LA GACETA N° 60 DEL 29 DE
MARZO DEL 2022
FE
DE ERRATAS
MUNICIPALIDADES
AVISOS
PODER LEGISLATIVO
PROYECTOS
PODER EJECUTIVO
DECRETOS
Nº 43452–S
ACUERDOS
MINISTERIO DE JUSTICIA Y PAZ
RESOLUCIONES
MINISTERIO DE JUSTICIA Y PAZ
DOCUMENTOS VARIOS
SEGURIDAD PÚBLICA
OBRAS PÚBLICAS Y TRANSPORTES
TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIAL
JUSTICIA Y PAZ
AMBIENTE Y ENERGÍA
TRIBUNAL SUPREMO DE ELECCIONES
EDICTOS
AVISOS
CONTRATACIÓN ADMINISTRATIVA
FE DE ERRATAS
BANCO NACIONAL DE COSTA RICA
LICITACIONES
CAJA COSTARRICENSE DE SEGURO SOCIAL
AVISOS
REGLAMENTOS
CAJA COSTARRICENSE DE SEGURO SOCIAL
MUNICIPALIDADES
INSTITUCIONES DESCENTRALIZADAS
BANCO NACIONAL DE COSTA RICA
UNIVERSIDAD DE COSTA RICA
INSTITUTO TECNOLÓGICO DE COSTA RICA
PATRONATO NACIONAL DE LA INFANCIA
AUTORIDAD REGULADORA
DE LOS SERVICIOS PÚBLICOS
JUNTA DE PROTECCIÓN SOCIAL
AVISOS
CONVOCATORIAS
AVISOS
NOTIFICACIONES
SEGURIDAD PÚBLICA
JUSTICIA Y PAZ
CAJA COSTARRICENSE DE SEGURO SOCIAL
AUTORIDAD REGULADORA
DE LOS SERVICIOS PÚBLICOS
AVISOS
MUNICIPALIDAD DE BELÉN
DIRECCIÓN ADMINISTRATIVA FINANCIERA
Léase correctamente en la
Publicación en La Gaceta N°
26 del miércoles nueve de febrero del 2022: Con fundamento en la Resolución 031-2022 de
las trece horas con quince minutos del día tres de febrero de dos mil veintidós, la Dirección Administrativa
Financiera de la Municipalidad de Belén, comunica a los interesados, que la nueva tasa de
interés por
atraso en los pagos de los
tributos municipales tendrá
un interés del
6.70% anual, lo que equivale a un 0.56%, mensual o un 0.0186% diario, mismo que
entró en vigor
el pasado nueve de febrero de 2022.
San
Antonio de Belén, 22 de marzo de 2022.—Lic. Jorge Luis González González, Director Administrativo
Financiero.— 1 vez.—O.C. N° 36038.—Solicitud N° 337280.—( IN2022633718 ).
ASOCIACIÓN DEPORTIVA DE ÁRBITROS
DE FUTBOL DE GRECIA
Que de la Asociacion Deportiva de Árbitros de Futbol
de Grecia, cédula jurídica número: 3-002-432802, domiciliada en Alajuela
Grecia, sociedad debidamente inscrita en el Registro Mercantil al Tomo: 553,
Asiento: 1362, aclaro que la Asociación procedió a realizar dos publicaciones
hechas en La Gaceta Número doscientos veintinueve del día veintiséis de
noviembre del dos mil veintiuno y en el periódico La Nación el sábado
veintisiete de noviembre del dos mil veintiuno, en donde por un error
involuntario se indicó que los Libros extraviados eran los Tomos Número Dos, siendo
que el Libro extraviado es el de Actas de Asambleas General Tomo Uno, y no
como por error se indicó en La Gaceta Número doscientos veintinueve del
día veintiséis de noviembre del dos mil veintiuno y periódico La Nación el
sábado veintisiete de Noviembre del dos mil veintiuno.
Grecia, veintitrés de marzo del dos mil
veintidós.—Licda. Sara María Barrantes Hernández.—1 vez.—( IN2022633812 ).
PROYECTO DE LEY
Reforma
a la ley N° 9941, “Ley de Reactivación y Reforzamiento de la Red Nacional de
Cuido y Desarrollo Infantil”, para Garantizar su Adecuado Financiamiento
Expediente
N° 22.960
ASAMBLEA LEGISLATIVA:
La Constitución Política en
su artículo 55 establece como una obligación del Estado costarricense la
protección de la madre y el menor de edad, creando, para liderar esta función
una institución autónoma, al disponer lo siguiente:
“Artículo 55.- La protección
especial de la madre y del menor estará a cargo de una institución autónoma
denominada Patronato Nacional de la Infancia, con la colaboración de las otras
instituciones del Estado.”
Esta
obligación se refuerza con otros mandatos constitucionales que se orientan
hacia la protección social
del Estado de las poblaciones más vulnerables, como se menciona en los
artículos 50 y 51 de la Constitución Política. Es así como la vocación social
del Estado Costarricense se ha manifestado en la creación de instituciones del
sector social y de políticas públicas orientadas a enfrentar diversas
problemáticas sociales que viven, principalmente, las personas en condición de
pobreza y vulnerabilizadas.
En ese
sentido, mediante el Decreto Ejecutivo N° 36.020, del 8 de mayo del 2010 [1],
se declaró de interés
público la conformación y creación de la Red de Cuido, lo que permitió el
desarrollo e implementación de la Política de Red de Cuido y Desarrollo
Infantil de acceso público, universal y de financiamiento solidario que buscaba
apoyar la inserción educativa y laboral de las mujeres. Posteriormente, el 24 de marzo del 2014 se
aprobó la Ley N.° 9220, Red Nacional de Cuido y Desarrollo Infantil, con el fin
de institucionalizar esta política pública, como un programa universal para la
atención tanto de niños en pobreza extrema, pobreza, en riesgo y vulnerabilidad
social que articula las diferentes modalidades de prestación pública y privada
de servicios en materia de cuido y desarrollo infantil, para fortalecer y
ampliar las alternativas de atención infantil integral.
A pesar del avance tan
importante que significó esta Ley aprobada en el año 2014, no fue suficiente
para atender las necesidades de cuido que existen en el país, por lo que resultó
necesario reformar la Ley N° 9220 y otras normas, para fortalecer la Red
Nacional de Cuido.
En ese sentido es que se
planteó el proyecto de ley N° 21.957, que dio origen a la Ley N° 9941, “Ley de
Reactivación y Reforzamiento de la Red Nacional de Cuido y Desarrollo
Infantil”, que reforma varios artículos de la Ley N°9220 del 15 de febrero del
2021, con el propósito de fortalecer la Red Nacional de Cuido, dotándola de
mejores herramientas y financiamiento para hacerle frente a las necesidades de
cuido que enfrenta el país, que resulta trascendental para la reactivación
económica y la generación de empleo, especialmente en las mujeres.
En la exposición de motivos
del Expediente Legislativo N° 21.957, los proponentes señalaron claramente cuál
era el espíritu de la norma, en relación con las fuentes de financiamiento para
la Red Nacional de Cuido. En el artículo 3 de esta norma, se adicionó un inciso
a) al artículo 34 de la Ley N° 7648, Ley Orgánica del Patronato Nacional de la
Infancia, de 9 de diciembre de 1996, el cual indica lo siguiente:
“Artículo 34.—Fuentes de
financiamiento Para cumplir cabalmente con sus fines y desarrollar sus
programas de manera óptima, el Patronato Nacional de la Infancia (PANI) contará
con estas fuentes de financiamiento: a) El Estado deberá transferir un cinco
por ciento (5%) de lo recaudado en el año fiscal anterior por concepto de
impuesto sobre la renta al Patronato en un solo giro, en el mes de enero de
cada año. Del total de estos recursos, el veinte por ciento (20%) serán dotados
a la Red Nacional de Cuido y Desarrollo Infantil. […]
Como se desprende de esta
modificación realizada por el legislador, el espíritu de la reforma fue
fortalecer la Red Nacional de Cuido y dotarla de recursos para su mejor
funcionamiento y con ello cumplir el mandato constitucional de protección de la
madre y el menor de edad.
Estos ingresos que establece
la Ley N° 9941, implican necesariamente un aumento presupuestario para el PANI
del 5% de lo recaudado en el año fiscal anterior por concepto de impuesto sobre
la renta, por lo cual, debería estar excluido por una única vez de la
aplicación de la regla fiscal, para poder garantizar el cumplimiento de las
nuevas funciones que se le asignan.
Si no se excluyen de la
aplicación de la regla fiscal, se imposibilita la capacidad del Estado de
transferir los recursos que otorgó la Ley N° 9941, ya que debido a la regla
fiscal, el PANI no tiene actualmente espacio presupuestario y, para poder
cumplir con sus obligaciones con la Red Nacional de Cuido y Desarrollo Infantil
(Redcudi), tendría inevitablemente que dejar de cubrir otras necesidades,
compromisos o servicios que la institución ya tiene previstos por Ley.
Ante este
problema, es necesario excluir estos recursos por una única vez de la regla
fiscal, para establecer la nueva base de cálculo, a partir de la cual el PANI
tendrá que seguir aplicando hacia adelante la regla fiscal, sin que se vean
afectados los servicios que brinda en favor de la niñez y de las labores de
cuido que requieren muchas familias en el país.
Adicionalmente, se debe
recalcar, que la exclusión de la aplicación de la regla fiscal por una única
vez encuentra fundamento en que la Ley N° 9941 creó nuevamente recursos con
destinos específicos para que sean utilizados para la niñez y la adolescencia,
y particularmente, en las labores de cuido, esta es una ley especial y de
vigencia posterior a la Ley N° 9635 que es la ley general. Dicha Ley establece
un régimen especial particular, en relación con las fuentes de ingreso para el
funcionamiento de la REDCUDI, cuyos efectos también cubren a la fuente de
financiamiento ordinaria del PANI, establecida en el artículo 34 inciso a) de
la Ley N° 7648 y que debe primar sobre la Ley de Fortalecimiento de las
Finanzas Públicas, dado que esta última es una ley general anterior. No
considerar esto o tener una interpretación en sentido contrario, implicaría
necesariamente que el financiamiento de la citada Red sea inaplicable, lo que
vulnera el criterio de especialidad empleado por el legislador.
Al revisar
el expediente legislativo N° 21957, mediante el cual se tramitó la Ley N° 9941,
específicamente el Dictamen Unánime Afirmativo aprobado por la Comisión
Dictaminadora, en el cual, se observa claramente la voluntad del legislador de
dotar de más recursos a la Red de Cuido. El dictamen indica:
“(...) Cabe decir, que el
pasado 11 de agosto se aprobaron una serie de mociones presentadas al proyecto
de ley. De los cambios realizados destaca el siguiente:
El Estado
deberá transferir un cinco por ciento (5%) de lo recaudado en el año fiscal
anterior por concepto de impuesto sobre la renta, al Patronato Nacional de la
Infancia. Del total de estos recursos, el veinte por ciento (20%) serán dotados
a la Red Nacional de Cuido y Desarrollo Infantil.
Con dicha disposición, se
estaría garantizando al menos 18 mil millones de colones a la Red de Cuido.
Cabe decir, que antes de la aprobación de la Ley 9635 “Ley de Fortalecimiento
de las Finanzas Públicas”, la cual derogó la asignación de los recursos
provenientes del impuesto sobre la renta, al PANI le correspondía un 7% de lo
recaudado por dicho impuesto, sin embargo, la mayor asignación que logró
recibir fue de un 4,7%, no obstante, su ejecución final nunca logró llegar ni
al 80% de lo recibido.
Ante ello, las mociones
aprobadas el 11 de agosto, no afectarán al PANI ni al Presupuesto Nacional,
contrario a ello, realiza una mejor distribución del recurso disponible de una
manera más eficiente.
Es
importante aclarar que, por disposición de la propia Sala Constitucional, el
PANI debe seguir recibiendo un porcentaje específico de lo recaudado por el
impuesto de la renta, ante ello, la disposición de la Ley N° 9635, antes
mencionada, para este caso no podrá ser aplicada (...)”.
A pesar de la voluntad del
legislador, claramente identificada en el dictamen del proyecto que dio vida a
la Ley N° 9941, durante la tramitación del presupuesto de la República para el
ejercicio presupuestario 2022, se interpretó de manera distinta al espíritu del
legislador, provocando una afectación a los recursos del PANI para hacer frente
a la Red de Cuido.
En este mismo razonamiento ya
se ha pronunciado la Secretaría Técnica de la Autoridad Presupuestaria, quien
en su oficio STAP-1105-2021 señaló lo siguiente:
“De esta manera como se dijo
anteriormente si, bien el artículo 7 de la mencionada Ley No 9635, dispone un
destino general para los superávits libres generados por la aplicación de la
regla fiscal, para todos los entes y órganos del sector público no financiero
(amortizar su propia deuda y en caso de entidades que reciben transferencias
del presupuesto nacional, reintegrar el superávit para ser utilizado en la
amortización de deuda o en inversión pública), lo cierto es que el numeral 15
inciso c) de la citada Ley 9941, de manera especial, y posterior a la emisión
de la primera, establece un destino específico para el uso del superávit libre
del PANI del año 2019, que sería el financiamiento de la Redcudi.
Al respecto la Procuraduría
General de la República, en el Dictamen No. C-0482008 del 18 de febrero del
2008, citado en el Dictamen No. C-281-2019 de 01 de octubre de 2019, ha
manifestado lo siguiente:
“Para que pueda entenderse
que una ley especial priva sobre una ley con pretensión de generalidad, es
necesario que la primera sea posterior, lo que evidencia la intención
irrefutable del legislador de establecer una excepción a la regla”. (...)
De lo anteriormente expuesto,
queda claro que, en virtud del criterio de interpretación de especialidad, en
opinión de esta Unidad de Asuntos Jurídicos privaría lo dispuesto en la Ley No
9941 sobre lo normado en la Ley No. 9635, específicamente en cuanto al
restablecimiento del destino específico proveniente del impuesto sobre la renta
a favor del PANI y sobre el uso que debe darse al superávit libre, en este
último caso, únicamente en lo que respecto al del año 2019”.
En razón de lo expuesto, es
necesario y urgente que se exima por una única vez de la aplicación de la regla
fiscal a los recursos aprobados para el financiamiento de la Red Nacional de
Cuido, mediante la Ley N° 9941.
Por los motivos anteriormente
señalados, se presenta la siguiente propuesta de REFORMA A LA LEY N° 9941,
“LEY DE REACTIVACIÓN Y REFORZAMIENTO DE LA RED NACIONAL DE CUIDO Y DESARROLLO
INFANTIL”, PARA GARANTIZAR SU ADECUADO FINANCIAMIENTO, para que se
introduzca un
Transitorio V, para que se
entienda que por una única vez, los recursos destinados para el financiamiento
de la Red de Cuido estarán exentos de la aplicación de la regla fiscal.
LA ASAMBLEA LEGISLATIVA DE LA REPÚBLICA
DE
COSTA RICA
DECRETA:
REFORMA A LA LEY N 9941, “LEY DE REACTIVACIÓN
Y
REFORZAMIENTO DE LA RED NACIONAL DE CUIDO
Y
DESARROLLO INFANTIL”, PARA GARANTIZAR
SU
ADECUADO FINANCIAMIENTO
ARTÍCULO
ÚNICO- Adiciónese un
Transitorio V a la Ley
N° 9941 del 15 de febrero del 2021, “Ley de Reactivación y Reforzamiento de la
Red Nacional de Cuido y Desarrollo Infantil”, publicado en La Gaceta N° 42 del
2 de marzo de 2021, para que diga lo siguiente:
Transitorio
V- Los recursos a los que hace
referencia el inciso
a) del artículo 34 contenido en la artículo 3 de la presente Ley, quedarán
excluidos por una única vez de la aplicación de la regla fiscal, contemplada en
la Ley N° 9635, “Ley de fortalecimiento de las finanzas públicas” del 3 de
diciembre de 2018. El poder Ejecutivo procederá a presentar ante la Asamblea
Legislativa un presupuesto extraordinario para incorporar dichos recursos al
presupuesto ordinario del 2022. A partir del presupuesto ordinario del 2023
dichos recursos se considerarán como parte del monto a incluir dentro de los
límites de la regla fiscal del Gobierno Central, cuyo límite será ampliado en
el porcentaje de los citados recursos incorporado de conformidad con la
presente ley”.
Rige a partir de su
publicación.
Dado en la Presidencia de la
República, a los catorce días del mes de marzo del año dos mil veintidós.
CARLOS ALVARADO QUESADA
Elian Villegas Valverde
Ministro
De Hacienda
Silvia Lara Povedano
Ministra
De Trabajo y Seguridad Social
Juan Luis Bermúdez Madriz
Ministro
De Desarrollo Humano E Inclusión Social
NOTAS: Este
proyecto pasó a estudio e informe de la Comisión Permanente Ordinaria de
Asuntos Sociales.
El
Departamento de Servicios Parlamentarios ajustó el texto de este proyecto a los requerimientos de
estructura.
1 vez.—Exonerado.—(
IN2022632809 ).
REFORMA DEL ARTÍCULO 11 LA LEY N.º 1758,
DE
19 DE JUNIO DE 1954, LEY DE RADIO,
Y
SUS REFORMAS
Expediente N.° 22.954
ASAMBLEA LEGISLATIVA:
La industria costarricense de
producción audiovisual con fines publicitarios está compuesta por distintos
profesionales, quienes desde la parte
técnica, artística y administrativa brindan sus servicios de manera independiente
o como parte de empresas dedicadas a este fin. La amplia variedad de
participantes que engloba esta industria creativa genera extensas cadenas de
valor cuyo elemento esencial es el recurso humano. Estos trabajadores y
trabajadoras se encuentran en capacitación continua, con el fin de elevar el
profesionalismo de su labor y de honrar los deberes, derechos y obligaciones
que como sector productivo les acompañan.
Al tomar
en consideración los datos reflejados en la cuenta satélite de cultura de Costa
Rica, en el 2019 el aporte de los 8 sectores culturales (artes escénicas, artes
visuales, audiovisual, diseño, editorial, educación cultural y artística,
música y publicidad) fue de ¢772.630 millones de colones (1.316 millones de
dólares), representando el 2,1% del PIB nacional. Dicho monto, según destaca
esta página, es equivalente al aporte del suministro de energía eléctrica, gas,
vapor y aire acondicionado (2,1%) y es superior a la contribución de dos
productos agrícolas tradicionales de la economía costarricense, cultivo de
banano y cultivo y manufactura de café (1,5%) (Cuenta satélite de cultura,
2020, en línea).
Estas
cifras resultan de gran relevancia ya que ejemplifican el impacto cultural y
financiero que las voces, identidades,
trabajo intelectual, técnico y artístico de los integrantes que las industrias
creativas causan en la economía nacional promoviendo el desarrollo social y
económico del sector.
Sin embargo, en los años
recientes se han presentado una serie de situaciones adversas que están
afectando negativamente estos encadenamientos
productivos creativos. En primer lugar, existe una disminución notoria,
de conocimiento público, en la producción audiovisual nacional con fines
comerciales. A raíz del marco legal existente que tiene un rezago de más de 58
años, ha provocado un aumento considerable de la introducción de anuncios
comerciales producidos integralmente en el extranjero, traídos a Costa Rica con
el objetivo de ser pautados directamente por parte de empresas transnacionales, y desincentivando así la producción
audiovisual nacional.
En concreto, el marco legal
actual resulta perjudicial, abismalmente desactualizado, y es en gran parte
responsable del desplazamiento que sufre la
producción nacional audiovisual. Más específicamente, la normativa actual se
encuentra totalmente desvinculada de la realidad nacional. Actualmente, el
artículo 11 inciso d) de la Ley de Radio, ley N.° 1758, que data de 1958,
establece:
…la importación de cortos
comerciales fuera del área centroamericana pagará un impuesto del 100% de su
valor pero en ningún caso será inferior a diez mil colones (¢10,000) o superior
a cincuenta mil colones (¢ 50,000). Como complemento el inciso b del mismo
artículo 11 indica que: “… si los anuncios consistieren en tonadas (jingles)
grabados en el extranjero deberá pagarse por una sola vez, la suma de mil
colones (¢1,000.00) de impuesto por cada uno que se trasmita.” (Ley N.°1758,
Sinalevi).
La lectura de ambos incisos
permite concluir que, para cualquier empresa transnacional interesada en
difundir un espacio publicitario producido fuera de Costa Rica, únicamente debe
considerar el pago de cincuenta y un mil colones, en el peor de los casos. Lo
anterior constituye una suma de dinero muy por debajo de los costos de
producción nacional, siendo por esta razón que las empresas recurren cada vez
más a publicidad traída del extranjero en detrimento de la industria creativa
nacional.
De igual forma, la redacción
obsoleta del artículo 11 de la Ley de Radio de 1954, afecta directamente a los
pequeños y medianos empresarios nacionales, que necesitan establecer
estrategias de comunicación para vender sus productos y servicios en Costa
Rica. Como se ha expuesto, la redacción actual de este artículo incentiva a las
empresas transnacionales para que, pagando únicamente ¢51,000 de impuesto de
importación, utilicen en territorio nacional su publicidad extranjera, mientras
tanto los empresarios nacionales deben invertir miles de dólares para contratar
una agencia de publicidad que realice su estrategia de mercadeo, el plan de
medios y sus materiales audiovisuales para finalmente pautar su publicidad y
alcanzar el público meta.
Ante ello, el
despacho de la diputada María José Corrales, mediante oficio FPLNMJCCH-044-2022 con
fecha 01 de marzo del presente año, solicitó al Banco Central de Costa Rica la estimación del valor de mil colones, tres
mil colones y cincuenta mil colones del año 1954 al valor actual. Por lo que,
mediante oficio PRE/0023/2022 con fecha 03 de marzo del 2022, emitido por el
señor Rodrigo Cubero Brealey, presidente del Banco Central, se da a
conocer la siguiente tabla:
Monto
colones 1954 |
Equivalente
a colones de 2022 |
50
000 |
32
483 106 |
3
000 |
1
948 986 |
1
000 |
649
662 |
Fuente: Elaborado por el
Banco Central de Costa Rica, utilizando varias series de Índices de precios al
Consumidor (IPC), 2022
En síntesis, la dinámica de
mercado de este sector se ha vuelto devastadora para la producción audiovisual
costarricense, pues la actual Ley de Radio fomenta por su obsolescencia, que la gran mayoría de la producción de
comerciales publicitarios sea extranjera. La presencia de empresas de
reconocido calibre internacional en el medio de comunicación nacional es
abrumadora, debido a que estas empresas simplemente reutilizan sus producciones
internacionales en Costa Rica valiéndose de que el costo de su implementación
en territorio nacional es manifiestamente bajo. Consecuencia de lo anterior,
Costa Rica ha dejado de ser un país productor de contenido audiovisual
publicitario, aunque se disponga del talento artístico y técnico para su
realización.
