.—Sección de Proveeduría.—Enio Vargas Arrieta, Proveedor Municipal.—1 vez.—O. C. 62037.—Solicitud 156729.—( IN2019365784 ).

ADJUDICACIONES

CAJA COSTARRICENSE DE SEGURO SOCIAL

HOSPITAL MÉXICO

LICITACIÓN ABREVIADA 2019LA-000044-2104

Adquisición de: “Dabrafenib-Trametinib

Se les comunica a las empresas interesadas que el adjudicado a dicha licitación es:

Empresa

Ítems

Farmacias EOS S.A.

1 y 2

 

Ver detalle y mayor información en https://www.ccss.sa.cr/licitaciones.

San José 23 de julio del 2019.—Subárea de Contratación Administrativa.—Lic. Marco Campos Salas, Coordinador a. í.— 1 vez.—O. C. 1.—Solicitud 156733.—( IN2019365797 ).

GERENCIA GENERAL

DIRECCIÓN DE TECNOLOGÍAS DE INFORMACIÓN

Y COMUNICACIONES

LICITACIÓN ABREVIADA 2019LA-000010-1150

Servicios para la instalación de puntos de red por

demanda para las diferentes Unidades de la Institución

Se informa a los interesados, que se resolvió adjudicar la presente licitación de la siguiente manera:

Oferta 01-Alternativa: Datasys Group, S. A.

Ítem

Precio unitario dentro del GAM

Precio unitario fuera del GAM

1.1

$3.073,93

$3 177,67

1.2

$2 382,35

$2 462,76

1.3

$984,37

$1 017,59

1.4

$1 041,70

$1 076,86

1.5

$67,21

$69,48

1.6

$30,97

$32,02

1.7

$66,72

$68,97

1.8

$8,62

$8,91

1.9

$13,35

$13,80

1.10

$11,71

$12,11

1.11

$151,03

$156,12

1.12

$117,98

$121,96

1.13

$137,22

$141,85

1.14

$15,74

$16,27

1.15

$278,70

$424,30

1.16

$409,89

$559,92

1.17

$514,52

$668,08

1.18

$19,97

$20,64

1.19

$357,28

$369,34

1.20

$364,63

$376,94

1.21

$401,08

$414,61

1.22

$397,82

$411,25

1.23

$467,93

$483,72

1.24

$593,87

$613,91

1.25

$709,24

$733,18

1.26

$1 144,31

$1 182,93

1.27

$1 286,11

$1 329,52

1.28

$1 547,69

$1 599,93

1.29

$1 711,58

$1 769,35

1.30

$5,10

$5,20

1.31

$6,30

$6,90

1.32

$1,65

$1,75

1.33

$507,11

$524,22

1.34

$26,64

$27,54

1.35

$25,10

$25,95

1.36

$27,67

$28,60

1.37

$26,17

$27,05

1.38

$28,77

$29,74

1.39

$27,24

$28,15

1.40

$27,15

$28,07

1.41

$25,65

$26,52

1.42

$28,77

$29,74

1.43

$27,24

$28,15

1.44

$30,35

$31,37

1.45

$28,85

$29,83

1.46

$29,85

$30,85

1.47

$28,06

$29,01

1.48

$30,24

$31,26

1.49

$28,46

$29,42

1.50

$30,67

$31,71

1.51

$28,94

$29,91

 

Ver mayores detalles en la siguiente dirección electrónica: https://www.ccss.sa.cr/licitaciones

Subárea Gestión Administrativa.—Lic. Andrés Ruiz Argüello.— 1 vez.—( IN2019366192 ).

LICITACIÓN ABREVIADA 2019LA-000055-2104

Adquisición de: filete de tilapia

Se comunica el acto de adjudicación de ítem único a favor de la empresa: Aquacorporación Internacional S.A., ver detalle en: https://www.ccss.sa.sr/licitaciones.

San José, 23 de julio del 2019.—Subárea de Contratación Administrativa.—Lic. Marco Campos Salas, Coordinador.— 1 vez.—O.C. 1.—Solicitud 156859.—( IN2019366212 ).

INSTITUTO NACIONAL DE APRENDIZAJE

PROCESO DE ADQUISICIONES

LICITACIÓN ABREVIADA 2019LA-000005-02

Compra de equipos y accesorios de seguridad en el trabajo

La Comisión Local Regional de Adquisiciones de la Unidad Regional Central Oriental, en sesión extraordinaria 014-2019, celebrada el 22 de julio del 2019, artículo II tomó el siguiente acuerdo:

Adjudicar la Licitación Abreviada 2019LA-000005-02, para la “Compra de Equipos y Accesorios de Seguridad en el Trabajo”, basados en el dictamen técnico según oficio FR-NSCS-PGA-47-2019 realizado por la dependencia responsable de analizar las ofertas y dictamen legal según oficio ALCA-235-2019 realizado por las dependencias responsables de analizar las ofertas y en los elementos de adjudicación consignados en el punto 14 del cartel, de la siguiente manera:

Al oferente 1: Prevención de Seguridad Industrial S.A., la línea 5 por un monto de $5.929,00 con un tiempo de entrega de 90 días hábiles. Todo de acuerdo a la oferta económica, por cumplir técnica y legalmente con respecto al cartel y especificaciones técnicas; además su precio se considera razonable.

Al oferente 3: Equipos de Salud Ocupacional S.A., las líneas Nos. 1, 2 y 3 por un monto de $24.111,10 con un tiempo de entrega de 90 días hábiles. Todo de acuerdo a la oferta económica, por cumplir técnica y legalmente con respecto al cartel y especificaciones técnicas; además su precio se considera razonable.

Línea Infructuosa: 4, por incumplimiento legal.

Unidad de Compras Institucionales.—Lic. Allan Altamirano Díaz, Jefe.—1 vez.—O.C. 26976.—Solicitud 156778.—( IN2019365807 ).

LICITACIÓN ABREVIADA 2019LA-000006-02

(Infructuosa)

Compra de equipo para la industria del plástico

La Comisión Local Regional de Adquisiciones de la Unidad Regional Central Oriental, en sesión extraordinaria 014-2019, celebrada el 22 de Julio del 2019, artículo III tomó el siguiente acuerdo:

Declarar Infructuosa la Licitación Abreviada 2019LA-000006-02, para la “Compra de equipo para la industria del plástico”, basados en el dictamen técnico según oficio NMM-PGA-109-2019 realizado por la dependencia responsable de analizar las ofertas y el dictamen legal según oficio ALCA-240-2019; de la siguiente manera:

Declarar infructuosa la Licitación Abreviada 2019LA-000006-02, “Compra de equipo para la industria del plástico”, por presentar incumplimientos técnicos para las líneas Nos. 1 y 3, por parte del único oferente participante y falta de oferentes para la línea 2.

Unidad de Compras Institucionales.—Lic. Allan Altamirano Díaz, Jefe.—1 vez.—O. C. 26976.—Solicitud 156779.—( IN2019365810 ).

VARIACIÓN DE PARÁMETROS

CAJA COSTARRICENSE DE SEGURO SOCIAL

GERENCIA DE LOGÍSTICA

DIRECCIÓN DE APROVISIONAMIENTO

 DE BIENES Y SERVICIOS

Comunican:

En coordinación con el Área de Medicamentos y Terapéutica Clínica y la Comisión de Fichas Técnicas de Medicamentos, se informa la creación de la siguiente ficha técnica nueva del medicamento abajo descrito:

Código

Descripción medicamento

Observaciones

emitidas por la Comisión

1-10-48-7250

Acetilcisteina 600 mg.

Versión CFT 57701

Rige a partir de su publicación

1-10-36-4461

Progesterona 200 mg

Versión CFT 70401

Rige a partir de su publicación

 

Las Fichas Técnicas citadas se encuentran disponibles a través de la siguiente dirección electrónica http://www.ccss.sa.cr/comisiones

Subárea de Investigación y Evaluación de Insumos, Oficinas Centrales.—Lic. Mauricio Hernández Salas.—1 vez.—O. C. N° 1141.—Solicitud N° SIEI-0631-19.—( IN2019363100 ).

NOTIFICACIONES

CAJA COSTARRICENSE DE SEGURO SOCIAL

Dirección Administrativa Financiera

PUBLICACIÓN DE PRIMERA VEZ

La Dirección Administrativa Financiera de conformidad con lo dispuesto en el artículo 241 de la Ley General de la Administración Pública en virtud de que materialmente resultó imposible localizar a la empresa Costa Rica Dental y Medica MIG LLC S. A.; cédula jurídica 3-101-482605, en la dirección registrada sea Zapote, 400 metros este de la Iglesia de San Pedro de Montes de Oca, frente a Calle Real, por ignorarse su actual domicilio se procede por esta vía a comunicar que mediante resolución final 0012-06-2019, expediente de incumplimiento 00018-2018, de fecha 10 de julio del dos mil diecinueve, de conformidad con lo dispuesto en artículo 39 de la Constitución Política, artículo 99 inciso a de la Ley de Contratación Administrativa y el artículo 308, inciso 1 (a) y siguientes de la Ley General de Administración Pública y 212, 220, 223 siguientes y concordantes del Reglamento a la Ley de Contratación Administrativa, se resuelve aplicar la Sanción de Apercibimiento que consiste una formal amonestación a efecto de que se corrija la conducta aquí sancionada, para la orden de 000137, por la Compra Directa 2010CD-000029-2101, por concepto de cámara de flujo laminar, por no cumplir con las obligaciones pactadas en la orden de compra 000137, esto amparado a la Ley de Contratación Administrativa„ dicha documento se encuentra visible a folios 000135 al 000147 del expediente de incumplimiento. Se comunica que contra la presente resolución caben los recursos de revocatoria y apelación, mismos que deberán presentarse en plazo de 3 días hábiles dentro del plazo contado a partir de la última comunicación del acto, según los artículos 344, 345 y 346 de la Ley General de la Administración Pública los cuales deberán presentarse ante la Dirección Administrativa Financiera. Notifíquese.—Lic. Josué Cerdas Castillo, Director a. í.—( IN2019361584 ).

