LA GACETA N° 141 DEL 29 DE
JULIO DEL 2019
PODER
EJECUTIVO
DECRETOS
N° 41473-MP-T-MCJ
N° 41640-C
DOCUMENTOS VARIOS
AGRICULTURA Y GANADERÍA
EDUCACIÓN PÚBLICA
JUSTICIA Y PAZ
AMBIENTE Y ENERGÍA
TRIBUNAL SUPREMO DE ELECCIONES
EDICTOS
CONTRALORÍA GENERAL DE LA REPÚBLICA
AVISOS
CONTRATACIÓN ADMINISTRATIVA
LICITACIONES
CAJA COSTARRICENSE DE SEGURO SOCIAL
INSTITUTO NACIONAL DE APRENDIZAJE
MUNICIPALIDADES
ADJUDICACIONES
CAJA COSTARRICENSE DE SEGURO SOCIAL
INSTITUTO NACIONAL DE APRENDIZAJE
VARIACIÓN DE PARÁMETROS
CAJA COSTARRICENSE DE SEGURO SOCIAL
NOTIFICACIONES
CAJA COSTARRICENSE DE SEGURO SOCIAL
FE DE ERRATAS
CAJA COSTARRICENSE DE SEGURO SOCIAL
INSTITUTO COSTARRICENSE DE ACUEDUCTOS
Y ALCANTARILLADOS
MUNICIPALIDADES
INSTITUCIONES DESCENTRALIZADAS
UNIVERSIDAD DE COSTA RICA
PATRONATO NACIONAL DE LA INFANCIA
SUPERINTENDENCIA DE TELECOMUNICACIONES
RÉGIMEN MUNICIPAL
MUNICIPALIDAD DE
MONTES DE OCA
MUNICIPALIDAD DE LA CRUZ
MUNICIPALIDAD DE ESPARZA
MUNICIPALIDAD DE PARRITA
AVISOS
CONVOCATORIAS
AVISOS
NOTIFICACIONES
CAJA COSTARRICENSE DE SEGURO SOCIAL
FE DE ERRATAS
MUNICIPALIDADES
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
Y
LOS MINISTROS DE LA PRESIDENCIA,
CULTURA
Y JUVENTUD, Y TURISMO
En uso de las facultades que les
confieren los artículos 140 incisos 8), 18) y 20); 146 de la Constitución
Política; los artículos 25 inciso 1), 27 inciso 1) y 28 inciso 2), acápite b)
de la Ley General de la Administración Pública, Ley N°
6227 del 02 de mayo de 1978 y los artículos 4 y 5, de la Ley Orgánica del
Instituto Costarricense de Turismo, Ley N° 1917 del
30 de julio de 1955.
Considerando:
I.—Que la Municipalidad de San
José junto al artista Jorge Jiménez Deredia,
presentarán la exposición titulada “Jiménez Deredia
en San José, la Fuerza y la Universalidad de La Esfera”, la cual forma parte de
un circuito internacional de exposiciones del maestro Jiménez Deredia, que dio inicio en el año 2003 y ha recorrido: de
Florencia a Roma, de Valencia a Trapani, de La Baule
en Francia a Ciudad de México, de Lucca en Italia a Miami.
II.—Que la
inspiración artística del artista Jiménez Deredia, ha
estado ligada a sus orígenes costarricenses, siendo uno de sus principales
elementos las esferas de la cultura precolombina Boruca de Costa Rica.
III.—Que con esta exposición
Jiménez Deredia busca trasmitir a través de su obra y
de su pensamiento, una idea de mundo vinculada a una visión esférica de la
vida, más que una exposición, es un momento de reflexión en donde el espectador
podrá profundizar una visión del ser costarricense y tener así la posibilidad
de entrar en contacto gratuitamente con esculturas de grandes dimensiones y con
un pensamiento estructurado.
IV.—Que este proyecto cuenta con
el patrocinio del Instituto Costarricense de Electricidad, el Instituto Nacional
de Seguros, el Instituto Costarricense de Turismo, la empresa FIFCO y el BAC.
Aunado al apoyo de Museos del Banco Central de Costa Rica y el Museo de Jade,
entre otros.
V.—Que el objetivo principal de
esta exposición es: promover el arte y la cultura costarricense en espacios
públicos de la Ciudad Capital de manera gratuita, del 20 de febrero al 14 de
julio del 2019 y dentro de los objetivos específicos que busca esta actividad,
se encuentra fomentar el turismo nacional y extranjero.
VI.—Que el Instituto
Costarricense de Turismo contará con presencia de marca en todas las
publicaciones en las que sea pertinente la exposición de los patrocinadores, la
marca que se promocionará es: “Vamos a Turistear”.
VII.—Que
en concordancia con las iniciativas por convertir a la ciudad capital en un
atractivo turístico, esta exposición, es un evento sin precedentes en el país y
la región, en donde obras de un maestro como lo es el señor Jiménez Deredia son expuestas en espacios públicos, que vienen a
revitalizar las vías peatonales y los museos de nuestra Ciudad Capital.
VIII.—Que esta exposición
interviene la principal vía peatonal de la ciudad capital, por donde cada día
miles de costarricenses y turistas transitan como un destino o para llegar a
sus destinos, por lo que durante los cinco meses en los que se llevará a cabo
la exposición, se espera alcanzar un mínimo de 1.5 millones de turistas
nacionales y extranjeros. Por tanto;
Decretan
“DECLARATORIA DE INTERÉS PÚBLICO Y TURÍSTICO
DE
LA EXPOSICIÓN TITULADA “JIMÉNEZ DEREDIA EN SAN
JOSÉ, LA FUERZA Y LA UNIVERSALIDAD DE LA ESFERA”
Artículo 1º—Declaratoria. Se
declara de interés público y turístico, la exposición titulada “Jiménez Deredia en San José, la Fuerza y la Universalidad de La
Esfera”, organizada por la Municipalidad de San José, la cual forma parte de un
circuito internacional de exposiciones del maestro Jorge Jiménez Deredia, a efectuarse del 20 de febrero al 14 de julio del
año 2019.
Artículo 2º—Colaboración. Las
instituciones del Sector Público y el Sector Privado, dentro del marco legal
respectivo, podrán contribuir con cualquier tipo de recursos o alternativas de
colaboración, siempre en la medida de sus posibilidades y sin perjuicio del
cumplimiento de sus propios objetivos, con las actividades e iniciativas relacionadas
a dicha exposición.
Artículo 3º—Vigencia. Rige a
partir de su publicación en el Diario Oficial La Gaceta.
Dado en la Presidencia de la
República a los diez días del mes de diciembre de dos mil dieciocho.
CARLOS ALVARADO QUESADA.—El Ministro de la Presidencia, Rodolfo Piza
Rocafort.—La Ministra de Cultura y Juventud, Sylvie Durán Salvatierra.—La
Ministra de Turismo, María Amalia Revelo Raventós.—1 vez.—O. C. N° 3400039003.—Solicitud N°
007-2019.—( D41473 - IN2019361482 ).
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
Y
LA MINISTRA DE CULTURA Y JUVENTUD
En uso de las facultades
establecidas en los artículos 140, incisos 3), 8) y 20), soy 146 de la
Constitución Política; los artículos 25, 27.1 y 28.2 inciso b) de la Ley N° 6227 del 2 de mayo de 1978, Ley General de
Administración Pública;
Considerando:
I.—Que mediante Decreto
Ejecutivo N° 24244 del 22 de marzo de 1995 y
publicado en La Gaceta N° 100 del 25 de mayo
de 1995, se promulgó el Decreto Ejecutivo N° 24244,
que “Crea Ecomuseo de Moravia”.
II.—Que mediante el oficio
DAMM-1592-11-2013 del 11 de diciembre de 2013, la Municipalidad de Moravia
consulta al Museo Nacional de Costa Rica (MNCR) si la institución planea
desarrollar proyectos de oficinas, laboratorios de investigación, conservación,
educación u otras actividades para el desarrollo de un Ecomuseo,
que tiempo atrás se planteó establecer en un terreno ubicado en Los Sitios de
Moravia.
III.—Que ante consulta de la
Municipalidad de Moravia externada en oficio DAMM-1592-11-2013, el entonces
Director General del MNCR, Cristhian Kandler
Rodríguez, responde a través del oficio DG-271-2014 de fecha 2 de junio de 2014
y DG-294-2014 de fecha 26 de junio de 2014 que, tras la adquisición de unos
terrenos en la zona de Pavas en la que se estableció una sede adicional a la
edificación del centro de San José del Museo, muchas de las necesidades
institucionales que se esperaba atender a través del proyecto de Ecomuseo ya habían sido atendidas. Informan que la
institución no posee convenio alguno de administración vigente con la Unión
Cantonal de Asociaciones de Desarrollo de Moravia (UCAMO), con quien
previamente se esperaba concretar el proyecto de Ecomuseo.
Por ello, se mencionó que no existía oposición por parte de la institución para
que el terreno ubicado en Los Sitios de Moravia fuese utilizado en ese
entonces, para instalar el centro de acopio que se deseaba desarrollar en esta
propiedad.
IV.—Que la señora, María del
Rocío Fernández Salazar, Directora General del Museo Nacional de Costa Rica, envía
oficio DG-153-2017 de fecha 20 de abril de 2017 al Alcalde de la Municipalidad
de Moravia, Roberto Zoch Gutiérrez, donde le
recomienda que, en la eventualidad de proseguir con el proyecto de construcción
de un Centro de Acopio en dicho terreno, la Municipalidad de Moravia valore la
conveniencia legal de solicitar la derogatoria del Decreto Ejecutivo N° 24244, el cual establece la creación del Ecomuseo de Moravia en la Finca “Los Guayabales”, matrícula
1-072891-000.
V.—Que
por las razones indicadas en el considerando anterior, mediante oficio N° DAMM 285-04-2017 de fecha de 26 de abril de 2017,
suscrito por Roberto Zoch Gutiérrez en su calidad de
Alcalde de la Municipalidad de Moravia, manifiesta su anuencia para iniciar con
trámite de derogatoria planteado.
VI.—Que, en
razón de las anteriores consideraciones, se hace necesario y oportuno
proceder a la derogatoria del Decreto Ejecutivo N°24244 “Crea Ecomuseo de Moravia”. Por tanto,
Decretan:
DEROGATORIA DEL DECRETO EJECUTIVO N° 24244-C
“CREA
ECOMUSEO DE MORAVIA”
Artículo 1°—Deróguese el Decreto
Ejecutivo N° 24244-C de 22 de marzo de 1995,
publicado en La Gaceta 100 del 25 de mayo de 1995, denominado “Crea Ecomuseo de Moravia”.
Artículo 2°—Rige a partir de su
publicación.
Dado en la Presidencia de la República.—San José, a los diecinueve días del mes de marzo
de dos mil diecinueve.
CARLOS
ALVARARO QUESADA.—La Ministra de Cultura y Juventud,
Sylvie Durán Salvatierra.—1 vez.—O. C. N°
3400039003.—Solicitud N° 008-2019.—( D41640 -
IN2019361486 ).
SERVICIO
FITOSANITARIO DEL ESTADO
DEPARTAMENTO DE
AGROQUÍMICOS Y EQUIPOS
EDICTOS
PUBLICACIÓN DE
PRIMERA VEZ
AE-REG-0853-2019.—El señor
Sebastián Silesky Acuña, cédula de identidad:
1-1127-0460, en calidad de Representante Legal, de la compañía Agrosuperior S.A., cuyo domicilio fiscal se encuentra en la
ciudad de Cartago, solicita la inscripción del Equipo de Aplicación de
Agroquímicos, Tipo: Pulverizador de presión previa, Marca: CARPI, Modelo: Alfa
Spray LT8, Capacidad: 8 litros y cuyo fabricante es: Officine
Carpi SRL (Italia) Conforme a lo establece la Ley de Protección Fitosanitaria N° 7664 y el Decreto 27037 MAG-MEIC. Se solicita a terceros
con derecho a oponerse, para que lo hagan ante el Servicio Fitosanitario del
Estado dentro del término de cinco días hábiles, contados a partir de la
tercera publicación de este edicto, en el Diario Oficial La Gaceta.—San José,
a las 10:00 horas del 19 de junio del 2019.—Unidad de Registro de Agroquimicos y Equipos de Aplicación.—Ing. Arlet Vargas Morales,
Jefe.—( IN2019361545 ).
AE-REG-0855-2019.—El
señor Sebastián Silesky Acuña, cédula de identidad:
1-1127-0460, en calidad de Representante Legal, de la compañía Agrosuperior, S.A, cuyo domicilio fiscal se encuentra en la
ciudad de Cartago, solicita la inscripción del Equipo de Aplicación de
Agroquímicos, Tipo: Pulverizador de presión previa, marca: CARPI, modelo: ECO
Spray LT 6, capacidad: 6 litros y cuyo fabricante es: Officine
Carpi SRL (Italia) Conforme a lo establece la Ley de Protección Fitosanitaria N° 7664 y el Decreto 27037 MAG-MEIC. Se solicita a terceros
con derecho a oponerse, para que lo hagan ante el Servicio Fitosanitario del
Estado dentro del término de cinco días hábiles, contados a partir de la
tercera publicación de este edicto, en el Diario Oficial La Gaceta.—San José,
a las 10:45 horas del 19 de junio del 2019.—Unidad de Registro de Agroquimicos y Equipos de Aplicación.—Ing. Arlet Vargas Morales,
Jefa.—( IN2019361546 ).
AE-REG-0854-2019.—El señor
Sebastián Silesky Acuña,
cédula de identidad N° 1-1127-0460, en calidad de Representante
Legal, de la compañía Agrosuperior
S. A., cuyo domicilio
fiscal se encuentra en la
ciudad de Cartago, solicita la inscripción
del Equipo de Aplicación de
Agroquímicos, Tipo: Pulverizador
de presión previa, Marca: CARPI, Modelo:
BIO SPRAY LT 2, Capacidad: 2 litros
y cuyo fabricante es:
Officine Carpi SRL (Italia). Conforme a lo establece la Ley de Protección Fitosanitaria N° 7664 y el Decreto
27037 MAG-MEIC. Se solicita a terceros
con derecho a oponerse, para que lo hagan ante el Servicio Fitosanitario del Estado dentro del término
de cinco días hábiles, contados a partir de la tercera publicación de este edicto, en el Diario
Oficial La Gaceta.—San
José a las 10:30 horas del 19 de junio del
2019.—Unidad de Registro de Agroquimicos
y Equipos de Aplicación.—Ing.
Arlet Vargas Morales, Jefe.—(
IN2019361547 ).
DIRECCIÓN DE GESTIÓN Y EVALUACIÓN
DE
LA CALIDAD
REPOSICIÓN DE TÍTULO
EDICTO
PUBLICACIÓN DE PRIMERA VEZ
Ante esta
Dirección se ha presentado la solicitud de reposición del Título de Bachiller
en Educación Media, inscrito en el tomo 1, folio 21, título N°
171, emitido por el Colegio Técnico Profesional Jicaral, en el año mil
novecientos noventa y tres, a nombre de Núñez Parra Amado, cédula 6-0266-0834.
Se solicita la reposición del título indicado por pérdida del título original.
Se publica este edicto para oír oposiciones a la reposición solicitada dentro
de los quince días hábiles a partir de la tercera publicación en el Diario
Oficial La Gaceta.—San
José, a los treinta y un días del mes de mayo del dos mil diecinueve.—Dr. Pablo
Mena Castillo, Director.—( IN2019361612 ).
JUNTA ADMINISTRATIVA DEL REGISTRO NACIONAL
REGISTRO DE LA PROPIEDAD INDUSTRIAL
PUBLICACIÓN DE TERCERA VEZ
Para ver
las marcas con sus respectivas
imágenes solo en La Gaceta con formato PDF
Francisco
José Guzmán Ortiz, soltero, cédula de identidad 0104340595, en calidad de
apoderado especial de MJN U.S. Holdings LLC, con domicilio en 2400 West Lloyd Expressway, Evansville, Indiana 47721-0001, Estados Unidos
de Norteamérica, solicita la inscripción de: Mead Johnson, como marca de
fábrica y comercio en clases 5 y 29 internacionales, para proteger y distinguir
lo siguiente: en clase 5: preparaciones sanitarias, veterinarias y
farmacéuticas; sustancias dietéticas adaptadas para uso médico, alimentos para
bebes; fórmulas para infantes; suplementos nutricionales; suplementos
vitamínicos y minerales; alimentos adaptados para propósitos médicos;
preparaciones para reponer los electrolitos; emplastos, materiales para
vendaje; material para empastar dientes, cera dental; desinfectantes; preparaciones
para destruir los animales dañinos; fungicidas, herbicidas; en clase 29: carne,
pescado, aves y caza; extractos de carne; vegetales y frutas preservadas, secas
o cocidas; mermeladas, jaleas; huevos, leche y productos lácteos; preparaciones
en polvo para hacer bebidas lácteas; leche en polvo; bebidas a base de leche;
sustitutos de la leche; aceites y grasas comestibles. Fecha: 5 de julio de
2019. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos
valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir
de la primera publicación de este edicto. Presentada el 28 de junio de 2019.
Solicitud N° 2019-0005825. A efectos de publicación,
téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978. Esta solicitud
se rige por el art. 28 de la Ley de Marcas Comerciales y Otros Signos
Distintivos que indica “Cuando la marca consista en una etiqueta y otro signo
compuesto por un conjunto de elementos, la protección no se extenderá a los
elementos contenidos en ella que sean de uso común o necesario en el comercio”.—San José, 5 de julio de 2019.—Rina Ruiz Mata,
Registradora.—( IN2019360907 ).
Javier Enrique Blanco Murillo, casado
una vez, cédula de identidad
203620597, en calidad de apoderado especial de Helados Sensación Limitada, cédula jurídica 3102368681con domicilio en Grecia, Barrio El Mezon; 400
al norte, Pulpería La
Parada, Alajuela, Costa Rica, solicita la inscripción de: Sensación
como marca de fábrica y comercio
en clases: 29; 30; 32; 35 y 43 Internacionales para proteger y distinguir lo
siguiente: en clase 29: carne, pescado, carne de ave y carne de caza, extractos
de carne, frutas y verduras, hortalizas y legumbres en conserva, congeladas,
secas y cocidas, jaleas, confituras, compotas, huevos, leche y productos
lácteos, aceites y grasas comestibles; en clase 30: Café, té, cacao y
sucedáneos del café, arroz, tapioca y sagú, harinas y preparaciones a base de
cereales, pan, productos de pastelería y confitería, helados, azúcar, miel,
jarabe de melaza, levadura, polvos de hornear, sal, mostaza, vinagre, salsas
(condimentos), especias, hielo; en clase 32: Cervezas, aguas minerales y otras
bebidas sin alcohol, bebidas a base de frutas y zumos de frutas, siropes y
otras preparaciones para elaborar bebidas; en clase 35: Comercialización, venta
y distribución de helados, golosinas congeladas y todo tipo de productos
lácteos; en clase 43: Heladería, cafetería, restaurantes, servicios de
restauración (alimentación). Fecha: 11 de enero de 2019 Presentada el 18 de
diciembre del 2018. Solicitud N° 2018-0011569. A
efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la
Ley 7978. Esta solicitud se rige por el art. 28 de la Ley de Marcas Comerciales
y Otros Signos Distintivos que indica “Cuando la marca consista en una etiqueta
y otro signo compuesto por un conjunto de elementos, la protección no se
extenderá a los elementos contenidos en ella que sean de uso común o necesario
en el comercio”—San José, 11 de enero del 2019.—Katherine Jiménez Tenorio, Registradora.—( IN2019360917 ).
Carlos Emilio Calvo López, casado
una vez, cédula de identidad
501770430, en calidad de apoderado generalísimo de Detransa Diseños y Demarcaciones de Transito
Sociedad Anónima, cédula jurídica
3101121052, con domicilio en
San José, La Uruca, Residencial
Las Magnolias, casa N° 163, San José, Costa Rica, solicita
la inscripción de: CASA GRANDE,
como nombre comercial en clase:
internacional, para proteger y distinguir lo siguiente: un establecimiento
comercial dedicado a fabricación y venta de todo tipo de alimentos,
restaurante, catering service, salón de eventos,
organización de eventos y todo tipo de actividades, ubicado en Heredia, Barva,
un kilómetro al oeste del parque. Reservas: de los colores: negro y dorado.
Fecha: 23 de enero de 2019. Se cita a terceros interesados en defender sus
derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses
siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto.
Presentada el 11 de enero de 2019. Solicitud N°
2019-0000210. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el
artículo 85 de la Ley 7978. Esta solicitud se rige por el art. 28 de la Ley de
Marcas Comerciales y Otros Signos Distintivos que indica “Cuando la marca
consista en una etiqueta y otro signo compuesto por un conjunto de elementos,
la protección no se extenderá a los elementos contenidos en ella que sean de
uso común o necesario en el comercio”.—San José, 23 de
enero de 2019.—Wendy López Vindas, Registradora.—( IN2019360919 ).
Carlos Emilio Calvo López, casado
una vez, cédula de identidad
501770430, en calidad de apoderado generalísimo de
DETRANSA Diseños y Demarcaciones
de Tránsito Sociedad Anónima,
cédula jurídica 3101121052, con domicilio
en San José, La Uruca, Residencial las Magnolias, casa N° 163, San José, Costa
Rica, solicita la inscripción
de: CASA GRANDE,
como marca
de servicios en clase 43 internacional, para proteger y distinguir lo
siguiente: servicios de restauración (alimentación), hospedaje temporal.
Reservas: de los colores: negro y dorado. Fecha: 23 de enero de 2019. Se cita a
terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este
Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera
publicación de este edicto. Presentada el 11 de enero de 2019. Solicitud N° 2019-0000211. A efectos de publicación, téngase en
cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978. Esta solicitud se rige
por el art. 28 de la Ley de Marcas Comerciales y Otros Signos Distintivos que
indica “Cuando la marca consista en una etiqueta y otro signo compuesto por un
conjunto de la protección no se extenderá a los elementos contenidos en ella
que sean de uso común o necesario en el comercio”.—San
José, 23 de enero de 2019.—Wendy López Vindas, Registradora.—( IN2019360920 ).
Jorge Guido Delgado, casado
una vez, cédula de identidad
N° 600980126, en calidad de
apoderado generalísimo de Fideos Precocidos De Costa Rica
Sociedad Anónima, cédula jurídica
N° 3101023673, con domicilio en
Santo Domingo un kilómetro al norte
de la Iglesia, Heredia, Costa Rica, solicita la inscripción
de: Healthy Chef,
como marca de fábrica y comercio
en clase(s): 30 internacional(es), para proteger y distinguir lo siguiente: en
clase 30: café, té, cacao y sucedáneos del café, arroz, tapioca y sagú, harinas
y preparaciones a base de cereales, pan, productos de pastelería, levadura,
polvos de hornear, sal, mostaza, vinagre, salsas (condimentos), especias,
hielo, todo tipo de pastas de trigo y arroz en diversas preparaciones y
presentaciones. Reservas: de los colores: azul. Fecha: 18 de febrero de 2019.
Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer
ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la
primera publicación de este edicto. Presentada el 6 de noviembre del 2018.
Solicitud Nº 2018-0010229. A efectos de publicación,
téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley Nº
7978. Esta solicitud se rige por el art. 28 de la Ley de Marcas Comerciales y
Otros Signos Distintivos que indica “Cuando la marca consista en una etiqueta y
otro signo compuesto por un conjunto de elementos, la protección no se
extenderá a los elementos contenidos en ella que sean de uso común o necesario
en el comercio”.—San José, 18 de febrero del
2019.—Isela Chango Trejos, Registradora.—( IN2019360921 ).
Rafael Acuña Vargas, casado una vez, cédula de identidad N°
302600971, en calidad de apoderado generalísimo sin límite de suma de Cafetalera Aquiares Sociedad Anónima, cédula jurídica N°
3101063474, con domicilio en
Escazú de la Residencia del Embajador
de Estados Unidos de Norteamérica,
100 metros norte y 75 metros al este,
San José, Costa Rica, solicita la inscripción
de: Aquiares,
como marca de fábrica en clases
16; 25; 30; 39; 41 y 43 internacionales, para proteger y distinguir lo
siguiente: en clase 16: artículos de papelería, cartón, fotografías; en clase
25: prendas de vestir, calzado, articules de sombrerería; en clase 30: café,
té, cacao, azúcar, arroz, tapioca, sagú, sucedáneos del café; harinas y
preparaciones a base de cereales, pan, productos de pastelería y de confitería,
helados; miel, jarabe de melaza; levadura, polvos de hornear; sal, mostaza;
vinagre, salsas (condimentos); especies; hielo; en clase 39: Servicios
relacionados con el transporte de personas o transporte de mercancías de un
lugar a otro. Los servicios de información
sobre viajes o transporte de mercancías prestados por intermediarios y agencias
de turismo, así como los servicios de información sobre tarifas, horarios y
medios de transporte; en clase 41: actividades culturales y deportivas; en
clase 43: hospedaje temporal y alimentación. Fecha: 27 de junio del 2019. Se
cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante
este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la
primera publicación de este edicto. Presentada el 8 de mayo del 2019. Solicitud
Nº 2019-0003397. A efectos de publicación, téngase en
cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley Nº
7978. Esta solicitud se rige por el art. 28 de la Ley de Marcas Comerciales
y Otros Signos Distintivos que indica “Cuando la marca consista en una etiqueta
y otro signo compuesto por un conjunto de elementos, la protección no se
extenderá a los elementos contenidos en ella que sean de uso común o necesario
en el comercio”.—San José, 27 de junio del
2019.—Sabrina Loaiciga Pérez, Registradora.—(
IN2019360960 ).
María Mercedes Fallas Marín,
casada una vez, cédula de identidad 108080944, con domicilio
en La Damita del Guarco, mil metros al norte de la
escuela, Cartago, Costa Rica, solicita
la inscripción de: Centro Ecoturístico
Los Robles,
como Nombre Comercial en clase:
49. Internacional. Para proteger y distinguir lo siguiente: un establecimiento
comercial dedicado a prestar servicios de ecoturismo, incluyendo provisión de
espacios de relajación y descanso provisión de instalaciones, equipo y medios
para la pesca de trucha, provisión de caminos y senderos, servicio de
restaurante y soda, ubicada en Cartago, La Damita del Guarco, mil metros al
norte de la escuela. Reservas: de los colores: verde claro, verde y café.
Fecha: 07 de mayo de 2019. Se cita a terceros interesados en defender sus
derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses
siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto.
Presentada el 1° de abril de 2019. Solicitud N°
2019-0002913. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el
artículo 85 de la Ley 7978. Esta solicitud se rige por el art. 28 de la Ley de
Marcas Comerciales y Otros Signos Distintivos que indica “Cuando la marca
consista en una etiqueta y otro signo compuesto por un conjunto de elementos,
la protección no se extenderá a los elementos contenidos en ella que sean de
uso común o necesario en el comercio”.—San José, 07 de
mayo de 2019.—Katherine Jiménez Tenorio, Registradora.—( IN2019360984 ).
Luis Federico Monge Rojas, casado
una vez, cédula de identidad
110770022, en calidad de apoderado generalísimo de Soluciones Químicas Integrales FYA Limitada, cédula jurídica N° 3102575244, con domicilio
en montes de oca. San pedro, Barrio Santa
Marta, 100 m. este y 75 m. sur de la escuela pública, edificio 15, color amarillo y
café, San José, Costa Rica, solicita la inscripción de: Sqi Ltda.,
como marca de servicios en
clase: 42 internacional, para proteger y distinguir lo siguiente: servicios de
regencia, consultorías en la industria química. Fecha: 8 de julio de 2019. Se
cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante
este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la
primera publicación de este edicto. Presentada el 19 de junio de 2019.
Solicitud N° 2019-0005503. A efectos de publicación,
téngase en cuenta lo dispuesto en el articulo 85 de
la Ley 7978. Esta solicitud se rige por el art. 28 de la Ley de Marcas
Comerciales y Otros Signos Distintivos que indica “Cuando la marca consista en
una etiqueta y otro signo compuesto por un conjunto de elementos, la protección
no se extenderá a los elementos contenidos en ella que sean de uso común o
necesario en el comercio”.—San José, 8 de julio de
2019.—Ildreth Araya Mesen, Registradora.—(
IN2019360992 ).
Mariana Vargas Roqhuett, casada, cédula de identidad
304260709, en calidad de apoderado especial de Ikatech
Solutions LLC., con domicilio en
calle 1, Metro Office Park Lote
8, suite 305, Edificio Colgate Palmolive, Guaynabo,
Puerto Rico, solicita la inscripción
de: u-share
como marca de fábrica en clase 9
internacional para proteger y distinguir lo siguiente: en clase 9: Programas de
computador y software informáticos para la acumulación, compilación,
procesamiento, transmisión y difusión de datos para uso en dispositivos fijos,
móviles y manuales Software en los campos de la comunicación inalámbrica de
acceso a la información móvil, y de la gestión de datos a distancia, para la
entrega inalámbrica de contenido a las computadoras de mano, los organizadores
personales digitales (pda), computadoras portátiles y
dispositivos móviles, software que permita cargar, fijar, mostrar, vincular,
presentar, etiquetar, bitácoras (blogs), compartir o suministrar medios
electrónicos o información en la internet u otras redes de comunicaciones,
software que permita a los usuarios de la red en línea transferir datos de
identidad personal para identificar y compartir información con otros sitios
web o aplicaciones, software que permite realizar operaciones de comercio
electrónico, software de interfaz de programación de aplicaciones (api) para proporcionar
sugerencias y permitir a los usuarios realizar operaciones de comercio
electrónico a través de la red mundial de informática, software para
proporcionar sugerencias, envió de alertas, de mensajes electrónicos, para la
transmisión de órdenes, envió y recepción de mensajes electrónicos y permitir a
los usuarios realizar transacciones de comercio electrónico a través de la red
mundial de informática software para coordinación de servicios logísticos.
Fecha: 14 de marzo de 2019. Presentada el 1
de febrero del 2019. Solicitud N° 2019-0000836. A
efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la
Ley 7978. Esta solicitud se rige por el art. 28 de la Ley de Marcas Comerciales
y Otros Signos Distintivos que indica “Cuando la marca consista en una etiqueta
y otro signo compuesto por un conjunto de elementos, la protección no se
extenderá a los elementos contenidos en ella que sean de uso común o necesario
en el comercio”—San José, 14 de marzo del 2019.—Katherine Jiménez Tenorio, Registradora.—( IN2019360998 ).
