LA GACETA N° 60 DEL 29 DE MARZO DEL 2022

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Nº 43452–S

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BANCO NACIONAL DE COSTA RICA

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INSTITUTO TECNOLÓGICO DE COSTA RICA

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DE LOS SERVICIOS PÚBLICOS

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AVISOS

CONVOCATORIAS

AVISOS

NOTIFICACIONES

SEGURIDAD PÚBLICA

JUSTICIA Y PAZ

CAJA COSTARRICENSE DE SEGURO SOCIAL

AUTORIDAD REGULADORA

DE LOS SERVICIOS PÚBLICOS

AVISOS

FE DE ERRATAS

MUNICIPALIDADES

MUNICIPALIDAD DE BELÉN

DIRECCIÓN ADMINISTRATIVA FINANCIERA

Léase correctamente en la Publicación en La Gaceta N° 26 del miércoles nueve de febrero del 2022: Con fundamento en la Resolución 031-2022 de las trece horas con quince minutos del día tres de febrero de dos mil veintidós, la Dirección Administrativa Financiera de la Municipalidad de Belén, comunica a los interesados, que la nueva tasa de interés por atraso en los pagos de los tributos municipales tendrá un interés del 6.70% anual, lo que equivale a un 0.56%, mensual o un 0.0186% diario, mismo que entró en vigor el pasado nueve de febrero de 2022.

San Antonio de Belén, 22 de marzo de 2022.—Lic. Jorge Luis González González, Director Administrativo Financiero.— 1 vez.—O.C. N° 36038.—Solicitud N° 337280.—( IN2022633718 ).

AVISOS

ASOCIACIÓN DEPORTIVA DE ÁRBITROS

DE FUTBOL DE GRECIA

Que de la Asociacion Deportiva de Árbitros de Futbol de Grecia, cédula jurídica número: 3-002-432802, domiciliada en Alajuela Grecia, sociedad debidamente inscrita en el Registro Mercantil al Tomo: 553, Asiento: 1362, aclaro que la Asociación procedió a realizar dos publicaciones hechas en La Gaceta Número doscientos veintinueve del día veintiséis de noviembre del dos mil veintiuno y en el periódico La Nación el sábado veintisiete de noviembre del dos mil veintiuno, en donde por un error involuntario se indicó que los Libros extraviados eran los Tomos Número Dos, siendo que el Libro extraviado es el de Actas de Asambleas General Tomo Uno, y no como por error se indicó en La Gaceta Número doscientos veintinueve del día veintiséis de noviembre del dos mil veintiuno y periódico La Nación el sábado veintisiete de Noviembre del dos mil veintiuno.

Grecia, veintitrés de marzo del dos mil veintidós.—Licda. Sara María Barrantes Hernández.—1 vez.—( IN2022633812 ).

PODER LEGISLATIVO

PROYECTOS

PROYECTO DE LEY

Reforma a la ley N° 9941, “Ley de Reactivación y Reforzamiento de la Red Nacional de Cuido y Desarrollo Infantil”, para Garantizar su Adecuado Financiamiento

Expediente N° 22.960

ASAMBLEA LEGISLATIVA:

La Constitución Política en su artículo 55 establece como una obligación del Estado costarricense la protección de la madre y el menor de edad, creando, para liderar esta función una institución autónoma, al disponer lo siguiente:

“Artículo 55.- La protección especial de la madre y del menor estará a cargo de una institución autónoma denominada Patronato Nacional de la Infancia, con la colaboración de las otras instituciones del Estado.”

Esta obligación se refuerza con otros mandatos constitucionales que se orientan hacia la protección social del Estado de las poblaciones más vulnerables, como se menciona en los artículos 50 y 51 de la Constitución Política. Es así como la vocación social del Estado Costarricense se ha manifestado en la creación de instituciones del sector social y de políticas públicas orientadas a enfrentar diversas problemáticas sociales que viven, principalmente, las personas en condición de pobreza y vulnerabilizadas.

En ese sentido, mediante el Decreto Ejecutivo N° 36.020, del 8 de mayo del 2010 [1], se declaró de interés público la conformación y creación de la Red de Cuido, lo que permitió el desarrollo e implementación de la Política de Red de Cuido y Desarrollo Infantil de acceso público, universal y de financiamiento solidario que buscaba apoyar la inserción educativa y laboral de las mujeres.  Posteriormente, el 24 de marzo del 2014 se aprobó la Ley N.° 9220, Red Nacional de Cuido y Desarrollo Infantil, con el fin de institucionalizar esta política pública, como un programa universal para la atención tanto de niños en pobreza extrema, pobreza, en riesgo y vulnerabilidad social que articula las diferentes modalidades de prestación pública y privada de servicios en materia de cuido y desarrollo infantil, para fortalecer y ampliar las alternativas de atención infantil integral.

A pesar del avance tan importante que significó esta Ley aprobada en el año 2014, no fue suficiente para atender las necesidades de cuido que existen en el país, por lo que resultó necesario reformar la Ley N° 9220 y otras normas, para fortalecer la Red Nacional de Cuido.

En ese sentido es que se planteó el proyecto de ley N° 21.957, que dio origen a la Ley N° 9941, “Ley de Reactivación y Reforzamiento de la Red Nacional de Cuido y Desarrollo Infantil”, que reforma varios artículos de la Ley N°9220 del 15 de febrero del 2021, con el propósito de fortalecer la Red Nacional de Cuido, dotándola de mejores herramientas y financiamiento para hacerle frente a las necesidades de cuido que enfrenta el país, que resulta trascendental para la reactivación económica y la generación de empleo, especialmente en las mujeres.

En la exposición de motivos del Expediente Legislativo N° 21.957, los proponentes señalaron claramente cuál era el espíritu de la norma, en relación con las fuentes de financiamiento para la Red Nacional de Cuido. En el artículo 3 de esta norma, se adicionó un inciso a) al artículo 34 de la Ley N° 7648, Ley Orgánica del Patronato Nacional de la Infancia, de 9 de diciembre de 1996, el cual indica lo siguiente:

“Artículo 34.—Fuentes de financiamiento Para cumplir cabalmente con sus fines y desarrollar sus programas de manera óptima, el Patronato Nacional de la Infancia (PANI) contará con estas fuentes de financiamiento: a) El Estado deberá transferir un cinco por ciento (5%) de lo recaudado en el año fiscal anterior por concepto de impuesto sobre la renta al Patronato en un solo giro, en el mes de enero de cada año. Del total de estos recursos, el veinte por ciento (20%) serán dotados a la Red Nacional de Cuido y Desarrollo Infantil. […]

Como se desprende de esta modificación realizada por el legislador, el espíritu de la reforma fue fortalecer la Red Nacional de Cuido y dotarla de recursos para su mejor funcionamiento y con ello cumplir el mandato constitucional de protección de la madre y el menor de edad.

Estos ingresos que establece la Ley N° 9941, implican necesariamente un aumento presupuestario para el PANI del 5% de lo recaudado en el año fiscal anterior por concepto de impuesto sobre la renta, por lo cual, debería estar excluido por una única vez de la aplicación de la regla fiscal, para poder garantizar el cumplimiento de las nuevas funciones que se le asignan.

Si no se excluyen de la aplicación de la regla fiscal, se imposibilita la capacidad del Estado de transferir los recursos que otorgó la Ley N° 9941, ya que debido a la regla fiscal, el PANI no tiene actualmente espacio presupuestario y, para poder cumplir con sus obligaciones con la Red Nacional de Cuido y Desarrollo Infantil (Redcudi), tendría inevitablemente que dejar de cubrir otras necesidades, compromisos o servicios que la institución ya tiene previstos por Ley.

Ante este problema, es necesario excluir estos recursos por una única vez de la regla fiscal, para establecer la nueva base de cálculo, a partir de la cual el PANI tendrá que seguir aplicando hacia adelante la regla fiscal, sin que se vean afectados los servicios que brinda en favor de la niñez y de las labores de cuido que requieren muchas familias en el país.

Adicionalmente, se debe recalcar, que la exclusión de la aplicación de la regla fiscal por una única vez encuentra fundamento en que la Ley N° 9941 creó nuevamente recursos con destinos específicos para que sean utilizados para la niñez y la adolescencia, y particularmente, en las labores de cuido, esta es una ley especial y de vigencia posterior a la Ley N° 9635 que es la ley general. Dicha Ley establece un régimen especial particular, en relación con las fuentes de ingreso para el funcionamiento de la REDCUDI, cuyos efectos también cubren a la fuente de financiamiento ordinaria del PANI, establecida en el artículo 34 inciso a) de la Ley N° 7648 y que debe primar sobre la Ley de Fortalecimiento de las Finanzas Públicas, dado que esta última es una ley general anterior. No considerar esto o tener una interpretación en sentido contrario, implicaría necesariamente que el financiamiento de la citada Red sea inaplicable, lo que vulnera el criterio de especialidad empleado por el legislador.

Al revisar el expediente legislativo N° 21957, mediante el cual se tramitó la Ley N° 9941, específicamente el Dictamen Unánime Afirmativo aprobado por la Comisión Dictaminadora, en el cual, se observa claramente la voluntad del legislador de dotar de más recursos a la Red de Cuido. El dictamen indica:

“(...) Cabe decir, que el pasado 11 de agosto se aprobaron una serie de mociones presentadas al proyecto de ley. De los cambios realizados destaca el siguiente:

El Estado deberá transferir un cinco por ciento (5%) de lo recaudado en el año fiscal anterior por concepto de impuesto sobre la renta, al Patronato Nacional de la Infancia. Del total de estos recursos, el veinte por ciento (20%) serán dotados a la Red Nacional de Cuido y Desarrollo Infantil.

Con dicha disposición, se estaría garantizando al menos 18 mil millones de colones a la Red de Cuido. Cabe decir, que antes de la aprobación de la Ley 9635 “Ley de Fortalecimiento de las Finanzas Públicas”, la cual derogó la asignación de los recursos provenientes del impuesto sobre la renta, al PANI le correspondía un 7% de lo recaudado por dicho impuesto, sin embargo, la mayor asignación que logró recibir fue de un 4,7%, no obstante, su ejecución final nunca logró llegar ni al 80% de lo recibido.

Ante ello, las mociones aprobadas el 11 de agosto, no afectarán al PANI ni al Presupuesto Nacional, contrario a ello, realiza una mejor distribución del recurso disponible de una manera más eficiente.

Es importante aclarar que, por disposición de la propia Sala Constitucional, el PANI debe seguir recibiendo un porcentaje específico de lo recaudado por el impuesto de la renta, ante ello, la disposición de la Ley N° 9635, antes mencionada, para este caso no podrá ser aplicada (...)”.

A pesar de la voluntad del legislador, claramente identificada en el dictamen del proyecto que dio vida a la Ley N° 9941, durante la tramitación del presupuesto de la República para el ejercicio presupuestario 2022, se interpretó de manera distinta al espíritu del legislador, provocando una afectación a los recursos del PANI para hacer frente a la Red de Cuido.

En este mismo razonamiento ya se ha pronunciado la Secretaría Técnica de la Autoridad Presupuestaria, quien en su oficio STAP-1105-2021 señaló lo siguiente:

“De esta manera como se dijo anteriormente si, bien el artículo 7 de la mencionada Ley No 9635, dispone un destino general para los superávits libres generados por la aplicación de la regla fiscal, para todos los entes y órganos del sector público no financiero (amortizar su propia deuda y en caso de entidades que reciben transferencias del presupuesto nacional, reintegrar el superávit para ser utilizado en la amortización de deuda o en inversión pública), lo cierto es que el numeral 15 inciso c) de la citada Ley 9941, de manera especial, y posterior a la emisión de la primera, establece un destino específico para el uso del superávit libre del PANI del año 2019, que sería el financiamiento de la Redcudi.

Al respecto la Procuraduría General de la República, en el Dictamen No. C-0482008 del 18 de febrero del 2008, citado en el Dictamen No. C-281-2019 de 01 de octubre de 2019, ha manifestado lo siguiente:

“Para que pueda entenderse que una ley especial priva sobre una ley con pretensión de generalidad, es necesario que la primera sea posterior, lo que evidencia la intención irrefutable del legislador de establecer una excepción a la regla”. (...)

De lo anteriormente expuesto, queda claro que, en virtud del criterio de interpretación de especialidad, en opinión de esta Unidad de Asuntos Jurídicos privaría lo dispuesto en la Ley No 9941 sobre lo normado en la Ley No. 9635, específicamente en cuanto al restablecimiento del destino específico proveniente del impuesto sobre la renta a favor del PANI y sobre el uso que debe darse al superávit libre, en este último caso, únicamente en lo que respecto al del año 2019”.

En razón de lo expuesto, es necesario y urgente que se exima por una única vez de la aplicación de la regla fiscal a los recursos aprobados para el financiamiento de la Red Nacional de Cuido, mediante la Ley N° 9941.

Por los motivos anteriormente señalados, se presenta la siguiente propuesta de REFORMA A LA LEY N° 9941, “LEY DE REACTIVACIÓN Y REFORZAMIENTO DE LA RED NACIONAL DE CUIDO Y DESARROLLO INFANTIL”, PARA GARANTIZAR SU ADECUADO FINANCIAMIENTO, para que se introduzca un

Transitorio V, para que se entienda que por una única vez, los recursos destinados para el financiamiento de la Red de Cuido estarán exentos de la aplicación de la regla fiscal.

LA ASAMBLEA LEGISLATIVA DE LA REPÚBLICA

DE COSTA RICA

DECRETA:

REFORMA A LA LEY N 9941, “LEY DE REACTIVACIÓN

Y REFORZAMIENTO DE LA RED NACIONAL DE CUIDO

Y DESARROLLO INFANTIL”, PARA GARANTIZAR

SU ADECUADO FINANCIAMIENTO

ARTÍCULO ÚNICO-             Adiciónese un Transitorio V a la Ley N° 9941 del 15 de febrero del 2021, “Ley de Reactivación y Reforzamiento de la Red Nacional de Cuido y Desarrollo Infantil”, publicado en La Gaceta N° 42 del 2 de marzo de 2021, para que diga lo siguiente:

Transitorio V-     Los recursos a los que hace referencia el inciso a) del artículo 34 contenido en la artículo 3 de la presente Ley, quedarán excluidos por una única vez de la aplicación de la regla fiscal, contemplada en la Ley N° 9635, “Ley de fortalecimiento de las finanzas públicas” del 3 de diciembre de 2018. El poder Ejecutivo procederá a presentar ante la Asamblea Legislativa un presupuesto extraordinario para incorporar dichos recursos al presupuesto ordinario del 2022. A partir del presupuesto ordinario del 2023 dichos recursos se considerarán como parte del monto a incluir dentro de los límites de la regla fiscal del Gobierno Central, cuyo límite será ampliado en el porcentaje de los citados recursos incorporado de conformidad con la presente ley”.

Rige a partir de su publicación.

Dado en la Presidencia de la República, a los catorce días del mes de marzo del año dos mil veintidós.

CARLOS ALVARADO QUESADA

Elian Villegas Valverde

Ministro De Hacienda

Silvia Lara Povedano

Ministra De Trabajo y Seguridad Social

Juan Luis Bermúdez Madriz

Ministro De Desarrollo Humano E Inclusión Social

NOTAS:      Este proyecto pasó a estudio e informe de la Comisión Permanente Ordinaria de Asuntos Sociales.

El Departamento de Servicios Parlamentarios ajustó el texto de este proyecto a los requerimientos de estructura.

1 vez.—Exonerado.—( IN2022632809 ).

REFORMA DEL ARTÍCULO 11 LA LEY N.º 1758,

DE 19 DE JUNIO DE 1954, LEY DE RADIO,

Y SUS REFORMAS

Expediente N.° 22.954

ASAMBLEA LEGISLATIVA:

La industria costarricense de producción audiovisual con fines publicitarios está compuesta por distintos profesionales, quienes desde la parte técnica, artística y administrativa brindan sus servicios de manera independiente o como parte de empresas dedicadas a este fin. La amplia variedad de participantes que engloba esta industria creativa genera extensas cadenas de valor cuyo elemento esencial es el recurso humano. Estos trabajadores y trabajadoras se encuentran en capacitación continua, con el fin de elevar el profesionalismo de su labor y de honrar los deberes, derechos y obligaciones que como sector productivo les acompañan.

Al tomar en consideración los datos reflejados en la cuenta satélite de cultura de Costa Rica, en el 2019 el aporte de los 8 sectores culturales (artes escénicas, artes visuales, audiovisual, diseño, editorial, educación cultural y artística, música y publicidad) fue de ¢772.630 millones de colones (1.316 millones de dólares), representando el 2,1% del PIB nacional. Dicho monto, según destaca esta página, es equivalente al aporte del suministro de energía eléctrica, gas, vapor y aire acondicionado (2,1%) y es superior a la contribución de dos productos agrícolas tradicionales de la economía costarricense, cultivo de banano y cultivo y manufactura de café (1,5%) (Cuenta satélite de cultura, 2020, en línea).

Estas cifras resultan de gran relevancia ya que ejemplifican el impacto cultural y financiero que las voces, identidades, trabajo intelectual, técnico y artístico de los integrantes que las industrias creativas causan en la economía nacional promoviendo el desarrollo social y económico del sector.

Sin embargo, en los años recientes se han presentado una serie de situaciones adversas que están afectando negativamente estos encadenamientos productivos creativos. En primer lugar, existe una disminución notoria, de conocimiento público, en la producción audiovisual nacional con fines comerciales. A raíz del marco legal existente que tiene un rezago de más de 58 años, ha provocado un aumento considerable de la introducción de anuncios comerciales producidos integralmente en el extranjero, traídos a Costa Rica con el objetivo de ser pautados directamente por parte de empresas transnacionales, y desincentivando así la producción audiovisual nacional.

En concreto, el marco legal actual resulta perjudicial, abismalmente desactualizado, y es en gran parte responsable del desplazamiento que sufre la producción nacional audiovisual. Más específicamente, la normativa actual se encuentra totalmente desvinculada de la realidad nacional. Actualmente, el artículo 11 inciso d) de la Ley de Radio, ley N.° 1758, que data de 1958, establece:

…la importación de cortos comerciales fuera del área centroamericana pagará un impuesto del 100% de su valor pero en ningún caso será inferior a diez mil colones (¢10,000) o superior a cincuenta mil colones (¢ 50,000). Como complemento el inciso b del mismo artículo 11 indica que: “… si los anuncios consistieren en tonadas (jingles) grabados en el extranjero deberá pagarse por una sola vez, la suma de mil colones (¢1,000.00) de impuesto por cada uno que se trasmita.” (Ley N.°1758, Sinalevi).

La lectura de ambos incisos permite concluir que, para cualquier empresa transnacional interesada en difundir un espacio publicitario producido fuera de Costa Rica, únicamente debe considerar el pago de cincuenta y un mil colones, en el peor de los casos. Lo anterior constituye una suma de dinero muy por debajo de los costos de producción nacional, siendo por esta razón que las empresas recurren cada vez más a publicidad traída del extranjero en detrimento de la industria creativa nacional.

De igual forma, la redacción obsoleta del artículo 11 de la Ley de Radio de 1954, afecta directamente a los pequeños y medianos empresarios nacionales, que necesitan establecer estrategias de comunicación para vender sus productos y servicios en Costa Rica. Como se ha expuesto, la redacción actual de este artículo incentiva a las empresas transnacionales para que, pagando únicamente ¢51,000 de impuesto de importación, utilicen en territorio nacional su publicidad extranjera, mientras tanto los empresarios nacionales deben invertir miles de dólares para contratar una agencia de publicidad que realice su estrategia de mercadeo, el plan de medios y sus materiales audiovisuales para finalmente pautar su publicidad y alcanzar el público meta.

Ante ello, el despacho de la diputada María José Corrales, mediante oficio FPLNMJCCH-044-2022 con fecha 01 de marzo del presente año, solicitó al Banco Central de Costa Rica la estimación del valor de mil colones, tres mil colones y cincuenta mil colones del año 1954 al valor actual. Por lo que, mediante oficio PRE/0023/2022 con fecha 03 de marzo del 2022, emitido por el señor Rodrigo Cubero Brealey, presidente del Banco Central, se da a conocer la siguiente tabla:

Monto colones 1954

Equivalente a colones de 2022

50 000

32 483 106

3 000

1 948 986

1 000

649 662

 

Fuente: Elaborado por el Banco Central de Costa Rica, utilizando varias series de Índices de precios al Consumidor (IPC), 2022

En síntesis, la dinámica de mercado de este sector se ha vuelto devastadora para la producción audiovisual costarricense, pues la actual Ley de Radio fomenta por su obsolescencia, que la gran mayoría de la producción de comerciales publicitarios sea extranjera. La presencia de empresas de reconocido calibre internacional en el medio de comunicación nacional es abrumadora, debido a que estas empresas simplemente reutilizan sus producciones internacionales en Costa Rica valiéndose de que el costo de su implementación en territorio nacional es manifiestamente bajo. Consecuencia de lo anterior, Costa Rica ha dejado de ser un país productor de contenido audiovisual publicitario, aunque se disponga del talento artístico y técnico para su realización.

Otro ejemplo concreto de la problemática actual que enfrenta la economía creativa costarricense lo constituye la locución comercial. Este oficio, pese a estar definido jurídicamente mediante el artículo 5, inciso 10), y regulado por el artículo 131, ambos del Reglamento a la Ley General de Telecomunicaciones, no ha recibido la protección legal y material correspondiente. Lo anterior encuentra su fundamento en el artículo 132 del citado reglamento, el cual dice que:

la inobservancia de cualquier obligación de las contenidas en este Título, facultará al Departamento de Radio del Ministerio de Ambiente, Energía y Telecomunicaciones para iniciar proceso administrativo para el cobro de la multa establecida en artículo 11, inciso h) de la Ley N º 1758, el cual será cobrado por cada vez que se incumpla la disposición. (Reglamento N.º 34765, 2008, Sinalevi).

Dicha norma señala además que:

la radioemisora, televisora o sala de cine que incumpla cualquier regulación de las establecidas en este artículo pagará una multa de tres mil colones (¢3,000.00) y la que dejare de pagar cualquiera de los impuestos establecidos deberá pagar el doble del impuesto correspondiente según el caso. (Reglamento N.º 34765, 2008, Sinalevi).

Es decir, en la actualidad las sanciones por irrespetar las disposiciones legales que regulan la locución comercial nacional y la introducción de publicidad extranjera en nuestro país hacen que la legislación se convierta en letra muerta, propiciando con esto una lesión de los intereses laborales y socioeconómicos de esta actividad económica que representa más de un 2% del PIB, tal como se manifestó en párrafos anteriores.

Es por lo expuesto que actualizar los montos arcaicos establecidos en el artículo 11 de la Ley de Radio, en correspondencia con los costos de producción audiovisual nacional, persigue cuatro objetivos fundamentales:

a) Promover e incentivar la producción audiovisual nacional y a todos quienes forman parte de la cadena de valor ya mencionada, conocida en sentido amplio como economía naranja.

b) Dotar de recursos al Departamento de Control de Radio para que ejecuten la supervisión y vigilancia adecuada a la pauta comercial y el cumplimiento de las disposiciones de la ley.

c) Establecer igualdad de condiciones y de libre competencia entre los empresarios de bienes y servicios nacionales, y las empresas transnacionales respecto a la producción y realización de material audiovisual publicitario.

d) Permitir al erario público obtener recursos frescos en medio de la actual crisis fiscal, potenciando encadenamientos productivos que fortalezcan el crecimiento económico mediante la creación de nuevas fuentes de empleo.

Mediante la actualización de los cánones establecidos en el artículo 11 de la Ley de Radio se estimulará la industria audiovisual y el talento artístico nacional, haciendo uso de la legislación como garante del adecuado desarrollo económico de la economía creativa. Cabe destacar que no se pretende eliminar la pauta de producciones extranjeras en Costa Rica, pero sí resulta de interés propiciar las condiciones básicas para que el sector audiovisual nacional participe del libre mercado en igualdad de condiciones.

Otro factor a considerar es que la crisis sanitaria provocada por la Pandemia del covid-19 afectó a muchos sectores de la población, entre los que se destaca al sector cultural (actores, actrices, compositores, músicos, cantantes, ejecutantes de instrumentos, personas bailarinas, artistas, entre otros) quienes se vieron amenazados indudablemente al verse en la obligación de cerrar y suspender sus actividades productivas de manera inmediata. Por ende, la actualización de los incisos de la ley que se pretende reformar le brindará a la economía naranja las herramientas requeridas para volver a fortalecerse y reactivar sus opciones de trabajo.

Además, al reactivarse la economía naranja se reactiva también la recaudación fiscal por los servicios que se brindan, por medio de este sector, a través del IVA y el impuesto de la renta, sin contar con los encadenamientos productivos que esta actividad generaría.

Traer a valor presente los montos, que propone el presente proyecto de ley, rescata el espíritu del legislador quien en 1954 pretendió incentivar la producción audiovisual nacional, que es al fin de cuentas el propósito de esta iniciativa de ley utilizando para ello el valor actual de salario base, con el fin de asegurar su actualización automática en el tiempo. Cabe decir, que de conformidad con el artículo 2 de la Ley número 7337 transcrito, el monto correspondiente al salario de Oficinista 1, (que en el Poder Judicial fue reasignado a “Auxiliar Administrativo 1”), a partir del 1° de enero de 2021, corresponde a la suma de ¢462.200,00 (cuatrocientos sesenta y dos mil doscientos colones exactos).

Con base en lo expuesto anteriormente, se somete a consideración de las señoras diputadas y los señores diputados el presente proyecto de ley.

LA ASAMBLEA LEGISLATIVA

DE LA REPÚBLICA DE COSTA RICA

DECRETA:

REFORMA DEL ARTÍCULO 11 LA LEY N.º 1758,

DE 19 DE JUNIO DE 1954, LEY DE RADIO,

Y SUS REFORMAS

ARTÍCULO ÚNICO- Se reforma el artículo 11 de la Ley N.º 1758, de 19 de junio de 1954 Ley de Radio y sus reformas, para que se lea de la siguiente manera:

Artículo 11-

Los programas de radio y televisión deben contribuir a elevar el nivel cultural de la nación. Las radioemisoras y televisoras comerciales están obligadas a ceder gratuitamente al Ministerio de Educación Pública un espacio mínimo de media hora por semana para fines de divulgación científica y cultural.

Desde la convocatoria a elecciones dicho espacio será cedido al Tribunal Supremo de Elecciones para dar instrucciones sobre temas cívico-culturales. Cada estación indicará al Ministerio citado y en su oportunidad al Tribunal Supremo de Elecciones, el espacio que cede dentro de sus horarios de trabajo.

Adicionalmente las programaciones de radio, televisión y cine se regirán por las siguientes reglas:

a) Derogado

b) Si los anuncios consistieren en tonadas grabados en el extranjero deberá pagarse por una sola vez, la suma equivalente a 1.5 salarios base, de impuesto por cada uno que se trasmita. No podrán difundirse sino se acompañan los documentos que certifiquen que se ha pagado de previo el impuesto correspondiente en el Banco Central de Costa Rica.

c) De los anuncios comerciales filmados que proyecte cada estación de televisión o sala de cine cada día, solamente el 50% podrá ser de procedencia extranjera al cumplir este artículo un año de vigencia. Al cumplir este artículo dos años de vigencia, este porcentaje será del 40% y al cumplirse tres años de vigencia este porcentaje será únicamente del 30%.

d) La importación de cortos comerciales fuera del área centroamericana pagará un impuesto del 100% de su valor, pero en ningún caso podrá ser un monto inferior a catorce salarios base o superior a setenta salarios base. En todo caso, para que estos cortos puedan ser pautados deben acompañarse los documentos que certifiquen que se ha pagado de previo el impuesto correspondiente en el Banco Central de Costa Rica.

e) Se considerarán como nacionales los cortos comerciales de radio, cine o televisión confeccionados en cualquiera de los otros países de Centroamérica con los que haya reciprocidad en esta materia.

f) El número de programas radiales y radionovelas grabadas en el extranjero no podrá exceder del 50% de la totalidad de ellas radiodifundidas por cada radioemisora diariamente.

g) El número de programas filmados o grabados en el extranjero no podrá exceder el 70% del total de programas diarios que se proyecten. Al cumplir esta ley cinco años de vigencia, este porcentaje será únicamente del 60%. Esta disposición no rige para los programas de tipo cultural que así sean calificados por el Ministerio competente, que sean importados por el Estado, sus instituciones o por las representaciones de otros países.

h) La radioemisora, televisora o sala de cine que incumpla cualquier regulación de las establecidas en este artículo pagará una multa de cuatro salarios base. La radioemisora, televisora o sala de cine que deje de pagar cualquiera de los impuestos establecidos deberá pagar el doble del impuesto correspondiente, sin perjuicio de la responsabilidad civil y penal que este incumplimiento ocasionare.

La denominación “salario base” utilizada en esta Ley, deberá entenderse como la contenida en el artículo 2 de la Ley N.º 7337, Reforma de los artículos 209, 212, 216, 384 incisos 1 y 9 del Código Penal; reforma a los artículos 265, 291, 294, 421 y 474 del Código de Procedimientos Penales; derogatoria de los artículos 310 y 323 del Código de Procedimientos Penales, adición de un inciso 3, al artículo 401 del Código de Procedimientos Penales, del 15 de mayo de 1993.

Los fondos de las multas establecidas en este artículo se girarán al Ministerio de Ciencia, Tecnología y Telecomunicaciones.

Rige a partir de su publicación.

María José Corrales Chacón

Diputada

NOTA:      Este proyecto pasó a estudio e informe de la Comisión Permanente Ordinaria de Asuntos Económicos.

1 vez.—Exonerado.—( IN2022633207 ).

MODIFICACIÓN A LOS ARTÍCULOS 28, 29 Y 29 BIS

DE LA SECCIÓN I DEL CAPÍTULO XI, TÍTULO II

DE LA LEY N.° 9635, LEY DE FORTALECIMIENTO

DE LAS FINANZAS PUBLICAS, PARA RESTABLECER

LA JUSTICIA A LOS PEQUEÑOS PROPIETARIOS

ARRENDANTES DE BIENES INMUEBLES

Expediente N.º 22.963

ASAMBLEA LEGISLATIVA:

Con la entrada en vigencia de la Ley de Fortalecimiento de las Finanzas Públicas, Ley N.° 9635, se ha detectado que la aplicación de los artículos 28, 29 y 29 bis de la Sección I del Capítulo XI, Título II, que reformaron la Ley 7092 Ley de Impuesto sobre la Renta, en los que se define de la siguiente manera la Renta Inmobiliaria y su aplicación:

1.             La renta imponible del capital inmobiliario será la diferencia entre la renta bruta y los gastos deducibles.

2.             Se entenderá por renta bruta el importe total de la contraprestación.

3.             Para la deducción de gastos el contribuyente aplicará una reducción del quince por ciento (15%) del ingreso bruto, sin necesidad de prueba alguna y sin posibilidad de ninguna otra.

4.             Los fondos de inversión inmobiliaria aplicarán una reducción del veinte por ciento (20%) del ingreso bruto, como gasto deducible sin necesidad de prueba alguna y sin posibilidad de ninguna otra deducción.

Generan una tremenda desigualdad e injusticia a los pequeños propietarios arrendantes de bienes de bienes inmuebles.

Estos artículos vistos, como una normativa que pretende ayudar a que el estado pueda tener una gestión más adecuada de los ingresos y de esta forma se pueda abonar a superar la crisis fiscal por la que atraviesa el país, se puede pensar que contiene de alguna forma un aporte importante para que más personas contribuyan como lo indica el artículo 18 Constitucional y así contribuir para los gastos públicos; no obstante, es imperativo observar que en la sociedad costarricense existen sectores con diferentes capacidades en cuanto a su poder adquisitivo y es la misma Constitución Política de Costa Rica, la que proporciona en su artículo 50 la obligatoriedad de procurar “…el más adecuado reparto de la riqueza…”, y en el artículo 51 constitucional se obliga al estado a velar especialmente por protección a: “…La familia, como elemento natural y fundamental de la sociedad, tiene derecho a la protección del Estado. Igualmente tendrán derecho a esa protección la madre, el niño, el anciano y el enfermo desvalido…”

Es en virtud de garantizar esta protección que se presenta el actual proyecto de ley para que se subsane el error en que se ha incurrido, al ignorar estos preceptos en el instante de proponer dentro de la Ley de Modernización de las Finanzas Públicas, las modificaciones de los artículos que nos atañe, toda vez que los cambios realizados se puede mencionar como perjudiciales para estos sectores, en lo siguiente:

La renta inmobiliaria habitacional o comercial operaba antes de la entrada en vigencia de la Ley N.° 9635 de forma sencilla y justa, era calculada mediante una fórmula que restaba a los ingresos, todos aquellos egresos autorizados (luz, agua, mantenimiento, obligaciones con entidades bancarias, entre otras) y el resultado de esta resta era lo que se consideraba, renta gravable.

En el modelo actual se establece, un porcentaje no gravable fijo del 15% para todos, sin reparar en las circunstancias propias de cada contribuyente, no permitiéndose que se tome en consideración como gastos deducibles algunas de las variables que pueden concurrir y ser determinantes para realizar una recaudación justa, sobre todo en el caso de los arrendantes pequeños, a quienes, además se niega la posibilidad de cumplir las obligaciones tributarias accediendo como contribuyente en el impuesto a las utilidades si no se logra demostrar que como mínimo, se cuenta con un empleado reportado ante la Caja Costarricense del Seguro Social. Este hecho convierte la ley en violatoria de la voluntad constitucional de dar a los tributos una justa distribución de la riqueza, ya que quienes pueden cumplir con este requisito son para todos los efectos quienes tienen un mayor ingreso producto de un verdadero negocio gestado para producir riqueza; mientras aquellos que buscan con un esfuerzo de toda la vida, mejorar los ingresos en su tiempo de retiro para tener una mejor calidad de vida no están en capacidad de cumplir con dicho requisito.

El 15% deducible sin necesidad de mayor prueba es insuficiente y en algunos casos ese esfuerzo económico podría constituirse en confiscatorio por parte del estado toda vez que existen una gran cantidad de situaciones en las que bienes inmuebles son objeto de préstamos con entidades bancarias, además estas actividades son lucrativas, lo que también las hacen sujeto de otras disposiciones tributarias como las determinadas en el Código Municipal que exige, para desarrollar esta actividad, por pequeño que sea el arrendamiento, ser patentado de alquileres, y cubrir el monto que la ley local indique.

Con el presente proyecto se pretende que este tributo pase a estar de acuerdo con la voluntad que establece nuestro estado social de derecho, de conformidad con lo expresado en su momento por el Lic. Alfredo González Flores, “…Qué el rico pague como rico y el pobre lo haga como pobre…” buscando la equidad y la justicia tributaria que siempre anhela el costarricense.

Para cumplir con estos objetivos es necesario tomar en consideración las condiciones individuales de cada contribuyente, lo que solo puede se puede otorgar mediante una modificación a la ley que le acepte los gastos deducibles razonables que tenga cada contribuyente. Hasta la aprobación de esta ley, los obligados tributarios por los artículos citados de la Ley N.° 9635, permanecerán en desventaja y no encontrarán en el estado, la solidaridad tributaria que establecida en la Constitución Política de Costa Rica. Como Diputado socialcristiano reitero mi compromiso con el desarrollo del país a través de la generación de riqueza para todos y su justa distribución para el bienestar de todas y todos los costarricenses, así como para todas y todos los residentes de nuestro país. Por lo anterior, me complace presentar el siguiente Proyecto de Ley:

LA ASAMBLEA LEGISLATIVA

DE LA REPÚBLICA DE COSTA RICA

DECRETA:

MODIFICACIÓN A LOS ARTÍCULOS 28, 29 Y 29 BIS

DE LA SECCIÓN I DEL CAPÍTULO XI, TÍTULO II

DE LA LEY N.° 9635, LEY DE FORTALECIMIENTO

DE LAS FINANZAS PUBLICAS, PARA RESTABLECER

LA JUSTICIA A LOS PEQUEÑOS PROPIETARIOS

ARRENDANTES DE BIENES INMUEBLES

ARTÍCULO 1-        Se modifica el párrafo segundo del artículo 28 de la sección I del capítulo XI, título II, de la Ley de Fortalecimiento de las Finanzas Públicas, N.° 9635, de 04 de diciembre de 2018, y sus reformas. El texto dirá:

Artículo 28-     Contribuyentes

No obstante, los contribuyentes que obtengan rentas del capital inmobiliario, podrán optar por tributar por la totalidad de su renta imponible del capital inmobiliario, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 1 de esta ley, debiendo comunicar, expresamente, esta opción a la Administración Tributaria antes del inicio del periodo fiscal regulado en el artículo 4 de esta ley, y mantenerla por un mínimo de cinco años.

ARTÍCULO 2-        Se modifica el artículo 29 de la sección I del capítulo XI, título II, de la Ley de Fortalecimiento de las Finanzas Públicas, N.° 9635, de 04 de diciembre de 2018, y sus reformas. El texto dirá:

Artículo 29-      Renta imponible del capital inmobiliario

1.     La renta imponible del capital inmobiliario será la diferencia entre la renta bruta y los gastos deducibles.

2.     Se entenderá por renta bruta el importe total de la contraprestación.

3.     Para la deducción de gastos, el contribuyente podrá aplicar una reducción del quince por ciento (15%) del ingreso bruto, sin necesidad de prueba alguna. En aquellos casos en que el contribuyente no cuente con personal podrá aplicar las deducciones establecidas en el artículo 8 de la Ley N.° 7092.

4.     Los fondos de inversión no financieros, regulados en la Ley N.° 7732, Ley Reguladora del Mercado de Valores, de 17 de diciembre de 1997, podrán aplicar una reducción del veinte por ciento (20%) del ingreso bruto, como gasto deducible sin necesidad de prueba alguna y sin posibilidad de ninguna otra deducción.

ARTÍCULO 3-        Se modifica el artículo 29 bis de la sección I del capítulo XI, título II, de la Ley de Fortalecimiento de las Finanzas Públicas, N.º 9635, de 04 de diciembre de 2018, y sus reformas. El texto dirá:

Artículo 29 bis-      Renta imponible del capital mobiliario LEY N.º 9635. La renta imponible estará constituida por la renta bruta generada por el capital mobiliario, representada por el importe total de la contraprestación sin posibilidad de deducción, salvo lo indicado en el inciso 3 del artículo 29 de la presente ley.

Rige a partir de su publicación.

Pedro Miguel Muñoz Fonseca

Diputado

NOTA:              Este proyecto pasó a estudio e informe de la Comisión Permanente Ordinaria de Asuntos Económicos.

1 vez.—Exonerado.—( IN2022633554 ).

REFORMA A LA LEY N.° 10113, LEY DEL CANNABIS

PARA USO MEDICINAL Y TERAPÉUTICO Y DEL

CÁÑAMO PARA USO ALIMENTARIO

E INDUSTRIAL

Expediente N.° 22.964

ASAMBLEA LEGISLATIVA:

Recientemente, la Asamblea Legislativa aprobó en segundo debate el proyecto de ley 21388, Ley del Cannabis para uso Medicinal y Terapéutico y del Cáñamo para uso alimentario e industrial. El texto que se aprobó contenía una autorización genérica para el cultivo de cáñamo, equiparándolo con otros cultivos tradicionales, considerando que carece de efectos psicoactivos como los del cannabis.

En su literalidad, el artículo 5 que fue inicialmente aprobado, indicaba:

“ARTÍCULO 5- Autorización para el aprovechamiento del cáñamo

Es libre el cultivo, la producción, la industrialización, la comercialización de cáñamo o cannabis no psicoactivo y sus productos o subproductos, para fines alimentarios e industriales, por lo que estas actividades no requerirán autorización previa especial o adicional, sin perjuicio de las licencias y los permisos requeridos por toda actividad productiva agropecuaria o agroindustrial.”

Sin embargo, en el ejercicio de sus competencias constitucionales, el Poder Ejecutivo vetó dicha norma. Por lo que, al realizarse el trámite legislativo correspondiente al veto, la Asamblea acogió las observaciones presentadas, modificando el artículo. Por esta razón, la redacción contenida en la Ley del Cannabis para uso Medicinal y Terapéutico y del Cáñamo para uso alimentario e industrial, actualmente indica:

“ARTÍCULO 5- Autorización para el aprovechamiento del cáñamo

Bajo el sistema de licencias, el cultivo, la producción y la comercialización de la planta de cáñamo o cannabis no psicoactivo y sus productos o subproductos para fines alimentarios e industriales es permitido de conformidad con lo establecido en esta ley y su reglamento.”

Al revisar la integralidad de la norma, se encuentra un problema para la aplicación práctica y el otorgamiento de títulos habilitantes para el aprovechamiento del cáñamo. Esto, debido a que las únicas licencias consideradas en la ley corresponden al cannabis y, en consecuencia, no resultan aplicables para el cáñamo, quedando así un vacío normativo que imposibilita la autorización de actividades relacionadas con este cultivo.

Por las razones expuestas, las suscritas diputadas y los suscritos diputados presentamos la presente iniciativa de ley para subsanar ese vacío y permitir el desarrollo de las actividades de aprovechamiento del cáñamo.

LA ASAMBLEA LEGISLATIVA

DE LA REPÚBLICA DE COSTA RICA

DECRETA:

REFORMA A LA LEY N.° 10113, LEY DEL CANNABIS

PARA USO MEDICINAL Y TERAPÉUTICO Y DEL

CÁÑAMO PARA USO ALIMENTARIO

E INDUSTRIAL

ARTÍCULO ÚNICO- Se reforma el artículo 5 de la Ley N.° 10113, Ley del Cannabis para Uso Medicinal y Terapéutico y del Cáñamo para Uso Alimentario e Industrial. El texto dirá:

Artículo 5- Autorización para el aprovechamiento del cáñamo

Se permite el cultivo, la producción, la industrialización, el transporte, la distribución, la comercialización de cáñamo o cannabis no psicoactivo y sus productos o subproductos, por lo que estas actividades únicamente requerirán de autorización previa especial que determine la autoridad correspondiente, sin perjuicio de las licencias y los permisos requeridos por toda actividad productiva agropecuaria o agroindustrial.

Para estas autorizaciones será aplicable el silencio positivo, de conformidad con lo regulado en el artículo 331 de la Ley General de la Administración Pública, N.° 6227 del 02 de mayo de 1978.

Rige a partir de su publicación.

José María Villalta Flórez-Estrada

Roberto Hernán Thompson Chacón              Paola Viviana Vega Rodríguez

         Ana Karine Niño Gutiérrez                         Silvia Hernández Sánchez

Diputados y diputadas

NOTA:      Este proyecto pasó a estudio e informe de la Comisión Permanente Especial de Ambiente.

1 vez.—Exonerado.—( IN2022633557 ).

INTERPRETACIÓN AUTÉNTICA DE LA LEY 9945, AUTORIZACIÓN AL INSTITUTO DE DESARROLLO RURAL

 (INDER) PARA QUE VENDA UN TERRENO DE SU PROPIEDAD A LA COOPERATIVA DE ELECTRIFICACIÓN RURAL DE SAN CARLOS (COOPELESCA R. L.)

Expediente N.° 22.968

ASAMBLEA LEGISLATIVA:

Gracias al sistema de pesos y contrapesos, cada uno de los poderes del Estado guarda atribuciones específicas, conferidas por ley, pero especialmente por la Carta Magna, confiriendo de este modo independencia en el actuar de cada uno de estos órganos. Ahora bien, pese a que cada uno de los órganos del Estado tiene obligaciones propias, muchas de estas requieren de un consenso y acuerdo con los demás, es decir, algunas de sus actuaciones se encuentran enlazadas, de modo que la actuación de uno de estos poderes no afecte o ponga en riesgo la soberanía ni la seguridad nacional.

Es por ello que, en la Constitución Política se ve plasmada la división de Poderes, otorgando en su articulado funciones específicas, concretas y determinadas, tanto para el Poder Ejecutivo, el Poder Legislativo, el Poder Judicial, así como para el Tribunal Supremo de Elecciones.

En el caso de la Asamblea Legislativa, en el artículo 121, la Constitución Política describe de modo claro y preciso las obligaciones y responsabilidades que tiene dicho poder. Para el presente caso, interesa lo expresado en el inciso 1), donde se indica lo siguiente:

ARTÍCULO 121.- Además de las otras atribuciones que le confiere esta Constitución, corresponde exclusivamente a la Asamblea Legislativa:

1) Dictar las leyes, reformarlas, derogarlas, y darles interpretación auténtica, salvo lo dicho en el capítulo referente al Tribunal Supremo de Elecciones.

Además de dictar leyes, reformarlas o derogarlas, la Asamblea Legislativa tiene la potestad de brindar una interpretación auténtica en el caso de aquellas normas que hayan sido emitidas por la misma Asamblea, pero que en su contenido exista cierta confusión en cuanto a su aplicación o interpretación.

El mismo inciso hace la salvedad en cuanto al Tribunal Supremo de Elecciones (TSE), y las potestades que la misma Constitución le otorga, como lo es la interpretación de su propia normativa, así como pronunciamientos en materia Constitucional.

Tomando en consideración lo ya mencionado, cabe destacar que para el veintitrés de febrero del año dos mil veintiuno, se emitió la Ley 9945, en la cual, la Asamblea Legislativa autorizaba al Instituto de Desarrollo Rural (Inder) para que pudiese vender un terreno de su propiedad a la Cooperativa de Electrificación Rural de San Carlos (Coopelesca R.L.), debido a que la afectación o desafectación de bienes públicos debe realizarse por ley, y siendo que la Asamblea Legislativa es el único poder del Estado para emitir leyes, es por ello que dicho procedimiento fue tramitado por esta institución.

Ahora bien, al ser emitida dicha ley y a la vez la autorización, posterior a ello, surgieron algunas dudas sobre el artículo tres, sobre la “inversión” de los dineros recibidos por el Inder por concepto de venta de dicho bien, con lo que se dieron diversas interpretaciones de lo que aquel artículo hacía alusión.

Siendo en este caso la Asamblea Legislativa la encargada de realizar una interpretación auténtica de las normas que emite, es por ello que se presenta el siguiente proyecto de ley, el cual busca clarificar y exponer de manera precisa el objetivo del legislador al emitir la Ley 9945 “Autorización al Instituto de Desarrollo Rural (INDER) para que Venda un Terreno de su Propiedad a la Cooperativa de Electrificación Rural de San Carlos (COOPELESCA R.L)”.

Por las razones antes expuestas someto a conocimiento y valoración de las señoras y señores diputados el siguiente proyecto de ley “Interpretación Auténtica de la Ley 9945 Autorización al Instituto de Desarrollo Rural (Inder) para que Venda un Terreno de su Propiedad a la Cooperativa de Electrificación Rural de San Carlos (Coopelesca R. L.)”.

LA ASAMBLEA LEGISLATIVA DE LA REPÚBLICA DE COSTA RICA

DECRETA:

INTERPRETACIÓN AUTÉNTICA DE LA LEY 9945, AUTORIZACIÓN AL INSTITUTO DE DESARROLLO RURAL

(INDER) PARA QUE VENDA UN TERRENO DE SU PROPIEDAD A LA COOPERATIVA DE ELECTRIFICACIÓN RURAL DE SAN CARLOS (COOPELESCA R. L.)

ARTÍCULO ÚNICO-

Para que se interprete auténticamente el artículo tercero (3) de la Ley 9945, Autorización al Instituto de Desarrollo Rural (Inder) para que Venda un Terreno de su Propiedad a la Cooperativa de Electrificación Rural de San Carlos (Coopelesca R. L.), en el sentido de que el monto ahí definido, podrá ser destinado por el Instituto de Desarrollo Rural (Inder), únicamente a la inversión en materia de infocomunicaciones en la Región Huetar Norte, en aquellas zonas en las que la Cooperativa de Electrificación Rural de San Carlos (Coopelesca R.L.) cuente con concesiones establecidas, en especial aquellos distritos con amplios asentamientos humanos y bajo índice de desarrollo social.

Rige a partir de su publicación

María José Corrales Chacón

Luis Ramón Carranza Cascante

Diputada y diputado

 

NOTAS:    Este proyecto aún no tiene comisión asignada.

El Departamento de Servicios Parlamentarios ajustó el texto de este proyecto a los requerimientos de estructura.

1 vez.—Exonerado.—( IN2022633566 ).

TEXTO SUSTITUTIVO

EXPEDIENTE 21.629

REFORMA DE LA LEY 6093 DEL 20 DE OCTUBRE

DE 1977 (SIN TÍTULO Y CONOCIDA COMO LEY

DE CREACIÓN DE LA CASA DE LA CULTURA)

Y SE CREE LA JUNTA DE FOMENTO DE LA

PLURICULTURALIDAD LIMONENSE

Y SUS MANIFESTACIONES

LA ASAMBLEA LEGISLATIVA

DE LA REPÚBLICA COSTA RICA

DECRETA:

Artículo 1º: Se crea la Junta de Fomento de la Pluriculturalidad Limonense y sus Manifestaciones del Cantón Central de Limón (en adelante la JUNTA), como un órgano desconcentrado que estará adscrito a la Municipalidad de Limón y tendrá las funciones de Rector cantonal, sin rozar con las competencias correspondientes a esta municipalidad ni con las del Ministerio de Cultura y Juventud y tendrá los siguientes objetivos:

a.-        Fomentar la diversidad pluricultural y multiétnica del cantón central de Limón para organizar, estudiar e impulsar las manifestaciones culturales de la población limonense.

b.-        Administrar el inmueble a que se refiere el artículo 5° de esta ley, que se destina a todas aquellas actividades culturales que se planifiquen por el Taller de Planificación del Fomento de las manifestaciones de la Pluriculturalidad Limonense (que se crea en el artículo 10 de esta ley), la propia JUNTA y el Concejo Municipal de Limón, en ese orden jerárquico, de menor a mayor y cualquier otro inmueble a cargo de la JUNTA.

c.-        Impulsar y apoyar planes, proyectos y programas culturales en el cantón central de Limón, propiciando la participación de la población en las actividades culturales. d.- Planificar, ejecutar y coordinar el Taller de Planificación del Fomento de las manifestaciones de la Pluriculturalidad Limonense, de acuerdo al artículo 10° de esta ley.

e.-        Los demás objetivos que determine esta ley y el reglamento señalado en el artículo 9°.

Artículo 2º: En virtud de la competencia señalada en el artículo primero, la “JUNTA” podrá celebrar los convenios y ejecutar los actos necesarios para la conservación y la explotación del inmueble y no podrá delegar esa función en ninguna persona física o jurídica. También podrá realizar convenios y alianzas con empresas tanto públicas como privadas para lograr los objetivos que impulsa está ley. En materia de convenios, este debe ser aprobado por el Concejo Municipal de Limón. Además, la “JUNTA” podrá administrar todos aquellos inmuebles que determine la Municipalidad de Limón o que otras instituciones pongan en administración de la “JUNTA” vía convenio aprobado por ella y por el Concejo Municipal de Limón.

Se faculta a la Junta para administrar todos aquellos bienes muebles o inmuebles que ésta reciba conforme a la ley, dichos bienes serán dedicados exclusivamente para las facultades establecidas en la presente ley. La Municipalidad de Limón se encargará de recibir los ingresos de la “JUNTA” y girar los egresos que ella determine de acuerdo a lo que establezca el reglamento y no podrá darle ningún otro uso a los recursos que no sea los que determine la “JUNTA” mediante acuerdo. La Municipalidad podrá autorizar el uso de una “caja chica” a la “JUNTA” para facilitar su operación, la que se liquidará mediante los comprobantes correspondientes, lo cual también debe estar reglamentado.

Artículo 3º: La Junta Directiva de la “Junta” será nombrada por el Concejo Municipal de Limón y estará integrada así:

a)       Un representante nombrado por el Concejo Municipal de Limón;

b)         Un representante joven de la terna presentada por la Junta Directiva del Comité Cantonal de la Persona Joven de Limón. Para ello, considerarán a todos los grupos juveniles de instituciones y organizaciones del cantón de Limón, quienes podrán enviar el currículo de candidatos jóvenes, para que sean considerados en la terna.

Si se modificara la Ley General de la Persona Joven, número 8261, la recomendación de la terna la hará el ente correspondiente del cantón en materia de juventud y si hubiera imposibilidad legal por parte de ente señalado, el Concejo Municipal tomará mediante acuerdo de mayoría simple para decidir dicho nombramiento, una resolución para recibir la postulación de personas jóvenes para integrar la “Junta”.

c)         Dos representantes nombrados por el Taller de Planificación del Fomento de las manifestaciones de la Pluriculturalidad Limonense; los cuales sólo se ratificarán.

En caso de imposibilidad material, por no haberse realizado el Taller supra señalado o este no haber designado los representantes indicados en este punto, el Concejo Municipal tomará una resolución para decidir dichos nombramientos, mediante acuerdo de mayoría simple, y poder recibir la postulación de personas del sector cultura para integrar la “Junta”.

d)         Un representante de la terna nombrada por la Junta Directiva del Comité Cantonal de Deportes y Recreación de Limón;

e)         Un representante de las asociaciones de desarrollo del cantón, para lo cual cada asociación que tenga interés presentará a un candidato y el Concejo Municipal decidirá. Cada asociación deberá adjuntar un correo oficial para coordinar la comunicación.

f)          Un representante del Ministerio de Cultura y Juventud, que preferentemente tenga participación en alguna instancia cultural del cantón central de Limón.

En la integración de esta JUNTA se aplicará paridad de género y la alternancia de género.

Artículo 4º: Todas las personas integrantes de la JUNTA serán nombradas en sus cargos por un periodo de dos años y podrán ser reelectas por una sola vez. Luego de fungir dos períodos consecutivos con un cargo en la JUNTA y descansar un período podrán volver a ser electas. La designación de estas personas, recae por acuerdo del Concejo Municipal de Limón, a más tardar en la tercera semana de julio de cada año par y entrarán en funciones el 1° de setiembre siguiente, de acuerdo a las propuestas que presentarán las entidades y grupos señalados en el artículo anterior, salvo en lo que se refiere al nombramiento de la persona representante de la Municipalidad, que recibirá la designación, sin proposición de terna.

Las funciones de las personas integrantes de la Junta serán desempeñadas gratuitamente.

La Junta elegirá de su seno una presidencia, para todo el período (de dos años).

La persona que se designe en la presidencia, será representante de la Junta ante las entidades públicas y privadas con las que se relacione. Tendrá entre sus atribuciones primordiales:

          Representarla jurídicamente en los casos que esta ley lo faculte y extraoficialmente.

          Convocar a la Junta, dirigir sus sesiones y velar porque se ejecuten sus acuerdos.

En caso de renuncia de una persona Integrante de la JUNTA por el mecanismo correspondiente, se efectuará la sustitución y tendrá vigencia por el periodo que reste. Si fuera la presidencia la que renuncie, le sustituirá en el cargo la vicepresidencia.

Además de la presidencia, se nombrará una vicepresidencia, una secretaria, una tesorería y 4 vocalías. El Concejo Municipal de Limón, reglamentará el funcionamiento de la JUNTA de acuerdo a esta ley y los intereses locales en materia de cultura.

La JUNTA sesionará dos veces al mes de forma ordinaria en la hora y día que acuerden, lo cual deben comunicar de previo al Concejo Municipal para su validez y eficacia. Las sesiones extraordinarias serán convocadas las veces que considere oportuno su presidencia o al menos tres personas miembros de la misma. Para la validez y eficacia de las sesiones extraordinarias sus miembros deben ser convocados con 24 horas de antelación mediante correo electrónico.

El quórum para las sesiones de la Junta es de cuatro integrantes. Los acuerdos se tomarán por mayoría simple de los miembros presentes.

El Gobierno Local a través de sus mecanismos internos y de acuerdo a sus posibilidades presupuestarias podrá establecer un contrato anual de servicios profesionales, para que la JUNTA pueda contar con un director ejecutivo que se encargue de su parte administrativa y operativa, de la administración de la Casa de la Cultura de Limón y cualquier otro mueble o inmueble que se le asigne. Esta persona debe de demostrar formación y conocimiento en Gestión Cultural, Investigación Cultural, Gestión y Emprendimiento de Proyectos Culturales y conocimiento en alguna disciplina artística y con experiencia probada de mínimo 1 año en la gestión de proyectos culturales.

Los recursos que el Gobierno Local asigne a la JUNTA tendrán un tope de hasta un 10% para gastos administrativos, excepto que mediante acuerdo el Concejo Municipal permita ampliar ese tope por razones de oportunidad y conveniencia. El reglamento señalado regulará las funciones y responsabilidades de este funcionario y cualquier otro que sea contratado o designado para brindar servicios a la JUNTA o que vía convenio preste servicios en igual sentido.

Artículo 6º: Autorizase a la Municipalidad del Cantón Central de Limón para que brinde apoyo financiero a la “JUNTA” a través de sus presupuestos, tanto ordinario como extraordinarios y modificaciones para desarrollar sus planes, programas y proyectos.

Así mismo, se autoriza a todas las entidades públicas del Estado, para destinar, de sus presupuestos, los fondos o partidas para ser utilizados en la remodelación, el acondicionamiento y el mantenimiento de la “Casa de la Cultura de Limón” y otros inmuebles a cargo de la “JUNTA”, así como para apoyar sus planes, proyectos y programas.

Artículo 7º: La “JUNTA” podrá ceder a organizaciones comunales, sindicales, organismos no gubernamentales, instituciones del Estado y a todo el sector cultura organizado de Limón, sus instalaciones para celebrar actividades culturales tales como seminarios, mesas redondas, conferencias, cursillos y cualquier otra actividad a fin a criterio de la Junta.

Artículo 9º: El Concejo Municipal de Limón acordará el respectivo reglamento autónomo de organización y funcionamiento de la “JUNTA” de acuerdo a la presente ley, dentro de los noventa días siguientes a su publicación. Una vez acordado el reglamento se publicará una vez en el Diario Oficial La Gaceta, para que las personas u organizaciones interesadas hagan sus observaciones, las cuáles serán consideradas por el Concejo Municipal y tomará el acuerdo de reglamento autónomo definitivo, el cual se volverá a publicar en el Diario Oficial La Gaceta, para que entre en vigencia.

Artículo 10º: Con la participación de las organizaciones culturales del cantón, reconocidas por el Concejo Municipal de Limón y dirigido por la Junta, se constituirá una vez al año, en el Taller de Planificación del Fomento de las manifestaciones de la Pluriculturalidad Limonense con las siguientes funciones:

a)         Revisar la política cantonal en materia de cultura, la normativa, los planes, programas y proyectos; además hacer propuestas de mejora al Gobierno Local y la “JUNTA”.

b)         Propondrán ante el Concejo Municipal de Limón una nómina de dos representantes a la Junta de Fomento de la Pluriculturalidad Limonense y sus Manifestaciones de acuerdo al artículo 3° de esta ley.

c)         Realizarán un análisis y propuestas sobre los resultados de la Semana dedicada al Fomento de la Pluriculturalidad Limonense y sus Manifestaciones.

d)         Para integrar el “Taller de Planificación del Fomento de las manifestaciones de la Pluriculturalidad Limonenses” cada organización cultural, contará con la participación de dos personas. Ninguna persona podrá ostentar más de una representación de un grupo cultural. El Taller lo dirigirá la presidencia de la “JUNTA” y las propuestas se acordarán por mayoría simple de los presentes.

Artículo 11º: De forma planificada la Municipalidad de Limón, la “JUNTA” y las organizaciones culturales del cantón quedan autorizadas para organizar un evento que promocione, promueva y presente a los artistas limonenses y su arte mediante eventos, exposiciones, concursos, talleres, producciones y el medio correspondiente para realzar la pluriculturalidad limonense en cada una de sus manifestaciones.

Este evento podrá ser declarado de interés público cultural municipal y se le podrá dar todo el apoyo financiero, logístico material y humano que pueda brindar el Gobierno Local.

Se autoriza al Ministerio de Cultura y Juventud para que pueda declarar este evento de interés cultural para que las instituciones del Estado puedan colaborar en esta celebración. Igualmente, la empresa privada puede patrocinar y promocionar el evento.

Se modifica el Transitorio I de la Ley que dirá:

Transitorio I- Las personas integrantes actuales de La Junta Administradora de la Casa Cultura fungirán como “JUNTA” hasta el período que se señala en el artículo 4° de esta ley y la Municipalidad del Cantón Central de Limón designará oportunamente a los integrantes de la nueva “JUNTA” en el plazo legal establecido. En caso de que “La Junta Administradora de la Casa Cultura” no esté constituida, el Concejo Municipal procederá conforme a esta ley, a nombrar la Junta Directiva de la “JUNTA” de acuerdo al procedimiento establecido para que se desempeñen hasta el siguiente año par. Para el caso de los dos representantes del Taller de Planificación del Fomento de las manifestaciones de la Pluriculturalidad Limonense, el Concejo Municipal, le solicitará a los artistas y representantes de las diferentes manifestaciones culturales limonenses que postulen sus nombres a ocupar dichos cargos, dentro de los cuáles se escogerán los dos representantes.

Rige a partir de su publicación.

Yorleny León Marchena

Presidenta Comisión Caribe Exp. 20.935

1 vez.—Exonerado.—( IN2022633173 ).

PODER EJECUTIVO

DECRETOS

Nº 43452–S

EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

Y EL MINISTRO DE SALUD

En ejercicio de las facultades que les confieren los artículos 140 incisos 3) y 18) y 146 de la Constitución Política, 25, 27 inciso 1), 28 inciso 2) acápite b) de la Ley Nº 6227 del 02 de mayo de 1978 “Ley General de la Administración Pública, 1, 2, 4 y 7 de la Ley Nº 5395 del 30 de octubre de 1973 “Ley General de Salud”; 1 y 2 inciso c) y 56 bis de la Ley Nº 5412 de 8 de noviembre de 1973 “Ley Orgánica del Ministerio de Salud”; Ley Nº 8262 del 2 de mayo de 2002 “Ley de Fortalecimiento de las Pequeñas y Medianas Empresas”; y el Decreto Ejecutivo Nº 39295-MEIC del 22 de junio del 2015 “Reglamento a la Ley de Fortalecimiento de las Pequeñas y Medianas Empresas”.

Considerando:

1ºQue el Artículo 50 de la Constitución Política dispone que el Estado procurará el mayor bienestar a todos los habitantes del país, organizando y estimulando la producción y el más adecuado reparto de la riqueza.

2ºQue es función del Estado velar por la protección de la salud de la población y garantizar el bienestar de los ciudadanos, no obstante, ello no debe ser obstáculo para el establecimiento de condiciones de competitividad que contribuyan al desarrollo de la actividad económica del país.

3ºQue la Ley General de la Administración Pública en su artículo 4, sujeta la actividad de los entes públicos, a los principios fundamentales del servicio público con el fin de asegurar su continuidad, eficiencia, su adaptación a todo cambio en el régimen legal o en la necesidad social que satisfacen y en la igualdad en el trato de los destinatarios, usuarios o beneficiarios.

4ºQue el Estado mediante la Ley de Fortalecimiento de las Pequeñas y Medianas Empresas, se ha comprometido a crear un marco normativo que promueva un sistema estratégico de desarrollo a largo plazo de las pequeñas y medianas empresas con el fin de buscar una democratización de la economía, el desarrollo regional y los encadenamientos de los desarrollos económicos.

5ºQue la Sala Constitucional de la Corte Suprema de Justicia mediante sentencia número 6832-95 de 16:15 horas del 13 de diciembre de 1995 y sentencia número 3933-98 de las 9:59 horas del 12 de junio de 1998, entre otras cosas dispuso, que el trato desigual ejercido por el Estado a partir de su normativa, acciones u omisiones, por sí misma no es violatoria del principio de derecho a la igualdad. Más bien, en casos muy concretos, deviene en una herramienta legal fundamental para garantizar ese mismo derecho. De tal manera que, la no existencia de estos instrumentos jurídicos más bien generaría un verdadero trato discriminatorio.

6ºQue para facilitar a los usuarios la presentación de los requisitos y el trámite de registro de los productos de interés sanitario, la institución ha implementado un sistema de registro electrónico, cero papeles, para mayor transparencia al proceso de registros, mejorando la calidad del servicio.

7ºQue es necesario realizar el control de los productos registrados en el mercado y las aduanas para garantizar sus condiciones de seguridad, inocuidad, calidad y eficacia, para lo cual se requieren recursos para la inspección, toma de muestras, realización de ensayos analíticos, evaluación de la publicidad, etiquetado y otras actividades de regulación de productos de interés sanitario.

8ºQue de conformidad con el artículo 12 bis del Decreto Ejecutivo Nº 37045 de 22 de febrero de 2012 “Reglamento a la Ley de Protección al Ciudadano del Exceso de Requisitos y Trámites Administrativos” y su reforma, se considera que por la naturaleza del presente reglamento no es necesario completar la Sección I denominada Control Previo de Mejora Regulatoria, que conforma el formulario de Evaluación Costo Beneficio, toda vez que el mismo no establece trámites ni requerimientos para el administrado. Por tanto,

Decretan:

“Reglamento para optar por la exoneración

del arancel para trámites de registro

sanitario y control de productos de interés

sanitario de microempresas y personas

emprendedoras en condición de pobreza

y pobreza extrema que elaboran

productos en el territorio

nacional”

CAPITULO I

Disposiciones Generales

Artículo 1ºEl presente reglamento tiene como objeto regular la exoneración parcial o total del arancel que cobra el Ministerio de Salud para trámites de registro sanitario y control de los productos de interés sanitario, a las microempresas y personas emprendedoras en condición de pobreza y pobreza extrema que elaboran productos en el territorio nacional.

Artículo 2ºPara efectos de interpretación del presente reglamento se establecen las siguientes definiciones y abreviaturas:

a)         Arancel: Monto en dólares de los Estados Unidos de América o su equivalente en moneda nacional al tipo de cambio de venta de referencia del Banco Central de Costa Rica para el día en que se realiza la transacción, que debe pagar el administrado por el servicio de registros, renovaciones, cambios posteriores al registro, reconocimiento de registro, usos de registro y la vigilancia y control que realiza el Ministerio de Salud.

b)         Comprobante de pago: Copia del comprobante de depósito en el Banco Nacional de Costa Rica o del pago en línea de fondos que demuestre la cancelación del arancel requerido al Ministerio de Salud.

c)         Emprendimientos productivos de interés social: Son las empresas que fabrican productos de interés sanitario en el territorio nacional y que son beneficiarias del IMAS y que califican en condición de pobreza y pobreza extrema, por lo tanto, no cuentan con recursos económicos para cumplir con el requisito de pago por los servicios que gestionen ante el Ministerio de Salud.

d)         Ley: Ley General de Salud.

e)         MEIC: Ministerio de Economía, Industria y Comercio.

f)          Productos de Interés Sanitario: Productos que por su composición, utilización o función pueden afectar la salud de las personas. Incluyen entre otros: los alimentos, medicamentos, suplementos a la dieta, cosméticos, equipos y materiales biomédicos, plaguicidas de uso doméstico y de uso profesional, productos naturales medicinales, productos higiénicos y químicos peligrosos.

g)         Registro de Productos de Interés Sanitario: Acto administrativo mediante el cual el Ministerio de Salud, después de analizar el cumplimiento de requisitos técnicos y legales establecidos, aprueba el uso y la comercialización de productos de interés sanitario.

h)         Registro Pymes: Acto de registro en el Sistema de Información Empresarial Costarricense (SIEC) como microempresa (PYME), para obtener la condición de PYME y acceder a los beneficios de la Ley Nº 8262 del 02 de mayo del 2002 “Ley de Fortalecimiento de las Pequeñas y Medianas Empresas” y su reglamento.

i)          Servicio: Actividades y acciones que ejecuta el Ministerio de Salud para el trámite de registros, renovaciones, cambios posteriores al registro, reconocimiento de registros y uso de registros, relacionadas con el registro de productos de interés sanitario.

CAPITULO II

De los aranceles de los servicios de registro

y control de los productos de interés sanitario

Artículo 3ºLos aranceles de registro de los productos de interés sanitario serán los establecidos en la normativa vigente para cada uno de los productos, a saber:

Medicamentos

Decreto Ejecutivo No. 28510-S del 25 de febrero del 2000 “Fija Tasa prevista en el artículo 112 de la Ley General de Salud”, publicado en La Gaceta N° 56 del 20 de marzo de 2000 y sus reformas;

Productos Naturales

Decreto Ejecutivo No. 29317-S del 9 de noviembre de 2000 “Reglamento para la Inscripción, Importación, Comercialización y Publicidad de Recursos Naturales Industrializados y con Cualidades Medicinales” publicado en La Gaceta N° 41 de 27 de febrero de 2001 y sus reformas;

Alimentos

Decreto No. 30103-S del 3 de diciembre de 2001 “Registro de Productos Alimenticios y Fórmulas Infantiles, de acuerdo a la Ley General de Salud” publicado en La Gaceta N° 19 de 19 de enero de 2002 y sus reformas;

Equipo y Material Biomédico

Decreto Ejecutivo No. 32780-S del 25 de octubre de 2005 “Se fijan tasas para efectos de trámite, registro y apoyo a las funciones de inspección, vigilancia y control de equipo y material biomédico (EMB)” publicado en La Gaceta N° 232 de 1 de diciembre de 2005;

Medicamentos Homeopáticos

Decreto Ejecutivo No. 33255 -S del 5 de julio de 2006 “Fija tasa para trámite, registro y apoyo a las funciones de inspección, vigilancia y control de los medicamentos homeopáticos “publicado en La Gaceta N° 153 de 10 de agosto de 2006 y su reforma;

Productos Higiénicos

Decreto Ejecutivo No. 35279- S del 9 de marzo de 2009 “Cobro de Registro y Vigilancia Sanitaria de Productos Higiénicos” publicado en La Gaceta N° 108 del 5 de junio de 2009;

Cosméticos

Decreto Ejecutivo No. 35318 -S del 12 de mayo de 2009 “Cobro de Registro y Vigilancia Sanitaria de Cosméticos” publicado en La Gaceta N° 128 de 3 de julio de 2009.

Químicos peligrosos

Decreto Ejecutivo N° 40769 – S del 13 de noviembre de 2017 “Reglamento para el cobro de los trámites de registro y control de productos químicos peligrosos” publicado en el Alcance 303 a La Gaceta N° 238 del 15 de diciembre de 2017.

Plaguicidas de uso profesional y doméstico

Decreto Ejecutivo N° 41117-S del 5 de marzo de 2018 “Reglamento para el cobro de los trámites de registro y control de plaguicidas de uso doméstico y de uso profesional” publicado en La Gaceta N° 91 del 24 de mayo de 2018.

 

Artículo 4ºLas microempresas titulares de productos de interés sanitario que estén inscritas en el registro PYME del Sistema de Información Empresarial Costarricense, SIEC, creado según el artículo 3 inciso i) de la Ley N° 6054 del 14 de junio de 1977 “Ley Orgánica del Ministerio de Economía, Industria y Comercio”, gozarán de la exoneración establecida en el artículo 5 del presente Reglamento cuando así lo declaren en el formulario de solicitud de trámite. El Ministerio de Salud deberá de manera digital consultar el Sistema de Información Empresarial Costarricense para acreditar la condición de microempresa.

Artículo 5ºSi se acredita la condición de microempresa, el interesado pagará únicamente un veinte por ciento (20%) de los aranceles establecidos en el artículo 3 en lo relacionado a los trámites de registro sanitario. Además, quedan exentas del pago de los análisis para: liberación de primer lote de medicamentos, el control de productos de interés sanitario, la atención de denuncias o alertas relacionadas con los productos de interés sanitario.

Artículo 6ºEn caso de que no se logre acreditar la condición de microempresa, el interesado deberá cancelar el 100% de la tarifa, según se dispone en el artículo 3 del presente reglamento.

Artículo 7ºEn el caso de microempresas que contratan la fabricación de sus productos a un tercero, podrán gozar del beneficio indicado en el artículo 5, independientemente de si el fabricante es microempresa o no.

Artículo 8ºLas personas emprendedoras que califiquen en condición de pobreza y pobreza extrema, gozarán de la exoneración total del pago de los aranceles establecidos en el artículo 3 del presente reglamento. A efectos de verificar la condición de pobreza, el Ministerio de Salud consultará durante la realización del trámite solicitado, el registro del Instituto Mixto de Ayuda Social que acredita dicha condición.

Artículo 9ºEn caso de que no se logre acreditar su condición de pobreza, el interesado deberá cancelar el 100% de la tarifa, según se dispone en el artículo 3 del presente reglamento.

Artículo 10.—Toda la información que se indique en el formulario de solicitud del trámite tiene carácter de declaración jurada, de manera que, si el Ministerio de Salud llegase a corroborar alguna falsedad en lo declarado, podrá aplicar las medidas especiales que se encuentran establecidas en la Ley General de Salud.

CAPITULO III

Del pago de las tarifas

Artículo 11.—La presentación del comprobante de pago es un requisito indispensable para el trámite de cualquier servicio, para los trámites que se realicen por medio del portal “REGISTRELO”, creado mediante Decreto Ejecutivo Nº 37988-S del 3 de octubre de 2013, publicado en La Gaceta Nº 203 del 22 de octubre de 2013, el pago será electrónico.

Artículo 12.—El Ministerio de Salud dispone de las siguientes cuentas en el Banco Nacional de Costa Rica para que los interesados realicen el pago de los servicios según las tarifas contenidas en los artículos 3 y 5 del presente reglamento que no se encuentren en el Sistema Regístrelo:

CUENTA COLONES

CUENTA CORRIENTE: 100-01-000-213715-6 Fideicomiso 872 Ministerio de Salud.

Cuenta cliente: 15100010012137157

CUENTA EN DÓLARES

CUENTA CORRIENTE: 100-02-000-617477-5 Fideicomiso 872 Ministerio de Salud.

Cuenta cliente: 15100010026174771

Para los trámites que se realicen a través del sistema Regístrelo se realizará el pago en línea.

Artículo 13.—En virtud de lo establecido en el presente Decreto Ejecutivo, el arancel que aquí se regula y que debe pagar el administrado por los servicios de trámite, registro y control ante el Ministerio de Salud, debe entenderse que por sí solo el pago no garantiza el otorgamiento del registro sanitario, reconocimiento, cambios posteriores al registro, usos de registro o inscripción sanitaria o su renovación, y tampoco será reintegrado el monto pagado en caso de denegarse el registro sanitario o su renovación, reconocimiento, uso de registro o inscripción sanitaria o cambio posterior al registro gestionados por el administrado.

Artículo 14.—Los fondos recaudados serán utilizados en el cumplimiento de los objetivos del Ministerio de Salud para garantizar la calidad, seguridad, inocuidad y eficacia de los productos de interés sanitario y para la operación, fortalecimiento, desarrollo, actualización, mejoras y mantenimiento de los servicios y sistemas digitales, de las actividades de normalización, registro, vigilancia y control de productos de interés sanitario.

Artículo 15.—Deróguese el Decreto Ejecutivo Nº 41307-S del 4 de setiembre de 2018 “Reglamento para el cobro de los trámites de registro y control de productos de interés sanitario para microempresas y personas emprendedoras en condición de pobreza y pobreza extrema que elaboran sus productos en el territorio nacional”, publicado en el Alcance 171 a La Gaceta Nº 177 del 26 de setiembre del 2018.

Artículo 16.—Rige a partir de su publicación.

Dado en la Presidencia de la República.—San José, a los siete días del mes de febrero del dos mil veintidós.

CARLOS ALVARADO QUESADA.—El Ministro de Salud, Dr. Daniel Salas Peraza.—1 vez.—O. C. N° 043202200010.—Solicitud N° 336532.—( D43452 - IN2022633197 ).

ACUERDOS

MINISTERIO DE JUSTICIA Y PAZ

N° AMJP-0001-01-2022

EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

Y LA MINISTRA DE JUSTICIA Y PAZ

En uso de las facultades conferidas por los artículos 140, incisos 3) y 18), 146 de la Constitución Política, el artículo 11 de la Ley N° 5338 del veintiocho de agosto de mil novecientos setenta y tres y el Decreto Ejecutivo N° 36363-JP del cinco de noviembre del dos mil diez.

ACUERDAN:

Artículo 1ºNombrar al señor Francisco Romero Mata, cédula de identidad N° 1-1089 0918, como representante del Poder Ejecutivo en la Fundación I Rescue Wild Life Santuary, cédula jurídica N° 3-006-803041, inscrita en el Registro de Personas Jurídicas del Registro Nacional.

Artículo 2ºUna vez publicado este acuerdo los interesados deberán protocolizar y presentar el respectivo testimonio ante el Registro de Personas Jurídicas del Registro Nacional, para su inscripción.

Artículo 3ºRige a partir de su publicación.

Dado en la Presidencia de la República.—San José, seis de enero de dos mil veintidós.

CARLOS ALVARADO QUESADA.—La Ministra de Justicia y Paz, Fiorella Salazar Rojas.—1 vez.—O. C. N° 4600060721.—Solicitud N° 004-2022.—( IN2022633415 ).

N° AMJP-0002-01-2022

EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

Y LA MINISTRA DE JUSTICIA Y PAZ

En uso de las facultades conferidas por los artículos 140, incisos 3) y 18), 146 de la Constitución Política, el artículo 11 de la Ley N° 5338 del veintiocho de agosto de mil novecientos setenta y tres y el Decreto Ejecutivo N° 36363-JP del cinco de noviembre del dos mil diez.

ACUERDAN:

Artículo 1ºNombrar al señor Geovanny Díaz Jiménez, cédula de identidad N° 1-10300734, como representante del Poder Ejecutivo en la FUNDACIÓN DESAMPARADOS MADRE DE PUEBLOS, cédula jurídica N° 3-006-810636, inscrita en el Registro de Personas Jurídicas del Registro Nacional.

Artículo 2ºUna vez publicado este acuerdo los interesados deberán protocolizar y presentar el espectivo testimonio ante el Registro de Personas Jurídicas del Registro Nacional, para su inscripción.

Artículo 3ºRige a partir de su publicación.

Dado en la Presidencia de la República.—San José, seis de enero de dos mil veintidós.

CARLOS ALVARADO QUESADA.—La Ministra de Justicia y Paz, Fiorella Salazar Rojas.—1 vez.—O. C. N° 4600060721.—Solicitud N° 005-2022.—( IN2022633416 ).

N° AMJP-0003-01-2022

EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

Y LA MINISTRA DE JUSTICIA Y PAZ

En uso de las facultades conferidas por los artículos 140, incisos 3) y 18), 146 de la Constitución Política, el artículo 11 de la Ley N° 5338 del veintiocho de agosto de mil novecientos setenta y tres y el Decreto Ejecutivo N° 36363-JP del cinco de noviembre del dos mil diez.

ACUERDAN:

Artículo 1ºNombrar al señor Isaac Joel Venegas Méndez, cédula de identidad N° 1-1729-0612, como representante del Poder Ejecutivo en la Fundación Cristiana Aprisco, cédula jurídica N° 3-006-815348, inscrita en el Registro de Personas Jurídicas del Registro Nacional.

Artículo 2ºUna vez publicado este acuerdo los interesados deberán protocolizar y presentar el respectivo testimonio ante el Registro de Personas Jurídicas del Registro Nacional, para su inscripción.

Artículo 3º—Rige a partir de su publicación.

Dado en la Presidencia de la República, San José, seis de enero de dos mil veintidós.

CARLOS ALVARADO QUESADA.—La Ministra de Justicia y Paz, Fiorella Salazar Rojas.—1 vez.—O. C. Nº 4600060721.—Solicitud Nº 006-2022.—( IN2022633418 ).

N° AMJP-0004-01-2022

EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

Y LA MINISTRA DE JUSTICIA Y PAZ

En uso de las facultades conferidas por los artículos 140, incisos 3) y 18), 146 de la Constitución Política, el artículo 11 de la Ley N° 5338 del veintiocho de agosto de mil novecientos setenta y tres y el Decreto Ejecutivo N° 36363-JP del cinco de noviembre del dos mil diez.

ACUERDAN:

Artículo 1ºNombrar al señor Andrey Darío Calderón Ramírez, cédula de identidad N° 3-0413-0466, como representante del Poder Ejecutivo en la Fundación para la Investigación y Desarrollo de la Neurociencia y el Bienestar Social Doctor Carlos Cabezas Campodónico, cédula jurídica N° 3-006-787002, inscrita en el Registro de Personas Jurídicas del Registro Nacional.

Artículo 2ºUna vez publicado este acuerdo los interesados deberán protocolizar y presentar el respectivo testimonio ante el Registro de Personas Jurídicas del Registro Nacional, para su inscripción.

Artículo 3ºRige a partir de su publicación.

Dado en la Presidencia de la República, San José, seis de enero de dos mil veintidós.

CARLOS ALVARADO QUESADA.—La Ministra de Justicia y Paz, Fiorella Salazar Rojas.—1 vez.—O. C. N° 4600060721.—Solicitud N° 007-2022.—( IN2022633419 ).

N° 0005-01-2022-MJP

EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

Y LA MINISTRA DE JUSTICIA Y PAZ

En uso de las facultades conferidas por los artículos 140, incisos 3) y 18), 146 de la Constitución Política, el artículo 11 de la Ley N° 5338 del veintiocho de agosto de mil novecientos setenta y tres y el Decreto Ejecutivo N° 36363-JP del cinco de noviembre del dos mil diez.

ACUERDAN:

Artículo 1ºDejar sin efecto el acuerdo N° 59-MJP de fecha 08 de mayo de 2013 publicado en el Diario Oficial La Gaceta N° 126 del 02 de julio de 2013 y fe de erratas publicada en el Diario Oficial La Gaceta N° 244 del 18 de diciembre de 2013, con el que se nombró a la señora Laura Sileny Guerrero Salazar, cédula de identidad número 1-1168-0003 como representante del Poder Ejecutivo en la FUNDACIÓN BANDERA BLANCA FBB DE COSTA RICA, cédula jurídica N° 3-006-656338, por renuncia.

Artículo 2ºNombrar a la señora Michelle Alexandra Nicoya Espinales, cédula de identidad N° 1-1782-0311, como representante del Poder Ejecutivo en la FUNDACIÓN BANDERA BLANCA FBB DE COSTA RICA, cédula jurídica N° 3-006-656338, inscrita en la Sección de Personas de la Dirección de Personas Jurídicas del Registro Nacional.

Artículo 3ºUna vez publicado este acuerdo los interesados deberán protocolizar y presentar el respectivo testimonio ante la Sección de Personas Jurídicas del Registro Nacional, para su inscripción.

Artículo 4ºRige a partir de su publicación.

Dado en la Presidencia de la República.—San José, el día once de enero del dos mil veintidós.

CARLOS ALVARADO QUESADA.—La Ministra de Justicia y Paz, Fiorella Salazar Rojas.—1 vez.—O.C. N° 4600060721.—Solicitud N° 008-2022.—( IN2022633420 ).

N° AMJP-0007-01-2022

EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

Y LA MINISTRA DE JUSTICIA Y PAZ

En uso de las facultades conferidas por los artículos 140, incisos 3) y 18), 146 de la Constitución Política, el artículo 11 de la Ley N° 5338 del veintiocho de agosto de mil novecientos setenta y tres y el Decreto Ejecutivo N° 36363-JP del cinco de noviembre del dos mil diez.

ACUERDAN:

Artículo 1ºNombrar al señor Héctor Andrés León Moncayo, cédula de identidad N° 80085-0831, como representante del Poder Ejecutivo en la Fundación Johnny Morales Pro Enfermería CR, cédula jurídica N° 3-006-812657, inscrita en el Registro de Personas Jurídicas del Registro Nacional.

Artículo 2ºUna vez publicado este acuerdo los interesados deberán protocolizar y presentar el respectivo testimonio ante el Registro de Personas Jurídicas del Registro Nacional, para su inscripción.

Artículo 3ºRige a partir de su publicación.

Dado en la Presidencia de la República.—San José, catorce de enero de dos mil veintidós.

CARLOS ALVARADO QUESADA.—La Ministra de Justicia y Paz, Fiorella Salazar Rojas.—1 vez.—O. C. N° 4600060721.—Solicitud N° 009-2022.—( IN2022633423 ).

N° AMJP-0008-01-2022

EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

Y LA MINISTRA DE JUSTICIA Y PAZ

En uso de las facultades conferidas por los artículos 140, incisos 3) y 18), 146 de la Constitución Política, el artículo 11 de la Ley N° 5338 del veintiocho de agosto de mil novecientos setenta y tres y el Decreto Ejecutivo N° 36363-JP del cinco de noviembre del dos mil diez.

ACUERDAN:

Artículo 1°—Nombrar al señor Lukas David Sierra Espitia, cédula de identidad N° 8-01220823, como representante del Poder Ejecutivo en la Fundación Festival Puro Cuento, cédula jurídica N° 3-006-829758, inscrita en el Registro de Personas Jurídicas del Registro Nacional.

Artículo 2°—Una vez publicado este acuerdo los interesados deberán protocolizar y presentar el respectivo testimonio ante el Registro de Personas Jurídicas del Registro Nacional, para su inscripción.

Artículo 3°—Rige a partir de su publicación.

Dado en la Presidencia de la República, San José, veintiséis de enero de dos mil veintidós.

CARLOS ALVARADO QUESADA.—La Ministra de Justicia y Paz, Fiorella Salazar Rojas.—1 vez.—O. C. N° 4600060721.—Solicitud N° 010-2022.—( IN2022633424 ).

N° AMJP-0010-01-2022

EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

Y LA MINISTRA DE JUSTICIA Y PAZ

En uso de las facultades conferidas por los artículos 140, incisos 3) y 18), 146 de la Constitución Política, el artículo 11 de la Ley N° 5338 del veintiocho de agosto de mil novecientos setenta y tres y el Decreto Ejecutivo N° 36363-JP del cinco de noviembre del dos mil diez.

ACUERDAN:

Artículo 1ºDejar sin efecto el acuerdo N° AMJP-0011-01-2019 de fecha 21 de enero de 2019 publicado en el diario oficial La Gaceta N° 112 Alcance N° 135 de 17 de junio de 2019, con el que se nombró al señor Marlon Alberto Hernández Bonilla, cédula de identidad número 1-0995-0895 como representante del Poder Ejecutivo en la Fundación Omavad, cédula jurídica N° 3-006-772605, por renuncia.

Artículo 2ºNombrar a la señora Daphne Dualle Smith Nieto, con documento de identidad migratorio para extranjeros número 155827372918, como representante del Poder Ejecutivo en la Fundación Omavad, cédula jurídica N° 3-006-772605, inscrita en la Sección de Personas de la Dirección de Personas Jurídicas del Registro Nacional.

Artículo 3ºUna vez publicado este acuerdo los interesados deberán protocolizar y presentar el respectivo testimonio ante la Sección de Personas Jurídicas del Registro Nacional, para su inscripción.

Artículo 4ºRige a partir de su publicación.

Dado en la Presidencia de la República.—San José, el día ocho de febrero del dos mil veintidós.

CARLOS ALVARADO QUESADA.—La Ministra de Justicia y Paz, Fiorella Salazar Rojas.—1 vez.—O. C. N° 4600060721.—Solicitud N° 011-2022.—( IN2022633425 ).

N° AMJP-0020-02-2022

EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

Y LA MINISTRA DE JUSTICIA Y PAZ

En uso de las facultades conferidas por los artículos 140, incisos 3) y 18), 146 de la Constitución Política, el artículo 11 de la Ley N° 5338 del veintiocho de agosto de mil novecientos setenta y tres y el Decreto Ejecutivo N° 36363-JP del cinco de noviembre del dos mil diez.

ACUERDAN:

Artículo 1ºNombrar a la señora Mónica Barboza Bermúdez, cédula de identidad N° 1-1345-0123, como representante del Poder Ejecutivo en la Fundación Hogar Luz de Amor, cédula jurídica N° 3-006-758881, inscrita en el Registro de Personas Jurídicas del Registro Nacional.

Artículo 2ºUna vez publicado este acuerdo los interesados deberán protocolizar y presentar el respectivo testimonio ante el Registro de Personas Jurídicas del Registro Nacional, para su inscripción.

Artículo 3ºRige a partir de su publicación.

Dado en la Presidencia de la República.—San José, dos de febrero del dos mil veintidós.

CARLOS ALVARADO QUESADA.—La Ministra de Justicia y Paz, Fiorella Salazar Rojas.—1 vez.—O.C. N° 4600060721.—Solicitud N° 012-2022.—( IN2022633426 ).

N° AMJP-0021-02-2022

EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

Y LA MINISTRA DE JUSTICIA Y PAZ

En uso de las facultades conferidas por los artículos 140, incisos 3) y 18), 146 de la Constitución Política, el artículo 11 de la Ley N° 5338 del veintiocho de agosto de mil novecientos setenta y tres y el Decreto Ejecutivo N° 36363-JP del cinco de noviembre del dos mil diez.

ACUERDAN:

Artículo 1ºNombrar a la señora Claudia Lorena Castrillón Zuluaga, cédula de identidad N° 8-0142-0164, como representante del Poder Ejecutivo en la Fundación Mon Reve Costa Rica, cédula jurídica N° 3-006-840363, inscrita en el Registro de Personas Jurídicas del Registro Nacional.

Artículo 2ºUna vez publicado este acuerdo los interesados deberán protocolizar y presentar el respectivo testimonio ante el Registro de Personas Jurídicas del Registro Nacional, para su inscripción.

Artículo 3ºRige a partir de su publicación.

Dado en la Presidencia de la República, San José, dieciocho de febrero de dos mil veintidós.

CARLOS ALVARADO QUESADA.—La Ministra de Justicia y Paz, Fiorella Salazar Rojas.—1 vez.—O. C. Nº 4600060721.—Solicitud Nº 013-2022.—( IN2022633429 ).

N° AMJP-0022-02-2022

EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

Y LA MINISTRA DE JUSTICIA Y PAZ

En uso de las facultades conferidas por los artículos 140, incisos 3) y 18), 146 de la Constitución Política, el artículo 11 de la Ley N° 5338 del veintiocho de agosto de mil novecientos setenta y tres y el Decreto Ejecutivo N° 36363-JP del cinco de noviembre del dos mil diez.

ACUERDAN:

Artículo 1°—Nombrar al señor Jorge Ignacio Venegas Carvajal, cédula de identidad N° 50350-0338, como representante del Poder Ejecutivo en la FUNDACIÓN GUAYABO ANIMAL RESCUE, cédula jurídica N° 3-006-819413, inscrita en el Registro de Personas Jurídicas del Registro Nacional.

Artículo 2°—Una vez publicado este acuerdo los interesados deberán protocolizar y presentar el respectivo testimonio ante el Registro de Personas Jurídicas del Registro Nacional, para su inscripción.

Artículo 3°—Rige a partir de su publicación.

Dado en la Presidencia de la República, San José, dieciocho de febrero de dos mil veintidós.

CARLOS ALVARADO QUESADA.—La Ministra de Justicia y Paz, Fiorella Salazar Rojas.—1 vez.—O. C. N° 4600060721.—Solicitud N° 014-2022.—( IN2022633430 ).

N° AMJP-0023-02-2022

EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

Y LA MINISTRA DE JUSTICIA Y PAZ

En uso de las facultades conferidas por los artículos 140, incisos 3) y 18), 146 de la Constitución Política, el artículo 11 de la Ley N° 5338 del veintiocho de agosto de mil novecientos setenta y tres y el Decreto Ejecutivo N° 36363-JP del cinco de noviembre del dos mil diez.

ACUERDAN:

Artículo 1ºDejar sin efecto el acuerdo 0104 de fecha 12 de julio de 2004, publicado en el Diario Oficial La Gaceta N° 173 de 3 de setiembre de 2004, con el que se nombró al señor Mario Alberto Rodríguez Vargas, cédula de identidad número 3-0189-0060, como representante del Poder Ejecutivo en la Fundación para la Vivienda Rural Costa Rica Canadá, cédula jurídica N° 3-006-087690, por renuncia.

Artículo 2ºNombrar al señor Olman Vargas Zeledón, cédula de identidad número 1-05040825, como representante del Poder Ejecutivo en la Fundación para la Vivienda Rural Costa Rica Canadá, cédula jurídica N° 3-006-087690, inscrita en la Sección de Personas de la Dirección de Personas Jurídicas del Registro Nacional.

Artículo 3ºUna vez publicado este acuerdo los interesados deberán protocolizar y presentar el respectivo testimonio ante la Sección de Personas Jurídicas del Registro Nacional, para su inscripción.

Artículo 4ºRige a partir de su publicación.

Dado en la Presidencia de la República. San José, el día dieciocho de febrero del dos mil veintidós.

CARLOS ALVARADO QUESADA.—La Ministra de Justicia y Paz, Fiorella Salazar Rojas.—1 vez.—O. C. N° 4600060721.—Solicitud N° 015-2022.—( IN2022633431 ).

N° AMJP-0024-02-2022

EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

Y LA MINISTRA DE JUSTICIA Y PAZ

En uso de las facultades conferidas por los artículos 140, incisos 3) y 18), 146 de la Constitución Política, el artículo 11 de la Ley N° 5338 del veintiocho de agosto de mil novecientos setenta y tres y el Decreto Ejecutivo N° 36363-JP del cinco de noviembre del dos mil diez.

ACUERDAN:

Artículo 1º—Dejar sin efecto el acuerdo 049-2017-JP de fecha 15 de marzo de 2017, publicado en el Diario Oficial La Gaceta N° 96 de 23 de mayo de 2017, con el que se nombró al señor Mario Vinicio Madrigal Pérez, cédula de identidad número 1-1681-0958, como representante del Poder Ejecutivo en la Fundación Nacional de Programas Internacionales FUNAPI, cédula jurídica N° 3-006-726777, por renuncia.

Artículo 2º—Nombrar a la señorita Juliana Patricia Morales Alvarado, cédula de identidad número 1-1866-0709, como representante del Poder Ejecutivo en la Fundación Nacional de Programas Internacionales FUNAPI, cédula jurídica N° 3-006-726777, inscrita en la Sección de Personas de la Dirección de Personas Jurídicas del Registro Nacional.

Artículo 3º—Una vez publicado este acuerdo los interesados deberán protocolizar y presentar el respectivo testimonio ante la Sección de Personas Jurídicas del Registro Nacional, p a su inscripción.

Artículo 4º—Rige a partir de su publicación.

Dado en la Presidencia de la República.—San José, el día dieciocho de febrero del dos mil veintidós.

CARLOS ALVARADO QUESADA.—La Ministra de Justicia y Paz, Fiorella Salazar Rojas.—1 vez.—O.C. Nº 4600060721.—Solicitud Nº 016-2022.—( IN2022633433 ).

N° AMJP-0025-02-2022

EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

Y LA MINISTRA DE JUSTICIA Y PAZ

En uso de las facultades conferidas por los artículos 140, incisos 3) y 18), 146 de la Constitución Política, el artículo 11 de la Ley N° 5338 del veintiocho de agosto de mil novecientos setenta y tres y el Decreto Ejecutivo N° 36363-JP del cinco de noviembre del dos mil diez.

ACUERDAN:

Artículo 1°—Dejar sin efecto el acuerdo 205-JP de fecha 30 de octubre de 2015, publicado en el Diario Oficial La Gaceta N° 247 de 21 de diciembre de 2015, con el que se nombró al señor Eduardo Enrique Madrigal Muñoz, cédula de identidad N° 1-07280624, como representante del Poder Ejecutivo en la Fundación Acua para el Aprendizaje y la Cultura Artística, cédula jurídica N° 3-006-689397, por renuncia.

Artículo 2°—Nombrar al señor Luis Fernando Salas Madrigal, cédula de identidad N° 4-0122-0770, como representante del Poder Ejecutivo en la Fundación Acua para el Aprendizaje y la Cultura Artística, cédula jurídica N° 3-006689397, inscrita en la Sección de Personas de la Dirección de Personas Jurídicas del Registro Nacional.

Artículo 3°—Una vez publicado este acuerdo los interesados deberán protocolizar y presentar el respectivo testimonio ante la Sección de Personas Jurídicas del Registro Nacional, para su inscripción.

Artículo 4°—Rige a partir de su publicación.

Dado en la Presidencia de la República, San José, el día dieciocho de febrero de dos mil veintidós.

CARLOS ALVARADO QUESADA.—La Ministra de Justicia y Paz, Fiorella Salazar Rojas.—1 vez.—O. C. N° 4600060721.—Solicitud N° 017-2022.—( IN2022633434 ).

N° AMJP-0026-02-2022

EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

Y LA MINISTRA DE JUSTICIA Y PAZ

En uso de las facultades conferidas por los artículos 140, incisos 3) y 18), 146 de la Constitución Política, el artículo 11 de la Ley N° 5338 del veintiocho de agosto de mil novecientos setenta y tres y el Decreto Ejecutivo N° 36363-JP del cinco de noviembre del dos mil diez.

ACUERDAN:

Artículo 1ºNombrar a la señora Kimberly de los Ángeles Ampié Brenes, cédula de identidad N° 6-0421-0645, como representante del Poder Ejecutivo en la Fundación Operation Rich Coast, cédula jurídica N° 3-006-830498, inscrita en el Registro de Personas Jurídicas del Registro Nacional.

Artículo 2ºUna vez publicado este acuerdo los interesados deberán protocolizar y presentar el respectivo testimonio ante el Registro de Personas Jurídicas del Registro Nacional, para su inscripción.

Artículo 3ºRige a partir de su publicación.

Dado en la Presidencia de la República.—San José, dieciocho de febrero de dos mil veintidós.

CARLOS ALVARADO QUESADA.—La Ministra de Justicia y Paz, Fiorella Salazar Rojas.—1 vez.—O.C. N° 4600060721.—Solicitud N° 018-2022.—( IN2022633435 ).

N° AMJP-0027-02-2022

EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

Y LA MINISTRA DE JUSTICIA Y PAZ

En uso de las facultades conferidas por los artículos 140, incisos 3) y 18), 146 de la Constitución Política, el artículo 11 de la Ley N° 5338 del veintiocho de agosto de mil novecientos setenta y tres y el Decreto Ejecutivo N° 36363-JP del cinco de noviembre del dos mil diez.

ACUERDAN:

Artículo 1º—Dejar sin efecto el acuerdo AMJP-0134-09-2020 de fecha 22 de setiembre de 2020, publicado en el Diario Oficial La Gaceta N° 266 del 05 de noviembre de 2020, con el que se nombró a la señora Lizette Moretti Uribe, cédula de identidad número 1-0499-0130, como representante del Poder Ejecutivo en la Fundación Almas Inocentes, cédula jurídica N° 3-006-795037, por renuncia.

Artículo 2ºNombrar a la señora Anabelle Fonseca Lacayo, cédula de identidad número 80062-0777, como representante del Poder Ejecutivo en la Fundación Almas Inocentes, cédula jurídica N° 3-006-795037, inscrita en la Sección de Personas de la Dirección de Personas Jurídicas del Registro Nacional.

Artículo 3ºUna vez publicado este acuerdo los interesados deberán protocolizar y presentar el respectivo testimonio ante la Sección de Personas Jurídicas del Registro Nacional, para su inscripción.

Artículo 4ºRige a partir de su publicación.

Dado en la Presidencia de la República. San José, el día dieciocho de febrero del dos mil veintidós.

CARLOS ALVARADO QUESADA.—La Ministra de Justicia y Paz, Fiorella Salazar Rojas.—1 vez.—1 vez.—O. C. N° 4600060721.—Solicitud N° 019-202.—( IN2022633437 ).

RESOLUCIONES

MINISTERIO DE JUSTICIA Y PAZ

Resolución DVJ-RES-001-2022—Despacho de la Viceministra de Justicia.—San José, a las diez horas del día dieciocho del mes de febrero del dos mil veintidós.

En ejercicio de las facultades conferidas por los artículos 27.1, 48, 84 inciso a-), 89 inciso 4-) y 92 de la Ley General de la Administración Pública, Nº 6227 del 2 de mayo de 1978 y los incisos d-) del artículo 4 y f-) del artículo 5, ambos de la Ley de Creación de la Dirección General de Adaptación Social, N° 4762 del 08 de marzo de 1971 y sus reformas.

Considerando:

1ºQue de conformidad con la nueva estructura programática, el Ministerio de Justicia y Paz se divide en diferentes Programas Presupuestarios, a saber, 786 Actividades Centrales; 787 Actividades Comunes a la Atención de Personas Adscritas al Sistema Penitenciario Nacional; 788 Actividades Comunes a la Defensa del Estado – Asistencia Jurídica y Prevención, Detección y Combate a la Corrupción; 789 Atención de Personas Adscritas al Sistema Penitenciario Nacional, conformado a su vez por seis subprogramas presupuestarios -78901 Atención de Hombres Adultos en Centros Institucionales, 78902 Atención de Mujeres a Medidas Privativas de Libertad, 78903 Atención a Población Penal Juvenil, 78904, Atención de Población en Centros Semi Institucionales, 78905 Atención de Población en Comunidad, 78906 Atención de Población Sujeta a Dispositivos Electrónicos; 790 Prevención de la Violencia y Promoción de la Paz; 791 Defensa del Estado y Asistencia Jurídica al Sector Público; 793 Prevención, Detección y Combate de la Corrupción; y 794 Registro Nacional.

2ºQue para brindar mayor flexibilidad y eficiencia a los trámites propios del Programa Presupuestario 789, Atención de Personas Adscritas al Sistema Penitenciario Nacional y sus subprogramas, y agilizar los actos que se llevan a cabo en el mismo, siguiendo las disposiciones pertinentes de la Ley General de la Administración Pública, corresponde delegar formalmente todas aquellas firmas y funciones que puedan contribuir a la agilidad de la gestión del Programa y la optimización de los recursos públicos.

3ºQue los artículos 84 inciso a), 89 inciso 4) y 92 de la Ley General de la Administración Pública permiten la delegación de la firma de actos, siendo que cuando se trate de un tipo de acto debe ser publicado en el Diario Oficial La Gaceta.

4ºTéngase en cuenta lo dispuesto por la Contraloría General de la República, por medio del Dictamen N° DAGJ-291-2003 del 15 de julio del 2003, dictado por la División de Asesoría y Gestión Jurídica, según el cual se ha señalado que:

“...De lo expuesto, se concluye: primero, pese a lo que expone el Área de Servicios Gubernamentales, comprendemos que no se está dando una delegación “irrestricta”, sino una designación, seria y responsable, en ciertos funcionarios públicos ampliamente calificados para firmar tan importantes documentos. Segundo, así como el competente debe tener registrada su firma, los posibles delegados deben sufrir igual suerte. Tercero, el jefe sigue siendo el responsable de la competencia por lo que siempre dará cuenta y será responsable, ante la autoridad de que se trate. Por ende, el régimen de control interno, tan importante para este órgano contralor, no se ve disminuido. Cuarto, el asunto de la idoneidad del jefe no tiene relación con la delegación del acto material “firma por ello, compartimos qué por la especial preparación del jefe, su competencia de valoración de pertinencia no puede ser delegada, pero eso es diferente a aceptar que el acto material de firmar si pueda delegarse. Así, no se puede delegar la competencia sustancial del funcionario, por así disponerlo el párrafo tercero del artículo 89 de la Ley General de la Administración Pública, y la misma norma 55 del RAFPP.

Por lo tanto,

1) Los documentos de ejecución presupuestaria deben estar firmados por el responsable de la unidad financiera y el jefe de programa, subprograma o proyecto, según el caso; estas firmas deben estar en un registro debidamente levantado.

2) Sí es posible delegar el acto material de firmar por parte de los jefes de programa, subprograma o proyecto; no así, la competencia de establecer la pertinencia de aprobar, de previo, el documento de que se trate.

3) Delegando solo la firma, la responsabilidad por el acto aprobatorio acordado y firmado, recae siempre en el titular de la competencia.

4) La firma del delegado debe registrarse igualmente...”

5ºQué a partir del 16 de marzo del 2020, se hace efectiva la renuncia del señor José Luis Bermúdez Obando, como Director General de Adaptación Social y mediante oficio MJP-195-03-2020 del 16 de marzo del 2020, la Señora Ministra designa en ese cargo a la Viceministra de Justicia, Viviana Boza Chacón, quien asumirá como recargo esa Dirección, así como la Jefatura del Programa Presupuestario 789, Atención de Personas Adscritas al Sistema Penitenciario Nacional.

6ºQue de manera transitoria, mientras se mantenga esta designación y en aras de garantizar el interés público e institucional y la continuidad y efectividad de la gestión administrativa y financiera del Programa, conviene adoptar algunas decisiones en relación con las delegaciones de algunas firmas de los diferentes actores que intervienen dentro de estos procesos, según su nivel de responsabilidad dentro del Programa Presupuestario 789, Atención de Personas Adscritas al Sistema Penitenciario Nacional y sus subprogramas.

7ºQue dichas delegaciones son de carácter personalísimo y se mantendrán vigentes siempre y cuando el delegante y los delegados sean las mismas personas; si alguna de éstas cambiare, esa delegación quedará sin efecto debiendo emitirse un nuevo acto de delegación entre las personas que ocuparen los cargos respectivos. Esa delegación debe hacerse mediante resolución fundada y debe publicarse en el Diario Oficial La Gaceta, además, deberá comunicarse de manera oportuna a todos los Departamentos y Áreas relacionadas, a efectos de mantener actualizada la información. Por tanto,

LA VICE MINISTRA DE JUSTICIA

Y DIRECTORA GENERAL DE ADAPTACIÓN SOCIAL,

RESUELVE:

I.—Delegar en la funcionaria Ilse Mary Díaz Díaz, cédula N° 2-0344-0637, en su calidad de Subdirectora General de Adaptación Social a.i., la firma de las modificaciones presupuestarias, las liberaciones de cuota SIGAF,  las certificaciones de contenido presupuestario, las decisiones de inicio, solicitudes de contratación, solicitudes de órdenes de pedido y modificaciones de contrato sustentadas en los artículos 208 y 209 del Reglamento a la Ley de Contratación Administrativa (RLCA), todas del Programa 789, Atención de Personas Adscritas al Sistema Penitenciario Nacional y sus subprogramas.

II.—De igual forma, delegar en la señora Díaz Díaz la firma de los documentos y oficios que se emitan desde la Dirección General de Adaptación Social, las resoluciones de apertura de procedimientos administrativos, las resoluciones finales, en calidad de Órgano Decisor de procedimientos administrativos de la Dirección General de Adaptación Social, los traslados, permutas y movimientos en general de las personas funcionarias cuando dichos trámites son competencia de la Dirección General de Adaptación Social. Las resoluciones en respuesta a los recursos ordinarios presentados por partes interesadas ante los trámites antes indicados, los recursos presentados a solicitud de la Sala Constitucional y las autoridades judiciales, los documentos de trámites administrativos de las personas funcionarias de la Dirección General de Adaptación Social, como vacaciones, control de marcas ante el Departamento de Gestión Institucional de Recursos Humanos.

III.—Delegar en la funcionaria Virginia Ma. Barquero González, cédula de identidad N° 4-143-344, quien ocupa el cargo de Jefa del Departamento Administrativo de la Dirección General de Adaptación Social, la firma de los siguientes documentos o actos: las solicitudes de caducos de pedidos y reservas; el plan de compras y sus modificaciones; los formularios de caja chica y los formularios de viáticos, boletas de creación y ampliación de reservas; la aprobación en las boletas de control y los visados del gasto; la aprobación en las boletas de la Caja Costarricense del Seguro Social; los formularios de transferencias en general; todos del Programa 789, Atención de Personas Adscritas al Sistema Penitenciario Nacional y sus subprogramas, esto para la consecución de los objetivos  y metas establecidos la Ley de Administración Financiera de la República y Presupuestos Públicos.

IV.—Delegar en los funcionarios que se dirán, todos jefes de departamento de las unidades solicitantes o ejecutoras de la administración de un presupuesto del Programa 789, la firma electrónica y la aprobación digital en el SICOP -por cuenta de la suscrita jefa de este Programa- de las resoluciones que constituyen la decisión inicial (solicitud de contratación o de pedido) del trámite de contratación administrativa, las modificaciones contractuales amparadas en los artículos 208 y 209 del Reglamento a la Ley de Contratación Administrativa, las solicitudes de órdenes de pedido o decisiones de adquirir cantidades adicionales de servicios o suministros amparadas en contratos vigentes; en aplicación del artículo 92 de la Ley General de Administración Pública:

       Ileana Montero Arroyo, cédula N° 106120767, jefa Departamento de Servicios Generales,

          Jorge Barrantes Jiménez, cédula N° 105420124, jefe del Departamento Agroindustrial,

          Marlen Chinchilla Jiménez, cédula N° 110930053, jefa del Departamento de Arquitectura,

          Marianella Granados Saavedra, cédula N° 700950674, jefa del Departamento de Tecnologías de Información,

       Virginia Lorena Rivera Mora, cédula N° 107040706, Coordinadora de la   Unidad de Servicios de Alimentación,

          Erick Cerdas Araya, cédula N° 109470198, Coordinador Unidad de Enfermería,

       Rándall Loría Rivera, cédula N° 303070705, jefe del Departamento de Salud Ocupacional,

       Susan Granados Vargas, cédula N° 112000921, Coordinadora de la Unidad de Logística del Departamento Administrativo,

          Róger Gutiérrez Sánchez, cédula N° 107200158, Unidad de Gestión Policial.

          Wálter Corea Quirós, cédula de identidad N° 601740171, Unidad de Repatriaciones de la Dirección General de Adaptación Social.

          Franklin Arguedas Chaves, cédula N° 110320325, jefe de la Unidad de Atención a Personas Sujetas a Monitoreo con Dispositivos Electrónicos, también conocida como Unidad de Monitoreo Electrónico (UME).

V.—Derogatorias

Se dejan sin valor y efecto las siguientes resoluciones de delegación de firmas:

DVJ-RES-006-2020, de las diez horas del día dieciocho de marzo del año dos mil veinte.

DVJ-RES-007-2020, de las quince horas del día diecisiete de abril del año dos mil veinte.

DVJ-RES-015-2020, de las once horas, del día treinta y uno de julio del dos mil veinte.

DVJ-RES-016-2020, de las catorce horas con quince minutos del día veintiuno de setiembre del año dos mil veinte.

DGAS-RES-003-2021, de las diez horas, del día catorce de julio del año dos mil veintiuno.

V.—Rige a partir de la firma de la señora Viviana Boza Chacón, Viceministra de Justicia y Directora General de Adaptación Social del Ministerio de Justicia y Paz, pero deberá publicarse en el Diario Oficial La Gaceta.

Viviana María Boza Chacón, Viceministra de Justicia y Paz y Directora General de Adaptación Social.—1 vez.—O.C. N° 4600031751.—Solicitud N° 333960.—( IN2022633464 ).

DOCUMENTOS VARIOS

SEGURIDAD PÚBLICA

SE INFORMA AL PÚBLICO EN GENERAL QUE:

EL MINISTERIO DE SEGURIDAD PÚBLICA, REQUIERE EL ALQUILER DE EDIFICACIÓN.

Términos de Referencia-Alquiler Delegación

Policial de Acosta

Requerimientos:

           Ubicación: Distrito Central del cantón de Acosta

           Área de construcción estimada: de 600.00 m2 a 1,500.00 m2.

           Cantidad mínima de parqueos: 08 vehículos.

           Cantidad de población que hará uso de las instalaciones y que pernocta en el edificio: 80 Oficiales.

           Certificado de uso de suelo (uso mixto o comercial) vigente.

           Contar con servicios básicos: electricidad y agua potable (instalaciones en perfecto estado).

           Contar con servicio de voz y datos.

           Capacidad y disponibilidad de asumir los gastos de remodelación para adecuar el inmueble de acuerdo a las necesidades de Fuerza Pública que se le soliciten una vez el posible contrato se encuentre en etapa de ejecución, tales como: armería, cocina, comedor, oficinas, dormitorios, área de duchas y servicios sanitarios, bodegas, separos, entre otros.

           Capacidad y disponibilidad de asumir los gastos de remodelación del sistema de tratamiento de aguas residuales existente, en caso de requerirse, para solventar la carga operativa requerida.

           Capacidad y disponibilidad de asumir los gastos de remodelación para adecuación de espacios según ley 7600, dispositivos de seguridad, contra incendio, escaleras de emergencia, entre otros.

Condiciones legales: El edificio debe cumplir con lo siguiente (todo debe acreditarse en la propuesta).

           Ley 7600 “Ley Igualdad de Oportunidades para Personas con Discapacidad”,

           normativa indicada por el CFIA,

           Ley 833 “Ley de Construcciones”,

           Decreto Ejecutivo N° 26831 Reglamento de la Ley 7600,

           Normas de INTECO.

           Decreto N° 36979-MEIC (NFPA 70).

           Código sísmico.

           Reglamento municipal.

Información general de la empresa y oferente:

           Razón social.

           Cédula jurídica,

           Página web, 

           Nombre completo de persona de contacto o representante legal.

           Número de cédula,

           Correos electrónicos,

           Dirección exacta de la empresa,

           Teléfonos fijos, fax, celular.

Información de la oferta:

           Fecha de cotización.

        Ubicación del inmueble que se cotiza. Indicando: Provincia, cantón, distrito, ubicación exacta.

           Información registral: coordenadas de ubicación CRTM05 o Lambert, plano catastro y certificación literal de la propiedad.

           Montos cotizados: monto bruto por metro cuadrado, descuento ofrecido (en caso de que hubiera) y monto neto por metro cuadrado, todo en colones, según lineamientos de Hacienda.

           Área propuesta por la empresa de metros cuadrados para uso de oficina y parqueo. Se solicita un área mínima (ver referencia en requerimientos) y área mínima para parqueo, aportar planta de distribución física espacio, libre sin mobiliario y detalle de usos/espacios: administrativo, parqueos, áreas comunes, etc.

           Indicar condiciones del inmueble, tales como: Aire acondicionado, Ventilación cruzada (natural), Seguridad perimetral, Iluminación natural y eléctrica, Exposición sónica, Disposición de aguas fluviales, pluviales y servidas, Dispositivos de seguridad: sensores de incendio, Circulación vertical: Escaleras de emergencia, ascensores, escaleras, Áreas verdes, etc.

           Indicar compromiso de asumir todos los gastos de remodelación para adecuar el inmueble de acuerdo a las necesidades que se le soliciten, tales como: armería, cocina, comedor, oficinas, dormitorios, área de duchas y servicios sanitarios, bodegas, separos, entre otros, así como en sistema de tratamiento de aguas residuales, adecuación de espacios según ley 7600, entre otros.

           En caso de que el oferente no se encuentre inscrito como patrono, el Programa Presupuestario deberá seguir lo indicado en los Lineamientos para la Aplicación de los incisos 1) y 3) del artículo 74 de la Ley Constitutiva de la Caja y el numeral 65 del Reglamento a la Ley de Contratación Administrativa; por lo que, ante la ausencia de inscripción, el Programa Presupuestario, bajo su responsabilidad, en la solicitud de contratación, debe emitir una justificación expresa respecto a:

o          Si el oferente no requiere inscripción ante la CCSS como patrono ni como trabajador independiente. 

o          Si el oferente, a pesar de no estar inscrito, sí debe estarlo.

o          Si el oferente aún no ha iniciado la actividad económica que amerita su inscripción.

           En caso de una posible contratación del inmueble, la empresa debe comprometerse en caso de resultar adjudicada con lo siguiente:

o          El arrendante corre con los riesgos tales como destrucción y robo, así como también ha de cubrir las reparaciones, mantenimiento, seguros, e impuestos, entre otros.

o          El contrato debe ser en colones y su incremento obedecerá únicamente a la inflación, según lineamientos del Gobierno.

           Plazo para recibir propuestas: deberán ser remitidas digitalmente al correo electrónico alquileres@fuerzapublica.go.cr en un plazo máximo de 20 días hábiles a partir de esta publicación.

Comisionado Reinaldo González Cubero.—Subdirector General Fuerza Pública.—1 vez.—O. C. N° 4600061765.—Solicitud N° 335441.—( IN2022632764 ).

SE INFORMA AL PÚBLICO EN GENERAL QUE:

EL MINISTERIO DE SEGURIDAD PÚBLICA REQUIERE

EL ALQUILER DE EDIFICACIÓN

Términos de referencia – Alquiler Delegación Policial de Escazú

Requerimientos

           Ubicación: provincia: San José, cantón: Escazú, distrito: Escazú, San Rafael

               Área de construcción estimada: de 800.00 m2 a 1,500.00 m2

           Cantidad mínima de parqueos: 06 vehículos

           Cantidad de población que hará uso de las instalaciones y que pernocta en el edificio: 110 Oficiales

           Certificado de uso de suelo (uso mixto o comercial) vigente

           Contar con servicios básicos: electricidad y agua potable (instalaciones en perfecto estado)

           Contar con servicio de voz y datos.

           Capacidad y disponibilidad de asumir los gastos de remodelación para adecuar el inmueble de acuerdo a las necesidades de Fuerza Pública que se le soliciten una vez el posible contrato se encuentre en etapa de ejecución, tales como: armería, cocina, comedor, oficinas, dormitorios, área de duchas y servicios sanitarios, bodegas, separos, entre otros

           Capacidad y disponibilidad de asumir los gastos de remodelación del sistema de tratamiento de aguas residuales existente, en caso de requerirse, para solventar la carga operativa requerida.

           Capacidad y disponibilidad de asumir los gastos de remodelación para adecuación de espacios según ley 7600, dispositivos de seguridad, contra incendio, escaleras de emergencia, entre otros

Condiciones legales: El edificio debe cumplir con lo siguiente (todo debe acreditarse en la propuesta)

           Ley 7600 “Ley Igualdad de Oportunidades para Personas con Discapacidad”,

           normativa indicada por el CFIA,

           Ley 833 “Ley de Construcciones”,

           Decreto Ejecutivo N° 26831 Reglamento de la Ley 7600,

           Normas de INTECO

           Decreto N° 36979-MEIC (NFPA 70).

           Código sísmico

           Reglamento municipal

Información general de la empresa y oferente:

           Razón social

           Cédula jurídica,

           Página web,

           Nombre completo de persona de contacto o representante legal

           Número de cédula,

           Correos electrónicos,

           Dirección exacta de la empresa,

           Teléfonos fijos, fax, celular.

Información de la oferta:

           Fecha de cotización

           Ubicación del inmueble que se cotiza. Indicando: provincia, cantón, distrito, ubicación exacta.

        Información registral: coordenadas de ubicación CRTM05 o Lambert, plano catastro y certificación literal de la propiedad

           Montos cotizados: monto bruto por metro cuadrado, descuento ofrecido (en caso de que hubiera) y monto neto por metro cuadrado, todo en colones, según lineamientos de Hacienda.

           Área propuesta por la empresa de metros cuadrados para uso de oficina y parqueo. Se solicita un área mínima (ver referencia en requerimientos) y área mínima para parqueo, aportar planta de distribución física espacio, libre sin mobiliario y detalle de usos/espacios: administrativo, parqueos, áreas comunes, etc.

           Indicar condiciones del inmueble, tales como: Aire acondicionado, Ventilación cruzada (natural), Seguridad perimetral, Iluminación natural y eléctrica, Exposición sónica, Disposición de aguas fluviales, pluviales y servidas, Dispositivos de seguridad: sensores de incendio, Circulación vertical: Escaleras de emergencia, ascensores, escaleras, Áreas verdes, etc

           Indicar compromiso de asumir todos los gastos de remodelación para adecuar el inmueble de acuerdo a las necesidades que se le soliciten, tales como: armería, cocina, comedor, oficinas, dormitorios, área de duchas y servicios sanitarios, bodegas, separos, entre otros, así como en sistema de tratamiento de aguas residuales, adecuación de espacios según ley 7600, entre otros.

           En caso de que el oferente no se encuentre inscrito como patrono, el Programa Presupuestario deberá seguir lo indicado en los Lineamientos para la Aplicación de los incisos 1) y 3) del artículo 74 de la Ley Constitutiva de la Caja y el numeral 65 del Reglamento a la Ley de Contratación Administrativa; por lo que, ante la ausencia de inscripción, el Programa Presupuestario, bajo su responsabilidad, en la solicitud de contratación, debe emitir una justificación expresa respecto a:

o          Si el oferente no requiere inscripción ante la CCSS como patrono ni como trabajador independiente.

o          Si el oferente, a pesar de no estar inscrito, sí debe estarlo.

o          Si el oferente aún no ha iniciado la actividad económica que amerita su inscripción.

           En caso de una posible contratación del inmueble, la empresa debe comprometerse en caso de resultar adjudicada con lo siguiente:

o          El arrendante corre con los riesgos tales como destrucción y robo, así como también ha de cubrir las reparaciones, mantenimiento, seguros, e impuestos, entre otros.

o          El contrato debe ser en colones y su incremento obedecerá únicamente a la inflación, según lineamientos del Gobierno.

           Plazo para recibir propuestas: deberán ser remitidas digitalmente al correo electrónico alquileres@fuerzapublica.go.cr en un plazo máximo de 20 días hábiles a partir de esta publicación.

Comisionado Reinaldo González Cubero, Subdirector General Fuerza Pública.—1 vez.—O.C. N° 4600061765.—Solicitud N° 335443.—( IN2022632766 ).

SE INFORMA AL PÚBLICO EN GENERAL QUE:

EL MINISTERIO DE SEGURIDAD PÚBLICA REQUIERE EL ALQUILER DE EDIFICACIÓN

Términos de referencia – alquiler Departamento de Inteligencia Policial

Requerimientos

          Ubicación: Provincia: San José, cantón: San José, distrito: Hospital, Catedral, Carmen, Merced

          Área de construcción estimada: de 1,500.00 m2 a 2,000.00 m2

          Cantidad mínima de parqueos: 20 vehículos

          Cantidad de población que hará uso de las instalaciones y que pernocta en el edificio: 72 Oficiales

          Certificado de uso de suelo (uso mixto o comercial) vigente

          Contar con servicios básicos: electricidad y agua potable (instalaciones en perfecto estado)

          Contar con servicio de voz y datos.

          Capacidad y disponibilidad de asumir los gastos de remodelación para adecuar el inmueble de acuerdo a las necesidades de Fuerza Pública que se le soliciten una vez el posible contrato se encuentre en etapa de ejecución, tales como: armería, cocina, comedor, oficinas, dormitorios, área de duchas y servicios sanitarios, bodegas, separos, entre otros

          Capacidad y disponibilidad de asumir los gastos de remodelación del sistema de tratamiento de aguas residuales existente, en caso de requerirse, para solventar la carga operativa requerida

          Capacidad y disponibilidad de asumir los gastos de remodelación para adecuación de espacios según ley 7600, dispositivos de seguridad, contra incendio, escaleras de emergencia, entre otros

Condiciones legales: El edificio debe cumplir con lo siguiente (todo debe acreditarse en la propuesta)

          Ley 7600 “Ley Igualdad de Oportunidades para Personas con Discapacidad”,

          normativa indicada por el CFIA,

          Ley 833 “Ley de Construcciones”,

          Decreto Ejecutivo N° 26831 Reglamento de la Ley 7600,

          Normas de INTECO

          Decreto N° 36979-MEIC (NFPA 70).

          Código sísmico

          Reglamento municipal

Información general de la empresa y oferente:

          Razón social

          Cédula jurídica,

          Página web,

          Nombre completo de persona de contacto o representante legal

          Número de cédula,

          Correos electrónicos,

          Dirección exacta de la empresa,

          Teléfonos fijos, fax, celular.

Información de la oferta:

          Fecha de cotización

          Ubicación del inmueble que se cotiza. Indicando: Provincia, cantón, distrito, ubicación exacta.

        Información registral: coordenadas de ubicación CRTM05 o Lambert, plano catastro y certificación literal de la propiedad

          Montos cotizados: monto bruto por metro cuadrado, descuento ofrecido (en caso de que hubiera) y monto neto por metro cuadrado, todo en colones, según lineamientos de Hacienda.

          Área propuesta por la empresa de metros cuadrados para uso de oficina y parqueo. Se solicita un área mínima (ver referencia en requerimientos) y área mínima para parqueo, aportar planta de distribución física espacio, libre sin mobiliario y detalle de usos/espacios: administrativo, parqueos, áreas comunes, etc.

          Indicar condiciones del inmueble, tales como: Aire acondicionado, Ventilación cruzada (natural), Seguridad perimetral, Iluminación natural y eléctrica, Exposición sónica, Disposición de aguas fluviales, pluviales y servidas, Dispositivos de seguridad: sensores de incendio, Circulación vertical: Escaleras de emergencia, ascensores, escaleras, Áreas verdes, etc.

          Indicar compromiso de asumir todos los gastos de remodelación para adecuar el inmueble de acuerdo a las necesidades que se le soliciten, tales como: armería, cocina, comedor, oficinas, dormitorios, área de duchas y servicios sanitarios, bodegas, separos, entre otros, así como en sistema de tratamiento de aguas residuales, adecuación de espacios según ley 7600, entre otros.

          En caso de que el oferente no se encuentre inscrito como patrono, el Programa Presupuestario deberá seguir lo indicado en los Lineamientos para la Aplicación de los incisos 1) y 3) del artículo 74 de la Ley Constitutiva de la Caja y el numeral 65 del Reglamento a la Ley de Contratación Administrativa; por lo que, ante la ausencia de inscripción, el Programa Presupuestario, bajo su responsabilidad, en la solicitud de contratación, debe emitir una justificación expresa respecto a:

o          Si el oferente no requiere inscripción ante la CCSS como patrono ni como trabajador independiente.

o          Si el oferente, a pesar de no estar inscrito, sí debe estarlo.

o          Si el oferente aún no ha iniciado la actividad económica que amerita su inscripción.

o          En caso de una posible contratación del inmueble, la empresa debe comprometerse en caso de resultar adjudicada con lo siguiente:

o          El arrendante corre con los riesgos tales como destrucción y robo, así como también ha de cubrir las reparaciones, mantenimiento, seguros, e impuestos, entre otros.

o          El contrato debe ser en colones y su incremento obedecerá únicamente a la inflación, según lineamientos del Gobierno.

          Plazo para recibir propuestas: deberán ser remitidas digitalmente al correo electrónico alquileres@fuerzapublica.go.cr en un plazo máximo de 20 días hábiles a partir de esta publicación.

Comisionado Reinaldo González Cubero, Subdirector General Fuerza Pública.—1 vez.—O.C. N° 4600061765.—Solicitud N° 335444.—( IN2022632776 ).

SE INFORMA AL PÚBLICO EN GENERAL QUE:

EL MINISTERIO DE SEGURIDAD PÚBLICA

REQUIERE EL ALQUILER DE EDIFICACIÓN

Términos de Referencia – Alquiler Policía

Turística de San José

Requerimientos

           Ubicación: Provincia: San José, Cantón: San José, Distrito: Hospital, Catedral, Carmen, Merced

           Área de construcción estimada: de 500.00 m2 a 1,000.00 m2

           Cantidad mínima de parqueos: 05 vehículos

        Cantidad de población que hará uso de las instalaciones y que pernocta en el edificio: 38 Oficiales

           Certificado de uso de suelo (uso mixto o comercial) vigente

           Contar con servicios básicos: electricidad y agua potable (instalaciones en perfecto estado)

           Contar con servicio de voz y datos.

           Capacidad y disponibilidad de asumir los gastos de remodelación para adecuar el inmueble de acuerdo a las necesidades de Fuerza Pública que se le soliciten una vez el posible contrato se encuentre en etapa de ejecución, tales como: armería, cocina, comedor, oficinas, dormitorios, área de duchas y servicios sanitarios, bodegas, separos, entre otros

           Capacidad y disponibilidad de asumir los gastos de remodelación del sistema de tratamiento de aguas residuales existente, en caso de requerirse, para solventar la carga operativa requerida

           Capacidad y disponibilidad de asumir los gastos de remodelación para adecuación de espacios según ley 7600, dispositivos de seguridad, contra incendio, escaleras de emergencia, entre otros

Condiciones legales: El edificio debe cumplir con lo siguiente (todo debe acreditarse en la propuesta)

           Ley 7600 “Ley Igualdad de Oportunidades para Personas con Discapacidad”,

           Normativa indicada por el CFIA,

           Ley 833 “Ley de Construcciones”,

           Decreto Ejecutivo N° 26831 Reglamento de la Ley 7600,

           Normas de INTECO

           Decreto N° 36979-MEIC (NFPA 70)

           Código sísmico

           Reglamento municipal

Información general de la empresa y oferente:

           Razón social

           Cédula jurídica,

           Página web,

        Nombre completo de persona de contacto o representante legal

           Número de cédula,

           Correos electrónicos,

           Dirección exacta de la empresa,

           Teléfonos fijos, fax, celular.

Información de la oferta:

           Fecha de cotización

           Ubicación del inmueble que se cotiza. Indicando: Provincia, cantón, distrito, ubicación exacta.

        Información registral: coordenadas de ubicación CRTM05 o Lambert, plano catastro y certificación literal de la propiedad

           Montos cotizados: monto bruto por metro cuadrado, descuento ofrecido (en caso de que hubiera) y monto neto por metro cuadrado, todo en colones, según lineamientos de Hacienda.

           Área propuesta por la empresa de metros cuadrados para uso de oficina y parqueo. Se solicita un área mínima (ver referencia en requerimientos) y área mínima para parqueo, aportar planta de distribución física espacio, libre sin mobiliario y detalle de usos/espacios: administrativo, parqueos, áreas comunes, etc.

           Indicar condiciones del inmueble, tales como: Aire acondicionado, Ventilación cruzada (natural), Seguridad perimetral, Iluminación natural y eléctrica, Exposición sónica, Disposición de aguas fluviales, pluviales y servidas, Dispositivos de seguridad: sensores de incendio, Circulación vertical: Escaleras de emergencia, ascensores, escaleras, áreas verdes, etc.

           Indicar compromiso de asumir todos los gastos de remodelación para adecuar el inmueble de acuerdo a las necesidades que se le soliciten, tales como: armería, cocina, comedor, oficinas, dormitorios, área de duchas y servicios sanitarios, bodegas, separos, entre otros, así como en sistema de tratamiento de aguas residuales, adecuación de espacios según ley 7600, entre otros.

           En caso de que el oferente no se encuentre inscrito como patrono, el Programa Presupuestario deberá seguir lo indicado en los Lineamientos para la Aplicación de los incisos 1) y 3) del artículo 74 de la Ley Constitutiva de la Caja y el numeral 65 del Reglamento a la Ley de Contratación Administrativa; por lo que, ante la ausencia de inscripción, el Programa Presupuestario, bajo su responsabilidad, en la solicitud de contratación, debe emitir una justificación expresa respecto a:

o          Si el oferente no requiere inscripción ante la CCSS como patrono ni como trabajador independiente.

o          Si el oferente, a pesar de no estar inscrito, sí debe estarlo.

o          Si el oferente aún no ha iniciado la actividad económica que amerita su inscripción.

           En caso de una posible contratación del inmueble, la empresa debe comprometerse en caso de resultar adjudicada con lo siguiente:

o          El arrendante corre con los riesgos tales como destrucción y robo, así como también ha de cubrir las reparaciones, mantenimiento, seguros, e impuestos, entre otros.

o          El contrato debe ser en colones y su incremento obedecerá únicamente a la inflación, según lineamientos del Gobierno.

           Plazo para recibir propuestas: deberán ser remitidas digitalmente al correo electrónico alquileres@fuerzapublica.go.cr en un plazo máximo de 20 días hábiles a partir de esta publicación.

Comisionado Reinaldo González Cubero, Subdirector General Fuerza Pública.—1 vez.—O. C. N° 4600061765.—Solicitud N° 335447.—( IN2022632782 ).

SE INFORMA AL PÚBLICO EN GENERAL QUE:

EL MINISTERIO DE SEGURIDAD PÚBLICA

REQUIERE EL ALQUILER DE EDIFICACIÓN

Términos de referencia-Alquiler Dirección Unidades Especiales

Requerimientos

        Ubicación: Provincia: San José, Cantón: San José, Distrito: Hospital, Catedral, Carmen, Merced

           Área de construcción estimada: de 600.00 m2 a 1,500.00 m2

           Cantidad mínima de parqueos: 10 vehículos

           Cantidad de población que hará uso de las instalaciones y que pernocta en el edificio: 58 Oficiales

           Certificado de uso de suelo (uso mixto o comercial) vigente

           Contar con servicios básicos: electricidad y agua potable (instalaciones en perfecto estado)

           Contar con servicio de voz y datos.

           Capacidad y disponibilidad de asumir los gastos de remodelación para adecuar el inmueble de acuerdo a las necesidades de Fuerza Pública que se le soliciten una vez el posible contrato se encuentre en etapa de ejecución, tales como: armería, cocina, comedor, oficinas, dormitorios, área de duchas y servicios sanitarios, bodegas, separos, entre otros.

           Capacidad y disponibilidad de asumir los gastos de remodelación del sistema de tratamiento de aguas residuales existente, en caso de requerirse, para solventar la carga operativa requerida

           Capacidad y disponibilidad de asumir los gastos de remodelación para adecuación de espacios según ley 7600, dispositivos de seguridad, contra incendio, escaleras de emergencia, entre otros.

Condiciones legales: El edificio debe cumplir con lo siguiente (todo debe acreditarse en la propuesta)

           Ley 7600 “Ley Igualdad de Oportunidades para Personas con Discapacidad”

           Normativa indicada por el CFIA

           Ley 833 “Ley de Construcciones”

           Decreto Ejecutivo N° 26831 Reglamento de la Ley 7600

           Normas de INTECO

           Decreto N° 36979-MEIC (NFPA 70).

           Código sísmico

           Reglamento municipal

Información general de la empresa y oferente:

           Razón social

           Cédula jurídica

           Página web

           Nombre completo de persona de contacto o representante legal

           Número de cédula

           Correos electrónicos

           Dirección exacta de la empresa

           Teléfonos fijos, fax, celular

Información de la oferta:

           Fecha de cotización

           Ubicación del inmueble que se cotiza. Indicando: Provincia, cantón, distrito, ubicación exacta.

           Información registral: coordenadas e ubicación CRTM05 o Lambert, plano catastro y certificación literal de la propiedad.

           Montos cotizados: monto bruto por metro cuadrado, descuento ofrecido (en caso de que hubiera) y monto neto por metro cuadrado, todo en colones, según lineamientos de Hacienda.

           Área propuesta por la empresa de metros cuadrados para uso de oficina y parqueo. Se solicita un área mínima (ver referencia en requerimientos) y área mínima para parqueo, aportar planta de distribución física espacio, libre sin mobiliario y detalle de usos/espacios: administrativo, parqueos, áreas comunes, etc.

           Indicar condiciones del inmueble, tales como: Aire acondicionado, Ventilación cruzada (natural), Seguridad perimetral, Iluminación natural y eléctrica, Exposición sónica, Disposición de aguas fluviales, pluviales y servidas, Dispositivos de seguridad: sensores de incendio, Circulación vertical: Escaleras de emergencia, ascensores, escaleras, Areas verdes, etc.

           Indicar compromiso de asumir todos los gastos de remodelación para adecuar el inmueble de acuerdo a las necesidades que se le soliciten, tales como: armería, cocina, comedor, oficinas, dormitorios, área de duchas y servicios sanitarios, bodegas, separos, entre otros, asi como en sistema de tratamiento de aguas residuales, adecuación de espacios según ley 7600, entre otros.

           En caso de que el oferente no se encuentre inscrito como patrono, el Programa Presupuestario deberá seguir lo indicado en los Lineamientos para la Aplicación de los incisos 1) y 3) del artículo 74 de la Ley Constitutiva de la Caja y el numeral 65 del Reglamento a la Ley de Contratación Administrativa; por lo que, ante la ausencia de inscripción, el Programa Presupuestario, bajo su responsabilidad, en la solicitud de contratación, debe emitir una justificación expresa respecto a:

o          Si el oferente no requiere inscripción ante la CCSS como patrono ni como trabajador independiente.

o          Si el oferente, a pesar de no estar inscrito, sí debe estarlo.

o          Si el oferente aún no ha iniciado la actividad económica que amerita su inscripción.

           En caso de una posible contratación del inmueble, la empresa debe comprometerse en caso de resultar adjudicada con lo siguiente:

o          El arrendante corre con los riesgos tales como destrucción y robo, así como también ha de cubrir las reparaciones, mantenimiento, seguros, e impuestos, entre otros.

o          El contrato debe ser en colones y su incremento obedecerá únicamente a la inflación, según lineamientos del Gobierno.

           Plazo para recibir propuestas: deberán ser remitidas digitalmente al correo electrónico alquileres@fuerzapublica.go.cr en un plazo máximo de 20 días hábiles a partir de esta publicación.

Comisionado Reinaldo González Cubero, Subdirector General Fuerza Pública.—1 vez.—O. C. N° 4600061765.—Solicitud N° 335445.—( IN2022632784 ).

OBRAS PÚBLICAS Y TRANSPORTES

CONSEJO NACIONAL DE VIALIDAD

N° 006-2022.—San José, 23 de febrero de 2022

CONSEJO NACIONAL DE VIALIDAD

DIRECCIÓN EJECUTIVA

Con fundamento en lo que establece el artículo 140, inciso 2) de la Constitución Política y 2 del Estatuto de Servicio Civil.

ACUERDA:

Artículo 1ºNombrar en propiedad en el Consejo Nacional de Vialidad y con sujeción a las disposiciones del Régimen de Servicio Civil, a la siguiente funcionaria:

Nombre

Cédula

N° Puesto

Clase Puesto

Parkinson Campos Kendra del Carmen

04-0229-0399

509221

Secretario de Servicio Civil 1

 

Artículo 2ºRige a partir del 16 de noviembre de 2021.

Publíquese.

Ing. Rosales Hernández Hannia, Directora Ejecutiva a. í.—  1 vez.—O.C. N° 6990.—Solicitud N° 335242.—( IN2022632894 ).

Acuerdo Nº 007-2022.—San José, 23 de febrero de 2022

Con fundamento en lo que establece el artículo 140, inciso 2) de la Constitución Política y 2 del Estatuto de Servicio Civil.

ACUERDA:

Artículo 1°—Nombrar en propiedad en el Consejo Nacional de Vialidad y con sujeción a las disposiciones del Régimen de Servicio Civil, a la siguiente funcionaria:

Nombre

Cédula

N° puesto

Clase puesto

Montoya Ruiz Gisela María

08-0078-0667

503546

Profesional de Servicio Civil 2

 

Artículo 2°—Rige a partir del 01 de diciembre de 2021.

Publíquese.—Dirección Ejecutiva.—Ing. Rosales Hernández Hannia, Directora Ejecutiva a. í.—1 vez.—O. C. N° 6990.—Solicitud N° 335258.—( IN2022632896 ).

TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIAL

CONSEJO NACIONAL DE PERSONAS CON DISCAPACIDAD

(CONAPDIS)

Extensión del nombramiento interino del Director Ejecutivo del Consejo Nacional de Personas con Discapacidad

(CONAPDIS)

La Junta Directiva del CONAPDIS en la sesión extraordinaria número 06 del jueves 17 de marzo, 2022, mediante acuerdo JD-34-2022, determinó en relación con el nombramiento interino del director ejecutivo mantener los términos indicados en el acuerdo JD-1592021 de la sesión extraordinaria número 21 del 05 de octubre de 2021, sobre el nombramiento del señor Francisco Azofeifa Murillo en el puesto de Director Ejecutivo Interino, prorrogando las facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma con todas las potestades y obligaciones que señala el Artículo 1253 del Código Civil y el artículo 9 in fine de la Ley 9303 concedidas por un plazo máximo de seis meses pudiendo revocarse una vez que se resuelva el Concurso Público DE-01-2021 según el artículo 53 del Reglamento Autónomo de Organización del CONAPDIS y el artículo 33 del Reglamento del Estatuto de Servicio Civil (RESC) Decreto N° 021 y sus reformas. Dicha prórroga no debe ser inscrita en el Registro Nacional, conforme las disposiciones de la Ley 9303 de Creación del Consejo Nacional de Personas con Discapacidad y su Reglamento. Es todo.

Heredia, 21 de marzo, 2022.—Dirección Administrativa.—Carlos Alberto Vargas Vargas, Director Administrativo.— 1 vez.—( IN2022633028 ).

DEPARTAMENTO DE ORGANIZACIONES SOCIALES

DIRECCIÓN DE ASUNTOS LABORALES

PUBLICACIÓN DE SEGUNDA VEZ

De conformidad con la autorización extendida por la Dirección de Asuntos Laborales, este Registro ha procedido a la inscripción de la organización sindical denominada Federación Sindical Municipal Rerum Novarum siglas FESIMU al que se le asigna el código 1064-SI, acordado en asamblea celebrada el 06 de abril de 2019.

Habiéndose cumplido con las disposiciones contenidas en el artículo 344 del Código de Trabajo y 49 de la Ley Orgánica del Ministerio de Trabajo y Seguridad, se procede a la inscripción correspondiente.

La organización ha sido inscrita en los registros que al efecto lleva este Departamento, visible al Tomo: único del Sistema Electrónico de File Master, Asiento: 852-SJ-115-SI del 17 de marzo de 2022.

La Junta Directiva nombrada en la asamblea constitutiva celebrada el 06 de abril del 2019, con una vigencia que va desde el 06 de abril del 2019 al 30 de abril del 203 quedo conformada de la siguiente manera:

SECRETARIO GENERAL

ENRIQUE JOSEPH JACKSON

SECRETARIA GENERAL ADJUNTA

AMALIA VEGA RODRÍGUEZ

SECRETARIA DE FINANZAS

VACANTE

SECRETARIO DE ORGANIZACIÓN

ELÍ FUENTES CANALES

SECRETARIO DE ACTAS, PRENSA Y PROPAGANDA

ALLAN SEVILLA MORA

SECRETARIO DE EDUCACIÓN

ALEXIS SOLANO UGALDE

SECRETARIA DE ASUNTOS JURÍDICOS

YELNERY CASTILLO GUADAMUZ

SECRETARIO DE MEDIO AMBIENTE

ELMER SALAZAR ROJAS

SECRETARIA DE GÉNERO

HALLEX MURILLO GONZÁLEZ

SECRETARIO DE JUVENTUD

MICHAEL GONZÁLEZ DEL RÍO

VOCAL 1

MARÍA ROCÍO GUEVARA VALVERDE

VOCAL 2

JOSÉ HERNÁN MARÍN NÚÑEZ

FISCAL

VACANTE

 

18 de marzo de 2022.—Lic. Eduardo Díaz Alemán, Jefe.—Exonerado.—( IN2022632522 ).

JUSTICIA Y PAZ

JUNTA ADMINISTRATIVA DEL REGISTRO NACIONAL

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INDUSTRIAL

PUBLICACIÓN DE TERCERA VEZ

Para ver las marcas con sus respectivas imágenes solo en La Gaceta con formato PDF

Solicitud N° 2020-0007875.—Aaron Montero Sequeira, casado, cédula de identidad N° 10908006, en calidad de apoderado especial de M.Dias Branco S. A. Indústria de Comercio de Alimentos, con domicilio en Rodovia BR 116, Km 18, S/N, Eusebio, Ceará, Brasil, solicita la inscripción

como marca de fábrica y comercio, en clase(s): 30 internacional(es). Para proteger y distinguir lo siguiente: en clase 30: Pastas alimenticias para el consumo humano; biscotes; biscuits; galletas; harina de trigo; harina mezclada para alimentos; macarrones (pastas alimenticias); pasta; panecillos; pan; tostadas; gofres; pasteles; polvos para productos de pastelería y repostería; barras de cereales de alto contenido proteico; fideos. Fecha: 26 de enero del 2022. Presentada el: 29 de setiembre del 2020. San José: Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. 26 de enero del 2022. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley N° 7978. Esta solicitud se rige por el art. 28 de la Ley de Marcas Comerciales y Otros Signos Distintivos que indica “Cuando la marca consista en una etiqueta y otro signo compuesto por un conjunto de elementos, la protección no se extenderá a los elementos contenidos en ella que sean de uso común o necesario en el comercio”.—Jamie Phillips Guardado, Registrador(a).—( IN2022631805 ).

Solicitud Nº 2022-0000276.—Marianella Arias Chacón, cédula de identidad N° 106790960, en calidad de apoderada especial de Yamaha Corporation con domicilio en 10-1, Nakazawa-Cho, Naka-Ku, Hamamatsu-Shi, Shizuoka, Japan, Japón, solicita la inscripción

como marca de servicios en clase 35 internacional, para proteger y distinguir lo siguiente: en clase 35: Publicidad; dirección de empresas; administración de negocios; trabajos de oficina; servicios de tienda minorista en el ámbito de los instrumentos musicales, y todas sus partes y accesorios; servicios de venta minorista en el ámbito de los libros para la instrucción musical, partituras musicales y letras impresas. Fecha: 20 de enero de 2022. Presentada el: 11 de enero de 2022. San José. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. 20 de enero de 2022. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978. Esta solicitud se rige por el art. 28 de la Ley de Marcas Comerciales y Otros Signos Distintivos que indica “Cuando la marca consista en una etiqueta y otro signo compuesto por un conjunto de elementos, la protección no se extenderá a los elementos contenidos en ella que sean de uso común o necesario en el comercio”.—Grettel Solís Fernández, Registradora.—( IN2022631821 ).

Solicitud Nº 2022-0001445.—Nancy Mora Mora, divorciada de su primer matrimonio, cédula de identidad N° 204700929, en calidad de apoderado generalísimo de Tobías Mora Chaves, Ltda, cédula jurídica N° 3102028041, con domicilio en Alajuela, San Ramón, del antiguo cine Chassol cincuenta metros oeste, Costa Rica, solicita la inscripción

como nombre comercial en clase 49. Internacional. Para proteger y distinguir lo siguiente: Un establecimiento comercial dedicado a Producción, industrialización y comercialización de productos y servicios agropecuarios forestales y de eco-turismo, ubicado en Puntarenas, Esparza, seiscientos metros norte de la Iglesia Católica de San Jerónimo de Esparza Reservas: no se hacen reservas Fecha: 10 de marzo de 2022. Presentada el: 18 de febrero de 2022. San José. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. 10 de marzo de 2022. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley N° 7978. Esta solicitud se rige por el art. 28 de la Ley de Marcas Comerciales y Otros Signos Distintivos que indica “Cuando la marca consista en una etiqueta y otro signo compuesto por un conjunto de elementos, la protección no se extenderá a los elementos contenidos en ella que sean de uso común o necesario en el comercio”.—Katherine Jiménez Tenorio, Registradora.—( IN2022631826 ).

Solicitud Nº 2022-0002114.—Ana Sophia Alaniz Miranda, cédula de identidad N° 114120499, en calidad de apoderada generalísima de Representaciones Soed S. A., cédula jurídica N° 3101511018 con domicilio en Urb. Los Cerezos, calle 29A. 5ta casa mano izq. El Bosque, San Francisco 2 Ríos, San José, San José, 10106, San José, Costa Rica, solicita la inscripción

como nombre comercial, para proteger y distinguir lo siguiente: Establecimiento comercial dedicado a la venta de ropa, accesorios deportivos, zapatos y suplementos nutricionales. Reservas: No. Fecha: 10 de marzo de 2022. Presentada el: 09 de marzo de 2022. San José. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. 10 de marzo de 2022. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978. Esta solicitud se rige por el art. 28 de la Ley de Marcas Comerciales y Otros Signos Distintivos que indica “Cuando la marca consista en una etiqueta y otro signo compuesto por un conjunto de elementos, la protección no se extenderá a los elementos contenidos en ella que sean de uso común o necesario en el comercio”.—Isela Chango Trejos, Registradora.—( IN2022631842 ).

Solicitud Nº 2022-0000765.—Giselle Reuben Hatounian, casada, cédula de identidad 110550703, en calidad de Apoderado Especial de Industrial de Oleaginosas Americanas Sociedad Anónima, cédula jurídica 3-101-058770 con domicilio en San José, La Uruca, de la Fábrica de Calzado Adoc, 100 metros al este, San José, Costa Rica, solicita la inscripción

como marca de fábrica y comercio en clase: 3 Internacional para proteger y distinguir lo siguiente: en clase 3: Preparaciones para blanquear y otras sustancias para lavandería, preparaciones para la limpieza, pulido, desengrasar, raspar; jabones, jabones no medicinales; jabones de tocador, detergentes, productos de perfumería, cremas para el cuerpo y la cara de uso cosmético, aceites esenciales, cosméticos. Fecha: 28 de febrero de 2022. Presentada el: 27 de enero de 2022. San José: Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. 28 de febrero de 2022. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978. Esta solicitud se rige por el art. 28 de la Ley de Marcas Comerciales y Otros Signos Distintivos que indica “Cuando la marca consista en una etiqueta y otro signo compuesto por un conjunto de elementos, la protección no se extenderá a los elementos contenidos en ella que sean de uso común o necesario en el comercio”.—Ginna Aguilar Madriz, Registradora.—( IN2022631844 ).

Solicitud Nº 2022-0000589.—Yordy Corrales Elizondo, cédula de identidad N° 1-1510-0523, en calidad de apoderado generalísimo de Proyectos Sistemáticos Easy APP Sociedad Anónima, cédula jurídica N° 3101811874 con domicilio en Moravia, San Vicente, San Blas, de La Panadería B° Luján 400 metros norte penúltima casa, San José, Costa Rica, solicita la inscripción

como marca de servicios en clase 35 internacional, para proteger y distinguir lo siguiente: en clase 35: Publicidad; gestión de negocios comerciales; administración comercial; trabajos de oficina. Reservas: Se reservan los colores dorado, blanco, negro. Fecha: 31 de enero de 2022. Presentada el: 21 de enero de 2022. San José. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. 31 de enero de 2022. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978. Esta solicitud se rige por el art. 28 de la Ley de Marcas Comerciales y Otros Signos Distintivos que indica “Cuando la marca consista en una etiqueta y otro signo compuesto por un conjunto de elementos, la protección no se extenderá a los elementos contenidos en ella que sean de uso común o necesario en el comercio”.—Walter Alfaro González, Registrador.—( IN2022631871 ).

Solicitud Nº 2022-0000737.—Adriana Zamora López, cédula de identidad 111570431, en calidad de apoderada especial de Andrea De Los Ángeles Lu Mejías, cédula de identidad 115450514 con domicilio en Alajuela, Grecia, San Roque, 3 casas antes de la entrada al Residencial Miramontes, al frente de la Marisquería El Ancla, portones blancos, Alajuela, Costa Rica, solicita la inscripción:

como marca de comercio en clase(s): 3 internacional(es), para proteger y distinguir lo siguiente: en clase 3: Venta de cosméticos al por menor. Más específicamente extensiones de pestañas para aplicar en casa, y adhesivo para pestañas. También serum para crecimiento de pestañas y pinzas de metal para este tipo de aplicaciones. Fecha: 15 de febrero del 2022. Presentada el: 27 de enero del 2022. San José: Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. 15 de febrero del 2022. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978. Esta solicitud se rige por el art. 28 de la Ley de Marcas Comerciales y Otros Signos Distintivos que indica “Cuando la marca consista en una etiqueta y otro signo compuesto por un conjunto de elementos, la protección no se extenderá a los elementos contenidos en ella que sean de uso común o necesario en el comercio”.—Walter Alfaro González, Registrador.—( IN2022631892 ).

Solicitud N° 2022-0000104.—Sergio Solano Montenegro, casado una vez, cédula de identidad N° 105780279, en calidad de apoderado especial de Functional Muscle Conditioning Center FMCC Sociedad Anónima, cédula jurídica N° 3101684461, con domicilio en La Unión, San Juan, Residencial Monte Pinares número setenta y siete, Cartago, Costa Rica, solicita la inscripción de:

como marca de comercio en clases 25 y 41 internacionales, para proteger y distinguir lo siguiente: prendas de vestir, calzado, artículos de sombrerería; en clase 41: educación, formación; servicios de entretenimiento; actividades deportivas y culturales. Fecha: 14 de marzo de 2022. Presentada el 4 de enero de 2022. San José: Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. 14 de marzo de 2022. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978. Esta solicitud se rige por el art. 28 de la Ley de Marcas Comerciales y Otros Signos Distintivos que indica “Cuando la marca consista en una etiqueta y otro signo compuesto por un conjunto de elementos, la protección no se extenderá a los elementos contenidos en ella que sean de uso común o necesario en el comercio”.—Adriana Bolaños Guido, Registradora.—( IN2022631960 ).

Solicitud Nº 2021-0010260.—Juliana Cruz Cruz, soltera, cédula de identidad N° 604410219 y Vinicia Cruz Bustos, divorciada una vez, cédula de identidad N° 601810743 con domicilio en Central Chacarita Calle El Arreo puesto de lotería 200 metros oeste, Puntarenas, Costa Rica y Central Chacarita Calle El Arreo puesto de lotería 200 metros oeste, Puntarenas, Costa Rica, solicita la inscripción

como marca de fábrica y comercio en clase 25 internacional, para proteger y distinguir lo siguiente: en clase 25: Ropa especial para el deporte, muñequeras, gorras, cinturones. Fecha: 16 de diciembre de 2021. Presentada el: 10 de noviembre de 2021. San José. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. 16 de diciembre de 2021. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978. Esta solicitud se rige por el art. 28 de la Ley de Marcas Comerciales y Otros Signos Distintivos que indica “Cuando la marca consista en una etiqueta y otro signo compuesto por un conjunto de elementos, la protección no se extenderá a los elementos contenidos en ella que sean de uso común o necesario en el comercio”.—Rina Ruiz Mata, Registradora.—( IN2022631976 ).

Solicitud Nº 2022-0002055.—Minerva de los Ángeles Hernández Villalobos, cédula de identidad 206190952 con domicilio en Zarcero, de la Esquina suroeste del parque, 30 mts oeste, Alajuela, Costa Rica, solicita la inscripción

como nombre comercial en clase: Internacional. Para proteger y distinguir lo siguiente: Un establecimiento comercial dedicado a servicios estéticos y de belleza. Ubicado en Alajuela, Zarcero, de la esquina suroeste del parque, 30 mts oeste. Fecha: 9 de marzo de 2022. Presentada el: 7 de marzo de 2022. San José: Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. 9 de marzo de 2022. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978. Esta solicitud se rige por el art. 28 de la Ley de Marcas Comerciales y Otros Signos Distintivos que indica “Cuando la marca consista en una etiqueta y otro signo compuesto por un conjunto de elementos, la protección no se extenderá a los elementos contenidos en ella que sean de uso común o necesario en el comercio”.—Pablo Andrés Sancho Calvo, Registrador.—( IN2022631978 ).

Solicitud Nº 2022-0001253.—Bruno Josef Lötscher, cédula de identidad N° 801180470, en calidad de Tipo representante desconocido de Finca Venecia Sociedad Anónima, cédula jurídica N° 3101542647, con domicilio en: 100 metros oeste y 25 metros sur de la Bomba Shell Auto Pits, Heredia, Costa Rica, solicita la inscripción

como marca de fábrica y comercio en clase 30 internacional, para proteger y distinguir lo siguiente: cacao (chocolates). Fecha: 17 de febrero de 2022. Presentada el: 11 de febrero de 2022. San José. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. 17 de febrero de 2022. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978. Esta solicitud se rige por el art. 28 de la Ley de Marcas Comerciales y Otros Signos Distintivos que indica “Cuando la marca consista en una etiqueta y otro signo compuesto por un conjunto de elementos, la protección no se extenderá a los elementos contenidos en ella que sean de uso común o necesario en el comercio”.—Pablo Andrés Sancho Calvo, Registrador.—( IN2022632002 ).

Solicitud Nº 2021-0011189.—Oswaldo Herrera Soto, soltero, cédula de residencia N° 121800019827, en calidad de apoderado generalísimo de Universal Talleres de Encuadernación Sociedad de Responsabilidad Limitada, cédula jurídica N° 3102776436 con domicilio en San José, San Pedro de Montes de Oca, calle cuarenta y uno avenida cinco, Edificio Latitud Dent, oficina número doscientos uno, Costa Rica, solicita la inscripción

como marca de servicios en clase 40 internacional, para proteger y distinguir lo siguiente: en clase 40: Servicios relativos a la fotografía, toma e impresión fotográfica, creatividades para álbumes de fotografías, como recuerdos de graduaciones y eventos sociales como matrimonios, quinceaños, fiestas, convenciones y seminarios. Fecha: 21 de enero de 2022. Presentada el: 09 de diciembre de 2021. San José. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. 21 de enero de 2022. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978. Esta solicitud se rige por el art. 28 de la Ley de Marcas Comerciales y Otros Signos Distintivos que indica “Cuando la marca consista en una etiqueta y otro signo compuesto por un conjunto de elementos, la protección no se extenderá a los elementos contenidos en ella que sean de uso común o necesario en el comercio”.—Wendy López Vindas, Registradora.—( IN2022632016 ).

Solicitud Nº 2022-0001471.—Daniel Zango Bulgarelli, soltero, cédula de identidad N° 115340782 y María José Peralta Salas, casado una vez, cédula de identidad N° 115080186, con domicilio en: del parque La Amistad, Rohrmoser, 375 m norte del final del boulevard de Rohrmoser, 200 m oeste y 25 m sur, San José, Costa Rica y, Costa Rica, solicita la inscripción

como marca de servicios en clase 45 internacional, para proteger y distinguir lo siguiente: servicios jurídicos. Fecha: 01 de marzo de 2022. Presentada el: 18 de febrero de 2022. San José. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. 01 de marzo de 2022. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978. Esta solicitud se rige por el art. 28 de la Ley de Marcas Comerciales y Otros Signos Distintivos que indica “Cuando la marca consista en una etiqueta y otro signo compuesto por un conjunto de elementos, la protección no se extenderá a los elementos contenidos en ella que sean de uso común o necesario en el comercio”.—Katherine Jiménez Tenorio, Registrador(a).—( IN2022632028 ).

Solicitud Nº 2022-0001921.—Hernán Alberto Pérez Henríquez, casado una vez, cédula de identidad N° 801330545, con domicilio en Cond. La Posada del Sol, CL 54, Pozos de Santa Ana, San José, 10903 Costa Rica, 10903, San José, Costa Rica, solicita la inscripción

como marca de fábrica y comercio en clase 29 internacional. Para proteger y distinguir lo siguiente: en clase 29: Bocadillos de frutas y verduras con sabores en forma de hojuelas y rebanadas alargadas o circulares; bocadillos de plátano, banano, yuca, ñame, y camote con sabores, en forma de hojuelas, rebanadas alargadas o circulares, o una combinación de las mismos; frutas y verduras procesadas y congeladas Reservas: Se reserva utilizarlo en cualquier color, tamaño, sólo o acompañado de otras palabras o frases, e ir impreso o estampado en los productos que ampara o en las cajas y empaques que los contenga Fecha: 14 de marzo de 2022. Presentada el: 3 de marzo de 2022. San José: Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. 14 de marzo de 2022. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978. Esta solicitud se rige por el art. 28 de la Ley de Marcas Comerciales y Otros Signos Distintivos que indica “Cuando la marca consista en una etiqueta y otro signo compuesto por un conjunto de elementos, la protección no se extenderá a los elementos contenidos en ella que sean de uso común o necesario en el comercio”.—Rebeca Madrigal Garita, Registradora.—( IN2022632046 ).

Solicitud N° 2022-0001964.—Isidro David Alemán Espinoza, cédula de identidad N° 800700920, en calidad de apoderado especial de Ingrid Marlene Acuña Lobo, casada una vez, cédula de identidad N° 401770950, con domicilio en Los Ángeles, San Rafael, costado este de la Iglesia Católica, Heredia, Costa Rica, solicita la inscripción de:

como nombre comercial en clase: internacional, para proteger y distinguir lo siguiente: un establecimiento comercial dedicado a la brindar servicios odontológicos, ortodoncia, peridoncia, implantes dentales, blanqueamiento dental, endodoncia, prostodoncia y todo tipo de tratamientos dentales. ubicado en Los Ángeles, San Rafael de Heredia, costado este de la Iglesia Católica. Fecha: 11 de marzo de 2022. Presentada el 4 de marzo de 2022. San José: Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. 11 de marzo de 2022. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978. Esta solicitud se rige por el art. 28 de la Ley de Marcas Comerciales y Otros Signos Distintivos que indica “Cuando la marca consista en una etiqueta y otro signo compuesto por un conjunto de elementos, la protección no se extenderá a los elementos contenidos en ella que sean de uso común o necesario en el comercio”.—Alex Villegas Méndez, Registrador.—( IN2022632159 ).

Solicitud Nº 2022-0001834.—Isidro David Alemán Espinoza, casado una vez, cédula de identidad 800700920, en calidad de Apoderado Especial de Consultoría de Inversiones del Oeste Sociedad Anónima, cédula jurídica 3101111384 con domicilio en Edificio Musmanni, diagonal al Banco Crédito Agrícola de Cartago, San José, Costa Rica, solicita la inscripción

como marca de fábrica y comercio en clase: 30 Internacional para proteger y distinguir lo siguiente: en clase 30: Café, té, cacao, sucedáneos del café, pastas alimenticias, harinas y preparaciones a base de cereales; pan, galletas, empanadas, tortillas, productos de pastelería y confitería, chocolate,; helados comestibles, sorbetes, levadura, polvos para hornear, sal, productos para sazonar, especias, condimentos, salsas, aderezos, vinagre, edulcorantes naturales, todos los productos descritos anteriormente preparados para alimentación cetogénica. Reservas: De los colores; verde, verde claro, amarillo, anaranjado, negro y blanco. Fecha: 9 de marzo de 2022. Presentada el: 1 de marzo de 2022. San José: Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. 9 de marzo de 2022. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978. Esta solicitud se rige por el art. 28 de la Ley de Marcas Comerciales y Otros Signos Distintivos que indica “Cuando la marca consista en una etiqueta y otro signo compuesto por un conjunto de elementos, la protección no se extenderá a los elementos contenidos en ella que sean de uso común o necesario en el comercio”.—Walter Alfaro González, Registrador.—( IN2022632162 ).

Solicitud N° 2022-0002118.—Manuel Enrique Lizano Pacheco, casado una vez, cédula de identidad N° 108330413, en calidad de apoderado especial de 3-101-808108 Sociedad Anónima, cédula jurídica N° 3101808108, con domicilio en San José, Escazú, Guachipelín, Bosques de las Lomas, casa número 60, Costa Rica, solicita la inscripción

como nombre comercial. Para proteger y distinguir lo siguiente: Servicios médicos; servicios de laboratorio; servicios de farmacia; servicios de imágenes médicas. Reservas: No se hace reserva de colores. Fecha: 10 de marzo del 2022. Presentada el: 09 de marzo del 2022. San José: Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. 10 de marzo del 2022. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley N° 7978. Esta solicitud se rige por el art. 28 de la Ley de Marcas Comerciales y Otros Signos Distintivos que indica “Cuando la marca consista en una etiqueta y otro signo compuesto por un conjunto de elementos, la protección no se extenderá a los elementos contenidos en ella que sean de uso común o necesario en el comercio”.—Isela Chango Trejos, Registradora.—( IN2022632163 ).

Solicitud Nº 2021-0009190.—León Weinstok Mendelewicz, cédula de identidad N° 11200158, en calidad de apoderado especial de R.M.W. IP Corp., con domicilio en Corregimiento de Bella, Vista Obarrio, calle 56 y 57, Edf. Time Square piso 1, ofc.105, Panamá, República de Panamá, Panamá, solicita la inscripción

como marca de comercio en clase: 9. Internacional. Para proteger y distinguir lo siguiente: en clase 9: Relojes inteligentes (smart watches); auriculares, romanas electrónicas; teléfonos inteligentes. Fecha: 3 de marzo de 2022. Presentada el: 11 de octubre de 2021. San José. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. 3 de marzo de 2022. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978. Esta solicitud se rige por el art. 28 de la Ley de Marcas Comerciales y Otros Signos Distintivos que indica “Cuando la marca consista en una etiqueta y otro signo compuesto por un conjunto de elementos, la protección no se extenderá a los elementos contenidos en ella que sean de uso común o necesario en el comercio”.—Rebeca Madrigal Garita, Registradora.—( IN2022632171 ).

Solicitud Nº 2022-0000528.—León Weinstok Mendelewicz, cédula de identidad 11200158, en calidad de Apoderado Especial de Asociación San Sustainable Agriculture Network, cédula jurídica 3002829663 con domicilio en San José-San José, El Carmen, Barrio Escalante; 50 metros al oeste, del Fresh Market, avenida 9, calle 3133, Oficinas de Gracias Cowork Escalante, Costa Rica, solicita la inscripción

como marca de servicios en clase: 45 Internacional para proteger y distinguir lo siguiente: en clase 45: Servicio social brindado a terceros el cual consiste en facilitar herramientas metodológicas y digitales para la implementación de técnicas de agricultura sostenible a escala local, regional y global. Fecha: 7 de marzo de 2022. Presentada el: 20 de enero de 2022. San José: Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. 7 de marzo de 2022. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978. Esta solicitud se rige por el art. 28 de la Ley de Marcas Comerciales y Otros Signos Distintivos que indica “Cuando la marca consista en una etiqueta y otro signo compuesto por un conjunto de elementos, la protección no se extenderá a los elementos contenidos en ella que sean de uso común o necesario en el comercio”.—Walter Alfaro González632174 Registrador.—( IN2022632174 ).

Solicitud N° 2022-0000529.—Leon Weinstok Mendelewicz, cédula de identidad N° 11200158, en calidad de apoderado especial de Asociación San Sustainable Agriculture Network, cédula de identidad N° 3002829663, con domicilio en San José-San José, El Carmen, Barrio Escalante, 50 metros al oeste del Fresh Market, avenida 9, calle 3133, oficinas de Gracias Cowork Escalante, Costa Rica, solicita la inscripción

como marca de servicios, en clase(s): 45 internacional(es). Para proteger y distinguir lo siguiente: en clase 45: Servicio social brindado a terceros el cual consiste en facilitar herramientas metodológicas y digitales para la implementación de técnicas de agricultura sostenible a escala local, regional y globa. Fecha: 07 de marzo del 2022. Presentada el: 20 de enero del 2022. San José: Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. 07 de marzo del 2022. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley N° 7978. Esta solicitud se rige por el art. 28 de la Ley de Marcas Comerciales y Otros Signos Distintivos que indica “Cuando la marca consista en una etiqueta y otro signo compuesto por un conjunto de elementos, la protección no se extenderá a los elementos contenidos en ella que sean de uso común o necesario en el comercio”.—Walter Alfaro González, Registrador(a).—( IN2022632175 ).

Solicitud Nº 2022-0000530.—León Weinstok Mendelewicz, Cédula de identidad 11200158, en calidad de Apoderado Especial de Asociación San Sustainable Agriculture Network, cédula jurídica 3002829663 con domicilio en San José-San José El Carmen, Barrio Escalante, 50 metros al oeste del Fresh Market, Avenida 9, calle 3133, Oficinas de Gracias Cowork Escalante., Costa Rica, solicita la inscripción

como Marca de Servicios en clase(s): 45. Internacional(es). Para proteger y distinguir lo siguiente: en clase 45: Servicio social brindado a terceros el cual consiste en facilitar herramientas metodológicas y digitales para la implementación de técnicas de agricultura sostenible a escala local, regional y global. Fecha: 7 de marzo de 2022. Presentada el: 20 de enero de 2022. San José: Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. 7 de marzo de 2022. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978. Esta solicitud se rige por el art. 28 de la Ley de Marcas Comerciales y Otros Signos Distintivos que indica “Cuando la marca consista en una etiqueta y otro signo compuesto por un conjunto de elementos, la protección no se extenderá a los elementos contenidos en ella que sean de uso común o necesario en el comercio”.—Walter Alfaro González, Registrador.—( IN2022632176 ).

Solicitud Nº 2022-0000533.—León Weinstok Mendelewicz, cédula de identidad N° 11200158, en calidad de apoderado especial de Asociación San Sustainable Agriculture Network, cédula de identidad N° 3002829663, con domicilio en: San José-San José, El Carmen, Barrio Escalante, 50 metros al oeste del Fresh Market, avenida 9, calle 3133, oficinas de Gracias Cowork Escalante, Costa Rica, solicita la inscripción

como marca de servicios en clase 45 internacional, para proteger y distinguir lo siguiente: herramientas metodológicas y digitales para la implementación de técnicas de agricultura sostenible a escala local, regional y global, (entendido como “servicio social brindado a terceros el cual consiste en facilitar herramientas metodológicas y digitales para la implementación de técnicas de agricultura sostenible a escala local, regional y global”). Fecha: 09 de marzo de 2022. Presentada el: 20 de enero de 2022. San José. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. 09 de marzo de 2022. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978. Esta solicitud se rige por el art. 28 de la Ley de Marcas Comerciales y Otros Signos Distintivos que indica “Cuando la marca consista en una etiqueta y otro signo compuesto por un conjunto de elementos, la protección no se extenderá a los elementos contenidos en ella que sean de uso común o necesario en el comercio”.—Rebeca Madrigal Garita, Registradora.—( IN2022632177 ).

Solicitud N° 2022-0000535.—León Weinstok Mendelewicz, cédula de identidad N° 11200158, en calidad de apoderado especial de Asociación San Sustainable Agriculture Network, cédula jurídica N° 3002829663, con domicilio en San José-San José El Carmen, Barrio Escalante, 50 metros al oeste del Fresh Market, Avenida 9, Calle 3133, Oficinas de Gracias Cowork Escalante, Costa Rica, solicita la inscripción

como marca de servicios en clase: 45. Internacional. Para proteger y distinguir lo siguiente: en clase 45: Servicio social prestado a terceros para la promoción y el avance de métodos de y relacionados con la agricultura sostenible, a escala local, regional y global, (“entendido como un servicio social brindado a terceros el cual consiste en facilitar herramientas metodológicas y digitales para la implementación de técnicas de agricultura sostenible a escala local, regional y global”). Fecha: 9 de marzo de 2022. Presentada el: 20 de enero de 2022. San José: Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. 9 de marzo de 2022. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley N° 7978. Esta solicitud se rige por el art. 28 de la Ley de Marcas Comerciales y Otros Signos Distintivos que indica “Cuando la marca consista en una etiqueta y otro signo compuesto por un conjunto de elementos, la protección no se extenderá a los elementos contenidos en ella que sean de uso común o necesario en el comercio”.—Rebeca Madrigal Garita, Registradora.—( IN2022632178 ).

Solicitud N° 2022-0000536.—León Weinstok Mendelewicz, cédula de identidad N° 11200158, en calidad de apoderado especial de Asociación San Sustainable Agriculture Network, cédula jurídica N° 3002829663, con domicilio en San José, El Carmen, Barrio Escalante, 50 metros al oeste del Fresh Market, avenida 9, calle 3133, oficinas de Gracias Cowork Escalante, Costa Rica, solicita la inscripción de:

como marca de servicios en clase: 45 internacional, para proteger y distinguir lo siguiente: servicio social prestado a terceros (servicio corresponde a un servicio relacionado con la agricultura sostenible) para la promoción y el avance de métodos de y relacionados con la agricultura sostenible, a escala local, regional y global. Fecha: 4 de marzo de 2022. Presentada el 20 de enero de 2022. San José: Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. 4 de marzo de 2022. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978. Esta solicitud se rige por el art. 28 de la Ley de Marcas Comerciales y Otros Signos Distintivos que indica “Cuando la marca consista en una etiqueta y otro signo compuesto por un conjunto de elementos, la protección no se extenderá a los elementos contenidos en ella que sean de uso común o necesario en el comercio”.—Rebeca Madrigal Garita, Registradora.—( IN2022632179 ).

Solicitud Nº 2022-0000592.—María De La Cruz Villanea Villegas, casada dos veces, cédula de identidad 109840695, en calidad de Gestor oficioso de BBB Foods INT’L, INC con domicilio en AV. Federico Boyd 51, Ciudad de Panamá, Panamá, solicita la inscripción

como marca de fábrica y comercio en clase(s): 29. Internacional(es). Para proteger y distinguir lo siguiente: en clase 29: Carne y extractos de carne; aceites y grasas de uso alimenticio. Fecha: 22 de febrero de 2022. Presentada el: 21 de enero de 2022. San José. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. 22 de febrero de 2022. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978. Esta solicitud se rige por el art. 28 de la Ley de Marcas Comerciales y Otros Signos Distintivos que indica “Cuando la marca consista en una etiqueta y otro signo compuesto por un conjunto de elementos, la protección no se extenderá a los elementos contenidos en ella que sean de uso común o necesario en el comercio”.—Walter Alfaro González, Registrador.—( IN2022632233 ).

Solicitud Nº 2022-0000552.—María de La Cruz Villanea Villegas, casada dos veces, cédula de identidad N° 109840695, en calidad de apoderado especial de Kure Global Brands Limited, con domicilio en: Hunkins Waterfront Plaza, Suite 556, Street, Charlestown, San Cristóbal y Nieves, solicita la inscripción

como marca de fábrica y comercio en clase 32. Internacional. Para proteger y distinguir lo siguiente: agua potable oxigenada para beber; agua de manantial oxigenada para beber. Fecha: 23 de febrero de 2022. Presentada el: 20 de enero de 2022. San José. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. 23 de febrero de 2022. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley N° 7978. Esta solicitud se rige por el art. 28 de la Ley de Marcas Comerciales y Otros Signos Distintivos que indica “Cuando la marca consista en una etiqueta y otro signo compuesto por un conjunto de elementos, la protección no se extenderá a los elementos contenidos en ella que sean de uso común o necesario en el comercio”.—Rándall Abarca Aguilar, Registrador.—( IN2022632234 ).

Solicitud N° 2022-0001417.—María De La Cruz Villanea Villegas, casada dos veces, cédula de identidad N° 109840695, en calidad de apoderada especial de Cooperativa de Productores de Leche Dos Pinos R.L., con domicilio en Alajuela, del aeropuerto, 7 kilómetros al oeste, Alajuela, Costa Rica, solicita la inscripción de:

como marca de servicios en clase: 39 internacional, para proteger y distinguir lo siguiente: en clase 39: servicios de distribución de transporte y entrega de mercancías agro-veterinarias. Fecha: 23 de febrero de 2022. Presentada el 17 de febrero de 2022. San José: Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. 23 de febrero de 2022. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978. Esta solicitud se rige por el art. 28 de la Ley de Marcas Comerciales y Otros Signos Distintivos que indica “Cuando la marca consista en una etiqueta y otro signo compuesto por un conjunto de elementos, la protección no se extenderá a los elementos contenidos en ella que sean de uso común o necesario en el comercio”.—Walter Alfaro González, Registrador.—( IN2022632235 ).

Solicitud Nº 2022-0001325.—María De La Cruz Villanea Villegas, casada dos veces, cédula de identidad 109840695, en calidad de apoderada especial de San Marino Onibus LTDA., con domicilio en Rua Irmão Gildo Shiavo, N° 110, Ana Rech, Caxias Do Sul, Río Grande Do Sul, 95.058-510, Brasil, solicita la inscripción:

como marca de fábrica y comercio en clase 12 internacional, para proteger y distinguir lo siguiente: en clase 12: Carrocerías de buses y buses. Fecha: 22 de febrero del 2022. Presentada el: 14 de febrero del 2022. San Jose: Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. 22 de febrero del 2022. A efectos de publicación, A téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978. Esta solicitud se rige por el art. w 28 de la Ley de Marcas Comerciales y Otros Signos Distintivos que indica “Cuando la marca consista en una etiqueta y otro signo compuesto por un conjunto de elementos, la protección no se extenderá a los elementos contenidos en ella que sean de uso común o necesario en el comercio”.—Ildreth Araya Mesen, Registradora.—( IN2022632236 ).

Solicitud Nº 2022-0001411.—María de La Cruz Villanea Villegas, casada dos veces, cédula de identidad N° 109840695, en calidad de apoderada especial de Puramatic, Sociedad Anónima, con domicilio en 11 Ave, 36-71, Zona 11, Ofibodegas Centro Once, N° 9, Guatemala, solicita la inscripción

como marca de fábrica y comercio en clase: 11. Internacional. Para proteger y distinguir lo siguiente: Aparatos de distribución de agua, dispositivos para la filtración de agua que permitan su potabilización, filtros y accesorios para los mismos Fecha: 23 de febrero de 2022. Presentada el 16 de febrero de 2022. San José. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. 23 de febrero de 2022. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley N° 7978. Esta solicitud se rige por el art. 28 de la Ley de Marcas Comerciales y Otros Signos Distintivos que indica “Cuando la marca consista en una etiqueta y otro signo compuesto por un conjunto de elementos, la protección no se extenderá a los elementos contenidos en ella que sean de uso común o necesario en el comercio”.—Isela Chango Trejos, Registradora.—( IN2022632237 ).

Solicitud Nº 2022-0001416.—María De La Cruz Villanea Villegas, casada dos veces, cédula de identidad 109840695, en calidad de Apoderado Especial de TCL Technology Group Corporation con domicilio en TCL Technology Building, 17 Huifeng 3RD Road, Zhongkai High Technology Development District, Huizhou, Guangdong, China solicita la inscripción

como Marca de Fábrica y Servicios en clases 7; 9; 40 y 42 internacionales. Para proteger y distinguir lo siguiente: en clase 7: Maquinas enrolladoras de cables para baterías; máquinas para prensar el núcleo de la batería; máquinas para la fabricación de chips de memoria; equipos de procesamiento de obleas semiconductoras; máquinas de procesamiento de obleas semiconductoras; máquinas para la fabricación de semiconductores; máquinas para la fabricación de sustratos semiconductores; generadores móviles de energía eléctrica; altemadores; dinamos; generadores de electricidad; robots y brazos robóticos para la fabricación de semiconductores; máquinas para la fabricación de sustratos semiconductores; reactores epitaxiales para máquinas de fabricación de semiconductores; implantadores de iones para máquinas y sistemas de fabricación de semiconductores; reactores de deposición física de vapor para máquinas de fabricación de semiconductores; reactores de deposición química de vapor [CVDI para máquinas de fabricación de semiconductores.; en clase 9: dispositivos de memoria semiconductores; programas informáticos para el tratamiento de obleas semiconductoras; tarjetas de chip; sondas para la prueba de semiconductores; aparatos de prueba de semiconductores; Fuentes de alimentación eléctrica distintas de los generadores; Biochips; semiconductores; Obleas para circuitos integrados; chips semiconductores; semiconductores electrónicos; Obleas semiconductoras; fibras ópticas [filamentos conductores de luz]; puntos cuánticos [materiales semiconductores cristalinos]; amplificadores semiconductores ópticos; inversores fotovoltaicos; obleas solares; obleas de silicio; obleas de silicio monocristalino; obleas de silicio epitaxial; Resistencias eléctricas; dispositivos semiconductores; fotodiodos; diodos de carburo de silicio; diodos laser superluminiscentes; transistores [electrónicos]; cajas de distribución de energía; paneles de distribución de energía; transformadores de distribución; tubos rectificadores; módulos rectificadores; rectificadores de corriente; cajas de distribución [electricidad]; cuadros de distribución [electricidad]; Consolas de distribución [electricidad]; colectores, eléctricos; Unidades de potencia [baterías]; aparatos eléctricos de conmutación; instalaciones fotovoltaicas para la generación de electricidad [centrales fotovoltaicas]; módulos para la generación de energía fotovoltaica; células fotovoltaicas; módulos fotovoltaicos; células y módulos fotovoltaicos; Acumuladores, eléctricos; baterías solares; paneles solares para la producción de electricidad; células solares de silicio cristalino; paneles solares y colectores de energía solar para la producción de electricidad; cargadores de baterías alimentados por energía solar; estaciones de carga para vehículos eléctricos.; en clase 40: Producción de energía producción de energía eléctrica; producción de energía por plantas eléctricas; producción de energía eléctrica a partir de fuentes renovables; alquiler de generadores de energía eléctrica; alquiler de generadores eléctricos de energía eléctrica; alquiler de equipos de generación de energía eléctrica; alquiler de generadores; generación de electricidad solar; generación de electricidad a partir de energía eólica; generación de energía eléctrica; servicios de fabricación y montaje a medida de piezas de semiconductores y circuitos integrados; tratamiento de productos semielaborados mediante electrolisis.; en clase 42: diseño de circuitos integrados realización de estudios de proyectos técnicos; investigación científica en el ámbito de la energía; investigación de nuevos productos para terceros; investigación en el campo de la tecnología de procesamiento de semiconductores; investigación y desarrollo de nuevos productos para terceros; asesoramiento técnico en el ámbito de la tecnología de procesamiento de semiconductores; diseño técnico y planificación de centrales eléctricas; servicios de análisis tecnológico relativos a las necesidades energéticas y de electricidad de terceros; Asesoramiento tecnológico en el ámbito de la generación de energía alternativa; desarrollo de sistemas de gestión de energía y potencia; asesoramiento sobre servicios tecnológicos en el ámbito del suministro de energía y electricidad; asesoramiento técnico en el ámbito del ahorro y la eficiencia energética; asesoramiento en el ámbito del ahorro de energía; diseño y desarrollo de sistemas de generación de energía regenerativa; consultoría tecnológica en el ámbito de la producción y el uso de la energía; diseño y desarrollo de softvqare para el control, la regulación y la supervisión de sistemas de energía solar. Fecha: 22 de febrero de 2022. Presentada el: 17 de febrero de 2022. San Jose: Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. 22 de febrero de 2022. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978. Esta solicitud se rige por el art. 28 de la Ley de Marcas Comerciales y Otros Signos Distintivos que indica “Cuando la marca consista en una etiqueta y otro signo compuesto por un conjunto de elementos, la protección no se extenderá a los elementos contenidos en ella que sean de uso común o necesario en el comercio”.—Ginna Aguilar Madriz, Registradora.—( IN2022632238 ).

Solicitud Nº 2022-0001478.—María de La Cruz Villanea Villegas, casada dos veces, cédula de identidad N° 109840695, en calidad de apoderado especial de Augusto Rodríguez Denegri, soltero, cédula de identidad N° 111610227, con domicilio en: Escazú, Guachipelín AMPM 300 este APT LOFT 228 Nº 9, San José, Costa Rica, solicita la inscripción

como marca de servicios en clase 43 internacional, para proteger y distinguir lo siguiente: en clase 43: servicios de restauración. Fecha: 24 de febrero de 2022. Presentada el: 18 de febrero de 2022. San José. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. 24 de febrero de 2022. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978. Esta solicitud se rige por el art. 28 de la Ley de Marcas Comerciales y Otros Signos Distintivos que indica “Cuando la marca consista en una etiqueta y otro signo compuesto por un conjunto de elementos, la protección no se extenderá a los elementos contenidos en ella que sean de uso común o necesario en el comercio”.—Milena Marín Jiménez, Registradora.—( IN2022632239 ).

Solicitud Nº 2022-0001697.—María de La Cruz Villanea Villegas, casada dos veces, cédula de identidad N° 109840695, en calidad de apoderada especial de Galerent S.A., con domicilio en Riobamba 944, 5° A (1428) Ciudad Autónoma de Buenos Aires, Argentina, solicita la inscripción

como marca de servicios en clases 35 y 36 Internaciónales. para proteger y distinguir lo siguiente: en clase 35: Administración de negocios; información sobre negocios; análisis de negocios; planificación de negocios; asistencia para negocios; organización de negocios comerciales; consultoría profesional en negocios; consultoría en dirección de negocios; servicios de asesoramiento sobre negocios; suministro de información de negocios; en clase 36: Préstamos [financiación]; financiación de préstamos; negociación de préstamos; concesión de préstamos; preparación de préstamos; asesoramiento sobre préstamos; disposición de préstamos temporales; servicios de préstamos personales; organización de préstamos personales; consultoría en préstamos financieros; servicios de préstamos y créditos; organización de préstamos a plazos; consultoría financiera en materia de préstamos; servicios de asesoramiento y obtención de préstamos; facilitación de créditos; asesoramiento de créditos; información sobre créditos; servicios de gestión de créditos; asesoramiento en materia de créditos; servicios de consultoría sobre créditos; servicios de asesoramiento de créditos; consultorías referentes a la concesión de créditos; servicios de asesoramiento relaciónados con los créditos; servicios de tarjetas de débito; servicios de tarjetas de crédito; servicios de tarjetas monedero; seguros; administración de seguros; consultoría en seguros; servicios de seguros; asistencia financiera; micromecenazgo (crowdfunding); negocios inmobiliarios; asesoramiento en negocios inmobiliarios; servicios de asuntos inmobiliarios; gestión financiera de proyectos inmobiliarios; servicios inmobiliarios relacionados con la administración de inversiones inmobiliarias; servicios financieros relacionados con el desarrollo inmobiliario. Fecha: 03 de marzo de 2022. Presentada el 24 de febrero de 2022. San José. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. 03 de marzo de 2022. A efectos de publicación, tengase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley N° 7978. Esta solicitud se rige por el art. 28 de la Ley de Marcas Comerciales y Otros Signos Distintivos que indica “Cuando la marca consista en una etiqueta y otro signo compuesto por un conjunto de elementos, la protección no se extenderá a los elementos contenidos en ella que sean de uso común o necesario en el comercio”.—Alex Villegas Méndez, Registrador.—( IN2022632240 ).

Solicitud Nº 2021-0011441.—Jhostein Suárez Soto, cédula de identidad N° 117030055, en calidad de apoderado generalísimo de Grupo de Comercio Wijhos Sociedad Anónima, cédula jurídica N° 3101785471, con domicilio en: Porvenir Urbanización Las Cascadas casa 12 C, Costa Rica, solicita la inscripción

como marca de servicios en clase 35 internacional, para proteger y distinguir lo siguiente: en clase 35: comercialización de artículos de fumado y vapeo, tiendas de artículos de fumado y vapeo y tabaco virtual y físico. La comercialización es express, mensajería y también físico. Fecha: 21 de febrero de 2022. Presentada el: 17 de diciembre de 2021. San José. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. 21 de febrero de 2022. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978. Esta solicitud se rige por el art. 28 de la Ley de Marcas Comerciales y Otros Signos Distintivos que indica “Cuando la marca consista en una etiqueta y otro signo compuesto por un conjunto de elementos, la protección no se extenderá a los elementos contenidos en ella que sean de uso común o necesario en el comercio”.—Grettel Solís Fernández, Registradora.—( IN2022632247 ).

Solicitud N° 2022-0002152.—Oscar María Bárcena, cédula de residencia N° 103200236621, en calidad de representante legal de El Facon Argentino de Santa Teresa Sociedad de Responsabilidad Limitada, cédula jurídica N° 3102760019, con domicilio en 200 metros norte del Hostel Selina, contiguo a Magic Place, Cóbano Puntarenas, Puntarenas, Costa Rica, solicita la inscripción

como marca de comercio en clase 43 internacional. Para proteger y distinguir lo siguiente: en clase 43: Restaurante. Fecha: 11 de marzo de 2022. Presentada el: 9 de marzo de 2022. San José: Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. 11 de marzo de 2022. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley N° 7978. Esta solicitud se rige por el art. 28 de la Ley de Marcas Comerciales y Otros Signos Distintivos que indica “Cuando la marca consista en una etiqueta y otro signo compuesto por un conjunto de elementos, la protección no se extenderá a los elementos contenidos en ella que sean de uso común o necesario en el comercio”.—Randall Abarca Aguilar, Registrador.—( IN2022632251 ).

Solicitud Nº 2022-0001469.—María Yisela Quesada León, cédula de identidad N° 108760620, en calidad de apoderada especial de Welding Technology Group S. A.S con domicilio en Calle 4 sur 48 110, Medellín Antioquía, Colombia, Colombia, solicita la inscripción

como marca de comercio en clase 7 internacional. Para proteger y distinguir lo siguiente: en clase 7: Máquinas y máquinas herramientas. Fecha: 24 de febrero de 2022. Presentada el: 18 de febrero de 2022. San José. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. 24 de febrero de 2022. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978. Esta solicitud se rige por el art. 28 de la Ley de Marcas Comerciales y Otros Signos Distintivos que indica “Cuando la marca consista en una etiqueta y otro signo compuesto por un conjunto de elementos, la protección no se extenderá a los elementos contenidos en ella que sean de uso común o necesario en el comercio”.—Katherine Jiménez Tenorio, Registradora.—( IN2022632261 ).

Solicitud Nº 2021-0011170.—July Elena García Arteagas, soltera, pasaporte 128383436 y Carlos Nélio Ferreira de Gouveia, casado una vez, pasaporte C874782, con domicilio en Santiago de Puriscal, trescientos metros al oeste del Bar Don Beto, 10401, Santiago, Costa Rica y Santiago de Puriscal, trescientos metros al oeste del Bar Don Beto, 10401, Santiago, Costa Rica, solicita la inscripción

como marca de comercio en clase: 25. Internacional. Para proteger y distinguir lo siguiente: en clase 25: ropa/zapatos. Reservas: Se reservan los colores: cero cero C cinco D tres y A ocho uno tres A A, prevenir colores, traducción, domicilio exacto establecimiento, timbre de archivo, firma digital ambos. Fecha: 21 de febrero de 2022. Presentada el: 9 de diciembre de 2021. San José. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. 21 de febrero de 2022. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978. Esta solicitud se rige por el art. 28 de la Ley de Marcas Comerciales y Otros Signos Distintivos que indica “Cuando la marca consista en una etiqueta y otro signo compuesto por un conjunto de elementos, la protección no se extenderá a los elementos contenidos en ella que sean de uso común o necesario en el comercio”.—Katherine Jiménez Tenorio, Registradora.—( IN2022632269 ).

Solicitud Nº 2021-0007224.—Priscilla María Castro Arroyo, cédula de identidad N° 116760798 con domicilio en San Pedro de Barva de Heredia, 600 metros este, 40 norte,casa 7A Urbanización Vistas del Bosque, Heredia, Costa Rica, solicita la inscripción de: Zakura Banana

como marca de fábrica y comercio en clase 25 internacionales, para proteger y distinguir lo siguiente: en clase 25: Vestuario, calzado y sombreros. Fecha: 21 de octubre de 2021. Presentada el: 10 de agosto de 2021. San José. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. 21 de octubre de 2021. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978. Esta solicitud se rige por el art. 28 de la Ley de Marcas Comerciales y Otros Signos Distintivos que indica “Cuando la marca consista en una etiqueta y otro signo compuesto por un conjunto de elementos, la protección no se extenderá a los elementos contenidos en ella que sean de uso común o necesario en el comercio”.—Jamie Phillips Guardado, Registrador.—( IN2022632280 ).