PUBLICACIÓN DE UNA VEZ

GERENCIA LOGÍSTICA

Caja Costarricense del Seguro Social, comunica: Resolución DABS-1909-2019 del procedimiento administrativo sancionatorio, por el recurso de apelación interpuesto por la empresa Esadyuen en el expediente: 2006LR-000097, de las ocho horas del dieciocho de junio de dos mil diecinueve, esta Dirección, teniendo como prueba documental para la toma de la decisión el expediente del procedimiento administrativo sancionatorio, incoado contra la empresa Esadyuen, derivada del incumplimiento de las condiciones pactadas para la adquisición de Jeringas Hipodérmicas descartables Scc, se resuelve lo siguiente: / (...) Por lo tanto. Por los hechos antes expuestos, la prueba documental ofrecida y el fundamento legal indicado, se resuelve lo siguiente: 1)-Rechazar el recurso de revocatoria interpuesto en contra del traslado de cargos por la empresa Esadyuen Medical Supply S. A., en contra del traslado de cargos. 2). Solicitar se proceda a la sustitución del órgano director y se continúe con las etapas procesales siguientes del procedimiento sancionatorio y de responsabilidad patrimonial por el presunto apercibimiento que puede ser acreedora esa empresa, así como por el monto al descubierto pendiente de ejecución de la cláusula penal. 3) Comunicar lo resuelto a la empresa accionante. -Es todo- Comuníquese. / Dirección de Aprovisionamiento de Bienes y Servicios, Órgano Decisor del Procedimiento / Pública. MSc. Miguel Salas Araya, Director a. í/Interventor. Tiene derecho a examinar y fotocopiar el expediente, en el cual se encontrará la integridad de la resolución DABS-1909-2019, siendo que el mismo se ubica en el piso 12, Edificio Laureano Echandi Vicente (oficinas centrales CCSS), situado en avenidas segunda y cuarta, calles quinta y sétima, San José, la cual es la sede del órgano «¡rector, en un horario de lunes a jueves de 8:00 a. m. a 4:00 p. m. y viernes de 8:00 a. m. a 3:00 p. m., siendo que el costo de la reproducción corre por cuenta del proveedor. Así mismo, en virtud de que el presente procedimiento debe continuar, se le prevee para que señale el medio para recibir notificaciones.—Dirección de Aprovisionamiento de Bienes y Servicios.—Firma ilegible.—1 vez.—O. C. 1141.—Solicitud DABS-2254-19.—1 vez.—( IN2019361337 ).

FE DE ERRATAS

CAJA COSTARRICENSE DE SEGURO SOCIAL

ÁREA DE ADQUISICIONES DE BIENES Y SERVICIOS

Subárea de Reactivos y Otros

LICITACIÓN PÚBLICA N° 2019LN-000021-5101 (Aviso 2)

Bolsas rojas de polipropileno para desechos

sólidos infecciosos, grande

Se informa a todos los interesados que está disponible en la dirección electrónica institucional: http://www.ccss.sa.cr/licitaciones_detalle?up=5101&tipo=LN el cartel unificado (versión 2) de la Licitación Pública N° 2019LN-000021-5101 por adquisición de: Bolsas rojas de polipropileno para desechos sólidos infecciosos, grande. Además, se informa que se prorroga la apertura de ofertas para el día 22 de agosto de 2019 a las 09:00 horas.

Licda. Andrea Vargas Vargas, Jefe.—1 vez.—O. C. N° 1141.—Solicitud N° SAR-0436-19.—( IN2019365992 ).

HOSPITAL SAN JUAN DE DIOS

Subárea de Contratación Administrativa

LICITACIÓN PÚBLICA 2019LN-000024-2102

Reactivos varios para la realización

de análisis serológicos

La Subárea de Contratación Administrativa del Hospital San Juan de Dios, informa a todos los potenciales oferentes, que el plazo para recibir ofertas para este proceso licitatorio, será prorrogado hasta nuevo aviso.

Licda. Adriana V. Álvarez Zumbado, Coordinadora a. í.— 1 vez.—( IN2019365710 ).

HOSPITAL MÉXICO

LICITACIÓN NACIONAL N° 2019LN-000001-2104 (Aviso)

Adquisición de: Catéter de Vía Central

Se comunica a los interesados que la nueva fecha máxima para la recepción de ofertas es el 23 de agosto de 2019 a las 13:30 horas, dicho cartel cuenta con modificaciones. El cartel se encuentra disponible en el Centro de Fotocopiado Público, ubicado en la planta baja de este hospital, en el pasillo que comunica al Laboratorio Clínico. Ver detalles y mayor información: http://www.ccss.sa.cr/licitaciones.

San José, 24 de julio del 2019.—Subárea de Contratación Administrativa A/C.—Lic. Marco Campos Salas, Coordinador.— 1 vez.—O.C. N° 1.—Solicitud N° 156860.—( IN2019366207 ).

INSTITUTO COSTARRICENSE DE ACUEDUCTOS

   Y ALCANTARILLADOS

DIRECCIÓN PROVEEDURÍA

LICITACIÓN ABREVIADA Nº 2019LA-00027-PRI (Circular Nº 2)

Suministro instalación y puesta en marcha de tres equipos eliminadores de hierro-manganeso, productores

de hipoclorito de sodio y equipos de bombeo

El Instituto Costarricense de Acueductos y Alcantarillados (AyA), cédula jurídica Nº 4-000-042138, comunica a todos los interesados en participar en la licitación arriba indicada, que a partir de la presente publicación, estará disponible la circular Nº 2, la cual podrá ser retirada directamente en la Dirección de Proveeduría, sita en el módulo C, piso 3 del Edificio Sede del AyA en Pavas o bien en la dirección www.aya.go.cr.

Licda. Iris Patricia Fernández Barrantes.—1 vez.—O. C. N° 6000003484.—Solicitud N° 156791.—( IN2019365947 ).

MUNICIPALIDADES

MUNICIPALIDAD DE SANTO DOMINGO DE HEREDIA

LICITACION PÚBLICA 2019LN-000002-01

Contratación de los servicios de operacionalidad y administración

del centro de cuido y desarrollo infantil (CECUDI) en

el distrito de Santa Rosa

A los interesados en participar en la licitación en mención, se les informa que por error material en publicación del pasado 22 de julio del 2019, se indicó que el número de dicha contratación era 2019LN-000001-01 siendo lo correcto 2019LN-000002-01.

Santo Domingo, 24 de julio del 2019.—Licda. Noilly Rocío Alfaro Salazar, Proveedora.—1 vez.—( IN2019366096 ).

INSTITUCIONES DESCENTRALIZADAS

UNIVERSIDAD DE COSTA RICA

OFICINA DE REGISTRO E INFORMACIÓN

EDICTO

PUBLICACIÓN DE PRIMERA VEZ

ORI-1540-2019.—Escalante Cabezas Luis Alberto, cédula de identidad 1 0362 0502, ha solicitado reposición del título de profesional de Especialista en Ginecología y Obstetricia. Cualquier persona interesada en aportar datos sobre la vida y costumbres del solicitante, podrá hacerlo mediante escrito que ha de ser presentado ante esta Oficina dentro de los cinco días hábiles siguientes a la publicación del tercer aviso.—Ciudad Universitaria Rodrigo Facio, a los 24 días del mes de junio del 2019.—MBA. José Rivera Monge, Director.—( IN2019361599 ).

PATRONATO NACIONAL DE LA INFANCIA

EDICTO

PUBLICACIÓN DE PRIMERA VEZ

Comunica a la señora: Stephanie Tatiana Navarro Espinoza, mayor de edad, costarricense, portadora de la cédula de identidad 115100322, de domicilio y demás calidades desconocidas, la resolución administrativa dictada por esta oficina local de las dieciséis horas con cuarenta minutos del trece de junio del dos mil diecinueve, en la que se confiere medida de protección de cuido provisional a favor de las personas menores de edad Deyner Andier Navarro Espinoza, de siete años de edad, nacido el 01 de diciembre del dos mil once, inscrito en el Registro Civil, sección de nacimientos de la provincia de Limón, al tomo 364, asiento 504, Elvin David Navarro Espinoza, de cuatro años de edad, nacido el 18 de enero del dos mil quince, inscrito en el Registro Civil, sección de nacimientos de la provincia de Limón, al tomo 388, asiento 991, Exleider Snaider Navarro Espinoza, de once años de edad, nacido el 12 de febrero del dos mil ocho, inscrito en el Registro Civil, sección de nacimientos de la provincia de Limón, al tomo 337, asiento 516, Lesly Betsabet Navarro Espinoza, de once meses de edad, nacida el 17 de julio del dos mil dieciocho, inscrita en el Registro Civil, sección de nacimientos de la provincia de Limón, al tomo 415, asiento 216 hijos de la señora Stephanie Tatiana Navarro Espinoza, para que permanezca ubicado en su abuela paterna, la señora Anabel Espinoza Rangel, mayor de edad, costarricense, ama de casa, portadora de la cédula de identidad número 602570614, vecina de Siquirres, Barrio Laureles. Se le previene a la parte señalar casa, oficina o lugar, donde atender notificaciones en el caso de no hacerlo las resoluciones posteriores se tendrán por notificadas veinticuatro horas después de dictadas. Garantía de defensa: se les informa a las partes que es su derecho hacerse asesorar o representar por un profesional en derecho de su elección, así como a tener acceso en la oficina local dentro de horas hábiles al estudio y revisión del expediente administrativo, se hace la salvedad que para fotocopiar el expediente administrativo se cuenta con el horario de siete horas con treinta minutos y hasta las once horas con treinta minutos en días hábiles de igual manera si así lo consideran soliciten la realización de una audiencia oral, sin que ello conlleve la suspensión de las medidas de protección dictadas. Recurso: Se les hace saber, además, que contra la presente resolución procede el recurso ordinario de apelación, que deberán interponer ante esta Representación Legal dentro del plazo de cuarenta y ocho horas siguientes a la fecha de la tercera publicación del presente edicto, el recurso será de conocimiento de la Presidencia Ejecutiva de esta institución, en el entendido que hacerlo fuera de dicho término el recurso deviene en inadmisible. Expediente OLSI-00063-2018.—Oficina Local de Siquirres.—Lic. Randall Quirós Cambronero, Representante Legal.—O. C. 1677-19.—Solicitud 155101.—( IN2019361616 ).

SUPERINTENDENCIA DE TELECOMUNICACIONES

La Superintendencia de Telecomunicaciones hace saber que de conformidad con el expediente S0215-STT-AUT-00679-2019 y en cumplimiento del artículo 42 del Reglamento a la Ley 8642, se publica un extracto de la resolución RCS-172-2019 que otorga título habilitante a Sistema Integral de Redes de Comunicación S.A., cédula jurídica 3-101-188366. 1) Servicios autorizados: Transferencia de datos en la modalidad de acceso a internet y de enlaces punto a punto por medios inalámbricos en bandas de frecuencia de “uso libre”. 2) Plazo de vigencia: diez años a partir de la notificación de la resolución. 3) Zonas geográficas: todo el territorio nacional. 4) Sobre las condiciones: debe someterse a lo dispuesto en la resolución RCS-172-2019.

Luis Alberto Cascante Alvarado, Secretario del Consejo.—1 vez.—O.C. OC-3968-19.—Solicitud 156690.—( IN2019365767 ).

RÉGIMEN MUNICIPAL

MUNICIPALIDAD DE MONTES DE OCA

EDICTOS

024-2019.—Para los fines consiguientes el Departamento de Patentes de la Municipalidad de Montes de Oca, hace saber que Jaramillo Caicedo Llelleevel, cédula 8-0089-0812, ha presentado solicitud de traspaso de licencia comercial 9491, a favor de Zamora Pincai Daniela, cédula 1-1557-0521. La Municipalidad de Montes de Oca otorga ocho días naturales de plazo a partir de esta publicación para presentar objeciones.

San Pedro de Montes de Oca, 21 de junio del 2019.—Departamento de Patentes.—Lilliana Barrantes Elizondo, Jefa.—1 vez.—( IN2019361492 ).

