LA GACETA 180 DEL 20 DE SETIEMBRE DEL 2021

PODER LEGISLATIVO

PROYECTOS

PODER EJECUTIVO

DECRETOS

ACUERDOS

MINISTERIO DE ECONOMÍA, INDUSTRIA

Y COMERCIO

MINISTERIO DE JUSTICIA Y PAZ

MINISTeRiO DE COMERCIO EXTERIOR

RESOLUCIONES

MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES

Y CULTO

DOCUMENTOS VARIOS

JUSTICIA Y PAZ

AMBIENTE Y ENERGÍA

TRIBUNAL SUPREMO DE ELECCIONES

RESOLUCIONES

EDICTOS

AVISOS

CONTRATACIÓN ADMINISTRATIVA

LICITACIONES

PODER JUDICIAL

ADJUDICACIONES

CAJA COSTARRICENSE DE SEGURO SOCIAL

REGLAMENTOS

COLEGIOS UNIVERSITARIOS

CAJA COSTARRICENSE DE SEGURO SOCIAL

MUNICIPALIDADES

AVISOS

INSTITUCIONES DESCENTRALIZADAS

UNIVERSIDAD DE COSTA RICA

INSTITUTO TECNOLÓGICO DE COSTA RICA

PATRONATO NACIONAL DE LA INFANCIA

JUNTA DE PROTECCIÓN SOCIAL

AVISOS

RÉGIMEN MUNICIPAL

MUNICIPALIDAD DE GOICOECHEA

MUNICIPALIDAD DE OREAMUNO

CONCEJO MUNICIPAL DE SARAPIQUÍ

MUNICIPALIDAD DE LA CRUZ GUANACASTE

AVISOS

NOTIFICACIONES

JUSTICIA Y PAZ

INSTITUTO NACIONAL DE APRENDIZAJE

Los Alcances 186, 187 y 188, a La Gaceta 179; Año CXLIII, se publicaron el viernes 17 de setiembre del 2021.

PODER LEGISLATIVO

PROYECTOS

Texto Dictaminado

Expediente N.° 21.365

MODIFICACIÓN DEL INCISO Ñ) DEL ARTÍCULO 53, ARTÍCULO 54 Y ARTÍCULO 71 DE LA LEY DE LA AUTORIDAD REGULADORA DE LOS SERVICIOS PÚBLICOS, LEY NÚMERO 7593 Y SUS REFORMAS

DEL 9 DE AGOSTO DE 1996

Artículo 1.- Refórmese el inciso ñ) del artículo 53 de la Ley de la Autoridad Reguladora de los Servicios Públicos, N.º 7593, de 9 de agosto de 1996. Para que se lean de la siguiente manera:

Artículo 53.- Deberes y atribuciones

Son deberes y atribuciones de la Junta Directiva:

(…)

ñ) Dictar las normas y políticas que regulen las condiciones laborales, las obligaciones y los derechos de los funcionarios y trabajadores de la Autoridad Reguladora y de la Sutel. (…)

Artículo 2.- Refórmense los artículos 54 y 71 de la Ley de la Autoridad Reguladora de los Servicios Públicos, N.º 7593, de 9 de agosto de 1996. Para que se lean de la siguiente manera:

Artículo 54.- Quórum y remuneración. Para sesionar válidamente, tres (3) miembros constituirán el quórum. Los acuerdos se tomarán por mayoría de votos de los presentes, salvo los casos en que la ley exija una mayoría calificada.: Cuando se produzca un empate, el presidente o quien lo sustituya, resolverá con voto de calidad. Ningún miembro podrá abstenerse de votar.

La Junta podrá sesionar siempre que para ello exista el quórum de ley, aunque no estén nombrados ni ratificados todos sus miembros.

Los miembros de la Junta Directiva devengarán, por cada sesión a la que asistan, dietas correspondientes al diez por ciento (10%) del salario base del contralor general de la República. No podrán remunerarse más de tres (3) sesiones por semana.

La remuneración del regulador general, del regulador general adjunto, así como la de los funcionarios de nivel profesional y técnico de la Autoridad Reguladora y de la Sutel se determinará tomando en cuenta las remuneraciones prevalecientes en los servicios bajo su regulación, en su conjunto, de manera que se garanticen la calidad e idoneidad del personal. La fijación de la remuneración de estos funcionarios estará sujeta a lo dispuesto en la Ley N.° 8131, Administración Financiera de la República y Presupuestos Públicos, de 18 de setiembre de 2001, y deberá respetar el límite a las remuneraciones totales que establece la Ley N.° 2166, Ley de Salarios de la Administración Pública, de 9 de octubre de 1957.

Cuando así lo acuerde la Junta, y previa aprobación de la Contraloría General de la República, sus miembros podrán laborar en sus funciones a tiempo completo, o bien, a medio tiempo en el desempeño de sus responsabilidades directivas.

Articulo 71.- Remuneración y prohibición de prestar servicios

La remuneración de los miembros del Consejo de la Sutel, así como la de sus funcionarios de nivel profesional y técnico se determinará a partir de las remuneraciones prevalecientes en los servicios regulados por la Autoridad Reguladora y el mercado de las telecomunicaciones en el ámbito nacional, o las de organismos con funciones similares, de manera que se garantice la calidad del personal. La fijación de la remuneración de estos funcionarios estará sujeta a lo dispuesto en la Ley N.° 8131, Administración financiera de la República y presupuestos públicos, de 18 de setiembre de 2001, y sus reformas.

Los miembros suplentes del Consejo devengarán, por día de trabajo o sesión, dietas proporcionales de la remuneración de los propietarios.

Los miembros del Consejo de la Sutel y los funcionarios de la Superintendencia estarán sujetos a las disposiciones del artículo 51 de esta Ley.

Artículo 3.- La Dirección Nacional de Servicio Civil dictará las normas y políticas que regulen la creación de plazas y los esquemas de remuneración de los funcionarios y trabajadores de la Autoridad Reguladora y de la Sutel.”

Rige a partir de su publicación

Pablo Heriberto Abarca Mora

Presidente

Comisión Permanente Ordinaria de Gobierno

y Administración

1 vez.—Exonerado.—( IN2021581254 ).

PODER EJECUTIVO

DECRETOS

N° 43017-MJP

EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

Y LA MINISTRA DE JUSTICIA Y PAZ

Con fundamento en lo dispuesto en los artículos 140, inciso 18) y 146 de la Constitución Política, en el artículo 32 de la Ley de Asociaciones N° 218 del 08 de agosto de 1939, los artículos 27 y siguientes del Reglamento a la Ley de Asociaciones N° 29496-J, publicado en La Gaceta N° 96 del 21 de mayo del 2001, así como lo establecido en el artículo 3, inciso ch) de la Ley de Impuesto sobre la Renta N° 7092 y en los artículos 103 y 104 de Código de Normas y Procedimientos Tributarios N° 4755.

Considerando:

I.—Que el artículo 32 de la Ley de Asociaciones N° 218 del 08 de agosto de 1939 y sus reformas, confiere al Poder Ejecutivo la potestad de declarar de utilidad pública a las asociaciones simples, federadas o confederadas, cuyo desarrollo y actividades sean particularmente útiles para los intereses del Estado y que por ello contribuyan a solventar una necesidad social.

II.—Que International Life Sciences Institute Association Mesoamérica, en español Asociación Instituto Internacional de Ciencias de la Vida Mesoamérica, cédula de persona jurídica número 3-002-685905, se inscribió en el Registro de Asociaciones del Registro Nacional, desde el 05 de junio del 2014, al tomo 2014, asiento 159098.

III.—Que los fines que persigue International Life Sciences Institute Association Mesoamérica, en español Asociación Instituto Internacional de Ciencias de la Vida Mesoamérica, cédula de persona jurídica número 3-002-685905, según sus estatutos son: “La Asociación tiene como finalidad promover actividades informativas, científicas y educativas en materia de nutrición, toxicología, inocuidad alimentaria y seguridad ambiental para el bienestar humano y promover el diálogo e intercambio científico entre académicos, el estado y la industria, tendrá también como patrocinar y apoyar investigaciones, reuniones, publicaciones y seminarios, con el fin de buscar soluciones a los problemas en materia de nutrición, toxicología, inocuidad alimentaria y seguridad ambiental, que sean una preocupación común para el bienestar de la población. La Asociación no tendrá ningún fin de lucro. Todas las actividades de la Asociación serán realizadas con el fin de servir al interés público y no la promoción de los productos o servicios de sus asociados. La Asociación no podrá dedicarse a labores de “lobbying” o promoción de actividades y proyectos entre sectores gubernamentales y privados, pero para el cumplimiento de sus fines podrá sin limitación promocionar sus productos. (Folios 81 a 104)

IV.—Que tales fines solventan una necesidad social de primer orden, por lo cual merecen el apoyo del Estado costarricense. Por tanto,

Decretan:

DECLARATORIA DE UTILIDAD PÚBLICA

PARA INTERNATIONAL LIFE SCIENCES INSTITUTE

ASSOCIATION MESOAMÉRICA, EN ESPAÑOL

ASOCIACIÓN INSTITUTO INTERNACIONAL

DE CIENCIAS DE LA VIDA

MESOAMÉRICA

Artículo 1ºDeclárese de utilidad pública para los intereses del Estado International Life Sciences Institute Association Mesoamérica, en español Asociación Instituto Internacional de Ciencias de la Vida Mesoamérica, cédula de persona jurídica número 3-002-685905.

Artículo 2ºEs deber de la asociación rendir anualmente un informe de gestión ante el Ministerio de Justicia y Paz, de conformidad con lo indicado en el artículo 32 del Reglamento a la Ley de Asociaciones.

Artículo 3ºLos ingresos y el patrimonio de la asociación que se destinen en su totalidad y en forma exclusiva para fines públicos o de beneficencia y que en ningún caso se distribuyan directa o indirectamente entre sus integrantes, se encontrarán exonerados del impuesto sobre la renta, por el contrario, aquella parte que no tenga este destino, o quede repartido de alguna manera entre sus asociados, estará sujeto a la imposición de este impuesto.

Artículo 4ºLe corresponde a la Administración Tributaria controlar y fiscalizar el correcto cumplimiento de las obligaciones tributarias de la asociación, de conformidad con lo establecido en los artículos 103 y 104 del Código de Normas y Procedimientos Tributarios.

Artículo 5ºUna vez publicado este decreto los interesados deberán protocolizar y presentar el respectivo testimonio ante el Registro de Asociaciones del Registro Nacional, para su respectiva inscripción.

Artículo 6ºRige a partir de su publicación.

Dado en la Presidencia de la República.—San José, el catorce de abril del dos mil veintiuno.

CARLOS ALVARADO QUESADA.—La Ministra de Justicia y Paz, Fiorella Salazar Rojas.—1 vez.—O. C. N° 4600049291.—Solicitud N° 293820.—( D43017 - IN2021581289 ).

N° 43110-MJP

EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

Y LA MINISTRA DE JUSTICIA Y PAZ

Con fundamento en lo dispuesto en los artículos 140, inciso 18) y 146 de la Constitución Política, en el artículo 32 de la Ley de Asociaciones N° 218 del 8 de agosto de 1939 y los artículos 27 y siguientes del Reglamento a la Ley de Asociaciones N° 29496-J, publicado en La Gaceta N° 96 del 21 de mayo del 2001, así como lo establecido en el artículo 3, inciso ch) de la Ley de Impuesto sobre la Renta N° 7092 y en los artículos 103 y 104 de Código de Normas y Procedimientos Tributarios N° 4755.

Considerando:

I.—Que el artículo 32 de la Ley de Asociaciones N° 218 de 8 de agosto de 1939 y sus reformas, confiere al Poder Ejecutivo la potestad de declarar de utilidad pública a las asociaciones simples, federadas o confederadas, cuyo desarrollo y actividades sean particularmente útiles para los intereses del Estado y que por ello contribuyan a solventar una necesidad social.

II.—Que la Asociación para la Protección de la Cuenca del Río Nandamojo, cédula de persona jurídica número: 3-002-699237, se inscribió en el Registro de Asociaciones del Registro Público Nacional desde el día 15 de julio de 2015, tomo 215 y asiento 20963.

III.—Que los fines que persigue la asociación, según sus estatutos son: “A) Proteger el recurso hídrico, flora y fauna de la cuenca del Río Nandamojo a través de la Educación Ambiental, así como la divulgación de buenas prácticas de uso de suelo, así como el fomento de actividades económicas sostenibles y cualquier otro tipo de actividad que facilite la protección de los Recursos Naturales en la cuenca y las zonas adyacentes. B) Fomentar el espíritu de rectitud, participación, solidaridad y responsabilidad de sus asociados.

IV.—Que tales fines solventan una necesidad social de primer orden, por lo cual merecen el apoyo del Estado costarricense. Por tanto,

Decretan

DECLARATORIA DE UTILIDAD PÚBLICA DE LA ASOCIACIÓN PARA LA PROTECCIÓN DE LA

CUENCA DEL RÍO NANDAMOJO

Artículo 1ºDeclárese de utilidad pública para los intereses del Estado la Asociación para la Protección de la Cuenca del Río Nandamojo, cédula de persona jurídica número 3-002-699237.

Artículo 2ºEs deber de la asociación rendir anualmente un informe de gestión ante el Ministerio de Justicia y Paz, de conformidad con lo indicado en el artículo 32 del Reglamento a la Ley de Asociaciones.

Artículo 3ºLos ingresos y el patrimonio de la asociación que se destinen en su totalidad y en forma exclusiva para fines públicos o de beneficencia y que en ningún caso se distribuyan directa o indirectamente entre sus integrantes, se encontrarán exonerados del impuesto sobre la renta, por el contrario, aquella parte que no tenga este destino, o quede repartido de alguna manera entre sus asociados, estará sujeto a la imposición de este impuesto.

Artículo 4ºLe corresponde a la Administración Tributaria controlar y fiscalizar el correcto cumplimiento de las obligaciones tributarias de la asociación, de conformidad con lo establecido en los artículos 103 y 104 del Código de Normas y Procedimientos Tributarios.

Artículo 5ºUna vez publicado este decreto los interesados deberán protocolizar y presentar el respectivo testimonio ante el Registro de Asociaciones del Registro Nacional, para su respectiva inscripción.

Artículo 6ºRige a partir de su publicación.

Dado en la Presidencia de la República.—San José, a los quince días del mes de junio del dos mil veintiuno.

CARLOS ALVARADO QUESADA.—La Ministra de Justicia y Paz, Fiorella Salazar Rojas.—1 vez.—O. C. N° 4600049291.—Solicitud N° 293823.—( D43110- IN2021581292 ).

Nº 43062-MEP

EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

Y LA MINISTRA DE EDUCACIÓN PÚBLICA

En ejercicio de las atribuciones conferidas en los artículos 140 inciso 3) y 146 de la Constitución Política; los artículos 27 inciso 1), 28 inciso 2) acápite b) de la Ley General de la Administración Pública, Ley N° 6227 del 2 de mayo de 1978; y los artículos 496 y 505 del Código de Educación, Ley N° 181 del 18 de agosto de 1944; y;

Considerando:

I.—Que la Sociedad de Seguros de Vida del Magisterio Nacional, es un órgano social dedicado desde su fundación a la administración de un seguro de vida para los y las trabajadores de la educación costarricense pública y privada.

II.—Que el artículo 505 del Código de Educación, establece la integración de la Junta Directiva de la Sociedad de Seguros de Vida del Magisterio Nacional. Además de instar a las asociaciones integrantes a nombrar sus representantes ante la Sociedad de Seguros, los cuales deberán ser juramentados por la Ministra de Educación Pública. Por tanto,

Decretan:

NOMBRAMIENTO DE LA JUNTA DIRECTIVA

DE LA SOCIEDAD DE SEGUROS DE VIDA

DEL MAGISTERIO NACIONAL

Artículo 1º—Promulgar la integración de la Junta Directiva de la Sociedad de Seguros de Vida del Magisterio Nacional cédula jurídica N° 3-007-045048 con los siguientes miembros:

a) En representación de la Asociación Nacional de Educadores (ANDE):

-Ana Yance Rivera Mata cédula N° 3-313-554

-Bernardo Guzmán Núñez cédula N° 2-294-482

-Xinia María Torres Campos cédula N° 3-255-659

b)  En representación de la Asociación de Educadores Pensionados (ADEP):

-Teresita Arias Fuentes cédula N° 3-164-372

-Óscar Luis Salazar Alvarado cédula N° 4-088-967

c)  En representación de la Asociación de Profesores de Segunda Enseñanza (APSE):

-Santiago Araya Barboza cédula N° 5-149-1342

d) En representación de la Asociación Sindical de Profesores y Funcionarios Universitarios (ASPROFU):

-Leonel Sequeira Cruz cédula N° 6-107-134

e)  En representación del Sindicato de Trabajadoras y Trabajadores de la Educación Costarricense (SEC):

-Mario Antonio Rojas Vílchez cédula N° 4-110-863

f)  En representación de los educadores reincorporados o de quienes no están afiliados a ninguna asociación:

-Paula Villalta Olivares cédula N° 3-374-033

Artículo 2º—El presente Decreto Ejecutivo rige a partir del día primero de abril del año dos mil veintiuno y por el período legal de tres años.

Dado en la Presidencia de la República. -San José, a los doce días del mes de mayo del año dos mil veintiuno.

CARLOS ALVARADO QUESADA.—La Ministra de Educación Pública, Guiselle Cruz Maduro.—1 vez.—O.C. Nº 4600050891.—Solicitud Nº 293039.—( IN2021580997 ).

43117-MJP

EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

Y LA MINISTRA DE JUSTICIA Y PAZ

Con fundamento en lo dispuesto en los artículos 140, inciso 18) y 146 de la Constitución Política, en el artículo 32 de la Ley de Asociaciones 218 del 8 de agosto de 1939 y los artículos 27 y siguientes del Reglamento a la Ley de Asociaciones 29496-J, publicado en La Gaceta 96 del 21 de mayo del 2001, así como lo establecido en el artículo 3, inciso ch) de la Ley de Impuesto sobre la Renta 7092 y en los artículos 103 y 104 de Código de Normas y Procedimientos Tributarios 4755.

Considerando:

I.—Que el artículo 32 de la Ley de Asociaciones 218 de 8 de agosto de 1939 y sus reformas, confiere al Poder Ejecutivo la potestad de declarar de utilidad pública a las asociaciones simples, federadas o confederadas, cuyo desarrollo y actividades sean particularmente útiles para los intereses del Estado y que por ello contribuyan a solventar una necesidad social.

II.—Que la Asociación Pro Clínica del Dolor y Cuidados Paliativos del Área de Salud Belén Flores Santa Bárbara Provincia de Heredia, cédula de persona jurídica número 3-002-348571, se inscribió en el Registro de Asociaciones del Registro Público desde el 25 de noviembre de 2002, bajo el expediente 15446, tomo 514 y asiento 9840.

III.—Que los fines que persigue la asociación, según el artículo tercero de sus estatutos, son: “(...) Promover acciones para mejorar la calidad de vida de los pacientes con enfermedad terminal y con dolor crónico, atender los aspectos sicosociales de estos enfermos y sus familias, suministrarle asistencia médica, medicamentos y apoyo paliativo en sus crisis de dolor, coordinar actividades con entes gubernamentales, no gubernamentales y privados del sector salud y afines a este, en el estudio, divulgación y promoción del control del dolor (…).”

IV.—Que tales fines solventan una necesidad social de primer orden, por lo cual merecen el apoyo del Estado Costarricense. Por tanto,

Decretan:

DECLARATORIA DE UTILIDAD PÚBLICA PARA LA

ASOCIACIÓN PRO CLÍNICA DEL DOLOR Y CUIDADOS PALIATIVOS DEL ÁREA DE SALUD BELÉN FLORES SANTA BÁRBARA PROVINCIA DE HEREDIA

Artículo 1º—Declárese de utilidad pública para los intereses del Estado la Asociación Pro Clínica del Dolor y Cuidados Paliativos del Área de Salud Belén Flores Santa Bárbara Provincia de Heredia, cédula de persona jurídica número 3-002-348571.

Artículo 2º—Es deber de la asociación rendir anualmente un informe de gestión ante el Ministerio de Justicia y Paz, de conformidad con lo indicado en el artículo 32 del Reglamento a la Ley de Asociaciones.

Artículo 3º—Los ingresos y el patrimonio de la asociación que se destinen en su totalidad y en forma exclusiva para fines públicos o de beneficencia y que en ningún caso se distribuyan directa o indirectamente entre sus integrantes, se encontrarán exonerados del impuesto sobre la renta, por el contrario, aquella parte que no tenga este destino, o quede repartido de alguna manera entre sus asociados, estará sujeto a la imposición de este impuesto.

Artículo 4º—Le corresponde a la Administración Tributaria controlar y fiscalizar el correcto cumplimiento de las obligaciones tributarias de la asociación, de conformidad con lo establecido en los artículos 103 y 104 del Código de Normas y Procedimientos Tributarios.

Artículo 5º—Una vez publicado este decreto los interesados deberán protocolizar y presentar el respectivo testimonio ante el Registro de Asociaciones del Registro Nacional, para su respectiva inscripción.

Artículo 6º—Rige a partir de su publicación.

Dado en la Presidencia de la República.—San José, el dos de junio del dos mil veintiuno.

CARLOS ALVARADO QUESADA.—La Ministra de Justicia y Paz, Fiorella Salazar Rojas.—1 vez.—O.C. 4600049291.—Solicitud 293825.—( D43117 - IN2021581315 ).

ACUERDOS

MINISTERIO DE ECONOMÍA, INDUSTRIA

    Y COMERCIO

N° 004-MEIC-2021

EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

Y LA MINISTRA DE ECONOMÍA, INDUSTRIA Y COMERCIO

Con fundamento en los artículos 140 y 146 de la Constitución Política; artículos 25, 27, inciso 1) y 2, inciso 2, acápite b) de la Ley General de la Administración Pública, Ley N° 6227 del 2 de mayo de 1978, y los artículos 4 y 5 de la Ley Básica de Energía Atómica para Usos Pacíficos, Ley N° 4383 del 18 de agosto de 1969, y;

Considerando:

I.—Que por Ley N° 4383 del día 18 de agosto del año 1969, se creó la Comisión de Energía Atómica.

II.—Que los artículos 4 y 5 de la citada Ley, disponen que la Comisión de Energía Atómica, estará integrada entre otros, por un delegado del Ministerio de Economía, Industria y Comercio, designado por un periodo de cuatro años pudiendo ser reelegido.

III.—Que mediante el acuerdo número 065-MEIC-2017 del 10 de agosto de 2017, publicado en La Gaceta N° 197 del 19 de octubre de 2017, se nombró al señor Federico Torres Carballo, portador de la cédula de identidad número 1-0827-0434, como delegado del Ministerio de Economía, Industria y Comercio, ante la Comisión de Energía Atómica, por el periodo que comprende del 01 de octubre de 2017 y hasta el 30 de setiembre de 2021.

IV.—Que, dado el vencimiento del periodo de nombramiento del delegado del Ministerio de Economía, Industria y Comercio, ante la Comisión de Energía Atómica; es que se considera oportuno proceder a su reelección, esto tomando en consideración la labor efectuada por el señor Torres Carballo. Por tanto,

ACUERDAN:

Artículo 1ºReelegir como delegado del Ministerio de Economía, Industria y Comercio, ante la Comisión de Energía Atómica al señor Federico Torres Carballo, mayor, portador de la cédula de identidad número 1-0827-0434.

Artículo 2ºEl nombramiento rige a partir del 01 de octubre de 2021 y hasta el 30 de setiembre de 2025.

Dado en la Presidencia de la República a los tres días del mes de agosto de dos mil veintiuno.

CARLOS ALVARADO QUESADA.—La Ministra de Economía, Industria y Comercio, Victoria Hernández Mora.—1 vez.—O. C. N° 46000046414.—Solicitud N° 293674.— ( IN2021580998 ).

MINISTERIO DE JUSTICIA Y PAZ

N° AMJP-0078-06-2021

EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

Y LA MINISTRA DE JUSTICIA Y PAZ

En uso de las facultades conferidas por los artículos 140, incisos 3) y 18), 146 de la Constitución Política, el artículo 11 de la Ley N° 5338 del veintiocho de agosto de mil novecientos setenta y tres, y el Decreto Ejecutivo N° 36363-JP del cinco de noviembre del dos mil diez.

ACUERDAN:

Artículo 1ºNombrar a la señora Marie Lis Moreno Matarrita conocida como Marilis Moreno Matarrita, cédula de identidad número 1-1148-0682, como representante del Poder Ejecutivo en la Fundación Centro de Formación Corazones Azules Acode, cédula jurídica N° 3-006-792927, inscrita en el Registro de Personas Jurídicas del Registro Nacional.

Artículo 2ºUna vez publicado este acuerdo los interesados deberán protocolizar y presentar el respectivo testimonio ante el Registro de Personas Jurídicas del Registro Nacional, para su inscripción.

Artículo 3ºRige a partir de su publicación.

Dado en la Presidencia de la República.—San José, el catorce de junio del dos mil veintiuno.

CARLOS ALVARADO QUESADA.—La Ministra de Justicia y Paz, Fiorella Salazar Rojas.—1 vez.—O. C. N° 4600049291.—Solicitud N° 292307.—( IN2021581253 ).

AMJP-0079-06-2021

EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

Y LA MINISTRA DE JUSTICIA Y PAZ

En uso de las facultades conferidas por los artículos 140, incisos 3) y 18), 146 de la Constitución Política, el artículo 11 de la Ley 5338 del veintiocho de agosto de mil novecientos setenta y tres y el Decreto Ejecutivo 36363-JP del cinco de noviembre del dos mil diez.

ACUERDAN:

Artículo 1º—Nombrar al señor Deiby Josué Méndez Brenes conocido como David Méndez Brenes, cédula de identidad número 1-1208-0961, como representante del Poder Ejecutivo en la Fundación Scrum For Life, cédula jurídica 3-006-782619, inscrita en el Registro de Personas Jurídicas del Registro Nacional.

Artículo 2º—Una vez publicado este acuerdo los interesados deberán protocolizar y presentar el respectivo testimonio ante el Registro de Personas Jurídicas del Registro Nacional, para su inscripción.

Artículo 3º—Rige a partir de su publicación.

Dado en la Presidencia de la República.—San José, el catorce de junio del dos mil veintiuno.

CARLOS ALVARADO QUESADA.—La Ministra de Justicia y Paz, Fiorella Salazar Rojas.—1 vez.—O.C. 4600049291.—Solicitud 293804.—( IN2021581255 ).

Nº AMJP-0080-06-2021

EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

Y LA MINISTRA DE JUSTICIA Y PAZ

En uso de las facultades conferidas por los artículos 140, incisos 3) y 18), 146 de la Constitución Política, el artículo 11 de la Ley N° 5338 del veintiocho de agosto de mil novecientos setenta y tres y el Decreto Ejecutivo Nº 36363-JP del cinco de noviembre del dos mil diez.

ACUERDAN:

Artículo 1ºNombrar al señor José David Arce Salas, cédula de identidad número 2-0583-0105, como representante del Poder Ejecutivo en la FUNDACIÓN LLUVIA DE ESPERANZA SAN CARLOS, cédula jurídica Nº 3-006-810858, inscrita en el Registro de Personas Jurídicas del Registro Nacional.

Artículo 2ºUna vez publicado este acuerdo los interesados deberán protocolizar y presentar el respectivo testimonio ante el Registro de Personas Jurídicas del Registro Nacional, para su inscripción.

Artículo 3ºRige a partir de su publicación.

Dado en la Presidencia de la República, San José, el catorce de junio del dos mil veintiuno.

CARLOS ALVARADO QUESADA.—La Ministra de Justicia y Paz, Fiorella Salazar Rojas.—1 vez.—O. C. N° 4600049291.—Solicitud N° 293806.—( IN2021581259 ).

N° AMJP-0082-06-2021

EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

Y LA MINISTRA DE JUSTICIA Y PAZ

En uso de las facultades conferidas por los artículos 140, incisos 3) y 18), 146 de la Constitución Política, el artículo 11 de la Ley N° 5338 del veintiocho de agosto de mil novecientos setenta y tres, y el Decreto Ejecutivo N° 36363-JP del cinco de noviembre del dos mil diez.

ACUERDAN:

Artículo 1ºNombrar al señor Felipe Mora Molina, cédula de identidad número 1-1068-0142, como representante del Poder Ejecutivo en la FUNDACIÓN TERO RESERVA, cédula jurídica N° 3-006-761130, inscrita en el Registro de Personas Jurídicas del Registro Nacional.

Artículo 2ºUna vez publicado este acuerdo los interesados deberán protocolizar y presentar el respectivo testimonio ante el Registro de Personas Jurídicas del Registro Nacional, para su inscripción.

Artículo 3ºRige a partir de su publicación.

Dado en la Presidencia de la República.—San José, el catorce de junio del dos mil veintiuno.

CARLOS ALVARADO QUESADA.—La Ministra de Justicia y Paz, Fiorella Salazar Rojas.—1 vez.—O. C. N° 4600049291.—Solicitud N° 293807.—( IN2021581262 ).

Nº AMJP-0083-06-2021

EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

Y LA MINISTRA DE JUSTICIA Y PAZ

En uso de las facultades conferidas por los artículos 140, incisos 3) y 18), 146 de la Constitución Política, el artículo 11 de la Ley N° 5338 del veintiocho de agosto de mil novecientos setenta y tres y el Decreto Ejecutivo Nº 36363-JP del cinco de noviembre del dos mil diez.

ACUERDAN:

Artículo 1ºDejar sin efecto el acuerdo N° AMJP-0235-10-2018 del 4 de octubre del 2018, publicado en el Diario Oficial La Gaceta N° 224 del 3 de diciembre del 2018, con el que se nombró al señor Hugo Ferney Serna Duque, cédula de residente permanente número 117000286806, como representante del Poder Ejecutivo en la Fundación Eres Mi Roca Sagrada, cédula jurídica N° 3-006-760376, por renuncia.

Artículo 2ºNombrar al señor Melvin Andrés Rodríguez Ramírez, cédula de identidad 1-1236-0832, como representante del Poder Ejecutivo en la Fundación Eres Mi Roca Sagrada, cédula jurídica N° 3-006-760376, inscrita en el Registro de Personas Jurídicas del Registro Nacional.

Artículo 3ºUna vez publicado este acuerdo los interesados deberán protocolizar y presentar el respectivo testimonio ante el Registro de Personas Jurídicas del Registro Nacional, para su inscripción.

Artículo 4ºRige a partir de su publicación.

Dado en la Presidencia de la República.—San José, el catorce de junio del dos mil veintiuno.

CARLOS ALVARADO QUESADA.—La Ministra de Justicia y Paz, Fiorella Salazar Rojas.—1 vez.—O.C. N° 4600049291.—Solicitud N° 293808.—( IN2021581265 ).

AMJP-0096-07-2021

EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

Y LA MINISTRA DE JUSTICIA Y PAZ

En uso de las facultades conferidas por los artículos 140, incisos 3) y 18), 146 de la Constitución Política, el artículo 11 de la Ley 5338 del veintiocho de agosto de mil novecientos setenta y tres y el Decreto Ejecutivo 36363-JP del cinco de noviembre del dos mil diez.

ACUERDAN:

Artículo 1º—Nombrar a la señora Mónica Segnini Acosta, cédula de identidad 1-0724-0047, como representante del Poder Ejecutivo en la FUNDACIÓN CADENA COSTA RICA, cédula jurídica 3-006-814133, inscrita en el Registro de Personas Jurídicas del Registro Nacional.

Artículo 2º—Una vez publicado este acuerdo los interesados deberán protocolizar y presentar el respectivo testimonio ante el Registro de Personas Jurídicas del Registro Nacional, para su inscripción.

Artículo 3º—Rige a partir de su publicación.

Dado en la Presidencia de la República.—San José, el dieciséis de julio de junio del dos mil veintiuno.

CARLOS ALVARADO QUESADA.—La Ministra de Justicia y Paz Fiorella Salazar Rojas.—1 vez.—O.C. 4600049291.—Solicitud 293814.—( IN2021581268 ).

Nº AMJP-0097-07-2021

EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

Y LA MINISTRA DE JUSTICIA Y PAZ

En uso de las facultades conferidas por los artículos 140, incisos 3) y 18), 146 de la Constitución Política, el artículo 11 de la Ley N° 5338 del veintiocho de agosto de mil novecientos setenta y tres y el Decreto Ejecutivo Nº 36363-JP del cinco de noviembre del dos mil diez.

ACUERDAN:

Artículo 1ºNombrar a la señora América Rivera Mora, cédula de identidad N° 1-0835-0370, como representante del Poder Ejecutivo en la Fundación Pro Bienestar Físico y Habitacional Pura Vida, cédula jurídica Nº 3-006-798390, inscrita en el Registro de Personas Jurídicas del Registro Nacional.

Artículo 2ºUna vez publicado este acuerdo los interesados deberán protocolizar y presentar el respectivo testimonio ante el Registro de Personas Jurídicas del Registro Nacional, para su inscripción.

Artículo 3ºRige a partir de su publicación.

Dado en la Presidencia de la República, San José, el dieciséis de julio del dos mil veintiuno.

CARLOS ALVARADO QUESADA.—La Ministra de Justicia y Paz, Fiorella Salazar Rojas.—1 vez.—O. C. N° 4600049291.—Solicitud N° 293815.—( IN2021581271 ).

MINISTeRiO DE COMERCIO EXTERIOR

N° 081-2021

EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

Y EL MINISTRO DE COMERCIO EXTERIOR

Con fundamento en los artículos 140 incisos 3) y 18) y 146 de la Constitución Política; 28 párrafo segundo, inciso b) de la Ley General de la Administración Pública; la Ley de Régimen de Zonas Francas número 7210 del 23 de noviembre de 1990 y sus reformas; la Ley de Creación del Ministerio de Comercio Exterior y de la Promotora del Comercio Exterior de Costa Rica número 7638 del 30 de octubre de 1996 y el Decreto Ejecutivo número 34739-COMEX-H del 29 de agosto de 2008 y sus reformas, denominado Reglamento a la Ley de Régimen de Zonas Francas,

Considerando:

1ºQue mediante Acuerdo Ejecutivo N° 68-2013 de fecha 12 de marzo de 2013, publicado el Diario Oficial La Gaceta N° 76 del 22 de abril de 2013; modificado por el Informe número 42-2013 de fecha 28 de mayo de 2013, emitido por Promotora del Comercio Exterior de Costa Rica (en adelante PROCOMER); a la empresa Syniverse Technologies Sociedad de Responsabilidad Limitada, cédula jurídica número 3-102-663276, se le otorgaron los beneficios e incentivos contemplados por la Ley de Régimen de Zonas Francas, Ley N° 7210 del 23 de noviembre de 1990, sus reformas y su Reglamento, clasificándola como empresa de servicios, de conformidad con el inciso c) del artículo 17 de dicha Ley.

2ºQue el señor Nelson Enrique Brenes Pochet, mayor, casado, ingeniero en sistemas, portador de la cédula de identidad número 1-1100-0764, vecino de San José, en su condición de apoderado especial con facultades suficientes para estos efectos, de la empresa Syniverse Technologies Sociedad de Responsabilidad Limitada, cédula jurídica número 3-102-663276, presentó ante PROCOMER, solicitud para que se le otorgue el Régimen de Zonas Francas a su representada, con fundamento en el artículo 20 bis de la Ley N° 7210 y su Reglamento.

3ºQue en la solicitud mencionada de Syniverse Technologies Sociedad de Responsabilidad Limitada, cédula jurídica número 3-102-663276, se comprometió a mantener una inversión de al menos US$ 1.288.604,41 (un millón doscientos ochenta y ocho mil seiscientos cuatro dólares con cuarenta y un centavos, moneda de curso legal de los Estados Unidos de América), a partir de la notificación del presente Acuerdo Ejecutivo. Asimismo, la empresa se comprometió a realizar una inversión nueva adicional total de US $217.600,00 (doscientos diecisiete mil seiscientos dólares, moneda de curso legal de los Estados Unidos de América) y un empleo adicional de 30 trabajadores, según los plazos y en las condiciones establecidas en la solicitud de ingreso al Régimen presentada por la empresa. Lo anterior implica una importante oportunidad para arraigar más a la citada empresa a Costa Rica, aumentar los empleos directos e indirectos, y fomentar el encadenamiento entre las empresas nacionales y compañías pertenecientes al Régimen de Zonas Francas, con la finalidad de aumentar el valor agregado de los productos nacionales.

4ºQue la instancia interna de la Administración de PROCOMER, con arreglo al Acuerdo emitido por la Junta Directiva de PROCOMER en la Sesión N° 177-2006 del 30 de octubre de 2006, conoció la solicitud de Syniverse Technologies Sociedad de Responsabilidad Limitada, cédula jurídica número 3-102-663276, y con fundamento en las consideraciones técnicas y legales contenidas en el informe de la Dirección de Regímenes Especiales de PROCOMER número 38-2021, acordó someter a consideración del Ministerio de Comercio Exterior la solicitud de ingreso al Régimen de Zonas Francas presentada, a fin de que dicho órgano ejerza la facultad establecida en el artículo 20 bis de la Ley de Régimen de Zonas Francas, determine si en la especie resulta aplicable la excepción que contempla dicho artículo, y analice si se trata de una inversión adicional cuya magnitud y beneficios, justifican razonablemente el otorgamiento de los incentivos fiscales establecidos en la Ley N° 7210, sus reformas y su Reglamento.

5ºQue en razón de lo anterior, el Poder Ejecutivo considera que en la especie resulta aplicable la excepción que contempla el referido artículo 20 bis de la Ley de Régimen de Zonas Francas, en tanto se trata de una inversión adicional cuya magnitud conlleva una serie de beneficios, que justifican razonablemente el otorgamiento de los incentivos fiscales establecidos en la Ley N° 7210 y su Reglamento.

6ºQue se ha cumplido con el procedimiento de Ley. Por Tanto,

ACUERDAN:

1ºOtorgar el Régimen de Zonas Francas a Syniverse Technologies Sociedad de Responsabilidad Limitada, cédula jurídica número 3-102-663276 (en adelante denominada la beneficiaria), clasificándola como Empresa de Servicios, de conformidad con el inciso c) del artículo 17 de la Ley N° 7210 y sus reformas.

2ºLa actividad de la beneficiaria como empresa de servicios, de conformidad con el inciso c) del artículo 17 de la Ley de Régimen de Zonas Francas, se encuentra comprendida dentro de las clasificaciones CAECR “8211 Actividades combinadas de servicios administrativos de oficina”, con el siguiente detalle: Tesorería, compras, contabilidad, finanzas y recursos humanos, incluyendo la búsqueda, selección, recomendación y colocación de personal (incluso ejecutivo), administración y gestión de planillas, entrenamiento, capacitación, y en general desarrollo de nuevas habilidades, técnicas o en idiomas, bajo la modalidad de servicios compartidos; cuentas por cobrar, compras (“procurement”), gestión de pedidos; administración y soporte de oficinas e instalaciones físicas; y administración y gestión de proyectos; CAECR “7110 Actividades de arquitectura e ingeniería y actividades conexas de consultoría técnica”, con el siguiente detalle: Monitoreo de infraestructura de redes, bases de datos, servidores, plataformas y programas y/o aplicaciones, incluyendo la detección de fallas en los sistemas y soluciones informáticas; CAECR “6311 Procesamiento de datos, hospedaje y actividades conexas”, con el siguiente detalle: Actividades de procesamiento de datos, como elaboración completa de datos facilitados por clientes, generación de informes especializados a partir de datos facilitados por clientes, y suministro de servicios de registro de datos; y CAECR “6201 Actividades de programación informática”, con el siguiente detalle: Servicios en la nube, incluyendo almacenamiento y seguridad, ciberseguridad, blockchain, y sus aplicaciones, así como sus derivaciones en gestión de riesgo. Lo anterior se visualiza en el siguiente cuadro:

Clasificación

CAECR

Detalle de clasificación

CAECR

Detalle de Servicios

Servicios

8211

Actividades combinadas de servicios administrativos de oficina

Tesorería, compras, contabilidad, finanzas y recursos humanos, incluyendo la búsqueda, selección, recomendación y colocación de personal (incluso ejecutivo), administración y gestión de planillas, entrenamiento, capacitación, y en general desarrollo de nuevas habilidades, técnicas o en idiomas, bajo la modalidad de servicios compartidos

Cuentas por cobrar, compras (“procurement”), gestión de pedidos

Administración y soporte de oficinas e instalaciones físicas

Administración y gestión de proyectos

7110

Actividades de arquitectura e ingeniería y actividades conexas de consultoría técnica

Monitoreo de infraestructura de redes, bases de datos, servidores, plataformas y programas y/o aplicaciones, incluyendo la detección de fallas en los sistemas y soluciones informáticas

6311

Procesamiento de datos, hospedaje y actividades

conexas

Actividades de procesamiento de datos, como elaboración completa de datos facilitados por clientes, generación de informes especializados a partir de datos facilitados por clientes, y suministro de servicios de registro de datos

6201

Actividades de programación informática

Servicios en la nube, incluyendo almacenamiento y seguridad, ciberseguridad, blockchain, y sus aplicaciones, así como sus derivaciones en gestión de riesgo

 

Las actividades desarrolladas por la beneficiaria no implican la prestación de servicios profesionales y así lo ha entendido y manifestado expresamente su representante en la respectiva solicitud de ingreso al régimen al amparo del artículo 20 bis de la Ley N° 7210 y sus reformas, mediante declaración jurada.

La beneficiaria obtuvo una puntuación de 102 en el Índice de Elegibilidad Estratégica (en adelante IEES).

3ºLa beneficiaria operará en el parque industrial denominado Plaza Riviera S. A., ubicado en el distrito San Rafael, del cantón Escazú, de la provincia de San José.

4ºLa beneficiaria gozará de los incentivos y beneficios contemplados en la Ley N° 7210 y sus reformas, con las limitaciones y condiciones que allí se establecen y con apego a las regulaciones que al respecto establezcan tanto el Poder Ejecutivo como PROCOMER.

Los plazos, términos y condiciones de los beneficios otorgados en virtud de la Ley N° 7210 quedan supeditados a los compromisos asumidos por Costa Rica en los tratados internacionales relativos a la Organización Mundial del Comercio (OMC), incluyendo, entre otros, el Acuerdo sobre Subvenciones y Medidas Compensatorias (ASMC) y las decisiones de los órganos correspondientes de la OMC al amparo del artículo 27 párrafo 4 del ASMC. En particular, queda establecido que el Estado costarricense no otorgará los beneficios previstos en la Ley N° 7210 que de acuerdo con el ASMC constituyan subvenciones prohibidas, más allá de los plazos para la concesión de las prórrogas previstas en el artículo 27 párrafo 4 del ASMC a determinados países en desarrollo.

Para los efectos de las exenciones otorgadas debe tenerse en consideración lo dispuesto por los artículos 62 y 64 del Código de Normas y Procedimientos Tributarios, Ley N° 4755, del 3 de mayo de 1971 y sus reformas, en lo que resulten aplicables.

Asimismo, la empresa beneficiaria podrá solicitar la aplicación de lo dispuesto en el artículo 20 bis de la ley N° 7210 del 23 de noviembre de 1990 y sus reformas, si cumple con los requisitos y condiciones establecidos en tal normativa y sin perjuicio de la discrecionalidad que, para tales efectos, asiste al Poder Ejecutivo.

5ºDe conformidad con lo dispuesto por el artículo 20 inciso g) de la Ley de Régimen de Zonas Francas (Ley N° 7210 del 23 de noviembre de 1990 y sus reformas) la beneficiaria gozará de exención de todos los tributos a las utilidades, así como cualquier otro, cuya base imponible se determine en relación con las ganancias brutas o netas, con los dividendos abonados a los accionistas o ingresos o ventas, según las diferenciaciones que dicha norma contiene.

La beneficiaria podrá introducir sus servicios al mercado local, observando los requisitos establecidos al efecto por los artículos 3 y 22 de la Ley Nº 7210, en particular los que se relacionan con el pago de los impuestos respectivos.

6ºLa beneficiaria se obliga a realizar y mantener un nivel mínimo de empleo de 140 trabajadores, a partir de la notificación del presente Acuerdo Ejecutivo, así como a realizar y mantener un nivel total de empleo de 170 trabajadores, a partir del 15 de marzo de 2024. Asimismo, se obliga a mantener una inversión de al menos US$ 1.288.604,41 (un millón doscientos ochenta y ocho mil seiscientos cuatro dólares con cuarenta y un centavos, moneda de curso legal de los Estados Unidos de América), a partir de la notificación del presente Acuerdo Ejecutivo, así como a realizar y mantener una inversión nueva adicional total de al menos US $217.600,00 (doscientos diecisiete mil seiscientos dólares, moneda de curso legal de los Estados Unidos de América), a más tardar el 15 de marzo de 2024. Por lo tanto, la beneficiaria se obliga a realizar y mantener un nivel de inversión total de al menos US$ 1.506.204,41 (un millón quinientos seis mil doscientos cuatro dólares con cuarenta y un centavos, moneda de curso legal de los Estados Unidos de América). Además, la beneficiaria tiene la obligación de cumplir con el porcentaje de Valor Agregado Nacional (VAN), en los términos y condiciones dispuestos por el Reglamento a la Ley de Régimen de Zonas Francas. Este porcentaje será determinado al final del período fiscal en que inicie operaciones productivas la empresa y conforme con la información suministrada en el Informe anual de operaciones correspondiente, debiendo computarse al menos un período fiscal completo para su cálculo.

PROCOMER vigilará el cumplimiento de los niveles de inversión antes indicados, de conformidad con los criterios y parámetros establecidos por el Reglamento a la Ley de Régimen de Zonas Francas. Tal facultad deberá ser prevista en el respectivo Contrato de Operaciones que suscribirá la beneficiaria, como una obligación a cargo de ésta. Consecuentemente, el Poder Ejecutivo podrá revocar el Régimen a dicha empresa en caso de que, conforme con aquellos parámetros, la misma no cumpla con los niveles mínimos de inversión anteriormente señalados.

7ºUna vez suscrito el Contrato de Operaciones, la empresa se obliga a pagar el canon mensual por derecho de uso del Régimen de Zonas Francas. La fecha prevista para el inicio de las operaciones productivas es el día en que se notifique el presente Acuerdo Ejecutivo. En caso de que por cualquier circunstancia la beneficiaria no inicie dicha etapa de producción en la fecha antes señalada, continuará pagando el referido canon.

Para efectos de cobro del canon, la empresa deberá informar a PROCOMER de las ventas mensuales realizadas. El incumplimiento de esta obligación provocará el cobro retroactivo del canon.

8ºLa beneficiaria se obliga a cumplir con las regulaciones ambientales exigidas por el Ministerio de Ambiente y Energía (MINAE) y la Secretaría Técnica Nacional Ambiental (SETENA) y deberá presentar ante dichas dependencias o ante el Ministerio de Salud, según sea el caso, los estudios y documentos que le sean requeridos. Asimismo, la beneficiaria se obliga a cumplir con todas las normas de protección del medio ambiente que la legislación costarricense e internacional disponga para el desarrollo sostenible de las actividades económicas, lo cual será verificado por las autoridades competentes.

9ºLa beneficiaria se obliga a presentar ante PROCOMER un informe anual de operaciones, en los formularios y conforme a las condiciones que PROCOMER establezca, dentro de los cuatro meses siguientes al cierre del año fiscal. Asimismo, la beneficiaria estará obligada a suministrar a PROCOMER y, en su caso, al Ministerio de Hacienda, toda la información y las facilidades requeridas para la supervisión y control del uso del Régimen de Zonas Francas y de los incentivos recibidos. Asimismo, deberá permitir que funcionarios de la citada Promotora ingresen a sus instalaciones, en el momento que lo consideren oportuno, y sin previo aviso, para verificar el cumplimiento de las obligaciones de la Ley de Régimen de Zonas Francas y su Reglamento.

10.—En caso de incumplimiento por parte de la beneficiaria de las condiciones de este Acuerdo o de las leyes, reglamentos y directrices que le sean aplicables, el Poder Ejecutivo podrá imponerle multas, suprimir, por un plazo desde un mes hasta un año, uno o varios incentivos de los indicados en el artículo 20 de la Ley Nº 7210, o revocarle el otorgamiento del Régimen de Zona Franca, sin responsabilidad para el Estado, todo de conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 7210, sus reformas y su Reglamento. La eventual imposición de estas sanciones será sin perjuicio de las demás responsabilidades administrativas, civiles o penales que pudieren corresponderle a la beneficiaria o sus personeros.

11.—Una vez comunicado el presente Acuerdo Ejecutivo, la empresa beneficiaria deberá suscribir con PROCOMER un Contrato de Operaciones. En caso de que la empresa no se presente a firmar el Contrato de Operaciones, y no justifique razonablemente esta situación, PROCOMER procederá a confeccionar un Acuerdo Ejecutivo que dejará sin efecto el que le otorgó el Régimen.

Para el inicio de operaciones productivas al amparo del Régimen, la empresa deberá haber sido autorizada por la Dirección General de Aduanas como auxiliar de la función pública aduanera, según lo dispuesto en la Ley General de Aduanas y su Reglamento.

12.—Las directrices que para la promoción, administración y supervisión del Régimen emita PROCOMER, serán de acatamiento obligatorio para los beneficiarios y las personas que directa o indirectamente tengan relación con ellos o con la citada Promotora.

13.—El uso indebido de los bienes o servicios exonerados será causa suficiente para que el Ministerio de Hacienda proceda a la liquidación de tributos exonerados o devueltos y ejerza las demás acciones que establece el Código de Normas y Procedimientos Tributarios en materia de defraudación fiscal, sin perjuicio de las demás sanciones que establece la Ley N° 7210 y sus reformas y demás leyes aplicables.

14.—La empresa beneficiaria se obliga a cumplir con todos los requisitos de la Ley N° 7210, sus reformas y reglamentos, así como con las obligaciones propias de su condición de auxiliar de la función pública aduanera.

15.—De conformidad con el artículo 74 de la Ley Constitutiva de la Caja Costarricense de Seguro Social, Ley N° 17 del 22 octubre de 1943 y sus reformas, el incumplimiento de las obligaciones para con la seguridad social, podrá ser causa de pérdida de las exoneraciones e incentivos otorgados, previa tramitación del procedimiento administrativo correspondiente. La empresa beneficiaria deberá estar inscrita ante la Caja Costarricense de Seguro Social, al momento de iniciar operaciones productivas al amparo del Régimen.

16.—La empresa beneficiaria deberá inscribirse ante la Dirección General de Tributación como contribuyente, previo a iniciar operaciones (fase pre-operativa), siendo que no podrá aplicar los beneficios al amparo del Régimen, si no ha cumplido con la inscripción indicada.

17.—El presente Acuerdo Ejecutivo rige a partir de su notificación, y sustituye el Acuerdo Ejecutivo N° 68-2013 de fecha 12 de marzo de 2013 y sus reformas, sin alterar los efectos producidos por el mismo durante su vigencia.

Comuníquese y publíquese.

Dado en la Presidencia de la República. San José, a los cuatro días del mes de junio del año dos mil veintiuno.

CARLOS ALVARADO QUESADA.—El Ministro de Comercio Exterior, Andrés Valenciano Yamuni.—1 vez.—( IN2021581282 ).

RESOLUCIONES

MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES

    Y CULTO

Resolución DM-DJ-182-2021.—Ministerio de Relaciones Exteriores y Culto.—Despacho del Ministro.—San José, a las 08:00 horas del día 27 de agosto del 2021.

De conformidad con lo dispuesto en los artículos 28 inciso a), 89 y siguientes de la Ley General de la Administración Pública (Ley N° 6227 del 02 de mayo de 1978), y el artículo 6° del Reglamento de Tareas y Funciones del Ministerio de Relaciones Exteriores y Culto, (Decreto Ejecutivo N° 19561-RE del 09 de marzo de 1990), se autoriza la designación como delegado de firma suplente de la Dirección del Servicio Exterior Programa 081, a la señora Paola Patricia Porras Pastrán, titular de la cédula de identidad N° 1-0983-0510, en calidad de Directora Alterna de Servicio Exterior.

Lo anterior, según lo indicado en el Memorándum N° DSE-1815-2021, del 26 de agosto del 2021, suscrito por la señora Deyanira Ramírez Salas, Directora del Servicio Exterior.

Dicha delegación faculta a la señora Porras Pastrán, para suscribir documento de carácter presupuestario, en caso de ausencia por vacaciones, incapacidades o salidas al exterior de la jefatura respectiva.

La presente resolución, revoca lo dispuesto en la Resolución DM-DJ-157-2019 de las doce horas con veinte minutos del día cinco de junio del dos mil diecinueve.

Para todos sus efectos la presente resolución rige a partir de su publicación en el Diario Oficial La Gaceta. Notifíquese.

Rodolfo Solano Quirós, Ministro de Relaciones Exteriores y Culto.—1 vez.—O. C. N° 4600055310.—Solicitud N° 291367.—( IN2021580869 ).

DOCUMENTOS VARIOS

JUSTICIA Y PAZ

JUNTA ADMINISTRATIVA DEL REGISTRO NACIONAL

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INDUSTRIAL

PUBLICACIÓN DE TERCERA VEZ

Para ver marcas con sus respectivas imágenes, ir a La Gaceta con formato PDF

Solicitud N° 2020-0009482.—María del Pilar Lores Montoya, casada una vez, cédula de residencia N° 160400344835, con domicilio en Escazú, San Rafael, Condominio Monterico casa uno del Centro Comercial Los Laureles, 100 metros norte, San José, Costa Rica, solicita la inscripción de: nework CHANGE THE RULES

como Marca de Servicios, en clases: 35; 38 y 42. Internacionales. Para proteger y distinguir lo siguiente: en clase 35: Servicios de alquiler y venta de equipos de oficina, incluyendo, pero no limitado a: monitores, computadoras móviles o fijas, cámaras de videoconferencia, micrófonos, audífonos, visores de realidad aumentada y/o virtual, módems, routers y otros relacionados. Servicios de alquiler y venta de mobiliario de oficina, incluyendo, pero no limitado a: mesas, escritorios, sillas ergonómicas y lámparas. Servicio de asesoría en estrategia de negocios, coaching, análisis y mejora de procesos, gestión de políticas y procesos de gestión de personal y estudios de mercado -marketing- y tendencias de desempeño organizacional. servicios de gestión de archivos informáticos. Clase 38: Servicios de Internet vía cable módem, fibra óptima o módem móvil suministro de acceso de usuarios a redes informáticas. Servicios de transmisión de archivo digitales y de mensajes de correo electrónico y videos. Producción de eventos, congresos y webinars y fotos de discusión en Internet y en línea, servicios de teleconferencias y videoconferencias. Clase 42: Servicios en arquitectura de asesoría de optimización y diseño de espacios físicos internos de oficinas. Servicios de diseño de experiencia al cliente servicios de diseño de software y de sistemas informáticos y aplicaciones móviles. Fecha: 21 de diciembre del 2020. Presentada el: 13 de noviembre del 2020. San José: Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. 21 de diciembre del 2020. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley N° 7978. Esta solicitud se rige por el art. 28 de la Ley de Marcas Comerciales y Otros Signos Distintivos que indica “Cuando la marca consista en una etiqueta y otro signo compuesto por un conjunto de elementos, la protección no se extenderá a los elementos contenidos en ella que sean de uso común o necesario en el comercio”.—Rina Ruiz Mata, Registradora.—( IN2021580336 ).

Solicitud Nº 2021-0007540.—Héctor Filander Arguedas Rodríguez, casado una vez, cédula de identidad N° 70128319, con domicilio en Monteverde Centro, establecimiento Ferlander Arguedas Studio and Art Gallery, Puntarenas, Costa Rica, solicita la inscripción de: PURA VIBRA,

como señal de publicidad comercial en Clase Internacional. Para proteger y distinguir lo siguiente: Para promocionar productos y servicios de la marca registrada pura vibra, en relación a la marca “PURA VIBRA”, registro número 281970. Fecha: 01 de setiembre del 2021. Presentada el 20 de agosto del 2021. San José. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. 01 de setiembre del 2021. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley N° 7978. Esta solicitud se rige por el art. 28 de la Ley de Marcas Comerciales y Otros Signos Distintivos que indica “Cuando la marca consista en una etiqueta y otro signo compuesto por un conjunto de elementos, la protección no se extenderá a los elementos contenidos en ella que sean de uso común o necesario en el comercio y el artículo 63 que indica Alcance de la protección. La protección conferida por el registro de una expresión o señal de publicidad comercial abarca la expresión o señal en su conjunto y no se extiende a sus partes o elementos considerados por separado. Una vez inscrita, una expresión o señal de publicidad comercial goza de protección por tiempo indefinido; pero su existencia depende, según el caso, de la marca o el nombre comercial a que se refiera”.—Alex Villegas Méndez, Registrador.—( IN2021580343 ).

Solicitud Nº 2021-0006077.—Lineth M. Fallas Cordero, casada una vez, cédula de identidad 110070268, en calidad de Apoderado Especial de Laboratorios Siegfried S. A.S. con domicilio en calle 17 Nº 42-09, Bogotá, Colombia, solicita la inscripción de: DEUTSCHE PHARMA como Marca de Servicios en clase: 42. Internacional. Para proteger y distinguir lo siguiente: en clase 42: Servicios científicos y tecnológicos, así como servicios de investigación y diseño en estos ámbitos de análisis e investigación industriales. Fecha: 26 de agosto de 2021. Presentada el: 2 de julio de 2021. San José: Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. 26 de agosto de 2021. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978. Esta solicitud se rige por el art. 28 de la Ley de Marcas Comerciales y Otros Signos Distintivos que indica “Cuando la marca consista en una etiqueta y otro signo compuesto por un conjunto de elementos, la protección no se extenderá a los elementos contenidos en ella que sean de uso común o necesario en el comercio”.—Ivonne Mora Ortega, Registradora.—( IN2021580367 ).

Solicitud 2021-0006057.—Maruja Rojas Salazar, Cédula de identidad 601930792, con domicilio en Osa, Sierpe frente a la plaza de deportes de la Ciudadela Martínez, San Jose, Costa Rica, solicita la inscripción de: LUXUZ

como nombre comercial en clase(s): 38. Internacional(es). Para proteger y distinguir lo siguiente: en clase 38: Servicios de telecomunicaciones. Reservas: colores azul y verde. Fecha: 27 de agosto de 2021. Presentada el: 2 de julio de 2021. San José: Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. 27 de agosto de 2021. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978. Esta solicitud se rige por el art. 28 de la Ley de Marcas Comerciales y Otros Signos Distintivos que indica “Cuando la marca consista en una etiqueta y otro signo compuesto por un conjunto de elementos, la protección no se extenderá a los elementos contenidos en ella que sean de uso común o necesario en el comercio”.—Adriana Bolaños Guido, Registradora.—( IN2021580393 ).

Solicitud Nº 2021-0006389.—Jaime Molina Ulloa, casado una vez, cédula de identidad 103961082, en calidad de Apoderado Generalísimo de Proyectos ICC Sociedad Anónima, cédula jurídica 3101063057 con domicilio en Oficentro La Virgen, torre 7, piso 1, Pavas, distrito 9, cantón 1, San José, Costa Rica, solicita la inscripción de: icc DIRIGIMOS PROYECTOS DESARROLLAMOS CONFIANZA

como señal de publicidad comercial para promocionar la actividad de construcciones, reparaciones y servicios de instalación, al amparo de marca de servicio registro 264176, así como a la prestación de servicios de asesoría en proyectos de diseño y construcción, relacionada con el Registro 180037. Fecha: 24 de agosto de 2021. Presentada el: 13 de julio de 2021. San José: Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. 24 de agosto de 2021. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978. Esta solicitud se rige por el art. 28 de la Ley de Marcas Comerciales y Otros Signos Distintivos que indica “Cuando la marca consista en una etiqueta y otro signo compuesto por un conjunto de elementos, la protección no se extenderá a los elementos contenidos en ella que sean de uso común o necesario en el comercio y el artículo 63 que indica Alcance de la protección. La protección conferida por el registro de una expresión o señal de publicidad comercial abarca la expresión o señal en su conjunto y no se extiende a sus partes o elementos considerados por separado. Una vez inscrita, una expresión o señal de publicidad comercial goza de protección por tiempo indefinido; pero su existencia depende, según el caso, de la marca o el nombre comercial a que se refiera”.—Rebeca Madrigal Garita, Registradora.—( IN2021580401 ).

Solicitud N° 2021-0007495.—Paula Chaves Cordero, soltera, cédula de identidad N° 117390965, con domicilio en Guadalupe, 100 metros este y 25 metros sur de la plaza de deportes, Cartago, Costa Rica, solicita la inscripción de: Lavanda Artesanal pastelería,

como marca de fábrica y comercio en clase: 30 internacional, para proteger y distinguir lo siguiente: en clase 30: productos de pastelería artesanal. Reservas: de los colores: lila y verde. Fecha: 27 de agosto de 2021. Presentada el 19 de agosto de 2021. San José: Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. 27 de agosto de 2021. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978. Esta solicitud se rige por el art. 28 de la Ley de Marcas Comerciales y Otros Signos Distintivos que indica “Cuando la marca consista en una etiqueta y otro signo compuesto por un conjunto de elementos, la protección no se extenderá a los elementos contenidos en ella que sean de uso común o necesario en el comercio”.—Grettel Solís Fernández, Registradora.—( IN2021580415 ).

Solicitud Nº 2021-0006505.—Allan Bernal Soto Hernández, casado dos veces, cédula de identidad 107540346, en calidad de Apoderado Generalísimo de Decogreen S. A., con domicilio en Zapote, del Colegio de Abogados, 125 mts oeste, San José, Costa Rica, solicita la inscripción de: Decogreen +

como marca de servicios en clases 26 y 35 internacionales, para proteger y distinguir lo siguiente: en clase 26: Follaje artificial para exteriores e interiores; en clase 35: Venta de maquinaria para la agricultura Fecha: 30 de agosto de 2021. Presentada el: 15 de julio de 2021. San José: Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. 30 de agosto de 2021. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978. Esta solicitud se rige por el art. 28 de la Ley de Marcas Comerciales y Otros Signos Distintivos que indica “Cuando la marca consista en una etiqueta y otro signo compuesto por un conjunto de elementos, la protección no se extenderá a los elementos contenidos en ella que sean de uso común o necesario en el comercio”.—Adriana Bolaños Guido, Registradora.—( IN2021580428 ).

Solicitud Nº 2021-0001044.—Fabricio Chaves Soto, soltero, cédula de identidad 206010296 con domicilio en 125 metros este del depósito de maderas de Los Ángeles de Atenas, Alajuela Costa Rica, 506, Atenas/Alajuela/Costa Rica, Costa Rica, solicita la inscripción de: T TOPO GRAPHIC

como marca de servicios en clases: 35 y 42 Internacionales para proteger y distinguir lo siguiente: en clase 35: Venta de todo producto relacionado con el área de topográfica y sus suministros para el trabajo en el campo, así como para el profesional en topografía; en clase 42: Servicios de topografía. Reservas: Es una marca con huella dactilar del dedo del mismo profesional. Las líneas de la huella pueden estar en colores negro, rojo, blancas, gris, azules, amarilla. Lleva una T en letra mayúscula en medio de la huella dactilar que puede también estar en color negro, rojo, blanca, gris. azul, amarilla Tiene fondo verde, blanco, negro, rojo, azul, gris, amarilla. Todos los colores antes mencionados pueden combinarse entre para tener el mejor contraste para la marca. Fecha: 19 de abril de 2021. Presentada el: 4 de febrero de 2021. San José: Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. 19 de abril de 2021. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978. Esta solicitud se rige por el art. 28 de la Ley de Marcas Comerciales y Otros Signos Distintivos que indica “Cuando la marca consista en una etiqueta y otro signo compuesto por un conjunto de elementos, la protección no se extenderá a los elementos contenidos en ella que sean de uso común o necesario en el comercio”.—Ildreth Araya Mesen, Registradora.—( IN2021580502 ).

Solicitud N° 2021-0006868.—Marja Christina Schans, casada una vez, cédula de residencia N° 152800032301, en calidad de apoderado generalísimo de Hotel Parador Quepos Sociedad Anónima, cédula jurídica N° 3101118200, con domicilio en Quepos, distrito Quepos de la entrada a Punta Quepos y Playa Biezans 1 Km al oeste, Hotel Parador, Puntarenas, Costa Rica, solicita la inscripción de: PARADOR NATURE RESORT AND SPA como marca de servicios, en clase(s): 43 y 44 internacional(es). Para proteger y distinguir lo siguiente: en clase 43: Servicios de hotel de resort, de alimentación y de hospedaje temporal. Clase 44: Servicios de spa. Fecha: 02 de setiembre del 2021. Presentada el: 28 de julio del 2021. San José: Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. 02 de setiembre del 2021. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley N° 7978. Esta solicitud se rige por el art. 28 de la Ley de Marcas Comerciales y Otros Signos Distintivos que indica “Cuando la marca consista en una etiqueta y otro signo compuesto por un conjunto de elementos, la protección no se extenderá a los elementos contenidos en ella que sean de uso común o necesario en el comercio”.—Grettel Solís Fernández, Registradora.—( IN2021580512 ).

Solicitud Nº 2021-0006443.—María Lucía Fernández Umaña, soltera, cédula de identidad N° 113410383, con domicilio en Barrio Escalante,100 este de Intensa, casa 3396, San José, Costa Rica, solicita la inscripción de: VINOTECA 3396 como marca de comercio en clase 33. Internacional. Para proteger y distinguir lo siguiente: Vino. Fecha: 27 de agosto de 2021. Presentada el 14 de julio de 2021. San José. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. 27 de agosto de 2021. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley N° 7978. Esta solicitud se rige por el art. 28 de la Ley de Marcas Comerciales y Otros Signos Distintivos que indica “Cuando la marca consista en una etiqueta y otro signo compuesto por un conjunto de elementos, la protección no se extenderá a los elementos contenidos en ella que sean de uso común o necesario en el comercio”.—Milena Marín Jiménez, Registradora.—( IN2021580537 )

Solicitud 2021-0004545.—Daniela Madriz Porras, soltera, cédula de identidad 114340580, en calidad de apoderado especial de Ambacar Cía. Ltda, Sociedad de Responsabilidad Limitada con domicilio en Tungurahua, Ambato, Ambato, Avenida Indoamericana, kilómetro uno, entrada a Ingahurco, una cuadra del semáforo, Ecuador, solicita la inscripción de: ambot Repiensa, Reescribe, Redefine, Remueve las reglas

como marca de servicios en clase 35. Internacional. Para proteger y distinguir lo siguiente: Publicidad; gestión de negocios comerciales; administración comercial; trabajos de oficina. Fecha: 30 de agosto de 2021. Presentada el 20 de mayo de 2021. San José. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. 30 de agosto de 2021. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978. Esta solicitud se rige por el art. 28 de la Ley de Marcas Comerciales y Otros Signos Distintivos que indica “Cuando la marca consista en una etiqueta y otro signo compuesto por un conjunto de elementos, la protección no se extenderá a los elementos contenidos en ella que sean de uso común o necesario en el comercio”.—Ildreth Araya Mesén, Registradora.—( IN2021580546 ).

Solicitud Nº 2021-0003677.—Brian Arrieta Sánchez, soltero, cédula de identidad N° 304250812, en calidad de apoderado generalísimo de Tierra Bendita Inversiones Sociedad Anónima, cédula jurídica N° 3101720283 con domicilio en El Guarco, Tobosí, 75 metros oeste de la Iglesia Católica Barrancas, Cartago, Costa Rica, solicita la inscripción de: Tierra Bendita

como marca de comercio en clase 31 internacional, para proteger y distinguir lo siguiente: en clase 31: Productos agrícolas, avícolas, hortícolas y forestales en bruto y sin procesar; granos y semillas en bruto o sin procesar; frutas y verduras, hortalizas y legumbres frescas, hierbas aromáticas frescas; plantas y flores naturales; bulbos y plantones y semillas para plantas; animales vivos; productos alimenticios y bebidas para animales; malta. Fecha: 25 de junio de 2021. Presentada el: 23 de abril de 2021. San José. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. 25 de junio de 2021. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978. Esta solicitud se rige por el art. 28 de la Ley de Marcas Comerciales y Otros Signos Distintivos que indica “Cuando la marca consista en una etiqueta y otro signo compuesto por un conjunto de elementos, la protección no se extenderá a los elementos contenidos en ella que sean de uso común o necesario en el comercio”.—Rebeca Madrigal Garita, Registradora.—( IN2021580553 ).

Solicitud Nº 2021-0002471.—Rodrigo Crovetto Chassoul, soltero, cédula de identidad N° 118410939 con domicilio en Los Tucanes, 600 metros oeste de la entrada principal, San Ramón, Alajuela, San Ramón, 20201 Costa Rica, 20201, San Ramón, Costa Rica, solicita la inscripción de: Mantequillas igo

como marca de fábrica y comercio en clase 29 internacional, para proteger y distinguir lo siguiente: Mantequilla de maní, almendra, marañón, pecana, pistacho, macadamia. Reservas: Se reserva los colores del logo, la tipografía del logo y la forma del logo. Fecha: 01 de setiembre de 2021. Presentada el: 14 de julio de 2021. San José. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. 01 de setiembre de 2021. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978. Esta solicitud se rige por el art. 28 de la Ley de Marcas Comerciales y Otros Signos Distintivos que indica “Cuando la marca consista en una etiqueta y otro signo compuesto por un conjunto de elementos, la protección no se extenderá a los elementos contenidos en ella que sean de uso común o necesario en el comercio.”.—Sabrina Loaiciga Pérez, Registradora.—( IN2021580567 ).

Solicitud Nº 2021-0005044.—Mario Alberto Piña Líos, cédula de identidad 107000495, en calidad de apoderado especial de Piña Guevara e Hijos S. A., cédula jurídica 3101369158, con domicilio en San José, Desamparados, detrás de la Escuela García Monge, 11801, San José, Costa Rica, solicita la inscripción de:

como marca de fábrica en clase: 25. Internacional. Para proteger y distinguir lo siguiente: en clase 25: Prendas de vestir, zapatos, sombrerería. Fecha: 6 de septiembre del 2021. Presentada el: 3 de junio del 2021. San José: Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. 6 de septiembre del 2021. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978. Esta solicitud se rige por el art. 28 de la Ley de Marcas Comerciales y Otros Signos Distintivos que indica “Cuando la marca consista en una etiqueta y otro signo compuesto por un conjunto de elementos, la protección no se extenderá a los elementos contenidos en ella que sean de uso común o necesario en el comercio”.—Bernard Molina Alvarado, Registrador.—( IN2021580601 ).

Solicitud 2021-0007344.—María del Pilar López Quirós, divorciada una vez, cédula de identidad 110660601, en calidad de apoderada especial de Portfolio Concentrate Solutions Unlimited Company con domicilio en 5 Eastgate Road, Eastgate Business Park, Little Island, CO. Cork, Irlanda, solicita la inscripción de: 7UP como marca de fábrica en clases 9; 18 y 25. Internacionales. Para proteger y distinguir lo siguiente: en clase 9: Plataformas de software para computadoras y aplicaciones de software para teléfonos móviles que pueden descargarse; tonos de llamada y gráficos para teléfonos móviles que pueden descargarse; dispositivos y accesorios para teléfonos móviles; fundas para dispositivos móviles, carcasas, aparatos de protección; fundas para computadoras portátiles; cargadores electrónicos, cables electrónicos; audífonos, altavoces de audio, auriculares, audífonos con micrófono, correas para teléfonos, baterías externas, alfombrillas de ratón/mouse, unidades de memoria, palos de selfie, protectores de pantalla para dispositivos electrónicos. Software de juegos descargables; software de juegos de computadora; software de videojuegos; grabaciones de vídeo; tonos de llamada descargables; gafas, gafas de sol, monturas ópticas; estuches para gafas.; en clase 18: Bolsos; bolsos de mano; monederos; maletas; mochilas; bolsas de la compra; bandoleras portabebés; carteras; paraguas; sombrillas.; en clase 25: Vestidos; calzado; sombreros; camisetas; sudaderas; chaquetas; suéteres; ropa impermeable; corbatas; calcetines; batas; trajes de baño; calzado (excepto ortopédico), a saber, zapatos, zapatillas, zapatos deportivos, sandalias, botas, zapatillas; sombreros, boinas, gorras; antifaces para dormir. Fecha: 23 de agosto de 2021. Presentada el 13 de agosto de 2021. San José. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. 23 de agosto de 2021. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978. Esta solicitud se rige por el art. 28 de la Ley de Marcas Comerciales y Otros Signos Distintivos que indica “Cuando la marca consista en una etiqueta y otro signo compuesto por un conjunto de elementos, la protección no se extenderá a los elementos contenidos en ella que sean de uso común o necesario en el comercio”.—Grettel Solís Fernández, Registradora.—( IN2021580640 ).

Solicitud Nº 2021-0006243.—Miriam Soto Aguilar, casada una vez, cédula de identidad N° 113270146, en calidad de apoderado especial de Freddy Andrés Soto Aguilar, soltero, cédula de identidad N° 113680204, con domicilio en: Puriscal un kilómetro sur oeste del cementerio municipal de Puriscal, San José, Costa Rica, solicita la inscripción de: Cow Artesanal, como marca de fábrica y comercio en clase 33 internacional, para proteger y distinguir lo siguiente: productos bebidas alcohólicas, bebida alcohólica con chile, preparada de manera artesanal. Fecha: 03 de septiembre de 2021. Presentada el: 08 de julio de 2021. San José. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. 03 de septiembre de 2021. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978. Esta solicitud se rige por el art. 28 de la Ley de Marcas Comerciales y Otros Signos Distintivos que indica “Cuando la marca consista en una etiqueta y otro signo compuesto por un conjunto de elementos, la protección no se extenderá a los elementos contenidos en ella que sean de uso común o necesario en el comercio”.—Rebeca Madrigal Garita, Registradora.—( IN2021580650 ).

Solicitud Nº 2021-0005562.—Ingrid Cecil Vega Moreira, casada una vez, cédula de identidad 110140567, en calidad de apoderada generalísima sin límite de suma de Importek Latinoamerica CR S. A., cédula jurídica 3101582077, con domicilio en Santo Domingo, Santa Rosa, de la entrada después de la Escuela 100 norte, y 500 oeste, contiguo a Carrocerías Fallas, 40306, Heredia, Costa Rica, solicita la inscripción de: MC MUNDO COSMÉTICO NAILS EXPO, como marca de servicios en clase 35 internacional, para proteger y distinguir lo siguiente: Organización, dirección, promoción y realización de Exposiciones (llamadas EXPO) Físicas (in sitio) y celebración de ferias de exposición (llamadas EXPO) virtuales en línea, ambas con fines comerciales, negocios o publicitarios, relacionados con el cuidado, limpieza, mantenimiento, embellecimiento, maquillaje de las uñas tanto de las manos y pies por medio de accesorios, aparatos, productos y tratamientos cosméticos destinados a este fin. Reservas: NO. Fecha: 1 de septiembre del 2021. Presentada el: 18 de junio del 2021. San José: Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. 1 de septiembre del 2021. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978. Esta solicitud se rige por el art. 28 de la Ley de Marcas Comerciales y Otros Signos Distintivos que indica “Cuando la marca consista en una etiqueta y otro signo compuesto por un conjunto de elementos, la protección no se extenderá a los elementos contenidos en ella que sean de uso común o necesario en el comercio”.—Sabrina Loaiciga Pérez, Registradora.—( IN2021580678 ).

Solicitud Nº 2019-0000584.—Merlyn Solano Herrera, soltera, cédula de identidad 108900623 con domicilio en Barrio Aranjuez, 50 mts. al oeste, de la Iglesia Sta Teresita, casa 2115, San José, Costa Rica, solicita la inscripción de: Arte Sibö galería de arte

como nombre comercial en clase: Internacional para proteger y distinguir lo siguiente: en clase 49: Un establecimiento comercial dedicado a la confección y venta de artesanía a base de vidrio: cajas para , lámparas, esculturas, ubicado en San José, Barrio Aranjuez, 50 metros al oeste de la Iglesia Sta. Teresita. Fecha: 1 de septiembre de 2021. Presentada el: 24 de enero de 2019. San José: Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. 1 de septiembre de 2021. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978. Esta solicitud se rige por el art. 28 de la Ley de Marcas Comerciales y Otros Signos Distintivos que indica “Cuando la marca consista en una etiqueta y otro signo compuesto por un conjunto de elementos, la protección no se extenderá a los elementos contenidos en ella que sean de uso común o necesario en el comercio”.—Rina Ruiz Mata, Registradora.—( IN2021580680 ).

Solicitud N° 2021-0006137.—Ricardo José Centeno Gamboa, casado una vez, cédula de identidad N° 108500154, en calidad de apoderado generalísimo de Centeno & Sánchez Perrotico CSP Sociedad de Responsabilidad Limitada, cédula jurídica N° 3102796979, con domicilio en Santo Domingo, Santo Tomás 150 norte del Super Mercado El Sesteo, contiguo al Kínder New World, mano izquierda casa color beige y portón negro, Heredia, Costa Rica, solicita la inscripción de: WE LOVE DOGS!

como marca de fábrica y comercio, en clase(s): 18; 25; 41 y 44 internacional(es). Para proteger y distinguir lo siguiente: en clase 18: Artículos para perros tales como armazones, arneses para perros, arreos, bandoleras, bastones de montañismo, bastones de alpinista, bastones de senderismo, bolsos de campamento, bolsos de montañismo, collares para perros, correas de arnés, correas de cuero para perros, correas de estribo, cuero de imitación/artificial, estuches de cuero, estuches para llaves, frenos para perros, artículos de guarnicionería, mantas para cubrir perros, mochilas escolares, paraguas, ropa para perros de compañía, tarjeteros. Todo lo anterior para perros. Clase 25: Prendas de vestir, calzado, artículos de sombrerería para personas tales como abrigos, chaquetas, camisas de manga corta, camisas de manga larga, camisetas, camisetas de deporte pantalones, calcetines, calzoncillos, gorras, guantes, jerseys, pantalones, pantuflas, pijamas, prendas impermeables, ropa de gimnasia, ropa de playa, ropa exterior, ropa interior, sandalias, sarongs, sobreros, suéteres, trajes de baños, uniformes, vestidos, zapatos. Clase 41: Educación; formación; servicios de entretenimiento tales como la doma y el adiestramiento, academias, servicios de campamentos deportivos/vacaciones, organización de competiciones deportivas, todo lo anterior para perros. Clase 44: Servicios veterinarios, asistencia veterinaria, cirugía veterinaria, tratamiento de higiene y belleza, as cría de animales, aseo de animales, peluquería para animales. Todo lo anterior para perros. Fecha: 23 de agosto del 2021. Presentada el: 06 de julio del 2021. San José: Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. 23 de agosto del 2021. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley N° 7978. Esta solicitud se rige por el art. 28 de la Ley de Marcas Comerciales y Otros Signos Distintivos que indica “Cuando la marca consista en una etiqueta y otro signo compuesto por un conjunto de elementos, la protección no se extenderá a los elementos contenidos en ella que sean de uso común o necesario en el comercio”.—Ginna Aguilar Madriz, Registrador(a).—( IN2021580682 ).

Solicitud Nº 2020-0004609.—Fabiola Sáenz Quesada, divorciada, cédula de identidad N° 109530774, en calidad de apoderado especial de Payvalida Costa Rica S. A., cédula jurídica N° 3-101-727969, con domicilio en Escazú, Guachipelín, Condominio Villas de Valencia, N° 96, San José, Costa Rica, solicita la inscripción de: Payvalida

como marca de fábrica y comercio en clase 9 internacional. Para proteger y distinguir lo siguiente: en clase 9: Plataforma digital para la realización de transferencias sustanciales sistemáticas de fondos a terceros por cualquier medio. Fecha: 3 de agosto de 2021. Presentada el: 19 de junio de 2020. San José. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. 3 de agosto de 2021. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978. Esta solicitud se rige por el art. 28 de la Ley de Marcas Comerciales y Otros Signos Distintivos que indica “Cuando la marca consista en una etiqueta y otro signo compuesto por un conjunto de elementos, la protección no se extenderá a los elementos contenidos en ella que sean de uso común o necesario en el comercio”.—Katherine Jiménez Tenorio, Registradora.—( IN2021580695 ).

Solicitud 2020-0000513.—Fabiola Sáenz Quesada, divorciada, cédula de identidad 109530774, en calidad de apoderado especial de Productos Alimenticios Centroamericanos S. A. con domicilio en 15 avenida 19-62 zona 13, Municipio de Guatemala, Departamento de Guatemala, Guatemala, solicita la inscripción de: B & B CPLUS

como marca de fábrica y comercio en clase 32. Internacional. Para proteger y distinguir lo siguiente: Preparación para elaborar bebidas a base de frutas, específicamente citrus punch. Fecha: 28 de julio de 2021. Presentada el 22 de enero de 2020. San José. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. 28 de julio de 2021. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978. Esta solicitud se rige por el art. 28 de la Ley de Marcas Comerciales y Otros Signos Distintivos que indica “Cuando la marca consista en una etiqueta y otro signo compuesto por un conjunto de elementos, la protección no se extenderá a los elementos contenidos en ella que sean de uso común o necesario en el comercio”.—Rina Ruiz Mata, Registradora.—( IN2021580697 ).

Solicitud Nº 2021-0001605.—María Gabriela Arroyo Vargas, cédula de identidad 109330536, en calidad de apoderado especial de Alimentos Maravilla S. A., cédula jurídica con domicilio en Calzada Roosevelt, número ocho guión treinta y tres, Zona Tres, del Municipio Demixco, Departamento Guatemala, República de Guatemala, Guatemala, Guatemala, solicita la inscripción de: RAPTOR, como marca de fábrica y comercio en clase 30 internacional, para proteger y distinguir lo siguiente: en clase 30: goma de mascar. Fecha: 13 de abril del 2021. Presentada el: 19 de febrero del 2021. San José: Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. 13 de abril del 2021. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978. Esta solicitud se rige por el art. 28 de la Ley de Marcas Comerciales y Otros Signos Distintivos que indica “Cuando la marca consista en una etiqueta y otro signo compuesto por un conjunto de elementos, la protección no se extenderá a los elementos contenidos en ella que sean de uso común o necesario en el comercio”.—Ginna Aguilar Madriz, Registradora.—( IN2021580713 ).

Solicitud Nº 2021-0004380.—Eduardo Hidalgo Naranjo, casado una vez, cédula de identidad N° 204820927, con domicilio en: Atenas, Jesús, Estanquillos, ciento cincuenta metros al oeste del salón comunal, mano izquierda, tapia color gris, Alajuela, Costa Rica, solicita la inscripción de: LA SABROSA QUE PIKA

como marca de comercio en clase 29 internacional, para proteger y distinguir lo siguiente: carne, pescado, aves y caza; extractos de carne; frutas y legumbres en conserva, secas y cocidas; jaleas, mermeladas; huevos, leche y otros productos lácteos; aceite y grasas comestibles; conservas, encurtidos. Reservas: de los colores; negro azabache. Fecha: 21 de junio de 2021. Presentada el: 14 de mayo de 2021. San José. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. 21 de junio de 2021. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978. Esta solicitud se rige por el art. 28 de la Ley de Marcas Comerciales y Otros Signos Distintivos que indica “Cuando la marca consista en una etiqueta y otro signo compuesto por un conjunto de elementos, la protección no se extenderá a los elementos contenidos en ella que sean de uso común o necesario en el comercio”.—Wálter Alfaro González, Registrador(a).—( IN2021580714 ).

Solicitud Nº 2020-0003442.—María Laura Valverde Cordero, casada una vez, cédula de identidad 113310307, en calidad de Apoderado Especial de Daniela Mora León, soltera, Cédula de identidad 116570332 con domicilio en 200 metros este del Pali de San Miguel, Santo Domingo, Heredia, Costa Rica, solicita la inscripción de: LES GOÛTS DML

como Marca de Servicios en clase(s): 43. Internacional(es). Para proteger y distinguir lo siguiente: en clase 43: Servicios de preparación y venta de alimentos y bebidas, restaurante y hospedaje temporal. Fecha: 14 de julio de 2021. Presentada el: 18 de mayo de 2020. San José: Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. 14 de julio de 2021. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978. Esta solicitud se rige por el art. 28 de la Ley de Marcas Comerciales y Otros Signos Distintivos que indica “Cuando la marca consista en una etiqueta y otro signo compuesto por un conjunto de elementos, la protección no se extenderá a los elementos contenidos en ella que sean de uso común o necesario en el comercio”.—Bernard Molina Alvarado, Registrador.—( IN2021580736 ).

Solicitud N° 2021-0001768.—María Gabriela Arroyo Vargas, cédula de identidad N° 10933536, en calidad de apoderada especial de Alimentos Maravilla S. A., con domicilio en Calzada Roosevelt, número ocho guión treinta y tres, Zona Tres, del Municipio Demixco, Departamento Guatemala, República de Guatemala, Guatemala, Costa Rica, solicita la inscripción de: CULTIVO DEL FRUTAL, como marca de fábrica y comercio en clase: 29 internacional, para proteger y distinguir lo siguiente: en clase 29: frutas, verduras, hortalizas, legumbres, todas en conserva, congeladas, secas y cocidas. Fecha: 13 de abril de 2021. Presentada el: 24 de febrero de 2021. San José: Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. 13 de abril de 2021. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978. Esta solicitud se rige por el art. 28 de la Ley de Marcas Comerciales y Otros Signos Distintivos que indica “Cuando la marca consista en una etiqueta y otro signo compuesto por un conjunto de elementos, la protección no se extenderá a los elementos contenidos en ella que sean de uso común o necesario en el comercio”.—Ildreth Araya Mesén, Registradora.—( IN2021580763 ).

Solicitud 2021-0006784.—María Laura Vargas Cabezas, casada una vez, cédula de identidad 111480307, en calidad de apoderada especial de Code Development Group, Sociedad Anónima, cédula jurídica 3101689524 con domicilio en Escazú, San Rafael, Centro Corporativo Plaza Roble, edificio El Pórtico, primer piso, Oficinas de Caoba Legal, San José, Costa Rica, solicita la inscripción de: RIDE MOBILITY como marca de servicios en clase(s): 35. Internacional(es). Para proteger y distinguir lo siguiente: en clase 35: Publicidad; gestión, organización y administración de negocios comerciales; trabajos de oficina. Fecha: 5 de agosto de 2021. Presentada el: 23 de julio de 2021. San José: Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. 5 de agosto de 2021. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978. Esta solicitud se rige por el art. 28 de la Ley de Marcas Comerciales y Otros Signos Distintivos que indica “Cuando la marca consista en una etiqueta y otro signo compuesto por un conjunto de elementos, la protección no se extenderá a los elementos contenidos en ella que sean de uso común o necesario en el comercio”.—Adriana Bolaños Guido, Registradora.—( IN2021580790 ).

Solicitud Nº 2020-0009929.—María Gabriela Arroyo Vargas, casada una vez, cédula de identidad N° 109330536, en calidad de apoderado especial de Alimentos Sociedad Anónima, con domicilio en: kilómetro 15.5 de la carretera a El Salvador, Municipio de Santa Catarina Pinula, Departamento de Guatemala, Guatemala, solicita la inscripción de: MONDU DEL MUNDO A TU MESA

como marca de fábrica y comercio en clase 32 internacional, para proteger y distinguir lo siguiente: aguas minerales y otras bebidas sin alcohol, bebidas a base de frutas y zumos de frutas y otras preparaciones para elaborar bebidas. Fecha: 18 de marzo de 2021. Presentada el: 26 de noviembre de 2020. San José. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. 18 de marzo de 2021. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978. Esta solicitud se rige por el art. 28 de la Ley de Marcas Comerciales y Otros Signos Distintivos que indica “Cuando la marca consista en una etiqueta y otro signo compuesto por un conjunto de elementos, la protección no se extenderá a los elementos contenidos en ella que sean de uso común o necesario en el comercio”.—Rina Ruiz Mata, Registrador(a).—( IN2021580795 ).