Mariana Vargas Roqhuett, casada una vez, cédula de identidad 304260709, en calidad de apoderada especial de
Nos Moda Kumas Tekstil Ticaret VE Sanayi Anonim Sirketi, con domicilio en Organize Sanayi Bölgesi, Kahverengi Cadde, No: 1, Nilüfer-Bursa, Turquía, solicita la inscripción de:
como marca de fábrica en clase:
23 internacional, para proteger y distinguir lo siguiente: hilos e hilos para
uso textil, hilos e hilados para coser, bordar y tejer, hilo, hilos e hilos
elásticos para uso textil. Fecha: 1° de abril de 2019. Se cita a terceros
interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro,
dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación
de este edicto. Presentada el 21 de febrero de 2019. Solicitud N° 2019-0000705. A efectos de publicación, téngase en
cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978. Esta solicitud se rige
por el art. 28 de la Ley de Marcas Comerciales y Otros Signos Distintivos que
indica “Cuando la marca consista en una etiqueta y otro signo compuesto por un
conjunto de elementos, la protección no se extenderá a los elementos contenidos
en ella que sean de uso común o necesario en el comercio”.—San
José, 1° de abril de 2019.—Rina Ruiz Mata, Registradora.—( IN2019361000 ).
Mariana Vargas Roqhuett, casada, cédula de identidad N°
304260709, en calidad de apoderado especial de Ikatech
Solutions LLC, con domicilio en
calle 1 metro Office Park Lote
8 Suite 305, Edificio Colgate Palmolive, Guaynabo,
Puerto Rico, solicita la inscripción
de: ikatech SOLTIONS,
como marca de servicios en clase
42 internacional, para proteger y distinguir lo siguiente: en clase 42:
servicios de investigación en tecnología, diseño y consultoría en tecnología,
consultoría en el área de proveer software y aplicaciones de software para
negocios o propósitos generales que tengan o no la particularidad de estar
disponibles en línea o por medio de descargas, servicios de supervisión
tecnológica de operaciones de logística por medio de aplicaciones de software y
software, consultoría en el diseño y desarrollo de hardware y software de
computadora para terceros, servicios de proveedor para terceros de servicios de
análisis, desarrollo, creación, mantenimiento y administración de aplicaciones
de software y software, suministro de información de índices de búsqueda de
información y bases de datos de información, suministro temporal de
aplicaciones de software, administración de información relativa a tecnología
informática proporcionada en línea, creación y mantenimiento de sitios web y
software de aplicaciones, servicios de desarrollo y proveedor de aplicaciones
de software, facilitación, alojamiento, gestión, desarrollo y mantenimiento
para aplicaciones de software, software, sitios web y bases de datos, en los
campos de la comunicación inalámbrica, de acceso a la información móvil, y de
la gestión de datos a distancia, para la entrega inalámbrica de contenido a las
computadoras de mano, los organizadores personales digitales [PDA],
computadoras portátiles y dispositivos móviles, provisión de servicios de
aplicaciones de servicios (ASP) de computo en la red y software que permita
cargar, fijar, mostrar, vincular, presentar,
etiquetar, bitácoras [blogs], compartir o suministrar medios electrónicos o
información en la internet u otras redes de comunicaciones, suministro de
soluciones tecnológicas que permita a los usuarios de la red en línea
transferir datos de identidad personal para identificar y compartir datos
personales con otros sitios web o aplicaciones, suministro en línea de software
que permite realizar operaciones de comercio electrónico, suministro de
servicios de aplicaciones de software de interfaz de programación de
aplicaciones (api) para proporcionar sugerencias y permitir a los usuarios
realizar operaciones de comercio electrónico a través de la red mundial de
informática, suministro de software como un servicio (SaaS) para proporcionar
sugerencias, envió de alertas, de mensajes electrónicos, para la transmisión de
órdenes, envió y recepción de mensajes electrónicos y permitir a los usuarios
realizar transacciones de comercio electrónico a través de la red mundial de
informática. Fecha: 1 de abril del 2019. Se cita a terceros interesados en
defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos
meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto.
Presentada el 1 de febrero del 2019. Solicitud Nº
2019-0000839. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el
artículo 85 de la Ley Nº 7978. Esta solicitud se rige
por el art. 28 de la Ley de Marcas Comerciales y Otros Signos Distintivos que
indica “Cuando la marca consista en una etiqueta y otro signo compuesto
por un conjunto de elementos, la protección no se extenderá a los elementos
contenidos en ella que sean de uso común o necesario en el comercio”.—San José, 1 de abril del 2019.—Katherine Jiménez Tenorio,
Registradora.—( IN2019361001 ).
Mariana Vargas Roqhuett, casada, cédula de identidad
304260709, en calidad de apoderada especial de Ikatech
Solutions Llc., con domicilio
en calle 1 metro office
park lote 8 suite 305, Edificio
Colgate Palmolive, Guaynabo, Puerto Rico, solicita la
inscripción de: eküs
como marca de fábrica en clase:
9 Internacional para proteger y distinguir lo siguiente: en clase 9: Programas de computador y software informáticos para
la acumulación, compilación, procesamiento, transmisión y difusión de datos
para uso en dispositivos fijos, móviles y manuales Software en los campos de la
comunicación inalámbrica de acceso a la información móvil, y de la gestión de
datos a distancia, para la entrega inalámbrica de contenido a las computadoras
de mano, los organizadores personales digitales (pda),
computadoras portátiles y dispositivos móviles, software que permita cargar,
fijar, mostrar, vincular, presentar, etiquetar, bitácoras (blogs), compartir o
suministrar medios electrónicos o información en la internet u otras redes de
comunicaciones, software que permita a los usuarios de la red en línea
transferir datos de identidad personal para identificar y compartir información
con otros sitios web o aplicaciones,
software que permite realizar operaciones de comercio electrónico, software de
interfaz de programación de aplicaciones (api) para proporcionar sugerencias y
permitir a los usuarios realizar operaciones de comercio electrónico a través
de la red mundial de informática, software para proporcionar sugerencias, envió
de alertas, de mensajes electrónicos, para la transmisión de órdenes, envió y
recepción de mensajes electrónicos y permitir a los usuarios realizar
transacciones de comercio electrónico a través de la red mundial de informática
software para coordinación de servicios logísticos. Fecha: 14 de marzo de 2019.
Presentada el 1 de febrero del 2019. Solicitud N°
2019-0000837. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el
artículo 85 de la Ley 7978. Esta solicitud se rige por el art. 28 de la Ley de Marcas Comerciales y
Otros Signos Distintivos que indica “Cuando la marca consista en una etiqueta y
otro signo compuesto por un conjunto
de elementos, la protección no se extenderá a los elementos contenidos en ella
que sean de uso común o necesario en el comercio”—San José, 14 de marzo del
2019.—Katherine Jiménez Tenorio, Registradora.—(
IN2019361003 ).
Jason Steven Rodríguez Carvajal, soltero,
cédula de identidad 402130282, con domicilio en Flores, San Joaquín,
Urb. Las Flores, casa 15-B, Heredia, Costa Rica, solicita la inscripción de: KEY
SOLUTIONS Servicios Técnicos
y Asesoría,
como nombre
comercial en clase internacional, para proteger y distinguir lo siguiente: un
establecimiento comercial dedicado a servicios profesionales en las áreas de
redes, seguridad CCTV, informática, electrónica y electricidad residencial,
ubicado en Heredia, 25 mts. este de la entrada a
emergencias del antiguo Hospital de Heredia, Parqueo Rojas. Fecha: 28 de junio
de 2019. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos
valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir
de la primera publicación de este edicto. Presentada el 21 de junio de 2019.
Solicitud N° 2019-0005597. A efectos de publicación,
téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978. Esta solicitud
se rige por el art. 28 de la Ley de Marcas Comerciales y Otros Signos
Distintivos que indica “Cuando la marca consista en una etiqueta y otro signo
compuesto por un conjunto de elementos, la protección no se extenderá a los
elementos contenidos en ella que sean de uso común o necesario en el comercio”.—San José, 28 de junio de 2019.—Rolando Cardona Monge,
Registrador.—( IN2019361029 ).
PUBLICACIÓN DE SEGUNDA VEZ
Alejandro
Javier Gonzaga Ulate, casado una vez, cédula de identidad 114370194, en calidad
de apoderado generalísimo de Licores Artesanales Sociedad de Responsabilidad
Limitada, cédula jurídica 3102729733, con domicilio en San Ramón, costado sur
del Cementerio Municipal, Alajuela, Costa Rica, solicita la inscripción de: Licores
Artesanales el Cantinero, como nombre comercial en clase: internacional,
para proteger y distinguir lo siguiente: un establecimiento comercial dedicado
a la elaboración de bebidas con contenido alcohólica, ubicado en San Ramón de
Alajuela, 25 norte de la Bomba Chury. Fecha: 25 de
enero de 2019. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para
hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados
a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 14 de
diciembre de 2018. Solicitud N° 2018-0011499. A
efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la
Ley 7978. Esta solicitud se rige por el art. 28 de la Ley de Marcas Comerciales
y Otros Signos Distintivos que indica “Cuando la marca consista en una etiqueta
y otro signo compuesto por un conjunto de elementos, la protección no se
extenderá a los elementos contenidos en ella que sean de uso común o necesario
en el comercio”.—San José, 25 de enero de
2019.—Bernard Molina Alvarado, Registrador.—( IN2019361047 ).
Alejandro
Javier Gonzaga Ulate, casado una vez, Cédula de identidad 114370194, en calidad
de apoderado generalísimo de Licores Artesanales Sociedad de Responsabilidad
Limitada, Cédula jurídica 3102729733, con domicilio en San Ramón, costado sur
del cementerio municipal, Alajuela, Costa Rica, solicita la inscripción de: L.A.E.C.
coctel Leche Burra como marca de fábrica y comercio en clase 33
internacional. Para proteger y distinguir lo siguiente: Coctel a base de leche
llamado coctel leche Burra. Fecha: 11 de enero de 2019. Se cita a terceros
interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro,
dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación
de este edicto. Presentada el 14 de diciembre del 2018. Solicitud N° 2018-0011500. A efectos de publicación, téngase en
cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978. Esta solicitud se rige
por el art. 28 de la Ley de Marcas Comerciales y Otros Signos Distintivos que
indica “Cuando la marca consista en una etiqueta y otro signo compuesto por un
conjunto de elementos, la protección no se extenderá a los elementos contenidos
en ella que sean de uso común o necesario en el comercio.—San
José, 11 de enero del 2019.—Katherine Jiménez Tenorio, Registradora.—(
IN2019361048 ).
Rafael A. Quesada Vargas, casado,
cédula de identidad N° 1-0994-0112, en calidad de apoderado
especial de Goque Grouo
Inc., con domicilio en
Ciudad de Panamá, avenida Nicanor 50, Panamá, solicita la inscripción de: GOQUE
SEGUROS,
como nombre
comercial, para proteger y distinguir lo siguiente: un establecimiento
comercial dedicado a ofrecer asesoría consultoría y corretaje de seguros,
ubicado en San José, Santa Ana, Plaza Murano, piso 8. Fecha: 15 de enero de
2019. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos
valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir
de la primera publicación de este edicto. Presentada el 20 de diciembre de
2018. Solicitud N° 2018-0011780. A efectos de
publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley N° 7978.—San José, 15 de enero de 2019.—Rina Ruiz Mata, Registradora.—( IN2019361049 ).
Rafael A. Quesada Vargas, casado,
cédula de identidad N° 109940112, en
calidad de apoderado
especial de Goque Group INC con domicilio
en Ciudad de Panamá, avenida
Nicanor 50, Panamá, solicita la inscripción
de: GOQUE SEGUROS,
como marca de servicios en clase
36 internacional, para proteger y distinguir lo siguiente: en clase 36:
asesoría, corretaje y consultoría en materia de seguros. Fecha: 15 de enero del
2019. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer
ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la
primera publicación de este edicto. Presentada el 20 de diciembre del 2018.
Solicitud N° 2018-0011779. A efectos de publicación,
téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978.—San José, 15
de enero del 2019.—Rina Ruiz Mata, Registradora.—(
IN2019361051 ).
Korana Arias Cortes, casada, cedula de
identidad 401660877, en calidad de apoderada especial de COPRODISA Costa Rica
(C.R.) S. A., cedula jurídica 3101421033, con domicilio en frente al Archivo
Nacional, casa amarilla de dos plantas, Costa Rica, solicita la inscripción de:
LYMPYHADA, como marca de fábrica y comercio en clase: 5 internacionales,
para proteger y distinguir lo siguiente: desinfectantes, productos higiénicos y
sanitarios para uso médico. Fecha: 25 de junio de 2019. Se cita a terceros
interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro,
dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación
de este edicto. Presentada el 20 de junio de 2019. Solicitud N° 2019-0005581. A efectos de publicación, téngase en
cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978. Esta solicitud se rige
por el art. 28 de la Ley de Marcas Comerciales y Otros Signos Distintivos que
indica “Cuando la marca consista en una etiqueta y otro signo compuesto por un
conjunto de elementos, la protección no se extenderá a los elementos contenidos
en ella que sean de uso común o necesario en el comercio”.—San
José, 25 de junio de 2019.—Ivonne Mora Ortega, Registradora.—( IN2019361053 ).
Korana Arias Cortes, casada
cédula de identidad 401660877, en
calidad de apoderada
especial de Coprodisa Costa Rica, (C.R.) S.A, cédula jurídica N° 3101421033, con domicilio
en frente al archivo nacional casa amarilla de
dos plantas, Costa Rica, solicita
la inscripción de: miss cotton como
marca de fábrica y comercio en
clase 5 internacional. Para proteger y distinguir lo siguiente: Toallas sanitarias y protectores sanitarios de algodón.
Fecha: 1 de julio de 2019. Se cita a terceros interesados en defender sus
derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses
siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto.
Presentada el 29 de mayo del 2019. Solicitud N°
2019-0004725. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el
artículo 85 de la Ley 7978. Esta solicitud se rige por el art. 28 de la Ley de
Marcas Comerciales y Otros Signos Distintivos que indica “Cuando la marca
consista en una etiqueta y otro signo compuesto por un conjunto de elementos,
la protección no se extenderá a los elementos contenidos en ella que sean de
uso común o necesario en el comercio.—San José, 1 de
julio del 2019.—Alex Villegas Méndez, Registrador.—( IN2019361054 ).
Domenico Schiavone, casado una vez, pasaporte YA5262881, en calidad de apoderado generalísimo de Belli Bambini Giocando
S.R.L., cédula jurídica 3102715989, con domicilio en Escazú,
Guachipelín, 400 mts. oeste
del Memorial Park, San José, Costa Rica, solicita la inscripción de: KIDS U PRESCHOOL & DAY CARE,
como nombre
comercial en clase: internacional, para proteger y distinguir lo siguiente: un
establecimiento comercial dedicado a kínder y guardería, ubicado en San José,
Escazú, San Rafael, 200 metros sureste de Plaza Ross. Reservas: rojo, azul,
amarillo, celeste, verde. Fecha: 3 de julio de 2019. Se cita a terceros
interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro,
dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación
de este edicto. Presentada el 30 de mayo de 2019. Solicitud N°
2019-0004789. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el
artículo 85 de la Ley 7978. Esta solicitud se rige por el art. 28 de la Ley de
Marcas Comerciales y Otros Signos Distintivos que indica “Cuando la marca
consista en una etiqueta y otro signo compuesto por un conjunto de elementos,
la protección no se extenderá a los elementos contenidos en ella que sean de
uso común o necesario en el comercio”.—San José, 3 de
julio de 2019.—Rina Ruiz Mata, Registradora.—( IN2019361056 ).
María Ximena Barahona Mata, soltera,
cédula de identidad N° 1-1330-0577, en calidad de apoderada
especial de Grupo La Bocana del Oeste y J Sociedad Anónima, cédula de identidad N°
3-101-766805, con domicilio en
San José, Santa Ana, Santa Ana, Centro Comercial Town
Center, Barra N° 15 San José, Costa Rica, solicita la
inscripción de: BOCA´E JARROS BOQUERÍA,
como nombre
comercial en clase Internacional. Para proteger y distinguir lo siguiente: en
clase 49: un establecimiento comercial dedicado a la actividad de restaurante y
boquería, un espacio dedicado a preparar deliciosas y
amplias bocas costarricenses e internacionales, las cuales se acompañan de una
gran variedad de bebidas y cocteles, con productos frescos y variados se
mantiene el principio de calidad para ofrecer y degustar la gastronomía
tradicional y moderna costarricense e internacional en un ambiente moderno,
cómodo e ideal para compartir con amigos y familiares, ubicado San José, Santa
Ana, Santa Ana, Centro Comercial Town Center, barra número 15. Fecha: 2 de
julio del 2019. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para
hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados
a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 27 de mayo del
2019. Solicitud Nº 2019-0004666. A efectos de
publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley Nº 7978. Esta solicitud se rige por el art. 28 de la Ley de
Marcas Comerciales y Otros Signos Distintivos que indica “Cuando la marca
consista en una etiqueta y otro signo compuesto por un conjunto de elementos,
la protección no se extenderá a los elementos contenidos en ella que sean de
uso común o necesario en el comercio”.—San José, 02 de
julio del 2019.—Rina Ruiz Mata, Registradora.—( IN2019361143 ).
María Ximena Barahona Mata, soltera,
cédula de identidad 113300577, en
calidad de apoderado
especial de Grupo La Bocana del oeste
S Y J Sociedad Anónima, cédula jurídica
3101766805 con domicilio en
Santa Ana, Centro Comercial Town Center, Barra N° 15,
San José, Costa Rica, solicita la inscripción
de: BOCA’E JARRO
como marca de servicios en
clase: 43 Internacional para proteger y distinguir lo siguiente: en clase 43:
Servicios de catering, Catering para el suministro de comidas y bebidas,
Suministro de comidas y bebidas (catering) a centros de ferias y exposiciones,
Preparación y suministro de comidas y bebidas de consumo inmediato, Servicio de
comidas y bebidas en restaurantes y bares, Servicios de consultoría en materia
de servicios de comidas y bebidas preparadas (catering), Suministro de comidas
y bebidas para clientes de restaurantes, Restaurantes de comida para llevar,
Servicios de comida por contrato, Organización de comidas en hoteles,
instalaciones, convenciones, instituciones, restaurante, Preparación de comidas
para terceros mediante subcontratación, Prestación de servicios personalizados
de planificación de comidas a través de un sitio web Alquiler de equipos de
catering. Fecha: 26 de junio de 2019. Presentada el 27 de mayo del 2019.
Solicitud N° 2019-0004667. A efectos de publicación,
téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978. Esta solicitud
se rige por el art. 28 de la Ley de Marcas Comerciales y Otros Signos
Distintivos que indica “Cuando la marca consista en una etiqueta y otro signo
compuesto por un conjunto de elementos, la protección no se extenderá a los
elementos contenidos en ella que sean de uso común o necesario en el
comercio”—San José, 26 de junio del 2019.—Rina Ruiz Mata, Registradora.—(
IN2019361144 ).
María
Del Rocío Quirós Arroyo, cédula de identidad 108710341, en calidad de apoderada
especial de Döterra Holdings LLC., con domicilio en
389 South 1300 West, Pleasant Grove, Utah 84062, Estados Unidos de América,
solicita la inscripción de: Volo, como marca
de fábrica y comercio en clase: 11 internacional, para proteger y distinguir lo
siguiente: difusores de aire para aceites esenciales; difusores de aire para
aromaterapia; purificadores de aire; dispensadores eléctricos para
ambientadores; luces de noche eléctricas; difusores de luz. Fecha: 3 de julio
de 2019. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos
valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir
de la primera publicación de este edicto. Presentada el 26 de junio de 2019.
Solicitud N° 2019-0005764. A efectos de publicación,
téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978. Esta solicitud
se rige por el art. 28 de la Ley de Marcas Comerciales y Otros Signos
Distintivos que indica “Cuando la marca consista en una etiqueta y otro signo
compuesto por un conjunto de elementos, la protección no se extenderá a los
elementos contenidos en ella que sean de uso común o necesario en el comercio”.—San José, 3 de julio de 2019.—Johnny Rodríguez Garita,
Registrador.—( IN2019361153 ).
Víctor Manuel Carranza Lazo, divorciado una vez, cédula de identidad N°
8-0071-0323, en calidad de apoderado generalísimo de Vitin Médica Sociedad Anónima, cédula jurídica N°
3-101-209591, con domicilio en
Goicoechea, distrito Mata
de Plátano, Barrio el Carmen, Residencial
la Pradera, casa N° B1, San José, Costa Rica, solicita la inscripción de: SMART
BAAF Liquid Biopsy Transporter for Baaf,
como marca
de fábrica y comercio en clase 10. Internacional. Para proteger y distinguir lo
siguiente: medio transportador líquido para biopsia guiada por ultrasonido que
incluye un frasco de plástico conteniendo 10 ml de medio líquido de transporte
celular, así como el protocolo para procesar la muestra con material biológico,
hasta que quede lista en una lámina de vidrio para ser examinada por el médico
patólogo. Fecha: 09 de julio de 2019. Se cita a terceros interesados en
defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos
meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto.
Presentada el 19 de junio de 2019. Solicitud N°
2019-0005532. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el
artículo 85 de la Ley N° 7978. Esta solicitud se rige
por el art. 28 de la Ley de Marcas Comerciales y Otros Signos Distintivos que
indica “Cuando la marca consista en una etiqueta y otro signo compuesto por un
conjunto de elementos, la protección no se extenderá a los elementos contenidos
en ella que sean de uso común o necesario en el comercio”.—San
José, 09 de julio de 2019.—Milena Marín Jiménez, Registradora.—( IN2019361170
).
PUBLICACIÓN DE PRIMERA VEZ
Karolina Sánchez Vargas, divorciada una
vez, cédula de identidad 109730865, en calidad de apoderada generalísima de Proarsa Sociedad Anónima, cédula jurídica 3101022571, con
domicilio en Flores, San Lorenzo, 200 al norte del Bar la Gallera, Heredia,
Costa Rica, solicita la inscripción de: URSafe,
como marca de servicios en
clase: 38 internacional, para proteger y distinguir lo siguiente: los servicios
que permitan la comunicación, por medios sensoriales, entre dos o más personas,
en particular: la conversación entre dos personas, la transmisión de mensajes
entre dos personas, la comunicación oral o visual (radio y televisión), que se
realicen mediante una aplicación de software para dispositivos móviles,
propiedad de la solicitante, que brinda herramientas a sus usuarios para
monitoreo y localización de personas, envío de alertas, comunicación directa e
inmediata, vía teléfono o mediante envío y recepción de mensajes de texto y de
voz, de fotografías y de vídeos, entre los usuarios, sus contactos afiliados y
la central de monitoreo de la solicitante, con el fin de brindar protección al
usuario y su familia, a su empresa y sus colaboradores, mediante monitoreo
electrónico, localización, y coordinación y comunicación inmediata con
servicios de emergencias, médicas, incendio y seguridad, a través de la central
de monitoreo de la solicitante, mediante el uso de los botones de alerta de la
aplicación. Reservas: de los colores: azul, morado, rojo y gris. Fecha: 21 de
mayo de 2019. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para
hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados
a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 26 de marzo de
2019. Solicitud N° 2019-0002680. A efectos de
publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978.
Esta solicitud se rige por el art. 28 de la Ley de Marcas Comerciales y Otros
Signos Distintivos que indica “Cuando la marca consista en una etiqueta y otro
signo compuesto por un conjunto de elementos, la protección no se extenderá a
los elementos contenidos en ella que sean de uso común o necesario en el
comercio”.—San José, 21 de mayo de 2019.—Randall
Abarca Aguilar, Registrador.—( IN2019361180 ).
Max Alonso Víquez García, casado una vez, en calidad de apoderado
especial de Biotterfly Sociedad Anónima,
cédula jurídica 3101754967, con domicilio
en San Carlos, Fortuna, Barrio Pastoral, frente a Cabinas el Buho, Alajuela, Costa Rica, solicita
la inscripción de: BIOSFERA honestly natural,
como marca de fábrica y comercio
en clase: 3 internacional, para proteger y distinguir lo siguiente: jabones de
uso cosmético, perfumería, aceites esenciales y lociones para el cabello,
mezclados con lodo volcánico para la limpieza facial y corporal, todos
naturales y biodegradables, fabricados en armonía con el medio ambiente, para
uso en spas, hoteles, establecimientos que ofrecen tratamientos, terapias o
sistemas de relajación, y lugares similares. Fecha: 6 de junio de 2019. Se cita
a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este
Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera
publicación de este edicto. Presentada el 22 de abril de 2019. Solicitud N° 2019-0003421. A efectos de publicación, téngase en
cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978. Esta solicitud se rige
por el art 28 de la Ley de Marcas Comerciales y Otros Signos Distintivos que
indica “Cuando la marca consista en una etiqueta y otro signo compuesto por un
conjunto de elementos, la protección no se extenderá a los elementos contenidos
en ella que sean de uso común o necesario en el comercio”.—San
José, 6 de junio de 2019.—Ivonne Mora Ortega, Registradora.—( IN2019361182 ).
Cristiam Alvarado Sánchez, soltero, cédula de identidad N° 1-0815-0309, con domicilio
en Zapote, Las Luisas casa N° 15, calle 31,
Costa Rica, solicita la inscripción
de: El Bazar DEL MAGO
como nombre comercial en clase
Internacionales. Para proteger y distinguir lo siguiente en clase 49: Un establecimiento
comercial dedicado a la venta y asesoría en productos y servicios en la rama
esotérica, holística y terapias alternativas a través del uso de aceites,
perfumes, lociones, esencias e inciensos para técnicas holísticas, además, como
productos complementarios de la línea esotérica-holística están la bisutería,
ropa y velas, el producto de velas se caracteriza por ser velas perfumadas, con
propósito de relajación, meditación y terapias alternativas, ubicado en Centro
Comercial Boldaldi; 50 mts.
oeste, de la plaza municipal de Liberia, Guanacaste, local N°
9. Reservas: De los colores: verde, blanco, rojo, negro, amarillo. Fecha: 04 de
julio de 2019. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para
hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados
a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 21 de mayo del
2019. Solicitud N° 2019-0004451. A efectos de
publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley N° 7978. Esta solicitud se rige por el art. 28 de la Ley de
Marcas Comerciales y Otros Signos Distintivos que indica “Cuando la marca
consista en una etiqueta y otro signo compuesto por un conjunto de elementos,
la protección no se extenderá a los elementos contenidos en ella que sean de
uso común o necesario en el comercio”.—San José, 04 de
julio del 2019.—Jamie Phillips Guardado, Registrador.—( IN2019361187 ).
Tatiana Rojas Hernández, cédula de identidad
1-0956-0429, en calidad de apoderada especial de Tralema Asesoría en Producción
y Calidad S. A., cédula jurídica 3101268927, con domicilio en Curridabat,
Urbanización Lomas del Sol, casa N° 364, San José,
Costa Rica, solicita la inscripción
de: THE DREAM WORKSHOP,
como marca de servicios en clase:
37 internacional, para proteger y distinguir lo siguiente: reparación de
somieres, colchones, accesorios de cama. Fecha: 21 de junio de 2019. Se cita a
terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este
Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera
publicación de este edicto. Presentada el 10 de abril de 2019. Solicitud N° 2019-0003249. A efectos de publicación, téngase en
cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978. Esta solicitud se rige
por el art. 28 de la Ley de Marcas Comerciales y Otros Signos Distintivos que
indica “Cuando la marca consista en una etiqueta y otro signo compuesto por un
conjunto de elementos, la protección no se extenderá a los elementos contenidos
en ella que sean de uso común o necesario en el comercio”.—San
José, 21 de junio de 2019.—Jamie Phillips Guardado, Registrador.—( IN2019361210
).
José
Luis Rodríguez Madrigal, casado una vez, cédula de identidad N° 2-0345-0295, en calidad de apoderado especial de Unión Comercial
de Costa Rica, Unicomer Sociedad Anónima, cédula
jurídica N° 3-101-074154, con domicilio en El Coyol,
800 metros oeste de Riteve, San José, Costa Rica,
solicita la inscripción de: CON LA CUOTA MAS PEQUEÑA como señal de
propaganda en clase Internacional. Para proteger y distinguir lo siguiente:
Para proteger y distinguir electrodomésticos, muebles y artículos para el hogar
En relación con la marca G GOLLO registro 103622. Reservas: De los colores:
rojo, amarillo y azul. Fecha: 04 de julio de 2019. Se cita a terceros
interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro,
dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación
de este edicto. Presentada el 14 de mayo del 2019. Solicitud N° 2019-0004198. A efectos de publicación, téngase en
cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley N°
7978. Esta solicitud se rige por el art. 28 de la Ley de Marcas Comerciales y
Otros Signos Distintivos que indica. “Cuando la marca consista en una etiqueta
y otro signo compuesto por un conjunto de elementos, la protección no se
extenderá a los elementos contenidos en ella que sean de uso común o necesario
en el comercio y el artículo 63 que indica”. “Alcance de la protección. La
protección conferida por el registro de una expresión o señal de publicidad
comercial abarca la expresión o señal en su conjunto y no se extiende a sus
partes o elementos considerados por separado. Una vez inscrita, una expresión o
señal de publicidad comercial goza de protección por tiempo indefinido; pero su
existencia depende, según el caso, de la marca o el nombre comercial a que se
refiera”.—San José, 04 de julio del 2019.—Alex
Villegas Méndez, Registrador.—( IN2019361220 ).
Nidia Núñez Alfaro, casada dos veces, cédula de identidad 204240236con domicilio en calle 29 Ave. 58 A Bo. Los
Sauces, San Francisco de Dos Ríos, San José, Costa Rica, solicita
la inscripción de: EON CONSULTORES
como marca
de servicios en clase: 35 y 36 Internacional para proteger y distinguir lo
siguiente: en clase 35: servicios de consultoría administrativa y en recursos
humamos; en clase 36: servicios de contabilidad, auditoría externa, consultoría
financiera y asesoría fiscal. Fecha: 23 de abril de 2019. Se cita a terceros
interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro,
dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación
de este edicto. Presentada el 5 de abril del 2019. Solicitud N° 2019-0003126. A efectos de publicación, téngase en
cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978. Esta solicitud se rige
por el art. 28 de la Ley de Marcas Comerciales y Otros Signos Distintivos que
indica “Cuando la marca consista en una etiqueta y otro signo compuesto por un
conjunto de elementos, la protección no se extenderá a los elementos contenidos
en ella que sean de uso común o necesario en el comercio”.—San
José, 23 de abril del 2019.—Milena Marín Jiménez, Registradora.—( IN2019361227
).