Para los fines consiguientes, la Dirección de Servicios de la Municipalidad de Montes de Oca hace saber que, los señores Ugalde Mora Jairo, cédula 1-1043-0622, ha presentado escritura pública rendida ante la notario José Enrique Guevara Acuña en la que dice que traspasa y cede el derecho de cementerio fosa 357, bloque D del cementerio Nuevo de Sabanilla, a la señora Gómez Arroyo Rosalinda, cédula 1-0345-0999, quien acepta que quede inscrito a nombre de ella con las obligaciones y responsabilidades que de este acto se derivan. La Municipalidad de Montes de Oca queda exonerada de toda responsabilidad civil y penal y brindará un plazo de ocho días hábiles a partir de esta publicación para escuchar objeciones.

Sabanilla de Montes de Oca, 05 de diciembre del 2016.—Lic. Guillermo J. Montero Marroquín, Encargado de Cementerios.—1 vez.—( IN2019361522 ).

MUNICIPALIDAD DE LA CRUZ

La Municipalidad de La Cruz, Guanacaste, comunica que la dirección electrónica oficial del Departamento de Proveeduría a partir de su publicación es: proveeduria@munilacruz.go.cr.

La Cruz, Guanacaste 11 de julio del 2019.—Proveeduría.—Nury Jara Rodríguez, Proveedora Municipal.—1 vez.—( IN2019361514 ).

MUNICIPALIDAD DE ESPARZA

El Concejo Municipal de Esparza, en acta 167-2019, artículo IV, inciso 2, efectuada el lunes 08 de julio de 2019; acordó en forma definitiva lo siguiente:

En virtud de que no se cumple con el plazo establecido en el inciso 1° del artículo 17 de la ley de planificación urbana, ley 4240 para la convocatoria de la audiencia pública, publicación llevada a cabo el viernes 05 de julio de 2019, en el Alcance 159 de La Gaceta 126.

Se traslada la fecha de convocatoria a audiencia pública para el 30 de agosto de 2019, a las 14:00 horas en el salón comunal de COOPETIVIVES R.L., con la siguiente agenda:

1.             Palabras del presidente del Concejo Municipal y del Alcalde Municipal.

2.             Presentación de la actualización de la lámina de zonificación y vialidad del Plan Regulador de Playa Tivives.

3.             Sesión de preguntas y respuestas.

4.             Recibo de observaciones por escrito.

5.             Clausura.

Espíritu Santo de Esparza, 10 de julio de 2019.—Concejo Municipal.—Margoth León Vásquez, Secretaria.—1 vez.—
( IN2019362826 ).

MUNICIPALIDAD DE PARRITA

DEPARTAMENTO ZONA MARÍTIMO TERRESTRE

SECCION DE ARRENDAMIENTOS

EDICTO

Eduardo Ordóñez Vásquez, Mayor, en unión Libre, quien labora en Control de Calidad, costarricense, vecino de Isla Palo Seco de Hotel El Clandestino; 150 metros al este, cédula de identidad número 6-350-425 con base en la Ley sobre la Zona Marítimo Terrestre 6043 del 02 de marzo de 1977 y decreto ejecutivo 7841-P del 16 de diciembre de Playa Isla Palo Seco, distrito Parrita, cantón Parrita, provincia de Puntarenas. Mide 2474 m2, de conformidad al plano de catastro P-2116463-2019, terreno para dedicarlo al uso Residencial Recreativo de conformidad al Plan Regulador aprobado.

Linderos:

Norte: Manglar

Sur: Calle Pública

Este: Municipalidad de Parrita

Oeste: Municipalidad de Parrita

Se advierte que la presente publicación no otorga derecho alguno y la misma se realiza sin perjuicio de que las disposiciones del plan regulador aprobado en este sector de playa, afecten el uso actual de la parcela, se conceden treinta días para oír oposiciones las cuales deberán venir acompañadas de dos copias, parcela ubicada entre los mojones frente a costa números 836 y 837, del Instituto Geográfico Nacional.—Parrita 02 de julio del 2019.—Marvin Mora Chinchilla, Coordinador.—1 vez.—( IN2019361360 ).

AVISOS

CONVOCATORIAS

COLEGIO DE PROFESIONALES EN PSICOLOGÍA

DE COSTA RICA

La Junta Directiva del Colegio de Profesionales en Psicología de Costa Rica, convoca a todos/as sus agremiados/as a la asamblea general extraordinaria 122-2019, por celebrarse el sábado 24 de agosto del 2019; en primera convocatoria a las 8:00 a. m. De no encontrarse presente el quórum de ley, se procederá a sesionar, en segunda convocatoria, a las 9:00 a. m., con los colegiados/as presentes (*). La asamblea se realizará en las instalaciones de este Colegio Profesional, ubicado 600 metros este, de la estación de servicio La Galera, carretera vieja a Tres Ríos.

Orden del día:

1.             Elección de Tesorero de Junta Directiva para el período del comprendido del 24 de agosto de 2019 al 1 de diciembre de 2020.

(*) Los colegiados deben estar al día en sus responsabilidades financieras con la institución.

Si cancela por medio de transferencia, debe consignar el nombre, monto y enviar el comprobante de pago, para garantizar el registro en el sistema. El Colegio no se hará responsable por los inconvenientes que genere la suspensión por morosidad. Junta Directiva.

Junta Directiva.—Máster Óscar Valverde Cerros, Presidente.—Licda. Ileana Rodríguez Arias, Secretaria.—Lic. Arnoldo Redondo Valle, Presidente Tribunal Electoral.—( IN2019365830 ).                      2 v. 1.

SECADORAS AGRÍCOLAS S.A.

Convocatoria a asamblea general ordinaria y extraordinaria de la sociedad Secadoras Agrícolas S.A., cédula jurídica tres-ciento uno-dos nueve cero cero ocho; que se llevará a cabo el día seis de agosto del dos mil diecinueve, a las dieciséis horas en su domicilio sito en Alajuela, Tuetal Sur, doscientos metros este del Centro de Salud; para conocer de los siguientes asuntos: Nombramiento de Junta Directiva. De no haber quórum a la hora señalada, se celebrará la Asamblea en segunda convocatoria una hora después con los socios presentes. Teléfono: 2430-2223.—Ángelo Campos Calderón, Presidente.—Lic. Kerby Rojas Alfaro, Abogado.—1 vez.—( IN2019364671 ).

PACAYAS S.  A.

Se convoca a todos los socios de la compañía Pacayas Sociedad Anónima, titular de la cédula de persona jurídica 3-101-013668, a la asamblea general ordinaria y extraordinaria a celebrarse a las 4:00 pm horas del día martes 27 de agosto del 2019, en Banco Improsa, Barrio Tournón, en primera convocatoria, para conocer los siguientes asuntos.

1.             Aprobación de Estados Financieros y Cuotas Extraordinarias.

2.             Elección de Junta Directiva.

3.             Aprobación de gestión de la Administración.

4.             Tanque de captación.

5.             Pintura.

6.             Mantenimiento casa.

7.             Asuntos varios.

De no existir quórum a la hora señalada, la asamblea se llevará a cabo una hora después en segunda convocatoria, con el quórum presente y los acuerdos se tomarán por mayoría de votos. Sra. Marcela Odio Soto, cédula 1-0343-0086, Presidente.

San José, 23 de julio del 2019.—Sra. Marcela Odio Soto, Presidente.—1 vez.—( IN2019365808 ).

 Condominio Horizontal Residencial

Brisas del Bosque

Por este medio y de conformidad con el artículo 25 de la Ley Reguladora de Propiedad en Condominio se convoca a asamblea extraordinaria de propietarios del Condominio Horizontal Residencial Brisas del Bosque a realizarse en la filial 12 del Sr. Miguel Castro el martes 13 de agosto del 2019 a las 18:30 horas en primera convocatoria. Si no hubiese quórum de ley, se realizará una hora después; al ser las 19:30 horas en segunda convocatoria con los condóminos presentes y con los siguientes puntos de agenda: 1-Verificación del quórum de ley. 2-Elección del presidente y secretario para la Asamblea. 3-Informe de gestión de Administración de mayo 2019 a la fecha. 4-Presentación y aprobación de presupuesto. 5-Presentación de proyecto de instalación de cámaras de seguridad y aprobación de cuota extraordinaria para ejecutarlo. 6-Cierre de reunión y declaratoria de los acuerdos en firme. Los Condóminos que representen a una sociedad deberán presentar la personería jurídica con no más de un mes de haber sido emitida. En caso de que el dueño sea una persona física, solamente debe presentar la copia del documento de identificación. El propietario podrá hacerse representar en la asamblea por medio de un apoderado, quien acreditará su carácter con una carta-poder, debidamente autenticada por un abogado.—Condominio Brisas del Bosque.—Esteban Camacho, Representante Legal.—Inversiones Florem FMR S.A.—Rebeca Chaves Flores, Representante Legal.—1 vez.—( IN2019365813 ).

SOL DE RABAT SOCIEDAD ANÓNIMA

Sol de Rabat Sociedad Anónima, convocatoria a asamblea general ordinaria, se convoca a la asamblea general ordinaria de la sociedad denominada Sol de Rabat Sociedad Anónima, cédula de persona jurídica número: tres - ciento uno seiscientos cuarenta y cinco mil setenta y cinco, a celebrarse el veinticuatro de agosto del año dos mil diecinueve, la primera convocatoria será a las 1:00 pm. El quórum mínimo lo constituye la mitad más uno. De no haber quórum, se convocará a las 2:00 p. m., a una segunda convocatoria en la que el quórum estará constituido por los presentes y los acuerdos se tomaran con el voto de la mayoría presente, lugar de sesión de la asamblea: distrito de Jaco, cantón de Garabito, provincia de Puntarenas, Jacó, Recepción Hotel Paraíso Escondido, Orden del día: Temas a tratar a- Discutir y aprobar o improbar el informe sobre los resultados del ejercicio anual económico del año 2018. b) Acordar la distribución de utilidades o perdidas si hubiere del ejercicio anual económico del año 2018. La presente convocatoria se hace a solicitud de la siguiente socia: Myriam Merz.—Firma ilegible.—1 vez.—( IN2019366154 ).

Merz y Brulhart Sociedad Anónima

Merz y Brulhart Sociedad Anónima, convocatoria a asamblea general ordinaria, se convoca a la asamblea general ordinaria de la sociedad denominada Merz y Brulhart Sociedad Anónima, cédula de persona jurídica número: tres - ciento uno doscientos cuarenta y dos mil setecientos cincuenta y ocho, a celebrarse el veinticuatro de agosto del año dos mil diecinueve, la primera convocatoria será a las 10: 00 a. m. El quórum mínimo lo constituye la mitad mas uno. De no haber quórum, se convocará a las 11 am, a una segunda convocatoria en la que el quórum estará constituido por los presentes y los acuerdos se tomaran con el voto de la mayoría presente. lugar de sesión de la asamblea: distrito de Jaco, cantón de Garabito, provincia de Puntarenas, Jaco, Recepción Hotel Paraíso Escondido, Orden del día: Temas a tratar: a- Discutir y aprobar o improbar el informe sobre los resultados del ejercicio anual económico del año 2018. b) Acordar la distribución de utilidades o perdidas si hubiere del ejercicio anual económico del año 2018. La presente convocatoria se hace a solicitud de la siguiente socia: Myriam Merz.—Firma ilegible.—1 vez.—( IN2019366158 ).