PUBLICACIÓN DE PRIMERA VEZ

Solicitud Nº 2021-0007134.—Harry Jaime Zurcher Blen, casado, cédula de identidad 1041501184, en calidad de Apoderado Especial de Beliv LLC con domicilio en Popular Center 19TH floor, 208 Ponce de León Avenue, San Juan, Puerto Rico 00918, Puerto Rico, solicita la inscripción de: SENS BY BELIV

como marca de fábrica y comercio en clase: 29 internacional para proteger y distinguir lo siguiente: en clase 29: Bebidas a base de leche; leche; bebidas simples o saborizadas que contienen leche; bebidas de leche con frutas; leche de almendras; leche de soja; leche de avena: leche de arroz: leche de coco; leche de avellanas; bebidas y batidos a base de leche de cacahuete, maní, quinoa, sésamo, alpiste, semillas de girasol, espelta, castañas y de granos, semillas o cereales similares que permitan obtener substitutos de la leche Fecha: 16 de agosto de 2021. Presentada el: 6 de agosto de 2021. San José: Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. 16 de agosto de 2021. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978. Esta solicitud se rige por el art. 28 de la Ley de Marcas Comerciales y Otros Signos Distintivos que indica “Cuando la marca consista en una etiqueta y otro signo compuesto por un conjunto de elementos, la protección no se extenderá a los elementos contenidos en ella que sean de uso común o necesario en el comercio.—Ildreth Araya Mesen, Registradora.—( IN2021578865 ).

Solicitud Nº 2021-0003267.—María Gabriela Arroyo Vargas, casada una vez, cédula de identidad 109330536, en calidad de Apoderado Especial de Alimentos Sociedad Anónima con domicilio en kilómetro 15.5 de la carretera a El Salvador, Municipio Santa Catarina Pinula, Departamento de Guatemala, Guatemala, solicita la inscripción de: CRIOLLOS CHCHARRONES Señorial

como marca de fábrica y comercio en clase: 29 Internacional para proteger y distinguir lo siguiente: en clase 29: Snacks salados a base o con sabor a chicharrón. Reservas: De los colores: Amarillo, Blanco, Negro, Rojo y Azul. Fecha: 31 de mayo de 2021. Presentada el: 13 de abril de 2021. San José: Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. 31 de mayo de 2021. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978. Esta solicitud se rige por el art. 28 de la Ley de Marcas Comerciales y Otros Signos Distintivos que indica “Cuando la marca consista en una etiqueta y otro signo compuesto por un conjunto de elementos, la protección no se extenderá a los elementos contenidos en ella que sean de uso común o necesario en el comercio”.—Ildreth Araya Mesen, Registradora.—( IN2021580823 ).

Solicitud Nº 2021-0007461.—Kristel Faith Neurohr, cédula de identidad N° 111430447, en calidad de apoderada especial de British American Tobacco (Brands) Limited, con domicilio en Globe House, 4 Temple Place, London, WC2R 2PG, Reino Unido, solicita la inscripción de: RYDE como marca de comercio en clases: 5; 30; 32 y 34. Internacionales. Para proteger y distinguir lo siguiente: en clase 5: Preparaciones farmacéuticas; suplementos dietéticos y nutricionales; goma que contiene nicotina; bolsas que contienen nicotina; parches que contienen nicotina; suplementos alimenticios; suplementos vitamínicos, minerales y nutricionales; suplementos homeopáticos; suplementos de hierbas; bebidas vitamínicas y minerales; bebidas medicinales; goma de mascar medicada; preparaciones fortificadas con vitaminas y minerales para uso oral que se venden en forma de bolsa; pastillas fortificadas con vitaminas y minerales; suplemento nutricional productos sustitutivos de comidas para aumentar la energía; dulces fortificados con calcio; cigarrillos sin tabaco para uso médico; sustitutos del tabaco para fines médicos; hierbas con fines medicinales, incluidas hierbas secas, extractos de hierbas líquidos y cápsulas de hierbas; formulaciones herbales; cremas a base de hierbas; tés de hierbas con fines medicinales; preparaciones de nicotina para fines médicos, incluido tabaco en polvo suelto y preenvasado (snus); parches transdérmicos.; en clase 30: Chicles; aromatizantes naturales y herbales (que no sean aceites esenciales); pastillas caramelo; mentas de caramelo; caramelo gomoso.; en clase 32: Bebidas energéticas.; en clase 34: Cigarrillos; tabaco crudo o manufacturado; productos de tabaco; sustitutos del tabaco (no para fines médicos); cigarros cigarrillos, encendedores partidos; artículos para fumadores; papel para cigarrillos; tubos de cigarrillos; filtros de cigarrillos; aparatos de bolsillo para liar cigarrillos; máquinas manuales para inyectar tabaco en tubos de papel; cigarrillos electrónicos; accesorios para cigarrillos electrónicos; líquidos para cigarrillos electrónicos; productos de tabaco para calentar; dispositivos y partes para dispositivos para calentar tabaco; accesorios para dispositivos para calentar tabaco; sustitutos del tabaco para inhalación; cigarrillos que contienen sucedáneos del tabaco; pitilleras; cajas de cigarrillos; snus con tabaco; tabaco con tabaco; snus sin tabaco; tabaco sin tabaco; bolsas de nicotina oral sin tabaco (no para uso médico). Fecha: 26 de agosto de 2021. Presentada el: 18 de agosto de 2021. San José. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. 26 de agosto de 2021. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978. Esta solicitud se rige por el art. 28 de la Ley de Marcas Comerciales y Otros Signos Distintivos que indica “Cuando la marca consista en una etiqueta y otro signo compuesto por un conjunto de elementos, la protección no se extenderá a los elementos contenidos en ella que sean de uso común o necesario en el comercio”.—Grettel Solís Fernández, Registradora.—( IN2021580838 ).

Solicitud N° 2020-0009931.—María Gabriela Arroyo Vargas, casada una vez, cédula de identidad N° 109330536, en calidad de apoderado especial de Alimentos Sociedad Anónima, con domicilio en kilómetro 15.5 de la carretera a El Salvador, Municipio de Santa Catarina Pinula, Departamento de Guatemala, Guatemala, solicita la inscripción de: CRIOLLOS MIX CHICHARRONES Señorial Quesifritos Chilteado

como marca colectiva en clase 29 internacional. Para proteger y distinguir lo siguiente: en clase 29: Snacks salados criollos a base o con sabor a chicharrones, mezclados con snacks con sabor o base de queso y chile. Reservas: De los colores: naranja, amarillo, beige, blanco, rojo y azul. Fecha: 7 de abril de 2021. Presentada el: 26 de noviembre de 2020. San José: Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. 7 de abril de 2021. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley N° 7978. Esta solicitud se rige por el art. 28 de la Ley de Marcas Comerciales y Otros Signos Distintivos que indica “Cuando la marca consista en una etiqueta y otro signo compuesto por un conjunto de elementos, la protección no se extenderá a los elementos contenidos en ella que sean de uso común o necesario en el comercio”.—Rina Ruiz Mata, Registradora.—( IN2021580850 ).

Solicitud N° 2021-0003267.—María Gabriela Arroyo Vargas, casada una vez, cédula de identidad N° 109330536, en calidad de apoderada especial de Alimentos Sociedad Anónima, con domicilio en kilómetro 15.5 de la carretera a El Salvador, Municipio Santa Catarina Pinula, Departamento de Guatemala, Guatemala, solicita la inscripción de: CRIOLLOS CHCHARRONES Señorial

como marca de fábrica y comercio, en clase(s): 29 internacional(es). Para proteger y distinguir lo siguiente: en clase 29: Snacks salados a base o con sabor a chicharrón. Reservas: De los colores: amarillo, blanco, negro, rojo y azul. Fecha: 31 de mayo del 2021. Presentada el: 13 de abril del 2021. San José: Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. 31 de mayo del 2021. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley N° 7978. Esta solicitud se rige por el art. 28 de la Ley de Marcas Comerciales y Otros Signos Distintivos que indica “Cuando la marca consista en una etiqueta y otro signo compuesto por un conjunto de elementos, la protección no se extenderá a los elementos contenidos en ella que sean de uso común o necesario en el comercio”.—Ildreth Araya Mesén, Registradora.—( IN2021580853 ).

Solicitud 2021-0004418.—Catalina Rivera Ramírez, soltera, cédula de identidad 120270566, con domicilio en Residencial Los Arcos Cariari Rotonda 13 casa 51 Ulloa, Heredia, Costa Rica, solicita la inscripción de: MUJER N

como marca de servicios en clase(s): 41. Internacional(es). Para proteger y distinguir lo siguiente: en clase 41: Educación; formación; servicios de entretenimiento; actividades deportivas y culturales, todos dirigidos a la población femenina. Fecha: 9 de agosto de 2021. Presentada el: 17 de mayo de 2021. San José: Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. 9 de agosto de 2021. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978. Esta solicitud se rige por el art. 28 de la Ley de Marcas Comerciales y Otros Signos Distintivos que indica “Cuando la marca consista en una etiqueta y otro signo compuesto por un conjunto de elementos, la protección no se extenderá a los elementos contenidos en ella que sean de uso común o necesario en el comercio”.—Pablo Andrés Sancho Calvo, Registrador.—( IN2021580878 ).

Solicitud N° 2021-0004805.—Guillermo Rodríguez Zúñiga, soltero, cédula de identidad N° 113310636, en calidad de gestor oficioso de Cocreation Grass Co., Ltd, con domicilio en N° 66, East Guangzhou Road, Huaian Economic Development Zone, Huaian, Jiangsu, 223200, China, solicita la inscripción de: CCGrass

como marca de fábrica y comercio, en clase(s): 27 internacional(es). Para proteger y distinguir lo siguiente: Alfombras y tapetes, esteras, colchonetas de gimnasia, alfombras antideslizantes, bajo alfombras, césped artificial, revestimientos de suelos, colchonetas de gimnasio. Fecha: 04 de agosto del 2021. Presentada el: 27 de mayo del 2021. San José: Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. 04 de agosto del 2021. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley N° 7978. Esta solicitud se rige por el art. 28 de la Ley de Marcas Comerciales y Otros Signos Distintivos que indica “Cuando la marca consista en una etiqueta y otro signo compuesto por un conjunto de elementos, la protección no se extenderá a los elementos contenidos en ella que sean de uso común o necesario en el comercio”.—Alex Villegas Méndez, Registrador(a).—( IN2021580883 ).

Solicitud N° 2021-0006872.——María Lupita Quintero Nassar, casada, cédula de identidad N° 108840675, en calidad de apoderado especial de Agrovet Market S. A., con domicilio en Av. Canadá 3792-3798, Distrito de San Luis, Lima, Perú, solicita la inscripción de:

como marca de fábrica y comercio, en clase(s): 5 internacional(es). Para proteger y distinguir lo siguiente: en clase 5: Preparaciones para uso veterinario; alimentos y sustancias dietéticas para uso veterinario, suplementos alimenticios para animales. Fecha: 05 de agosto del 2021. Presentada el: 28 de julio del 2021. San José: Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. 05 de agosto del 2021. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley N° 7978. Esta solicitud se rige por el art. 28 de la Ley de Marcas Comerciales y Otros Signos Distintivos que indica “Cuando la marca consista en una etiqueta y otro signo compuesto por un conjunto de elementos, la protección no se extenderá a los elementos contenidos en ella que sean de uso común o necesario en el comercio”.—Wendy López Vindas, Registrador(a).—( IN2021580884 ).

Solicitud Nº 2021-0006871.—María Lupita Quintero Nassar, casada, cédula de identidad 108840675, en calidad de Apoderado Especial de Agrovet Market S. A. con domicilio en Av. Canada 3792-3798, distrito de San Luis, Lima, Perú, solicita la inscripción de: Agrovet MARKET

como marca de fábrica y comercio en clase 5 internacional para proteger y distinguir lo siguiente: en clase 5: Preparaciones para uso veterinario; alimentos y sustancias dietéticas para uso veterinario, suplementos alimenticios para animales. Fecha: 5 de agosto de 2021. Presentada el: 28 de julio de 2021. San José: Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. 5 de agosto de 2021. A efectos de publicación, tengase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978. Esta solicitud se rige por el art. 28 de la Ley de Marcas Comerciales y Otros Signos Distintivos que indica “Cuando la marca consista en una etiqueta y otro signo compuesto por un conjunto de elementos, la protección no se extenderá a los elementos contenidos en ella que sean de uso común o necesario en el comercio” Wendy López Vindas, Registradora.—( IN2021580885 ).

Solicitud N° 2021-0006369.—María Lupita Quintero Nassar, casada, cédula de identidad N° 1884675, en calidad de apoderado especial de Med Pharma Sociedad Anónima, con domicilio en kilómetro dieciséis, punto cinco (16.5) carretera a San Juan Sacatepéquez, Complejo Industrial Mixco Norte, lote B guión 11 (B-11) Zona Seis (6) de Mixco, Guatemala, solicita la inscripción de: SPACEK MEDPHARMA como marca de fábrica y comercio, en clase: 5. Internacional. Para proteger y distinguir lo siguiente: en clase 5: Productos farmacéuticos, preparaciones para uso médico; productos higiénicos y sanitarios para uso médico; alimentos y sustancias dietéticas para uso médico, medicamentos espasmolíticos. Fecha: 19 de julio del 2021. Presentada el: 12 de julio del 2021. San José: Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. 19 de julio del 2021. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley N° 7978. Esta solicitud se rige por el art. 28 de la Ley de Marcas Comerciales y Otros Signos Distintivos que indica “Cuando la marca consista en una etiqueta y otro signo compuesto por un conjunto de elementos, la protección no se extenderá a los elementos contenidos en ella que sean de uso común o necesario en el comercio”.—Isela Chango Trejos, Registrador(a).—( IN2021580886 ).

Solicitud 2021-0006370.—María Lupita Quintero Nassar, casada, cedula de identidad 108840675, en calidad de apoderado especial de Med Pharma Sociedad An6nima con domicilio en Kilómetro Dieciséis Punto cinco (16.5) Carretera A San Juan Sacatepéquez, Complejo Industrial Mixco Norte, lote B Guión Once (B- 11) Zona seis (6) de Mixco, Departamento De Guatemala, Guatemala, solicita la inscripción de: ZEFALOX MEDPHARMA como marca de fábrica y comercio en clase(s): 5. Internacional(es). Para proteger y distinguir lo siguiente: en clase 5: Productos farmacéuticos, preparaciones para uso médico; productos higiénicos y sanitarios para uso médico; alimentos y sustancias dietéticas para uso médico, medicamentos antibióticos. Fecha: 19 de julio de 2021. Presentada el: 12 de julio de 2021. San José: Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. 19 de julio de 2021. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978. Esta solicitud se rige por el art. 28 de la Ley de Marcas Comerciales y Otros Signos Distintivos que indica “Cuando la marca consista en una etiqueta y otro signo compuesto por un conjunto de elementos, la protección no se extenderá a los elementos contenidos en ella que sean de uso común o necesario en el comercio”.—Isela Chango Trejos, Registradora.—( IN2021580887 ).

Solicitud Nº 2021-0007420.—Daniel González Pérez, cédula de identidad N° 207160787, en calidad de apoderado especial de Raúl de Jesús Corrales Mairena, cédula de identidad N° 109740870, con domicilio en: Costa Rica, Heredia, Santa Bárbara, del estadio municipal ochocientos cincuenta metros noroeste, casa cinco, San José, Costa Rica, solicita la inscripción de: FAMILY FOODS

como marca de comercio en clase 29 internacional, para proteger y distinguir lo siguiente: bayas, conservadas / frutas cristalizadas / frutas heladas / liofilizado carne / liofilizados verduras / chips de frutas / ensaladas de frutas / fruta, conservada / fruta, procesada / fruta, guisada / bocadillos a base de frutas / frutas congeladas / frutas, enlatadas / papas fritas / mermelada / tortillas / cebollas en conserva / pasta de fruta prensada / ensaladas de verduras / verduras en conserva / verduras, procesadas. Reservas: No hay. Fecha: 24 de agosto de 2021. Presentada el: 17 de agosto de 2021. San José. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. 24 de agosto de 2021. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978. Esta solicitud se rige por el art. 28 de la Ley de Marcas Comerciales y Otros Signos Distintivos que indica “Cuando la marca consista en una etiqueta y otro signo compuesto por un conjunto de elementos, la protección no se extenderá a los elementos contenidos en ella que sean de uso común o necesario en el comercio”.—Katherine Jiménez Tenorio, Registradora.—( IN2021580912 ).

Solicitud Nº 2021-0007543.—Vianney Lorenzo Solís Soto, soltero, cédula de identidad N° 203730909 con domicilio en Ciudad Quesada, San Carlos, 50 sur y 25 oeste de Estación de Servicio Loyva, Costa Rica, solicita la inscripción de: Palabra Viva

como marca de servicios en clase 38 internacional, para proteger y distinguir lo siguiente: Telecomunicaciones. Fecha: 01 de setiembre de 2021. Presentada el: 20 de agosto de 2021. San José. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. 01 de setiembre de 2021. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978. Esta solicitud se rige por el art. 28 de la Ley de Marcas Comerciales y Otros Signos Distintivos que indica “Cuando la marca consista en una etiqueta y otro signo compuesto por un conjunto de elementos, la protección no se extenderá a los elementos contenidos en ella que sean de uso común o necesario en el comercio”.—Alex Villegas Méndez, Registrador.—( IN2021580922 ).

Solicitud N° 2021-0007335.—Ricardo Pinza Spinatelli, cédula de identidad N° 186200436732, en calidad de apoderado generalísimo de Asociación Pro-Ayuda al Migrante Venezolano, cédula de identidad N° 3002784933, con domicilio en San José, Escazú, San Rafael, Residencial Tejos Montealegre, avenida Jacaranda, calle Durazno, casa número siete a mano derecha, frente a la Embajada de Corea, Costa Rica, solicita la inscripción de: MIGRANTE PREMIUM

como marca de servicios, en clase(s): 42 internacional(es). Para proteger y distinguir lo siguiente: en clase 42: Programa de certificación de emprendimientos de terceras personas físicas o jurídicas con base en verificación de datos; evaluación y comprobación de requisitos legales y estructurales de emprendimientos de terceras personas físicas o jurídicas; y del desarrollo comercial de emprendimientos de terceras personas físicas o jurídicas. Fecha: 20 de agosto del 2021. Presentada el: 13 de agosto del 2021. San José: Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. 20 de agosto del 2021. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley N° 7978. Esta solicitud se rige por el art. 28 de la Ley de Marcas Comerciales y Otros Signos Distintivos que indica “Cuando la marca consista en una etiqueta y otro signo compuesto por un conjunto de elementos, la protección no se extenderá a los elementos contenidos en ella que sean de uso común o necesario en el comercio”.—Walter Alfaro González, Registrador.—( IN2021580952 ).

Solicitud Nº 2020-0005850.—Jason Alberto González Guerrero, soltero, cédula de identidad 113820338 con domicilio en Orotina, Barrio Jesús contiguo a Taller El Fénix, Costa Rica, solicita la inscripción de: su arquitectura Diseño para su Construcción

como marca de servicios en clase: 42 Internacional para proteger y distinguir lo siguiente: en clase 42: Servicios prestados por arquitectos, diseño, investigación, servicios científicos y tecnológico, análisis e investigación industriales, diseño y desarrollo de equipos informáticos y software. Fecha: 26 de agosto de 2021. Presentada el: 30 de julio de 2020. San José: Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. 26 de agosto de 2021. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978. Esta solicitud se rige por el art. 28 de la Ley de Marcas Comerciales y Otros Signos Distintivos que indica “Cuando la marca consista en una etiqueta y otro signo compuesto por un conjunto de elementos, la protección no se extenderá a los elementos contenidos en ella que sean de uso común o necesario en el comercio”.—Johnny Rodríguez Garita, Registrador.—( IN2021580957 ).

Solicitud Nº 2021-0007058.—Mabel Andrea Gillén Saborío, soltera, cédula de identidad N° 114360833, en calidad de apoderada generalísima de AG Dental S R L, cédula jurídica N° 3-102-814332, con domicilio en Carmen Ba. Escalante 250 sur del Parque Francia, Edificio URBN, Apartamento 1510, San José, Costa Rica, solicita la inscripción de: Guillén DentalCare

como nombre comercial en clase Internacional. Para proteger y distinguir lo siguiente: Un establecimiento comercial dedicado a Ortodoncia-Odontología. Ubicado en San José. Barrio Escalante, Avenida 7, calles 33-35 diagonal a restaurant esquinero Beer Factory. Fecha: 10 de agosto de 2021. Presentada el 04 de agosto de 2021. San José. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. 10 de agosto de 2021. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley N° 7978. Esta solicitud se rige por el art. 28 de la Ley de Marcas Comerciales y Otros Signos Distintivos que indica “Cuando la marca consista en una etiqueta y otro signo compuesto por un conjunto de elementos, la protección no se extenderá a los elementos contenidos en ella que sean de uso común o necesario en el comercio”.—Pablo Andrés Sancho Calvo, Registrador.—( IN2021580958 ).

Solicitud 2021-0005752.—Pablo Guzmán Stein, cédula de identidad 105220609, en calidad de apoderado generalísimo de Escuela Autónoma de Ciencias Médicas de Centro América (UCIMED) DR Andrés Vesalio Guzmán Calleja S. A., cédula jurídica 3101045039, con domicilio en Mata Redonda, 400 metros al oeste del Ministerio de agricultura, San José, Costa Rica, solicita la inscripción de: SIMULACIÓN 360 PODCAST

como marca de servicios en clase 9. Internacional. Para proteger y distinguir lo siguiente: Podcast, es decir, reproducción de sonido, con el objetivo de generar publicaciones periódicas de conversaciones que discutan temas relacionados con la simulación clínica. Reservas: De los colores; rojo, azul oscuro. Fecha: 19 de agosto de 2021. Presentada el 24 de junio de 2021. San José. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. 19 de agosto de 2021. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978. Esta solicitud se rige por el art. 28 de la Ley de Marcas Comerciales y Otros Signos Distintivos que indica “Cuando la marca consista en una etiqueta y otro signo compuesto por un conjunto de elementos, la protección no se extenderá a los elementos contenidos en ella que sean de uso común o necesario en el comercio”.—Katherine Jiménez Tenorio, Registradora.—( IN2021580973 ).

Solicitud Nº 2021-0006072.—Frankie Gibbs Líos, soltero, cédula de identidad 109580597 y Andrea Gabriela Solís Blanco, soltero, cédula de identidad 109890834, con domicilio en San Joaquín de Flores, Residencial Villa Flores, Heredia, Costa Rica y San Joaquín de Flores, Residencial Villa Flores, Heredia, Costa Rica, solicita la inscripción de: THE KING POPCORN,

como marca de fábrica y comercio en clase(s): 30 internacional(es), para proteger y distinguir lo siguiente: en clase 30: Palomitas de maíz, maíz tostado (palomitas de maíz), palomitas de maíz elaboradas, palomitas de maíz caramelizadas, palomitas de maíz dulces, palomitas de maíz aromatizadas, palomitas de maíz azucaradas, palomitas de maíz glaseadas, palomitas de maíz con caramelo, aliños para palomitas de maíz, sal para palomitas de maíz, palomitas de maíz para microondas, palomitas de maíz cubiertas de caramelo. Fecha: 24 de agosto del 2021. Presentada el: 2 de julio del 2021. San José: Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. 24 de agosto del 2021. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978. Esta solicitud se rige por el art. 28 de la Ley de Marcas Comerciales y Otros Signos Distintivos que indica “Cuando la marca consista en una etiqueta y otro signo compuesto por un conjunto de elementos, la protección no se extenderá a los elementos contenidos en ella que sean de uso común o necesario en el comercio”.—Ginna Aguilar Madriz, Registradora.—( IN2021580979 ).

Solicitud Nº 2021-0005773.—Fabiola Sáenz Quesada, divorciada, cédula de identidad N° 109530774, en calidad de apoderado especial de Productos Alimenticios Centroamericanos S.A., con domicilio en: 15 Avenida 19-62 Zona 13, Municipio de Guatemala, Departamento de Guatemala, Guatemala, solicita la inscripción de: La Contenta, como marca de fábrica y comercio en clases: 29, 31 y 32 internacionales, para proteger y distinguir lo siguiente: en clase 29: frutas y verduras, hortalizas y legumbres en conserva, chiles jalapeños en curtidos y escabeche, congeladas, secas y cocidas; jaleas, confituras, compotas; huevos; leche y productos lácteos; aceites y grasas comestibles; en clase 31: granos y productos agrícolas, hortícolas y forestales, no comprendidos en otras clases; frutas y verduras, hortalizas y legumbres frescas; semillas; plantas y flores naturales; malta y en clase 32: cerveza; aguas minerales y gaseosas, y otras bebidas sin alcohol; bebidas a base de frutas y zumos de frutas; concentrados de frutas, siropes y otras preparaciones para elaborar bebidas. Fecha: 30 de junio de 2021. Presentada el: 24 de junio de 2021. San José. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. 30 de junio de 2021. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978. Esta solicitud se rige por el art. 28 de la Ley de Marcas Comerciales y Otros Signos Distintivos que indica “Cuando la marca consista en una etiqueta y otro signo compuesto por un conjunto de elementos, la protección no se extenderá a los elementos contenidos en ella que sean de uso común o necesario en el comercio”.—Isela Chango Trejos, Registradora.—( IN2021580980 ).

Solicitud Nº 2021-0006570.—Francisco Saco Goudie, soltero, cédula de residencia N° 184000669030, con domicilio en Condominio Tenorio, casa 2, Mata Redonda, Sabana Oeste, Costa Rica, solicita la inscripción de: LUCHAS TENACES

como marca de servicios en clase 38. Internacional. Para proteger y distinguir lo siguiente: Telecomunicaciones, servicios de difusión de emisiones televisivas Reservas: Reserva tipo de letra Umbro 2. Fecha: 13 de agosto de 2021. Presentada el 19 de julio de 2021. San José. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. 13 de agosto de 2021. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley N° 7978. Esta solicitud se rige por el art. 28 de la Ley de Marcas Comerciales y Otros Signos Distintivos que indica “Cuando la marca consista en una etiqueta y otro signo compuesto por un conjunto de elementos, la protección no se extenderá a los elementos contenidos en ella que sean de uso común o necesario en el comercio”.—Pablo Andrés Sancho Calvo, Registrador.—( IN2021580981 ).

Solicitud N° 2021-0006571.—Francisco Manuel Saco Goudie, soltero, cédula de identidad N° 184000669030, con domicilio en Condominio Tenorio casa 2, Mata Redonda, Sabana Oeste, Costa Rica, solicita la inscripción de: Gelb-Hi Pictures

como marca de servicios, en clase(s): 41 internacional(es). Para proteger y distinguir lo siguiente: en clase 41: Producción de películas, audiovisuales y programas de televisión. Reservas: De los colores: azul ligero y la letra Cooper Black. Fecha: 13 de agosto del 2021. Presentada el: 19 de julio del 2021. San José: Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. 13 de agosto del 2021. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley N° 7978. Esta solicitud se rige por el art. 28 de la Ley de Marcas Comerciales y Otros Signos Distintivos que indica “Cuando la marca consista en una etiqueta y otro signo compuesto por un conjunto de elementos, la protección no se extenderá a los elementos contenidos en ella que sean de uso común o necesario en el comercio”.—Pablo Andrés Sancho Calvo, Registrador.—( IN2021580982 ).

Solicitud Nº 2021-0001729.—Fabiola Sáenz Quesada, divorciada, cédula de identidad N° 109530774, en calidad de apoderada especial de Inmobiliaria Pinula Sociedad Anónima con domicilio en diagonal 6, 12-42 Zona 10, edificio Design Center oficina 601, Ciudad de Guatemala, Guatemala, Guatemala, Guatemala, solicita la inscripción de: SENSATIONS SILUETA como marca de fábrica y comercio en clases: 3 y 5. Internacionales. Para proteger y distinguir lo siguiente: en clase 3: toallitas húmedas impregnadas de preparaciones de limpieza para higiene personal.; en clase 5: toallas sanitarias. Reservas: Reserva de utilizarlo en cualquier color, tamaño, sólo o acompañado de otras leyendas o frases, pudiendo ser reproducido por todos los medios que se estimen convenientes e ir impreso, gravado, o litografiado, adherido, estampado, fotografiado por cualquier medio conocido o por conocerse, en los productos que ampara o en las cajas, envoltorios o depósitos que los contengan, así como propaganda, etc. Fecha: 3 de marzo de 2021. Presentada el: 24 de febrero de 2021. San José. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. 3 de marzo de 2021. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978. Esta solicitud se rige por el art. 28 de la Ley de Marcas Comerciales y Otros Signos Distintivos que indica “Cuando la marca consista en una etiqueta y otro signo compuesto por un conjunto de elementos, la protección no se extenderá a los elementos contenidos en ella que sean de uso común o necesario en el comercio”.—Randall Abarca Aguilar, Registrador.—( IN2021580985 ).

Solicitud Nº 2021-0003983.—Lothar Volio Volkmer, casado una vez, cédula de identidad N° 109520932, en calidad de apoderado especial de 3AC Corporation, Inc, con domicilio en: Corregimiento Ciudad de Panamá, distrito Panamá, provincia Panamá, Panamá, solicita la inscripción de: JUST SAY WINGS

como marca de servicios en clase 43 internacional, para proteger y distinguir lo siguiente: servicios de restauración y alimentación, especializado en alitas. Fecha: 03 de septiembre de 2021. Presentada el: 04 de mayo de 2021. San José. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. 03 de septiembre de 2021. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978. Esta solicitud se rige por el art. 28 de la Ley de Marcas Comerciales y Otros Signos Distintivos que indica “Cuando la marca consista en una etiqueta y otro signo compuesto por un conjunto de elementos, la protección no se extenderá a los elementos contenidos en ella que sean de uso común o necesario en el comercio”.—Jamie Phillips Guardado, Registrador—( IN2021580987 ).

Solicitud Nº 2021-0003595.—Fabiola Sáenz Quesada, divorciada, abogada, cédula de identidad 109530774, en calidad de Apoderada Especial de Hardell Investments S. A., con domicilio en Torre MMG, piso 2, calle 53 este, Marbella, Panamá, solicita la inscripción de: telecable Lo tiene todo

como marca de servicios en clase: 38 Internacional para proteger y distinguir lo siguiente: Servicios de telecomunicaciones. Reservas: Reserva de utilizarlo en cualquier color, tamaño, sólo o acompañado de otras leyendas o frases, pudiendo ser reproducido por todos los medios que se estimen convenientes e ir impreso, gravado, o litografiado, adherido, estampado, fotografiado por cualquier medio conocido o por conocerse, en los productos que ampara o en las cajas, envoltorios o depósitos que los contengan, así como propaganda, etc. Fecha: 6 de agosto de 2021. Presentada el: 21 de abril de 2021. San José: Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. 6 de agosto de 2021. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978. Esta solicitud se rige por el art. 28 de la Ley de Marcas Comerciales y Otros Signos Distintivos que indica “Cuando la marca consista en una etiqueta y otro signo compuesto por un conjunto de elementos, la protección no se extenderá a los elementos contenidos en ella que sean de uso común o necesario en el comercio”.—Sabrina Loáiciga Pérez, Registradora.—( IN2021580988 ).

Solicitud Nº 2021-0005143.—Ricardo Cordero González, divorciado una vez, cédula de identidad N° 106950818, en calidad de apoderado generalísimo de Bread Frezer SRL, cédula jurídica N° 3102525336, con domicilio en Desamparados, San Rafael Arriba 200 sur, 100 oeste y 300 norte del Maxi Palí, Barrio Tolima en bodega de cemento color blanco con azul ubicado a mano izquierda., San José, Costa Rica, solicita la inscripción de: CORD

como marca de comercio en clase 30. Internacional. Para proteger y distinguir lo siguiente: Productos alimenticios de origen vegetal preparados para el consumo o la conserva, así como los coadyuvantes destinados a mejorar el gusto de los alimentos. Café, , cacao, azúcar, arroz, tapioca, sagú, sucedáneos de café harinas y preparaciones hechas de cereales, pan, pastelería y confitería, helados comestibles; miel, jarabe de melaza; levadura, polvos para hornear sal, mostaza; vinagre, salsas (condimentos); especias; hielo. Fecha: 06 de julio de 2021. Presentada el 08 de junio de 2021. San José. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. 06 de julio de 2021. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley N° 7978. Esta solicitud se rige por el art. 28 de la Ley de Marcas Comerciales y Otros Signos Distintivos que indica “Cuando la marca consista en una etiqueta y otro signo compuesto por un conjunto de elementos, la protección no se extenderá a los elementos contenidos en ella que sean de uso común o necesario en el comercio”.—Alex Villegas Méndez, Registrador.—( IN2021580990 ).

Solicitud Nº 2021-0001728.—Fabiola Sáenz Quesada, mayor, divorciada, abogada, cédula de identidad N° 1953774, en calidad de apoderada especial de Inmobiliaria Pinula, Sociedad Anónima con domicilio en diagonal 6, 12-42 zona 10, Edificio Design Center oficina 601. Ciudad de Guatemala, Guatemala, Guatemala, Guatemala, solicita la inscripción de: ABX CLEAN EXPRESS como marca de fábrica y comercio en clase 3 internacional, para proteger y distinguir lo siguiente: en clase 3: Productos cosméticos y preparaciones de tocador no medicinales;dentífricos no medicinales; productos de perfumería, aceites esenciales; preparaciones para blanquear y otras sustancias para lavar la ropa; preparaciones para limpiar, pulir, desengrasar y raspar. Reservas: Reserva de utilizarlo en cualquier color, tamaño, sólo o acompañado de otras leyendas o frases, pudiendo ser reproducido por todos los medios que se estimen convenientes e ir impreso, gravado, o litografiado, adherido, estampado, fotografiado por cualquier medio conocido o por conocerse, en los productos que ampara o en las cajas, envoltorios o depósitos que los contengan, así como propaganda, etc. Fecha: 03 de marzo de 2021. Presentada el: 24 de febrero de 2021. San José. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. 03 de marzo de 2021. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978. Esta solicitud se rige por el art. 28 de la Ley de Marcas Comerciales y Otros Signos Distintivos que indica “Cuando la marca consista en una etiqueta y otro signo compuesto por un conjunto de elementos, la protección no se extenderá a los elementos contenidos en ella que sean de uso común o necesario en el comercio”.—Randall Abarca Aguilar, Registrador.—( IN2021580993 ).

Solicitud 2021-0001730.—Fabiola Sáenz Quesada, divorciada, cédula de identidad 109530774, en calidad de apoderado especial de Inmobiliaria Pinula, Sociedad Anónima con domicilio en diagonal 6, 12-42 zona 10, edificio Design Center oficina 601. Ciudad de Guatemala, Guatemala, Guatemala, Guatemala, solicita la inscripción de: ABX MAGIC WIPES como marca de fábrica y comercio en clase(s): 3. Internacional(es). Para proteger y distinguir lo siguiente: en clase 3: toallitas para bebés impregnadas de preparaciones de limpieza Reservas: Reserva de utilizarlo en cualquier color, tamaño, sólo o acompañado de otras leyendas o frases, pudiendo ser reproducido por todos los medios que se estimen convenientes e ir impreso, gravado, o litografiado, adherido, estampado, fotografiado por cualquier medio conocido o por conocerse, en los productos que ampara o en las cajas, envoltorios o depósitos que los contengan, así como propaganda, etc. Fecha: 3 de marzo de 2021. Presentada el: 24 de febrero de 2021. San José: Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. 3 de marzo de 2021. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978. Esta solicitud se rige por el art. 28 de la Ley de Marcas Comerciales y Otros Signos Distintivos que indica “Cuando la marca consista en una etiqueta y otro signo compuesto por un conjunto de elementos, la protección no se extenderá a los elementos contenidos en ella que sean de uso común o necesario en el comercio”.—Randall Abarca Aguilar, Registrador.—( IN2021580995 ).

Solicitud Nº 2021-0007321.—Rodolfo Carboni Álvarez, divorciado, cédula de identidad N° 302630098, en calidad de apoderado generalísimo de Lisan Sociedad Anónima, cédula jurídica N° 3-101-039877 con domicilio en Barrio El Dorado en Zona Industrial de Curridabat, 500 metros al oeste de Café Volio, distrito primero (Curridabat), cantón (Curridabat), San José, Costa Rica, solicita la inscripción de: LISANATURA como marca de fábrica en clase: 3. Internacional. Para proteger y distinguir lo siguiente: en clase 3: Productos cosméticos y preparaciones de tocador no medicinales; dentífricos no medicinales; productos de perfumería, aceites esenciales. Fecha: 2 de setiembre de 2021. Presentada el: 12 de agosto de 2021. San José. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. 2 de septiembre de 2021. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978. Esta solicitud se rige por el art. 28 de la Ley de Marcas Comerciales y Otros Signos Distintivos que indica “Cuando la marca consista en una etiqueta y otro signo compuesto por un conjunto de elementos, la protección no se extenderá a los elementos contenidos en ella que sean de uso común o necesario en el comercio”.—Grettel Solís Fernández, Registradora.—( IN2021580996 ).

Solicitud 2021-0007537.—Jorge Rojas Vargas, casado una vez, cédula de identidad 203100070, con domicilio en Alajuela Avenida Central calles once y trece, casa de portón, Costa Rica, solicita la inscripción de: A L ACTIO LEGIS

como nombre comercial en clase(s): Internacional(es). Para proteger y distinguir lo siguiente: Un establecimiento comercial dedicado a servicios de abogacía y notariado. Ubicado en Alajuela, doscientos metros al este de la escuela Juan Rafael Meoño. Reservas: No se realiza reserva de colores Fecha: 30 de agosto de 2021. Presentada el: 20 de agosto de 2021. San José: Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. 30 de agosto de 2021. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978. Esta solicitud se rige por el art. 28 de la Ley de Marcas Comerciales y Otros Signos Distintivos que indica “Cuando la marca consista en una etiqueta y otro signo compuesto por un conjunto de elementos, la protección no se extenderá a los elementos contenidos en ella que sean de uso común o necesario en el comercio”.—Alex Villegas Méndez, Registrador.—( IN2021581023 ).

Solicitud Nº 2021-0004490.—Gerardo Enrique Bravo Durán, casado una vez, cédula de identidad N° 107480523 con domicilio en Cedros de Montes de Oca, 75 mts. este de la Universidad blica, Costa Rica, solicita la inscripción de: molle

como marca de fábrica en clases: 30 y 35. Internacionales. Para proteger y distinguir lo siguiente: en clase 30: Productos alimenticios de origen vegetal preparados para su consumo específicamente salsas, vinagre, salga inglesa, mostaza y siropes. En clase 35: Venta de salsas, vinagre, salga inglesa, mostaza y siropes. Reservas: De los colores rojo, blanco y gris. Fecha: 31 de agosto de 2021. Presentada el 19 de mayo de 2021. San José. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. 31 de agosto de 2021. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley N° 7978. Esta solicitud se rige por el art. 28 de la Ley de Marcas Comerciales y Otros Signos Distintivos que indica “Cuando la marca consista en una etiqueta y otro signo compuesto por un conjunto de elementos, la protección no se extenderá a los elementos contenidos en ella que sean de uso común o necesario en el comercio”.—Sabrina Loáiciga Pérez, Registradora.—( IN2021581068 ).

Solicitud Nº 2021-0007625.—Mariela Medina Montero, casada una vez, cédula de identidad N° 111650308, con domicilio en Moravia San Vicente Condominios Catleya Nº 2, Costa Rica, solicita la inscripción de: Let´s grow ¡ Creciendo juntos!,

como marca de comercio y servicios en clases 28 y 41 Internacionales. Para proteger y distinguir lo siguiente: en clase 28: Juegos y juguetes.; en clase 41: Educación, formación, entretenimiento, actividades culturales. Fecha: 01 de setiembre del 2021. Presentada el 24 de agosto del 2021. San José. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. 01 de setiembre del 2021. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley N° 7978. Esta solicitud se rige por el art. 28 de la Ley de Marcas Comerciales y Otros Signos Distintivos que indica “Cuando la marca consista en una etiqueta y otro signo compuesto por un conjunto de elementos, la protección no se extenderá a los elementos contenidos en ella que sean de uso común o necesario en el comercio”.—Ivonne Mora Ortega, Registradora.—( IN2021581077 ).

Solicitud Nº 2021-0006032.—Jacqueline Mora Quirós, casada una vez, cédula de identidad N° 110600659, con domicilio en: San Antonio de Coronado, Urbanización Santa Teresita, casa número 28, Costa Rica, solicita la inscripción de: M MORUX ARQUITECTURA CONSULTORÍA EN PROYECTOS

como marca de servicios en clase 42 internacional, para proteger y distinguir lo siguiente: servicios de arquitectura y planificación urbana, diseño arquitectónico, peritajes, inspecciones arquitectónicas de bienes inmuebles, informes, planos de construcción, planos de permisos institucionales, asesoría en arquitectura. Reserva: los colores morado y gris. Fecha: 27 de agosto de 2021. Presentada el: 01 de julio de 2021. San José. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. 27 de agosto de 2021. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978. Esta solicitud se rige por el art. 28 de la Ley de Marcas Comerciales y Otros Signos Distintivos que indica “Cuando la marca consista en una etiqueta y otro signo compuesto por un conjunto de elementos, la protección no se extenderá a los elementos contenidos en ella que sean de uso común o necesario en el comercio”.—Adriana Bolaños Guido, Registrador(a).—( IN2021581082 ).

Solicitud Nº 2021-0007559.—Alexandra Calvo Arce, soltera, cédula de identidad 111370487, con domicilio en Chirraca de Acosta, Barrio San Martín 2 casa blanca, Costa Rica, solicita la inscripción de: COSMETICA Belli NATURAL,

como marca de fábrica y comercio en clase(s): 3 internacional(es), para proteger y distinguir lo siguiente: en clase 3: Cosméticos y jabones natural. Fecha: 30 de agosto del 2021. Presentada el: 20 de agosto del 2021. San José: Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. 30 de agosto del 2021. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978. Esta solicitud se rige por el art. 28 de la Ley de Marcas Comerciales y Otros Signos Distintivos que indica “Cuando la marca consista en una etiqueta y otro signo compuesto por un conjunto de elementos, la protección no se extenderá a los elementos contenidos en ella que sean de uso común o necesario en el comercio”.—Ginna Aguilar Madriz, Registradora.—( IN2021581101 ).

Solicitud Nº 2021-0005128.—María Gabriela Miranda Urbina, casada, cédula de identidad N° 111390272, en calidad de apoderado especial de Eurofarma Guatemala S.A., con domicilio en: kilómetro 16.5 carretera a El Salvador, cruce a Llanos de Arrazola, Fraijanes, Guatemala, solicita la inscripción de: LUCA, como marca de fábrica y comercio en clase 5 internacional, para proteger y distinguir lo siguiente: producto farmacéutico para el tratamiento de rinitis, cuyo principio activo es Levocetirizina y Montelukast. Fecha: 11 de junio de 2021. Presentada el: 07 de junio de 2021. San José. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. 11 de junio de 2021. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978. Esta solicitud se rige por el art. 28 de la Ley de Marcas Comerciales y Otros Signos Distintivos que indica “Cuando la marca consista en una etiqueta y otro signo compuesto por un conjunto de elementos, la protección no se extenderá a los elementos contenidos en ella que sean de uso común o necesario en el comercio”.—Ginna Aguilar Madriz, Registradora.—( IN2021581105 ).

Solicitud Nº 2021-0001874.—Diana Echeverría Quirós, soltera, cédula de identidad N° 112660949, en calidad de apoderada generalísima de Espacio Cinco EC Sociedad Anónima, cédula jurídica N° 3101693987, con domicilio en Pavas, Rohrmoser, de los semáforos de plaza mayor, 100 oeste, 50 norte y 75 oeste, edificio de ladrillos con portón café, San José, Costa Rica, solicita la inscripción de: wildM MERMELADA LOCAL Y TROPICAL

como marca de comercio en clase: 29. Internacional. Para proteger y distinguir lo siguiente: en clase 29: Jaleas, confituras y compotas. Reservas: De los colores; café, naranja, blanco. Fecha: 26 de agosto de 2021. Presentada el: 1 de marzo de 2021. San José. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. 26 de agosto de 2021. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978. Esta solicitud se rige por el art. 28 de la Ley de Marcas Comerciales y Otros Signos Distintivos que indica “Cuando la marca consista en una etiqueta y otro signo compuesto por un conjunto de elementos, la protección no se extenderá a los elementos contenidos en ella que sean de uso común o necesario en el comercio.—Ildreth Araya Mesén, Registradora.—( IN2021581191 ).

Cambio de Nombre 143015

Que María Gabriela Miranda Urbina, casada, cédula de identidad 111390272, en calidad de apoderado especial de Eurofarma Guatemala S. A., solicita a este Registro se anote la inscripción de Cambio de Nombre de Laboratorios Productos Industriales S. A. por el de Eurofarma Guatemala S. A., presentada el día 11 de mayo del 2021 bajo expediente 143015. El nuevo nombre afecta a las siguientes marcas: 2001- 0005319 Registro 131526 LAPRIGEL en clase(s) 3 Marca Denominativa. Publicar en La Gaceta Oficial por única vez, de conformidad con el artículo 32 de la Ley 7978. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978.—Ivonne Mora Ortega, Registradora.—1 vez.—( IN2021581106 ).

Cambio de Nombre Nº 143022

Que María Gabriela Miranda Urbina, casada, cédula de identidad 111390272, en calidad de apoderado especial de Eurofarma Guatemala S.A., solicita a este Registro se anote la inscripción de cambio de nombre de LABORATORIOS PRODUCTOS INDUSTRIALES S. A., cédula jurídica 3-0012-381937 por el de EUROFARMA GUATEMALA S.A., presentada el día 11 de mayo del 2021 bajo expediente N° 143022. El nuevo nombre afecta a las siguientes marcas: 2006-0003887. Registro Nº 162590 LAPRIN STAFF en clase(s) 5 Marca Denominativa. Publicar en La Gaceta Oficial por única vez, de conformidad con el artículo 32 de la Ley Nº 7978. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978.—Ivonne Mora Ortega, Registradora.—1 vez.—( IN2021581107 ).

Cambio de Nombre Nº 143023

Que María Gabriela Miranda Urbina, casada, cédula de identidad N° 111390272, en calidad de apoderado especial de Eurofarma Guatemala S.A., solicita a este Registro se anote la inscripción de Cambio de Nombre de Laboratorios Productos Industriales S.A., cédula jurídica N° 3-012-381937 por el de Eurofarma Guatemala S.A., presentada el día 11 de mayo del 2021 bajo expediente N° 143023. El nuevo nombre afecta a las siguientes marcas: 2006-0001123 Registro Nº 159908 LAPRIN SPASMOTEN en clase(s) 5 Marca Denominativa. Publicar en La Gaceta Oficial por única vez, de conformidad con el artículo 32 de la Ley Nº 7978. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978.—Ivonne Mora Ortega, Registradora.—1 vez.—( IN2021581108 ).

Cambio de Nombre N° 143024

Que María Gabriela Miranda Urbina, casada, cédula de identidad N° 111390272, en calidad de apoderado especial de Eurofarma Guatemala S. A., solicita a este Registro se anote la inscripción de cambio de nombre de Laboratorios Productos Industriales S. A., cédula jurídica N° 3-012-381937, por el de Eurofarma Guatemala S. A., presentada el día 11 de mayo del 2021, bajo expediente N° 143024. El nuevo nombre afecta a las siguientes marcas: 2006-0003284 Registro N° 162660 LAPRIN REGUTOL en clase(s) 5 marca denominativa. Publicar en La Gaceta Oficial por única vez, de conformidad con el artículo 32 de la Ley N° 7978. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley N° 7978.—Ivonne Mora Ortega, Registrador(a).—1 vez.—( IN2021581109 ).

Cambio de Nombre Nº 143025

Que María Gabriela Miranda Urbina, casada, cédula de identidad 111390272, en calidad de apoderada especial de Eurofarma Guatemala S. A., solicita a este Registro se anote la inscripción de cambio de nombre de Laboratorios Productos Industriales, S. A., cédula jurídica 3-012-381937 por el de Eurofarma Guatemala S. A., presentada el día 11 de mayo del 2021 bajo expediente 143025. El nuevo nombre afecta a las siguientes marcas: 2005-0009858, Registro Nº 160131 LAPRIN MESINDOL en clase(s) 5 Marca Denominativa. Publicar en La Gaceta Oficial por única vez, de conformidad con el artículo 32 de la Ley Nº 7978. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978.—Ivonne Mora Ortega, Registradora.—1 vez.—( IN2021581110 )

Cambio de Nombre Nº 143013

Que María Gabriela Miranda Urbina, cédula de identidad N° 111390272, en calidad de apoderada especial de Eurofarma Guatemala S. A., solicita a este Registro se anote la inscripción de Cambio de Nombre de Laboratorios Productos Industriales S. A. por el de Eurofarma Guatemala S. A., presentada el día 11 de mayo del 2021 bajo expediente 143013. El nuevo nombre afecta a las siguientes marcas: 1992-0001774 Registro Nº 82112 LAPRIBACTER en clase 5 Marca Denominativa. Publicar en La Gaceta Oficial por única vez, de conformidad con el artículo 32 de la Ley Nº 7978. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978.—Ivonne Mora Ortega, Registradora.—1 vez.—( IN2021581111 ).

Cambio de Nombre N° 143012

Que María Gabriela Miranda Urbina, casada, cédula de identidad 111390272, en calidad de Apoderado Especial de Eurofarma Guatemala S. A., solicita a este Registro se anote la inscripción de cambio de nombre de Laboratorios Productos Industriales Sociedad Anónima por el de Eurofarma Guatemala S. A., presentada el día 11 de mayo del 2021 bajo expediente 143012. El nuevo nombre afecta a las siguientes marcas: 2010-0006864. Registro Nº 209068 LAPRICOL en clase 5 Marca Denominativa. Publicar en La Gaceta Oficial por única vez, de conformidad con el artículo 32 de la Ley Nº 7978. A efectos de publicación, tengase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978.—Ivonne Mora Ortega, Registradora.—1 vez.—( IN2021581112 ).

Cambio de Nombre Nº 143014

Que María Gabriela Miranda Urbina, casada, cédula de identidad 111390272, en calidad de apoderado especial de Eurofarma Guatemala S. A., solicita a este Registro se anote la inscripción de cambio de nombre de LABORATORIOS PRODUCTOS INDUSTRIALES S. A. por el de EUROFARMA GUATEMALA S. A., presentada el día 11 de mayo del 2021 bajo expediente N° 143014. El nuevo nombre afecta a las siguientes marcas: 2004-0008945 Registro Nº 154681 EVOLUTION JUVIT E en clase(s) 3 Marca Mixto. Publicar en La Gaceta Oficial por única vez, de conformidad con el artículo 32 de la Ley Nº 7978. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978.—Ivonne Mora Ortega, Registrador(a).—1 vez.—( IN2021581114 ).

Cambio de Nombre N° 143020

Que María Gabriela Miranda Urbina, casada, cédula de identidad N° 111390272, en calidad de apoderado especial de Eurofarma Guatemala S. A., solicita a este Registro se anote la inscripción de cambio de nombre de Laboratorios Productos Industriales S. A., por el de Eurofarma Guatemala S. A., presentada el día 11 de mayo del 2021, bajo expediente N° 143020. El nuevo nombre afecta a las siguientes marcas: 2013-0009737 Registro N° 237023 LEPTICO en clase(s) 5 marca denominativa. Publicar en La Gaceta Oficial por única vez, de conformidad con el artículo 32 de la Ley 7978. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley N° 7978.—Ivonne Mora Ortega, Registrador(a).—1 vez.—( IN2021581115 ).

Cambio de Nombre 143026

Que María Gabriela Miranda Urbina, casada, cédula de identidad 111390272, en calidad de apoderado especial de Eurofarma Guatemala S. A., solicita a este Registro se anote la inscripción de Cambio de Nombre de Laboratorios Productos Industriales S. A. por el de Eurofarma Guatemala S. A., presentada el día 11 de mayo del 2021 bajo expediente 143026. El nuevo nombre afecta a las siguientes marcas: 2002- 0005968 Registro 144125 LAPRIN DICLOPRIN en clase(s) 5 Marca Denominativa. Publicar en La Gaceta Oficial por única vez, de conformidad con el artículo 32 de la Ley 7978. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978.—Ivonne Mora Ortega, Registradora.—1 vez.—( IN2021581116 ).

Cambio de Nombre 144258

Que Anel Aguilar Sandoval, soltera, cedula de identidad 113590010, en calidad de apoderado especial de Royal Bel Leerdammer B.V., solicita a este Registro se anote la inscripción de Cambio de Nombre de Bel Leerdammer B.V. por el de Royal Bel Leerdammer B.V., presentada el día 06 de Julio del 2021 bajo expediente 144258. El nuevo nombre afecta a las siguientes marcas: 2010- 0007004 Registro 210416 LEERDAMMER en clase(s) 29 Marca Denominativa. Publicar en La Gaceta Oficial por única vez, de conformidad con el artículo 32 de la Ley 7978. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978.—Rina Ruiz Mata, Registradora.—1 vez.—( IN2021581281 ).

Marcas de Ganado

Solicitud N° 2021-2305.—Ref: 35/2021/4788.— Gonzalo Ángel Alvarado Segura, cédula de identidad 5-0144-0023, solicita la inscripción de:

7  G

3

como marca de ganado, que usará preferentemente en Alajuela, Upala, San José, Santa Lucia, frente a la parada de buses. Presentada el 31 de agosto del 2021. Según el expediente N° 2021-2305 Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los 10 días hábiles contados a partir de la publicación de este edicto.—Karol Claudel Palma, Registradora.—1 vez.—( IN2021580907 ).

Solicitud N° 2021-2322.—Ref: 35/2021/4808.—Alexander Siles Navarro, cédula de identidad N° 602360531, en calidad de apoderado generalísimo de Excavaciones Siles Navarro Sociedad Anónima, cédula jurídica N° 3101230105, solicita la inscripción de: AMV como marca de ganado, que usará preferentemente en Limón, Pococí, Cariari, El Ceibo, de la Escuela El Ceibo, ochocientos metros al noroeste. Presentada el 01 de septiembre del 2021. Según el expediente N° 2021-2322. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los 10 días hábiles contados a partir de la publicación de este edicto.—Randall Abarca Aguilar, Registrador.—1 vez.—( IN2021581024 ).

Solicitud Nº 2021-1992.—Ref.: 35/2021/4505.—Luz María Del Carmen Murillo Chaves, cédula de identidad 6-0081-0327, solicita la inscripción de: LM, como marca de ganado, que usará preferentemente en Alajuela, San Carlos, Fortuna, Asentamiento Zeta Trece, frente al acueducto. Presentada el 28 de julio del 2021. Según el expediente Nº 2021-1992. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los 10 días hábiles contados a partir de la publicación de este edicto.—Karol Claudel Palma, Registradores.—1 vez.—( IN2021581052 ).

Solicitud Nº 2021-2150. Ref.: 35/2021/4842.—Ramon Gerardo del Carmen Rodríguez Aguilar, cédula de identidad N° 5-0158-0652, solicita la inscripción de:

2   W 

 P

como marca de ganado, que usara preferentemente en Guanacaste, Hojancha, Monte Romo, de la iglesia católica cien metros este. Presentada el 13 de agosto del 2021, según el expediente Nº 2021-2150. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los 10 días hábiles contados a partir de la publicación de este edicto.—Karol Claudel Palma, Registradores.—1 vez.—( IN2021581098 ).

REGISTRO DE PERSONAS JURÍDICAS

Asociaciones Civiles

El Registro de Personas Jurídicas, ha recibido para su inscripción la Reforma del estatuto de la persona jurídica cédula: 3-002-223599, denominación: Asociación Especifica del Acueducto de Macho Gaff el Canon y la Damita del Guarco De Cartago. Por cuanto dicha reforma cumple con lo exigido por la Ley 218 del 08/08/1939, y sus reformas. Se emplaza por 15 días hábiles a partir de esta publicación a cualquier interesado para que formule reparos a la inscripción en trámite. Documento tomo: 2021 asiento: 490529.—Registro Nacional, 31 de agosto del 2021.—Licda. Yolanda Víquez Alvarado.—1 vez.—( IN2021580830 ).

El Registro de Personas Juridicas, ha recibido para su inscripcion el Estatuto de la entidad: Federación Agroindustrial de Asociaciones Agropecuarias, con domicilio en la provincia de: Alajuela, San Carlos, cuyos fines principales, entre otros son los siguientes: Promover y facilitar entre sus asociados el intercambio de conocimientos y experiencias relativas de las diferentes ramas de la industria agropecuaria. Promover la investigación y difusión de conocimientos relativos a la producción agropecuaria. Promover el análisis y desarrollo e impulso de propuestas innovadoras para toda la producción agropecuaria. Promover congresos seminarios o convenciones que agrupen productores del sector agropecuario. Cuyo representante, sera el presidente: Pablo de Los Ángeles Villegas Céspedes, con las facultades que establece el estatuto. Por encontrarse dicha entidad dentro de las prescripciones establecidas en la Ley Nº 218 del 08/08/1939, y sus reformas. Se emplaza por 15 días hábiles a partir de esta publicación a cualquier interesado para que formule reparos a la inscripción en trámite. Documento Tomo: 2021 Asiento: 400668 con adicional(es) Tomo: 2021 Asiento: 553718.—Registro Nacional, 02 de setiembre de 2021.—Licda. Yolanda Víquez Alvarado.—1 vez.—( IN2021580928 ).

El Registro de Personas Jurídicas, ha recibido para su inscripción la Reforma del estatuto de la persona jurídica cédula: 3-002-123719, denominación: Asociación Ecológica Paquera Lepanto y Cóbano. Por cuanto dicha reforma cumple con lo exigido por la Ley Nº 218 del 08/08/1939, y sus reformas. Se emplaza por 15 días hábiles a partir de esta publicación a cualquier interesado para que formule reparos a la inscripción en trámite. Documento Tomo: 2021 Asiento: 375167 con adicional(es) Tomo: 2021 Asiento: 565718.—Registro Nacional, 07 de septiembre de 2021.—Licda. Yolanda Víquez Alvarado.—1 vez.—( IN2021580943 ).

El Registro de Personas Jurídicas, ha recibido para su inscripción el Estatuto de la entidad: Asociación Club de Bordado de Costa Rica, con domicilio en la provincia de: San José-Santa Ana, cuyos fines principales, entre otros son los siguientes: Promover el ejercicio del bordado, para lo cual podrá realizar eventos, actividades y participaciones para miembros y externos. Cuyo representante, será el presidente: Nelly Priscila Maroto Murillo, con las facultades que establece el estatuto. Por encontrarse dicha entidad dentro de las prescripciones establecidas en la Ley Nº 218 del 08/08/1939, y sus reformas. Se emplaza por 15 días hábiles a partir de esta publicación a cualquier interesado para que formule reparos a la inscripción en trámite. Documento Tomo: 2021 Asiento: 337712 con adicional(es) Tomo: 2021 Asiento: 493319.—Registro Nacional, 16 de agosto de 2021.—Lic. Henry Jara Solís.—1 vez.—( IN2021580951 ).

El Registro de Personas Jurídicas, ha recibido para su inscripción el Estatuto de la entidad: Asociación Fashion with Heart CRMM, con domicilio en la provincia de: San José-Curridabat, cuyos fines principales entre otros son los siguientes: Mejorar, facilitar y promover una vida más digna e integral., de la población en alto riego, de cualquier edad y condición, proporcionándoles prendas de vestir de primera calidad fabricadas en Costa Rica logrando así un empoderamiento en los individuos que dé como resultado el acceso a mayores oportunidades de crecimiento y desarrollo. este propósito se cumple basado en la psicología del vestir, a través de programas... Cuyo representante, será el presidente: Yeison Alejandro Vargas Casasola, con las facultades que establece el estatuto. Por encontrarse dicha entidad dentro de las prescripciones establecidas en la Ley No. 218 del 08/08/1939, y sus reformas. Se emplaza por 15 días hábiles a partir de esta publicación a cualquier interesado para que formule reparos a la inscripción en trámite. Documento tomo: 2021 asiento: 302684.—Registro Nacional, 16 de agosto de 2021.—Licda. Yolanda Víquez Alvarado.—1 vez.—( IN2021581019 ).

El Registro de Personas Jurídicas, ha recibido para su inscripción el Estatuto de la entidad: Asociación Cristiana Comunidad Home, con domicilio en la provincia de: Heredia-Santo Domingo, cuyos fines principales, entre otros son los siguientes: comunicar la palabra de dios. promover trabajo social, comunitario y educativo con la niñez, juventud, mujeres y hombres. incorporar nuevos asociados a la comunidad de dios. implementar programas de desarrollo artístico y cultural. Cuyo representante, será el presidente: Jeremy Alonso Quirós Centeno, con las facultades que establece el estatuto. Por encontrarse dicha entidad dentro de las prescripciones establecidas en la Ley 218 del 08/08/1939, y sus reformas. Se emplaza por 15 días hábiles a partir de esta publicación a cualquier interesado para que formule reparos a la inscripción en trámite. Documento tomo: 2021 asiento: 378351.—Registro Nacional, 02 de setiembre del 2021.—Licda. Yolanda Víquez Alvarado.—1 vez.—( IN2021581037 ).

El Registro de Personas Jurídicas, ha recibido para su inscripción el Estatuto de la entidad: Asociación Multiétnica y Pluricultural de Buenos Aires AMPBA, con domicilio en la provincia de: Puntarenas, Buenos Aires. Cuyos fines principales, entre otros son los siguientes: Coordinar, preparar, dirigir e informar sobre cursos, conferencias y cualquier otra forma que permita educar a los asociados y miembros de la comunidad en temas de salud, derechos fundamentales, derechos humanos, aspectos sociales, culturales, finanzas sanas y normativa nacional e internacional de interés para los asociados y la comunidad. Cuyo representante, será el presidente: Gonzalo Peraza Agüero, con las facultades que establece el estatuto. Por encontrarse dicha entidad dentro de las prescripciones establecidas en la Ley Nº 218 del 08 de agosto de 1939, y sus reformas. Se emplaza por 15 días hábiles a partir de esta publicación a cualquier interesado para que formule reparos a la inscripción en trámite. Documento: tomo: 2021, asiento: 515102.—Registro Nacional, 07 de septiembre del 2021.—Licda. Yolanda Víquez Alvarado.—1 vez.—( IN2021581187 ).

De conformidad con lo establecido en el artículo 7 de la Ley del Impuesto a las Personas Jurídicas, N° 9428, el Registro de Personas Jurídicas da a conocer que las siguientes entidades:

INVERSIONES C.R.E. DOS MIL SOCIEDAD ANÓNIMA

3101655284

BODEGAS EUROPEAS SOCIEDAD ANÓNIMA

3101655285

HOSPITIUM ET NATURA SOCIEDAD ANÓNIMA

3101655289

CONSTRUCTORA GONZÁLEZ Y GONZÁLEZ SOCIEDAD ANÓNIMA

3101655300

RENTA TRANSPORTES SOCIEDAD ANÓNIMA

3101655304

MENSAJERÍA EXTERNA MENEX SOCIEDAD ANÓNIMA

3101655336

DCDD DISEÑO CASA DE DIOS SOCIEDAD ANÓNIMA

3101655351

CONCRETO LA FLORIDA SOCIEDAD ANÓNIMA

3101655353

VERDI’S VINEYARD SOCIEDAD ANÓNIMA

3101655364

NAISHA IRAZÚ SOCIEDAD ANÓNIMA

3101655370

BTL PROACTIVO INC SOCIEDAD ANÓNIMA

3101655375

DISBEL INTERNACIONAL SOCIEDAD ANÓNIMA

3101655378

CORPORACIÓN PROVITAK BFFJ SOCIEDAD ANÓNIMA

3101655388

JASA Y ASOCIADOS SOCIEDAD ANÓNIMA

3101655402

MOVIMIENTOS DE TIERRA EL CAMINO SOCIEDAD ANÓNIMA

3101655409

MONTES DE SANTO DOMINGO SOCIEDAD ANÓNIMA

3101655428

GARDENS MAINTENANCE CLC SOCIEDAD ANÓNIMA

3101655433

HERMANOS JENKINS MONGE SOCIEDAD ANÓNIMA

3101655438

TRISKEL CONSULTORES TC SOCIEDAD ANÓNIMA

3101655440

3-101-655442 SOCIEDAD ANÓNIMA

3101655442

PLAYA ZOLOTO SOCIEDAD ANÓNIMA

3101655469

TIERRA FUERTE INVESTIMENT GROUP SOCIEDAD ANÓNIMA

3101655495

MEGA EVENTO P Y C DEL ESTE SOCIEDAD ANÓNIMA

3101655505

GRUPO BJ SEGURDIAD PRIVADA SOCIEDAD ANÓNIMA

3101655511

LEGUMBRES DE ORO SOCIEDAD ANÓNIMA

3101655515

EXCURSIONES TITA FAMILIA MEJÍA DIAZ SOCIEDAD ANÓNIMA

3101655521

ARIELMARI SOCIEDAD ANÓNIMA

3101655522

COFEE MOMO DE COSTA RICA SOCIEDAD ANÓNIMA

3101655536

CENTRO SUR HOLDING SOCIEDAD ANÓNIMA

3101655539

CJJ MADRIGALES SOCIEDAD ANÓNIMA

3101655574

EASTERN DEVELOPMENTS SOCIEDAD ANÓNIMA

3101655587

KPM INTERNACIONAL (COSTA RICA) SOCIEDAD ANÓNIMA

3101655591

RED VELVET, SOCIEDAD ANÓNIMA

3101655598

3-101-655667 SOCIEDAD ANÓNIMA

3101655667

VILLA ESTERA SOCIEDAD ANÓNIMA

3101655675

SERVICIOS DE CABLEADO RIVERA SERCARI SOCIEDAD ANÓNIMA

3101655683

SABOR Y SAZÓN GOURMET SOCIEDAD ANÓNIMA

3101655721

CONSTRUCTORA ÁLVAREZ MADRIGAL A. M. SOCIEDAD ANÓNIMA

3101655728

WANDERLAND SOCIEDAD ANÓNIMA

3101655738

LA CLAQUETA SOCIEDAD ANÓNIMA

3101655742

E Y S CONSTRUCCION RED SOCIEDAD ANÓNIMA

3101655757

FC SPORTS CAPITAL & MANAGEMENT SOCIEDAD ANÓNIMA

3101655764

CONTABILIDAD VILLADOR SOCIEDAD ANÓNIMA

3101655765

SECTION SIX THREE MEDIA SOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD LIMITADA