Solicitud Nº 2022-0000153.—Ericka Núñez Gamboa, casada una vez, cédula de identidad N° 304550803, con domicilio en 1 km al este de Plaza Madrid, Condominio Vistas de Monserrat, casa 19-1A, Costa Rica, solicita la inscripción

como marca de servicios en clase: 41. Internacional. Para proteger y distinguir lo siguiente: en clase 41: Cursos de formación, instrucción y coaching relacionados con las finanzas a niños, padres e instituciones públicas y privadas. Reservas: De los colores: verde, azul y blanco. Fecha: 12 de enero de 2022. Presentada el: 6 de enero de 2022. San José. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. 12 de enero de 2022. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978. Esta solicitud se rige por el art. 28 de la Ley de Marcas Comerciales y Otros Signos Distintivos que indica “Cuando la marca consista en una etiqueta y otro signo compuesto por un conjunto de elementos, la protección no se extenderá a los elementos contenidos en ella que sean de uso común o necesario en el comercio”.—Rina Ruiz Mata, Registradora.—( IN2022632309 ).

Solicitud N° 2021-0007891.—Anna Saravalle, casada, cédula de residencia N° 13800236230, en calidad de apoderado generalísimo de Buenasolas del Este Sociedad Anónima, cédula jurídica N° 3-101-706486, con domicilio en Parrita, Esterillos, Parrita, 100 metros al norte de la entrada a Playa Bejuco, Puntarenas, Costa Rica, solicita la inscripción de: El Chiringuito

como marca de servicios, en clase 43 internacional. Para proteger y distinguir lo siguiente: en clase 43: Servicios de restauración (alimentación). Relacionado con todos los servicios prestados en relación con la preparación de alimentos y bebidas para el consumo humano por medio de un local (Restaurante). Fecha: 15 de noviembre del 2021. Presentada el: 31 de agosto del 2021. San José: Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. 15 de noviembre del 2021. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley N° 7978. Esta solicitud se rige por el art. 28 de la Ley de Marcas Comerciales y Otros Signos Distintivos que indica “Cuando la marca consista en una etiqueta y otro signo compuesto por un conjunto de elementos, la protección no se extenderá a los elementos contenidos en ella que sean de uso común o necesario en el comercio”.—Pablo Andrés Sancho Calvo, Registrador.—( IN2022632315 ).

Solicitud Nº 2021-0008037.—Norma de Jesús Torrez Rizo, casada una vez, cédula de residencia 155809019919 con domicilio en Parrita, Playa Bejuco, Centro Comercial Esterillos Town Center, Cigars Shop, Puntarenas, Costa Rica, solicita la inscripción

como marca de fábrica y comercio en clase: 34 Internacional para proteger y distinguir lo siguiente: en clase 34: La manufacturación de productos de tabaco de calidad, Habanos o cigarros hechos de la planta de tabaco, todos los productos son hechos a mano y con calidad suprema o premium. Fecha: 14 de enero de 2022. Presentada el: 3 de septiembre de 2021. San José: Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. 14 de enero de 2022. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978. Esta solicitud se rige por el art. 28 de la Ley de Marcas Comerciales y Otros Signos Distintivos que indica “Cuando la marca consista en una etiqueta y otro signo compuesto por un conjunto de elementos, la protección no se extenderá a los elementos contenidos en ella que sean de uso común o necesario en el comercio”.—Pablo Andrés Sancho Calvo, Registrador.—( IN2022632316 ).

Solicitud Nº 2022-0001448.—Mauricio Ventura Aragón, casado una vez, cédula de identidad 104530248, en calidad de apoderado especial de Somnio Hotels Group Shg Sociedad Anónima, cédula jurídica 3101843766 con domicilio en Carmen, avenidas 1 y 3, calle 5, edificio Lines segundo piso, San José, Costa Rica , solicita la inscripción

como marca de servicios en clase(s): 35. Internacional(es). Para proteger y distinguir lo siguiente: en clase 35: Servicios de administración hotelera. Fecha: 15 de marzo de 2022. Presentada el: 18 de febrero de 2022. San José: Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. 15 de marzo de 2022. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978. Esta solicitud se rige por el art. 28 de la Ley de Marcas Comerciales y Otros Signos Distintivos que indica “Cuando la marca consista en una etiqueta y otro signo compuesto por un conjunto de elementos, la protección no se extenderá a los elementos contenidos en ella que sean de uso común o necesario en el comercio”.—Grettel Solís Fernández, Registradora.—( IN2022632319 ).

Solicitud N° 2022-0001563.—Nelson Delgado Araya, en calidad de apoderado especial de Javier de los Ángeles Jiménez Hidalgo, soltero, cédula de identidad N° 604680328, con domicilio en frente al Gimnasio de La Lucha/ Sabalito/ Coto Brus/ Puntarenas/ Costa Rica, 60801, San Vito, Costa Rica, solicita la inscripción

como marca de comercio y servicios en clase: 30. Internacional. Para proteger y distinguir lo siguiente: en clase 30: Café; té; cacao; sucedáneos del café; arroz; pastas alimenticias y fideos; tapioca y sagú; harinas y preparaciones a base de cereales; pan; productos de pastelería y confitería; chocolate; helados cremosos; sorbetes y otros helados; azúcar; miel, jarabe de melaza; levadura; polvos de hornear; sal; productos para sazonar; especias; hierbas en conserva; vinagre; salsas y otros condimentos; hielo. Reservas: Costa Rica. Fecha: 25 de febrero de 2022. Presentada el: 22 de febrero de 2022. San José. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. 25 de febrero de 2022. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley N° 7978. Esta solicitud se rige por el art. 28 de la Ley de Marcas Comerciales y Otros Signos Distintivos que indica “Cuando la marca consista en una etiqueta y otro signo compuesto por un conjunto de elementos, la protección no se extenderá a los elementos contenidos en ella que sean de uso común o necesario en el comercio”.—Wendy López Vindas, Registradora.—( IN2022632439 ).

Solicitud N° 2021-0006956.—Allan Barrantes Venegas, casado una vez, cédula de identidad N° 502830077, en calidad de apoderado especial de Materiales de Construcción Nosara Sociedad Anónima, cédula jurídica N° 3101320719, con domicilio en Nicoya, Nosara, del Banco de Costa Rica, 100 metros este, costado norte de Materiales de Construcción Nosara, segundo piso, local 2000, Guanacaste, Costa Rica, solicita la inscripción de:

como nombre comercial en clase 49 internacional, para proteger y distinguir lo siguiente: un establecimiento comercial dedicado a ferretería y materiales de construcción, ubicado en Nicoya, Nosara, del Banco de Costa Rica, 100 metros este. Reservas: de los colores: amarillo, verde y azul. No se hace reserva de las palabras de uso común MATERIALES DE CONSTRUCCIÒN NOSARA. Fecha: 10 de marzo de 2022. Presentada el 30 de julio de 2021. San José: Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. 10 de marzo de 2022. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978. Esta solicitud se rige por el art. 28 de la Ley de Marcas Comerciales y Otros Signos Distintivos que indica “Cuando la marca consista en una etiqueta y otro signo compuesto por un conjunto de elementos, la protección no se extenderá a los elementos contenidos en ella que sean de uso común o necesario en el comercio”.—Jamie Phillips Guardado, Registrador.—( IN2022632452 ).

Solicitud Nº 2022-0002205.—Roberto Enrique Cordero Brenes, cédula de identidad N° 111660540, en calidad de apoderado especial de Cooperativa Agrícola Industrial y de Servicios Múltiples El General Responsabilidad Limitada, cédula jurídica N° 3004045099, con domicilio en: San José, San Isidro de El General, Pérez Zeledón, contiguo a la terminal de buses del mercado municipal, segundo piso, Costa Rica, solicita la inscripción

como marca de fábrica y comercio en clase 30 internacional, para proteger y distinguir lo siguiente: para proteger y distinguir productos de café. Reservas: la solicitante se reserva el uso exclusivo del distintivo marcario en cualesquiera tamaños, formas, colores, tipos o formas de letras y combinaciones de colores. Fecha: 16 de marzo de 2022. Presentada el: 11 de marzo de 2022. San José. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. 16 de marzo de 2022. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978. Esta solicitud se rige por el art. 28 de la Ley de Marcas Comerciales y Otros Signos Distintivos que indica “Cuando la marca consista en una etiqueta y otro signo compuesto por un conjunto de elementos, la protección no se extenderá a los elementos contenidos en ella que sean de uso común o necesario en el comercio”.—Ginna Aguilar Madriz, Registrador(a).—( IN2022632509 ).

Solicitud Nº 2022-0002206.—Roberto Enrique Cordero Brenes, cédula de identidad N° 111660540, en calidad de apoderado especial de Cooperativa Agrícola Industrial y de Servicios Múltiples El General Responsabilidad Limitada, cédula jurídica N° 3004045099, con domicilio en: San José, San Isidro de El General, Pérez Zeledón, contiguo a la terminal de buses del mercado municipal, segundo piso, Costa Rica, solicita la inscripción

como nombre comercial en clase 49 internacional(es), para proteger y distinguir lo siguiente: un establecimiento comercial dedicado a la producción y venta de productos de café, ubicado en Costa Rica, San José, San Isidro de El General, Pérez Zeledón, contiguo a la terminal de buses del Mercado Municipal, segundo piso. Reservas: la solicitante se reserva el uso exclusivo del distintivo marcario en cualesquiera tamaños, formas, colores, tipos o formas de letras y combinaciones de colores. Fecha: 16 de marzo de 2022. Presentada el: 11 de marzo de 2022. San José. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. 16 de marzo de 2022. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978. Esta solicitud se rige por el art. 28 de la Ley de Marcas Comerciales y Otros Signos Distintivos que indica “Cuando la marca consista en una etiqueta y otro signo compuesto por un conjunto de elementos, la protección no se extenderá a los elementos contenidos en ella que sean de uso común o necesario en el comercio”.—Ginna Aguilar Madriz, Registrador(a).—( IN2022632512 ).

PUBLICACIÓN DE SEGUNDA VEZ

Solicitud Nº 2022-0000996.—José David Córdoba Hernández, soltero, cédula de identidad 116400240, en calidad de Apoderado Generalísimo de ETS Engineering Technological Solutions, Sociedad de Responsabilidad Limitada, Cédula jurídica 3102840397 con domicilio en Santo Domingo, San Vicente, del Automercado 200 metros norte, casa a mano izquierda con portón negro, Heredia, Costa Rica, solicita la inscripción

como Marca de Fábrica en clase 9 internacional. Para proteger y distinguir lo siguiente: en clase 9: Aparatos e instrumentos científicos, náuticos, geodésicos, fotográficos, cinematográficos, ópticos, de pesaje, de medición, de señalización, de control (inspección), de salvamento y de enseñanza; aparatos e instrumentos de conducción, distribución, transformación, acumulación, regulación o control de la electricidad; aparatos de grabación, transmisión o reproducción de sonido o imágenes; soportes de registro magnéticos, discos acústicos; discos compactos, DVD y otros soportes de grabación digitales; mecanismos para aparatos de previo pago; cajas registradoras, máquinas de calcular, equipos de procesamiento de datos, ordenadores; software; extintores, equipos de, comunicación, telecomunicaciones, sistemas contra incendio, equipos GPS, artefactos inteligentes como sensores y luces conectadas a internet, alarmas, cámaras, discos duros, fuentes de respaldo, control de acceso, switches, céntrales telefónicas, intercomunicadores, racks, ordenadores, cable, paneles, detectores, sirenas, estaciones manuales, módulos. Fecha: 10 de marzo de 2022. Presentada el: 3 de febrero de 2022. San José: Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. 10 de marzo de 2022. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978. Esta solicitud se rige por el art. 28 de la Ley de Marcas Comerciales y Otros Signos Distintivos que indica “Cuando la marca consista en una etiqueta y otro signo compuesto por un conjunto de elementos, la protección no se extenderá a los elementos contenidos en ella que sean de uso común o necesario en el comercio”.—Walter Alfaro González, Registrador.—( IN2022631930 ).

Solicitud N° 2021-0011423.—Fabiola Sáenz Quesada, divorciada, cédula de identidad N° 109530774, en calidad de apoderada especial de Higher Education S.L., con domicilio en C/ Las Infantas 22-4°B, 28004, - Madrid, España, solicita la inscripción de:

como marca de fábrica y servicios en clases: 9; 16; 41 y 42 Internacionales, para proteger y distinguir lo siguiente: en clase 9: software de realidad virtual y animada. Software informático interactivo; en clase 16: material de enseñanza, libros; en clase 41: publicación, edición y redacción de textos, servicios de educación interactiva en línea, servicios de formación, servicios de formación electrónica, servicios de academias educativas para la enseñanza; en clase 42: diseño de software de realidad virtual, desarrollo de software interactivo multimedia. Fecha: 7 de enero de 2022. Presentada el 17 de diciembre de 2021. San José: Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. 7 de enero de 2022. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978. Esta solicitud se rige por el art. 28 de la Ley de Marcas Comerciales y Otros Signos Distintivos que indica “Cuando la marca consista en una etiqueta y otro signo compuesto por un conjunto de elementos, la protección no se extenderá a los elementos contenidos en ella que sean de uso común o necesario en el comercio”.—Ildreth Araya Mesen, Registradora.—( IN2022632538 ).

Solicitud Nº 2022-0002215.—Lothar Volio Volkmer, soltero, cédula de identidad N° 109520932, en calidad de apoderado especial de Barex Italiana S.R.L. con domicilio en Via Grazia, 11, 40069 Zola Predosa (Bologna), Italia, solicita la inscripción de: BAREX ITALIANA MASTERY como marca de comercio en clases 3 y 44 internacionales, para proteger y distinguir lo siguiente: en clase 3: Cremas para el cuidado del cabello para uso cosmético; jabones para uso personal; aceites para el cabello para uso personal; aclaradores para el cabello para uso personal: gel para el cabello para uso personal; preparaciones cosméticas para el cuidado del cabello para uso personal; champús para uso personal; tintes para el cabello para uso personal: lociones para el cuidado del cabello para uso personal: preparaciones para reparar el cabello para uso personal; preparaciones para el tratamiento del cabello para uso personal; emolientes para el cabello para uso personal: mascarillas para el cabello para uso personal; mousse para el cabello para uso personal: aerosol para el cabello para uso personal: lacas para el cabello para uso personal; brillo para el cabello para uso personal; preparaciones brillantes (pulido) para uso personal; pomadas para el cabello para uso personal: acondicionadores para el cabello para uso personal; decolorantes para el cabello para uso personal: jabones de baño en forma de gel, no para uso médico: preparaciones cosméticas para el cuidado de la piel para uso personal; en clase 44: Escuelas de peluquería; organización de Cursos de formación para peluqueros y esteticistas; escuelas de esteticistas Fecha: 16 de marzo de 2022. Presentada el: 11 de marzo de 2022. San José. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. 16 de marzo de 2022. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978. Esta solicitud se rige por el art. 28 de la Ley de Marcas Comerciales y Otros Signos Distintivos que indica “Cuando la marca consista en una etiqueta y otro signo compuesto por un conjunto de elementos, la protección no se extenderá a los elementos contenidos en ella que sean de uso común o necesario en el comercio”.—Katherine Jiménez Tenorio, Registradora.—( IN2022632540 ).

Solicitud Nº 2022-0001343.—Fabiola Sáenz Quesada, divorciada, cédula de identidad 109530774, en calidad de Apoderado Especial de Alberto y Melva S.A., con domicilio en Escazú, Centro Comercial Avenida Escazú, San José, Costa Rica, solicita la inscripción

como marca de servicios en clase: 35 Internacional para proteger y distinguir lo siguiente: en clase 35: Servicios de venta de joyería; servicios de venta de relojería e instrumentos cronométricos; todos los anteriores enfocados al sector de bodas y afines. Fecha: 21 de febrero de 2022. Presentada el: 15 de febrero de 2022. San José: Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. 21 de febrero de 2022. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978. Esta solicitud se rige por el art. 28 de la Ley de Marcas Comerciales y Otros Signos Distintivos que indica “Cuando la marca consista en una etiqueta y otro signo compuesto por un conjunto de elementos, la protección no se extenderá a los elementos contenidos en ella que sean de uso común o necesario en el comercio”.—Ildreth Araya Mesen, Registrador.—( IN2022632543 ).

Solicitud N° 2022-0001344.—Fabiola Sáenz Quesada, divorciada, cédula de identidad N° 109530774, en calidad de apoderada especial de Alberto y Melva S. A., con domicilio en Escazú, Centro Comercial Avenida Escazú, San José, Costa Rica, solicita la inscripción de:

como marca de servicios en clase: 37 internacional, para proteger y distinguir lo siguiente: servicios de pulimentación, reparación y mantenimiento de joyería, artículos de relojería e instrumentos cronométricos; todos los anteriores enfocados al sector de bodas y afines. Fecha: 21 de febrero de 2022. Presentada el 15 de febrero de 2022. San José: Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. 21 de febrero de 2022. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978. Esta solicitud se rige por el art. 28 de la Ley de Marcas Comerciales y Otros Signos Distintivos que indica “Cuando la marca consista en una etiqueta y otro signo compuesto por un conjunto de elementos, la protección no se extenderá a los elementos contenidos en ella que sean de uso común o necesario en el comercio”.—Ildreth Araya Mesén, Registradora.—( IN2022632544 ).

Solicitud Nº 2022-0001342.—Fabiola Sáenz Quesada, divorciada, cédula de identidad 109530774, en calidad de apoderada especial de Alberto y Melva, S. A., cédula jurídica 3-101-141719 con domicilio en Escazú, Centro Comercial Avenida Escazú, San José, Costa Rica, solicita la inscripción

como Marca de Fábrica y Comercio en clase(s): 14. Internacional(es). Para proteger y distinguir lo siguiente: en clase 14: Metales preciosos y sus aleaciones; artículos de joyería, piedras preciosas y semipreciosas; artículos de relojería e instrumentos cronométricos; todos los anteriores enfocados al sector de bodas y afines. Fecha: 21 de febrero de 2022. Presentada el: 15 de febrero de 2022. San José: Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. 21 de febrero de 2022. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978. Esta solicitud se rige por el art. 28 de la Ley de Marcas Comerciales y Otros Signos Distintivos que indica “Cuando la marca consista en una etiqueta y otro signo compuesto por un conjunto de elementos, la protección no se extenderá a los elementos contenidos en ella que sean de uso común o necesario en el comercio”.—Ildreth Araya Mesén, Registradora.—( IN2022632545 ).

Solicitud Nº 2021-0009474.—Fabiola Sáenz Quesada, divorciada, cédula de identidad N° 109530774, en calidad de apoderada especial de Guy Harvey, Inc. con domicilio en 5470 NW 10TH Terrace, Fort Lauderdale, FL 33309, Estados Unidos de América, solicita la inscripción de: GUY HARVEY como marca de fábrica y comercio en clase: 25. Internacional. Para proteger y distinguir lo siguiente: en clase 25: Prendas de vestir, a saber, camisetas de manga corta y manga larga, camisetas sin mangas, sudaderas, pantalones deportivos, camisetas deportivas, camisetas de campamento, camisetas de golf, camisetas de punto, camisetas de cuello abierto, camiseta tipo polo, pijamas, suéteres, chaquetas, pantalones, pantalones capri, shorts, vestidos, faldas, baberos de tela para bebés, prendas de una pieza para bebés y niños pequeños, cinturones de tela, cinturones de cuero, gorras, sombreros, viseras para el sol, bufandas, polainas para el cuello y trajes de baño. Fecha: 4 de marzo de 2022. Presentada el: 19 de octubre de 2021. San José. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. 4 de marzo de 2022. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978. Esta solicitud se rige por el art. 28 de la Ley de Marcas Comerciales y Otros Signos Distintivos que indica “Cuando la marca consista en una etiqueta y otro signo compuesto por un conjunto de elementos, la protección no se extenderá a los elementos contenidos en ella que sean de uso común o necesario en el comercio”.—Bernard Molina Alvarado, Registrador.—( IN2022632546 ).

Solicitud Nº 2022-0002216.—Lothar Volio Volkmer, casado una vez, cédula de identidad N° 109520932, en calidad de apoderado especial de Barex Italiana S.R.L., con domicilio en Via Grazia, 11, 40069 Zola Predosa (Bologna), Italia, solicita la inscripción de: PERMESSE, como marca de comercio en clase: 3 internacional, para proteger y distinguir lo siguiente: cremas para el cuidado del cabello para uso cosmético; jabones para uso personal; aceites para el cabello para uso personal; aclaradores para el cabello para uso personal; gel para el cabello para uso personal; preparaciones cosméticas para el cuidado del cabello para uso personal; champús para uso personal; tintes para el cabello para uso personal; lociones para el cuidado del cabello para uso personal; preparaciones para reparar el cabello para uso personal; preparaciones para el tratamiento del cabello para uso personal; emolientes para el cabello para uso personal; mascarillas para el cabello para uso personal; mousse para el cabello para uso personal; aerosol para el cabello para uso personal; lacas para el cabello para uso personal; brillo para el cabello para uso personal; preparaciones brillantes (pulido) para personal; pomadas para el cabello para personal; acondicionadores para el cabello para uso personal; decolorantes para el cabello para uso personal; jabones de baño en forma de gel, no para uso médico; preparaciones cosméticas para el cuidado de la piel para uso personal. Fecha: 16 de marzo de 2022. Presentada el 11 de marzo de 2022. San José: Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. 16 de marzo de 2022. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978. Esta solicitud se rige por el art. 28 de la Ley de Marcas Comerciales y Otros Signos Distintivos que indica “Cuando la marca consista en una etiqueta y otro signo compuesto por un conjunto de elementos, la protección no se extenderá a los elementos contenidos en ella que sean de uso común o necesario en el comercio”.—Katherine Jiménez Tenorio, Registradora.—( IN2022632547 ).

Solicitud Nº 2022-0002085.—Rodolfo Jiménez Bonilla, casado una vez, cédula de identidad N° 401650839, con domicilio en avenida 18 Plaza González Víquez, San José, Costa Rica, solicita la inscripción de: CLÍNICA DE PIES Y UÑAS PYU como nombre comercial en clase internacional. Para proteger y distinguir lo siguiente: en clase 49: Un establecimiento comercial dedicado a Centro médico especializado en pies y uñas enfermas, ubicado en San José, Avenida 18 Plaza González Víquez de la esquina suroeste 150 metros sur. Fecha: 11 de marzo de 2022. Presentada el: 8 de marzo de 2022. San José. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. 11 de marzo de 2022. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978. Esta solicitud se rige por el art. 28 de la Ley de Marcas Comerciales y Otros Signos Distintivos que indica “Cuando la marca consista en una etiqueta y otro signo compuesto por un conjunto de elementos, la protección no se extenderá a los elementos contenidos en ella que sean de uso común o necesario en el comercio”.—Randall Abarca Aguilar, Registrador.—( IN2022632552 ).

Solicitud N° 2022-0000949.—José Antonio Silva Meneses, cédula de identidad N° 110820529, en calidad de apoderado especial de Wet Hotel LLC Sociedad de Responsabilidad Limitada, cédula jurídica N° 3102693901, con domicilio en Guanacaste, Santa Cruz, Tamarindo, Oficina P&D Abogados, Centro Comercial Tamarindo Business Center, oficina número dos, 50309, Santa Cruz, Playa Tamarindo, Costa Rica, solicita la inscripción

como emblema, en clase(s): internacional(es). Para proteger y distinguir lo siguiente: en clase 48: Establecimiento comercial dedicado a servicios restaurante lounge (salón), bar. Ubicado en: Guanacaste, Santa Cruz, Tamarindo, 50 metros este del Banco Nacional/Costa Rica. Reservas: No hay reservas. Fecha: 11 de marzo del 2022. Presentada el: 03 de febrero del 2022. San José: Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. 11 de marzo del 2022. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley N° 7978. Esta solicitud se rige por el art. 28 de la Ley de Marcas Comerciales y Otros Signos Distintivos que indica “Cuando la marca consista en una etiqueta y otro signo compuesto por un conjunto de elementos, la protección no se extenderá a los elementos contenidos en ella que sean de uso común o necesario en el comercio”.—Rina Ruiz Mata, Registrador(a).—( IN2022632563 ).

Solicitud Nº 2022-0000256.—Nicolás Durán Blanco, soltero, cédula de identidad N° 114530324, con domicilio en: 800 metros norte del cementerio del distrito de Jardín del cantón de Dota, Finca Hutukara, portón rojo a mano izquierda, casa de madera de dos plantas y ventanales grandes, San José, Costa Rica, solicita la inscripción

como marca de fábrica y servicios en clases: 9, 17, 37, 41 y 42. Internacionales. Para proteger y distinguir lo siguiente: en clase 9: Aparatos e instrumentos para el tratamiento de sonidos; en clase 17: Artículos y materiales para aislamiento acústico; en clase 37: Instalación de productos acústicos; en clase 41: Educación; formación sobre acústica y en clase 42: Diseño, espacios interiores, espacios acústicos y tratamiento acústico. Fecha: 18 de febrero de 2022. Presentada el 11 de enero de 2022. San José. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. 18 de febrero de 2022. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley N° 7978. Esta solicitud se rige por el art. 28 de la Ley de Marcas Comerciales y Otros Signos Distintivos que indica “Cuando la marca consista en una etiqueta y otro signo compuesto por un conjunto de elementos, la protección no se extenderá a los elementos contenidos en ella que sean de uso común o necesario en el comercio”.—Ginna Aguilar Madriz, Registradora.—( IN2022632592 ).

Solicitud Nº 2022-0002182.—Alejandro Rodríguez Castro, mayor de edad, casado una vez, Abogado, cédula de identidad 107870896, en calidad de Apoderado Especial de Repsol S. A. con domicilio en Calle Méndez Álvaro, número 44 28045 Madrid, España, 28045, Madrid, España, solicita la inscripción de: REPSOL AUTOMATOR como Marca de Fábrica y Comercio en clase 4 internacional. Para proteger y distinguir lo siguiente: en clase 4: Aceites y grasas industriales; lubricantes; Aceites y grasas lubricantes Fecha: 15 de marzo de 2022. Presentada el: 10 de marzo de 2022. San José: Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. 15 de marzo de 2022. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978. Esta solicitud se rige por el art. 28 de la Ley de Marcas Comerciales y Otros Signos Distintivos que indica “Cuando la marca consista en una etiqueta y otro signo compuesto por un conjunto de elementos, la protección no se extenderá a los elementos contenidos en ella que sean de uso común o necesario en el comercio”.—Katherine Jiménez Tenorio, Registradora.—( IN2022632598 ).

Solicitud Nº 2022-0002185.—Alejandro Rodríguez Castro, mayor de edad, casado una vez, abogado, vecino de San José, cédula de identidad N° 107870896, en calidad de apoderado especial de Repsol S. A. con domicilio en C/ Méndez Álvaro, número 44 28045 Madrid, España, 28045, Madrid, España, solicita la inscripción de: REPSOL NAVIGATOR como marca de fábrica y comercio en clase 4 internacional, para proteger y distinguir lo siguiente: en clase 4: Aceites y grasas industriales; lubricantes; Aceites y grasas lubricantes. Fecha: 15 de marzo de 2022. Presentada el: 10 de marzo de 2022. San José. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. 15 de marzo de 2022. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978. Esta solicitud se rige por el art. 28 de la Ley de Marcas Comerciales y Otros Signos Distintivos que indica “Cuando la marca consista en una etiqueta y otro signo compuesto por un conjunto de elementos, la protección no se extenderá a los elementos contenidos en ella que sean de uso común o necesario en el comercio”.—Katherine Jiménez Tenorio, Registradora.—( IN2022632600 ).

Solicitud Nº 2022-0002184.—Alejandro Rodríguez Castro, casado una vez, cédula de identidad N° 107870896, en calidad de apoderado especial de Repsol S. A., con domicilio en c/ Méndez Álvaro número 44 28045 Madrid, España, 28045, Madrid, España, solicita la inscripción de: REPSOL MAKER como marca de fábrica y comercio en clase: 4. Internacional. Para proteger y distinguir lo siguiente: en clase 4: Aceites y grasas industriales; lubricantes; aceites y grasas lubricantes. Fecha: 15 de marzo de 2022. Presentada el: 10 de marzo de 2022. San José. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. 15 de marzo de 2022. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978. Esta solicitud se rige por el art. 28 de la Ley de Marcas Comerciales y Otros Signos Distintivos que indica “Cuando la marca consista en una etiqueta y otro signo compuesto por un conjunto de elementos, la protección no se extenderá a los elementos contenidos en ella que sean de uso común o necesario en el comercio”.—Katherine Jiménez Tenorio, Registradora.—( IN2022632601 ).

Solicitud N° 2022-0001808.—Douglas Castro Peña, casado una vez, cédula de identidad N° 105150120, en calidad de apoderado especial de Ultrasonografía La California S. A., cédula jurídica N° 3101053883, con domicilio en Barrio La California, del Cine Magaly 100 sur 50 este, San José, Costa Rica, solicita la inscripción de: ULTRASONIDO LA CALIFORNIA como Nombre Comercial, en clase: 49. Internacional. Para proteger y distinguir lo siguiente: Un establecimiento comercial dedicado a servicios médicos de diagnósticos a través de imágenes de ultrasonografía. Ubicado en: San José, distrito Carmen, Barrio La California del Cine Magaly 50 sur, 50 este Condominio Dallas segundo piso. Fecha: 10 de marzo del 2022. Presentada el: 01 de marzo del 2022. San José: Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. 10 de marzo del 2022. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley N° 7978. Esta solicitud se rige por el art. 28 de la Ley de Marcas Comerciales y Otros Signos Distintivos que indica “Cuando la marca consista en una etiqueta y otro signo compuesto por un conjunto de elementos, la protección no se extenderá a los elementos contenidos en ella que sean de uso común o necesario en el comercio”.—Walter Alfaro González, Registrador(a).—( IN2022632623 ).

Solicitud Nº 2022-0000650.—Montserrat Alfaro Solano, divorciada, cédula de identidad 111490188, en calidad de apoderada especial de Olga Cristina Picado Gatgens, casada una vez, cédula de identidad 104680990 con domicilio en calle 23b, urbanización Rio Oro, Santa Ana, 10904, San José, Costa Rica, solicita la inscripción

como nombre comercial para proteger y distinguir lo siguiente: Un establecimiento comercial dedicado a tienda de ropa para mujer, caballero y niño, principalmente vestidos de novia, vestidos largos y cortos, zapatos y accesorios, ubicado en Avenida Escazú, San Rafael de Escazú, local FF105 pudiendo abrir en otras localidades. Fecha: 14 de marzo de 2022. Presentada el: 25 de enero de 2022. San José: Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. 14 de marzo de 2022. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978. Esta solicitud se rige por el art. 28 de la Ley de Marcas Comerciales y Otros Signos Distintivos que indica “Cuando la marca consista en una etiqueta y otro signo compuesto por un conjunto de elementos, la protección no se extenderá a los elementos contenidos en ella que sean de uso común o necesario en el comercio”.—Isela Chango Trejos, Registradora.—( IN2022632624 ).

Solicitud Nº 2022-0002251.—Marvin Martínez Araya, divorciado una vez, cédula de identidad N° 301750543, en calidad de apoderado generalísimo de Formuquin Formuladora Química Industrial S. A., cédula de identidad 3101679957, con domicilio en Cartago, San Francisco del Colegio Miravalles 300 metros sur, Residencial Las Garzas, segunda alameda, Costa Rica, solicita la inscripción de: AGROMART, como marca de fábrica y comercio en clase 01 internacional. Para proteger y distinguir lo siguiente: en clase 1: Productos químicos para la agricultura, la horticultura, silvicultura y abonos para el suelo. Fecha: 15 de marzo de, 2022. Presentada el 11 de marzo del 2022. San José. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. 15 de marzo del 2022. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley N° 7978. Esta solicitud se rige por el art. 28 de la Ley de Marcas Comerciales y Otros Signos Distintivos que indica “Cuando la marca consista en una etiqueta y otro signo compuesto por un conjunto de elementos, la protección no se extenderá a los elementos contenidos en ella que sean de uso común o necesario en el comercio”.—Milena Marín Jiménez, Registradora.—( IN2022632665 ).

Solicitud N° 2022-0002252.—Marvin Martínez Araya, divorciado, cédula de identidad N° 301750543, en calidad de apoderado generalísimo de Formuquim Formuladora Química Industrial S. A., cédula jurídica N° 3101679957, con domicilio en San Francisco, del Colegio Miravalles 300 metros sur, Residencial Las Garzas, Segunda Alameda N° 4, Cartago, Costa Rica, solicita la inscripción de: MULTIMART como marca de fábrica y comercio, en clase(s): 1 internacional(es). Para proteger y distinguir lo siguiente: en clase 1: Productos químicos para agricultura, la horticultura, silvicultura y abonos para el suelo. Fecha: 15 de marzo del 2022. Presentada el: 11 de marzo del 2022. San José: Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. 15 de marzo del 2022. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley N° 7978. Esta solicitud se rige por el art. 28 de la Ley de Marcas Comerciales y Otros Signos Distintivos que indica “Cuando la marca consista en una etiqueta y otro signo compuesto por un conjunto de elementos, la protección no se extenderá a los elementos contenidos en ella que sean de uso común o necesario en el comercio”.—Milena Marín Jiménez, Registrador(a).—( IN2022632666 ).

Solicitud Nº 2022-0002142.—Ana Patricia Esquivel Vega, casada una vez, cédula de identidad N° 110810176 con domicilio en Urbanización La Fabiola, casa 13-D, El Alto de La Trinidad de Moravia, San José, Costa Rica, solicita la inscripción

como marca de fábrica y comercio en clase 3 internacional, para proteger y distinguir lo siguiente: en clase 3: Jabones; productos de perfumería, aceites esenciales, cosméticos, lociones capilares; dentífricos. Fecha: 11 de marzo de 2022. Presentada el: 09 de marzo de 2022. San José. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. 11 de marzo de 2022. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978. Esta solicitud se rige por el art. 28 de la Ley de Marcas Comerciales y Otros Signos Distintivos que indica “Cuando la marca consista en una etiqueta y otro signo compuesto por un conjunto de elementos, la protección no se extenderá a los elementos contenidos en ella que sean de uso común o necesario en el comercio”.—Ginna Aguilar Madriz, Registradora.—( IN2022632686 ).

Solicitud Nº 2022-0000860.—María José Tenorio Sibaja, soltera, cédula de identidad N° 116560129, con domicilio en Vázquez de Coronado, San Pedro, Lotes Méndez, San José, Costa Rica, solicita la inscripción:

como marca de fábrica y comercio en clase 25. Internacional. Para proteger y distinguir lo siguiente: Prendas de vestir. Fecha: 02 de marzo del 2022. Presentada el 31 de enero del 2022. San José: Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. 02 de marzo del 2022. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley N° 7978. Esta solicitud se rige por el art. 28 de la Ley de Marcas Comerciales y Otros Signos Distintivos que indica “Cuando la marca consista en una etiqueta y otro signo compuesto por un conjunto de elementos, la protección no se extenderá a los elementos contenidos en ella que sean de uso común o necesario en el comercio”.—Wendy López Vindas, Registradora.—( IN2022632698 ).

Solicitud Nº 2021-0009175.—Sara Yoela Román Barquero, soltera, cédula de identidad 402510588 con domicilio en de la entrada principal de la ladera, 250 metros al sur, Heredia, Costa Rica, solicita la inscripción de: LEMON LASHES

como marca de servicios en clase: 44. Internacional. Para proteger y distinguir lo siguiente: en clase 44: Servicio de salón de belleza a domicilio (extensión de pestañas) Fecha: 19 de octubre de 2021. Presentada el: 8 de octubre de 2021. San José: Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. 19 de octubre de 2021. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978. Esta solicitud se rige por el art. 28 de la Ley de Marcas Comerciales y Otros Signos Distintivos que indica “Cuando la marca consista en una etiqueta y otro signo compuesto por un conjunto de elementos, la protección no se extenderá a los elementos contenidos en ella que sean de uso común o necesario en el comercio”.—Katherine Jiménez Tenorio, Registradora.—( IN2022632721 ).

Solicitud Nº 2022-0001696.—Adrián José Bolaños Mora, casado una vez, cédula de identidad 113250589, en calidad de Apoderado Generalísimo de Servicios Inmobiliarios La Aurora Sociedad Anónima, cédula jurídica 3101803258 con domicilio en Vázquez de Coronado, San Isidro; costado sur oeste del servicentro El Trapiche, primera entrada a Fuentes de TIVOLI, primera casa, de casa portón negro después de los apartamentos que se encuentran contiguos a local de Monster Pizza, San José, Costa Rica, solicita la inscripción

como marca de servicios en clase: 35 Internacional para proteger y distinguir lo siguiente: Servicios de gestión de proyectos de construcción, asistencia en la dirección de empresas comerciales o industriales, asistencia en la dirección de negocios, consultoría profesional sobre negocios comerciales, consultoría sobre dirección de negocios, consultoría sobre organización de negocios, servicios de externalización y servicios de subcontratación, servicios de intermediación comercial. Fecha: 16 de marzo de 2022. Presentada el: 24 de febrero de 2022. San José: Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. 16 de marzo de 2022. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978. Esta solicitud se rige por el art. 28 de la Ley de Marcas Comerciales y Otros Signos Distintivos que indica “Cuando la marca consista en una etiqueta y otro signo compuesto por un conjunto de elementos, la protección no se extenderá a los elementos contenidos en ella que sean de uso común o necesario en el comercio”.—Alex Villegas Méndez, Registrador.—( IN2022632730 ).

Solicitud Nº 2022-0001598.—Harry Jaime Zurcher Blen, casado, cédula de identidad 1041501184, en calidad de Apoderado Especial de Massey Ferguson Corp. con domicilio en 4205 River Green Parkway, Duluth, GA 30096, Estados Unidos de América, solicita la inscripción

como Marca de Fábrica y Comercio en clase(s): 7 y 12. Internacional(es). Para proteger y distinguir lo siguiente: en clase 7: Cosechadoras de granos y forraje; implementos agrícolas remolcados por tractores, en concreto, agavilladoras [instrumentos agrícolas], segadoras, gradas [rastras], arados, sembradoras, hileradoras, cultivadoras, trilladoras, segadora-trilladora, cosechadoras y rastrillos henificadores; máquinas agrícolas para plantar semillas, en concreto sembradoras; máquina sembradora de semillas agrícolas; implementos agrícolas, en concreto empacadoras de heno; elevadores para uso agrícola; empacadoras para uso agrícola; empacadoras de heno; máquinas de plantación de semillas agrícolas; máquinas agrícolas, en concreto agavilladoras, segadoras, rastras [gradas], arados, sembradoras, hileradoras, cultivadoras, trilladoras, cosechadoras, cosechadoras y rastrillos henificadores; en clase 12: Tractores; tractores para fines agrícolas Fecha: 28 de febrero de 2022. Presentada el: 23 de febrero de 2022. San José: Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. 28 de febrero de 2022. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978. Esta solicitud se rige por el art. 28 de la Ley de Marcas Comerciales y Otros Signos Distintivos que indica “Cuando la marca consista en una etiqueta y otro signo compuesto por un conjunto de elementos, la protección no se extenderá a los elementos contenidos en ella que sean de uso común o necesario en el comercio”.—Ildreth Araya Mesen, Registrador.—( IN2022632737 ).

Solicitud Nº 2021-0011592.—Marco Antonio López Volio, casado, cédula de identidad 1010740933, en calidad de Gestor oficioso de PSI SERVICES LLC, con domicilio en 611 N. Brand BLVD., 10th Floor Glendale California 91203, Estados Unidos de América, Estados Unidos de América, solicita la inscripción de: TALOGY, como marca de servicios en clase(s): 35 internacional(es), para proteger y distinguir lo siguiente: en clase 35: Servicios de pruebas (o evaluaciones) comerciales, en concreto, prestación de servicios de examen, prueba y evaluación diseñados para evaluar las habilidades laborales; servicios de consultoría educativa para la evaluación, diseño, desarrollo y validación de exámenes diseñados para evaluar las habilidades laborales; realización de investigaciones y estudios comerciales con respecto a los exámenes y las pruebas teóricas; servicios de pruebas psicométricas para la evaluación de personal y el reclutamiento de personal con fines comerciales y laborales; servicios de consultoría para la evaluación, diseño, desarrollo y validación de pruebas psicométricas utilizadas para la evaluación de personal y reclutamiento de personal con fines comerciales y laborales. Prioridad: Fecha: 3 de marzo del 2022. Presentada el: 23 de diciembre del 2021. San José: Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. 3 de marzo del 2022. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978. Esta solicitud se rige por el art. 28 de la Ley de Marcas Comerciales y Otros Signos Distintivos que indica “Cuando la marca consista en una etiqueta y otro signo compuesto por un conjunto de elementos, la protección no se extenderá a los elementos contenidos en ella que sean de uso común o necesario en el comercio”.—Ginna Aguilar Madriz, Registradora.—( IN2022632738 ).

Solicitud Nº 2022-0000959.—Harry Jaime Zurcher Blen, casado, cédula de identidad 1041501184, en calidad de apoderado especial de Sony Pictures Televisión Inc. con domicilio en 10202 West Washington BLVD., Culver City, California 92032, Estados Unidos de América, Estados Unidos de América, solicita la inscripción

como marca de servicios en clase(s): 43. Internacional(es). Para proteger y distinguir lo siguiente: en clase 43: Servicios de restaurante, bar, café y catering. Reservas: Se reservan los colores rojo, amarillo, negro, azul, celeste, naranja, blanco, gris, crema y verde en la misma disposición que aparecen en el modelo adjunto Fecha: 22 de febrero de 2022. Presentada el: 3 de febrero de 2022. San José: Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. 22 de febrero de 2022. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978. Esta solicitud se rige por el art. 28 de la Ley de Marcas Comerciales y Otros Signos Distintivos que indica “Cuando la marca consista en una etiqueta y otro signo compuesto por un conjunto de elementos, la protección no se extenderá a los elementos contenidos en ella que sean de uso común o necesario en el comercio”.—Katherine Jiménez Tenorio, Registradora.—( IN2022632739 ).

Solicitud Nº 2022-0001515.—Harry Jaime Zurcher Blen, casado, cédula de identidad N° 1041501184, en calidad de apoderado especial de PM-International AG con domicilio en 15, Wäistrooss, 5445 Schengen, Luxemburgo, Luxemburgo, solicita la inscripción

como marca de fábrica y comercio en clase 5 internacional, para proteger y distinguir lo siguiente: en clase 5: Suplementos nutricionales en forma de tabletas, cápsulas, polvo, pasta, gránulos, barra o gel o en forma líquida; hierbas medicinales. Fecha: 02 de marzo de 2022. Presentada el: 21 de febrero de 2022. San José. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. 02 de marzo de 2022. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978. Esta solicitud se rige por el art. 28 de la Ley de Marcas Comerciales y Otros Signos Distintivos que indica “Cuando la marca consista en una etiqueta y otro signo compuesto por un conjunto de elementos, la protección no se extenderá a los elementos contenidos en ella que sean de uso común o necesario en el comercio”.—Walter Alfaro González, Registrador.—( IN2022632740 ).

Solicitud N° 2022-0001528.—Marco Antonio Lopez Volio, casado, cédula de identidad N° 1010740933, en calidad de apoderado especial de Essity Hygiene and Health Aktiebolag, con domicilio en 405 03 Göteborg, Suecia, Suecia, solicita la inscripción de: SABA NATURAL CONFORT, como marca de fábrica y comercio en clase: 5 internacional, para proteger y distinguir lo siguiente: en clase 5: toallas sanitarias [toallas]; bragas sanitarias; bragas para menstruación; tampones sanitarios; protectores de bragas [sanitarios]; calzoncillos absorbentes para la incontinencia; preparaciones para duchas vaginales para uso médico; lavados vaginales para uso médico; toallitas impregnadas con lociones farmacéuticas; desinfectantes para la higiene; almohadillas de lactancia; almohadillas para incontinencia; almohadillas de menstruación; toallitas higienizantes; artículos absorbentes para la higiene personal; calzoncillos para uso sanitario; pantaletas para la menstruación. Fecha: 28 de febrero de 2022. Presentada el 21 de febrero de 2022. San José: Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. 28 de febrero de 2022. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978. Esta solicitud se rige por el art. 28 de la Ley de Marcas Comerciales y Otros Signos Distintivos que indica “Cuando la marca consista en una etiqueta y otro signo compuesto por un conjunto de elementos, la protección no se extenderá a los elementos contenidos en ella que sean de uso común o necesario en el comercio”.—Walter Alfaro González, Registrador.—( IN2022632741 ).

Solicitud Nº 2022-0001545.—Marco Antonio López Volio, casado, cédula de identidad N° 1010740933, en calidad de apoderado especial de El Perro y El Dragón Holístico Ltda., cédula jurídica N° 3102844241, con domicilio en: Centro Corporativo Plaza Roble, edificio Los Balcones, cuarto piso, oficinas Zurcher, Odio & Raven, Escazú, San José, Costa Rica, solicita la inscripción de: ZEN PET, como marca de servicios en clase 44 internacional, para proteger y distinguir lo siguiente: servicios de peluquería para animales domésticos; servicios veterinarios; servicios de masaje para animales domésticos; servicios de medicina natural y holística para animales domésticos; servicios de terapia para animales domésticos; servicios de psicología para animales domésticos. Fecha: 01 de marzo de 2022. Presentada el: 22 de febrero de 2022. San José. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. 01 de marzo de 2022. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978. Esta solicitud se rige por el art. 28 de la Ley de Marcas Comerciales y Otros Signos Distintivos que indica “Cuando la marca consista en una etiqueta y otro signo compuesto por un conjunto de elementos, la protección no se extenderá a los elementos contenidos en ella que sean de uso común o necesario en el comercio”.—Rebeca Madrigal Garita, Registrador(a).—( IN2022632742 ).

Solicitud Nº 2022-0001559.—Marco Antonio López Volio, casado, cédula de identidad 1010740933, en calidad de apoderado especial de El Perro y El Dragón Holístico Ltda., cédula jurídica 3102844241 con domicilio en Centro Corporativo Plaza Roble, Edificio Los Balcones, Cuarto Piso, Oficinas Zurcher, Odio & Raven, Escazú, San José, Costa Rica, Costa Rica, solicita la inscripción de: ZEN DOG como nombre comercial en clase: Internacional para proteger y distinguir lo siguiente: en clase 49: Un establecimiento comercial dedicado a venta de productos para perros tales como alimentos, juguetes, accesorios, productos de limpieza, ropa; servicio de entrenamiento de perros; servicios de alojamiento de perros; guarderías y centros de día para perros; servicios de peluquería para perros; servicios veterinarios; servicios de masaje para perros; servicios de medicina natural y holística para perros; servicios de terapia para perros; servicios de psicología para perros; servicios de paseo de perros. Ubicado en avenida Escazú, contiguo a Lexus Fecha: 25 de febrero de 2022. Presentada el: 22 de febrero de 2022. San José: Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. 25 de febrero de 2022. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978. Esta solicitud se rige por el art. 28 de la Ley de Marcas Comerciales y Otros Signos Distintivos que indica “Cuando la marca consista en una etiqueta y otro signo compuesto por un conjunto de elementos, la protección no se extenderá a los elementos contenidos en ella que sean de uso común o necesario en el comercio”.—Wendy López Vindas, Registradora.—( IN2022632743 ).

Solicitud Nº 2021-0010506.—Harry Jaime Zurcher Blen, casado, cédula de identidad N° 1041501184, en calidad de apoderado especial de Riot Games, Inc. con domicilio en 12333 W. Olympic BLVD., Los Ángeles, California 90064, Estados Unidos de América, solicita la inscripción de: WILD RIFT ESPORTS como marca de comercio y servicios en clases 25; 38 y 41 internacionales, para proteger y distinguir lo siguiente: en clase 25: Ropa; bandanas; cinturones [ropa]; gorras de béisbol; gorros; botas; abrigos; disfraces; vestidos; calzado; guantes [ropa]; disfraces de Halloween; sombreros; sombrerería; sudaderas con capucha; ropa infantil; chaquetas [ropa]; ropa para estar en la casa; pantalones; jerseys; ropa impermeable; sandalias; bufandas; camisas; zapatos; pantalones cortos; faldas; ropa de dormir; calcetines; pantalones deportivos; suéteres; sudaderas; trajes de baño; camisetas; medias; tops [ropa]; chándales; ropa interior. En clase 38: Servicios de telecomunicaciones y radiodifusión; difusión (relacionados con deportes electrónicos) y transmisión de competencias y torneos de computadoras y videojuegos a través de redes de comunicaciones mundiales, Internet y redes inalámbricas( relacionados con deportes electrónicos); servicios de transmisión de video, audio y televisión (relacionados con deportes electrónicos); servicios de difusión por Internet a través de redes informáticas locales y mundiales (relacionados con deportes electrónicos); transmisión electrónica inalámbrica de datos, imágenes e información(relacionados con deportes electrónicos). En clase 41: Servicios de entretenimiento (relacionados con deportes electrónicos); servicios de esparcimiento, en concreto, organización y realización de competencias y torneos de videojuegos y computadoras en directo (relacionados con deportes electrónicos) establecer reglas y regulaciones en relación con competencias y torneos de videojuegos y computadoras (relacionados con deportes electrónicos); facilitación de presentaciones de audio y video no descargables en el ámbito de competencias y torneos de videojuegos y ordenadores a través de un sitio web (relacionados con deportes electrónicos); suministro de información de entretenimiento no descargable sobre competencias y torneos de videojuegos y ordenadores a través de un sitio web (relacionados con deportes electrónicos); servicios de entretenimiento, en concreto, organización de reuniones de fans en vivo y conferencias con juegos interactivos entre participantes en los campos de los videojuegos y ordenadores (relacionados con deportes electrónicos). Fecha: 17 de febrero de 2022. Presentada el: 17 de noviembre de 2021. San José. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. 17 de febrero de 2022. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978. Esta solicitud se rige por el art. 28 de la Ley de Marcas Comerciales y Otros Signos Distintivos que indica “Cuando la marca consista en una etiqueta y otro signo compuesto por un conjunto de elementos, la protección no se extenderá a los elementos contenidos en ella que sean de uso común o necesario en el comercio.”.—Sabrina Loaiciga Pérez, Registradora.—( IN2022632744 ).

Solicitud N° 2022-0001549.—Marco Antonio López Volio, casado, cédula de identidad N° 1010740933, en calidad de apoderado especial de El Perro y El Dragón Holístico, LTDA, cédula jurídica N° 3102844241, con domicilio en Centro Corporativo Plaza Roble, Edificio los Balcones, cuarto piso, Oficinas Zurcher, Odio & Raven, Escazú, San José, Costa Rica, solicita la inscripción de: ZEN PET, como nombre comercial, para proteger y distinguir lo siguiente: un establecimiento comercial dedicado a venta de productos para mascotas tales como: alimentos, juguetes, accesorios, productos de limpieza, ropa; servicio de entrenamiento de animales; servicios de alojamiento de animales; guarderías y centros de día para animales; servicios de peluquería para animales domésticos; servicios veterinarios; servicios de masaje para animales domésticos; servicios de medicina natural y holística para animales domésticos; servicios de terapia para animales domésticos; servicios de psicología para animales domésticos; servicios de paseo de mascotas. Ubicado en Avenida Escazú, contiguo a Lexus. Fecha: 25 de febrero de 2022. Presentada el 22 de febrero de 2022. San José: Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. 25 de febrero de 2022. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978. Esta solicitud se rige por el art. 28 de la Ley de Marcas Comerciales y Otros Signos Distintivos que indica “Cuando la marca consista en una etiqueta y otro signo compuesto por un conjunto de elementos, la protección no se extenderá a los elementos contenidos en ella que sean de uso común o necesario en el comercio”.—Ivonne Mora Ortega, Registradora.—( IN2022632745 ).

Solicitud Nº 2022-0001557.—Marco Antonio Lopez Volio, casado, cédula de identidad N° 1010740933, en calidad de apoderado especial de El Perro y El Dragón Holístico, Ltda., cédula jurídica N° 3102844241, con domicilio en Centro Corporativo Plaza Roble, edificio Los Balcones, cuarto piso, Oficinas Zurcher, Odio & Raven, Escazú, San José, Costa Rica, solicita la inscripción de: ZEN DOG como marca de servicios en clases: 35; 41; 43; 44 y 45. Internacionales. Para proteger y distinguir lo siguiente: en clase 35: Servicio de venta de productos para perros tales como alimentos, juguetes, accesorios, productos de limpieza, ropa; en clase 41: Servicio de entrenamiento de perros; en clase 43: Servicios de alojamiento de perros; guarderías y centros de día para perros; en clase 44: Servicios de peluquería para perros; servicios veterinarios; servicios de masaje para perros; servicios de medicina natural y holística para perros; servicios de terapia para perros; servicios de psicología para perros; en clase 45: Servicios de paseo de perros Fecha: 25 de febrero de 2022. Presentada el: 22 de febrero de 2022. San José. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. 25 de febrero de 2022. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978. Esta solicitud se rige por el art. 28 de la Ley de Marcas Comerciales y Otros Signos Distintivos que indica “Cuando la marca consista en una etiqueta y otro signo compuesto por un conjunto de elementos, la protección no se extenderá a los elementos contenidos en ella que sean de uso común o necesario en el comercio”.—Ivonne Mora Ortega, Registradora.—( IN2022632746 ).

Solicitud Nº 2022-0001446.—Ruth Marilyn Barrantes Rojas, divorciada, cédula de identidad N° 701740256, con domicilio en: San Francisco de Heredia 50 sur y 50 este del BAC San José, casa a mano izquierda color beige, portón café, dos plantas, Heredia, Costa Rica, solicita la inscripción

como marca de servicios en clases: 41 y 44 Internacionales. Para proteger y distinguir lo siguiente: en clase 41: Servicios de enseñanza y formación, enseñanza en materia de salud enseñanza en materia de actividades recreativas; servicio de entretenimiento y en clase 44: Servicios médicos, servicios médicos y sanitarios prestados por clínicas, servicio de información y consultoría de productos médicos. Fecha: 11 de marzo de 2022. Presentada el 18 de febrero de 2022. San José. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. 11 de marzo de 2022. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley N° 7978. Esta solicitud se rige por el art. 28 de la Ley de Marcas Comerciales y Otros Signos Distintivos que indica “Cuando la marca consista en una etiqueta y otro signo compuesto por un conjunto de elementos, la protección no se extenderá a los elementos contenidos en ella que sean de uso común o necesario en el comercio”.—Rándall Abarca Aguilar, Registradora.—( IN2022632827 ).

Solicitud Nº 2021-0009327.—Melvin Reyes Durán, cédula de identidad N° 109040958, en calidad de apoderado especial de Marcel Plazas Lartigau, pasaporte PE077741, con domicilio en: calle 15 Nº 68 D-32 Zona Industrial Montevideo, CP 110931, Bogotá Colombia, Colombia, solicita la inscripción de: MARCEL FRANCE, como marca de fábrica en clase 3 internacional, para proteger y distinguir lo siguiente: productos cosméticos. Reservas: no se hace reserva de la palabra FRANCE. Fecha: 18 de febrero de 2022. Presentada el: 14 de octubre de 2021. San José. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. 18 de febrero de 2022. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978. Esta solicitud se rige por el art. 28 de la Ley de Marcas Comerciales y Otros Signos Distintivos que indica “Cuando la marca consista en una etiqueta y otro signo compuesto por un conjunto de elementos, la protección no se extenderá a los elementos contenidos en ella que sean de uso común o necesario en el comercio”.—Rebeca Madrigal Garita, Registradora.—( IN2022632834 ).

Solicitud Nº 2022-0001380.—Kenneth Coto Solano, divorciado una vez, cédula de identidad 112700523, en calidad de Apoderado Especial de Budda Café Tortuguero, S. A., cédula jurídica 3-101-390241 con domicilio en Pococí, Tortuguero, costado sur del I.C.E, Limón, Costa Rica, solicita la inscripción

como Marca de Servicios en clase(s): 43. Internacional(es). Para proteger y distinguir lo siguiente: en clase 43: Restaurante; hospedaje de personas Fecha: 16 de marzo de 2022. Presentada el: 16 de febrero de 2022. San José: Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. 16 de marzo de 2022. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978. Esta solicitud se rige por el art. 28 de la Ley de Marcas Comerciales y Otros Signos Distintivos que indica “Cuando la marca consista en una etiqueta y otro signo compuesto por un conjunto de elementos, la protección no se extenderá a los elementos contenidos en ella que sean de uso común o necesario en el comercio”.—Ginna Aguilar Madriz, Registradora.—( IN2022632835 ).

Solicitud Nº 2021-0005193.—María Gabriela Arroyo Vargas, casada una vez, cédula de identidad N° 109330536, en calidad de apoderada especial de Amanda Soley Terán, casada una vez, cédula de identidad N° 114590217 y Ana Terán Gallegos, divorciada, cédula de identidad N° 108640217, con domicilio en: Goicoechea, Guadalupe, Barrio Jiménez Condominio Castelar casa N° 2, Costa Rica y Curridabat, Curridabat, Residencial Lomas del Sol, casa N° 145, Costa Rica, solicita la inscripción de: ES SIMPLE, como marca de fábrica y comercio en clase 29 internacional, para proteger y distinguir lo siguiente: carne, pescado, carne de ave y carne de caza; extractos de carne; frutas y verduras, hortalizas y legumbres en conserva, congeladas, secas y cocidas; jaleas, confituras, compotas; huevos, leche, quesos, mantequilla, yogur y otros productos lácteos, aceites y grasas para uso alimenticio. Fecha: 10 de septiembre de 2021. Presentada el: 08 de junio de 2021. San José. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. 10 de septiembre de 2021. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978. Esta solicitud se rige por el art. 28 de la Ley de Marcas Comerciales y Otros Signos Distintivos que indica “Cuando la marca consista en una etiqueta y otro signo compuesto por un conjunto de elementos, la protección no se extenderá a los elementos contenidos en ella que sean de uso común o necesario en el comercio”.—Bernard Molina Alvarado, Registrador.—( IN2022632841 ).

Solicitud Nº 2022-0000704.—Claudio Murillo Ramírez, cédula de identidad N° 105570443, en calidad de apoderado especial de Banco Davivienda S.A., con domicilio en avenida El Dorado, N° 68-C-61 piso 10, Bogotá, Colombia, solicita la inscripción

como Marca de Servicios en clase: 35. Internacional. Para proteger y distinguir lo siguiente: publicidad; gestión de negocios comerciales; administración comercial; trabajos de oficina. Fecha: 22 de febrero de 2022. Presentada el: 26 de enero de 2022. San José. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. 22 de febrero de 2022. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978. Esta solicitud se rige por el art. 28 de la Ley de Marcas Comerciales y Otros Signos Distintivos que indica “Cuando la marca consista en una etiqueta y otro signo compuesto por un conjunto de elementos, la protección no se extenderá a los elementos contenidos en ella que sean de uso común o necesario en el comercio”.—Isela Chango Trejos, Registrador(a).—( IN2022632873 ).

Solicitud Nº 2021-0010173.—Luis Ángel Marín Miranda, casado una vez, cédula de identidad N° 603310279, en calidad de apoderado generalísimo de Red y Comunicaciones Reycom del Sur S. A., Cédula jurídica 3101669542 con domicilio en Pérez Zeledón, Edificio Conexiones Internacionales, San José, Costa Rica, solicita la inscripción

como marca de servicios en clase 38. Internacional. Para proteger y distinguir lo siguiente: La prestación de servicios de telecomunicaciones, comercialización de internet, transporte de datos. Fecha: 04 de marzo de 2022. Presentada el 09 de noviembre de 2021. San José. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. 04 de marzo de 2022. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley N° 7978. Esta solicitud se rige por el art. 28 de la Ley de Marcas Comerciales y Otros Signos Distintivos que indica “Cuando la marca consista en una etiqueta y otro signo compuesto por un conjunto de elementos, la protección no se extenderá a los elementos contenidos en ella que sean de uso común o necesario en el comercio”.—Jamie Phillips Guardado, Registrador.—( IN2022632880 ).

Solicitud Nº 2022-0001427.—Luis Diego Obando Espinach, casado en segundas nupcias, cédula de identidad N° 108510283, en calidad de apoderado especial de Corporación Ganadera, cédula jurídica N° 3007249938, con domicilio en Curridabat-Curridabat, El Prado de la Heladera La Pop’s 100 metros sur y 100 metros al este, San José, Costa Rica, solicita la inscripción

como marca de servicios en clase 35. Internacional. Para proteger y distinguir lo siguiente: Promocionar la actividad ganadera de pequeños y medianos productores ganaderos. Fecha: 15 de marzo de 2022. Presentada el 17 de febrero de 2022. San José. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. 15 de marzo de 2022. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley N° 7978. Esta solicitud se rige por el art. 28 de la Ley de Marcas Comerciales y Otros Signos Distintivos que indica “Cuando la marca consista en una etiqueta y otro signo compuesto por un conjunto de elementos, la protección no se extenderá a los elementos contenidos en ella que sean de uso común o necesario en el comercio”.—Rebeca Madrigal Garita, Registradora.—( IN2022632903 ).

Solicitud Nº 2022-0001259.—Ariana Azofeifa Vaglio, cédula de identidad N° 109540679, en calidad de apoderada especial de STN Transforma Sociedad Anónima, cédula jurídica N° 3101487626 con domicilio en San José, Paseo Colón, Barrio Don Bosco, avenida dos calles veinticuatro y veintiséis, edificio número dos mil cuatrocientos cuarenta y dos, 10103, San José, Costa Rica, solicita la inscripción

como marca de servicios en clase: 35. Internacional. Para proteger y distinguir lo siguiente: Publicidad, gestión de negocios comerciales, administración comercial y trabajos de oficina Reservas: GRUPO BPO STN” que es un nombre y diseño de fantasía, en escritura con letra de molde color amarillo y azul que en su lado izquierdo tiene logo de unas líneas que simulan unas líneas de estadística en color amarillo. Se hace reserva del distintivo solicitado en todo tamaño, tipografía, color y combinación de colores, incluida la versión en blanco y negro. Fecha: 14 de marzo de 2022. Presentada el 11 de febrero de 2022. San José. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. 14 de marzo de 2022. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley N° 7978. Esta solicitud se rige por el art. 28 de la Ley de Marcas Comerciales y Otros Signos Distintivos que indica “Cuando la marca consista en una etiqueta y otro signo compuesto por un conjunto de elementos, la protección no se extenderá a los elementos contenidos en ella que sean de uso común o necesario en el comercio”.—Ginna Aguilar Madriz, Registradora.—( IN2022632989 ).

Solicitud N° 2022-0000864.—Laura María Ulate Alpízar, soltera, cédula de identidad N° 402100667, en calidad de apoderado especial de Campofert S.A.S, con domicilio en calle 15B, número 25-352, Yumbo, Valle del Cauca, Colombia, San José, Colombia, solicita la inscripción

como marca de fábrica, en clase: 1 internacional. Para proteger y distinguir lo siguiente: Productos químicos destinados a la agricultura, horticultura, silvicultura, fertilizantes, abono para la tierra. Reservas: Se hace reserva de la marca mixta solicitada CAMPOFERT y DISEÑO en todo tamaño, tipografía, color y combinación de colores. Fecha: 04 de marzo del 2022. Presentada el: 01 de febrero del 2022. San José: Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. 04 de marzo del 2022. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley N° 7978. Esta solicitud se rige por el art. 28 de la Ley de Marcas Comerciales y Otros Signos Distintivos que indica “Cuando la marca consista en una etiqueta y otro signo compuesto por un conjunto de elementos, la protección no se extenderá a los elementos contenidos en ella que sean de uso común o necesario en el comercio”.—Alex Villegas Méndez, Registrador.—( IN2022633012 ).

Solicitud Nº 2022-0001443.—Laura María Ulate Alpízar, cédula de identidad N° 402100667, en calidad de apoderado especial de Sunvesta Holding AG, con domicilio en Gewerbestrasse 16, 8800 Thalwil, Zúrich, Suiza, San José, Suiza, solicita la inscripción

como marca de servicios en clase: 36. Internacional. Para proteger y distinguir lo siguiente: en clase 36: Negocios inmobiliarios Reservas: Se hace reserva de la marca denominativa solicitada “Sunvesta” en todo tamaño, tipografía, color y combinación de colores. Fecha: 1 de marzo de 2022. Presentada el: 18 de febrero de 2022. San José. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. 1 de marzo de 2022. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978. Esta solicitud se rige por el art. 28 de la Ley de Marcas Comerciales y Otros Signos Distintivos que indica “Cuando la marca consista en una etiqueta y otro signo compuesto por un conjunto de elementos, la protección no se extenderá a los elementos contenidos en ella que sean de uso común o necesario en el comercio”.—Rina Ruiz Mata, Registradora.—( IN2022633013 ).

Solicitud Nº 2022-0000820.—María Rebeca Elizondo Pizarro, soltera, cédula de identidad N° 116550622 con domicilio en Guápiles, B° Las Palmas, Calle Nº 1 penúltima casa, Limón, Costa Rica, solicita la inscripción de: Bubble House como marca de comercio en clase 30 internacional, para proteger y distinguir lo siguiente: en clase 30: Bubble teas (té de burbujas con tapioca) y repostería. Fecha: 15 de marzo de 2022. Presentada el: 28 de enero de 2022. San José. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. 15 de marzo de 2022. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978. Esta solicitud se rige por el art. 28 de la Ley de Marcas Comerciales y Otros Signos Distintivos que indica “Cuando la marca consista en una etiqueta y otro signo compuesto por un conjunto de elementos, la protección no se extenderá a los elementos contenidos en ella que sean de uso común o necesario en el comercio”.—Adriana Bolaños Guido, Registradora.—( IN2022633022 ).

Solicitud Nº 2022-0001666.—Adolfo Blanco Góngora, soltero, cédula de identidad N° 109680566, con domicilio en: Residencial Los Alamos, El Carmen de Guadalupe, casa 54, Costa Rica, solicita la inscripción

como marca de fábrica en clase 11 internacional, para proteger y distinguir lo siguiente: lámparas eléctricas para alumbrado interior. Fecha: 02 de marzo de 2022. Presentada el: 24 de febrero de 2022. San José. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. 02 de marzo de 2022. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978. Esta solicitud se rige por el art. 28 de la Ley de Marcas Comerciales y Otros Signos Distintivos que indica “Cuando la marca consista en una etiqueta y otro signo compuesto por un conjunto de elementos, la protección no se extenderá a los elementos contenidos en ella que sean de uso común o necesario en el comercio”.—Katherine Jiménez Tenorio, Registrador(a).—( IN2022633029 ).

Solicitud Nº 2022-0002248.—Marcela Vargas Madrigal, cédula de identidad 107610047, en calidad de Apoderado Especial de Soluciones en Agua Maim, SRL, Cédula jurídica 3102845629 con domicilio en San José, Curridabat, del Fresh Market de Guayabos, doscientos metros al sur y setecientos metros al este, número cinco F, San José, Costa Rica, solicita la inscripción

como Marca de Comercio en clases: 11 y 21. Internacionales. Para proteger y distinguir lo siguiente: en clase 11: Aparatos de distribución de agua; en clase 21: Tazas y termos. Reservas: No hay. Fecha: 16 de marzo de 2022. Presentada el: 11 de marzo de 2022. San José: Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. 16 de marzo de 2022. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978. Esta solicitud se rige por el art. 28 de la Ley de Marcas Comerciales y Otros Signos Distintivos que indica “Cuando la marca consista en una etiqueta y otro signo compuesto por un conjunto de elementos, la protección no se extenderá a los elementos contenidos en ella que sean de uso común o necesario en el comercio”.—Milena Marín Jiménez, Registradora.—( IN2022633033 ).

Solicitud Nº 2021-0011475.—María Gabriela Bodden Cordero, cédula de identidad N° 70118461, en calidad de apoderado especial de Celltrion Inc., con domicilio en Principal Business Place: 23, Academy-Ro, Yeonsu-Gu, Incheon, República de Corea, solicita la inscripción de: EYDENZELT, como marca de comercio y servicios en clase: 5 internacional, para proteger y distinguir lo siguiente: preparados oftálmicos; preparados farmacéuticos para el tratamiento de la angiogénesis. Prioridad: Fecha: 3 de enero de 2022. Presentada el: 21 de diciembre de 2021. San José: Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. 3 de enero de 2022. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978. Esta solicitud se rige por el art. 28 de la Ley de Marcas Comerciales y Otros Signos Distintivos que indica “Cuando la marca consista en una etiqueta y otro signo compuesto por un conjunto de elementos, la protección no se extenderá a los elementos contenidos en ella que sean de uso común o necesario en el comercio”.—Ivonne Mora Ortega, Registradora.—( IN2022633044 ).

Solicitud N° 2022-0000319.—Uriel Ortega Hegg, Binubo, cédula de identidad N° 800640604, en calidad de apoderado especial de Spring Paradise Bijagua Sociedad Anónima, cédula jurídica N° 3101842271, con domicilio en Heredia, Santo Domingo, de la Basílica, dos cuadras al norte y un kilómetro al este, casa a mano derecha, muro beige, Heredia, Costa Rica, solicita la inscripción:

como marca de comercio y servicios en clases: 32; 35; 39 y 43 internacionales, para proteger y distinguir lo siguiente: en clase 32: cervezas; bebidas sin alcohol; aguas minerales; bebidas a base de frutas y zumos de frutas; siropes y otras preparaciones sin alcohol para elaborar bebidas, sea en particular, las bebidas desalcoholizadas; bebidas refrescantes sin alcohol; en clase 35: los servicios que implican la gestión, la explotación, la organización y la administración comercial de una Empresa; en clase 39: Transporte; embalaje y almacenamiento de personas y mercancías por cualquier medio: organización de viajes; en clase 43: servicios de alimentación, preparación de alimentos y bebidas para el consumo, así como los servicios de alojamiento temporal, incluyendo los del tipo camping, uso de tiendas de campaña, toldos. Reservas: se reserva el color verde. Fecha: 15 de marzo de 2022. Presentada el 12 de enero de 2022. San José: Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. 15 de marzo de 2022. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978. Esta solicitud se rige por el art. 28 de la Ley de Marcas Comerciales y Otros Signos Distintivos que indica “Cuando la marca consista en una etiqueta y otro signo compuesto por un conjunto de elementos, la protección no se extenderá a los elementos contenidos en ella que sean de uso común o necesario en el comercio”.—Rebeca Madrigal Garita, Registradora.—( IN2022633094 ).

Solicitud N° 2022-0000895.—Evelyn Porras Chavarría, casada 3 veces, cédula de identidad N° 108800980, en calidad de apoderado generalísimo de Pro Capital Consultores S. A., cédula jurídica N° 3101684382, con domicilio en Escazú, Bello Horizonte, Residencial Altos del Horizonte Local N° 75, San José, Costa Rica, solicita la inscripción de: CAIRBULL como marca de comercio en clase: 9. Internacional. Para proteger y distinguir lo siguiente: Cascos protectores; cascos protectores para deportes; cascos de montar; cascos de patinaje; cascos protectores deportivos; cascos de bicicleta; cascos de esquí; cascos de moto; cascos protectores para niños; cascos de tablas de nieve; gafas para usar en el deporte; gafas para nadar; gafas para esquiar; gafas protectoras; gafas de esquí; anteojos; gafas de sol; gafas para deportes; anteojos para niños; gafas polarizadas. Fecha: 14 de marzo de 2022. Presentada el: 1 de febrero de 2022. San José: Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. 14 de marzo de 2022. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley N° 7978. Esta solicitud se rige por el art. 28 de la Ley de Marcas Comerciales y Otros Signos Distintivos que indica “Cuando la marca consista en una etiqueta y otro signo compuesto por un conjunto de elementos, la protección no se extenderá a los elementos contenidos en ella que sean de uso común o necesario en el comercio”.—Alex Villegas Méndez, Registrador.—( IN2022633107 ).

PUBLICACIÓN DE PRIMERA VEZ

Solicitud Nº 2021-0009411.—José Antonio Gamboa Vázquez, casado una vez, cédula de identidad N° 104610803, en calidad de apoderado especial de Beigene (Beijing) Co., Ltd., con domicilio en RM. 101,201,402,502 of BLDG 1 N° 30, Science Park RD., Zhong-Guancun Life Science Park, Changping District, Beijing, China, solicita la inscripción de: BeiGene

como marca de fábrica y servicios en clases: 5; 35; 40; 42 y 44. Internacionales. Para proteger y distinguir lo siguiente: en clase 5: Preparaciones farmacéuticas; preparaciones químico -farmacéuticas; medicamentos para uso médico; preparaciones biológicas para uso médico; preparaciones químicas para uso farmacéutico; preparaciones químicas para uso médico; productos farmacéuticos inyectables; medicamentos sin elaborar; preparaciones bioquímicas; en clase 35: Servicios de venta al por mayor y al detalle de productos farmacéuticos; en clase 40: Servicios de procesamiento de productos químicos; en clase 42: Servicios de investigación química; servicios de ensayos clínicos; servicios de investigación tecnológica; servicios de investigación biológica; en clase 44: Servicios de telemedicina; servicios del cuidado de la salud; servicios terapéuticos; servicios de asesoramiento sobre la salud; servicios de asesoramientos médicos. Prioridad: Fecha: 22 de octubre de 2021. Presentada el: 18 de octubre de 2021. San José. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. 22 de octubre de 2021. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978. Esta solicitud se rige por el art. 28 de la Ley de Marcas Comerciales y Otros Signos Distintivos que indica “Cuando la marca consista en una etiqueta y otro signo compuesto por un conjunto de elementos, la protección no se extenderá a los elementos contenidos en ella que sean de uso común o necesario en el comercio”.—Walter Alfaro González, Registrador.—( IN2022615783 ).

Solicitud Nº 2022-0000837.—Catalina Villalobos Calderón, casada una vez, cédula de identidad N° 108650289, en calidad de apoderada especial de Gustavo Mondragón Sequeira, soltero, cédula de identidad N° 401900628 con domicilio en de la Antigua Fosforera, 200 metros norte, Urbanización La Esperanza, número 42, Heredia, Costa Rica, solicita la inscripción

como marca de comercio en clases 3; 25 y 30 internacionales, para proteger y distinguir lo siguiente: en clase 3: Cosméticos no medicinales (cremas corporales, cremas faciales, cremas para masajes, labiales, parches, mascarillas a base de arcilla) jabones no medicinales (bombas de baño de espuma); en clase 25: Prendas de vestir, calzado, artículos de sombrerería.; en clase 30: Café, té, cacao y sucedáneos del café, arroz, tapioca y sagú; harinas y preparaciones a base de cereales; pan, productos de pastelería y confitería, helados, azúcar, miel, jarabe de melaza, levadura, polvos de hornear, sal, mostaza, vinagre, salsas, especias, hielo. Reservas: De los colores: negro y dorado. Fecha: 17 de marzo de 2022. Presentada el: 31 de enero de 2022. San José. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. 17 de marzo de 2022. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978. Esta solicitud se rige por el art. 28 de la Ley de Marcas Comerciales y Otros Signos Distintivos que indica “Cuando la marca consista en una etiqueta y otro signo compuesto por un conjunto de elementos, la protección no se extenderá a los elementos contenidos en ella que sean de uso común o necesario en el comercio”.—Grettel Solís Fernández, Registradora.—( IN2022633121 ).

Solicitud N° 2022-0000255.—Luis Fernando Castro Gómez, casado una vez, cédula de identidad N° 107160301, en calidad de apoderado especial de Carlos Jorge Martin Siman Safie, divorciado dos veces, con domicilio en San Salvador, El Salvador, solicita la inscripción de:

como marca de servicios en clase: 43 internacional, para proteger y distinguir lo siguiente: servicios de restaurante. Fecha: 21 de febrero de 2022. Presentada el: 11 de enero de 2022. San José: Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. 21 de febrero de 2022. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978. Esta solicitud se rige por el art. 28 de la Ley de Marcas Comerciales y Otros Signos Distintivos que indica “Cuando la marca consista en una etiqueta y otro signo compuesto por un conjunto de elementos, la protección no se extenderá a los elementos contenidos en ella que sean de uso común o necesario en el comercio”.—Ginna Aguilar Madriz, Registradora.—( IN2022633126 ).

Solicitud Nº 2021-0003237.—Giovanny Leitón Palacios, casado, cédula de identidad 503700378, en calidad de Apoderado Generalísimo de Depag Motors Sociedad Anónima con domicilio en Liberia, 75 metros norte del Estadio Edgardo Baltodano Briceño, Guanacaste, Costa Rica, solicita la inscripción

como Señal de Publicidad Comercial Para proteger y distinguir lo siguiente: Para promocionar Servicios de asesoría de venta de vehículos marítimos y acuáticos, accesorios; asesoría en servicio de mantenimiento preventivo y correctivo de estos vehículos. Asesoría y venta de servicios de mantenimiento y reparación de vehículos. Venta de repuestos y alquiler de vehículos en relación con la marca DEPAG MOTORS 2021-3236 Fecha: 25 de enero de 2022. Presentada el: 12 de abril de 2021. San José: Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. 25 de enero de 2022. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978. Esta solicitud se rige por el art. 28 de la Ley de Marcas Comerciales y Otros Signos Distintivos que indica “Cuando la marca consista en una etiqueta y otro signo compuesto por un conjunto de elementos, la protección no se extenderá a los elementos contenidos en ella que sean de uso común o necesario en el comercio” y el artículo 63 que indica “Alcance de la protección. La protección conferida por el registro de una expresión o señal de publicidad comercial abarca la expresión o señal en su conjunto y no se extiende a sus partes o elementos considerados por separado. Una vez inscrita, una expresión o señal de publicidad comercial goza de protección por tiempo indefinido; pero su existencia depende, según el caso, de la marca o el nombre comercial a que se refiera”.—Isela Chango Trejos, Registradora.—( IN2022633130 ).

Solicitud Nº 2022-0000858.—Francisco Carvajal Zumbado, casado una vez, cédula de identidad N° 107860719, con domicilio en: San Rafael de Alajuela, 100 metros al noroeste y 25 metros al oeste de la Clínica del Seguro Social, Alajuela, Costa Rica, solicita la inscripción

como marca de comercio en clase 25 internacional, para proteger y distinguir lo siguiente: cinturones de cuero para vestir, cinturones monederos para vestir, calzado de cuero para vestir, calzado de cuero para la playa. Reservas: de los colores: blanco y negro. Fecha: 02 de marzo de 2022. Presentada el: 31 de enero de 2022. San José. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. 02 de marzo de 2022. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978. Esta solicitud se rige por el art. 28 de la Ley de Marcas Comerciales y Otros Signos Distintivos que indica “Cuando la marca consista en una etiqueta y otro signo compuesto por un conjunto de elementos, la protección no se extenderá a los elementos contenidos en ella que sean de uso común o necesario en el comercio”.—Wendy López Vindas, Registrador(a).—( IN2022633162 ).

Solicitud N° 2022-0000933.—Diana María Vargas Rodríguez, cédula de identidad N° 115010540, en calidad de apoderada especial de Grupo Empresarial Brecon Sociedad Anónima, cédula jurídica N° 3101842870, con domicilio en San José, Vázquez de Coronado Cascajal, 800 metros norte del Palí carretera al Rodeo, casa a mano derecha muro rojo y portón color beige, 11105, San José, Costa Rica, solicita la inscripción

como marca de servicios en clase: 43. Internacional. Para proteger y distinguir lo siguiente: Para proteger servicios de alimentación y restaurante. Reservas: Se reserva el color negro muy oscuro y el color amarillo desaturado muy oscuro para el fondo del diseño y para los detalles dentro de las palabras Calle 33 Mercado Gastronómico; se reserva el color naranja grisáceo para las palabras CALLE 33 MERCADO GASTRONÓMICO y los círculos del diseño; se reserva el color naranja brillante y amarillo vívido para los bordes de las palabras Calle 33 Mercado Gastronómico, para los bordes en forma circular del diseño, las dos figuras en el extremo inferior izquierdo y el extremo superior derecho del diseño y las líneas verticales en el centro del diseño. Fecha: 8 de marzo de 2022. Presentada el: 2 de febrero de 2022. San José: Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. 8 de marzo de 2022. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley N° 7978. Esta solicitud se rige por el art. 28 de la Ley de Marcas Comerciales y Otros Signos Distintivos que indica “Cuando la marca consista en una etiqueta y otro signo compuesto por un conjunto de elementos, la protección no se extenderá a los elementos contenidos en ella que sean de uso común o necesario en el comercio.”.—Sabrina Loaiciga Pérez, Registradora.—( IN2022633172 ).

Solicitud Nº 2021-0010498.—Andreas Leimer Siering, cédula de identidad N° 800800030, en calidad de apoderada generalísima sin límite de suma de Palais De L’etoile Limitada, cédula jurídica N° 3102474296, con domicilio en 100 o. de Spoon Los Yoses, San Pedro de Montes De Oca, San José, San José, Costa Rica, solicita la inscripción de: HUNDY P GOLDEN MILK, como marca de fábrica y comercio en clase: 3 internacional, para proteger y distinguir lo siguiente: jabón; crema; champú. Fecha: 17 de febrero de 2022. Presentada el 17 de noviembre de 2021. San José: Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. 17 de febrero de 2022. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978. Esta solicitud se rige por el art. 28 de la Ley de Marcas Comerciales y Otros Signos Distintivos que indica “Cuando la marca consista en una etiqueta y otro signo compuesto por un conjunto de elementos, la protección no se extenderá a los elementos contenidos en ella que sean de uso común o necesario en el comercio”.—Sabrina Loáiciga Pérez, Registradora.—( IN2022633180 ).

Solicitud Nº 2022-0002254.—Shirley Alfaro Navarro, Soltera, cédula de identidad 113670195 con domicilio en Tibás, Cuatro Reinas, Urbanización Las Reinas, casa 22 D, San José, Costa Rica, solicita la inscripción

como marca de servicios en clase: 35 Internacional para proteger y distinguir lo siguiente: en clase 35: Consultoría creativa, diseño digital para publicidad y mercadeo. Fecha: 16 de marzo de 2022. Presentada el: 11 de marzo de 2022. San José: Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. 16 de marzo de 2022. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978. Esta solicitud se rige por el art. 28 de la Ley de Marcas Comerciales y Otros Signos Distintivos que indica “Cuando la marca consista en una etiqueta y otro signo compuesto por un conjunto de elementos, la protección no se extenderá a los elementos contenidos en ella que sean de uso común o necesario en el comercio”.—Ivonne Mora Ortega, Registrador.—1 vez.—( IN2022633194 ).

Solicitud N° 2022-0002255.—José Daniel Gil Trejos, divorciado una vez, cédula de identidad N° 601450394, con domicilio en del Snoopy Bar 75 oeste, Escazú, San José, Costa Rica, solicita la inscripción de: LIDERES E INNOVADORES como marca de fábrica y comercio en clases: 9 y 16. Internacionales. Para proteger y distinguir lo siguiente: en clase 9: Contenidos digitales descargables.; en clase 16: Revista especializada. Fecha: 17 de marzo de 2022. Presentada el: 11 de marzo de 2022. San José: Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. 17 de marzo de 2022. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley N° 7978. Esta solicitud se rige por el art. 28 de la Ley de Marcas Comerciales y Otros Signos Distintivos que indica “Cuando la marca consista en una etiqueta y otro signo compuesto por un conjunto de elementos, la protección no se extenderá a los elementos contenidos en ella que sean de uso común o necesario en el comercio”.—Alex Villegas Méndez, Registrador.—( IN2022633200 ).

Solicitud N° 2022-0002120.—Diana Karolina Angulo Robles, soltera, cédula de identidad N° 114440236, con domicilio en Curridabat, Sánchez, del Walmart, trescientos metros al norte y cincuenta metros al este, Condominio Torres de Pinares, Filial B-07, Costa Rica, solicita la inscripción de: PET SO HAPPY como marca de servicios en clase: 35. Internacional. Para proteger y distinguir lo siguiente: en clase 35: Servicios de venta minorista virtual o física de productos alimenticios, ropa, juguetes y accesorios para mascotas. Fecha: 14 de marzo de 2022. Presentada el: 9 de marzo de 2022. San José: Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. 14 de marzo de 2022. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley N° 7978. Esta solicitud se rige por el art. 28 de la Ley de Marcas Comerciales y Otros Signos Distintivos que indica “Cuando la marca consista en una etiqueta y otro signo compuesto por un conjunto de elementos, la protección no se extenderá a los elementos contenidos en ella que sean de uso común o necesario en el comercio”.—Ildreth Araya Mesén, Registradora.—( IN2022633248 ).

Solicitud Nº 2022-0000669.—Sheyla Paredes Villalobos, soltera, cédula de identidad N° 604590224, con domicilio en: diagonal a Multicanoas casa verjas rojas Villa Bonita, Lotes Murillo, San Antonio, Alajuela, Costa Rica, solicita la inscripción

como nombre comercial, para proteger y distinguir lo siguiente: un establecimiento comercial dedicado a: cafetería y heladería, ubicado en: Guácimo, Guácimo diagonal al Supermercado, Hermanos Rojas Limón. Fecha: 02 de febrero de 2022. Presentada el: 25 de enero de 2022. San José. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. 02 de febrero de 2022. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978. Esta solicitud se rige por el art. 28 de la Ley de Marcas Comerciales y Otros Signos Distintivos que indica “Cuando la marca consista en una etiqueta y otro signo compuesto por un conjunto de elementos, la protección no se extenderá a los elementos contenidos en ella que sean de uso común o necesario en el comercio”.—Grettel Solís Fernández, Registrador(a).—( IN2022633249 ).

Solicitud Nº 2022-0000138.—Pedro Luis Elizondo Ureña, casado, cédula de identidad N° 304320530, con domicilio en: San José / Dota / Copey / La Cima de Dota 100m Sur y 50 m Este de la Escuela Alejandro Aguilar Machado, no aplica, San José, Costa Rica, solicita la inscripción

como marca de fábrica y comercio en clase 31 internacional, para proteger y distinguir lo siguiente: en clase 31: fresas frescas; arándanos frescas; aguaymantos frescas; rosas; apio fresco; plantas vivas; productos hortícolas; ovejas; moras frescas; frutas, verduras, hortalizas y legumbres frescas; flores; frambuesas frescas; cultivos agrícolas e hidropónicos, productos hortícolas y forestales; cultivos de hoja para ensalada; vegetales crudos. Reservas: no se hacen reservas. Fecha: 18 de marzo de 2022. Presentada el: 06 de enero de 2022. San José. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. 18 de marzo de 2022. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978. Esta solicitud se rige por el art. 28 de la Ley de Marcas Comerciales y Otros Signos Distintivos que indica “Cuando la marca consista en una etiqueta y otro signo compuesto por un conjunto de elementos, la protección no se extenderá a los elementos contenidos en ella que sean de uso común o necesario en el comercio”.—Walter Alfaro González, Registrador.—( IN2022633258 ).

Solicitud N° 2022-0001296.—Stephany Paola Bradley Mora, casada una vez, cédula de identidad N° 304090310, con domicilio en Tobosi, Condominio Nobleza de Coris, casa P 08, Cartago, Costa Rica, solicita la inscripción de:

como marca de servicios en clase: 44 internacional, para proteger y distinguir lo siguiente: servicios de tratamientos de higiene y de belleza para personas, incluidos los servicios de salón de belleza, estética facial y corporal. tratamientos para el cabello y limpiezas faciales. tratamientos corporales reductivos, así como depilación láser diodo. Fecha: 22 de febrero de 2022. Presentada el 14 de febrero de 2022. San José: Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. 22 de febrero de 2022. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978. Esta solicitud se rige por el art. 28 de la Ley de Marcas Comerciales y Otros Signos Distintivos que indica “Cuando la marca consista en una etiqueta y otro signo compuesto por un conjunto de elementos, la protección no se extenderá a los elementos contenidos en ella que sean de uso común o necesario en el comercio”.—Alex Villegas Méndez, Registrador.—( IN2022633272 ).

Solicitud Nº 2022-0001413.—Andrés Gerardo Bermúdez Abarca, cédula de identidad 115280352, en calidad de Apoderado General de Comercializadora Griber S.R.L., cédula jurídica 3102821944 con domicilio en Costa Rica, Puntarenas, Buenos Aires, Concepción de Pilas, Instalaciones de ASOPRODISPI., 60305, Concepción de Pilas, Costa Rica, solicita la inscripción

como Marca de Fábrica y Comercio en clase(s): 29. Internacional(es). Para proteger y distinguir lo siguiente: en clase 29: Frijoles. Reservas: Azul, verde claro, verde oscuro, negro, amarillo, marrón y Blanco. Fecha: 11 de marzo de 2022. Presentada el: 17 de febrero de 2022. San José: Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. 11 de marzo de 2022. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978. Esta solicitud se rige por el art. 28 de la Ley de Marcas Comerciales y Otros Signos Distintivos que indica “Cuando la marca consista en una etiqueta y otro signo compuesto por un conjunto de elementos, la protección no se extenderá a los elementos contenidos en ella que sean de uso común o necesario en el comercio”.—Ginna Aguilar Madriz, Registradora.—( IN2022633274 ).

Solicitud Nº 2022-0001197.—Ana Catalina Sánchez Mantilla, casada dos veces, cédula de identidad N° 109320756 con domicilio en San José, Santa Ana, Pozos, Condominio Providencia casa número 10. Ochocientos norte y 600 este de la iglesia católica, Costa Rica, solicita la inscripción

como marca de comercio en clase 3 internacional, para proteger y distinguir lo siguiente: en clase 3: Productos de belleza, perfumería, aceites esenciales, cosméticos, lociones para el cabello, desodorantes y productos de higiene no medicinales. Reservas: los colores rosado y negro. Fecha: 15 de marzo de 2022. Presentada el: 10 de febrero de 2022. San José. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. 15 de marzo de 2022. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978. Esta solicitud se rige por el art. 28 de la Ley de Marcas Comerciales y Otros Signos Distintivos que indica “Cuando la marca consista en una etiqueta y otro signo compuesto por un conjunto de elementos, la protección no se extenderá a los elementos contenidos en ella que sean de uso común o necesario en el comercio”.—Milena Marín Jiménez, Registradora.—( IN2022633299 ).

Solicitud Nº 2022-0001449.—Mauricio Ventura Aragón, casado una vez, cédula de identidad N° 104530248, en calidad de apoderado generalísimo de Somnio Hotels Group SHG Sociedad Anónima, cédula jurídica N° 3101843766 con domicilio en Carmen, Avenidas 1 y 3, Calle 5, Edificio Lines Segundo Piso, San José, Costa Rica, solicita la inscripción

como nombre comercial, para proteger y distinguir lo siguiente: Establecimiento comercial dedicado a la administración hotelera. Ubicado en San José, Carmen, Avenidas 1 y 3, calle 5, Edificio Lines segundo piso. Fecha: 16 de marzo de 2022. Presentada el: 18 de febrero de 2022. San José. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. 16 de marzo de 2022. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978. Esta solicitud se rige por el art. 28 de la Ley de Marcas Comerciales y Otros Signos Distintivos que indica “Cuando la marca consista en una etiqueta y otro signo compuesto por un conjunto de elementos, la protección no se extenderá a los elementos contenidos en ella que sean de uso común o necesario en el comercio”.—Grettel Solís Fernández, Registradora.—( IN2022633324 ).

Solicitud Nº 2022-0001113.—María de La Cruz Villanea Villegas, casada dos veces, cédula de identidad N° 109840695, en calidad de apoderada especial de Cooperativa de Productores de Leche Dos Pinos R.L con domicilio en Alajuela, del aeropuerto 7 kilómetros al oeste, Alajuela, Costa Rica, solicita la inscripción

como marca de fábrica y comercio en clase 32. Internacional, para proteger y distinguir lo siguiente: Bebidas carbonatadas. Fecha: 16 de febrero de 2022. Presentada el 08 de febrero de 2022. San José. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. 16 de febrero de 2022. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley N° 7978. Esta solicitud se rige por el art. 28 de la Ley de Marcas Comerciales y Otros Signos Distintivos que indica “Cuando la marca consista en una etiqueta y otro signo compuesto por un conjunto de elementos, la protección no se extenderá a los elementos contenidos en ella que sean de uso común o necesario en el comercio”.—Rina Ruiz Mata, Registradora.—( IN2022633329 ).

Solicitud Nº 2022-0001238.—María De La Cruz Villanea Villegas, casada dos veces, cédula de identidad 109840695, en calidad de Apoderada Especial de Mexarrend S.A.P.I. DE C.V. con domicilio en Calle Sierra Gorda 42 Piso 6 Col. Lomas De Chapultepec VIII Sección, Miguel Hidalgo, Ciudad de México C.P 11000, México, solicita la inscripción

como Marca de Servicios en clase(s): 42. Internacional(es). Para proteger y distinguir lo siguiente: en clase 42: actualización de software; almacenamiento electrónico de datos; alojamiento de sitios informáticos [sitios web]; servicios de autenticación de usuarios mediante la tecnología de inicio de sesión único para aplicaciones de software en línea; servicios de autenticación de usuarios por vía tecnológica para transacciones de comercio electrónico; servicios informáticos en la nube / a servicios de computación en la nube; mantenimiento de software; plataforma como servicio IIP[PaaS]; software como servicio [SaaS]; vigilancia electrónica de operaciones por tarjeta de crédito para la detección de fraudes por Internet; acceso (servicios de-) a un software en línea; aplicaciones informáticas (servicios de-); configuración de software, proveer el uso temporal en línea de software no descargable para permitir que los usuarios puedan tener acceso a diversos programas; provisión de servicios tecnológicos de autenticación, verificación e identificación personal de información biométrica en línea; servicios de aplicaciones de software; servicios tecnológicos de autenticación e identificación de personas para la realización de transacciones financieras y pagos de cualquier tipo. Los servicios anteriores, en relación con servicios financieros. Fecha: 22 de febrero de 2022. Presentada el: 10 de febrero de 2022. San José: Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. 22 de febrero de 2022. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978. Esta solicitud se rige por el art. 28 de la Ley de Marcas Comerciales y Otros Signos Distintivos que indica “Cuando la marca consista en una etiqueta y otro signo compuesto por un conjunto de elementos, la protección no se extenderá a los elementos contenidos en ella que sean de uso común o necesario en el comercio”.—Katherine Jiménez Tenorio, Registradora.—( IN2022633330 ).

Solicitud Nº 2022-0001240.—María de La Cruz Villanea Villegas, casada dos veces, cédula de identidad N° 109840695, en calidad de apoderado especial de Mexarrend S.A.P.I. de C.V., con domicilio en: calle Sierra Gorda 42 piso 6 Col. Lomas de Chapultepec VIII Sección, Miguel Hidalgo, Ciudad de Mexico C.P 11000, México, solicita la inscripción

como marca de servicios en clase 9 internacional, para proteger y distinguir lo siguiente: aplicaciones informáticas descargables; interfaces [informática]; monitores [programas informáticos]; plataformas de software, grabado o descargable; programas de sistemas operativos informáticos grabados; programas informáticos descargables; programas informáticos grabados; publicaciones electrónicas descargables; software [programas grabados]; tarjetas magnéticas codificadas; tarjetas de crédito codificadas; tarjetas de crédito magnéticas. Los productos a anteriores en relación con servicios financieros. Fecha: 22 de febrero de 2022. Presentada el: 10 de febrero de 2022. San José. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. 22 de febrero de 2022. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978. Esta solicitud se rige por el art. 28 de la Ley de Marcas Comerciales y Otros Signos Distintivos que indica “Cuando la marca consista en una etiqueta y otro signo compuesto por un conjunto de elementos, la protección no se extenderá a los elementos contenidos en ella que sean de uso común o necesario en el comercio”.—Katherine Jiménez Tenorio, Registrador(a).—( IN2022633331 ).

Solicitud Nº 2022-0001239.—María de La Cruz Villanea Villegas, casada dos veces, cédula de identidad N° 109840695, en calidad de apoderada especial de Mexarrend S.A.P.I. de C.V., con domicilio en Calle Sierra Gorda 42 piso 6 Col. Lomas de Chapultepec VIII Sección, Miguel Hidalgo, Ciudad de México C.P 11000, México, solicita la inscripción

como marca de servicios en clase: 36. Internacional. Para proteger y distinguir lo siguiente: Servicios de agencias de cobro de deudas; servicios de agencias de crédito; análisis financiero; asesoramiento sobre deudas; servicios bancarios; servicios bancarios en línea; consultoría financiera; evaluación financiera [seguros, bancos, bienes inmuebles]; servicios fiduciarios; servicios de financiación; gestión financiera; inversión de fondos; préstamos [financiación]; préstamos a plazos / pagos en cuotas; préstamos con garantía; préstamos prendarios / préstamos pignoraticios; procesamiento de pagos por tarjeta de débito; transferencia electrónica de fondos; crédito (servicios de -) a través de compañías financieras individuales; crédito (provisión de -) a través de tarjetas; financiamiento de becas; prestamistas (servicios de -). Fecha: 22 de febrero de 2022. Presentada el 10 de febrero de 2022. San José. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. 22 de febrero de 2022. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley N° 7978. Esta solicitud se rige por el art. 28 de la Ley de Marcas Comerciales y Otros Signos Distintivos que indica “Cuando la marca consista en una etiqueta y otro signo compuesto por un conjunto de elementos, la protección no se extenderá a los elementos contenidos en ella que sean de uso común o necesario en el comercio”.—Katherine Jiménez Tenorio, Registradora.—( IN2022633332 ).

Solicitud N° 2022-0001522.—María de La Cruz Villanea Villegas, casada dos veces, cédula de identidad N° 109840695, en calidad de apoderada especial de Farmina Pet Foods Brasil Ltda, con domicilio en Rua Armelina Pereira de Souza, 479-Bragança Paulista/SP - BRAZIL-12915542., Brasil, solicita la inscripción de:

como marca de fábrica y comercio en clase: 31. Internacional. Para proteger y distinguir lo siguiente: Alimentos para animales. Fecha: 25 de febrero de 2022. Presentada el 21 de febrero de 2022. San José. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. 25 de febrero de 2022. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley N° 7978. Esta solicitud se rige por el art. 28 de la Ley de Marcas Comerciales y Otros Signos Distintivos que indica “Cuando la marca consista en una etiqueta y otro signo compuesto por un conjunto de elementos, la protección no se extenderá a los elementos contenidos en ella que sean de uso común o necesario en el comercio”.—Rina Ruiz Mata, Registradora.—( IN2022633333 ).

Solicitud Nº 2021-0011154.—María de La Cruz Villanea Villegas, casada dos veces, cédula de identidad N° 109840695, en calidad de gestor oficioso de Its Tecnologies & Logistics LLC, con domicilio en: Suite 115 8205 S. Cass Avenue Darien, Illinois 60561 United States, Estados Unidos de América, solicita la inscripción de: SITE VISIBILITY, POWERED BY Al, como marca de fábrica y servicios en clases: 9 y 42 internacionales, para proteger y distinguir lo siguiente: en clase 9: un sistema de puerta electrónica para uso en instalaciones de carga que incluye cámara y sensores para identificar camiones y daños a los contenedores y chasis; software descargable para el seguimiento de los camiones y los daños a los contenedores y chasis en las instalaciones de carga y en clase 42: provisión de un software en línea no descargable para el seguimiento de los camiones y los daños en los contenedores y chasis en las instalaciones de carga. Prioridad: se otorga prioridad N° 90/772.752 de fecha 14/06/2021 de Estados Unidos de América. Fecha: 15 de febrero de 2022. Presentada el: 08 de diciembre de 2021. San José. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. 15 de febrero de 2022. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978. Esta solicitud se rige por el art. 28 de la Ley de Marcas Comerciales y Otros Signos Distintivos que indica “Cuando la marca consista en una etiqueta y otro signo compuesto por un conjunto de elementos, la protección no se extenderá a los elementos contenidos en ella que sean de uso común o necesario en el comercio”.—Pablo Andrés Sancho Calvo, Registrador.—( IN2022633334 ).

Solicitud Nº 2021-0011153.—María de La Cruz Villanea Villegas, casada dos veces, cédula de identidad N° 109840695, en calidad de apoderada especial de ITS Technologies & Logistics, LLC con domicilio en Suite 115 8205 S. Cass Avenue Darien, Illinois 60561 United States, Estados Unidos de América, solicita la inscripción de: SIGHT.IO como marca de fábrica y servicios en clases 9 y 42 internacionales. Para proteger y distinguir lo siguiente: en clase 9: Un sistema de puerta electrónica para uso en instalaciones de carga que incluye cámaras y sensores para identificar camiones y daños a los contenedores y chasis; software descargable para el seguimiento de los camiones y los daños a los contenedores y chasis en las instalaciones de carga.; en clase 42: Provisión de un software en línea no descargable para el seguimiento de los camiones y los daños en los contenedores y chasis en las instalaciones de carga. Prioridad: Se otorga prioridad N° 90/772.810 de fecha 14/06/2021 de Estados Unidos de América. Fecha: 15 de febrero de 2022. Presentada el: 8 de diciembre de 2021. San José. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. 15 de febrero de 2022. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978. Esta solicitud se rige por el art. 28 de la Ley de Marcas Comerciales y Otros Signos Distintivos que indica “Cuando la marca consista en una etiqueta y otro signo compuesto por un conjunto de elementos, la protección no se extenderá a los elementos contenidos en ella que sean de uso común o necesario en el comercio”.—Pablo Andrés Sancho Calvo, Registrador.—( IN2022633335 ).

Solicitud Nº 2019-0007907.—María de La Cruz Villanea Villegas, casada, cédula de identidad 109840695, en calidad de apoderada especial de Centroamérica Brands LLC con domicilio en 1925 Lovering Avenue, City of Wilmington, County of New Castle, Delaware 19806, Estados Unidos de América, solicita la inscripción de: DYXAND, como marca de fábrica y comercio en clase 5 internacional, para proteger y distinguir lo siguiente: productos farmacéuticos, preparaciones para uso médico y veterinario; productos higiénicos y sanitarios para uso médico; alimentos y sustancias dietéticas para uso médico o veterinario, alimentos para bebés; suplementos alimenticios para personas o animales; emplastos, material para apósitos; material para empastes e improntas dentales; desinfectantes; productos para eliminar animales dañinos; fungicidas, herbicidas. Fecha: 17 de febrero de 2022. Presentada el: 27 de agosto de 2019. San José. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. 17 de febrero de 2022. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978. Esta solicitud se rige por el art. 28 de la Ley de Marcas Comerciales y Otros Signos Distintivos que indica “Cuando la marca consista en una etiqueta y otro signo compuesto por un conjunto de elementos, la protección no se extenderá a los elementos contenidos en ella que sean de uso común o necesario en el comercio.”.—Sabrina Loáiciga Pérez, Registradora.—( IN2022633336 ).

Solicitud Nº 2021-0009556.—María De La Cruz Villanea Villegas, casada dos veces, cédula de identidad 109840695, en calidad de Apoderada Especial de Cooperativa de Productores de Leche Dos Pinos R.L, Cédula jurídica 3004045002 con domicilio en del Aeropuerto 7 kilómetros al oeste, Alajuela, Costa Rica, solicita la inscripción de: LECHERA COMPLETA como Marca de Fábrica y Comercio en clase(s): 31. Internacional(es). Para proteger y distinguir lo siguiente: en clase 31: Alimentos balanceados de bovinos y otras especies a base de leche. Fecha: 28 de febrero de 2022. Presentada el: 20 de octubre de 2021. San José: Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. 28 de febrero de 2022. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978. Esta solicitud se rige por el art. 28 de la Ley de Marcas Comerciales y Otros Signos Distintivos que indica “Cuando la marca consista en una etiqueta y otro signo compuesto por un conjunto de elementos, la protección no se extenderá a los elementos contenidos en ella que sean de uso común o necesario en el comercio.”.—Sabrina Loaiciga Pérez, Registradora.—( IN2022633338 ).

Solicitud Nº 2021-0009551.—María de La Cruz Villanea Villegas, casada dos veces, cédula de identidad109840695, en calidad de apoderada especial de Cooperativa de Productores de Leche Dos Pinos R. L., cédula jurídica N° 4000045002 con domicilio en Alajuela, del aeropuerto 7 kilómetros al oeste, Alajuela, Costa Rica, solicita la inscripción de: LECHERA NNP como marca de fábrica y comercio en clase 31 internacional, para proteger y distinguir lo siguiente: en clase 31: Alimentos balanceados de bovinos y otras especies a base de leche. Fecha: 28 de febrero de 2022. Presentada el: 20 de octubre de 2021. San José. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. 28 de febrero de 2022. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978. Esta solicitud se rige por el art. 28 de la Ley de Marcas Comerciales y Otros Signos Distintivos que indica “Cuando la marca consista en una etiqueta y otro signo compuesto por un conjunto de elementos, la protección no se extenderá a los elementos contenidos en ella que sean de uso común o necesario en el comercio.”.—Sabrina Loáiciga Pérez, Registradora.—( IN2022633339 ).

Solicitud Nº 2022-0001795.—María de La Cruz Villanea Villegas, casada, cédula de identidad N° 109840695, en calidad de apoderada especial de Carlos Fuentes Molina, casado una vez, cédula de identidad N° 132416869, con domicilio en Pedro de Villagra 2891, Vitacura Santiago Chile, Costa Rica, solicita la inscripción de: TERMAS BOTÁNICAS como marca de servicios en clases: 43 y 44. Internacionales. Para proteger y distinguir lo siguiente: en clase 43: Servicios de restaurante; servicios de alojamiento en hoteles; servicios hoteleros; en clase 44: Servicios de SPA; Salones de belleza; Servicios de estaciones termales; Servicios de termas con fines terapéuticos o de belleza e higiene para personas. Fecha: 07 de marzo de 2022. Presentada el 28 de febrero de 2022. San José. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. 07 de marzo de 2022. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley N° 7978. Esta solicitud se rige por el art. 28 41 de la Ley de Marcas Comerciales y Otros Signos Distintivos que indica “Cuando la marca consista en una etiqueta y otro signo compuesto por un conjunto de elementos, la protección no se extenderá a los elementos contenidos en ella que sean de uso común o necesario en el comercio”.—Katherine Jiménez Tenorio, Registradora.—( IN2022633340 ).

Solicitud N° 2022-0001090.—Johnny Alberto Vargas Carranza, divorciado, cédula de identidad N° 203820498, en calidad de apoderado especial de Audycon, Auditores y Consultores Legales de Costa Rica S. A., cédula jurídica N° 3101575258, con domicilio en Curridabat, de la casa de Pepe Figueres, 400 metros norte, 100 este y 100 sur, San José, Costa Rica, solicita la inscripción de:

como marca de servicios en clase: 45 internacional, para proteger y distinguir lo siguiente: servicios de asesoría, consultoría y capacitación en materia legales y notarial prestados por juristas, asistentes jurídicos y abogados asesores, a personas, grupos de personas, organizaciones o empresas, en las siguientes áreas legales laboral, corporativo, empresarial, notarial, comercial y civil. Fecha: 21 de marzo de 2022. Presentada el 8 de febrero de 2022. San José: Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. 21 de marzo de 2022. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978. Esta solicitud se rige por el art. 28 de la Ley de Marcas Comerciales y Otros Signos Distintivos que indica “Cuando la marca consista en una etiqueta y otro signo compuesto por un conjunto de elementos, la protección no se extenderá a los elementos contenidos en ella que sean de uso común o necesario en el comercio”.—Adriana Bolaños Guido, Registradora.—( IN2022633356 ).

Solicitud Nº 2022-0001597.—Guillermo Rodríguez Zúñiga, soltero, cédula de identidad 113310636, en calidad de apoderado especial de Core Regulatorio, Sociedad Anónima, cédula jurídica 3101806007 con domicilio en Santa Ana Centro, avenida cero calle uno, centro Corporativo Jorge Volio J, Oficinas del Bufete Hulbert Volio Montero, San José, Costa Rica, solicita la inscripción

como marca de fábrica y comercio en clases: 35; 36; 38; 39; 40 y 42. Internacionales. Para proteger y distinguir lo siguiente: en clase 35: Servicios de asistencia, dirección, asesoría y administración de empresas y negocios; servicios de contabilidad; servicios de análisis e información empresarial y valoración de mercados; servicios de asesoría sobre gestión de riesgos en los negocios; servicios de información y asesoría económica para los negocios; servicios de estadística.; en clase 36: Servicios financieros; consultoría financiera; asesoría e información en materia financiera; planificación financiera; servicios de valoración (peritajes); servicios de investigaciones económicas y financieras; Consultoría de gestión de riesgos financieros; Servicios de consultoría financiera relacionados con inversiones en infraestructura.; en clase 38: Consultoría en telecomunicaciones; Servicios de consultoría, información y asesoramiento en el campo de las telecomunicaciones.; en clase 39: Servicios de consultoría en distribución de electricidad; Servicios de asesoramiento y consultoría profesional relacionados con el transporte.; en clase 40: Consultoría en generación de energía eléctrica.; en clase 42: Servicios de ingeniería investigación, consultoría y diseños de ingeniería; peritajes de ingeniería; servicios de pruebas, autenticaciones y control de calidad, propiamente comprobación, análisis y pruebas de aparatos; Consultoría técnica relacionada con las obras públicas.; Clase 42: Servicios científicos y tecnológicos; servicios de ingeniería investigación, consultoría y diseños de ingeniería; peritajes de ingeniería; servicios de pruebas, autenticaciones y control de calidad, propiamente comprobación, análisis y pruebas de aparatos; Consultoría técnica relacionada con las obras públicas. Fecha: 24 de febrero de 2022. Presentada el: 8 de febrero de 2022. San José: Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. 24 de febrero de 2022. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978. Esta solicitud se rige por el art. 28 de la Ley de Marcas Comerciales y Otros Signos Distintivos que indica “Cuando la marca consista en una etiqueta y otro signo compuesto por un conjunto de elementos, la protección no se extenderá a los elementos contenidos en ella que sean de uso común o necesario en el comercio”.—Wendy López Vindas, Registradora.—( IN2022633396 ).

Solicitud N° 2021-0008767.—Keylor Arguedas Arias, divorciado una vez, cédula de identidad N° 109560449, en calidad de apoderado generalísimo de 3-101-504305 S. A., cédula jurídica N° 3101504305, con domicilio en Santa Ana, de la Iglesia Católica 1 km al norte, 200 mts oeste y 100 norte, San José, Costa Rica, solicita la inscripción

como marca de fábrica y comercio en clase: 30. Internacional. Para proteger y distinguir lo siguiente: en clase 30: Café y sucedáneos del café. Fecha: 17 de diciembre de 2021. Presentada el: 28 de septiembre de 2021. San José: Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. 17 de diciembre de 2021. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley N° 7978. Esta solicitud se rige por el art. 28 de la Ley de Marcas Comerciales y Otros Signos Distintivos que indica “Cuando la marca consista en una etiqueta y otro signo compuesto por un conjunto de elementos, la protección no se extenderá a los elementos contenidos en ella que sean de uso común o necesario en el comercio”.—Jamie Phillips Guardado, Registradora.—( IN2022633421 ).

Solicitud Nº 2021-0010550.—Eric Eugenio Hernández Trejos, soltero, cédula de identidad N° 702090754, con domicilio en Santo Domingo, Residencial Cristina Casa Nº20, 300 mts sur de La Cruz Roja de Santo Domingo, Heredia, Costa Rica, solicita la inscripción

como marca de fábrica y comercio en clase 29. Internacional. Para proteger y distinguir lo siguiente: Chips de plátano verde y maduro. Fecha: 07 de diciembre de 2021. Presentada el 18 de noviembre de 2021. San José. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. 07 de diciembre de 2021. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley N° 7978. Esta solicitud se rige por el art. 28 de la Ley de Marcas Comerciales y Otros Signos Distintivos que indica “Cuando la marca consista en una etiqueta y otro signo compuesto por un conjunto de elementos, la protección no se extenderá a los elementos contenidos en ella que sean de uso común o necesario en el comercio”.—Rina Ruiz Mata, Registradora.—( IN2022633456 ).

Solicitud Nº 2022-0002281.—Lothar Arturo Volio Volkmer, casado una vez, cédula de identidad N° 109520932, en calidad de apoderado especial de Industria La Popular Sociedad Anónima, con domicilio en Vía Tres Cinco guión Cuarenta y Dos de la Zona Cuatro de la Ciudad de Guatemala, Guatemala, solicita la inscripción

como marca de comercio en clase: 3. Internacional. Para proteger y distinguir lo siguiente: Detergentes y jabones para el lavado de la ropa y/o uso doméstico, en forma líquida o sólida; suavizantes para la ropa; preparaciones para el cuidado y lavado de la ropa; jabones en general. Fecha: 18 de marzo de 2022. Presentada el 14 de marzo de 2022. San José. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. 18 de marzo de 2022. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley N° 7978. Esta solicitud se rige por el art. 28 de la Ley de Marcas Comerciales y Otros Signos Distintivos que indica “Cuando la marca consista en una etiqueta y otro signo compuesto por un conjunto de elementos, la protección no se extenderá a los elementos contenidos en ella que sean de uso común o necesario en el comercio”.—Rina Ruiz Mata, Registradora.—( IN2022633494 ).

Solicitud Nº 2022-0002377.—Lothar Arturo Volio Volkmer, casado una vez, cédula de identidad 109520932, en calidad de apoderado especial de Industria La Popular Sociedad Anónima, con domicilio en Vía Tres Cinco guión Cuarenta y Dos de la Zona Cuatro de la Ciudad de Guatemala, Guatemala, solicita la inscripción:

como marca de comercio en clase(s): 5 internacional(es), para proteger y distinguir lo siguiente: en clase 5: Jabones desinfectantes y/o antibacteriales; productos desinfectantes y/o antibacteriales para el lavado y cuidado de la ropa; desinfectantes; productos para higiene personal que no sean de tocador. Fecha: 18 de marzo del 2022. Presentada el: 16 de marzo del 2022. San José: Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. 18 de marzo del 2022. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978. Esta solicitud se rige por el art. 28 de la Ley de Marcas Comerciales y Otros Signos Distintivos que indica “Cuando la marca consista en una etiqueta y otro signo compuesto por un conjunto de elementos, la protección no se extenderá a los elementos contenidos en ella que sean de uso común o necesario en el comercio”.—Randall Abarca Aguilar, Registrador.—( IN2022633501 ).

Solicitud Nº 2022-0002148.—Ingrid Monserrat López Montero, casada una vez, cédula de identidad 108560941 con domicilio en San Juan, San Ramón, 100 metros al este del Hogar de Ancianos, Alajuela, Costa Rica, solicita la inscripción:

como marca de fábrica y comercio en clase: 30 internacional, para proteger y distinguir lo siguiente: en clase 30: Productos de pastelería y confitería de origen vegetal preparados para su consumo. Fecha: 17 de marzo del 2022. Presentada el: 9 de marzo del 2022. San José: Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. 17 de marzo del 2022. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978. Esta solicitud se rige por el art. 28 de la Ley de Marcas Comerciales y Otros Signos Distintivos que indica “Cuando la marca consista en una etiqueta y otro signo compuesto por un conjunto de elementos, la protección no se extenderá a los elementos contenidos en ella que sean de uso común o necesario en el comercio”.—Walter Alfaro González, Registrador.—( IN2022633515 ).

Solicitud Nº 2022-0002426.—Nelson Enrique Corrales Araya, soltero, cédula de identidad N° 304190883, con domicilio en Paraíso Cachí 2 kilómetros al este de la plaza de deportes, Cartago, Costa Rica, solicita la inscripción

como marca de comercio en clase: 30. Internacional. Para proteger y distinguir lo siguiente: en clase 30: Café grano entero y molido. Fecha: 22 de marzo de 2022. Presentada el: 17 de marzo de 2022. San José. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. 22 de marzo de 2022. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978. Esta solicitud se rige por el art. 28 de la Ley de Marcas Comerciales y Otros Signos Distintivos que indica “Cuando la marca consista en una etiqueta y otro signo compuesto por un conjunto de elementos, la protección no se extenderá a los elementos contenidos en ella que sean de uso común o necesario en el comercio”.—Randall Abarca Aguilar, Registrador.—( IN2022633531 ).

Solicitud Nº 2021-0011241.—Manrique José Durán Vásquez, soltero, cédula de identidad N° 207710216, con domicilio en: costado oeste de la plaza de deportes de San Mateo, 20401, San Mateo, Alajuela, Costa Rica, solicita la inscripción

como marca de comercio y servicios en clases: 29, 30, 32, 33, 35 y 43 internacionales, para proteger y distinguir lo siguiente: en clase 29: carne, pescado, carne de ave y carne de caza; extractos de carne; frutas y verduras, hortalizas y legumbres en conserva, congeladas, secas y cocidas; jaleas, confituras, compotas; huevos; leche, quesos, mantequilla, yogur y otros productos lácteos; aceites y grasas para uso alimenticio; en clase 30: café, té, cacao y sucedáneos del café; arroz, pastas alimenticias y fideos; tapioca y sagú; harinas y preparaciones a base de cereales; pan, productos de pastelería y confitería; chocolate; helados cremosos, sorbetes y otros helados; azúcar, miel, jarabe de melaza; levadura, polvos de hornear; sal, productos para sazonar, especias, hierbas en conserva; vinagre, salsas y otros condimentos; hielo; en clase 32: cervezas; bebidas sin alcohol; aguas minerales; bebidas a base de frutas y zumos de frutas; siropes y otras preparaciones sin alcohol para elaborar bebidas; en clase 33: bebidas alcohólicas, excepto cervezas; preparaciones alcohólicas para elaborar bebidas; Cócteles; en clase 35: servicios de venta de todo tipo de productos comestibles, pan, repostería (dulce y salada), carnes, aves, pescados y mariscos, frutas, vegetales, productos enlatados y en conserva; víveres, bebidas alcohólicas, bebidas no alcohólicas, licores, vinos, toda clase de abarrotes y productos alimenticios en general, ya sean elaborados o no; en clase 43: servicios de restaurantes incluyendo los servicios de venta de todo tipo de productos comestibles, pan, repostería (dulce y salada), carnes, aves, pescados y mariscos, frutas, vegetales, productos enlatados y en conserva; víveres, bebidas alcohólicas, bebidas no alcohólicas, licores, vinos, toda clase de abarrotes y productos alimenticios en general, ya sean elaborados o no. Fecha: 18 de marzo de 2022. Presentada el: 13 de diciembre de 2021. San José. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. 18 de marzo de 2022. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978. Esta solicitud se rige por el art. 28 de la Ley de Marcas Comerciales y Otros Signos Distintivos que indica “Cuando la marca consista en una etiqueta y otro signo compuesto por un conjunto de elementos, la protección no se extenderá a los elementos contenidos en ella que sean de uso común o necesario en el comercio”.—Katherine Jiménez Tenorio, Registradora.—( IN2022633553 ).

Solicitud Nº 2022-0000870.—Francisco Javier Calvo Bonilla, casado dos veces, cédula de identidad N° 106370479, con domicilio en: Los Ángeles de San Rafael de Heredia, 1024, calle Monjas, Costa Rica, solicita la inscripción

como marca de comercio y servicios en clases: 9, 35, 38 y 41 internacionales. Para proteger y distinguir lo siguiente: en clase 9: discos compactos (Cds); archivos de imagen descargables; discos compactos (Audio/Video); publicaciones electrónicas descargables; videocintas; infografías descargables; historietas descargables; materiales educativos descargables; contenidos digitales descargables; libros digitales; libros electrónicos descargables; periódicos electrónicos descargables; charlas descargables; en clase 35: comercialización y venta de libros impresos; revistas; audiolibros; e books o libros electrónicos; charlas en formato electrónico tipo (Webinar); videos o streaming relacionados con los ejes temáticos de los libros a comercializar; talleres de lectura on line; organización de exposiciones o ferias de libros relacionados a la marca. Juegos de mesa; juegos educativos; rompecabezas; puzles; tableros; ajedrez; modelos a escala; bloques de armar; en clase 38: servicio de acceso a plataformas de información en internet relacionados con los ejes temáticos del negocio y en clase 41: exposiciones con fines culturales y educativos relacionados con el giro del negocio; suministro de publicaciones electrónicas en línea no descargables. Reservas: reservar colores de diseño. Fecha: 15 de marzo de 2022. Presentada el 01 de febrero de 2022. San José. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. 15 de marzo de 2022. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley N° 7978. Esta solicitud se rige por el art. 28 de la Ley de Marcas Comerciales y Otros Signos Distintivos que indica “Cuando la marca consista en una etiqueta y otro signo compuesto por un conjunto de elementos, la protección no se extenderá a los elementos contenidos en ella que sean de uso común o necesario en el comercio”.—Alex Villegas Méndez, Registradora.—( IN2022633580 ).

Marcas de Ganado

Solicitud N° 2021-3094.—Ref.: 35/2021/6414.—Delroy Edward Notice Notice, cédula de identidad N° 700330577, solicita la inscripción de:

D   I

3

como marca de ganado, que usará preferentemente en Limón, Talamanca, Sixaola, Veredas de San Miguel, quinientos sureste y dos kilómetros al noroeste de la Escuela de San Miguel de Veredas, sobre fin de calle pública. Presentada el 22 de noviembre del 2021. Según el expediente N° 2021-3094. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los 10 días hábiles contados a partir de la publicación de este edicto.—Giovanna Mora Mesén, Registradora.—1 vez.—( IN2022633045 ).

Solicitud Nº 2022-574. Ref.: 35/2022/1198.—Marlon Eduardo Herrera González, cédula de identidad N° 603400076, solicita la inscripción de:

como marca de ganado, que usará preferentemente en Puntarenas, Parrita, Parrita, Barrio San Julián, frente a la escuela de la localidad. Presentada el 04 de marzo del 2022. Según el expediente Nº 2022-574. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los 10 días hábiles contados a partir de la publicación de este edicto.—Giovanna Mora Mesén - Registradores.—1 vez.—( IN2022633322 ).

Solicitud N° 2022-667.—Ref: 35/2022/1405.—Jairo Mora Segura, cédula de identidad 205320768, solicita la inscripción de:

como marca de ganado, que usará preferentemente en Alajuela, Upala, Yolillal, San Jorge, La Virgen, Finca El Burio. Presentada el 15 de marzo del 2022 Según el expediente N° 2022-667. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los 10 días hábiles contados a partir de la publicación de este edicto.—Giovanna Mora Mesen, Registradora.—1 vez.—( IN2022633349 ).

Solicitud Nº 2022-702. Ref.: 35/2022/1460.—Cinthia Lizbeth Meza Umaña, cédula de identidad N° 1-1093-0221, solicita la inscripción de:

como marca de ganado, que usará preferentemente en Puntarenas, Buenos Aires, Colinas, Mallal, contiguo a la escuela. Presentada el 17 de marzo del 2022. Según el expediente Nº 2022-702. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los 10 días hábiles contados a partir de la publicación de este edicto.—Karol Claudel Palma - Registradores.—1 vez.—( IN2022633399 ).

Solicitud N° 2022-668.—Ref: 35/2022/1393.—Angelica María Aguiluz Morales, cédula de identidad N° 1-1759-0186, solicita la inscripción de:

como marca de ganado, que usará preferentemente en Limón, Pococí, Guápiles, doce kilómetros norte de la Estación de Riteve. Presentada el 15 de marzo del 2022. Según el expediente N° 2022-668. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los 10 días hábiles contados a partir de la publicación de este edicto.—Karol Claudel Palma, Registradora.—1 vez.—( IN2022633403 ).

Solicitud N° 2022-676.—Ref: 35/2022/1411.—Freddy Osvaldo Chavarría García, cédula de identidad N° 2-0597-0203, solicita la inscripción de:

como marca de ganado, que usará preferentemente en Alajuela, Atenas, San José, San José Norte, un kilómetro al norte de los tanques de la ASADA. Presentada el 16 de marzo del 2022. Según el expediente N° 2022-676. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los 10 días hábiles contados a partir de la publicación de este edicto.—Karol Claudel Palma, Registradora.—1 vez.—( IN2022633465 ).

Solicitud N° 2022-513.—Ref: 35/2022/1272.—Mauricio Rojas Arguedas, cédula de identidad N° 1-0820-0229, solicita la inscripcion de:

como marca de ganado, que usará preferentemente en Cartago, Turrialba, Pavones, un kilómetro al sur y cincuenta metros al oeste de la Delegación Policial. Presentada el 28 de febrero del 2022. Según el expediente N° 2022-513. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los 10 días hábiles contados a partir de la publicación de este edicto.—Karol Claudel Palma, Registradora.—1 vez.—( IN2022633502 ).

Solicitud Nº 2022-636.—Ref: 35/2022/1338.—Rodrigo Segnini Aguilar, cédula de identidad N° 111160867, en calidad de apoderado generalísimo sin límite de suma de Producciones Agropecuarias Ramar Abangares Sociedad Anónima, cédula jurídica N° 3101686512, solicita la inscripción de:

como marca de ganado, que usará preferentemente en Guanacaste, Abangares, Colorado, 2 kilómetros al oeste del Restaurante El Vaquero. Presentada el 10 de marzo del 2022. Según el expediente Nº 2022-636. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los 10 días hábiles contados a partir de la publicación de este edicto.—Giovanna Mora Mesén, Registradores.—1 vez.—( IN2022633597 ).

Solicitud Nº 2022-560.—Ref: 35/2022/1440.—Juan Guillermo Rojas González, cédula de identidad N° 2-0581-0197, solicita la inscripción de:

como marca de ganado, que usará preferentemente en Alajuela, Los Chiles, El Amparo, Dos Aguas, frente a escuela pública. Presentada el 03 de marzo del 2022. Según el expediente Nº 2022-560. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los 10 días hábiles contados a partir de la publicación de este edicto.—Karol Claudel Palma, Registradores.—1 vez.—( IN2022633599 ).

Solicitud Nº 2022-634.—Ref: 35/2022/1311.—Steven Osvaldo González Mesén, cédula de identidad N° 4-0251-0185, solicita la inscripción de:

como marca de ganado, que usará preferentemente en Alajuela, Río Cuarto, Río Cuarto, Montelirio, 100 norte y 300 este del Monumento de AYA. Presentada el 10 de marzo del 2022. Según el expediente Nº 2022-634. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los 10 días hábiles contados a partir de la publicación de este edicto.—Karol Claudel Palma, Registradores.—1 vez.—( IN2022633600 ).

REGISTRO DE PERSONAS JURÍDICAS

Asociaciones Civiles

EDICTOS

El Registro de Personas Jurídicas, ha recibido para su inscripción el Estatuto de la entidad: Asociación Club de Leones de Villanueva de Aserrí, con domicilio en la provincia de: San José-Aserrí, cuyos fines principales, entre otros son los siguientes: Promover el fortalecimiento y ejecución de proyectos que faciliten el desarrollo sostenido de la cultura en el Barrio Villa Nueva de San Gabriel de Aserrí, procurar el rescate y desarrollo de las diversas manifestaciones culturales de la comunidad Barrio Villa Nueva de San Gabriel. Cuyo representante, será la presidenta: Candy Gabriela Castillo Jiménez, con las facultades que establece el estatuto. Por encontrarse dicha entidad dentro de las prescripciones establecidas en la Ley N° 218 del 08/08/1939, y sus reformas. Se emplaza por 15 días hábiles a partir de esta publicación a cualquier interesado para que formule reparos a la inscripción en trámite. Documento tomo: 2021, asiento: 395831.—Registro Nacional, 21 de marzo de 2022.—Licda. Yolanda Víquez Alvarado.—1 vez.—( IN2022633123 ).

El Registro de Personas Jurídicas, ha recibido para su inscripción la Reforma del estatuto de la persona jurídica cédula: 3-002-045630, denominación: Asociación Costarricense de Criadores de Ganado Jersey. Por cuanto dicha reforma cumple con lo exigido por la Ley Nº 218 del 08/08/1939, y sus reformas. Se emplaza por 15 días hábiles a partir de esta publicación a cualquier interesado para que formule reparos a la inscripción en trámite. Documento Tomo: 2022 Asiento: 156152.—Registro Nacional, 18 de marzo de 2022.—Licda. Yolanda Víquez Alvarado.—1 vez.—( IN2022633193 ).

El Registro de Personas Jurídicas, ha recibido para su inscripción el Estatuto de la entidad: Asociación de Emprendedores Acuícolas San Blanceños, con domicilio en la provincia de: Puntarenas, Puntarenas, cuyos fines principales, entre otros son los siguientes: Promover proyectos de empleos a la comunidad de san blas, gestionar el mejoramiento social, educativo, y productivo de sus miembros. Cuyo representante, será el presidente: Gerardo Francisco Enríquez Parra, con las facultades que establece el estatuto. Por encontrarse dicha entidad dentro de las prescripciones establecidas en la Ley Nº 218 del 08/08/1939, y sus reformas. Se emplaza por 15 días hábiles a partir de esta publicación a cualquier interesado para que formule reparos a la inscripción en trámite. Documento Tomo: 2021 Asiento: 622230.—Registro Nacional, 10 de enero de 2022.—Licda. Yolanda Víquez Alvarado.—1 vez.—( IN2022633198 ).

El Registro de Personas Jurídicas, ha recibido para su inscripción la Reforma del estatuto de la persona jurídica cédula: 3-002-438586, denominación: Asociacion Costa Rica Grameen. Por cuanto dicha reforma cumple con lo exigido por la Ley Nº 218 del 08/08/1939, y sus reformas. Se emplaza por 15 días hábiles a partir de esta publicación a cualquier interesado para que formule reparos a la inscripción en trámite. Documento tomo: 2022 asiento: 74122.—Registro Nacional, 18 de marzo de 2022.—Licda. Yolanda Víquez Alvarado.—1 vez.—( IN2022633316 ).

El Registro de Personas Jurídicas, ha recibido para su inscripción el Estatuto de la entidad: Asociación Ambiental Finca Cantaros, con domicilio en la provincia de: Puntarenas-Coto Brus, cuyos fines principales, entre otros son los siguientes: conectar, aprender, actuar, creando comunidad e inspirando acción a través de la educación ambiental. Fines no lucrativos, y para dedicarse a la educación ambiental, la reforestación y la investigación ambiental. Cuyo representante, será el presidente: Lilly Briggs, con las facultades que establece el estatuto. Por encontrarse dicha entidad dentro de las prescripciones establecidas en la Ley Nº 218 del 08/08/1939, y sus reformas. Se emplaza por 15 días hábiles a partir de esta publicación a cualquier interesado para que formule reparos a la inscripción en trámite. Documento: Tomo: 2022, Asiento: 43451.—Registro Nacional, 16 de marzo de 2022.—Licda. Yolanda Víquez Alvarado.—1 vez.—( IN2022633341 ).

El Registro de Personas Jurídicas, ha recibido para su inscripción el Estatuto de la entidad: Asociación Agrícola Progresista de La Tigra, con domicilio en la provincia de: Alajuela-San Carlos, cuyos fines principales, entre otros son los siguientes: Realizar programas de capacitación que ayuden a brindar oportunidades laborales a toda la comunidad. Promover estrategias para el desarrollo económico y social de la comunidad. Promover programas que promuevan la iniciativa empresarial en la comunidad para la generación de empleos a todos los sectores de la población. Cuyo representante, será el presidente: Michael Arnoldo Venegas Castillo, con las facultades que establece el estatuto. Por encontrarse dicha entidad dentro de las prescripciones establecidas en la Ley Nº 218 del 08/08/1939, y sus reformas. Se emplaza por 15 días hábiles a partir de esta publicación a cualquier interesado para que formule reparos a la inscripción en trámite. Documento Tomo: 2022. Asiento: 140367.—Registro Nacional, 18 de marzo de 2022.—Licda. Yolanda Víquez Alvarado.—1 vez.—( IN2022633342 ).

El Registro de Personas Jurídicas, ha recibido para su inscripción la Reforma del estatuto de la persona jurídica cédula N° 3-002-108966, denominación: Asociación Hogar de Ancianos de Coto Brus. Por cuanto dicha reforma cumple con lo exigido por la Ley Nº 218 del 08/08/1939, y sus reformas. Se emplaza por 15 días hábiles a partir de esta publicación a cualquier interesado para que formule reparos a la inscripción en trámite. Documento Tomo: 2022 Asiento: 66668.—Registro Nacional, 16 de febrero de 2022.—Licda. Yolanda Víquez Alvarado.—1 vez.—( IN2022633380 ).

El Registro de Personas Jurídicas, ha recibido para su inscripción la Reforma del estatuto de la persona jurídica cédula: 3-002-773727, denominación: Asociación Pro-Derechos de Consumidores Contribuyentes Asegurados Administrados Y Propietarios APRODECAP. Por cuanto dicha reforma cumple con lo exigido por la Ley Nº 218 del 08/08/1939, y sus reformas. Se emplaza por 15 días hábiles a partir de esta publicación a cualquier interesado para que formule reparos a la inscripción en trámite. Documento Tomo: 2021, Asiento: 539456 con adicional(es) Tomo: 2022, Asiento: 144153.—Registro Nacional, 07 de marzo de 2022.—Lic. Henry Jara Solís.—1 vez.—( IN2022633428 ).

El Registro de Personas Jurídicas, ha recibido para su inscripción el Estatuto de la entidad: Asociación Guacimeña de Emprendedurismo en Acción AGEA, con domicilio en la provincia de: Limón-Guácimo, cuyos fines principales, entre otros son los siguientes: dar un respaldo a los y las emprendedoras de la zona en sus proyectos de innovación. Contribuir con el desarrollo de planes de oportunidades de negocios en los emprendedurismo para así poder solventar la demanda que el comercio solicita. Buscar vías alternas de capacitaciones, donde se instruyan como ciudadanos activos para ofrecer mejores servicios. Apoyar a los socios agricultores de la zona fuera de ella en sus proyectos. Cuyo representante, será el presidente: Tatiana Ginnette Fernández Solís, con las facultades que establece el estatuto. Por encontrarse dicha entidad dentro de las prescripciones establecidas en la Ley Nº 218 del 08/08/1939, y sus reformas. Se emplaza por 15 días hábiles a partir de esta publicación a cualquier interesado para que formule reparos a la inscripción en trámite. Documento: Tomo: 2021, Asiento: 478318.—Registro Nacional, 16 de marzo de 2022.—Licda. Yolanda Víquez Alvarado.—1 vez.—( IN2022633583 ).

Patentes de Invención

PUBLICACIÓN DE SEGUNDA VEZ

La señora Fabiola Sáenz Quesada, cédula de identidad N° 109530774, en calidad de apoderada especial de L3vel LLC., solicita la Patente PCT denominada SISTEMA Y PROCEDIMIENTOS PARA DISEÑAR Y ALIMENTAR NODOS DE RED DE MALLA DE COMUNICACIÓN INALÁMBRICA. En el presente documento se describen sistemas y procedimientos relacionados con el diseño, la instalación y el despliegue de redes de malla de comunicaciones inalámbricas. En un aspecto, un nodo de comunicación inalámbrica puede ubicarse en un edificio para incluir uno o más montajes de antena, uno o más radios de comunicación inalámbrica montados en uno o más montajes de antena y una fuente de alimentación portátil acoplada a cada uno de los uno o más radios de comunicación inalámbrica a través de un cable respectivo, donde la fuente de alimentación portátil está configurada para proporcionar energía a cada uno de los uno o más radios de comunicación inalámbrica. En otro aspecto, un El nodo de comunicación inalámbrica ubicado en un edificio puede incluir una interfaz coaxial acoplada a una fuente de alimentación instalada en el edificio a través de un cable preexistente para una antena parabólica, donde la interfaz coaxial puede recibir energía de la fuente de alimentación a través del cable preexistente y suministrar la energía recibida a una o más radios de comunicación inalámbrica. La memoria descriptiva, reivindicaciones, resumen y diseños quedan depositados, la Clasificación Internacional de Patentes es: H04B 3/54, H04W 84/22 y H04W 88/00; cuyos inventores son Ross, Kevin (US) y Naim, Muhammad Ahsan (US). Prioridad: N° 62/875,391 del 17/07/2019 (US) y N° 62/879,295 del 26/07/2019 (US). Publicación Internacional: WO/2021/011862. La solicitud correspondiente lleva el número 2022-0000052, y fue presentada a las 11:23:47 del 07 de febrero de 2022. Cualquier interesado podrá oponerse dentro de los tres meses siguientes a la tercera publicación de este aviso. Publíquese tres días consecutivos en el diario oficial La Gaceta y una vez en un periódico de circulación nacional.—San José, 09 de marzo de 2022.—Oficina de Patentes.—Randall Piedra Fallas.—( IN2022632541 ).

El señor Simón Alfredo Valverde Gutiérrez, cédula de identidad 303760289 en calidad de apoderado especial de Solent Therapeutics, LLC, solicita la Patente PCT denominada DERIVADOS DE 1,1-DIÓXIDO DE 3-AMINO-4H-BENZO[E][1,2,4] tiadiazina COMO INHIBIDORES DE MRGX2. Se describen compuestos de la Fórmula 1, tautómeros de los mismos, y sales farmacéuticamente aceptables de los compuestos o tautómeros, en donde L, R1, R2, R3, R4 y R5 son definidos en la especificación. Esta descripción también se refiere a materiales y métodos para preparar compuestos de la Fórmula 1, a las composiciones farmacéuticas que las contienen, y a su uso para tratar enfermedades, trastornos o afecciones asociadas con MRGX2. La memoria descriptiva, reivindicaciones, resumen y diseños quedan depositados, la Clasificación Internacional de Patentes es: A61K 31/5415, A61P 19/02, C07D 285/32, C07D 417/04, C07D 417/12 y C07D 417/14; cuyos inventores son: Bigi, Simone (US); Chambers, Allison, L. (US); Gibson, Tony (US); Pickens, Jason (US); Swann, Steve (US); Vassar, Angie (US); Zhou, Feng (US); Kono, Mitsunori (JP); Seto, Masaki (JP); Shiokawa, Zenyu (JP). Prioridad: N° 62/840,344 del 29/04/2019 (US). Publicación Internacional: WO2020/223255. La solicitud correspondiente lleva el número 2021-0000544, y fue presentada a las 12:11:43 del 1 de noviembre de 2021. Cualquier interesado podrá oponerse dentro de los tres meses siguientes a la tercera publicación de este aviso. Publíquese tres días consecutivos en el Diario Oficial La Gaceta y una vez en un periódico de circulación nacional.—San José, 22 de febrero de 2022.— Oficina de Patentes.—Randall Piedra Fallas.—( IN2022632571 ).

La señora(ita) Fabiola Sáenz Quesada, cédula de identidad N° 109530774, en calidad de apoderado especial de L3vel LLC., solicita la Patente PCT denominada SISTEMAS Y PROCEDIMIENTOS PARA CONSTRUIR REDES DE MALLA DE COMUNICACIÓN INALÁMBRICA UTILIZANDO ESTRUCTURAS DE POSTES. En el presente documento se describen sistemas y procedimientos relacionados con redes de malla de comunicación inalámbrica. En un aspecto, los sistemas y procedimientos divulgados pueden involucrar (1) una red de fibra preexistente asociada con un área geográfica que incluye edificios, donde la red de fibra preexistente comprende enlaces de fibra preexistentes, (2) un primer enlace de fibra que se empalma en uno determinado de los enlaces de fibra preexistentes acoplados a la red de fibra preexistente en una ubicación determinada que se identificó como conveniente para extender la red de fibra preexistente, (3) un segundo enlace de fibra que se despliega entre la ubicación determinada y un edificio determinado que está más cerca a la ubicación determinada, donde el edificio determinado está configurado para servir como un nodo semilla de una red de malla de comunicación inalámbrica que tiene conectividad de red de retorno a través de la red de fibra preexistente, y (4) uno o más enlaces de comunicación punto a punto o punto a multipunto que se originan en el nodo semilla. La memoria descriptiva, reivindicaciones, resumen y diseños quedan depositados, la Clasificación Internacional de Patentes es: H04B 3/54, H04W 84/22, H04W 88/06 y H04W 88/10; cuyos inventores son: Ross, Kevin (US) y Naim, Muhammad Ahsan (US). Prioridad: N° 62/828,336 del 02/04/2019 (US). Publicación Internacional: WO/2020/206104. La solicitud correspondiente lleva el número 2021-0000529, y fue presentada a las 11:40:01 del 21 de octubre de 2021. Cualquier interesado podrá oponerse dentro de los tres meses siguientes a la tercera publicación de este aviso. Publíquese tres días consecutivos en el diario oficial La Gaceta y una vez en un periódico de circulación nacional.—San José, 9 de marzo de 2022.—Oficina de Patentes.—Randall Piedra Fallas.—( IN2022632722 ).

La señora(ita) Fabiola Saénz Quesada, cédula de identidad N° 109530774, en calidad de apoderada especial de Bard, Markus, solicita la Modelo Utilidad PCT denominada PANEL DE MATERIAL. El panel de material consiste en una capa intermedia (1) hecha de hebras de bambú (2) y dos capas finas (3, 4) en ambos lados de hojuelas o astillas de bambú pegadas, así como de capas de cobertura (5, 6) en ambos lados. La memoria descriptiva, reivindicaciones, resumen y diseños quedan depositados, la Clasificación Internacional de Patentes es: B32B 3/18, B32B 5/16 y 632B 9/02; cuyo inventor es Bard, Markus (CH). Prioridad: N° 00553/19 del 25/04/2019 (CH). Publicación Internacional: WO/2020/216871. La solicitud correspondiente lleva el número 2021-0000553, y fue presentada a las 12:46:55 del 04 de noviembre de 2021. Cualquier interesado podrá oponerse dentro de los tres meses siguientes a la tercera publicación de este aviso. San José, 25 de febrero de 2022. Publíquese tres días consecutivos en el Diario Oficial La Gaceta y una vez en un periódico de circulación nacional.—Oficina de Patentes.—Hellen Marín Cabrera.—( IN2022632724 ).

El(la) señor(a)(ita) Marco Antonio Jiménez Carmiol, Cédula de identidad 102990846, en calidad de Apoderado Especial de Edwards Lifesciences Corporation, solicita la Patente PCT denominada DISPOSITIVOS DE SELLADO DE VÁLVULAS CARDÍACAS, DISPOSITIVOS DE ENTREGA PARA LOS MISMOS Y DISPOSITIVOS DE RECUPERACIÓN. Un método y sistema para implantar y reposicionar un dispositivo implantable para una válvula nativa del corazón de un paciente incluye un catéter de entrega, un collar, un acopiador y un elemento de actuación. El elemento de actuación se extiende a través del catéter de entrega y se une al dispositivo para abrir el dispositivo. El collar está conectado al dispositivo y el acopiador está conectado al catéter de entrega. El collarín y el acopiador se unen mediante una o más ataduras de acoplamiento que se pueden usar para volver a enganchar el dispositivo después de un despliegue inicial. La memoria descriptiva, reivindicaciones, resumen y diseños quedan depositados, la Clasificación Internacional de Patentes es: A61F 2/24; cuyo(s) inventor(es) es(son) Metchik, Asher L. (US); Nguyen, Tam Van (US); Kwon, Rhayoung (US); Tyler, Gregory Scott, II (US); Freschauf, Lauren, R. (US); Stearns, Grant, Matthew (US); Dixon, Eric, Robert (US); Gohres, Rachel Ann (US); Montoya, Daniel, James (US); Oberwise, Eric, Michael (US) y Ford, Steven, M. (US). Prioridad: N° 62/850,458 del 20/05/2019 (US). Publicación Internacional: WO/2020/236735. La solicitud correspondiente lleva el número 2021-0000574, y fue presentada a las 11:21:53 del 16 de noviembre de 2021. Cualquier interesado podrá oponerse dentro de los tres meses siguientes a la tercera publicación de este aviso. San José, 10 de febrero de 2022. Publíquese tres días consecutivos en el Diario Oficial La Gaceta y una vez en un periódico de circulación nacional.—Oficina de Patentes.—Daniel Marenco Bolaños.—( IN2022632758 ).

El señor Marco Antonio Jiménez Carmiol, cédula de identidad 102990846, en calidad de apoderado especial de Edwards Lifesciences Corporation, solicita la Patente PCT denominada DISPOSITIVOS DE SELLADO DE VÁLVULAS CARDÍACAS Y DISPOSITIVOS DE SUMINISTRO PARA LOS MISMOS. Se describen los dispositivos y sistemas de reparación de válvulas, configurados para detectar la inserción correcta de la valva de la válvula. El dispositivo de reparación de la válvula puede tener un indicador que se mueve, se posiciona o cambia de otro modo en respuesta al acoplamiento con la valva de la válvula. Cuando el indicador indica que la valva de la válvula está colocada correctamente en el dispositivo de reparación de la válvula, el dispositivo de reparación de la válvula se cierra. La memoria descriptiva, reivindicaciones, resumen y diseños quedan depositados, la Clasificación Internacional de Patentes es: A61F 2/24; cuyo(s) inventor(es) es(son) Freschauf, Lauren, R. (US); Foreman, Rachel, Liat, David (US); Popp, Michael, J. (US); Keplinger, Stefan, Florian (US); Ford, Steven, M. (US); Oberwise, Eric, Michael (US); Okos, Chris, J. (US); Gohres, Rachel Ann (US) y Dixon, Eric, Robert (US). Prioridad: N° 62/805,847 del 14/02/2019 (US) y N° 62/944,325 del 05/12/2019 (US). Publicación Internacional: WO/2020/168081. La solicitud correspondiente lleva el número 2021-0427, y fue presentada a las 14:13:59 del 10 de agosto de 2021. Cualquier interesado podrá oponerse dentro de los tres meses siguientes a la tercera publicación de este aviso, San José, 28 de febrero del 2022. Publíquese tres días consecutivos en el Diario Oficial La Gaceta y una vez en un periódico de circulación nacional.—Oficina de Patentes.—Kelly Selva Vasconcelos.—( IN2022632759 ).

La señora María Gabriela Bodden Cordero, cédula de identidad N° 701180461, en calidad de apoderada especial de Novartis AG, solicita la Patente PCT denominada PROTEÍNAS DE FUSIÓN TERAPÉUTICAS. La presente invención se refiere a proteínas de fusión adecuadas para su uso como medicamento o herramienta de investigación. Los usos terapéuticos de las proteínas de fusión pueden incluir la prevención o el tratamiento de trastornos inflamatorios agudos o crónicos y microvasculares y de órganos impulsados por el sistema inmunitario, por ejemplo, lesión renal aguda, síndrome de dificultad respiratoria aguda, sepsis, infarto agudo de miocardio, fibrosis tisular y otras lesiones de órganos resultantes del trauma tisular. La memoria descriptiva, reivindicaciones, resumen y diseños quedan depositados, la Clasificación Internacional de Patentes es: A61K 38/17 y A61P 29/00; cuyos inventores son: Irigaray, Sebastien (CH); Klein, Laurent (CH); Skegro, Darko (CH); Villani, Marco (CH) y Welzenbach, Karl (CH). Prioridad: N° 19196045.9 del 06/09/2019 (EP). Publicación Internacional: WO2021/044360. La solicitud correspondiente lleva el número 2022-0000089, y fue presentada a las 11:51:29 del 03 de marzo de 2022. Cualquier interesado podrá oponerse dentro de los tres meses siguientes a la tercera publicación de este aviso. Publíquese tres días consecutivos en el Diario Oficial La Gaceta y una vez en un periódico de circulación nacional.—San José, 09 de marzo de 2022.—Oficina de Patentes.—Randall Piedra Fallas.—( IN2022633043 ).

DIRECCIÓN NACIONAL DE NOTARIADO

HABILITACIÓN DE NOTARIO PÚBLICO. La DIRECCIÓN NACIONAL DE NOTARIADO con oficinas en San José, San Pedro de Montes de Oca, costado Oeste del Mall San Pedro, Oficentro Sigma, Edificio A, 5to.piso, HACE SABER: Que ante este Despacho se ha recibido solicitud de INSCRIPCIÓN Y HABILITACIÓN como delegatario para ser y ejercer la función pública Estatal del NOTARIADO, por parte de: ROMELL ENRIQUE VILLEGAS VILLALTA, con cédula de identidad N° 6-0145-0916, carné N° 14864. De conformidad con lo dispuesto por el artículo 11 del Código Notarial, se invita a quienes conozcan hechos o situaciones que afecten la conducta de la solicitante, a efecto de que lo comuniquen por escrito a esta Dirección dentro de los QUINCE (15) DÍAS HÁBILES siguientes a esta publicación.—San José, 17 de marzo del 2022.—Licda. Alejandra Solano Solano, Abogada-Unidad Legal Notarial. Proceso N° 142925.—1 vez.—( IN2022634142 ).

AMBIENTE Y ENERGÍA

DIRECCIÓN DE AGUA

EDICTOS

PUBLICACIÓN DE TERCERA VEZ

ED-0205-2022. Exp. 22692P.—Constructora Quesada y Campbell Sociedad Anónima solicita concesión de: 2 litros por segundo del pozo artesanal, efectuando la captación en finca de su propiedad en Guápiles, Pococí, Limón, para uso consumo humano doméstico y mitigación de polvo. Coordenadas 247.496 /560.242 hoja Río Sucio. Quienes se consideren lesionados, deben manifestarlo dentro del mes contado a partir de la primera publicación.—San José, 22 de marzo de 2022.—Departamento de Información.—David Chaves Zúñiga.—( IN2022633288 ).

ED-0202-2022.—Exp. 22820.—Marcos Miguel Torres Camacho, solicita concesión de: 1 litros por segundo de la quebrada sin nombre, efectuando la captación en finca de en San Isidro (El Guarco), El Guarco, Cartago, para uso agropecuario-riego. Coordenadas 186.426 / 548.916 hoja Tapanti. Quienes se consideren lesionados, deben manifestarlo dentro del mes contado a partir de la primera publicación.—San José, 21 de marzo de 2022.—Departamento de Información.—David Chaves Zúñiga.—( IN2022633351 ).

ED-UHSAN-0020-2022.—Exp. 14242P.—Agroindustriales Tres Amigos S. A., solicita concesión de: 0.6 litros por segundo del acuífero, efectuando la captación por medio del pozo TA-53 en finca de su propiedad en Pocosol, San Carlos, Alajuela, para uso agroindustrial, agropecuario, industria y riego. Coordenadas 288.940 / 480.957 hoja Monterrey. 0.46 litros por segundo del acuífero, efectuando la captación por medio del pozo MY-9 en finca de su propiedad en Pocosol, San Carlos, Alajuela, para uso agroindustrial, agropecuario, industria y riego. Coordenadas 285.937 / 480.649 hoja Monterrey. 0.6 litros por segundo del acuífero, efectuando la captación por medio del pozo MY-36 en finca de su propiedad en Pocosol, San Carlos, Alajuela, para uso agroindustrial, agropecuario, industria, y riego. Coordenadas 285.853 / 480.771 hoja Monterrey. Quienes se consideren lesionados, deben manifestarlo dentro del mes contado a partir de la primera publicación.—San José, 22 de marzo de 2022.—Unidad Hidrológica San Juan.—Lauren Benavides Arce.—( IN2022633395 ).

ED-UHSAN-0018-2022.—Expediente N° 3733.—Sociedad de Usuarios de Agua de San José, solicita concesión de: 19.2 litros por segundo de la Quebrada Cataratas, efectuando la captación en finca de Afamaar en Palmira, Zarcero, Alajuela, para uso Agropecuario. Coordenadas 245.700 / 497.600 hoja Quesada. Quienes se consideren lesionados, deben manifestarlo dentro del mes contado a partir de la primera publicación.—San José, 22 de marzo de 2022.—Unidad Hidrológica San Juan.—Lauren Benavides Arce.—( IN2022633484 ).

ED-0672-2021.—Expediente N° 22207.—Luna Misteriosa LLC Limitada, Barboza Gutiérrez, solicita concesión de: 0.35 litros por segundo de la quebrada quebrada sin nombre, efectuando la captación en finca de idem en Savegre, Quepos, Puntarenas, para uso consumo humano, agropecuario-riego y turístico. Coordenadas 141.872 / 551.368 hoja Dominical. 0.09 litros por segundo del nacimiento naciente tres, efectuando la captación en finca de en Savegre, Quepos, Puntarenas, para uso Consumo Humano, agropecuario-riego y turístico. Coordenadas 141.890 / 551.380 hoja Dominical. 0.02 litros por segundo del nacimiento naciente uno, efectuando la captación en finca de en Savegre, Quepos, Puntarenas, para uso Consumo Humano, agropecuario-riego y turístico. Coordenadas 141.938 / 551.422 hoja Dominical. 0.11 litros por segundo del nacimiento naciente dos, efectuando la captación en finca de en Savegre, Quepos, Puntarenas, para uso consumo humano, agropecuario-riego y turístico. Coordenadas 141.911 / 551.407 hoja Dominical. Quienes se consideren lesionados, deben manifestarlo dentro del mes contado a partir de la primera publicación.—San José, 24 de setiembre de 2021.—Departamento de Información.—Marcela Chacón Valerio.—( IN2022633497 ).

ED-0963-2021.—Expediente N° 22513.—Sequeme Sociedad Anónima, solicita concesión de: 0.4 litros por segundo del nacimiento naciente uno, efectuando la captación en finca de idem en Jiménez (Golfito), Golfito, Puntarenas, para uso agropecuario y consumo humano. Coordenadas 47.065 / 607.302 hoja Carate. 5 litros por segundo de la Quebrada Quebrada sin nombre, efectuando la captación en finca de idem en Jiménez (Golfito), Golfito, Puntarenas, para uso agropecuario y consumo humano. Coordenadas 47.470 / 607.284 hoja Carate. Quienes se consideren lesionados, deben manifestarlo dentro del mes contado a partir de la primera publicación.—San José, 13 de diciembre de 2021.—Departamento de Información.—Marcela Chacón Valerio.—( IN2022633498 ).

PUBLICACIÓN DE SEGUNDA VEZ

ED-0203-2022. Exp 22871.—BC Hermanos Cerroazul Sociedad Anónima, solicita concesión de: 0.05 litros por segundo del nacimiento patos, efectuando la captación en finca de ídem en Porvenir, Nandayure, Guanacaste, para uso agropecuario y consumo humano. Coordenadas 215.289 / 395.945 hoja Cerro Azul. Quienes se consideren lesionados, deben manifestarlo dentro del mes contado a partir de la primera publicación.—San José, 21 de marzo de 2022.—Departamento de Información.—Marcela Chacón Valerio.—( IN2022633633 ).

ED-0447-2019.—Expediente N° 5049.—Nidia María Segura Miranda solicita concesión de: 0.2 litros por segundo del nacimiento sin nombre, efectuando la captación en finca de Vinicio Rojas Bolaños en Santo Domingo, Santa Bárbara, Heredia, para uso agropecuario-porquerizas y consumo humano-doméstico. Coordenadas 228.700 / 519.750 hoja Barva. Quienes se consideren lesionados, deben manifestarlo dentro del mes contado a partir de la primera publicación.—San José, 23 de octubre de 2019.—Departamento de Información.—David Chaves Zúñiga.—( IN2022633857 ).

ED-0187-2022.—Exp. 22634P.—Refinadora Costarricense de Petróleo Sociedad Anónima, solicita concesión de: 2.2 litros por segundo del pozo MI-20, efectuando la captación en finca de Refinadora Costarricense de Petróleo S. A. en Barranca, Puntarenas, Puntarenas, para uso consumo humano, sistema contra incendios. Coordenadas 221.259 / 455.917 hoja Miramar. 2 litros por segundo del pozo MI-24 , efectuando la captación en finca de Refinadora Costarricense de Petróleo S. A. en Barranca, Puntarenas, Puntarenas, para uso consumo humano, sistema contra incendios. Coordenadas 221.280 / 456.465 hoja Miramar. Quienes se consideren lesionados, deben manifestarlo dentro del mes contado a partir de la primera publicación.—San José, 16 de marzo de 2022.—Departamento de Información, Evangelina Torres Solís.—( IN2022633860 ).

ED-0183-2022.—Exp. 7328.—Aurea Elena, Corrales Barrantes, solicita concesiÓon de: 0.5 litros por segundo del Nacimiento El Grande de Arriba, efectuando la captación en finca de MARÍA Adilia Mora Salazar en San Jerónimo (Naranjo), Naranjo, Alajuela, para uso varios. Coordenadas 235.680 / 497.841 hoja Naranjo. 0,16 litros por segundo del Nacimiento Pequeño 3, efectuando la captación en finca de María Adilia Mora Salazar en San Jerónimo (Naranjo), Naranjo, Alajuela, para uso varios. Coordenadas 235.167 / 497.928 hoja Naranjo. 0,17 litros por segundo del Nacimiento Pequeño 1, efectuando la captación en finca de María Adilia Mora Salazar en San Jerónimo (Naranjo), Naranjo, Alajuela, para uso varios. Coordenadas 235.006 / 497.954 hoja Naranjo. 0,17 litros por segundo del Nacimiento Pequeño 2, efectuando la captacion en finca de María Adilia Mora Salazar en San Jerónimo (Naranjo), Naranjo, Alajuela, para uso varios. Coordenadas 235.073 / 497.884 hoja Naranjo. Quienes se consideren lesionados, deben manifestarlo dentro del mes contado a partir de la primera publicación.—San José, 16 de marzo de 2022.—Departamento de Información.—Evangelina Torres Solís.—( IN2022633896 ).

ED-UHTPNOL-0015-2022. Expediente N° 13005P.—Costa Rica Utopian Investments S.A., solicita concesión de: 2 litros por segundo del acuífero, efectuando la captación por medio del pozo MTP-117 en finca de su propiedad en Cabo Velas, Santa Cruz, Guanacaste, para uso agropecuario - riego - pasto. Coordenadas 259.375 / 337.850 hoja Matapalo. 0.5 litros por segundo del acuífero, efectuando la captación por medio del pozo MTP-188 en finca de su propiedad en Cabo Velas, Santa Cruz, Guanacaste, para uso agropecuario - riego - pasto. Coordenadas 259.450 / 338.025 hoja Matapalo. 2.64 litros por segundo del acuífero, efectuando la captación por medio del pozo MTP-144 en finca de su propiedad en Cabo Velas, Santa Cruz, Guanacaste, para uso agropecuario - riego - pasto. Coordenadas 259.010 / 338.135 hoja Matapalo. 2.5 litros por segundo del acuífero, efectuando la captación por medio del pozo MTP-116 en finca de su propiedad en Cabo Velas, Santa Cruz, Guanacaste, para uso agropecuario - riego - pasto. Coordenadas 259.400 / 338.050 hoja Matapalo. 2.5 litros por segundo del acuífero, efectuando la captación por medio del pozo MTP-111 en finca de su propiedad en Cabo Velas, Santa Cruz, Guanacaste, para uso agropecuario - riego - pasto. Coordenadas 259.600 / 337.900 hoja Matapalo. Quienes se consideren lesionados, deben manifestarlo dentro del mes contado a partir de la primera publicación.—Liberia, 10 de marzo de 2022.—Unidad Hidrológica Tempisque, Pacífico Norte.—Silvia Mena Ordóñez.—( IN2022633947 ).

PUBLICACIÓN DE PRIMERA VEZ

ED-0215-2022.—Exp. N° 22873.—Finca El Paraíso de San Ramón Sociedad Anónima, solicita concesión de: 0.6 litros por segundo del Nacimiento FEPSR Uno, efectuando la captación en finca de Panorama de La Colina Sociedad Anónima en Piedades Sur, San Ramón, Alajuela, para uso consumo humano y agropecuario-riego. Coordenadas 233.587 / 479.281 hoja Miramar. Quienes se consideren lesionados, deben manifestarlo dentro del mes contado a partir de la primera publicación.—San José, 24 de marzo del 2022.—Departamento de Información.—Vanessa Galeano Penado.—( IN2022634107 ).

ED-0221-2022. Expediente N° 22887.—CH Condal Developments PTY Inc, solicita concesión de: 10 litros por segundo del río Ciruelas, efectuando la captación en finca del solicitante en San Antonio (Alajuela), Alajuela, Alajuela, para uso agropecuario, comercial, consumo humano, agropecuario - riego y turístico. Coordenadas 218.216 / 508.542 hoja río Grande. Quienes se consideren lesionados, deben manifestarlo dentro del mes contado a partir de la primera publicación.—San José, 24 de marzo de 2022.—Departamento de Información.—Vanessa Galeano Penado.—( IN2022634265 ).

ED-0216-2022. Expediente N° 22869.—Grupo Ecoquintas Sociedad Anónima, solicita concesión de: 5 litros por segundo del nacimiento naciente Guillermina, efectuando la captación en finca de Banco Improsa Sociedad Anónima en Fortuna (San Carlos), San Carlos, Alajuela, para uso turístico. Coordenadas 274.296 / 461.929 hoja Fortuna. 0.38 litro por segundo del nacimiento Naciente Termal C, efectuando la captación en finca de Banco Improsa Sociedad Anónima en Fortuna (San Carlos), San Carlos, Alajuela, para uso turístico. Coordenadas 274.270 / 461.978 hoja Fortuna. 2.63 litros por segundo del nacimiento Naciente Termal A, efectuando la captación en finca de Banco Improsa Sociedad Anónima en Fortuna (San Carlos), San Carlos, Alajuela, para uso turístico. Coordenadas 274.274 / 461.989 hoja Fortuna. 0.5 litro por segundo del nacimiento Naciente Termal B, efectuando la captación en finca de Banco Improsa Sociedad Anónima en Fortuna (San Carlos), San Carlos, Alajuela, para uso turístico. Coordenadas 274.280 / 461.982 hoja Fortuna. Quienes se consideren lesionados, deben manifestarlo dentro del mes contado a partir de la primera publicación.—San José, 24 de marzo de 2022.—Departamento de Información.—Vanessa Galeano Penado.—( IN2022634281 ).

ED-0186-2022.—Expediente N° 3123.—S.U.A. de los Ríos Ciruelas, Porrosati y Zanjon, solicita concesión de: 6.20 litros por segundo del nacimiento Esmeralda (3), efectuando la captación en finca de Sequeira Steinvorth S. A., en San José de la Montaña, Barva, Heredia, para uso agropecuario lechería, consumo humano - doméstico y agropecuario - riego - pasto. Coordenadas: 230.800 / 526.600, hoja Barva. 9,69 litros por segundo del nacimiento Bosque El Hospital, efectuando la captación en finca de W. Steinvorth Hermanos Ltda., en San José de la Montaña, Barva, Heredia, para uso consumo humano - doméstico y agropecuario - riego - pasto. Coordenadas: 231.800 / 526.100, hoja Barva. 11,50 litros por segundo del río Ciruelas, efectuando la captación en finca de Protti y Padovanni S. A., en San José de la Montaña, Barva, Heredia, para uso agropecuario - riego pasto. Coordenadas: 231.800 / 524.650, hoja Barva. 5,50 litros por segundo del río Porrosati, efectuando la captación en finca de Werthel S. A., en San José de la Montaña, Barva, Heredia, para uso agropecuario - riego - pasto. Coordenadas: 230,000 / 525,300, hoja Barva. 11,31 litros por segundo del nacimiento Montaña Steinvorth, efectuando la captación en finca de W. Steinvorth Hnos. Ltda. S. A., en San José de la Montaña, Barva, Heredia, para uso agropecuario - riego - pasto. Coordenadas: 231,150 / 525,300, hoja Barva. Quienes se consideren lesionados, deben manifestarlo dentro del mes contado a partir de la primera publicación.—San José, 23 de marzo del 2022.—Departamento de Información.—Evangelina Torres Solís.—( IN2022634289 ).

TRIBUNAL SUPREMO DE ELECCIONES

EDICTOS

Registro civil-Departamento civil

SECCIÓN DE ACTOS JURÍDICOS

En resolución N° 2143-2016 dictada por este Registro a las doce horas cincuenta y cuatro minutos del siete de abril de dos mil dieciséis, en expediente de ocurso N° 52687-2015, incoado por Elizabeth Inés Melgar Mendoza, se dispuso rectificar en el asiento de nacimiento de Juliana Rivas Melgar, que el nombre de la madre es Elizabeth Inés.—Luis Guillermo Chinchilla Mora, Oficial Mayor Civil.—Carlos Luis Brenes Molina, Jefe.—Responsable: Abelardo Camacho Calvo, encargado de Unidad de Procesos Registrales Civiles.—1 vez.—( IN2022633596 ).

AVISOS

Registro Civil-Departamento Civil

SECCIÓN DE OPCIONES Y NATURALIZACIONES

Avisos de solicitud de naturalización

Alma Nubia López López, nicaragüense, cédula de residencia Dl155816099124, ha presentado solicitud para obtener la nacionalidad costarricense ante la Sección de Opciones y Naturalizaciones del Registro Civil. Se emplaza a quienes tengan reparos comprobados que hacer a dicha solicitud, para que los presenten por escrito en nuestras oficinas, dentro del término de diez días hábiles siguientes a la publicación de este aviso. Expediente: 1421-2022.—San José, al ser las 08:51 del 17 de marzo de 2022.—Jesenia Lorena Salas Duarte, Asistente Funcional 3.—1 vez.—( IN2022632890 ).

Janira Emilce Betancourt Reyes, nicaragüense, cédula de residencia 155824309119, ha presentado solicitud para obtener la nacionalidad costarricense ante la Sección de Opciones y Naturalizaciones del Registro Civil. Se emplaza a quienes tengan reparos comprobados que hacer a dicha solicitud, para que los presenten por escrito en nuestras oficinas, dentro del término de diez días hábiles siguientes a la publicación de este aviso. Expediente N° 1919-2022.—San José, al ser las 7:26 del 18 de marzo de 2022.—José Manuel Marín Castro, Jefe.—1 vez.—( IN2022632906 ).

Nelson Javier Beteta Olivares, nicaragüense, cédula de residencia 155807636036, ha presentado solicitud para obtener la nacionalidad costarricense ante la Sección de Opciones y Naturalizaciones del Registro Civil. Se emplaza a quienes tengan reparos comprobados que hacer a dicha solicitud, para que los presenten por escrito en nuestras oficinas, dentro del término de diez días hábiles siguientes a la publicación de este aviso. 1893-2022.—San José, al ser las 9:47 del 17 de marzo de 2022.—Marvin Alonso González Montero, Asistente Funcional.—1 vez.—( IN2022632915 ).

Manuel Antonio Urbina Hurtado, nicaragüense, cédula de residencia N° 155801885733, ha presentado solicitud para obtener la nacionalidad costarricense ante la Sección de Opciones y Naturalizaciones del Registro Civil. Se emplaza a quienes tengan reparos comprobados que hacer a dicha solicitud, para que los presenten por escrito en nuestras oficinas, dentro del término de diez días hábiles siguientes a la publicación de este aviso. Expediente: 1931-2022.—San José, al ser las 10:54 horas del 18 de marzo de 2022.—Nidia Herrera Ramírez, Asistente Funcional 3.—1 vez.—( IN2022632920 ).

Inés Massiel Gutierrez Cantillano, nicaragüense, cédula de residencia N° 155814919906, ha presentado solicitud para obtener la nacionalidad costarricense ante la Sección de Opciones y Naturalizaciones del Registro Civil. Se emplaza a quienes tengan reparos comprobados que hacer a dicha solicitud, para que los presenten por escrito en nuestras oficinas, dentro del término de diez días hábiles siguientes a la publicación de este aviso. Expediente: 1558-2022.—San José, al ser las 10:36 del 21 de marzo de 2022.—Wendy Arias Chacón, Asistente Funcional 2.—1 vez.—( IN2022632924 ).

Nora Imelda Altamirano, nicaragüense, cédula de residencia 155821097227, ha presentado solicitud para obtener la nacionalidad costarricense ante la Sección de Opciones y Naturalizaciones del Registro Civil. Se emplaza a quienes tengan reparos comprobados que hacer a dicha solicitud, para que los presenten por escrito en nuestras oficinas, dentro del término de diez días hábiles siguientes a la publicación de este aviso. Expediente: 1469-2022.—San José, al ser las 7:50 del 17 de marzo del 2022.—Juan José Calderón Vargas, Asistente funcional 2.—1 vez.—( IN2022632953 ).

María de La Luz Alemán Pérez, venezolana, cédula de residencia N° 186200630028, ha presentado solicitud para obtener la nacionalidad costarricense ante la Sección de Opciones y Naturalizaciones del Registro Civil. Se emplaza a quienes tengan reparos comprobados que hacer a dicha solicitud, para que los presenten por escrito en nuestras oficinas, dentro del término de diez días hábiles siguientes a la publicación de este aviso. Expediente N° 2019-2022.—San José al ser las 10:39 del 22 de marzo de 2022.—Juan José Calderón Vargas, Asistente Funcional 2.—1 vez.—( IN2022633042 ).

Ana Mercedes KLEBER Gago, venezolana, cédula de residencia N° 186200794411, ha presentado solicitud para obtener la nacionalidad costarricense ante la Sección de Opciones y Naturalizaciones del Registro Civil. Se emplaza a quienes tengan reparos comprobados que hacer a dicha solicitud, para que los presenten por escrito en nuestras oficinas, dentro del término de diez días hábiles siguientes a la publicación de este aviso. Expediente N° 2017-2022.—San José al ser las 10:33 del 22 de marzo de 2022.—Wendy Arias Chacón, Asistente Funcional 2.—1 vez.—( IN2022633067 ).

Carlos Yoryi Ramírez Molina, venezolano, cédula de residencia N° 186200794304, ha presentado solicitud para obtener la nacionalidad costarricense ante la Sección de Opciones y Naturalizaciones del Registro Civil. Se emplaza a quienes tengan reparos comprobados que hacer a dicha solicitud, para que los presenten por escrito en nuestras oficinas, dentro del término de diez días hábiles siguientes a la publicación de este aviso. 2018-2022.—San José al ser las 10:33 del 22 de marzo de 2022.—Marvin Alonso González Montero, Asistente Funcional, Notario.—1 vez.—( IN2022633070 ).

María Pulido Torrez, nicaragüense, cédula de residencia 155820002622, ha presentado solicitud para obtener la nacionalidad costarricense ante la Sección de Opciones y Naturalizaciones del Registro Civil. Se emplaza a quienes tengan reparos comprobados que hacer a dicha solicitud, para que los presenten por escrito en nuestras oficinas, dentro del término de diez días hábiles siguientes a la publicación de este aviso. Expediente N° 1610-2022.—San José, al ser las 10:56 del 17 de marzo de 2022.—Marvin Alonso González Montero, Asistente Funcional.—1 vez.—( IN2022633104 ).

Yudis Nohemy Zeledón Galeano, nicaragüense, cédula de residencia 155817406514, ha presentado solicitud para obtener la nacionalidad costarricense ante la Sección de Opciones y Naturalizaciones del Registro Civil. Se emplaza a quienes tengan reparos comprobados que hacer a dicha solicitud. para que los presenten por escrito en nuestras oficinas, dentro del término de diez días hábiles siguientes a la publicación de este aviso. Expediente N° 2025-2022.—San José, al ser las 11:49 del 22 de marzo de 2022.—Juan José Calderón Vargas, Asistente funcional 2.—1 vez.—( IN2022633140 ).

Luis Antonio Tijerino Henríquez, nicaragüense, cédula de residencia 155806618315, ha presentado solicitud para obtener la nacionalidad costarricense ante la Sección de Opciones y Naturalizaciones del Registro Civil. Se emplaza a quienes tengan reparos comprobados que hacer a dicha solicitud, para que los presenten por escrito en nuestras oficinas, dentro del término de diez días hábiles siguientes a la publicación de este aviso. Expediente: 1969-2022.—Alajuela al ser las 09:14 del 21 de marzo de 2022.—Maricel Vargas Jimenez, Jefe.—1 vez.—( IN2022633181 ).

Perla Azucena Gaitán M, nicaragüense, cédula de residencia 155805792800, ha presentado solicitud para obtener la nacionalidad costarricense ante la Sección de Opciones y Naturalizaciones del Registro Civil. Se emplaza a quienes tengan reparos comprobados que hacer a dicha solicitud, para que los presenten por escrito en nuestras oficinas, dentro del término de diez días hábiles siguientes a la publicación de este aviso. N° 2003-2022.—San José, al ser las 10:46 del 22 de marzo de 2022.—Marvin Alonso González Montero, Asistente Funcional.—1 vez.—( IN2022633184 ).

José Raúl Gómez Gámez, nicaragüense, cédula de residencia N° 155810965201, ha presentado solicitud para obtener la nacionalidad costarricense ante la Sección de Opciones y Naturalizaciones del Registro Civil. Se emplaza a quienes tengan reparos comprobados que hacer a dicha solicitud, para que los presenten por escrito en nuestras oficinas, dentro del término de diez días hábiles siguientes a la publicación de este aviso. Expediente N° 1961-2022.—San José al ser las 8:11 del 21 de marzo de 2022.—Rónald Ricardo Parajeles Montero, Profesional Gestión 1.—1 vez.—( IN2022633185 ).

Favio Israel Chavarría Ordeñana, nicaragüense, cedula de residencia Dl155823919517, ha presentado solicitud para obtener la nacionalidad costarricense ante la Sección de Opciones y Naturalizaciones del Registro Civil. Se emplaza a quienes tengan reparos comprobados que hacer a dicha solicitud, para que los presenten por escrito en nuestras oficinas, dentro del término de diez días hábiles siguientes a la publicación de este aviso. Expediente: 1417-2022.—San José, al ser las 08:43 del 17 de marzo de 2022.—Jesenia Lorena Salas Duarte, Asistente Funcional 3.—1 vez.—( IN2022633222 ).

Norma Alicia Urbina Hurtado, nicaragüense, cédula de residencia 155803052136, ha presentado solicitud para obtener la nacionalidad costarricense ante la Sección de Opciones y Naturalizaciones del Registro Civil. Se emplaza a quienes tengan reparos comprobados que hacer a dicha solicitud, para que los presenten por escrito en nuestras oficinas, dentro del término de diez días hábiles siguientes a la publicación de este aviso. Expediente: 2010- 2022.—San José al ser las 09:58 horas del 22 de marzo de 2022.—Nidia Herrera Ramírez, Asistente Funcional 3.—1 vez.—( IN2022633227 ).

Javier Antonio Vargas Bonilla, nicaragüense, cédula de residencia 155808015025, ha presentado solicitud para obtener la nacionalidad costarricense ante la Sección de Opciones y Naturalizaciones del Registro Civil. Se emplaza a quienes tengan reparos comprobados que hacer a dicha solicitud, para que los presenten por escrito en nuestras oficinas, dentro del término de diez días hábiles siguientes a la publicación de este aviso. Expediente: 2014- 2022.—San José, al ser las 10:00 horas del 22 de marzo de 2022.—David Antonio Peña Guzmán, Profesional en Gestión.—1 vez.—( IN2022633252 ).

Maribel del Socorro Cruz López, nicaragüense, cédula de residencia 155805033026, ha presentado solicitud para obtener la nacionalidad costarricense ante la Sección de Opciones y Naturalizaciones del Registro Civil. Se emplaza a quienes tengan reparos comprobados que hacer a dicha solicitud, para que los presenten por escrito en nuestras oficinas, dentro del término de diez días hábiles siguientes a la publicación de este aviso. Expediente N° 2011-2022.—Alajuela, al ser las 9:59 del 22 de marzo de 2022.—José David Zamora Calderón, Profesional Asistente I.—1 vez.—( IN2022633254 ).

Maricela de los Ángeles Torrez Salazar, nicaragüense, cédula de residencia DI 155823767125, ha presentado solicitud para obtener la nacionalidad costarricense ante la Sección de Opciones y Naturalizaciones del Registro Civil. Se emplaza a quienes tengan reparos comprobados que hacer a dicha solicitud, para que los presenten por escrito en nuestras oficinas, dentro del término de diez días hábiles siguientes a la publicación de este aviso. Expediente: 1789-2022.—San José, al ser las 11:02 del 22 de marzo de 2022.—Denzel Rodríguez Miranda, Profesional en gestion1.—1 vez.—( IN2022633255 ).

Yorlene Magdalena Alemán González, nicaragüense, cédula de residencia 155823902116, ha presentado solicitud para obtener la nacionalidad costarricense ante la Sección de Opciones y Naturalizaciones del Registro Civil. Se emplaza a quienes tengan reparos comprobados que hacer a dicha solicitud, para que los presenten por escrito en nuestras oficinas, dentro del término de diez días hábiles siguientes a la publicación de este aviso. Expediente N° 2023-2022.—San José, al ser las 11:16 O3/p3del 22 de marzo de 2022.—José Manuel Marín Castro, Jefe.—1 vez.—( IN2022633314 ).

Xochilt de Los Ángeles Romero Gago, nicaragüense, cédula de residencia N° 155825868810, ha presentado solicitud para obtener la nacionalidad costarricense ante la Sección de Opciones y Naturalizaciones del Registro Civil. Se emplaza a quienes tengan reparos comprobados que hacer a dicha solicitud, para que los presenten por escrito en nuestras oficinas, dcntro del término de diez días hábiles siguientes a la publicación de este aviso. Expediente N° 405-2022.—San José, al ser las 1:37 del 21 de marzo de 2022.—Juan José Calderón Vargas, Asistente Funcional 2.—1 vez.—( IN2022633353 ).

César Alberto Obregón Robles, nicaragüense, cédula de residencia 155807140105, ha presentado solicitud para obtener la nacionalidad costarricense ante la Sección de Opciones y Naturalizaciones del Registro Civil. Se emplaza a quienes tengan reparos comprobados que hacer a dicha solicitud, para que los presenten por escrito en nuestras oficinas, dentro del término de diez días hábiles siguientes a la publicación de este aviso. San José al ser las 9:14 del 18 de marzo de 2022. Expediente: 1929-2022. Juan José Calderón Vargas, Asistente funcional 2..—1 vez.—( IN2022633398 ).

Jonathan Maycol Chevez Blandón, nicaragüense, cedula de residencia 155821546209, ha presentado solicitud para obtener la nacionalidad costarricense ante la Sección de Opciones y Naturalizaciones del Registro Civil. Se emplaza a quienes tengan reparos comprobados que hacer a dicha solicitud, para que los presenten por escrito en nuestras oficinas, dentro del término de diez días hábiles siguientes a la publicación de este aviso. 1663-2022.—San Jose al ser las 10:47 del 23 de marzo de 2022.—Marvin Alonso González Montero, Asistente Funcional.—1 vez.—( IN2022633532 ).

Carlos Manuel Duarte Sánchez, nicaragüense, cédula de residencia DI 155800940401, ha presentado solicitud para obtener la nacionalidad costarricense ante la Sección de Opciones y Naturalizaciones del Registro Civil. Se emplaza a quienes tengan reparos comprobados que hacer a dicha solicitud, para que los presenten por escrito en nuestras oficinas, dentro del término de diez días hábiles siguientes a la publicación de este aviso. Expediente N° 2046-2022.—San José, al ser las 9:42 del 23 de marzo de 2022.—Denzel Rodríguez Miranda, Profesional en Gestión 1.—1 vez.—( IN2022633614 ).

Darwin Antonio Fonseca Obando, nicaragüense, cédula de residencia N° 155826364632, ha presentado solicitud para obtener la nacionalidad costarricense ante la Sección de Opciones y Naturalizaciones del Registro Civil. Se emplaza a quienes tengan reparos comprobados que hacer a dicha solicitud, para que los presenten por escrito en nuestras oficinas, dentro del término de diez días hábiles siguientes a la publicación de este aviso. Expediente N° 1820-2022.—San José, al ser las 08:33 a. m. del 15 de marzo de 2022.—José Manuel Marín Castro, Jefe.—1 vez.—( IN2022633618 ).

Yadira Versabeth Espinoza Salablanca, Nicaragüense, cédula de residencia 155817784022, ha presentado solicitud para obtener la nacionalidad costarricense ante la Sección de Opciones y Naturalizaciones del Registro Civil. Se emplaza a quienes tengan reparos comprobados que hacer a dicha solicitud, para que los presenten por escrito en nuestras oficinas, dentro del término de diez días hábiles siguientes a la publicación de este aviso. Expediente: 2052-2022.—San José, al ser las 10:13 horas del 23 de marzo del 2022.—Nidia Herrera Ramírez, Asistente Funcional 3.—1 vez.—( IN2022633620 ).

CONTRATACIÓN ADMINISTRATIVA

FE DE ERRATAS

BANCO NACIONAL DE COSTA RICA

FIDEICOMISO BANCO NACIONAL-

MINISTERIO DE EDUCACIÓN PÚBLICA

ÁREA DE SEGUIMIENTO

DIRECCIÓN DE FIDEICOMISOS

CONCURSO: CP- 001-2022

Contratación de los servicios de una unidad ejecutora

de proyectos para el Fideicomiso BNCR-MEP,

con el objeto de finalizar las siete obras

inconclusas contenidas en la Ley N° 9124

Se informa a las entidades interesadas que se encuentra disponible el cartel modificado del Concurso CP-001-2022, el cual se puede solicitar por correo electrónico a la dirección fideicomisomepbncr@bncr.fi.cr.

Para consultas a los teléfonos 2212-2864 y 2212-3221 o vía correo a la dirección anteriormente indicada.

Subgerencia General de Banca Empresarial e Institucional.—Osvaldo Morales Chavarría, Jefe.—1 vez.—( IN2022634082 ).

LICITACIONES

CAJA COSTARRICENSE DE SEGURO SOCIAL

ÁREA DE SALUD ALAJUELA SUR

ALQUILER DE EDIFICIOS

Se comunica a todos los interesados que el Área de Salud Alajuela Sur de la Caja Costarricense de Seguro Social requiere alquilar dos edificios, uno de ellos en La Guácima de Alajuela y el otro en San Rafael de Alajuela, para lo cual se está realizando un estudio de mercado a efecto de identificar oferentes en estas zonas; los interesados en participar deben retirar el detalle con las condiciones técnicas y requisitos de la contratación en la Unidad de Compras ubicada en el Anexo 2 del Área de Salud, 450 mts. oeste de la Cruz Roja de San Rafael de Alajuela o solicitarlo al correo electrónico cadacasa@ccss.sa.cr con el Lic. Carlos David Carvajal Salas. Plazo máximo para recepción de cotizaciones 15 días hábiles posteriores a la publicación de este aviso. Comunica.

Lic. Rándall Rodríguez Núñez, Administrador.—1 vez.—( IN2022634243 ).

AVISOS

ESCUELA ASCENSIÓN ESQUIVEL IBARRA DE LIBERIA

LICITACIÓN PÚBLICA JEL-CDC-003-2022

Contratación para brindar el servicio de plato

servido a los estudiantes de la Escuela

Ascensión Esquivel Ibarra de Liberia

Disponible mediante solicitud al los correos electrónicos 3008045771@junta.mep.go.cr. y/o esc.ascensionesquivel@mep.go.cr Apertura de Licitación Pública JEL-CDC-003-2022, contratación para brindar el servicio de plato servido a los estudiantes de la Escuela Ascensión Esquivel Ibarra de Liberia. Fecha límite de recepción de ofertas 18/04/2022.

Dylcia María Aguilar Obando, Presidenta de Junta de Educación.—1 vez.—( IN2022634139 ).

REGLAMENTOS

CAJA COSTARRICENSE DE SEGURO SOCIAL

JUNTA DIRECTIVA

Con fundamento en el artículo 3° de la sesión N° 9241, celebrada el 17 de febrero del año 2022 se otorga audiencia pública en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 4 de la Normativa de Relaciones Laborales que establece la Caja, por un plazo de veintidós días hábiles a los sindicatos de la institución representantes de gremio con el propósito de que realicen las observaciones o sugerencias pertinentes. Las observaciones o sugerencias podrán ser remitidas al correo vfernan@ccss.sa.cr

PROPUESTA DEROGATORIA DEL ARTICULO 33

DEL REGLAMENTO DEL FONDO DE

AHORRO Y PRÉSTAMO

CAPÍTULO IV

Fondo de Reserva Institucional para Préstamos

Artículo 33.—Con el aporte restante de la Caja, equivalente al 0.2% de los salarios ordinarios más el rendimiento de los fondos que se acumulen, se constituirá el Fondo de Reserva Institucional para Préstamos, el cual podrá destinarse al crédito fiduciario e hipotecario corriente o bien invertirse en las mejores condiciones de garantía y rentabilidad. El propósito del Fondo de Reserva Institucional para Préstamos, es garantizar los gastos de administración del FRAP y solventar cualquier déficit de operación que pudiera presentarse en el FRE o el FAP.

Dirección de FRAP, Gerencia Financiera.—Lic. Víctor Fernández Badilla, Director Ejecutivo.—1 vez.—( IN2022633143 ).

MUNICIPALIDADES

UNIÓN NACIONAL DE GOBIERNOS LOCALES

DIRECCIÓN EJECUTIVA

En la Sesión Extraordinaria 07-2022, celebrada el 10 de marzo de 2022, se realizaron a aprobación de dos acuerdos, relacionados a reformas reglamentarias, además se instruye a la Dirección Ejecutiva para que se proceda con la publicación en La Gaceta.

Acuerdo N° 40-2022

Se acuerda dar por aprobada la reforma del Reglamento para el Pago de Gastos de Representación y se instruye a la Administración para que sea publicado en el periódico oficial La Gaceta.

REFORMA REGLAMENTO PARA EL PAGO DE GASTOS

DE REPRESENTACIÓN DE LA UNGL

“Se deroga el artículo 14 del Reglamento para el pago de gastos de representación de la UNGL, ya que la ley 8343 se derogó en el mes de diciembre del 2003. (Plan de Contingencia Fiscal de doce meses a partir de la promulgación de esta Ley-2002)”

Acuerdo N° 41-2022

Se acuerda dar por aprobada la reforma del Reglamento de Caja Chica del Proyecto mUEve y se instruye a la Administración para que sea publicado en el periódico oficial La Gaceta.

REFORMA REGLAMENTO DE CAJA CHICA

DEL PROYECTO mUEve

Artículo 5ºCuantía del fondo: El fondo de caja chica contará con un monto fijo mismo que será aumentado o disminuido de acuerdo a las necesidades del proyecto y con el acuerdo previo del comité técnico. El monto autorizado para la utilización del fondo es de ¢750.000.

Artículo 7ºSe fija el límite máximo para la compra de bienes y servicios con dicho fondo, en la suma ¢300.000,00 (trescientos mil colones exactos).

Artículo 8ºProhibición para la utilización de fondos de caja chica: Queda prohibido la utilización de los fondos de caja chica para realizar compras de un bien o servicios para los casos que se describen a continuación:

a)         Aquellas compras de bienes y servicios que superen el monto establecido en este reglamento deberán de ser tramitados mediante el departamento de proveeduría de la Unión Nacional de Gobiernos Locales (UNGL).

b)         Compras de bienes y servicios que se justifiquen con el mismo concepto y que se pueda determinar que se quiere fraccionar para evadir los limites asignados.

c)         Cuando el formulario para adelantos del fondo de caja chica no cumple con los requisitos establecido en este reglamento.

d)         Los adelantos de caja chica no podrán ser utilizados en gastos diferentes a los que fueron previamente autorizados.

Artículo 11.—Vale provisional de caja chica: Las solicitudes de dinero para efectuar compras se tramitarán con el formulario denominado “Confección de vale provisional”, el cual será numerado en forma consecutiva al ser tramitado por el encargado del fondo, además deberá ser aprobado por la jefatura inmediata y el departamento administrativo financiero. El vale contendrá la siguiente información:

a)         Nombre completo, con los dos apellidos del funcionario solicitante, quien será a su vez el responsable de la compra y deberá liquidar en forma personal el adelanto,

b)         Objeto del gasto, (Descripción).

c)         Detalle del destino (observaciones) que se le dará al material o servicio comprado, cuando a criterio del encargado de caja chica esto sea necesario.

d)         Firma del jefe Inmediato autorizando el egreso, o de la persona a quien delegue en su ausencia.

e)         Código presupuestario y visto bueno del Departamento de Administrativo Financiero.

f)          Firma de la persona que recibe el adelanto.

g)       Fecha de entrega del dinero, utilizando firma del Departamento encargado de la caja chica.

Mba. Karen Porras Arguedas, Directora.—1 vez.— ( IN2022633247 ).

INSTITUCIONES DESCENTRALIZADAS

BANCO NACIONAL DE COSTA RICA

PROVEEDURÍA INSTITUCIONAL

A las entidades acreedoras supervisadas por la Superintendencia General de Entidades Financieras, que para acogerse a lo dispuesto en los incisos c) y d) del artículo 4 del Acuerdo SUGEF 6-05 Reglamento sobre la Distribución de Utilidades por la Venta de Bienes Adjudicados (Artículo 1 de la Ley 4631), en un plazo no mayor a 10 días hábiles, deberán presentar a través de sus Representantes Legales formal solicitud ante la Dirección General de Infraestructura y Compras del Banco Nacional de Costa Rica, localizada en la Uruca, frente a la Mercedes Benz y adjuntar una certificación de un contador público autorizado sobre el estado de la obligación y el saldo adeudado de Luis Lara Alvarado, cédula: 5-0151-0773 en calidad de Exdeudor y Expropietario. En caso de consultas remitirlas a operacionescontauso@bncr.fi.cr.

Licda. Alejandra Trejos Céspedes, Supervisora Contrataciones.— 1 vez.—O. C. N° 524726.—Solicitud N° 336908.— ( IN2022633406 ).