Gabriela Alvarado Alfaro, casada,
cédula de identidad 1097500108, en
calidad de apoderada generalísima de Industrias Hache Siete Limitada,
cédula jurídica 3102058643, con domicilio
en San Sebastián, 300 metros sur de la Iglesia Católica, San José, Costa
Rica, solicita la inscripción
de: GALVANIZADORA G CEMESA,
como marca de servicios en
clase: 40 internacional, para proteger y distinguir lo siguiente: galvanizado y
metalizado, tratamiento y fundición de metales, endurecimiento de metales y
productos metálicos. Fecha: 3 de julio de 2019. Se cita a terceros interesados
en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los
dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este
edicto. Presentada el 24 de junio de 2019. Solicitud N°
2019-0005679. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el
artículo 85 de la Ley 7978. Esta solicitud se rige por el art. 28 de la Ley de
Marcas Comerciales y Otros Signos Distintivos que indica “Cuando la marca
consista en una etiqueta y otro signo compuesto por un conjunto de elementos,
la protección no se extenderá a los elementos contenidos en ella que sean de
uso común o necesario en el comercio”.—San José, 3 de
julio de 2019.—Johnny Rodríguez Garita, Registrador.—( IN2019361239 ).
Benjamín
Gutiérrez Contreras, cédula de identidad número 108470905, en calidad de
apoderado especial de Sinhue, LLC, con domicilio en
Delaware, en 1007 Orange Street, noveno piso, Wilmington, Newcastle County,
Delaware 19801, Estados Unidos de América, solicita la inscripción de: EQUILIBRA
PODEROSAMENTE TU SISTEMA INMUNOLOGICO como señal de propaganda. Para
promocionar: Productos cosméticos y preparaciones de tocador no medicinales;
dentífricos no medicinales; productos de perfumería, aceites esenciales; Productos
farmacéuticos, preparaciones para uso médico y veterinario; alimentos y
sustancias dietéticas para uso médico o veterinario, alimentos para bebés,
suplementos alimenticios para personas o animales, emplastos, material para
apósitos; café, té, cacao y sucedáneos del café, preparaciones a base de
cereales; pan, productos de pastelería y confitería, chocolate; jarabe de
melaza; todos buscan equilibrar el sistema inmunológico de las personas. En
relación con las marcas Registros 277720 y 277908. Fecha: 10 de junio de 2019.
Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer
ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la
primera publicación de este edicto. Presentada el 21 de marzo del 2019. Solicitud
N° 2019-0002518. A efectos de publicación, téngase en
cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978. Esta solicitud se rige
por el art. 28 de la Ley de Marcas Comerciales y Otros Signos Distintivos que
indica “Cuando la marca consista en una etiqueta y otro signo compuesto por un
conjunto de elementos, la protección no se extenderá a los elementos contenidos
en ella que sean de uso común o necesario en el comercio y el artículo 63 que
indica “Alcance de la protección. La protección conferida por el registro de
una expresión o señal de publicidad comercial abarca la expresión o señal en su
conjunto y no se extiende a sus partes o elementos considerados por separado.
Una vez inscrita, una expresión o señal de publicidad comercial goza de
protección por tiempo indefinido; pero su existencia depende, según el caso, de
la marca o el nombre que se refiera”.—San José, 10 de
junio del 2019.—Sabrina Loáiciga Pérez,
Registradora.—( IN2019361245 ).
Ricardo Alberto
Rodríguez Valderrama, casado, cédula de identidad N°
1-1378-0918, en calidad de apoderado especial de Aventón Tech,
Sociedad Anónima, con domicilio en ciudad de Managua, Residencial Bolonia, de
la Óptica Nicaragüense 1 cuadra al este, 50 m al sur, Nicaragua, solicita la
inscripción de: AVENTON como marca de servicios en clase 35 y 42.
Internacional. Para proteger y distinguir lo siguiente: en clase 35:
Publicidad; gestión de negocios comerciales; administración comercial; trabajos
de oficina; Facilitación de asesoramiento sobre productos de consumo en relación
con software; Servicios de venta al por menor en relación con el software de
ordenador; Suministro de información sobre productos de consumo en relación con
software; servicios de marketing en el marco de edición de software; en clase
42: Consultoría en software; Consultoría en software informático; Creación de
programas informáticos; Creación de sitios web en Internet; creación y diseño
de índices de información basados en la web para terceros [servicios de
tecnología de la información]; Desarrollo de software de controladores y
sistemas operativos; Desarrollo de software informático; Desarrollo,
actualización y mantenimiento de software y bases de datos; Desarrollo, diseño
y actualización de páginas web; Diseño de páginas web; Diseño de páginas y sitios
web; Diseño de software; Diseño de software informático para el control de
terminales de autoservicio; Diseño de software informático, páginas y sitios
web; Diseño y actualización de software informático; Diseño y desarrollo
[escritura] de software informático; Diseño y desarrollo de hardware
informático; Diseño y desarrollo de páginas web en la Internet; Diseño y
desarrollo de software informático; Diseño, desarrollo y aplicación de software
informático; Diseño, desarrollo, instalación y mantenimiento de software
informático; Diseño, instalación, actualización y mantenimiento de software
informático; Diseño, mantenimiento, desarrollo y actualización de software
informático; Diseño, mejora y alquiler de software informático; software como
servicio. Fecha: 13 de mayo de 2019. Se cita a terceros interesados en defender
sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses
siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto.
Presentada el 03 de mayo del 2019. Solicitud N°
2019-0003844. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el
artículo 85 de la Ley N° 7978. Esta solicitud se rige
por el art. 28 de la Ley de Marcas Comerciales y Otros Signos Distintivos que
indica “Cuando la marca consista en una etiqueta y otro signo compuesto por un
conjunto de elementos, la protección no se extenderá a los elementos contenidos
en ella que sean de uso común o necesario en el comercio”.—San
José, 13 de mayo del 2019.—Wendy López Vindas, Registradora.—( IN2019361262 ).
Ricardo Alberto Rodríguez
Valderrama, casado, cedula de identidad
113780918, en calidad de apoderado especial de Organización
Solarte & CIA SCA (la compañía)
con domicilio en calle 12B N° 35-69, Bogotá, Oficinas
de la Compañía, Colombia, solicita
la inscripción de: TRUKITAS, como marca de fábrica en clase: 30 Internacional
para proteger y distinguir
lo siguiente: en clase 30: galletas; galletas de malta;
galletas de mantequilla; galletas de sal y de dulce. Fecha: 6 de junio de 2019. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos
valer ante este Registro, dentro de los dos meses
siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 30 de mayo
del 2019. Solicitud N° 2019-0004804. A efectos de publicación,
téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978.
Esta solicitud se rige por el art. 28 de la Ley de Marcas
Comerciales y Otros Signos Distintivos que indica “Cuando la marca consista en una etiqueta y otro signo compuesto
por un conjunto de elementos, la protección
no se extenderá a los elementos
contenidos en ella que sean de uso común o necesario
en el comercio”.—San José,
6 de julio del 2019.—Wendy López Vindas,
Registradora.—( IN2019361264
).
Ricardo Alberto
Rodríguez Valderrama, casado cédula de identidad 113780918, en calidad de
apoderado especial de Organización Solarte & CIA SCA (la compañía) con
domicilio en calle 12 B N° 35-69, Bogotá, Colombia,
oficinas de la compañía, Colombia, solicita la inscripción de: DELEITINAS
como marca de fábrica en clase: 30 Internacional para proteger y distinguir lo
siguiente: en clase 30: galletas; galletas de malta; galletas de mantequilla;
galletas de sal y de dulce. Fecha: 10 de junio de 2019. Se cita a terceros
interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes,
contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 30 de
mayo del 2019. Solicitud N° 2019-0004809. A efectos
de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley
7978. Esta solicitud se rige por el art. 28 de la Ley de Marcas Comerciales y
Otros Signos Distintivos que indica “Cuando la marca consista en una etiqueta y
otro signo compuesto por un conjunto de elementos, la protección no se
extenderá a los elementos contenidos en ella que sean de uso común o necesario
en el comercio”.—San José, 10 de junio del 2019.—Wendy
López Vindas, Registradora.—( IN2019361265 ).
Ricardo
Alberto Rodríguez Valderrama, casado, cédula de identidad N°
113780918, en calidad de apoderado especial de Organización Solarte & CIA
SCA (LA “COMPAÑIA”), con domicilio en calle 12 B N°
35 - 69 Bogota, Oficinas de la Compañía, Colombia,
solicita la inscripción de: BYN’S, como marca de fábrica en clase(s): 30
internacional(es), para proteger y distinguir lo siguiente: en clase 30:
galletas; galletas de malta; galletas de mantequilla; galletas de sal y de
dulce. Fecha: 6 de junio del 2019. Se cita a terceros interesados en defender
sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses
siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto.
Presentada el 30 de mayo del 2019. Solicitud Nº
2019-0004802. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el
artículo 85 de la Ley Nº 7978. Esta solicitud se rige
por el art. 28 de la Ley de Marcas Comerciales y Otros Signos Distintivos que
indica “Cuando la marca consista en una etiqueta y otro signo compuesto por un
conjunto de elementos, la protección no se extenderá a los elementos contenidos
en ella que sean de uso común o necesario en el comercio”.—San
José, 6 de junio del 2019.—Wendy López Vindas, Registradora.—( IN2019361266 ).
Ricardo Alberto
Rodríguez Valderrama, casado cédula de identidad 113780918, en calidad de
apoderado especial de organización Solarte & CIA SCA con domicilio en calle
12 B N° 35-69, Bogotá, oficinas de la compañía,
Colombia, solicita la inscripción de: GRONCH como marca de fábrica en clase:
30 Internacional para proteger y distinguir lo siguiente: en clase 30:
galletas; galletas de malta; galletas de mantequilla; galletas de sal y de
dulce. Fecha: 6 de junio de 2019. Se cita a terceros interesados en defender
sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses
siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto.
Presentada el 30 de mayo del 2019. Solicitud N°
2019-0004801. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el
artículo 85 de la Ley 7978. Esta solicitud se rige por el art. 28 de la Ley de
Marcas Comerciales y Otros Signos Distintivos que indica “Cuando la marca
consista en una etiqueta y otro signo compuesto por un conjunto de elementos,
la protección no se extenderá a los elementos contenidos en ella que sean de
uso común o necesario en el comercio”.—San José, 6 de
junio del 2019.—Wendy López Vindas, Registradora.—( IN2019361267 ).
Ricardo Alberto
Rodríguez Valderrama, casado, cédula de identidad N°
113780918, en calidad de apoderado especial de Organización Solarte & CIA
SCA (LA “COMPAÑÍA”), con domicilio en calle 12 B N°
35-69, Bogotá, Oficinas de La Compañía, Colombia, solicita la inscripción de: GOLOZETAS,
como marca de fábrica en clase 30 internacional, para proteger y distinguir lo
siguiente: en clase 30: galletas; galletas de malta; galletas de mantequilla;
galletas de sal y de dulce. Fecha: 6 de junio del 2019. Se cita a terceros
interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro,
dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación
de este edicto. Presentada el 30 de mayo del 2019. Solicitud Nº 2019-0004803. A efectos de publicación, téngase en
cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley Nº
7978. Esta solicitud se rige por el art. 28 de la Ley de Marcas Comerciales y
Otros Signos Distintivos que indica “Cuando la marca consista en una etiqueta y
otro signo compuesto por un conjunto de elementos, la protección no se
extenderá a los elementos contenidos en ella que sean de uso común o necesario
en el comercio”.—San José, 6 de junio de 2019.—Wendy
López Vindas, Registradora.—( IN2019361268 ).
Ricardo Alberto
Rodríguez Valderrama, casado, cedula de identidad 113780918, en calidad de
apoderado especial de Yanco Limited
(La Compañía) con domicilio en 1 Estuary Banks, Estuary Commerce Park, Speke, Liverpool, L24 8QR, Oficinas
de Yanco, Reino Unido, solicita la inscripción de: ZAPPO
como marca de fábrica y comercio en clases 4; 5 y 21 internacionales para
proteger y distinguir lo siguiente: en clase 4: Velas (iluminación); velas
(iluminación); mechas; aceite para alumbrado; velas, cirios, mechas y aceite de
lampara que contienen repelente de insectos; velas, cirios, mechas y aceite de
lampara que contienen preparados para matar insectos; en clase 5: Insecticidas;
insecticidas para uso agrícola, domestico, hortícola y veterinario; repelentes
de insectos; repelentes de insectos; preparaciones para matar insectos;
insecticidas; polvos insecticidas; pulverizador de insecticidas; papel para
atrapar moscas e insectos; bobinas anti mosquitos y esteras; larvicidas;
larvicidas para uso agrícola, domestico, hortícola y veterinario; tratamientos
antipolillas; pesticidas (distintos de germicidas, fungicidas, herbicidas,
desinfectantes, preparados y sustancias sanitarios); pesticidas agrícolas,
domésticos, hortícolas y de uso veterinario (distintos de germicidas,
fungicidas y herbicidas, desinfectantes, preparados y sustancias sanitarios);
rodenticidas; productos para eliminar roedores para uso agrícola, domestico,
hortícola y veterinario; acaricidas; productos para eliminar ácaros para uso
agrícola, domestico, hortícola y veterinario; productos y sustancias
farmacéuticos; productos y sustancias veterinarias; ninguno de los productos
mencionados sirve para su uso en animales de compañía; ninguno de los productos
mencionados sirve para su uso en relación con los escarabajos; en clase 21: Trampas
para insectos, plagas, moscas y roedores; dispositivos y aparatos para atraer,
repeler y eliminar insectos, moscas, plagas y roedores; botellas; botellas de
plástico; aerosoles, que no sean para uso personal; recipientes de aerosoles,
válvulas de aerosol; aparatos accionados eléctricamente para la producción de
vapor insecticida; dispositivos eléctricos para atraer, eliminar y repeler
insectos; aparatos eléctricos para repeler insectos; trampas eléctricas para
insectos; dispositivos eléctricos para repeler insectos; piezas y accesorios de
estos productos. Fecha: 11 de junio de 2019. Se cita a terceros interesados en
defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos
meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto.
Presentada el 30 de mayo del 2019. Solicitud N°
2019-0004814. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el
artículo 85 de la Ley 7978. Esta solicitud se rige por el art. 28 de la Ley de
Marcas Comerciales y Otros Signos Distintivos que indica “Cuando la marca
consista en una etiqueta y otro signo compuesto por un conjunto de elementos,
la protección no se extenderá a los elementos contenidos en ella que sean de
uso común o necesario en el comercio”.—San José, 11 de
junio del 2019.—Ildreth Araya Mesen, Registradora.—(
IN2019361269 ).
Ricardo Alberto
Rodríguez Valderrama, casado, cédula de identidad N°
113780918, en calidad de apoderado especial de Kamadaya
Entertainment Corp, con
domicilio en calle 12 B N° 35-69 Bogotá, Colombia,
solicita la inscripción de: SEBASTIAN YATRA, como marca de fábrica y
servicios en clases 25; 35 y 41, internacionales, para proteger y distinguir lo
siguiente: en clase 25: prendas de vestir, calzado, artículos de sombrerería
para hombres y mujeres; en clase 35: publicidad; gestión de negocios
comerciales; servicios de comunicados de prensa; consultoría sobre estrategias
de comunicación [relaciones publicas]; gestión empresarial de artistas
intérpretes o ejecutantes; publicación de textos publicitarios; publicidad;
relaciones públicas; marketing/mercadotecnia; en clase 41: servicios de entretenimiento; servicios de artistas del
espectáculo; servicios de composición musical; servicios de compositores y
autores de música; servicios de entretenimiento; producción de espectáculos;
organización y dirección de conciertos; servicios de estudios de grabación;
suministro en línea de música no descargable. Fecha: 26 de junio del 2019. Se
cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante
este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la
primera publicación de este edicto. Presentada el 18 de junio del 2019.
Solicitud Nº 2019-0004815. A efectos de publicación,
téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley Nº
7978. Esta solicitud se rige por el art. 28 de la Ley de Marcas Comerciales y
Otros Signos Distintivos que indica “Cuando la marca consista en una etiqueta y
otro signo compuesto por un conjunto de elementos, la protección no se
extenderá a los elementos contenidos en ella que sean de uso común o necesario
en el comercio”.—San José, 26 de junio del 2019.—Ildreth Araya Mesen, Registradora.—( IN2019361270 ).
Ricardo Alberto Rodríguez Valderrama, casado, cédula de identidad N°
1-1378-0918, en calidad de apoderado especial de Organización
Solarte & CIA SCA, con domicilio
en calle 12 B N° 35-69,
Bogotá, Colombia, oficinas de la compañía,
Colombia, solicita la inscripción
de: GOLOZETAS
como marca de fábrica en clase 30.
Internacional. Para proteger y distinguir lo siguiente: Galletas; galletas de
malta; galletas de mantequilla; galletas de sal y de dulce. Fecha: 10 de junio
de 2019. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos
valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir
de la primera publicación de este edicto. Presentada el 30 de mayo del 2019.
Solicitud N° 2019-0004811. A efectos de publicación,
téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley N°
7978. Esta solicitud se rige por el art. 28 de la Ley de Marcas Comerciales y
Otros Signos Distintivos que indica “Cuando la marca consista en una etiqueta y
otro signo compuesto por un conjunto de elementos, la protección no se
extenderá a los elementos contenidos en ella que sean de uso común o necesario
en el comercio”.—San José, 10 de junio del 2019.—Wendy
López Vindas, Registradora.—( IN2019361271 ).
Ricardo Alberto Rodríguez Valderrama, casado, cédula de identidad N°
1-1378-0918, en calidad de apoderado especial de Organización
Solarte & CIA SCA (LA “COMPAÑÍA”), con domicilio en calle
12 B Nº 35-69 Bogotá, Colombia, Oficinas de La Compañía, Colombia, solicita la inscripción de: TRUKITAS,
como marca de fábrica en clase
30. Internacional. Para proteger y distinguir lo siguiente: Galletas; galletas
de malta; galletas de mantequilla; galletas de sal y de dulce. Fecha: 10 de
junio del 2019. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para
hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados
a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 30 de mayo del
2019. Solicitud Nº 2019-0004812. A efectos de
publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley Nº 7978. Esta solicitud se rige por el art. 28 de la Ley de
Marcas Comerciales y Otros Signos Distintivos que indica “Cuando la marca
consista en una etiqueta y otro signo compuesto por un conjunto de elementos,
la protección no se extenderá a los elementos contenidos en ella que sean de
uso común o necesario en el comercio”.—San José, 10 de
junio del 2019.—Wendy López Vindas, Registradora.—( IN2019361272 ).
Ricardo Alberto Rodríguez Valderrama, casado, cédula de identidad
113780918, en calidad de apoderado especial de Organización
Solarte & Cía SCA, con domicilio en calle
12 B N° 35-69, Bogotá, Oficinas de la Compañía Colombia, solicita la inscripción de: Deleitinas
como marca de fábrica en clase
30 internacional. Para proteger y distinguir lo siguiente: Galletas; galletas
de malta; galletas de mantequillas; galletas de sal y de dulce. Fecha: 20 de
junio de 2019. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para
hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados
a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 11 de junio
del 2019. Solicitud N° 2019-0005243. A efectos de
publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978.
Esta solicitud se rige por el art. 28 de la Ley de Marcas Comerciales y Otros
Signos Distintivos que indica “Cuando la marca consista en una etiqueta y otro
signo compuesto por un conjunto de elementos, la protección no se extenderá a
los elementos contenidos en ella que sean de uso común o necesario en el comercio.—San José, 11 de junio del 2019.—Rina Ruiz Mata,
Registradora.—( IN2019361273 ).
Ricardo Alberto Rodríguez Valderrama, casado, cédula de identidad N°
113780918, en calidad de apoderado especial de Organización
Solarte & Cia SCA con domicilio
en Calle 12 B Nº 35-69, Bogotá, Colombia, Oficinas de la Compañía,
Colombia, solicita la inscripción
de: Dom’s
como marca de fábrica en clase 30 internacional,
para proteger y distinguir
lo siguiente: en clase 30: Galletas; galletas de malta;
galletas de mantequilla; galletas de sal y de dulce. Fecha: 10 de junio del 2019. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos
valer ante este Registro, dentro de los dos meses
siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 03 de junio del 2019. Solicitud Nº
2019-0004918. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto
en el artículo 85 de la Ley
Nº 7978. Esta solicitud se rige por el art. 28 de la Ley de Marcas
Comerciales y Otros Signos Distintivos que indica “Cuando la marca consista en una etiqueta y otro signo compuesto
por un conjunto de elementos, la protección
no se extenderá a los elementos
contenidos en ella que sean de uso común o necesario
en el comercio”.—San José,
10 de junio del 2019.—Wendy López Vindas,
Registradora.—( IN2019361274 ).
Max Araya Cruz, divorciado,
cédula de identidad 111990628, en
calidad de apoderado generalísimo de Rua Mercadeo S. A., cedula jurídica
3101556922, con domicilio en
Pavas, del correo de Pavas, 200 metros norte, 100 oeste y 50 norte, casa a mano izquierda, portón negro, San
José, Costa Rica, solicita la inscripción
de: RUA MERCADEO,
como marca de servicios en clase:
35 internacional, para proteger y distinguir lo siguiente: servicios de
publicidad. Fecha: 2 de julio de 2019. Se cita a terceros interesados en
defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos
meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto.
Presentada el 20 de junio de 2019. Solicitud N°
2019-0005580. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el
artículo 85 de la Ley 7978. Esta solicitud se rige por el art. 28 de la Ley de
Marcas Comerciales y Otros Signos Distintivos que indica “Cuando la marca
consista en una etiqueta y otro signo compuesto por un conjunto de elementos,
la protección no se extenderá a los elementos contenidos en ella que sean de
uso común o necesario en el comercio”.—San José, 2 de
julio de 2019.—Isela Chango Trejos, Registradora.—( IN2019361275 ).
Erick Lonis Bolaños, divorciado una vez, cédula de identidad 606590358 con domicilio
en Alajuela, Costa Rica, solicita
la inscripción de: Las Cumbres
Agrihood Natural Connectión
como nombre
comercial en clase: Internacional para proteger y distinguir lo siguiente: en
clase 49: Un establecimiento comercial dedicado a ganadería, agricultura e
inmobiliaria, ubicado en Alajuela, Poás, San Juan Norte de Ferretería San Juan;
27 km al norte. Fecha: 17 de junio de 2019. Se cita a terceros interesados en
defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos
meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto.
Presentada el 10 de mayo del 2019. Solicitud N°
2019-0004075. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el
artículo 85 de la Ley 7978. Esta solicitud se rige por el art. 28 de la Ley de
Marcas Comerciales y Otros Signos Distintivos que indica “Cuando la marca
consista en una etiqueta y otro signo compuesto por un conjunto de elementos,
la protección no se extenderá a los elementos contenidos en ella que sean de
uso común o necesario en el comercio”.—San José, 17 de
junio del 2019.—Katherine Jiménez Tenorio, Registradora.—( IN2019361300 ).
Luis Diego Castro Chavarría, casado en segundas nupcias,
cédula de identidad N° 106690228, en
calidad de apoderado
especial de Abbott Cardiovascular Systems, Inc. con domicilio
en 300 Lakeside Drive Santa Clara California 95054, Estados Unidos de América, solicita
la inscripción de: HI-TORQUE VEKTOR como marca de fábrica
y comercio en clase 10 internacional, para proteger y distinguir lo siguiente: en clase
10: Dispositivos médicos, a
saber, alambres guía para uso
cardiovascular, excluyendo oftalmología.
Fecha: 19 de junio del
2019. Se cita a terceros interesados en defender sus
derechos para hacerlos valer
ante este Registro, dentro
de los dos meses siguientes,
contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada
el 26 de abril del 2019. Solicitud
Nº 2019-0003651. A efectos
de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto
en el artículo 85 de la Ley
Nº 7978. Esta solicitud se rige por el art. 28 de la Ley de Marcas
Comerciales y Otros Signos Distintivos que indica “Cuando la marca consista en una etiqueta y otro signo compuesto
por un conjunto de elementos, la protección
no se extenderá a los elementos
contenidos en ella que sean de uso común o necesario
en el comercio”.—San José,
19 de junio del 2019.—Bernard Molina Alvarado, Registrador.—( IN2019361302 ).
Luis Diego Castro
Chavarría, casado dos veces, cédula de identidad 106690228, en calidad de
apoderado especial de Benemerito Cuerpo de Bomberos
de Costa Rica, con domicilio en avenida 3a, calle 18, costado norte parada de
buses del mercado la Coca Cola, San José, Costa Rica, solicita la inscripción
de: Amamos lo que hacemos, cuidamos lo que usted ama como señal de
propaganda en clase(s): Internacional(es). Para proteger y distinguir lo
siguiente: en clase 50: Para promocionar metales preciosos y sus aleaciones,
así como productos de estas materias o chapados no comprendidos en otras
clases; artículos de joyería, bisutería, piedras preciosas; artículos de
relojería e instrumentos cronométricos Papel, cartón y artículos de estas
materias no comprendidos en otras clases; productos de imprenta; material de
encuadernación; fotografías; artículos de papelería; adhesivos (pegamentos) de
papelería o para uso doméstico; material para artistas; pinceles; máquinas de
escribir y artículos de oficina (excepto muebles); material de instrucción o
material didáctico (excepto aparatos); materias plásticas para embalar (no
comprendidas en otras clases); caracteres de imprenta; clichés de imprenta
Utensilios y recipientes para uso doméstico y culinario; peines y esponjas;
cepillos; materiales para fabricar cepillos; material de limpieza; lana de
acero; vidrio en bruto o semielaborado (excepto el vidrio de construcción);
artículos de cristalería, porcelana y loza no comprendidos en otras clases
Prendas de vestir; calzado, artículos de sombrerería Servicios de construcción;
servicios de reparación; servicios de instalación Educación; formación;
servicios de entretenimiento; actividades deportivas y culturales Servicios
científicos y tecnológicos, así como servicios de investigación y diseño en
estos ámbitos; servicios de análisis e investigación industriales; diseño y
desarrollo de equipos informáticos y de software Servicios jurídicos; servicios
de seguridad para la protección de bienes y personas; servicios personales y
sociales prestados por terceros para satisfacer necesidades individuales En
relación con la marca “BOMBEROS 1865 COSTA RICA”, número de registro 237758.
Fecha: 21 de junio de 2019. SSe cita a terceros
interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro,
dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación
de este edicto. Presentada el 18 de junio del 2019. Solicitud N° 2019-0005450. A efectos de publicación, téngase en
cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978. Esta solicitud se rige
por el art. 28 de la Ley de Marcas Comerciales y Otros Signos Distintivos que
indica “Cuando la marca consista en una
etiqueta y otro signo compuesto por un conjunto de elementos, la protección no
se extenderá a los elementos contenidos en ella que sean de uso común o
necesario en el comercio.—San José, 21 de junio del
2019.—Katherine Jiménez Tenorio, Registradora.—( IN2019361303 ).
Mariana
Vargas Roqhuett, casada una vez, cédula de identidad
304260709, en calidad de apoderada especial de Roble International Corporation, con domicilio en Torre Las Américas, Torre C,
piso N° 27-02, Punta Pacífica, Ciudad de Panamá,
Islas Vírgenes (Británicas), solicita la inscripción
de: EL PASEO LINDORA, como marca de servicios en clase: 36
Internacional, para proteger y distinguir lo siguiente: negocios inmobiliarios.
Reservas: No se hace reserva del término LINDORA. Fecha: 21 de junio de 2019.
Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer
ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la
primera publicación de este edicto. Presentada el 27 de marzo de 2019.
Solicitud N° 2019-0002725. A efectos de publicación,
téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978. Esta solicitud
se rige por el art. 28 de la Ley de Marcas Comerciales y Otros Signos
Distintivos que indica “Cuando la marca consista en una etiqueta y otro signo
compuesto por un conjunto de elementos, la protección no se extenderá a los
elementos contenidos en ella que sean de uso común o necesario en el comercio”.—San José, 21 de junio de 2019.—Jamie Phillips Guardado,
Registrador.—( IN2019361305 ).
Kiran Kamal (nombres)
Motwani Shivdasani (apellidos),
casada una vez, pasaporte PAI243569 con domicilio
en Calle San Bartolomé setenta
y nueve uno B El Arenal
Cero Siete Mil Seiscientos,
Mallorca, Baleares, España, solicita
la inscripción de: ALOHA MENTAL ARITHMETIC
como marca de fábrica en clase 16 internacional,
para proteger y distinguir
lo siguiente: en clase 16: Papel y cartón; productos de imprenta; material de encuadernación;
fotografías; artículos de papelería y artículos de oficina, excepto muebles; adhesivos (pegamentos) de papelería o para uso doméstico; material de dibujo y material para artistas; pinceles; material de instrucción
y material didáctico; hojas películas
y bolsas de materias plásticas para embalar y empaquetar; caracteres de imprenta, clichés de imprenta. Fecha: 09 de mayo del 2019. Se cita
a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos
valer ante este Registro, dentro de los dos meses
siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 02 de mayo
del 2019. Solicitud Nº 2019-0003781. A efectos de publicación,
téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley Nº
7978. Esta solicitud se rige por el art. 28 de la Ley de Marcas
Comerciales y Otros Signos Distintivos que indica “Cuando la marca consista en una etiqueta y otro signo compuesto
por un conjunto de elementos, la protección
no se extenderá a los elementos
contenidos en ella que sean de uso común o necesario
en el comercio”.—San José,
09 de mayo del 2019.—Randall Abarca Aguilar, Registrador.—( IN2019361308 ).
Javier Alberto Montejo Calvo, soltero,
cédula de identidad 114380275, en
calidad de apoderado
especial de Costa Vida Presenta Limitada,
cédula jurídica 3102778905 con domicilio
en Escazú, EBC Centro Corporativo Octavo Piso, Sfera Legal, San José, Costa Rica, solicita
la inscripción de: COSTA VIDA PRESENTA
como marca de servicios en clase
35 internacional, para proteger y distinguir lo siguiente: en clase 35:
publicidad; gestión de negocios comerciales; administración comercial; trabajos
de oficina. Fecha: 19 de junio de 2019. Se cita a terceros interesados en
defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos
meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto.
Presentada el 9 de mayo del 2019. Solicitud N°
2019-0004017. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el
artículo 85 de la Ley 7978. Esta solicitud se rige por el art. 28 de la Ley de
Marcas Comerciales y Otros Signos Distintivos que indica “Cuando la marca
consista en una etiqueta y otro signo compuesto por un conjunto de elementos,
la protección no se extenderá a los elementos contenidos en ella que sean de
uso común o necesario en el comercio”—San José, 19 de junio del 2019.—Katherine
Jiménez Tenorio, Registradora.—( IN2019361310 ).
Javier Alberto
Montejo Calvo, soltero, cédula de identidad N°
1-1438-0275, en calidad de apoderado especial de Costa Vida Presenta Limitada, cédula jurídica N° 3-102-778905, con domicilio en Escazú, EBC Centro
Corporativo, octavo piso, Sfera Legal, San José, Costa Rica, solicita la
inscripción de: COSTA VIDA PRESENTA, como marca de servicios en clase
41. Internacional. Para proteger y distinguir lo siguiente: servicios de
entretenimiento; actividades deportivas y culturales. Fecha: 13 de junio de
2019. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos
valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir
de la primera publicación de este edicto. Presentada el 09 de mayo de 2019.