3101655787

XIANG YUI DE COSTA RICA SOCIEDAD ANÓNIMA

3101655794

GRUPO LOS CINCO MEDI-ON-CALL SOCIEDAD ANÓNIMA

3101655817

GUSAAC LIVA L.L. SOCIEDAD ANÓNIMA

3101655821

MASTERFORCE SERVICES INC SOCIEDAD ANÓNIMA

3101655860

IT REVOLUTIONS CONSULTING SOCIEDAD ANÓNIMA

3101655863

3-101-655883 SOCIEDAD ANÓNIMA

3101655883

INSTITUTO DE INGLÉS Y CÓMPUTO ONCE DE ABRIL SOCIEDAD ANÓNIMA

3101655891

GRANJA PORCINA INVERSIONES SAN ANTONIO SOCIEDAD ANÓNIMA

3101655895

MAR AZUL INTERNACIONAL BARVA MAIB SOCIEDAD ANÓNIMA

3101655903

PLAZA SANTO DOMINGO DISTINGUIDA SOCIEDAD ANÓNIMA

3101655911

PLAZA SANTO DOMINGO ELEGANTE SOCIEDAD ANÓNIMA

3101655913

ART SOLUCIONES CONSTRUCTIVAS SOCIEDAD ANÓNIMA

3101655942

COSTA RICAN ROUTES SOCIEDAD ANÓNIMA

3101655951

OLEIFERA GENE TECHNOLOGY S A OGT PAN SOCIEDAD ANÓNIMA

3101655957

SLW LOGISTICS SOCIEDAD ANÓNIMA

3101655958

JAVAJIG COFFEE SOCIEDAD ANÓNIMA

3101655961

INSTALACIONES BETANCO SOCIEDAD ANÓNIMA

3101655972

TECNOLOGÍA GAVIC F M SOCIEDAD ANÓNIMA

3101655985

PERSONA CONSULTING DE SAN JOSÉ SOCIEDAD ANÓNIMA

3101655991

3-101-655993 SOCIEDAD ANÓNIMA

3101655993

INVERSIONS EL RANCHO BRIBRÍ SOCIEDAD ANÓNIMA

3101656002

GLOBAL CARGO LOGISTICS SOLUTIONS SOCIEDAD ANÓNIMA

3101656010

INSTITUTO NACIONAL TÉCNICO INATEC SOCIEDAD ANÓNIMA

3101656018

SECOPECO SERVICIOS DE CONTRATACIÓN DE PERSONAL Y ALQUILER DE EQUIPO DE CÓMPUTO SOCIEDAD ANÓNIMA

3101656022

3-101-656033SOCIEDAD ANÓNIMA

3101656033

ULUWATU SOCIEDAD ANÓNIMA

3101656038

DIPROVE G.V.B.M. SOCIEDAD ANÓNIMA

3101656044

CORPORACIÓN JOIFA SOCIEDAD ANÓNIMA

3101656045

3-101-656058 SOCIEDAD ANÓNIMA

3101656058

CORPORACIÓN DYMAT SOCIEDAD ANÓNIMA

3101656064

LINK’S GROUP CR SOCIEDAD ANÓNIMA

3101656069

COMPAÑÍA SST SOCIEDAD ANÓNIMA

3101656104

COMPAÑÍA OBUCH SANCHO SOCIEDAD ANÓNIMA

3101656119

CORPORACIÓN SOLARI Y GADEA INTERNACIONAL SOCIEDAD ANÓNIMA

3101656147

PRODUCTOS AGROQUÍMICOS EL YAS SOCIEDAD ANÓNIMA

3101656151

PRODUCTOS QUÍMICOS PARA USTED SOCIEDAD ANÓNIMA

3101656154

FH LEGAL SOCIEDAD ANÓNIMA

3101656158

BRITISH AMERICAN SHIPPING OF COSTA RICA SOCIEDAD ANÓNIMA

3101656224

ZETA TRADER INVESTMENTS SOCIEDAD ANÓNIMA

3101656230

CORPORACIÓN VALLE CARALIE SOCIEDAD ANÓNIMA

3101656234

PRODUCTOS QUÍMICOS PARA EL VALLE SOCIEDAD ANÓNIMA

3101656236

POLYONE COSTA RICA SOCIEDAD ANÓNIMA

3101656237

TRANSPORTES ÁVILA HIDALGO SOCIEDAD ANÓNIMA

3101656250

FRUIT FACTORY CORPORATION SOCIEDAD ANÓNIMA

3101656262

3-101-656267 SOCIEDAD ANÓNIMA

3101656267

LOMAS DE VITACURA SOCIEDAD ANÓNIMA

3101656274

M.R&E MANTIS SEGURIDAD SOCIEDAD ANÓNIMA

3101656285

SERVICIOS DE SEGURIDAD PRIVADA TOTAL TARRAZÚ SOCIEDAD ANÓNIMA

3101656297

EL AROMA DE LAS HELICONIAS SOCIEDAD ANÓNIMA

3101656325

SERVICIO AUTOMOTRIZ DMG SOCIEDAD ANÓNIMA

3101656353

TE CON SALAD SOCIEDAD ANÓNIMA

3101656357

3-101-656363 SOCIEDAD ANÓNIMA

3101656363

CORPORACIÓN INTEGRAL STAHL SOCIEDAD ANÓNIMA

3101656381

CORPORACIÓN ODONTOLÓGICA MÓVIL SOCIEDAD ANÓNIMA

3101656388

HERSA PROPIEDADES SAN FRANCISCO SOCIEDAD ANÓNIMA

3101656390

KRON CIENTÍFICA E INDUSTRIAL SOCIEDAD ANÓNIMA

3101656393

SERMETEC SOCIEDAD ANÓNIMA

3101656433

MOVEMENT ENGINEERING DE COSTA RICA SOCIEDAD ANÓNIMA

3101656443

DS RISK MANAGEMENT SERVICES SOCIEDAD ANÓNIMA

3101656444

CONSTRUCTORA SOL & ESCUDO SOCIEDAD ANÓNIMA

3101656449

SEGURIDAD GALATAS H.M.A. SOCIEDAD ANÓNIMA

3101656464

GRUPO BOME SOCIEDAD ANÓNIMA

3101656480

COSTA RICA STAND UP PADDLE ADVENTURES SOCIEDAD ANÓNIMA

3101656483

SUPERMERCADO VEINTICUATRO SIETE SOCIEDAD ANÓNIMA

3101656490

INVERSIONES PORKCHOP SOCIEDAD ANÓNIMA

3101656492

EL MANATI VERDE SOCIEDAD ANÓNIMA

3101656493

ALMA AUTOMOTRIZ SOCIEDAD ANÓNIMA

3101656506

GLOBAL TOURISM SYSTEM SOCIEDAD ANÓNIMA

3101656520

BLAST WIN SOCIEDAD ANÓNIMA

3101656567

CORPORACIÓN LIDERMAN SOCIEDAD ANÓNIMA

3101656587

WHITE FLAG PRODUCTIONS SOCIEDAD ANÓNIMA

3101656593

GSI MINING SYSTEMS SOCIEDAD ANÓNIMA

3101656596

CORPORACIÓN S AND G DE GRECIA SOCIEDAD ANÓNIMA

3101656598

LOBO & DIEZ SOCIEDAD ANÓNIMA

3101656603

LOS SONIDOS DEL CARACOL SOCIEDAD ANÓNIMA

3101656605

CENTRO GLOBAL DE VIDA SALUDABLE V S COSTA RICA SOCIEDAD ANÓNIMA

3101656606

3-101-656614 SOCIEDAD ANÓNIMA

3101656614

LA CARRETA FUTBOL CLUB SOCIEDAD ANÓNIMA

3101656618

GRUPO INMOBILIARIO A & V DE SANTA ANA SOCIEDAD ANÓNIMA

3101656625

PURE VIBES CAFÉ SOCIEDAD ANÓNIMA

3101656626

3-101-656632 SOCIEDAD ANÓNIMA

3101656632

MANANTIAL COSTA RICA SOCIEDAD ANÓNIMA

3101656637

SOLUCIONES INTEGRALES AGROECONÓMICAS FREDMAR DEL NORTE SOCIEDAD ANÓNIMA

3101656650

ARVALE SOCIEDAD ANÓNIMA

3101656655

3-101-656661 SOCIEDAD ANÓNIMA

3101656661

SERVICIOS LOGÍSTICOS DORSA SOCIEDAD ANÓNIMA

3101656692

GRAMA-TECH SOCIEDAD ANÓNIMA

3101656696

PARADIGMACR E-MODERNO SOCIEDAD ANÓNIMA

3101656700

MULTISERVICIOS FAROM SOCIEDAD ANÓNIMA

3101656713

BTV PROMOTION SOCIEDAD ANÓNIMA DEPORTIVA

3101656717

SUPLIDORA TÉCNICA GAMO SOCIEDAD ANÓNIMA

3101656718

CODICORAL A&R SOCIEDAD ANÓNIMA

3101656726

EXPORTADORA AGROINDUSTRIAL S.S.M. SOCIEDAD ANÓNIMA

3101656727

MULTINEGOCIOS MONSERRAT SOCIEDAD ANÓNIMA

3101656745

3-101-656752 SOCIEDAD ANÓNIMA

3101656752

3-101-656765 SOCIEDAD ANÓNIMA

3101656765

VIDRIOS Y MÁS SOCIEDAD ANÓNIMA

3101656768

TIERRA LIMPIA SOCIEDAD ANÓNIMA

3101656771

KAMAGURO SOCIEDAD ANÓNIMA

3101656773

D E C DESARROLLO ESTRUCTURAL Y CIVIL SOCIEDAD ANÓNIMA

3101656775

HISPANIA WORLD FOOD SOCIEDAD ANÓNIMA

3101656791

3-101-656794 SOCIEDAD ANÓNIMA

3101656794

MOTO MUNDO HNOS ARLEY SOCIEDAD ANÓNIMA

3101656797

GOLFSIDE GROUP SOCIEDAD ANÓNIMA

3101656800

COMPAÑÍA HIDROELÉCTRICA BELLA VISTA ORM SOCIEDAD ANÓNIMA

3101656817

ALRAY INVESTMENTS INC. SOCIEDAD ANÓNIMA

3101656819

PROTECTORA CDI SOCIEDAD ANÓNIMA

3101656820

COLUPANA EXPRESS SOCIEDAD ANÓNIMA

3101656826

3-101-656832 SOCIEDAD ANÓNIMA

3101656832

XYZ INC SOCIEDAD ANÓNIMA

3101656847

INVERSIONES ACXON CRC SOCIEDAD ANÓNIMA

3101656851

TELEMÁTICA COSTA RICA U G N SOCIEDAD ANÓNIMA

3101656858

GRUPO JUAKALI ENTERPRISES SOCIEDAD ANÓNIMA

3101656860

3-101-656861 SOCIEDAD ANÓNIMA

3101656861

INVERSIONES ZAMORAN FITORIA SOCIEDAD ANÓNIMA

3101656863

SADHU SOCIEDAD ANÓNIMA

3101656871

TELECOM Y REDES DE CÓMPUTO TELRED SOCIEDAD ANÓNIMA

3101656877

CONSTRUCTORA A & C INTERNACIONAL SOCIEDAD ANÓNIMA

3101656878

SOLUCIONES ENERGÉTICAS DE COSTA RICA SENSA SOCIEDAD ANÓNIMA

3101656882

3-101-656886 SOCIEDAD ANÓNIMA

3101656886

IMPORTADORA PROEZAS E.D. SOCIEDAD ANÓNIMA

3101656889

C T E - INMOBILIARIA SOCIEDAD ANÓNIMA

3101656901

XCD SOLUCIONES EN COMPUTACIÓN C.A SOCIEDAD ANÓNIMA

3101656908

SEGURIDAD GLOBAL COSTA RICA SOCIEDAD ANÓNIMA

3101656913

3-101-656915 SOCIEDAD ANÓNIMA

3101656915

YONGQUIN & WEIQUN SOCIEDAD ANÓNIMA

3101656927

PIEDRA ANGULAR INGENIERÍA SOCIEDAD ANÓNIMA

3101656942

INFRESERVE COSTA RICA SOCIEDAD ANÓNIMA

3101656944

OASIS SANCARLEÑO KLT SOCIEDAD ANÓNIMA

3101656951

MÓVIL KING ZHIGANG SOCIEDAD ANÓNIMA

3101656958

CYT MOTORS CO SOCIEDAD ANÓNIMA

3101656969

CORPORACIÓN UNIVERSAL YORMA BAXES SOCIEDAD ANÓNIMA

3101656971

AD GARDEN DISEÑO EXPANSIVO SOCIEDAD ANÓNIMA

3101656978

GESTIÓN EMPRESARIAL CORPORATIVA GECO SOCIEDAD ANÓNIMA

3101656980

GRUPO COMERCIAL Y DE SERVICIOS SÁNCHEZ Y ASOCIADOS SOCIEDAD ANÓNIMA

3101656988

MARÍTIMA LA PEÑA SOCIEDAD ANÓNIMA

3101656989

MARINA ARACELY SOCIEDAD ANÓNIMA

3101656994

MORALES Y AGUILAR MULTISERVICIOS SOCIEDAD ANÓNIMA

3101656999

VENTAS ANDRADE SOCIEDAD ANÓNIMA

3101657015

LABORATORIO MOLECULAR AGROPECUARIO SOCIEDAD ANÓNIMA

3101657024

AJ INVESTMENTS SOCIEDAD ANÓNIMA

3101657025

MULTISERVICIOS RIV - GAL SOCIEDAD ANÓNIMA

3101657029

DISTRIBUIDORA ESALFA DE POAS SOCIEDAD ANÓNIMA

3101657066

ARIVA SEGURIDAD SOCIEDAD ANÓNIMA

3101657093

PUNTO SKATE SOCIEDAD ANÓNIMA

3101657098

AGRITURISMO TURRIALBA SOCIEDAD ANÓNIMA

3101657110

COMANDO DE SEGURIDAD KARLA Y RUIZ SOCIEDAD ANÓNIMA

3101657112

FUTBOL POR DENTRO F X D SOCIEDAD ANÓNIMA

3101657125

INVERSIONES ENRAGNE SOCIEDAD ANÓNIMA

3101657126

PRADO Y LAPRADE SOCIEDAD ANÓNIMA

3101657129

CONTRATOS DOS S DEL NORTE SOCIEDAD ANÓNIMA

3101657131

MOUNTAIN VIEW PARK SOCIEDAD ANÓNIMA

3101657140

LIFE SURF AND SPA SOCIEDAD ANÓNIMA

3101657144

SOLUCIONES INTEGRADAS PARA LA TECNOLOGÍA SOCIEDAD ANÓNIMA

3101657163

ESTÉTICA AUTOMOTRIZ CARWASH SOCIEDAD ANÓNIMA

3101657167

GUSMODI DEL SUR SOCIEDAD ANÓNIMA

3101657171

ZÚÑIGA Y CHIMCHILLA ZYCH SOCIEDAD ANÓNIMA

3101657176

AWAKE SPA SOCIEDAD ANÓNIMA

3101657180

3-101-657182 SOCIEDAD ANÓNIMA

3101657182

INTERDIMENSIONAL NG SOCIEDAD ANÓNIMA

3101657186

FRAGATA TOURS SOCIEDAD ANÓNIMA

3101657193

EMPRESA MK INNOVATIONS, SOCIEDAD ANÓNIMA

3101657195

INVERSIONES LA NUEVA NUEVE Y NUEVE, SOCIEDAD ANÓNIMA

3101657208

3-101-657209 SOCIEDAD ANÓNIMA

3101657209

CONINCA COSTA RICA SOCIEDAD ANÓNIMA

3101657217

3-101-657220 SOCIEDAD ANÓNIMA

3101657220

MEDICAL TOURISM LOGISTIC SOCIEDAD ANÓNIMA

3101657241

MULTISERVICIOS BARRIO LIMÓN DE SANTA CRUZ GUANACASTE SOCIEDAD ANÓNIMA

3101657245

3-101-657250 SOCIEDAD ANÓNIMA

3101657250

CONSTRU MORA M & M DEL MIRAVALLES SOCIEDAD ANÓNIMA

3101657253

3-101-657255 SOCIEDAD ANÓNIMA

3101657255

CERTIFICAR CENTRO DE EVALUACIÓN E INSPECCIONES VEHICULARES DE COSTA RICA SOCIEDAD ANÓNIMA

3101657277

GREEN SOLUTIONS INVERSIONES CR SOCIEDAD ANÓNIMA

3101657279

MEGA BILLION GAMES TECH SOCIEDAD ANÓNIMA

3101657286

IFS TRANSPORT COSTA RICA SOCIEDAD ANÓNIMA

3101657293

NAVIERA BERNARDINO SOCIEDAD ANÓNIMA

3101657305

GANADERA TRES M DE LA PRADERA LMS SOCIEDAD ANÓNIMA

3101657312

L.P.C. CHAPERAL SOCIEDAD ANÓNIMA

3101657324

SUBCO AEROPUERTO SOCIEDAD ANÓNIMA

3101657328

INMOBILIARIA NICOYA DOS MIL DOCE SOCIEDAD ANÓNIMA

3101657329

A & M SEGURIDAD SOCIEDAD ANÓNIMA

3101657334

PATAS & COLAS SOCIEDAD ANÓNIMA

3101657338

FERRETERÍA Y DEPOSITO HERMANOS MADRIZ SOTO SOCIEDAD ANÓNIMA

3101657339

CPA AUDITORS AND ACCOUNTANTS SOCIEDAD ANÓNIMA

3101657352

DIRECTORIOS DIGITALES LAT SOCIEDAD ANÓNIMA

3101657353

WWW.EXPOPALMAREÑADELSUR.CR.COM SOCIEDAD ANÓNIMA

3101657354

CLUB VENUE INTERNACIONAL CR SOCIEDAD ANONNIMA

3101657362

ROJAS STEWARTH DISTRIBUIDORA DEL ATLÁNTICO SOCIEDAD ANÓNIMA

3101657400

GAS OIL & MINING SOCIEDAD ANÓNIMA

3101657402

S & CO INTERNATIONAL FRUIT EXPORT SOCIEDAD ANÓNIMA

3101657414

TICA FRUT PREMIUN SOCIEDAD ANÓNIMA

3101657428

V D R TORRE ZAPOTE BLANCO SOCIEDAD ANÓNIMA

3101657466

CLÍNICA INTEGRAL EN SALUD G Y G SOCIEDAD ANÓNIMA

3101657483

MUNDO D EMPEÑOS SOCIEDAD ANÓNIMA

3101657493

BUBARELLA DE COSTA RICA SOCIEDAD ANÓNIMA

3101657528

INVERSIONES CORPORATIVAS RVGS SOCIEDAD ANÓNIMA

3101657531

INGENIEROS INDUSTRIALES C.R SOCIEDAD ANÓNIMA

3101657541

SEGURIDAD PLAYA G TOTAL SOCIEDAD ANÓNIMA

3101657545

3-101-657552 SOCIEDAD ANÓNIMA

3101657552

EMA INGENIEROS SOCIEDAD ANÓNIMA

3101657556

L & B LOTERO SOCIEDAD ANÓNIMA

3101657561

MX SHOP SOCIEDAD ANÓNIMA

3101657587

3-101-657591 SOCIEDAD ANÓNIMA

3101657591

INTERNATIONAL TRUST & ESCROW FINANCIAL CORPORATION SOCIEDAD ANÓNIMA

3101657606

FOL-AGRO S Y V SOCIEDAD ANÓNIMA

3101657610

INVERSIONES DE SOUSA E HIJOS SOCIEDAD ANÓNIMA

3101657614

DOS M PERICO SOCIEDAD ANÓNIMA

3101657626

VIA ZERO SOCIEDAD ANÓNIMA

3101657636

3-101-657645 SOCIEDAD ANÓNIMA

3101657645

MARINE INSPECTION & MAINTENANCE SERVICE SOCIEDAD ANÓNIMA

3101657658

LOS CUCHOS DE PLATA-NARES SOCIEDAD ANÓNIMA

3101657673

INVERSIONES HOTEL CHANITA H.C.B. SOCIEDAD ANÓNIMA

3101657682

GRAPAS SAN JOSÉ SOCIEDAD ANÓNIMA

3101657684

LELLAN SOCIEDAD ANÓNIMA

3101657707

INMOBILIARIA MAGMA DEL NORTE SOCIEDAD ANÓNIMA

3101657713

SEBAOT MÉDICA SOCIEDAD ANÓNIMA

3101657716

INVERSIONES OSJOEL O.V.H. SOCIEDAD ANÓNIMA

3101657719

3-101-657724 SOCIEDAD ANÓNIMA

3101657724

VIRHA CERO DOS UNO CINCO SOCIEDAD ANÓNIMA

3101657731

COSTA RICA SYNCO INVERSIONES INTERNACIONALES SOCIEDAD ANÓNIMA

3101657736

GRUPO R IMPORTACIONES SOCIEDAD ANÓNIMA

3101657749

INMOBILIARIA DEL NORTE AZUL COBALTO SOCIEDAD ANÓNIMA

3101657750

MATERIALES EL BIO BIO SOCIEDAD ANÓNIMA

3101657758

MULTISERVICIOS LA ISLA JVA SOCIEDAD ANÓNIMA

3101657777

3-101-657805 SOCIEDAD ANÓNIMA

3101657805

LOS BIENES INMUEBLES ROMÁN ARAICA SOCIEDAD ANÓNIMA

3101657806

INVERSIONES IJYS JIMÉNEZ Y SOLANO SOCIEDAD ANÓNIMA

3101657807

AGROGANADERA MONTILLA DOBLES DE COSTA RICA SOCIEDAD ANÓNIMA

3101657810

ORDOÑEZ Y COMPAÑÍA ORDOCOL SOCIEDAD ANÓNIMA

3101657833

DESARROLLOS EN LA NUBE SOCIEDAD ANÓNIMA

3101657836

3-101-657871 SOCIEDAD ANÓNIMA

3101657871

BARVAC PRODUCCIONES Y SERVICIOS SOCIEDAD ANÓNIMA

3101657875

RAENET SOCIEDAD ANÓNIMA

3101657885

NORDICTICO GROUP SOCIEDAD ANÓNIMA

3101657897

DISTRIBUIDORA NAJEBE SOCIEDAD ANÓNIMA

3101657898

SEGURIDAD FICO SOCIEDAD ANÓNIMA

3101657901

GRUPO BREQUI SOCIEDAD ANÓNIMA

3101657904

Roble Fuerte Que Dejo Raíz En Mi Corazón Sociedad Anónima

3101657915

BOKA FITNESS SOCIEDAD ANÓNIMA

3101657926

3-101-657929 SOCIEDAD ANÓNIMA

3101657929

3-101-657945 SOCIEDAD ANÓNIMA

3101657945

INVERSIONES RETPOL SOCIEDAD ANÓNIMA

3101657946

ESCOBAR BRIZUELA CONTADORES Y CONSULTORES SOCIEDAD ANÓNIMA

3101657948

3-101-657949 SOCIEDAD ANÓNIMA

3101657949

3-101-657958 SOCIEDAD ANÓNIMA

3101657958

3-101-657960 SOCIEDAD ANÓNIMA

3101657960

3-101-657995 SOCIEDAD ANÓNIMA

3101657995

LIMITE COSTA RICA SOCIEDAD ANÓNIMA

3101657998

AIC-LANCO COSTA RICA SOCIEDAD ANÓNIMA

3101657999

C.I.A. SEGURIDAD Y LIMPIEZA INTEGRAL SOCIEDAD ANÓNIMA

3101658000

CORPORACIÓN CAFECITO TICO SOCIEDAD ANÓNIMA

3101658005

BRUMAS DEL BAILEY V.I FILIAL UNO SOCIEDAD ANÓNIMA

3101658008

QUEBEC SOCIEDAD ANÓNIMA

3101658019

FLAMINGO MARIANA RESORT SOCIEDAD ANÓNIMA

3101658032

CANADÁ MIL NOVECIENTOS OCHENTA SOCIEDAD ANÓNIMA

3101658038

IMPORTACIONES VARELA SOCIEDAD ANÓNIMA

3101658045

LA PONDEROSA RAMÍREZ J.A.C.K. SOCIEDAD ANÓNIMA

3101658056

BADA TRADING SOCIEDAD ANÓNIMA

3101658060

3-101-658062 SOCIEDAD ANÓNIMA

3101658062

CONSTRUCTION SERVICE & DEVELOPMENT INC SOCIEDAD ANÓNIMA

3101658064

MANDALA MUJERES EN ACCIÓN SOCIEDAD ANÓNIMA

3101658066

AGRO GANADERA LA PAMPA SIETE SIETE SOCIEDAD ANÓNIMA

3101658102

BAREA FLORES SOCIEDAD ANÓNIMA

3101658106

BRUMAS DEL BAILEY V.I FILIAL DIECINUEVE SOCIEDAD ANÓNIMA

3101658111

INVERSORA FIANSEGURO SOCIEDAD ANÓNIMA

3101658119

RCM CONSUMO SOCIEDAD ANÓNIMA

3101658126

CAPRESE GUAYABO SOCIEDAD ANÓNIMA

3101658129

MULTIFARMA SAN ANTONIO SOCIEDAD ANÓNIMA

3101658131

AGRO GAMBOA SAN JERÓNIMO SOCIEDAD ANÓNIMA

3101658151

IT’S WRITABLE, SOCIEDAD ANÓNIMA

3101658155

COMERCIALIZADORA AUDIO AND TRONIC SOCIEDAD ANÓNIMA

3101658157

REPUESTOS, MOTOS, HE SOCIEDAD ANÓNIMA

3101658175

DISTRIBUIDORA OVA DE SAN CARLOS

3101658178

ORGÁNICA VERDE SOCIEDAD ANÓNIMA

3101658210

3-101-658224 SOCIEDAD ANÓNIMA

3101658224

3-101-658232 SOCIEDAD ANÓNIMA

3101658232

GIPI DEL PACÍFICO SOCIEDAD ANÓNIMA

3101658269

FAMILY DREAM ELIZONDO CORDERO SOCIEDAD ANÓNIMA

3101658275

3-101-658285 SOCIEDAD ANÓNIMA

3101658285

MI ANUARIO CR, SOCIEDAD ANÓNIMA

3101658302

CORPORACIÓN BERMON Y MAFLO SOCIEDAD ANÓNIMA

3101658306

GRUPO AUTO CLIMA H.R SOCIEDAD ANÓNIMA

3101658339

3-101-658416 SOCIEDAD ANÓNIMA

3101658416

INVERSIONES EN TECNOLOGÍA, CONSTRUCCIÓN Y AGROINDUSTRIA (INTECCOA) SOCIEDAD ANÓNIMA

3101658419

ELECTRO SISTEMAS INDUSTRIALES DE CENTROAMÉRICA SOCIEDAD ANÓNIMA

3101658427

TRANSPORTES FÁCILES UNO SOCIEDAD ANÓNIMA

3101658431

ASESORÍA AVIM SOCIEDAD ANÓNIMA

3101658436

TROPIC FOOD SOCIEDAD ANÓNIMA

3101658439

A PLACE IN THE SUN ENG. U.K. SOCIEDAD ANÓNIMA

3101658477

ALMAR M&A PRODUCCIONES SOCIEDAD ANÓNIMA

3101658492

CARIBEAN STEEL SOCIEDAD ANÓNIMA,

3101658493

MULTISERVICIOS ELÉCTRICOS L Y D SOCIEDAD ANÓNIMA

3101658497

BUENOS AUGURIOS INTERNACIONAL SOCIEDAD ANÓNIMA

3101658501

APARTAMENTOS FLORIDA SOCIEDAD ANÓNIMA

3101658522

BX FOOD COMPANY SOCIEDAD ANÓNIMA

3101658540

CONSULTORES & ASESORES EMPORIOS SOCIEDAD ANÓNIMA

3101658546

MAURO’S RIBS SOCIEDAD ANÓNIMA

3101658549

STEARNS HOLDING CENTRAL AMÉRICA COSTA RICA SOCIEDAD ANÓNIMA

3101658555

MEGA STOCK SOCIEDAD ANÓNIMA

3101658556

3-101-658565 SOCIEDAD ANÓNIMA

3101658565

DISTRIBUIDORA EL BOSQUE CAMAR SOCIEDAD ANÓNIMA

3101658566

CONSTRUCTORA Y REMODELACIONES MONCAWAJY DEL SUR SOCIEDAD ANÓNIMA

3101658569

FACTOR HUMANO CENTROAMÉRICA ASESORÍA EN GESTIÓN DEL TALENTO SOCIEDAD ANÓNIMA

3101658581

GRUPO CONECTE ELECTROMECÁNICA SOCIEDAD ANÓNIMA

3101658605

JOMI DE SANTIAGO MULTISERVICIOS SOCIEDAD ANÓNIMA

3101658609

APMED SOCIEDAD ANÓNIMA

3101658614

SOLUCIONES CORPORATIVAS CORNALINA DE C.R. SOCIEDAD ANÓNIMA

3101658625

CATÁLOGO DE CALZADO MAYI SOCIEDAD ANÓNIMA

3101658626

M & M DUARTE SOCIEDAD ANÓNIMA

3101658635

COTRALOGIC A.M.G. SOCIEDAD ANÓNIMA

3101658643

3-101-658651 SOCIEDAD ANÓNIMA

3101658651

GLOBAL EVOLUTION SOCIEDAD ANÓNIMA

3101658653

TRANSPORTES CIENTO CINCO SOCIEDAD ANÓNIMA

3101658668

ACCESORIOS DE BELLEZA CHIQUITINAS SOCIEDAD ANÓNIMA

3101658669

B R V EDIFICADORA SOCIEDAD ANÓNIMA

3101658674

AVASARA SOCIEDAD ANÓNIMA

3101658677

DONATTO ROCCHA SOCIEDAD ANÓNIMA

3101658678

GRUPO HTS GLOBAL SOCIEDAD ANÓNIMA

3101658703

LUNYTAFAMILY DE HERMOSA SOCIEDAD ANÓNIMA

3101658714

INMOBILIARIA PÉREZ & ULATE SOCIEDAD ANÓNIMA

3101658729

E Y C GRUPO ORIÓN SEGURIDAD SOCIEDAD ANÓNIMA

3101658731

D Y M TÉCNICOS EN FIBRA SOCIEDAD ANÓNIMA

3101658734

IDEAS PROMOCIONALES GGA-JMM SOCIEDAD ANÓNIMA

3101658744

DEVELOPMENT SERVICES AND CONSULTING DSC SOCIEDAD ANÓNIMA

3101658745

VDR TORRE ROBLE ALBAR SOCIEDAD ANÓNIMA

3101658775

VDR TORRE SABINA DE VIRGINIA SOCIEDAD ANÓNIMA

3101658777

VDR TORRE PINO DE CANARIAS SOCIEDAD ANÓNIMA

3101658791

TECNIA PARTNERS SOCIEDAD ANÓNIMA

3101658796

INVERSIONES RIVEL Y CEBA SOCIEDAD ANÓNIMA

3101658809

3-101-658812 SOCIEDAD ANÓNIMA

3101658812

BODYMIND INSTITUTE SOCIEDAD ANÓNIMA

3101658813

CUMPLIENDO EL SUEÑO DE MAMA EN CR SOCIEDAD ANÓNIMA

3101658829

3-101-658839 SOCIEDAD ANÓNIMA

3101658839

INNOWOOD SM SOCIEDAD ANÓNIMA

3101658840

GAM GREEN ACRES MANAGEMENT - HOLDING SOCIEDAD ANÓNIMA

3101658842

NSV BUSINESS GROUP SOCIEDAD ANÓNIMA

3101658869

INTERPORT LOGISTICS C.A. SOCIEDAD ANÓNIMA

3101658879

3-101-658881 SOCIEDAD ANÓNIMA

3101658881

PODAS URBANAS SOCIEDAD ANÓNIMA

3101658903

DIGITALCLOUD CR SOCIEDAD ANÓNIMA

3101658933

VRB SISTEMAS INTEGRADOS DE MERCADEO SOCIEDAD ANÓNIMA

3101658938

ANIMEGAMICR SOCIEDAD ANÓNIMA

3101658939

SOUTHWELL INTERNATIONAL SOCIEDAD ANÓNIMA

3101658953

DISTRIBUIDORA FERRETERA HEDYKE SOCIEDAD ANÓNIMA

3101658961

CONSTRUCTORA F & F DEL MIRAVALLES SOCIEDAD ANÓNIMA

3101658968

LA SANDIA ORGÁNICA SOCIEDAD ANÓNIMA

3101659014

3-101-659025 SOCIEDAD ANÓNIMA

3101659025

HOLLAND BLUE EYE SOCIEDAD ANÓNIMA

3101659032

BAILLETLATOUR SOCIEDAD ANÓNIMA

3101659049

3-101-659055 SOCIEDAD ANÓNIMA

3101659055

3-101-659061 SOCIEDAD ANÓNIMA

3101659061

WATCHDOG INTERNATIONAL SECURITY SOCIEDAD ANÓNIMA

3101659062

LLANURAS DEL PACÍFICO JC ALVARADO E HIJOS SOCIEDAD ANÓNIMA

3101659071

3-101-659072 SOCIEDAD ANÓNIMA

3101659072

CARROCERÍA Y PINTURA PIPO, RÍO BLANCO SOCIEDADA ANÓNIMA

3101659073

3-101-659081 SOCIEDAD ANÓNIMA

3101659081

ARACAST SOCIEDAD ANÓNIMA

3101659084

CENTRO DE RADIOLOGÍA E IMÁGENES MÉDICAS SAN FRANCISCO SOCIEDAD ANÓNIMA

3101659089

INVERSIONES LAS PALMAS DE CR SOCIEDAD ANÓNIMA

3101659098

TALENTUM TRESCIENTOS SESENTA CAPACITACIÓN EJECUTIVA SOCIEDAD ANÓNIMA

3101659100

EVENTO CREATIVO VÍCTOR SOLÍS C.R SOCIEDAD ANÓNIMA

3101659102

3-101-659107 SOCIEDAD ANÓNIMA

3101659107

IMPORTACIONES DE PRODUCTOS BÁSICOS INTERNACIONAL IMPDEPROBA SOCIEDAD ANÓNIMA

3101659116

APESTEGUI ESQUIVEL BUSINESS CONSULTING COSTA RICA SOCIEDAD ANÓNIMA

3101659118

ANT AVIATION, SOCIEDAD ANÓNIMA

3101659120

MEORCA HOLDING GROUP SOCIEDAD ANÓNIMA

3101659123

TEC TRESCIENTOS SESENTA SERVICIOS TECNOLÓGICOS SOCIEDAD ANÓNIMA

3101659126

AGROPECUARIA HECADEL VEGA Y ALFARO SOCIEDAD ANÓNIMA

3101659129

INVERSIONES AGROINDUSTRIALES TIAN SOCIEDAD ANÓNIMA

3101659146

3-101-659149 SOCIEDAD ANÓNIMA

3101659149

DILANCHA SOCIEDAD ANÓNIMA

3101659161

3-101-659171 SOCIEDAD ANÓNIMA

3101659171

ARTES VERDES SOCIEDAD ANÓNIMA

3101659191

A CONCEPT DK SOCIEDAD ANÓNIMA

3101659198

INVERSIONES HERSE LUVAY SOCIEDAD ANÓNIMA

3101659204

DECOLIVES INK SOCIEDAD ANÓNIMA

3101659217

SOLANO & LOBO INVERSIONISTAS SOCIEDAD ANÓNIMA

3101659220

SERVICIOS DE VIGILANCIA COMPLEMENTARIA SERVICOM SOCIEDAD ANÓNIMA

3101659223

INVERSIONES MENA Y MENA DE CENTROAMÉRICA SOCIEDAD ANÓNIMA

3101659224

DOGUERÍA SUMINISTROS MÉDICOS FARMACÉUTICOS (SUMERFARCA) CA SOCIEDAD ANÓNIMA

3101659233

INNMOBILIARIA EMILCE R Y R SOCIEDAD ANÓNIMA

3101659235

SEGURIDAD AL INSTANTE SOCIEDAD ANÓNIMA

3101659239

3-101-659251 SOCIEDAD ANÓNIMA

3101659251

CARSILVA HERMANOS SOCIEDAD ANÓNIMA

3101659253

TRI FECTA INTERACTIVE SOCIEDAD ANÓNIMA

3101659270

DIGITAL HAZARD STUDIOS SOCIEDAD ANÓNIMA

3101659278

IMPORTADORA MAXIMOTOS SOCIEDAD ANÓNIMA

3101659289

BEBIDAS V&M FRUTI-K Y ALGO MAS SOCIEDAD ANÓNIMA

3101659290

3-101-659292 SOCIEDAD ANÓNIMA

3101659292

3-101-659295 SOCIEDAD ANÓNIMA

3101659295

GIP DISEÑO Y CONSTRUCCIÓN SOCIEDAD ANÓNIMA

3101659307

BENJEN CORPORATION SOCIEDAD ANÓNIMA

3101659310

COFOEM, SOCIEDAD ANÓNIMA

3101659317

AUTO SERVICIO D. A. R. SOCIEDAD ANÓNIMA

3101659318

3-101-659324 SOCIEDAD ANÓNIMA

3101659324

3-101-659326 SOCIEDAD ANÓNIMA

3101659326

SHEFFORD ADVISORS SOCIEDAD ANÓNIMA

3101659338

GALADA DRG SOCIEDAD ANÓNIMA

3101659346

SUGAR TOWN SOCIEDAD ANÓNIMA

3101659347

BRIGADA PARA LA SEGURIDAD LAS AGUILAS, SOCIEDAD ANÓNIMA

3101659366

DOTWORKERS SOCIEDAD ANÓNIMA

3101659374

ARCANISS SOCIEDAD ANÓNIMA

3101659389

CONSTRUCTORA ESPECIALIZADA DE PROYECTOS URBANISTICOS EL SOL DORADO SOCIEDAD ANÓNIMA

3101659419

INVERSIONES VOULEVANT SOCIEDAD ANÓNIMA

3101659449

EXFIRE SECURITY SOCIEDAD ANÓNIMA

3101659467

SASKYA SOCIEDAD ANÓNIMA

3101659469

BLACKFALDS INVESTMENTS SOCIEDAD ANÓNIMA

3101659478

IMPORTACIONES ALEJOVE SOCIEDAD ANÓNIMA

3101659479

EMPRESA DE CONSTRUCCIÓN EDIL CASA SOCIEDAD ANÓNIMA

3101659484

GRUPO TECNOLÓGICO GL SOCIEDAD ANÓNIMA

3101659492

PROYECTOS FOLTOVOLTAICOS CR SOCIEDAD ANÓNIMA

3101659497

SEGURIDAD LOS REYES N & C SOCIEDAD ANÓNIMA

3101659498

PARS MUNDIAL SOCIEDAD ANÓNIMA

3101659502

CENTRO DE FOTOCOPIADO E IMPRESIÓN DIGITAL CHEVES Y ASOCIADOS SOCIEDAD ANÓNIMA

3101659506

DESARROLLOS KELLERMAN Y SALMERÓN SOCIEDAD ANÓNIMA

3101659508

CRS INVESTORS SOCIEDAD ANÓNIMA

3101659509

SOBER ESCORT SOCIEDAD ANÓNIMA

3101659511

BEJARANO Y CASTRO DE CAÑAS SOCIEDAD ANÓNIMA

3101659515

AGI FOREVER LINKED SOCIEDAD ANÓNIMA

3101659518

3-101-659524 SOCIEDAD ANÓNIMA

3101659524

INTERNATIONAL COASTAL ENRICHMENTS HOLDINGS SOCIEDAD ANÓNIMA

3101659526

TALLER LOAIZA CR SOCIEDAD ANÓNIMA

3101659530

SOLUCIONES DE CALCEDONIA SOCIEDAD ANÓNIMA

3101659534

CONSULTORES TALAMANCA SOCIEDAD ANÓNIMA

3101659557

ESTEREO POST SOCIEDAD ANÓNIMA

3101659560

CASACORDE FLC INMOBILIARIA SOCIEDAD ANÓNIMA

3101659563

SERVICIOS DE SEGURIDAD NUBO SOCIEDAD ANÓNIMA

3101659568

VALCRI SOCIEDAD ANÓNIMA

3101659621

WEA GROUP COSTA RICA SOCIEDAD ANÓNIMA

3101659638

SPLIT SECOND SOCIEDAD ANÓNIMA

3101659647

MIA GCB SOCIEDAD ANÓNIMA

3101659649

TRANSPORTES ROJAS VIARO SOCIEDAD ANÓNIMA

3101659655

GUANACASTE GOLDEN LAND SOCIEDAD ANÓNIMA

3101659658

SIEMBRA Y COSECHA DE BENDICIONES SOCIEDAD ANÓNIMA

3101659659

FERRETERÍA Y DEPÓSITO RAMÍREZ VÍQUEZ SOCIEDAD ANÓNIMA

3101659660

G.A.D. COMERCIANTES UNIDOS SOCIEDAD ANÓNIMA

3101659668

IMPORTADORA Y DISTRIBUIDORA ÁNGELO F.J SOCIEDAD ANÓNIMA

3101659670

3-101-659678 SOCIEDAD ANÓNIMA

3101659678

LÓPEZ MURPHY SOCIEDAD ANÓNIMA

3101659681

BPS BUSINESS PARTNER SOLUTIONS SOCIEDAD ANÓNIMA

3101659705

AGROVETERINARIA EL ROBLE SOCIEDAD ANÓNIMA

3101659716

GRUPO ARENA EVENTOS Y PRODUCCIONES SOCIEDAD ANÓNIMA

3101659721

VIVERO HOJA VERDE SOCIEDAD ANÓNIMA

3101659724

A VIAJAR TODOS SOCIEDAD ANÓNIMA

3101659726

DRAGONFLY RESTAURANT GROUP INC SOCIEDAD ANÓNIMA

3101659727

IGLESIA COMUNIDAD CRISTIANA DE LOS ÁNGELES DE POTRERO GRANDE SOCIEDAD ANÓNIMA

3101659737

KEVIN’S GOURMET KITCHEN SOCIEDAD ANÓNIMA

3101659743

SERVICIOS ESPECIALES DE PROTECCIÓN Y SEGURIDAD INTELIGENTE CR SOCIEDAD ANÓNIMA

3101659753

PESCADOR EN EL PARAÍSO SOCIEDAD ANÓNIMA

3101659759

DESARROLLOS BALLAR & ORTIZ SOCIEDAD ANÓNIMA

3101659764

DENTAL GALLERY SOCIEDAD ANÓNIMA

3101659777

POLLOS VALENTINA SOCIEDAD ANÓNIMA

3101659785

PROACTIVA GRUNI SOCIEDAD ANÓNIMA

3101659788

A C TUR SOCIEDAD ANÓNIMA

3101659818

INVERSIONES ODONTOLÓGICAS PICADO SOCIEDAD ANÓNIMA

3101659820

C.E & B AND SIR WRANGLER ON THE SEE NUMBER THIRTY ONE SOCIEDAD ANÓNIMA

3101659827

 

Las cuales se tramitan bajo el expediente número DPJ-DI-091-2021, entidades que según la información remitida por la Dirección General de Tributación del Ministerio de Hacienda mediante certificación DGT-DR-CER-001-2021, presentan morosidad con el pago del impuesto a las personas jurídicas por tres, o más, períodos consecutivos, motivo por el cual se encuentran disueltas de pleno derecho, según lo establecido en el artículo 7 de la Ley del Impuesto a las Personas Jurídicas, N° 9428. Conforme lo estipulado en el artículo 207 del Código de Comercio, dentro del plazo de treinta días hábiles, los interesados que lo tengan a bien podrán presentar las consideraciones del caso ante la autoridad jurisdiccional competente. Transcurrido el plazo establecido por ley, para conocimiento de los interesados, se procederá a la cancelación de la inscripción de las entidades y a la respectiva anotación de la hipoteca legal preferente o prenda preferente en el Registro respectivo, para que procedan conforme corresponda.—San José, 31 de agosto de 2021.—Yolanda Víquez Alvarado, Directora.—1 vez.—O. C. N° OC21-0403.—Solicitud N° 292818.—( IN2021580819 ).

De conformidad con lo establecido en el artículo 7 de la Ley del Impuesto a las Personas Jurídicas, N° 9428, el Registro de Personas Jurídicas da a conocer que las siguientes entidades:

ACADEMIA EUROPEA Y AMERICANA DE IDIOMAS SOCIEDAD ANÓNIMA

3101659832

DRTD DISTRIBUIDORA REPUESTOS TURBO DIESEL SOCIEDAD ANÓNIMA

3101659834

FIO PRODUCCIONES SOCIEDAD ANÓNIMA

3101659840

SANFLOR SIGLO XXI SOCIEDAD ANÓNIMA

3101659849

KEYAMA SOCIEDAD ANÓNIMA

3101659852

THREE COMUNICACIÓN SOCIEDAD ANÓNIMA

3101659854

TRANSPORTES SEISCIENTOS DIEZ SOCIEDAD ANÓNIMA

3101659858

GOLDEN REDROCK SOCIEDAD ANÓNIMA

3101659882

IMPORTACIONES YACARINI SOCIEDAD ANÓNIMA

3101659891

PRO RALLYSPORT SOCIEDAD ANÓNIMA

3101659893

TAMARA TOURS SOCIEDAD ANÓNIMA

3101659910

CORPORACIÓN K’VALL SOCIEDAD ANÓNIMA

3101659925

IVANNIA ELENA SOCIEDAD ANÓNIMA

3101659928

COR.MATRIS.THESAURUS SOCIEDAD ANÓNIMA

3101659931

SERVICIOS MÚLTIPLES NAVARRO & GONZÁLEZ SOCIEDAD ANÓNIMA

3101659938

GOBI GRILL SOCIEDAD ANÓNIMA

3101659957

SOLUCIONES EMPRESARIALES HERNÁNDEZ Y ALVARADO SOCIEDAD ANÓNIMA

3101659963

GRUPO COMUNICACIONES G OCHO SOCIEDAD ANÓNIMA

3101659964

IMPRESIONES SPRINT SOCIEDAD ANÓNIMA

3101659977

IMPORTACIONES SAN LORENZO SOCIEDAD ANÓNIMA

3101659985

GRUPO GR REPUESTOS USADOS EL ALTO SOCIEDAD ANÓNIMA

3101660018

AUTOMOTORES MAINOR GONZÁLEZ ROJAS SOCIEDAD ANÓNIMA

3101660030

GRUPO COMERCIALIZADOR INTERNACIONAL DE EXPOSICIONES K M SOCIEDAD ANÓNIMA

3101660031

3-101-660048 SOCIEDAD ANÓNIMA

3101660048

GLASSCR SOCIEDAD ANÓNIMA

3101660074

3-101-660078 SOCIEDAD ANÓNIMA

3101660078

MOVILEXPRESS CELULARES Y ACCESORIOS SOCIEDAD ANÓNIMA

3101660083

TWENTY FOUR SEVEN BUSINESS SOLUTIONS

3101660093

LAWRENCE’S UNIT ESTRELLAS DEL PACIFICO SOCIEDAD ANÓNIMA

3101660096

SIBO CR DISEÑO SOCIEDAD ANÓNIMA

3101660105

PRECISIÓN TOOLING SERVICE SOCIEDAD ANÓNIMA

3101660114

DEVIKA SOCIEDAD ANÓNIMA

3101660117

SEYTEC E Y V DE COSTA RICA SOCIEDAD ANÓNIMA

3101660125

DEPÓSITO DENTAL B.S.P SOCIEDAD ANÓNIMA

3101660129

SOLUCIONES SOLYMAR SOCIEDAD ANÓNIMA

3101660131

DISTRIBUIDORA KAYSA SOCIEDAD ANÓNIMA

3101660136

COMERCIALIZADORA FAGARDO BALTODANO FB SOCIEDAD ANÓNIMA

3101660137

AUTOS M Y M SOCIEDAD ANÓNIMA

3101660138

IMPRICOLOR SOCIEDAD ANÓNIMA

3101660157

DISTRIBUIDORA DE CARNES E & E SOCIEDAD ANÓNIMA

3101660160

SOLUZIONE DISEÑO Y FUNCION SOCIEDAD ANÓNIMA

3101660164

INVERSIONES YEEMET SOCIEDAD ANÓNIMA

3101660168

DANPAT SOCIEDAD ANÓNIMA

3101660169

F Y M DE MIL NOVECIENTOS OCHENTA Y DOS SOCIEDAD ANÓNIMA

3101660170

DRAGÓN VEIN REAL STATE SOCIEDAD ANÓNIMA

3101660179

WATER SAMARA DREAMS COSTA RICA WASADCORI SOCIEDAD ANÓNIMA

3101660180

DESARROLLOS M & S DE SAN JOSÉ SOCIEDAD ANÓNIMA

3101660193

CARNICENTRO RÍO JIMÉNEZ EMANUEL SOCIEDAD ANÓNIMA

3101660206

CASASOLA WUST Y COMPAÑÍA SOCIEDAD ANÓNIMA

3101660211

SEGURIDAD LA CANANGA SOCIEDAD ANÓNIMA

3101660216

FASHION DI-FRANK INVERSIONES SOCIEDAD ANÓNIMA

3101660221

ECOPERFILES SOCIEDAD ANÓNIMA

3101660227

SEGURIDAD ZURE A VEINTICUATRO SIETE SOCIEDAD ANÓNIMA

3101660252

PANINO STEAK ITALIANO SOCIEDAD ANÓNIMA

3101660255

GRUPO VALE SOCIEDAD ANÓNIMA

3101660277

T L U TORRE COBRA REY SOCIEDAD ANÓNIMA

3101660284

CONSTRUCTORA Y CONSULTORA PREFABRICADOS POMARES & BONILLA SOCIEDAD ANÓNIMA

3101660294

IIPO DEL ESTE SOCIEDAD ANÓNIMA

3101660298

LOS ARCÁNGELES NEYMON SOCIEDAD ANÓNIMA

3101660315

PUBLICIDAD AMARILLAS INTERNET SOCIEDAD ANÓNIMA

3101660316

RECICLAJE Y TECNOLOGÍA PARA RELLENO SANITARIO SOCIEDAD ANÓNIMA

3101660323

PRODSPORT SOCIEDAD ANÓNIMADEPORTIVA

3101660336

LOS SUEÑOS DE DOÑA BÁRBARA SOCIEDAD ANÓNIMA

3101660338

MCBOLT SOCIEDAD ANÓNIMA

3101660346

GRUPO UNETE SOCIEDAD ANÓNIMA

3101660363

GOURMET PIZZA AND WINGS SOCIEDAD ANÓNIMA

3101660366

CENTROAMÉRICA TRANS SOCIEDAD ANÓNIMA

3101660390

GRUPO INMOBILIARIO AZOTEA SOCIEDAD ANÓNIMA

3101660392

CORPORACIÓN VIDALBA SOCIEDAD ANÓNIMA

3101660395

MORAVIA TIMES SOCIEDAD ANÓNIMA

3101660400

TECHNOSYS SOCIEDAD ANÓNIMA

3101660402

DORMISUEÑOS JR DE SAN SEBASTIÁN SOCIEDAD ANÓNIMA

3101660403

SOLUCIONES INSTITUCIONALES CC DE COSTA RICA SOCIEDAD ANÓNIMA

3101660409

D N C M SOCIEDAD ANÓNIMA

3101660412

INTEGRADOS Y SUMINISTROS INDUSTRIALES R&J SOCIEDAD ANÓNIMA

3101660415

SIEMPRE PERROS SOCIEDAD ANÓNIMA

3101660416

PUBLIMARKETING SOCIEDAD ANÓNIMA

3101660423

SUMINISTROS A T I SOCIEDAD ANÓNIMA

3101660427

ICON INTERNATIONAL COMPANIES NETWORK SOCIEDAD ANÓNIMA

3101660446

QUIERO UN REGALO ORIGINAL SOCIEDAD ANÓNIMA

3101660454

ZUMA BRANDS SOCIEDAD ANÓNIMA

3101660464

VERMELHO-PRETO LIGUISTA SOCIEDAD ANÓNIMA

3101660498

BLAROMO SOCIEDAD ANÓNIMA

3101660503

LIU GONG DISTRIBUIDORA SOCIEDAD ANÓNIMA

3101660515

REPUESTOS DEL PUERTO SOCIEDAD ANÓNIMA

3101660520

TECMO SOCIEDAD ANÓNIMA

3101660526

SEGURIDAD ALCON LYS CARTAGENA SOCIEDAD ANÓNIMA

3101660529

FAUVES ADVERTISING SOCIEDAD ANÓNIMA

3101660538

EC CHANGUENA SOCIEDAD ANÓNIMA

3101660546

VIDA Y ÉXITO CONSULTORES SOCIEDAD ANÓNIMA

3101660551

LAS TIERRAS DEL DIRIA SOCIEDAD ANÓNIMA

3101660558

SALUD Y REHABILITACIÓN U R SOCIEDAD ANÓNIMA

3101660560

L.C. Y J.R. CERRAF SOCIEDAD ANÓNIMA

3101660575

CLAYMAS UNO SOCIEDAD ANÓNIMA

3101660585

AMERICAR IMPORT & EXPORT SOCIEDAD ANÓNIMA

3101660590

3-101-660607 SOCIEDAD ANÓNIMA

3101660607

TRI-STATE GLOBAL INVESTMENTS SOCIEDAD ANÓNIMA

3101660624

REAL GAME SERVICES SOCIEDAD ANÓNIMA

3101660637

3-101-660643 SOCIEDAD ANÓNIMA

3101660643

UTOPÍA GAMING LLC SOCIEDAD ANÓNIMA

3101660645

TAO INTERNET GAMES COMPANY SOCIEDAD ANÓNIMA

3101660647

LA FAMILIA BREWING COMPANY SOCIEDAD ANÓNIMA

3101660648

SUEÑOS SECRETOS SOCIEDAD ANÓNIMA

3101660651

THE HOBBY DEPOT DEL ESTE SOCIEDAD ANÓNIMA

3101660657

SWEET DREAMS CAFE SOCIEDAD ANÓNIMA

3101660660

3-101-660666 SOCIEDAD ANÓNIMA

3101660666

ELITE MARKETING CRC SOCIEDAD ANÓNIMA

3101660670

3-101-660686 SOCIEDAD ANÓNIMA

3101660686

BODY AXIS COSMETOLOGY R R O D SOCIEDAD ANÓNIMA

3101660687

ADHERENCIA Y SALUD SOCIEDAD ANÓNIMA

3101660690

TRADUCCIONES BABEL DE COSTA RICA SOCIEDAD ANÓNIMA

3101660691

GRUPO BOKER TOV SOCIEDAD ANÓNIMA

3101660697

CONSTRUCCIONES P Y N UNIVERSALES SOCIEDAD ANÓNIMA

3101660700

PROLOG CENTROAMÉRICA SOCIEDAD ANÓNIMA

3101660715

TWO BS AND AM AND A P CORP SOCIEDAD ANÓNIMA

3101660734

3-101-660737 SOCIEDAD ANÓNIMA

3101660737

GRUPO KABEK SOCIEDAD ANÓNIMA

3101660739

ARANGO Y SERRATTO SOCIEDAD ANÓNIMA

3101660745

PHANINDRA SOCIEDAD ANÓNIMA

3101660749

TESONE DINAMICS, SOCIEDAD ANÓNIMA

3101660757

MARDEF SMART SOLUTIONS SOCIEDAD ANÓNIMA

3101660766

LALO DEL CERRO GM SOCIEDAD ANÓNIMA

3101660767

SERVICIOS DE SEGURIDAD DEL PACIFICO V Y G SOCIEDAD ANÓNIMA

3101660771

MISERICORDIA & GRACIA SOCIEDAD ANÓNIMA

3101660772

OPERADORA BLACK DUCK SOCIEDAD ANÓNIMA

3101660789

MELNIKLEONID SOCIEDAD ANÓNIMA

3101660796

TREEHOUSE INVESTMENT GROUP SOCIEDAD ANÓNIMA

3101660800

IDEAS SEGURAS PARA LA INDUSTRIA SOCIEDAD ANÓNIMA

3101660807

MERCADEO DIFERENCIADO X.B. SOCIEDAD ANÓNIMA

3101660808

QUALICONS SOCIEDAD ANÓNIMA

3101660820

JUNGLE TRUCKS CAR RENTAL SOCIEDAD ANÓNIMA

3101660822

EC BARRANCA SOCIEDAD ANÓNIMA

3101660853

CLARISSE FASHION SOCIEDAD ANÓNIMA

3101660854

SAN RAMÓN CALL CENTER SERVICES INC SOCIEDAD ANÓNIMA

3101660857

OMID DE COSTA RICA SOCIEDAD ANÓNIMA

3101660858

SUPERIOR RETAIL COSTA RICA SOCIEDAD ANÓNIMA

3101660862

ADMINISTRADORA CORTES TORMO ACORTO SOCIEDAD ANÓNIMA

3101660869

3-101-660874 SOCIEDAD ANÓNIMA

3101660874

INVERSIONES ONE LOVE SOCIEDAD ANÓNIMA

3101660878

EXOTIC REPTILE ADVENTURES SOCIEDAD ANÓNIMA

3101660910

FIWINET COSTA RICA SOCIEDAD ANÓNIMA

3101660936

J & B PATIENT SERVICES SOCIEDAD ANÓNIMA

3101660966

ALGARA ASESORES INMOBILIARIOS SOCIEDAD ANÓNIMA

3101660974

AGS ALPAMA GLOBAL SERVICES COSTA RICA SOCIEDAD ANÓNIMA

3101660981

RESIDENCIAS ÁNGELES MARINA VC SOCIEDAD ANÓNIMA

3101660988

VECTOR PUBLICIDAD SOCIEDAD ANÓNIMA

3101661003

STEAM ENERGY SUPPLY SOCIEDAD ANÓNIMA

3101661004

WITHFERNA DEL OESTE SOCIEDAD ANÓNIMA

3101661028

BAEZA SHOES, SOCIEDAD ANÓNIMA

3101661034

A F SEGURIDAD SOCIEDAD ANÓNIMA

3101661037

3-101-661048 SOCIEDAD ANÓNIMA

3101661048

ACEROS VALVERDE L.R.V. SOCIEDAD ANÓNIMA

3101661050

DISATEX SOCIEDAD ANÓNIMA

3101661072

INTERMODAL SECURITY COSTA RICA SOCIEDAD ANÓNIMA

3101661081

IMÁGENES DENTALES SOCIEDAD ANÓNIMA

3101661089

SERVICIOS FERRETEROS Y AFINES A.M. SOCIEDAD ANÓNIMA

3101661135

SEGURIDAD PRIVADA CIUDAD BLANCA SOCIEDAD ANÓNIMA

3101661154

PERLATUS SOCIEDAD ANÓNIMA

3101661156

INVERSIONES AGRÍCOLAS ISABELLA SOCIEDAD ANÓNIMA

3101661159

FACASTEL SOCIEDAD ANÓNIMA

3101661178

SERVICIOS AGROPECUARIOS RANCHO REDONDO SOCIEDAD ANÓNIMA

3101661180

INVERSIONES ORAAMEL SOCIEDAD ANÓNIMA

3101661182

COMERCIALIZADORA COMERTICA SOCIEDAD ANÓNIMA

3101661185

FASHION FLOORS INVESTMENTS SOCIEDAD ANÓNIMA

3101661193

AMAZILIA DORADA AGROINDUSTRIAS SOCIEDAD ANÓNIMA

3101661203

IMPETU MORAVIA SOCIEDAD ANÓNIMA

3101661211

OFERTARES C N SOCIEDAD ANÓNIMA

3101661216

MEYERS GROUP SOCIEDAD ANÓNIMA

3101661221

SERVICIOS MÚLTIPLES LOS MARES SOCIEDAD ANÓNIMA

3101661237

DUO DESIGN SOCIEDAD ANÓNIMA

3101661238

EDUKAVI J Y K SOCIEDAD ANÓNIMA

3101661242

EQUIPAMIENTO DE COCINA ÉLITE SOCIEDAD ANÓNIMA

3101661243

HOTDOG SOCIEDAD ANÓNIMA

3101661265

LA CUCHARA Y EL TENEDOR DE GABY SOCIEDAD ANÓNIMA

3101661285

C-FELA TECHNOLOGICAL INNOVATIONS SOCIEDAD ANÓNIMA

3101661297

TRANSPORTES BARCELONA TRANSBARSA SOCIEDAD ANÓNIMA

3101661300

MONTES C.M. SOCIEDAD ANÓNIMA

3101661305

LA MARMITA M Y G ALIMENTOS SOCIEDAD ANÓNIMA

3101661316

JYK VIGILANCIA Y SEGURIDAD PRIVADA SOCIEDAD ANÓNIMA

3101661321

INVERSIONES SKYPHONES SOCIEDAD ANÓNIMA

3101661324

NINE PLANET DESIGNS SOCIEDAD ANÓNIMA

3101661333

CAROMARIMD SOCIEDAD ANÓNIMA

3101661334

JALARAGUTIZ JLG SOCIEDAD ANÓNIMA

3101661343

CRC CARROS DE SAN JOSÉ PUNTO COM, SOCIEDAD ANÓNIMA

3101661344

YUSGONZA DE ESCAZÚ SOCIEDAD ANÓNIMA

3101661355

ARTE NATIVO ARQUITECTURA W & A SOCIEDAD ANÓNIMA

3101661362

INVERSIONES GENOBEBA E&J SOCIEDAD ANONINMA

3101661370

SEÑOR TOLO Z.V SOCIEDAD ANÓNIMA

3101661376

TRINITY ENTERPRISES SOCIEDAD ANÓNIMA

3101661386

3-101-661394 SOCIEDAD ANÓNIMA

3101661394

3-101-661395 SOCIEDAD ANÓNIMA

3101661395

3-101-661396 SOCIEDAD ANÓNIMA

3101661396

3-101-661397 SOCIEDAD ANÓNIMA

3101661397

HERITAGE ACADEMY SOCIEDAD ANÓNIMA

3101661405

BOSQUES DE CARAO PLUTON B-NUEVE SOCIEDAD ANÓNIMA

3101661420

ACEROS DE GRECIA VICMA SOCIEDAD ANÓNIMA

3101661425

FISIOTERAPIA AVANZADA JMG SOCIEDAD ANÓNIMA

3101661427

SERVICE DESIGN GROUP SOCIEDAD ANÓNIMA

3101661432

3-101-661435 SOCIEDAD ANÓNIMA

3101661435

LOGÍSTICA ADUANERA INTERNACIONAL S.T.R. SOCIEDAD ANÓNIMA

3101661441

LA CITTA DEGLI ELFI SOCIEDAD ANÓNIMA

3101661453

CORPOGRAF SOCIEDAD ANÓNIMA

3101661457

STYLISH SOLUTIONS SOCIEDAD ANÓNIMA

3101661463

3-101-661475 SOCIEDAD ANÓNIMA

3101661475

NELKAT SOCIEDAD ANÓNIMA

3101661496

MENA Y MONGE DE DULCE NOMBRE SOCIEDAD ANÓNIMA

3101661502

3-101-661523 SOCIEDAD ANÓNIMA

3101661523

3-101-661524 SOCIEDAD ANÓNIMA

3101661524

STACCATOCR SOCIEDAD ANÓNIMA

3101661525

SERVICIOS MÚLTIPLES Y ADUANEROS RANA TROPICAL SOCIEDAD ANÓNIMA

3101661544

JANAARON DE COLON SOCIEDAD ANÓNIMA

3101661553

F T DEL ATLANTICO SOCIEDAD ANÓNIMA

3101661592

FUTURA AGROBUSINESS SOCIEDAD ANÓNIMA

3101661594

FRESHCO INTERNATIONAL SOCIEDAD ANÓNIMA

3101661597

PAQUETICOS DE COSTA RICA SOCIEDAD ANÓNIMA

3101661599

C F M RACING HERMOSA SOCIEDAD ANÓNIMA

3101661601

SAINT MICHEL CORP SOCIEDAD ANÓNIMA

3101661610

DPB DISTRIBUIDORA DE PRODUCTOS DE BELLEZA SOCIEDAD ANÓNIMA

3101661617

MY BABILON SOCIEDAD ANÓNIMA

3101661618

REDERIS RESERVE, SOCIEDAD ANÓNIMA

3101661628

CIRKS DEVELOPMENTS WEST SOCIEDAD ANÓNIMA

3101661630

ACERO CENTRO COSTA RICA SOCIEDAD ANÓNIMA

3101661648

3-101-661652 SOCIEDAD ANÓNIMA

3101661652

MADECENTER MDC DE COSTA RICA SOCIEDAD ANÓNIMA

3101661658

3-101-661673 SOCIEDAD ANÓNIMA

3101661673

BOSQUES DE CARAO TOPACIO A-VEINTIDOS SOCIEDAD ANÓNIMA

3101661686

SERVICIOS METALMECANICOS MARSISSY SOCIEDAD ANÓNIMA

3101661692

DELAGRO PACÍFICO SOCIEDAD ANÓNIMA

3101661693

ORO CANTO MARINO SOCIEDAD ANÓNIMA

3101661698

BIENES Y CRÉDITOS DOBLE K SOCIEDAD ANÓNIMA

3101661713

3-101-661721 SOCIEDAD ANÓNIMA

3101661721

MULTISERVICIOS EXPA SOCIEDAD ANÓNIMA

3101661734

GREEN ACRES IN PARADISE SOCIEDAD ANÓNIMA

3101661736

HATI-CONTAD-ADIOS SOCIEDAD ANÓNIMA

3101661738

STONEBRIDGE ENTERPRISES LLC SOCIEDAD ANÓNIMA

3101661746

INVERSIONES MEKA CENTROAMERICANA SOCIEDAD ANÓNIMA

3101661756

SUPERTRAVEL SOCIEDAD ANÓNIMA

3101661758

BRAINER MURILLO Y ASOCIADOS SOCIEDAD ANÓNIMA

3101661794

PCO ENTERPRISES SOCIEDAD ANÓNIMA

3101661796

3-101-661812 SOCIEDAD ANÓNIMA

3101661812

MUFERFLOR SOCIEDAD ANÓNIMA

3101661817

INVERSIONES KEYMARAHE DE LIBERIA SOCIEDAD ANÓNIMA

3101661818

CUACUA SOCIEDAD ANÓNIMA

3101661827

KAYE LINDORA SOCIEDAD ANÓNIMA

3101661828

AMAFHH EBRAHIM SOCIEDAD ANÓNIMA

3101661830

3-101-661846 SOCIEDAD ANÓNIMA

3101661846

SERVICIOS PROFESIONALES K S L SOCIEDAD ANÓNIMA

3101661861

IMPORTADORA GLOBALTY SOCIEDAD ANÓNIMA

3101661874

INVERSIONES HERMOSA R.M. SOCIEDAD ANÓNIMA

3101661876

INVERSIONES ARIAS TREJOS SOCIEDAD ANÓNIMA

3101661883

ASESORÍAS LOGÍSTICAS INTERNACIONALES V & G SOCIEDAD ANÓNIMA

3101661888

HORUS JOLLIES SOCIEDAD ANÓNIMA

3101661892

LD SABORES DE SAJU SOCIEDAD ANÓNIMA

3101661898

TRASETU SOCIEDAD ANÓNIMA

3101661906

SERVICIOS ELECTROMECÁNICOS Y REFRIGERACIÓN SOCIEDAD ANÓNIMA

3101661914

PROYECTO CORAL SOCIEDAD ANÓNIMA

3101661922

GRUPO AKONKAY SOCIEDAD ANÓNIMA

3101661932

3-101-661934 SOCIEDAD ANÓNIMA

3101661934

PARAJES DEL SOL SALAZAR Y LARA SOCIEDAD ANÓNIMA

3101661940

SERVIREPUESTOS TRACKER DE OCCIDENTE SOCIEDAD ANÓNIMA

3101661942

AEROVIDA SOCIEDAD ANÓNIMA

3101661943

SALWAK SOCIEDAD ANÓNIMA

3101661944

OPERADORA DE FRANQUICIAS LOV SOCIEDAD ANÓNIMA

3101661948

MANGO TRECE ONCE SOCIEDAD ANÓNIMA

3101661955

KEIKAR JOR SOCIEDAD ANÓNIMA

3101661974

USCHI SOCIEDAD ANÓNIMA

3101661983

JUST QUEEN SOCIEDAD ANÓNIMA

3101661985

VALLE DEL ELQUI SOCIEDAD ANÓNIMA

3101661991

VISTAS DE RIOMAR SOCIEDAD ANÓNIMA

3101661994

EMPIRE CMQ SOCIEDAD ANÓNIMA

3101661996

INVERSIONES DOS MIL DOCE DEL OESTE SOCIEDAD ANÓNIMA

3101662007

SFERA IP SERVICES SIP SOCIEDAD ANÓNIMA

3101662010

MPR HOLDING INVESTMENT CORPORATION SOCIEDAD ANÓNIMA

3101662012

HERMANOS MC INTYRE SOCIEDAD ANÓNIMA

3101662013

BALTICSUR CORPORATION SOCIEDAD ANÓNIMA

3101662020

3-101-662022 SOCIEDAD ANÓNIMA

3101662022

TRANSPORTES Y LOGÍSTICAS J L M SOCIEDAD ANÓNIMA

3101662031

SMARTEK SOLUTIONS SOCIEDAD ANÓNIMA

3101662046

NEW CBMA SOCIEDAD ANÓNIMA

3101662058

CRISTCAR ALIADAS SOCIEDAD ANÓNIMA

3101662064

DISTRIBUIDORA COMERCIAL DICORSA SOCIEDAD ANÓNIMA

3101662070

PUNTARENAS OCEAN MALL SOCIEDAD ANÓNIMA

3101662071

GRUPO EMPRESARIAL CASASVITA SOCIEDAD ANÓNIMA

3101662077

GRUPO EMPRESARIAL A&A SOCIEDAD ANÓNIMA

3101662078

EDHA SOCIEDAD ANÓNIMA

3101662102

COMERCIAL SERVIPRO DE RENTA SOCIEDAD ANÓNIMA

3101662116

HWR IMPEX CORPORATIVO SOCIEDAD ANÓNIMA

3101662118

3-101-662121 SOCIEDAD ANÓNIMA

3101662121

SOLUCIONES Y SISTEMAS DE SEGURIDAD SOSIS SOCIEDAD ANÓNIMA

3101662130

CHEZ NOUS PAPERIE SOCIEDAD ANÓNIMA

3101662131

DISTRIBUIDORA DE PINTURAS GUADAMUZ S Y S SOCIEDAD ANÓNIMA

3101662143

ALL DANCE AND FIT SOCIEDAD ANÓNIMA

3101662147

TEXTUAMERICA SOCIEDAD ANÓNIMA

3101662150

VROOM VROOM SOCIEDAD ANÓNIMA

3101662152

TARZATEX SOCIEDAD ANÓNIMA

3101662159

EVO SOLUCIONES SOCIEDAD ANÓNIMA

3101662172

ALTA VISTA PROPERTIES FROM GUANACASTE SOCIEDAD ANÓNIMA

3101662180

PETERSON & THORNHILL INC SOCIEDAD ANÓNIMA

3101662191

B F C R PANARA SOCIEDAD ANÓNIMA

3101662192

FRESCHO TRADE DE COSTA RICA SOCIEDAD ANÓNIMA

3101662193

3-101-662228 SOCIEDAD ANÓNIMA

3101662228

CASIS CAFE SOCIEDAD ANÓNIMA

3101662232

CHUZ EQUIPO PESADO SOCIEDAD ANÓNIMA

3101662240

TRANSPORTE HERRERA Y MONGE DEL SUR SOCIEDAD ANÓNIMA

3101662273

TITUS DE COSTA RICA SOCIEDAD ANÓNIMA

3101662275

ALIMENTOS Y BEBIDAS OTEROS C.C. SOCIEDAD ANÓNIMA

3101662278

TRUSTY STEP DE CENTROAMERICA SOCIEDAD ANÓNIMA

3101662280

GLOBAL FREIGHT AND LOGISTIC SOCIEDAD ANÓNIMA

3101662288

SOLÓRZANO BUSTOS SOCIEDAD ANÓNIMA

3101662291

ASOVIDA NATURAL SOCIEDAD ANÓNIMA

3101662311

SMART DESIGN COSTA RICA SDCR SOCIEDAD ANÓNIMA

3101662321

NINOSKA-JERIEL SOCIEDAD ANÓNIMA

3101662340

CORPORACIÓN DOCTOREX SOCIEDAD ANÓNIMA

3101662346

EXPERTOS EN COLOR, E.EC SOCIEDAD ANÓNIMA

3101662353

RETUS CONSTRUCCION Y MAQUINARIA SOCIEDAD ANÓNIMA

3101662358

THE BEST OF BANDIT SOCIEDAD ANÓNIMA

3101662361

CORPORACIÓN MINKA HLILJACK SOCIEDAD ANÓNIMA

3101662380

GRUPO BREPO SOLUCIONES PARA SU BODEGA SOCIEDAD ANÓNIMA

3101662385

BOYER & VARGAS SOCIEDAD ANÓNIMA

3101662393

F & F EL RETIRO DE SAN PEDRO SOCIEDAD ANÓNIMA

3101662398

CONSTRUCTORA Y CONSULTORA SERVICIOS INTEGRALES DE CONSTRUCCION SICSA SOCIEDAD ANÓNIMA

3101662403

INVERSIONES MOBILIARIAS DEL NORTE SOCIEDAD ANÓNIMA

3101662420

LABORATORIO IN VITRO SANTA MÓNICA, SOCIEDAD ANÓNIMA

3101662432

CONSTRUCTORA HERMANOS UNIDOS SOCIEDAD ANÓNIMA

3101662440

CONSTRUCTORA MASIS CA SOCIEDAD ANÓNIMA

3101662460

COMPAÑÍA AGRÍCOLA Y GANADERA ALROD DE SARAPIQUI SOCIEDAD ANÓNIMA

3101662471

SERVICIOS LOGÍSTICOS VIDA SOCIEDAD ANÓNIMA

3101662488

MI CARRO LLENO GRUPO NEVAI SOCIEDAD ANÓNIMA

3101662493

SERRANEZ SOCIEDAD ANÓNIMA

3101662513

TWINS PARADISE SOCIEDAD ANÓNIMA

3101662520

INVERSIONES UNIDAS ARGUELLO VARGAS & MORERA LOPEZ SOCIEDAD ANÓNIMA

3101662528

ADIAZ INGENIERÍA Y TOPOGRAFÍA SOCIEDAD ANÓNIMA

3101662537

PROSHIP SOCIEDAD ANÓNIMA

3101662546

COMPLEJO EDUCATIVO TIERRA DE PEQUEÑOS SOCIEDAD ANÓNIMA

3101662610

PROMOTORA DE DESARROLLO DE SAN MATEO DE COSTA RICA SOCIEDAD ANÓNIMA

3101662616

REPRESENTACIONES Y SERVICIOS TAMIZ SOCIEDAD ANÓNIMA

3101662642

DISEÑOS Y CONSULTORÍAS PRONAOS SOCIEDAD ANÓNIMA

3101662643

NUVE INNOVATION SOLUTIONS ENTERPRISE SOCIEDAD ANÓNIMA

3101662644

INVERSIONES TRES ESTRELLAS DE JADE SOCIEDAD ANÓNIMA

3101662649

SANDOVAL Y QUESADA DOS MIL DOCE SOCIEDAD ANÓNIMA

3101662651

HAIR TO GO SOCIEDAD ANÓNIMA

3101662670

INVERSIONES CRISU SOCIEDAD ANÓNIMA

3101662698

3-101-662700 SOCIEDAD ANÓNIMA

3101662700

JOSHUA GIRAFFE SOCIEDAD ANÓNIMA

3101662702

GLOBAL PL COSTA RICA SOCIEDAD ANÓNIMA

3101662703

INVERSIONES KACHI LI SOCIEDAD ANÓNIMA

3101662709

MAVIAL SOLUCIONES INTEGRALES SOCIEDAD ANÓNIMA

3101662714

EL MARIACHI LOCO MEXICAN FOOD SOCIEDAD ANÓNIMA

3101662724

WAPKES INVERSIONES SOCIEDAD ANÓNIMA

3101662727

BIOCAFE DE BIOLLEY SOCIEDAD ANÓNIMA

3101662728

PROPIEDADES ACAB SOCIEDAD ANÓNIMA

3101662730

TRANSPORTES DÍAZ Y WHITE SOCIEDAD ANÓNIMA

3101662754

TRANSPORTES COMERCIALES E Y A DE COSTA RICA SOCIEDAD ANÓNIMA

3101662762

HOTEL GOLF CARIARI SOCIEDAD ANÓNIMA

3101662777

MONTE DE LA FIMCA SOCIEDAD ANÓNIMA

3101662782

CORPORACIÓN MPV MAR Y PLATA VEINTITRÉS SOCIEDAD ANÓNIMA

3101662799

LABORATORIOS TECNOLÓGICA LT DE COSTA RICA

3101662809

TILINO DOS MIL DOCE SOCIEDAD ANÓNIMA

3101662813

INVERSIONES CHILANGO SOCIEDAD ANÓNIMA

3101662820

SEGURIDAD MADRIGAL GMK SOCIEDAD ANÓNIMA

3101662828

ASISTAME SOCIEDAD ANÓNIMA

3101662834

FINTEC SOCIEDAD ANÓNIMA

3101662841

VFE MANAGEMENT SOCIEDAD ANÓNIMA

3101662843

GRUPO FALGI SOCIEDAD ANÓNIMA

3101662846

BESTFREND SOCIEDAD ANÓNIMA

3101662847

3-101-662849 SOCIEDAD ANÓNIMA

3101662849

EMERGENCIAS DEL PACÍFICO SOCIEDAD ANÓNIMA

3101662861

EL GRAN BAZAR DE LAS TRES SOCIEDAD ANÓNIMA

3101662871

GUARUMA DEL SOL SOCIEDAD ANÓNIMA

3101662874

WEBSERV SOCIEDAD ANÓNIMA

3101662879

RACING PARTS SOCIEDAD ANÓNIMA

3101662889

INVERCORP FLORES ROJAS COSTA RICA SOCIEDAD ANÓNIMA

3101662893

ADUANEROS RG SOCIEDAD ANÓNIMA

3101662894

MADESANT S.B SOCIEDAD ANÓNIMA

3101662906

ALIMENTOS MCCAL SOCIEDAD ANÓNIMA

3101662911

CORPORACIÓN GAMBOA SAUREZ HERMANOS SOCIEDAD ABNONIMA

3101662913

INVERSIONES IMF DE CR SOCIEDAD ANÓNIMA

3101662916

GANADERA YETA SOCIEDAD ANÓNIMA

3101662942

ALINSA DEL NORTE SOCIEDAD ANÓNIMA

3101662943

LAVACAR HEREDIANO SOCIEDAD ANÓNIMA

3101662948

GRUPO VILLALOBOS & MORALES DEL CARIBE SOCIEDAD ANÓNIMA

3101662962

INVERSIONES VARROQ SOCIEDAD ANÓNIMA

3101662971

MENSAJERÍA NACIONAL SOCIEDAD ANÓNIMA

3101662989

PINAREL DEL SUR SOCIEDAD ANÓNIMA

3101662995

GRUPO R.U.V. SOCIEDAD ANÓNIMA

3101663002

CAVARO SOCIEDAD ANÓNIMA

3101663008

SOLUCIONES DENTALES DVORNICHENKO SOCIEDAD ANÓNIMA

3101663011

SOLUCIONES INFOCREATIVAS G & R SOCIEDAD ANÓNIMA

3101663015

GEDEAZ SOCIEDAD ANÓNIMA

3101663020

AGROVETERINARIA EL PROGRESO SOCIEDAD ANÓNIMA

3101663030

TODOPREFA SOCIEDAD ANÓNIMA

3101663041

PROVEEDORA DE SERVICIOS VILLAR SOCIEDAD ANÓNIMA

3101663044

THE CALL CENTER TRANSNATIONAL SAN JOSE CRC SOCIEDAD ANÓNIMA

3101663069

INVERSIONES SOFIAMYA DE GUADALAJARA SOCIEDAD ANÓNIMA

3101663070

GLOBAL LOGISTICA PORTUARIA, SOCIEDAD ANÓNIMA

3101663074

VALCUB SOCIEDAD ANÓNIMA

3101663077

3-101-663080 SOCIEDAD ANÓNIMA

3101663080

INVERSIONES CIGALA SOCIEDAD ANÓNIMA

3101663102

TOP MOTORS CR SOCIEDAD ANÓNIMA

3101663108

POKER DE REYES LF SOCIEDAD ANÓNIMA

3101663112

COMMAIN DE CENTROAMERICA SOCIEDAD ANÓNIMA

3101663143

VELTRON HATILLO DOS MIL SOCIEDAD ANÓNIMA

3101663149

COMUNICACIÓN INMEDIATA SOCIEDAD ANÓNIMA

3101663156

SNUBA COSTA RICA SOCIEDAD ANÓNIMA

3101663158

RUTA URBANA MORAVIA SOCIEDAD ANÓNIMA

3101663159

3-101-663160 SOCIEDAD ANÓNIMA

3101663160

CAYLO DEL SUR SOCIEDAD ANÓNIMA

3101663161

3-101-663178 SOCIEDAD ANÓNIMA

3101663178

3-101-663179 SOCIEDAD ANÓNIMA

3101663179

QUIMI SUCHELRETO SOCIEDAD ANÓNIMA

3101663183

HYDROO SOCIEDAD ANÓNIMA

3101663198

GRUPO SEGURIDAD TECNICA DOS SOCIEDAD ANÓNIMA

3101663212

TOI INTERACTIVO SOCIEDAD ANÓNIMA

3101663219

3-101-663225 SOCIEDAD ANÓNIMA

3101663225

GAMASOFT SOCIEDAD ANÓNIMA

3101663233

RIVARI VEINTITRES SOCIEDAD ANÓNIMA

3101663236

GRUPO TECNOLÓGICO ZANELLA SOCIEDAD ANÓNIMA

3101663237

GRUPO DE IMPORTACIONES FRANCO M Y M SOCIEDAD ANÓNIMA

3101663247

VERDES DEL IRAL SOCIEDAD ANÓNIMA

3101663260

AGROSIBA DEL SUR SOCIEDAD ANÓNIMA

3101663265

COMERCIALIZADORA E IMPORTADORA DE ARMAS DEL ATLÁNTICO SOCIEDAD ANÓNIMA

3101663267

GAMBA TICO SOCIEDAD ANÓNIMA

3101663288

AGROVETERINARIA EL PUEBLO JICARAL SOCIEDAD ANÓNIMA

3101663308

OXLEY HOLDING CORPORATION ENTERPRISES SOCIEDAD ANÓNIMA

3101663309

LICORES BRIMEN M.B.D SOCIEDAD ANÓNIMA

3101663311

SEGURIDAD MAGERO SOCIEDAD ANÓNIMA

3101663316

KIKUMA WARI SOCIEDAD ANÓNIMA

3101663339

TAMAR MECÁNICA Y MANTENIMIENTO DE CENTROAMERICA SOCIEDAD ANÓNIMA

3101663342

3-101-663343 SOCIEDAD ANÓNIMA

3101663343

AMAIA LIFECARE SOCIEDAD ANÓNIMA

3101663361

3-101-663364 SOCIEDAD ANÓNIMA

3101663364

3-101-663370 SOCIEDAD ANÓNIMA

3101663370

MALORENZI SOCIEDAD ANÓNIMA

3101663390

ANÁLISIS E INVESTIGACIÓN DE MERCADOS CARROLL CVRS SOCIEDAD ANÓNIMA

3101663395

3-101-663396 SOCIEDAD ANÓNIMA

3101663396

MEDIA HUB CORP SOCIEDAD ANÓNIMA

3101663399

BANATIM SOCIEDAD ANÓNIMA

3101663401

IDS SERVICIOS DE SEGURIDAD SOCIEDAD ANÓNIMA

3101663410

EL BAZAR G L SOCIEDAD ANONINA

3101663417

ALMANIDA AMD DE CORONADO SOCIEDAD ANÓNIMA

3101663419

INVERSIONES Y DESARROLLOS EMPRESARIALES VARGAS BRIONES SOCIEDAD ANÓNIMA

3101663427

C H L A GRUPO EMPRESARIAL CHINA-LATINOAMÉRICA SOCIEDAD ANÓNIMA

3101663431

GRUPO GRÁFICO SETENTA Y CUATRO SOCIEDAD ANÓNIMA

3101663451

MUNDO CLICK SOCIEDAD ANÓNIMA

3101663452

3-101-663460 SOCIEDAD ANÓNIMA

3101663460

ARMONÍA Y CONCIENCIA TREATMENTS SOCIEDAD ANÓNIMA

3101663466

JILIDA GRUPO SOCIEDAD ANÓNIMA

3101663467

PAPAYA GARDEN SOCIEDAD ANÓNIMA

3101663470

3-101-663474 SOCIEDAD ANÓNIMA

3101663474

CITO PRESTA SOCIEDAD ANÓNIMA

3101663480

ENEA SOLAR SOLUTION, SOCIEDAD ANÓNIMA

3101663482

TRES RÍOS PROPERTIES L.L.C. DE NUEVO ARENAL SOCIEDAD ANÓNIMA

3101663500

ÁRBITROS PROFESIONALES DE BALONCESTO SOCIEDAD ANÓNIMA

3101663501

RONIN MAXIMUM SECURITY SOCIEDAD ANÓNIMA

3101663521

IMPORTADORA EFELI SOCIEDAD ANÓNIMA

3101663530

SPA SHEMARI SOCIEDAD ANÓNIMA

3101663531

MUCCA CAFFE SOCIEDAD ANÓNIMA

3101663533

LA BOCA DEL TIGRE BLANCO SOCIEDAD ANÓNIMA

3101663552

LOCKERMOVIL SOCIEDAD ANÓNIMA

3101663553

CARYMA AZUL SOCIEDAD ANÓNIMA

3101663556

AZNA SOCIEDAD ANÓNIMA

3101663561

3-101-663568 SOCIEDAD ANÓNIMA

3101663568

TRIVIUM CENTER MANAGEMENT SOCIEDAD ANÓNIMA

3101663569

CATARSIS ARTIL SOCIEDAD ANÓNIMA

3101663573

DISTRIBUIDORA PRIETO (DIPRISA) SOCIEDAD ANÓNIMA

3101663578

AJM MEDIA GROUP SOCIEDAD ANÓNIMA

3101663579

CREPE ISLAND SOCIEDAD ANÓNIMA

3101663594

TOCO TOUCAN SOCIEDAD ANÓNIMA

3101663608

IN DEL OESTE ASESORES SOCIEDAD ANÓNIMA

3101663639

GRUPO ZIZA M Y L SOCIEDAD ANÓNIMA

3101663649

WARIKA KAMO SOCIEDAD ANÓNIMA

3101663661

CORPORACIÓN DE CRESTE SOCIEDAD ANÓNIMA

3101663665

3-101-663669 SOCIEDAD ANÓNIMA

3101663669

CORPORACIÓN ADUANERA SANTAMARIA GEN SOCIEDAD ANÓNIMA

3101663672

POSSURF SOCIEDAD ANÓNIMA

3101663674

TECNOLOGÍA Y LOGÍSTICA ALFA Y OMEGA T.A.O. SOCIEDAD ANÓNIMA

3101663698

GRUPO AGROECOLÓGICO A B D DE COSTA RICA SOCIEDAD ANÓNIMA

3101663701

ECOTERRA DEL ARENAL SOCIEDAD ANÓNIMA

3101663702

TICOBUY SOCIEDAD ANÓNIMA

3101663705

MIRED MÉDICA SOCIEDAD ANÓNIMA

3101663711

CORPORACIÓN SOLANO J.A. SOCIEDAD ANÓNIMA

3101663729

INMOBILIARIA VIOLEMAR DE CURRI SOCIEDAD ANÓNIMA

3101663731

MAXIMUS IN MINIMIS CONSTRUCCIÓN SOCIEDAD ANÓNIMA

3101663750

JAST- IH SOCIEDAD ANÓNIMA

3101663755

INVERSIONES TUCAN I T SOCIEDAD ANÓNIMA

3101663758

SERAGRO D. G. CENTRAL SOCIEDAD ANÓNIMA

3101663764

METAL DÍAZ INDUSTRIAL R D SOCIEDAD ANÓNIMA

3101663767

GRUPO ROSE DOS SOCIEDAD ANÓNIMA

3101663780

LUCIANA D CANDIDA DE PENSURTH SOCIEDAD ANÓNIMA

3101663786

GAYLE VILLIERS BROTHERS SOCIEDAD ANÓNIMA

3101663787

CHIQUITA ICE CREAM SOCIEDAD ANÓNIMA

3101663796

VERDELINHOVERDE SOCIEDAD ANÓNIMA

3101663799

3-101-663801 SOCIEDAD ANÓNIMA

3101663801

3-101-663804 SOCIEDAD ANÓNIMA

3101663804

3-101-663817 SOCIEDAD ANÓNIMA

3101663817

LATINAMERICAN SHRIMP CORPORATION SOCIEDAD ANÓNIMA

3101663818

IPJORCAD AMÉRICA SOCIEDAD ANÓNIMA

3101663820

TRUSTED ENTERPRISE GLOBAL INTERNACIONAL SOCIEDAD ANÓNIMA

3101663828

DISTRIBUIDORA RAMITINO SOCIEDAD ANÓNIMA

3101663830

3-101-663833 SOCIEDAD ANÓNIMA

3101663833

 

Las cuales se tramitan bajo el expediente número DPJ-DI-092-2021, entidades que según la información remitida por la Dirección General de Tributación del Ministerio de Hacienda mediante certificación DGT-DRCER-001-2021, presentan morosidad con el pago del impuesto a las personas jurídicas por tres, o más, períodos consecutivos, motivo por el cual se encuentran disueltas de pleno derecho, según lo establecido en el artículo 7 de la Ley del Impuesto a las Personas Jurídicas, N° 9428. Conforme lo estipulado en el artículo 207 del Código de Comercio, dentro del plazo de treinta días hábiles, los interesados que lo tengan a bien podrán presentar las consideraciones del caso ante la autoridad jurisdiccional competente. Transcurrido el plazo establecido por ley, para conocimiento de los interesados, se procederá a la cancelación de la inscripción de las entidades y a la respectiva anotación de la hipoteca legal preferente o prenda preferente en el Registro respectivo, para que procedan conforme corresponda.—San José, 31 de agosto de 2021.—Yolanda Víquez Alvarado, Directora.—1 vez.—O.C. N° OC21-0403.—Solicitud N° 292840.—( IN2021580821 ).

De conformidad con lo establecido en el artículo 7 de la Ley del Impuesto a las Personas Jurídicas, N° 9428, el Registro de Personas Jurídicas da a conocer que las siguientes entidades:

FRUITS AND VEGETABLES SOCIEDAD ANÓNIMA

3101663840

FARMACIAS MAIETTA SOCIEDAD ANÓNIMA

3101663842

3-101-663847 SOCIEDAD ANÓNIMA

3101663847

3-101-663852 SOCIEDAD ANÓNIMA

3101663852

ADMINISTRACIÓN Y COORDINACIÓN DE PROYECTOS DE CONSTRUCCIÓN, ACPCSA SOCIEDAD ANÓNIMA

3101663859

FOTO-GRÁFICA DEL SUR-RSBL SOCIEDAD ANÓNIMA

3101663863

3-101-663867 SOCIEDAD ANÓNIMA

3101663867

SCORPIUS INVESTMENTS SOCIEDAD ANÓNIMA

3101663878

NAIRABET INTERNATIONAL SOCIEDAD ANÓNIMA

3101663903

3-101-663928 SOCIEDAD ANÓNIMA

3101663928

CORPORACIÓN DE PARRITA CDP SOCIEDAD ANÓNIMA

3101663929

CORPORACIÓN DE CRCENTRO SOCIEDAD ANÓNIMA

3101663931

LA PUERTA DE EUROPA SOCIEDAD ANÓNIMA

3101663932

3-101-663944 SOCIEDAD ANÓNIMA

3101663944

PANIFICADORA JIMÉNEZ AZOFEIFA DE JACÓ SOCIEDAD ANÓNIMA

3101663948

CARTELERA CBS SOCIEDAD ANÓNIMA

3101663950

BOWLING DE CORONADO SOCIEDAD ANÓNIMA

3101663970

SERVICIOS DE SEGURIDAD SUIZA SOL Y LUNA SOCIEDAD ANÓNIMA

3101663972

GGL DEVELOPMENT SOCIEDAD ANÓNIMA

3101663993

COSNTRUCTORA JUY DE PUNTARENAS SOCIEDAD ANÓNIMA

3101664003

PIZZANESA SOCIEDAD ANÓNIMA

3101664020

URBANIZADORA JIMOBE SOCIEDAD ANÓNIMA

3101664023

PRENSA DINÁMICA SOCIEDAD ANÓNIMA

3101664047

BUILDING BLOCK CAPITAL, S.A.

3101664049

ALVAPRICA SOCIEDAD ANÓNIMA

3101664058

MERCADEO Y AFINES GÓMEZ INC SOCIEDAD ANÓNIMA

3101664063

INSYCOM SOCIEDAD ANÓNIMA

3101664072

IMPORTADORA Y DISTRIBUIDORA SIASA COMERCIAL SOCIEDAD ANÓNIMA

3101664073

HERMANOS LEON ROJAS C F R A SOCIEDAD ANÓNIMA

3101664074

M Y A INVERSIONES Y MULTISERVICIOS SOCIEDAD ANÓNIMA

3101664086

3-101-664092 SOCIEDAD ANÓNIMA

3101664092

G.O. DOLLARS ADVISERS SOCIEDAD ANÓNIMA

3101664093

RECICLAJES LA ESQUINA DE POCOCÍ SOCIEDAD ANÓNIMA

3101664099

MACOMI SOCIEDAD ANÓNIMA

3101664107

ASESORÍA EN ADMINISTRACIÓN Y FINANZAS, AFSA SOCIEDAD ANÓNIMA

3101664119

 

 

REPRESENTACIONES TURÍSTICAS SELVA PAN DE AZÚCAR SOCIEDAD ANÓNIMA

3101664127

3-101-664132 SOCIEDAD ANÓNIMA

3101664132

ALADDIN ADVENTURES SOCIEDAD ANÓNIMA

3101664133

ELEKTRA FINANZIERUNG A.G. SOCIEDAD ANÓNIMA

3101664143

DISTRIBUIDORA SERRANO Y OBANDO DEL ATLÁNTICO SOCIEDAD ANÓNIMA

3101664147

3-101-664182 SOCIEDAD ANÓNIMA

3101664182

SOL REAL SOCIEDAD ANÓNIMA

3101664187

JUDITE J.A.E.F SOCIEDAD ANÓNIMA

3101664210

ALTODOBLE SOCIEDAD ANÓNIMA

3101664232

3-101-664240 SOCIEDAD ANÓNIMA

3101664240

MUEBLES ROMESA R/M SOCIEDAD ANÓNIMA

3101664245

SEGURIDAD INTERAMERICANA PROSECURE SOCIEDAD ANÓNIMA

3101664248

DUOMEDICA SOCIEDAD ANÓNIMA

3101664256

INVERSIONES BOCHICA J. L. SOCIEDAD ANÓNIMA

3101664272

3-101-664278 SOCIEDAD ANÓNIMA

3101664278

CENTRO DE INVERSIONES LOMA SANTA ELENA SOCIEDAD ANÓNIMA

3101664282

US TO COCO INCORPORATE SOCIEDAD ANÓNIMA

3101664292

3-101-664299 SOCIEDAD ANÓNIMA

3101664299

3-101-664301 SOCIEDAD ANÓNIMA

3101664301

KONA TRADE & INVESTMENTS SOCIEDAD ANÓNIMA

3101664305

MAVISA ADMINISTRACIÓN INDUSTRIAL M.A.I SOCIEDAD ANÓNIMA

3101664310

AGRÍCOLA SAN GERÓNIMO SOCIEDAD ANÓNIMA

3101664334

OLE MEDITERRÁNEO SOCIEDAD ANÓNIMA

3101664336

TIENDAS DE CONVENIENCIA BRICKELL SOCIEDAD ANÓNIMA

3101664345

INVERSIONES NAYNA EL GUARCO DEL ESTE SOCIEDAD ANÓNIMA

3101664351

POSICIONAMIENTO COMERCIAL Y MERCADOLÓGICO PCM SOCIEDAD ANÓNIMA

3101664354

COMUNICACIÓN TOTAL Y ASESORÍAS PERIODÍSTICAS J.P.M. SOCIEDAD ANÓNIMA

3101664362

SOFÍA Y CARLOS POTRERO SOCIEDAD ANÓNIMA

3101664364

SERVICIOS ELÉCTRICOS GUADASAL W S Q SOCIEDAD ANÓNIMA

3101664368

3-101-664378 SOCIEDAD ANÓNIMA

3101664378

MILLICENT DE CAMPS CORP SOCIEDAD ANÓNIMA

3101664381

GRUPOAH SOCIEDAD ANÓNIMA

3101664385

GALERÍA TREINTA Y DOS INVERSIONES SOCIEDAD ANÓNIMA

3101664386

MANTENIMIENTO PREVENTIVO HOTELERO CH & O SOCIEDAD ANÓNIMA

3101664399

CORPORACIÓN ALADAI SOCIEDAD ANÓNIMA

3101664414

GRUPO BREDUMA SOCIEDAD ANÓNIMA

3101664420

DESARROLLOS ALARIFE SOCIEDAD ANÓNIMA

3101664424

3-101-664429 SOCIEDAD ANÓNIMA

3101664429

BOUTIQUE REN SOCIEDAD ANÓNIMA

3101664446

ENTRE NOS ATELIER SOCIEDAD ANÓNIMA

3101664466

HOPPAS VALMA SOCIEDAD ANÓNIMA

3101664467

LA TACHE CUISINE SOCIEDAD ANÓNIMA

3101664472

DESARROLLOS INMOBILIARIOS CAJIAO & OCAMPO SOCIEDAD ANÓNIMA

3101664515

AMO Y SEÑOR DE CR SOCIEDAD ANÓNIMA

3101664516

GRAPHYTO SYSTEMS SOCIEDAD ANÓNIMA

3101664527

AQUA AMBIENTE SOCIEDAD ANÓNIMA

3101664538

3-101-664561 SOCIEDAD ANÓNIMA

3101664561

ENMA GOICOECHEA SOCIEDAD ANÓNIMA

3101664570

MAKALI LYRA SOCIEDAD ANÓNIMA

3101664573

SERVICIOS GUERRAZA SOCIEDAD ANÓNIMA

3101664577

AGRÍCOLA LAS PIRUCHAS ESPARZA SOCIEDAD ANÓNIMA

3101664597

IMPRERSIONES Y BORDADOS DIEZ DE COSTA RICA SOCIEDAD ANÓNIMA

3101664609

REDEZ E.N.J SOCIEDAD ANÓNIMA

3101664619

DISTRIBUIDORA DE PRODUCTOS ALIMENTICIOS DIPA S. A.

3101664625

ONE GRUPO INMOBILIARIO SOCIEDAD ANÓNIMA

3101664639

SOFTCORP - CR SOCIEDAD ANOMIMA

3101664647

3-101-664654 SOCIEDAD ANÓNIMA

3101664654

CARIBBEAN GLOBAL TECHNOLOGY HOLDINGS SOCIEDAD ANÓNIMA

3101664659

SIMPLE CALL SOLUTIONS SOCIEDAD ANÓNIMA

3101664665

EL EXÓTICO MEJOR CAFÉ MILAGROSO BON BON SOCIEDAD ANÓNIMA

3101664670

GRUPEX EXPRESS SOCIEDAD ANÓNIMA

3101664675

LUNASOL TRADING COMPANY SOCIEDAD ANÓNIMA

3101664680

OKAMA SOCIEDAD ANÓNIMA

3101664684

GRUPO ASAM SOCIEDAD ANÓNIMA

3101664694

MRDV OESTE SOCIEDAD ANÓNIMA

3101664698

INTERTECNO EMJAM COSTARICAN-CHILE SOCIEDAD ANÓNIMA

3101664702

ML RIVAS SOCIEDAD ANÓNIMA

3101664717

DIGITALL SOLUCIONES SOCIEDAD ANÓNIMA

3101664719

E.M. LEDSIGN CENTROAMERICA SOCIEDAD ANÓNIMA

3101664735

J & P WATERFORD PROPERTIES SOCIEDAD ANÓNIMA

3101664748

COLCHONES LUNA SOCIEDAD ANÓNIMA

3101664751

DISTRIBUIDORA DE MATERIALES PARA LA CONSTRUCCIÓN GRUPO CEDROS SOCIEDAD ANÓNIMA

3101664764

ASISTENCIA Y TECNOLOGÍA PARA LA INDUSDRIA CERÁMICA SOCIEDAD ANÓNIMA

3101664770

D. LEZCANO SOCIEDAD ANÓNIMA

3101664773

GUZ TICOS SAN ARCANGEL SOCIEDAD ANÓNIMA

3101664781

3-101-664785 SOCIEDAD ANÓNIMA

3101664785

TRIVIUM CENTER DIECIOCHO R SOCIEDAD ANÓNIMA

3101664796

GANADERÍA TORRESTRELLA SOCIEDAD ANÓNIMA

3101664806

ENCLAVE CONJUNTO DE INVERSIONES HERMANOS SABORIO SOCIEDAD ANÓNIMA

3101664827

CASA KAVALU SOCIEDAD ANÓNIMA

3101664834

EMPLOYMENT TB ESCAZU SOCIEDAD ANÓNIMA

3101664839

KTRANS SERVICIOS INC SOCIEDAD ANÓNIMA

3101664842

MORAGON DE VILLARREAL SOCIEDAD ANÓNIMA

3101664846

SAC SEGURIDAD PRIVADA SOCIEDAD ANÓNIMA

3101664848

EC ARMENIAS SOCIEDAD ANÓNIMA

3101664850

P C S DATA TECNOLOGIES SOCIEDAD ANÓNIMA

3101664851

EXPO HISTORIA SOCIEDAD ANÓNIMA

3101664854

SHK-ARTES SOCIEDAD ANÓNIMA

3101664855

SOLUCIONES INFORMÁTICAS BYC SOCIEDAD ANÓNIMA

3101664856

EMPLOYMENT TB PINARES SOCIEDAD ANÓNIMA

3101664858

ASESORÍA INMOBILIARIA INTEGRAL SOCIEDAD ANÓNIMA

3101664867

LUNOMA SOCIEDAD ANÓNIMA

3101664880

LA ESCONDIDA PLAYA JACÓ SOCIEDAD ANÓNIMA

3101664881

3-101-664890 SOCIEDAD ANÓNIMA

3101664890

CONSULTORES Y CONSTRUCTORES INTEGRALES ING SOCIEDAD ANÓNIMA

3101664896

SERVICIOS PROFESIONALES DE TAXI SEPROTAXI SOCIEDAD ANÓNIMA

3101664904

DISTRIBUCIONES ESTTELLER SOCIEDAD ANÓNIMA

3101664909

INVERSIONES R Y Z DE BELÉN SOCIEDAD ANÓNIMA

3101664918

CONSORCIO INMOBILIARIO CARRANZA JIMÉNEZ SOCIEDAD ANÓNIMA

3101664931

MICHI & LARS SOCIEDAD ANÓNIMA

3101664934

CORPORACIÓN KOSTOPOULOS S.A.