A las entidades acreedoras supervisadas por la Superintendencia General de Entidades Financieras, que para acogerse a lo dispuesto en los incisos c) y d) del artículo 4 del Acuerdo SUGEF 6-05 Reglamento Sobre la Distribución de Utilidades por la Venta de Bienes Adjudicados (artículo 1 de la Ley 4631), en un plazo no mayor a 10 días hábiles, deberán presentar a través de sus Representantes Legales formal solicitud ante la Dirección General de Infraestructura y Compras del Banco Nacional de Costa Rica, localizada en La Uruca, frente a la Mercedes Benz y adjuntar una certificación de un contador público autorizado sobre el estado de la obligación y el saldo adeudado de José Luis Porras Guevara, cédula N° 1-0438-0699 en calidad de Ex Deudor y Gerardo Zúñiga Montero cédula N° 1-0427-0119 en calidad de Expropietario. En caso de consultas remitirlas a operacionescontauso@bncr.fi.cr

Licda. Alejandra Trejos Céspedes, Supervisora Contrataciones.— 1 vez.—O. C. N° 524726.—Solicitud N° 336693.—( IN2022633407 ).

A las entidades acreedoras supervisadas por la Superintendencia General de Entidades Financieras, que para acogerse a lo dispuesto en los incisos c) y d) del artículo 4 del acuerdo SUGEF 6-05, Reglamento sobre la Distribución de Utilidades por la Venta de Bienes Adjudicados (artículo 1 de la Ley 4631), en un plazo no mayor a 10 días hábiles deberán presentar a través de sus representantes legales formal solicitud ante la Dirección General de Infraestructura y Compras del Banco Nacional de Costa Rica, localizada en la Uruca, frente a la Mercedes Benz y adjuntar una certificación de un contador público autorizado sobre el estado de la obligación y el saldo adeudado de Francisco Barboza Ávila, cédula: 1-0567-0347, en calidad de ex deudor y Familia Barboza Castro B&C Sociedad Anónima, cédula: 3-101-568528, en calidad de Expropietario, en caso de consultas remitirlas a operacionescontauso@bncr.fi.cr.

Licda. Alejandra Trejos Céspedes Supervisora Contrataciones.— 1 vez.—O. C. N° 524726.—Solicitud N° 336905.—( IN2022633408 ).

A las entidades acreedoras supervisadas por la Superintendencia General de Entidades Financieras, que para acogerse a lo dispuesto en los incisos c) y d) del artículo 4 del acuerdo SUGEF 6-05 Reglamento Sobre La Distribución de Utilidades por la Venta de Bienes Adjudicados (Articulo 1 de la Ley 4631), en un plazo no mayor a 10 días hábiles, deberán presentar a través de sus Representantes Legales formal solicitud ante la Dirección General de Infraestructura y Compras del Banco Nacional de Costa Rica, localizada en la Uruca, frente a la Mercedes Benz y adjuntar una certificación de un contador público autorizado sobre el estado de la obligación y el saldo adeudado de Manuel Antonio Brenes Valverde cédula: 3-0197-1289 en calidad de Ex Deudor y Expropietario. En caso de consultas remitirlas a operacionescontauso@bncr.fi.cr

Licda. Alejandra Trejos Céspedes Supervisora Contrataciones.— 1 vez.—O.C. Nº 524726.—Solicitud Nº 336902.—( IN2022633412 ).

A las entidades acreedoras supervisadas por la Superintendencia General de Entidades Financieras, que para acogerse a lo dispuesto en los incisos c) y d) del artículo 4 del Acuerdo Sugef 6-05 Reglamento Sobre la Distribución de Utilidades por la Venta de Bienes Adjudicados (artículo 1 de la ley 4631), en un plazo no mayor a 10 días hábiles, deberán presentar a través de sus Representantes Legales formal solicitud ante la Dirección General de Infraestructura y Compras del Banco Nacional de Costa Rica, localizada en la Uruca, frente a la Mercedes Benz y adjuntar una certificación de un contador público autorizado sobre el estado de la obligación y el saldo adeudado de Minor Navarro Abarca cédula: 1-0974-0195 en calidad de Ex Deudor y Expropietario. En caso de consultas remitirlas a operacionescontauso@bncr.fi.cr.

Licda. Alejandra Trejos Céspedes, Supervisora Contrataciones.— 1 vez.—O. C. N° 524726.—Solicitud N° 336899.—( IN2022633413 ).

A las entidades acreedoras supervisadas por la Superintendencia General de Entidades Financieras, que para acogerse a lo dispuesto en los incisos c) y d) del artículo 4 del Acuerdo SUGEF 6-05 Reglamento sobre la distribución de utilidades por la venta de bienes adjudicados (artículo 1 de la Ley 4631), en un plazo no mayor a 10 días hábiles, deberán presentar a través de sus Representantes Legales formal solicitud ante la Dirección General de Infraestructura y Compras del Banco Nacional de Costa Rica, localizada en La Uruca, frente a la Mercedes Benz y adjuntar una certificación de un contador público autorizado sobre el estado de la obligación y el saldo adeudado de Erick Sibaja Eduarte, cédula N° 1-0618-0123 en calidad de ex deudor y Ana Ingrid Sibaja Eduarte, cédula N° 1-0751-0261 en calidad de expropietario. En caso de consultas remitirlas a operacionescontauso@bncr.fi.cr.

Licda. Alejandra Trejos Céspedes, Supervisora Contrataciones.— 1 vez.—O. C. N° 524726.—Solicitud N° 336903.—( IN2022633411 ).

UNIVERSIDAD DE COSTA RICA

OFICINA DE REGISTRO E INFORMACIÓN

EDICTOS

PUBLICACIÓN DE TERCERA VEZ

ORI-82-2022.—Gómez Granados Ana María, R-009-2022, cédula 114470614, solicitó reconocimiento y equiparación del título de Máster en Ciencias Kinesiología con concentración en Biomecánica, East Carolina University, Estados Unidos. La persona interesada en aportar información del solicitante, podrá hacerlo por escrito ante esta Oficina dentro de los cinco días hábiles siguientes a la publicación del tercer aviso.—Ciudad Universitaria Rodrigo Facio, 04 de marzo del 2022.—M.Sc. Ricardo Luna Gutiérrez, Director.—( IN2022631938 ).

ORI-95-2022.—Hernández Sainz Raunel, R-030-2022, Pas. J009406, solicitó reconocimiento y equiparación del título de Doctor en Medicina, Universidad de Ciencias Médicas de Ciego Ávila, Cuba. La persona interesada en aportar información del solicitante, podrá hacerlo por escrito ante esta Oficina dentro de los cinco días hábiles siguientes a la publicación del tercer aviso.—Ciudad Universitaria Rodrigo Facio, 17 de marzo de 2022.—Lic. Wendy Páez Cerdas, Directora a.í.—( IN2022632513 ).

PUBLICACIÓN DE SEGUNDA VEZ

ORI-87-2022.—Batres Aparencio Manuel Arnoldo, R-061-2022, cédula N° 8-0120-0961, solicitó reconocimiento y equiparación del título de Ingeniero Industrial, Universidad Centroamericana José Simeón Cañas, El Salvador. La persona interesada en aportar información del solicitante, podrá hacerlo por escrito ante esta Oficina dentro de los cinco días hábiles siguientes a la publicación del tercer aviso.—Ciudad Universitaria Rodrigo Facio, 10 de marzo de 2022.—M.Sc. Ricardo Luna Gutiérrez, Director.—( IN2022632749 ).

ORI-60-2022.—Salas Hernández Aimee Viviana, R-046-2022, cédula 1-1079-0451, solicitó reconocimiento y equiparación del título de Doctora en Farmacología, Universidad de Chile, Chile. La persona interesada en aportar información del solicitante, podrá hacerlo por escrito ante esta Oficina dentro de los cinco días hábiles siguientes a la publicación del tercer aviso.—Ciudad Universitaria Rodrigo Facio, 17 de febrero del 2022.—M.Sc. Ricardo Luna Gutiérrez, Director.—( IN2022632895 ).

ORI-56-2022.—Jaco de Barillas Rossinna Elieth, R-029-2022, Lib. Cond.: 122200628616, solicitó reconocimiento y equiparación del título de Licenciada en Ciencias de la Comunicación, Universidad Autónoma de Santa Ana, El Salvador. La persona interesada en aportar información del solicitante, podrá hacerlo por escrito ante esta Oficina dentro de los cinco días hábiles siguientes a la publicación del tercer aviso.—Ciudad Universitaria Rodrigo Facio, 17 de febrero de 2022.— M.Sc. Ricardo Luna Gutiérrez, Director.—( IN2022632576 ).

PUBLICACIÓN DE PRIMERA VEZ

ORI-92-2022.—Malek Fernández Dayana, R-063-2022, cédula 115810722, solicitó reconocimiento y equiparación del título de Especialista en Endodoncia, Pontificia Universidad Javeriana, Colombia. La persona interesada en aportar información del solicitante, podrá hacerlo por escrito ante esta Oficina dentro de los cinco días hábiles siguientes a la publicación del tercer aviso.—Ciudad Universitaria Rodrigo Facio, 16 de marzo del 2022.—M.Sc. Ricardo Luna Gutiérrez, Director.—( IN2022633466 ).

INSTITUTO TECNOLÓGICO DE COSTA RICA

DEPARTAMENTO DE ADMISIÓN Y REGISTRO

EDICTOS

PUBLICACIÓN DE SEGUNDA VEZ

El señor Giovanny Alexander Contreras Pérez, cédula de residencia N° 186201252009, ha presentado para el reconocimiento y equiparación de grado y título en el Instituto Tecnológico de Costa Rica, el diploma de Ingeniero en Computación, otorgado por la Universidad Valle del Momboy, República Bolivariana de Venezuela. Cualquier persona interesada en aportar información al respecto de este trámite, podrá hacerlo mediante un escrito que debe ser presentado en el Departamento de Admisión y Registro del Instituto Tecnológico de Costa Rica, dentro de los quince días hábiles siguientes a la publicación del tercer aviso.—Cartago, 09 de marzo de 2022.—MBA. William Vives Brenes, Director .—O.C. N° 202216284.—Solicitud N° 334312.—( IN2022633110 ).

El señor Juan José Montero Rodríguez, cédula de identidad N° 1 1348 0574, ha presentado para el reconocimiento y equiparación de grado y título en el Instituto Tecnológico de Costa Rica, el diploma de Doctor Ingeniero, otorgado por la Universidad de Hamburgo, República Federal de Alemania. Cualquier persona interesada en aportar información al respecto de este trámite, podrá hacerlo mediante un escrito que debe ser presentado en el Departamento de Admisión y Registro del Instituto Tecnológico de Costa Rica, dentro de los quince días hábiles siguientes a la publicación del tercer aviso.—Cartago, 09 de marzo de 2022.—MBA. William Vives Brenes, Director.—O. C. N° 202216284.—Solicitud N° 334313.—( IN2022633111 ).

El señor Luis Gustavo González Vargas, cédula de identidad N° 2 0607 0123, ha presentado para el reconocimiento y equiparación de grado y título en el Instituto Tecnológico de Costa Rica, el diploma de Máster en Ciencias, otorgado por la Universidad de Munich, República Federal de Alemania. Cualquier persona interesada en aportar información al respecto de este trámite, podrá hacerlo mediante un escrito que debe ser presentado en el Departamento de Admisión y Registro del Instituto Tecnológico de Costa Rica, dentro de los quince días hábiles siguientes a la publicación del tercer aviso.—Cartago, 09 de marzo de 2022.—MBA. William Vives Brenes, Director.—O.C. N° 202216284.—Solicitud N° 334316.—( IN2022633113 ).

La señora María Rodríguez Solís, cédula de identidad N° 2 0656 0895, ha presentado para el reconocimiento y equiparación de grado y título en el Instituto Tecnológico de Costa Rica, el diploma de Magíster en Ciencias Forestales, otorgado por la Universidad de Concepción, República de Chile. Cualquier persona interesada en aportar información al respecto de este trámite, podrá hacerlo mediante un escrito que debe ser presentado en el Departamento de Admisión y Registro del Instituto Tecnológico de Costa Rica, dentro de los quince días hábiles siguientes a la publicación del tercer aviso. Cartago, 10 de marzo de 2022.—MBA. William Vives Brenes, Director.—O.C. N° 202216284.—Solicitud N° 334317.—( IN2022633114 ).

PATRONATO NACIONAL DE LA INFANCIA

EDICTOS

PUBLICACIÓN DE TERCERA VEZ

A Milady Fernández Alfaro, persona menor de edad: L.C.F, L.C.F, se le comunica la resolución de las diez horas del veintidós de diciembre del año dos mil veintiuno, donde se resuelve: Otorgar Proceso Especial de Protección: Medida de Orientación Apoyo y Seguimiento a favor de la persona menor de edad. Notificaciones. Se le previene a la parte señalar casa, oficina o lugar, donde atender notificaciones, en el caso de no hacerlo, las resoluciones posteriores se tendrán por notificadas veinticuatro horas después de dictadas. Garantía de Defensa: Se les informa a las partes, que es su derecho hacerse asesorar o representar por un profesional en derecho de su elección, así como a tener acceso en la Oficina Local dentro de horas hábiles al estudio y revisión del expediente administrativo. Recursos: Se le hace saber a las partes, que contra esta resolución procede el recurso de apelación, el que deberá interponerse ante este despacho, en forma verbal o por escrito dentro de las cuarenta y ocho horas, posteriores a la notificación, resolviendo dicho recurso la Presidencia Ejecutiva de la entidad, ubicada en San José, Barrio Luján, en horas hábiles de las siete a las quince y treinta horas. Para tal efecto pueden ofrecer, además, las pruebas que consideren pertinentes. (Art. 139 del Código de la Niñez y la Adolescencia). Dicho recurso será inadmisible si es presentado pasado el plazo indicado. La presentación del recurso de apelación, no suspenderá la aplicación del acto recurrido. Expediente OLPV-00397-2021.—Oficina Local de Pavas.—Lic. Manuel Arroyo García, Órgano Director del Procedimiento.—O.C. N° 10203-202.—Solicitud N° 335871.—( IN2022632426 ).

A la señora Francini Melissa Martínez Carrillo, costarricense, cédula N° 701570896 sin más datos, se le comunica la resolución, de modificación de medida de protección de cuido provisional y otros por medida de protección de seguimiento, orientación y apoyo a la familia a las diez horas del dos de marzo del dos mil veintidós a favor de las personas menores de edad Y.J.R.M, J.J.R.M del expediente administrativo OLLI-00128-2015. Notifíquese lo anterior al interesado, al que se le previene que debe señalar casa u oficina para recibir notificaciones dentro del perímetro judicial y administrativo de esta oficina local, sita en Cariari. Contra esta resolución proceden los recursos de revocatoria y de apelación, los cuales deberán interponerse en esta oficina local dentro de los tres días siguientes a partir de la última publicación del presente edicto, siendo competencia de esta Oficina resolver el de revocatoria, y el de apelación le corresponderá resolverlo a la Presidencia Ejecutiva de la Institución. Es potestativo presentar uno o ambos recursos, pero será Inadmisible el interpuesto pasado los tres días señalados. La interesada igualmente, podrá consultar y fotocopiar el citado expediente administrativo en días y horas hábiles, el cual permanecerá a su disposición en esta oficina local, ubicada en Cariari centro, comercial avenida sura segundo piso, local 31, expediente N° OLLI-00128-2015.—Oficina Local de Cariari.—Lic. Jorge Fernández Céspedes, Órgano Director del Procedimiento.—O.C. Nº 10203-202.—Solicitud Nº 335879.—( IN2022632431 ).

PUBLICACIÓN DE SEGUNDA VEZ

A Nancy Pamela Aguilar Camacho, personas menores de edad S.N.C.A y K.B.C.A, se le comunica la resolución de las diez horas treinta y un minutos del dieciséis de marzo del año dos mil veintidós, donde se resuelve: Se confirma la resolución de las dieciséis horas con cinco minutos del día quince de febrero del año dos mil veintidós. En donde se protegen a las personas menores de edad con recursos familiares. Notificaciones. Se le previene a la parte señalar casa, oficina o lugar, donde atender notificaciones, en el caso de no hacerlo, las resoluciones posteriores se tendrán por notificadas veinticuatro horas después de dictadas. Garantía de defensa: Se les informa a las partes, que es su derecho hacerse asesorar o representar por un profesional en derecho de su elección, así como a tener acceso en la Oficina Local dentro de horas hábiles al estudio y revisión del expediente administrativo. Recursos: Se le hace saber a las partes, que contra esta resolución procede el recurso de apelación, el que deberá interponerse ante este despacho, en forma verbal o por escrito dentro de las cuarenta y ocho horas, posteriores a la notificación, resolviendo dicho recurso la Presidencia Ejecutiva de la entidad, ubicada en San José, Barrio Luján, en horas hábiles de las siete a las quince y treinta horas. Para tal efecto pueden ofrecer, además, las pruebas que consideren pertinentes (Art 139 del Código de la Niñez y la Adolescencia). Dicho recurso será inadmisible si es presentado pasado el plazo indicado. La presentación del recurso de apelación, no suspenderá la aplicación del acto recurrido. Expediente OLPV-00108-2021.—Oficina Local de Pavas.—Lic. Deiver Alonso Ramírez Zúñiga, Órgano Director del Procedimiento.—O. C Nº 10203-202.—Solicitud Nº 336040.—( IN2022632622 ).

Se comunica a quien tenga interés, la resolución de las veinte horas con cinco minutos del día once de marzo del año dos mil veintidós, en favor de A.A.U.CH con Proceso Especial de Protección en Sede Administrativa contra de la presente resolución procede el recurso de apelación ante la Presidencia Ejecutiva de la Entidad, dentro de un plazo de 48 horas después de notificada. Deberán además señalar lugar o medio electrónico para recibir sus notificaciones dentro del perímetro de esta Oficina Local, si el lugar señalado fuere inexacto o incierto o el medio ineficaz, las resoluciones posteriores se tendrán por notificadas con el sólo transcurso de 24 horas después de dictada, Nº OLSA-00162-2021.—18 de marzo del 2022.—Oficina Local de Santa Ana.—Licda. Alejandra María Solís Quintanilla, Representante Legal.—O. C. N° 10203-202.—Solicitud N° 336502.—( IN2022632817 ).

A Viviana Miranda Vásquez, quien, se le comunica la resolución de las once horas del dieciocho de marzo del dos mil veintidós resolución de guarda protectora y archivo del expediente administrativo favor de las personas menores de edad Maikel Gabriel Miranda Vásquez y Maryelin Yacsiri López Miranda. Notifíquese. Se otorga audiencia a las partes para ser escuchadas, que aporten la prueba respectiva y que se apersonen a la Oficina Local correspondiente. Las partes se podrán referir al proceso de forma escrita o verbal y que no requiere representación por parte de un abogado. Se advierte, además que deben señalar Lugar donde recibir notificaciones, dícese fax, correo electrónico, o cualquier otro medio indicado en la ley. Notifíquese. Expediente N° OLCO-00143-2021.—Oficina Local de Corredores.—Lic. Isaac Castillo Zumbado, Representante Legal.—O. C. N° 10203-202.—Solicitud N° 336224.—( IN2022632822 ).

A la señora Ana Angelica Mendoza Marín, cédula de identidad N° 604960769, costarricense, sin más datos, se le comunica la resolución de las 10:20: horas del 18/03/2022 donde se procede al archivo del proceso especial de protección en favor de la persona menor de edad A.E.M. Se le confiere audiencia a la señora Ana Angelica Mendoza Marín por cinco días hábiles, para que presente los alegatos de su interés, y ofrezca las pruebas que estime necesarias, y se le advierte que tiene derecho a hacerse asesorar y representar por abogados y técnicos de su elección, así como consultar el expediente en días y horas hábiles, se le hace la salvedad que para fotocopiar el expediente administrativo se cuenta con el horario de siete horas con treinta minutos y hasta las dieciséis horas en días hábiles, el cual permanecerá a su disposición en esta Oficina Local, ubicada en Puntarenas, cantón Osa, Distrito Puerto Cortés, sita Ciudad Cortés, 75 metros norte de la pulpería Cinco Esquinas. Expediente N° OLOS-00374-2017.—Oficina Local Osa. Licda. Roxana Gamboa Martínez.—Representante Legal.—O. C. N° 10203-202.—Solicitud N° 36222.—( IN2022632826 ).

Al señor Javier Antonio Hernández Montes, se le comunica las resoluciones de las ocho horas y diez minutos del once de marzo del dos mil veintidós, donde se ordena cuido provisional de la persona menor de edad AJHR y resolución de las once horas del dieciocho de marzo del dos mil veintidós, se ordena mantener medida de protección por seis meses. Notifíquese la presente resolución a las partes involucradas. Contra esta resolución proceden los Recursos de Revocatoria y de Apelación, los que deberán interponerse en esta oficina local dentro de los tres días a partir de su notificación, o de la última publicación del edicto en el caso específico del progenitor, siendo competencia de esta Oficina resolver el de revocatoria, y el de apelación a la Presidencia Ejecutiva de la Institución. Es potestativo usar uno o ambos recursos, pero será Inadmisible el interpuesto pasado los tres días señalados. Expediente OLHN-0071-2022.—Oficina Local Heredia Norte.—Licda. Marcela Ramírez Ulate, Órgano Director del Procedimiento.—O. C. N° 10203-202.—Solicitud N° 336505.—( IN2022632836 ).

Al señor José Alberto Rojas Jiménez, mayor, costarricense, portador de la cédula de identidad número 603070493, estado civil, oficio y domicilio desconocido, se le comunica que por resolución de las diez horas doce minutos del dieciséis de marzo del dos mil veintidós se revocó medida de cuido provisional cautelar y se archiva el Proceso Especial de Protección en sede administrativa a favor de la persona menor de edad K.F.R.M. Se le advierte que deberá señalar lugar conocido para recibir sus notificaciones, dentro del perímetro de un kilómetro a la redonda de la sede de esta Oficina Local, la cual se encuentra situada en Quepos, Rancho Grande, frente a la plaza de futbol o bien, señalar número de facsímil para recibir aquellas notificaciones que pudieren practicarse por ese medio, o correo electrónico. Contra la presente cabe recurso de apelación ante la Presidencia Ejecutiva de esta institución, el cual deberá interponer ante esta Representación Legal dentro de las cuarenta y ocho horas siguientes (Artículo 139 del Código de la Niñez y Adolescencia). Expediente OLSR-00045-2015.—Oficina Local de Quepos.—Licda. Dora Del Carmen Salazar Carvajal, Órgano Director del Procedimiento.—O. C. N° 10203-202.—Solicitud N° 336508.—( IN2022632942 ).

A: Leyser Margarita Valdez Romero y Julio Cesar Calderón Silva, personas menores de edad D.H.C.V, se le comunica la resolución de las ocho horas del diez de marzo del dos mil veintidós, donde se resuelve: se dicta Medida Cautelar de Cuido Provisionalísimo de la PME con la señora Felipa María Salmerón. Notificaciones: se le previene a la parte señalar casa, oficina o lugar, donde atender notificaciones, en el caso de no hacerlo las resoluciones posteriores se tendrán por notificadas veinticuatro horas después de dictadas. Garantía de defensa: se les informa a las partes, que es su derecho hacerse asesorar o representar por un profesional en derecho de su elección, así como a tener acceso en la oficina local dentro de horas hábiles al estudio y revisión del expediente administrativo. Recursos: se le hace saber a las partes, que contra esta resolución procede el recurso de apelación, el que deberá interponerse ante este despacho, en forma verbal o por escrito dentro de las cuarenta y ocho horas, posteriores a la notificación, resolviendo dicho recurso la Presidencia Ejecutiva de la entidad, ubicada en San José, Barrio Luján, en horas hábiles de las siete a las quince y treinta horas. Para tal efecto pueden ofrecer, además, las pruebas que consideren pertinentes (art. 139 del Código de la Niñez y la Adolescencia). Dicho recurso será inadmisible si es presentado pasado el plazo indicado. La presentación del recurso de apelación no suspenderá la aplicación del acto recurrido. Expediente N° OLPV-00036-2022.—Oficina Local de Pavas.—Lic. Deiver Alonso Ramírez Zúñiga, Órgano Director del Procedimiento.—O. C. N° 10203-202.—Solicitud N° 336513.—( IN2022632945 ).

Al señor Thony Enrique Vega Rugama, sin más datos se le comunica la resolución de las 14:43 horas del 18/03/2022 donde se dicta resolución de archivo orientación, apoyo y seguimiento, en favor de la persona menor de edad A.S.V.R. Se le confiere audiencia a los señores Thony Enrique Vega Rugama por cinco días hábiles, para que presente los alegatos de su interés, y ofrezca las pruebas que estime necesarias, y se le advierte que tiene derecho a hacerse asesorar y representar por abogados y técnicos de su elección, así como consultar el expediente en días y horas hábiles, se le hace la salvedad que para fotocopiar el expediente administrativo se cuenta con el horario de siete horas con treinta minutos y hasta las dieciséis horas en días hábiles, el cual permanecerá a su disposición en esta Oficina Local, ubicada en Puntarenas, Cantón Osa, Distrito Puerto Cortes, sita Ciudad Cortes, 75 metros norte de la pulpería Cinco Esquinas. Expediente OLOS-00091-2019.—Oficina Local Osa.—Lic. Olman Méndez Cortes, Representante Legal.—O.C. Nº 10203-202.—Solicitud Nº 336521.—( IN2022632946 ).

Al señor Alonso Mena Barboza, costarricense con cédula de identidad N° 116500425, se desconoce demás calidades y domicilio, sin más datos se le comunica la Resolución de las 11:00 horas del 18 de marzo del 2022, mediante la cual resuelve revocar medida especial de protección de abrigo temporal (provisionalísima) y se dicta medida de protección de orientación apoyo y seguimiento a la familia a favor de la PME J.E.M.R. Contra esta resolución proceden los recursos de revocatoria y de apelación. Se le confiere audiencia al señor Alonso Mena Barboza, el plazo para oposiciones de tres días hábiles siguientes a partir de la segunda publicación de este adicto, para que presente los alegatos de su interés, y ofrezca las pruebas que estime necesarias, y se le advierte, que tiene derecho a hacerse asesorar y representar por abogados y técnicos de su elección, así como consultar el expediente en días y horas hábiles, se hace la salvedad que para fotocopiar el expediente administrativo se cuenta con el horario de siete horas con treinta minutos y hasta las once horas con treinta minutos en días hábiles, el cual permanecerá a su disposición en oficina local, ubicada en San José, Hatillo Centro, de la Iglesia de Hatillo Centro 175 metros al norte y 50 metros al oeste, expediente administrativo N° OLSM-00321-2018.—Oficina Local de Hatillo.—Licda. Annette Pérez Angulo, Representante Legal.—O.C. Nº 10203-202.—Solicitud Nº 336525.—( IN2022632949 ).

Al señor Cesar Augusto García Neme, de nacionalidad colombiano, sin más datos, se le comunica la resolución de las 11:00 horas del 04/11/2021 en la que esta Oficina Local dicta medida de cuido provisional a favor de la persona menor de edad S.G.D. Notifíquese la presente resolución a quien interese mediante la publicación de un edicto, por tres veces consecutivas, en el Diario Oficial, con la advertencia que deberán señalar lugar conocido para recibir sus notificaciones, o bien, señalar número de facsímil para recibir aquellas notificaciones que pudieren practicarse por ese medio, en el entendido que de no hacerlo, o si el lugar señalado fuere impreciso, inexacto o llegare a desaparecer, o si el medio seleccionado fuere defectuoso, estuviere desconectado, sin suficiente provisión de papel o por cualquier otro modo no imputable a esta institución se interrumpiere la comunicación, las notificaciones futuras quedarán firmes veinticuatro horas después de dictadas. Se les hace saber, además, que contra la presente resolución proceden los recursos ordinarios de revocatoria con apelación en subsidio, que deberán interponer ante esta Representación Legal dentro del tercer día hábil inmediato siguiente a la fecha de la última notificación a las partes, siendo que el de revocatoria será de conocimiento de esta Representación Legal, y el de apelación de la Presidencia Ejecutiva de esta institución. Podrán presentar los alegatos de su interés, y ofrecer las pruebas que estimen necesarias, y se les advierte tienen derecho a hacerse asesorar y representar por abogado y técnico de su elección, así como consultar el expediente en días y horas hábiles, se hace la salvedad que para fotocopiar el expediente administrativo se cuenta con el horario de siete horas con treinta minutos y hasta las once horas con treinta minutos en días hábiles, el cual permanecerá a su disposición en esta oficina local, ubicada en Limón, Pococí, Guápiles, sita 200 metros norte y 25 metros oeste del Banco Popular y Desarrollo Comunal. Expediente Nº OLPO-00320-2018.—Oficina Local de Pococí.—MSC. María Gabriela Hidalgo Hurtado, Representante Legal.—O. C Nº 10203-202.—Solicitud Nº 336529.—( IN2022632950 ).

A los señores María Aidé Díaz Sosa, Jesús Cerda Oporta; se les comunica la resolución dictada por el Departamento de Atención Inmediata, de las dieciséis horas con cinco minutos del día ocho de marzo del presente año, mediante la cual se resuelve medida de cuido provisional; y la resolución de las doce horas quince minutos del dieciocho de marzo del dos mil veintidós, dictada por la oficina local de Alajuelita, mediante la cual se realiza citación a la audiencia oral y privada, ambas en favor de la pme L. C. D.. Se les confiere audiencia por tres días hábiles, para que presente los alegatos de su interés, y se le advierte que tiene derecho a hacerse asesorar y representar por abogados y técnicos de su elección, así como consultar el expediente en días y horas hábiles, el cual permanecerá a su disposición en esta Oficina Local, ubicada San José, Alajuelita, San Josecito, del Supermercado Acapulco 300 metros oeste y 125 metros sur, calle al Liceo de Alajuelita, Expediente N° OLAL-00039-2022.—Oficina Local de Alajuelita.—Licda. Daniela Alvarado Araya, Representante Legal.—O. C. N° 10203-202.—Solicitud N° 336530.—( IN2022632952 ).

A los señores Martha Leticia Rivas Meza y Delvin Ramon Hernandez Reyes, se les comunica la resolución de las 09:30 horas del 06 de diciembre del año 2021, dictada por la Oficina Local de San José Oeste, del Patronato Nacional de la Infancia que corresponde a la resolución mediante la cual, se dicta la medida de protección de orientación, apoyo y seguimiento temporal a la familia en favor de las personas menores de edad D.E.H.R., R.M.H.R., V.H.R., D.R.H.R. y S.J.R.M. Se le confiere audiencia a los señores Martha Leticia Rivas Meza y Delvin Ramón Hernández Reyes, por tres días hábiles, para que presente los alegatos de su interés, y ofrezca las pruebas que estime necesarias, y se le advierte que tiene derecho a hacerse asesorar y representar por abogados y técnicos de su elección, así como consultar el expediente en días y horas hábiles, el cual permanecerá a su disposición en esta oficina local de San José Oeste, ubicada en San José, distrito Hospital, calle 14, entre avenidas 6 y 8, contiguo al parqueo del Hospital Metropolitano, del costado suroeste del Parque de La Merced 150 metros al sur. Así mismo, se le hace saber que deberá señalar lugar conocido o número de facsímil para recibir sus notificaciones, en el entendido que de no hacerlo, o si el lugar señalado fuere impreciso, inexacto o llegare a desaparecer, o si el medio electrónico seleccionado fuere defectuoso, estuviere desconectado, sin suficiente provisión de papel o por cualquier otro modo no imputable a esta institución se interrumpiere la comunicación, las resoluciones futuras quedarán firmes 24 horas después de dictadas, conforme la Ley de Notificaciones Judiciales. Se le hace saber, además, que contra la indicada resolución procede Recurso de Apelación para ante la Presidencia Ejecutiva de esta institución, el cual deberán interponer ante esta Representación Legal dentro de las 48 horas siguientes, contadas a partir del día hábil inmediato siguiente a la fecha de publicación del tercer aviso en el Diario Oficial, en el entendido que hacerlo fuera de dicho término el recurso deviene en inadmisible (Artículo 139 del Código de la Niñez y la Adolescencia). Publíquese tres veces, expediente Nº OLSJO-00293-2016.—Oficina Local de San José Oeste.—Lic. Ángel Alberto López Brenes, Representante Legal.—O.C. Nº 10203-202.—Solicitud Nº 336534.—( IN2022632955 ).

A la señora Irlanda Centeno Valerio, nicaragüense, de oficio y domicilio desconocido y el señor Edwin Villalobos Pérez, cédula de identidad número 502460815 de oficio y domicilio desconocido, se le comunica resolución administrativa de las 11 horas 55 minutos del 18 de marzo del año 2022, donde se Informa que se dará inicio de Proceso Especial de Declaratoria Judicial de Abandono, ante el Juzgado de Familia, Penal Juvenil y Violencia Domestica de Cañas ( Materia de Familia), en beneficio de las personas menores de edad I.V.C y A.V.C. Garantía de defensa: Se informa que tienen derecho a hacerse asesorar y representar por abogados y técnicos de su elección, así como consultar el expediente en días y horas hábiles, el cual permanecerá a su disposición en esta oficina local, ubicada Guanacaste, Cañas del Banco Popular 250 metros norte, casa celeste con blanco a mano derecha. Se le advierte que deber señalar lugar conocido para recibir sus notificaciones, o bien, señalar número de facsímile para recibir aquellas notificaciones que pudieren practicarse por ese medio, en el entendido que de no hacerlo, o si el lugar señalado fuere impreciso, inexacto o llegare a desaparecer, o si el medio seleccionado fuere defectuoso, estuviere desconectado, sin suficiente provisión de papel o por cualquier otro modo no imputable a esta institución se interrumpiere la comunicación, las notificaciones futuras se realizaran por edicto. Recursos: Se le hace saber, además, que contra la presente resolución procede el recurso de apelación, que deberán interponer ante esta Representación Legal dentro del plazo de cuarenta y ocho horas siguientes a la fecha de la última notificación a las partes, siendo competencia de la Presidencia Ejecutiva de esta institución, en el entendido que hacerlo fuera de dicho término el recurso deviene en inadmisible. (Artículo 139 del Código de la Niñez y Adolescencia). La presentación del recurso de apelación, no suspenderá la aplicación del acto recurrido. Expediente Nº OLCA-00018-2013.—Oficina Local Cañas.—Licda. Johanna Matamoros Miranda, Representante Legal.—O.C. N° 10203-202.—Solicitud N° 336541.—( IN2022632956 ).

A la señora Rafaela Aguilar Báñez, con cédula de identidad número 303650397, de nacionalidad costarricense, Cabécar, sin más datos de identificación y localización, al no poder ser localizada, se le comunica la resolución de las 14:20 horas del 21 de marzo del 2022, mediante la cual se resuelve convocar a las partes a audiencia oral y privada por recurso de apelación, en proceso de protección a favor de la persona menor de edad E.B.A.; en resguardo al interés superior del mimos y protección de su salud. Se le confiere audiencia a la señora Rafaela Aguilar Báñez, por tres días hábiles, para que presente los alegatos de su interés, y ofrezca las pruebas que estime necesarias, y se le advierte que tienen derecho a hacerse asesorar y representar por abogados y técnicos de su elección, así como consultar el expediente en días y horas hábiles, se hace la salvedad que para fotocopiar el expediente administrativo se cuenta con el horario de siete horas con treinta minutos y hasta las dieciséis horas en días hábiles, el cual permanecerá a su disposición en esta oficina local, ubicada en Cartago, Turrialba, 50 metros al Norte del Puente de la Alegría, carretera a Santa Rosa. Expediente Nº OLTU-00375-2020.—Oficina Local de Turrialba.—Lic. Víctor Josué Picado Calvo, Representante Legal.—O. C Nº 10203-202.—Solicitud Nº336691.—( IN2022632958 ).

A la señora Carmen Robleto Guardado, nicaragüense, se desconocen más datos; se le comunica la resolución de las de las catorce horas del veinticinco de febrero de dos mil veintidós, mediante la cual se establece Medida de Protección de Inclusión, Tratamiento, Capacitación Socioeducativa, en la ONG Asociación Católica Posada de Belén, madre Teresa de Calcuta de Adolescente madre y su menor hijo, a favor de la persona menor de edad MdlLRG, (…). Se le confiere audiencia a la interesada, por dos días hábiles, para que presenten los alegatos de su interés, y ofrezcan las pruebas que estime necesarias, y se le advierte que tiene derecho de hacerse asesorar y representar por abogados y técnicos de su elección, así como consultar el expediente en días y horas hábiles, se hace la salvedad que para fotocopiar el expediente administrativo se cuenta con el horario de siete horas treinta minutos y hasta las dieciséis horas en días hábiles, el cual permanecerá a su disposición en esta oficina local, ubicada en Aguas Zarcas, trescientos metros norte y cien metros oeste del costado noroeste, de la Iglesia Católica, en la casa del Adulto Mayor. Expediente N° OLSAR-00007-13.—Oficina Local de Aguas Zarcas.—Lic. Luis Roberto Vega Céspedes, Representante Legal.—O.C. N° 10203-202.—Solicitud N° 336688.—( IN2022632959 ).

A: Karolina Morales Oliver y Gastón Douglas Ureña Román, personas menores de edad C.E.U.M, se le comunica la resolución de las once horas del ocho de marzo del dos mil veintidós, donde se resuelve: otorgar proceso especial de protección: medida de protección cautelar de cuido provisional a favor de la PME, con recurso familiar, por un plazo de un mes. notificaciones. Se le previene a la parte señalar casa, oficina o lugar, donde atender notificaciones en el caso de no hacerlo las resoluciones posteriores se tendrán por notificadas veinticuatro horas después de dictadas. Garantía de defensa: se les informa a las partes que es su derecho hacerse asesorar o representar por un profesional en derecho de su elección, así como a tener acceso en la oficina local dentro de horas hábiles al estudio y revisión del expediente administrativo. Recursos: se le hace saber a las partes, que contra esta resolución procede el recurso de apelación, el que deberá interponerse ante este despacho, en forma verbal o por escrito dentro de las cuarenta y ocho horas, posteriores a la notificación, resolviendo dicho recurso la Presidencia Ejecutiva de la entidad, ubicada en San José, Barrio Luján, en horas hábiles de las siete a las quince y treinta horas. Para tal efecto pueden ofrecer, además, las pruebas que consideren pertinentes (art. 139 del Código de la Niñez y la Adolescencia). Dicho recurso será inadmisible si es presentado pasado el plazo indicado. La presentación del recurso de apelación no suspenderá la aplicación del acto recurrido. Expediente N° OLPV-00003-2020.—Oficina Local de Pavas.—Lic. Deiver Alonso Ramírez Zúñiga, Órgano Director del Procedimiento.—O. C. N° 10203-202.—Solicitud N° 336685.—( IN2022632960 ).

Al señor. Rodolfo Francisco Salas Barrantes, mayor, soltero, cédula de identidad número uno-nueve-cero ochenta y siete-cuatrocientos noventa y ocho, demás calidades y domicilio desconocidos por esta oficina local se le notifica por este medio la resolución administrativa de las nueve horas del quince de marzo de dos mil veintidós que mantiene la medida de Cuido Provisional a favor de la persona menor de edad N.M.S.C. y la prórroga hasta cumplir seis meses de dictada, sea hasta el cuatro de setiembre de dos mil veintidós. Notifíquese la anterior resolución a las partes interesadas por edicto al desconocer su domicilio actual exacto o ubicación. Se les hace saber además, que contra la presente resolución inicial descrita procede el recurso ordinario de apelación que deberán interponer ante esta representación legal dentro del plazo de cuarenta y ocho horas siguientes a la fecha de la última notificación a las partes, el de recurso será de conocimiento de la Presidencia Ejecutiva de esta institución, en el entendido que hacerlo fuera de dicho término el recurso deviene en inadmisible. Expediente: OLHN-00010-2020.—Licda. Ana Julieta Hernández Issa El Khoury, Órgano Director del Procedimiento.—O.C. N° 10203-202.—Solicitud N° 336684.—( IN2022632963 ).

A la señora Fátima de Los Ángeles Briones Velásquez se le comunica la resolución de las catorce horas con quince minutos del tres de febrero de dos mil veintidós que ordena mantener el Proceso Especial de Protección en Sede Administrativa y Dictado de Protección de Abrigo Temporal en beneficio de la Persona Menor de edad D.T.B. Notifíquese: La anterior resolución a las partes interesadas, a quienes se les advierte que deberán señalar lugar para recibir sus notificaciones el cual debe ser viable pues se intentará la comunicación en cinco oportunidades y en caso de estar ocupado, desconectado o sin papel a la quinta vez, se consignará así en el expediente y se tendrán por notificadas las resoluciones veinticuatro horas después de dictadas. Se les hace saber, además que contra la presente resolución procede el recurso ordinario de apelación, que deberán interponer ante está Representación Legal dentro del plazo de cuarenta y ocho horas siguientes a la fecha de la última notificación a las partes, el recurso será de conocimiento de la Presidencia Ejecutiva de esta institución, en el entendido que hacerlo fuera de dicho termino el recurso deviene en inadmisible. Expediente administrativo OLT-00003-2022.—Oficina Local de Tibás.—Licda. Roxana Hernández Ballestero, Representante Legal. Órgano Director del Procedimiento Administrativo.—O. C. N° 10203-202.—Solicitud N° 336553.—( IN2022632964 ).

Al señor: Witson Mena Chinchilla, mayor, costarricense, divorciado una vez, portador de la cédula de identidad número 602800173, se le comunica la Resolución Administrativa de las doce horas del veintiuno de marzo del año dos mil veintidós. Mediante la cual se resuelve: Resolución Final- Se Archiva Proceso Especial de Protección. En favor de la persona menor de edad: W.A.M.P. Se le confiere audiencia al señor: Witson Mena Chinchilla, por tres días hábiles, para que presente los alegatos de su interés y ofrezca las pruebas que estime necesarias y se les advierte que tienen derecho a hacerse asesorar y representar por abogados y técnicos de su elección, así como a consultar el expediente en días y horas hábiles, se hace la salvedad que para obtener el expediente administrativo deberán presentar llave maya o CD, lo anterior porque el expediente es digital y se cuenta con el horario de siete con treinta minutos y hasta las once horas con treinta minutos en días hábiles, el cual permanecerá a su disposición en esta Oficina Local, ubicada en Golfito, barrio Alamedas, contiguo a los Tribunales de Justicia, Oficina de dos plantas. Expediente administrativo número OLGO-00022-2014.—Oficina Local de Golfito.—Licda. Hellen Agüero Torres, Representante Legal.—O. C. N° 10203-202.—Solicitud N° 336551.—( IN2022632965 ).

Al señor: Johusan Steven Trejos Ortega, mayor, portador de la cédula de identidad N° 604390607, costarricense, estado civil: soltero, domicilio desconocido. Se le comunica la resolución administrativa de las quince horas del dieciocho de marzo del dos mil veintidós. Mediante la cual se resuelve: inicio del proceso especial de protección en sede administrativa, dictado de medida de protección al Instituto Mixto de Ayuda Social, en favor de la persona menor de edad: J.S.T.H. Se le confiere audiencia al señor: Johusan Steven Trejos Ortega, por tres días hábiles para que presente los alegatos de su interés y ofrezca las pruebas que estime necesarias y se les advierte que tienen derecho a hacerse asesorar y representar por abogados y técnicos de su elección, así como a consultar el expediente en días y horas hábiles, se hace la salvedad que para obtener el expediente administrativo deberán presentar llave maya o CD, lo anterior porque el expediente es digital y se cuenta con el horario de siete con treinta minutos y hasta las once horas con treinta minutos en días hábiles, el cual permanecerá a su disposición en esta Oficina Local, ubicada en Golfito, Barrio Alamedas, contiguo a los Tribunales de Justica, oficina de dos plantas. Expediente administrativo N° OLGO-00293-2020.—Oficina Local de Golfito.—Licda. Hellen Agüero Torres, Representante Legal.—O. C. N° 10203-202.—Solicitud N° 336549.—( IN2022632967 ).

Al señor: Javier Cruz Manzanares, mayor, portador de la cédula de identidad N° 602580698, costarricense, estado civil: soltero, domicilio desconocido. Se le comunica la Resolución Administrativa de las quince horas del dieciocho de marzo del dos mil veintidós, mediante la cual se resuelve: inicio del proceso especial de protección en sede administrativa, dictado de medida de protección al Instituto Mixto de Ayuda Social. En favor de la persona menor de edad: A.S.C.H y otros. Se le confiere audiencia al señor: Javier Cruz Manzanares, por tres días hábiles para que presente los alegatos de su interés y ofrezca las pruebas que estime necesarias y se les advierte que tienen derecho a hacerse asesorar y representar por abogados y técnicos de su elección, así como a consultar el expediente en días y horas hábiles se hace la salvedad que para obtener el expediente administrativo deberán presentar llave maya o CD, lo anterior porque el expediente es digital y se cuenta con el horario de siete con treinta minutos y hasta las once horas con treinta minutos en días hábiles, el cual permanecerá a su disposición en esta oficina local, ubicada en Golfito, barrio Alamedas, contiguo a los Tribunales de Justica, oficina de dos plantas. Expediente administrativo N° OLGO-00293-2020.—Oficina Local de Golfito.—Licda. Hellen Agüero Torres, Representante Legal.—O. C. N° 10203-202.—Solicitud N° 336548.—( IN2022632970 ).

A la señora: Jasmín González Matarrita, cédula de identidad N° 1-1541-0181, se le comunica la resolución de las 08:55 horas del 07 de marzo del 2022, dictada por la Oficina Local San José Oeste del Patronato Nacional de la Infancia, que corresponde a la resolución mediante la cual, se dicta la medida de protección cautelar de abrigo temporal en favor de la persona menor de edad G.J.G.M. Se le confiere audiencia a la señora: Jasmín González Matarrita, por tres días hábiles para que presente los alegatos de su interés, y ofrezca las pruebas que estime necesarias, y se le advierte que tiene derecho a hacerse asesorar y representar por abogados y técnicos de su elección, así como consultar el expediente en días y horas hábiles, el cual permanecerá a su disposición en esta oficina local de San José Oeste, ubicada en ubicado en San José, distrito Hospital, calle 14, entre avenidas 6 y 8, contiguo al parqueo del Hospital Metropolitano, del costado suroeste del Parque de La Merced, 150 metros al sur. Así mismo se le hace saber que Deberá señalar lugar conocido o número de facsímil para recibir sus notificaciones, en el entendido que de no hacerlo, o si el lugar señalado fuere impreciso, inexacto o llegare a desaparecer, o si el medio electrónico seleccionado fuere defectuoso, estuviere desconectado, sin suficiente provisión de papel o por cualquier otro modo no imputable a esta institución se interrumpiere la comunicación, las resoluciones futuras quedarán firmes 24 horas después de dictadas, conforme la Ley de Notificaciones Judiciales. Se le hace saber, además, que contra la indicada resolución procede recurso de apelación para ante la Presidencia Ejecutiva de esta institución, el cual deberán interponer ante esta Representación Legal dentro de las 48 horas siguientes, contadas a partir del día hábil inmediato siguiente a la fecha de publicación del tercer aviso en el Diario Oficial, en el entendido que hacerlo fuera de dicho término el recurso deviene en inadmisible (artículo 139 del Código de la Niñez y la Adolescencia). Expediente N° OLSJO-00019-2022.—Oficina Local de San José Oeste.—Lic. Ángel Alberto Lopez Brenes, Representante Legal.—O. C. N° 10203-202.—Solicitud N° 336547.—( IN2022632971 ).

PUBLICACIÓN DE PRIMERA VEZ

A Tania Pichardo Mejía y Humberto Monzón Pichardo, mayores, de nacionalidad nicaragüense, demás calidades desconocidas se le comunica la resolución de las 11:35 minutos del 18 de marzo del dos mil veintidós mediante la cual se le informa que se dio inicio a proceso especial de protección mediante el cual se le suspende el cuido de su hijo E.M.P dicho proceso es de carácter obligatorio de conformidad con el Código de Niñez y Adolescencia. Asimismo, se concede audiencia a las partes interesadas dentro del término de cinco días posteriores a la notificación de este edicto para ser escuchadas explicar la resolución y recibir prueba que deseen aportar dentro del proceso. Se le advierte que deberá señalar lugar o un fax o correo electrónico donde recibir notificaciones. Contra la presente resolución procede únicamente el Recurso Ordinario de Apelación que deberá interponerse ante esta Representación Legal dentro de las cuarenta y ocho horas hábiles después de notificada la presente resolución, Recurso que será resuelto por la Presidencia Ejecutiva de la entidad. Se previene a las partes involucradas en el Procesos que les asiste todo el derecho de hacerse asesorar o representar por un profesional en derecho, así como tener acceso al expediente administrativo para el estudio, revisión o fotocopias. Expediente: OLSP-00042-2022.—Oficina Local PANI-San Pablo de Heredia.—Licda. Indiahlay Castillo Hurtado, Representante Legal.—O. C. N° 10203-202.—Solicitud N° 336907.—( IN2022633228 ).

A María del Milagro Quesada Gómez, mayor, costarricense, documento de identidad N° 401960446 y Carlos Pineda Herrera, mayor, costarricense, documento de identidad N° 402400079, demás calidades desconocidas se le comunica la resolución de las 08:35 minutos del 16 de marzo del dos mil veintidós mediante la cual se le informa que se dio inicio a proceso especial de protección mediante el cual se le suspende el cuido de su hijo J.C.P.Q por especio de seis meses, dicho proceso es de carácter obligatorio de conformidad con el código de niñez y adolescencia. Asimismo, se concede audiencia a las partes interesadas dentro del término de cinco días posteriores a la notificación de este edicto para ser escuchadas explicar la resolución y recibir prueba que deseen aportar dentro del proceso. Se le advierte que deberá señalar lugar o un fax o correo electrónico donde recibir notificaciones. Contra la presente resolución procede únicamente el recurso ordinario de apelación que deberá interponerse ante esta representación legal dentro de las cuarenta y ocho horas hábiles después de notificada la presente resolución, recurso que será resuelto por la Presidencia Ejecutiva de la entidad. Se previene a las partes involucradas en el Procesos que les asiste todo el derecho de hacerse asesorar o representar por un profesional en derecho, así como tener acceso al expediente administrativo para el estudio, revisión o fotocopias, expediente N° OLHN-00379-2015.—Oficina Local PANI-San Pablo de Heredia.—Licda. Indiahlay Castillo Hurtado, Representante Legal.—O.C. Nº 10203-202.—Solicitud Nº 336909.—( IN2022633233 ).

Al señor Heriberto Abraham Cabrera Jiménez, titular de la cédula de identidad número 602110566, sin más datos, se le comunica la resolución de las 13:02 horas del 22/03/2022 donde se Dicta resolución de archivo medida de Orientación, Apoyo y Seguimiento de conocimiento, en favor de la persona menor de edad Y.C.H Y R.S.H.A. Se le confiere audiencia Al señor Heriberto Abraham Cabrera Jiménez por cinco días hábiles, para que presente los alegatos de su interés, y ofrezca las pruebas que estime necesarias, y se le advierte que tiene derecho a hacerse asesorar y representar por abogados y técnicos de su elección, así como consultar el expediente en días y horas hábiles, se le hace la salvedad que para fotocopiar el expediente administrativo se cuenta con el horario de siete horas con treinta minutos y hasta las dieciséis horas en días hábiles, el cual permanecerá a su disposición en esta Oficina Local, ubicada en Puntarenas, Cantón Osa, Distrito Puerto Cortes, sita Ciudad Cortes, 75 metros norte de la pulpería Cinco Esquinas. Expediente OLOS-00154-2016.—Oficina Local Osa.—Lic. Olman Méndez Cortes, Representante Legal.—O. C Nº 10203-202.—Solicitud Nº 336914.—( IN2022633236 ).

A la señora Jocselyn Paola Jiménez Jiménez, número de identificación N° 116030959 de oficio y domicilio desconocido, se le comunica resolución administrativa de las 14 horas del 22 de marzo del año 2022, que revoca y deja sin efecto medida cautelar de cuido provisional en familia sustituta de las 7 horas del 30 minutos del 03 de marzo del año 2022 y en su lugar se ordena que la persona menor de edad K.A.J. retorne bajo autoridad parental de su progenitor Gerardo Arnoldo Alfaro Solano. Garantía de defensa: se informa que tienen derecho a hacerse asesorar y representar por abogados y técnicos de su elección, así como consultar el expediente en días y horas hábiles, el cual permanecerá a su disposición en esta oficina local, ubicada Guanacaste, Cañas del Banco Popular 250 metros norte, casa celeste con blanco a mano derecha. Se le advierte que deber señalar lugar conocido para recibir sus notificaciones, o bien, señalar número de facsímile para recibir aquellas notificaciones que pudieren practicarse por ese medio, en el entendido que de no hacerlo, o si el lugar señalado fuere impreciso, inexacto o llegare a desaparecer, o si el medio seleccionado fuere defectuoso, estuviere desconectado, sin suficiente provisión de papel o por cualquier otro modo no imputable a esta institución se interrumpiere la comunicación, las notificaciones futuras se realizaran por edicto. Recursos: se le hace saber, además, que contra la presente resolución procede el recurso de apelación, que deberán interponer ante esta Representación Legal dentro del plazo de cuarenta y ocho horas siguientes a la fecha de la última notificación a las partes, siendo competencia de la Presidencia Ejecutiva de esta institución, en el entendido que hacerlo fuera de dicho término el recurso deviene en inadmisible. (Artículo 139 del Código de la Niñez y Adolescencia). La presentación del recurso de apelación, no suspenderá la aplicación del acto recurrido, expediente Nº OLHN-00626-2014.—Oficina Local Cañas.—Licda. Johanna Matamoros Miranda, Representante Legal.—O.C. Nº 10203-202.—Solicitud Nº 337179.—( IN2022633559 ).

A Sergio Iván Ortiz Chancy, persona menor de edad: M.O.P, se le comunica la resolución de las trece horas cinco minutos del diecinueve de marzo del año dos mil veintidós donde se resuelve: otorgar proceso especial de protección: medida de abrigo temporal de la persona menor de edad en alternativa de protección, por un plazo de un mes, así como la resolución que se convoca a la audiencia el próximo treinta de marzo del año dos mil veintidós a las nueve horas. Notificaciones. Se le previene a la parte señalar casa, oficina o lugar, donde atender notificaciones, en el caso de no hacerlo, las resoluciones posteriores se tendrán por notificadas veinticuatro horas después de dictadas. Garantía de defensa: se les informa a la partes, que es su derecho hacerse asesorar o representar por un profesional en derecho de su elección, así como a tener acceso en la Oficina Local dentro de horas hábiles al estudio y revisión del expediente administrativo. Recursos: se le hace saber a las partes, que contra esta resolución procede el recurso de apelación, el que deberá interponerse ante este despacho, en forma verbal o por escrito dentro de las cuarenta y ocho horas, posteriores a la notificación, resolviendo dicho recurso la Presidencia Ejecutiva de la entidad, ubicada en San José, Barrio Luján, en horas hábiles de las siete a las quince y treinta horas. Para tal efecto pueden ofrecer, además, las pruebas que consideren pertinentes (Art 139 del Código de la Niñez y la Adolescencia). Dicho recurso será inadmisible si es presentado pasado el plazo indicado. La presentación del recurso de apelación, no suspenderá la aplicación del acto recurrido, expediente N° OLCA-00170-2021.—Oficina Local de Pavas.—Lic. Manuel Arroyo García, Órgano Director del Procedimiento.—O.C. Nº 10203-202.—Solicitud Nº 337183.—( IN2022633568 ).

A Margarita Pérez Medrano, persona menor de edad: M.O.P, se le comunica la resolución de las trece horas cinco minutos del diecinueve de marzo del año dos mil veintidós donde se resuelve: otorgar proceso especial de protección: medida de abrigo temporal de la persona menor de edad en alternativa de protección, por un plazo de un mes, así como la resolución que se convoca a la audiencia el próximo treinta de marzo del año dos mil veintidós a las nueve horas. Notificaciones. Se le previene a la parte señalar casa, oficina o lugar, donde atender notificaciones, en el caso de no hacerlo, las resoluciones posteriores se tendrán por notificadas veinticuatro horas después de dictadas. Garantía de defensa: se les informa a la partes, que es su derecho hacerse asesorar o representar por un profesional en derecho de su elección, así como a tener acceso en la Oficina Local dentro de horas hábiles al estudio y revisión del expediente administrativo. Recursos: se le hace saber a las partes, que contra esta resolución procede el recurso de apelación, el que deberá interponerse ante este despacho, en forma verbal o por escrito dentro de las cuarenta y ocho horas, posteriores a la notificación, resolviendo dicho recurso la Presidencia Ejecutiva de la entidad, ubicada en San José, Barrio Luján, en horas hábiles de las siete a las quince y treinta horas. Para tal efecto pueden ofrecer, además, las pruebas que consideren pertinentes (Art 139 del Código de la Niñez y la Adolescencia). Dicho recurso será inadmisible si es presentado pasado el plazo indicado. La presentación del recurso de apelación, no suspenderá la aplicación del acto recurrido, expediente N° OLCA-00170-2021.—Oficina Local de Pavas.—Lic. Manuel Arroyo García, Órgano Director del Procedimiento.—O.C. Nº 10203-202.—Solicitud Nº 337184.—( IN2022633570 ).

A Jason Gerardo Badilla Cantillano, cédula N° 503620503, se le comunica que se tramita en esta Oficina Local, proceso especial de protección en favor de G.M.O.S. y J.F.B.S. y que mediante la resolución de las 15:00 horas del 22 de marzo del 2022, se resuelve: I.- Se dicta y mantiene el cuido provisional ordenado en la resolución de las 16 horas del 2 de marzo del 2022 de las personas menores de edad, por el plazo indicado en la presente resolución. Igualmente se mantiene lo dispuesto en la resolución de las 16 horas del 2 de marzo del 2022, en lo no modificado por la presente resolución. La medida de cuido provisional tendrá una vigencia de tres meses y terminado el plazo indicado se continuará con la medida de orientación, apoyo y seguimiento, hasta completar el plazo de seis meses. Como se indicó, esta representación mantiene la medida de cuido provisional por espacio de tres meses, tiempo prudencial, para que los progenitores puedan adherirse a los procesos a los que se le remite, y dar signos de que efectivamente esas situaciones no se volverán a presentar, siendo que en caso de que no se vuelvan a dar situaciones como las que generaron la intervención institucional y siendo que las personas menores de edad indican su anhelo de retornar a su hogar, entonces luego del término de los tres meses, sin que se hayan presentado nuevas denuncias o situaciones violatorias a los derechos de las personas menores de edad, entonces el proceso especial de protección, se seguirá con medida de orientación, hasta completar el lapso de seis meses, debiendo la profesional de seguimiento institucional a cargo del presente expediente, proceder a dar el seguimiento respectivo a la situación de las personas menores de edad, a fin de verificar que las mismas se encuentran en un ambiente apto y contenedor para las mismas, debiendo presentar el informe respectivo, la profesional de seguimiento. Las personas menores de edad se mantendrán en el siguiente recurso de ubicación, así: en el recurso de ubicación de su abuelo materno el señor César Solano Masís y la señora Azucena Barahona. II.- La presente medida de protección de cuido provisional tiene una vigencia de hasta tres meses contados a partir del primero de marzo del dos mil veintidós y con fecha de vencimiento primero de junio del dos mil veintidós, esto en tanto no se modifique en vía judicial o administrativa. Por su parte se dicta conjuntamente, medida de orientación apoyo y seguimiento por espacio de seis meses, como se indicó anteriormente. La presente medida de protección de orientación, apoyo y seguimiento familiar tiene una vigencia de hasta seis meses contados a partir del primero de marzo del dos mil veintidós y con fecha de vencimiento primero de setiembre del dos mil veintidós, esto en tanto no se modifique en vía judicial o administrativa. III.- Procédase a dar el respectivo seguimiento. IV.- Se le ordena a Eusebio Ferlini Barrios y Heypol Milena Rodríguez Blanco, que deben someterse a la orientación, apoyo y seguimiento a la familia, que le brindará esta institución en el tiempo y forma que se les indique. V.- Se le ordena a Verny César Ordóñez Guzmán y Gabriela María Solano Cruz, la inclusión a un programa oficial o comunitario de auxilio a la familia de escuela para padres o academia de crianza. VI.- Interrelación familiar supervisada de los progenitores: se dicta medida de interrelación familiar supervisada por parte de los progenitores a las personas menores de edad, tres veces por Semana. Siendo la interrelación familiar un derecho de las personas menores de edad, se autoriza el mismo a favor de los progenitores en forma supervisada tres días por semana y en común acuerdo con la parte cuidadora, y siempre y cuando no entorpezca en cualquier grado, la formación integral de las personas menores de edad, y que los progenitores no realicen conflicto en el hogar de las personas cuidadoras; y siempre y cuando las personas menores de edad lo quieran. Por lo que deberán coordinar respecto de las personas menores de edad indicadas con las personas cuidadoras nombradas, lo pertinente al mismo y quienes como encargadas de las personas menores de edad bajo su cuidado, deberán velar por la integridad de las personas menores de edad, durante la interrelación familiar. Se deberá tomar en cuenta para efectos de la interrelación los horarios laborales respectivos –tanto de las personas cuidadoras como de los progenitores, así como los horarios lectivos de las personas menores de edad, a fin de no menoscabar el derecho de interrelación respectivo, pero tampoco el derecho de educación de las personas menores de edad. Igualmente, la parte cuidadora y los progenitores, previo acuerdo, podrán variar el sitio donde se realizará la interrelación, a fin de que las personas menores de edad se sientan cómodas y tranquilas y puedan disfrutar de otros sitios de esparcimiento, sin embargo, dicha interrelación en cualquier otro sitio, deberá realizarse igualmente de forma supervisada. Se apercibe a los progenitores, que en el momento de realizar la interrelación familiar a las personas menores de edad, deberán evitar conflictos que puedan afectar el derecho de integridad y desarrollo integral de las personas menores de edad. VII.- Medida de atención psicológica a las personas menores de edad: se ordena a las personas cuidadoras nombradas, insertar en valoración y tratamiento psicológico a las personas menores de edad. VIII.- Se le apercibe a los progenitores que deberán cumplir y coordinar lo respectivo a sus obligaciones parentales con las respectivas personas cuidadoras, en cuanto a aportar económicamente para la manutención de las personas menores de edad IX.- Se le apercibe a los progenitores, que deberán abstenerse de exponer a las personas menores de edad, a situaciones de riesgo, debiendo aprender a controlar sus impulsos, debiendo abstenerse de exponer a las personas menores de edad a violencia intrafamiliar, agresión verbal, emocional o física, y que deberán abstenerse de ejecutar castigo físico, agresión verbal y/o emocional como medida de corrección disciplinaria. Se les apercibe a que no pueden exponer a las personas menores de edad a situaciones de agresión física o emocional, ni violencia intrafamiliar, ni en general situaciones que menoscaben su derecho de integridad. X.- Se le apercibe a los progenitores que cuando retornen las personas menores de edad a su hogar, bajo ninguna circunstancia podrán permitir la presencia de la tía Yerlin y su ingesta de alcohol en el hogar ni en ningún otro lado en las que puedan estar expuestas las personas menores de edad. Igualmente se le apercibe a los progenitores que bajo ninguna situación, deberán ingerir alcohol en presencia de las personas menores de edad. XI.- Medida de IAFA: se ordena a los progenitores Verny César Ordóñez Guzmán y Gabriela María Solano Cruz insertarse en valoración y tratamiento que al efecto tenga el IAFA. XII.- Medida cautelar de WEM: se ordena al progenitor Verny César Ordóñez Guzmán, insertarse en valoración y tratamiento que al efecto tenga el Instituto WEM. XIII.- Medida de atención psicológica: se ordena al progenitor Verny César Ordóñez Guzmán, insertarse en valoración y tratamiento psicológico que al efecto tenga la Caja Costarricense de Seguro Social, o algún otro de su escogecia, XIV.- Medida de INAMU: se ordena a la progenitora Gabriela María Solano Cruz, insertarse en valoración y tratamiento que al efecto tenga el INAMU. XV.- Se les informa a los progenitores para efectos de organización interna, que la eventual profesional de seguimiento, sería la Licda. Guisella Sosa, o la persona que la sustituya. Igualmente se les informa, que se otorgaron las siguientes citas de seguimiento –conforme disponibilidad de agenda- que se llevaran a cabo en esta Oficina Local, para atender a los progenitores, las personas cuidadoras y las personas menor es de edad, en las fechas que se indican: -Miércoles 18 de mayo del 2022 a las 10:00 a.m. -Miércoles 10 de agosto del 2022 a las 8:00 a.m. XVI.- En otro orden de ideas, visto el recurso de apelación interpuesto por los progenitores se dispone elevar el recurso de apelación interpuesto y siendo que los recursos de apelación son de conocimiento de la Presidencia Ejecutiva, se procede a elevar el recurso de apelación visible a folios 75 al 79 del expediente administrativo a la Presidencia Ejecutiva. En consecuencia, se eleva el expediente a la Presidencia Ejecutiva para que conozca el recurso de apelación presentado. Se emplaza a las partes, para que en el término de tres días hábiles se presenten ante el superior Presidencia Ejecutiva, a hacer valer sus derechos, en horas hábiles de 7:30 horas a las 16:00 horas, y señalen casa u oficina o medio donde recibir notificaciones de alzada, dentro del perímetro de un kilómetro a la redonda de la Presidencia Ejecutiva en el caso de señalamiento de casa u oficina. Igualmente pueden establecer correo electrónico o fax para recibir notificaciones. Se le hace saber a la parte recurrente, que la interposición del recurso de apelación, no suspende el acto administrativo dictado en este caso. Ahora bien, siendo que en el presente caso, ya hubo modificación parcial de la resolución inicial y lo cual tiene relación a lo apelado, se le apercibe a la parte recurrente, manifestar por escrito firmado por ambos progenitores, en el plazo de un día hábil si desiste de dicho recurso de apelación. Garantía de defensa y audiencia: se previene a las partes involucradas en el presente Proceso, que les asiste todo el derecho de hacerse asesorar o representar por un profesional en derecho, aunque para apersonarse al proceso no requieren la participación obligatoria de un abogado; así mismo se les previene que tienen derecho a tener acceso al expediente administrativo para el estudio, revisión y/o fotocopias. Notifíquese la presente resolución, con la advertencia a las partes de que deben señalar lugar dentro del perímetro de un kilómetro a la redonda de esta oficina local, fax o correo electrónico donde recibir notificaciones, con la advertencia de que, en caso de no hacerlo o si el lugar fuera inexacto, impreciso, o llegara a desaparecer o el medio seleccionado fuera defectuoso, estuviera desconectado, sin suficiente provisión de papel o por cualquier otro modo no imputable a esta institución se interrumpiera la comunicación, las resoluciones futuras quedarán notificadas veinticuatro horas después de ser dictadas. En contra de la presente resolución procede únicamente el recurso ordinario de apelación que deberá interponerse ante esta Representación Legal dentro de las 48 horas siguientes a la notificación de la presente resolución, Recurso que será resuelto por la Presidencia Ejecutiva de la entidad. Se le hace saber a las partes, que la interposición del recurso de apelación, no suspende la medida de protección dictada, expediente Nº OLLU-00086-2022.—Oficina Local de La Unión.—Licda. Karla López Silva, Representante Legal.—O.C. Nº 10203-202.—Solicitud Nº 337182.—( IN2022633572 ).

Al señor Jonathan Jeudi Oreamuno Fallas, titular de la cédula de identidad número 603390063, sin más datos, se le comunica la resolución de las 12:41 horas del 21/03/2022 donde se dicta Resolución Administrativa Orientación, Apoyo y Seguimiento de conocimiento, en favor de la persona menor de edad J.O P. Se le confiere audiencia al señor Jonathan Jeudi Oreamuno Fallas por cinco días hábiles, para que presente los alegatos de su interés, y ofrezca las pruebas que estime necesarias, y se le advierte que tiene derecho a hacerse asesorar y representar por abogados y técnicos de su elección, así como consultar el expediente en días y horas hábiles, se le hace la salvedad que para fotocopiar el expediente administrativo se cuenta con el horario de siete horas con treinta minutos y hasta las dieciséis horas en días hábiles, el cual permanecerá a su disposición en esta Oficina Local, ubicada en Puntarenas, cantón Osa, distrito Puerto Cortés, sita Ciudad Cortés, 75 metros norte de la pulpería Cinco Esquinas, expediente N° OLOS-00197-2016.—Oficina Local Osa.—Lic. Olman Méndez Cortés, Representante Legal.—O.C. Nº 10203-202.—Solicitud Nº 337189.—( IN2022633573 ).

A los señores Jorlene Salvadora Zelaya Reyes, de nacionalidad nicaragüense, con pasaporte número CO dos dos nueve uno ocho nueve cinco, y al señor Maycol Noel Castillo Carrasco, de nacionalidad costarricense, de calidades desconocidas se les comunica la resolución de las nueve horas con treinta minutos del veintitrés de marzo de dos mil veintidós, dictada por la Oficina Local de Alajuela, mediante la cual “Corríjase Error Material de la resolución de las ocho horas cuarenta y un minutos del veintitrés de marzo de dos mil veintiuno en el tanto el nombre de la progenitora de la persona menor de edad M.Y.C.Z es Jorlene Salvadora Zelaya Reyes. Notifíquese la presente resolución administrativa a los interesados por medio de edicto con la advertencia de que tienen que señalar casa u oficina dentro de la competencia territorial de esta Oficina Local para atender notificaciones, en el entendido de que si no lo hacen las resoluciones posteriores se tendrán por notificadas dentro de las próximas veinticuatro horas después de ser dictadas. Se advierte a los interesados que contra esta resolución procede el recurso de apelación que deberá interponerse dentro del plazo de cuarenta y ocho horas siguientes a la notificación, lo cual se podrá hacer de forma verbal o por escrito; dicho recurso será resuelto por la Presidencia Ejecutiva del Patronato Nacional de la Infancia, cuya sede es en San José. Notifíquese. En sustitución por la Oficina Local de Alajuela, N° OLAO-00379-2018.—MSC. Suheylin Campos Carrillo, Representante Legal.—O.C. Nº 10203-202.—Solicitud Nº 337193.—( IN2022633574 ).

A la señora Jorlene Salvadora Zelaya Reyes, de nacionalidad nicaragüense, con pasaporte número CO dos dos nueve uno ocho nueve cinco, se les comunica la resolución de las ocho horas y cuarenta y un minutos del veintitrés de marzo de dos mil veintidós, dictada por la Oficina Local de Alajuela, mediante la cual “Se ordena revocar medida de inclusión a Programa de Auxilio a favor de la persona menor de edad M.Y.C.Z , en el ámbito formativo-educativo, socio terapéutico y psicopedagógico del Programa Socio Educativo Formativo y de Residencia Transitoria de la Asociación al Niño con Cariño. Se ordena el archivo del presente proceso administrativo y expediente N° OLAO-00379-2018, debido a que la persona menor de edad se encuentra en Nicaragua, bajo autoridad parental y no se tiene previsto o bien definido fecha de retorno al país o bien si lo van a hacer”. Se advierte a los interesados que contra esta resolución procede el recurso de apelación que deberá interponerse dentro del plazo de cuarenta y ocho horas siguientes a la notificación, lo cual se podrá hacer de forma verbal o por escrito; dicho recurso será resuelto por la Presidencia Ejecutiva del Patronato Nacional de la Infancia, cuya sede es en San José. Notifíquese. En sustitución por la Oficina Local de Alajuela, N° OLAO-00379-2018.—MSC. Suheylin Campos Carrillo, Representante Legal.—O.C. Nº 10203-202.—Solicitud Nº 337195.—( IN2022633581 ).

Al señor Luis Armando Sandoval Quirós, costarricense, número de identificación 115280512, se desconocen otros datos, se le notifica la resolución de las 08:08 del 10 de agosto del 2021 en la cual la oficina local San José Este del PANI dicta medida de protección de abrigo temporal en el expediente administrativo de la persona menor de edad Y.D.T.D. Se le confiere audiencia a las partes por tres días hábiles, para que presente los alegatos de su interés y ofrezca las pruebas que estime necesarias, y se le advierte que tiene derecho a hacerse asesorar y representar por abogados y técnicos de su elección, así como consultar el expediente en días y horas hábiles. Se advierte a la parte que se debe señalar lugar o medio para atender notificaciones futuras, bajo el apercibimiento de que, si no lo hiciere, las resoluciones posteriores se le tendrán por notificadas con el transcurso de veinticuatro horas. Notifíquese, expediente Nº OLSJE-00095-2018.—Oficina Local San José Este.—Licda. Sara Cárdenas Rodríguez, Representante Legal.—O.C. Nº 10203-202.—Solicitud Nº 337185.—( IN2022633586 ).

Al señor Maycol Noel Castillo Carrasco, de nacionalidad nicaragüense, de calidades desconocidas, se le comunica la resolución de las ocho horas y cuarenta y un minutos del veintitrés de marzo de dos mil veintidós, dictada por la Oficina Local de Alajuela, mediante la cual “Se ordena revocar medida de inclusión a programa de auxilio a favor de la persona menor de edad M.Y.C.Z, en el ámbito Formativo-Educativo, Socio Terapéutico y Psicopedagógico del programa socio educativo formativo y de residencia transitoria de la Asociación al Niño con Cariño. Se ordena el archivo del presente proceso administrativo y expediente N° OLAO-00379-2018, debido a que la persona menor de edad se encuentra en Nicaragua, bajo autoridad parental y no se tiene previsto o bien definido fecha de retorno al país o bien si lo van hacer”. Se advierte a los interesados que contra esta resolución procede el recurso de apelación que deberá interponerse dentro del plazo de cuarenta y ocho horas siguientes a la notificación, lo cual se podrá hacer de forma verbal o por escrito; dicho recurso será resuelto por la Presidencia Ejecutiva del Patronato Nacional de la Infancia, cuya sede es en San José. Notifíquese. En sustitución por la Oficina Local de Alajuela, N° OLAO-00379-2018.—MSC. Suheylin Campos Carrillo, Representante Legal.—O.C. Nº 10203-202.—Solicitud Nº 337196.—( IN2022633590 ).

Al señor Guillermo Antonio Jiménez Lizano, costarricense, número de identificación N° 205360640. Se le comunica la resolución de las 12 horas 30 minutos del 31 de diciembre del 2021 y la de las 10 horas 25 minutos del 21 de enero del 2022, mediante la cual se resuelve la resolución de medida cautelar de cuido provisional de las personas menores de edad M. F. J. A y A. K. J. A y resolución para mantener medidas de protección de cuido provisional de las personas menores de edad M. F. J. A y A. K. J. A. Se le confiere audiencia al señor Guillermo Antonio Jiménez Lizano por tres días hábiles, para que presente los alegatos de su interés y ofrezca las pruebas que estime necesarias y se le advierte que tiene derecho a hacerse asesorar y representar por abogados y técnicos de su elección, así como consultar el expediente en días y horas hábiles, y solicitar las copias del mismo, el cual permanecerá a su disposición en esta oficina local, ubicada en Upala, trescientos metros este del Hospital, N° OLSCA-00129-2013.—Oficina Local de Upala-Guatuso.—Licda. Milena Núñez Cruz, Representante Legal.—O.C. Nº 10203-202.—Solicitud Nº 337198.—( IN2022633592 ).

AUTORIDAD REGULADORA

DE LOS SERVICIOS PÚBLICOS

DIRECCIÓN GENERAL DE ATENCIÓN AL USUARIO

AUDIENCIA PÚBLICA VIRTUAL

La Autoridad Reguladora de los Servicios Públicos, de acuerdo con el OF-0069-CDR-2022, convoca a audiencia pública virtual la propuesta que se detalla a continuación: 

Propuesta de modificación parcial a la “metodología para fijación ordinaria de tarifas para el servicio de transporte remunerado de personas, modalidad autobús”, establecida mediante la resolución RJD-035-2016 y sus reformas. Expediente IRM-001-2022

La propuesta de modificación parcial se aplicará sobre la metodología para fijación ordinaria para el servicio de transporte remunerado de personas, modalidad autobús. Esta metodología se utiliza para atender las solicitudes de fijación tarifaria ordinaria planteadas por parte de los prestadores del servicio u otros actores facultados por el artículo 30 de la Ley Nº 7593, así como para efectuar fijaciones tarifarias de oficio, por parte de la Aresep.

La modificación parcial que se plantea busca incorporar ajustes en el mecanismo del volumen mensual de pasajeros aproximado, basado en el esquema operativo autorizado y la cantidad de pasajeros por carrera según la categoría de la ruta / ramal, de modo que sea posible considerar los efectos en la movilización de pasajeros en este servicio debido a las directrices dictadas por el Consejo de Transporte Público (CTP) como Ente Rector, así como las oportunidades de mejora que se han detectado sobre este tema en los procesos de fijación tarifaria ordinaria que ejecuta la Intendencia de Transporte.  Adicionalmente, se identificó la necesidad de establecer en forma expresa en los requisitos de admisibilidad, que los operadores deben estar al día en sus obligaciones legales durante todo el proceso de fijación tarifaria. 

A partir de lo anterior se proponen las siguientes modificaciones:

I.          Se modifica en la sección “4.7. 1.a. Mecanismos para la determinación del volumen mensual de pasajeros” los siguientes aspectos:

a)         El plazo máximo para que la Aresep tramite una nueva fijación tarifaria en la que se haya utilizado el mecanismo de volumen mensual de pasajeros aproximado, de manera que pase de uno a tres años.

b)         El criterio de verificación de consistencia lógica y técnica de los datos mensuales reportados para que la información completa corresponda a que los datos se reporten todos los meses para todos los ramales autorizados, dejando la posibilidad que por condiciones particulares de la operación como por ejemplo que no se brinde el servicio un día o se incluya flota de refuerzo sea impedimento para que esos datos sean validables según los mecanismos dispuestos en la misma sección de la metodología.

II.       Se adiciona a la sección “4.13.1.c) Requisitos de admisibilidad”, el texto para que, en las solicitudes de fijación tarifaria presentadas por los prestadores del servicio público, los operadores deben estar al día con sus obligaciones legales durante todo el proceso de fijación tarifaria.

III.         Se incorpora en la sección “4.13.2.b. Procedimiento para determinar el volumen mensual de pasajeros aproximado según la categoría del ramal / ruta y el esquema operativo autorizado” una regla adicional de modo que cuando sea necesario utilizar el mecanismo de volumen mensual de pasajeros aproximado por ramal, éste sea comparado con el volumen mensual de pasajeros de ese ramal que haya sido reportado por el operador en el Sistema de Información Regulatoria (SIR), durante el último año con respecto a la apertura de expediente tarifario, de manera tal que en el cálculo tarifario se utilice el dato mayor entre ambos.

NOTA:  Esta propuesta se somete a audiencia pública según lo establecido en el acuerdo de la Junta Directiva número 09-12-2022 de la sesión ordinaria 12-2022, celebrada el 08 de marzo de 2022, ratificada el 15 de marzo del mismo año.

La Audiencia Pública virtual (*) se realizará el jueves 28 de abril del 2022 a las 17 horas con 15 minutos (5:15 p.m.). por medio de la Plataforma Cisco Webex.  El enlace para participar en la audiencia pública virtual es: https://aresep.go.cr/participacion/audiencias/irm-001-2022

Los interesados pueden presentar una posición a favor o en contra, indicando las razones; por dos vías:

           De forma oral en la audiencia pública virtual, registrándose hasta el miércoles 27 de abril 2022 a través de un correo electrónico a la dirección: consejero@aresep.go.cr indicando: nombre completo, número de cédula, medio de notificaciones y número de teléfono, se debe adjuntar copia de su cédula de identidad. El día de la audiencia se enviará un enlace al correo electrónico registrado, para poder hacer uso de la palabra en la audiencia virtual.  

           Mediante escrito firmado presentado en las oficinas de la Aresep en horario de 8:00 am a 4:00 pm; hasta el día y hora de inicio de la audiencia, por medio del fax 2215-6002 o del correo electrónico (**): consejero@aresep.go.cr

En ambos casos presentar fotocopia de la cédula (personas físicas), correo electrónico, número de fax o dirección exacta para notificaciones. 

Las personas jurídicas pueden participar por medio del representante legal aportando una certificación de personería jurídica vigente. 

Además, se invita a una exposición explicativa y evacuación de dudas de la propuesta, que se transmitirá el lunes 04 de abril del 2022 a las 17:00 horas (5:00 p.m.) en el perfil de Facebook de la Aresep y al día siguiente la grabación de esta estará disponible en la página www.aresep.go.cr. Las dudas o consultas por escrito se recibirán hasta el lunes 18 de abril del 2022 al correo electrónico consejero@aresep.go.cr, mismas que serán evacuadas a más tardar el miércoles 27 de abril de 2022.

Esta audiencia pública se tramita bajo el expediente IRM-001-2022 y se puede consultar en las instalaciones de la ARESEP en horario de 8:00 am a 4:00 pm o descargando el expediente en la dirección electrónica: www.aresep.go.cr participación ciudadana, consulte un expediente digital.

Para asesorías e información adicional comuníquese con el Consejero del Usuario al correo electrónico consejero@aresep.go.cr  o a la línea gratuita número 8000 273737.

(*) Es necesario que la computadora o el teléfono inteligente con el que se conecte tenga conexión constante a internet. En caso de problemas o dudas para conectarse a la audiencia puede llamar al 2506-3200 extensión 1216.  En la página web de Aresep, se encuentran los instructivos que le ayudarán a conectarse a la audiencia.

(**) La posición enviada por correo electrónico, debe estar suscrita mediante firma digital o el documento con la firma debe ser escaneado y el tamaño no puede exceder a 10,5 megabytes.

Gabriela Prado Rodríguez.—1 vez.—O.C. Nº 0822202210380.— Solicitud Nº 337604.—( IN2022634015 ).

JUNTA DE PROTECCIÓN SOCIAL

ADMINISTRACIÓN DE CAMPOSANTOS

Con fundamento en el Decreto Ejecutivo N° 21384-S en su artículo 15, Reglamento para la Administración de los Cementerios de la Junta de Protección Social de San José, publicado en La Gaceta N° 143 del 28 de julio de 1992, así como oficio JPS AJ 453 de la Licda. Mercia Estrada Zúñiga, abogada asesora jurídica con fecha 24 de mayo 2021 y la declaración jurada rendida ante el notario público Lic. Fabián Quesada Mora, la Gerencia General, representada por la Máster Marilin Solano Chinchilla, cédula N° 900910186, mayor, separada judicialmente, vecina de Cartago, autoriza acogiendo el criterio legal, el traspaso del derecho de arriendo del Cementerio General, mausoleo 13, lado sur, línea tercera, cuadro 2 ampliación oeste, propiedad 6432 inscrito al tomo 10, folio 467 al señor Marcelo Jiménez Calderón, cédula N° 102470629.

Si en el plazo de quince días a partir de la publicación del aviso, no hay oposición, se autoriza a la Administración de Camposantos, para que comunique al interesado lo resuelto.

San José, 29 de julio 2021.—Mileidy Jiménez Matamoros.— 1 vez.—( IN2022633447 ).

AVISOS

CONVOCATORIAS

CARALCO S. A.

Caralco S. A., cédula jurídica N° 3-101-224074, convoca a asamblea general ordinaria y extraordinaria de accionistas, a celebrar en su domicilio social a las 9 horas del día 11 de abril de 2022, segunda convocatoria a las 10 horas de esa fecha. Agenda: nombramientos de junta directiva, fiscal y agente residente.—San José, 24 de marzo de 2022.—Napoleón Echeverría Alfaro, presidente de Caralco S. A..—Luis Paulino Sandi Angulo, albacea en sucesión de Carmen Alfaro Cortés.—( IN2022634244 ).                                         2 v. 1.

AVISOS

PUBLICACIÓN DE SEGUNDA VEZ

UNIVERSIDAD INTERACIONAL DE LAS AMÉRICAS

La Universidad Internacional de Las Américas hace constar que, ante la Oficina de Registro, se ha presentado por parte de la señorita Villafranca Salom Lyannette, cédula de identidad uno cero ocho uno uno cero seis ocho cinco, la solicitud de reposición de su Título de Bachillerato en Administración de Empresas, emitido por esta Universidad, registrado en el libro de títulos bajo el Tomo 2, Folio 167, Asiento 1049 con fecha del 29 de diciembre de 1993. La señorita Villafranca Salom solicita la reposición del mismo por haber extraviado el original. Se publica este edicto con el fin de escuchar oposiciones a dicha reposición, dentro del término de 15 días hábiles a partir de la tercera publicación en el Diario Oficial La Gaceta. Se emite el presente, a solicitud de la interesada, a los ocho días del mes de marzo del dos mil veintidós.—Doctor Máximo Sequeira Alemán, Rector.—( IN2022632756 ).

SOCIEDAD CENTRAL AZUCARERA TEMPISQUE S.A.

Núñez Arias Leonel, cédula número 2-0388-0104, tramita por extravío, la reposición del título definitivo de Acciones número 0001641 B, que ampara 10 acciones comunes y nominativas con un valor facial Mil colones cada una de la Sociedad Central Azucarera Tempisque S.A. Quienes se consideren afectados, podrán dirigir sus oposiciones a las oficinas de Central Azucarera Tempisque S.A., situadas en Guardia, Liberia, Guanacaste, 6.5 kilómetros al oeste de la Escuela Pública de la localidad, dentro del plazo indicado en el artículo 689 del Código de Comercio.—Leonel Núñez Arias.—( IN2022633003 ).

PUBLICACIÓN DE PRIMERA VEZ

THE INTERPUBLIC GROUP OF COMPANIES INC

El suscrito: Robert (nombre) Dobson (apellido), de un único apellido en razón de su nacionalidad estadounidense, portador del pasaporte de su país N° 567228993, en su condición de representante legal con suficientes facultades para este acto de la sociedad: The Interpublic Group of Companies Inc., una compañía debidamente organizada y existente de conformidad con las leyes del Estado de Delaware, Estados Unidos de América, con número de identificación: 0288828, quien es propietaria de la totalidad del capital social de Mccann Erickson Centroamericana (Costa Rica) S. A., cédula jurídica N° 3-101-008431, informa sobre el extravío de los Certificados de Acciones de dicha sociedad, los cuales se repondrán en virtud del referido extravío y conforme al artículo 689 del Código de Comercio. Sr. Robert Dobson, pasaporte N° 567228993; teléfono: 2201-3800. Nueva York.—Estados Unidos de América, 15 de febrero del 2022.— Robert Dobson, Representante Legal.—( IN2022633156 ).

GAP INVERSIONISTAS S. A. DE C.V.

Ante esta Notaría, Jose Ignacio García de la Paz, portador del pasaporte mexicano número G 36383976, solicita la transferencia del nombre comercial bajo el número de registro 185736 de la marca “TODO PARA SUS PIES” a la sociedad GAP Inversionistas S. A. de C.V., domiciliada en México, representada por Jose Ignacio García de la Paz Regalado, portador del pasaporte mexicano número G 05681454; se cita a los acreedores e interesados para que se presenten a hacer valer sus derechos dentro del término de quince días a partir de la primera publicación.—San José, 22 de marzo de 2022.—Víctor Hugo Fernández Mora.—( IN2022633271 ).

UNIVERSIDAD CASTRO CARAZO

DEPARTAMENTO DE REGISTRO

El Departamento de Registro de la Universidad Castro Carazo, informa que se ha extraviado el Título de Bachillerato en Ingeniería Informática registrado en el control de emisiones de título tomo 2, folio 24, asiento 10748 con fecha de 13 de marzo del 2009 a nombre de Edgar Miranda Gómez cédula número: uno cero ocho cuatro cuatro cero uno cuatro uno se publica este edicto para oír oposiciones a la reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la tercera publicación en La Gaceta.—San José, 17 de marzo del 2022.—Ing. Alejandra González López.—( IN2022633382 ).

REPOSICIÓN ACCIONES

El suscrito, Robert (nombre) Dobson (apellido), de un único apellido en razón de su nacionalidad estadounidense, portadora del pasaporte de su país número 567228993, en su condición de representante legal, con suficientes facultades para este acto de la sociedad Mccan Erickson Marketing, Inc., una compañía debidamente organizada y existente de conformidad con las leyes del Estado de Nueva York, Estados Unidos de América, con número de identificación 165725, quien es propietaria de la totalidad del capital social de la sociedad Mccan Worldgroup Costa Rica S. A., persona jurídica N° 3-101-273903 informa sobre el extravío de los Certificados de Acciones de dicha sociedad, los cuales se repondrán en virtud del referido extravío y conforme al artículo 689 del Código de Comercio.—Nueva York, Estados Unidos de América, 15 de febrero del 2022.—Sr. Robert Dobson, pasaporte 567228993; teléfono: 2201-3800.—( IN2022633155 ).

IGUANA OROSI CIENTO UNO A S. A.

La sociedad Iguana Orosi Ciento Uno A Sociedad Anónima”, cédula jurídica de la sociedad es tres-ciento uno-tres nueve uno dos cuatro seis, solicita ante esta Notaría Pública y el Registro Mercantil; la reposición por extravío de los libros legales: Actas de Asamblea General de Socios, tomo uno, Registro de Socios, tomo uno de esta sociedad. Quien se considere afectado puede manifestar su oposición ante el Registro Mercantil o esta Notaría, en el término de ocho días hábiles contados a partir de la última publicación del edicto en el Diario Oficial La Gaceta. Licenciado José Juan Sánchez Chavarría, Notario Público código 7353. Av. Pastor Díaz, costado este de Municipalidad de Garabito, Jacó, Garabito. email: costaricalaw@yahoo.com o Licenciado Eduardo Ajoy Zeledón, código 15661, eajoyz@lawyer.com. Es todo.—San José, 22 de marzo del 2022.—Lic. Eduardo Ajoy Zeledón, Notario.—( IN2022633525 ).

PUBLICACIÓN DE UNA VEZ

CHÉVERE DEL SUR S.A.

A solicitud del presidente, de la sociedad Chévere del Sur S.A., cédula jurídica N° 3-101-131348, domicilio en Alajuela, Alajuela Turrúcares, costado oeste de la plaza de deportes, se realizará la reposición de los tres libros legales. Quien se considere afectado puede manifestar su oposición ante el Registro de Personas Jurídicas o al correo electrónico notificaciones@sbs.cr, en el término de ocho días hábiles, a partir de la publicación de este aviso.—San José, 22 de marzo del 2022.—Sergio David Solano Ortiz.—1 vez.— ( IN2022632976 ).

RET DE OCCIDENTE SOCIEDAD ANONIMA

Yo, Sonia Lorena Acuña Navarro, cédula de identidad número 105570504 en mi condición de Presidente con facultades de Apoderado Generalísimo sin Límite de Suma, de la sociedad Ret de Occidente Sociedad Anónima, cédula de persona jurídica 3-101-691457, de conformidad con el artículo 14 del Reglamento del Registro Nacional para la Legalización de Libros de Sociedades Mercantiles, solicito la reposición del libro número uno de Junta Directiva y de Registro de Accionistas, por haberse extraviado dichos libros. Quien se considere afectado puede manifestar su oposición ante la Notaría de la Licenciada Ana Felicia Quirós Alvarado, en la Ciudad de Cartago, del Registro Civil, doscientos metros al Sur y cincuenta metros al Oeste, dentro del término de ocho días contados a partir de la única publicación del Diario Oficial La gaceta.—Cartago, 21 de marzo de 2022.—Sonia Lorena Acuña Navarro.—1 vez.—( IN 2022633179 ).

EL AMANECER SOCIEDAD ANÓNIMA

De conformidad con el Reglamento del Registro Nacional para la Legalización de libros de Sociedades Mercantiles se avisa que la sociedad denominada El Amanecer Sociedad Anónima, titular de la cédula de persona jurídica número 3-101-033621, procederá con la reposición por motivo de extravío del Libro de Actas de Junta Directiva, por lo que procederá con la emisión del Tomo II de dicho libro, en formato de hojas removibles. Lo anterior, con fundamento en el artículo 14 del citado Reglamento.—San José, 15 de marzo del 2022.—Jorge Reifer Zonzinski, Vicepresidente.—Eduardo Reifer Zonzinski, Vocal.—1 vez.—( IN2022633325 ).

PUESTA DEL SOL SOCIEDAD ANÓNIMA

De conformidad con el Reglamento del Registro Nacional para la Legalización de libros de Sociedades Mercantiles se avisa que la sociedad denominada Puesta del Sol Sociedad Anónima, titular de la cédula de persona jurídica número 3-101-034410, procederá con la reposición por motivo de extravío del Libro de Actas de Junta Directiva, por lo que procederá con la emisión del Tomo II de dicho libro, en formato de hojas removibles. Lo anterior, con fundamento en el artículo 14 del citado Reglamento.—San Jose, 11 de marzo del 2022.—Jorge Reifer Zonzinski y Eduardo Reifer Zonzinski, Vicepresidente y Vocal.—1 vez.—( IN2022633326 ).

PROREIZON SOCIEDAD ANÓNIMA

De conformidad con el Reglamento del Registro Nacional para la Legalización de libros de Sociedades Mercantiles, se avisa que la sociedad denominada: Proreizon Sociedad Anónima, titular de la cédula de persona jurídica N° 3-101-019453, procederá con la reposición por motivo de extravío del libro de Actas de Junta Directiva, por lo que procederá con la emisión del tomo II de dicho libro, en formato de hojas removibles. Lo anterior, con fundamento en el artículo 14 del citado Reglamento.—San Jose, 15 de marzo del 2022.—Eduardo Reifer Zonzinski Y Jorge Reifer Zonzinski, Vicepresidente y Tesorero.—1 vez.—( IN2022633327 ).

LABORATORIO LABKHER, SOCIEDAD ANÓNINA

Laboratorio Labkher, Sociedad Anónima, cédula de persona jurídica número tres-ciento uno-seiscientos treinta y cuatro mil cuatrocientos treinta y seis, informa que procederá con la reposición por extravió de los libros de Actas de Junta Directiva, Asamblea de Socios y Registro de Accionistas. Quien se considere afectado puede manifestar su oposición ante el domicilio social de la empresa, o bien al correo electrónico: labkherrera@gmail.com. dentro del plazo de ley a partir de la publicación del presente aviso. Transcurrido el término sin que hayan existido oposiciones, se procederá a la reposición solicitada y se utilizará el número de legalización otorgado a la fecha por el Registro Público Nacional, Sección Personas Jurídicas.—Krisia Herrera Cordero, Presidente.—1 vez.—( IN2022633345 ).

INMOZUCHIN LIMITADA

Inmozuchin Limitada, cédula jurídica N° 3-102-172658, comunica que se ha extraviado el tomo primero de sus libros de (i) Asambleas Generales de Cuotistas, y (ii) Registro de Cuotistas, por lo que procederá con su reposición. Cualquier notificación referente a este aviso deberá remitirse al correo electrónico: josebsotoc@yahoo.es.—San José, 22 de marzo del 2022.—José Bernardo Soto Calderón, cédula N° 2-0539-0957, Responsable.—1 vez.—( IN2022633383 ).

CENTRO DIURNO ASOCIACIÓN

CORAJE Y ESPERANZA

Yo, David Jesús Murillo Luna, cédula de identidad número dos, cero cinco cinco nueve, cero dos seis cero, en mi calidad de presidente y representante legal de la asociación “Centro Diurno Asociación Coraje y Esperanza”, cédula jurídica N° 3-002-489289, solicito al Departamento de Asociaciones del Registro de Personas Jurídicas la reposición del libro “Registro de Asociados tomo N° 1” el cual fue extraviado. Se emplaza por ocho días hábiles a partir de la publicación a cualquier interesado a fin de oír objeciones ante el Registro de Asociaciones.—22 de marzo de 2022.—David Jesús Murillo Luna.—1 vez.—( IN2022633392 ).

DESARROLLOS ROMO DEL SUR SOCIEDAD ANÓNIMA

Yo Andrea Felicia Mora Ortega, portadora de la cédula de identidad número uno-mil trescientos cuarenta y tres-cero novecientos cuarenta y dos, en mi condición de apoderada generalísima sin límite de suma de la sociedad Desarrollos Romo del Sur Sociedad Anónima, cédula jurídica tres-ciento uno-setecientos treinta y nueve mil ochocientos once, doy a conocer ante terceros el exti avío de la totalidad de los libros legales de mi representada, numero de legalización 4062000692955. Los mismos se extraviaron el nueve de junio del dos mil diecisiete. Se realiza la publicación para dejar sin efecto cualquier movimiento realizado en libros a partir de esta fecha, inclusive.—Lunes 21 de marzo del dos mil veintidós.—Andrea Felicia Mora Ortega.—1 vez.—( IN2022633405 ).

MILAGROSA PROVIDENCIA SOCIEDAD ANÓNIMA

Milagrosa Providencia Sociedad Anónima, con cédula jurídica número tres-ciento uno-seiscientos ochenta y un mil ochocientos nueve, solicita ante Registro Nacional de Costa Rica, la reposición por extravío de los siguientes libros número uno: (i) Actas de Asambleas Generales de Socios, (ii) Acta de Juntas Directivas, y (iii) Registro de Accionistas, todos de la sociedad antes indicada. Quien se considere afectado puede manifestar su oposición ante la Junta Administrativa del Registro Nacional, dentro del término de ocho días hábiles a partir de la publicación de este aviso. Transcurrido el término sin que hayan existido oposiciones, se procederá a las reposiciones solicitadas.—San José, 18 de marzo de 2022.—Margarita Cecilia Bermúdez Durán, Presidente.—1 vez.—( IN2022633471 ).

DELYX PASSION LIMITADA

Delyx Passion Limitada, cédula de persona jurídica número 3-102-790074, con domicilio en San José, Escazú, San Rafael, Guachipelín, Avenida Escazú, Edificio AE doscientos dos, cuarto piso, oficina cuatrocientos cuatro, procederá a reponer por motivo de extravío sus libros únicos de Actas de Asamblea de Cuotistas y Registro de Cuotistas. Es todo.—Puntarenas, 23 de marzo de 2022.—Maxime Steeve Descamps, Gerente.—1 vez.—( IN2022633514 ).

JAIKEL ALPÍZAR S. A.

Juan Jaikel Gazel, cédula de identidad número 1-0449-0046 como apoderado generalísimo sin límite de suma de Jaikel Alpízar S.A., cédula número 3-101-121976, solicita ante el Registro Público, la reposición por extravío del libro de Registro de Accionistas, de Actas de Asamblea de Socios y de Actas de Junta Directiva. Quien se considere afectado puede manifestar su oposición ante el Registro de Personas Jurídicas del Registro Público, en el término de ocho días hábiles contados a partir de la publicación de este aviso.—San José, 23 de marzo del 2022.—Juan Jaikel Gazel.—1 vez.—( IN2022633535 ).

3-101-479555 S. A

Rodrigo Jaikel Gazel, cédula de identidad número 1-0449-0045 como apoderado generalísimo sin límite de suma de 3-101-479555 S. A., cédula número 3-101-479555, solicita ante el Registro Público, la reposición por extravío del libro de Registro de Accionistas, de Actas de Asamblea de Socios y de Actas de Junta Directiva. Quien se considere afectado puede manifestar su oposición ante el Registro de Personas Jurídicas del Registro Público, en el término de ocho días hábiles contados a partir de la publicación de este aviso.—San José, 23 de marzo del 2022.—Rodrigo Jaikel Gazel.—1 vez.—( IN2022633536 ).

3-101-560424 S.A.

El suscrito Roberto León Gómez, mayor de edad, casado en segundas nupcias, abogado, vecino de San José, Escazú, San Rafael, Centro Corporativo El Cedral, oficinas de Vector Legal, portador de la cédula de identidad número uno-cuatrocientos setenta y cuatro-seiscientos noventa y siete, en mi condición de apoderado generalísimo sin límite de suma de la sociedad: 3-101-560424 S.A., cédula jurídica número 3-101-560424 S.A., comunico por este medio que se procederá con la reposición por extravío de los libros: Registro de Accionistas, Asamblea de Accionistas y Junta Directiva. Se otorga un plazo de ocho días hábiles, a partir de esta publicación, para escuchar oposiciones en el siguiente correo electrónico: ecarranza@vectorlegal.co.cr.—San José, 18 de marzo del 2022.—Roberto León Gómez, Apoderado Generalísimo.—1 vez.—( IN2022633575 ).

3-101-560216 S.A.

El suscrito Roberto León Gómez, mayor de edad, casado en segundas nupcias, abogado, vecino de San José, Escazú, San Rafael, Centro Corporativo El Cedral, oficinas de Vector Legal, portador de la cédula de identidad número uno-cuatrocientos setenta y cuatro-seiscientos noventa y siete, en mi condición de apoderado generalísimo sin límite de suma de la sociedad: 3-101-560216 S.A., cédula jurídica número 3-101-560216 S.A., comunico por este medio que se procederá con la reposición por extravío de los libros: Registro de Accionistas, Asamblea de Accionistas y Junta Directiva. Se otorga un plazo de ocho días hábiles, a partir de esta publicación, para escuchar oposiciones en el siguiente correo electrónico: ecarranza@vectorlegal.co.cr.—San José, 18 de marzo del 2022.—Roberto León Gómez, Apoderado Generalísimo.—1 vez.—( IN2022633576 ).

MONTES DE CRISTAL CR SOCIEDAD ANÓNIMA

La suscrita Licenciada Nancy Vieto Hernández, a solicitud de los socios Carl (nombre) Rook (apellido), de único apellido en razón de mi nacionalidad Estadounidense, con pasaporte de mi país número seis seis siete nueve tres cuatro seis cinco ocho, mayor, casado una vez, pensionado y Bárbara (nombre) Rook (apellido), de único apellido en razón de mi nacionalidad estadounidense, con pasaporte de mi país número cinco seis uno cinco uno tres cinco ocho ocho, mayor, casada, pensionada, ambos vecinos de Puerto Viejo, Talamanca, hace constar que se repondrá el libro de Asamblea General de Socios de la empresa Montes de Cristal CR Sociedad Anónima, con cédula de persona jurídica número tres-ciento uno-trescientos ochenta y cuatro mil ochocientos veinte, el mismo por estar extraviado. Se oyen notificaciones en San José, Barrio Los Yoses Sur, de la Universidad Ventas trescientos metros este y trescientos metros norte, Bufete Grupo Jurídico Especializado, teléfono 2234-8899.—Licda. Nancy Vieto Hernández, Notaria Pública.—1 vez.—( IN2022633595 ).

ASOCIACIÓN INTEGRAL PARA ADULTOS

CON DISCAPACIDAD

Yo, Magali Zumbado Ballestero, portadora de la cédula de identidad número uno-cero cuatrocientos noventa y siete-cero seiscientos setenta y ocho, en mi calidad de presidente y representante legal de la Asociación Integral para Adultos con Discapacidad, con cédula jurídica número tres-cero cero dos-ciento dieciséis mil seiscientos sesenta, solicito al Departamento de Asociaciones del Registro de Personas Jurídicas la reposición de los libros Asamblea General 2, Junta Directiva 4 y Registro de Asociados 3, los cuales fueron extraviados. Se emplaza por ocho días hábiles a partir de la publicación a cualquier interesado a fin de oír objeciones ante el Registro de Asociaciones.—21 de marzo de 2022.—Licda. María Gabriela Zúñiga Chavarría, Notaria Pública.—1 vez.—( IN2022633603 ).

PUBLICACIÓN DE TERCERA VEZ

La suscrita notario público, Natalia Cristina Ramírez Benavides, hago constar y doy de que mediante escritura pública número ciento treinta-tres, otorgada a las dieciséis horas del diez de marzo de dos mil veintidós, se protocolizaron las actas de asamblea general extraordinaria de socios de las sociedades denominadas: a) Paga Aquí Servicios Solfin Sociedad Anónima, titular de la cédula de persona jurídica número tres-ciento uno-setecientos noventa y un mil novecientos cincuenta y siete; y b) Soluciones Solfin S.A., titular de la cédula de persona jurídica número tres-ciento uno-trescientos cincuenta y dos mil seiscientos noventa y ocho; mediante las cuales se aprobó la fusión por absorción de dichas sociedades, siendo Soluciones Solfin S. A., la sociedad prevaleciente para todos los efectos, en la cual además se modificó la cláusula quinta de sus estatutos sociales, referente al capital social. Es todo.—San José, diecisiete de marzo de dos mil veintidós.—Licda. Natalia Cristina Ramírez Benavides, Notaria.—( IN2022632164 ).

Mediante escritura número: once-seis, de las nueve horas del nueve de febrero pasado otorgada en mi Notaría, protocolicé acta de Asamblea General de VP Américas Group Sociedad De Responsabilidad Limitada, con cédula de persona jurídica número tres-ciento dos-ocho tres seis cero cuatro nueve, mediante la cual se acuerda el nombramiento del nuevo gerente, se realiza nuevo nombramiento.—San José, dieciocho de marzo del dos mil veintidós.—Felipe Antonio León Murillo, Notario.—( IN2022632502 ).

Por escritura número doscientos setenta y cinco, otorgada ante el notario Ernesto Desanti González, a las quince horas del dieciséis de marzo del año dos mil veintidós, se protocolizó acta de la sociedad Radison Group IA Limitada, mediante la cual se reformó la cláusula de razón social de la sociedad.—San José, dieciséis de marzo del dos mil veintidós.—Lic. Ernesto Desanti González, Notario.—( IN2022632036 ).

PUBLICACIÓN DE SEGUNDA VEZ

Mediante escritura número cuarenta y uno - diecinueve otorgada ante los notarios públicos Hernán Pacheco Orfila y Monserrat Alvarado Keith, las quince horas del dieciocho de marzo del año dos mil veintidós, donde se acuerda disminuir el capital social de la sociedad Comunidad Impactico, Sociedad Anónima, cédula de persona jurídica número tres-ciento uno-seiscientos noventa y cinco mil trescientos noventa y cinco.—Monserrat Alvarado, Notaria.—( IN2022632828 ).

Ante esta notaría, mediante escritura número veintiséis, visible al folio veintisiete, del tomo tres, a las siete horas y cero minutos del día veintidós de marzo de año dos mil veintidós, se protocoliza el acta de Asamblea General de Socios de Awareness Marbella Sociedad Anónima, con cédula jurídica número tres ciento uno-ocho cuatro cinco uno nueve siete, mediante la cual se acordó reformar la cláusula número Quinto y Décima Tercera, del pacto constitutivo a fin de reducir su capital social en la suma de ciento cuarenta y dos mil colones. Se otorga un plazo de tres meses, a partir de esta publicación, para escuchar oposiciones al correo electrónico notificaciones@eduardoblancolaw.com.—Ciudad de Heredia, a las siete horas y cero minutos del día veintidós de marzo del año dos mil veintidós.—Lic. Eduardo Blanco Jiménez, Notario Público, cédula de identidad número dos-cero cinco tres cero-cero dos seis tres.—( IN2022633071 ).

Por escritura otorgada ante la suscrita notaria a las 10 horas del 09 de junio del 2017, se protocolizó acta de asamblea general de accionistas de Inversiones Zain Sociedad Anónima, mediante la cual se reforma la cláusula segunda y sexta del pacto constitutivo y se adiciona cláusula novena.—San José, dieciocho de marzo del dos mil veintidós.—Licda. Sharon Ferris Macaya.—( IN2022632519 ).                  2 v. 2.

PUBLICACIÓN DE PRIMERA VEZ

Ante esta Notaría, Natalia Fonseca Fernández, portadora de la cédula de identidad número 1-1239-0729, solicita la transferencia del nombre comercial bajo el número de registro 275556 de la marca “AROMAS DE EL CAFETAL” a la señorita Pamela Fonseca Fernández, portadora de la cédula de identidad número 1-1313-0107; se cita a los acreedores e interesados para que se presenten a hacer valer sus derechos dentro del término de quince días a partir de la primera publicación.—San José, 22 de marzo de 2022.—Víctor Hugo Fernández Mora.—( IN2022633273 ).

En mi notaría he protocolizado la pérdida o extravío de una cédula hipotecaria inscrita bajo tomo: dos mil diecisiete, folio quinientos noventa y cuatro mil cuatrocientos cincuenta y siete, asiento: cero uno, secuencia cero cero cero uuno y subsecuencia cero cero uno y que afecta a la finca del partido de Alajuela matrícula folio real quinientos veintiún mil treinta y tres-cero cero cero. Es todo.—Pital, San Carlos, a las catorce horas del veintidós de marzo del dos mil veintidós.—Licda. Yesenia Quesada Rojas, Notaria.—( IN2022633242 ).

Por escrituras números 165 y 176, tomo 11 del suscrito notario, se protocoliza acta de asamblea de las sociedades Tres Ciento Dos Siete Cuatro Seis Cero Cuatro Ocho Sociedad de Responsabilidad Limitada se solicita la disolución de la sociedad y la sociedad Fracción Magnolia Catorce S.A., se otorga poder generalísimo, para oposiciones se aporta el correo electrónico eajoyz@lawyer.com. Tel: 8844-9969.—San José, 23 de marzo de 2022.—Lic. Eduardo Ajoy Zeledón, Notario.—( IN2022633524 ).

PUBLICACIÓN DE UNA VEZ

Asamblea general extraordinaria, de socios de Industrias Morenco de Centroamérica Sociedad Anónima, cédula jurídica número 3-101-837828, celebrada a las quince horas, del nueve de marzo del dos mil veintidós, reforma la cláusula primera: del pacto constitutivo, en el sentido de que, se cambia el nombre de la sociedad denominada Industrias Morenco de Centroamérica Sociedad Anónima, abreviable en su aditamento en S. A., y en su lugar, se denominará Soluciones Hercules Chs Sociedad Anónima, abreviable en su aditamento en S. A., en lo demás se mantiene incólume.—Heredia, 22 de marzo del 2022.—Lic. Manrique Chaves Borbón, Notario Público.—1 vez.—( IN2022633166 ).

Por escritura otorgada ante esta misma notaría a las 13:00 horas del 22 de marzo del 2022, se protocolizó el acta número 14 de asamblea general extraordinaria de socios de Dylam S.A., en la cual se reforman las cláusulas décima y décima segunda de los estatutos, y se nombra secretario, tesorero, vocales y fiscal.—Licda. Marianela Solís Rojas, Notaria Pública.—1 vez.—( IN2022633182 ).

Ante esta notaría, mediante escritura número noventa y seis del tomo uno del protocolo, otorgada a las nueve horas treinta minutos del veintidós de marzo del dos mil veintidós, se protocolizó acuerdo de asamblea extraordinaria de cuotistas de Inmobiliaria Paquidermo S.R.L., cédula jurídica N° 3-102-813416, donde se acuerda: reformar la cláusula tercera sobre el domicilio social, y la revocación y nuevo nombramiento del puesto de gerente.—San José, 22 de marzo 2022.—Licda. Dayana Badilla Jarquín, Notaria Pública.—1 vez.—( IN2022633208 ).

La suscrita notaria con oficina en San José, constituí la Fundación Animalium, con el objeto de atención profesional en temáticas que involucran seres vivos y su interacción con los humanos, fomentando una convivencia sana e integral en una sociedad multiespecie, siendo pilares el bienestar animal y el respeto por el medio ambiente, otorgada en escritura pública número 94 del tomo primero, a las 11:30 del 19 de marzo de 2022. Es todo.—San José, 21 de marzo de 2022.—Licda. Ingrid Rodríguez Brenes.—1 vez.—( IN2022633250 ).

El día 21 de marzo del 2022, el suscrito notario público, protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de socios de: Grupo de Inversiones y Desarrollos J R L S. A., celebrada a las 08:00 horas del 01 de marzo del 2022, mediante la cual se reforma la cláusula de la representación, y se nombra presidente y secretario de la junta directiva.—San José, 23 de marzo del 2022.—Lic. Orlando Araya Amador, Notario Público.—1 vez.—( IN2022633453 ).

Mediante escritura número cincuenta, de las diez horas treinta minutos del dieciséis de marzo del dos mil veintidós, se reforma la cláusula quinta del pacto constitutivo de la sociedad Corporación Lado Silencioso Sociedad Anónima.—Golfito, dieciséis de marzo del dos mil veintidós.—Licda. Jarlin Guerra Álvarez, Notaría.—1 vez.—( IN2022633617 ).

Ante esta Notaría, en la ciudad de Alajuela, de la esquina noroeste del Parque Juan Santamaría veinticinco metros al norte, costado oeste del Teatro Municipal, puerta de hierro con vidrio, a las once horas del día dieciocho de marzo del año dos mil veintidós, se procedió a protocolizar el acta de la Asamblea General Extraordinaria de Accionistas de La Esquina del Internacional S.A., mediante la cual se acuerda modificar la cláusula de la administración.—Alajuela, veintitrés de marzo del dos mil veintidós.—Licda. Ingrid Jiménez Godoy.—1 vez.—( IN2022633632 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 10 horas 00 minutos del 16 de abril del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Finca Agro Candy & David Mar Her Sociedad Anónima.—San José, 19 de abril del 2020.—Lic. Alejandro Jose Arguello Leiva, Notario.—1 vez.—CE2020003160.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 08 horas 00 minutos del 17 de abril del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Inversiones Pérez & Pérez Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 19 de abril del 2020.—Lic. Daniel Bermúdez Murillo, Notario.—1 vez.— CE2020003161.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 13 horas 00 minutos del 17 de abril del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Grupo Darwins Sociedad Anónima.—San José, 20 de abril del 2020.—Licda. Nuria Solís Sáenz, Notaria.—1 vez.— CE2020003162.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 09 horas 00 minutos del 17 de abril del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Casa Diana Limitada.—San José, 20 de abril del 2020.—Lic. Oscar Manuel Funes Orellana, Notario.—1 vez.—CE2020003163.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 14 horas 00 minutos del 16 de abril del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Quiet Dreams of Uvita Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 20 de abril del 2020.—Lic. Víctor Solís Castillo, Notario.—1 vez.—CE2020003164.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 08 horas 00 minutos del 17 de abril del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Inversiones Agrícolas H Y C Costa Rica Sociedad Anónima.—San José, 20 de abril del 2020.—Lic. Atencio Ruiz Juárez, Notario.—1 vez.—CE2020003165.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 09 horas 00 minutos del 20 de abril del año 2020, se constituyó la sociedad denominada MBZ Group Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 20 de abril del 2020.—Licda. Nadia Semaan Zúñiga, Notaria.—1 vez.—CE2020003166.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 07 horas 00 minutos del 18 de abril del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Inversiones Inmobiliarias Vega Babb Sociedad Anónima.—San José, 20 de abril del 2020.—Licda. Xinia Mayela Campos Campos, Notaria.—1 vez.—CE2020003167.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 08 horas 00 minutos del 25 de marzo del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Badgely International LLC Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 20 de abril del 2020.—Licda. María Gabriela Elizondo Alpízar, Notaria.—1 vez.—CE2020003168.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 14 horas 30 minutos del 18 de abril del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Playa Tila Sociedad Anónima.—San José, 20 de abril del 2020.—Licda. Yalta Argentina Aragón González, Notaria.—1 vez.—CE2020003169.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 15 horas 00 minutos del 16 de abril del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Drones y Soluciones Costa Rica D.S.C.R. Sociedad Anónima.—San José, 20 de abril del 2020.—Lic. Roberto Francisco León Gómez, Notario.—1 vez.—CE2020003170.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 08 horas 00 minutos del 20 de abril del año 2020, se constituyó la sociedad denominada RM de Corazón de Costa Rica Sociedad Anónima.—San José, 20 de abril del 2020.—Lic. Roger Mayorga López, Notario.—1 vez.—CE2020003171.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 13 horas 00 minutos del 27 de febrero del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Empire Marlanvi Sociedad Anónima.—San José, 20 de abril del 2020.—Licda. Nelly Nohelia Achio Artavia, Notaria.—1 vez.—CE2020003171.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 17 horas 30 minutos del 15 de abril del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Intervalor Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 20 de abril del 2020.—Licda. María Alejandra Arias Madrigal, Notaria.—1 vez.—CE2020003172.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 09 horas 00 minutos del 16 de abril del año 2020, se constituyó la sociedad denominada La Jaula Futbol Cinco y Siete Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 20 de abril del 2020.—Lic. Adrián Fernandez Rodríguez, Notario.—1 vez.—CE2020003173.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 16 horas 00 minutos del 17 de abril del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Residencia Valle del S.O.L. 19 Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 20 de abril del 2020.—Licda. Dinia Chavarría Blanco, Notario.—1 vez.—CE2020003174.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 10 horas 00 minutos del 17 de abril del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Trading MBC: Products and Services Sociedad Anónima.—San José, 20 de abril del 2020.—Licda. Yamileth Barquero Araya, Notaria.—1 vez.—CE2020003175.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 08 horas 00 minutos del 16 de abril del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Inborcar Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 20 de abril del 2020.—Licda. Rosibel Rojas Alpízar, Notaria.—1 vez.—CE2020003176.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 11 horas 00 minutos del 18 de abril del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Himalaya de Oro Sociedad Anónima.—San José, 20 de abril del 2020.—Lic. Marcelo José Gamboa Venegas, Notario.—1 vez.—CE2020003177.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 16 horas 00 minutos del 23 de marzo del año 2020, se constituyó la sociedad denominada VDM Multiservicios Sociedad Anónima.—San José, 20 de abril del 2020.—Lic. Aldy Alfaro Di Bella, Notario.—1 vez.—CE2020003178.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 02 horas 30 minutos del 19 de abril del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Sami Auto Repuestos Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 20 de abril del 2020.—Lic. Julio César Umaña Fernández, Notario.—1 vez.—CE2020003179.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 09 horas 00 minutos del 20 de abril del año 2020, se constituyó la sociedad denominada MBZ DCCR Group Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 20 de abril del 2020.—Licda. Nadia Semaan Zúñiga, Notario.—1 vez.—CE2020003180.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 08 horas 00 minutos del 16 de abril del año 2020, se constituyó la sociedad denominada SBGC Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 20 de abril del 2020.—Lic. Felipe Cordero Espinoza, Notario.—1 vez.—CE2020003181.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 10 horas 30 minutos del 17 de abril del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Plumeria Swimwear Limitada.—San José, 20 de abril del 2020.—Lic. Pablo Arias González, Notario.—1 vez.—CE2020003182.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 15 horas 00 minutos del 17 de abril del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Imagemakers Costa Rica (IMCR) Limitada.—San José, 20 de abril del 2020.—Lic. Alejandro Vargas Yong, Notario.—1 vez.—CE2020003183.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 16 horas 00 minutos del 03 de abril del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Servicios Múltiples Chavarría Chaves Sociedad Anónima.—San José, 20 de abril del 2020.—Lic. Allan Andrés Madrigal Anchia, Notario.—1 vez.—CE2020003184.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 12 horas 45 minutos del 20 de abril del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Wild Iguana LLC Limitada.—San José, 20 de abril del 2020.—Lic. Pedro González Roesch, Notario.—1 vez.—CE2020003185.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 09 horas 00 minutos del 18 de abril del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Christabel de Osa CR Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 20 de abril del 2020.—Lic. Edgar Fallas Martínez, Notario.—1 vez.—CE2020003186.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 10 horas 15 minutos del 03 de abril del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Compañía Coll Air de Santa Ana Sociedad Anónima.—San José, 20 de abril del 2020.—Lic. Roberto José Suarez Castro, Notario.—1 vez.—CE2020003187.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 13 horas 00 minutos del 27 de febrero del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Empire Marlanvi Sociedad Anónima.—San José, 20 de abril del 2020.—Licda. Nelly Nohelia Achio Artavia, Notario.—1 vez.—CE2020012611.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 18 horas 00 minutos del 22 de abril del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Servicios de Consultoría en Gestion y Capital Humano Sociedad Anónima.—San José, 23 de abril del 2020.—Lic. Denis Mauricio Artavia Cordero, Notario.—1 vez.—CE2020003251.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 08 horas 00 minutos del 23 de abril del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Finca Descalzo Limitada.—San José, 23 de abril del 2020.—Lic. Carlos Roberto Rivera Ruiz, Notario.—1 vez.—CE2020003252.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 18 horas 00 minutos del 21 de abril del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Hacienda La Potra Indomable Sociedad Anónima.—San José, 23 de abril del 2020.—Lic. José Antonio Aiza Juárez, Notario.—1 vez.—CE2020003253.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 17 horas 00 minutos del 21 de abril del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Grufi Sociedad Anónima.—San José, 23 de abril del 2020.—Lic. José Antonio Aiza Juárez, Notario.—1 vez.—CE2020003254.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 09 horas 00 minutos del 23 de abril del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Estama Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 23 de abril del 2020.—Licda. Patricia Zumbado Rodríguez, Notaria.—1 vez.—CE2020003255.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 18 horas 00 minutos del 15 de abril del año 2020, se constituyó la sociedad denominada CBR Advisory EGG Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 23 de abril del 2020.—Lic. Walter Solís Amen, Notario.—1 vez.—CE2020003256.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 13 horas 00 minutos del 15 de abril del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Innovamedical Internacional Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 23 de abril del 2020.—Licda. Estefani María Sánchez Duarte, Notaria.—1 vez.—CE2020003257.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 08 horas 30 minutos del 23 de abril del año 2020, se constituyó la sociedad denominada La Fuerza Express Acevedo Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 23 de abril del 2020.—Licda. María Carolina Morera Calvo, Notario.—1 vez.—CE2020003258.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 16 horas 00 minutos del 26 de febrero del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Jadip Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 23 de abril del 2020.—Lic. Johnny Gerardo León Guido, Notario.—1 vez.—CE2020003259.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 08 horas 00 minutos del 11 de febrero del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Solagui Digital Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 23 de abril del 2020.—Lic. Cesar Luis Zamora Chaves, Notario.—1 vez.—CE2020003260.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 06 horas 30 minutos del 23 de abril del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Quebrador Peñas Blancas Sociedad Anónima.—San José, 23 de abril del 2020.—Lic. Alberto Víquez Garro, Notario.—1 vez.—CE2020003261.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 16 horas 45 minutos del 14 de abril del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Consultoría Especializada de Retail Limitada.—San José, 23 de abril del 2020.—Lic. Andrés De Jesús Durán López, Notario.—1 vez.—CE2020003262.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 08 horas 00 minutos del 22 de abril del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Grupo MCS Sociedad Anónima.—San José, 23 de abril del 2020.—Lic. Cesar Luis Zamora Chaves, Notario.—1 vez.—CE2020003263.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 16 horas 30 minutos del 22 de abril del año 2020, se constituyó la sociedad denominada El Cachorro de La Laguna Sociedad Anónima.—San José, 23 de abril del 2020.—Licda. Magally María Guadamuz García, Notaria.—1 vez.—CE2020003264.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 08 horas 00 minutos del 20 de enero del año 2020, se constituyó la sociedad denominada CYM Consultores Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 23 de abril del 2020.—Lic. José Manuel Mojica Cerda, Notario.—1 vez.—CE2020003265.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 10 horas 00 minutos del 18 de abril del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Centenario de Leyendas Sociedad Anónima.—San José, 23 de abril del 2020.—Licda. Rebeca Madrigal Garita, Notaria.—1 vez.—CE2020003265.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 10 horas 00 minutos del 21 de abril del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Distribuidora Alma Siglo Veintiuno Sociedad Anónima.—San José, 23 de abril del 2020.—Lic. Héctor Chaves Sandoval, Notario.—1 vez.—CE2020003266.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 14 horas 30 minutos del 22 de abril del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Producciones La Suiza Centroamericana Sociedad Anónima.—San José, 23 de abril del 2020.—Lic. Adolfo Jose Hernández Aguilar, Notario.—1 vez.—CE2020003267.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 18 horas 00 minutos del 22 de abril del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Servicios de Consultoría en Gestion y Capital Humano del Caribe Sociedad Anónima.—San José, 23 de abril del 2020.—Lic. Denis Mauricio Artavia Cordero, Notario.—1 vez.—CE2020003268.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 10 horas 30 minutos del 20 de abril del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Kytina Sociedad Anónima.—San José, 23 de abril del 2020.—Lic. Felipe Saborío Carrillo, Notario.—1 vez.—CE2020003269.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 12 horas 00 minutos del 23 de abril del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Koohodarya Sociedad Anónima.—San José, 23 de abril del 2020.—Licda. Xinia María Arias Naranjo, Notaria.—1 vez.—CE2020003270.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 12 horas 00 minutos del 21 de abril del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Inmobiliaria San Rafael Sociedad Anónima.—San José, 23 de abril del 2020.—Lic. Juan Manuel Barquero Vargas, Notario.—1 vez.—CE2020003271.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 17 horas 00 minutos del 21 de abril del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Figru Sociedad Anónima.—San José, 23 de abril del 2020.—Lic. José Antonio Aiza Juárez, Notario.—1 vez.—CE2020003272.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 10 horas 00 minutos del 23 de abril del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Inversiones Turísticas Manoa de La Fortuna Sociedad Anónima.—San José, 23 de abril del 2020.—Licda. Katherine Viviana Solera Madrigal, Notaria.—1 vez.—CE2020003273.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 14 horas 30 minutos del 23 de abril del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Follajes Salvajes Sociedad Anónima.—San José, 23 de abril del 2020.—Licda. Natalia Gómez Aguirre, Notaria.—1vez.—CE2020003274.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 12 horas 00 minutos del 23 de abril del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Multitecno R Y R Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 23 de abril del 2020.—Licda. Maureen Villalobos Arias, Notaria.—1 vez.—CE2020003275.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 10 horas 00 minutos del 23 de abril del año 2020, se constituyó la sociedad denominada New Bike Center Sociedad Anónima.—San José, 23 de abril del 2020.—Licda. Ana Isabel Fallas Aguilar, Notario.—1 vez.—CE2020003276.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 18 horas 00 minutos del 21 de abril del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Ashyir Del Caribe Sociedad Anónima.—San José, 23 de abril del 2020.—Lic. Carlos Eduardo Solano Serrano, Notario.—1 vez.—CE2020003277.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 13 horas 00 minutos del 12 de marzo del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Palmareños de La Zona Norte Sociedad Anónima.—San José, 23 de abril del 2020.—Lic. Rodrigo Garita López, Notario.—1 vez.—CE2020003278.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 18 horas 00 minutos del 21 de abril del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Sample Six CR LLC Limitada.—San José, 23 de abril del 2020.—Lic. Sergio Antonio Solera Lacayo, Notario.—1 vez.—CE2020003279.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 15 horas 00 minutos del 23 de febrero del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Wolaba Medical Clinics Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 23 de abril del 2020.—Lic. Edgar Manuel Jiménez Bolaños, Notario.—1 vez.—CE2020003280.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 09 horas 00 minutos del 23 de abril del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Kake Tatuajes Sociedad Anónima.—San José, 23 de abril del 2020.—Licda. Mariel María González Rojas, Notaria.—1 vez.—CE2020003281.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 14 horas 30 minutos del 15 de abril del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Herrera Morales & Asociados Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 23 de abril del 2020.—Lic. Luis Diego Chaves Solís, Notario.—1 vez.—CE2020003282.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 15 horas 30 minutos del 23 de abril del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Physicians Limitada.—San José, 23 de abril del 2020.—Licda. Laura Marcela Rodríguez Amador, Notaria.—1 vez.—CE2020003283.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 15 horas 00 minutos del 21 de abril del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Urban Club Sociedad Anónima.—San José, 23 de abril del 2020.—Licda. Ana Alejandra Araya Guerrero, Notaria.—1 vez.—CE2020003284.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 10 horas 00 minutos del 03 de abril del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Nizy Sociedad Anónima.—San José, 23 de abril del 2020.—Licda. Rosa Del Carmen Bustillos Lemaire, Notaria.—1 vez.—CE2020003285.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 17 horas 00 minutos del 21 de abril del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Agroservicios Nissi M T Del Norte Sociedad Anónima.—San José, 23 de abril del 2020.—Licda. Esther Cecilia Solano Jerez, Notaria.—1 vez.—CE2020003286.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 10 horas 30 minutos del 20 de abril del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Pacific Royal Motors Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 23 de abril del 2020.—Lic. Marlon Stevens Quintanilla Esquivel, Notario.—1 vez.—CE2020003287.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 17 horas 30 minutos del 20 de abril del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Laurana Sociedad Anónima.—San José, 23 de abril del 2020.—Lic. Roger Sánchez Araya, Notario.—1 vez.—CE2020003288.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 13 horas 30 minutos del 23 de abril del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Distribuidora Comercial JBC Sociedad Anónima.—San José, 23 de abril del 2020.—Lic. Gerardo Arturo Badilla Rumoroso, Notario.—1 vez.—CE2020003289.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 10 horas 00 minutos del 18 de abril del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Centenario De Leyendas Sociedad Anónima.—San José, 23 de abril del 2020.—Licda. Rebeca Madrigal Garita, Notaria.—1 vez.—CE2020012610.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 18 horas 30 minutos del 20 de abril del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Q.C.S. Merge and Aquisitions Sociedad Anónima.—San José, 26 de abril del 2020.—Licda. Isabel Nozzara Moreno Vásquez, Notaria.—1 vez.—CE2020003317.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 18 horas 30 minutos del 20 de abril del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Q.C.S. Property Management Sociedad Anónima.—San José, 26 de abril del 2020.—Licda. Isabel Nozzara Moreno Vásquez, Notaria.—1 vez.—CE2020003318.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 18 horas 30 minutos del 20 de abril del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Q.C.S. Wealth Management Sociedad Anónima.—San José, 26 de abril del 2020.—Licda. Isabel Nozzara Moreno Vásquez, Notaria.—1 vez.—CE2020003319.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 10 horas 30 minutos del 20 de abril del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Xemaf Asociados Sociedad Anónima.—San José, 27 de abril del 2020.—Lic. Felipe Saborío Carrillo, Notario.—1 vez.—CE2020003320.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 18 horas 00 minutos del 22 de abril del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Gestión y Desarrollo de Capital Humano del Caribe Sociedad Anónima.—San José, 27 de abril del 2020.—Lic. Denis Mauricio Artavia Cordero, Notario.—1 vez.—CE2020003321.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 14 horas 00 minutos del 24 de abril del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Transporte Villa del Coco TVC Sociedad Anónima.—San José, 27 de abril del 2020.—Licda. Catherine Vanessa Mora Chavarría, Notaria.—1 vez.—CE2020003322.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 08 horas 13 minutos del 27 de abril del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Maxi Mercado Sociedad Anónima.—San José, 27 de abril del 2020.—Lic. Jimmy Alberto Diaz Echavarría, Notario.—1 vez.—CE2020003323.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 17 horas 00 minutos del 21 de abril del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Sepercre Sociedad Anónima.—San José, 27 de abril del 2020.—Lic. José Antonio Aiza Juárez, Notario.—1 vez.—CE2020003324.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 11 horas 30 minutos del 23 de abril del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Refritica AC Sociedad Anónima.—San José, 27 de abril del 2020.—Licda. Antonella Da Re Masis, Notaria.—1 vez.—CE2020003325.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 10 horas 15 minutos del 03 de abril del año 2020, se constituyó la sociedad denominada El Número de Cédula Jurídica Sociedad Anónima.—San José, 27 de abril del 2020.—Lic. Roberto José Suarez Castro, Notario.—1 vez.—CE2020003326.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 10 horas 00 minutos del 23 de abril del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Hotelería Manoa Sociedad Anónima.—San José, 27 de abril del 2020.—Licda. Katherine Viviana Solera Madrigal, Notaria.—1 vez.—CE2020003327.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 16 horas 00 minutos del 23 de marzo del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Multiservicios Maipaims Sociedad Anónima.—San José, 27 de abril del 2020.—Lic. Aldy Alfaro Di Bella, Notario.—1 vez.—CE2020003328.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 14 horas 00 minutos del 24 de abril del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Trado LLC Limitada.—San José, 27 de abril del 2020.—Lic. José Manuel Arias González, Notario.—1 vez.—CE2020003329.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 15 horas 00 minutos del 24 de abril del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Metales SQ Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 27 de abril del 2020.—Lic. Franklin Salazar Arce, Notario.—1 vez.—CE2020003330.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 14 horas 30 minutos del 16 de marzo del año 2020, se constituyó la sociedad denominada La Bolsoneña de Ignacio y Asociados Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 27 de abril del 2020.—Lic. Jorge Andrés Delgado Carvajal, Notario.—1 vez.—CE2020003331.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 10 horas 00 minutos del 27 de abril del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Servicios Especiales de Ingeniería Electromecánica y Mantenimiento Integrado Diadel Sociedad Anónima.—San José, 27 de abril del 2020.—Lic. Iara Lancaster Cortes, Notario.—1 vez.—CE2020003332.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 08 horas 30 minutos del 10 de marzo del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Bericool Sociedad Anónima.—San José, 27 de abril del 2020.—Licda. Annemarie Guevara Guth, Notaria.—1 vez.—CE2020003333.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 15 horas 00 minutos del 25 de abril del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Inversiones Jazman Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 27 de abril del 2020.—Lic. Luis Eduardo Yax Palacios, Notario.—1 vez.—CE2020003334.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 15 horas 00 minutos del 24 de abril del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Infraestructura del Valle SQ Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 27 de abril del 2020.—Lic. Franklin Salazar Arce, Notario.—1 vez.—CE2020003335.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 17 horas 00 minutos del 24 de abril del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Inversiones Mancilla Sin Fronteras Sociedad Anónima.—San José, 27 de abril del 2020.—Lic. Olger Alejandro Brenes Brenes, Notario.—1 vez.—CE2020003336.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 12 horas 00 minutos del 22 de abril del año 2020, se constituyó la sociedad denominada AJB Merlot Doce Veinte Veinte Diecinueve Limitada.—San José, 27 de abril del 2020.—Lic. Adolfo Antonio García Baudrit, Notario.—1 vez.—CE2020003337.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 08 horas 30 minutos del 24 de abril del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Canadian Projects Group Rentals Limitada.—San José, 27 de abril del 2020.—Lic. Hernán Cordero Baltodano, Notario.—1 vez.—CE2020003338.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 11 horas 30 minutos del 24 de abril del año 2020, se constituyó la sociedad denominada NS Global Business Solutions Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 27 de abril del 2020.—Licda. Carmen De María Castro Kahle, Notaria.—1 vez.—CE2020003339.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 11 horas 00 minutos del 28 de marzo del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Repuestos Lara Sociedad Anónima.—San José, 27 de abril del 2020.—Licda. Cindy Araya Montes, Notaria.—1 vez.—CE2020003340.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 14 horas 00 minutos del 21 de abril del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Business Craft Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 27 de abril del 2020.—Lic. Edward Monge Abarca, Notario.—1 vez.—CE2020003341.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 11 horas 00 minutos del 27 de abril del año 2020, se constituyó la sociedad denominada La Gilberta del Norte Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 27 de abril del 2020.—Lic. Alonso Jiménez Serrano, Notario.—1 vez.—CE2020003342.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 09 horas 45 minutos del 23 de abril del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Millenium Coffee Corporation Sociedad Anónima.—San José, 27 de abril del 2020.—Lic. Marco Diego Rivera Romero, Notario.—1 vez.—CE2020003343.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 14 horas 45 minutos del 15 de febrero del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Asesores Administrativos HM Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 27 de abril del 2020.—Lic. Luis Diego Chaves Solís, Notario.—1 vez.—CE2020003344.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 08 horas 00 minutos del 20 de enero del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Consulcym Sociedad De Responsabilidad Limitada.—San José, 27 de abril del 2020.—Lic. José Manuel Mojica Cerda, Notario.—1 vez.—CE2020003345.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 09 horas 14 minutos del 27 de abril del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Transportes y Multiservicios D J D P Sociedad Anónima.—San José, 27 de abril del 2020.—Lic. Belzert Espinoza Cruz, Notario.—1 vez.—CE2020003346.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 12 horas 00 minutos del 22 de abril del año 2020, se constituyó la sociedad denominada CR Última de Centroamérica Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 27 de abril del 2020.—Licda. Ileana María Arguedas Maklouf, Notaria.—1 vez.—CE2020003347.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 10 horas 00 minutos del 27 de abril del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Technical Market Consultants Limitada.—San José, 27 de abril del 2020.—Lic. Ernesto Desánti González, Notario.—1 vez.—CE2020003348.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 08 horas 00 minutos del 22 de abril del año 2020, se constituyó la sociedad denominada MCZ Group Sociedad Anónima.—San José, 27 de abril del 2020.—Lic. Cesar Luis Zamora Chaves, Notario.—1 vez.—CE2020003349.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 13 horas 00 minutos del 23 de abril del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Arijaco Osa Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 27 de abril del 2020.—Licda. Erika Marin Solano, Notaria.—1 vez.—CE2020003350.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 15 horas 00 minutos del 21 de abril del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Multiservicios y Distribuidora R & M Sociedad Anónima.—San José, 27 de abril del 2020.—Lic. Fernando Dionisio Zamora Castellanos, Notario.—1 vez.—CE2020003351.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 15 horas 05 minutos del 27 de abril del año 2020, se constituyó la sociedad denominada E & M Staffing Company Limitada.—San José, 27 de abril del 2020.—Licda. Laura Marcela Rodríguez Amador, Notaria.—1 vez.—CE2020003352.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 16 horas 00 minutos del 27 de abril del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Lubriaceites Ipis Sociedad Anónima.—San José, 27 de abril del 2020.—Lic. Xochitl Camacho Medina, Notario.—1 vez.—CE2020003353.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 18 horas 00 minutos del 09 de mayo del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Grupo ISZCR Sociedad Anónima.—San José, 10 de mayo del 2020.—Lic. Luis Antonio Vega Campos, Notario.—1 vez.—CE2020003671.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 15 horas 00 minutos del 01 de abril del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Mariscos Fuerza Azul del Caribe Sociedad Anónima.—San José, 10 de mayo del 2020.—Lic. Carlos Zúñiga Céspedes, Notario.—1 vez.—CE2020003672.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 13 horas 00 minutos del 03 de mayo del año 2020, se constituyó la sociedad denominada CAD & JAL Sociedad Anónima.—San José, 10 de mayo del 2020.—Licda. Grace Calderón Garita, Notaria.—1 vez.—CE2020003673.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 18 horas 00 minutos del 08 de mayo del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Global Sourcing Unlimited Limitada.—San José, 11 de mayo del 2020.—Lic. Luis Alberto Castillo Chavarría, Notario.—1 vez.—CE2020003674.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría a las 15 horas 00 minutos del 08 de mayo del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Vía Monte Inmobiliare Sociedad Anónima.—San José, 11 de mayo del 2020.—Lic. Pablo Eliecer Valerio Soto, Notario.—1 vez.—CE2020003675.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 18 horas 00 minutos del 07 de mayo del año 2020, se constituyó la sociedad denominada The Digital Ventures Holding Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 11 de mayo del 2020.—Lic. Jorge Enrique Muñoz García, Notario.—1 vez.—CE2020003676.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 15 horas 00 minutos del 09 de mayo del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Topcanto Sociedad Anónima.—San José, 11 de mayo del 2020.—Lic. Alex Benjamín Gen Palma, Notario.—1 vez.—CE2020003677.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 10 horas 00 minutos del 16 de abril del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Colinas de Hermosa Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 11 de mayo del 2020.—Lic. Franklin López Ramírez, Notario.—1 vez.—CE2020003678.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 16 horas 00 minutos del 30 de abril del año 2019, se constituyó la sociedad denominada Drycooler Solutions J.F.C. Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 11 de mayo del 2020.—Lic. Carmen Fernández Molina, Notaria.—1 vez.—CE2020003679.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 14 horas 00 minutos del 05 de mayo del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Inversiones G Y G del Caribe CR Sociedad Anónima.—San José, 11 de mayo del 2020.—Lic. Juan Carlos Radulovich Quijano, Notario.—1 vez.—CE2020003680.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 09 horas 00 minutos del 08 de mayo del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Los Sueños de Los Lagos Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 11 de mayo del 2020.—Lic. Warner Porras Guzmán, Notario.—1 vez.—CE2020003681.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 16 horas 00 minutos del 29 de abril del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Inversiones Santicazo Sociedad Anónima.—San José, 11 de mayo del 2020.—Licda. Ana Cecilia Solís Ugalde, Notaria.—1 vez.—CE2020003682.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 09 horas 00 minutos del 11 de mayo del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Jermag Dos Tres Ocho Limitada.—San José, 11 de mayo del 2020.—Lic. Óscar Manuel Funes Orellana, Notario.—1 vez.—CE2020003683.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 10 horas 00 minutos del 03 de abril del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Desarrollos para la Energía y la Industria Company Sociedad Anónima.—San José, 11 de mayo del 2020.—Lic. Víctor Esteban Méndez Zúñiga, Notario.—1 vez.—CE2020003684.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 08 horas 00 minutos del 08 de mayo del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Investigaciones Fármaco Veterinarias Sociedad Anónima.—San José, 11 de mayo del 2020.—Licda. Karol Tatiana Segura Sandoval, Notaria.—1 vez.—CE2020003685.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 11 horas 00 minutos del 11 de mayo del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Reunión Costa Rica at Sugar Beach Limitada.—San José, 11 de mayo del 2020.—Lic. Gonzalo José Rojas Benavides, Notario.—1 vez.—CE2020003686.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 08 horas 00 minutos del 08 de mayo del año 2020, se constituyó la sociedad denominada SAC Business and Investments of the West Sociedad Anónima.—San José, 11 de mayo del 2020.—Lic. Guillermo José Sanabria Leiva, Notario.—1 vez.—CE2020003687.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 08 horas 00 minutos del 11 de mayo del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Augara Sociedad Anónima.—San José, 11 de mayo del 2020.—Licda. Silvia Marcela Chaves Delgado, Notaria.—1 vez.—CE2020003688.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 13 horas 30 minutos del 08 de mayo del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Trans Lotto TL Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 11 de mayo del 2020.—Lic. Gustavo Adolfo Koutsouris Canales, Notario.—1 vez.—CE2020003689.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 09 horas 00 minutos del 06 de mayo del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Mobele de Costa Rica Sociedad Anónima.—San José, 11 de mayo del 2020.—Lic. Rigoberto Rodríguez Hernández, Notario.—1 vez.—CE2020003690.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 09 horas 00 minutos del 11 de mayo del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Lasaga Sociedad Anónima.—San José, 11 de mayo del 2020.—Licda. Angélica Campos Barrantes, Notaria.—1 vez.—CE2020003691.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 16 horas 30 minutos del 08 de mayo del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Energy On Costa Rica Sociedad Anónima.—San José, 11 de mayo del 2020.—Lic. Eliott Dayan Vargas Corrales, Notario.—1 vez.—CE2020003692.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 14 horas 00 minutos del 07 de mayo del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Securitas Services International Costa Rica Sociedad Anónima.—San José, 11 de mayo del 2020.—Lic. Hugo Antonio Chavarría Soto, Notario.—1 vez.—CE2020003693.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 11 horas 00 minutos del 16 de abril del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Inversiones y Soluciones G.T.S. Costa Rica Sociedad Anónima.—San José, 11 de mayo del 2020.—Lic. Mauricio Lara Ramos, Notario.—1 vez.—CE2020003694.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 11 horas 30 minutos del 11 de mayo del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Cruzmaris Sociedad Anónima.—San José, 11 de mayo del 2020.—Licda. María Lourdes Montes de Oca Carboni, Notaria.—1 vez.—CE2020003695.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 09 horas 00 minutos del 05 de mayo del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Bombas para Agua Jorge Segura Limitada.—San José, 11 de mayo del 2020.—Lic. Guillermo Salas Campos, Notario.—1 vez.—CE2020003696.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 15 horas 20 minutos del 06 de mayo del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Transportes Yidro Sociedad Anónima.—San José, 11 de mayo del 2020.—Lic. Yeison Zamora Arias, Notario.—1 vez.—CE2020003697.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 13 horas 00 minutos del 11 de mayo del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Parque Empresarial Alajuela Sociedad Anónima.—San José, 11 de mayo del 2020.–Licda. María del Milagro Solorzano León, Notaria.—1 vez.—CE2020003698.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 15 horas 00 minutos del 04 de mayo del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Olvarbar de Caldera Sociedad Anónima.—San José, 11 de mayo del 2020.—Lic. Warner Calvo Dinarte, Notario.—1 vez.—CE2020003699.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 12 horas 30 minutos del 11 de mayo del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Majaki Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 11 de mayo del 2020.—Lic. Miguel Chacón Alvarado, Notario.—1 vez.—CE2020003700.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 14 horas 45 minutos del 07 de mayo del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Queve MK Sociedad Anónima.—San José, 11 de mayo del 2020.—Lic. Albino Solórzano Vega, Notario.—1 vez.—CE2020003701.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 08 horas 00 minutos del 11 de mayo del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Kismet Paz CR LLC Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 11 de mayo del 2020.—Lic. Bernal Jiménez Núñez, Notario.—1 vez.—CE2020003702.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 14 horas 00 minutos del 30 de abril del año 2020, se constituyó la sociedad denominada RRS Auto Repuestos Cero Siete Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 11 de mayo del 2020.—Licda. Alejandra Fallas Valerio, Notaria.—1 vez.—CE2020003703.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 10 horas 00 minutos del 09 de mayo del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Telocomprocrpuntocom Sociedad Anónima.—San José, 11 de mayo del 2020.—Licda. Amadeley de Los Ángeles Vargas Cordero, Notario.—1 vez.—CE2020003704.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 00 horas 00 minutos del 07 de mayo del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Hidrobit Soluciones Sociedad Anónima.—San José, 11 de mayo del 2020.—Lic. Gerardo Castillo Rojas, Notario.—1 vez.—CE2020003705.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 15 horas 00 minutos del 10 de mayo del año 2020, se constituyó la sociedad denominada PVTEC Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 11 de mayo del 2020.—Licda. Erica Dayana Chavarría Fallas, Notaria.—1 vez.—CE2020003706.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 13 horas 00 minutos del 08 de mayo del año 2020, se constituyó la sociedad denominada H&T Nosara Holdings Limitada.—San José, 11 de mayo del 2020.—Lic. Andrés Montejo Morales, Notario.—1 vez.—CE2020003706.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 11 horas 00 minutos del 06 de mayo del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Aprende en Línea Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 11 de mayo del 2020.—Lic. Félix Montoya Ordóñez, Notario.—1 vez.—CE2020003707.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 08 horas 00 minutos del 08 de mayo del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Investigaciones Fármaco Veterinarias I F V Sociedad Anónima.—San José, 11 de mayo del 2020.—Licda. Karol Tatiana Segura Sandoval, Notaria.—1 vez.—CE2020003708.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 10 horas 00 minutos del 11 de mayo del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Importaciones JKS CR Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 11 de mayo del 2020.—Lic. Javier Alonso Blanco Benavides, Notario.—1 vez.—CE2020003709.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 10 horas 30 minutos del 08 de mayo del año 2020, se constituyó la sociedad denominada MRL Group Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 11 de mayo del 2020.—Lic. Adolfo Jiménez Pacheco, Notario.—1 vez.—CE2020003710.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 14 horas 30 minutos del 07 de mayo del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Bienestar Soluciones Sociedad Anónima.—San José, 11 de mayo del 2020.—Licda. Nichole Ivette Hidalgo Murillo, Notaria.—1 vez.—CE2020003711.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 18 horas 00 minutos del 29 de abril del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Tacho S Y J Sociedad Anónima.—San José, 11 de mayo del 2020.—Lic. Leonardo Alonso Rojas Rodríguez, Notario.—1 vez.—CE2020003712.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 15 horas 00 minutos del 10 de mayo del año 2020, se constituyó la sociedad denominada PVTEC Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 11 de mayo del 2020.—Licda. Erica Dayana Chavarría Fallas, Notaria.—1 vez.—CE2020012596.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 08 horas 00 minutos del 28 de mayo del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Truggu Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 28 de mayo del 2020.—Licda. Netzy Yanina Soto Rojas, Notaria.—1 vez.—CE2020004311.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 20 horas 00 minutos del 26 de mayo del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Centeno & Sánchez Perrotico CSP Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 28 de mayo del 2020.—Lic. José Bernardo Soto Calderón, Notario.—1 vez.—CE2020004312.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 13 horas 30 minutos del 01 de mayo del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Sabarra Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 29 de mayo del 2020.—Licda. Rosa María Cosio Cubero, Notaria.—1 vez.—CE2020004313.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 11 horas 00 minutos del 19 de mayo del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Consultoría B Y M Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 29 de mayo del 2020.—Lic. Hermmoth Rothe Paniagua, Notario.—1 vez.—CE2020004314.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 16 horas 00 minutos del 28 de mayo del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Lusso Constructora Sociedad Anónima.—San José, 29 de mayo del 2020.—Licda. Mylicent Milena Núñez Cruz, Notaria.—1 vez.—CE2020004315.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 08 horas 00 minutos del 28 de mayo del año 2020, se constituyó la sociedad denominada C & G Ingeniería Sociedad Anónima.—San José, 29 de mayo del 2020.—Lic. Raúl Emilio Acosta Arias, Notario.—1 vez.—CE2020004316.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 08 horas 05 minutos del 29 de mayo del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Guzmán HRM Siete Sociedad Anónima.—San José, 29 de mayo del 2020.—Lic. Óscar Basilio La Touche Arguello, Notario.—1 vez.—CE2020004317.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 16 horas 00 minutos del 15 de mayo del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Ocean Club Operations Partnership Ocop Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 29 de mayo del 2020.—Lic. Rafael Gerardo Montenegro Peña, Notario.—1 vez.—CE2020004318.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 11 horas 00 minutos del 28 de mayo del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Corporación Ares Sociedad Anónima.—San José, 29 de mayo del 2020.—Lic. Rigoberto Guerrero Olivares, Notario.—1 vez.—CE2020004319.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 09 horas 00 minutos del 25 de mayo del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Somos Mas Innovación Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 29 de mayo del 2020.—Lic. Eduardo Alfonso Márquez Fernandez, Notario.—1 vez.—CE2020004320.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 14 horas 00 minutos del 28 de mayo del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Ctres ZF Administradora Sociedad Anónima.—San José, 29 de mayo del 2020.—Licda. Magally María Guadamuz García, Notaria.—1 vez.—CE2020004320.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 17 horas 00 minutos del 28 de mayo del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Distribuidora Joluso Limitada.—San José, 29 de mayo del 2020.—Licda. Rita María Esquivel Villalobos, Notaria.—1 vez.—CE2020004321.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 13 horas 00 minutos del 25 de mayo del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Boat Five Limitada.—San José, 29 de mayo del 2020.—Lic. Sergio José Guido Villegas, Notario.—1 vez.—CE2020004322.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 13 horas 30 minutos del 28 de mayo del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Grupo Y&Q Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 29 de mayo del 2020.—Licda. Jennifer Mariela Esquivel Jiménez, Notaria.—1 vez.—CE2020004323.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 10 horas 00 minutos del 29 de mayo del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Inversiones SSJ Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 29 de mayo del 2020.—Lic. Osman González Araya, Notario.—1 vez.—CE2020004324.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 10 horas 30 minutos del 29 de mayo del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Hacienda El Opal Negro Sociedad De Responsabilidad Limitada.—San José, 29 de mayo del 2020.—Lic. Osman González Araya, Notario.—1 vez.—CE2020004325.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 08 horas 00 minutos del 27 de mayo del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Cotinga Río Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 29 de mayo del 2020.—Lic. Owen Amen Montero, Notario.—1 vez.—CE2020004326.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 08 horas 00 minutos del 26 de mayo del año 2020, se constituyó la sociedad denominada CID Holding In Sociedad Anónima.—San José, 29 de mayo del 2020.—Lic. Daniel Aguilar González, Notario.—1 vez.—CE2020004327.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 10 horas 00 minutos del 29 de mayo del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Bio Enia Sociedad Anónima.—San José, 29 de mayo del 2020.—Lic. Allan Pérez Montes, Notario.—1 vez.—CE2020004328.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 10 horas 00 minutos del 29 de mayo del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Comando Especial de Seguridad MT Sociedad De Responsabilidad Limitada.—San José, 29 de mayo del 2020.—Licda. Vanessa de Los Ángeles Vega Chavarría, Notaria.—1 vez.—CE2020004329.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 12 horas 00 minutos del 18 de mayo del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Balance en Movimientos Sociedad Anónima.—San José, 29 de mayo del 2020.—Lic. Ronald Brealey Mora, Notario.—1 vez.—CE2020004330.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 11 horas 00 minutos del 28 de mayo del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Distribuidora Ciervo Soluciones DCS Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 29 de mayo del 2020.—Lic. Luis Alejandro Vargas Carazo, Notario.—1 vez.—CE2020004331.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 08 horas 00 minutos del 28 de mayo del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Empresarios Jurídicos Globales Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 29 de mayo del 2020.—Licda. Madelyn Tatiana Rojas Marín, Notaria.—1 vez.—CE2020004332.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 16 horas 30 minutos del 28 de mayo del año 2020, se constituyó la sociedad denominada El Caballo de Los Llanos Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 29 de mayo del 2020.—Lic. Adolfo Jimenez Pacheco, Notario.—1 vez.—CE2020004333.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 14 horas 00 minutos del 28 de mayo del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Constructora del Pacífico M.J.C. Sociedad Anónima.—San José, 29 de mayo del 2020.—Lic. Diego González Vargas, Notario.—1 vez.—CE2020004334.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 11 horas 00 minutos del 21 de mayo del año 2020, se constituyó la sociedad denominada CR BIS CR Sociedad Anónima.—San José, 29 de mayo del 2020.—Licda. María Virginia Méndez Ugalde, Notaria.—1 vez.—CE2020004335.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 10 horas 00 minutos del 28 de mayo del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Desarrollos Natura Sociedad Anónima.—San José, 29 de mayo del 2020.—Lic. José Miguel León Hidalgo, Notario.—1 vez.—CE2020004336.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 08 horas 00 minutos del 28 de mayo del año 2020, se constituyó la sociedad denominada MK - CR Manantial de Vida Eterna Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 29 de mayo del 2020.—Lic. Erasmo Enrique Rojas Madrigal, Notario.—1 vez.—CE2020004337.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 13 horas 00 minutos del 27 de mayo del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Alexin Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 29 de mayo del 2020.—Lic. Víctor Andrés Moreira Sirias, Notario.—1 vez.—CE2020004338.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 14 horas 00 minutos del 25 de mayo del año 2020, se constituyó la sociedad denominada El Guayabal de Greife Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 29 de mayo del 2020.—Lic. Jorge Daniel Moncrieffe Santana, Notario.—1 vez.—CE2020004339.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 11 horas 00 minutos del 28 de mayo del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Grupo Aresa Sociedad Anónima.—San José, 29 de mayo del 2020.—Lic. Rigoberto Guerrero Olivares, Notario.—1 vez.—CE2020004340.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 10 horas 30 minutos del 29 de mayo del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Gestión Legal de San José Sociedad Anónima.—San José, 29 de mayo del 2020.—Lic. Ileana Montero Montoya, Notario.—1 vez.—CE2020004341.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 13 horas 45 minutos del 29 de mayo del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Pocr LLC Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 29 de mayo del 2020.—Lic. Fernando Alfaro Chamberlain, Notario.—1 vez.—CE2020004342.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 13 horas 00 minutos del 29 de mayo del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Camelia Motmot Limitada.—San José, 29 de mayo del 2020.—Lic. Óscar Manuel Funes Orellana, Notario.—1 vez.—CE2020004343.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 17 horas 00 minutos del 26 de mayo del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Inversiones C.J. 2020 Sociedad Anónima.—San José, 29 de mayo del 2020.—Licda. Melania de Los Ángeles Chin Wo Cruz, Notaria.—1 vez.—CE2020004344.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 13 horas 30 minutos del 29 de mayo del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Riya Sokol Art Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 29 de mayo del 2020.—Lic. Rosario Araya Arroyo, Notario.—1 vez.—CE2020004345.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 14 horas 30 minutos del 03 de marzo del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Cynergy Labs Sociedad Anónima.—San José, 29 de mayo del 2020.—Lic. Jorge Hernandez Calvo, Notario.—1 vez.—CE2020004346.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 10 horas 00 minutos del 29 de mayo del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Sosaju Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 29 de mayo del 2020.—Lic. Osman González Araya, Notario.—1 vez.—CE2020004347.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 11 horas 00 minutos del 29 de mayo del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Maypa & Hermanos MPH Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 29 de mayo del 2020.—Lic. Alejandro Salom Hernandez, Notario.—1 vez.—CE2020004348.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 14 horas 00 minutos del 28 de mayo del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Ctres ZF Administradora Sociedad Anónima.—San José, 29 de mayo del 2020.—Licda. Magally María Guadamuz García, Notaria.—1 vez.—CE2020012597.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 08 horas 00 minutos del 28 de mayo del año 2020, se constituyó la sociedad denominada PCH Ciento Once Sociedad Anónima.—San José, 01 de junio del 2020.—Licda. Adriana Villalobos Brenes, Notario.—1 vez.—CE2020004349.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 08 horas 00 minutos del 29 de mayo del año 2020, se constituyó la sociedad denominada M&O Investment Group Corp Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 01 de junio del 2020.—Lic. Ricardo Urbina Paniagua, Notario.—CE2020004350.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 12 horas 00 minutos del 22 de mayo del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Luana Services Sociedad Anónima Sociedad Anónima.—San José, 01 de junio del 2020.—Lic. Óscar Humberto Segnini Saborío, Notario.—1 vez.—CE2020004351.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 14 horas 30 minutos del 07 de mayo del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Credisoluciones Sociedad Anónima.—San José, 01 de junio del 2020.—Licda. Nichole Ivette Hidalgo Murillo, Notario.—1 vez.—CE2020004352.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 15 horas 00 minutos del 30 de mayo del año 2020, se constituyó la sociedad denominada ID Salud Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 01 de junio del 2020.—Licda. Priscilla María Rivera Muñoz, Notario.—1 vez.—CE2020004353.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 08 horas 00 minutos del 28 de mayo del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Go Green Ingeniería Sociedad Anónima.—San José, 01 de junio del 2020.—Lic. Raúl Emilio Acosta Arias, Notario.—1 vez.—CE2020004354

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 11 horas 30 minutos del 29 de mayo del año 2020, se constituyó la sociedad denominada CYL In Nova Construcciones Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 01 de junio del 2020.—Licda. Isabel Cristina Vargas Vargas, Notaria.—1 vez.—CE2020004355.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 15 horas 00 minutos del 17 de abril del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Acotax Kreston Costa Rica Sociedad Anónima.—San José, 01 de junio del 2020.—Licda. Sonia Víquez Chaverri, Notaria.—1 vez.—CE2020004356.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 11 horas 00 minutos del 28 de mayo del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Corporación Aresa Sociedad Anónima.—San José, 01 de junio del 2020.—Lic. Rigoberto Guerrero Olivares, Notario.—1 vez.—CE2020004357.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 16 horas 00 minutos del 29 de mayo del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Grupo Connectia Digital Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 01 de junio del 2020.—Lic. Iván Darío Villegas Franco, Notario.—1 vez.—CE2020004358.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 15 horas 00 minutos del 28 de mayo del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Patisserie y Boulangerie Tarte Passion Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 01 de junio del 2020.—Lic. Cesar Augusto Mora Zahner, Notario.—1 vez.—CE2020004359.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 15 horas 00 minutos del 26 de mayo del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Choferes para Costa Rica Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 01 de junio del 2020.—Lic. Fernando Gamboa Gamboa, Notario.—1 vez.—CE2020004360.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 14 horas 00 minutos del 29 de mayo del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Dos Napos y Medio Limitada.—San José, 01 de junio del 2020.—Licda. Mayra Tatiana Alfaro Porras, Notaria.—1 vez.—CE2020004361.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 15 horas 00 minutos del 21 de mayo del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Sayerk Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 01 de junio del 2020.—Lic. Rafael Ángel Fonseca González, Notario.—1 vez.—CE2020004362.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 11 horas 30 minutos del 29 de mayo del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Linka Soluciones Técnicas de Construcción Sociedad Anónima.—San José, 01 de junio del 2020.—Licda. Laura Mariana Oviedo Murillo, Notaria.—1 vez.—CE2020004363.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 17 horas 00 minutos del 29 de mayo del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Moto Llantas y Accesorios Moto Racer Sociedad Anónima.—San José, 01 de junio del 2020.—Lic. José Jesús Gazel Briceño, Notario.—1 vez.—CE2020004364.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 10 horas 00 minutos del 01 de junio del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Multiservicios J E del Sur Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 01 de junio del 2020.—Licda. Yenny Sandi Romero, Notaria.—1 vez.—CE2020004365.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 14 horas 00 minutos del 21 de mayo del año 2020, se constituyó la sociedad denominada VYS Tienda de Mascotas Sociedad Anónima.—San José, 01 de junio del 2020.—Lic. Rafael Ángel Fonseca González, Notario.—1 vez.—CE2020004366.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 08 horas 00 minutos del 28 de mayo del año 2020, se constituyó la sociedad denominada C.G.N.MC. Inversiones Limitada.—San José, 01 de junio del 2020.—Licda. Eugenia María Rojas Rodríguez, Notaria.—1 vez.—CE2020004368.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 11 horas 00 minutos del 31 de mayo del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Subatech Daro Sociedad Anónima.—San José, 01 de junio del 2020.—Lic. Randall Segura Ulate, Notario.—1 vez.—CE2020004369.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 13 horas 00 minutos del 27 de mayo del año 2020, se constituyó la sociedad denominada ACYMC Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 01 de junio del 2020.—Lic. Víctor Andrés Moreira Sirias, Notario.—1 vez.—CE2020004369.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 15 horas 00 minutos del 28 de mayo del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Hermanos Lavediau Vargas Sociedad Anónima.—San José, 01 de junio del 2020.—Lic. Gerardo Andrés Camacho Quirós, Notario.—1 vez.—CE2020004370.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 10 horas 00 minutos del 28 de mayo del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Constructora Álvarez y Acosta Sociedad Anónima.—San José, 01 de junio del 2020.—Licda. Selita Raquel Farrier Brais, Notaria.—1 vez.—CE2020004371.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 11 horas 30 minutos del 30 de mayo del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Chila C.P.F. Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 01 de junio del 2020.—Licda. Carmen Fernandez Molina, Notaria.—1 vez.—CE2020004372.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 11 horas 00 minutos del 31 de mayo del año 2020, se constituyó la sociedad denominada P.C.A Contadores y Auditores Sociedad Anónima.—San José, 01 de junio del 2020.—Lic. Johnny Alberto Pérez Vargas, Notario.—1 vez.—CE2020004373.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 18 horas 00 minutos del 27 de mayo del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Aguti de Mar Sociedad Anónima.—San José, 01 de junio del 2020.—Lic. Juan Luis Cespedes Vargas, Notario.—1 vez.—CE2020004374.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 08 horas 00 minutos del 01 de junio del año 2020, se constituyó la sociedad denominada ABH Holdings Limitada.—San José, 01 de junio del 2020.—Lic. Guillermo Emilio Zúñiga González, Notario.—1 vez.—CE2020004375.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 16 horas 00 minutos del 28 de mayo del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Verduras y Hortalizas Jgsiete-Dos Mil Veinte Sociedad Anónima.—San José, 01 de junio del 2020.—Lic. Randall Alfredo Porras Quirós, Notario.—1 vez.—CE2020004376.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 10 horas 30 minutos del 29 de mayo del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Control y Gestión Legal de S. J. Sociedad Anónima.—San José, 01 de junio del 2020.—Licda. Ileana Montero Montoya, Notaria.—1 vez.—CE2020004377.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 11 horas 00 minutos del 01 de junio del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Inversiones El Paraíso Marbellano SRL Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 01 de junio del 2020.—Licda. Gloriana Carmona Castañeda, Notaria.—1 vez.—CE2020004378.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 13 horas 00 minutos del 26 de mayo del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Comercializadora Jady Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 01 de junio del 2020.—Lic. Sebastián Adonay Arroyo Trejos, Notario.—1 vez.—CE2020004379.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 14 horas 00 minutos del 01 de junio del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Cositas del Mundo Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 01 de junio del 2020.—Lic. Ronald Núñez Álvarez, Notario.—1 vez.—CE2020004380.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 13 horas 30 minutos del 26 de mayo del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Comercializador JJ Treinta y Seis Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 01 de junio del 2020.—Lic. Sebastián Adonay Arroyo Trejos, Notario.—1 vez.—CE2020004381.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 12 horas 00 minutos del 01 de junio del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Grupo Amha Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 01 de junio del 2020.—Lic. Marco Antonio Fernández López, Notario.—1 vez.—CE2020004382.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 14 horas 00 minutos del 30 de mayo del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Repuestos Fortuna Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 01 de junio del 2020.—Lic. Marlon Fernando Arce Blanco, Notario.—1 vez.—CE2020004383.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 14 horas 00 minutos del 01 de junio del año 2020, se constituyó la sociedad denominada AFF & Trust Sociedad Anónima.—San José, 01 de junio del 2020.—Licda. Adriana Silva Rojas, Notaria.—1 vez.—CE2020004383.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 08 horas 00 minutos del 24 de mayo del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Tera Gestión de Cobros Sociedad Anónima.—San José, 01 de junio del 2020.—Lic. Javier Alonso Blanco Benavides, Notario.—1 vez.—CE2020004384.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 13 horas 00 minutos del 27 de mayo del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Familia Contreras y Molina Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 01 de junio del 2020.—Lic. Víctor Andrés Moreira Sirias, Notario.—1 vez.—CE2020004385.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 15 horas 00 minutos del 28 de mayo del año 2020, se constituyó la sociedad denominada GTE Falcon Data Sociedad Anónima.—San José, 01 de junio del 2020.—Lic. Celimo Gerardo Fuentes Vargas, Notario.—1 vez.—CE2020004386.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 14 horas 00 minutos del 01 de junio del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Sea View Equity Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 01 de junio del 2020.—Lic. Jefte David Zúñiga Jiménez, Notario.—1 vez.—CE2020004387.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 10 horas 00 minutos del 26 de mayo del año 2020, se constituyó la sociedad denominada La Buena Yerba Medicial Sociedad Anónima.—San José, 01 de junio del 2020.—Lic. Óscar Arias Valverde, Notario.—1 vez.—CE2020004388.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 18 horas 00 minutos del 19 de mayo del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Fprogress Sociedad Anónima.—San José, 01 de junio del 2020.—Lic. Abel Ignacio Gómez Bloise, Notario.—1 vez.—CE2020004389.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 13 horas 00 minutos del 25 de abril del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Costa Rica Best Produce Crbp Sociedad Anónima.—San José, 01 de junio del 2020.—Licda. Mónica Marcela Zúñiga Sylvester, Notaria.—1 vez.—CE2020004390.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 14 horas 00 minutos del 01 de junio del año 2020, se constituyó la sociedad denominada GPL Solutions Costa Rica Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 01 de junio del 2020.—Licda. Diana Catalina Varela Solano, Notaria.—1 vez.—CE2020004391.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 18 horas 00 minutos del 24 de mayo del año 2020, se constituyó la sociedad denominada CMXI Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 01 de junio del 2020.—Lic. Johanna Bonilla Ulloa, Notario.—1 vez.—CE2020004392.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 10 horas 00 minutos del 21 de mayo del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Corporación Kenosis Salas Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 01 de junio del 2020.—Lic. José Gonzalo Carrillo Mora, Notario.—1 vez.—CE2020004393.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 12 horas 30 minutos del 29 de mayo del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Mechuvilla Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 01 de junio del 2020.—Lic. Edgar Alejandro Solís Moraga, Notario, 1 vez.—CE2020004394.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 16 horas 00 minutos del 05 de mayo del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Servicios Ganaderos C.R. Sociedad Anónima.—San José, 01 de junio del 2020.—Lic. Francisco Arturo Arias Mena, Notario.—1 vez.—CE2020004395.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 08 horas 00 minutos del 20 de mayo del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Oxifire Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 01 de junio del 2020.—Lic. Guillermo Emilio Zúñiga González, Notario.—1 vez.—CE2020004396.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 14 horas 00 minutos del 01 de junio del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Limpieza Costa Rica, LCR Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 01 de junio del 2020.—Lic. Edgar Antonio Nassar Guier, Notario.—1 vez.—CE2020004397.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 10 horas 05 minutos del 27 de mayo del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Isolar Sociedad Anónima.—San José, 01 de junio del 2020.—Lic. Fernando Santiago Benel Alama, Notario.—1 vez.—CE2020004398.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 11 horas 00 minutos del 01 de junio del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Inversiones El Paraíso Marbellano de Guanacaste SRL Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 01 de junio del 2020.—Licda. Gloriana Carmona Castañeda, Notaria.—1 vez.—CE2020004399.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 16 horas 30 minutos del 21 de mayo del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Rocesa Sociedad Anónima.—San José, 01 de junio del 2020.—Licda. Evelin de Los Ángeles Sandoval Sandoval, Notaria.—1 vez.—CE2020004400.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 13 horas 00 minutos del 01 de junio del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Inversiones Castillo Rodríguez Sociedad Anónima.—San José, 01 de junio del 2020.—Lic. José Eduardo Diaz Canales, Notario.—1 vez.—CE2020004401.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 15 horas 20 minutos del 01 de junio del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Gameary Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 01 de junio del 2020.—Lic. Fernando Sobrado Chamberlain, Notario.—1 vez.—CE2020004402.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 17 horas 00 minutos del 31 de mayo del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Discere Sociedad Anónima.—San José, 01 de junio del 2020.—Lic. Daniel Alvarado Jiménez, Notario.—1 vez.—CE2020004403.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 12 horas 00 minutos del 01 de junio del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Amha AT Caletas Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 01 de junio del 2020.—Lic. Marco Antonio Fernández López, Notario.—1 vez.—CE2020004404.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 00 horas 00 minutos del 15 de mayo del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Pemberley Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 01 de junio del 2020.—Licda. Yuliana Gaitán Ayalés, Notaria.—1 vez.—CE2020004405.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 08 horas 30 minutos del 01 de junio del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Dulce Estancia de Jacó Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 01 de junio del 2020.—Lic. Alfredo Núñez Gamboa, Notario.—1 vez.—CE2020004406.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 11 horas 00 minutos del 31 de mayo del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Subatech Daro Sociedad Anónima.—San José, 01 de junio del 2020.—Lic. Randall Segura Ulate, Notario.—1 vez.—CE2020012609.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 14 horas 00 minutos del 05 de junio del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Transportes DEM Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 07 de junio del 2020.—Lic. Anthony Norman Borbón Rojas, Notario.—1 vez.—CE2020004630.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 10 horas 30 minutos del 05 de junio del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Inversiones El Tesoro J M Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 07 de junio del 2020.—Lic. Fernando Sobrado Chamberlain, Notario.—1 vez.—CE2020004631.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 15 horas 00 minutos del 02 de junio del año 2020, se constituyó la sociedad denominada MICM Empresas Centroamérica Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 07 de junio del 2020.—Licda. Alicia Yesenia Chacón Araya, Notaria.—1 vez.—CE2020004632.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 09 horas 00 minutos del 04 de junio del año 2020, se constituyó la sociedad denominada La Corona de Oriente Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 08 de junio del 2020.—Licda. Ana María Vargas Moya, Notaria.—1 vez.—CE2020004633.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 10 horas 00 minutos del 05 de junio del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Construcciones JW Avalón Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 08 de junio del 2020.—Lic. Paulina Bonilla Guillén, Notaria.—1 vez.—CE2020004634.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 11 horas 30 minutos del 02 de junio del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Fereirao Dos Mil Diecinueve Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 08 de junio del 2020.—Lic. Luis Roberto Canales Ugarte, Notario.—1 vez.—CE2020004635.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 15 horas 00 minutos del 01 de junio del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Comercializadora IK-Teja de Costa Rica Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 08 de junio del 2020.—Lic. Omar Jalil Ayales Aden, Notario.—1 vez.—CE2020004636.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 13 horas 20 minutos del 04 de junio del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Inmava Sociedad Anónima.—San José, 08 de junio del 2020.—Lic. Ricardo Javier Hidalgo Murillo, Notario.—1 vez.— CE2020004637.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 15 horas 00 minutos del 02 de junio del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Bread House Food Services Internacional LSS Sociedad Anónima.—San José, 08 de junio del 2020.—Licda. Isabel María Vásquez Rojas, Notaria.—1 vez.—CE2020004638.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 08 horas 00 minutos del 05 de junio del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Allianz Business Law Limitada.—San José, 08 de junio del 2020.—Lic. Ricardo Badilla Reyes, Notario.—1 vez.—CE2020004639.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 10 horas 30 minutos del 05 de junio del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Golden Shore Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 08 de junio del 2020.—Lic. Luis Fernando Fallas Marín, Notario.—1 vez.—CE2020004640.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 15 horas 00 minutos del 03 de junio del año 2020, se constituyó la sociedad denominada CIAFA Inversiones Verdes Sociedad Anónima.—San José, 08 de junio del 2020.—Lic. Wilson Alejandro Vindas Rojas, Notario.—1 vez.—CE2020004641.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 10 horas 00 minutos del 10 de Octubre del año 2019, se constituyó la sociedad denominada Paca Loca Plus Sociedad Anónima.—San José, 08 de junio del 2020.—Lic. Christian Alonso Merlos Cuaresma, Notario.—1 vez.—CE2020004642.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 08 horas 00 minutos del 29 de mayo del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Lapas Amarillas de Pavones Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 08 de junio del 2020.—Lic. Sergio Martín Sancho Hernández, Notario.—1 vez.—CE2020004643.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 11 horas 11 minutos del 19 de mayo del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Fazenda Tectona Grandis Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 08 de junio del 2020.—Lic. Mauricio Eduardo Martínez Parada, Notario.—1 vez.—CE2020004644.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 08 horas 10 minutos del 29 de mayo del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Montañas Azules de Pavones del Sur Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 08 de junio del 2020.—Lic. Sergio Martín Sancho Hernández, Notario.—1 vez.—CE2020004645.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 16 horas 40 minutos del 06 de junio del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Xan Solutions Sociedad Anónima.—San José, 08 de junio del 2020.—Lic. José Pablo Rodríguez Castro, Notario.—1 vez.—CE2020004646.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 15 horas 00 minutos del 21 de mayo del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Yes Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 08 de junio del 2020.—Lic. Rafael Ángel Fonseca González, Notario.—1 vez.—CE2020004647.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 08 horas 30 minutos del 29 de mayo del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Pavones Cielos Naranja del Sur Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 08 de junio del 2020.—Lic. Sergio Martín Sancho Hernández, Notario.—1 vez.—CE2020004648.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 10 horas 00 minutos del 06 de junio del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Grupo Bozcorp Sociedad Anónima.—San José, 08 de junio del 2020.—Lic. Evelyn Loaiza Blanco, Notario.—1 vez.—CE2020004649.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 16 horas 00 minutos del 06 de junio del año 2020, se constituyó la sociedad denominada El Pollón de Oro del Sur Sociedad Anónima.—San José, 08 de junio del 2020.—Licda. Eilyn Crist Alpízar Hidalgo, Notaria.—1 vez.—CE2020004650.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 16 horas 00 minutos del 29 de mayo del año 2020, se constituyó la sociedad denominada La Casa de La Boronita Feliz Sociedad Anónima.—San José, 08 de junio del 2020.—Lic. Carlos Luis Rojas Montoya, Notario.—1 vez.—CE2020004651.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 10 horas 01 minutos del 03 de junio del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Soluciones Solidaristas Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 08 de junio del 2020.—Licda. Tatiana María Rodríguez Arroyo, Notaria.—1 vez.—CE2020004652.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 15 horas 00 minutos del 26 de mayo del año 2020, se constituyó la sociedad denominada M.S.N Choferes Unidos Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 08 de junio del 2020.—Lic. Fernando Gamboa Gamboa, Notario.—1 vez.—CE2020004653.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 10 horas 00 minutos del 08 de junio del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Emperador Salomón Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 08 de junio del 2020.—Licda. Melissa Guardia Tinoco, Notaria.—1 vez.—CE2020004654.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 08 horas 00 minutos del 07 de junio del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Pura Vida Republic Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 08 de junio del 2020.—Lic. Roger Mayorga López, Notario.—1 vez.—CE2020004655.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 14 horas 30 minutos del 04 de junio del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Ramiplast Sociedad Anónima.—San José, 08 de junio del 2020.—Lic. Mauricio Montero Hernández, Notario.—1 vez.—CE2020004656.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 00 horas 09 minutos del 06 de junio del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Roldán Diseño y Desarrollos Sociedad Anónima.—San José, 08 de junio del 2020.—Lic. Gabriel Álvarez Hernández, Notario.—1 vez.—CE2020004657.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 10 horas 00 minutos del 05 de junio del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Grupo Nanku Sociedad Anónima.—San José, 08 de junio del 2020.—Lic. Ethel Maricela Moreno Rangel, Notario.—1 vez.—CE2020004658.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 10 horas 00 minutos del 27 de mayo del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Inmobiliaria Casa para Todos Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 08 de junio del 2020.—Licda. Ana Lourdes Golcher González, Notaria.—1 vez.—CE2020004659.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 13 horas 00 minutos del 08 de junio del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Vistas Treinta y Ocho Uno Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 08 de junio del 2020.—Licda. Vera Denise Mora Salazar, Notaria.—1 vez.—CE2020004660.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 17 horas 00 minutos del 05 de junio del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Consorcio Gutiérrez Sociedad Anónima.—San José, 08 de junio del 2020.—Lic. Juan José Marín Rivera, Notario.—1 vez.—CE2020004661.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 10 horas 00 minutos del 08 de junio del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Ticomer Sociedad Anónima.—San José, 08 de junio del 2020.—Lic. Roy Alberto Guerrero Olivares, Notario.—1 vez.—CE2020004661.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 13 horas 15 minutos del 08 de junio del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Vistas Treinta y Ocho Dos Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 08 de junio del 2020.—Licda. Vera Denise Mora Salazar, Notaria.—1 vez.—CE2020004662.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 13 horas 00 minutos del 05 de junio del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Bulls Garage Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 08 de junio del 2020.—Lic. Sergio Aguiar Montealegre, Notario.—1 vez.—CE2020004663.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 15 horas 00 minutos del 14 de febrero del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Algran Químicos Latam Sociedad Anónima.—San José, 08 de junio del 2020.—Lic. Pedro Bernal Chaves Corrales, Notario.—1 vez.—CE2020004664.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 16 horas 00 minutos del 02 de junio del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Inversiones JHV Sociedad Anónima.—San José, 08 de junio del 2020.—Lic. José Manuel Hernández Martínez, Notario.—1 vez.—CE2020004665.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 11 horas 00 minutos del 28 de mayo del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Socios Gastronómicos Saga Sociedad Anónima.—San José, 08 de junio del 2020.—Lic. Rigoberto Guerrero Olivares, Notario.—1 vez.—CE2020004666.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 13 horas 00 minutos del 03 de junio del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Servicios Integrales de Salud Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 08 de junio del 2020.—Lic. José Leonardo Olivas Esquivel, Notario.—1 vez.—CE2020004667.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 08 horas 30 minutos del 08 de junio del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Servicios Intermodales Caribeños Sociedad Anónima.—San José, 08 de junio del 2020.—Lic. Miguel Chacón Alvarado, Notario.—1 vez.—CE2020004668.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 09 horas 00 minutos del 03 de junio del año 2020, se constituyó la sociedad denominada LSTM Martini Limitada.—San José, 08 de junio del 2020.—Lic. Óscar Manuel Funes Orellana, Notario.—1 vez.—CE2020004669.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 08 horas 00 minutos del 05 de junio del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Floraison Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 08 de junio del 2020.—Licda. Melissa Guardia Tinoco, Notaria.—1 vez.—CE2020004670.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 14 horas 00 minutos del 08 de junio del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Mercado La Cartonera Sociedad Anónima.—San José, 08 de junio del 2020.—Lic. Alejandro Pignataro Madrigal, Notario.—1 vez.—CE2020004671.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 14 horas 00 minutos del 05 de junio del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Quinta Bonanza de San Carlos Sociedad Anónima.—San José, 08 de junio del 2020.—Licda. Karla Magaly Calderón Murillo, Notaria.—1 vez.—CE2020004672.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 17 horas 00 minutos del 05 de junio del año 2020, se constituyó la sociedad denominada igual que número de cédula jurídica limitada.—San José, 08 de junio del 2020.—Lic. Edgar Solórzano Vega, Notario.—1 Vez.—CE2020004673.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 15 horas 00 minutos del 08 de junio del año 2020, se constituyó la sociedad denominada FL Pallets Sociedad Anónima.—San José, 08 de junio del 2020.—Lic. Alonso Vargas Araya, Notario.—1 vez.—CE2020004674.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 09 horas 30 minutos del 01 de junio del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Volar Sobre El Pantano J&G Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 08 de junio del 2020.—Lic. Julio López Esquivel, Notario.—1 vez.—CE2020004675.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 00 horas 00 minutos del 08 de junio del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Milkmiller CR Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 08 de junio del 2020.—Lic. Carlos Alberto Echeverría Alfaro, Notario.—1 vez.—CE2020004676.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 10 horas 00 minutos del 04 de junio del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Los Atardeceres de La Bajura Sociedad Anónima.—San José, 08 de junio del 2020.—Lic. Juan Carlos Segares Lutz, Notario.—1 vez.—CE2020004677.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 00 horas 30 minutos del 08 de junio del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Íntegra Arquitectos Quinientos Seis Estudio Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 08 de junio del 2020.—Lic. Milena Valverde Mora, Notario.—1 vez.—CE2020004678

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 17 horas 00 minutos del 02 de junio del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Servicios Médicos Medivega Sociedad Anónima.—San José, 08 de junio del 2020.—Licda. Imelda Arias Del Cid, Notaria.—1 vez.—CE2020004679.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 13 horas 00 minutos del 08 de junio del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Ansoherema Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 08 de junio del 2020.—Licda. Karla Paola González Alpízar, Notaria.—1 vez.—CE2020004680.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 17 horas 00 minutos del 04 de mayo del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Motores Centrales Rodríguez Sociedad Anónima.—San José, 08 de junio del 2020.—Lic. Eugenio Hernández Rodríguez, Notario.—1 vez.—CE2020004681.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 10 horas 00 minutos del 08 de junio del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Ticomer Sociedad Anónima.—San José, 08 de junio del 2020.—Lic. Roy Alberto Guerrero Olivares, Notario.—1 vez.—CE2020012598.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 13 horas 00 minutos del 08 de junio del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Helado Ozcuro Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 08 de junio del 2020.—Lic. Geovanny Víquez Arley, Notario.—1 vez.—CE2020004682.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 10 horas 00 minutos del 08 de junio del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Porcelanatos Italianos Importados Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 08 de junio del 2020.—Lic. Gabriel Zamora Baudrit, Notario.—1 vez.—CE2020004683.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 13 horas 00 minutos del 08 de junio del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Mentordigital Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 08 de junio del 2020.—Lic. Gabriel Zamora Baudrit, Notario.—1 vez.—CE2020004684.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 18 horas 00 minutos del 02 de junio del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Grupo Metsa Treinta y Tres Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 08 de junio del 2020.—Lic. Eduardo Arauz Sanchez, Notario.—1 vez.—CE2020004685.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 09 horas 00 minutos del 05 de junio del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Pinilla Treinta Sociedad Anónima.—San José, 08 de junio del 2020.—Licda. Vera Violeta Salazar Rojas, Notaria.—1 vez.—CE2020004686.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 10 horas 00 minutos del 02 de junio del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Multiremates S Y S de Turrialba Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 08 de junio del 2020.—Lic. Miguel Antonio Rodríguez Espinoza, Notario.—1 vez.—CE2020004687.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría a las 11 horas 00 minutos del 02 de junio del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Consilium Capital Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 08 de junio del 2020.—Lic. Miguel Antonio Rodríguez Espinoza, Notario.—1 vez.—CE2020004688.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 12 horas 00 minutos del 08 de junio del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Sana Togo Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 08 de junio del 2020.—Licda. Gabriela Mora Aguilar, Notaria.—1 vez.—CE2020004689.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 10 horas 00 minutos del 06 de junio del año 2020, se constituyó la sociedad denominada KNTSHT Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 08 de junio del 2020.—Licda. Gabriela Mora Aguilar, Notaria.—1 vez.—CE2020004690.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 09 horas 00 minutos del 21 de mayo del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Thyméo Inversion Limitada.—San José, 09 de junio del 2020.—Lic. Óscar Manuel Funes Orellana, Notario.—1 vez.—CE2020004691.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 12 horas 00 minutos del 08 de junio del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Inmobiliaria Lumik Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 09 de junio del 2020.—Lic. Randall Erick González Valverde, Notario.—1 vez.—CE2020004692.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 11 horas 30 minutos del 05 de junio del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Inno Light Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 09 de junio del 2020.—Lic. Gabriel Castro Benavides, Notario.—1 vez.—CE2020004693.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 09 horas 00 minutos del 09 de junio del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Rincón Mendoza Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 09 de junio del 2020.—Licda. María Gabriela Sancho Carpio, Notaria.—1 vez.—CE2020004694.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 13 horas 00 minutos del 08 de junio del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Corporación Resmar Sociedad Anónima.—San José, 09 de junio del 2020.—Lic. Rigoberto Guerrero Olivares, Notario.—1 vez.—CE2020004695.

Mediante escritura otorgada ante esta Notaría a las 15 horas 00 minutos del 08 de Junio del año 2020, se constituyó la sociedad denominada CE Capital Sociedad Anónima.—San José, 09 de junio del 2020.—Lic. Carlos Francisco García Zamora, Notario.—1 vez.—CE2020004696.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 09 horas 30 minutos del 09 de junio del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Irinka Cincuenta y Dos Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 09 de junio del 2020.—Lic. Cristian Guillermo Jiménez Barrantes, Notario.—1 vez.—CE2020004697.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 11 horas 00 minutos del 08 de junio del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Inversiones Navarfo del Pacífico Sociedad Anónima.—San José, 09 de junio del 2020.—Lic. Mauricio Montero Quirós, Notario.—1 vez.—CE2020004698.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 11 horas 00 minutos del 29 de mayo del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Human Solutions LK Sociedad Anónima.—San José, 09 de junio del 2020.—Lic. Carlos Alberto Campos Mora, Notario.—1 vez.—CE2020004699.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 10 horas 00 minutos del 02 de junio del año 2020, se constituyó la sociedad denominada JSG Multi-Business Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 09 de junio del 2020.—Lic. Maykool Acuña Ugalde, Notario.—1 vez.—CE2020004700.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 07 horas 00 minutos del 09 de junio del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Grupo Inversiones Migue Sociedad Anónima.—San José, 09 de junio del 2020.—Lic. Jorge Enrique Muñoz García, Notario.—1 vez.—CE2020004701.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 10 horas 00 minutos del 23 de mayo del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Inversiones Raes del Atlántico Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 09 de junio del 2020.—Lic. Dowglas Leiva Díaz, Notario.—1 vez.—CE2020004702.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 10 horas 00 minutos del 05 de junio del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Lavena Limitada.—San José, 09 de junio del 2020.—Lic. Jorge Arturo Pacheco Oreamuno, Notario.—1 vez.—CE2020004703.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 11 horas 00 minutos del 02 de junio del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Mega Soluciones del Futuro JL Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 09 de junio del 2020.—Lic. Orlando Cervantes Vargas, Notario.—1 vez.—CE2020004704.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 11 horas 00 minutos del 09 de junio del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Rowatza Sociedad Anónima.—San José, 09 de junio del 2020.—Lic. Albino Solórzano Vega, Notario.—1 vez.—CE2020004705.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 10 horas 00 minutos del 09 de junio del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Avonia Construcciones Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 09 de junio del 2020.—Licda. Fulvia María Sanchez Ballestero, Notaria.—1 vez.—CE2020004706.