Solicitud N° 2019-0004018. A efectos de publicación,
téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley N°
7978. Esta solicitud se rige por el art. 28 de la Ley de Marcas Comerciales y
Otros Signos Distintivos que indica “Cuando la marca consista en una etiqueta y
otro signo compuesto por un conjunto de elementos, la protección no se
extenderá a los elementos contenidos en ella que sean de uso común o necesario
en el comercio”.—San José, 13 de junio de
2019.—Katherine Jiménez Tenorio, Registradora.—( IN2019361311 ).
Carlos Gerardo Díaz Soto, casado
2 veces, cédula de identidad
1-0911- 0575, con domicilio en
Mata de Plátano de Goicoechea
Resd Portevadia casa 39 frente igle católica,
Costa Rica, solicita la inscripción
de: SI-Transportes
como marca
de servicios en clase 39 internacional. Para proteger y distinguir lo
siguiente: Servicio de transporte, embalaje y almacenamiento de mercancías,
organización de viajes. Fecha: 10 de julio de 2019. Se cita a terceros
interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro,
dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación
de este edicto. Presentada el 26 de junio del 2019. Solicitud N° 2019-0005766. A efectos de publicación, téngase en
cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978. Esta solicitud se rige
por el art. 28 de la Ley de Marcas Comerciales y Otros Signos Distintivos que
indica “Cuando la marca consista en una etiqueta y otro signo compuesto por un
conjunto de elementos, la protección no se extenderá a los elementos contenidos
en ella que sean de uso común o necesario en el comercio.—San
José, 10 de julio del 2019.—Randall Abarca Aguilar, Registrador.—( IN2019361323
).
José Hans Vargas
Sandi, soltero, cédula de identidad N° 108910614, en
calidad de apoderado generalísimo de Tres-Ciento Uno-Quinientos Ocho Mil
Doscientos Trece S. A., cédula jurídica N°
3101508213, con domicilio en Santa Ana, Salitral, Calle Perico, frente Puplena Gato, Costa Rica, solicita la inscripción de: GSM
Infracon, como nombre comercial en clase(s):
internacional(es), para proteger y distinguir lo siguiente: un establecimiento
comercial dedicado a construcción de inmuebles ubicado en Salitral de Santa
Ana, calle el Perico, de las cabañas ochocientos metros al sur. Fecha: 17 de
junio del 2019. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para
hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados
a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 10 de mayo del
2019. Solicitud Nº 2019-0004074. A efectos de
publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley Nº 7978. Esta solicitud se rige por el art. 28 de la Ley de
Marcas Comerciales y Otros Signos Distintivos que indica “Cuando la marca
consista en una etiqueta y otro signo compuesto por un conjunto de elementos,
la protección no se extenderá a los elementos contenidos en ella que sean de
uso común o necesario en el comercio”.—San José, 17 de
junio del 2019.—Alex Villegas Méndez, Registrador.—( IN2019361339 ).
Ana Laura Berdugo Ulate, divorciada, cédula de identidad 108850602, en calidad de apoderada generalísima de Grupo Santa Diabla
Sociedad Anónima, cédula jurídica
3101700141, con domicilio en
Colima de Tibás, 200 norte
del Maxipalí, Residencial
Real de Colima, apartamento N° 6, San José, Costa
Rica, solicita la inscripción
de: socialforce,
como marca de servicios en
clase: 35 internacional, para proteger y distinguir lo siguiente: servicios
publicitarios que consisten en publicar en cualquier medio de difusión,
comunicaciones, declaraciones o anuncios relacionados publicitarios que
consisten en publicar en cualquier medio de con todo tipo de productos o
servicios, por medo de comunicaciones electrónicas en sitios web o redes
sociales. Fecha: 5 de junio de 2019. Se cita a terceros interesados en defender
sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses
siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto.
Presentada el 28 de mayo de 2019. Solicitud N°
2019-0004701. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el
artículo 85 de la Ley 7978. Esta solicitud se rige por el art. 28 de la Ley de
Marcas Comerciales y Otros Signos Distintivos que indica “Cuando la marca
consista en una etiqueta y otro signo compuesto por un conjunto de elementos,
la protección no se extenderá a los elementos contenidos en ella que sean de
uso común o necesario en el comercio”.—San José, 5 de
junio de 2019.—Rina Ruiz Mata, Registradora.—( IN2019361343 ).
Juan Ernesto Arias Achío, casado una vez, cédula de identidad N° 113270088 con domicilio
en Asunción de Belén, de
EPA 250 metros oeste y 100 metros norte,
Costa Rica, solicita la inscripción
de: AA ADVANT ATELIER
como Marca
de Servicios en clase: 42. Internacional. Para proteger y distinguir lo
siguiente: diseño de nuevos productos, diseño arquitectónico, servicio de
consultaría de diseño y arquitectura. Fecha: 03 de julio del 2019. Se cita a
terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este
Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera
publicación de este edicto. Presentada el 17 de junio del 2019. Solicitud Nº 2019-0005429. A efectos de publicación, téngase en
cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley Nº
7978. Esta solicitud se rige por el art. 28 de la Ley de Marcas Comerciales y
Otros Signos Distintivos que indica “Cuando la marca consista en una etiqueta y
otro signo compuesto por un conjunto de elementos, la protección no
se extenderá a los elementos contenidos en ella que sean de uso común o
necesario en el comercio”.—San José, 03 de julio del
2019.—Ivonne Mora Ortega, Registradora.—( IN2019361371 ).
M. Enrique Lizano, casado una vez, cédula de identidad 108330413, en calidad de apoderado especial de Aceros de Guatemala Sociedad Anónima,
con domicilio en Avenida
las Américas 18-81, Zona 14, Edificio
Columbus Center, Nivel 14 Guatemala, Guatemala, solicita
la inscripción de: HIERRO AG,
como marca de fábrica y comercio
en clase: 6 internacional, para proteger y distinguir lo siguiente: materiales
de construcción metálicos a base de hierro; construcciones transportables
metálicas a base de hierro, materiales metálicos para vías férreas a base de
hierro. Fecha: 3 de julio de 2019. Se cita a terceros interesados en defender
sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses
siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto.
Presentada el 22 de marzo de 2019. Solicitud N°
2019-0002592. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el
artículo 85 de la Ley 7978. Esta solicitud se rige por el art. 28 de la Ley de
Marcas Comerciales y Otros Signos Distintivos que indica “Cuando la marca
consista en una etiqueta y otro signo compuesto por un conjunto de elementos,
la protección no se extenderá a los elementos contenidos en ella que sean de
uso común o necesario en el comercio”.—San José, 3 de
julio de 2019.—Alex Villegas Méndez, Registrador.—( IN2019361384 ).
Michael
Tarcica Galindo, soltero, cédula de identidad N° 114070869, en calidad de apoderado especial de Parkside Inmobiliaria S. A., cédula jurídica N° 3101669952 con domicilio en San José, Sabana Sur, 250
metros al sur de Pops, casa a mano derecha color azul
de dos pisos, San José, Costa Rica, solicita la inscripción de: URBANIA,
como marca de servicios en clase(s): 36, internacional(es), para proteger y
distinguir lo siguiente: en clase 36: negocios inmobiliarios. Fecha: 26 de
junio del 2019. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para
hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados
a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 9 de mayo del
2019. Solicitud Nº 2019-0004032. A efectos de
publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley Nº 7978. Esta solicitud se rige por el art. 28 de la Ley de
Marcas Comerciales y Otros Signos Distintivos que indica “Cuando la marca
consista en una etiqueta y otro signo compuesto por un conjunto de elementos,
la protección no se extenderá a los elementos contenidos en ella que sean de
uso común o necesario en el comercio”.—San José, 26 de
junio del 2019.—Ildreth Araya Mesén, Registradora.—(
IN2019361390 ).
Flor María Rodríguez Gamboa,
casada una vez, cédula de identidad N° 203450464 con domicilio
en casa 159, Residencial
Aries, Cantón Central, San Francisco, Heredia, Costa
Rica, solicita la inscripción
de: Bolsitica
como marca de fábrica y comercio
en clase 18 internacional, para proteger y distinguir lo siguiente: en clase
18: Bolsas de empaque de carga de compras, del hogar reutilizables sustitutas
de las de plástico. Fecha: 01 de abril del 2019. Se cita a terceros interesados
en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los
dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este
edicto. Presentada el 01 de marzo del 2019. Solicitud Nº
2019-0001868. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el
artículo 85 de la Ley Nº 7978. Esta solicitud se rige
por el art. 28 de la Ley de Marcas Comerciales y Otros Signos Distintivos que
indica “Cuando la marca consista en una etiqueta y otro signo compuesto por un
conjunto de elementos, la protección no se extenderá a los elementos contenidos
en ella que sean de uso común o necesario en el comercio”.—San
José, 1 de abril del 2019.—Grettel Solís Fernández,
Registradora.—( IN2019361423 ).
David Mora Marín, divorciado
una vez, cédula de identidad
6-205-856, con domicilio en
San Isidro de Pérez Zeledón, Barrio San Andrés. calle Leman, San José, Costa Rica, solicita
la inscripción de: NaturalTico,
como marca de comercio en clase
29 internacional, para proteger y distinguir lo siguiente: aceite de coco,
mantequilla de coco, coco deshidratado, grasa de coco. Fecha: 9 de julio de
2019. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos
valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir
de la primera publicación de este edicto. Presentada el 4 de abril de 2019.
Solicitud N° 2019-0003070. A efectos de publicación,
téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978. Esta solicitud
se rige por el art. 28 de la Ley de Marcas Comerciales y Otros Signos
Distintivos que indica “Cuando la marca consista en una etiqueta y otro signo
compuesto por un conjunto de elementos, la protección no se extenderá a los
elementos contenidos en ella que sean de uso común o necesario en el comercio”.—San José, 9 de julio de 2019.—Jamie Phillips Guardado,
Registrador.—( IN2019361430 ).
Gilberto Ricardo Sáenz
Vargas, casado una vez,
cédula de identidad 112490237, en
calidad de apoderado generalísimo de Constructora Sáenz Vargas HSV Sociedad Anónima,
cédula jurídica 3101436575, con domicilio
en Pérez Zeledón, Quebrada
Honda, 50 metros al este del surtidor
Vargas, San José, Costa Rica, solicita la inscripción de: CONSTRUCTORA SAENZ,
como marca
de servicios en clase 37 internacional, para proteger y distinguir lo
siguiente: construcción o fabricación, remodelación y restauración de
edificaciones. Fecha: 10 de julio de 2019. Se cita a terceros interesados en
defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los
dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este
edicto. Presentada el 2 de julio de 2019. Solicitud N°
2019-0005928. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el
artículo 85 de la Ley 7978. Esta solicitud se rige por el art. 28 de la Ley de
Marcas Comerciales y Otros Signos Distintivos que indica “Cuando la marca
consista en una etiqueta y otro signo compuesto por un conjunto de elementos,
la protección no se extenderá a los elementos contenidos en ella que sean de
uso común o necesario en el comercio”.—San José, 10
de julio de 2019.—Milena Marín Jiménez, Registradora.—( IN2019361433 ).
Shannon
Biodin (nombres) Smith (único apellido), casada una
vez, cédula de residencia 18400147381121, en calidad de apoderada generalísima
de Charolitas Limitada, cédula jurídica 3102729427, con domicilio en cantón
Monteverde, distrito Santa Elena, contiguo al Banco Nacional, en la pensión
Santa Elena, Puntarenas, Costa Rica, solicita la inscripción de: MUCHA LUCHA
como nombre comercial. Para proteger y distinguir lo siguiente: Un
establecimiento comercial dedicado a la elaboración de comida, venta y
preparación de alimentos y salsa picantes. Ubicado en Puntarenas, cantón
Monteverde, distrito Santa Elena, contiguo al Banco Nacional, en La Pensión
Santa Elena. Fecha: 8 de julio de 2019. Se cita a terceros interesados en
defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos
meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto.
Presentada el 19 de junio del 2019. Solicitud N°
2019-0005488. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el
artículo 85 de la Ley 7978. Esta solicitud se rige por el art. 28 de la Ley de
Marcas Comerciales y Otros Signos Distintivos que indica “Cuando la marca
consista en una etiqueta y otro signo compuesto por un conjunto de elementos,
la protección no se extenderá a los elementos contenidos en ella que sean de
uso común o necesario en el comercio.—San José, 8 de
julio del 2019.—Rolando
Cardona Monge, Registrador.—( IN2019361435 ).
Mariana Vargas Roqhuett, casada una vez, cédula de identidad N° 304260709, en calidad de apoderado especial de Intratext de El Salvador S. A. DE C.V. (Intratex,
S. A. de C.V.), con domicilio en
Soyopango, Departamento de
San Salvador, El Salvador solicita la inscripción de: INTRATEC PERFORMANCE APPAREL,
como marca
de fábrica y comercio en clase(s): 25 internacional(es), para proteger y
distinguir lo siguiente: en clase 25: prendas de vestir, calzado, artículos de
sombrerería, todas en el área de ropa de rendimiento. Fecha: 20 de junio del
2019. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos
valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir
de la primera publicación de este edicto. Presentada el 26 de abril del 2019.
Solicitud Nº 2019-0003649. A efectos de publicación,
téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley Nº
7978. Esta solicitud se rige por el art. 28 de la Ley de Marcas Comerciales y
Otros Signos Distintivos que indica “Cuando la marca consista en una etiqueta y
otro signo compuesto por un conjunto de elementos, la protección no se
extenderá a los elementos contenidos en ella que sean de uso común o necesario
en el comercio”.—San José, 20 de junio del
2019.—Katherine Jiménez Tenorio, Registradora.—( IN2019361439 ).
William Zúñiga
Jiménez, casado una vez, cédula de identidad 503090883, en calidad de apoderado
generalísimo de Hermosa High School SRL, cédula
jurídica 3102689180, con domicilio en Playa Hermosa, San Martín de Cóbano, sobre la carretera principal, instalaciones de
Hermosa Valley School, Puntarenas, Costa Rica,
solicita la inscripción de: CENTRO PRIVADO HERMOSA HIGH SCHOOL, como
nombre comercial en clase: internacional, para proteger y distinguir lo
siguiente: un establecimiento comercial dedicado a servicios en materia de
educación secundaria, ubicado en Playa Hermosa, San Martín de Cóbano, Puntarenas, sobre la carretera principal,
instalaciones de Hermosa Valley School. Fecha: 16 de
enero de 2019. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para
hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados
a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 21 de
diciembre de 2018. Solicitud N° 2018-0011809. A
efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la
Ley 7978.—San José, 16 de enero de 2019.—Alex Villegas Méndez, Registrador.—( IN2019361444 ).
Edgar Nassar Guier, soltero, cédula de identidad N°
106170850, en calidad de apoderado especial de Interamérica
Trading Corporation of Costa Rica SRL, cédula jurídica
N° 3102715138 con domicilio en
Moravia, San Jerónimo, 50 metros al este de La Ermita Católica, Costa
Rica, solicita la inscripción
de: ABAD como marca
de comercio en clase 25 internacional, para proteger y distinguir lo siguiente: Ropa, calzado y sombrerería. Fecha: 16 de enero del 2019. Se cita a terceros interesados en defender sus
derechos para hacerlos valer
ante este Registro, dentro
de los dos meses siguientes,
contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada
el 21 de diciembre del 2018. Solicitud
Nº 2018-0011811. A efectos
de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto
en el artículo 85 de la Ley
Nº 7978. Esta solicitud se rige por el art. 28 de la Ley de Marcas
Comerciales y Otros Signos Distintivos que indica “Cuando la marca consista en una etiqueta y otro signo compuesto
por un conjunto de elementos, la protección
no se extenderá a los elementos
contenidos en ella que sean de uso común o necesario
en el comercio”.—San José,
16 de enero del 2019.—Alex Villegas Méndez, Registrador.—( IN2019361446 ).
Luis Alfredo Mata
Guzmán, casado una vez, cédula de identidad 113040956, en calidad de apoderado
generalísimo de Soestra Sociedad de Responsabilidad
Limitada, cédula jurídica 3102774958, con domicilio en Pavas, Boulevard de Rohrmoser, la Favorita Norte Avenida 27, calle 108, primera
casa, a mano derecha, San José, Costa Rica, solicita la inscripción de: Natural
Soul by Nancy Sánchez,
como marca
de servicios en clase: 44 internacional, para proteger y distinguir lo siguiente:
educación alimentaria del paciente en temas de nutrición clínica Realización,
análisis e interpretación de mediciones de composición corporal
Asesoría en planes de alimentación y recomendaciones nutricionales de forma
individual y personalizada, ajustada a las necesidades nutricionales de cada
paciente y su familia tomando en cuenta las enfermedades asociadas Orientación
nutricional a mujeres embarazadas, niños y personas sanas que deseen mejorar
sus hábitos de alimentación Tratamiento de todo tipo de patologías relacionadas
con trastornos del metabolismo (desnutrición, diabetes, trastornos de la
alimentación, sobre peso, obesidad, entre otros. Fecha: 10 de julio de 2019. Se
cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante
este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera
publicación de este edicto. Presentada el 17 de junio de 2019. Solicitud N° 2019-0005420. A efectos de publicación, téngase en
cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978. Esta solicitud se rige
por el art. 28 de la Ley de Marcas Comerciales y Otros Signos Distintivos que
indica “Cuando la marca consista en una etiqueta y otro signo compuesto por un
conjunto de elementos, la protección no se extenderá a los elementos contenidos
en ella que sean de uso común o necesario en el comercio”.—San
José, 10 de julio de 2019.—Milena Marín Jiménez, Registradora.—(
IN2019361504 ).
Marcas de Ganado
Solicitud Nº
2019-1322.—Ref: 35/2019/2947.—Elio José Jiménez
Rosales, cédula de identidad N° 5-0091-0701, solicita
la inscripción de: OJR, como marca de ganado que usará preferentemente en Guanacaste,
Bagaces, Río Naranjo, Río Chiquito, de la entrada a Río Chiquito 1 kilómetro al
norte, carretera a Upala. Se cita a terceros interesados en defender sus
derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los 10 días hábiles
contados a partir de la publicación de este edicto. Presentada el 20 de junio
del 2019. Según el expediente N° 2019-1322.—Karol Claudel Palma, Registradora.—1
vez.—( IN2019361449 ).
Solicitud N° 2019-1484.—Ref.:
35/2019/3278.—Jeffry Esteban Pérez Calderón, cédula de identidad 0115480708, solicita la
inscripción de:
P C
1 0
como marca de ganado, que usará
preferentemente en San José, Pérez Zeledón, Pejibaye, San Marcos, 250 metros
este de la escuela del lugar. Se cita a terceros interesados en defender sus
derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los 10 días hábiles
contados a partir de la publicación de este edicto. Presentada el 9 de julio
del 2019, según el expediente N° 2019-1484.—Elda
Cerdas Badilla, Registradora.—1 vez.—( IN2019361477 ).
Solicitud
N° 2019-1483.—Ref:
35/2019/3274.—Julio Roberto
Webb Villanueva, cédula de identidad 0109400129,
solicita la inscripción de: R-W como marca de ganado, que usará
preferentemente en Puntarenas, Buenos Aires, Potrero Grande, La Lucha, 2
kilómetros norte de la escuela El Jorón. Se cita a
terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este
Registro, dentro de los 10 días hábiles contados a partir de la publicación de
este edicto. Presentada el 09 de julio del 2019. Según el expediente N° 2019-1483.—Elda Cerdas Badilla Registradora.—1
vez.—( IN2019361478 ).
Solicitud N° 2019-1420.—Ref.: 35/2019/3164.—Alfonso Azofeifa
Fallas, cédula de identidad
1-1055-0004, solicita la inscripción
de:
como marca
de ganado que usará preferentemente en San José, Mora, Tabarcia,
Piedra Blanca, 3.2 kilómetros al oeste de la escuela Tomás Acosta de Bajos de
Jorco. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos
valer ante este Registro, dentro de los 10 días hábiles contados a partir de la
publicación de este edicto. Presentada el 3 de julio del 2019, según el
expediente N° 2019-1420.—Karol
Claudel Palma, Registradora.—1 vez.—( IN2019361533 ).
Solicitud N° 2019-978.—Ref.: 35/2019/2485.—Raimundo Arcia
Cascante, cédula de identidad
0800560307, solicita la inscripción
de:
3 A
F
Como marca
de ganado, que usará preferentemente en Guanacaste, La Cruz, Santa Cecilia,
Bella Vista, de la escuela de Los Palmares, dos kilómetros al norte, comunidad
Bella Vista. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para
hacerlos valer ante este Registro, dentro de los 10 días hábiles contados a
partir de la publicación de este edicto. Presentada el 10 de mayo del 2019.
Según el expediente N° 2019-978.—Elda Cerdas Badilla,
Registradora.—1 vez.—( IN2019361577 ).
Solicitud N° 2019-1124.—Ref.: 35/2019/2713.—Rafael Ángel Ponce Lara,
cédula de identidad 0502120682, solicita la inscripción de: I80, como
marca de ganado, que usará preferentemente en Guanacaste, La Cruz, Santa Elena,
Cuajiniquil, del ebais, dos
kilómetros al sur. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para
hacerlos valer ante este Registro, dentro de los 10 días hábiles contados a
partir de la publicación de este edicto. Presentada el 29 de mayo del 2019,
según el expediente N° 2019-1124.—san José, 12 de
junio del 2019.—Elda Cerdas Badilla, Registradora.—1
vez.—( IN2019361579 ).
Solicitud N° 2019-1191.—Ref: 35/2019/2736.—Viasney
Romero Castro, cédula de identidad 0205230979, solicita la inscripción de:
8
V 5
como marca de ganado, que usará
preferentemente en Las cubas de Los Chiles de Alajuela, de la entrada a las
Cubas, un kilómetro al este. Se cita a terceros interesados en defender sus
derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los 10 días hábiles
contados a partir de la publicación de este edicto. Presentada el 06 de junio
del 2019. Según la Solicitud N° 2019-1191.—Elda
Cerdas Badilla, Registradora.—1 vez.—( IN2019361598 ).
Asociaciones
Civiles
El Registro de Personas
Jurídicas, ha recibido para su inscripción la Reforma del estatuto de la
persona jurídica cédula: 3-002-051743, denominación: Asociación Campamento Roble
Alto. Por cuanto dicha reforma cumple con lo exigido por la Ley N° 218 del 08/08/1939, y sus reformas. Se emplaza por 15
días hábiles a partir de esta publicación a cualquier interesado para que
formule reparos a la inscripción en trámite. Documento tomo: 2019, asiento:
329698.—Registro Nacional, 10 de junio del 2019.—Licda. Yolanda Víquez Alvarado.—1 vez.—( IN2019361551 ).
El Registro de Personas Jurídicas, ha recibido para su inscripción el estatuto de la entidad: Asociación Comunidad Autosuficiente Bio Morlen, con domicilio en la provincia de: San José-San José, cuyos
fines principales, entre otros
son los siguientes: defender los intereses
comunes de los asociados en todo aquello
que pueda redundar en el beneficio de todos. Fomentar entre todos los sentimientos cívicos de respeto y cuidado hacia los bienes de uso comunitario,
cuyo representante, será el presidente: Elías Roberto
Muñoz Calvo, con las facultades que establece el estatuto. Por encontrarse dicha entidad dentro de las prescripciones
establecidas en la ley no.
218 del 08/08/1939, y sus reformas. Se emplaza por 15 días hábiles a partir de esta publicación a cualquier interesado para que formule reparos a la inscripción en trámite. Documento tomo: 2019 asiento: 211234 con adicionales:
tomo: 2019 asiento: 362271.—Registro
nacional, 18 de junio de 2019.—Licda. Yolanda Víquez Alvarado, Registradora.—1 vez.—( IN2019361570 ).
Patentes de Invención
PUBLICACIÓN DE TERCERA VEZ
El señor Manuel Francisco Amador
Cedeño, solicita la Patente Nacional sin Prioridad denominada MOTOR DE
UNIDAD DE POTENCIA DE CABALLOS DE FUERZA ALMACENADA EN CUERDA DE ACERO
INDUSTRIAL F-521 DE ALTA TENSIÓN EN TONELADAS DE COMPRESIÓN DE DIVERSAS
MAGNITUDES. El motor de unidad de potencia caballos de fuerza almacenada en
cuerda de acero industrial F-521 de alta tensión en toneladas de compresión en
diversas magnitudes se desprende de la unión de tres dispositivos comúnmente
utilizados o renonocidos pero que al estar dispuestos
uno en función del otro conforman este novedoso motor que produce unidad de
potencia caballos de fuerza industrial sin necesidad de energías hidrocarburantes o eléctricas o térmicas para su
funcionamiento, si no más bien energía almacenada en
cuerda de acero F-521 de alta tensión por tanto se requerirá brindarle a la
bomba hidráulica de acción manual sencilla cada vez que se agote la fuerza
almacenada en cuerda de acero industrial F-521 de alta tensión para así
reanudar las veces que sean necesarias, ya que el rendimiento de la energía
almacenada dependerá de la energía almacenada dependerá de la energía liberada
a través de su eje muelle motor y de las magnitudes del motor en sí único y
novedoso en su estilo promete brindar fuerza convertida en energía eléctrica o
mecánica donde se requiera sin la necesidad que conlleva los motores de
energías combustibles externas. La memoria descriptiva, reivindicaciones,
resumen y diseños quedan depositados, la Clasificación Internacional de
Patentes es: B60T 1/10, F15B 1/02 y F15B 21/00; cuyos inventores son: Amador
Cedeño, Manuel Francisco (CR). Prioridad: Publicación Internacional: La
solicitud correspondiente lleva el número 2019-0000288, y fue presentada a las
09:52:12 del 14 de junio de 2019. Cualquier interesado podrá oponerse dentro de
los tres meses siguientes a la tercera publicación de este aviso. Publíquese
tres días consecutivos en el Diario Oficial La Gaceta y una vez en un
periódico de circulación nacional.—San José, 27 de
junio de 2019.— Viviana Segura de La O.—( IN2019360987 ).
La señora
María del Pilar López Quirós, cédula de identidad 110660601, en calidad de apoderado especial de Mcniven, Sean A.; Valencia, Francisco y Von Oepen, Randolf, solicita la Patente PCT denominada COMBINACIÓN DE CATÉTER Y SISTEMAS DIRIGIDOS.
Un catéter orientable tiene
un cuerpo con una superficie
exterior y una superficie interior que define un
lumen central. La superficie exterior y la superficie interior definen una
pared del cuerpo, que tiene
una pluralidad de luz de dirección
y luz de control que se extiende longitudinalmente
a través de ella. El cuerpo incluye un material
corporal. La luz de la dirección y la luz de control tienen un revestimiento de la luz
de control y un revestimiento de la luz de la dirección, respectivamente, con
un durómetro más alto que
el material del cuerpo. Un alambre de dirección se coloca dentro de la
luz de la dirección y un alambre de control se coloca dentro de la luz de control. La memoria
descriptiva, reivindicaciones,
resumen y diseños quedan depositados, la Clasificación Internacional de Patentes es: A61F 2/24; cuyos inventores son Mcniven, Sean A.
(CA); Valencia, Francisco (US) y Von Oepen, Randolf (DE). Prioridad: N°
15/662,013 del 27/07/2017 (US) y N° 62/368,702 del 29/07/2016 (US). Publicación Internacional:
W0/2018/023044. La solicitud correspondiente
lleva el número
2019-0000109, y fue presentada
a las 14:31:09 del 28 de febrero de 2019. Cualquier interesado podrá oponerse dentro de los tres meses siguientes
a la tercera publicación de
este aviso. Publíquese tres días consecutivos
en el diario oficial La Gaceta y una vez en un periódico
de circulación nacional.—San José, 7 de junio de
2019.—Randall Piedra Fallas, Registrador.—(
IN2019361121 ).
La
señora María Del Pilar López Quirós, cédula de identidad 110660601, en calidad
de apoderada especial de Tillotts Pharma
AG, solicita la Patente PCT denominada: FORMULACIÓN DE FÁRMACO DE LIBERACIÓN
RETARDADA (Divisional del expediente 2014-0486). La liberación retardada de
un fármaco al colon se logra de una formulación de liberación retardada que
comprende un núcleo y un recubrimiento para el núcleo. El núcleo comprende un
fármaco y un recubrimiento que comprende una capa interior y al menos una capa
entre el núcleo y la capa exterior seleccionada del grupo que consiste de una capa de aislamiento y una capa interior. La
capa exterior comprende una mezcla de un primer material polimérico que es
susceptible a ataques por parte de la bacteria colónica, y un segundo material
polimérico que tiene un umbral de pH a aproximadamente pH 5 o más alto. La capa
interior comprende un tercer material polimérico que es soluble en el fluido
intestinal o en el fluido gastrointestinal, tal tercer material polimérico se
selecciona de ácido policarboxílico al menos parcialente neutralizado y un polímero no iónico. En
modalidades en donde el tercer material polimérico no iónico, la
capa interior comprende al menos un agente amortiguador y una base. La capa de islamiento comprende un polímero no iónico que es soluble
en el fluido intestinal o fluido gastrointestinal. El exterior es un medio
acuoso con un segundo material polimérico es un medio orgánico. Las ventajas de
las formulaciones de acuerdo con la presente invención incluyen la liberación
acelerada del fármaco cuando se expone a condiciones colónicas y la reducción o
eliminación del efecto de los alimentos y/o alcohol en la liberación del
fármaco después e la administración. La memoria
descriptiva, reivindicaciones, resumen y diseños quedan depositados, la
Clasificación Internacional de Patentes es: A61K 31/606, A61K 47/32, A61K
47/36, A61K 9/00 y A61K 9/28; cuyo inventores son: Buser,
Thomas (CH); Bravo González, Roberto Carlos (CH); Freire, Ana, Cristina (GB); Goutte, Frédéric Jean-Claude (FR); Basit,
Abdul, Waseh; (GB) y Varum,
Felipe, José, Oliveria; (CH). Prioridad: N° 12166110.2 del 30/04/2012 (EP) y N°
61/640,217 del 30/04/2012 (US). Publicación Internacional: W0/2013/164316. La
solicitud correspondiente lleva el número 2019- 0000245, y fue presentada a las
14:24:19 del 20 de mayo de 2019. Cualquier interesado podrá oponerse
dentro de los tres meses siguientes a la tercera publicación de este aviso.
Publíquese tres días consecutivos en el Diario Oficial La Gaceta y una
vez en un periódico de circulación nacional.—San José,
13 de junio de 2019.—Viviana Segura De La O, Registradora.—( IN2019361122 ).