3101664937

EVENTOS ESPECIALES EL MONASTERIO SOCIEDAD ANÓNIMA

3101664955

NEW BOY’S BOUTIQUE SOCIEDAD ANÓNIMA

3101664958

VISTA DEL BOSQUE AZUL HEREDIANO SOCIEDAD ANÓNIMA

3101664976

LYS THE FRANCE SOCIEDAD ANÓNIMA

3101664977

ALQUILERES ROYAL SOCIEDAD ANÓNIMA

3101664981

GANADERÍA FAMVICA SOCIEDAD ANÓNIMA

3101664993

PIEDRA HERMANOS DEPORTIVA SOCIEDAD ANÓNIMA

3101665000

TORTILLAS MONTERREY SOCIEDAD ANÓNIMA

3101665002

3-101-665005 SOCIEDAD ANÓNIMA

3101665005

LA CAVA DEL MONASTERIO SOCIEDAD ANÓNIMA

3101665014

TUTORÍAS HISTORIAS Y CUENTOS CNG SOCIEDAD ANÓNIMA

3101665024

GLORIA A DIOS SOCIEDAD ANÓNIMA

3101665047

ASESORÍAS FINANCIERAS ANKSUNAMUN SOCIEDAD ANÓNIMA

3101665066

GRUPO MAKENSA SOCIEDAD ANÓNIMA

3101665071

GRUPO ANDO SOCIEDAD ANÓNIMA

3101665073

EVILA SUPLIDORA UNIVERSAL SOCIEDAD ANÓNIMA

3101665074

SAKAPPS SOCIEDAD ANÓNIMA

3101665091

AGRÍCOLA SAN GERARDO B SOCIEDAD ANÓNIMA

3101665094

SONIGU SOCIEDAD ANÓNIMA

3101665110

HOTELIZA SOCIEDAD ANÓNIMA

3101665121

DISTRIBUIDORA SOLGRA E HIJOS SOCIEDAD ANÓNIMA

3101665156

DELIWORLD SOCIEDAD ANÓNIMA

3101665164

TALLER DE ARQUITECTOS GILLET SOCIEDAD ANÓNIMA

3101665178

HAFER INCORPORATED SOCIEDAD ANÓNIMA

3101665182

INVERSIONES ARKE COMERCIAL SOCIEDAD ANÓNIMA

3101665188

MUEBLES ALVE DE COSTA RICA SOCIEDAD ANÓNIMA

3101665193

MARKETING NOMADS SOCIEDAD ANÓNIMA

3101665194

PROPIEDADES HERMANAS MONTERO CHAVARRÍA SOCIEDAD ANÓNIMA

3101665206

M.F.W SOLUTIONS ALTERNATIVA SOCIEDAD ANÓNIMA

3101665214

SEGURIDAD PRIVADA JOCK SAN SOCIEDAD ANÓNIMA

3101665226

NANOTECHCR RQ SOCIEDAD ANINIMA

3101665236

3-101-665269 SOCIEDAD ANÓNIMA

3101665269

GRUPO ENIGMA PUNTO COM SOCIEDAD ANÓNIMA

3101665272

TRIVIUM CENTER VEINTE T SOCIEDAD ANÓNIMA

3101665299

OVIEQUIER SOCIEDAD ANÓNIMA

3101665300

3-101-665317 SOCIEDAD ANÓNIMA

3101665317

AGRÍCOLA JAHEZ SOCIEDAD ANÓNIMA

3101665339

AIRES ACONDICIONADOS J M C SOCIEDAD ANÓNIMA

3101665350

NIÑOS CREATIVOS ISAQU SOCIEDAD ANÓNIMA

3101665353

JIMMORAS SOCIEDAD ANÓNIMA

3101665355

CELLZONE SOCIEDAD ANÓNIMA

3101665357

HERMANOS PORRAS DEL ATLÁNTICO SOCIEDAD ANÓNIMA

3101665360

GRUPO DE COMUNICACIÓN CONTRACTING COSTA RICA SOCIEDAD ANÓNIMA

3101665378

SERVICIOS DE SEGURIDAD PROTECCIÓN Y VIGILANCIA MUFER SOCIEDAD ANÓNIMA

3101665384

LML METAL SAN JOSE SOCIEDAD ANÓNIMA

3101665386

NUVISA SOLUCIONES SOCIEDAD ANÓNIMA

3101665387

JARYCO SOCIEDAD ANÓNIMA

3101665406

OMEGA MARKETING GROUP SOCIEDAD ANÓNIMA

3101665413

SNEYDER GROUP SOCIEDAD ANÓNIMA

3101665415

PIZZERÍA EL PUNTO SOCIEDAD ANÓNIMA

3101665422

VAMSA DOS MIL VEINTE SOCIEDAD ANÓNIMA

3101665427

SEGURIDAD IAN-DAR CERO DOS TRECE SOCIEDAD ANÓNIMA

3101665443

CONSTRUCTORA HERMANOS NAVARRO SOJO G.B.P. SOCIEDAD ANÓNIMA

3101665444

EXOCUBE DESIGN SOCIEDAD ANÓNIMA

3101665449

3-101-665450 SOCIEDAD ANÓNIMA

3101665450

BKH INTERNATIONAL SOCIEDAD ANÓNIMA

3101665452

MTEEBEE INVENTIONS SOCIEDAD ANÓNIMA

3101665456

SOINSE SOCIEDAD ANÓNIMA

3101665484

HOMES GRUPO INMOBILIARIO SOCIEDAD ANÓNIMA

3101665490

MEDSTEL IMPORT C.A SOCIEDAD ANÓNIMA

3101665495

HERMANOS MONGE FALLAS SOCIEDAD ANÓNIMA

3101665496

3-101-665500 SOCIEDAD ANÓNIMA

3101665500

SEGURIDAD ROMAR DE OTROTINA SOCIEDAD ANÓNIMA

3101665515

MUFLAS TURBO M.A.C. SOCIEDAD ANÓNIMA

3101665521

CONCRETOS OSA SOCIEDAD ANÓNIMA

3101665524

INVERSUR INVERSIONES SURAMERICANAS SOCIEDAD ANÓNIMA

3101665536

LOS ATARDECERES EN ARTOLA GUANACASTE LAG SOCIEDAD ANÓNIMA

3101665537

3-101-665539 SOCIEDAD ANÓNIMA

3101665539

3-101-665548 SOCIEDAD ANÓNIMA

3101665548

DI FOOD DIVISION BACK OFFICE SOCIEDAD ANÓNIMA

3101665550

SOL DEL MAR DE QUEPOS SOCIEDAD ANÓNIMA

3101665553

3-101-665557 SOCIEDAD ANÓNIMA

3101665557

DESARROLLOS KEONO SOCIEDAD ANÓNIMA

3101665565

AMARANTO PRODUCTS M.P. SOCIEDAD ANÓNIMA

3101665567

PIZZA XTREMA SOCIEDAD ANÓNIMA

3101665580

UBIK-T DE COSTA RICA SOCIEDAD ANÓNIMA

3101665593

3-101-665598 SOCIEDAD ANÓNIMA

3101665598

RONEZ DEL PUERTO SOCIEDAD ANÓNIMA

3101665599

INVERSIONES ECO MARACAS SOCIEDAD ANÓNIMA

3101665602

3-101-665604 SOCIEDAD ANÓNIMA

3101665604

SERVICIO ELÉCTRICO Y MANTENIMIENTO INDUSTRIAL SOCIEDAD ANÓNIMA

3101665605

3-101-665607 SOCIEDAD ANÓNIMA

3101665607

C & S COMPAÑÍA DE INVERSIONES CONSTRUCTIVAS SOCIEDAD ANÓNIMA

3101665614

BAÑO DE LUNA SPA SOCIEDAD ANÓNIMA

3101665639

NUTRICIÓN IDEAL DRA CINTHIA CASTRO SOCIEDAD ANÓNIMA

3101665644

HEREDIA BEACH CLUB SOCIEDAD ANÓNIMA

3101665646

CENTRO VETERINARIO INTEGRAL PERSONALIZADO (CENTRO VIP) SOCIEDAD ANÓNIMA

3101665650

VIDRIOS ALFA SOCIEDAD ANÓNIMA

3101665660

COACH CORP INTERNATIONAL SOCIEDAD ANÓNIMA

3101665665

EZEQUIEL S Y D SOCIEDAD ANÓNIMA

3101665668

3-101-665669 SOCIEDAD ANÓNIMA

3101665669

NUCERITY DE COSTA RICA SOCIEDAD ANÓNIMA

3101665676

3-101-665677 SOCIEDAD ANÓNIMA

3101665677

3-101-665689 SOCIEDAD ANÓNIMA

3101665689

MAS VIDA SERVICES SOCIEDAD ANÓNIMA

3101665713

SEGURICORD SOCIEDAD ANÓNIMA

3101665715

RESTAURANTE BAR Q K CHE SOCIEDAD ANÓNIMA

3101665721

CONSTRUCCIONES GRUPO J SOCIEDAD ANÓNIMA

3101665726

ESPACIOS OMV SOCIEDAD ANÓNIMA

3101665734

3-101-665736 SOCIEDAD ANÓNIMA

3101665736

ASESORÍAS EN CONSTRUCCIONES ROQUE SOCIEDAD ANÓNIMA

3101665741

PRODUCCIONES LA COLMENA SOCIEDAD ANÓNIMA

3101665742

PAULOWNIA ENTERPRISE SOCIEDAD ANÓNIMA

3101665746

APM FOOD SERVICE SOCIEDAD ANÓNIMA

3101665747

REPRESENTACIONES DEL ESTE RDE SOCIEDAD ANÓNIMA

3101665749

EMPRESA SALDAÑA Y CASERES SOCIEDAD ANÓNIMA

3101665750

ESTRUTEL SOCIEDAD ANÓNIMA

3101665755

MUEBLES RUSTICOS CV SOCIEDAD ANÓNIMA

3101665757

SUPERMAN LINE OF OSA SOCIEDAD ANÓNIMA

3101665760

3-101-665762 SOCIEDAD ANÓNIMA

3101665762

INVERSIÓN Y CONSULTING ARTLAND SOCIEDAD ANÓNIMA

3101665769

3-101-665770 SOCIEDAD ANÓNIMA

3101665770

DERIVADOS AGROINDUSTRIALES COLOMBOCOSTARRICENSES SOCIEDAD ANÓNIMA

3101665776

WOLKOFF SOCIEDAD ANÓNIMA

3101665785

ICONTEC DE COSTA RICA SOCIEDAD ANÓNIMA

3101665798

INVERSIONES LAS TRES G DE COSTA RICA SOCIEDAD ANÓNIMA

3101665799

CHAMUEL SPA SOCIEDAD ANÓNIMA

3101665802

SOLUCIONES INTELIGENTES J Y T SOCIEDAD ANÓNIMA

3101665813

GANADERÍA CHAVERRI JENKINS HERMANOS SOCIEDAD ANÓNIMA

3101665815

LH PREMIUM CIGARS SOCIEDAD ANÓNIMA

3101665819

LA CASA AMARILLA DE BELEN FILADELFIA CABF SOCIEDAD ANÓNIMA

3101665844

GLOBAL GREEN LED SOLUTIONS IN COSTA RICA SOCIEDAD ANÓNIMA

3101665858

ENERGÍA LIMPIA DE COSTA RICA HOLDING SOCIEDAD ANÓNIMA

3101665859

CALIDAD LATINOAMERICANA UNO SOCIEDAD ANÓNIMA

3101665870

IL MEGLIO DI CASA NOSTRA SOCIEDAD ANÓNIMA

3101665879

3-101-665884 SOCIEDAD ANÓNIMA

3101665884

ALPHAQ SOFTWARE SOCIEDAD ANÓNIMA

3101665889

SIQUIRRES KRAZIEST VIBEZ SOCIEDAD ANÓNIMA

3101665896

MASIVA & ASOCIADOS SOCIEDAD ANÓNIMA

3101665925

EDITORIAL EDUCATEX JJR SOCIEDAD ANÓNIMA

3101665930

MEDISISCO SOCIEDAD ANÓNIMA

3101665934

PODNA SOCIEDAD ANÓNIMA

3101665935

3-101-665939 SOCIEDAD ANÓNIMA

3101665939

AGRO TERRA AGT SOCIEDAD ANÓNIMA

3101665959

INVERSIONES ELEGANT FURNITURE SOCIEDAD ANÓNIMA

3101665979

PINCH JKJ SOCIEDAD ANÓNIMA

3101665982

PROJECTS FOR SUCCESS & WEB SOCIEDAD ANÓNIMA

3101665983

CONSTRUCTORA WALDAMY SOCIEDAD ANÓNIMA

3101665989

SERVICIOS EFATA SOCIEDAD ANÓNIMA

3101666004

PETRÓLEOS, LUBRICANTES Y DERIVADOS DE COSTA RICA TAI DOS MIL TRECE SOCIEDAD ANÓNIMA

3101666010

FENIX COMUNICACIÓN SOCIEDAD ANÓNIMA

3101666014

TRUCKS AND PARTS ENTERPRICE SOCIEDAD ANÓNIMA

3101666034

JMD PUBLISITIOS ESTRATÉGICOS SOCIEDAD ANÓNIMA

3101666037

VEGA & ROQUE SOCIEDAD ANÓNIMA

3101666040

3-101-666044 SOCIEDAD ANÓNIMA

3101666044

CONSTRUCTORA DOS R JE SOCIEDAD ANÓNIMA

3101666046

GRUPO INMOBILIARIO ALI DE CARTAGO SOCIEDAD ANÓNIMA

3101666052

MEHRISH INTERNACIONAL INCORPORATED SOCIEDAD ANÓNIMA

3101666055

3-101-666066 SOCIEDAD ANÓNIMA

3101666066

INNOVATION STRATEGY AND SOLUTIONS SOCIEDAD ANÓNIMA

3101666067

GRUPO GASTRONÓMICO DOS MIL DOCE SOCIEDAD ANÓNIMA

3101666068

SEGURIDAD PULSA SOCIEDAD ANÓNIMA

3101666073

INVERSIONES ROBLES Y VARGAS DE LIBERIA SOCIEDAD ANÓNIMA

3101666091

NMS-CR COSTA RICA SOCIEDAD ANÓNIMA

3101666097

BELICIOUS WAFÑES Y MAS SOCIEDAD ANÓNIMA

3101666108

MANTELEC INDUSTRIAL C.R. SOCIEDAD ANÓNIMA

3101666109

VULKAN ILUMINACIÓN CA SOCIEDAD ANÓNIMA

3101666114

PRIMOS MORA DE QUEPOS SOCIEDAD ANÓNIMA

3101666120

TYRVAL LED AMÉRICA SOCIEDAD ANÓNIMA

3101666121

ESCUELAS DE ESTÉTICA Y ESTILISMO D BELL LEZZA SOCIEDAD ANÓNIMA

3101666133

COMERCIALIZADORA DE SERVICIOS INTEGRALES DVH SOCIEDAD ANÓNIMA

3101666136

3-101-666142 SOCIEDAD ANÓNIMA

3101666142

ORIENTAL INVESTMENT MCM SOCIEDAD ANÓNIMA

3101666144

3-101-666148 SOCIEDAD ANÓNIMA

3101666148

EMBOTELLADORA ULTRA PURA SOCIEDAD ANÓNIMA

3101666155

MAYOREO EN GRANDE SOCIEDAD ANÓNIMA

3101666156

HD DESIGN & GRAPHICS SOCIEDAD ANÓNIMA

3101666157

SOMOS DOS SOCIEDAD ANÓNIMA

3101666160

GRUPO SOF F.L. SOCIEDAD ANÓNIMA

3101666162

3-101-666166 SOCIEDAD ANÓNIMA

3101666166

CORPORACIÓN RIO MAR RM SOCIEDAD ANÓNIMA

3101666176

OPERADORA DE FRANQUICIAS LA SELECTA SOCIEDAD ANÓNIMA

3101666177

3-101-666180 SOCIEDAD ANÓNIMA

3101666180

EXPERTA CONSULTORES SOCIEDAD ANÓNIMA

3101666189

AGRÍCOLA FUROSA SOCIEDAD ANÓNIMA

3101666193

3-101-666195 SOCIEDAD ANÓNIMA

3101666195

BLACKHOUSE CAPITAL SOCIEDAD ANÓNIMA

3101666201

CENTRO MÉDICO DE REHABILITACIÓN FUNCIONAL SOCIEDAD ANÓNIMA

3101666202

LERROUX FERNÁNDEZ- PACHECO SOCIEDAD ANÓNIMA

3101666206

TRANSPORTES BARAMEBO SOCIEDAD ANÓNIMA

3101666213

RAM- ESPAM CORPORACIÓN SOCIEDAD ANÓNIMA

3101666218

3-101-666220 SOCIEDAD ANÓNIMA

3101666220

GREENWAY WORLD SOLUTIONS COSTA RICA SOCIEDAD ANÓNIMA

3101666223

PLAYPEARLS COSTA RICA SOCIEDAD ANÓNIMA

3101666233

SERVICIOS TÉCNICOS SOLANOL SOCIEDAD ANÓNIMA

3101666239

GRUPO DE SEGURIDAD VEGA Y MORALES SOCIEDAD ANÓNIMA

3101666242

INVERSIONES GENERALES FARMACÉUTICAS LA VIOLETA SOCIEDAD ANOIMA

3101666243

GRUPO INMOBILIARIO FATIMA MO.HA.LAL SOCIEDAD ANÓNIMA

3101666245

DIGIBOX SOCIEDAD ANÓNIMA

3101666248

TRAFFIC L J G SOCIEDAD ANÓNIMA

3101666257

INMOBILIARIA PARSA MEHRAN LALJI SOCIEDAD ANONIMAC

3101666258

INVERSIONES SUNNY SIDE SL SOCIEDAD ANÓNIMA

3101666274

ATASOLUTION GLOBAL CONSULTING GROUP SOCIEDAD ANÓNIMA

3101666275

UNADES UNIVERSIDAD PARA EL DESARROLLO SOCIEDAD ANÓNIMA

3101666280

LIL’MISS EMMA BAKESHOP SOCIEDAD ANÓNIMA

3101666282

CONSTRUCCIONES O Y R DOS MIL DOCE SOCIEDAD ANÓNIMA

3101666283

IGNITION VENTURES I.C.R. SOCIEDAD ANÓNIMA

3101666285

BUGA DE LOS MILAGROS SOCIEDAD ANÓNIMA

3101666286

SAMOVARTE AROMAS SOCIEDAD ANÓNIMA

3101666289

COMERCIALIZADORA AMERICANA DE PRODUCTOS IMPORTADOS (CAMPRI) SOCIEDAD ANÓNIMA

3101666292

TRADEWINDS ECO RESORT & SPA SOCIEDAD ANÓNIMA

3101666309

DELIZIE E SAPORI SOCIEDAD ANÓNIMA

3101666312

CORPORACIÓN SERMECA J & E SOCIEDAD ANÓNIMA

3101666315

FLIA SERAFINI SOCIEDAD ANÓNIMA

3101666332

DOCTOR CELULAR ALL BRAND UNO SOCIEDAD ANÓNIMA

3101666353

DOCTOR CELULAR ALL BRAND DOS SOCIEDAD ANÓNIMA

3101666354

JARDINES DE TIQUICIA SOCIEDAD ANÓNIMA

3101666368

EL GELSOMINO SOCIEDA ANÓNIMA

3101666371

CASA OCEAN VIEW AT MANUEL ANTONIO SOCIEDAD ANÓNIMA

3101666374

CONSTRUCTORA GANIVA OMBSA SOCIEDAD ANÓNIMA

3101666381

NEW CLOTHES CORPORATION SOCIEDAD ANÓNIMA

3101666384

SOLUCIONES VIRO A & A SOCIEDAD ANÓNIMA

3101666386

LAS LORITAS VERDES DE KATHERINE SOCIEDAD ANÓNIMA

3101666388

SANRIVER YIREH SOCIEDAD ANÓNIMA

3101666395

3-101-666397 SOCIEDAD ANÓNIMA

3101666397

GRUPO MESAL SOCIEDAD ANÓNIMA

3101666401

PHI INMOBILIARIA SOCIEDAD ANÓNIMA

3101666404

PROYECTOS ACUÁTICOS Y SUEÑOS ROMELIGUS SOCIEDAD ANÓNIMA

3101666409

ARICAM BRUMOSA SOCIEDAD ANÓNIMA

3101666412

DOGER TECHNOLOGY DE COSTA RICA SOCIEDAD ANÓNIMA

3101666416

OPTIMA COMUNICACIÓN SOCIEDAD ANÓNIMA

3101666417

LIMARODA SOCIEDAD ANÓNIMA

3101666418

INSTITUTO PARA LOS DERECHOS HUMANOS SOCIEDAD ANÓNIMA

3101666430

SEPRIABARSA VIGILANCIA ESPECIALIZADA SOCIEDAD ANÓNIMA

3101666431

MYMYAN SOCIEDAD ANÓNIMA

3101666436

CONSORCIO DE SEGURIDAD URR SOCIEDAD ANÓNIMA

3101666437

MULTISERVICIOS TECNOLÓGICOS MST SOCIEDAD ANÓNIMA

3101666449

BERTA MIL NOVECIENTOS VEITICUATRO SOCIEDAD ANÓNIMA

3101666451

AGOMAR TRES SOCIEADA ANÓNIMA

3101666459

RECARGA EXPRESS SOCIEDAD ANÓNIMA

3101666469

IPM CONSTRUCTORA SOCIEDAD ANÓNIMA

3101666477

DENEPIZZA SOCIEDAD ANÓNIMA

3101666478

SHIDOKAN FITNESS AND MARTIAL ARTS CENTER SOCIEDAD ANÓNIMA

3101666487

IMPACT SOLUTIONS SOCIEDAD ANÓNIMA

3101666488

ÓPTICA FULLVISION SOCIEDAD ANÓNIMA

3101666491

LAV INICIATIVAS EMPRESARIALES ALGON SOCIEDAD ANÓNIMA

3101666496

AGHORPANTHI SOCIEDAD ANÓNIMA

3101666500

CALIAN VM SOCIEDAD ANÓNIMA

3101666502

DE FÁBULA SOCIEDAD ANÓNIMA

3101666503

INVERSIONES LUDMOAR SOCIEDAD ANÓNIMA

3101666506

ARMAR H R SOCIEDAD ANÓNIMA

3101666508

3-101-666523 SOCIEDAD ANÓNIMA

3101666523

NEW FASHION BOUTIQUE SOCIEDAD ANÓNIMA

3101666530

CIUDAD VITA SOCIEDAD ANÓNIMA

3101666533

3-101-666544 SOCIEDAD ANÓNIMA

3101666544

ARQUITECTURA Y ACABADOS CASASVITA SOCIEDAD ANÓNIMA

3101666547

INVERSIONES DOBLE J L Y F DE COSTA RICA SOCIEDAD ANÓNIMA

3101666558

LA MARTINA DE LA PLATA SOCIEDAD ANÓNIMA

3101666575

HACKMAN CAPITAL GROUP SOCIEDAD ANÓNIMA

3101666587

AVENTURAS ASAEL DE COSTA RICA SOCIEDAD ANÓNIMA

3101666590

EFI EQUIPMENT DE COSTA RICA SOCIEDAD ANÓNIMA

3101666596

THE JACÓ BARBER SHOP SOCIEDAD ANÓNIMA

3101666617

CONSORCIO HIDROELÉCTRICO BIJAGUA SOCIEDAD ANÓNIMA

3101666631

TRANSPORTES DEMISKA SOCIEDAD ANÓNIMA

3101666633

3-101-666634 SOCIEDAD ANÓNIMA

3101666634

3-101-666636 SOCIEDAD ANÓNIMA

3101666636

CORPORACIÓN JONATAN GARCÍA GARCÍA SOCIEDAD ANÓNIMA

3101666637

CLOUD TECHNOLOGIES SOCIEDAD ANÓNIMA

3101666641

VISIÓN Y BELLEZA (VIBESA) SOCIEDAD ANÓNIMA

3101666647

IMPORTACIÓN Y EXPORTACIÓN NATURAL I.E.N. SOCIEDAD ANÓNIMA

3101666653

ROGRAYGAR SOCIEDAD ANÓNIMA

3101666656

PROYECTOS E INVERSIONES GLP SOCIEDAD ANÓNIMA

3101666657

OPERADORA COMERCIAL RANCHO VERDE R V SOCIEDAD ANÓNIMA

3101666666

FERIA DE VIVIENDA SOCIEDAD ANÓNIMA

3101666673

AEQUITAS LEGAL SOCIEDAD ANÓNIMA

3101666678

SERVICIOS ADMINISTRATIVOS PROFESIONALES SAP SOCIEDAD ANÓNIMA

3101666679

JUSTICIA DOCENTE SOCIEDAD ANÓNIMA

3101666680

ASESORÍAS EDUCATIVAS C.O.N SOCIEDAD ANÓNIMA

3101666682

TRANSPORTES MARTÍNEZ CORDOBA E HIJOS SOCIEDAD ANÓNIMA

3101666687

CITIEFFE LATINOAMERICA SOCIEDAD ANÓNIMA

3101666710

COMANDOS DE SEGURIDAD Y VIGILANCIA JOTA BE J.B. SOCIEDAD ANÓNIMA

3101666715

INMOBILIARIA AFA SOCIEDAD ANÓNIMA

3101666723

FAMILY BOMBARD SOCIEDAD ANÓNIMA

3101666724

VISIÓN ESCALANTE (VIESCASA) SOCIEDAD ANÓNIMA

3101666727

NUBE NUEVE GLOBAL SOCIEDAD ANÓNIMA

3101666728

INVERSIONES PLAYA AZUL PACIFICA DE COSTA RICA SOCIEDAD ANÓNIMA

3101666734

RMC TIERRA SOCIEDAD ANÓNIMA

3101666737

3-101-666740 SOCIEDAD ANÓNIMA

3101666740

3-101-666749 SOCIEDAD ANÓNIMA

3101666749

CONTENFA SOCIEDAD ANÓNIMA

3101666750

INMOBILIARIA DEL ESTE MMM SOCIEDAD ANÓNIMA

3101666752

TICOENERGÍA SOLUCIONES CR SOCIEDAD ANÓNIMA

3101666753

FISIOBIENESTAR CR SOCIEDAD ANÓNIMA

3101666759

EL PERICO D.S.J.P. SOCIEDAD ANÓNIMA

3101666761

GRUPO JEUA SOCIEDAD ANÓNIMA

3101666764

DUIT SOCIEDAD ANÓNIMA

3101666771

SMART MARKETING SOLUTION SMS SOCIEDAD ANÓNIMA

3101666772

SERVICIOS DE SEGURIDAD BADIPE SOCIEDAD ANÓNIMA

3101666780

ASCOMERCIO SOCIEDAD ANÓNIMA

3101666781

INVERSIONES MYS DEL ESTE SOCIEDAD ANÓNIMA

3101666783

SOLUCIONES DE MATERIALES FERRETEROS J Y M DE CENTROAMERICA SOCIEDAD ANÓNIMA

3101666788

DESARROLLOS CONSTRUCTIVOS VÍQUEZ & ASOCIADOS SOCIEDAD ANÓNIMA

3101666790

INVERSIONES MOVIAR DE ABANGARES SOCIEDAD ANÓNIMA

3101666791

CONSTRUCTORA J&P DEL OCCIDENTE SOCIEDAD ANÓNIMA

3101666798

UNIFORMS WORLD WIDE SOCIEDAD ANÓNIMA

3101666809

LECYGNE SOCIEDAD ANÓNIMA

3101666813

DAROHE C.O. DE ALAJUELA SOCIEDAD ANÓNIMA

3101666814

M & L TELECONSTRUCCIÓNES INTELIGENTES SOCIEDAD ANÓNIMA

3101666815

EQUIPO ALTERNO W Y Z SOCIEDAD ANÓNIMA

3101666821

MEDICAL TRAVELER COSTA RICA SOCIEDAD ANÓNIMA

3101666840

3-101-666842 SOCIEDAD ANÓNIMA

3101666842

ATELIER MARTA SOCIEDAD ANÓNIMA

3101666852

INVERSIONES SEMILLA DORADA SOCIEDAD ANÓNIMA

3101666857

TCR RACING TEAM SOCIEDAD ANÓNIMA

3101666861

EMPRESA DE SEGURIDAD BENGALA SOCIEDAD ANÓNIMA

3101666864

ACTUALITY HOME SOCIEDAD ANÓNIMA

3101666866

CANCHA SINTÉTICA LA JAQUIMA DE BARBACOAS SOCIEDAD ANÓNIMA

3101666867

3-101-666869 SOCIEDAD ANÓNIMA

3101666869

SERVICIOS DE PUBLICIDAD Y PAGO DE SERVICIOS PUBLICOS Y PRIVADOS SOCIEDAD ANÓNIMA

3101666871

COSTA RICA SEA FOOD SOCIEDAD ANÓNIMA

3101666903

V.I.D PETS ACC SOCIEDAD ANÓNIMA

3101666908

DIALCOZU SOCIEDAD ANÓNIMA

3101666910

CUADRA RACING SOCIEDAD ANÓNIMA

3101666921

MANGO ROJO J.A DE PAQUERA SOCIEDAD ANÓNIMA

3101666924

TUINFO PUNTO CR SOCIEDAD ANÓNIMA

3101666926

3-101-666930 SOCIEDAD ANÓNIMA

3101666930

CASA VERDE DE MATEO SOCIEDAD ANÓNIMA

3101666940

STEELFORD CAPITAL GROUP SOCIEDAD ANÓNIMA

3101666945

BBCCOMCORP SOCIEDAD ANÓNIMA

3101666952

GOLAZO REAL SOCIEDAD ANÓNIMA

3101666962

PURA VIDA ECO PROJECT SOCIEDAD ANÓNIMA

3101666976

F.F.C NEGOCIOS SOCIEDAD ANÓNIMA

3101666983

PARADISE COMPANIES SOCIEDAD ANÓNIMA

3101666987

DESARROLLOS Y CONSTRUCCIÓNES CASASVITA SOCIEDAD ANÓNIMA

3101667002

PROYECTO DE DIOS ACH SOCIEDAD ANÓNIMA

3101667004

KATAN CONSTRO SOCIEDAD ANÓNIMA

3101667008

AGUILAR CORDERO C&M SOCIEDAD ANÓNIMA

3101667009

3-101-667010 SOCIEDAD ANÓNIMA

3101667010

OFIPLUS TIENDA DE SUMINISTROS SOCIEDAD ANÓNIMA

3101667013

A M S DATA CONSULTORIAS SOCIEDAD ANÓNIMA

3101667014

CENTRAL AMERICA PAPER GROUP (CAPG) DE COSTA RICA SOCIEDAD ANÓNIMA

3101667015

LA PATAGONIA CARNES, VINOS Y QUESOS SOCIEDAD ANÓNIMA

3101667016

NETWORKING COSTA RICA SOCIEDAD ANÓNIMA

3101667017

SEGURIDAD E.R.S. SOCIEDAD ANÓNIMA

3101667033

DESARROLLO AVICOLA EL PATIO UVA SOCIEDAD ANÓNIMA

3101667035

TERRA IMPORT SOCIEDAD ANÓNIMA

3101667043

JKF INVESTMENTS LLC SOCIEDAD ANÓNIMA

3101667051

ILUMINACIONES EDISON M Y M AZUL SOCIEDAD ANÓNIMA

3101667053

GRAN ROMBO SOCIEDAD ANÓNIMA

3101667056

PINCH LOGÍSTICA SOCIEDAD ANÓNIMA

3101667057

EL MOLINO DE MAÍZ SOCIEDAD ANÓNIMA

3101667062

RECICLADORA E C L A SOCIEDAD ANÓNIMA

3101667066

ALJESO TECNOLOGÍA SOCIEDAD ANÓNIMA

3101667069

INFINITY CHOCOLATES AND CAKES SOCIEDAD ANÓNIMA

3101667071

IL ROSSO RESTAURANTE ESCAZÚ SOCIEDAD ANÓNIMA

3101667075

ESCENOGRAFÍAS ROGO G.R.SOCIEDAD ANÓNIMA

3101667082

ALERTA CREATIVA SOCIEDAD ANÓNIMA

3101667084

FINCA GUANACASTE ORO SOCIEDAD ANÓNIMA

3101667086

ELEVACIÓN CERO SOCIEDAD ANÓNIMA

3101667088

SOLUCIOENS FULLMECA SOCIEDAD ANÓNIMA

3101667093

EMERGENCY & CRITICAL SUPPORT SOCIEDAD ANÓNIMA

3101667096

CONSTRUCCIÓNES EL SUEÑO DORADO SOCIEDAD ANÓNIMA

3101667103

ALMACÉN BRILLANTE SWZ SOCIEDAD ANÓNIMA

3101667105

INVERSIONES ABE SOCIEDAD ANÓNIMA

3101667108

BEIMEX EUROPE SOCIEDAD ANÓNIMA

3101667119

GIH GLOBAL INTERNATIONAL HOLDING SOCIEDAD ANÓNIMA

3101667121

COMPAÑÍA MULTIMARCAS DEL CARIBE SOCIEDAD ANÓNIMA

3101667133

ÓPTICA LIBERIANA SANCHO & RAMIREZ SOCIEDAD ANÓNIMA

3101667153

DM INVESTMENTS IN CR SOCIEDAD ANÓNIMA

3101667165

HIELO MENORCA SOCIEDAD ANÓNIMA

3101667168

CAPACITACIONES EBLE SOCIEDAD ANÓNIMA

3101667170

HOBERMAN SERVICES SOCIEDAD ANÓNIMA

3101667171

PENCE COMPANY SOCIEDAD ANÓNIMA

3101667188

UN LUGAR FELIZ SOCIEDAD ANÓNIMA

3101667191

 

Las cuales se tramitan bajo el expediente número DPJ-DI-093-2021, entidades que según la información remitida por la Dirección General de Tributación del Ministerio de Hacienda mediante certificación DGT-DRCER-001-2021, presentan morosidad con el pago del impuesto a las personas jurídicas por tres, o más, períodos consecutivos, motivo por el cual se encuentran disueltas de pleno derecho, según lo establecido en el artículo 7 de la Ley del Impuesto a las Personas Jurídicas, N° 9428. Conforme lo estipulado en el artículo 207 del Código de Comercio, dentro del plazo de treinta días hábiles, los interesados que lo tengan a bien podrán presentar las consideraciones del caso ante la autoridad jurisdiccional competente. Transcurrido el plazo establecido por ley, para conocimiento de los interesados, se procederá a la cancelación de la inscripción de las entidades y a la respectiva anotación de la hipoteca legal preferente o prenda preferente en el Registro respectivo, para que procedan conforme corresponda.—San José, 31 de agosto de 2021.—Yolanda Víquez Alvarado, Directora.—1 vez.—O.C. N° OC21-0403.—Solicitud N° 292856.—( IN2021580856 ).

De conformidad con lo establecido en el artículo 7 de la Ley del Impuesto a las Personas Jurídicas, N° 9428, el Registro de Personas Jurídicas da a conocer que las siguientes entidades:

REILLY & CO. SOCIEDAD ANÓNIMA

3101667200

BLAKEY GROUP SOCIEDAD ANÓNIMA

3101667205

SECSA SERVICIOS TÉCNICOS SOCIEDAD ANÓNIMA

3101667220

3-101-667223 SOCIEDAD ANÓNIMA

3101667223

UNIPARTES GENUINAS CR SOCIEDAD ANÓNIMA

3101667224

DISTRIBUIDORA JOVARSA J&S SOCIEDAD ANÓNIMA

3101667231

COLON EXPRESS SOCIEDAD ANÓNIMA

3101667233

GRUPO KAJ KALEJO DEL OESTE SOCIEDAD ANÓNIMA

3101667235

ASAYAG Y TUCH SOCIEDAD ANÓNIMA

3101667244

GOLDEN EXPERIENCE AKTIENGESELLSCHAFT SOCIEDAD ANÓNIMA

3101667257

LAS PANADERAS DEL PUEBLO SOCIEDAD ANÓNIMA

3101667258

L T M CARIBE SOCIEDAD ANÓNIMA

3101667267

GRUPO DE INVERSIONES RIZU CARRILLOS DE ALAJUELA SOCIEDAD ANÓNIMA

3101667269

HAMPTON COURT RESOURCES SOCIEDAD ANÓNIMA

3101667275

FÁBULA ANGÉLICA SOCIEDAD ANÓNIMA

3101667278

TALLER JUANCA SOCIEDAD ANÓNIMA

3101667280

ADVENTURES STONE TRAVELS STONE SOCIEDAD ANÓNIMA

3101667293

UNITRUST CAPITAL SOCIEDAD ANÓNIMA

3101667296

DISTRIBUIDORA DEL CARIBE Y CENTROAMÉRICA DISPACIF SOCIEDAD ANÓNIMA

3101667298

PRIMERA GENETICS SOCIEDAD ANÓNIMA

3101667308

EXCAVACIONES CASTILLO & VÁSQUEZ SOCIEDAD ANÓNIMA

3101667310

CARL NIXON SUCESORES SOCIEDAD ANÓNIMA

3101667312

SUPERMERCADO VIRTUAL COSTA RICA SOCIEDAD ANÓNIMA

3101667316

PROMOTORES IBERSUR SOCIEDAD ANÓNIMA

3101667317

COLIBRI COSTA RICA REALTY SOCIEDAD ANÓNIMA

3101667328

A RC TRES LABS SOCIEDAD ANÓNIMA

3101667329

3-101-667332 SOCIEDAD ANÓNIMA

3101667332

SEBICS CORPORATION SOCIEDAD ANÓNIMA

3101667333

FAENA MATERIALES DE CONSTRUCCIÓN Y FERRETERÍA SOCIEDAD ANÓNIMA

3101667334

METAL PROFESIONAL SOCIEDAD ANÓNIMA

3101667336

GRUPO LIN SOCIEDAD ANÓNIMA

3101667337

OCOBAE DEL SUR SOCIEDAD ANÓNIMA

3101667341

ZAFIROS Y TURQUESAS SOCIEDAD ANÓNIMA

3101667342

DECODISEÑOS MC SOCIEDAD ANÓNIMA

3101667358

EMPRESA DE SEGURIDAD HERMANOS ARRIETA TORREZ SOCIEDAD ANÓNIMA

3101667371

TERRAFE F CIENTO CINCUENTA Y OCHO SOCIEDAD ANÓNIMA

3101667373

MERCADEO COMUNICACIÓN Y COMERCIALIZACIÓN DE PRODUCTOS IDEAS ROJAL SOCIEDAD ANÓNIMA

3101667374

PRISMA IMPRESIÓN DIGITAL DE COSTA RICA SOCIEDAD ANÓNIMA

3101667380

3-101-667385 SOCIEDAD ANÓNIMA

3101667385

MANGOS LAS DELICIAS DE HANNY SOCIEDAD ANÓNIMA

3101667393

MARISQUERÍA Y PESCADERÍA M Y M SOCIEDAD ANÓNIMA

3101667401

METAL CENTER DE CENTROAMÉRICA MCE SOCIEDAD ANÓNIMA

3101667407

SUGAR DADDY ITALIA SOCIEDAD ANÓNIMA

3101667409

CHEMAFUT CR SOCIEDAD ANÓNIMA

3101667413

AMPHIBIAQ, SOCIEDAD ANÓNIMA

3101667421

WHALEN TRADE GROUP SOCIEDAD ANÓNIMA

3101667427

LANCHE SOCIEDAD ANÓNIMA

3101667430

HOT RIMS CUSTOM SOCIEDAD ANÓNIMA

3101667433

CHANCLAS OF COSTA RICA CCR SOCIEDAD ANÓNIMA

3101667434

STORROW MANAGEMENT SOCIEDAD ANÓNIMA

3101667441

KUZUCO MOUNTAIN SOCIEDAD ANÓNIMA

3101667444

RODKEY TRADING SOCIEDAD ANÓNIMA

3101667445

TEÑIDOS FULL COLOR DE CENTROAMÉRICA SOCIEDAD ANÓNIMA

3101667452

LEVY LAW REALTY SOCIEDAD ANÓNIMA

3101667463

GRUPO MUGEN SOCIEDAD ANÓNIMA

3101667465

LIBERIA COLÓN SOCIEDAD ANÓNIMA

3101667468

ÓRGANO GOLD (COSTA RICA) SOCIEDAD ANÓNIMA

3101667477

BIO GENE LABS SOCIEDAD ANÓNIMA

3101667483

LA VECINDAD DEL CHAVO SOCIEDAD ANÓNIMA

3101667484

EL SECRETO DE LA BELLEZA SOCIEDAD ANÓNIMA

3101667486

MANUFACTURERA DE SANDALIAS DE COSTA RICA M.F.S SOCIEDAD ANÓNIMA

3101667494

HARDING INTERNATIONAL SERVICES SOCIEDAD ANÓNIMA

3101667502

PROFIN PROYECTOS SOCIEDAD ANÓNIMA

3101667510

RANDOLPH SERVICES SOCIEDAD ANÓNIMA

3101667512

THE MANITOBA GROUP CRC SOCIEDAD ANÓNIMA

3101667524

COMERCIALIZADORA SIBAJA DE ASERRI SOCIEDAD ANÓNIMA

3101667529

SELVA EUROLATINA SOCIEDAD ANÓNIMA

3101667530

L.O.D.I. LOOPER OCAMPO Y DIAZ SOCIEDAD ANÓNIMA

3101667531

BEAUTY SMART SUPPLY SOCIEDAD ANÓNIMA

3101667532

FLOR DE PAZ DE LA AMAZONAS SOCIEDAD ANÓNIMA

3101667533

INVERSIONES TATOMA SOCIEDAD ANÓNIMA

3101667534

GRUPO RALLY DE CENTROAMÉRCIA C.R.C. SOCIEDAD ANÓNIMA

3101667545

CORPORACIÓN INMOBILIARIA EL TRIÁNGULO DE LAS BERMÚDEZ SOCIEDAD ANÓNIMA

3101667548

PROPIEDADES MORALES FERNÁNDEZ MF SOCIEDAD ANÓNIMA

3101667550

INVERSIONES ARANXI SOCIEDAD ANÓNIMA

3101667555

NABOHI DE CENTROAMÉRICA SOCIEDAD ANÓNIMA

3101667559

TURISMO GERKAR SOCIEDAD ANÓNIMA

3101667560

PAGO POR VER SOCIEDAD ANÓNIMA

3101667561

SAN SILENCIO RESORT SOCIEDAD ANÓNIMA

3101667563

PURA VIDA MATHOLA ECO PROJECT SOCIEDAD ANÓNIMA

3101667574

REFUGIUM PECCATORUM SOCIEDAD ANÓNIMA

3101667575

MI CARRO DOS MIL OCHO SOCIEDAD ANÓNIMA

3101667576

TOUCH HOLDINGS SOCIEDAD ANÓNIMA

3101667578

IMPORTADORA ELIASA SOCIEDAD ANÓNIMA

3101667585

VILLAVICENCIO SERPAS IMPORT SOCIEDAD ANÓNIMA

3101667587

CONTRATISTAS DE SERVICIOS AGRÍCOLAS MARADIAGA Y CALDERÓN SOCIEDAD ANÓNIMA

3101667594

RENA MONKEY SOCIEDAD ANÓNIMA

3101667597

E Y K TIBUMAR SOCIEDAD ANÓNIMA

3101667601

LIMÓN JUGOSO SOCIEDAD ANÓNIMA

3101667608

ZFRUTICOS DEL VALLE SOCIEDAD ANÓNIMA

3101667621

AGENCIA DE VIAJES ORIENTAL SOCIEDAD ANÓNIMA

3101667622

REAL LIFE FARM SOCIEDAD ANÓNIMA

3101667625

INNOVACIONES ENERGÉTICAS DE COSTA RICA VESCO Y BLANCO SOCIEDAD ANÓNIMA

3101667628

CROSS FELL SOCIEDAD ANÓNIMA

3101667640

JCC LAS CRUCES SOCIEDAD ANÓNIMA

3101667643

GRUPO MATEL DE CV SOCIEDAD ANÓNIMA

3101667644

FACILIDADES Y SERVICIOS INDUSTRIALES A.D.L SOCIEDAD ANÓNIMA

3101667655

CUCINA LA MONA LISA SOCIEDAD ANÓNIMA

3101667661

MARGARITA VERDE SOCIEDAD ANÓNIMA

3101667670

3-101-667681 SOCIEDAD ANÓNIMA

3101667681

3-101-667684 SOCIEDAD ANÓNIMA

3101667684

3-101-667697 SOCIEDAD ANÓNIMA

3101667697

SOLUCIONES VILLALOBOS SOCIEDAD ANÓNIMA

3101667701

CASA LAPA INCORPORATED SOCIEDAD ANÓNIMA

3101667704

ELECTROBICI SOCIEDAD ANÓNIMA

3101667705

IMAGINES DE DIAGNÓSTICO CONTEMPORÁNEOS I D C SOCIEDAD ANÓNIMA

3101667706

VISTAS DEL ARRECIFE SOCIEDAD ANÓNIMA

3101667707

IMPORTACIONES HERNÁNDEZ E.H.C. SOCIEDAD ANÓNIMA

3101667708

3-101-667710 SOCIEDAD ANÓNIMA

3101667710

GRUPO STAR MOTORS COSTA RICA SOCIEDAD ANÓNIMA

3101667716

SOLUCIONES EMPRESARIALES SALET SOCIEDAD ANÓNIMA

3101667717

3-101-667721 SOCIEDAD ANÓNIMA

3101667721

ORGÁNICOS CITROGEN DE CENTROAMÉRICA SOCIEDAD ANÓNIMA

3101667728

FINCA LOS ELOTES LJT SOCIEDAD ANÓNIMA

3101667739

BRIGATE GIALLOBLU SOCIEDAD ANÓNIMA

3101667740

PROINTEG SOCIEDAD ANÓNIMA

3101667741

THE STRATEGIST INTERNATIONAL COMPANY (SIC) SOCIEDAD ANÓNIMA

3101667742

CARNES RAFAELLI SOCIEDAD ANÓNIMA

3101667758

ACTUAL SERVICES FURNITURES D.L. SOCIEDAD ANÓNIMA

3101667762

SIN HUMO SOCIEDAD ANÓNIMA

3101667765

3-101-667770 SOCIEDAD ANÓNIMA

3101667770

3-101-667772 SOCIEDAD ANÓNIMA

3101667772

SERVICIOS MÉDICOS INTEGRALES CRISTO SANA SOCIEDAD ANÓNIMA

3101667775

DIVIASA DISEÑADORES DE VIAJES SOCIEDAD ANÓNIMA

3101667783

QUEBRADOR BREWING COMPANY SOCIEDAD ANÓNIMA

3101667786

SOLHAN CORP SOCIEDAD ANÓNIMA

3101667792

MAKHENA SOCIEDAD ANÓNIMA

3101667796

FINCA VIDA ORGÁNICA BIJAGUAL SUR SOCIEDAD ANÓNIMA

3101667802

AVEX EXPRESS SOCIEDAD ANÓNIMA

3101667806

BIG TOYS SOCIEDAD ANÓNIMA

3101667808

THE RUBBER GROUP COSTA RICA SOCIEDAD ANÓNIMA

3101667820

PROCESADORA DE ALIMENTOS OROSI EMG SOCIEDAD ANÓNIMA

3101667827

DACAR SECURITY GROUP SOCIEDAD ANÓNIMA

3101667835

CRISA DEL ESTE SOCIEDAD ANÓNIMA

3101667839

THE FINISH LINE OCHO SOCIEDAD ANÓNIMA

3101667847

ROSAICO SOCIEDAD ANÓNIMA

3101667855

CATAWATER COSTA RICA LLC SOCIEDAD ANÓNIMA

3101667861

SERVICIOS PROFESIONALES ALFA SOCIEDAD ANÓNIMA

3101667863

DIVONS MC SOCIEDAD ANÓNIMA

3101667869

COMPAÑÍA PIÑERA DE QUEPOS SOCIEDAD ANÓNIMA

3101667881

CRECECLUB DE COSTA RICA SOCIEDAD ANÓNIMA

3101667889

EL CONSTRUCTOR FERRETERO DE SAN CARLOS SOCIEDAD ANÓNIMA

3101667903

METAL MASTERS SOCIEDAD ANÓNIMA

3101667918

AGROMUNDO TRUST CORP. SOCIEDAD ANÓNIMA

3101667921

REPACOSTURAS W. M. SOCIEDAD ANÓNIMA

3101667924

WORLD WIDE TELECOM SOCIEDAD ANÓNIMA

3101667928

LA PAELLA DEL TIO JAIME SOCIEDAD ANÓNIMA

3101667944

VIVIENDA ACTUAL SOCIEDAD ANÓNIMA

3101667946

INMOBILIARIA CASASVITA SOCIEDAD ANÓNIMA

3101667947

GOOD BLESS ROCOMA SOCIEDAD ANÓNIMA

3101667951

AJ B. VIDAS SOCIEDAD ANÓNIMA

3101667955

SUEÑO TOURS SOCIEDAD ANÓNIMA

3101667956

ASESORES SIMA SOLUCIONES INTEGRALES DE NEGOCIOS SOCIEDAD ANÓNIMA

3101667957

TRANSPORTES EXCLUSIVOS SUBA SOCIEDAD ANÓNIMA

3101667958

PRODUCTORA DE BIOMASA, BIOCOMBUSTIBLES Y ACEITES VEGETALES SOCIEDAD ANÓNIMA

3101667962

CONSORCIO ADUANERO S.I.D. SOCIEDAD ANÓNIMA

3101667963

MULTISERVICIOS CORPORATIVOS LATAM SOCIEDAD ANÓNIMA

3101667967

LUBRICANTES DEL ARENAL SOCIEDAD ANÓNIMA

3101667976

PANES ROKITA DE HEREDIA SOCIEDAD ANÓNIMA

3101667977

3-101-667984 SOCIEDAD ANÓNIMA

3101667984

SERVICIOS TECNOLÓGICOS TICKA SOCIEDAD ANÓNIMA

3101667988

TKS-TRADE KREATIVE SOLUTIONS COSTA RICA SOCIEDAD ANÓNIMA

3101667989

XSITE-SEO SOCIEDAD ANÓNIMA

3101667991

VACATI INVERSIONES SOCIEDAD ANÓNIMA

3101668024

PRIMATES ESTUDIO SOCIEDAD ANÓNIMA

3101668031

3-101-668040 SOCIEDAD ANÓNIMA

3101668040

SOLUCIONES Y CONSULTORÍAS EN INFORMÁTICA JRP SOCIEDAD ANÓNIMA

3101668042

HEALTHTY GROUP SOCIEDAD ANÓNIMA

3101668055

INVERSIONES DIGITALES J.M.B. SOCIEDAD ANÓNIMA

3101668059

BOARDS PLUS SOFTWARE SOCIEDAD ANÓNIMA

3101668062

INVERSIONES YOBE DE COSTA RICA SOCIEDAD ANÓNIMA

3101668064

ESTACIÓN CINCO COMUNICACIÓN SOCIEDAD ANÓNIMA

3101668065

EXCALIBUR SECURITY SOCIEDAD ANÓNIMA

3101668066

CÁMARA NACIONAL DE PRODUCTORES DE CAMARÓN DE CULTIVO Y AFINES SOCIEDAD ANÓNIMA

3101668069

GENOVA VERDE SOCIEDAD ANÓNIMA

3101668087

KEOPS DORADA SOCIEDAD ANÓNIMA

3101668089

GANIMIDES ASTRAL SOCIEDAD ANÓNIMA

3101668090

GAISA MEDICAL SUPPLIES SOCIEDAD ANÓNIMA

3101668093

SANEVE SOCIEDAD ANÓNIMA

3101668096

LA RANA PURA VIDA SOCIEDAD ANÓNIMA

3101668099

CENTURIÓN GENERA SOIEDAD ANÓNIMA

3101668105

POPULARIS LAW SOCIEDAD ANÓNIMA

3101668109

VITORSOFTWARE CONSULTING SOCIEDAD ANÓNIMA

3101668110

OTTOMAN GROUP INTERNATIONAL SOCIEDAD ANÓNIMA

3101668113

ALL SERVICES INVESTMENTS (ASI) SOCIEDAD ANÓNIMA

3101668118

COMERCIALIZADORA SIGLO DE ORO M.R.K. SOCIEDAD ANÓNIMA

3101668120

LUBKER SPA DE JACÓ SOCIEDAD ANÓNIMA

3101668142

SHORE LOGISTICS CORPO PTY CR SOCIEDAD ANÓNIMA

3101668151

3-101-668154 SOCIEDAD ANÓNIMA

3101668154

IDIOMAS GLOBALES SOCIEDAD ANÓNIMA

3101668160

INMOBILIARIA GUIANKA SOCIEDAD ANÓNIMA

3101668173

INVERSIONES MONTE DE MARSAN SOCIEDAD ANÓNIMA

3101668176

GREEN CLEVER SOLUTIONS SOCIEDAD ANÓNIMA

3101668180

ETERNA DE ARENAL SOCIEDAD ANÓNIMA

3101668185

3-101-668199 SOCIEDAD ANÓNIMA

3101668199

METROPOLI DENTAL SOCIEDAD ANÓNIMA

3101668218

G Y E MEDIA SOLUTIONS SOCIEDAD ANÓNIMA

3101668237

ALANDALUS IBEROAMERICANA DE PRODUCTOS DE ALIMENTACIÓN SOCIEDAD ANÓNIMA

3101668240

VILLALOBOS ALFARO V. & A. SOCIEDAD ANÓNIMA

3101668243

INVERSIONES SALAS MPR SOCIEDAD ANÓNIMA

3101668245

CPT COMERCIAL MAPYSE SOCIEDAD ANÓNIMA

3101668246

ORQUÍDEA GROUP EXCLUSIVE DESIGNS SOCIEDAD ANÓNIMA

3101668251

ILLAWAR SOCIEDAD ANÓNIMA

3101668258

RECARI DEL SOL SOCIEDAD ANÓNIMA

3101668260

MOKA DEVELOPMENTS SOCIEDAD ANÓNIMA

3101668264

SERVICIOS ESPECIALES INMACULADA DE GARABITO SOCIEDAD ANÓNIMA

3101668272

MATERIAS PRIMAS INDUSTRIALES (MAPRINSA) SOCIEDAD ANÓNIMA

3101668290

TRANSFORMACIONES DEL CARIBE (TRANSCARSA) SOCIEDAD ANÓNIMA

3101668292

ENDULZARTE DISTRIBUIDORA SOCIEDAD ANÓNIMA

3101668296

MORTEROS ITALIANOS SOCIEDAD ANÓNIMA

3101668301

RUNAWAY BITS SOCIEDAD ANÓNIMA

3101668302

DISCOUNT CELLULAR SOCIEDAD ANÓNIMA

3101668313

SHIRA CORPORATION SOCIEDAD ANÓNIMA

3101668314

WSI PROJECTS COSTA RICA, SOCIEDAD ANÓNIMA

3101668317

GNC COSTA PACÍFICA SOCIEDAD ANÓNIMA

3101668320

EJECUTIVOS DE SAMOA TECH SOCIEDAD ANÓNIMA

3101668324

GUIONES JDC SOCIEDAD ANÓNIMA

3101668325

SOFICHE SOCIEDAD ANÓNIMA

3101668329

INVERSIONES INMOBILIARIAS DE PURISCAL SOCIEDAD ANÓNIMA

3101668331

CORPORACIÓN CAMIR SOLUCIONES INDUSTRIALES SOCIEDAD ANÓNIMA

3101668339

MK CONSULTORES DE COSTA RICA SOCIEDAD ANÓNIMA

3101668344

TCHANQUEES TICAS SOCIEDAD ANÓNIMA

3101668347

LOS PRINCIPES DEL BARRIO CHOROTEGA DE NICOYA SOCIEDAD ANÓNIMA

3101668350

BODEGAS VINICOLAS TRES M SOCIEDAD ANÓNIMA

3101668372

3-101-668373 SOCIEDAD ANÓNIMA

3101668373

MEDICINA POSITIVA MUNDO SOCIEDAD ANÓNIMA

3101668381

3-101-668382 SOCIEDAD ANÓNIMA

3101668382

BAHREIN DE ORO DOS MIL TRECE SOCIEDAD ANÓNIMA

3101668385

BIOCYTOMOLECULAR SOCIEDAD ANÓNIMA

3101668394

MDM MATERIALES PARA EL DESARROLLO DE COSTA RICA SOCIEDAD ANÓNIMA

3101668398

FUSION EMPRESARIAL SOCIEDAD ANÓNIMA

3101668399

LUBRICENTRO SERVI QUICK SOCIEDAD ANÓNIMA

3101668400

JEEPORAMA SOCIEDAD ANÓNIMA

3101668413

PRODUCCIONES HERMANOS QUIROS JIMENEZ SOCIEDAD ANÓNIMA

3101668418

AUTOMATIZACION INDUSTRIAL RCA TECNOLOGIA SOCIEDAD ANÓNIMA

3101668437

COFRADIA VINO DEL REY SOCIEDAD ANÓNIMA

3101668438

PROVENCOCO DE COSTA RICA, SOCIEDAD ANÓNIMA

3101668440

INVERSIONES PRIVADAS DEL NUEVO MILENIO INPRINUMI SOCIEDAD ANÓNIMA

3101668441

AGRICOLA CAFETALERA TABACALES SOCIEDAD ANÓNIMA

3101668444

DESTINOS TURISTICOS Y EDIFICACIONES DE GUANACASTE (DTEG) SOCIEDAD ANÓNIMA

3101668446

ABJ SUPPLY GROUP SOCIEDAD ANÓNIMA

3101668448

OCTOPUS RESTAURANT AND SPORTS BAR SOCIEDAD ANÓNIMA

3101668449

GRUPO TREZZA SOCIEDAD ANÓNIMA

3101668459

S M. LOGISTICS CALS SOCIEDAD ANÓNIMA

3101668466

INVERSIONES VACHALEX SOCIEDAD ANÓNIMA

3101668467

MEDICAL HIERARCHY SOCIEDAD ANÓNIMA

3101668470

IVEROH MEDICAL SOCIEDAD ANÓNIMA

3101668471

CRANSTON INVESTMENTS SOCIEDAD ANÓNIMA

3101668472

ROCK CLIMBING COSTA RICA SOCIEDAD ANÓNIMA

3101668474

IMPORTACIONES INDUSTRIALES DE COSTA RICA CUATROCIENTOS CINCUENTA SOCIEDAD ANÓNIMA

3101668477

COMERCIALIZADORA COCOAGROCEAN SOCIEDAD ANÓNIMA

3101668485

EBEN-EZER DEL OESTE SOCIEDAD ANÓNIMA

3101668489

CORPORACIÓN CAJINA SOCIEDAD ANÓNIMA

3101668497

3-101-668502 SOCIEDAD ANÓNIMA

3101668502

GRUPO EVO STUDIO SOCIEDAD ANÓNIMA

3101668505

EFEF GLOBAL SOCIEDAD ANÓNIMA

3101668508

OLEAGINOSAS DE CENTROAMÉRICA Y EL CARIBE SOCIEDAD ANÓNIMA

3101668515

PROPIEDADES MONTE DE ORO DEL OESTE SOCIEDAD ANÓNIMA

3101668517

HV&T INGENIERÍA ELECTROMECÁNICA SOCIEDAD ANÓNIMA

3101668521

3-101-668526 SOCIEDAD ANÓNIMA

3101668526

ADDLESHAW BIRD & MITCHELL SOCIEDAD ANÓNIMA

3101668529

HOUSE BROTHERS COSTA RICA PARADISE SOCIEDAD ANÓNIMA

3101668538

T & M TAMALIS VACATION RENTALS SOCIEDAD ANÓNIMA

3101668545

INMOBILIARIA GERMAIN SOCIEDAD ANÓNIMA

3101668560

EL NIÑO ARGENTINO SOCIEDAD ANÓNIMA

3101668570

HOUSE BROTHERS URASSIC PARK SOCIEDAD ANÓNIMA

3101668576

REBELEARTH L.H.G. SOCIEDAD ANÓNIMA

3101668579

NOVENA VEZ SOCIEDAD ANÓNIMA

3101668593

GOOD LIFE PURA VIDA SOCIEDAD ANÓNIMA

3101668595

MULTISERVICIOS VARGAS RIVERA SOCIEDAD ANÓNIMA

3101668596

ECOLOGICAL METALS SOCIEDAD ANÓNIMA

3101668597

3-101-668602 SOCIEDAD ANÓNIMA

3101668602

NEUTRAL NVOCC SOCIEDAD ANÓNIMA

3101668605

INVERSIONES FEROMAR SOCIEDAD ANÓNIMA

3101668610

HIWENDA DE POCOCÍ SOCIEDAD ANÓNIMA

3101668614

SOUTH BOUND DREAMS SOCIEDAD ANÓNIMA

3101668618

KRYSTAL INTERNATIONAL COSTA RICA SOCIEDAD ANÓNIMA

3101668621

VILLEGAS & ARIAS CONSULTORES VACSA SOCIEDAD ANÓNIMA

3101668626

TOTAL CLEAN SERVICE B & M SOCIEDAD ANÓNIMA

3101668633

SARCHI’S HIGHLANDS COFFEE SOCIEDAD ANÓNIMA

3101668640

INTERAMERICANA DUKAROL SOCIEDAD ANÓNIMA

3101668641

DISTRIBUIDORA MEFI SOCIEDAD ANÓNIMA

3101668644

PROUS PROFESSIONAL UNITED SURVEYORS SOCIEDAD ANÓNIMA

3101668646

EXPORTADORA RÍO BLANCO D&O SOCIEDAD ANÓNIMA

3101668647

ACT AEROLÍNEAS CHINAS TAIWANESAS SOCIEDAD ANÓNIMA

3101668648

3-101-668650 SOCIEDAD ANÓNIMA

3101668650

SISRECO SOCIEDAD ANÓNIMA

3101668655

COMISARIATO TAMES SOCIEDAD ANÓNIMA

3101668659

BRINCA MÁS ALEGRÍA Y DIVERSIÓN SOCIEDAD ANÓNIMA

3101668667

MOBILE Y SERVICIOS DE COMUNICACIÓN MSC SOCIEDAD ANÓNIMA

3101668674

MONTAJES H & M INOX SOCIEDAD ANÓNIMA

3101668675

PRO DESIGNS SOCIEDAD ANÓNIMA

3101668676

3-101-668694 SOCIEDAD ANÓNIMA

3101668694

LATAM CONSULTORES G&G SOCIEDAD ANÓNIMA

3101668699

MEDIA LUNA ESTATES SOCIEDAD ANÓNIMA

3101668703

REINCO SAN JOSÉ SOCIEDAD ANÓNIMA

3101668708

IMPORTADORA GLOBAL R Y C INTERNACIONAL COSTA RICA SOCIEDAD ANÓNIMA

3101668711

PRO ANIMAL SOCIEDAD ANÓNIMA

3101668713

VILLA PAZ NICKEL SOCIEDAD ANÓNIMA

3101668715

INVERSIONES INTERNACIONALES METODÍA SOCIEDAD ANÓNIMA

3101668727

TALLER DE MANTENIMIENTO AUTOMOTRIZ Y SERVICIO ESPECIALIZADO J.E.M SOCIEDAD ANÓNIMA

3101668729

ZONA PICTAC SOCIEDAD ANÓNIMA

3101668739

DISTRIBUIDORA ELKA TICA G.V SOCIEDAD ANÓNIMA

3101668741

TERRANOVA SPA & CENTRO DENTAL SOCIEDAD ANÓNIMA

3101668743

M & C CONTABLES SOCIEDAD ANÓNIMA

3101668752

HENNA SOCIEDAD ANÓNIMA

3101668757

3-101-668759 SOCIEDAD ANÓNIMA

3101668759

GRUPO COMERCIAL BALDECK SOCIEDAD ANÓNIMA

3101668774

STUDIO STORE COSTA RICA SOCIEDAD ANÓNIMA

3101668780

RANDALL Y CAROL SOCIEDAD ANÓNIMA

3101668795

TALLER DE ESTRUCTURAS Y SOLDADURA EN GENERAL T.I.T.O SOCIEDAD ANÓNIMA

3101668811

MIL NOVECIENTOS SESENTA Y SIETE AVIKOR SOCIEDAD ANÓNIMA

3101668812

3-101-668814 SOCIEDAD ANÓNIMA

3101668814

SÉTIMA VEZ SOCIEDAD ANÓNIMA

3101668817

3-101-668822 SOCIEDAD ANÓNIMA

3101668822

IBIZA PRODUCCIONES SOCIEDAD ANÓNIMA

3101668827

3-101-668831 SOCIEDAD ANÓNIMA

3101668831

DISTRIBUIDORA KOMODA F & C SOCIEDAD ANÓNIMA

3101668834

SWEET SPICY L P SOCIEDAD ANÓNIMA

3101668838

WED SERVICIOS EMPRESARIALES Y CORPORATIVOS SOCIEDAD ANÓNIMA

3101668839

EL ATM GUY - COSTA RICA SOCIEDAD ANÓNIMA

3101668846

3-101-668848 SOCIEDAD ANÓNIMA

3101668848

OSNET WIRELESS CORPORATION SOCIEDAD ANÓNIMA

3101668849

3-101-668853 SOCIEDAD ANÓNIMA

3101668853

FIECO FC SOCIEDAD ANÓNIMA

3101668867

INVERSIONES IBARRA Y TAUTIVA SOCIEDAD ANÓNIMA

3101668871

GP ORFEBRERÍA SOCIEDAD ANÓNIMA

3101668883

DISTRIBUIDORA FEROMA RN SOCIEDAD ANÓNIMA

3101668888

SOLUINSA SOLUCIONES INTEGRALES SOCIEDAD ANÓNIMA

3101668891

EC ORTEGA SOCIEDAD ANÓNIMA

3101668894

J.A. INVERSIONES SAMO DE COSTA RICA SOCIEDAD ANÓNIMA

3101668902

DISEÑO Y MERCADEO S & F SOCIEDAD ANÓNIMA

3101668904

ZURDA FÁBRICA DE IDEAS SOCIEDAD ANÓNIMA

3101668908

BOUTIQUE M & R ENTERPRISES SOCIEDAD ANÓNIMA

3101668910

PROYECTO GUACIMA SESENTA Y CINCO SOCIEDAD ANÓNIMA

3101668916

3-101-668919 SOCIEDAD ANÓNIMA

3101668919

INGENIO Y ACCIÓN SOCIEDAD ANÓNIMA

3101668920

INVERSIONES VISWAS SOCIEDAD ANÓNIMA

3101668924

POLLOS DURPS SOCIEDAD ANÓNIMA

3101668925

SERVICIO DE SEGURIDAD PRIVADA TORFUER SOCIEDAD ANÓNIMA

3101668928

INVERSIONES DIAZ DE LA CRUZ CR SOCIEDAD ANÓNIMA

3101668944

TRANSPORTES GAMBOA Y MIRANDA SOCIEDAD ANÓNIMA

3101668951

J S CONSTRUYE SOCIEDAD ANÓNIMA

3101668952

SERVICIOS ADMINISTRATIVOS Y CONSULOTORÍAS EN BIENES INMUEBLES BIVE SOCIEDAD ANÓNIMA

3101668955

TRI SPORTS J Y E SOCIEDAD ANÓNIMA

3101668968

REPRESENTACIONES Y COMERCIALIZADORA KYN SOCIEDAD ANÓNIMA

3101668969

SEA WORTHY SOCIEDAD ANÓNIMA

3101668974

IMPEXSA SIGLO XXI SOCIEDAD ANÓNIMA

3101668975

PROFITVENCO SOCIEDAD ANÓNIMA

3101668979

PREMIUM OIL COSTA RICA SOCIEDAD ANÓNIMA

3101668980

DOZVOX SOCIEDAD ANÓNIMA

3101668982

GIONA UNO GTE SOCIEDAD ANÓNIMA

3101668987

IMPOPARTES Y VEHÍCULOS MODERNOS SOCIEDAD ANÓNIMA

3101668990

VERANO INGENIERÍA SOCIEDAD ANÓNIMA

3101668992

ICOGNATI SOCIEDAD ANÓNIMA

3101668994

GROOVY MANGO SOCIEDAD ANÓNIMA

3101668998

SKY SOLUTIONS COSTA RICA SOCIEDAD ANÓNIMA

3101669004

3-101-669006 SOCIEDAD ANÓNIMA

3101669006

SOLUCIONES FRESCAS CORP SOCIEDAD ANÓNIMA

3101669022

3-101-669025 SOCIEDAD ANÓNIMA

3101669025

CONSTRUCTORA Y CONSULTORA W ORTIZ SOCIEDAD ANÓNIMA

3101669036

COMERCIALIZADORA AGRIPRO C.C.M SOCIEDAD ANÓNIMA

3101669038

INVERSIONES CHACÓN WONG SOCIEDAD ANÓNIMA

3101669041

ETIMAX DE COSTA RICA SOCIEDAD ANÓNIMA

3101669042

GRUPO INMOBILIARIO WO SOCIEDAD ANÓNIMA

3101669046

EUROPEAN STYLE IMPORT & EXPORT SOCIEDAD ANÓNIMA

3101669047

J L M LOGÍSTICA Y SEGURIDAD SOCIEDAD ANÓNIMA

3101669051

NEBULA BUSINESS SOCIEDAD ANÓNIMA

3101669054

ADMINISTRADORA DEL CONDOMINIO VIA DELLA UNIVERSITA SOCIEDAD ANÓNIMA

3101669055

KINGSTAR INVESTMENTS GROUP(KIG) SOCIEDAD ANÓNIMA

3101669078

TIENDAS ALTERNATIVAS SSK SOCIEDAD ANÓNIMA

3101669085

INVERSIONES HDZGAMBOA SOCIEDAD ANÓNIMA

3101669092

HSMI FREER SOCIEDAD ANÓNIMA

3101669093

WASSERMAN E.D. SOCIEDAD ANÓNIMA

3101669098

SUPPLY ESTHETIC SOCIEDAD ANÓNIMA

3101669099

INVERSIONES PETROGLOBAL DEL PACÍFICO SOCIEDAD ANÓNIMA

3101669108

CORPORACIÓN FARLASA DE SAN JOSÉ SOCIEDAD ANÓNIMA

3101669118

RESTAURANTE KAPRICHOZ TARRAZÚ SOCIEDAD ANÓNIMA

3101669126

HASPA SOCIEDAD ANÓNIMA

3101669128

BAUTEK SOCIEDAD ANÓNIMA

3101669130

HCT HAIR CARE AND TOOLS SOCIEDAD ANÓNIMA

3101669136

COMERCIALIZADORA DE BUSES CODEBUSA SOCIEDAD ANÓNIMA

3101669138

M&E CONSULTORES CONTABLES DE MORAVIA SOCIEDAD ANONONIMA

3101669140

VERITA FOOD SOCIEDAD ANÓNIMA

3101669144

GREEN PLANET GROUP SOCIEDAD ANÓNIMA

3101669145

SERVICIOS INTEGRADOS DE BIENESTAR Y SALUD H & W VITAE SOCIEDAD ANÓNIMA

3101669157

SEGURIDAD PRIVADA G Y M SOCIEDAD ANÓNIMA

3101669165

S&W ARMONY GUN SHOP SOCIEDAD ANÓNIMA

3101669168

3-101-669175 SOCIEDAD ANÓNIMA

3101669175

S M R INGENIERÍA Y PERFORACIONES SOCIEDAD ANÓNIMA

3101669187

R & B CR SOCIEDAD ANÓNIMA

3101669189

UVITA SEASHORE SOCIEDAD ANÓNIMA

3101669192

ECUADOROSE SOCIEDAD ANÓNIMA

3101669193

COSECHAS DE ECUADOR SOCIEDAD ANÓNIMA

3101669200

DECOREMODELACIONES D CH V DEL ESTE SOCIEDAD ANÓNIMA

3101669202

CIUDAD CIENTÍFICA LAKESIDE SOCIEDAD ANÓNIMA

3101669208

3-101-669226 SOCIEDAD ANÓNIMA

3101669226

BONDING SERVICES SOCIEDAD ANÓNIMA

3101669227

INVERSIONES PARRA VARGAS SOCIEDAD ANÓNIMA

3101669235

ESTUDIOS DE MERCADO Y MARKETING EMK CONSULTORES SOCIEDAD ANÓNIMA

3101669238

SU BOLSA PUBLICITARIA SOCIEDAD ANÓNIMA

3101669240

LUBRICANTES MUNDIALES DE COSTA RICA SOCIEDAD ANÓNIMA

3101669251

GRUPO EMPRESARIAL ECOTEC C. R. SOCIEDAD ANÓNIMA

3101669267

EMBARCA.ME SOCIEDAD ANÓNIMA

3101669269

INVERSIONES CAMOCHA SOCIEDAD ANÓNIMA

3101669272

EUROREPUESTOS DE OCCIDENTE SOCIEDAD ANÓNIMA

3101669285

RALLITO DE LUZ SOCIEDAD ANÓNIMA

3101669286

EC SANTA TERESITA SOCIEDAD ANÓNIMA

3101669305

INVERSIONES YELAPA SOCIEDAD ANÓNIMA

3101669306

TALENTHUNTER SOCIEDAD ANÓNIMA

3101669314

TECNIPORTONES SOCIEDAD ANÓNIMA

3101669323

STAMPA SIAT SOCIEDAD ANÓNIMA

3101669325

MARISCOS ÁLVAREZ SOCIEDAD ANÓNIMA

3101669354

FERJALI SOCIEDAD ANÓNIMA

3101669355

CARIBBEAN COMMODITES SOCIEDAD ANÓNIMA

3101669359

LOGÍSTICA PROMOCIAL SOCIEDAD ANÓNIMA

3101669376

INTERSTATE WASTE & GREEN TECHNOLOGIES SOCIEDAD ANÓNIMA

3101669378

GRUPO AL PER SE DE COSTA RICA SOCIEDAD ANÓNIMA

3101669391

BL AMERICAS SOCIEDAD ANÓNIMA

3101669392

3-101-669398 SOCIEDAD ANÓNIMA

3101669398

COOPER PENN & SUTTON ASSOCIATED SOCIEDAD ANÓNIMA

3101669401

CONSTRUCCIONES Y MULTISERVICIOS RUIZ SOCIEDAD ANÓNIMA

3101669403

GLOBAL SPORT ORGANIZATION G.S.O. SOCIEDAD ANÓNIMA

3101669411

LINGU LATIN AMERICA CR SOCIEDAD ANÓNIMA

3101669419

ESTRADA Y VALENCIA SOCIEDAD ANÓNIMA

3101669421

BTCO DE COSTA RICA SOCIEDAD ANÓNIMA

3101669425

3-101-669430 SOCIEDAD ANÓNIMA

3101669430

TAQUERÍA MEJICANA LUPIAN SOCIEDAD ANÓNIMA

3101669433

DESARROLLOS INMOBILIARIOS DON FELICE DE COSTA RICA SOCIEDAD ANÓNIMA

3101669441

DISTRIBUCIONES NACIONALES SOCIEDAD ANÓNIMA

3101669443

CAB INTERLINK COSTA RICAN HOLDINGS SOCIEDAD ANÓNIMA

3101669448

ARENAL TERMO MINERAL Y SPA SOCIEDAD ANÓNIMA

3101669463

LATAM SOLAR SUPPLY SOCIEDAD ANÓNIMA

3101669467

TRANSPORTES COMERCIALES D M V A SOCIEDAD ANÓNIMA

3101669471

TRANSPORTES COMERCIALES R B M SOCIEDAD ANÓNIMA

3101669472

EASY ONE CLICK C R SOCIEDAD ANÓNIMA

3101669475

DISTRIBUIDORA GRAMA SOCIEDAD ANÓNIMA

3101669479

ENCOM CORP SOCIEDAD ANÓNIMA

3101669480

EMMALUMAE SOCIEDAD ANÓNIMA

3101669483

PODER COSTA SOCIEDAD ANÓNIMA

3101669488

TRANSPORTES SALAZAR ROJAS SOCIEDAD ANÓNIMA

3101669489

CORPORACIÓN MONKBERRY DELIGTH SOCIEDAD ANÓNIMA

3101669500

3-101-669502 SOCIEDAD ANÓNIMA

3101669502

INTELLIGENT LIGHTING SOLUTIONS SOCIEDAD ANÓNIMA

3101669518

SKINPHARMA SOCIEDAD ANÓNIMA

3101669520

INVERSIONES DOÑA VILMA DE LIBERIA SOCIEDAD ANÓNIMA

3101669523

ARIAS CONSTRUCTORES DOS MIL DIEZ SOCIEDAD ANÓNIMA

3101669528

SOL MEDITERRANEO DE TOSCANA SOCIEDAD ANÓNIMA

3101669534

3-101-669535 SOCIEDAD ANÓNIMA

3101669535

TICO ADVENTURES SOCIEDAD ANÓNIMA

3101669540

CREACIONES SAMPA I SOCIEDAD ANÓNIMA

3101669546

WATERPARK CAPITAL GROUP SOCIEDAD ANÓNIMA

3101669548

TRANSPORTES MARIO ZAMORA VALVERDE SOCIEDAD ANÓNIMA

3101669556

CASATAY & INMA SOCIEDAD ANÓNIMA

3101669562

INNDI MANAGEMENT PARTNER SOCIEDAD ANÓNIMA

3101669565

3-101-669581 SOCIEDAD ANÓNIMA

3101669581

INVERSIONES ARO SOCIEDAD ANÓNIMA

3101669588

ASTROPAY C.R. SOCIEDAD ANÓNIMA

3101669591

CORPORACIÓN MAUKEY SOCIEDAD ANÓNIMA

3101669609

SOLUCIONES DE LOGÍSTICA EMPRESARIAL GONYART SOCIEDAD ANÓNIMA

3101669625

INVERSIONES KOSOBO SOCIEDAD ANÓNIMA

3101669628

ORFI SOCIEDAD ANÓNIMA

3101669637

3-101-669641 SOCIEDAD ANÓNIMA

3101669641

PÁJARO TROPICAL SOCIEDAD ANÓNIMA

3101669642

TRANSAMERICA TRADING IMPORTADORA Y EXPORTADORA SOCIEDAD ANÓNIMA

3101669655

CRISMOOR DE GUANACASTE SOCIEDAD ANÓNIMA

3101669659

MCRFI GROUP SOCIEDAD ANÓNIMA

3101669660

TEXTILES MONTERO SOCIEDAD ANÓNIMA

3101669664

INVERSIONES SERVIMAT SOCIEDAD ANÓNIMA

3101669665

INMOBILIARIA TRIPLE JOTA LIBERIA SOCIEDAD ANÓNIMA

3101669668

DESARROLLOS BELLA VISTA LIBERIANA SOCIEDAD ANÓNIMA

3101669670

HM PHARMA CONSULT LTD SOCIEDAD ANÓNIMA

3101669671

ALBENED DE HEREDIA SOCIEDAD ANÓNIMA

3101669673

EL OTRO SOSO INVERSIONES SOCIEDAD ANÓNIMA

3101669678

CORPORACIÓN HMNAS MANTOVAS SOCIEDAD ANÓNIMA

3101669679

FIRST NATIONS INTERNATIONAL SOCIEDAD ANÓNIMA

3101669681

CONSTRUCTORA ARCASAVI SOCIEDAD ANÓNIMA

3101669682

3-101-669686 SOCIEDAD ANÓNIMA

3101669686

REMODELACIONES Y BIENES RAICES GEO SOCIEDAD ANÓNIMA

3101669698

V&P VEHICLES AND PARTS TRADER AMERICAN S A

3101669703

3-101-669704 SOCIEDAD ANÓNIMA

3101669704

TELETOUCH COSTA RICA SOCIEDAD ANÓNIMA

3101669708

MACHOS DE PILÓN SOCIEDAD ANÓNIMA

3101669719

3-101-669720 SOCIEDAD ANÓNIMA

3101669720

MONTERREY DEL MAR OPERATIONS SOCIEDAD ANÓNIMA

3101669721

M Y M MONDRAGON INVERSIONES SOCIEDAD ANÓNIMA

3101669735

C&S INVESTMENTS CORPORATION SOCIEDAD ANÓNIMA

3101669744

3-101-669753 SOCIEDAD ANÓNIMA

310166975

SOFESA, SOLUCIONES FERRETERAS SOCIEDAD ANÓNIMA

3101669758

NATURAL TRIP COSTA RICA SOCIEDAD ANÓNIMA

3101669762

GANADERA SAN MIGUEL SOCIEDAD ANÓNIMA

3101669763

PURA VIDA CIGAR CO SOCIEDAD ANÓNIMA

3101669768

NEW ENERGIES SOCIEDAD ANÓNIMA

3101669770

MULTISERVICIOS B B V SOCIEDAD ANÓNIMA

3101669772

EVAL BLUE OCEANS ADVENTURES SOCIEDAD ANÓNIMA

3101669773

DISTRINOVA DEL PACÍFICO SOCIEDAD ANÓNIMA

3101669780

INVERSIONES MAR DE CRISTAL ALFA SOCIEDAD ANÓNIMA

3101669785

GRUPO SALAMATI SOCIEDAD ANÓNIMA

3101669794

DELVANA SOCIEDAD ANÓNIMA

3101669795

IMÁGENES MÉDICAS MARINA TORRES SOCIEDAD ANÓNIMA

3101669804

 

Las cuales se tramitan bajo el expediente número DPJ-DI-094-2021, entidades que según la información remitida por la Dirección General de Tributación del Ministerio de Hacienda mediante certificación DGT-DRCER-001-2021, presentan morosidad con el pago del impuesto a las personas jurídicas por tres, o más, períodos consecutivos, motivo por el cual se encuentran disueltas de pleno derecho, según lo establecido en el artículo 7 de la Ley del Impuesto a las Personas Jurídicas, N° 9428. Conforme lo estipulado en el artículo 207 del Código de Comercio, dentro del plazo de treinta días hábiles, los interesados que lo tengan a bien podrán presentar las consideraciones del caso ante la autoridad jurisdiccional competente. Transcurrido el plazo establecido por ley, para conocimiento de los interesados, se procederá a la cancelación de la inscripción de las entidades y a la respectiva anotación de la hipoteca legal preferente o prenda preferente en el Registro respectivo, para que procedan conforme corresponda.—San José, 31 de agosto de 2021.—Yolanda Víquez Alvarado, Directora.—1 vez.—O.C. N° OC21-0403.—Solicitud N° 292859.—( IN2021580857 ).

De conformidad con lo establecido en el artículo 7 de la Ley del Impuesto a las Personas Jurídicas, N° 9428, el Registro de Personas Jurídicas da a conocer que las siguientes entidades:

B C MEDICAL SOCIEDAD ANÓNIMA

3101669814

ACK DISEÑO Y CONSTRUCCION DEL SIGLO XXI SOCIEDAD ANÓNIMA

3101669815

INVERSIONES SCHMAUS GUTIÉRREZ SOCIEDAD ANÓNIMA

3101669823

MULTISERVICIOS VICALE SOCIEDAD ANÓNIMA

3101669827

TRANSPORTES CRUVASA SOCIEDAD ANÓNIMA

3101669829

MONTERREY DEL MAR INVESTORS SOCIEDAD ANÓNIMA

3101669833

VISTA PERFECTA DOS DE PLAYAS DEL COCO DOS SOCIEDAD ANÓNIMA

3101669840

DREAMS DISTRIBUTION CRC COSTA RICA SOCIEDAD ANÓNIMA

3101669843

ACABADOS ESPECIALES SOCIEDAD ANÓNIMA

3101669848

EFF INGENIERÍA Y DESARROLLO INMOBILIARIO SOCIEDAD ANÓNIMA

3101669852

C D INVERSIONES REALES SOLANO & VARGAS INC SOCIEDAD ANÓNIMA

3101669853

GCS COMMUNICATIONS SOCIEDAD ANÓNIMA

3101669858

URBANIZADORA ROME SOCIEDAD ANÓNIMA

3101669864

CORPORACIÓN DE SERVICIOS MEC SOCIEDAD ANÓNIMA

3101669876

HARI H.A SOCIEDAD ANÓNIMA

3101669884

3-101-669889 SOCIEDAD ANÓNIMA

3101669889

CAYAL FUTBOL CINCO SOCIEDAD ANÓNIMA

3101669892

NOYOLA MARKETING SOCIEDAD ANÓNIMA

3101669894

VISAJU SPORTS SOCIEDAD ANÓNIMA

3101669923

3-101-669939 SOCIEDAD ANÓNIMA

3101669939

CONSTRUCTORA MEJÍAS MURILLO SOCIEDAD ANÓNIMA

3101669940

TURRENT Y CAMERON CONSULTANTS COSTA RICA SOCIEDAD ANÓNIMA

3101669941

LIME AND COCO SOCIEDAD ANÓNIMA

3101669945

MEJÍAS BADILLA SOCIEDAD ANÓNIMA

3101669948

MERCADOS Y TRANSACCIONES MERTRA SOCIEDAD ANÓNIMA

3101669961

AIRES ACONDICIONADOS Y REFRIGERACION ARTICO SOCIEDAD ANÓNIMA

3101669966

AGROCUBIERTAS SOCIEDAD ANÓNIMA

3101669985

ESTANCIA SEDONA SOCIEDAD ANÓNIMA

3101670001

GRUPO AUTOMOTRIZ CRIDICAR SOCIEDAD ANÓNIMA

3101670002

JAM CONSTRUCCIÓN SOCIEDAD ANÓNIMA

3101670012

3-101-670016 SOCIEDAD ANÓNIMA

3101670016

MIEMBROS DE LA IGLESIA DE DIOS INTERNACIONAL SOCIEDAD ANÓNIMA

3101670017

3-101-670024 SOCIEDAD ANÓNIMA

3101670024

AMPHIBIUS SOCIEDAD ANÓNIMA

3101670025

Q-TEC ELECTRONICA SOCIEDAD ANÓNIMA

3101670026

I-TECH CR SOCIEDAD ANÓNIMA

3101670028

BEST SUPPLIER COSTA RICA SOCIEDAD ANÓNIMA

3101670031

3-101-670035 SOCIEDAD ANÓNIMA

3101670035

ARIPEN SOCIEDAD ANÓNIMA

3101670036

S-LINE GROUP, SOCICEDAD ANÓNIMA

3101670043

DOS MANOS ELC SOCIEDAD ANÓNIMA

3101670053

ALEXOS COSTA RICA SOCIEDAD ANÓNIMA

3101670057

VALHAC SYSTEMS

3101670058

ROBOTICA EDUCATIVA SOCIEDAD ANÓNIMA

3101670059

BBC INVESTORS C.R. SOCIEDAD ANÓNIMA

3101670069

CARTAGO TRAVEL EXCLUSIVE SOCIEDAD ANÓNIMA

3101670071

TRANSPORTES CRUZA C R SOCIEDAD ANÓNIMA

3101670072

MATINSU SOCIEDAD ANÓNIMA

3101670082

EL NEGRO ESTA CONTENTO SOCIEDAD ANÓNIMA

3101670083

INVERSIONES DULCES SWEET SCAPE SOCIEDAD ANÓNIMA

3101670085

GRUPO GESCO CR INC SOCIEDAD ANÓNIMA

3101670090

GIADAS CERO SEIS SOCIEDAD ANÓNIMA

3101670092

3-101-670098 SOCIEDAD ANÓNIMA

3101670098

DISTRIBUIDORA WITOSA M W J SOCIEDAD ANÓNIMA

3101670100

INDULEC SOCIEDAD ANÓNIMA

3101670103

THE NEW BOX GROUP SOCIEDAD ANÓNIMA

3101670111

HACIENDA FAMACA SOCIEDAD ANÓNIMA

3101670113

FRUTICAFES & AQUI JAMO SOCIEDAD ANÓNIMA

3101670115

INVERSIONES FRESCUTEC SOCIEDAD ANÓNIMA

3101670116

JOSKATH DE LAUREL DE LA ZONA SUR SOCIEDAD ANÓNIMA

3101670121

SUHDEI SERVICIO UNIDO POR LA HUMANIDAD DIAGNÓSTICO ENERGETICO INTEGRAL SOCIEDAD ANÓNIMA

3101670128

NC BIOMEDICAL SOCIEDAD ANÓNIMA

3101670131

LA SETA SOCIEDAD ANÓNIMA

3101670134

COMUNIDAD DE PROPIETARIOS FINCA HOJA BLANCA SOCIEDAD ANÓNIMA

3101670136

INVERSIONES RIVERA Y NUÑEZ DEL ROSARIO SOCIEDAD ANÓNIMA

3101670138

INVERSIONES NOAS S O L SOCIEDAD ANÓNIMA

3101670151

SERVICIOS TÉCNICOS DIPI, SOCIEDAD ANÓNIMA

3101670153

CORDOBA FOTOGRAFIA SOCIEDAD ANÓNIMA

3101670164

CONSTRUCTORA ARCA DE NOE ARTE PARA CONSTRUIR SOCIEDAD ANÓNIMA

3101670172

3-101-670173 SOCIEDAD ANÓNIMA

3101670173

ENTRETENIMIENTO TL SOCIEDAD ANÓNIMA

3101670176

J Y H CONSTRUCTORES SOCIEDAD ANÓNIMA

3101670178

SIDEKICKS DIGITAL SOCIEDAD ANÓNIMA

3101670182

APU SALKANTAY SOCIEDAD ANÓNIMA

3101670183

EKSOTICS BALI SOCIEDAD ANÓNIMA

3101670185

GAIA SOCIEDAD GESTORA DE ENSEÑANZA SOCIEDAD ANÓNIMA

3101670196

H V P A VETERINARIA CURRI INDOR SOCIEDAD ANÓNIMA

3101670200

CONSTRUCCIONES VEINTITRES XXIII SOCIEDAD ANÓNIMA

3101670204

YAJOMIMER SOCIEDAD ANÓNIMA

3101670206

PERFECT SEAL DE COSTA RICA SOCIEDAD ANÓNIMA

3101670208

AUTO REPUESTOS KIMYBO, SOCIEDAD ANÓNIMA

3101670209

GRUPO DICON CR SOCIEDAD ANÓNIMA

3101670213

S DOS C SOCIEDAD ANÓNIMA

3101670214

SALES FORCE INC SOCIEDAD ANÓNIMA

3101670217

CRC IBEX BIONOMICS SOCIEDAD ANÓNIMA

3101670221

MMJ SALUD Y CUIDADOS MEDICOS SOCIEDAD ANÓNIMA

3101670222

PARRILLADA OJAJA, SOCIEDAD ANÓNIMA

3101670236

TALLER DE EBANISTERIA HERNÁNDEZ SOCIEDAD ANÓNIMA

3101670247

MULTISERVICIOS SANABRIA CHAVES SOCIEDAD ANOMIMA

3101670249

SEGURIDAD OJO DE ÁGUILA CAMPOS SOCIEDAD ANÓNIMA

3101670257

MOBILE COSTA RICA TRAVEL SOCIEDAD ANÓNIMA

3101670259

KIMJUN MOTORS, SOCIEDAD ANÓNIMA

3101670260

CORCR SOCIEDAD ANÓNIMA

3101670262

3-101-670269 SOCIEDAD ANÓNIMA

3101670269

ZEN DEN SOCIEDAD ANÓNIMA

3101670272

INTERLAND CEMARE DE COSTA RICA SOCIEDAD ANÓNIMA

3101670274

SAZON COLOMBIANO SOCIEDAD ANÓNIMA

3101670277

3-101-670285 SOCIEDAD ANÓNIMA

3101670285

FAZANU SOCIEDAD ANÓNIMA

3101670299

SATURNO ONE SOCIEDAD ANÓNIMA

3101670312

AUTOLAVADO RODRIGUEZ Y CHAVES R Y CH SOCIEDAD ANÓNIMA

3101670313

FOUR KNEZEVICH SOCIEDAD ANÓNIMA

3101670320

3-101-670325 SOCIEDAD ANÓNIMA

3101670325

RECUBRIMIENTOS DEPORTIVOS INTEGRALES MYRD SOCIEDAD ANÓNIMA

3101670327

CONSTRUCTORA Y REMODELADORA BANAH AYL SOCIEDAD ANÓNIMA

3101670333

OLA ZUL TURQUESA SOCIEDAD ANÓNIMA

3101670351

VECINOS DE RETORNO SOCIEDAD ANÓNIMA

3101670372

DSM DISTRIBUIDORES DEL CARIBE SOCIEDAD ANÓNIMA

3101670374

3-101-670381 SOCIEDAD ANÓNIMA

3101670381

GRUPO KATEGO BEBIDAS SOCIEDAD ANÓNIMA

3101670398

3-101-670407 SOCIEDAD ANÓNIMA

3101670407

I.K. FUNDS MANAGMENT SOCIEDAD ANÓNIMA

3101670413

DISTRIBUIDORA KAMIS SANCHEZ SOCIEDAD ANÓNIMA

3101670415

3-101-670421 SOCIEDAD ANÓNIMA

3101670421

3-101-670423 SOCIEDAD ANÓNIMA

3101670423

GRUPO SUNSET ASSETS CRC SOCIEDAD ANÓNIMA

3101670427

INMOBILIARIA CORUVA SOCIEDAD ANÓNIMA

3101670432

MEDICARE PLUS SOCIEDAD ANÓNIMA

3101670435

TOURS DEL GOLFO SOCIEDAD ANÓNIMA

3101670437

ELOHIM MARKET SOCIEDAD ANÓNIMA

3101670439

PALLET FACTORY SOCIEDAD ANÓNIMA

3101670440

3-101-670445 SOCIEDAD ANÓNIMA

3101670445

SERVICIO TÉCNICO S.T.D. SOCIEDAD ANÓNIMA

3101670446

LIANG & CEN SOCIEDAD ANÓNIMA

3101670448

3-101-670459 SOCIEDAD ANÓNIMA

3101670459

VAESTRACK SOCIEDAD ANÓNIMA

3101670460

ESHS SERVICIOS SOCIEDAD ANÓNIMA

3101670462

LA FERMATA RISTORANTE SOCIEDAD ANÓNIMA

3101670463

INVERSIONES LIMERICK, SOCIEDAD ANONIMA,

3101670468

REMODELACIONES MARIO MENDEZ SOCIEDAD ANÓNIMA

3101670471

PRADO INGENIERÍA SOCIEDAD ANÓNIMA

3101670472

EMPRESAS ROBLE DULCE, SOCIEDAD ANÓNIMA

3101670477

BACAS DEVELOPMENT B.D SOCIEDAD ANÓNIMA

3101670483

CONSORCIO E R C CONSTRUCCIONES SOCIEDAD ANÓNIMA

3101670484

SIDARO SERVICIOS SOCIEDAD ANÓNIMA

3101670490

3-101-670496 SOCIEDAD ANÓNIMA

3101670496

SIC SECURITY SOCIEDAD ANÓNIMA

3101670504

ODREC PROPAGANDAS PRODUKT SOCIEDAD ANÓNIMA

3101670505

3-101-670511 SOCIEDAD ANÓNIMA

3101670511

HERMANAS AVILA JIMENEZ SOCIEDAD ANÓNIMA

3101670512

MAHERA MAHR SOCIEDAD ANÓNIMA

3101670514

MELTAMECANICA ALPRESA SOCIEDAD ANÓNIMA

3101670516

ETHIFARM FÁRMACOS DE COSTA RICA SOCIEDAD ANÓNIMA

3101670520

FRUTIDOS NATURALES SOCIEDAD ANÓNIMA

3101670522

LUNA FLORIDA SOCIEDAD ANÓNIMA

3101670536

PARQUE EN EL ESPACIO SOCIEDAD ANÓNIMA

3101670540

CORPORACIÓN MAXI FRUTAS SOCIEDAD ANÓNIMA

3101670557

3-101-670558 SOCIEDAD ANÓNIMA

3101670558

OLAFO BAND, SOCIEDAD ANÓNIMA

3101670567

3-101-670574 SOCIEDAD ANÓNIMA

3101670574

3-101-670575 SOCIEDAD ANÓNIMA

3101670575

INVERSIONES SANTA CRISTINA BURSATIL SOCIEDAD ANÓNIMA

3101670577

COMANDO DE SEGURIDAD BIGACOR SOCIEDAD ANÓNIMA

3101670578

3-101-670581 SOCIEDAD ANÓNIMA

3101670581

TALLER INDUSTRIAL Y SOLDADURA CARLOS GONZÁLEZ SOCIEDAD ANÓNIMA

3101670585

INGENIERÍA, DISEÑO Y CONTROL IDICON SOCIEDAD ANÓNIMA

3101670586

TECH MENTOR SOCIEDAD ANÓNIMA

3101670590

DALTEK DE COSTA RICA SOCIEDAD ANÓNIMA

3101670594

INVERSIONES CENTROAMERICANO SAENZ ZUMBADO SZ SOCIEDAD ANÓNIMA

3101670601

CORPORACIÓN COMERCIAL DEL CARIBE Y PACIFICO SOCIEDAD ANÓNIMA

3101670607

SOINPRO I.N.C UNO SOCIEDAD ANÓNIMA

3101670608

3-101-670610 SOCIEDAD ANÓNIMA

3101670610

NOAH INTERNATIONAL, SOCIEDAD ANÓNIMA

3101670613

WATTWIL GROUP SOCIEDAD ANÓNIMA

3101670617

MULTISERVICIOS Y LOGÍSTICA DEVISOL SOCIEDAD ANÓNIMA

3101670623

JAVA RUNNER SOCIEDAD ANÓNIMA

3101670632

3-101-670641 SOCIEDAD ANÓNIMA

3101670641

3-101-670644 SOCIEDAD ANÓNIMA

3101670644

3-101-670645 SOCIEDAD ANÓNIMA

3101670645

3-101-670656 SOCIEDAD ANÓNIMA

3101670656

KARMA INTERNACIONAL T.K.V. SOCIEDAD ANÓNIMA

3101670661

TUNA DE LOS MARES SOCIEDAD ANÓNIMA

3101670664

QUEPOS CIGAR MART SOCIEDAD ANÓNIMA

3101670665

YOUNIQUE MEDIA SOCIEDAD ANÓNIMA

3101670666

MURO S EXPRESS FOOD SOCIEDAD ANÓNIMA

3101670679

ADMINISTRACIÓN ANEKA INC SOCIEDAD ANÓNIMA

3101670685

TRANSPORTES M R CLARK SOCIEDAD ANÓNIMA

3101670692

INMOBILIARIA MACLARK SOCIEDAD ANÓNIMA

3101670696

COSTA RICA COLLECTOR HOUSE SOCIEDAD ANÓNIMA

3101670698

LEOD & COMPANY SOCIEDAD ANÓNIMA

3101670706

SEASIDE CAPITAL GROUP SOCIEDAD ANÓNIMA

3101670709

CORPORACIÓN AMC GYM SOCIEDAD ANÓNIMA

3101670712

ANDIGNA CONSULTORES SOCIEDAD ANÓNIMA

3101670713

QUALA COSTA RICA SOCIEDAD ANÓNIMA

3101670716

AGROSERVICIOS SANTA FE SOCIEDAD ANÓNIMA

3101670728

TERRENOS DE ALAJUELITA SOCIEDAD ANÓNIMA

3101670734

MARFA AUTOMOTRIZ SOCIEDAD ANÓNIMA

3101670736

LUASA UNO CR TRANSPORTES Y SERVICIOS SOCIEDAD ANÓNIMA

3101670737

LOGISTICA INTERNACIONAL ASIA-COSTA RICA SOCIEDAD ANÓNIMA

3101670742

VERANO PACIFICO DE JACO SOCIEDAD ANONIMA.