AVISOS

PUBLICACIÓN DE TERCERA VEZ

UNIVERSIDAD DE CIENCIAS MÉDICAS

DE CENTROAMÉRICA, UCIMED

Ante el Departamento de Registro de la Universidad de Ciencias Médicas de Centroamérica, UCIMED, se ha presentado la solicitud de reposición del Título de Licenciatura en Medicina y Cirugía, emitido por esta casa de estudios el diecisiete de marzo del dos mil diecisiete, inscrito en el tomo tres, folio treinta y ocho, asiento treinta y cuatro de la UCIMED, y bajo el código de la universidad cuarenta y cuatro, asiento ciento cuarenta y tres mil cuatrocientos sesenta y dos del CONESUP a nombre de Mariam Natasha Sibaja Bermúdez, cédula uno uno cuatro tres uno cero nueve cero cinco. Se solicita la reposición del título por extravío. Se publica este edicto tres veces para oír oposiciones a la reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la publicación en el Diario Oficial.—San José, Campus Universitario, 14 de mayo del 2019.—Ing. Byron Castillo Romero, Coordinador de Registro.—( IN2019361127 ).

PUBLICACIÓN DE SEGUNDA VEZ

UNIVERSIDAD DE LAS CIENCIAS

Y EL ARTE DE COSTA RICA

Ante este Registro se ha presentado solicitud de reposición del título de Licenciatura en Enfermería, por causa de extravío, emitido por la universidad con fecha 30 de octubre de 2009, a nombre de Miranda Méndez Allan Alberto, cédula de identidad 1-1271-0711, inscrito bajo el Tomo 27, Folio 428, Asiento 9400 del Consejo Nacional de Educación Superior Universitaria ( CONESUP) y en el registro de la Universidad de las Ciencias y el Arte de Costa Rica en el Tomo 1, Folio 467, Asiento 8969. Quien se considere afectado puede manifestar su oposición ante este registro en el término de ocho días hábiles contados a partir de la última publicación.—San José, 10 de julio de 2019.—Flérida Méndez Herrera.—( IN2019361212 ).

PROYECTO DE DESARROLLO ULAT S. A.

Proyecto de Desarrollo Ulat S.A., cédula jurídica tres-ciento uno-seiscientos cincuenta y un mil ciento cincuenta y cinco, en su carácter de Propietario del Condominio Ebbalar S.A., cédula de persona jurídica número tres-ciento nueve doscientos noventa y seis mil ochocientos dieciséis, solicita la reposición de los libros de Actas de Asamblea de Propietarios, de Junta Directiva y el de Caja de dicho Condominio, en razón de extravío de los mismos.—San José, 10 de julio del dos mil diecinueve.—Oscar Ramírez Quirós, Apoderado Generalísimo sin Límite de Suma.—( IN2019361263 ).

EL PORCO

Por escrito presentado el veintiocho de junio del dos mil diecinueve ante el Registro de la Propiedad Industrial, bajo el Expediente 2-129316, se solicita la transferencia del nombre comercial El Porco a favor de María Paula Volio Kruse, cédula número uno-mil doscientos noventa y dos-cero ciento treinta.—San José, 11 de julio del 2019.—Lic. Alejandro López Meoño, Notario Carnet 23148.—( IN2019361385 ).

PUBLICACIÓN DE PRIMERA VEZ

UNIVERSIDAD LATINA

Ante la Oficina de Registro de la Universidad Latina de Costa Rica, se ha presentado la solicitud de reposición del Título de Bachillerato en Administración de Negocios, inscrito bajo el Tomo IX, Folio 77, Asiento 49049 a nombre de Juan Edgar Picado Quevedo, cédula de identidad número 113460713. Se solicita la reposición del título indicado anteriormente por extravió del original. Se publica este edicto para oír oposiciones a la reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la tercera publicación en el Diario Oficial La Gaceta. Se extiende la presente a solicitud del interesado en el día y lugar de la fecha.—San José, 11 de julio del 2019.—Departamento de Registro.—Neda Blanco López, Directora.—( IN2019361457 ).

Montejo & Associates S. A.

Por contrato de cesión de marcas entre Montejo & Associates S. A., con cédula de persona jurídica 3-101-312285, (la cedente) y Montejo Investments S. A., con cédula de persona jurídica 3-101-012828 (la cesionaria), suscrito entre las partes el 11 de julio de 2019, se traspasó el nombre Comercial M Montejo (DISEÑO), registrado bajo el expediente 2014-9468, con número de registro 241771. Se cita a acreedores e interesados para que se presenten dentro del término de quince días a partir de la primera publicación a hacer valer sus derechos.—Javier Montejo Calvo, Montejo Investments S. A.—( IN2019361618 ).

PUBLICACIÓN DE UNA VEZ

3-102-756551 SOCIEDAD DE RESPONSABILAD LIMITADA

3-102-756551 Sociedad de Responsabililad Limitada, cédula jurídica tres 3-102-756551, solicita al Registro Nacional a reposición de los siguientes libros: libro uno de Acta de Asamblea de Cuotistas y libro de Registro de Cuotistas. Quien se considere afectado puede manifestar su oposición ante el Registro o en el domicilio de su gerente: Erika Bucher Chévez, San José, Santa Ana, Uruca, Urbanización Rio Oro, frente a Casa San José, Casa IYO, dentro del término de ocho días hábiles a partir de la publicación de este aviso. Es todo.—San José, 11 de julio del 2019.—Erika Bucher Chevez.—1 vez.—( IN2019361458 ).

ASOCIACIÓN ADMINISTRADORA DEL ACUEDUCTO

RURAL DE GUATUSO DE EL GUARCO

Luis Antonio Zamora Acosta, cédula número tres-ciento noventa y cuatro-quinientos cuarenta y uno, mayor, casado una vez, vecino de Cartago San Isidro del Guarco cuatrocientos metros este del Beneficio Los Valles, albañil, en mi condición de presidente con las facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma de la Asociación Administradora del Acueducto Rural de Guatuso de El Guarco, cédula jurídica: Tres-cero cero dos-doscientos sesenta y dos mil setecientos cincuenta y ocho, solicito al departamento de Asociaciones del Registro de Personas Jurídicas la reposición de los segundos libros Registro de asociados, Diario, Mayor, Inventaros y Balances, todos los libros fueron los segundos los que se extraviaron. Se remplaza por ocho días hábiles a partir de la publicación a cualquier interesado a fin de oir objeciones ante el Registro de Asociaciones.—Cartago siete de julio del dos mil diecinueve.—Luis Antonio Zamora Acosta.—1 vez.—( IN2019361484 ).

PAPELERÍA Y SUMINISTROS DEL NORTE

SOCIEDAD ANÓNIMA

La suscrita Carolina Serrano Vindas, portadora de la cédula de identidad: cuatro-ciento noventa y siete-cuatrocientos noventa y cuatro, en mi condición de presidenta con facultades de apoderada generalísima sin límite de suma de la sociedad Papelería y Suministros del Norte Sociedad Anónima, cédula jurídica: 3-101-169787, por este medio informo que se hará la reposición del libro legal de actas de la asamblea de socios, ya que el mismo fue extraviado.—San José, 11 de julio de 2019.—Carolina Serrano Vindas.—1 vez.—( IN2019361527 ).

ENLACE ECONÓMICO AUTOMOTRIZ S. A.

El suscrito Víctor Julio Chaves Carballo, en mi condición de presidente de Enlace Económico Automotriz S. A., cédula jurídica 3-101-172098, con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma, solicito la reposición de los siguientes libros legales: Registro de Socios, Actas de Asambleas de Socios, y Actas de Asambleas de Junta Directiva, por haberse extraviado los mismos.—Heredia, 11 de julio del 2019.—Víctor Julio Chaves Carballo, Presidente.—1 vez.—( IN2019361534 ).

BETHEL CRISTIAN SCHOOL SOCIEDAD ANÓNIMA

Bethel Cristian School Sociedad Anónima, portadora de la cédula de identidad número tres-ciento uno-trescientos setenta y cinco mil ochocientos cincuenta y nueve, solicita ante el Registro Nacional la reposición por extravío del tomo primero de los libros de: Actas de Asamblea de Socios y Actas del Consejo de Administración. Quien se considere afectado puede manifestar su oposición ante la notaria. Escazú, Guachipelín Centro Corporativo VMG.—10 de julio del 2019.—Licda. Kattia Vargas Álvarez, Notaria.—1 vez.—( IN2019361541 ).

MISIÓN INTERNACIONAL DE DISCIPULADO S. A.

Misión Internacional de Discipulado S. A., portadora de la cédula de identidad tres-ciento uno-doscientos cuarenta y cuatro mil setecientos noventa y cuatro, solicita ante el Registro Nacional la reposición por extravió del tomo primero de los libros de: Actas de Asamblea de Socios y Actas del Consejo de Administración. Quien se considere afectado puede manifestar su oposición ante la notaria. Escazú, Guachipelín, Centro Corporativo VMG.—10 de julio del 2019.—Licda. Kattia Vargas Álvarez, Notaria.—1 vez.—( IN2019361543 ).

REPRESENTACIONES MARÍA LIMITADA

Yo, María Esther Rojas Arroyo, portadora de la cédula de identidad número uno cuatrocientos veintisiete-cero cero ocho, en mi condición de gerente con facultades de apoderada generalísima sin límite de suma de la sociedad Representaciones María Limitada, con cédula de persona jurídica número tres-ciento dos-cero treinta y cuatro mil trescientos seis, anuncio la reposición del libro de Registro de Socios, el cual está extraviado.—San José, 09 de julio del 2019.—María Esther Rojas Arroyo, Gerente.—1 vez.—( IN2019361548 ).

S A BOLAÑOS Y RIGGIONI

Omar Bolaños Morera, cédula de identidad N° 201910496, apoderado generalísimo sin límite de suma, de la sociedad denominada: S A Bolaños y Riggioni, cédula jurídica N° 3-101-046849, solicita reposición por extravío de los libros: actas de junta directiva, consejo de administración, registro de accionistas, diario, mayor, inventarios y balances, todos tomo uno. Otorgado a las catorce horas quince de junio del dos mil diecinueve.—Lic. Omar Bolaños Morera, Presidente.—Licda. María del Milagro Ugalde Víquez, Notaria.—1 vez.—( IN2019361553 ).

VIEW OF THE MOUNTAIN TOO SOCIEDAD ANÓNIMA

A solicitud del presidente, se hace saber del extravío de los libros legales: Actas de Asamblea general, Actas de Junta Directiva y Registro de Socios de la sociedad View of The Mountain Too Sociedad Anónima, cédula de persona jurídica número tres-ciento uno-trescientos veintitrés mil cuatrocientos cincuenta y cuatro. Publíquese una vez para efectos de reposición de libros ante el Registro Público de la Propiedad. Es todo.—La Unión, quince de julio de dos mil diecinueve.—Lic. Kattia Bermúdez Montenegro, Notaria.—1 vez.—( IN2019362646 ).

JOTAESE S. A.

Mediante escritura número 108, visible a folio 136 vuelto, del tomo 22 de mi protocolo, escritura de las 12:00 horas del 10 de julio de 2019, Jotaese S.A., cédula 3-101-026915, protocoliza la solicitud de reposición de sus libros legales: Actas de Asamblea General, Registro de Socios y Reuniones de Junta Directiva.—Lic. David Dumani Echandi, Notario.—1 vez.—( IN2019363033 ).