La
señora María del Pilar López Quirós, cédula de identidad N°
1-1066-0601, en calidad de apoderada especial de Biogen MA INC., solicita la
Patente PCT denominada MÉTODOS PARA EL TRATAMIENTO DE LA ATROFIA MUSCULAR Y
ENFERMEDAD ÓSEA CON EL USO DE PROTEÍNAS TRAP HÍBRIDAS NOVEDOSAS DEL LIGANDO
ACTRIIB. La presente descripción describe polipéptidos híbridos ActRIIB-ECD solubles novedosos. La presente descripción
proporciona métodos para el tratamiento o la prevención de la atrofia muscular,
enfermedad ósea, una enfermedad metabólica, fibrosis, una enfermedad
autoinmune/inflamatoria, una enfermedad cardiovascular, cáncer o cáncer,
enfermedad renal crónica (CKD), artritis, anorexia, enfermedad hepática, rechazo
de trasplante de órganos o tejidos, anemia, dolor y/o envejecimiento en un
sujeto que lo necesite. Además, la presente descripción proporciona métodos
para inducir el crecimiento de células madre para la reparación de tejidos o la
regeneración de órganos en un sujeto. Los métodos antemencionados comprenden la
administración al sujeto de una cantidad terapéuticamente eficaz de un
polipéptido trap híbrido del ligando ActRIIB. La presente descripción proporciona también
composiciones farmacéuticas que comprenden polipéptidos trap
híbridos del ligando ActRIIB. La memoria descriptiva,
reivindicaciones, resumen y diseños quedan depositados, la Clasificación
Internacional de Patentes es: A61K 38/17, A61K 38/18, A61P 19/00, A61P 3/00,
A61P 9/00, A61P 9/10 y A61P 9/12; cuyos inventores son: Han, Hq (US) y ZHOU, Xiaolan; (US).
Prioridad: N° 62/410,595 del 20/10/2016 (US).
Publicación Internacional: WO/2018/075747. La solicitud correspondiente lleva
el número 2019-0000247, y fue presentada a las 14:26:12 del 20 de mayo de 2019.
Cualquier interesado podrá oponerse dentro de los tres meses siguientes a la
tercera publicación de este aviso. Publíquese tres días consecutivos en el
Diario Oficial La Gaceta y una vez en un periódico de circulación nacional.—San José, 07 de junio de 2019.—Randall Piedra
Fallas.—( IN2019361123 ).
El
señor José Antonio Muñoz Fonseca, cédula de identidad N°
1-0433-0939, en calidad de apoderado especial de ABBVIE Inc., solicita la
Patente PCT denominada AGONISTA DEL RECEPTOR DE GLUCOCORTICOIDES E
INMUNOCONJUGADOS DEL MISMO. En el presente documento se proporcionan inmunoconjugados del agonista del receptor de
glucocorticoides, agonistas del receptor de glucocorticoides, y métodos de uso
de los mismos, por ejemplo, para tratar enfermedades
autoinmunes o inflamatorias. La memoria descriptiva, reivindicaciones, resumen
y diseños quedan depositados,
la Clasificación Internacional de Patentes es: A61K 31/58, A61K 47/00, A61P
37/06, C07J 71/00 y C07K 16/24; cuyos inventores son: Randolph, John T. (US); Hobson,
Adrian D. (US); Hayes, Martin E. (US); McPherson,
Michael J. (US); Marvin, Christopher C. (US); Schmidt, Diana (US); Waegell, Wendy (US); Goess,
Christian (US); OH, Jason Z. (US) y Hernández JR, Axel (US). Prioridad: N° 62/344,948 del 02/06/2016 (US) y N°
62/371,134 del 04/08/2016 (US). Publicación Internacional: WO/2017/210471. La
solicitud correspondiente lleva el N° 2018-0000594, y
fue presentada a las 11:47:50 del 17 de diciembre de 2018. Cualquier interesado
podrá oponerse dentro de los tres meses siguientes a la tercera publicación de
este aviso. San José, 12 de junio del 2019. Publíquese tres días consecutivos en el Diario Oficial La Gaceta y una vez
en un periódico de circulación nacional.—Viviana
Segura De La O, Registradora.—( IN2019361256 ).
El
señor José Antonio Muñoz Fonseca, cédula de identidad N°
1-0433-0939, en calidad de apoderado especial de ABBVIE Inc., solicita la
Patente PCT denominada: ANTICUERPOS ANTI-B7-H3 Y CONJUGADOS DE ANTICUERPO Y
FÁRMACO. La invención se refiere a anticuerpos de la proteína 3 homóloga de
B7 (B7-H3) y a conjugados de anticuerpo y fármaco (ADC), incluyendo
composiciones y métodos de uso de dichos anticuerpos y ADC. La memoria
descriptiva, reivindicaciones, resumen y diseños quedan depositados, la
Clasificación Internacional de Patentes es: A61K 31/00 y C07K 16/28; cuyos
inventores son: Bruncko, Milan
(US); Souers, Andrew, J. (US); Benatul,
Lorenzo (US); Chao, Debra (US); Izeradjene, Kamel (US); Judd, Andrew, S. (US); Phillips, Andrew, C.
(US) y Thakur, Archana (US). Prioridad: N° 62/347,476 del 08/06/2016 (US) y N°
62/366,511 del 25/07/2016 (US). Publicación Internacional: WO/2017/214335. La
solicitud correspondiente lleva el N° 2018-0000603, y
fue presentada a las 14:29:48 del 19 de diciembre de 2018. Cualquier interesado
podrá oponerse dentro de los tres meses siguientes a la tercera publicación de
este aviso. Publíquese tres días consecutivos en el Diario Oficial La Gaceta
y una vez en un periódico de circulación nacional.—San
José, 12 de junio de 2019.—Viviana Segura De La O.—( IN2019361257 ).
El
señor Eduardo Zúñiga Brenes, cédula de identidad 110950656, en calidad de
apoderado especial de Abbvie Inc., solicita la
Patente PCT denominada CONJUGADOS DE ANTICUERPO Y FÁRMACO ANTI-EGFR. La
invención se refiere a conjugados de anticuerpo y fármaco (ADC) anti-receptor del factor de crecimiento epidérmico (EGFR)
que inhiben BcI-xL, incluyendo composiciones y
métodos de uso de dichos ADC. La memoria descriptiva, reivindicaciones, resumen
y diseños quedan depositados, la Clasificación Internacional de Patentes es:
A61K 39/395, A61P 35/00, A61P 43/00 y C07K 16/28; cuyo(s) inventor(es) es(son) Souers, Andrew, J (US); Judd, Andrew, S. (US); Phillips,
Andrew, C. (US); Boghaert, Erwin, R (US) y Bruncko, Milan (US). Prioridad: N° 62/347,416 del 08/06/2016 (US). Publicación
Internacional: WO/2017/214282. La solicitud correspondiente lleva el número
2018-0000614, y fue presentada a las 13:18:10 del 20 de diciembre de 2018.
Cualquier interesado podrá oponerse dentro de los tres meses siguientes a la
tercera publicación de este aviso. Publíquese tres días consecutivos en el
Diario Oficial La Gaceta y una vez en un periódico de circulación nacional.—San José, 17 de junio del 2019.—Walter Alfaro
González.—( IN2019361258 ).
DIRECCIÓN NACIONAL DE NOTARIADO
INSCRIPCIÓN
Y HABILITACIÓN DE NOTARIO (A) PÚBLICO (A). LA DIRECCIÓN NACIONAL DE NOTARIADO
con oficinas en San José, San Pedro de Montes de Oca, costado Oeste del Mall
San Pedro, Oficentro Sigma, Edificio A, 5to.piso, HACE SABER: Que ante este
Despacho se ha recibido solicitud de INSCRIPCIÓN Y HABILITACIÓN como
delegatario para ser y ejercer la función pública estatal del NOTARIADO, por
parte de: LUIS ANTONIO CHAVES SOTO, con cedula de identidad número 6-0335-0157,
carne número 27315. De conformidad con lo dispuesto por el artículo 11
del Código Notarial, se invita a quienes conozcan hechos o situaciones que
afecten la conducta del solicitante, a efecto de que lo comuniquen por escrito
a esta Dirección dentro de los QUINCE (15) DÍAS HÁBILES siguientes a esta
publicación. Proceso Administrativo N° 86640.—San
José, 22 de julio del 2019.—Lic. Ricardo Edo. Arias Villalobos.—1
vez.—( IN2019365716 ).
HABILITACIÓN DE
NOTARIO(A) PÚBLICO(A). La DIRECCIÓN NACIONAL DE
NOTARIADO con oficinas en
San José, San Pedro de Montes de Oca, costado Oeste del Mall San Pedro, Oficentro
Sigma, Edificio A, 5to.piso HACE SABER: Que ante este Despacho se ha recibido solicitud de HABILITACIÓN como delegatario para
ser y ejercer la función pública Estatal del NOTARIADO,
por parte de: OTTO ALEJANDRO FALLAS VARGAS,
con cédula de identidad número
1-0699-0678, carné número
20885. De conformidad con lo dispuesto
por el artículo 11 del Código Notarial, se invita a quienes conozcan hechos o situaciones que afecten la conducta del (de
la) solicitante, a efecto de que lo comuniquen por escrito a esta Dirección dentro de los QUINCE (15) DÍAS HÁBILES siguientes a esta publicación. EXPEDIENTE # 86009.—San José, 8 de julio del 2019.—Tattiana Rojas
Salgado, Abogada-Unidad Legal Notarial.—1
vez.—( IN2019365881 ).
DIRECCIÓN DE AGUA
EDICTOS
PUBLICACIÓN DE TERCERA VEZ
ED-UHTPNOL-0047-2019.—Expediente
N° 19027P.—Desarrollos Armenia DA S.A., solicita
concesión de: 2.2 litros por segundo del Pozo, efectuando la captación en finca
de su propiedad en Veintisiete de Abril,
Santa Cruz, Guanacaste, para uso agropecuario-abrevadero, consumo
humano-doméstico. Coordenadas 241.928/346.632 hoja DIRIA. 2.3 litros por
segundo del Pozo, efectuando la captación en finca de su propiedad en
Veintisiete de Abril, Santa Cruz, Guanacaste, para uso agropecuario-abrevadero
y consumo humano-doméstico. Coordenadas 241.450/346.000 hoja Diriá. Quienes se consideren lesionados deben manifestarlo
dentro del mes contado a partir de la primera publicación.—Liberia,
18 de junio de 2019.—Unidad Hidrológica Tempisque, Pacífico Norte.—Silvia Mena
Ordoñez.—( IN2019364514 ).
PUBLICACIÓN DE
SEGUNDA VEZ
ED-0197-2019.—Exp. N° 19022P.—Inversiones
K.L.M. de San Ramón Sociedad Anónima, solicita concesión de: 0.05 litros por
segundo del acuífero, efectuando la captación por medio del pozo NA-855 en
finca de su propiedad en Alfaro, San Ramon, Alajuela, para uso consumo humano
doméstico. Coordenadas 229.992 / 483.983 hoja Naranjo. Quienes se consideren
lesionados, deben manifestarlo dentro del mes contado a partir de la primera publicación.—San José, 17 de junio de 2019.—Departamento de
Información.—David Chaves Zúñiga.—( IN2019361068 ).
ED-0240-2019.—Exp. N°
19082.—Olman Vinicio Ramírez Mora solicita concesión
de: 0.05 litros por segundo del nacimiento, efectuando la captación en finca de
Ganadería San Ramón Grayol S. A. en Santiago, San
Ramón, Alajuela, para uso consumo humano doméstico. Coordenadas 225.000 / 484.000 hoja
Naranjo. Predios inferiores: Luis Quirós Delgado y Danilo Chavarría Calderón.
Quienes se consideren lesionados, deben manifestarlo dentro del mes contado a
partir de la primera publicación.—San José, 11 de
julio del 2019.—Departamento de Información.—David Chaves Zúñiga.—( IN2019364719 ).
ED-0266-2019.—Expediente
N° 6032P.—Fiduciaria MCF Sociedad Anónima, solicita
concesión de: 10 litros por segundo del acuífero, efectuando la captación por medio
del pozo GM-23 en finca de su propiedad en Duacarí,
Guácimo, Limón, para uso consumo humano y agroindustrial-empacadora de banano.
Coordenadas 255.800 / 576.700 hoja Guácimo. Quienes se consideren lesionados
deben manifestarlo dentro del mes contado a partir de la primera publicación.—San José, 18 de julio de 2019.—Departamento de
Información.—David Chaves Zúñiga.—( IN2019364804 ).
ED-UHTPCOSJ-0082-2019.—Exp. N°
18830.—Gerardo Cerdas Hidalgo, solicita concesión de: Primera: 60 litros por
segundo de la quebrada molina, efectuando la captación en finca de su propiedad
en San Miguel (Desamparados), Desamparados, San José, para uso agropecuario,
acuicultura, consumo humano y turístico. Coordenadas 199.749 / 531.237 hoja Caraigres. Segundo:1 litro por segundo del nacimiento sin
nombre, efectuando la captación en finca de su propiedad en San Miguel
(Desamparados), Desamparados, San José, para uso agropecuario, acuicultura,
consumo humano y turístico. Coordenadas 199.743 / 531.268 hoja Caraigres. Quienes se consideren lesionados, deben
manifestarlo dentro del mes contado a partir de la primera publicación.—San
José, 28 de marzo de 2019.—Grettel Céspedes Arias.—( IN2019365105 ).
ED-0235-2019.—Exp. 19076.—Avícola S Y M
S.A., solicita concesión de: 0.23 litros por segundo del nacimiento sin nombre,
efectuando la captación en finca de S & V Las Quebradas de Sermal Sociedad Anónima en Santiago (San Ramón), San Ramón,
Alajuela, para uso agropecuario-granja. Coordenadas 225.500 / 483.550 hoja
Naranjo. Quienes se consideren lesionados, deben manifestarlo dentro del mes
contado a partir de la primera publicación.—San José,
10 de julio del 2019.—Departamento de Información.—Vanessa Galeano Penado.—(
IN2019365270 ).
ED-0087-2019.—Exp. 18851.—Victor Manuel Díaz Angulo solicita concesión de: 0.2 litros
por segundo del nacimiento 1, efectuando la captación en finca de su propiedad
en Copey, Dota, San José, para uso agropecuario abrevadero-acuicultura y
consumo humano doméstico. Coordenadas 180.232 / 550.860 hoja Vueltas. 2 litros
por segundo de la quebrada 1, efectuando la captación en finca de su propiedad
en Copey, Dota, San José, para uso agropecuario abrevadero-acuicultura y
consumo humano doméstico. Coordenadas 180.153 / 551.070 hoja Vueltas. 0.8
litros por segundo de la quebrada 3, efectuando la captación en finca de su
propiedad en Copey, Dota, San José, para uso agropecuario
abrevadero-acuicultura y consumo humano doméstico. Coordenadas 180.026 /
551.490 hoja Vueltas. 3.5 litros por segundo de la quebrada 2, efectuando la captación
en finca de su propiedad en Copey, Dota, San José, para uso agropecuario
abrevadero-acuicultura y consumo humano doméstico. Coordenadas 180.139 /
551.196 hoja Vueltas. Predios inferiores: Carlos Díaz Angulo y Humberto Gamboa
Robles. Quienes se consideren lesionados, deben manifestarlo dentro del mes
contado a partir de la primera publicación.—San Jose,
04 de abril del 2019.—Departamento de Información.—David Chaves Zúñiga.—(
IN2019365423 ).
ED-0227-2019.—Exp. N°
11718.—Ganados Pastando Gapasa Sociedad Anónima, solicita
concesión de: 2.33 litros por segundo de la Quebrada Calderón, efectuando la
captación en finca de su propiedad en Matina, Limón, para uso Agroindustrial
Producción de Aceite. Coordenadas 223.600 / 607.200 hoja Matina. Quienes se consideren
lesionados, deben manifestarlo dentro del mes contado a partir de la primera publicación.—San José, 03 de julio del 2019.—Departamento de
Información.—David Chaves Zúñiga.—( IN2019365434 ).
ED-UHTPCOSJ-0068-2019.—Exp. 11394.—Oscar Gómez
Calderón solicita concesión de: 8.4 litros por segundo del río Macho,
efectuando la captación en finca de su propiedad en San Isidro, El Guarco,
Cartago, para uso agropecuario-pisicultura.
Coordenadas 186.900 / 548.100 hoja Tapantí. Quienes
se consideren lesionados, deben manifestarlo dentro del mes contado a partir de
la primera publicación.—San José, 14 de marzo del
2019.—Departamento de Información, Pacífico Central.—David Chaves Zúñiga.—(
IN2019365546 ).
PUBLICACIÓN
DE PRIMERA VEZ
ED-UHTPNOL-0059-2019.—Expediente
N° 12010.—Agrocomercial Navapor
S. A., solicita concesión de: 0,06 litros por segundo de la Quebrada
Hormiguero, efectuando la captación en finca de su propiedad en Río Naranjo,
Bagaces, Guanacaste, para uso agropecuario-piscicultura. Coordenadas 297.350/417.600
hoja Miravalles. Quienes se consideren lesionados, deben manifestarlo dentro
del mes contado a partir de la primera publicación.—Liberia,
8 de julio de 2019.—Unidad Hidrológica Tempisque, Pacífico Norte.—Silvia Mena
Ordóñez.—( IN2019365812 ).
ED-0094-2019.—Exp. N° 18859.—Sergio José,
Durán Solano solicita concesión de: 40 litros por segundo de la quebrada
el Quetzal, efectuando la captación en finca de su propiedad en San Isidro, El
Guarco, Cartago, para uso agropecuario-acuicultura y consumo humano-domestico.
Coordenadas 185.120 / 548.699 hoja Tapanti. Quienes
se consideren lesionados, deben manifestarlo dentro del mes contado a partir de
la primera publicación.—San José, 08 de abril del
2019.—Departamento de Información.—Vanessa Galeano Penado.—( IN2019365831 ).
ED-0095-2019.—Expediente N° 18861.—José
Luis, Durán Cordero, solicita concesión de: 50 litros por segundo de la
Quebrada los Quetzalez, efectuando la captación en
finca de su propiedad en San Isidro, (El Guarco), El Guarco, Cartago, para uso agropecuario-acuicultura,
consumo humano-doméstico y turístico-hotel-restaurante. Coordenadas
185.029/548.709 hoja Tapantí. 100 litros por segundo
del Rio Macho, efectuando la captación en finca de su propiedad en San Isidro,
(El Guarco), El Guarco, Cartago, para uso agropecuario-acuicultura, consumo
humano-doméstico y turístico-hotel-restaurante. Coordenadas 185.048/548.874
hoja Tapantí. 10 litros por segundo del nacimiento
sin nombre 1, efectuando la captación en finca de su propiedad en San Isidro
(El Guarco), El Guarco, Cartago, para uso agropecuario-acuicultura, consumo
humano-doméstico y turístico-hotel-restaurante. Coordenadas 184.911/548.620
hoja Tapantí. 10 litros por segundo del nacimiento
sin nombre 3, efectuando la captación en finca de su propiedad en San Isidro,
(El Guarco), El Guarco, Cartago, para uso agropecuario-acuicultura, consumo
humano-doméstico y turístico-hotel-restaurante. Coordenadas 184.967/548.848
hoja Tapantí. 10 litros por segundo del nacimiento
sin nombre 2, efectuando la captación en finca de su propiedad en San Isidro,
(El Guarco), El Guarco, Cartago, para uso agropecuario-acuicultura, consumo
humano-doméstico y turístico-hotel-restaurante. Coordenadas 184.947/548.743
hoja Tapantí. Quienes se consideren lesionados, deben
manifestarlo dentro del mes contado a partir de la primera publicación.—San
José, 08 de abril de 2019.—Departamento de Información.—Vanessa Galeano
Penado.—( IN2019365832 ).
ED-0088-2019. Exp. N° 18852.—Rolando Felipe
Mora Romero, solicita concesión de: 2 litros por segundo de la quebrada 3, efectuando la captación en finca de su
propiedad en San Isidro, El Guarco, Cartago, para uso consumo humano doméstico,
agropecuario abrevadero-acuicultura y riego. Coordenadas 186.137/549.277 hoja Tapantí. 1 litro por segundo de la Quebrada 1, efectuando
la captación en finca de su propiedad en San Isidro, El Guarco, Cartago, para
uso consumo humano doméstico, agropecuario abrevadero-acuicultura y riego
Coordenadas 186.027/549.315 hoja Tapantí. 4 litros
por segundo de la Quebrada 2, efectuando la captación en finca de su propiedad
en San Isidro, El Guarco, Cartago, para uso consumo humano doméstico,
agropecuario abrevadero-acuicultura y riego. Coordenadas 186.023/549.302 hoja Tapantí. Quienes se consideren lesionados, deben
manifestarlo dentro del mes contado a partir de la primera publicación.—San
José, 04 de abril de 2019.—Departamento de Información.—David Chaves Zúñiga.—(
IN2019366033 ).
Registro Civil-Departamento Civil
SECCIÓN DE ACTOS JURÍDICOS
En resolución N° 4953-2019, dictada por este registro a las nueve horas
ocho minutos del diecisiete de junio de dos mil diecinueve, en expediente de
ocurso N° 39439-2018, incoado por Dixiana
Díaz Ruiz, se dispuso rectificar en el asiento de nacimiento de Dixiana Díaz Ruiz, que el apellido de la madre es Espinoza.—Luis Guillermo Chinchilla Mora, Oficial
Mayor.—Irene Montanaro Lacayo, Jefa.—1 vez.—( IN2019361139 ).
Contraloría General de la
República, informa, que se encuentran firmes las resoluciones N° 17037-2018 (DJ-1559 ) de las 13:31 horas del 27 de
noviembre de 2019 y N° R-DC-61-2019 (8531, DC-0185)
de 19 de junio de 2019, dictadas dentro del procedimiento administrativo N° CGR-PA-2018004426, mediante las cuales se dispuso:
Declarar responsables administrativamente, en grado de culpa grave, a los
señores Carlos Segnini Villalobos , cédula de
identidad N° 5-0259-0269, Giselle Alfaro Bogantes , cédula
de identidad N° 1-0924-001, Ana Lizeth Rodríguez
Barquero , cédula de identidad N° 2-0508-0679,
Christian Campos Monge , cédula de identidad N°
1-0886-0315, Nelson Gómez Barrantes , cédula de identidad N°
2-0638-0310 y Jorge Solano Jiménez, cédula de identidad N°
3-0189-1023 y disponer, de forma vinculante, sancionarlos con el impedimento
previsto en el artículo 72 de la Ley Orgánica de la Contraloría General de la
República, que consiste en la prohibición de ingreso o reingreso a cargos de la
Hacienda Pública por el plazo de dos años, con la consecuencia del cese
inmediato de cualquier cargo de la Hacienda Pública que ocupen o de cualquier
puesto dentro de un sujeto público y/o privado (componente de la Hacienda
Pública) que administre o custodie fondos públicos por cualquier título. Lo
anterior, contado a partir del 24 de junio de 2019 y hasta el 24 de junio de 2021 . Asimismo, se dispuso: Declarar responsable
administrativamente, en grado de culpa grave, al señor Mauricio Salom
Echeverría , cédula de identidad N° 1-0526-0308 y
disponer, de forma vinculante, sancionarlo con el impedimento previsto en el
artículo 72 de la Ley Orgánica de la Contraloría General de la República, que
consiste en la prohibición de ingreso o reingreso a cargos de la Hacienda
Pública por el plazo de cuatro años, con la consecuencia del cese inmediato de
cualquier cargo de la Hacienda Pública que ocupe o cualquier puesto dentro de
un sujeto público y/o privado (componente de la Hacienda Pública) que
administre o custodie fondos públicos por cualquier título. Lo anterior,
contado a partir del 24 de junio de 2019 y hasta el 24 de junio de 2023. En
razón de ello, sírvanse tomar nota las Administraciones interesadas, a efectos
de que dichas personas no sean nombradas en cargos de la Hacienda Pública por
los periodos indicados, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 57 del “ Reglamento de Organización y Servicio de las Potestades
Disciplinaria y Anulatoria en Hacienda Pública de la Contraloría General de la
República”.
Licda. Daisy Carvajal Gutiérrez,
Órgano Decisor.—1 vez.—O.C. N°
219069.—Solicitud N° 153950.—( IN2019359617 ).
HOSPITAL MÉXICO
Subárea de Contratación Administrativa
LICITACIÓN ABREVIADA 2019LA-000073-2104
Por la adquisición de puntos de red, cableado
estructurado
y enlaces de fibra óptica
Se les
comunica a los interesados en el presente concurso que la fecha de apertura se
realizará el día 08 de agosto del 2019 al ser las 13:00 horas; además se les
informa que pueden adquirir el pliego cartelario, en
el Centro de Fotocopiado de la institución, ubicado contiguo al Banco de
Sangre, en Planta Baja de este Hospital. Ver detalles en:
https://www.ccss.sa.cr/licitaciones.
San José, 23 de julio del 2019.—Lic. Marco Campos Salas, Coordinador a. í.— 1
vez.—O.C. N° 234.—Solicitud N° 156608.—( IN2019365944 ).
PROCESO DE ADQUISICIONES
Unidad de Compras Institucionales
COMPRA DIRECTA Nº 2019CD-000049-03
Compra de software específico para el área
técnica programa
Adobe
Creative Cloud
El Proceso
de Adquisiciones de la Unidad Regional Central Occidental del Instituto
Nacional de Aprendizaje, estará recibiendo ofertas por escrito hasta las 10:00
horas del 30 de julio del 2019. Los interesados podrán retirar el pliego de
condiciones el cual es gratuito en el Proceso de Adquisiciones sita en Naranjo,
Alajuela, 300 metros al sur del cruce de Cirrí, o
bien ver la página web del INA, dirección
http://infoweb.ina.ac.cr/consultacarteles.
Lic. Allan
Altamirano Díaz, Jefe.—1 vez.—O.C. N°
26976.— Solicitud N° 156777.— ( IN2019365802 ).
GERENCIA GENERAL
DIRECCIÓN DE TECNOLOGÍAS
DE
INFORMACIÓN Y COMUNICACIONES
Subárea Gestión Administrativa
LICITACIÓN ABREVIADA Nº 2019LA-000015-1150
Adecuación oficinas Dirección de Tecnologías
de Información y Comunicaciones Pisos
02 y 11 del Edificio Jenaro Valverde
Marín,
Anexo Oficinas
Centrales
de la CCSS
Se informa a los interesados que
está disponible el cartel de la licitación mencionada, con apertura de ofertas
para el 8 de agosto de 2019, a las 09:00 a.m., ver detalles en
https://www.ccss.sa.cr/licitaciones_detalle?up=1150&tipo=LA.
Máster
Yehudi Céspedes Quirós.—1
vez.—( IN2019366193 ).
LICITACIÓN ABREVIADA N° 2019LA-000016-1150
Servicios de Apoyo al Desarrollo
del
EDUS
Se informa a los interesados que
está disponible el cartel de la Licitación mencionada, con apertura de ofertas
para el 09 de agosto de 2019, a las 09:00 a. m. Ver detalles en
https://www.ccss.sa.cr/licitaciones_detalle?up=1150&tipo=LA
Lic. Andrés Ruiz Argüello.—1 vez.—( IN2019366194 ).
MUNICIPALIDAD DE HEREDIA
DIRECCIÓN FINANCIERA-ADMINISTRATIVA
LICITACIÓN ABREVIADA N°2019LA-000018-01
Contratación de servicios para la Curaduría de
Exposición de
obras del Salón de Sesiones del Concejo Municipal de
Heredia
La Municipalidad del Cantón
Central de Heredia informa a todos los interesados en participar en este
proceso de contratación que pueden solicitar el cartel a los correos
mflores@heredia.go.cr o proveeduria@heredia.go.cr.
Heredia, 23
de julio del 2019.—Sección de Proveeduría.—Enio Vargas
Arrieta, Proveedor Municipal.—1 vez.—O. C. N° 62037.—Solicitud N° 156729.—( IN2019365784 ).
HOSPITAL MÉXICO
LICITACIÓN ABREVIADA 2019LA-000044-2104
Adquisición de: “Dabrafenib-Trametinib”
Se les comunica a las empresas interesadas
que el adjudicado a dicha licitación es:
Empresa |
Ítems |
Farmacias
EOS S.A. |
1
y 2 |
Ver detalle y mayor
información en https://www.ccss.sa.cr/licitaciones.
San José 23 de julio del
2019.—Subárea de Contratación Administrativa.—Lic. Marco
Campos Salas, Coordinador a. í.— 1 vez.—O. C. N°
1.—Solicitud N° 156733.—( IN2019365797 ).
GERENCIA GENERAL
DIRECCIÓN DE TECNOLOGÍAS DE INFORMACIÓN
Y
COMUNICACIONES
LICITACIÓN ABREVIADA N° 2019LA-000010-1150
Servicios para la instalación de puntos de red por
demanda
para las diferentes Unidades de la Institución
Se informa a los interesados,
que se resolvió adjudicar la presente licitación de la siguiente manera:
Oferta N° 01-Alternativa: Datasys Group, S. A.
Ítem |
Precio unitario
dentro del GAM |
Precio unitario
fuera del GAM |
1.1 |
$3.073,93 |
$3 177,67 |
1.2 |
$2 382,35 |
$2 462,76 |
1.3 |
$984,37 |
$1 017,59 |
1.4 |
$1 041,70 |
$1 076,86 |
1.5 |
$67,21 |
$69,48 |
1.6 |
$30,97 |
$32,02 |
1.7 |
$66,72 |
$68,97 |
1.8 |
$8,62 |
$8,91 |
1.9 |
$13,35 |
$13,80 |
1.10 |
$11,71 |
$12,11 |
1.11 |
$151,03 |
$156,12 |
1.12 |
$117,98 |
$121,96 |
1.13 |
$137,22 |
$141,85 |
1.14 |
$15,74 |
$16,27 |
1.15 |
$278,70 |
$424,30 |
1.16 |
$409,89 |
$559,92 |
1.17 |
$514,52 |
$668,08 |
1.18 |
$19,97 |
$20,64 |
1.19 |
$357,28 |
$369,34 |
1.20 |
$364,63 |
$376,94 |
1.21 |
$401,08 |
$414,61 |
1.22 |
$397,82 |
$411,25 |
1.23 |
$467,93 |
$483,72 |
1.24 |
$593,87 |
$613,91 |
1.25 |
$709,24 |
$733,18 |
1.26 |
$1 144,31 |
$1 182,93 |
1.27 |
$1 286,11 |
$1 329,52 |
1.28 |
$1 547,69 |
$1 599,93 |
1.29 |
$1 711,58 |
$1 769,35 |
1.30 |
$5,10 |
$5,20 |
1.31 |
$6,30 |
$6,90 |
1.32 |
$1,65 |
$1,75 |
1.33 |
$507,11 |
$524,22 |
1.34 |
$26,64 |
$27,54 |
1.35 |
$25,10 |
$25,95 |
1.36 |
$27,67 |
$28,60 |
1.37 |
$26,17 |
$27,05 |
1.38 |
$28,77 |
$29,74 |
1.39 |
$27,24 |
$28,15 |
1.40 |
$27,15 |
$28,07 |
1.41 |
$25,65 |
$26,52 |
1.42 |
$28,77 |
$29,74 |
1.43 |
$27,24 |
$28,15 |
1.44 |
$30,35 |
$31,37 |
1.45 |
$28,85 |
$29,83 |
1.46 |
$29,85 |
$30,85 |
1.47 |
$28,06 |
$29,01 |
1.48 |
$30,24 |
$31,26 |
1.49 |
$28,46 |
$29,42 |
1.50 |
$30,67 |
$31,71 |
1.51 |
$28,94 |
$29,91 |
Ver mayores detalles en la
siguiente dirección electrónica: https://www.ccss.sa.cr/licitaciones
Subárea
Gestión Administrativa.—Lic. Andrés Ruiz Argüello.— 1 vez.—( IN2019366192 ).