Otro
ejemplo concreto de la problemática actual que enfrenta la economía creativa
costarricense lo constituye la locución comercial. Este oficio, pese a estar
definido jurídicamente mediante el artículo 5, inciso 10), y regulado por el
artículo 131, ambos del Reglamento a la Ley General de Telecomunicaciones, no
ha recibido la protección legal y material correspondiente. Lo anterior
encuentra su fundamento en el artículo 132 del citado reglamento, el cual dice
que:
la inobservancia de cualquier
obligación de las contenidas en este Título, facultará al Departamento de Radio
del Ministerio de Ambiente, Energía y Telecomunicaciones para iniciar proceso
administrativo para el cobro de la multa establecida en artículo 11, inciso h)
de la Ley N º 1758, el cual será cobrado por cada vez que se incumpla la
disposición. (Reglamento N.º 34765, 2008, Sinalevi).
Dicha norma señala además
que:
la radioemisora, televisora o
sala de cine que incumpla cualquier regulación de las establecidas en este
artículo pagará una multa de tres mil colones (¢3,000.00) y la que dejare de
pagar cualquiera de los impuestos establecidos deberá pagar el doble del
impuesto correspondiente según el caso. (Reglamento N.º 34765, 2008, Sinalevi).
Es decir, en la actualidad
las sanciones por irrespetar las disposiciones legales que regulan la locución
comercial nacional y la introducción de publicidad extranjera en nuestro país
hacen que la legislación se convierta en letra muerta, propiciando con esto una
lesión de los intereses laborales y socioeconómicos de esta actividad económica
que representa más de un 2% del PIB, tal como se manifestó en párrafos
anteriores.
Es por lo expuesto que
actualizar los montos arcaicos establecidos en el artículo 11 de la Ley de
Radio, en correspondencia con los costos de producción audiovisual nacional,
persigue cuatro objetivos fundamentales:
a) Promover e incentivar la
producción audiovisual nacional y a todos quienes forman parte de la cadena de
valor ya mencionada, conocida en sentido amplio como economía naranja.
b) Dotar de recursos al
Departamento de Control de Radio para que ejecuten la supervisión y vigilancia
adecuada a la pauta comercial y el cumplimiento de las disposiciones de la ley.
c) Establecer igualdad de
condiciones y de libre competencia entre los empresarios de bienes y servicios
nacionales, y las empresas transnacionales respecto a la producción y
realización de material audiovisual publicitario.
d) Permitir al erario público
obtener recursos frescos en medio de la actual crisis fiscal, potenciando encadenamientos
productivos que fortalezcan el crecimiento económico mediante la creación de
nuevas fuentes de empleo.
Mediante la actualización de
los cánones establecidos en el artículo 11 de la Ley de Radio se estimulará la
industria audiovisual y el talento artístico nacional, haciendo uso de la
legislación como garante del adecuado desarrollo económico de la economía
creativa. Cabe destacar que no se pretende eliminar la pauta de producciones
extranjeras en Costa Rica, pero sí resulta de interés propiciar las condiciones
básicas para que el sector audiovisual nacional participe del libre mercado en
igualdad de condiciones.
Otro factor a considerar es
que la crisis sanitaria provocada por la Pandemia del covid-19 afectó a muchos
sectores de la población, entre los que se destaca al sector cultural (actores,
actrices, compositores, músicos, cantantes, ejecutantes de instrumentos,
personas bailarinas, artistas, entre otros) quienes se vieron amenazados
indudablemente al verse en la obligación de cerrar y suspender sus actividades
productivas de manera inmediata. Por ende, la actualización de los incisos de
la ley que se pretende reformar le brindará a la economía naranja las
herramientas requeridas para volver a fortalecerse y reactivar sus opciones de
trabajo.
Además, al reactivarse la
economía naranja se reactiva también la recaudación fiscal por los servicios
que se brindan, por medio de este sector, a través del IVA y el impuesto de la
renta, sin contar con los encadenamientos productivos que esta actividad
generaría.
Traer a valor presente los
montos, que propone el presente proyecto de ley, rescata el espíritu del
legislador quien en 1954 pretendió incentivar la producción audiovisual
nacional, que es al fin de cuentas el propósito de esta iniciativa de ley
utilizando para ello el valor actual de salario base, con el fin de asegurar su
actualización automática en el tiempo. Cabe decir, que de conformidad con el
artículo 2 de la Ley número 7337 transcrito, el monto correspondiente al
salario de Oficinista 1, (que en el Poder Judicial fue reasignado a “Auxiliar
Administrativo 1”), a partir del 1° de enero de 2021, corresponde a la suma de
¢462.200,00 (cuatrocientos sesenta y dos mil doscientos colones exactos).
Con base en lo expuesto
anteriormente, se somete a consideración de las señoras diputadas y los señores
diputados el presente proyecto de ley.
LA ASAMBLEA LEGISLATIVA
DE
LA REPÚBLICA DE COSTA RICA
DECRETA:
REFORMA DEL ARTÍCULO 11 LA LEY N.º 1758,
DE
19 DE JUNIO DE 1954, LEY DE RADIO,
Y
SUS REFORMAS
ARTÍCULO ÚNICO- Se reforma el
artículo 11 de la Ley N.º 1758, de 19 de junio de 1954 Ley de Radio y sus
reformas, para que se lea de la siguiente manera:
Artículo 11-
Los programas de radio y
televisión deben contribuir a elevar el nivel cultural de la nación. Las
radioemisoras y televisoras comerciales están obligadas a ceder gratuitamente
al Ministerio de Educación Pública un espacio mínimo de media hora por semana
para fines de divulgación científica y cultural.
Desde la convocatoria a
elecciones dicho espacio será cedido al Tribunal Supremo de Elecciones para dar
instrucciones sobre temas cívico-culturales. Cada estación indicará al
Ministerio citado y en su oportunidad al Tribunal Supremo de Elecciones, el
espacio que cede dentro de sus horarios de trabajo.
Adicionalmente las
programaciones de radio, televisión y cine se regirán por las siguientes
reglas:
a) Derogado
b) Si los anuncios
consistieren en tonadas grabados en el extranjero deberá pagarse por una sola
vez, la suma equivalente a 1.5 salarios base, de impuesto por cada uno que se
trasmita. No podrán difundirse sino se acompañan los documentos que certifiquen
que se ha pagado de previo el impuesto correspondiente en el Banco Central de
Costa Rica.
c) De los anuncios
comerciales filmados que proyecte cada estación de televisión o sala de cine
cada día, solamente el 50% podrá ser de procedencia extranjera al cumplir este
artículo un año de vigencia. Al cumplir este artículo dos años de vigencia,
este porcentaje será del 40% y al cumplirse tres años de vigencia este
porcentaje será únicamente del 30%.
d) La importación de cortos
comerciales fuera del área centroamericana pagará un impuesto del 100% de su
valor, pero en ningún caso podrá ser un monto inferior a catorce salarios base
o superior a setenta salarios base. En todo caso, para que estos cortos puedan
ser pautados deben acompañarse los documentos que certifiquen que se ha pagado
de previo el impuesto correspondiente en el Banco Central de Costa Rica.
e) Se
considerarán como nacionales los cortos comerciales de radio, cine o televisión
confeccionados en cualquiera de los otros países de Centroamérica con los que
haya reciprocidad en esta materia.
f) El número de programas
radiales y radionovelas grabadas en el extranjero no podrá exceder del 50% de la
totalidad de ellas radiodifundidas por cada radioemisora diariamente.
g) El número de programas
filmados o grabados en el extranjero no podrá exceder el 70% del total de
programas diarios que se proyecten. Al cumplir esta ley cinco años de vigencia,
este porcentaje será únicamente del 60%. Esta disposición no rige para los
programas de tipo cultural que así sean calificados por el Ministerio
competente, que sean importados por el Estado, sus instituciones o por las
representaciones de otros países.
h) La radioemisora,
televisora o sala de cine que incumpla cualquier regulación de las establecidas
en este artículo pagará una multa de cuatro salarios base. La radioemisora,
televisora o sala de cine que deje de pagar cualquiera de los impuestos establecidos
deberá pagar el doble del impuesto correspondiente, sin perjuicio de la
responsabilidad civil y penal que este incumplimiento ocasionare.
La denominación “salario
base” utilizada en esta Ley, deberá entenderse como la contenida en el artículo
2 de la Ley N.º 7337, Reforma de los artículos 209, 212, 216, 384 incisos 1 y 9
del Código Penal; reforma a los artículos 265, 291, 294, 421 y 474 del Código
de Procedimientos Penales; derogatoria de los artículos 310 y 323 del Código de
Procedimientos Penales, adición de un inciso 3, al artículo 401 del Código de
Procedimientos Penales, del 15 de mayo de 1993.
Los
fondos de las multas establecidas en este artículo se girarán al Ministerio de
Ciencia, Tecnología y Telecomunicaciones.
Rige a partir de su
publicación.
María José Corrales Chacón
Diputada
NOTA: Este
proyecto pasó a estudio e informe de la Comisión Permanente Ordinaria de
Asuntos Económicos.
1 vez.—Exonerado.—(
IN2022633207 ).
MODIFICACIÓN A LOS ARTÍCULOS 28, 29 Y 29 BIS
DE
LA SECCIÓN I DEL CAPÍTULO XI, TÍTULO II
DE
LA LEY N.° 9635, LEY DE FORTALECIMIENTO
DE
LAS FINANZAS PUBLICAS, PARA RESTABLECER
LA
JUSTICIA A LOS PEQUEÑOS PROPIETARIOS
ARRENDANTES
DE BIENES INMUEBLES
Expediente N.º 22.963
ASAMBLEA LEGISLATIVA:
Con la entrada en vigencia de
la Ley de Fortalecimiento de las Finanzas Públicas, Ley N.° 9635, se ha
detectado que la aplicación de los artículos 28, 29 y 29 bis de la Sección I
del Capítulo XI, Título II, que reformaron la Ley 7092 Ley de Impuesto sobre la
Renta, en los que se define de la siguiente manera la Renta Inmobiliaria y su
aplicación:
1. La renta imponible del capital
inmobiliario será la diferencia entre la renta bruta y los gastos deducibles.
2. Se entenderá por renta bruta el
importe total de la contraprestación.
3. Para la deducción de gastos el
contribuyente aplicará una reducción del quince por ciento (15%) del ingreso
bruto, sin necesidad de prueba alguna y sin posibilidad de ninguna otra.
4. Los fondos de inversión
inmobiliaria aplicarán una reducción del veinte por ciento (20%) del ingreso
bruto, como gasto deducible sin necesidad de prueba alguna y sin posibilidad de
ninguna otra deducción.
Generan una tremenda
desigualdad e injusticia a los pequeños
propietarios arrendantes de bienes de bienes inmuebles.
Estos artículos vistos, como
una normativa que pretende ayudar a que el estado pueda tener una gestión más
adecuada de los ingresos y de esta forma se pueda abonar a superar la crisis
fiscal por la que atraviesa el país, se puede pensar que contiene de alguna
forma un aporte importante para que más personas contribuyan como lo indica el
artículo 18 Constitucional y así contribuir para los gastos públicos; no
obstante, es imperativo observar que en la sociedad costarricense existen
sectores con diferentes capacidades en cuanto a su poder adquisitivo y es la
misma Constitución Política de Costa Rica, la que proporciona en su artículo 50
la obligatoriedad de procurar “…el más adecuado reparto de la riqueza…”, y en
el artículo 51 constitucional se obliga al estado a velar especialmente por
protección a: “…La familia, como elemento natural y fundamental de la sociedad,
tiene derecho a la protección del Estado. Igualmente tendrán derecho a esa
protección la madre, el niño, el anciano y el enfermo desvalido…”
Es en virtud de garantizar
esta protección que se presenta el actual proyecto de ley para que se subsane
el error en que se ha incurrido, al ignorar estos preceptos en el instante de
proponer dentro de la Ley de Modernización de las Finanzas Públicas, las modificaciones
de los artículos que nos atañe, toda vez que los cambios realizados se puede
mencionar como perjudiciales para estos sectores, en lo siguiente:
La renta inmobiliaria
habitacional o comercial operaba antes de la entrada en vigencia de la Ley N.°
9635 de forma sencilla y justa, era calculada mediante una fórmula que restaba
a los ingresos, todos aquellos egresos autorizados (luz, agua, mantenimiento,
obligaciones con entidades bancarias, entre otras) y el resultado de esta resta
era lo que se consideraba, renta gravable.
En el
modelo actual se establece, un porcentaje no gravable fijo del 15% para todos,
sin reparar en las circunstancias propias de cada contribuyente, no permitiéndose que se tome en
consideración como gastos deducibles algunas de las variables que pueden
concurrir y ser determinantes para realizar una recaudación justa, sobre todo
en el caso de los arrendantes pequeños, a quienes, además se niega la
posibilidad de cumplir las obligaciones tributarias accediendo como contribuyente
en el impuesto a las utilidades si no se logra demostrar que como mínimo, se
cuenta con un empleado reportado ante la Caja Costarricense del Seguro Social.
Este hecho convierte la ley en violatoria de la voluntad constitucional de dar
a los tributos una justa distribución de la riqueza, ya que quienes pueden
cumplir con este requisito son para todos los efectos quienes tienen un mayor
ingreso producto de un verdadero negocio gestado para producir riqueza;
mientras aquellos que buscan con un esfuerzo de toda la vida, mejorar los
ingresos en su tiempo de retiro para tener una mejor calidad de vida no están
en capacidad de cumplir con dicho requisito.
El 15% deducible sin
necesidad de mayor prueba es insuficiente y en algunos casos ese esfuerzo
económico podría constituirse en confiscatorio por parte del estado toda vez
que existen una gran cantidad de situaciones en las que bienes inmuebles son
objeto de préstamos con entidades bancarias, además estas actividades son
lucrativas, lo que también las hacen sujeto de otras disposiciones tributarias
como las determinadas en el Código Municipal que exige, para desarrollar esta
actividad, por pequeño que sea el arrendamiento, ser patentado de alquileres, y
cubrir el monto que la ley local indique.
Con el presente proyecto se
pretende que este tributo pase a estar de acuerdo con la voluntad que establece
nuestro estado social de derecho, de conformidad con lo expresado en su momento
por el Lic. Alfredo González Flores, “…Qué el rico pague como rico y el pobre
lo haga como pobre…” buscando la equidad y la justicia tributaria que siempre
anhela el costarricense.
Para cumplir con estos
objetivos es necesario tomar en consideración las condiciones individuales de
cada contribuyente, lo que solo puede se puede otorgar mediante una
modificación a la ley que le acepte los gastos deducibles razonables que tenga cada contribuyente. Hasta la
aprobación de esta ley, los obligados tributarios por los artículos citados de
la Ley N.° 9635, permanecerán en desventaja y no encontrarán en el estado, la
solidaridad tributaria que establecida en la Constitución Política de
Costa Rica. Como Diputado socialcristiano reitero mi compromiso con el
desarrollo del país a través de la generación de riqueza para todos y su justa
distribución para el bienestar de todas y todos los costarricenses, así como
para todas y todos los residentes de nuestro país. Por lo anterior, me complace
presentar el siguiente Proyecto de Ley:
LA ASAMBLEA LEGISLATIVA
DE
LA REPÚBLICA DE COSTA RICA
DECRETA:
MODIFICACIÓN A LOS ARTÍCULOS 28, 29 Y 29 BIS
DE
LA SECCIÓN I DEL CAPÍTULO XI, TÍTULO II
DE
LA LEY N.° 9635, LEY DE FORTALECIMIENTO
DE
LAS FINANZAS PUBLICAS, PARA RESTABLECER
LA
JUSTICIA A LOS PEQUEÑOS PROPIETARIOS
ARRENDANTES
DE BIENES INMUEBLES
ARTÍCULO
1- Se modifica el párrafo segundo
del artículo 28 de la sección I del capítulo XI, título II, de la Ley de
Fortalecimiento de las Finanzas Públicas, N.° 9635, de 04 de diciembre de 2018,
y sus reformas. El texto dirá:
Artículo
28- Contribuyentes
…
No obstante, los contribuyentes
que obtengan rentas del capital inmobiliario, podrán optar por tributar por la
totalidad de su renta imponible del capital inmobiliario, de conformidad con lo
dispuesto en el artículo 1 de esta ley, debiendo comunicar, expresamente, esta
opción a la Administración Tributaria antes del inicio del periodo fiscal
regulado en el artículo 4 de esta ley, y mantenerla por un mínimo de cinco
años.
…
ARTÍCULO
2- Se modifica el artículo 29 de la
sección I del capítulo XI, título II, de la Ley de Fortalecimiento de las
Finanzas Públicas, N.° 9635, de 04 de diciembre de 2018, y sus reformas. El
texto dirá:
Artículo 29- Renta
imponible del capital inmobiliario
1. La renta imponible del capital inmobiliario
será la diferencia entre la renta bruta y los gastos deducibles.
2. Se entenderá por renta bruta el importe
total de la contraprestación.
3. Para la
deducción de gastos, el contribuyente podrá aplicar una reducción del quince
por ciento (15%) del ingreso bruto, sin necesidad de prueba alguna. En aquellos
casos en que el contribuyente no cuente con personal podrá aplicar las
deducciones establecidas en el artículo 8 de la Ley N.° 7092.
4. Los fondos de inversión no financieros,
regulados en la Ley N.° 7732, Ley Reguladora del Mercado de Valores, de 17 de
diciembre de 1997, podrán aplicar una reducción del veinte por ciento (20%) del
ingreso bruto, como gasto deducible sin necesidad de prueba alguna y sin
posibilidad de ninguna otra deducción.
ARTÍCULO
3- Se modifica el artículo 29 bis
de la sección I del capítulo XI, título II, de la Ley de Fortalecimiento de las
Finanzas Públicas, N.º 9635, de 04 de diciembre de 2018, y sus reformas. El
texto dirá:
Artículo
29 bis- Renta imponible del capital
mobiliario LEY N.º 9635. La renta imponible estará constituida por la renta
bruta generada por el capital mobiliario, representada por el importe total de
la contraprestación sin posibilidad de deducción, salvo lo indicado en el
inciso 3 del artículo 29 de la presente ley.
Rige a partir de su publicación.
Pedro Miguel Muñoz Fonseca
Diputado
NOTA: Este proyecto pasó a estudio e
informe de la Comisión Permanente Ordinaria de Asuntos Económicos.
1 vez.—Exonerado.—(
IN2022633554 ).
REFORMA A LA LEY N.° 10113, LEY DEL CANNABIS
PARA
USO MEDICINAL Y TERAPÉUTICO Y DEL
CÁÑAMO
PARA USO ALIMENTARIO
E
INDUSTRIAL
Expediente N.° 22.964
ASAMBLEA LEGISLATIVA:
Recientemente,
la Asamblea Legislativa aprobó en segundo debate el proyecto de ley 21388, Ley del Cannabis
para uso Medicinal y Terapéutico y del Cáñamo para uso alimentario e
industrial. El texto que se aprobó contenía una autorización genérica para el
cultivo de cáñamo, equiparándolo con otros cultivos tradicionales, considerando
que carece de efectos psicoactivos como los del cannabis.
En su literalidad, el
artículo 5 que fue inicialmente aprobado, indicaba:
“ARTÍCULO
5- Autorización para el aprovechamiento del cáñamo
Es libre
el cultivo, la producción, la industrialización, la
comercialización de cáñamo o cannabis no psicoactivo y sus
productos o subproductos, para fines alimentarios e industriales, por
lo que estas actividades no requerirán autorización previa especial o
adicional, sin perjuicio de las licencias y los permisos requeridos por toda
actividad productiva agropecuaria o agroindustrial.”
Sin
embargo, en el ejercicio de sus competencias constitucionales, el
Poder Ejecutivo vetó dicha norma. Por lo que, al realizarse el trámite
legislativo correspondiente al veto, la Asamblea acogió las observaciones
presentadas, modificando el artículo. Por esta razón, la redacción contenida en
la Ley del Cannabis para uso Medicinal y Terapéutico y del Cáñamo para uso
alimentario e industrial, actualmente indica:
“ARTÍCULO
5- Autorización para el aprovechamiento del cáñamo
Bajo el sistema de licencias,
el cultivo, la producción y la comercialización de la planta de cáñamo o
cannabis no psicoactivo y sus productos o subproductos para fines alimentarios
e industriales es permitido de conformidad con lo establecido en esta ley y su
reglamento.”
Al revisar la integralidad de
la norma, se encuentra un problema para la aplicación práctica y el
otorgamiento de títulos habilitantes para el aprovechamiento del cáñamo. Esto,
debido a que las únicas licencias consideradas en la ley corresponden al
cannabis y, en consecuencia, no resultan aplicables para el cáñamo, quedando
así un vacío normativo que imposibilita la autorización de actividades
relacionadas con este cultivo.
Por las razones expuestas,
las suscritas diputadas y los suscritos diputados presentamos la presente
iniciativa de ley para subsanar ese vacío y permitir el desarrollo de las
actividades de aprovechamiento del cáñamo.