PUBLICACIÓN DE UNA VEZ

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 16 horas 30 minutos del 19 de junio del año 2019, se constituyó la sociedad denominada Limon Develompment Consulting LLN Sociedad Anónima.—San José, 25 de junio del 2019.—Licda. Stefany Borey Bryan, Notaria.—1 vez.—CE2019008483.—( IN2019362182 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 14 horas 00 minutos del 20 de junio del año 2019, se constituyó la sociedad denominada Maganor de Moravia Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 25 de junio del 2019.—Lic. José Antonio Gómez Cortés, Notario.—1 vez.—CE2019008484.—( IN2019362183 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 12 horas 00 minutos del 24 de junio del año 2019, se constituyó la sociedad denominada Cuero Artesanal Sin Fronteras Sociedad Anónima.—San José, 25 de junio del 2019.—Licda. Gabriela Mora Aguilar, Notaria.—1 vez.—CE2019008485.—( IN2019362184 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 20 horas 00 minutos del 24 de junio del año 2019, se constituyó la sociedad denominada Cédula Jurídica Sociedad Anónima.—San José, 25 de junio del 2019.—Lic. Abraham Vargas Quirós, Notario.—1 vez.—CE2019008486.—( IN2019362185 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 11 horas 00 minutos del 25 de junio del año 2019, se constituyó la sociedad denominada La Pulpe de Chela at Lir Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 25 de junio del 2019.—Licda. Alejandra Echeverria Alfaro, Notaria.—1 vez.—CE2019008487.—( IN2019362186 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 15 horas 00 minutos del 06 de junio del año 2019, se constituyó la sociedad denominada Eteci Sociedad Anónima.—San José, 25 de junio del 2019.—Lic. Maximiliano Villalobos Vargas, Notario.—1 vez.—CE2019008488.—( IN2019362187 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 13 horas 00 minutos del 14 de junio del año 2019, se constituyó la sociedad denominada Hacienda El Sultán Sociedad Anónima.—San José, 25 de junio del 2019.—Lic. Henry Danilo Ledezma Avalos, Notario.—1 vez.—CE2019008489.—( IN2019362188 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 17 horas 00 minutos del 24 de junio del año 2019, se constituyó la sociedad denominada Softdecision Sociedad Anónima.—San José, 25 de junio del 2019.—Lic. Marvin Cubero Martínez, Notario.—1 vez.—CE2019008490.—( IN2019362189 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 11 horas 30 minutos del 24 de junio del año 2019, se constituyó la sociedad denominada Emotech Sociedad Anónima.—San José, 25 de junio del 2019.—Licda. Claudia Minerva Domínguez Rojas, Notaria.—1 vez.—CE2019008491.—( IN2019362190 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 11 horas 00 minutos del 19 de junio del año 2019, se constituyó la sociedad denominada Immigration Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 25 de junio del 2019.—Lic. Roger Allen Petersen Morice, Notario.—1 vez.—CE2019008492.—( IN2019362191 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 21 horas 00 minutos del 24 de junio del año 2019, se constituyó la sociedad denominada Cédula Jurídica Sociedad Anónima.—San José, 25 de junio del 2019.—Lic. Abraham Vargas Quirós, Notario.—1 vez.—CE2019008493.—( IN2019362192 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 14 horas 00 minutos del 14 de junio del año 2019, se constituyó la sociedad denominada El Cortijo de los Leones Sociedad Anónima.—San José, 25 de junio del 2019.—Lic. Henry Danilo Ledezma Avalos, Notario.—1 vez.—CE2019008494.—( IN2019362193 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 16 horas 00 minutos del 24 de junio del año 2019, se constituyó la sociedad denominada Inversiones Checa Chica Zarate Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 25 de junio del 2019.—Licda. Ana Gabriela Acevedo Rivera, Notario.—1 vez.—CE2019008495.—( IN2019362194 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 15 horas 00 minutos del 17 de junio del año 2019, se constituyó la sociedad denominada Loma Vikinga Sociedad Anónima.—San José, 25 de junio del 2019.—Lic. Randall Mauricio Rojas Quesada, Notario.—1 vez.—CE2019008496.—( IN2019362195 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 14 horas 10 minutos del 14 de junio del año 2019, se constituyó la sociedad denominada La Infanta Azul Sociedad Anónima.—San José, 25 de junio del 2019.—Lic. Henry Danilo Ledezma Avalos, Notario.—1 vez.—CE2019008497.—( IN2019362196 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 10 horas 00 minutos del 21 de junio del año 2019, se constituyó la sociedad denominada JMBYBAB Properties Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 25 de junio del 2019.—Licda. María Gabriela Elizondo Alpízar, Notaria.—1 vez.—CE2019008498.—( IN2019362197 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 15 horas 00 minutos del 12 de junio del año 2019, se constituyó la sociedad denominada Cirugía Centroamérica Sociedad Anónima.—San José, 25 de junio del 2019.—Lic. German Jerry Campos Monge, Notario.—1 vez.—CE2019008499.—( IN2019362198 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 10 horas 00 minutos del 15 de febrero del año 2019, se constituyó la sociedad denominada Casas y Restauraciones JBH Sociedad Anónima.—San José, 25 de junio del 2019.—Lic. Joshua Joel Rosales Watson, Notario.—1 vez.—CE2019008500.—( IN2019362199 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 09 horas 30 minutos del 25 de junio del año 2019, se constituyó la sociedad denominada Barú Estates Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 25 de junio del 2019.—Licda. Yancy Gabriela Araya Pérez, Notaria.—1 vez.—CE2019008501.—( IN2019362200 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 13 horas 00 minutos del 19 de junio del año 2019, se constituyó la sociedad denominada Nazca Los Sabores del Perú Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 25 de junio del 2019.—Lic. Willy Rojas Chacón, Notario.—1 vez.—CE2019008502.—( IN2019362201 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 14 horas 15 minutos del 14 de junio del año 2019, se constituyó la sociedad denominada Inmobiliaria Equilibrium Sociedad Anónima.—San José, 25 de junio del 2019.—Lic. Henry Danilo Ledezma Avalos, Notario.—1 vez.—CE2019008503.—( IN2019362202 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 14 horas 00 minutos del 20 de junio del año 2019, se constituyó la sociedad denominada Kilati & CO Sociedad Anónima.—San José, 25 de junio del 2019.—Lic. Goldy Ponchner Geller, Notario.—1 vez.—CE2019008504.—( IN2019362203 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 13 horas 00 minutos del 21 de junio del año 2019, se constituyó la sociedad denominada M And L Sunsets LLC Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 25 de junio del 2019.—Licda. Mariajosé Víquez Alpízar, Notaria.—1 vez.—CE2019008505.—( IN2019362204 ).