LICITACIÓN ABREVIADA 2019LA-000055-2104
Adquisición de: filete de tilapia
Se comunica el acto de
adjudicación de ítem único a favor de la empresa: Aquacorporación
Internacional S.A., ver detalle en: https://www.ccss.sa.sr/licitaciones.
San José, 23 de julio del
2019.—Subárea de Contratación Administrativa.—Lic.
Marco Campos Salas, Coordinador.— 1
vez.—O.C. N° 1.—Solicitud N°
156859.—( IN2019366212 ).
PROCESO DE ADQUISICIONES
LICITACIÓN ABREVIADA 2019LA-000005-02
Compra de equipos y accesorios de seguridad en el trabajo
La Comisión
Local Regional de Adquisiciones de la Unidad Regional Central Oriental, en
sesión extraordinaria 014-2019, celebrada el 22 de julio del 2019, artículo II
tomó el siguiente acuerdo:
Adjudicar la Licitación
Abreviada 2019LA-000005-02, para la “Compra de Equipos y Accesorios de
Seguridad en el Trabajo”, basados en el dictamen técnico según oficio
FR-NSCS-PGA-47-2019 realizado por la dependencia responsable de analizar las
ofertas y dictamen legal según oficio ALCA-235-2019 realizado por las
dependencias responsables de analizar las ofertas y en los elementos de
adjudicación consignados en el punto 14 del cartel, de la siguiente manera:
Al oferente N°
1: Prevención de Seguridad Industrial S.A., la línea N°
5 por un monto de $5.929,00 con un tiempo de entrega de 90 días hábiles. Todo de acuerdo a la oferta económica, por cumplir técnica y
legalmente con respecto al cartel y especificaciones técnicas; además su precio
se considera razonable.
Al oferente N°
3: Equipos de Salud Ocupacional S.A., las líneas Nos. 1, 2 y 3 por un
monto de $24.111,10 con un tiempo de entrega de 90 días hábiles. Todo de acuerdo a la oferta económica, por cumplir técnica y
legalmente con respecto al cartel y especificaciones técnicas; además su precio
se considera razonable.
Línea Infructuosa: N° 4, por incumplimiento legal.
Unidad de
Compras Institucionales.—Lic. Allan Altamirano Díaz,
Jefe.—1 vez.—O.C. N° 26976.—Solicitud N° 156778.—( IN2019365807 ).
LICITACIÓN ABREVIADA 2019LA-000006-02
(Infructuosa)
Compra de equipo para la industria del plástico
La Comisión Local Regional de
Adquisiciones de la Unidad Regional Central Oriental, en sesión extraordinaria
014-2019, celebrada el 22 de Julio del 2019, artículo III tomó el siguiente
acuerdo:
Declarar Infructuosa la
Licitación Abreviada 2019LA-000006-02, para la “Compra de equipo para la
industria del plástico”, basados en el dictamen técnico según oficio
NMM-PGA-109-2019 realizado por la dependencia responsable de analizar las
ofertas y el dictamen legal según oficio ALCA-240-2019; de la siguiente manera:
Declarar
infructuosa la Licitación Abreviada N°
2019LA-000006-02, “Compra de equipo para la industria del plástico”, por
presentar incumplimientos técnicos para las líneas Nos. 1 y 3, por parte del
único oferente participante y falta de oferentes para la línea N° 2.
Unidad de
Compras Institucionales.—Lic. Allan Altamirano Díaz,
Jefe.—1 vez.—O. C. N° 26976.—Solicitud N° 156779.—( IN2019365810 ).
GERENCIA DE LOGÍSTICA
DIRECCIÓN
DE APROVISIONAMIENTO
DE BIENES Y SERVICIOS
Comunican:
En coordinación
con el Área de Medicamentos
y Terapéutica Clínica y la Comisión de Fichas Técnicas de Medicamentos, se informa la creación de la siguiente ficha técnica nueva del medicamento abajo descrito:
Código |
Descripción medicamento |
Observaciones emitidas por la Comisión |
1-10-48-7250 |
Acetilcisteina 600 mg. |
Versión CFT 57701 Rige a partir de su
publicación |
1-10-36-4461 |
Progesterona 200 mg |
Versión CFT 70401 Rige a partir de su
publicación |
Las Fichas Técnicas
citadas se encuentran disponibles a través de la siguiente dirección electrónica http://www.ccss.sa.cr/comisiones
Subárea de Investigación y Evaluación de Insumos, Oficinas Centrales.—Lic. Mauricio Hernández Salas.—1
vez.—O. C. N° 1141.—Solicitud
N° SIEI-0631-19.—( IN2019363100 ).
Dirección Administrativa Financiera
PUBLICACIÓN DE PRIMERA VEZ
La Dirección
Administrativa Financiera de conformidad con lo dispuesto en el artículo 241 de
la Ley General de la Administración Pública en virtud de que materialmente
resultó imposible localizar a la empresa Costa Rica Dental y Medica MIG LLC S.
A.; cédula jurídica N° 3-101-482605, en la dirección
registrada sea Zapote, 400 metros este de la Iglesia de San Pedro de Montes de
Oca, frente a Calle Real, por ignorarse su actual domicilio se procede por esta
vía a comunicar que mediante resolución final N°
0012-06-2019, expediente de incumplimiento 00018-2018, de fecha 10 de julio del
dos mil diecinueve, de conformidad con lo dispuesto en artículo 39 de la
Constitución Política, artículo 99 inciso a de la Ley de Contratación
Administrativa y el artículo 308, inciso 1 (a) y siguientes de la Ley General
de Administración Pública y 212, 220, 223 siguientes y concordantes del
Reglamento a la Ley de Contratación Administrativa, se resuelve aplicar la
Sanción de Apercibimiento que consiste una formal amonestación a efecto de que
se corrija la conducta aquí sancionada, para la orden de N°
000137, por la Compra Directa 2010CD-000029-2101, por concepto de cámara de
flujo laminar, por no cumplir con las obligaciones pactadas en la orden de
compra N° 000137, esto amparado a la Ley de
Contratación Administrativa„ dicha documento se encuentra visible a folios
000135 al 000147 del expediente de incumplimiento. Se comunica que contra la
presente resolución caben los recursos de revocatoria y apelación, mismos que
deberán presentarse en plazo de 3 días hábiles dentro del plazo contado a partir
de la última comunicación del acto, según los artículos 344, 345 y 346 de la
Ley General de la Administración Pública los cuales deberán
presentarse ante la Dirección Administrativa Financiera. Notifíquese.—Lic.
Josué Cerdas Castillo, Director a. í.—( IN2019361584 ).
PUBLICACIÓN DE UNA VEZ
GERENCIA LOGÍSTICA
Caja
Costarricense del Seguro Social, comunica: Resolución DABS-1909-2019 del
procedimiento administrativo sancionatorio, por el recurso de apelación
interpuesto por la empresa Esadyuen en el expediente:
2006LR-000097, de las ocho horas del dieciocho de junio de dos mil diecinueve,
esta Dirección, teniendo como prueba documental para la toma de la decisión el
expediente del procedimiento administrativo sancionatorio, incoado contra la
empresa Esadyuen, derivada del incumplimiento de las
condiciones pactadas para la adquisición de Jeringas Hipodérmicas descartables Scc, se resuelve lo siguiente: / (...) Por lo tanto. Por
los hechos antes expuestos, la prueba documental ofrecida y el fundamento legal
indicado, se resuelve lo siguiente: 1)-Rechazar el recurso de revocatoria
interpuesto en contra del traslado de cargos por la empresa Esadyuen
Medical Supply S. A., en contra del traslado de
cargos. 2). Solicitar se proceda a la sustitución del órgano director y se
continúe con las etapas procesales siguientes del procedimiento sancionatorio y
de responsabilidad patrimonial por el presunto apercibimiento que puede ser
acreedora esa empresa, así como por el monto al descubierto pendiente de
ejecución de la cláusula penal. 3) Comunicar lo resuelto a la empresa
accionante. -Es todo- Comuníquese. / Dirección de Aprovisionamiento de Bienes y
Servicios, Órgano Decisor del Procedimiento / Pública. MSc.
Miguel Salas Araya, Director a. í/Interventor. Tiene
derecho a examinar y fotocopiar el expediente, en el cual se encontrará la
integridad de la resolución DABS-1909-2019, siendo que el mismo se ubica en el
piso 12, Edificio Laureano Echandi Vicente (oficinas centrales CCSS), situado
en avenidas segunda y cuarta, calles quinta y sétima, San José, la cual es la
sede del órgano «¡rector, en un horario de lunes a jueves de 8:00 a. m. a 4:00
p. m. y viernes de 8:00 a. m. a 3:00 p. m., siendo que el costo de la
reproducción corre por cuenta del proveedor. Así mismo, en virtud de que el
presente procedimiento debe continuar, se le prevee
para que señale el medio para recibir notificaciones.—Dirección
de Aprovisionamiento de Bienes y Servicios.—Firma ilegible.—1 vez.—O. C. N° 1141.—Solicitud N°
DABS-2254-19.—1 vez.—( IN2019361337 ).
ÁREA DE ADQUISICIONES DE BIENES Y
SERVICIOS
Subárea de Reactivos y Otros
LICITACIÓN PÚBLICA N°
2019LN-000021-5101 (Aviso 2)
Bolsas rojas de polipropileno
para desechos
sólidos infecciosos, grande
Se informa a todos los interesados que está disponible en la dirección electrónica institucional:
http://www.ccss.sa.cr/licitaciones_detalle?up=5101&tipo=LN el cartel unificado (versión 2) de la Licitación Pública N°
2019LN-000021-5101 por adquisición de: Bolsas rojas de polipropileno para desechos sólidos infecciosos, grande. Además, se informa que se prorroga la apertura
de ofertas para el día 22
de agosto de 2019 a las 09:00 horas.
Licda. Andrea Vargas Vargas,
Jefe.—1 vez.—O. C. N° 1141.—Solicitud N°
SAR-0436-19.—( IN2019365992 ).
HOSPITAL SAN JUAN DE DIOS
Subárea de Contratación Administrativa
LICITACIÓN PÚBLICA N° 2019LN-000024-2102
Reactivos varios para la realización
de
análisis serológicos
La Subárea de Contratación
Administrativa del Hospital San Juan de Dios, informa a todos los potenciales
oferentes, que el plazo para recibir ofertas para este proceso licitatorio, será prorrogado hasta nuevo aviso.
Licda.
Adriana V. Álvarez Zumbado, Coordinadora a. í.— 1 vez.—(
IN2019365710 ).
HOSPITAL MÉXICO
LICITACIÓN NACIONAL N°
2019LN-000001-2104 (Aviso)
Adquisición de: Catéter de Vía
Central
Se comunica a
los interesados que la nueva
fecha máxima para la recepción de ofertas es el 23 de agosto de 2019 a las 13:30 horas, dicho
cartel cuenta con modificaciones.
El cartel se encuentra disponible en
el Centro de Fotocopiado Público,
ubicado en la planta baja de este hospital, en el pasillo que comunica al Laboratorio Clínico. Ver detalles y mayor información:
http://www.ccss.sa.cr/licitaciones.
San José, 24 de julio del 2019.—Subárea de Contratación Administrativa A/C.—Lic. Marco
Campos Salas, Coordinador.— 1 vez.—O.C. N° 1.—Solicitud N° 156860.—( IN2019366207 ).
DIRECCIÓN PROVEEDURÍA
LICITACIÓN ABREVIADA Nº 2019LA-00027-PRI (Circular Nº 2)
Suministro instalación y puesta
en marcha de tres equipos eliminadores
de hierro-manganeso, productores
de hipoclorito
de sodio y equipos de bombeo
El Instituto Costarricense
de Acueductos y Alcantarillados
(AyA), cédula jurídica Nº
4-000-042138, comunica a todos
los interesados en participar en la licitación arriba indicada, que a partir de la presente publicación, estará disponible la circular Nº 2, la cual
podrá ser retirada directamente en la Dirección de Proveeduría, sita en el módulo
C, piso 3 del Edificio Sede del AyA en
Pavas o bien en la dirección www.aya.go.cr.
Licda. Iris Patricia Fernández Barrantes.—1
vez.—O. C. N° 6000003484.—Solicitud N° 156791.—( IN2019365947 ).
MUNICIPALIDAD DE SANTO DOMINGO DE HEREDIA
LICITACION PÚBLICA 2019LN-000002-01
Contratación de los servicios de operacionalidad y administración
del
centro de cuido y desarrollo infantil (CECUDI) en
el
distrito de Santa Rosa
A los
interesados en participar en la licitación en mención, se les informa que por
error material en publicación del pasado 22 de julio del 2019, se indicó que el
número de dicha contratación era 2019LN-000001-01 siendo lo correcto
2019LN-000002-01.
Santo Domingo, 24 de julio del
2019.—Licda. Noilly Rocío Alfaro Salazar, Proveedora.—1 vez.—( IN2019366096 ).
OFICINA DE REGISTRO E INFORMACIÓN
EDICTO
PUBLICACIÓN DE PRIMERA VEZ
ORI-1540-2019.—Escalante
Cabezas Luis Alberto, cédula de identidad 1 0362 0502, ha solicitado reposición
del título de profesional de Especialista en Ginecología y Obstetricia.
Cualquier persona interesada en aportar datos sobre la vida y costumbres del
solicitante, podrá hacerlo mediante escrito que ha de ser presentado ante esta
Oficina dentro de los cinco días hábiles siguientes a la publicación del tercer
aviso.—Ciudad Universitaria Rodrigo Facio, a los 24
días del mes de junio del 2019.—MBA. José Rivera Monge, Director.—(
IN2019361599 ).
EDICTO
PUBLICACIÓN DE PRIMERA VEZ
Comunica a
la señora: Stephanie Tatiana Navarro Espinoza, mayor de edad, costarricense,
portadora de la cédula de identidad N° 115100322, de
domicilio y demás calidades desconocidas, la resolución administrativa dictada
por esta oficina local de las dieciséis horas con cuarenta minutos del trece de
junio del dos mil diecinueve, en la que se confiere medida de protección de
cuido provisional a favor de las personas menores de edad Deyner
Andier Navarro Espinoza, de siete años de edad,
nacido el 01 de diciembre del dos mil once, inscrito en el Registro Civil,
sección de nacimientos de la provincia de Limón, al tomo 364, asiento 504,
Elvin David Navarro Espinoza, de cuatro años de edad, nacido el 18 de enero del
dos mil quince, inscrito en el Registro Civil, sección de nacimientos de la
provincia de Limón, al tomo 388, asiento 991, Exleider
Snaider Navarro Espinoza, de once años de edad,
nacido el 12 de febrero del dos mil ocho, inscrito en el Registro Civil,
sección de nacimientos de la provincia de Limón, al tomo 337, asiento 516,
Lesly Betsabet Navarro Espinoza, de once meses de
edad, nacida el 17 de julio del dos mil dieciocho, inscrita en el Registro
Civil, sección de nacimientos de la provincia de Limón, al tomo 415, asiento
216 hijos de la señora Stephanie Tatiana Navarro Espinoza, para que permanezca
ubicado en su abuela paterna, la señora Anabel Espinoza Rangel, mayor de edad,
costarricense, ama de casa, portadora de la cédula de identidad número
602570614, vecina de Siquirres, Barrio Laureles. Se le previene a la parte
señalar casa, oficina o lugar, donde atender notificaciones en el caso de no
hacerlo las resoluciones posteriores se tendrán por notificadas veinticuatro
horas después de dictadas. Garantía de defensa: se les informa a las partes que
es su derecho hacerse asesorar o representar por un profesional en derecho de
su elección, así como a tener acceso en la oficina local dentro de horas
hábiles al estudio y revisión del expediente administrativo, se hace la
salvedad que para fotocopiar el expediente administrativo se cuenta con el
horario de siete horas con treinta minutos y hasta las once horas con treinta
minutos en días hábiles de igual manera si así lo consideran soliciten la
realización de una audiencia oral, sin que ello conlleve la suspensión de las
medidas de protección dictadas. Recurso: Se les hace saber, además, que contra
la presente resolución procede el recurso ordinario de apelación, que deberán
interponer ante esta Representación Legal dentro del plazo de cuarenta y ocho
horas siguientes a la fecha de la tercera publicación del presente edicto, el
recurso será de conocimiento de la Presidencia Ejecutiva de esta institución,
en el entendido que hacerlo fuera de dicho término el recurso deviene en
inadmisible. Expediente Nº OLSI-00063-2018.—Oficina
Local de Siquirres.—Lic. Randall Quirós Cambronero,
Representante Legal.—O. C. Nº 1677-19.—Solicitud Nº 155101.—( IN2019361616 ).
La
Superintendencia de Telecomunicaciones hace saber que de conformidad con el
expediente S0215-STT-AUT-00679-2019 y en cumplimiento del artículo 42 del
Reglamento a la Ley 8642, se publica un extracto de la resolución RCS-172-2019
que otorga título habilitante a Sistema Integral de Redes de Comunicación S.A.,
cédula jurídica 3-101-188366. 1) Servicios autorizados: Transferencia de datos
en la modalidad de acceso a internet y de enlaces punto a punto por medios
inalámbricos en bandas de frecuencia de “uso libre”. 2) Plazo de vigencia: diez
años a partir de la notificación de la resolución. 3) Zonas geográficas: todo
el territorio nacional. 4) Sobre las condiciones: debe someterse a lo dispuesto
en la resolución RCS-172-2019.
Luis
Alberto Cascante Alvarado, Secretario del Consejo.—1
vez.—O.C. N° OC-3968-19.—Solicitud N° 156690.—( IN2019365767 ).
EDICTOS
N° 024-2019.—Para los fines
consiguientes el Departamento de Patentes de la Municipalidad de Montes de Oca,
hace saber que Jaramillo Caicedo Llelleevel, cédula
8-0089-0812, ha presentado solicitud de traspaso de licencia comercial N° 9491, a favor de Zamora Pincai
Daniela, cédula 1-1557-0521. La Municipalidad de Montes de Oca otorga ocho días
naturales de plazo a partir de esta publicación para presentar objeciones.
San Pedro de
Montes de Oca, 21 de junio del 2019.—Departamento de Patentes.—Lilliana
Barrantes Elizondo, Jefa.—1 vez.—( IN2019361492 ).
Para
los fines consiguientes, la Dirección de Servicios de la Municipalidad de
Montes de Oca hace saber que, los señores Ugalde Mora Jairo, cédula
1-1043-0622, ha presentado escritura pública rendida ante la notario José Enrique
Guevara Acuña en la que dice que traspasa y cede el derecho de cementerio fosa
357, bloque D del cementerio Nuevo de Sabanilla, a la señora Gómez Arroyo
Rosalinda, cédula 1-0345-0999, quien acepta que quede inscrito a nombre de ella
con las obligaciones y responsabilidades que de este acto se derivan. La
Municipalidad de Montes de Oca queda exonerada de toda responsabilidad civil y
penal y brindará un plazo de ocho días hábiles a partir de esta publicación
para escuchar objeciones.
Sabanilla de
Montes de Oca, 05 de diciembre del 2016.—Lic. Guillermo J. Montero Marroquín,
Encargado de Cementerios.—1 vez.—( IN2019361522 ).
La Municipalidad de La Cruz,
Guanacaste, comunica que la dirección electrónica oficial del Departamento de
Proveeduría a partir de su publicación es: proveeduria@munilacruz.go.cr.
La Cruz,
Guanacaste 11 de julio del 2019.—Proveeduría.—Nury Jara Rodríguez, Proveedora Municipal.—1 vez.—(
IN2019361514 ).
El Concejo Municipal de Esparza,
en acta N° 167-2019, artículo N°
IV, inciso 2, efectuada el lunes 08 de julio de 2019; acordó en forma
definitiva lo siguiente:
En virtud de que no se cumple
con el plazo establecido en el inciso 1° del artículo 17 de la ley de
planificación urbana, ley N° 4240 para la
convocatoria de la audiencia pública, publicación llevada a cabo el viernes 05
de julio de 2019, en el Alcance N° 159 de La
Gaceta N° 126.
Se traslada la fecha de
convocatoria a audiencia pública para el 30 de agosto de 2019, a las 14:00
horas en el salón comunal de COOPETIVIVES R.L., con la siguiente agenda:
1. Palabras del presidente del Concejo Municipal y del
Alcalde Municipal.
2. Presentación de la actualización de la lámina de
zonificación y vialidad del Plan Regulador de Playa Tivives.
3. Sesión de preguntas y respuestas.
4. Recibo de observaciones por escrito.
5. Clausura.
Espíritu
Santo de Esparza, 10 de julio de 2019.—Concejo Municipal.—Margoth León Vásquez, Secretaria.—1 vez.—
( IN2019362826 ).
DEPARTAMENTO ZONA MARÍTIMO TERRESTRE
SECCION DE ARRENDAMIENTOS
EDICTO
Eduardo Ordóñez Vásquez, Mayor,
en unión Libre, quien labora en Control de Calidad, costarricense, vecino de
Isla Palo Seco de Hotel El Clandestino; 150 metros al este, cédula de identidad
número 6-350-425 con base en la Ley sobre la Zona Marítimo Terrestre N° 6043 del 02 de marzo de 1977 y decreto ejecutivo N° 7841-P del 16 de diciembre de Playa Isla Palo Seco,
distrito Parrita, cantón Parrita, provincia de Puntarenas. Mide 2474 m2, de
conformidad al plano de catastro P-2116463-2019, terreno para dedicarlo al uso
Residencial Recreativo de conformidad al Plan Regulador aprobado.
Linderos:
Norte: Manglar
Sur: Calle Pública
Este: Municipalidad de Parrita
Oeste: Municipalidad de Parrita
Se advierte que la presente
publicación no otorga derecho alguno y la misma se realiza sin perjuicio de que
las disposiciones del plan regulador aprobado en este sector de playa, afecten
el uso actual de la parcela, se conceden treinta días para oír oposiciones las
cuales deberán venir acompañadas de dos copias, parcela ubicada entre los
mojones frente a costa números 836 y 837, del Instituto Geográfico
Nacional.—Parrita 02 de julio del 2019.—Marvin Mora Chinchilla, Coordinador.—1
vez.—( IN2019361360 ).
COLEGIO DE PROFESIONALES EN PSICOLOGÍA
DE
COSTA RICA
La Junta Directiva del Colegio
de Profesionales en Psicología de Costa Rica, convoca a todos/as sus
agremiados/as a la asamblea general extraordinaria N°
122-2019, por celebrarse el sábado 24 de agosto del 2019; en primera
convocatoria a las 8:00 a. m. De no encontrarse presente el quórum de ley, se
procederá a sesionar, en segunda convocatoria, a las 9:00 a. m., con los
colegiados/as presentes (*). La asamblea se realizará en las instalaciones de
este Colegio Profesional, ubicado 600 metros este, de la estación de servicio
La Galera, carretera vieja a Tres Ríos.
Orden del día:
1. Elección de Tesorero de Junta
Directiva para el período del comprendido del 24 de agosto de 2019 al 1 de
diciembre de 2020.
(*) Los colegiados deben estar
al día en sus responsabilidades financieras con la institución.
Si cancela por medio de
transferencia, debe consignar el nombre, monto y enviar el comprobante de pago,
para garantizar el registro en el sistema. El Colegio no se hará responsable
por los inconvenientes que genere la suspensión por morosidad. Junta Directiva.
Junta Directiva.—Máster
Óscar Valverde Cerros, Presidente.—Licda. Ileana Rodríguez Arias,
Secretaria.—Lic. Arnoldo Redondo Valle, Presidente Tribunal Electoral.—(
IN2019365830 ). 2 v. 1.
SECADORAS AGRÍCOLAS S.A.
Convocatoria
a asamblea general ordinaria y extraordinaria de la sociedad Secadoras
Agrícolas S.A., cédula jurídica tres-ciento uno-dos nueve cero cero ocho; que se llevará a cabo el día seis de agosto del
dos mil diecinueve, a las dieciséis horas en su domicilio sito en Alajuela, Tuetal Sur, doscientos metros este del Centro de Salud;
para conocer de los siguientes asuntos: Nombramiento de Junta Directiva. De no
haber quórum a la hora señalada, se celebrará la Asamblea en segunda
convocatoria una hora después con los socios presentes. Teléfono: 2430-2223.—Ángelo
Campos Calderón, Presidente.—Lic. Kerby
Rojas Alfaro, Abogado.—1 vez.—( IN2019364671 ).
PACAYAS S. A.
Se convoca a todos los socios de
la compañía Pacayas Sociedad Anónima, titular de la cédula de persona jurídica Nº 3-101-013668, a la asamblea general ordinaria y
extraordinaria a celebrarse a las 4:00 pm horas del día
martes 27 de agosto del 2019, en Banco Improsa, Barrio Tournón, en primera convocatoria, para conocer los
siguientes asuntos.
1. Aprobación de Estados Financieros y
Cuotas Extraordinarias.
2. Elección de Junta Directiva.
3. Aprobación de gestión de la Administración.
4. Tanque de captación.
5. Pintura.
6. Mantenimiento casa.
7. Asuntos varios.
De no existir quórum a la hora
señalada, la asamblea se llevará a cabo una hora después en segunda
convocatoria, con el quórum presente y los acuerdos se tomarán por mayoría de
votos. Sra. Marcela Odio Soto, cédula 1-0343-0086, Presidente.
San José, 23 de julio del
2019.—Sra. Marcela Odio Soto, Presidente.—1 vez.—(
IN2019365808 ).
Condominio Horizontal Residencial
Brisas del Bosque
Por este
medio y de conformidad con el artículo 25 de la Ley Reguladora de Propiedad en
Condominio se convoca a asamblea extraordinaria de propietarios del Condominio
Horizontal Residencial Brisas del Bosque a realizarse en la filial N° 12 del Sr. Miguel Castro el martes 13 de agosto del 2019
a las 18:30 horas en primera convocatoria. Si no hubiese quórum de ley, se
realizará una hora después; al ser las 19:30 horas en segunda convocatoria con
los condóminos presentes y con los siguientes puntos de agenda: 1-Verificación
del quórum de ley. 2-Elección del presidente y secretario para la
Asamblea. 3-Informe de gestión de Administración de mayo 2019 a la
fecha. 4-Presentación y aprobación de presupuesto. 5-Presentación
de proyecto de instalación de cámaras de seguridad y aprobación de cuota
extraordinaria para ejecutarlo. 6-Cierre de reunión y declaratoria de
los acuerdos en firme. Los Condóminos que representen a una sociedad deberán
presentar la personería jurídica con no más de un mes de haber sido emitida. En
caso de que el dueño sea una persona física, solamente debe presentar la copia
del documento de identificación. El propietario podrá hacerse representar en la
asamblea por medio de un apoderado, quien acreditará su carácter con una
carta-poder, debidamente autenticada por un abogado.—Condominio
Brisas del Bosque.—Esteban Camacho, Representante Legal.—Inversiones Florem FMR S.A.—Rebeca Chaves Flores,
Representante Legal.—1 vez.—( IN2019365813
).
SOL DE RABAT SOCIEDAD ANÓNIMA
Sol de Rabat Sociedad Anónima,
convocatoria a asamblea general ordinaria, se convoca a la asamblea general
ordinaria de la sociedad denominada Sol de Rabat Sociedad Anónima, cédula de
persona jurídica número: tres - ciento uno seiscientos cuarenta y cinco mil
setenta y cinco, a celebrarse el veinticuatro de agosto del año dos mil
diecinueve, la primera convocatoria será a las 1:00 pm. El quórum mínimo lo
constituye la mitad más uno. De no haber quórum, se convocará a las 2:00 p. m.,
a una segunda convocatoria en la que el quórum estará constituido por los
presentes y los acuerdos se tomaran con el voto de la mayoría presente, lugar
de sesión de la asamblea: distrito de Jaco, cantón de Garabito, provincia de
Puntarenas, Jacó, Recepción Hotel Paraíso Escondido, Orden del día: Temas a
tratar a- Discutir y aprobar o improbar el informe sobre los resultados del
ejercicio anual económico del año 2018. b) Acordar la distribución de
utilidades o perdidas si hubiere del ejercicio anual económico del año 2018. La
presente convocatoria se hace a solicitud de la siguiente socia: Myriam Merz.—Firma ilegible.—1 vez.—( IN2019366154 ).
Merz y Brulhart Sociedad Anónima
Merz y Brulhart
Sociedad Anónima, convocatoria a asamblea general ordinaria, se convoca a la
asamblea general ordinaria de la sociedad denominada Merz y Brulhart
Sociedad Anónima, cédula de persona jurídica número: tres - ciento uno
doscientos cuarenta y dos mil setecientos cincuenta y ocho, a celebrarse el
veinticuatro de agosto del año dos mil diecinueve, la primera convocatoria será
a las 10: 00 a. m. El quórum mínimo lo constituye la mitad mas
uno. De no haber quórum, se convocará a las 11 am, a una segunda convocatoria
en la que el quórum estará constituido por los presentes y los acuerdos se
tomaran con el voto de la mayoría presente. lugar de sesión de la asamblea:
distrito de Jaco, cantón de Garabito, provincia de Puntarenas, Jaco, Recepción
Hotel Paraíso Escondido, Orden del día: Temas a tratar: a- Discutir y aprobar o
improbar el informe sobre los resultados del ejercicio anual económico del año
2018. b) Acordar la distribución de utilidades o perdidas si hubiere del
ejercicio anual económico del año 2018. La presente convocatoria se hace a
solicitud de la siguiente socia: Myriam Merz.—Firma
ilegible.—1 vez.—( IN2019366158 ).