3101670762

VIRTUAL DYLU CELLULAR SOCIEDAD ANÓNIMA

3101670773

GOLD HOUSE SUPERMARKET SOCIEDAD ANÓNIMA

3101670777

VIGILANCIA HOWARD & ASOCIADOS SOCIEDAD ANÓNIMA

3101670779

MELAO DULCERIA SOCIEDAD ANÓNIMA

3101670783

DISEÑOS ARTUITECTONICOS - A - CÚBICO SOCIEDAD ANÓNIMA

3101670785

3-101-670788 SOCIEDAD ANÓNIMA

3101670788

GRUPO CONSTRUIR KRC SOCIEDAD ANÓNIMA

3101670790

DUO SOL & LUNA DE COSTA RICA SOCIEDAD ANÓNIMA

3101670793

P.O.P. PRINT SOCIEDAD ANÓNIMA

3101670794

SECU-CAMP U.P. SOCIEDAD ANÓNIMA

3101670795

MULTISERVICIOS AGRICOLAS Y AUTOMOTRICES SOLIS Y CORDERO SOCIEDAD ANÓNIMA

3101670799

SERVICIOS LABORALES SERTELCOM SOCIEDAD ANÓNIMA

3101670810

3-101-670816 SOCIEDAD ANÓNIMA

3101670816

COMMUNITY SOCIEDAD ANÓNIMA

3101670823

3-101-670827 SOCIEDAD ANÓNIMA

3101670827

DRG MEDCONSULTANTS SOCIEDAD ANÓNIMA

3101670833

CLIFFS OF MOHER MANAGEMENT SOCIEDAD ANÓNIMA

3101670838

RENOVO RECONSTRUCTION SERVICES SOCIEDAD ANÓNIMA

3101670842

3-101-670845 SOCIEDAD ANÓNIMA

3101670845

KRUSTA COSTA RICA SOCIEDAD ANÓNIMA

3101670852

COSTAINVEST SOCIEDAD ANÓNIMA

3101670854

MATTIE ENGINEERS SOCIEDAD ANÓNIMA

3101670858

SOLUCIONES EMPRESARIALES ALEJANDRO QUIROS JIMENEZ SOCIEDAD ANÓNIMA

3101670862

EYE PROMOTORES FORESTALES SOCIEDAD ANÓNIMA

3101670867

KRESSVENTURES, SOCIEDAD ANONIMA.

3101670878

G Y M INVERSIONES DOS MIL TRECE, SOCIEDAD ANÓNIMA

3101670889

AMALGAMADOS DE COSTA RICA SOCIEDAD ANÓNIMA

3101670894

MVR MARÍA RANCHO PAVONES SOCIEDAD ANÓNIMA

3101670895

DESARROLLOS VIDA NUEVA (DVN) SOCIEDAD ANÓNIMA

3101670911

B & M TODO SERVICIO SOCIEDAD ANÓNIMA

3101670912

3-101-670916 SOCIEDAD ANÓNIMA

3101670916

3-101-670918 SOCIEDAD ANÓNIMA

3101670918

OPTICA SAMA SOCIEDAD ANÓNIMA

3101670920

3-101-670923 SOCIEDAD ANÓNIMA

3101670923

INVERSIONES AZUL MAQUENZI SOCIEDAD ANÓNIMA

3101670924

3-101-670935 SOCIEDAD ANÓNIMA

3101670935

REDELEC ELECTROMECÁNICA DE COSTA RICA SOCIEDAD ANÓNIMA

3101670940

3-101-670945 SOCIEDAD ANÓNIMA

3101670945

COSTA RICA DESPIERTA TUS SENTIDOS SOCIEDAD ANÓNIMA

3101670949

COSTA RICA COFFEE TRADE GROUP SOCIEDAD ANÓNIMA

3101670963

CONSTRUCTORA RANMA SOCIEDAD ANÓNIMA

3101670971

CASITAS LOS RODRIGUEZ SOCIEDAD ANÓNIMA

3101670975

SEGURIDAD ARAYA SHALOM SOCIEDAD ANÓNIMA

3101670977

3-101-670988 SOCIEDAD ANÓNIMA

3101670988

RUIZMON SOCIEDAD ANÓNIMA

3101671005

RESTAURANTE BIJBIJ N&B SOCIEDAD ANONIMA.

3101671007

PRECISION M&E SOCIEDAD ANÓNIMA

3101671009

LOGISTICA T.O.R.O SOCIEDAD ANÓNIMA

3101671024

PRODUCTORES COSTARRICENSES DE CARNE OVINA SOCIEDAD ANÓNIMA

3101671035

JEONGSONG SOCIEDAD ANÓNIMA

3101671037

3-101-671038 SOCIEDAD ANÓNIMA

3101671038

CBCH INVESTIMENTOS SOCIEDAD ANÓNIMA

3101671044

ZAFIRO TECHNOLOGY SOCIEDAD ANÓNIMA

3101671045

COSTA D’ VALE SOCIEDAD ANÓNIMA

3101671046

PROVEEDORES E INVERSIONES CALVO Y MONTERO DEL NORTE SOCIEDAD ANÓNIMA

3101671048

EMBOTELLADORA SELVA VIVA SOCIEDAD ANÓNIMA

3101671049

TENEDORA MERCANTIL C P V Z SOCIEDAD ANÓNIMA

3101671057

COFFEE SHOP CONGO SOCIEDAD ANÓNIMA

3101671058

TRIPLEEE POWER SOURCE COSTA RICA SOCIEDAD ANÓNIMA

3101671060

MEDICAL ALLIANCE CORPORATION NUMEBER TWENTYFIVE SOCIEDAD ANÓNIMA

3101671061

MB BUSINESS CONSULTANTS AND SOLUTIONS SOCIEDAD ANÓNIMA

3101671064

DIAPA DISTRIBUIDORA ALIANSA DEL PACIFICO SOCIEDAD ANÓNIMA

3101671071

JIN HUDIE SOCIEDAD ANÓNIMA

3101671073

YOGOCHERRY SOCIEDAD ANÓNIMA

3101671074

APCA TBEA EDEMCO SOCIEDAD ANÓNIMA

3101671080

INVERSIONES CASZALEZ, SOCIEDAD ANÓNIMA

3101671099

CHERIKA TRADING CRC, SOCIEDAD ANÓNIMA

3101671103

INTERNACIONAL DE DROGAS TRES MIL TRESCIENTOS TREINTA Y TRES SOCIEDAD ANÓNIMA

3101671109

PUNTO CUBANO SOCIEDAD ANÓNIMA

3101671112

3-101-671122 SOCIEDAD ANÓNIMA

3101671122

EL MEJOR SABOR TRANSPORTE GRATIS SOCIEDAD ANÓNIMA

3101671127

NEW TIMES OCCIDENTE SOCIEDAD ANÓNIMA

3101671130

3-101-671149 SOCIEDAD ANÓNIMA

3101671149

BLOOMING SOULS SOCIEDAD ANÓNIMA

3101671153

MINT SERVICES CORPORATION SOCIEDAD ANÓNIMA

3101671158

CLAPPER PRODUCCIONES SOCIEDAD ANÓNIMA

3101671160

NARDO DE AGUIRRE SOCIEDAD ANÓNIMA

3101671164

GRUPO INTEGRAL SENA SOCIEDAD ANÓNIMA

3101671165

PROLINKS COSTA RICA SOCIEDAD ANÓNIMA

3101671169

GRUPO CONCREGYP DOS MIL TRECE SOCIEDAD ANÓNIMA

3101671178

GRUPO C DOS MA SOCIEDAD ANÓNIMA

3101671180

INVERSIONES CLIMAX BRC SOCIEDAD ANÓNIMA

3101671182

CONSUMIDORES CONSCIENTES SOCIEDAD ANÓNIMA

3101671187

CERRAJERIA HERMANOS SOLANO DEL NORTE SOCIEDAD ANÓNIMA

3101671193

SOLUCIONES OPA & RCZ DE COSTA RICA SOCIEDAD ANÓNIMA

3101671227

BRAULIO SOCIEDAD ANÓNIMA

3101671232

SNC SERVICIOS EN NEUROCIRUGIA SOCIEDAD ANÓNIMA

3101671235

L&M COMUNICACIONES ABIERTAS SOCIEDAD ANÓNIMA

3101671237

3-101-671241 SOCIEDAD ANÓNIMA

3101671241

CORPORACIÓN DE ENERGIAS LIMPIAS SOCIEDAD ANÓNIMA

3101671242

AVALUOS Y PERITAJES TECNICOS SOCIEDAD ANÓNIMA

3101671246

AGROEXPORTACIONES M Y R SOCIEDAD ANÓNIMA

3101671261

SALTY MUMBLES DE SANTA TERESA SOCIEDAD ANÓNIMA

3101671279

OPERATIONAL SOLUTIONS SOCIEDAD ANÓNIMA

3101671284

PRONTO PIZZA SERVICE C.R.C, SOCIEDAD ANÓNIMA

3101671288

ESTHETIC AND HEALTH CORPORATION SOCIEDAD ANÓNIMA

3101671290

HOTEL SUEÑO CHINO SOCIEDAD ANÓNIMA

3101671294

FUTBOL CINCO LOS PINOS SOCIEDAD ANÓNIMA

3101671298

SERVICIOS Y ASESORÍAS SFJM SOCIEDAD ANÓNIMA

3101671299

3-101-671300 SOCIEDAD ANÓNIMA

3101671300

TRANSPORTES INTERNACIONALES GOSEN SOCIEDAD ANÓNIMA

3101671301

B & C MULTISERVICIOS SOCIEDAD ANÓNIMA

3101671304

3-101-671306 SOCIEDAD ANÓNIMA

3101671306

INMOBILIARIA LOPEZ DE CENTROAMERICA SOCIEDAD ANÓNIMA

3101671308

E I ALGROW SOCIEDAD ANÓNIMA

3101671311

EI ALEJUANXA SOCIEDAD ANÓNIMA

3101671316

K F G SALUD INTEGRAL SOCIEDAD ANÓNIMA

3101671317

VCINVEST INTERNATIONAL SOCIEDAD ANÓNIMA

3101671332

SINTÉTICOS CENTROAMERICANOS CR SOCIEDAD ANÓNIMA

3101671337

GRUPO LUCITANIA JVR SOCIEDAD ANÓNIMA

3101671340

MAGELLAN TECHNOLOGIES SOCIEDAD ANÓNIMA

3101671342

IBERICA GUANACASTE SOCIEDAD ANÓNIMA

3101671345

3-101-671347 SOCIEDAD ANÓNIMA

3101671347

PLASTICOS CD DE COSTA RICA SOCIEDAD ANÓNIMA

3101671352

3-101-671353 SOCIEDAD ANÓNIMA

3101671353

EURO SELL SOCIEDAD ANÓNIMA

3101671354

TORRES INGENIEROS CONSULTORES SOCIEDAD ANÓNIMA

3101671370

CRYSTAL CLEAR CONSULTING CCC SOCIEDAD ANÓNIMA

3101671378

3-101-671380 SOCIEDAD ANÓNIMA

3101671380

CSDM HOLDINGS SOCIEDAD ANÓNIMA

3101671385

GRUPO FARO DESARROLLOS INMOBILIARIOS SOCIEDAD ANÓNIMA

3101671389

3-101-671393 SOCIEDAD ANÓNIMA

3101671393

FULLMOTOS SOCIEDAD ANÓNIMA

3101671394

B Y R INVESTIGACIÓN Y ESTRATEGIA SOCIEDAD ANÓNIMA

3101671396

INNOVACIONES Y ALTERNATIVAS J Y L SOCIEDAD ANÓNIMA

3101671399

INAAMO SOCIEDAD ANÓNIMA

3101671403

JOSAFAD DESARROLLOS LEGALES SOCIEDAD ANÓNIMA

3101671407

GALLAND CENTROAMÉRICA SOCIEDAD ANÓNIMA

3101671411

PETROLEOMETAL SOCIEDAD ANÓNIMA

3101671415

PACIFIC PANITA DE JACO SOCIEDAD ANÓNIMA

3101671420

PERU MADERAS FINAS SOCIEDAD ANÓNIMA

3101671424

3-101-671427 SOCIEDAD ANÓNIMA

3101671427

JMC COMERCIAL SOCIEDAD ANÓNIMA

3101671428

G&G CONSULTING CENTROAMÉRICA SOCIEDAD ANÓNIMA

3101671435

3-101-671438 SOCIEDAD ANÓNIMA

3101671438

SAMLAM INVESTMENTS SOCIEDAD ANÓNIMA

3101671440

EMPRESA DE SEGURIDAD MÚLTIPLE VILLEGAS Y JIMÉNEZ SOCIEDAD ANÓNIMA

3101671441

3-101-671443 SOCIEDAD ANÓNIMA

3101671443

CORPORACIÓN CREDITICIA BBA COSTA RICA SOCIEDAD ANÓNIMA

3101671444

INVERSIONES CLARO LUNA R.C.R.V. SOCIEDAD ANÓNIMA

3101671451

3-101-671454 SOCIEDAD ANÓNIMA

3101671454

3-101-671455 SOCIEDAD ANÓNIMA

3101671455

INVERSIONES CASA DORADA SJCR SOCIEDAD ANÓNIMA

3101671458

CENTRAL DE SUMINISTROS PARA MUEBLEROS Y AFINES CESUMA SOCIEDAD ANÓNIMA

3101671466

NAVARRO AGUINAGA SOCIEDAD ANÓNIMA

3101671470

3-101-671472 SOCIEDAD ANÓNIMA

3101671472

INVERSIONES ALBADIA MEJÍA LK SOCIEDAD ANÓNIMA

3101671475

APD PURA VIDA TRADING COMPANY SOCIEDAD ANÓNIMA

3101671476

3-101-671483 SOCIEDAD ANÓNIMA

3101671483

PUNTO NATURAL COSTA RICA SOCIEDAD ANÓNIMA

3101671484

EL PALACIO DE LOS CARAMELOS M&R SOCIEDAD ANÓNIMA

3101671485

CORPORACIÓN FINCA DEL CHOCUACO SOCIEDAD ANÓNIMA

3101671492

SUMAIND SUMINISTROS Y MATERIALES INDUSTRIALES DE SAN JOSE SOCIEDAD ANÓNIMA

3101671494

TEAL & ORANGE SOCIEDAD ANÓNIMA

3101671496

LME CONSULTING & INVESTMENT CORPORATION SOCIEDAD ANÓNIMA

3101671498

3-101-671502 SOCIEDAD ANÓNIMA

3101671502

LICORERA LOS TRES MOSQUETEROS SOCIEDAD ANÓNIMA

3101671511

OPORTUNIDADES COMERCIALES DEL ESTE SOCIEDAD ANÓNIMA

3101671517

LIFE BTL SOCIEDAD ANÓNIMA

3101671520

VIDORRA SOCIEDAD ANÓNIMA

3101671521

3-101-671525 SOCIEDAD ANÓNIMA

3101671525

3-101-671531 SOCIEDAD ANÓNIMA

3101671531

HOLI INVERSIONES SOCIEDAD ANÓNIMA

3101671539

VARADERO LEAL SOCIEDAD ANÓNIMA

3101671542

WITTCAST DEL SUR SOCIEDAD ANÓNIMA

3101671544

SUMINISTROS TECSUMA SOCIEDAD ANÓNIMA

3101671562

GRUPO ÓPTICAS ROBLES SOCIEDAD ANÓNIMA

3101671564

FLORIDA DATA INTERNATIONAL PRODUCTS SOCIEDAD ANÓNIMA

3101671575

DBDES VIGILANTES DE GRANADILLA SOCIEDAD ANÓNIMA

3101671584

COMANDO ORGANIZADO PARA LA SEGURIDAD RPM SOCIEDAD ANÓNIMA

3101671595

SERVICIOS TÉCNICOS OSO SOCIEDAD ANÓNIMA

3101671602

3-101-671603 SOCIEDAD ANÓNIMA

3101671603

MAE PRODUCCIONES SOCIEDAD ANÓNIMA

3101671626

FEMLAT COMERCIAL SOCIEDAD ANÓNIMA

3101671633

VIENTOS Y TURBINAS DE TILARAN SOCIEDAD ANÓNIMA

3101671635

CORPORACIÓN GIROS M G SOCIEDAD ANÓNIMA

3101671644

MULTISERVICIOS BEROPE SOCIEDAD ANÓNIMA

3101671645

TRENDY IMPORTS RLR SOCIEDAD ANÓNIMA

3101671647

CARRERA Y RODRÍGUEZ SOCIEDAD ANÓNIMA

3101671649

SEGURIDAD COMANDO KO SOCIEDAD ANÓNIMA

3101671657

DELICIAS COLOMBIANAS DELICOL SOCIEDAD ANÓNIMA

3101671660

T&M LOGISTICS SOCIEDAD ANÓNIMA

3101671664

3-101-671676 SOCIEDAD ANÓNIMA

3101671676

CONSTRUCTORA ANCAR SN SOCIEDAD ANÓNIMA

3101671677

COSTA RICA NOW GOLD LAND SOCIEDAD ANÓNIMA

3101671684

SALAS-CUBERO INVERSIONES SOCIEDAD ANÓNIMA

3101671692

HIDROMETRICA SOLUCIONES SOCIEDAD ANÓNIMA

3101671702

3-101-671704 SOCIEDAD ANÓNIMA

3101671704

POS PREMIUM SERVICES SOCIEDAD ANÓNIMA

3101671705

DETALLISTAS UNIDOS DEL NORTE DEUNO SOCIEDAD ANÓNIMA

3101671718

MARY HOME SOCIEDAD ANÓNIMA

3101671721

MULTIADVANCE SOCIEDAD ANÓNIMA

3101671722

MORADA DE DIOS SOCIEDAD ANÓNIMA

3101671724

J.R.F.R. SURPACO SOCIEDAD ANÓNIMA

3101671725

3-101-671726 SOCIEDAD ANÓNIMA

3101671726

TEXCENTER K & G DE COSTA RICA SOCIEDAD ANÓNIMA

3101671729

RESIDENCIALES LA BLANQUITA SOCIEDAD ANÓNIMA

3101671730

INVERSIONES VARGAS E HIJOS DEL NORTE SOCIEDAD ANÓNIMA

3101671731

YALO INVERSIONES A & G SOCIEDAD ANÓNIMA

3101671735

ORQUIDEA AZUL DEL OESTE SOCIEDAD ANÓNIMA

3101671741

LOS ALTOS DE CODIVA SOCIEDAD ANÓNIMA

3101671742

INVERSIONES MORA Y VEGA DANABRI SOCIEDAD ANÓNIMA

3101671746

HNH CONSULTING SOCIEDAD ANÓNIMA

3101671748

ARGELES INNOVATIVE GROUP, SOCIEDAD ANÓNIMA

3101671749

CARACALLA INNOVATIONS CRC, SOCIEDAD ANÓNIMA

3101671750

3-101-671754 SOCIEDAD ANÓNIMA

3101671754

CONSTRUCTORA R.S.A. VILLA SOCIEDAD ANÓNIMA

3101671755

OFIMUSO SOCIEDAD ANÓNIMA

3101671765

EXPLORE BIENES RAICES SOCIEDAD ANÓNIMA

3101671767

SEGURIMAX P.R.O. SOCIEDAD ANÓNIMA

3101671773

CONSTRUCTURA RIOGIOMA SOCIEDAD ANÓNIMA

3101671801

CS TRUCKS SOCIEDAD ANÓNIMA

3101671803

CONSTRUCTORA MEDRANO DIAZ SOCIEDAD ANÓNIMA

3101671805

ALQUIMIA SALON SOCIEDAD ANÓNIMA

3101671820

G.P.U PROVEEDURIA UNIVERSAL SOCIEDAD ANÓNIMA

3101671822

EVE SEVEN AND COMPANY SOCIEDAD ANÓNIMA

3101671825

INVERSIONES TAPIA SOCIEDAD ANÓNIMA

3101671841

PAIXAO SOCIEDAD ANÓNIMA

3101671849

SERVICIOS MEDICOS Y QUIRURGICOS SERYEM SOCIEDAD ANÓNIMA

3101671854

LIA NAIL SOCIEDAD ANÓNIMA

3101671855

3-101-671859 SOCIEDAD ANÓNIMA

3101671859

GUSTITOS DE COSTA RICA DE ALAJUELA SOCIEDAD ANÓNIMA

3101671864

CE CE DEL CASTILLO SOCIEDAD ANÓNIMA

3101671865

MADRE EMMA SOCIEDAD ANÓNIMA

3101671866

CONSORCIO DE SEGURIDAD DEL NORTE SOCIEDAD ANÓNIMA

3101671867

ASODEPO SOCIEDAD ANÓNIMADEPORTIVA

3101671869

INVERSIONES BERNAL- I SOCIEDAD ANÓNIMA

3101671871

CONSULTORÍAS Y ASESORÍAS LUVINE RAM VI SOCIEDAD ANÓNIMA

3101671880

GRUPO EMPRESRIAL ALFIDA SOCIEDAD ANÓNIMA

3101671887

JP INGENIERÍA Y CONSULTORÍA SOCIEDAD ANÓNIMA

3101671891

PEOPLENJOY SOCIEDAD ANÓNIMA

3101671894

INSURED CLEANING PROFESSIONAL SOCIEDAD ANÓNIMA

3101671895

3-101-671897 SOCIEDAD ANÓNIMA

3101671897

C S M MONITOREO SOCIEDAD ANÓNIMA

3101671902

MOYA RAMIREZ CORDERO Y ASOCIADOS SOCIEDAD ANÓNIMA

3101671909

CHALLENGE RINCON DE LA VIEJA SOCIEDAD ANÓNIMA

3101671912

THINK CLOUD SOCIEDAD ANÓNIMA

3101671913

IMPORTACIONES Y EXPORTACIONES M. ZUÑIGA QUIROS SOCIEDAD ANÓNIMA

3101671919

DISFRUTA A.M.F. SOCIEDAD ANÓNIMA

3101671922

UNIÓN DE TAXISTAS DE LA COLONIA SOCIEDAD ANÓNIMA

3101671923

INVERSIONES MARMECA SOCIEDAD ANÓNIMA

3101671942

PRESTIÑOS FUSIÓN DE COSTA RICA SOCIEDAD ANÓNIMA

3101671943

E Y C LOGISTICA ADUANAL SOCIEDAD ANÓNIMA

3101671946

CORPORACIÓN NUBE VISIÓN SOCIEDAD ANÓNIMA

3101671949

TICOPHARMA LATINOAMÉRICA RFO SOCIEDAD ANÓNIMA

3101671950

AMERICAN EMBLEMS SOCIEDAD ANÓNIMA

3101671963

STOCK COMPETITION CENTER SOCIEDAD ANÓNIMA

3101671975

GRUPO ROJAS R E DEL SUR SOCIEDAD ANÓNIMA

3101671977

SERVICIOS GLOBALES ING SOCIEDAD ANÓNIMA

3101671985

3-101-671986 SOCIEDAD ANÓNIMA

3101671986

TECHNOMASH LATINOAMERICANA SOCIEDAD ANÓNIMA

3101671987

BANYLUX ENTERPRISES SOCIEDAD ANÓNIMA

3101671989

M M A FITNESS SOCIEDAD ANÓNIMA

3101671990

ADONIA SPA SALON SOCIEDAD ANÓNIMA

3101671992

DISTRIBUIDORA HORTÍCOLA LOS ÁNGELES H Y V SOCIEDAD ANÓNIMA

3101671995

CANAMPAK SOCIEDAD ANÓNIMA

3101671997

CAPITAL TECHNOLOGY SOCIEDAD ANÓNIMA

3101672008

CORPORACIÓN DE SEGURIDAD INTERNACIONAL LAS PANTERAS SOCIEDAD ANÓNIMA

3101672013

3-101-672017 SOCIEDAD ANÓNIMA

3101672017

GAMPATI SOCIEDAD ANÓNIMA

3101672035

RECTIFRENOS ALFOSA SOCIEDAD ANÓNIMA

3101672037

FUNERALES VIDA DE PAZ SOCIEDAD ANÓNIMA

3101672045

COMPAÑÍA DE LOGISTICA Y TRANSPORTE CLT SOCIEDAD ANÓNIMA

3101672047

GRUPO LE LOFTH INC SOCIEDAD ANÓNIMA

3101672055

AAADUIENGINES SOCIEDAD ANÓNIMA

3101672056

LA VISTA DE SAN RAMON SOCIEDAD ANÓNIMA

3101672066

MULTITAXI SOCIEDAD ANÓNIMA

3101672067

VEHÍCULOS ALEMANES ROYAL DE COSTA RICA SOCIEDAD ANÓNIMA

3101672074

GRUPO RUMBOS DEL CARIBE SOCIEDAD ANÓNIMA

3101672084

INVERSIONES MEDICAS Y AFINES DR SOCIEDAD ANÓNIMA

3101672086

GRUPO JORDAN TYLER SOCIEDAD ANONIMA

3101672093

3-101-672094 SOCIEDAD ANÓNIMA

3101672094

AGENCIA SAYA SOCIEDAD ANÓNIMA

3101672097

3-101-672101 SOCIEDAD ANÓNIMA

3101672101

PRODUCCIONES FLECHA T.V. SOCIEDAD ANÓNIMA

3101672108

DESARROLLOS INFORMATICOS JY SOFT SOCIEDAD ANÓNIMA

3101672110

PDC COMERCIAL COSTA RICA SOCIEDAD ANÓNIMA

3101672117

3-101-672119 SOCIEDAD ANÓNIMA

3101672119

3-101-672127 SOCIEDAD ANÓNIMA

3101672127

3-101-672148 SOCIEDAD ANÓNIMA

3101672148

COMERCIALIZADORA TEJERA SOCIEDAD ANÓNIMA

3101672155

OAK ROYAL I SOCIEDAD ANÓNIMA

3101672158

FRAMIMAZAN SOCIEDAD ANÓNIMA

3101672163

CORPORATE ANSWERING SERVICES SOCIEDAD ANÓNIMA

3101672164

INVERSIONES VALADARES DE CENTROAMERICA SOCIEDAD ANÓNIMA

3101672166

GANADERIA BERNAL E HIJOS SOCIEDAD ANÓNIMA

3101672174

SANTE VSC SOCIEDAD ANÓNIMA

3101672175

INVERSIONES EMIPA I.E.P. SOCIEDAD ANÓNIMA

3101672183

GLOBAL CAR ENDEREZADO Y PINTURA SOCIEDAD ANÓNIMA

3101672185

3-101-672190 SOCIEDAD ANÓNIMA

3101672190

CONSULTORES EN SISTEMAS DE INFORMACIÓN Y DESARROLLO DE CENTROAMERICA SOCIEDAD ANONMA

3101672194

3-101-672196 SOCIEDAD ANÓNIMA

3101672196

EBANISTERÍA EL BOSQUE SOCIEDAD ANÓNIMA

3101672211

DISTROCKS SOCIEDAD ANÓNIMA

3101672216

GRUPO ERASER N Y C SOCIEDAD ANÓNIMA

3101672218

MEDISANDI SOCIEDAD ANÓNIMA

3101672219

DISTRIBUIDORA Y COMERCIALIZADORA MOLINA Y ÁLVAREZ SOCIEDAD ANÓNIMA

3101672221

TUBA MAN SOCIEDAD ANÓNIMA

3101672222

REPLICA ESTUDIO SOCIEDAD ANÓNIMA

3101672233

TUTORÍAS PROFESIONALES DE COSTA RICA SOCIEDAD ANÓNIMA

3101672242

D D & M INVESTMENT INC SOCIEDAD ANÓNIMA

3101672244

COMERCIALIZADORA QUINTA DE GUERRERO SOCIEDAD ANÓNIMA

3101672249

INVERSIONES ÓPTICAS JOSCO DE HEREDIA SOCIEDAD ANÓNIMA

3101672252

TIH-CA SOCIEDAD ANÓNIMA

3101672253

3-101-672262 SOCIEDAD ANÓNIMA

3101672262

TRANSPORTES AGRICOLA ALCA SOCIEDAD ANÓNIMA

3101672276

DELICIAS DE COMIDAS SAN JUDAS TADEO SOCIEDAD ANÓNIMA

3101672277

ASESORÍAS Y SERVICIOS GLOBALES SAN MISAEL SOCIEDAD ANÓNIMA

3101672280

AGRE CONSULTORES SOCIEDAD ANÓNIMA

3101672281

SUNSET VIDEO FLAMINGO SOCIEDAD ANÓNIMA

3101672282

 

Las cuales se tramitan bajo el expediente número DPJ-DI-095-2021, entidades que según la información remitida por la Dirección General de Tributación del Ministerio de Hacienda mediante certificación DGT-DRCER-001-2021, presentan morosidad con el pago del impuesto a las personas jurídicas por tres, o más, períodos consecutivos, motivo por el cual se encuentran disueltas de pleno derecho, según lo establecido en el artículo 7 de la Ley del Impuesto a las Personas Jurídicas, N° 9428. Conforme lo estipulado en el artículo 207 del Código de Comercio, dentro del plazo de treinta días hábiles, los interesados que lo tengan a bien podrán presentar las consideraciones del caso ante la autoridad jurisdiccional competente. Transcurrido el plazo establecido por ley, para conocimiento de los interesados, se procederá a la cancelación de la inscripción de las entidades y a la respectiva anotación de la hipoteca legal preferente o prenda preferente en el Registro respectivo, para que procedan conforme corresponda.—San José, 31 de agosto de 2021.—Yolanda Víquez Alvarado, Directora.—1 vez.—O. C. N° OC21-0403.—Solicitud N° 292864.—( IN2021580858 ).

De conformidad con lo establecido en el artículo 7 de la Ley del Impuesto a las Personas Jurídicas, N° 9428, el Registro de Personas Jurídicas da a conocer que las siguientes entidades:

3-101-674671 SOCIEDAD ANÓNIMA

3101674671

3-101-674673 SOCIEDAD ANÓNIMA

3101674673

TBZ TERESA BAJO CERO SOCIEDAD ANÓNIMA

3101674675

EMPRESARIOS Y CONCESIONARIOS DEL SUR S.D.G SOCIEDAD ANÓNIMA

3101674679

CREATIVE MAGICAL ENERGY SOCIEDAD ANÓNIMA

3101674683

C.M.F.C. SOCIEDAD ANÓNIMA

3101674684

GRUPO YUNISA ATLANTICO SOCIEDAD ANÓNIMA

3101674689

GRUPO YAPIARI SOCIEDAD ANÓNIMA

3101674693

WOOD DREAMER SOCIEDAD ANÓNIMA

3101674695

INVERSIONES R.J. TORRES SOCIEDAD ANÓNIMA

3101674696

3-101-674699 SOCIEDAD ANÓNIMA

3101674699

VIMA R & M MULTISERVICIOS SOCIEDAD ANÓNIMA

3101674704

SEGURIDAD LOS ALTOS SOCIEDAD ANÓNIMA

3101674705

AUTOPARTES Y REPUESTOS MARCOMA SOCIEDAD ANÓNIMA

3101674706

DOCTOR LINE COSTA RICA SOCIEDAD ANÓNIMA

3101674715

GRUPO SISI SOCIEDAD ANÓNIMA

3101674720

JENNY TRATTORIA SOCIEDAD ANÓNIMA

3101674724

RYNE SOCIEDAD ANÓNIMA

3101674733

MUEBLES M Y O SOCIEDAD ANÓNIMA

3101674735

PACIFIC GROUP E&F DE JACO SOCIEDAD ANÓNIMA

3101674736

PORT MACHINERY AND TECHNOLOGIES SOCIEDAD ANÓNIMA

3101674739

MAS MENSAJERIA S G SOCIEDAD ANÓNIMA

3101674752

HOSTEL DEL RIO BARU SOCIEDAD ANÓNIMA

3101674753

CUFRA INTERNACIONAL SOCIEDAD ANÓNIMA

3101674757

GRODCO CONCESIONES SOCIEDAD ANÓNIMA

3101674763

NORIMA TOW SOCIEDAD ANÓNIMA

3101674764

WAHOO SPORT FISHING JACO SOCIEDAD ANÓNIMA

3101674767

ALTERNATIVAS UNIFICADAS UGAVA SOCIEDAD ANÓNIMA

3101674774

CONSTRUMOVI LIBERIANA MIL NOVECIENTOS NOVENTA Y DOS SOCIEDAD ANÓNIMA

3101674776

RICE N SMILE CUATRO REAL SOCIEDAD ANÓNIMA

3101674782

BULLRUN SOCIEDAD ANÓNIMA

3101674801

EMBALAJES Y ESQUINEROS COSTA RICA SOCIEDAD ANÓNIMA

3101674804

TRANSPICA, SOCIEDAD ANÓNIMA

3101674813

MANUEL ANTONIO BREWING COMPANY SOCIEDAD ANÓNIMA

3101674818

TRANSPORTES JE DE LIBERIA SOCIEDAD ANÓNIMA

3101674833

CEIBA WOMEN SOCIEDAD ANÓNIMA

3101674837

CONSULTORES EN SERVICIOS TOPOGRAFICOS DE CENTROAMERICA SOCIEDAD ANÓNIMA

3101674849

RP FAMILY SOCIEDAD ANÓNIMA

3101674860

3-101-674865 SOCIEDAD ANÓNIMA

3101674865

NEMO WONDER WALL SOCIEDAD ANÓNIMA

3101674867

TOP LOGISTIC & MARKETING JJ, SOCIEDAD ANÓNIMA

3101674870

PESQUERA COSTA RICA DEL PACIFICO SOCIEDAD ANÓNIMA

3101674875

INFINITY PRODUCTS SOCIEDAD ANÓNIMA

3101674877

CODIMFA DEL ESTE SOCIEDAD ANÓNIMA

3101674880

3-101-674888 SOCIEDAD ANÓNIMA

3101674888

L & N DULCE CREACION SOCIEDAD ANÓNIMA

3101674898

INVESTIGACION Y DISEÑO SOSTENIBLE IDS SOCIEDAD ANÓNIMA

3101674901

INNOVA METALMECANICA SOCIEDAD ANÓNIMA

3101674902

M.F.G.M. TIMELESS SOCIEDAD ANÓNIMA

3101674903

CARIBBEAN TOUCH COSTA RICA INVESTMENTS C.T.I. SOCIEDAD ANÓNIMA

3101674916

THE DOG TEAM C.R.C. SOCIEDAD ANÓNIMA

3101674917

VILLA SAN BLAS SOCIEDAD ANÓNIMA

3101674920

COMPAÑIA DE SERVICIOS ESTRATEGICOS AGKB S.A

3101674923

ECOLOGICAL PAINT CO GROUP LATINOAMERICA SOCIEDAD ANÓNIMA

3101674934

EMPRESA DE ALTURA OROZCO SOCIEDAD ANÓNIMA

3101674939

3-101-674944 SOCIEDAD ANÓNIMA

3101674944

IMPORTACIONES DNN DE AMERICA SOCIEDAD ANÓNIMA

3101674946

GRUPO MAR DE IMPORTACIONES SOCIEDAD ANÓNIMA

3101674948

TRUXORI C.R. SOCIEDAD ANÓNIMA

3101674950

3-101-674951 SOCIEDAD ANÓNIMA

3101674951

CASA JOAQUIN SOCIEDAD ANÓNIMA

3101674960

TRANSAMERICA TRADING COSTA RICA VEINTICUATRO BELEN SANTA ANA SOCIEDAD ANÓNIMA

3101674964

AGRICOLA LAS GLADIOLAS H Y V SOCIEDAD ANÓNIMA

3101674965

3-101-674968 SOCIEDAD ANÓNIMA

3101674968

PLEASURE PALACE INTERPRISE SOCIEDAD ANÓNIMA

3101674984

OLIO TRADING NATURAL SOCIEDAD ANÓNIMA

3101674985

TRANSPORTES FERYUNES DEL SUR SOCIEDAD ANÓNIMA

3101674988

TRANSPORTES MAGAÑA SOCIEDAD ANÓNIMA

3101674991

3-101-674994 SOCIEDAD ANÓNIMA

3101674994

MULTILLANTAS DE GUANACASTE SOCIEDAD ANÓNIMA

3101675009

3-101-675010 SOCIEDAD ANÓNIMA

3101675010

ALISTADOS ESPECIALES MONTEZUMA SOCIEDAD ANÓNIMA

3101675012

VIASERVICIOS SOCIEDAD ANÓNIMA

3101675013

SERVICIOS LUXURY DEL FUTURO SOCIEDAD ANÓNIMA

3101675015

PRISMAXHAIR CAPILAR SOCIEDAD ANÓNIMA

3101675018

EL SUEÑO ECOLÓGICO DE MELISSA Y ROGER SOCIEDAD ANÓNIMA

3101675019

MLX SERVICES DE COSTA RICA SOCIEDAD ANÓNIMA

3101675020

SERENIDAD BOSQUE NUBOSO SOCIEDAD ANÓNIMA

3101675027

MENSAJERÍA LUCADI SOCIEDAD ANÓNIMA

3101675028

PRODUCTOS PRECOCIDOS CONGELADOS PRODUCTICOS JR SOCIWEDAD ANÓNIMA

3101675031

INSTRUMENTOS HISTÓRICOS SOCIEDAD ANÓNIMA

3101675032

NO ALERGIAS SOCIEDAD ANÓNIMA

3101675033

3-101-675039 SOCIEDAD ANÓNIMA

3101675039

JUEGOS DE CENTROAMÉRICA SOCIEDAD ANÓNIMA

3101675060

TRANSPORTES ROCHATO DEL SUR SOCIEDAD ANÓNIMA

3101675066

ACABADOS PARA LA CONSTRUCCIÓN DEL NORTE SOCIEDAD ANÓNIMA

3101675067

LAS YAGRUMAS SOCIEDAD ANÓNIMA

3101675069

DANETH ESTUDIO SOCIEDAD ANÓNIMA

3101675077

NOVEDADES Y EXCLUSIVIDADES LEIDY, SOCIEDAD ANÓNIMA

3101675087

GRUPO SYSTECMA PROYECTOS COSTA RICA SOCIEDAD ANÓNIMA

3101675097

DANTOL INVESTMENTS SOCIEDAD ANÓNIMA

3101675101

DOWNTOWN MONTEZUMA HOSTEL SOCIEDAD ANÓNIMA

3101675102

PLATA MORENA SOCIEDAD ANÓNIMA

3101675105

SISTEMAS EÓLICOS CODTARRICENSES S.E.C SOCIEDAD ANÓNIMA

3101675124

OUTLET AMERICANO ROPA NUEVA Y USADA SOCIEDAD ANÓNIMA

3101675130

INVERSIONES YIRETH DE SARCHI SOCIEDAD ANÓNIMA

3101675131

ACME PESCANDO IDEAS SOCIEDAD ANÓNIMA

3101675132

INVERSIONES MISTARU SOCIEDAD ANÓNIMA

3101675135

GRUPO RAJ NACAOME DE LA CHACARA DE NICOYA SOCIEDAD ANÓNIMA

3101675137

3-101-675152 SOCIEDAD ANÓNIMA

3101675152

MULTISERVICIOS NAVAS SOCIEDAD ANÓNIMA

3101675153

VARMOLI SOCIEDAD ANÓNIMA

3101675166

ACQUISITION AND ENTITLEMENT GROUP INCORPORATED AAEGI SOCIEDAD ANÓNIMA

3101675168

VIGARBRE SETENTA SOCIEDAD ANÓNIMA

3101675175

SERVICIOS MÚLTIPLES ZAMORA & CARRILLO SOCIEDAD ANÓNIMA

3101675176

SOCIEDAD DE INVERSIONES G Y N SOCIEDAD ANÓNIMA

3101675178

HERMANOS LEROAMERIKA SOCIEDAD ANÓNIMA

3101675179

3-101-675182 SOCIEDAD ANÓNIMA

3101675182

NORTHERN AMÉRICAN CAPITAL GROUP SOCIEDAD ANÓNIMA

3101675183

GASTRONOMÍA IBERICA D.E.C.R. S.A

3101675187

CENTRO LATINOAMERICANO DE GESTIÓN COMERCIAL DE COSTA RICA SOCIEDAD ANÓNIMA

3101675188

IPSUM INTERNATIONAL SOCIEDAD ANÓNIMA

3101675189

DISTRIBUIDORA SAN FRANCISCO SANDINO GONZALEZ SOCIEDAD ANÓNIMA

3101675196

MULTISERVICIOS OCPV SOCIEDAD ANÓNIMA

3101675212

PRODUCTOS ALIMENTICIOS ANDRÉS SOCIEDAD ANÓNIMA

3101675213

OSORIO Y SÁNCHEZ SOCIEDAD ANÓNIMA

3101675215

JOSAKA SOCIEDAD ANÓNIMA

3101675233

LAMADAME SOCIEDAD ANÓNIMA

3101675234

EXPORTACIONES H Y W JORNO SOCIEDAD ANÓNIMA

3101675237

CONSTRUCTORA GOLDONI & CHAVARRIA SOCIEDAD ANÓNIMA

3101675245

INMOBILIARIA ISL SANTA LUCÍA SOCIEDAD ANÓNIMA

3101675246

3-101-675269 SOCIEDAD ANÓNIMA

3101675269

C R CAR POLIS SOCIEDAD ANÓNIMA

3101675274

G.D. & S SOCIEDAD ANÓNIMA

3101675276

CONSORCIO LOGÍSTICO DE COSTA RICA SOCIEDAD ANÓNIMA

3101675277

3-101-675281 SOCIEDAD ANÓNIMA

3101675281

SOLUCIONES TECNOLÓGICOS EMPRESARIALES ROALRO SOCIEDAD ANÓNIMA

3101675287

3-101-675289 SOCIEDAD ANÓNIMA

3101675289

HUELLAS DE NARANJO COSTA RICA SOCIEDAD ANÓNIMA

3101675292

ITAWES GROUP SOCIEDAD ANÓNIMA

3101675298

3-101-675308 SOCIEDAD ANÓNIMA

3101675308

SUEÑOS ECOLÓGICOS DE COSTA RICA, SOCIEDAD ANÓNIMA

3101675332

SOCIEDAD COSTARRICENSE DE PROGRAMACIÓN NEURO LINGUÍSTICA Y COACHING SOCIEDAD ANÓNIMA

3101675337

INDUSTRIAS MECANIZADAS DE CENTROAMÉRICA MH SOCIEDAD ANÓNIMA

3101675343

PORTONES Y CORTINAS MH SOCIEDAD ANÓNIMA

3101675344

3-101-675345 SOCIEDAD ANÓNIMA

3101675345

M. V. BUSINES CONSTRUCTION SOCIEDAD ANÓNIMA

3101675350

BLESS AND SUCCESS SOCIEDAD ANÓNIMA

3101675351

ORTIZ Y LÓPEZ MÁQUINAS DEL VALLE DEL GENERAL SOCIEDAD ANÓNIMA

3101675354

WORLD TRAVEL SMART SOCIEDAD ANÓNIMA

3101675356

GRUPO INSTITUCIONAL DE ALIMENTOS GIASA SOCIEDAD ANÓNIMA

3101675357

GRUPO EMPRESARIAL DE PUENTES Y ESTRUCTURAS SOCIEDAD ANÓNIMA

3101675362

FEZA INTER SOCIEDAD ANÓNIMA

3101675366

BRIGAVER SOCIEDAD ANÓNIMA

3101675375

TRADUCCIONES PHARMA NEXUS SOCIEDAD ANÓNIMA

3101675379

ESCOARCHA SOCIEDAD ANÓNIMA

3101675384

CASA ROBLEDAL SOCIEDAD ANÓNIMA

3101675389

VEINTIUNO DE AGOSTO M Y M SOCIEDAD ANÓNIMA

3101675391

LA CINCUENTA Y UNO DEL PARAÍSO SOCIEDAD ANÓNIMA

3101675392

DVR-CR MARKETING, SOCIEDAD ANÓNIMA

3101675410

FRENOS TOTALES JOSKAT SOCIEDAD ANÓNIMA

3101675419

EMBALAJES CENTROAMERICANOS V.S.C.D. SOCIEDAD ANÓNIMA

3101675426

3-101-675428 SOCIEDAD ANÓNIMA

3101675428

MATERIAS PRIMAS HERMANOS VARGAS SOCIEDAD ANÓNIMA

3101675445

C O M M RECYCLING TECHNOLOGY SOCIEDAD ANÓNIMA

3101675448

AGRI-SWEET AMÉRICAS SOCIEDAD ANÓNIMA

3101675452

CENTÍMETRO CUADRADO CONSTRUCTORA SOCIEDAD ANÓNIMA

3101675453

TAPICERÍA Y DISEÑOS INTERNACIONALES ROMAR SOCIEDAD ANÓNIMA

3101675455

INMOBILIARIA E INVERSIONES J.Q.L.-M.J.M. DEL ESTE SOCIEDAD ANÓNIMA

3101675459

GLOBAL CONSUMER TRADING COMPANY SOCIEDAD ANÓNIMA

3101675464

F&X STORES COSTA RICA SOCIEDAD ANÓNIMA

3101675466

SUPER MANGUERAS SOCIEDAD ANÓNIMA

3101675484

SANDRA’S FLORAL GARDEN SOCIEDAD ANÓNIMA

3101675487

ECOCICLO DEVELOPMENT COSTA RICA SOCIEDAD ANÓNIMA

3101675501

DULCE SUR DOLC, SOCIEDAD ANÓNIMA

3101675502

REGATA TELECOM A.E.M.V. SOCIEDAD ANÓNIMA

3101675505

CONDOMINIO ASURCANO ALMENDRO VEINTITRÉS SOCIEDAD ANÓNIMA

3101675523

INVERSIONES GAMACORTES SOCIEDAD ANÓNIMA

3101675526

GRUPO CORPORATIVO MAWI SOCIEDAD ANÓNIMA

3101675530

3-101-675546 SOCIEDAD ANÓNIMA

3101675546

DOS BELLAS PRINCESAS DE COSTA RICA SOCIEDAD ANÓNIMA

3101675553

COLECTIVO SER SOCIEDAD ANÓNIMA

3101675554

CORPORACIÓN HERNÁNDEZ RAMÍREZ SD SOCIEDAD ANÓNIMA

3101675557

LEGONZALEZ Y RODRÍGUEZ SOCIEDAD ANÓNIMA

3101675567

3-101-675576 SOCIEDAD ANÓNIMA

3101675576

MSR LOGÍSTICS COSTA RICA SOCIEDAD ANÓNIMA

3101675584

SU EVENTO S H F DE COSTA RICA SOCIEDAD ANÓNIMA

3101675593

MANCOL MULTISERVICIOS ELECTROMECÁNICA SOCIEDAD ANÓNIMA

3101675594

INVERSIONES INTERNACIONALES C&M DEL ESTE SOCIEDAD ANÓNIMA

3101675597

PACIFC SOUL ADVENTURES COSTA RICA R.D.M. SOCIEDAD ANÓNIMA

3101675601

QC SOLUTIONS Y SERVICES SOCIEDAD ANÓNIMA

3101675603

3-101-675604 SOCIEDAD ANÓNIMA

3101675604

RESPLANDOR AZUL SOCIEDAD ANÓNIMA

3101675605

ALIMENTOS MORALES SOCIEDAD ANÓNIMA

3101675606

EL CANGREJO ESPAÑOL SOCIEDAD ANÓNIMA

3101675607

MIL CERAMICCAS SOCIEDAD ANÓNIMA

3101675608

DYLANNAJOSETT SOCIEDAD ANÓNIMA

3101675614

CONSTRUSERVICIOS POYPESA QUIRÓS SOCIEDAD ANÓNIMA

3101675616

GANADERA VAGAM SOCIEDAD ANÓNIMA

3101675641

SINEMI SOCIEDAD ANÓNIMA

3101675647

DISEÑO Y CONSTRUCCIÓN DEL ESTE, SOCIEDAD ANÓNIMA

3101675648

JCD MERCADEO COSTA RICA SOCIEDAD ANÓNIMA

3101675653

FINALIN-AN, SOCIEDAD ANÓNIMA

3101675655

INCENCA SOLUCIONES ELECTROMECÁNICAS SOCIEDAD ANÓNIMA

3101675664

3-101-675666 SOCIEDAD ANÓNIMA

3101675666

CLUB JCD COSTA RICA SOCIEDAD ANÓNIMA

3101675673

J.E.C. SOCIEDAD ANÓNIMA

3101675683

INVERSIONES CANALES GUEVARA SOCIEDAD ANÓNIMA

3101675686

LENTES DEPOT LD SOCIEDAD ANÓNIMA

3101675693

3-101-675696 SOCIEDAD ANÓNIMA

3101675696

ESTRUCTURAS METÁLICAS MORA SOCIEDAD ANÓNIMA

3101675697

CONFECCIONES A & B SOCIEDAD ANÓNIMA

3101675719

CUBERO LOBO SOCIEDAD ANÓNIMA

3101675737

CONTRATACIONES ALFARO SOCIEDAD ANÓNIMA

3101675742

PRODUCCIONES ARTÍSTICAS ARTE REAL DE CENTROAMÉRICA SOCIEDAD ANÓNIMA

3101675743

PREPARACIONES Y MODIFICACIONES GRAND PRIX, SOCIEDAD ANÓNIMA

3101675755

3-101-675757 SOCIEDAD ANÓNIMA

3101675757

TRANSPORTES MILT SOCIEDAD ANÓNIMA

3101675758

LISCHKA INC SOCIEDAD ANÓNIMA

3101675761

AMANDA DE ABRIL ABR SOCIEDAD ANÓNIMA

3101675764

3-101-675765 SOCIEDAD ANÓNIMA

3101675765

3-101-675771 SOCIEDAD ANÓNIMA

3101675771

FINCA LA GRAN LECHERÍA DE LAS PALMITAS SOCIEDAD ANÓNIMA

3101675773

MONKEYTOWER FANTASTIC VOYAGES SOCIEDAD ANÓNIMA

3101675774

3-101-675775 SOCIEDAD ANÓNIMA

3101675775

VILLA CASANOVA TOO SOCIEDAD ANÓNIMA

3101675786

CROSFIELD CAPITAL GROUP SOCIEDAD AONIMA

3101675787

SERVICIOS PLANIFERIO CELESTE SOCIEDAD ANÓNIMA

3101675794

LAMUTE BROS SOCIEDAD ANÓNIMA

3101675814

CEIBA FORESTRY DEVELOPMENTS SOCIEDAD ANÓNIMA

3101675815

LOTE OCHO RSV HACIENDA EL PELÓN SOCIEDAD ANÓNIMA

3101675825

LOTE SIETE JLP HACIENDA EL PELON SOCIEDAD ANÓNIMA

3101675835

J&N APLICACIONES SOCIEDAD ANÓNIMA

3101675837

INVERSIONES MÚLTIPLES DACA SOCIEDAD ANÓNIMA

3101675840

RUNNING ON WAVES SOCIEDAD ANÓNIMA

3101675841

CEDRO FORESTRY DEVELOPMENTS SOCIEDAD ANÓNIMA

3101675843

IMMENSE PARADISE SOCIEDAD ANÓNIMA

3101675844

CONTROL TOTAL V & D SOCIEDAD ANÓNIMA

3101675846

3-101-675848 SOCIEDAD ANÓNIMA

3101675848

HEXA WIRELESS GROUP SOCIEDAD ANÓNIM

3101675853

DISGALSA DEL NORTE SOCIEDAD ANÓNIMA

3101675856

3-101-675860 SOCIEDAD ANÓNIMA

3101675860

CEFER DE SERVICIOS SOCIEDAD ANÓNIMA

3101675862

3-101-675864 SOCIEDAD ANÓNIMA

3101675864

IL TEGAMINO SOCIEDAD ANÓNIMA

3101675869

EL SUEÑO DE MI PRIMO SOCIEDAD ANÓNIMA

3101675874

SPEEDWELL FORCE SOCIEDAD ANÓNIMA

3101675876

HERMANOS CACERES SOCIEDAD ANÓNIMA

3101675883

ALMACEN WZY SOCIEDAD ANÓNIMA

3101675896

ROCK SENIOR LIVING SOCIEDAD ANÓNIMA

3101675898

LONDOLOZI, SOCIEDAD ANÓNIMA

3101675901

MANGIARE PRONTO SOCIEDAD ANÓNIMA

3101675911

ESCUDO MONGOL SOCIEDAD ANÓNIMA

3101675921

LATJU AGROINDUSTRIAL SOCIEDAD ANÓNIMA

3101675922

A.T.H. PRODUCCIONES Y MODELOS SOCIEDAD ANÓNIMA

3101675924

CORPORACION MARENGO JGG SOCIEDAD ANÓNIMA

3101675927

ESENCIAL REAL ESTATE SOCIEDAD ANÓNIMA

3101675928

CONSTANT SUCCESS SOCIEDAD ANÓNIMA

3101675929

CENTURION UNIVERSAL HOLDINGS SOCIEDAD ANÓNIMA

3101675952

TABOLA SOCIEDAD ANÓNIMA

3101675956

INTERJET CENTROAMERICA, SOCIEDAD ANÓNIMA

3101675960

AVAMUSA COSTA RICA SOCIEDAD ANÓNIMA

3101675961

GRUPO SOUZA INTERNACIONAL SOCIEDAD ANÓNIMA

3101675962

3-101-675965 SOCIEDAD ANÓNIMA

3101675965

PINTOTÉCNICA DEL CARIBE SOCIEDAD ANÓNIMA

3101675970

GRUPO PERIODÍSTICO MARANATHA SOCIEDAD ANÓNIMA

3101675971

SOLUCIONES CONTRUCTIVAS Y DE MANTENIMIENTO TLG SOCIEDAD ANÓNIMA

3101675974

3-101-675979 SOCIEDAD ANÓNIMA

3101675979

3-101-675981 SOCIEDAD ANÓNIMA

3101675981

LLEGUELE MAE SOCIEDAD ANÓNIMA

3101675984

BIOCOMBUSTIBLES A Y J SOCIEDAD ANÓNIMA

3101675985

GET READY OSCAR SOCIEDAD ANÓNIMA

3101675991

JIBARILLAS DOS MIL TRECE SOCIEDAD ANÓNIMA

3101675994

ACUÑA CANO PSICOPEDAGOGÍA. SOCIEDAD ANÓNIMA

3101675998

CERRAMIENTOS Y CUBIERTAS SÁNCHEZ SOCIEDAD ANÓNIMA

3101675999

P.I PROMENT INTERNATIONAL SOCIEDAD ANÓNIMA

3101676001

VALKIRIA ESTÉTICA Y SPA SOCIEDAD ANÓNIMA

3101676002

ORYZA GROUP TRADING, SOCIEDAD ANÓNIMA

3101676008

OPIGRAFIK SOCIEDAD ANÓNIMA

3101676011

AUTO PLACE SOCIEDAD ANÓNIMA

3101676019

TRANSPORTES NACIONALES E INTERNACIONALES TOYOPAN SOCIEDAD ANÓNIMA

3101676020

PRODUCTOS LA TRINIDAD DE LOS LAGOS SOCIEDAD ANÓNIMA

3101676024

NAVA EVENTOS Y ALIMENTOS SOCIEDAD ANÓNIMA

3101676029

TRANSPORTES NACIONALES E INTERNACIONALES YURUSTI SOCIEDAD ANÓNIMA

3101676031

3-101-676032 SOCIEDAD ANÓNIMA

3101676032

COSTRUCTORA ZOTZ SOCIEDAD ANÓNIMA

3101676034

3-101-676049 SOCIEDAD ANÓNIMA

3101676049

CDM INVESTMENTS CUARENTA Y UNO SOCIEDAD ANÓNIMA

3101676055

MONTE ARAGONÍA SOCIEDAD ANÓNIMA

3101676067

INVERSIONES RF DE CENTROMERICA SOCIEDAD ANÓNIMA

3101676077

INVERSIONES VGL TARCOLES, SOCIEDAD ANÓNIMA

3101676086

A.G.M INVERSIONES DEL PACÍFICO SOCIEDAD ANÓNIMA

3101676088

SEGURIDAD VIGILANCIA E INVESTIGACIÓN RGC SOCIEDAD ANÓNIMA

3101676091

LOST ISLAND TRADER CR SOCIEDAD ANÓNIMA

3101676104

TECAO PROJECT DOS MIL TRECE SOCIEDAD ANÓNIMA

3101676115

 

 

REPUESTOS FILADELFIA G.K.G SOCIEDAD ANÓNIMA

3101676116

CORPORACIÓN COVARRUBIAS & SEVILLA SOCIEDAD ANÓNIMA

3101676126

JPP OVERLAND TRANSPORTATION SERVICES SOCIEDAD ANÓNIMA

3101676129

EXPRESSWILL NOVOA SOCIEDAD ANÓNIMA

3101676132

ARTE DIGITAL CARIARI SOCIEDAD ANÓNIMA

3101676136

DESARROLLOS E INVERSIONES PBR INTERNACIONAL SOCIEDAD ANÓNIMA

3101676147

SERVICIOS DE SEGURIDAD Y JARDINERÍA IROLA SOCIEDAD ANÓNIMA

3101676155

UNITED LEADER PARTNERS SOCIEDAD ANÓNIMA

3101676159

SERVICIOS DE CAPACITACIONES EMPRESARIALES SOCIEDAD ANÓNIMA

3101676160

3-101-676164 SOCIEDAD ANÓNIMA

3101676164

CAMISADO SOCIEDAD ANÓNIMA

3101676166

3-101-676170 SOCIEDAD ANÓNIMA

3101676170

ISOFT CR SOCIEDAD ANÓNIMA

3101676173

SMART ENERGIES GROUP SOCIEDAD ANÓNIMA

3101676175

COMERCIALIZADORA PLAYA NEGRA JAFRET SOCIEDAD ANÓNIMA

3101676176

A Y B IMPORTACIONES SOCIEDAD ANÓNIMA

3101676181

INCANTO AZUL JACO SOCIEDAD ANÓNIMA

3101676184

ARMERIA REX SOCIEDAD ANÓNIMA

3101676185

DISTRIBUIDORA OCAMPO E HIJOS SOCIEDAD ANÓNIMA

3101676187

SERVI-ARQUITECTURA SOCIEDAD ANÓNIMA

3101676193

SOTHERN MULTISPORT SOCIEDAD ANÓNIMA

3101676199

AMIGOS Y PAISANOS I & J, SOCIEDAD ANÓNIMA

3101676200

GUTIÉRREZ Y ASOCIADOS CONSULTORES INNC SOCIEDAD ANÓNIMA

3101676208

PRODUCCIONES PROMOTION.E SOCIEDAD ANÓNIMA

3101676210

VAXTRIALS, SOCIEDAD ANÓNIMA

3101676211

ALIMENTOS FERRAN SOCIEDAD ANÓNIMA

3101676213

JYJ AUTOMOTRIZ ZN SOCIEDAD ANÓNIMA

3101676215

POWER EIGHT RESOURCES SOCIEDAD ANÓNIMA

3101676220

INVERSIONES Y PROPIEDADES NÚÑEZ & SEGUEIRA SOCIEDAD ANÓNIMA

3101676223

3-101-676225 SOCIEDAD ANÓNIMA

3101676225

THE NICOL’S SOCIETY SOCIEDAD ANÓNIMA

3101676231

FARMA COMMERCE FIM SOCIEDAD ANÓNIMA

3101676234

MAYOREO FERRETERO MANALI SOCIEDAD ANÓNIMA

3101676238

LAGATAM DE SAN JOSÉ SOCIEDAD ANÓNIMA

3101676247

SEGURIDAD TÉCNICA PRIVADA GONZACA SOCIEDAD ANÓNIMA

3101676249

HEALTH PLUS SOCIEDAD ANÓNIMA

3101676251

EFECTO VITAL SOCIEDAD ANÓNIMA

3101676265

GRUPO FENIX M Y C SOCIEDAD ANÓNIMA

3101676267

KAS CAPITAL SOCIEDAD ANÓNIMA

3101676268

PINNACLE GOLD INTERNACTIONAL SOCIEDAD ANÓNIMA

3101676270

3-101-676274 SOCIEDAD ANÓNIMA

3101676274

GRUPO CEGE SOCIEDAD ANÓNIMA

3101676280

HARD ROCK HOTEL AND CASINO SOCIEDAD ANÓNIMA

3101676296

LOTE SEIS ABC HACIENDA EL PELON SOCIEDAD ANÓNIMA

3101676298

TAMARINDO VOLCANO BEACH SOCIEDAD ANÓNIMA

3101676301

SERVICIOS MDOS DEL ESTE SOCIEDAD ANÓNIMA

3101676309

3-101-676316 SOCIEDAD ANÓNIMA

3101676316

INSPECCIONES OSVIMO SOCIEDAD ANÓNIMA

3101676319

VALERÍN Y ASOCIADOS DEL VERDUN SOCIEDAD ANÓNIMA

3101676325

PRESTO SEGURIDAD Y VIGILANCIA SOCIEDAD ANÓNIMA

3101676330

SR SEGURIDAD SOCIEDAD ANÓNIMA

3101676336

3-101-676337 SOCIEDAD ANÓNIMA

3101676337

3-101-676341 SOCIEDAD ANÓNIMA

3101676341

R A D DAVILASA SOCIEDAD ANÓNIMA

3101676342

SERVICIOS ELÉCTRICOS MUÑÓZ ZÚÑIGA SOCIEDAD ANÓNIMA

3101676352

GABANDY GLASS TECNOLOGY SOCIEDAD ANÓNIMA

3101676353

3-101-676354 SOCIEDAD ANÓNIMA

3101676354

MULTISERVICIOS ROSALES SOCIEDAD ANÓNIMA

3101676355

3-101-676358 SOCIEDAD ANÓNIMA

3101676358

PSICORECURSOS SOCIEDAD ANÓNIMA

3101676360

HOME DESARROLLADORES SOCIEDAD ANÓNIMA

3101676368

DISTRIBUIDORA DE REPUESTOS JAPON & USA SOCIEDAD ANÓNIMA

3101676373

PISCINAS MODERNAS SOCIEDAD ANÓNIMA

3101676379

3-101-676380 SOCIEDAD ANÓNIMA

3101676380

AGROINDUSTRIAL MATSER SOCIEDAD ANÓNIMA

3101676382

MODULARES OFI MAS SOCIEDAD ANÓNIMA

3101676384

INVERSIONES DEIVIS ESQUIVEL Y ALFARO SOCIEDAD ANÓNIMA

3101676390

CAITE VIEJO CARUZA SOCIEDAD ANÓNIMA

3101676392

INSPECCIONES MAGNETO HOJANCHA SOCIEDAD ANÓNIMA

3101676396

JHM SEGURIDAD SOCIEDAD ANÓNIMA

3101676398

CR AMARILLAS INTERNET SOCIEDAD ANÓNIMA

3101676404

SOMO P & Y SOLUCIONES SOCIEDAD ANÓNIMA

3101676409

RTM SERVICIO ANTE TODO SOCIEDAD ANÓNIMA

3101676412

PRODUCCIONES ARTE TECNOLÓGICO & CULTURA SOCIEDAD ANÓNIMA

3101676416

P Y E PENDY EQUITIES SOCIEDAD ANÓNIMA

3101676418

HARD ROCK HOTEL COSTA RICA SOCIEDAD ANÓNIMA

3101676423

HARD ROCK CAFE COSTA RICA SOCIEDAD ANÓNIMA

3101676424

SUMMA RENTE UN AUTO CR SOCIEDAD ANÓNIMA

3101676432

CAMINO SEGURA MOLINA GAMBOA SOCIEDAD ANÓNIMA

3101676433

IMPORTADORA JAZ-PER SOCIEDAD ANÓNIMA

3101676437

LAS CHINITAS DE GLACAMAIN SOCIEDAD ANÓNIMA

3101676440

CORPORACIÓN MORSA DEL PACÍFICO SOCIEDAD ANÓNIMA

3101676441

SOL ECO SOSTENIBLE SOCIEDAD ANÓNIMA

3101676443

LES COPAINS SOCIEDAD ANÓNIMA

3101676444

RV&L ACCESORIOS CELULARES SOCIEDAD ANÓNIMA

3101676451

ROBLES DISEÑO Y ARQUITECTURA SOCIEDAD ANÓNIMA

3101676456

FATUM FRONOS SOCIEDAD ANÓNIMA

3101676457

HARD ROCK CASINO COSTA RICA SOCIEDAD ANÓNIMA

3101676463

SERVICIOS & TRANSPORTES TURÍSTICOS ZK SOCIEDAD ANÓNIMA

3101676464

HARD ROCK CAFÉ HRC SOCIEDAD ANÓNIMA

3101676465

ARRINIMU SOCIEDAD ANÓNIMA

3101676469

LANERO GOURMET SOCIEDAD ANÓNIMA

3101676477

PREFABRICADOS TOBOSI SOCIEDAD ANÓNIMA

3101676478

SOLUCIONES TECNOLÓGICAS DE MOVILIDAD S T M SOCIEDAD ANOMINA

3101676481

INVERSIONES ANGULAR DE CENTROAMÉRICA SOCIEDAD ANÓNIMA

3101676485

TEUVE SEGURIDAD SOCIEDAD ANÓNIMA

3101676486

MULTICAR RENTAL C R SOCIEDAD ANÓNIMA

3101676493

3-101-676502 SOCIEDAD ANÓNIMA

3101676502

COMERCIALIZADORA CHIRCA SOCIEDAD ANÓNIMA

3101676509

ASESORA DE BIENES PACHECO Y HERNÁNDEZ SOCIEDAD ANÓNIMA

3101676511

ROLDESARROLLOS SOCIEDAD ANÓNIMA

3101676524

COYOL TECH SOCIEDAD ANÓNIMA

3101676528

SUPER WOODS TRADING J.A.S.S.I SOCIEDAD ANÓNIMA

3101676535

LXE CORP SOCIEDAD ANÓNIMA

3101676537

3-101-676540 SOCIEDAD ANÓNIMA

3101676540

INVERSIONES OLV COMPANY DE CR, SOCIEDAD ANÓNIMA

3101676541

3-101-676550 SOCIEDAD ANÓNIMA

3101676550

3-101-676559 SOCIEDAD ANÓNIMA

3101676559

3-101-676562 SOCIEDAD ANÓNIMA

3101676562

CARPET WORLD INT SOCIEDAD ANÓNIMA

3101676564

MEGACOSTA SOCIEDAD ANÓNIMA

3101676584

INSPECCIONES BARRIO ESPAÑA SOCIEDAD ANÓNIMA

3101676593

SOLUCIONES EMPRESARIALES OBANDO Y CHAVARRÍA SOCIEDAD ANÓNIMA

3101676600

TRANS TOUR VALE SOCIEDAD ANÓNIMA

3101676610

SKATA DATA CONSULTING GROUP SOCIEDAD ANÓNIMA

3101676612

PENTA INVERSIONES TERIBE SOCIEDAD ANÓNIMA

3101676621

LANDINI MCO DEL PACÍFICO SOCIEDAD ANÓNIMA

3101676622

H&M CONSULTORA INTEGRAL DE INNOVACIÓN SOCIEDAD ANÓNIMA

3101676628

JOCA DE LLANO CRUZ SOCIEDAD ANÓNIMA

3101676638

GUARDCOM SOCIEDAD ANÓNIMA

3101676648

REFRIGERACIÓN Y TRANSPORTES S Q SOCIEDAD ANÓNIMA

3101676651

ORPEVEMAR PRIMERO SOCIEDAD ANÓNIMA

3101676656

3-101-676660 SOCIEDAD ANÓNIMA

3101676660

LA MIA PUGLIA SOCIEDAD ANÓNIMA

3101676663

CENTRO RADIOLÓGICO DE IMÁGENES MAXILOFACIALES PURISCAL SOCIEDADA ANÓNIMA

3101676667

BIOCOSTA SOCIEDAD ANÓNIMA

3101676688

CR DOCTORS SOCIEDAD ANÓNIMA

3101676694

3-101-676699 SOCIEDAD ANÓNIMA

3101676699

TIMES BAR & GRILL, SOCIEDAD ANÓNIMA

3101676705

BUSINESS VIRTUAL COMPANY SOCIEDAD ANÓNIMA

3101676706

AGRO ELITE XXI SOCIEDAD ANÓNIMA

3101676711

LINDORAL SOCIEDAD ANÓNIMA

3101676714

SERCLIMA J SOCIEDAD ANÓNIMA

3101676716

IMPORTACIONES MEGA H DIA SOCIEDAD ANÓNIMA

3101676718

FOUR BIRDS SOCIEDAD ANÓNIMA

3101676728

GRANJA HUEVOS DE ORO NKFH SOCIEDAD ANÓNIMA

3101676729

CORAZON DE LOS DETALLES MF SOCIEDAD ANÓNIMA

3101676731

ZAPOS DE MODA MCS SOCIEDAD ANÓNIMA

3101676747

EGI INTERNATIONAL INVEST SOCIEDAD ANÓNIMA

3101676755

JUEGOS Y APLICACIONES SOCIEDAD ANÓNIMA

3101676762

VAPORES AROMÁTICOS SOCIEDAD ANÓNIMA

3101676765

SHANTI INVERSIONES INTERNACIONALES (INTSHA) SOCIEDAD ANÓNIMA

3101676767

NOSARA FOOD COMPANY SOCIEDAD ANÓNIMA

3101676773

INVERSIONES ROMESA DEL OESTE SOCIEDAD ANÓNIMA

3101676774

FORCE BLUE MOON DE C.A SOCIEDAD ANÓNIMA

3101676793

VALLE NATURAL ALMORA SOCIEDAD ANÓNIMA

3101676801

SANTIFER INNC SOCIEDA ANÓNIMA

3101676803

3-101-676819 SOCIEDAD ANÓNIMA

3101676819

3-101-676821 SOCIEDAD ANÓNIMA

3101676821

VISEGVID G H SOCIEDAD ANÓNIMA

3101676824

EL VERGEL DE LA LUCIA FARMS & HOMESTEAD SOCIEDAD ANÓNIMA

3101676828

M.V.L. BIO-SOLUCIONES SOCIEDAD ANÓNIMA

3101676834

INVERSIONES DE ABOLENGO, SOCIEDAD ANÓNIMA

3101676836

VILLA IGEA SOCIEDAD ANÓNIMA

3101676844

MUEBLES ALSEBA SOCIEDAD ANÓNIMA

3101676845

C & S ELECTRIC SOCIEDAD ANÓNIMA

3101676850

MANOFACTURADORA DE ACERO SOCIEDAD ANÓNIMA

3101676859

CONSTRUCTORA NARANJEÑA G CH SOCIEDAD ANÓNIMA

3101676862

T T E G THE TEN EXECUTIVE GROUP SOCIEDAD ANÓNIMA

3101676864

3-101-676868 SOCIEDAD ANÓNIMA

3101676868

3-101-676877 SOCIEDAD ANÓNIMA

3101676877

DESARROLLADORA INMOBILIARIA DADELU SOCIEDAD ANÓNIMA

3101676882

TUGOU JCFM SOCIEDAD ANÓNIMA

3101676883

GSPCRXXI SOLUTIONS SOCIEDAD ANÓNIMA

3101676885

POST-TALESTUDIO SOCIEDAD ANÓNIMA

3101676886

INMOBILIARIA INVERSIONES W-M, SOCIEDAD ANÓNIMA

3101676890

AGENCIA DE VIAJES CONNECTION WORLD SOCIEDAD ANÓNIMA

3101676905

ANGELO DCA, SOCIEDAD ANÓNIMA

3101676912

AIMS CONSULTANTS, SOCIEDAD ANÓNIMA

3101676913

INVERSIONES EDUCATIVAS PARA EL FUTURO XXI SOCIEDAD ANÓNIMA

3101676917

AGROGENETICA IRAZU, SOCIEDAD ANÓNIMA

3101676926

3-101-676928 SOCIEDAD ANÓNIMA

3101676928

MARGARITA PALACE SUITES SOCIEDAD ANÓNIMA

3101676931

TUANI TOURS SOCIEDAD ANÓNIMA

3101676933

DUQUE & RAMÍREZ SOCIEDAD ANÓNIMA

3101676938

INVESTMENTS PRESMAR J P M SOCIEDAD ANÓNIMA

3101676941

3-101-676942 SOCIEDAD ANÓNIMA

3101676942

3-101-676944 SOCIEDAD ANÓNIMA

3101676944

WICALU MARKETING SOCIEDAD ANÓNIMA

3101676946

EQUIPMENT AND SERVICE CBP SOCIEDAD ANÓNIMA

3101676950

CENTRAL MARKET SOCIEDAD ANÓNIMA

3101676953

THE POWELL GROUP CORPORATION MDM SOCIEDAD ANÓNIMA

3101676962

GRUPO QUICKSITES DE COSTA RICA COSTA RICA

3101676969

EL JEFE I T SOCIEDAD ANÓNIMA

3101676970

INVESTMENTS DEVELOPMENTS BE&YU SOCIEDAD ANÓNIMA

3101676973

3-101-676977 SOCIEDAD ANÓNIMA

3101676977

INCA SUN SOCIEDAD ANÓNIMA

3101676979

BJ UNIDAD DE SEGURIDAD ALTERNATIVA SOCIEDAD ANÓNIMA

3101676980

MERCADEO RELACIONAL INTERNACIONAL SOCIEDAD ANÓNIMA

3101676983

AGROPECUARIA DON JOAQUÍN C A, SOCIEDAD ANÓNIMA

3101676990

B Y J EVENTUM SOCIEDAD ANÓNIMA

3101676996

HONDUTICA FPY SOCIEDAD ANÓNIMA

3101677005

ELITE TRAINING SYSTEMS ETS SOCIEDAD ANÓNIMA

3101677006

ZAMENACA DEL SUR SOCIEDAD ANÓNIMA

3101677011

SERVITAXIS DEL ESTE SERVIVEGA SOCIEDAD ANÓNIMA

3101677015

ASOBETHEL SOCIEDAD ANÓNIMA

3101677023

SUPLIDORA INDUSTRIAL JACAMU SOCIEDAD ANÓNIMA

3101677027

CORPORACIÓN AGROPECUARIA LA MONJITA SOCIEDAD ANÓNIMA

3101677030

DRONE IDEAS SOCIEDAD ANÓNIMA

3101677032

TRANSPORTES MONTALVEZ INTERNACIONAL SOCIEDAD ANÓNIMA

3101677038

HIDROPUR SOCIEDAD ANÓNIMA

3101677039

YUMMIZZA DEL OESTE SOCIEDAD ANÓNIMA

3101677041

SUPERLICORERA PLAZA CÓBANO SOCIEDAD ANÓNIMA

3101677043

ALL AMERICAN AUTO PROTECTION SOCIEDAD ANÓNIMA

3101677051

SEGURIDAD RODRÍGUEZ RAMIREZ SOCIEDAD ANÓNIMA

3101677064

RRR GASTRONOMÍA SOCIEDAD ANÓNIMA

3101677068

3-101-677074 SOCIEDAD ANÓNIMA

3101677074

ELECTRÓNICA CANABO Y ASOCIADOS SOCIEDAD ANÓNIMA

3101677082

DRAGON GAMING CORPORATION SOCIEDAD ANÓNIMA

3101677094

JASOLE IMPORTS SOCIEDAD ANÓNIMA

3101677120

EVENTOS ESPECIALES MI HOGAR Y MI PUEBLO SOCIEDAD ANÓNIMA

3101677130

AREACITY SOLUCIONES SOCIEDAD ANÓNIMA

3101677131

PRODUCTORA GRAFICA TURRIALBA SOCIEDAD ANÓNIMA

3101677136

3-101-677137 SOCIEDAD ANÓNIMA

3101677137

ENVASES PLÁSTICOS SAN FRANCISCO SOCIEDAD ANÓNIMA

3101677138

 

Las cuales se tramitan bajo el expediente número DPJ-DI-097-2021, entidades que según la información remitida por la Dirección General de Tributación del Ministerio de Hacienda mediante certificación DGT-DRCER-001-2021, presentan morosidad con el pago del impuesto a las personas jurídicas por tres, o más, períodos consecutivos, motivo por el cual se encuentran disueltas de pleno derecho, según lo establecido en el artículo 7 de la Ley del Impuesto a las Personas Jurídicas, N° 9428. Conforme lo estipulado en el artículo 207 del Código de Comercio, dentro del plazo de treinta días hábiles, los interesados que lo tengan a bien podrán presentar las consideraciones del caso ante la autoridad jurisdiccional competente. Transcurrido el plazo establecido por ley, para conocimiento de los interesados, se procederá a la cancelación de la inscripción de las entidades y a la respectiva anotación de la hipoteca legal preferente o prenda preferente en el Registro respectivo, para que procedan conforme corresponda.—San José, 31 de agosto de 2021.—Yolanda Víquez Alvarado, Directora.—1 vez.—O. C. N° OC21-0403.—Solicitud N° 292882.—( IN2021580861 ).