Mediante escritura otorgada ante esta Notaría a las 14 horas 00 minutos del 05 de Junio del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Serene Bay Six O One Llc Limitada.—San José, 09 de junio del 2020.—Lic. Gabriel Chaves Ledezma, Notario.—1 vez.—CE2020004707.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 10 horas 00 minutos del 09 de junio del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Ganadería los Magos de Cañas Sociedad Anónima.—San José, 09 de junio del 2020.—Lic. Ricardo Jose Nassar Guell, Notario.—1 vez.—CE2020004708.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 12 horas 00 minutos del 05 de junio del año 2020, se constituyó la sociedad denominada D&K Recovery Solutions Sociedad Anónima.—San José, 09 de junio del 2020.—Lic. Gerardo Manuel Jiménez Barahona, Notario.—1 vez.—CE2020004709.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 11 horas 00 minutos del 09 de junio del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Iguana Development Company Limitada.—San José, 09 de junio del 2020.—Lic. Luis Jeancarlo Angulo Bonilla, Notario.—1 vez.—CE2020004710.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 12 horas 00 minutos del 03 de junio del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Ferkajef & Asociados Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 09 de junio del 2020.—Lic. Eduardo Ajoy Zeledón, Notario.—1 vez.—CE2020004711.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 08 horas 00 minutos del 05 de junio del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Aliemart Sociedad Anónima.—San José, 09 de junio del 2020.—Lic. Gerardo Enrique Chaves Cordero, Notario.—1 vez.—CE2020004712.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 13 horas 30 minutos del 08 de junio del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Anabaptist Equity Group Costa Rica Sociedad Anónima.—San José, 09 de junio del 2020.—Lic. Guillermo José Sanabria Leiva, Notario.—1 vez.—CE2020004713.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 09 horas 09 minutos del 09 de junio del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Sky Unlimited Limitada.—San José, 09 de junio del 2020.—Lic. Gabriel Clare Facio, Notario.—1 vez.—CE2020004714.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 10 horas 00 minutos del 08 de junio del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Samui Barrio Escalante Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 09 de junio del 2020.—Lic. Mauricio Lara Ramos, Notario.—1 vez.—CE2020004715.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 17 horas 30 minutos del 02 de junio del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Alpha Marketing Services Limitada.—San José, 09 de junio del 2020.—Lic. Marvin Díaz Briceño, Notario.—1 vez.—CE2020004716.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 10 horas 15 minutos del 09 de junio del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Ring Inversiones Limitada.—San José, 09 de junio del 2020.—Licda. Georgette Barguil Peña, Notaria.—1 vez.—CE2020004717.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 10 horas 00 minutos del 09 de junio del año 2020, se constituyó la sociedad denominada True Green Sociedad Anónima.—San José, 09 de junio del 2020.—Licda. Ana Graciela Alvarenga Jimenez, Notaria.—1 vez.—CE2020004718.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 12 horas 00 minutos del 09 de junio del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Brain Tech Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 09 de junio del 2020.—Lic. Jose Pablo Rodríguez Castro, Notario.—1 vez.—CE2020004719.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 09 horas 00 minutos del 09 de junio del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Crecon Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 09 de junio del 2020.—Licda. Rita María Calvo González, Notaria.—1 vez.—CE2020004720.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 14 horas 00 minutos del 08 de junio del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Araya Industrial & Automotriz Sociedad Anónima.—San José, 09 de junio del 2020.—Lic. Johanny Retana Madriz, Notario.—1 vez.—CE2020004721.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 11 horas 15 minutos del 09 de junio del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Ring Propiedades Limitada.—San José, 09 de junio del 2020.—Licda. Georgette Barguil Peña, Notaria.—1 vez.—CE2020004722.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 12 horas 00 minutos del 08 de junio del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Reb Pacific Solutions Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 09 de junio del 2020.—Lic. Víctor Hugo Jiménez Villalta, Notario.—1 vez.—CE2020004723.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 13 horas 00 minutos del 05 de junio del año 2020, se constituyó la sociedad denominada BP Branding and Packaging Studio Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 09 de junio del 2020.—Licda. Mariana Arias Oconitrillo, Notaria.—1 vez.—CE2020004724.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 08 horas 30 minutos del 08 de junio del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Las Palmas DG Parcels Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 09 de junio del 2020.—Lic. Raúl Babbar Amighetti, Notario.—1 vez.—CE2020004725.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 08 horas 00 minutos del 05 de junio del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Inversiones Paraísos del Norte J.M.E. Sociedad Anónima.—San José, 09 de junio del 2020.—Lic. Alonso Jimenez Serrano, Notario.—1 vez.—CE2020004726.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 10 horas 45 minutos del 09 de junio del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Ring Management Limitada.—San José, 09 de junio del 2020.—Licda. Georgette Barguil Peña, Notaria.—1 vez.—CE2020004727.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 11 horas 30 minutos del 28 de mayo del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Grupo Porce Sociedad Anónima.—San José, 09 de Junio del 2020.—Licda. Diana Catalina Varela Solano, Notaria.—1 vez.—CE2020004728.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 15 horas 30 minutos del 09 de junio del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Mente Wellness Retreat Sociedad Anónima.—San José, 09 de junio del 2020.—Licda. Paola Vargas Castillo, Notaria.—1 vez.—CE2020004729.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 15 horas 00 minutos del 07 de junio del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Grupo Moca C.R Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 09 de junio del 2020.—Lic. Ramón Badilla González, Notario.—1 vez.—CE2020004730.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 12 horas 00 minutos del 08 de junio del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Comarka HBH Sociedad Anónima.—San José, 09 de junio del 2020.—Licda. María Carolina Román Gutierrez, Notaria.—1 vez.—CE2020004731.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 16 horas 00 minutos del 08 de junio del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Ureña y Ceciliano de León Cortes Sociedad Anónima.—San José, 09 de junio del 2020.—Licda. Fercinta Esquivel Godínez, Notaria.—1 vez.—CE2020004732.

mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 15 horas 00 minutos del 09 de junio del año 2020, se constituyó la sociedad denominada EH Contables Sociedad Anónima.—San José, 09 de junio del 2020.—Licda. Jazmín Santamaria Sanchez, Notaria.—1 vez.—CE2020004733.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 11 horas 00 minutos del 09 de junio del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Ekollogika Sociedad Anónima.—San José, 09 de junio del 2020.—Lic. Gabriel Isaac Zelaya Lopez, Notario.—1 vez.—CE2020004734.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 17 horas 00 minutos del 19 de junio del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Servicio RAMG Limitada.—San José, 22 de junio del 2020.—Lic. Johnny Alberto Pérez Vargas, Notario.—1 vez.—CE2020005194.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 10 horas 00 minutos del 19 de junio del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Savaca Sociedad Anónima.—San José, 22 de Junio del 2020.—Lic. Rafael Francisco Mora Fallas, Notario.—1 vez.—CE2020005195.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 12 horas 00 minutos del 22 de junio del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Capitales de Inversión Breguz Sociedad Anónima.—San José, 22 de junio del 2020.—Lic. Mariano Enrique Núñez Quintana, Notario.—1 vez.—CE2020005196.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 08 horas 30 minutos del 15 de junio del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Horizonte Ocho Sociedad Anónima.—San José, 22 de junio del 2020.—Licda. Miriam Milena Acuña Rodríguez, Notaria.—1 vez.—CE2020005197.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 08 horas 00 minutos del 22 de junio del año 2020, se constituyó la sociedad denominada C A H Cielo Azul Properties CAP Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 23 de junio del 2020.—Lic. Alfredo Núñez Gamboa, Notario.—1 vez.—CE2020005198.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 07 horas 00 minutos del 21 de junio del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Cliks CR Soluciones Sociedad Anónima.—San José, 23 de junio del 2020.—Lic. Cristian Armando Acuña Bolaños, Notario.—1 vez.—CE2020005199.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 12 horas 30 minutos del 08 de junio del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Foodex Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 23 de junio del 2020.—Lic. Jorge Antonio Escalante Escalante, Notario.—1 vez.—CE2020005200.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 14 horas 30 minutos del 19 de junio del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Inversiones Briza del Papagayo Limitada.—San José, 23 de junio del 2020.—Licda. Laura Carolina Coto Rojas, Notaria.—1 vez.—CE2020005201.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 16 horas 00 minutos del 22 de junio del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Exito Absoluto 2024 Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 23 de junio del 2020.—Licda. Karen Ginneth Lopez Jara, Notaria.—1 vez.—CE2020005202.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 15 horas 00 minutos del 22 de junio del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Fenmo Properties Limitada.—San José, 23 de junio del 2020.—Lic. Jose Alberto Schroeder Leiva, Notario.—1 vez.—CE2020005203.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 08 horas 00 minutos del 22 de junio del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Luelili Sociedad Anónima.—San José, 23 de junio del 2020.—Lic. Erasmo Enrique Rojas Madrigal, Notario.—1 vez.—CE2020005204.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 09 horas 00 minutos del 23 de junio del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Januscorp Limitada.—San José, 23 de junio del 2020.—Licda. Silvia Vega Carballo, Notaria.—1 vez.—CE2020005205.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 10 horas 00 minutos del 19 de junio del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Compañia Japlast H Y K Sociedad Anónima.—San José, 23 de junio del 2020.—Lic. Maikol Sebastián Segura Chavarría, Notario.—1 vez.—CE2020005206.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 13 horas 30 minutos del 22 de junio del año 2020, se constituyó la sociedad denominada MLS Innovations Limitada.—San José, 23 de junio del 2020.—Lic. Luis Felipe Martínez Obando, Notario.—1 vez.—CE2020005207.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 18 horas 00 minutos del 22 de junio del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Argos Solutions Sociedad Anónima.—San José, 23 de junio del 2020.—Licda. Tatiana María Mainieri Acuña, Notaria.—1 vez.— CE2020005208.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 14 horas 15 minutos del 29 de mayo del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Master Technology Services Sociedad Anónima.—San José, 23 de junio del 2020.—Licda. Laureana Herrera Solano, Notaria.—1 vez.—CE2020005209.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 08 horas 30 minutos del 23 de junio del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Morun & Rodríguez Inmuebles Sociedad Anónima.—San José, 23 de junio del 2020.—Licda. Emilia Ulloa Corrales, Notaria.—1 vez.—CE2020005210.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 14 horas 30 minutos del 18 de junio del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Tansportes RL Sociedad Anónima.—San José, 23 de junio del 2020.—Lic. Leonel Ricardo Granados González, Notario.—1 vez.—CE2020005211.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 15 horas 00 minutos del 18 de junio del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Pauly y Compañía Ingenieros y Arquitectos Sociedad Anónima.—San José, 23 de junio del 2020.—Licda. Teresita Calvo Cordero, Notaria.—1 vez.—CE2020005212.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 10 horas 00 minutos del 23 de junio del año 2020, se constituyó la sociedad denominada General Maintenance and Construction Sociedad Anónima.—San José, 23 de junio del 2020.—Lic. Fredy Alonso Ramírez Rodríguez, Notario.—1 vez.—CE2020005213.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 16 horas 00 minutos del 22 de junio del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Go Simple Store CLH Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 23 de junio del 2020.—Lic. Gustavo Alberto Argüello Hidalgo, Notario.—1 vez.—CE2020005214.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 14 horas 14 minutos del 29 de mayo del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Peques Grooming and Pet Shop Sociedad Anónima.—San José, 23 de junio del 2020.—Lic. Alfonso Víquez Sanchez, Notario.—1 vez.—CE2020005215.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 10 horas 00 minutos del 11 de junio del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Servicios Fiduciarios Seficom Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 23 de junio del 2020.—Lic. Soledad Bustos Chaves, Notario.—1 vez.—CE2020005216.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 08 horas 00 minutos del 23 de junio del año 2020, se constituyó la sociedad denominada El Cerro Jimenez Alfaro Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 23 de junio del 2020.—Lic. Rodolfo Enrique Astorga Calderón, Notario.—1 vez.—CE2020005217.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 07 horas 30 minutos del 17 de junio del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Depilación Deportiva Laser Sociedad Anónima.—San José, 23 de junio del 2020.—Licda. Gloriana Arias Mora, Notaria.—1 vez.—CE2020005218.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 10 horas 30 minutos del 22 de junio del año 2020, se constituyó la sociedad denominada DR Logistics CR Sociedad Anónima.—San José, 23 de junio del 2020.—Lic. José Luis Ureña Diaz, Notario.—1 vez.—CE2020005219.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 09 horas 00 minutos del 23 de junio del año 2020, se constituyó la sociedad denominada La Santa María Estates Llc Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 23 de junio del 2020.—Lic. Álvaro Restrepo Muñoz, Notario.—1 vez.—CE2020005220.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 00 horas 00 minutos del 23 de junio del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Ontarica Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 23 de junio del 2020.—Lic. Marlon Karith García Bustos, Notario.—1 vez.—CE2020005221.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 13 horas 00 minutos del 23 de junio del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Zerounocr Sociedad Anónima.—San José, 23 de junio del 2020.—Licda. Sally Madrigal Saborío, Notaria.—1 vez.—CE2020005222.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 17 horas 00 minutos del 12 de junio del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Cordoba Sisters Corp Sociedad Anónima.—San José, 23 de junio del 2020.—Licda. Josefina Carime Ayubi Pimienta, Notaria.—1 vez.—CE2020005223.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 12 horas 00 minutos del 23 de junio del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Expedita Limitada.—San José, 23 de junio del 2020.—Lic. Lindbergh Arrieta Zárate, Notario.—1 vez.—CE2020005224.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 13 horas 00 minutos del 20 de junio del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Inversiones y Servicios Castillo y Obando Sociedad Anónima.—San José, 23 de junio del 2020.—Licda. Ligia Marta Chavarría Lavagni, Notaria.—1 vez.—CE2020005225.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 18 horas 00 minutos del 22 de junio del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Integridad Estructural Sociedad Anónima.—San José, 23 de junio del 2020.—Lic. Arturo Varela Aguilar, Notario.—1 vez.—CE2020005226.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 09 horas 00 minutos del 22 de junio del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Transatlantic Foods Sociedad Anónima.—San José, 23 de junio del 2020.—Lic. Walter Soto Mora, Notario.—1 vez.—CE2020005227.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 11 horas 00 minutos del 23 de junio del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Kraken Out Of Esperanza Corporation Limitada.—San José, 23 de junio del 2020.—Lic. Mario Eduardo Recio Recio, Notario.—1 vez.—CE2020005228.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 11 horas 00 minutos del 29 de mayo del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Check Fintech Group Sociedad Anónima.—San José, 23 de junio del 2020.—Lic. Sergio Elizondo Garófalo, Notario.—1 vez.—CE2020005229.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 09 horas 30 minutos del 15 de junio del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Fokl Home Designs Limitada.—San José, 23 de junio del 2020.—Lic. Andrés Francisco González Anglada, Notario.—1 vez.—CE2020005230.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 09 horas 00 minutos del 20 de junio del año 2020, se constituyó la sociedad denominada A.B.H. Inversiones Sociedad Anónima.—San José, 23 de junio del 2020.—Lic. Gaudy Ureña Vargas, Notario.—1 vez.—CE2020005231.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 10 horas 00 minutos del 22 de Junio del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Capitales Ureña Solera Limitada.—San José, 23 de junio del 2020.—Lic. Carlos Manuel Sanchez Leitón, Notario.—1 vez.—CE2020005232.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 14 horas 00 minutos del 22 de junio del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Grupo Alvarado Aguilar MYA Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 23 de junio del 2020.—Licda. Aura Isabel Céspedes Ugalde, Notaria.—1 vez.—CE2020005233.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 13 horas 00 minutos del 09 de junio del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Repuestos Acam Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 23 de junio del 2020.—Lic. Rigoberto Salas Mejías, Notario.—1 vez.—CE2020005234.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 10 horas 00 minutos del 19 de junio del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Inmobiliaria Sanvarcam Sociedad Anónima.—San José, 23 de junio del 2020.—Lic. Rafael Francisco Mora Fallas, Notario.—1 vez.—CE2020005235.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 10 horas 00 minutos del 26 de mayo del año 2020, se constituyó la sociedad denominada La Buena Yerba Medicinal Sociedad Anónima.—San José, 23 de junio del 2020.—Lic. Óscar Arias Valverde, Notario.—1 vez.—CE2020005236.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 12 horas 00 minutos del 22 de junio del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Exportadora Agrícola Pococí CR Sociedad Anónima.—San José, 23 de junio del 2020.—Lic. José Armando Ortiz Muñiz, Notario.—1 vez.—CE2020005237.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 12 horas 00 minutos del 22 de junio del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Ahead Costa Rica Sociedad Anónima.—San José, 23 de junio del 2020.—Lic. Arturo Barzuna Lacayo, Notario.—1 vez.—CE2020005238.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 17 horas 00 minutos del 15 de junio del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Pacolandia Sociedad Anónima.—San José, 23 de junio del 2020.—Licda. Giselle Arroyo Segura, Notaria.—1 vez.—CE2020005239.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 14 horas 00 minutos del 16 de junio del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Corporación de Servicios y Mantenimiento de Inmuebles Habitats Sociedad Anónima.—San José, 23 de junio del 2020.—Lic. Carlo Magno Burgos Vargas, Notario.—1 vez.—CE2020005240.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 13 horas 30 minutos del 23 de junio del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Creekside Holdings Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 23 de junio del 2020.—Lic. Felipe Cordero Espinoza, Notario.—1 vez.—CE2020005241.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 12 horas 00 minutos del 26 de febrero del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Nicosimpex Sociedad Anónima.—San José, 23 de junio del 2020.—Lic. Hector Chaves Sandoval, Notario.—1 vez.—CE2020005242.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 08 horas 00 minutos del 23 de junio del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Productos JPZ Camilo Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 23 de junio del 2020.—Lic. Óscar José Montenegro Fernández, Notario.—1 vez.—CE2020005243.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 09 horas 00 minutos del 05 de junio del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Coorporación Mariespi Sociedad Anónima Sociedad Anónima.—San José, 23 de junio del 2020.—Lic. Claudio Miranda Martínez, Notario.—1 vez.—CE2020005244.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 10 horas 00 minutos del 23 de junio del año 2020, se constituyó la sociedad denominada General Maintenance and Construction Tamarindo Beach Sociedad Anónima.—San José, 23 de junio del 2020.—Lic. Fredy Alonso Ramírez Rodríguez, Notario.—1 vez.—CE2020005245.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 13 horas 00 minutos del 18 de junio del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Wyrch Brokers Sociedad Anónima.—San José, 23 de junio del 2020.—Licda. Ileana Rodríguez González, Notaria.—1 vez.—CE2020005246.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 15 horas 00 minutos del 17 de junio del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Autopartes Mitsubishi BT Limitada.—San José, 23 de junio del 2020.—Lic. José Pablo Mata Ferreto, Notario.—1 vez.—CE2020005247.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 09 horas 30 minutos del 10 de Junio del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Portier Costa Rica Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 29 de junio del 2020.—Lic. Guillermo Jose Sanabria Leiva, Notario.—1 vez.—CE2020005355.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 14 horas 00 minutos del 26 de junio del año 2020, se constituyó la sociedad denominada MMC Investments Almendros Twenty-Three Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 29 de junio del 2020.—Lic. Sergio Aguiar Montealegre, Notario.—1 vez.—CE2020005356.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 09 horas 00 minutos del 24 de junio del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Cien Ventanas Sociedad Anónima.—San José, 29 de junio del 2020.—Lic. Mario Alberto García Álvarez, Notario.—1 vez.—CE2020005357.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 09 horas 00 minutos del 26 de junio del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Apollo Healthcare Limitada.—San José, 29 de junio del 2020.—Lic. Carlos Eduardo Mata Ortega, Notario.—1 vez.—CE2020005358.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 15 horas 00 minutos del 28 de junio del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Constructora Richar Castro Norte & Norte Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 29 de junio del 2020.—Licda. Betty Herrera Picado, Notaria.—1 vez.—CE2020005359.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 15 horas 00 minutos del 27 de junio del año 2020, se constituyó la sociedad denominada World Meats Enterprice Sociedad Anónima.—San José, 29 de junio del 2020.—Licda. Laura Marcela Porras Araya, Notaria.—1 vez.—CE2020005360.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 11 horas 00 minutos del 26 de junio del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Eventos Mágicos YJ Sociedad Anónima.—San José, 29 de junio del 2020.—Licda. Aura Rebeca Menéndez Soto, Notaria.—1 vez.—CE2020005361.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 08 horas 00 minutos del 25 de junio del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Villa Media Luna y Estrella Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 29 de junio del 2020.—Licda. Nancy María Fallas Rojas, Notaria.—1 vez.—CE2020005362.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 10 horas 00 minutos del 24 de junio del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Gamo Hermanos Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 29 de junio del 2020.—Lic. Miguel Antonio Rodríguez Espinoza, Notario.—1 vez.—CE2020005363.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 15 horas 00 minutos del 27 de junio del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Lotes y Quintas Llanos de Cortes CR Sociedad Anónima.—San José, 29 de junio del 2020.—Lic. Fernando Jiménez Mora, Notario.—1 vez.—CE2020005364.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 08 horas 00 minutos del 18 de junio del año 2020, se constituyó la sociedad denominada IEG Inter-American Education Group Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 29 de junio del 2020.—Lic. Juan Carlos Montero Villalobos, Notario.—1 vez.—CE2020005365.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 11 horas 00 minutos del 26 de junio del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Neón Radio Limitada.—San José, 29 de junio del 2020.—Lic. Hoover González Garita, Notario.—1 vez.—CE2020005366.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 12 horas 00 minutos del 22 de junio del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Exportadora Agrícola de Calidad CR Sociedad Anónima.—San José, 29 de junio del 2020.—Lic. José Armando Ortiz Muñiz , Notario.—1 vez.—CE2020005367.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 14 horas 00 minutos del 25 de junio del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Videtech SYS Costa Rica Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 29 de junio del 2020.—Licda. Melissa María Herrera Rodríguez, Notaria.—1 vez.—CE2020005368.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 08 horas 30 minutos del 25 de junio del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Inversiones Inmobiliarias Tres S Inc. Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 29 de junio del 2020.—Lic. Johanny Retana Madriz, Notario.—1 vez.—CE2020005369.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 17 horas 00 minutos del 22 de junio del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Grupo J M M A de Costa Rica Sociedad Anónima.—San José, 29 de junio del 2020.—Lic. Javier Villalta Solano, Notario.—1 vez.—CE2020005370.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 10 horas 50 minutos del 27 de febrero del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Costa Ricky Dreams Cincuenta y Cinco Inc Limitada.—San José, 29 de junio del 2020.—Lic. Mariano Andrés Mercado Castro, Notario.—1 vez.—CE2020005371.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 14 horas 30 minutos del 26 de junio del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Rodina Limitada.—San José, 29 de junio del 2020.—Lic. Jorge Zúñiga Calderón, Notario.—1 vez.—CE2020005372.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 11 horas 00 minutos del 22 de junio del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Grupo JPF de Occidente Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 29 de junio del 2020.—Licda. Jessica Rodríguez Jara, Notario.—1 vez.—CE2020005373.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 15 horas 00 minutos del 26 de junio del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Centro Ferretero R&R Roa Rivera Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 29 de junio del 2020.—Lic. Mauricio Andrés Álvarez Rosales, Notario.—1 vez.—CE2020005374.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 09 horas 55 minutos del 25 de mayo del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Argentinian Sapphire Sociedad Anónima.—San José, 29 de junio del 2020.—Lic. Adolfo José Hernández Aguilar, Notario.—1 vez.—CE2020005375.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 09 horas 00 minutos del 29 de junio del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Tap Costa Rica Options Casa Aqua Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 29 de junio del 2020.—Lic. Guillermo Emilio Zúñiga González, Notario.—1 vez.—CE2020005376.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 11 horas 00 minutos del 20 de junio del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Grupo Rodulacha Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 29 de junio del 2020.—Lic. Randall José Murillo Gómez, Notario.—1 vez.—CE2020005377.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 00 horas 00 minutos del 20 de junio del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Metisyos Sociedad Anónima.—San José, 29 de junio del 2020.—Lic. Rodolfo Solís Rodríguez, Notario.—1 vez.—CE2020005378.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 10 horas 30 minutos del 26 de junio del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Unioncuatro Automotriz Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 29 de junio del 2020.—Licda. Silvia Patricia Alvarado Quijano, Notaria.—1 vez.—CE2020005379.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 14 horas 30 minutos del 25 de junio del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Verallia Costa Rica Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 29 de junio del 2020.—Licda. Melissa María Herrera Rodríguez, Notaria.—1 vez.—CE2020005380.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 10 horas 00 minutos del 23 de junio del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Fan de Maíz Sociedad Anónima.—San José, 29 de junio del 2020.—Lic. Thomas Fernando Rodríguez Marín, Notario.—1 vez.—CE2020005381.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 13 horas 00 minutos del 26 de junio del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Consultores Empresariales Escalro SRL Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 29 de junio del 2020.—Lic. Arturo Ramírez Fonseca, Notario.—1 vez.—CE2020005382.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 18 horas 00 minutos del 26 de junio del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Soluciones Empresariales CJ Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 29 de junio del 2020.—Lic. Óscar José Montenegro Fernandez, Notario.—1 vez.—CE2020005383.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 18 horas 51 minutos del 26 de junio del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Delisea Fish Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 29 de junio del 2020.—Licda. Aida Beatriz Vargas Salazar, Notaria.—1 vez.—CE2020005384.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 15 horas 00 minutos del 25 de junio del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Corporación Avesbo Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 29 de junio del 2020.—Licda. Melissa María Herrera Rodríguez, Notaria.—1 vez.—CE2020005385.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 11 horas 00 minutos del 26 de junio del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Trinity Technologies Limitada.—San José, 29 de junio del 2020.—Licda. Yesenia María Arce Gómez, Notaria.—1 vez.—CE2020005386.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 21 horas 00 minutos del 13 de junio del año 2020, se constituyó la sociedad denominada SSS Servi Electroaires Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 29 de junio del 2020.—Lic. José Esteban Olivas Jimenez, Notario.—1 vez.—CE2020005387.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 13 horas 00 minutos del 25 de junio del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Mundepa Sociedad Anónima.—San José, 29 de junio del 2020.—Lic. Kenneth Mauricio Mora Díaz, Notario.—1 vez.—CE2020005388.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 15 horas 30 minutos del 24 de junio del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Complejo Logístico Coyol CLC Sociedad Anónima.—San José, 29 de junio del 2020.—Lic. José Alberto Schroeder Leiva, Notario.—1 vez.—CE2020005389.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 10 horas 00 minutos del 29 de junio del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Cibermarket Sociedad Anónima.—San José, 29 de junio del 2020.—Licda. Xinia Alfaro Mena, Notaria.—1 vez.—CE2020005390.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 11 horas 00 minutos del 29 de junio del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Agrovim De Costa Rica Sociedad Anónima.—San José, 29 de junio del 2020.—Licda. Lissette Susana Ortiz Brenes, Notaria.—1 vez.—CE2020005391.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 13 horas 00 minutos del 26 de junio del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Select Genetics Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 29 de junio del 2020.—Lic. Jefte Javier Mathieu Contreras, Notario.—1 vez.—CE2020005392.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 09 horas 00 minutos del 29 de junio del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Calajaju Sociedad Anónima.—San José, 29 de junio del 2020.—Lic. Jaime Alejandro Amador Hasbun, Notario.—1 vez.—CE2020005393.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 08 horas 00 minutos del 08 de marzo del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Ordinary Studio Sociedad Anónima.—San José, 29 de junio del 2020.—Lic. Carolina Mata Alvarado, Notaria.—1 vez.—CE2020005394.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 13 horas 00 minutos del 20 de junio del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Meneloas Sociedad Anónima.—San José, 29 de junio del 2020.—Lic. Rodolfo Solís Rodríguez, Notario.—1 vez.—CE2020005395.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría a las 13 horas 15 minutos del 18 de junio del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Okologie de Costa Rica Limitada.—San José, 29 de junio del 2020.—Lic. Jorge Arturo Gutiérrez Brandt, Notario.—1 vez.—CE2020005396.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 14 horas 00 minutos del 25 de junio del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Zufruto Sociedad Anónima.—San José, 29 de junio del 2020.—Lic. José Daniel Alvarado Vásquez, Notario.—1 vez.—CE2020005397.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 14 horas 00 minutos del 20 de agosto del año 2019, se constituyó la sociedad denominada XPO Destination Cargo Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 29 de junio del 2020.—Lic. Carlos Eduardo Rodríguez Paniagua, Notario.—1 vez.—CE2020005398.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 11 horas 00 minutos del 20 de junio del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Sispro Costa Rica Sociedad Anónima.—San José, 29 de junio del 2020.—Lic. Fernando Montero López, Notario.—1 vez.—CE2020005399.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 15 horas 30 minutos del 26 de junio del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Empaquete CR Limitada.—San José, 29 de junio del 2020.—Licda. Jennifer Mariela Esquivel Jiménez, Notaria.—1 vez.—CE2020005400.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 09 horas 00 minutos del 29 de junio del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Five O Clock Inc Limitada.—San José, 29 de junio del 2020.—Lic. Gabriel Chaves Ledezma, Notario.—1 vez.—CE2020005401.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 16 horas 00 minutos del 17 de junio del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Amicos Limitada.—San José, 29 de junio del 2020.—Licda. Lindy Viviana Acuña Benavides, Notaria.—1 vez.—CE2020005402.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 19 horas 00 minutos del 17 de diciembre del año 2019, se constituyó la sociedad denominada Sohi Estudio Arq. Sociedad Anónima.—San José, 29 de junio del 2020.—Lic. Freddy Humberto Vargas Chavarría, Notario.—1 vez.—CE2020005403.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 09 horas 15 minutos del 26 de junio del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Desarrollos Inmobiliarios S&M Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 29 de junio del 2020.—Lic. Edwin Martin Chacón Saborío, Notario.—1 vez.—CE2020005404.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 09 horas 00 minutos del 25 de junio del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Distribuidora de Gas Geo Gas S.A. Sociedad Anónima.—San José, 29 de junio del 2020.—Licda. Fiorella Hidalgo Quirós, Notaria.—1 vez.—CE2020005405.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 10 horas 30 minutos del 12 de junio del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Terrazas del Cielo B Y T Limitada.—San José, 29 de junio del 2020.—Lic. Orlando Gustavo Araya Amador, Notario.—1 vez.—CE2020005406.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 11 horas 00 minutos del 05 de junio del año 2020, se constituyó la sociedad denominada BYD Projects Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 29 de junio del 2020.—Lic. Isidor Asch Steele, Notario.—1 vez.—CE2020005407.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 17 horas 00 minutos del 17 de junio del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Injertos y Jardines Sociedad Anónima.—San José, 29 de junio del 2020.—Lic. Esteban Alejandro Solano Fuentes, Notario.—1 vez.—CE2020005408.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 15 horas 00 minutos del 24 de junio del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Synnertec Sociedad Anónima.—San José, 29 de junio del 2020.—Lic. Juan José Echeverria Alfaro, Notario.—1 vez.—CE2020005409.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 16 horas 30 minutos del 25 de junio del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Grupo Carabao de Uvita Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 29 de junio del 2020.—Lic. Víctor Solís Castillo, Notario.—1 vez.—CE2020005410.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 08 horas 00 minutos del 16 de junio del año 2020, se constituyó la sociedad denominada BCD Consultin Ing Sociedad Anónima.—San José, 29 de junio del 2020.—Lic. Esteban José Esquivel Zúñiga, Notario.—1 vez.—CE2020005411.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 13 horas 00 minutos del 29 de junio del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Construciones Michael de Pavones Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 29 de junio del 2020.—Lic. Jorge Daniel Moncrieffe Santana, Notario.—1 vez.— CE2020005412.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 10 horas 00 minutos del 29 de junio del año 2020, se constituyó la sociedad denominada SPA Motors AF Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 29 de junio del 2020.—Lic. Johnny Vargas Rodríguez, Notario.—1 vez.—CE2020005413.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 18 horas 00 minutos del 26 de junio del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Soluciones Empresariales CJ Uno Seis Uno Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 29 de junio del 2020.—Lic. Óscar José Montenegro Fernández, Notario.—1 vez.—CE2020005414.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 13 horas 00 minutos del 29 de junio del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Sigma Clearing Internacional Limitada.—San José, 29 de junio del 2020.—Lic. Luis Alberto Matamoros Suárez, Notario.—1 vez.—CE2020005415.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 13 horas 30 minutos del 29 de junio del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Mente Consultora Sociedad Anónima.—San José, 29 de junio del 2020.—Lic. José Ovidio Jiménez Ávila, Notario.—1 vez.—CE2020005416.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 14 horas 00 minutos del 20 de junio del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Seleina Sociedad Anónima.—San José, 29 de junio del 2020.—Lic. Rodolfo Solís Rodríguez, Notario.—1 vez.—CE2020005417.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 10 horas 00 minutos del 26 de junio del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Inversiones Victoria del Atlántico Sociedad Anónima.—San José, 29 de junio del 2020.—Lic. Darleny María Mora Moncada.—CE2020005418.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 10 horas 00 minutos del 26 de junio del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Diseño Colaborativo Dicolab CR Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 29 de junio del 2020.—Licda. Mariella Vargas Villalobos, Notaria.—1 vez.—CE2020005419.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 16 horas 00 minutos del 26 de junio del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Servicios CYF de Costa Rica Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 29 de junio del 2020.—Lic. Carlos Alberto Mata Coto, Notario.—1 vez.—CE2020005420.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 08 horas 00 minutos del 29 de junio del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Alojamientos Eros C R C Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 29 de junio del 2020.—Lic. Manfred Clausen Gutiérrez, Notario.—1 vez.—CE2020005421.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 11 horas 05 minutos del 29 de junio del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Nojand Sociedad Anónima.—San José, 29 de junio del 2020.—Lic. Carlos Humberto Serrano Pérez, Notario.—1 vez.—CE2020005422.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 09 horas 00 minutos del 26 de junio del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Remodelaciones Construcción y Diseño Recodi Sociedad Anónima. San José, 01 de Julio del 2020.—Lic. Francisco Calvo Moya, Notario.—1 vez.—CE2020005520.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 17 horas 00 minutos del 22 de junio del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Inversiones Quatro de Costa Rica Sociedad Anónima Sociedad Anónima.—San José, 01 de Julio del 2020.—Lic. Javier Villalta Solano, Notario.—1 vez.—CE2020005521.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 18 horas 00 minutos del 29 de junio del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Centro de Actualización Profesional Costarricense CAPC Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 01 de julio del 2020.—Licda. Rosibel Rojas Alpízar, Notaria.—1 vez.—CE2020005522.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 19 horas 55 minutos del 24 de junio del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Instituto Centroamericano de Química Aplicada ICQA Sociedad Anónima.—San José, 01 de julio del 2020.—Lic. Carlos Eduardo Ledezma Fernández, Notario.—1 vez.—CE2020005523.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 15 horas 30 minutos del 16 de junio del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Servicios de Rentacar DTM Sociedad Anónima.—San José, 02 de julio del 2020.—Licda. Kattia Mena Abarca, Notaria.—1 vez.—CE2020005524.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 09 horas 00 minutos del 01 de julio del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Grupo Impulso Studio Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 02 de julio del 2020.—Lic. José Pablo González Trejos, Notario.—1 vez.—CE2020005525.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 12 horas 20 minutos del 01 de julio del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Cabinas Vainilla G Y R Sociedad Anónima.—San José, 02 de julio del 2020.—Lic. Alfredo Calderón Chavarría, Notario.—1 vez.—CE2020005526.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 14 horas 30 minutos del 29 de junio del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Psykodelic Sociedad Anónima.—San José, 02 de julio del 2020.—Licda. Laura Gabriela Chaverri Gómez, Notaria.—1 vez.—CE2020005527.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 16 horas 00 minutos del 01 de julio del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Castillo Arcoiris Sociedad de Responsabilidad Limitada.—san josé, 02 de julio del 2020.—Licda. María Gabriela Elizondo Alpízar, Notaria.—1 vez.—CE2020005528.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 14 horas 00 minutos del 29 de junio del año 2020, se constituyó la sociedad denominada J Y D de Samara Property Services Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 02 de julio del 2020.—Lic. William Juárez Mendoza, Notario.—1 vez.—CE2020005529.

Mediante escritura otorgada ante esta no,  las 20 horas 00 minutos del 15 de junio del año 2020, se constituyó la sociedad denominada C.D.S Ingenieria Sociedad Anónima.—San José, 02 de julio del 2020.—Licda. Alexa Natalia Carvajal Calvo, Notaria.—1 vez.—CE2020005530.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 07 horas 00 minutos del 02 de julio del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Industrias Jomaga Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 02 de julio del 2020.—Lic. Javier Francisco Villalobos Pineda, Notario.—1 vez.—CE2020005531.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 18 horas 00 minutos del 01 de julio del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Agrícola Moviterrasol Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 02 de julio del 2020.—Licda. Josseline Andrea Agüero Maroto, Notaria.—1 vez.—CE2020005532.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 12 horas 00 minutos del 01 de julio del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Calle Verde Sociedad Anónima.—San José, 02 de julio del 2020.—Lic. José Alberto Schroeder Leiva, Notario.—1 vez.—CE2020005533.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 09 horas 00 minutos del 02 de julio del año 2020, se constituyó la sociedad denominada La Ventanita de la Calle Tres Sociedad Anónima.—San José, 02 de julio del 2020.—Licda. Viviana Marcela Sandi Segura, Notaria.—1 vez.—CE2020005534.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 16 horas 00 minutos del 15 de junio del año 2020, se constituyó la sociedad denominada A. B. Bros Development Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 02 de julio del 2020.—Licda. Aixa Quesada Gutiérrez, Notaria.—1 vez.—CE2020005535.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 09 horas 00 minutos del 02 de julio del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Inversiones Inmobiliarias A Y L Quince Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 02 de julio del 2020.—Lic. Carlos Eduardo Rodríguez Paniagua, Notario.—1 vez.—CE2020005536.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 16 horas 00 minutos del 30 de junio del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Superior Parts CR Limitada.—San José, 02 de julio del 2020.—Lic. Mark Anthony Beckford Douglas, Notario.—1 vez.—CE2020005537.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 10 horas 00 minutos del 02 de julio del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Grupo Comercial KCHR Limitada.—San José, 02 de julio del 2020.—Lic. Gabriel Clare Facio, Notario.—1 vez.—CE2020005538.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 11 horas 00 minutos del 01 de julio del año 2020, se constituyó la sociedad denominada GO Celebrain Sociedad Anónima.—San José, 02 de julio del 2020.—Lic. Rodrigo Alberto Meza Vallejos, Notario.—1 vez.—CE2020005539.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 14 horas 00 minutos del 25 de junio del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Paymar Sociedad Anónima.—San José, 02 de julio del 2020.—Licda. Sonia Corella Céspedes, Notaria.—1 vez.—CE2020005540.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 16 horas 00 minutos del 29 de junio del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Costa Analytica International Sociedad Anónima.—San José, 02 de julio del 2020.—Lic. Maynor Ignacio Sanchez Ramírez, Notario.—1 vez.—CE2020005541.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 20 horas 00 minutos del 15 de junio del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Asignar Registro Sociedad Anónima.—San José, 02 de julio del 2020.—Licda. Alexa Natalia Carvajal Calvo, Notaria.—1 vez.—CE2020005542.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 12 horas 00 minutos del 02 de julio del año 2020, se constituyó la sociedad denominada TSS CAPITAL PARTNERS SOCIEDAD ANÓNIMA. San José, 02 de Julio del 2020.–Lic. JUAN MANUEL GOMEZ MORA, Notario.—1 vez.— CE2020005543.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 09 horas 30 minutos del 26 de junio del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Ksc & Asociados Sociedad Anónima.—San José, 02 de julio del 2020.—Lic. Francisco Calvo Moya, Notario.—1 vez.—CE2020005544.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 08 horas 00 minutos del 16 de junio del año 2020, se constituyó la sociedad denominada BCD Consultin Ing y Asociados Sociedad Anónima.—San José, 02 de julio del 2020.—Lic. Esteban Jose Esquivel Zúñiga, Notario.—1 vez.—CE2020005545.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 14 horas 30 minutos del 18 de junio del año 2020, se constituyó la sociedad denominada R.E.C. Tropicum Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 02 de julio del 2020.—Lic. Diego Alonso Fernández Otárola, Notario.—1 vez.—CE2020005545.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 11 horas 00 minutos del 02 de julio del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Vadu Consultores Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 02 de julio del 2020.—Licda. Kattia Arroyo Montero, Notaria.—1 vez.—CE2020005546.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 14 horas 00 minutos del 30 de junio del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Comercializadora Abraham & Sousa Sociedad Anónima.—San José, 02 de julio del 2020.—Licda. Clara Eugenie Alvarado Jiménez, Notaria.—1 vez.—CE2020005547.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 08 horas 00 minutos del 01 de julio del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Farmacia Nueva Era del Pacífico Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 02 de julio del 2020.—Lic. Luis Chen Mok, Notario.—1 vez.—CE2020005548.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 15 horas 00 minutos del 29 de junio del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Vichagra de David Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 02 de julio del 2020.—Licda. Rosaura Barquero Brenes, Notaria.—1 vez.—CE2020005549.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 10 horas 00 minutos del 30 de junio del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Inmobiliaria Costarricense Don Felipe Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 02 de julio del 2020.—Lic. Marco Antonio La Touche Arbizu, Notario.—1 vez.—CE2020005550.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 17 horas 00 minutos del 20 de mayo del año 2020, se constituyó la sociedad denominada E Y E Fiber Networks de Occidente Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 02 de julio del 2020.—Licda. Adriana Núñez Solano, Notaria.—1 vez.—CE2020005551.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 13 horas 00 minutos del 02 de julio del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Supplypro Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 02 de julio del 2020.—Licda. Vera Denise Mora Salazar, Notaria.—1 vez.—CE2020005552.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría a las 15 horas 30 minutos del 30 de junio del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Splash Katu Sociedad Anónima.—San José, 02 de julio del 2020.—Lic. Juan Luis Mora Cascante, Notario.—1 vez.—CE2020005553.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 11 horas 30 minutos del 30 de junio del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Wise CR Customer Service and Administration Sociedad Anónima.—San José, 02 de julio del 2020.—Licda. Carolina Argüello Bogantes, Notaria.—1 vez.—CE2020005554.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 10 horas 00 minutos del 02 de julio del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Grupo Internacional Siba G.I.S. Sociedad Anónima.—San José, 02 de julio del 2020.—Licda. Patricia Prada Monge, Notaria.—1 vez.—CE2020005555.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 17 horas 30 minutos del 01 de julio del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Inversiones Transfaben Sociedad Anónima.—San José, 02 de julio del 2020.—Licda. Evelyn Paola Solís Madrigal, Notaria.—1 vez.—CE2020005556.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 14 horas 00 minutos del 30 de junio del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Finca Cocobolo Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 02 de julio del 2020.—Lic. Carlos Darío Angulo Ruiz, Notario.—1 vez.—CE2020005557.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 09 horas 30 minutos del 30 de junio del año 2020, se constituyó la sociedad denominada OAK Rompiendo Moldes Sociedad Anónima.—San José, 02 de julio del 2020.—Licda. Ana Cecilia De Ezpeleta Aguilar, Notaria.—1 vez.—CE2020005558.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 13 horas 30 minutos del 02 de julio del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Costa Rica Gold Ventures Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 02 de julio del 2020.—Licda. Mónica Diana Navarro Del Valle, Notaria.—1 vez.—CE2020005559.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 14 horas 00 minutos del 02 de julio del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Texas Costa Rica Cattle Company Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 02 de julio del 2020.—Licda. Mónica Diana Navarro Del Valle, Notaria.—1 vez.—CE2020005560.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 18 horas 00 minutos del 03 de julio del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Colectivo Internacional Pélagos Okeanos Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 05 de julio del 2020.–Licda. Wendy Dayana Castro Mora , Notaria.—1 vez.—CE2020005614.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 17 horas 50 minutos del 02 de julio del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Inversiones Agropecuarias San Francisco Sociedad Anónima.—San José, 06 de Julio del 2020.—Lic. Aaron Gualberto Jimenez Guillen, Notario.—1 vez.—CE2020005615.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 19 horas 00 minutos del 02 de julio del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Los Cuatro de Arriba Sociedad Anónima.—San José, 06 de julio del 2020.—Lic. Aaron Gualberto Jimenez Guillen, Notario.—1 vez.—CE2020005616.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 18 horas 30 minutos del 21 de mayo del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Grupo Hijos de Gaia Infinita del Setecientos Setenta y Siete de La Quinta D. Sociedad Anónima.—San José, 06 de julio del 2020.—Lic. Jose Manuel Ortiz Durman, Notario.—1 vez.—CE2020005617.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 18 horas 51 minutos del 26 de junio del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Pez Delisea Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 06 de julio del 2020.—Licda. Aida Beatriz Vargas Salazar, Notaria.—1 vez.—CE2020005618.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 15 horas 00 minutos del 02 de julio del año 2020, se constituyó la sociedad denominada EA&VH Mejorcompra CR Sociedad Anónima.—San José, 06 de julio del 2020.—Licda. Jessica Alvarado Herrera, Notaria.—1 vez.— CE2020005619.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 14 horas 15 minutos del 30 de junio del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Akcelight Projects And Holdings Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 06 de julio del 2020.—Lic. Randall Rubén Sanchez Mora, Notario.—1 vez.—CE2020005620.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 08 horas 00 minutos del 04 de julio del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Agentio Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 06 de julio del 2020.—Licda. Sabrina Karine Kszak Bianchi, Notaria.—1 vez.—CE2020005621.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 14 horas 00 minutos del 25 de junio del año 2020, se constituyó la sociedad denominada UPMED Limitada.—San José, 06 de julio del 2020.—Lic. Gabriel Clare Facio, Notario.—1 vez.—CE2020005622.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 10 horas 00 minutos del 23 de junio del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Atium D.C.E. Sociedad Anónima.—San José, 06 de julio del 2020.—Lic. Rodrigo de Jesús Blanco Fernández, Notario.—1 vez.—CE2020005623.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 08 horas 00 minutos del 06 de julio del año 2020, se constituyó la sociedad denominada TCS Toucan Custody Services Limitada.—San José, 06 de julio del 2020.—Lic. Luis Franklin Gutiérrez Rodríguez, Notario.—1 vez.—CE2020005624.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 15 horas 00 minutos del 01 de julio del año 2020, se constituyó la sociedad denominada El Marcatico Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 06 de julio del 2020.—Lic. Ignacio Alonso Valverde, Notario.—1 vez.—CE2020005625.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 13 horas 00 minutos del 05 de julio del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Guanacafé GC Distribuidora Sociedad Anónima.—San José, 06 de julio del 2020.—Licda. Wendy marcela Valverde Cortes, Notaria.—1 vez.—CE2020005626.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 13 horas 00 minutos del 02 de julio del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Pro Latam Supply Capital Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 06 de julio del 2020.—Licda. Vera Denise Mora Salazar, Notaria.—1 vez.—CE2020005627.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 19 horas 00 minutos del 03 de julio del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Supplies Industries RSS Limitada.—San José, 06 de julio del 2020.—Licda. Ana Rosa Aguilar González, Notaria.—1 vez.—CE2020005628.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 13 horas 20 minutos del 04 de julio del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Inversiones Agronómicas JSC Consultores Sociedad Anónima.—San José, 06 de julio del 2020.—Licda. Paula María Chacón Loaiza, Notaria.—1 vez.—CE2020005629.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 10 horas 00 minutos del 03 de julio del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Samir Colman Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 06 de julio del 2020.—Lic. Jose Gerardo Guillen Mora, Notario.—1 vez.—CE2020005630.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 11 horas 00 minutos del 29 de junio del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Fagors de Costa Rica Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 06 de julio del 2020.—Lic. Luis Diego Araya González, Notario.—1 vez.—CE2020005631.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 15 horas 30 minutos del 02 de julio del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Saramanto Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 06 de julio del 2020.—Lic. Juan José Valerio Alfaro, Notario.—1 vez.—CE2020005632.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 08 horas 00 minutos del 06 de julio del año 2020, se constituyó la sociedad denominada J & H Toes In The Sand Limitada.—San José, 06 de julio del 2020.—Lic. Norman Leslie de Pass Ibarra, Notario.—1 vez.—CE2020005633.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 17 horas 00 minutos del 03 de julio del año 2020, se constituyó la sociedad denominada CRRC CR Representaciones Comerciales Sociedad Anónima.—San José, 06 de julio del 2020.—Lic. Jose Pablo Rodríguez Castro, Notario.—1 vez.—CE2020005634.

        Mediante escritura otorgada ante esta Notaría a las 09 horas 00 minutos del 03 de Julio del año 2020, se constituyó la sociedad denominada El Mundo de los Tacos Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 06 de Julio del 2020.—Licda. Ligia Rodríguez Moreno , Notaria.—1 vez.—CE2020005634.

        Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 11 horas 00 minutos del 30 de junio del año 2020, se constituyó la sociedad denominada SBT Underclouds CR Sociedad Anónima.—San José, 06 de julio del 2020.—Lic. Luis Alonso Quesada Díaz, Notario.—1 vez.—CE2020005635.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 10 horas 00 minutos del 30 de junio del año 2020, se constituyó la sociedad denominada XGRT Sociedad Anónima.—San José, 06 de julio del 2020.—Licda. Diana Carolina Granados González, Notaria.—1 vez.—CE2020005636.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 17 horas 35 minutos del 04 de julio del año 2020, se constituyó la sociedad denominada LA Carrucha Hermanos HS Sociedad Anónima.—San José, 06 de julio del 2020.—Licda. Rebeca Esquivel Garita, Notaria.—1 vez.—CE2020005637.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 17 horas 00 minutos del 02 de julio del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Comercializador y Exportador Cocori Sociedad Anónima.—San José, 06 de julio del 2020.—Lic. Yojever Ortega Brenes, Notario.—1 vez.—CE2020005638.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 18 horas 00 minutos del 02 de julio del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Cajitas Blancas Sociedad Anónima.—San José, 06 de julio del 2020.—Licda. Adriana de Los Ángeles Rodríguez Calvo, Notaria.—1 vez.—CE2020005639.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 15 horas 35 minutos del 02 de julio del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Importadora Artemax Visión de Centroamérica Sociedad Anónima.—San José, 06 de julio del 2020.—Lic. Max Alberto Monestel Peralta, Notario.—1 vez.—CE2020005640.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 11 horas 00 minutos del 03 de julio del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Moka Delicatessen El Coco Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 06 de julio del 2020.—Lic. Fabian Kelso Hernández, Notario.—1 vez.—CE2020005641.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 16 horas 00 minutos del 01 de julio del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Villacon Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 06 de julio del 2020.—Lic. Steffano Jose Ferraro Flórez Estrada, Notario.—1 vez.—CE2020005642.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 17 horas 00 minutos del 03 de julio del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Zion Arquitectura, Ingeniería Y Construcción Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 06 de julio del 2020.—Lic. Alex Ricardo Arce Rodríguez, Notario.—1 vez.—CE2020005643.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 19 horas 00 minutos del 02 de julio del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Communitas de Costa Rica Sociedad Anónima.—San José, 06 de julio del 2020.—Licda. Melania de los Ángeles Chin Wo Cruz, Notaria.—1 vez.—CE2020005644.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 10 horas 00 minutos del 30 de junio del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Costalulis Sociedad Anónima.—San José, 06 de julio del 2020.—Lic. Danilo Loaiza Bolandi, Notario.—1 vez.—CE2020005645.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 16 horas 00 minutos del 03 de julio del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Servicios Integrales Jiménez Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 06 de julio del 2020.—Lic. Gustavo Jimenez Ocampo, Notario.—1 vez.—CE2020005646.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 09 horas 00 minutos del 06 de julio del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Webtech Solutions Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 06 de julio del 2020.—Licda. Nubia Esperanza Cunningham Arana, Notaria.—1 vez.—CE2020005647.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 09 horas 00 minutos del 06 de julio del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Oxygen Eyewear Sociedad Anónima.—San José, 06 de julio del 2020.—Lic. Manuel Anrango Bonilla, Notario.—1 vez.—CE2020005648.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 11 horas 00 minutos del 23 de junio del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Sehti – Idiomas Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 06 de julio del 2020.—Lic. Andres Ríos Mora, Notario.—1 vez.—CE2020005649.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 11 horas 00 minutos del 23 de junio del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Sehti – Energía Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 06 de julio del 2020.—Lic. Andrés Ríos Mora, Notario.—1 vez.—CE2020005650.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 17 horas 00 minutos del 02 de julio del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Fitness Treinta Y Tres Costa Rica Sociedad Anónima.—San José, 06 de julio del 2020.—Licda. Natalia María Rodríguez Ríos, Notaria.—1 vez.—CE2020005651.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 11 horas 00 minutos del 23 de junio del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Sehti – Cocina Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 06 de julio del 2020.—Lic. Andrés Ríos Mora, Notario.—1 vez.—CE2020005652.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 11 horas 00 minutos del 02 de julio del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Veintitrés de Noviembre Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 06 de julio del 2020.—Lic. Federico Castro Kahle, Notario.—1 vez.—CE2020005653.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 08 horas 00 minutos del 05 de julio del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Latitud Treinta y Cuatro FMJ Limitada.—San José, 06 de julio del 2020.—Licda. Juana Adoración Barquero Núñez, Notaria.—1 vez.—CE2020005654.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 11 horas 00 minutos del 23 de junio del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Sehti – Niños Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 06 de julio del 2020.—Lic. Andrés Ríos Mora, Notario.—1 vez.—CE2020005655.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 00 horas 00 minutos del 24 de junio del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Jazbasgroup Limitada.—San José, 06 de julio del 2020.—Lic. Randall Francisco Fallas Castro, Notario.—1 vez.—CE2020005656.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 11 horas 00 minutos del 02 de julio del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Xialing Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 06 de julio del 2020.—Lic. Marvin Eduardo Roldan Granados, Notario.—1 vez.—CE2020005657.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 15 horas 00 minutos del 01 de julio del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Jorshua Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 06 de julio del 2020.—Licda. Ana Isabel Elizondo León, Notaria.—1 vez.—CE2020005658.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 17 horas 00 minutos del 22 de junio del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Soluciones Empresariales B & S de Moravia Sociedad Anónima.—San José, 06 de julio del 2020.—Lic. Javier Villalta Solano, Notario.—1 vez.—CE2020005659.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 12 horas 00 minutos del 06 de julio del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Ikigai Escazú Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 06 de julio del 2020.—Lic. Gustavo Adolfo Koutsouris Canales, Notario.—1 vez.—CE2020005660.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 09 horas 30 minutos del 06 de julio del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Central de Insumos Médicos CR Sociedad Anónima.—San José, 06 de julio del 2020.—Lic. Dan Alberto Hidalgo Hidalgo, Notario.—1 vez.—CE2020005661.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 14 horas 30 minutos del 29 de junio del año 2020, se constituyó la sociedad denominada PSK Psykodelicgg Sociedad Anónima.—San José, 06 de julio del 2020.—Licda. Laura Gabriela Chaverri Gómez, Notaria.—1 vez.—CE2020005662.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 00 horas 00 minutos del 02 de julio del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Technocreditos Sociedad Anónima.—San José, 06 de julio del 2020.—Lic. Mauricio Alberto Campos Brenes, Notario.—1 vez.—CE2020005663.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 13 horas 00 minutos del 06 de julio del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Desilight I.L Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 06 de julio del 2020.—Lic. Daniel Valverde Schmidt, Notario.—1 vez.—CE2020005664.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 10 horas 00 minutos del 04 de julio del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Coding Ninja Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 06 de julio del 2020.—Licda. Emily Tatiana Guevara Torres, Notaria.—1 vez.—CE2020005665.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 11 horas 56 minutos del 04 de julio del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Proyectos Habitacionales Prohabit Sociedad Anónima.—San José, 06 de julio del 2020.—Lic. Dagoberto Venegas Barrantes, Notario.—1 vez.—CE2020005666.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 13 horas 00 minutos del 03 de julio del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Origine Italiana Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 06 de julio del 2020.—Lic. Federico Altamura Arce, Notario.—1 vez.—CE2020005667.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 13 horas 00 minutos del 25 de junio del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Aviatom Air Services Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 06 de julio del 2020.—Lic. Fernando Dionisio Zamora Castellanos, Notario.—1 vez.—CE2020005668.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 10 horas 00 minutos del 06 de julio del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Isa Doscientos Sesenta y Tres Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 06 de julio del 2020.—Lic. Dan Alberto Hidalgo Hidalgo, Notario.—1 vez.—CE2020005669.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 14 horas 06 minutos del 29 de junio del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Alonso Marketing & Consulting Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 06 de julio del 2020.—Licda. Ana Isabel Paniagua Lacayo, Notaria.—1 vez.—CE2020005670.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 10 horas 00 minutos del 04 de julio del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Inversiones del Caribe NFL Sociedad Anónima.—San José, 06 de julio del 2020.—Lic. Jorge Andrés Cordero Leandro, Notario.—1 vez.—CE2020005671.

       Mediante escritura otorgada ante esta notaría a las 13 horas 00 minutos del 01 de julio del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Avenida Latam Sociedad Anónima.—San José, 06 de julio del 2020.—Lic. Jose Enrique Guevara Acuña, Notario.—1 vez.—CE 2020005672.

    Mediante escritura otorgada ante esta notaría a las 10 horas 00 minutos del 02 de julio del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Pmarketing Crew Sociedad De Responsabilidad Limitada.—San José, 06 de Julio del 2020.—Licda. Adriana De Los Ángeles Zamora Vargas, Notaria.— 1 vez.—CE2020005673.

      Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 17 horas 00 minutos del 03 de julio del año 2020, se constituyó la sociedad denominada CRRC CR Representaciones Comerciales Sociedad Anónima.—San José, 06 de julio del 2020.—Lic. Jose Pablo Rodríguez Castro, Notario.—1 vez.—CE2020012603. 

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 19 horas 00 minutos del 07 de julio del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Anicca Suecia Limitada.—San José, 08 de julio del 2020.—Lic. Eduardo Rojas Piedra, Notario.—1 vez.—CE2020005784.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 14 horas 00 minutos del 06 de julio del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Inversiones Financieras y No Financieras Chava 64 Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 09 de julio del 2020.—Licda. María Rocío Díaz Garita, Notaria.—1 vez.—CE2020005785.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 08 horas 00 minutos del 08 de julio del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Purataraxia Limitada.—San José, 09 de julio del 2020.—Lic. Oscar Manuel Funes Orellana, Notario.—1 vez.— CE2020005786.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 08 horas 00 minutos del 09 de julio del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Spring Water Healing Limitada.—San José, 09 de julio del 2020.—Lic. Oscar Manuel Funes Orellana, Notario.—1 vez.—CE2020005787.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 11 horas 00 minutos del 29 de junio del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Aceros Inoxidables Fagors de Costa Rica Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 09 de julio del 2020.—Lic. Luis Diego Araya González, Notario.—1 vez.—CE2020005788.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 08 horas 00 minutos del 09 de julio del año 2020, se constituyó la sociedad denominada RDGZ Transportes Terrestres Limitada.—San José, 09 de julio del 2020.—Lic. Carlos Roberto Ureña Vásquez, Notario.—1 vez.—CE2020005789.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 14 horas 00 minutos del 06 de julio del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Comercializadora Ticoro Sociedad Anónima.—San José, 09 de julio del 2020.—Lic. Carlos Gutiérrez Font, Notario.—1 vez.—CE2020005790.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 09 horas 00 minutos del 03 de julio del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Soldadura JKR Limitada.—San José, 09 de julio del 2020.—Lic. Felipe Esquivel Delgado, Notario.—1 vez.—CE2020005791.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 08 horas 30 minutos del 15 de enero del año 2019, se constituyó la sociedad denominada Johns Place Sociedad De Responsabilidad Limitada.—San José, 09 de julio del 2020.—Lic. Jefte David Zúñiga Jimenez, Notario.—1 vez.—CE2020005792.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 17 horas 00 minutos del 02 de julio del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Comercializador y Exportador Corisai Sociedad Anónima.—San José, 09 de julio del 2020.—Lic. Yojever Ortega Brenes, Notario.—1 vez.—CE2020005793.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 16 horas 00 minutos del 06 de julio del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Comparte El Conocimiento Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 09 de julio del 2020.—Lic. Sebastián David Vargas Roldan, Notario.—1 vez.—CE2020005794.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 11 horas 30 minutos del 30 de junio del año 2020, se constituyó la sociedad denominada WSCR Wise Services Costa Rica Sociedad Anónima.—San José, 09 de julio del 2020.—Licda. Carolina Arguello Bogantes, Notaria.—1 vez.—CE2020005795.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 11 horas 00 minutos del 08 de julio del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Charlie Cloth Llc Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 09 de julio del 2020.—Lic. Alberto Eduardo Soto Víquez, Notario.—1 vez.—CE2020005796.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 09 horas 30 minutos del 09 de julio del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Paraíso Playa Grande Nueva Vista Sociedad Anónima.—San José, 09 de julio del 2020.—Lic. Fernando Marín Vargas, Notario.—1 vez.—CE2020005797.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 17 horas 50 minutos del 02 de julio del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Inversiones Agropecuarias Caragra Sociedad Anónima.—San José, 09 de julio del 2020.—Lic. Aaron Gualberto Jimenez Guillen, Notario.—1 vez.—CE2020005798.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 12 horas 15 minutos del 08 de julio del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Raivy Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 09 de julio del 2020.—Lic. Alejandro López Meoño, Notario.—1 vez.—CE2020005799.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 09 horas 15 minutos del 26 de junio del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Cerceño y Álvarez Desarrolladora S&M Sociedad De Responsabilidad Limitada.—San José, 09 de julio del 2020.—Lic. Edwin Martin Chacón Saborío, Notario.—1 vez.—CE2020005800.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 08 horas 00 minutos del 29 de junio del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Green Group de Centroamérica Sociedad Anónima.—San José, 09 de julio del 2020.—Lic. Arnulfo Carmona Martínez, Notario.—1 vez.—CE2020005801.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 14 horas 00 minutos del 08 de julio del año 2020, se constituyó la sociedad denominada NG Logistics Plus Sociedad Anónima.—San José, 09 de julio del 2020.—Lic. Derick Dilmark Cruickshank Foster, Notario.—1 vez.—CE2020005802.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 10 horas 00 minutos del 09 de julio del año 2020, se constituyó la sociedad denominada New Age Construction CR Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 09 de julio del 2020.—Licda. Paola Andrea Ramírez Acosta, Notaria.—1 vez.—CE2020005803.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 09 horas 30 minutos del 07 de julio del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Producciones New Normal Sociedad Anónima.—San José, 09 de julio del 2020.—Licda. Cinzia Víquez Renda, Notaria.—1 vez.—CE2020005804

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 11 horas 00 minutos del 09 de julio del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Sevilla Dental Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 09 de julio del 2020.—Lic. Andrés Tovar Castro, Notario.—1 vez.—CE2020005805.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 09 horas 00 minutos del 07 de julio del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Insight Marketing Research Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 09 de julio del 2020.—Lic. Federico Castro Kahle, Notario.—1 vez.—CE2020005806.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 12 horas 00 minutos del 02 de julio del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Tempus Asesores Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 09 de julio del 2020.—Licda. María de los Ángeles Angulo Gómez, Notaria.—1 vez.—CE2020005807

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 17 horas 00 minutos del 08 de julio del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Pacific Heights Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 09 de julio del 2020.—Lic. Allan García Barquero, Notario.—1 vez.—CE2020005808.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 10 horas 00 minutos del 07 de julio del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Fulfilr Limitada.—San José, 09 de julio del 2020.—Lic. Eugenio Vargas Ramírez, Notario.—1 vez.—CE2020005809.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 11 horas 00 minutos del 09 de julio del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Mangos Verdes de Osa Sociedad De Responsabilidad Limitada.—San José, 09 de julio del 2020.—Lic. Lawrence Shanahan Lobo, Notario.—1 vez.—CE2020005810.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 15 horas 00 minutos del 01 de julio del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Anesjo Sociedad De Responsabilidad Limitada.—San José, 09 de julio del 2020.—Licda. Ana Isabel Elizondo León, Notaria.—1 vez.—CE2020005811

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 14 horas 00 minutos del 03 de julio del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Espagalu Sociedad De Responsabilidad Limitada.—San José, 09 de julio del 2020.—Licda. Nancy Harbottle Morales, Notaria.—1 vez.—CE2020005812.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 10 horas 00 minutos del 09 de julio del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Casa del Rey David en Playa Hermosa LLC Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 09 de julio del 2020.—Lic. Brians Salazar Chavarría, Notario.—1 vez.—CE2020005813.

Mediante escritura otorgada ante esta Notaría a las 15 horas 00 minutos del 25 de junio del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Asc Servicios y Soluciones Corporativas Sociedad de Responsabilidad Limitada.— San José, 09 de Julio del 2020.—Lic. Juan Carlos Arias Vargas , Notario.—1 vez.—CE2020005813

          Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 08 horas 30 minutos del 09 de julio del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Coaching Across Borders Sociedad De Responsabilidad Limitada.—San José, 09 de julio del 2020.—Lic. Federico Ureña Ferrero, Notario.—1 vez.—CE2020005814.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 11 horas 00 minutos del 09 de julio del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Uma Chemical Technologies Sociedad Anónima.—San José, 09 de julio del 2020.—Lic. Marco Antonio Fallas del Valle, Notario.—1 vez.—CE2020005815

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 15 horas 00 minutos del 07 de julio del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Innovatec Instituto Parauniversitario Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 09 de julio del 2020.—Lic. Jose Francisco Barahona Segnini, Notario.—1 vez.—CE2020005816.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 09 horas 00 minutos del 08 de julio del año 2020, se constituyó la sociedad denominada S&E Vanity Group Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 09 de julio del 2020.—Lic. Ronald Brealey Mora, Notario.—1 vez.—CE2020005817

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 11 horas 00 minutos del 02 de julio del año 2020, se constituyó la sociedad denominada El Valor de la Unión Consultores Sociedad De Responsabilidad Limitada.—San José, 09 de julio del 2020.—Licda. Kattia Arroyo Montero, Notaria.—1 vez.—CE2020005818.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 11 horas 30 minutos del 09 de julio del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Multiservicios Sefaisa Sociedad Anónima.—San José, 09 de julio del 2020.—Lic. Felipe Gómez Rodríguez, Notario.—1 vez.—CE2020005819.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 11 horas 00 minutos del 09 de julio del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Youwei Completo Sociedad Anónima.—San José, 09 de julio del 2020.—Licda. Shirley Sánchez Bustamante, Notaria.—1 vez.—CE2020005820

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 16 horas 20 minutos del 03 de julio del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Refrigeración Industrial Residencial y Comercial Jojogi Sociedad Anónima.—San José, 09 de julio del 2020.—Lic. Fernando Dionisio Zamora Castellanos, Notario.—1 vez.—CE2020005821.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 14 horas 00 minutos del 03 de julio del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Álvarez y Jota AG Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 09 de julio del 2020.—Lic. Tomas Esquivel Cerdas, Notario.—1 vez.—CE2020005822.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 09 horas 00 minutos del 08 de julio del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Gemavia Sociedad Anónima.—San José, 09 de julio del 2020.—Licda. Natalia Gómez Aguirre, Notaria.—1 vez.—CE2020005823.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 12 horas 15 minutos del 08 de julio del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Dotaraivy de Costa Rica Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 09 de julio del 2020.—Lic. Alejandro López Meoño, Notario.—1 vez.—CE2020005824.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 12 horas 00 minutos del 09 de julio del año 2020, se constituyó la sociedad denominada DKAY Imports Sociedad Anónima.—San José, 09 de julio del 2020.—Licda. Irene Jiménez Alfaro, Notaria.—1 vez.—CE2020005825.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 13 horas 30 minutos del 07 de julio del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Corporación Delicious Sociedad Anónima.—San José, 09 de julio del 2020.—Lic. Randall Mauricio Rojas Quesada, Notario.—1 vez.—CE2020005826.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 16 horas 00 minutos del 09 de julio del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Leon Corp Tec Limitada.—San José, 09 de julio del 2020.—Lic. Carlos Roberto Ureña Vásquez, Notario.—1 vez.—CE2020005827.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 10 horas 30 minutos del 03 de julio del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Shalom Bait Sociedad Anónima.—San José, 09 de julio del 2020.—Lic. Randall Mauricio Rojas Quesada, Notario.—1 vez.—CE2020005828

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 16 horas 00 minutos del 09 de julio del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Central Services Tm, Sociedad de Responsabilidad Limitada Sociedad.—San José, 09 de julio del 2020.—Licda. Andrea Hutt Fernández Notaria CE2020005829.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 14 horas 00 minutos del 09 de julio del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Recluta Managed Services Sociedad Anónima.—San José, 09 de julio del 2020.—Lic. Raúl Emilio Acosta Arias, Notario.—1 vez.—CE2020005830.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 12 horas 00 minutos del 08 de julio del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Global Development Health Latinoamérica Sociedad Anónima.—San José, 09 de julio del 2020.—Lic. Eric Guier Alfaro, Notario.—1 vez.—CE2020005831.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 00 horas 00 minutos del 02 de julio del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Prowinos Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 09 de julio del 2020.—Licda. AnneMarie Guevara Guth, Notaria.—1 vez.—CE2020005832.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 10 horas 20 minutos del 08 de julio del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Producciones Tríptico Films Sociedad De Responsabilidad Limitada.—San José, 09 de julio del 2020.—Licda. Diana Soto Meza, Notaria.—1 vez.—CE2020005833.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 15 horas 00 minutos del 02 de julio del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Patio Group Sociedad Anónima.—San José, 09 de julio del 2020.—Licda. Ariana Sibaja López, Notaria.—1 vez.—CE2020005834.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 10 horas 00 minutos del 09 de julio del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Casa del Rey David en Playa Hermosa LLC Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 09 de julio del 2020.—Lic. Brians Salazar Chavarría, Notario.—1 vez.—CE2020012604.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 13 horas 00 minutos del 16 de julio del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Grupo GYQ Sociedad Anónima.—San José, 20 de julio del 2020.—Lic. María Lucrecia Quesada Barquero, Notario.—1 vez.—CE2020005942.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 16 horas 30 minutos del 17 de julio del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Global Insumos Sociedad Anónima.—San José, 20 de julio del 2020.—Lic. Edgar Alejandro Solís Moraga, Notario.—1 vez.—CE2020005943.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 11 horas 00 minutos del 10 de julio del año 2020, se constituyó la sociedad denominada GL Innovaciones Legales Sociedad Anónima.—San José, 20 de julio del 2020.—Lic. Katherine Marcela Brenes Solano, Notario.—1 vez.—CE2020005944.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 14 horas 15 minutos del 29 de mayo del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Master Technology Services Eolicos Centroamérica Sociedad Anónima.—San José, 20 de julio del 2020.—Lic. Laureana Herrera Solano, Notario.—1 vez.—CE2020005945

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 17 horas 30 minutos del 07 de julio del año 2020, se constituyó la sociedad denominada CV Contavisión Cr Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 20 de julio del 2020.—Lic. Maureen Irlene Masis Mora, Notario.—1 vez.—CE2020005946

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 17 horas 00 minutos del 10 de julio del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Now Software Development Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 20 de julio del 2020.—Lic. Hazel Sancho González, Notario.—1 vez.—CE2020005947.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 13 horas 00 minutos del 20 de julio del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Carrizzo Global LTD Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 20 de julio del 2020.—Lic. Hazel Sancho González, Notario.—1 vez.—CE2020005948.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 14 horas 00 minutos del 17 de julio del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Sunbeam Tres Uno Sociedad Anónima.—San José, 20 de julio del 2020.—Lic. Gerardo Castillo Rojas, Notario.—1 vez.—CE2020005949

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 11 horas 15 minutos del 09 de julio del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Vivero Online Verde Urbano Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 20 de julio del 2020.—Lic. Melania Dittel Sotela, Notario.—1 vez.—CE2020005950.

 Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 09 horas 30 minutos del 26 de Junio del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Kaerji Consulting Group Sociedad Anónima.—San José, 20 de julio del 2020.—Lic. Francisco Calvo Moya, Notario.—1 vez.—CE2020005951.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 09 horas 00 minutos del 20 de julio del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Mundo del Calzado Las Tres CCC Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 20 de julio del 2020.—Lic. Seanny Jimenez Alfaro, Notario.—1 vez.—CE2020005952.

 Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 14 horas 00 minutos del 13 de julio del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Zuzal Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 20 de julio del 2020.—Lic. Sabrina Karine Kszak Bianchi, Notario.—1 vez.—CE2020005953.

 Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 18 horas 00 minutos del 14 de julio del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Dava & Abdy Sociedad Anónima.—San José, 20 de julio del 2020.—Lic. Ingrid Vanessa Otoya Murillo, Notario.—1 vez.—CE2020005954.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 11 horas 00 minutos del 17 de julio del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Construterra RN del Caribe Sociedad Anónima.—San José, 20 de julio del 2020.—Lic. Ingrid Vanessa Otoya Murillo, Notario.—1 vez.—CE2020005955

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 12 horas 00 minutos del 20 de julio del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Awak Business Consulting Group Sociedad Anónima.—San José, 20 de julio del 2020.—Lic. Ernesto Sanabria Esquivel, Notario.—1 vez.—CE2020005956.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 20 horas 00 minutos del 17 de julio del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Alvas Limitada.—San José, 20 de julio del 2020.—Lic. Víctor Andrés Moreira Sirias, Notario.—1 vez.—CE2020005957.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 16 horas 00 minutos del 07 de julio del año 2020, se constituyó la sociedad denominada MBA Realty Group Sociedad Anónima.—San José, 21 de julio del 2020.—Lic. Ana Patricia Guerrero Murillo, Notario.—1 vez.—CE2020005958.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 14 horas 30 minutos del 05 de julio del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Mas Soluciones Costa Rica Sociedad Anónima.—San José, 21 de julio del 2020.—Lic. Fransua Alberto Vásquez Rojas, Notario.—1 vez.—CE2020005959.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 15 horas 30 minutos del 20 de Abril del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Biotendencia Sociedad Anónima.—San José, 21 de julio del 2020.—Lic. Karen Ginneth López Jara, Notario.—1 vez.—CE2020005960.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 14 horas 00 minutos del 13 de julio del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Verduras del Norte Sociedad Anónima.—San José, 21 de julio del 2020.—Lic. Jeffry González Obando, Notario.—1 vez.—CE2020005961.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 07 horas 30 minutos del 20 de julio del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Servicios Agrícolas Las delicias Sociedad Anónima.—San José, 21 de julio del 2020.—Lic. José Esteban Olivas Jiménez, Notario.—1 vez.—CE2020005962.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 16 horas 00 minutos del 09 de julio del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Prime Central Services PCS, Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 21 de julio del 2020.—Lic. Andrea Hutt Fernández, Notario.—1 vez.—CE2020005963.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 10 horas 00 minutos del 06 de julio del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Mccentral Sociedad Anónima.—San José, 21 de julio del 2020.—Lic. Raquel Stefanny Cruz Porras, Notario.—1 vez.—CE2020005964.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 14 horas 30 minutos del 15 de julio del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Inversiones Jigab Limitada.—San José, 21 de julio del 2020.—Lic. Nelson Antonio Gómez Barrantes, Notario.—1 vez.—CE2020005965.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 10 horas 00 minutos del 03 de julio del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Pierret Costa Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 21 de julio del 2020.—Lic. Cesar Augusto Mora Zahner, Notario.—1 vez.—CE2020005966.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 14 horas 00 minutos del 20 de julio del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Iguana Guanacaste Limitada.—San José, 21 de julio del 2020.—Lic. Ismene Arroyo Marín, Notario.—1 vez.—CE2020005967.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 21 horas 00 minutos del 09 de julio del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Servicios Jemarve Sociedad Anónima.—San José, 21 de julio del 2020.—Lic. Luis Adolfo Vargas Vargas, Notario.—1 vez.—CE2020005968.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 00 horas 00 minutos del 17 de julio del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Huertas Humanitarias de Costa Rica Limitada.—San José, 21 de julio del 2020.—Lic. Gabriel Chaves Ledezma, Notario.—1 vez.—CE2020005969.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 12 horas 00 minutos del 20 de julio del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Concre Industria Ch Sociedad Anónima.—San José, 21 de julio del 2020.—Lic. Katherine Viviana Solera Madrigal, Notario.—1 vez.—CE2020005970.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 14 horas 00 minutos del 18 de julio del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Closeteria Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 21 de julio del 2020.—Lic. Gonzalo Eduardo Rodríguez Castro, Notario.—1 vez.—CE2020005971.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 13 horas 00 minutos del 20 de julio del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Cuatro Cuartos CR Limitada.—San José, 21 de julio del 2020.—Lic. Oscar Manuel Funes Orellana, Notario.—1 vez.—CE2020005972.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 15 horas 00 minutos del 17 de julio del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Tepezque Ceviches Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 21 de julio del 2020.—Lic. Doris Cecilia Monge Diaz, Notario.—1 vez.—CE2020005973.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 18 horas 00 minutos del 09 de julio del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Papaletas Sociedad Anónima.—San José, 21 de julio del 2020.—Lic. Leonardo Alonso Ugalde Cajiao, Notario.—1 vez.—CE2020005974.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 15 horas 00 minutos del 19 de julio del año 2020, se constituyó la sociedad denominada D y Q Diseño Industrial E Ingenieria Sociedad Anónima.—San José, 21 de julio del 2020.—Lic. Alonso Rodríguez Vargas, Notario.—1 vez.—CE2020005975.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 10 horas 00 minutos del 14 de julio del año 2020, se constituyó la sociedad denominada A Cachete Paradise Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 21 de julio del 2020.—Lic. Carlos Dario Angulo Ruiz, Notario.—1 vez.—CE2020005976.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 15 horas 00 minutos del 08 de julio del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Construcción Hogares Y desarrollos Memorables Sociedad Anónima.—San José, 21 de julio del 2020.—Lic. Willy Hernández Chan, Notario.—1 vez.—CE2020005977.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 07 horas 00 minutos del 06 de julio del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Rirobre Sociedad de Responsabilidad Limitada Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 21 de julio del 2020.—Lic. Gerardo Antonio Valderrama González, Notario.—1 vez.—CE2020005978

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 13 horas 00 minutos del 13 de julio del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Brisas de Mar Swimwear Sociedad Anónima.—San José, 21 de julio del 2020.—Lic. Fernando Dionisio Zamora Castellanos, Notario.—1 vez.—CE2020005979.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 10 horas 00 minutos del 20 de julio del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Sun Loans Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 21 de julio del 2020.—Lic. Vera Denise Mora Salazar, Notario.—1 vez.—CE2020005980.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 11 horas 00 minutos del 14 de julio del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Inversiones Inmobiliaria del Caribe Sociedad Anónima.—San José, 21 de julio del 2020.—Lic. Derick Dilmark Cruickshank Foster, Notario.—1 vez.—CE2020005981.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 17 horas 00 minutos del 02 de julio del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Treinta Y Tres Functional Center Costa Rica Sociedad Anónima.—San José, 21 de julio del 2020.—Lic. Natalia María Rodríguez Ríos, Notario.—1 vez.—CE2020005982.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 15 horas 00 minutos del 16 de julio del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Unlimited Assets Costa Rica Sociedad Anónima.—San José, 21 de julio del 2020.—Lic. Xinia María Arias Naranjo, Notario.—1 vez.—CE2020005983.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 14 horas 30 minutos del 13 de julio del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Woodart CR Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 21 de julio del 2020.—Lic. Javier Alonso Blanco Benavides, Notario.—1 vez.—CE2020005984.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 13 horas 00 minutos del 20 de julio del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Quinta Colibri Cantu Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 21 de julio del 2020.—Lic. Jose Rafael Fernández Quesada, Notario.—1 vez.—CE2020005985.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 17 horas 00 minutos del 09 de julio del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Leasing Cars del Caribe Sociedad Anónima.—San José, 21 de julio del 2020.—Lic. derick Dilmark Cruickshank Foster, Notario.—1 vez.—CE2020005986.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 00 horas 00 minutos del 01 de julio del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Cqgconstructora Hermanos Quirós y Gómez Sociedad Anónima.—San José, 21 de julio del 2020.—Lic. Carlos Alberto Rivera Bianchini, Notario.—1 vez.—CE2020005987.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 10 horas 00 minutos del 20 de julio del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Lightforce Orthodontics de Costa Rica Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 21 de julio del 2020.—Lic. Ana Sofia Lobo Leon, Notario.—1 vez.—CE2020005988.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 00 horas 00 minutos del 20 de julio del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Gata del Espacio Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 21 de julio del 2020.—Lic. Ana Sofia Lobo León, Notario.—1 vez.—CE2020005989.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 17 horas 00 minutos del 19 de julio del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Life Medical Supplies Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 21 de julio del 2020.—Lic. Cesar Luis Zamora Chaves, Notario.—1 vez.—CE2020005990.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 11 horas 00 minutos del 14 de julio del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Agro Veracruz del Norte Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 21 de julio del 2020.—Lic. Alonso Jimenez Serrano, Notario.—1 vez.—CE2020005991.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 12 horas 00 minutos del 08 de julio del año 2020, se constituyó la sociedad denominada WE CBD Company Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 21 de julio del 2020.—Lic. Jose Bernardo Soto Calderón, Notario.—1 vez.—CE2020005992.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 10 horas 00 minutos del 23 de Junio del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Grupo Melonero San Roque Sociedad Anónima.—San José, 21 de julio del 2020.—Lic. Johan Castillo Umaña, Notario.—1 vez.—CE2020005993.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 10 horas 00 minutos del 26 de Junio del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Cuatro Lagos Locos Limitada.—San José, 21 de julio del 2020.—Lic. Ismene Arroyo Marín, Notario.—1 vez.—CE2020005994.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 07 horas 30 minutos del 20 de julio del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Servicios Agrícolas Y Otros de Las delicias AZ Sociedad Anónima.—San José, 21 de julio del 2020.—Lic. Jose Esteban Olivas Jimenez, Notario.—1 vez.—CE2020005995.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 14 horas 00 minutos del 14 de julio del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Comercializadora de Tubérculos D R Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 21 de julio del 2020.—Lic. Alonso Jimenez Serrano, Notario.—1 vez.—CE2020005996.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 10 horas 00 minutos del 10 de julio del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Transportes Agrícolas Sumarali de Guanacaste Sociedad Anónima.—San José, 21 de julio del 2020.—Lic. Marylin Chaves Badilla, Notario.—1 vez.—CE2020005997.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 17 horas 00 minutos del 20 de julio del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Servicios Técnicos S.T.F.C. Sociedad Anónima.—San José, 21 de julio del 2020.—Lic. María Verónica Méndez Reyes, Notario.—1 vez.—CE2020005998.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 17 horas 00 minutos del 15 de julio del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Vallejo Business Sociedad Anónima.—San José, 21 de julio del 2020.—Lic. Max Alonso Víquez García, Notario.—1 vez.—CE2020005999.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 10 horas 00 minutos del 21 de julio del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Soluciones Agrodigítales del Trópico Sociedad Anónima.—San José, 21 de julio del 2020.—Lic. David López García, Notario.—1 vez.—CE2020006000.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 08 horas 00 minutos del 08 de julio del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Segurimonitoreo Veinticuatro Siete Limitada.—San José, 21 de julio del 2020.—Lic. Walter Jose Garita Quirós, Notario.—1 vez.—CE2020006001.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 11 horas 00 minutos del 13 de julio del año 2020, se constituyó la sociedad denominada El Tingo Shares Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 21 de julio del 2020.—Lic. Héctor Andrei Chaves Barrantes, Notario.—1 vez.—CE2020006002.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 10 horas 00 minutos del 08 de julio del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Renaissance Corporate Group Sociedad Anónima.—San José, 21 de julio del 2020.—Lic. Marylin Pamela Cárdenas Segura, Notario.—1 vez.—CE2020006003.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 16 horas 00 minutos del 16 de julio del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Acom Costa Rica Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 21 de julio del 2020.—Lic. Maricela Acuña Bogantes, Notario.—1 vez.—CE2020006004.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 12 horas 00 minutos del 20 de julio del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Dropgoal Costa Rica Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 21 de julio del 2020.—Lic. Ricardo Vargas Aguilar, Notario.—1 vez.—CE2020006005.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 10 horas 30 minutos del 16 de julio del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Trans - Agri BN Sociedad Anónima.—San José, 21 de julio del 2020.—Lic. Rosalina Estrella Mendoza, Notario.—1 vez.—CE2020006006.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 16 horas 05 minutos del 19 de julio del año 2020, se constituyó la sociedad denominada New Solution F M Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 21 de julio del 2020.—Lic. Jorge Arturo Hernández Rodríguez, Notario.—1 vez.—CE2020006007.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 08 horas 00 minutos del 21 de julio del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Corporación Reina del Mar Sociedad Anónima.—San José, 21 de julio del 2020.—Lic. Julia María Zeledón Cruz, Notario.—1 vez.—CE2020006008.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 08 horas 00 minutos del 21 de julio del año 2020, se constituyó la sociedad denominada DT Waves Limitada.—San José, 21 de julio del 2020.—Lic. Oscar Manuel Funes Orellana, Notario.—1 vez.—CE2020006009.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 09 horas 00 minutos del 21 de julio del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Hacienda Cava Mango Limitada.—San José, 21 de julio del 2020.—Lic. Oscar Manuel Funes Orellana, Notario.—1 vez.—CE2020006010.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 09 horas 00 minutos del 21 de julio del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Hacienda Cava Mango Limitada.—San José, 21 de julio del 2020.—Lic. Oscar Manuel Funes Orellana, Notario.—1 vez.—CE2020006011.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 08 horas 00 minutos del 21 de julio del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Sugar Bites Bakery Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 21 de julio del 2020.—Lic. Lissette Susana Ortiz Brenes, Notario.—1 vez.—CE2020006012.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 12 horas 00 minutos del 21 de julio del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Corporación Agrícola Ganadera Cinco Estrellas Sociedad Anónima.—San José, 21 de julio del 2020.—Lic. David López García, Notario.—1 vez.—CE2020006013.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 11 horas 20 minutos del 10 de julio del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Grupo Bee´S Hb Sociedad Anónima.—San José, 21 de julio del 2020.—Lic. Juan Carlos Chávez Alvarado, Notario.—1 vez.—CE2020006014.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 14 horas 30 minutos del 15 de julio del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Inversiones Dos Hermanos Jigab Limitada.—San José, 21 de julio del 2020.—Lic. Nelson Antonio Gómez Barrantes, Notario.—1 vez.—CE2020006015.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 08 horas 00 minutos del 14 de julio del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Venture Foods Group Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 21 de julio del 2020.—Lic. Magally María Guadamuz García, Notario.—1 vez.—CE2020006016.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 15 horas 00 minutos del 20 de julio del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Araya Chaves Inmobiliaria Sociedad Anónima.—San José, 21 de julio del 2020.—Lic. Sergio Alberto Villalobos Campos, Notario.—1 vez.—CE2020006017.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 15 horas 00 minutos del 20 de julio del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Vasta Eventqueue Cr Limitada.—San José, 21 de julio del 2020.—Lic. Federico Altamura Arce CE2020006018.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 17 horas 00 minutos del 09 de julio del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Cars del Caribe Sociedad Anónima.—San José, 21 de julio del 2020.—Lic. Derick Dilmark Cruickshank Foster, Notario.—1 vez.—CE2020006019.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 13 horas 30 minutos del 07 de julio del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Corporación delicious Frio Y Dulce Sociedad Anónima.—San José, 21 de julio del 2020.—Lic. Randall Mauricio Rojas Quesada, Notario.—1 vez.—CE2020006020.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 11 horas 30 minutos del 08 de julio del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Oneoyunta Lab Sociedad Anónima.—San José, 21 de julio del 2020.—Lic. Andrea María Alvarado Sandi, Notario.—1 vez.—CE2020006021.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 08 horas 00 minutos del 21 de julio del año 2020, se constituyó la sociedad denominada El Naipe Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 21 de julio del 2020.—Lic. Jose Fernán Pozuelo Kelley, Notario.—1 vez.—CE2020006022.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 09 horas 00 minutos del 15 de julio del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Estates Villa Fourteen Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 21 de julio del 2020.—Lic. Magally María Guadamuz García, Notario.—1 vez.—CE2020006023.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 10 horas 30 minutos del 03 de julio del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Agam Shalom Sociedad Anónima.—San José, 21 de julio del 2020.—Lic. Randall Mauricio Rojas Quesada, Notario.—1 vez.—CE2020006024.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 13 horas 30 minutos del 08 de julio del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Inversiones Nubes del Paraíso Dyc Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 21 de julio del 2020.—Lic. Owen Amen Montero, Notario.—1 vez.—CE2020006025.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 20 horas 00 minutos del 09 de julio del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Varfai Sociedad Anónima.—San José, 21 de julio del 2020.—Lic. Luis Adolfo Vargas Vargas ,Notario.—1 vez.—CE2020006026.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 15 horas 00 minutos del 08 de julio del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Compañía de Hogares Memorables Centeno Sociedad Anónima.—San José, 21 de julio del 2020.—Lic. Willy Hernández Chan, Notario.—1 vez.—CE2020006027.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 14 horas 00 minutos del 21 de julio del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Equipo de Protección Personal Y Mas Sociedad Anónima.—San José, 21 de julio del 2020.—Lic. Cristian Vargas Paniagua, Notario.—1 vez.—CE2020006028.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 11 horas 20 minutos del 09 de julio del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Guayaba Media Limitada.—San José, 21 de julio del 2020.—Lic. Katherine Natalia delgado Zamora, Notario.—1 vez.—CE2020006029.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 11 horas 00 minutos del 14 de julio del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Inversiones Y Bienes Raíces del Caribe Sociedad Anónima.—San José, 21 de julio del 2020.—Lic. Derick Dilmark Cruickshank Foster, Notario.—1 vez.—CE2020006030.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 11 horas 00 minutos del 20 de julio del año 2020, se constituyó la sociedad denominada San Angie Costa Rica Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 21 de julio del 2020.—Lic. Owen Amen Montero, Notario.—1 vez.—CE2020006031.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 15 horas 00 minutos del 11 de julio del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Clinica Veterinaria Doctora Rojas Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 21 de julio del 2020.—Lic. Guillermo Alberto Valverde Schmidt, Notario.—1 vez.—CE2020006032.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 13 horas 25 minutos del 20 de julio del año 2020, se constituyó la sociedad denominada AD Transportes Sociedad Anónima.—San José, 21 de julio del 2020.—Lic. Bianchy Magdalena Rodríguez Salas, Notario.—1 vez.—CE2020006033.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 14 horas 45 minutos del 03 de julio del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Corporación J & S Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 21 de julio del 2020.—Lic. Randall Elías Madriz Granados, Notario.—1 vez.—CE2020006034.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 16 horas 30 minutos del 25 de Junio del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Grupo Kuwago de Uvita Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 21 de julio del 2020.—Lic. Víctor Solís Castillo, Notario.—1 vez.—CE2020006035.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 11 horas 00 minutos del 07 de julio del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Eledan Sociedad Anónima.—San José, 21 de julio del 2020.—Lic. Charlotte Brom Núñez, Notario.—1 vez.—CE2020006036.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 16 horas 00 minutos del 21 de julio del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Oroestructuras Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 21 de julio del 2020.—Lic. Leiner Miguel Molina Pérez, Notario.—1 vez.—CE2020006037.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 15 horas 00 minutos del 10 de julio del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Laureles Río Hogar Limitada.—San José, 21 de julio del 2020.—Lic. Jose Alberto Schroeder Leiva, Notario.—1 vez.—CE2020006038.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 09 horas 00 minutos del 07 de julio del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Marino Azul Eco Excursión Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 21 de julio del 2020.—Lic. Alma Monterrey Rogers, Notario.—1 vez.—CE2020006039.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 17 horas 30 minutos del 29 de julio del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Truetech Systems Sociedad Anónima.—San José, 03 de agosto del 2020.—Lic. Nataniel San Lee Ruiz, Notario.—1 vez.—CE2020006539.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 12 horas 00 minutos del 03 de agosto del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Bosque Nuevo de Golfo Dulce Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 04 de agosto del 2020.—Lic. Magally María Guadamuz Garcia, Notario.—1 vez.—CE2020006540.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 15 horas 00 minutos del 03 de agosto del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Inversiones Jardinizate Limitada.—San José, 04 de agosto del 2020.—Lic. Ever Vargas Araya, Notario.—1 vez.—CE2020006541.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 15 horas 00 minutos del 03 de agosto del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Inversiones Jardinizate Limitada.—San José, 04 de agosto del 2020.—Lic. Ever Vargas Araya, Notario.—1 vez.—CE2020006542.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 10 horas 40 minutos del 02 de julio del año 2019, se constituyó la sociedad denominada Azulay Olla de Hierro de San Pablo Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 04 de agosto del 2020.—Lic. Mauricio Camacho Villalobos, Notario.—1 vez.—CE2020006543.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 12 horas 00 minutos del 01 de agosto del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Blasentech Limitada.—San José, 04 de agosto del 2020.—Lic. Henry Ramirez Quesada, Notario.—1 vez.—CE2020006544.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 09 horas 00 minutos del 27 de julio del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Jayacar Investments Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 04 de agosto del 2020.—Lic. Melissa Guardia Tinoco, Notario.—1 vez.—CE2020006545.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 16 horas 15 minutos del 29 de julio del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Eaas de Latam Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 04 de agosto del 2020.—Lic. Alex Thompson Chacón, Notario.—1 vez.—CE2020006546.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 14 horas 30 minutos del 03 de agosto del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Finca Ganadera Mayal M Y U Sociedad Anónima.—San José, 04 de agosto del 2020.—Lic. Aura Rebeca Menéndez Soto, Notario.—1 vez.—CE2020006547.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 14 horas 30 minutos del 03 de agosto del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Finca Ganadera Mayal M Y U Sociedad Anónima.—San José, 04 de agosto del 2020.—Lic. Aura Rebeca Menéndez Soto, Notario.—1 vez.—CE2020006548.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 15 horas 00 minutos del 03 de agosto del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Osaka Infraestructura Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 04 de agosto del 2020.—Lic. Jose Alfredo Campos Salas, Notario.—1 vez.—CE2020006549.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 08 horas 00 minutos del 04 de agosto del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Solio Sociedad Anónima.—San José, 04 de agosto del 2020.—Lic. Fernando Sobrado Chamberlain, Notario.—1 vez.—CE2020006550.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 08 horas 00 minutos del 04 de agosto del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Solio Sociedad Anónima.—San José, 04 de agosto del 2020.—Lic. Fernando Sobrado Chamberlain, Notario.—1 vez.—CE2020006551.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 08 horas 00 minutos del 04 de agosto del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Monte Sur NG Limitada.—San José, 04 de agosto del 2020.—Lic. Carlos Corrales Barrientos, Notario.—1 vez.—CE2020006552.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 10 horas 00 minutos del 31 de julio del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Vista Sami Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 04 de agosto del 2020.—Lic. Diana Catalina Varela Solano, Notario.—1 vez.—CE2020006553.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 10 horas 10 minutos del 26 de Junio del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Casabellota Sociedad Anónima.—San José, 04 de agosto del 2020.—Lic. Gastón Sancho Cubero, Notario.—1 vez.—CE2020006554.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 10 horas 00 minutos del 04 de agosto del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Achomana Limitada.—San José, 04 de agosto del 2020.—Lic. Ricardo León Vargas Guerrero, Notario.—1 vez.—CE2020006555.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 10 horas 00 minutos del 04 de agosto del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Achomana Limitada.—San José, 04 de agosto del 2020.—Lic. Ricardo Leon Vargas Guerrero, Notario.—1 vez.—CE2020006556.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 08 horas 00 minutos del 04 de agosto del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Resolve HRO Costa Rica Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 04 de agosto del 2020.—Lic. Guillermo Jose Sanabria Leiva, Notario.—1 vez.—CE2020006557.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 15 horas 30 minutos del 24 de julio del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Inversiones Romero & Cerdas Limitada.—San José, 04 de agosto del 2020.—Lic. Viriam Fumero Paniagua, Notario.—1 vez.—CE2020006558.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 10 horas 00 minutos del 03 de agosto del año 2020, se constituyó la sociedad denominada PCA Limon Aceros Sociedad Anónima.—San José, 04 de agosto del 2020.—Lic. Luis Fernando Torres Rueda, Notario.—1 vez.—CE2020006559.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 08 horas 00 minutos del 18 de Junio del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Construcciones Matías Sociedad Anónima.—San José, 04 de agosto del 2020.—Lic. Luis Salazar Jara, Notario.—1 vez.—CE2020006560.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 09 horas 30 minutos del 04 de agosto del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Lexaware Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 04 de agosto del 2020.—Lic. María Laura Valverde Cordero, Notario.—1 vez.—CE2020006561.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 09 horas 30 minutos del 04 de agosto del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Lexaware Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 04 de agosto del 2020.—Lic. María Laura Valverde Cordero, Notario.—1 vez.—CE2020006562.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 09 horas 00 minutos del 04 de agosto del año 2020, se constituyó la sociedad denominada BMW Marine Limitada.—San José, 04 de agosto del 2020.—Lic. Silvia Vega Carballo, Notario.—1 vez.—CE2020006563.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 09 horas 00 minutos del 04 de agosto del año 2020, se constituyó la sociedad denominada BMW Marine Limitada.—San José, 04 de agosto del 2020.—Lic. Silvia Vega Carballo, Notario.—1 vez.—CE2020006564.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 12 horas 00 minutos del 04 de agosto del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Centro Music Group Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 04 de agosto del 2020.—Lic. Christian Garnier Fernández, Notario.—1 vez.—CE2020006565.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 13 horas 00 minutos del 10 de julio del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Corporación Andromeda Mck Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 04 de agosto del 2020.—Lic. Jose Alberto delgado Bolaños, Notario.—1 vez.—CE2020006566.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 07 horas 00 minutos del 24 de julio del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Casamediterraneo Sociedad Anónima.—San José, 04 de agosto del 2020.—Lic. Karina Aguilar Quesada, Notario.—1 vez.—CE2020006567.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 11 horas 20 minutos del 01 de agosto del año 2020, se constituyó la sociedad denominada AA Dreams JF Limitada.—San José, 04 de agosto del 2020.—Lic. Nelson Antonio Gómez Barrantes, Notario.—1 vez.—CE2020006568.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 08 horas 00 minutos del 23 de julio del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Etel Edificaciones Tecnologicas Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 04 de agosto del 2020.—Lic. Ingread Fournier Cruz, Notario.—1 vez.—CE2020006569.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 10 horas 00 minutos del 02 de agosto del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Los Caraos Sociedad Anónima.—San José, 04 de agosto del 2020.—Lic. Nelson Antonio Gómez Barrantes, Notario.—1 vez.—CE2020006570.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 10 horas 00 minutos del 10 de julio del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Distribuidora Mke Ciento Veintiocho Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 04 de agosto del 2020.—Lic. Siu Len Wing Ching Jimenez, Notario.—1 vez.—CE2020006571.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 09 horas 30 minutos del 04 de agosto del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Farmadosis Latam Fdcr Sociedad Anónima.—San José, 04 de agosto del 2020.—Lic. Glorielena Alvarado Orozco, Notario.—1 vez.—CE2020006572.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 16 horas 45 minutos del 22 de julio del año 2020, se constituyó la sociedad denominada HO Business Group Sociedad Anónima.—San José, 04 de agosto del 2020.—Lic. Silvia Elena Mora Guadamuz, Notario.—1 vez.—CE2020006573.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 16 horas 45 minutos del 22 de julio del año 2020, se constituyó la sociedad denominada HO Business Group Sociedad Anónima.—San José, 04 de agosto del 2020.—Lic. Silvia Elena Mora Guadamuz, Notario.—1 vez.—CE2020006574.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 12 horas 30 minutos del 24 de julio del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Urbania desarrollos Sociedad Anónima.—San José, 04 de agosto del 2020.—Lic. Carlo Magno Burgos Vargas, Notario.—1 vez.—CE2020006575.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 12 horas 00 minutos del 08 de julio del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Numero de Cédula Jurídica Que Se Asigne Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 04 de agosto del 2020.—Lic. Arthur Jimenez Latouche, Notario.—1 vez.—CE2020006576.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 10 horas 00 minutos del 04 de agosto del año 2020, se constituyó la sociedad denominada GO Services Sociedad Anónima.—San José, 04 de agosto del 2020.—Lic. Alba Elena Fuentes García, Notario.—1 vez.—CE2020006577.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 08 horas 00 minutos del 04 de agosto del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Statistical Global Services SGS Sociedad Anónima.—San José, 04 de agosto del 2020.—Lic. José Ramon Chavarría Saxe, Notario.—1 vez.—CE2020006578.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 12 horas 15 minutos del 22 de julio del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Multiservicios Har Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 04 de agosto del 2020.—Lic. Greivin Rodríguez Barrientos, Notario.—1 vez.—CE2020006579.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 19 horas 10 minutos del 30 de julio del año 2020, se constituyó la sociedad denominada TRS Softworks Sociedad Anónima.—San José, 04 de agosto del 2020.—Lic. Ricardo Adrián Ching Calvo, Notario.—1 vez.—CE2020006580.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 11 horas 00 minutos del 04 de agosto del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Ferre Solution Sociedad Anónima.—San José, 04 de agosto del 2020.—Lic. Alba Elena Fuentes García, Notario.—1 vez.—CE2020006580.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 12 horas 15 minutos del 02 de agosto del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Electrisa Electromecánica Sociedad Anónima.—San José, 04 de agosto del 2020.—Lic. Jorge Arturo Valverde Retana, Notario.—1 vez.—CE2020006581.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 12 horas 15 minutos del 02 de agosto del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Electrisa Electromecánica Sociedad Anónima.—San José, 04 de agosto del 2020.—Lic. Jorge Arturo Valverde Retana, Notario.—1 vez.—CE2020006582.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 11 horas 00 minutos del 04 de agosto del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Natland Brokers Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 04 de agosto del 2020.—Lic. Deborah Feinzaig Mintz, Notario.—1 vez.—CE2020006583.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 09 horas 00 minutos del 23 de julio del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Petsco Sociedad Anónima Sociedad Anónima.—San José, 04 de agosto del 2020.—Lic. Sofia Fernández Chavarría, Notario.—1 vez.—CE2020006584.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 10 horas 00 minutos del 04 de agosto del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Nikoletta Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 04 de agosto del 2020.—Lic. Jorge Antonio Escalante Escalante, Notario.—1 vez.—CE2020006585.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 14 horas 00 minutos del 04 de agosto del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Bar Swisa Limitada.—San José, 04 de agosto del 2020.—Lic. Alan Masis Angulo, Notario.—1 vez.—CE2020006586.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 15 horas 00 minutos del 12 de julio del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Especialidades Mecánicas La Trinidad Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 04 de agosto del 2020.—Lic. Gonzalo Alberto Carrillo delgado, Notario.—1 vez.—CE2020006587.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 11 horas 00 minutos del 29 de julio del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Schreiber & Chávez Produce Trading LLC Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 04 de agosto del 2020.—Lic. Mark Anthony Beckford Douglas, Notario.—1 vez.—CE2020006588.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 11 horas 00 minutos del 29 de julio del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Schreiber & Chavez Produce Trading LLC Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 04 de agosto del 2020.—Lic. Mark Anthony Beckford Douglas, Notario.—1 vez.—CE2020006589.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 13 horas 00 minutos del 28 de julio del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Grupo Ecleo Sociedad Anónima.—San José, 04 de agosto del 2020.—Lic. Juan Carlos Lobo Dinis, Notario.—1 vez.—CE2020006590.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 10 horas 01 minutos del 06 de julio del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Chirripó Eco-Mercado&Café Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 04 de agosto del 2020.—Lic. Juan Pablo Miranda Badilla, Notario.—1 vez.—CE2020006591.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 00 horas 10 minutos del 04 de agosto del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Carga y Transportes CYG Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 04 de agosto del 2020.—Lic. Giselle Solís Rodríguez, Notario.—1 vez.—CE2020006592.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 00 horas 10 minutos del 28 de julio del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Nine North Collective Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 04 de agosto del 2020.—Lic. Jefte David Zúñiga Jimenez, Notario.—1 vez.—CE2020006593.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 17 horas 00 minutos del 31 de julio del año 2020, se constituyó la sociedad denominada HLC Honey Land Company Sociedad Anónima.—San José, 04 de agosto del 2020.—Lic. Marco Antonio Vargas Valverde, Notario.—1 vez.—CE2020006594.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 16 horas 30 minutos del 30 de julio del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Alimentos y Desarrollos a Base de Plantas Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 04 de agosto del 2020.—Lic. Mariano Arrea Salto, Notario.—1 vez.—CE2020006595.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 09 horas 30 minutos del 06 de julio del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Molkagete de Las Llanuras Sociedad Anónima Sociedad Anónima.—San José, 04 de agosto del 2020.—Lic. Carola Suarez Zúñiga, Notario.—1 vez.—CE2020006596.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 13 horas 00 minutos del 17 de julio del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Tico Payments Sociedad Anónima.—San José, 04 de agosto del 2020.—Lic. Geovanny Víquez Arley, Notario.—1 vez.—CE2020006597.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 16 horas 00 minutos del 02 de Junio del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Elifer Turrialba Sociedad Anónima.—San José, 04 de agosto del 2020.—Lic. Oscar Bogantes Rodríguez, Notario.—1 vez.—CE2020006598.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 11 horas 00 minutos del 04 de agosto del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Ferre Solution Sociedad Anónima.—San José, 04 de agosto del 2020.—Lic. Alba Elena Fuentes García, Notario.—1 vez.—CE2020012605.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 15 horas 00 minutos del 29 de agosto del año 2019, se constituyó la sociedad denominada Nómada Estudio JDL Arquitectura Sociedad Anónima.—San José, 04 de agosto del 2020.—Licda. Andrea María Alvarado Sandí, Notaria.—1 vez.—CE2020006599.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 15 horas 00 minutos del 30 de julio del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Advokat Firma Legal Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 04 de agosto del 2020.—Lic. Sergio Alberto Valverde Bermúdez, Notario.—1 vez.—CE2020006600.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 12 horas 20 minutos del 03 de agosto del año 2020, se constituyó la sociedad denominada D. R. A. Business Group Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 04 de agosto del 2020.—Lic. Álvaro Hernández Chan, Notario.—1 vez.—CE2020006601.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 12 horas 20 minutos del 03 de agosto del año 2020, se constituyó la sociedad denominada D. R. A. Business Group Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 04 de agosto del 2020.—Lic. Álvaro Hernández Chan, Notario.—1 vez.—CE2020006602.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 13 horas 00 minutos del 18 de marzo del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Irinka Treinta y Tres Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 04 de agosto del 2020.—Lic. Marcela Núñez Troyo, Notario.—1 vez.—CE2020006603.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 15 horas 30 minutos del 22 de julio del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Bella Vista del Campo MQC Sociedad Anónima.—San José, 04 de agosto del 2020.—Lic. Evelin de los Ángeles Sandoval Sandoval, Notario.—1 vez.—CE2020006604.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 15 horas 30 minutos del 22 de julio del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Bella Vista del Campo MQC Sociedad Anónima.—San José, 04 de agosto del 2020.—Lic. Evelin de Los Ángeles Sandoval Sandoval, Notario.—1 vez.—CE2020006605.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 12 horas 00 minutos del 04 de agosto del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Tambuzi Limitada.—San José, 05 de agosto del 2020.—Lic. Eduardo Rojas Piedra, Notario.—1 vez.—CE2020006606.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 08 horas 00 minutos del 04 de agosto del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Solio C R Sociedad Anónima.—San José, 05 de agosto del 2020.—Lic. Fernando Sobrado Chamberlain, Notario.—1 vez.—CE2020006607.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 11 horas 30 minutos del 30 de julio del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Discere Bim Academy Sociedad Anónima.—San José, 05 de agosto del 2020.—Lic. Ileana Rodríguez González, Notario.—1 vez.—CE2020006608.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 14 horas 00 minutos del 04 de agosto del año 2020, se constituyó la sociedad denominada JWL Corporation LLC Limitada.—San José, 05 de agosto del 2020.—Lic. Gonzalo José Rojas Benavides, Notario.—1 vez.—CE2020006609.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 14 horas 00 minutos del 08 de julio del año 2020, se constituyó la sociedad denominada BRR Thinknomic Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 05 de agosto del 2020.—Lic. Roberto Enrique Romero Mora, Notario.—1 vez.—CE2020006610.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 14 horas 00 minutos del 31 de julio del año 2020, se constituyó la sociedad denominada La Raza Vive Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 05 de agosto del 2020.—Licda. Ileana Rodríguez González, Notaria.—1 vez.—CE2020006611.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 09 horas 00 minutos del 04 de agosto del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Agencia de Seguridad Carvajal y González Sociedad Anónima.—San José, 05 de agosto del 2020.—Lic. Marvin Eduardo Roldan Granados, Notario.—1 vez.—CE2020006612.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 16 horas 15 minutos del 29 de julio del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Soluciones EAAS de Centroamérica Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 05 de agosto del 2020.—Lic. Alex Thompson Chacón, Notario.—1 vez.—CE2020006613.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 08 horas 30 minutos del 30 de julio del año 2020, se constituyó la sociedad denominada SERTECPRO Costa Rica Sociedad Anónima.—San José, 05 de agosto del 2020.—Lic. Bismarck Adonis Gómez Zúñiga, Notario.—1 vez.—CE2020006614.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 07 horas 30 minutos del 05 de agosto del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Agua en Paz Limitada.—San José, 05 de agosto del 2020.—Lic. Guillermo José Sanabria Leiva, Notario.—1 vez.—CE2020006615.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 07 horas 30 minutos del 05 de agosto del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Agua en Paz Limitada.—San José, 05 de agosto del 2020.—Lic. Guillermo José Sanabria Leiva, Notario.—1 vez.—CE2020006616.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 09 horas 30 minutos del 03 de agosto del año 2020, se constituyó la sociedad denominada KLIO Diseño Costa Rica Sociedad Anónima.—San José, 05 de agosto del 2020.—Lic. Robert Christian Van Der Putten Reyes, Notario.—1 vez.—CE2020006617.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 08 horas 00 minutos del 05 de agosto del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Templo de la Jungla Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 05 de agosto del 2020.—Lic. Andrés Gómez Tristán, Notario.—1 vez.—CE2020006618.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 09 horas 00 minutos del 30 de julio del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Inversiones Geovanny S Sociedad Anónima.—San José, 05 de agosto del 2020.—Lic. Bismarck Adonis Gómez Zúñiga, Notario.—1 vez.—CE2020006619.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 14 horas 00 minutos del 29 de julio del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Ganadería Monce del Sur Sociedad Anónima.—San José, 05 de agosto del 2020.—Licda. Wendy Mayela Mora Garro, Notaria.—1 vez.—CE2020006620.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 15 horas 30 minutos del 20 de julio del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Verapyl Costa Rica Sociedad Anónima.—San José, 05 de agosto del 2020.—Lic. José Abundio Gutiérrez Antonini, Notario.—1 vez.—CE2020006621.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 16 horas 00 minutos del 29 de julio del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Desarrollo Genuine Atelier Sociedad Anónima.—San José, 05 de agosto del 2020.—Lic. Wilber Barquero Bolaños, Notario.—1 vez.—CE2020006622.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 08 horas 00 minutos del 03 de agosto del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Allan 28 Sociedad Anónima.—San José, 05 de agosto del 2020.—Lic. Bismarck Adonis Gómez Zúñiga, Notario.—1 vez.—CE2020006623.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 14 horas 30 minutos del 04 de agosto del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Stone Paper Scissors Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 05 de agosto del 2020.—Lic. Esteban Carranza Kopper, Notario.—1 vez.—CE2020006624.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 11 horas 00 minutos del 04 de agosto del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Ferre Solution Uno Sociedad Anónima.—San José, 05 de agosto del 2020.—Licda. Alba Elena Fuentes García, Notario.—1 vez.—CE2020006625.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 08 horas 00 minutos del 04 de agosto del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Producciones HSM Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 05 de agosto del 2020.—Lic. Gabriel Clare Facio, Notario.—1 vez.—CE2020006626.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 14 horas 00 minutos del 20 de julio del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Inversiones Tarkus ITK Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 05 de agosto del 2020.—Lic. Sebastián Solano Guillén, Notario.—1 vez.—CE2020006626.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 10 horas 30 minutos del 05 de agosto del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Epic Costa Rica Tours Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 05 de agosto del 2020.—Lic. Carlos Eduardo Castro Mora, Notario.—1 vez.—CE2020006627.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 09 horas 00 minutos del 05 de agosto del año 2020, se constituyó la sociedad denominada I. N. L. A. Limitada.—San José, 05 de agosto del 2020.—Licda. Nadia Semaan Zúñiga, Notaria.—1 vez.—CE2020006628.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 09 horas 00 minutos del 05 de agosto del año 2020, se constituyó la sociedad denominada I. N. L. A. Limitada.—San José, 05 de agosto del 2020.—Lic. Nadia Semaan Zúñiga, Notario.—1 vez.—CE2020006629.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 13 horas 00 minutos del 28 de julio del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Grupo PSJ SRL Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 05 de agosto del 2020.—Licda. Wendy María Bustamante Morales, Notaria.—1 vez.—CE2020006630.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 10 horas 55 minutos del 02 de julio del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Gesa Soluciones del Pacífico Central Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 05 de agosto del 2020.—Licda. Evelin de Los Ángeles Sandoval Sandoval, Notaria.—1 vez.—CE2020006631.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 11 horas 00 minutos del 04 de agosto del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Villa Alberti Hospitality LLC Limitada.—San José, 05 de agosto del 2020.—Lic. José Antonio Silva Meneses, Notario.—1 vez.—CE2020006632.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 08 horas 00 minutos del 03 de agosto del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Kamial Sociedad Anónima.—San José, 05 de agosto del 2020.—Lic. Marvin Gerardo Quesada Castro, Notario.—1 vez.—CE2020006633.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 09 horas 00 minutos del 03 de agosto del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Tosure Sociedad Anónima.—San José, 05 de agosto del 2020.—Lic. Marvin Gerardo Quesada Castro, Notario.—1 vez.—CE2020006634.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 09 horas 00 minutos del 03 de agosto del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Tosure Sociedad Anónima.—San José, 05 de agosto del 2020.—Lic. Marvin Gerardo Quesada Castro, Notario.—1 vez.—CE2020006635.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 13 horas 40 minutos del 24 de julio del año 2020, se constituyó la sociedad denominada FIGUEMARTZ Sociedad Anónima.—San José, 05 de agosto del 2020.—Lic. Marianela Alfaro Cascante, Notario.—1 vez.—CE2020006636.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 00 horas 10 minutos del 28 de julio del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Nine Degrees North Collective Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 05 de agosto del 2020.—Lic. Jefte David Zúñiga Jiménez, Notario.—1 vez.—CE2020006637.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 13 horas 00 minutos del 05 de agosto del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Ettelarey Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 05 de agosto del 2020.—Lic. Augusto Ronney Arce Marín, Notario.—1 vez.—CE2020006638.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 12 horas 00 minutos del 04 de agosto del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Centro Music Group CMG Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 05 de agosto del 2020.—Lic. Christian Garnier Fernández, Notario.—1 vez.—CE2020006639.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 11 horas 30 minutos del 05 de agosto del año 2020, se constituyó la sociedad denominada My Container Tech Sociedad Anónima.—San José, 05 de agosto del 2020.—Licda. María Fernanda Chavarría Bravo, Notaria.—1 vez.—CE2020006640.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 10 horas 00 minutos del 29 de julio del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Greko Moves Trans Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 05 de agosto del 2020.—Lic. Herman Julio Kierszenson Mamet, Notario.—1 vez.—CE2020006641.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 10 horas 00 minutos del 29 de julio del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Bendito Chile Limitada.—San José, 05 de agosto del 2020.—Lic. Guillermina González Jiménez, Notario.—1 vez.—CE2020006642.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 11 horas 00 minutos del 04 de agosto del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Autos Jayler Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 05 de agosto del 2020.—Lic. Juan Carlos Radulovich Quijano, Notario.—1 vez.—CE2020006643.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 13 horas 00 minutos del 05 de agosto del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Trilogía Lex Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 05 de agosto del 2020.—Lic. Mario Alberto Vargas Arias, Notario.—1 vez.—CE2020006644.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 15 horas 00 minutos del 03 de agosto del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Ganpic Sociedad Anónima.—San José, 05 de agosto del 2020.—Licda. Adriana Francisca Hidalgo Sánchez, Notaria.—1 vez.—CE2020006645.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 11 horas 00 minutos del 05 de agosto del año 2020, se constituyó la sociedad denominada CR Pet Treat Company Sociedad Anónima.—San José, 05 de agosto del 2020.—Licda. María Fernanda Chavarría Bravo, Notaria.—1 vez.—CE2020006646.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 11 horas 00 minutos del 31 de julio del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Connections and Systems Supply Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 05 de agosto del 2020.—Lic. Alonzo Gallardo Solís, Notario.—1 vez.—CE2020006647.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 11 horas 00 minutos del 23 de junio del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Playa Negra Brewing Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 05 de agosto del 2020.—Lic. Ricardo Ramírez Jiménez, Notario.—1 vez.—CE2020006648.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 13 horas 30 minutos del 05 de agosto del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Inversiones Janny & Matthias Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 05 de agosto del 2020.—Lic. Roberto Echeverría Alfaro, Notario.—1 vez.—CE2020006649.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 00 horas 27 minutos del 27 de julio del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Activa CR Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 05 de agosto del 2020.—Lic. Franco Daniel Acosta Vargas, Notario.—1 vez.—CE2020006650.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 14 horas 00 minutos del 03 de agosto del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Soluciones 15 Consultorías Flores García Sociedad Anónima.—San José, 05 de agosto del 2020.—Licda. Nancy Harbottle Morales, Notaria.—1 vez.—CE2020006651.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 10 horas 00 minutos del 29 de julio del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Falkenstein Sociedad Anónima.—San José, 05 de agosto del 2020.—Lic. Carlos Eduardo Gutiérrez Monge, Notario.—1 vez.—CE2020006652.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 12 horas 00 minutos del 29 de julio del año 2020, se constituyó la sociedad denominada CVC Capitales Valle Coris Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 05 de agosto del 2020.—Lic. George de Ford González, Notario.—1 vez.—CE2020006653.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 12 horas 15 minutos del 02 de agosto del año 2020, se constituyó la sociedad denominada YD Doce Electromecánica Sociedad Anónima.—San José, 05 de agosto del 2020.—Lic. Jorge Arturo Valverde Retana, Notario.—1 vez.—CE2020006654.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 10 horas 30 minutos del 05 de agosto del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Aita Centroamericana Sociedad Anónima.—San José, 05 de agosto del 2020.—Lic. Xochitl Camacho Medina, Notario.—1 vez.—CE2020006655.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 10 horas 30 minutos del 05 de agosto del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Aita Centroamericana Sociedad Anónima.—San José, 05 de agosto del 2020.—Lic. Xochitl Camacho Medina, Notario.—1 vez.—CE2020006656.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 00 horas 00 minutos del 30 de julio del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Medical and Dental Express Sociedad Anónima.—San José, 05 de agosto del 2020.—Licda. Erika Morera Alfaro, Notaria.—1 vez.—CE2020006657.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 08 horas 00 minutos del 05 de agosto del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Inflexion C Y C Y Ochenta y Ocho Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 05 de agosto del 2020.—Lic. José Pablo Masís Artavia, Notario.—1 vez.—CE2020006658.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 15 horas 00 minutos del 03 de agosto del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Inversiones El Yankee Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 05 de agosto del 2020.—Lic. José Daniel Martínez Espinoza, Notario.—1 vez.—CE2020006659.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 14 horas 00 minutos del 04 de agosto del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Daneli Centroamérica, Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 05 de agosto del 2020.—Licda. Virginia Coto Rodríguez, Notaria.—1 vez.—CE2020006660.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 13 horas 00 minutos del 23 de julio del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Federal Secutiry Services-Costa Rica Limitada.—San José, 05 de agosto del 2020.—Licda. Alejandra Echeverria Alfaro, Notaria.—1 vez.—CE2020006661.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 11 horas 30 minutos del 04 de agosto del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Suplementos Gym KB Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 05 de agosto del 2020.—Licda. Johanna María Zamora Villalobos, Notaria.—1 vez.—CE2020006662.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 08 horas 00 minutos del 04 de agosto del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Producciones HSM Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 05 de agosto del 2020.—Lic. Gabriel Clare Facio, Notario.—1 vez.—CE2020012606.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 11 horas 00 minutos del 05 de agosto del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Experta CR Sociedad De Responsabilidad Limitada.—San José, 05 de agosto del 2020.—Lic. Carlos Alberto Riba Gutiérrez, Notario.—CE2020006663.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 11 horas 00 minutos del 03 de agosto del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Inversiones y Afines PRO-WI Sociedad Anónima.—San José, 05 de agosto del 2020.—Lic. Johanny Retana Madriz, Notario.—1 vez.—CE2020006664.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 12 horas 50 minutos del 01 de julio del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Brick Holdings Limitada.—San José, 06 de agosto del 2020.—Lic. Gonzalo Ernesto Velásquez Martínez, Notario.—1 vez.—CE2020006665.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 12 horas 45 minutos del 01 de julio del año 2020, se constituyó la sociedad denominada GP Soluciones en Gestión de Proyectos Sociedad Anónima.—San José, 06 de agosto del 2020.—Lic. Gonzalo Ernesto Velásquez Martínez, Notario.—1 vez.—CE2020006666.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 19 horas 00 minutos del 04 de agosto del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Sassenach Sociedad Anónima.—San José, 06 de agosto del 2020.—Lic. Fernando Jiménez Mora, Notario.—1 vez.—CE2020006667.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 11 horas 00 minutos del 03 de agosto del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Master Of All That Is Marketing Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 06 de agosto del 2020.—Lic. Stefan Ali Chaves Boulanger, Notario.—1 vez.—CE2020006668.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 08 horas 00 minutos del 06 de agosto del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Jacó Veinte Veinte Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 06 de agosto del 2020.—Lic. Ronald Núñez Álvarez, Notario.—1 vez.—CE2020006669.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 11 horas 00 minutos del 04 de agosto del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Soluciones de Ferretería para su Construcción Ferresol Sociedad Anónima.—San José, 06 de agosto del 2020.—Lic. Alba Elena Fuentes García, Notaria.—1 vez.—CE2020006670.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 15 horas 00 minutos del 05 de agosto del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Blue Agri Group Costa Rica Limited Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 06 de agosto del 2020.—Lic. Ángel Valdivia Sing, Notaria.—1 vez.—CE2020006671.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 14 horas 00 minutos del 05 de agosto del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Grupo la Campiña del Valle Sociedad Anónima.—San José, 06 de agosto del 2020.—Lic. Walter José Garita Quirós, Notario.—1 vez.—CE2020006672.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 14 horas 00 minutos del 05 de agosto del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Grupo la Campiña del Valle Sociedad Anónima.—San José, 06 de agosto del 2020.—Lic. Walter José Garita Quirós, Notario.—1 vez.—CE2020006673.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 18 horas 30 minutos del 04 de agosto del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Grupo El General Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 06 de agosto del 2020.—Lic. Verónica Calderón Vega, Notaria.—1 vez.—CE2020006674.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 11 horas 00 minutos del 03 de agosto del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Selteco Sociedad Anónima.—San José, 06 de agosto del 2020.—Lic. Silvia María González Castro, Notaria.—1 vez.—CE2020006675.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 13 horas 00 minutos del 30 de julio del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Grupo Guaria Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 06 de agosto del 2020.—Lic. Mariana Arias Oconitrillo, Notaria.—1 vez.—CE2020006676.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 15 horas 00 minutos del 05 de agosto del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Flor de Libertad Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 06 de agosto del 2020.—Lic. Jorge Arturo Pacheco Oreamuno, Notario.—1 vez.—CE2020006677.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 15 horas 00 minutos del 05 de agosto del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Flor de Libertad Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 06 de agosto del 2020.—Lic. Jorge Arturo Pacheco Oreamuno, Notario.—1 vez.—CE2020006678.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 07 horas 00 minutos del 05 de agosto del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Bulée Legal Sociedad Anónima.—San José, 06 de agosto del 2020.—Lic. Ana Gabriela González González, Notaria.—1 vez.—CE2020006679.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 09 horas 40 minutos del 06 de agosto del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Outbelen Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 06 de agosto del 2020.—Lic. Yadriela Rodríguez Quesada, Notaria0..—1 vez.—CE2020006680.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 14 horas 00 minutos del 04 de agosto del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Constructora Hermanos Chaves Ugalde Sociedad Anónima.—San José, 06 de agosto del 2020.—Lic. Herberth Enrique Martínez Madrigal, Notario.—1 vez.—CE2020006681.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 13 horas 00 minutos del 03 de agosto del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Quintas J.L.V.C. Sociedad Anónima.—San José, 06 de agosto del 2020.—Lic. Joaquín Bernardo Molina Hernández, Notario.—1 vez.—CE2020006682.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 12 horas 00 minutos del 25 de julio del año 2020, se constituyó la sociedad denominada FHA Construcciones y Remodelaciones Actuales Sociedad Anónima.—San José, 06 de agosto del 2020.—Lic. Sandra Patricia Chacón Sánchez, Notario.—1 vez.—CE2020006683.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 14 horas 00 minutos del 05 de agosto del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Stayterra Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 06 de agosto del 2020.—Lic. José Daniel Alvarado Vásquez, Notario.—1 vez.—CE2020006684.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 14 horas 00 minutos del 04 de agosto del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Constructora Hermanos Chaves Ugalde Sociedad Anónima.—San José, 06 de agosto del 2020.—Lic. Herberth Enrique Martínez Madrigal, Notario.—1 vez.—CE2020006685.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 13 horas 18 minutos de|l 03 de agosto del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Esquicam y Asociados Sociedad Anónima.—San José, 06 de agosto del 2020.—Lic. Nataniel San Lee Ruiz, Notario.—1 vez.—CE2020006686.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 09 horas 00 minutos del 06 de agosto del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Telemachus Holdings LLC Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 06 de agosto del 2020.—Lic. Fabián Kelso Hernández, Notario.—1 vez.—CE2020006687.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 08 horas 00 minutos del 01 de agosto del año 2020, se constituyó la sociedad denominada T C Grixti Holding Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 06 de agosto del 2020.—Lic. Lorenzo Segura Mata, Notario.—1 vez.—CE2020006688.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 10 horas 30 minutos del 31 de julio del año 2020, se constituyó la sociedad denominada BHN La Guácima Spa y Salón Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 06 de agosto del 2020.—Lic. David Alonso Montero Camacho, Notario.—1 vez.—CE2020006689.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 13 horas 00 minutos del 05 de agosto del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Dos Ángeles del Sur Sociedad Anónima.—San José, 06 de agosto del 2020.—Lic. Máximo Sequeira Alemán, Notario.—1 vez.—CE2020006690.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 08 horas 30 minutos del 03 de agosto del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Cazz Cargo & Logistics Sociedad Anónima.—San José, 06 de agosto del 2020.—Lic. Maximiliano Vargas Hidalgo, Notario.—1 vez.—CE2020006691.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 16 horas 20 minutos del 05 de agosto del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Joancormu de Upala Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 06 de agosto del 2020.—Lic. Yadriela Rodríguez Quesada, Notaria.—1 vez.—CE2020006692.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 15 horas 00 minutos del 20 de julio del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Panabikers Sociedad Anónima.—San José, 06 de agosto del 2020.—Lic. María Carolina Román Gutiérrez, Notaria.—1 vez.—CE2020006693.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 09 horas 00 minutos del 06 de agosto del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Narváez Araujo Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 06 de agosto del 2020.—Lic. Jockseline Zúñiga Varela, Notaria.—1 vez.—CE2020006694.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 09 horas 00 minutos del 06 de agosto del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Trejos Arquitectura E Ingeniería T.A.I Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 06 de agosto del 2020.—Lic. Josué Hidalgo Bolaños, Notario.—1 vez.—CE2020006695.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 09 horas 00 minutos del 06 de agosto del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Trejos Arquitectura E Ingeniería T.A.I Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 06 de agosto del 2020.—Lic. Josué Hidalgo Bolaños, Notario.—1 vez.—CE2020006696.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 09 horas 00 minutos del 05 de agosto del año 2020, se constituyó la sociedad denominada I. N. L. A. Educación Limitada.—San José, 06 de agosto del 2020.—Lic. Nadia Semaan Zúñiga, Notaria.—1 vez.—CE2020006697.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 12 horas 30 minutos del 06 de agosto del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Aurora Boreal SRL Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 06 de agosto del 2020.—Lic. Roldan Morales Novoa, Notario.—1 vez.—CE2020006698.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 10 horas 00 minutos del 03 de agosto del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Oxygeana Tica Sociedad Anónima.—San José, 06 de agosto del 2020.—Lic. Merlin Starling Leiva Madrigal, Notario.—1 vez.—CE2020006699.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 14 horas 30 minutos del 05 de agosto del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Garantía Extendida Internacional Sociedad Anónima.—San José, 06 de agosto del 2020.—Lic. Deborah Feinzaig Mintz, Notaria.—1 vez.—CE2020006700.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 08 horas 00 minutos del 07 de octubre del año 2019, se constituyó la sociedad denominada Leonavision Multimedia Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 06 de agosto del 2020.—Lic. Julio Ugarte Strunz, Notario.—1 vez.—CE2020006701.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 16 horas 25 minutos del 05 de agosto del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Auto Repuestos y Accesorios JM de Cariari Sociedad Anónima.—San José, 06 de agosto del 2020.—Lic. José Francisco Fallas González, Notario.—1 vez.—CE2020006702.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 18 horas 30 minutos del 04 de agosto del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Grupo Empresarial El General Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 06 de agosto del 2020.—Lic. Verónica Calderón Vega, Notaria.—1 vez.—CE2020006703.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 15 horas 00 minutos del 03 de agosto del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Inversiones Ramua Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 06 de agosto del 2020.—Lic. José Daniel Martínez Espinoza, Notario.—1 vez.—CE2020006704.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 11 horas 00 minutos del 31 de julio del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Connections And Systems Supply Consys Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 06 de agosto del 2020.—Lic. Alonzo Gallardo Solís, Notario.—1 vez.—CE2020006705.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 11 horas 00 minutos del 06 de agosto del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Coxyone Limitada.—San José, 06 de agosto del 2020.—Lic. Carlos Roberto Rivera Ruiz, Notario.—1 vez.—CE2020006706.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 11 horas 00 minutos del 06 de agosto del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Coxyone Limitada.—San José, 06 de agosto del 2020.—Lic. Carlos Roberto Rivera Ruiz, Notario.—1 vez.—CE2020006707.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 13 horas 00 minutos del 29 de julio del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Conpiso Veintiuno Sociedad Anónima.—San José, 06 de agosto del 2020.—Lic. Tomás Quirós Jiménez, Notario.—1 vez.—CE2020006708.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 11 horas 15 minutos del 06 de agosto del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Oldcars And Co Limitada.—San José, 06 de agosto del 2020.—Lic. Carlos Roberto Rivera Ruiz, Notario.—1 vez.—CE2020006709.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 09 horas 00 minutos del 07 de octubre del año 2019, se constituyó la sociedad denominada Transportes Leonatransfer Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 06 de agosto del 2020.—Lic. Julio Ugarte Strunz, Notario.—1 vez.—CE2020006710.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 11 horas 00 minutos del 05 de agosto del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Ganafood G.N.F. Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 06 de agosto del 2020.—Lic. Gustavo Adolfo Koutsouris Canales, Notario.—1 vez.—CE2020006711.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 11 horas 40 minutos del 06 de agosto del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Servicios Agrícolas Bandera Natural Sociedad Anónima.—San José, 06 de agosto del 2020.—Lic. Marianela Solís Rojas, Notaria.—1 vez.—CE2020006712.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 11 horas 00 minutos del 06 de agosto del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Sin Nombre Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 06 de agosto del 2020.—Lic. Virialy Rojas Esquivel, Notario.—1 vez.—CE2020006713.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 12 horas 00 minutos del 06 de agosto del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Los Manzanos Sta Ana Sociedad Anónima.—San José, 06 de agosto del 2020.—Lic. Eduardo José Mora Castro, Notario.—1 vez.—CE2020006713.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 11 horas 00 minutos del 06 de agosto del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Sin Nombre Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 06 de agosto del 2020.—Lic. Virialy Rojas Esquivel, Notario.—1 vez.—CE2020006714.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 12 horas 00 minutos del 06 de agosto del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Los Manzanos Sta Ana Sociedad Anónima.—San José, 06 de agosto del 2020.—Lic. Eduardo José Mora Castro, Notario.—1 vez.—CE2020006715.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 10 horas 00 minutos del 07 de octubre del año 2019, se constituyó la sociedad denominada Leonaservicios del Pacificio Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 06 de agosto del 2020.—Lic. Julio Ugarte Strunz, Notario.—1 vez.—CE2020006716.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 17 horas 30 minutos del 15 de abril del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Quinientos Seis Capitaling Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 06 de agosto del 2020.—Lic. María Alejandra Arias Madrigal, Notaria.—1 vez.—CE2020006717.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 11 horas 00 minutos del 24 de julio del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Jlvamo Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 06 de agosto del 2020.—Lic. Edwin Eduardo Gómez Castillo, Notario.—1 vez.—CE2020006718.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 10 horas 00 minutos del 30 de julio del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Plaza El Encuentro Alajuelita Sociedad Anónima.—San José, 06 de agosto del 2020.—Lic. Eric Scharf Taitelbaum, Notario.—1 vez.—CE2020006719.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 15 horas 30 minutos del 29 de julio del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Lif Technologies Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 06 de agosto del 2020.—Lic. Randall Alberto Quirós Herrera, Notario.—1 vez.—CE2020006720.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 12 horas 00 minutos del 04 de agosto del año 2020, se constituyó la sociedad denominada YHLQMDLG Sociedad Anónima.—San José, 06 de agosto del 2020.—Lic. Carlos Luis Jiménez Masís, Notario.—1 vez.—CE2020006721.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 08 horas 30 minutos del 30 de julio del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Prótesis & Ortesis CR Sociedad Anónima.—San José, 06 de agosto del 2020.—Lic. Bismarck Adonis Gómez Zúñiga, Notario.—1 vez.—CE2020006722.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 16 horas 26 minutos del 05 de agosto del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Jolucorzu del Coco Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 06 de agosto del 2020.—Lic. Yadriela Rodríguez Quesada, Notaria.—1 vez.—CE2020006723.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 10 horas 00 minutos del 05 de agosto del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Nud Natural Blends Sociedad Anónima.—San José, 06 de agosto del 2020.—Lic. Adrián Alvarado Corella, Notario.—1 vez.—CE2020006724.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 09 horas 00 minutos del 30 de julio del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Inversiones Geovanny Alvarado Sociedad Anónima.—San José, 06 de agosto del 2020.—Lic. Bismarck Adonis Gómez Zúñiga, Notario.—1 vez.—CE2020006725.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 11 horas 00 minutos del 06 de agosto del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Sociedad para el Cambio Costa Rica - México Sociedad Anónima.—San José, 06 de agosto del 2020.—Lic. Héctor Chaves Sandoval, Notario.—1 vez.—CE2020006726.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 12 horas 00 minutos del 05 de agosto del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Morsoft Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 06 de agosto del 2020.—Lic. Adriana María Ruiz Madriz, Notaria.—1 vez.—CE2020006727.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 08 horas 00 minutos del 06 de agosto del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Nude Oceans Cofee Farm Costa Rica Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 06 de agosto del 2020.—Lic. Eduardo Guardia Williams, Notario.—1 vez.—CE2020006728.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 15 horas 30 minutos del 22 de julio del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Cats Eye Security Investments Sociedad Anónima.—San José, 06 de agosto del 2020.—Lic. Federico Rodolfo Marten Sancho, Notario.—1 vez.—CE2020006729.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 14 horas 00 minutos del 06 de agosto del año 2020, se constituyó la sociedad denominada UF-77-MPL Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 06 de agosto del 2020.—Lic. Blanca Rosa Rodríguez Ruiz, Notario.—1 vez.—CE2020006730.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 15 horas 00 minutos del 06 de agosto del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Abcupon.Com Limitada.—San José, 06 de agosto del 2020.—Lic. Carlos Eduardo Blanco Gutiérrez, Notaria.—1 vez.—CE2020006731.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 16 horas 00 minutos del 05 de agosto del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Buzano Bran Sociedad Anónima.—San José, 06 de agosto del 2020.—Lic. Elga Bolaños Gutiérrez, Notario.—1 vez.—CE2020006732.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 13 horas 18 minutos del 03 de agosto del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Esqcam y Asociados Sociedad Anónima.—San José, 06 de agosto del 2020.—Lic. Nataniel San Lee Ruiz, Notario.—1 vez.—CE2020006733.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 12 horas 30 minutos del 06 de agosto del año 2020, se constituyó la sociedad denominada MF Aurora Boreal Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 06 de agosto del 2020.—Lic. Roldan Morales Novoa, Notario.—1 vez.—CE2020006734.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 15 horas 10 minutos del 25 de julio del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Intemas del Norte Sociedad Anónima.—San José, 06 de agosto del 2020.—Lic. Francisco Jesús Castillo Vásquez, Notario.—1 vez.—CE2020006735.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 08 horas 00 minutos del 10 de agosto del año 2020, se constituyó la sociedad denominada BNZ Capital Holdings Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 10 de agosto del 2020.—Lic. Felipe Cordero Espinoza, Notario.—1 vez.—CE2020006859.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 09 horas 00 minutos del 10 de agosto del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Ricadano Capital Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 10 de agosto del 2020.—Lic. Felipe Cordero Espinoza, Notario.—1 vez.—CE2020006860.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 10 horas 00 minutos del 10 de agosto del año 2020, se constituyó la sociedad denominada DME Capital Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 10 de agosto del 2020.—Lic. Felipe Cordero Espinoza, Notario.—1 Vez.—Ce2020006861.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 19 horas 25 minutos del 01 de agosto del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Tryana Sociedad Anónima.—San José, 10 de agosto del 2020.—Lic. Evelin de Los Ángeles Sandoval Sandoval, Notario.—1 vez.—CE2020006862.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 00 horas 00 minutos del 30 de julio del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Medical and Dental Emporium Sociedad Anónima.—San José, 10 de agosto del 2020.—Licda. Erika Morera Alfaro, Notaria.—1 vez.—CE2020006863.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 13 horas 30 minutos del 10 de agosto del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Agrícola WG de Pital Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 11 de agosto del 2020.—Lic. Rolando Miranda Zumbado, Notario.—1 vez.—CE2020006864.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 07 horas 00 minutos del 11 de agosto del año 2020, se constituyó la sociedad denominada La Lola Chiringuito Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 11 de agosto del 2020.—Licda. Marta Cedeño Jiménez, Notaria.—1 vez.—CE2020006865.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 11 horas 00 minutos del 07 de agosto del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Suquinic Costa Rica Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 11 de agosto del 2020.—Lic. Iván Darío Villegas Franco, Notario.—1 vez.—CE2020006866.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 10 horas 10 minutos del 10 de agosto del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Tico Dome Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 11 de agosto del 2020.—Lic. Casimiro Alberto Vargas Mora, Notario.—1 vez.—CE2020006867.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 11 horas 00 minutos del 10 de agosto del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Naked Alone and Complete Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 11 de agosto del 2020.—Licda. Nicole María Quesada Gurdián, Notaria.—1 vez.—CE2020006868.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 14 horas 30 minutos del 05 de agosto del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Avícola Jaris de Mora Sociedad Anónima.—San José, 11 de agosto del 2020.—Lic. Yolanda Porras Rodríguez, Notario.—1 vez.—CE2020006869.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 12 horas 00 minutos del 10 de agosto del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Dr Inman y Asociados Sociedad Anónima.—San José, 11 de agosto del 2020.—Lic. Sally Madrigal Saborío, Notario.—1 vez.—CE2020006870.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 11 horas 00 minutos del 06 de agosto del año 2020, se constituyó la sociedad denominada MCQ Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 11 de agosto del 2020.—Lic. Fernando Rottier Salguero, Notario.—1 vez.—CE2020006871.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 12 horas 00 minutos del 21 de julio del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Trinwork de Centroamérica Sociedad Anónima.—San José, 11 de agosto del 2020.—Lic. Juan Manuel Campos Ávila, Notario.—1 vez.—CE2020006872.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 13 horas 00 minutos del 10 de agosto del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Tecnomóvil Accesorios MC Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 11 de agosto del 2020.—Lic. Johnny Vargas Rodríguez, Notario.—1 vez.—CE2020006873.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 14 horas 40 minutos del 08 de agosto del año 2020, se constituyó la sociedad denominada M & T Protección y Custodia del Norte Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 11 de agosto del 2020.—Lic. Roy Alberto Guerrero Olivares, Notario.—1 vez.—CE2020006874.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 12 horas 30 minutos del 24 de julio del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Quorum Desarrollos Sociedad Anónima.—San José, 11 de agosto del 2020.—Lic. Carlo Magno Burgos Vargas, Notario.—1 vez.—CE2020006874.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 10 horas 00 minutos del 04 de agosto del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Constructora Dragazul Sociedad Anónima.—San José, 11 de agosto del 2020.—Lic. Jeison Guadamuz Murillo, Notario.—1 vez.—CE2020006875.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 10 horas 00 minutos del 11 de agosto del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Procesos Legales de Costa Rica PLCR Sociedad Anónima.—San José, 11 de agosto del 2020.—Lic. Geovanni Antonio Vega Cordero, Notario.—1 vez.—CE2020006876.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 08 horas 00 minutos del 11 de agosto del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Pickup Negro Corp Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 11 de agosto del 2020.—Licda. Vera Denise Mora Salazar, Notaria.—1 vez.—CE2020006877.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 09 horas 30 minutos del 07 de agosto del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Taylors Smart Solutions Sociedad Anónima.—San José, 11 de agosto del 2020.—Licda. Dilana Denisse Salas Monterrosa, Notaria.—1 vez.—CE2020006878.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 16 horas 40 minutos del 10 de agosto del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Wolaba Organics Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 11 de agosto del 2020.—Licda. Liza Bertarioni Castillo, Notaria.—1 vez.—CE2020006879.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 14 horas 00 minutos del 04 de agosto del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Pupuchi Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 11 de agosto del 2020.—Licda. Virginia Coto Rodríguez, Notaria.—1 vez.—CE2020006880.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 17 horas 00 minutos del 07 de agosto del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Inversiones Yureth Sociedad Anónima.—San José, 11 de agosto del 2020.—Lic. Mario Rojas Barrantes, Notario.—1 vez.—CE2020006881.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 08 horas 00 minutos del 11 de marzo del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Poveda-Rod & Adreu Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 11 de agosto del 2020.—Lic. Alexis Manuel Arias López, Notario.—1 vez.—CE2020006882.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 11 horas 00 minutos del 08 de agosto del año 2020, se constituyó la sociedad denominada León & Ramírez de San Lorenzo Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 11 de agosto del 2020.—Lic. María Elieth Pacheco Rojas, Notario.—1 vez.—CE2020006883.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 11 horas 00 minutos del 08 de agosto del año 2020, se constituyó la sociedad denominada León & Ramírez de San Lorenzo Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 11 de agosto del 2020.—Licda. María Elieth Pacheco Rojas, Notaria.—1 vez.—CE2020006884.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 13 horas 00 minutos del 09 de agosto del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Hermanos Quirós Soto HQS Sociedad Anónima.—San José, 11 de agosto del 2020.—Lic. Carlos Andrés Abarca Umaña, Notario.—1 vez.—CE2020006885.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 13 horas 00 minutos del 20 de julio del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Carmivan Sociedad Anónima.—San José, 11 de agosto del 2020.—Licda. Atalia Miranda Castillo, Notaria.—1 vez.—CE2020006886.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 13 horas 00 minutos del 20 de julio del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Carmivan Sociedad Anónima.—San José, 11 de agosto del 2020.—Licda. Atalia Miranda Castillo, Notaria.—1 vez.—CE2020006887.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 20 horas 00 minutos del 04 de agosto del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Salgado Bonilla y Sucesores Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 11 de agosto del 2020.—Licda. Evelin de Los Ángeles Sandoval Sandoval, Notaria.—1 vez.—CE2020006888.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 17 horas 00 minutos del 06 de agosto del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Yellow Studio Consulting LLC Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 11 de agosto del 2020.—Lic. Allan Salazar López, Notario.—1 vez.—CE2020006889.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 13 horas 00 minutos del 06 de agosto del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Famormar Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 11 de agosto del 2020.—Lic. Edin Zúñiga Bolaños, Notario.—1 vez.—CE2020006890.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 10 horas 00 minutos del 09 de julio del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Golden Highways TZU Sociedad Anónima.—San José, 11 de agosto del 2020.—Lic. Marco Antonio Vargas Valverde, Notario.—1 vez.—CE2020006891.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 13 horas 00 minutos del 07 de agosto del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Debkar Sociedad Anónima.—San José, 11 de agosto del 2020.—Licda. Karol Frutos Fernández, Notaria.—1 vez.—CE2020006892.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 09 horas 00 minutos del 07 de agosto del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Grupo GYR Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 11 de agosto del 2020.—Licda. Laura Cristina Abarca Quirós, Notaria.—1 vez.—CE2020006893.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 13 horas 00 minutos del 11 de agosto del año 2020, se constituyó la sociedad denominada GBR-CRC Factoring Capital Sociedad Anónima.—San José, 11 de agosto del 2020.—Lic. Marco Antonio Fernández López, Notario.—1 vez.—CE2020006894.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 11 horas 00 minutos del 03 de agosto del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Lointec Sociedad Anónima.—San José, 11 de agosto del 2020.—Licda. Silvia María González Castro, Notaria.—1 vez.—CE2020006895.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 14 horas 25 minutos del 06 de agosto del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Cibo Gourmet Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 11 de agosto del 2020.—Licda. Silvia Patricia Alvarado Quijano, Notaria.—1 vez.—CE2020006896.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 09 horas 00 minutos del 03 de junio del año 2020, se constituyó la sociedad denominada G-L Franquicias de Centroamérica Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 11 de agosto del 2020.—Lic. Ronald Brealey Mora, Notario.—1 vez.—CE2020006897.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 11 horas 30 minutos del 06 de agosto del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Asistencia Cinco Cero Seis Sociedad Anónima.—San José, 11 de agosto del 2020.—Lic. Eugenio Desanti Hurtado, Notario.—1 vez.—CE2020006898.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 08 horas 00 minutos del 10 de agosto del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Depósito y Ferretería Cariari Sociedad Anónima.—San José, 11 de agosto del 2020.—Lic. Fernando Jiménez Mora, Notario.—1 vez.—CE2020006899.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 08 horas 10 minutos del 01 de julio del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Paradise Rover’s & Restorations Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 11 de agosto del 2020.—Lic. Ronald Brealey Mora, Notario.—1 vez.—CE2020006900.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 10 horas 30 minutos del 10 de agosto del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Importaciones Seis Cuatro Ocho Cero Sociedad Anónima.—San José, 11 de agosto del 2020.—Lic. Andrés Emilio Ramos Sibaja, Notario.—1 vez.—CE2020006900.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 08 horas 00 minutos del 06 de agosto del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Varieta Market Sociedad Anónima.—San José, 11 de agosto del 2020.—Lic. René Dagoberto Orellana Meléndez, Notario.—1 vez.—CE2020006901.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 10 horas 00 minutos del 09 de julio del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Castevald Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 11 de agosto del 2020.—Lic. Paola Andrea Villalobos Vargas, Notario.—1 vez.—CE2020006902.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 10 horas 00 minutos del 07 de agosto del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Mas Que Motos Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 11 de agosto del 2020.—Lic. José Esteban Olivas Jiménez, Notario.—1 vez.—CE2020006903.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 14 horas 00 minutos del 10 de agosto del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Blitz Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 11 de agosto del 2020.—Lic. Édgar Antonio Nassar Guier, Notario.—1 vez.—CE2020006904.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 12 horas 30 minutos del 05 de agosto del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Satellital Technical Services J&C CR Sociedad Anónima.—San José, 11 de agosto del 2020.—Lic. Jaime Alvarado Victoria, Notario.—1 vez.—CE2020006905.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 10 horas 00 minutos del 30 de julio del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Servicios Integrales EDUSEG Limitada.—San José, 11 de agosto del 2020.—Licda. Silvia Arias Ulate, Notaria.—1 vez.—CE2020006906.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 20 horas 00 minutos del 10 de agosto del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Secorsan Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 11 de agosto del 2020.—Lic. Édgar Rainier Cordero Campos, Notario.—1 vez.—CE2020006907.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 09 horas 00 minutos del 11 de agosto del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Cocaliom Sociedad Anónima.—San José, 11 de agosto del 2020.—Licda. Xinia María Arias Naranjo, Notaria.—1 vez.—CE2020006908.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 14 horas 00 minutos del 10 de agosto del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Constructora Las Brumas Sociedad Anónima.—San José, 11 de agosto del 2020.—Lic. Josué Campos Madrigal, Notario.—1 vez.—CE2020006909.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 15 horas 00 minutos del 25 de julio del año 2020, se constituyó la sociedad denominada SGS Centroamérica y Caribe Sociedad Anónima.—San José, 11 de agosto del 2020.—Licda. Silvia Arias Ulate, Notaria.—1 vez.—CE2020006910.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 15 horas 00 minutos del 06 de agosto del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Crediochoa Sociedad Anónima.—San José, 11 de agosto del 2020.—Licda. Flory Yadira Alfaro Retana, Notario.—1 vez.—CE2020006911.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 14 horas 00 minutos del 04 de agosto del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Vivir Amar Reir Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 11 de agosto del 2020.—Licda. Virginia Coto Rodríguez, Notaria.—1 vez.—CE2020006912.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 13 horas 00 minutos del 23 de julio del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Federal Security Services-Costa Rica Limitada.—San José, 11 de agosto del 2020.—Licda. Alejandra Echeverría Alfaro, Notaria.—1 vez.—CE2020006913.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 15 horas 00 minutos del 06 de agosto del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Crediochoa Sociedad Anónima.—San José, 11 de agosto del 2020.—Licda. Flory Yadira Alfaro Retana, Notaria.—1 vez.—CE2020006914.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 11 horas 00 minutos del 10 de agosto del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Cooley´s Trust CR Sociedad Anónima.—San José, 11 de agosto del 2020.—Licda. María Lourdes Cuadra Solís, Notaria.—1 vez.—CE2020006915.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 07 horas 00 minutos del 10 de agosto del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Operaciones Golden de Costa Rica Sociedad Anónima.—San José, 11 de agosto del 2020.—Lic. Federico Andrés Acevedo Cornejo, Notario.—1 vez.—CE2020006916.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 12 horas 00 minutos del 31 de julio del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Balum del Norte Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 11 de agosto del 2020.—Licda. Bridget Karina Durán Marín, Notaria.—1 vez.—CE2020006917.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 12 horas 00 minutos del 31 de julio del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Balum del Norte Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 11 de agosto del 2020.—Licda. Bridget Karina Durán Marín, Notaria.—1 vez.—CE2020006918.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 19 horas 00 minutos del 10 de agosto del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Marirovi Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 11 de agosto del 2020.—Lic. Roy Gustavo Quesada Rodríguez, Notario.—1 vez.—CE2020006919.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 08 horas 00 minutos del 10 de agosto del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Calera Roca Blanca Sociedad Anónima.—San José, 11 de agosto del 2020.—Licda. Silvia Elena Peralta Montenegro, Notaria.—1 vez.—CE2020006920.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 11 horas 00 minutos del 30 de julio del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Corporación de Servicios Borbón L F Sociedad Anónima.—San José, 11 de agosto del 2020.—Licda. Yajaira Padilla Flores, Notaria.—1 vez.—CE2020006921.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 14 horas 00 minutos del 10 de agosto del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Suministros y Papel Marka LTDA Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 11 de agosto del 2020.—Lic. Sergio Madriz Avendaño, Notario.—1 vez.—CE2020006922.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 14 horas 00 minutos del 10 de agosto del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Anfrut Sociedad Anónima.—San José, 11 de agosto del 2020.—Licda. Zoila Araya Moreno, Notaria.—1 vez.—CE2020006923.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 13 horas 00 minutos del 07 de agosto del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Bonzül Sociedad Anónima.—San José, 11 de agosto del 2020.—Licda. Karol Frutos Fernández, Notaria.—1 vez.—CE2020006924.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 10 horas 30 minutos del 10 de agosto del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Importaciones Seis Cuatro Ocho Cero Sociedad Anónima.—San José, 11 de agosto del 2020.—Lic. Andrés Emilio Ramos Sibaja, Notario.—1 vez.—CE2020012607.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 14 horas 00 minutos del 27 de agosto del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Horizonte SGL Sociedad Anónima.—San José, 31 de agosto del 2020.—Lic. Carlos Rodolfo Meléndez Espinoza, Notario.—1 vez.—CE2020007661.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 18 horas 30 minutos del 27 de agosto del año 2020, se constituyó la sociedad denominada López Rivera Consulting Group Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 31 de agosto del 2020.—Licda. Heidy Patricia Lizano Sánchez, Notaria.—1 vez.—CE2020007662.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 08 horas 00 minutos del 07 de julio del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Autos Buitrago Sociedad Anónima.—San José, 31 de agosto del 2020.—Licda. Reina María Quirós León, Notaria.—1 vez.—CE2020007663.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 14 horas 00 minutos del 25 de agosto del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Grupo Cielec Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 01 de septiembre del 2020.—Licda. Magdalena Venegas Porras, Notaria.—1 vez.—CE2020007664.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 12 horas 15 minutos del 27 de agosto del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Imart R & G Soluciones Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 01 de septiembre del 2020.—Lic. Alexander Vargas Sanabria, Notario.—1 vez.—CE2020007665.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 09 horas 00 minutos del 23 de agosto del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Makoto Group Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 01 de septiembre del 2020.—Lic. Oldemar Antonio Fallas Navarro, Notario.—1 vez.—CE2020007666.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría a las 12 horas 00 minutos del 05 de febrero del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Inversiones Arcoiris XD Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 01 de septiembre del 2020.—Licda. Kattia Mena Abarca, Notaria.—1 vez.—CE2020007667.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 10 horas 00 minutos del 28 de agosto del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Constructora Grupo Herrera CGH Sociedad Anónima.—San José, 01 de septiembre del 2020.—Lic. Harold Meléndez Gamboa, Notario.—1 vez.—CE2020007668.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 15 horas 00 minutos del 31 de agosto del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Mensajería y Transporte Castillo Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 01 de septiembre del 2020.—Lic. Javier Eduardo Luna Montero, Notario.—1 vez.—CE2020007669.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 18 horas 30 minutos del 25 de agosto del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Strategy Finance Costa Rica Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 01 de septiembre del 2020.—Licda. Luana Valeria Nieto Méndez, Notaria.—1 vez.—CE2020007670.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 10 horas 00 minutos del 28 de agosto del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Paso Verde Costa Rica BM Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 01 de septiembre del 2020.—Lic. Sebastián Solano Guillén, Notario.—1 vez.—CE2020007671.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 08 horas 30 minutos del 31 de agosto del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Bono Costa Rica Sociedad Anónima.—San José, 01 de septiembre del 2020.—Lic. David Walsh Jiménez, Notario.—1 vez.—CE2020007672.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 15 horas 30 minutos del 18 de agosto del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Radio y TV Digital T.I.J.A Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 01 de septiembre del 2020.—Lic. Juan Manuel Campos Ávila, Notario.—1 vez.—CE2020007673.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 08 horas 00 minutos del 31 de agosto del año 2020, se constituyó la sociedad denominada H & V Consultores Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 01 de septiembre del 2020.—Lic. Eduardo Valdivieso Bustos, Notario.—1 vez.—CE2020007674.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 11 horas 30 minutos del 27 de mayo del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Joco Slam Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 01 de septiembre del 2020.—Lic. Jorge Fredy Chacón Villalobos, Notario.—1 vez.—CE2020007675.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 10 horas 00 minutos del 26 de agosto del año 2020, se constituyó la sociedad denominada BYR Especialistas en Precios de Transferencia Sociedad Anónima.—San José, 01 de septiembre del 2020.—Licda. Karen Melissa Brenes Piedra, Notaria.—1 vez.—CE2020007676.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría a las 15 horas 00 minutos del 12 de agosto del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Lucords Distribution Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 01 de septiembre del 2020.—Licda. Sylvia Salazar Escalante, Notaria.—1 vez.—CE2020007676.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 13 horas 00 minutos del 22 de agosto del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Insight Creativo Sociedad Anónima.—San José, 01 de septiembre del 2020.—Licda. Ana Cristina Mata Colombari, Notaria.—1 vez.—CE2020007677.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 08 horas 00 minutos del 31 de agosto del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Villa Playa Mansita Doscientos Veinte Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 01 de septiembre del 2020.—Lic. Gonzalo José Rojas Benavides, Notario.—1 vez.—CE2020007678.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 13 horas 00 minutos del 19 de agosto del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Morgan Multi Service Sociedad Anónima.—San José, 01 de septiembre del 2020.—Licda. Marianela Fonseca Rivera, Notaria.—1 vez.—CE2020007679.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 11 horas 00 minutos del 31 de agosto del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Vinytex Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 01 de septiembre del 2020.—Licda. Ana Cristina Cordero Blanco, Notaria.—1 vez.—CE2020007680.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 10 horas 35 minutos del 31 de agosto del año 2020, se constituyó la sociedad denominada El Relajo de Cornelia Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 01 de septiembre del 2020.—Lic. Steven González Aguero, Notario.—1 vez.—CE2020007681.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 08 horas 30 minutos del 01 de septiembre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Nanoer Sociedad Anónima.—San José, 01 de septiembre del 2020.—Lic. Steve Miguel Monge González, Notario.—1 vez.—CE2020007682.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 09 horas 00 minutos del 31 de agosto del año 2020, se constituyó la sociedad denominada MilNoveciento CinquentayQuatro Limitada.—San José, 01 de septiembre del 2020.—Lic. Ricardo León Vargas Guerrero, Notario.—1 vez.—CE2020007683.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 12 horas 50 minutos del 31 de agosto del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Grateful Hotel Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 01 de septiembre del 2020.—Lic. Steven González Aguero, Notario.—1 vez.—CE2020007684.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 11 horas 00 minutos del 31 de agosto del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Firomayo Sociedad Anónima.—San José, 01 de septiembre del 2020.—Licda. Daniela Leitón Castillo, Notaria.—1 vez.—CE2020007685.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 10 horas 00 minutos del 31 de agosto del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Osa Rica Corporación Sociedad Anónima.—San José, 01 de septiembre del 2020.—Lic. Jorge Valverde Fallas, Notario.—1 vez.—CE2020007686.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 12 horas 00 minutos del 31 de agosto del año 2020, se constituyó la sociedad denominada M & G Ganadería Sociedad Anónima.—San José, 01 de septiembre del 2020.—Lic. Wálter Rubén Hernández Juárez, Notario.—1 vez.—CE2020007687.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 13 horas 00 minutos del 19 de agosto del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Editorial Destellos de Luz Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 01 de septiembre del 2020.—Licda. Ana Giselle Barboza Quesada, Notaria.—1 vez.—CE2020007688.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 10 horas 00 minutos del 31 de agosto del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Grupo Badicec Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 01 de septiembre del 2020.—–Lic. Kenneth Mauricio Mora Díaz, Notario.—1 vez.—CE2020007689.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 11 horas 00 minutos del 15 de junio del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Javim del Pacífico Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 01 de septiembre del 2020.—Lic. Lenny Shirley Granados Chinchilla, Notario.—1 vez.—CE2020007690.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 14 horas 00 minutos del 18 de agosto del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Orotina Medical G S Sociedad Anónima.—San José, 01 de septiembre del 2020.—Lic. Eric Castro León, Notario.—1 vez.—CE2020007691.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 11 horas 00 minutos del 29 de agosto del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Inversiones Doreol Veinte Veinte Sociedad Anónima.—San José, 01 de septiembre del 2020.—Lic. Ricardo Alberto Ugarte Mora, Notario.—1 vez.—CE2020007692.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 11 horas 30 minutos del 27 de agosto del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Azeful Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 01 de septiembre del 2020.—Lic. Manuel Antonio Porras Vargas, Notario.—1 vez.—CE2020007693.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 10 horas 30 minutos del 01 de septiembre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Motores del General Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 01 de septiembre del 2020.—Lic. Gustavo Josué Navarro Garro, Notario.—1 vez.—CE2020007694.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 10 horas 30 minutos del 28 de agosto del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Bravos Gourmet Sociedad Anónima.—San José, 01 de septiembre del 2020.—Licda. Paula María Chacón Loaiza, Notaria.—1 vez.—CE2020007695.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 17 horas 00 minutos del 31 de agosto del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Off Road Kings Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 01 de septiembre del 2020.—Licda. Sabrina Karine Kszak Bianchi, Notaria.—1 vez.—CE2020007696.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 13 horas 00 minutos del 28 de agosto del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Trismedcr Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 01 de septiembre del 2020.—Licda. Jennifer Marcela Zúñiga Ureña, Notaria.—1 vez.—CE2020007697.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 17 horas 10 minutos del 14 de agosto del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Gagsa Internacional Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 01 de septiembre del 2020.—Lic. Manuel Antonio Arias Aguilar, Notario.—1 vez.—CE2020007698.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 14 horas 00 minutos del 31 de agosto del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Ganadería El Yunque Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 01 de septiembre del 2020.—Licda. Julia Ibarra Seas, Notaria.—1 vez.—CE2020007699.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 18 horas 10 minutos del 27 de agosto del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Agroprecisión Occidental Labs Prometeo S.A. Sociedad Anónima.—San José, 01 de septiembre del 2020.—Licda. Sigrid Rocío Molina Brenes, Notaria.—1 vez.—CE2020007700.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 08 horas 00 minutos del 01 de septiembre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Lece Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 01 de septiembre del 2020.—Licda. Seanny Jiménez Alfaro, Notaria.—1 vez.—CE2020007701.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 12 horas 00 minutos del 01 de septiembre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Uniber Sociedad Anónima.—San José, 01 de septiembre del 2020.—Licda. Nathalie Elizondo Montero, Notaria.—1 vez.—CE2020007702.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 10 horas 00 minutos del 29 de agosto del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Legado LGV Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 01 de septiembre del 2020.—Lic. Kattia Navarro López, Notario.—1 vez.—CE2020007703.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 18 horas 00 minutos del 14 de agosto del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Químicas Alef de Costa Rica Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 01 de septiembre del 2020.—Lic. Eraida Méndez Marchena, Notario.—1 vez.—CE2020007704.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 15 horas 00 minutos del 25 de agosto del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Tys Dos Mil Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 01 de septiembre del 2020.—Lic. Roberto Francisco León Gómez, Notario.—1 vez.—CE2020007705.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 18 horas 00 minutos del 24 de agosto del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Diseños & Textiles Z M Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 01 de septiembre del 2020.—Lic. Christian Pérez Quirós, Notario.—1 vez.—CE2020007706.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 14 horas 00 minutos del 31 de agosto del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Riven Collection Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 01 de septiembre del 2020.—Lic. Enrique Alvarado Peñaranda, Notario.—1 vez.—CE2020007707.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 08 horas 00 minutos del 26 de junio del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Abral Limitada.—San José, 01 de septiembre del 2020.—Lic. María Ester Campos Ramírez, Notario.—1 vez.—CE2020007708.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 08 horas 00 minutos del 01 de septiembre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Meseta Encima del Mar Sociedad Anónima.—San José, 01 de septiembre del 2020.—Lic. Xinia María Arias Naranjo, Notario.—1 vez.—CE2020007709.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 17 horas 00 minutos del 06 de agosto del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Cuatro Dos Uno Arquitectos L L C Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 01 de septiembre del 2020.—Lic. Allan Salazar López, Notario.—1 vez.—CE2020007710.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 08 horas 00 minutos del 01 de septiembre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Alegría, Sabiduría y Paz Sociedad Anónima.—San José, 01 de septiembre del 2020.—Lic. Xinia María Arias Naranjo, Notario.—1 vez.—CE2020007711.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 08 horas 00 minutos del 26 de agosto del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Consultoría en Proyectos de Obras Civiles COPROCSA de Costa Rica Sociedad Anónima.—San José, 01 de septiembre del 2020.—Lic. Jeison Guadamuz Murillo, Notario.—1 vez.—CE2020007712.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 09 horas 00 minutos del 27 de agosto del año 2020, se constituyó la sociedad denominada TBJ World Famous Burgers Limitada.—San José, 01 de septiembre del 2020.—Lic. Héctor Manuel Fallas Vargas, Notario.—1 vez.—CE2020007713.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 12 horas 00 minutos del 31 de agosto del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Grupo Fesa Inc Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 01 de septiembre del 2020.—Lic. Johanny Retana Madriz, Notario.—1 vez.—CE2020007714.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 08 horas 30 minutos del 01 de septiembre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Jacobay Cuatro Mil Cuatrocientos Dos Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 01 de septiembre del 2020.—Lic. Gustavo Adolfo Ramírez Cordero, Notario.—1 vez.—CE2020007715.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 08 horas 00 minutos del 31 de agosto del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Heka & Va Consultores Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 01 de septiembre del 2020.—Lic. Eduardo Valdivieso Bustos, Notario.—1 vez.—CE2020007716.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 10 horas 00 minutos del 21 de agosto del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Mini Super El Propicio F Y W Sociedad Anónima.—San José, 01 de septiembre del 2020.—Lic. José Gonzalo Carrillo Mora, Notario.—1 vez.—CE2020007717.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 17 horas 00 minutos del 28 de agosto del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Transol de Belén Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 01 de septiembre del 2020.—Lic. Carlo Magno Burgos Vargas, Notario.—1 vez.—CE2020007718.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 09 horas 00 minutos del 29 de agosto del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Men Villa Sociedad Anónima.—San José, 01 de septiembre del 2020.—Lic. Karolina Meléndez Gamboa, Notario.—1 vez.—CE2020007719.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 11 horas 00 minutos del 01 de septiembre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Número de Cédula Jurídica Sociedad Anónima.—San José, 01 de septiembre del 2020.—Lic. Álvaro Briceño Marchena, Notario.—1 vez.—CE2020007720.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 15 horas 00 minutos del 01 de septiembre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Abba Medicus Corporation Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 01 de septiembre del 2020.—Lic. María de la Cruz Villanea Villegas, Notario.—1 vez.—CE2020007721.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 08 horas 00 minutos del 01 de septiembre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Nommorum Stella Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 01 de septiembre del 2020.—Lic. Melissa Guardia Tinoco, Notario.—1 vez.—CE2020007722.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 17 horas 00 minutos del 29 de agosto del año 2020, se constituyó la sociedad denominada J Rims Sociedad Anónima.—San José, 01 de septiembre del 2020.—Lic. Karolina Meléndez Gamboa, Notario.—1 vez.—CE2020007723.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 17 horas 00 minutos del 31 de agosto del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Consultoría y Construcción JC Chavarría Sociedad Anónima.—San José, 01 de septiembre del 2020.—Lic. Yorgenia María Sibaja Rodríguez, Notario.—1 vez.—CE2020007724.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 14 horas 00 minutos del 31 de agosto del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Óptica Vermas La Ceiba Limitada.—San José, 01 de septiembre del 2020.—Lic. Pablo Arias González, Notario.—1 vez.—CE2020007725.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 10 horas 30 minutos del 28 de agosto del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Blue Mountain Farm Limitada.—San José, 01 de septiembre del 2020.—Lic. Ana Cristina Alvarado Acevedo, Notario.—1 vez.—CE2020007726.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 12 horas 00 minutos del 31 de agosto del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Capital Partners Group LTD Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 01 de septiembre del 2020.—Lic. Efraín Marín Madrigal, Notario.—1 vez.—CE2020007727.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 12 horas 00 minutos del 01 de septiembre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada The Lux Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 01 de septiembre del 2020.—Lic. Óscar José Montenegro Fernández, Notario.—1 vez.—CE2020007728.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 00 horas 00 minutos del 01 de septiembre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Telani Abellan Limitada.—San José, 01 de septiembre del 2020.—Lic. José Antonio Silva Meneses, Notario.—1 vez.—CE2020007729.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 14 horas 00 minutos del 29 de agosto del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Yumbrel Sociedad Anónima.—San José, 01 de septiembre del 2020.—Lic. Fernando Ávila González, Notario.—1 vez.—CE2020007730.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 16 horas 00 minutos del 01 de septiembre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Multiservicios Murillo de Costa Rica Sociedad Anónima.—San José, 01 de septiembre del 2020.—Lic. Nelson Antonio Gómez Barrantes, Notario.—1 vez.—CE2020007731.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 11 horas 30 minutos del 31 de agosto del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Granja Avícola Las Colmenas Sociedad Anónima.—San José, 01 de septiembre del 2020.—Lic. Jacqueline Franciny Brenes Ramírez, Notario.—1 vez.—CE2020007732.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 19 horas 15 minutos del 04 de septiembre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Gojo Koro CR Sociedad Anónima.—San José, 09 de septiembre del 2020.—Lic. Luz Marili Alfaro Bolaños, Notario.—1 vez.—CE2020008081.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 10 horas 00 minutos del 26 de agosto del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Alcázar Technologies Sociedad Anónima.—San José, 09 de septiembre del 2020.—Lic. Carolina Soto Monge, Notario.—1 vez.—CE2020008082.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 15 horas 30 minutos del 09 de septiembre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Valles de Hermosa Sociedad Anónima.—San José, 09 de septiembre del 2020.—Lic. Patricia Claudia Francés, Notario.—1 vez.—CE2020008083.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 13 horas 00 minutos del 09 de septiembre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Inverciones Inmobiliarias Keylin de Costa Rica Sociedad Anónima.—San José, 09 de septiembre del 2020.—Lic. Guillermo Echeverría Olaso, Notario.—1 vez.—CE2020008084.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 16 horas 00 minutos del 09 de septiembre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Amigos Kayak y Sup Tours Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 09 de septiembre del 2020.—Lic. Sabrina Karine Kszak Bianchi, Notario.—1 vez.—CE2020008085.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 07 horas 00 minutos del 09 de septiembre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Rua Tek Services Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 10 de septiembre del 2020.—Lic. Felipe Cordero Espinoza, Notario.—1 vez.—CE2020008086.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 10 horas 10 minutos del 06 de septiembre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Innova Visual Sociedad Anónima.—San José, 10 de septiembre del 2020.—Lic. Alejandro Javier Zeledón Portuguez, Notario.—1 vez.—CE2020008087.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría a las 14 horas 00 minutos del 09 de septiembre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Biow Sociedad Anónima.—San José, 10 de septiembre del 2020.—Lic. Kenneth Gerardo Guzmán Cruz, Notario.—1 vez.—CE2020008088.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría a las 07 horas 00 minutos del 10 de septiembre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Molrio Sociedad Anónima.—San José, 10 de septiembre del 2020.—Lic. Federico José Vega Rodríguez, Notario.—1 vez.—CE2020008089.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 10 horas 40 minutos del 31 de agosto del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Loto Materiales & Service Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 10 de septiembre del 2020.—Lic. José Esteban Olivas Jiménez, Notario.—1 vez.—CE2020008090.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 11 horas 00 minutos del 09 de septiembre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Ventanita Coyol Sociedad Anónima.—San José, 10 de septiembre del 2020.—Lic. Ana Cristina Cordero Blanco, Notario.—1 vez.—CE2020008091.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 11 horas 00 minutos del 09 de septiembre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Goang Tai Sociedad Anónima.—San José, 10 de septiembre del 2020.—Lic. Henry Angulo Yu, Notario.—1 vez.—CE2020008092.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 15 horas 00 minutos del 08 de septiembre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada AM Green Products Sociedad Anónima.—San José, 10 de septiembre del 2020.—Lic. Víctor Hugo Jiménez Villalta, Notario.—1 vez.—CE2020008093.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 09 horas 30 minutos del 09 de septiembre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada La Puente Surf Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 10 de septiembre del 2020.—Lic. Kattia Bermúdez Montenegro, Notario.—1 vez.—CE2020008094.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 14 horas 00 minutos del 08 de septiembre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Agrícola Toto Limitado Sociedad Anónima.—San José, 10 de septiembre del 2020.—Lic. Mauricio Vargas Chavarría, Notario.—1 vez.—CE2020008095.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 13 horas 00 minutos del 09 de septiembre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Go Property Oeste Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 10 de septiembre del 2020.—Lic. Alexánder Campos Solano, Notario.—1 vez.—CE2020008096.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 09 horas 00 minutos del 09 de septiembre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Bio Agrownomy Sociedad Anónima.—San José, 10 de septiembre del 2020.—Lic. Emmanuel Naranjo Pérez, Notario.—1 vez.—CE2020008097.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 17 horas 00 minutos del 09 de septiembre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Clínica Herradura E.S.C Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 10 de septiembre del 2020.—Lic. Allan Andrés Madrigal Anchía, Notario.—1 vez.—CE2020008098.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 09 horas 00 minutos del 08 de septiembre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Plantara Limitada.—San José, 10 de septiembre del 2020.—Lic. Robert Christian Van Der Putten Reyes, Notario.—1 vez.—CE2020008099.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 09 horas 00 minutos del 10 de septiembre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Comercializadora Tyre Auto Shop Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 10 de septiembre del 2020.—Lic. Jennifer Mariela Esquivel Jiménez, Notario.—1 vez.—CE2020008100.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 17 horas 05 minutos del 25 de agosto del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Ticorp - DSH Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 10 de septiembre del 2020.—Lic. Laura Priscila Carvajal Ramírez, Notario.—1 vez.—CE2020008101.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 15 horas 00 minutos del 08 de septiembre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Grupo Roardisan del Bosque Limitada.—San José, 10 de septiembre del 2020.—Lic. Hannia Vargas Paniagua, Notario.—1 vez.—CE2020008102.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 15 horas 00 minutos del 12 de agosto del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Agronegocios Cruznav Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 10 de septiembre del 2020.—Lic. Francisco Alonso Morales Ayales, Notario.—1 vez.—CE2020008103.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 14 horas 00 minutos del 01 de septiembre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Jardiland Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 10 de septiembre del 2020.—Lic. Édgar Alberto García Quirós, Notario.—1 vez.—CE2020008104.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 10 horas 00 minutos del 07 de agosto del año 2019, se constituyó la sociedad denominada Golden Holdings Corporation Limitada.—San José, 10 de septiembre del 2020.—Lic. Leonardo Salazar Villalta, Notario.—1 vez.—CE2020008105.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 10 horas 15 minutos del 07 de septiembre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Tarimas Ecoverdes Sociedad Anónima.—San José, 10 de septiembre del 2020.—Lic. Alexandro Vargas Vásquez, Notario.—1 vez.—CE2020008106.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 12 horas 00 minutos del 01 de septiembre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Amal Development Services Sociedad Anónima.—San José, 10 de septiembre del 2020.—Lic. Guillermo José Sanabria Leiva, Notario.—1 vez.—CE2020008107.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 19 horas 00 minutos del 09 de septiembre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Grupo Desarrollos Hometec Sociedad Anónima.—San José, 10 de septiembre del 2020.—Lic. Édgar Alberto García Quirós, Notario.—1 vez.—CE2020008108.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 10 horas 00 minutos del 07 de septiembre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Majowi de Orotina Sociedad Anónima.—San José, 10 de septiembre del 2020.—Lic. Zaira Salazar Castro, Notario.—1 vez.—CE2020008109.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 15 horas 00 minutos del 12 de agosto del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Jnvargas Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 10 de septiembre del 2020.—Lic. José Luis Ramos Castellón, Notario.—1 vez.—CE2020008110.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 16 horas 00 minutos del 07 de septiembre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Grupo Costarricense de Alimentos Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 10 de septiembre del 2020.—Lic. Kenneth Francisco Muñoz Ureña, Notario.—1 vez.—CE2020008111.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 15 horas 00 minutos del 09 de septiembre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Crimavel Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 10 de septiembre del 2020.—Lic. Melissa Guardia Tinoco, Notario.—1 vez.—CE2020008112.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 13 horas 00 minutos del 08 de septiembre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Medux Costa Rica Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 10 de septiembre del 2020.—Lic. Yajaira Padilla Flores, Notario.—1 vez.—CE2020008113.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 09 horas 00 minutos del 27 de agosto del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Soluciones C&T CR Sociedad Anónima.—San José, 10 de septiembre del 2020.—Lic. Christian Javier Badilla Vargas, Notario.—1 vez.—CE2020008114.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 14 horas 40 minutos del 08 de septiembre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Ganadería El Trébol Costa Rica Sociedad Anónima.—San José, 10 de septiembre del 2020.—Lic. Francis Estrada Acevedo, Notario.—1 vez.—CE2020008115.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 14 horas 00 minutos del 09 de septiembre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Capema Investment Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 10 de septiembre del 2020.—Lic. Melissa Guardia Tinoco, Notario.—1 vez.—CE2020008116.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 14 horas 00 minutos del 08 de septiembre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Inversiones Leoantali Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 10 de septiembre del 2020.—Lic. Felipe Gómez Rodríguez, Notario.—1 vez.—CE2020008117.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 09 horas 05 minutos del 09 de septiembre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Santa Teresa Logistics Sociedad Anónima.—San José, 10 de septiembre del 2020.—Lic. Laura Priscila Carvajal Ramírez, Notario.—1 vez.—CE2020008118.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 18 horas 00 minutos del 09 de septiembre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada La Mar de Makaira Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 10 de septiembre del 2020.—Lic. Fiorella Leandro Reyes, Notario.—1 vez.—CE2020008119.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 09 horas 00 minutos del 10 de septiembre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Casa La Bella Vita Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 10 de septiembre del 2020.—Lic. Rodolfo Enrique Herrera García, Notario.—1 vez.—CE2020008120.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 12 horas 00 minutos del 10 de septiembre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Simetria Network Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 10 de septiembre del 2020.—Lic. Juan Carlos Villasuso Morales, Notario.—1 vez.—CE2020008121.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 07 horas 00 minutos del 09 de septiembre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada SBV Santa Teresa Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 10 de septiembre del 2020.—Lic. Rafael Ángel Pérez Zumbado, Notario.—1 vez.—CE2020008122.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 13 horas 06 minutos del 10 de septiembre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Likomaxxx Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 10 de septiembre del 2020.—Lic. Aldo José Mata Morales, Notario.—1 vez.—CE2020008122.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 08 horas 00 minutos del 10 de septiembre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Paru Paro Costa Rica Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 10 de septiembre del 2020.—Lic. Eduardo Guardia Williams, Notario.—1 vez.—CE2020008123.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 11 horas 00 minutos del 19 de agosto del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Emove Costa Rica Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 10 de septiembre del 2020.—Lic. Dowglas Leiva Díaz, Notario.—1 vez.—CE2020008124.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 12 horas 30 minutos del 09 de septiembre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Rubia Mala Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 10 de septiembre del 2020.—Lic. Soren Araya Madrigal, Notario.—1 vez.—CE2020008125.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 16 horas 00 minutos del 07 de septiembre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Grucoa Comercial Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 10 de septiembre del 2020.—Lic. Kenneth Francisco Muñoz Ureña, Notario.—1 vez.—CE2020008126.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 07 horas 00 minutos del 10 de septiembre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Workflow Intelligent Network Sociedad Anónima.—San José, 10 de septiembre del 2020.—Lic. Danilo Loaiza Delgado, Notario.—1 vez.—CE2020008127.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 16 horas 00 minutos del 08 de septiembre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Jacem Sociedad Anónima.—San José, 10 de septiembre del 2020.—Lic. Pablo Eliécer Valerio Soto, Notario.—1 vez.—CE2020008128.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 11 horas 35 minutos del 05 de septiembre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Grupo Pintian Costa Rica Sociedad Anónima.—San José, 10 de septiembre del 2020.—Lic. Fernando Santiago Benel Alama, Notario.—1 vez.—CE2020008129.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 15 horas 30 minutos del 17 de septiembre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Consorcio de Remate C.D.R. Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 21 de septiembre del 2020.—Lic. Miguel Antonio Rodríguez Espinoza, Notario.—1 vez.—CE2020008496.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 09 horas 00 minutos del 11 de septiembre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Repuestos y Equipo para La Industria Sociedad Anónima.—San José, 21 de septiembre del 2020.—Lic. Olman Eduardo Madrigal Acuña, Notario.—1 vez.—CE2020008497.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 10 horas 00 minutos del 21 de septiembre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Hunabcr Sociedad Anónima.—San José, 21 de septiembre del 2020.—Lic. Yalta Argentina Aragón González, Notario.—1 vez.—CE2020008498.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 10 horas 00 minutos del 24 de agosto del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Transportes Araygra de Grecia Sociedad Anónima.—San José, 21 de septiembre del 2020.—Lic. Cristiam Alonso García Ramírez, Notario.—1 vez.—CE2020008499.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 09 horas 00 minutos del 20 de septiembre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada ACA Servicios Sociedad Anónima.—San José, 22 de septiembre del 2020.—Lic. Julio Antonio Morúa Martínez, Notario.—1 vez.—CE2020008500.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 10 horas 00 minutos del 20 de septiembre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Fuente de Oro del Pacífico Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 22 de septiembre del 2020.—Lic. Juan Carlos Segares Lutz, Notario.—1 vez.—CE2020008501.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 13 horas 00 minutos del 19 de septiembre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Inversiones Luxury CR Sociedad Anónima.—San José, 22 de septiembre del 2020.—Lic. Francisco Javier Marti Meneses, Notario.—1 vez.—CE2020008502.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 08 horas 00 minutos del 21 de septiembre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Junasa JN Hogar Sociedad Anónima.—San José, 22 de septiembre del 2020.—Lic. Jorge Jiménez Ramírez, Notario.—1 vez.—CE2020008503.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 15 horas 00 minutos del 20 de septiembre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Marevento del Pacífico Sociedad Anónima.—San José, 22 de septiembre del 2020.—Lic. Juan Carlos Segares Lutz, Notario.—1 vez.—CE2020008504.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 12 horas 30 minutos del 11 de septiembre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Prados de Villas Limitada.—San José, 22 de septiembre del 2020.—Lic. Katherine Natalia Delgado Zamora, Notario.—1 vez.—CE2020008505.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 17 horas 30 minutos del 21 de septiembre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Appleseeds For Justice Limitada.—San José, 22 de septiembre del 2020.—Lic. Sergio Antonio Solera Lacayo, Notario.—1 vez.—CE2020008506.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 08 horas 00 minutos del 21 de septiembre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Chichos Limitada.—San José, 22 de septiembre del 2020.—Lic. Carolina de los Ángeles Mendoza Álvarez, Notario.—1 vez.—CE2020008507.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 12 horas 00 minutos del 21 de septiembre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Rapha Caballo Limitada.—San José, 22 de septiembre del 2020.—Lic. José Alberto Schroeder Leiva, Notario.—1 vez.—CE2020008508.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 13 horas 00 minutos del 18 de septiembre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Farodar del Río Sociedad Anónima.—San José, 22 de septiembre del 2020.—Lic. Eder Alberto Casanova Azofeifa, Notario.—1 vez.—CE2020008509.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 09 horas 30 minutos del 16 de agosto del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Rtres Sevach Internacional Sociedad Anónima.—San José, 22 de septiembre del 2020.—Lic. Stefan Ali Chaves Boulanger, Notario.—1 vez.—CE2020008510.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 11 horas 00 minutos del 17 de septiembre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Inversiones Guemes IGCR Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 22 de septiembre del 2020.—Lic. Monserrat Andrea Segura Muñoz, Notario.—1 vez.—CE2020008511.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 20 horas 00 minutos del 18 de septiembre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Constructora y Consultora Grupo Negrini Sociedad Anónima.—San José, 22 de septiembre del 2020.—Lic. Jorge Esteban Valenciano Gutiérrez, Notario.—1 vez.—CE2020008512.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 13 horas 30 minutos del 21 de septiembre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Inversiones Zago & Asociados Sociedad Anónima.—San José, 22 de septiembre del 2020.—Lic. Cristian Andrés Salas Morgan, Notario.—1 vez.—CE2020008513.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 12 horas 00 minutos del 21 de septiembre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Banana Patch Daycare Limitada.—San José, 22 de septiembre del 2020.—Lic. José Antonio Silva Meneses, Notario.—1 vez.—CE2020008514.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 12 horas 30 minutos del 10 de septiembre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Licorera La Nube de Alajuela Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 22 de septiembre del 2020.—Lic. Ileana Rodríguez González, Notario.—1 vez.—CE2020008515.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 16 horas 00 minutos del 18 de septiembre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada O&D Digital Dental Lab Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 22 de septiembre del 2020.—Lic. Federico Gerardo Meneses Sancho, Notario.—1 vez.—CE2020008516.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 09 horas 00 minutos del 19 de septiembre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Gasol Seguridad & Vigilancia Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 22 de septiembre del 2020.—Lic. Maykool Acuña Ugalde, Notario.—1 vez.—CE2020008517.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 09 horas 00 minutos del 18 de septiembre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Summit Consultant Sociedad Anónima.—San José, 22 de septiembre del 2020.—Lic. Milena Valverde Mora, Notario.—1 vez.—CE2020008518.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 09 horas 00 minutos del 22 de Septiembre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Jscontable Asesoría Contable y Tributaria Limitada.—San José, 22 de septiembre del 2020.—Lic. Olman Aguilar Castro, Notario.—1 vez.—CE2020008519.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 15 horas 00 minutos del 21 de septiembre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Agata Mia Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 22 de septiembre del 2020.—Lic. Enrique Loría Brunker, Notario.—1 vez.—CE2020008520.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 11 horas 30 minutos del 21 de septiembre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Cero Millas Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 22 de septiembre del 2020.—Lic. Felipe Gómez Rodríguez, Notario.—1 vez.—CE2020008521.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 15 horas 00 minutos del 19 de septiembre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Total Service Costa Rica Limitada.—San José, 22 de septiembre del 2020.—Lic. Laura Gabriela Alcázar Jiménez, Notario.—1 vez.—CE2020008522.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 13 horas 00 minutos del 18 de septiembre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Construcciones Velsa Liberia Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 22 de septiembre del 2020.—Lic. José Daniel Martínez Espinoza, Notario.—1 vez.—CE2020008523.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 12 horas 00 minutos del 18 de diciembre del año 2019, se constituyó la sociedad denominada Tekvano Sociedad Anónima.—San José, 22 de septiembre del 2020.—Lic. Ana Lorena Gamboa Salazar, Notario.—1 vez.—CE2020008524.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 15 horas 00 minutos del 08 de septiembre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Finca Rodeito Sociedad Anónima.—San José, 22 de septiembre del 2020.—Lic. Gerardo Andrés Camacho Quirós, Notario.—1 vez.—CE2020008525.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 16 horas 00 minutos del 21 de septiembre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Urban Onyx Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 22 de septiembre del 2020.—Lic. Enrique Loría Brunker, Notario.—1 vez.—CE2020008526.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 09 horas 00 minutos del 22 de septiembre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Terrasun Resources Sociedad Anónima.—San José, 22 de septiembre del 2020.—Lic. Manrique Quirós Rohrmoser, Notario.—1 vez.—CE2020008527.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 08 horas 00 minutos del 17 de septiembre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Paso a Paso Las Flores Sociedad Anónima.—San José, 22 de septiembre del 2020.—Lic. María del Carmen Otárola Zúñiga , Notario.—1 vez.—CE2020008528.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 16 horas 00 minutos del 18 de septiembre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Fabeme Sociedad Anónima.—San José, 22 de septiembre del 2020.—Lic. Nazareth Abarca Madrigal, Notario.—1 vez.—CE2020008529.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 14 horas 00 minutos del 15 de septiembre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Deepcr Sociedad Anónima.—San José, 22 de septiembre del 2020.—Lic. Elissa Madeline Stoffels Ughetta, Notario.—1 vez.—CE2020008530.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 10 horas 50 minutos del 12 de septiembre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Constructora C & S Sociedad Anónima.—San José, 22 de septiembre del 2020.—Lic. Katherine Vanessa Ruiz Gallo, Notario.—1 vez.—CE2020008531.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 08 horas 00 minutos del 22 de septiembre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada E Trade International Investors Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 22 de septiembre del 2020.—Lic. Sandra Lucrecia Araya Vega, Notario.—1 vez.—CE2020008532.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 19 horas 10 minutos del 21 de septiembre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada ADAES Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 22 de septiembre del 2020.—Lic. Gustavo Gerardo Leiva González, Notario.—1 vez.—CE2020008533.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 12 horas 00 minutos del 18 de septiembre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Latin América Technology Outsourcing Services Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 22 de septiembre del 2020.—Lic. Sirsa Eunice Méndez Matarrita, Notario.—1 vez.—CE2020008534.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 16 horas 00 minutos del 21 de septiembre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Loto Azul Trece Cero Uno Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 22 de septiembre del 2020.—Lic. Gustavo Adolfo Montero Ureña, Notario.—1 vez.—CE2020008535.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 10 horas 00 minutos del 12 de septiembre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada CT Servicios Múltiples Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 22 de septiembre del 2020.—Lic. Ana Yannsi Paniagua Masís, Notario.—1 vez.—CE2020008536.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 13 horas 00 minutos del 07 de septiembre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Scaligero Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 22 de septiembre del 2020.—Lic. María Marcela Campos Sanabria, Notario.—1 vez.—CE2020008537.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 08 horas 00 minutos del 22 de septiembre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Scully RE Enterprise Limitada.—San José, 22 de septiembre del 2020.—Lic. Silvia Vega Carballo, Notario.—1 vez.—CE2020008538.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 11 horas 00 minutos del 15 de septiembre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Los Moritas Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 22 de septiembre del 2020.—Lic. Daniela Murillo Segura, Notario.—1 vez.—CE2020008539.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 11 horas 00 minutos del 15 de septiembre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada El Malika Sociedad Anónima.—San José, 22 de septiembre del 2020.—Lic. Joan Sebastián Rivera Bedoya, Notario.—1 vez.—CE2020008540.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 10 horas 45 minutos del 16 de septiembre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Donde Los Chu Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 22 de septiembre del 2020.—Lic. Douglas Alberto Beard Holst, Notario.—1 vez.—CE2020008541.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 17 horas 00 minutos del 11 de septiembre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Distribuidora M Y P Sociedad Anónima.—San José, 22 de septiembre del 2020.—Lic. Adrián Tames Muñoz, Notario.—1 vez.—CE2020008542.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 15 horas 00 minutos del 21 de septiembre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada H Ocho Sociedad Anónima.—San José, 22 de septiembre del 2020.—Lic. María del Carmen Garita Araya, Notario.—1 vez.—CE2020008543.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 13 horas 00 minutos del 18 de septiembre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Construcciones Matisa del Norte Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 22 de septiembre del 2020.—Lic. José Daniel Martínez Espinoza, Notario.—1 vez.—CE2020008544.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 08 horas 15 minutos del 17 de septiembre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Maremi Moravianas Sociedad Anónima.—San José, 22 de septiembre del 2020.—Lic. Roberto Antonio Marín Segura, Notario.—1 vez.—CE2020008545.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 09 horas 40 minutos del 22 de septiembre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Janus Inversiones Navarro Fonseca Sociedad Anónima.—San José, 22 de septiembre del 2020.—Lic. Joan Sebastián Rivera Bedoya, Notario.—1 vez.—CE2020008546.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 12 horas 00 minutos del 11 de septiembre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Grupo Estrellitas de Dios Responsabilidad Limitada Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 22 de septiembre del 2020.—Lic. Allan García Barquero, Notario.—1 vez.—CE2020008547.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 08 horas 00 minutos del 22 de septiembre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Paruparo Mia Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 22 de septiembre del 2020.—Lic. Gastón Sancho Cubero, Notario.—1 vez.—CE2020008548.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 08 horas 30 minutos del 31 de agosto del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Romobre Sociedad Anónima.—San José, 22 de septiembre del 2020.—Lic. David Walsh Jiménez, Notario.—1 vez.—CE2020008549.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 17 horas 00 minutos del 17 de septiembre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Poeske Property Management Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 22 de septiembre del 2020.—Lic. Rodolfo Enrique Herrera García  Notario.—1 vez.—CE2020008550.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 11 horas 00 minutos del 16 de septiembre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Agroverde WJ de Linda Vista Sociedad Anónima.—San José, 22 de septiembre del 2020.—Lic. Jorge Daniel Gamboa Binns, Notario.—1 vez.—CE2020008551.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 11 horas 00 minutos del 21 de septiembre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Grupo M&L Mantenimiento y Limpieza Sociedad Anónima.—San José, 22 de septiembre del 2020.—Lic. Diana Picado Vargas, Notario.—1 vez.—CE2020008552.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 11 horas 00 minutos del 21 de septiembre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Friendly Flipper LLC Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 22 de septiembre del 2020.—Lic. Fabián Kelso Hernández, Notario.—1 vez.—CE2020008553.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 10 horas 00 minutos del 19 de septiembre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Pediamed Sociedad Anónima.—San José, 22 de septiembre del 2020.—Lic. Luis Javier Padilla Ujueta, Notario.—1 vez.—CE2020008554.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría,a las 15 horas 00 minutos del 22 de septiembre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Hacienda Tosh Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 22 de septiembre del 2020.—Lic. Enrique Loría Brunker, Notario.—1 vez.—CE2020008555.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 14 horas 00 minutos del 18 de septiembre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Cambia Con Wiz Limitada.—San José, 22 de septiembre del 2020.—Lic. Georgette Barguil Peña, Notario.—1 vez.—CE2020008556.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 13 horas 30 minutos del 18 de septiembre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Tres Locas por La Playa Sociedad Anónima.—San José, 22 de septiembre del 2020.—Lic. Grazy Calvo López, Notario.—1 vez.—CE2020008557.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 10 horas 00 minutos del 19 de septiembre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada BC Dos Sociedad Anónima.—San José, 22 de septiembre del 2020.—Lic. Lilliam Navarro Murcia, Notario.—1 vez.—CE2020008558.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 08 horas 00 minutos del 02 de septiembre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Tuthora Sociedad Anónima.—San José, 22 de septiembre del 2020.—Lic. Eugenio Desanti Hurtado, Notario.—1 vez.—CE2020008559.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 08 horas 00 minutos del 21 de septiembre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Gelipe y Teteo Limitada.—San José, 22 de septiembre del 2020.—Lic. Carolina de Los Ángeles Mendoza Álvarez, Notario.—1 vez.—CE2020008560.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 15 horas 15 minutos del 21 de septiembre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Suministro y Servicios SSCP Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 22 de septiembre del 2020.—Lic. Fernando Dionisio Zamora Castellanos, Notario.—1 vez.—CE2020008561.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 08 horas 00 minutos del 18 de septiembre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Fraccionamientos Paseo Colón Sociedad Anónima.—San José, 22 de septiembre del 2020.—Lic. Álvaro Eduardo Villalobos García, Notario.—1 vez.—CE2020008561.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 09 horas 00 minutos del 18 de septiembre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Residencias Nueva Generación Sociedad Anónima.—San José, 22 de septiembre del 2020.—Lic. Álvaro Eduardo Villalobos García, Notario.—1 vez.—CE2020008562.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 16 horas 00 minutos del 22 de septiembre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Experiencias Naturales CR Sociedad Anónima.—San José, 22 de septiembre del 2020.—Lic. Arnoldo López Echandi, Notario.—1 vez.—CE2020008563.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 16 horas 00 minutos del 17 de septiembre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Bastet & Anubis Asociados Sociedad Anónima.—San José, 22 de septiembre del 2020.—Lic. Juan Luis Mora Cascante, Notario.—1 vez.—CE2020008564.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 10 horas 00 minutos del 19 de septiembre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Sphere Travel Limitada.—San José, 22 de septiembre del 2020.—Lic. Mariela Solano Obando, Notario.—1 vez.—CE2020008565.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 09 horas 00 minutos del 11 de septiembre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Rep Equipo y Maquinaria para la Península de Nicoya Sociedad Anónima.—San José, 22 de septiembre del 2020.—Lic. Olman Eduardo Madrigal Acuña, Notario.—1 vez.—CE2020008566.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 16 horas 30 minutos del 17 de septiembre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada KM Hermosa Palms LLC Limitada.—San José, 22 de septiembre del 2020.—Lic. Eric Scharf Taitelbaum, Notario.—1 vez.—CE2020008567.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 15 horas 00 minutos del 28 de septiembre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Grupo EAG Sociedad Anónima.—San José, 30 de septiembre del 2020.—Lic. Feidel Kimaura Carr Carr, Notario.—1 vez.—CE2020009130.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 15 horas 00 minutos del 28 de septiembre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Grupo EAG Sociedad Anónima.—San José, 30 de septiembre del 2020.—Lic. Feidel Kimaura Carr Carr, Notario.—1 vez.—CE2020009131.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 10 horas 00 minutos del 30 de septiembre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Central Hidráulica CHCR de Costa Rica Sociedad Anónima.—San José, 30 de septiembre del 2020.—Lic. Juan Carlos Herrera Flores, Notario.—1 vez.—CE2020009132.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 11 horas 00 minutos del 30 de septiembre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Transportes Cordecam Sociedad Anónima.—San José, 30 de septiembre del 2020.—Licda. Grace Patricia Zúñiga Campos, Notaria.—1 vez.—CE2020009135.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 15 horas 00 minutos del 28 de septiembre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Suerte y Buena Vida Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 30 de septiembre del 2020.—Lic. Juan Carlos Segares Lutz, Notario.—1 vez.—CE2020009136.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 16 horas 00 minutos del 21 de septiembre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Administración Inteligente de Condominios de Costa Rica Sociedad Anónima.—San José, 30 de septiembre del 2020.—Lic. Geovanny Víquez Arley, Notario.—1 vez.—CE2020009140.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 08 horas 00 minutos del 29 de septiembre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada La Nieta del General Sociedad Anónima.—San José, 01 de octubre del 2020.—Lic. Geovanny Víquez Arley, Notario.—1 vez.—CE2020009143.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 10 horas 00 minutos del 29 de septiembre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Comercio e Importaciones Rossand Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 01 de octubre del 2020.—Licda. Raquel Reyes Arias, Notaria.—1 vez.—CE2020009170.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 10 horas 00 minutos del 22 de septiembre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Cap Marketing Sociedad Anónima.—San José, 01 de octubre del 2020.—Lic. Juan Manuel Godoy Pérez, Notario.—1 vez.—CE2020009171.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 10 horas 15 minutos del 29 de septiembre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Monedero Fiscal MF Sociedad Anónima.—San José, 01 de octubre del 2020.—Lic. Rándall Alberto Quirós Bustamante, Notario.—1 vez.—CE2020009174.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 08 horas 00 minutos del 29 de septiembre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Grant Thornton BPS Costa Rica Sociedad Anónima.—San José, 01 de octubre del 2020.—Licda. Natalia Cristina Ramírez Benavides, Notaria.—1 vez.—CE2020009175.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 09 horas 00 minutos del 29 de septiembre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Grant Thornton Consulting Costa Rica Sociedad Anónima.—San José, 01 de octubre del 2020.—Licda. Natalia Cristina Ramírez Benavides, Notaria.—1 vez.—CE2020009177.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 06 horas 00 minutos del 01 de octubre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada La Quebrada Lodge Limitada.—San José, 01 de octubre del 2020.—Lic. José Matías Tristán Montero, Notario.—1 vez.—CE2020009178.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 09 horas 00 minutos del 01 de octubre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Inmopro Investment Group Sociedad Anónima.—San José, 01 de octubre del 2020.—Lic. Roberto José Esquivel Cerdas, Notario.—1 vez.—CE2020009182.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 15 horas 00 minutos del 20 de septiembre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Comercializadora AAG y Asociados Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 01 de octubre del 2020.—Licda. Raquel Reyes Arias, Notaria.—1 vez.—CE2020009183.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 15 horas 00 minutos del 11 de junio del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Industrias Piedra Campos Sociedad Anónima.—San José, 01 de octubre del 2020.—Lic. Roberto Alonso Rímola Real, Notario.—1 vez.—CE2020009184.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 10 horas 15 minutos del 29 de septiembre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Monedero Fiscal MF Sociedad Anónima.—San José, 01 de octubre del 2020.—Lic. Rándall Alberto Quirós Bustamante, Notario.—1 vez.—CE2020009185.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 15 horas 00 minutos del 11 de junio del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Industrias Piedra Campos Sociedad Anónima.—San José, 01 de octubre del 2020.—Lic. Roberto Alonso Rímola Real, Notario.—1 vez.—CE2020009186.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 10 horas 00 minutos del 01 de octubre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada R&S Precision Tools Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 01 de octubre del 2020.—Lic. Bernal Ulloa Álvarez, Notario.—1 vez.—CE2020009187.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 20 horas 00 minutos del 22 de septiembre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Grupo Inmobiliario Petronas CR Corp Sociedad Anónima.—San José, 01 de octubre del 2020.—Lic. Edwin Martín Chacón Saborío, Notario.—1 vez.—CE2020009188.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 17 horas 00 minutos del 30 de septiembre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Caraito de Oro A.M.A. Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 01 de octubre del 2020.—Lic. Adolfo Jeremías Ramos González, Notario.—1 vez.—CE2020009189.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 11 horas 00 minutos del 29 de septiembre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Manhes Costa Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 01 de octubre del 2020.—Lic. Carlos Darío Angulo Ruiz, Notario.—1 vez.—CE2020009190.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 09 horas 00 minutos del 24 de septiembre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Medynatura Integral Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 01 de octubre del 2020.—Lic. Gonzalo José Rojas Benavides, Notario.—1 vez.—CE2020009193.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 09 horas 00 minutos del 30 de septiembre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Danroyan Sociedad Anónima.—San José, 01 de octubre del 2020.—Lic. Federico Truque Arias, Notario.—1 vez.—CE2020009194.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 08 horas 00 minutos del 21 de septiembre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Premium Market Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 01 de octubre del 2020.—Lic. José Pablo Masís Artavia, Notario.—1 vez.—CE2020009195.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 14 horas 30 minutos del 27 de septiembre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada JKD & SD Consulting Group Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 01 de octubre del 2020.—Lic. Marvin Esteban Matarrita Bonilla, Notario.—1 vez.—CE2020009196.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 07 horas 00 minutos del 01 de octubre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Penquita Limitada.—San José, 01 de octubre del 2020.—Lic. José Matías Tristán Montero, Notario.—1 vez.—CE2020009197.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 08 horas 00 minutos del 24 de septiembre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Grupo Logístico del Atlántico Jiménez Sociedad Anónima.—San José, 01 de octubre del 2020.—Licda. Gladys Rozo Quevedo, Notaria.—1 vez.—CE2020009198.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 11 horas 40 minutos del 01 de octubre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Wumbo Mumbo Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 01 de octubre del 2020.—Lic. Fernando Sobrado Chamberlain, Notario.—1 vez.—CE2020009199.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 10 horas 00 minutos del 29 de septiembre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada DJD Ingeniería Sociedad Anónima.—San José, 01 de octubre del 2020.—Lic. Shi Lee Wang Li, Notario.—1 vez.—CE2020009200.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 16 horas 00 minutos del 30 de septiembre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Hermanos Pani Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 01 de octubre del 2020.—Licda. María Lorna Ballestero Muñoz, Notaria.—1 vez.—CE2020009201.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 10 horas 00 minutos del 29 de septiembre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada DJD Ingeniería Sociedad Anónima.—San José, 01 de octubre del 2020.—Lic. Shi Lee Wang Li, Notario.—1 vez.—CE2020009202.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 16 horas 00 minutos del 30 de septiembre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Hermanos Pani Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 01 de octubre del 2020.—Licda. María Lorna Ballestero Muñoz, Notaria.—1 vez.—CE2020009203.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 07 horas 00 minutos del 01 de octubre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Neocripy Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 01 de octubre del 2020.—Lic. Byron Ruiz Padilla, Notario.—1 vez.—CE2020009204.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 09 horas 00 minutos del 24 de septiembre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Equiparts Servicios e Innovaciones Sociedad Anónima.—San José, 01 de octubre del 2020.—Lic. José Luis Ureña Díaz, Notario.—1 vez.—CE2020009205.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 16 horas 00 minutos del 28 de septiembre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Manila Imports Limitada.—San José, 01 de octubre del 2020.—Lic. Guido Alberto Soto Quesada, Notario.—1 vez.—CE2020009206.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 15 horas 00 minutos del 21 de septiembre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Inversiones Roetana Sociedad Anónima.—San José, 01 de octubre del 2020.—Licda. Maureen Meneses Castro, Notaria.—1 vez.—CE2020009208.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 15 horas 30 minutos del 30 de septiembre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada El Trueno del Robledal de La Uruca Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 01 de octubre del 2020.—Licda. María Fernanda Salazar Acuña, Notaria.—1 vez.—CE2020009213.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 16 horas 00 minutos del 30 de septiembre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Love Shop R J Sociedad Anónima.—San José, 01 de octubre del 2020.—Lic. Brayan Alberto Alpízar Valverde, Notario.—1 vez.—CE2020009214.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 09 horas 00 minutos del 24 de septiembre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Medynatura Integral Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 01 de octubre del 2020.—Lic. Gonzalo José Rojas Benavides, Notario.—1 vez.—CE2020009215.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 13 horas 00 minutos del 01 de octubre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Ángeles Somarribas Limitada.—San José, 01 de octubre del 2020.—Lic. Daniel Rojas Pochet, Notario.—1 vez.—CE2020009216.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 16 horas 50 minutos del 30 de septiembre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Connections IT Services Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 01 de octubre del 2020.—Lic. Manuel Antonio Porras Vargas, Notario.—1 vez.—CE2020009217.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 11 horas 00 minutos del 25 de septiembre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada ASPE Asesoría y Seguridad Privada Empresarial Sociedad Anónima.—San José, 01 de octubre del 2020.—Licda. Alina Fallas Zeledón, Notaria.—1 vez.—CE2020009220.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 08 horas 00 minutos del 01 de octubre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Lautogua Limitada.—San José, 01 de octubre del 2020.—Lic. Óscar Manuel Funes Orellana, Notario.—1 vez.—CE2020009221.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 13 horas 30 minutos del 01 de octubre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Multiservicios Bad Sociedad Anónima.—San José, 01 de octubre del 2020.—Lic. Luis Guillermo Chan Caruzo, Notario.—1 vez.—CE2020009222.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 09 horas 00 minutos del 30 de septiembre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Consultora en Desarrollo Local Sociedad Anónima.—San José, 01 de octubre del 2020.—Lic. Mario Alberto Gallardo Jiménez, Notario.—1 vez.—CE2020009223.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 08 horas 30 minutos del 01 de octubre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Emanagering Limitada.—San José, 01 de octubre del 2020.—Lic. Óscar Manuel Funes Orellana, Notario.—1 vez.—CE2020009224.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 10 horas 00 minutos del 22 de septiembre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada CAP Marketing Sociedad Anónima.—San José, 01 de octubre del 2020.—Lic. Juan Manuel Godoy Pérez, Notario.—1 vez.—CE2020009226.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 11 horas 00 minutos del 01 de octubre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Vaelia Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 01 de octubre del 2020.—Lic. Einar José Villavicencio López, Notario.—1 vez.—CE2020009227.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 10 horas 00 minutos del 22 de septiembre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada CAP Marketing Sociedad Anónima.—San José, 01 de octubre del 2020.—Lic. Juan Manuel Godoy Pérez, Notario.—1 vez.—CE2020009228.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 08 horas 00 minutos del 01 de octubre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada SMS Desarrollos Sistémicos Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 01 de octubre del 2020.—Lic. Javier Villalta Solano, Notario.—1 vez.—CE2020009229.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 15 horas 30 minutos del 30 de septiembre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Fusión Jurídica SRL Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 01 de octubre del 2020.—Lic. Walter Antonio Chavarría López, Notario.—1 vez.—CE2020009230.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 08 horas 00 minutos del 08 de septiembre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Legal, Escrow, Accounting and Financial Services LEAF Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 01 de octubre del 2020.—Licda. Maureen Catalina Bustos Jiménez, Notaria.—1 vez.—CE2020009233.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 13 horas 00 minutos del 24 de septiembre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Centro de Servicio PZ Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 01 de octubre del 2020.—Lic. Carlos Alberto Mata Coto, Notario.—1 vez.—CE2020009234.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 11 horas 00 minutos del 30 de septiembre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Nitro Dyno Zone Sociedad Anónima.—San José, 01 de octubre del 2020.—Lic. Rónald Brealey Mora, Notario.—1 vez.—CE2020009235.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 12 horas 00 minutos del 01 de octubre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada NEOTEC CR Group Sociedad Anónima.—San José, 01 de octubre del 2020.—Lic. Ariel González Arias, Notario.—1 vez.—CE2020009235.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 15 horas 30 minutos del 20 de septiembre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Comercializadora de Proyectos de Costa Rica Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 01 de octubre del 2020.—Licda. Raquel Reyes Arias, Notaria.—1 vez.—CE2020009236.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 12 horas 00 minutos del 01 de octubre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada NEOTEC CR Group Sociedad Anónima.—San José, 01 de octubre del 2020.—Lic. Ariel González Arias, Notario.—1 vez.—CE2020009237.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 14 horas 30 minutos del 21 de septiembre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Diversiones Turísticas Lalibela Sociedad Anónima.—San José, 01 de octubre del 2020.—Lic. Marco Antonio Leiva Díaz, Notario.—1 vez.—CE2020009238.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 18 horas 00 minutos del 22 de septiembre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Kem Costa Rica Sociedad Anónima.—San José, 01 de octubre del 2020.—Licda. Jacqueline Aponte Agüero, Notaria.—1 vez.—CE2020009239.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 10 horas 00 minutos del 29 de septiembre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Fisioadvance Servicios en Salud y Rehabilitación Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 01 de octubre del 2020.—Licda. Gabriela Martínez Gould, Notaria.—1 vez.—CE2020009240.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 15 horas 00 minutos del 01 de octubre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Consultoría y Distribuciones Gaman de C A Limitada.—San José, 01 de octubre del 2020.—Lic. Édgar Alberto Díaz Sánchez, Notario.—1 vez.—CE2020009241.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 19 horas 40 minutos del 30 de septiembre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Ramírez Maltes Sociedad Anónima.—San José, 01 de octubre del 2020.—Lic. Jorge Fredy Chacón Villalobos, Notario.—1 vez.—CE2020009242.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 12 horas 00 minutos del 26 de septiembre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Climac de Costa Rica Sociedad Anónima.—San José, 01 de octubre del 2020.—Licda. Carmen María Bergueiro Pereira, Notaria.—1 vez.—CE2020009243.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 15 horas 00 minutos del 23 de septiembre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Productos Congelados Marovi Sociedad Anónima.—San José, 01 de octubre del 2020.—Lic. Luis Alberto Vega Solís, Notario.—1 vez.—CE2020009244.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 15 horas 30 minutos del 10 de septiembre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Comercializadora Frutteti de Costa Rica Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 01 de octubre del 2020.—Licda. Vanessa de los Ángeles Vega Chavarría, Notaria.—1 vez.—CE2020009245.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 15 horas 30 minutos del 10 de septiembre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Comercializadora Frutteti de Costa Rica Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 01 de octubre del 2020.—Licda. Vanessa de los Ángeles Vega Chavarría, Notaria.—1 vez.—CE2020009246.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 16 horas 00 minutos del 29 de septiembre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada TLN Tierra Lo Nuestro Sociedad Anónima.—San José, 01 de octubre del 2020.—Lic. Fernando Dionisio Zamora Castellanos, Notario.—1 vez.—CE2020009247.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 15 horas 00 minutos del 23 de septiembre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Intervalor Internacional de Valuacione Sociedad Anónima.—San José, 12 de octubre del 2020.—Lic. Julio Cesar Azofeifa Soto, Notario.—1 vez.—CE2020009838.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 11 horas 00 minutos del 09 de octubre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Bienestar Para Todos Sociedad Anónima.—San José, 12 de octubre del 2020.—Licda. Ingread Fournier Cruz, Notaria.—1 vez.—CE2020009839.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 11 horas 00 minutos del 13 de septiembre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Inversiones VJGH Sociedad Anónima.—San José, 13 de octubre del 2020.—Lic. Cristobal Gerardo Arias Porras, Notario.—1 vez.—CE2020009840.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 16 horas 00 minutos del 12 de octubre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Monkey Stone Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 13 de octubre del 2020.—Lic. Johnny Alberto Moya Umaña, Notario.—1 vez.—CE2020009841.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 08 horas 00 minutos del 09 de octubre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Dijop de Centroamérica Sociedad Anónima.—San José, 13 de octubre del 2020.—Lic. Fausto León Hidalgo, Notario.—1 vez.—CE2020009842.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 13 horas 00 minutos del 12 de octubre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Bereshit Royalty Sociedad Anónima.—San José, 13 de octubre del 2020.—Licda. Diana Karolina Quesada Hernández, Notaria.—1 vez.—CE2020009843.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 08 horas 00 minutos del 12 de octubre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Wash&Co Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 13 de octubre del 2020.—Lic. Julio Bismark Cardoza Villalta, Notario.—1 vez.—CE2020009844.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 15 horas 30 minutos del 30 de septiembre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Fusión Legal CMW Alajuela Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 13 de octubre del 2020.—Lic. Walter Antonio Chavarría López, Notario.—1 vez.—CE2020009845.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 15 horas 00 minutos del 25 de septiembre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Inmobiliaria Famalsan Sociedad Anónima.—San José, 13 de octubre del 2020.—Lic. Leonardo Salazar Villalta, Notario.—1 vez.—CE2020009846.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 15 horas 00 minutos del 24 de septiembre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada H Dos Mil Veintiuno Sociedad Anónima.—San José, 13 de octubre del 2020.—Licda. Rosario Salazar Delgado, Notaria.—1 vez.—CE2020009847.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 11 horas 00 minutos del 10 de octubre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Translogistica H & M Sociedad Anónima.—San José, 13 de octubre del 2020.—Lic. Bismarck Adonis Gómez Zúñiga, Notario.—1 vez.—CE2020009848.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 19 horas 00 minutos del 09 de octubre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Corporación Sanabria Limitada.—San José, 13 de octubre del 2020.—Lic. Fernando Antonio Mayorga Castro, Notario.—1 vez.—CE2020009849.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 08 horas 00 minutos del 13 de octubre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada S Cuatro Construcción Limitada.—San José, 13 de octubre del 2020.—Lic. Oscar Manuel Funes Orellana, Notario.—1 vez.—CE2020009850.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 08 horas 43 minutos del 12 de octubre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Tres Semillas Sociedad Anónima.—San José, 13 de octubre del 2020.—Lic. Jimmy Alberto Díaz Echavarría, Notario.—1 vez.—CE2020009851.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 12 horas 00 minutos del 09 de octubre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Leasing y Rentalcar M&T Sociedad Anónima.—San José, 13 de octubre del 2020.—Licda. María Francela Herrera Ulate, Notaria.—1 vez.—CE2020009852.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 08 horas 00 minutos del 12 de octubre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Inversiones San Jacinto Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 13 de octubre del 2020.—Lic. Felipe Gómez Rodríguez, Notario.—1 vez.—CE2020009853.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 19 horas 00 minutos del 12 de octubre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Arbel Investments Limitada.—San José, 13 de octubre del 2020.—Lic. Luis Diego Herrera Elizondo, Notario.—1 vez.—CE2020009854.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 16 horas 00 minutos del 12 de octubre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Inversiones Brenes CP Sociedad Anónima.—San José, 13 de octubre del 2020.—Licda. Milena Valverde Mora, Notaria.—1 vez.—CE2020009855.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 15 horas 30 minutos del 30 de septiembre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Servicios Famarg Sociedad Anónima.—San José, 13 de octubre del 2020.—Lic. Carlos Francisco García Zamora, Notario.—1 vez.—CE2020009856.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 08 horas 00 minutos del 29 de septiembre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada CRM Home Green Solutions Limitada.—San José, 13 de octubre del 2020.—Lic. Hernán Pacheco Orfila, Notario.—1 vez.—CE2020009857.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 10 horas 00 minutos del 12 de octubre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Garnie Marketing And Associated VDR Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 13 de octubre del 2020.—Lic. Eric Francisco Badilla Córdoba, Notario.—1 vez.—CE2020009858.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 19 horas 00 minutos del 12 de octubre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Transportes C & M Sociedad Anónima.—San José, 13 de octubre del 2020.—Licda. Marta Lorena Espinoza Martínez, Notaria.—1 vez.—CE2020009859.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 10 horas 30 minutos del 10 de octubre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Fueltec de Centroamerica Sociedad Anónima.—San José, 13 de octubre del 2020.—Lic. Roy Alberto Guerrero Olivares, Notario.—1 vez.—CE2020009860.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 12 horas 00 minutos del 08 de octubre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Masis & Harrington Limitada.—San José, 13 de octubre del 2020.—Lic. Alejandro Fernández Carrillo, Notario.—1 vez.—CE2020009861.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 08 horas 00 minutos del 13 de octubre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Logistica LJC CR Quinientos Seis Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 13 de octubre del 2020.—Lic. Rigoberto Salas Mejias, Notario.—1 vez.—CE2020009862.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 14 horas 30 minutos del 11 de octubre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Fernowicz Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 13 de octubre del 2020.—Lic. Felix Ruddy Rojas Herrera, Notario.—1 vez.—CE2020009863.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 14 horas 00 minutos del 12 de octubre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Agropecuaria V & Q Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 13 de octubre del 2020.—Lic. Alonso Jiménez Serrano, Notario.—1 vez.—CE2020009864.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 14 horas 30 minutos del 07 de octubre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Capadocia Asesores A&C Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 13 de octubre del 2020.—Lic. Javier Alonso Blanco Benavides, Notario.—1 vez.—CE2020009865.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 16 horas 00 minutos del 12 de octubre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Servicona del Pacifico Sociedad Anónima.—San José, 13 de octubre del 2020.—Lic. Luis Diego Vargas Saborío, Notario.—1 vez.—CE2020009866.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 11 horas 30 minutos del 09 de octubre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Hidrobag Corporación Económica Sociedad Anónima.—San José, 13 de octubre del 2020.—Lic. Wilber Barquero Bolaños, Notario.—1 vez.—CE2020009867.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 10 horas 00 minutos del 09 de octubre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Sapesa Outlets Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 13 de octubre del 2020.—Licda. Yeimy Tatiana Vargas Alfaro, Notaria.—1 vez.—CE2020009868.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 19 horas 15 minutos del 07 de octubre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Inversiones H G Ecovale Sociedad Anónima.—San José, 13 de octubre del 2020.—Lic. José Luis Ureña Díaz, Notario.—1 vez.—CE2020009869.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 09 horas 00 minutos del 07 de octubre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Costa Rica Progresa con Gas Progregas Sociedad Anónima.—San José, 13 de octubre del 2020.—Lic. José Adolfo Borge Lobo, Notario.—1 vez.—CE2020009870.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 14 horas 00 minutos del 12 de octubre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Inversiones Alimenticias Gutiérrez Solís Sociedad Anónima.—San José, 13 de octubre del 2020.—Lic. Víctor Julio Alfaro Cortés, Notario.—1 vez.—CE2020009871.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 10 horas 30 minutos del 13 de octubre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Big Machaca Investments LLC Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 13 de octubre del 2020.—Lic. Ricardo José Nassar Güell, Notario.—1 vez.—CE2020009872.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 18 horas 00 minutos del 08 de octubre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Servicios Tecnológicos y Contables Servitecon Sociedad Anónima.—San José, 13 de octubre del 2020.—Licda. Evelyn Loaiza Blanco, Notario.—1 vez.—CE2020009873.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 17 horas 00 minutos del 08 de octubre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Corporación KJN Zúñiga Sociedad Anónima.—San José, 13 de octubre del 2020.—Lic. Michael Alonso López Núñez, Notario.—1 vez.—CE2020009874.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 00 horas 00 minutos del 03 de octubre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Shaddai Inversiones Sociedad Anónima.—San José, 13 de octubre del 2020.—Lic. Fabricio José Quirós Corrales, Notario.—1 vez.—CE2020009875.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 11 horas 00 minutos del 29 de agosto del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Centro Radiológico y Especialidades de Occidente PR Sociedad Anónima.—San José, 13 de octubre del 2020.—Licda. Fressy Graciela Mora Peñaranda, Notaria.—1 vez.—CE2020009876.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 10 horas 00 minutos del 12 de octubre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Red Mountain Services Sociedad Anónima.—San José, 13 de octubre del 2020.—Licda. Silvia María González Castro, Notaria.—1 vez.—CE2020009877.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 13 horas 00 minutos del 01 de octubre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Grupo Japaju JPJ Sociedad Anónima.—San José, 13 de octubre del 2020.—Lic. Walter José Garita Quirós, Notario.—1 vez.—CE2020009878.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 13 horas 00 minutos del 13 de octubre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Casa Lazarus Limitada.—San José, 13 de octubre del 2020.—Licda. Kennia Guerrero Ruiz, Notaria.—1 vez.—CE2020009879.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 10 horas 00 minutos del 12 de octubre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Jed Brown English Limitada.—San José, 13 de octubre del 2020.—Lic. Carlos Luis Fernández Vásquez, Notario.—1 vez.—CE2020009880.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 16 horas 00 minutos del 12 de octubre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Sun Soaked Properties LLC Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 13 de octubre del 2020.—Lic. Enrique Loría Brunker, Notario.—1 vez.—CE2020009881.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 00 horas 00 minutos del 13 de octubre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada AR Vacations Properties Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 13 de octubre del 2020.—Licda. Leyden Briceño Bran, Notaria.—1 vez.—CE2020009882.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 15 horas 00 minutos del 03 de agosto del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Adventure Burica Of The Pacific Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 13 de octubre del 2020.—Lic. Camilo Diego Cedeño Castro, Notario.—1 vez.—CE2020009883.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 08 horas 00 minutos del 03 de septiembre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Salvaditas y Mas Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 13 de octubre del 2020.—Lic. Edgar Alejandro Solís Moraga, Notario.—1 vez.—CE2020009884.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 11 horas 30 minutos del 07 de octubre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Soroma Asociados Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 13 de octubre del 2020.—Licda. Estefani María Sánchez Duarte, Notaria.—1 vez.—CE2020009885.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 15 horas 00 minutos del 09 de octubre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Inmobiliaria y Alquileres CRHB Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 13 de octubre del 2020.—Lic. Douglas Alberto Beard Holst, Notario.—1 vez.—CE2020009886.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 08 horas 00 minutos del 03 de octubre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Z & Z Squared LLC Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 13 de octubre del 2020.—Licda. Adriana Cordero Muñoz, Notaria.—1 vez.—CE2020009887.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 13 horas 00 minutos del 13 de octubre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Boteroguardia Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 13 de octubre del 2020.—Lic. Marco Vinicio Castegnaro Montealegre, Notario.—1 vez.—CE2020009888.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 11 horas 00 minutos del 12 de octubre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Molki Lei Sociedad Anónima.—San José, 13 de octubre del 2020.—Lic. Máximo Sequeira Alemán, Notario.—1 vez.—CE2020009889.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 11 horas 00 minutos del 13 de octubre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Tikicia Travels Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 13 de octubre del 2020.—Licda. Karina Patricia Navarro Castro, Notaria.—1 vez.—CE2020009890.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 12 horas 00 minutos del 12 de octubre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Trimarines Jai Sociedad Anónima.—San José, 13 de octubre del 2020.—Lic. Máximo Sequeira Alemán, Notario.—1 vez.—CE2020009891.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 00 horas 00 minutos del 13 de octubre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Corporación QQQ Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 13 de octubre del 2020.—Licda. Kimberly Sánchez Sánchez, Notaria.—1 vez.—CE2020009892.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 17 horas 20 minutos del 12 de octubre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Arcor Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 13 de octubre del 2020.—Licda. María Elieth Pacheco Rojas, Notaria.—1 vez.—CE2020009893.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 13 horas 00 minutos del 13 de octubre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Show It Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 13 de octubre del 2020.—Lic. Luis Franklin Gutiérrez Rodríguez, Notario.—1 vez.—CE2020009894.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 12 horas 00 minutos del 08 de octubre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Corporación JMA Setenta y Siete de Centroamérica Sociedad Anónima.—San José, 13 de octubre del 2020.—Lic. Luis Humberto Varela Vargas, Notario.—1 vez.—CE2020009895.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 19 horas 00 minutos del 08 de octubre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Inversiones Vinifran de Costa Rica Sociedad Anónima.—San José, 13 de octubre del 2020.—Licda. Bernardita Jiménez Mora, Notaria.—1 vez.—CE2020009896.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 10 horas 00 minutos del 21 de septiembre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Agrícola & Agropecuaria San Isidro Sociedad Anónima.—San José, 13 de octubre del 2020.—Licda. Angie Andrea Arce Acuña, Notaria.—1 vez.—CE2020009897.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 18 horas 00 minutos del 22 de septiembre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Inversiones Kem Griegas Sociedad Anónima.—San José, 13 de octubre del 2020.—Licda. Jacqueline Aponte Aguero, Notaria.—1 vez.—CE2020009898.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 14 horas 30 minutos del 24 de septiembre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Moonglow Corp Limitada.—San José, 13 de octubre del 2020.—Licda. Lisseth Sánchez Murillo, Notaria.—1 vez.—CE2020009899.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 16 horas 30 minutos del 12 de octubre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada I Glamp Sociedad Anónima.—San José, 13 de octubre del 2020.—Lic. Robert Christian Van Der Putten Reyes, Notario.—1 vez.—CE2020009900.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 17 horas 00 minutos del 01 de octubre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Casa Rica S. E. O. Realty Inc Limitada.—San José, 13 de octubre del 2020.—Lic. Andrés Francisco González Anglada, Notario.—1 vez.—CE2020009901.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 08 horas 00 minutos del 29 de septiembre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Costa Rica Hemp Time Sociedad Anónima.—San José, 13 de octubre del 2020.—Licda. Nancy Francinie Ocampo Salazar, Notaria.—1 vez.—CE2020009902.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 13 horas 00 minutos del 13 de octubre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Show It, Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 13 de octubre del 2020.—Lic. Luis Franklin Gutiérrez Rodríguez, Notario.—1 vez.—CE2020012856.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 08 horas 00 minutos del 13 de octubre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Sinne Consultores Sociedad Anónima.—San José, 14 de octubre del 2020.—Licda. Paula Marcela Arroyo Rojas, Notaria.—1 vez.—CE2020009964.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 17 horas 00 minutos del 28 de septiembre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Louga LGG S. A. Sociedad Anónima.—San José, 14 de octubre del 2020.—Licda. Adriana Delgado Aguilar, Notaria.—1 vez.—CE2020009965.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 18 horas 15 minutos del 13 de octubre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Sites Telecomunicaciones Costa Rica Sociedad Anónima.—San José, 14 de octubre del 2020.—Lic. José Antonio Saborio de Rocafort, Notario.—1 vez.—CE2020009966.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 08 horas 43 minutos del 12 de octubre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Tres Chivo Kai Tai Sociedad Anónima.—San José, 15 de octubre del 2020.—Lic. Jimmy Alberto Díaz Echavarría, Notario.—1 vez.—CE2020009967.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 15 horas 00 minutos del 13 de octubre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Ranova Sociedad Anónima.—San José, 15 de octubre del 2020.—Lic. Carlos Luis Fernández Vásquez, Notario.—1 vez.—CE2020009968.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 11 horas 30 minutos del 14 de octubre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Fresh Green Limitada.—San José, 15 de octubre del 2020.—Lic. José Enrique Jiménez Bogantes, Notario.—1 vez.—CE2020009969.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 00 horas 00 minutos del 03 de octubre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Shaddai Team CR Sociedad Anónima.—San José, 15 de octubre del 2020.—Lic. Fabricio José Quirós Corrales, Notario.—1 vez.—CE2020009970.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 13 horas 00 minutos del 12 de octubre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Grupo de Inversión FCIM Sociedad Anónima.—San José, 15 de octubre del 2020.—Licda. Adriana Chavarría Araya, Notaria.—1 vez.—CE2020009971.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 08 horas 00 minutos del 15 de octubre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Bogen Falabella Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 15 de octubre del 2020.—Lic. Alejandro Pignataro Madrigal, Notario.—1 vez.—CE2020009972.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 09 horas 00 minutos del 14 de octubre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada J M B Full Maquinaria Sociedad Anónima.—San José, 15 de octubre del 2020.—Lic. Orlando Zamora Alfaro, Notario.—1 vez.—CE2020009973.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 08 horas 00 minutos del 15 de octubre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Crujientico CR Sociedad Anónima.—San José, 15 de octubre del 2020.—Lic. Fernando Jiménez Mora, Notario.—1 vez.—CE2020009974.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 12 horas 00 minutos del 08 de octubre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Corporación JMACH Setenta y Siete de Centroamérica Sociedad Anónima.—San José, 15 de octubre del 2020.—Lic. Luis Humberto Varela Vargas, Notario.—1 vez.—CE2020009975.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 07 horas 07 minutos del 13 de octubre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Balsan Wachi Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 15 de octubre del 2020.—Lic. Melvin Elizondo Muñoz, Notario.—1 vez.—CE2020009976.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 09 horas 10 minutos del 15 de octubre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Centro de Pinturas Decolor del Atlántico Sociedad Anónima.—San José, 15 de octubre del 2020.—Lic. Alfredo Calderón Chavarría, Notario.—1 vez.—CE2020009977.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 12 horas 00 minutos del 13 de octubre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Mao De Deus Sociedad Anónima.—San José, 15 de octubre del 2020.—Lic. Óscar Arias Valverde, Notario.—1 vez.—CE2020009978.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 14 horas 45 minutos del 06 de octubre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Ananasoft Sociedad Anónima.—San José, 15 de octubre del 2020.—Lic. Steven Vega Figueroa, Notario.—1 vez.—CE2020009979.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 08 horas 00 minutos del 15 de octubre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Januik Properties LLC Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 15 de octubre del 2020.—Lic. Guillermo Emilio Zúñiga González, Notario.—1 vez.—CE2020009980.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 10 horas 30 minutos del 04 de marzo del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Doesca Sociedad Anónima.—San José, 15 de octubre del 2020.—Licda. Karolina Meléndez Gamboa, Notaria.—1 vez.—CE2020009981.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 15 horas 00 minutos del 13 de octubre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Doux Reve Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 15 de octubre del 2020.—Lic. Enrique Loría Brunker, Notario.—1 vez.—CE2020009982.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 00 horas 00 minutos del 14 de octubre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Ubuntu GH Sociedad Anónima.—San José, 15 de octubre del 2020.—Lic. Luis Humberto Varela Vargas, Notario.—1 vez.—CE2020009983.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 10 horas 00 minutos del 14 de octubre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada According Two Law Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 15 de octubre del 2020.—Lic. Gustavo Adolfo Infante Meléndez, Notario.—1 vez.—CE2020009984.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 11 horas 00 minutos del 14 de octubre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Arazari Sociedad Anónima.—San José, 15 de octubre del 2020.—Licda. Roxana Herrera Peña, Notaria.—1 vez.—CE2020009985.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 17 horas 30 minutos del 25 de agosto del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Inversiones El Ciprés Verde del Este Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 15 de octubre del 2020.—Licda. María de los Ángeles Solano Mora, Notaria.—1 vez.—CE2020009986.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 12 horas 00 minutos del 06 de octubre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Bienes y Servicios A B C Sociedad Anónima.—San José, 15 de octubre del 2020.—Lic. Roberto Aguilar Rodríguez, Notario.—1 vez.—CE2020009987.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 15 horas 30 minutos del 14 de octubre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Cela & Sito Limitada.—San José, 15 de octubre del 2020.—Lic. Robert Christian Van Der Putten Reyes, Notario.—1 vez.—CE2020009988.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 09 horas 00 minutos del 05 de octubre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Autorj Mil Cuatrocientos Siete Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 15 de octubre del 2020.—Lic. Edgardo Vinicio Araya Sibaja, Notario.—1 vez.—CE2020009989.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 11 horas 00 minutos del 15 de octubre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Axion Movil Sociedad Anónima.—San José, 15 de octubre del 2020.—Licda. Catherine Vanessa Mora Chavarría, Notaria.—1 vez.—CE2020009990.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 15 horas 00 minutos del 07 de octubre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada La Pirin Sociedad Anónima.—San José, 15 de octubre del 2020.—Lic. Rigoberto Jiménez Vega, Notario.—1 vez.—CE2020009991.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 17 horas 10 minutos del 13 de octubre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Multiservicios Goyva Limitada Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 15 de octubre del 2020.—Lic. Daniel Herrera Salas, Notario.—1 vez.—CE2020009992.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 15 horas 30 minutos del 12 de octubre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Italiana Costeña Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 15 de octubre del 2020.—Licda. Kenia Pereira López, Notaria.—1 vez.—CE2020009993.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 12 horas 00 minutos del 09 de octubre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Compañía Aquiles Alvarado e Hijos Sociedad Anónima.—San José, 15 de octubre del 2020.—Lic. Víctor Armando Rodríguez Vado, Notario.—1 vez.—CE2020009994.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 11 horas 00 minutos del 14 de octubre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Operaciones Tecnológicas Mundiales Sociedad Anónima.—San José, 15 de octubre del 2020.—Licda. Andrea María Hulbert Volio, Notaria.—1 vez.—CE2020009995.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 11 horas 00 minutos del 15 de octubre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Adezo y Yessro Limitada.—San José, 15 de octubre del 2020.—Lic. Roberto Francisco León Gómez, Notario.—1 vez.—CE2020009996.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría a las 09 horas 00 minutos del 15 de octubre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Longev Limitada.—San José, 15 de octubre del 2020.—Lic. Edry Herminio Mendoza Hidalgo, Notario.—1 vez.—CE2020009997.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 10 horas 00 minutos del 01 de octubre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Treda Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 15 de octubre del 2020.—Licda. Sara Quirós Maroto, Notaria.—1 vez.—CE2020009998.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 17 horas 00 minutos del 13 de octubre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Variedades Leonelania Sociedad Anónima.—San José, 15 de octubre del 2020.—Lic. David Esteban Fallas Rojas, Notario.—1 vez.—CE2020009999.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 10 horas 00 minutos del 15 de octubre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Ambito de Cobertura Sociedad Anónima.—San José, 15 de octubre del 2020.—Lic. Alejandro Matamoros Bolaños, Notario.—1 vez.—CE2020010000.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 12 horas 30 minutos del 14 de octubre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Seguridad Balladares & Asociados Sociedad Anónima.—San José, 15 de octubre del 2020.—Licda. Fabiola Fernández Ugarte, Notaria.—1 vez.—CE2020010001.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 16 horas 45 minutos del 14 de octubre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Verano Verde del Pacífico DCR Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 15 de octubre del 2020.—Lic. Enrique Loría Brunker, Notario.—1 vez.—CE2020010002.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 12 horas 00 minutos del 01 de octubre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada 4Rental 506 Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 15 de octubre del 2020.—Licda. Ana Yesenia Navarro Montero, Notaria.—1 vez.—CE2020010003.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 12 horas 00 minutos del 15 de octubre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Veranda Unit Six C LLC Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 15 de octubre del 2020.—Lic. Adrián Echeverría Escalante, Notario.—1 vez.—CE2020010004.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 09 horas 00 minutos del 15 de octubre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Muebles ABC Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 15 de octubre del 2020.—Lic. Mario Morales Guzmán, Notario.—1 vez.—CE2020010005.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 15 horas 00 minutos del 14 de octubre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Oceaneye Limitada.—San José, 15 de octubre del 2020.—Licda. Maricela Alpízar Chacón, Notaria.—1 vez.—CE2020010006.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 09 horas 00 minutos del 10 de octubre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Exportadora e Importadora Nazareth del Sur S. A. Sociedad Anónima.—San José, 15 de octubre del 2020.—Licda. Lourdes María Fernández Mora, Notaria.—1 vez.—CE2020010007.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 17 horas 15 minutos del 05 de octubre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Pacific Barco se Latin America Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 15 de octubre del 2020.—Lic. Carlos Arturo Terán París, Notario.—1 vez.—CE2020010008.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 09 horas 00 minutos del 15 de septiembre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada TCTC Arquitectura Sociedad Anónima.—San José, 15 de octubre del 2020.—Lic. Javier Sebastián Jiménez Monge, Notario.—1 vez.—CE2020010009.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 14 horas 00 minutos del 15 de octubre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Inversiones Pascual S. V. Sociedad Anónima.—San José, 15 de octubre del 2020.—Lic. Eduardo Gerardo Jiménez Araya, Notario.—1 vez.—CE2020010010.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 11 horas 00 minutos del 30 de septiembre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Easymart Ilufa Sociedad Anónima.—San José, 15 de octubre del 2020.—Lic. Rubén Naranjo Brenes, Notario.—1 vez.—CE2020010011.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 14 horas 00 minutos del 13 de octubre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Servicios de Maquinaria Pesada M Y O Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 15 de octubre del 2020.—Lic. Esteban Chaverri Jiménez, Notario.—1 vez.—CE2020010012.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 08 horas 00 minutos del 14 de octubre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada BI Marketing And Consulting Sociedad Anónima.—San José, 15 de octubre del 2020.—Lic. Carlos Roberto Alan Rivera, Notario.—1 vez.—CE2020010013.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 18 horas 15 minutos del 13 de octubre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Sites Telecomunicaciones Costa Rica Sociedad Anónima.—San José, 15 de octubre del 2020.—Lic. José Antonio Saborío de Rocafort, Notario.—1 vez.—CE2020010014.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría ,a las 19 horas 30 minutos del 13 de octubre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada El Fogón de Tiquicia Sociedad Anónima.—San José, 15 de octubre del 2020.—Licda. Sharon Núñez Milgram, Notaria.—1 vez.—CE2020010015.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 14 horas 00 minutos del 12 de agosto del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Repas de Famille DND Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 15 de octubre del 2020.—Lic. Víctor Hugo Fernández Mora, Notario.—1 vez.—CE2020010016.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 11 horas 00 minutos del 12 de octubre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Importaciones Azol Sociedad Anónima.—San José, 15 de octubre del 2020.—Licda. Marianella Coto Porras, Notaria.—1 vez.—CE2020010017.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 10 horas 00 minutos del 15 de octubre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Distribuidora de Carnes Sarx Sociedad Anónima.—San José, 15 de octubre del 2020.—Licda. Julia María Zeledón Cruz, Notaria.—1 vez.—CE2020010018.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 11 horas 00 minutos del 14 de octubre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada LMD CR Carrocería y Pintura Sociedad Anónima.—San José, 15 de octubre del 2020.—Lic. Víctor Hugo Fernández Mora, Notario.—1 vez.—CE2020010019.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 10 horas 00 minutos del 01 de octubre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Inversiones Emis Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 15 de octubre del 2020.—Licda. Sara Quirós Maroto, Notario.—1 vez.—CE2020010020.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 08 horas 00 minutos del 05 de octubre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Vista Hermosa de Los Robinson Sociedad Anónima.—San José, 15 de octubre del 2020.—Licda. Marta Eugenia Vargas Arrieta, Notaria.—1 vez.—CE2020010021.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 07 horas 00 minutos del 14 de octubre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Hotel Sirius Limitada.—San José, 15 de octubre del 2020.—Licda. María Carolina Peláez Gil, Notaria.—1 vez.—CE2020010022.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 16 horas 00 minutos del 15 de octubre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Yiya Verde Limitada.—San José, 15 de octubre del 2020.—Lic. Adolfo Jeremías Ramos González, Notario.—1 vez.—CE2020010023.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 13 horas 00 minutos del 15 de octubre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Meca C.R. Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 15 de octubre del 2020.—Lic. Carlos Luis Gómez Meza, Notario.—1 vez.—CE2020010024.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 14 horas 00 minutos del 15 de octubre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Cartly Commerce Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 15 de octubre del 2020.—Licda. Deborah Feinzaig Mintz, Notaria.—1 vez.—CE2020010025.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 15 horas 30 minutos del 15 de octubre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Familia Wenli Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 15 de octubre del 2020.—Licda. Rocío Zamora Moya, Notaria.—1 vez.—CE2020010026.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 14 horas 00 minutos del 14 de octubre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Urban Roasts Sociedad Anónima.—San José, 15 de octubre del 2020.—Licda. Adriana Núñez Solano, Notaria.—1 vez.—CE2020010027.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 11 horas 00 minutos del 16 de septiembre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Belford Parts Group Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 15 de octubre del 2020.—Lic. Jorge Fredy Chacón Villalobos, Notario.—1 vez.—CE2020010028.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 17 horas 00 minutos del 28 de septiembre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Louga LGG Sociedad Anónima.—San José, 15 de octubre del 2020.—Licda. Adriana Delgado Aguilar, Notario.—1 vez.—CE2020010029.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 08 horas 30 minutos del 23 de septiembre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Inversiones Isaacbella Siete Sociedad Anónima.—San José, 15 de octubre del 2020.—Licda. Adriana Delgado Aguilar, Notaria.—1 vez.—CE2020010030.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 11 horas 30 minutos del 07 de octubre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada AMR Eventos Gastronómicos Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 15 de octubre del 2020.—Lic. Miguel Antonio Rodríguez Espinoza, Notario.—1 vez.—CE2020010031.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 14 horas 00 minutos del 28 de septiembre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Orolimpio Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 16 de octubre del 2020.—Lic. Juan Carlos Segares Lutz, Notario.—1 vez.—CE2020010032.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 19 horas 00 minutos del 05 de octubre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Inversiones Empresariales Roderici Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 16 de octubre del 2020.—Licda. María Isabel García Campos, Notaria.—1 vez.—CE2020010033.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 10 horas 00 minutos del 09 de octubre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Inversiones Campos Ginesta Limitada.—San José, 16 de octubre del 2020.—Lic. Gonzalo Ernesto Velásquez Martínez, Notario.—1 vez.—CE2020010034.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 14 horas 00 minutos del 15 de octubre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Malemu Inversiones Sociedad Anónima.—San José, 16 de octubre del 2020.—Lic. Jorge Julián Ortega Volio, Notario.—1 vez.—CE2020010035.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 08 horas 00 minutos del 16 de octubre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada JTG Travelers And Backpackers Hostel Limitada.—San José, 16 de octubre del 2020.—Lic. Ismene Arroyo Marín, Notario.—1 vez.—CE2020010036.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 15 horas 15 minutos del 29 de septiembre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Ginber del Este Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 16 de octubre del 2020.—Lic. Edgar Gerardo Lobo Arroyo, Notario.—1 vez.—CE2020010037.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 10 horas 00 minutos del 15 de octubre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Go The Distance G.T.D. Sociedad Anónima.—San José, 16 de octubre del 2020.—Lic. Herman Mora Vargas, Notario.—1 vez.—CE2020010038.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 00 horas 00 minutos del 25 de septiembre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Proyecto de Inversiones Centroamericanas Clik Uno-A Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 16 de octubre del 2020.—Lic. Hugo Salazar Solano, Notario.—1 vez.—CE2020010039.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 08 horas 30 minutos del 13 de octubre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Famarievic Limitada.—San José, 16 de octubre del 2020.—Lic. Jorge Eduardo Brenes Brenes, Notario.—1 vez.—CE2020010040.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 12 horas 00 minutos del 08 de octubre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Cuatro Amigos de Garza Sociedad Anónima.—San José, 16 de octubre del 2020.—Lic. José Alberto Schroeder Leiva, Notario.—1 vez.—CE2020010041.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 18 horas 00 minutos del 15 de octubre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Casa de los Milagros Cooper Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 16 de octubre del 2020.—Lic. Gonzalo Andrés Víquez Oreamuno, Notario.—1 vez.—CE2020010042.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 14 horas 00 minutos del 14 de octubre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Agua de Coco Estudio Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 16 de octubre del 2020.—Lic. Juan José Echeverría Alfaro, Notario.—1 vez.—CE2020010043.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 17 horas 30 minutos del 14 de octubre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Gamaexa Limitada.—San José, 16 de octubre del 2020.—Lic. Carlos Alberto Cerdas Rodriguez, Notario.—1 vez.—CE2020010044.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 12 horas 00 minutos del 15 de octubre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Niran Interior Design Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 16 de octubre del 2020.—Lic. Edgar Francisco Jiménez Risco, Notario.—1 vez.—CE2020010045.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 13 horas 00 minutos del 29 de septiembre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada El Mar de los Piratas Sociedad Anónima.—San José, 16 de octubre del 2020.—Lic. Francisco Hernán Barth Villalobos, Notario.—1 vez.—CE2020010046.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 17 horas 30 minutos del 25 de agosto del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Inversiones El Ciprés Verde G Y G Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 16 de octubre del 2020.—Licda. María de los Ángeles Solano Mora, Notaria.—1 vez.—CE2020010047.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 11 horas 00 minutos del 15 de octubre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Vidasogo Sociedad Anónima.—San José, 16 de octubre del 2020.—Lic. Federico José Jiménez Solano, Notario.—1 vez.—CE2020010048.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 12 horas 00 minutos del 12 de octubre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Investment Abroad GLBL Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 16 de octubre del 2020.—Lic. Marcos Osvaldo Araya Díaz, Notario.—1 vez.—CE2020010049.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 13 horas 00 minutos del 12 de octubre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Agrícola e Industrial AO Sociedad Anónima.—San José, 16 de octubre del 2020.—Lic. Roy Alberto Guerrero Olivares, Notario.—1 vez.—CE2020010050.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 10 horas 30 minutos del 08 de octubre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Corporación Fuentes Araya Fa Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 16 de octubre del 2020.—Licda. Diana Herrera Murillo, Notaria.—1 vez.—CE2020010051.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 09 horas 00 minutos del 16 de octubre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Armonía de Santa Teresa Sociedad Anónima.—San José, 16 de octubre del 2020.—Lic. Guillermo Emilio Zúñiga González, Notario.—1 vez.—CE2020010052.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 16 horas 00 minutos del 12 de octubre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Kalupa Sociedad Anónima.—San José, 16 de octubre del 2020.—Lic. Walter Rodríguez Rodríguez, Notario.—1 vez.—CE2020010053.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 08 horas 00 minutos del 16 de octubre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Esdras Biotech Limitada.—San José, 16 de octubre del 2020.—Licda. María Elena Azofeifa Cascante, Notaria.—1 vez.—CE2020010054.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 12 horas 00 minutos del 01 de octubre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Alsujo Technologies Sociedad Anónima.—San José, 16 de octubre del 2020.—Lic. Ariel González Arias, Notario.—1 vez.—CE2020010055.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 10 horas 30 minutos del 09 de octubre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Fex Facility Experts Group Sociedad Anónima.—San José, 16 de octubre del 2020.—Licda. Belma Patricia Castro Hernández, Notaria.—1 vez.—CE2020010056.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 12 horas 16 minutos del 16 de octubre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Distribuidora Palma Miranda D.R.F. Sociedad Anónima.—San José, 16 de octubre del 2020.—Lic. German Vega Ugalde, Notario.—1 vez.—CE2020010057.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 11 horas 00 minutos del 08 de octubre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Ayúdame a Estudiar CR Sociedad Anónima.—San José, 16 de octubre del 2020.—Licda. Laura Gómez Martínez, Notaria.—1 vez.—CE2020010058.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 20 horas 00 minutos del 15 de octubre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada J&B Soluciones Sociedad Anónima.—San José, 16 de octubre del 2020.—Lic. Sebastián Adonay Arroyo Trejos, Notario.—1 vez.—CE2020010060.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 18 horas 00 minutos del 14 de octubre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Laboratorio de Transformación Limitada.—San José, 16 de octubre del 2020.—Lic. Felipe Esquivel Delgado, Notario.—1 vez.—CE2020010061.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 11 horas 30 minutos del 16 de octubre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Mi Vida y Sol Company Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 16 de octubre del 2020.—Lic. Carlos Araya González, Notario.—1 vez.—CE2020010062.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 12 horas 00 minutos del 16 de octubre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Inversiones SCR Sociedad Anónima.—San José, 16 de octubre del 2020.—Licda. Liz Andrea Salazar Arroyo, Notaria.—1 vez.—CE2020010063.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 12 horas 00 minutos del 16 de octubre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Oliver And Friends Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 16 de octubre del 2020.—Lic. Carlos Araya González, Notario.—1 vez.—CE2020010064.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 20 horas 00 minutos del 14 de octubre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Nosotras las Intensas Limitada.—San José, 16 de octubre del 2020.—Lic. Felipe Esquivel Delgado, Notario.—1 vez.—CE2020010065.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 15 horas 00 minutos del 29 de septiembre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Costa Rica Natural Experience Viajes y Placeres Sociedad Anónima.—San José, 16 de octubre del 2020.—Lic. Yeison Zamora Arias, Notario.—1 vez.—CE2020010066.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 15 horas 20 minutos del 15 de octubre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada R&R Agropaquera Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 16 de octubre del 2020.—Licda. Johanna María Moreno Bustos, Notaria.—1 vez.—CE2020010067.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 13 horas 00 minutos del 15 de octubre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Meca CR Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 16 de octubre del 2020.—Lic. Carlos Luis Gómez Meza, Notario.—1 vez.—CE2020010068.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 16 horas 00 minutos del 15 de octubre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada M Y M Distribución Sociedad Anónima.—San José, 16 de octubre del 2020.—Lic. Genie Alfaro Silva, Notario.—1 vez.—CE2020010069.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 13 horas 00 minutos del 16 de octubre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Agritop Sociedad Anónima.—San José, 16 de octubre del 2020.—Lic. Randall Esteban Salas Rojas, Notario.—1 vez.—CE2020010070.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 14 horas 00 minutos del 14 de octubre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Importaciones Ortiz Eme Limitada.—San José, 16 de octubre del 2020.—Lic. Carlos Manuel Sánchez Leitón, Notario.—1 vez.—CE2020010071.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 15 horas 00 minutos del 12 de octubre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada World Tech Support Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 16 de octubre del 2020.—Lic. Luis Gerardo Ávila Aguero, Notario.—1 vez.—CE2020010072.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 00 horas 00 minutos del 25 de septiembre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Proyecto de Inversiones Centroamericanas Clik Uno A Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 16 de octubre del 2020.—Lic. Hugo Salazar Solano, Notario.—1 vez.—CE2020010073.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 15 horas 00 minutos del 16 de octubre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada La Familia Pest Control Sociedad Anónima.—San José, 16 de octubre del 2020.—Licda. Ileana Rodríguez González, Notaria.—1 vez.—CE2020010074.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 10 horas 30 minutos del 16 de octubre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Sta Miluse Limitada.—San José, 16 de octubre del 2020.—Lic. Eric Scharf Taitelbaum, Notario.—1 vez.—CE2020010075.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 20 horas 15 minutos del 15 de octubre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Gebher Sociedad Anónima.—San José, 16 de octubre del 2020.—Lic. Sebastián Adonay Arroyo Trejos, Notario.—1 vez.—CE2020010076.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 08 horas 00 minutos del 16 de octubre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Grupo Los del Aire Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 16 de octubre del 2020.—Licda. Kimberly Sánchez Sánchez, Notaria.—1 vez.—CE2020010077.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 10 horas 00 minutos del 14 de octubre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Empower Human Capital Dsbi Limitada.—San José, 16 de octubre del 2020.—Licda. Nadia Semaan Zúñiga, Notaria.—1 vez.—CE2020012849.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 11 horas 00 minutos del 17 de octubre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Inversiones El Cerco Paula E Isabella Sociedad Anónima.—San José, 19 de octubre del 2020.—Licda. Adriana Delgado Aguilar, Notario.—1 vez.—CE2020010156.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 19 horas 00 minutos del 19 de octubre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Hiking Gunacaste Sociedad de Responsabilidad Limitada Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 19 de octubre del 2020.—Lic. Marcos Rogelio Barsallo Villafuerte, Notario.—1 vez.—CE2020010157.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 20 horas 00 minutos del 15 de octubre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada FJ Servicios Integrales Sociedad Anónima.—San José, 20 de octubre del 2020.—Lic. Sebastián Adonay Arroyo Trejos, Notario.—1 vez.—CE2020010158.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 19 horas 10 minutos del 01 de octubre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Transporte Varios y de Palma Africana de la Mariposa Rojas Palacios Sociedad Anónima.—San José, 20 de octubre del 2020.—Lic. Gilberto Esteban Cano Tapia, Notario.—1 vez.—CE2020010159.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 15 horas 00 minutos del 13 de octubre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Expreso Dental Sociedad Anónima.—San José, 20 de octubre del 2020.—Lic. Rodolfo Enrique Montero Pacheco, Notario.—1 vez.—CE2020010160.