PUBLICACIÓN DE TERCERA VEZ
UNIVERSIDAD DE CIENCIAS MÉDICAS
DE
CENTROAMÉRICA, UCIMED
Ante el Departamento de Registro
de la Universidad de Ciencias Médicas de Centroamérica, UCIMED, se ha
presentado la solicitud de reposición del Título de Licenciatura en Medicina y
Cirugía, emitido por esta casa de estudios el diecisiete de marzo del dos mil
diecisiete, inscrito en el tomo tres, folio treinta y ocho, asiento treinta y
cuatro de la UCIMED, y bajo el código de la
universidad cuarenta y cuatro, asiento ciento cuarenta y tres mil cuatrocientos
sesenta y dos del CONESUP a nombre de Mariam Natasha Sibaja Bermúdez, cédula N° uno uno cuatro tres uno cero
nueve cero cinco. Se solicita la reposición del título por extravío. Se publica
este edicto tres veces para oír oposiciones a la reposición solicitada dentro
de los quince días hábiles a partir de la publicación en el Diario Oficial.—San José, Campus Universitario, 14 de mayo
del 2019.—Ing. Byron Castillo Romero, Coordinador de Registro.—( IN2019361127
).
PUBLICACIÓN DE SEGUNDA VEZ
UNIVERSIDAD DE LAS CIENCIAS
Y
EL ARTE DE COSTA RICA
Ante este Registro se ha
presentado solicitud de reposición del título de Licenciatura en Enfermería,
por causa de extravío, emitido por la universidad con fecha 30 de octubre de
2009, a nombre de Miranda Méndez Allan Alberto, cédula de identidad
1-1271-0711, inscrito bajo el Tomo 27, Folio 428, Asiento 9400 del Consejo
Nacional de Educación Superior Universitaria ( CONESUP)
y en el registro de la Universidad de las Ciencias y el Arte de Costa Rica en
el Tomo 1, Folio 467, Asiento 8969. Quien se considere afectado puede manifestar
su oposición ante este registro en el término de ocho días hábiles contados a
partir de la última publicación.—San José, 10 de julio
de 2019.—Flérida Méndez Herrera.—( IN2019361212 ).
PROYECTO DE DESARROLLO ULAT S. A.
Proyecto de
Desarrollo Ulat S.A., cédula jurídica tres-ciento
uno-seiscientos cincuenta y un mil ciento cincuenta y cinco, en su carácter de
Propietario del Condominio Ebbalar S.A., cédula de
persona jurídica número tres-ciento nueve doscientos noventa y seis mil
ochocientos dieciséis, solicita la reposición de los libros de Actas de
Asamblea de Propietarios, de Junta Directiva y el de Caja de dicho Condominio, en razón
de extravío de los mismos.—San José, 10 de julio del dos mil diecinueve.—Oscar
Ramírez Quirós, Apoderado Generalísimo sin Límite de Suma.—( IN2019361263 ).
EL PORCO
Por escrito presentado el
veintiocho de junio del dos mil diecinueve ante el Registro de la Propiedad
Industrial, bajo el Expediente N° 2-129316, se
solicita la transferencia del nombre comercial El Porco a favor de María Paula
Volio Kruse, cédula número uno-mil doscientos noventa
y dos-cero ciento treinta.—San José, 11 de julio del
2019.—Lic. Alejandro López Meoño, Notario Carnet 23148.—( IN2019361385 ).
PUBLICACIÓN DE
PRIMERA VEZ
UNIVERSIDAD LATINA
Ante la Oficina de Registro
de la Universidad Latina de Costa Rica, se ha presentado
la solicitud de reposición
del Título de Bachillerato en Administración de Negocios, inscrito bajo el Tomo IX, Folio 77, Asiento 49049 a nombre
de Juan Edgar Picado Quevedo, cédula de identidad número 113460713. Se solicita la reposición del título indicado anteriormente por extravió del original. Se publica este
edicto para oír oposiciones a la reposición solicitada dentro de los quince días
hábiles a partir de la tercera publicación en el Diario Oficial
La Gaceta. Se extiende
la presente a solicitud del
interesado en el día y lugar de la fecha.—San
José, 11 de julio del 2019.—Departamento
de Registro.—Neda Blanco López, Directora.—(
IN2019361457 ).
Montejo & Associates S. A.
Por contrato de cesión de marcas
entre Montejo & Associates S. A., con cédula de
persona jurídica 3-101-312285, (la cedente) y Montejo Investments
S. A., con cédula de persona jurídica N° 3-101-012828
(la cesionaria), suscrito entre las partes el 11 de julio de 2019, se traspasó
el nombre Comercial M Montejo (DISEÑO), registrado bajo el expediente
2014-9468, con número de registro 241771. Se cita a acreedores e interesados
para que se presenten dentro del término de quince días a partir de la primera
publicación a hacer valer sus derechos.—Javier Montejo
Calvo, Montejo Investments S. A.—( IN2019361618 ).
PUBLICACIÓN DE UNA VEZ
3-102-756551 SOCIEDAD DE RESPONSABILAD LIMITADA
3-102-756551 Sociedad de Responsabililad Limitada, cédula jurídica tres
3-102-756551, solicita al Registro Nacional a reposición de los siguientes
libros: libro N° uno de Acta de Asamblea de Cuotistas y libro de Registro de Cuotistas.
Quien se considere afectado puede manifestar su oposición ante el Registro o en
el domicilio de su gerente: Erika Bucher Chévez, San
José, Santa Ana, Uruca, Urbanización Rio Oro, frente a Casa San José, Casa IYO,
dentro del término de ocho días hábiles a partir de la publicación de este
aviso. Es todo.—San José, 11 de julio del 2019.—Erika Bucher Chevez.—1 vez.—( IN2019361458 ).
ASOCIACIÓN ADMINISTRADORA DEL ACUEDUCTO
RURAL
DE GUATUSO DE EL GUARCO
Luis Antonio Zamora Acosta,
cédula número tres-ciento noventa y cuatro-quinientos cuarenta y uno, mayor,
casado una vez, vecino de Cartago San Isidro del Guarco cuatrocientos metros
este del Beneficio Los Valles, albañil, en mi condición de presidente con las
facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma de la Asociación
Administradora del Acueducto Rural de Guatuso de El Guarco, cédula jurídica:
Tres-cero cero dos-doscientos sesenta y dos mil setecientos cincuenta y ocho,
solicito al departamento de Asociaciones del Registro de Personas Jurídicas la
reposición de los segundos libros Registro de asociados, Diario, Mayor,
Inventaros y Balances, todos los libros fueron los segundos los que se
extraviaron. Se remplaza por ocho días hábiles a partir de la publicación a
cualquier interesado a fin de oir objeciones ante el
Registro de Asociaciones.—Cartago siete de julio del
dos mil diecinueve.—Luis Antonio Zamora Acosta.—1 vez.—( IN2019361484 ).
PAPELERÍA Y SUMINISTROS DEL NORTE
SOCIEDAD
ANÓNIMA
La suscrita Carolina Serrano
Vindas, portadora de la cédula de identidad: cuatro-ciento noventa y
siete-cuatrocientos noventa y cuatro, en mi condición de presidenta con
facultades de apoderada generalísima sin límite de suma de la sociedad
Papelería y Suministros del Norte Sociedad Anónima, cédula jurídica:
3-101-169787, por este medio informo que se hará la reposición del libro legal
de actas de la asamblea de socios, ya que el mismo fue extraviado.—San José, 11
de julio de 2019.—Carolina Serrano Vindas.—1 vez.—( IN2019361527 ).
ENLACE ECONÓMICO AUTOMOTRIZ S. A.
El suscrito Víctor Julio Chaves
Carballo, en mi condición de presidente de Enlace Económico Automotriz S. A.,
cédula jurídica 3-101-172098, con facultades de apoderado generalísimo sin
límite de suma, solicito la reposición de los siguientes libros legales:
Registro de Socios, Actas de Asambleas de Socios, y Actas de Asambleas de Junta
Directiva, por haberse extraviado los mismos.—Heredia,
11 de julio del 2019.—Víctor Julio Chaves Carballo, Presidente.—1 vez.—(
IN2019361534 ).
BETHEL CRISTIAN SCHOOL SOCIEDAD ANÓNIMA
Bethel Cristian School Sociedad Anónima, portadora de la cédula de
identidad número tres-ciento uno-trescientos setenta y cinco mil ochocientos
cincuenta y nueve, solicita ante el Registro Nacional la reposición por
extravío del tomo primero de los libros de: Actas de Asamblea de Socios y Actas
del Consejo de Administración. Quien se considere afectado puede manifestar su
oposición ante la notaria. Escazú, Guachipelín Centro Corporativo VMG.—10 de julio del 2019.—Licda. Kattia Vargas Álvarez,
Notaria.—1 vez.—( IN2019361541 ).
MISIÓN INTERNACIONAL DE DISCIPULADO S. A.
Misión
Internacional de Discipulado S. A., portadora de la cédula de identidad N° tres-ciento uno-doscientos cuarenta y cuatro mil
setecientos noventa y cuatro, solicita ante el Registro Nacional la reposición por
extravió del tomo primero de los libros de: Actas de Asamblea de Socios y Actas
del Consejo de Administración. Quien se considere afectado puede manifestar su
oposición ante la notaria. Escazú, Guachipelín, Centro Corporativo VMG.—10 de julio del 2019.—Licda. Kattia Vargas Álvarez,
Notaria.—1 vez.—( IN2019361543 ).
REPRESENTACIONES MARÍA LIMITADA
Yo, María
Esther Rojas Arroyo, portadora de la cédula de identidad número uno
cuatrocientos veintisiete-cero cero ocho, en mi condición de gerente con
facultades de apoderada generalísima sin límite de suma de la sociedad
Representaciones María Limitada, con cédula de persona jurídica número
tres-ciento dos-cero treinta y cuatro mil trescientos seis, anuncio la
reposición del libro de Registro de Socios, el cual está extraviado.—San José,
09 de julio del 2019.—María Esther Rojas Arroyo, Gerente.—1 vez.—( IN2019361548
).
S A BOLAÑOS Y RIGGIONI
Omar Bolaños Morera, cédula de identidad N° 201910496, apoderado
generalísimo sin límite de suma, de la sociedad denominada: S A Bolaños y Riggioni,
cédula jurídica N° 3-101-046849, solicita
reposición por extravío de
los libros: actas de junta directiva, consejo de administración, registro de accionistas, diario, mayor, inventarios y balances, todos tomo uno. Otorgado
a las catorce horas quince de junio
del dos mil diecinueve.—Lic. Omar Bolaños Morera, Presidente.—Licda. María del Milagro Ugalde Víquez, Notaria.—1 vez.—( IN2019361553 ).
VIEW OF THE MOUNTAIN TOO SOCIEDAD ANÓNIMA
A solicitud del presidente, se
hace saber del extravío de los libros legales: Actas de Asamblea general, Actas
de Junta Directiva y Registro de Socios de la sociedad View of The Mountain Too Sociedad Anónima, cédula de persona jurídica número
tres-ciento uno-trescientos veintitrés mil cuatrocientos cincuenta y cuatro.
Publíquese una vez para efectos de reposición de libros ante el Registro
Público de la Propiedad. Es todo.—La Unión, quince de
julio de dos mil diecinueve.—Lic. Kattia Bermúdez Montenegro, Notaria.—1 vez.—(
IN2019362646 ).
JOTAESE S. A.
Mediante escritura número 108,
visible a folio 136 vuelto, del tomo 22 de mi protocolo, escritura de las 12:00
horas del 10 de julio de 2019, Jotaese S.A.,
cédula 3-101-026915, protocoliza la solicitud de reposición de sus libros
legales: Actas de Asamblea General, Registro de Socios y Reuniones de Junta Directiva.—Lic. David Dumani
Echandi, Notario.—1 vez.—( IN2019363033 ).
PUBLICACIÓN DE UNA VEZ
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las 16 horas 30 minutos del 19 de junio del año 2019, se
constituyó la sociedad denominada Limon Develompment Consulting LLN
Sociedad Anónima.—San
José, 25 de junio del 2019.—Licda. Stefany Borey
Bryan, Notaria.—1 vez.—CE2019008483.—( IN2019362182 ).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 14 horas 00 minutos del 20 de junio
del año 2019, se constituyó la sociedad denominada Maganor
de Moravia Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 25 de junio del
2019.—Lic. José Antonio Gómez Cortés, Notario.—1 vez.—CE2019008484.—(
IN2019362183 ).
Mediante escritura
otorgada ante esta notaría, a las 12 horas 00 minutos del 24 de junio del año
2019, se constituyó la sociedad denominada Cuero Artesanal Sin Fronteras
Sociedad Anónima.—San
José, 25 de junio del 2019.—Licda. Gabriela Mora Aguilar, Notaria.—1
vez.—CE2019008485.—( IN2019362184 ).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 20 horas 00 minutos del 24 de junio
del año 2019, se constituyó la sociedad denominada Cédula Jurídica Sociedad Anónima.—San
José, 25 de junio del 2019.—Lic. Abraham Vargas Quirós, Notario.—1
vez.—CE2019008486.—( IN2019362185 ).
Mediante escritura
otorgada ante esta notaría, a las 11 horas 00 minutos del 25 de junio del año
2019, se constituyó la sociedad denominada La Pulpe
de Chela at Lir Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San
José, 25 de junio del 2019.—Licda. Alejandra Echeverria Alfaro, Notaria.—1
vez.—CE2019008487.—( IN2019362186 ).
Mediante escritura
otorgada ante esta notaría, a las 15 horas 00 minutos del 06 de junio del año
2019, se constituyó la sociedad denominada Eteci
Sociedad Anónima.—San
José, 25 de junio del 2019.—Lic. Maximiliano Villalobos Vargas, Notario.—1
vez.—CE2019008488.—( IN2019362187 ).
Mediante escritura
otorgada ante esta notaría, a las 13 horas 00 minutos del 14 de junio del año
2019, se constituyó la sociedad denominada Hacienda El Sultán Sociedad Anónima.—San
José, 25 de junio del 2019.—Lic. Henry Danilo Ledezma Avalos, Notario.—1
vez.—CE2019008489.—( IN2019362188 ).
Mediante escritura
otorgada ante esta notaría, a las 17 horas 00 minutos del 24 de junio del año
2019, se constituyó la sociedad denominada Softdecision
Sociedad Anónima.—San
José, 25 de junio del 2019.—Lic. Marvin Cubero Martínez, Notario.—1
vez.—CE2019008490.—( IN2019362189 ).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 11 horas 30 minutos del 24 de junio
del año 2019, se constituyó la sociedad denominada Emotech
Sociedad Anónima.—San
José, 25 de junio del 2019.—Licda. Claudia Minerva Domínguez Rojas, Notaria.—1
vez.—CE2019008491.—( IN2019362190 ).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 11 horas 00 minutos del 19 de junio
del año 2019, se constituyó la sociedad denominada Immigration
Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 25 de junio del 2019.—Lic. Roger Allen
Petersen Morice, Notario.—1 vez.—CE2019008492.—(
IN2019362191 ).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 21 horas 00 minutos del 24 de junio
del año 2019, se constituyó la sociedad denominada Cédula Jurídica Sociedad Anónima.—San
José, 25 de junio del 2019.—Lic. Abraham Vargas Quirós, Notario.—1
vez.—CE2019008493.—( IN2019362192 ).
Mediante escritura
otorgada ante esta notaría, a las 14 horas 00 minutos del 14 de junio del año
2019, se constituyó la sociedad denominada El Cortijo de los Leones Sociedad
Anónima.—San
José, 25 de junio del 2019.—Lic. Henry Danilo Ledezma Avalos, Notario.—1
vez.—CE2019008494.—( IN2019362193 ).
Mediante escritura
otorgada ante esta notaría, a las 16 horas 00 minutos del 24 de junio del año
2019, se constituyó la sociedad denominada Inversiones Checa Chica Zarate
Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 25 de junio del 2019.—Licda. Ana Gabriela
Acevedo Rivera, Notario.—1 vez.—CE2019008495.—( IN2019362194 ).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 15 horas 00 minutos del 17 de junio
del año 2019, se constituyó la sociedad denominada Loma Vikinga Sociedad Anónima.—San
José, 25 de junio del 2019.—Lic. Randall Mauricio Rojas Quesada, Notario.—1
vez.—CE2019008496.—( IN2019362195 ).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 14 horas 10 minutos del 14 de junio
del año 2019, se constituyó la sociedad denominada La Infanta Azul Sociedad Anónima.—San
José, 25 de junio del 2019.—Lic. Henry Danilo Ledezma Avalos, Notario.—1
vez.—CE2019008497.—( IN2019362196 ).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 10 horas 00 minutos del 21 de junio
del año 2019, se constituyó la sociedad denominada JMBYBAB Properties Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 25 de junio del
2019.—Licda. María Gabriela Elizondo Alpízar, Notaria.—1 vez.—CE2019008498.—(
IN2019362197 ).
Mediante escritura
otorgada ante esta notaría, a las 15 horas 00 minutos del 12 de junio del año
2019, se constituyó la sociedad denominada Cirugía Centroamérica Sociedad Anónima.—San
José, 25 de junio del 2019.—Lic. German Jerry Campos Monge, Notario.—1
vez.—CE2019008499.—( IN2019362198 ).
Mediante escritura
otorgada ante esta notaría, a las 10 horas 00 minutos del 15 de febrero del año
2019, se constituyó la sociedad denominada Casas y Restauraciones JBH
Sociedad Anónima.—San
José, 25 de junio del 2019.—Lic. Joshua Joel Rosales Watson, Notario.—1
vez.—CE2019008500.—( IN2019362199 ).
Mediante escritura
otorgada ante esta notaría, a las 09 horas 30 minutos del 25 de junio del año
2019, se constituyó la sociedad denominada Barú Estates
Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 25 de junio del 2019.—Licda. Yancy Gabriela Araya
Pérez, Notaria.—1 vez.—CE2019008501.—( IN2019362200 ).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 13 horas 00 minutos del 19 de junio
del año 2019, se constituyó la sociedad denominada Nazca Los Sabores del
Perú Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 25 de junio del
2019.—Lic. Willy Rojas Chacón, Notario.—1 vez.—CE2019008502.—( IN2019362201 ).
Mediante escritura
otorgada ante esta notaría, a las 14 horas 15 minutos del 14 de junio del año
2019, se constituyó la sociedad denominada Inmobiliaria Equilibrium
Sociedad Anónima.—San
José, 25 de junio del 2019.—Lic. Henry Danilo Ledezma Avalos, Notario.—1
vez.—CE2019008503.—( IN2019362202 ).
Mediante escritura
otorgada ante esta notaría, a las 14 horas 00 minutos del 20 de junio del año
2019, se constituyó la sociedad denominada Kilati
& CO Sociedad Anónima.—San
José, 25 de junio del 2019.—Lic. Goldy Ponchner Geller, Notario.—1
vez.—CE2019008504.—( IN2019362203 ).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 13 horas 00 minutos del 21 de junio
del año 2019, se constituyó la sociedad denominada M And L Sunsets LLC Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 25 de junio del
2019.—Licda. Mariajosé Víquez Alpízar, Notaria.—1
vez.—CE2019008505.—( IN2019362204 ).
Mediante escritura
otorgada, ante esta notaría, a las 08 horas 00 minutos del 20 de junio del año
2019, se constituyó la sociedad denominada Mayoreo Propisos
ABC Sociedad Anónima.—San
José, 25 de junio del 2019.–Lic. Guillermo Brenes Cambronero, Notario.—1
vez.—CE2019008506.—( IN2019362205 ).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 08 horas 00 minutos del 24 de junio
del año 2019, se constituyó la sociedad denominada Kailash Forest Sociedad Anónima.—San
José, 25 de junio del 2019.—Licda. Patricia Villalobos Brenes, Notaria.—1
vez.—CE2019008507.—( IN2019362206 ).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 08 horas 00 minutos del 25 de junio
del año 2019, se constituyó la sociedad denominada Grupo Agrocomercial
de Miravalles Sociedad Anónima.—San
José, 25 de junio del 2019.—Lic. Alonso José Fonseca Pion, Notario.—1
vez.—CE2019008509.—( IN2019362208 ).
Mediante escritura
otorgada ante esta notaría, a las 16 horas 30 minutos del 18 de junio del año
2019, se constituyó la sociedad denominada Arbo
Limitada.—San José, 25 de junio del
2019.—Licda. Maricela Alpízar Chacón, Notario.—1 vez.—CE2019008510.—(
IN2019362209 ).
Mediante escritura
otorgada ante esta notaría, a las 15 horas 00 minutos del 24 de junio del año
2019, se constituyó la sociedad denominada J.F.E Sociedad de
Responsabilidad Limitada.—San
José, 25 de junio del 2019.—Lic. Enrique Loria Brunker,
Notario.—1 vez.—CE2019008511.—( IN2019362210 ).
Mediante escritura
otorgada ante esta notaría, a las 13 horas 00 minutos del 25 de junio del año
2019, se constituyó la sociedad denominada RIS GC Siete Limitada.—San José, 25 de junio del 2019.—Lic. Jorge
Zúñiga Calderón, Notario.—1 vez.—CE2019008512.—( IN2019362211 ).
Mediante escritura
otorgada ante esta notaría, a las 14 horas 00 minutos del 25 de junio del año
2019, se constituyó la sociedad denominada Grica Limitada.—San
José, 25 de junio del 2019.—Lic. Rafael Enrique Cañas Coto, Notario.—1
vez.—CE2019008513.—( IN2019362212 ).
Mediante escritura
otorgada ante esta notaría, a las 18 horas 00 minutos del 24 de junio del año
2019, se constituyó la sociedad denominada Soluciones Integrales R&J
Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 25 de junio del
2019.—Licda. María de los Ángeles Montero Álvarez, Notaria.—1
vez.—CE2019008514.—( IN2019362213 ).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 18 horas 15 minutos del 18 de junio
del año 2019, se constituyó la sociedad denominada Asocar
Sociedad Anónima.—San
José, 25 de junio del 2019.—Lic. Roberto Carlos Rodríguez Castillo, Notario.—1
vez.—CE2019008515.—( IN2019362214 ).
Mediante escritura
otorgada ante esta notaría, a las 10 horas 30 minutos del 17 de junio del año
2019, se constituyó la sociedad denominada .
Sociedad Anónima.—San
José, 25 de junio del 2019.—Licda. Giselle Arroyo Segura, Notaria.—1 vez.—CE2019008516.—(
IN2019362215 ).
Mediante escritura
otorgada ante esta notaría, a las 08 horas 00 minutos del 25 de junio del año
2019, se constituyó la sociedad denominada Grecon
Sociedad Anónima.—San
José, 25 de junio del 2019.—Lic. Luis Carlos Acuña Jara, Notario.—1
vez.—CE2019008517.—( IN2019362216 ).
Mediante escritura
otorgada ante esta notaría, a las 10 horas 00 minutos del 17 de junio del año
2019, se constituyó la sociedad denominada .
Sociedad Anónima.—San
José, 25 de junio del 2019.—Licda. Giselle Arroyo Segura, Notario.—1
vez.—CE2019008518.—( IN2019362217 ).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 15 horas 45 minutos del 21 de junio
del año 2019, se constituyó la sociedad denominada Centro Integral de
Radiología Oral Sociedad Anónima.—San José, 25 de junio del
2019.—Lic. Carlos Johalmo Alvarado Villalobos,
Notario.—1 vez.—CE2019008519.—( IN2019362218 ).
Mediante escritura
otorgada ante esta notaría, a las 15 horas 00 minutos del 25 de junio del año
2019, se constituyó la sociedad denominada María Esperanza Sociedad Anónima.—San
José, 25 de junio del 2019.—Licda. Miriam Adriela Medina Espinoza, Notaria.—1
vez.—CE2019008520.—( IN2019362219 ).
Mediante escritura
otorgada ante esta notaría, a las 14 horas 53 minutos del 24 de junio del año
2019, se constituyó la sociedad denominada VN Abroad
Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 25 de junio del
2019.—Licda. Adriana Marín Fonseca, Notaria.—1 vez.—CE2019008521.—(
IN2019362220 ).
Mediante escritura
otorgada ante esta notaría, a las 15 horas 30 minutos del 13 de junio del año
2019, se constituyó la sociedad denominada Inversiones y Propiedades GPM de
Costa Rica Sociedad Anónima.—San José, 25 de junio del 2019.—Lic. Mauricio
Bolaños Alvarado, Notario.—1 vez.—( IN2019362221 ).
Mediante escritura
otorgada ante esta notaría, a las 15 horas 00 minutos del 25 de junio del año
2019, se constituyó la sociedad denominada Madrugada Sin Sol Limitada.—San
José, 25 de junio del 2019.—Licda. Paola Vargas Castillo, Notaria.—1
vez.—CE2019008523.—( IN2019362222 ).
Mediante escritura
otorgada ante esta notaría, a las 11 horas 30 minutos del 25 de junio del año
2019, se constituyó la sociedad denominada OMCHA Veinticinco Sociedad Anónima.—San
José, 25 de junio del 2019.—Lic. Paulo Fernando Araya Valverde, Notario.—1
vez.—CE2019008524.—( IN2019362223 ).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 15 horas 00 minutos del 25 de junio
del año 2019, se constituyó la sociedad denominada BDC Villa Seventeen de Playa Flamingo LLC
Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 25 de junio del
2019.—Licda. Eleonora Alejandra Varela Sánchez, Notaria.—1 vez.—CE2019008525.—(
IN2019362224 ).
Mediante escritura
otorgada ante esta notaría, a las 14 horas 00 minutos del 25 de junio del año
2019, se constituyó la sociedad denominada JAMZ Sociedad Anónima.—San
José, 25 de junio del 2019.—Lic. David Dumani
Echandi, Notario.—1 vez.—CE2019008526.—( IN2019362225 ).
Mediante escritura
otorgada ante esta notaría, a las 08 horas 00 minutos del 24 de junio del año
2019, se constituyó la sociedad denominada Inversiones Mimega
& Alacam Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San
José, 25 de junio del 2019.—Lic. Maykool Acuña
Ugalde, Notario.—1 vez.—CE2019008527.—( IN2019362226 ).
Mediante escritura
otorgada ante esta notaría, a las 13 horas 00 minutos del 13 de mayo del año
2019, se constituyó la sociedad denominada Ciudad Escazú Confort Sociedad
Anónima.—San
José, 25 de junio del 2019.—Lic. Giovanni Jiménez Chacón, Notario.—1
vez.—CE2019008528.—( IN2019362227 ).
Mediante escritura
otorgada ante esta notaría, a las 08 horas 00 minutos del 25 de junio del año
2019, se constituyó la sociedad denominada Hawk
Hill Capital Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 25 de junio del
2019.—Lic. Jorge Guzmán Calzada, Notario.—1 vez.—CE2019008529.—( IN2019362228
).
Mediante escritura
otorgada ante esta notaría, a las 15 horas 00 minutos del 20 de junio del año
2019, se constituyó la sociedad denominada Corporación Familiar González
Vargas L.G.D.K Sociedad Anónima.—San José, 25 de junio del 2019.—Licda. Marilyn
Elena Bedoya Esquivel, Notaria.—1 vez.—CE2019008530.—( IN2019362229 ).
Mediante escritura
otorgada ante esta notaría, a las 08 horas 10 minutos del 25 de junio del año
2019, se constituyó la sociedad denominada Steiner Street Holdings Sociedad
de Responsabilidad Limitada.—San
José, 25 de junio del 2019.—Lic. Jorge Guzmán Calzada, Notario.—1
vez.—CE2019008531.—( IN2019362230 ).
Mediante escritura
otorgada ante esta notaría, a las 00 horas 00 minutos del 25 de junio del año
2019, se constituyó la sociedad denominada Valkirias Mediterráneas Sociedad
Anónima.—San
José, 25 de junio del 2019.—Lic. Jorge Guzmán Calzada, Notario.—1 vez.—
CE2019008532.—( IN2019362231 ).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 08 horas 00 minutos del 24 de junio
del año 2019, se constituyó la sociedad denominada Casa Judici
Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 25 de junio del 2019.—Licda.
Sabrina Karine Kszak
Bianchi, Notaria.—1 vez.—CE2019008533.—( IN2019362232 ).
Mediante escritura
otorgada ante esta notaría, a las 14 horas 00 minutos del 24 de junio del año
2019, se constituyó la sociedad denominada Pacificogargon
Inversiones Sociedad Anónima.—San José, 25 de junio del 2019.—Licda. Marilyn
Elena Bedoya Esquivel, Notaria.—1 vez.—CE2019008534.—( IN2019362233 ).
Mediante escritura
otorgada ante esta notaría, a las 12 horas 20 minutos del 20 de junio del año
2019, se constituyó la sociedad denominada T & J del Nuevo Milenio Sociedad
Anónima.—San
José, 25 de junio del 2019.—Lic. Gerardo Villalobos Montero, Notario.—1
vez.—CE2019008535.—( IN2019362234 ).
Mediante escritura
otorgada ante esta notaría, a las 15 horas 00 minutos del 25 de junio del año
2019, se constituyó la sociedad denominada GK Playa Santa Teresa Lot
Esperanza Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 25 de junio del
2019.—Lic. Alejandro José Burgos Bonilla, Notario.—1 vez.—CE2019008536.—(
IN2019362235 ).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 16 horas 00 minutos del 25 de junio
del año 2019, se constituyó la sociedad denominada T&C Ventures Sociedad
de Responsabilidad Limitada.—San
José, 25 de junio del 2019.—Lic. Marco Antonio Fernández López, Notario.—1
vez.—CE2019008537.—( IN2019362236 ).
Mediante escritura
otorgada ante esta notaría, a las 09 horas 00 minutos del 20 de junio del año
2019, se constituyó la sociedad denominada Corinita del Este Sociedad de
Responsabilidad Limitada.—San
José, 25 de junio del 2019.—Lic. Marcial Bolívar Villegas, Notario.—1
vez.—CE2019008538.—( IN2019362237 ).
Mediante escritura
otorgada ante esta notaría, a las 08 horas 00 minutos del 18 de junio del año
2019, se constituyó la sociedad denominada Terralux
Inmobiliaria Limitada.—San
José, 25 de junio del 2019.—Lic. Eduardo Rojas Piedra, Notario.—1
vez.—CE2019008539.—( IN2019362238 ).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 14 horas 30 minutos del 24 de junio
del año 2019, se constituyó la sociedad denominada Pacificoarime
Inversiones Familiares Sociedad Anónima.—San José, 25 de junio del
2019.—Licda. Marilyn Elena Bedoya Esquivel, Notaria.—1 vez.—CE2019008540.—(
IN2019362239 ).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 10 horas 00 minutos del 25 de junio
del año 2019, se constituyó la sociedad denominada Pancito Verde Sociedad de
Responsabilidad Limitada.—San
José, 25 de junio del 2019.—Licda. Sabrina Karine Kszak Bianchi, Notaria.—1 vez.—CE2019008541.—(
IN2019362240 ).
Mediante escritura
otorgada ante esta notaría, a las 12 horas 10 minutos del 25 de junio del año
2019, se constituyó la sociedad denominada Gato Pintado Sociedad de
Responsabilidad Limitada.—San
José, 25 de junio del 2019.—Lic. Óscar Carrillo Baltodano, Notario.—1 vez.—CE2019008542.—( IN2019362241 ).