LA ASAMBLEA LEGISLATIVA
DE
LA REPÚBLICA DE COSTA RICA
DECRETA:
REFORMA A LA LEY N.° 10113, LEY DEL CANNABIS
PARA
USO MEDICINAL Y TERAPÉUTICO Y DEL
CÁÑAMO
PARA USO ALIMENTARIO
E
INDUSTRIAL
ARTÍCULO ÚNICO- Se reforma el
artículo 5 de la Ley N.° 10113, Ley del Cannabis para Uso Medicinal y
Terapéutico y del Cáñamo para Uso Alimentario e Industrial. El texto dirá:
Artículo 5- Autorización para
el aprovechamiento del cáñamo
Se permite el cultivo, la
producción, la industrialización, el transporte, la distribución, la
comercialización de cáñamo o cannabis no psicoactivo y sus productos o
subproductos, por lo que estas actividades únicamente requerirán de
autorización previa especial que determine la autoridad correspondiente, sin
perjuicio de las licencias y los permisos requeridos por toda actividad
productiva agropecuaria o agroindustrial.
Para estas autorizaciones será
aplicable el silencio positivo, de conformidad con lo regulado en el artículo
331 de la Ley General de la Administración Pública, N.° 6227 del 02 de mayo de
1978.
Rige a partir de su
publicación.
José María Villalta Flórez-Estrada
Roberto Hernán Thompson
Chacón Paola Viviana Vega
Rodríguez
Ana Karine
Niño Gutiérrez Silvia
Hernández Sánchez
Diputados y
diputadas
NOTA: Este
proyecto pasó a estudio e informe de la Comisión Permanente Especial de
Ambiente.
1 vez.—Exonerado.—(
IN2022633557 ).
INTERPRETACIÓN AUTÉNTICA DE LA LEY 9945, AUTORIZACIÓN AL
INSTITUTO DE DESARROLLO RURAL
(INDER) PARA QUE VENDA UN TERRENO DE SU
PROPIEDAD A LA COOPERATIVA DE ELECTRIFICACIÓN RURAL DE SAN CARLOS (COOPELESCA
R. L.)
Expediente N.° 22.968
ASAMBLEA LEGISLATIVA:
Gracias al sistema de pesos y
contrapesos, cada uno de los poderes del Estado guarda atribuciones
específicas, conferidas por ley, pero especialmente por la Carta Magna,
confiriendo de este modo independencia en el actuar de cada uno de estos
órganos. Ahora bien, pese a que cada uno de los órganos del Estado tiene
obligaciones propias, muchas de estas requieren de un consenso y acuerdo con
los demás, es decir, algunas de sus actuaciones se encuentran enlazadas, de
modo que la actuación de uno de estos poderes no afecte o ponga en riesgo la
soberanía ni la seguridad nacional.
Es por
ello que, en la Constitución Política se ve plasmada la división de Poderes,
otorgando en su articulado funciones específicas, concretas y determinadas,
tanto para el Poder Ejecutivo, el Poder Legislativo, el Poder Judicial, así
como para el Tribunal Supremo de Elecciones.
En el caso de la Asamblea
Legislativa, en el artículo 121, la Constitución Política describe de modo
claro y preciso las obligaciones y responsabilidades que tiene dicho poder.
Para el presente caso, interesa lo expresado en el inciso 1), donde se indica
lo siguiente:
ARTÍCULO 121.- Además de las
otras atribuciones que le confiere esta
Constitución, corresponde exclusivamente a la Asamblea Legislativa:
1) Dictar las leyes,
reformarlas, derogarlas, y darles interpretación auténtica, salvo lo dicho en
el capítulo referente al Tribunal Supremo de Elecciones.
Además de dictar leyes,
reformarlas o derogarlas, la Asamblea Legislativa tiene la potestad de brindar
una interpretación auténtica en el caso de aquellas normas que hayan sido
emitidas por la misma Asamblea, pero que en su contenido exista cierta
confusión en cuanto a su aplicación o interpretación.
El mismo inciso hace la
salvedad en cuanto al Tribunal Supremo de Elecciones (TSE), y las potestades
que la misma Constitución le otorga, como lo es la interpretación de su propia
normativa, así como pronunciamientos en materia Constitucional.
Tomando en consideración lo
ya mencionado, cabe destacar que para el veintitrés de febrero del año dos mil
veintiuno, se emitió la Ley 9945, en la cual, la Asamblea Legislativa
autorizaba al Instituto de Desarrollo Rural (Inder) para que pudiese vender un
terreno de su propiedad a la Cooperativa de Electrificación Rural de San Carlos
(Coopelesca R.L.), debido a que la afectación o desafectación de bienes
públicos debe realizarse por ley, y siendo que la Asamblea Legislativa es el
único poder del Estado para emitir leyes, es por ello que dicho procedimiento
fue tramitado por esta institución.
Ahora bien, al ser emitida
dicha ley y a la vez la autorización, posterior a ello, surgieron algunas dudas
sobre el artículo tres, sobre la “inversión” de los dineros recibidos por el
Inder por concepto de venta de dicho bien, con lo que se dieron diversas
interpretaciones de lo que aquel artículo hacía alusión.
Siendo en este caso la
Asamblea Legislativa la encargada de realizar una interpretación auténtica de
las normas que emite, es por ello que se presenta el siguiente proyecto de ley,
el cual busca clarificar y exponer de manera precisa el objetivo del legislador
al emitir la Ley 9945 “Autorización al Instituto de Desarrollo Rural (INDER)
para que Venda un Terreno de su Propiedad a la Cooperativa de Electrificación
Rural de San Carlos (COOPELESCA R.L)”.
Por las razones antes
expuestas someto a conocimiento y valoración de las señoras y señores diputados
el siguiente proyecto de ley “Interpretación Auténtica de la Ley 9945
Autorización al Instituto de Desarrollo Rural (Inder) para que Venda un Terreno
de su Propiedad a la Cooperativa de Electrificación Rural de San Carlos
(Coopelesca R. L.)”.
LA ASAMBLEA LEGISLATIVA DE LA REPÚBLICA DE COSTA RICA
DECRETA:
INTERPRETACIÓN AUTÉNTICA DE LA LEY 9945, AUTORIZACIÓN AL
INSTITUTO DE DESARROLLO RURAL
(INDER)
PARA QUE VENDA UN TERRENO DE SU PROPIEDAD A LA COOPERATIVA DE ELECTRIFICACIÓN
RURAL DE SAN CARLOS (COOPELESCA R. L.)
ARTÍCULO ÚNICO-
Para que se interprete
auténticamente el artículo tercero (3) de la Ley 9945, Autorización al
Instituto de Desarrollo Rural (Inder) para que Venda un Terreno de su Propiedad
a la Cooperativa de Electrificación Rural de San Carlos (Coopelesca R. L.), en
el sentido de que el monto ahí definido, podrá ser destinado por el Instituto
de Desarrollo Rural (Inder), únicamente a la inversión en materia de
infocomunicaciones en la Región Huetar Norte,
en aquellas zonas en las que la Cooperativa de Electrificación Rural de San
Carlos (Coopelesca R.L.) cuente con concesiones establecidas, en
especial aquellos distritos con amplios asentamientos humanos y bajo índice de
desarrollo social.
Rige a partir de su publicación
María
José Corrales Chacón |
Luis
Ramón Carranza Cascante |
Diputada
y diputado |
NOTAS: Este proyecto aún no tiene comisión
asignada.
El Departamento de Servicios
Parlamentarios ajustó el texto de este proyecto a los requerimientos de
estructura.
1 vez.—Exonerado.—(
IN2022633566 ).
TEXTO SUSTITUTIVO
EXPEDIENTE
21.629
REFORMA DE LA LEY 6093 DEL 20 DE OCTUBRE
DE
1977 (SIN TÍTULO Y CONOCIDA COMO LEY
DE
CREACIÓN DE LA CASA DE LA CULTURA)
Y
SE CREE LA JUNTA DE FOMENTO DE LA
PLURICULTURALIDAD
LIMONENSE
Y
SUS MANIFESTACIONES
LA ASAMBLEA LEGISLATIVA
DE
LA REPÚBLICA COSTA RICA
DECRETA:
Artículo
1º: Se crea la Junta de Fomento de la Pluriculturalidad Limonense y sus Manifestaciones del
Cantón Central de Limón (en adelante la JUNTA), como un órgano desconcentrado
que estará adscrito a la Municipalidad de Limón y tendrá las funciones de
Rector cantonal, sin rozar con las competencias correspondientes a esta
municipalidad ni con las del Ministerio de Cultura y Juventud y tendrá los
siguientes objetivos:
a.- Fomentar la diversidad pluricultural y multiétnica del cantón
central de Limón para organizar, estudiar e impulsar las manifestaciones
culturales de la población limonense.
b.- Administrar el inmueble a que se refiere el artículo 5° de
esta ley, que se destina a todas aquellas actividades culturales que se
planifiquen por el Taller de Planificación del Fomento de las manifestaciones
de la Pluriculturalidad Limonense (que se crea en el artículo 10 de esta ley),
la propia JUNTA y el Concejo Municipal de Limón, en ese orden jerárquico, de
menor a mayor y cualquier otro inmueble a cargo de la JUNTA.
c.- Impulsar y apoyar planes,
proyectos y programas culturales en el cantón central de Limón, propiciando la
participación de la población en las actividades culturales. d.-
Planificar, ejecutar y coordinar el Taller de Planificación del Fomento de las
manifestaciones de la Pluriculturalidad Limonense, de acuerdo al artículo 10°
de esta ley.
e.- Los demás objetivos que determine esta ley y el reglamento
señalado en el artículo 9°.
Artículo 2º: En virtud de la
competencia señalada en el artículo primero, la “JUNTA” podrá celebrar los
convenios y ejecutar los actos necesarios para la conservación y la explotación
del inmueble y no podrá delegar esa función en ninguna persona física o
jurídica. También podrá realizar convenios y alianzas con empresas tanto
públicas como privadas para lograr los objetivos que impulsa está ley. En
materia de convenios, este debe ser aprobado por el Concejo Municipal de Limón.
Además, la “JUNTA” podrá administrar todos aquellos inmuebles que determine la
Municipalidad de Limón o que otras instituciones pongan en administración de la
“JUNTA” vía convenio aprobado por ella y por el Concejo Municipal de Limón.
Se faculta a la Junta para
administrar todos aquellos bienes muebles o inmuebles que ésta reciba conforme
a la ley, dichos bienes serán dedicados exclusivamente para las facultades
establecidas en la presente ley. La Municipalidad de Limón se encargará de
recibir los ingresos de la “JUNTA” y girar los egresos que ella determine de
acuerdo a lo que establezca el reglamento y no podrá darle ningún otro uso a
los recursos que no sea los que determine la “JUNTA” mediante acuerdo. La
Municipalidad podrá autorizar el uso de una “caja chica” a la “JUNTA” para
facilitar su operación, la que se liquidará mediante los comprobantes
correspondientes, lo cual también debe estar reglamentado.
Artículo 3º: La Junta
Directiva de la “Junta” será nombrada por el Concejo Municipal de Limón y
estará integrada así:
a) Un representante nombrado por el Concejo
Municipal de Limón;
b) Un representante joven de la terna presentada por la Junta
Directiva del Comité Cantonal de la Persona Joven de Limón. Para ello,
considerarán a todos los grupos juveniles de instituciones y organizaciones del
cantón de Limón, quienes podrán enviar el currículo de candidatos jóvenes, para
que sean considerados en la terna.
Si se modificara la Ley
General de la Persona Joven, número 8261, la recomendación de la terna la hará
el ente correspondiente del cantón en materia de juventud y si hubiera
imposibilidad legal por parte de ente señalado, el Concejo Municipal tomará
mediante acuerdo de mayoría simple para decidir dicho nombramiento, una
resolución para recibir la postulación de personas jóvenes para integrar la
“Junta”.
c) Dos representantes
nombrados por el Taller de Planificación del Fomento de las manifestaciones de
la Pluriculturalidad Limonense; los cuales sólo se ratificarán.
En caso de imposibilidad
material, por no haberse realizado el Taller supra señalado o este no haber
designado los representantes indicados en este punto, el Concejo Municipal
tomará una resolución para decidir dichos nombramientos, mediante acuerdo de
mayoría simple, y poder recibir la postulación de personas del sector cultura
para integrar la “Junta”.
d) Un representante de la terna nombrada por la Junta Directiva
del Comité Cantonal de Deportes y Recreación de Limón;
e) Un representante de las asociaciones de desarrollo del
cantón, para lo cual cada asociación que tenga interés presentará a un
candidato y el Concejo Municipal decidirá. Cada asociación deberá adjuntar un
correo oficial para coordinar la comunicación.
f) Un representante del Ministerio de Cultura y Juventud, que
preferentemente tenga participación en alguna instancia cultural del cantón
central de Limón.
En la integración de esta
JUNTA se aplicará paridad de género y la alternancia de género.
Artículo 4º: Todas las
personas integrantes de la JUNTA serán nombradas en sus cargos por un periodo
de dos años y podrán ser reelectas por una sola vez. Luego de fungir dos períodos
consecutivos con un cargo en la JUNTA y descansar un período podrán volver a
ser electas. La designación de estas personas, recae por acuerdo del Concejo
Municipal de Limón, a más tardar en la tercera semana de julio de cada año par
y entrarán en funciones el 1° de setiembre siguiente, de acuerdo a las
propuestas que presentarán las entidades y grupos señalados en el artículo
anterior, salvo en lo que se refiere al nombramiento de la persona
representante de la Municipalidad, que recibirá la designación, sin proposición
de terna.
Las funciones de las personas
integrantes de la Junta serán desempeñadas gratuitamente.
La Junta elegirá de su seno
una presidencia, para todo el período (de dos años).
La persona que se designe en
la presidencia, será representante de la Junta ante las entidades públicas y
privadas con las que se relacione. Tendrá entre sus atribuciones primordiales:
● Representarla jurídicamente en los casos que esta ley lo
faculte y extraoficialmente.
● Convocar a la Junta, dirigir sus sesiones y velar porque se
ejecuten sus acuerdos.
En caso de renuncia de una
persona Integrante de la JUNTA por el mecanismo correspondiente, se efectuará
la sustitución y tendrá vigencia por el periodo que reste. Si fuera la
presidencia la que renuncie, le sustituirá en el cargo la vicepresidencia.
Además de la presidencia, se
nombrará una vicepresidencia, una secretaria, una tesorería y 4 vocalías. El
Concejo Municipal de Limón, reglamentará el funcionamiento de la JUNTA de
acuerdo a esta ley y los intereses locales en materia de cultura.
La JUNTA
sesionará dos veces al mes de forma ordinaria en la hora y día que acuerden, lo
cual deben comunicar de previo al Concejo Municipal para su validez y eficacia.
Las sesiones extraordinarias serán convocadas las veces que considere oportuno
su presidencia o al menos tres personas miembros de la misma. Para la validez y
eficacia de las sesiones extraordinarias sus miembros deben ser convocados con
24 horas de antelación mediante correo electrónico.
El quórum para las sesiones
de la Junta es de cuatro integrantes. Los acuerdos se tomarán por mayoría
simple de los miembros presentes.
El Gobierno Local a través de
sus mecanismos internos y de acuerdo a sus posibilidades presupuestarias podrá
establecer un contrato anual de servicios profesionales, para que la JUNTA
pueda contar con un director ejecutivo que se encargue de su parte
administrativa y operativa, de la administración de la Casa de la Cultura de
Limón y cualquier otro mueble o inmueble que se le asigne. Esta persona debe de
demostrar formación y conocimiento en Gestión Cultural, Investigación Cultural,
Gestión y Emprendimiento de Proyectos Culturales y conocimiento en alguna
disciplina artística y con experiencia probada de mínimo 1 año en la gestión de
proyectos culturales.
Los
recursos que el Gobierno Local asigne a la JUNTA tendrán un tope de hasta un
10% para gastos administrativos, excepto que mediante acuerdo el Concejo
Municipal permita ampliar ese tope por razones de oportunidad y
conveniencia. El reglamento señalado regulará las funciones y responsabilidades
de este funcionario y cualquier otro que sea contratado o designado para
brindar servicios a la JUNTA o que vía convenio preste servicios en igual
sentido.
Artículo 6º: Autorizase a la
Municipalidad del Cantón Central de Limón para que brinde apoyo financiero a la
“JUNTA” a través de sus presupuestos, tanto ordinario como extraordinarios y
modificaciones para desarrollar sus planes, programas y proyectos.
Así mismo, se autoriza a
todas las entidades públicas del Estado, para destinar, de sus presupuestos,
los fondos o partidas para ser utilizados en la remodelación, el
acondicionamiento y el mantenimiento de la “Casa de la Cultura de Limón” y
otros inmuebles a cargo de la “JUNTA”, así como para apoyar sus planes,
proyectos y programas.
Artículo
7º: La “JUNTA” podrá ceder a organizaciones comunales, sindicales, organismos
no gubernamentales, instituciones del Estado y a todo el sector cultura
organizado de Limón, sus instalaciones para celebrar actividades culturales
tales como seminarios, mesas redondas, conferencias, cursillos y cualquier otra
actividad a fin a criterio de la Junta.
Artículo
9º: El Concejo Municipal de Limón acordará el respectivo reglamento autónomo de
organización y funcionamiento de la “JUNTA” de acuerdo a la presente ley,
dentro de los noventa días siguientes a su publicación. Una vez acordado el
reglamento se publicará una vez en el Diario Oficial La Gaceta, para que
las personas u organizaciones interesadas hagan sus observaciones, las cuáles
serán consideradas por el Concejo Municipal y tomará el acuerdo de reglamento
autónomo definitivo, el cual se volverá a publicar en el Diario Oficial La
Gaceta, para que entre en vigencia.
Artículo 10º: Con la
participación de las organizaciones culturales del cantón, reconocidas por el
Concejo Municipal de Limón y dirigido por la Junta, se constituirá una vez al
año, en el Taller de Planificación del Fomento de las manifestaciones de la
Pluriculturalidad Limonense con las siguientes funciones:
a) Revisar la política cantonal en materia de
cultura, la normativa, los planes, programas y proyectos; además hacer propuestas de mejora al Gobierno Local y
la “JUNTA”.
b) Propondrán ante el Concejo Municipal de Limón una nómina de
dos representantes a la Junta de Fomento de la Pluriculturalidad Limonense y
sus Manifestaciones de acuerdo al artículo 3° de esta ley.
c) Realizarán un análisis y propuestas sobre los resultados de
la Semana dedicada al Fomento de la Pluriculturalidad Limonense y sus
Manifestaciones.
d) Para integrar el “Taller de Planificación del Fomento de las
manifestaciones de la Pluriculturalidad Limonenses” cada organización cultural,
contará con la participación de dos personas. Ninguna persona podrá ostentar
más de una representación de un grupo cultural. El Taller lo dirigirá la
presidencia de la “JUNTA” y las propuestas se acordarán por mayoría simple de
los presentes.
Artículo
11º: De forma planificada la Municipalidad de Limón, la “JUNTA” y las
organizaciones culturales del cantón quedan autorizadas para organizar un
evento que promocione, promueva y presente a los artistas limonenses y su arte
mediante eventos, exposiciones, concursos, talleres, producciones y el medio
correspondiente para realzar la pluriculturalidad limonense en cada una de sus
manifestaciones.
Este evento podrá ser
declarado de interés público cultural municipal y se le podrá dar todo el apoyo
financiero, logístico material y humano que pueda brindar el Gobierno Local.
Se autoriza al Ministerio de
Cultura y Juventud para que pueda declarar este evento de interés cultural para
que las instituciones del Estado puedan colaborar en esta celebración.
Igualmente, la empresa privada puede patrocinar y promocionar el evento.
Se modifica el Transitorio I
de la Ley que dirá:
Transitorio I- Las personas
integrantes actuales de La Junta Administradora de la Casa Cultura fungirán
como “JUNTA” hasta el período que se señala en el artículo 4° de esta ley y la
Municipalidad del Cantón Central de Limón designará oportunamente a los integrantes
de la nueva “JUNTA” en el plazo legal establecido. En caso de que “La Junta
Administradora de la Casa Cultura” no esté constituida, el Concejo Municipal
procederá conforme a esta ley, a nombrar la Junta Directiva de la “JUNTA” de
acuerdo al procedimiento establecido para que se desempeñen hasta el siguiente
año par. Para el caso de los dos representantes del Taller de Planificación del
Fomento de las manifestaciones de la Pluriculturalidad Limonense, el Concejo
Municipal, le solicitará a los artistas y representantes de las diferentes
manifestaciones culturales limonenses que postulen sus nombres a ocupar dichos
cargos, dentro de los cuáles se escogerán los dos representantes.
Rige a partir de su
publicación.
Yorleny León Marchena
Presidenta Comisión Caribe Exp. 20.935
1 vez.—Exonerado.—(
IN2022633173 ).
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
Y
EL MINISTRO DE SALUD
En ejercicio de las
facultades que les confieren los artículos 140 incisos 3) y 18) y 146 de la
Constitución Política, 25, 27 inciso 1), 28 inciso 2) acápite b) de la Ley Nº
6227 del 02 de mayo de 1978 “Ley General de la Administración Pública, 1, 2, 4
y 7 de la Ley Nº 5395 del 30 de octubre de 1973 “Ley General de Salud”; 1 y 2 inciso
c) y 56 bis de la Ley Nº 5412 de 8 de noviembre de 1973 “Ley Orgánica del
Ministerio de Salud”; Ley Nº 8262 del 2 de mayo de 2002 “Ley de Fortalecimiento
de las Pequeñas y Medianas Empresas”; y el Decreto Ejecutivo Nº 39295-MEIC del
22 de junio del 2015 “Reglamento a la Ley de Fortalecimiento de las Pequeñas y
Medianas Empresas”.
Considerando:
1º—Que el Artículo 50 de la Constitución
Política dispone que el Estado procurará el mayor bienestar a todos los
habitantes del país, organizando y estimulando la producción y el más adecuado
reparto de la riqueza.
2º—Que es función del Estado velar por la protección de la
salud de la población y garantizar el bienestar de los ciudadanos, no obstante,
ello no debe ser obstáculo para el establecimiento de condiciones de
competitividad que contribuyan al desarrollo de la actividad económica del
país.
3º—Que la Ley General de la Administración
Pública en su artículo 4, sujeta la actividad de los entes públicos, a los
principios fundamentales del servicio público con el fin de asegurar su
continuidad, eficiencia, su adaptación a todo cambio en el régimen legal o en
la necesidad social que satisfacen y en la igualdad en el trato de los destinatarios,
usuarios o beneficiarios.