Mediante escritura otorgada ante esta Notaría. a las 09 horas 21 minutos del 15 de octubre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada América Contact Center Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 20 de octubre del 2020.—Lic. Andrés De Jesús Duran López, Notario.—1 vez.—CE2020010161.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 16 horas 30 minutos del 10 de octubre del, año 2020, se constituyó la sociedad denominada J&L Consultores Sociedad Anónima.—San José, 20 de octubre del 2020.—Lic. Edgar Alejandro Solís Moraga, Notario.—1 vez.—CE2020010161.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 14 horas 00 minutos del 19 de octubre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Casa Hamacas de Pinilla LLC Limitada.—San José, 20 de octubre del 2020.—Licda. Carolina De Los Ángeles Mendoza Álvarez, Notaria.—1 vez.—CE2020010162.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 16 horas 00 minutos del 09 de octubre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Azul del Mar Ventures LLC Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 20 de octubre del 2020.—Lic. Brians Salazar Chavarría, Notario.—1 vez.—CE2020010163.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 17 horas 00 minutos del 15 de octubre del, año 2020, se constituyó la sociedad denominada M Y M Constructora Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 20 de octubre del 2020.—Licda. Olga Marta Cascante Sandoval, Notaria.—1 vez.—CE2020010164.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 08 horas 50 minutos del 19 de octubre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada ESSENTIAL SERVICES BPO LIMITADA.—San José, 20 de octubre del 2020.—Lic. Marlon Stevens Quintanilla Esquivel, Notario.—1 vez.—CE2020010165.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 09 horas 50 minutos del 20 de octubre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada GGB sociedad de responsabilidad Limitada.—San José, 20 de octubre del 2020.—Licda. Catherine Vanessa Mora Chavarría, Notario.—1 vez.—CE2020010166.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 18 horas 00 minutos del 19 de octubre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Fsociety Sociedad de Responsabilidad Limitada. San José, 20 de Octubre del 2020.—Licda. Nelly Nohelia Achio Artavia, Notaria.—1 vez.—CE2020010167

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 08 horas 00 minutos del 20 de octubre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Grintex Limitada.—San José, 20 de octubre del 2020.—Licda. Marielos Meléndez Hernández, Notaria.—1 vez.—CE2020010168.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 08 horas 00 minutos del 20 de octubre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Nrea Group Limitada.—San José, 20 de octubre del 2020.—Lic. Robert Christian Van Der Putten Reyes, Notario.—CE2020010169.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 15 horas 00 minutos del 15 de octubre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Inversiones Sucavet Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 20 de octubre del 2020.—Lic. Kerly Masis Beita, Notario CE2020010170

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 11 horas 00 minutos del 16 de octubre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Argón Pharma Sociedad de Responsabilidad limitada.—San José, 20 de octubre del 2020.—Licda. Diana Catalina Varela solano, Notario.—1 vez.—CE2020010171.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 11 horas 00 minutos del 20 de octubre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Rúa Tek Soporte Sociedad de Responsabilidad limitada.—San José, 20 de octubre del 2020.—Lic. Felipe Cordero Espinoza, Notario.—1 vez.—CE2020010172.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 09 horas 30 minutos del 15 de octubre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Corazón de los Yoses sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 20 de octubre del 2020.—Lic. Jorge Francisco Ross Araya, Notario.—1 vez.—CE2020010173.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 11 horas 00 minutos del 20 de octubre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Jefmag Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 20 de octubre del 2020.—Licda. Nazareth Abarca Madrigal, Notario.—1 vez.—CE2020010174.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 15 horas 00 minutos del 13 de octubre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Multiservicios El Triangulo Sociedad de Responsabilidad Limitada Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 20 de octubre del 2020.—Lic. Leonel Alvarado Zumbado, Notario.—1 vez.—CE2020010175.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 11 horas 00 minutos del 20 de octubre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Boutique FD Sociedad Anónima.—San José, 20 de octubre del 2020.—Licda. Sandra Moya Serrano, Notario CE2020010176

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 11 horas 00 minutos del 16 de octubre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Ampstek Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 20 de octubre del 2020.—Lic. Max Pacheco Ponce De León, Notario CE2020010177

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 14 horas 00 minutos del 23 de septiembre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Carlos Kuadra A D P Limitada.—San José, 20 de octubre del 2020.—Lic. Mario Enrique Salazar Marin, Notario.—CE2020010178

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 08 horas 00 minutos del 20 de octubre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Blasi De Los Ángeles Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 20 de octubre del 2020.—Licda. Olga Irene Granados Porras, Notario.—1 vez.—CE2020010179.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 16 horas 05 minutos del 16 de octubre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Leads Latam CGP Sociedad Anónima.—San José, 20 de octubre del 2020.—Lic. Jorge Arturo Hernández Rodríguez, Notario CE2020010180.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 15 horas 00 minutos del 16 de octubre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Tikis Julitana Limitada.—San José, 20 de octubre del 2020.—Lic. Juan Luis Céspedes Vargas, Notario.—1 vez.—CE2020010181.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 11 horas 00 minutos del 16 de octubre del año 2020, se constituyó la sociedad .—Sanbojohn Holding Company Sociedad anónima.—San José, 20 de octubre del 2020.—Lic. Daniel Aguilar González, Notario.—CE2020010182.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 15 horas 00 minutos del 16 de octubre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Grupo Administración Carvajal & Murillo CM Limitada.—San José, 20 de octubre del 2020.—Lic. José Manuel Arias González, Notario CE2020010183.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 08 horas 00 minutos del 20 de octubre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada La Cascada Alma Pacífica Limitada.—San José, 20 de octubre del 2020.—Licda. Ana Patricia Vargas Jara, Notaria.—1 vez.—CE2020010184.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 14 horas 00 minutos del 20 de octubre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Solarponics Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 20 de octubre del 2020.—Lic. Manuel Antonio Porras Vargas, Notario.—1 vez.—CE2020010185.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 12 horas 00 minutos del 04 de octubre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Ingefrio Refrigeración Industrial Sociedad Anónima.—San José, 20 de octubre del 2020.—Lic. Fernando Vargas Rojas, Notario.—1 vez.—CE2020010186.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 12 horas 00 minutos del 20 de octubre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Quinta de DEE Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 20 de octubre del 2020.—Lic. Giordano Zeffiro Caravaca, notario.—1 vez.—CE2020010187.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 15 horas 00 minutos del 14 de octubre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Green Tek Technology Sociedad Anónima.—San José, 20 de octubre del 2020.—Licda. Andrea María Alvarado Sandi, Notario.—1 vez.—CE2020010188.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 08 horas 00 minutos del 20 de octubre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada The Investiment S Dinasty of Costa Rica Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 20 de octubre del 2020.—Lic. Hugo Salazar Solano, Notario.—1 vez.—CE2020010189.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 10 horas 30 minutos del 20 de octubre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Idea CR Sociedad De Responsabilidad Limitada.—San José, 20 de octubre del 2020.—Lic. Miguel Ángel Santamaria Boza, Notario.—1 vez.—CE2020010190.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 12 horas 00 minutos del 20 de octubre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Inversiones Familiares Gutiérrez Artavia Sociedad de Responsabilidad Limitada Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 20 de octubre del 2020.—Lic. Daniel Valverde Schmidt, Notario.—1 vez.—CE2020010191.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 13 horas 00 minutos del 20 de octubre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada BW Family AT Casa Sunset Limitada.—San José, 20 de octubre del 2020.—Lic. Gonzalo Jose Rojas Benavides, Notario.—1 vez.—CE2020010192.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 12 horas 00 minutos del 04 de septiembre del año 2018, se constituyó la sociedad denominada Inversiones La Cimarrona Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 20 de octubre del 2020.—Lic. Otto José André Barrantes, Notario.—1 vez.—CE2020010193.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 13 horas 30 minutos del 20 de octubre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Winter Quarters Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 20 de octubre del 2020.—Lic. Giordano Zeffiro Caravaca, Notario.—1 vez.—CE2020010194.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 08 horas 00 minutos del 20 de octubre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Marbella Breeze LLC Limitada.—San José, 20 de octubre del 2020.—Lic. Gabriel Chaves Ledezma, Notario.—1 vez.—CE2020010195.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 16 horas 00 minutos del 05 de octubre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Avícola Porras WPB Sociedad Anónima.—San José, 20 de octubre del 2020.—Licda. Thais Melissa Hernández Vargas, Notario.—1 vez.—CE2020010196.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 11 horas 00 minutos del 20 de octubre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Propiedades Rich LLC Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 20 de octubre del 2020.—Licda. María Andrea Jara Pérez, Notaria.—1 vez.—CE2020010197.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 11 horas 30 minutos del 20 de octubre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada La Finca de Lando Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 20 de octubre del 2020.—Lic. Jacqueline Aponte Aguero, Notario.—1 vez.—CE2020010198.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 14 horas 00 minutos del 14 de octubre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Mega Stock Sociedad Anónima.—San José, 20 de octubre del 2020.—Licda. Atalia Miranda Castillo, Notario.—1 vez.—CE2020010199.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 09 horas 00 minutos del 17 de octubre del, año 2020, se constituyó la sociedad denominada JDN Inversiones Tecnológicas y, Empresariales Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 20 de octubre del,2020.—Licda. Josseline Andrea Aguero Maroto, Notario.—1 vez.—CE2020010200.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 14 horas 00 minutos del 20 de octubre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada The Whistling Rivers Sociedad Anónima.—San José, 20 de octubre del 2020.—Lic. Julio López Esquivel, Notario.—1 vez.—CE2020010201.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 21 horas 00 minutos del 07 de agosto del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Wave Connections Sociedad Anónima.—San José, 20 de octubre del 2020.—Lic. Cesar Antonio Reyes Carvajal, Notario.—1 vez.—CE2020010202.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 20 horas 30 minutos del 21 de octubre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Vareck Sociedad Anónima.—San José, 22 de octubre del 2020.—Lic. Eilyn Crist Alpízar Hidalgo, Notaria.—1 vez.—CE2020010322.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 15 horas 00 minutos del 03 de agosto del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Adventure Of The Pacific Burica Sociedad de Responsabilidad Limitada. San José, 22 de octubre del 2020.—Lic. Camilo Diego Cedeño Castro, Notario.—1 vez.—CE2020010323.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 18 horas 30 minutos del 13 de octubre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada SCMF Consultores Sociedad de Responsabilidad Limitada Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 23 de octubre del 2020.—Lic. Luis Paulo Castro Hernández, Notario.—1 vez.—CE2020010324.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 10 horas 00 minutos del 02 de octubre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Kaltig Sociedad de Responsabilidad Limitada Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 23 de octubre del 2020.—Lic. James Siu Arriola, Notario.—1 vez.—CE2020010325

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 17 horas 00 minutos del 22 de octubre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Ruadri Mantenimiento y Jardinería Sociedad Anónima.—San José, 23 de octubre del 2020.—Lic. Juan Luis Mora Monge, Notario.—1 vez.—CE2020010326.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 09 horas 30 minutos del 21 de octubre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Agale Sociedad Anónima. San José, 23 de octubre del 2020.—Lic. Ingrid Magaly Sánchez Araya, Notario.—1 vez.—CE2020010327

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 12 horas 30 minutos del 14 de octubre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Seguridad Balladares & Asociados Sociedad Anónima.—San José, 23 de octubre del 2020.—Licda. Fabiola Fernández Ugarte, Notario.—1 vez.—CE2020010328.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 09 horas 00 minutos del 21 de octubre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Sam S Folly Limitada. San José, 23 de octubre del 2020.—Licda. Diana Elke Pinchanski Fachler, Notaria.—1 vez.—CE2020010329.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 15 horas 00 minutos del 15 de octubre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Inversiones Vet Suca Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 23 de octubre del 2020.—Lic. Kerly Masis Beita, Notario.—1 vez.—CE2020010330.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 13 horas 00 minutos del 21 de octubre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Boat House Los Sueños Limitada.—San José, 23 de octubre del 2020.—Licda. Diana Elke Pinchanski Fachler, Notaria.—1 vez.—CE2020010331.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 11 horas 00 minutos del 20 de octubre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada GGL Services Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 23 de octubre del 2020.—Lic. Mario Saborío Rocafort, Notario.—1 vez.—CE2020010332.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 11 horas 00 minutos del 20 de octubre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Casa de Tijeras PK Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 23 de octubre del 2020.—Lic. Guido Orlando Granados Ramírez, Notario.—1 vez.—CE2020010333.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 17 horas 00 minutos del 15 de octubre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Constructora Santacruceña Moreno y Mejías Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 23 de octubre del 2020.—Licda. Olga Marta Cascante Sandoval, Notaria.—1 vez.—CE2020010334.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 11 horas 00 minutos del 22 de octubre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Tabacos y Papeles Costa Rica Sociedad Anónima .—San José, 23 de octubre del 2020.—Licda. Marcela Díaz Bogantes, Notaria.—1 vez.—CE2020010335.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 10 horas 00 minutos del 21 de septiembre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada C.V. San Isidro Agropecuaria y Ganadería Sociedad Anónima.—San José, 23 de octubre del 2020.—Lic. Angie Andrea Arce Acuña, Notaria.—1 vez.—CE2020010336.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 09 horas 00 minutos del 21 de octubre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Inversiones Morasa Sociedad Anónima.—San José, 23 de octubre del 2020.—Licda. Sandra Vanessa Escalante Porras, Notario.—1 vez.—CE2020010337.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 10 horas 00 minutos del 23 de octubre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Sabor del Sol Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 23 de octubre del 2020.—Lic. Omar Jalil Ayalés Adén, Notario.—1 vez.—CE2020010338.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 16 horas 00 minutos del 22 de octubre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Est Mad Ced Investments Limitada.—San José, 23 de octubre del 2020.—Lic. Percy Chamberlain Bolaños, Notario.—1 vez.—CE2020010339.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 15 horas 00 minutos del 15 de octubre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Bao Bao Sociedad Anónima.—San José, 23 de octubre del 2020.—Lic. Marcela Freer Rohrmoser, Notaria.—1 vez.—CE2020010340.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 10 horas 00 minutos del 22 de octubre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Servicios Rancho La Familia Sociedad Anónima Sociedad Anónima.—San José, 23 de octubre del 2020.—Lic. Walter Antonio Chavarría López, Notario.—1 vez.—CE2020010341.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 08 horas 00 minutos del 23 de octubre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Dayseb Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 23 de octubre del 2020.—Lic. Omar Jalil Ayalés Adén, Notario.—1 vez.—CE2020010342.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 09 horas 00 minutos del 23 de octubre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Dominical Property Management Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 23 de octubre del 2020.—Lic. Fernando Montero López, Notario.—1 vez.—CE2020010343.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 16 horas 00 minutos del 15 de octubre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Yao Yao Sociedad Anónima.—San José, 23 de octubre del 2020.—Licda. Marcela Freer Rohrmoser, Notaria.—1 vez.—CE2020010344.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 10 horas 00 minutos del 23 de octubre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Panificadora J Y D de Belén Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 23 de octubre del 2020.—Lic. Bernal Eduardo Alfaro Solano, Notario.—1 vez.—CE2020010345.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 16 horas 51 minutos del 15 de octubre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Stuff Shop Costa Rica Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 23 de octubre del 2020.—Licda. Ana Isabel Paniagua Lacayo, Notaria.—1 vez.—CE2020010346.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 17 horas 00 minutos del 22 de octubre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Grupo Sterasa Sociedad Anónima.—San José, 23 de octubre del 2020.—Lic. Héctor Chaves Sandoval, Notario.—1 vez.—CE2020010347.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 14 horas 00 minutos del 20 de octubre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Phone Lab L Y L Limitada.—San José, 23 de octubre del 2020.—Lic. Edgar Omar Belloso Montoya, Notario.—1 vez.—CE2020010348.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 13 horas 00 minutos del 23 de octubre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Sitrone C.R Sociedad Anónima.—San José, 23 de octubre del 2020.—Licda. Alejandra Echeverria Alfaro, Notaria.—1 vez.— CE2020010349.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 09 horas 00 minutos del 21 de octubre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Inmobiliaria Inmosa Sociedad Anónima.—San José, 23 de octubre del 2020.—Licda. Sandra Vanessa Escalante Porras, Notaria.—1 vez.—CE2020010350

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 10 horas 00 minutos del 21 de octubre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Ganadera Ruma Del Caribe Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 23 de octubre del 2020.—Lic. Lenin Segura Bolaños, Notario.—1 vez.—CE2020010351.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 08 horas 00 minutos del 23 de octubre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Pumuzika Limitada.—San José, 23 de octubre del 2020.—Lic. Oscar Manuel Funes Orellana, Notario.—1 vez.—CE2020010352.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 11 horas 00 minutos del 22 de octubre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Allies Hr Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 23 de octubre del 2020.—Licda. Marta Benavides Hernández, Notaria.—1 vez.—CE2020010353.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 08 horas 00 minutos del 23 de octubre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Sebday Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 23 de octubre del 2020.—Lic. Omar Jalil Ayalés Adén, Notario.—1 vez.—CE2020010354.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 09 horas 00 minutos del 23 de octubre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Jugos del Oeste Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 23 de octubre del 2020.—Lic. Antonio José Mora Barboza, Notario.—1 vez.—CE2020010355.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 08 horas 00 minutos del 23 de octubre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Arquitectura Y Ebanistería Buró Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 23 de octubre del 2020.—Lic. Kenneth Francisco Muñoz Ureña, Notario.—1 vez.— CE2020010356.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 14 horas 00 minutos del 23 de octubre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Vincorsa Sociedad Anónima.—San José, 23 de octubre del 2020.—Licda. Sandra Moya Serrano, Notario.—1 vez.—CE2020010357.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 10 horas 00 minutos del 23 de octubre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada One Group Corporation Sociedad Anónima.—San José, 23 de octubre del 2020.—Licda. María Del Milagro Solórzano León, Notaria.—1 vez.—CE2020010358.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 17 horas 00 minutos del 17 de agosto del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Valhalla Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 23 de Octubre del 2020.—Licda. Ada Valeria Aguilera Garita, Notaria.—1 vez.—CE2020010359.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 12 horas 00 minutos del 13 de octubre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada The Academy For Vibrant Living Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 23 de octubre del 2020.—Licda. Maria Eugenia Castro Villalobos, Notaria.—1 vez.—CE2020010360.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 18 horas 00 minutos del 20 de octubre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Sueños E Inversiones Trapiche Cuatro Limitada.—San José, 23 de octubre del 2020.—Lic. Luis Fernando Fallas Marín, Notario.—1 vez.—CE2020010361.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 10 horas 00 minutos del 11 de abril del año 2018, se constituyó la sociedad denominada Cea Capital Sociedad Anónima.—San José, 23 de octubre del 2020.—Licda. Esther Cecilia Solano Jerez, Notaria.—1 vez.—CE2020010362.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 14 horas 30 minutos del 23 de octubre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Asfitral Asesorai Financiera y Tributaria de Alajuela Sociedad Anónima.—San José, 23 de octubre del 2020.—Lic. Randall Cerdas Corella, Notario.—1 vez.—CE2020010363.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 16 horas 00 minutos del 20 de octubre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Gat Generates All Time Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 23 de octubre del 2020.—Lic. Herald Garbanzo Alvarado, Notario.—1 vez.—CE2020010364.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 13 horas 00 minutos del 23 de octubre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada La Casita de Mimi Limitada.—San José, 23 de octubre del 2020.–Licda. Ana Patricia Vargas Jara, Notaria.—1 vez.—CE2020010365.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 12 horas 00 minutos del 23 de octubre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada KAMBL Corporation Limitada Limitada.—San José, 23 de Octubre del 2020.—Lic. Jarlin Guerra Álvarez, Notario.—1 vez.—CE2020010366.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 17 horas 00 minutos del 22 de octubre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Inversiones Cala Cala del Rio Sociedad Anónima.—San José, 23 de octubre del 2020.—Lic. Guillermo Guerrero Corrales, Notario.—1 vez.—CE2020010367.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 13 horas 00 minutos del 23 de octubre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Sitrone CR Sociedad Anónima.—San José, 23 de octubre del 2020.—Licda. Alejandra Echeverria Alfaro, Notaria.—1 vez.—CE2020010368.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 09 horas 00 minutos del 23 de octubre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Maloma Sociedad Anónima.—San José, 23 de octubre del 2020.—Lic. Ricardo León Vargas Guerrero, Notario.—1 vez.—CE2020010369.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 13 horas 00 minutos del 21 de octubre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Ramírez Luna Limitada.—San José, 23 de octubre del 2020.—Lic. Iván Villalobos Ramírez, Notario.—1 vez.—CE2020010370.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 16 horas 20 minutos del 20 de octubre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Jaco Kitchen And Bath Limitada.—San José, 23 de octubre del 2020.—Lic. Eric Scharf Taitelbaum, Notario.—1 vez.—CE2020010371.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 12 horas 00 minutos del 02 de octubre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada P T W Costa Rica Vacations Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 23 de octubre del 2020.—Licda. Kristel Atencio Heinrich, Notaria.—1 vez.—CE2020010372.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 16 horas 00 minutos del 23 de octubre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Containers Solutions Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 23 de octubre del 2020.—Lic. Eduardo José Mora Castro, Notario.—1 vez.—CE2020010373.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 10 horas 00 minutos del 23 de octubre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Pisotec CR Sociedad Anónima.—San José, 23 de octubre del 2020.—Lic. José Gonzalo Carrillo Mora, Notario.—1 vez.—CE2020010374.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 17 horas 15 minutos del 23 de octubre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Rocío Rayo Del Sol Limitada.—San José, 23 de octubre del 2020.—Licda. Carolina De Los Ángeles Mendoza Álvarez, Notaria.—1 vez.—CE2020010375.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 11 horas 00 minutos del 20 de octubre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Familia Jef Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 23 de octubre del 2020.—Licda. Nazareth Abarca Madrigal, Notaria.—1 vez.—CE2020010376.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 08 horas 00 minutos del 16 de octubre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Faith Hope Love and He Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 27 de octubre del 2020.—Lic. Franklin Esteban Fernández Torrentes, Notario.—1 vez.—CE2020010524.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 08 horas 30 minutos del 22 de octubre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Grupo LTCR Sociedad Anónima.—San José, 28 de octubre del 2020.—Licda. Heidy Patricia Lizano Sánchez, Notaria.—1 vez.—CE2020010525.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría a las 09 horas 00 minutos del 27 de octubre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Mango VV Cinco Cero Seis Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 28 de octubre del 2020.—Lic. Federico Peralta Calzada, Notario.—1 vez.—CE2020010526.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 18 horas 00 minutos del 27 de octubre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada el número de cédula jurídica que se asigne sociedad de responsabilidad limitada.—San José, 28 de octubre del 2020.—Lic. Johnny Alberto Moya Umaña, Notario.—1 vez.—CE2020010527.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 16 horas 20 minutos del 26 de octubre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Baruch J Y A Sociedad Anónima.—San José, 28 de octubre del 2020.—Lic. José Miguel Solano Álvarez, Notario.—1 vez.—CE2020010528.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría. a las 18 horas 30 minutos del 27 de octubre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada el número de cédula jurídica que se asigne sociedad de responsabilidad limitada.—San José, 28 de octubre del 2020.—Lic. Johnny Alberto Moya Umaña, Notario.—1 vez.—CE2020010529.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 10 horas 00 minutos del 27 de octubre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Bahía Encantada C Tres Limitada.—San José, 28 de octubre del 2020.—Lic. Gonzalo Ernesto Velásquez Martínez, Notario.—1 vez.—CE2020010530.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 08 horas 00 minutos del 28 de octubre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Intentional Properties Sociedad Anónima.—San José, 28 de octubre del 2020.—Licda. Nathalie Elizondo Montero, Notaria.—1 vez.—CE2020010531.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 12 horas 15 minutos del 01 de julio del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Key Business Solutions Sociedad Anónima.—San José, 28 de octubre del 2020.—Lic. Gonzalo Ernesto Velásquez Martínez, Notario.—1 vez.—CE2020010532.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 15 horas 00 minutos del 27 de octubre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Seben Wezer Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 28 de octubre del 2020.—Lic. Bernal Eduardo Alfaro Solano, Notario.—1 vez.—CE2020010533.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 12 horas 45 minutos del 01 de Julio del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Faro Soluciones en Gestión de Proyectos Sociedad Anónima.—San José, 28 de octubre del 2020.—Lic. Gonzalo Ernesto Velásquez Martínez, Notario.—1 vez.—CE2020010534.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 08 horas 00 minutos del 28 de octubre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Coriline Limitada.—San José, 28 de octubre del 2020.—Lic. Oscar Manuel Funes Orellana, Notario.—1 vez.—CE2020010535.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 13 horas 30 minutos del 25 de octubre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada AD & PR Servicios Médicos de Centroamérica Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 28 de octubre del 2020.—Lic. Wilmar Rodríguez Carrillo, Notario.—1 vez.—CE2020010536.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 09 horas 00 minutos del 27 de octubre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Entregas Todo Bien Sociedad Anónima.—San José, 28 de octubre del 2020.—Lic. Jorge Luis Villalobos Salgado, Notario.—1 vez.—CE2020010537.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 14 horas 00 minutos del 13 de octubre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Altos De La Mora EMR Limitada.—San José, 28 de octubre del 2020.—Lic. Eugenio Francisco Ortiz Álvarez, Notario.—1 vez.—CE2020010538.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 15 horas 00 minutos del 26 de octubre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Soporte Industrial CR Limitada.—San José, 28 de octubre del 2020.—Lic. Rolando Alonso Olivas Ortiz, Notario.—1 vez.—CE2020010539.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 12 horas 00 minutos del 02 de octubre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Cellmanía Importaciones y Comercializadora Sociedad Anónima.—San José, 28 de octubre del 2020.—Lic. William Mora Guevara, Notario.—1 vez.—CE2020010540.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 09 horas 00 minutos del 28 de octubre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Embutidos y Preformados Prepasa Sociedad Anónima.—San José, 28 de octubre del 2020.—Lic. Guiselle Arias López, Notario.—1 vez.—CE2020010541.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 09 horas 28 minutos del 28 de octubre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada B Dos B Real Estate Investments LLC Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 28 de octubre del 2020.—Licda. Carolina De Los Ángeles Mendoza Álvarez, Notaria.—1 vez.—CE2020010542.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 10 horas 00 minutos del 28 de octubre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada La Copa de Los Árboles Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 28 de octubre del 2020.—Licda. Yancy Gabriela Araya Pérez, Notaria.—1 vez.—CE2020010543.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 12 horas 00 minutos del 06 de octubre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Soccer Viza Football Club Sociedad Anónima Deportiva Sociedad Anónima.—San José, 28 de octubre del 2020.—Lic. Doryan Bernardo Chaverri Barahona, Notario.—1 vez.—CE2020010544.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 16 horas 35 minutos del 08 de octubre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Vástago Logistics Solutions Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 28 de octubre del 2020.—Lic. José Rafael Aguilar Vargas, Notario.—1 vez.—CE2020010545.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 12 horas 10 minutos del 28 de agosto del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Hidalgo-Edwards & Co Sociedad Anónima.—San José, 28 de octubre del 2020.—Lic. Carlos Manuel Madrigal Mora, Notario.—1 vez.—CE2020010546.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 16 horas 00 minutos del 26 de octubre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Promise Entertainment Sociedad Anónima.—San José, 28 de octubre del 2020.—Licda. Karen Francinni Amador Valverde, Notaria.—1 vez.—CE2020010547.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 11 horas 30 minutos del 27 de octubre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Prolific Abundance Connection Sanctum Sociedad Anónima.—San José, 28 de octubre del 2020.—Lic. Manfred Gerhard Marshall Facio, Notario.—1 vez.—CE2020010548.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 20 horas 00 minutos del 27 de octubre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Servicios Especializados Colibrí Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 28 de octubre del 2020.—Lic. Alex Gerardo Castro Paniagua, Notario.—1 vez.—CE2020010549.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 14 horas 00 minutos del 10 de agosto del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Suministros y Papelería MYK Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 28 de octubre del 2020.—Lic. Sergio Madriz Avendaño, Notario.—1 vez.—CE2020010550.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 19 horas 30 minutos del 26 de octubre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Solginecología Limitada.—San José, 28 de octubre del 2020.—Licda. Carolina Arguedas Millet, Notaria.—1 vez.—CE2020010551.

Mediante escritura otorgada ante esta Notaría a las 15 horas 00 minutos del 20 de octubre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Soluciones M.R.F. Sociedad Anónima.—San José, 28 de octubre del 2020.—Licda. Ileana Rodríguez González, Notaria.—1 vez.—CE2020010552.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 19 horas 40 minutos del 26 de octubre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Milgram Ginecología Limitada.—San José, 28 de octubre del 2020.—Licda. Carolina Arguedas Millet, Notaria.—1 vez.—CE2020010553

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 19 horas 00 minutos del 21 de octubre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Logistic Logar Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 28 de octubre del 2020.—Licda. Ileana Rodríguez González, Notaria.—1 vez.—CE2020010554.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 14 horas 30 minutos del 27 de octubre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Inversiones RSK Sociedad Anónima.—San José, 28 de octubre del 2020.—Licda. Ileana Rodríguez González, Notaria.—1 vez.—CE2020010555.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 18 horas 00 minutos del 27 de octubre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Embrujo Verde Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 28 de octubre del 2020.—Lic. Sergio Madriz Avendaño, Notario.—1 vez.—CE2020010556.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 09 horas 00 minutos del 28 de octubre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada LPZCO Holdings Limitada.—San José, 28 de octubre del 2020.—Lic. Andrés Montejo Morales, Notario.—1 vez.—CE2020010557.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 17 horas 00 minutos del 17 de agosto del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Valhalla Blue Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 28 de octubre del 2020.—Licda. Ada Valeria Aguilera Garita, Notaria.—1 vez.—CE2020010558.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 12 horas 00 minutos del 20 de octubre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Barón Technologies Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 28 de octubre del 2020.—Licda. Tatiana Fernández Mora, Notaria.—1 vez.—CE2020010559.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 15 horas 00 minutos del 27 de octubre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Pura Prana Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 28 de octubre del 2020.—Lic. Johnny Gerardo León Guido, Notario.—1 vez.—CE2020010560.

Mediante escritura otorgada ante esta Notaría a las 13 horas 00 minutos del 27 de octubre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Inversiones Barahona y Balladares Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 28 de octubre del 2020.—Lic. Fernando Castro Chavarría, Notario.—1 vez.—CE2020010561.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 09 horas 30 minutos del 28 de octubre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada LPZCO Operations Limitada.—San José, 28 de octubre del 2020.—Lic. Andrés Montejo Morales, Notario.—1 vez.—CE2020010563.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 13 horas 30 minutos del 28 de octubre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Bill del Castillo Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 28 de octubre del 2020.—Lic. Fernando Castro Chavarría, Notario.—1 vez.—CE2020010564.

Mediante escritura otorgada ante esta Notaría, a las 10 horas 30 minutos del 26 de octubre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Instituto Científico USJC Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 28 de octubre del 2020.—Lic. Gerardo Alonso Benavides Sánchez, Notario.—1 vez.—CE2020010565.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 18 horas 00 minutos del 20 de octubre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Logistics Business Enterprise Sociedad Anónima.—San José, 28 de octubre del 2020.—Lic. Yiell Flores Madrigal, Notario.—1 vez.—CE2020010566.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 13 horas 00 minutos del 28 de octubre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Manzana Dorada Limitada Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 28 de octubre del 2020.—Licda. Annia Shirley Zúñiga Méndez, Notaria.—1 vez.—CE2020010567.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 10 horas 00 minutos del 23 de octubre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Whole Consulting Group Sociedad Anónima.—San José, 28 de octubre del 2020.—Licda. María Del Milagro Solórzano León, Notaria.—1 vez.—CE2020010568.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 17 horas 00 minutos del 14 de octubre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Alyrose Sociedad Anónima.—San José, 28 de octubre del 2020.—Licda. Evelin De Los Ángeles Sandoval Sandoval, Notaria.—1 vez.—CE2020010569.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 16 horas 00 minutos del 27 de octubre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Grupo Costa Bike AF Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 28 de octubre del 2020.—Lic. Edwin Martín Chacón Saborío, Notario.—1 vez.—CE2020010570.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 16 horas 00 minutos del 22 de octubre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Inversiones Silan DGD Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 28 de octubre del 2020.—Lic. Edwin Martín Chacón Saborío, Notario.—1 vez.—CE2020010571.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 14 horas 00 minutos del 15 de octubre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Izaromoby Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 28 de octubre del 2020.—Lic. Eric Esquivel Carvajal, Notario.—1 vez.—CE2020012854.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 16 horas 00 minutos del 03 de noviembre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Corporación CQ Concentrados Sociedad Anónima.—San José, 03 de noviembre del 2020.—Lic.—Alfredo Calderón Chavarría, Notario.—1 vez.—CE2020010679.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 15 horas 54 minutos del 28 de octubre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Ministerios Unidos AP.RR Sociedad Anónima.—San José, 03 de noviembre del 2020.—Licda.—Bianchy Magdalena Rodríguez Salas, Notario.—1 vez.—CE2020010680.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 10 horas 00 minutos del 21 de octubre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Infraestructura & Medical Costa Rica Sociedad Responsabilidad Limitada Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 03 de noviembre del 2020.—Lic.—Juan Carlos Castillo Quirós, Notario.—1 vez.—CE2020010681.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 13 horas 00 minutos del 19 de setiembre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Inversiones Daluxy Sociedad Anónima Sociedad Anónima.—San José, 03 de noviembre del 2020.—Lic.—Francisco Javier Martí Meneses, Notario.—1 vez.—CE2020010682.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 09 horas 00 minutos del 24 de octubre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Creaciones Mundo Mágico de Colores Sociedad Anónima.—San José, 03 de noviembre del 2020.—Licda.—María Yisela Quesada León, Notaria.—1 vez.—CE2020010683.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 16 horas 20 minutos del 26 de octubre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada IDEJ M.A.—Sociedad Anónima.—San José, 04 de noviembre del 2020.—Lic. Jose Miguel Solano Álvarez, Notario.—1 vez.—CE2020010684.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 13 horas 00 minutos del 23 de octubre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada La Casita de Mimi En El Paraíso Limitada.—San José, 04 de noviembre del 2020.—Licda. Ana Patricia Vargas Jara, Notaria.—1 vez.—CE2020010685.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 10 horas 00 minutos del 02 de noviembre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Got Technologies Costa Rica Sociedad de Responsabilidad Limitada Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 04 de noviembre del 2020.—Lic.—Rodolfo Enrique Montero Pacheco, Notario.—1 vez.—CE2020010686.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 14 horas 00 minutos del 02 de noviembre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Sound Diplomacy S D Limitada.—San José, 04 de noviembre del 2020.—Lic. Federico Castro Kahle, Notaria.—1 vez.—CE2020010687.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 15 horas 00 minutos del 02 de noviembre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Corporación ESKB Holdings Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 04 de noviembre del 2020.—Lic. José Luis Torres Rodríguez, Notario.—1 vez.—CE2020010688.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 08 horas 00 minutos del 03 de noviembre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Inari Home Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 04 de noviembre del 2020.—Lic. José Pablo González Trejos, Notario.—1 vez.—CE2020010689.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 08 horas 00 minutos del 29 de octubre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Life´s a Party Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 04 de noviembre del 2020.—Lic. Alejandro José Romero Fuentes, Notario.—1 vez.—CE2020010690.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 11 horas 00 minutos del 13 de octubre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada El Ripple Mágico Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 04 de noviembre del 2020.—Lic. Max Rojas Fajardo, Notario.—1 vez.—CE2020010691.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 08 horas 00 minutos del 04 de noviembre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Ludeca de Costa Rica Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 04 de noviembre del 2020.—Lic. Gonzalo Vargas Acosta, Notario.—1 vez.—CE2020010692.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 10 horas 45 minutos del 29 de octubre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Magomi Guapileño Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 04 de noviembre del 2020.—Lic. José Rafael Ortiz Carvajal, Notario.—1 vez.—CE2020010693.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 09 horas 00 minutos del 04 de noviembre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Inversiones Agrícolas R Y H del Sur Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 04 de noviembre del 2020.—Lic. Johnny Solís Barrantes, Notario.—1 vez.—CE2020010694.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 13 horas 00 minutos del 28 de octubre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Barefoot Salsa Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 04 de noviembre del 2020.—Licda. María Verónica Méndez Reyes, Notaria.—1 vez.—CE2020010695.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 12 horas 00 minutos del 02 de octubre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada PTW Travel Services Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 04 de noviembre del 2020.—Licda. Kristel Atencio Heinrich, Notaria.—1 vez.—CE2020010696.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 10 horas 10 minutos del 02 de noviembre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada TKD Center Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 04 de noviembre del 2020.—Lic. Javier Eduardo Luna Montero, Notario.—1 vez.—CE2020010697.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 18 horas 00 minutos del 20 de octubre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Costa Rica Hemp International Sociedad Anónima Sociedad Anónima.—San José, 04 de noviembre del 2020.—Licda. Andrea Mayela Blanco Alfaro, Notaria.—1 vez.—CE2020010698.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 12 horas 30 minutos del 26 de octubre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Cocomart Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 04 de noviembre del 2020.—Lic. Steven Ferris Quesada, Notario.—1 vez.—CE2020010699.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 12 horas 30 minutos del 28 de octubre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Marjul Internacional Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 04 de noviembre del 2020.—Lic. Miguel Chacón Alvarado, Notario.—1 vez.—CE2020010700.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 15 horas 30 minutos del 29 de octubre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Grupo Terapia Culinaria Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 04 de noviembre del 2020.—Licda. Sally Madrigal Saborío, Notario.—1 vez.—CE2020010701.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 10 horas 30 minutos del 02 de noviembre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Artillería OSS Uno Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 04 de noviembre del 2020.—Licda. Jessica Paola Salas Arroyo, Notaria.—1 vez.—CE2020010702.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 17 horas 00 minutos del 26 de octubre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Lancesoft LTD Limitada.—San José, 04 de noviembre del 2020.—Lic. Manrique Gamboa Ramón, Notario.—1 vez.—CE2020010703.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 13 horas 00 minutos del 28 de octubre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Frida&Khalo Gastronómico de Costa Rica Sociedad Anónima.—San José, 04 de noviembre del 2020.—Licda. Jessica Alvarado Herrera, Notaria.—1 vez.—CE2020010704

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 13 horas 00 minutos del 25 de octubre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Perusa S.A Sociedad Anónima.—San José, 04 de noviembre del 2020.—Licda. Rosa María Vásquez Aguero, Notario.—1 vez.—CE2020010705.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 11 horas 45 minutos del 27 de octubre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Natural Life Health Improvement Limitada.—San José, 04 de noviembre del 2020.—Licda. Johanna Pamela Cordero Araya, Notaria.—1 vez.—CE2020010706.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 08 horas 30 minutos del 03 de noviembre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada TSSI Human Resources Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 04 de noviembre del 2020.—Licda. Sirsa Eunice Méndez Matarrita, Notaria.—1 vez.—CE2020010707.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 15 horas 00 minutos del 02 de noviembre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Remodelaciones Hoteleras Costa Rica Jarri Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 04 de noviembre del 2020.—Licda. Silvia Patricia Alvarado Quijano, Notaria.—1 vez.—CE2020010708.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 11 horas 00 minutos del 09 de octubre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Repuestos Mata Cuarenta y Cuatro de Occidente Sociedad de Responsabilidad Limitada Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 04 de noviembre del 2020.—Lic. Fernando Campos Céspedes, Notario.—1 vez.—CE2020010709.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 17 horas 00 minutos del 29 de octubre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Tech Advisor Solutions Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 04 de noviembre del 2020.—Licda. Siu Len Wing Ching Jiménez, Notaria.—1 vez.—CE2020010710.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 08 horas 00 minutos del 03 de noviembre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Koru Jardín Mágico Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 04 de noviembre del 2020.—Lic. José Miguel León Hidalgo, Notario.—1 vez.—CE2020010711.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 10 horas 30 minutos del 04 de noviembre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Casa Della Delicias E Hijas Limitada.—San José, 04 de noviembre del 2020.—Lic. Robert Christian Van Der Putten Reyes, Notario.—1 vez.—CE2020010712.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 08 horas 00 minutos del 28 de octubre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Bell Enterprise Group Sociedad Anónima.—San José, 04 de noviembre del 2020.—Lic. Luis Eduardo Hernández Aguilar, Notario.—1 vez.—CE2020010713.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 08 horas 00 minutos del 18 de agosto del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Mayorista NEOSCR de Ocidente Sociedad Anónima Sociedad Anónima.—San José, 04 de noviembre del 2020.—Lic. Fernando Campos Céspedes, Notario.—1 vez.—CE2020010714.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 08 horas 00 minutos del 04 de noviembre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Tambor Management Limitada.—San José, 04 de noviembre del 2020.—Lic. Oscar Manuel Funes Orellana, Notario.—1 vez.—CE2020010715.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 11 horas 00 minutos del 04 de noviembre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Atenas Enterprises Limitada.—San José, 04 de noviembre del 2020.—Lic. Alejandro Alonso Román González, Notario.—1 vez.—CE2020010716.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 08 horas 30 minutos del 04 de noviembre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada El Este Lejano Uno Limitada.—San José, 04 de noviembre del 2020.—Lic.—Oscar Manuel Funes Orellana, Notario.—1 vez.— CE2020010717.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 11 horas 00 minutos del 29 de octubre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Sweet Surprises CR Limitada.—San José, 04 de noviembre del 2020.—Licda. Johanna Pamela Cordero Araya, Notaria.—1 vez.—CE2020010718.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 14 horas 00 minutos del 23 de octubre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada JML Multiservicios Sociedad Anónima.—San José, 04 de noviembre del 2020.—Lic. Bernal Jiménez Núñez, Notario.—1 vez.—CE2020010719.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 16 horas 00 minutos del 21 de setiembre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Grupo ARI Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 04 de noviembre del 2020.—Licda. Evelyn Alejandra Calderón Murillo, Notaria.—1 vez.—CE2020010720.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 15 horas 00 minutos del 29 de octubre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada La Macacrib de Piedades Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 04 de noviembre del 2020.—Lic. Sagrario Padilla Velásquez, Notario.—1 vez.—CE2020010721.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 16 horas 00 minutos del 23 de octubre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Valsot de Occidente Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 04 de noviembre del 2020.—Lic. Juan Luis Céspedes Vargas, Notario.—1 vez.—CE2020010722.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 14 horas 00 minutos del 03 de noviembre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Valerín Rose Security Limitada.—San José, 04 de noviembre del 2020.—Lic. Mario Enrique Salazar Marin, Notario.—1 vez.—CE2020010723.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 10 horas 45 minutos del 29 de octubre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Mimago Guapileño Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 04 de noviembre del 2020.—Lic. José Rafael Ortiz Carvajal, Notario.—1 vez.—CE2020010724.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 09 horas 00 minutos del 04 de noviembre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada MH Finance Costa Rica Sociedad Anónima.—San José, 04 de noviembre del 2020.—Lic. Arturo Ortiz Sánchez, Notario.—1 vez.—CE2020010725.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 09 horas 00 minutos del 03 de noviembre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Peralada Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 04 de noviembre del 2020.—Lic. Enrique Loría Brunker, Notario CE2020010726.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 11 horas 00 minutos del 23 de octubre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Sistema Salveterra Sociedad Anónima.—San José, 04 de noviembre del 2020.—Lic. Juan José Echeverría Alfaro, Notario.—1 vez.—CE2020010727.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 11 horas 00 minutos del 03 de noviembre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Visión Inspirada Limitada.—San José, 04 de noviembre del 2020.—Lic. Alan Masís Angulo, Notario.—1 vez.—CE2020010728.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 11 horas 40 minutos del 03 de noviembre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Mika Corp LLC Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 04 de noviembre del 2020.—Lic. Brians Salazar Chavarría, Notario.—1 vez.—CE2020010729.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 17 horas 00 minutos del 02 de noviembre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Maleti CR Sociedad Anónima.—San José, 04 de noviembre del 2020.—Lic. Héctor Chaves Sandoval, Notario.—1 vez.—CE2020010730.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 17 horas 00 minutos del 03 de noviembre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Seguridad Val CH Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 04 de noviembre del 2020.—Lic. Luis Adolfo Vargas Vargas, Notario.—1 vez.—CE2020010731.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 13 horas 00 minutos del 29 de octubre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Inversiones Romoya Sociedad Anónima.—San José, 04 de noviembre del 2020.—Lic. Abel Ignacio Gómez Bloise, Notario.—1 vez.—CE2020010732.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 11 horas 00 minutos del 04 de noviembre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Sandra y Elad Limitada.—San José, 04 de noviembre del 2020.—Lic. Alan Masís Angulo, Notario.—1 vez.—CE2020010733.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría a las 18 horas 00 minutos del 20 de octubre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Global Logistics Business Enterprise Sociedad Anónima.—San José, 04 de noviembre del 2020.—Lic. Yiell Flores Madrigal, Notario.—1 vez.—CE2020010734.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 12 horas 45 minutos del 04 de noviembre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Multiservicios Los Ángeles MLA Sociedad Anónima.—San José, 04 de noviembre del 2020.—Lic. Steven Vega Figueroa, Notario.—1 vez.—CE2020010735.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 15 horas 00 minutos del 30 de octubre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Casa Victorias Rosadas Limitada.—San José, 04 de noviembre del 2020.—Licda. Nathalie Woodbridge Gómez, Notaria.—1 vez.—CE2020010736.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 12 horas 15 minutos del 29 de octubre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Medicina Personalizada Sociedad de Responsabilidad Limitada. San José, 04 de noviembre del 2020.—Lic. Belzert Espinoza Cruz, Notario.—1 vez.—CE2020010737.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 12 horas 00 minutos del 20 de octubre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Cloud Labs Tech Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 04 de noviembre del 2020.—Licda. Tatiana Fernández Mora, Notaria.—1 vez.—CE2020010738.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 10 horas 45 minutos del 04 de noviembre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Security Global Group Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 04 de noviembre del 2020.—Lic. Randall Rubén Sánchez Mora, Notario.—CE2020010739.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 00 horas 00 minutos del 03 de noviembre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Lomas Alca de San Mateo Sociedad Anónima.—San José, 04 de noviembre del 2020.—Licda. Lucía Isabel Wille Sáenz, Notaria.—1 vez.—CE2020010740

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 16 horas 30 minutos del 31 de octubre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Eco Efdan Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 04 de noviembre del 2020.—Lic. Marco Antonio Vargas Valverde, Notario.—1 vez.—CE2020010741.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 18 horas 00 minutos del 26 de octubre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Multiservicios Vargo y Asociados Sociedad Anónima.—San José, 04 de noviembre del 2020.—Licda. Rita Isabel Jiménez Soto, Notaria.—1 vez.—CE2020010742.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 11 horas 40 minutos del 03 de noviembre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Grupo HPMCR Sociedad Anónima.—San José, 04 de noviembre del 2020.—Lic. Nelson Antonio Gómez Barrantes, Notario.—1 vez.—CE2020010743.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 18 horas 00 minutos del 03 de noviembre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Constructora Electromecánica MGM Limitada.—San José, 04 de noviembre del 2020.—Licda. Jessica Abarca Guzmán, Notaria.—1 vez.—CE2020010744.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 08 horas 30 minutos del 10 de octubre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Inversiones Z Y S Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 04 de noviembre del 2020.—Lic. Walter Isidro Rodríguez Castro, Notario.—1 vez.—CE2020010745.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 12 horas 00 minutos del 29 de octubre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Spots Investments Sociedad Anónima.—San José, 04 de noviembre del 2020.—Lic. Randall Alberto Quirós Herrera, Notario.—1 vez.—CE2020010746.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 14 horas 00 minutos del 16 de octubre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Scare Crow´s Dream Limitada Limitada.—San José, 04 de noviembre del 2020.—Lic. Paul Oporta Romero, Notario.—1 vez.—CE2020010747.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 11 horas 00 minutos del 22 de octubre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Terruño Tingo Sociedad Anónima.—San José, 04 de noviembre del 2020.—Licda. Karen María Fonseca Sánchez, Notaria.—1 vez.—CE2020010748.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 14 horas 00 minutos del 22 de setiembre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Maproper Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 04 de noviembre del 2020.—Licda. Eida Marlene Solorzano Abarca, Notaria.—1 vez.—CE2020010749.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 09 horas 00 minutos del 02 de noviembre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Cédula Jurídica Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 04 de noviembre del 2020.—Lic. Edwin Alonso Mora Campos, Notario.—1 vez.—CE2020010750.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 09 horas 00 minutos del 04 de noviembre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada RH Agrícola Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 04 de noviembre del 2020.—Lic. Johnny Solís Barrantes, Notario.—1 vez.—CE2020010751.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 11 horas 00 minutos del 13 de octubre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Kerox Sociedad Anónima.—San José, 04 de noviembre del 2020.—Lic. Luis Alberto Arias Obando, Notario.—1 vez.—CE2020010752.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 11 horas 00 minutos del 24 de octubre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Revotech Costa Rica Sociedad Anónima.—San José, 04 de noviembre del 2020.—Lic. Gabriel Enrique Mora Madrigal, Notario.—1 vez.—CE2020010753.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 14 horas 00 minutos del 04 de noviembre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada ARENONIFB Sociedad Anónima.—San José, 04 de noviembre del 2020.—Lic. Luis Alberto Carrillo Delgado, Notario.—1 vez.—CE2020010754.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 09 horas 00 minutos del 02 de noviembre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Kiala Limitada.—San José, 04 de noviembre del 2020.—Licda. Alejandra Carolina Román Espinoza, Notaria.—1 vez.—CE2020010755.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 10 horas 45 minutos del 29 de octubre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Mirmagon Guapileño Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 04 de noviembre del 2020.—Lic. José Rafael Ortiz Carvajal, Notario.—1 vez.—CE2020010756.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 15 horas 00 minutos del 04 de noviembre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Greentrust Investments Sociedad Anónima.—San José, 04 de noviembre del 2020.—Lic. Marcos Andrés Rodríguez Hernández, Notario.—1 vez.—CE2020010757.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 13 horas 00 minutos del 04 de noviembre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Osos Rojos Hermanos Sociedad Anónima.—San José, 04 de noviembre del 2020.—Lic. Walter Gerardo Gómez Rodríguez, Notario.—1 vez.—CE2020010758.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 20 horas 00 minutos del 07 de octubre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Shannan Limitada.—San José, 04 de noviembre del 2020.—Lic. Sergio Mena Díaz, Notario.—1 vez.—CE2020010759.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 16 horas 00 minutos del 03 de noviembre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Campuy Logistic Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 04 de noviembre del 2020.—Lic. Alexis Monge Barboza, Notario.—1 vez.—CE2020010760.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 19 horas 00 minutos del 29 de octubre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Asistente Múltiple Enlínea Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 04 de noviembre del 2020.—Lic. Judith Rocío Valle Téllez, Notaria.—1 vez.—CE2020010761.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 11 horas 40 minutos del 03 de noviembre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada CR Corp Mika Investments LLC Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 04 de noviembre del 2020.—Lic. Brians Salazar Chavarría, Notario.—1 vez.—CE2020010762.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 11 horas 30 minutos del 04 de noviembre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada SL Asistencia Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 04 de noviembre del 2020.—Licda. Jacqueline Aponte Agüero, Notaria.—1 vez.—CE2020010763.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 09 horas 00 minutos del 19 de octubre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Estrategias Eficientes RAC Limitada.—San José, 04 de noviembre del 2020.—Licda. Lidiette Jiménez Arias, Notaria.—1 vez.—CE2020012855.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría a las 18 horas 00 minutos del 05 de noviembre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Taxstrat Servicios Legal Tributarios TSLT Sociedad Anónima.—San José, 05 de noviembre del 2020.—Lic. Alejandra Carolina Román Espinoza, Notario.—1 vez.—CE2020010823.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría a las 13 horas 00 minutos del 05 de noviembre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Arulam Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 05 de noviembre del 2020.—Lic. Alejandro José Romero Fuentes, Notario.—1 vez.—CE2020010824.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría a las 15 horas 00 minutos del 04 de noviembre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Jinca Market CR Sociedad Anónima.—San José, 05 de noviembre del 2020.—Lic. Verónica Jiménez Chacón, Notario.—1 vez.—CE2020010825.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría a las 17 horas 00 minutos del 05 de noviembre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada American Academy J A de Costa Rica Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 06 de noviembre del 2020.—Lic. Shuk Shen Young Au Yeung, Notario.—1 vez.—CE2020010826.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría a las 14 horas 00 minutos del 22 de octubre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada VS Soluciones Digitales Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 06 de noviembre del 2020.—Lic. Jorge Fernando Calvo Mora, Notario.—1 vez.—CE2020010827.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría a las 10 horas 36 minutos del 17 de octubre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Grupo B&M Sociedad Anónima Sociedad Anónima.—San José, 06 de noviembre del 2020.—Lic. Johnny Barrantes Quesada, Notario.—1 vez.—CE2020010828.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría a las 11 horas 30 minutos del 04 de noviembre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada PJ Raspi Moda Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 06 de noviembre del 2020.—Lic. Gerardo Alonso Benavides Sánchez, Notario.—1 vez.—CE2020010829.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría a las 08 horas 00 minutos del 04 de noviembre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Toubab Gestion Limitada.—San José, 06 de noviembre del 2020.—Lic. Oscar Manuel Funes Orellana, Notario.—1 vez.—CE2020010830.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría a las 08 horas 00 minutos del 26 de octubre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Pazifik Strandhaus Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 06 de noviembre del 2020.—Lic. Audrys Esquivel Jiménez, Notario.—1 vez.—CE2020010831.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría a las 15 horas 00 minutos del 02 de noviembre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Corporación Kala Holdings Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 06 de noviembre del 2020.—Lic. José Luis Torres Rodríguez, Notario.—1 vez.—CE2020010832.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría a las 10 horas 00 minutos del 30 de octubre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Lagniappe Heart In Arenal Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 06 de noviembre del 2020.—Lic. Gonzalo Murillo Álvarez, Notario.—1 vez.—CE2020010833.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría a las 11 horas 00 minutos del 01 de noviembre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Edificio La Granada Mil Novecientos Cincuenta y Nueve Sociedad Anónima.—San José, 06 de noviembre del 2020.—Lic. Juan Luis Jiménez Succar, Notario.—1 vez.—CE2020010834.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría a las 09 horas 00 minutos del 06 de noviembre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Nuestra Nueva Vida Holdings Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 06 de noviembre del 2020.—Lic. Yancy Gabriela Araya Pérez, Notario.—1 vez.—CE2020010835.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría a las 14 horas 00 minutos del 14 de octubre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Mega Stock Diamante Sociedad Anónima.—San José, 06 de noviembre del 2020.—Lic. Atalia Miranda Castillo, Notario.—1 vez.—CE2020010836.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría a las 12 horas 30 minutos del 26 de octubre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Cocomart Online Shop Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 06 de noviembre del 2020.—Lic. Steven Ferris Quesada, Notario.—1 vez.—CE2020010837.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría a las 10 horas 00 minutos del 01 de noviembre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Familia Lafam Sociedad Anónima.—San José, 06 de noviembre del 2020.—Lic. Juan Luis Jiménez, Notario.—1 vez.—CE2020010838.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría a las 12 horas 00 minutos del 05 de noviembre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Casa Beegeetas Llc Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 06 de noviembre del 2020.—Lic. Brians Salazar Chavarría, Notario.—1 vez.—CE2020010839.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría a las 18 horas 00 minutos del 05 de noviembre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Inmobiliaria Dos Abuelas Sociedad Anónima.—San José, 06 de noviembre del 2020.—Lic. María Yuliana Bustamante Tanchez, Notario.—1 vez.—CE2020010840.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría a las 16 horas 00 minutos del 05 de noviembre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Sociedad Agropecuaria Finca San Miguel Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 06 de noviembre del 2020.—Lic. Saul Mauricio González Vargas, Notario.—1 vez.— CE2020010841.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría a las 09 horas 00 minutos del 02 de noviembre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Buttered Noodles Sociedad Anónima.—San José, 06 de noviembre del 2020.—Lic. Rosario Araya Arroyo, Notario.—1 vez.—CE2020010842.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría a las 17 horas 00 minutos del 05 de noviembre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Agroclínica Internacional Sociedad Anónima.—San José, 06 de noviembre del 2020.—Lic. Isabel Cristina Vargas Vargas, Notario.—1 vez.—CE2020010843.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría a las 16 horas 40 minutos del 04 de noviembre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Consorcio A.CH del Pacifico Sociedad Anónima.—San José, 06 de noviembre del 2020.—Lic. Jorge Fredy Chacón Villalobos, Notario.—1 vez.—CE2020010844.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría a las 18 horas 00 minutos del 08 de octubre del año 2019, se constituyó la sociedad denominada FSM IMAG-NOSTIC Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 06 de noviembre del 2020.—Lic. María Carolina Román Gutiérrez, Notario.—1 vez.—CE2020010845.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría a las 13 horas 00 minutos del 15 de septiembre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada MCSO Sociedad Anónima.—San José, 06 de noviembre del 2020.—Lic. Hans Van Der Laat Robles, Notario.—1 vez.—CE2020010846.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría a las 17 horas 00 minutos del 05 de noviembre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Cai Happy Kids Montessori CR Sociedad Anónima.—San José, 06 de noviembre del 2020.—Lic. Rafael Ángel Salazar Fonseca, Notario.—1 vez.—CE2020010847.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría a las 09 horas 00 minutos del 06 de noviembre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Excalibur Global Holdings Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 06 de noviembre del 2020.—Lic. Federico Peralta Calzada, Notario.—1 vez.—CE2020010848.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría a las 08 horas 00 minutos del 28 de octubre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Páramo KGD Sociedad Anónima.—San José, 06 de noviembre del 2020.—Lic. Lisa María Bejarano Valverde, Notario.—1 vez.—CE2020010849.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría a las 11 horas 00 minutos del 06 de noviembre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada La Paz Sombras Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 06 de noviembre del 2020.—Lic. Omar Jalil Ayales Aden, Notario.—1 vez.—CE2020010850.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría a las 15 horas 00 minutos del 22 de septiembre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Chikis Store Sociedad Anónima.—San José, 06 de noviembre del 2020.—Lic. Aníbal Gerardo Jiménez Salas, Notario.—1 vez.—CE2020010851.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría a las 08 horas 00 minutos del 15 de septiembre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Surf Shack Corporation de Costa Rica Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 06 de noviembre del 2020.—Lic. Hans Van Der Laat Robles, Notario.—1 vez.—CE2020010852.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría a las 18 horas 00 minutos del 08 de octubre del año 2019, se constituyó la sociedad denominada FSM Imag Nostic Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 06 de noviembre del 2020.—Lic. María Carolina Román Gutiérrez, Notario.—1 vez.—CE2020010853.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría a las 16 horas 00 minutos del 05 de noviembre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Dibema Limitada.—San José, 06 de noviembre del 2020.—Lic. Mario Alberto Piña Líos, Notario.—1 vez.—CE2020010854.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría a las 13 horas 00 minutos del 22 de octubre del año 2019, se constituyó la sociedad denominada Fantastic Solutions Inmobiliaria Sociedad Anónima.—San José, 06 de noviembre del 2020.—Lic. Mariela Guido Mena, Notario.—1 vez.—CE2020010855.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría a las 09 horas 00 minutos del 06 de noviembre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Blandin Paper Company Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 06 de noviembre del 2020.—Lic. Yancy Gabriela Araya Pérez, Notario.—1 vez.—CE2020010856.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría a las 12 horas 00 minutos del 05 de noviembre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada K D D G Sociedad Anónima.—San José, 06 de noviembre del 2020.—Lic. Joshua Joel Rosales Watson, Notario.—1 vez.—CE2020010857.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría a las 12 horas 00 minutos del 23 de octubre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Villa Construction Costa Rica Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 06 de noviembre del 2020.—Lic. Douglas Alberto Beard Holst, Notario.—1 vez.—CE2020010858.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría a las 10 horas 00 minutos del 05 de noviembre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Constructora Olmedo y Tataje Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 06 de noviembre del 2020.—Lic. Jennifer Jiménez Arias, Notario.—1 vez.—CE2020010859.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría a las 15 horas 00 minutos del 24 de agosto del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Compañía Grupo Las Nubes del Sur Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 06 de noviembre del 2020.—Lic. Anavita Ureña Valverde, Notario.—1 vez.—CE2020010860.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría a las 15 horas 00 minutos del 05 de noviembre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Aschvertising Sociedad Anónima.—San José, 06 de noviembre del 2020.—Lic. Luis Humberto Barahona De León, Notario.—1 vez.—CE2020010861.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría a las 10 horas 00 minutos del 28 de octubre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Regias y Divas Sociedad Anónima.—San José, 06 de noviembre del 2020.—Lic. Marta Eugenia Vargas Arrieta, Notario.—1 vez.—CE2020010862.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría a las 11 horas 30 minutos del 04 de noviembre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Corporación Krafaca Sociedad Anónima.—San José, 06 de noviembre del 2020.—Lic. Ana iris Páez Murillo, Notario.—1 vez.—CE2020010863.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría a las 08 horas 00 minutos del 03 de noviembre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Las Pucas de Tamarindo Sociedad Anónima.—San José, 06 de noviembre del 2020.—Lic. Rafael Ángel Gutiérrez Gutiérrez, Notario.—1 vez.—CE2020010864.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría a las 10 horas 30 minutos del 06 de noviembre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Inversiones Murillo del Sur Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 06 de noviembre del 2020.—Lic. Víctor Solís Castillo, Notario.—1 vez.—CE2020010865.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría a las 15 horas 00 minutos del 05 de noviembre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Instacrops Centroamérica Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 06 de noviembre del 2020.—Lic. Pablo Matamoros Arosemena, Notario.—1 vez.—CE2020010866.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría a las 09 horas 30 minutos del 28 de octubre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada LPCMOS Operations Limitada.—San José, 06 de noviembre del 2020.—Lic. Andrés Montejo Morales, Notario.—1 vez.—CE2020010867.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría a las 08 horas 00 minutos del 05 de noviembre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada The Sutton Family Limitada.—San José, 06 de noviembre del 2020.—Lic. Rafael Enrique Cañas Coto, Notario.—1 vez.—CE2020010868.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría a las 10 horas 15 minutos del 05 de noviembre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada HQ Constructores Caribeños Sociedad Anónima.—San José, 06 de noviembre del 2020.—Lic. José Francisco Fallas González, Notario.—1 vez.—CE2020010869.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría a las 12 horas 00 minutos del 06 de noviembre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Hopshoppers Sociedad Anónima.—San José, 06 de noviembre del 2020.—Lic. Federico José Jiménez Solano, Notario.—1 vez.—CE2020010870.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría a las 15 horas 00 minutos del 04 de noviembre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Green Advizor Investments Sociedad Anónima.—San José, 06 de noviembre del 2020.—Lic. Marcos Andrés Rodríguez Hernández, Notario.—1 vez.—CE2020010871.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría a las 07 horas 30 minutos del 06 de noviembre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Agroservicios MLM del Norte Sociedad Anónima.—San José, 06 de noviembre del 2020.—Lic. José Esteban Olivas Jiménez, Notario.—1 vez.—CE2020010872.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría a las 18 horas 00 minutos del 20 de octubre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Prime Investments & Consultancies Sociedad Anónima.—San José, 06 de noviembre del 2020.—Lic. Yiell Flores Madrigal, Notario.—1 vez.—CE2020010873.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría a las 08 horas 00 minutos del 01 de noviembre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Inversiones Morive Sociedad Anónima Sociedad Anónima.—San José, 06 de noviembre del 2020.—Lic. Annia Emilia Valverde Cascante, Notario.—1 vez.—CE2020010874.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría a las 13 horas 00 minutos del 22 de octubre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Inversiones Rzeta Sociedad Anónima.—San José, 06 de noviembre del 2020.—Lic. Ingrid Vanessa Otoya Murillo, Notario.—1 vez.—CE2020010875.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría a las 13 horas 00 minutos del 06 de noviembre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Riley Best JYB Sociedad Anónima.—San José, 06 de noviembre del 2020.—Lic. Rafael Umaña Miranda, Notario.—1 vez.—CE2020010876.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría a las 15 horas 00 minutos del 09 de octubre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Bioenfa Lifesciences Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 06 de noviembre del 2020.—Lic. Ronald Antonio Sánchez Trejos, Notario.—1 vez.—CE2020010877.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría a las 15 horas 54 minutos del 28 de octubre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Ministerios Unidos AP RR Sociedad Anónima.—San José, 06 de noviembre del 2020.—Lic. Bianchy Magdalena Rodríguez Salas, Notario.—1 vez.—CE2020010878.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría a las 18 horas 30 minutos del 05 de noviembre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Corderos del Campo Sociedad Anónima.—San José, 06 de noviembre del 2020.—Lic. Orlando Chaves Quesada, Notario.—1 vez.—CE2020010879.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría a las 17 horas 00 minutos del 05 de noviembre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Iscarben y Camgon de Sarchí Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 06 de noviembre del 2020.—Lic. Marianela Doubleday Céspedes, Notario.—1 vez.—CE2020010880.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría a las 10 horas 36 minutos del 17 de octubre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Constructora Pama Sociedad Anónima.—San José, 06 de noviembre del 2020.—Lic. Johnny Barrantes Quesada, Notario.—1 vez.—CE2020010881.

Mediante escritura otorgada ante esta Notaría a las 14 horas 00 minutos del 06 de noviembre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Reinn Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 06 de noviembre del 2020.—Lic. Alberto Eduardo Soto Víquez, Notario.—1 vez.—CE2020010882.

Mediante escritura otorgada ante esta Notaría a las 21 horas 15 minutos del 03 de noviembre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada C Treinta Entretenimiento Limitada.—San José, 07 de noviembre del 2020.—Lic. Luis Diego Rodríguez Mena, Notario.—1 vez.—CE2020010883.

Mediante escritura otorgada ante esta Notaría a las 15 horas 00 minutos del 05 de noviembre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Setel & Compañía JR Sociedad Anónima.—San José, 10 de noviembre del 2020.–Lic. Luis Alonso Aguilar Segura, Notario.—1 vez.—CE2020011025.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría a las 08 horas 00 minutos del 09 de noviembre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Creando Ganadores Inc Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 10 de noviembre del 2020.—Lic. José Manuel Mojica Cerda, Notario.—1 vez.—CE2020011024.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría a las 11 horas 30 minutos del 10 de noviembre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Mundo Golf Natural Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 10 de noviembre del 2020.—Lic. Catalina María Aguilar Hernández, Notario.—1 vez.—CE2020011023.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría a las 10 horas 00 minutos del 09 de noviembre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Green Equity Latam Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 10 de noviembre del 2020.—Lic. Alberto Sáenz Roesch, Notario.—1 vez.—CE2020011022.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 12 horas 30 minutos del 06 de noviembre del año 2019, se constituyó la sociedad denominada C C C Environmental Solutions Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 10 de noviembre del 2020.—Lic. José Antonio Reyes Villalobos, Notario.—1 vez.—CE2020011021.

Mediante escritura otorgada ante esta Notaría a las 10 horas 00 minutos del 10 de Noviembre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada BD Finance Sociedad Anónima.—San José, 10 de noviembre del 2020.—Lic. Juan Manuel Godoy Pérez, Notario.—1 vez.—CE2020011020.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría a las 14 horas 00 minutos del 10 de noviembre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Tomasello Chocolate Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 10 de noviembre del 2020.—Lic. José Antonio Silva Meneses, Notario.—1 vez.—CE2020011019.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría a las 15 horas 00 minutos del 09 de noviembre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Soluciones Edicon Sociedad Anónima.—San José, 10 de noviembre del 2020.—Lic. Kattia Vanessa Castillo Vargas, Notario.—1 vez.—CE2020011018.

Mediante escritura otorgada ante esta Notaría a las 08 horas 00 minutos del 02 de noviembre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Importadora de Productos A Granel Sociedad Anónima.—San José, 10 de noviembre del 2020.—Lic. Luis Gerardo Carvajal Jiménez, Notario.—1 vez.—CE2020011017.

Mediante escritura otorgada ante esta Notaría a las 14 horas 00 minutos del 02 de noviembre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Westfalia Bennett Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 10 de Noviembre del 2020.—Lic. Jorge Johanning Mora, Notario.—1 vez.—CE2020011016.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría a las 10 horas 30 minutos del 06 de noviembre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Inversiones Comerciales RBM del Pacifico Sur Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 10 de noviembre del 2020.—Lic. Víctor Solís Castillo, Notario.—1 vez.—CE2020011015.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría a las 14 horas 00 minutos del 05 de noviembre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Alianza Verde Eco Urbana Sociedad Anónima.—San José, 10 de noviembre del 2020.—Lic. Juan Carlos Rojas Sandi, Notario.—1 vez.—CE2020011014.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría a las 10 horas 00 minutos del 10 de noviembre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Prima Zona Blu Sociedad Anónima.—San José, 10 de noviembre del 2020.—Lic. José Antonio Aiza Juárez, Notario.—1 vez.—CE2020011013.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría a las 10 horas 00 minutos del 09 de noviembre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Pescamas de Costa Rica Sociedad Anónima.—San José, 10 de noviembre del 2020.—Lic. Alejandro Matamoros Bolaños, Notario.—1 vez.—CE2020011012.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría a las 13 horas 30 minutos del 10 de noviembre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Truck Ride Limitada.—San José, 10 de noviembre del 2020.–Lic. Héctor Manuel Fallas Vargas, Notario.—1 vez.—CE2020011011.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría a las 11 horas 00 minutos del 23 de octubre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada CRM CR Carrocería y Pintura Sociedad Anónima.—San José, 10 de noviembre del 2020.—Lic. Víctor Hugo Fernández Mora, Notario.—1 vez.—CE2020011010.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría a las 18 horas 30 minutos del 09 de noviembre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Innova Trans Logic Sociedad Anónima.—San José, 10 de noviembre del 2020.—Lic. Greivin Chacón Ramírez, Notario.—1 vez.—CE2020011009.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría a las 15 horas 00 minutos del 20 de octubre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Soluciones F.M.R. Sociedad Anónima.—San José, 10 de noviembre del 2020.—Lic. Ileana Rodríguez González, Notario.—1 vez.—CE2020011008.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría a las 08 horas 00 minutos del 28 de octubre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Fiinbell Sociedad Anónima.—San José, 10 de noviembre del 2020.—Lic. Luis Eduardo Hernández Aguilar, Notario.—1 vez.— CE2020011007.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría a las 17 horas 00 minutos del 10 de octubre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Representaciones Balcen Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 10 de noviembre del 2020.—Lic. Leonardo Crespi Zorino, Notario.—1 vez.—CE2020011006.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría a las 10 horas 00 minutos del 09 de noviembre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada BJM Sueño Sin Fin Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 10 de noviembre del 2020.—Lic. Silvia Patricia Alvarado Quijano, Notario.—1 vez.—CE2020011005.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría a las 14 horas 30 minutos del 27 de octubre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Inversiones SRK San Miguel Sociedad Anónima.—San José, 10 de noviembre del 2020.—Lic. Ileana Rodríguez González, Notario.—1 vez.—CE2020011004.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría a las 10 horas 00 minutos del 03 de noviembre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Groupm Costa Rica Limitada.—San José, 10 de noviembre del 2020.—Lic. Alejandro Vargas Yong, Notario.—1 vez.—CE2020011003.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría a las 11 horas 00 minutos del 05 de noviembre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Grupo Zuval INT Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 10 de noviembre del 2020.—Lic. María Cristina Porras Araya, Notario.—1 vez.—CE2020011002.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría a las 12 horas 00 minutos del 15 de octubre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Bearhug Holdings LLC Limitada.—San José, 10 de noviembre del 2020.—Lic. Alan Garro Navarro, Notario.—1 vez.—CE2020011001.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría a las 10 horas 00 minutos del 09 de septiembre del año 2019, se constituyó la sociedad denominada Finca Senkal Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 10 de noviembre del 2020.—Lic. Lidia Isabel Castro Segura, Notario.—1 vez.—CE2020011000.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría a las 11 horas 00 minutos del 10 de noviembre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Agrícola Aracely Cathalea Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 10 de noviembre del 2020.—Lic. Marlon Fernando Arce Blanco, Notario.—1 vez.—CE2020010999.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría a las 11 horas 10 minutos del 02 de noviembre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Heróes Club de Tiro Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 10 de noviembre del 2020.—Lic. Seidy Patricia Miranda Castro, Notario.—1 vez.—CE2020010997.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría a las 12 horas 30 minutos del 10 de noviembre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Eco Vida Property Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 10 de noviembre del 2020.—Lic. Manuel Antonio Porras Vargas, Notario.—1 vez.—CE2020010996.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría a las 12 horas 00 minutos del 10 de noviembre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Cool Antros Sociedad Anónima.—San José, 10 de Noviembre del 2020.–Lic. Evelin De Los Ángeles Sandoval Sandoval, Notario.—1 vez.—CE2020010995.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría a las 10 horas 00 minutos del 10 de noviembre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Tecno Metalmecánica Sociedad Anónima.—San José, 10 de noviembre del 2020.—Lic. Randy David Hernández Rodríguez, Notario.—1 vez.—CE2020010994.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría a las 16 horas 35 minutos del 08 de octubre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada VLS Heavy Lift Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 10 de noviembre del 2020.—Lic. José Rafael Aguilar Vargas, Notario.—1 vez.—CE2020010993.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría a las 10 horas 00 minutos del 26 de octubre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Orthokeys Sociedad Anónima.—San José, 10 de noviembre del 2020.—Lic. Soledad Bustos Chaves, Notario.—1 vez.—CE2020010992.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría a las 12 horas 00 minutos del 31 de octubre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Según Cédula Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 10 de noviembre del 2020.—Lic. Juan Manuel Barquero Vargas, Notario.—1 vez.—CE2020010991.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría a las 16 horas 00 minutos del 09 de noviembre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Tengda Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 10 de noviembre del 2020.—Lic. Yijun Xie Luo, Notario.—1 vez.—CE2020010990.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría a las 18 horas 20 minutos del 09 de noviembre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Amarga Escencia Sociedad Anónima.—San José, 10 de noviembre del 2020.—Lic. Francis Estrada Acevedo, Notario.—1 vez.—CE2020010989.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría a las 15 horas 00 minutos del 06 de noviembre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Optimiventas Financieras Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 10 de noviembre del 2020.—Lic. Isabel Cristina Vargas Vargas, Notario.—1 vez.—CE2020010988.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría a las 10 horas 40 minutos del 10 de noviembre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada M&P Investmets Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 10 de noviembre del 2020.—Lic. Leonardo Feinzaig Taitelbaum, Notario.—1 vez.—CE2020010987.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría a las 13 horas 00 minutos del 04 de noviembre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Osos del Descanso Sociedad Anónima.—San José, 10 de noviembre del 2020.—Lic. Walter Gerardo Gómez Rodríguez, Notario.—1 vez.—CE2020010986.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría a las 10 horas 00 minutos del 26 de octubre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Rotval Custom Fabrications Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 10 de noviembre del 2020.—Lic. Arturo Joaquín Blanco Páez, Notario.—1 vez.—CE2020010985.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría a las 18 horas 30 minutos del 09 de noviembre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Agricultores Tierras Frías Sociedad Anónima.—San José, 10 de noviembre del 2020.—Lic. Douglas Ernesto Pasapera Beita, Notario.—1 vez.—CE2020010984.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría a las 08 horas 30 minutos del 10 de noviembre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Grupo Inmobiliario Costa Dorada RP Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 10 de noviembre del 2020.—Lic. Alejandra Peña Quesada, Notario.—1 vez.—CE2020010983.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría a las 11 horas 00 minutos del 29 de setiembre del año 2019, se constituyó la sociedad denominada Ingeniería y Construcciones Metálicas Herboza Sociedad Anónima.—San José, 10 de noviembre del 2020.—Lic. Olga María Mata Chacón, Notario.—1 vez.—CE2020010982.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría a las 09 horas 00 minutos del 10 de noviembre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Inversiones Los Sueños L y L Sociedad Anónima.—San José, 10 de noviembre del 2020.—Lic. Alexander Lobo Alvarado, Notario.—1 vez.—CE2020010981.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría a las 14 horas 00 minutos del 06 de noviembre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada AGP Tech Sociedad Anónima.—San José, 10 de Noviembre del 2020.–Lic. Rafael Enrique Cañas Coto, Notario.—1 vez.—CE2020010980.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría a las 10 horas 00 minutos del 06 de noviembre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada RH La Oficina Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 10 de noviembre del 2020.—Lic. Raúl Hidalgo Rodríguez, Notario.—1 vez.—CE2020010979.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría a las 13 horas 00 minutos del 28 de octubre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Manzana Dorada Limitada.—San José, 10 de noviembre del 2020.—Lic. Annia Shirley Zúñiga Méndez, Notario.—1 vez.—CE2020010978.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría a las 16 horas 30 minutos del 09 de noviembre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Casa Cobb de Nosara Limitada.—San José, 10 de noviembre del 2020.—Lic. Robert Christian Van Der Putten Reyes, Notario.—1 vez.—CE2020010977.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría a las 19 horas 00 minutos del 09 de noviembre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Importaciones Cuánticas Veintiuno & Veintiuno y Asociados Sociedad Anónima.—San José, 10 de noviembre del 2020.—Lic. Aaron Jacob Ugalde Maxwell, Notario.—1 vez.—CE2020010976.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría a las 13 horas 15 minutos del 04 de noviembre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Skelmetal Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 10 de noviembre del 2020.—Lic. Leonardo Diaz Rivel, Notario.—1 vez.—CE2020010975.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría a las 00 horas 35 minutos del 06 de noviembre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada LD Kiva Properties Sociedad Anónima.—San José, 10 de noviembre del 2020.—Lic. Carlos Alfredo Umaña Balser, Notario.—1 vez.—CE2020010974.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría a las 00 horas 00 minutos del 05 de noviembre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Grupo Discorsa Vaco Sociedad Anónima.—San José, 10 de noviembre del 2020.—Lic. Sandra Moya Serrano, Notario.—1 vez.—CE2020010973.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría a las 14 horas 00 minutos del 09 de noviembre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Taxstrat Servicios Legal Tributarios TSLT Sociedad Anónima.—San José, 10 de noviembre del 2020.—Lic. Alejandra Carolina Román Espinoza, Notario.—1 vez.— CE2020010972.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría a las 11 horas 00 minutos del 29 de octubre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Rare Couture Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 10 de noviembre del 2020.—Lic. Ester Moya Jiménez, Notario.—1 vez.—CE2020010971.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría a las 17 horas 00 minutos del 06 de noviembre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Inversiones AAA Jacó Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 10 de noviembre del 2020.—Lic. Allan Andrés Madrigal Anchia, Notario.—1 vez.—CE2020010970.