De conformidad con lo establecido en el artículo 7 de la Ley del Impuesto a las Personas Jurídicas, N° 9428, el Registro de Personas Jurídicas da a conocer que las siguientes entidades:

3-101-633227 SOCIEDAD ANÓNIMA

3101633227

EUTICAL SOCIEDAD ANÓNIMA

3101633229

HACIENDA MONSERRAT SOCIEDAD ANÓNIMA

3101633265

MULTISERVICIOS SOLUCIONES PARA EL FUTURO SOCIEDAD ANÓNIMA

3101633271

KENELLY MARISUE SOCIEDAD ANÓNIMA

3101633292

3-101-633306 SOCIEDAD ANÓNIMA

3101633306

NOVA FAMILIA DEL OESTE SOCIEDAD ANÓNIMA

3101633319

3-101-633330 SOCIEDAD ANÓNIMA

3101633330

S Q L CONSULTANTS K & L SOCIEDAD ANÓNIMA

3101633357

HERTEC MACHINES CENTRAL AMÉRICA SOCIEDAD ANÓNIMA

3101633373

IMPORTADORA BREA SOCIEDAD ANÓNIMA

3101633374

CONSTRUCTORA TRIPLE C C C SOCIEDAD ANÓNIMA

3101633378

JUNGLE JAM PROMOTIONS SOCIEDAD ANÓNIMA

3101633403

CUNA DE LÍDERES SOCIEDAD ANÓNIMA

3101633425

CONSTRUCTORA MUNDO NATURALISTA GRUPO RODAMI SOCIEDAD ANÓNIMA

3101633437

CANAL TREINTA Y SEIS TELEVISORA DEL CARIBE SOCIEDAD ANÓNIMA

3101633448

GAOSHA STUDIO SOCIEDAD ANÓNIMA

3101633454

SEVEN ENTERPRISES TROPICAL, SOCIEDAD ANÓNIMA

3101633463

AUDIO & VIDEO CAR CRAZY SHOP SOCIEDAD ANÓNIMA

3101633474

GREEN THINKING CONSULTING ASESORÍAS AMBIENTALES SOCIEDAD ANÓNIMA

3101633516

ECC LOS ÁNGELES DE PITAL SOCIEDAD ANÓNIMA

3101633518

MOCAGRA FARMACIA VETERINARIA EL GRANERO SOCIEDAD ANÓNIMA

3101633529

SEGURIDAD ADMINISTRATIVA M. G. SOCIEDAD ANÓNIMA

3101633534

ZOTIMA SURIKA SOCIEDAD ANÓNIMA

3101633645

HARAS DE SAN FRANCISCO A A SOCIEDAD ANÓNIMA

3101633655

E C C AINUPE SOCIEDAD ANÓNIMA

3101633666

BRASULA S & P SOCIEDAD ANÓNIMA

3101633671

3-101-633673 SOCIEDAD ANÓNIMA

3101633673

TATIANA HIDALGO CONSULTORÍA Y CONSTRUCCIÓN SOCIEDAD ANÓNIMA

3101633686

3-101-633699 SOCIEDAD ANÓNIMA

3101633699

UNO UNO DOS SIETE SIETE CERO CERO UNO UNO SOCIEDAD ANÓNIMA

3101633705

EFECTO URBANO M & R: CONSULTORÍA Y CONSTRUCCIÓN SOCIEDAD ANÓNIMA

3101633708

JARDÍN DE NIÑOS SAN ISIDRO SOCIEDAD ANÓNIMA

3101633709

R H D IMPORTACIONES COSTA RICA SOCIEDAD ANÓNIMA

3101633721

BIRKCOM TECHNOLOGIES SOCIEDAD ANÓNIMA

3101633737

GONZALCA J C M SOCIEDAD ANÓNIMA

3101633738

SLOOTEN DE BATAVIA SOCIEDAD ANÓNIMA

3101633739

3-101-633741 SOCIEDAD ANÓNIMA

3101633741

KIMSA GRUPO COMERCIALIZADOR SOCIEDAD ANÓNIMA

3101633742

INVERSIONES BARSAVEN SOCIEDAD ANÓNIMA

3101633743

LA KALANA DE ORO SOCIEDAD ANÓNIMA

3101633755

AFTER SCHOOL ACADEMY SOCIEDAD ANÓNIMA

3101633764

JUBRIANA SOCIEDAD ANÓNIMA

3101633767

3-101-633778 SOCIEDAD ANÓNIMA

3101633778

BORRASE & ROUILLON SOCIEDAD ANÓNIMA

3101633800

INMOBILIARIA FONLAC C R C SOCIEDAD ANÓNIMA

3101633804

TRANSPORTES B Y Z COSTA RICA SOCIEDAD ANÓNIMA

3101633805

3-101-633808 SOCIEDAD ANÓNIMA

3101633808

ZARCERO AGRO FOODS SOCIEDAD ANÓNIMA

3101633819

POPEYES EL TOSTADOR SOCIEDAD ANÓNIMA

3101633822

IMSA MATERIALES DE CONSTRUCCIÓN SOCIEDAD ANÓNIMA

3101633829

ALMISO DEL ESTE SOCIEDAD ANÓNIMA

3101633832

PANIFICADORA CAREI SOCIEDAD ANÓNIMA

3101633870

CENTRO ÍNDIGO SOCIEDAD ANÓNIMA

3101633875

DESARROLLO PERSONAL Y FAMILIAR SOCIEDAD ANÓNIMA

3101633885

PICOLINAS J. A. A. R. SOCIEDAD ANÓNIMA

3101633887

3-101-633896 SOCIEDAD ANÓNIMA

3101633896

EUROSOL COSTA RICA SOCIEDAD ANÓNIMA

3101633901

AZULES COLOR PÚRPURA SOCIEDAD ANÓNIMA

3101633930

GREEN CLOVER TELEMARKETING GROUP SOCIEDAD ANÓNIMA

3101633935

GRUPO INMOBILIARIO LOS TÍOS SOCIEDAD ANÓNIMA

3101633949

FRUTOS Y RAÍCES TROPICALES DE C R SOCIEDAD ANÓNIMA

3101633965

LA PRINCIO SOCIEDAD ANÓNIMA

3101633968

CONSULTORES TURÍSTICOS VOCHYSIA SOCIEDAD ANÓNIMA

3101633976

BE CA COSTA RICA SOCIEDAD ANÓNIMA

3101634012

DESARROLLOS E INVERSIONES JIMEARAMUR SOCIEDAD ANÓNIMA

3101634017

INVERSIONES N. O. M. J. SOCIEDAD ANÓNIMA

3101634019

3-101-634021 SOCIEDAD ANÓNIMA

3101634021

AGROEXPORTADORA KATIRA J & Y SOCIEDAD ANÓNIMA

3101634024

SERVICES G F E SOCIEDAD ANÓNIMA

3101634027

ARROYO PESSOA SOCIEDAD ANÓNIMA

3101634029

AGROPECUARIO PLAZA SOCIEDAD ANÓNIMA

3101634031

SEGURIDAD EL ALBATROS SOCIEDAD ANÓNIMA

3101634042

SANTA AGRO MATEDEÑA SOCIEDAD ANÓNIMA

3101634045

FIREZONE SOCIEDAD ANÓNIMA

3101634048

EQUIPMA DE COSTA RICA SOCIEDAD ANÓNIMA

3101634055

GAME CHANGERS SOCIEDAD ANÓNIMA

3101634077

RANCHO LA AGUADEÑA SOCIEDAD ANÓNIMA

3101634091

WING SHACK SOCIEDAD ANÓNIMA

3101634092

PROPIEDADES LOS CHUZ N & B SOCIEDAD ANÓNIMA

3101634093

3-101-634116 SOCIEDAD ANÓNIMA

3101634116

EL REGRESO DE LA BANCA ROJA SOCIEDAD ANÓNIMA

3101634126

INVERSIONES MAFABRE C R SOCIEDAD ANÓNIMA

3101634131

COMUNICACIONES CORPORATIVAS (COMCORP) SOCIEDAD ANÓNIMA

3101634133

RAYLINK SOLUTIONS SOCIEDAD ANÓNIMA

3101634143

3-101-634149 SOCIEDAD ANÓNIMA

3101634149

ARGUEDAS MONTERO ARMON SOCIEDAD ANÓNIMA

3101634150

COMPAÑEROS DE MAY SOCIEDAD ANÓNIMA

3101634152

MAPA GGAMJO SOCIEDAD ANÓNIMA

3101634184

CONSULTORÍAS Y ASESORÍAS COSTA RICA DOS MIL CINCUENTA SOCIEDAD ANÓNIMA

3101634187

LOS CORUÑA DE ALAJUELA SOCIEDAD ANÓNIMA

3101634207

TRANSPORTES REFRIGERADOS SOHARA SOCIEDAD ANÓNIMA

3101634215

JASPES Y DISEÑOS SOCIEDAD ANÓNIMA

3101634220

3-101-634265 SOCIEDAD ANÓNIMA

3101634265

IMPORTADORA DE VEHÍCULO SAÚL DESMARK SOCIEDAD ANÓNIMA

3101634266

TECH AND CELL CORPORATION SOCIEDAD ANÓNIMA

3101634286

INVERSIONES AM.PM DEL CARIBE SOCIEDAD ANÓNIMA

3101634293

BRAHMAN DE PIEDADES SOCIEDAD ANÓNIMA

3101634305

SUEÑOS DE EOSMA SOCIEDAD ANÓNIMA

3101634306

OPERADORA Q S R REY SOCIEDAD ANÓNIMA

3101634310

CORPORACIÓN RIOSMAR SOCIEDAD ANÓNIMA

3101634312

OPERADORA CIMA DOS MIL ONCE SOCIEDAD ANÓNIMA

3101634313

CASTILLO DE CARIARIBELEN SOCIEDAD ANÓNIMA

3101634323

COMPAÑÍA DE INVERSIONES VARGAS JIMÉNEZ SOCIEDAD ANÓNIMA

3101634325

KAROB BUSINESS SOCIEDAD ANÓNIMA

3101634336

KUYAMELL P & O SOCIEDAD ANÓNIMA

3101634345

ALFABETIZACIÓN DE COSTA RICA SOCIEDAD ANÓNIMA

3101634348

CORROSION CONTROL AND CONSULTING CORPORATION COSTA RICA SOCIEDAD ANÓNIMA

3101634359

C & B HOME IMPORT SOCIEDAD ANÓNIMA

3101634360

CASTRO Y MORALES B R SOCIEDAD ANÓNIMA

3101634387

INVERSIONES INTERNACIONALES DE LA COSTA SOCIEDAD ANÓNIMA

3101634408

AGRO GANADERA VILLESA SOCIEDAD ANÓNIMA

3101634422

CALLES DE HERMANDAD SOCIEDAD ANÓNIMA

3101634426

OPERADORA R B SOCIEDAD ANÓNIMA

3101634432

AGREGADOS SANTA CLARA SOCIEDAD ANÓNIMA

3101634463

DESARROLLOS DIGITALES ROVAL SOCIEDAD ANÓNIMA

3101634464

TIQUICIA COURIER SOCIEDAD ANÓNIMA

3101634468

3-101-634475 SOCIEDAD ANÓNIMA

3101634475

3-101-634476 SOCIEDAD ANÓNIMA

3101634476

FERHEC CUATRO RUEDAS SOCIEDAD ANÓNIMA

3101634530

ZAM ESPECIALISTAS EN EQUIPO MÉDICO SOCIEDAD ANÓNIMA

3101634542

ECOLOGICAL TOUCH SOCIEDAD ANÓNIMA

3101634548

INVERSIONES MAGUCHI SOCIEDAD ANONIMA.

3101634551

G M SOLUCIONES TECNOLOGICAS SOCIEDAD ANÓNIMA

3101634556

CONSORCIO JURÍDICO CYMAS SOCIEDAD ANÓNIMA

3101634558

ENALCAMO E. A. C. SOCIEDAD ANÓNIMA

3101634580

VIDA MINISTRIES TRIBV SOCIEDAD ANÓNIMA

3101634592

BUSINESS INTERNATIONAL WAJO DE COSTA RICA SOCIEDAD ANÓNIMA

3101634607

INVERSIONES RACHEL’S L Y C SOCIEDAD ANÓNIMA

3101634613

SERVICIOS DE TRANSPORTE & LOGÍSTICA STL SOCIEDAD ANONIMA

3101634615

YMESO SOCIEDAD ANÓNIMA

3101634620

INVERSIONES EZZAFI SOCIEDAD ANÓNIMA

3101634624

CONSTRUCTORA ELECTROMECANICACR SOCIEDAD ANÓNIMA

3101634632

BRAHMAN DE PIEDADES ANDRES Y GABRIEL SOCIEDAD ANÓNIMA

3101634643

R & K MANTENIMIENTO INMOBILIARIO SOCIEDAD ANÓNIMA

3101634650

FRONTIER TOTAL RESOURCES SOCIEDAD ANÓNIMA

3101634653

CORPORACIÓN MOVISA SALAS & CAMPOS DE COSTA RICA SOCIEDAD ANÓNIMA

3101634655

VENTAS INTELIGENTES F G SOCIEDAD ANÓNIMA

3101634660

BOCADITOS, BRASAS Y VINO SOCIEDAD ANÓNIMA

3101634661

COSTA RICA INVERSIONES LATINOAMERICANAS DE LA COSTA SOCIEDAD ANÓNIMA

3101634667

GOLDBROOK STAR SOCIEDAD ANÓNIMA

3101634668

PEREIRA Y CHINCHILLA DISTRIBUCIONES SOCIEDAD ANÓNIMA

3101634697

INTEGRA PLATINUM GROUP SOCIEDAD ANOMINA

3101634703

3-101-634705 SOCIEDAD ANÓNIMA

3101634705

FAMILIA ARAYA CASTILLO SOCIEDAD ANÓNIMA

3101634706

BADDJELLY SOCIEDAD ANÓNIMA

3101634708

EIKONSYS SOCIEDAD ANÓNIMA

3101634709

3-101-634712 SOCIEDAD ANÓNIMA

3101634712

INVERSIONES LA MONTAÑA DE BERAKAH SOCIEDAD ANÓNIMA

3101634714

D & B ASESORES EMPRESARIALES SOCIEDAD ANÓNIMA

3101634716

TRES VIDAS SOCIEDAD ANÓNIMA

3101634721

MINI MERCADO EL PUEBLO SOCIEDAD ANÓNIMA

3101634728

3-101-634737 SOCIEDAD ANÓNIMA

3101634737

PAPAGAYO SERVICES OPERATORS P S O SOCIEDAD ANÓNIMA

3101634741

PROMOSALUD CUIDADO Y AUXILIO (P C A) SOCIEDAD ANÓNIMA

3101634747

A & S GALLOS DE ORO SOCIEDAD ANÓNIMA

3101634756

SAILING HIGH SOCIEDAD ANÓNIMA

3101634759

INVERSIONES COFAGU I. C. SOCIEDAD ANÓNIMA

3101634762

TECNO RÓTULOS Y ASESORÍAS DE COSTA RICA SOCIEDAD ANÓNIMA

3101634773

3-101-634775 SOCIEDAD ANÓNIMA

3101634775

ELITE PACIFIC VACATION SOCIEDAD ANÓNIMA

3101634776

IVAAGRO, SOCIEDAD ANÓNIMA

3101634784

TRANSPORTES ALONSO ALFARO SOCIEDAD ANÓNIMA

3101634785

EL POINT MERIDIANO QUEPOS SOCIEDAD ANÓNIMA

3101634787

PIKE CENTERPOINT, SOCIEDAD ANÓNIMA

3101634793

TRACTOR PERLA SOCIEDAD ANÓNIMA

3101634854

NUEVA INMACULADA SOCIEDAD ANÓNIMA

3101634893

INVERSIONES C Y B SOCIEDAD ANÓNIMA

3101634896

TRANSPORTES GOBA B C A SOCIEDAD ANÓNIMA

3101634909

DISTRIBUIDORA CELFAST-TICA INTERNACIONAL SOCIEDAD ANÓNIMA

3101634911

SODA LAS PIÑITAS DE VILLAFRANCA SOCIEDAD ANÓNIMA

3101634942

PROPIEDADES BERAKAH SOCIEDAD ANÓNIMA

3101634948

STUDIIO INTERACTIVO SOCIEDAD ANÓNIMA

3101634951

MAUCHI DE CENTROAMÉRICA SOCIEDAD ANÓNIMA

3101634952

FJTELCOM Y ASOCIADOS SOCIEDAD ANÓNIMA

3101634953

NORDEX SUPPLY SOCIEDAD ANÓNIMA

3101634955

CASALDO SOCIEDAD ANÓNIMA

3101634957

TRANSPORTES GREGORY HERMANOS GARCÍA BARRANTES SOCIEDAD ANÓNIMA

3101634962

INVERSIONES DODILLO SOCIEDAD ANÓNIMA

3101634966

GRUPO ECOTURÍSTICO MONTAÑA VERDE SOCIEDAD ANÓNIMA

3101634978

STONEBROOK SOCIEDAD ANÓNIMA

3101635000

JOROLUPA SOCIEDAD ANÓNIMA

3101635005

CATERING Z JONES SOCIEDAD ANÓNIMA

3101635019

COSTA RICA VAN’S SOCIEDAD ANÓNIMA

3101635024

INVERSIONES Y PRODUCTOS ESTÉTICOS KAREM SOCIEDAD ANÓNIMA

3101635039

D Y A PROJECTS SOCIEDAD ANÓNIMA

3101635055

SEGURA Y PORRAS SOCIEDAD ANÓNIMA

3101635070

FERMA A. B. C. SOCIEDAD ANÓNIMA

3101635078

QUEPOS TROPICAL WATERS Q T W SOCIEDAD ANÓNIMA

3101635079

EL NORTE DEL SABOR SOCIEDAD ANÓNIMA

3101635083

TANOTICA SOCIEDAD ANÓNIMA

3101635110

3-101-635127 SOCIEDAD ANÓNIMA

3101635127

3-101-635135 SOCIEDAD ANÓNIMA

3101635135

THE BIG WHEEL SOCIEDAD ANÓNIMA

3101635146

INVERSIONES HERMANOS ARAVI SOCIEDAD ANÓNIMA

3101635149

3-101-635153 SOCIEDAD ANÓNIMA

3101635153

SEÚL SERVICIOS ELÉCTRICOS UNIDOS SOCIEDAD ANÓNIMA

3101635162

GLOBAL INVESTMENT BLUE LIGHTHS SOCIEDAD ANÓNIMA

3101635175

TRANSCARU SOCIEDAD ANÓNIMA

3101635183

DISTRIBUIDORA CAMPOSART J D C SOCIEDAD ANÓNIMA

3101635197

CONSTRUCCIONES LESTER TÉLLEZ SOCIEDAD ANÓNIMA

3101635202

GRUPO CONSOLIDADO ALBEÑA E HIJOS SOCIEDAD ANÓNIMA

3101635206

3-101-635214 SOCIEDAD ANÓNIMA

3101635214

ADAGIO MAR SOCIEDAD ANÓNIMA

3101635252

DOMINUS MARIS SOCIEDAD ANÓNIMA

3101635262

PALMAR NORTE ALMACÉN EL DIEZ SOCIEDAD ANÓNIMA

3101635269

COSTA RICA PADDLE SURF TAMARINDO SOCIEDAD ANÓNIMA

3101635283

ASESORÍAS EN TRÁMITES DE PROYECTOS DE CONSTRUCCIÓN A. T. P. C. INGENIERÍA MORA & ARAYA SOCIEDAD ANÓNIMA

3101635286

NEOCASA RELOCATION SERVICES SOCIEDAD ANÓNIMA

3101635289

Y Y INVERSIONES SOCIEDAD ANÓNIMA

3101635298

ABRIL DEL NORTE SOCIEDAD ANÓNIMA

3101635342

MARIPOSAS SOBRE MI VENTANA SOCIEDAD ANÓNIMA

3101635352

TOTAL SPORT ESCAZÚ SOCIEDAD ANÓNIMA

3101635360

APTEC SOCIEDAD ANÓNIMA

3101635368

CASTILLOS GRANDES DE ARENA SOCIEDAD ANÓNIMA

3101635371

PUBLI T. V. CINCUENTA Y CUATRO SOCIEDAD ANÓNIMA

3101635372

TECNICENTRO RUEDAS Y RUEDAS SOCIEDAD ANÓNIMA

3101635387

3-101-635397 SOCIEDAD ANÓNIMA

3101635397

MEM INGENIERÍA V & A SOCIEDAD ANÓNIMA

3101635430

ZETA GROUP MESOAMERICA SOCIEDAD ANÓNIMA

3101635452

3-101-635459 SOCIEDAD ANÓNIMA

3101635459

3-101-635460 SOCIEDAD ANÓNIMA

3101635460

NCON PROYECTOS SOCIEDAD ANÓNIMA

3101635465

COMPAÑÍA DE SEGURIDAD EL TUCÁN SOCIEDAD ANÓNIMA

3101635489

MORALES SEGURA E HIJOS SOCIEDAD ANÓNIMA

3101635505

TRITON GROUP A & A SOCIEDAD ANÓNIMA

3101635506

LAS PRADERAS DE JAMBI SOCIEDAD ANÓNIMA

3101635529

SOCIEDAD OLIDEN QUESADA RODRÍGUEZ SOCIEDAD ANÓNIMA

3101635533

SERVICIOS INTEGRALES INMOBILIARIOS GARMAL SOCIEDAD ANÓNIMA

3101635537

G. P. S. GLOBAL PHARMACEUTICAL SUPPORT SOCIEDAD ANÓNIMA

3101635557

SEGURIDAD M M D SOCIEDAD ANÓNIMA

3101635559

TIENDA DEL ESTE TE SOCIEDAD ANÓNIMA

3101635566

ABOGADOS Y CONSULTORES ESCALA SOCIEDAD ANÓNIMA

3101635575

DOS ARGELLOS TRINIDAD SOCIEDAD ANÓNIMA

3101635595

FARMACIA BOMBA LIBERIANA D H V SOCIEDAD ANÓNIMA

3101635619

MEDGEN SOCIEDAD ANÓNIMA

3101635624

GIGYSU SOCIEDAD ANÓNIMA

3101635637

S S I SOFTWARE SOLUTIONS INC C R SOCIEDAD ANÓNIMA

3101635654

3-101-635687 SOCIEDAD ANÓNIMA

3101635687

K C A CONSULTORÍA Y ENTRENAMIENTO EMPRESARIAL SOCIEDAD ANÓNIMA

3101635691

SOFICA SOCIEDAD ANÓNIMA

3101635703

COARCO A. B. C. SOCIEDAD ANÓNIMA

3101635707

PAJOL MIL NOVECIENTOS SESENTA Y TRES SOCIEDAD ANÓNIMA

3101635727

J C M HIDROMECANICA SOCIEDAD ANÓNIMA

3101635730

VALROSUR SOCIEDAD ANÓNIMA

3101635738

F F DEL OESTE SOCIEDAD ANÓNIMA

3101635752

SAWK CONSULTORES INFORMÁTICOS SOCIEDAD ANÓNIMA

3101635759

COHESIÓN Y DESARROLLO CONSULTORÍA SOCIEDAD ANÓNIMA

3101635774

SATPHONE COSTA RICA SOCIEDAD ANÓNIMA

3101635778

COMERCIALIZADORA DE GRANOS Y ABARROTES R & R SOCIEDAD ANÓNIMA

3101635790

CONCHAL ADVENTURES SOCIEDAD ANÓNIMA

3101635792

MULTISERVICIOS DEL ESTE M S SOCIEDAD ANÓNIMA

3101635794

LITTLE SONZING PRODUCTION SOCIEDAD ANÓNIMA

3101635801

LEÓN BROTHERS SOCIEDAD ANÓNIMA

3101635815

P Z M BLANCO SOCIEDAD ANÓNIMA

3101635818

INNOVA CONSUMO SOCIEDAD ANÓNIMA

3101635819

3-101-635836 SOCIEDAD ANÓNIMA

3101635836

TRANSMALUMA SOCIEDAD ANÓNIMA

3101635847

QUALITY FRESH TROPICALS C R SOCIEDAD ANÓNIMA

3101635854

MARKETING EFICAZ DYAH SOCIEDAD ANÓNIMA

3101635857

FROST INTERNATIONAL DEL NORTE SOCIEDAD ANÓNIMA

3101635900

J G & M ASESORÍAS E INVERSIONES SOCIEDAD ANÓNIMA

3101635909

SERVICIOS DE ESCAZÚ SE SOCIEDAD ANÓNIMA

3101635918

3-101-635930 SOCIEDAD ANÓNIMA

3101635930

GRUPO ROJAS Y PÉREZ R G P SOCIEDAD ANÓNIMA

3101635957

INVERSIONES FERESCOPO SOCIEDAD ANÓNIMA

3101635960

METAUX CHAMPETIER C R SOCIEDAD ANÓNIMA

3101635967

SOLDADURA SÁNCHEZ SOCIEDAD ANÓNIMA

3101635987

3-101-635988 SOCIEDAD ANÓNIMA

3101635988

3-101-635990 SOCIEDAD ANÓNIMA

3101635990

CORPORACIÓN SOL Y LUNA DE ATENAS SOCIEDAD ANÓNIMA

3101636003

GEOZONE DINAMIC SOCIEDAD ANÓNIMA

3101636012

INVERSIONES CAMARCA DE BELÉN SOCIEDAD ANÓNIMA

3101636017

HEAT MARKETING EMOCIONAL COSTA RICA SOCIEDAD ANÓNIMA

3101636026

INMOBILIARIA DREAMLAND CASA SEISCIENTOS CUARENTA Y DOS SOCIEDAD ANÓNIMA

3101636027

SISTEMAS INTEGRALES DE MÁXIMA TECNOLOGÍA SOCIEDAD ANÓNIMA

3101636032

3-101-636050 SOCIEDAD ANÓNIMA

3101636050

3-101-636065 SOCIEDAD ANÓNIMA

3101636065

3-101-636069 SOCIEDAD ANÓNIMA

3101636069

CALVO JIMÉNEZ Y ASOCIADOS SOCIEDAD ANÓNIMA

3101636078

DE LA VEGA I N V SOCIEDAD ANÓNIMA

3101636080

TWO PURPLE OCEANS SOCIEDAD ANÓNIMA

3101636090

CRISTALLYNE SPRING SOCIEDAD ANÓNIMA

3101636096

NITANEKI SOCIEDAD ANÓNIMA

3101636133

AAAAAAAAAAAAAAA RED DE TIERRAS SOCIEDAD ANONIMA

3101636140

LARGE GREEN LANDS SOCIEDAD ANÓNIMA

3101636142

BREEZE IN THE MEADOW SOCIEDAD ANÓNIMA

3101636143

ROSE FIELDS SOCIEDAD ANÓNIMA

3101636144

M Y M PROMOCIONALES SOCIEDAD ANÓNIMA

3101636155

THE FIELS OF MY LAND SOCIEDAD ANÓNIMA

3101636171

E C C EL DELIRIO SOCIEDAD ANÓNIMA

3101636179

WASTELECTRIC SOCIEDAD ANÓNIMA

3101636182

ECC LA LUCHA SOCIEDAD ANÓNIMA

3101636184

MAZZARI E HIJO, SOCIEDAD ANONIMA.

3101636194

3-101-636217 SOCIEDAD ANÓNIMA

3101636217

MANO LOMA. M. O. L. S. SOCIEDAD ANÓNIMA

3101636228

ELENI INVESTMENTS SOCIEDAD ANÓNIMA

3101636261

CAPACITACIONES ACTUALES SOCIEDAD ANÓNIMA

3101636267

LA ESCAZUCEÑA SOCIEDAD ANÓNIMA

3101636271

3-101-636273 SOCIEDAD ANÓNIMA

3101636273

ESTRUCTURAS JONFER OM SOCIEDAD ANÓNIMA

3101636279

M M G COMERCIAL CORREDORES SOCIEDAD ANÓNIMA

3101636283

SEGURIDAD UNIVERSAL MELKAR SOCIEDAD ANÓNIMA

3101636286

F J Y VARGAS CHAVERRI SOCIEDAD ANÓNIMA

3101636296

ED.PO DESINFECCIÓN AMBIENTAL SOCIEDAD ANÓNIMA

3101636302

COMERCIALIZADORA LUKASSAN SOCIEDAD ANÓNIMA

3101636305

CALDESQUI DE LLANO GRANDE SOCIEDAD ANÓNIMA

3101636307

OMEGA UNO A SOCIEDAD ANÓNIMA

3101636314

OMEGA SEIS F SOCIEDAD ANÓNIMA

3101636318

CONSTRUCTORA CALVO Y SALAZAR SOCIEDAD ANÓNIMA

3101636326

CORPORACIÓN ROBLES Y JARAMILLO SOCIEDAD ANÓNIMA

3101636333

CHERRY AVENUE COSTA RICA SOCIEDAD ANÓNIMA

3101636334

YULIMAR SOCIEDAD ANÓNIMA

3101636344

INDUSTRIAS ENERY SOCIEDAD ANÓNIMA

3101636356

OCEANA VILLAS Y SPA SOCIEAD ANONIMA

3101636367

CARNICERÍAS DEL AHORRO C D A SOCIEDAD ANÓNIMA

3101636369

EXPRESO DEL OESTE SOCIEDAD ANÓNIMA

3101636378

3-101-636388 SOCIEDAD ANÓNIMA

3101636388

KEGYN SOCIEDAD ANÓNIMA

3101636390

ALCO HORSES SOCIEDAD ANÓNIMA

3101636409

TRANSPORTES LIMÓN CARIARI TRALICA SOCIEDAD ANÓNIMA

3101636431

RAMARA DEL PACÍFICO SOCIEDAD ANÓNIMA

3101636441

ATARDECERES EN GUANACASTE FILIAL DOSCIENTOS QUINCE SOCIEDAD ANÓNIMA

3101636457

MILANO MARKETING SERVICES SOCIEDAD NONIMA

3101636464

MASS METROPOLITANO SOCIEDAD ANÓNIMA

3101636467

MOROCA LIBERIANA SOCIEDAD ANÓNIMA

3101636482

AUTOTRANSPORTES RUHE SOCIEDAD ANÓNIMA

3101636484

TA SERVICIOS DE SOPORTE AUTOMOTRICES SOCIEDAD ANÓNIMA

3101636485

EL REY OSO BLANCO SOCIEDAD ANÓNIMA

3101636488

3-101-636497 SOCIEDAD ANÓNIMA

3101636497

MAN OF THE HOUSE SOCIEDAD ANÓNIMA

3101636504

DISTRIBUIDORA DE LICORES LA NÚMERO UNO ABEYCE SOCIEDAD ANÓNIMA

3101636505

B. P. I. CONSULTORES DE COSTA RICA SOCIEDAD ANÓNIMA

3101636519

JACK’S JUNGLE JUICE SOCIEDAD ANÓNIMA

3101636529

MARK EXPERIENCES SOCIEDAD ANÓNIMA

3101636556

TA HOLDINGS DE SERVICIOS AUTOMOTRICES SOCIEDAD ANÓNIMA

3101636562

TREBALEC SOCIEDAD ANÓNIMA

3101636567

PRADERAS DORADAS EN GUANACASTE FILIAL DOSCIENTOS CUARENTA SOCIEDAD ANÓNIMA

3101636568

INVERSIONES INMOBILIARIAS TITA CECI E HIJOS SOCIEDAD ANÓNIMA

3101636571

FULL CONEXIÓN SOCIEDAD ANÓNIMA

3101636586

SOUTH AMERICA INSIDERS SOCIEDAD ANÓNIMA

3101636600

3-101-636609 SOCIEDAD ANÓNIMA

3101636609

INVERSIONES ALMEZCOR SOCIEDAD ANÓNIMA

3101636610

PRIMAVERICA SOCIEDAD ANÓNIMA

3101636614

STRIDER CORP SOCIEDAD ANÓNIMA

3101636620

SERVICIOS DE LOSGISTICA FARMACEÚTICA F G SOCIEDAD ANÓNIMA

3101636663

COMERCIAL KATEKUS SOCIEDAD ANÓNIMA

3101636690

3-101-636716 SOCIEDAD ANÓNIMA

3101636716

TERRA NATIVA DESARROLLOS SOCIEDAD ANÓNIMA

3101636729

TEACHERS TRAVEL SOCIEDAD ANÓNIMA

3101636731

3-101-636734 SOCIEDAD ANÓNIMA

3101636734

MULTICULTI SOCIEDAD ANÓNIMA

3101636737

HOSTEL CASA COLÓN SOCIEDAD ANÓNIMA

3101636738

MULTIBATERÍAS SOCIEDAD ANÓNIMA

3101636759

LOS TORTOLITOS E Y M SOCIEDAD ANÓNIMA

3101636766

SUBLIART SOCIEDAD ANÓNIMA

3101636780

3-101-636786 SOCIEDAD ANÓNIMA

3101636786

ACABADOS PARA LA CONSTRUCCIÓN SOFISA SOCIEDAD ANÓNIMA

3101636809

CORPORACIÓN WILLNEMBH SOCIEDAD ANÓNIMA

3101636819

EL SITIO AVÍCOLA SOCIEDAD ANÓNIMA

3101636824

FINCA ANICCA SOCIEDAD ANÓNIMA

3101636825

SAMASH DEL PACÍFICO INVERSIONES SOCIEDAD ANÓNIMA

3101636852

3-101-636857 SOCIEDAD ANÓNIMA

3101636857

CM SUMINISTROS SOCIEDAD ANÓNIMA

3101636861

BORDA JCBN INVERSIONES SOCIEDAD ANÓNIMA

3101636871

OPEN ACCESS NETWORKS SOCIEDAD ANÓNIMA

3101636882

3-101-636897 SOCIEDAD ANÓNIMA

3101636897

ASESORÍA INFORMÁTICA F Y F SOCIEDAD ANÓNIMA

3101636898

TRANSPORTE BRAVLOJEVA SOCIEDAD ANÓNIMA

3101636901

SOL DE BARILOCHE SOCIEDAD ANÓNIMA

3101636906

GESTIONES E INVERSIONES M K DEL ESTE SOCIEDAD ANÓNIMA

3101636907

GECKO SOLUCIONES DE MODA SOCIEDAD ANÓNIMA

3101636909

LIGA DEPORTIVA ESTRELLA ROJA SOCIEDAD ANÓNIMA

3101636916

GLOBAL ENERGY CONSULTANTS SOCIEDAD ANÓNIMA

3101636921

DYNASTY JBAC C R SOCIEDAD ANÓNIMA

3101636924

3-101-636932 SOCIEDAD ANÓNIMA

3101636932

ALEF & DALET SOCIEDAD ANÓNIMA

3101636933

TITANS TRADING LIMITED SOCIEDAD ANÓNIMA

3101636964

SECOND MARKET MERCADO LIBRE SOCIEDAD ANÓNIMA

3101636983

INVERSIONES FAMILIARES C. V. B. Y ASOCIADOS SOCIEDAD ANÓNIMA

3101636987

RANGEYLI SOCIEDAD ANONIMA.

3101636990

3-101-636995 SOCIEDAD ANÓNIMA

3101636995

K.R.E.L. HOLDINGS SOCIEDAD ANÓNIMA

3101637010

DAZZELL DESIGNS DIGITIZING SOCIEDAD ANÓNIMA

3101637025

TRANSPORTES ALFARO DURÁN SOCIEDAD ANÓNIMA

3101637026

3-101-637033 SOCIEDAD ANÓNIMA

3101637033

CORPORACIÓN ELIBOLA=GENERAL SUR SOCIEDAD ANÓNIMA

3101637076

3-101-637079 SOCIEDAD ANÓNIMA

3101637079

GRUPO AMAKEST SOCIEDAD ANÓNIMA

3101637087

DUAL CONCEPT ARQUITECTOS SOCIEDAD ANÓNIMA

3101637093

3-101-637097 SOCIEDAD ANÓNIMA

3101637097

F J GRIS DE CARTAGO SOCIEDAD ANÓNIMA

3101637101

PILOTES Y ANCLAJES DE CENTROAMÉRICA SOCIEDAD ANÓNIMA

3101637106

LEVY Y MC CALLA PREVENCIÓN Y SEGURIDAD SOCIEDAD ANÓNIMA

3101637123

SUNTROKE STORE SOCIEDAD ANÓNIMA

3101637126

IMPORTADORA TICAGRO SOCIEDAD ANÓNIMA

3101637150

ROY SANDINO GONZÁLEZ SOCIEDAD ANÓNIMA

3101637152

INTERSOUND C R SOCIEDAD ANÓNIMA

3101637166

FOUR PIXELS SOCIEDAD ANÓNIMA

3101637169

PIACA CONSTRUCTORES Y DESARROLLADORES PCD SOCIEDAD ANÓNIMA

3101637173

POPEYES UNO DE COSTA RICA SOCIEDAD ANÓNIMA

3101637176

SERVICIOS DE CÓMPUTO SOTEC SOCIEDAD ANÓNIMA

3101637184

SECURITY ZONE M. P. SOCIEDAD ANÓNIMA

3101637185

FINCA RANCHO ESCONDIDO JOG SOCIEDAD ANÓNIMA

3101637200

CASCANTE DÍAZ DEL NORTE SOCIEDAD ANÓNIMA

3101637201

GARITECH SOCIEDAD ANÓNIMA

3101637240

LINDAO DOS SOCIEDAD ANÓNIMA

3101637247

DELGA DOS SPORT SOCIEDAD ANÓNIMA

3101637249

ESPECIALIDADES EN CARNES DON FELIPE DE GRECIA SOCIEDAD ANÓNIMA

3101637252

GRUPO BRKS FEDESA SOCIEDAD ANÓNIMA

3101637261

CRISCAR BANK SOCIEDAD ANÓNIMA

3101637264

SERVICIOS MULTIPLES ZUHER DE SIQUIRRES SOCIEDAD ANÓNIMA

3101637278

GRUPO EXPERIENCIAS CULINARIAS SOCIEDAD ANÓNIMA

3101637281

AFI ASESORES FINANCIEROS INTERNACIONALES SOCIEDAD ANÓNIMA

3101637292

OPTELCOM DE COSTA RICA SOCIEDAD ANÓNIMA

3101637293

AQAMARINE SAN CARLEÑA SOCIEDAD ANÓNIMA

3101637309

MARKET PROFESIONAL SERVICE MAPROSE SOCIEDAD ANÓNIMA

3101637335

GRUPO B & B DE COSTA RICA SOCIEDAD ANÓNIMA

3101637352

CORPORACIÓN J. J. RAMÍREZ SOCIEDAD ANÓNIMA

3101637359

LA CASA DEL ZINC SOCIEDAD ANÓNIMA

3101637385

CONSTRUCCIONES E INNOVACIONES NUEVO HORIZONTE DEL PACÍFICO SOCIEDAD ANÓNIMA

3101637390

FORTIZCO SOCIEDAD ANÓNIMA

3101637404

GRUPO CRUZ RÍMOLA DOS SOCIEDAD ANÓNIMA

3101637419

INMOBILIARIA PASEO DEL SOL NÚMERO SETENTA SOCIEDAD ANÓNIMA

3101637420

OGAB CONSULTORES SOCIEDAD ANÓNIMA

3101637431

CONDOMINIO PUNTA VERDE DEL ESTE FILIAL OCHO J L N SOCIEDAD ANÓNIMA

3101637443

AVI FASHION SOCIEDAD ANÓNIMA

3101637450

3-101-637458 SOCIEDAD ANÓNIMA

3101637458

ADMINISTRACIÓN COMERCIAL E INDUSTRIAL ACTUAL SOCIEDAD ANÓNIMA

3101637464

CAMINO DEL SOL TREINTA Y DOS SOCIEDAD ANÓNIMA

3101637466

KWIQPAY SOCIEDAD ANÓNIMA

3101637470

3-101-637480 SOCIEDAD ANÓNIMA

3101637480

3-101-637482 SOCIEDAD ANÓNIMA

3101637482

INTERNATIONAL DISTRIBUTIONS IDISA SOCIEDAD ANÓNIMA

3101637483

INMOBILIARIA PASEO DEL SOL NÚMERO SESENTA Y OCHO SOCIEDAD ANÓNIMA

3101637484

TRES CIENTO UNO SEIS TRES SIETE CUATRO OCHO SEIS SOCIEDAD ANÓNIMA

3101637486

CONSTRUCTORA J K G SOCIEDAD ANÓNIMA

3101637488

SISTAMEDICA SOCIEDAD ANÓNIMA

3101637494

WOOD AND ENERGY SOCIEDAD ANÓNIMA

3101637506

INVERSIONES DELIMANJOO, SOCIEDAD ANÓNIMA

3101637507

3-101-637524 SOCIEDAD ANÓNIMA

3101637524

VISTA DEL TURRIALBA LODGE SOCIEDAD ANÓNIMA

3101637529

GRUPO INVERSIONES SJ&CO SOCIEDAD ANÓNIMA

3101637565

CARROCERÍAS VARGAS INDEPENDIENTES R. V. SOCIEDAD ANÓNIMA

3101637572

SEGURIDAD FORCE J J J E Y VIGILANCIA SOCIEDAD ANÓNIMA

3101637578

3-101-637604 SOCIEDAD ANÓNIMA

3101637604

H Y G HOLDING SOCIEDAD ANÓNIMA

3101637614

YUCA DE C. R. SOCIEDAD ANÓNIMA

3101637617

C R CARGA & LOGÍSTICA SOCIEDAD ANÓNIMA

3101637619

LONGITUD CINCO CERO SEIS PACÍFICO SOCIEDAD ANÓNIMA

3101637631

ACCESORIOS MINUS DEL ESTE LDS SOCIEDAD ANÓNIMA

3101637633

CORPORACIÓN JOOGO SOCIEDAD ANÓNIMA

3101637639

CORPORACIÓN DENTAL VALLARAUZ SOCIEDAD ANÓNIMA

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CORPORACIÓN YBT DE COSTA RICA SOCIEDAD ANÓNIMA

3101637647

TECNO DENTAL FONSECA VARGAS SOCIEDAD ANÓNIMA

3101637649

LIVE STREAM C R SOCIEDAD ANÓNIMA

3101637650

INVERSIONES TEXTILES UNIVERSALES C-R-M SOCIEDAD ANÓNIMA

3101637665

PIRAMIDE TEXTIL DE COSTA RICA SOCIEDAD ANÓNIMA

3101637668

CORPORACIÓN M-C-R-S-R-U SOCIEDAD ANÓNIMA

3101637669

ESCALÍMETRO SOCIEDAD ANÓNIMA

3101637673

CLINICA DENTAL DR. YACO RAMOS CASTILLO SOCIEDAD ANÓNIMA

3101637676

CAFETERÍAS ARANJUEZ CUATRO SOCIEDAD ANÓNIMA

3101637685

SOUTHBAY INTERNATIONAL PARTNERS SOCIEDAD ANÓNIMA

3101637691

TRANSPORTES Y ALQUILERES OLME SOCIEDAD ANÓNIMA

3101637701

3-101-637702 SOCIEDAD ANÓNIMA

3101637702

DISTRIBUIDORA COMERCIAL ICAKSA SOCIEDAD ANÓNIMA

3101637709

NUEVA MODA COLECTION CH. &. P. SOCIEDAD ANÓNIMA

3101637710

ESTRUCTURAS BERMÚDEZ SOCIEDAD ANÓNIMA

3101637719

3-101-637720 SOCIEDAD ANÓNIMA

3101637720

FAMI INTERNACIONAL SOCIDAD ANÓNIMA

3101637726

COSTA RICA GREEN EXPEDITIONS J D SOCIEDAD ANÓNIMA

3101637737

CATERING SERVICE SERMAN SOCIEDAD ANÓNIMA

3101637739

DJ DEVON HALL ENTERTAINMENT SOCIEDAD ANÓNIMA

3101637741

WE BIOSOLUTIONS SOCIEDAD ANÓNIMA

3101637742

TRANS LEO TOURS SOCIEDAD ANÓNIMA

3101637745

FEJAH CORPORATE SOCIEDAD ANÓNIMA

3101637765

3-101-637790 SOCIEDAD ANÓNIMA

3101637790

D M A C DE COSTA RICA SOCIEDAD ANÓNIMA

3101637814

LINCE MAQUINARIA AGROINDUSTRIAL SOCIEDAD ANÓNIMA

3101637815

ARTESANÍAS VÍCTOR GUTIÉRREZ SOCIEDAD ANÓNIMA

3101637820

AUTOPARTS DEL VALLE SOCIEDAD ANÓNIMA

3101637827

3-101-637828 SOCIEDAD ANÓNIMA

3101637828

3-101-637829 SOCIEDAD ANÓNIMA

3101637829

3-101-637832 SOCIEDAD ANÓNIMA

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UNIQUE SECURITY SOCIEDAD ANÓNIMA

3101637834

LUXURY CARS Q SIETE SOCIEDAD ANÓNIMA

3101637836

ARQUITECTOS Y CONSULTORÍAS CAP SOCIEDAD ANÓNIMA

3101637837

ADVANCED CHOICE DE COSTA RICA SOCIEDAD ANÓNIMA

3101637838

DESARROLLOS HARO CONSTRUCCIONES SOCIEDAD ANÓNIMA

3101637843

FUTBOL CLUB BARVEÑO SOCIEDAD ANÓNIMA DEPORTIVA

3101637858

CREACIONES ARRECIFE SURF AND SKATE DE COSTA RICA SOCIEDAD ANÓNIMA

3101637875

BARQUESOL SOCIEDAD ANÓNIMA

3101637886

MICHIVICHI SOCIEDAD ANÓNIMA

3101637901

INVERSIONES FRALAJOMA SOCIEDAD ANÓNIMA

3101637937

3-101-637940 SOCIEDAD ANÓNIMA

3101637940

CONSTRUC G R DEL ATLÁNTICO

3101637958

R&Z CARPET CLEANING INC SOCIEDAD ANÓNIMA

3101637969

INVERSIONES PEREZDAM SOCIEDAD ANÓNIMA

3101637984

INVENCIONES LOMA LINDA A. J. A. C. SOCIEDAD ANÓNIMA

3101637998

SMS AMERICAS COSTA RICA SOCIEDAD ANÓNIMA

3101638008

 

Las cuales se tramitan bajo el expediente número DPJ-DI-086-2021, entidades que según la información remitida por la Dirección General de Tributación del Ministerio de Hacienda mediante certificación DGT-DR-CER-001-2021, presentan morosidad con el pago del impuesto a las personas jurídicas por tres, o más, períodos consecutivos, motivo por el cual se encuentran disueltas de pleno derecho, según lo establecido en el artículo 7 de la Ley del Impuesto a las Personas Jurídicas, N° 9428. Conforme lo estipulado en el artículo 207 del Código de Comercio, dentro del plazo de treinta días hábiles, los interesados que lo tengan a bien podrán presentar las consideraciones del caso ante la autoridad jurisdiccional competente. Transcurrido el plazo establecido por ley, para conocimiento de los interesados, se procederá a la cancelación de la inscripción de las entidades y a la respectiva anotación de la hipoteca legal preferente o prenda preferente en el Registro respectivo, para que procedan conforme corresponda.—San José, 31 de agosto de 2021.—Yolanda Víquez Alvarado, Directora.—1 vez.—O. C. N° OC21-0403.—Solicitud N° 292753.—( IN2021580864 ).

Patentes de Invención

PUBLICACIÓN DE TERCERA VEZ

La señora María Laura Valverde Cordero, cédula de identidad N° 113310307, en calidad de apoderada especial de Eli Lilly and Company, solicita la Patente PCT denominada FORMULACIÓN DE ANTICUERPOS TERAPÉUTICOS. Formulaciones farmacéuticas acuosas estables para anticuerpos terapéuticos y métodos de uso de dichas formulaciones farmacéuticas acuosas estables. La memoria descriptiva, reivindicaciones, resumen y diseños quedan depositados, la Clasificación Internacional de Patentes es: C07K 14/54, C07K 16/24, C07K 16/28, C07K 16/46, A61K 39/395, A61K 9/08, A61K 38/19 y A61K 38/20; cuyos inventores son Sfii, Galen Huaiqiu (US); Pisupati, Karthik (US) y Corvari, Vincent John (US). Prioridad: N° 62/807,006 del 18/02/2019 (US), N° 62/880,846 del 31/07/2019 (US) y N° 62/947,198 del 12/12/2019 (US). Publicacion Internacional: WO/2020/172002. La solicitud correspondiente lleva el número 2021-0000435, y fue presentada a las 09:00:07 del 17 de agosto de 2021. Cualquier interesado podra oponerse dentro de los tres meses siguientes a la tercera publicación de este aviso. Publíquese tres días consecutivos en el Diario Oficial La Gaceta y una vez en un periódico de circulación nacional.—San José, 25 de agosto de 2021.—Oficina de Patentes.—Randall Piedra Fallas.—( IN2021580732 ).

PUBLICACIÓN DE PRIMERA VEZ

El señor Simón Valverde Gutiérrez, cédula de identidad N° 303760289, en calidad de apoderado especial de Vertex Pharmaceuticals Incorporated, solicita la Patente PCT denominada INHIBIDORES DE APOL 1 Y SUS MÉTODOS DE USO. La descripción proporciona al menos una entidad seleccionada de compuestos de la fórmula (I), formas en estado sólido de ellos, composiciones que los comprenden y métodos que los usan, incluyendo el uso en el tratamiento de glomeruloesclerosis segmentaria focal (FSGS) y/o enfermedad renal no diabética (NDKD). La memoria descriptiva, reivindicaciones, resumen y diseños quedan depositados, la Clasificación Internacional de Patentes es: A61K 31/4025, A61P 13/12 y C07D 403/12; cuyos inventores son: Brodney, Michael (US); Gagnon, Kevin (US); HU, Kan-Nian (US); Medek, Ales (US); Rose, Peter (US); Shi, Yi (US); Shrestha, Muna (US); Witkos, Faith (US); CAO, Jingrong (US); Come, Jon H. (US); Dakin, Leslie A. (US); Denis, Francois (US); Dorsch, Warren A. (US); Fortier, Anne (US); Hamel, Martine (US); Krueger, Elaine B. (US); Ledford, Brian (US); Nanthakumar, Suganthini S. (US); Nicolas, Olivier (US); Sayegh, Camil (US); Senter, Timothy J. (US) y Wang, Tiansheng (US). Prioridad: N° 62/780,667 del 17/12/2018 (US). Publicación Internacional: WO/2020/131807. La solicitud correspondiente lleva el número 2021-0000383, y fue presentada a las 11:15:56 del 14 de julio de 2021. Cualquier interesado podrá oponerse dentro de los tres meses siguientes a la tercera publicación de este aviso. Publíquese tres días consecutivos en el Diario Oficial La Gaceta y una vez en un periódico de circulación nacional.—San José, 27 de agosto de 2021.—Oficina de Patentes.—Giovanna Mora Mesén.—( IN2021580854 ).

El señor Harry Zurcher Blen, cédula de identidad 104151184, en calidad de Apoderado Especial de Novartis AG solicita la Patente PCT denominada FORMULACIONES DE 4-(7-HIDROXI-2-ISOPROPIL-4-OXO-4H-QUINAZOLIN-3-IL)- BENZONITRILO. La presente invención provee formulaciones de 4-(7-hidroxi-2- isopropil-4-oxo-4H-quinazolin-3-il)-benzonitrilo (compuesto I) y métodos para tratar el dolor de la superficie ocular administrando tales formulaciones. La presente invención además proporciona metodos para tratar la enfermedad del ojo seco e hiperemia ocular mediante la administración de formulaciones de 4-(7-hidroxi-2-isopropil-4-oxo-4Hquinazolin- 3-il)-benzonitrilo. La memoria descriptiva, reivindicaciones, resumen y diseños quedan depositados, la Clasificación Internacional de Patentes es: A61K 31/517, A61K 9/00, A61K 9/10 yA61P 27/02; cuyos inventores son: Mogi, Muneto(US); Montecchipalmer, Michela (US); Stasi, Kalliopi (US); Medley, Quintus (US); Maheshwari, Chinmay (US) y Bullock, Joseph Paul (US). Prioridad: N° 62/806,705 del 15/02/2019 (US). Publicación Internacional: WO/2020/165839. La solicitud correspondiente Neva el numero 2021-0000428, y fue presentada a las 13:23:00 del 12 de agosto de 2021. Cualquier interesado podrá oponerse dentro de los tres meses siguientes a la tercera publicación de este aviso. Publíquese tres días consecutivos en el Diario Oficial La Gaceta y una vez en un periódico de circulación nacional.—San José, 20 de agosto de 2021.—Oficina de Patentes.—Giovanna Mora Mesén.—( IN2021581096 ).

La señora(ita) María Gabriela Miranda Urbina, cédula de identidad N° 111390272, en calidad de apoderado especial de Bajaj Auto Limited, solicita la Patente PCT denominada UN VEHÍCULO ELÉCTRICO. Un vehículo eléctrico 10 que comprende: un bastidor 11; un módulo de batería eléctrica 24 que comprende al menos una batería conectada al bastidor; un motor eléctrico 20 que recibe energía del módulo de batería 24; un sistema de transmisión 80 provisto de una carcasa de transmisión 208B; dicho motor eléctrico 20 está estrechamente acoplado al sistema de transmisión (80) y está montado en la carcasa de transmisión (208B); y una rueda trasera 84 que recibe energía del motor eléctrico 20 a través del sistema de transmisión 80 y dicha rueda trasera 84 está conectada al bastidor mediante un sistema de suspensión trasera; en el que la rueda trasera 84 está conectada al bastidor 11 mediante dicha carcasa 208B que forma parte del sistema de suspensión trasera. La memoria descriptiva, reivindicaciones, resumen y diseños quedan depositados, la Clasificación Internacional de Patentes es: B60K 1/00, B60K 1/04; cuyos inventores son Gupta, Avijit (IN) y Joshi, Ashish Mohaniraj (IN). Prioridad: N° 201821047186 del 13/12/2018 (IN). Publicación Internacional: WO/2020/121327. La solicitud correspondiente lleva el número 2021-0000361, y fue presentada a las 12:30:03 del 29 de junio de 2021. Cualquier interesado podrá oponerse dentro de los tres meses siguientes a la tercera publicación de este aviso. Publíquese tres días consecutivos en el Diario Oficial La Gaceta y una vez en un periódico de circulación nacional.—San José, 23 de agosto de 2021.—Oficina de Patentes.—María Leonor Hernández Bustamante.—( IN2021581104 ).

PUBLICACIÓN DE UNA VEZ

Anotación de renuncia N° 621

Que Claudio Murillo Ramírez, domiciliado en San José, en concepto de apoderado especial de Glaxosmith Kline Llc., solicita a este Registro la renuncia total de la Patente PCT denominada DERIVADOS DE 1,2,3-TRIAZOL PARA USO COMO INHIBIDORES DE ESTEAROIL-COENZIMA A DESATURASA, inscrita mediante resolución de las 15:00 horas del 3 de setiembre de 2015, en la cual se le otorgó el número de registro 3211, cuyo titular es Glaxosmith Kline Llc., con domicilio en One Franklin Plaza, 200 North 16TH Street, Philadelphia, Pennsylvania 19102. La renuncia presentada surtirá efectos a partir de su publicación. Publicar en La Gaceta por única vez, de conformidad con el artículo 24 del Reglamento a la Ley Nº 6867. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 32 de la Ley citada.—24 de junio de 2021.—Oficina de Patentes.—Steven Calderón Acuña.—1 vez.—( IN2021580915 ).

DIRECCIÓN NACIONAL DE NOTARIADO

HABILITACIÓN DE NOTARIA PÚBLICA. La DIRECCIÓN NACIONAL DE NOTARIADO con oficinas en San José, San Pedro de Montes de Oca, costado Oeste del Mall San Pedro, Oficentro Sigma, Edificio A, 5to.piso, HACE SABER: Que ante este Despacho se ha recibido solicitud de INSCRIPCIÓN Y HABILITACIÓN como delegataria para ser y ejercer la función pública Estatal del NOTARIADO, por parte de DIANA CAROLINA RIVERA VARGAS, con cédula de identidad N° 2-0665-0944, carné N° 28158. De conformidad con lo dispuesto por el artículo 11 del Código Notarial, se invita a quienes conozcan hechos o situaciones que afecten la conducta de la solicitante, a efecto de que lo comuniquen por escrito a esta Dirección dentro de los QUINCE (15) DÍAS HÁBILES siguientes a esta publicación.—San José, 01 de setiembre del 2021.—Licda. Alejandra Solano Solano. Unidad Legal Notarial. Proceso N° 120530.—1 vez.—( IN2021582777 ).

HABILITACIÓN DE NOTARIA (O) PÚBLICA (O). La DIRECCIÓN NACIONAL DE NOTARIADO con oficinas en San José, San Pedro de Montes de Oca, costado Oeste del Mall San Pedro, Oficentro Sigma, Edificio A, 5to.piso, HACE SABER: Que ante este Despacho se ha recibido solicitud de INSCRIPCIÓN Y HABILITACIÓN como delegataria (o) para ser y ejercer la función pública Estatal del NOTARIADO, por parte de: EDWIN FRANCISCO HERNÁNDEZ MORA, con cédula de identidad N° 2-0715-0344, carné N° 27413. De conformidad con lo dispuesto por el artículo 11 del Código Notarial, se invita a quienes conozcan hechos o situaciones que afecten la conducta de la solicitante, a efecto de que lo comuniquen por escrito a esta Dirección dentro de los QUINCE (15) DÍAS HÁBILES siguientes a esta publicación.—San José, 14 de setiembre de 2021.—Licda. Kíndily Vílchez Arias. Abogada-Unidad Legal Notarial. Proceso N° 132991.—1 vez.—( IN2021582783 ).

HABILITACIÓN DE NOTARIO PÚBLICO. La DIRECCIÓN NACIONAL DE NOTARIADO con oficinas en San José, San Pedro de Montes de Oca, costado Oeste del Mall San Pedro, Oficentro Sigma, Edificio A, 5to.piso, HACE SABER: Que ante este Despacho se ha recibido solicitud de INSCRIPCIÓN Y HABILITACIÓN como delegatario para ser y ejercer la función pública Estatal del NOTARIADO, por parte de: STEVENS JOSÉ BRYCE VALERIO, con cédula de identidad1-09078-0312, carné29825. De conformidad con lo dispuesto por el artículo 11 del Código Notarial, se invita a quienes conozcan hechos o situaciones que afecten la conducta del solicitante, a efecto de que lo comuniquen por escrito a esta Dirección dentro de los QUINCE (15) DÍAS HÁBILES siguientes a esta publicación.—San José, 15 de setiembre de 2021.—Lic. Josué Gutiérrez Rodríguez. Abogado-Unidad Legal Notarial. Proceso N° 134898.—1 vez.—( IN2021582788 ).

HABILITACIÓN DE NOTARIA PÚBLICA. La DIRECCIÓN NACIONAL DE NOTARIADO con oficinas en San José, San Pedro de Montes de Oca, costado Oeste del Mall San Pedro, Oficentro Sigma, Edificio A, 5to.piso, HACE SABER: Que ante este Despacho se ha recibido solicitud de INSCRIPCIÓN Y HABILITACIÓN como delegataria para ser y ejercer la función pública Estatal del NOTARIADO, por parte de SANDRA LIZETH HIDALGO MÉNDEZ, con cédula de identidad N° 1-1383-0982, carné N° 27339. De conformidad con lo dispuesto por el artículo 11 del Código Notarial, se invita a quienes conozcan hechos o situaciones que afecten la conducta de la solicitante, a efecto de que lo comuniquen por escrito a esta Dirección dentro de los QUINCE (15) DÍAS HÁBILES siguientes a esta publicación.—San José, 03 de setiembre de 2021.—Lic. Josué Gutiérrez Rodríguez. Abogado-Unidad Legal Notarial. Proceso N° 133447.—1 vez.—( IN2021582804 ).

HABILITACIÓN DE NOTARIO(A) PÚBLICO(A). La DIRECCIÓN NACIONAL DE NOTARIADO con oficinas en San José, San Pedro de Montes de Oca, costado Oeste del Mall San Pedro, Oficentro Sigma, Edificio A, 5to.piso, HACE SABER: Que ante este Despacho se ha recibido solicitud de HABILITACIÓN como delegatario para ser y ejercer la función pública Estatal del NOTARIADO, por parte de: DANIELA GUTIÉRREZ UGALDE, con cédula de identidad número 206560570, carné número 29852. De conformidad con lo dispuesto por el artículo 11 del Código Notarial, se invita a quienes conozcan hechos o situaciones que afecten la conducta del (de la) solicitante, a efecto de que lo comuniquen por escrito a esta Dirección dentro de los QUINCE (15) DÍAS HÁBILES siguientes a esta publicación.—San José, 07 de setiembre del 2021 Expediente134344.—Tattiana Rojas Salgado, Abogada-Unidad Legal Notarial.—1 vez.—( IN2021582918 ).

HABILITACIÓN DE NOTARIO(A) PÚBLICO(A). La DIRECCIÓN NACIONAL DE NOTARIADO con oficinas en San José, San Pedro de Montes de Oca, costado Oeste del Mall San Pedro, Oficentro Sigma, Edificio A, 5to.piso, HACE SABER: Que ante este Despacho se ha recibido solicitud de HABILITACIÓN como delegatario para ser y ejercer la función pública Estatal del NOTARIADO, por parte de: MARÍA JOSÉ SOTO GUTIÉRREZ, con cédula de identidad número 116040488, carné número 29898. De conformidad con lo dispuesto por el artículo 11 del Código Notarial, se invita a quienes conozcan hechos o situaciones que afecten la conducta del (de la) solicitante, a efecto de que lo comuniquen por escrito a esta Dirección dentro de los QUINCE (15) DÍAS HÁBILES siguientes a esta publicación.—San José, 14 de setiembre del 2021.—TATTIANA ROJAS SALGADO. ABOGADA-UNIDAD LEGAL NOTARIAL. EXPEDIENTE N° 134660. Abogado-Unidad Legal Notarial. Proceso N° 133447.—1 vez.—( IN2021582994 ).

AMBIENTE Y ENERGÍA

DIRECCIÓN DE GEOLOGÍA Y MINAS

SOLICITUD DE ÁREA PARA EXPLOTACIÓN

EN CAUCE DE DOMINIO PÚBLICO

EDICTO

DGM-TOP-ED-020-2021.—En el expediente N° 2020-CDP-PRI-081, Rubén de Goicoechea cédula jurídica 3-101-100540, solicita concesión para extracción de materiales en cauce de dominio público sobre el Río Jabillos, localizado en Florencia de San Carlos, Alajuela.

Ubicación cartográfica:

Se ubica esta solicitud entre coordenadas, 441724.4 este, 1148364 norte, y 441814.4 este, 1148313.8 norte límite aguas abajo y 441544.38 este, 1147435 norte y 441594.14 este, 1147389.09 norte, límite aguas arriba.

Área solicitada:

16 ha 0602.1 m2, longitud promedio 1676.5 m, según plano aportado el 17 de marzo del 2021.

Para detalles y mapas ver el expediente en la página: https://dgm.addax.cr/Expedientes/form_buscar_expediente_dgm

Enlace al expediente:

https://dgm.addax.cr/Expedientes/form_public_expediente_consecutivo_dgm?e=2020-CDP-PRI-081

Con quince días hábiles de término, contados a partir de la segunda publicación, cítese a quienes tengan derechos mineros que oponer hacerlos valer ante este Registro Nacional Minero.—San José a las trece horas cuarenta minutos del veinte seis de agosto del dos mil veintiuno.—Msc. Ileana Boschini López, Directora.—( IN2021581286 ).               2 v. 1 Alt.

DIRECCIÓN DE AGUA

EDICTOS

PUBLICACIÓN DE TERCERA VEZ

ED-0605-2021.—Exp. 22138P.—Edgar Antonio Angulo Leiva solicita concesión de: 0.05 litros por segundo del acuífero, efectuando la captación por medio del pozo artesanal en finca de su propiedad en Batan, Matina, Limón, para uso comercial-lavacar. Coordenadas 228.802 / 608.850 hoja Matina. Quienes se consideren lesionados, deben manifestarlo dentro del mes contado a partir de la primera publicación.—San José, 03 de setiembre de 2021.—Departamento de Información.—David Chaves Zúñiga.—( IN2021582028 ).

ED-0590-2021.—Exp. 6067P.—RBT Trust Services Limitada, solicita concesión de: 4.05 litros por segundo del acuífero, efectuando la captación por medio del pozo BA-341 en finca de su propiedad en Santa Lucía, Barva, Heredia, para uso Agroindustrial. Coordenadas 221.930 / 523.757 hoja Barva. Quienes se consideren lesionados, deben manifestarlo dentro del mes contado a partir de la primera publicación.—San José, 27 de agosto del 2021.—Departamento de Información.—David Chaves Zúñiga.—( IN2021582050 ).

ED-0618-2021.—Exp. 22155.—Doobie Doo Sociedad De Responsabilidad Limitada, solicita concesión de: 0.05 litros por segundo de la quebrada sin nombre, efectuando la captación en finca de idem en Savegre, Quepos, Puntarenas, para uso consumo humano y turístico. Coordenadas 143.369 / 547.543 hoja Dominical. Quienes se consideren lesionados, deben manifestarlo dentro del mes contado a partir de la primera publicación.—San José, 08 de setiembre de 2021.—Departamento de Información Marcela Chacón Valerio.—( IN2021582058 ).

ED-0616 2021.—Exp. 22149.—Wilderness Retreat Sociedad Anónima, solicita concesión de: 0.05 litros por segundo de la quebrada sin nombre, efectuando la captación en finca de Ridgeback Sociedad Anónima en Cortés, Osa, Puntarenas, para uso consumo humano y agropecuario riego. Coordenadas 119.748 / 579.892 hoja Coronado. Quienes se consideren lesionados, deben manifestarlo dentro del mes contado a partir de la primera publicación.—San José, 07 de setiembre de 2021.—Departamento de Información.—Marcela Chacón Valerio.—( IN2021582059 ).

PUBLICACIÓN DE SEGUNDA VEZ

ED-UHTPNOL-0061-2021.—Exp. 5675.—Agropecuaria DISA S. A., solicita concesión de: 0.2 litros por segundo del nacimiento sin nombre, efectuando la captación en finca de Lidia María García Bustos en Mayorga, Liberia, Guanacaste, para uso agropecuario-abrevadero-lechería y consumo humano-doméstico. Coordenadas 317.330 / 374.160 hoja Cacao. Quienes se consideren lesionados, deben manifestarlo dentro del mes contado a partir de la primera publicación.—Liberia, 14 de julio de 2021.—Unidad Hidrológica Tempisque, Pacífico Norte.—Silvia Mena Ordóñez.—( IN2021582051 ).

ED-UHTPNOL-0061-2021.—Exp. 5675.—Agropecuaria DISA S. A., solicita concesión de: 0.2 litros por segundo del nacimiento sin nombre, efectuando la captación en finca de Lidia María García Bustos en Mayorga, Liberia, Guanacaste, para uso agropecuario-abrevadero-lechería y consumo humano-doméstico. Coordenadas 317.330 / 374.160 hoja Cacao. Quienes se consideren lesionados, deben manifestarlo dentro del mes contado a partir de la primera publicación.—Liberia, 14 de julio de 2021.—Unidad Hidrológica Tempisque, Pacífico Norte.—Silvia Mena Ordóñez.—( IN2021582052 ).

ED-0604-2021.—Exp. 22129P.—Centro Turístico Pacuare Sociedad Anónima, solicita concesión de: 1.2 litros por segundo del acuífero, efectuando la captación por medio del pozo artesanal en finca de su propiedad en Siquirres, Siquirres, Limón, para uso turístico hotel-restaurante-piscina-lavandería-sala de eventos y riego. Coordenadas 230.517 / 590.757 hoja Bonilla. Quienes se consideren lesionados, deben manifestarlo dentro del mes contado a partir de la primera publicación.—San José, 03 de setiembre de 2021.—Departamento de Información.—David Chaves Zúñiga.—( IN2021582400 ).

ED-0369-2021.—Exp. 21767.—José Daniel, Bonilla Ureña solicita concesión de: 0.05 litros por segundo del nacimiento sin nombre, efectuando la captación en finca de Iris Cristina Badilla Monge en Frailes, Desamparados, San José, para uso consumo humano-doméstico Coordenadas 192.252 / 528.700 hoja Caraigres. Quienes se consideren lesionados, deben manifestarlo dentro del mes contado a partir de la primera publicación.—San José, 07 de junio de 2021.—Departamento de Información.—Vanessa Galeano Penado.—( IN2021582416 ).

ED-0623-2021.—Exp. 22168.—Villa Tortuga Veloz de La Costa Sociedad Anónima, solicita concesión de: 0.05 litros por segundo de la quebrada quebrada sin nombre, efectuando la captación en finca de ídem en Bahía Ballena, Osa, Puntarenas, para uso consumo humano. Coordenadas 140.244 / 552.115 hoja Dominical. Quienes se consideren lesionados, deben manifestarlo dentro del mes contado a partir de la primera publicación.—San José, 10 de setiembre de 2021.—Departamento de Información.—Marcela Chacón Valerio.—( IN2021582447 ).

ED-UHTPNOL-0058-2021.—Exp. 13201.—Desarrollos Tres Puntas S. A., solicita concesión de: 0.53 litros por segundo del nacimiento número 3, efectuando la captación en finca de su propiedad en Mogote, Bagaces, Guanacaste, para uso consumo humano - doméstico, turístico -alojamientos y cabinas y turístico - restaurante. Coordenadas 303.146 / 395.576 hoja Curubandé. 1.33 litros por segundo del nacimiento número 4, efectuando la captación en finca de su propiedad en Mogote, Bagaces, Guanacaste, para uso agropecuario-abrevadero, agropecuario - pisicultura, agropecuario - riego-pasto y turístico - piscina. Coordenadas 302.549 / 395.448 hoja Curubandé. Quienes se consideren lesionados, deben manifestarlo dentro del mes contado a partir de la primera publicación.—Liberia, 12 de julio de 2021.—Unidad Hidrológica Tempisque, Pacífico Norte.—Silvia Mena Ordóñez.—( IN2021582479 ).

ED-0611-2021.—Exp. 22143.—3-101-790588 Sociedad Anónima, solicita concesión de: 60 litros por segundo del Río Porrosati, efectuando la captación en finca de su propiedad en Jesús (Santa Bárbara), Santa Bárbara, Heredia, para uso consumo humano- doméstico y riego. Coordenadas 227.275 / 522.324 hoja Barva. Quienes se consideren lesionados, deben manifestarlo dentro del mes contado a partir de la primera publicación.—San José, 07 de setiembre de 2021.—Departamento de Información.—Vanessa Galeano Penado.—( IN2021582527 ).

PUBLICACIÓN DE PRIMERA VEZ

ED-0565 2021 Exp 22015. digital Zion, Susanno Loddby solicita concesión de: 0.05 litros por segundo de la Quebrada Quebrada Tijera, efectuando la captación en finca de Cristhian Santamaría Borbón en Rivas, Pérez Zeledón, San José, para uso consumo humano. Coordenadas 160.784 / 579.429 hoja San Isidro 1:50. Quienes se consideren lesionados, deben manifestarlo dentro del mes contado a partir de la primera publicación.—San José, 16 de agosto de 2021.—Departamento de Información.—Marcela Chacón Valerio.—( IN2021582779 ).

ED-UHTPSOZ-0049-2021.—Exp. 13862.—Fosnew S.A., solicita concesión de: 0.05 litros por segundo de la quebrada sin nombre, efectuando la captación en finca de su propiedad en Rivas, Pérez Zeledón, San José, para uso agropecuario-abrevadero, consumo humano-doméstico y agropecuario-riego-pasto. Coordenadas 161.316 / 581.469 hoja San Isidro 1:50. Quienes se consideren lesionados, deben manifestarlo dentro del mes contado a partir de la primera publicación.—San José, 01 de setiembre de 2021.—Unidad Hidrológica Térraba.—María Paula Alvarado Zúñiga.—( IN2021582790 ).

ED-0631-2021.—Exp. 21977P.—Corporación Inmobiliaria Filisa GAC S.A., 3.3 litros por segundo del acuífero, efectuando la captación por medio del pozo artesanal en finca de su propiedad en río Blanco, Limón, Limón, para uso comercial lavado de vehículos, consumo humano y industria productora de tarimas. Coordenadas 220.745 / 626.681 hoja Moin. Quienes se consideren lesionados, deben manifestarlo dentro del mes contado a partir de la primera publicación.—San José, 14 de setiembre de 2021.—Departamento de Información.—David Chaves Zúñiga.—( IN2021582941 ).

ED-UHTPNOL-0084-2021.—Exp. 20724P.—Nutrien AG Solutions Costa Rica S.A., solicita concesión de: 2.5 litros por segundo del acuífero, efectuando la captación por medio del pozo CÑ-190 en finca de su propiedad en Bagaces, Bagaces, Guanacaste, para uso industrial-bodegas. Coordenadas 272.879 / 407.968 hoja Cañas. Quienes se consideren lesionados, deben manifestarlo dentro del mes contado a partir de la primera publicación.—Liberia, 06 de setiembre de 2021.—Unidad Hidrológica Tempisque Pacífico Norte.—Silvia Mena Ordóñez.—( IN2021583022 ).

TRIBUNAL SUPREMO DE ELECCIONES

RESOLUCIONES

N° 3897-E10-2021.—Tribunal Supremo de Elecciones.—San José, a las diez horas cincuenta minutos del diecinueve de agosto de dos mil veintiuno.

Liquidación de gastos y diligencias de pago de la contribución del Estado al partido Nueva Mayoría Griega, correspondiente a la campaña electoral municipal 2020. (Expediente N° 272-2021).

Resultando:

1ºMediante oficio N° DGRE-530-2021 del 20 de julio de 2021, recibido en la Secretaría del Tribunal el 27 de julio de ese mismo año, el señor Héctor Enrique Fernández Masís, Director General del Registro Electoral y Financiamiento de Partidos Políticos, remitió a este Tribunal el informe N° DFPP-LM-PNM-28-2021 del 14 de julio de 2021, elaborado por el Departamento de Financiamiento de Partidos Políticos (en adelante el Departamento) y denominadoInforme relativo a la revisión de la liquidación de gastos presentada por el Partido Nueva Mayoría Griega (PNM), correspondiente a la campaña electoral municipal de 2020” (folios 7 a 17).

2ºPor resolución de las 10:10 horas del 28 de julio de 2021, el Magistrado Instructor confirió audiencia a las autoridades del Partido Nueva Mayoría Griega (en lo sucesivo PNMG), por el plazo de ocho días hábiles, para que se manifestaran, si así lo estimaban conveniente, sobre el informe rendido por el Departamento y, además, de acuerdo con la obligación prevista en el artículo 135 del Código Electoral, para que aportaran -para su publicación en el sitio web institucional- los estados auditados de sus finanzas y la lista de sus contribuyentes o donantes correspondiente a los periodos que, según la Administración Electoral en su informe, tiene pendientes de entregar (folio 18 frente y vuelto).

3ºEl plazo de audiencia otorgado al PNMG concluyó sin que la agrupación se refiriera al resultado de la revisión sobre la liquidación de gastos de campaña que presentó y sin aportar la información solicitada sobre sus estados financieros.

4ºEn el procedimiento se han observado las prescripciones legales.

Redacta el Magistrado Picado León; y,

Considerando:

I.—Generalidades sobre el procedimiento para hacer efectiva la contribución estatal al financiamiento de los partidos políticos en los procesos electorales municipales. De acuerdo con los artículos 99 a 102 del Código Electoral y de los numerales 32, 41, 42, 69 y 72 del Reglamento sobre el Financiamiento de los Partidos Políticos (en adelante el RFPP), a este Tribunal le corresponde, mediante resolución debidamente fundamentada, distribuir el monto correspondiente al aporte estatal entre los diversos partidos políticos que superen los umbrales de votación requeridos, en estricta proporción al número de votos obtenidos por cada uno de ellos, una vez que se produzca la declaratoria de elección de todas las autoridades municipales.

De acuerdo con el artículo 69 del RFPP, la evaluación de las liquidaciones de gastos presentadas por los partidos políticos constituye una competencia de la Dirección General del Registro Electoral y Financiamiento de Partidos Políticos (en adelante la Dirección), la cual ejercerá por intermedio de su Departamento de Financiamiento de Partidos Políticos, en cuyo cumplimiento contará con el respaldo de la certificación y los informes emitidos por un contador público autorizado debidamente registrado ante la Contraloría General de la República.

Una vez efectuada esa revisión, la Dirección deberá rendir un informe al Tribunal, a fin de que proceda a dictar la resolución que determine el monto que corresponde girar al respectivo partido político, de manera definitiva, tal como lo preceptúa el artículo 103 del Código Electoral.

II.—Hechos probados. De importancia para la resolución de este asunto se tienen como debidamente demostrados los siguientes:

1. Que el Tribunal, en la resolución N° 0959-E10-2017 de las 10:00 horas del 31 de enero de 2017, fijó el monto de la contribución estatal a los partidos políticos, correspondiente a las elecciones municipales celebradas en febrero de 2020, en la suma de ¢9.386.215.110,00 (folios 21-24).

2. Que en la resolución N° 2924-E10-2020 de las 11:30 horas del 12 de junio de 2020, el Tribunal determinó que, de conformidad con el resultado de las elecciones celebradas el 2 de febrero de 2020, el PNMG podría recibir, por concepto de contribución estatal, un monto máximo de ¢32.905.705,63 (folios 25 a 39).

3. Que el PNMG presentó a la Administración Electoral, dentro del plazo establecido, una liquidación de gastos que asciende a la suma de ¢17.040.465,26 (folios 3 vuelto, 7 vuelto).

4. Que, una vez efectuada la revisión de la liquidación de gastos presentada por el PNMG, el Departamento tuvo como erogaciones válidas y justificadas, posibles de redimir con cargo a la contribución estatal, un monto total de ¢8.510.520,19 (folios 4 vuelto, 8 frente).

5. Que, teniendo en cuenta el monto máximo al que tenía derecho el PNMG (¢32.905.705,63), la suma liquidada por esa agrupación (¢17.040.465,26) y c) la cifra cuya aprobación y reembolso se recomienda (¢8.510.520,19), existe una diferencia o remanente por ¢24.395.185,44 que debe retornar a las arcas del Estado (folios 5 vuelto y 9).

6. Que el PNMG no aparece inscrito como patrono ante la Caja Costarricense de Seguro Social (folios 4 vuelto, 11, 40).

7. Que el PNMG no registra multas pendientes de cancelación (folios 5 y 11).

8. Que el PNMG no ha cumplido con la publicación del estado auditado de sus finanzas, incluida la lista de sus contribuyentes o donantes, correspondiente a los períodos comprendidos entre el 1° de julio 2014 y el 30 de junio de 2015, 1° de julio de 2015 y el 30 de junio de 2016, el 1° de julio de 2016 y 30 de junio de 2017, 1° de julio 2017 y el 30 de junio de 2018, 1° de julio de 2018 y el 30 de junio de 2019 y 1° de julio de 2019 y el 30 de junio de 2020 (folios 5 frente y 11).

9. El PNMG concluyó el proceso de renovación democrático y periódico de sus estructuras partidarias (folios 5 y 6).

III.—Principio de comprobación del gasto aplicable a las liquidaciones de gastos presentas por los partidos, como condición para recibir el aporte estatal. En materia de la contribución estatal al financiamiento de las agrupaciones partidarias existe un régimen jurídico especial, de origen constitucional, el cual asigna al Tribunal Supremo de Elecciones el mandato de revisar los gastos de los partidos políticos con el fin de reconocer en forma posterior y con cargo a la contribución estatal, únicamente aquellos gastos autorizados por la ley y en estricta proporción a la votación obtenida.

Este Tribunal, en atención a este modelo de verificación de los gastos, estableció, desde la sesión n° 11437 del 15 de julio de 1998, que es determinante para que los partidos políticos puedan recibir el aporte estatal la verificación del gasto, al indicar:

Para recibir el aporte del Estado, dispone el inciso 4) del artículo 96 de la Constitución Política -los partidos deberán comprobar sus gastos ante el Tribunal Supremo de Elecciones. Lo esencial, bajo esta regla constitucional, es la comprobación del gasto. Todas las disposiciones del Código Electoral y de los reglamentos emitidos por el Tribunal y la Contraloría General de la República en esta materia, son reglas atinentes a esa comprobación que, sin duda alguna, es el principal objetivo. Por lo tanto, como regla general, puede establecerse que si el órgano contralor, con la documentación presentada dentro de los plazos legales y los otros elementos de juicio obtenidos por sus funcionarios conforme a los procedimientos de verificación propios de la materia, logra establecer, con la certeza requerida, que determinados gastos efectivamente se hicieron y son de aquellos que deben tomarse en cuenta para el aporte estatal, pueden ser aprobados aunque la documentación presentada o el procedimiento seguido en su trámite adolezca de algún defecto formal. ” (el resaltado no es del original).

No obstante que el actual sistema de financiamiento estatal estableció un mecanismo de comprobación y liquidación de los gastos más sencillo para los partidos políticos, pues pasó de varias liquidaciones mensuales a una única liquidación final que deberá ser refrendada por un contador público autorizado, esa circunstancia no elimina, de ninguna manera, la obligación de los partidos políticos de cumplir con el principio constitucional de “comprobar sus gastos”, como condición indispensable para recibir el aporte estatal.

IV.—Ausencia de oposición del PNMG en relación con las conclusiones y recomendaciones del informe rendido por el Departamento de Financiamiento de Partidos Políticos. De previo a resolver estas diligencias, este Tribunal confirió audiencia a las autoridades del PNMG para que se manifestaran, si así lo estimaban conveniente, en relación con el informe N° DFPP-LM-PNM-28-2021. Dado que el partido no planteó objeciones al informe del Departamento de Financiamiento de Partidos Políticos, no corresponde que este Tribunal emita pronunciamiento sobre este extremo.

V.—Gastos aceptados al PNMG. De acuerdo con los elementos que constan en autos, de la suma total de ¢32.905.705,63, que fue establecida en la resolución N° 2924-E10-2020 como cantidad máxima a la que podía aspirar el PNMG a recibir del aporte estatal por participar en las elecciones municipales de febrero de 2020, esta agrupación política presentó una liquidación de gastos por ¢17.040.465,26. Tras la correspondiente revisión de estos, la Dirección y el Departamento tuvieron como erogaciones válidas y justificadas la suma de ¢8.510.520,19; por ello, resulta procedente reconocerle al PNMG ese monto.

VI.—Procedencia de trasladar al Fondo General de Gobierno el monto del sobrante no reconocido. En este asunto se tuvo por acreditado que el PNMG, por su participación en el proceso electoral municipal 2020, tenía derecho a recibir como máximo del aporte de la contribución estatal la suma de ¢32.905.705,63. Sin embargo, debido a que la citada agrupación política presentó gastos por una suma inferior (¢17.040.465,26) y que se han aprobado gastos por ¢8.510.520,19 subsiste un remanente no reconocido de ¢24.395.185,44 (diferencia entre el monto máximo al que tenía derecho la agrupación y la suma aprobada), el cual deberá trasladarse al Fondo General del Gobierno, ya que, como lo determina el Código Electoral y la resolución N° 5131-E8-2010 de las 15:20 horas del 30 de junio de 2010, el financiamiento público municipal solamente contempla el rubro de gastos generados con ocasión del proceso electoral municipal.

En consecuencia, procedan la DGRE, la Dirección Ejecutiva y la Contaduría institucional a coordinar lo pertinente para el reintegro de esa cifra al Fondo General de Gobierno.

VII.—Improcedencia de ordenar retenciones por morosidad con la Caja Costarricense de Seguro Social en el pago de cuotas obrero-patronales o por multas impuestas pendientes de cancelación (artículo 300 del Código Electoral).

Según se desprende del informe DFPP-LM-PNM-28-2021 y de la base de datos de la página web de la CCSS, al 12 de agosto de 2021, el PNMG no se encuentra inscrito como patrono, por lo que no tiene obligaciones pendientes con la seguridad social (folios 4 vuelto, 11 y 40).

De igual manera, en este caso, no procede ordenar retención alguna en aplicación del artículo 300 del Código Electoral, ya que el PNMG no tienen multas pendientes de cancelación (folios 5 y 11).

VIII.—Sobre las publicaciones ordenadas en el artículo 135 del Código Electoral. En relación con las publicaciones que ordena el Código Electoral, se acreditó que el PNMG no ha satisfecho ese requisito, dado que tiene pendiente de publicación los informes correspondientes a los periodos 2014-2015, 2015-2016, 2016-2017, 2017-2018, 2018-2019 y 2019-2020.

Por ello, el monto de ¢8.510.520,19 que le corresponde al Partido quedará retenido hasta tanto la agrupación política satisfaga apropiadamente ese requisito.

IX.—Gastos en proceso de revisión. No hay gastos en proceso de revisión, por lo que este Tribunal no debe pronunciarse al respecto.

X.—Monto a reconocer. Del resultado final de la liquidación de gastos presentada por el PNMG, procede reconocer la suma de ¢8.510.520,19 relativa a la campaña electoral municipal de febrero de 2020. Por tanto,

De acuerdo con lo dispuesto en los artículos 102, 104 y 107 del Código Electoral y 72 y 73 del Reglamento sobre el Financiamiento de los Partidos Políticos, se reconoce al partido Nueva Mayoría Griega, cédula jurídica N° 3-110-706043, la suma de ¢8.510.520,19 (ocho millones quinientos diez mil quinientos veinte colones con diecinueve céntimos) que, a título de contribución estatal, le corresponde por gastos electorales válidos y comprobados de la campaña electoral municipal 2020. Sin embargo, se ordena al Ministerio de Hacienda y a la Tesorería Nacional retener, en forma integral, el monto reconocido hasta el momento en que el Departamento de Financiamiento de Partidos Políticos indique que ese partido político ha cumplido satisfactoriamente el requisito exigido en el numeral 135 del Código Electoral; una vez que ello suceda, el Tribunal gestionará lo pertinente para liberar el monto aprobado. Tomen nota la Dirección General del Registro Electoral y Financiamiento de Partidos Políticos, la Dirección Ejecutiva y la Contaduría Institucional de lo ordenado en el considerando VI sobre el reintegro de la suma de ¢24.395.185,44 (veinticuatro millones trescientos noventa y cinco mil ciento ochenta y cinco colones con cuarenta y cuatro céntimos) al Fondo General de Gobierno. De conformidad con lo dispuesto en el artículo 107 del Código Electoral, contra esta resolución procede recurso de reconsideración que debe interponerse en el plazo de ocho días hábiles. Notifíquese lo resuelto al partido Nueva Mayoría Griega. Una vez que esta resolución adquiera firmeza, se notificará a la Tesorería Nacional y al Ministerio de Hacienda, se comunicará a la Dirección General del Registro Electoral y Financiamiento de Partidos Políticos, a la Dirección Ejecutiva, a la Contaduría Institucional y a los Departamentos de Financiamiento y de Registro de Partidos Políticos y se publicará en el Diario Oficial.—Luis Antonio Sobrado González.—Luz de Los Ángeles Retana Chinchilla.—Hugo Ernesto Picado León.—Fernando del Castillo Riggioni.—Luis Diego Brenes Villalobos.—1 vez.—Exonerado.—( IN2021581251 ).

EDICTOS

Registro Civil-Departamento Civil

SECCIÓN DE ACTOS JURÍDICOS

PUBLICACIÓN DE TERCERA VEZ

Exp. N° 13848-2021.—Registro Civil.—Sección de Actos Jurídicos.—San José, a las doce horas catorce minutos del treinta de abril de dos mil veintiuno. Procedimiento administrativo de cancelación del asiento de nacimiento de Carolina Olivia Fang Lin, número novecientos doce, folio: cuatrocientos cincuenta y seis, tomo: ciento dieciocho del Partido Especial, por aparecer inscrita como Carolina Olivia Fang Lin, en el asiento número novecientos setenta y cinco, folio: cuatrocientos ochenta y ocho, tomo. ciento dos de la Sección de Naturalizaciones, de conformidad con el artículo 64 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Elecciones y del Registro Civil. Según lo establecido en el artículo 66 de la precitada ley, practíquese la respectiva anotación de advertencia en el asiento de nacimiento N° 0912. Publíquese el edicto por tres veces en el Diario Oficial La Gaceta. Se previene a las partes interesadas para que aleguen sus derechos, dentro de los ocho días posteriores a la primera publicación.—German Alberto Rojas Flores, Jefe a. í. Sección Actos Jurídicos.—Abelardo Camacho Calvo, Encargado Unidad de Servicios Registrales Civiles.—O. C. N° 4600043657.—Solicitud N° 276220.—( IN2021561561 ).

PUBLICACIÓN DE UNA VEZ

En resolución no 1073-2009 dictada por este Registro a las ocho horas cinco minutos del veintidós de junio de dos mil nueve, en expediente de ocurso N° 17211-2008, incoado por Mayquelis Vanessa Sequeira Romero, se dispuso a rectificar en el asiento de nacimiento de Dilan Josué Ricas Sequeira, que el nombre de la madre es Mayquelis Vanessa.—Marisol Castro Dobles, Directora General.—Juan Rafael Madrigal Hernández, Jefe a. í. Responsable: Abelardo Camacho Calvo, Encargado de Unidad de Procesos Registrales Civiles.—1 vez.—( IN2021580965 ).

AVISOS

Registro Civil-Departamento Civil

SECCIÓN DE OPCIONES Y NATURALIZACIONES

Avisos de solicitud de naturalización

Libna Solange Ruiz Castrillo, nicaragüense, cédula de residencia N° 155817678123, ha presentado solicitud para obtener la nacionalidad costarricense ante la Sección de Opciones y Naturalizaciones del Registro Civil. Se emplaza a quienes tengan reparos comprobados que hacer a dicha solicitud, para que los presenten por escrito en nuestras oficinas, dentro del término de diez días hábiles siguientes a la publicación de este aviso. Expediente N° 4769-2021.—San José al ser las 11:50 del 06 de septiembre de 2021.—Jeonathan Vargas Céspedes, Profesional Asistente 1.—1 vez.—( IN2021580418 ).

José Manuel Jarquín Escoto, nicaragüense, cédula de residencia N° 155823639716, ha presentado solicitud para obtener la nacionalidad costarricense ante la Sección de Opciones y Naturalizaciones del Registro Civil. Se emplaza a quienes tengan reparos comprobados que hacer a dicha solicitud, para que los presenten por escrito en nuestras oficinas, dentro del término de diez días hábiles siguientes a la publicación de este aviso. Expediente N° 5083-2021.—San José, al ser las 12:42 del 06 de setiembre del 2021.—Karla Mendoza Quirós, Jefe.—1 vez.—( IN2021580421 ).

Julio César Martínez Rodríguez, nicaragüense, cédula de residencia N° 155805120702, ha presentado solicitud para obtener la nacionalidad costarricense ante la Sección de Opciones y Naturalizaciones del Registro Civil. Se emplaza a quienes tengan reparos comprobados que hacer a dicha solicitud, para que los presenten por escrito en nuestras oficinas, dentro del término de diez días hábiles siguientes a la publicación de este aviso. Expediente N° 5107-2021.—San José, al ser las 10:46 del 07 de septiembre de 2021.—Juan José Calderón Vargas, Asistente Funcional 2.—1 vez.—( IN2021580528 ).

Javier Alexander Romero Gutiérrez, nicaragüense, cedula de residencia 155817512520, ha presentado solicitud para obtener la nacionalidad costarricense ante la Sección de Opciones y Naturalizaciones del Registro Civil. Se emplaza a quienes tengan reparos comprobados que hacer a dicha solicitud, para que los presenten por escrito en nuestras oficinas, dentro del término de diez días hábiles siguientes a la publicación de este aviso. Expediente 5010-2021.—San José al ser las 1:47 del 02 de setiembre de 2021.—Marvin Alonso González Montero, Asistente Funcional.—1 vez.—( IN2021580529 ).