4º—Que el Estado mediante la Ley de
Fortalecimiento de las Pequeñas y Medianas Empresas, se ha comprometido a crear
un marco normativo que promueva un sistema estratégico de desarrollo a largo
plazo de las pequeñas y medianas empresas con el fin de buscar una
democratización de la economía, el desarrollo regional y los encadenamientos de
los desarrollos económicos.
5º—Que la Sala Constitucional de la Corte
Suprema de Justicia mediante sentencia número 6832-95 de 16:15 horas del 13 de
diciembre de 1995 y sentencia número 3933-98 de las 9:59 horas del 12 de junio
de 1998, entre otras cosas dispuso, que el trato desigual ejercido por el
Estado a partir de su normativa, acciones u omisiones, por sí misma no es
violatoria del principio de derecho a la igualdad. Más bien, en casos muy
concretos, deviene en una herramienta legal fundamental para garantizar ese
mismo derecho. De tal manera que, la no existencia de estos instrumentos
jurídicos más bien generaría un verdadero trato discriminatorio.
6º—Que para facilitar a los usuarios la presentación de los
requisitos y el trámite de registro de los productos de interés sanitario, la
institución ha implementado un sistema de registro electrónico, cero papeles,
para mayor transparencia al proceso de registros, mejorando la calidad del
servicio.
7º—Que es necesario realizar el control de
los productos registrados en el mercado y las aduanas para garantizar sus
condiciones de seguridad, inocuidad, calidad y eficacia, para lo cual se requieren
recursos para la inspección, toma de muestras, realización de ensayos
analíticos, evaluación de la publicidad, etiquetado y otras actividades de
regulación de productos de interés sanitario.
8º—Que de conformidad con el artículo 12
bis del Decreto Ejecutivo Nº 37045 de 22 de febrero de 2012 “Reglamento a la
Ley de Protección al Ciudadano del Exceso de Requisitos y Trámites
Administrativos” y su reforma, se considera que por la naturaleza del presente
reglamento no es necesario completar la Sección I denominada Control Previo de
Mejora Regulatoria, que conforma el formulario de Evaluación Costo Beneficio,
toda vez que el mismo no establece trámites ni requerimientos para el
administrado. Por tanto,
Decretan:
“Reglamento para optar por la
exoneración
del arancel para trámites de registro
sanitario y control de productos de
interés
sanitario de microempresas y personas
emprendedoras en condición de pobreza
y pobreza extrema que elaboran
productos en el territorio
nacional”
CAPITULO I
Disposiciones
Generales
Artículo 1º—El presente reglamento tiene como objeto
regular la exoneración parcial o total del arancel que cobra el Ministerio de
Salud para trámites de registro sanitario y control de los productos de interés
sanitario, a las microempresas y personas emprendedoras en condición de pobreza
y pobreza extrema que elaboran productos en el territorio nacional.
Artículo
2º—Para efectos de interpretación del presente reglamento se
establecen las siguientes definiciones y abreviaturas:
a) Arancel: Monto en dólares de los Estados Unidos de
América o su equivalente en moneda nacional al tipo de cambio de venta de
referencia del Banco Central de Costa Rica para el día en que se realiza la
transacción, que debe pagar el administrado por el servicio de registros, renovaciones,
cambios posteriores al registro, reconocimiento de registro, usos de registro y
la vigilancia y control que realiza el Ministerio de Salud.
b) Comprobante de pago: Copia del comprobante de depósito
en el Banco Nacional de Costa Rica o del pago en línea de fondos que demuestre
la cancelación del arancel requerido al Ministerio de Salud.
c) Emprendimientos productivos de
interés social: Son las empresas que fabrican productos de interés
sanitario en el territorio nacional y que son beneficiarias del IMAS y que
califican en condición de pobreza y pobreza extrema, por lo tanto, no cuentan
con recursos económicos para cumplir con el requisito de pago por los servicios
que gestionen ante el Ministerio de Salud.
d) Ley: Ley General de Salud.
e) MEIC: Ministerio de Economía, Industria y Comercio.
f) Productos de Interés Sanitario:
Productos que por su composición, utilización o función pueden afectar la salud
de las personas. Incluyen entre otros: los alimentos, medicamentos,
suplementos a la dieta, cosméticos, equipos y materiales biomédicos,
plaguicidas de uso doméstico y de uso profesional, productos naturales
medicinales, productos higiénicos y químicos peligrosos.
g) Registro de Productos de Interés Sanitario: Acto
administrativo mediante el cual el Ministerio de Salud, después de analizar el
cumplimiento de requisitos técnicos y legales establecidos, aprueba el uso y la
comercialización de productos de interés sanitario.
h) Registro Pymes: Acto de registro en el Sistema de
Información Empresarial Costarricense (SIEC) como microempresa (PYME), para
obtener la condición de PYME y acceder a los beneficios de la Ley Nº 8262 del
02 de mayo del 2002 “Ley de Fortalecimiento de las Pequeñas y Medianas Empresas”
y su reglamento.
i) Servicio: Actividades y
acciones que ejecuta el Ministerio de Salud para el trámite de registros,
renovaciones, cambios posteriores al registro, reconocimiento de registros y
uso de registros, relacionadas con el registro de productos de interés
sanitario.
CAPITULO II
De los aranceles de los servicios de registro
y
control de los productos de interés sanitario
Artículo 3º—Los aranceles de registro de los
productos de interés sanitario serán los establecidos en la normativa vigente
para cada uno de los productos, a saber:
Medicamentos |
Decreto Ejecutivo No.
28510-S del 25 de febrero del 2000 “Fija Tasa prevista en el artículo 112 de
la Ley General de Salud”, publicado en La Gaceta N° 56 del 20 de marzo
de 2000 y sus reformas; |
Productos
Naturales |
Decreto Ejecutivo No.
29317-S del 9 de noviembre de 2000 “Reglamento para la Inscripción,
Importación, Comercialización y Publicidad de Recursos Naturales
Industrializados y con Cualidades Medicinales” publicado en La Gaceta
N° 41 de 27 de febrero de 2001 y sus reformas; |
Alimentos |
Decreto No. 30103-S del 3
de diciembre de 2001 “Registro de Productos Alimenticios y Fórmulas
Infantiles, de acuerdo a la Ley General de Salud” publicado en La Gaceta
N° 19 de 19 de enero de 2002 y sus reformas; |
Equipo
y Material Biomédico |
Decreto Ejecutivo No.
32780-S del 25 de octubre de 2005 “Se fijan tasas para efectos de trámite,
registro y apoyo a las funciones de inspección, vigilancia y control de
equipo y material biomédico (EMB)” publicado en La Gaceta N° 232 de 1
de diciembre de 2005; |
Medicamentos
Homeopáticos |
Decreto Ejecutivo No. 33255
-S del 5 de julio de 2006 “Fija tasa para trámite, registro y apoyo a las
funciones de inspección, vigilancia y control de los medicamentos
homeopáticos “publicado en La Gaceta N° 153 de 10 de agosto de 2006 y
su reforma; |
Productos
Higiénicos |
Decreto Ejecutivo No.
35279- S del 9 de marzo de 2009 “Cobro de Registro y Vigilancia Sanitaria de
Productos Higiénicos” publicado en La Gaceta N° 108 del 5 de junio de
2009; |
Cosméticos |
Decreto Ejecutivo No. 35318
-S del 12 de mayo de 2009 “Cobro de Registro y Vigilancia Sanitaria de
Cosméticos” publicado en La Gaceta N° 128 de 3 de julio de 2009. |
Químicos
peligrosos |
Decreto Ejecutivo N° 40769
– S del 13 de noviembre de 2017 “Reglamento para el cobro de los trámites de
registro y control de productos químicos peligrosos” publicado en el Alcance
303 a La Gaceta
N°
238 del 15 de diciembre de 2017. |
Plaguicidas
de uso profesional y doméstico |
Decreto Ejecutivo N°
41117-S del 5 de marzo de 2018 “Reglamento para el cobro de los trámites de
registro y control de plaguicidas de uso doméstico y de uso profesional”
publicado en La Gaceta N° 91 del 24 de mayo de 2018. |
Artículo 4º—Las microempresas titulares de productos
de interés sanitario que estén inscritas en el registro PYME del Sistema de
Información Empresarial Costarricense, SIEC, creado según el artículo 3 inciso
i) de la Ley N° 6054 del 14 de junio de 1977 “Ley Orgánica del Ministerio de
Economía, Industria y Comercio”, gozarán de la exoneración establecida en el
artículo 5 del presente Reglamento cuando así lo declaren en el formulario de
solicitud de trámite. El Ministerio de Salud deberá de manera digital consultar
el Sistema de Información Empresarial Costarricense para acreditar la condición
de microempresa.
Artículo 5º—Si se acredita la condición de
microempresa, el interesado pagará únicamente un veinte por ciento (20%) de los
aranceles establecidos en el artículo 3 en lo relacionado a los trámites de
registro sanitario. Además, quedan exentas del pago de los análisis para:
liberación de primer lote de medicamentos, el control de productos de interés
sanitario, la atención de denuncias o alertas relacionadas con los productos de
interés sanitario.
Artículo 6º—En caso de que no se logre acreditar la
condición de microempresa, el interesado deberá cancelar el 100% de la tarifa,
según se dispone en el artículo 3 del presente reglamento.
Artículo 7º—En el caso de microempresas que
contratan la fabricación de sus productos a un tercero, podrán gozar del
beneficio indicado en el artículo 5, independientemente de si el fabricante es
microempresa o no.
Artículo 8º—Las personas emprendedoras que
califiquen en condición de pobreza y pobreza extrema, gozarán de la exoneración
total del pago de los aranceles establecidos en el artículo 3 del presente reglamento.
A efectos de verificar la condición de pobreza, el Ministerio de Salud
consultará durante la realización del trámite solicitado, el registro del
Instituto Mixto de Ayuda Social que acredita dicha condición.
Artículo
9º—En caso de que no se logre acreditar su condición de
pobreza, el interesado deberá cancelar el 100% de la tarifa, según se dispone
en el artículo 3 del presente reglamento.
Artículo 10.—Toda la
información que se indique en el formulario de solicitud del trámite tiene
carácter de declaración jurada, de manera que, si el Ministerio de Salud
llegase a corroborar alguna falsedad en lo declarado, podrá aplicar las medidas
especiales que se encuentran establecidas en la Ley General de Salud.
CAPITULO III
Del
pago de las tarifas
Artículo
11.—La presentación del comprobante de pago es un requisito indispensable para
el trámite de cualquier servicio, para los trámites que se realicen por medio
del portal “REGISTRELO”, creado mediante Decreto Ejecutivo Nº 37988-S del 3 de
octubre de 2013, publicado en La Gaceta Nº 203 del 22 de octubre de
2013, el pago será electrónico.
Artículo 12.—El Ministerio de
Salud dispone de las siguientes cuentas en el Banco Nacional de Costa Rica para
que los interesados realicen el pago de los servicios según las tarifas
contenidas en los artículos 3 y 5 del presente reglamento que no se encuentren
en el Sistema Regístrelo:
CUENTA
COLONES
CUENTA
CORRIENTE: 100-01-000-213715-6 Fideicomiso 872 Ministerio de Salud.
Cuenta cliente:
15100010012137157
CUENTA
EN DÓLARES
CUENTA
CORRIENTE: 100-02-000-617477-5 Fideicomiso 872 Ministerio de Salud.
Cuenta cliente:
15100010026174771
Para los trámites que se
realicen a través del sistema Regístrelo se realizará el pago en línea.
Artículo 13.—En virtud de lo
establecido en el presente Decreto Ejecutivo, el arancel que aquí se regula y
que debe pagar el administrado por los servicios de trámite, registro y control
ante el Ministerio de Salud, debe entenderse que por sí solo el pago no
garantiza el otorgamiento del registro sanitario, reconocimiento, cambios
posteriores al registro, usos de registro o inscripción sanitaria o su
renovación, y tampoco será reintegrado el monto pagado en caso de denegarse el
registro sanitario o su renovación, reconocimiento, uso de registro o inscripción
sanitaria o cambio posterior al registro gestionados por el administrado.
Artículo 14.—Los fondos
recaudados serán utilizados en el cumplimiento
de los objetivos del Ministerio de Salud para garantizar la calidad, seguridad,
inocuidad y eficacia de los productos de interés sanitario y para la operación,
fortalecimiento, desarrollo,
actualización, mejoras y mantenimiento de los servicios y sistemas digitales, de las actividades de normalización,
registro, vigilancia y control de productos de interés sanitario.
Artículo 15.—Deróguese el
Decreto Ejecutivo Nº 41307-S del 4 de setiembre de 2018 “Reglamento para el
cobro de los trámites de registro y control de productos de interés sanitario
para microempresas y personas emprendedoras en condición de pobreza y pobreza
extrema que elaboran sus productos en el territorio nacional”, publicado en el
Alcance 171 a La Gaceta Nº 177 del 26 de setiembre del 2018.
Artículo 16.—Rige a partir de
su publicación.
Dado en
la Presidencia de la República.—San José, a los siete días del mes de febrero del
dos mil veintidós.
CARLOS ALVARADO QUESADA.—El
Ministro de Salud, Dr. Daniel Salas Peraza.—1 vez.—O. C. N°
043202200010.—Solicitud N° 336532.—( D43452 - IN2022633197 ).
N° AMJP-0001-01-2022
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
Y
LA MINISTRA DE JUSTICIA Y PAZ
En uso de las facultades
conferidas por los artículos 140, incisos 3) y 18), 146 de la Constitución
Política, el artículo 11 de la Ley N° 5338 del
veintiocho de agosto de mil novecientos setenta y tres y el Decreto Ejecutivo N°
36363-JP del cinco de noviembre del dos mil diez.
ACUERDAN:
Artículo 1º—Nombrar al señor Francisco Romero Mata,
cédula de identidad N° 1-1089 0918, como representante del Poder Ejecutivo en la
Fundación I Rescue Wild Life Santuary, cédula jurídica N° 3-006-803041,
inscrita en el Registro de Personas Jurídicas del Registro Nacional.
Artículo
2º—Una vez publicado este acuerdo los interesados deberán
protocolizar y presentar el respectivo testimonio ante el Registro de Personas
Jurídicas del Registro Nacional, para su inscripción.
Artículo 3º—Rige a partir de su publicación.
Dado en la Presidencia de la
República.—San José, seis de enero de dos mil veintidós.
CARLOS
ALVARADO QUESADA.—La Ministra de Justicia y Paz, Fiorella Salazar Rojas.—1 vez.—O. C. N°
4600060721.—Solicitud N° 004-2022.—( IN2022633415 ).
N° AMJP-0002-01-2022
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
Y
LA MINISTRA DE JUSTICIA Y PAZ
En uso de las facultades
conferidas por los artículos 140, incisos 3) y 18), 146 de la Constitución
Política, el artículo 11 de la Ley N° 5338 del
veintiocho de agosto de mil novecientos setenta y tres y el Decreto Ejecutivo N°
36363-JP del cinco de noviembre del dos mil diez.
ACUERDAN:
Artículo
1º—Nombrar al señor Geovanny Díaz Jiménez, cédula de
identidad N°
1-10300734, como representante del Poder Ejecutivo en la FUNDACIÓN
DESAMPARADOS MADRE DE PUEBLOS, cédula jurídica N° 3-006-810636,
inscrita en el Registro de Personas Jurídicas del Registro Nacional.
Artículo
2º—Una vez publicado este acuerdo los interesados deberán
protocolizar y presentar el espectivo testimonio ante el Registro de Personas
Jurídicas del Registro Nacional, para su inscripción.
Artículo 3º—Rige a partir de su publicación.
Dado en la Presidencia de la
República.—San José, seis de enero de dos mil veintidós.
CARLOS
ALVARADO QUESADA.—La Ministra de Justicia y Paz, Fiorella Salazar Rojas.—1 vez.—O. C. N° 4600060721.—Solicitud
N° 005-2022.—( IN2022633416 ).
N° AMJP-0003-01-2022
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
Y
LA MINISTRA DE JUSTICIA Y PAZ
En uso de las facultades
conferidas por los artículos 140, incisos 3) y 18), 146 de la Constitución
Política, el artículo 11 de la Ley N° 5338 del
veintiocho de agosto de mil novecientos setenta y tres y el Decreto Ejecutivo N°
36363-JP del cinco de noviembre del dos mil diez.
ACUERDAN:
Artículo
1º—Nombrar al señor Isaac Joel Venegas Méndez,
cédula de identidad N°
1-1729-0612, como representante
del Poder Ejecutivo en la Fundación Cristiana Aprisco, cédula
jurídica N° 3-006-815348, inscrita en el Registro de Personas Jurídicas del
Registro Nacional.
Artículo 2º—Una vez publicado este acuerdo los
interesados deberán protocolizar y presentar el respectivo testimonio ante el
Registro de Personas Jurídicas del Registro Nacional, para su inscripción.
Artículo 3º—Rige a partir de
su publicación.
Dado en la Presidencia de la
República, San José, seis de enero de dos mil veintidós.
CARLOS
ALVARADO QUESADA.—La Ministra de Justicia y Paz, Fiorella Salazar Rojas.—1 vez.—O. C. Nº
4600060721.—Solicitud Nº 006-2022.—( IN2022633418 ).
N° AMJP-0004-01-2022
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
Y
LA MINISTRA DE JUSTICIA Y PAZ
En uso de las facultades conferidas
por los artículos 140, incisos 3) y 18), 146 de la Constitución Política, el
artículo 11 de la Ley N° 5338 del veintiocho de agosto de mil novecientos setenta y tres
y el Decreto Ejecutivo N° 36363-JP del cinco de noviembre del dos mil diez.
ACUERDAN:
Artículo 1º—Nombrar al señor Andrey Darío Calderón
Ramírez, cédula de identidad N° 3-0413-0466, como representante del
Poder Ejecutivo en la Fundación para la Investigación y Desarrollo de la
Neurociencia y el Bienestar Social Doctor Carlos Cabezas Campodónico, cédula
jurídica N° 3-006-787002, inscrita en el Registro de Personas Jurídicas del
Registro Nacional.
Artículo 2º—Una vez publicado este acuerdo los
interesados deberán protocolizar y presentar el respectivo testimonio ante el
Registro de Personas Jurídicas del Registro Nacional, para su inscripción.
Artículo 3º—Rige a partir de su publicación.
Dado en la Presidencia de la
República, San José, seis de enero de dos mil veintidós.
CARLOS
ALVARADO QUESADA.—La Ministra de Justicia y Paz, Fiorella Salazar Rojas.—1 vez.—O. C. N°
4600060721.—Solicitud N° 007-2022.—( IN2022633419 ).
N° 0005-01-2022-MJP
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
Y
LA MINISTRA DE JUSTICIA Y PAZ
En uso de las facultades
conferidas por los artículos
140, incisos 3) y 18), 146 de la Constitución Política, el artículo 11 de la Ley N° 5338 del
veintiocho de agosto de mil novecientos setenta y tres y el Decreto Ejecutivo
N° 36363-JP del cinco de noviembre del dos mil diez.
ACUERDAN:
Artículo 1º—Dejar sin efecto el acuerdo N° 59-MJP de
fecha 08 de mayo de 2013 publicado en el Diario Oficial La Gaceta N° 126 del 02 de julio
de 2013 y fe de erratas
publicada en el Diario Oficial La Gaceta N°
244 del 18 de diciembre de 2013, con el que se nombró a la señora Laura Sileny Guerrero
Salazar, cédula
de identidad número
1-1168-0003 como representante del Poder Ejecutivo en la FUNDACIÓN BANDERA BLANCA FBB DE COSTA RICA,
cédula jurídica N° 3-006-656338, por renuncia.
Artículo 2º—Nombrar a la señora Michelle Alexandra Nicoya
Espinales, cédula
de identidad N° 1-1782-0311, como representante del Poder Ejecutivo en la FUNDACIÓN BANDERA BLANCA FBB DE COSTA RICA, cédula jurídica N° 3-006-656338, inscrita en la Sección de Personas de la Dirección de Personas Jurídicas del Registro Nacional.
Artículo 3º—Una vez publicado este acuerdo los
interesados deberán
protocolizar y presentar el respectivo testimonio ante la Sección de Personas Jurídicas del Registro Nacional,
para su inscripción.
Artículo 4º—Rige a partir de su publicación.
Dado en la Presidencia de la
República.—San
José, el día once de enero del dos mil
veintidós.
CARLOS
ALVARADO QUESADA.—La Ministra de Justicia y Paz, Fiorella Salazar Rojas.—1 vez.—O.C. N°
4600060721.—Solicitud N° 008-2022.—( IN2022633420 ).
N° AMJP-0007-01-2022
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
Y
LA MINISTRA DE JUSTICIA Y PAZ
En uso de las facultades
conferidas por los artículos 140, incisos 3) y 18), 146 de la Constitución
Política, el artículo 11 de la Ley N° 5338 del
veintiocho de agosto de mil novecientos setenta y tres y el Decreto Ejecutivo N°
36363-JP del cinco de noviembre del dos mil diez.
ACUERDAN:
Artículo
1º—Nombrar al señor Héctor Andrés León Moncayo, cédula de
identidad N°
80085-0831, como representante
del Poder Ejecutivo en la Fundación Johnny Morales Pro Enfermería CR, cédula
jurídica N° 3-006-812657, inscrita en el Registro de Personas Jurídicas del
Registro Nacional.
Artículo
2º—Una vez publicado este acuerdo los interesados deberán protocolizar
y presentar el respectivo testimonio ante el Registro de Personas Jurídicas del
Registro Nacional, para su inscripción.
Artículo 3º—Rige a partir de su publicación.
Dado en la Presidencia de la
República.—San José, catorce de enero de dos mil veintidós.
CARLOS
ALVARADO QUESADA.—La Ministra de Justicia y Paz, Fiorella Salazar Rojas.—1 vez.—O. C. N°
4600060721.—Solicitud N° 009-2022.—( IN2022633423 ).
N° AMJP-0008-01-2022
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
Y
LA MINISTRA DE JUSTICIA Y PAZ
En uso de las facultades
conferidas por los artículos 140, incisos 3) y 18), 146 de la Constitución
Política, el artículo 11 de la Ley N° 5338 del
veintiocho de agosto de mil novecientos setenta y tres y el Decreto Ejecutivo N°
36363-JP del cinco de noviembre del dos mil diez.