Mediante escritura otorgada ante esta Notaría a las 17 horas 00 minutos del 06 de noviembre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Azack Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 10 de noviembre del 2020.–Lic. Ariana De Los Ángeles Badilla Ureña, Notario.—1 vez.—CE2020010969.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría a las 12 horas 00 minutos del 09 de noviembre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Pico Blanco Escape Sociedad Anónima.—San José, 10 de noviembre del 2020.—Lic. Arturo Barzuna Lacayo, Notario.—1 vez.—CE2020010968.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría a las 17 horas 00 minutos del 09 de noviembre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Desarrolladora Comercial Damaga Sociedad Anónima.—San José, 10 de noviembre del 2020.—Lic. Gustavo Adolfo Fernández Badilla, Notario.—1 vez.—CE2020010967.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría a las 11 horas 00 minutos del 09 de noviembre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Anahata Costa Rica Property Management Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 10 de noviembre del 2020.—Lic. Christian Javier Badilla Vargas, Notario.—1 vez.—CE2020010966.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría a las 10 horas 00 minutos del 06 de noviembre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Exotic Farms Sociedad Anónima.—San José, 10 de noviembre del 2020.—Lic. Francisco Esquivel Sánchez, Notario.—1 vez.—CE2020010965.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría a las 10 horas 00 minutos del 02 de noviembre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Got Technologies Costa Rica Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 10 de noviembre del 2020.—Lic. Rodolfo Enrique Montero Pacheco, Notario.—1 vez.—CE2020010964.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría a las 17 horas 00 minutos del 17 de agosto del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Walhalla Blue Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 10 de noviembre del 2020.—Lic. Ada Valeria Aguilera Garita, Notario.—1 vez.—CE2020010963.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría a las 11 horas 00 minutos del 28 de octubre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Agrícola Fervasa de Río Frío Sociedad Anónima.—San José, 10 de Noviembre del 2020.–Lic. Sonia Carrillo Ugalde, Notario.—1 vez.—CE2020010962.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría a las 21 horas 15 minutos del 03 de noviembre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada C Treinta Entrenamiento Limitada.—San José, 10 de noviembre del 2020.—Lic. Luis Diego Rodríguez Mena, Notario.—1 vez.—CE2020010961.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría a las 18 horas 00 minutos del 06 de noviembre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Faanna Sociedad Anónima.—San José, 11 de noviembre del 2020.—Lic. Ernesto Jiménez Mora, Notario.—1 vez.— CE2020011083.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría a las 19 horas 00 minutos del 11 de noviembre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada MB Artesanal Inversiones Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 11 de noviembre del 2020.—Lic. Jefte Javier Mathieu Contreras, Notario.—1 vez.— CE2020011084.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría a las 16 horas 40 minutos del 04 de noviembre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Kai – Zen GSED Group of Costa Rica Sociedad Anónima.—San José, 12 de noviembre del 2020.—Lic. Jorge Fredy Chacón Villalobos, Notario.—1 vez.— CE2020011085.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría a las 09 horas 30 minutos del 11 de noviembre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Importaciones Melac Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 12 de noviembre del 2020.—Lic. Marcela Padilla Valverde, Notaria.—1 vez.—CE2020011086.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría a las 11 horas 00 minutos del 11 de noviembre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Recharge South Limitada.—San José, 12 de noviembre del 2020.—Lic. Gonzalo José Rojas Benavides, Notario.—1 vez.—CE2020011087.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría a las 12 horas 00 minutos del 02 de noviembre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Peaje CRCHI Sociedad Anónima.—San José, 12 de noviembre del 2020.—Lic. Edgar Alejandro Solís Moraga, Notario.—1 vez.— CE2020011088.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría a las 16 horas 00 minutos del 24 de octubre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Rapamalu Sociedad Anónima.—San José, 12 de noviembre del 2020.—Lic. Heile Guerrero García, Notario.—1 vez.—CE2020011089.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría a las 14 horas 00 minutos del 10 de noviembre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Supply Chain Transformation Hub Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 12 de noviembre del 2020.—Lic. Carlos Víquez Jara, Notario.—1 vez.—CE2020011090.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría a las 17 horas 00 minutos del 06 de noviembre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Inversiones Zachary Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 12 de noviembre del 2020.—Lic. Ariana De Los Ángeles Badilla Ureña, Notaria.—1 vez.— CE2020011091.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría a las 16 horas 00 minutos del 10 de noviembre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Servicios Contables Chinchilla Sociedad Anónima.—San José, 12 de noviembre del 2020.—Lic. Ernesto Desanti González, Notario.—1 vez.—CE2020011092.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría a las 08 horas 00 minutos del 12 de noviembre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Zona Azul Financial Zaf Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 12 de noviembre del 2020.—Lic. Ana Mercedes Sancho Rubí, Notaria.—1 vez.—CE2020011093.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría a las 13 horas 00 minutos del 10 de noviembre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Ganadería Zapote – Puerto Jiménez Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 12 de noviembre del 2020.—Lic. Walter Gerardo Gómez Rodríguez, Notario.—1 vez.—CE2020011094.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría a las 15 horas 00 minutos del 11 de noviembre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Chem Soluciones Sociedad Anónima.—San José, 12 de noviembre del 2020.—Lic. Karen Otárola Luna, Notaria.—1 vez.—CE2020011095.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría a las 10 horas 00 minutos del 28 de octubre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada J.H.Genetics Sociedad Anónima.—San José, 12 de noviembre del 2020.—Lic. Marlon Eduardo Schlotterhausen Rojas, Notario.—1 vez.— CE2020011096.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría a las 08 horas 00 minutos del 08 de noviembre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Blue Zone Ventures Corp Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 12 de noviembre del 2020.—Lic. Steffano José Ferraro Florez Estrada, Notario.—1 vez.—CE2020011097.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría a las 07 horas 00 minutos del 12 de noviembre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Desarrollos Verdes Sostenibles Uno Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 12 de noviembre del 2020.—Lic. María Lourdes Cuadra Solís, Notaria.—1 vez.—CE2020011098.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría a las 14 horas 00 minutos del 03 de noviembre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Vicosa Correduría Aduanera Sociedad Anónima.—San José, 12 de noviembre del 2020.—Lic. Dinia María González Cabezas, Notaria.—1 vez.—CE2020011099.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría a las 14 horas 00 minutos del 22 de octubre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Varela Serrano Soluciones Digitales Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 12 de noviembre del 2020.—Lic. Jorge Fernando Calvo Mora, Notario.—1 vez.—CE2020011100.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría a las 18 horas 00 minutos del 10 de noviembre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Mawomba Sociedad Anónima.—San José, 12 de noviembre del 2020.—Lic. Ileana Montero Montoya, Notaria.—1 vez.—CE2020011101.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría a las 09 horas 00 minutos del 12 de noviembre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Servicios de Seguridad Privada Buenaventura Sociedad Anónima.—San José, 12 de noviembre del 2020.—Lic. Luis Eduardo Leal Vega, Notario.—1 vez.—CE2020011102.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría a las 19 horas 00 minutos del 11 de noviembre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada JHAF Sociedad Anónima.—San José, 12 de noviembre del 2020.—Lic. Anthony Norman Borbón Rojas, Notario.—1 vez.—CE2020011103.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría a las 23 horas 30 minutos del 02 de noviembre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada American Factoring Corp Sociedad Anónima.—San José, 12 de noviembre del 2020.—Lic. Danilo Loaiza Bolandi, Notario.—1 vez.—CE2020011104.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría a las 14 horas 00 minutos del 10 de noviembre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada ICK Costa Rica Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 12 de noviembre del 2020.—Lic. Maynor Ignacio Sánchez Ramírez, Notario.—1 vez.—CE2020011105.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría a las 09 horas 00 minutos del 07 de noviembre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Instaelectro JC Sociedad Anónima.—San José, 12 de noviembre del 2020.—Lic. Sofia Elena Moreno González, Notario.—1 vez.—CE2020011106.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría a las 10 horas 00 minutos del 12 de noviembre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Importaciones de Moda F & T Limitada.—San José, 12 de noviembre del 2020.—Lic. Álvaro López Araya, Notario.—1 vez.—CE2020011107.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría a las 11 horas 00 minutos del 09 de noviembre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Leg Esthetic Products Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 12 de noviembre del 2020.—Lic. Fernando Berrocal Soto, Notario.—1 vez.—CE2020011108.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría a las 09 horas 00 minutos del 11 de noviembre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Chortis Ventures Sociedad Anónima.—San José, 12 de noviembre del 2020.—Lic. Fernando Vargas Winiker, Notario.—1 vez.—CE2020011109.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría a las 11 horas 00 minutos del 12 de noviembre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Express Autoparts Sociedad Anónima.—San José, 12 de noviembre del 2020.—Lic. Rafael Ángel Rodríguez Chaverri, Notario.—1 vez.—CE2020011110.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría a las 09 horas 00 minutos del 10 de noviembre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Accounting & Taxes Consulting Sociedad Anónima.—San José, 12 de noviembre del 2020.—Lic. Alejandra Carolina Román Espinoza, Notaria.—1 vez.—CE2020011111.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría a las 15 horas 00 minutos del 11 de noviembre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada GRP Ragago Limitada.—San José, 12 de noviembre del 2020.—Lic. Enrique Carranza Echeverria, Notario.—1 vez.—CE2020011112.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría a las 10 horas 00 minutos del 10 de noviembre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada PR Consultores Sociedad Anónima.—San José, 12 de noviembre del 2020.—Lic. Alejandra Carolina Román Espinoza, Notaria.—1 vez.—CE2020011113.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría a las 09 horas 00 minutos del 19 de junio del año 2020, se constituyó la sociedad denominada SN Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 12 de noviembre del 2020.—Lic. Luis Ángel Salazar Ureña, Notario.—1 vez.—CE2020011114.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría a las 18 horas 00 minutos del 06 de noviembre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Servicios Contables Mora Salazar Sociedad Anónima.—San José, 12 de noviembre del 2020.—Lic. Juan Carlos Morera Fernández, Notario.—1 vez.—CE2020011115.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría a las 10 horas 45 minutos del 04 de noviembre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada G Y A Seguridad Los Quetzales Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 12 de noviembre del 2020.—Lic. Randall Rubén Sánchez Mora, Notario.—1 vez.—CE2020011116.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría a las 09 horas 00 minutos del 10 de noviembre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Runda Sociedad Anónima.—San José, 12 de noviembre del 2020.—Lic. Beatriz Artavia Vásquez, Notaria.—1 vez.—CE2020011117.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría a las 13 horas 00 minutos del 22 de octubre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Inversiones RZETA Dos Sociedad Anónima.—San José, 12 de noviembre del 2020.—Lic. Ingrid Vanessa Otoya Murillo, Notaria.—1 vez.—CE2020011118.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría a las 14 horas 00 minutos del 07 de noviembre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Lyasa L&J Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 12 de noviembre del 2020.—Lic. Walter Solís Amen, Notario.—1 vez.—CE2020011119.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría a las 18 horas 00 minutos del 11 de noviembre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Funeraria Retorno al Cielo Sociedad Anónima.—San José, 12 de noviembre del 2020.—Lic. Nelly Nohelia Achio Artavia, Notaria.—1 vez.—CE2020011120.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría a las 10 horas 00 minutos del 09 de noviembre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada W&F Limitada Limitada.—San José, 12 de noviembre del 2020.—Lic. Juan José Marín Rivera, Notario.—1 vez.—CE2020011121.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría a las 19 horas 00 minutos del 04 de noviembre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada R Y R Refricom Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 12 de noviembre del 2020.—Lic. Walter Solís Amen, Notario.—1 vez.—CE2020011122.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría a las 10 horas 45 minutos del 11 de noviembre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Bodhi Covers Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 12 de noviembre del 2020.—Lic. Ana Cecilia De Ezpeleta Aguilar, Notario.—1 vez.—CE2020011123.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría a las 09 horas 15 minutos del 19 de junio del año 2020, se constituyó la sociedad denominada SN Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 12 de noviembre del 2020.—Lic. Luis Ángel Salazar Ureña, Notario.—1 vez.—CE2020011124.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría a las 20 horas 00 minutos del 11 de noviembre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Antiva Sociedad Anónima.—San José, 12 de noviembre del 2020.—Lic. Danilo Powell Pritchard, Notario.—1 vez.—CE2020011125.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría a las 08 horas 00 minutos del 11 de noviembre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Golden Drops 506 Sociedad de Responsabilidad Limitada Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 12 de noviembre del 2020.—Lic. Franklin esteban Fernández Torrentes, Notario.—1 vez.—CE2020011126.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría a las 17 horas 00 minutos del 06 de noviembre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada FLET-E Costa Rica Sociedad Anónima.—San José, 12 de noviembre del 2020.—Lic. Kathia Valverde Molina, Notaria.—1 vez.—CE2020011127.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría a las 11 horas 00 minutos del 10 de noviembre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Tres Nosara Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 12 de noviembre del 2020.—Lic. Nicole María Quesada Gurdián, Notaria.—1 vez.—CE2020011128.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría a las 14 horas 00 minutos del 05 de noviembre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Tierra de Gosen Sociedad Anónima.—San José, 12 de noviembre del 2020.—Lic. Olga Marta Cascante Sandoval, Notario.—1 vez.—CE2020011129.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría a las 12 horas 00 minutos del 04 de noviembre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Publi Sports Sociedad Anónima.—San José, 12 de noviembre del 2020.—Lic. Mauricio Lara Ramos, Notario.—1 vez.—CE2020011130.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría a las 13 horas 30 minutos del 09 de noviembre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Virhive Sociedad Anónima.—San José, 12 de noviembre del 2020.—Lic. Silvia María González Castro, Notaria.—1 vez.—CE2020011131.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría a las 10 horas 00 minutos del 12 de noviembre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Zeus Holdings LLC Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 12 de noviembre del 2020.—Lic. Carolina De Los Ángeles Mendoza Álvarez, Notario.—1 vez.—CE2020011132.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría a las 10 horas 00 minutos del 10 de noviembre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Ichigeki Striking Fitness Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 12 de noviembre del 2020.—Lic. Netzy Yanina Soto Rojas, Notario.—1 vez.—CE2020011133.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría a las 19 horas 00 minutos del 10 de noviembre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada cédula jurídica Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 12 de noviembre del 2020.—Lic. Sandra Marcela Artavia Rodríguez, Notario.—1 vez.—CE2020011134.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría a las 10 horas 00 minutos del 28 de octubre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Globatec Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 12 de noviembre del 2020.—Lic. Lidia Teresa Fernández Barboza, Notario.—1 vez.—CE2020011135.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría a las 15 horas 00 minutos del 12 de noviembre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Castle Morgan LLC Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 12 de noviembre del 2020.—Lic. Marco Antonio Fernández López, Notario.—1 vez.—CE2020011136.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría a las 09 horas 00 minutos del 10 de noviembre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Grupo Innova Sociedad Anónima.—San José, 12 de noviembre del 2020.—Lic. Jorge Luis Villalobos Salgado, Notario.—1 vez.—CE2020011137.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría a las 10 horas 30 minutos del 10 de noviembre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Emur Security Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 12 de noviembre del 2020.—Lic. Eimy Arce Arias, Notario.—1 vez.—CE2020011138.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría a las 08 horas 00 minutos del 07 de octubre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada La Casa De Los Giacomin En Los Yoses Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 12 de noviembre del 2020.—Lic. Rafael Manzanares Murillo, Notario.—1 vez.—CE2020011139.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría a las 11 horas 00 minutos del 11 de noviembre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Pajarosenvuelo Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 12 de noviembre del 2020.—Lic. Patricia Claudia Frances, Notario.—1 vez.—CE2020011140.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría a las 09 horas 00 minutos del 12 de noviembre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada El Hogar De Nazareth Palmares Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 12 de noviembre del 2020.—Lic. Jairo José Ramírez Pacheco, Notario.—1 vez.— CE2020012848.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría a las 16 horas 30 minutos del 09 de noviembre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada El Costaso del Norte Sociedad Anónima.—San José, 16 de noviembre del 2020.—Licda. Rosalina Estrella Mendoza, Notaria.—1 vez.—CE2020011265.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría a las 23 horas 00 minutos del 11 de noviembre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada El Mundo El Sueño Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 16 de noviembre del 2020.—Lic. Juan Diego Chaves Quesada, Notario.—1 vez.—CE2020011266.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría a las 15 horas 00 minutos del 16 de noviembre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Franko de La O Sociedad Anónima.—San José, 16 de noviembre del 2020.—Licda. María del Carmen Garita Araya, Notario.—1 vez.—CE2020011267.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría a las 08 horas 00 minutos del 07 de octubre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada La Nostra Casa a Los Yoses Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 16 de noviembre del 2020.—Lic. Rafael Manzanares Murillo, Notario.—1 vez.—CE2020011268.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría a las 16 horas 30 minutos del 02 de noviembre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Bry Siete Dos Tres Cero Cinco Sociedad Anónima.—San José, 16 de noviembre del 2020.—Licda. Kattia Navarro López, Notaria.—1 vez.—CE2020011269.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría a las 08 horas 00 minutos del 16 de noviembre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Didicoop Sociedad Anónima.—San José, 17 de noviembre del 2020.—Lic. Pablo Peña Ortega, Notario.—1 vez.—CE2020011270.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría a las 09 horas 30 minutos del 15 de noviembre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Varcane Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 17 de noviembre del 2020.—Lic. Harold Meléndez Gamboa, Notario.—1 vez.—CE2020011271.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría a las 13 horas 00 minutos del 11 de noviembre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Corporación Porlatch de Costa Rica y de Centroamérica Sociedad Anónima.—San José, 17 de noviembre del 2020.—Lic. Stefan Ali Chaves Boulanger, Notario.—1 vez.—CE2020011272.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría a las 10 horas 00 minutos del 11 de noviembre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Trans-Roca H Y R de Carrillos Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 17 de noviembre del 2020.—Lic. Andrés Martín Vargas Rojas, Notario.—1 vez.—CE2020011273.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría a las 15 horas 30 minutos del 13 de noviembre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Vaymacrol Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 17 de noviembre del 2020.—Lic. Marco Vinicio Villegas Arroyo, Notario.—1 vez.—CE2020011274.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría a las 08 horas 00 minutos del 16 de noviembre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Centro de Terapia Frío Limitada.—San José, 17 de noviembre del 2020.—Lic. Guido Alberto Soto Quesada, Notario.—1 vez.—CE2020011275.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría a las 10 horas 00 minutos del 12 de noviembre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Troyboy LLC Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 17 de noviembre del 2020.—Licda. Carolina de Los Ángeles Mendoza Álvarez, Notaria.—1 vez.—CE2020011276.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría a las 16 horas 00 minutos del 14 de noviembre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Servicios Médicos Oncología Radioterápica Sociedad Anónima.—San José, 17 de noviembre del 2020.—Lic. Christopher Carvajal Cordero, Notario.—1 vez.—CE2020011277.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría a las 08 horas 00 minutos del 13 de noviembre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Dragon Cen Siete Siete Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 17 de noviembre del 2020.—Lic. Bernal Eduardo Alfaro Solano, Notario.—1 vez.—CE2020011278.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría a las 11 horas 00 minutos del 14 de octubre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Operaciones Tecnológicas Mundiales-Optimum Sociedad Anónima.—San José, 17 de noviembre del 2020.—Licda. Andrea María Hulbert Volio, Notaria.—1 vez.—CE2020011279.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría a las 10 horas 00 minutos del 10 de noviembre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada International Experience Costa Rica IECR Sociedad Anónima.—San José, 17 de noviembre del 2020.—Lic. Susan Ginneth Esquivel Céspedes, Notario.—1 vez.—CE2020011280.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría a las 18 horas 00 minutos del 15 de noviembre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Sunflower Beauty Center & Spa Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 17 de noviembre del 2020.—Licda. Ariana de Los Ángeles Badilla Ureña, Notario.—1 vez.—CE2020011281.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría a las 10 horas 00 minutos del 28 de octubre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Bea Man Company Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 17 de noviembre del 2020.—Lic. Juan Carlos Rojas Sandi, Notario.—1 vez.—CE2020011282.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría a las 11 horas 00 minutos del 04 de noviembre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Essets Digital Custody Limitada.—San José, 17 de noviembre del 2020.—Lic. Mauricio Lara Ramos, Notario.—1 vez.—CE2020011283.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría a las 20 horas 00 minutos del 27 de octubre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Zambol Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 17 de noviembre del 2020.—Lic. Jorge Antonio Escalante Escalante, Notario.—1 vez.—CE2020011284.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría a las 11 horas 00 minutos del 16 de noviembre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Hongxingmaoyi Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 17 de noviembre del 2020.—Lic. Yijun Xie Luo, Notario.—1 vez.—CE2020011285.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría a las 15 horas 00 minutos del 16 de noviembre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Changjian Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 17 de noviembre del 2020.—Lic. Yijun Xie Luo, Notario.—1 vez.—CE2020011286.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría a las 10 horas 00 minutos del 10 de noviembre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada VQ Swimwear Sociedad Anónima.—San José, 17 de noviembre del 2020.—Lic. Roberto Facio Sáenz, Notario.—1 vez.—CE2020011287.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría a las 12 horas 00 minutos del 13 de noviembre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Luffaclean Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 17 de noviembre del 2020.—Lic. Alexander Pizarro Molina, Notario.—1 vez.—CE2020011288.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría a las 10 horas 30 minutos del 17 de noviembre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Inverfaro del Futuro Sociedad Anónima.—San José, 17 de noviembre del 2020.—Lic. Rafael Enrique Cañas Coto, Notario.—1 vez.—CE2020011289.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría a las 10 horas 16 minutos del 16 de noviembre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Grupo de Inversiones Familiares Kyma Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 17 de noviembre del 2020.—Lic. Roy Alberto Guerrero Olivares, Notario.—1 vez.—CE2020011290.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría a las 11 horas 30 minutos del 14 de noviembre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Nuestro Escondite Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 17 de noviembre del 2020.—Licda. Yalta Argentina Aragón González, Notaria.—1 vez.—CE2020011291.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría a las 08 horas 00 minutos del 17 de noviembre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Edu´s Sandwich Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 17 de noviembre del 2020.—Licda. Lourdes Salazar Agüero, Notaria.—1 vez.—CE2020011292.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría a las 11 horas 20 minutos del 09 de noviembre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Las Ramblas de Barcelona Trescientos Diez Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 17 de noviembre del 2020.—Lic. Marco Vinicio Araya Arroyo, Notario.—1 vez.—CE2020011293.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría a las 16 horas 00 minutos del 16 de noviembre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Bosques Tropicales del Pacífico O Y G Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 17 de noviembre del 2020.—Licda. Irene Arrieta Chacón, Notaria.—1 vez.—CE2020011294.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría a las 11 horas 00 minutos del 14 de octubre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Operaciones Tecnológicas Mundiales Optimum Sociedad Anónima.—San José, 17 de noviembre del 2020.—Licda. Andrea María Hulbert Volio, Notaria.—1 vez.—CE2020011295.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría a las 11 horas 00 minutos del 17 de noviembre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Fab Four Limitada.—San José, 17 de noviembre del 2020.—Lic. Alberto Pauly Sáenz, Notario.—1 vez.—CE2020011296.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría a las 15 horas 00 minutos del 16 de noviembre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Santo Pan Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 17 de noviembre del 2020.—Lic. Viriam Fumero Paniagua, Notario.—1 vez.—CE2020011297.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría a las 17 horas 30 minutos del 10 de noviembre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Cropland Sociedad Anónima.—San José, 17 de noviembre del 2020.—Lic. Roy Alberto Guerrero Olivares, Notario.—1 vez.—CE2020011298.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría a las 15 horas 00 minutos del 16 de noviembre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada A & M Grupo Empresarial Choferes Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 17 de noviembre del 2020.—Lic. Fernando Gamboa Gamboa, Notario.—1 vez.—CE2020011299.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría a las 15 horas 45 minutos del 16 de noviembre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Las Galicias Panadería & Delicatessen Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 17 de noviembre del 2020.—Lic. Viriam Fumero Paniagua, Notario.—1 vez.—CE2020011300.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría a las 09 horas 00 minutos del 10 de noviembre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Inversiones Las Marías de Curime Sociedad Anónima.—San José, 17 de noviembre del 2020.—Lic. Erwin Alan Seas, Notario.—1 vez.—CE2020011301.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría a las 11 horas 00 minutos del 24 de septiembre del año 2019, se constituyó la sociedad denominada Asociados en Tecnología Navarro & Lazo Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 17 de noviembre del 2020.—Licda. Cindy Araya Montes, Notaria.—1 vez.—CE2020011302.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría a las 16 horas 00 minutos del 16 de noviembre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Previs’s Paradise LLC Limitada.—San José, 17 de noviembre del 2020.—Lic. Ismene Arroyo Marín, Notario.—1 vez.—CE2020011303.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría a las 16 horas 00 minutos del 16 de noviembre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Hallstatt Asset Management Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 17 de noviembre del 2020.—Lic. Luis Alfredo Rojas Rivera, Notario.—1 vez.—CE2020011304.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría a las 15 horas 00 minutos del 16 de noviembre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Changmei Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 17 de noviembre del 2020.—Lic. Yijun Xie Luo, Notario.—1 vez.—CE2020011305.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría a las 13 horas 30 minutos del 02 de noviembre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Inversiones M.S.D. Sociedad Anónima.—San José, 17 de noviembre del 2020.—Lic. Roberto Antonio Marín Segura, Notario.—1 vez.—CE2020011306.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría a las 15 horas 00 minutos del 28 de octubre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Corporación Ranger de Costa Rica Sociedad Anónima.—San José, 17 de noviembre del 2020.—Licda. Geraldine Marín Villegas, Notaria.—1 vez.—CE2020011307.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría a las 12 horas 00 minutos del 17 de noviembre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Oceánica Studio Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 17 de noviembre del 2020.—Lic. Adolfo Jiménez Pacheco, Notario.—1 vez.—CE2020011308.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría a las 08 horas 30 minutos del 01 de noviembre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Crownbalt Investment Advisory Sociedad Anónima.—San José, 17 de noviembre del 2020.—Lic. Gastón Baudrit Ruiz, Notario.—1 vez.—CE2020011309.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría a las 09 horas 00 minutos del 16 de noviembre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Tierra Oxígeno Limitada.—San José, 17 de noviembre del 2020.—Lic. Felipe Esquivel Delgado, Notario.—1 vez.—CE2020011310.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría a las 10 horas 00 minutos del 17 de noviembre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Corporation Li Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 17 de noviembre del 2020.—Lic. Oscar Enrique Rosales Gutiérrez, Notario.—1 vez.—CE2020011311.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría a las 14 horas 00 minutos del 10 de noviembre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada ICK Intercont CR Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 17 de noviembre del 2020.—Lic. Maynor Ignacio Sánchez Ramírez, Notario.—1 vez.—CE2020011312.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría a las 08 horas 00 minutos del 09 de noviembre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Inversiones Robo-Tika Latinoamireca Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 17 de noviembre del 2020.—Lic. Soren Araya Madrigal, Notario.—1 vez.—CE2020011313.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría a las 08 horas 00 minutos del 17 de noviembre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada E & Adonayd Limitada.—San José, 17 de noviembre del 2020.—Licda. Josefina Carime Ayubi Pimienta, Notaria.—1 vez.—CE2020011314.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría a las 13 horas 30 minutos del 17 de noviembre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Red Black Green Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 17 de noviembre del 2020.—Lic. Manuel Antonio Porras Vargas, Notario.—1 vez.—CE2020011315.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría a las 13 horas 40 minutos del 17 de noviembre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Contrada Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 17 de noviembre del 2020.—Lic. Manuel Antonio Porras Vargas, Notario.—1 vez.—CE2020011316.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría a las 13 horas 00 minutos del 17 de noviembre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada LMI Latam Medical Innovations Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 17 de noviembre del 2020.—Lic. Javier Sebastián Jiménez Monge, Notario.—1 vez.—CE2020011317.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría a las 00 horas 00 minutos del 17 de noviembre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada D B J Inversiones Cárnicas Los Jardines Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 17 de noviembre del 2020.—Licda. Doris Cecilia Monge Díaz, Notaria.—1 vez.—CE2020011318.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría a las 16 horas 00 minutos del 16 de noviembre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Alfamedic Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 17 de noviembre del 2020.—Lic. Tomas Esquivel Cerdas, Notario.—1 vez.—CE2020011319.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría a las 15 horas 00 minutos del 16 de noviembre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Crown Tecnologies Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 17 de noviembre del 2020.—Licda. Daniela Rodríguez Hernández, Notaria.—1 vez.—CE2020011320.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría a las 13 horas 00 minutos del 14 de noviembre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Rystrend, Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 17 de noviembre del 2020.—Licda. Patricia Castro Molina, Notaria.—1 vez.—CE2020011321.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría a las 09 horas 30 minutos del 17 de noviembre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Caracol Nacar de Mar Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 17 de noviembre del 2020.—Licda. Rita María Calvo González, Notaria.—1 vez.—CE2020011322.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría a las 10 horas 00 minutos del 16 de noviembre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Vlakport Worldwide Services Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 17 de noviembre del 2020.—Licda. Mayra Centeno Mejía, Notaria.—1 vez.—CE2020011323.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría a las 12 horas 00 minutos del 17 de noviembre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada El Postre Primero Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 17 de noviembre del 2020.—Licda. Mariselle Verdesia Meneses, Notaria.—1 vez.—CE2020011324.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría a las 13 horas 30 minutos del 17 de noviembre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada R&J Muscle Wings Sociedad Anónima.—San José, 17 de noviembre del 2020.—Licda. Grace María Sánchez Granados, Notaria.—1 vez.—CE2020011325.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría a las 17 horas 00 minutos del 12 de noviembre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Edecan Sociedad Anónima.—San José, 17 de noviembre del 2020.—Lic. Alonso Jesús Chaves Fernández, Notario.—1 vez.—CE2020011326.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría a las 08 horas 00 minutos del 12 de noviembre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Vitruvio Sociedad Anónima.—San José, 17 de noviembre del 2020.—Lic. Jorge Enrique Rojas Fernández, Notario.—1 vez.—CE2020011327.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría a las 14 horas 15 minutos del 05 de noviembre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Lagocorp Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 17 de noviembre del 2020.—Lic. Luis Eduardo Sibaja Guillén, Notario.—1 vez.—CE2020011328.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría a las 01 horas 15 minutos del 17 de noviembre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Tomasello Langosta Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 17 de noviembre del 2020.—Lic. José Antonio Silva Meneses, Notario.—1 vez.—CE2020011329.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría a las 14 horas 00 minutos del 17 de noviembre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Grupo A Granel Market DRJ Sociedad Anónima.—San José, 17 de noviembre del 2020.—Lic. Xochitl Camacho Medina, Notario.—1 vez.—CE2020011330.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría a las 12 horas 00 minutos del 13 de noviembre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Marc Export Sociedad Anónima.—San José, 17 de noviembre del 2020.—Licda. Wendy Pamela Vargas Porras, Notaria.—1 vez.—CE2020011331.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría a las 12 horas 00 minutos del 13 de noviembre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada El Grano EME Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 17 de noviembre del 2020.—Licda. Claudia Minerva Domínguez Rojas, Notaria.—1 vez.—CE2020011332.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría a las 13 horas 00 minutos del 16 de noviembre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Rocasa Construcciones Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 17 de noviembre del 2020.—Lic. Alex Gerardo Castro Paniagua, Notario.—1 vez.—CE2020011333.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría a las 16 horas 40 minutos del 16 de noviembre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada TM Holding Group Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 17 de noviembre del 2020.—Lic. Carlos Alberto Montero Trejos, Notario.—1 vez.—CE2020011334.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría a las 08 horas 14 minutos del 14 de noviembre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Grupo Corporativo WJL & Asociados Sociedad Anónima.—San José, 17 de noviembre del 2020.—Lic. Róger Arturo Trigueros García, Notario.—1 vez.—CE2020011335.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría a las 14 horas 10 minutos del 04 de noviembre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada American Cooling & Heating Costa Rica Sociedad Anónima.—San José, 17 de noviembre del 2020.—Licda. Gabriela Mora Aguilar, Notaria.—1 vez.—CE2020012850.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 17 horas 00 minutos del 23 de Noviembre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Agro Copter Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 23 de noviembre del 2020.—Licda. Carolina Osorio Bolívar, Notaria.—1 vez.—CE2020011520.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría a las 08 horas 00 minutos del 23 de noviembre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Mundo Verde de Costa Rica Sociedad Anónima.—San José, 23 de noviembre del 2020.—Licda. Celenia María Miranda Castro, Notaria.—1 vez.—CE2020011521.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría a las 09 horas 00 minutos del 21 de noviembre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Technocool CR Sociedad Anónima.—San José, 23 de noviembre del 2020.—Lic. Oscar Danilo Urbina Uriarte, Notario.—1 vez.—CE2020011522.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría a las 14 horas 00 minutos del 19 de octubre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Monterossi Sociedad Anónima.—San José, 23 de noviembre del 2020.—Licda. Marianela Angulo Tam, Notaria.—1 vez.—CE2020011523.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría a las 11 horas 00 minutos del 23 de Noviembre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Armería JC Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 23 de noviembre del 2020.—Licda. Seidy Patricia Miranda Castro, Notaria.—1 vez.—CE2020011524.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría a las 17 horas 00 minutos del 23 de noviembre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Saeta de Fuego CH Sociedad Anónima.—San José, 23 de noviembre del 2020.—Lic. Siumin Vargas Jiménez, Notario.—1 vez.—CE2020011525.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría a las 15 horas 00 minutos del 23 de noviembre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Aym Dos Cero Dos Uno Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 23 de noviembre del 2020.—Lic. Matthew Ng Tse, Notario.—1 vez.—CE2020011526.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría a las 10 horas 00 minutos del 21 de noviembre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Pats Guys Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 24 de noviembre del 2020.—Lic. Luis Mauricio Meza Díaz, Notario.—1 vez.—CE2020011527.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría a las 08 horas 00 minutos del 08 de septiembre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Leaf Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 24 de noviembre del 2020.—Licda. Maureen Catalina Bustos Jiménez, Notaria.—1 vez.—CE2020011528.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría a las 11 horas 00 minutos del 17 de noviembre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Santonastacio Myers SM Sociedad Anónima.—San José, 24 de noviembre del 2020.—Licda. Elissa Madeline Stoffels Ughetta, Notaria.—1 vez.—CE2020011529.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría a las 09 horas 20 minutos del 23 de noviembre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Green Fresh del Trópico Caribe Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 24 de noviembre del 2020.—Licda. Karen Ginneth López Jara, Notaria.—1 vez.—CE2020011530.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría a las 10 horas 00 minutos del 21 de noviembre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada BCG Business Consulting Group Sociedad Anónima.—San José, 24 de noviembre del 2020.—Lic. Randall Dávila Soto, Notario.—1 vez.—CE2020011531.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría a las 11 horas 00 minutos del 11 de noviembre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Caivanbe Sociedad Anónima.—San José, 24 de noviembre del 2020.—Lic. Gonzalo Andrés Víquez Oreamuno, Notario.—1 vez.—CE2020011532.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría a las 19 horas 30 minutos del 23 de noviembre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Transportes Vargas y Pineda Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 24 de noviembre del 2020.—Licda. Xiomara Virginia Quesada Rojas, Notaria.—1 vez.—CE2020011533.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría a las 10 horas 30 minutos del 23 de noviembre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Inversiones Constructivas Angravara Sociedad Anónima.—San José, 24 de noviembre del 2020.—Licda. Ivannia Barboza Carvajal, Notaria.—1 vez.—CE2020011534.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría a las 10 horas 00 minutos del 23 de noviembre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Global Inter Corp Limitada.—San José, 24 de noviembre del 2020.—Lic. Eduardo Ajoy Zeledón, Notario.—1 vez.—CE2020011535.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría a las 15 horas 00 minutos del 23 de noviembre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Eustace Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 24 de noviembre del 2020.—Licda. Paola Fernanda Chaves Solórzano, Notaria.—1 vez.—CE2020011536.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría a las 20 horas 00 minutos del 27 de octubre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Zambol Veintiocho Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 24 de noviembre del 2020.—Lic. Jorge Antonio Escalante Escalante, Notario.—1 vez.—CE2020011537.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría a las 10 horas 00 minutos del 24 de noviembre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Electromecánica Veinte Veinte Sociedad Anónima.—San José, 24 de noviembre del 2020.—Licda. Aura Rebeca Menéndez Soto, Notaria.—1 vez.—CE2020011538.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría a las 09 horas 30 minutos del 29 de octubre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Kunken Hotel Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 24 de noviembre del 2020.—Lic. Yorhanny Campos Piedra, Notario.—1 vez.—CE2020011539.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría a las 09 horas 00 minutos del 06 de noviembre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada A.C.I. Consultoría Limitada.—San José, 24 de noviembre del 2020.—Lic. Manuel Enrique Ortiz Coronado, Notario.—1 vez.—CE2020011540.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría a las 15 horas 00 minutos del 23 de noviembre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Zapotal Coastal Partners Limitada.—San José, 24 de noviembre del 2020.—Lic. Bernal Jiménez Núñez, Notario.—1 vez.—CE2020011541.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría a las 15 horas 30 minutos del 23 de noviembre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Zapotal Valley Partners Limitada.—San José, 24 de noviembre del 2020.—Lic. Bernal Jiménez Núñez, Notario.—1 vez.—CE2020011542.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría a las 15 horas 15 minutos del 23 de noviembre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Tierra Tuanis Limitada.—San José, 24 de noviembre del 2020.—Lic. Carolina de Los Ángeles Mendoza Álvarez, Notario.—1 vez.—CE2020011543.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría a las 07 horas 30 minutos del 24 de noviembre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Portafolio Agropecuario Agrocorp AG-CA Sociedad Anónima.—San José, 24 de noviembre del 2020.—Lic. Guillermo José Sanabria Leiva, Notario.—1 vez.—CE2020011544.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría a las 13 horas 00 minutos del 18 de noviembre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Inversiones Varvill L Y J Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 24 de noviembre del 2020.—–Lic. Carlos Roberto Alan Rivera, Notario.—1 vez.—CE2020011545.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría a las 08 horas 00 minutos del 20 de noviembre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Inversiones Ramex Group Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 24 de noviembre del 2020.—Lic. Héctor Chaves Sandoval, Notario.—1 vez.—CE2020011546.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría a las 08 horas 00 minutos del 24 de noviembre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada El Garaje de Zulema Sociedad Anónima.—San José, 24 de noviembre del 2020.—Lic. William Charpentier Morales, Notario.—1 vez.—CE2020011547.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría a las 10 horas 00 minutos del 12 de noviembre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Inversiones y Servicios Montero Quesada Limitada.—San José, 24 de noviembre del 2020.—Lic. Gerardo Enrique Arroyo Rojas, Notario.—1 vez.—CE2020011548.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría a las 11 horas 10 minutos del 23 de noviembre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada LSLC XXXI Business Opportunities Sociedad Anónima.—San José, 24 de noviembre del 2020.—Licda. Nadia Chaves Zúñiga, Notaria.—1 vez.—CE2020011549.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría a las 10 horas 00 minutos del 24 de noviembre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Apriqo Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 24 de noviembre del 2020.—Licda. Georgia Lorena Montt Villacura, Notaria.—1 vez.—CE2020011550.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría a las 08 horas 00 minutos del 23 de noviembre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Pacos Taquería CR Sociedad Anónima.—San José, 24 de noviembre del 2020.—Lic. Manuel Tuckler Oconor, Notario.—1 vez.—CE2020011551.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría a las 08 horas 00 minutos del 20 de noviembre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Fraydknot Inversiones Limitada.—San José, 24 de noviembre del 2020.—Licda. Rosa Guillermina Aguilar Ureña, Notaria.—1 vez.—CE2020011552.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría a las 09 horas 00 minutos del 18 de noviembre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Inversiones Herrevar Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 24 de noviembre del 2020.—Licda. Jéssica Rodríguez Jara, Notaria.—1 vez.—CE2020011553.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría a las 14 horas 30 minutos del 23 de noviembre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Pho & Noodles Costa Rica Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 24 de noviembre del 2020.—Lic. Gonzalo Gutiérrez Acevedo, Notario.—1 vez.—CE2020011554.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 12 horas 00 minutos del 24 de noviembre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada MTZ Zapotal Limitada.—San José, 24 de noviembre del 2020.—Lic. Bernal Jiménez Núñez, Notario.—1 vez.—CE2020011555.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 14 horas 00 minutos del 23 de noviembre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Beckley Hospitality Group Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 24 de noviembre del 2020.—Lic. Gonzalo Gutiérrez Acevedo, Notario.—1 vez.—CE2020011556.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 14 horas 00 minutos del 18 de noviembre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Concre Max PC Sociedad Anónima.—San José, 24 de noviembre del 2020.—Lic. Felipe Esquivel Delgado, Notario.—1 vez.—CE2020011557.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 10 horas 00 minutos del 23 de noviembre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Eonia Solutions Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 24 de noviembre del 2020.—Lic. Sebastián David Vargas Roldán, Notario.—1 vez.—CE2020011558.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 11 horas 00 minutos del 15 de noviembre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada PI Latinsport del Este Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 24 de noviembre del 2020.—Licda. Gladys María Marín Villalobos, Notaria.—1 vez.—CE2020011559.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 11 horas 00 minutos del 23 de noviembre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Guerreras Texanas Sociedad Anónima.—San José, 24 de noviembre del 2020.—Licda. Martha Sulma Fuentes Villatoro, Notaria.—1 vez.—CE2020011560.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 11 horas 30 minutos del 24 de noviembre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Importadora y Distribuidora Global Latinoamericana IDGL Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 24 de noviembre del 2020.—Lic. Belzert Espinoza Cruz, Notario.—1 vez.—CE2020011561.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 12 horas 30 minutos del 24 de noviembre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Importaciones Sailcargo Limitada.—San José, 24 de noviembre del 2020.—Lic. Freddy Mesén Bermúdez, Notario.—1 vez.—CE2020011562.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 14 horas 15 minutos del 21 de noviembre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Las Margaritas de La Cruz Sociedad Anónima.—San José, 24 de noviembre del 2020.—Lic. Luis Alberto López López, Notario.—1 vez.—CE2020011563.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 13 horas 00 minutos del 23 de noviembre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Quilatte Pastelería Artesanal Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 24 de noviembre del 2020.—Licda. Leslie Guiselle Mora Cordero, Notaria.—1 vez.—CE2020011564.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 13 horas 00 minutos del 17 de noviembre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada FMD Consulting Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 24 de noviembre del 2020.—Lic. Luis Alfredo Rojas Rivera, Notario.—1 vez.—CE2020011565.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 14 horas 00 minutos del 24 de noviembre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Eternal Presence Limitada.—San José, 24 de noviembre del 2020.—Lic. Hernán Cordero Baltodano, Notario.—1 vez.—CE2020011566.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 14 horas 00 minutos del 24 de noviembre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Sunny Guadalupe Limitada.—San José, 24 de noviembre del 2020.—Lic. Oscar Manuel Funes Orellana, Notario.—1 vez.—CE2020011567.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 15 horas 00 minutos del 22 de noviembre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada General Industrial CC Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 24 de noviembre del 2020.—Licda. Zaida María Rojas Cortés, Notaria.—1 vez.—CE2020011568.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 10 horas 00 minutos del 23 de noviembre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Dos Amigos CR Real Estate Holding Limitada.—San José, 24 de noviembre del 2020.—Lic. José Juan Sánchez Chavarría, Notario.—1 vez.—CE2020011569.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 09 horas 00 minutos del 16 de noviembre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Dream Adventours Sociedad Anónima.—San José, 24 de noviembre del 2020.—Lic. Pedro Miguel Vega Cruz, Notario.—1 vez.—CE2020011570.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 09 horas 00 minutos del 10 de noviembre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Inversiones Las M Goduarte de Curime Sociedad Anónima.—San José, 24 de noviembre del 2020.—Lic. Erwin Alan Seas, Notario.—1 vez.—CE2020011571.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 12 horas 00 minutos del 23 de noviembre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Grupo Barake Sociedad Anónima.—San José, 24 de noviembre del 2020.—Lic. Federico Ureña Ferrero, Notario.—1 vez.—CE2020011572.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 14 horas 00 minutos del 24 de noviembre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Arabica Coffee Club Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 24 de noviembre del 2020.—Lic. Felipe Cordero Espinoza, Notario.—1 vez.—CE2020011573.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 16 horas 30 minutos del 18 de noviembre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Golden Planet Holdings International Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 24 de noviembre del 2020.—Licda. María Cecilia Cartín Ujueta, Notaria.—1 vez.—CE2020011574.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 17 horas 00 minutos del 23 de noviembre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada KNT Espinoza y Salazar Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 24 de noviembre del 2020.—Licda. Marianela Doubleday Céspedes, Notaria.—1 vez.—CE2020011575.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 14 horas 00 minutos del 20 de noviembre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Roreje Sociedad Anónima.—San José, 24 de noviembre del 2020.—Lic. Edgar Alejandro Solís Moraga, Notario.—1 vez.—CE2020011576.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 16 horas 12 minutos del 23 de noviembre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Paraiso Manta Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 24 de noviembre del 2020.—Licda. Andrea María Rojas Martínez, Notario.—1 vez.—CE2020011577.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 16 horas 45 minutos del 19 de noviembre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada CIE Investment Group Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 24 de noviembre del 2020.—Licda. María Cecilia Cartín Ujueta, Notaria.—1 vez.—CE2020011578.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 08 horas 00 minutos del 12 de noviembre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Marketing VTV CRC Sociedad Anónima.—San José, 24 de noviembre del 2020.—Lic. Jorge Enrique Rojas Fernández, Notario.—1 vez.—CE2020011579.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 13 horas 30 minutos del 24 de noviembre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Repuestos al Gallo Liberiano RB Sociedad Anónima.—San José, 24 de noviembre del 2020.—Licda. Jéssica María Fajardo Zúñiga, Notario.—1 vez.—CE2020011580.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 17 horas 00 minutos del 19 de noviembre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Affordable Homes International Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 24 de noviembre del 2020.—Licda. María Cecilia Cartín Ujueta, Notaria.—1 vez.—CE2020011581.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 15 horas 00 minutos del 24 de noviembre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Surfing & Safari Adventures Company LLC Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 24 de noviembre del 2020.—Lic. Brians Salazar Chavarría, Notario.—1 vez.—CE2020011582.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 18 horas 00 minutos del 19 de noviembre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Dental Tech Supply Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 24 de noviembre del 2020.—Licda. Evelyn Miranda Soto, Notaria.—1 vez.—CE2020011583.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 10 horas 45 minutos del 23 de noviembre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Distribuidora MS Dimosa Sociedad Anónima.—San José, 24 de noviembre del 2020.—Lic. Diego Alonso Fernández Otárola, Notario.—1 vez.—CE2020011584.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 14 horas 00 minutos del 03 de noviembre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Precisión Industrial D L R Sociedad Anónima.—San José, 24 de noviembre del 2020.—Licda. Vanessa De Paul Castro Mora, Notaria.—1 vez.—CE2020011585.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 11 horas 00 minutos del 19 de noviembre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Lighting Systems & Services LSS Limitada.—San José, 24 de noviembre del 2020.—Lic. Marco Vinicio Figueroa Monterrosa, Notario.—1 vez.—CE2020011586.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 18 horas 00 minutos del 12 de noviembre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Corporacion Famco Sociedad Anónima.—San José, 24 de noviembre del 2020.—Lic. Eduardo Alberto Castillo Mora, Notario.—1 vez.—CE2020011587.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 14 horas 00 minutos del 24 de noviembre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Jopolra Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 24 de noviembre del 2020.—Licda. Ana Sofia Lobo León, Notaria.—1 vez.—CE2020012852.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 09 horas 15 minutos del 04 de diciembre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Escape Sereno Dos Mil Veinte Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 05 de diciembre del 2020.—Lic. Andrés Tovar Castro, Notario.—1 vez.—CE2020011955.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 15 horas 00 minutos del 04 de diciembre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Sun Breeze Costa Rica Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 05 de diciembre del 2020.—Licda. Sabrina Karine Kszak Bianchi, Notaria.—1 vez.—CE2020011956.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 16 horas 00 minutos del 04 de diciembre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada CBCT Enterprises Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 05 de diciembre del 2020.—Licda. Sabrina Karine Kszak Bianchi, Notaria.—1 vez.—CE2020011957.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 11 horas 00 minutos del 05 de diciembre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Promasterglobal Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 05 de diciembre del 2020.—Licda. Christy Alejandra Martínez Carvajal, Notaria.—1 vez.—CE2020011958.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 10 horas 00 minutos del 24 de noviembre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Soluciones Electromecánicas Gómez Ugalde Segu Heredia Sociedad Anónima.—San José, 05 de diciembre del 2020.—Lic. Martín Adrián González Briceño, Notario.—1 vez.—CE2020011959.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 17 horas 30 minutos del 05 de diciembre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Carpelex Consultores Legales Sociedad Anónima.—San José, 06 de diciembre del 2020.—Lic. Sigrid Rocío Molina Brenes, Notaria.—1 vez.—CE2020011960.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 16 horas 30 minutos del 03 de diciembre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Elysian Natural Sociedad Anónima.—San José, 06 de diciembre del 2020.—Lic. Juan Bernal Ríos Robles, Notario.—1 vez.—CE2020011961.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 16 horas 00 minutos del 05 de diciembre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Marketing and Strategy Red House Más Sociedad Anónima.—San José, 07 de diciembre del 2020.—Lic. Bernal Eduardo Alfaro Solano, Notario.—1 vez.—CE2020011962.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 19 horas 00 minutos del 04 de diciembre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada RGS Asesores Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 07 de diciembre del 2020.—Licda. Melba María Pastor Pacheco, Notaria.—1 vez.—CE2020011963.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 12 horas 00 minutos del 04 de diciembre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Pled Management Costa Rica Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 07 de diciembre del 2020.—Licda. Mariela Hernández Brenes, Notaria.—1 vez.—CE2020011964.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 13 horas 00 minutos del 03 de diciembre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Matisa Group Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 07 de diciembre del 2020.—Licda. Antonella Da Re Masís, Notaria.—1 vez.—CE2020011965.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 09 horas 00 minutos del 04 de diciembre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Grupo Araya Corrales Sociedad Anónima.—San José, 07 de diciembre del 2020.—Licda. Christel Hering Palomar, Notaria.—1 vez.—CE2020011966.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 16 horas 30 minutos del 04 de diciembre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Corporación Blandin Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 07 de diciembre del 2020.—Licda. Magally María Guadamuz García, Notaria.—1 vez.—CE2020011967.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 09 horas 45 minutos del 03 de diciembre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada ITSCS Consultoría Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 07 de diciembre del 2020.—Lic. Warner Porras Guzmán, Notario.—1 vez.—CE2020011968.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 10 horas 00 minutos del 03 de diciembre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Doscuatrojulio Sociedad Anónima.—San José, 07 de diciembre del 2020.—Lic. David Esteban Fallas Rojas, Notario.—1 vez.—CE2020011969.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 09 horas 30 minutos del 03 de diciembre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Nova Milan Costa Rica Sociedad Anónima.—San José, 07 de diciembre del 2020.—Lic. Rafael Enrique Cañas Coto, Notario.—1 vez.—CE2020011970.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 20 horas 00 minutos del 04 de diciembre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Aire Eco Living Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 07 de diciembre del 2020.—Licda. Karina Aguilar Quesada, Notaria.—1 vez.—CE2020011971.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 15 horas 00 minutos del 03 de diciembre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Faduvi Limitada.—San José, 07 de diciembre del 2020.—Lic. José David Salazar Murillo, Notario.—1 vez.—CE2020011972.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 19 horas 00 minutos del 27 de noviembre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Agronatura de Tayutic Sociedad Anónima.—San José, 07 de diciembre del 2020.—Licda. María Cecilia Rodríguez Carvajal, Notaria.—1 vez.—CE2020011973.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 08 horas 00 minutos del 05 de diciembre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada FF Wu Feng Cen Limitada.—San José, 07 de diciembre del 2020.—Lic. Wainer Gonzalez Arguedas, Notario.—1 vez.—CE2020011974.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 14 horas 00 minutos del 30 de octubre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Por Número Sociedad Anónima.—San José, 07 de diciembre del 2020.—Licda. Marilyn de Los Ángeles Aguilar Sánchez, Notario.—1 vez.—CE2020011975.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 14 horas 00 minutos del 04 de diciembre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Grupo Moto Trescientos Sesenta C.R.C. Sociedad Anónima.—San José, 07 de diciembre del 2020.—Lic. Fernando Enrique Baltodano Córdoba, Notario.—1 vez.—CE2020011976.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 10 horas 00 minutos del 05 de diciembre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada YJ Chengling WF Limitada.—San José, 07 de diciembre del 2020.—Lic. Wainer González Arguedas, Notario.—1 vez.—CE2020011977.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 15 horas 00 minutos del 05 de diciembre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Felu de Roca Sociedad Anónima.—San José, 07 de diciembre del 2020.—Lic. Gustavo Adolfo Coto Calvo, Notario.—1 vez.—CE2020011978.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 10 horas 00 minutos del 06 de diciembre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Génesis M Y S Constructora y Consultora Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 07 de diciembre del 2020.—Licda. Wendy Marcela Valverde Cortés, Notaria.—1 vez.—CE2020011979.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 09 horas 00 minutos del 27 de noviembre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Transformación Digital Integra Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 07 de diciembre del 2020.—Lic. Sebastián David Vargas Roldán, Notario.—1 vez.—CE2020011980.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 09 horas 45 minutos del 03 de diciembre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada ITAVM Consultoría Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 07 de diciembre del 2020.—Lic. Warner Porras Guzmán, Notario.—1 vez.—CE2020011981.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 15 horas 00 minutos del 04 de diciembre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Breezing Costa Rica Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 07 de diciembre del 2020.—Licda. Sabrina Karine Kszak Bianchi, Notaria.—1 vez.—CE2020011982.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 09 horas 00 minutos del 07 de diciembre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Proyecto Residencial Zen Escazú Sociedad Anónima.—San José, 07 de diciembre del 2020.—Lic. Carlos Luis Jiménez Masís, Notario.—1 vez.—CE2020011983.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 10 horas 00 minutos del 07 de diciembre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Inversiones Carber Sociedad Anónima.—San José, 07 de diciembre del 2020.—Lic. Aldo José Mata Morales, Notario.—1 vez.—CE2020011984.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 16 horas 00 minutos del 04 de diciembre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Aseguramiento de la Calidad Suba Sociedad Anónima.—San José, 07 de diciembre del 2020.—Licda. Wendy Victoria Mora González, Notaria.—1 vez.—CE2020011985.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 12 horas 00 minutos del 02 de diciembre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Corporación Gud Yodo Roaster Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 07 de diciembre del 2020.—Lic. José Luis Torres Rodríguez, Notario.—1 vez.—CE2020011986.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 19 horas 00 minutos del 19 de noviembre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Inversiones Itata Chile Sociedad Anónima.—San José, 07 de diciembre del 2020.—Lic. Luis Javier Padilla Ujueta, Notario.—1 vez.—CE2020011987.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 16 horas 00 minutos del 03 de diciembre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Novart Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 07 de diciembre del 2020.—Lic. Erick Josué Cabezas Céspedes, Notario.—1 vez.—CE2020011988.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 11 horas 00 minutos del 05 de diciembre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada GC Servicios Financieros y Contables Sociedad Anónima.—San José, 07 de diciembre del 2020.—Licda. Wendy Rey Valverde, Notaria.—1 vez.—CE2020011989.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 15 horas 30 minutos del 06 de diciembre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Inversiones Las Camelias Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 07 de diciembre del 2020.—Lic. Marcos Rogelio Barsallo Villafuerte, Notario.—1 vez.—CE2020011990.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 10 horas 00 minutos del 04 de diciembre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Gastronomía y Más Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 07 de diciembre del 2020.—Lic. Dewin Brenes Fernández, Notario.—1 vez.—CE2020011991.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 12 horas 00 minutos del 30 de noviembre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Digital Mootor Latam Sociedad Anónima.—San José, 07 de diciembre del 2020.—Lic. Melani Campos Bermúdez, Notario.—1 vez.—CE2020011992.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 09 horas 00 minutos del 18 de noviembre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada The Barbers Club House Limitada.—San José, 07 de diciembre del 2020.—Licda. Andrea Martin Jiménez, Notaria.—1 vez.—CE2020011993.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 11 horas 00 minutos del 07 de diciembre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada SG Technology Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 07 de diciembre del 2020.—Lic. Alonso Jiménez Serrano, Notario.—1 vez.—CE2020011994.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 17 horas 00 minutos del 12 de noviembre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Servicios Internacionales EDECAN CR Sociedad Anónima.—San José, 07 de diciembre del 2020.—Lic. Alonso Jesús Chaves Fernández, Notario.—1 vez.—CE2020011995.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 14 horas 00 minutos del 02 de diciembre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada AENSA Academia de Enseñanza Aeronáutica Sociedad Anónima.—San José, 07 de diciembre del 2020.—Lic. Manuel Antonio Porras Vargas, Notario.—1 vez.—CE2020011996.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 08 horas 00 minutos del 02 de noviembre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Hacienda La Nimbuera de Curime Sociedad Anónima.—San José, 07 de diciembre del 2020.—Lic. Julio César Azofeifa Soto, Notario.—1 vez.—CE2020011997.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 08 horas 00 minutos del 27 de noviembre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada LXV Limitada.—San José, 07 de diciembre del 2020.—Lic. Oscar Manuel Funes Orellana, Notario.—1 vez.—CE2020011998.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 09 horas 00 minutos del 16 de noviembre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Dream Adventours Tours and Internacional Dental Service Sociedad Anónima.—San José, 07 de diciembre del 2020.—Lic. Pedro Miguel Vega Cruz, Notario.—1 vez.—CE2020011999.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 14 horas 30 minutos del 25 de noviembre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Movelco Costa Rica Sociedad Anónima.—San José, 07 de diciembre del 2020.—Lic. Álvaro Alfaro Rojas, Notario.—1 vez.—CE2020012000.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 18 horas 00 minutos del 20 de noviembre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Autofinish CR Limitada.—San José, 07 de diciembre del 2020.—Lic. Grevin López Torres, Notario.—1 vez.—CE2020012001.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 13 horas 00 minutos del 05 de diciembre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada RJPG Autocolors Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 07 de diciembre del 2020.—Licda. María José Chaves Cavallini, Notario.—1 vez.—CE2020012002.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 11 horas 30 minutos del 23 de noviembre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada IL Scalatore Sociedad Anónima.—San José, 07 de diciembre del 2020.—Licda. Carolina Muñoz Solís, Notario.—1 vez.—CE2020012003.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 14 horas 00 minutos del 23 de noviembre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada FLM Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 07 de diciembre del 2020.—Lic. Henry Sandoval Gutiérrez, Notario.—1 vez.—CE2020012004.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 17 horas 00 minutos del 03 de diciembre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Nidos Vacíos Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 07 de diciembre del 2020.—Licda. Sylvia Salazar Escalante, Notaria.—1 vez.—CE2020012005.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 00 horas 00 minutos del 05 de diciembre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Peonias del Amanecer Sociedad Anónima.—San José, 07 de diciembre del 2020.—Lic. Bernardo Mata Soto, Notario.—1 vez.—CE2020012006.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 12 horas 00 minutos del 28 de noviembre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Maca Sánchez y Solís Sociedad Anónima.—San José, 07 de diciembre del 2020.—Lic. Carlos Javier Calvo Sánchez, Notario.—1 vez.—CE2020012007.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 13 horas 00 minutos del 07 de diciembre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Stoic Elemental MMXX Limitada.—San José, 07 de diciembre del 2020.—Lic. Armando Moreno Arroyo, Notario.—1 vez.—CE2020012008.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 15 horas 00 minutos del 03 de diciembre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada King Pollo Sociedad Anónima.—San José, 07 de diciembre del 2020.—Lic. Roy Alberto Guerrero Olivares, Notario.—1 vez.—CE2020012009.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 13 horas 00 minutos del 24 de noviembre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Inversiones Maguero Sociedad Anónima.—San José, 07 de diciembre del 2020.—Lic. Christopher Carvajal Cordero, Notario.—1 vez.—CE2020012010.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 15 horas 00 minutos del 27 de noviembre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Pesquera Delfines del Pacífico Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 07 de diciembre del 2020.—Lic. Roy Gustavo Quesada Rodríguez, Notario.—1 vez.—CE2020012011.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 16 horas 30 minutos del 04 de diciembre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Carrara Nosara Enterprises Limitada.—San José, 07 de diciembre del 2020.—Lic. Rafael Enrique Cañas Coto, Notario.—1 vez.—CE2020012012.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 15 horas 00 minutos del 05 de diciembre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Inversiones Espinoza Herrera Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 07 de diciembre del 2020.—Licda. Cyntia Barrantes Vargas, Notaria.—1 vez.—CE2020012013.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 11 horas 00 minutos del 07 de diciembre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Agrícola Melchor Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 07 de diciembre del 2020.—Licda. María Melissa Vargas Oviedo, Notaria.—1 vez.—CE2020012014.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 09 horas 00 minutos del 07 de diciembre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Inversiones Irina del Sur Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 07 de diciembre del 2020.—Lic. Johnny Solís Barrantes, Notario.—1 vez.—CE2020012015.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 10 horas 00 minutos del 07 de diciembre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Inversiones Cárdenas y Bernal Sociedad Anónima.—San José, 07 de diciembre del 2020.—Lic. Aldo José Mata Morales, Notario.—1 vez.—CE2020012016.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 08 horas 00 minutos del 03 de diciembre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Brindley River CR Company Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 07 de diciembre del 2020.—Lic. Javier Francisco Chaverri Ross, Notario.—1 vez.—CE2020012017.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 16 horas 00 minutos del 04 de diciembre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Slothgreen Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 07 de diciembre del 2020.—Lic. Mario Alberto Sandoval Pineda, Notario.—1 vez.—CE2020012018.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 13 horas 00 minutos del 26 de noviembre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Centro Pedagógico Aula de Colores Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 07 de diciembre del 2020.—Lic. Douglas Mora Umaña, Notario.—1 vez.—CE2020012019.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 11 horas 00 minutos del 03 de diciembre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Danta Investments Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 07 de diciembre del 2020.—Lic. Paul Zúñiga Hernández, Notario.—1 vez.—CE2020012020.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 15 horas 00 minutos del 07 de diciembre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada GK Almendros Second Group Properties Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 07 de diciembre del 2020.—Lic. Sergio Aguiar Montealegre, Notario.—1 vez.—CE2020012021.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 07 horas 30 minutos del 09 de noviembre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Auto Experts Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 07 de diciembre del 2020.—Lic. Andrés Tovar Castro, Notario.—1 vez.—CE2020012022.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 17 horas 30 minutos del 05 de noviembre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada It Services Consulting Soft Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 07 de diciembre del 2020.—Lic. Róger Adriano Bogantes Zamora, Notario.—1 vez.—CE2020012023.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 09 horas 00 minutos del 03 de diciembre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Grupo Valhalla Sociedad Anónima.—San José, 07 de diciembre del 2020.—Lic. Jorge Luis Villalobos Salgado, Notario.—1 vez.—CE2020012024.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 16 horas 00 minutos del 04 de diciembre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Construcción Arki Tek & Estudio Sociedad Anónima.—San José, 07 de diciembre del 2020.—Lic. Héctor Chaves Sandoval, Notario.—1 vez.—CE2020012025.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 15 horas 00 minutos del 07 de diciembre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Mara Post Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 07 de diciembre del 2020.—Licda. Maureen Irlene Masís Mora, Notaria.—1 vez.—CE2020012026.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 14 horas 30 minutos del 07 de diciembre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Tas Consulting Latam Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 07 de diciembre del 2020.—Lic. Gonzalo Gutiérrez Acevedo, Notario.—1 vez.—CE2020012027.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 15 horas 00 minutos del 22 de octubre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Mitras Holding CR Sociedad Anónima.—San José, 07 de diciembre del 2020.—Licda. Andrea Fernández Bonilla, Notaria.—1 vez.—CE2020012853.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 18 horas 00 minutos del 10 de diciembre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Goodnight Tornado INC Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 10 de diciembre del 2020.—Lic. Omar Jalil Ayales Aden, Notario.—1 vez.—CE2020012223.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 16 horas 30 minutos del 10 de diciembre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Alfaro y Serrano Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 11 de diciembre del 2020.—Lic. Milena Valverde Mora, Notaria.—1 vez.—CE2020012224.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 12 horas 50 minutos del 09 de diciembre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Inbise Sociedad Anónima.—San José, 11 de diciembre del 2020.—Lic. Alfonso Víquez Sánchez, Notario.—1 vez.—CE2020012225.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 19 horas 00 minutos del 10 de diciembre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Aldecoba Dental Care Sociedad Anónima.—San José, 11 de diciembre del 2020.—Lic. Greyvin Antonio Cordero Rojas, Notario.—1 vez.—CE2020012226.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 10 horas 00 minutos del 03 de diciembre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Inversiones Optomelgar Limitada.—San José, 11 de diciembre del 2020.—Lic. Carlos Andrés Pérez Gutiérrez, Notario.—1 vez.—CE2020012227.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 10 horas 00 minutos del 26 de noviembre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Nangue Sociedad Anónima.—San José, 11 de diciembre del 2020.—Lic. Ana Cecilia Solís Ugalde, Notaria.—1 vez.—CE2020012228.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 14 horas 00 minutos del 09 de diciembre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Zigmar Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 11 de diciembre del 2020.—Lic. Yancy Gabriela Araya Pérez, Notaria.—1 vez.—CE2020012229.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 08 horas 00 minutos del 11 de diciembre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Good Catch Limitada.—San José, 11 de diciembre del 2020.—Lic. Oscar Manuel Funes Orellana, Notario.—1 vez.—CE2020012230.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 11 horas 00 minutos del 09 de diciembre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Flamingo Main Road Property Limitada.—San José, 11 de diciembre del 2020.—Lic. Tatiana Vindas Benavides, Notaria.—1 vez.—CE2020012231.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 19 horas 00 minutos del 27 de noviembre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Inversiones CAL-HER Sociedad Anónima.—San José, 11 de diciembre del 2020.—Lic. María Cecilia Rodríguez Carvajal, Notaria.—1 vez.—CE2020012232.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 11 horas 45 minutos del 10 de diciembre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Dior Exports LLC Limitada.—San José, 11 de diciembre del 2020.—Lic. Carlos José Oreamuno Morera, Notario.—1 vez.—CE2020012233.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 10 horas 30 minutos del 11 de diciembre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Circumtecnology C.T.Y. Sociedad Anónima.—San José, 11 de diciembre del 2020.—Lic. Gustavo Adolfo Koutsouris Canales, Notario.—1 vez.—CE2020012234.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 15 horas 00 minutos del 10 de diciembre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Verana Dreams Limitada.—San José, 11 de diciembre del 2020.—Lic. Mariana Herrera Ugarte, Notario.—1 vez.—CE2020012235.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 09 horas 30 minutos del 07 de diciembre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada DW Kids Limitada.—San José, 11 de diciembre del 2020.—Lic. Alfredo Andreoli González, Notario.—1 vez.—CE2020012236.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 16 horas 30 minutos del 10 de diciembre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Carnes Guadalupe Sociedad Anónima.—San José, 11 de diciembre del 2020.—Lic. Lucila Barrantes Rodríguez, Notaria.—1 vez.—CE2020012237.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 11 horas 40 minutos del 10 de diciembre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Nicol Group Limitada.—San José, 11 de diciembre del 2020.—Lic. Adrián Ceciliano Altamirano, Notario.—1 vez.—CE2020012238.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 00 horas 30 minutos del 27 de noviembre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Nosara Económico Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 11 de diciembre del 2020.—Lic. Yadriela Rodríguez Quesada, Notario.—1 vez.—CE2020012239.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 08 horas 00 minutos del 09 de diciembre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Agrícola Varo Volcanes Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 11 de diciembre del 2020.—Lic. Luciana Acevedo Gutiérrez, Notaria.—1 vez.—CE2020012240.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 16 horas 00 minutos del 03 de diciembre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada ABV Soluciones Integrales Sociedad Anónima.—San José, 11 de diciembre del 2020.—Lic. José Manuel Hernández Martínez, Notario.—1 vez.—CE2020012241.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 09 horas 15 minutos del 11 de diciembre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Langosta By The C Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 11 de diciembre del 2020.—Lic. Carlos José Oreamuno Morera, Notario.—1 vez.—CE2020012242.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 14 horas 00 minutos del 27 de noviembre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Ajudafa C&O Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 11 de diciembre del 2020.—Lic. Vera Garro Navarro, Notaria.—1 vez.—CE2020012243.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 00 horas 00 minutos del 14 de junio del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Mario Jiménez E Hijos Sociedad Anónima.—San José, 11 de diciembre del 2020.—Lic. Fernando Rafael Morera Solano, Notario.—1 vez.—CE2020012244.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 15 horas 30 minutos del 28 de setiembre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Gas Express del Norte Sociedad Anónima.—San José, 11 de diciembre del 2020.—Lic. Víctor Julio Aguilar Soto, Notario.—1 vez.—CE2020012245.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 15 horas 30 minutos del 10 de diciembre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Malatos Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 11 de diciembre del 2020.—Lic. Adriana Silva Rojas, Notaria.—1 vez.—CE2020012246.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 11 horas 00 minutos del 03 de diciembre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada SPL INC Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 11 de diciembre del 2020.—Lic. Eliécer Miguel Hernández Fallas, Notario.—1 vez.—CE2020012247.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 08 horas 00 minutos del 16 de noviembre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Exportadora de Metales Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 11 de diciembre del 2020.—Lic. Diego Oporto Mejía, Notario.—1 vez.—CE2020012248.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 10 horas 00 minutos del 10 de diciembre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Scoring Dreams Costa Rica Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 11 de diciembre del 2020.—Lic. Alberto Acevedo Gutiérrez, Notario.—1 vez.—CE2020012249.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 20 horas 00 minutos del 10 de diciembre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Constructora La Roca Sociedad Anónima.—San José, 11 de diciembre del 2020.—Lic. Sara Natalia Hernández Artavia, Notaria.—1 vez.—CE2020012250.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 10 horas 00 minutos del 11 de diciembre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Inversiones Bonilla Alpízar Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 11 de diciembre del 2020.—Lic. Karina del Carmen Badilla Abarca, Notaria.—1 vez.—CE2020012251.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 15 horas 00 minutos del 09 de diciembre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Refrigeración Electrónica Caribe Limitada.—San José, 11 de diciembre del 2020.—Lic. Lenin Segura Bolaños, Notario.—1 vez.—CE2020012252.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 14 horas 00 minutos del 09 de diciembre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Hhardt Holdings Corporation Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 11 de diciembre del 2020.—Lic. José Luis Torres Rodríguez, Notario.—1 vez.—CE2020012253.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 12 horas 00 minutos del 09 de diciembre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Lobo CR Corporation Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 11 de diciembre del 2020.—Lic. José Luis Torres Rodríguez, Notario.—1 vez.—CE2020012254.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 12 horas 00 minutos del 11 de diciembre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Langosta Tropical Aventuras Limitada.—San José, 11 de diciembre del 2020.—Lic. Gonzalo José Rojas Benavides, Notario.—1 vez.—CE2020012255.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 13 horas 00 minutos del 11 de diciembre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Distribuidora Nacional Costa Rica Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 11 de diciembre del 2020.—Lic. Karen Otárola Luna, Notaria.—1 vez.—CE2020012256.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 07 horas 30 minutos del 09 de diciembre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada GV Mobiliario y Servicios Sociedad Anónima.—San José, 11 de diciembre del 2020.—Lic. Tatiana Vanessa Castro Alfaro, Notaria.—1 vez.—CE2020012258.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 08 horas 50 minutos del 07 de diciembre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Amazing Paca CR Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 11 de diciembre del 2020.—Lic. Karla Herminia Schnitzler Monestel, Notaria.—1 vez.—CE2020012259.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 09 horas 00 minutos del 10 de diciembre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada L Edamar Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 11 de diciembre del 2020.—Lic. Ada Valeria Aguilera Garita, Notaria.—1 vez.—CE2020012261.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 10 horas 00 minutos del 09 de diciembre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Agrocultores RCR Sociedad Anónima.—San José, 11 de diciembre del 2020.—Lic. Cindy María Blanco González, Notaria.—1 vez.—CE2020012262.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 14 horas 00 minutos del 11 de diciembre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Blockchain Technologies Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 11 de diciembre del 2020.—Lic. Pedro González Roesch, Notario.—1 vez.—CE2020012263.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 14 horas 00 minutos del 11 de diciembre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Craving English Sociedad Anónima.—San José, 11 de diciembre del 2020.—Lic. Grace Patricia Zúñiga Campos, Notaria.—1 vez.—CE2020012264.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 20 horas 00 minutos del 10 de diciembre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Constructora Emanuel de la Roca Sociedad Anónima.—San José, 11 de diciembre del 2020.—Lic. Sara Natalia Hernández Artavia, Notaria.—1 vez.—CE2020012266.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 11 horas 00 minutos del 11 de diciembre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Inversiones Crisol MRS Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 11 de diciembre del 2020.—Lic. Christy Alejandra Martínez Carvajal, Notario.—1 vez.—CE2020012267.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 11 horas 10 minutos del 09 de diciembre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Tecno Express de Costa Rica Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 11 de diciembre del 2020.—Lic. María Alejandra Calderón Hidalgo, Notaria.—1 vez.—CE2020012269.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 14 horas 00 minutos del 11 de diciembre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Sky Haven Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 11 de diciembre del 2020.—Lic. Sergio José Guido Villegas, Notario.—1 vez.—CE2020012270.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 11 horas 15 minutos del 09 de diciembre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Soluciones Tecnológicas del Sur Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 11 de diciembre del 2020.—Lic. María Alejandra Calderón Hidalgo, Notaria.—1 vez.—CE2020012271.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 08 horas 00 minutos del 11 de diciembre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Lemon López Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 11 de diciembre del 2020.—Lic. Pedro González Roesch, Notario.—1 vez.—CE2020012272.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 11 horas 00 minutos del 11 de diciembre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Grupo JAP del Monte Sociedad Anónima.—San José, 11 de diciembre del 2020.—Lic. Carlos Alberto Aguilar Vargas, Notario.—1 vez.—CE2020012274.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 11 horas 00 minutos del 04 de diciembre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Neuronai Technologies Sociedad Anónima.—San José, 11 de diciembre del 2020.—Lic. Flora María Ramírez Camacho, Notaria.—1 vez.—CE2020012275.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 17 horas 30 minutos del 05 de noviembre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada ITSC Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 11 de diciembre del 2020.—Lic. Roger Adriano Bogantes Zamora, Notario.—1 vez.—CE2020012276.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 11 horas 00 minutos del 01 de diciembre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada TKAT Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 13 de diciembre del 2020.—Lic. Abel Ignacio Gómez Bloise, Notario.—1 vez.—CE2020012278.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 09 horas 00 minutos del 04 de diciembre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Grupo Arayco Guimake Sociedad Anónima.—San José, 13 de diciembre del 2020.—Licda. Christel Hering Palomar, Notaria.—1 vez.—CE2020012279.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 08 horas 00 minutos del 01 de octubre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada BTDA Online Shopping Limitada.—San José, 14 de diciembre del 2020.—Licda. Georgina Rojas D Avanzo, Notaria.—1 vez.—CE2020012280.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 17 horas 00 minutos del 08 de diciembre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Vintage Auto Dealership Sociedad Anónima.—San José, 14 de diciembre del 2020.—Lic. Juan Bautista Moya Fernández, Notario.—1 vez.—CE2020012281.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 15 horas 00 minutos del 08 de diciembre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Servicios de Recolección y Limpieza Gemak Sociedad Anónima.—San José, 14 de diciembre del 2020.—Lic. Jeffry González Obando, Notario.—1 vez.—CE2020012282.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 13 horas 00 minutos del 11 de diciembre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Distribuidora Nal CR Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 14 de diciembre del 2020.—Licda. Karen Otárola Luna, Notaria.—1 vez.—CE2020012283.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 09 horas 00 minutos del 18 de noviembre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada The Barbers Real House Limitada.—San José, 14 de diciembre del 2020.—Licda. Andrea Martin Jiménez, Notaria.—1 vez.—CE2020012284.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 15 horas 30 minutos del 11 de diciembre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Rimpac Sport and Entretainment Limitada.—San José, 14 de diciembre del 2020.—Lic. Andrés Francisco González Anglada, Notario.—1 vez.—CE2020012285.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 13 horas 15 minutos del 11 de diciembre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Marcerca del Mar Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 14 de diciembre del 2020.—Licda. Rosario Araya Arroyo, Notaria.—1 vez.—CE2020012286.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 14 horas 00 minutos del 09 de diciembre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Casa de Zigmar Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 14 de diciembre del 2020.—Licda. Yancy Gabriela Araya Pérez, Notario.—1 vez.—CE2020012287.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 09 horas 00 minutos del 10 de Noviembre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Pharma Advance Sociedad Anónima.—San José, 14 de diciembre del 2020.—Lic. Heidel Sequeira Guzmán, Notario.—1 vez.—CE2020012288.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 09 horas 00 minutos del 10 de diciembre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada CD Ganaderos del Pacífico Sociedad Anónima.—San José, 14 de diciembre del 2020.—Lic. Mauricio Montero Hernández, Notario.—1 vez.—CE2020012289.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 14 horas 00 minutos del 08 de diciembre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Inversiones MMMK del Caribe Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 14 de diciembre del 2020.—Licda. Isabel Cristina Vargas Vargas, Notaria.—1 vez.—CE2020012290.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 15 horas 00 minutos del 10 de diciembre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Crchunches Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 14 de diciembre del 2020.—Lic. Sergio Aguiar Montealegre, Notario.—1 vez.—CE2020012291.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 09 horas 00 minutos del 11 de diciembre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Tierras de María Cero Seis Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 14 de diciembre del 2020.—Licda. Margarita Arias Formoso, Notaria.—1 vez.—CE2020012292.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 12 horas 00 minutos del 09 de diciembre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Tienda Adelina de Nosara Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 14 de diciembre del 2020.—Lic. José Luis Torres Rodríguez, Notario.—1 vez.—CE2020012293.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 09 horas 00 minutos del 22 de noviembre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Falo Import and Export Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 14 de diciembre del 2020.—Lic. Eduardo Ajoy Zeledón, Notario.—1 vez.—CE2020012294.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 10 horas 30 minutos del 11 de diciembre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Circumtecnology CTY Sociedad Anónima.—San José, 14 de diciembre del 2020.—Lic. Gustavo Adolfo Koutsouris Canales, Notario.—1 vez.—CE2020012295.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 10 horas 00 minutos del 23 de octubre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Vidriera Cerroblan Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 14 de diciembre del 2020.—Licda. Cindy Araya Montes, Notaria.—1 vez.—CE2020012296.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 14 horas 32 minutos del 04 de diciembre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Maquinaria y Equipos Maquitica Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 14 de diciembre del 2020.—Licda. Dayana Badilla Jarquín, Notaria.—1 vez.—CE2020012297.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 18 horas 00 minutos del 07 de diciembre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Smart Fixture Desing Sociedad Anónima.—San José, 14 de diciembre del 2020.—Lic. Iván Villalobos Ramírez, Notario.—1 vez.—CE2020012298.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 15 horas 00 minutos del 10 de diciembre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Nina Gastronomía Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 14 de diciembre del 2020.—Lic. Randall Emilio Ramírez Calero, Notario.—1 vez.—CE2020012299.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 12 horas 00 minutos del 11 de diciembre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Renasoc Consultoría Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 14 de diciembre del 2020.—Lic. Héctor Chaves Sandoval, Notario.—1 vez.—CE2020012300.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 10 horas 00 minutos del 12 de diciembre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada M Y H Tecnology Sociedad Anónima.—San José, 14 de diciembre del 2020.—Lic. Gaudy Marín Campos, Notario.—1 vez.—CE2020012301.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 08 horas 00 minutos del 13 de diciembre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Administración de Riesgos Laborales y Ambiente Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 14 de diciembre del 2020.—Licda. Fressy Graciela Mora Peñaranda, Notaria.—1 vez.—CE2020012302.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 15 horas 00 minutos del 11 de diciembre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Savitri Solar Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 14 de diciembre del 2020.—Lic. Jorge Johanning Mora, Notario.—1 vez.—CE2020012303.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 11 horas 00 minutos del 07 de diciembre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Encomiendas y Mudanzas Fortuna M & A Sociedad Anónima.—San José, 14 de diciembre del 2020.—Lic. Manuel Tuckler Oconor, Notario.—1 vez.—CE2020012304.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 10 horas 00 minutos del 13 de diciembre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Inversiones Jiménez R & J Welt Sociedad Anónima.—San José, 14 de diciembre del 2020.—Lic. Manuel Tuckler Oconor, Notario.—1 vez.—CE2020012305.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 06 horas 00 minutos del 13 de diciembre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Frenchychoco Sociedad Anónima.—San José, 14 de diciembre del 2020.—Lic. Marvin Martínez Alvarado, Notario.—1 vez.—CE2020012306.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 13 horas 00 minutos del 09 de diciembre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Su Casa Ya CRP Sociedad Anónima.—San José, 14 de diciembre del 2020.—Licda. Tatiana Fernández Mora, Notaria.—1 vez.—CE2020012307.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 09 horas 00 minutos del 14 de diciembre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Green Go Homes LLC Limitada.—San José, 14 de diciembre del 2020.—Lic. José Alejandro Martínez Castro, Notario.—1 vez.—CE2020012308.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 11 horas 00 minutos del 14 de diciembre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Servicios de Asesoría y Recursos Humanos Garona Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 14 de diciembre del 2020.—Licda. Juli Tatiana Miranda Carmona, Notaria.—1 vez.—CE2020012309.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 17 horas 00 minutos del 10 de diciembre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Chentico Sociedad Anónima.—San José, 14 de diciembre del 2020.—Licda. Kerlin María Esquivel Vega, Notaria.—1 vez.—CE2020012310.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 10 horas 15 minutos del 14 de diciembre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Ríos y Manantiales Sociedad Anónima.—San José, 14 de diciembre del 2020.—Lic. Carlos Humberto Arias Solano, Notario.—1 vez.—CE2020012311.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 09 horas 00 minutos del 24 de Septiembre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Galago Sociedad Anónima.—San José, 14 de diciembre del 2020.—Lic. Pablo Enrique Guier Acosta, Notario.—1 vez.—CE2020012312.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 00 horas 30 minutos del 09 de diciembre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Nuevo Horizonte P Y E Sociedad Anónima.—San José, 14 de diciembre del 2020.—Licda. Marlene Brenes Corrales, Notaria.—1 vez.—CE2020012313.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 16 horas 05 minutos del 12 de diciembre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Cedula Jurídica S. A. Sociedad Anónima.—San José, 14 de diciembre del 2020.—Licda. Alba Rosa Zamora Durán, Notaria.—1 vez.—CE2020012314.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 08 horas 30 minutos del 06 de diciembre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada European Mountain Bike Components Sociedad Anónima.—San José, 14 de diciembre del 2020.—Licda. Alicia Yesenia Chacón Araya, Notaria.—1 vez.—CE2020012315.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 15 horas 45 minutos del 01 de diciembre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Novae SPES Limitada.—San José, 14 de diciembre del 2020.—Lic. Andre Vargas Siverio, Notario.—1 vez.—CE2020012316.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 12 horas 30 minutos del 10 de diciembre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Weilaimax Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 14 de diciembre del 2020.—Lic. Yijun Xie Luo, Notario.—1 vez.—CE2020012317.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 16 horas 00 minutos del 07 de diciembre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Suministros y Servicios CR Limitada.—San José, 14 de diciembre del 2020.—Lic. Eduardo Valdivieso Bustos, Notario.—1 vez.—CE2020012318.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 12 horas 30 minutos del 14 de diciembre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Bilibili Z&Z Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 14 de diciembre del 2020.—Lic. Yijun Xie Luo, Notario.—1 vez.—CE2020012319.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 09 horas 00 minutos del 14 de diciembre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Villa Brazil Limitada.—San José, 14 de diciembre del 2020.—Licda. Diana Elke Pinchanski Fachler, Notaria.—1 vez.—CE2020012320.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 19 horas 00 minutos del 10 de diciembre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Solagui Scholl Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 14 de diciembre del 2020.—Lic. Ronald Antonio Sánchez Trejos, Notario.—1 vez.—CE2020012321.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 15 horas 30 minutos del 12 de diciembre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Soluciones Informáticas Integrales Modernas Sociedad Anónima.—San José, 14 de diciembre del 2020.—Licda. Georgia Lorena Montt Villacura, Notaria.—1 vez.—CE2020012322.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 16 horas 00 minutos del 02 de diciembre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Constructora Contreras Landscaping Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 14 de diciembre del 2020.—Licda. Yahaira Vanessa Zamora Duarte, Notaria.—1 vez.—CE2020012323.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 10 horas 00 minutos del 14 de diciembre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Timmermans Oceánica LLC Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 14 de diciembre del 2020.—Licda. María Andrea Jara Pérez, Notaria.—1 vez.—CE2020012324.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 13 horas 00 minutos del 10 de diciembre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada D&B Solutions Sociedad Anónima.—San José, 14 de diciembre del 2020.—Lic. Alejandro Pignataro Madrigal, Notario.—1 vez.—CE2020012325.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 19 horas 30 minutos del 24 de noviembre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Aevseven Sociedad Anónima.—San José, 14 de diciembre del 2020.—Licda. Karen Melissa Brenes Piedra, Notaria.—1 vez.—CE2020012326.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 19 horas 00 minutos del 24 de Noviembre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada MMA Equipamientos, Sociedad Anónima.—San José, 14 de diciembre del 2020.—Licda. Karen Melissa Brenes Piedra, Notaria.—1 vez.—CE2020012327.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 08 horas 00 minutos del 13 de diciembre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Administración de Riesgos Laborales y Ambiente A&J Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 14 de diciembre del 2020.—Licda. Fressy Graciela Mora Peñaranda, Notaria.—1 vez.—CE2020012328.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 14 horas 00 minutos del 11 de diciembre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Blockchain Token Technologies Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 14 de diciembre del 2020.—Lic. Pedro González Roesch, Notario.—1 vez.—CE2020012329.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 10 horas 00 minutos del 09 de diciembre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada J R Trans Sociedad Anónima.—San José, 14 de diciembre del 2020.—Licda. Adriana Delgado Aguilar, Notaria.—1 vez.—CE2020012330.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 13 horas 30 minutos del 14 de diciembre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Electromax Suplidora Electrónica Sociedad Anónima.—San José, 14 de diciembre del 2020.—Lic. Danilo Loaiza Delgado, Notario.—1 vez.—CE2020012331.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 14 horas 00 minutos del 11 de diciembre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Sky Haven Limitada.—San José, 14 de diciembre del 2020.—Lic. Sergio José Guido Villegas, Notario.—1 vez.—CE2020012332.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 11 horas 00 minutos del 27 de Noviembre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Servicios Integrales de Seguridad Privada F Y J N de Pococí Sociedad Anónima.—San José, 14 de diciembre del 2020.—Lic. Geovanny Astúa Arce, Notario.—1 vez.—CE2020012333.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 10 horas 15 minutos del 11 de noviembre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Profe Streamer Sociedad Anónima.—San José, 14 de diciembre del 2020.—Lic. David Eugenio Romero Mora, Notario.—1 vez.—CE2020012334.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 16 horas 00 minutos del 07 de diciembre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Suministros y Servicios Salazar Limitada.—San José, 14 de diciembre del 2020.—Lic. Eduardo Valdivieso Bustos, Notario.—1 vez.—CE2020012335.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 10 horas 00 minutos del 14 de diciembre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Wiscosta Limitada.—San José, 14 de diciembre del 2020.—Lic. Gabriel Chaves Ledezma, Notario.—1 vez.—CE2020012336.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 00 horas 00 minutos del 12 de diciembre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Grupo Empresarial Nahoni Sociedad Anónima.—San José, 14 de diciembre del 2020.—Lic. José Antonio Aiza Juarez, Notario.—1 vez.—CE2020012337.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 12 horas 00 minutos del 07 de diciembre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Massa Panadería Artesanal Sociedad Anónima.—San José, 14 de diciembre del 2020.—Licda. Mariamalia Guillén Solano, Notaria.—1 vez.—CE2020012338.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 10 horas 00 minutos del 11 de diciembre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Rocher Ingeniería Costa Rica Sociedad Anónima.—San José, 14 de diciembre del 2020.—Lic. Francisco Arturo Arias Mena, Notario.—1 vez.—CE2020012339.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 08 horas 00 minutos del 10 de diciembre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Hermoco de Cartago Sociedad Anónima.—San José, 14 de diciembre del 2020.—Lic. Jorge Eduardo Brenes Brenes, Notario.—1 vez.—CE2020012340.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 18 horas 00 minutos del 11 de diciembre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Blue Hills Corporation Sociedad Anónima.—San José, 14 de diciembre del 2020.—Lic. Michael Alonso López Núñez, Notario.—1 vez.—CE2020012341.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 17 horas 00 minutos del 14 de diciembre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada La Celeste del Mar Sociedad Anónima.—San José, 14 de diciembre del 2020.—Lic. Manuel Antonio Marín Ruiz, Notario.—1 vez.—CE2020012342.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 16 horas 00 minutos del 05 de diciembre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Dos Machetes Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 14 de diciembre del 2020.—Licda. Margarita Odio Rohrmoser, Notaria.—1 vez.—CE2020012343.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 13 horas 30 minutos del 14 de diciembre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada TSL Global Enterprises Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 14 de diciembre del 2020.—Lic. Giordano Zeffiro Caravaca, Notario.—1 vez.—CE2020012344.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 15 horas 00 minutos del 13 de diciembre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Lincy Sociedad Anónima.—San José, 14 de diciembre del 2020.—Lic. Franklin Antonio Aguilera Amador, Notario.—1 vez.—CE2020012345.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 16 horas 00 minutos del 13 de noviembre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Inversiones Morales Morales del Sur Sociedad Anónima.—San José, 14 de diciembre del 2020.—Lic. Oldemar Corrales Valverde, Notario.—1 vez.—CE2020012346.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 00 horas 30 minutos del 27 de noviembre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Nosa Eco Paz Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 14 de diciembre del 2020.—Licda. Yadriela Rodríguez Quesada, Notaria.—1 vez.—CE2020012347.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 10 horas 30 minutos del 09 de diciembre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Gustito en el Paladar Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 14 de diciembre del 2020.—Licda. María Luz Calderón Retana, Notaria.—1 vez.—CE2020012348.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 14 horas 00 minutos del 14 de diciembre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada VG Entertainment Corp Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 14 de diciembre del 2020.—Lic. Eric Esquivel Carvajal, Notario.—1 vez.—CE2020012349.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 17 horas 30 minutos del 05 de noviembre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada ITSC Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 14 de diciembre del 2020.—Lic. Roger Adriano Bogantes Zamora, Notario.—1 vez.—CE2020012350.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 11 horas 10 minutos del 09 de diciembre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Recursos Tecnológicos de Costa Rica Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 14 de diciembre del 2020.—Licda. María Alejandra Calderón Hidalgo, Notaria.—1 vez.—CE2020012351.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 18 horas 00 minutos del 10 de diciembre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Global Sports & Administrative Services Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 14 de diciembre del 2020.—Licda. María Alejandra Calderón Hidalgo, Notaria.—1 vez.—CE2020012352.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 10 horas 00 minutos del 06 de noviembre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada One Home Pro Outlet Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 14 de diciembre del 2020.—Licda. Yinnette Calderón Barquero, Notaria.—1 vez.—CE2020012353.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 08 horas 00 minutos del 09 de diciembre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Get Fit Fast Briadam Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 15 de diciembre del 2020.—Licda. Nathalie Elizondo Montero, Notaria.—1 vez.— CE2020012354.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 10 horas 00 minutos del 08 de diciembre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Weeto Sociedad Anónima.—San José, 15 de diciembre del 2020.—Lic. Rafael Ángel Gutiérrez Gutiérrez, Notario.—1 vez.—CE2020012355.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 14 horas 00 minutos del 11 de diciembre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Grupo Argon Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 15 de diciembre del 2020.—Lic. Ruddy Antonio Saborío Sánchez, Notario.—1 vez.—CE2020012356.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 14 horas 40 minutos del 14 de diciembre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada SCO Entertainment Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 15 de diciembre del 2020.—Lic. Eric Esquivel Carvajal, Notario.—1 vez.—CE2020012357.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 16 horas 00 minutos del 14 de diciembre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada D´Roca Construcciones Limitada.—San José, 15 de diciembre del 2020.—Lic. Carlos Alberto Hernández Navarro, Notario.—1 vez.—CE2020012358.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 16 horas 30 minutos del 14 de diciembre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Servicios Médicos Kale Limitada.—San José, 15 de diciembre del 2020.—Lic. Carlos Alberto Hernández Navarro, Notario.—1 vez.—CE2020012359.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 08 horas 00 minutos del 09 de diciembre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Finca Dos Vargas Sociedad Anónima.—San José, 15 de diciembre del 2020.—Lic. Edgar Alejandro Solís Moraga, Notario.—1 vez.—CE2020012360.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 17 horas 00 minutos del 14 de diciembre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Kuplo Commerce Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 15 de diciembre del 2020.—Licda. María Carolina Morera Calvo, Notaria.—1 vez.—CE2020012361.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 07 horas 30 minutos del 08 de diciembre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Oropopo Kids Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 15 de diciembre del 2020.—Lic. Guillermo José Sanabria Leiva, Notario.—1 vez.—CE2020012362.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 17 horas 00 minutos del 14 de diciembre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Trans Global Cargo Services Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 15 de diciembre del 2020.—Lic. Víctor Hugo Fernandez Mora, Notario.—1 vez.—CE2020012363.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 09 horas 00 minutos del 15 de diciembre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Famaylo Tres M Sociedad Anónima.—San José, 15 de diciembre del 2020.—Lic. Marco Antonio Vargas Valverde, Notario.—1 vez.—CE2020012364.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 08 horas 00 minutos del 07 de diciembre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Finca Xoloitzcuintle Sociedad Anónima.—San José, 15 de diciembre del 2020.—Lic. Jose Alberto Poveda Pacheco, Notario.—1 vez.—CE2020012365.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 10 horas 00 minutos del 15 de diciembre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Corporación Intexco C.I.R. Limitada.—San José, 15 de diciembre del 2020.—Lic. Gonzalo Eduardo Fajardo Lee, Notario.—1 vez.—CE2020012366.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 14 horas 30 minutos del 11 de diciembre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada The Cleaning Boost Company Sociedad Anónima.—San José, 15 de diciembre del 2020.—Lic. Sergio José Solano Montenegro, Notario.—1 vez.—CE2020012367.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 16 horas 00 minutos del 11 de diciembre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada GC Legal Sociedad Anónima.—San José, 15 de diciembre del 2020.—Licda. Karen María Fonseca Sánchez, Notaria.—1 vez.— CE2020012368.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 15 horas 00 minutos del 24 de noviembre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Alimentos Wol Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 15 de diciembre del 2020.—Lic. Leonardo Antonio Madrigal Moraga, Notario.—1 vez.—CE2020012369.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 16 horas 00 minutos del 08 de diciembre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Colectivo Verde Cinco Cero Seis Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 15 de diciembre del 2020.—Lic. Manuel Antonio Calderón Segura, Notario.—1 vez.—CE2020012370.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 10 horas 50 minutos del 15 de diciembre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Hamilton CR Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 15 de diciembre del 2020.—Lic. Jefte David Zúñiga Jiménez, Notario.—1 vez.—CE2020012371.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 08 horas 00 minutos del 15 de diciembre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Familia Durán Cubero Limitada.—San José, 15 de diciembre del 2020.—Licda. Melania Cubero Soto, Notaria.—1 vez.—CE2020012372.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 11 horas 00 minutos del 15 de diciembre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Newport CR Corporation Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 15 de diciembre del 2020.—Lic. Javier Francisco Chaverri Ross, Notario.—1 vez.—CE2020012373.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 13 horas 00 minutos del 08 de diciembre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Ramírez Víquez RAVCO Construcciones Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 15 de diciembre del 2020.—Lic. Leonardo Díaz Rivel, Notario.—1 vez.—CE2020012374.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 11 horas 30 minutos del 15 de diciembre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Corporación Casa del Buen Beso Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 15 de diciembre del 2020.—Lic. Javier Francisco Chaverri Ross, Notario.—1 vez.—CE2020012375.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 16 horas 00 minutos del 11 de diciembre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Auto Color CC Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 15 de diciembre del 2020.—Lic. José Miguel Ubeda Mejía, Notario.—1 vez.—CE2020012376.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 00 horas 00 minutos del 11 de diciembre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Formula MR Internacional Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 15 de diciembre del 2020.—Lic. Arturo Ramirez Fonseca, , Notario.—1 vez.—CE2020012377.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 15 horas 00 minutos del 03 de diciembre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Grupo Innova-Jo Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 15 de diciembre del 2020.—Licda. Wendy Rivera Báez, Notaria.—1 vez.—CE2020012378.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 16 horas 00 minutos del 14 de diciembre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Billsbevsetc Limitada.—San José, 15 de diciembre del 2020.—Licda. Ismene Arroyo Marín, Notaria.—1 vez.—CE2020012379.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 08 horas 00 minutos del 15 de diciembre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada CCI Zona Canton Curridabat Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 15 de diciembre del 2020.—Licda. Doris Cecilia Monge Diaz, Notaria.—1 vez.— CE2020012380.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 09 horas 50 minutos del 15 de diciembre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Grupo de Seguridad Navarro Bermúdez Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 15 de diciembre del 2020.—Licda. Edgardo Salvador Mena Páramo, Notaria.—1 vez.—CE2020012381.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 12 horas 39 minutos del 13 de diciembre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Morpho Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 15 de diciembre del 2020.—Licda. Lidiette Carvajal Sanchez, Notaria.—1 vez.—CE2020012382.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 09 horas 00 minutos del 11 de diciembre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Narivagi Cero Seis Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 15 de diciembre del 2020.—Licda. Margarita Arias Formoso, Notaria.—1 vez.—CE2020012383.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 18 horas 20 minutos del 08 de diciembre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Inversiones Agrícolas Pakey Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 15 de diciembre del 2020.—Lic. Edwin Mauricio Rojas Quirós, Notario.—1 vez.—CE2020012384.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 03 horas 00 minutos del 14 de diciembre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Las Cuatro F Alajuela Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 15 de diciembre del 2020.—Licda. Patricia Zumbado Rodríguez, Notaria.—1 vez.—CE2020012385.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 09 horas 30 minutos del 15 de diciembre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Cukily Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 15 de diciembre del 2020.—Lic. Julio César Umaña Fernández, Notario.—1 vez.—CE2020012386.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 17 horas 30 minutos del 14 de diciembre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Agus Refrigeración Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 15 de diciembre del 2020.—Lic. Roy Gustavo Quesada Rodríguez, Notario.—1 vez.—CE2020012387.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 13 horas 00 minutos del 11 de diciembre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Aw Inc Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 15 de diciembre del 2020.—Licda. María José Vicente Ureña, Notaria.—1 vez.—CE2020012388.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 12 horas 00 minutos del 15 de diciembre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Familia Mosa Inc de Costa Rica Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 15 de diciembre del 2020.—Licda. Deborah Feinzaig Mintz, Notaria.—1 vez.—CE2020012389.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 08 horas 00 minutos del 15 de diciembre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Luna Grande Tropinina LLC Limitada.—San José, 15 de diciembre del 2020.—Lic. Luis Jeancarlo Angulo Bonilla, Notario.—1 vez.—CE2020012390.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 10 horas 00 minutos del 15 de diciembre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Corporation Macias CR Limitada.—San José, 15 de diciembre del 2020.—Lic. Gonzalo José Rojas Benavides, Notario.—1 vez.—CE2020012391.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 08 horas 30 minutos del 12 de diciembre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Alimenta Centroamérica Sociedad Anónima.—San José, 15 de diciembre del 2020.–Lic. Jorge Eduardo León Vargas, Notario.—1 vez.—CE2020012392.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 14 horas 00 minutos del 11 de diciembre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Token Blockchain Technologies Systems Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 15 de diciembre del 2020.—Lic. Pedro González Roesch, Notario.—1 vez.—CE2020012393.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 08 horas 00 minutos del 15 de diciembre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Kids Time Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 15 de diciembre del 2020.—Lic. Mario Alberto Rodríguez Barrantes, Notario.—1 vez.—CE2020012394.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 19 horas 00 minutos del 24 de noviembre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada MMA Equipamientos Sociedad Anónima.—San José, 15 de diciembre del 2020.—Licda. Karen Melissa Brenes Piedra, Notaria.—1 vez.—CE2020012395.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 15 horas 00 minutos del 03 de diciembre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Grupo Innova JO Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 15 de diciembre del 2020.—Licda. Wendy Rivera Báez, Notaria.—1 vez.—CE2020012396.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 14 horas 00 minutos del 15 de diciembre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Transportes Sogonsa Sociedad Anónima.—San José, 15 de diciembre del 2020.—Lic. Rafael Ángel Salazar Fonseca, Notario.—1 vez.—CE2020012397.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 17 horas 00 minutos del 14 de diciembre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Inversiones Don Enmer Sociedad Anónima.—San José, 15 de diciembre del 2020.—Lic. Manuel Antonio Marín Ruiz, Notario.—1 vez.—CE2020012398.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 10 horas 00 minutos del 14 de diciembre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Sutie Corp Llc Limitada.—San José, 15 de diciembre del 2020.—Lic. Gabriel Chaves Ledezma, Notario.—1 vez.—CE2020012399.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 13 horas 00 minutos del 15 de diciembre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Karsuca Sociedad Anónima.—San José, 15 de diciembre del 2020.—Lic. Alejandro Vargas Alfaro, Notario.—1 vez.—CE2020012400.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 12 horas 00 minutos del 15 de diciembre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Hermanos Rimbol Sociedad Anónima.—San José, 15 de diciembre del 2020.—Licda. Cecilia Naranjo Arias, Notaria.—1 vez.—CE2020012401.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 10 horas 00 minutos del 14 de diciembre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Inversiones la Troyana de Cahuita Sociedad Anónima.—San José, 15 de diciembre del 2020.—Lic. Luis Diego Picado Flores, Notario.—1 vez.—CE2020012402.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría a las 17 horas 00 minutos del 15 de diciembre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Beachy Vl Home Llc Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 15 de diciembre del 2020.—Lic. Marco Antonio Fernández López, Notario.—1 vez.—CE2020012403.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 11 horas 00 minutos del 15 de diciembre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Adele Landauer Life Coaching Llc Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 15 de diciembre del 2020.—Lic. Brians Salazar Chavarría, Notario.—1 vez.—CE2020012404.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 10 horas 00 minutos del 15 de diciembre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Agrícola CMS Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 15 de diciembre del 2020.—Licda. Diana Elke Pinchanski Fachler, Notaria.—1 vez.—CE2020012405.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 08 horas 00 minutos del 16 de noviembre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Exportadora de Metales Scrap Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 15 de diciembre del 2020.—Lic. Diego Oporto Mejía, Notario.—1 vez.—CE2020012406.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 09 horas 30 minutos del 15 de diciembre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Tarcos del Pacífico H I Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 15 de diciembre del 2020.—Lic. Einar José Villavicencio López, Notario.—1 vez.—CE2020012851.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 11 horas 30 minutos del 23 de diciembre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada American Price Jenirio Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 04 de enero del 2021.—Lic. Mariselle Verdesia Meneses, Notario.—1 vez.—CE2021000029.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 10 horas 00 minutos del 02 de enero del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Avalanche Express Cero Siete Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 04 de enero del 2021.—Lic. Sonia María Saborío Flores, Notaria.—1 vez.—CE2021000030.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 15 horas 00 minutos del 04 de enero del año 2021, se constituyó la sociedad denominada IQU Servicios Comerciales Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 04 de enero del 2021.—Lic. Adrián Vargas Sequeira, Notario.—1 vez.—CE2021000031.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 00 horas 00 minutos del 04 de enero del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Compra y Venta de Raíces y tubérculos Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 05 de enero del 2021.—Lic. Yesenia Quesada Rojas, Notario.—1 vez.—CE2021000032.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 09 horas 30 minutos del 22 de diciembre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Bar Restaurante Peruano Odilia Sociedad Anónima.—San José, 05 de enero del 2021.—Lic. Olga María Mata Chacón, Notario.—1 vez.—CE2021000033.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 11 horas 15 minutos del 04 de enero del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Dicofer CFE Sociedad Anónima.—San José, 05 de enero del 2021.—Lic. Karen Melissa Brenes Piedra, Notaria.—1 vez.—CE2021000034.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 16 horas 00 minutos del 22 de diciembre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Soluciones Lumínicas On Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 05 de enero del 2021.—Lic. Andrés Martin Vargas Rojas, Notario.—1 vez.—CE2021000035.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 14 horas 00 minutos del 04 de Noviembre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Soluciones Industriales L F Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 05 de enero del 2021.—Lic. Maurin Zúñiga Nuñez, Notario.—1 vez.—CE2021000036.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 09 horas 00 minutos del 05 de enero del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Savucci Limitada.—San José, 05 de enero del 2021.—Lic. Carlos Roberto Rivera Ruiz, Notario.—1 Vez.—CE2021000037.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 09 horas 00 minutos del 31 de diciembre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada SV Developments Heights Limitada.—San José, 05 de enero del 2021.—Lic. Gonzalo José Rojas Benavides, Notario.—1 vez.—CE2021000038.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 14 horas 00 minutos del 22 de diciembre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada López Continuum Sociedad Anónima.—San José, 05 de enero del 2021.—Lic. Jorge Sanchez Garbanzo, Notario.—1 vez.—CE2021000039.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 15 horas 00 minutos del 03 de enero del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Narocha & Asociados Sociedad Anónima.—San José, 05 de enero del 2021.—Lic. Karla Fabiana Carrillo Salguero, Notario.—1 vez.—CE2021000040.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 10 horas 00 minutos del 17 de diciembre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Jogo Creatividad y Contenido Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 05 de enero del 2021.—Lic. Nadia Semaan Zúñiga, Notario.—1 vez.—CE2021000041.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 17 horas 00 minutos del 18 de diciembre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada GMOJI Costa Rica Igcr Sociedad Anónima.—San José, 05 de enero del 2021.—Lic. Margarita Sandi Mora, Notario.—1 vez.—CE2021000042.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 10 horas 00 minutos del 05 de enero del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Uphouse Costa Rica Limitada.—San José, 05 de enero del 2021.—Lic. Jorge Arturo Pacheco Oreamuno, Notario.—1 vez.—CE2021000043.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 15 horas 30 minutos del 06 de diciembre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Electromecánica Ika Sociedad Anónima.—San José, 05 de enero del 2021.—Lic. María Salome Sosa Arias, Notaria.—1 vez.—CE2021000044.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 13 horas 00 minutos del 24 de diciembre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Distribuciones de Los Rios Sociedad Anónima.—San José, 05 de enero del 2021.—Lic. Héctor Chaves Sandoval, Notario.—1 vez.—CE2021000045.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 11 horas 00 minutos del 04 de enero del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Caelestis Enterprises Limitada.—San José, 05 de enero del 2021.—Lic. Juan Carlos González Lavergne, Notario.—1 vez.—CE2021000046.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 17 horas 00 minutos del 17 de diciembre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Acabados Recreativos S.A. Sociedad Anónima.—San José, 05 de enero del 2021.—Lic. Carlos Manuel Aguilar Rojas, Notario.—1 vez.—CE2021000047.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 18 horas 00 minutos del 20 de Noviembre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Arte de Colección ADC Sociedad Anónima.—San José, 05 de enero del 2021.—Lic. Gabriela Burgues Arrea, Notaria.—1 vez.—CE2021000048.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 08 horas 00 minutos del 05 de enero del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Consultora Gaemi Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 05 de enero del 2021.—Lic. Ana Graciela Alvarenga Jimenez, Notaria.—1 vez.—CE2021000049.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 10 horas 00 minutos del 05 de enero del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Balam Naal Limitada.—San José, 05 de enero del 2021.—Lic. Carlos Roberto Rivera Ruiz, Notario.—1 vez.—CE2021000050.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 08 horas 30 minutos del 04 de enero del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Alimentos Jimcec Sociedad Anónima.—San José, 05 de enero del 2021.—Lic. Carlos Luis Matarrita Duarte, Notario.—1 vez.—CE2021000051.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 08 horas 00 minutos del 05 de enero del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Costa Coleman Investments Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 05 de enero del 2021.—Lic. Federico Peralta Calzada, Notario.—1 vez.—CE2021000052.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 11 horas 00 minutos del 05 de enero del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Corsicabet Limitada.—San José, 05 de enero del 2021.—Lic. Carlos Roberto Rivera Ruiz, Notario.—1 vez.—CE2021000053.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 14 horas 30 minutos del 29 de diciembre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Junoi R & M Sociedad Anónima.—San José, 05 de enero del 2021.—Lic. Nydia María Piedra Ramírez, Notaria.—1 vez.—CE2021000054.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 11 horas 00 minutos del 04 de enero del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Corporación Fivaro, Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 05 de enero del 2021.—Lic. Pablo Fernando Ramos Vargas, Notario.—1 vez.—CE2021000055.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 11 horas 00 minutos del 05 de enero del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Jeb Arquitectos y Desarrolladores Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 05 de enero del 2021.—Lic. Leiner Miguel Molina Pérez, Notario.—1 vez.—CE2021000056.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 09 horas 00 minutos del 02 de enero del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Igual Cédula Jurídica Sociedad Anónima.—San José, 05 de enero del 2021.—Lic. Marjorie Vargas Sequeira, Notaria.—1 vez.—CE2021000057.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 11 horas 00 minutos del 25 de septiembre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Grupo Empresarial Frosa de Centroamérica Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 05 de enero del 2021.—Lic. Hugo Salazar Solano, Notario.—1 vez.—CE2021000058.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 15 horas 00 minutos del 28 de octubre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Seguridad R Y S de Costa Rica Sociedad Anónima.—San José, 05 de enero del 2021.—Lic. Geraldine Marín Villegas, Notaria.—1 vez.—CE2021000059.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 13 horas 01 minutos del 04 de enero del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Lohmeyer St Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 05 de enero del 2021.—Lic. Alejandra María Montiel Quirós, Notaria.—1 vez.—CE2021000060.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 08 horas 00 minutos del 05 de enero del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Dentico Flamingo Sociedad Anónima.—San José, 05 de enero del 2021.—Lic. Noemy González Rojas, Notaria.—1 vez.—CE2021000061.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 13 horas 00 minutos del 28 de diciembre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Vigal Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 05 de enero del 2021.—Lic. Alexis Monge Barboza, Notario.—1 vez.—CE2021000062.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 18 horas 30 minutos del 28 de diciembre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada MV Jeans Fashion Forever Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 05 de enero del 2021.—Lic. Mireya Eugenia Padilla García, Notaria.—1 vez.—CE2021000063.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 10 horas 00 minutos del 04 de enero del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Costal Vida Investments Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 05 de enero del 2021.—Lic. Jorge Federico Baldioceda Baltodano, Notario.—1 vez.—CE2021000064.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 11 horas 00 minutos del 05 de enero del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Good Day Corp LLC Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 05 de enero del 2021.—Lic. Brians Salazar Chavarría, Notario.—1 vez.—CE2021000065.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 08 horas 00 minutos del 05 de enero del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Latinoamericana de Servicios Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 05 de enero del 2021.—Lic. Alejandra María Montiel Quiros, Notaria.—1 vez.—CE2021000066.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 16 horas 00 minutos del 28 de diciembre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Materiales Jerusalén FCH Sociedad Anónima.—San José, 05 de enero del 2021.—Lic. Mauricio Jose Ramírez Murillo, Notario.—1 vez.—CE2021000067

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 12 horas 00 minutos del 22 de diciembre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada MB Properties Of Monte Bello Limitada.—San José, 05 de enero del 2021.—Lic. Rafael Enrique Cañas Coto, Notario.—1 vez.—CE2021000068.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 14 horas 40 minutos del 05 de enero del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Lisa Kay Petri Trust Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 05 de enero del 2021.—Lic. Yancy Gabriela Araya Perez, Notaria.—1 vez.—CE2021000069.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 10 horas 00 minutos del 05 de Septiembre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Serpicos Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 05 de enero del 2021.—Lic. Juan Bautista Moya Fernández, Notario.—1 vez.—CE2021000070.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 13 horas 00 minutos del 04 de enero del año 2021, se constituyó la sociedad denominada The Reel Hook And Line Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 05 de enero del 2021.—Lic. Enrique Loria Brunker, Notario.—1 vez.—CE2021000071.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 10 horas 00 minutos del 02 de enero del año 2021, se constituyó la sociedad denominada El Número de Cédula de Persona Jurídica que le Sea Asignado Al Momento de Su Inscripción Sociedad Anónima.—San José, 05 de enero del 2021.—Lic. Renee Granados Monge, Notario.—1 vez.—CE2021000072.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 14 horas 00 minutos del 05 de enero del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Sitay Limitada.—San José, 05 de enero del 2021.—Lic. Alan Masís Angulo, Notario.—1 vez.—CE2021000073.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 09 horas 30 minutos del 31 de diciembre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Braxon Investments Limitada.—San José, 05 de enero del 2021.—Lic. Gonzalo Jose Rojas Benavides, Notario.—1 vez.—CE2021000074.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 14 horas 00 minutos del 22 de diciembre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Grupo Verde Fusion Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 05 de enero del 2021.—Lic. Yuliana María Gutiérrez Ugalde, Notaria.—1 vez.—CE2021000075.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 07 horas 30 minutos del 04 de enero del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Casa Garmus Limitada.—San José, 05 de enero del 2021.—Lic. Magally María Guadamuz García, Notaria.—1 vez.—CE2021000076.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 10 horas 00 minutos del 04 de enero del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Alakai Store Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 05 de enero del 2021.—Lic. Kathia Vanessa Carmona Rivas, Notaria.—1 vez.—CE2021000077.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 16 horas 00 minutos del 05 de enero del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Jose Gonzalo Chávez Transportes Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 05 de enero del 2021.—Lic. Mayling Quirós Barquero, Notario.—1 vez.—CE2021000078.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 17 horas 00 minutos del 17 de diciembre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Acabados Recreativos Sociedad Anónima.—San José, 05 de enero del 2021.—Lic. Carlos Manuel Aguilar Rojas, Notario.—1 vez.—CE2021000079.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 11 horas 00 minutos del 05 de enero del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Inversiones Zulia Farm Limitada.—San José, 05 de enero del 2021.—Lic. Orlando Gustavo Araya Amador, Notario.—1 vez.—CE2021000080.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 15 horas 40 minutos del 04 de enero del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Kaffa Cafetería Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 05 de enero del 2021.—Lic. Patricia Ocampo Salas, Notaria.—1 vez.—CE2021000081.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 11 horas 30 minutos del 05 de enero del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Pharma Futura Limitada.—San José, 05 de enero del 2021.—Lic. Orlando Gustavo Araya Amador, Notario.—1 vez.—CE2021000082.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 13 horas 15 minutos del 04 de enero del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Grupo de Inversiones Las Juntas Inc Sociedad Anónima.—San José, 05 de enero del 2021.—Lic. José Luis Ureña Díaz, Notario.—1 vez.—CE2021000083.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 17 horas 00 minutos del 05 de enero del año 2021, se constituyó la sociedad denominada MSA Soft Sociedad Anónima.—San José, 05 de enero del 2021.—Lic. Doris Céspedes Elizondo, Notaria.—1 vez.—CE2021000084.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 14 horas 30 minutos del 19 de diciembre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Les Grenouilles Bronze CDN Limitada.—San José, 07 de enero del 2021.—Lic. Óscar Gerardo Mora Vargas, Notario.—1 vez.—CE2021000212.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 14 horas 00 minutos del 18 de diciembre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Ök Content Studio Sociedad Anónima.—San José, 07 de enero del 2021.—Lic. Maureen Catalina Bustos Jiménez, Notario.—1 vez.—CE2021000213.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 11 horas 00 minutos del 04 de enero del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Qaelestis Enterprises Limitada.—San José, 07 de enero del 2021.—Lic. Juan Carlos González Lavergne, Notario.—1 vez.—CE2021000214.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 12 horas 45 minutos del 01 de julio del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Faro Project Management Fpm Sociedad Anónima.—San José, 07 de enero del 2021.—Lic. Gonzalo Ernesto Velásquez Martínez, Notario.—1 vez.—CE2021000215.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 17 horas 00 minutos del 06 de enero del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Awakened By Plants Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 08 de enero del 2021.—Lic. Sabrina Karine Kszak Bianchi, Notario.—1 vez.—CE2021000216.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 15 horas 15 minutos del 04 de enero del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Bike Way Sociedad Anónima.—San José, 08 de enero del 2021.—Lic. Randall Mauricio Rojas Quesada, Notario.—1 vez.—CE2021000217.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 11 horas 30 minutos del 05 de enero del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Empire Rentals LLC Limitada.—San José, 08 de enero del 2021.—Lic. Rafael Enrique Cañas Coto, Notario.—1 vez.—CE2021000218.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 08 horas 00 minutos del 07 de enero del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Barberia Donals Uno A Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 08 de enero del 2021.—Lic. Hugo Salazar Solano, Notario.—1 vez.—CE2021000219.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 18 horas 40 minutos del 07 de enero del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Mason Yatsuba Group Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 08 de enero del 2021.—Lic. Adrián Echeverria Escalante, Notario.—1 vez.—CE2021000220.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 15 horas 00 minutos del 07 de enero del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Taquerías El Aztecazo Limitada.—San José, 08 de enero del 2021.—Lic. Carlos Manuel Sánchez Leitón, Notario.—1 vez.—CE2021000221.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 16 horas 30 minutos del 07 de enero del año 2021, se constituyó la sociedad denominada One Hundred And One Wild Turkey Winner Limitada.—San José, 08 de enero del 2021.—Lic. Rafael Enrique Cañas Coto, Notario.—1 vez.—CE2021000222.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 08 horas 00 minutos del 08 de enero del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Casa Mercer Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 08 de enero del 2021.—Lic. Pedro González Roesch, Notario.—1 vez.—CE2021000224.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 13 horas 30 minutos del 07 de enero del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Prodigy Technology Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 08 de enero del 2021.—Lic. Ricardo Alberto Murillo Sánchez, Notario.—1 vez.—CE2021000225.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 16 horas 00 minutos del 04 de enero del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Live Edge Forniture Limitada.—San José, 08 de enero del 2021.—Lic. Eduardo Ajoy Zeledón, Notario.—1 vez.—CE2021000226.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 18 horas 00 minutos del 06 de enero del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Gabemi Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 08 de enero del 2021.—Lic. Hugo Salazar Solano, Notario.—1 vez.—CE2021000227.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 08 horas 00 minutos del 05 de enero del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Latinoamérica de Servicios DX Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 08 de enero del 2021.—Lic. Alejandra María Montiel Quirós, Notario.—1 vez.—CE2021000228.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 19 horas 00 minutos del 04 de enero del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Pentta Outsourcing Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 08 de enero del 2021.—Lic. Carlos Gerardo Barrantes Méndez, Notario.—1 vez.—CE2021000229.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 11 horas 00 minutos del 15 de diciembre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Gochach Inversiones Sociedad Anónima.—San José, 08 de enero del 2021.—Lic. Pablo Eliécer Valerio Soto, Notario.—1 vez.—CE2021000230.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 14 horas 00 minutos del 05 de enero del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Casa Ikin Limitada.—San José, 08 de enero del 2021.—Lic. José Fernando Carter Vargas, Notario.—1 vez.—CE2021000231.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 10 horas 00 minutos del 17 de diciembre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Por Asignar Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 08 de enero del 2021.—Lic. José Gerardo Pacheco Guerrero, Notario.—1 vez.—CE2021000232.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 10 horas 00 minutos del 07 de enero del año 2021, se constituyó la sociedad denominada KJ Incorporated Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 08 de enero del 2021.—Lic. Steffano José Ferraro Florez Estrada, Notario.—1 vez.—CE2021000233.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 11 horas 30 minutos del 08 de enero del año 2021, se constituyó la sociedad denominada RL Group Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 08 de enero del 2021.—Lic. Marco Vinicio Barrantes Aguilar, Notario.—1 vez.—CE2021000234.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 08 horas 00 minutos del 08 de enero del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Love Of Doom Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 08 de enero del 2021.—Lic. Rafael Ángel Pérez Zumbado, Notario.—1 vez.—CE2021000235.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 10 horas 15 minutos del 08 de enero del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Arquitecto Constructor E.Cornejo Sociedad Anónima.—San José, 08 de enero del 2021.—Lic. Gerardo Arturo Badilla Rumoroso, Notario.—1 vez.—CE2021000236.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 08 horas 00 minutos del 08 de enero del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Naturema Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 08 de enero del 2021.—Lic. Natalia Sibaja Esquivel, Notario.—1 vez.—CE2021000238.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 12 horas 00 minutos del 07 de enero del año 2021, se constituyó la sociedad denominada La Dulce Chumajita Sociedad Anónima.—San José, 08 de enero del 2021.—Lic. Jorge Arturo Valverde Retana, Notario.—1 vez.—CE2021000239.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 13 horas 00 minutos del 08 de enero del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Ballena Beach Living LLC Limitada.—San José, 08 de enero del 2021.—Lic. Eduardo Abarca Vargas, Notario.—1 vez.—CE2021000240.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 12 horas 00 minutos del 05 de enero del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Dolce Medical Center Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 08 de enero del 2021.—Lic. Gustavo Jiménez Ocampo, Notario.—1 vez.—CE2021000241.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 17 horas 00 minutos del 07 de enero del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Guadaco y Meto Sociedad Anónima.—San José, 08 de enero del 2021.—Lic. Jorge Francisco Ross Araya, Notario.—1 vez.—CE2021000242.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 10 horas 00 minutos del 08 de enero del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Grupo Contable Cedafi Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 08 de enero del 2021.—Lic. Ángel Edmundo Solano Calderón, Notario.—1 vez.—CE2021000243.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 11 horas 00 minutos del 23 de diciembre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Integra Logistic Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 08 de enero del 2021.—Lic. Pamela Campos Alfaro, Notario.—1 vez.—CE2021000244.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 11 horas 00 minutos del 07 de enero del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Simplicity Funding Costa Rica Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 08 de enero del 2021.—Lic. Yancy Gabriela Araya Pérez, Notario.—1 vez.—CE2021000245.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 09 horas 00 minutos del 07 de enero del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Raffles Here Company JSG Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 08 de enero del 2021.—Lic. Christopher Rojas López, Notario.—1 vez.—CE2021000246.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 10 horas 00 minutos del 08 de enero del año 2021, se constituyó la sociedad denominada J Arnold Enterprises Limitada.—San José, 08 de enero del 2021.—Lic. Guillermo Esquivel Herrera, Notario.—1 vez.—CE2021000247.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 10 horas 30 minutos del 07 de enero del año 2021, se constituyó la sociedad denominada CS Calzado Sneaker Sociedad Anónima.—San José, 08 de enero del 2021.—Lic. Ginette María Miranda Porras, Notario.—1 vez.—CE2021000248.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 13 horas 00 minutos del 08 de enero del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Condominium Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 08 de enero del 2021.—Lic. Erick Josué Cabezas Céspedes, Notario.—1 vez.—CE2021000249.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 10 horas 00 minutos del 08 de enero del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Fiduciaria Central Law Sociedad Anónima.—San José, 08 de enero del 2021.—Lic. Ricardo Alberto Rodríguez Valderrama, Notario.—1 vez.—CE2021000250.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 15 horas 00 minutos del 07 de enero del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Campamento Dogscout Sociedad Anónima.—San José, 08 de enero del 2021.—Lic. Vilma del Carmen Cordero Benavides, Notario.—1 vez.—CE2021000251.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 14 horas 00 minutos del 08 de enero del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Ríos Adventure Travel Sociedad Anónima.—San José, 08 de enero del 2021.—Lic. Natalia Gómez Aguirre, Notario.—1 vez.—CE2021000252.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 12 horas 00 minutos del 08 de enero del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Avenida Diecinueve Sociedad Anónima.—San José, 08 de enero del 2021.—Lic. Carlos Enrique Mora Alfaro, Notario.—1 vez.—CE2021000253.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 18 horas 00 minutos del 07 de enero del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Grupo Quejak Sociedad Anónima.—San José, 08 de enero del 2021.—Lic. Héctor Chaves Sandoval, Notario.—1 vez.—CE2021000254.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 10 horas 00 minutos del 28 de diciembre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Equipo y Tecnología González Santana Limitada.—San José, 08 de enero del 2021.—Lic. Laura Gabriela Chaverri Gómez, Notario.—1 vez.—CE2021000255.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 09 horas 30 minutos del 06 de enero del año 2021, se constituyó la sociedad denominada San Lucas Liquors Sociedad Anónima.—San José, 08 de enero del 2021.—Lic. Dennis José Aguiluz Milla, Notario.—1 vez.—CE2021000256.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 17 horas 00 minutos del 06 de enero del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Corporación Maicorhas de Costa Rica S de Costa Rica Sociedad Anónima.—San José, 08 de enero del 2021.—Lic. Erick Jiménez Calvo, Notario.—1 vez.—CE2021000257.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 12 horas 42 minutos del 21 de diciembre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada The Agency Mkting CR Sociedad Anónima.—San José, 08 de enero del 2021.—Lic. Carolina Herrera Alvarado, Notario.—1 vez.—CE2021000258.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 15 horas 00 minutos del 07 de enero del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Notaría Guillén Asociados Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 08 de enero del 2021.—Lic. Ivania Araya Vargas, Notario.—1 vez.—CE2021000259.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 11 horas 00 minutos del 08 de enero del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Grupo Fuerza Dos J J A Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 08 de enero del 2021.—Lic. Alejandra Fallas Valerio, Notario.—1 vez.—CE2021000260.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 18 horas 00 minutos del 15 de diciembre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Dermatología de Occidente Sociedad Anónima.—San José, 08 de enero del 2021.—Lic. Mario Naranjo Luna, Notario.—1 vez.—CE2021000261.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 14 horas 00 minutos del 07 de enero del año 2021, se constituyó la sociedad denominada CBD Shop CR Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 08 de enero del 2021.—Lic. Jorge Fernando Calvo Mora, Notario.—1 vez.—CE2021000262.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 16 horas 00 minutos del 06 de enero del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Grupo Natura Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 08 de enero del 2021.—Lic. Gustavo Casado Ramos, Notario.—1 vez.—CE2021000263.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 09 horas 00 minutos del 08 de enero del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Producciones Tierra Verde Sociedad Anónima.—San José, 08 de enero del 2021.—Lic. José Fernando Cordero Pérez, Notario.—1 vez.—CE2021000264.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 13 horas 00 minutos del 06 de enero del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Terrazas y Policarbonato Limitada.—San José, 08 de enero del 2021.—Lic. Percy Chamberlain Bolaños, Notario.—1 vez.—CE2021000265.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 09 horas 00 minutos del 08 de enero del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Construvida M Y C Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 08 de enero del 2021.—Lic. Carlos Luis Matarrita Duarte, Notario.—1 vez.—CE2021000266.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 09 horas 00 minutos del 23 de diciembre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Logistics D & D Enterprises CRC Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 08 de enero del 2021.—Lic. Gunnar Núñez Svanholm, Notario.—1 vez.—CE2021004330.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 16 horas 00 minutos del 28 de enero del año 2019, se constituyó la sociedad denominada Montajes de Grecia Sociedad Anónima.—San José, 11 de enero del 2021.—Lic. Kendal Araya Venegas, Notario.—1 vez.—CE2021000329.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 17 horas 45 minutos del 06 de enero del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Agrofungi CR Sociedad Anónima.—San José, 11 de enero del 2021.—Lic. Víctor Manuel Andrade Aguilar, Notario.—1 vez.—CE2021000330.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 09 horas 00 minutos del 05 de enero del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Protección Hídrica Ambiental, Prohidram Sociedad Anónima.—San José, 11 de enero del 2021.—Lic. José Luis Pacheco Murillo, Notario.—1 vez.—CE2021000331.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 15 horas 00 minutos del 11 de enero del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Elrofre VR San Isidro Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 12 de enero del 2021.—Lic. Juan Carlos Fonseca Herrera, Notario.—1 vez.—CE2021000332.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 16 horas 00 minutos del 11 de enero del año 2021, se constituyó la sociedad denominada The Right Solution Limitada.—San José, 12 de enero del 2021.—Lic. Hernán Cordero Baltodano, Notario.—1 vez.—CE2021000333.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 12 horas 33 minutos del 11 de enero del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Cubechinfjye Limitada.—San José, 12 de enero del 2021.—Lic. Jorge Zúñiga Calderón, Notario.—1 vez.—CE2021000334.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 15 horas 00 minutos del 07 de enero del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Robin B Movement and Wellnes Coach Limitada.—San José, 12 de enero del 2021.—Lic. Hernán Cordero Baltodano, Notario.—1 vez.—CE2021000335.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 13 horas 30 minutos del 11 de enero del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Pureinsights Technology Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 12 de enero del 2021.—Lic. Magally María Guadamuz García, Notario.—1 vez.—CE2021000336.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 17 horas 00 minutos del 11 de enero del año 2021, se constituyó la sociedad denominada A Y R Los Seis Sociedad Anónima.—San José, 12 de enero del 2021.—Lic. Marianela Solís Rojas, Notario.—1 vez.—CE2021000337.

Mediante escritura otorgada ante esta Notaría, a las 10 horas 00 minutos del 11 de enero del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Espíritu Properties Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 12 de enero del 2021.—Lic. Carlos Darío Angulo Ruiz, Notario.—1 vez.—CE2021000338.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 19 horas 00 minutos del 11 de enero del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Taller La Cochera TCH Sociedad Anónima.—San José, 12 de enero del 2021.—Lic. Carlos Gerardo Barrantes Méndez, Notario.—1 vez.—CE2021000339.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 15 horas 00 minutos del 11 de enero del año 2021, se constituyó la sociedad denominada YCE Paraíso Familiar Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 12 de enero del 2021.—Lic. Natalia María González Bogarín, Notario.—1 vez.—CE2021000340.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 18 horas 30 minutos del 08 de enero del año 2021, se constituyó la sociedad denominada MR y AO Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 12 de enero del 2021.—Lic. Vanessa de los Ángeles Vega Chavarría, Notario.—1 vez.—CE2021000341.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 16 horas 00 minutos del 09 de enero del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Farmacia Ambar Sociedad Anónima.—San José, 12 de enero del 2021.—Lic. Jenny María Ramos González, Notario.—1 vez.—CE2021000342.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 15 horas 00 minutos del 11 de enero del año 2021, se constituyó la sociedad denominada AZ Holdings Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 12 de enero del 2021.—Lic. Adriana Silva Rojas, Notario.—1 vez.—CE2021000343.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 10 horas 20 minutos del 24 de diciembre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Beauties of The Ocean Limitada.—San José, 12 de enero del 2021.—Lic. William Torres Ortiz, Notario.—1 vez.—CE2021000344.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 08 horas 30 minutos del 18 de diciembre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Mix APP Inc Sociedad Anónima.—San José, 12 de enero del 2021.—Lic. Fabiola Soler Bonilla, Notario.—1 vez.—CE2021000345.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 08 horas 00 minutos del 08 de enero del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Súper y Licorera Los Corrales Sociedad Anónima.—San José, 12 de enero del 2021.—Lic. Olman Martínez Picado, Notario.—1 vez.—CE2021000346.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 16 horas 00 minutos del 08 de enero del año 2021, se constituyó la sociedad denominada KCMS LLC Limitada.—San José, 12 de enero del 2021.—Lic. Gabriel Chaves Ledezma, Notario.—1 vez.—CE2021000347.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 10 horas 00 minutos del 10 de enero del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Radiadores Ciro Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 12 de enero del 2021.—Lic. María Elena Rodríguez Sánchez, Notario.—1 vez.—CE2021000348.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 14 horas 00 minutos del 08 de enero del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Ríos Adventure Travel Sociedad Anónima.—San José, 12 de enero del 2021.—Lic. Natalia Gómez Aguirre, Notario.—1 vez.—CE2021000349.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 09 horas 00 minutos del 12 de enero del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Software de Guanacaste Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 12 de enero del 2021.—Lic. Eleonora Alejandra Varela Sánchez, Notario.—1 vez.—CE2021000350.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 16 horas 00 minutos del 08 de enero del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Rlayca Sociedad Anónima.—San José, 12 de enero del 2021.—Lic. Karolina Meléndez Gamboa, Notario.—1 vez.—CE2021000351.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 15 horas 00 minutos del 08 de enero del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Protección Plus Latinoamericana PPL Sociedad Anónima.—San José, 12 de enero del 2021.—Lic. José Manuel Gutiérrez Gutiérrez, Notario.—1 vez.—CE2021000352.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 17 horas 00 minutos del 22 de diciembre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Coimbra Marketing & Contenido Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 12 de enero del 2021.—Lic. Jorge Antonio Escalante Escalante, Notario.—1 vez.—CE2021000353.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 18 horas 00 minutos del 15 de diciembre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Dermatología de Occidente JFF Sociedad Anónima.—San José, 12 de enero del 2021.—Lic. Mario Naranjo Luna, Notario.—1 vez.—CE2021000354.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 07 horas 00 minutos del 11 de enero del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Casa Aquaverde de Las Arenas Treinta y Ocho LLC Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 12 de enero del 2021.—Lic. Lina María Jaramillo Jiménez, Notario.—1 vez.—CE2021000355.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 12 horas 00 minutos del 09 de enero del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Hortícola Buena Vista Sociedad Anónima.—San José, 12 de enero del 2021.—Lic. Minor Gómez Calvo, Notario.—1 vez.—CE2021000356.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 15 horas 00 minutos del 11 de enero del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Ruscosta CR Corp Limitada.—San José, 12 de enero del 2021.—Lic. Bernal Jiménez Núñez, Notario.—1 vez.—CE2021000357.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 08 horas 00 minutos del 07 de enero del año 2021, se constituyó la sociedad denominada El Quita Penas Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 12 de enero del 2021.—Lic. Sergio Quesada González, Notario.—1 vez.—CE2021000358.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 13 horas 00 minutos del 09 de enero del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Winit Sociedad Anónima.—San José, 12 de enero del 2021.—Lic. Juan Luis Céspedes Vargas, Notario.—1 vez.—CE2021000359.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 15 horas 00 minutos del 13 de noviembre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada The Submersion Project Sociedad Anónima.—San José, 12 de enero del 2021.—Lic. Ismene Arroyo Marín, Notario.—1 vez.—CE2021000360.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 18 horas 00 minutos del 01 de enero del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Servicios Leon’d Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 12 de enero del 2021.—Lic. José Joaquín Jiménez Chew, Notario.—1 vez.—CE2021000361.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 12 horas 30 minutos del 12 de enero del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Portco One Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 12 de enero del 2021.—Lic. Manuel Antonio Porras Vargas, Notario.—1 vez.—CE2021000362.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 15 horas 00 minutos del 11 de enero del año 2021, se constituyó la sociedad denominada MMXX Media Sociedad Anónima.—San José, 12 de enero del 2021.—Lic. Dinia Chavarría Blanco, Notario.—1 vez.—CE2021000363.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 11 horas 30 minutos del 11 de enero del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Constructora Rumisa Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 12 de enero del 2021.—Lic. Ricardo José Nassar Guell, Notario.—1 vez.—CE2021000364.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 14 horas 00 minutos del 30 de diciembre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada MRS. G S Services Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 12 de enero del 2021.—Lic. Óscar Enrique Rodríguez Cascante, Notario.—1 vez.—CE2021000366.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 09 horas 00 minutos del 12 de enero del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Súper J Y D Sociedad Anónima.—San José, 12 de enero del 2021.—Lic. Jenny María Ramos González, Notario.—1 vez.—CE2021000367.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 14 horas 30 minutos del 11 de enero del año 2021, se constituyó la sociedad denominada M Y M Leons Motors Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 12 de enero del 2021.—Lic. Karen Ginneth López Jara, Notario.—1 vez.—CE2021000368.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 10 horas 00 minutos del 12 de enero del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Quinta Doña Gladys de Occidente Sociedad Anónima.—San José, 12 de enero del 2021.—Lic. Héctor Chaves Sandoval, Notario.—1 vez.—CE2021000369.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 10 horas 00 minutos del 09 de enero del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Magma Sociedad Anónima.—San José, 12 de enero del 2021.—Lic. Virginia Hernández Arias, Notario.—1 vez.—CE2021000370.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 15 horas 30 minutos del 02 de enero del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Luke GP Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 12 de enero del 2021.—Lic. Cristian Mora Arguedas, Notario.—1 vez.—CE2021000371.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 14 horas 00 minutos del 12 de enero del año 2021, se constituyó la sociedad denominada The Purelife Holdings Group Sociedad Anónima.—San José, 12 de enero del 2021.—Lic. Lawrence Shanahan Lobo, Notario.—1 vez.—CE2021000372.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 14 horas 00 minutos del 07 de enero del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Importaciones Baifa Bribri Sociedad Anónima.—San José, 12 de enero del 2021.—Lic. Alfredo Carazo Ramírez, Notario.—1 vez.—CE2021000373.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 15 horas 00 minutos del 08 de enero del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Lote Liberia Esrod Limitada.—San José, 12 de enero del 2021.—Lic. Josue David Monge Campos, Notario.—1 vez.—CE2021000374.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 13 horas 00 minutos del 12 de enero del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Inversiones Fadika Limitada.—San José, 12 de enero del 2021.—Lic. Freddy Mesén Bermúdez, Notario.—1 vez.—CE2021000375.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 12 horas 00 minutos del 12 de enero del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Geolupa Limitada.—San José, 12 de enero del 2021.—Lic. Carlos Roberto Rivera Ruiz, Notario.—1 vez.—CE2021000376.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 17 horas 00 minutos del 29 de diciembre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Accesorios para Mascotas Jak del Este Internacional Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 12 de enero del 2021.—Lic. Johanna Mora Solano, Notario.—1 vez.—CE2021000377.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 15 horas 30 minutos del 12 de diciembre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Global Systems Group GSG Four Sociedad Anónima.—San José, 12 de enero del 2021.—Lic. Georgia Lorena Montt Villacura, Notario.—1 vez.—CE2021000378.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 12 horas 00 minutos del 12 de enero del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Centro América Trust Limitada.—San José, 12 de enero del 2021.—Lic. Óscar Manuel Funes Orellana, Notario.—1 vez.—CE2021000379.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 09 horas 00 minutos del 12 de enero del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Antous Sociedad Anónima.—San José, 12 de enero del 2021.—Lic. Fernanda Linner de Silva, Notario.—1 vez.—CE2021000380.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 11 horas 30 minutos del 12 de enero del año 2021, se constituyó la sociedad denominada CF Zapote Six Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 12 de enero del 2021.—Lic. Sharon Segura Jiménez, Notario.—1 vez.—CE2021000381.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 09 horas 00 minutos del 11 de enero del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Forno Gorumet de Escazú Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 12 de enero del 2021.—Lic. Sergio Quesada González, Notario.—1 vez.—CE2021000382.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 20 horas 00 minutos del 07 de enero del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Grupo Fuarto Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 12 de enero del 2021.—Lic. Marlon Campbell Griffiths, Notario.—1 vez.—CE2021000383.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 15 horas 50 minutos del 12 de enero del año 2021, se constituyó la sociedad denominada García y Corea Sociedad Anónima.—San José, 12 de enero del 2021.—Lic. Marianela Solís Rojas, Notario.—1 vez.—CE2021000384.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 15 horas 00 minutos del 08 de enero del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Construhogar Sociedad Anónima.—San José, 12 de enero del 2021.—Lic. Marvin Cubero Martínez, Notario.—1 vez.—CE2021000385.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 00 horas 40 minutos del 12 de enero del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Nicos Pizza Sociedad Anónima.—San José, 12 de enero del 2021.—Lic. José Alberto Delgado Bolaños, Notario.—1 vez.—CE2021000386.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 08 horas 10 minutos del 09 de diciembre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Soluciones y Tecnologías Informáticas de Latinoamérica Sociedad Anónima.—San José, 12 de enero del 2021.—Lic. Adriana Varela Solís, Notario.—1 vez.—CE2021000387.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 14 horas 00 minutos del 14 de diciembre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Los Panchos Sociedad Anónima.—San José, 12 de enero del 2021.—Lic. Irving José Malespin Muñoz, Notario.—1 vez.—CE2021000388.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 16 horas 00 minutos del 08 de enero del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Acuña Salazar Family Enterprise Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 12 de enero del 2021.—Lic. Víctor Andrés Moreira Sirias, Notario.—1 vez.—CE2021000389.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 09 horas 00 minutos del 12 de enero del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Kaya Group International Sociedad Anónima.—San José, 12 de enero del 2021.—Lic. Carlos Araya González, Notario.—1 vez.—CE2021000390.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 16 horas 20 minutos del 07 de enero del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Villa Laureles Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 12 de enero del 2021.—Lic. Edwin Martín Chacón Saborío, Notario.—1 vez.—CE2021000391.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 13 horas 00 minutos del 12 de enero del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Seriously Good Properties LLC Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 12 de enero del 2021.—Lic. Carlos Araya González, Notario.—1 vez.—CE2021000392.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 10 horas 00 minutos del 30 de diciembre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Inversiones Sibachav Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 12 de enero del 2021.—Lic. Maximiliano Villalobos Vargas, Notario.—1 vez.—CE2021004324.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 09 horas 00 minutos del 09 de enero del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Voip Solutions de Costa Rica Sociedad Anónima.—San José, 12 de enero del 2021.—Lic. Fausto León Hidalgo, Notario.—1 vez.—CE2021004326.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 14 horas 00 minutos del 15 de enero del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Inversiones Jocar Sociedad Anónima.—San José, 18 de enero del 2021.—Licda. Cindy Yilena Herrera Camacho, Notaria.—1 vez.—CE2021000615.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 19 horas 00 minutos del 06 de enero del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Mobilevax Global Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 18 de enero del 2021.—Lic. Miguel Antonio Rodríguez Espinoza, Notario.—1 vez.—CE2021000616.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 10 horas 30 minutos del 18 de enero del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Mino E Hijo Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 18 de enero del 2021.—Licda. Kimberlyn Rojas De La Torre, Notaria.—1 vez.—CE2021000617.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 20 horas 00 minutos del 04 de enero del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Especialidades en Ciencias del Movimiento Humano y Salud Ecmhus Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 18 de enero del 2021.—Lic. Alonso Jesús Chaves Fernández, Notario.—1 vez.—CE2021000618.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 15 horas 00 minutos del 16 de enero del año 2021, se constituyó la sociedad denominada IPME Inspecciones Especializadas de Centroamérica Sociedad Anónima.—San José, 18 de enero del 2021.—Lic. Kenneth Francisco Muñoz Ureña, Notario.—1 vez.—CE2021000619.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 09 horas 00 minutos del 12 de enero del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Kaya Management Group Sociedad Anónima.—San José, 19 de enero del 2021.—Lic. Carlos Araya González, Notario.—1 vez.—CE2021000620.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 10 horas 30 minutos del 15 de enero del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Alpenview Consulting and Services CR Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 19 de enero del 2021.—Licda. Laura López Salas, Notaria.—1 vez.— CE2021000621.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 17 horas 00 minutos del 14 de enero del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Rebs Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 19 de enero del 2021.—Lic. Fransua Alberto Vásquez Rojas, Notario.—1 vez.—CE2021000622.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 11 horas 00 minutos del 14 de enero del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Ecotex Sociedad Anónima.—San José, 19 de enero del 2021.—Licda. Laura Gabriela Chaverri Gómez, Notaria.—1 vez.— CE2021000623.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 17 horas 15 minutos del 14 de enero del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Segura Soluciones Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 19 de enero del 2021.—Lic. Fransua Alberto Vásquez Rojas, Notario.—1 vez.—CE2021000624.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 18 horas 30 minutos del 15 de enero del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Uno a Uno Academia Digital Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 19 de enero del 2021.—Lic. José Manuel Mojica Cerda, Notario.—1 vez.—CE2021000625.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 13 horas 30 minutos del 15 de enero del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Grupo Cuatro M Sociedad Anónima.—San José, 19 de enero del 2021.—Lic. José Pablo González Trejos, Notario.—1 vez.—CE2021000626.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 15 horas 00 minutos del 18 de enero del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Linaje Azul del Este Sociedad Anónima.—San José, 19 de enero del 2021.—Licda. Netzy Yanina Soto Rojas, Notaria.—1 vez.—CE2021000627.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 19 horas 00 minutos del 15 de enero del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Sisu Productos Naturales Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 19 de enero del 2021.—Lic. José Manuel Mojica Cerda, Notario.—1 vez.—CE2021000628.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 08 horas 00 minutos del 13 de enero del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Nenco MCT Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 19 de enero del 2021.—Lic. Federico Castro Kahle, Notario.—1 vez.—CE2021000629.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 12 horas 00 minutos del 18 de enero del año 2021, se constituyó la sociedad denominada BF Legal Corp Sociedad Anónima.—San José, 19 de enero del 2021.—Lic. Luis Alonso Salazar Rodríguez, Notario.—1 vez.—CE2021000630.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 09 horas 00 minutos del 13 de enero del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Alco Corporation ACP Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 19 de enero del 2021.—Lic. Federico Castro Kahle, Notario.—1 vez.— CE2021000631.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 10 horas 00 minutos del 13 de enero del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Floco FCT Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 19 de enero del 2021.—Lic. Federico Castro Kahle, Notario.—1 vez.—CE2021000632.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 08 horas 00 minutos del 18 de enero del año 2021, se constituyó la sociedad denominada DPCR Sociedad Anónima.—San José, 19 de enero del 2021.—Lic. Rafael Gerardo Montenegro Peña, Notario.—1 vez.—CE2021000633.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 09 horas 00 minutos del 08 de enero del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Poor Man In Paradise Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 19 de enero del 2021.—Lic. Rafael Saturnino Campos Quirós, Notario.—1 vez.—CE2021000634.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 17 horas 30 minutos del 18 de enero del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Gestión y Asesorías Rimar Sociedad Anónima.—San José, 19 de enero del 2021.—Lic. Carlos Gerardo Monge Carvajal, Notario.—1 vez.—CE2021000635.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 17 horas 00 minutos del 18 de enero del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Perfolat Costa Rica Sociedad Anónima.—San José, 19 de enero del 2021.—Lic. Aldo José Mata Morales, Notario.—1 vez.—CE2021000636.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 12 horas 30 minutos del 15 de enero del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Peller & Miller Associates Sociedad Anónima.—San José, 19 de enero del 2021.—Lic. Juan Luis Mora Cascante, Notario.—1 vez.—CE2021000637.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 11 horas 00 minutos del 11 de enero del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Rockstar Yoga Dominical Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 19 de enero del 2021.—Lic. Allan García Barquero, Notario.—1 vez.—CE2021000638.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 16 horas 00 minutos del 14 de enero del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Team Control Pest Sociedad Anónima.—San José, 19 de enero del 2021.—Lic. Jorge Enrique Monge Jimenez, Notario.—1 vez.—CE2021000639.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 14 horas 30 minutos del 18 de enero del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Inversiones Bruno Scott Sociedad Anónima.—San José, 19 de enero del 2021.—Lic. Javier Yesca Soto, Notario.—1 vez.—CE2021000640.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 15 horas 40 minutos del 18 de enero del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Casas Moneda LLC Limitada.—San José, 19 de enero del 2021.—Lic. Gabriel Chaves Ledezma, Notario.—1 vez.—CE2021000641.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 18 horas 00 minutos del 13 de enero del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Pescado y Mariscos de Honduras Sociedad Anónima.—San José, 19 de enero del 2021.—Lic. Álvaro Enrique Moreno Gómez, Notario.—1 vez.—CE2021000642.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 16 horas 00 minutos del 15 de enero del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Guevara & Dinarte Sociedad Anónima.—San José, 19 de enero del 2021.—Lic. Manuel Vargas Mora, Notario.—1 vez.—CE2021000643.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 10 horas 30 minutos del 19 de enero del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Hermosa Música Española Limitada.—San José, 19 de enero del 2021.—Lic. Jose Pablo Arce Piñar, Notario.—1 vez.—CE2021000644.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 14 horas 30 minutos del 05 de enero del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Soluciones Globales Cuatro H Sociedad Anónima.—San José, 19 de enero del 2021.—Lic. Yorhanny Campos Piedra, Notario.—1 vez.—CE2021000645.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 10 horas 00 minutos del 19 de enero del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Mercadero Cero Cinco Costa Rica Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 19 de enero del 2021.—Licda. María Rocío Diaz Garita, Notaria.—1 vez.—CE2021000646.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 10 horas 00 minutos del 19 de enero del año 2021, se constituyó la sociedad denominada La Vida Colorida Limitada.—San José, 19 de enero del 2021.—Lic. Jose Pablo Arce Piñar, Notario.—1 vez.—CE2021000647.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 09 horas 00 minutos del 18 de enero del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Blossom Hospitality Real Estate Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 19 de enero del 2021.—Lic. William Fernández Sagot, Notario.—1 vez.—CE2021000648.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 12 horas 00 minutos del 18 de enero del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Hightail It Heights Limitada.—San José, 19 de enero del 2021.—Lic. Ricardo Cordero Baltodano, Notario.—1 vez.—CE2021000649.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 15 horas 00 minutos del 08 de diciembre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Traetela Box Limitada Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 19 de enero del 2021.—Lic. Álvaro Alcibíades Moya Ramírez, Notario.—1 vez.— CE2021000650.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 16 horas 00 minutos del 15 de enero del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Diyakima Sociedad Anónima.—San José, 19 de enero del 2021.—Licda. Marilyn De Los Ángeles Ávila Soto, Notaria.—1 vez.—CE2021000651.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 11 horas 00 minutos del 05 de enero del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Lualpe & Ruth Inversiones Sociedad Anónima.—San José, 19 de enero del 2021.—Lic. Alejandro José Arguello Leiva, Notario.—1 vez.—CE2021000652.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 11 horas 00 minutos del 18 de enero del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Nativo Aventuras del Caribe Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 19 de enero del 2021.—Licda. Liza Bertarioni Castillo, Notaria.—1 vez.—CE2021000653.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 09 horas 00 minutos del 19 de enero del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Worldwide Consulting Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 19 de enero del 2021.—Lic. Federico Castro Kahle, Notario.—1 vez.—CE2021000654.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 13 horas 00 minutos del 12 de enero del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Delgado & Campos Sociedad Anónima.—San José, 19 de enero del 2021.—Lic. Julio Cesar Zarate Arias, Notario.—1 vez.—CE2021000655.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 13 horas 00 minutos del 18 de enero del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Aladdin Dreams Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 19 de enero del 2021.—Licda. Liza Bertarioni Castillo, Notaria.—1 vez.—CE2021000656.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 10 horas 00 minutos del 19 de enero del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Global Trading Advisors GTA Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 19 de enero del 2021.—Lic. Federico Castro Kahle, Notario.—1 vez.—CE2021000657.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 11 horas 00 minutos del 19 de enero del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Gadims Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 19 de enero del 2021.—Lic. Carlos Luis Jiménez Masis, Notario.—1 vez.—CE2021000658.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 13 horas 30 minutos del 13 de enero del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Ceiba Consulting LLC Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 19 de enero del 2021.—Lic. Andrés Eduardo Calvo Herra, Notario.—1 vez.—CE2021000659.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 15 horas 15 minutos del 15 de enero del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Desarrollos Agrícolas Gapo Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 19 de enero del 2021.—Licda. Carolina Gallegos Steinvorth, Notaria.—1 vez.—CE2021000660.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 08 horas 00 minutos del 19 de enero del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Selekter Brothers Investments Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 19 de enero del 2021.—Lic. Guillermo Emilio Zúñiga González, Notario.—1 vez.—CE2021000661.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 12 horas 00 minutos del 18 de enero del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Las Llanuras de La Mariposa Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 19 de enero del 2021.—Licda. Vela Marina Miles Eichhorn, Notaria.—1 vez.—CE2021000662.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 00 horas 00 minutos del 19 de enero del año 2021, se constituyó la sociedad denominada MIH Pelada LLC Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 19 de enero del 2021.—Lic. Brians Salazar Chavarría, Notario.—1 vez.—CE2021000663.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 14 horas 00 minutos del 14 de diciembre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Los Panchos J A H Sociedad Anónima.—San José, 19 de enero del 2021.—Lic. Irving José Malespin Muñoz, Notario.—1 vez.—CE2021000664.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 08 horas 00 minutos del 19 de enero del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Hamorocas Sociedad Anónima.—San José, 19 de enero del 2021.—Lic. Edwin Alonso Mora Campos, Notario.—1 vez.—CE2021000665.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 09 horas 00 minutos del 18 de enero del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Soluciones Automotrices León Sociedad Anónima.—San José, 19 de enero del 2021.—Licda. Susan Pamela Astúa Gutiérrez, Notaria.—1 vez.—CE2021000666.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 15 horas 00 minutos del 12 de enero del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Araya & Monge Technologies and Consulting Services Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 19 de enero del 2021.—Lic. Herman Julio Kierszenson Mamet, Notario.—1 vez.—CE2021000667.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 12 horas 00 minutos del 15 de enero del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Rolrob Dental Sociedad Anónima.—San José, 19 de enero del 2021.—Lic. Luis Humberto Varela Vargas, Notario.—1 vez.—CE2021000668.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 09 horas 00 minutos del 16 de enero del año 2021, se constituyó la sociedad denominada La Cafetería TV Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 19 de enero del 2021.—Lic. Ethel Maricela Moreno Rangel, Notario.—1 vez.—CE2021000669.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 11 horas 46 minutos del 08 de enero del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Hermanos 70401 SRL Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 19 de enero del 2021.—Licda. Silvia Guillen Marin, Notaria.—1 vez.—CE2021000670.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 10 horas 00 minutos del 07 de enero del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Desarrolos Turísticos Playa Panamá CR Sociedad Anónima.—San José, 19 de enero del 2021.—Licda. Julia Ibarra Seas, Notaria.—1 vez.—CE2021000671.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 12 horas 00 minutos del 19 de enero del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Bienes Raíces Soto Guillén Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 19 de enero del 2021.—Lic. Leonardo Alonso Ugalde Cajiao, Notario.—1 vez.—CE2021000672.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 12 horas 00 minutos del 14 de enero del año 2021, se constituyó la sociedad denominada EJ Development Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 19 de enero del 2021.—Lic. José Armando Tenorio Rosales, Notario.—1 vez.—CE2021000673.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 13 horas 30 minutos del 16 de enero del año 2021, se constituyó la sociedad denominada FTC GYMS Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 19 de enero del 2021.—Licda. Lorena Méndez Quirós, Notaria.—1 vez.—CE2021000674.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 14 horas 00 minutos del 18 de enero del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Distribuidora Oza Licores Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 19 de enero del 2021.—Licda. Isabel Cristina Vargas Vargas, Notaria.—1 vez.—CE2021000675.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 09 horas 00 minutos del 18 de enero del año 2021, se constituyó la sociedad denominada The Bod Squad Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 19 de enero del 2021.—Licda. Olga Marta Cascante Sandoval, Notaria.—1 vez.—CE2021000676.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 08 horas 00 minutos del 19 de enero del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Voituranous Limitada.—San José, 19 de enero del 2021.—Lic. Oscar Manuel Funes Orellana, Notario.—1 vez.—CE2021000677.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 14 horas 00 minutos del 29 de octubre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Instant Reaction Security Sociedad Anónima.—San José, 19 de enero del 2021.—Lic. Víctor Manuel Lobo Quirós, Notario.—1 vez.—CE2021000678.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 12 horas 00 minutos del 19 de enero del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Heir of a Preacher cuyo significado en español es Heredero de un Predicador Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 19 de enero del 2021.—Licda. Marta Elizabeth Castro Carranza, Notaria.—1 vez.—CE2021000679.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 10 horas 00 minutos del 12 de enero del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Arquitectura Boutique WM Gutiérrez Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 19 de enero del 2021.—Lic. Kenneth Francisco Muñoz Ureña, Notario.—1 vez.—CE2021000680.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 10 horas 00 minutos del 19 de enero del año 2021, se constituyó la sociedad denominada AIM High BB Limitada.—San José, 19 de enero del 2021.—Lic. Esteban Villegas Castro, Notario.—1 vez.—CE2021000681.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 10 horas 00 minutos del 19 de enero del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Acapulco Supermercado y Mayoreo de San Vito Sociedad Anónima.—San José, 19 de enero del 2021.—Lic. Jorge Valverde Fallas, Notario.—1 vez.—CE2021000682.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 14 horas 40 minutos del 19 de enero del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Árboles Orientales de Alajuela Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 19 de enero del 2021.—Lic. Jimmy José León Madrigal, Notario.—1 vez.—CE2021000683.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 15 horas 00 minutos del 13 de enero del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Rips and Bibs Pura Vida Limitada.—San José, 19 de enero del 2021.—Lic. Alberto Sáenz Roesch, Notario.—1 vez.—CE2021000684.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 09 horas 30 minutos del 18 de enero del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Flores y Comida Catalinas Limitada.—San José, 19 de enero del 2021.—Lic. William Fernández Sagot, Notario.—1 vez.—CE2021000685.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 13 horas 00 minutos del 19 de enero del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Grupo de Desarrollo Centroamericano Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 19 de enero del 2021.—Lic. Ignacio Monge Dobles, Notario.— 1 vez.—CE2021000686.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 13 horas 00 minutos del 19 de enero del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Comercializadora Carvvy Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 19 de enero del 2021.—Lic. Berlan Francisco Paniagua Lobo, Notario.—1 vez.—CE2021000687.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 14 horas 00 minutos del 08 de enero del año 2021, se constituyó la sociedad denominada HCANN CR Sociedad Anónima.—San José, 19 de enero del 2021.—Licda. Gloria Leandro Vega, Notaria.—1 vez.—CE2021000688.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 15 horas 00 minutos del 19 de enero del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Costa Bella Sociedad Anónima.—San José, 19 de enero del 2021.—Licda. Olga Marta Cascante Sandoval, Notaria.—1 vez.—CE2021000689.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 09 horas 30 minutos del 19 de enero del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Trasportes Milenium EYC Sociedad Anónima.—San José, 19 de enero del 2021.—Licda. Lency Jhannory Salas Araya, Notaria.—1 vez.—CE2021000690.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 11 horas 00 minutos del 14 de Enero del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Gamba Soft Sociedad Anónima.—San José, 19 de enero del 2021.—Lic. Leonardo Alonso Ugalde Cajiao, Notario.—1 vez.—CE2021000691.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 08 horas 00 minutos del 15 de enero del año 2021, se constituyó la sociedad denominada AYK Desarrollos Sociedad Anónima.—San José, 19 de enero del 2021.—Lic. Claudio Antonio Murillo Ramírez, Notario.—1 vez.—CE2021000692.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 09 horas 00 minutos del 18 de enero del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Trueblue Legal & Business Services Limitada.—San José, 19 de enero del 2021.—Licda. Yosandra Apu Rojas, Notaria.—1 vez.—CE2021000693.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 12 horas 30 minutos del 18 de enero del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Frankfurt-Costa Rica Investments and Solutions Sociedad Anónima.—San José, 19 de enero del 2021.—Lic. Mariano Enrique Núñez Quintana, Notario.—1 vez.—CE2021000694.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 10 horas 00 minutos del 18 de enero del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Pacific District Limitada.—San José, 19 de enero del 2021.—Licda. Yosandra Apu Rojas, Notaria.—1 vez.—CE2021000695.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 08 horas 00 minutos del 19 de enero del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Dentos Costa Rica Limitada.—San José, 19 de enero del 2021.—Lic. Randall Erick González Valverde, Notario.—1 vez.—CE2021000696.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 13 horas 00 minutos del 18 de enero del año 2021, se constituyó la sociedad denominada León Martínez & Asociados M.I. Sociedad Anónima.—San José, 19 de enero del 2021.—Lic. Paul Oporta Romero, Notario.—1 vez.—CE2021000697.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 13 horas 30 minutos del 13 de enero del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Z.M.V. Ceiba Consulting LLC Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 19 de enero del 2021.—Lic. Andrés Eduardo Calvo Herra, Notario.—1 vez.—CE2021000698.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 16 horas 30 minutos del 14 de enero del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Flink Limitada.—San José, 19 de enero del 2021.—Lic. Eugenio Vargas Ramírez, Notario.—1 vez.—CE2021000699.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 18 horas 30 minutos del 12 de enero del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Zreema Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 19 de enero del 2021.—Lic. Rafael Ángel Pérez Zumbado, Notario.—1 vez.—CE2021000700.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 08 horas 00 minutos del 18 de enero del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Natref Ingeniería Sociedad Anónima.—San José, 19 de enero del 2021.—Licda. Nancy Muñoz Quesada, Notaria.—1 vez.—CE2021000701.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 13 horas 00 minutos del 19 de enero del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Shereen Limitada.—San José, 19 de enero del 2021.—Lic. Alan Masis Ángulo, Notario.—1 vez.—CE2021000702.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 18 horas 00 minutos del 12 de enero del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Kuda RD Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 19 de enero del 2021.—Lic. Rafael Ángel Pérez Zumbado, Notario.—1 vez.—CE2021000703.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 15 horas 00 minutos del 19 de enero del año 2021, se constituyó la sociedad denominada J Vega Ingenieros Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 19 de enero del 2021.—Lic. Juan Carlos Herrera Flores, Notario.—1 vez.—CE2021000704.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 12 horas 00 minutos del 18 de enero del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Producciones Sendero Verde Sociedad Anónima.—San José, 19 de enero del 2021.—Lic. José Fernando Cordero Pérez, Notario.—1 vez.—CE2021000705.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 08 horas 00 minutos del 15 de enero del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Hawk Solution Sociedad Anónima.—San José, 19 de enero del 2021.—Lic. Marcelo Antonio Wilson Cole, Notario.—1 vez.—CE2021000706.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 08 horas 20 minutos del 15 de enero del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Pronet Solution Sociedad Anónima.—San José, 19 de enero del 2021.—Lic. Marcelo Antonio Wilson Cole, Notario.—1 vez.—CE2021000707.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 16 horas 00 minutos del 19 de enero del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Chautauqua Holdings CR Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 19 de enero del 2021.—Lic. Brians Salazar Chavarría, Notario.—1 vez.—CE2021000708.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 14 horas 00 minutos del 15 de enero del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Inversiones Jocand Sociedad Anónima.—San José, 19 de enero del 2021.—Licda. Cindy Yilena Herrera Camacho, Notaria.—1 vez.—CE2021000709.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 16 horas 30 minutos del 14 de enero del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Compañía Central Frymor Limitada.—San José, 19 de enero del 2021.—Lic. Douglas Alvarado Castro, Notario.—1 vez.—CE2021004334.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 09 horas 00 minutos del 26 de enero del año 2021, se constituyó la sociedad denominada R & R Solidarity Sociedad Anónima.—San José, 27 de enero del 2021.—Licda. Dunia Monge Torres, Notaria.—1 vez.—CE2021001155.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 20 horas 00 minutos del 27 de enero del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Corporación Fonseca & Calderón Sociedad Anónima.—San José, 28 de enero del 2021.—Licda. Betty Herrera Picado, Notaria.—1 vez.—CE2021001156.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 15 horas 00 minutos del 27 de enero del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Compañía Interamericana Ade Sociedad Anónima.—San José, 28 de enero del 2021.—Lic. Carlos Eduardo Murillo Rodriguez, Notario.—1 vez.—CE2021001157.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 16 horas 00 minutos del 26 de enero del año 2021, se constituyó la sociedad denominada HMC Consultores Limitada.—San José, 28 de enero del 2021.—Lic. Johnny Alberto Pérez Vargas, Notario.—1 vez.—CE2021001158.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 18 horas 00 minutos del 27 de enero del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Productos Krisaby Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 28 de enero del 2021.—Licda. Yajaira Padilla Flores, Notaria.—1 vez.—CE2021001159.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 16 horas 30 minutos del 26 de enero del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Servicios Logísticos Internacionales Slimat Sociedad Anónima.—San José, 28 de enero del 2021.—Licda. Olga Mayela Brenes Fonseca, Notaria.—1 vez.—CE2021001160.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 11 horas 00 minutos del 26 de enero del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Soluciones Empresariales Rakusa CR Limitada.—San José, 28 de enero del 2021.—Lic. Edgar Alberto Díaz Sánchez, Notario.—1 vez.—CE2021001161.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 08 horas 00 minutos del 27 de enero del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Alaia Limitada.—San José, 28 de enero del 2021.—Lic. Oscar Manuel Funes Orellana, Notario.—1 vez.—CE2021001162.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 08 horas 00 minutos del 26 de enero del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Inversiones Jacomos Sociedad Anónima.—San José, 28 de enero del 2021.—Lic. Jorge Julián Ortega Volio, Notario.—1 vez.—CE2021001163.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 09 horas 00 minutos del 19 de enero del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Highlytic Consulting Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 28 de enero del 2021.—Lic. Federico Castro Kahle, Notario.—1 vez.—CE2021001164.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 10 horas 00 minutos del 19 de enero del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Volatibily Advisors Specialists Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 28 de enero del 2021.—Licdo. Federico Castro Kahle, Notario.—1 vez.—CE2021001165.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 15 horas 30 minutos del 25 de enero del año 2021, se constituyó la sociedad denominada La Coronela Sociedad Anónima.—San José, 28 de enero del 2021.—Lic. Marvin Alberto Fernández Guzmán, Notario.—1 vez.—CE2021001166.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 13 horas 00 minutos del 27 de enero del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Katjuli Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 28 de enero del 2021.—Lic. Erick Jiménez Calvo, Notario.—1 vez.—CE2021001167.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 09 horas 00 minutos del 26 de enero del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Divina Magia Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 28 de enero del 2021.—Lic. Carlos Josué Morales Fallas, Notario.—1 vez.—CE2021001168.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 16 horas 00 minutos del 26 de enero del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Costa Rica World Mission Partners Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 28 de enero del 2021.—Licda. Cinzia Víquez Renda, Notaria.—1 vez.—CE2021001169.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 09 horas 00 minutos del 28 de enero del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Aroche Properties de la Costa Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 28 de enero del 2021.—Lic. Adrián Esteban Obando Aguero, Notario.—1 vez.—CE2021001170.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 11 horas 00 minutos del 27 de enero del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Manys House Sociedad Anónima.—San José, 28 de enero del 2021.—Lic. Wayner Hernández Méndez, Notario.—1 vez.—CE2021001171.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 15 horas 00 minutos del 27 de enero del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Grupo Automotriz Cruz Brenes Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 28 de enero del 2021.—Lic. José Benjamín Hidalgo Durán, Notario.—1 vez.—CE2021001172.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 14 horas 00 minutos del 27 de enero del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Nuobeauty Center Sociedad Anónima.—San José, 28 de enero del 2021.—Lic. Alonso Vargas Araya, Notario.—1 vez.—CE2021001173.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 17 horas 00 minutos del 26 de enero del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Accesorios e Importaciones Bike Sociedad Anónima.—San José, 28 de enero del 2021.—Licda. Laura Daniela Fernández Mora, Notaria.—1 vez.—CE2021001174.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 16 horas 38 minutos del 27 de enero del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Servicios Integrados Pro Sociedad Anónima.—San José, 28 de enero del 2021.—Licda. Andrea María Arce Aguilera, Notaria.—1 vez.—CE2021001175.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 15 horas 00 minutos del 23 de enero del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Jamo del Caribe Sociedad Anónima.—San José, 28 de enero del 2021.—Licda. Adriana Montoya Chavarría, Notaria.—1 vez.—CE2021001176.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 10 horas 00 minutos del 28 de enero del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Noetic Costa Rica LLC Limitada.—San José, 28 de enero del 2021.—Lic. Rafael Enrique Cañas Coto, Notario.—1 vez.—CE2021001177.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 12 horas 30 minutos del 22 de diciembre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Go Ingeniería Sociedad Anónima.—San José, 28 de enero del 2021.—Lic. Roberto Arguedas Pérez, Notario.—1 vez.—CE2021001178.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 13 horas 00 minutos del 26 de enero del año 2021, se constituyó la sociedad denominada NC Supply Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 28 de enero del 2021.—Licda. Michelle Aguilar Bustamante, Notaria.—1 vez.—CE2021001179.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 10 horas 00 minutos del 26 de enero del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Mis Colores Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 28 de enero del 2021.—Lic. Federico José Vega Rodríguez, Notario.—1 vez.—CE2021001180.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 11 horas 00 minutos del 21 de enero del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Dibeca Sociedad Anónima.—San José, 28 de enero del 2021.—Lic. Jermaine Eduardo Cruickshank Edwards, Notario.—1 vez.—CE2021001181.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 13 horas 00 minutos del 27 de enero del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Tablas & Corchos Limitada.—San José, 28 de enero del 2021.—Lic. Gonzalo Ernesto Velásquez Martínez, Notario.—1 vez.—CE2021001182.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 00 horas 00 minutos del 27 de enero del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Bank-Web Costa Rica Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 28 de enero del 2021.—Lic. Hans Van Der Laat Robles, Notario.—1 vez.—CE2021001183.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 09 horas 00 minutos del 26 de enero del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Inversiones Cambronero de Nicoya Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 28 de enero del 2021.—Lic. José Antonio Aiza Juárez, Notario.—1 vez.—CE2021001184.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 15 horas 00 minutos del 21 de enero del año 2021, se constituyó la sociedad denominada F K de Costa Rica Sociedad Anónima.—San José, 28 de enero del 2021.—Lic. Miguel Ángel Campos Hidalgo, Notario.—1 vez.—CE2021001185.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 14 horas 00 minutos del 18 de diciembre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada - Sociedad Anónima.—San José, 28 de enero del 2021.—Licda. Maureen Catalina Bustos Jiménez, Notaria.—1 vez.—CE2021001186.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 13 horas 00 minutos del 27 de enero del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Melanin Tours Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 28 de enero del 2021.—Licda. Yahaira del Rosario Centeno Duarte, Notaria.—1 vez.—CE2021001187.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 11 horas 00 minutos del 20 de enero del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Inversiones Raseval Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 28 de enero del 2021.—Lic. Eder Francisco Hernández Ulloa, Notario.—1 vez.—CE2021001188.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 11 horas 30 minutos del 26 de enero del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Charmein Sociedad Anónima.—San José, 28 de enero del 2021.—Lic. Carlos Humberto Arias Solano, Notario.—1 vez.—CE2021001189.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 11 horas 00 minutos del 07 de diciembre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Acor Limpieza y Vigilancia SRL Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 28 de enero del 2021.—Lic. Erick González Gutiérrez, Notario.—1 vez.—CE2021001190.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 00 horas 00 minutos del 27 de enero del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Bank Web Costa Rica Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 28 de enero del 2021.—Lic. Hans Van Der Laat Robles, Notario.—1 vez.—CE2021001191.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 16 horas 30 minutos del 11 de enero del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Repartcel Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 28 de enero del 2021.—Licda. Claudia Catherine Trujillo Rondón, Notaria.—1 vez.—CE2021001192.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 16 horas 00 minutos del 16 de enero del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Briana Isabella Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 28 de enero del 2021.—Lic. Erick González Gutiérrez, Notario.—1 vez.—CE2021001193.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 16 horas 00 minutos del 26 de enero del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Lexword Translation Services Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 28 de enero del 2021.—Lic. Fernando Alfaro Chamberlain, Notario.—1 vez.—CE2021001194.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 11 horas 00 minutos del 25 de enero del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Transportes de Frutas y Verduras de la Zona Sur Sur Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 28 de enero del 2021.—Licda. Yenny Sandi Romero, Notaria.—1 vez.—CE2021001195.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 12 horas 00 minutos del 27 de enero del año 2021, se constituyó la sociedad denominada JMS Luxury Concierge Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 28 de enero del 2021.—Lic. David Esteban Fallas Rojas, Notario.—1 vez.—CE2021001196.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 10 horas 00 minutos del 27 de enero del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Peace Reigns Limitada.—San José, 28 de enero del 2021.—Lic. Alejandro Alonso Román González, Notario.—1 vez.—CE2021001197.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 16 horas 00 minutos del 20 de enero del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Comercializadora Huellas de Vida Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 28 de enero del 2021.—Lic. Denis Mauricio Artavia Cordero, Notario.—1 vez.—CE2021001198.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 09 horas 00 minutos del 28 de enero del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Oktara Lands Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 28 de enero del 2021.—Lic. Franklin Antonio Aguilera Amador, Notario.—1 vez.—CE2021001199.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 15 horas 00 minutos del 27 de enero del año 2021, se constituyó la sociedad denominada La Nueva Vida de Seychelles Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 28 de enero del 2021.—Lic. Gabriel Clare Facio, Notario.—1 vez.—CE2021001200.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 14 horas 00 minutos del 27 de enero del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Publitickets CRC Sociedad Anónima.—San José, 28 de enero del 2021.—Lic. Aldo José Mata Morales, Notario.—1 vez.—CE2021001201.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 17 horas 30 minutos del 27 de enero del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Buenazo Internacional Sociedad Anónima.—San José, 28 de enero del 2021.—Licda. Daniela Solano Palacios, Notaria.—1 vez.—CE2021001202.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 08 horas 40 minutos del 28 de enero del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Fidelity Real Estate Holdings LLC Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 28 de enero del 2021.—Licda. Liliana Patricia Padilla Grajales, Notaria.—1 vez.—CE2021001203.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 10 horas 00 minutos del 22 de enero del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Inversiones Montcli Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 28 de enero del 2021.—Licda. Soledad Bustos Chaves, Notaria.—1 vez.—CE2021001204.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 16 horas 00 minutos del 29 de octubre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Grupo Jaus Diseño Arquitectónico y Construcción Civil Sociedad Anónima.—San José, 28 de enero del 2021.—Licda. Karina Morales Vargas, Notaria.—1 vez.—CE2021001205.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 09 horas 30 minutos del 28 de enero del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Fidelity Automobile Holdings LLC Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 28 de enero del 2021.—Licda. Liliana Patricia Padilla Grajales, Notaria.—1 vez.—CE2021001206.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 13 horas 00 minutos del 28 de enero del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Grupo Jica Sociedad Anónima.—San José, 28 de enero del 2021.—Licda. Laura Inés Castro Conejo, Notaria.—1 vez.—CE2021001207.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 09 horas 00 minutos del 28 de enero del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Aldofima Sociedad Anónima.—San José, 28 de enero del 2021.—Lic. Marco Vinicio Porras Araya, Notario.—1 vez.—CE2021001208.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 12 horas 00 minutos del 28 de enero del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Clusterxstem Costa Rica Sociedad Anónima.—San José, 28 de enero del 2021.—Lic. Marvin Josué Bastos Jara, Notario.—1 vez.—CE2021001209.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 09 horas 30 minutos del 27 de enero del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Enersave Sociedad Anónima.—San José, 28 de enero del 2021.—Lic. Pablo Peña Ortega, Notario.—1 vez.—CE2021001210.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 11 horas 30 minutos del 28 de enero del año 2021, se constituyó la sociedad denominada The Bikers Club Lifestyle Center Sociedad Anónima.—San José, 28 de enero del 2021.—Lic. Adolfo José Hernández Aguilar, Notario.—1 vez.—CE2021001211.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 08 horas 00 minutos del 15 de enero del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Cincozeroseis Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 28 de enero del 2021.—Lic. Carlos Eduardo Blanco Gutiérrez, Notario.—1 vez.—CE2021001212.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 09 horas 00 minutos del 11 de diciembre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Ingenieros Electromecánicos Consultores y Constructores Sociedad Anónima.—San José, 28 de enero del 2021.—Licda. Adriana María Vargas Núñez, Notaria.—1 vez.—CE2021001213.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 11 horas 00 minutos del 26 de enero del año 2021, se constituyó la sociedad denominada RYW Solutions Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 28 de enero del 2021.—Lic. Juan José Marín Rivera, Notario.—1 vez.—CE2021001214.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 12 horas 40 minutos del 28 de enero del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Dr Lara Ortopedia Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 28 de enero del 2021.—Lic. Fernando Berrocal Soto, Notario.—1 vez.—CE2021001215.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 14 horas 30 minutos del 22 de enero del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Inversiones Frutix de Costa Rica Limitada.—San José, 28 de enero del 2021.—Lic. Luis Fernando Rojas Arredondo, Notario.—1 vez.—CE2021001216.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 01 horas 00 minutos del 28 de enero del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Condominio VCG Cuarto Limitada.—San José, 28 de enero del 2021.—Lic. Gabriel Chaves Ledezma, Notario.—1 vez.—CE2021001217.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 14 horas 00 minutos del 28 de enero del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Koh Kai Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 28 de enero del 2021.—Lic. Eduardo Rojas Piedra, Notario.—1 vez.—CE2021001218.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 12 horas 00 minutos del 25 de enero del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Familia LJ Veintiuno Sociedad Anónima.—San José, 28 de enero del 2021.—Lic. Paul Zúñiga Hernández, Notario.—1 vez.—CE2021001219.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 09 horas 30 minutos del 28 de enero del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Abaco Inc Consulting Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 28 de enero del 2021.—Lic. Adrián Esteban Obando Aguero, Notario.—1 vez.—CE2021001220.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 16 horas 00 minutos del 20 de enero del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Loro de la Luna Sociedad Anónima.—San José, 28 de enero del 2021.—Lic. Melvin Montenegro Cedeño, Notario.—1 vez.—CE2021001221.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 09 horas 00 minutos del 16 de enero del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Plastikaribe del Norte Sociedad Anónima.—San José, 28 de enero del 2021.—Lic. Ángel Fernando Varela Salazar, Notario.—1 vez.—CE2021001222.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 01 horas 00 minutos del 17 de noviembre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Best Endurence Company Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 28 de enero del 2021.—Lic. Otto José Andre Barrantes, Notario.—1 vez.—CE2021001223.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 16 horas 30 minutos del 28 de enero del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Apartamentos Ciento Tres Sociedad Anónima.—San José, 28 de enero del 2021.—Lic. Carlos Alfredo Umaña Balser, Notario.—1 vez.—CE2021001224.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 14 horas 00 minutos del 28 de enero del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Engineering Cárdenas Limitada.—San José, 28 de enero del 2021.—Lic. Sergio Mena Díaz, Notario.—1 vez.—CE2021001225.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 09 horas 00 minutos del 28 de enero del año 2021, se constituyó la sociedad denominada LWS Image Group Sociedad Anónima.—San José, 28 de enero del 2021.—Licda. Silvia Garbanzo Corrales, Notaria.—1 vez.—CE2021001226.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 18 horas 00 minutos del 26 de enero del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Cold Chain Services Sociedad Anónima.—San José, 28 de enero del 2021.—Lic. Juan Luis Guardiola Arroyo, Notario.—1 vez.—CE2021004325.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 11 horas 40 minutos del 28 de enero del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Styria Invest Group Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 28 de enero del 2021.—Licda. María del Carmen Garita Araya, Notaria.—1 vez.—CE2021004329.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 11 horas 30 minutos del 28 de enero del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Corporación Cadi Sociedad Anónima.—San José, 01 de febrero del 2021.—Licda. Elizabeth Venegas Fernandez, Notaria.—1 vez.—CE2021001350.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 08 horas 00 minutos del 01 de febrero del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Aal Fish Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 01 de febrero del 2021.—Lic. Roberto Jose Araya Lao, Notario.—1 vez.—CE2021001351.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 10 horas 00 minutos del 10 de noviembre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Bio Med Mwr Sociedad Anónima.—San José, 01 de febrero del 2021.—Lic. Heidel Sequeira Guzmán, Notario.—1 vez.—CE2021001352.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 08 horas 00 minutos del 01 de febrero del año 2021, se constituyó la sociedad denominada NL Process Consulting Sociedad De Responsabilidad Limitada.—San José, 01 de febrero del 2021.—Lic. Marcelo Antonio Wilson Cole, Notario.—1 vez.—CE2021001353.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 18 horas 00 minutos del 20 de enero del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Especialistas En Salud M Y M Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 01 de febrero del 2021.—Lic. Juan Guillermo Coghi Molina, Notario.—1 vez.—CE2021001354.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 13 horas 00 minutos del 01 de febrero del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Logística E & E Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 01 de febrero del 2021.—Lic.—Juan Carranza Cubillo, Notario.—1 vez.—CE2021001355.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 09 horas 30 minutos del 01 de febrero del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Qing Long Sociedad Anónima.—San José, 01 de febrero del 2021.—Lic.—Christian Pérez Quirós, Notario.—1vez.—CE2021001356.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 15 horas 00 minutos del 27 de enero del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Servicios Top-Ing Sociedad Anónima.—San José, 01 de febrero del 2021.—Licda. Nuria Judith Sequeira Araya, Notaria.—1 vez.—CE2021001357.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 18 horas 00 minutos del 13 de enero del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Importadora de Pescado y Mariscos Hondureños Sociedad Anónima.—San José, 02 de febrero del 2021.—Lic. Álvaro Enrique Moreno Gómez, Notario.—1 vez.—CE2021001358.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 14 horas 40 minutos del 18 de enero del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Transportes Navieros J & J Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 02 de febrero del 2021.—Licda. Evelin De Los Ángeles Sandoval Sandoval, Notaria.—1 vez.—CE2021001359.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 19 horas 20 minutos del 25 de enero del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Rofer Tech Recycle Sociedad Anónima.—San José, 02 de febrero del 2021.—Licda. Evelin De Los Ángeles Sandoval Sandoval, Notaria.—1 vez.—CE2021001360.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 08 horas 00 minutos del 28 de enero del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Brizas del Oeste CR Sociedad Anónima.—San José, 02 de febrero del 2021.—Licda. Solieth Lara Castillo, Notaria.—1 vez.—CE2021001361.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 09 horas 00 minutos del 01 de febrero del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Productos de Maíz Natán Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 02 de febrero del 2021.—Licda. Ileana Rodríguez González, Notaria.—1 vez.—CE2021001362.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 15 horas 00 minutos del 01 de febrero del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Inversiones Alefe Limitada.—San José, 02 de febrero del 2021.—Lic. Freddy Mesen Bermúdez, Notario.—1 vez.—CE2021001363.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 08 horas 15 minutos del 01 de febrero del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Tierra Tuanis Marbella LLC Limitada.—San José, 02 de febrero del 2021.—Licda. Marilyn Carvajal Pérez, Notaria.—1 vez.—CE2021001364.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 15 horas 00 minutos del 30 de enero del año 2021, se constituyó la sociedad denominada A Y S Exportadores Sociedad Anónima.—San José, 02 de febrero del 2021.—Licda. Maureen Chaves Portuguéz, Notaria.—1 vez.—CE2021001365.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 14 horas 00 minutos del 20 de diciembre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Hacienda Chagres Sociedad Anónima.—San José, 02 de febrero del 2021.—Lic. Marco Antonio Montero González, Notario.—1 vez.—CE2021001366.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 14 horas 30 minutos del 21 de enero del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Cuatro M Terrenos Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 02 de febrero del 2021.—Licda. Irene Arrieta Chacón, Notaria.—1 vez.—CE2021001367.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 09 horas 00 minutos del 01 de febrero del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Automatización Tecnológica AUTEC Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 02 de febrero del 2021.—Lic. Sebastián David Vargas Roldan, Notario.—1 vez.—CE2021001368.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 18 horas 00 minutos del 08 de diciembre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Asignar Cédula Jurídica Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 02 de febrero del 2021.—Licda. Ana Cristina Víquez Arias, Notaria.—1 vez.—CE2021001369.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 10 horas 00 minutos del 30 de enero del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Oxigenia CR Limitada.—San José, 02 de febrero del 2021.—Licda. Olga Irene Granados Porras, Notaria.—1 vez.—CE2021001370.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 11 horas 30 minutos del 29 de enero del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Brise de Mer Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 02 de febrero del 2021.—Licda. Adriana Silva Rojas, Notaria.—1 vez.—CE2021001371.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 09 horas 42 minutos del 30 de enero del año 2021, se constituyó la sociedad denominada El Legado de Maruja Limitada.—San José, 02 de febrero del 2021.—Licda. Ana Marcela Fernandez Solís, Notaria.—1 vez.—CE2021001372.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 13 horas 00 minutos del 23 de enero del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Macrobiótica Salud Natural Sociedad Anónima.—San José, 02 de febrero del 2021.—Licda. Anayancy Vallejos Quirós, Notaria.—1 vez.—CE2021001373.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 08 horas 30 minutos del 29 de enero del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Inversiones Sukia-Industrial Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 02 de febrero del 2021.—Lic. Álvaro Hernández Chan, Notario.—1 vez.—CE2021001374.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 14 horas 00 minutos del 28 de enero del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Pérez y Quesada Bienes Raíces Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 02 de febrero del 2021.—Licda. Krissia Alejandra Saborío Marín, Notaria.—1 vez.—CE2021001375.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 08 horas 00 minutos del 01 de febrero del año 2021, se constituyó la sociedad denominada La Wawa A&W Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 02 de febrero del 2021.—Licda. Giannina Arroyo Araya, Notaria.—1 vez.— CE2021001376.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 09 horas 00 minutos del 02 de febrero del año 2021, se constituyó la sociedad denominada refrigeración IMA Instalaciones Mecánicas Automatizadas Sociedad Anónima.—San José, 02 de febrero del 2021.—Lic. Pablo Fernando Ramos Vargas, Notario.—1 vez.—CE2021001377.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 18 horas 00 minutos del 01 de febrero del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Casas Tropicales Limitada.—San José, 02 de febrero del 2021.—Lic. Ricardo Jose Cañas Escoto, Notario.—1 vez.—CE2021001378.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 14 horas 00 minutos del 31 de enero del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Nueva Vida en Playa Zancudo Sociedad Anónima.—San José, 02 de febrero del 2021.—Licda. Marianela Álvarez Carazo, Notaria.—1 vez.—CE2021001379.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 16 horas 30 minutos del 01 de febrero del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Vidarica Real Estate Limitada.—San José, 02 de febrero del 2021.—Lic. José Alberto Schroeder Leiva, Notario.—1 vez.—CE2021001380.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 10 horas 00 minutos del 26 de enero del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Miscolorescr Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 02 de febrero del 2021.—Lic. Federico José Vega Rodríguez, Notario.—1 vez.—CE2021001381.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 11 horas 00 minutos del 30 de enero del año 2021, se constituyó la sociedad denominada T And J Properties La Esperanza Dos Mil Veintiuno LLC Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 02 de febrero del 2021.—Lic. Carlos Araya González, Notario.—1 vez.—CE2021001382.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 17 horas 00 minutos del 22 de enero del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Aravi Electrohidráulica Sociedad Anónima.—San José, 02 de febrero del 2021.—Licda. María Elena Ramírez Alfaro, Notaria.—1 vez.—CE2021001383.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 13 horas 00 minutos del 29 de enero del año 2021, se constituyó la sociedad denominada sociedad Colectiva Míshka Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 02 de febrero del 2021.—Lic. Leiner Miguel Molina Pérez, Notario.—1 vez.—CE2021001384.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 07 horas 10 minutos del 02 de febrero del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Inversiones Mauosca Sociedad Anónima.—San José, 02 de febrero del 2021.—Licda. Ana Rita Zamora Castillo, Notaria.—1 vez.—CE2021001385.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 15 horas 00 minutos del 01 de febrero del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Comercializadora de Carnes María Belén Sociedad Anónima.—San José, 02 de febrero del 2021.—Licda. Yahaira Del Rosario Centeno Duarte, Notaria.—1 vez.—CE2021001386.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 11 horas 30 minutos del 02 de febrero del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Dicono Sociedad Anónima.—San José, 02 de febrero del 2021.—Licda. Yesenia Quesada Rojas, Notaria.—1 vez.—CE2021001387.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 10 horas 00 minutos del 20 de enero del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Creaciones en Cuero Natural O R B Limitada.—San José, 02 de febrero del 2021.—Lic.—Grevin López Torres, Notario.—1 vez.—CE2021001388.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 11 horas 00 minutos del 29 de enero del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Centro Gastronómico O Sullivan Culinary Limitada.—San José, 02 de febrero del 2021.—Lic. Miguel Ángel Sáenz Ugalde, Notario.—1 vez.—CE2021001389.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 08 horas 00 minutos del 02 de febrero del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Condotechnology Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 02 de febrero del 2021.—Lic. Christian Garnier Fernández, Notario.—1 vez.—CE2021001390.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 16 horas 00 minutos del 01 de febrero del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Yoromar Sociedad Anónima.—San José, 02 de febrero del 2021.—Licda. Maritza Araya Rodríguez, Notaria.—1 vez.—CE2021001391.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 13 horas 00 minutos del 23 de enero del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Glo-Glo Pets Sociedad Anónima.—San José, 02 de febrero del 2021.—Licda. Karolina Meléndez Gamboa, Notaria.—1 vez.—CE2021001392.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 20 horas 00 minutos del 29 de enero del año 2021, se constituyó la sociedad denominada PCH Conta y Asesores Limitada Limitada.—San José, 02 de febrero del 2021.—Licda. Nydia María Piedra Ramírez, Notaria.—1 vez.—CE2021001393.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 10 horas 00 minutos del 30 de enero del año 2021, se constituyó la sociedad denominada APPLATINCR Sociedad Anónima.—San José, 02 de febrero del 2021.—Lic. Juan Carlos Rojas Sandi, Notario.—1 vez.—CE2021001394.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 11 horas 00 minutos del 30 de enero del año 2021, se constituyó la sociedad denominada PC Technology & Supplies De Centro América Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 02 de febrero del 2021.—Lic. José Joaquín Arias Segura, Notario.—1 vez.—CE2021001395.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 13 horas 00 minutos del 01 de febrero del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Bluegrass Parkway Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 02 de febrero del 2021.—Lic. Max Alberto Monestel Peralta, Notario.—1 vez.—CE2021001396.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 08 horas 00 minutos del 01 de febrero del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Alma Cariblanco Sociedad Anónima.—San José, 02 de febrero del 2021.—Licda. Marianela Carvajal Carvajal, Notaria.—1 vez.—CE2021001397.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 14 horas 00 minutos del 21 de enero del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Covid Dos Mil Veinte Sociedad Anónima.—San José, 02 de febrero del 2021.—Licda. Nathalie Elizondo Montero, Notaria.—1 vez.—CE2021001398.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 17 horas 00 minutos del 29 de enero del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Aroma del Campo Sociedad Anónima.—San José, 02 de febrero del 2021.—Licda. Karla Fabiana Carrillo Salguero, Notaria.—1 vez.—CE2021001399.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 16 horas 00 minutos del 01 de febrero del año 2021, se constituyó la sociedad denominada La Yunta K & L Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 02 de febrero del 2021.—Licda. María Melissa Vargas Oviedo, Notaria.—1 vez.—CE2021001400.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 14 horas 00 minutos del 31 de enero del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Imnominada Sociedad Anónima.—San José, 02 de febrero del 2021.—Lic. Rodrigo Julián Mora Cortes, Notario.—1 vez.—CE2021001401.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 09 horas 00 minutos del 26 de enero del año 2021, se constituyó la sociedad denominada M.P.C Alquimaq Sociedad Anónima.—San José, 02 de febrero del 2021.—Licda. Kattia Vargas Álvarez, Notaria.—1 vez.—CE2021001402.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 13 horas 00 minutos del 27 de enero del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Wirnet Empresa de Telecomunicaciones Sociedad Anónima.—San José, 02 de febrero del 2021.—Lic. Cristhian Felipe Vargas Arias, Notario.—CE2021001403.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 15 horas 00 minutos del 15 de enero del año 2021, se constituyó la sociedad denominada La Perla del Atlántico Sociedad Anónima.—San José, 02 de febrero del 2021.—Lic. Juan Diego Cruz Esquivel, Notario.—1 vez.—CE2021001404.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 14 horas 00 minutos del 02 de febrero del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Conner Escapes IN Costa Rica Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 02 de febrero del 2021.—Lic. Sergio Aguiar Montealegre, Notario.—1 vez.—CE2021001405.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 17 horas 00 minutos del 01 de febrero del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Inversiones Gonval Sociedad Anónima.—San José, 02 de febrero del 2021.—Licda. Nora Vanessa Chacón Jiménez, Notaria.—1 vez.—CE2021001406.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 10 horas 00 minutos del 19 de enero del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Arise Trade Center ATC Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 02 de febrero del 2021.—Licda. Diana Rocío Rincón Vanegas, Notaria.—1 vez.—CE2021001407.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 14 horas 00 minutos del 02 de febrero del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Industrias Buenahora Limitada.—San José, 02 de febrero del 2021.—Lic. Federico Leiva Gallardo, Notario.—1 vez.—CE2021001408.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 15 horas 00 minutos del 02 de febrero del año 2021, se constituyó la sociedad denominada DAG Siete Sociedad Anónima.—San José, 02 de febrero del 2021.—Lic. Mauricio Lara Ramos, Notario.—1 vez.—CE2021001409.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 14 horas 00 minutos del 07 de enero del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Sociedad Anónima Sociedad Anónima.—San José, 02 de febrero del 2021.—Lic.—Alfonso Gerardo Bolaños Alpízar, Notario.—CE2021001410.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 12 horas 00 minutos del 02 de febrero del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Sol RS Nueve Cero Dos Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 02 de febrero del 2021.—Lic. Jefte Javier Mathieu Contreras, Notario.—1 vez.—CE2021001411.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 13 horas 00 minutos del 14 de enero del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Sea Flower Sociedad Anónima.—San José, 02 de febrero del 2021.—Licda. Anita Mc Donal Rodríguez, Notaria.—1 vez.—CE2021001412.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 10 horas 00 minutos del 02 de febrero del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Inversión El Faro del Mar Limitada.—San José, 02 de febrero del 2021.—Lic. Pablo Enrique Guier Acosta, Notario.—1 vez.—CE2021001413.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 11 horas 30 minutos del 01 de febrero del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Tendencias Urbanas Cinco Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 02 de febrero del 2021.—Lic. Alfredo Núñez Gamboa, Notario.—1 vez.—CE2021001414.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 12 horas 00 minutos del 02 de febrero del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Costa Rica Dog Lovers Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 02 de febrero del 2021.—Lic. Billy Benjamín Latouche Ortiz, Notario.—1 vez.—CE2021001415.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 17 horas 00 minutos del 13 de enero del año 2021, se constituyó la sociedad denominada ANVI Sociedad De Responsabilidad Limitada.—San José, 02 de febrero del 2021.—Lic. Juan Carlos Quirós Larios, Notario.—1 vez.— CE2021001416.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 08 horas 30 minutos del 02 de febrero del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Apartamento Ciento Cuatro A Dukana Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 02 de febrero del 2021.—Licda. Carmen De María Castro Kahle, Notaria.—1 vez.— CE2021001417.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 09 horas 00 minutos del 25 de enero del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Pavones Club P.C.G.M Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 02 de febrero del 2021.—Lic. Paul Tacsan Tacsan, Notario.—1 vez.—CE2021001418.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 13 horas 30 minutos del 01 de febrero del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Ironworks Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 02 de febrero del 2021.—Licda. Jennifer Vargas López, Notaria.—1 vez.—CE2021004328.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría a las 14 horas 00 minutos del 02 de febrero del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Ventanita Teddy Sociedad Anónima.—San José, 03 de febrero del 2021.—Lic. Karen Melissa Morelli Alfaro, Notario.—1 vez.—CE2021001479.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría a las 12 horas 00 minutos del 22 de enero del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Madremía Restaurante Sociedad Anónima.—San José, 03 de febrero del 2021.—Lic. Soledad Bustos Chaves, Notario.—1 vez.—CE2021001480.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría a las 19 horas 15 minutos del 03 de febrero del año 2021, se constituyó la sociedad denominada AJL Servicios Jurídicos y Empresariales Sociedad Anónima.—San José, 03 de febrero del 2021.—Lic. Jacqueline Andrea Mora Bonilla, Notario.—1 vez.—CE2021001481.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría a las 09 horas 00 minutos del 27 de enero del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Dragon-Equity Sociedad Anónima.—San José, 03 de febrero del 2021.—Lic. Adrian Javier Fernández Madrigal, Notario.—1 vez.—CE2021001482.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría a las 13 horas 00 minutos del 03 de febrero del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Successful Paradise Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 03 de febrero del 2021.—Lic. Juan Pablo Miranda Badilla, Notario.—1 vez.—CE2021001483.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría a las 10 horas 00 minutos del 01 de febrero del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Multiservicios Innova Sociedad Anónima.—San José, 03 de febrero del 2021.—Lic. Otto Alejandro Fallas Vargas, Notario.—1 vez.—CE2021001484.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría a las 12 horas 00 minutos del 03 de febrero del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Azulimmo Limitada.—San José, 04 de febrero del 2021.—Lic. Oscar Manuel Funes Orellana, Notario.—1 vez.—CE2021001485.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría a las 16 horas 00 minutos del 30 de enero del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Codeline Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 04 de febrero del 2021.—Lic. Edgar Alejandro Solís Moraga, Notario.—1 vez.—CE2021001486.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría a las 15 horas 00 minutos del 03 de febrero del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Trans Serrano González Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 04 de febrero del 2021.—Lic. Marlon Fernando Arce Blanco, Notario.—1 vez.—CE2021001487.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría a las 14 horas 00 minutos del 01 de febrero del año 2021, se constituyó la sociedad denominada EEUU Virtual Sociedad Anónima.—San José, 04 de febrero del 2021.—Lic. Alfredo Calderón Chavarría, Notario.—1 vez.—CE2021001488.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría a las 08 horas 30 minutos del 03 de febrero del año 2021, se constituyó la sociedad denominada AEV Productos de Limpieza CR Sociedad Anónima.—San José, 04 de febrero del 2021.—Lic. Lisa María Bejarano Valverde, Notario.—1 vez.—CE2021001489.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría a las 16 horas 00 minutos del 03 de febrero del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Lutesma Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 04 de febrero del 2021.—Lic. Ronny Quirós Astorga, Notario.—1 vez.—CE2021001490.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría a las 12 horas 00 minutos del 03 de febrero del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Farmatrade Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 04 de febrero del 2021.—Lic. José Fernando Fernández Alvarado, Notario.—1 vez.—CE2021001491.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría a las 13 horas 00 minutos del 03 de febrero del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Ave del Paraíso Lam Sociedad Anónima.—San José, 04 de febrero del 2021.—Lic. Ana Patricia Guerrero Murillo, Notario.—1 vez.—CE2021001492.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría a las 17 horas 00 minutos del 02 de febrero del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Maxsys Security RMO Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 04 de febrero del 2021.—Lic. Aldo Fabricio Morelli Lizano, Notario.—1 vez.—CE2021001493.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría a las 08 horas 00 minutos del 04 de febrero del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Centro Deportivo MP Sociedad Anónima.—San José, 04 de febrero del 2021.—Lic. Roger Mayorga López, Notario.—1 vez.—CE2021001494.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría a las 09 horas 30 minutos del 04 de febrero del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Forty-Sixth Street Clubby Limitada.—San José, 04 de febrero del 2021.—Lic. Rafael Enrique Cañas Coto, Notario.—1 vez.—CE2021001495.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría a las 16 horas 00 minutos del 01 de febrero del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Inversiones Pizzeras de CR Sociedad Anónima.—San José, 04 de febrero del 2021.—Lic. Ana Alejandra Araya Guerrero, Notaria.—1 vez.— CE2021001496.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría a las 14 horas 40 minutos del 03 de febrero del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Agroservicios Sequeira Sociedad Anónima.—San José, 04 de febrero del 2021.—Lic. Luis Ramon Sibaja Campos, Notario.—1 vez.—CE2021001497.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría a las 15 horas 30 minutos del 02 de febrero del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Moments Notice CR Limitada.—San José, 04 de febrero del 2021.—Lic. José Pablo Arce Piñar, Notario.—1 vez.—CE2021001498.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría a las 08 horas 00 minutos del 27 de enero del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Misalaia Limitada.—San José, 04 de febrero del 2021.—Lic. Oscar Manuel Funes Orellana, Notario.—1 vez.—CE2021001499.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría a las 15 horas 00 minutos del 15 de enero del año 2021, se constituyó la sociedad denominada La Perla de Mila Sociedad Anónima.—San José, 04 de febrero del 2021.—Lic. Juan Diego Cruz Esquivel, Notario.—1 vez.—CE2021001500.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría a las 15 horas 30 minutos del 02 de febrero del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Once Cero Cuatro Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 04 de febrero del 2021.—Lic. Mónica Solano Mata, Notario.—1 vez.—CE2021001501.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría a las 13 horas 00 minutos del 03 de febrero del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Avícola Roca Fonh Limitada Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 04 de febrero del 2021.—Lic. Débora María Vargas Fonseca, Notario.—1 vez.—CE2021001502.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría a las 15 horas 45 minutos del 02 de febrero del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Café Santa Lucía Sociedad Anónima.—San José, 04 de febrero del 2021.—Lic. Lucila Barrantes Rodríguez, Notario.—1 vez.—CE2021001503.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría a las 08 horas 00 minutos del 03 de febrero del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Shekar Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 04 de febrero del 2021.—Lic. Jorge Arturo Arce Lara, Notario.—1 vez.—CE2021001504.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría a las 10 horas 00 minutos del 02 de febrero del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Hoylands Hideout Limitada.—San José, 04 de febrero del 2021.—Lic. Henry Gómez Pineda, Notario.—1 vez.—CE2021001505.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría a las 16 horas 00 minutos del 03 de febrero del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Panamá Furniture Rentals Incorporated Sociedad Anónima.—San José, 04 de febrero del 2021.—Lic. Paul Zúñiga Hernández, Notario.—1 vez.—CE2021001506.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría a las 12 horas 00 minutos del 02 de febrero del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Hesketh Holdings Limitada.—San José, 04 de febrero del 2021.—Lic. José Pablo Arce Piñar, Notario.—1 vez.—CE2021001507.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría a las 08 horas 00 minutos del 04 de febrero del año 2021, se constituyó la sociedad denominada IRB Marketing Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 04 de febrero del 2021.—Lic. Christian Garnier Fernández, Notario.—1 vez.—CE2021001508.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría a las 09 horas 00 minutos del 01 de febrero del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Alimentos Sihues Torres Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 04 de febrero del 2021.—Lic. Alonso Adrián Dobles Navarro, Notario.—1 vez.—CE2021001509.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría a las 10 horas 00 minutos del 04 de febrero del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Porras y Trujillo Sociedad Anónima.—San José, 04 de febrero del 2021.—Lic. Rodolfo Enrique Montero Pacheco, Notario.—1 vez.—CE2021001510.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría a las 16 horas 30 minutos del 03 de febrero del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Larm Panamá Internacional Sociedad Anónima.—San José, 04 de febrero del 2021.—Lic. Paul Zúñiga Hernández, Notario.—1 vez.—CE2021001511.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría a las 17 horas 00 minutos del 03 de febrero del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Canal Movers and Logistics Corporation Sociedad Anónima.—San José, 04 de febrero del 2021.—Lic. Paul Zúñiga Hernández, Notario.—1 vez.—CE2021001512.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría a las 12 horas 00 minutos del 29 de enero del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Prodigy Expert Solutions Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 04 de febrero del 2021.—Lic. Oscar Eddy Trejos Monge, Notario.—1 vez.—CE2021001513.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría a las 08 horas 00 minutos del 01 de febrero del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Montpellier Incorporated Limitada.—San José, 04 de febrero del 2021.—Lic. Ricardo Ananías Loaiza Morales, Notario.—1 vez.—CE2021001514.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría a las 18 horas 45 minutos del 02 de febrero del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Tetrase Costa Rica Sociedad Anónima.—San José, 04 de febrero del 2021.—Lic. Luis Alberto Peraza Burgdorf, Notario.—1 vez.—CE2021001515.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría a las 12 horas 00 minutos del 02 de febrero del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Memory and Junior Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 04 de febrero del 2021.—Lic. Billy Benjamín Latouche Ortiz, Notario.—1 vez.—CE2021001516.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría a las 13 horas 00 minutos del 03 de febrero del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Grupo Comercial Medusas Sociedad Anónima.—San José, 04 de febrero del 2021.—Lic. Shirley Ávila Cortes, Notario.—1 vez.—CE2021001517.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría a las 10 horas 00 minutos del 27 de enero del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Ismeraki Sociedad Anónima.—San José, 04 de febrero del 2021.—Lic. Rafael Medaglia Gómez, Notario.—1 vez.—CE2021001518.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría a las 10 horas 00 minutos del 04 de febrero del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Tucanada Limitada.—San José, 04 de febrero del 2021.—Lic. Alberto Sáenz Roesch, Notario.—1 vez.—CE2021001519.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría a las 17 horas 00 minutos del 03 de febrero del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Herrera’s Consulting and Professional Services Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 04 de febrero del 2021.—Lic. Karina Aguilar Quesada, Notario.—1 vez.—CE2021001520.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría a las 13 horas 30 minutos del 04 de febrero del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Sigalovsky Family Trust CR Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 04 de febrero del 2021.—Lic. Jefte David Zúñiga Jiménez, Notario.—1 vez.—CE2021001521.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría a las 08 horas 00 minutos del 18 de enero del año 2021, se constituyó la sociedad denominada UTE Peyco Dical Sociedad Anónima.—San José, 04 de febrero del 2021.—Lic. Ana Victoria Calvo Pacheco, Notario.—1 vez.—CE2021001522.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría a las 15 horas 00 minutos del 02 de febrero del año 2021, se constituyó la sociedad denominada FMO Aduaneros Sociedad de Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 04 de febrero del 2021.—Lic. Arthur Jiménez Latouche, Notario.—1 vez.—CE2021001523.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría a las 17 horas 00 minutos del 18 de enero del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Ainocami Sociedad de Responsabilidad Limitada Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 04 de febrero del 2021.—Lic. Ricardo Núñez Estrada, Notario.—1 vez.—CE2021001524.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría a las 12 horas 50 minutos del 03 de febrero del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Desarrollo Condominio Arcadia A D Sociedad Anónima.—San José, 04 de febrero del 2021.—Lic. Luis Enrique Salazar Sánchez, Notario.—1 vez.—CE2021001525.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría a las 08 horas 00 minutos del 04 de febrero del año 2021, se constituyó la sociedad denominada FSP Guanacaste Management Services Limitada.—San José, 04 de febrero del 2021.—Lic. Gonzalo José Rojas Benavides, Notario.—1 vez.—CE2021001526.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría a las 14 horas 00 minutos del 22 de enero del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Berrocal & Parra Sociedad Anónima.—San José, 04 de febrero del 2021.—Lic. Nazareth Abarca Madrigal, Notario.—1 vez.—CE2021001527.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría a las 10 horas 00 minutos del 17 de agosto del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Transportes Vallejos Sociedad Anónima.—San José, 04 de febrero del 2021.—Lic. Marvin Ramon Aguirre Chaves, Notario.—1 vez.—CE2021001528.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría a las 11 horas 00 minutos del 21 de enero del año 2021, se constituyó la sociedad denominada D Y K Incorporated Limitada.—San José, 04 de febrero del 2021.—Lic. Edry Herminio Mendoza Hidalgo, Notario.—1 vez.—CE2021001529.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría a las 13 horas 00 minutos del 27 de enero del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Grupo Guillen Paz GP Sociedad Anónima.—San José, 04 de febrero del 2021.—Lic. Rafael Sánchez Sánchez, Notario.—1 vez.—CE2021001530.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría a las 12 horas 00 minutos del 04 de febrero del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Holding Gofe Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 04 de febrero del 2021.—Lic. Javier Francisco Villalobos Pineda, Notario.—1 vez.—CE2021001531.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría a las 11 horas 30 minutos del 04 de febrero del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Va Mensajería Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 04 de febrero del 2021.—Lic. Adolfo Jiménez Pacheco, Notario.—1 vez.—CE2021001532.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría a las 11 horas 30 minutos del 01 de febrero del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Coral A Zen Retreat Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 04 de febrero del 2021.—Lic. Adriana Silva Rojas, Notario.—1 vez.—CE2021001533.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría a las 09 horas 00 minutos del 23 de enero del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Desarrollos Costales Sociedad Anónima.—San José, 04 de febrero del 2021.—Lic. Jorge Francisco Ross Araya, Notario.—1 vez.—CE2021001534.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría a las 11 horas 00 minutos del 28 de enero del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Concrefuerte G M Sociedad Anónima.—San José, 04 de febrero del 2021.—Lic. Elian Jiménez Céspedes, Notario.—1 vez.—CE2021001535.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría a las 12 horas 00 minutos del 22 de enero del año 2021, se constituyó la sociedad denominada MFSJPS Real Estate Capital Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 04 de febrero del 2021.—Lic. Adriana Silva Rojas, Notario.—1 vez.—CE2021001536.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría a las 10 horas 00 minutos del 28 de octubre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Tecgroup Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 04 de febrero del 2021.—Lic. Lidia Teresa Fernández Barboza, Notario.—1 vez.—CE2021001537.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría a las 08 horas 30 minutos del 01 de febrero del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Transfesa Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 04 de febrero del 2021.—Lic. Benjamín Gutiérrez Contreras, Notario.—1 vez.—CE2021001538.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría a las 09 horas 00 minutos del 03 de febrero del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Svargas Directores Limitada.—San José, 04 de febrero del 2021.—Lic. Magally Herrera Jiménez, Notario.—1 vez.—CE2021001539.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría a las 16 horas 00 minutos del 03 de febrero del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Mobius Industrial Solutions Sociedad Anónima.—San José, 04 de febrero del 2021.—Lic. Pablo José González Montoya, Notario.—1 vez.—CE2021001540.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría a las 08 horas 00 minutos del 04 de febrero del año 2021, se constituyó la sociedad denominada PBV Las Delicias Servicios Gourmet Sociedad Anónima.—San José, 04 de febrero del 2021.—Lic. Andrey Esteban Morales Mejía, Notario.—1 vez.—CE2021001541.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría a las 08 horas 30 minutos del 04 de febrero del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Corporación Industrial Ing y Asociados Sociedad Anónima.—San José, 04 de febrero del 2021.—Lic. Andrey Esteban Morales Mejía, Notario.—1 vez.—CE2021001542.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría a las 09 horas 00 minutos del 04 de febrero del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Faves Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 04 de febrero del 2021.—Lic. Jeison Guadamuz Murillo, Notario.—1 vez.—CE2021001543.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría a las 13 horas 00 minutos del 02 de febrero del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Inmobiliaria JTRUMP Sociedad Anónima.—San José, 04 de febrero del 2021.—Lic. Edwin Martin Chacón Saborío, Notario.—1 vez.—CE2021001544.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría a las 10 horas 00 minutos del 04 de febrero del año 2021, se constituyó la sociedad denominada SG Soluciones Financieras Limitada.—San José, 04 de febrero del 2021.—Lic. Jhin Alonso Rojas Sánchez, Notario.—1 vez.—CE2021004331.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 17 horas 00 minutos del 02 de febrero del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Mini Market La Perla Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 07 de febrero del 2021.—Licda. María de Los Ángeles Solano Mora, Notaria.—1 vez.—CE2021001614.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 11 horas 00 minutos del 25 de enero del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Isla Pitahaya Investments Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 07 de febrero del 2021.—Licda. Kimberlyn Rojas de La Torre, Notaria.—1 vez.—CE2021001615