Mediante escritura otorgada, ante esta notaría, a las 08 horas 00 minutos del 20 de junio del año 2019, se constituyó la sociedad denominada Mayoreo Propisos ABC Sociedad Anónima.—San José, 25 de junio del 2019.–Lic. Guillermo Brenes Cambronero, Notario.—1 vez.—CE2019008506.—( IN2019362205 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 08 horas 00 minutos del 24 de junio del año 2019, se constituyó la sociedad denominada Kailash Forest Sociedad Anónima.—San José, 25 de junio del 2019.—Licda. Patricia Villalobos Brenes, Notaria.—1 vez.—CE2019008507.—( IN2019362206 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 08 horas 00 minutos del 25 de junio del año 2019, se constituyó la sociedad denominada Grupo Agrocomercial de Miravalles Sociedad Anónima.—San José, 25 de junio del 2019.—Lic. Alonso José Fonseca Pion, Notario.—1 vez.—CE2019008509.—( IN2019362208 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 16 horas 30 minutos del 18 de junio del año 2019, se constituyó la sociedad denominada Arbo Limitada.—San José, 25 de junio del 2019.—Licda. Maricela Alpízar Chacón, Notario.—1 vez.—CE2019008510.—( IN2019362209 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 15 horas 00 minutos del 24 de junio del año 2019, se constituyó la sociedad denominada J.F.E Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 25 de junio del 2019.—Lic. Enrique Loria Brunker, Notario.—1 vez.—CE2019008511.—( IN2019362210 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 13 horas 00 minutos del 25 de junio del año 2019, se constituyó la sociedad denominada RIS GC Siete Limitada.—San José, 25 de junio del 2019.—Lic. Jorge Zúñiga Calderón, Notario.—1 vez.—CE2019008512.—( IN2019362211 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 14 horas 00 minutos del 25 de junio del año 2019, se constituyó la sociedad denominada Grica Limitada.—San José, 25 de junio del 2019.—Lic. Rafael Enrique Cañas Coto, Notario.—1 vez.—CE2019008513.—( IN2019362212 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 18 horas 00 minutos del 24 de junio del año 2019, se constituyó la sociedad denominada Soluciones Integrales R&J Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 25 de junio del 2019.—Licda. María de los Ángeles Montero Álvarez, Notaria.—1 vez.—CE2019008514.—( IN2019362213 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 18 horas 15 minutos del 18 de junio del año 2019, se constituyó la sociedad denominada Asocar Sociedad Anónima.—San José, 25 de junio del 2019.—Lic. Roberto Carlos Rodríguez Castillo, Notario.—1 vez.—CE2019008515.—( IN2019362214 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 10 horas 30 minutos del 17 de junio del año 2019, se constituyó la sociedad denominada . Sociedad Anónima.—San José, 25 de junio del 2019.—Licda. Giselle Arroyo Segura, Notaria.—1 vez.—CE2019008516.—( IN2019362215 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 08 horas 00 minutos del 25 de junio del año 2019, se constituyó la sociedad denominada Grecon Sociedad Anónima.—San José, 25 de junio del 2019.—Lic. Luis Carlos Acuña Jara, Notario.—1 vez.—CE2019008517.—( IN2019362216 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 10 horas 00 minutos del 17 de junio del año 2019, se constituyó la sociedad denominada . Sociedad Anónima.—San José, 25 de junio del 2019.—Licda. Giselle Arroyo Segura, Notario.—1 vez.—CE2019008518.—( IN2019362217 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 15 horas 45 minutos del 21 de junio del año 2019, se constituyó la sociedad denominada Centro Integral de Radiología Oral Sociedad Anónima.—San José, 25 de junio del 2019.—Lic. Carlos Johalmo Alvarado Villalobos, Notario.—1 vez.—CE2019008519.—( IN2019362218 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 15 horas 00 minutos del 25 de junio del año 2019, se constituyó la sociedad denominada María Esperanza Sociedad Anónima.—San José, 25 de junio del 2019.—Licda. Miriam Adriela Medina Espinoza, Notaria.—1 vez.—CE2019008520.—( IN2019362219 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 14 horas 53 minutos del 24 de junio del año 2019, se constituyó la sociedad denominada VN Abroad Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 25 de junio del 2019.—Licda. Adriana Marín Fonseca, Notaria.—1 vez.—CE2019008521.—( IN2019362220 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 15 horas 30 minutos del 13 de junio del año 2019, se constituyó la sociedad denominada Inversiones y Propiedades GPM de Costa Rica Sociedad Anónima.—San José, 25 de junio del 2019.—Lic. Mauricio Bolaños Alvarado, Notario.—1 vez.—( IN2019362221 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 15 horas 00 minutos del 25 de junio del año 2019, se constituyó la sociedad denominada Madrugada Sin Sol Limitada.—San José, 25 de junio del 2019.—Licda. Paola Vargas Castillo, Notaria.—1 vez.—CE2019008523.—( IN2019362222 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 11 horas 30 minutos del 25 de junio del año 2019, se constituyó la sociedad denominada OMCHA Veinticinco Sociedad Anónima.—San José, 25 de junio del 2019.—Lic. Paulo Fernando Araya Valverde, Notario.—1 vez.—CE2019008524.—( IN2019362223 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 15 horas 00 minutos del 25 de junio del año 2019, se constituyó la sociedad denominada BDC Villa Seventeen de Playa Flamingo LLC Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 25 de junio del 2019.—Licda. Eleonora Alejandra Varela Sánchez, Notaria.—1 vez.—CE2019008525.—( IN2019362224 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 14 horas 00 minutos del 25 de junio del año 2019, se constituyó la sociedad denominada JAMZ Sociedad Anónima.—San José, 25 de junio del 2019.—Lic. David Dumani Echandi, Notario.—1 vez.—CE2019008526.—( IN2019362225 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 08 horas 00 minutos del 24 de junio del año 2019, se constituyó la sociedad denominada Inversiones Mimega & Alacam Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 25 de junio del 2019.—Lic. Maykool Acuña Ugalde, Notario.—1 vez.—CE2019008527.—( IN2019362226 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 13 horas 00 minutos del 13 de mayo del año 2019, se constituyó la sociedad denominada Ciudad Escazú Confort Sociedad Anónima.—San José, 25 de junio del 2019.—Lic. Giovanni Jiménez Chacón, Notario.—1 vez.—CE2019008528.—( IN2019362227 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 08 horas 00 minutos del 25 de junio del año 2019, se constituyó la sociedad denominada Hawk Hill Capital Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 25 de junio del 2019.—Lic. Jorge Guzmán Calzada, Notario.—1 vez.—CE2019008529.—( IN2019362228 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 15 horas 00 minutos del 20 de junio del año 2019, se constituyó la sociedad denominada Corporación Familiar González Vargas L.G.D.K Sociedad Anónima.—San José, 25 de junio del 2019.—Licda. Marilyn Elena Bedoya Esquivel, Notaria.—1 vez.—CE2019008530.—( IN2019362229 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 08 horas 10 minutos del 25 de junio del año 2019, se constituyó la sociedad denominada Steiner Street Holdings Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 25 de junio del 2019.—Lic. Jorge Guzmán Calzada, Notario.—1 vez.—CE2019008531.—( IN2019362230 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 00 horas 00 minutos del 25 de junio del año 2019, se constituyó la sociedad denominada Valkirias Mediterráneas Sociedad Anónima.—San José, 25 de junio del 2019.—Lic. Jorge Guzmán Calzada, Notario.—1 vez.— CE2019008532.—( IN2019362231 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 08 horas 00 minutos del 24 de junio del año 2019, se constituyó la sociedad denominada Casa Judici Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 25 de junio del 2019.—Licda. Sabrina Karine Kszak Bianchi, Notaria.—1 vez.—CE2019008533.—( IN2019362232 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 14 horas 00 minutos del 24 de junio del año 2019, se constituyó la sociedad denominada Pacificogargon Inversiones Sociedad Anónima.—San José, 25 de junio del 2019.—Licda. Marilyn Elena Bedoya Esquivel, Notaria.—1 vez.—CE2019008534.—( IN2019362233 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 12 horas 20 minutos del 20 de junio del año 2019, se constituyó la sociedad denominada T & J del Nuevo Milenio Sociedad Anónima.—San José, 25 de junio del 2019.—Lic. Gerardo Villalobos Montero, Notario.—1 vez.—CE2019008535.—( IN2019362234 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 15 horas 00 minutos del 25 de junio del año 2019, se constituyó la sociedad denominada GK Playa Santa Teresa Lot Esperanza Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 25 de junio del 2019.—Lic. Alejandro José Burgos Bonilla, Notario.—1 vez.—CE2019008536.—( IN2019362235 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 16 horas 00 minutos del 25 de junio del año 2019, se constituyó la sociedad denominada T&C Ventures Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 25 de junio del 2019.—Lic. Marco Antonio Fernández López, Notario.—1 vez.—CE2019008537.—( IN2019362236 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 09 horas 00 minutos del 20 de junio del año 2019, se constituyó la sociedad denominada Corinita del Este Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 25 de junio del 2019.—Lic. Marcial Bolívar Villegas, Notario.—1 vez.—CE2019008538.—( IN2019362237 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 08 horas 00 minutos del 18 de junio del año 2019, se constituyó la sociedad denominada Terralux Inmobiliaria Limitada.—San José, 25 de junio del 2019.—Lic. Eduardo Rojas Piedra, Notario.—1 vez.—CE2019008539.—( IN2019362238 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 14 horas 30 minutos del 24 de junio del año 2019, se constituyó la sociedad denominada Pacificoarime Inversiones Familiares Sociedad Anónima.—San José, 25 de junio del 2019.—Licda. Marilyn Elena Bedoya Esquivel, Notaria.—1 vez.—CE2019008540.—( IN2019362239 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 10 horas 00 minutos del 25 de junio del año 2019, se constituyó la sociedad denominada Pancito Verde Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 25 de junio del 2019.—Licda. Sabrina Karine Kszak Bianchi, Notaria.—1 vez.—CE2019008541.—( IN2019362240 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 12 horas 10 minutos del 25 de junio del año 2019, se constituyó la sociedad denominada Gato Pintado Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 25 de junio del 2019.—Lic. Óscar Carrillo Baltodano, Notario.—1 vez.—CE2019008542.—( IN2019362241 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 10 horas 00 minutos del 25 de junio del año 2019, se constituyó la sociedad denominada A La Deriva en La Vida Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 25 de junio del 2019.—Lic. Andrés Francisco González Anglada, Notario.—1 vez.—CE2019008543.—( IN2019362242 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 15 horas 15 minutos del 25 de junio del año 2019, se constituyó la sociedad denominada GK Playa Grande Lot Thirty-Six Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 25 de junio del 2019.—Lic. Alejandro José Burgos Bonilla, Notario.—1 vez.—CE2019008544.—( IN2019362243 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 19 horas 00 minutos del 22 de junio del año 2019, se constituyó la sociedad denominada Inmobiliaria Yacoson Sociedad Anónima.—San José, 24 de junio del 2019.—Licda. Ana Rosa Aguilar González, Notaria.—1 vez.—CE2019008433.—( IN2019362244 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 16 horas 00 minutos del 24 de junio del año 2019, se constituyó la sociedad denominada Inversiones C Dos Z Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 24 de junio del 2019.—Licda. Ana Gabriela Acevedo Rivera, Notaria.—1 vez.—CE2019008434.—( IN2019362245 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 17 horas 30 minutos del 22 de junio del año 2019, se constituyó la sociedad denominada Servicios de Mantenimiento Agüero AB Sociedad Anónima.—San José, 24 de junio del 2019.—Licda. María del Carmen Rojas Quirós, Notaria.—1 vez.—CE2019008435.— ( IN2019362246 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 20 horas 00 minutos del 24 de junio del año 2019, se constituyó la sociedad denominada Parati VAG Sociedad Anónima.—San José, 24 de junio del 2019.—Licda. Evelin de los Ángeles Sandoval Sandoval, Notaria.—1 vez.—CE2019008436.—( IN2019362247 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 10 horas 00 minutos del 14 de junio del año 2019, se constituyó la sociedad denominada Dabraun Group Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 24 de junio del 2019.—Licda. Marcela Patricia Gurdián Cedeño, Notaria.—1 vez.—CE2019008437.— ( IN2019362248 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 13 horas 00 minutos del 21 de junio del año 2019, se constituyó la sociedad denominada Ma And L Sunsets LLC Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 24 de junio del 2019.—Licda. Mariajose Víquez Alpízar, Notaria.—1 vez.—CE2019008438.—( IN2019362249 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 07 horas 00 minutos del 16 de junio del año 2019, se constituyó la sociedad denominada Inversiones Grupo Ilen Sociedad Anónima.—San José, 24 de junio del 2019.—Licda. Marianella Mora Barrantes, Notaria.—1 vez.—CE2019008439.—( IN2019362250 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 19 horas 00 minutos del 19 de junio del año 2019, se constituyó la sociedad denominada Intracafon by Dos Sociedad Anónima.—San José, 25 de junio del 2019.—Lic. Marco Antonio Vargas Valverde, Notario.—1 vez.—CE2019008440.—( IN2019362251 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 13 horas 00 minutos del 24 de junio del año 2019, se constituyó la sociedad denominada ROABRIGR Sociedad de Responsabilidad Limitada.San José, 25 de junio del 2019.—Lic. Edgar Alejandro Solís Moraga, Notario.—1 vez.—CE2019008441.—( IN2019362252 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 20 horas 00 minutos del 24 de junio del año 2019, se constituyó la sociedad denominada Enthucoin C.R. Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 25 de junio del 2019.—Lic. Ronald Eduardo Durán Molina, Notario.—1 vez.—CE2019008442.—( IN2019362253 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 16 horas 00 minutos del 19 de junio del año 2019, se constituyó la sociedad denominada Administrative Consultant and Strategic Management Sociedad de Responsabilidad Limitada.San José, 25 de junio del 2019.—Lic. Juan Pablo Bello Carranza, Notario.—1 vez.—CE2019008443.—( IN2019362254 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 11 horas 00 minutos del 19 de junio del año 2019, se constituyó la sociedad denominada Dr. Raudin Salas Medicina Integral Sociedad Anónima.San José, 25 de junio del 2019.—Licda. Ana Rosa Aguilar González, Notaria.—1 vez.—CE2019008444.—( IN2019362255 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 19 horas 00 minutos del 21 de junio del año 2019, se constituyó la sociedad denominada Sabana Dental Care Sociedad Anónima.—San José, 25 de junio del 2019.—Licda. Ana Rosa Aguilar González, Notaria.—1 vez.—CE2019008445.—( IN2019362256 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 10 horas 00 minutos del 20 de junio del año 2019, se constituyó la sociedad denominada Ice Cream in Jaco Sociedad de Responsabilidad Limitada.San José, 25 de junio del 2019.—Licda. Elissa Madeline Stoffels Ughetta, Notaria.—1 vez.—CE2019008446.—( IN2019362257 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 00 horas 00 minutos del 14 de junio del año 2019, se constituyó la sociedad denominada Jorfre Stadium Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 25 de junio del 2019.—Licda. Xinia Eudette Gómez Montiel, Notaria.—1 vez.—CE2019008447.—( IN2019362258 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 10 horas 30 minutos del 24 de junio del año 2019, se constituyó la sociedad denominada Petro Tres Cinco Limitada.—San José, 25 de junio del 2019.—Lic. Javier Andrés Delgado Villalobos, Notario.—1 vez.—CE2019008448.—( IN2019362259 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 15 horas 00 minutos del 21 de junio del año 2019, se constituyó la sociedad denominada Smart Logi Store Sociedad Anónima.—San José, 25 de junio del 2019.—Lic. Randall Francisco Fallas Castro, Notario.—1 vez.—CE2019008449.—( IN2019362260 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría a las 16 horas 00 minutos del 21 de junio del año 2019, se constituyó la sociedad denominada FCES Edson Soto Limitada.—San José, 25 de junio del 2019.—Lic. Rafael Enrique Cañas Coto, Notario.—1 vez.—CE2019008450.