ACUERDAN:
Artículo 1°—Nombrar al señor Lukas David Sierra
Espitia, cédula de identidad N° 8-01220823, como representante del
Poder Ejecutivo en la Fundación Festival Puro Cuento, cédula jurídica N°
3-006-829758, inscrita en el Registro de Personas Jurídicas del Registro
Nacional.
Artículo
2°—Una vez
publicado este acuerdo los interesados
deberán protocolizar y presentar el respectivo testimonio ante el Registro de
Personas Jurídicas del Registro Nacional, para su inscripción.
Artículo 3°—Rige a partir de su publicación.
Dado en la Presidencia de la
República, San José, veintiséis de enero de dos mil veintidós.
CARLOS
ALVARADO QUESADA.—La Ministra de Justicia y Paz, Fiorella Salazar Rojas.—1
vez.—O. C. N° 4600060721.—Solicitud
N° 010-2022.—( IN2022633424 ).
N° AMJP-0010-01-2022
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
Y
LA MINISTRA DE JUSTICIA Y PAZ
En uso de las facultades
conferidas por los artículos 140, incisos 3) y 18), 146 de la Constitución
Política, el artículo 11 de la Ley N° 5338 del
veintiocho de agosto de mil novecientos setenta y tres y el Decreto Ejecutivo N°
36363-JP del cinco de noviembre del dos mil diez.
ACUERDAN:
Artículo
1º—Dejar sin efecto el acuerdo N° AMJP-0011-01-2019 de fecha 21 de enero de 2019 publicado en el
diario oficial La Gaceta N°
112 Alcance N°
135 de 17 de junio de 2019, con el que se nombró al señor Marlon Alberto
Hernández Bonilla, cédula de identidad número 1-0995-0895 como representante
del Poder Ejecutivo en la Fundación Omavad, cédula jurídica N° 3-006-772605, por renuncia.
Artículo 2º—Nombrar a la señora Daphne Dualle Smith
Nieto, con documento de identidad migratorio para extranjeros número 155827372918, como representante del Poder Ejecutivo
en la Fundación Omavad, cédula jurídica N° 3-006-772605,
inscrita en la Sección de Personas de la Dirección de Personas Jurídicas del
Registro Nacional.
Artículo
3º—Una vez publicado este acuerdo los interesados deberán
protocolizar y presentar el respectivo testimonio ante la Sección de Personas
Jurídicas del Registro Nacional, para su inscripción.
Artículo 4º—Rige a partir de su publicación.
Dado en la Presidencia de la
República.—San José, el día ocho de febrero del dos mil veintidós.
CARLOS
ALVARADO QUESADA.—La Ministra de Justicia y Paz, Fiorella Salazar Rojas.—1 vez.—O. C. N°
4600060721.—Solicitud N° 011-2022.—( IN2022633425 ).
N° AMJP-0020-02-2022
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
Y
LA MINISTRA DE JUSTICIA Y PAZ
En uso de las facultades
conferidas por los artículos
140, incisos 3) y 18), 146 de la Constitución Política, el artículo 11 de la Ley N° 5338 del
veintiocho de agosto de mil novecientos setenta y tres y el Decreto Ejecutivo
N° 36363-JP del cinco de noviembre del dos mil diez.
ACUERDAN:
Artículo 1º—Nombrar a la señora Mónica Barboza Bermúdez, cédula de identidad N°
1-1345-0123, como representante del Poder Ejecutivo en la Fundación Hogar
Luz de Amor, cédula
jurídica N°
3-006-758881, inscrita en el Registro de Personas Jurídicas del Registro Nacional.
Artículo 2º—Una vez publicado
este acuerdo los interesados
deberán
protocolizar y presentar el respectivo testimonio ante el Registro de Personas
Jurídicas
del Registro Nacional, para su inscripción.
Artículo 3º—Rige a partir de su publicación.
Dado en la Presidencia de la
República.—San
José, dos de
febrero del dos mil veintidós.
CARLOS
ALVARADO QUESADA.—La Ministra de Justicia y Paz, Fiorella Salazar Rojas.—1 vez.—O.C. N°
4600060721.—Solicitud N° 012-2022.—( IN2022633426 ).
N° AMJP-0021-02-2022
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
Y
LA MINISTRA DE JUSTICIA Y PAZ
En uso de las facultades
conferidas por los artículos 140, incisos 3) y 18), 146 de la Constitución
Política, el artículo 11 de la Ley N° 5338 del
veintiocho de agosto de mil novecientos setenta y tres y el Decreto Ejecutivo N°
36363-JP del cinco de noviembre del dos mil diez.
ACUERDAN:
Artículo
1º—Nombrar a la señora Claudia Lorena Castrillón Zuluaga,
cédula de identidad N°
8-0142-0164, como representante del Poder Ejecutivo en la Fundación
Mon Reve Costa Rica, cédula jurídica N° 3-006-840363, inscrita en el Registro de Personas
Jurídicas del Registro Nacional.
Artículo
2º—Una vez publicado este acuerdo los interesados deberán protocolizar
y presentar el respectivo testimonio ante el Registro de Personas Jurídicas del
Registro Nacional, para su inscripción.
Artículo 3º—Rige a partir de su publicación.
Dado en la Presidencia de la
República, San José, dieciocho de febrero de dos mil veintidós.
CARLOS
ALVARADO QUESADA.—La Ministra de Justicia y Paz, Fiorella Salazar Rojas.—1 vez.—O. C. Nº
4600060721.—Solicitud Nº 013-2022.—( IN2022633429 ).
N° AMJP-0022-02-2022
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
Y
LA MINISTRA DE JUSTICIA Y PAZ
En uso de las facultades
conferidas por los artículos 140, incisos 3) y 18), 146 de la Constitución
Política, el artículo 11 de la Ley N° 5338 del
veintiocho de agosto de mil novecientos setenta y tres y el Decreto Ejecutivo N°
36363-JP del cinco de noviembre del dos mil diez.
ACUERDAN:
Artículo 1°—Nombrar al señor Jorge Ignacio Venegas Carvajal, cédula de identidad N° 50350-0338, como representante del
Poder Ejecutivo en la FUNDACIÓN GUAYABO ANIMAL RESCUE, cédula jurídica N° 3-006-819413,
inscrita en el Registro de Personas Jurídicas del Registro Nacional.
Artículo
2°—Una vez
publicado este acuerdo los interesados
deberán protocolizar y presentar el respectivo testimonio ante el Registro de
Personas Jurídicas del Registro Nacional, para su inscripción.
Artículo 3°—Rige a partir de su publicación.
Dado en la Presidencia de la
República, San José, dieciocho de febrero de dos mil veintidós.
CARLOS
ALVARADO QUESADA.—La Ministra de Justicia y Paz, Fiorella Salazar Rojas.—1 vez.—O. C. N°
4600060721.—Solicitud N° 014-2022.—( IN2022633430 ).
N° AMJP-0023-02-2022
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
Y
LA MINISTRA DE JUSTICIA Y PAZ
En uso de las facultades
conferidas por los artículos 140, incisos 3) y 18), 146 de la Constitución
Política, el artículo 11 de la Ley N° 5338 del veintiocho
de agosto de mil novecientos setenta y tres y el Decreto Ejecutivo N°
36363-JP del cinco de noviembre del dos mil diez.
ACUERDAN:
Artículo 1º—Dejar sin efecto el acuerdo 0104 de
fecha 12 de julio de 2004, publicado en el Diario Oficial La Gaceta N° 173 de
3 de setiembre de 2004, con el que se nombró al señor Mario Alberto Rodríguez
Vargas, cédula de identidad número 3-0189-0060, como representante del Poder
Ejecutivo en la Fundación para la Vivienda Rural Costa Rica Canadá, cédula
jurídica N° 3-006-087690, por renuncia.
Artículo 2º—Nombrar al señor Olman Vargas Zeledón,
cédula de identidad número 1-05040825, como representante del Poder Ejecutivo
en la Fundación para la Vivienda Rural Costa Rica Canadá, cédula jurídica N°
3-006-087690, inscrita en la Sección de Personas de la Dirección de Personas
Jurídicas del Registro Nacional.
Artículo 3º—Una vez publicado este acuerdo los
interesados deberán protocolizar y presentar el respectivo testimonio ante la
Sección de Personas Jurídicas del Registro Nacional, para su inscripción.
Artículo 4º—Rige a partir de su publicación.
Dado en la Presidencia de la
República. San José, el día dieciocho de febrero del dos mil veintidós.
CARLOS
ALVARADO QUESADA.—La Ministra de Justicia y Paz, Fiorella Salazar Rojas.—1 vez.—O. C. N°
4600060721.—Solicitud N° 015-2022.—( IN2022633431 ).
N° AMJP-0024-02-2022
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
Y LA MINISTRA DE JUSTICIA Y PAZ
En
uso de las facultades conferidas por los artículos 140, incisos 3) y 18), 146
de la Constitución Política, el artículo 11 de la Ley N° 5338 del veintiocho de
agosto de mil novecientos setenta y tres y el Decreto Ejecutivo N° 36363-JP del
cinco de noviembre del dos mil diez.
ACUERDAN:
Artículo 1º—Dejar sin efecto el acuerdo 049-2017-JP
de fecha 15 de marzo de 2017, publicado en el Diario Oficial La Gaceta
N° 96 de 23 de mayo de 2017, con el que se nombró al señor Mario Vinicio
Madrigal Pérez, cédula de identidad número 1-1681-0958, como representante del
Poder Ejecutivo en la Fundación Nacional de Programas Internacionales FUNAPI,
cédula jurídica N° 3-006-726777, por renuncia.
Artículo 2º—Nombrar a la señorita Juliana Patricia
Morales Alvarado, cédula de identidad número 1-1866-0709, como representante
del Poder Ejecutivo en la Fundación Nacional de Programas
Internacionales FUNAPI, cédula jurídica N° 3-006-726777, inscrita en la Sección
de Personas de la Dirección de Personas Jurídicas del Registro Nacional.
Artículo 3º—Una vez publicado este acuerdo los interesados
deberán protocolizar y presentar el respectivo testimonio ante la Sección de
Personas Jurídicas del Registro Nacional, p a su inscripción.
Artículo
4º—Rige a partir de su publicación.
Dado
en la Presidencia de la República.—San José, el día dieciocho de febrero del
dos mil veintidós.
CARLOS ALVARADO QUESADA.—La Ministra de Justicia
y Paz, Fiorella Salazar Rojas.—1 vez.—O.C. Nº 4600060721.—Solicitud Nº
016-2022.—( IN2022633433 ).
N° AMJP-0025-02-2022
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
Y
LA MINISTRA DE JUSTICIA Y PAZ
En uso de las facultades
conferidas por los artículos 140, incisos 3) y 18), 146 de la Constitución
Política, el artículo 11 de la Ley N° 5338 del
veintiocho de agosto de mil novecientos setenta y tres y el Decreto Ejecutivo N°
36363-JP del cinco de noviembre del dos mil diez.
ACUERDAN:
Artículo
1°—Dejar sin
efecto el acuerdo 205-JP de fecha 30 de octubre de 2015, publicado en el Diario
Oficial La Gaceta N°
247 de 21 de diciembre de 2015, con el que se nombró al señor Eduardo Enrique
Madrigal Muñoz, cédula de identidad N° 1-07280624, como representante del Poder
Ejecutivo en la Fundación Acua para el Aprendizaje y la Cultura Artística,
cédula jurídica N°
3-006-689397, por renuncia.
Artículo
2°—Nombrar
al señor Luis Fernando Salas Madrigal, cédula de identidad N° 4-0122-0770, como representante del Poder
Ejecutivo en la Fundación Acua para el Aprendizaje y la Cultura Artística,
cédula jurídica N° 3-006689397, inscrita en la Sección de Personas de la Dirección
de Personas Jurídicas del Registro Nacional.
Artículo 3°—Una vez publicado este acuerdo los
interesados deberán protocolizar y presentar el respectivo testimonio ante la
Sección de Personas Jurídicas del Registro Nacional, para su inscripción.
Artículo 4°—Rige a partir de
su publicación.
Dado en la Presidencia de la
República, San José, el día dieciocho de febrero de dos mil veintidós.
CARLOS
ALVARADO QUESADA.—La Ministra de Justicia y Paz, Fiorella Salazar Rojas.—1 vez.—O. C. N°
4600060721.—Solicitud N° 017-2022.—( IN2022633434 ).
N° AMJP-0026-02-2022
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
Y
LA MINISTRA DE JUSTICIA Y PAZ
En uso de las facultades
conferidas por los artículos
140, incisos 3) y 18), 146 de la Constitución Política, el artículo 11 de la Ley N° 5338 del
veintiocho de agosto de mil novecientos setenta y tres y el Decreto Ejecutivo
N° 36363-JP del cinco de noviembre del dos mil diez.
ACUERDAN:
Artículo 1º—Nombrar a la señora Kimberly de los Ángeles Ampié Brenes, cédula de identidad N°
6-0421-0645, como representante del Poder Ejecutivo en la Fundación Operation Rich Coast, cédula jurídica N° 3-006-830498,
inscrita en el Registro de Personas Jurídicas del Registro Nacional.
Artículo 2º—Una vez publicado
este acuerdo los interesados
deberán
protocolizar y presentar el respectivo testimonio ante el Registro de Personas
Jurídicas
del Registro Nacional, para su inscripción.
Artículo 3º—Rige a partir de su publicación.
Dado en la Presidencia de la
República.—San
José,
dieciocho de febrero de dos mil veintidós.
CARLOS
ALVARADO QUESADA.—La Ministra de Justicia y Paz, Fiorella Salazar Rojas.—1 vez.—O.C. N°
4600060721.—Solicitud N° 018-2022.—( IN2022633435 ).
N° AMJP-0027-02-2022
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
Y
LA MINISTRA DE JUSTICIA Y PAZ
En uso de las facultades
conferidas por los artículos 140, incisos 3) y 18), 146 de la Constitución
Política, el artículo 11 de la Ley N° 5338 del
veintiocho de agosto de mil novecientos setenta y tres y el Decreto Ejecutivo N°
36363-JP del cinco de noviembre del dos mil diez.
ACUERDAN:
Artículo 1º—Dejar sin efecto
el acuerdo AMJP-0134-09-2020 de fecha 22 de setiembre de 2020, publicado en el
Diario Oficial La Gaceta N° 266 del 05 de noviembre de 2020, con
el que se nombró a la señora Lizette Moretti Uribe, cédula de identidad número
1-0499-0130, como representante del Poder Ejecutivo en la Fundación Almas
Inocentes, cédula jurídica N° 3-006-795037, por renuncia.
Artículo
2º—Nombrar a la señora Anabelle Fonseca Lacayo, cédula de
identidad número 80062-0777, como representante del Poder Ejecutivo en la
Fundación Almas Inocentes, cédula jurídica N° 3-006-795037, inscrita en la Sección de Personas de la
Dirección de Personas Jurídicas del Registro Nacional.
Artículo
3º—Una vez publicado este acuerdo los interesados deberán
protocolizar y presentar el respectivo testimonio ante la Sección de Personas
Jurídicas del Registro Nacional, para su inscripción.
Artículo 4º—Rige a partir de su publicación.
Dado en la Presidencia de la
República. San José, el día dieciocho de febrero del dos mil veintidós.
CARLOS
ALVARADO QUESADA.—La Ministra de Justicia y Paz, Fiorella Salazar Rojas.—1 vez.—1 vez.—O. C.
N° 4600060721.—Solicitud N° 019-202.—( IN2022633437 ).
Resolución
DVJ-RES-001-2022—Despacho de la Viceministra de Justicia.—San José, a las diez horas
del día dieciocho del mes de febrero del dos mil veintidós.
En ejercicio de las
facultades conferidas por los artículos 27.1, 48, 84 inciso a-), 89 inciso 4-)
y 92 de la Ley General de la Administración Pública, Nº 6227 del 2 de mayo de
1978 y los incisos d-) del artículo 4 y f-) del artículo 5, ambos de la Ley de
Creación de la Dirección General de Adaptación Social, N° 4762 del 08 de
marzo de 1971 y sus reformas.
Considerando:
1º—Que de conformidad con la nueva estructura programática,
el Ministerio de Justicia y Paz se divide en diferentes Programas
Presupuestarios, a saber, 786 Actividades Centrales; 787 Actividades Comunes a
la Atención de Personas Adscritas al Sistema Penitenciario Nacional; 788
Actividades Comunes a la Defensa del Estado – Asistencia Jurídica y Prevención,
Detección y Combate a la Corrupción; 789 Atención de Personas Adscritas al
Sistema Penitenciario Nacional, conformado a su vez por seis subprogramas
presupuestarios -78901 Atención de Hombres Adultos en Centros Institucionales,
78902 Atención de Mujeres a Medidas Privativas de Libertad, 78903 Atención a
Población Penal Juvenil, 78904, Atención de Población en Centros Semi
Institucionales, 78905 Atención de Población en Comunidad, 78906 Atención de
Población Sujeta a Dispositivos Electrónicos; 790 Prevención de la Violencia y
Promoción de la Paz; 791 Defensa del Estado y Asistencia Jurídica al Sector
Público; 793 Prevención, Detección y Combate de la Corrupción; y 794 Registro
Nacional.
2º—Que para brindar mayor flexibilidad y
eficiencia a los trámites propios del Programa Presupuestario 789, Atención de
Personas Adscritas al Sistema Penitenciario Nacional y sus subprogramas, y
agilizar los actos que se llevan a cabo en el mismo, siguiendo las
disposiciones pertinentes de la Ley General de la Administración Pública,
corresponde delegar formalmente todas aquellas firmas y funciones que puedan
contribuir a la agilidad de la gestión del Programa y la optimización de los
recursos públicos.
3º—Que los artículos 84 inciso a), 89 inciso 4) y 92 de la
Ley General de la Administración Pública permiten la delegación de la firma de
actos, siendo que cuando se trate de un tipo de acto debe ser publicado en el
Diario Oficial La Gaceta.
4º—Téngase en cuenta lo dispuesto por la
Contraloría General de la República,
por medio del Dictamen N° DAGJ-291-2003 del 15 de julio del 2003, dictado por
la División de Asesoría y Gestión Jurídica, según el cual se ha señalado que:
“...De lo expuesto, se
concluye: primero, pese a lo que expone el Área de Servicios Gubernamentales,
comprendemos que no se está dando una delegación “irrestricta”, sino una
designación, seria y responsable, en ciertos funcionarios públicos ampliamente
calificados para firmar tan importantes documentos. Segundo, así como el
competente debe tener registrada su firma, los posibles delegados deben sufrir
igual suerte. Tercero, el jefe sigue siendo el responsable de la competencia
por lo que siempre dará cuenta y será responsable, ante la autoridad de que se
trate. Por ende, el régimen de control interno, tan importante para este órgano
contralor, no se ve disminuido. Cuarto, el asunto de la idoneidad del jefe no
tiene relación con la delegación del acto material “firma por ello, compartimos
qué por la especial preparación del jefe, su competencia de valoración de
pertinencia no puede ser delegada, pero eso es diferente a aceptar que el acto
material de firmar si pueda delegarse. Así, no se puede delegar la competencia
sustancial del funcionario, por así disponerlo el párrafo tercero del artículo
89 de la Ley General de la Administración Pública, y la misma norma 55 del
RAFPP.
Por lo tanto,
1) Los
documentos de ejecución presupuestaria deben estar firmados por el responsable
de la unidad financiera y el jefe de programa, subprograma o proyecto, según el
caso; estas firmas deben estar en un registro debidamente levantado.
2) Sí es posible delegar el
acto material de firmar por parte de los jefes de programa, subprograma o
proyecto; no así, la competencia de establecer la pertinencia de aprobar, de
previo, el documento de que se trate.
3) Delegando solo la firma,
la responsabilidad por el acto aprobatorio acordado y firmado, recae siempre en
el titular de la competencia.
4) La firma del delegado debe
registrarse igualmente...”
5º—Qué a partir del 16 de marzo del 2020,
se hace efectiva la renuncia del señor José Luis Bermúdez Obando, como Director
General de Adaptación Social y mediante oficio MJP-195-03-2020 del 16 de marzo
del 2020, la Señora Ministra designa en ese cargo a la Viceministra de
Justicia, Viviana Boza Chacón, quien asumirá como recargo esa Dirección, así
como la Jefatura del Programa Presupuestario 789, Atención de Personas
Adscritas al Sistema Penitenciario Nacional.
6º—Que de manera transitoria, mientras se mantenga esta
designación y en aras de garantizar el interés público e institucional y la
continuidad y efectividad de la gestión administrativa y financiera del
Programa, conviene adoptar algunas decisiones en relación con las delegaciones
de algunas firmas de los diferentes actores que intervienen dentro de estos
procesos, según su nivel de responsabilidad dentro del Programa Presupuestario
789, Atención de Personas Adscritas al Sistema Penitenciario Nacional y sus
subprogramas.
7º—Que dichas delegaciones son de carácter personalísimo y se
mantendrán vigentes siempre y cuando el delegante y los delegados sean las
mismas personas; si alguna de éstas cambiare, esa delegación quedará sin efecto
debiendo emitirse un nuevo acto de delegación entre las personas que ocuparen
los cargos respectivos. Esa delegación debe hacerse mediante resolución fundada
y debe publicarse en el Diario Oficial La Gaceta, además, deberá
comunicarse de manera oportuna a todos los Departamentos y Áreas relacionadas,
a efectos de mantener actualizada la información. Por tanto,
LA VICE MINISTRA DE JUSTICIA
Y
DIRECTORA GENERAL DE ADAPTACIÓN SOCIAL,
RESUELVE:
I.—Delegar
en la funcionaria Ilse Mary Díaz Díaz, cédula N° 2-0344-0637, en su calidad de Subdirectora General de
Adaptación Social a.i., la firma de las modificaciones presupuestarias, las
liberaciones de cuota SIGAF, las certificaciones
de contenido presupuestario, las decisiones de inicio, solicitudes de
contratación, solicitudes de órdenes de pedido y modificaciones de contrato
sustentadas en los artículos 208 y 209 del Reglamento a la Ley de Contratación
Administrativa (RLCA), todas del Programa 789, Atención de Personas Adscritas
al Sistema Penitenciario Nacional y sus subprogramas.