Mediante escritura
otorgada ante esta notaría, a las 10 horas 00 minutos del 25 de junio del año
2019, se constituyó la sociedad denominada A La Deriva en La Vida Sociedad
de Responsabilidad Limitada.—San
José, 25 de junio del 2019.—Lic. Andrés Francisco González Anglada, Notario.—1
vez.—CE2019008543.—( IN2019362242 ).
Mediante escritura
otorgada ante esta notaría, a las 15 horas 15 minutos del 25 de junio del año
2019, se constituyó la sociedad denominada GK Playa Grande Lot Thirty-Six Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 25 de junio del
2019.—Lic. Alejandro José Burgos Bonilla, Notario.—1 vez.—CE2019008544.—(
IN2019362243 ).
Mediante escritura
otorgada ante esta notaría, a las 19 horas 00 minutos del 22 de junio del año
2019, se constituyó la sociedad denominada Inmobiliaria Yacoson
Sociedad Anónima.—San
José, 24 de junio del 2019.—Licda. Ana Rosa Aguilar González, Notaria.—1
vez.—CE2019008433.—( IN2019362244 ).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 16 horas 00 minutos del 24 de junio
del año 2019, se constituyó la sociedad denominada Inversiones C Dos Z
Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 24 de junio del 2019.—Licda. Ana Gabriela
Acevedo Rivera, Notaria.—1 vez.—CE2019008434.—( IN2019362245 ).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 17 horas 30 minutos del 22 de junio
del año 2019, se constituyó la sociedad denominada Servicios de
Mantenimiento Agüero AB Sociedad Anónima.—San José, 24
de junio del 2019.—Licda. María del Carmen Rojas Quirós, Notaria.—1
vez.—CE2019008435.— ( IN2019362246 ).
Mediante escritura
otorgada ante esta notaría, a las 20 horas 00 minutos del 24 de junio del año
2019, se constituyó la sociedad denominada Parati
VAG Sociedad Anónima.—San
José, 24 de junio del 2019.—Licda. Evelin de los Ángeles Sandoval Sandoval, Notaria.—1 vez.—CE2019008436.—( IN2019362247 ).
Mediante escritura
otorgada ante esta notaría, a las 10 horas 00 minutos del 14 de junio del año
2019, se constituyó la sociedad denominada Dabraun
Group Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San
José, 24 de junio del 2019.—Licda. Marcela Patricia Gurdián Cedeño, Notaria.—1
vez.—CE2019008437.— ( IN2019362248 ).
Mediante escritura
otorgada ante esta notaría, a las 13 horas 00 minutos del 21 de junio del año
2019, se constituyó la sociedad denominada Ma And L Sunsets
LLC Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 24 de junio del
2019.—Licda. Mariajose Víquez Alpízar, Notaria.—1
vez.—CE2019008438.—( IN2019362249 ).
Mediante escritura
otorgada ante esta notaría, a las 07 horas 00 minutos del 16 de junio del año
2019, se constituyó la sociedad denominada Inversiones Grupo Ilen Sociedad Anónima.—San José, 24 de junio del
2019.—Licda. Marianella Mora Barrantes, Notaria.—1 vez.—CE2019008439.—(
IN2019362250 ).
Mediante escritura
otorgada ante esta notaría, a las 19 horas 00 minutos del 19 de junio del año
2019, se constituyó la sociedad denominada Intracafon
by Dos Sociedad Anónima.—San José, 25 de junio del
2019.—Lic. Marco Antonio Vargas Valverde, Notario.—1 vez.—CE2019008440.—(
IN2019362251 ).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 13 horas 00 minutos del 24 de junio
del año 2019, se constituyó la sociedad denominada ROABRIGR Sociedad de
Responsabilidad Limitada.—San
José, 25 de junio del 2019.—Lic. Edgar Alejandro Solís Moraga, Notario.—1
vez.—CE2019008441.—( IN2019362252 ).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 20 horas 00 minutos del 24 de junio
del año 2019, se constituyó la sociedad denominada Enthucoin
C.R. Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San
José, 25 de junio del 2019.—Lic. Ronald Eduardo Durán Molina, Notario.—1
vez.—CE2019008442.—( IN2019362253 ).
Mediante escritura
otorgada ante esta notaría, a las 16 horas 00 minutos del 19 de junio del año
2019, se constituyó la sociedad denominada Administrative
Consultant and Strategic
Management Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 25 de junio del
2019.—Lic. Juan Pablo Bello Carranza, Notario.—1 vez.—CE2019008443.—(
IN2019362254 ).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 11 horas 00 minutos del 19 de junio
del año 2019, se constituyó la sociedad denominada Dr. Raudin
Salas Medicina Integral Sociedad Anónima.—San José, 25 de junio del
2019.—Licda. Ana Rosa Aguilar González, Notaria.—1 vez.—CE2019008444.—(
IN2019362255 ).
Mediante escritura
otorgada ante esta notaría, a las 19 horas 00 minutos del 21 de junio del año
2019, se constituyó la sociedad denominada Sabana Dental Care
Sociedad Anónima.—San
José, 25 de junio del 2019.—Licda. Ana Rosa Aguilar González, Notaria.—1
vez.—CE2019008445.—( IN2019362256 ).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 10 horas 00 minutos del 20 de junio
del año 2019, se constituyó la sociedad denominada Ice Cream
in Jaco Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 25 de junio del
2019.—Licda. Elissa Madeline Stoffels
Ughetta, Notaria.—1 vez.—CE2019008446.—( IN2019362257
).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 00 horas 00 minutos del 14 de junio
del año 2019, se constituyó la sociedad denominada Jorfre
Stadium Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San
José, 25 de junio del 2019.—Licda. Xinia Eudette Gómez
Montiel, Notaria.—1 vez.—CE2019008447.—( IN2019362258 ).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 10 horas 30 minutos del 24 de junio
del año 2019, se constituyó la sociedad denominada Petro Tres Cinco Limitada.—San
José, 25 de junio del 2019.—Lic. Javier Andrés Delgado Villalobos, Notario.—1
vez.—CE2019008448.—( IN2019362259 ).
Mediante escritura
otorgada ante esta notaría, a las 15 horas 00 minutos del 21 de junio del año
2019, se constituyó la sociedad denominada Smart Logi
Store Sociedad Anónima.—San
José, 25 de junio del 2019.—Lic. Randall Francisco Fallas Castro, Notario.—1
vez.—CE2019008449.—( IN2019362260 ).
Mediante escritura
otorgada ante esta notaría a las 16 horas 00 minutos del 21 de junio del año
2019, se constituyó la sociedad denominada FCES Edson Soto Limitada.—San
José, 25 de junio del 2019.—Lic. Rafael Enrique Cañas Coto, Notario.—1 vez.—CE2019008450.—(
IN2019362261 ).
Mediante escritura
otorgada ante esta notaría a las 11 horas 00 minutos del 24 de junio del año
2019, se constituyó la sociedad denominada Terrazas de Altamonte
Limitada.—San
José, 25 de junio del 2019.—Lic. Gerardo Castillo Rojas, Notario.—1
vez.—CE2019008451.—( IN2019362262 ).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 14 horas 00 minutos del 24 de junio
del año 2019, se constituyó la sociedad denominada Inversiones Rivale Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 25 de junio del
2019.—Lic. Carlos Fernando Cubero Rojas, Notario.—1 vez.—CE2019008452.—(
IN2019362263 ).
Mediante escritura
otorgada ante esta notaría, a las 00 horas 00 minutos del 24 de junio del año
2019, se constituyó la sociedad denominada Sol de Altamonte
Limitada.—San
José, 25 de junio del 2019.—Lic. Gerardo Castillo Rojas, Notario.—1
vez.—CE2019008453.—( IN2019362264 ).
Mediante escritura
otorgada ante esta notaría, a las 09 horas 00 minutos del 24 de junio del año
2019, se constituyó la sociedad denominada Akounicr
Limitada.—San
José, 25 de junio del 2019.—Lic. Carlos Roberto Rivera Ruiz, Notario.—1
vez.—CE2019008454.—( IN2019362265 ).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 16 horas 30 minutos del 18 de junio
del año 2019, se constituyó la sociedad denominada Comercializadora Centeno
Torres Sociedad Anónima.—San
José, 25 de junio del 2019.—Licda. Ileana Rodríguez González, Notaria.—1
vez.—CE2019008455.—( IN2019362266 ).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 09 horas 40 minutos del 24 de junio
del año 2019, se constituyó la sociedad denominada Ojos del Mundo Sociedad
de Responsabilidad Limitada.—San
José, 25 de junio del 2019.—Licda. Yancy Gabriela
Araya Pérez, Notaria.—1 vez.—CE2019008456.—( IN2019362267 ).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 10 horas 50 minutos del 18 de junio
del año 2019, se constituyó la sociedad denominada Multiservicios Dinámicos
Ponce y Sánchez Sociedad Anónima.—San José, 25 de junio del 2019.—Lic. Mario Alberto
Mesén Araya, Notario.—1 vez.—CE2019008457.—( IN2019362268 ).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 09 horas 00 minutos del 25 de junio
del año 2019, se constituyó la sociedad denominada Oshea
Property Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San
José, 25 de junio del 2019.—Lic. Rafael Enrique Cañas Coto, Notario.—1
vez.—CE2019008458.—( IN2019362269 ).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 19 horas 00 minutos del 20 de junio
del año 2019, se constituyó la sociedad denominada Dream
Catcher Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San
José, 25 de junio del 2019.—Licda. Stephanie Mary Picado Chang, Notaria.—1
vez.—CE2019008459.—( IN2019362270 ).
Mediante escritura
otorgada ante esta notaría, a las 08 horas 00 minutos del 25 de junio del año
2019, se constituyó la sociedad denominada Urban Lots
Sociedad Anónima.—San
José, 25 de junio del 2019.—Lic. Ronald Núñez Álvarez, Notario.—1
vez.—CE2019008460.—( IN2019362271 ).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 12 horas 20 minutos del 20 de junio
del año 2019, se constituyó la sociedad denominada T & J Comercial
Sociedad Anónima.—San
José, 25 de junio del 2019.—Lic. Gerardo Villalobos Montero, Notario.—1
vez.—CE2019008461.—( IN2019362272 ).
Mediante escritura
otorgada ante esta notaría, a las 09 horas 00 minutos del 25 de junio del año
2019, se constituyó la sociedad denominada Cavalliciocca
CR Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 25 de junio del
2019.—Lic. Alfredo Núñez Gamboa, Notario.—1 vez.—CE2019008462.—( IN2019362273
).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 09 horas 30 minutos del 20 de junio
del año 2019, se constituyó la sociedad denominada Villas Willis JC Sociedad
Anónima.—San
José, 25 de junio del 2019.—Lic. Giovanni Bonilla Goldoni,
Notario.—1 vez.—CE2019008463.—( IN2019362274 ).
Mediante escritura
otorgada ante esta notaría, a las 08 horas 00 minutos del 11 de junio del año
2019, se constituyó la sociedad denominada Keylayers
Sociedad Anónima.—San
José, 25 de junio del 2019.—Lic. Johanny Esquivel Hidalgo, Notario.—1
vez.—CE2019008464.—( IN2019362275 ).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 09 horas 00 minutos del 20 de junio
del año 2019, se constituyó la sociedad denominada Eventos Yeah Sociedad Anónima.—San José, 25 de junio del
2019.—Licda. Yesenia María Arce Gómez, Notaria.—1 vez.—CE2019008465.—(
IN2019362276 ).
Mediante escritura
otorgada ante esta notaría, a las 21 horas 00 minutos del 21 de junio del año
2019, se constituyó la sociedad denominada Frutas y Verduras Abby Sociedad
de Responsabilidad Limitada.—San
José, 25 de junio del 2019.—Lic. Pablo Morera Blandino, Notario.—1
vez.—CE2019008466.—( IN2019362277 ).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 00 horas 00 minutos del 22 de junio
del año 2019, se constituyó la sociedad denominada Laguna del Búfalo
Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 23 de junio del 2019.—Licda. Jockseline Zúñiga Varela, Notaria.—1 vez.—CE2019008353.—(
IN2019362278 ).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 12 horas 00 minutos del 23 de junio
del año 2019, se constituyó la sociedad denominada Amelie GAT Sociedad Anónima.—San
José, 24 de junio del 2019.—Lic. Manuel Giménez Costillo, Notario.—1
vez.—CE2019008354.—( IN2019362279 ).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 17 horas 00 minutos del 22 de junio
del año 2019, se constituyó la sociedad denominada Jokabran
Sociedad Anónima.—San
José, 24 de junio del 2019.—Licda. Karla María Granados Vindas, Notario.—1
vez.—CE2019008355.—( IN2019362280 ).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 18 horas 00 minutos del 23 de junio
del año 2019, se constituyó la sociedad denominada Joguera
y Hernández Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 24 de junio del
2019.—Licda. Karla María Granados Vindas, Notaria.—1 vez.—CE2019008356.—(
IN2019362281 ).
Mediante escritura
otorgada ante esta notaría, a las 09 horas 00 minutos del 29 de mayo del año
2019, se constituyó la sociedad denominada Fracamael
Limitada.—San
José, 24 de junio del 2019.—Licda. Eleonora Ortiz Runnebaum,
Notaria.—1 vez.—CE2019008357.—( IN2019362282 ).
Mediante escritura
otorgada ante esta notaría, a las 08 horas 00 minutos del 20 de junio del año
2019, se constituyó la sociedad denominada Importación y Distribución Propisos Nacional Sociedad Anónima.—San José, 24 de junio del
2019.—Lic. Guillermo Brenes Cambronero, Notario.—1 vez.—CE2019008358.—(
IN2019362283 ).
Mediante escritura
otorgada ante esta notaría, a las 12 horas 00 minutos del 20 de junio del año
2019, se constituyó la sociedad denominada Conexiones Corus
Costa Rica Limitada.—San
José, 24 de junio del 2019.—Lic. Alfonso José Mojica Mendieta, Notario.—1
vez.—CE2019008359.—( IN2019362284 ).
Mediante escritura
otorgada ante esta notaría, a las 15 horas 30 minutos del 12 de junio del año
2019, se constituyó la sociedad denominada Marín & Monge M Y M Sociedad Anónima.—San
José, 24 de junio del 2019.—Lic. German Jerry Campos Monge, Notario.—1
vez.—CE2019008360.—( IN2019362285 ).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 11 horas 00 minutos del 21 de junio
del año 2019, se constituyó la sociedad denominada Distribuidora Servimariscos del Sur Sociedad Anónima.—San José, 24 de junio del
2019.—Lic. Camilo Diego Cedeño Castro, Notario.—1 vez.—CE2019008361.—(
IN2019362286 ).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 11 horas 30 minutos del 21 de junio
del año 2019, se constituyó la sociedad denominada Dreamland
International Holdings CR Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 24 de junio del
2019.—Lic. Warner Porras Guzmán, Notario.—1 vez.—CE2019008362.—( IN2019362287
).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 09 horas 30 minutos del 22 de junio
del año 2019, se constituyó la sociedad denominada Alabra
Associates Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San
José, 24 de junio del 2019.—Lic. Carlos Eduardo Castro Mora, Notario.—1
vez.—CE2019008363.—( IN2019362288 ).
Mediante escritura
otorgada ante esta notaría, a las 16 horas 00 minutos del 05 de junio del año
2019, se constituyó la sociedad denominada A & P Consultores del Norte
Sociedad Anónima.—San
José, 24 de junio del 2019.—Licda. María de los Ángeles Angulo Gómez,
Notario.—1 vez.—CE2019008364.—( IN2019362289 ).
Mediante escritura
otorgada ante esta notaría, a las 09 horas 00 minutos del 24 de junio del año
2019, se constituyó la sociedad denominada Oasis de Oro Novecientos Noventa
y Nueve Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 24 de junio del
2019.—Lic. Siu Len Wing
Ching Jiménez, Notario.—1 vez.—CE2019008365.—( IN2019362290 ).
Mediante escritura
otorgada ante esta notaría, a las 19 horas 00 minutos del 16 de junio del año
2019, se constituyó la sociedad denominada Casa de Retiros Espirituales
Galilea Sociedad Anónima.—San
José, 24 de junio del 2019.—Lic. Maurene Mora
Murillo, Notaria.—1 vez.—CE2019008366.—( IN2019362291 ).
Mediante escritura
otorgada ante esta notaría, a las 13 horas 00 minutos del 21 de junio del año
2019, se constituyó la sociedad denominada La Agonía Ciento Veintitrés
Sociedad Anónima.—San
José, 24 de junio del 2019.—Lic. Alfredo Álvarez Quirós, Notario.—1
vez.—CE2019008367.—( IN2019362292 ).
Mediante escritura
otorgada ante esta notaría, a las 08 horas 00 minutos del 17 de junio del año
2019, se constituyó la sociedad denominada Roppongi
Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 24 de junio del 2019.—Lic. Federico
Piedra Poveda, Notario.—1 vez.—CE2019008368.—( IN2019362293 ).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 06 horas 30 minutos del 24 de junio
del año 2019, se constituyó la sociedad denominada San Luz RE Sociedad Anónima.—San
José, 24 de junio del 2019.—Licda. María Emilia Chacón González, Notaria.—1
vez.—CE2019008369.—( IN2019362294 ).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría a las 16 horas 00 minutos del 21 de junio
del año 2019, se constituyó la sociedad denominada Prhaffey
Enterprises Inc Limitada.—San
José, 24 de junio del 2019.—Lic. José Antonio Silva Meneses, Notario.—1
vez.—CE2019008370.—( IN2019362295 ).
Mediante escritura
otorgada ante esta notaría, a las 09 horas 30 minutos del 22 de junio del año
2019, se constituyó la sociedad denominada Consultores en Sostenibilidad
Desarrollo e Ingenieris (SDI) Sociedad Anónima.—San
José, 24 de junio del 2019.—Lic. Roberto Enrique Cordero Brenes, Notario.—1
vez.—CE2019008371.—( IN2019362296 ).
Mediante escritura
otorgada ante esta notaría, a las 17 horas 00 minutos del 23 de junio del año
2019, se constituyó la sociedad denominada Athena
Robótica Visual Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 24 de junio del
2019.—Licda. Olga Isabel Romero Quirós, Notaria.—1 vez.—CE2019008372.—(
IN2019362297 ).
Mediante escritura
otorgada ante esta notaría, a las 09 horas 00 minutos del 21 de junio del año
2019, se constituyó la sociedad denominada Eduka
Rorhmoser Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San
José, 24 de junio del 2019.—Lic. Josué Hidalgo Bolaños, Notario.—1
vez.—CE2019008373.—( IN2019362298 ).
Mediante escritura
otorgada ante esta notaría, a las 07 horas 00 minutos del 21 de junio del año
2019, se constituyó la sociedad denominada Inversiones Alvarado Arias R y G
Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 24 de junio del 2019.—Licda. Ana Marcela
Quesada Salas, Notaria.—1 vez.—CE2019008374.—( IN2019362299 ).
Mediante escritura
otorgada ante esta notaría, a las 08 horas 00 minutos del 24 de junio del año
2019, se constituyó la sociedad denominada Acervus
Productions CR Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San
José, 24 de junio del 2019.—Lic. Rónald Francisco
Ramírez Garita, Notario.—1 vez.—CE2019008375.—( IN2019362300 ).
Mediante escritura
otorgada ante esta notaría, a las 10 horas 00 minutos del 24 de junio del año
2019, se constituyó la sociedad denominada Chimosa
Sociedad Anónima.—San
José, 24 de junio del 2019.—Licda. Lucrecia Campos Delgado, Notaria.—1
vez.—CE2019008376.—( IN2019362301 ).
Mediante escritura
otorgada ante esta notaría, a las 08 horas 39 minutos del 19 de junio del año
2019, se constituyó la sociedad denominada Angee Celulares y Accesorios
Sociedad Anónima.—San
José, 24 de junio del 2019.—Lic. Omar Leonardo Pérez Sánchez, Notario.—1
vez.—CE2019008377.—( IN2019362302 ).
Mediante escritura
otorgada ante esta notaría, a las 09 horas 00 minutos del 20 de junio del año
2019, se constituyó la sociedad denominada Distribuidora Farmarocha
Sociedad Anónima.—San
José, 24 de junio del 2019.—Lic. Ian Mauricio Marín Sevilla, Notario.—1
vez.—CE2019008378.—( IN2019362303 ).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 10 horas 00 minutos del 29 de mayo
del año 2019, se constituyó la sociedad denominada Auto Portones Sociedad de
Responsabilidad Limitada.—San
José, 24 de junio del 2019.—Licda. Nancy Tattiana Zúñiga
Oses, Notaria.—1 vez.—CE2019008379.—( IN2019362304 ).
Mediante escritura
otorgada ante esta notaría, a las 16 horas 06 minutos del 21 de junio del año
2019, se constituyó la sociedad denominada Número de Cédula Jurídica
Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 24 de junio del 2019.—Lic. Luis Alberto
Canales Cortés, Notario.—1 vez.—CE2019008380.—( IN2019362305 ).
Mediante escritura
otorgada ante esta notaría, a las 08 horas 00 minutos del 24 de junio del año
2019, se constituyó la sociedad denominada Mudanzas TM Sociedad Anónima.—San
José, 24 de junio del 2019.—Licda. Mónica Gago Brenes, Notaria.—1
vez.—CE2019008381.—( IN2019362306 ).
Mediante escritura
otorgada ante esta notaría, a las 17 horas 00 minutos del 21 de junio del año
2019, se constituyó la sociedad denominada Lapoint
Property Limitada.—San José, 24 de junio del
2019.—Lic. Sergio José Guido Villegas, Notario.—1 vez.—CE2019008382.—(
IN2019362307 ).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 12 horas 00 minutos del 19 de junio
del año 2019, se constituyó la sociedad denominada Saji
de Tenorio Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 24 de junio del
2019.—Lic. Omar Leonardo Pérez Sánchez, Notario.—1 vez.—CE2019008383.—(
IN2019362308 ).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 15 horas 00 minutos del 21 de junio
del año 2019, se constituyó la sociedad denominada Rincontero
Sociedad Anónima.—San
José, 24 de junio del 2019.—Lic. Rodrigo Ernesto Muñoz Ripper, Notario.—1
vez.—CE2019008384.—( IN2019362309 ).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 15 horas 45 minutos del 21 de junio
del año 2019, se constituyó la sociedad denominada Ciro Sociedad Anónima.—San
José, 24 de junio del 2019.—Lic. Carlos Johalmo
Alvarado Villalobos, Notario.—1 vez.—CE2019008385.—( IN2019362310 ).
Mediante escritura
otorgada ante esta notaría, a las 13 horas 00 minutos del 20 de junio del año
2019, se constituyó la sociedad denominada Kharanagh
Sibu Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 24 de junio del
2019.—Lic. Bernal Chavarría Herrera, Notario.—1 vez.—CE2019008386.—( IN2019362311
).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 08 horas 00 minutos del 22 de junio
del año 2019, se constituyó la sociedad denominada Living The Pie Life Sociedad Anónima.—San
José, 24 de junio del 2019.—Licda. Jessica Pérez Araya, Notaria.—1
vez.—CE2019008387.—( IN2019362312 ).
Mediante escritura
otorgada ante esta notaría, a las 09 horas 00 minutos del 25 de mayo del año
2019, se constituyó la sociedad denominada Inversiones Mamali
Sociedad Anónima.—San
José, 24 de junio del 2019.—Lic. Roger Jesús Aguilar Obregón, Notario.—1
vez.—CE2019008388.—( IN2019362313 ).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 09 horas 00 minutos del 24 de junio
del año 2019, se constituyó la sociedad denominada Enterprises
GP Sesenta y Cuatro Sociedad Anónima.—San José, 24 de junio del 2019.—Lic. Carlos Alfonso
Martínez Chaves, Notario.—1 vez.—CE2019008389.—( IN2019362314 ).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 15 horas 00 minutos del 22 de junio
del año 2019, se constituyó la sociedad denominada Los Ángeles de Alba
Sociedad Anónima.—San José, 24 de junio del
2019.—Lic. Felipe Gómez Rodríguez, Notario.—1 vez.—CE2019008390.—( IN2019362315
).
Mediante escritura
otorgada ante esta notaría, a las 09 horas 00 minutos del 24 de junio del año
2019, se constituyó la sociedad denominada Jojova
Asesores Financieros Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San
José, 24 de junio del 2019.—Lic. Eduardo Antonio Vílchez Hurtado, Notario.—1
vez.—CE2019008391.—( IN2019362316 ).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 08 horas 00 minutos del 24 de junio
del año 2019, se constituyó la sociedad denominada Servicios de Gestión
Complementaria Sociedad Anónima.—San José, 24 de
junio del 2019.—Licda. Ana Luisa Jiménez Quirós, Notaria.—1
vez.—CE2019008392.—( IN2019362317 ).
SUCURSAL DE MIRAMAR
De conformidad con el artículo
20 del Reglamento para Verificar
el Cumplimiento de la Obligaciones
Patronales y de Trabajadores
Independientes, por ignorarse
el domicilio actual del patrono
Esvin Gerardo Oconor
Villarreal, número patronal 0-00700910553-001-001, el
Servicio de Inspección de
la Sucursal de Miramar, notifica
Traslado de Cargos 1404-2017-229 por planilla adicional, por un monto de ¢73.938,00 en cuotas obrero patronales.
Consulta expediente: en esta oficina, Puntarenas, Montes
De Oro, Miramar, frente al anfiteatro
municipal. Se les confiere 10 días
hábiles a partir del quinto
día siguiente de su publicación, para ofrecer pruebas de descargo y hacer las alegaciones jurídicas pertinentes. Se le previene que
debe señalar lugar o medio
para oír notificaciones
dentro del perímetro administrativo
establecido por la Corte Suprema de Justicia del Poder Judicial de Puntarenas Centro; de no indicarlo las resoluciones posteriores se tendrán por notificadas con solo el transcurso
de 24 horas a partir de la fecha
de resolución. Notifíquese.—San José, 12 de julio del 2019.—Lic. Miguel Ángel Porras Chacón, Jefe.—1 vez.—( IN2019361578 ).
SUCURSAL DE PUNTARENAS
De conformidad con el artículo
20 del Reglamento para Verificar el Cumplimiento de la Obligaciones Patronales
y de trabajadores Independientes, por ignorarse el domicilio actual del patrono
Distribuidora Castroarias Bebidas, S. A., número patronal
2-03101573814-001-001, la Sucursal de Puntarenas, notifica Traslado de Cargos
1402-2017-387 por planilla adicional, por un monto de ¢1.232.450,00 en cuotas
obrero-patronales. Consulta expediente: en esta oficina, Puntarenas, Central,
175 metros al sur de la Capilla Velación Santo Sepulcro. Se les confiere 10
días hábiles a partir del quinto día siguiente de su publicación, para ofrecer
pruebas de descargo y hacer las alegaciones jurídicas pertinentes. Se le
previene que debe señalar lugar o medio para oír notificaciones dentro del
perímetro administrativo establecido por la Corte Suprema de Justicia del Poder
Judicial de Puntarenas Centro; de no indicarlo las resoluciones posteriores se
tendrán por notificadas con solo el transcurso de 24 horas a partir de la fecha
de resolución. Notifíquese.—San José, 12 de julio del
2019.—Lic. Sergio Rodríguez Venegas, Jefe.—1 vez.—( IN2019361580 ).
De conformidad con
el artículo 20 del Reglamento para Verificar el Cumplimiento de la Obligaciones
Patronales y de trabajadores Independientes, por ignorarse el domicilio actual
del patrono 3-101-696983 S. A., número patronal 2-03101696983-001-001, la
Sucursal de Puntarenas, notifica Traslado de
Cargos 1402-2018-694 por planilla adicional, por un monto de ¢785.516,00 en cuotas
obrero-patronales. Consulta expediente: en esta oficina, Puntarenas, Central,
175 metros al sur de la Capilla Velación Santo Sepulcro. Se les confiere 10
días hábiles a partir del quinto día siguiente de su publicación, para ofrecer
pruebas de descargo y hacer las alegaciones jurídicas pertinentes. Se le
previene que debe señalar lugar o medio para oír notificaciones dentro del
perímetro administrativo establecido por la Corte Suprema de Justicia
del Poder Judicial de Puntarenas Centro; de no indicarlo las resoluciones
posteriores se tendrán por notificadas con solo el transcurso de 24 horas a
partir de la fecha de resolución. Notifíquese.—San
José, 12 de julio del 2019.—Lic. Sergio Rodríguez Venegas, Jefe.—1 vez.—(
IN2019361585 ).
De conformidad con
el artículo 20 del Reglamento para Verificar el Cumplimiento de la Obligaciones
Patronales y de trabajadores Independientes, por ignorarse el domicilio actual
del patrono Álvaro Mauricio Alvarado Abarca, número patronal
0-00602970588-001-001, la Sucursal de Puntarenas, notifica Traslado de Cargos
1402-2018-828 por inscripción patronal, por un monto de ¢84,301.00 en cuotas
obrero-patronales. Consulta expediente: en esta oficina, Puntarenas, Central,
175 metros al sur de la Capilla Velación Santo Sepulcro. Se les confiere 10
días hábiles a partir del quinto día siguiente de su publicación, para ofrecer
pruebas de descargo y hacer las alegaciones jurídicas pertinentes. Se le
previene que debe señalar lugar o medio para oír notificaciones dentro del
perímetro administrativo establecido por la Corte Suprema de Justicia del Poder
Judicial de Puntarenas Centro; de no indicarlo las resoluciones posteriores se
tendrán por notificadas con solo el transcurso de 24 horas a partir de la fecha
de resolución. Notifíquese.—San José, 12 de julio del
2019.—Lic. Sergio Rodríguez Venegas, Jefe.—1 vez.—( IN2019361586 ).
MUNICIPALIDAD DEL CANTÓN DE EL GUARCO
PLAN REGULADOR PARCIAL DEL CANTÓN
DE EL GUARCO
Publicado en
La Gaceta N° 138, Alcance 36 del 18 de julio
del 2014.
De conformidad con lo acordado
por el Concejo Municipal de El Guarco en la sesión N°
231-2019, celebrada el 15 de julio de 2019, mediante acuerdo N° 753 definitivamente aprobado, se aprueba realizar la
corrección del error material del uso de suelo de las fincas del partido de
Cartago inscritas en el Registro Nacional, registro de bienes inmuebles, bajo
el sistema de Folio Real matrículas 0197873 y 0197872, que corresponden a los
planos catastrados 309320862004 y 309304492004, sita en la provincia de
Cartago, cantón de El Guarco, distrito de El Tejar, costado oeste del futuro
Hospital de Cartago. Elimínese lo que por error se tipifico en la finca
privada como institucional publica, siendo que lo correcto es que la misma
sea Comercial y de Servicios.
Katherine
Quirós Coto, Secretaria Municipal.—1 vez.—(
IN2019365826 ).