Ivania Yoseli Camacho Guillén, nicaragüense, cédula de residencia N° 155821796913, ha presentado solicitud para obtener la nacionalidad costarricense ante la Sección de Opciones y Naturalizaciones del Registro Civil. Se emplaza a quienes tengan reparos comprobados que hacer a dicha solicitud, para que los presenten por escrito en nuestras oficinas, dentro del término de diez días hábiles siguientes a la publicación de este aviso. N° 5110-2021.—San José al ser las 11:09 del 07 de septiembre de 2021.—Marvin Alonso González Montero, Asistente Funcional.—1 vez.—( IN2021580617 ).

Irene José Centeno Jiménez, nicaragüense, cédula de residencia N° 155801767331, ha presentado solicitud para obtener la nacionalidad costarricense ante la Sección de Opciones y Naturalizaciones del Registro Civil. Se emplaza a quienes tengan reparos comprobados que hacer a dicha solicitud, para que los presenten por escrito en nuestras oficinas, dentro del término de diez días hábiles siguientes a la publicación de este aviso. Expediente N° 5111-2021.—San José, al ser las 11:44 del 07 de setiembre de 2021.—Arelis Hidalgo Alcázar, Asistente Funcional Dos.—1 vez.—( IN2021580822 ).

Mary Guadalupe Centeno Valdivia, nicaragüense, cédula de residencia 155819095300, ha presentado solicitud para obtener la nacionalidad costarricense ante la Sección de Opciones y Naturalizaciones del Registro Civil. Se emplaza a quienes tengan reparos comprobados que hacer a dicha solicitud, para que los presenten por escrito en nuestras oficinas, dentro del término de diez días hábiles siguientes a la publicación de este aviso. Expediente N° 4972-2021—San José al ser las 13:12 del 6 de septiembre de 2021.—Jeonathan Vargas Cespedes, Profesional Asistente 1.—1 vez.—( IN2021580891 ).

Vanessa Carolina Rodríguez Rojas, venezolana, cédula de residencia N° 186200730603, ha presentado solicitud para obtener la nacionalidad costarricense ante la Sección de Opciones y Naturalizaciones del Registro Civil. Se emplaza a quienes tengan reparos comprobados que hacer a dicha solicitud, para que los presenten por escrito en nuestras oficinas, dentro del término de diez días hábiles siguientes a la publicación de este aviso. Expediente N° 5077-2021.—San José, al ser las 11:00 del 06 de setiembre del 2021.—Arelis Hidalgo Alcázar, Asistente Funcional Dos.—1 vez.—( IN2021580905 ).

Odily Del Carmen Aguirre Salgado, nicaragüense, cédula de residencia N° 155826343411, ha presentado solicitud para obtener la nacionalidad costarricense ante la Seccion de Opciones y Naturalizaciones del Registro Civil. Se emplaza a quienes tengan reparos comprobados que hacer a dicha solicitud, para que los presenten por escrito en nuestras oficinas, dentro del término de diez días hábiles siguientes a la publicacion de este aviso. Expediente N° 4979-2021.—San José, al ser las 1:32 del 07 de setiembre de 2021.—Marvin Alonso González Montero, Asistente Funcional.—1 vez.—( IN2021580914 ).

Gloriana Zelaya Andino, nicaragüense, cédula de residencia N° 155823091828, ha presentado solicitud para obtener la nacionalidad costarricense ante la Sección de Opciones y Naturalizaciones del Registro Civil. Se emplaza a quienes tengan reparos comprobados que hacer a dicha solicitud, para que los presenten por escrito en nuestras oficinas, dentro del término de diez días hábiles siguientes a la publicación de este aviso. N° 4786-2021.—San José al ser las 1:44 del 06 de setiembre de 2021.—Marvin Alonso González Montero, Asistente Funcional.—1 vez.—( IN2021580942 ).

Fernando Fabio Sandoval Pozo, nicaragüense, cédula de residencia N° 155821416514, ha presentado solicitud para obtener la nacionalidad costarricense ante la Sección de Opciones y Naturalizaciones del Registro Civil. Se emplaza a quienes tengan reparos comprobados que hacer a dicha solicitud, para que los presenten por escrito en nuestras oficinas, dentro del término de diez días hábiles siguientes a la publicación de este aviso. Expediente N° 5095-2021.—San José, al ser las 08:49 am del 07 de setiembre de 2021.—Licda. Sonia Cristina Ramos Mora, Técnico Funcional 2.—1 vez.—( IN2021580986 ).

Jannan Francisco González Fernández, nicaragüense, cédula de residencia N° 155820037636, ha presentado solicitud para obtener la nacionalidad costarricense ante la Sección de Opciones y Naturalizaciones del Registro Civil. Se emplaza a quienes tengan reparos comprobados que hacer a dicha solicitud, para que los presenten por escrito en nuestras oficinas, dentro del término de diez días hábiles siguientes a la publicación de este aviso. Expediente N° 5118-2021.—San José, al ser las 13:48 horas del 07 de setiembre del 2021.—Lic. Rainier Barrantes Ramírez, Jefe.—1 vez.—( IN2021580989 ).

Edgar Uriel Riveros Vargas, colombiano, cédula de residencia 117001970028, ha presentado solicitud para obtener la nacionalidad costarricense ante la Sección de Opciones y Naturalizaciones del Registro Civil. Se emplaza a quienes tengan reparos comprobados que hacer a dicha solicitud, para que los presenten por escrito en nuestras oficinas, dentro del término de diez días hábiles siguientes a la publicación de este aviso. Expediente N° 5133-2021.—San José, al ser las 9:21 del 8 de septiembre del 2021.—Marvin Alonso González Montero, Asistente Funcional.—1 vez.—( IN2021581032 ).

Juan Carlos Laguna Mojica, colombiano, cédula de residencia 117000774729, ha presentado solicitud para obtener la nacionalidad costarricense ante la Sección de Opciones y Naturalizaciones del Registro Civil. Se emplaza a quienes tengan reparos comprobados que hacer a dicha solicitud, para que los presenten por escrito en nuestras oficinas, dentro del término de diez días hábiles siguientes a la publicación de este aviso. Expediente N° 5139-2021.—San José, al ser las 10:19 del 08 de setiembre de 2021.—Marvin Alonso González Montero, Asistente Funcional.—1 vez.—( IN2021581053 ).

Diana Marcela Rueda Bello, colombiana, cedula de residencia 117000699412, ha presentado solicitud para obtener la nacionalidad costarricense ante la Sección de Opciones y Naturalizaciones del Registro Civil. Se emplaza a quienes tengan reparos comprobados que hacer a dicha solicitud. para que los presenten por escrito en nuestras oficinas, dentro del término de diez días hábiles siguientes a la publicación de este aviso. Expediente: 5145-2021.—San José, al ser las 11:07 del 8 de setiembre de 2021.—Juan Jose Calderón Vargas, Asistente Funcional 2.—1 vez.—( IN2021581057 ).

Brenda Roxana Calero Obando, nicaragüense, cédula de residencia N° 155818863521, ha presentado solicitud para obtener la nacionalidad costarricense ante la Sección de Opciones y Naturalizaciones del Registro Civil. Se emplaza a quienes tengan reparos comprobados que hacer a dicha solicitud, para que los presenten por escrito en nuestras oficinas, dentro del término de diez días hábiles siguientes a la publicación de este aviso. Expediente N° 5150-2021.—San José, al ser las 12:03 del 08 de setiembre del 2021.—Marvin Alonso González Montero, Asistente Funcional.—1 vez.—( IN2021581094 ).

Fernando Antonio Huete Chávez, nicaragüense, cédula de residencia N° 155801549029, ha presentado solicitud para obtener la nacionalidad costarricense ante la Sección de Opciones y Naturalizaciones del Registro Civil. Se emplaza a quienes tengan reparos comprobados que hacer a dicha solicitud, para que los presenten por escrito en nuestras oficinas, dentro del término de diez días hábiles siguientes a la publicación de este aviso. N° 4995-2021.—San José al ser las 12:18 del 06 de septiembre de 2021.—Marvin Alonso González Montero, Asistente Funcional.—1 vez.—( IN2021581144 ).

Blanca Rosa Mercado Velásquez, nicaragüense, cédula de residencia 155817703318, ha presentado solicitud para obtener la nacionalidad costarricense ante la Sección de Opciones y Naturalizaciones del Registro Civil. Se emplaza a quienes tengan reparos comprobados que hacer a dicha solicitud, para que los presenten por escrito en nuestras oficinas, dentro del término de diez días hábiles siguientes a la publicación de este aviso. Expediente N° 5041-2021.—San José, al ser las 11:43 del 03 de setiembre del 2021.—Arelis Hidalgo Alcázar, Asistente Funcional Dos.—1 vez.—( IN2021581244 ).

José Guillermo Hurtado Diez, colombiano, cédula de residencia N° 117000207713, ha presentado solicitud para obtener la nacionalidad costarricense ante la Sección de Opciones y Naturalizaciones del Registro Civil. Se emplaza a quienes tengan reparos comprobados que hacer a dicha solicitud, para que los presenten por escrito en nuestras oficinas, dentro del término de diez días hábiles siguientes a la publicación de este aviso. Expediente N° 4837-2021.—San José al ser las 7:10 del 09 de septiembre de 2021.—Marvin Alonso González Montero, Asistente Funcional.—1 vez.—( IN2021581256 ).

Lina Margarita Aguirre Castaño, colombiana, cédula de residencia 117000608812, ha presentado solicitud para obtener la nacionalidad costarricense ante la Sección de Opciones y Naturalizaciones del Registro Civil. Se emplaza a quienes tengan reparos comprobados que hacer a dicha solicitud, para que los presenten por escrito en nuestras oficinas, dentro del término de diez días hábiles siguientes a la publicacion de este aviso. Expediente N° 4835-2021.—San José al ser las 7:18 del 9 de setiembre de 2021.—Marvin Alonso Gonzalez Montero, Asistente Funcional.—1 vez.—( IN2021581260 ).

Michelle Caminero de Los Santos, dominicana, cédula de residencia N° 121400183928, ha presentado solicitud para obtener la nacionalidad costarricense ante la Sección de Opciones y Naturalizaciones del Registro Civil. Se emplaza a quienes tengan reparos comprobados que hacer a dicha solicitud, para que los presenten por escrito en nuestras oficinas, dentro del término de diez días hábiles siguientes a la publicación de este aviso. Expediente N° 4265-2021.—San José al ser las 9:17 del 02 de setiembre de 2021.—Marvin Alonso González Montero, Asistente Funcional.—1 vez.—( IN2021581264 ).

Ramon de Jesús Guido Pacheco, nicaragüense, cédula de residencia 155822269412, ha presentado solicitud para obtener la nacionalidad costarricense ante la Sección de Opciones y Naturalizaciones del Registro Civil. Se emplaza a quienes tengan reparos comprobados que hacer a dicha solicitud, para que los presenten por escrito en nuestras oficinas, dentro del término de diez días hábiles siguientes a la publicación de este aviso. Expediente: 5062-2021.—San José, al ser las 8:32 del 6 de septiembre de 2021.—Gaudy Alvarado Zamora, Técnico Funcional 2.—1 vez.—( IN2021581285 ).

CONTRATACIÓN ADMINISTRATIVA

LICITACIONES

PODER JUDICIAL

CORTE SUPREMA DE JUSTICIA

DIRECCIÓN EJECUTIVA

DEPARTAMENTO DE PROVEEDURÍA

Aviso de Invitación

El Departamento de Proveeduría invita a participar en los siguientes procedimientos de contratación:

LICITACIÓN ABREVIADA 2021LA-000035-PROV

Construcción de la II etapa para la instalación

de un ascensor en el Edificio de los Tribunales

de Justicia de Coto Brus (Acondicionamiento

eléctrico y restructuración arquitectónica

del edificio)

Fecha y hora de apertura: 15 de octubre del 2021, a las 10:00 horas.

Para acceder a los carteles del procedimiento indicado se pueden obtener sin costo alguno a partir de la presente publicación. Para ello, los interesados podrán obtenerlo a través de Internet, en la siguiente dirección: http://poder-judicial.go.cr/proveeduria (ingresar a la opciónContrataciones Disponibles”)

San José, 14 de setiembre del 2021.—Proceso de Adquisiciones.—MBA. Yurli Arguello Araya, Jefa.—1 vez.—( IN2021582825 ).

ADJUDICACIONES

CAJA COSTARRICENSE DE SEGURO SOCIAL

HOSPITAL MÉXICO

LICITACIÓN NACIONAL

N° 2020LN-000013-2104

RECTIFICACIÓN DE ACTO DE ADJUDICACIÓN

Por la adquisición de apósitos y recolectores

Se les comunica a los interesados en el presente concurso que se rectifica el acto de adjudicación, publicado en el Diario Oficial La Gaceta N° 77, de fecha 22 de abril de 2021, a la empresa Transglobal Medical S.A., para los ítemes Nos. 7 y 10, demás condiciones de dicha publicación se mantienen invariables.

San José, 15 de setiembre de 2021.—Área de Gestión de Bienes y Servicios.—Licda. Jacqueline Villalobos Hernández, Jefe.—1 vez.—O.C. N° 53.—Solicitud N° 295433.—( IN2021582770 ).

REGLAMENTOS

COLEGIOS UNIVERSITARIOS

COLEGIO UNIVERSITARIO DE LIMÓN

CONSEJO DIRECTIVO DEL COLEGIO UNIVERSITARIO

DE LIMÓN COMUNICA LAS MODIFICACIONES

AL REGLAMENTO AUTÓNOMO

DE ORGANIZACIÓN Y SERVICIO

DEL CUNLIMÓN

Considerando:

I.—Que el artículo 103 de la Ley General de la Administración Pública, faculta al superior jerárquico supremo a organizar la administración y la prestación de los servicios mediante la promulgación de reglamentos autónomos de organización y servicio.

II.—Que el articulo 27 incisos f.- del Decreto Ejecutivo número 42377-MEP, Reglamento a la Ley que regula las Instituciones de Enseñanza Superior Parauniversitaria, faculta al Consejo Directivo para que dicte las normas que rigen el funcionamiento académico y administrativo de la Institución.

III.—Que los artículos 14 inciso f.- del Estatuto Orgánico y 10 inciso d.- de la Ley número 7941, Ley de Creación del Colegio Universitario de Limón, disponen que la promulgación, modificación y derogación de las normas de organización y administración de la Institución corresponderán al Consejo Directivo, bajo la observancia de los procesos utilizados para su aprobación.

IV.—Que el Reglamento Autónomo de Organización y Servicio del CUNLIMÓN vigente, ante la nueva realidad nacional generada por la crisis sanitaria y la nuevas disposiciones y herramientas laborales aplicadas, resulta de suma importancia en materia administrativa y de organización hacer las correspondientes modificaciones al reglamento actualizando éste a los tiempos de cambio. Por lo tanto,

El Consejo Directivo del Colegio Universitario de Limón, en el ejercicio de sus atribuciones y potestades que le confiere la normativa referida, acuerda modificar el actual Reglamento Autónomo de Organización y Servicio del CUNLIMÓN, por lo tanto, se decreta lo siguiente:

Modifíquese los artículos:

CAPÍTULO II

Definiciones

Artículo 9ºPara la correcta interpretación de este Reglamento, se definen los siguientes términos:

-    Administración: Proceso responsable que define los fines que una organización y sus componentes deben esforzarse en conseguir, que establece amplios programas bajo los que debe actuarse y ofrece una visión general de la efectividad en la consecución de los objetivos buscados.

-    Ascenso: Promoción a un puesto de categoría superior.

-    Asignación: El acto mediante el cual se ubica una plaza nueva en la clase correspondiente.

-    Atestados: Documentos cualitativos y cuantitativos de la práctica laboral, exámenes escritos, prácticos, experiencia, certificados de conducta, recomendaciones, comprobantes de estudio y todos aquellos datos mediante los cuales se determina la idoneidad para ocupar un puesto.

-    CCSS: Caja Costarricense de Seguro Social.

-    Clase: Puesto o conjunto de puestos lo suficientemente similares en cuanto a requisitos, deberes, responsabilidades y autoridad para que se les pueda aplicar el mismo título a cada uno de ellos, exigiendo a quienes hayan de ocuparlos los mismos requisitos de preparación académica, experiencia, conocimientos, etc. Usar el mismo tipo de exámenes o pruebas de aptitud, para seleccionar a los candidatos a empleo, y asignarles el mismo salario o remuneración en condiciones de trabajo similar.

-    Clasificación de puestos: Sistema por medio del cual se analizan, evalúan y ordenan en forma sistemática los diferentes tipos de tareas que se realizan en la Institución, considerando entre otros, factores tales como: deberes y obligaciones, naturaleza de éstos, grado de dificultad, preparación académica, conocimientos de otra índole, experiencia, habilidades y destrezas que deben poseer los candidatos al empleo.

-    Concurso: Procedimiento de selección de personal que garantiza la participación amplia y la valoración adecuada de los candidatos, con la finalidad de llenar plazas vacantes. Estos pueden ser internos o externos.

-    Consejo: Consejo Directivo del Colegio Universitario de Limón.

-    Coordinador: Servidor encargado de apoyar a los estudiantes para integrar de la mejor forma posible el programa personal de estudio, atendiendo las necesidades académico-administrativas del estudiante y relativas al diplomado.

-    Expediente Personal: Conjunto de todos los documentos correspondientes a un funcionario.

-    Funcionario Administrativo: Aquel que realiza funciones administrativas y técnicas.

-    Funcionario Docente: Aquel que realiza funciones propias de la docencia, investigación, acción social, asistencia académica, según el tipo de nombramiento, podrán ser contratados por periodos mensuales, cuatrimestrales e inclusive anuales.

-    INS: Instituto Nacional de Seguros.

-    Inopia comprobada: Condición particular de un recurso humano que, sin poseer el requisito académico para un puesto, por su experiencia y capacitación recibida califica para poder ser nombrado en el mismo. Debe surgir en un concurso externo, debidamente publicado que compruebe la inopia de que no existan candidatos calificados académicamente, es decir, es una situación espontánea en la fase de selección.

-    Investigación: Serie de procedimientos que se llevan a cabo con el fin de alcanzar nuevos conocimientos fehacientes sobre un hecho o fenómeno que, una vez encontrados nos puedan ayudar a establecer conclusiones y soluciones a circunstancias causadas por ellos.

-    Jefatura: Parte de la estructura lógico formal de la organización que integra bajo una autoridad formal ciertos elementos y sujetos.

-    Jornada académica: constituida por el número de horas obligatorias que el docente tiene que cubrir en un plazo determinado por el nombramiento efectuado.

-    Jornada laboral: constituida por el número de horas obligatorias que los funcionarios administrativos, coordinadores de carrera, programas y Sedes tienen que cubrir en un plazo determinado.

-    Licencias: Permiso con o sin goce de salario.

-    Manual Descriptivo de Puestos: Documento que ordena los procesos de trabajo, en que participan los diferentes puestos de la organización.

-    Patrono: El Colegio Universitario de Limón, en su condición de empleador de los servicios de los funcionarios.

-    Preparación equivalente: Mecanismo que permite acceder a concurso, capacitación de personal o ascenso cuando proceda, a aquellos candidatos que, sin haber hecho los cursos específicos requeridos en el Manual de Puestos, hubieren aprobado otros estudios equivalentes. Lo anterior no será aplicable en casos de puestos que deban ser ocupados por funcionarios con grado profesional.

-    Prontuario: Documento que registra las incidencias de la relación de servicio de cada uno de los funcionarios del CUNLIMÓN.

-   Puesto: Conjunto de requisitos, deberes y responsabilidades asignados por una autoridad competente para que sean ejercidas por un funcionario, durante la totalidad o una parte de la jornada de trabajo.

-    Reasignación de puesto: Cambio en la clasificación de un puesto que conlleva a un nivel salarial mayor, menor o igual, con motivo de haber experimentado una variación sustancial y permanentemente en sus tareas y niveles de responsabilidad.

-    Régimen de empleo público: Está constituido por el conjunto de disposiciones normativas y de principios jurídicos y morales, que regulan la actividad de quienesprestan servicios a la Administración o a nombre y por cuenta de ésta, como parte de su organización

-    Régimen de Carrera Administrativa: Es el estatus o condición laboral al que tienen derecho los funcionarios administrativos, y que permite el ascenso desde los cargos de menor nivel hasta los de más alta jerarquía, por el sistema de méritos, usualmente orientado hacia la profesionalización que hace un servidor de su empleo público.

-    Régimen de Carrera Docente: Es el estatus o condición laboral al que acceden aquellos docentes que, por su tipo de nombramiento, desempeño, trayectoria y años de servicio, son considerados por el CUNLIMÓN, como fundamentales para el logro de sus objetivos primarios, en materia de docencia. Tal Calificación estará a cargo de una comisión evaluadora conformada por el Director(a) Académico (a), el Coordinador de Carrera que corresponda, la Unidad de Recursos Humanos y el Decano.

-    Reglamento: Reglamento Autónomo de Organización y Servicio del CUNLIMÓN. (R.A.O.S.)

-    Relación de servicio: El conjunto de deberes, derechos, atribuciones, funciones y tareas que corresponden al servidor o funcionario, en relación con la institución y los administrados, de acuerdo con el ordenamiento jurídico y en virtud de un acto válido y eficaz de nombramiento.

-    Representante patronal: El Decano y aquellas personas autorizadas para ejercer dentro del CUNLIMÓN funciones de dirección, de administración o de ambos géneros.

-   Requisitos: Cúmulo de estudios académicos, conocimientos, habilidades, experiencia, capacitación o su equivalente y adiestramiento necesario para el adecuado desempeño del servicio, que deben poseer los candidatos según requerimientos del manual de puestos.

-    Reestructuración de clases: Cambio que afecta a puestos o clases al variar la estructura ocupacional de una serie de puestos o la conformación de una clase.

-    Revaloración: Aumentos en los salarios base o en los sobresueldos asignados a las diferentes clases en respuesta al aumento en el costo de la vida o ajuste técnico, relaciones de competencia y otras razones similares.

-    Salario: Remuneración periódica que se otorga por el desempeño de un cargo para que se ejerza con el interés, cuidado, esmero y forma que éste requiera, durante una jornada diaria de 8 horas.

-    Superior jerárquico: El superior inmediato.

-    Servidor: Toda persona física que a cambio de una remuneración y en virtud de un acto válido y eficaz de nombramiento, presta sus servicios materiales, intelectuales o de ambos géneros en forma personal y subordinada al CUNLIMÓN.

-    Tiempo docente: Unidad de pago equivalente a horas labores de los docentes de acuerdo a la carga académica docente.

-    Traslado: Traslado de un servidor de un puesto a otro de la misma categoría.

-    Unidad de Recursos Humanos: La unidad administrativa encargada de la administración de los Recursos Humanos de la Institución.

-    Vacante: Plaza que no posee titular.

-    Valoración: Proceso mediante el cual se asignan remuneraciones a las clases de puestos, tomando en consideración: estudio de los niveles o grados de dificultad, responsabilidad y variedad de las tareas, requisitos mínimos, índices de costo de vida, encuestas de salarios y otros elementos de juicio de uso condicionado.

CAPÍTULO VII

De los contratos de servicio

Artículo 37.—Los docentes, coordinadores de carrera, programas y Sedes Regionales del CUNLIMÓN serán contratados por plazos o periodos de tiempo definido, para la atención de las necesidades institucionales y académicas.

La Dirección Académica y la Dirección de Extensión Comunitaria y Asistencia Técnica, mantendrán informada a la Unidad de Recursos Humanos sobre los plazos de nombramiento y la continuidad de los servidores docentes, como de los coordinadores de carrera, programas y Sedes Regionales.

CAPÍTULO XI

De las clasificaciones de puestos

docentes y jornada docente

Artículo 56.—La asignación del trabajo y funciones académicas para los docentes, será proporcional a la jornada académica y nombramiento asignado.

Para efectos de lo señalado en este artículo el trabajo y las funciones académicas será asignado por los Coordinadores de Carrera o de Programa, aprobadas por la Dirección Académica y la Dirección de Educación Comunitaria y Asistencia Técnica respectivamente, el trabajo y las funciones académicas podrán ser desarrolladas en todas las áreas de gestión del CUNLIMÓN sean estas, carreras, cursos libres y programas, dentro de las zonas de influencia y Sedes de la institución.

Artículo 57.—La asignación de jornada según el trabajo y las funciones académicas se hará de acuerdo con la siguiente tabla:

Horas lectivas (Semanales)

Horas oficina (Semanales)

Jornada académica

2

3

1/8 de jornada

4

6

¼ de jornada

10

10

½ jornada

16

14

3/4 de jornada

20

20

1 Jornada completa

 

Las horas de oficina deben ser dedicadas a las siguientes tareas:

1.  Planeamiento, preparación y evaluación de actividades lectivas.

3.  Producción de materiales y recursos didácticos

4.  Dirección de trabajos de opción de graduación (practica supervisada, examen de grado)

5.  Consejería académica

6.  Atención de estudiantes, ya sea modalidad presencial, virtual o bimodal.

8.  Administración académica (asistencia a reuniones e integración de comisiones) y

9.  Otras similares propias del cargo, de acuerdo a lo indicado en el artículo 42 de este Reglamento.

Artículo 58.—El CUNLIMÓN contratara a los servidores docentes, en las jornadas académicas indicas en el artículo anterior.

La designación y contratación de un docente en tiempo o fracción menor a las indicadas en dicho artículo, deberán ser justificadas por la Dirección Académica y aprobadas por la Decanatura.

Ningún docente podrá ser remunerado por una jornada mayor a la definida como jornada académica completa, excepto casos especiales debidamente motivados por la Dirección Académica y autorizados por la Decanatura. La jornada adicional no podrá ser mayor a un 1/4 de la jornada académica completa.

Los servidores administrativos, que a su vez se desempeñen como docentes del CUNLIMÓN, no podrán ser remunerados por una jornada mayor a la definida como un cuarto (1/4) de jornada académica, salvo los casos de excepción indicados en el párrafo anterior.

En el caso de los coordinadores de carrera, programas y sedes las cargas adicionales a la jornada académica completa deberán ser justificadas por la Dirección Académica, gestionadas bajo la vía de excepcionalidad y aprobadas por la Decanatura.

En todos los casos, dicha excepcionalidad será aplicada en una única ocasión, ésta no representará derecho alguno para el servidor docente ni una obligación para la institución, de continuarla u otorgarla.

Artículo 59.—El CUNLIMÓN podrá realizar nombramientos de docentes, coordinadores de carrera, programas y sedes regionales, suplentes por incapacidades o licencias debidamente autorizadas. El funcionario así nombrado permanecerá en su puesto mientras regrese el titular, según corresponda.

Ante la urgencia, el CUNLIMÓN, podrá realizar nombramientos de docentes en suplencia para la atención de cursos, exceptuando las disposiciones del artículo 58 anterior.

Ningún nombramiento de docente, de coordinador de carrera, de programa o sede regional interino o suplente podrá ser superior a doce meses, salvo en el caso de permisos sin goce de sueldo del titular del puesto, que excedan dicho plazo.

Artículo 60.—Los servidores docentes serán nombrados únicamente por contratos a plazo definido, durante el tiempo que presten servicios en la Institución.

Por lo cual el CUNLIMÓN no podrán garantizar a los servidores docentes que su nombramiento se pueda prolongar indefinidamente en el tiempo, ni que la jornada originalmente asignada pueda ser mantenida a plazos mayores a los definidos y así nombrados, debido a los posibles cambios en las carreras, en la matrícula, o bien cuando ello obedezca a los intereses de la institución.

Artículo 61.—Para la reducción de la jornada, así como para la rescisión del contrato laboral de un docente, se considerará además de lo expuesto en los artículos 87 y 88 del Régimen Académico, los siguientes parámetros:

1.  Reducción total o parcial de la matrícula en un 30%.

2.  La no apertura de cursos.

3.  La imposibilidad de reubicación del docente

4.  Evaluación del desempeño académico igual o inferior a “buenoen dos periodos lectivos cuatrimestrales consecutivos.

Artículo 62.—Cuando resulte ineludible la cesación del servidor docente, por la no apertura de cursos, disminución de la matrícula, cierre de la carrera y después de haber agotado toda posibilidad de reubicación según el perfil de los cursos, área o especialidad del docente o desempeño de funciones en acción social, cursos libres, investigación, elaboración de proyectos didácticos y académicos, el CUNLIMÓN, en el evento que el funcionario tenga derecho a ello, procederá al pago de una indemnización de acuerdo con el tiempo efectivo de servicio prestado y de la jornada académica asignada en cada nombramiento.

En todos los casos, la rescisión o cesación de la prestación del servicio del docente será comunicado por los coordinadores de carrera y avalado por la Dirección Académica, a la Unidad de Recursos Humanos.

CAPÍTULO XII

De los coordinadores de carrera y sedes

Artículo 66.—Para la selección y nombramiento de los coordinadores de carreras y programas se recurrirá a los concursos ordinarios correspondientes, el procedimiento de selección y nombramiento de los coordinadores será llevado a cabo por la Unidad de Recursos Humanos al amparo de lo dispuesto en este Reglamento y lineamientos del concurso para la selección de los coordinadores de carrera, programas y sedes regionales.

En caso de no existir candidato calificado, la Dirección recurrirá al Registro de Elegibles, nombrando a un funcionario interino hasta tanto se resuelva realizar un nuevo concurso.

De persistir la no existencia de candidato calificado para ocupar el puesto de coordinador dentro del Registro de Elegibles, la Direcciones Académicas y de Asistencia Técnica, podrán nombrar a profesional, dispensado parcialmente alguno de los requisitos para su nombramiento.

Dicha selección y nombramiento, así como el dispensado parcial de algún requisito, deberá contar con las justificaciones respectivas, además de contar con la aprobación de la Decanatura del Colegio.

Las funciones y normas de contratación de los coordinadores de carrera o de programa serán las establecidas en el manual descriptivo de puestos, bases y lineamientos del concurso; y este reglamento.

Artículo 69.—Serán funciones de los Coordinadores de Carrera además de las señaladas en el Manual de Puestos las siguientes:

a.  Coadyuvar en los procesos de evaluación y seguimiento académico.

b.  Dirigir y coordinar todas las actividades académicas de la Carrera, impulsar su desarrollo y ejercer la representación de la Carrera.

c.  Colaborar, participar y orientar en los procesos de admisión y matricula.

d.  Convocar y presidir el Consejo de Carrera.

e.  Adoptar las medidas que se requieren para la ejecución de las resoluciones o instrucciones del Consejo Decanatura o el Decano en el área de competencia.

f.   Elevar a las autoridades correspondientes, las cuestiones urgentes y graves que afecten el funcionamiento de la Carrera.

g.  Supervisar todas las actividades de la Carrera.

h.  Emitir criterio sobre las solicitudes de permisos con o sin goce salarial, del personal docente de su carrera, según los establece Reglamento Autónomo de Organización y Servicio del CUNLIMÓN.

i.   Recibir las boletas de incapacidad por enfermedad o riesgo laboral, licencias de maternidad de las personas docentes, dando el diligenciamiento debido ante la Unidad de Recursos Humanos y ante la no interrupción del curso lectivo.

j.   Comunicar a la Unidad de Recursos Humanos, sobre la cesación de docentes, según lo preceptuado en el artículo 62 de este Reglamento

k.  Elevar anualmente a las autoridades del CUNLIMÓN, una memoria relativa al desarrollo de la Carrera un informe sobre los proyecto y necesidades de la misma.

l.   Adoptar las medidas necesarias para la buena marcha de la Carrera.

m. Asesorar a las autoridades jerárquicas, sobre las necesidades generales de la Carrera respecto de los planes, actividades y cuestiones docentes y de investigación que les sean pertinentes.

n.  Proponer al Consejo Decanatura, planes y actividades de docencia, extensión e investigación y proceder a la evaluación y el control de la gestión y ejecución de los mismos.

o.  Proponer, la designación del personal docente o visitantes en el área de sus actividades.

p.  Ejercer la potestad disciplinaria sobre los funcionarios y estudiantes que integren la Carrera, conforme a los Reglamentos respectivos.

q.  Ejecutar los programas de docencia.

r.   Resolver los recursos que le sean presentados en primera instancia en materia disciplinaria y segunda instancia en materia de evaluación. En caso de existir conflictos de interés por la duplicidad funciones del Coordinador de Carrera, la Dirección Académica nombrará Coordinador de Carrera distinto a efecto de que éste conozca y resuelva los recursos que se presenten

s.   Facilitar la vinculación con el sector socio-productivo y académico

Artículo 72.—La jornada laboral de los Coordinadores de Carrera, Programas y de Sedes estará dispuesta a jornada completa según las reglas del artículo 132 de este Reglamento.

Artículo 73.—Los horarios de labores de los Coordinadores de Carrera, Programas y de Sedes estarán dispuestos por la Dirección Académica y la Dirección de Educación Comunitaria y Asistencia Técnica, atendiendo las necesidades de oferta, matrícula, servicio al usuario, y cualquier otra actividad que sea de interés para la institución.

TÍTULO IV

De los derechos y deberes de los servidores

o funcionarios capítulo XIV de los derechos

de los servidores o funcionarios del CUNLIMÓN

Artículo 87.—El CUNLIMÓN reconocerá a los servidores la antigüedad, experiencia y conocimientos suficientes para el desempeño de las funciones en el CUNLIMÓN, bajo el plus salarial de anualidad conforme lo establece la Ley de Salarios de la Administración Pública, atendiendo las siguientes condiciones:

a.  Quienes hayan servido a la Administración Pública y reingresen a la función pública.

b.  A aquellos servidores que ingresen al CUNLIMÓN, con ocasión de traslados horizontales y permutas provenientes de instituciones del sector público.

c.  Al servidor que acumule un año de labor continua al servicio del CUNLIMÓN y que a su vez haya obtenido una evaluación en el desempeño, igual o superior a “muy bueno o excelente”.

El incentivo será un monto nominal fijo para cada escala salarial, que permanecerá invariable. Para el reconocimiento de la antigüedad del servidor en otras instituciones públicas el CUNLIMÓN, no reconocerá fracciones menores de un año.

El CUNLIMÓN, en el caso de los servidores docentes sólo reconocerá las anualidades acumuladas según las disposiciones del inciso c.- de este artículo, en ningún caso y de conformidad con los reconocimientos indicados en este Reglamento, la Unidad de Recursos Humanos los aplicará de oficio.

Artículo 88.—Se reconocerán los beneficios de Carrera Profesional de acuerdo con el Reglamento de Normas para la Aplicación de Carrera Profesional para las Instituciones Descentralizadas y Empresas Públicas, cubiertas por el ámbito de la Autoridad Presupuestaria y por lo estipulado en el Capítulo X, (diez) de este reglamento.

El CUNLIMÓN podrá suscribir contratos de dedicación exclusiva y reconocer su estipendio, con aquellos servidores, que, por la experiencia, área o especialidad del profesional y cuando las circunstancias de necesidad y oportunidad lo ameriten, siendo de interés institucional conceder el beneficio.

El reconocimiento del plus salarial de dedicación exclusiva se hará con observancia de los respectivos reglamentos, y por las disposiciones enunciadas en la Ley numero 9635 Ley para el Fortalecimiento de las Finanzas Públicas.

La Unidad de Recursos Humanos, al amparo de las normas, reglamentos, procedimientos y consideraciones que regulan el estipendio por dedicación exclusiva, verificara, avalara y rechazara cualquier solicitud de suscripción de contrato de dedicación exclusiva, cuando no se vean cumplidos los requerimientos, justificaciones, así como la necesidad e interés institucional.

Los funcionarios que gocen del beneficio de Dedicación Exclusiva, cuando el puesto lo faculte y las circunstancias lo ameriten, y deseen acogerse a la excepción de laborar en docencia en otra Institución pública de educación superior, previamente a la aceptación del nombramiento deberán comunicar a la Unidad de Recursos Humanos: la Institución, el periodo y la jornada, con el fin de mantener actualizada la información del tiempo servido en la Administración Pública.

El incumplimiento a la disposición anterior, como cualquier otra disposición en torno a la obligatoriedad de no ejercer de manera particular (remunerada o ad honoren), la profesión que sirve como requisito para desempeñar el puesto que ostenten, así como las actividades relacionadas con ésta, hará perder el beneficio de Dedicación Exclusiva, sin perjuicio de otras sanciones según la valoración y el grado de la falta.

Artículo 94.—El período comprendido entre el tercer sábado de diciembre y el primer lunes de enero del año siguiente y la Semana Santa, el CUNLIMÓN permanecerá cerrado por receso. Durante estos períodos sus servidores disfrutarán de vacaciones.

Los días de goce del receso, serán rebajadas del saldo de días de vacaciones disponible de los servidores.

Artículo 98.—Para obtener derecho a la vacación anual, es necesario que el funcionario (a) haya prestado sus servicios durante cincuenta semanas continuas. Sin embargo, si por cualquier causa no completara ese plazo por terminación de su relación de servicio, tendrán derecho al reconocimiento de vacaciones conforme a las siguientes disposiciones:

a)  Un día por cada mes de trabajo, en los casos que se haya cumplido las cincuenta semanas de servicio.

b)  Uno punto veinticinco (1.25) días por cada mes trabajado, en los casos que correspondiera disfrutar de quince días hábiles de vacaciones.

c)  Uno punto sesenta y seis (1.66) por cada mes trabajado, en los casos en que correspondiera disfrutar de veinte días hábiles de vacaciones.

d)  Dos puntos dieciséis (2.16) días por cada mes trabajado, en los casos en que corresponda disfrutar de veintiséis días hábiles de vacaciones.

Para la determinación de los días hábiles, se excluirán los días de descanso semanal, y los feriados establecidos por el artículo 147 del Código de Trabajo y los días de asueto que conceda el Poder Ejecutivo, siempre que el asueto comprenda a la dependencia y el funcionario (a) de que se trate.

Por lo aquí regulado, el CUNLIMÓN no permitirá el goce de vacaciones a los servidores, que no posean saldos a favor, o el disfrute de vacaciones por adelantado, no habiendo cumplido con las disposiciones del artículo 153 del Código de Trabajo y el párrafo primero de este artículo.

CAPÍTULO XVI

De los permisos y licencias

Artículo 101.—Los servidores del CUNLIMÓN podrán disfrutar de licencias en las circunstancias que se enumeran a continuación:

a)  La Dirección respectiva concederá licencia de acuerdo con lo que estime conveniente sobre el particular:

-    De cinco (5) días naturales con goce de sueldo, en casos de: matrimonio del servidor, nacimiento de hijos o adopción, fallecimiento de padres, hijos, hermanos o cónyuge, en todos los casos, el servidor deberá de presentar documento idóneo, para la concesión del permiso.

-    Por enfermedad grave debidamente comprobada por dictamen médico, de alguno de los padres, un hijo o cónyuge hasta por cinco (5) días naturales, con goce de sueldo.

El Director de área comunicará a la Unidad de Recursos Humanos lo resuelto. La necesidad de comprobar las causales que se indican en este artículo queda a juicio de la Jefatura de la Unidad de Recursos Humanos. En caso de simulación o engaño de parte del servidor, éste no tendrá derecho a salario durante el periodo de ausencia, sin perjuicio de las sanciones administrativas o penales que pudiere corresponder.

b)  Todos los demás permisos con goce de salario se concederán según las siguientes disposiciones:

-    Para asistir a lecciones en Centros Educativos del país o Cursos de Capacitación en el Exterior, afines con el cargo, mediante contrato con la institución autorizado por el Consejo Directivo.

-    Para asistir a cursos de capacitación, talleres, seminarios, charlas, simposios, etc., afines con el cargo del servidor.

-    Para asistir a Cursos de Capacitación afines con el cargo, recomendados por la Unidad de Recursos Humanos, aprobado por la Dirección respectiva y por el Consejo Directivo, hasta por un máximo de tres meses.

-    Para asistir a Centros Educativos del país, para realizar estudios afines con el puesto, por fracciones de jornada inferiores a tres horas diarias y por períodos máximos de 6 meses renovables, autorizados por la Decanatura y aprobados por el Consejo Directivo, según lo que establezca en cada caso la Unidad de Recursos Humanos.

-    Para asistir a seminarios y cursos auspiciados por Colegios Profesionales, Contraloría General de la República y centros de educación del país por períodos máximos de un mes con fracción de jornada no superior a cuatro horas diarias autorizadas por la Decanatura.

Artículo 103.—Las licencias por razón de maternidad y lactancia se regularán por las disposiciones del artículo 95 y siguientes del Código de Trabajo, así como por las políticas internas para la disposición de las licencias de lactancia y maternidad. En caso de embarazo se concederá a la funcionaria cuatro meses de incapacidad, la distribución de ésta, referente al pre y post parto, se realizará de acuerdo a la recomendación que emita el médico que la atiende durante el período de embarazo. En estos casos la institución pagará a la servidora el 50% de su salario como subsidio mientras dure la incapacidad y el otro 50% será el subsidio de la CCSS.

Durante la lactancia del niño la madre podrá acogerse a lo que al respecto establece el artículo 97 del Código de Trabajo; previa presentación de la recomendación del médico especialista o pediatra.

En caso de adopción la madre tendrá derecho a disfrutar de las licencias establecidas en los párrafos anteriores.

CAPÍTULO XVIII

De las incapacidades

para trabajar y subsidios

Artículo 122.—Los servidores administrativos y los servidores docentes, incapacitados tendrá un plazo improrrogable de dos días hábiles para presentar el documento correspondiente a su jefe inmediato, en el caso de los docentes a los coordinadores de carrera, o los coordinadores de programa y Sedes; y a la Unidad de Recursos Humanos.

Quedan a salvo aquellos casos de fuerza mayor, debidamente comprobados, en los que se deberá cumplir con lo expuesto el mismo día en que el servidor se reintegre a la institución. En estos supuestos el servidor directamente o alguna persona de su confianza deberá dar cuenta de la situación por cualquier medio idóneo a su jefe inmediato y en su defecto a la unidad de Recursos Humanos.

El incumplimiento de lo expuesto en los artículos anteriores dará lugar a responsabilidad disciplinaria.

Artículo 123.—En lo no regulado expresamente, respecto a incapacidades, licencias de maternidad y lactancia y los subsidios correspondientes, se aplicará supletoriamente el Reglamento del Seguro de Enfermedad y Maternidad, Reglamento para la extensión de incapacidades a los Trabajadores Beneficiarios del Régimen de Enfermedad y Maternidad, Reglamento General de Riesgos de Trabajo y las interpretaciones que de los mismos hagan la CCSS o INS, en su caso y por lo dispuesto en las políticas internas emitidas por la Unidad de Recursos Humanos del CUNLIMÓN.

CAPÍTULO XXI

Del lugar y la jornada de servicio

Artículo 130.—La jornada de servicio para el personal administrativo, coordinadores de carrera, programas y Sedes se desarrollará en las instalaciones de CUNLIMÓN, ubicadas en la ciudad de Limón, distrito primero, cantón central y en las sedes regionales establecidas en los cantones de la provincia.

El CUNLIMÓN, permitirá el desarrollo de la jornada de servicio en lugar diferente a las instalaciones de éste, mediante la modalidad de teletrabajo, para lo cual se estará bajo las regulaciones del Reglamento de Teletrabajo del CUNLIMÓN, aprobado bajo el acuerdo número 09-2021, en sesión número 003-2021 del Consejo Directivo y publicado en La Gaceta número 54 en el Alcance 58 del 18 de marzo del 2021.

Los docentes contratados los cuales deban de impartir cursos en modalidad virtual, estarán bajo las regulaciones que al efecto haga la Dirección Académica, con respecto de las jornadas, horarios, modalidad pedagógica, asistencia, utilización de plataforma, o cualquier otra disposición que se estime conveniente.

Artículo 132.—La jornada ordinaria de los servidores administrativos, coordinadores de carrera, programas y Sedes del CUNLIMÓN, de concordancia con el Título III del Código de Trabajo será de hasta:

Cuarenta y ocho (48) horas semanales, en horario diurno.

De cuarenta y dos (42) horas semanales, en horario mixto

Y de treinta y seis horas (36) horas semanales, en horario nocturno.

La asignación de la jornada laboral máxima, atenderá criterios de oportunidad, necesidad, emergencia, actividades académicas, de proyección social y cualquier otra que sea de interés institucional.

El CUNLIMÓN podrá establecer jornadas inferiores, que tendrán el carácter de temporales, independientemente del tiempo que dure tal situación, pudiendo volver a establecer las jornadas ordinarias, en cualquier momento, sin que los funcionarios afectados puedan alegar derechos adquiridos o situaciones jurídicas consolidadas.

Asimismo, el CUNLIMÓN podrá utilizar el sistema de jornada acumulativa, de manera que semanalmente se cumpla con el número de horas correspondiente a cada horario, independientemente del número de horas diarias que se establezcan.

Únicamente procederá el pago de jornada extraordinaria en aquellos casos previamente autorizados por la Decanatura, en donde por la complejidad de las labores o urgencia de las mismas se deba exceder el número de horas correspondiente a cada horario en la semana.

La jornada y horario de servicio de los chóferes y de otros funcionarios que realicen labores discontinuas, será regulada y verificada por la Unidad de Recursos Humanos, en conjunto con La Dirección respectiva y lo dispuesto en este artículo.

Artículo 133.—El horario ordinario de servicio y atención al público es el siguiente: De lunes a viernes de las 8:00 horas a las 17:00 horas.

Sin embargo, cuando existan circunstancias especiales debidamente determinadas por la Decanatura, dicho horario podrá ser variado, adecuándose a la necesidad institucional. El personal docente, los coordinadores de carrera y programas, estarán sujetos a los horarios académicos que sean determinados por la Dirección Académica y la Dirección de Educación Comunitaria y Asistencia Técnica.

Artículo 136.—Para la procedencia del pago del tiempo extraordinario, se deberá atender necesariamente los siguientes aspectos:

1.  Que sea ocasional y nunca permanente.

2.  Que, en cualquier situación de trabajo extraordinario, dichas labores se encuentren previamente autorizadas por la Decanatura, siguiendo el procedimiento establecido al efecto.

3.  Que el tiempo extraordinario no sea utilizado para subsanar errores laborales del servidor.

4.  Que sea superior a treinta minutos por día.

5.  Que no sobrepase el salario ordinario del servidor.

6.  Que exista contenido presupuestario para la erogación.

Derogatorios

Deróguese el transitorio I.

Aprobado por el Consejo Directivo del Colegio Universitario de Limón, en la sesión Ordinaria Nº 16-2021 del 12 agosto 2021, publíquese.

Karleny Clark Nelson, Decana a.í.—1 vez.—( IN2021581266 ).

CAJA COSTARRICENSE DE SEGURO SOCIAL

GERENCIA DE PENSIONES

La Dirección de Inversiones de la Gerencia de Pensiones de la Caja Costarricense de Seguro Social, comunica que elReglamento de Inversiones del Régimen de Invalidez, Vejez y Muerteya se encuentra disponible en la página Web de la Institución en la siguiente ruta: Normativa, Reglamento, Reglamento de Inversiones del Régimen de Invalidez, Vejez y Muerte o bien en el siguiente enlace https://www.ccss.sa.cr/descargas?normativa=984

Dirección de Inversiones.—Álvaro Rojas Loría, Director.—1 vez.— O. C. N° 6512.—Solicitud N° 291966.—( IN2021580959 ).

AVISOS

EMPRESA DE SERVICIOS PÚBLICOS DE HEREDIA S.A.

La Junta Directiva de la Empresa de Servicios Públicos de Heredia S.A., en la sesión número cuatro mil ciento nueve-C de fecha nueve de agosto del año dos mil veintiuno, en su artículo cuarto, inciso 10 mediante Acuerdos JD ciento sesenta y cuatro guión dos mil veintiuno modifica artículo 15 inciso b), artículo 24, artículo 26 inciso b) y artículo 40 incisos d) y e) del Reglamento de Prestación de Servicios de Agua Potable, Alcantarillado Sanitario e Hidrantes, de la Empresa de Servicios Públicos de Heredia Sociedad Anónima de la siguiente manera:

Acuerdo JD 164-2021

1.  Aprobar la reforma a los artículos 15 inciso b), artículo 24, artículo 26 inciso b) y artículo 40 incisos d) y e) del Reglamento de Prestación de Servicios de Agua Potable, Alcantarillado Sanitario e Hidrantes, de la Empresa de Servicios Públicos de Heredia Sociedad Anónima aprobado por la Junta Directiva de esta empresa el 19 de noviembre del año 2019 mediante acuerdo JD 250-2019 y publicado el 04 de diciembre del 2019 en el Alcance N° 270, La Gaceta N° 231; y reforma según acuerdo JD 127-2021 y publicado el 09 de julio de 2021 en La Gaceta N° 132 - Reglamentos; se reforma para que se apliquen de la siguiente manera:

Artículo 15.—De los requisitos para la solicitud de disponibilidad de servicios

Dicha solicitud debe realizarse en la Plataforma de Servicios de la Empresa de Servicios Públicos de Heredia o en la oficina regional; para el otorgamiento de la disponibilidad de agua potable, el propietario del inmueble deberá cumplir con la presentación de los siguientes requisitos

a)  Solicitud firmada por el dueño de la propiedad indicando claramente el número de finca y número de plano catastrado, la naturaleza del proyecto que pretende desarrollar, el propósito de la certificación de disponibilidad y señalar medio y/o lugar para recibir notificaciones.

b)  En caso de persona física, deberá presentar la cédula de identidad o documento de residencia o pasaporte vigente en caso de ser extranjero, para su verificación.

c)  En caso de personas jurídicas, certificación de personería jurídica vigente, con un máximo de 30 días de emitida. Tratándose de certificaciones digitales, conforme a la vigencia legal respectiva.

d)  Una copia del plano catastrado.

e)  Certificación literal de la propiedad (original).

En caso, que se soliciten más de tres servicios de disponibilidad simultáneos en una misma finca, se deberán acoger a los requisitos que se encuentran regulados en el Reglamento de Dotación de Servicios a Urbanizaciones, Fraccionamientos y Condominios, extensiones de Redes y su Financiamiento, de la Empresa de Servicios Públicos de Heredia, Sociedad Anónima.

Dicha solicitud debe realizarse en la Plataforma de Servicios de la Empresa de Servicios Públicos de Heredia o en la oficina regional.

Artículo 24.—De los requisitos para la solicitud de un servicio nuevo de agua potable por parte del titular del inmueble.

Dicha solicitud debe realizarse en la Plataforma de Servicios de la Empresa de Servicios Públicos de Heredia o en la oficina regional; para el otorgamiento de un nuevo servicio, el propietario del inmueble deberá cumplir con la presentación de los siguientes requisitos:

a)  Documento Solicitud de Trámites, disponible en la Plataforma de servicios de la ESPH S.A., debidamente completado y firmado por el propietario registral apoderado, o el albacea, según corresponda, así como llenar el documento: Contrato para la Prestación del Servicio de Acueducto y/o Alcantarillado Sanitario entre la Empresa de Servicios Públicos de Heredia S.A. y sus abonados (Debe indicar en la Plataforma de Servicios de la ESPH S.A., si también incluye el servicio de aguas residuales).

b)  En caso de persona física, deberá presentar la cédula de identidad o documento de residencia vigente.

c)  En caso de personas jurídicas, certificación de personería vigente con un máximo de 30 días de emitida. Tratándose de certificaciones digitales, conforme a la vigencia legal respectiva, identificación vigente.

d)  Que el solicitante no tenga deudas con la ESPH S.A. (Esta condición se verifica a lo interno de la institución).

e)  Copia del plano de catastro.

f)  Certificación literal de la propiedad (original).

g)  Documento Consentimiento informado debidamente firmado, disponible en la Plataforma de Servicios.

h)  Cancelación en Plataforma de Servicios de la ESPH S.A., del costo de la instalación del servicio. La ESPH S.A. dispone de cinco (5) días hábiles para la conexión del servicio nuevo de agua potable y diez (10) días hábiles para el servicio nuevo de agua residual siempre y cuando el solicitante cumpla con las condiciones técnicas requeridas.

Artículo 26.—De los requisitos para la solicitud de un nuevo servicio por parte del poseedor del inmueble sin inscribir.

Para brindar el servicio de acueducto y aguas residuales en el caso de poseedores en terrenos sin inscribir, y cuando técnicamente sea factible, el solicitante deberá presentarse en la Plataforma de Servicios de la Empresa de Servicios Públicos de Heredia o en la oficina regional y cumplir con los siguientes requisitos:

a)  Documento Solicitud de Trámites, disponible en la Plataforma de servicios de la ESPH S.A., debidamente completado y firmado por el propietario registral apoderado, o el albacea, según corresponda, así como el documento Contrato para la Prestación del Servicio de Acueducto y/o Alcantarillado Sanitario entre la Empresa de Servicios Públicos de Heredia S.A. y sus abonados. (Indicar en la plataforma de servicios de la ESPH S.A., si también incluye el servicio de aguas residuales).

b)  En caso de persona física, presentar cédula de identidad, documento de residencia vigente o pasaporte vigente para su verificación.

c)  En caso de personas jurídicas, certificación de personería vigente con un máximo de 30 días de emitida. Tratándose de certificaciones digitales, conforme a la vigencia legal respectiva.

d)  Presentar por parte del interesado: declaración jurada, firmada y debidamente autenticada por Notario Público, con una descripción del lote o propiedad, señalando en qué consisten sus actos posesorios, la existencia de edificación, las mejoras realizadas y que la propiedad no se encuentra inscrita.

e)  Un documento idóneo que permita ubicar el terreno sobre el cual se ejerce el derecho posesorio, preferiblemente copia de plano debidamente catastrado.

f)  Cancelar la tarifa de conexión correspondiente.

g)  Que el solicitante no tenga deudas con ESPH S.A. (Esta condición se verifica a lo interno de la institución).

h)  Documento Consentimiento Informado debidamente firmado.

La ESPH S.A. dispone de 5 días hábiles para la conexión del servicio nuevo de agua potable y 10 días hábiles, contados a partir del día siguiente de reciba a satisfacción la solicitud correspondiente, para el servicio nuevo de agua residual, siempre y cuando el solicitante cumpla con las condiciones técnicas requeridas.

Artículo 40.—Cambio de nombre de su cuenta.

Para realizar dicha solicitud el interesado debe presentarse en la Plataforma de Servicios de la Empresa de Servicios Públicos de Heredia o en la oficina regional, el usuario deberá cumplir con los siguientes requisitos:

a)  Llenar formulario solitud de trámites.

b)  Indicar número o números de contrato al cual hay que realizarle el trámite de cambio de nombre.

c)  Documento consentimiento informado debidamente firmado.

d)  Cédula de identidad del propietario actual del inmueble, documento de residencia vigente o pasaporte vigente en caso de ser extranjero, para su verificación.

Si es persona jurídica debe presentarse además la personería jurídica y la cédula del representante legal.

e)  Certificación literal de la propiedad (original).

f)  La facturación no podrá tener recibos pendientes. (Esta condición se verifica a lo interno de la institución).

g)  En caso, que no pueda presentarse el titular, las firmas del formulario y del consentimiento informado deben venir autenticadas por abogado o presentar un poder protocolizado.

Si existiere un monto pendiente en el rubro de cuentas por cobrar, el propietario del inmueble deberá cancelarlo antes que la ESPH S.A. proceda a ejecutar la solicitud.

La respuesta a esta solicitud se realiza en forma inmediata en la plataforma con un plazo máximo de un día de resolución.

2.  Publíquese en el Diario Oficial La Gaceta.

3.  Acuerdo firme.

Rosibelle Montero Herrera, Secretaria Junta Directiva.— 1 vez.—( IN2021581005 ).

MUNICIPALIDADES

MUNICIPALIDAD DE DESAMPARADOS

La Municipalidad de Desamparados comunica que mediante acuerdo N° 8 de la sesión N° 47-2021, celebrada el 10 de agosto de 2021, se aprobó, para fines de consulta pública en los términos del artículo 43 del Código Municipal, el siguiente proyecto de reglamento:

REGLAMENTO DE LA POLICÍA MUNICIPAL

DEL CANTÓN DE DESAMPARADOS,

SAN JOSÉ, COSTA RICA

CAPÍTULO I

Disposiciones generales

Definición

Artículo 1ºLa Policía Municipal es aquel cuerpo que desarrolla plenamente las funciones públicas de vigilancia y seguridad preventiva en el municipio, con autonomía funcional en el ámbito de su jurisdicción, y que prestará cooperación en otras jurisdicciones conforme los convenios que la Municipalidad de Desamparados suscriba con otros municipios, además de colaborador con otras autoridades administrativas y judiciales, concebido bajo los principios de una organización jerárquica, disciplinada y funcional. Es una Policía preventiva, de presencia, auxilio y cercanía al ciudadano.

CAPÍTULO II

De las atribuciones

Artículo 2º—La Policía Municipal, tendrá las siguientes atribuciones:

a)  Velar por el cumplimiento de la Constitución Política, leyes y reglamentos respectivos, así como los acuerdos municipales, actos administrativos y demás acciones vinculantes de la gestión municipal relacionados con el tema de seguridad.

b)  Velar por la no operación de ventas estacionarias y ambulantes que contravengan la normativa vigente.

c)  Fiscalizar las actividades lucrativas desarrolladas en el cantón.

d)  Realizar la fiscalización, control y cumplimiento de la normativa de todas las actividades que se desarrollen dentro de la jurisdicción del cantón.

e)  Atender y cumplir los fines de vigilancia y control de los servicios y bienes comunales.

f)  Velar por el cumplimiento de las responsabilidades y obligaciones de quienes ejercen el comercio en diversas formas.

g)  Coadyuvar en el cumplimento de la legislación y disposiciones municipales, ejecutando las resoluciones y acuerdos que correspondan.

h)  Realizar acciones de vigilancia y de seguridad ciudadana preventiva en el cantón, las cuales pueden ser en coordinación estratégica con otras autoridades de policía.

i)   Coadyuvar bajo el principio de coordinación o a solicitud de estos, con las demás autoridades públicas del país.

j)   Auxiliar, a otras autoridades de policía y judiciales cuando medie el requerimiento expreso de la autoridad competente. Este auxilio no deberá supeditarse al citado requerimiento cuando, por la naturaleza de la situación, se esté ante una emergencia o estado de necesidad.

k)  Apoyar a los funcionarios municipales en el ejercicio de sus potestades.

l)   Velará en la medida de sus posibilidades y según las herramientas de las cuales disponga para su servicio, por la protección y conservación de los parques, edificios, instalaciones y demás bienes que constituyen el patrimonio municipal

m) Desarrollar programas de seguridad ciudadana, integración y convivencia comunitaria, incentivando la participación comunal, por medio de las fuerzas vivas del cantón, conforme a los recursos que para estos efectos sean dispuestos en el presupuesto municipal.

n)  Colaborar con las instituciones y organizaciones sociales en la realización de sus actividades, de acuerdo con las posibilidades de los recursos municipales.

o)  Colaborar con la Comisión Local de Emergencias y con los comités distritales en caso de ser requerido.

p)  Colaborar en el mantenimiento de la seguridad y el orden en las actividades que realice la Municipalidad de Desamparados.

q)  Desarrollar y operar los sistemas de Vídeo Vigilancia electrónica que tenga a su disposición conforme a la asignación de recursos.

r)   Incentivar el desarrollo de unidades especiales tales como unidad canina, entre otras a consideración y necesidades imperantes del cantón y el municipio.

s)  Fiscalizar y controlar el uso correcto de los espacios de estacionamiento autorizado, así como realizar infracciones al incumplimiento al reglamento de Estacionamiento autorizado o Parquímetros que tenga vigente la Municipalidad de Desamparados. Esta es una atribución compartida con los parquimetristas de la Gestión de Seguridad Ciudadana.

t)   Desarrollar las competencias y funciones en materia de tránsito que la Ley específica le asigne.

u)  Las demás funciones que le asigne la ley.

El presente artículo, así como cada uno de sus respectivos incisos, supedita sus alcances a la disponibilidad de recursos presupuestarios.

Artículo 3º—La estructura jerárquica será la siguiente:

Alcaldía Municipal

Director de la Gestión de Seguridad Ciudadana

Jefe de Planes y Operaciones de la Policía Municipal

Supervisores de Escuadras de la Policía Municipal.

Oficiales de la Policía Municipal.

Artículo 4ºEl Director de la Gestión de Seguridad Ciudadana o Director de Seguridad Ciudadana, tendrá entre otras según el Manual Descriptivo de Puestos las siguientes obligaciones:

a)  Formular el plan anual operativo de Gestión de Seguridad Ciudadana, P.A.O, así como el plan anual de trabajo de esa gestión y su respectivo presupuesto conforme a las políticas y prioridades de desarrollo del Plan de Desarrollo Cantonal Humano, Plan Estratégico y Plan de Gobierno, por medio de la Alcaldía, remitirlo al Concejo Municipal.

b)  Planear, dirigir y controlar la actividad operativa cotidiana de la Policía Municipal, en coordinación con su jefatura de Planes y Operaciones de la Policía Municipal.

c)  Elaborar y remitir los respectivos informes a la Alcaldía Municipal, cuando sean Informes Generales de Resultados solicitar a la Alcaldía, remitir al Concejo Municipal.

d)  Establecer y mantener actualizados los procedimientos, sistemas y métodos del plan de trabajo.

e)  Adoptar y apoyar las medidas necesarias en caso de emergencias e informar inmediatamente a sus superiores y a otros cuerpos de la Policía Nacional.

f)  Promover el mayor nivel de conocimiento y preparación de los (a) policías, y de todo el personal de la Gestión.

g)  Integrar las comisiones en que se requiera su participación.

h)  Participar y fiscalizar las operaciones especiales y normales de la Policía Municipal.

i)   El Director de la Gestión de Seguridad Ciudadana por la naturaleza propia de su cargo, tendrá disponibilidad de horario y de atención inmediata de los asuntos de seguridad ciudadana del cantón, y de la Policía Municipal.

j)   Las demás funciones que señala la ley, el Manual Descriptivo de Puestos Vigente, y sus superiores.

Artículo 5º—El Jefe(a) Operativo de la Policía Municipal tendrá las siguientes obligaciones:

a)  Formular el Plan Anual Operativo de la Policía Municipal (PAO), así como el Plan Anual de Trabajo de la Policía Municipal (PAT) y su respectivo presupuesto conforme a las políticas y prioridades de desarrollo del Plan de Desarrollo Cantonal Humano, Plan Estratégico y Plan de Gobierno.

b)  Planear, dirigir y controlar la actividad operativa cotidiana de la Policía Municipal.

c)  Elaborar y remitir un informe trimestral de labores al Director o Gestor de la Gestión de Seguridad

Ciudadana, mismo que rendirá los respectivos informes a la Alcaldía Municipal

d)  Establecer y mantener actualizados los procedimientos, sistemas y métodos del plan de trabajo.

e)  Adoptar y apoyar las medidas necesarias en caso de emergencias e informar inmediatamente a sus superiores y a otros cuerpos de la Policía Nacional.

f)  Promover el mayor nivel de conocimiento y preparación de los (a) policías.

g)  Actualizar el registro y mantenimiento de los activos destinados a la Policía Municipal y velar por su correcto uso.

h)  Integrar las comisiones en que se requiera la participación de la Policía Municipal.

i)   Mantener actualizado el expediente de cada policía, con el registro de las huellas dactilares de todos los dedos de las manos, así como copia de la fórmula de ingreso con fotografía, datos personales, información atinente a su desempeño. Fortalecer los expedientes, con la información referente a escala salarial y el manual de puestos bajo el que fueron contratados (Transitorio Manual de puestos)

j)   Monitorear y custodiar la información recopilada por los sistemas de video vigilancia y las demás que señalen la ley y sus superiores.

k)  Participar y fiscalizar las operaciones especiales y normales de la Policía Municipal.

l)  Por la naturaleza propia de su cargo, tendrá disponibilidad de horario y de atención inmediata de los asuntos de seguridad ciudadana del cantón, y de la Policía Municipal.

m) Las demás funciones que señala la ley, el Manual Descriptivo de Puestos Vigente, y sus superiores.

CAPÍTULO III

Identificación

Artículo 6º—Todos los miembros de la Policía Municipal deberán portar en un lugar visible su respectiva insignia e identificación policial. Además, tendrán carné de identificación, con las siguientes características:

a)  Fotografía en color

b)  Nombre y apellidos

c)  Número de cédula de identidad

d)  Número de código

e)  Cargo en la Policía Municipal

f)  Grupo sanguíneo

g)  Huella dactilar

h)  Firma del funcionario(a), igual a la estampada en la cédula de identidad

i)   Firma de Alcalde (sa) y sello de la Alcaldía Municipal.

Artículo 7º—Es obligatorio el uso completo y correcto del uniforme durante el período de servicio de todos los miembros que integran el cuerpo de la Policía Municipal, sin excepción alguna.

Artículo 8º—Sobre el uniforme solo podrán portar el carné de identificación, la placa policial, la insignia de la Policía Municipal y los distintivos específicos de la Policía Municipal, condecoraciones, armamento y demás equipo reglamentario autorizado por las autoridades superiores. Dicho uniforme será suministrado por la Administración, atendiendo las necesidades de cada policía.

Artículo 9º—En caso de renuncia, despido, permiso sin goce de salario, vacaciones e incapacidades mayores a 30 días, el titular deberá devolver al superior jerárquico, el carné y la placa con su respectivo uniforme y los demás implementos y equipo policial que se le hayan entregado en razón de su puesto.

Artículo 10.—El cabello del personal masculino no podrá exceder la longitud de la parte superior del cuello de la camisa y no deberá cubrir las orejas. A los oficiales de este sexo les queda autorizado, previa solicitud a su superior, el uso del bigote, no pudiendo exceder la longitud de su bigote con un máximo de ancho de 7cm por dos centímetros de largo hacia abajo sin que esta cubra los labios, el uso de barba queda prohibido. En el caso de oficiales de sexo femenino, si el cabello es largo, el mismo deberá mantenerse recogido en moño o trenza francesa, o peinado de una forma tal que no permita ser usado en contra de su persona, el uso de aretes deberá estar condicionado a que los pendientes no sean de tipo argolla, ni de una longitud mayor a medio centímetro, que ponga en peligro la integridad física de las efectivas de la Policía Municipal. Para ambos sexos es prohibido el uso de cadenas, collares, gargantillas, pulseras y esclavas.

CAPÍTULO IV

Selección del personal

Artículo 11.—La normativa para la selección del personal de la Policía Municipal, será la establecida en el Código Municipal, en el Reglamento Autónomo de Organización y Servicios de la Municipalidad de Desamparados y el Manual de Clasificación de puestos vigente.

Artículo 12.—Los (as) Policías Municipales deberán cumplir además de los requisitos establecidos en el artículo anterior los siguientes:

a)  Aprobar las pruebas físicas que se definan, y aportar un dictamen médico una vez al año, que demuestre que se encuentra en condiciones físicas para desempeñarse en el puesto.

b)  Aceptar realizarse una prueba doping, la cual realizará la administración, en forma fija no aleatoria, anual y a solicitud del jefe de la Policía Municipal, el costo de la misma será responsabilidad de la administración, para aspirantes al puesto de Oficial de policía Municipal, si es excluyente ya que, si hay indicios de consumo en la prueba, no podrá seguir dentro del proceso de reclutamiento”.

c)  Carecer de antecedentes penales (hoja de delincuencia limpia).

d) Poseer licencia de conducir B1 y A3 (para motocicleta).

e)  Aprobar el programa de capacitación que impartirá la Municipalidad para este puesto, conforme a la legislación vigente.

f)  Poseer permiso vigente de portación de armas durante todo el tiempo que se encuentre nombrado en la respectiva plaza de Policía Municipal.

g)  Como mínimo, debe poseer aprobado el noveno año de la Educación General Básica.

h)  Tener mínimo 2 (dos) años de experiencia en cargos o puestos de seguridad pública o privada.

i)  Preferiblemente de nacionalidad costarricense, de acuerdo a lo que establece la ley.

Artículo 13.—El Jefe(a) de la Policía Municipal deberá cumplir además de los requisitos establecidos en el artículo 11 del presente reglamento, con los siguientes.

a)  Para el puesto de Jefe de Policía deberá de poseer bachillerato universitario en carrera afín al puesto.

b)  Deberá contar con un año de experiencia en labores similares y un año de experiencia de manejo de personal.

c)  La administración está facultada para realizar pruebas de dopaje a quien ocupe este puesto.

CAPÍTULO V

Capacitación

Artículo 14.—La Policía Municipal se capacitará conforme lo disponga la Dirección de la Gestión de Seguridad Ciudadana y la jefatura de la Policía Municipal, y conforme a la legislación vigente.

CAPÍTULO VI

De los deberes

Artículo 15.—En los casos de emergencia y desastres, los miembros de la Policía Municipal deberán comunicarse, en el menor tiempo posible, con su respectiva base, a fin de recibir o girar directrices según el cargo que desempeñen. Estarán obligados a intervenir en todos aquellos sucesos que reclamen su presencia, cumpliendo con los deberes que les impone el presente reglamento, con el reconocimiento del pago de horas extras a que tuvieren derecho conforme lo establece la ley.

Artículo 16.—Los funcionarios (as) de la Policía Municipal que vistan su uniforme en lugares públicos dentro de la jurisdicción del cantón, fuera de su horario, se considerarán que se encuentran en servicio y por lo tanto estarán obligados a intervenir en aquellos sucesos que reclamen su presencia, cumpliendo con los deberes que le impone el presente reglamento.

Artículo 17.—Procurarán evitar la comisión de delitos, faltas e infracciones a la normativa municipal y nacional y estarán obligados a denunciar los mismos cuando tengan noticia de su existencia.

Artículo 18.—Los miembros de la Policía Municipal estarán obligados (as) a prestarse mutuo apoyo, así como a los miembros (as) de otros cuerpos policiales, en toda ocasión que sean requeridos.

Artículo 19.—Los (as) Policías Municipales deberán guardar discreción o reserva de los asuntos que conozcan por razón del ejercicio de su competencia.

Artículo 20.—Los (as) Policías Municipales estarán obligados a cumplir estrictamente su jornada de trabajo y respetar el horario asignado por sus superiores, y no podrán abandonar el servicio hasta que se presente el oficial que le sustituye, en condiciones idóneas para asumir el turno, sin perjuicio del derecho al pago de horas extras, a que tuvieren derecho conforme lo establece la ley.

Artículo 21.—En virtud de la naturaleza del servicio que brindan los (as) Policías Municipales, estarán obligados a prestar servicios todos los días del año, incluidos los inhábiles y feriados, previa programación de las autoridades superiores, acorde con los horarios establecidos según el Plan Operativo, sin perjuicio del derecho al descanso que la ley les concede.

Artículo 22.—Los (as) Policías Municipales deberán brindar auxilio y máximo respeto a todos los (as) miembros de la Corporación Municipal, así como a su investidura y a los símbolos patrios.

Artículo 23.—La disciplina es base fundamental en todo cuerpo policial por lo que los (as) Policías Municipales deberán obedecer y ejecutar las órdenes que reciban de sus superiores jerárquicos, siempre que no contradigan la legalidad vigente.

Artículo 24.—Los (as) Policías Municipales deberán ejercer sus funciones apegados a los principios éticos que regulan la función pública, como lealtad, eficiencia, probidad, responsabilidad y confidencialidad, y sus actuaciones deberán realizarse dentro del ordenamiento jurídico nacional que se les deba aplicar. Los (as) Policías Municipales no aceptarán dadivas monetarias ni en especie por los servicios que presten; de así hacerlo, se considera falta grave.

Artículo 25.—Los policías municipales, incluyendo el Jefe de Policía, que incurran en el extravío, pérdida o sustracción del uniforme, equipo policial y dotación reglamentaria por negligencia inexcusable, conforme a la legislación establecida, deberán reponerla al municipio.

Artículo 26.—En cualquiera de los casos señalados en el artículo anterior, la Policía Municipal está obligada a poner la respectiva denuncia ante la Policía Administrativa o Judicial, según como corresponda a la gravedad del hecho.

Artículo 27.—Observar una conducta pública adecuada al ejercicio de la función que debe cumplir, dentro de lo cual está el no frecuentar lugares o comercios del propio cantón, que puedan generarle un conflicto de interés en sus actuaciones.

CAPÍTULO VII

De los derechos

Artículo 28.—Los (as) Policías Municipales podrán tener derecho a defensa por parte de la Administración, en asuntos judiciales que provengan del cumplimiento de sus deberes, cuando medie obediencia debida, si la Administración así lo considera de acuerdo con el análisis técnico jurídico y de oportunidad que realice la Asesoría Legal. En caso de brindarse la defensa, podrá ser mediante profesionales internos o externos.

Artículo 29.—Los (as) funcionarios de la Policía Municipal y de la Gestión de Seguridad Ciudadana, podrán aspirar a los siguientes incentivos:

a)  Capacitación especializada policial; pasantías, trabajos de investigación técnico-policial y similares.

b)  Enseñanza formal impartida por instituciones autorizadas por el Ministerio de Educación Pública y entidades de Educación Superior Universitaria Pública o Privada, Embajadas o Cooperación Internacional, u otras autoridades policiales. Este derecho como el dispuesto en el inciso a), deberá sujetarse a lo establecido en el Reglamento sobre Capacitación y Formación que tiene la Municipalidad, y el Reglamento de Becas.

c)  Reconocimiento a un incentivo de carácter permanente denominado Riesgo Policial, conforme lo estipula la Convención Colectiva de Trabajadores de la Municipalidad de Desamparados y las leyes de La República.

Artículo 30.—El presente cuerpo normativo deja sin efecto y aplicación cualquiera otra normativa vigente en esta materia y toda aquella que se contraponga.

CAPÍTULO VIII

Régimen disciplinario

funcionarios (as) de la policía municipal

Artículo 31.—Se aplicará lo que establece el Código Municipal y, en ausencia de norma, lo establecido por la Ley General de la Administración Pública, leyes supletorias, y el Reglamento Autónomo de Servicio.

Artículo 32.—En todo aquello no previsto en este reglamento, se aplicará, supletoriamente, el La Ley de Fortalecimiento de las Policías Municipales, el Código Municipal, la Convención Colectiva de los Trabajadores de la Municipalidad de Desamparados, la Ley General de la Administración Pública, Reglamento Autónomo de Organización y Servicio de la Municipalidad de Desamparados, Código de Trabajo, Ley General de Policía, Manuel de Puestos y Procesos de la Municipalidad de Desamparados vigente, Ley contra la Corrupción y el Enriquecimiento Ilícito en la Función Pública, y demás normativa conexa.

Este reglamento rige a partir de la segunda publicación en el Diario Oficial La Gaceta; todos los reglamentos, documentos y acuerdos relacionados con estos temas, aprobados anteriormente, quedan sin efecto o validez al momento de la aprobación del presente reglamento.”

Mario Vindas Navarro, Secretario Municipal.—1 vez.—   ( IN2021580954 ).

AVISOS

COLEGIO DE TERAPÉUTAS DE COSTA RICA

REFORMA AL REGLAMENTO DEL PROCEDIMIENTO

DE INCORPORACIÓN Y OTROS PROCESOS AFINES

La Junta Directiva del Colegio de Terapeutas de Costa Rica, en sesión extraordinaria N° 2021-0024 celebrada el 11 de agosto de 2021, acordó reformar los siguientes artículos del Reglamento del procedimiento de Incorporación y otros procesos afines del Colegio de Terapeutas de Costa Rica, publicado en el Alcance N° 49 al Diario Oficial La Gaceta del martes 06 de marzo de 2018, para que en adelante se lean de la siguiente manera:

TÍTULO PRIMERO

DEL PROCEDIMIENTO DE INCORPORACIÓN

Y OTROS PROCESOS AFINES

CAPÍTULO ÚNICO

GENERALIDADES

(…)

Artículo 4ºLos documentos emitidos por autoridad o entidad extranjera deberán venir debidamente legalizados y apostillados. Asimismo, cuando se trate de documentos emitidos en idioma extranjero, deberá presentarse la respectiva traducción oficial.

En relación con documentos provenientes de países no adscritos al Convenio de la Apostilla, deberán acompañarse de una declaración jurada protocolizada ante notario público, en la que se señale dicha condición.

Cuando se trate de títulos y certificados de estudios realizados en el extranjero, además deberán contar con el debido reconocimiento y equiparación al grado requerido para la incorporación, dado por la autoridad competente en Costa Rica.

Artículo 5ºCuando se complete cada solicitud, se entregará al solicitante el comprobante de pago correspondiente al trámite realizado. Asimismo, cuando el solicitante lo requiera, se entregará una constancia de recibido, en el que se detalle la entrega efectiva de cada uno de los requisitos según el tipo de trámite.

(…)

TÍTULO SEGUNDO

DE LA INCORPORACIÓN AL COLEGIO DE TERAPÉUTAS

CAPÍTULO I

DEL CURSO DE ÉTICA PROFESIONAL

(…)

Artículo 11.—Profesionales exentos de realizar el curso de Ética. Están exentos de realizar el Curso de Ética aquellos profesionales terapeutas incorporados o autorizados debidamente dentro del capítulo de profesionales afines del Colegio de Médicos y Cirujanos de Costa Rica, de previo a la entrada en funcionamiento del Colegio de Terapeutas de Costa Rica.

Para convalidar el curso de Ética, estos profesionales deben demostrar con la documentación original respectiva, la realización del curso de ética para profesionales afines en el Colegio de Médicos y Cirujanos de Costa Rica, con fecha anterior al 31 de mayo de 2013.

Artículo 12.—Inscripción al curso de Ética Profesional. Las fechas para la realización de los cursos de Ética se programarán anualmente y se informarán en los medios oficiales de comunicación. Previo a cada fecha programada, se abrirá el período de inscripción al curso de Ética Profesional. No se inscribirán personas fuera de dicho plazo.

Los estudiantes de las carreras que alberga el Colegio de Terapeutas de Costa Rica, que se encuentren cursando el último semestre o cuatrimestre del plan de estudios para obtener el grado académico exigido por ley para el ejercicio profesional y que, además, comprueben dicha condición mediante carta emitida por la universidad, podrán efectuar la matricula en el curso de Ética. Sin embargo, la incorporación a este colegio profesional se efectuará cuando se cumpla con todos los requisitos establecidos en la normativa del CTCR y en este reglamento.

(…)

Artículo 14.—Asistencia y debida participación en el curso de Ética Profesional. Para aprobar el curso de Ética Profesional del Colegio de Terapeutas, los participantes deberán acatar las disposiciones del Tribunal de Ética y las disposiciones administrativas pertinentes en cuanto a asistencia y participación.

El curso de Ética Profesional es obligatorio, por lo que solo podrán incorporarse quienes hayan participado satisfactoriamente en todo el curso.

La no participación, solo podrá justificarse por razones de fuerza mayor o caso fortuito, las cuales deben demostrarse ante el Tribunal de Ética mediante nota escrita, con documentos o elementos probatorios apropiados para tales efectos y dentro del plazo de tres días posteriores a la fecha en que se produjo la circunstancia. El Tribunal de Ética es el órgano encargado de resolver acerca de los casos de no participación en el curso de Ética Profesional.

Una vez comprobadas las razones de fuerza mayor o caso fortuito para justificar la no participación en el curso de Ética, el interesado debe solicitar la suspensión de la inscripción al curso, dentro del plazo de tres meses a partir de la fecha de realización de este, dentro de los cuales debe efectuar nuevamente la inscripción al curso de Ética sin costo alguno. En caso de no hacerlo en ese plazo, deberá pagar nuevamente el monto establecido para dicho trámite.

(…)

CAPÍTULO II

PROCEDIMIENTO ORDINARIO DE INCORPORACIÓN

DE LOS PROFESIONALES

Artículo 16.—Requisitos generales para la solicitud de incorporación. Los profesionales en las áreas que alberga el Colegio, que deseen realizar el trámite de incorporación al Colegio de Terapeutas de Costa Rica, deberán presentar y entregar los siguientes documentos:

a)  Formulario respectivo debidamente lleno, impreso y firmado.

b)  Dos fotografías tamaño pasaporte.

c)  Original y dos copias de la cédula de identidad al día para nacionales. En caso de personas extranjeras, deberán aportar original y copia de la cédula de residencia que autorice el ejercicio de la respectiva profesión en Costa Rica.

d)  Original y dos copias del título universitario (por ambos lados) requerido de acuerdo con la profesión a la que pertenece.

e)  Dos copias del recibo o comprobante de pago del monto de incorporación determinado por la Junta Directiva. Dicho monto se definirá mediante acuerdo de Junta Directiva y se comunicará mediante circular, además, será publicado en los medios de comunicación con que cuente el Colegio de Terapeutas.

f)  Dos copias del recibo o comprobante de pago de la primera cuota de colegiatura.

g)  Certificado de aprobación del curso de Ética Profesional emitido por el CTCR.

h)  Formulario de consentimiento informado, debidamente lleno y firmado.

i)   Autorización para actualizar la información según los datos del Registro Civil en la cuenta cedular, debidamente firmada.

j)   Declaración jurada de veracidad de datos brindados y notificación por asistencia al acto de incorporación, debidamente firmado.

El Colegio, a través de su Departamento Administrativo, definirá las fechas anuales para la presentación de requisitos, así mismo definirá las fechas para las incorporaciones de los solicitantes. La apertura de recepción de solicitudes y las fechas para la ceremonia de incorporación profesional serán publicadas en los medios de comunicación oficiales del CTCR.

(…)

Artículo 19.—Carné de identificación. A toda persona incorporada, se le emitirá un carné con la siguiente información:

a)  Grado

b)  Nombre

c)  Cédula

d)  Fecha de expiración

e)  Área profesional

f)  Foto

g)  Código

h)  Firma

El carné profesional tendrá una vigencia de cinco años a partir de su emisión. Posteriormente deberá ser renovado. Cada renovación tendrá vigencia por un periodo de cinco años. Los agremiados cuyo carné se encuentre vencido, deberán tramitar la renovación para realizar cualquier trámite ante el Colegio. Asimismo, para realizar la renovación del carné, los agremiados deberán estar al día con el pago de la colegiatura.

Artículo 20.—Nomenclatura de uso social de Doctor o Doctora. Los agremiados con el grado académico mínimo de Licenciatura pueden solicitar en cualquier momento, que se autorice el uso y se le otorgue el certificado o diploma correspondiente a la nomenclatura de uso social de Doctor o Doctora.

Dicha nomenclatura no modifica, en ninguna circunstancia el grado académico que ostenta el colegiado. En el certificado que se le hará entrega por el uso social de Doctor o Doctora, se anotará el nombre del colegiado, número de identificación, número de carné, el grado académico y el área profesional correspondiente.

La Junta Directiva del CTCR definirá el monto que corresponda cancelar para la emisión del certificado de uso social antes indicado.

CAPÍTULO III

INCORPORACIÓN DE PROFESIONALES QUE

PERTENECEN O PERTENECIERON AL COLEGIO

DE MÉDICOS Y CIRUJANOS DE COSTA RICA

Artículo 21.—Requisitos de incorporación. Los profesionales en las áreas que se incorporan al CTCR, que se encontraron o se encuentran incorporados dentro del capítulo de profesionales afines del Colegio de Médicos y Cirujanos de Costa Rica, podrán incorporarse al Colegio de Terapeutas de Costa Rica.

Para la incorporación al Colegio, deben presentar y entregar los siguientes documentos:

a)  Formulario respectivo debidamente lleno, impreso y firmado.

b)  Dos fotografías tamaño pasaporte.

c)  Original y dos copias de la cédula de identidad al día para nacionales. En caso de personas extranjeras, deberán aportar original y copia de la cédula de residencia que autorice el ejercicio de la respectiva profesión en Costa Rica.

d)  Original y dos copias del título académico (por ambos lados) requerido conforme a su profesión.

e)  Dos copias del recibo o comprobante de cancelación del monto de incorporación determinado por la Junta Directiva.

f)  Recibo o comprobante de pago de la primera cuota de colegiatura.

g)  Original y copia del carné de profesional afín del Colegio de Médicos y Cirujanos de Costa Rica.

h)  Original y copia del título del curso de Ética para profesionales afines del Colegio de Médicos y Cirujanos de Costa Rica.

i)   Original y copia del título de incorporación como profesional afín del Colegio de Médicos y Cirujanos de Costa Rica.

j)   Formulario de consentimiento informado, debidamente lleno y firmado.

k)  Permiso para actualizar información según los datos del Registro Civil en la cuenta cedular, debidamente firmado.

l)   Declaración jurada de veracidad de datos brindados y notificación sobre asistencia al acto de incorporación, debidamente firmadas.

m)   Cualquier otro documento que se requiera y así sea determinado por el Colegio.

Dichos documentos serán revisados por el área de Plataforma de Servicios, quienes, además, podrán solicitar documentos adicionales para corroborar la información suministrada.

Los requisitos establecidos en el presente artículo solamente serán aplicables a los profesionales que se encontraban incorporados dentro del capítulo de profesionales afines del Colegio de Médicos y Cirujanos de Costa Rica y desde fecha anterior al 31 de mayo de 2013.

(…)

Artículo 23.—Carné de identificación. A toda persona incorporada, se le emitirá un carné con la siguiente información:

a)  Grado

b)  Nombre

c)  Cédula

d)  Fecha de expiración

e)  Área profesional

f)  Foto

g)  Código

h)  Firma

El carné profesional tendrá una vigencia de cinco años a partir de su emisión. Posteriormente deberá ser renovado. Cada renovación tendrá vigencia por un periodo de cinco años. Los agremiados cuyo carné se encuentre vencido, deberán tramitar la renovación para realizar cualquier trámite ante el Colegio. Asimismo, para realizar la renovación del carné, los agremiados deberán estar al día con el pago de la colegiatura.

(…)

TÍTULO TERCERO

SOBRE LA REPOSICIÓN DE CREDENCIALES

Y CAMBIO DE FIRMA

(…)

CAPÍTULO III

DE LA REPOSICIÓN DEL CARNÉ PROFESIONAL

Y OTRAS CREDENCIALES

Artículo 33.—Las disposiciones establecidas en el presente capítulo se refieren específicamente a la reposición de las siguientes credenciales: carné profesional, sello blanco, certificado de uso social de Doctor o Doctora y certificado de conclusión y aprobación del curso de Ética Profesional.

(…)

Artículo 35.—Sobre la pérdida, robo o destrucción de credenciales. En caso de pérdida, robo o destrucción de las credenciales (excepto el título o diploma de incorporación), el agremiado podrá solicitar su reposición, presentando los siguientes documentos:

a) Solicitud de reposición, misma que deberá ser debidamente motivada.

b)  Declaración jurada cuya firma sea autenticada por notario público, con menos de un mes de emitida en la que declare la pérdida del documento o copia de recibido de la denuncia interpuesta ante el Organismo de Investigación Judicial.

c)  Comprobante de pago, por el monto que la Junta Directiva del Colegio fije para la reposición de la credencial.

Para la reposición del certificado de aprobación del curso de Ética Profesional, los requisitos serán los dispuestos en los puntos a) y c).

Artículo 36.—Trámite. En los casos de reposición del carné profesional, una vez cumplidos los requisitos establecidos en el artículo anterior, la Plataforma de Servicios del Colegio de Terapeutas de Costa Rica, procederá a emitir nuevamente el documento.

En los casos en que se requiera reponer el sello blanco, el certificado de uso social de Doctor o Doctora o el certificado de aprobación del curso de Ética Profesional, una vez cumplidos los requisitos establecidos en el artículo anterior, se procederá a realizar el trámite interno para la emisión del nuevo sello o certificado. El Colegio de Terapeutas contará con un plazo de 30 días hábiles para la entrega de la credencial.