II.—De igual forma, delegar
en la señora Díaz Díaz la firma de los documentos y oficios que se emitan desde
la Dirección General de Adaptación Social, las resoluciones de apertura de
procedimientos administrativos, las resoluciones finales, en calidad de Órgano
Decisor de procedimientos administrativos de
la Dirección General de Adaptación Social, los traslados, permutas y
movimientos en general de las personas funcionarias cuando dichos trámites son
competencia de la Dirección General de Adaptación Social. Las resoluciones en
respuesta a los recursos ordinarios presentados por partes interesadas ante los
trámites antes indicados, los recursos presentados a solicitud de la Sala
Constitucional y las autoridades judiciales, los documentos de trámites
administrativos de las personas funcionarias de la Dirección General de
Adaptación Social, como vacaciones, control de marcas ante el Departamento de
Gestión Institucional de Recursos Humanos.
III.—Delegar en la
funcionaria Virginia Ma. Barquero González, cédula de identidad N° 4-143-344,
quien ocupa el cargo de Jefa del Departamento Administrativo de la Dirección
General de Adaptación Social, la firma de los siguientes documentos o actos:
las solicitudes de caducos de pedidos y reservas; el plan de compras y sus
modificaciones; los formularios de caja chica y los formularios de viáticos,
boletas de creación y ampliación de reservas; la aprobación en las boletas de
control y los visados del gasto; la aprobación en las boletas de la Caja
Costarricense del Seguro Social; los formularios de transferencias en general;
todos del Programa 789, Atención de Personas Adscritas al Sistema Penitenciario
Nacional y sus subprogramas, esto para la consecución de los objetivos y metas establecidos la Ley de Administración
Financiera de la República y Presupuestos Públicos.
IV.—Delegar en los
funcionarios que se dirán, todos jefes de departamento de las unidades
solicitantes o ejecutoras de la administración de un presupuesto del Programa
789, la firma electrónica y la aprobación digital en el SICOP -por cuenta de la
suscrita jefa de este Programa- de las resoluciones que constituyen la decisión
inicial (solicitud de contratación o de pedido) del trámite de contratación
administrativa, las modificaciones contractuales amparadas en los artículos 208
y 209 del Reglamento a la Ley de Contratación Administrativa, las solicitudes
de órdenes de pedido o decisiones de adquirir cantidades adicionales de
servicios o suministros amparadas en contratos vigentes; en aplicación del
artículo 92 de la Ley General de Administración Pública:
✓ Ileana Montero Arroyo, cédula N° 106120767, jefa Departamento de Servicios
Generales,
✓ Jorge Barrantes Jiménez, cédula N° 105420124,
jefe del Departamento Agroindustrial,
✓ Marlen Chinchilla Jiménez, cédula N° 110930053,
jefa del Departamento de Arquitectura,
✓ Marianella Granados Saavedra, cédula N° 700950674,
jefa del Departamento de Tecnologías de Información,
✓ Virginia Lorena Rivera Mora, cédula N° 107040706, Coordinadora de la Unidad de Servicios de Alimentación,
✓ Erick Cerdas Araya, cédula N° 109470198,
Coordinador Unidad de Enfermería,
✓ Rándall Loría Rivera, cédula N° 303070705, jefe del Departamento de Salud Ocupacional,
✓ Susan Granados Vargas, cédula N° 112000921, Coordinadora de la Unidad de Logística
del Departamento Administrativo,
✓ Róger Gutiérrez Sánchez, cédula
N° 107200158,
Unidad de Gestión Policial.
✓ Wálter Corea Quirós, cédula de
identidad N° 601740171, Unidad de Repatriaciones de la Dirección General de
Adaptación Social.
✓ Franklin Arguedas Chaves, cédula N° 110320325,
jefe de la Unidad de Atención a Personas Sujetas a Monitoreo con Dispositivos
Electrónicos, también conocida como Unidad de Monitoreo Electrónico (UME).
V.—Derogatorias
Se dejan sin valor y efecto
las siguientes resoluciones de delegación de firmas:
DVJ-RES-006-2020,
de las diez horas del día dieciocho de marzo del año dos mil veinte.
DVJ-RES-007-2020,
de las quince horas del día diecisiete de abril del año dos mil veinte.
DVJ-RES-015-2020,
de las once horas, del día treinta y uno de julio del dos mil veinte.
DVJ-RES-016-2020,
de las catorce horas con quince
minutos del día veintiuno de setiembre del año dos mil veinte.
DGAS-RES-003-2021, de las
diez horas, del día catorce de julio del año dos mil veintiuno.
V.—Rige a partir de la firma
de la señora Viviana Boza Chacón, Viceministra de Justicia y Directora General
de Adaptación Social del Ministerio de Justicia y Paz, pero deberá publicarse
en el Diario Oficial La Gaceta.
Viviana María Boza Chacón,
Viceministra de Justicia y Paz y Directora General de Adaptación Social.—1
vez.—O.C. N° 4600031751.—Solicitud N° 333960.—( IN2022633464 ).
SE INFORMA AL PÚBLICO EN GENERAL QUE:
EL
MINISTERIO DE SEGURIDAD PÚBLICA, REQUIERE EL ALQUILER DE EDIFICACIÓN.
Términos de Referencia-Alquiler Delegación
Policial
de Acosta
Requerimientos:
• Ubicación: Distrito Central del cantón de Acosta
• Área de construcción estimada: de 600.00 m2 a 1,500.00 m2.
• Cantidad mínima de parqueos: 08 vehículos.
• Cantidad de población que hará uso de las instalaciones y
que pernocta en el edificio: 80 Oficiales.
• Certificado de uso de suelo (uso mixto o comercial)
vigente.
• Contar con servicios básicos: electricidad y agua potable
(instalaciones en perfecto estado).
• Contar con servicio de voz y datos.
• Capacidad y disponibilidad de asumir los gastos de
remodelación para adecuar el inmueble de acuerdo a las necesidades de Fuerza Pública
que se le soliciten una vez el posible contrato se encuentre en etapa de
ejecución, tales como: armería, cocina, comedor, oficinas, dormitorios, área de duchas y servicios sanitarios,
bodegas, separos, entre otros.
• Capacidad y disponibilidad de asumir los gastos de
remodelación del sistema de tratamiento de aguas residuales existente, en caso de requerirse, para solventar la
carga operativa requerida.
• Capacidad y disponibilidad de asumir los gastos de remodelación para adecuación de espacios según ley
7600, dispositivos de seguridad, contra incendio, escaleras de emergencia,
entre otros.
Condiciones legales: El edificio debe cumplir
con lo siguiente (todo debe acreditarse en la propuesta).
• Ley 7600 “Ley Igualdad de Oportunidades para Personas con
Discapacidad”,
• normativa indicada por el CFIA,
• Ley 833 “Ley de Construcciones”,
• Decreto Ejecutivo N° 26831 Reglamento de la Ley 7600,
• Normas de INTECO.
• Decreto N° 36979-MEIC (NFPA 70).
• Código sísmico.
• Reglamento municipal.
Información general de la
empresa y oferente:
• Razón social.
• Cédula jurídica,
• Página web,
• Nombre completo de persona de contacto o representante
legal.
• Número de cédula,
• Correos electrónicos,
• Dirección exacta de la empresa,
• Teléfonos fijos, fax, celular.
Información de la oferta:
• Fecha de cotización.
• Ubicación del inmueble que se cotiza.
Indicando: Provincia,
cantón, distrito, ubicación exacta.
• Información registral:
coordenadas de ubicación CRTM05 o
Lambert, plano catastro y certificación literal de la propiedad.
• Montos cotizados: monto bruto por metro cuadrado,
descuento ofrecido (en caso de que hubiera) y monto neto por metro cuadrado,
todo en colones, según lineamientos de Hacienda.
• Área propuesta por la empresa de metros cuadrados para uso
de oficina y parqueo. Se solicita un área mínima (ver referencia en
requerimientos) y área mínima para parqueo, aportar planta de distribución
física espacio, libre sin mobiliario y detalle de usos/espacios:
administrativo, parqueos, áreas comunes, etc.
• Indicar condiciones del inmueble, tales como: Aire
acondicionado, Ventilación cruzada (natural), Seguridad perimetral, Iluminación
natural y eléctrica, Exposición sónica, Disposición de aguas fluviales,
pluviales y servidas, Dispositivos de seguridad: sensores de incendio,
Circulación vertical: Escaleras de emergencia, ascensores, escaleras, Áreas verdes, etc.
• Indicar compromiso de asumir todos los gastos de
remodelación para adecuar el inmueble de acuerdo a las necesidades que se le
soliciten, tales como: armería, cocina, comedor, oficinas, dormitorios, área de
duchas y servicios sanitarios, bodegas, separos, entre otros, así como en
sistema de tratamiento de aguas residuales, adecuación de espacios según ley
7600, entre otros.
• En caso de que el oferente no se encuentre inscrito como
patrono, el Programa Presupuestario deberá seguir lo indicado en los
Lineamientos para la Aplicación de los incisos 1) y 3) del artículo 74 de la
Ley Constitutiva de la Caja y el numeral 65 del Reglamento a la Ley de
Contratación Administrativa; por lo que, ante la ausencia de inscripción, el
Programa Presupuestario, bajo su responsabilidad, en la solicitud de
contratación, debe emitir una justificación expresa respecto a:
o Si el oferente no requiere inscripción ante la CCSS como
patrono ni como trabajador independiente.
o Si el oferente, a pesar de no estar inscrito, sí debe
estarlo.
o Si el oferente aún no ha iniciado la actividad económica
que amerita su inscripción.
• En caso de una posible contratación del inmueble, la
empresa debe comprometerse en caso de resultar adjudicada con lo siguiente:
o El arrendante corre con los riesgos tales como destrucción
y robo, así como también ha de cubrir las reparaciones, mantenimiento, seguros,
e impuestos, entre otros.
o El contrato debe ser en colones y su incremento obedecerá únicamente a la inflación, según
lineamientos del Gobierno.
• Plazo para recibir propuestas: deberán ser remitidas digitalmente al correo electrónico
alquileres@fuerzapublica.go.cr en un plazo máximo de 20 días hábiles a
partir de esta publicación.
Comisionado Reinaldo González
Cubero.—Subdirector General Fuerza Pública.—1 vez.—O. C. N°
4600061765.—Solicitud N° 335441.—( IN2022632764 ).
SE INFORMA AL PÚBLICO EN GENERAL QUE:
EL MINISTERIO DE SEGURIDAD PÚBLICA REQUIERE
EL
ALQUILER DE EDIFICACIÓN
Términos de referencia – Alquiler Delegación Policial de Escazú
Requerimientos
• Ubicación: provincia: San José, cantón: Escazú, distrito:
Escazú, San Rafael
• Área de construcción estimada: de
800.00 m2 a 1,500.00 m2
• Cantidad mínima de parqueos: 06 vehículos
• Cantidad de población que hará uso de las instalaciones y
que pernocta en el edificio: 110 Oficiales
• Certificado de uso de suelo (uso mixto o comercial)
vigente
• Contar con servicios básicos: electricidad y agua potable
(instalaciones en perfecto estado)
• Contar con servicio de voz y datos.
• Capacidad y disponibilidad de asumir los gastos de
remodelación para adecuar el inmueble de acuerdo a las necesidades de Fuerza
Pública que se le soliciten una vez el
posible contrato se encuentre en etapa de ejecución, tales como: armería,
cocina, comedor, oficinas, dormitorios, área de duchas y servicios sanitarios,
bodegas, separos, entre otros
• Capacidad y disponibilidad de asumir los gastos de remodelación del sistema de tratamiento de aguas
residuales existente, en caso de requerirse, para solventar la carga
operativa requerida.
• Capacidad y disponibilidad de asumir los gastos de
remodelación para adecuación de espacios según ley 7600, dispositivos de
seguridad, contra incendio, escaleras de emergencia, entre otros
Condiciones legales: El edificio debe cumplir con
lo siguiente (todo debe acreditarse en la propuesta)
• Ley 7600 “Ley Igualdad de Oportunidades para Personas con
Discapacidad”,
• normativa indicada por el CFIA,
• Ley 833 “Ley de Construcciones”,
• Decreto Ejecutivo N° 26831 Reglamento de la Ley 7600,
• Normas de INTECO
• Decreto N° 36979-MEIC (NFPA 70).
• Código sísmico
• Reglamento municipal
Información general de la
empresa y oferente:
• Razón social
• Cédula jurídica,
• Página web,
• Nombre completo de persona de contacto o representante
legal
• Número de cédula,
• Correos electrónicos,
• Dirección exacta de la empresa,
• Teléfonos fijos, fax, celular.
Información de la oferta:
• Fecha de cotización
• Ubicación del inmueble que se cotiza. Indicando:
provincia, cantón, distrito, ubicación exacta.
• Información registral: coordenadas de
ubicación CRTM05
o Lambert, plano catastro y certificación literal de la propiedad
• Montos cotizados: monto bruto por metro cuadrado,
descuento ofrecido (en caso de que hubiera) y monto neto por metro cuadrado,
todo en colones, según lineamientos de Hacienda.
• Área propuesta por la empresa de metros cuadrados para uso
de oficina y parqueo. Se solicita un área mínima (ver referencia en
requerimientos) y área mínima para parqueo, aportar planta de distribución
física espacio, libre sin mobiliario y detalle de usos/espacios:
administrativo, parqueos, áreas comunes, etc.
• Indicar condiciones del inmueble, tales como: Aire
acondicionado, Ventilación cruzada (natural), Seguridad perimetral, Iluminación
natural y eléctrica, Exposición sónica, Disposición de aguas fluviales,
pluviales y servidas, Dispositivos de seguridad: sensores de incendio,
Circulación vertical: Escaleras de emergencia, ascensores, escaleras, Áreas verdes, etc
• Indicar compromiso de asumir todos
los gastos de remodelación para adecuar el inmueble de acuerdo a las
necesidades que se le soliciten, tales como: armería, cocina, comedor,
oficinas, dormitorios, área de duchas y servicios sanitarios, bodegas, separos,
entre otros, así como en sistema de
tratamiento de aguas residuales, adecuación de espacios según ley 7600, entre
otros.
• En caso de que el oferente no se encuentre inscrito como
patrono, el Programa Presupuestario deberá seguir lo indicado en los
Lineamientos para la Aplicación de los incisos 1) y 3) del artículo 74 de la
Ley Constitutiva de la Caja y el numeral 65 del Reglamento a la Ley de
Contratación Administrativa; por lo que, ante la ausencia de inscripción, el
Programa Presupuestario, bajo su responsabilidad, en la solicitud de
contratación, debe emitir una justificación expresa respecto a:
o Si el oferente no requiere inscripción ante la CCSS como
patrono ni como trabajador independiente.
o Si el oferente, a pesar de no estar inscrito, sí debe
estarlo.
o Si el oferente aún no ha iniciado la actividad económica
que amerita su inscripción.
• En caso de una posible contratación del inmueble, la
empresa debe comprometerse en caso de resultar adjudicada con lo siguiente:
o El arrendante corre con los riesgos tales como destrucción
y robo, así como también ha de cubrir las reparaciones, mantenimiento, seguros,
e impuestos, entre otros.
o El contrato debe ser en
colones y su incremento obedecerá únicamente a la inflación, según lineamientos
del Gobierno.
• Plazo para recibir propuestas: deberán ser remitidas digitalmente
al correo electrónico alquileres@fuerzapublica.go.cr en un plazo máximo de 20
días hábiles a partir de esta publicación.
Comisionado Reinaldo González
Cubero, Subdirector General Fuerza Pública.—1 vez.—O.C. N°
4600061765.—Solicitud N° 335443.—( IN2022632766 ).
SE INFORMA AL PÚBLICO EN GENERAL
QUE:
EL MINISTERIO DE SEGURIDAD PÚBLICA REQUIERE EL ALQUILER DE
EDIFICACIÓN
Términos de referencia – alquiler Departamento de
Inteligencia Policial
Requerimientos
● Ubicación:
Provincia: San José, cantón: San José, distrito: Hospital, Catedral, Carmen,
Merced
● Área de construcción estimada: de 1,500.00 m2 a 2,000.00 m2
● Cantidad mínima de parqueos: 20 vehículos
● Cantidad de población que hará uso de las instalaciones y
que pernocta en el edificio: 72 Oficiales
● Certificado
de uso de suelo (uso mixto o comercial) vigente
● Contar con servicios básicos: electricidad y agua potable
(instalaciones en perfecto estado)
● Contar con servicio de voz y datos.
● Capacidad y disponibilidad de asumir
los gastos de remodelación para adecuar el inmueble de acuerdo a las
necesidades de Fuerza Pública que se le soliciten una vez el posible contrato
se encuentre en etapa de ejecución, tales como: armería, cocina, comedor,
oficinas, dormitorios, área de duchas y servicios sanitarios, bodegas, separos,
entre otros
● Capacidad y disponibilidad de asumir los gastos de
remodelación del sistema de tratamiento de aguas residuales existente, en caso
de requerirse, para solventar la carga operativa requerida
● Capacidad y disponibilidad de asumir los gastos de
remodelación para adecuación de espacios según ley 7600, dispositivos de
seguridad, contra incendio, escaleras de emergencia, entre otros
Condiciones legales: El edificio debe cumplir con
lo siguiente (todo debe acreditarse en la propuesta)
● Ley 7600 “Ley Igualdad de Oportunidades para Personas con
Discapacidad”,
● normativa indicada por el CFIA,
● Ley 833 “Ley de Construcciones”,
● Decreto Ejecutivo N° 26831 Reglamento de la Ley 7600,
● Normas de INTECO
● Decreto N° 36979-MEIC (NFPA 70).
● Código sísmico
● Reglamento municipal
Información general de la
empresa y oferente:
● Razón social
● Cédula jurídica,
● Página web,
● Nombre completo de persona de contacto o representante
legal
● Número de cédula,
● Correos electrónicos,
● Dirección exacta de la empresa,
● Teléfonos fijos, fax, celular.
Información de la oferta:
● Fecha de cotización
● Ubicación del inmueble que se cotiza. Indicando: Provincia,
cantón, distrito, ubicación exacta.
● Información
registral: coordenadas de ubicación CRTM05 o Lambert, plano catastro y certificación literal de
la propiedad
● Montos cotizados: monto bruto por metro cuadrado, descuento
ofrecido (en caso de que hubiera) y monto neto por metro cuadrado, todo en
colones, según lineamientos de Hacienda.
● Área propuesta por la empresa de metros cuadrados para
uso de oficina y parqueo. Se solicita un área mínima (ver referencia en requerimientos) y área mínima para
parqueo, aportar planta de distribución física espacio, libre sin mobiliario y detalle de usos/espacios:
administrativo, parqueos,
áreas comunes, etc.
● Indicar condiciones del inmueble,
tales como: Aire acondicionado, Ventilación cruzada (natural), Seguridad
perimetral, Iluminación natural y eléctrica, Exposición sónica, Disposición de aguas fluviales, pluviales y servidas,
Dispositivos de seguridad: sensores de incendio, Circulación vertical:
Escaleras de emergencia, ascensores, escaleras, Áreas verdes, etc.
● Indicar compromiso de asumir todos los gastos de
remodelación para adecuar el inmueble de acuerdo a las necesidades que se le
soliciten, tales como: armería, cocina, comedor, oficinas, dormitorios, área de
duchas y servicios sanitarios, bodegas, separos, entre otros, así como en
sistema de tratamiento de aguas residuales, adecuación de espacios según ley
7600, entre otros.
● En caso de que el oferente no se encuentre inscrito como
patrono, el Programa Presupuestario deberá seguir lo indicado en los
Lineamientos para la Aplicación de los incisos 1) y 3) del artículo 74 de la
Ley Constitutiva de la Caja y el numeral 65 del Reglamento a la Ley de
Contratación Administrativa; por lo que, ante la ausencia de inscripción, el Programa Presupuestario, bajo su
responsabilidad, en la solicitud de contratación, debe emitir una
justificación expresa respecto a:
o Si el oferente no requiere inscripción ante la CCSS como
patrono ni como trabajador independiente.
o Si el oferente, a pesar de no estar inscrito, sí debe
estarlo.
o Si el oferente aún no ha iniciado la actividad económica
que amerita su inscripción.
o En caso de una posible contratación del inmueble, la
empresa debe comprometerse en caso de resultar adjudicada con lo siguiente:
o El arrendante corre con los riesgos tales como destrucción
y robo, así como también ha de cubrir las reparaciones, mantenimiento, seguros,
e impuestos, entre otros.
o El contrato debe ser en
colones y su incremento obedecerá únicamente a la inflación, según
lineamientos del Gobierno.
● Plazo para recibir propuestas: deberán ser remitidas digitalmente al correo electrónico
alquileres@fuerzapublica.go.cr en un plazo máximo de 20 días hábiles a
partir de esta publicación.
Comisionado Reinaldo González
Cubero, Subdirector General Fuerza Pública.—1 vez.—O.C. N°
4600061765.—Solicitud N° 335444.—( IN2022632776 ).
SE INFORMA AL PÚBLICO EN GENERAL QUE:
EL
MINISTERIO DE SEGURIDAD PÚBLICA
REQUIERE
EL ALQUILER DE EDIFICACIÓN
Términos de Referencia – Alquiler Policía
Turística
de San José
Requerimientos
• Ubicación: Provincia: San José, Cantón: San José,
Distrito: Hospital, Catedral, Carmen, Merced
• Área de construcción estimada: de 500.00 m2 a 1,000.00 m2
• Cantidad mínima de parqueos: 05 vehículos
• Cantidad de población que hará uso de
las instalaciones
y que pernocta en el edificio: 38 Oficiales
• Certificado de uso de suelo (uso mixto o comercial)
vigente
• Contar con servicios básicos: electricidad y agua potable
(instalaciones en perfecto estado)
• Contar con servicio de voz y datos.