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 11 horas 00 minutos del 28 de enero del año 2021, se constituyó la sociedad denominada El Garaje de Mi Abuelo Memito Sociedad Anónima.—San José, 08 de febrero del 2021.—Licda. Laura María Cordero Zamora, Notaria.—1 vez.—CE2021001616.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 08 horas 30 minutos del 29 de enero del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Inversiones Eco-Sukia Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 08 de febrero del 2021.—Lic. Álvaro Hernández Chan, Notario.—1 vez.—CE2021001617.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 11 horas 00 minutos del 02 de febrero del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Getbips Media Solutions Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 08 de febrero del 2021.—Lic. Juan Carlos Rojas Sandi, Notario.—1 vez.—CE2021001618.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 10 horas 00 minutos del 20 de Agosto del año 2020, se constituyó la sociedad denominada ODC Desarollos Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 08 de febrero del 2021.—Lic. Fabián Azofeifa Arce, Notario.—1 vez.—CE2021001619.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 12 horas 00 minutos del 04 de febrero del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Brewed Monday Jjm Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 08 de febrero del 2021.—Lic. Kenneth Mauricio Mora Diaz, Notario.—1 vez.—CE2021001620.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 14 horas 00 minutos del 05 de febrero del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Nunya DCR Bussiness Limitada.—San José, 08 de febrero del 2021.—Licda. Xinia Alfaro Mena, Notaria.—1 vez.—CE2021001621.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 11 horas 30 minutos del 05 de febrero del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Inversiones y Asesoría JKCP Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 08 de febrero del 2021.—Licda. Diana María Vargas Rodríguez, Notaria.—1 vez.—CE2021001622.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 11 horas 00 minutos del 05 de febrero del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Yes Distribuciones Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 08 de febrero del 2021.—Licda. Nancy Tattiana Zúñiga Oses, Notaria.—1 vez.—CE2021001623.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 16 horas 30 minutos del 04 de febrero del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Clínica Santi Sociedad Anónima.—San José, 08 de febrero del 2021.—Licda. Isabel Cristina Vargas Vargas, Notaria.—1 vez.—CE2021001624.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 10 horas 00 minutos del 04 de febrero del año 2021, se constituyó la sociedad denominada SG Soluciones Financieras Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 08 de febrero del 2021.—Lic. Jhin Alonso Rojas Sanchez, Notario.—1 vez.—CE2021001625.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 08 horas 00 minutos del 08 de febrero del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Love In Action Sociedad Anónima.—San José, 08 de febrero del 2021.—Licda. Paola Vargas Castillo, Notaria.—1 vez.—CE2021001626.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 16 horas 00 minutos del 05 de febrero del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Grupo Oro Costanera Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 08 de febrero del 2021.—Licda. Jockseline Zúñiga Varela, Notaria.—1 vez.—CE2021001627.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 16 horas 00 minutos del 05 de febrero del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Hamdubcesmoy Sociedad Anónima.—San José, 08 de febrero del 2021.—Licda. Mayela Marlene Espinoza Loría, Notaria.—1 vez.—CE2021001628.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 16 horas 00 minutos del 29 de enero del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Magic Esthetics Investments Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 08 de febrero del 2021.—Lic. Alexis Manuel Arias Lopez, Notario.—1 vez.—CE2021001629.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 15 horas 00 minutos del 01 de febrero del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Inversiones Verdyfrut Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 08 de febrero del 2021.—Licda. Monserrat Andrea Segura Muñoz, Notaria.—1 vez.—CE2021001630.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 13 horas 00 minutos del 01 de febrero del año 2021, se constituyó la sociedad denominada I Love Liquor Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 08 de febrero del 2021.—Lic. Eduardo José Mora Castro, Notario.—1 vez.—CE2021001631.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 13 horas 00 minutos del 02 de febrero del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Distribuidora SPZ del Atlántico Sociedad Anónima.—San José, 08 de febrero del 2021.—Licda. Karol Cristina Guzmán Ramírez, Notaria.—1 vez.—CE2021001632.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 08 horas 30 minutos del 08 de febrero del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Makc Costa Rica Property Administrator Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 08 de febrero del 2021.—Lic. Luis Alberto Pereira Brenes, Notario.—1 vez.—CE2021001633.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 14 horas 00 minutos del 05 de febrero del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Mutecno CR Sociedad Anónima.—San José, 08 de febrero del 2021.—Lic. Gerardo Alonso Benavides Sánchez, Notario.—1 vez.—CE2021001634.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 16 horas 00 minutos del 27 de enero del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Cerrajería JF Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 08 de febrero del 2021.—Lic. Joan Sebastián Rivera Bedoya, Notario.—1 vez.—CE2021001635.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 10 horas 30 minutos del 08 de febrero del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Casitas del Sol Sociedad De Responsabilidad Limitada.—San José, 08 de febrero del 2021.—Lic. Jefte David Zúñiga Jiménez, Notario.—1 vez.—CE2021001636.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 09 horas 00 minutos del 08 de febrero del año 2021, se constituyó la sociedad denominada JPB Three Limitada.—San José, 08 de febrero del 2021.—Lic. Paul Oporta Romero, Notario.—1 vez.—CE2021001637.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 16 horas 00 minutos del 05 de febrero del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Sonido del Agua Cayendo Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 08 de febrero del 2021.—Lic. Rodolfo Enrique Herrera Garcia, Notario.—1 vez.—CE2021001638.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 12 horas 30 minutos del 12 de enero del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Clarjun Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 08 de febrero del 2021.—Licda. Ana Isabel Elizondo León, Notaria.—1 vez.—CE2021001639.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 09 horas 00 minutos del 16 de enero del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Servicios Constructivos y Electromecánicos AYF Limitada.—San José, 08 de febrero del 2021.—Licda. Diana Marcela Baltodano Rodríguez, Notaria.—1 vez.—CE2021001640.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 10 horas 00 minutos del 08 de febrero del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Comercializadora Crissan Sociedad Anónima.—San José, 08 de febrero del 2021.—Licda. Shirley Sanchez Bustamante, Notaria.—1 vez.—CE2021001641.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 14 horas 00 minutos del 03 de febrero del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Watercolor Sunset A.L.E. Sociedad Anónima.—San José, 08 de febrero del 2021.—Licda. Glorielena Alvarado Orozco, Notaria.—1 vez.—CE2021001642.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 08 horas 30 minutos del 30 de enero del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Poleas de Costa Rica S. A. Sociedad Anónima.—San José, 08 de febrero del 2021.—Licda. Dixie Mariela Quesada Madrigal, Notaria.—1 vez.—CE2021001643.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 10 horas 00 minutos del 04 de febrero del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Modular - Space Sociedad Anónima.—San José, 08 de febrero del 2021.—Licda. Ileana Rodríguez González, Notaria.—1 vez.—CE2021001644.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 10 horas 30 minutos del 08 de febrero del año 2021, se constituyó la sociedad denominada The Four Casitas Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 08 de febrero del 2021.—Lic. Jefte David Zúñiga Jiménez, Notario.—1 vez.—CE2021001645.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 12 horas 00 minutos del 05 de febrero del año 2021, se constituyó la sociedad denominada DS Lee Propeties Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 08 de febrero del 2021.—Lic. Atencio Ruiz Juárez, Notario.—1 vez.—CE2021001646.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 14 horas 00 minutos del 29 de enero del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Inverciones A Y K Sociedad Anónima.—San José, 08 de febrero del 2021.—Lic. Manuel Antonio Arias Aguilar, Notario.—1 vez.—CE2021001647.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 16 horas 00 minutos del 07 de febrero del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Natura D.I.N Travel Sociedad Anónima.—San José, 08 de febrero del 2021.—Licda. Carmen María Solano Rojas, Notaria.—1 vez.—CE2021001648.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 17 horas 00 minutos del 07 de febrero del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Tropical Rivers and Adventures Tours Limitada.—San José, 08 de febrero del 2021.—Lic. Esteban Blanco Herrera, Notario.—1 vez.—CE2021001649.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 13 horas 00 minutos del 06 de febrero del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Comercializadora MYM Sociedad De Responsabilidad Limitada.—San José, 08 de febrero del 2021.—Licda. Lilly Carolina Murillo Sandí, Notaria.—1 vez.—CE2021001650.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 16 horas 00 minutos del 05 de febrero del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Gefalmo Sociedad Anónima.—San José, 08 de febrero del 2021.—Lic. Jazmín Santamaria Sánchez, Notario.—1 vez.—CE2021001651.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 15 horas 00 minutos del 05 de febrero del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Corbet Scientific de Costa Rica Sociedad Anónima.—San José, 08 de febrero del 2021.—Licda. Ivania Araya Vargas, Notaria.—1 vez.—CE2021001652.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 12 horas 00 minutos del 05 de febrero del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Sarjanda Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 08 de febrero del 2021.—Licda. Nicole María Quesada Gurdián, Notaria.—1 vez.—CE2021001653.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 09 horas 00 minutos del 27 de enero del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Dragon Equity Sociedad Anónima.—San José, 08 de febrero del 2021.—Lic. Adrián Javier Fernández Madrigal, Notario.—1 vez.—CE2021001654.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 11 horas 00 minutos del 08 de febrero del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Comunicándonos Sociedad Anónima.—San José, 08 de febrero del 2021.—Lic. Diego Gerardo Solano Cabezas, Notario.—1 vez.—CE2021001655.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 15 horas 00 minutos del 04 de febrero del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Calle de Mango Guiones Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 08 de febrero del 2021.—Lic. Herman Julio Kierszenson Mamet, Notario.—1 vez.—CE2021001656.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 17 horas 00 minutos del 03 de febrero del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Herreras Consulting And Professional Services Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 08 de febrero del 2021.—Lic. Karina Aguilar Quesada, Notario.—1 vez.—CE2021001657.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 10 horas 00 minutos del 06 de febrero del año 2021, se constituyó la sociedad denominada La Mulita Maverick X Tres Max Sociedad Anónima.—San José, 08 de febrero del 2021.—Lic. Edin Francisco Chavarría Benavides, Notario.—1 vez.—CE2021001658.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 14 horas 00 minutos del 08 de febrero del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Cast Influence Properties Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 08 de febrero del 2021.—Lic. Pedro González Roesch, Notario.—1 vez.—CE2021001659.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 14 horas 00 minutos del 05 de febrero del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Grupo Nedlam Costa Rica Sociedad De Responsabilidad Limitada.—San José, 08 de febrero del 2021.—Licda. Paola Castro Montealegre, Notaria.—1 vez.—CE2021001660.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 14 horas 00 minutos del 08 de febrero del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Hamilton Associates Sociedad De Responsabilidad Limitada.—San José, 08 de febrero del 2021.—Lic. Carlos Darío Angulo Ruiz, Notario.—1 vez.—CE2021001661.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 19 horas 30 minutos del 06 de febrero del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Ceron Shoes Sociedad Anónima.—San José, 08 de febrero del 2021.—Lic. José Rafael Steller Garro, Notario.—1 vez.—CE2021001662.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 18 horas 00 minutos del 05 de febrero del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Movelec de Centroamérica Sociedad Anónima.—San José, 08 de febrero del 2021.—Lic. Federico Ureña Ferrero, Notario.—1 vez.—CE2021001663.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 18 horas 00 minutos del 03 de febrero del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Ntech Digital AO Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 08 de febrero del 2021.—Lic. Eddie Granados Valverde, Notario.—1 vez.—CE2021001664.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 21 horas 00 minutos del 04 de febrero del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Estrancio Dos Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 08 de febrero del 2021.—Lic. Johnny Martin González Pacheco, Notario.—1 vez.—CE2021001665.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 21 horas 00 minutos del 08 de febrero del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Tamarindo Arico, Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 08 de febrero del 2021.—Lic. Enrique Loria Brunker, Notario.—1 vez.—CE2021001666.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 10 horas 00 minutos del 04 de febrero del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Modular Space Sociedad Anónima.—San José, 08 de febrero del 2021.—Lic. Ileana Rodríguez González, Notario.—1 vez.—CE2021001667.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 15 horas 00 minutos del 08 de febrero del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Valvic Rova de México Sociedad Anónima.—San José, 08 de febrero del 2021.—Lic. Alberto Pauly Sáenz, Notario.—1 vez.—CE2021001668.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 13 horas 00 minutos del 12 de enero del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Inversiones F&B Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 08 de febrero del 2021.—Licda. Dania Valverde Núñez, Notaria.—1 vez.—CE2021001669.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 00 horas 00 minutos del 11 de enero del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Instituto para el Bienestar Animal (IBA) Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 08 de febrero del 2021.—Licda. Dania Valverde Núñez, Notaria.—1 vez.—CE2021001670.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 13 horas 30 minutos del 29 de enero del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Direct Trade Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 08 de febrero del 2021.—Lic. Luis Fernando Hernandez Madrigal, Notario.—1 vez.—CE2021001671.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 08 horas 30 minutos del 30 de enero del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Poleas de Costa Rica Sociedad Anónima.—San José, 08 de febrero del 2021.—Licda. Dixie Mariela Quesada Madrigal, Notaria.—1 vez.—CE2021001672.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 17 horas 00 minutos del 08 de febrero del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Goebel Casa Piki Piki LLC Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 08 de febrero del 2021.—Lic. Brians Salazar Chavarría, Notario.—1 vez.—CE2021001673.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 15 horas 00 minutos del 02 de febrero del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Focaccias By MJE Sociedad Anónima.—San José, 08 de febrero del 2021.—Licda. Sharon Tatiana Arce Damito, Notaria.—1 vez.—CE2021001674.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 15 horas 00 minutos del 27 de enero del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Servicios Wring Top Sociedad Anónima.—San José, 08 de febrero del 2021.—Licda. Nuria Judith Sequeira Araya, Notaria.—1 vez.—CE2021004335.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 13 horas 00 minutos del 27 de enero del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Catarinella Motors Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 08 de febrero del 2021.—Lic. Eduardo Andrés Leitón Loría, Notario.—1 vez.—CE2021001675.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 15 horas 30 minutos del 02 de febrero del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Lihen Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 08 de febrero del 2021.—Licda. Karen Daniela Oconitrillo Quesada, Notaria.—1 vez.—CE2021001676.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 09 horas 00 minutos del 05 de febrero del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Natural Nails Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 08 de febrero del 2021.—Licda. Kora Ana Arias Cortés, Notaria.—1 vez.—CE2021001677.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 20 horas 00 minutos del 01 de febrero del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Club de Pesca de San Carlos Sociedad Anónima.—San José, 08 de febrero del 2021.—Lic. Jorge Esteban Valenciano Gutiérrez, Notario.—1 vez.—CE2021001678.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 14 horas 00 minutos del 27 de enero del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Muebles y Diseño Bagaces Sociedad Anónima.—San José, 08 de febrero del 2021.—Licda. Melisa Aragon Arrieta, Notaria.—1 vez.—CE2021001679.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 13 horas 00 minutos del 03 de febrero del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Ave del Paraíso Lam Esperanza Sociedad Anónima.—San José, 08 de febrero del 2021.—Licda. Ana Patricia Guerrero Murillo, Notaria.—1 vez.—CE2021001680.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 17 horas 35 minutos del 27 de enero del año 2021, se constituyó la sociedad denominada GV Builders & Home Design Sociedad Anónima.—San José, 08 de febrero del 2021.—Lic. Dagoberto Venegas Barrantes, Notario.—1 vez.—CE2021001681.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 11 horas 00 minutos del 08 de febrero del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Distribuidora de Carnes de Heredia Murillo & Vega Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 08 de febrero del 2021.—Lic. Daniel Bermúdez Murillo, Notario.—1 vez.—CE2021001682.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 00 horas 00 minutos del 08 de febrero del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Distribuidora de Carnes San Juan de Dios Murillo & Quesada Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 08 de febrero del 2021.—Lic. Daniel Bermúdez Murillo, Notario.—1 vez.—CE2021001683.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 13 horas 00 minutos del 06 de febrero del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Societe Immobiliere Yvon Et Lyse Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 08 de febrero del 2021.—Licda. Sabrina Karine Kszak Bianchi, Notaria.—1 vez.—CE2021001684.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 14 horas 00 minutos del 06 de febrero del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Moodeporte Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 08 de febrero del 2021.—Licda. Sabrina Karine Kszak Bianchi, Notaria.—1 vez.—CE2021001685.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 15 horas 00 minutos del 03 de febrero del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Constructora Rivera del Sur Sur Sociedad Anónima.—San José, 09 de febrero del 2021.—Lic. Adolfo Elpidio Hernández Masís, Notario.—1 vez.—CE2021001686.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 09 horas 00 minutos del 08 de febrero del año 2021, se constituyó la sociedad denominada DNE CR Holdings Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 09 de febrero del 2021.—Lic. Guillermo José Sanabria Leiva, Notario.—1 vez.—CE2021001687.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 14 horas 00 minutos del 06 de febrero del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Elektra Soluciones Electromecánicas Limitada.—San José, 09 de febrero del 2021.—Lic. Brayan Alberto Alpízar Valverde, Notario.—1 vez.—CE2021001688.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 10 horas 30 minutos del 06 de febrero del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Ed Motors Route Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 09 de febrero del 2021.—Licda. Melissa Villalobos Ceciliano, Notaria.—1 vez.—CE2021001689.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 12 horas 00 minutos del 12 de enero del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Moboto International Limitada.—San José, 09 de febrero del 2021.—Lic. Oscar Manuel Funes Orellana, Notario.—1 vez.—CE2021001690.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 08 horas 00 minutos del 05 de febrero del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Servicios de Traducción Profesional Mora Rojas Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 09 de febrero del 2021.—Licda. Ana Yanci Marín Vega, Notaria.—1 vez.—CE2021001691.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 18 horas 00 minutos del 06 de febrero del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Badilla Group LLC Sociedad Anónima.—San José, 09 de febrero del 2021.—Licda. Cris Vanessa Brenes Villalta, Notaria.—1 vez.—CE2021001692.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 09 horas 00 minutos del 09 de febrero del año 2021, se constituyó la sociedad denominada VLC Santa Teresa Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 09 de febrero del 2021.—Licda. Adriana Silva Rojas, Notaria.—1 vez.—CE2021001693.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 08 horas 00 minutos del 09 de febrero del año 2021, se constituyó la sociedad denominada VG RMMA Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 09 de febrero del 2021.—Lic. Christian Garnier Fernández, Notario.—1 vez.—CE2021001694.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 10 horas 00 minutos del 26 de enero del año 2021, se constituyó la sociedad denominada MCCR Arte Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 09 de febrero del 2021.—Lic. Federico José Vega Rodríguez, Notario.—1 vez.—CE2021001695.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 14 horas 00 minutos del 08 de febrero del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Laboratorio Esencia Dental Limitada.—San José, 09 de febrero del 2021.—Lic. Edgar Alberto Díaz Sánchez, Notario.—1 vez.—CE2021001696.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 17 horas 22 minutos del 04 de febrero del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Transportes Santa Rosa Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 09 de febrero del 2021.—Lic. Jonathan Segura Rosales, Notario.—1 vez.—CE2021001697.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 13 horas 30 minutos del 01 de febrero del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Inversiones Teto Serrano Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 09 de febrero del 2021.—Licda. Vera Denise Mora Salazar, Notaria.—1 vez.—CE2021001698.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 08 horas 00 minutos del 27 de enero del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Eloticos Benditos Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 09 de febrero del 2021.—Licda. Tatiana Vindas Benavides, Notaria.—1 vez.—CE2021001699.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 11 horas 00 minutos del 08 de febrero del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Los Bienes de Los Hoover Sociedad Anónima.—San José, 09 de febrero del 2021.—Lic. Fernando Jiménez Mora, Notario.—1 vez.—CE2021001700.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 09 horas 30 minutos del 07 de febrero del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Inversiones Noguera JN Sociedad Anónima.—San José, 09 de febrero del 2021.—Lic. Jonathan Segura Rosales, Notario.—1 vez.—CE2021001701.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 18 horas 00 minutos del 08 de febrero del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Corporación Plaza Caribeña Sociedad Anónima.—San José, 09 de febrero del 2021.—Lic. Alfredo Calderón Chavarría, Notario.—1 vez.—CE2021001702.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 10 horas 53 minutos del 09 de febrero del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Inversiones Calocha Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 09 de febrero del 2021.—Licda. Andrea Villalobos Sánchez, Notaria.—1 vez.—CE2021001703.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 10 horas 00 minutos del 09 de febrero del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Acotiza Sociedad Anónima.—San José, 09 de febrero del 2021.—Lic. José Francisco Berrocal Henderson, Notario.—1 vez.—CE2021001704.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 10 horas 00 minutos del 05 de febrero del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Constructora Jeal Hermanos Rojas Sociedad Anónima.—San José, 09 de febrero del 2021.—Licda. Gabriela Víquez Chaves, Notaria.—1 vez.—CE2021001705.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 09 horas 00 minutos del 05 de febrero del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Ross Outlet Sociedad Anónima.—San José, 09 de febrero del 2021.—Lic. Eliott Dayan Vargas Corrales, Notario.—1 vez.—CE2021001706.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 14 horas 30 minutos del 08 de febrero del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Feldman Investments Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 09 de febrero del 2021.—Licda. Nathalie Elizondo Montero, Notaria.—1 vez.—CE2021001707.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 10 horas 00 minutos del 04 de febrero del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Espigas y Café Sociedad Anónima.—San José, 09 de febrero del 2021.—Licda. Roxana María Artavia Badilla, Notaria.—1 vez.—CE2021001708.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 14 horas 00 minutos del 08 de febrero del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Konsultics Consultoría Empresarial y Tics Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 09 de febrero del 2021.—Lic. Alberto Rojas Chaves, Notario.—1 vez.—CE2021001709.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 13 horas 00 minutos del 02 de febrero del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Distribuidora SPZ del Atlántico Sociedad Anónima.—San José, 09 de febrero del 2021.—Licda. Karol Cristina Guzmán Ramírez, Notaria.—1 vez.—CE2021001710.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 09 horas 00 minutos del 27 de febrero del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Sweetlife Sixty Three Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 09 de febrero del 2021.—Lic. Franklin López Ramírez, Notario.—1 vez.—CE2021001711.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 20 horas 00 minutos del 08 de febrero del año 2021, se constituyó la sociedad denominada F Y V Torres Chacón Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 09 de febrero del 2021.—Lic. José Leonardo Olivas Esquivel, Notario.—1 vez.—CE2021001712.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 15 horas 30 minutos del 29 de enero del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Alpha Pyxis Punto Com Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 09 de febrero del 2021.—Lic. Alexis Ballestero Alfaro, Notario.—1 vez.—CE2021001713.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 17 horas 00 minutos del 08 de febrero del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Amacavi Transport of Costa Rica Sociedad Anónima.—San José, 09 de febrero del 2021.—Lic. Franklin Garita Cousin, Notario.—1 vez.—CE2021001714.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 17 horas 30 minutos del 02 de febrero del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Grupo Diara Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 09 de febrero del 2021.—Licda. María Gabriela Alfaro Alfaro, Notaria.—1 vez.—CE2021001715.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 16 horas 00 minutos del 29 de enero del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Beta Pyxis Punto Com Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 09 de febrero del 2021.—Lic. Alexis Ballestero Alfaro, Notario.—1 vez.—CE2021001716.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 10 horas 00 minutos del 16 de enero del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Peraltaobregon Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 09 de febrero del 2021.—Lic. James Siu Arriola, Notario.—1 vez.—CE2021001717.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 13 horas 00 minutos del 05 de febrero del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Madetec Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 09 de febrero del 2021.—Lic. Alonso Jiménez Serrano, Notario.—1 vez.—CE2021001718.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 16 horas 00 minutos del 08 de febrero del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Multiservicios Baru Asesores y Consultores Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 09 de febrero del 2021.—Lic. Ricardo Urbina Paniagua, Notario.—1 vez.—CE2021001719.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 18 horas 00 minutos del 03 de febrero del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Mono ZE C.L. Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 09 de febrero del 2021.—Lic. Carlos Javier Calvo Sánchez, Notario.—1 vez.—CE2021001720.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 08 horas 00 minutos del 09 de febrero del año 2021, se constituyó la sociedad denominada DEF Reserve Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 09 de febrero del 2021.—Licda. Jennifer Vargas López, Notaria.—1 vez.—CE2021001721.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 13 horas 00 minutos del 09 de febrero del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Grudrica LLC Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 09 de febrero del 2021.—Lic. Brians Salazar Chavarría, Notario.—1 vez.—CE2021001722.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 15 horas 00 minutos del 06 de febrero del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Tower´s & Ram´s Sociedad Anónima.—San José, 09 de febrero del 2021.—Licda. Heidy María Rivera Campos, Notaria.—1 vez.—CE2021001723.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 10 horas 00 minutos del 29 de enero del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Allitom Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 09 de febrero del 2021.—Lic. Jorge Fernando Calvo Mora, Notario.—1 vez.—CE2021001724.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 16 horas 00 minutos del 03 de febrero del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Lutesma Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 09 de febrero del 2021.—Lic. Ronny Quirós Astorga, Notario.—1 vez.—CE2021001725.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 15 horas 35 minutos del 21 de enero del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Polarizados Arte y Diseño J & V Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 09 de febrero del 2021.—Lic. Jorge Arturo Hernández Rodríguez, Notario.—1 vez.—CE2021001726.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 15 horas 00 minutos del 03 de febrero del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Dildo Kings Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 09 de febrero del 2021.—Lic. Jorge Antonio Escalante Escalante, Notario.—1 vez.—CE2021001727.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 14 horas 00 minutos del 05 de febrero del año 2021, se constituyó la sociedad denominada TLC Costums Unlimited Sociedad Anónima.—San José, 09 de febrero del 2021.—Lic. José Daniel Alvarado Vásquez, Notario.—1 vez.—CE2021001728.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 14 horas 00 minutos del 29 de enero del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Inversiones Horizonte AYK Sociedad Anónima.—San José, 09 de febrero del 2021.—Lic. Manuel Antonio Arias Aguilar, Notario.—1 vez.—CE2021001729.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 08 horas 00 minutos del 02 de febrero del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Sarjimrifon Sociedad Anónima.—San José, 09 de febrero del 2021.—Licda. María Raquel Herrera Bonilla, Notaria.—1 vez.—CE2021001730.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 10 horas 00 minutos del 09 de febrero del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Ashoes Costa Rica Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 09 de febrero del 2021.—Licda. Jéssica Alvarado Herrera, Notaria.—1 vez.—CE2021001731.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 14 horas 50 minutos del 09 de febrero del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Graybird Investments Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 09 de febrero del 2021.—Licda. Yancy Gabriela Araya Pérez, Notaria.—1 vez.—CE2021001732.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 11 horas 00 minutos del 01 de febrero del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Zona Franca del Sur Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 09 de febrero del 2021.—Lic. Diego Alberto Soto Vargas, Notario.—1 vez.—CE2021001733.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 09 horas 00 minutos del 02 de febrero del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Quinta de Nerón Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 09 de febrero del 2021.—Licda. Eliana Padilla Araya, Notaria.—1 vez.—CE2021001734.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 13 horas 00 minutos del 09 de febrero del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Amy´s Escape Limitada.—San José, 09 de febrero del 2021.—Licda. Ana Patricia Vargas Jara, Notaria.—1 vez.—CE2021001735.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 18 horas 00 minutos del 22 de Septiembre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Multiservicios Bragae CR17 Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 09 de febrero del 2021.—Lic. Dowglas Leiva Díaz, Notario.—1 vez.—CE2021001736.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 15 horas 30 minutos del 02 de febrero del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Importaciones Caroliches Sociedad Anónima.—San José, 09 de febrero del 2021.—Lic. Jhonatan Barrantes Alfaro, Notario.—1 vez.—CE2021001737.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 10 horas 00 minutos del 05 de febrero del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Aves del Atlántico Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 09 de febrero del 2021.—Licda. Vilma María Guevara Mora, Notaria.—1 vez.—CE2021001738.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 10 horas 15 minutos del 03 de febrero del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Constructura Gloda Adom Sociedad Anónima.—San José, 09 de febrero del 2021.—Lic. Walter Solís Amen, Notario.—1 vez.—CE2021001739.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 10 horas 00 minutos del 04 de febrero del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Inversiones Gastronómicas López Romero Sociedad Anónima.—San José, 09 de febrero del 2021.—Licda. Karina Del Carmen Badilla Abarca, Notaria.—1 vez.—CE2021001740.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 13 horas 30 minutos del 09 de febrero del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Aetna Investment Sociedad Anónima.—San José, 09 de febrero del 2021.—Licda. Joselynne Ramírez Rodríguez, Notaria.—1 vez.—CE2021001741.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 11 horas 00 minutos del 25 de enero del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Donkey Inc Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 09 de febrero del 2021.—Lic. Daniel Alberto Smith Castro, Notario.—1 vez.—CE2021001742.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 13 horas 00 minutos del 09 de febrero del año 2021, se constituyó la sociedad denominada House OF RA Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 09 de febrero del 2021.—Licda. Adriana Silva Rojas, Notaria.—1 vez.—CE2021001743.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 13 horas 00 minutos del 04 de febrero del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Tecno Soluciones y Mas de Costa Rica Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 09 de febrero del 2021.—Lic. Jorge Andrés Cordero Leandro, Notario.—1 vez.—CE2021001744.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 15 horas 00 minutos del 09 de febrero del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Mohari Costa Rica Sociedad Anónima.—San José, 09 de febrero del 2021.—Lic. José Pablo Arce Piñar, Notario.—1 vez.—CE2021001745.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 11 horas 15 minutos del 04 de febrero del año 2021, se constituyó la sociedad denominada TBAG Costa Rica Sociedad Anónima.—San José, 09 de febrero del 2021.—Lic. Rafael Gerardo Montenegro Peña, Notario.—1 vez.—CE2021001746.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 15 horas 45 minutos del 04 de febrero del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Pitbull Racing Inc Limitada.—San José, 09 de febrero del 2021.—Licda. Johanna Pamela Cordero Araya, Notaria.—1 vez.—CE2021001747.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 10 horas 00 minutos del 26 de enero del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Soluciones ITS International Sociedad Anónima.—San José, 09 de febrero del 2021.—Lic. German Rolando Ledezma Fonseca, Notario.—1 vez.—CE2021001748.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 09 horas 00 minutos del 08 de febrero del año 2021, se constituyó la sociedad denominada DNE Costa Rica Holdings Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 09 de febrero del 2021.—Lic. Guillermo José Sanabria Leiva, Notario.—1 vez.—CE2021001749.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 20 horas 00 minutos del 04 de febrero del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Grupo Inmobiliario Marova Sociedad Anónima.—San José, 09 de febrero del 2021.—Lic. Carlos Alberto Rojas Badilla, Notario.—1 vez.—CE2021001750.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 17 horas 00 minutos del 08 de febrero del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Amacavi AMC International Transport of Costa Rica Sociedad Anónima.—San José, 09 de febrero del 2021.—Lic. Franklin Garita Cousin, Notario.—1 vez.—CE2021001751.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 12 horas 00 minutos del 05 de febrero del año 2021, se constituyó la sociedad denominada DSEA LLEE Properties Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 09 de febrero del 2021.—Lic. Atencio Ruiz Juárez, Notario.—1 vez.—CE2021001752.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 09 horas 30 minutos del 09 de febrero del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Antoon-Cavallo LLC Limitada.—San José, 09 de febrero del 2021.—Lic. Sergio Antonio Solera Lacayo, Notario.—1 vez.—CE2021001753.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 16 horas 00 minutos del 04 de febrero del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Consultorios Equipo Saturno Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 09 de febrero del 2021.—Lic. Kadir Cortés Pérez, Notario.—1 vez.—CE2021001754.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 11 horas 00 minutos del 08 de febrero del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Constructora Estiliana SBR Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 09 de febrero del 2021.—Lic. Rogelio González Zúñiga, Notario.—1 vez.—CE2021001755.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 12 horas 30 minutos del 09 de febrero del año 2021, se constituyó la sociedad denominada 50 50 Capital Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 09 de febrero del 2021.—Lic. Manuel Fernando Yglesias Mora, Notario.—1 vez.—CE2021001756.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 17 horas 00 minutos del 04 de febrero del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Consultorios Ola Verde Limitada.—San José, 09 de febrero del 2021.—Lic. Kadir Cortes Pérez, Notario.—1 vez.—CE2021001757.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 09 horas 00 minutos del 26 de enero del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Carne y Abarrote El Buen Sabor Sociedad Anónima.—San José, 09 de febrero del 2021.—Lic. German Rolando Ledezma Fonseca, Notario.—1 vez.—CE2021001758.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 15 horas 00 minutos del 08 de febrero del año 2021, se constituyó la sociedad denominada HGR Agro Solución Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 09 de febrero del 2021.—Licda. Jacqueline Andrea Mora Bonilla, Notaria.—1 vez.—CE2021001759.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 11 horas 00 minutos del 04 de febrero del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Entertainment Island Group Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 09 de febrero del 2021.—Lic. Nelson Gerardo Palacio Díaz Granados, Notario.—1 vez.—CE2021001760.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 19 horas 08 minutos del 08 de febrero del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Novapig Sociedad Anónima.—San José, 09 de febrero del 2021.—Lic. Francisco Jesús Castillo Vásquez, Notario.—1 vez.—CE2021001761.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 10 horas 00 minutos del 09 de febrero del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Metarpi Industrial Sociedad Anónima.—San José, 09 de febrero del 2021.—Lic. Arnoldo José Parini Guevara, Notario.—1 vez.—CE2021001762.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 14 horas 00 minutos del 06 de febrero del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Academia de Música Talento Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 09 de febrero del 2021.—Licda. María Carolina Morera Calvo, Notaria.—1 vez.—CE2021001763.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 14 horas 30 minutos del 09 de febrero del año 2021, se constituyó la sociedad denominada P & K Blue Dreams Associates Sociedad Anónima.—San José, 09 de febrero del 2021.—Lic. José Ángel Acón Wong, Notario.—1 vez.—CE2021001764.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 12 horas 00 minutos del 08 de febrero del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Industria Gonpa Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 09 de febrero del 2021.—Licda. Gracel María Arguedas González, Notaria.—1 vez.—CE2021001765.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 18 horas 30 minutos del 08 de febrero del año 2021, se constituyó la sociedad denominada SCG Innovations Sociedad Anónima.—San José, 09 de febrero del 2021.—Licda. Karen Melissa Morelli Alfaro, Notaria.—1 vez.—CE2021001766.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 12 horas 30 minutos del 10 de febrero del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Tridente Artificial Intelligence Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 11 de febrero del 2021.—Lic. José Enrique Guevara Acuña, Notario.—1 vez.—CE2021001895.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 15 horas 00 minutos del 23 de enero del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Frigotronics Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 11 de febrero del 2021.—Lic. Manuel Barboza Arce, Notario.—1 vez.—CE2021001896.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 13 horas 00 minutos del 02 de febrero del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Grupo Inmobiliario CR Monarca JCM Sociedad Anónima.—San José, 11 de febrero del 2021.—Lic. Edwin Martín Chacón Saborío, Notario.—1 vez.—CE2021001897.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 15 horas 00 minutos del 07 de febrero del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Vice Concepts Sociedad Anónima.—San José, 11 de febrero del 2021.—Lic. Mayra Centeno Mejía, Notario.—1 vez.—CE2021001898.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 18 horas 00 minutos del 11 de febrero del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Simply Wild Pelada LLC Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 11 de febrero del 2021.—Lic. Brians Salazar Chavarría, Notario.—1 vez.—CE2021001899.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 18 horas 00 minutos del 05 de febrero del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Vosz Group Sociedad Anónima.—San José, 11 de febrero del 2021.—Licda. Alejandra Ramírez Castro, Notaria.—1 vez.—CE2021001900.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 09 horas 00 minutos del 09 de febrero del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Forjadores de la Península de Nicoya Sociedad Anónima.—San José, 11 de febrero del 2021.—Lic. Olman Eduardo Madrigal Acuña, Notario.—1 vez.—CE2021001901.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 08 horas 00 minutos del 08 de febrero del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Soluciones Médicas Hiperbaricas Sociedad Anónima.—San José, 11 de febrero del 2021.—Licda. Karen Quesada Rivera, Notaria.—1 vez.—CE2021001902.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 15 horas 00 minutos del 11 de febrero del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Grupo Nazca Eventos Profesionales CR Sociedad Anónima.—San José, 11 de febrero del 2021.—Lic. Netzy Yanina Soto Rojas, Notario.—1 vez.—CE2021001903.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 16 horas 00 minutos del 04 de febrero del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Daf Servicios y Materiales Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 12 de febrero del 2021.—Lic. Jefte Javier Mathieu Contreras, Notario.—1 vez.—CE2021001904.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 14 horas 00 minutos del 05 de febrero del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Tati del Mar Sociedad Anónima.—San José, 12 de febrero del 2021.—Licda. Alejandra Mateo Fernández, Notaria.—1 vez.—CE2021001905.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 11 horas 00 minutos del 10 de febrero del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Servicios y Asesorías Electromecánica Torres Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 12 de febrero del 2021.—Lic. Christian Javier Badilla Vargas, Notario.—1 vez.—CE2021001906.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 08 horas 18 minutos del 11 de febrero del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Maximercado Sociedad Anónima.—San José, 12 de febrero del 2021.—Lic. Jimmy Alberto Díaz Echavarría, Notario.—1 vez.—CE2021001907.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 08 horas 00 minutos del 12 de febrero del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Aracari Investments Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 12 de febrero del 2021.—Lic. Alejandro Pignataro Madrigal, Notario.—1 vez.—CE2021001908.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 08 horas 00 minutos del 12 de febrero del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Global Fútbol América Limitada.—San José, 12 de febrero del 2021.—Lic. Orlando Gustavo Araya Amador, Notario.—1 vez.—CE2021001909.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 14 horas 30 minutos del 09 de febrero del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Ecoverde Agrícola Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 12 de febrero del 2021.—Lic. Gabriel Gerardo Valenciano Rojas, Notario.—1 vez.—CE2021001910.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 11 horas 00 minutos del 08 de febrero del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Libelula Comunicaciones Sociedad Anónima.—San José, 12 de febrero del 2021.—Lic. Diego Gerardo Solano Cabezas, Notario.—1 vez.—CE2021001911.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 12 horas 00 minutos del 12 de enero del año 2021, se constituyó la sociedad denominada MO Boto Internacional Limitada.—San José, 12 de febrero del 2021.—Lic. Oscar Manuel Funes Orellana, Notario.—1 vez.—CE2021001912.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 17 horas 00 minutos del 10 de febrero del año 2021, se constituyó la sociedad denominada H Aguilar Montero Sucesores Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 12 de febrero del 2021.—Lic. Mauricio Montero Quirós, Notario.—1 vez.—CE2021001913.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 11 horas 00 minutos del 22 de enero del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Montepiedra Apartamento F Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 12 de febrero del 2021.—Lic. Carmen de María Castro Kahle, Notario.—1 vez.—CE2021001914.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 11 horas 00 minutos del 11 de febrero del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Los Jeukes Limitada.—San José, 12 de febrero del 2021.—Lic. Oscar Manuel Funes Orellana, Notario.—1 vez.—CE2021001915.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 07 horas 00 minutos del 12 de febrero del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Gasolinera Herfun Cariblanco Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 12 de febrero del 2021.—Lic. Pastor de Jesús Bonilla González, Notario.—1 vez.—CE2021001916.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 16 horas 30 minutos del 11 de febrero del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Grupo CEN de América Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 12 de febrero del 2021.—Lic. Jockseline Zúñiga Varela, Notario.—1 vez.—CE2021001917.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 08 horas 00 minutos del 12 de febrero del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Gasolinera Sardinal Puntarenas Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 12 de febrero del 2021.—Lic. Pastor de Jesús Bonilla González, Notario.—1 vez.—CE2021001918.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 08 horas 00 minutos del 12 de febrero del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Transamerica Waterways Advisors Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 12 de febrero del 2021.—Lic. Juan José Valerio Alfaro, Notario.—1 vez.—CE2021001919.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 09 horas 00 minutos del 11 de febrero del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Hope Welness Sociedad Anónima.—San José, 12 de febrero del 2021.—Lic. Rafael Francisco Mora Fallas, Notario.—1 vez.—CE2021001920.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 09 horas 00 minutos del 12 de febrero del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Icon Fifteen Investment Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 12 de febrero del 2021.—Lic. Juan José Valerio Alfaro, Notario.—1 vez.—CE2021001921.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 08 horas 00 minutos del 12 de febrero del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Aracari Investments AI PKL Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 12 de febrero del 2021.—Lic. Alejandro Pignataro Madrigal, Notario.—1 vez.—CE2021001922.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 14 horas 55 minutos del 11 de febrero del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Pastarica Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 12 de febrero del 2021.—Lic. Albino Solórzano Vega, Notario.—1 vez.—CE2021001923.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 15 horas 00 minutos del 11 de febrero del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Corporation Dream Catcher CR Limitada.—San José, 12 de febrero del 2021.—Lic. Gonzalo José Rojas Benavides, Notario.—1 vez.—CE2021001924.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 14 horas 00 minutos del 10 de febrero del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Guanasushi FG Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 12 de febrero del 2021.—Lic. Hans Van Der Laat Robles, Notario.—1 vez.—CE2021001925.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 11 horas 00 minutos del 12 de febrero del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Danlan Limitada.—San José, 12 de febrero del 2021.—Lic. Alan Masís Angulo, Notario.—1 vez.—CE2021001926.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 11 horas 01 minutos del 29 de Noviembre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Eat-Sleep-Surf Sociedad Anónima.—San José, 12 de febrero del 2021.—Lic. Fabio Trujillo Hering, Notario.—1 vez.—CE2021001927.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 13 horas 30 minutos del 09 de febrero del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Inversiones Selectas del Trópico Sociedad Anónima.—San José, 12 de febrero del 2021.—Lic. Alejandra Bastida Álvarez, Notario.—1 vez.—CE2021001928.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 11 horas 00 minutos del 12 de febrero del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Nami Nosara GKF Properties Limitada.—San José, 12 de febrero del 2021.—Lic. José Alberto Schroeder Leiva, Notario.—1 vez.—CE2021001929.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 11 horas 15 minutos del 12 de febrero del año 2021, se constituyó la sociedad denominada CTR Blue Free Holdings Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 12 de febrero del 2021.—Lic. Enrique Loría Brunker, Notario.—1 vez.—CE2021001930.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 11 horas 00 minutos del 13 de enero del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Hodro Asesorías y Accesorios Tauro Sociedad Anónima.—San José, 12 de febrero del 2021.—Lic. Flora María Ramírez Camacho, Notario.—1 vez.—CE2021001931.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 08 horas 30 minutos del 12 de febrero del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Inversiones Partido de la Costa Santa Teresita Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 12 de febrero del 2021.—Licda. Jennifer Vargas López, Notaria.—1 vez.—CE2021001932.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 12 horas 00 minutos del 13 de enero del año 2021, se constituyó la sociedad denominada La Delia Dos Mil Veinte Negocios y Aventura Sociedad Anónima.—San José, 12 de febrero del 2021.—Lic. Flora María Ramírez Camacho, Notario.—1 vez.—CE2021001933.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 17 horas 00 minutos del 11 de febrero del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Fuzio SSM Sociedad Anónima.—San José, 12 de febrero del 2021.—Lic. Kattia Quirós Chevez, Notario.—1 vez.—CE2021001934.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 16 horas 00 minutos del 01 de febrero del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Praia Santa Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 12 de febrero del 2021.—Lic. Belzert Espinoza Cruz, Notario.—1 vez.—CE2021001935.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 20 horas 10 minutos del 12 de febrero del año 2021, se constituyó la sociedad denominada AARAV Solutions Latam Sociedad Anónima.—San José, 12 de febrero del 2021.—Lic. Grethel Fernández Carmona, Notario.—1 vez.—CE2021001936.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 10 horas 30 minutos del 11 de febrero del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Bonara Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 12 de febrero del 2021.—Lic. Otto Guevara Guth, Notario.—1 vez.—CE2021001937.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 08 horas 30 minutos del 10 de febrero del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Trabajoremoto en Costarica Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 12 de febrero del 2021.—Licda. Rosario Salazar Delgado, Notaria.—1 vez.—CE2021001938.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 08 horas 00 minutos del 21 de enero del año 2021, se constituyó la sociedad denominada HD Investments Sociedad Anónima.—San José, 12 de febrero del 2021.—Lic. Luis Diego Picado Flores, Notario.—1 vez.—CE2021001939.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 00 horas 00 minutos del 11 de febrero del año 2021, se constituyó la sociedad denominada J.A Solutions Limitada.—San José, 12 de febrero del 2021.—Lic. Freddy Mesén Bermúdez, Notario.—1 vez.—CE2021001940.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 11 horas 00 minutos del 12 de febrero del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Long Shot Los Sueños Ltda Limitada.—San José, 12 de febrero del 2021.—Lic. Diana Elke Pinchanski Fachler, Notario.—1 vez.—CE2021001941.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 14 horas 00 minutos del 11 de febrero del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Contacto Vida Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 12 de febrero del 2021.—Lic. Sabrina Karine Kszak Bianchi, Notario.—1 vez.—CE2021001942.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 10 horas 45 minutos del 11 de febrero del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Green Go Construction Sociedad Anónima.—San José, 12 de febrero del 2021.—Licda. Diana Araya Steinvorth, Notaria.—1 vez.—CE2021001943.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 13 horas 00 minutos del 09 de febrero del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Corporación Menro Comerosa Sociedad Anónima.—San José, 12 de febrero del 2021.—Lic. Edwin Adalberto Morales Seas, Notario.—1 vez.—CE2021001944.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 11 horas 00 minutos del 03 de febrero del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Comercializadora Ordeñana Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 12 de febrero del 2021.—Lic. Audrys Esquivel Jimenez, Notario.—1 vez.—CE2021001945.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 11 horas 30 minutos del 12 de febrero del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Think People Costa Rica Sociedad Anónima.—San José, 12 de febrero del 2021.—Lic. Ricardo José Nassar Guell, Notario.—1 vez.—CE2021001946.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 08 horas 00 minutos del 05 de febrero del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Inversiones Greyon Sociedad Anónima.—San José, 12 de febrero del 2021.—Lic. Jorge Valverde Fallas, Notario.—1 vez.—CE2021001947.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 09 horas 00 minutos del 10 de febrero del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Solumonty Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 12 de febrero del 2021.—Licda. Patricia Claudia Frances, Notaria.—1 vez.—CE2021001948.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 11 horas 00 minutos del 01 de febrero del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Tikombucha Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 12 de febrero del 2021.—Lic. Max Rojas Fajardo, Notario.—1 vez.—CE2021001949.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 08 horas 00 minutos del 10 de febrero del año 2021, se constituyó la sociedad denominada The Offshore Nomads Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 12 de febrero del 2021.—Lic. Esteban José Esquivel Zúñiga, Notario.—1 vez.—CE2021001950.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 09 horas 00 minutos del 09 de febrero del año 2021, se constituyó la sociedad denominada La Esperanza en el Campo Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 12 de febrero del 2021.—Lic. Andrés Tovar Castro, Notario.—1 vez.—CE2021001951.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 19 horas 00 minutos del 10 de febrero del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Familia Panda RC Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 12 de febrero del 2021.—Licda. Aisha Acuña Navarro, Notaria.—1 vez.—CE2021001952.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 15 horas 00 minutos del 10 de febrero del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Complejo Backuss Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 12 de febrero del 2021.—Lic. Jeison Guadamuz Murillo, Notario.—1 vez.—CE2021001953.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 11 horas 00 minutos del 11 de febrero del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Quesada Pro Construcciones Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 12 de febrero del 2021.—Lic. Geilin del Carmen Salas Cruz, Notario.—1 vez.—CE2021001954.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 13 horas 00 minutos del 12 de febrero del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Costa Verde VVNF Sociedad Anónima.—San José, 12 de febrero del 2021.—Licda. Yahaira Vanessa Zamora Duarte, Notaria.—1 vez.—CE2021001955.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 10 horas 05 minutos del 11 de febrero del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Grupo Ibbela Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 12 de febrero del 2021.—Licda. María José Aguilar Retana, Notaria.—1 vez.—CE2021001956.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 11 horas 00 minutos del 13 de enero del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Hodroasesorías y Accesorios Tauro Sociedad Anónima.—San José, 12 de febrero del 2021.—Licda. Flora María Ramírez Camacho, Notaria.—1 vez.—CE2021001957.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 11 horas 00 minutos del 10 de febrero del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Instituto para el Desarrollo Einnovacion Social Sociedad Anónima.—San José, 12 de febrero del 2021.—Licda. Yorleny Patricia Marín Mata, Notaria.—1 vez.—CE2021001958.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 12 horas 00 minutos del 03 de febrero del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Sanvar Consulting Group Sociedad Anónima.—San José, 12 de febrero del 2021.—Licda. Katia María Brenes Rivera, Notaria.—1 vez.—CE2021001959.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 10 horas 00 minutos del 12 de febrero del año 2021, se constituyó la sociedad denominada El Guarasapo GS Sociedad Anónima.—San José, 12 de febrero del 2021.—Lic. Carlos Andrés Abarca Umaña, Notario.—1 vez.—CE2021001960.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 16 horas 00 minutos del 12 de febrero del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Rauscher Properties Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 12 de febrero del 2021.—Lic. Pedro González Roesch, Notario.—1 vez.—CE2021001961.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 10 horas 00 minutos del 11 de febrero del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Happy Flight Services Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 12 de febrero del 2021.—Lic. Fernando Dionisio Zamora Castellanos, Notario.—1 vez.—CE2021001962.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 18 horas 00 minutos del 27 de enero del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Inversiones El Malacrianza de Santa Cruz Sociedad Anónima.—San José, 12 de febrero del 2021.—Licda. Thais Melissa Hernández Vargas, Notaria.—1 vez.—CE2021004345.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 08 horas 00 minutos del 10 de diciembre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Grupo Irazú Fruverd Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 14 de febrero del 2021.—Lic. Geovanny Víquez Arley, Notario.—1 vez.—CE2021001964.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 08 horas 00 minutos del 10 de febrero del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Mr. Snack Sociedad Anónima.—San José, 14 de febrero del 2021.—Lic. Geovanny Víquez Arley, Notario.—1 vez.—CE2021001965.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 14 horas 00 minutos del 03 de febrero del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Carmozino Investment Corp Sociedad Anónima.—San José, 15 de febrero del 2021.—Lic. Clara Zúñiga Álvarez, Notario.—1 vez.—CE2021001966.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 14 horas 00 minutos del 13 de febrero del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Status Buildings Sociedad Anónima.—San José, 15 de febrero del 2021.—Lic. Lindbergh Arrieta Zárate, Notario.—1 vez.—CE2021001967.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 10 horas 00 minutos del 10 de noviembre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Pharmaplus Sociedad Anónima.—San José, 15 de febrero del 2021.—Lic. Heidel Sequeira Guzmán, Notario.—1 vez.—CE2021001968.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 16 horas 00 minutos del 11 de febrero del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Primavera Dos Mil Veintiuno Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 15 de febrero del 2021.—Lic. Diego Alonso Fernández Otárola, Notario.—1 vez.—CE2021001969.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 10 horas 30 minutos del 12 de febrero del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Blankfactor Costa Rica Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 15 de febrero del 2021.—Lic. Magally María Guadamuz García, Notario.—1 vez.—CE2021001970.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 17 horas 00 minutos del 05 de febrero del año 2021, se constituyó la sociedad denominada La Estación del Maquillaje Sociedad Anónima.—San José, 15 de febrero del 2021.—Lic. Josefina Carime Ayubi Pimienta, Notario.—1 vez.—CE2021001971.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 15 horas 00 minutos del 09 de diciembre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Siquina Company Sociedad Anónima.—San José, 15 de febrero del 2021.—Lic. Manuel de Jesús Zumbado Araya, Notario.—1 vez.—CE2021001972.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 15 horas 00 minutos del 03 de febrero del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Inversiones Conepa Sociedad Anónima.—San José, 15 de febrero del 2021.—Lic. Audrys Esquivel Jiménez, Notario.—1 vez.—CE2021001973.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 07 horas 30 minutos del 12 de febrero del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Baylis Medical de Costa Rica Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 15 de febrero del 2021.—Lic. Magally María Guadamuz García, Notario.—1 vez.—CE2021001974.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 10 horas 00 minutos del 10 de febrero del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Eco Luxury Desarrollos Sociedad Anónima.—San José, 15 de febrero del 2021.—Lic. Federico José Vega Rodríguez, Notario.—1 vez.—CE2021001975.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 08 horas 00 minutos del 15 de febrero del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Rosa Villa CR Dos Limitada.—San José, 15 de febrero del 2021.—Lic. Hernán Cordero Maduro, Notario.—1 vez.—CE2021001976.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 12 horas 10 minutos del 12 de febrero del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Klub Costa Rica Two One Two Seven Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 15 de febrero del 2021.—Lic. Adrián Echeverria Escalante, Notario.—1 vez.—CE2021001977.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 10 horas 00 minutos del 10 de febrero del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Grupo GG DCCR Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 15 de febrero del 2021.—Lic. Nadia Semaan Zúñiga, Notario.—1 vez.—CE2021001978.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 10 horas 00 minutos del 26 de enero del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Colores del Arte MC Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 15 de febrero del 2021.—Lic. Federico José Vega Rodríguez, Notario.—1 vez.—CE2021001979.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 11 horas 15 minutos del 12 de febrero del año 2021, se constituyó la sociedad denominada CTR Blue Free Holdings Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 15 de febrero del 2021.—Lic. Enrique Loría Brunker, Notario.—1 vez.—CE2021001980.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 12 horas 30 minutos del 12 de enero del año 2021, se constituyó la sociedad denominada KPG Coscol Corporation Sociedad Anónima.—San José, 15 de febrero del 2021.—Lic. Josefina Carime Ayubi Pimienta, Notario.—1 vez.—CE2021001981.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 09 horas 00 minutos del 15 de febrero del año 2021, se constituyó la sociedad denominada PPAPPA VC Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 15 de febrero del 2021.—Lic. Mauricio Vargas Barguil, Notario.—1 vez.—CE2021001982.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 20 horas 30 minutos del 12 de febrero del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Indi C.R. Sociedad Anónima.—San José, 15 de febrero del 2021.—Lic. María Elena Carvajal Duarte, Notario.—1 vez.—CE2021001983.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 09 horas 00 minutos del 15 de febrero del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Jon Hartnett Family Legacy Trust Limitada.—San José, 15 de febrero del 2021.—Lic. Paul Oporta Romero, Notario.—1 vez.—CE2021001984.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 08 horas 30 minutos del 15 de febrero del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Logramos Regresar Sociedad Anónima.—San José, 15 de febrero del 2021.—Lic. Sandra María Arce Carmona, Notario.—1 vez.—CE2021001985.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 12 horas 00 minutos del 12 de enero del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Kaza International Limitada.—San José, 15 de febrero del 2021.—Lic. Óscar Manuel Funes Orellana, Notario.—1 vez.—CE2021001986.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 14 horas 00 minutos del 12 de febrero del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Tribe Fitness Center Sociedad Anónima.—San José, 15 de febrero del 2021.—Lic. Mónica Elena Arroyo Herrera, Notario.—1 vez.—CE2021001987.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 11 horas 00 minutos del 11 de febrero del año 2021, se constituyó la sociedad denominada My Vet Servicios Veterinarios Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 15 de febrero del 2021.—Lic. Ana Sofía Lobo León, Notario.—1 vez.—CE2021001988.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 14 horas 00 minutos del 04 de febrero del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Itus at Large Properties Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 15 de febrero del 2021.—Lic. Roy Faustino Jiménez Rodríguez, Notario.—1 vez.—CE2021001989.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 11 horas 00 minutos del 04 de febrero del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Absolute Games and Investments Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 15 de febrero del 2021.—Lic. Nelson Gerardo Palacio Díaz Granados, Notario.—1 vez.—CE2021001990.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 10 horas 00 minutos del 15 de febrero del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Kuali Creative Limitada.—San José, 15 de febrero del 2021.—Lic. Gonzalo Eduardo Fajardo Lee, Notario.—1 vez.—CE2021001991.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 15 horas 30 minutos del 12 de febrero del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Sunshine Sketches Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 15 de febrero del 2021.—Lic. Sergio Aguiar Montealegre, Notario.—1 vez.—CE2021001992.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 17 horas 22 minutos del 04 de febrero del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Transportes Rubí de la Garita Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 15 de febrero del 2021.—Lic. Jonathan Segura Rosales, Notario.—1 vez.—CE2021001993.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 08 horas 00 minutos del 15 de febrero del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Servicios Internacionales Logísticos Sil Sociedad Anónima.—San José, 15 de febrero del 2021.—Lic. Andrea María Meléndez Corrales, Notario.—1 vez.—CE2021001994.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 11 horas 50 minutos del 11 de febrero del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Dulce Cielo Buen Vino Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 15 de febrero del 2021.—Lic. Yancy Gabriela Araya Pérez, Notario.—1 vez.—CE2021001995.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 12 horas 30 minutos del 08 de febrero del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Indistrias Potenza Sociedad Anónima.—San José, 15 de febrero del 2021.—Lic. Michelle Aguilar Bustamante, Notario.—1 vez.—CE2021001996.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 11 horas 02 minutos del 11 de febrero del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Entretec Et Sociedad Anónima.—San José, 15 de febrero del 2021.—Lic. Vera Violeta Salazar Rojas, Notario.—1 vez.—CE2021001997.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 13 horas 30 minutos del 13 de febrero del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Sett CR Sociedad Anónima.—San José, 15 de febrero del 2021.—Lic. Detedis López Herrera, Notario.—1 vez.—CE2021001998.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 09 horas 10 minutos del 11 de febrero del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Inversiones FRG Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 15 de febrero del 2021.—Lic. José Fernán Pozuelo Kelley, Notario.—1 vez.—CE2021001999.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 07 horas 00 minutos del 04 de febrero del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Nautilus Global Ventures Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 15 de febrero del 2021.—Lic. Owen Amen Montero, Notario.—1 vez.—CE2021002000.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 19 horas 00 minutos del 13 de febrero del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Tecnetcr.Com Sociedad Anónima.—San José, 15 de febrero del 2021.—Lic. Vera Violeta Salazar Rojas, Notario.—1 vez.—CE2021002001.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 17 horas 00 minutos del 20 de enero del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Roast & Toast Limitada.—San José, 15 de febrero del 2021.—Lic. Flory Durán Valverde, Notario.—1 vez.—CE2021002002.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 09 horas 00 minutos del 15 de febrero del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Chrysos IHS Joyería Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 15 de febrero del 2021.—Lic. Adrián Esteban Obando Agüero, Notario.—1 vez.—CE2021002003.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 13 horas 00 minutos del 10 de febrero del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Corbett Investments Costa Rica CICR Limitada.—San José, 15 de febrero del 2021.—Lic. Daniel Araya González, Notario.—1 vez.—CE2021002004.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 11 horas 00 minutos del 15 de febrero del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Costa Rica Trending Services Sociedad Anónima.—San José, 15 de febrero del 2021.—Lic. Paola Vargas Castillo, Notario.—1 vez.—CE2021002005.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 14 horas 30 minutos del 12 de febrero del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Alpha Bros Property CR Limitada.—San José, 15 de febrero del 2021.—Lic. Gonzalo José Rojas Benavides, Notario.—1 vez.—CE2021002006.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 08 horas 00 minutos del 15 de febrero del año 2021, se constituyó la sociedad denominada CD Enterprising Technologies Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 15 de febrero del 2021.—Lic. Rodolfo Enrique Herrera García, Notario.—1 vez.—CE2021002007.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 10 horas 00 minutos del 06 de febrero del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Familia García Sociedad Anónima.—San José, 15 de febrero del 2021.—Lic. Eduardo Barquero Elizondo, Notario.—1 vez.—CE2021002008.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 19 horas 30 minutos del 12 de febrero del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Transjomis Sociedad Anónima.—San José, 15 de febrero del 2021.—Lic. Montserrat Durán Soto, Notario.—1 vez.—CE2021002009.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 12 horas 00 minutos del 11 de febrero del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Transportes Mafra Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 15 de febrero del 2021.—Lic. Maricela Acuña Bogantes, Notario.—1 vez.—CE2021002010.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 09 horas 00 minutos del 12 de febrero del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Culebras Group Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 15 de febrero del 2021.—Lic. Pedro González Roesch, Notario.—1 vez.—CE2021002011.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 11 horas 00 minutos del 15 de febrero del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Calma House Guiones Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 15 de febrero del 2021.—Lic. Natalia María González Bogarín, Notario.—1 vez.—CE2021002012.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 08 horas 00 minutos del 11 de febrero del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Isla Rocosa Limitada.—San José, 15 de febrero del 2021.—Lic. Daniel Araya González, Notario.—1 vez.—CE2021002013.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 09 horas 00 minutos del 12 de febrero del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Tiarg Centro América & Caribe Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 15 de febrero del 2021.—Lic. Juan Gregorio Roscio Etchart, Notario.—1 vez.—CE2021002014.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 11 horas 00 minutos del 01 de febrero del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Grupo Sotavento Norte y Sur Sociedad Anónima.—San José, 15 de febrero del 2021.—Lic. Elena Floribeth Argueta López, Notario.—1 vez.—CE2021002015.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 16 horas 00 minutos del 11 de febrero del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Grupo Vipers Sociedad Anónima.—San José, 15 de febrero del 2021.—Lic. Jacqueline María Mora Chacón, Notario.—1 vez.—CE2021002016.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 08 horas 00 minutos del 12 de febrero del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Global Futbol América G.F.A. Limitada.—San José, 15 de febrero del 2021.—Lic. Orlando Gustavo Araya Amador, Notario.—1 vez.—CE2021002017.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 12 horas 50 minutos del 11 de febrero del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Ave Vistas de Santa Teresa Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 15 de febrero del 2021.—Lic. Roberto Enrique Romero Mora, Notario.—1 vez.—CE2021002018.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 09 horas 00 minutos del 15 de febrero del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Litis Consultores Limitada.—San José, 15 de febrero del 2021.—Lic. Daniela Murillo Segura, Notario.—1 vez.—CE2021002019.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 10 horas 00 minutos del 15 de febrero del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Akimedic Sociedad Anónima.—San José, 15 de febrero del 2021.—Lic. Odilia Arrieta Angulo, Notario.—1 vez.—CE2021002020.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 09 horas 00 minutos del 11 de febrero del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Commpañia de Inversiones Las Tres Bellas Flores Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 15 de febrero del 2021.—Lic. Emmanuel Naranjo Pérez, Notario.—1 vez.—CE2021002021.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 13 horas 00 minutos del 15 de febrero del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Mzion Le Santa Teresa Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 15 de febrero del 2021.—Lic. Lilliana Patricia García Barrantes, Notario.—1 vez.—CE2021002022.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 12 horas 00 minutos del 15 de febrero del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Visualcosita Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 15 de febrero del 2021.—Lic. Juan Carlos Herrera Flores, Notario.—1 vez.—CE2021002023.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 09 horas 00 minutos del 04 de febrero del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Originbot Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 15 de febrero del 2021.—Lic. Esteban Chaverri Jiménez, Notario.—1 vez.—CE2021002024.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 14 horas 00 minutos del 22 de enero del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Proyecto Lux Escazú PLE Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 15 de febrero del 2021.—Lic. Juan Carlos Rojas Sandí, Notario.—1 vez.—CE2021002025.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 11 horas 02 minutos del 11 de febrero del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Entretenimiento Tecnológico E.T. Sociedad Anónima.—San José, 15 de febrero del 2021.—Lic. Vera Violeta Salazar Rojas, Notario.—1 vez.—CE2021002026.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 08 horas 00 minutos del 15 de febrero del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Luar Depot Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 15 de febrero del 2021.—Lic. Nikole Amerling Quesada, Notario.—1 vez.—CE2021002027.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 00 horas 00 minutos del 11 de febrero del año 2021, se constituyó la sociedad denominada J&A Solutions de Costa Rica Limitada.—San José, 15 de febrero del 2021.—Lic. Freddy Mesén Bermúdez, Notario.—1 vez.—CE2021002028.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 18 horas 20 minutos del 23 de enero del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Las Rucas del Sur Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 15 de febrero del 2021.—Lic. Marleny Blanco Fandiño, Notario.—1 vez.—CE2021002029.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 14 horas 00 minutos del 22 de enero del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Proyecto Lux Escazú PLE Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 15 de febrero del 2021.—Lic. Juan Carlos Rojas Sandí, Notario.—1 vez.—CE2021002030.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 14 horas 00 minutos del 11 de febrero del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Arenas de Herradura Treinta y Uno Sociedad Anónima.—San José, 15 de febrero del 2021.—Lic. Siumin Vargas Jiménez, Notario.—1 vez.—CE2021002031.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 17 horas 00 minutos del 09 de febrero del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Grupo Mubara Sociedad Anónima.—San José, 15 de febrero del 2021.—Lic. Christian Alberto Escalante Ávila, Notario.—1 vez.—CE2021002032.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 13 horas 45 minutos del 15 de febrero del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Villa Sea Forever Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 15 de febrero del 2021.—Lic. Jefte David Zúñiga Jiménez, Notario.—1 vez.—CE2021002033.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 09 horas 30 minutos del 15 de febrero del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Carnes y Hortalizas El Purisco SRC Sociedad Anónima.—San José, 15 de febrero del 2021.—Lic. Fernando Fernández Delgado, Notario.—1 vez.—CE2021002034.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 10 horas 30 minutos del 15 de febrero del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Casa Darya Limitada.—San José, 15 de febrero del 2021.—Lic. José Alberto Schroeder Leiva, Notario.—1 vez.—CE2021002035.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 14 horas 00 minutos del 12 de febrero del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Mr Bearded Baber Shop Sociedad Anónima.—San José, 15 de febrero del 2021.—Lic. Gabriela Garita Navarro, Notario.—1 vez.—CE2021002036.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 16 horas 00 minutos del 01 de febrero del año 2021, se constituyó la sociedad denominada R Y R Arguedas Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 15 de febrero del 2021.—Lic. Marianela Ruiz Rodríguez, Notario.—1 vez.—CE2021002037.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 09 horas 00 minutos del 15 de febrero del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Islacocos Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 15 de febrero del 2021.—Lic. Carlos Fabián Chaves Leitón, Notario.—1 vez.—CE2021002038.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 11 horas 00 minutos del 12 de febrero del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Daniland St Limitada.—San José, 15 de febrero del 2021.—Lic. Alan Masís Angulo, Notario.—1 vez.—CE2021002039.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 15 horas 00 minutos del 12 de febrero del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Nova Milan Innovation Center Sociedad Anónima.—San José, 15 de febrero del 2021.—Lic. Carlos Andrés Abarca Umaña, Notario.—1 vez.—CE2021002040.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 14 horas 30 minutos del 12 de febrero del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Mr Bearded Products for Men´s Sociedad Anónima.—San José, 15 de febrero del 2021.—Lic. Gabriela Garita Navarro, Notario.—1 vez.—CE2021002041.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 09 horas 50 minutos del 10 de febrero del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Las Tres D Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 15 de febrero del 2021.—Lic. Lidia Isabel Castro Segura, Notario.—1 vez.—CE2021002042.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 14 horas 30 minutos del 10 de febrero del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Faro Consultores Sociedad Anónima.—San José, 15 de febrero del 2021.—Lic. Valentín Gerardo Barrantes Ramírez, Notario.—1 vez.—CE2021002043.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 09 horas 00 minutos del 15 de febrero del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Reserva G-Noventa y Dos Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 15 de febrero del 2021.—Lic. Federico Ureña Ferrero, Notario.—1 vez.—CE2021002044.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 09 horas 00 minutos del 15 de febrero del año 2021, se constituyó la sociedad denominada SAGE Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 15 de febrero del 2021.—Lic. Ignacio Alonso Valverde, Notario.—1 vez.—CE2021002045.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 11 horas 10 minutos del 15 de febrero del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Hacienda Las Tiricias Sociedad Anónima.—San José, 15 de febrero del 2021.—Lic. Rolando Miranda Zumbado, Notario.—1 vez.—CE2021002046.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 11 horas 00 minutos del 12 de febrero del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Drader Equipment Co, Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 15 de febrero del 2021.—Lic. Ingrid Vanessa Otoya Murillo, Notario.—1 vez.—CE2021002047.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 10 horas 00 minutos del 15 de febrero del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Olgian Strategic Investments Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 15 de febrero del 2021.—Lic. María Andrea Jara Pérez, Notario.—1 vez.—CE2021002048.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 15 horas 00 minutos del 12 de febrero del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Costa Raíces JSSA Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 15 de febrero del 2021.—Lic. Owen Amen Montero, Notario.—1 vez.—CE2021002049.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 15 horas 00 minutos del 13 de febrero del año 2021, se constituyó la sociedad denominada CR Relocation Experts CRRE Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 15 de febrero del 2021.—Lic. Alejandro Montealegre Isern, Notario.—1 vez.—CE2021002050.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 11 horas 30 minutos del 12 de febrero del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Maya and Ayla Limitada.—San José, 15 de febrero del 2021.—Lic. José Alberto Schroeder Leiva, Notario.—1 vez.—CE2021002051.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 13 horas 00 minutos del 11 de febrero del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Geored Costa Rica Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 15 de febrero del 2021.—Lic. Milena Zúñiga Herrera, Notario.—1 vez.—CE2021002052.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 09 horas 30 minutos del 13 de febrero del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Tista JB Sociedad Anónima.—San José, 15 de febrero del 2021.—Lic. Gredy Gerardo Campos Jiménez, Notario.—1 vez.—CE2021002053.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 09 horas 00 minutos del 04 de febrero del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Sumimed Costa Rica Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 15 de febrero del 2021.—Lic. Jacqueline Andrea Mora Bonilla, Notario.—1 vez.—CE2021002054.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 17 horas 30 minutos del 11 de febrero del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Marellar Seafood Sociedad Anónima.—San José, 15 de febrero del 2021.—Lic. Xochitl Camacho Medina, Notario.—1 vez.—CE2021002055.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 10 horas 35 minutos del 05 de febrero del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Distribuidora J&D Sociedad Anónima.—San José, 15 de febrero del 2021.—Lic. Rigoberto Josué Rojas Chaves, Notario.—1 vez.—CE2021002056.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 16 horas 30 minutos del 15 de febrero del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Casa Cataleón Veintitrés Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 15 de febrero del 2021.—Lic. Tomás Quirós Jiménez, Notario.—1 vez.—CE2021002057.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 17 horas 00 minutos del 10 de febrero del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Holdings HB LLC Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 15 de febrero del 2021.—Lic. Mariajosé Víquez Alpízar, Notario.—1 vez.—CE2021002058.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 15 horas 00 minutos del 15 de febrero del año 2021, se constituyó la sociedad denominada La Bodega Nosara Limitada.—San José, 15 de febrero del 2021.—Lic. Daniel Araya González, Notario.—1 vez.—CE2021002059.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 14 horas 00 minutos del 06 de febrero del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Academia de Música Talento Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 15 de febrero del 2021.—Lic. María Carolina Morera Calvo, Notario.—1 vez.—CE2021004346.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 17 horas 00 minutos del 16 de febrero del año 2021, se constituyó la sociedad denominada A&T Santa Investments Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 17 de febrero del 2021.—Lic. María José Chaves Cavallini, Notario.—1 vez.—CE2021002225.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 15 horas 00 minutos del 12 de febrero del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Camping Don Trino Sociedad Anónima.—San José, 17 de febrero del 2021.—Lic. José Gerardo Guillén Mora, Notario.—1 vez.—CE2021002226.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 19 horas 30 minutos del 09 de febrero del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Three Sixty Legal & Business Consultants Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 17 de febrero del 2021.—Lic. Heidy María Rivera Campos, Notario.—1 vez.—CE2021002227.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 12 horas 00 minutos del 16 de febrero del año 2021, se constituyó la sociedad Denominada Lubricantes P&L Sociedad Anónima.—San José, 17 de febrero del 2021.—Lic. Ricardo Alberto Guell Peña, Notario.—1 vez.—CE2021002228.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 13 horas 00 minutos del 11 de febrero del año 2021, se constituyó la sociedad denominada CR Successful Paradise Holdings Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 18 de febrero del 2021.—Lic. Juan Pablo Miranda Badilla, Notario.—1 vez.—CE2021002229.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 11 horas 30 minutos del 15 de febrero del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Ortega y Mejías Dirh Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 18 de febrero del 2021.—Lic. Bernal Eduardo Alfaro Solano, Notario.—1 vez.—CE2021002230.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 14 horas 00 minutos del 17 de febrero del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Esteam CR Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 18 de febrero del 2021.—Lic. Guillermo José Sanabria Leiva, Notario.—1 vez.—CE2021002231.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 15 horas 00 minutos del 17 de febrero del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Le Pause Sociedad Anónima.—San José, 18 de febrero del 2021.—Lic. Karol Tatiana Segura Sandoval, Notario.—1 vez.—CE2021002232.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 12 horas 30 minutos del 08 de febrero del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Potenzalud Sociedad Anónima.—San José, 18 de febrero del 2021.—Lic. Michelle Aguilar Bustamante, Notario.—1 vez.—CE2021002233.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 10 horas 00 minutos del 09 de febrero del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Lirios de Vanoli Sociedad Anónima.—San José, 18 de febrero del 2021.—Lic. Carlos Eduardo Gutiérrez Monge, Notario.—1 vez.—CE2021002234.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 07 horas 40 minutos del 18 de febrero del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Inversiones Camoliv Sociedad Anónima.—San José, 18 de febrero del 2021.—Lic. Rafael Gerardo Montenegro Peña, Notario.—1 vez.—CE2021002235.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 09 horas 30 minutos del 16 de febrero del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Smart Accounting Costa Rica Limitada.—San José, 18 de febrero del 2021.—Lic. Juan Gregorio Roscio Etchart, Notario.—1 vez.—CE2021002236.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 08 horas 00 minutos del 18 de febrero del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Johes Sociedad Anónima.—San José, 18 de febrero del 2021.—Lic. Rafael Gerardo Montenegro Peña, Notario.—1 vez.—CE2021002237.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 10 horas 30 minutos del 17 de febrero del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Loyd W Martin Real Estate Development Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 18 de febrero del 2021.—Lic. Kristel Faith Neurohr, Notario.—1 vez.—CE2021002238.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 14 horas 30 minutos del 17 de febrero del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Nei Hold LLC Limitada.—San José, 18 de febrero del 2021.—Lic. Ismene Arroyo Marín, Notario.—1 vez.—CE2021002239.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 18 horas 00 minutos del 17 de febrero del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Delroma Consultores Limitada.—San José, 18 de febrero del 2021.—Lic. Ana Lorena Gutiérrez Herrera, Notario.—1 vez.—CE2021002240.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 15 horas 00 minutos del 17 de febrero del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Kalvin Sheli Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 18 de febrero del 2021.—Lic. Owen Amen Montero, Notario.—1 vez.—CE2021002241.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 11 horas 55 minutos del 04 de febrero del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Hammam Sociedad Anónima.—San José, 18 de febrero del 2021.—Lic. Guiselle Gene Calderón, Notario.—1 vez.—CE2021002242.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 14 horas 00 minutos del 16 de febrero del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Bosque Nuboso del Quetzal Sociedad Anónima.—San José, 18 de febrero del 2021.—Lic. Paola Castro Montealegre, Notario.—1 vez.—CE2021002243.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 12 horas 00 minutos del 16 de febrero del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Vilmark Guanacaste Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 18 de febrero del 2021.—Lic. Olga Marta Cascante Sandoval, Notario.—1 vez.—CE2021002244.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 08 horas 00 minutos del 18 de febrero del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Libertine Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 18 de febrero del 2021.—Lic. Omar Jalil Ayales Adén, Notario.—1 vez.—CE2021002245.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 10 horas 00 minutos del 15 de febrero del año 2021, se constituyó la sociedad denominada San Fran Paola de Nosara LLC Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 18 de febrero del 2021.—Lic. Steffano José Ferraro Florez Estrada, Notario.—1 vez.—CE2021002246.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 13 horas 00 minutos del 17 de febrero del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Consultoría Arquitectura y Diseño Bahareque Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 18 de febrero del 2021.—Lic. Julio Cesar Azofeifa Soto, Notario.—1 vez.—CE2021002247.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 17 horas 50 minutos del 17 de febrero del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Sol y Sosa Sociedad Anónima.—San José, 18 de febrero del 2021.—Lic. José Alberto Zúñiga López, Notario.—1 vez.—CE2021002248.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 15 horas 00 minutos del 16 de febrero del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Fritz Carlton LLC Limitada.—San José, 18 de febrero del 2021.—Lic. Bernal Jiménez Núñez, Notario.—1 vez.—CE2021002249.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 09 horas 00 minutos del 28 de enero del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Megaking de las Ofertas Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 18 de febrero del 2021.—Lic. Óscar Luis Trejos Antillón, Notario.—1 vez.—CE2021002250.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 09 horas 00 minutos del 17 de febrero del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Sun Villa Nosara LLC Limitada.—San José, 18 de febrero del 2021.—Lic. Bernal Jiménez Núñez, Notario.—1 vez.—CE2021002251.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 10 horas 00 minutos del 18 de febrero del año 2021, se constituyó la sociedad denominada BDL Inmobiliaria Barreal Uno Sociedad Anónima.—San José, 18 de febrero del 2021.—Lic. Isaac Montero Solera, Notario.—1 vez.—CE2021002252.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 08 horas 00 minutos del 12 de febrero del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Naturerus Sociedad Anónima.—San José, 18 de febrero del 2021.—Lic. Mariamalia Guillén Solano, Notario.—1 vez.—CE2021002253.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 10 horas 00 minutos del 18 de febrero del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Chicas Calientes BBN Corp Limitada.—San José, 18 de febrero del 2021.—Lic. Bernal Jiménez Núñez, Notario.—1 vez.—CE2021002254.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 10 horas 00 minutos del 15 de febrero del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Bioalba Sociedad Anónima.—San José, 18 de febrero del 2021.—Lic. Edmundo Arias Rosales, Notario.—1 vez.—CE2021002255.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 09 horas 00 minutos del 18 de febrero del año 2021, se constituyó la sociedad denominada IBL Law Group Of América Limitada.—San José, 18 de febrero del 2021.—Lic. José Carlos López Avilés, Notario.—1 vez.—CE2021002256.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 08 horas 00 minutos del 06 de febrero del año 2021, se constituyó la sociedad denominada International Financial Consultants Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 18 de febrero del 2021.—Lic. Óscar Luis Trejos Antillón, Notario.—1 vez.—CE2021002257.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 10 horas 00 minutos del 09 de febrero del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Foseti Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 18 de febrero del 2021.—Lic. Víctor Hugo Castillo Mora, Notario.—1 vez.—CE2021002258.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 10 horas 00 minutos del 18 de febrero del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Mensajería y Servicios Bolaños Sociedad Anónima.—San José, 18 de febrero del 2021.—Lic. Rodrigo Alberto Bonilla Gamboa, Notario.—1 vez.—CE2021002259.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 08 horas 00 minutos del 18 de febrero del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Costa Colibri LLC Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 18 de febrero del 2021.—Lic. Roger Allen Petersen Morice, Notario.—1 vez.—CE2021002260.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 10 horas 00 minutos del 28 de enero del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Multi Export - Import Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 18 de febrero del 2021.—Lic. Víctor Hugo Castillo Mora, Notario.—1 vez.—CE2021002261.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 15 horas 05 minutos del 17 de febrero del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Lulu y Rox Gourmet Fusión Sociedad Anónima.—San José, 18 de febrero del 2021.—Lic. Víctor Hugo Maffioli Alvarado, Notario.—1 vez.—CE2021002262.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 11 horas 30 minutos del 17 de febrero del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Model Dos Transport Costa Rica Limitada.—San José, 18 de febrero del 2021.—Lic. Yesenia María Arce Gómez, Notario.—1 vez.—CE2021002263.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 14 horas 30 minutos del 17 de febrero del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Catrina And Mermaids Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 18 de febrero del 2021.—Lic. Rodolfo José Quirós Campos, Notario.—1 vez.—CE2021002264.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 11 horas 00 minutos del 18 de febrero del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Inmevi Corp Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 18 de febrero del 2021.—Lic. Juan José Marín Rivera, Notario.—1 vez.—CE2021002265.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 23 horas 00 minutos del 16 de febrero del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Mega Ferretera Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 18 de febrero del 2021.—Lic. Manuel Salvador Detrinidad Gaitán, Notario.—1 vez.—CE2021002266.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 08 horas 00 minutos del 18 de febrero del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Centinela del Pilar Sociedad Anónima.—San José, 18 de febrero del 2021.—Lic. Nancy María Fallas Rojas, Notario.—1 vez.—CE2021002267.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 12 horas 50 minutos del 13 de febrero del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Desarrollos Reba y Asociados Limitada.—San José, 18 de febrero del 2021.—Lic. Jesús Andrés Calderón Mata, Notario.—1 vez.—CE2021002268.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 08 horas 00 minutos del 17 de febrero del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Acción Digital CR Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 18 de febrero del 2021.—Lic. Juan Ignacio Davidovich Molina, Notario.—1 vez.—CE2021002269.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 12 horas 00 minutos del 16 de febrero del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Corporación Villabri de Guanacaste Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 18 de febrero del 2021.—Lic. Olga Marta Cascante Sandoval, Notario.—1 vez.—CE2021002270.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 11 horas 00 minutos del 17 de febrero del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Ávila Arquitectura Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 18 de febrero del 2021.—Lic. Francisco José Rucavado Luque, Notario.—1 vez.—CE2021002271.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 14 horas 00 minutos del 15 de febrero del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Inversiones Ailing Limitada Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 18 de febrero del 2021.—Lic. María Francela Herrera Ulate, Notario.—1 vez.—CE2021002272.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 17 horas 00 minutos del 11 de febrero del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Cleanco C R Sociedad Anónima.—San José, 18 de febrero del 2021.—Lic. Kattia Vanessa Ramos González, Notario.—1 vez.—CE2021002273.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 19 horas 00 minutos del 09 de febrero del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Grupo Marf de CR Sociedad Anónima.—San José, 18 de febrero del 2021.—Lic. Joenny Rebeca Araya Castro, Notario.—1 vez.—CE2021002274.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 20 horas 00 minutos del 09 de febrero del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Atlantis Swimwear Sociedad Anónima.—San José, 18 de febrero del 2021.—Lic. Joenny Rebeca Araya Castro, Notario.—1 vez.—CE2021002275.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 15 horas 00 minutos del 18 de febrero del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Veintidós de Junio de Mil Novecientos Ochenta y Uno Town Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 18 de febrero del 2021.—Lic. Herald Garbanzo Alvarado, Notario.—1 vez.—CE2021002276.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 13 horas 00 minutos del 18 de febrero del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Mazal Ventures LLC Limitada.—San José, 18 de febrero del 2021.—Lic. Sergio Antonio Solera Lacayo, Notario.—1 vez.—CE2021002277.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 11 horas 00 minutos del 18 de febrero del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Pura Vida Days Limitada.—San José, 18 de febrero del 2021.—Lic. Paul Oporta Romero, Notario.—1 vez.—CE2021002278.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 15 horas 30 minutos del 18 de febrero del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Sunny One Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 18 de febrero del 2021.—Lic. Carlos Eduardo Castro Mora, Notario.—1 vez.—CE2021002279.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 13 horas 30 minutos del 13 de febrero del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Soluciones Integrales Adndigital Sociedad Anónima.—San José, 18 de febrero del 2021.—Lic. Mauricio Lara Ramos, Notario.—1 vez.—CE2021002280.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 11 horas 00 minutos del 18 de febrero del año 2021, se constituyó la sociedad denominada La Cremè Parfaite Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 18 de febrero del 2021.—Lic. Rodolfo Enrique Herrera García, Notario.—1 vez.—CE2021002281.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 17 horas 00 minutos del 17 de febrero del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Madera Estética Sociedad Anónima.—San José, 18 de febrero del 2021.—Lic. Arturo Varela Aguilar, Notario.—1 vez.—CE2021002282.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 15 horas 00 minutos del 18 de febrero del año 2021, se constituyó la sociedad denominada JW RE Developments Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 18 de febrero del 2021.—Lic. Sergio Aguiar Montealegre, Notario.—1 vez.—CE2021002283.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 11 horas 00 minutos del 11 de diciembre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Compañía de Inversiones Federico y Felicia Sociedad Anónima.—San José, 18 de febrero del 2021.—Lic. Arturo Varela Aguilar, Notario.—1 vez.—CE2021002284.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 16 horas 00 minutos del 18 de febrero del año 2021, se constituyó la sociedad denominada House Of Beloveds Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 18 de febrero del 2021.—Lic. Carlos Araya González, Notario.—1 vez.—CE2021002285.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 16 horas 30 minutos del 17 de febrero del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Innovación y Capacitación Infuvino Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 18 de febrero del 2021.—Lic. Jhin Alonso Rojas Sanchez, Notario.—1 vez.—CE2021002286.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 08 horas 00 minutos del 18 de febrero del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Faminuh Sociedad Anónima.—San José, 18 de febrero del 2021.—Lic. Eugenio Desanti Hurtado, Notario.—1 vez.—CE2021002287.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 17 horas 00 minutos del 16 de febrero del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Cyber Technology Sociedad Anónima.—San José, 18 de febrero del 2021.—Lic. Norman Ávila Vásquez, Notario.—1 vez.—CE2021002288.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 10 horas 00 minutos del 18 de febrero del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Wekover Sociedad Anónima.—San José, 18 de febrero del 2021.—Lic. Grace Calderón Garita, Notario.—1 vez.—CE2021002289.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 14 horas 00 minutos del 06 de febrero del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Inversiones Comerciales Meca Sociedad Anónima.—San José, 18 de febrero del 2021.—Lic. Javier Villalta Solano, Notario.—1 vez.—CE2021002290.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 11 horas 30 minutos del 15 de febrero del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Ortega y Mejías Dirh Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 18 de febrero del 2021.—Lic. Bernal Eduardo Alfaro Solano, Notario.—1 vez.—CE2021004347.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 11 horas 00 minutos del 18 de febrero del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Busque Primero El Reino de Dios Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 18 de febrero del 2021.—Lic. Katerine Fabiola Solís Pérez, Notaria.—1 vez.—CE2021002291.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 08 horas 00 minutos del 28 de enero del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Nojoma Sociedad Anónima.—San José, 18 de febrero del 2021.—Lic. Sandra Isabel González Pinto, Notaria.—1 vez.—CE2021002292.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 16 horas 00 minutos del 18 de febrero del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Riko de Nosara Limitada.—San José, 18 de febrero del 2021.—Lic. Mario Eduardo Recio Recio, Notario.—1 vez.—CE2021002293.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 16 horas 00 minutos del 04 de febrero del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Dafp Services Supplies Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 18 de febrero del 2021.—Lic. Jefte Javier Mathieu Contreras, Notario.—1 vez.—CE2021002294.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 16 horas 15 minutos del 18 de febrero del año 2021, se constituyó la sociedad denominada El Amanecer de los Tres Cenízaros de Cabuya Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 18 de febrero del 2021.—Lic. Randall Emilio Ramírez Calero, Notario.—1 vez.—CE2021002295.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 15 horas 00 minutos del 14 de febrero del año 2021, se constituyó la sociedad denominada V Solutions Sociedad Anónima.—San José, 18 de febrero del 2021.—Lic. María José Jiménez Naranjo, Notaria.—1 vez.—CE2021002296.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 16 horas 00 minutos del 17 de febrero del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Icaro Ficha de Colibrí Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 19 de febrero del 2021.—Lic. Rafael Ángel Pérez Zumbado, Notario.—1 vez.—CE2021002297.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 11 horas 00 minutos del 05 de enero del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Inversiones Maci Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 19 de febrero del 2021.—Lic. Eric Giovanni Fallas Siles, Notario.—1 vez.—CE2021002298.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 16 horas 30 minutos del 12 de febrero del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Comercializadora León & Mejía Sociedad Anónima.—San José, 19 de febrero del 2021.—Lic. Cristhian Ruiz Álvarez, Notario.—1 vez.—CE2021002299.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 16 horas 00 minutos del 16 de febrero del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Tubo Sueños CR Limitada.—San José, 19 de febrero del 2021.—Lic. José Alberto Schroeder Leiva, Notario.—1 vez.—CE2021002300.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 19 horas 50 minutos del 18 de febrero del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Importadora de Pacas Jireh Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 19 de febrero del 2021.—Lic. Juan Carranza Cubillo, Notario.—1 vez.—CE2021002301.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 08 horas 00 minutos del 18 de febrero del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Inversiones Olicasa Sociedad Anónima.—San José, 19 de febrero del 2021.—Lic. Rafael Gerardo Montenegro Peña, Notario.—1 vez.—CE2021002302.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 08 horas 30 minutos del 19 de febrero del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Al Jabri Limitada.—San José, 19 de febrero del 2021.—Lic. Carlos Andrés Abarca Umaña, Notario.—1 vez.—CE2021002303.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 12 horas 00 minutos del 12 de febrero del año 2021, se constituyó la sociedad denominada MNCR Global Invest Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 19 de febrero del 2021.—Lic. José Pablo Masís Artavia, Notario.—1 vez.—CE2021002304.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 18 horas 00 minutos del 17 de febrero del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Inversiones Rivera & Rodas Sociedad Anónima.—San José, 19 de febrero del 2021.—Lic. Adriana de los Ángeles Zamora Vargas, Notaria.—1 vez.—CE2021002305.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 08 horas 45 minutos del 14 de febrero del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Taurus Rossi Holding Limitada.—San José, 19 de febrero del 2021.—Lic. Hernan Cordero Baltodano, Notario.—1 vez.—CE2021002306.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 11 horas 55 minutos del 04 de febrero del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Al Rái Sociedad Anónima.—San José, 19 de febrero del 2021.—Lic. Guiselle Gene Calderón, Notaria.—1 vez.—CE2021002307.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 16 horas 00 minutos del 18 de febrero del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Jume Vida Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 19 de febrero del 2021.—Lic. Carlos Andrés Abarca Umaña, Notario.—1 vez.—CE2021002308.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 14 horas 30 minutos del 18 de febrero del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Seis CLC- CR Limitada.—San José, 19 de febrero del 2021.—Lic. Hernán Cordero Baltodano, Notario.—1 vez.—CE2021002309.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 19 horas 00 minutos del 18 de febrero del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Pizzería Mas Bar By Burger Pub Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 19 de febrero del 2021.—Lic. Christian Javier Badilla Vargas, Notario.—1 vez.—CE2021002310.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 09 horas 00 minutos del 16 de febrero del año 2021, se constituyó la sociedad denominada El Tesoro Descubierto de Miguel Sociedad Anónima.—San José, 19 de febrero del 2021.—Lic. Juan Carlos Chávez Alvarado, Notario.—1 vez.—CE2021002311.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 13 horas 00 minutos del 18 de febrero del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Sin Fronteras Courier S.F.R.E Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 19 de febrero del 2021.—Lic. Óscar Porras Cascante, Notario.—1 vez.—CE2021002312.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 15 horas 00 minutos del 18 de febrero del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Productos de Concreto y Materiales Sociedad Anónima.—San José, 19 de febrero del 2021.—Lic. Berlan Francisco Paniagua Lobo, Notario.—1 vez.—CE2021002313.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 11 horas 00 minutos del 17 de febrero del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Innovafood Sociedad Anónima.—San José, 19 de febrero del 2021.—Lic. Juan Carlos Chávez Alvarado, Notario.—1 vez.—CE2021002314.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 10 horas 00 minutos del 19 de febrero del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Earth And Sky Costa Rica Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 19 de febrero del 2021.—Lic. Carlos Araya González, Notario.—1 vez.—CE2021002315.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 09 horas 00 minutos del 18 de febrero del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Casa Sali Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 19 de febrero del 2021.—Lic. Leyden Briceño Bran, Notario.—1 vez.—CE2021002316.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 21 horas 40 minutos del 18 de febrero del año 2021, se constituyó la sociedad denominada LR DOC Sociedad Anónima.—San José, 19 de febrero del 2021.—Lic. Juan Carlos Martínez Solano, Notario.—1 vez.—CE2021002317.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 09 horas 00 minutos del 19 de febrero del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Desarrollos Inmobiliarios Sociales Sociedad Anónima.—San José, 19 de febrero del 2021.—Lic. Édgar Alberto García Quirós, Notario.—1 vez.—CE2021002318.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 18 horas 00 minutos del 16 de febrero del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Ganadera González Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 19 de febrero del 2021.—Lic. María de los Ángeles Solano Mora, Notaria.—1 vez.—CE2021002319.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 08 horas 30 minutos del 19 de febrero del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Bua Kapi Costa Rica Coffee Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 19 de febrero del 2021.—Lic. Jefte Javier Mathieu Contreras, Notario.—1 vez.—CE2021002320.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 16 horas 00 minutos del 16 de febrero del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Chokolathe Sociedad Anónima.—San José, 19 de febrero del 2021.—Lic. Carolina Quirós Rojas, Notaria.—1 vez.—CE2021002321.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 16 horas 40 minutos del 18 de febrero del año 2021, se constituyó la sociedad denominada JJ del Sur Sociedad Anónima.—San José, 19 de febrero del 2021.—Lic. Jorge Valverde Fallas, Notario.—1 vez.—CE2021002322.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 09 horas 00 minutos del 19 de febrero del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Bua Kapi BKC Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 19 de febrero del 2021.—Lic. Jefte Javier Mathieu Contreras, Notario.—1 vez.—CE2021002323.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 10 horas 00 minutos del 19 de febrero del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Propiedades Finnlee Limitada.—San José, 19 de febrero del 2021.—Lic. Ana Patricia Vargas Jara, Notaria.—1 vez.—CE2021002324.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 09 horas 00 minutos del 19 de febrero del año 2021, se constituyó la sociedad denominada L Y C del Norte Sociedad Anónima.—San José, 19 de febrero del 2021.—Lic. Celenia María Miranda Castro, Notaria.—1 vez.—CE2021002325.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 14 horas 00 minutos del 18 de febrero del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Asesorías Técnicas de Centroamérica Astec Limitada.—San José, 19 de febrero del 2021.—Lic. Iara Lancaster Cortés, Notario.—1 vez.—CE2021002326.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 12 horas 00 minutos del 19 de febrero del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Better Games INC Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 19 de febrero del 2021.—Lic. Manuel Antonio Porras Vargas, Notario.—1 vez.—CE2021002327.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 11 horas 30 minutos del 28 de enero del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Corporación Cadi CYD Cero Sociedad Anónima.—San José, 19 de febrero del 2021.—Lic. Elizabeth Venegas Fernández, Notaria.—1 vez.—CE2021002328.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 20 horas 00 minutos del 17 de febrero del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Jifi Benji Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 19 de febrero del 2021.—Lic. Ricardo Suárez Badilla, Notario.—1 vez.—CE2021002329.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 12 horas 15 minutos del 16 de febrero del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Granjo de Costa Rica y España Sociedad Anónima.—San José, 19 de febrero del 2021.—Lic. Sara Montero Castrillo, Notaria.—1 vez.—CE2021002330.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 12 horas 00 minutos del 19 de febrero del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Wild Chakra Kids Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 19 de febrero del 2021.—Lic. Karen Melissa Brenes Piedra, Notaria.—1 vez.—CE2021002331.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 13 horas 00 minutos del 18 de febrero del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Tico Ven Ocho Nueve Ocho Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 19 de febrero del 2021.—Lic. Shih Min Lin Chang, Notario.—1 vez.—CE2021002332.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 08 horas 00 minutos del 13 de enero del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Gato Miella Sociedad Anónima.—San José, 19 de febrero del 2021.—Lic. Xinia María Arias Naranjo, Notario.—1 vez.—CE2021002333.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 12 horas 00 minutos del 19 de febrero del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Repuestos Usados Truck Center Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 19 de febrero del 2021.—Lic. Joaquín Bernardo Molina Hernández, Notario.—1 vez.—CE2021002334.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 10 horas 00 minutos del 18 de febrero del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Casa Buenavista del Pacífico Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 19 de febrero del 2021.—Lic. Adriana Silva Rojas, Notaria.—1 vez.—CE2021002335.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 08 horas 45 minutos del 19 de febrero del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Lácteos Valenciano Rojas Sociedad Anónima.—San José, 19 de febrero del 2021.—Lic. Gabriel Gerardo Valenciano Rojas, Notario.—1 vez.—CE2021002336.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 16 horas 30 minutos del 12 de febrero del año 2021, se constituyó la sociedad denominada P & N Expansión Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 19 de febrero del 2021.—Lic. José Aurei Navarro Garro, Notario.—1 vez.—CE2021002337.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 16 horas 15 minutos del 18 de febrero del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Las Catalinas Rent A Car de Costa Rica Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 19 de febrero del 2021.—Lic. Andrea Hutt Fernández, Notaria.—1 vez.—CE2021002338.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 07 horas 00 minutos del 19 de febrero del año 2021, se constituyó la sociedad denominada S & H Ledezma Sociedad Anónima.—San José, 19 de febrero del 2021.—Lic. Héctor Chaves Sandoval, Notario.—1 vez.—CE2021002339.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 09 horas 00 minutos del 18 de febrero del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Casas del Sol Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 19 de febrero del 2021.—Lic. Gwendy Obando Corella, Notaria.—1 vez.—CE2021002340.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 08 horas 00 minutos del 06 de febrero del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Rima International Financial Consultants Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 19 de febrero del 2021.—Lic. Óscar Luis Trejos Antillón, Notario.—1 vez.—CE2021002341.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 11 horas 00 minutos del 18 de febrero del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Ping y Chong Ciento Sesenta y Ocho Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 19 de febrero del 2021.—Lic. Sergio Madriz Avendaño, Notario.—1 vez.—CE2021002342.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 13 horas 40 minutos del 10 de febrero del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Tomaselli Quepos Limitada.—San José, 19 de febrero del 2021.—Lic. Henry Gómez Pineda, Notario.—1 vez.—CE2021002343.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 10 horas 00 minutos del 17 de diciembre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Hacienda Ureña & Reyes Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 19 de febrero del 2021.—Lic. Maurin Zúñiga Núñez, Notario.—1 vez.—CE2021002344.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 10 horas 30 minutos del 05 de febrero del año 2021, se constituyó la sociedad denominada S Y R Construcciones G T Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 19 de febrero del 2021.—Lic. Belzert Espinoza Cruz, Notario.—1 vez.—CE2021002345.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 09 horas 00 minutos del 18 de febrero del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Soluciones Técnicas Integradas Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 19 de febrero del 2021.—Lic. Juan Antonio Mainieri Acuña, Notario.—1 vez.—CE2021002346.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 16 horas 30 minutos del 12 de febrero del año 2021, se constituyó la sociedad denominada P & N Expansión Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 19 de febrero del 2021.—Lic. José Aurei Navarro Garro, Notario.—1 Vez.—CE2021002347.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 09 horas 00 minutos del 18 de febrero del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Blackland Creek International Holdings Limitada.—San José, 19 de febrero del 2021.—Lic. Evelyn Isabel López Guerrero, Notaria.—1 vez.—CE2021002348.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 18 horas 00 minutos del 18 de febrero del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Inversiones Pérez Rodríguez Veintisiete Cero Seis Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 19 de febrero del 2021.—Lic. Sergio Madriz Avendaño, Notario.—1 vez.—CE2021002349.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 11 horas 00 minutos del 29 de enero del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Inversiones Ororena Sociedad Anónima.—San José, 19 de febrero del 2021.—Lic. Xinia María Meléndez Sánchez, Notaria.—1 vez.—CE2021002350.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 15 horas 30 minutos del 17 de febrero del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Inversiones Malakita Sociedad Anónima.—San José, 19 de febrero del 2021.—Lic. José Eduardo Jiménez Leitón, Notario.—1 vez.—CE2021002351.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 10 horas 00 minutos del 18 de febrero del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Casa Buenavista del Pacífico Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 19 de febrero del 2021.—Lic. Adriana Silva Rojas, Notaria.—1 vez.—CE2021002352.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 15 horas 00 minutos del 11 de febrero del año 2021, se constituyó la sociedad denominada S A G Soluciones Ambientales Griegas Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 19 de febrero del 2021.—Lic. Carlos Eduardo Rojas Castro, Notario.—1 vez.—CE2021002353.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 15 horas 00 minutos del 18 de febrero del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Servicios Casa de Aquí Sociedad Anónima.—San José, 19 de febrero del 2021.—Lic. Fernando Alfaro Chamberlain, Notario.—1 vez.—CE2021002354.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 11 horas 00 minutos del 19 de febrero del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Accuory Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 19 de febrero del 2021.—Lic. Yalta Argentina Aragón González, Notario.—1 vez.—CE2021002355.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 09 horas 00 minutos del 18 de febrero del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Beamer Corp Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 20 de febrero del 2021.—Lic. Sabrina Karine Kszak Bianchi, Notaria.—1 vez.—CE2021002356.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 16 horas 00 minutos del 18 de febrero del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Roki de Nosara Limitada.—San José, 20 de febrero del 2021.—Lic. Mario Eduardo Recio Recio, Notario.—1 vez.—CE2021002357.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 09 horas 30 minutos del 16 de febrero del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Smart Accounting Costa Rica Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 20 de febrero del 2021.—Lic. Juan Gregorio Roscio Etchart, Notario.—1 vez.—CE2021002358.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 10 horas 00 minutos del 28 de enero del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Prodimport Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 20 de febrero del 2021.—Lic. Víctor Hugo Castillo Mora, Notario.—1 vez.—CE2021002359.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 11 horas 00 minutos del 20 de febrero del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Mutiservicios Tierra de Dios Sociedad Anónima.—San José, 20 de febrero del 2021.—Lic. Salvador Humberto Calderón Alvarado, Notario.—1 vez.—CE2021002360.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 19 horas 30 minutos del 19 de febrero del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Security Consulting Group Sociedad Anónima.—San José, 20 de febrero del 2021.—Lic. Evelyn Karina Ramírez Solórzano, Notario.—1 vez.—CE2021002361.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 10 horas 00 minutos del 12 de febrero del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Remodela C.R. Limitada.—San José, 21 de febrero del 2021.—Licda. Yosandra Apu Rojas, Notaria.—1 vez.—CE2021002362.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 12 horas 10 minutos del 27 de noviembre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada J & H Soluciones de Seguridad Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 22 de febrero del 2021.—Licda. María Gómez Navarro, Notaria.—1 vez.—CE2021002363.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 13 horas 00 minutos del 18 de febrero del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Sin Fronteras Courier Sfre Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 22 de febrero del 2021.—Lic. Oscar Porras Cascante, Notario.—1 vez.—CE2021002364.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 18 horas 00 minutos del 16 de febrero del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Finca Ganadera Gonzaguti Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 22 de febrero del 2021.—Licda. María de Los Ángeles Solano Mora, Notaria.—1 vez.—CE2021002365.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 00 horas 00 minutos del 18 de febrero del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Gloria de Oriental Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 22 de febrero del 2021.—Lic. Douglas Mauricio Marín Orozco, Notario.—1 vez.—CE2021002366.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 19 horas 00 minutos del 19 de febrero del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Inversiones GWC Costa Rica Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 22 de febrero del 2021.—Lic. Allan Andrés Madrigal Anchia, Notario.—1 vez.—CE2021002367.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 10 horas 00 minutos del 19 de febrero del año 2021, se constituyó la sociedad denominada JJC Trust Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 22 de febrero del 2021.—Lic. Mauricio Montero Quirós, Notario.—1 vez.—CE2021002368.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 09 horas 00 minutos del 22 de febrero del año 2021, se constituyó la sociedad denominada El Rancho de Mita Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 22 de febrero del 2021.—Lic. Leyden Briceño Bran, Notario.—1 vez.—CE2021002369.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 16 horas 00 minutos del 16 de febrero del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Aislamart de Centro América Sociedad Anónima.—San José, 22 de febrero del 2021.—Lic. Edgar Alejandro Solís Moraga, Notario.—1 vez.—CE2021002370.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 12 horas 30 minutos del 20 de febrero del año 2021, se constituyó la sociedad denominada La Pinchería Mediterránea Sociedad Anónima.—San José, 22 de febrero del 2021.—Licda. Elsy Cubero Hernández, Notaria.—1 vez.—CE2021002371.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 10 horas 00 minutos del 17 de febrero del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Sin Denominacion Social Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 22 de febrero del 2021.—Lic. Virialy Rojas Esquivel, Notario.—1 vez.—CE2021002372.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 18 horas 00 minutos del 17 de febrero del año 2021, se constituyó la sociedad denominada CJH SHM Vacation Home Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 22 de febrero del 2021.—Lic. Adrián Echeverría Escalante, Notario.—1 vez.—CE2021002373.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 09 horas 55 minutos del 22 de febrero del año 2021, se constituyó la sociedad denominada KKM Boddy Inc Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 22 de febrero del 2021.—Licda. Yancy Gabriela Araya Pérez, Notario.—1 vez.—CE2021002374.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 15 horas 00 minutos del 18 de febrero del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Zonar Investments Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 22 de febrero del 2021.—Lic. Paul Zúñiga Hernández, Notario.—1 vez.—CE2021002375.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 13 horas 30 minutos del 13 de febrero del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Bits on Cloud Sociedad Anónima.—San José, 22 de febrero del 2021.—Lic. Mauricio Lara Ramos, Notario.—1 vez.—CE2021002376.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 19 horas 00 minutos del 18 de febrero del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Inversiones Fernández & Escobedo Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 22 de febrero del 2021.—Licda. Carolina Zamora Ramírez, Notaria.—1 vez.—CE2021002377.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 12 horas 15 minutos del 13 de febrero del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Agrícola F YF Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 22 de febrero del 2021.—Lic. Marlon Fernando Arce Blanco, Notario.—1 vez.—CE2021002378.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 13 horas 00 minutos del 19 de febrero del año 2021, se constituyó la sociedad denominada JYP Barberías Sociedad Anónima.—San José, 22 de febrero del 2021.—Lic. José David Vargas Ramírez, Notario.—1 vez.—CE2021002379.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 20 horas 00 minutos del 21 de febrero del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Vet and Co Sociedad Anónima.—San José, 22 de febrero del 2021.—Licda. Aisha Acuña Navarro, Notaria.—1 vez.—CE2021002380.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 17 horas 00 minutos del 29 de enero del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Americas Gateway-Amega- S. A. Sociedad Anónima.—San José, 22 de febrero del 2021.—Lic. Juan Ignacio Gallegos Gurdián, Notario.—1 vez.—CE2021002381.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 08 horas 10 minutos del 19 de febrero del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Inversiones Cobanistas Comercial Sociedad Anónima.—San José, 22 de febrero del 2021.—Lic. Jimmy Alberto Díaz Echavarría, Notario.—1 vez.—CE2021002382.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 11 horas 00 minutos del 18 de febrero del año 2021, se constituyó la sociedad denominada La Creme Parfaite Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 22 de febrero del 2021.—Lic. Rodolfo Enrique Herrera García, Notario.—1 vez.—CE2021002383.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 08 horas 45 minutos del 16 de febrero del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Nyi Greenhouses Investments Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 22 de febrero del 2021.—Licda. Sylvia Salazar Escalante, Notaria.—1 vez.—CE2021002384.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 08 horas 00 minutos del 22 de febrero del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Black and White Resorts Limitada.—San José, 22 de febrero del 2021.—Lic. Percy Chamberlain Bolaños, Notario.—1 vez.—CE2021002385.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 11 horas 00 minutos del 01 de febrero del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Mobel Capital Designs Sociedad Anónima.—San José, 22 de febrero del 2021.—Licda. Elena Floribeth Argueta López, Notaria.—1 vez.—CE2021002386.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 11 horas 00 minutos del 19 de febrero del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Kalú Soluciones Constructivas La Fortaleza Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 22 de febrero del 2021.—Licda. Rebeca Montenegro Morales, Notaria.—1 vez.—CE2021002387.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 18 horas 00 minutos del 18 de febrero del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Las Nubes ADE Sociedad Anónima.—San José, 22 de febrero del 2021.—Lic. Carlos Alberto Mata Coto, Notario.—1 vez.—CE2021002388.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 12 horas 00 minutos del 19 de febrero del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Jazbar Seguridad y Misceláneos S.R.L Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 22 de febrero del 2021.—Lic. Fernando Jose González Medina, Notario.—1 vez.—CE2021002389.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 08 horas 00 minutos del 22 de febrero del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Ogopogo OK LLC Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 22 de febrero del 2021.—Lic. Carlos Araya González, Notario.—1 vez.—CE2021002390.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 14 horas 00 minutos del 18 de febrero del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Freshlady Lenses Costa Rica Sociedad Anónima.—San José, 22 de febrero del 2021.—Lic. Alberto Acevedo Gutiérrez, Notario.—1 vez.—CE2021002391.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 11 horas 25 minutos del 22 de febrero del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Fyre Industries Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 22 de febrero del 2021.—Licda. Yancy Gabriela Araya Pérez, Notaria.—1 vez.—CE2021002392.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 13 horas 40 minutos del 10 de febrero del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Tomaselli Padre e Hijo Quepos Limitada.—San José, 22 de febrero del 2021.—Lic. Henry Gómez Pineda, Notario.—1 vez.—CE2021002393.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 11 horas 30 minutos del 20 de febrero del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Deycar de Costa Rica Sociedad Anónima.—San José, 22 de febrero del 2021.—Lic. Christian Alberto Escalante Ávila, Notario.—1 vez.—CE2021002394.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 14 horas 00 minutos del 17 de febrero del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Imagenología Digital Sociedad Anónima.—San José, 22 de febrero del 2021.—Licda. Lizeth Vargas Vargas, Notaria.—1 vez.—CE2021002395.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 11 horas 00 minutos del 17 de febrero del año 2021, se constituyó la sociedad denominada conforme a la cedula jurídica que asigne el Registro Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 22 de febrero del 2021.—Lic. Luis Diego Núñez Salas, Notario.—1 vez.—CE2021002396.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 10 horas 00 minutos del 22 de febrero del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Touareg Sociedad Anónima.—San José, 22 de febrero del 2021.—Lic. Edgar Alberto García Quirós, Notario.—1 vez.—CE2021002397.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 10 horas 45 minutos del 22 de febrero del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Muy Balato Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 22 de febrero del 2021.—Lic. Ricardo José Rivera González, Notario.—1 vez.—CE2021002398.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 12 horas 30 minutos del 20 de febrero del año 2021, se constituyó la sociedad denominada La Pinchería Mediterránea Sociedad Anónima.—San José, 22 de febrero del 2021.—Licda. Elsy Cubero Hernández, Notaria.—1 vez.—CE2021002399.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 09 horas 00 minutos del 20 de febrero del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Express Cortinas Costa Rica Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 22 de febrero del 2021.—Lic. Leonardo Salazar Villalta, Notario.—1 vez.—CE2021002400.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 17 horas 30 minutos del 19 de febrero del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Agropecuaria Marangu Sociedad Anónima.—San José, 22 de febrero del 2021.—Lic. Adan Alexander Alvarado Victoria, Notario.—1 vez.—CE2021002401.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 18 horas 00 minutos del 12 de febrero del año 2021, se constituyó la sociedad denominada H.A.MA.R Latinoamérica Sociedad Anónima.—San José, 22 de febrero del 2021.—Licda. Raquel Núñez González, Notaria.—1 vez.—CE2021002402.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 16 horas 00 minutos del 19 de febrero del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Eva Moon Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 22 de febrero del 2021.—Lic. Luis Diego Bustamante Rodríguez, Notario.—1 vez.—CE2021002403.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 11 horas 00 minutos del 19 de febrero del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Kayma Segurity Limitada.—San José, 22 de febrero del 2021.—Lic. Freddy Mesén Bermúdez, Notario.—1 vez.—CE2021002404.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 09 horas 30 minutos del 19 de febrero del año 2021, se constituyó la sociedad denominada conforme a la cedula jurídica que asigne el Registro Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 22 de febrero del 2021.—Lic. Luis Diego Núñez Salas, Notario.—1 vez.—CE2021002405.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 12 horas 00 minutos del 22 de febrero del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Magnum Management Group Limitada.—San José, 22 de febrero del 2021.—Lic. Eric Scharf Taitelbaum, Notario.—1 vez.—CE2021002406.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 18 horas 00 minutos del 18 de febrero del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Oftalmología Mml Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 22 de febrero del 2021.—Lic. Marco Antonio Vargas Valverde, Notario.—1 vez.—CE2021002407.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 12 horas 00 minutos del 22 de febrero del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Varmadri Limitada.—San José, 22 de febrero del 2021.—Lic. Jorge Zúñiga Calderón, Notario.—1 vez.—CE2021002408.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 11 horas 00 minutos del 19 de febrero del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Polite Provisions LLC Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 22 de febrero del 2021.—Licda. Mariajose Víquez Alpízar, Notaria.—1 vez.—CE2021002409.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 13 horas 00 minutos del 19 de febrero del año 2021, se constituyó la sociedad denominada JYP Barberías Sociedad Anónima.—San José, 22 de febrero del 2021.—Lic. José David Vargas Ramírez, Notario.—1 vez.—CE2021002410.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 11 horas 30 minutos del 22 de febrero del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Génesis Mil Ochocientos CR LLC Limitada.—San José, 22 de febrero del 2021.—Lic. Rolando González Calderón, Notario.—1 vez.—CE2021002411.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 08 horas 00 minutos del 22 de febrero del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Nexus Trading Group Sociedad Anónima.—San José, 22 de febrero del 2021.—Lic. Ángel Torres Bravo, Notario.—1 vez.—CE2021002412.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 11 horas 00 minutos del 05 de enero del año 2021, se constituyó la sociedad denominada MC Mirai Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 22 de febrero del 2021.—Lic. Eric Giovanni Fallas Siles, Notario.—1 vez.—CE2021002413.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 12 horas 45 minutos del 28 de enero del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Constructora Falcon Dos Mil Dos Internacional Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 22 de febrero del 2021.—Lic. Jorge Antonio Escalante Escalante, Notario.—1 vez.—CE2021002414.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 09 horas 00 minutos del 22 de febrero del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Peak Gaming Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 22 de febrero del 2021.—Licda. Clara Eugenie Alvarado Jiménez, Notaria.—1 vez.—CE2021002415.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 11 horas 00 minutos del 16 de febrero del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Providencia y Sabiduría Sociedad Anónima.—San José, 22 de febrero del 2021.—Licda. Roxana María Artavia Badilla, Notaria.—1 vez.—CE2021002516.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 17 horas 00 minutos del 19 de febrero del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Ce Veinte LLC Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 22 de febrero del 2021.—Licda. Mariajose Víquez Alpízar, Notaria.—1 vez.—CE2021002417.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 13 horas 30 minutos del 22 de febrero del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Higgsmags Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 22 de febrero del 2021.—Licda. Adriana Silva Rojas, Notaria.—1 vez.—CE2021002418.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 11 horas 00 minutos del 17 de febrero del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Formación Virtual de Las Américas Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 22 de febrero del 2021.—Licda. Ingrid Brown Sequeira, Notaria.—1 vez.—CE2021002419.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 16 horas 00 minutos del 19 de febrero del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Transoccidente Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 22 de febrero del 2021.—Lic. Fernando Alfaro Chamberlain, Notario.—1 vez.—CE2021002420.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 08 horas 00 minutos del 22 de febrero del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Moving Forward Solutions MFS Sociedad Anónima.—San José, 22 de febrero del 2021.—Licda. Marcela Murillo Quirós, Notaria.—1 vez.—CE2021002421.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 12 horas 00 minutos del 22 de febrero del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Granja Avícola Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 22 de febrero del 2021.—Lic. Enrique Loría Brunker, Notario.—1 vez.—CE2021002422.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 16 horas 30 minutos del 16 de febrero del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Corporación Crocu Jija Limitada.—San José, 22 de febrero del 2021.—Licda. Melina Cortés Castro, Notaria.—1 vez.—CE2021002423.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 18 horas 00 minutos del 15 de febrero del año 2021, se constituyó la sociedad denominada SGL Eficacia Costa Rica Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 22 de febrero del 2021.—Lic. Enrique Alvarado Peñaranda, Notario.—1 vez.—CE2021002424.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 18 horas 00 minutos del 16 de febrero del año 2021, se constituyó la sociedad denominada la cédula jurídica asignada Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 22 de febrero del 2021.—Lic. Ronald Orlando Láscarez Vargas, Notario.—1 vez.—CE2021002425.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 11 horas 00 minutos del 18 de febrero del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Importec Leasing Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 22 de febrero del 2021.—Lic. Miguel Antonio Maklouf Lobo, Notario.—1 vez.—CE2021002426.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 17 horas 00 minutos del 17 de febrero del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Laurel Para Moldura Sana Sociedad Anónima.—San José, 22 de febrero del 2021.—Lic. Arturo Varela Aguilar, Notario.—1 vez.—CE2021002427.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 12 horas 00 minutos del 22 de febrero del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Mar-Aron Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 22 de febrero del 2021.—Lic. Edwin Ramírez Poveda, Notario.—1 vez.—CE2021002428.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 15 horas 15 minutos del 22 de febrero del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Sema Castillo & Rodríguez Sociedad Anónima.—San José, 22 de febrero del 2021.—Licda. Marianela Solís Rojas, Notaria.—1 vez.—CE2021002429.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 19 horas 30 minutos del 19 de febrero del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Inversiones CJJ Sociedad Anónima.—San José, 22 de febrero del 2021.—Licda. Evelyn Karina Ramírez Solórzano, Notaria.—1 vez.—CE2021002430.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 16 horas 30 minutos del 18 de febrero del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Innovacion Global Sociedad Anónima.—San José, 22 de febrero del 2021.—Lic. Gustavo Casado Ramos, Notario.—1 vez.—CE2021002431.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 15 horas 30 minutos del 19 de febrero del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Mirage Holdings LLC Limitada.—San José, 22 de febrero del 2021.—Lic. Eric Scharf Taitelbaum, Notario.—1 vez.—CE2021002432.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 18 horas 30 minutos del 08 de febrero del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Xislink Tech Corporation Sociedad Anónima.—San José, 22 de febrero del 2021.—Licda. Karen Melissa Morelli Alfaro, Notaria.—1 vez.—CE2021002433.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 19 horas 00 minutos del 09 de febrero del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Grupo Forsa Sociedad Anónima.—San José, 22 de febrero del 2021.—Licda. Joenny Rebeca Araya Castro, Notaria.—1 vez.—CE2021002434.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 12 horas 30 minutos del 22 de febrero del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Blue Steel Investments Limitada.—San José, 22 de febrero del 2021.—Lic. Eric Scharf Taitelbaum, Notario.—1 vez.—CE2021002435.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 15 horas 00 minutos del 18 de febrero del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Human Wealth Administration Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 22 de febrero del 2021.—Lic. Paul Tacsan Tacsan, Notario.—1 vez.—CE2021002436.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 11 horas 00 minutos del 18 de febrero del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Apartamentos Hernández Rivera de Heredia Sociedad Anónima.—San José, 22 de febrero del 2021.—Lic. Bernal Alberto Chavarria Soley, Notario.—1 vez.—CE2021002437.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 10 horas 00 minutos del 19 de febrero del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Jeff & Cynthia Chierichetti Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 22 de febrero del 2021.—Lic. Mauricio Montero Quirós, Notario.—1 vez.—CE2021002438.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 11 horas 20 minutos del 22 de febrero del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Fadaca Agropecuario Pavon Sociedad Anónima.—San José, 22 de febrero del 2021.—Lic. Max Pacheco Ponce De León, Notario.—1 vez.—CE2021002439.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 08 horas 00 minutos del 19 de febrero del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Amigos de Machuca Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 22 de febrero del 2021.—Lic. Roberto José Araya Lao, Notario.—1 vez.—CE2021002440.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 17 horas 00 minutos del 19 de febrero del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Agrarium Legis Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 22 de febrero del 2021.—Licda. María Del Carmen Calvo Monney, Notaria.—1 vez.—CE2021002441.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 16 horas 05 minutos del 19 de febrero del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Ziscom Limitada.—San José, 22 de febrero del 2021.—Licda. Gaudy Milena Pereira Pérez, Notaria.—1 vez.—CE2021002442.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 14 horas 00 minutos del 19 de febrero del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Inversiones Camareno y Alemán de Liberia Sociedad Anónima.—San José, 22 de febrero del 2021.—Licda. Edith Gutiérrez Ruiz, Notaria.—1 vez.—CE2021002443.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 11 horas 00 minutos del 22 de febrero del año 2021, se constituyó la sociedad denominada FGC Tecnologías de Inteligencia Digital Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 22 de febrero del 2021.—Licda. Jenny Yesenia Castro Solano, Notaria.—1 vez.—CE2021002444.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 08 horas 00 minutos del 05 de febrero del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Sikwa Sociedad Anónima.—San José, 22 de febrero del 2021.—Lic. Álvaro Hernández Chan, Notario.—1 vez.—CE2021002445.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 14 horas 00 minutos del 19 de febrero del año 2021, se constituyó la sociedad denominada FVCL Global Network Limitada.—San José, 22 de febrero del 2021.—Lic. Carlos Manuel Sánchez Leitón, Notario.—1 vez.—CE2021002446.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 10 horas 00 minutos del 22 de febrero del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Mi Nari L K Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 22 de febrero del 2021.—Lic. Carlos Manuel Sánchez Leitón, Notario.—1 vez.—CE2021002447.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 17 horas 00 minutos del 29 de enero del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Americas Gateway-Amega-Sociedad Anónima.—San José, 23 de febrero del 2021.—Lic. Juan Ignacio Gallegos Gurdián, Notario.—1 vez.—CE2021002448.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 19 horas 00 minutos del 18 de febrero del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Grupo Elite Las Águilas Seguridad Privada Sociedad Anónima.—San José, 23 de febrero del 2021.—Lic. Diego González Vargas, Notario.—1 vez.—CE2021002449.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 15 horas 40 minutos del 16 de febrero del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Nest Horizon Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 23 de febrero del 2021.—Licda. Ana Carolina Quintero Fernández, Notario.—1 vez.—CE2021002450.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 16 horas 25 minutos del 18 de febrero del año 2021, se constituyó la sociedad denominada D´Lavo Costa Rica Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 23 de febrero del 2021.—Lic. Randall Rubén Sánchez Mora, Notario.—1 vez.—CE2021002451.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 11 horas 00 minutos del 18 de febrero del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Camino de Siloe Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 23 de febrero del 2021.—Licda. María Rocío Díaz Garita, Notaria.—1 vez.—CE2021002452.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 08 horas 00 minutos del 23 de febrero del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Genvey CWP One CO Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 23 de febrero del 2021.—Licda. Clara Eugenie Alvarado Jiménez, Notaria.—1 vez.—CE2021002453.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 07 horas 10 minutos del 23 de febrero del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Grupo Nomdedeu Sociedad Anónima.—San José, 23 de febrero del 2021.—Licda. Giselle Solís Rodríguez, Notaria.—1 vez.—CE2021002454.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 14 horas 00 minutos del 17 de febrero del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Imagenología Digital IMADIG Sociedad Anónima.—San José, 23 de febrero del 2021.—Licda. Lizeth Vargas Vargas, Notaria.—1 vez.—CE2021002455.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 09 horas 00 minutos del 23 de febrero del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Genvey CEP One CO Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 23 de febrero del 2021.—Licda. Clara Eugenie Alvarado Jiménez, Notaria.—1 vez.—CE2021002456.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 16 horas 00 minutos del 18 de febrero del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Desarrollos Electrotec Tibás Limitada.—San José, 23 de febrero del 2021.—Lic. Edgar Alberto Díaz Sánchez, Notario.—1 vez.—CE2021002457.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 12 horas 10 minutos del 27 de noviembre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada H & J Soluciones para su Seguridad Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 23 de febrero del 2021.—Licda. María Gómez Navarro, Notaria.—1 vez.—CE2021002458.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 10 horas 00 minutos del 04 de febrero del año 2021, se constituyó la sociedad denominada SG Soluciones de Crédito Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 23 de febrero del 2021.—Lic. Jhin Alonso Rojas Sánchez, Notario.—1 vez.—CE2021002459.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 18 horas 00 minutos del 19 de febrero del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Familia Valverde Pérez Sociedad Anónima.—San José, 23 de febrero del 2021.—Lic. Álvaro Rodrigo Mora Salazar, Notario.—1 vez.—CE2021002460.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 15 horas 00 minutos del 22 de febrero del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Casa de la Familia Bellows Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 23 de febrero del 2021.—Licda. María Andrea Jara Pérez, Notaria.—1 vez.—CE2021002461.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 09 horas 00 minutos del 23 de febrero del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Magia Importadora Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 23 de febrero del 2021.—Lic. Ronald Núñez Álvarez, Notario.—1 vez.—CE2021002462.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 15 horas 00 minutos del 22 de febrero del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Menavet de Costa Rica Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 23 de febrero del 2021.—Lic. Francisco José Salas Agüero, Notario.—1 vez.—CE2021002463.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 08 horas 00 minutos del 23 de febrero del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Gravy Street Limitada.—San José, 23 de febrero del 2021.—Lic. Oscar Manuel Funes Orellana, Notario.—1 vez.—CE2021002464.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 14 horas 00 minutos del 19 de febrero del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Aserorías Dimo Sociedad Anónima.—San José, 23 de febrero del 2021.—Licda. Geraldine Marín Villegas, Notaria.—1 vez.—CE2021002465.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 07 horas 15 minutos del 18 de febrero del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Grupo Feroz Inversiones Sociedad Anónima.—San José, 23 de febrero del 2021.—Lic. Jorge Enrique Muñoz García, Notario.—1 vez.—CE2021002466.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 16 horas 30 minutos del 04 de febrero del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Inlectric Sociedad Anónima.—San José, 23 de febrero del 2021.—Licda. Seidy Cruz Castañeda, Notaria.—1 vez.—CE2021002467.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 08 horas 00 minutos del 23 de febrero del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Pignataro Abogados Santa Teresa Branch Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 23 de febrero del 2021.—Licda. María Del Milagro Solórzano León, Notaria.—1 vez.—CE2021002468.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 16 horas 30 minutos del 19 de febrero del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Life Style CR Asociados Sociedad Anónima.—San José, 23 de febrero del 2021.—Lic. Roberto Portilla Barrantes, Notario.—1 vez.—CE2021002469.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 15 horas 30 minutos del 22 de febrero del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Life Dreams Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 23 de febrero del 2021.—Lic. Francisco José Salas Agüero, Notario.—1 vez.—CE2021002470.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 08 horas 15 minutos del 23 de febrero del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Casa Arrendajo Azul Limitada.—San José, 23 de febrero del 2021.—Lic. Oscar Manuel Funes Orellana, Notario.—1 vez.—CE2021002471.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 15 horas 30 minutos del 22 de febrero del año 2021, se constituyó la sociedad denominada New Market CR Sociedad Anónima.—San José, 23 de febrero del 2021.—Lic. Marco Vinicio Villegas Arroyo, Notario.—1 vez.—CE2021002472.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 08 horas 30 minutos del 23 de febrero del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Mystical Membrane Limitada.—San José, 23 de febrero del 2021.—Lic. Eric Scharf Taitelbaum, Notario.—1 vez.—CE2021002473.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 14 horas 00 minutos del 22 de febrero del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Centre de Comunidad LLC Limitada.—San José, 23 de febrero del 2021.—Lic. Ricardo Badilla Reyes, Notario.—1 vez.—CE2021002474.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 09 horas 00 minutos del 16 de febrero del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Slice of Pacífico Paradise Limitada.—San José, 23 de febrero del 2021.—Lic. Hernán Cordero Baltodano, Notario.—1 vez.—CE2021002475.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 07 horas 07 minutos del 18 de febrero del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Nukolatam Servicios Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 23 de febrero del 2021.—Lic. Melvin Elizondo Muñoz, Notario.—1 vez.—CE2021002476.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 14 horas 00 minutos del 22 de febrero del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Lyphe Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 23 de febrero del 2021.—Lic. Albin Fernández Solís, Notario.—1 vez.—CE2021002477.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 08 horas 30 minutos del 23 de febrero del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Ferentheil Enterprises Inc Limitada.—San José, 23 de febrero del 2021.—Lic. Oscar Manuel Funes Orellana, Notario.—1 vez.—CE2021002478.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 14 horas 00 minutos del 22 de febrero del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Libby J Corporation Limitada.—San José, 23 de febrero del 2021.—Lic. José Antonio Silva Meneses, Notario.—1 vez.—CE2021002479.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 07 horas 07 minutos del 19 de febrero del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Fintbox Sociedad Anónima.—San José, 23 de febrero del 2021.—Lic. Melvin Elizondo Muñoz, Notario.—1 vez.—CE2021002480.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 08 horas 30 minutos del 23 de febrero del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Ópticas Girdu Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 23 de febrero del 2021.—Lic. Miguel Chacón Alvarado, Notario.—1 vez.—CE2021002481.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 11 horas 00 minutos del 23 de febrero del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Transportes Esteban Gomen Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 23 de febrero del 2021.—Licda. Elena Isabel Aguilar Céspedes, Notaria.—1 vez.—CE2021002482.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 16 horas 15 minutos del 22 de febrero del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Extintores Hermanos González Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 23 de febrero del 2021.—Lic. Roy Alberto Guerrero Olivares, Notario.—1 vez.—CE2021002483.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 12 horas 00 minutos del 22 de febrero del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Grupo Tierras Morenas Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 23 de febrero del 2021.—Licda. Melani Campos Bermúdez, Notaria.—1 vez.—CE2021002484.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 07 horas 07 minutos del 20 de febrero del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Recicladora y Reconstructora Quilo Sociedad Anónima.—San José, 23 de febrero del 2021.—Lic. Melvin Elizondo Muñoz, Notario.—1 vez.—CE2021002485.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 17 horas 00 minutos del 15 de febrero del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Sunlight Logistics-CR Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 23 de febrero del 2021.—Lic. Gabriel Alberto Bejarano Bermúdez, Notario.—1 vez.—CE2021002486.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 15 horas 15 minutos del 15 de febrero del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Admeliora & Asociados Sociedad Anónima.—San José, 23 de febrero del 2021.—Lic. Edgar Gilberto Alfaro Muñoz, Notario.—1 vez.—CE2021002487.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 10 horas 00 minutos del 22 de febrero del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Coco Experts Maintenance Company Limitada.—San José, 23 de febrero del 2021.—Lic. Edry Herminio Mendoza Hidalgo, Notario.—1 vez.—CE2021002488.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 12 horas 00 minutos del 11 de febrero del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Transportes Maffran Costa Rica Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 23 de febrero del 2021.—Licda. Maricela Acuña Bogantes, Notaria.—1 vez.—CE2021002489.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 12 horas 00 minutos del 22 de febrero del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Mar Aron del Este Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 23 de febrero del 2021.—Lic. Edwin Ramírez Poveda, Notario.—1 vez.—CE2021002490.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 12 horas 00 minutos del 22 de febrero del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Granja Avícola Arco Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 23 de febrero del 2021.—Lic. Enrique Loría Brunker, Notario.—1 vez.—CE2021002491.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 09 horas 00 minutos del 18 de febrero del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Hermanos Marín Aguilar Sociedad Anónima.—San José, 23 de febrero del 2021.—Lic. Carlos Gerardo Barrantes Méndez, Notario.—1 vez.—CE2021002492.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 18 horas 00 minutos del 22 de febrero del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Frenos GA Sociedad Anónima.—San José, 23 de febrero del 2021.—Lic. Jorge Enrique Rojas Villarreal, Notario.—1 vez.—CE2021002493.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 14 horas 00 minutos del 22 de febrero del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Dicasar DCS Inversiones Costa Rica Sociedad Anónima.—San José, 23 de febrero del 2021.—Licda. Laureen Jinnett Leandro Castillo, Notaria.—1 vez.—CE2021002494.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 08 horas 45 minutos del 23 de febrero del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Le Jardin de Lyne Limitada.—San José, 23 de febrero del 2021.—Lic. Oscar Manuel Funes Orellana, Notario.—1 vez.—CE2021002495.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 18 horas 00 minutos del 19 de febrero del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Inversiones Dix & Gen Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 23 de febrero del 2021.—Lic. Marco Antonio Montero González, Notario.—1 vez.—CE2021002496.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 10 horas 00 minutos del 23 de febrero del año 2021, se constituyó la sociedad denominada PSL Los Sueños Costa Rica Limitada.—San José, 23 de febrero del 2021.—Licda. Diana Elke Pinchanski Fachler, Notaria.—1 vez.—CE2021002497.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 14 horas 00 minutos del 13 de febrero del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Winterhaven Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 23 de febrero del 2021.—Lic. Roy Faustino Jiménez Rodríguez, Notario.—1 vez.—CE2021002498.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 12 horas 20 minutos del 23 de febrero del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Healing Retreats Costa Rica Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 23 de febrero del 2021.—Lic. Carlos Alberto Montero Trejos, Notario.—1 vez.—CE2021002499.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 18 horas 00 minutos del 17 de febrero del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Lola´s Glam Shop Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 23 de febrero del 2021.—Licda. María de Los Ángeles Solano Mora, Notaria.—1 vez.—CE2021002500.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 12 horas 00 minutos del 15 de febrero del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Instituto Técnico del Pacífico INTEPAC Sociedad Anónima.—San José, 23 de febrero del 2021.—Lic. Dennis Francisco Alvarado Castillo, Notario.—1 vez.—CE2021002501.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 16 horas 30 minutos del 16 de febrero del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Corporación Crocu Jija Limitada Limitada.—San José, 23 de febrero del 2021.—Licda. Melina Cortés Castro, Notaria.—1 vez.—CE2021002502.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 12 horas 00 minutos del 23 de febrero del año 2021, se constituyó la sociedad denominada CR Casa Investments Limitada.—San José, 23 de febrero del 2021.—Licda. Diana Elke Pinchanski Fachler, Notaria.—1 vez.—CE2021002503.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 11 horas 00 minutos del 22 de febrero del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Acosta Peralta Abogados Sociedad Anónima.—San José, 23 de febrero del 2021.—Licda. Grettel Vanessa Soto Guzmán, Notaria.—1 vez.—CE2021002504.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 00 horas 00 minutos del 18 de febrero del año 2021, se constituyó la sociedad denominada El Taller de Don Mario MYF Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 23 de febrero del 2021.—Lic. Gerardo Castillo Rojas, Notario.—1 vez.—CE2021002505.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 08 horas 00 minutos del 22 de febrero del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Inversiones La Loma P Y Q Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 23 de febrero del 2021.—Licda. Ileana María Arguedas Maklouf, Notaria.—1 vez.—CE2021002506.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 10 horas 40 minutos del 23 de febrero del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Agro Exportaciones Peñas Blancas S R Sociedad Anónima.—San José, 23 de febrero del 2021.—Lic. Cristian Vargas Araya, Notario.—1 vez.—CE2021002507.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 12 horas 30 minutos del 23 de febrero del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Kaepa Developments Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 23 de febrero del 2021.—Licda. Deborah Feinzaig Mintz, Notaria.—1 vez.—CE2021002508.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 11 horas 00 minutos del 23 de febrero del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Inversiones Constructores PMAS Sociedad Anónima.—San José, 23 de febrero del 2021.—Lic. Maikol Sebastián Segura Chavarría, Notario.—1 vez.—CE2021002509.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 10 horas 00 minutos del 18 de febrero del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Alfred Le Leon Limitada.—San José, 23 de febrero del 2021.—Lic. Alan Masís Angulo, Notario.—1 vez.—CE2021002510.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 13 horas 00 minutos del 22 de febrero del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Ebanx Costa Rica Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 23 de febrero del 2021.—Licda. Mónica de Jesús Valverde Núñez, Notaria.—1 vez.—CE2021002511.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 15 horas 00 minutos del 18 de febrero del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Concrecasa Sociedad Anónima.—San José, 23 de febrero del 2021.—Lic. Berlan Francisco Paniagua Lobo, Notario.—1 vez.—CE2021002512.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 13 horas 00 minutos del 23 de febrero del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Cenadet Sociedad Anónima.—San José, 23 de febrero del 2021.—Lic. Álvaro Ángel Valverde Romero, Notario.—1 vez.—CE2021002513.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 12 horas 00 minutos del 11 de febrero del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Transportes Maffra Costa Rica Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 23 de febrero del 2021.—Licda. Maricela Acuña Bogantes, Notaria.—1 vez.—CE2021002514.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 19 horas 30 minutos del 19 de febrero del año 2021, se constituyó la sociedad denominada ITCJJ Information Sociedad Anónima.—San José, 23 de febrero del 2021.—Licda. Evelyn Karina Ramírez Solórzano, Notaria.—1 vez.—CE2021002515.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 09 horas 00 minutos del 22 de febrero del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Playa del Encanto Santa Teresa Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 23 de febrero del 2021.—Lic. Erick Josué Cabezas Céspedes, Notario.—1 vez.—CE2021002516.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 10 horas 15 minutos del 23 de febrero del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Sweet Honey LLC Limitada.—San José, 23 de febrero del 2021.—Lic. Sergio Antonio Solera Lacayo, Notario.—1 vez.—CE2021002517.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 08 horas 00 minutos del 22 de febrero del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Cottontails Sociedad Anónima.—San José, 23 de febrero del 2021.—Licda. María Isabel Leiva Solano, Notaria.—1 vez.—CE2021002518.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 15 horas 00 minutos del 16 de febrero del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Mr. Pork Sociedad Anónima.—San José, 23 de febrero del 2021.—Lic. Carlos Enrique Cerdas Cisneros, Notario.—1 vez.—CE2021002519.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 09 horas 00 minutos del 23 de febrero del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Guiones Musketeers Limitada.—San José, 23 de febrero del 2021.—Lic. Eric Scharf Taitelbaum, Notario.—1 vez.—CE2021002520.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 11 horas 00 minutos del 20 de febrero del año 2021, se constituyó la sociedad denominada LIEXA-CR Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 23 de febrero del 2021.—Lic. José Aurei Navarro Garro, Notario.—1 vez.—CE2021002521.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 18 horas 00 minutos del 22 de febrero del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Liquid Z and M Limitada.—San José, 23 de febrero del 2021.—Licda. Adriana Silva Rojas, Notaria.—1 vez.—CE2021002522.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 17 horas 00 minutos del 16 de febrero del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Ninja Hardware Sociedad Anónima.—San José, 23 de febrero del 2021.—Lic. Norman Ávila Vásquez, Notario.—1 vez.—CE2021002523.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 14 horas 00 minutos del 22 de febrero del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Times Infinity Corporation LLC Limitada.—San José, 23 de febrero del 2021.—Lic. José Antonio Silva Meneses, Notario.—1 vez.—CE2021002524.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 12 horas 20 minutos del 23 de febrero del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Healing Retreats of Costa Rica Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 23 de febrero del 2021.—Lic. Carlos Alberto Montero Trejos, Notario.—1 vez.—CE2021002525.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 15 horas 00 minutos del 23 de febrero del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Omala Hermosa Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 23 de febrero del 2021.—Lic. Jorge Francisco Ross Araya, Notario.—1 vez.—CE2021002526.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 14 horas 40 minutos del 23 de febrero del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Olathe House de Las Delicias Limitada.—San José, 23 de febrero del 2021.—Lic. Randall Emilio Ramírez Calero, Notario.—1 vez.—CE2021002527.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 15 horas 00 minutos del 23 de febrero del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Pacific Galey Yam Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 23 de febrero del 2021.—Lic. Herman Julio Kierszenson Mamet, Notario.—1 vez.—CE2021002528.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 18 horas 00 minutos del 12 de febrero del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Hamar Latinoamérica Sociedad Anónima.—San José, 23 de febrero del 2021.—Licda. Raquel Núñez González, Notaria.—1 vez.—CE2021002529.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 09 horas 00 minutos del 16 de Diciembre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Comercializadora Hacienda Dorada de Occidente Limitada.—San José, 23 de febrero del 2021.—Lic. Randall Emilio Ramírez Calero, Notario.—1 vez.—CE2021002530.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 09 horas 00 minutos del 22 de febrero del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Inversión APT Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 23 de febrero del 2021.—Licda. Marianela Carvajal Carvajal, Notaria.—1 vez.—CE2021002531.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 07 horas 00 minutos del 15 de febrero del año 2021, se constituyó la sociedad denominada ALCESARCOSTARICA Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 23 de febrero del 2021.—Lic. Carlos Fabián Chaves Leitón, Notario.—1 vez.—CE2021002532.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 10 horas 10 minutos del 10 de diciembre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Shelter-Sixty-Five Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 23 de febrero del 2021.—Lic. Oscar Venegas Córdoba, Notario.—1 vez.—CE2021002533.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 11 horas 00 minutos del 21 de diciembre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada J&R Prestige Vacations Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 23 de febrero del 2021.—Lic. Oscar Venegas Córdoba, Notario.—1 vez.—CE2021002534.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 14 horas 00 minutos del 23 de febrero del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Sunshine Properties Limitada.—San José, 23 de febrero del 2021.—Lic. Alan Masís Angulo, Notario.—1 vez.—CE2021002535.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 09 horas 00 minutos del 23 de febrero del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Importadora Grupo Ofertas Costa Rica Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 23 de febrero del 2021.—Licda. Gabriela de Los Ángeles Alvarado Araya, Notaria.—1 vez.—CE2021002536.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 18 horas 00 minutos del 17 de febrero del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Lolas Glam Shop Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 23 de febrero del 2021.—Licda. María de Los Ángeles Solano Mora, Notaria.—1 vez.—CE2021002537.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 10 horas 30 minutos del 18 de febrero del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Casa Loma Santa Teresa Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 23 de febrero del 2021.—Lic. Melvin Rudelman Wohlstein, Notario.—1 vez.—CE2021004355.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 09 horas 00 minutos del 23 de febrero del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Yuko Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 23 de febrero del 2021.—Licda. Yosandra Apu Rojas, Notaria.—1 vez.—CE2021002538.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 17 horas 00 minutos del 23 de febrero del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Los Tucanes de Osa JPC Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 23 de febrero del 2021.—Licda. Katerine Fabiola Solís Pérez, Notaria.—1 vez.—CE2021002539.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 15 horas 00 minutos del 19 de febrero del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Constructora Industrial del Sur Sociedad Anónima.—San José, 23 de febrero del 2021.—Lic. Gaudy Marín Campos, Notario.—1 vez.—CE2021002540.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 12 horas 00 minutos del 11 de febrero del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Gurusap Latam Limitada.—San José, 23 de febrero del 2021.—Licda. Katherine Natalia Delgado Zamora, Notaria.—1 vez.—CE2021002541.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 15 horas 00 minutos del 23 de febrero del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Constructora Soto González S&G Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 24 de febrero del 2021.—Licda. Priscilla María Jiménez Olaso, Notaria.—1 vez.—CE2021002542.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 11 horas 00 minutos del 17 de febrero del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Formación Virtual de Las Américas Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 24 de febrero del 2021.—Licda. Ingrid Brown Sequeira, Notaria.—1 vez.—CE2021002543.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 12 horas 00 minutos del 13 de febrero del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Inversiones Came de Nicoya Sociedad Anónima.—San José, 24 de febrero del 2021.—Lic. William Elizondo Manzanares, Notario.—1 vez.—CE2021002544.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 17 horas 30 minutos del 02 de febrero del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Grupo Panamera Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 24 de febrero del 2021.—Licda. María Gabriela Alfaro Alfaro, Notaria.—1 vez.—CE2021002545.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 08 horas 00 minutos del 24 de febrero del año 2021, se constituyó la sociedad denominada The Garza Mangroves Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 24 de febrero del 2021.—Lic. José Ignacio García Azofeifa, Notario.—1 vez.—CE2021002546.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 13 horas 00 minutos del 23 de febrero del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Monkeysuit Forty Four T Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 24 de febrero del 2021.—Lic. Adrián Esteban Obando Agüero, Notario.—1 vez.—CE2021002547.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 14 horas 00 minutos del 19 de febrero del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Asesorías Dimo Sociedad Anónima.—San José, 24 de febrero del 2021.—Licda. Geraldine Marín Villegas, Notaria.—1 vez.—CE2021002548.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 19 horas 00 minutos del 04 de febrero del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Inversiones Pet Kingdom Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 24 de febrero del 2021.—Lic. Oldemar Corrales Valverde, Notario.—1 vez.—CE2021002549.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 08 horas 30 minutos del 24 de febrero del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Augustine Meadows Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 24 de febrero del 2021.—Lic. José Ignacio García Azofeifa, Notario.—1 vez.—CE2021002550.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 11 horas 00 minutos del 23 de febrero del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Transportes Gómez Gómez Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 24 de febrero del 2021.—Lic. Carlos Daniel Gómez Alfaro, Notario.—1 vez.—CE2021002551.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 08 horas 00 minutos del 23 de febrero del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Pignataro Legal Services Santa Teresa Branch PLST Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 24 de febrero del 2021.—Licda. María Del Milagro Solórzano León, Notaria.—1 vez.—CE2021002552.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 08 horas 00 minutos del 24 de febrero del año 2021, se constituyó la sociedad denominada First Class Cleaning Services Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 24 de febrero del 2021.—Licda. Marisol Marín Castro, Notaria.—1 vez.—CE2021002553.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 15 horas 30 minutos del 22 de febrero del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Ridecr Sociedad Anónima.—San José, 24 de febrero del 2021.—Lic. Manuel Tuckler Oconor, Notario.—1 vez.—CE2021002554.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 09 horas 00 minutos del 23 de febrero del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Importadora Estrella Mágica Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 24 de febrero del 2021.—Lic. Ronald Núñez Álvarez, Notario.—1 vez.—CE2021002555.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 07 horas 30 minutos del 23 de febrero del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Doubleleo Limitada.—San José, 24 de febrero del 2021.—Lic. Eric Scharf Taitelbaum, Notario.—1 vez.—CE2021002556.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 12 horas 15 minutos del 23 de febrero del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Agro Soluciones Montana Sociedad Anónima.—San José, 24 de febrero del 2021.—Licda. Sonia María Ugalde Hidalgo, Notaria.—1 vez.—CE2021002557.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 11 horas 00 minutos del 23 de febrero del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Auto Transporte Monserrath Sociedad Anónima.—San José, 24 de febrero del 2021.—Lic. Heberth Alonso Arrieta Carballo, Notario.—1 vez.—CE2021002558.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 15 horas 40 minutos del 15 de febrero del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Rade Export Sociedad Anónima.—San José, 24 de febrero del 2021.—Licda. Kattia Muñoz Zúñiga, Notaria.—1 vez.—CE2021002559.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 18 horas 00 minutos del 23 de febrero del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Productos Agrícolas Múltiples K & M Sociedad Anónima.—San José, 24 de febrero del 2021.—Lic. José Armando Ortiz Muñiz, Notario.—1 vez.—CE2021002560.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 15 horas 30 minutos del 19 de febrero del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Sasquatch Holdings LLC Limitada.—San José, 24 de febrero del 2021.—Lic. Eric Scharf Taitelbaum, Notario.—1 vez.—CE2021002561.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 08 horas 00 minutos del 22 de febrero del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Cat Investments Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 24 de febrero del 2021.—Lic. Felipe Cordero Espinoza, Notario.—1 vez.—CE2021002562.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 09 horas 00 minutos del 25 de enero del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Bosques de Sequoias Gigantes Sociedad Anónima.—San José, 24 de febrero del 2021.—Licda. María Gabriela Zeledón Ching, Notaria.—1 vez.—CE2021002563.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 09 horas 00 minutos del 17 de febrero del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Smart Services A & K Sociedad Anónima.—San José, 24 de febrero del 2021.—Lic. Luis Carlos Rojas Mora, Notario.—1 vez.—CE2021002564.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 09 horas 00 minutos del 24 de febrero del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Simpson Holding Corp Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 24 de febrero del 2021.—Licda. María Andrea Jara Pérez, Notaria.—1 vez.—CE2021002565.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 15 horas 00 minutos del 16 de febrero del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Mr Pork Sociedad Anónima.—San José, 24 de febrero del 2021.—Lic. Carlos Enrique Cerdas Cisneros, Notario.—1 vez.—CE2021002566.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 09 horas 00 minutos del 23 de febrero del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Yuko LLC Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 24 de febrero del 2021.—Licda. Yosandra Apu Rojas, Notaria.—1 vez.—CE2021002567.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 15 horas 00 minutos del 22 de febrero del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Kritajna Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 24 de febrero del 2021.—Lic. Guillermo Emilio Zúñiga González, Notario.—1 vez.—CE2021002568.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 14 horas 00 minutos del 23 de febrero del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Nativo Desarrollos Inmobiliarios KGM Sociedad Anónima.—San José, 24 de febrero del 2021.—Lic. Willy Hernández Chan, Notario.—1 vez.—CE2021002569.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 19 horas 50 minutos del 16 de febrero del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Lumierecompagnie Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 24 de febrero del 2021.—Licda. Patricia Zumbado Rodríguez, Notario.—1 vez.—CE2021002570.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 11 horas 00 minutos del 18 de febrero del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Krestomatio Sociedad Anónima.—San José, 24 de febrero del 2021.—Licda. Geraldine Porter Laitano, Notaria.—1 vez.—CE2021002571.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 13 horas 50 minutos del 23 de febrero del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Cultivo Nativo Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 24 de febrero del 2021.—Lic. Leiner Miguel Molina Pérez, Notario.—1 vez.—CE2021002572.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 11 horas 30 minutos del 24 de febrero del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Interdimensional Properties CR Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 24 de febrero del 2021.—Lic. Steffano José Ferraro Florez Estrada, Notario.—1 vez.—CE2021002573.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 18 horas 00 minutos del 23 de febrero del año 2021, se constituyó la sociedad denominada C&R Holdings Sociedad Anónima.—San José, 24 de febrero del 2021.—Licda. Nancy Núñez Montiel, Notaria.—1 vez.—CE2021002574.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 11 horas 00 minutos del 24 de febrero del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Pure Uvita Dreams Realty Inc Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 24 de febrero del 2021.—Licda. María Gabriela Elizondo Alpízar, Notaria.—1 vez.—CE2021002575.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 14 horas 00 minutos del 23 de febrero del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Sunshine SPST Limitada.—San José, 24 de febrero del 2021.—Lic. Alan Masís Angulo, Notario.—1 vez.—CE2021002576.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 11 horas 02 minutos del 11 de febrero del año 2021, se constituyó la sociedad denominada WR Fruta Tropical Caribe Sociedad Anónima.—San José, 24 de febrero del 2021.—Licda. Daviana Fabiola Guerrero Vargas, Notaria.—1 vez.—CE2021002577.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 08 horas 00 minutos del 17 de febrero del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Acción Digital CR ADCR Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 24 de febrero del 2021.—Lic. Juan Ignacio Davidovich Molina, Notario.—1 vez.—CE2021002578.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 15 horas 00 minutos del 23 de febrero del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Isastrega Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 24 de febrero del 2021.—Lic. Enrique Loría Brunker, Notario.—1 vez.—CE2021002579.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 08 horas 00 minutos del 24 de febrero del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Casa Isabel-CR Limitada.—San José, 24 de febrero del 2021.—Lic. Hernan Cordero Baltodano, Notario.—1 vez.—CE2021002580.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 10 horas 00 minutos del 23 de febrero del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Estética El Canino Divino Limitada.—San José, 24 de febrero del 2021.—Lic. Guido Mauricio Bolaños Delgado, Notario.—1 vez.—CE2021002581.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 09 horas 00 minutos del 24 de febrero del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Inmobiliaria Sol Miel y Mar Limitada.—San José, 24 de febrero del 2021.—Lic. Gabriel Chaves Ledezma, Notario.—1 vez.—CE2021002582.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 12 horas 10 minutos del 27 de noviembre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Richmart Servicios de Seguridad Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 24 de febrero del 2021.—Licda. María Gómez Navarro, Notaria.—1 vez.—CE2021002583.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 10 horas 00 minutos del 09 de enero del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Comunicación Social MGM Sociedad Anónima.—San José, 24 de febrero del 2021.—Licda. Virginia Hernández Arias, Notaria.—1 vez.—CE2021002584.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 08 horas 00 minutos del 24 de febrero del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Grupo Lady Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 24 de febrero del 2021.—Licda. Nancy Morales Sandí, Notaria.—1 vez.—CE2021002585.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 10 horas 00 minutos del 24 de febrero del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Stol Social Marketing Sociedad Anónima.—San José, 24 de febrero del 2021.—Lic. Randy David Hernández Rodríguez, Notario.—1 vez.—CE2021002586.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 12 horas 45 minutos del 24 de febrero del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Mabastian Comercial Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 24 de febrero del 2021.—Lic. Álvaro Enrique Arguedas Durán, Notario.—1 vez.—CE2021002587.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 11 horas 00 minutos del 24 de febrero del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Fornax SGB Limitada.—San José, 24 de febrero del 2021.—Lic. Ismene Arroyo Marín, Notario.—1 vez.—CE2021002588.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 11 horas 00 minutos del 23 de febrero del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Sucesora de Pont Royal Sociedad Anónima.—San José, 24 de febrero del 2021.—Lic. Daniel Aguilar González, Notario.—1 vez.—CE2021002589.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 12 horas 00 minutos del 13 de febrero del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Inversiones Ludicame de Nicoya Sociedad Anónima.—San José, 24 de febrero del 2021.—Lic. William Elizondo Manzanares, Notario.—1 vez.—CE2021002590.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 16 horas 00 minutos del 08 de febrero del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Inversiones D H R Sociedad Anónima.—San José, 24 de febrero del 2021.—Lic. Jorge Enrique Monge Jiménez, Notario.—1 vez.—CE2021002591.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 16 horas 25 minutos del 18 de febrero del año 2021, se constituyó la sociedad denominada D Lavo Costa Rica Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 24 de febrero del 2021.—Lic. Randall Rubén Sánchez Mora, Notario.—1 vez.—CE2021002592.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 09 horas 30 minutos del 17 de febrero del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Real Team Services CR Sociedad Anónima.—San José, 24 de febrero del 2021.—Licda. Ana María Valverde Ramos, Notaria.—1 vez.—CE2021002593.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 09 horas 00 minutos del 24 de febrero del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Immensity Business Intelligence and Digital Innovation Sociedad Anónima.—San José, 24 de febrero del 2021.—Licda. Vanessa De Paul Castro Mora, Notaria.—1 vez.—CE2021002594.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 19 horas 00 minutos del 04 de febrero del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Inversiones Golden Pet Q.M Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 24 de febrero del 2021.—Lic. Oldemar Corrales Valverde, Notario.—1 vez.—CE2021002595.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 12 horas 30 minutos del 24 de febrero del año 2021, se constituyó la sociedad denominada John Jason Kappa LLC Limitada.—San José, 24 de febrero del 2021.—Lic. Eric Scharf Taitelbaum, Notario.—1 vez.—CE2021002596.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 16 horas 00 minutos del 29 de Enero del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Sea Sunrise Costa Rica Sociedad Anónima.—San José, 24 de febrero del 2021.—Licda. Katia María Brenes Rivera, Notaria.—1 vez.—CE2021002597.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 10 horas 00 minutos del 11 de febrero del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Consultores Financieros y Legales Confilsa Sociedad Anónima.—San José, 24 de febrero del 2021.—Licda. Myrna Valverde López, Notaria.—1 vez.—CE2021002598.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 10 horas 00 minutos del 23 de febrero del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Wild Girls Stores Latinoamérica Limitada.—San José, 24 de febrero del 2021.—Licda. Juana Mercedes Navarrete Navarrete, Notaria.—1 vez.—CE2021002599.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 08 horas 00 minutos del 22 de febrero del año 2021, se constituyó la sociedad denominada CA & T Investments Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 24 de febrero del 2021.—Lic. Felipe Cordero Espinoza, Notario.—1 vez.—CE2021002600.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 08 horas 00 minutos del 17 de febrero del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Corte Maestro Sociedad Anónima.—San José, 24 de febrero del 2021.—Lic. Otto Francisco Patiño Chacón, Notario.—1 vez.—CE2021002601.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 11 horas 00 minutos del 22 de febrero del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Chiol Sociedad Anónima.—San José, 24 de febrero del 2021.—Licda. Carolina Gallegos Steinvorth, Notaria.—1 vez.—CE2021002602.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 16 horas 00 minutos del 17 de febrero del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Importadora Persa del Norte Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 24 de febrero del 2021.—Licda. Andrea Hutt Fernández, Notaria.—1 vez.—CE2021002603.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 09 horas 00 minutos del 17 de febrero del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Asimétrica Sociedad Anónima.—San José, 24 de febrero del 2021.—Lic. Otto Francisco Patiño Chacón, Notario.—1 vez.—CE2021002604.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 14 horas 00 minutos del 22 de febrero del año 2021, se constituyó la sociedad denominada: Horse Company CR Sociedad Anónima.—San José, 24 de febrero del 2021.—Lic. Luis Antonio Vega Campos, Notario.—1 vez.—CE2021002605.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 19 horas 00 minutos del 23 de febrero del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Inversiones Múltiples R & C Sociedad Anónima.—San José, 24 de febrero del 2021.—Lic. José Armando Ortiz Muñiz, Notario.—1 vez.—CE2021002606.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 13 horas 20 minutos del 24 de febrero del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Midori Mori Tortuga Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 24 de febrero del 2021.—Lic. Carlos Alberto Montero Trejos, Notario.—1 vez.—CE2021002607.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 09 horas 00 minutos del 23 de febrero del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Yuko de Tamarindo LLC Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 24 de febrero del 2021.—Licda. Yosandra Apu Rojas, Notaria.—1 vez.—CE2021002608.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 10 horas 30 minutos del 04 de febrero del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Leyar Inversiones del Norte Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 24 de febrero del 2021.—Licda. Katty Mariela Campos Chacón, Notaria.—1 vez.—CE2021002609.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 12 horas 05 minutos del 24 de febrero del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Guimarol RJE Sociedad Anónima.—San José, 24 de febrero del 2021.—Lic. Victor Hugo Maffioli Alvarado, Notario.—1 vez.—CE2021002610.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 15 horas 00 minutos del 24 de febrero del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Witloofje Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 24 de febrero del 2021.—Licda. Sabrina Karine Kszak Bianchi, Notaria.—1 vez.—CE2021002611.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 14 horas 00 minutos del 22 de febrero del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Carnes y Embutidos Zumgar Sociedad Anónima.—San José, 24 de febrero del 2021.—Licda. Andrea María Alvarado Sandí, Notaria.—1 vez.—CE2021002612.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 08 horas 00 minutos del 17 de febrero del año 2021, se constituyó la sociedad denominada SMV de Herradura Sociedad Anónima.—San José, 24 de febrero del 2021.—Lic. Álvaro Enrique Moreno Gómez, Notario.—1 vez.—CE2021002613.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 18 horas 00 minutos del 19 de febrero del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Carnicería La Teja Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 24 de febrero del 2021.—Lic. Greivin Cortés Bolaños, Notario.—1 vez.—CE2021002614.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 18 horas 00 minutos del 22 de febrero del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Olas de Tamarindo CH Y W Sociedad Anónima.—San José, 24 de febrero del 2021.—Licda. Estrella Quesada Guerrero, Notaria.—1 vez.—CE2021002615.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 14 horas 00 minutos del 11 de febrero del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Capo Twenty Two Corporation Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 24 de febrero del 2021.—Lic. Oscar Venegas Córdoba, Notario.—1 vez.—CE2021002616.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 15 horas 00 minutos del 11 de febrero del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Providencia Sesenta y Nueve Setenta Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 24 de febrero del 2021.—Lic. Oscar Venegas Córdoba, Notario.—1 vez.—CE2021002617.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 16 horas 00 minutos del 23 de febrero del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Inversiones Gama Perlada del Oeste Sociedad Anónima.—San José, 24 de febrero del 2021.—Licda. Susan Naranjo López, Notaria.—1 vez.—CE2021002618.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 09 horas 00 minutos del 24 de febrero del año 2021, se constituyó la sociedad denominada WPUXY Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 24 de febrero del 2021.—Lic. José Mario Rojas Ocampo, Notario.—1 vez.—CE2021002619. 

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 15 horas 00 minutos del 24 de febrero del año 2021, se constituyó la sociedad denominada La Costa Corp Sociedad Anónima.—San José, 24 de febrero del 2021.—Licda. Gianna Cersosimo D Agostino, Notaria.—1 vez.—CE2021002620.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 15 horas 00 minutos del 19 de febrero del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Constructora Industrial del Sur Zamora & Salas S. A. Sociedad Anónima.—San José, 24 de febrero del 2021.—Lic. Gaudy Marín Campos, Notario.—1 vez.—CE2021002621.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 19 horas 00 minutos del 18 de febrero del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Fechalo Grupo Élite RC Seguridad Privada Sociedad Anónima.—San José, 24 de febrero del 2021.—Lic. Diego González Vargas, Notario.—1 vez.—CE2021002622.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 11 horas 00 minutos del 22 de febrero del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Agrinzonis Management Group Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 24 de febrero del 2021.—Licda. Lilliana Fernández Urpi, Notaria.—1 vez.—CE2021002623.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 16 horas 30 minutos del 19 de febrero del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Grupo Minero Los Portones de Tilarán Sociedad Anónima.—San José, 24 de febrero del 2021.—Lic. Eitel Eduardo Álvarez Ulate, Notario.—1 vez.—CE2021002624.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 09 horas 00 minutos del 19 de febrero del año 2021, se constituyó la sociedad denominada JDLC Corporación Sociedad Anónima.—San José, 24 de febrero del 2021.—Licda. Celenia María Miranda Castro, Notaria.—1 vez.—CE2021002625.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 12 horas 00 minutos del 24 de febrero del año 2021, se constituyó la sociedad denominada American Holding Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 24 de febrero del 2021.—Licda. Katherine Vanessa Ruiz Gallo, Notaria.—1 vez.—CE2021002626.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 12 horas 00 minutos del 22 de febrero del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Zwill Investments Limitada.—San José, 24 de febrero del 2021.—Lic. Eric Scharf Taitelbaum, Notario.—1 vez.—CE2021004352.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 11 horas 00 minutos del 24 de febrero del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Ricatours Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 26 de febrero del 2021.—Lic. Omar Jalil Ayales Aden, Notario.—1 vez.—CE2021002798.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 13 horas 00 minutos del 25 de febrero del año 2021, se constituyó la sociedad denominada W&V Computación Sociedad Anónima.—San José, 26 de febrero del 2021.—Lic. Verónica Jiménez Chacón, Notaria.—1 vez.—CE2021002799.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 08 horas 00 minutos del 26 de febrero del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Tierras Sun Sun Veintiuno Sociedad Anónima.—San José, 27 de febrero del 2021.—Lic. María Verónica Méndez Reyes, Notario.—1 vez.—CE2021002800.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 15 horas 30 minutos del 24 de febrero del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Inversiones Moreno y Vásquez Sociedad Anónima.—San José, 27 de febrero del 2021.—Lic. Evelin de los Ángeles Sandoval Sandoval, Notaria.—1 vez.—CE2021002801.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 18 horas 00 minutos del 24 de febrero del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Instalaciones H&B Sociedad Anónima.—San José, 27 de febrero del 2021.—Lic. Evelin de los Ángeles Sandoval Sandoval, Notario.—1 vez.—CE2021002802.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 12 horas 00 minutos del 22 de febrero del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Inversiones Trincado Sociedad Anónima.—San José, 27 de febrero del 2021.—Lic. Evelin de los Ángeles Sandoval Sandoval, Notario.—1 vez.—CE2021002803.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 08 horas 00 minutos del 21 de febrero del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Corporación Ingeniería Vica Sociedad Anónima.—San José, 27 de febrero del 2021.—Lic. Geovanny Víquez Arley, Notario.—1 vez.—CE2021002804.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 11 horas 00 minutos del 26 de febrero del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Auco Industria CR Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 28 de febrero del 2021.—Lic. Ana Esperanza Vicente Sotela, Notario.—1 vez.—CE2021002805.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 20 horas 30 minutos del 25 de febrero del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Repuestos Universal King Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 28 de febrero del 2021.—Lic. Shih Min Lin Chang, Notario.—1 vez.—CE2021002806.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 13 horas 00 minutos del 23 de febrero del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Transporte YJH y Logística Sociedad Anónima.—San José, 28 de febrero del 2021.—Lic. María de los Ángeles Montero Álvarez, Notario.—1 vez.—CE2021002807.

NOTIFICACIONES

SEGURIDAD PÚBLICA

SUBPROCESO DE COBROS ADMINISTRATIVOS

PUBLICACIÓN DE TERCERA VEZ

Por no haber sido posible notificarle en el domicilio conocido por la administración, se ordena la notificación por medio de edictos por tres veces consecutivas en La Gaceta de la siguiente Resolución N° 736-2021 AJCA Ministerio de Seguridad Pública. Asesoría Jurídica. Subproceso de Cobros Administrativos. San José a las ocho horas y cincuenta y cinco minutos del nueve de julio de dos mil veintiuno. Acorde con lo ordenado por los artículos 214, 320 al 347 de la Ley General de Administración Pública, Reglamento General para el control y recuperación de acreditaciones que no corresponden, N° 34574 del 14 de mayo de 2008 y los alcances del Decreto Ejecutivo N° 36366 SP, artículo N° 4 inc. 7,5 inc. 5 y 10. Procede este Subproceso en calidad de Órgano Director, a iniciar el Procedimiento Sumario Administrativo de Cobro contra Eliécer Calderón Pérez, cédula de identidad número 1-0760-0283, por “adeudar a este ministerio la suma de ¢227.174.35, por los siguientes conceptos:

CONCEPTO

VALOR EN COLONES

Sumas acreditadas que no corresponden, por el periodo del 05 al 15 de marzo de 2015, al haber sido cesado sin responsabilidad patronal a partir del 01 de junio de 2021 y tener el salario retenido del 16 de marzo de 2015 al 31 de mayo de 2021.

175.398.34

Incapacidad no deducida del periodo del 05 al 06 de enero de 2015 y del 29 al 30 de enero de 2015.

51,776.01

TOTAL A COBRAR

¢227,174.35

 

Lo anterior con fundamento en el oficio N° MSP-DM-DVA-DGAF-DRH-DRC-SREM-5343-06-2021, del 29 de junio de 2021, del Departamento de Remuneraciones y Compensaciones, de la Dirección de Recursos Humanos, (folio 01); Oficio N° MSP-DM-DRH-DCODC-SAR-2676-2021, del 28 de mayo de 2021, del Departamento de Control y Documentación y Oficio N° MSP-DM-VMA-DGAF-DRH-DRC-4941-06-2021M del 14 de junio de 2021, del Departamento de Remuneraciones y Compensaciones (folios 02 frente y vuelto) ambos de éste Ministerio. Para lo anterior se realiza el debido proceso, el cual será instruido por la Asesora Legal Licda. Xinia M. Sandoval Ugalde, teléfono 2600-4846 y 2600-4284 y el, fax 2227-7828. Si existiere oposición al monto adeudado, se le hace saber a la encausada que cuenta con el plazo de 15 días hábiles contados a partir del día siguiente del recibo de la presente notificación, para presentar en el Subproceso de Cobros Administrativos del Ministerio de Seguridad Pública, sita en Barrio San Dimas, frente al “Liceo Castro Madriz”, en la ciudad de San José, la prueba que estime conveniente. En forma opcional, puede proponer un arreglo de pago o cancelar la suma adeudada mediante el depósito bancario a cualquiera de las siguientes cuentas 001-0242476-2 del Banco de Costa Rica o la 100-01-000-215933-3 del Banco Nacional a nombre del Ministerio de Hacienda, o mediante entero a favor del Gobierno en un sólo momento, y aportar la copia respectiva a éste Subproceso. Toda la documentación habida en el expediente administrativo puede ser consultada en este Despacho en días y horas hábiles, y fotocopiada a costa del interesado, advirtiéndose que, por la naturaleza dicha de este expediente, de conformidad con los artículos 39 y 40 constitucional, 272 y 273 de la Ley General de la Administración Pública, se declara el mismo de acceso restringido sólo a las partes y sus representantes legales, siendo lo aquí ventilado de interés únicamente para el Ministerio y las partes, por lo que pueden incurrir en responsabilidad civil, penal o de otra naturaleza la persona que hiciere uso indebido o no autorizado de la información que aquí se consigne. Se le informa que el plazo otorgado es el momento procesal oportuno para aportar y recibir prueba de descargo y los alegatos pertinentes respecto al monto. Asimismo, se hace de su conocimiento que en contra de esta resolución no procede recurso alguno conforme el artículo 344 de la Ley General de la Administración Pública. De igual manera, se le hace saber al mencionado(a) que puede hacerse asesorar o acompañar de un abogado durante todo el proceso. Se le previene que debe señalar casa u oficina donde atender futuras notificaciones, de lo contrario las resoluciones posteriores se tendrán por debidamente notificadas, con el solo transcurso de veinticuatro horas después de dictadas. Notifíquese.—Licda. Beatriz López González, Jefe Subproceso de Cobros Administrativos, Órgano Director.—O. C. N° 4600061676.—Solicitud N° 335641.—( IN2022632268 ).

Por no haber sido posible notificarle en el domicilio conocido por la administración, se ordena la notificación por medio de edictos por tres veces consecutivas en La Gaceta de la siguiente Resolución N° 102-2022 AJ-SPCA Ministerio de Seguridad Pública. Subproceso de Cobros Administrativos. San José a las catorce horas del veintidós de febrero de dos mil veintidós. Que de conformidad con el artículo 157 de la Ley General de la Administración Pública y los Principios de Celeridad y Economía Procesal administrativa, la Administración puede “rectificar y en cualquier tiempo sus errores materiales, de hecho o aritméticos” por lo que revisado el expediente se corrige el error involuntario en cuanto al número de cédula del señor Eliécer Calderón Pérez en la Resolución N° 736-2021 AJCA, de fecha nueve de julio de dos mil veintiuno, (visible a folio 03) en la cual por error se consignó el número de cédula del encausado como “1-0760-0283” siendo lo correcto “7-0160-0975”. En todo lo demás se mantiene incólume la resolución de cita y se le concede el plazo de 15 días hábiles posteriores a la notificación de la presente Resolución para que presente alegatos si así lo desea. Notifíquese.—Subproceso de Cobros Administrativos.—Licda. Beatriz López González, Jefe, Órgano Director.—O. C. N° 4600061676.—Solicitud N° 335625.—( IN2022632263 ).

PUBLICACIÓN DE PRIMERA VEZ

Por no haber sido posible notificarle en el domicilio conocido por la Administración, se ordena la notificación por medio de edictos por tres veces consecutivas en La Gaceta del siguiente documento que forma parte de la Resolución N° 1199-2021 AJ-SPCA del 28 de diciembre de 2021. Ministerio de Seguridad Pública Sub Proceso de Cobros Administrativos expediente N° 462-2021 Cambio de señalamiento de comparecencia oral y privada. Ministerio de Seguridad Pública. Despacho del Ministro. San José a las ocho horas Y cinco minutos del quince de marzo de dos mil veintidós. Diligencias cobratorias incoadas a Eduardo Solano Solano, cédula de identidad número 3-0444-0488.

1º—Mediante Resolución N° 1199-2021 AJ-SPCA, del 28 de diciembre de 2021, el Sub Proceso de Cobros Administrativos, dispuso iniciar Procedimiento Ordinario Administrativo de Investigación Real de los Hechos, Determinación de Responsabilidad Civil y Eventual cobro a ex servidor Eduardo Solano Solano, cédula de identidad número 3-0444-0488, donde se señalaba para audiencia las 09:00 horas del día 17 de febrero del 2022, en el Subproceso de Cobros Administrativos sito en, San José, Barrio San Dimas, frente al Liceo José María Castro Madriz.

2º—Lo anterior se envió a notificar en el domicilio que consta en el Ministerio, San José, San Pedro, Montes de Oca, del Restaurante La Casita Azul 100 metros oeste y 50 metros norte, sin embargo, mediante Oficio N° MSP-DM-DVURFP-SDGFP-DRPSJ-DPMON-006-2022, del 04 de enero del 2022, la Delegación Policial de Montes de Oca, San José, devuelve el acta sin diligenciar con la indicación del cambio de domicilio del encausado Solano Solano, (folios 26, 28 y 29).

3º—Ante la imposibilidad de notificar por medio de Fuerza Pública, se intenta notificar las presentes diligencias por correo certificado, sin embargo, tampoco fue posible notificarle por este medio, venciéndose de esa forma la caducidad del plazo, de conformidad con lo que establece el Artículo 311 de la Ley General de la Administración Pública, (folio 31).

4º—En virtud de lo anterior, en aras de garantizar el Debido Proceso y correlativo Derecho de Defensa del encausado dentro de este proceso, el cual tiene como objetivo encontrar la verdad real sobre los hechos que se investigan, se ordena un nuevo diligenciamiento del referido Auto de Apertura, a efecto de que se notifique personalmente al ex funcionario Eduardo Solano Solano, cédula de identidad número 3-0444-0488.

En este mismo acto, se procede a proponer la realización de la comparecencia señalada en el Auto de Apertura ya citado, señalándose para la celebración de la Audiencia las 09:00 horas del 23 de junio de 2022, en el Subproceso de Cobros Administrativos sito en, San José, Barrio San Dimas, frente al Liceo José María Castro Madriz. En todo lo demás el referido Auto de Apertura se mantiene incólume. Publíquese en La Gaceta.—Subproceso de Cobros Administrativos.—Órgano Director.—Licda. Beatriz López González, Jefe.—O.C. N° 4600061676.—Solicitud N° 336442.—( IN2022633315 ).

Por no haber sido posible notificarle en el domicilio conocido por la Administración, se ordena la notificación por medio de edictos por tres veces consecutivas en La Gaceta de la siguiente Resolución N° 1199-2021 AJ-SPCA Ministerio de Seguridad Pública. Subproceso de Cobros Administrativos. San José, a las nueve horas y cinco minutos del veintiocho de diciembre del dos mil veintiuno. Acorde con lo ordenado por los artículos 196, 197, 210, 214, siguientes y concordantes, de la Ley General de Administración Pública, Reglamento General para el Control y Recuperación de acreditaciones que no corresponden, N° 34574 del 14 de mayo de 2008 y alcances del Decreto Ejecutivo N° 36366 SP, artículos 4 inc. 7, 5 inc. 5 y 10. Se procede a iniciar procedimiento ordinario administrativo de investigación real de los hechos; determinación de responsabilidad civil y eventual cobro contra Eduardo Antonio Solano Solano, cédula de identidad número 3-0444-0488, ex servidor de éste Ministerio, por la suma de Ȼ178.625.47 colones, por daños al teléfono celular que le fue asignado marca Apple, Modelo IPhone 11 Black, modelo a-2221, número de identificación IMEI: 352922/11/157036/1, de 128 GB de capacidad, asociado a la línea 8561-8723, el cual presenta las siguientes afectaciones: fue recibido sin cargador, el manos libres tiene cortaduras en el audífono izquierdo, el cable de carga y datos, tiene fisuras en el forro, ambos accesorios son inservibles ya que no garantizan la seguridad de carga del equipo, la pantalla presenta un golpe con afectación del cristal en el extremo superior izquierdo de la pantalla, con continuidad y perdida del empaque o sello de agua en la parte superior por donde eventualmente al humedad o líquidos pueden ingresar afectando su tarjeta interna. Lo anterior de conformidad con lo señalado en Oficio N°MSP-DM-DVA-DGAF-DI-DSAP-1239-2021, del 23 de setiembre de 2021, del Departamento de Servicios de Apoyo (folio 09 frente y vuelto); Oficio N°MSP-DM-DVA-DGAF-DI-DSAP-0843-2021, del 20 de julio de 2021, del Departamento de Servicios de Apoyo (folio 02) y Oficio N°MSP-DM-1394-2021, del 24 de agosto de 2021, del Despacho del Ministro, el cual señala que en virtud de que el señor Eduardo Solano Solano a no es funcionario activo de este Ministerio, puesto que renunció en días pasados, no es posible someterlo a ningún proceso administrativo por alguna falta disciplinaria, ya que carece del Principio de Actualidad, por lo que lo esbozado se refiere a aparentes daños materiales, se instruye a que se analice el daño reportado, si es el caso se cuantifique pecuniariamente y se proceda con el proceso cobratorio. Dicho proceso será instruido por la Asesora Legal. Licda. Xinia Sandoval Ugalde, teléfono 2586-4344 o 25846-4285, fax 2227-7828. Consta en el expediente la siguiente prueba documental: 1). Oficio MSP-DM-1394-2021, del 24 de agosto de 2021, del Despacho del Ministro (folio 01 frente); 2). Oficio MSP-DM-DVMA-DGAF-DI-DSAP-1155-2021, del 31 de agosto de 2021, de Servicios Públicos (folio 01 vuelto); 3). Oficio MSP-DM-DVA-DGAF-DI-DSAP-0843-2021, del 20 de julio de 2021, del Departamento de Servicios de Apoyo (folio 02); 4). Oficio N°MSP-DM-DVA-DDL-AIP-1395-2021, del 23 de junio del 2021, de la Sección de Admisibilidad e investigaciones Preliminares, (folio 03 frente); 5). Oficio MSP-DM-DVA-DGAF-DI-DSAP-0814-2021, del 17 de junio de 2021, del Departamento de Servicios de Apoyo (folio 03 vuelto); 6). Oficio MSP-DM-VMA-DGAF-DSAP-0810-2021, del 16 de junio de 2021, del Sub-Proceso de Servicios Generales (folio 04 frente); 7). Oficio MSP-DM-DVA-DGAF-DI-DSAP-0804-2021, del 16 de junio de 2021, del Departamento de Servicios de Apoyo (folio 04 vuelto) 8). Correo electrónico suscrito por Jorge Azofeifa Bermúdez, de Sección de Servicios Públicos. (folios 05 frente); 9). Oficio MSP-DM-DVUE-284-2021, del 14 de junio de 2021, del Despacho del Viceministro de Seguridad Pública, el cual remite el Acta de Entrega Nº260-2020 (folio 05 vuelto al 07); 10). Oficio MSP-DM-AJ-SPCA-5985-2021, del 21 de setiembre de 2021, Subproceso de Cobros Administrativos, (folio 08); 11). Oficio MSP-DM-DVMA-DGAF-DI-DSAP-1239-2021, del 23 de setiembre de 2021, del Departamento de Servicios de Apoyo (folio 09 frente y vuelto); 12). Oficio MSP-DM-VMA-DGAF-DSAP-1197-2021, del 10 de setiembre de 2021, del Departamento de Servicios de Apoyo (folio 10); 13). Oficio MSP-DM-AJ-SPCA-6104-2021, del 26 de octubre de 2021, Subproceso de Cobros Administrativos, (folio 20); 14). Oficio MSP-DM-DVMA-DGAF-DI-DSAP-1366-2021, del 27 de octubre de 2021, del Departamento de Servicios de Apoyo (folios 21 al 23) y 15). Oficio MSP-DM-DVUE-313-2021, del 01 de julio de 2021, del Despacho de Viceministro, (folio 24). En razón de lo anterior, se le hace saber al encausado que este órgano director ha ordenado realizar una comparecencia oral y privada por lo que deberá presentarse el a las 09:00 horas del día 17 de febrero del 2022, en el Subproceso de Cobros Administrativo sito en, San José, Barrio San Dimas, frente al Liceo José María Castro Madriz. Toda la documentación habida en el expediente administrativo puede ser consultada en este Despacho en días y horas hábiles, y fotocopiada a costa del interesado, advirtiéndose que, por la naturaleza dicha de este expediente, de conformidad con los artículos 39 y 40 constitucional, 272 y 273 de la Ley General de la Administración Pública, se declara el mismo de acceso restringido sólo a las partes y sus representantes legales, siendo lo aquí ventilado de interés únicamente para el Ministerio y las partes, por lo que pueden incurrir en responsabilidad civil, penal o de otra naturaleza la persona que hiciere uso indebido o no autorizado de la información que aquí se consigne. Se le informa al citado señor que la comparecencia oral y privada es el momento procesal oportuno para aportar y recibir prueba de descargo y los alegatos pertinentes, por lo que la prueba que estime necesaria en defensa de sus intereses puede hacerla llegar a este Despacho, antes o al momento de la comparecencia, si lo hiciera antes deberá hacerlo por escrito. Se le indica que también puede cancelar su deuda mediante depósito bancario a las cuentas N°001-0242476-2 del Banco de Costa Rica o la N° 100-01-000-215933-3 del Banco Nacional a nombre del Ministerio de Hacienda, debiendo presentar el documento de depósito original a este Subproceso. Asimismo, se hace de su conocimiento que en contra de esta resolución proceden los recursos de Revocatoria y Apelación en Subsidio, a interponer ante el Órgano Director que dicta esta resolución, a quien corresponde resolver el primero, y elevar el segundo al conocimiento del superior jerárquico, Es potestativo emplear uno o ambos, pero será inadmisible el interpuesto pasadas 24 horas contadas a partir de la notificación de éste acto y los enviados vía fax y dicha interposición no suspende la comparecencia a la que se le invita de conformidad con el artículo 148 de la Ley General de la Administración Pública. De igual manera, se le hace saber al mencionado (a) que deberá comparecer personalmente o por medio de representante o apoderado puede hacerse asesorar o acompañar de un abogado durante todo el proceso. Se le previene que debe señalar casa, oficina u otro medio donde atender futuras notificaciones, de lo contrario las resoluciones posteriores se tendrán por debidamente notificadas, con el solo transcurso de veinticuatro horas después de dictadas. Notifíquese.—Subproceso de Cobros Administrativos.—Licda. Beatriz López González, Jefe Órgano Director.—O. C. N° 4600061676.—Solicitud N° 336928.—( IN2022633317 ).

Por no haber sido posible notificarle en el domicilio conocido por la Administración, se ordena la notificación por medio de edictos por tres veces consecutivas en La Gaceta del siguiente documento que forma parte de la Resolución N°1198-2021 AJ-SPCA del 28 de diciembre de 2021. Ministerio de Seguridad Pública Sub Proceso de Cobros Administrativos expediente N° 515-2021 cambio de señalamiento de comparecencia oral y privada. Ministerio de Seguridad Pública. Despacho del Ministro. San José a las ocho horas y diez minutos del quince de marzo de dos mil veintidós. Diligencias cobratorias incoadas a Leonardo Barahona Chavarría, cédula de identidad número 1-1354-0361. Primero: Mediante Resolución N° 1198-2021 AJ-SPCA, del 28 de diciembre de 2021, el Sub Proceso de Cobros Administrativos, dispuso iniciar Procedimiento Ordinario Administrativo de Investigación Real de los Hechos, Determinación de Responsabilidad Civil y Eventual cobro a ex servidor Leonardo Barahona Chavarría, cédula de identidad número 1-1354-0361, donde se señalaba para audiencia las 09:00 horas del día 19 de enero del 2022, en el Subproceso de Cobros Administrativos sito en, San José, Barrio San Dimas, frente al Liceo José María Castro Madriz. Segundo. Lo anterior se envió a notificar en el domicilio que consta en el Ministerio, San José, Pérez Zeledón, Páramo, 500 metros noreste de la escuela de San Ramón norte, sin embargo, de acuerdo al Oficio MSP-DM-DVURFP-DGFP-DRSBRUN-DPCPZ-UO-0195-2022, del 27 de enero de 2022, de la Delegación Policial de Pérez Zeledón, San José, no fue posible notificar al encausado Barahona Chavarría, (folios 33 y 34). Tercero: Ante la imposibilidad de notificar por medio de Fuerza Pública y no contar a esta fecha con las diligencias debidamente diligenciadas, tenemos que, se encuentra vencido el plazo, de conformidad con lo que establece el Artículo 311 de la Ley General de la Administración Pública. Cuarto: En virtud de lo anterior, en aras de garantizar el Debido Proceso y correlativo Derecho de Defensa del encausado dentro de este proceso, el cual tiene como objetivo encontrar la verdad real sobre los hechos que se investigan, se ordena un nuevo diligenciamiento del referido Auto de Apertura, a efecto de que se notifique personalmente al ex funcionario Leonardo Barahona Chavarría, cédula de identidad número 1-1354-0361. En este mismo acto, se procede a proponer la realización de la comparecencia señalada en el Auto de Apertura ya citado, señalándose para la celebración de la Audiencia las 09:00 horas del 15 de junio del 2022, en el Subproceso de Cobros Administrativos sito en, San José, Barrio San Dimas, frente al Liceo José María Castro Madriz. En todo lo demás el referido Auto de Apertura se mantiene incólume. Publíquese en La Gaceta.—Órgano Director.—Licda. Beatriz López González, Jefe del Subproceso de Cobros Administrativos.—O.C. Nº 4600061676.—Solicitud Nº 336931.—( IN2022633319 ).

Por no haber sido posible notificarle en el domicilio conocido por la administración, se ordena la notificación por medio de edictos por tres veces consecutivas en la gaceta de la siguiente resolución N° 1198-2021 AJ-SPCA Ministerio de Seguridad Pública. Subproceso de Cobros Administrativos. San José, a las nueve horas del veintiocho de diciembre del dos mil veintiuno. Acorde con lo ordenado por los artículos 196, 197, 210, 214, siguientes y concordantes, de la Ley General de Administración Pública, Reglamento General para el control y recuperación de acreditaciones que no corresponden, n°34574 del 14 de mayo de 2008 y con los acuerdos y alcances del decreto ejecutivo n°36366 sp, artículos 4 inc. 7, 5 inc. 5 y 10. Se procede a iniciar procedimiento ordinario administrativo de investigación real de los hechos; determinación de responsabilidad civil y eventual cobro contra leonardo Barahona Chavarría, cédula de identidad número 1-1354-0361, ex servidor de éste ministerio, por el extravío de funda policial n°028150, del chaleco antibalas código 194420, propiedad del estado, con un valor de ȼ86.950.00, sin IVA, por cuanto el gobierno al momento de adquirirlo no tenía que pagarlo, extraviada el 26 de julio de 2019 (folio 13). Lo anterior de conformidad con la resolución N° 1212-ip-2021-ddl, de las 09:00 del 13 de octubre de 2021, dictada por el departamento disciplinario legal, admisibilidad e investigaciones preliminares, la cual ordena archivar internamente las diligencias disciplinarias del encausado y se remite el caso a ésta oficina con el fin de determinar si corresponde la aplicación de la responsabilidad civil y se practiquen las diligencias cobratorias si fuera el caso (folios 23 y 24). Dicho proceso será instruido por la asesora legal. Licda. Xinia m. Sandoval Ugalde, teléfono 2586-4344 o 25846-4285, fax 2227-7828. Consta en el expediente la siguiente prueba documental: 1- oficio n°msp-dm-dva-ddl-2472-2021 ddl, del 18 de octubre de 2021, del departamento disciplinario legal, (folio 1); 2- oficio N° MSPDM-DVURFP-DGFP-DRSBRUN-DPCPZ-UO-0975-2019, del 01 de setiembre de 2019, de la delegación policial de Pérez Zeledón, (folios 02 al 05); 3- copia certificada de directriz n° msp-dmdvurfp-dgfp-03-2018, del 29 de octubre de 2018, sobre roles de servicio. (folios 06 al 09); 4- copia certificada del rol de servicio de día 25 de julio de 2019 y correspondiente al detalle del recurso policial de la delegación cantonal de san isidro (folios 10 y 11); 5- copia de los folios 73 y 74 del libro de registro de entradas y salidas del 25 de julio de 2019. (folios 12 y 13); 6- Carta del Exfuncionario Leonardo Barahona Chavarría, (folio 14); 7- Copia de denuncia N° 007-19-001513, ante el Organismo de Investigación Policial, del 16 de julio de 2019 (folios 15 al 17); 8- Oficio N° MSP-DM-DVURFP-DGFP-DRSBRUN-DPCPZ-DDGV-0031-2019. Del 31 de julio de 2019, del señor Jorge Carrillo Montoya, encargado de los distritos de General Viejo y Rivas, el cual adjunta copia certificada de los folios 120 y 121 del libro de actas para el recibido y entrega del equipo policial del personal del puesto policial de general viejo de Pérez Zeledón, (folios 18 a 21); 9- nota del señor Leonardo Barahona Chavarría, donde manifiesta su anuencia a que la Unidad Técnica del Ministerio de Seguridad realice la valoración de la funda del chaleco y realizar el remplazo del mismo (folio 22); 10- oficio N° 202-2020-DDL-AIP, del 23 de enero de 2020, del departamento disciplinario legal (folio 23), resolución N° 1212-IP-2021-DDL, del 13 de octubre de 2021, del departamento disciplinario legal, ( 24 al 25); 11- certificación del licenciado Gustavo Salazar Madrigal, del departamento disciplinario legal, (folio 26); 12- oficio n°msp-dm-aj-spca-6136-2021, del 03 de noviembre de 2021, del subproceso de cobros administrativos, (folio 27); 13- Oficio N° MSP-DMDVURFP-DGFP-SDGFP-B-3007-2021, del 06 de diciembre de 2021, de la sub dirección general de la fuerza pública, (folio 28), se le hace saber al encausado que este órgano director ha ordenado realizar una comparecencia oral y privada por lo que deberá presentarse el día diecinueve de enero de 2022, a las nueve horas, en el subproceso de cobros administrativo, sito en San José, Barrio San Dimas, frente al Liceo José María Castro Madriz. Toda la documentación habida en el expediente administrativo puede ser consultada en este despacho en días y horas hábiles, y fotocopiada a costa del interesado, advirtiéndose que, por la naturaleza dicha de este expediente, de conformidad con los artículos 39 y 40 constitucional, 272 y 273 de la ley general de la administración pública, se declara el mismo de acceso restringido sólo a las partes y 1  sus representantes legales, siendo lo aquí ventilado de interés únicamente para el ministerio y las partes, por lo que pueden incurrir en responsabilidad civil, penal o de otra naturaleza la persona que hiciere uso indebido o no autorizado de la información que aquí se consigne. Se le informa al citado señor que la comparecencia oral y privada es el momento procesal oportuno para aportar y recibir prueba de descargo y los alegatos pertinentes, por lo que la prueba que estime necesaria en defensa de sus intereses puede hacerla llegar a este despacho, antes o al momento de la comparecencia, si lo hiciera antes deberá hacerlo por escrito. Se le indica que también puede cancelar su deuda mediante depósito bancario a las cuentas N° 001-0242476-2 del banco de Costa Rica o la N° 100-01-000-215933-3 del Banco Nacional a nombre del Ministerio de Hacienda, debiendo presentar el documento de depósito original a este subproceso. Así mismo, se hace de su conocimiento que en contra de esta resolución proceden los recursos de revocatoria y apelación en subsidio, a interponer ante el órgano director que dicta esta resolución, a quien corresponde resolver el primero, y elevar el segundo al conocimiento del superior jerárquico, es potestativo emplear uno o ambos, pero será inadmisible el interpuesto pasadas 24 horas contadas a partir de la notificación de éste acto y los enviados vía fax y dicha interposición no suspende la comparecencia a la que se le invita de conformidad con el artículo 148 de la ley general de la administración pública. De igual manera, se le hace saber al mencionado (a) que deberá comparecer personalmente o por medio de representante o apoderado puede hacerse asesorar o acompañar de un abogado durante todo el proceso. Se le previene que debe señalar casa, oficina u otro medio donde atender futuras notificaciones, de lo contrario las resoluciones posteriores se tendrán por debidamente notificadas, con el solo transcurso de veinticuatro horas después de dictadas. Notifíquese.— Cobros Administrativos Órgano Director.—Licda. Beatriz López González, Jefe del Subproceso.—O.C. N° 4600061676.—Solicitud N° 336935.—( IN2022633321 ).

JUSTICIA Y PAZ

JUNTA ADMINISTRATIVA DEL REGISTRO NACIONAL

REGISTRO DE BIENES MUEBLES

PUBLICACIÓN DE PRIMERA VEZ

Conoce esta Dirección la gestión administrativa presentada por el Lic. Fabio Solórzano Rojas, cédula de identidad N° 2-394-590, para informar que hace unos días le sustrajeron de su oficina papeles de seguridad y boletas. Manifiesta que sobre el vehículo matrícula JLL291, constaba inscrito un gravamen prendario bajo el tomo 2017, asiento 341829 y que el mismo fue cancelado mediante la escritura pública número doscientos cincuenta del 01 de junio del 2020, en la que el Banco de Costa Rica en condición de acreedor prendario solicitó la cancelación del citado gravamen. Indica que nunca realizó dicha escritura y que la firma consignada no es la suya, tampoco reconoce el sello de seguridad, por lo que manifiesta que dicha escritura es totalmente falsa. Por lo anterior solicita la inmovilización del relacionado automotor. En consecuencia, interpuso las denuncias N° 20-012258-0042-PE y 20-013678-0042-PE, ante el Organismo de Investigación Judicial. Del estudio realizado se determinó que el actual titular registral adquirió su derecho según el testimonio de la escritura pública número cuatrocientos setenta y uno, visible al folio ciento noventa y cuatro vuelto y ciento noventa y cinco frente del tomo séptimo del protocolo de la Notaria Rosa María Corrales Villalobos, mediante la que Ingrid Rebeca Leiva Brenes, cédula de identidad N° 3-360-124 le vendió el citado vehículo a través de un poder especial otorgado al señor Guillermo Ramírez Zumbado, cédula de identidad N° 4-160-895, mediante la escritura pública número doscientos trece, visible al folio ciento veintiséis frente del tomo uno del protocolo de la Notaria Betzabé Piedra Valverde, otorgada el 11 de marzo del 2019 al señor David Fernando Ortega Valladares, nacionalidad colombiano, pasaporte N° AS225951, “con el gravamen prendario que indica el Registro, lo que el comprador acepta conforme”. Documento que fue inscrito el 31 de julio del 2019, bajo el tomo 2019, asiento 469354. La cancelación del gravamen prendario se realizó bajo el tomo 2020, asiento 304101 del 02 de junio del 2020. Observando el debido proceso, y a efecto que dentro del término que se dirá haga valer sus derechos, se notifica y concede audiencia hasta el plazo de quince días hábiles contados a partir del día siguiente de la fecha de notificación de la presente resolución, a: Ingrid Rebeca Leiva Brenes, cédula de identidad N° 3-360-124, deudora prendaria. Se le previene que dentro del término establecido para la audiencia, debe señalar la dirección exacta de su domicilio u oficina para oír futuras notificaciones de esta Dirección, bajo apercibimiento que de no cumplir con lo anterior, las demás resoluciones se tendrán por notificadas veinticuatro horas después de dictadas, de conformidad con lo establecido en los artículos 20 y 21 de la Ley Sobre Inscripción de Documentos en el Registro Público N° 3883, artículos 124 y siguientes del Reglamento de Organización del Registro Público de la Propiedad Mueble. Ref./ Expediente N° 246-2020.—Curridabat, 10 de marzo del 2021.—Lic. Mario Hernández Howell, Asesor Jurídico.—( IN2022633302 ).

CAJA COSTARRICENSE DE SEGURO SOCIAL

DIRECCIÓN DE INSPECCIÓN

De conformidad con el artículo 20 del Reglamento para Verificar el Cumplimiento de las Obligaciones Patronales y de Trabajadores Independientes por ignorarse el domicilio actual de la patrona Olga Marta Arias Rivas, número de patronal 0-108650838-001-001, la Subárea de Servicios Diversos notifica Traslado de Cargos 1237-2022-00487 por eventual omisión y subdeclaración salarial, por un monto de ¢249.099,00 en cuotas obrero patronales. Consulta expediente en San José c.7 av. 4 Edif. Da Vinci piso 2. Se le confiere 10 días hábiles a partir del quinto día siguiente de su publicación, para ofrecer pruebas de descargo y hacer las alegaciones jurídicas pertinentes. Se previene señalar lugar o medio para notificaciones dentro del perímetro administrativo establecido por la Corte Suprema de Justicia del Primer Circuito Judicial de San José; de no indicarlo las resoluciones posteriores se tendrán por notificadas con solo el transcurso de 24 horas a partir de la fecha de resolución. Notificase.—San José, 22 de marzo de 2022.—Octaviano Barquero Chacón, Jefe.—1 vez.—O. C. N° DI-OC-00636.—Solicitud N° 337016.—( IN2022633373 ).

AUTORIDAD REGULADORA

DE LOS SERVICIOS PÚBLICOS

PUBLICACIÓN DE SEGUNDA VEZ

Resolución RE-0028-DGAU-2020.—Escazú, a las 10:42 horas del 21 de enero de 2020.

Se inicia el procedimiento administrativo ordinario sancionatorio contra Freddy Wladimir Barbetti, documento de identidad número DM 186200756722 y Mariano Chavarría Villalobos, cédula de identidad número 1-0519-0855, por la presunta prestación no autorizada del servicio público de transporte remunerado de personas en la modalidad de taxi, sin contar con los debidos permisos. Expediente OT-177-2017

Resultando:

1º—Que mediante la resolución RRGA-072-2017 de las 14:10 horas del 28 de septiembre del 2017, la Reguladora General Adjunta, resolvió ordenar el inicio de un procedimiento administrativo ordinario sancionatorio, tendente a determinar la verdad real de los hechos y a establecer responsabilidades contra el señor Freddy Wladimir Barbetti, conductor, y Mariano Chavarría Villalobos, propietario registral del vehículo placa BLJ430, por la presunta prestación no autorizada del servicio público de transporte remunerado de personas en vehículos en la modalidad de taxi, para lo cual se nombró como órgano director unipersonal, a Tricia Rodríguez Rodríguez, cédula de identidad número 1-1513-0664 y como suplente a María Marta Rojas Chaves, cédula de identidad numero 1-0740-0756.

2º—Que mediante resolución RE-0807-RGA-2019 del 14 de mayo del 2019, se realizó la sustitución del órgano director titular del procedimiento, nombrando a la funcionaria Lucy Arias Chaves, cédula de identidad número 5-03530309, como nuevo titular.

Considerando:

I.—Que el artículo 308 de la Ley General de la Administración Pública, señala que será obligatorio seguir el procedimiento administrativo ordinario sancionatorio establecido en el Título Sexto de esa ley, cuando el acto final puede causar perjuicio grave al administrado, imponiéndole obligaciones, suprimiéndole o denegándole derechos subjetivos, o por cualquier otra forma de lesión grave y directa a sus derechos o intereses legítimos.

II.—Que el artículo 38 inciso d) de la Ley 7593 faculta a la Autoridad Reguladora a tramitar procedimientos administrativos ordinarios sancionatorios contra los prestadores de servicios públicos que incurran en la “Prestación no autorizada del servicio público” (…)” aplicando el procedimiento ordinario establecido en los artículos 214 y siguientes de la Ley General de la Administración Pública (Ley 6227). Estableciéndose, que de comprobarse la falta, se podrá aplicar una multa de cinco a diez veces el valor del daño causado que ella determine, si no es posible estimar el daño, se multará con el monto de 5 a 20 salarios base mínimos, fijados en el presupuesto ordinario de la República, de acuerdo con la Ley 7337 del 5 de mayo de 1993.

III.—Que a la luz del convenio suscrito, el 11 de agosto de 2017, se recibió oficio DVTDGPT-UTP-2017-329, emitido por la Dirección General de Policía de Tránsito, Unidad Técnica Policial del MOPT, en la que se remite: (1) la boleta de citación número 2-2017-320600705, confeccionada a nombre del señor Freddy Wladimir Barbetti, documento de identidad número DM 186200756722, conductor del vehículo particular placas BLJ430, por supuesta prestación de servicio no autorizado modalidad taxi el día 06 de agosto de 2017; (2) acta de recolección de información en la que se describen los hechos; y  documento denominado Inventario de Vehículos Detenidos (folios del 3 al 9).

IV.—Que el 06 de agosto de 2017, el oficial de tránsito, Jonathan Steve Mora Rojas, detuvo el vehículo placa BLJ430, conducido por el señor Freddy Wladimir Barbetti, por supuesta prestación de servicio de transporte público, sin autorización del Estado (folio 5).

V.—Que el Departamento Administración Concesiones y Permisos, del Ministerio de Obras Públicas y Transportes informa que el vehículo particular placas BLJ430, no aparece en los registros con otorgamiento de permiso especial estables de SEETAXI, asimismo, no aparece autorizado con placa de servicio público modalidad taxi, lo anterior de acuerdo al Convenio de Cooperación suscrito entre la Autoridad Reguladora y el Ministerio de Obras Públicas y Transportes, para regular la prestación de este servicio (folio 18).

VI.—Que el artículo 2 de la Ley 7969, establece la naturaleza de la prestación del servicio de transporte público remunerado de personas en la modalidad de taxi, para lo cual indica:

“Naturaleza de la prestación del servicio.

Para todos los efectos legales y de prestaciones, el transporte remunerado de personas en la modalidad de taxi se considera como un servicio público que se explotará mediante la figura de la concesión administrativa, con los procedimientos especiales establecidos en esta ley y su reglamento (…)”.

VII.—Que “la declaratoria de una determinada actividad económica como servicio público implica su nacionalización. Es decir, le atribuye al Estado su titularidad, de forma tal que solo éste o un particular autorizado, puede brindar el servicio (…).” (Opinión Jurídica OJ-111-2015, del 25 de setiembre del 2015, de la Procuraduría General de la República).

VIII.—Que, “el transporte remunerado de personas, que se realiza por medio de autobuses, busetas, microbuses, taxis, automóviles y cualquier otro tipo de vehículo automotor, ya sea que se ofrezca al público en general, a personas usuarias o a grupos determinados de personas usuarias con necesidades específicas que constituyen demandas especiales, es un servicio público del cual es titular el Estado. Lo anterior independientemente del grado de intervención estatal en la determinación del sistema operativo del servicio o en su fiscalización (…).” (OJ111-2015, del 25 de setiembre del 2015, de la Procuraduría General de la República).

IX.—Que, “una consecuencia de la declaratoria del transporte remunerado de personas como servicio público, es que la actividad sale de comercio de los hombres (…).” (opinión Jurídica OJ-111-2015, del 25 de setiembre del 2015, de la Procuraduría General de la República).

X.—Que un “efecto de la declaratoria de servicio público es que la actividad económica sale del comercio de los hombres, no pudiendo estos desarrollarla en forma libre. La única forma de dedicarse a ella es mediante una concesión o permiso del Estado. Sin embargo, aún en tales casos, la titularidad del servicio la mantiene el Estado, limitándose el particular únicamente a su prestación efectiva (…).” (Opinión Jurídica OJ-111-2015, del 25 de setiembre del 2015, de la Procuraduría General de la República).

XI.—Que en cumplimiento del debido proceso, corresponde en virtud de lo establecido en los artículos 220 y 282 inciso 3) de la Ley 6227, darle la audiencia al administrado para que ejerza su derecho de defensa.

XII.—Que el administrado tiene derecho a ejercer su defensa “en forma razonable”, para lo cual es necesario que tenga una intimación oportuna y completa de los hechos que se le imputan.

XIII.—Que mediante la resolución RRGA-072-2017 de las 14:10 horas del 28 de septiembre del 2017, se ordenó el inicio del procedimiento y se nombró al órgano director.

XIV.—Que el artículo 22 inciso 11 del Reglamento interno de organización y funciones de la Autoridad Reguladora de los Servicios Públicos y su órgano desconcentrado (RIOF), publicado en el diario oficial La Gaceta número 105, Alcance 101 del 3 de junio de 2013, establece que corresponde a la Dirección General de Atención al Usuario llevar a cabo la instrucción de los procedimientos “en los cuales, se conozca sobre presuntas infracciones a los artículos 38, 41 y 44 de la Ley 7593, sean estos promovidos por un tercero o por la propia Autoridad Reguladora”.

XV.—Que para el año 2017, según la circular N° 230-2016, publicada en el Boletín Judicial N° 7, del 10 de enero de 2017, en la que se comunicó el acuerdo tomado en sesión N° 113-2016, del 20 diciembre de 2016, del Consejo Superior del Poder Judicial, el salario base mínimo fijado en el presupuesto ordinario de la República, de acuerdo con la Ley 7337 del 5 de mayo de 1993, era de ¢426.200.00 (cuatrocientos veintiséis mil doscientos colones exactos).

XVI.—Que de conformidad con el resultando y considerando que preceden y de acuerdo al mérito de los autos, lo procedente es dictar la resolución de formulación de cargos tal y como se dispone; Por tanto

SE RESUELVE:

I.—Dar inicio al procedimiento administrativo ordinario sancionador tendente a determinar la verdad real de los hechos y establecer la eventual responsabilidad administrativa de Freddy Wladimir Barbetti, documento de identidad número DM 186200756722, conductor y Mariano Chavarría Villalobos, cédula de identidad número 1-0519-0855, propietario registral del vehículo placa BLJ430, por prestación no autorizada del servicio público de transporte remunerado de personas en la modalidad de taxi. La eventual determinación de responsabilidad administrativa podría acarrearle a Freddy Wladimir Barbetti y Mariano Chavarría Villalobos, la imposición de una multa de cinco a diez veces el valor del daño causado que se llegare a determinar, o de no ser posible estimar tal daño, la multa podrá ser de cinco a veinte salarios base mínimos fijados en el presupuesto ordinario de la República, de acuerdo con la Ley número 7337, del 5 de mayo de 1993. Lo anterior, con base en los siguientes hechos y cargos que se les imputan, sobre los cuales quedan debidamente intimados:

Primero: Que el vehículo placa BLJ430, es propiedad de Mariano Chavarría Villalobos, cédula de identidad número 1-0519-0855 (folio 19).

Segundo: Que el 06 de agosto de 2017, el oficial de Tránsito Jonathan Steve Mora Rojas, detuvo en Alajuela, Río Segundo, Aeropuerto Internacional Juan Santamaría, frente a terminal de Sansa, el vehículo BLJ430, que era conducido por Freddy Wladimir Barbetti (folios 5).

Tercero: Que al momento de hacer la detención, en el vehículo BLJ430, viajaba como pasajero, Aaron Gregory Coleman, pasaporte Norteamericano número 462479470 (folios 5).

Cuarto: Que al momento de ser detenido el vehículo placa BLJ430, el señor Freddy Wladimir Barbetti, se encontraba prestando a Aaron Gregory Coleman, pasaporte norteamericano número 462479470, el servicio público de transporte remunerado de personas, bajo la modalidad de taxi, desde Alajuela centro, hotel Park Inn hasta el Aeropuerto Internacional Juan Santamaria y a cambio de la suma de dinero de ¢5,366 colones (cinco mil trescientos sesenta y seis colones) (folios 5).

Quinto: Que el vehículo placa BLJ430, no aparece en los registros del Departamento Administración Concesiones y Permisos, del Ministerio de Obras Públicas y Transportes con otorgamiento de permiso especial estables de SEETAXI, asimismo, no aparece autorizado con placa de servicio público modalidad taxi (folio 18).

Esta falta, consistente en la prestación no autorizada del servicio público es imputable al señor Freddy Wladimir Barbetti, en su condición de conductor y al señor Mariano Chavarría Villalobos, cédula de identidad número 1-0519-0855, en su condición de propietario registral del vehículo placa BLJ430, ya que de conformidad con el numeral 44 de Ley de la Autoridad Reguladora de los Servicios (Ley 7593) y 112 de la Ley de Tránsito por vías públicas Terrestres (Ley 7331), es una obligación (conditio sine qua non) contar con la respectiva concesión o permiso para la prestación del servicio público de transporte remunerado de personas en modalidad taxi. A los señores Freddy Wladimir Barbetti, documento de identidad número DM 186200756722 y al señor Mariano Chavarría Villalobos, cédula de identidad número 1-0519-0855, se les atribuye la prestación no autorizada del servicio público, modalidad taxi, sin contar con las respectivas autorizaciones y placas legalmente adjudicas, conforme lo indicado en los artículos 44 de Ley de la Autoridad Reguladora de los Servicios (Ley 7593) y 112 de la Ley de Tránsito por vías públicas Terrestres (Ley 7331).

De comprobarse la comisión de la falta antes indicada por parte de los señores Freddy Wladimir Barbetti, documento de identidad número DM 186200756722 y del señor Mariano Chavarría Villalobos, cédula de identidad número 1-0519-0855, conductor y propietario registral del vehículo placa BLJ430, podría imponérseles una sanción correspondiente al pago de una multa de cinco a diez veces el valor del daño causado, o de no poder determinarse el monto del daño causado, la multa podrá ser de cinco a veinte salarios base mínimo fijado en el presupuesto ordinario de la República,  de acuerdo con la Ley 7337 del 5 de mayo de 1993, que para el 06 de agosto de 2017, era de ¢426.200.00 (cuatrocientos veintiséis mil doscientos colones exactos), de conformidad con lo establecido en el artículo 38 de la Ley 7593.

II.—Convocar a Freddy Wladimir Barbetti, documento de identidad número DM 186200756722, conductor y a Mariano Chavarría Villalobos, cédula de identidad número 1-0519-0855 propietario registral del vehículo placa BLJ430, para que comparezcan personalmente o por medio de apoderado, y ejerzan su derecho de defensa en el presente procedimiento administrativo ordinario sancionador, a una comparecencia oral y privada por celebrarse a las 09:30 horas del 20 de octubre del 2020, en la Dirección General de Atención al Usuario de la Autoridad Reguladora, ubicada en el primer piso del Edificio Turrubares en el Centro Empresarial Multipark, en Guachipelín de Escazú, 100 metros norte de Construplaza, para lo cual su representante o apoderado deberá presentarse puntualmente en la recepción de la Autoridad Reguladora de los Servicios Públicos portando documento oficial de identificación vigente y en buen estado.

Se le previene a los investigados que deben aportar todos sus alegatos y pruebas a más tardar el día de la comparecencia oral y privada, o antes si a bien lo tiene, en cuyo caso la presentación habrá de ser por escrito. La prueba que por culpa de la parte proponente no haya sido posible recibir en la comparecencia oral y privada, se tendrá por inevacuable. En el caso de los medios de prueba que requieran una preparación previa a la comparecencia, su ofrecimiento deberá ser comunicado con suficiente antelación al órgano director a fin de decidir su admisión y proceder conforme. El ofrecimiento de prueba documental y testimonial puede ser hecho en la comparecencia misma y su admisión se decidirá en ese acto. Se hace saber además, que en caso de ofrecer prueba testimonial, deben indicarse las calidades generales de los testigos y señalar los hechos sobre los cuales van a declarar, y quedará bajo su responsabilidad traer a la comparecencia los testigos ofrecidos, de conformidad con el artículo 312 de la Ley 6227, para lo cual podrán solicitar al órgano director que emita las cédulas de citación de los testigos, con al menos cinco días naturales de antelación a la fecha de la comparecencia. La notificación de las cédulas de citación se hará por medio de la parte interesada, quien deberá devolverlas al órgano director debidamente firmadas por los testigos, a más tardar el día de la comparecencia.

Se le advierte a los investigados que de presentarse en forma tardía a la comparecencia, la tomarán en el estado en que se encuentre, y de no comparecer el día y hora señalada, sin que mediare causa justa para ello debidamente comunicada a este órgano director, se continuará con el procedimiento y se resolverá el caso con los elementos de juicio existentes, sin que eso valga como aceptación de los hechos, pretensiones ni prueba de la Administración, aunque el órgano director podrá evacuar la prueba previamente ofrecida por la parte ausente, si fuera posible, de conformidad con el artículo 316 de la Ley 6227.

III.—Hacer saber a Freddy Wladimir Barbetti, documento de identidad DM 186200756722, conductor y Mariano Chavarría Villalobos, cédula de identidad número 1-0519-0855, propietario registral del vehículo placa BLJ430, que en la sede del órgano director, Dirección General de Atención al Usuario de la Autoridad Reguladora, ubicada en el primer piso del Edificio Turrubares en el Centro Empresarial Multipark, en Guachipelín de Escazú, 100 metros norte de Construplaza, podrá consultar el expediente administrativo en horario de las 8:00 horas a las 16:00 horas, de lunes a viernes, menos los días feriados, mismo horario en el cual podrá ser fotocopiado con cargo al interesado. Todos los escritos y cualquier documentación, deberán ser dirigidos al Órgano Director y ser presentados en la oficina de recepción de documentos de la Autoridad Reguladora de Servicios Públicos, ubicada en la misma sede antes señalada. Solo las partes y sus respectivos abogados acreditados en el expediente, tendrán acceso al mismo. Dicho expediente contiene los siguientes documentos probatorios:

1.         Oficio DVT-DGPT-UTP-2017-329, emitido por la Dirección General de Policía de Tránsito, Unidad Técnica Policial del MOPT.

2.         Boleta de citación número 2-2017-320600705, confeccionada a nombre del señor Freddy Wladimir Barbetti, documento de identidad número DM 186200756722, conductor del vehículo particular placas BLJ430, por supuesta prestación de servicio no autorizado modalidad taxi el día 06 de agosto de 2017.

3.         Acta de recolección de información en la que se describen los hechos.

4.       Constancia DACP-2017-1395, del Departamento Administración Concesiones y Permisos, del Ministerio de Obras Públicas y Transportes. 

5.       Consulta a la página del Registro Nacional, del vehículo placa BLJ430.

Además, se citará como testigos a:

1.         Jonathan Steve Mora Rojas, código de oficial de tránsito número 3206, quien se referirá a los hechos investigados.

2.         Luis Ávila Solís, código de oficial de tránsito número 3179, quien se referirá a los hechos investigados.

3.         Geiner Araya Quirós, código de oficial de tránsito número 3197, quien se referirá a los hechos investigados.

V.—Se previene a Freddy Wladimir Barbetti y Mariano Chavarría Villalobos, que dentro del plazo de tres días hábiles a partir de la notificación del presente documento, señalen medio para atender futuras notificaciones, bajo el apercibimiento de que en caso de omisión, quedarán notificados de las subsiguientes resoluciones veinticuatro horas después del día siguiente de dictadas. Lo mismo sucederá si el medio escogido imposibilitare la notificación por causas ajenas a este Despacho, o bien si el lugar señalado permaneciere cerrado, fuere impreciso, incierto o inexistente. Para las notificaciones a efectuarse en este procedimiento se tendrán por habilitados todos los días y horas (artículo 267, inciso 3) de la Ley General de la Administración Pública).

VII.—Hacer saber a Freddy Wladimir Barbetti y Mariano Chavarría Villalobos, que dentro del presente procedimiento podrán contar con patrocinio letrado.

VIII.—Notifíquese la presente resolución a Freddy Wladimir Barbetti y Mariano Chavarría Villalobos.

VI.—Contra la presente resolución caben los recursos ordinarios de revocatoria y apelación, los cuales deberán ser interpuestos dentro del plazo de veinticuatro horas, contadas a partir del acto de notificación, el primero que deberá ser resuelto por el órgano director y el segundo por el Regulador General. Notifíquese.—Lucy Arias Chaves, Órgano Director.—O. C Nº 082202210380.—Solicitud Nº 337540.—( IN2022633944 ).

Resolución RE-0285-DGAU-2021 de las 12:19 horas del 10 de noviembre de 2021.—Realiza el Órgano Director la intimación de cargos en el procedimiento ordinario seguido al señor Bernardo Daniel Cambronero Salas, portador de la cédula de identidad 20690-0027 (conductor) y al señor Braulio Andrey Campos Hernández, portador de la cédula de identidad 7-0156-0695 (propietario registral), por la supuesta prestación no autorizada del servicio público de transporte remunerado de personas. Expediente Digital OT-367-2017.

Resultando

I.—Que el 12 de febrero de 2004 mediante resolución RRG-3333-2004 de las 15:30 horas de ese día, publicada en La Gaceta 36 del 20 de febrero de 2004, la Autoridad Reguladora de los Servicios Públicos facultó al Ministerio de Obras Públicas y Transportes para que por los medios que estimara pertinentes, removiera los vehículos que se encontraran prestando el servicio público de transporte remunerado de personas, sin autorización del Estado.

II.—Que el 24 de noviembre de 2017, se recibió el oficio DVT-DGPT-UPT-2017-677 del 23 de ese mes, emitido por el Departamento de Operaciones Policiales de Tránsito de la Dirección General de Policía de Tránsito del MOPT, mediante el cual se remitió la información siguiente: a) La boleta de citación Nº 2-2017-238000950, confeccionada a nombre del señor Bernardo Daniel Cambronero Salas, portador de la cédula de identidad 2-0690-0027, conductor del vehículo particular placa BJN755 por supuestamente haber prestado de forma no autorizada el servicio de transporte público remunerado de personas, modalidad taxi el día 20 de noviembre de 2017; b) El acta de “Recolección de información para investigación administrativa”, en la que se describen los hechos ocurridos en el operativo de detención del vehículo y en la que se recopila información sobre los pasajeros transportados y c) El documento Nº 58668 denominado “Inventario de Vehículos Detenidos” en el cual se consignan los datos de identificación del vehículo y de la delegación de tránsito en la que quedó depositado (folios 2 al 12).

III.—Que en la boleta de citación Nº 2-2017-238000950 emitida a las 06:51 horas del 20 de noviembre de 2017 -en resumen- se consignó que se había detenido el vehículo placa BJN755 en la vía pública porque el conductor prestaba el servicio de transporte público sin contar con la autorización del CTP del MOPT. También se consignó que viajaba con cinco pasajeros cuyos datos se indicaban en el informe (folios 04 y 05).

IV.—Que en el acta de recolección de información para la investigación administrativa levantada por el oficial de tránsito Gerardo Cascante Pereira se consignó, en resumen, que, en el sector del San José centro, avenida 6, calles 8 y 10, frente al Hotel El Oriente, en un operativo de control vehicular de rutina se había detenido el vehículo placa BJN755. Se consignaron los datos de identificación del conductor y del vehículo. Además, se consignó que en el vehículo viajaban cinco pasajeros, quienes informaron que se dirigían desde San José, avenida 6, calles 6 y 8 hasta Office Depot en La Uruca, por un pago mensual por cada pasajero transportado. Por último, se indicó que al conductor se le informó del procedimiento que se le aplicaría, de que el vehículo quedaría detenido a la orden de la Autoridad Reguladora y también se indicó que se le había entregado copia de la boleta de citación y del inventario de vehículos detenidos (folio 4 al 7).

V.—Que el 12 de diciembre de 2017, se consultó la página electrónica del Registro Nacional para verificar la condición de inscripción del vehículo detenido y las calidades del propietario, dando como resultado que el vehículo placa BJN755 se encontraba debidamente inscrito y era propiedad del señor Braulio Andrey Campos Hernández, portador de la cédula de identidad 7-0156-0695 (folio 13).

VI.—Que el 28 de noviembre del 2017, se recibió la constancia DACP-2017-2262 emitida por el Departamento Administración Concesiones y Permisos, Proceso SEETAXI, del MOPT en la que se indica que según los reportes que genera el sistema emisor de permisos al vehículo placa BJN755 no se le ha emitido código amparado a una empresa prestataria del servicio de transporte público, modalidad permiso especial estable de taxi. Dicha constancia fue solicitada por el Ente Regulador al amparo del convenio de cooperación suscrito con el MOPT para regular la prestación del servicio de transporte remunerado de personas (folio 26).

VII.—Que el 21 de diciembre del 2017, el Regulador General por resolución RRG-617-2017 de las 10:20 horas levantó la medida cautelar decretada contra el vehículo placa BJN755 y ordenó a la Dirección General de la Policía de Tránsito del MOPT que devolviera el vehículo a su propietario registral o a quien demostrare ser mandatario legítimo de éste, por medio de poder especial otorgado en escritura pública (folios 21 al 25).

VIII.—Que el 18 de noviembre del 2020, la Dirección General de Atención al Usuario por documento IN-0956-DGAU-2020 emitió el informe de valoración inicial, en el cual concluyó que con la información constante en autos podía iniciarse el procedimiento ordinario de investigación (folios 28 al 33).

IX.—Que el 24 de noviembre del 2020, el Regulador General por resolución RE-1646-RG-2020 de las 10:50 horas de ese día, ordenó el inicio del procedimiento ordinario y nombró como integrantes del órgano director del procedimiento a las abogadas Lucy Arias Chaves como titular y María Marta Rojas Chaves, como suplente (folios 41 al 47).

Considerando:

I.—Que de conformidad con lo establecido en el artículo 9° inciso 17) del Reglamento de Organización y Funciones de la Autoridad Reguladora (RIOF) corresponde al Regulador General ordenar la apertura de los procedimientos administrativos en los cuales se apliquen como sanción una multa, así como dictar los actos preparatorios, las medidas cautelares y la resolución final, además, de conocer las impugnaciones que se presenten.

II.—Que por su parte el artículo 22 inciso 11) del RIOF asignó a la Dirección General de Atención al Usuario la función de llevar a cabo la gestión de los procedimientos de resolución de quejas, controversias y denuncias.

III.—Que el artículo 38 inciso d) de la Ley 7593 faculta a la Autoridad Reguladora a tramitar procedimientos administrativos sancionatorios contra los prestadores de servicios públicos que incurran en una prestación no autorizada del servicio público aplicando para ello el procedimiento ordinario de la Ley General de la Administración Pública (L.G.A.P.). También dispone que de comprobarse la falta se aplicará una sanción de multa que podrá ser de cinco a diez veces el valor del daño causado cuando éste pueda ser determinado, o se aplicará una multa cuyo monto equivaldrá de 5 a 20 salarios base mínimos fijados en la Ley 7337 del 5 de mayo de 1993, cuando se no logre determinar dicho daño.

IV.—Que artículo 5° de la ley 7593, detalla los servicios públicos a los que la Autoridad Reguladora le corresponde fijar los precios y las tarifas y también velar por el cumplimiento de las normas de calidad, cantidad, confiabilidad, continuidad, oportunidad y prestación óptima. Además, establece los entes a los cuales les corresponde otorgar la autorización para prestar dichos servicios. Entre ellos se encuentra el transporte público remunerado de personas, en cualquiera de sus modalidades, salvo el aéreo.

V.—Que de conformidad con los artículos 2° y 3° de la Ley 7969, el transporte remunerado de personas es un servicio público cuyo titular es el Estado, sea que se realice por medio de autobuses, busetas, microbuses, taxis, automóviles o cualquier otro tipo de vehículo automotor, que se ofrezca al público en general, que se ofrezca a personas usuarias o a grupos determinados de usuarios con necesidades específicas, que constituyen demandas especiales.