—( IN2019362261 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría a las 11 horas 00 minutos del 24 de junio del año 2019, se constituyó la sociedad denominada Terrazas de Altamonte Limitada.—San José, 25 de junio del 2019.—Lic. Gerardo Castillo Rojas, Notario.—1 vez.—CE2019008451.—( IN2019362262 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 14 horas 00 minutos del 24 de junio del año 2019, se constituyó la sociedad denominada Inversiones Rivale Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 25 de junio del 2019.—Lic. Carlos Fernando Cubero Rojas, Notario.—1 vez.—CE2019008452.—( IN2019362263 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 00 horas 00 minutos del 24 de junio del año 2019, se constituyó la sociedad denominada Sol de Altamonte Limitada.—San José, 25 de junio del 2019.—Lic. Gerardo Castillo Rojas, Notario.—1 vez.—CE2019008453.—( IN2019362264 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 09 horas 00 minutos del 24 de junio del año 2019, se constituyó la sociedad denominada Akounicr Limitada.—San José, 25 de junio del 2019.—Lic. Carlos Roberto Rivera Ruiz, Notario.—1 vez.—CE2019008454.—( IN2019362265 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 16 horas 30 minutos del 18 de junio del año 2019, se constituyó la sociedad denominada Comercializadora Centeno Torres Sociedad Anónima.—San José, 25 de junio del 2019.—Licda. Ileana Rodríguez González, Notaria.—1 vez.—CE2019008455.—( IN2019362266 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 09 horas 40 minutos del 24 de junio del año 2019, se constituyó la sociedad denominada Ojos del Mundo Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 25 de junio del 2019.—Licda. Yancy Gabriela Araya Pérez, Notaria.—1 vez.—CE2019008456.—( IN2019362267 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 10 horas 50 minutos del 18 de junio del año 2019, se constituyó la sociedad denominada Multiservicios Dinámicos Ponce y Sánchez Sociedad Anónima.—San José, 25 de junio del 2019.—Lic. Mario Alberto Mesén Araya, Notario.—1 vez.—CE2019008457.—( IN2019362268 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 09 horas 00 minutos del 25 de junio del año 2019, se constituyó la sociedad denominada Oshea Property Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 25 de junio del 2019.—Lic. Rafael Enrique Cañas Coto, Notario.—1 vez.—CE2019008458.—( IN2019362269 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 19 horas 00 minutos del 20 de junio del año 2019, se constituyó la sociedad denominada Dream Catcher Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 25 de junio del 2019.—Licda. Stephanie Mary Picado Chang, Notaria.—1 vez.—CE2019008459.—( IN2019362270 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 08 horas 00 minutos del 25 de junio del año 2019, se constituyó la sociedad denominada Urban Lots Sociedad Anónima.—San José, 25 de junio del 2019.—Lic. Ronald Núñez Álvarez, Notario.—1 vez.—CE2019008460.—( IN2019362271 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 12 horas 20 minutos del 20 de junio del año 2019, se constituyó la sociedad denominada T & J Comercial Sociedad Anónima.—San José, 25 de junio del 2019.—Lic. Gerardo Villalobos Montero, Notario.—1 vez.—CE2019008461.—( IN2019362272 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 09 horas 00 minutos del 25 de junio del año 2019, se constituyó la sociedad denominada Cavalliciocca CR Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 25 de junio del 2019.—Lic. Alfredo Núñez Gamboa, Notario.—1 vez.—CE2019008462.—( IN2019362273 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 09 horas 30 minutos del 20 de junio del año 2019, se constituyó la sociedad denominada Villas Willis JC Sociedad Anónima.—San José, 25 de junio del 2019.—Lic. Giovanni Bonilla Goldoni, Notario.—1 vez.—CE2019008463.—( IN2019362274 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 08 horas 00 minutos del 11 de junio del año 2019, se constituyó la sociedad denominada Keylayers Sociedad Anónima.—San José, 25 de junio del 2019.—Lic. Johanny Esquivel Hidalgo, Notario.—1 vez.—CE2019008464.—( IN2019362275 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 09 horas 00 minutos del 20 de junio del año 2019, se constituyó la sociedad denominada Eventos Yeah Sociedad Anónima.—San José, 25 de junio del 2019.—Licda. Yesenia María Arce Gómez, Notaria.—1 vez.—CE2019008465.—( IN2019362276 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 21 horas 00 minutos del 21 de junio del año 2019, se constituyó la sociedad denominada Frutas y Verduras Abby Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 25 de junio del 2019.—Lic. Pablo Morera Blandino, Notario.—1 vez.—CE2019008466.—( IN2019362277 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 00 horas 00 minutos del 22 de junio del año 2019, se constituyó la sociedad denominada Laguna del Búfalo Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 23 de junio del 2019.—Licda. Jockseline Zúñiga Varela, Notaria.—1 vez.—CE2019008353.—( IN2019362278 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 12 horas 00 minutos del 23 de junio del año 2019, se constituyó la sociedad denominada Amelie GAT Sociedad Anónima.—San José, 24 de junio del 2019.—Lic. Manuel Giménez Costillo, Notario.—1 vez.—CE2019008354.—( IN2019362279 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 17 horas 00 minutos del 22 de junio del año 2019, se constituyó la sociedad denominada Jokabran Sociedad Anónima.—San José, 24 de junio del 2019.—Licda. Karla María Granados Vindas, Notario.—1 vez.—CE2019008355.—( IN2019362280 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 18 horas 00 minutos del 23 de junio del año 2019, se constituyó la sociedad denominada Joguera y Hernández Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 24 de junio del 2019.—Licda. Karla María Granados Vindas, Notaria.—1 vez.—CE2019008356.—( IN2019362281 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 09 horas 00 minutos del 29 de mayo del año 2019, se constituyó la sociedad denominada Fracamael Limitada.—San José, 24 de junio del 2019.—Licda. Eleonora Ortiz Runnebaum, Notaria.—1 vez.—CE2019008357.—( IN2019362282 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 08 horas 00 minutos del 20 de junio del año 2019, se constituyó la sociedad denominada Importación y Distribución Propisos Nacional Sociedad Anónima.—San José, 24 de junio del 2019.—Lic. Guillermo Brenes Cambronero, Notario.—1 vez.—CE2019008358.—( IN2019362283 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 12 horas 00 minutos del 20 de junio del año 2019, se constituyó la sociedad denominada Conexiones Corus Costa Rica Limitada.—San José, 24 de junio del 2019.—Lic. Alfonso José Mojica Mendieta, Notario.—1 vez.—CE2019008359.—( IN2019362284 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 15 horas 30 minutos del 12 de junio del año 2019, se constituyó la sociedad denominada Marín & Monge M Y M Sociedad Anónima.—San José, 24 de junio del 2019.—Lic. German Jerry Campos Monge, Notario.—1 vez.—CE2019008360.—( IN2019362285 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 11 horas 00 minutos del 21 de junio del año 2019, se constituyó la sociedad denominada Distribuidora Servimariscos del Sur Sociedad Anónima.—San José, 24 de junio del 2019.—Lic. Camilo Diego Cedeño Castro, Notario.—1 vez.—CE2019008361.—( IN2019362286 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 11 horas 30 minutos del 21 de junio del año 2019, se constituyó la sociedad denominada Dreamland International Holdings CR Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 24 de junio del 2019.—Lic. Warner Porras Guzmán, Notario.—1 vez.—CE2019008362.—( IN2019362287 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 09 horas 30 minutos del 22 de junio del año 2019, se constituyó la sociedad denominada Alabra Associates Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 24 de junio del 2019.—Lic. Carlos Eduardo Castro Mora, Notario.—1 vez.—CE2019008363.—( IN2019362288 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 16 horas 00 minutos del 05 de junio del año 2019, se constituyó la sociedad denominada A & P Consultores del Norte Sociedad Anónima.—San José, 24 de junio del 2019.—Licda. María de los Ángeles Angulo Gómez, Notario.—1 vez.—CE2019008364.—( IN2019362289 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 09 horas 00 minutos del 24 de junio del año 2019, se constituyó la sociedad denominada Oasis de Oro Novecientos Noventa y Nueve Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 24 de junio del 2019.—Lic. Siu Len Wing Ching Jiménez, Notario.—1 vez.—CE2019008365.—( IN2019362290 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 19 horas 00 minutos del 16 de junio del año 2019, se constituyó la sociedad denominada Casa de Retiros Espirituales Galilea Sociedad Anónima.—San José, 24 de junio del 2019.—Lic. Maurene Mora Murillo, Notaria.—1 vez.—CE2019008366.—( IN2019362291 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 13 horas 00 minutos del 21 de junio del año 2019, se constituyó la sociedad denominada La Agonía Ciento Veintitrés Sociedad Anónima.—San José, 24 de junio del 2019.—Lic. Alfredo Álvarez Quirós, Notario.—1 vez.—CE2019008367.—( IN2019362292 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 08 horas 00 minutos del 17 de junio del año 2019, se constituyó la sociedad denominada Roppongi Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 24 de junio del 2019.—Lic. Federico Piedra Poveda, Notario.—1 vez.—CE2019008368.—( IN2019362293 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 06 horas 30 minutos del 24 de junio del año 2019, se constituyó la sociedad denominada San Luz RE Sociedad Anónima.—San José, 24 de junio del 2019.—Licda. María Emilia Chacón González, Notaria.—1 vez.—CE2019008369.—( IN2019362294 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría a las 16 horas 00 minutos del 21 de junio del año 2019, se constituyó la sociedad denominada Prhaffey Enterprises Inc Limitada.—San José, 24 de junio del 2019.—Lic. José Antonio Silva Meneses, Notario.—1 vez.—CE2019008370.—( IN2019362295 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 09 horas 30 minutos del 22 de junio del año 2019, se constituyó la sociedad denominada Consultores en Sostenibilidad Desarrollo e Ingenieris (SDI) Sociedad Anónima.—San José, 24 de junio del 2019.—Lic. Roberto Enrique Cordero Brenes, Notario.—1 vez.—CE2019008371.—( IN2019362296 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 17 horas 00 minutos del 23 de junio del año 2019, se constituyó la sociedad denominada Athena Robótica Visual Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 24 de junio del 2019.—Licda. Olga Isabel Romero Quirós, Notaria.—1 vez.—CE2019008372.—( IN2019362297 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 09 horas 00 minutos del 21 de junio del año 2019, se constituyó la sociedad denominada Eduka Rorhmoser Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 24 de junio del 2019.—Lic. Josué Hidalgo Bolaños, Notario.—1 vez.—CE2019008373.—( IN2019362298 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 07 horas 00 minutos del 21 de junio del año 2019, se constituyó la sociedad denominada Inversiones Alvarado Arias R y G Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 24 de junio del 2019.—Licda. Ana Marcela Quesada Salas, Notaria.—1 vez.—CE2019008374.—( IN2019362299 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 08 horas 00 minutos del 24 de junio del año 2019, se constituyó la sociedad denominada Acervus Productions CR Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 24 de junio del 2019.—Lic. Rónald Francisco Ramírez Garita, Notario.—1 vez.—CE2019008375.—( IN2019362300 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 10 horas 00 minutos del 24 de junio del año 2019, se constituyó la sociedad denominada Chimosa Sociedad Anónima.—San José, 24 de junio del 2019.—Licda. Lucrecia Campos Delgado, Notaria.—1 vez.—CE2019008376.—( IN2019362301 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 08 horas 39 minutos del 19 de junio del año 2019, se constituyó la sociedad denominada Angee Celulares y Accesorios Sociedad Anónima.—San José, 24 de junio del 2019.—Lic. Omar Leonardo Pérez Sánchez, Notario.—1 vez.—CE2019008377.—( IN2019362302 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 09 horas 00 minutos del 20 de junio del año 2019, se constituyó la sociedad denominada Distribuidora Farmarocha Sociedad Anónima.—San José, 24 de junio del 2019.—Lic. Ian Mauricio Marín Sevilla, Notario.—1 vez.—CE2019008378.—( IN2019362303 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 10 horas 00 minutos del 29 de mayo del año 2019, se constituyó la sociedad denominada Auto Portones Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 24 de junio del 2019.—Licda. Nancy Tattiana Zúñiga Oses, Notaria.—1 vez.—CE2019008379.—( IN2019362304 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 16 horas 06 minutos del 21 de junio del año 2019, se constituyó la sociedad denominada Número de Cédula Jurídica Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 24 de junio del 2019.—Lic. Luis Alberto Canales Cortés, Notario.—1 vez.—CE2019008380.—( IN2019362305 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 08 horas 00 minutos del 24 de junio del año 2019, se constituyó la sociedad denominada Mudanzas TM Sociedad Anónima.—San José, 24 de junio del 2019.—Licda. Mónica Gago Brenes, Notaria.—1 vez.—CE2019008381.—( IN2019362306 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 17 horas 00 minutos del 21 de junio del año 2019, se constituyó la sociedad denominada Lapoint Property Limitada.—San José, 24 de junio del 2019.—Lic. Sergio José Guido Villegas, Notario.—1 vez.—CE2019008382.—( IN2019362307 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 12 horas 00 minutos del 19 de junio del año 2019, se constituyó la sociedad denominada Saji de Tenorio Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 24 de junio del 2019.—Lic. Omar Leonardo Pérez Sánchez, Notario.—1 vez.—CE2019008383.—( IN2019362308 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 15 horas 00 minutos del 21 de junio del año 2019, se constituyó la sociedad denominada Rincontero Sociedad Anónima.—San José, 24 de junio del 2019.—Lic. Rodrigo Ernesto Muñoz Ripper, Notario.—1 vez.—CE2019008384.—( IN2019362309 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 15 horas 45 minutos del 21 de junio del año 2019, se constituyó la sociedad denominada Ciro Sociedad Anónima.—San José, 24 de junio del 2019.—Lic. Carlos Johalmo Alvarado Villalobos, Notario.—1 vez.—CE2019008385.—( IN2019362310 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 13 horas 00 minutos del 20 de junio del año 2019, se constituyó la sociedad denominada Kharanagh Sibu Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 24 de junio del 2019.—Lic. Bernal Chavarría Herrera, Notario.—1 vez.—CE2019008386.—( IN2019362311 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 08 horas 00 minutos del 22 de junio del año 2019, se constituyó la sociedad denominada Living The Pie Life Sociedad Anónima.—San José, 24 de junio del 2019.—Licda. Jessica Pérez Araya, Notaria.—1 vez.—CE2019008387.—( IN2019362312 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 09 horas 00 minutos del 25 de mayo del año 2019, se constituyó la sociedad denominada Inversiones Mamali Sociedad Anónima.—San José, 24 de junio del 2019.—Lic. Roger Jesús Aguilar Obregón, Notario.—1 vez.—CE2019008388.—( IN2019362313 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 09 horas 00 minutos del 24 de junio del año 2019, se constituyó la sociedad denominada Enterprises GP Sesenta y Cuatro Sociedad Anónima.—San José, 24 de junio del 2019.—Lic. Carlos Alfonso Martínez Chaves, Notario.—1 vez.—CE2019008389.—( IN2019362314 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 15 horas 00 minutos del 22 de junio del año 2019, se constituyó la sociedad denominada Los Ángeles de Alba Sociedad Anónima.—San José, 24 de junio del 2019.—Lic. Felipe Gómez Rodríguez, Notario.—1 vez.—CE2019008390.—( IN2019362315 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 09 horas 00 minutos del 24 de junio del año 2019, se constituyó la sociedad denominada Jojova Asesores Financieros Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 24 de junio del 2019.—Lic. Eduardo Antonio Vílchez Hurtado, Notario.—1 vez.—CE2019008391.—( IN2019362316 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 08 horas 00 minutos del 24 de junio del año 2019, se constituyó la sociedad denominada Servicios de Gestión Complementaria Sociedad Anónima.—San José, 24 de junio del 2019.—Licda. Ana Luisa Jiménez Quirós, Notaria.—1 vez.—CE2019008392.—( IN2019362317 ).