• Capacidad y disponibilidad de asumir los gastos de
remodelación para adecuar el inmueble de acuerdo a las necesidades de Fuerza
Pública que se le soliciten una vez el posible contrato se encuentre en etapa
de ejecución, tales como: armería, cocina, comedor, oficinas, dormitorios, área
de duchas y servicios sanitarios, bodegas, separos, entre otros
• Capacidad y disponibilidad de asumir los gastos de
remodelación del sistema de tratamiento de aguas residuales existente, en caso
de requerirse, para solventar la carga operativa requerida
• Capacidad y disponibilidad de asumir los gastos de
remodelación para adecuación de espacios según ley 7600, dispositivos de
seguridad, contra incendio, escaleras de emergencia, entre otros
Condiciones legales: El edificio debe cumplir
con lo siguiente (todo debe acreditarse en la propuesta)
• Ley 7600 “Ley Igualdad de Oportunidades para Personas con
Discapacidad”,
• Normativa indicada por el CFIA,
• Ley 833 “Ley de Construcciones”,
• Decreto Ejecutivo N° 26831 Reglamento de la Ley 7600,
• Normas de INTECO
• Decreto N° 36979-MEIC (NFPA 70)
• Código sísmico
• Reglamento municipal
Información general de la
empresa y oferente:
• Razón social
• Cédula jurídica,
• Página web,
• Nombre completo de persona de contacto o
representante
legal
• Número de cédula,
• Correos electrónicos,
• Dirección exacta de la empresa,
• Teléfonos fijos, fax, celular.
Información de la oferta:
• Fecha de cotización
• Ubicación del inmueble que se cotiza. Indicando:
Provincia, cantón, distrito, ubicación exacta.
• Información registral: coordenadas de
ubicación CRTM05
o Lambert, plano catastro y certificación literal de la propiedad
• Montos cotizados: monto bruto por metro cuadrado,
descuento ofrecido (en caso de que hubiera) y monto neto por metro cuadrado,
todo en colones, según lineamientos de Hacienda.
• Área propuesta por la empresa de metros cuadrados para uso
de oficina y parqueo. Se solicita un área mínima (ver referencia en
requerimientos) y área mínima para parqueo, aportar planta de distribución
física espacio, libre sin mobiliario y detalle de usos/espacios:
administrativo, parqueos, áreas comunes, etc.
• Indicar condiciones del
inmueble, tales como: Aire acondicionado, Ventilación cruzada (natural), Seguridad
perimetral, Iluminación natural y eléctrica, Exposición sónica, Disposición de
aguas fluviales, pluviales y servidas, Dispositivos de seguridad: sensores de
incendio, Circulación vertical: Escaleras de emergencia, ascensores, escaleras,
áreas verdes, etc.
• Indicar compromiso de asumir todos los gastos de
remodelación para adecuar el inmueble de acuerdo a las necesidades que se le
soliciten, tales como: armería, cocina, comedor, oficinas, dormitorios, área de
duchas y servicios sanitarios, bodegas, separos, entre otros, así como en
sistema de tratamiento de aguas residuales, adecuación de espacios según ley
7600, entre otros.
• En caso de que el oferente no se encuentre inscrito como
patrono, el Programa Presupuestario deberá seguir lo indicado en los
Lineamientos para la Aplicación de los incisos 1) y 3) del artículo 74 de la
Ley Constitutiva de la Caja y el numeral 65 del Reglamento a la Ley de
Contratación Administrativa; por lo que, ante la ausencia de inscripción, el
Programa Presupuestario, bajo su responsabilidad, en la solicitud de
contratación, debe emitir una justificación expresa respecto a:
o Si el oferente no requiere inscripción ante la CCSS como
patrono ni como trabajador independiente.
o Si el oferente, a pesar de no estar inscrito, sí debe
estarlo.
o Si el oferente aún no ha iniciado la actividad económica
que amerita su inscripción.
• En caso de una posible contratación del inmueble, la
empresa debe comprometerse en caso de resultar adjudicada con lo siguiente:
o El arrendante corre con los riesgos tales como destrucción
y robo, así como también ha de cubrir las
reparaciones, mantenimiento, seguros, e impuestos, entre otros.
o El contrato debe ser en colones y su incremento obedecerá únicamente a la inflación, según lineamientos
del Gobierno.
• Plazo para recibir propuestas: deberán ser remitidas
digitalmente al correo electrónico alquileres@fuerzapublica.go.cr
en un plazo máximo de 20 días hábiles a partir de esta publicación.
Comisionado Reinaldo González
Cubero, Subdirector General Fuerza Pública.—1 vez.—O. C. N°
4600061765.—Solicitud N° 335447.—( IN2022632782 ).
SE INFORMA AL PÚBLICO EN GENERAL QUE:
EL MINISTERIO DE SEGURIDAD PÚBLICA
REQUIERE
EL ALQUILER DE EDIFICACIÓN
Términos de referencia-Alquiler Dirección Unidades
Especiales
Requerimientos
• Ubicación: Provincia: San José, Cantón:
San José, Distrito:
Hospital, Catedral, Carmen, Merced
• Área de construcción estimada: de 600.00 m2 a
1,500.00 m2
• Cantidad mínima de parqueos: 10 vehículos
• Cantidad de población que hará uso de las instalaciones y
que pernocta en el edificio: 58 Oficiales
• Certificado de uso de suelo (uso mixto o comercial)
vigente
• Contar con servicios básicos: electricidad y agua potable
(instalaciones en perfecto estado)
• Contar con servicio de voz y datos.
• Capacidad y disponibilidad de asumir los gastos de
remodelación para adecuar el inmueble de acuerdo a las necesidades de Fuerza
Pública que se le soliciten una vez el posible contrato se encuentre en etapa
de ejecución, tales como: armería, cocina, comedor, oficinas, dormitorios, área
de duchas y servicios sanitarios, bodegas, separos, entre otros.
• Capacidad y disponibilidad de asumir los gastos de
remodelación del sistema de tratamiento de aguas residuales existente, en caso
de requerirse, para solventar la carga operativa requerida
• Capacidad y disponibilidad de asumir los gastos de
remodelación para adecuación de espacios según ley 7600, dispositivos de
seguridad, contra incendio, escaleras de emergencia, entre otros.
Condiciones legales: El edificio debe cumplir
con lo siguiente (todo debe acreditarse en la propuesta)
• Ley 7600 “Ley Igualdad de Oportunidades para Personas con
Discapacidad”
• Normativa indicada por el CFIA
• Ley 833 “Ley de Construcciones”
• Decreto Ejecutivo N° 26831 Reglamento de la Ley 7600
• Normas de INTECO
• Decreto N° 36979-MEIC (NFPA 70).
• Código sísmico
• Reglamento municipal
Información general de la
empresa y oferente:
• Razón social
• Cédula jurídica
• Página web
• Nombre completo de persona de contacto o representante
legal
• Número de cédula
• Correos electrónicos
• Dirección exacta de la empresa
• Teléfonos fijos, fax, celular
Información de la oferta:
• Fecha de cotización
• Ubicación del inmueble que se cotiza. Indicando:
Provincia, cantón, distrito, ubicación exacta.
• Información registral: coordenadas e ubicación CRTM05 o
Lambert, plano catastro y certificación literal de la propiedad.
• Montos cotizados: monto bruto por metro cuadrado,
descuento ofrecido (en caso de que hubiera) y monto neto por metro cuadrado,
todo en colones, según lineamientos de Hacienda.
• Área propuesta por la empresa de metros cuadrados para uso
de oficina y parqueo. Se solicita un área mínima (ver referencia en
requerimientos) y área mínima para parqueo, aportar planta de distribución
física espacio, libre sin mobiliario y detalle de usos/espacios:
administrativo, parqueos, áreas comunes, etc.
• Indicar condiciones del inmueble, tales como: Aire
acondicionado, Ventilación cruzada (natural), Seguridad perimetral, Iluminación
natural y eléctrica, Exposición sónica, Disposición de aguas fluviales, pluviales
y servidas, Dispositivos de seguridad: sensores de incendio, Circulación
vertical: Escaleras de emergencia, ascensores, escaleras, Areas verdes, etc.
• Indicar compromiso de asumir todos los gastos de
remodelación para adecuar el inmueble de acuerdo a las necesidades que se le
soliciten, tales como: armería, cocina, comedor, oficinas, dormitorios, área de
duchas y servicios sanitarios, bodegas, separos, entre otros, asi como en
sistema de tratamiento de aguas residuales, adecuación de espacios según ley
7600, entre otros.
• En caso de que el oferente no se encuentre inscrito como
patrono, el Programa Presupuestario deberá seguir lo indicado en los
Lineamientos para la Aplicación de los incisos 1) y 3) del artículo 74 de la
Ley Constitutiva de la Caja y el numeral 65 del Reglamento a la Ley de
Contratación Administrativa; por lo que, ante la ausencia de inscripción, el
Programa Presupuestario, bajo su responsabilidad, en la solicitud de
contratación, debe emitir una justificación expresa respecto a:
o Si el oferente no requiere inscripción ante la CCSS como
patrono ni como trabajador independiente.
o Si el oferente, a pesar de no estar inscrito, sí debe
estarlo.
o Si el oferente aún no ha iniciado la actividad económica
que amerita su inscripción.
• En caso de una posible contratación del inmueble, la
empresa debe comprometerse en caso de resultar adjudicada con lo siguiente:
o El arrendante corre con los riesgos tales como destrucción
y robo, así como también ha de cubrir las reparaciones, mantenimiento, seguros,
e impuestos, entre otros.
o El contrato debe ser en colones y su incremento obedecerá únicamente a la inflación, según lineamientos
del Gobierno.
• Plazo para recibir propuestas: deberán ser remitidas digitalmente al correo electrónico
alquileres@fuerzapublica.go.cr en un plazo máximo de 20 días hábiles a
partir de esta publicación.
Comisionado Reinaldo González
Cubero, Subdirector General Fuerza Pública.—1 vez.—O. C. N°
4600061765.—Solicitud N° 335445.—( IN2022632784 ).
CONSEJO NACIONAL DE VIALIDAD
N° 006-2022.—San José, 23 de febrero de 2022
CONSEJO NACIONAL DE VIALIDAD
DIRECCIÓN EJECUTIVA
Con
fundamento en lo que establece el artículo 140, inciso 2) de la Constitución
Política y 2 del Estatuto de Servicio Civil.
ACUERDA:
Artículo 1º—Nombrar en propiedad en el Consejo
Nacional de Vialidad y con sujeción a las disposiciones del Régimen de Servicio
Civil, a la siguiente funcionaria:
Nombre |
Cédula |
N° Puesto |
Clase Puesto |
Parkinson
Campos Kendra del Carmen |
04-0229-0399 |
509221 |
Secretario de Servicio Civil 1 |
Artículo 2º—Rige a partir del 16 de noviembre de
2021.
Publíquese.
Ing.
Rosales Hernández Hannia, Directora Ejecutiva a. í.— 1 vez.—O.C. N° 6990.—Solicitud N° 335242.—(
IN2022632894 ).
Acuerdo Nº 007-2022.—San José, 23 de febrero de 2022
Con
fundamento en lo que establece el artículo 140, inciso 2) de la Constitución
Política y 2 del Estatuto de Servicio Civil.
ACUERDA:
Artículo 1°—Nombrar en propiedad en el Consejo
Nacional de Vialidad y con sujeción a las disposiciones del Régimen de Servicio
Civil, a la siguiente funcionaria:
Nombre |
Cédula |
N°
puesto |
Clase
puesto |
Montoya Ruiz Gisela María |
08-0078-0667 |
503546 |
Profesional
de Servicio Civil 2 |
Artículo 2°—Rige a partir del 01 de diciembre de
2021.
Publíquese.—Dirección
Ejecutiva.—Ing. Rosales Hernández
Hannia, Directora Ejecutiva a. í.—1 vez.—O. C. N° 6990.—Solicitud N° 335258.—(
IN2022632896 ).
CONSEJO NACIONAL DE PERSONAS CON
DISCAPACIDAD
(CONAPDIS)
Extensión
del nombramiento interino del Director Ejecutivo del Consejo Nacional de
Personas con Discapacidad
(CONAPDIS)
La Junta Directiva del
CONAPDIS en la sesión extraordinaria número 06 del jueves 17 de marzo, 2022,
mediante acuerdo JD-34-2022, determinó en relación con el nombramiento interino
del director ejecutivo mantener los términos indicados en el acuerdo JD-1592021
de la sesión extraordinaria número 21 del 05 de octubre de 2021, sobre el
nombramiento del señor Francisco Azofeifa Murillo en el puesto de Director
Ejecutivo Interino, prorrogando las facultades de apoderado generalísimo sin
límite de suma con todas las potestades y obligaciones que señala el Artículo
1253 del Código Civil y el artículo 9 in fine de la Ley 9303 concedidas por un
plazo máximo de seis meses pudiendo revocarse una vez que se resuelva el
Concurso Público DE-01-2021 según el artículo 53 del Reglamento Autónomo de
Organización del CONAPDIS y el artículo 33 del Reglamento del Estatuto de
Servicio Civil (RESC) Decreto
N° 021 y
sus reformas. Dicha prórroga no debe ser inscrita en el Registro Nacional,
conforme las disposiciones de la Ley 9303 de Creación del Consejo Nacional de
Personas con Discapacidad y su Reglamento. Es todo.
Heredia, 21 de
marzo, 2022.—Dirección Administrativa.—Carlos
Alberto Vargas Vargas, Director Administrativo.— 1 vez.—( IN2022633028 ).
DEPARTAMENTO DE ORGANIZACIONES SOCIALES
DIRECCIÓN DE ASUNTOS LABORALES
PUBLICACIÓN DE SEGUNDA VEZ
De conformidad con la
autorización extendida por la Dirección de Asuntos Laborales, este Registro ha
procedido a la inscripción de la organización sindical denominada Federación
Sindical Municipal Rerum Novarum siglas FESIMU al que se le asigna el código
1064-SI, acordado en asamblea celebrada el 06 de abril de 2019.
Habiéndose cumplido con las
disposiciones contenidas en el artículo 344 del Código de Trabajo y 49 de la
Ley Orgánica del Ministerio de Trabajo y Seguridad, se procede a la inscripción
correspondiente.
La organización ha sido
inscrita en los registros que al efecto lleva este Departamento, visible al
Tomo: único del Sistema Electrónico de File Master, Asiento: 852-SJ-115-SI del
17 de marzo de 2022.
La Junta Directiva nombrada
en la asamblea constitutiva celebrada el 06 de abril del 2019, con una vigencia
que va desde el 06 de abril del 2019 al 30 de abril del 203 quedo conformada de
la siguiente manera:
SECRETARIO GENERAL |
ENRIQUE JOSEPH JACKSON |
SECRETARIA GENERAL ADJUNTA |
AMALIA VEGA RODRÍGUEZ |
SECRETARIA DE FINANZAS |
VACANTE |
SECRETARIO DE ORGANIZACIÓN |
ELÍ FUENTES CANALES |
SECRETARIO DE ACTAS, PRENSA Y PROPAGANDA |
ALLAN SEVILLA MORA |
SECRETARIO DE EDUCACIÓN |
ALEXIS SOLANO UGALDE |
SECRETARIA DE ASUNTOS JURÍDICOS |
YELNERY CASTILLO GUADAMUZ |
SECRETARIO DE MEDIO AMBIENTE |
ELMER SALAZAR ROJAS |
SECRETARIA DE GÉNERO |
HALLEX MURILLO GONZÁLEZ |
SECRETARIO DE JUVENTUD |
MICHAEL GONZÁLEZ DEL RÍO |
VOCAL 1 |
MARÍA ROCÍO GUEVARA VALVERDE |
VOCAL 2 |
JOSÉ HERNÁN MARÍN NÚÑEZ |
FISCAL |
VACANTE |
18 de
marzo de 2022.—Lic. Eduardo Díaz Alemán, Jefe.—Exonerado.—(
IN2022632522 ).
JUNTA ADMINISTRATIVA DEL REGISTRO
NACIONAL
REGISTRO DE LA PROPIEDAD INDUSTRIAL
PUBLICACIÓN DE TERCERA VEZ
Para ver las marcas con sus
respectivas imágenes solo en La Gaceta
con formato PDF
Solicitud
N° 2020-0007875.—Aaron
Montero Sequeira, casado, cédula de identidad N° 10908006,
en calidad de apoderado especial de M.Dias Branco S. A. Indústria de Comercio de Alimentos, con domicilio en Rodovia
BR 116, Km 18, S/N, Eusebio, Ceará, Brasil,
solicita la inscripción
como marca de fábrica y comercio, en
clase(s): 30 internacional(es). Para proteger y distinguir lo siguiente: en
clase 30: Pastas alimenticias para el consumo humano; biscotes; biscuits;
galletas; harina de trigo; harina mezclada para alimentos; macarrones (pastas
alimenticias); pasta; panecillos; pan; tostadas; gofres; pasteles; polvos para
productos de pastelería
y repostería;
barras de cereales de alto contenido proteico; fideos. Fecha: 26 de enero del
2022. Presentada el: 29 de setiembre del 2020. San José: Se cita a terceros
interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro,
dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. 26 de enero
del 2022. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto
en el artículo
85 de la Ley N° 7978. Esta solicitud se rige por el art. 28 de la Ley de Marcas
Comerciales y Otros Signos Distintivos que indica “Cuando la marca consista en
una etiqueta y otro signo compuesto por un conjunto de elementos, la protección no se extenderá a los elementos contenidos
en ella que sean de uso común
o necesario en el comercio”.—Jamie Phillips Guardado, Registrador(a).—(
IN2022631805 ).
Solicitud Nº 2022-0000276.—Marianella
Arias Chacón, cédula de
identidad N° 106790960, en calidad de apoderada especial de Yamaha
Corporation con domicilio en 10-1, Nakazawa-Cho, Naka-Ku, Hamamatsu-Shi,
Shizuoka, Japan, Japón, solicita la inscripción
como marca de servicios en
clase 35 internacional, para proteger y distinguir lo siguiente: en clase 35:
Publicidad; dirección de empresas; administración de negocios; trabajos de
oficina; servicios de tienda minorista en el ámbito de los instrumentos
musicales, y todas sus partes y accesorios; servicios de venta minorista en el
ámbito de los libros para la instrucción musical, partituras musicales y letras
impresas. Fecha: 20 de enero de 2022. Presentada el: 11 de enero de 2022. San José. Se cita a terceros interesados en
defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos
meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto.
20 de enero de 2022. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto
en el artículo 85 de la Ley 7978. Esta solicitud se rige por el art. 28 de la
Ley de Marcas Comerciales y Otros Signos Distintivos que indica “Cuando
la marca consista en una etiqueta y otro signo compuesto por un conjunto de
elementos, la protección no se extenderá a los elementos contenidos en ella que
sean de uso común o necesario en el comercio”.—Grettel Solís Fernández,
Registradora.—( IN2022631821 ).
Solicitud Nº 2022-0001445.—Nancy Mora Mora, divorciada de
su primer matrimonio, cédula de identidad N° 204700929, en calidad de apoderado
generalísimo de Tobías Mora Chaves, Ltda, cédula jurídica N° 3102028041, con
domicilio en Alajuela, San Ramón, del antiguo cine Chassol cincuenta metros
oeste, Costa Rica, solicita la inscripción
como nombre comercial en clase 49. Internacional.
Para proteger y distinguir lo siguiente: Un establecimiento comercial dedicado
a Producción, industrialización y comercialización de productos y servicios
agropecuarios forestales y de eco-turismo, ubicado en Puntarenas, Esparza,
seiscientos metros norte de la Iglesia Católica de San Jerónimo de Esparza
Reservas: no se hacen reservas Fecha: 10 de marzo de 2022. Presentada el: 18 de
febrero de 2022. San José. Se cita a terceros interesados en defender sus
derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses
siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. 10 de
marzo de 2022. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el
artículo 85 de la Ley N° 7978. Esta solicitud se rige por el art. 28 de la Ley
de Marcas Comerciales y Otros Signos Distintivos que indica “Cuando la marca
consista en una etiqueta y otro signo compuesto por un conjunto de elementos,
la protección no se extenderá a los elementos contenidos en ella que sean de
uso común o necesario en el comercio”.—Katherine Jiménez Tenorio,
Registradora.—( IN2022631826 ).
Solicitud Nº 2022-0002114.—Ana Sophia Alaniz Miranda, cédula de identidad N° 114120499, en calidad de apoderada generalísima
de Representaciones Soed S. A., cédula jurídica N°
3101511018 con domicilio en Urb. Los Cerezos, calle 29A. 5ta casa mano izq. El
Bosque, San Francisco 2 Ríos, San José, San José, 10106, San José, Costa Rica, solicita la inscripción
como nombre comercial, para
proteger y distinguir lo siguiente:
Establecimiento comercial dedicado a la venta de ropa, accesorios
deportivos, zapatos y suplementos nutricionales. Reservas: No. Fecha: 10 de
marzo de 2022. Presentada el: 09 de marzo de 2022. San José. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para
hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados
a partir de la primera publicación de este edicto. 10 de marzo de 2022. A
efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley
7978. Esta solicitud se rige por el art. 28 de la Ley de Marcas Comerciales y
Otros Signos Distintivos que indica “Cuando la marca consista en una etiqueta y
otro signo compuesto por un conjunto de elementos, la protección no se
extenderá a los elementos contenidos en ella que sean de uso común o necesario
en el comercio”.—Isela Chango Trejos, Registradora.—( IN2022631842 ).
Solicitud Nº 2022-0000765.—Giselle Reuben Hatounian, casada, cédula de
identidad 110550703, en calidad de Apoderado Especial de Industrial de
Oleaginosas Americanas Sociedad Anónima, cédula jurídica
3-101-058770 con domicilio en San José, La Uruca,
de la Fábrica de Calzado Adoc, 100 metros al este, San José,
Costa Rica, solicita la inscripción
como marca de fábrica y comercio en clase: 3
Internacional para proteger y distinguir lo siguiente: en clase 3:
Preparaciones para blanquear y otras sustancias para lavandería, preparaciones
para la limpieza, pulido, desengrasar, raspar; jabones, jabones no medicinales;
jabones de tocador, detergentes, productos de perfumería, cremas para el cuerpo
y la cara de uso cosmético, aceites esenciales, cosméticos. Fecha: 28 de
febrero de 2022. Presentada el: 27 de enero de 2022. San José: Se cita a
terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este
Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera
publicación de este edicto. 28 de febrero de 2022. A
efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la
Ley 7978. Esta solicitud se rige por el art. 28 de la Ley de Marcas Comerciales
y Otros Signos Distintivos que indica “Cuando la marca consista en una etiqueta
y otro signo compuesto por un conjunto de elementos, la protección no se
extenderá a los elementos contenidos en ella que
sean de uso común o necesario en el comercio”.—Ginna Aguilar Madriz,
Registradora.—( IN2022631844 ).