VI.—Que por tratarse de un servicio público es necesario obtener una concesión para prestar el transporte remunerado de personas. En este sentido el artículo 1° de la Ley 3503, del 16 de agosto de 1965, dispuso que “El transporte remunerado de personas en vehículos automotores colectivos, excepto los automóviles de servicio de taxi regulado en otra ley, que se lleva a cabo por calles, carreteras y caminos dentro del territorio nacional, es un servicio público regulado, controlado y vigilado por el Ministerio de Obras Públicas y Transportes”. Además, ese artículo define la concesión, como el “derecho que el Estado otorga, previo trámite de licitación pública, para explotar comercialmente una línea por medio de uno o varios vehículos colectivos, tales como autobuses, busetas, microbuses o similares”.

VII.—Que por su parte los artículos 2° y 3° de la Ley 7969 establecen que el transporte remunerado de personas, modalidad taxi se explota mediante la figura de la concesión y que el servicio de transporte remunerado de personas modalidad servicio especial estable de taxi se explota mediante la figura del permiso. Por tal motivo es prohibido a los propietarios o conductores de vehículos particulares dedicarlos a la actividad del transporte público, sin contar con las respectivas autorizaciones y placas legalmente adjudicadas. En ese sentido la Ley de Tránsito por Vías Públicas Terrestres, N° 9078 establece en el artículo 42 la obligación de portar la documentación correspondiente en original y vigente y el artículo 130 impone la prohibición de emplear el vehículo para otros fines distintos a los establecidos en el certificado de propiedad.

VIII.—Que cuando un conductor de un vehículo particular se dedica a prestar el servicio de transporte remunerado de personas, sin contar con la debida autorización estatal o cuando un propietario de un vehículo particular permite que un vehículo de su propiedad sea dedicado a prestar dicho servicio sin la autorización de ley, incurren en la falta establecida en el inciso d) del artículo 38 de la Ley 7593 y, por tal motivo, se hacen acreedores de la sanción fijada en dicha norma jurídica. En el dictamen C-085-2008, del 26 de marzo de 2008, la Procuraduría General de la República expuso los alcances de esa sanción al señalar que: “Ahora bien, en el caso de la sanción de multa establecida en el artículo 38, inciso d) de la Ley de la ARESEP tenemos que su finalidad es precisamente desincentivar la prestación de un servicio público sin estar autorizado para ello. En el caso del servicio de transporte es obvio que un chofer por sí solo, es decir, sin el vehículo correspondiente, no podría brindar el servicio. Por consiguiente, la sanción debe dirigirse contra quien brinda el servicio (chofer) y también contra el propietario del vehículo”. Dado que el vehículo es el medio con el cual un conductor puede brindar un servicio público sin autorización estatal, su propietario registral puede ser sancionado y por tal motivo es menester incluirlo en el procedimiento ordinario a fin de que se le garantice el derecho de defensa.

IX.—Que la L.G.A.P., en el artículo 308 obliga a seguir el procedimiento ordinario desarrollado en el Título Sexto de esa ley, cuando el acto final pueda causarle perjuicio grave al administrado, al imponerle obligaciones, suprimirle o denegarle derechos subjetivos, o al establecerle cualquier otra forma de lesión grave y directa a sus derechos o intereses legítimos. En resumen, el procedimiento administrativo es una unidad formal de actos coordinados entre sí, que tienen por objeto alcanzar un acto final que refleje la verdad real de los hechos investigados. Es por esa razón que el órgano director debe realizar todos los actos necesarios para averiguar la verdad real de los hechos que dan base a ese procedimiento y que sirven de motivo al acto final en la forma más fiel, completa y posible. Para ello debe adoptar todas las medidas probatorias pertinentes o necesarias; debe otorgar y vigilar el respeto al debido proceso y debe conceder el derecho de defensa al administrado, teniendo todas las competencias otorgadas en la L.G.A.P.

X.—Que tal como se desglosó en el apartado de antecedentes del informe de valoración inicial, se considera que hay mérito suficiente para iniciar un procedimiento ordinario contra el señor Bernardo Daniel Cambronero Salas portador de la cédula de identidad 2-0690-0027 (conductor) y contra el señor Braulio Andrey Campos Hernández, portador de la cédula de identidad 7-0156-0695 (propietario registral) por supuestamente haber prestado sin autorización el servicio de transporte remunerado de personas, lo cual está establecido como falta en el inciso d) del artículo 38 de la Ley 7593, toda vez que la documentación aportada por la Dirección General de la Policía de Tránsito y los elementos de juicio que constan en autos, hacen suponer que pudo cometerse esa falta.

XI.—Que la instrucción del procedimiento será llevada a cabo por el órgano director, quien ostentará las facultades y competencias establecidas en los artículos 214 al 238 la L.G.A.P.

XII.—Que, además, como parte de la garantía constitucional del debido proceso, el administrado tiene derecho a ejercer su defensa en forma razonable, para lo cual es necesario que tenga una intimación oportuna y completa de los hechos que se le imputan, tal como lo establece el artículo 220 de la L.G.A.P.

XIII.—Que el objeto de este procedimiento ordinario es establecer la verdad real de los hechos investigados, es decir, determinar si hubo un posible incumplimiento de normativa vigente, al prestarse sin autorización estatal el servicio de transporte remunerado de personas, lo cual es sancionado en el artículo 38 inciso d) de la Ley 7593 con la imposición de una multa.

XIV.—Que para el año 2017 el salario base de la Ley 7337 era de ¢ 426 200,00 (cuatrocientos veintiséis mil doscientos colones) de acuerdo con lo establecido por la Corte Suprema de Justicia en la sesión ordinaria Nº 113-16 del 20 de diciembre de 2016. Por tanto,

Con fundamento en las competencias otorgadas en la Ley 7593, en la L.G.A.P., en el Decreto 29732-MP que es el Reglamento a la Ley 7593 y en el Reglamento Interno de Organización y Funciones;

EL ORGANO DIRECTOR

RESUELVE:

I.—Iniciar el procedimiento ordinario tendente a determinar la verdad real de los hechos y establecer la eventual responsabilidad administrativa del señor Bernardo Daniel Cambronero Salas (conductor) y del señor Braulio Andrey Campos Hernández (propietario registral) por la supuesta prestación no autorizada del servicio de transporte público remunerado de personas.

II.—Indicar que la eventual determinación de responsabilidad administrativa podría acarrearle al señor Bernardo Daniel Cambronero Salas y al señor Braulio Andrey Campos Hernández, la imposición de una sanción que podría oscilar de cinco a diez veces el valor del daño causado que se determine, o, cuando no fuere posible determinar el daño, en la imposición de una multa que podría oscilar entre cinco a veinte salarios base mínimos fijados en la Ley 7337, mismo que para el año 2017 era de ¢ 426 200,00 (cuatrocientos veintiséis mil doscientos colones), de acuerdo con lo establecido por la Corte Suprema de Justicia en la sesión ordinaria Nº 113-16 del 20 de diciembre de 2016. Lo anterior con base en los hechos y cargos siguientes, sobre los cuales los investigados quedan debidamente intimados:

Primero: Que el vehículo placa BJN755 es propiedad del señor Braulio Andrey Campos Hernández, portador de la cédula de identidad 7-0156-0695 (folio 13).

Segundo: Que el 20 de noviembre de 2017, el oficial de tránsito Gerardo Cascante Pereira, en el sector San José centro, avenida 6, calles 8 y 10, frente al Hotel El Oriente, detuvo el vehículo BJN755 que era conducido por el señor Bernardo Daniel Cambronero Salas (folios 04 y 05).

Tercero: Que, al momento de ser detenido, en el vehículo BJN755 viajaban cinco pasajeros identificados con el nombre de Delia Gómez Araya, cédula de identidad número 1-0665-0868, Zinia Somarribas Escalante, cédula de identidad número 1-1190-0083, Mónica Rodríguez Lascarez, cédula de identidad número 1-1421-0821, Pedro Espinoza Arana, cédula de identidad número 1-1654-0019 y Emmanuel Quesada Lacayo, cédula de identidad número 1-1192-0571, a quienes el señor Bernardo Daniel Cambronero Salas se encontraba prestando el servicio de transporte remunerado de personas desde San José, avenida 6, calles 6 y 8 hasta Office Depot en La Uruca, a cambio de un pago mensual por cada pasajero; según lo informado por las pasajeras y lo consignado por los oficiales de tránsito en la documentación (folios 04 al 07).

Cuarto: Que el vehículo placa BJN755 no aparece en los registros del Departamento de Administración de Concesiones y Permisos del Ministerio de Obras Públicas y Transportes, como que se le haya emitido algún código amparado a una empresa prestataria del servicio de transporte público, modalidad permiso especial estable de taxi (folio 26).

III.—Hacer saber al señor Bernardo Daniel Cambronero Salas y al señor Braulio Andrey Campos Hernández, que:

1.         La falta, consistente en la prestación no autorizada del servicio de transporte remunerado de personas, les es imputable ya que de conformidad con los artículos 5° de la ley 7593, 2° y 3° de la Ley 7969, 1° de la Ley 3503 y 42 de la Ley 9078; para prestar el servicio público de transporte remunerado de personas es condición indispensable (conditio sine qua non) contar con la respectiva concesión o permiso. Por lo que al señor Bernardo Daniel Cambronero Salas, se le atribuye la prestación del servicio público de transporte remunerado de personas, sin contar con la respectiva autorización estatal y sin contar con placas de transporte público debidamente adjudicadas y al señor Braulio Andrey Campos Hernández se le atribuye el haber consentido en la prestación no autorizada del servicio de transporte remunerado de personas con un vehículo de su propiedad.

2.         De comprobarse la comisión de la falta imputada por parte del señor Bernardo Daniel Cambronero Salas y por parte del señor Braulio Andrey Campos Hernández, podría imponérseles una sanción al pago solidario de una multa de cinco a diez veces el valor del daño causado, o bien una multa de cinco a veinte salarios base mínimo fijado en la Ley 7337, si no puede determinarse el daño, cuyo monto para el año 2017 era de ¢ 426 200,00 (cuatrocientos veintiséis mil doscientos colones), de acuerdo con lo establecido por la Corte Suprema de Justicia en la sesión ordinaria Nº 113-16 del 20 de diciembre de 2016.

3.         En la Dirección General de Atención al Usuario de la Autoridad Reguladora, sede del órgano director del procedimiento, ubicada en el primer piso del Edificio Turrubares del Centro Empresarial Multipark ubicado 100 metros al norte de Construplaza en Guachipelín de Escazú, podrán consultar el expediente administrativo en horario de las 8:00 a las 16:00 horas, de lunes a viernes, (menos los días feriados), horario dentro del cual podrán fotocopiar el expediente, con cargo al interesado.

4.         Todos los escritos y documentos adjuntos deberán dirigirse al órgano director y ser presentados en la recepción de documentos de la Autoridad Reguladora, ubicada en la sede antes señalada.

5.       Sólo las partes y sus respectivos abogados debidamente acreditados en autos tendrán acceso al expediente, el cual consta de la documentación siguiente:

a)       Oficio DVT-DGPT-UPT-2017-677 del 24 de noviembre de 2017 emitido por el Departamento de Operaciones Policiales de Tránsito de la Dirección General de Policía de Tránsito del MOPT.

b)         Boleta de citación de citación Nº 2-2017-238000950 del 20 de noviembre de 2017 confeccionada a nombre del señor Bernardo Daniel Cambronero Salas, conductor del vehículo particular placa BJN755 por la supuesta prestación no autorizada del servicio de transporte público remunerado de personas ese día.

c)       Acta de “Recolección de información para investigación administrativa”, en la que se describen los hechos ocurridos en el operativo de detención del vehículo.

d)         Documento Nº 58668 denominado “Inventario de Vehículos Detenidos” con los datos de identificación del vehículo detenido en el operativo.

e)         Consulta a la página electrónica del Registro Nacional sobre los datos de inscripción del vehículo placa BJN755.

f)          Consulta a la página electrónica del Registro Civil sobre los datos de identidad de los investigados.

g)         Constancia laboral y carta firmada por los supuestos pasajeros transportados durante la detención.

h)         Constancia DACP-2017-2262 emitida por el Departamento Administración Concesiones y Permisos del MOPT sobre las autorizaciones dadas al vehículo investigado.

i)          Resolución RRG-617-2017 de las 10:20 horas del 21 de diciembre de 2017 en la cual consta el levantamiento de la medida cautelar.

j)          Informe IN-0956-DGAU-2021 18 de noviembre de 2020 que es el informe de valoración inicial del procedimiento ordinario.

k)         Resolución RE-1646-RG-2020 de las 10:50 horas del 24 de noviembre de 2021 en la cual se nombró al órgano director del procedimiento.

6.         La citación a rendir declaración como testigos de los oficiales de tránsito actuantes queda sujeta a la disponibilidad de esos funcionarios debido a que deben brindar atención prioritaria de vigilancia al cumplimiento de las medidas sanitarias impuestas por la pandemia del Covid-19.

7.         El órgano director podrá incorporar más elementos de prueba, de acuerdo con sus facultades legales.

8.         Se citará a las partes a una comparecencia oral y privada para que comparezcan personalmente o por medio de apoderado y para que ejerzan su derecho de defensa. Se realizará a las 09:30 horas del 02 de marzo del 2022 en la sede de la Autoridad Reguladora en Guachipelín de Escazú. Para tal efecto los interesados deberán presentarse en la recepción de la Institución a la hora y fecha señalada supra.

9.         Deben aportar todos sus alegatos y pruebas a más tardar el día de la comparecencia oral y privada, o antes si a bien lo tienen, en cuyo caso la presentación habrá de ser por escrito. La prueba que por culpa de la parte proponente no haya sido posible recibir en la comparecencia oral y privada, se declarará inevacuable. En el caso de los medios de prueba que requieran una preparación previa a la comparecencia, su ofrecimiento deberá ser comunicado con suficiente antelación al órgano director a fin de decidir su admisión y proceder de conformidad. Se hace saber, además, que, en caso de ofrecer prueba testimonial, deben indicarse las calidades generales de los testigos y señalar los hechos sobre los cuales van a declarar y quedará bajo su responsabilidad traer a la comparecencia los testigos ofrecidos, de conformidad con el artículo 312 de la Ley L.G.A.P., para lo cual podrán solicitar al órgano director que emita las cédulas de citación de los testigos, con al menos cinco días naturales de antelación a la fecha de la comparecencia. La notificación de las cédulas de citación se hará por medio de la parte interesada, quien deberá devolverlas al órgano director debidamente firmadas por los testigos, a más tardar el día de la comparecencia.

10.        Se advierte que de presentarse en forma tardía a la comparecencia, la tomarán en el estado en que se encuentre, y de no comparecer el día y hora que señale el órgano director, sin que medie causa justa debidamente comunicada al órgano director, se continuará con el procedimiento y se resolverá el caso con los elementos de juicio existentes, sin que eso valga como aceptación de los hechos, pretensiones ni prueba de la Administración, aunque el órgano director podrá evacuar la prueba previamente ofrecida por la parte ausente, si fuera posible, de conformidad con el artículo 316 de la Ley L.G.A.P. Y que podrán contar con patrocinio letrado.

11.        Dentro del plazo de tres días hábiles a partir de la notificación de la presente resolución, deben señalar dirección exacta y/o medio para atender futuras notificaciones, bajo el apercibimiento de que, en caso de omisión, quedarán notificados de los actos subsiguientes veinticuatro horas después de dictados. Lo mismo sucederá si el medio escogido imposibilitare la notificación por causas ajenas a la Autoridad Reguladora, o si el lugar señalado permaneciere cerrado, fuere impreciso, incierto o inexistente. Para las notificaciones a efectuarse en este procedimiento se tendrán por habilitados todos los días y horas al amparo del artículo 267.3 de la Ley L.G.A.P.

III.—Notificar la presente resolución al señor Bernardo Daniel Cambronero Salas (conductor) y al señor Braulio Andrey Campos Hernández (propietario registral), en la dirección física exacta que conste en el expediente administrativo, de conformidad con lo establecido en el inciso a) del artículo 19 de la Ley 8687. En caso de no existir ningún lugar señalado en autos, se procederá con la notificación mediante publicación en la sección de notificaciones de La Gaceta.

De conformidad con lo establecido en la L.G.A.P., se informa que contra la presente resolución cabe la interposición de los recursos ordinarios de revocatoria y apelación, los cuales deberán interponerse dentro del plazo de veinticuatro horas, contado a partir del día hábil inmediato siguiente al día en que quede debidamente notificado este acto.

El recurso de revocatoria corresponderá resolverlo al órgano director del procedimiento y el recurso de apelación corresponderá resolverlo al Regulador General. Notifíquese.—Lucy María Arias Chaves, Órgano Director.—O.C. Nº 082202210380.—Solicitud Nº 337550.—( IN2022633946 ).

PUBLICACIÓN DE PRIMERA VEZ

Resolución RE-0286-DGAU-2021 de las 13:31 horas del 10 de noviembre de 2021.

Realiza el órgano director la intimación de cargos en el procedimiento ordinario seguido al señor Allan Aragón Pérez, portador de la cédula de identidad 1-1615-0487 (Conductor) y a la señora Zaira María Pérez Gazo, portadora del documento de identidad número DM155811960732 (Propietaria registral), por la supuesta prestación no autorizada del servicio público de transporte remunerado de personas. Expediente digital OT-369-2017.

Resultando:

I.—Que el 12 de febrero de 2004, mediante resolución RRG-3333-2004 de las 15:30 horas de ese día, publicada en La Gaceta 36 del 20 de febrero de 2004, la Autoridad Reguladora de los Servicios Públicos facultó al Ministerio de Obras Públicas y Transportes para que por los medios que estimara pertinentes, removiera los vehículos que se encontraran prestando el servicio público de transporte remunerado de personas, sin autorización del Estado.

II.—Que el 29 de noviembre de 2017, se recibió el oficio DVT-DGPT-UPT-2017-724 del 28 de ese mes, emitido por el Departamento de Operaciones Policiales de Tránsito de la Dirección General de Policía de Tránsito del MOPT, mediante el cual se remitió la información siguiente: a) La boleta de citación N° 2-2017-248601139, confeccionada a nombre del señor Allan Aragón Pérez, portador de la cédula de identidad N° 1-1615-0487, conductor del vehículo particular placa BDV926 por supuestamente haber prestado de forma no autorizada el servicio de transporte público remunerado de personas, modalidad taxi el día 20 de noviembre del 2017; b) El acta de “Recolección de información para investigación administrativa”, en la que se describen los hechos ocurridos en el operativo de detención del vehículo y en la que se recopila información sobre los pasajeros transportados y c) El documento denominado “Inventario de Vehículos Detenidos” en el cual se consignan los datos de identificación del vehículo y de la delegación de tránsito en la que quedó depositado (folios 04 al 07).

III.—Que en la boleta de citación N° 2-2017-248601139 emitida a las 08:02 horas del 20 de noviembre del 2017 -en resumen- se consignó que se había detenido el vehículo placa BDV926 en la vía pública porque el conductor prestaba el servicio de transporte público sin contar con la autorización del CTP del MOPT (folio 04).

IV.—Que en el acta de recolección de información para la investigación administrativa levantada por el oficial de tránsito Pablo Agüero Rojas se consignó, en resumen, que, en el sector San José, San José centro, La Merced frente al parqueo de Musi, en un operativo de control vehicular de rutina se había detenido el vehículo placa BDV926. Se consignaron los datos de identificación del conductor y del vehículo. Además, se consignó que en el vehículo viajaban varios pasajeros, se indican datos personales de dos de ellos en el informe, quienes indicaron que se dirigían desde Pavas, Escuela Rincón Grande, Lomas del Río hasta Hospitales y Barrio México, a cambio de ¢500 (quinientos colones) por persona (folio 4 al 7).

V.—Que el 12 de diciembre de 2017, se consultó la página electrónica del Registro Nacional para verificar la condición de inscripción del vehículo detenido y las calidades del propietario, dando como resultado que el vehículo placa BDV926 se encontraba debidamente inscrito y es propiedad de la señora Zaira María Pérez Gazo, portadora del documento de identidad número DM155811960732 (folio 08).

VI.—Que el 07 de diciembre del 2017, se recibió la constancia DACP-2017-2345 emitida por el Departamento Administración Concesiones y Permisos, Proceso SEETAXI, del MOPT en la que se indica que según los reportes que genera el sistema emisor de permisos al vehículo placa BDV926 no se le ha emitido código amparado a una empresa prestataria del servicio de transporte público, modalidad permiso especial estable de taxi. Dicha constancia fue solicitada por el Ente Regulador al amparo del convenio de cooperación suscrito con el MOPT para regular la prestación del servicio de transporte remunerado de personas (folio 10).

VII.—Que el 09 de enero del 2018, el Regulador General por resolución RRG-014-2018 de las 08:35 horas levantó la medida cautelar decretada contra el vehículo placa BDV926 y ordenó a la Dirección General de la Policía de Tránsito del MOPT que devolviera el vehículo a su propietaria registral o a quien demostrare ser mandatario legítimo de éste, por medio de poder especial otorgado en escritura pública (folios 11 al 17).

VIII.—Que el 18 de noviembre del 2020, la Dirección General de Atención al Usuario por documento IN-0957-DGAU-2020 emitió el informe de valoración inicial, en el cual concluyó que con la información constante en autos podía iniciarse el procedimiento ordinario de investigación (folios 20 al 25).

IX.—Que el 24 de noviembre del 2020, el Regulador General por resolución RE-1642-RG-2020 de las 10:30 horas de ese día, ordenó el inicio del procedimiento ordinario y nombró como integrantes del órgano director del procedimiento a las abogadas Lucy Arias Chaves como titular y María Marta Rojas Chaves, como suplente (folios 27 al 37).

Considerando:

I.—Que de conformidad con lo establecido en el artículo 9° inciso 17) del Reglamento de Organización y Funciones de la Autoridad Reguladora (RIOF) corresponde al Regulador General ordenar la apertura de los procedimientos administrativos en los cuales se apliquen como sanción una multa, así como dictar los actos preparatorios, las medidas cautelares y la resolución final, además, de conocer las impugnaciones que se presenten.

II.—Que por su parte el artículo 22 inciso 11) del RIOF asignó a la Dirección General de Atención al Usuario la función de llevar a cabo la gestión de los procedimientos de resolución de quejas, controversias y denuncias.

III.—Que el artículo 38 inciso d) de la Ley 7593 faculta a la Autoridad Reguladora a tramitar procedimientos administrativos sancionatorios contra los prestadores de servicios públicos que incurran en una prestación no autorizada del servicio público aplicando para ello el procedimiento ordinario de la Ley General de la Administración Pública (L.G.A.P.). También dispone que de comprobarse la falta se aplicará una sanción de multa que podrá ser de cinco a diez veces el valor del daño causado cuando éste pueda ser determinado, o se aplicará una multa cuyo monto equivaldrá de 5 a 20 salarios base mínimos fijados en la Ley 7337 del 5 de mayo de 1993, cuando se no logre determinar dicho daño.

IV.—Que artículo 5° de la ley 7593, detalla los servicios públicos a los que la Autoridad Reguladora le corresponde fijar los precios y las tarifas y también velar por el cumplimiento de las normas de calidad, cantidad, confiabilidad, continuidad, oportunidad y prestación óptima. Además, establece los entes a los cuales les corresponde otorgar la autorización para prestar dichos servicios. Entre ellos se encuentra el transporte público remunerado de personas, en cualquiera de sus modalidades, salvo el aéreo.

V.—Que de conformidad con los artículos 2° y 3° de la Ley 7969, el transporte remunerado de personas es un servicio público cuyo titular es el Estado, sea que se realice por medio de autobuses, busetas, microbuses, taxis, automóviles o cualquier otro tipo de vehículo automotor, que se ofrezca al público en general, que se ofrezca a personas usuarias o a grupos determinados de usuarios con necesidades específicas, que constituyen demandas especiales.

VI.—Que por tratarse de un servicio público es necesario obtener una concesión para prestar el transporte remunerado de personas. En este sentido el artículo 1° de la Ley 3503, del 16 de agosto de 1965, dispuso que “El transporte remunerado de personas en vehículos automotores colectivos, excepto los automóviles de servicio de taxi regulado en otra ley, que se lleva a cabo por calles, carreteras y caminos dentro del territorio nacional, es un servicio público regulado, controlado y vigilado por el Ministerio de Obras Públicas y Transportes”. Además, ese artículo define la concesión, como el “derecho que el Estado otorga, previo trámite de licitación pública, para explotar comercialmente una línea por medio de uno o varios vehículos colectivos, tales como autobuses, busetas, microbuses o similares”.

VII.—Que por su parte los artículos 2° y 3° de la Ley 7969 establecen que el transporte remunerado de personas, modalidad taxi se explota mediante la figura de la concesión y que el servicio de transporte remunerado de personas modalidad servicio especial estable de taxi se explota mediante la figura del permiso. Por tal motivo es prohibido a los propietarios o conductores de vehículos particulares dedicarlos a la actividad del transporte público, sin contar con las respectivas autorizaciones y placas legalmente adjudicadas. En ese sentido la Ley de Tránsito por Vías Públicas Terrestres, N° 9078 establece en el artículo 42 la obligación de portar la documentación correspondiente en original y vigente y el artículo 130 impone la prohibición de emplear el vehículo para otros fines distintos a los establecidos en el certificado de propiedad.

VIII.—Que cuando un conductor de un vehículo particular se dedica a prestar el servicio de transporte remunerado de personas, sin contar con la debida autorización estatal o cuando un propietario de un vehículo particular permite que un vehículo de su propiedad sea dedicado a prestar dicho servicio sin la autorización de ley, incurren en la falta establecida en el inciso d) del artículo 38 de la Ley 7593 y, por tal motivo, se hacen acreedores de la sanción fijada en dicha norma jurídica. En el dictamen C-085-2008, del 26 de marzo de 2008, la Procuraduría General de la República expuso los alcances de esa sanción al señalar que: “Ahora bien, en el caso de la sanción de multa establecida en el artículo 38, inciso d) de la Ley de la ARESEP tenemos que su finalidad es precisamente desincentivar la prestación de un servicio público sin estar autorizado para ello. En el caso del servicio de transporte es obvio que un chofer por sí solo, es decir, sin el vehículo correspondiente, no podría brindar el servicio. Por consiguiente, la sanción debe dirigirse contra quien brinda el servicio (chofer) y también contra el propietario del vehículo”. Dado que el vehículo es el medio con el cual un conductor puede brindar un servicio público sin autorización estatal, su propietario registral puede ser sancionado y por tal motivo es menester incluirlo en el procedimiento ordinario a fin de que se le garantice el derecho de defensa.

IX.—Que la L.G.A.P., en el artículo 308 obliga a seguir el procedimiento ordinario desarrollado en el Título Sexto de esa ley, cuando el acto final pueda causarle perjuicio grave al administrado, al imponerle obligaciones, suprimirle o denegarle derechos subjetivos, o al establecerle cualquier otra forma de lesión grave y directa a sus derechos o intereses legítimos. En resumen, el procedimiento administrativo es una unidad formal de actos coordinados entre sí, que tienen por objeto alcanzar un acto final que refleje la verdad real de los hechos investigados. Es por esa razón que el órgano director debe realizar todos los actos necesarios para averiguar la verdad real de los hechos que dan base a ese procedimiento y que sirven de motivo al acto final en la forma más fiel, completa y posible. Para ello debe adoptar todas las medidas probatorias pertinentes o necesarias; debe otorgar y vigilar el respeto al debido proceso y debe conceder el derecho de defensa al administrado, teniendo todas las competencias otorgadas en la L.G.A.P.

X.—Que tal como se desglosó en el apartado de antecedentes del informe de valoración inicial, se considera que hay mérito suficiente para iniciar un procedimiento ordinario contra el señor Allan Aragón Pérez portador  de la cédula de identidad 1-1615-0487(conductor) y contra la señora Zaira María Pérez Gazo, portadora del documento de identidad número DM155811960732 (propietaria registral) por supuestamente haber prestado sin autorización el servicio de transporte remunerado de personas, lo cual está establecido como falta en el inciso d) del artículo 38 de la Ley 7593, toda vez que la documentación aportada por la Dirección General de la Policía de Tránsito y los elementos de juicio que constan en autos, hacen suponer que pudo cometerse esa falta.

XI.—Que la instrucción del procedimiento será llevada a cabo por el órgano director, quien ostentará las facultades y competencias establecidas en los artículos 214 al 238 la L.G.A.P.

XII.—Que, además, como parte de la garantía constitucional del debido proceso, el administrado tiene derecho a ejercer su defensa en forma razonable, para lo cual es necesario que tenga una intimación oportuna y completa de los hechos que se le imputan, tal como lo establece el artículo 220 de la L.G.A.P.

XIII.—Que el objeto de este procedimiento ordinario es establecer la verdad real de los hechos investigados, es decir, determinar si hubo un posible incumplimiento de normativa vigente, al prestarse sin autorización estatal el servicio de transporte remunerado de personas, lo cual es sancionado en el artículo 38 inciso d) de la Ley 7593 con la imposición de una multa.

XIV.—Que para el año 2017 el salario base de la Ley 7337 era de ¢ 426 200,00 (cuatrocientos veintiséis mil doscientos colones) de acuerdo con lo establecido por la Corte Suprema de Justicia en la sesión ordinaria N° 113-16 del 20 de diciembre de 2016. Por tanto,

Con fundamento en las competencias otorgadas en la Ley 7593, en la L.G.A.P., en el Decreto 29732-MP que es el Reglamento a la Ley 7593 y en el Reglamento Interno de Organización y Funciones;

EL ÓRGANO DIRECTOR,

RESUELVE:

I.—Iniciar el procedimiento ordinario tendente a determinar la verdad real de los hechos y establecer la eventual responsabilidad administrativa del señor Allan Aragón Pérez (conductor) y de la señora Zaira María Pérez Gazo (propietaria registral) por la supuesta prestación no autorizada del servicio de transporte público remunerado de personas.

II.—Indicar que la eventual determinación de responsabilidad administrativa podría acarrearle al señor Allan Aragón Pérez y a la señora Zaira María Pérez Gazo, la imposición de una sanción que podría oscilar de cinco a diez veces el valor del daño causado que se determine, o, cuando no fuere posible determinar el daño, en la imposición de una multa que podría oscilar entre cinco a veinte salarios base mínimos fijados en la Ley 7337, mismo que para el año 2017 era de ¢ 426 200,00 (cuatrocientos veintiséis mil doscientos colones), de acuerdo con lo establecido por la Corte Suprema de Justicia en la sesión ordinaria N° 113-16 del 20 de diciembre de 2016. Lo anterior con base en los hechos y cargos siguientes, sobre los cuales los investigados quedan debidamente intimados:

Primero: Que el vehículo placa BDV926 es propiedad de la señora Zaira María Pérez Gazo, portadora del documento de identidad número DM155811960732 (folio 08).

Segundo: Que el 20 de noviembre del 2017, el oficial de tránsito Pablo Agüero Rojas, en el sector San José, San José centro, La Merced frente al parqueo de Musi, detuvo el vehículo placas BDV926 que era conducido por el señor Allan Aragón Pérez (folio 04).

Tercero: Que, al momento de ser detenido, en el vehículo placas BDV926 viajaban varios pasajeros entre los que se identificaron José Luis López Figueroa, documento de identidad DM155811586609 y Bertha Rodríguez Medina, documento de identidad número DM155819871202, a quienes el señor Allan Aragón Pérez se encontraba prestando el servicio de transporte remunerado de personas desde Pavas, Escuela Rincón Grande, Lomas del Río hasta Hospitales y Barrio México, a cambio ¢500 (quinientos colones) por persona; según lo informado por los pasajeros y lo consignado por los oficiales de tránsito en la documentación (folios 04 al 07).

Cuarto: Que el vehículo placa BDV926 no aparece en los registros del Departamento de Administración de Concesiones y Permisos del Ministerio de Obras Públicas y Transportes, como que se le haya emitido algún código amparado a una empresa prestataria del servicio de transporte público, modalidad permiso especial estable de taxi (folio 10).

III.—Hacer saber al señor Allan Aragón Pérez y a la señora Zaira María Pérez Gazo, que:

1.         La falta, consistente en la prestación no autorizada del servicio de transporte remunerado de personas, les es imputable ya que de conformidad con los artículos 5° de la ley 7593, 2° y 3° de la Ley 7969, 1° de la Ley 3503 y 42 de la Ley 9078; para prestar el servicio público de transporte remunerado de personas es condición indispensable (conditio sine qua non) contar con la respectiva concesión o permiso. Por lo que al señor Allan Aragón Pérez, se le atribuye la prestación del servicio público de transporte remunerado de personas, sin contar con la respectiva autorización estatal y sin contar con placas de transporte público debidamente adjudicadas y a la señora Zaira María Pérez Gazo se le atribuye el haber consentido en la prestación no autorizada del servicio de transporte remunerado de personas con un vehículo de su propiedad.

2.         De comprobarse la comisión de la falta imputada por parte del señor Allan Aragón Pérez y por parte de la señora Zaira María Pérez Gazo, podría imponérseles una sanción al pago solidario de una multa de cinco a diez veces el valor del daño causado, o bien una multa de cinco a veinte salarios base mínimo fijado en la Ley 7337, si no puede determinarse el daño, cuyo monto para el año 2017 era de ¢ 426 200,00 (cuatrocientos veintiséis mil doscientos colones), de acuerdo con lo establecido por la Corte Suprema de Justicia en la sesión ordinaria N° 113-16 del 20 de diciembre de 2016.

3.         En la Dirección General de Atención al Usuario de la Autoridad Reguladora, sede del órgano director del procedimiento, ubicada en el primer piso del Edificio Turrubares del Centro Empresarial Multipark ubicado 100 metros al norte de Construplaza en Guachipelín de Escazú, podrán consultar el expediente administrativo en horario de las 8:00 a las 16:00 horas, de lunes a viernes, (menos los días feriados), horario dentro del cual podrán fotocopiar el expediente, con cargo al interesado.

4.       Todos los escritos y documentos adjuntos deberán dirigirse al órgano director y ser presentados en la recepción de documentos de la Autoridad Reguladora, ubicada en la sede antes señalada.

5.         Sólo las partes y sus respectivos abogados debidamente acreditados en autos tendrán acceso al expediente, el cual consta de la documentación siguiente:

a)         Oficio DVT-DGPT-UPT-2017-724 del 28 de noviembre de 2017 emitido por el Departamento de Operaciones Policiales de Tránsito de la Dirección General de Policía de Tránsito del MOPT.

b)         Boleta de citación de citación N° 2-2017-248601139 del 20 de noviembre del 2017 confeccionada a nombre del señor Allan Aragón Pérez, conductor del vehículo particular placa BDV926 por la supuesta prestación no autorizada del servicio de transporte público remunerado de personas ese día.

c)         Acta de “Recolección de información para investigación administrativa”, en la que se describen los hechos ocurridos en el operativo de detención del vehículo.

d)       Documento denominado “Inventario de Vehículos Detenidos” con los datos de identificación del vehículo detenido en el operativo.

e)         Consulta a la página electrónica del Registro Nacional sobre los datos de inscripción del vehículo placa BDV926.

f)          Consulta a la página electrónica del Registro Civil sobre los datos de identidad de los investigados.

g)         Constancia DACP-2017-2345 emitida por el Departamento Administración Concesiones y Permisos del MOPT sobre las autorizaciones dadas al vehículo investigado.

h)         Resolución RRG-014-2018 de las 08:35 horas del 09 de enero del 2017 en la cual consta el levantamiento de la medida cautelar.

i)          Informe IN-0957-DGAU-2021 18 de noviembre de 2020 que es el informe de valoración inicial del procedimiento ordinario.

j)          Resolución RE-1642-RG-2020 de las 10:30 horas del 24 de noviembre de 2021 en la cual se nombró al órgano director del procedimiento.

6.       La citación a rendir declaración como testigos de los oficiales de tránsito actuantes queda sujeta a la disponibilidad de esos funcionarios debido a que deben brindar atención prioritaria de vigilancia al cumplimiento de las medidas sanitarias impuestas por la pandemia del Covid-19.

7.         El órgano director podrá incorporar más elementos de prueba, de acuerdo con sus facultades legales.

8.         Se citará a las partes a una comparecencia oral y privada para que comparezcan personalmente o por medio de apoderado y para que ejerzan su derecho de defensa. Se realizará a las 13:30 horas del 02 de marzo del 2022 en la sede de la Autoridad Reguladora en Guachipelín de Escazú. Para tal efecto los interesados deberán presentarse en la recepción de la Institución a la hora y fecha indicada supra.

9.         Deben aportar todos sus alegatos y pruebas a más tardar el día de la comparecencia oral y privada, o antes si a bien lo tienen, en cuyo caso la presentación habrá de ser por escrito. La prueba que por culpa de la parte proponente no haya sido posible recibir en la comparecencia oral y privada, se declarará inevacuable. En el caso de los medios de prueba que requieran una preparación previa a la comparecencia, su ofrecimiento deberá ser comunicado con suficiente antelación al órgano director a fin de decidir su admisión y proceder de conformidad. Se hace saber, además, que, en caso de ofrecer prueba testimonial, deben indicarse las calidades generales de los testigos y señalar los hechos sobre los cuales van a declarar y quedará bajo su responsabilidad traer a la comparecencia los testigos ofrecidos, de conformidad con el artículo 312 de la Ley L.G.A.P., para lo cual podrán solicitar al órgano director que emita las cédulas de citación de los testigos, con al menos cinco días naturales de antelación a la fecha de la comparecencia. La notificación de las cédulas de citación se hará por medio de la parte interesada, quien deberá devolverlas al órgano director debidamente firmadas por los testigos, a más tardar el día de la comparecencia.

10.        Se advierte que de presentarse en forma tardía a la comparecencia, la tomarán en el estado en que se encuentre, y de no comparecer el día y hora que señale el órgano director, sin que medie causa justa debidamente comunicada al órgano director, se continuará con el procedimiento y se resolverá el caso con los elementos de juicio existentes, sin que eso valga como aceptación de los hechos, pretensiones ni prueba de la Administración, aunque el órgano director podrá evacuar la prueba previamente ofrecida por la parte ausente, si fuera posible, de conformidad con el artículo 316 de la Ley L.G.A.P. Y que podrán contar con patrocinio letrado.

11.        Dentro del plazo de tres días hábiles a partir de la notificación de la presente resolución, deben señalar dirección exacta y/o medio para atender futuras notificaciones, bajo el apercibimiento de que, en caso de omisión, quedarán notificados de los actos subsiguientes veinticuatro horas después de dictados. Lo mismo sucederá si el medio escogido imposibilitare la notificación por causas ajenas a la Autoridad Reguladora, o si el lugar señalado permaneciere cerrado, fuere impreciso, incierto o inexistente. Para las notificaciones a efectuarse en este procedimiento se tendrán por habilitados todos los días y horas al amparo del artículo 267.3 de la Ley L.G.A.P.

III.—Notificar la presente resolución al señor Allan Aragón Pérez (conductor) y a la señora Zaira María Pérez Gazo (propietaria registral), en la dirección física exacta que conste en el expediente administrativo, de conformidad con lo establecido en el inciso a) del artículo 19 de la Ley 8687. En caso de no existir ningún lugar señalado en autos, se procederá con la notificación mediante publicación en la sección de notificaciones de La Gaceta.

De conformidad con lo establecido en la L.G.A.P., se informa que contra la presente resolución cabe la interposición de los recursos ordinarios de revocatoria y apelación, los cuales deberán interponerse dentro del plazo de veinticuatro horas, contado a partir del día hábil inmediato siguiente al día en que quede debidamente notificado este acto.

El recurso de revocatoria corresponderá resolverlo al órgano director del procedimiento y el recurso de apelación corresponderá resolverlo al Regulador General. Notifíquese.—Lucy María Arias Chaves, Órgano Director.—O.C. N° 082202210380.—Solicitud N° 337558.— ( IN2022634001 ).

Resolución RE-0248-DGAU-2021 de las 12:05 horas del 10 de noviembre de 2021. Realiza El Órgano Director la intimación de cargos en el procedimiento ordinario seguido al Señor Everth Miranda Icabalzeta, portador del documento de identidad DM 155814775515 (conductor y propietario registral), por la supuesta prestación no autorizada del servicio público de transporte remunerado de personas. Expediente digital OT-22-2018.

Resultando:

I.—Que el 12 de febrero de 2004 mediante resolución RRG-3333-2004 de las 15:30 horas de ese día, publicada en La Gaceta 36 del 20 de febrero de 2004, la Autoridad Reguladora de los Servicios Públicos facultó al Ministerio de Obras Públicas y Transportes para que por los medios que estimara pertinentes, removiera los vehículos que se encontraran prestando el servicio público de transporte remunerado de personas, sin autorización del Estado.

II.—Que el 7 de diciembre del 2017, se recibió el oficio DVT-DGPT-UTP-2017774 del 04 de diciembre del 2017, emitido por el Departamento de Operaciones Policiales de Tránsito de la Dirección General de Policía de Tránsito del MOPT, mediante el cual se remitió la información siguiente: a) La boleta de citación Nº 2-2017-92500566, confeccionada a nombre del señor Everth Miranda Icabalzeta, portador del documento de identidad DM 155814775515, conductor del vehículo particular placa 759665 por supuestamente haber prestado de forma no autorizada el servicio de transporte público remunerado de personas, modalidad taxi el día 27 de noviembre del 2017; b) El acta de “Recolección de información para investigación administrativa”, en la que se describen los hechos ocurridos en el operativo de detención del vehículo y en la que se recopila información sobre los pasajeros transportados y c) El documento denominado “Inventario de Vehículos Detenidos” en el cual se consignan los datos de identificación del vehículo y de la delegación de tránsito en la que quedó depositado (folios 02 al 07).

III.—Que en la boleta de citación Nº 2-2017-92500566 emitida a las 15:27 horas del 27 de noviembre del 2017 -en resumen- se consignó que se había detenido el vehículo placa 759665 en la vía pública porque el conductor prestaba el servicio de transporte público sin contar con la autorización del CTP del MOPT. También se consignó que viajaba con tres pasajeras cuyos datos se indicaban en el informe (folios 4).

IV.—Que en el acta de recolección de información para la investigación administrativa levantada por el oficial de tránsito Roger Sanabria Barquero se consignó, en resumen, que, en el sector Heredia, Sarapiquí, Puerto Viejo, frente a la Municipalidad, en un operativo de control vehicular de rutina se había detenido el vehículo placa 759665. Se consignaron los datos de identificación del conductor y del vehículo. Además, se consignó que en el vehículo viajaban Blanca Iris Álvarez Álvarez, cédula de identidad número 40159-0615, Andrea Roice Flores, documento de identidad número DM155801893911 y Viviana Brenes Delgado, cédula de identidad número 20648-0066, quienes informaron que se dirigían desde Barrio Cristo Rey hasta el centro de Puerto Viejo de Sarapiquí, a cambio de ¢500 (quinientos colones) por persona (folio 5).

V.—Que el 19 de diciembre del 2017, se consultó la página electrónica del Registro Nacional para verificar la condición de inscripción del vehículo detenido y las calidades del propietario, dando como resultado que el vehículo placa 759665 se encontraba debidamente inscrito y era propiedad del señor Everth Miranda Icabalzeta, portador del documento de identidad DM 155814775515 (folio 9).

VI.—Que el 12 de diciembre del 2017, se recibió la constancia DACP-2017-2472 emitida por el Departamento Administración Concesiones y Permisos, Proceso SEETAXI, del MOPT en la que se indica que según los reportes que genera el sistema emisor de permisos al vehículo placa 759665 no se le ha emitido código amparado a una empresa prestataria del servicio de transporte público, modalidad permiso especial estable de taxi. Dicha constancia fue solicitada por el Ente Regulador al amparo del convenio de cooperación suscrito con el MOPT para regular la prestación del servicio de transporte remunerado de personas (folio 28).

VII.—Que el 09 de enero del 2018 el Regulador General por resolución RRG-0112018 de las 08:20 horas levantó la medida cautelar decretada contra el vehículo placa 759665 y ordenó a la Dirección General de la Policía de Tránsito del MOPT que devolviera el vehículo a su propietario registral o a quien demostrare ser mandatario legítimo de éste, por medio de poder especial otorgado en escritura pública (folios 21 al 27).

VIII.—Que el 18 de julio del 2019, la Dirección General de Atención al Usuario por documento IN-201-DGAU-2019 emitió el informe de valoración inicial, en el cual concluyó que con la información constante en autos podía iniciarse el procedimiento ordinario de investigación (folios 62 al 69).

IX.—Que el 05 de agosto del 2019, el Regulador General por resolución RE-0106RG-2019 de las 11:20 horas de ese día, ordenó el inicio del procedimiento ordinario y nombró como integrantes del órgano director del procedimiento a las abogadas Lucy Arias Chaves como titular y María Marta Rojas Chaves, como suplente (folios 71 al 79).

Considerando:

I.—Que de conformidad con lo establecido en el artículo 9° inciso 17) del Reglamento de Organización y Funciones de la Autoridad Reguladora (RIOF) corresponde al Regulador General ordenar la apertura de los procedimientos administrativos en los cuales se apliquen como sanción una multa, así como dictar los actos preparatorios, las medidas cautelares y la resolución final, además, de conocer las impugnaciones que se presenten.

II.—Que por su parte el artículo 22 inciso 11) del RIOF asignó a la Dirección General de Atención al Usuario la función de llevar a cabo la gestión de los procedimientos de resolución de quejas, controversias y denuncias.

III.—Que el artículo 38 inciso d) de la Ley 7593 faculta a la Autoridad Reguladora a tramitar procedimientos administrativos sancionatorios contra los prestadores de servicios públicos que incurran en una prestación no autorizada del servicio público aplicando para ello el procedimiento ordinario de la Ley General de la Administración Pública (L.G.A.P.). También dispone que de comprobarse la falta se aplicará una sanción de multa que podrá ser de cinco a diez veces el valor del daño causado cuando éste pueda ser determinado, o se aplicará una multa cuyo monto equivaldrá de 5 a 20 salarios base mínimos fijados en la Ley 7337 del 5 de mayo de 1993, cuando se no logre determinar dicho daño.

IV.—Que artículo 5° de la ley 7593, detalla los servicios públicos a los que la Autoridad Reguladora le corresponde fijar los precios y las tarifas y también velar por el cumplimiento de las normas de calidad, cantidad, confiabilidad, continuidad, oportunidad y prestación óptima. Además, establece los entes a los cuales les corresponde otorgar la autorización para prestar dichos servicios. Entre ellos se encuentra el transporte público remunerado de personas, en cualquiera de sus modalidades, salvo el aéreo.

V.—Que de conformidad con los artículos 2° y 3° de la Ley 7969, el transporte remunerado de personas es un servicio público cuyo titular es el Estado, sea que se realice por medio de autobuses, busetas, microbuses, taxis, automóviles o cualquier otro tipo de vehículo automotor, que se ofrezca al público en general, que se ofrezca a personas usuarias o a grupos determinados de usuarios con necesidades específicas, que constituyen demandas especiales.

VI.—Que por tratarse de un servicio público es necesario obtener una concesión para prestar el transporte remunerado de personas. En este sentido el artículo 1° de la Ley 3503, del 16 de agosto de 1965, dispuso que “El transporte remunerado de personas en vehículos automotores colectivos, excepto los automóviles de servicio de taxi regulado en otra ley, que se lleva a cabo por calles, carreteras y caminos dentro del territorio nacional, es un servicio público regulado, controlado y vigilado por el Ministerio de Obras Públicas y Transportes”. Además, ese artículo define la concesión, como el “derecho que el Estado otorga, previo trámite de licitación pública, para explotar comercialmente una línea por medio de uno o varios vehículos colectivos, tales como autobuses, busetas, microbuses o similares”.

VII.—Que por su parte los artículos 2° y 3° de la Ley 7969 establecen que el transporte remunerado de personas, modalidad taxi se explota mediante la figura de la concesión y que el servicio de transporte remunerado de personas modalidad servicio especial estable de taxi se explota mediante la figura del permiso. Por tal motivo es prohibido a los propietarios o conductores de vehículos particulares dedicarlos a la actividad del transporte público, sin contar con las respectivas autorizaciones y placas legalmente adjudicadas. En ese sentido la Ley de Tránsito por Vías Públicas Terrestres, N° 9078 establece en el artículo 42 la obligación de portar la documentación correspondiente en original y vigente y el artículo 130 impone la prohibición de emplear el vehículo para otros fines distintos a los establecidos en el certificado de propiedad.

VIII.—Que cuando un conductor de un vehículo particular se dedica a prestar el servicio de transporte remunerado de personas, sin contar con la debida autorización estatal o cuando un propietario de un vehículo particular permite que un vehículo de su propiedad sea dedicado a prestar dicho servicio sin la autorización de ley, incurren en la falta establecida en el inciso d) del artículo 38 de la Ley 7593 y, por tal motivo, se hacen acreedores de la sanción fijada en dicha norma jurídica. En el dictamen C-085-2008, del 26 de marzo de 2008, la Procuraduría General de la República expuso los alcances de esa sanción al señalar que: “Ahora bien, en el caso de la sanción de multa establecida en el artículo 38, inciso d) de la Ley de la ARESEP tenemos que su finalidad es precisamente desincentivar la prestación de un servicio público sin estar autorizado para ello. En el caso del servicio de transporte es obvio que un chofer por sí solo, es decir, sin el vehículo correspondiente, no podría brindar el servicio. Por consiguiente, la sanción debe dirigirse contra quien brinda el servicio (chofer) y también contra el propietario del vehículo”. Dado que el vehículo es el medio con el cual un conductor puede brindar un servicio público sin autorización estatal, su propietario registral puede ser sancionado y por tal motivo es menester incluirlo en el procedimiento ordinario a fin de que se le garantice el derecho de defensa.

IX.—Que la L.G.A.P., en el artículo 308 obliga a seguir el procedimiento ordinario desarrollado en el Título Sexto de esa ley, cuando el acto final pueda causarle perjuicio grave al administrado, al imponerle obligaciones, suprimirle o denegarle derechos subjetivos, o al establecerle cualquier otra forma de lesión grave y directa a sus derechos o intereses legítimos. En resumen, el procedimiento administrativo es una unidad formal de actos coordinados entre sí, que tienen por objeto alcanzar un acto final que refleje la verdad real de los hechos investigados. Es por esa razón que el órgano director debe realizar todos los actos necesarios para averiguar la verdad real de los hechos que dan base a ese procedimiento y que sirven de motivo al acto final en la forma más fiel, completa y posible. Para ello debe adoptar todas las medidas probatorias pertinentes o necesarias; debe otorgar y vigilar el respeto al debido proceso y debe conceder el derecho de defensa al administrado, teniendo todas las competencias otorgadas en la L.G.A.P.

X.—Que tal como se desglosó en el apartado de antecedentes del informe de valoración inicial, se considera que hay mérito suficiente para iniciar un procedimiento ordinario contra el señor Everth Miranda Icabalzeta portador  de la cédula de identidad DM 155814775515 (conductor y propietario registral) por supuestamente haber prestado sin autorización el servicio de transporte remunerado de personas, lo cual está establecido como falta en el inciso d) del artículo 38 de la Ley 7593, toda vez que la documentación aportada por la Dirección General de la Policía de Tránsito y los elementos de juicio que constan en autos, hacen suponer que pudo cometerse esa falta.

XI.—Que la instrucción del procedimiento será llevada a cabo por el órgano director, quien ostentará las facultades y competencias establecidas en los artículos 214 al 238 la L.G.A.P.

XII.—Que, además, como parte de la garantía constitucional del debido proceso, el administrado tiene derecho a ejercer su defensa en forma razonable, para lo cual es necesario que tenga una intimación oportuna y completa de los hechos que se le imputan, tal como lo establece el artículo 220 de la L.G.A.P.

XIII.—Que el objeto de este procedimiento ordinario es establecer la verdad real de los hechos investigados, es decir, determinar si hubo un posible incumplimiento de normativa vigente, al prestarse sin autorización estatal el servicio de transporte remunerado de personas, lo cual es sancionado en el artículo 38 inciso d) de la Ley 7593 con la imposición de una multa.

XIV.—Que para el año 2017 el salario base de la Ley 7337 era de ¢ 426 200,00 (cuatrocientos veintiséis mil doscientos colones) de acuerdo con lo establecido por la Corte Suprema de Justicia en la sesión ordinaria Nº 113-16 del 20 de diciembre de 2016. Por tanto.

Con fundamento en las competencias otorgadas en la Ley 7593, en la L.G.A.P., en el Decreto 29732-MP que es el Reglamento a la Ley 7593 y en el Reglamento Interno de Organización y Funciones;

EL ORGANO DIRECTOR

RESUELVE:

I.—Iniciar el procedimiento ordinario tendente a determinar la verdad real de los hechos y establecer la eventual responsabilidad administrativa del señor Everth Miranda Icabalzeta (conductor y propietario registral) por la supuesta prestación no autorizada del servicio de transporte público remunerado de personas.

II.—Indicar que la eventual determinación de responsabilidad administrativa podría acarrearle al señor Everth Miranda Icabalzeta, la imposición de una sanción que podría oscilar de cinco a diez veces el valor del daño causado que se determine, o, cuando no fuere posible determinar el daño, en la imposición de una multa que podría oscilar entre cinco a veinte salarios base mínimos fijados en la Ley 7337, mismo que para el año 2017 era de ¢ 426 200,00 (cuatrocientos veintiséis mil doscientos colones), de acuerdo con lo establecido por la Corte Suprema de Justicia en la sesión ordinaria Nº 113-16 del 20 de diciembre de 2016. Lo anterior con base en los hechos y cargos siguientes, sobre los cuales los investigados quedan debidamente intimados:

Primero: Que el vehículo placa 759665 es propiedad del señor Everth Miranda Icabalzeta, portador del documento de identidad DM 155814775515 (folio 9).

Segundo: Que el 27 de noviembre del 2017, el oficial de tránsito Roger Sanabria Barquero, en el sector Heredia, Sarapiquí, Puerto Viejo, frente a la Municipalidad detuvo el vehículo 759665 que era conducido por el señor Everth Miranda Icabalzeta (folios 4).

Tercero: Que, al momento de ser detenido, en el vehículo 759665 viajaban tres pasajeras identificados con el nombre de Blanca Iris Álvarez Álvarez, cédula de identidad número 4-0159-0615, Andrea Roice Flores, documento de identidad número DM155801893911 y Viviana Brenes Delgado, cédula de identidad número 2-0648-0066, a quienes el señor Everth Miranda Icabalzeta se encontraba prestando el servicio de transporte remunerado de personas desde Barrio Cristo Rey hasta el centro de Puerto Viejo de Sarapiquí, a cambio de ¢500 (quinientos colones) por persona; según lo informado por las pasajeras y lo consignado por los oficiales de tránsito en la documentación (folios 05).

Cuarto: Que el vehículo placa 759665 no aparece en los registros del Departamento de Administración de Concesiones y Permisos del Ministerio de Obras Públicas y Transportes, como que se le haya emitido algún código amparado a una empresa prestataria del servicio de transporte público, modalidad permiso especial estable de taxi (folio 28).

III.—Hacer saber al señor Everth Miranda Icabalzeta, que:

1.         La falta, consistente en la prestación no autorizada del servicio de transporte remunerado de personas, les es imputable ya que de conformidad con los artículos 5° de la ley 7593, 2° y 3° de la Ley 7969, 1° de la Ley 3503 y 42 de la Ley 9078; para prestar el servicio público de transporte remunerado de personas es condición indispensable (conditio sine qua non) contar con la respectiva concesión o permiso. Por lo que al señor Everth Miranda Icabalzeta, se le atribuye la prestación del servicio público de transporte remunerado de personas, sin contar con la respectiva autorización estatal y sin contar con placas de transporte público debidamente adjudicadas con un vehículo de su propiedad.

2.         De comprobarse la comisión de la falta imputada por parte del señor Everth Miranda Icabalzeta, podría imponérsele una sanción al pago de una multa de cinco a diez veces el valor del daño causado, o bien una multa de cinco a veinte salarios base mínimo fijado en la Ley 7337, si no puede determinarse el daño, cuyo monto para el año 2017 era de ¢ 426 200,00 (cuatrocientos veintiséis mil doscientos colones), de acuerdo con lo establecido por la Corte Suprema de Justicia en la sesión ordinaria Nº 113-16 del 20 de diciembre de 2016.

3.         En la Dirección General de Atención al Usuario de la Autoridad Reguladora, sede del órgano director del procedimiento, ubicada en el primer piso del Edificio Turrubares del Centro Empresarial Multipark ubicado 100 metros al norte de Construplaza en Guachipelín de Escazú, podrán consultar el expediente administrativo en horario de las 8:00 a las 16:00 horas, de lunes a viernes, (menos los días feriados), horario dentro del cual podrán fotocopiar el expediente, con cargo al interesado.

4.         Todos los escritos y documentos adjuntos deberán dirigirse al órgano director y ser presentados en la recepción de documentos de la Autoridad Reguladora, ubicada en la sede antes señalada.

5.         Sólo las partes y sus respectivos abogados debidamente acreditados en autos tendrán acceso al expediente, el cual consta de la documentación siguiente:

a)         Oficio del 04 de diciembre del 2017 emitido por el Departamento de Operaciones Policiales de Tránsito de la Dirección General de Policía de Tránsito del MOPT.

b)         Boleta de citación de citación Nº 2-2017-92500566 del 27 de noviembre del 2017 confeccionada a nombre del señor Everth Miranda Icabalzeta, conductor y propietario registral del vehículo particular placa 759665 por la supuesta prestación no autorizada del servicio de transporte público remunerado de personas ese día.

c)         Acta de “Recolección de información para investigación administrativa”, en la que se describen los hechos ocurridos en el operativo de detención del vehículo.

d)         Escrito de apelación con sus respectivos alegatos.

e)       Documento denominado “Inventario de Vehículos Detenidos” con los datos de identificación del vehículo detenido en el operativo.

f)          Consulta a la página electrónica del Registro Nacional sobre los datos de inscripción del vehículo placa 759665.

g)         Consulta a la página electrónica del Registro Civil sobre los datos de identidad de los investigados.

h)         Constancia DACP-2017-2472 emitida por el Departamento Administración Concesiones y Permisos del MOPT sobre las autorizaciones dadas al vehículo investigado.

i)          Resolución RRG-011-2018 de las 08:20 horas del 09 de enero del 2018 en la cual consta el levantamiento de la medida cautelar.

j)          Informe IN-201-DGAU-2019 del 18 de julio del 2019 que es el informe de valoración inicial del procedimiento ordinario.

k)         Resolución RE-0106-RG-2019 de las 11:20 horas del 05 de agosto del 2019 en la cual se nombró al órgano director del procedimiento.

6.         La citación a rendir declaración como testigos de los oficiales de tránsito actuantes queda sujeta a la disponibilidad de esos funcionarios debido a que deben brindar atención prioritaria de vigilancia al cumplimiento de las medidas sanitarias impuestas por la pandemia del Covid-19.

7.         El órgano director podrá incorporar más elementos de prueba, de acuerdo con sus facultades legales.

8.         Se citará a las partes a una comparecencia oral y privada para que comparezcan personalmente o por medio de apoderado y para que ejerzan su derecho de defensa. Se realizará a las 01:30 horas del 06 de abril del 2022 en la sede de la Autoridad Reguladora en Guachipelín de Escazú. Para tal efecto los interesados deberán presentarse en la recepción de la Institución a la hora y fecha señalada supra.

9.         Deben aportar todos sus alegatos y pruebas a más tardar el día de la comparecencia oral y privada, o antes si a bien lo tienen, en cuyo caso la presentación habrá de ser por escrito. La prueba que por culpa de la parte proponente no haya sido posible recibir en la comparecencia oral y privada, se declarará inevacuable. En el caso de los medios de prueba que requieran una preparación previa a la comparecencia, su ofrecimiento deberá ser comunicado con suficiente antelación al órgano director a fin de decidir su admisión y proceder de conformidad. Se hace saber, además, que, en caso de ofrecer prueba testimonial, deben indicarse las calidades generales de los testigos y señalar los hechos sobre los cuales van a declarar y quedará bajo su responsabilidad traer a la comparecencia los testigos ofrecidos, de conformidad con el artículo 312 de la Ley L.G.A.P., para lo cual podrán solicitar al órgano director que emita las cédulas de citación de los testigos, con al menos cinco días naturales de antelación a la fecha de la comparecencia. La notificación de las cédulas de citación se hará por medio de la parte interesada, quien deberá devolverlas al órgano director debidamente firmadas por los testigos, a más tardar el día de la comparecencia.

10.        Se advierte que de presentarse en forma tardía a la comparecencia, la tomarán en el estado en que se encuentre, y de no comparecer el día y hora que señale el órgano director, sin que medie causa justa debidamente comunicada al órgano director, se continuará con el procedimiento y se resolverá el caso con los elementos de juicio existentes, sin que eso valga como aceptación de los hechos, pretensiones ni prueba de la Administración, aunque el órgano director podrá evacuar la prueba previamente ofrecida por la parte ausente, si fuera posible, de conformidad con el artículo 316 de la Ley L.G.A.P. Y que podrán contar con patrocinio letrado.

11.        Dentro del plazo de tres días hábiles a partir de la notificación de la presente resolución, deben señalar dirección exacta y/o medio para atender futuras notificaciones, bajo el apercibimiento de que, en caso de omisión, quedarán notificados de los actos subsiguientes veinticuatro horas después de dictados. Lo mismo sucederá si el medio escogido imposibilitare la notificación por causas ajenas a la Autoridad Reguladora, o si el lugar señalado permaneciere cerrado, fuere impreciso, incierto o inexistente. Para las notificaciones a efectuarse en este procedimiento se tendrán por habilitados todos los días y horas al amparo del artículo 267.3 de la Ley L.G.A.P.

III.—Notificar la presente resolución al señor Everth Miranda Icabalzeta (conductor y propietario registral), en la dirección física exacta que conste en el expediente administrativo, de conformidad con lo establecido en el inciso a) del artículo 19 de la Ley 8687. En caso de no existir ningún lugar señalado en autos, se procederá con la notificación mediante publicación en la sección de notificaciones de La Gaceta.

De conformidad con lo establecido en la L.G.A.P., se informa que contra la presente resolución cabe la interposición de los recursos ordinarios de revocatoria y apelación, los cuales deberán interponerse dentro del plazo de veinticuatro horas, contado a partir del día hábil inmediato siguiente al día en que quede debidamente notificado este acto.

El recurso de revocatoria corresponderá resolverlo al órgano director del procedimiento y el recurso de apelación corresponderá resolverlo al Regulador General. Notifíquese.—Lucy María Arias Chaves, Órgano Director.—O. C Nº 082202210380.—Solicitud Nº 337560.—( IN2022634003 ).

Resolución RE-0288-DGAU-2021 de las 14:28 horas del 10 de noviembre de 2021.—Realiza el Órgano Director la intimación de cargos en el procedimiento ordinario seguido al señor Ramón Mora Mora, portador de la cédula de identidad 1-0469-0492 (conductor y propietario registral) por la supuesta prestación no autorizada del servicio público de transporte remunerado de personas. Expediente Digital OT-370-2017.

Resultando:

I.—Que el 12 de febrero de 2004 mediante resolución RRG-3333-2004 de las 15:30 horas de ese día, publicada en La Gaceta 36 del 20 de febrero de 2004, la Autoridad Reguladora de los Servicios Públicos facultó al Ministerio de Obras Públicas y Transportes para que por los medios que estimara pertinentes, removiera los vehículos que se encontraran prestando el servicio público de transporte remunerado de personas, sin autorización del Estado.

II.—Que el 7 de diciembre de 2017, se recibió el oficio DVT-DGPT-UTP-2017-776 del 5 de ese mes, emitido por el Departamento de Operaciones Policiales de Tránsito de la Dirección General de Policía de Tránsito del MOPT, mediante el cual se remitió la información siguiente: a) La boleta de citación N° 2-2017-92301518, confeccionada a nombre del señor Ramón Mora Mora, portador de la cédula de identidad 1-0469-0492, conductor del vehículo particular placa 446057 por supuestamente haber prestado de forma no autorizada el servicio de transporte público remunerado de personas, modalidad taxi el día 20 de noviembre de 2017; b) El acta de “Recolección de información para investigación administrativa”, en la que se describen los hechos ocurridos en el operativo de detención del vehículo y en la que se recopila información sobre los pasajeros transportados y c) El documento # 59431denominado “Inventario de Vehículos Detenidos” en el cual se consignan los datos de identificación del vehículo y de la delegación de tránsito en la que quedó depositado (folios 2 al 7).

III.—Que en la boleta de citación N° 2-2017-92301518 emitida a las 13:00 horas del 20 de noviembre de 2017 -en resumen- se consignó que se había detenido el vehículo placa 446057 en la vía pública porque el conductor prestaba el servicio de transporte público sin contar con la autorización del CTP del MOPT y que el pasajero transportado informó que había contratado el servicio de taxi para dirigirse a Orotina, El Relleno por un monto de ¢ 2000 (folio 4).

IV.—Que en el acta de recolección de información para la investigación administrativa levantada por el oficial de tránsito Jesús Barrantes León, se consignó en resumen que, en el sector de Alajuela, Orotina, kilómetro 42 de la ruta a Turrúcares se había detenido el vehículo placa 446057, en el cual, el señor Ramón Mora Mora, portador de la cédula de identidad N° 1-0469-0492, transportaba a Juan Alberto Segura Agüero, cédula de identidad número 1-0803-0010 quien dijo cancelar ¢2000 (dos mil colones) por el servicio de transporte desde Alajuela, Orotina, el parque hasta Alajuela, Orotina, El Relleno WPP, lo cual asintió el conductor. Por último, se indicó que al conductor se le informó del procedimiento que se le aplicaría, y que el vehículo quedaría detenido a la orden de la Autoridad Reguladora (folio 5).

V.—Que el 12 de diciembre del 2017 se recibió la constancia DACP-2017-2471 emitida por el Departamento Administración Concesiones y Permisos, Proceso SEETAXI, del MOPT en la que se indica que el vehículo placa 446057 no aparece registrado en el sistema emisor de permisos y en la que se afirma que a dicho vehículo tampoco se le ha emitido algún código amparado a una empresa prestataria del servicio de transporte público, modalidad permiso especial estable de taxi. Dicha constancia fue solicitada por el Ente Regulador al amparo del convenio de cooperación suscrito con el MOPT para regular la prestación del servicio de transporte remunerado de personas (folio 17).

VI.—Que el 12 de diciembre del 2017 se consultó la página electrónica del Registro Nacional para verificar la condición de inscripción del vehículo detenido y las calidades del propietario, dando como resultado que el vehículo placa 446057 se encuentra debidamente inscrito y es propiedad del señor Ramón Mora Mora, portador de la cédula de identidad 1-0469-0492 (folio 8).

VII.—Que el 21 de diciembre del 2017 el Regulador General por resolución RRG-657-2017 de las 16:10 horas de ese día, levantó la medida cautelar decretada contra el vehículo placa 446057 y ordenó a la Dirección General de la Policía de Tránsito del MOPT que devolviera el vehículo a su propietario registral o a quien demostrare ser mandatario legítimo de éste, por medio de poder especial otorgado en escritura pública (folios 18 al 24).

VIII.—Que el 01 de febrero del 2018 el Regulador General por resolución RRG-176-2018 de las 11:20 horas de ese día, declaró sin lugar el recurso de apelación planteado contra la boleta de citación (folios 31 al 39).

IX.—Que el 18 de noviembre del 2020 la Dirección General de Atención al Usuario por documento IN-0958-DGAU-2020 emitió el informe de valoración inicial, en el cual concluyó que con la información constante en autos podía iniciarse el procedimiento ordinario de investigación (folios 40 al 45).

X.—Que el 24 de noviembre del 2020 el Regulador General por resolución RE-1643-RG-2020 de las 10:35 horas de ese día, ordenó el inicio del procedimiento ordinario y nombró integrantes del órgano director del procedimiento a las abogadas Lucy Arias Chaves como titular y Maria Marta Rojas Chaves, como suplente (folios 47 al 52).

Considerando:

I.—Que de conformidad con lo establecido en el artículo 9° inciso 17) del Reglamento de Organización y Funciones de la Autoridad Reguladora (RIOF) corresponde al Regulador General ordenar la apertura de los procedimientos administrativos en los cuales se apliquen como sanción una multa, así como dictar los actos preparatorios, las medidas cautelares y la resolución final, además, de conocer las impugnaciones que se presenten.

II.—Que por su parte el artículo 22 inciso 11) del RIOF asignó a la Dirección General de Atención al Usuario la función de llevar a cabo la gestión de los procedimientos de resolución de quejas, controversias y denuncias.

III.—Que el artículo 38 inciso d) de la Ley 7593 faculta a la Autoridad Reguladora a tramitar procedimientos administrativos sancionatorios contra los prestadores de servicios públicos que incurran en una “Prestación no autorizada del servicio público (…)” aplicando para ello el procedimiento ordinario de la Ley General de la Administración Pública (L.G.A.P.). También dispone que de comprobarse la falta se aplicará una sanción de multa que podrá ser de cinco a diez veces el valor del daño causado cuando éste pueda ser determinado, o se aplicará una multa cuyo monto equivaldrá de 5 a 20 salarios base mínimos fijados en la Ley 7337 del 5 de mayo de 1993, cuando se no logre determinar dicho daño.

IV.—Que artículo 5° de la ley 7593, detalla los servicios públicos a los que la Autoridad Reguladora le corresponde fijar los precios y las tarifas y también velar por el cumplimiento de las normas de calidad, cantidad, confiabilidad, continuidad, oportunidad y prestación óptima. Además, establece los entes a los cuales les corresponde otorgar la autorización para prestar dichos servicios. Entre ellos se encuentra el transporte público remunerado de personas, en cualquiera de sus modalidades, salvo el aéreo.

V.—Que de conformidad con los artículos 2° y 3° de la Ley 7969, el transporte remunerado de personas es un servicio público cuyo titular es el Estado, sea que se realice por medio de autobuses, busetas, microbuses, taxis, automóviles o cualquier otro tipo de vehículo automotor, que se ofrezca al público en general, que se ofrezca a personas usuarias o a grupos determinados de usuarios con necesidades específicas, que constituyen demandas especiales.

VI.—Que por tratarse de un servicio público es necesario obtener una concesión para prestar el transporte remunerado de personas. En este sentido el artículo 1° de la Ley 3503, del 10 de mayo de 1965, dispuso que “El transporte remunerado de personas en vehículos automotores colectivos, excepto los automóviles de servicio de taxi regulado en otra ley, que se lleva a cabo por calles, carreteras y caminos dentro del territorio nacional, es un servicio público regulado, controlado y vigilado por el Ministerio de Obras Públicas y Transportes”. Además, ese artículo define la concesión, como el “derecho que el Estado otorga, previo trámite de licitación pública, para explotar comercialmente una línea por medio de uno o varios vehículos colectivos, tales como autobuses, busetas, microbuses o similares”.

VII.—Por su parte los artículos 2° y 3° de la Ley 7969 establecen que el transporte remunerado de personas, modalidad taxi se explota mediante la figura de la concesión y que el servicio de transporte remunerado de personas modalidad servicio especial estable de taxi se explota mediante la figura del permiso. Por tal motivo es prohibido a los propietarios o conductores de vehículos particulares dedicarlos a la actividad del

transporte público, sin contar con las respectivas autorizaciones y placas legalmente adjudicadas. En ese sentido la Ley de Tránsito por Vías Públicas Terrestres, N° 9078 establece las obligaciones siguientes:

Artículo 42.- Requisitos documentales de circulación para vehículos de transporte público. Además de lo establecido en el artículo 4 de esta ley, todas las unidades autorizadas para la prestación de cualquier servicio de transporte público deben portar la documentación correspondiente original y vigente que acredite la autorización para la prestación del servicio. En el caso de las unidades de ruta regular, la tarjeta de capacidad fungirá como dicha autorización. Esta documentación podrá ser requerida en cualquier momento por las autoridades de tránsito. // Asimismo, los vehículos de transporte público deberán contar con una póliza voluntaria de responsabilidad civil que ampare daños a la propiedad de terceros y lesión y muerte de personas”.

“Artículo 130.- Uso distinto de la naturaleza del vehículo. Se prohíbe emplear un vehículo para otros fines que no sean los manifestados en su certificado de propiedad o en una forma que contraríe, totalmente, su naturaleza”.

VIII.—Que cuando un conductor de un vehículo particular se dedica a prestar el servicio de transporte remunerado de personas, sin contar con la debida autorización estatal o cuando un propietario de un vehículo particular permite que un vehículo de su propiedad sea dedicado a prestar dicho servicio sin la autorización de ley, incurren en la falta establecida en el inciso d) del artículo 38 de la Ley 7593 y, por tal motivo, se hacen acreedores de la sanción fijada en dicha norma jurídica. En el dictamen C-085-2008, del 26 de marzo de 2008, la Procuraduría General de la República expuso los alcances de esa sanción al señalar que: “Ahora bien, en el caso de la sanción de multa establecida en el artículo 38, inciso d) de la Ley de la ARESEP tenemos que su finalidad es precisamente desincentivar la prestación de un servicio público sin estar autorizado para ello. En el caso del servicio de transporte es obvio que un chofer por sí solo, es decir, sin el vehículo correspondiente, no podría brindar el servicio. Por consiguiente, la sanción debe dirigirse contra quien brinda el servicio (chofer) y también contra el propietario del vehículo”. Dado que el vehículo es el medio con el cual un conductor puede brindar un servicio público sin autorización estatal, su propietario registral puede ser sancionado y por tal motivo es menester incluirlo en el procedimiento ordinario a fin de que se le garantice el derecho de defensa.

IX.—Que la L.G.A.P., en el artículo 308 obliga a seguir el procedimiento ordinario desarrollado en el Título Sexto de esa ley, cuando el acto final pueda causarle perjuicio grave al administrado, al imponerle obligaciones, suprimirle o denegarle derechos subjetivos, o al establecerle cualquier otra forma de lesión grave y directa a sus derechos o intereses legítimos. En resumen, el procedimiento administrativo es una unidad formal de actos coordinados entre sí, que tienen por objeto alcanzar un acto final que refleje la verdad real de los hechos investigados. Es por esa razón que el órgano director debe realizar todos los actos necesarios para averiguar la verdad real de los hechos que dan base a ese procedimiento y que sirven de motivo al acto final en la forma más fiel, completa y posible. Para ello debe adoptar todas las medidas probatorias pertinentes o necesarias; debe otorgar y vigilar el respeto al debido proceso y debe conceder el derecho de defensa al administrado, teniendo todas las competencias otorgadas en la L.G.A.P.

X.—Que tal como se desglosó en el apartado de antecedentes del informe de valoración inicial, se considera que hay mérito suficiente para iniciar un procedimiento ordinario contra el señor Ramón Mora Mora portador de la cédula de identidad N° 1-0469-0492 (conductor y propietario registral) por supuestamente haber prestado sin autorización el servicio de transporte remunerado de personas, modalidad taxi lo cual está establecido como falta en el inciso d) del artículo 38 de la Ley 7593, toda vez que la documentación aportada por la Dirección General de la Policía de Tránsito y los elementos de juicio que constan en autos, hacen suponer que pudo cometerse esa falta.

XI.—Que la instrucción del procedimiento será llevada a cabo por el órgano director, quien ostentará las facultades y competencias establecidas en los artículos 214 al 238 la L.G.A.P.

XII.—Que, además, como parte de la garantía constitucional del debido proceso, el administrado tiene derecho a ejercer su defensa “en forma razonable”, para lo cual es necesario que tenga una intimación oportuna y completa de los hechos que se le imputan, tal como lo establece el artículo 220 de la L.G.A.P.

XIII.—Que el objeto de este procedimiento ordinario es establecer la verdad real de los hechos investigados, es decir, determinar si hubo un posible incumplimiento de normativa vigente, al prestarse sin autorización estatal

el servicio de transporte remunerado de personas, lo cual es sancionado en el artículo 38 inciso d) de la Ley 7593 con la imposición de una multa.

XIV.—Que para el año 2017 el salario base de la Ley 7337 era de ¢426 200,00 (cuatrocientos veintiséis mil doscientos colones) de acuerdo con lo establecido por la Corte Suprema de Justicia en la sesión ordinaria N° 113-16 del 20 de diciembre de 2016. Por tanto,

Con fundamento en las competencias otorgadas en la Ley 7593, en la L.G.A.P., en el Decreto 29732-MP que es el Reglamento a la Ley 7593 y en el Reglamento Interno de Organización y Funciones;

EL ORGANO DIRECTOR,

RESUELVE:

I.—Iniciar el procedimiento ordinario tendente a determinar la verdad real de los hechos y establecer la eventual responsabilidad administrativa del señor Ramón Mora Mora (conductor y propietario registral) por la supuesta prestación no autorizada del servicio de transporte público remunerado de personas.

II.—Indicar que la eventual determinación de responsabilidad administrativa podría acarrearle al señor Ramón Mora Mora (conductor y propietario registral) la imposición de una sanción que podría oscilar de cinco a diez veces el valor del daño causado que se determine, o, cuando no fuere posible determinar el daño, la imposición de una multa que podría oscilar entre cinco a veinte salarios base mínimos fijados en la Ley 7337, mismo que para el año 2017 era de ¢426,200,00 (cuatrocientos veintiséis mil doscientos colones) de acuerdo con lo establecido por la Corte Suprema de Justicia en la sesión ordinaria # 113-16 del 20 de diciembre de 2016. Lo anterior con base en los hechos y cargos siguientes, sobre los cuales el investigado queda debidamente intimado:

Primero: Que el vehículo placa 446057 es propiedad del señor Ramón Mora Mora, portador de la cédula de identidad 1-0469-0492 (folio 8).

Segundo: Que el 20 de noviembre de 2017, el oficial de tránsito Jesús Barrantes León, en el sector de Alajuela, Orotina, kilómetro 42 de la ruta a Turrúcares, detuvo el vehículo 548942, que era conducido por el señor Ramón Mora Mora (folio 4).

Tercero: Que, al momento de ser detenido en el vehículo 446057 viajaba un pasajero identificado con el nombre de Juan Alberto Segura Agüero, cédula de identidad número 1-0803-0010 a quien el señor Ramón Mora Mora se encontraba prestando el servicio de transporte remunerado de personas desde Alajuela, Orotina, el parque hasta Alajuela, Orotina, El Relleno WPP por un monto de ¢2000 según lo informado por el pasajero y lo consignado por los oficiales de tránsito en la documentación (folio 5).

Cuarto: Que el vehículo placa 446057 no aparece en los registros del Departamento de Administración de Concesiones y Permisos del Ministerio de Obras Públicas y Transportes, como que se le haya emitido algún código amparado a una empresa prestataria del servicio de transporte público, modalidad permiso especial estable de taxi (folio 17).

III.—Hacer saber al señor Ramón Mora Mora que:

1.         La falta, consistente en la prestación no autorizada del servicio de transporte remunerado de personas, le es imputable ya que de conformidad con los artículos 5° de la ley 7593, 2° y 3° de la Ley 7969, 1° de la Ley 3503 y 42 de la Ley 9078; para prestar el servicio público de transporte remunerado de personas es condición indispensable (conditio sine qua non) contar con la respectiva concesión o permiso. Por lo que al señor Ramón Mora Mora, se le atribuye la prestación del servicio público de transporte remunerado de personas, sin contar con la respectiva autorización estatal y sin contar con placas de transporte público debidamente adjudicadas.

2.         De comprobarse la comisión de la falta imputada por parte del señor Ramón Mora Mora podría imponérsele como sanción el pago de una multa de cinco a diez veces el valor del daño causado, o bien el de una multa de cinco a veinte salarios base mínimo fijado en la Ley 7337, si no puede determinarse el daño, cuyo monto para el año 2017 era de ¢426.200,00 (cuatrocientos veintiséis mil doscientos colones) de acuerdo con lo establecido por la Corte Suprema de Justicia en la sesión ordinaria N° 113 del 20 de diciembre de 2016.

3.         En la Dirección General de Atención al Usuario de la Autoridad Reguladora, sede del órgano director del procedimiento, ubicada en el primer piso del Edificio Turrubares del Centro Empresarial Multipark ubicado 100 metros al norte de Construplaza en Guachipelín de Escazú, podrá consultar el expediente administrativo en horario de las 8:00 a las 16:00 horas, de lunes a viernes, (menos los días feriados), horario dentro del cual podrá fotocopiar el expediente, con cargo al interesado.

4.         Todos los escritos y documentos adjuntos deberán dirigirse al órgano director y ser presentados en la recepción de documentos de la Autoridad Reguladora, ubicada en la sede antes señalada.

5.         Sólo la parte y su respectivo abogado debidamente acreditado en autos tendrán acceso al expediente, el cual consta de la documentación siguiente:

a)           Oficio DVT-DGPT-UTP-2017-776 del 05 de diciembre de 2017 emitido por la Unidad Técnica Policial del Departamento de Operaciones Policiales de Tránsito de la Dirección General de Policía de Tránsito del MOPT.

b)             Boleta de citación de citación N° 2-2017-92301518 del 20 de noviembre de 2017 confeccionada a nombre del señor Ramón Mora Mora, conductor del vehículo particular placa 446057 por la supuesta prestación no autorizada del servicio de transporte público remunerado de personas ese día.

c)          Acta de “Recolección de información para investigación administrativa”, en la que se describen los hechos.

d)             Documento N° 59431 denominado “Inventario de Vehículos Detenidos” con los datos de identificación del vehículo detenido en el operativo.

e)             Consulta a la página electrónica del Registro Nacional sobre los datos de inscripción del vehículo placa 548942.

f)              Consulta al Tribunal Supremo de Elecciones sobre datos registrales del investigado.

g)             Constancia DACP-2017-2471 emitida por el Departamento Administración Concesiones y Permisos del MOPT sobre las autorizaciones dadas al vehículo investigado.

h)             Resolución RRG-657-2017 de las 16:10 horas del 21 de diciembre del 2017 en la cual consta el levantamiento de la medida cautelar.

i)              Resolución RRG-176-2018 de las 11:20 horas del 01 de febrero del 2018 en la cual se declara sin lugar el recurso de apelación planteado contra la boleta de citación.

j)              Oficio IN-0958-DGAU-2020 del 18 de noviembre del 2020 que es el informe de valoración inicial del procedimiento ordinario.

k)             Resolución RE-1643-RG-2020 de las 10:35 horas del 24 de noviembre del 2020 en la cual se nombró al órgano director del procedimiento.

6.         La citación a rendir declaración como testigos de los oficiales de tránsito actuantes queda sujeta a la disponibilidad de esos funcionarios debido a que deben brindar atención prioritaria de vigilancia al cumplimiento de las medidas sanitarias impuestas por la pandemia del Covid-19.

7.         El órgano director podrá incorporar más elementos de prueba, de acuerdo con sus facultades legales.

8.         Se citará a las partes a una comparecencia oral y privada para que comparezcan personalmente o por medio de apoderado y para que ejerzan su derecho de defensa. Se realizará a las 9:30 horas del 03 de marzo del 2022 en la sede de la Autoridad Reguladora en Guachipelín de Escazú. Para tal efecto los interesados deberán presentarse en la recepción de la Institución a la hora y fecha señalada.

9.         Debe aportar todos sus alegatos y pruebas a más tardar el día de la comparecencia oral y privada, o antes si a bien lo tiene, en cuyo caso la presentación habrá de ser por escrito. La prueba que por culpa de la parte proponente no haya sido posible recibir en la comparecencia oral y privada, se declarará inevacuable. En el caso de los medios de prueba que requieran una preparación previa a la comparecencia, su ofrecimiento deberá ser comunicado con suficiente antelación al órgano director a fin de decidir su admisión y proceder de conformidad. Se hace saber, además, que, en caso de ofrecer prueba testimonial, debe indicarse las calidades generales de los testigos y señalar los hechos sobre los cuales van a declarar, y quedará bajo su responsabilidad traer a la comparecencia los testigos ofrecidos, de conformidad con el artículo 312 de la Ley L.G.A.P., para lo cual podrá solicitar al órgano director que emita las cédulas de citación de los testigos, con al menos cinco días naturales de antelación a la fecha de la comparecencia. La notificación de las cédulas de citación se hará por medio de la parte interesada, quien deberá devolverlas al órgano director debidamente firmadas por los testigos, a más tardar el día de la comparecencia.

10.        Se advierte que de presentarse en forma tardía a la comparecencia, la tomará en el estado en que se encuentre, y de no comparecer el día y hora que señale el órgano director, sin que medie causa justa debidamente comunicada al órgano director, se continuará con el procedimiento y se resolverá el caso con los elementos de juicio existentes, sin que eso valga como aceptación de los hechos, pretensiones ni prueba de la Administración, aunque el órgano director podrá evacuar la prueba previamente ofrecida por la parte ausente, si fuera posible, de conformidad con el artículo 316 de la Ley L.G.A.P., y que podrá contar con patrocinio letrado.

11.        Dentro del plazo de tres días hábiles a partir de la notificación de la presente resolución, deben señalar dirección exacta y/o medio para atender futuras notificaciones, bajo el apercibimiento de que, en caso de omisión, quedarán notificados de los actos subsiguientes veinticuatro horas después de dictados. Lo mismo sucederá si el medio escogido imposibilitare la notificación por causas ajenas a la Autoridad Reguladora, o si el lugar señalado permaneciere cerrado, fuere impreciso, incierto o inexistente. Para las notificaciones a efectuarse en este procedimiento se tendrán por habilitados todos los días y horas al amparo del artículo 267.3 de la Ley L.G.A.P.

III.—Notificar la presente resolución al señor Ramón Mora Mora (conductor y propietario registral), en la dirección física exacta que conste en el expediente administrativo, de conformidad con lo establecido en el inciso a) del artículo 19 de la Ley 8687. En caso de no existir ningún lugar señalado en autos, se procederá con la notificación mediante publicación en la sección de notificaciones de La Gaceta.

De conformidad con lo establecido en la L.G.A.P., se informa que contra la presente resolución cabe la interposición de los recursos ordinarios de revocatoria y apelación, los cuales deberán interponerse dentro del plazo de veinticuatro horas, contado a partir del día hábil inmediato siguiente al día en que quede debidamente notificado este acto.

El recurso de revocatoria corresponderá resolverlo al órgano director del procedimiento y el recurso de apelación corresponderá resolverlo al Regulador General. Notifíquese.—Lucy María Arias Chaves, Órgano Director.—O. C. N° 082202210380.—Solicitud N° 337563.—( IN2022634006 ).

Resolución RE-0290-DGAU-2021 de las 15:13 horas del 10 de noviembre de 2021.

Realiza el Órgano Director la intimación de cargos en el procedimiento ordinario seguido al señor Wilson Valverde Arias, portador de la cédula de identidad N° 1-1074-0230 (conductor), y al señor Elías Alberto Elizondo Hernández, portador de la cédula de identidad N° 6-0333-0934 (propietario registral), por la supuesta prestación no autorizada del servicio público de transporte remunerado de personas. Expediente Digital OT-372-2017.

Resultando:

I.—Que el 12 de febrero de 2004, mediante resolución RRG-3333-2004 de las 15:30 horas de ese día, publicada en La Gaceta N° 36 del 20 de febrero de 2004, la Autoridad Reguladora de los Servicios Públicos facultó al Ministerio de Obras Públicas y Transportes para que por los medios que estimara pertinentes, removiera los vehículos que se encontraran prestando el servicio público de transporte remunerado de personas, sin autorización del Estado.

II.—Que el 07 de diciembre del 2017, se recibió el oficio DVT-DGPT-UTP-2017-744 del 28 de noviembre del 2017, emitido por el Departamento de Operaciones Policiales de Tránsito de la Dirección General de Policía de Tránsito del MOPT, mediante el cual se remitió la información siguiente: a) La boleta de citación N° 2-2017-252500787, confeccionada a nombre del señor Wilson Valverde Arias, portador de la cédula de identidad N° 1-1074-0230, conductor del vehículo particular placa CL282208 por supuestamente haber prestado de forma no autorizada el servicio de transporte público remunerado de personas, modalidad taxi el día 21 de noviembre del 2017; b) El acta de “Recolección de información para investigación administrativa”, en la que se describen los hechos ocurridos en el operativo de detención del vehículo y en la que se recopila información sobre los pasajeros transportados y c) El documento denominado “Inventario de Vehículos Detenidos” en el cual se consignan los datos de identificación del vehículo y de la delegación de tránsito en la que quedó depositado (folios 02 al 08).

III.—Que en la boleta de citación N° 2-2017-252500787 emitida a las 14:54 horas del 21 de noviembre del 2017 -en resumen- se consignó que se había detenido el vehículo placa CL282208 en la vía pública porque el conductor prestaba el servicio de transporte público sin contar con la autorización del CTP del MOPT. También se consignó que viajaba con una pasajera cuyos datos se indicaban en el informe (folios 4).

IV.—Que en el acta de recolección de información para la investigación administrativa levantada por el oficial de tránsito Derek Recio Jiménez se consignó, en resumen, que, en el sector Puntarenas, Corredores, costado norte de la Terminal Municipal de Buses de Ciudad Neily, en un operativo de control vehicular de rutina se había detenido el vehículo placa CL282208. Se consignaron los datos de identificación del conductor y del vehículo. Además, se consignó que en el vehículo viajaba Alison Pamela Sequeira Muñoz, cédula de identidad N° 6-0430-0744, quienes informaron que se dirigían desde su casa de habitación hasta el Ebais de Ciudad Neily, a cambio de a convenir (folio 05 al 06).

V.—Que el 14 de diciembre del 2017, se consultó la página electrónica del Registro Nacional para verificar la condición de inscripción del vehículo detenido y las calidades del propietario, dando como resultado que el vehículo placa CL282208 se encontraba debidamente inscrito y era propiedad del señor Elías Alberto Elizondo Hernández, portador de la cédula de identidad N° 6-0333-0934 (folio 9).

VI.—Que el 12 de diciembre del 2017, se recibió la constancia DACP-2017-2484 emitida por el Departamento Administración Concesiones y Permisos, Proceso SEETAXI, del MOPT en la que se indica que según los reportes que genera el sistema emisor de permisos al vehículo placa CL282208 no se le ha emitido código amparado a una empresa prestataria del servicio de transporte público, modalidad permiso especial estable de taxi. Dicha constancia fue solicitada por el Ente Regulador al amparo del convenio de cooperación suscrito con el MOPT para regular la prestación del servicio de transporte remunerado de personas (folio 37).

VII.—Que el 09 de enero del 2018 el Regulador General por resolución RRG-015-2018 de las 08:40 horas levantó la medida cautelar decretada contra el vehículo placa CL282208 y ordenó a la Dirección General de la Policía de Tránsito del MOPT que devolviera el vehículo a su propietario registral o a quien demostrare ser mandatario legítimo de éste, por medio de poder especial otorgado en escritura pública (folios 12 al 17).

VIII.—Que el 24 de noviembre del 2020, la Dirección General de Atención al Usuario por documento IN-0987-DGAU-2020 emitió el informe de valoración inicial, en el cual concluyó que con la información constante en autos podía iniciarse el procedimiento ordinario de investigación (folios 41 al 45).

IX.—Que el 01 de diciembre del 2020, el Regulador General por resolución RE-1680-RG-2020 de las 15:05 horas de ese día, ordenó el inicio del procedimiento ordinario y nombró como integrantes del órgano director del procedimiento a las abogadas Lucy Arias Chaves como titular y María Marta Rojas Chaves, como suplente (folios 47 al 53).

Considerando:

I.—Que de conformidad con lo establecido en el artículo 9° inciso 17) del Reglamento de Organización y Funciones de la Autoridad Reguladora (RIOF) corresponde al Regulador General ordenar la apertura de los procedimientos administrativos en los cuales se apliquen como sanción una multa, así como dictar los actos preparatorios, las medidas cautelares y la resolución final, además, de conocer las impugnaciones que se presenten.

II.—Que por su parte el artículo 22 inciso 11) del RIOF asignó a la Dirección General de Atención al Usuario la función de llevar a cabo la gestión de los procedimientos de resolución de quejas, controversias y denuncias.

III.—Que el artículo 38 inciso d) de la Ley N° 7593 faculta a la Autoridad Reguladora a tramitar procedimientos administrativos sancionatorios contra los prestadores de servicios públicos que incurran en una prestación no autorizada del servicio público aplicando para ello el procedimiento ordinario de la Ley General de la Administración Pública (L.G.A.P.). También dispone que de comprobarse la falta se aplicará una sanción de multa que podrá ser de cinco a diez veces el valor del daño causado cuando éste pueda ser determinado, o se aplicará una multa cuyo monto equivaldrá de 5 a 20 salarios base mínimos fijados en la Ley N° 7337 del 5 de mayo de 1993, cuando se no logre determinar dicho daño.

IV.—Que artículo 5° de la Ley N° 7593, detalla los servicios públicos a los que la Autoridad Reguladora le corresponde fijar los precios y las tarifas y también velar por el cumplimiento de las normas de calidad, cantidad, confiabilidad, continuidad, oportunidad y prestación óptima. Además, establece los entes a los cuales les corresponde otorgar la autorización para prestar dichos servicios. Entre ellos se encuentra el transporte público remunerado de personas, en cualquiera de sus modalidades, salvo el aéreo.

V.—Que de conformidad con los artículos 2° y 3° de la Ley N° 7969, el transporte remunerado de personas es un servicio público cuyo titular es el Estado, sea que se realice por medio de autobuses, busetas, microbuses, taxis, automóviles o cualquier otro tipo de vehículo automotor, que se ofrezca al público en general, que se ofrezca a personas usuarias o a grupos determinados de usuarios con necesidades específicas, que constituyen demandas especiales.

VI.—Que por tratarse de un servicio público es necesario obtener una concesión para prestar el transporte remunerado de personas. En este sentido el artículo 1° de la Ley N° 3503, del 16 de agosto de 1965, dispuso que “El transporte remunerado de personas en vehículos automotores colectivos, excepto los automóviles de servicio de taxi regulado en otra ley, que se lleva a cabo por calles, carreteras y caminos dentro del territorio nacional, es un servicio público regulado, controlado y vigilado por el Ministerio de Obras Públicas y Transportes”. Además, ese artículo define la concesión, como el “derecho que el Estado otorga, previo trámite de licitación pública, para explotar comercialmente una línea por medio de uno o varios vehículos colectivos, tales como autobuses, busetas, microbuses o similares”.

VII.—Que por su parte los artículos 2° y 3° de la Ley N° 7969 establecen que el transporte remunerado de personas, modalidad taxi se explota mediante la figura de la concesión y que el servicio de transporte remunerado de personas modalidad servicio especial estable de taxi se explota mediante la figura del permiso. Por tal motivo es prohibido a los propietarios o conductores de vehículos particulares dedicarlos a la actividad del transporte público, sin contar con las respectivas autorizaciones y placas legalmente adjudicadas. En ese sentido la Ley de Tránsito por Vías Públicas Terrestres, N° 9078 establece en el artículo 42 la obligación de portar la documentación correspondiente en original y vigente y el artículo 130 impone la prohibición de emplear el vehículo para otros fines distintos a los establecidos en el certificado de propiedad.

VIII.—Que cuando un conductor de un vehículo particular se dedica a prestar el servicio de transporte remunerado de personas, sin contar con la debida autorización estatal o cuando un propietario de un vehículo particular permite que un vehículo de su propiedad sea dedicado a prestar dicho servicio sin la autorización de ley, incurren en la falta establecida en el inciso d) del artículo 38 de la Ley N° 7593 y, por tal motivo, se hacen acreedores de la sanción fijada en dicha norma jurídica. En el dictamen C-085-2008, del 26 de marzo de 2008, la Procuraduría General de la República expuso los alcances de esa sanción al señalar que: “Ahora bien, en el caso de la sanción de multa establecida en el artículo 38, inciso d) de la Ley de la ARESEP tenemos que su finalidad es precisamente desincentivar la prestación de un servicio público sin estar autorizado para ello. En el caso del servicio de transporte es obvio que un chofer por sí solo, es decir, sin el vehículo correspondiente, no podría brindar el servicio. Por consiguiente, la sanción debe dirigirse contra quien brinda el servicio (chofer) y también contra el propietario del vehículo”.

Dado que el vehículo es el medio con el cual un conductor puede brindar un servicio público sin autorización estatal, su propietaria registral puede ser sancionado y por tal motivo es menester incluirlo en el procedimiento ordinario a fin de que se le garantice el derecho de defensa.

IX.—Que la L.G.A.P., en el artículo 308 obliga a seguir el procedimiento ordinario desarrollado en el Título Sexto de esa ley, cuando el acto final pueda causarle perjuicio grave al administrado, al imponerle obligaciones, suprimirle o denegarle derechos subjetivos, o al establecerle cualquier otra forma de lesión grave y directa a sus derechos o intereses legítimos. En resumen, el procedimiento administrativo es una unidad formal de actos coordinados entre sí, que tienen por objeto alcanzar un acto final que refleje la verdad real de los hechos investigados. Es por esa razón que el órgano director debe realizar todos los actos necesarios para averiguar la verdad real de los hechos que dan base a ese procedimiento y que sirven de motivo al acto final en la forma más fiel, completa y posible. Para ello debe adoptar todas las medidas probatorias pertinentes o necesarias; debe otorgar y vigilar el respeto al debido proceso y debe conceder el derecho de defensa al administrado, teniendo todas las competencias otorgadas en la L.G.A.P.

X.—Que tal como se desglosó en el apartado de antecedentes del informe de valoración inicial, se considera que hay mérito suficiente para iniciar un procedimiento ordinario contra el señor Wilson Valverde Arias, portador de la cédula de identidad N° 1-1074-0230 (conductor), y contra el señor Elías Alberto Elizondo Hernández, portador de la cédula de identidad N° 6-0333-0934 (propietario registral) por supuestamente haber prestado sin autorización el servicio de transporte remunerado de personas, lo cual está establecido como falta en el inciso d) del artículo 38 de la Ley N° 7593, toda vez que la documentación aportada por la Dirección General de la Policía de Tránsito y los elementos de juicio que constan en autos, hacen suponer que pudo cometerse esa falta.

XI.—Que la instrucción del procedimiento será llevada a cabo por el órgano director, quien ostentará las facultades y competencias establecidas en los artículos 214 al 238 la L.G.A.P.

XII.—Que, además, como parte de la garantía constitucional del debido proceso, el administrado tiene derecho a ejercer su defensa en forma razonable, para lo cual es necesario que tenga una intimación oportuna y completa de los hechos que se le imputan, tal como lo establece el artículo 220 de la L.G.A.P.

XIII.—Que el objeto de este procedimiento ordinario es establecer la verdad real de los hechos investigados, es decir, determinar si hubo un posible incumplimiento de normativa vigente, al prestarse sin autorización estatal el servicio de transporte remunerado de personas, lo cual es sancionado en el artículo 38 inciso d) de la Ley N° 7593 con la imposición de una multa.

XIV.—Que para el año 2017 el salario base de la Ley N° 7337 era de ¢ 426 200,00 (cuatrocientos veintiséis mil doscientos colones) de acuerdo con lo establecido por la Corte Suprema de Justicia en la sesión ordinaria N° 113-16 del 20 de diciembre de 2016. Por tanto,

Con fundamento en las competencias otorgadas en la Ley N° 7593, en la L.G.A.P., en el Decreto N° 29732-MP que es el Reglamento a la Ley N° 7593 y en el Reglamento Interno de Organización y Funciones;

EL ÓRGANO DIRECTOR,

RESUELVE:

I.—Iniciar el procedimiento ordinario tendente a determinar la verdad real de los hechos y establecer la eventual responsabilidad administrativa del señor Wilson Valverde Arias (conductor) y del señor Elías Alberto Elizondo Hernández (propietario registral) por la supuesta prestación no autorizada del servicio de transporte público remunerado de personas.

II.—Indicar que la eventual determinación de responsabilidad administrativa podría acarrearle al señor Wilson Valverde Arias y al señor Elías Alberto Elizondo Hernández, la imposición de una sanción que podría oscilar de cinco a diez veces el valor del daño causado que se determine, o, cuando no fuere posible determinar el daño, en la imposición de una multa que podría oscilar entre cinco a veinte salarios base mínimos fijados en la Ley N° 7337, mismo que para el año 2017 era de ¢ 426 200,00 (cuatrocientos veintiséis mil doscientos colones), de acuerdo con lo establecido por la Corte Suprema de Justicia en la sesión ordinaria N° 113-16 del 20 de diciembre de 2016. Lo anterior con base en los hechos y cargos siguientes, sobre los cuales los investigados quedan debidamente intimados:

Primero: Que el vehículo placa CL282208 es propiedad del señor Elías Alberto Elizondo Hernández, portador de la cédula de identidad N° 6-0333-0934 (folio 9).

Segundo: Que el 21 de noviembre del 2017, el oficial de tránsito Derek Recio Jiménez, en el sector Puntarenas, Corredores, costado norte de la Terminal Municipal de Buses de Ciudad Neily, detuvo el vehículo CL282208 que era conducido por el señor Wilson Valverde Arias (folios 4).

Tercero: Que, al momento de ser detenido, en el vehículo CL282208 viajaba una pasajera identificada con el nombre de Alison Pamela Sequeira Muñoz, cédula de identidad N° 6-0430-0744, a quien el señor Wilson Valverde Arias se encontraba prestando el servicio de transporte remunerado de personas desde su casa de habitación hasta el Ebais de Ciudad Neily, a cambio de un monto a convenir en su destino; según lo informado por las pasajeras y lo consignado por los oficiales de tránsito en la documentación (folios 05 al 06).

Cuarto: Que el vehículo placa CL282208 no aparece en los registros del Departamento de Administración de Concesiones y Permisos del Ministerio de Obras Públicas y Transportes, como que se le haya emitido algún código amparado a una empresa prestataria del servicio de transporte público, modalidad permiso especial estable de taxi (folio 37).

III.—Hacer saber al señor Wilson Valverde Arias y al señor Elías Alberto Elizondo Hernández, que:

1.     La falta, consistente en la prestación no autorizada del servicio de transporte remunerado de personas, les es imputable ya que de conformidad con los artículos 5° de la Ley N° 7593, 2° y 3° de la Ley N° 7969, 1° de la Ley N° 3503 y 42 de la Ley N° 9078; para prestar el servicio público de transporte remunerado de personas es condición indispensable (conditio sine qua non) contar con la respectiva concesión o permiso. Por lo que al señor Wilson Valverde Arias, se le atribuye la prestación del servicio público de transporte remunerado de personas, sin contar con la respectiva autorización estatal y sin contar con placas de transporte público debidamente adjudicadas y al señor Elías Alberto Elizondo Hernández se le atribuye el haber consentido en la prestación no autorizada del servicio de transporte remunerado de personas con un vehículo de su propiedad.

2.     De comprobarse la comisión de la falta imputada por parte del señor Wilson Valverde Arias y por parte del señor Elías Alberto Elizondo Hernández, podría imponérseles una sanción al pago solidario de una multa de cinco a diez veces el valor del daño causado, o bien una multa de cinco a veinte salarios base mínimo fijado en la Ley N° 7337, si no puede determinarse el daño, cuyo monto para el año 2017 era de ¢ 426 200,00 (cuatrocientos veintiséis mil doscientos colones), de acuerdo con lo establecido por la Corte Suprema de Justicia en la sesión ordinaria N° 113-16 del 20 de diciembre de 2016.

3.     En la Dirección General de Atención al Usuario de la Autoridad Reguladora, sede del órgano director del procedimiento, ubicada en el primer piso del Edificio Turrubares del Centro Empresarial Multipark ubicado 100 metros al norte de Construplaza en Guachipelín de Escazú, podrán consultar el expediente administrativo en horario de las 8:00 a las 16:00 horas, de lunes a viernes, (menos los días feriados), horario dentro del cual podrán fotocopiar el expediente, con cargo al interesado.

4.     Todos los escritos y documentos adjuntos deberán dirigirse al órgano director y ser presentados en la recepción de documentos de la Autoridad Reguladora, ubicada en la sede antes señalada.

5.     Sólo las partes y sus respectivos abogados debidamente acreditados en autos tendrán acceso al expediente, el cual consta de la documentación siguiente:

a)         Oficio 28 de noviembre del 2017 emitido por el Departamento de Operaciones Policiales de Tránsito de la Dirección General de Policía de Tránsito del MOPT.

b)         Boleta de citación de citación N° 2-2017-252500787 del 21 de noviembre del 2017 confeccionada a nombre del señor Wilson Valverde Arias, conductor del vehículo particular placa CL282208 por la supuesta prestación no autorizada del servicio de transporte público remunerado de personas ese día.

c)         Acta de “Recolección de información para investigación administrativa”, en la que se describen los hechos ocurridos en el operativo de detención del vehículo.

d)         Escrito de apelación con sus respectivos alegatos.

e)         Documento denominado “Inventario de Vehículos Detenidos” con los datos de identificación del vehículo detenido en el operativo.

f)          Consulta a la página electrónica del Registro Nacional sobre los datos de inscripción del vehículo placa CL282208.

g)         Consulta a la página electrónica del Registro Civil sobre los datos de identidad de los investigados.

h)         Constancia DACP-2017-2484 emitida por el Departamento Administración Concesiones y Permisos del MOPT sobre las autorizaciones dadas al vehículo investigado.

i)          Resolución RRG-015-2018 de las 08:40 horas del 09 de enero del 2018 en la cual consta el levantamiento de la medida cautelar.

j)          Informe IN-0987-DGAU-2020 del 24 de noviembre del 2020 que es el informe de valoración inicial del procedimiento ordinario.

k)         Resolución RE-1680-RG-2020 de las 15:05 horas del 01 de diciembre del 2020 en la cual se nombró al órgano director del procedimiento.

6.     La citación a rendir declaración como testigos de los oficiales de tránsito actuantes queda sujeta a la disponibilidad de esos funcionarios debido a que deben brindar atención prioritaria de vigilancia al cumplimiento de las medidas sanitarias impuestas por la pandemia del Covid-19.

7.     El órgano director podrá incorporar más elementos de prueba, de acuerdo con sus facultades legales.

8.     Se citará a las partes a una comparecencia oral y privada para que comparezcan personalmente o por medio de apoderado y para que ejerzan su derecho de defensa. Se realizará a las 09:30 horas del 09 de marzo del 2022, en la sede de la Autoridad Reguladora en Guachipelín de Escazú. Para tal efecto los interesados deberán presentarse en la recepción de la Institución a la hora y fecha señalada supra.

9.     Deben aportar todos sus alegatos y pruebas a más tardar el día de la comparecencia oral y privada, o antes si a bien lo tienen, en cuyo caso la presentación habrá de ser por escrito. La prueba que por culpa de la parte proponente no haya sido posible recibir en la comparecencia oral y privada, se declarará inevacuable. En el caso de los medios de prueba que requieran una preparación previa a la comparecencia, su ofrecimiento deberá ser comunicado con suficiente antelación al órgano director a fin de decidir su admisión y proceder de conformidad. Se hace saber, además, que, en caso de ofrecer prueba testimonial, deben indicarse las calidades generales de los testigos y señalar los hechos sobre los cuales van a declarar y quedará bajo su responsabilidad traer a la comparecencia los testigos ofrecidos, de conformidad con el artículo 312 de la Ley L.G.A.P., para lo cual podrán solicitar al órgano director que emita las cédulas de citación de los testigos, con al menos cinco días naturales de antelación a la fecha de la comparecencia. La notificación de las cédulas de citación se hará por medio de la parte interesada, quien deberá devolverlas al órgano director debidamente firmadas por los testigos, a más tardar el día de la comparecencia.

10.    Se advierte que de presentarse en forma tardía a la comparecencia, la tomarán en el estado en que se encuentre, y de no comparecer el día y hora que señale el órgano director, sin que medie causa justa debidamente comunicada al órgano director, se continuará con el procedimiento y se resolverá el caso con los elementos de juicio existentes, sin que eso valga como aceptación de los hechos, pretensiones ni prueba de la Administración, aunque el órgano director podrá evacuar la prueba previamente ofrecida por la parte ausente, si fuera posible, de conformidad con el artículo 316 de la Ley L.G.A.P. Y que podrán contar con patrocinio letrado.

11.    Dentro del plazo de tres días hábiles a partir de la notificación de la presente resolución, deben señalar dirección exacta y/o medio para atender futuras notificaciones, bajo el apercibimiento de que, en caso de omisión, quedarán notificados de los actos subsiguientes veinticuatro horas después de dictados. Lo mismo sucederá si el medio escogido imposibilitare la notificación por causas ajenas a la Autoridad Reguladora, o si el lugar señalado permaneciere cerrado, fuere impreciso, incierto o inexistente. Para las notificaciones a efectuarse en este procedimiento se tendrán por habilitados todos los días y horas al amparo del artículo 267.3 de la Ley L.G.A.P.

III.—Notificar la presente resolución al señor Wilson Valverde Arias (conductor) y al señor Elías Alberto Elizondo Hernández (propietario registral), en la dirección física exacta que conste en el expediente administrativo, de conformidad con lo establecido en el inciso a) del artículo 19 de la Ley N° 8687. En caso de no existir ningún lugar señalado en autos, se procederá con la notificación mediante publicación en la sección de notificaciones de La Gaceta.

De conformidad con lo establecido en la L.G.A.P., se informa que contra la presente resolución cabe la interposición de los recursos ordinarios de revocatoria y apelación, los cuales deberán interponerse dentro del plazo de veinticuatro horas, contado a partir del día hábil inmediato siguiente al día en que quede debidamente notificado este acto.

El recurso de revocatoria corresponderá resolverlo al órgano director del procedimiento y el recurso de apelación corresponderá resolverlo al Regulador General.

Notifíquese.—Lucy María Arias Chaves, Órgano Director.— O. C. N° 082202210380.—Solicitud N° 337566.—( IN2022634008 ).

Resolución RE-0291-DGAU-2021 de las 15:38 horas del 10 de noviembre de 2021.

Realiza el órgano director la intimación de cargos en el procedimiento ordinario seguido al señor Danilo Mayorga Borbón, portador de la cédula de identidad N° 6-0235-0113 (Conductor) y al señor Esau González Calvo, portador de la cédula de identidad N° 6-0080-0753 (Propietario registral), por la supuesta prestación no autorizada del servicio público de transporte remunerado de personas. Expediente digital OT-373-2017.

Resultando:

I.—Que el 12 de febrero de 2004 mediante resolución RRG-3333-2004 de las 15:30 horas de ese día, publicada en La Gaceta 36 del 20 de febrero de 2004, la Autoridad Reguladora de los Servicios Públicos facultó al Ministerio de Obras Públicas y Transportes para que por los medios que estimara pertinentes, removiera los vehículos que se encontraran prestando el servicio público de transporte remunerado de personas, sin autorización del Estado.

II.—Que el 07 de diciembre del 2017, se recibió el oficio DVT-DGPT-UTP-2017-747 del 29 de noviembre del 2017, emitido por el Departamento de Operaciones Policiales de Tránsito de la Dirección General de Policía de Tránsito del MOPT, mediante el cual se remitió la información siguiente: a) La boleta de citación N° 2-2017-204800727, confeccionada a nombre del señor Danilo Mayorga Borbón, portador de la cédula de identidad N° 6-0235-0113, conductor del vehículo particular placa BCS925 por supuestamente haber prestado de forma no autorizada el servicio de transporte público remunerado de personas, modalidad taxi el día 21 de noviembre del 2017; b) El acta de “Recolección de información para investigación administrativa”, en la que se describen los hechos ocurridos en el operativo de detención del vehículo y en la que se recopila información sobre los pasajeros transportados y c) El documento denominado “Inventario de Vehículos Detenidos” en el cual se consignan los datos de identificación del vehículo y de la delegación de tránsito en la que quedó depositado (folios 02 al 08).

III.—Que en la boleta de citación N° 2-2017-204800727 emitida a las 10:17 horas del 21 de noviembre del 2017 -en resumen- se consignó que se había detenido el vehículo placa BCS925 en la vía pública porque el conductor prestaba el servicio de transporte público sin contar con la autorización del CTP del MOPT. También se consignó que viajaba con tres pasajeros cuyos datos se indicaban en el informe (folios 33 al 34).

IV.—Que en el acta de recolección de información para la investigación administrativa levantada por el oficial de tránsito Cesar Madrigal Montero se consignó, en resumen, que, en el sector Puntarenas, Golfito, Guaycara, La Chanchera, en un operativo de control vehicular de rutina se había detenido el vehículo placa BCS925. Se consignaron los datos de identificación del conductor y del vehículo. Además, se consignó que en el vehículo viajaban Inke Obando Flores, cédula de identidad número 6-0323-0698, María Porras Moscoso, cédula de identidad número 6-0097-0153 y Roxana Chonto López, cédula de identidad número 6-0394-0669, quienes informaron que se dirigían desde Puntarenas, Río Claro hasta Villa Neily, a cambio de ¢1000 (mil colones) (folio 05 al 06).

V.—Que el 14 de diciembre del 2017, se consultó la página electrónica del Registro Nacional para verificar la condición de inscripción del vehículo detenido y las calidades del propietario, dando como resultado que el vehículo placa BCS925 se encontraba debidamente inscrito y era propiedad del señor Esau González Calvo, portador de la cédula de identidad N° 6-0080-0753 (folio 9).

VI.—Que el 12 de diciembre del 2017, se recibió la constancia DACP-2017-2485 emitida por el Departamento Administración Concesiones y Permisos, Proceso SEETAXI, del MOPT en la que se indica que según los reportes que genera el sistema emisor de permisos al vehículo placa BCS925 no se le ha emitido código amparado a una empresa prestataria del servicio de transporte público, modalidad permiso especial estable de taxi. Dicha constancia fue solicitada por el Ente Regulador al amparo del convenio de cooperación suscrito con el MOPT para regular la prestación del servicio de transporte remunerado de personas (folio 17).

VII.—Que el 21 de diciembre del 2017 el Regulador General por resolución RRG-653-2017 de las 15:50 horas levantó la medida cautelar decretada contra el vehículo placa BCS925 y ordenó a la Dirección General de la Policía de Tránsito del MOPT que devolviera el vehículo a su propietario registral o a quien demostrare ser mandatario legítimo de éste, por medio de poder especial otorgado en escritura pública (folios 12 al 16).

VIII.—Que el 10 de julio del 2021, la Dirección General de Atención al Usuario por documento RE-0459-DGAU-2021 emitió el informe de valoración inicial, en el cual concluyó que con la información constante en autos podía iniciarse el procedimiento ordinario de investigación (folios 35 al 40).

IX.—Que el 28 de junio del 2021, el Regulador General por resolución RE-0749-RG-2021 de las 08:00 horas de ese día, ordenó el inicio del procedimiento ordinario y nombró como integrantes del órgano director del procedimiento a las abogadas Lucy Arias Chaves como titular y María Marta Rojas Chaves, como suplente (folios 43 al 48).

Considerando:

I.—Que de conformidad con lo establecido en el artículo 9° inciso 17) del Reglamento de Organización y Funciones de la Autoridad Reguladora (RIOF) corresponde al Regulador General ordenar la apertura de los procedimientos administrativos en los cuales se apliquen como sanción una multa, así como dictar los actos preparatorios, las medidas cautelares y la resolución final, además, de conocer las impugnaciones que se presenten.

II.—Que por su parte el artículo 22 inciso 11) del RIOF asignó a la Dirección General de Atención al Usuario la función de llevar a cabo la gestión de los procedimientos de resolución de quejas, controversias y denuncias.

III.—Que el artículo 38 inciso d) de la Ley 7593 faculta a la Autoridad Reguladora a tramitar procedimientos administrativos sancionatorios contra los prestadores de servicios públicos que incurran en una prestación no autorizada del servicio público aplicando para ello el procedimiento ordinario de la Ley General de la Administración Pública (L.G.A.P.). También dispone que de comprobarse la falta se aplicará una sanción de multa que podrá ser de cinco a diez veces el valor del daño causado cuando éste pueda ser determinado, o se aplicará una multa cuyo monto equivaldrá de 5 a 20 salarios base mínimos fijados en la Ley 7337 del 5 de mayo de 1993, cuando se no logre determinar dicho daño.

IV.—Que artículo 5° de la ley 7593, detalla los servicios públicos a los que la Autoridad Reguladora le corresponde fijar los precios y las tarifas y también velar por el cumplimiento de las normas de calidad, cantidad, confiabilidad, continuidad, oportunidad y prestación óptima. Además, establece los entes a los cuales les corresponde otorgar la autorización para prestar dichos servicios. Entre ellos se encuentra el transporte público remunerado de personas, en cualquiera de sus modalidades, salvo el aéreo.

V.—Que de conformidad con los artículos 2° y 3° de la Ley 7969, el transporte remunerado de personas es un servicio público cuyo titular es el Estado, sea que se realice por medio de autobuses, busetas, microbuses, taxis, automóviles o cualquier otro tipo de vehículo automotor, que se ofrezca al público en general, que se ofrezca a personas usuarias o a grupos determinados de usuarios con necesidades específicas, que constituyen demandas especiales.

VI.—Que por tratarse de un servicio público es necesario obtener una concesión para prestar el transporte remunerado de personas. En este sentido el artículo 1° de la Ley 3503, del 16 de agosto de 1965, dispuso que “El transporte remunerado de personas en vehículos automotores colectivos, excepto los automóviles de servicio de taxi regulado en otra ley, que se lleva a cabo por calles, carreteras y caminos dentro del territorio nacional, es un servicio público regulado, controlado y vigilado por el Ministerio de Obras Públicas y Transportes”. Además, ese artículo define la concesión, como el “derecho que el Estado otorga, previo trámite de licitación pública, para explotar comercialmente una línea por medio de uno o varios vehículos colectivos, tales como autobuses, busetas, microbuses o similares”.

VII.—Que por su parte los artículos 2° y 3° de la Ley 7969 establecen que el transporte remunerado de personas, modalidad taxi se explota mediante la figura de la concesión y que el servicio de transporte remunerado de personas modalidad servicio especial estable de taxi se explota mediante la figura del permiso. Por tal motivo es prohibido a los propietarios o conductores de vehículos particulares dedicarlos a la actividad del transporte público, sin contar con las respectivas autorizaciones y placas legalmente adjudicadas. En ese sentido la Ley de Tránsito por Vías Públicas Terrestres, N° 9078 establece en el artículo 42 la obligación de portar la documentación correspondiente en original y vigente y el artículo 130 impone la prohibición de emplear el vehículo para otros fines distintos a los establecidos en el certificado de propiedad.

VIII.—Que cuando un conductor de un vehículo particular se dedica a prestar el servicio de transporte remunerado de personas, sin contar con la debida autorización estatal o cuando un propietario de un vehículo particular permite que un vehículo de su propiedad sea dedicado a prestar dicho servicio sin la autorización de ley, incurren en la falta establecida en el inciso d) del artículo 38 de la Ley 7593 y, por tal motivo, se hacen acreedores de la sanción fijada en dicha norma jurídica. En el dictamen C-085-2008, del 26 de marzo de 2008, la Procuraduría General de la República expuso los alcances de esa sanción al señalar que: “Ahora bien, en el caso de la sanción de multa establecida en el artículo 38, inciso d) de la Ley de la ARESEP tenemos que su finalidad es precisamente desincentivar la prestación de un servicio público sin estar autorizado para ello. En el caso del servicio de transporte es obvio que un chofer por sí solo, es decir, sin el vehículo correspondiente, no podría brindar el servicio. Por consiguiente, la sanción debe dirigirse contra quien brinda el servicio (chofer) y también contra el propietario del vehículo”. Dado que el vehículo es el medio con el cual un conductor puede brindar un servicio público sin autorización estatal, su propietario registral puede ser sancionado y por tal motivo es menester incluirlo en el procedimiento ordinario a fin de que se le garantice el derecho de defensa.

IX.—Que la L.G.A.P., en el artículo 308 obliga a seguir el procedimiento ordinario desarrollado en el Título Sexto de esa ley, cuando el acto final pueda causarle perjuicio grave al administrado, al imponerle obligaciones, suprimirle o denegarle derechos subjetivos, o al establecerle cualquier otra forma de lesión grave y directa a sus derechos o intereses legítimos. En resumen, el procedimiento administrativo es una unidad formal de actos coordinados entre sí, que tienen por objeto alcanzar un acto final que refleje la verdad real de los hechos investigados. Es por esa razón que el órgano director debe realizar todos los actos necesarios para averiguar la verdad real de los hechos que dan base a ese procedimiento y que sirven de motivo al acto final en la forma más fiel, completa y posible. Para ello debe adoptar todas las medidas probatorias pertinentes o necesarias; debe otorgar y vigilar el respeto al debido proceso y debe conceder el derecho de defensa al administrado, teniendo todas las competencias otorgadas en la L.G.A.P.

X.—Que tal como se desglosó en el apartado de antecedentes del informe de valoración inicial, se considera que hay mérito suficiente para iniciar un procedimiento ordinario contra el señor Danilo Mayorga Borbón portador  de la cédula de identidad 6-0235-0113 (conductor) y contra el señor Esau González Calvo, portador de la cédula de identidad N° 6-0080-0753 (propietario registral) por supuestamente haber prestado sin autorización el servicio de transporte remunerado de personas, lo cual está establecido como falta en el inciso d) del artículo 38 de la Ley 7593, toda vez que la documentación aportada por la Dirección General de la Policía de Tránsito y los elementos de juicio que constan en autos, hacen suponer que pudo cometerse esa falta.

XI.—Que la instrucción del procedimiento será llevada a cabo por el órgano director, quien ostentará las facultades y competencias establecidas en los artículos 214 al 238 la L.G.A.P.

XII.—Que, además, como parte de la garantía constitucional del debido proceso, el administrado tiene derecho a ejercer su defensa en forma razonable, para lo cual es necesario que tenga una intimación oportuna y completa de los hechos que se le imputan, tal como lo establece el artículo 220 de la L.G.A.P.

XIII.—Que el objeto de este procedimiento ordinario es establecer la verdad real de los hechos investigados, es decir, determinar si hubo un posible incumplimiento de normativa vigente, al prestarse sin autorización estatal el servicio de transporte remunerado de personas, lo cual es sancionado en el artículo 38 inciso d) de la Ley 7593 con la imposición de una multa.

XIV.—Que para el año 2017 el salario base de la Ley 7337 era de ¢ 426 200,00 (cuatrocientos veintiséis mil doscientos colones) de acuerdo con lo establecido por la Corte Suprema de Justicia en la sesión ordinaria N° 113-16 del 20 de diciembre de 2016. Por tanto,

Con fundamento en las competencias otorgadas en la Ley 7593, en la L.G.A.P., en el Decreto N° 29732-MP que es el Reglamento a la Ley 7593 y en el Reglamento Interno de Organización y Funciones;

EL ÓRGANO DIRECTOR,

RESUELVE:

I.—Iniciar el procedimiento ordinario tendente a determinar la verdad real de los hechos y establecer la eventual responsabilidad administrativa del señor Danilo Mayorga Borbón (conductor) y del señor Esau González Calvo (propietario registral) por la supuesta prestación no autorizada del servicio de transporte público remunerado de personas.

II.—Indicar que la eventual determinación de responsabilidad administrativa podría acarrearle al señor Danilo Mayorga Borbón y al señor Esau González Calvo, la imposición de una sanción que podría oscilar de cinco a diez veces el valor del daño causado que se determine, o, cuando no fuere posible determinar el daño, en la imposición de una multa que podría oscilar entre cinco a veinte salarios base mínimos fijados en la Ley 7337, mismo que para el año 2017 era de ¢ 426 200,00 (cuatrocientos veintiséis mil doscientos colones), de acuerdo con lo establecido por la Corte Suprema de Justicia en la sesión ordinaria N° 113-16 del 20 de diciembre de 2016. Lo anterior con base en los hechos y cargos siguientes, sobre los cuales los investigados quedan debidamente intimados:

Primero: Que el vehículo placa BCS925 es propiedad del señor Esau González Calvo, portador de la cédula de identidad N° 6-0080-0753 (folio 9).

Segundo: Que el 21 de noviembre del 2017, el oficial de tránsito César Madrigal Montero, en el sector Puntarenas, Golfito, Guaycara, La Chanchera, detuvo el vehículo BCS925 que era conducido por el señor Danilo Mayorga Borbón (folios 33 al 34).

Tercero: Que, al momento de ser detenido, en el vehículo BCS925 viajaban tres pasajeros identificados con el nombre de Inke Obando Flores, cédula de identidad número 6-0323-0698, María Porras Moscoso, cédula de identidad número 6-0097-0153 y Roxana Chonto López, cédula de identidad número 6-0394-0669, a quienes el señor Danilo Mayorga Borbón se encontraba prestando el servicio de transporte remunerado de personas desde Puntarenas, Río Claro hasta Villa Neily, a cambio de ¢1000 (mil colones); según lo informado por las pasajeras y lo consignado por los oficiales de tránsito en la documentación (folios 05 al 06).

Cuarto: Que el vehículo placa BCS925 no aparece en los registros del Departamento de Administración de Concesiones y Permisos del Ministerio de Obras Públicas y Transportes, como que se le haya emitido algún código amparado a una empresa prestataria del servicio de transporte público, modalidad permiso especial estable de taxi (folio 17).

III.—Hacer saber al señor Danilo Mayorga Borbón y al señor Esau González Calvo, que:

1.         La falta, consistente en la prestación no autorizada del servicio de transporte remunerado de personas, les es imputable ya que de conformidad con los artículos 5° de la ley 7593, 2° y 3° de la Ley 7969, 1° de la Ley 3503 y 42 de la Ley 9078; para prestar el servicio público de transporte remunerado de personas es condición indispensable (conditio sine qua non) contar con la respectiva concesión o permiso. Por lo que al señor Danilo Mayorga Borbón, se le atribuye la prestación del servicio público de transporte remunerado de personas, sin contar con la respectiva autorización estatal y sin contar con placas de transporte público debidamente adjudicadas y al señor Esau González Calvo se le atribuye el haber consentido en la prestación no autorizada del servicio de transporte remunerado de personas con un vehículo de su propiedad.

2.         De comprobarse la comisión de la falta imputada por parte del señor Danilo Mayorga Borbón y por parte del señor Esau González Calvo, podría imponérseles una sanción al pago solidario de una multa de cinco a diez veces el valor del daño causado, o bien una multa de cinco a veinte salarios base mínimo fijado en la Ley 7337, si no puede determinarse el daño, cuyo monto para el año 2017 era de ¢ 426 200,00 (cuatrocientos veintiséis mil doscientos colones), de acuerdo con lo establecido por la Corte Suprema de Justicia en la sesión ordinaria N° 113-16 del 20 de diciembre de 2016.

3.         En la Dirección General de Atención al Usuario de la Autoridad Reguladora, sede del órgano director del procedimiento, ubicada en el primer piso del Edificio Turrubares del Centro Empresarial Multipark ubicado 100 metros al norte de Construplaza en Guachipelín de Escazú, podrán consultar el expediente administrativo en horario de las 8:00 a las 16:00 horas, de lunes a viernes, (menos los días feriados), horario dentro del cual podrán fotocopiar el expediente, con cargo al interesado.

4.         Todos los escritos y documentos adjuntos deberán dirigirse al órgano director y ser presentados en la recepción de documentos de la Autoridad Reguladora, ubicada en la sede antes señalada.

5.         Sólo las partes y sus respectivos abogados debidamente acreditados en autos tendrán acceso al expediente, el cual consta de la documentación siguiente:

a)         Oficio del 07 de diciembre del 2017 emitido por el Departamento de Operaciones Policiales de Tránsito de la Dirección General de Policía de Tránsito del MOPT.

b)         Boleta de citación de citación N° 2-2017-204800727 del 21 de noviembre del 2017 confeccionada a nombre del señor Danilo Mayorga Borbón, conductor del vehículo particular placa BCS925 por la supuesta prestación no autorizada del servicio de transporte público remunerado de personas ese día.

c)       Acta de “Recolección de información para investigación administrativa”, en la que se describen los hechos ocurridos en el operativo de detención del vehículo.

d)         Escrito de apelación con sus respectivos alegatos.

e)         Documento denominado “Inventario de Vehículos Detenidos” con los datos de identificación del vehículo detenido en el operativo.

f)          Consulta a la página electrónica del Registro Nacional sobre los datos de inscripción del vehículo placa BCS925.

g)         Consulta a la página electrónica del Registro Civil sobre los datos de identidad de los investigados.

h)         Constancia DACP-2017-2485 emitida por el Departamento Administración Concesiones y Permisos del MOPT sobre las autorizaciones dadas al vehículo investigado.

i)          Resolución RRG-653-2017 de las 15:50 horas del 21 de diciembre del 2017 en la cual consta el levantamiento de la medida cautelar.

j)          Informe RE-0459-DGAU-2021 del 10 de julio del 2021 que es el informe de valoración inicial del procedimiento ordinario.

k)         Resolución RE-0749-RG-2021 de las 08:00 horas del 28 de junio del 2021 en la cual se nombró al órgano director del procedimiento.

6.         La citación a rendir declaración como testigos de los oficiales de tránsito actuantes queda sujeta a la disponibilidad de esos funcionarios debido a que deben brindar atención prioritaria de vigilancia al cumplimiento de las medidas sanitarias impuestas por la pandemia del Covid-19.

7.         El órgano director podrá incorporar más elementos de prueba, de acuerdo con sus facultades legales.

8.         Se citará a las partes a una comparecencia oral y privada para que comparezcan personalmente o por medio de apoderado y para que ejerzan su derecho de defensa. Se realizará a las 13:30 horas del 09 de marzo del 2022 en la sede de la Autoridad Reguladora en Guachipelín de Escazú. Para tal efecto los interesados deberán presentarse en la recepción de la Institución a la hora y fecha señalada supra.

9.         Deben aportar todos sus alegatos y pruebas a más tardar el día de la comparecencia oral y privada, o antes si a bien lo tienen, en cuyo caso la presentación habrá de ser por escrito. La prueba que por culpa de la parte proponente no haya sido posible recibir en la comparecencia oral y privada, se declarará inevacuable. En el caso de los medios de prueba que requieran una preparación previa a la comparecencia, su ofrecimiento deberá ser comunicado con suficiente antelación al órgano director a fin de decidir su admisión y proceder de conformidad. Se hace saber, además, que, en caso de ofrecer prueba testimonial, deben indicarse las calidades generales de los testigos y señalar los hechos sobre los cuales van a declarar y quedará bajo su responsabilidad traer a la comparecencia los testigos ofrecidos, de conformidad con el artículo 312 de la Ley L.G.A.P., para lo cual podrán solicitar al órgano director que emita las cédulas de citación de los testigos, con al menos cinco días naturales de antelación a la fecha de la comparecencia. La notificación de las cédulas de citación se hará por medio de la parte interesada, quien deberá devolverlas al órgano director debidamente firmadas por los testigos, a más tardar el día de la comparecencia.

10.        Se advierte que de presentarse en forma tardía a la comparecencia, la tomarán en el estado en que se encuentre, y de no comparecer el día y hora que señale el órgano director, sin que medie causa justa debidamente comunicada al órgano director, se continuará con el procedimiento y se resolverá el caso con los elementos de juicio existentes, sin que eso valga como aceptación de los hechos, pretensiones ni prueba de la Administración, aunque el órgano director podrá evacuar la prueba previamente ofrecida por la parte ausente, si fuera posible, de conformidad con el artículo 316 de la Ley L.G.A.P. Y que podrán contar con patrocinio letrado.

11.        Dentro del plazo de tres días hábiles a partir de la notificación de la presente resolución, deben señalar dirección exacta y/o medio para atender futuras notificaciones, bajo el apercibimiento de que, en caso de omisión, quedarán notificados de los actos subsiguientes veinticuatro horas después de dictados. Lo mismo sucederá si el medio escogido imposibilitare la notificación por causas ajenas a la Autoridad Reguladora, o si el lugar señalado permaneciere cerrado, fuere impreciso, incierto o inexistente. Para las notificaciones a efectuarse en este procedimiento se tendrán por habilitados todos los días y horas al amparo del artículo 267.3 de la Ley L.G.A.P.

III.—Notificar la presente resolución al señor Danilo Mayorga Borbón (conductor) y al señor Esaú González Calvo (propietario registral), en la dirección física exacta que conste en el expediente administrativo, de conformidad con lo establecido en el inciso a) del artículo 19 de la Ley 8687. En caso de no existir ningún lugar señalado en autos, se procederá con la notificación mediante publicación en la sección de notificaciones de La Gaceta.

De conformidad con lo establecido en la L.G.A.P., se informa que contra la presente resolución cabe la interposición de los recursos ordinarios de revocatoria y apelación, los cuales deberán interponerse dentro del plazo de veinticuatro horas, contado a partir del día hábil inmediato siguiente al día en que quede debidamente notificado este acto.

El recurso de revocatoria corresponderá resolverlo al órgano director del procedimiento y el recurso de apelación corresponderá resolverlo al Regulador General. Notifíquese.—Lucy María Arias Chaves, Órgano Director.—O.C. N° 082202210380.—Solicitud N° 337571.—( IN2022634009 ).

Resolución RE-0292-DGAU-2021 de las 15:51 horas del 10 de noviembre de 2021. Realiza el Órgano Director la intimación de cargos en el procedimiento ordinario seguido al señor Juan Rodrigo Rojas Varela, portador de la cédula de identidad 1-1210-0928 (conductor) y al señor Jorge Arturo Castillo Fallas, portador de la cédula de identidad 1-1100-0581 (propietario registral), por la supuesta prestación no autorizada del servicio público de transporte remunerado de personas. Expediente Digital OT-375-2017.

Resultando:

I.—Que el 12 de febrero de 2004 mediante resolución RRG-3333-2004 de las 15:30 horas de ese día, publicada en La Gaceta 36 del 20 de febrero de 2004, la Autoridad Reguladora de los Servicios Públicos facultó al Ministerio de Obras Públicas y Transportes para que por los medios que estimara pertinentes, removiera los vehículos que se encontraran prestando el servicio público de transporte remunerado de personas, sin autorización del Estado.

II.—Que el 29 de noviembre del 2017, se recibió el oficio DVT-DGPT-UTP-2017-726 del 28 de noviembre del 2017, emitido por el Departamento de Operaciones Policiales de Tránsito de la Dirección General de Policía de Tránsito del MOPT, mediante el cual se remitió la información siguiente: a) La boleta de citación Nº 2-2017-248601144, confeccionada a nombre del señor Juan Rodrigo Rojas Varela, portador de la cédula de identidad 1-1210-0928, conductor del vehículo particular placa 767938 por supuestamente haber prestado de forma no autorizada el servicio de transporte público remunerado de personas, modalidad taxi el día 21 de noviembre del 2017; b) El acta de “Recolección de información para investigación administrativa”, en la que se describen los hechos ocurridos en el operativo de detención del vehículo y en la que se recopila información sobre los pasajeros transportados y c) El documento denominado “Inventario de Vehículos Detenidos” en el cual se consignan los datos de identificación del vehículo y de la delegación de tránsito en la que quedó depositado (folios 02 al 08).

III.—Que en la boleta de citación Nº 2-2017-248601144 emitida a las 09:02 horas del 21 de noviembre del 2017 -en resumen- se consignó que se había detenido el vehículo placa 767938 en la vía pública porque el conductor prestaba el servicio de transporte público sin contar con la autorización del CTP del MOPT. También se consignó que viajaba tres pasajeras cuyos datos se indicaban en el informe (folios 4).

IV.—Que en el acta de recolección de información para la investigación administrativa levantada por el oficial de tránsito Pablo Agüero Rojas se consignó, en resumen, que, en el sector San José, Pavas, Lomas del Río, por la terminal de autobuses, en un operativo de control vehicular de rutina se había detenido el vehículo placa 767938. Se consignaron los datos de identificación del conductor y del vehículo. Además, se consignó que en el vehículo viajaban Eugenia Cruz Ortiz, cédula de identidad número 1-1282-0836, Ingrid Sánchez Sánchez, cédula de identidad número 1-1150-0289 y Analive de los Ángeles Acuña Ortega, cédula de identidad número 1-1348-0965, quienes informaron que se dirigían desde San José, Lomas del Río hasta el parque de San Pedro, a cambio de ¢2000 (dos mil colones) (folio 5).

V.—Que el 14 de diciembre del 2017, se consultó la página electrónica del Registro Nacional para verificar la condición de inscripción del vehículo detenido y las calidades del propietario, dando como resultado que el vehículo placa 767938 se encontraba debidamente inscrito y era propiedad del señor Jorge Arturo Castillo Fallas, portador de la cédula de identidad 1-1100-0581(folio 8).

VI.—Que el 07 de diciembre del 2017, se recibió la constancia DACP-2017-2344 emitida por el Departamento Administración Concesiones y Permisos, Proceso SEETAXI, del MOPT en la que se indica que según los reportes que genera el sistema emisor de permisos al vehículo placa 767938 no se le ha emitido código amparado a una empresa prestataria del servicio de transporte público, modalidad permiso especial estable de taxi. Dicha constancia fue solicitada por el Ente Regulador al amparo del convenio de cooperación suscrito con el MOPT para regular la prestación del servicio de transporte remunerado de personas (folio 11).

VII.—Que el 09 de enero del 2018 el Regulador General por resolución RRG-021-2018de las 09:10 horas levantó la medida cautelar decretada contra el vehículo placa 767938 y ordenó a la Dirección General de la Policía de Tránsito del MOPT que devolviera el vehículo a su propietario registral o a quien demostrare ser mandatario legítimo de éste, por medio de poder especial otorgado en escritura pública (folios 12 al 20).

VIII.—Que el 26 de noviembre del 2020, la Dirección General de Atención al Usuario por documento IN-0996-DGAU-2020 emitió el informe de valoración inicial, en el cual concluyó que con la información constante en autos podía iniciarse el procedimiento ordinario de investigación (folios 22 al 26).

IX.—Que el 27 de noviembre del 2020, el Regulador General por resolución RE-1661-RG-2020 de las 14:00 horas de ese día, ordenó el inicio del procedimiento ordinario y nombró como integrantes del órgano director del procedimiento a las abogadas Lucy Arias Chaves como titular y María Marta Rojas Chaves, como suplente (folios 28 al 34).

Considerando:

I.—Que de conformidad con lo establecido en el artículo 9° inciso 17) del Reglamento de Organización y Funciones de la Autoridad Reguladora (RIOF) corresponde al Regulador General ordenar la apertura de los procedimientos administrativos en los cuales se apliquen como sanción una multa, así como dictar los actos preparatorios, las medidas cautelares y la resolución final, además, de conocer las impugnaciones que se presenten.

II.—Que por su parte el artículo 22 inciso 11) del RIOF asignó a la Dirección General de Atención al Usuario la función de llevar a cabo la gestión de los procedimientos de resolución de quejas, controversias y denuncias.

III.—Que el artículo 38 inciso d) de la Ley 7593 faculta a la Autoridad Reguladora a tramitar procedimientos administrativos sancionatorios contra los prestadores de servicios públicos que incurran en una prestación no autorizada del servicio público aplicando para ello el procedimiento ordinario de la Ley General de la Administración Pública (L.G.A.P.). También dispone que de comprobarse la falta se aplicará una sanción de multa que podrá ser de cinco a diez veces el valor del daño causado cuando éste pueda ser determinado, o se aplicará una multa cuyo monto equivaldrá de 5 a 20 salarios base mínimos fijados en la Ley 7337 del 5 de mayo de 1993, cuando se no logre determinar dicho daño.

IV.—Que artículo 5° de la ley 7593, detalla los servicios públicos a los que la Autoridad Reguladora le corresponde fijar los precios y las tarifas y también velar por el cumplimiento de las normas de calidad, cantidad, confiabilidad, continuidad, oportunidad y prestación óptima. Además, establece los entes a los cuales les corresponde otorgar la autorización para prestar dichos servicios. Entre ellos se encuentra el transporte público remunerado de personas, en cualquiera de sus modalidades, salvo el aéreo.

V.—Que de conformidad con los artículos 2° y 3° de la Ley 7969, el transporte remunerado de personas es un servicio público cuyo titular es el Estado, sea que se realice por medio de autobuses, busetas, microbuses, taxis, automóviles o cualquier otro tipo de vehículo automotor, que se ofrezca al público en general, que se ofrezca a personas usuarias o a grupos determinados de usuarios con necesidades específicas, que constituyen demandas especiales.

VI.—Que por tratarse de un servicio público es necesario obtener una concesión para prestar el transporte remunerado de personas. En este sentido el artículo 1° de la Ley 3503, del 16 de agosto de 1965, dispuso que “El transporte remunerado de personas en vehículos automotores colectivos, excepto los automóviles de servicio de taxi regulado en otra ley, que se lleva a cabo por calles, carreteras y caminos dentro del territorio nacional, es un servicio público regulado, controlado y vigilado por el Ministerio de Obras Públicas y Transportes”. Además, ese artículo define la concesión, como el “derecho que el Estado otorga, previo trámite de licitación pública, para explotar comercialmente una línea por medio de uno o varios vehículos colectivos, tales como autobuses, busetas, microbuses o similares”.

VII.—Que por su parte los artículos 2° y 3° de la Ley 7969 establecen que el transporte remunerado de personas, modalidad taxi se explota mediante la figura de la concesión y que el servicio de transporte remunerado de personas modalidad servicio especial estable de taxi se explota mediante la figura del permiso. Por tal motivo es prohibido a los propietarios o conductores de vehículos particulares dedicarlos a la actividad del transporte público, sin contar con las respectivas autorizaciones y placas legalmente adjudicadas. En ese sentido la Ley de Tránsito por Vías Públicas Terrestres, N° 9078 establece en el artículo 42 la obligación de portar la documentación correspondiente en original y vigente y el artículo 130 impone la prohibición de emplear el vehículo para otros fines distintos a los establecidos en el certificado de propiedad.

VIII.—Que cuando un conductor de un vehículo particular se dedica a prestar el servicio de transporte remunerado de personas, sin contar con la debida autorización estatal o cuando un propietario de un vehículo particular permite que un vehículo de su propiedad sea dedicado a prestar dicho servicio sin la autorización de ley, incurren en la falta establecida en el inciso d) del artículo 38 de la Ley 7593 y, por tal motivo, se hacen acreedores de la sanción fijada en dicha norma jurídica. En el dictamen C-085-2008, del 26 de marzo de 2008, la Procuraduría General de la República expuso los alcances de esa sanción al señalar que: “Ahora bien, en el caso de la sanción de multa establecida en el artículo 38, inciso d) de la Ley de la ARESEP tenemos que su finalidad es precisamente desincentivar la prestación de un servicio público sin estar autorizado para ello. En el caso del servicio de transporte es obvio que un chofer por sí solo, es decir, sin el vehículo correspondiente, no podría brindar el servicio. Por consiguiente, la sanción debe dirigirse contra quien brinda el servicio (chofer) y también contra el propietario del vehículo”. Dado que el vehículo es el medio con el cual un conductor puede brindar un servicio público sin autorización estatal, su propietario registral puede ser sancionado y por tal motivo es menester incluirlo en el procedimiento ordinario a fin de que se le garantice el derecho de defensa.

IX.—Que la L.G.A.P., en el artículo 308 obliga a seguir el procedimiento ordinario desarrollado en el Título Sexto de esa ley, cuando el acto final pueda causarle perjuicio grave al administrado, al imponerle obligaciones, suprimirle o denegarle derechos subjetivos, o al establecerle cualquier otra forma de lesión grave y directa a sus derechos o intereses legítimos. En resumen, el procedimiento administrativo es una unidad formal de actos coordinados entre sí, que tienen por objeto alcanzar un acto final que refleje la verdad real de los hechos investigados. Es por esa razón que el órgano director debe realizar todos los actos necesarios para averiguar la verdad real de los hechos que dan base a ese procedimiento y que sirven de motivo al acto final en la forma más fiel, completa y posible. Para ello debe adoptar todas las medidas probatorias pertinentes o necesarias; debe otorgar y vigilar el respeto al debido proceso y debe conceder el derecho de defensa al administrado, teniendo todas las competencias otorgadas en la L.G.A.P.

X.—Que tal como se desglosó en el apartado de antecedentes del informe de valoración inicial, se considera que hay mérito suficiente para iniciar un procedimiento ordinario contra el señor Juan Rodrigo Rojas Varela portador de la cédula de identidad 1-1210-0928 (conductor) y contra el señor Jorge Arturo Castillo Fallas, portador de la cédula de identidad 1-1100-0581 (propietario registral) por supuestamente haber prestado sin autorización el servicio de transporte remunerado de personas, lo cual está establecido como falta en el inciso d) del artículo 38 de la Ley 7593, toda vez que la documentación aportada por la Dirección General de la Policía de Tránsito y los elementos de juicio que constan en autos, hacen suponer que pudo cometerse esa falta.

XI.—Que la instrucción del procedimiento será llevada a cabo por el órgano director, quien ostentará las facultades y competencias establecidas en los artículos 214 al 238 la L.G.A.P.

XII.—Que, además, como parte de la garantía constitucional del debido proceso, el administrado tiene derecho a ejercer su defensa en forma razonable, para lo cual es necesario que tenga una intimación oportuna y completa de los hechos que se le imputan, tal como lo establece el artículo 220 de la L.G.A.P.

XIII.—Que el objeto de este procedimiento ordinario es establecer la verdad real de los hechos investigados, es decir, determinar si hubo un posible incumplimiento de normativa vigente, al prestarse sin autorización estatal el servicio de transporte remunerado de personas, lo cual es sancionado en el artículo 38 inciso d) de la Ley 7593 con la imposición de una multa.

XIV.—Que para el año 2017 el salario base de la Ley 7337 era de ¢ 426 200,00 (cuatrocientos veintiséis mil doscientos colones) de acuerdo con lo establecido por la Corte Suprema de Justicia en la sesión ordinaria Nº 113-16 del 20 de diciembre de 2016. Por tanto,

Con fundamento en las competencias otorgadas en la Ley 7593, en la L.G.A.P., en el Decreto 29732-MP que es el Reglamento a la Ley 7593 y en el Reglamento Interno de Organización y Funciones;

EL ORGANO DIRECTOR

RESUELVE:

I.—Iniciar el procedimiento ordinario tendente a determinar la verdad real de los hechos y establecer la eventual responsabilidad administrativa del señor Juan Rodrigo Rojas Varela (conductor) y del señor Jorge Arturo Castillo Fallas (propietario registral) por la supuesta prestación no autorizada del servicio de transporte público remunerado de personas.

II.—Indicar que la eventual determinación de responsabilidad administrativa podría acarrearle al señor Juan Rodrigo Rojas Varela y al señor Jorge Arturo Castillo Fallas, la imposición de una sanción que podría oscilar de cinco a diez veces el valor del daño causado que se determine, o, cuando no fuere posible determinar el daño, en la imposición de una multa que podría oscilar entre cinco a veinte salarios base mínimos fijados en la Ley 7337, mismo que para el año 2017 era de ¢ 426 200,00 (cuatrocientos veintiséis mil doscientos colones), de acuerdo con lo establecido por la Corte Suprema de Justicia en la sesión ordinaria Nº 113-16 del 20 de diciembre de 2016. Lo anterior con base en los hechos y cargos siguientes, sobre los cuales los investigados quedan debidamente intimados:

Primero: Que el vehículo placa 767938 es propiedad del señor Jorge Arturo Castillo Fallas, portador de la cédula de identidad 1-1100-0581 (folio 8).

Segundo: Que el 21 de noviembre del 2017, el oficial de tránsito Pablo Agüero Rojas, en el sector San José, Pavas, Lomas del Río, por la terminal de autobuses, detuvo el vehículo 767938 que era conducido por el señor Juan Rodrigo Rojas Varela (folios 4).

Tercero: Que, al momento de ser detenido, en el vehículo 767938 viajaban tres pasajeras identificadas con el nombre de Eugenia Cruz Ortiz, cédula de identidad número 1-1282-0836, Ingrid Sánchez Sánchez, cédula de identidad número 1-1150-0289 y Analive de los Ángeles Acuña Ortega, cédula de identidad número 1-1348-0965, a quienes el señor Juan Rodrigo Rojas Varela se encontraba prestando el servicio de transporte remunerado de personas desde San José, Lomas del Río hasta el parque de San Pedro, a cambio de ¢2000 (dos mil colones); según lo informado por las pasajeras y lo consignado por los oficiales de tránsito en la documentación (folios 05).

Cuarto: Que el vehículo placa 767938 no aparece en los registros del Departamento de Administración de Concesiones y Permisos del Ministerio de Obras Públicas y Transportes, como que se le haya emitido algún código amparado a una empresa prestataria del servicio de transporte público, modalidad permiso especial estable de taxi (folio 11).

III.—Hacer saber al señor Juan Rodrigo Rojas Varela y al señor Jorge Arturo Castillo Fallas, que:

1.         La falta, consistente en la prestación no autorizada del servicio de transporte remunerado de personas, les es imputable ya que de conformidad con los artículos 5° de la ley 7593, 2° y 3° de la Ley 7969, 1° de la Ley 3503 y 42 de la Ley 9078; para prestar el servicio público de transporte remunerado de personas es condición indispensable (conditio sine qua non) contar con la respectiva concesión o permiso. Por lo que al señor Juan Rodrigo Rojas Varela, se le atribuye la prestación del servicio público de transporte remunerado de personas, sin contar con la respectiva autorización estatal y sin contar con placas de transporte público debidamente adjudicadas y al señor Jorge Arturo Castillo Fallas se le atribuye el haber consentido en la prestación no autorizada del servicio de transporte remunerado de personas con un vehículo de su propiedad.

2.         De comprobarse la comisión de la falta imputada por parte del señor Juan Rodrigo Rojas Varela y por parte del señor Jorge Arturo Castillo Fallas, podría imponérseles una sanción al pago solidario de una multa de cinco a diez veces el valor del daño causado, o bien una multa de cinco a veinte salarios base mínimo fijado en la Ley 7337, si no puede determinarse el daño, cuyo monto para el año 2017 era de ¢ 426 200,00 (cuatrocientos veintiséis mil doscientos colones), de acuerdo con lo establecido por la Corte Suprema de Justicia en la sesión ordinaria Nº 113-16 del 20 de diciembre de 2016.

3.         En la Dirección General de Atención al Usuario de la Autoridad Reguladora, sede del órgano director del procedimiento, ubicada en el primer piso del Edificio Turrubares del Centro Empresarial Multipark ubicado 100 metros al norte de Construplaza en Guachipelín de Escazú, podrán consultar el expediente administrativo en horario de las 8:00 a las 16:00 horas, de lunes a viernes, (menos los días feriados), horario dentro del cual podrán fotocopiar el expediente, con cargo al interesado.

4.         Todos los escritos y documentos adjuntos deberán dirigirse al órgano director y ser presentados en la recepción de documentos de la Autoridad Reguladora, ubicada en la sede antes señalada.

5.       Sólo las partes y sus respectivos abogados debidamente acreditados en autos tendrán acceso al expediente, el cual consta de la documentación siguiente:

a)         Oficio 29 de noviembre del 2017 emitido por el Departamento de Operaciones Policiales de Tránsito de la Dirección General de Policía de Tránsito del MOPT.

b)         Boleta de citación de citación Nº 2-2017-248601144 del 21 de noviembre del 2017 confeccionada a nombre del señor Juan Rodrigo Rojas Varela, conductor del vehículo particular placa 767938 por la supuesta prestación no autorizada del servicio de transporte público remunerado de personas ese día.

c)       Acta de “Recolección de información para investigación administrativa”, en la que se describen los hechos ocurridos en el operativo de detención del vehículo.

d)         Escrito de apelación con sus respectivos alegatos.

e)         Documento denominado “Inventario de Vehículos Detenidos” con los datos de identificación del vehículo detenido en el operativo.

f)          Consulta a la página electrónica del Registro Nacional sobre los datos de inscripción del vehículo placa 767938.

g)         Consulta a la página electrónica del Registro Civil sobre los datos de identidad de los investigados.

h)       Constancia DACP-2017-2344 emitida por el Departamento Administración Concesiones y Permisos del MOPT sobre las autorizaciones dadas al vehículo investigado.

i)          Resolución RRG-021-2018 de las 09:10 horas del 09 de enero del 2018 en la cual consta el levantamiento de la medida cautelar.

j)          Informe IN-0996-DGAU-2020 del 26 de noviembre del 2020 que es el informe de valoración inicial del procedimiento ordinario.

k)         Resolución RE-1661-RG-2020 de las 14:00 horas del 27 de noviembre del 2020 en la cual se nombró al órgano director del procedimiento.

6.         La citación a rendir declaración como testigos de los oficiales de tránsito actuantes queda sujeta a la disponibilidad de esos funcionarios debido a que deben brindar atención prioritaria de vigilancia al cumplimiento de las medidas sanitarias impuestas por la pandemia del Covid-19.

7.         El órgano director podrá incorporar más elementos de prueba, de acuerdo con sus facultades legales.

8.         Se citará a las partes a una comparecencia oral y privada para que comparezcan personalmente o por medio de apoderado y para que ejerzan su derecho de defensa. Se realizará a las 09:30 horas del 10 de marzo del 2022 en la sede de la Autoridad Reguladora en Guachipelín de Escazú. Para tal efecto los interesados deberán presentarse en la recepción de la Institución a la hora y fecha señalada supra.

9.         Deben aportar todos sus alegatos y pruebas a más tardar el día de la comparecencia oral y privada, o antes si a bien lo tienen, en cuyo caso la presentación habrá de ser por escrito. La prueba que por culpa de la parte proponente no haya sido posible recibir en la comparecencia oral y privada, se declarará inevacuable. En el caso de los medios de prueba que requieran una preparación previa a la comparecencia, su ofrecimiento deberá ser comunicado con suficiente antelación al órgano director a fin de decidir su admisión y proceder de conformidad. Se hace saber, además, que, en caso de ofrecer prueba testimonial, deben indicarse las calidades generales de los testigos y señalar los hechos sobre los cuales van a declarar y quedará bajo su responsabilidad traer a la comparecencia los testigos ofrecidos, de conformidad con el artículo 312 de la Ley L.G.A.P., para lo cual podrán solicitar al órgano director que emita las cédulas de citación de los testigos, con al menos cinco días naturales de antelación a la fecha de la comparecencia. La notificación de las cédulas de citación se hará por medio de la parte interesada, quien deberá devolverlas al órgano director debidamente firmadas por los testigos, a más tardar el día de la comparecencia.

10.        Se advierte que de presentarse en forma tardía a la comparecencia, la tomarán en el estado en que se encuentre, y de no comparecer el día y hora que señale el órgano director, sin que medie causa justa debidamente comunicada al órgano director, se continuará con el procedimiento y se resolverá el caso con los elementos de juicio existentes, sin que eso valga como aceptación de los hechos, pretensiones ni prueba de la Administración, aunque el órgano director podrá evacuar la prueba previamente ofrecida por la parte ausente, si fuera posible, de conformidad con el artículo 316 de la Ley L.G.A.P. Y que podrán contar con patrocinio letrado.

11.        Dentro del plazo de tres días hábiles a partir de la notificación de la presente resolución, deben señalar dirección exacta y/o medio para atender futuras notificaciones, bajo el apercibimiento de que, en caso de omisión, quedarán notificados de los actos subsiguientes veinticuatro horas después de dictados. Lo mismo sucederá si el medio escogido imposibilitare la notificación por causas ajenas a la Autoridad Reguladora, o si el lugar señalado permaneciere cerrado, fuere impreciso, incierto o inexistente. Para las notificaciones a efectuarse en este procedimiento se tendrán por habilitados todos los días y horas al amparo del artículo 267.3 de la Ley L.G.A.P.

III.—Notificar la presente resolución al señor Juan Rodrigo Rojas Varela (conductor) y al señor Jorge Arturo Castillo Fallas (propietario registral), en la dirección física exacta que conste en el expediente administrativo, de conformidad con lo establecido en el inciso a) del artículo 19 de la Ley 8687. En caso de no existir ningún lugar señalado en autos, se procederá con la notificación mediante publicación en la sección de notificaciones de La Gaceta.

De conformidad con lo establecido en la L.G.A.P., se informa que contra la presente resolución cabe la interposición de los recursos ordinarios de revocatoria y apelación, los cuales deberán interponerse dentro del plazo de veinticuatro horas, contado a partir del día hábil inmediato siguiente al día en que quede debidamente notificado este acto.

El recurso de revocatoria corresponderá resolverlo al órgano director del procedimiento y el recurso de apelación corresponderá resolverlo al Regulador General. Notifíquese.—Lucy María Arias Chaves, Órgano Director.—O.C. Nº 082202210380.—Solicitud Nº 337572.—( IN2022634010 ).

Resolución RE-0305-DGAU-2021 de las 15:22 horas del 12 de noviembre de 2021.

Realiza el órgano director la intimación de cargos en el procedimiento ordinario seguido al señor Javier José Azofeifa Mena, portador de la cédula de identidad N° 1-1478-0232 (conductor) y al señor José Azofeifa Aguilar, portador de la cédula de identidad N° 1-0517-0762, (propietario registral), por la supuesta prestación no autorizada del servicio público de transporte remunerado de personas. Expediente digital: OT-119-2018.

Resultando:

I°—Que el 12 de febrero de 2004 mediante resolución RRG-3333-2004 de las 15:30 horas de ese día, publicada en La Gaceta 36 del 20 de febrero de 2004, la Autoridad Reguladora de los Servicios Públicos facultó al Ministerio de Obras Públicas y Transportes para que por los medios que estimara pertinentes, removiera los vehículos que se encontraran prestando el servicio público de transporte remunerado de personas, sin autorización del Estado.

II°—Que el 31 de enero del 2018, se recibió el oficio DVT-DGPT-UTP-2018-116 del 23 de enero del 2018, emitido por el Departamento de Operaciones Policiales de Tránsito de la Dirección General de Policía de Tránsito del MOPT, mediante el cual se remitió la información siguiente: a) La boleta de citación # 2-2018-60800049, confeccionada a nombre del señor Javier José Azofeifa Mena, portador de la cédula de identidad 1-1478-0232, conductor del vehículo particular placa SJB-014728 por supuestamente haber prestado de forma no autorizada el servicio de transporte público remunerado de personas, modalidad taxi el día 13 de enero del 2018; b) El acta de “Recolección de información para investigación administrativa”, en la que se describen los hechos ocurridos en el operativo de detención del vehículo y en la que se recopila información sobre los pasajeros transportados y c) El documento denominado “Inventario de Vehículos Detenidos” en el cual se consignan los datos de identificación del vehículo y de la delegación de tránsito en la que quedó depositado (folios 02 al 09).

III°—Que en la boleta de citación N° 2-2018-60800049 emitida a las 12:33 horas del 13 de enero del 2018 -en resumen- se consignó que se había detenido el vehículo placa SJB-014728 en la vía pública porque el conductor prestaba el servicio de transporte público sin contar con la autorización del CTP del MOPT. También se consignó que viajaba con cuatro pasajeros cuyos datos se indicaban en el informe (folios 4).

IV°—Que en el acta de recolección de información para la investigación administrativa levantada por el oficial de tránsito Oscar Barrantes Solano se consignó, en resumen, que, en el sector Alajuela, Naranjo, Rosario, ruta 1 sentido 2-1, Peaje de Naranjo, en un operativo de control vehicular de rutina se había detenido el vehículo placa SJB-014728. Se consignaron los datos de identificación del conductor y del vehículo. Además, se consignó que en el vehículo viajaban Barbara Claine Harlan, documento de identidad número 184002010110, León Sylvester Harlan Jr, documento de identidad N° 184002010217, Jensen Morgan Scoot, documento de identidad número, documento de identidad N° 170409665 y un pasajero que no se logró identificar, quienes informaron que se dirigían desde Belén hasta Sarchí de Grecia, a cambio de $100 (cien dólares americanos) (folio 05 al 06).

V°—Que el 09 de febrero del 2018, se consultó la página electrónica del Registro Nacional para verificar la condición de inscripción del vehículo detenido y las calidades del propietario, dando como resultado que el vehículo placa SJB014728 se encontraba debidamente inscrito y era propiedad del señor José Azofeifa Aguilar, portador de la cédula de identidad N° 1-0517-0762 (folio 10).

VI°—Que el 09 de febrero del 2018, se recibió la constancia DACP-2017-000170 emitida por el Departamento Administración Concesiones y Permisos, Proceso SEETAXI, del MOPT en la que se indica que según los reportes que genera el sistema emisor de permisos al vehículo placa SJB-014728, no se le ha emitido código amparado a una empresa prestataria del servicio de transporte público, modalidad permiso especial estable de taxi. Dicha constancia fue solicitada por el Ente Regulador al amparo del convenio de cooperación suscrito con el MOPT para regular la prestación del servicio de transporte remunerado de personas (folio 33).

VII°—Que el 12 de febrero del 2018 el Regulador General por resolución RRG-2502018de las 11:20 horas levantó la medida cautelar decretada contra el vehículo placa SJB-014728 y ordenó a la Dirección General de la Policía de Tránsito del MOPT que devolviera el vehículo a su propietario registral o a quien demostrare ser mandatario legítimo de éste, por medio de poder especial otorgado en escritura pública (folios 24 al 29).

VIII°—Que el 13 de julio del 2019, la Dirección General de Atención al Usuario por documento IN-0194-DGAU-2019 emitió el informe de valoración inicial, en el cual concluyó que con la información constante en autos podía iniciarse el procedimiento ordinario de investigación (folios 62 al 69).

IX°—Que el 30 de julio del 2019, el Regulador General por resolución RE-0084RG-2019 de las 13:30 horas de ese día, ordenó el inicio del procedimiento ordinario y nombró como integrantes del órgano director del procedimiento a las abogadas Lucy Arias Chaves como titular y María Marta Rojas Chaves, como suplente (folios 75 al 84).

Considerando:

I°—Que de conformidad con lo establecido en el artículo 9° inciso 17) del Reglamento de Organización y Funciones de la Autoridad Reguladora (RIOF) corresponde al Regulador General ordenar la apertura de los procedimientos administrativos en los cuales se apliquen como sanción una multa, así como dictar los actos preparatorios, las medidas cautelares y la resolución final, además, de conocer las impugnaciones que se presenten.

II.—Que por su parte el artículo 22 inciso 11) del RIOF asignó a la Dirección General de Atención al Usuario la función de llevar a cabo la gestión de los procedimientos de resolución de quejas, controversias y denuncias.

III.—Que el artículo 38 inciso d) de la Ley 7593 faculta a la Autoridad Reguladora a tramitar procedimientos administrativos sancionatorios contra los prestadores de servicios públicos que incurran en una prestación no autorizada del servicio público aplicando para ello el procedimiento ordinario de la Ley General de la Administración Pública (L.G.A.P.). También dispone que de comprobarse la falta se aplicará una sanción de multa que podrá ser de cinco a diez veces el valor del daño causado cuando éste pueda ser determinado, o se aplicará una multa cuyo monto equivaldrá de 5 a 20 salarios base mínimos fijados en la Ley 7337 del 5 de mayo de 1993, cuando se no logre determinar dicho daño.

IV.—Que artículo 5° de la ley 7593, detalla los servicios públicos a los que la Autoridad Reguladora le corresponde fijar los precios y las tarifas y también velar por el cumplimiento de las normas de calidad, cantidad, confiabilidad, continuidad, oportunidad y prestación óptima. Además, establece los entes a los cuales les corresponde otorgar la autorización para prestar dichos servicios. Entre ellos se encuentra el transporte público remunerado de personas, en cualquiera de sus modalidades, salvo el aéreo.

V.—Que de conformidad con los artículos 2° y 3° de la Ley 7969, el transporte remunerado de personas es un servicio público cuyo titular es el Estado, sea que se realice por medio de autobuses, busetas, microbuses, taxis, automóviles o cualquier otro tipo de vehículo automotor, que se ofrezca al público en general, que se ofrezca a personas usuarias o a grupos determinados de usuarios con necesidades específicas, que constituyen demandas especiales.

VI.—Que por tratarse de un servicio público es necesario obtener una concesión para prestar el transporte remunerado de personas. En este sentido el artículo 1° de la Ley 3503, del 16 de agosto de 1965, dispuso que “El transporte remunerado de personas en vehículos automotores colectivos, excepto los automóviles de servicio de taxi regulado en otra ley, que se lleva a cabo por calles, carreteras y caminos dentro del territorio nacional, es un servicio público regulado, controlado y vigilado por el Ministerio de Obras Públicas y Transportes”. Además, ese artículo define la concesión, como el “derecho que el Estado otorga, previo trámite de licitación pública, para explotar comercialmente una línea por medio de uno o varios vehículos colectivos, tales como autobuses, busetas, microbuses o similares”.

VII.—Que por su parte los artículos 2° y 3° de la Ley 7969 establecen que el transporte remunerado de personas, modalidad taxi se explota mediante la figura de la concesión y que el servicio de transporte remunerado de personas modalidad servicio especial estable de taxi se explota mediante la figura del permiso. Por tal motivo es prohibido a los propietarios o conductores de vehículos particulares dedicarlos a la actividad del transporte público, sin contar con las respectivas autorizaciones y placas legalmente adjudicadas. En ese sentido la Ley de Tránsito por Vías Públicas Terrestres, N° 9078 establece en el artículo 42 la obligación de portar la documentación correspondiente en original y vigente y el artículo 130 impone la prohibición de emplear el vehículo para otros fines distintos a los establecidos en el certificado de propiedad.

VIII.—Que cuando un conductor de un vehículo particular se dedica a prestar el servicio de transporte remunerado de personas, sin contar con la debida autorización estatal o cuando un propietario de un vehículo particular permite que un vehículo de su propiedad sea dedicado a prestar dicho servicio sin la autorización de ley, incurren en la falta establecida en el inciso d) del artículo 38 de la Ley 7593 y, por tal motivo, se hacen acreedores de la sanción fijada en dicha norma jurídica. En el dictamen C-085-2008, del 26 de marzo de 2008, la Procuraduría General de la República expuso los alcances de esa sanción al señalar que: “Ahora bien, en el caso de la sanción de multa establecida en el artículo 38, inciso d) de la Ley de la ARESEP tenemos que su finalidad es precisamente desincentivar la prestación de un servicio público sin estar autorizado para ello. En el caso del servicio de transporte es obvio que un chofer por sí solo, es decir, sin el vehículo correspondiente, no podría brindar el servicio. Por consiguiente, la sanción debe dirigirse contra quien brinda el servicio (chofer) y también contra el propietario del vehículo”. Dado que el vehículo es el medio con el cual un conductor puede brindar un servicio público sin autorización estatal, su propietario registral puede ser sancionado y por tal motivo es menester incluirlo en el procedimiento ordinario a fin de que se le garantice el derecho de defensa.

IX.—Que la L.G.A.P., en el artículo 308 obliga a seguir el procedimiento ordinario desarrollado en el Título Sexto de esa ley, cuando el acto final pueda causarle perjuicio grave al administrado, al imponerle obligaciones, suprimirle o denegarle derechos subjetivos, o al establecerle cualquier otra forma de lesión grave y directa a sus derechos o intereses legítimos. En resumen, el procedimiento administrativo es una unidad formal de actos coordinados entre sí, que tienen por objeto alcanzar un acto final que refleje la verdad real de los hechos investigados. Es por esa razón que el órgano director debe realizar todos los actos necesarios para averiguar la verdad real de los hechos que dan base a ese procedimiento y que sirven de motivo al acto final en la forma más fiel, completa y posible. Para ello debe adoptar todas las medidas probatorias pertinentes o necesarias; debe otorgar y vigilar el respeto al debido proceso y debe conceder el derecho de defensa al administrado, teniendo todas las competencias otorgadas en la L.G.A.P.

X.—Que tal como se desglosó en el apartado de antecedentes del informe de valoración inicial, se considera que hay mérito suficiente para iniciar un procedimiento ordinario contra el señor Javier José Azofeifa Mena portador de la cédula de identidad 1-1478-0232 (conductor) y contra el señor José Azofeifa Aguilar, portador de la cédula de identidad 1-0517-0762 (propietario registral) por supuestamente haber prestado sin autorización el servicio de transporte remunerado de personas, lo cual está establecido como falta en el inciso d) del artículo 38 de la Ley 7593, toda vez que la documentación aportada por la Dirección General de la Policía de Tránsito y los elementos de juicio que constan en autos, hacen suponer que pudo cometerse esa falta.

XI.—Que la instrucción del procedimiento será llevada a cabo por el órgano director, quien ostentará las facultades y competencias establecidas en los artículos 214 al 238 la L.G.A.P.

XII.—Que, además, como parte de la garantía constitucional del debido proceso, el administrado tiene derecho a ejercer su defensa en forma razonable, para lo cual es necesario que tenga una intimación oportuna y completa de los hechos que se le imputan, tal como lo establece el artículo 220 de la L.G.A.P.

XIII.—Que el objeto de este procedimiento ordinario es establecer la verdad real de los hechos investigados, es decir, determinar si hubo un posible incumplimiento de normativa vigente, al prestarse sin autorización estatal el servicio de transporte remunerado de personas, lo cual es sancionado en el artículo 38 inciso d) de la Ley 7593 con la imposición de una multa.

XIV.—Que para el año 2018, según la circular N° 198-2017, publicada en el Boletín Judicial N° 14 del 25 de enero de 2018, en la que se comunicó el acuerdo del Consejo Superior del Poder Judicial, el salario base mínimo fijado en el presupuesto ordinario de la República, de acuerdo con la Ley 7337 del 5 de mayo de 1993, era de ¢431.000.00 (cuatrocientos treinta y un mil colones exactos). Por tanto,

Con fundamento en las competencias otorgadas en la Ley 7593, en la L.G.A.P., en el Decreto 29732-MP que es el Reglamento a la Ley 7593 y en el Reglamento Interno de Organización y Funciones;

EL ORGANO DIRECTOR

RESUELVE:

I°—Iniciar el procedimiento ordinario tendente a determinar la verdad real de los hechos y establecer la eventual responsabilidad administrativa del señor Javier José Azofeifa Mena (conductor) y del señor José Azofeifa Aguilar (propietario registral) por la supuesta prestación no autorizada del servicio de transporte público remunerado de personas.

II°—Indicar que la eventual determinación de responsabilidad administrativa podría acarrearle al señor Javier José Azofeifa Mena y al señor José Azofeifa Aguilar, la imposición de una sanción que podría oscilar de cinco a diez veces el valor del daño causado que se determine, o, cuando no fuere posible determinar el daño, en la imposición de una multa que podría oscilar entre cinco a veinte salarios base mínimos fijados en la Ley 7337, mismo que para el año 2018 era de ¢431.000.00 (cuatrocientos treinta y un mil colones exactos), de acuerdo con lo establecido por la Corte Suprema de Justicia en la circular N° 198-2017, publicada en el Boletín Judicial N°14 del 25 de enero de 2018. Lo anterior con base en los hechos y cargos siguientes, sobre los cuales los investigados quedan debidamente intimados:

Primero: Que el vehículo placa SJB-014728 es propiedad del señor José Azofeifa Aguilar, portador de la cédula de identidad 1-0517-0762 (folio 10).

Segundo: Que el 13 de enero del 2018, el oficial de tránsito Oscar Barrantes Solano, en el sector Alajuela, Naranjo, Rosario, ruta 1 sentido 2-1, Peaje de Naranjo, detuvo el vehículo SJB-014728 que era conducido por el señor Javier José Azofeifa Mena, portador de la cédula de identidad 1-1478-0232 (folios 4).

Tercero: Que, al momento de ser detenido, en el vehículo SJB-014728 viajaban cuatro pasajeros identificados con el nombre de Barbara Claine Harlan, documento de identidad número 184002010110, León Sylvester Harlan Jr, documento de identidad N° 184002010217, Jensen Morgan Scoot, documento de identidad N° 170409665 y un pasajero que no se logró identificar, a quienes el señor Javier José Azofeifa Mena se encontraba prestando el servicio de transporte remunerado de personas desde Belén hasta Sarchí de Grecia, a cambio de $100 (cien dólares americanos); según lo informado por las pasajeras y lo consignado por los oficiales de tránsito en la documentación (folios 05 al 06).

Cuarto: Que el vehículo placa SJB-014728 no aparece en los registros del Departamento de Administración de Concesiones y Permisos del Ministerio de Obras Públicas y Transportes, como que se le haya emitido algún código amparado a una empresa prestataria del servicio de transporte público, modalidad permiso especial estable de taxi (folio 33).

III°—Hacer saber al señor Javier José Azofeifa Mena y al señor José Azofeifa Aguilar, que:

1.         La falta, consistente en la prestación no autorizada del servicio de transporte remunerado de personas, les es imputable ya que de conformidad con los artículos 5° de la ley 7593, 2° y 3° de la Ley 7969, 1° de la Ley 3503 y 42 de la Ley 9078; para prestar el servicio público de transporte remunerado de personas es condición indispensable (conditio sine qua non) contar con la respectiva concesión o permiso. Por lo que al señor Javier José Azofeifa Mena, se le atribuye la prestación del servicio público de transporte remunerado de personas, sin contar con la respectiva autorización estatal y sin contar con placas de transporte público debidamente adjudicadas y al señor José Azofeifa Aguilar se le atribuye el haber consentido en la prestación no autorizada del servicio de transporte remunerado de personas con un vehículo de su propiedad.

2.         De comprobarse la comisión de la falta imputada por parte del señor Javier José Azofeifa Mena y por parte del señor José Azofeifa Aguilar, podría imponérseles una sanción al pago solidario de una multa de cinco a diez veces el valor del daño causado, o bien una multa de cinco a veinte salarios base mínimo fijado en la Ley 7337, si no puede determinarse el daño, cuyo monto para el año 2018 era de ¢431.000.00 (cuatrocientos treinta y un mil colones exactos), de acuerdo con lo establecido por la Corte Suprema de Justicia en la circular N°198-2017, publicada en el Boletín Judicial N° 14 del 25 de enero de 2018.

3.         En la Dirección General de Atención al Usuario de la Autoridad Reguladora, sede del órgano director del procedimiento, ubicada en el primer piso del Edificio Turrubares del Centro Empresarial Multipark, ubicado 100 metros al norte de Construplaza en Guachipelín de Escazú, podrán consultar el expediente administrativo en horario de las 8:00 a las 16:00 horas, de lunes a viernes, (menos los días feriados), horario dentro del cual podrán fotocopiar el expediente, con cargo al interesado.

4.         Todos los escritos y documentos adjuntos deberán dirigirse al órgano director y ser presentados en la recepción de documentos de la Autoridad Reguladora, ubicada en la sede antes señalada.

5.         Sólo las partes y sus respectivos abogados debidamente acreditados en autos tendrán acceso al expediente, el cual consta de la documentación siguiente:

a)         Oficio 23 de enero del 2018 emitido por el Departamento de Operaciones Policiales de Tránsito de la Dirección General de Policía de Tránsito del MOPT.

b)         Boleta de citación de citación N° 2-2018-60800049 del 13 de enero del 2018 confeccionada a nombre del señor Javier José Azofeifa Mena, conductor del vehículo particular placa: SJB-014728, por la supuesta prestación no autorizada del servicio de transporte público remunerado de personas ese día.

c)       Acta de “Recolección de información para investigación administrativa”, en la que se describen los hechos ocurridos en el operativo de detención del vehículo.

d)         Escrito de apelación con sus respectivos alegatos.

e)         Documento denominado “Inventario de Vehículos Detenidos” con los datos de identificación del vehículo detenido en el operativo.

f)       Consulta a la página electrónica del Registro Nacional sobre los datos de inscripción del vehículo placa SJB-014728.

g)         Consulta a la página electrónica del Registro Civil sobre los datos de identidad de los investigados.

h)       Constancia DACP-2017-000170 emitida por el Departamento Administración Concesiones y Permisos del MOPT sobre las autorizaciones dadas al vehículo investigado.

i)          Certificación 40626.

j)          Resolución RRG-250-2018 de las 11:20 horas del 12 de febrero del 2018 en la cual consta el levantamiento de la medida cautelar.

k)         Informe IN-0194-DGAU-2019 del 13 de julio del 2019 que es el informe de valoración inicial del procedimiento ordinario.

l)          Resolución RE-0084-RG-2019 de las 13:30 horas del 30 de julio del 2019 en la cual se nombró al órgano director del procedimiento.

6.         La citación a rendir declaración como testigos de los oficiales de tránsito actuantes queda sujeta a la disponibilidad de esos funcionarios debido a que deben brindar atención prioritaria de vigilancia al cumplimiento de las medidas sanitarias impuestas por la pandemia del Covid-19.

7.         El órgano director podrá incorporar más elementos de prueba, de acuerdo con sus facultades legales.

8.         Se citará a las partes a una comparecencia oral y privada para que comparezcan personalmente o por medio de apoderado y para que ejerzan su derecho de defensa. Se realizará a las 13:30 horas del 13 de abril del 2022 en la sede de la Autoridad Reguladora en Guachipelín de Escazú. Para tal efecto los interesados deberán presentarse en la recepción de la Institución a la hora y fecha señalada supra.

9.         Deben aportar todos sus alegatos y pruebas a más tardar el día de la comparecencia oral y privada, o antes si a bien lo tienen, en cuyo caso la presentación habrá de ser por escrito. La prueba que por culpa de la parte proponente no haya sido posible recibir en la comparecencia oral y privada, se declarará inevacuable. En el caso de los medios de prueba que requieran una preparación previa a la comparecencia, su ofrecimiento deberá ser comunicado con suficiente antelación al órgano director a fin de decidir su admisión y proceder de conformidad. Se hace saber, además, que, en caso de ofrecer prueba testimonial, deben indicarse las calidades generales de los testigos y señalar los hechos sobre los cuales van a declarar y quedará bajo su responsabilidad traer a la comparecencia los testigos ofrecidos, de conformidad con el artículo 312 de la Ley L.G.A.P., para lo cual podrán solicitar al órgano director que emita las cédulas de citación de los testigos, con al menos cinco días naturales de antelación a la fecha de la comparecencia. La notificación de las cédulas de citación se hará por medio de la parte interesada, quien deberá devolverlas al órgano director debidamente firmadas por los testigos, a más tardar el día de la comparecencia.

10.        Se advierte que de presentarse en forma tardía a la comparecencia, la tomarán en el estado en que se encuentre, y de no comparecer el día y hora que señale el órgano director, sin que medie causa justa debidamente comunicada al órgano director, se continuará con el procedimiento y se resolverá el caso con los elementos de juicio existentes, sin que eso valga como aceptación de los hechos, pretensiones ni prueba de la Administración, aunque el órgano director podrá evacuar la prueba previamente ofrecida por la parte ausente, si fuera posible, de conformidad con el artículo 316 de la Ley L.G.A.P. Y que podrán contar con patrocinio letrado.

11.        Dentro del plazo de tres días hábiles a partir de la notificación de la presente resolución, deben señalar dirección exacta y/o medio para atender futuras notificaciones, bajo el apercibimiento de que, en caso de omisión, quedarán notificados de los actos subsiguientes veinticuatro horas después de dictados. Lo mismo sucederá si el medio escogido imposibilitare la notificación por causas ajenas a la Autoridad Reguladora, o si el lugar señalado permaneciere cerrado, fuere impreciso, incierto o inexistente. Para las notificaciones a efectuarse en este procedimiento se tendrán por habilitados todos los días y horas al amparo del artículo 267.3 de la Ley L.G.A.P.

III°—Notificar la presente resolución al señor Javier José Azofeifa Mena (conductor) y al señor José Azofeifa Aguilar (propietario registral), en la dirección física exacta que conste en el expediente administrativo, de conformidad con lo establecido en el inciso a) del artículo 19 de la Ley 8687. En caso de no existir ningún lugar señalado en autos, se procederá con la notificación mediante publicación en la sección de notificaciones de La Gaceta.

De conformidad con lo establecido en la L.G.A.P., se informa que contra la presente resolución cabe la interposición de los recursos ordinarios de revocatoria y apelación, los cuales deberán interponerse dentro del plazo de veinticuatro horas, contado a partir del día hábil inmediato siguiente al día en que quede debidamente notificado este acto.

El recurso de revocatoria corresponderá resolverlo al órgano director del procedimiento y el recurso de apelación corresponderá resolverlo al Regulador General.

Notifíquese.

Lucy María Arias Chaves, Órgano Director.—O. C. N° 082202210380.—Solicitud N° 337575.—( IN2022634011 ).

AVISOS

COLEGIO DE ABOGADOS DE COSTA RICA

PUBLICACIÓN DE SEGUNDA VEZ

Que mediante resolución de la Fiscalía de las catorce horas con cincuenta y tres minutos del once de enero del año dos mil veintidós, se ordenó publicar en ejercicio de la facultad que prevé el ordinal 246 de la Ley General de la Administración Pública la publicación aquí dispuesta contendrá en relación: “Inicio del Procedimiento Administrativo Disciplinario. Fiscalía del Colegio de Abogados de Costa Rica. San José, a las catorce horas doce minutos del seis de septiembre del año dos mil veintiuno. La Junta Directiva del Colegio de Abogados, mediante acuerdo número 2021-E-02-032, dispuso trasladar el presente expediente a la Fiscalía a efecto de iniciar procedimiento disciplinario en contra del Lic. Luis Fernando Rodríguez Alpízar, colegiado 4641, con el fin de averiguar la verdad real de la supuesta comisión de los hechos que constan en la denuncia, los cuales consisten en: “En denuncia recibida el 03 de marzo de 2021, manifiestan los señores Carlos Elier Ramírez Gómez y Jacinta Brenes Solano los siguientes hechos: I. Que el señor Carlos Elier Ramírez Gómez, figura como ejecutante hipotecario dentro del proceso civil tramitado en el Juzgado Civil de Heredia expediente número 04-1061-504-CI en contra de la sociedad Bocana del Toro S.A. II. Que la sociedad antes mencionada se encuentra disuelta por Ley 9024, Ley de Impuestos de Personas Jurídicas y en razón de lo anterior, mediante resolución de trece horas y treinta minutos del veintiocho de junio de dos mil dieciocho el Juzgado Civil de Heredia rechaza la solicitud del señor Horacio Villegas Villalobos, quien, por medio de su abogado, el Lic. Luis Fernando Rodríguez Alpízar, había solicitado ser tomado como representante legal de la sociedad Bocana del Toro S.A, no obstante, al estar Bocana del Toro S.A disuelta por el no pago de impuestos, la misma entró en un estado de liquidación, por lo que se previno a los interesados indicar quien fungía como liquidador. III. Que, transcurrido el plazo de ocho días, el señor Horacio Villegas Villalobos y el Lic. Luis Fernando Rodríguez Alpízar no realizan gestión alguna para apersonarse como liquidador. Así las cosas, la apoderada del señor Carlos Elier Ramírez Gómez, sea Jacinta Brenes Solano, en defensa de los intereses de su representado y procurar la continuidad del proceso ejecutivo hipotecario en Heredia, ante la inercia de quienes debían fungir como responsables de la sociedad demandada, gestionó en el Juzgado Civil de Cartago, un proceso no contencioso de nombramiento de liquidador bajo la sumaria 19-000015-640-CI en la cual, cumplidos los requerimientos legales, se nombra como liquidadora a la Licda. Viviana Sánchez Lanzoni quien se apersona ante el Juzgado Civil de Heredia. (Sobre los hechos IV. V. VI. VII. y VIII. se declaró la incompetencia de esta instancia). IX. Señalan los denunciantes que además de esto, el denunciado Luis Fernando Rodríguez Alpízar, incurre en tácticas dilatorias, con el fin de entorpecer la tramitación de los procesos, para causar perjuicios. Esto por cuanto se apersona en fecha 28 de agosto de 2019 al expediente 19-00015-640-CI del Juzgado Civil de Cartago a interponer “Incidente de Actividad Procesal Defectuosa Ineficacia y Nulidad Absoluta contra el auto que nombra a Viviana Sánchez Lanzoni como liquidadora de Sociedad Bocana del Toro y que se investigue un posible Fraude Procesal”, el cual señalan los quejosos, es totalmente infundado e impertinente, al carecer de legitimación y sustentar su precaria petición en escritos y postulados ininteligibles contrarios a la norma procesal, alegando de forma temeraria y de mala fe un fraude procesal en el trámite del nombramiento de liquidador. X. Sobre este incidente, el Juzgado Civil de Cartago mediante Sentencia Número 2019-001182 de diecisiete horas y un minuto del dos de diciembre de dos mil diecinueve dentro del expediente 19-000015-640-CI, resolvió acoger la falta de legitimación del incidentista y rechazar todas sus pretensiones, declarándolo sin lugar. XI. Indican los denunciantes que el denunciado, en su actitud dilatoria, contraria a derecho y carente de conocimiento de la normativa procesal civil actual, en fecha 06 de marzo de 2020 presentó una apelación por inadmisión contra la sentencia 2019-001182, siendo que, el Tribunal de Apelaciones Civil y de Trabajo, mediante Resolución Número 2020-000185 de las diez horas y cincuenta y dos minutos del dieciocho de agosto de dos mil veinte resolvió; de conformidad con el artículo 67.3.12 del CPC, declarar mal admitida la apelación planteada. XII. Insatisfecho el Lic. Rodríguez Alpízar y con ánimo de dilatar y entorpecer el proceso 19-00015-640-CI del Juzgado Civil de Cartago, pese a que el mismo agotó la vía procesal. Lo anterior en presunto desconocimiento de la normativa procesal civil actual que nos rige, presentó el 06 de octubre de 2020, un recurso de casación ante la Sala Primera contra la resolución del Juzgado Civil y la resolución de segunda instancia del Tribunal de Apelaciones, de forma simultánea. XIII. Señalan los denunciantes que, el recurso incoado por el agremiado aquí denunciado es inteligible, improcedente y carente de los requisitos de fondo y forma que establece el Código Procesal Civil, en particular la falta de fundamentación, los motivos y los agravios requeridos, con lo cual acusan una falta de actualización de conocimientos jurídicos, que el Código de Ética del Colegio de Abogados exige. XIV. Apuntan los denunciantes que el Lic. Rodríguez Alpízar en un ejercicio de su profesión de mala fe, desleal y deshonesto con el objeto de continuar su ejercicio de entorpecimiento del proceso ejecutivo hipotecario tramitado en Heredia, y contraviniendo el deber de no fomentar litigios o conflictos, basados en falsedades y acusaciones sin sustento, con una intención de persecución innecesaria y calumniante, siendo que incluso en fecha 09 de septiembre de 2019, promovió una denuncia penal por el presunto delito de fraude procesal en perjuicio de la aquí denunciante, de la abogada Angie Arce Acuña y del poderdante, el señor Carlos Elier Ramírez Gómez en la Fiscalía Adjunta de Cartago, bajo la sumaria 192600-369-PE. XV. Manifiestan los denunciantes que el Lic. Luis Fernando Rodríguez Alpízar en conjunto con su cliente Horacio Villegas Villalobos acusan falazmente y sin sustento, conscientes de la inocencia de los denunciados, un inexistente delito de fraude procesal, pese a que el Juzgado Civil de Cartago, en la Sentencia Número 2019-001182, indicó la inexistencia del fraude procesal acusado por el Lic. Luis Fernando Rodríguez Alpízar, no obstante, llevaron nuevamente el asunto ante la sede penal, lo cual califican como temerario”. Acceso al expediente e informe. Se le otorga a la parte denunciada acceso al expediente que se encuentra en la Fiscalía de este Colegio, sita en el edificio de Zapote, para que, dentro del plazo de ocho días a partir de la notificación de este acto, proceda, si a bien lo tiene, rendir informe escrito sobre los hechos que se le atribuyen, en el entendido de que la rendición o no del informe de cita, no es impedimento para continuar el procedimiento administrativo disciplinario. Recursos: Contra esta resolución proceden los recursos ordinarios de revocatoria y apelación. El primero será resuelto por esta Fiscalía y el segundo por la Junta Directiva de este Colegio. Estos recursos se deberán interponer dentro de las veinticuatro horas siguientes a la última comunicación a todas las partes (artículos 345 y 346 de la Ley General de la Administración Pública). Contra el acto final procede el recurso ordinario de revocatoria, y se deberá interponer ante esta Fiscalía dentro de los tres días hábiles siguientes a la notificación del mismo, quedando su resolución a cargo de la Junta Directiva; todo de conformidad con el artículo 12 de la Ley Orgánica del Colegio de Abogados y 345 y 346 de la Ley General de Administración Pública. La resolución del recurso de revocatoria contra el acto final dará por agotada la vía administrativa. Oportunamente se designará hora y fecha para la comparecencia oral y privada. Notifíquese.—Lic. Carlos Villegas Méndez, Fiscal. Publíquese por tres veces consecutivas en el Diario Oficial La Gaceta, teniéndose por hecha la notificación a partir de la última publicación. (Expediente administrativo 180-21).—Lic. Carlos Villegas Méndez, Fiscal.—( IN2022632673 ).

Se ordena la notificación por medio de edicto por tres veces consecutivas, mediante el cual el Colegio de Abogados y Abogadas de Costa Rica avisa, que la Junta Directiva en sesión ordinaria 36-21, celebrada a las dieciocho horas con cinco minutos del catorce de setiembre del dos mil veintiuno, dispuso conforme lo previsto por el artículo 33 de la Ley Orgánica, realizar la apertura del procedimiento administrativo sumario a los siguientes agremiados (as):

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Acorde con la Ley supra citada se le otorga al licenciado (da) el plazo de un mes a partir de la notificación de este acto para que proceda con el pago de las cuotas adeudadas, superado el mismo sin que se verifique el pago respectivo, se procederá con el dictado de la resolución que ordene la suspensión en el ejercicio de la profesión.—Fiscalía.—Lic. Roy Alberto Peraza Fallas.—O. C. N° 2780.—Solicitud N° 334890.—( IN2022632815 ).

 

 

 



[1]              Derogado mediante Decreto N° 42206 MP-MDHIS del 29 de octubre de 2019.