NOTIFICACIONES

CAJA COSTARRICENSE DE SEGURO SOCIAL

SUCURSAL DE MIRAMAR

De conformidad con el artículo 20 del Reglamento para Verificar el Cumplimiento de la Obligaciones Patronales y de Trabajadores Independientes, por ignorarse el domicilio actual del patrono Esvin Gerardo Oconor Villarreal, número patronal 0-00700910553-001-001, el Servicio de Inspección de la Sucursal de Miramar, notifica Traslado de Cargos 1404-2017-229 por planilla adicional, por un monto de ¢73.938,00 en cuotas obrero patronales. Consulta expediente: en esta oficina, Puntarenas, Montes De Oro, Miramar, frente al anfiteatro municipal. Se les confiere 10 días hábiles a partir del quinto día siguiente de su publicación, para ofrecer pruebas de descargo y hacer las alegaciones jurídicas pertinentes. Se le previene que debe señalar lugar o medio para oír notificaciones dentro del perímetro administrativo establecido por la Corte Suprema de Justicia del Poder Judicial de Puntarenas Centro; de no indicarlo las resoluciones posteriores se tendrán por notificadas con solo el transcurso de 24 horas a partir de la fecha de resolución. Notifíquese.—San José, 12 de julio del 2019.—Lic. Miguel Ángel Porras Chacón, Jefe.—1 vez.—( IN2019361578 ).

SUCURSAL DE PUNTARENAS

De conformidad con el artículo 20 del Reglamento para Verificar el Cumplimiento de la Obligaciones Patronales y de trabajadores Independientes, por ignorarse el domicilio actual del patrono Distribuidora Castroarias Bebidas, S. A., número patronal 2-03101573814-001-001, la Sucursal de Puntarenas, notifica Traslado de Cargos 1402-2017-387 por planilla adicional, por un monto de ¢1.232.450,00 en cuotas obrero-patronales. Consulta expediente: en esta oficina, Puntarenas, Central, 175 metros al sur de la Capilla Velación Santo Sepulcro. Se les confiere 10 días hábiles a partir del quinto día siguiente de su publicación, para ofrecer pruebas de descargo y hacer las alegaciones jurídicas pertinentes. Se le previene que debe señalar lugar o medio para oír notificaciones dentro del perímetro administrativo establecido por la Corte Suprema de Justicia del Poder Judicial de Puntarenas Centro; de no indicarlo las resoluciones posteriores se tendrán por notificadas con solo el transcurso de 24 horas a partir de la fecha de resolución. Notifíquese.—San José, 12 de julio del 2019.—Lic. Sergio Rodríguez Venegas, Jefe.—1 vez.—( IN2019361580 ).

De conformidad con el artículo 20 del Reglamento para Verificar el Cumplimiento de la Obligaciones Patronales y de trabajadores Independientes, por ignorarse el domicilio actual del patrono 3-101-696983 S. A., número patronal 2-03101696983-001-001, la Sucursal de Puntarenas, notifica Traslado de Cargos 1402-2018-694 por planilla adicional, por un monto de ¢785.516,00 en cuotas obrero-patronales. Consulta expediente: en esta oficina, Puntarenas, Central, 175 metros al sur de la Capilla Velación Santo Sepulcro. Se les confiere 10 días hábiles a partir del quinto día siguiente de su publicación, para ofrecer pruebas de descargo y hacer las alegaciones jurídicas pertinentes. Se le previene que debe señalar lugar o medio para oír notificaciones dentro del perímetro administrativo establecido por la Corte Suprema de Justicia del Poder Judicial de Puntarenas Centro; de no indicarlo las resoluciones posteriores se tendrán por notificadas con solo el transcurso de 24 horas a partir de la fecha de resolución. Notifíquese.—San José, 12 de julio del 2019.—Lic. Sergio Rodríguez Venegas, Jefe.—1 vez.—( IN2019361585 ).

De conformidad con el artículo 20 del Reglamento para Verificar el Cumplimiento de la Obligaciones Patronales y de trabajadores Independientes, por ignorarse el domicilio actual del patrono Álvaro Mauricio Alvarado Abarca, número patronal 0-00602970588-001-001, la Sucursal de Puntarenas, notifica Traslado de Cargos 1402-2018-828 por inscripción patronal, por un monto de ¢84,301.00 en cuotas obrero-patronales. Consulta expediente: en esta oficina, Puntarenas, Central, 175 metros al sur de la Capilla Velación Santo Sepulcro. Se les confiere 10 días hábiles a partir del quinto día siguiente de su publicación, para ofrecer pruebas de descargo y hacer las alegaciones jurídicas pertinentes. Se le previene que debe señalar lugar o medio para oír notificaciones dentro del perímetro administrativo establecido por la Corte Suprema de Justicia del Poder Judicial de Puntarenas Centro; de no indicarlo las resoluciones posteriores se tendrán por notificadas con solo el transcurso de 24 horas a partir de la fecha de resolución. Notifíquese.—San José, 12 de julio del 2019.—Lic. Sergio Rodríguez Venegas, Jefe.—1 vez.—( IN2019361586 ).

FE DE ERRATAS

MUNICIPALIDADES

MUNICIPALIDAD DEL CANTÓN DE EL GUARCO

PLAN REGULADOR PARCIAL DEL CANTÓN

DE EL GUARCO

Publicado en La Gaceta 138, Alcance 36 del 18 de julio del 2014.

De conformidad con lo acordado por el Concejo Municipal de El Guarco en la sesión 231-2019, celebrada el 15 de julio de 2019, mediante acuerdo 753 definitivamente aprobado, se aprueba realizar la corrección del error material del uso de suelo de las fincas del partido de Cartago inscritas en el Registro Nacional, registro de bienes inmuebles, bajo el sistema de Folio Real matrículas 0197873 y 0197872, que corresponden a los planos catastrados 309320862004 y 309304492004, sita en la provincia de Cartago, cantón de El Guarco, distrito de El Tejar, costado oeste del futuro Hospital de Cartago. Elimínese lo que por error se tipifico en la finca privada como institucional publica, siendo que lo correcto es que la misma sea Comercial y de Servicios.

Katherine Quirós Coto, Secretaria Municipal.—1 vez.—( IN2019365826 ).