En el momento en que se cuente con el sello o el certificado a reponer, el agremiado o el solicitante deberá presentarse en las instalaciones del Colegio de Terapeutas para completar y firmar el formulario de entrega de la credencial, donde constará el día, la hora y la firma del agremiado o solicitante.

De manera mensual, la Plataforma de Servicios notificará a la Junta Directiva o al Tribunal de Ética, según corresponda, respecto de las reposiciones de credenciales que se hayan tramitado.

Artículo 37.—Registro de firmas y modificación. El Colegio llevará un registro de firmas de los agremiados, con el fin de verificar la firma autorizada para el ejercicio profesional. La modificación de firma no exime de responsabilidad por el uso de las rúbricas anteriores.

Si el agremiado solicita la modificación de su firma, deberá presentarse ante el Colegio para gestionar y autorizar la modificación de firmas. Asimismo, el Colegio expedirá un nuevo carné en el que conste la nueva firma y cuyo costo será asumido por el agremiado. La entrega del nuevo carné será inmediata.

(…)

TÍTULO CUARTO

DE LOS PROCEDIMIENTOS AFINES

CAPÍTULO I

SOBRE EL CONGELAMIENTO

Artículo 39.—Sobre el congelamiento. El colegiado que no se encuentre ejerciendo su profesión en el área profesional respectiva, puede solicitar a la Junta Directiva del Colegio de Terapeutas de Costa Rica el congelamiento. Los efectos de dicho trámite son la suspensión del pago de la colegiatura y la imposibilidad para ejercer como profesional en el área respectiva durante un tiempo definido.

El plazo del congelamiento es de un año, prorrogable una única vez por un plazo igual. La prórroga de congelamiento requiere la realización del mismo trámite que el congelamiento por primera vez. El congelamiento no podrá solicitarse por más de dos veces consecutivas, en cuyo caso se le prevendrá al agremiado solicitar el retiro voluntario.

El agremiado que desee o deba ausentarse del país por un periodo mayor a un año o tiempo indefinido, deberá tramitar la solicitud de congelamiento respectivo. En dichos casos, el congelamiento se extenderá hasta por un plazo máximo de 3 años, siempre que el interesado logre demostrar a satisfacción de la Junta Directiva, que se va a encontrar en el extranjero durante ese plazo.

Artículo 40.—Requisitos. Para la solicitud de congelamiento, el colegiado deberá presentar y entregar los siguientes documentos:

a)  El formulario respectivo debidamente lleno, impreso y firmado.

b)  Original y copia de la cédula de identidad al día para nacionales. En caso de personas extranjeras, deberán aportar original y copia de la cédula de residencia que autorice el ejercicio de la respectiva profesión en Costa Rica.

c) Declaración jurada autenticada por abogado, con menos de un mes de emitida, donde se manifieste bajo juramento que, durante el plazo del congelamiento no va a ejercer la profesión respectiva.

d)  Encontrarse al día con el pago de la colegiatura.

Artículo 41.—Trámite. Una vez presentada la solicitud con todos los requisitos, se atenderá al siguiente procedimiento:

(…)

f)  El rechazo de plano o el abandono de la solicitud no impedirá la presentación de nuevas y posteriores solicitudes, para las cuales se deberá iniciar el trámite nuevamente.

Artículo 42.—Cómputo del plazo de congelamiento y reincorporación. El congelamiento, sus efectos y el plazo rigen a partir del día posterior a que el colegiado cumpla con la firma del documento de aprobación y entrega de las credenciales correspondientes. Mientras no se entreguen los documentos, la exoneración no surte efectos y todas las obligaciones del colegiado se mantienen incólumes.

El trámite de entrega de credenciales para el congelamiento se hará de manera personal en las oficinas del Colegio de Terapeutas. Cuando el agremiado o solicitante no pueda acudir personalmente, la gestión podrá ser realizada por una tercera persona que cuente con un poder especial o poder generalísimo que lo faculte a asumir la gestión en cuestión, de conformidad con el ordenamiento jurídico nacional. Los poderes deben cumplir con los requisitos legales establecidos para cada uno.

(…)

CAPÍTULO II

SOBRE LA DESAFILIACIÓN O RETIRO VOLUNTARIO

Artículo 44.—Sobre la desafiliación o retiro voluntario. El colegiado que no se encuentre ejerciendo su profesión, podrá solicitar a la Junta Directiva la desafiliación. Los efectos de este retiro voluntario son la suspensión del pago de la colegiatura y la imposibilidad de ejercer como profesional en el área profesional respectiva por un periodo indefinido.

Artículo 45.—Requisitos para la solicitud de desafiliación. Para la solicitud de desafiliación, el colegiado deberá presentar y entregar los siguientes documentos:

a)  El formulario respectivo debidamente lleno, impreso y firmado.

b)  Original y copia de cédula de identidad al día para nacionales. En caso de personas extranjeras, deberán aportar original y copia de documento de identidad.

c)  Declaración jurada autenticada por abogado, con menos de un mes de emitida, donde manifieste bajo juramento que no ejercerá, con posterioridad al retiro voluntario, la profesión respectiva.

d)  Encontrarse al día con el pago de la colegiatura.

Artículo 46.—Trámite. Una vez presentada la solicitud con todos los requisitos, se atenderá al siguiente procedimiento:

(…)

f)  El rechazo de plano o el abandono de la solicitud no impedirá la presentación de nuevas y posteriores solicitudes, para las cuales se deberá iniciar el trámite nuevamente.

Artículo 47.—La desafiliación y sus efectos rigen a partir del día posterior a que el colegiado cumpla con la firma del documento de aprobación y entrega de las credenciales correspondientes. Mientras no se entreguen los documentos, la desafiliación no surte efectos y todas las obligaciones del colegiado se mantienen.

El trámite de entrega de credenciales para la desafiliación se hará de manera personal en las oficinas del Colegio de Terapeutas. Cuando el agremiado o solicitante no pueda acudir personalmente, la gestión podrá ser realizada por una tercera persona que cuente con un poder especial o poder generalísimo que lo faculte a asumir la gestión en cuestión, de conformidad con el ordenamiento jurídico nacional. Los poderes deben cumplir con los requisitos legales establecidos para cada uno.

(…)

CAPÍTULO III

SOBRE LA EXONERACIÓN DE PAGO DE

COLEGIATURA POR JUBILACIÓN

Artículo 49.—Sobre exoneración de pago de colegiatura por jubilación. El colegiado que haya obtenido la condición de jubilado por parte de las instancias correspondientes y que no desee seguir ejerciendo su profesión, podrá solicitar a la Junta Directiva la exoneración del pago de la colegiatura por jubilación. Los efectos de dicho trámite son la suspensión del pago de la colegiatura y la imposibilidad de ejercer en el área profesional respectiva por un periodo indefinido.

Artículo 50.—Requisitos. Para la solicitud de exoneración de pago de colegiatura por jubilación, el colegiado deberá presentar y entregar los siguientes documentos:

a)  El formulario respectivo debidamente completo, impreso y firmado.

b)  Original y copia de la cédula de identidad al día para nacionales. En caso de personas extranjeras, deberán aportar original y copia de la cédula de residencia o documento de identidad vigente.

c)  Declaración jurada autenticada por abogado, con menos de un mes de emitida, donde manifieste bajo juramento que no va a ejercer la profesión de la terapia correspondiente.

d)  Certificación emitida por la Caja Costarricense del Seguro Social o la instancia correspondiente, donde conste la condición del jubilado y la fecha a partir de la cual ostenta dicha condición.

e)  Encontrarse al día con el pago de la colegiatura.

Artículo 51.—Trámite. Una vez presentada la solicitud, se atenderá al siguiente procedimiento:

(…)

f)  El rechazo de plano o el abandono de la solicitud no impedirá la presentación de nuevas y posteriores solicitudes, para las cuales se deberá iniciar el trámite nuevamente.

Las presentes modificaciones, rigen a partir de su publicación en el Diario Oficial La Gaceta.

Nota: El presente reglamento ha sufrido dos modificaciones previas: Reformado mediante acuerdo tomado en la sesión extraordinaria N° 2018-0014 del 24 de agosto de 2018 y publicado en el Diario Oficial La Gaceta Nro. 187 del miércoles 10 de octubre de 2018, así como mediante acuerdo tomado en la sesión extraordinaria Nro. 2019-0002 del 22 de enero de 2019 y publicado en el Diario Oficial La Gaceta N° 7 del martes 14 de enero de 2020.

Autorizan para su publicación: Viviana Pérez Zumbado, Presidenta.—Natalia Solera Esquivel, Secretaria.—1 vez.—( IN2021580875 ).

INSTITUCIONES DESCENTRALIZADAS

UNIVERSIDAD DE COSTA RICA

OFICINA DE REGISTRO E INFORMACIÓN

EDICTOS

PUBLICACIÓN DE PRIMERA VEZ

ORI-182-2021.—Jiménez Quesada Maristela cc. Jiménez Quesada Maristella, R-184-2021-B, Céd. N° 206100630, solicitó reconocimiento y equiparación del título de Máster of Arts HES-SO en Pedagogía Musical con énfasis en Rítmica Jaques-Dalcroze, Haute École Spécialisée De Suisse Occidentale, Suiza. La persona interesada en aportar información del solicitante, podrá hacerlo por escrito ante esta Oficina dentro de los cinco días hábiles siguientes a la publicación del tercer aviso.—Ciudad Universitaria Rodrigo Facio, 07 de julio de 2021.—Dr. Eduardo Calderón Obaldía, Director.—O. C. N° 42076.—Solicitud N° 293014.—( IN2021581192 ).

ORI-181-2021.—Kaune Schmidt Alexander José, R-187-2021, cédula 112130896, solicitó reconocimiento y equiparación del título de Maestría en Ciencias e Ingeniería del Agua con una especialidad en Ingeniería Hidráulica-Desarrollo de la Tierra y Agua, UNESCO-IHE Institute for Water Education, Países Bajos. La persona interesada en aportar información del solicitante, podrá hacerlo por escrito ante esta Oficina dentro de los cinco días hábiles siguientes a la publicación del tercer aviso.—Ciudad Universitaria Rodrigo Facio, 07 de julio del 2021.—Dr. Eduardo Calderón Obaldía, Director.—O. C. N° 42076.—Solicitud 293016.— ( IN2021581194 ).

ORI-206-2021.—Fernández Marrero Frannery del Valle, R-198-2021, Perm. Lab. 186201484211, solicitó reconocimiento y equiparación del título de Ingeniero Civil, Instituto Universitario Politécnico Santiago Mariño, Venezuela. La persona interesada en aportar información del solicitante, podrá hacerlo por escrito ante esta Oficina dentro de los cinco días hábiles siguientes a la publicación del tercer aviso.—Ciudad Universitaria Rodrigo Facio, 13 de agosto de 2021.—Dr. Eduardo Calderón Obaldía, Director.—O.C. 42076.—Solicitud 293024.—( IN2021581198 ).

ORI-205-2021, Chávez Acevedo Tatiana Verónica, R-202-2021, Cond. Rest. 155832225115, solicitó reconocimiento y equiparación del título de Ingeniera Civil, Universidad Centroamericana, Nicaragua. La persona interesada en aportar información del solicitante, podrá hacerlo por escrito ante esta Oficina dentro de los cinco días hábiles siguientes a la publicación del tercer aviso.—Ciudad Universitaria Rodrigo Facio, 11 de agosto de 2021. Dr. Eduardo Calderón Obaldía, Director.—O. C. 42076.—Solicitud 293031.—( IN2021581200 ).

ORI-213-2021.—Keilyn Vanessa Oviedo Murillo, R-213-2021, cédula 2-0621-0451, solicitó reconocimiento y equiparación del título de Máster Universitario en Fiscalidad Internacional, Universidad Internacional de La Rioja, España. La persona interesada en aportar información del solicitante, podrá hacerlo por escrito ante esta Oficina dentro de los cinco días hábiles siguientes a la publicación del tercer aviso.—Ciudad Universitaria Rodrigo Facio, 19 de agosto de 2021.—Dr. Eduardo Calderón Obaldía, Director.—O. C. 42076.—Solicitud 292977.—( IN2021581202 ).

ORI-179-2021.—Salas Cascante Marcelo, R-195-2021, cédula 205480882, solicitó reconocimiento y equiparación del título de Máster Universitario en Ingeniería Computacional y Matemática, Universidad Rovira i Virgili, España. La persona interesada en aportar información del solicitante, podrá hacerlo por escrito ante esta Oficina dentro de los cinco días hábiles siguientes a la publicación del tercer aviso.—Ciudad Universitaria Rodrigo Facio, 05 de julio del 2021.—Dr. Eduardo Calderón Obaldía, Director.—O. C. 42076.—Solicitud 293019.—( IN2021581203 ).

ORI-210-2021.—Dagnino González Uma Ananda, R-217-2021, pas. 159755372, solicitó reconocimiento y equiparación del título de Doctora, Universidad Rey Juan Carlos, España. La persona interesada en aportar información del solicitante, podrá hacerlo por escrito ante esta Oficina dentro de los cinco días hábiles siguientes a la publicación del tercer aviso.—Ciudad Universitaria Rodrigo Facio, 17 de agosto de 2021.—Dr. Eduardo Calderón Obaldía, Director.—O. C. 42076.—Solicitud 292985.—( IN2021581204 ).

ORI-222-2021.—Aizpurua Beitia Jonathan c.c. Aizpurua Beita Donovan, R-221-2021, cédula 6-0398-0919, solicitó reconocimiento y equiparación del título de Licenciado en Administración de Negocios Marítimos con énfasis en Puertos y Transporte Multimodal, Universidad del Istmo, Panamá. La persona interesada en aportar información del solicitante, podrá hacerlo por escrito ante esta Oficina dentro de los cinco días hábiles siguientes a la publicación del tercer aviso.—Oficina de Registro e Información.—Ciudad Universitaria Rodrigo Facio, 25 de agosto de 2021.—Dr. Eduardo Calderón Obaldía, Director.—O. C. 42076.—Solicitud 292989.—( IN2021581205 ).

ORI-204-2021.—Estrada Contreras Israel, R-205-2021, Pas. G36280716, solicitó reconocimiento y equiparación del título de Doctorado en Ciencias, INECOL Instituto de Ecología, A.C., México. La persona interesada en aportar información del solicitante, podrá hacerlo por escrito ante esta Oficina dentro de los cinco días hábiles siguientes a la publicación del tercer aviso. Ciudad Universitaria Rodrigo Facio, 10 de agosto de 2021.—Dr. Eduardo Calderón Obaldía, Director.—O.C. 42076.—Solicitud 293053.—( IN2021581206 ).

ORI-224-2021.—Téllez Páramo Nora Adriana, R-223-2021, Céd. Res. 155830925232, solicitó reconocimiento y equiparación del título de Ingeniero Agrónomo, Universidad Nacional Agraria, Nicaragua. La persona interesada en aportar información del solicitante, podrá hacerlo por escrito ante esta Oficina dentro de los cinco días hábiles siguientes a la publicación del tercer aviso.—Ciudad Universitaria Rodrigo Facio, 27 de agosto de 2021.—Dr. Eduardo Calderón Obaldía, Director.—O. C. 42076.—Solicitud 293000.—( IN2021581207 ).

ORI-221-2021.—Alfaro Vargas Mariel de Jesús, R-227-2021, cédula 116460240, solicitó reconocimiento y equiparación del título de Máster Universitario en Resolución de Conflictos y Mediación, Universidad Europea del Atlántico, España. La persona interesada en aportar información del solicitante, podrá hacerlo por escrito ante esta Oficina dentro de los cinco días hábiles siguientes a la publicación del tercer aviso.—Ciudad Universitaria Rodrigo Facio, 26 de agosto del 2021.—Dr. Eduardo Calderón Obaldía, Director.—O. C. 42076.—Solicitud 293010.—( IN2021581208 ).

ORI-217-2021.—Bourg Garita Amandine Dominique, R-204-2021, céd. 112100357, solicitó reconocimiento y equiparación del título de Doctorado en Ciencias, Instituto de Ecología, A.C, INECOL, México. La persona interesada en aportar información del solicitante, podrá hacerlo por escrito ante esta Oficina dentro de los cinco días hábiles siguientes a la publicación del tercer aviso.—Ciudad Universitaria Rodrigo Facio, 23 de agosto de 2021.—Dr. Eduardo Calderón Obaldía, Director.—O.C. 42076.—Solicitud 293144.—( IN2021581210 ).

ORI-218-2021.—Lizano González Andrés Gerardo, R-206-2021, cédula 114440795, solicitó reconocimiento y equiparación del título de Maestría en Música, Indiana University, Estados Unidos. La persona interesada en aportar información del solicitante, podrá hacerlo por escrito ante esta Oficina dentro de los cinco días hábiles siguientes a la publicación del tercer aviso.—Ciudad Universitaria Rodrigo Facio, 01 de setiembre de 2021.—M.Sc. Ricardo Luna Gutiérrez, Director.—O. C. 42076.—Solicitud 293145.—( IN2021581212 ).

ORI-225-2021.—Solórzano Caldera Lisa Amanda, R-210-2021, Perm. Lab. 155827637718, solicitó reconocimiento y equiparación del título de Licenciada en Derecho, Universidad Popular de Nicaragua, Nicaragua. La persona interesada en aportar información del solicitante, podrá hacerlo por escrito ante esta Oficina dentro de los cinco días hábiles siguientes a la publicación del tercer aviso.—Ciudad Universitaria Rodrigo Facio, 01 de setiembre de 2021.—M.Sc. Ricardo Luna Gutiérrez, Director.—O. C. 42076.—Solicitud 293146.—( IN2021581213 ).

ORI-211-2021.—De Smidt Trejos Nicole, R-211-2021, cédula 116480825, solicitó reconocimiento y equiparación del título de Bachillerato en Arquitectura, Auburn University, Estados Unidos. La persona interesada en aportar información del solicitante, podrá hacerlo por escrito ante esta Oficina dentro de los cinco días hábiles siguientes a la publicación del tercer aviso.—Ciudad Universitaria Rodrigo Facio, 18 de agosto de 2021.—Dr. Eduardo Calderón Obaldía, Director.—O.C. 42076.—Solicitud 293151.—( IN2021581215 ).

ORI-212-2021.—Arrieta Méndez Nelson Andrey, R-215-2021, cédula 110580744, solicitó reconocimiento y equiparación del título de Magíster en Derecho Procesal y Litigación Oral, Universidad Internacional SEK, Ecuador. La persona interesada en aportar información del solicitante, podrá hacerlo por escrito ante esta Oficina dentro de los cinco días hábiles siguientes a la publicación del tercer aviso.—Ciudad Universitaria Rodrigo Facio, 18 de agosto del 2021.—Dr. Eduardo Calderón Obaldía, Director.—O. C. 42076.—Solicitud 293152.—( IN2021581216 ).

ORI-215-2021.—Sauter Cardona Bernardo Antonio, R-216-2021, cédula 106130721, solicitó reconocimiento y equiparación del título de Máster en Ciencias de la Ingeniería, University of Texas At Austin, Estados Unidos. La persona interesada en aportar información del solicitante, podrá hacerlo por escrito ante esta Oficina dentro de los cinco días hábiles siguientes a la publicación del tercer aviso.—Ciudad Universitaria Rodrigo Facio, 23 de agosto de 2021.—Dr. Eduardo Calderón Obaldía, Director.—O. C. 42076.—Solicitud 293087.—( IN2021581218 ).

ORI-219-2021.—Quintero Arguedas Luis Alonso, R-220-2021, cédula 6 0404 0828, solicitó reconocimiento y equiparación del título de Ingeniero en Agronegocios y Desarrollo Agropecuario, Universidad de Panamá, Panamá. La persona interesada en aportar información del solicitante, podrá hacerlo por escrito ante esta Oficina dentro de los cinco días hábiles siguientes a la publicación del tercer aviso. Ciudad Universitaria Rodrigo Facio, 25 de agosto de 2021.—Dr. Eduardo Calderón Obaldía, Director.—O.C. 42076.—Solicitud 293089.—( IN2021581219 ).

ORI-220-2021, Salas Durán Yonder Andrey, R-226-2021, Céd. 701910315, solicitó reconocimiento y equiparación del título de Maestría en Diseño, Gestión y Dirección de Proyectos, Universidad Internacional Iberoamericana, Puerto Rico. La persona interesada en aportar información del solicitante, podrá hacerlo por escrito ante esta Oficina dentro de los cinco días hábiles siguientes a la publicación del tercer aviso.—Ciudad Universitaria Rodrigo Facio, 20 de agosto de 2021.—Dr. Eduardo Calderón Obaldía, Director.—O. C. 42076.—Solicitud 293092.—( IN2021581220 ).

ORI-229-2021.—Ramírez Guier Gonzalo, R-228-2021, cédula 104040737, solicitó reconocimiento y equiparación del título de Maestro en Filosofía, University of Glasgow, Reino Unido. La persona interesada en aportar información del solicitante, podrá hacerlo por escrito ante esta Oficina dentro de los cinco días hábiles siguientes a la publicación del tercer aviso.—Ciudad Universitaria Rodrigo Facio, 01 de setiembre del 2021.—Dr. Eduardo Calderón Obaldía, Director.—O. C. 42076.—Solicitud 293096.—( IN2021581221 ).

ORI-209-2021.—Montenegro Zúñiga Gema Viekney, R-120-2021, Res. Perm. 155823209111, solicitó reconocimiento y equiparación del título de Licenciada en Economía Agrícola, Universidad Nacional Autónoma de Nicaragua, Nicaragua. La persona interesada en aportar información del solicitante, podrá hacerlo por escrito ante esta Oficina dentro de los cinco días hábiles siguientes a la publicación del tercer aviso.—Ciudad Universitaria Rodrigo Facio, 01 de setiembre de 2021.—M.Sc. Ricardo Luna Gutiérrez, Director.—1 vez.— O. C. 42076.—Solicitud 293109.—( IN2021581222 ).

ORI-208-2021.—Badilla Vargas Gustavo Adolfo, R-163-2021, cédula 111030560, solicitó reconocimiento y equiparación del título de Magíster en Ciencias, en Ingeniería Civil, en el área de Concentración: Geotecnia, Universidade Federal de Río de Janeiro, Brasil. La persona interesada en aportar información del solicitante, podrá hacerlo por escrito ante esta Oficina dentro de los cinco días hábiles siguientes a la publicación del tercer aviso. Ciudad Universitaria Rodrigo Facio, 17 de agosto de 2021.—Dr. Eduardo Calderón Obaldía, Director.—O.C. 42076.—Solicitud 293116.—( IN2021581223 ).

ORI-223-2021.—Rodríguez Rubio Ana Cristina, R-193-2021, Res. Temp. 155827297601, solicitó reconocimiento y equiparación del título de Ingeniera en Ciencias Agrarias, Universidad Popular de Nicaragua, Nicaragua. La persona interesada en aportar información del solicitante, podrá hacerlo por escrito ante esta Oficina dentro de los cinco días hábiles siguientes a la publicación del tercer aviso.—Ciudad Universitaria Rodrigo Facio, 01 de setiembre del 2021.—M.Sc. Ricardo Luna Gutiérrez, Director.—O. C. 42076.—Solicitud 293129.—( IN2021581224 ).

ORI-214-2021.—Peñate Huezo Cecilia Elvira, R-200-2021, Pasap. C02091485, solicitó reconocimiento y equiparación del título de Licenciada en Enfermería, Universidad Doctor Andrés Bello, El Salvador. La persona interesada en aportar información del solicitante, podrá hacerlo por escrito ante esta Oficina dentro de los cinco días hábiles siguientes a la publicación del tercer aviso.—Ciudad Universitaria Rodrigo Facio, 19 de agosto del 2021.—Dr. Eduardo Calderón Obaldía, Director.—O. C. 42076.—Solicitud 293143.—( IN2021581225 ).

ORI-203-2021.—Castro Vega Marta, R-208-2021, cédula 105480570, solicitó reconocimiento y equiparación del título de Master Universitario en Gestión Aeronáutica, Univesitat Autónoma de Barcelona, España. La persona interesada en aportar información del solicitante, podrá hacerlo por escrito ante esta Oficina dentro de los cinco días hábiles siguientes a la publicación del tercer aviso.—Ciudad Universitaria Rodrigo Facio, 10 de agosto de 2021.—Dr. Eduardo Calderón Obaldía, Director.—O. C. 42076.—Solicitud 293062.—( IN2021581226 ).

ORI-216-2021.—Villegas Chaves Marco Vinicio, R-212-2021, cédula 401930344, solicitó reconocimiento y equiparación del título de Maestro en Administración de Empresas Sustentables, UCI Universidad para la Cooperación Internacional, México. La persona interesada en aportar información del solicitante, podrá hacerlo por escrito ante esta Oficina dentro de los cinco días hábiles siguientes a la publicación del tercer aviso.—Ciudad Universitaria Rodrigo Facio, 20 de agosto de 2021.—Dr. Eduardo Calderón Obaldía, Director.—O.C. 42076.—Solicitud 293075.—( IN2021581227 ).

INSTITUTO TECNOLÓGICO DE COSTA RICA

EDICTO

PUBLICACIÓN DE TERCERA VEZ

Ante el Departamento de Admisión y Registro del Instituto Tecnológico de Costa Rica, se ha presentado Luis Manuel Gutiérrez Pizarro, cédula Nº 900580143, carné de estudiante N° 8004009, a solicitar reposición de su título de Ingeniero en Mantenimiento Industrial, Grado Académico: Bachillerato Universitario, según consta en el Libro Oficial de Graduados Tomo 1, Acta Nº 34, página 79, Registro Nº MI-86009, Graduación efectuada el 28 de febrero de 1986, por extravío. Se publica este edicto para recibir oposiciones a esta reposición, dentro del término de cinco días hábiles a partir de la tercera publicación.

Departamento de Admisión y Registro.—MBA. William Vives Brenes, Director.—O.C. N° 202114577.—Solicitud N° 293304.—( IN2021580691 ).

PATRONATO NACIONAL DE LA INFANCIA

EDICTOS

PUBLICACIÓN DE TERCERA VEZ

A la señora Yirliana Acevedo Ruiz, de nacionalidad costarricense, ama de casa, con número de cédula 503520498, de domicilio desconocido actualmente, se le comunica la resolución de las 10:05 del nueve de agosto del presente año, mediante la cual se había ubicado a las personas menores de edad M y F ambos A R, en el albergue Osito Pequitas en esta ciudad, así mismo se le pone en conocimiento la resolución de las 14:50 del dieciséis de agosto de este mismo año, y mediante la cual se modifica la resolución anterior y en su defecto se ordena egresar a esas personas menores de edad de dicha alternativa de protección para entonces ubicar, en el caso de M, con su tía materna Rosalba Acevedo Ruiz, vecina de Artola de Sardinal de Carrillo, y al niño F con su padre registral, Francisco Alvarado Gorgona, vecino de El Roble de Puntarenas. Se le confiere audiencia a doña Yirliana Acevedo Ruiz por el plazo de tres días hábiles, para que presente los alegatos de su interés y ofrezca la prueba que estime necesaria, y se le advierte que tiene derecho a hacerse asesorar y representar por abogados y técnicos de su elección, así como consultar el expediente en días y horas hábiles, se hace la salvedad que para fotocopiar el expediente administrativo se cuenta con el horario de siete horas con treinta minutos y hasta las once horas con treinta minutos en días hábiles, el cual permanecerá a su disposición en esta oficina local, ubicada al costado norte del mercado Municipal de Santa Cruz. Expediente OLSC-00116-2017.—Guanacaste. 03/09/2021.—Oficina Local de Santa Cruz.—Lic. German Morales Bonilla, Representante Legal.—O.C. 6401-2021.—Solicitud 293544.—( IN2021580764 ).

A la señora Anielka Trujillo Delgadillo, de nacionalidad nicaragüense, de domicilio y demás calidades desconocidas, se le comunica la resolución de las 11:25 del primero de setiembre del dos mil veintiuno, mediante la cual se ordena la ubicación de su hijo J. A. A. T, con fecha de nacimiento 14 de junio del 205, en la alternativa de protección SOS JOVEN Varones, ubicado en Concepción de Tres Ríos. Se le confiere audiencia a doña Jennifer Lizeth por tres días hábiles, para que presente los alegatos de su interés y ofrezca la prueba que estime necesaria, y se le advierte que tiene derecho a hacerse asesorar y representar por abogados y técnicos de su elección, así como consultar el expediente en días y horas hábiles, se hace la salvedad que para fotocopiar el expediente administrativo se cuenta con el horario de siete horas con treinta minutos y hasta las once horas con treinta minutos en días hábiles, el cual permanecerá a su disposición en esta oficina local, ubicada diagonal al mercado Municipal de Santa Cruz, Guanacaste, expediente OLSC-00170-2014.—Oficina Local de Santa Cruz, 03 de setiembre de 2021.—Lic. German Morales Bonilla, Representante Legal.—O.C. 6401-2021.—Solicitud 293542.—( IN2021580773 ).

PUBLICACIÓN DE PRIMERA VEZ

Se comunica al señor Yender Andrés Brenes Abarca, mayor de edad, de nacionalidad costarricense, portador de la cédula de identidad número 503410267, de demás calidades y domicilio desconocido, la resolución administrativa de las 14:30 horas del 30 de julio de 2017, donde se procede a dar inicio al proceso especial de protección y se dicta la medida cautelar de cuido provisional a favor de la persona menor de edad A.B.Q. Se le confiere audiencia al señor Yender Andrés Brenes Abarca, por tres días hábiles, para que presente los alegatos de su interés, y ofrezca las pruebas que estimen necesarias, y se le advierte que tiene derecho a hacerse asesorar y representar por abogados y técnicos de su elección, así como consultar el expediente en días y horas hábiles, el cual permanecerá a su disposición en esta oficina local, ubicada en: Guanacaste, Nicoya, Barrio la Cananga 175 metros al norte de Coopeguanacaste. Expediente OLNI-00115-2017.—Oficina Local de Nicoya, miércoles 08 de setiembre de 2021.—Lic. Alexander Flores Barrantes, Órgano Director de Proceso.—O. C. N° 6401-2021.—Solicitud N° 293746.—( IN2021581043 ).

Paulino Allen Gutiérrez Gamboa, se le comunica la resolución de las doce horas y treinta minutos del seis de setiembre del dos mil veintiuno, que dicta resolución de cierre de proceso especial de protección en sede administrativa de la persona menor de edad Y.G.R.; notifíquese la anterior resolución al señor Paulino Allen Gutierrez Gamboa con la advertencia de que deben señalar lugar o un fax o correo electrónico donde recibir notificaciones, en caso de no hacerlo o si el lugar fuere inexacto, impreciso o llegara a desaparecer o el medio seleccionado fuere defectuoso estuviera desconectado, sin suficiente provisión de papel o por cualquier otro modo no imputable a esta institución se interrumpiera, la comunicación de las resoluciones futuras quedarán firmes veinticuatro horas después de ser dictadas. En contra de la presente resolución procede únicamente el recurso ordinario de Apelación que deberá interponerse ante esta Representación Legal dentro de las 48 horas hábiles después de notificada la presente resolución. Recurso que será resuelto por la Presidencia Ejecutiva de la entidad. Se previene a las partes involucradas en el proceso que les asiste todo el derecho de hacerse asesorar o representar por un profesional en derecho, así como tener acceso al expediente administrativo para el estudio, revisión o fotocopias. Expediente OLSAR-00053-2016.—Oficina Local de Sarapiquí.—Licda. Melissa Vargas Vargas, Órgano Director del Procedimiento.—O. C. 6401-2021.—Solicitud 293764.—( IN2021581063 ).

A la señora Lisbeth Cruz Chacón, mayor, costarricense, documento de identificación 115960051, soltera, oficio y domicilio desconocido; al señor Álvaro de Jesús Amador Amador, mayor, de calidades y domicilio desconocido; y al señor José Danilo Bustos Santana, mayor, costarricense, documento de identificación 701330889, soltero, oficio y domicilio desconocidos, se les comunica que por resolución de las catorce horas cincuenta minutos del veinticuatro de agosto del dos mil veintiuno se dictó previo solicitando a la profesional en trabajo social rendir informe final de intervención por el plazo máximo de cinco días hábiles. Se le advierte que deberá señalar lugar conocido para recibir sus notificaciones, dentro del perímetro de un kilómetro a la redonda de la sede de esta Oficina Local, la cual se encuentra situada en Quepos, Rancho Grande, frente a la plaza de fútbol o bien, señalar número de facsímil para recibir aquellas notificaciones que pudieren practicarse por ese medio, o correo electrónico, expediente OLAG-00087-2015.—Oficina Local de Quepos.—Licda. Dora del Carmen Salazar Carvajal, Órgano Director del Procedimiento.—O.C. 6401-2021.—Solicitud 293766.—( IN2021581064 ).

A Anniel Alsiony Ujueta Reid, cédula 702130792, se le comunica que se tramita en esta Oficina Local, proceso especial de protección en favor de las personas menores de edad D.A.U.P. y Y.A.U.P., y que mediante la resolución de las doce horas del seis de setiembre del dos mil veintiuno se dio inicio a proceso especial de protección a favor de las personas menores de edad y se resuelve: primero: Se procede a poner a disposición de las partes el expediente administrativo, y por el plazo de cinco días hábiles se confiere audiencia, y se pone en conocimiento de los progenitores de las personas menores de edad, señores Anniel Alsiony Ujueta Reid y Yeymi del Socorro Pérez Diaz el informe, suscrito por la Profesional Tatiana Quesada Rodríguez, y de las actuaciones constantes en el expediente administrativo. Igualmente se pone a disposición de las partes el expediente administrativo a fin de que puedan revisar o fotocopiar la documentación constante en el mismo, referente a las personas menores de edad. Segundo: -Se señala conforme a agenda disponible el día más cercano para celebrar comparecencia oral y privada, a saber el día 17 de setiembre del 2021, a las 14:00 horas en la Oficina Local de La Unión. Tercero: -Medida cautelar de suspensión de interrelación familiar del progenitor respecto a las personas menores de edad: De conformidad con el artículo 5, 24, 29 y 131 inciso d) del Código de la Niñez y la Adolescencia, y de conformidad con la recomendación técnica de la profesional de intervención, y dados los hechos denunciados, se procede a suspender la interrelación familiar del progenitor respecto de las personas menores de edad. Cuarto: Se le informa a los progenitores, que para efectos de organización interna, que la eventual profesional de seguimiento del caso sería la Licda. Guisella Sosa o la persona que la sustituya, con espacios en agenda disponibles en fechas: -Miércoles 22 de diciembre del 2021 a las 10:00 a.m. -Miércoles 9 de febrero del 2021 a las 8:00 a.m. Garantía de defensa y audiencia: Se previene a las partes involucradas en el presente Proceso, que les asiste todo el derecho de hacerse asesorar o representar por un profesional en derecho, aunque para apersonarse al proceso no requieren la participación obligatoria de un abogado; así mismo se les previene que tienen derecho a tener acceso al expediente administrativo para el estudio, revisión y/o fotocopias. Notifíquese la presente resolución, con la advertencia a las partes de que deben señalar Lugar dentro del perímetro de un kilómetro a la redonda de esta oficina local, fax o correo electrónico donde recibir notificaciones, con la advertencia de que, en caso de no hacerlo o si el lugar fuera inexacto, impreciso, o llegara a desaparecer o el medio seleccionado fuera defectuoso, estuviera desconectado, sin suficiente provisión de papel o por cualquier otro modo no imputable a esta institución se interrumpiera la comunicación, las resoluciones futuras quedarán notificadas veinticuatro horas después de ser dictadas. En contra de la presente resolución procede únicamente el recurso ordinario de apelación que deberá interponerse ante esta representación legal dentro de las 48 horas siguientes a la notificación de la presente resolución. Recurso que será resuelto por la Presidencia Ejecutiva de la entidad. Se le hace saber a las partes, que la interposición del recurso de apelación, no suspende la medida de protección dictada. Expediente OLLU-00348-2021.—Oficina Local de La Unión.—Licda. Karla Lopez Silva, Representante Legal.—O.C. 6401-2021.—Solicitud 293774.—( IN2021581078 ).

Se les hace saber a Michael Orlando Morales Aguilar, cédula de identidad N° 111670767, que mediante resolución administrativa de las quince horas del treinta de agosto del dos mil veintiuno. Se resuelve por parte del Representante Legal del Patronato Nacional de la Infancia, Oficina Local de San Rafael de Alajuela. Resolución de audiencia a todas las partes, a favor de la persona menor de edad: I.O.M.C. Notifíquese la anterior resolución a la parte interesada, a quien se le advierte que deberá señalar lugar conocido para recibir sus notificaciones, o bien, señalar número de facsímile para recibir aquellas notificaciones que pudieren practicarse por ese medio, en el entendido que de no hacerlo, o si el lugar señalado fuere impreciso, inexacto o llegare a desaparecer, o si el medio seleccionado fuere defectuoso, estuviere desconectado, sin suficiente provisión de papel o por cualquier otro modo no imputable a esta institución se interrumpiere la comunicación, las notificaciones futuras quedarán firmes veinticuatro horas después de dictadas. Derecho de defensa: Se le hace saber además, que contra la presente resolución procede el recurso de apelación, según lo dispone el numeral 139 del Código de Niñez y Adolescencia, que deberá interponerse ante este Despacho trascurridas cuarenta y ocho horas luego de la última publicación de este aviso, y que será resuelto en definitiva por el Órgano Superior Presidencia Ejecutiva del Patronato Nacional de la Infancia, si el recurso es presentado fuera del término señalado, podrá ser rechazado por extemporáneo. Expediente OLSRA-00539-2020.—Oficina Local de San Rafael de Alajuela.—Lic. German Picado Serrano, Órgano Director del Proceso Especial de Protección, en Sede Administrativa.—O. C. 6401-2021.—Solicitud 293782.—( IN2021581080 ).

Se les hace saber a Wilder Omar Hernández López, número de identidad residente permanente 155826996434, de nacionalidad nicaragüense, que mediante resolución administrativa de las quince horas del treinta de agosto del dos mil veintiuno. Se resuelve por parte del representante legal del Patronato Nacional de la Infancia, Oficina Local de San Rafael de Alajuela. Resolución de audiencia a todas las partes, a favor de la persona menor de edad K.L.H.B., H.Z.H.B Y A.J.B. Notifíquese la anterior resolución a la parte interesada, a quien se le advierte que deberá señalar lugar conocido para recibir sus notificaciones, o bien, señalar número de facsímile para recibir aquellas notificaciones que pudieren practicarse por ese medio, en el entendido que de no hacerlo, o si el lugar señalado fuere impreciso, inexacto o llegare a desaparecer, o si el medio seleccionado fuere defectuoso, estuviere desconectado, sin suficiente provisión de papel o por cualquier otro modo no imputable a esta institución se interrumpiere la comunicación, las notificaciones futuras quedarán firmes veinticuatro horas después de dictadas. Derecho de defensa: Se le hace saber además, que contra la presente resolución procede el recurso de apelación, según lo dispone el numeral 139 del Código de Niñez y Adolescencia, que deberá interponerse ante este Despacho trascurridas cuarenta y ocho horas luego de la última publicación de este aviso, y que será resuelto en definitiva por el Órgano Superior Presidencia Ejecutiva del Patronato Nacional de la Infancia, si el recurso es presentado fuera del término señalado, podrá ser rechazado por extemporáneo. Expediente número OLSRA-00114-2021.—Oficina Local de San Rafael de Alajuela.—Lic. German Picado Serrano, Órgano Director del Proceso Especial de Protección, en Sede Administrativa.—O. C. 6401-2021.—Solicitud 293784.—( IN2021581091 ).

JUNTA DE PROTECCIÓN SOCIAL

“INSTITUCIÓN BENEMÉRITA”

Con fundamento en el Decreto Ejecutivo Nº 21384-S en su artículo 15, Reglamento para la Administración de los Cementerios de la Junta de Protección Social de San José, publicado en La Gaceta Nº 143 del 28 de julio de 1992, así como oficio JPS AJ 247 de la Licda. Mercia Estrada Zúñiga, Abogada Asesora Jurídica con fecha 26 de marzo 2021 y la Declaración Jurada rendida ante el Notario Público Lic. Marvin Araya Molina, la Gerencia General, representada por la Máster Marilin Solano Chinchilla, cédula Nº 9-0091-0186, mayor, separada judicialmente, vecina de Cartago, autoriza acogiendo el criterio Legal, el traspaso 25% del derecho de arriendo del Cementerio General, mausoleo 1, lado este, línea primera, cuadro 9 ampliación oeste, propiedad 3313 inscrito al tomo 16, folio 177 a los señores Hilda María Cabrera Herra, cédula Nº 104730696, José David Wiessel Cabrera, cédula Nº 402000103 y Douglas Arturo Wiessel Cabrera, cédula Nº 111570605.

Si en el plazo de quince días a partir de la publicación del aviso, no hay oposición, se autoriza a la Administración de Camposantos, para que comunique a los interesados lo resuelto.

San José, 08 de abril del 2021.—Mileidy Jiménez Matamoros, Administración de Camposantos.—1 vez.—( IN2021580934 ).

Con fundamento en el Decreto Ejecutivo N° 21384-S en su artículo 15, Reglamento para la Administración de los Cementerios de la Junta de Protección Social de San José, publicado en La Gaceta N° 143 del 28 de julio de 1992, así como oficio JPS AJ 804 de la Licda. Mercia Estrada Zúñiga, Abogada Asesora Jurídica con fecha 27 de agosto 2021 y la Declaración Jurada rendida ante el Notario Público Lic. Juan Chow Wong, la Gerencia General, representada por la Máster Marilin Solano Chinchilla, cédula N° 900910186, mayor, separada judicialmente, vecina de Cartago, autoriza acogiendo el criterio Legal, el traspaso del derecho de arriendo del Cementerio General, mausoleo 2, lado oeste, línea cuarta, cuadro ampliación oeste, propiedad 6184 inscrito al tomo 21, folio 247 a los (as) señores (as) Daniel José Alvarado Abarca, cédula N° 115620644, Marcela Valverde Abarca, cédula N° 113090539, Edgar Alonso Camacho Abarca, cédula N° 111020816, Allan Alberto Flores Abarca, cédula N° 113370116 y María del Rocío Abarca Solís, cédula N° 104220660.

Si en el plazo de quince días a partir de la publicación del aviso, no hay oposición, se autoriza a la Administración de Camposantos, para que comunique a los (as) interesados (as) lo resuelto.

San José, 31 de agosto 2021.—Administración de Camposantos.—Mileidy Jiménez Matamoros.—1 vez.—( IN2021581241 ).

AVISOS

EMPRESA DE SERVICIOS PÚBLICOS

DE HEREDIA S. A.

La Junta Directiva de la Empresa de Servicios Públicos de Heredia S. A., en la sesión número cuatro mil ciento seis-C de fecha veintisiete de agosto del dos mil veintiuno, en su artículo cuarto, inciso 7) mediante acuerdo JD ciento cincuenta y cinco, guión dos mil veintiuno, que a la letra dice:

ACUERDO JD 155-2021

1.  Derogar el acuerdo JD 029-2009 de la sesión N° 2976 del 02 de febrero del 2009, en el artículo III, inciso 1) relativo al “Reglamento Interno de la Contraloría de Servicios de la Empresa de Servicios Públicos de Heredia Sociedad Anónima (ESPH S. A.)”, todo con fundamento en los respaldos N° SGE067-2021 y GIN-FS-194-2021 de la Subgerencia y Fiscalización de Servicios.

2.  Publíquese en el Diario Oficial La Gaceta.

3.  Acuerdo firme.

Junta Directiva.—Rosibelle Montero Herrera, Secretaria.— 1 vez.—( IN2021581006 ).

RÉGIMEN MUNICIPAL

MUNICIPALIDAD DE GOICOECHEA

La Municipalidad de Goicoechea comunica que se realiza la modificación al cartel de la Licitación Pública 2021LN-000001-01, titulada Mantenimiento de Zonas Verdes del Cantón de Goicoechea, en el Capítulo 11, 11 Sistema de Calificación, punto iii Experiencia. Se modifica y se evaluará de la siguiente manera:

La experiencia que se va a requerir debe ser Certificada mediante cartas de trabajo realizados, se debe evidenciar el haber ejecutado labores de chapea y mantenimiento de zonas verdes y parques, donde se indique el metraje total de chapea realizado y que el servicio se recibió de manera satisfactoria. La carta debe indicar el nombre de la empresa, nombre del responsable, teléfono y correo de contacto de la empresa donde se realizaron las labores. Por tanto, la valoración que se propone es conforme el siguiente cuadro:

Metros cuadrados de chapea anual

Puntos

1 m2 a 1.999.999 m2

5 puntos

2.000.000 m2 a 2.999.999 m2

8 puntos

3.000.000 m2 a 3.999.999 m2

12 puntos

4.000.000 m2 a más

15 puntos

 

Departamento de Proveeduría.—Lic. Andrés Arguedas Vindas, Jefe.—1 vez.—( IN2021581059 ).

MUNICIPALIDAD DE OREAMUNO

Informa que el Concejo Municipal en Sesión Ordinaria N° 103-2021, celebrada el día 10 de agosto de 2021, bajo Artículo 28°, Acuerdo N° 773-2021, aprobó por unanimidad y en firme, y contando con el dictamen previo afirmativo de la Comisión de Asuntos del Comité Cantonal de Deportes y Recreación de Oreamuno, según dictamen N° 13 de fecha martes 09 de agosto del 2021, mismo que ha sido conocido y aprobado por parte de este Concejo Municipal bajo Artículo 14°, Acuerdo N° 764-2021, estipulado en la misma sesión; las siguientes tarifas por concepto de alquiler de instalaciones deportivas administradas por el Comité Cantonal de Deportes y Recreación de Oreamuno:

CANCHA DE FUTBOL 11:

Alquiler cancha de futbol para partidos 1 hora sin luz eléctrica ¢16,000.00

Alquiler cancha de futbol para partidos 1 hora con luz eléctrica ¢18,000.00

Alquiler cancha de futbol para partidos 2 horas sin luz eléctrica ¢25,000.00

Alquiler cancha de futbol para partidos 2 horas con luz eléctrica ¢30,000.00

Alquiler cancha de futbol entrenamientos sin luz eléctrica 1 hora ¢10,000.00

Alquiler cancha de futbol entrenamientos con luz eléctrica 1 hora ¢12,500.00

CANCHA DE FUTBOL 7:

Alquiler de cancha para partidos 1 hora ¢12,000.00

Alquiler de cancha para entrenamientos 1 hora ¢6,000.00

CANCHA MULTIUSO SUR:

Alquiler de cancha para partidos, entrenamientos o eventos 1 hora ¢10,000.00

GIMNASIO MUNICIPAL:

Alquiler de cancha para partidos, entrenamientos o eventos 1 hora ¢10,000.00

Lic. Eduardo Emilio Solano Solano, Presidente.—1 vez.—( IN2021580888 ).

CONCEJO MUNICIPAL DE SARAPIQUÍ

Acuerdo tomado por el Concejo Municipal de Sarapiquí, en sesión ordinaria 70-2020-2024, Artículo 3, celebrada el 30 de agosto de 2021; que a la letra dispone:

Acuerdo 4º—Con vista en la propuesta presentada por el máster Rodrigo Andrés Hernandez Arguedas, Director Financiero – Tributario para la aprobación de la tasa de cobro por el servicio de recolección y disposición final de desechos sólidos, así como el servicio de mantenimiento de parques y el servicio de aseo de vías de forma que sigue:

Primero.—Que se realiza audiencia pública de rigor para el reajuste tarifario de los servicios públicos de la Municipalidad de Sarapiquí: servicio de mantenimiento de parques y, el servicio de aseo de vías incoado por esta Corporación Municipal en el salón de sesiones, el 25 de agosto de 2021 al ser las 16:00 horas; presente los señores: Rodrigo Andrés Hernández Arguedas, Director Financiero Tributario y José Martí Miranda Villegas, Unidad Dirección Financiera y se finaliza al ser las 16:22 horas, no existiendo participación ciudadana ni posiciones que absolver.

Segundo.—Aprobar las siguientes tarifas para los servicios públicos municipales propuestos en el estudio tarifario; misma que podrá ser cobrada de manera trimestral para el periodo 2022:

    Recolección de desechos sólidos trimestral:

Para ver las imágenes, ir a La Gaceta con formato PDF

    Factor de ¢7.58 (siete colones con 58/100) por cada millón del valor de la propiedad en el servicio de Mantenimiento de Parques por trimestre.

    Factor de ¢187.19 (ciento ochenta y siete colones con 19/100) por cada millón del valor de la propiedad en el servicio de Aseo de Vías, para la cabecera central del distrito de Puerto Viejo por trimestre.

De acuerdo con lo dispuesto por el artículo 83 de la Ley 7794 Código Municipal, una vez aprobado y fijado, entrará en vigencia después de su publicación en el Diario Oficial La Gaceta para ser aplicado en el periodo correspondiente al 2022.

Acuerdo definitivamente aprobado.

Tatiana Duarte Gamboa, Secretaria del Concejo Municipal.—1 vez.—( IN2021580881 ).

MUNICIPALIDAD DE LA CRUZ GUANACASTE

El Concejo Municipal de La Cruz, Guanacaste, mediante el acuerdo Nº 2-5 de la Sesión Ordinaria Nº 16-2021, deroga toda disposición reglamentaria de la Municipalidad de La Cruz, sobre Construcción de Infraestructura de Telecomunicaciones y se acoge por lo establecido en el Reglamento de Construcciones, publicado por el Instituto Nacional de Vivienda y Urbanismo, en el alcance Nº 145 al Diario Oficial La Gaceta 148, del 16 de agosto del 2018 y sus reformas. Rige a partir de su publicación en el Diario Oficial La Gaceta, publicado por segunda vez en el Diario Oficial La Gaceta.—Melissa Morales Leal, Técnico de Apoyo de Proveeduría a. í.—1 vez.—( IN2021581293 ).

AVISOS

ARRENDADORA OTOYA SOCIEDAD ANÓNIMA

De conformidad con el Reglamento del Registro Nacional para la Legalización de libros de Sociedades Mercantiles se avisa que la sociedad denominada Arrendadora Otoya Sociedad Anónima, titular de la cédula de persona jurídica número 3-101-267494, procederá con la creación del tomo II de los siguientes libros en formato de hojas removibles: Libro de Registro de Socios, Libro de Actas de Asambleas de Socios y Libro de Junta Directiva, con fundamento en el artículo 11 del citado reglamento, en virtud de que la sociedad fue inscrita con anterioridad a la entrada en vigencia del Reglamento de Legalización de Libros del Registro Nacional.—San José, 31 de agosto del 2021.—Julián González Lacayo, Presidente.— 1 vez.—( IN2021580923 ).

DEVELOPP OTY SOCIEDAD ANÓNIMA

De conformidad con el Reglamento del Registro Nacional para la Legalización de libros de Sociedades Mercantiles se avisa que la sociedad denominada Developp Oty Sociedad Anónima, titular de la cédula de persona jurídica número 3-101-236857, procederá con la creación del Tomo II de los siguientes libros en formato de hojas removibles: Libro de Registro de Socios, Libro de Actas de Asambleas de Socios y Libro de Junta Directiva, con fundamento en el artículo 11 del citado reglamento, en virtud de que la sociedad fue inscrita con anterioridad a la entrada en vigencia del Reglamento de Legalización de Libros del Registro Nacional.—San José, 31 de agosto del 2021.—Eloy Alberto González Volio, Presidente.—1 vez.—( IN2021580925 ).

DEVELOPP PAS SOCIEDAD ANÓNIMA

De conformidad con el Reglamento del Registro Nacional para la Legalización de Libros de Sociedades Mercantiles, se avisa que la sociedad denominada: Developp PAS Sociedad Anónima, titular de la cédula de persona jurídica número 3-101-230305, procederá con la creación del tomo II de los siguientes libros en formato de hojas removibles: Libro de Registro de Socios, libro de Actas de Asambleas de Socios y libro de Junta Directiva, con fundamento en el artículo 11 del citado reglamento, en virtud de que la sociedad fue inscrita con anterioridad a la entrada en vigencia del Reglamento de Legalización de Libros del Registro Nacional.—San José, 31 de agosto del 2021.—Miguel Ángel González Volio, Presidente.—1 vez.—( IN2021580927 ).

PRENAC SOCIEDAD ANÓNIMA

De conformidad con el Reglamento del Registro Nacional para la Legalización de libros de Sociedades Mercantiles se avisa que la sociedad denominada Prenac Sociedad Anónima, titular de la cédula de persona jurídica número 3-101-194953, procederá con la creación del Tomo II de los siguientes libros en formato de hojas removibles: Libro de Registro de Socios, Libro de Actas de Asambleas de Socios y Libro de Junta Directiva, con fundamento en el artículo 11 del citado reglamento, en virtud de que la sociedad fue inscrita con anterioridad a la entrada en vigencia del Reglamento de Legalización de Libros del Registro Nacional.—San José, 31 de agosto del 2021.—Sebastián Francisco González Anglada, Presidente.—1 vez.—( IN2021580931 ).

DEPURAGUA SOCIEDAD ANONIMA

Depuragua Sociedad Anónima, cédula jurídica número tres-ciento uno-cero cuarenta y un mil cuatrocientos cincuenta y ocho, solicita la reposición del siguiente libro: Actas de Junta Directiva, lo anterior por haberse extraviado el mismo. Quien se considere afectado, puede manifestar su oposición debidamente fundamentada, dentro del término de tres días por escrito, en la siguiente dirección: San José, San Pedro de Montes de Oca, de la entrada del Mall San Pedro, trescientos metros al oeste, Oficentro Casa Alameda, Oficina Zumbado Ureña y Asociados. Es todo.—San José, treinta de agosto del año dos mil veintiuno.—Paola Quirós Carballo, Representante Legal.—1 vez.—( IN2021580984 ).

COSTA ESTERILLOS ESTATES GUILLOMO

302 SOCIEDAD ANÓNIMA

Yo, Orlando Moreira Araya, cédula N° 4-0135-0293, vecino de Santa Bárbara de Heredia, en mi calidad de presidente y representante legal de la sociedad Costa Esterillos Estates Guillomo 302 Sociedad Anónima, cédula jurídica N° 3-101-459758, solicito al Departamento del Registro de Personas Jurídicas, la reposición de los libros de: Actas de Asamblea General, Registro de Socios y Actas de Junta Directiva, los cuales fueron extraviados. Se emplaza por ocho días hábiles a partir de la publicación a cualquier interesado a fin de oír objeciones ante el Registro de Asociaciones.—San José, siete de setiembre del dos mil veintiuno.—Orlando Moreira Araya, Presidente y Representante Legal.—1 vez.—  ( IN2021581004 ).

BRISTOL DEVELOPMENT INTERNATIONAL KFRK, SOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD LIMITADA

Por este medio se hace saber del extravío de libro de Registro de Cuotistas de la sociedad Bristol Development International KFRK, Sociedad de Responsabilidad Limitada, con cédula de persona jurídica número tres-ciento dos-setecientos quince mil ochocientos ochenta y siete, por lo que se procede a la reposición del mismo.—San José, siete de setiembre de dos mil veintiuno.—Licda. Melissa Guardia Tinoco, Agente Residente.—1 vez.—( IN2021581012 ).

MUSSER BALAGUER M.B. SOCIEDAD ANÓNIMA

Por este medio se hace solicitud de reposición por extravío de los libros de Asamblea de Accionistas y Registro de Accionistas de la sociedad Musser Balaguer M.B. Sociedad Anónima, cédula de persona jurídica 3-101-481062. Publíquese una vez para efectos de reposición de libros ante el Registro Público de Personas Jurídicas.— Noelle Joiris, socia con facultades de apoderada generalísima sin límite de suma.—1 vez.—( IN2021581022 ).

IMPORTACIONES Y EXPORTACIONES

LA TRINIDAD DE ALAJUELA S. A.

Aviso por reposición de libros legales de Importaciones y Exportaciones La Trinidad de Alajuela S. A., cédula jurídica número tres-ciento uno-dos dos cinco seis tres nueve, se hace aviso formal de los libros de Asamblea de Socios, Registro de Socios y Asamblea de Junta Directiva por extravío, quien se considere afectado puede manifestar su oposición ante el Registro Nacional a partir de la publicación.—Ciudad de Alajuela, ocho de setiembre del 2021.—Lic. Maximiliano Vargas Hidalgo, Notario Público.—1 vez.—( IN2021581190 ).

PUBLICACIÓN DE PRIMERA VEZ

Al ser las quince horas del ocho de setiembre del dos mil veintiuno, en esta notaría, se protocolizó acta de asamblea extraordinaria de socios, que reformó el pacto social de la empresa: My Dentist Costa Rica Consortium Sociedad Anónima, cédula jurídica número tres-ciento uno-setecientos ochenta y un mil treinta y seis, disminuyendo su capital social.—Curridabat, ocho de setiembre del dos mil veintiuno.—Lic. Esteban Francisco Troyo Dittel, Notario.—( IN2021581306 ).

PUBLICACIÓN DE UNA VEZ

Por escritura otorgada por el suscrito notario a las 16:00 horas del 07 de setiembre del 2021, se reforma administración y se nombra gerentes para Paraíso Adicora Limitada.—Lic. Olman Aguilar Castro, Notario.—1 vez.—( IN2021580839 ).

Hoy protocolicé Acta de Asamblea General Extraordinaria de socios de la sociedad Fumi Sibu Atlántica S. A., con cédula jurídica N° 3-101-304875. Se reforma la cláusula Quinta del pacto social. Escritura otorgada en San José, a las 16:30 horas del 07 de setiembre del 2021.—Licda. Imelda Arias del Cid, Notaria.—1 vez.—( IN2021580909 ).

Ante esta notaría, en la ciudad de Alajuela, de la esquina noroeste del Parque Juan Santamaría veinticinco metros al norte, costado oeste del Teatro Municipal, puerta de hierro con vidrio, a las once horas del día dos de setiembre del año dos mil veintiuno, se procedió a protocolizar el acta de la Asamblea General Extraordinaria de Accionistas de El Mar de Occidente S. A., mediante la cual se acuerda modificar la cláusula de la administración.—Alajuela, seis de setiembre del dos mil veintiuno.—Licda. Ingrid Jiménez Godoy, Notaria.—1 vez.—( IN2021580913 ).

Por escritura número 51-3, otorgada ante mí a las 08:30 horas del 25 de agosto de 2021, se protocolizó acta de asamblea extraordinaria de socios de El Cuco Tico S. A., cédula jurídica número 3-101-030390, mediante la cual se acordó disolver la sociedad.—San José, 08 de setiembre de 2021.—Lic. Bernal Eduardo Alfaro Solano, Notario Público.— 1 vez.—( IN2021580945 ).

NOTIFICACIONES

JUSTICIA Y PAZ

JUNTA ADMINISTRATIVA DEL REGISTRO NACIONAL

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL

Documento Admitido Traslado al Titular

PUBLICACIÓN DE SEGUNDA VEZ

Ref: 30/2021/6435.—Simón Alfredo Valverde Gutiérrez, casado una vez, cédula de identidad 303760289, en calidad de apoderado especial de Monster Energy Company.—Documento: Nulidad por parte de terceros.— Nro y fecha: Anotación/2-139638 de 22/12/2020.— Expediente: 2017-0005583.—Registro 275269.—Maletsi en clase(s) 30 32 Marca Mixto.

Registro de la Propiedad Intelectual, a las 10:40:40 del 26 de enero de 2021.

Conoce este Registro, la solicitud de Nulidad por parte de terceros, promovida por el Simón Alfredo Valverde Gutiérrez, cédula de identidad 303760289, en calidad de apoderado especial de MONSTER ENERGY COMPANY, contra el registro del signo distintivo MALETSI, Registro 275269, el cual protege y distingue: Té, condimentos, salsas, especias, cacao, café, helado, miel.; Siropes, bebidas sin alcohol, preparaciones para elaborar bebidas. en clase 30 y 32 internacional, propiedad de TICO INFUSIÓN S.A., cédula jurídica 3101623225. Conforme a lo previsto en los artículos 37 de la Ley de Marcas y otros Signos Distintivos, y los artículos 48 y 49 del Reglamento a la Ley de Marcas y Otros Signos Distintivos, Decreto Ejecutivo 30233-J; se procede a TRASLADAR la solicitud de Nulidad por parte de terceros al titular citado, para que en el plazo de UN MES contados a partir del día hábil siguiente de la presente notificación, proceda a pronunciarse respecto a la misma y demuestre su mejor derecho, aportando al efecto las pruebas que estime convenientes, para lo cual se comunica que el expediente se encuentra a disposición de las partes en este Registro. Se les previene a las partes el señalamiento de lugar o medio para recibir notificaciones y se advierte al titular que de no indicarlo, o si el medio escogido imposibilitare la notificación por causas ajenas al despacho, o bien, si el lugar señalado permaneciere cerrado, fuere impreciso, incierto o inexistente, quedará notificado de las resoluciones posteriores con sólo que transcurran veinticuatro horas después de dictadas, conforme lo dispone los artículos 11 y 34 de la Ley de Notificaciones, Ley 8687. A manera de excepción y en caso de que esta resolución sea notificada mediante publicación en el Diario Oficial La Gaceta, sin que medie apersonamiento del titular al proceso con el respectivo aporte del medio o lugar para recibir notificaciones, se aplicará lo dispuesto en los artículos 239, 241 incisos 2, 3 y 4 y 242 de la Ley General de la Administración Pública. Notifíquese.—Johana Peralta Azofeifa, Asesor Jurídico.—( IN2021580672 ).

Ref: 30/2021/3433.—María Gabriela Arroyo Vargas, casada una vez, cédula de identidad 109330536, en calidad de apoderada especial de Alimentos Maravilla S. A. Documento: Cancelación por falta de uso Interpuesto por: Alimentos Maravilla S. A. Nro y fecha: Anotación/2-139823 de 06/01/2021 Expediente: 2011-0002477. Registro 211190 Sip en clase 30 Marca Mixto.—Registro de la Propiedad Intelectual, a las 08:57:40 del 15 de enero de 2021.

Conoce este Registro, la solicitud de Cancelación por falta de uso, promovida por el María Gabriela Arroyo Vargas, casada una vez, cédula de identidad N° 109330536, en calidad de Apoderado Especial de Alimentos Maravilla S. A., contra el registro del signo distintivo Sip, Registro Nº 211190, el cual protege y distingue: Café, azúcar, arroz, tapioca, sucedáneos del café; harinas y preparaciones hechas de cereales, pan, pastelería y confitería, helados comestibles; miel, jarabe de melaza; levadura, polvos para esponjar; sal, mostaza; vinagre, salsas (condimentos) y especias, en clase 30 internacional. Conforme a lo previsto en los artículos 38/39 de la Ley de Marcas y otros Signos Distintivos, y los artículos 48 y 49 del Reglamento a la Ley de Marcas y Otros Signos Distintivos, Decreto Ejecutivo Nº 30233-J; se procede a trasladar la solicitud de Cancelación por falta de uso al titular citado, para que en el plazo de un mes contados a partir del día hábil siguiente de la presente notificación, proceda a pronunciarse respecto a la misma y demuestre su mejor derecho, aportando al efecto las pruebas que estime convenientes, para lo cual se comunica que el expediente se encuentra a disposición de las partes en este Registro. Se les previene a las partes el señalamiento de lugar o medio para recibir notificaciones y se advierte al titular que de no indicarlo, o si el medio escogido imposibilitare la notificación por causas ajenas al despacho, o bien, si el lugar señalado permaneciere cerrado, fuere impreciso, incierto o inexistente, quedará notificado de las resoluciones posteriores con sólo que transcurran veinticuatro horas después de dictadas, conforme lo dispone los artículos 11 y 34 de la Ley de Notificaciones, Ley N° 8687. A manera de excepción y en caso de que esta resolución sea notificada mediante publicación en el Diario Oficial La Gaceta, sin que medie apersonamiento del titular al proceso con el respectivo aporte del medio o lugar para recibir notificaciones, se aplicará lo dispuesto en los artículos 239, 241 incisos 2, 3 y 4 y 242 de la Ley General de la Administración Pública. Notifíquese.—Johana Peralta Azofeifa, Asesor Jurídico.—( IN2021580846 ).

Ref: 30/2021/4266.—María Gabriela Arroyo Vargas, casada una vez, cédula de identidad 109330536, en calidad de Apoderado Especial de Alimentos Maravilla Sociedad Anónima.—Documento: Cancelación por falta de uso.—Nro y fecha: Anotación/2-139075 de 25/11/2020.—Expediente: 2011-0002477.—Registro N° 211190 Sip en clase 29 marca mixto.

Registro de la Propiedad Intelectual, a las 10:32:45 del 19 de enero de 2021.—Conoce este Registro, la solicitud de Cancelación por falta de uso, promovida por el María Gabriela Arroyo Vargas, casada una vez, cédula de identidad 109330536, en calidad de Apoderado Especial de Alimentos Maravilla Sociedad Anónima, contra el registro del signo distintivo Sip, Registro N° 211190, el cual protege y distingue: Frutas y legumbres en conserva, congeladas, secas y cocidas; jaleas, mermeladas, compotas; aceites y grasas comestibles. en clase 29 internacional, propiedad de Operaciones Sólidas ESE & ESE S. A., cédula jurídica 3-101-209627.Conforme a lo previsto en los artículos 38/39 de la Ley de Marcas y otros Signos Distintivos, y los artículos 48 y 49 del Reglamento a la Ley de Marcas y Otros Signos Distintivos, Decreto Ejecutivo N° 30233-J; se procede a trasladar la solicitud de Cancelación por falta de uso al titular citado, para que en el plazo de un mes contados a partir del día hábil siguiente de la presente notificación, proceda a pronunciarse respecto a la misma y demuestre su mejor derecho, aportando al efecto las pruebas que estime convenientes, para lo cual se comunica que el expediente se encuentra a disposición de las partes en este Registro. Se les previene a las partes el señalamiento de lugar o medio para recibir notificaciones y se advierte al titular que de no indicarlo, o si el medio escogido imposibilitare la notificación por causas ajenas al despacho, o bien, si el lugar señalado permaneciere cerrado, fuere impreciso, incierto o inexistente, quedará notificado de las resoluciones posteriores con sólo que transcurran veinticuatro horas después de dictadas, conforme lo dispone los artículos 11 y 34 de la Ley de Notificaciones, Ley N° 8687. A manera de excepción y en caso de que esta resolución sea notificada mediante publicación en el Diario Oficial La Gaceta, sin que medie apersonamiento del titular al proceso con el respectivo aporte del medio o lugar para recibir notificaciones, se aplicará lo dispuesto en los artículos 239, 241 incisos 2, 3 y 4 y 242 de la Ley General de la Administración Pública. Notifíquese.—Johana Peralta Azofeifa, Asesor Jurídico.—( IN2021580847 ).

Ref: 30/2021/43780. The Quaker Oats Company. Documento: cancelación por falta de uso Interpuesta por Frigoríficos de Guatemala S.A. Nro. y fecha: anotación/2-143321 de 21/05/2021. Expediente: 2003-0003879 Registro N° 144748 VITALY en clase(s) 29 Marca Denominativa.—Registro de la Propiedad Intelectual, a las 10:22:37 del 14 de junio de 2021.

Conoce este Registro, la solicitud de cancelación por no uso, promovida por Simón Alfredo Valverde Gutiérrez, en su condición de apoderado especial de la sociedad Frigoríficos de Guatemala S.A., contra la marca  VITALYregistro N° 144748 inscrito el 26/02/2004, con vencimiento el 26/02/2024, la cual protege en clase 29 internacional “Carne, pescado, aves y caza; extractos de carne,; frutas y legumbres en conserva, secas y cocidas; jaleas y mermeladas, compotas; huevos, aceites y grasas comestibles” propiedad de The Quaker Oats Company, domiciliada en 555 W. Monroe Street, Chicago 60661, Estados Unidos de América.

Conforme a los artículos 39 de la Ley de Marcas, y 48 y 49 del Reglamento a la Ley de Marcas Decreto N° 30233-J; se da traslado de esta acción a quien represente a la titular del signo, para que en el plazo de un mes calendario contado a partir del día hábil siguiente de la presente notificación, se pronuncie respecto y demuestre su mejor derecho, y aporte al efecto las pruebas que estime convenientes, tomar en cuenta que por tratarse de una cancelación por no uso, es el titular del signo a quien le corresponde demostrar con prueba contundente el uso  del signo.

Se comunica que el expediente se encuentra a disposición de las partes en este Registro, asimismo en el expediente constan las copias de ley de la acción para el titular del signo. Se les previene a las partes el señalamiento de lugar o medio para recibir notificaciones y se advierte al titular que de no indicarlo, o si el medio escogido imposibilitare la notificación por causas ajenas al despacho, o bien, si el lugar señalado permaneciere cerrado, fuere impreciso, incierto o inexistente, quedará notificado de las resoluciones posteriores de manera automática con sólo transcurrir veinticuatro horas después de dictadas, conforme lo dispone los artículos 11 y 34 de la Ley de Notificaciones, Ley N° 8687.

A manera de excepción y en caso de que esta resolución sea notificada mediante publicación en el Diario Oficial La Gaceta, sin que medie apersonamiento del titular al proceso con el respectivo aporte del medio o lugar para recibir notificaciones, se aplicará lo dispuesto en los artículos 239, 241 incisos 2, 3 y 4 y 242 de la Ley General de la Administración Pública. Se advierte a las partes, que las pruebas que aporten deben ser presentadas en documento original o copia certificada (haciéndose acompañar la traducción necesaria y la legalización o apostillado correspondiente, según sea el caso), caso contrario la prueba no será admitida para su conocimiento, lo anterior conforme al artículo 294 y 295, de la Ley General de Administración Pública. Notifíquese.—Tomás Montenegro Montenegro, Asesor Jurídico.—( IN2021580867 ).

PUBLICACIÓN DE PRIMERA VEZ

Ref.: 30/2020/75988.—Giselle Reuben Hatounian, casada, dula de identidad N° 11359010, en calidad de Apoderado Especial de Dipo S.A..—Documento: Cancelación por falta de uso.—Nro. y fecha: Anotación/2-137904 de 30/09/2020.—Expediente: 2013-0005119 Registro N° 230215 Del Diario en clase(s) 29 marca denominativa.

Registro de la Propiedad Intelectual, a las 14:33:30 del 11 de noviembre del 2020.

Conoce este Registro, la solicitud de cancelación por falta de uso, promovida por Giselle Reuben Hatounian, casada, cédula de identidad N° 11359010, en calidad de apoderada especial de DIPO S. A., contra el registro del signo distintivo Del Diario, Registro N° 230215, el cual protege y distingue: Carne de ave, extractos de carne, huevos, en clase 29 internacional, propiedad de Promotora K. CH. M Sociedad Anónima.

Conforme a lo previsto en los artículos 38/39 de la Ley de Marcas y otros Signos Distintivos, y los artículos 48 y 49 del Reglamento a la Ley de Marcas y Otros Signos Distintivos, Decreto Ejecutivo N° 30233-J; se precede a TRASLADAR la solicitud de cancelación por falta de uso al titular citado, para que en el plazo de UN MES contado a partir del día hábil siguiente de la presente notificación, proceda a pronunciarse respecto a la misma y demuestre su mejor derecho, aportando al efecto las pruebas que estime convenientes, para lo cual se comunica que el expediente se encuentra a disposición de las partes en este Registro. Se les previene a las partes el señalamiento de lugar o medio para recibir notificaciones y se advierte al titular que, de no indicarlo, o si el medio escogido imposibilitare la notificación por causas ajenas al despacho, o bien, si el lugar señalado permaneciere cerrado, fuere impreciso, incierto o inexistente, quedara notificado de las resoluciones posteriores con solo que transcurran veinticuatro horas después de dictadas, conforme lo dispone los artículos 11 y 34 de la Ley de Notificaciones, Ley N° 8687. A manera de excepción y en caso de que esta resolución sea notificada mediante publicación en el Diario Oficial La Gaceta, sin que medie apersonamiento del titular al proceso con el respectivo aporte del medio o lugar para recibir notificaciones, se aplicará lo dispuesto en los artículos 239, 241 incisos 2), 3) y 4), y 242 de la Ley General de la Administración Pública. Notifíquese.—Carlos Valverde Mora, Asesor Jurídico.—( IN2021581270 ).

Ref.: 30/2021/5969.—Alejandro Rodríguez Castro, casado una vez, cédula de identidad 107870896, en calidad de apoderado especial de Aspen México S. de R.L. de C.V.—Documento: Cancelación por falta de uso.—Nro. y fecha: Anotación/2-139100 de 27/11/2020.—Expediente: 2014-0000513 Registro N° 237255 ABLALZAR en clase 5 Marca Denominativa.

Registro de la Propiedad Intelectual, a las 10:22:40 del 25 de enero de 2021.—Conoce este Registro, la solicitud de cancelación por falta de uso, promovida por el Alejandro Rodríguez Castro, casado una vez, cédula de identidad N° 107870896, en calidad de apoderado especial de Aspen México S. de R.L. de C.V., contra el registro del signo distintivo ABLALZAR, Registro N° 237255, el cual protege y distingue: Productos farmacéuticos en clase 5 internacional, propiedad de Laboratorios Andrómaco S.A.

Conforme a lo previsto en los artículos 38/39 de la Ley de Marcas y otros Signos Distintivos, y los artículos 48 y 49 del Reglamento a la Ley de Marcas y Otros Signos Distintivos, Decreto Ejecutivo N° 30233-J; se procede a trasladar la solicitud de cancelación por falta de uso al titular citado, para que en el plazo de un mes contados a partir del día hábil siguiente de la presente notificación, proceda a pronunciarse respecto a la misma y demuestre su mejor derecho, aportando al efecto las pruebas que estime convenientes, para lo cual se comunica que el expediente se encuentra a disposición de las partes en este Registro. Se les previene a las partes el señalamiento de lugar o medio para recibir notificaciones y se advierte al titular que de no indicarlo, o si el medio escogido imposibilitare la notificación por causas ajenas al despacho, o bien, si el lugar señalado permaneciere cerrado, fuere impreciso, incierto o inexistente, quedará notificado de las resoluciones posteriores con sólo que transcurran veinticuatro horas después de dictadas, conforme lo dispone los artículos 1 1 y 34 de la Ley de Notificaciones, Ley N° 8687. A manera de excepción y en caso de que esta resolución sea notificada mediante publicación en el Diario Oficial La Gaceta, sin que medie apersonamiento del titular al proceso con el respectivo aporte del medio o lugar para recibir notificaciones, se aplicará lo dispuesto en los artículos 239, 241 incisos 2, 3 y 4 y 242 de la Ley General de la Administración Pública. Notifíquese.—Carlos Valverde Mora, Asesor Jurídico.—( IN2021581309 ).

INSTITUTO NACIONAL DE APRENDIZAJE

PUBLICACIÓN DE TERCERA VEZ

Instituto Nacional de Aprendizaje, Órgano Director.—San José, al ser las siete horas del dos de setiembre del dos mil veintiuno.—Se inicia Procedimiento Ordinario Sancionatorio, en contra del señor John Lester Laurent Kauffman, cédula de identidad número 2-423-814, originado de la contratación directa 2020CD-000019-0002100001 para la contratación de Servicio para la Elaboración de Planes de Preparación y Respuesta ante Emergencias.” con fundamento en los artículos 99 inciso a) de la Ley de Contratación Administrativa y 223 y 224 del Reglamento a la Ley de Contratación Administrativa.

Resultando:

1°—Que el Instituto Nacional de Aprendizaje promovió mediante plataforma SICOP la Compra Directa 2020CD-000019-0002100001 para el Servicio para la Elaboración de Planes de Preparación y Respuesta ante Emergencias.”

2°—Que mediante Acta N° 72-2020, de fecha 14 de julio de 2020 del Proceso de Adquisiciones, según artículo único, se acuerda adjudicar la Compra Directa 2020CD-000019-0002100001 a la oferta presentada por el señor John Lester Laurent Kauffman, por un monto de ¢11.560.000,57 por cumplir con lo estipulado en el cartel y ofrecer un precio razonable, con un plazo de entrega de 90 días hábiles.

3°—Que en fecha 09 setiembre de 2020 se suscribió en la plataforma SICOP el contrato número 0432020012100041-00, con el señor John Lester Laurent Kauffman, para el Servicio para la elaboración de planes de preparación y respuesta ante emergencia con un plazo de entrega de 90 días hábiles.

4°—Que en fecha 09 de setiembre de 2020 se notifica formalmente el contrato iniciando el plazo de entrega de 90 días hábiles, orden de compra 28069 emitida por el Encargado del Proceso de Adquisiciones. (ver expediente electrónico Plataforma SICOP, contrato, punto 5, Información básica del contrato).

5°—Que mediante oficio ACS-INA-RO 07 de fecha 16 de diciembre de 2020, el señor John Lester Laurent Kauffman, interpone denuncia ante la Gerencia General aduciendo algunas supuestas actuaciones y omisiones de la Oficina de Salud Ocupacional en la ejecución del contrato 2020CD-000019-0002100001, indicando lo siguiente En vista del contenido con expresiones imprecisas e inexactas del oficio SO-344-2020, le insto a que se realice de manera apropiada el proceso de pago de la factura que presenté debidamente en fecha 09 de diciembre 2020 para que se realice el mismo en próximos días de este mes de diciembre 2020, para evitar proceder conforme lo que planteo dentro del presente oficio”.

6°—Que mediante oficio GG-1593-2020 de fecha 21 de diciembre de 2020, la Gerencia General pone en conocimiento al señor Efraín Muñoz Valverde Encargado a.i. Núcleo Comercio y Servicios sobre una denuncia presentada por el señor John Lester Laurent Kauffman, en contra de supuestas actuaciones y omisiones de la Oficina de Salud Ocupacional en la ejecución de la contratación directa 2020CD-000019-0002100001, solicitando de esta manera un criterio técnico al respecto.

7°—Que mediante oficio NSCS-7-2021 de fecha 21 de enero de 2021 el Núcleo Comercio y Servicios emite criterio técnico respecto los alegatos por parte del señor John Lester Laurent Kauffman.

8°—Que mediante oficio SO-4-2021 de fecha 25 de enero de 2021, la Oficina de Salud Ocupacional emite criterio Técnico respecto los alegatos por parte del señor John Lester Laurent Kauffman.

9°—Que mediante oficio GG-90-2021 de fecha 4 de febrero de 2021, la Gerencia General le remite a la Unidad de Compras Institucionales, la solicitud de pago de servicios brindados a la administración enviada por el señor John Lester Laurent Kauffman relacionada con la contratación directa 2020CD-000019-000210001, criterio técnico NSCS-7-2021 de fecha 21 de enero de 2021 el Núcleo Comercio y Servicios, SO-4-2021 de fecha 25 de enero de 2021 emitido por la Oficina de Salud Ocupacional, y solicita se determine las causales de los posibles in cumplimientos, a fin de determinar si procede o no, el inicio de un procedimiento de resolución contractual, con base a la documentación levantada por esta Gerencia General.

10.—Que mediante oficio UCI-35-2021 de fecha 05 de febrero, la Unidad de Compras Institucionales, solicitada a la Asesoría Legal se proceda a realizar la investigación y el debido proceso en caso de que efectivamente se comprueben los incumplimientos.

11.—Que mediante el oficio UCI-PA-883-2021 de fecha 21 de mayo de 2021, el Proceso de Adquisiciones, solicita el inicio del procediendo resolución contractual a la Asesoría Legal señalando unos supuestos incumplimientos por parte del señor John Lester Laurent Kauffman en el servicio de la contratación 2020CD-000019-0002100001.

12.—Que esa conducta podría ser sancionada conforme a lo que indica el artículo 99 inciso a) de la Ley de la Contratación Administrativa.

13.—Que de previo a dictar la respectiva resolución debe darse un procedimiento que garantice el debido proceso y se verifique la verdad real de los hechos.

14.—Que mediante resolución NOD-CA-S- 01-2021 de las 12 horas del 4 de agosto de dos mil veintiuno, la Presidencia Ejecutiva nombró como órgano director a las Licenciadas Vanessa Naranjo Mena y Roxana Ramírez Zúñiga para instruir el procedimiento sancionatorio en contra del señor John Lester Laurent Kauffman, por cuanto incurre en supuestos incumplimientos conforme a lo establecido en al artículo 99 inciso a) de la Ley de Contratación Administrativa.

Considerando:

Que el señor John Lester Laurent Kauffman. dentro de la ejecución de la contratación directa 2020CD-000019-0002100001 para la contratación de Servicio para la Elaboración de Planes de Preparación y Respuesta ante Emergencias, incumplió con algunas condiciones generales del cartel en el servicio de la contratación 2020CD-000019-0002100001.

En ese evento, la Ley de Contratación Administrativa, específicamente en su artículo 99 inciso a) establece que se hará acreedor de una sanción de apercibimiento, “El contratista que, sin motivo suficiente, incumpla o cumpla defectuosa o tardíamente con el objeto del contrato, sin perjuicio de la ejecución de las garantías de participación o cumplimiento, para cuya aplicación, constituye requisito previo la tramitación de un procedimiento administrativo, según lo regulado en los artículos 93 de la citada ley, en relación con los numerales 223 y 224 del Reglamento a la Ley de Contratación Administrativa.

De los hechos expuestos de la normativa citada, se deduce la necesidad de iniciar un procedimiento administrativo de naturaleza sancionatoria en contra del señor John Lester Laurent Kauffman, por supuesto incumplimiento que se le atribuye a que no cumplió con algunas condiciones contractuales y cuyo fin es imponerle la sanción de apercibimiento establecida en el artículo 99 supra citado de la Ley de Contratación Administrativa y en el artículo 223 del reglamento a esa ley, así como los artículos 308 y siguientes de la Ley General de la Administración Pública. Por tanto;

Este órgano director, con base en las consideraciones anteriores Resuelve:

I.—Iniciar un procedimiento administrativo de tipo sancionatorio en contra del señor John Lester Laurent Kauffman cédula de identidad número 2-423-814, con la finalidad de verificar la verdad real de los hechos expuestos e imponer, caso de que resulte procedente, la sanción de apercibimiento prevista en los artículos 99 de la Ley de Contratación Administrativa y 223 del Reglamento a la Ley de Contratación Administrativa, así como los artículos 308 y siguientes de la Ley General de la Administración Pública, por los siguientes hechos:

1.  Que el señor John Lester Laurent Kauffman, no tiene el respaldo técnico ni profesional para elaborar y firmar planes preparativos y respuesta ante emergencias. Por cuanto su papel en la contratación era de director del proyecto.

2.  Que el señor John Lester Laurent Kauffman, se propone en su oferta como Director de Proyectos e indica que las labores técnicas se realizarán con profesionales del área.

3.  Que el señor Laurent, se le aceptó a las siguientes personas profesionales:

1-  Carlos Brenes Fernández

2-  Paola Quesada Herrera

3-  Yorleny Rueda Vega

4-  Luis Rivera Calderón

5-  Carol Cindy Zavaleta Martínez

6-  Didier Sibaja Sosa

Pero que los que elaboraron los planes de emergencias fueron Anny Fernández V, Carlos Brenes H, Carol Zavaleta M, Paola Quesada H y Yorleny Rueda.

4.  Que el contratista, no informa de la incorporación de la señora Anny Fernández Vargas al Administrador del contrato incumpliendo con el punto 8 del cartel al no incluirla dentro de los profesionales propuestos para el desarrollo de la contratación y el punto 9 “sustitución de personal” del pliego de condiciones de la contratación” y tuvo una participación técnica en la elaboración de los planes de Emergencia sin contar con la aprobación del administrador del contrato.

5.  Que el señor Laurent participó como ejecutor y no solo como director de proyecto, según lo demuestran todas las bitácoras de visita a los Centros de Trabajo donde se realizaron los planes de preparación y respuesta ante emergencias.

6.  Que el contratista entrego los primeros 9 planes, al realizar la revisión y análisis, estos presentan muchos errores de forma y técnicos, también todo indicaba que en las visitas al sitio no se habían verificado las condiciones.

7.  Aclaro que al día 8 diciembre 2020 el señor Laurent no había enviado a esta Oficina el segundo grupo de planes para mi revisión, y es hasta el 9 diciembre 2020 que envía un oficio indicando que entrego por medio de we transfer los documentos con los planes de emergencias, junto con la factura electrónica, indicando que los planes de emergencias están aprobados, siendo esto falso.

8.  Que el contratista indica que el día 6 de diciembre 2020 envió el segundo grupo de planes, pero que se desconoce el medio en que los envió el contratista, porque no aviso al supervisor del contrato ni a alguna otra persona de la oficina de Salud Ocupacional el medio que los envió, que al 9 diciembre no se había revisado la totalidad de planes por cuanto no se había enviado con anterioridad el segundo grupo de planes.

9.  Que al 9 diciembre las personas encargadas de los centros estaban enviándole al contratista las observaciones a sus planes de emergencias.

II.—En razón de lo anterior, se convoca al señor John Lester Laurent Kauffman. a una Audiencia Oral y Privada a Celebrarse a las Ocho Horas Treinta Minutos del Veintiuno de Octubre del Dos Mil Veintiuno, en las oficinas de la Asesoría Legal del Instituto Nacional de Aprendizaje, sita en La Uruca, frente al Parque de Diversiones, sede de este órgano director.

III.—Se le previene al señor John Lester Laurent Kauffman. que debe aportar todos los alegatos y prueba el día de la audiencia o antes si a bien lo tiene, en cuyo caso, deberá hacerlo por escrito. A la audiencia deberá comparecer quien ostente poder legal suficiente para representar al señor Laurent Kauffman para lo cual deberá demostrar dicha representación por medio del poder correspondiente y si a bien lo tiene se haga acompañar de un abogado de su elección.

IV.—Se le informa al señor Laurent Kauffman que la Administración ha constituido un expediente digital en el que consta la prueba de cargo que sirve de fundamento a los cargos que se le atribuyen, el cual puede ser solicitado a la Asesoría Legal, INA La Uruca, mediante correo electrónico dirigido asesoría_legal2@ina.ac.cr, o bien solicitarlo de forma personal o por su abogado, en la oficina de la Asesoría Legal del Instituto Nacional de Aprendizaje sita en el edificio Administrativo de la Sede Central del INA en La Uruca.

V.—Se apercibe al señor interesado que una vez notificado este acto si no comparece a la citación que por este medio se le hace, el procedimiento seguirá hasta el dictado del acto final aún sin su intervención, sin que ello signifique la aceptación tácita de los hechos; asimismo que en el mismo escrito de descargos deberá señalar fax, correo electrónico, dirección o lugar cierto en esta ciudad para atender notificaciones, bajo el apercibimiento que de no hacerlo, de ser equívoco el señalamiento o tornarse incierto, los actos que se dicten posteriormente dentro del presente procedimiento le serán notificados en la dirección que conste en el expediente administrativo por indicación de la administración.

VI.—Finalmente se le informa que de conformidad con los artículos 345 y 346 de la Ley General de la Administración Pública, en contra de esta resolución son oponible, dentro de las veinticuatro horas posteriores a su notificación, los recursos ordinarios de revocatoria y apelación, los cuales deberán ser presentados ante este órgano director, pudiéndose presentar incluso por medio del fax de la Asesoría Legal N° 2296-5566; y que serán conocidos en su orden por este órgano director y por la Presidencia Ejecutiva.

Notifíquese.—Vanessa Naranjo Mena, Órgano Director.—Unidad de Compras Institucionales.—Allan Altamirano Díaz, Jefe.—O. C. N° 28214.—Solicitud N° 293203.—( IN2021580351 ).