Solicitud Nº 2022-0000589.—Yordy
Corrales Elizondo, cédula de identidad N°
1-1510-0523, en calidad de apoderado generalísimo de Proyectos Sistemáticos Easy APP Sociedad Anónima, cédula jurídica N°
3101811874 con domicilio en Moravia, San Vicente, San Blas, de La Panadería B° Luján 400 metros norte penúltima casa, San José, Costa Rica, solicita la inscripción
como marca de servicios en
clase 35 internacional, para proteger y distinguir lo siguiente: en clase 35:
Publicidad; gestión de negocios comerciales; administración comercial; trabajos
de oficina. Reservas: Se reservan los colores dorado, blanco, negro. Fecha: 31
de enero de 2022. Presentada el: 21 de enero de 2022. San José. Se cita a
terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este
Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera
publicación de este edicto. 31 de enero de 2022. A efectos de publicación,
téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978. Esta solicitud
se rige por el art. 28 de la Ley de Marcas Comerciales y Otros Signos
Distintivos que indica “Cuando la marca consista en una etiqueta y otro signo
compuesto por un conjunto de elementos, la protección no se extenderá a los
elementos contenidos en ella que sean de uso común o necesario en el
comercio”.—Walter Alfaro González, Registrador.—( IN2022631871 ).
Solicitud Nº 2022-0000737.—Adriana
Zamora López, cédula de identidad 111570431, en calidad de apoderada especial
de Andrea De Los Ángeles Lu Mejías, cédula de identidad 115450514 con domicilio
en Alajuela, Grecia, San Roque, 3 casas antes de la entrada al Residencial
Miramontes, al frente de la Marisquería El Ancla, portones blancos, Alajuela,
Costa Rica, solicita la inscripción:
como marca de comercio en
clase(s): 3 internacional(es), para proteger y distinguir lo siguiente: en
clase 3: Venta de cosméticos al por menor. Más específicamente extensiones de
pestañas para aplicar en casa, y adhesivo para pestañas. También serum para
crecimiento de pestañas y pinzas de metal para este tipo de aplicaciones.
Fecha: 15 de febrero del 2022. Presentada el: 27 de enero del 2022. San José:
Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer
ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la
primera publicación de este edicto. 15 de febrero del 2022. A efectos de
publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978.
Esta solicitud se rige por el art. 28 de la Ley de Marcas Comerciales y Otros
Signos Distintivos que indica “Cuando la marca consista en una etiqueta y otro
signo compuesto por un conjunto de elementos, la protección no se extenderá a
los elementos contenidos en ella que sean de uso común o necesario en el
comercio”.—Walter Alfaro González, Registrador.—( IN2022631892 ).
Solicitud N° 2022-0000104.—Sergio Solano Montenegro, casado una vez, cédula de identidad N° 105780279, en calidad de
apoderado especial de Functional Muscle Conditioning Center FMCC Sociedad Anónima, cédula jurídica N° 3101684461,
con domicilio en La Unión, San Juan, Residencial Monte Pinares número setenta y
siete, Cartago, Costa Rica, solicita la inscripción de:
como marca de comercio en
clases 25 y 41 internacionales, para proteger y distinguir lo siguiente:
prendas de vestir, calzado, artículos de sombrerería; en clase 41: educación,
formación; servicios de entretenimiento; actividades deportivas y culturales.
Fecha: 14 de marzo de 2022. Presentada el 4 de enero de 2022. San José: Se cita
a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este
Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera
publicación de este edicto. 14 de marzo de 2022. A efectos de publicación,
téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978. Esta solicitud
se rige por el art. 28 de la Ley de Marcas Comerciales y Otros Signos
Distintivos que indica “Cuando la marca consista en una etiqueta y otro signo
compuesto por un conjunto de elementos, la protección no se extenderá a los
elementos contenidos en ella que sean de uso común o necesario en el
comercio”.—Adriana Bolaños Guido, Registradora.—( IN2022631960 ).
Solicitud Nº 2021-0010260.—Juliana
Cruz Cruz, soltera, cédula de identidad N° 604410219 y Vinicia Cruz Bustos,
divorciada una vez, cédula de identidad N° 601810743 con domicilio en Central Chacarita Calle El Arreo
puesto de lotería 200 metros oeste, Puntarenas, Costa Rica y Central Chacarita
Calle El Arreo puesto de lotería 200 metros oeste, Puntarenas, Costa Rica, solicita
la inscripción
como
marca de fábrica y comercio en clase 25 internacional, para proteger y
distinguir lo siguiente: en clase 25: Ropa especial para el deporte,
muñequeras, gorras, cinturones. Fecha: 16 de diciembre de 2021. Presentada el:
10 de noviembre de 2021. San José. Se cita a terceros interesados en defender
sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses
siguientes, contados a partir de la primera publicación de este
edicto. 16 de diciembre de 2021. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo
dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978. Esta solicitud se rige por el art.
28 de la Ley de Marcas Comerciales y Otros Signos Distintivos que indica
“Cuando la marca consista en una etiqueta y otro signo compuesto por un
conjunto de elementos, la protección no se extenderá a los elementos contenidos
en ella que sean de uso común o necesario en el comercio”.—Rina Ruiz Mata,
Registradora.—( IN2022631976 ).
Solicitud Nº 2022-0002055.—Minerva
de los Ángeles Hernández Villalobos, cédula de identidad 206190952 con
domicilio en Zarcero, de la Esquina suroeste del parque, 30 mts oeste,
Alajuela, Costa Rica, solicita la inscripción
como
nombre comercial en clase: Internacional. Para proteger y distinguir lo
siguiente: Un establecimiento comercial dedicado a servicios estéticos y de
belleza. Ubicado en Alajuela, Zarcero, de la esquina suroeste del parque, 30
mts oeste. Fecha: 9 de marzo de 2022. Presentada el: 7 de marzo de 2022. San
José: Se cita a terceros interesados en
defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos
meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. 9
de marzo de 2022. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en
el artículo 85 de la Ley 7978. Esta solicitud se rige por el art. 28 de la Ley
de Marcas Comerciales y Otros Signos Distintivos que indica “Cuando la marca
consista en una etiqueta y otro signo compuesto por un conjunto de elementos,
la protección no se extenderá a los elementos contenidos en ella que
sean de uso común o necesario en el comercio”.—Pablo Andrés Sancho Calvo,
Registrador.—( IN2022631978 ).
Solicitud Nº 2022-0001253.—Bruno
Josef Lötscher, cédula de identidad N° 801180470, en calidad de Tipo
representante desconocido de Finca Venecia Sociedad Anónima, cédula jurídica N°
3101542647, con domicilio en: 100 metros oeste y 25 metros sur de la Bomba
Shell Auto Pits, Heredia, Costa Rica, solicita la inscripción
como marca de fábrica y comercio en clase 30 internacional, para
proteger y distinguir lo siguiente: cacao (chocolates). Fecha: 17 de febrero de
2022. Presentada el: 11 de febrero de 2022. San José. Se cita a terceros
interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro,
dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación
de este edicto. 17 de febrero de 2022. A efectos de publicación, téngase en
cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978. Esta solicitud se rige
por el art. 28 de la Ley de Marcas Comerciales y Otros Signos Distintivos que
indica “Cuando la marca consista en una etiqueta y otro signo compuesto por un
conjunto de elementos, la protección no se extenderá a los elementos contenidos
en ella que sean de uso común o necesario en el comercio”.—Pablo Andrés Sancho Calvo, Registrador.—( IN2022632002 ).
Solicitud Nº 2021-0011189.—Oswaldo Herrera Soto, soltero, cédula de residencia N° 121800019827, en calidad de
apoderado generalísimo de Universal Talleres de Encuadernación Sociedad de Responsabilidad Limitada, cédula
jurídica N° 3102776436 con domicilio en San José, San Pedro de Montes de
Oca, calle cuarenta y uno avenida cinco, Edificio Latitud Dent, oficina número
doscientos uno, Costa Rica, solicita la inscripción
como
marca de servicios en clase 40 internacional, para proteger y distinguir lo
siguiente: en clase 40: Servicios relativos a la fotografía, toma e impresión
fotográfica, creatividades para álbumes de fotografías, como recuerdos de
graduaciones y eventos sociales como matrimonios, quinceaños, fiestas,
convenciones y seminarios. Fecha: 21 de enero de 2022. Presentada el: 09 de diciembre
de 2021. San José. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para
hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados
a partir de la primera publicación de este edicto. 21 de enero de 2022. A
efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la
Ley 7978. Esta solicitud se rige por el art. 28 de la Ley de Marcas Comerciales
y Otros Signos Distintivos que indica “Cuando la marca consista en una etiqueta
y otro signo compuesto por un conjunto de elementos, la protección no se
extenderá a los elementos contenidos en ella que sean de uso
común o necesario en el comercio”.—Wendy López Vindas, Registradora.—(
IN2022632016 ).
Solicitud Nº 2022-0001471.—Daniel
Zango Bulgarelli, soltero, cédula de identidad N° 115340782 y María José
Peralta Salas, casado una vez, cédula de identidad N° 115080186, con domicilio
en: del parque La Amistad, Rohrmoser, 375 m norte del final del boulevard de
Rohrmoser, 200 m oeste y 25 m sur, San José, Costa Rica y, Costa Rica, solicita
la inscripción
como marca de servicios en clase 45 internacional,
para proteger y distinguir lo siguiente: servicios jurídicos. Fecha: 01 de marzo de 2022. Presentada el: 18 de febrero de
2022. San José. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para
hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados
a partir de la primera publicación de este edicto. 01 de marzo de 2022. A
efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la
Ley 7978. Esta solicitud se rige por el art. 28 de la Ley de Marcas Comerciales
y Otros Signos Distintivos que indica “Cuando la marca consista en una etiqueta
y otro signo compuesto por un conjunto de elementos, la protección no se
extenderá a los elementos contenidos en ella que sean de uso común o necesario
en el comercio”.—Katherine Jiménez Tenorio, Registrador(a).—( IN2022632028 ).
Solicitud Nº 2022-0001921.—Hernán
Alberto Pérez Henríquez, casado una vez, cédula de identidad N° 801330545, con
domicilio en Cond. La Posada del Sol, CL 54, Pozos de Santa Ana, San José,
10903 Costa Rica, 10903, San José, Costa Rica, solicita la inscripción
como
marca de fábrica y comercio en clase 29 internacional. Para proteger y
distinguir lo siguiente: en clase 29: Bocadillos de frutas y verduras con
sabores en forma de hojuelas y rebanadas alargadas o circulares; bocadillos de
plátano, banano, yuca, ñame, y camote con sabores, en forma de hojuelas,
rebanadas alargadas o circulares, o una combinación de las mismos; frutas y
verduras procesadas y congeladas Reservas: Se reserva utilizarlo en cualquier
color, tamaño, sólo o acompañado de otras palabras o frases, e ir impreso o
estampado en los productos que ampara o en las cajas y empaques que los
contenga Fecha: 14 de marzo de 2022. Presentada el: 3 de marzo de 2022. San
José: Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos
valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes,
contados a partir de la primera publicación de este edicto. 14 de marzo de
2022. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo
85 de la Ley 7978. Esta solicitud se rige por el art. 28 de la Ley de Marcas
Comerciales y Otros Signos Distintivos que indica “Cuando la marca consista en
una etiqueta y otro signo compuesto por un conjunto de elementos, la protección no se extenderá a los
elementos contenidos en ella que sean de uso común o necesario en el
comercio”.—Rebeca Madrigal Garita, Registradora.—( IN2022632046 ).
Solicitud N° 2022-0001964.—Isidro David Alemán Espinoza, cédula
de identidad N° 800700920, en calidad de apoderado especial de
Ingrid Marlene Acuña Lobo, casada una vez, cédula de identidad N° 401770950,
con domicilio en Los Ángeles, San Rafael, costado este de la Iglesia
Católica, Heredia, Costa Rica, solicita la inscripción de:
como nombre comercial en
clase: internacional, para proteger y distinguir lo siguiente: un
establecimiento comercial dedicado a la brindar servicios odontológicos,
ortodoncia, peridoncia, implantes dentales, blanqueamiento dental, endodoncia,
prostodoncia y todo tipo de tratamientos dentales. ubicado en Los Ángeles, San Rafael de
Heredia, costado este de la Iglesia Católica. Fecha: 11 de marzo de 2022.
Presentada el 4 de marzo de 2022. San José: Se cita a terceros interesados en
defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos
meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto.
11 de marzo de 2022. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto
en el artículo 85 de la Ley 7978. Esta solicitud se rige por el art. 28 de la
Ley de Marcas Comerciales y Otros Signos Distintivos que indica “Cuando la
marca consista en una etiqueta y otro signo compuesto por un conjunto de
elementos, la protección no se extenderá a los elementos contenidos en ella que
sean de uso común o necesario en el comercio”.—Alex Villegas Méndez, Registrador.—(
IN2022632159 ).
Solicitud Nº 2022-0001834.—Isidro David Alemán Espinoza, casado una vez, cédula de identidad 800700920, en calidad de
Apoderado Especial de Consultoría de Inversiones del Oeste
Sociedad Anónima, cédula jurídica 3101111384 con domicilio en Edificio
Musmanni, diagonal al Banco Crédito Agrícola de Cartago, San José, Costa Rica, solicita la inscripción
como
marca de fábrica y comercio en clase: 30 Internacional para proteger y
distinguir lo siguiente: en clase 30: Café, té, cacao, sucedáneos del café, pastas alimenticias,
harinas y preparaciones a base de cereales; pan, galletas, empanadas, tortillas,
productos de pastelería y confitería, chocolate,; helados comestibles,
sorbetes, levadura, polvos para hornear, sal, productos para sazonar, especias,
condimentos, salsas, aderezos, vinagre, edulcorantes naturales, todos los
productos descritos anteriormente preparados para alimentación cetogénica.
Reservas: De los colores; verde, verde claro, amarillo, anaranjado, negro y
blanco. Fecha: 9 de marzo de 2022. Presentada el: 1 de marzo de 2022. San José:
Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer
ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la
primera publicación de este edicto. 9 de marzo de 2022. A efectos de
publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978. Esta
solicitud se rige por el art. 28 de la Ley de Marcas Comerciales y Otros Signos
Distintivos que indica “Cuando la marca consista en una etiqueta y otro signo
compuesto por un conjunto de elementos, la protección no se extenderá a los
elementos contenidos en ella que sean de uso común o necesario en el
comercio”.—Walter Alfaro González, Registrador.—( IN2022632162 ).
Solicitud N° 2022-0002118.—Manuel
Enrique Lizano Pacheco, casado una vez, cédula de identidad N° 108330413,
en calidad de apoderado especial de 3-101-808108 Sociedad Anónima, cédula
jurídica N° 3101808108, con domicilio en San José, Escazú, Guachipelín, Bosques
de las Lomas, casa número 60, Costa Rica, solicita la inscripción
como nombre comercial. Para proteger y distinguir lo siguiente:
Servicios médicos; servicios de laboratorio; servicios de farmacia; servicios
de imágenes médicas. Reservas: No se hace
reserva de colores. Fecha: 10 de marzo del 2022. Presentada el: 09 de marzo del
2022. San José: Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para
hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados
a partir de la primera publicación de este edicto. 10 de marzo del 2022. A
efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la
Ley N° 7978. Esta
solicitud se rige por el art. 28 de la Ley de Marcas Comerciales y Otros Signos
Distintivos que indica “Cuando la
marca consista en una etiqueta y otro signo compuesto por un conjunto de elementos, la protección no se extenderá a los elementos contenidos en ella que sean de uso común o necesario en el
comercio”.—Isela Chango Trejos, Registradora.—( IN2022632163 ).
Solicitud Nº 2021-0009190.—León Weinstok Mendelewicz, cédula de identidad N° 11200158, en calidad de apoderado especial de
R.M.W. IP Corp., con domicilio en Corregimiento de Bella, Vista Obarrio, calle
56 y 57, Edf. Time Square piso 1, ofc.105, Panamá, República de Panamá, Panamá,
solicita la inscripción
como
marca de comercio en clase: 9. Internacional. Para proteger y distinguir lo
siguiente: en clase 9: Relojes inteligentes (smart watches); auriculares,
romanas electrónicas; teléfonos inteligentes. Fecha: 3 de marzo de 2022.
Presentada el: 11 de octubre de 2021. San José. Se cita a terceros interesados
en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los
dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este
edicto. 3 de marzo de 2022. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo
dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978. Esta solicitud se rige por el art.
28 de la Ley de Marcas Comerciales y Otros Signos Distintivos que indica
“Cuando la marca consista en una etiqueta y otro signo compuesto por un
conjunto de elementos, la protección no se extenderá a los elementos contenidos
en ella que sean de uso común o necesario en el comercio”.—Rebeca Madrigal
Garita, Registradora.—( IN2022632171 ).
Solicitud Nº 2022-0000528.—León Weinstok Mendelewicz,
cédula de identidad 11200158, en calidad de Apoderado Especial de Asociación San Sustainable Agriculture Network, cédula jurídica 3002829663 con domicilio en San José-San José, El Carmen, Barrio Escalante;
50 metros al oeste, del Fresh Market, avenida 9, calle 3133, Oficinas de
Gracias Cowork Escalante, Costa Rica, solicita la inscripción
como marca de servicios en clase: 45 Internacional para proteger y
distinguir lo siguiente: en clase 45: Servicio social brindado a terceros el
cual consiste en facilitar herramientas metodológicas y digitales para la
implementación de técnicas de agricultura sostenible a escala local, regional y
global. Fecha: 7 de marzo de 2022. Presentada el: 20 de enero de 2022. San
José: Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos
valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir
de la primera publicación de este edicto. 7 de marzo de 2022. A efectos de
publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978.
Esta solicitud se rige por el art. 28 de la Ley de Marcas Comerciales y Otros
Signos Distintivos que indica “Cuando la marca consista en una etiqueta y otro
signo compuesto por un conjunto de elementos, la protección no se extenderá a
los elementos contenidos en ella que sean de uso común o necesario en el
comercio”.—Walter Alfaro González632174 Registrador.—( IN2022632174 ).
Solicitud N° 2022-0000529.—Leon Weinstok Mendelewicz, cédula de
identidad N° 11200158, en calidad de apoderado especial de Asociación San Sustainable Agriculture Network, cédula de
identidad N° 3002829663, con domicilio en San José-San José, El
Carmen, Barrio Escalante, 50 metros al oeste del Fresh Market, avenida 9, calle
3133, oficinas de Gracias Cowork Escalante, Costa Rica, solicita la inscripción
como
marca de servicios, en clase(s): 45 internacional(es). Para proteger y
distinguir lo siguiente: en clase 45: Servicio social brindado a terceros el
cual consiste en facilitar herramientas metodológicas y digitales para la
implementación de técnicas de agricultura sostenible a escala local, regional y
globa. Fecha: 07 de marzo del 2022. Presentada el: 20 de enero del 2022. San
José: Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos
valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir
de la primera publicación de este edicto. 07 de marzo del 2022. A efectos de
publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley N°
7978. Esta solicitud se rige por el art. 28 de la Ley de Marcas Comerciales y
Otros Signos Distintivos que indica “Cuando la marca consista en una etiqueta y
otro signo compuesto por un conjunto de elementos, la protección no se
extenderá a los elementos contenidos en ella que sean de uso común o necesario
en el comercio”.—Walter Alfaro González, Registrador(a).—( IN2022632175 ).
Solicitud Nº 2022-0000530.—León Weinstok Mendelewicz, Cédula
de identidad 11200158, en calidad de Apoderado Especial de Asociación San
Sustainable Agriculture Network, cédula jurídica 3002829663 con domicilio en
San José-San
José El Carmen, Barrio Escalante, 50
metros al oeste del Fresh Market, Avenida 9, calle 3133, Oficinas de Gracias
Cowork Escalante., Costa Rica, solicita la inscripción
como
Marca de Servicios en clase(s): 45. Internacional(es). Para proteger y
distinguir lo siguiente: en clase 45: Servicio social brindado a terceros el
cual consiste en facilitar herramientas metodológicas y digitales para la
implementación de técnicas de agricultura sostenible a escala local, regional y
global. Fecha: 7 de marzo de 2022. Presentada el: 20 de enero de 2022. San
José: Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer
ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la
primera publicación de este edicto. 7 de marzo de 2022. A efectos de
publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978.
Esta solicitud se rige por el art. 28 de la Ley de Marcas Comerciales y Otros
Signos Distintivos que indica “Cuando la marca consista en una etiqueta y otro
signo compuesto por un conjunto de elementos, la protección no se extenderá a
los elementos contenidos en ella que sean de uso común o necesario en el
comercio”.—Walter Alfaro González, Registrador.—( IN2022632176 ).
Solicitud Nº 2022-0000533.—León Weinstok Mendelewicz,
cédula de identidad N° 11200158, en calidad de apoderado especial de Asociación San Sustainable Agriculture Network, cédula de
identidad N° 3002829663, con domicilio en: San José-San José, El
Carmen, Barrio Escalante, 50 metros al oeste del Fresh Market, avenida 9, calle
3133, oficinas de Gracias Cowork Escalante, Costa Rica, solicita la inscripción
como marca de servicios en clase 45 internacional, para proteger y
distinguir lo siguiente: herramientas metodológicas y digitales para la
implementación de técnicas de agricultura sostenible a escala local, regional y
global, (entendido como “servicio social brindado a terceros el cual consiste
en facilitar herramientas metodológicas y digitales para la implementación de
técnicas de agricultura sostenible a escala local, regional y global”). Fecha:
09 de marzo de 2022. Presentada el: 20 de enero de 2022. San José. Se cita a
terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este
Registro, dentro de los dos meses siguientes,
contados a partir de la primera publicación de este edicto. 09 de marzo de
2022. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo
85 de la Ley 7978. Esta solicitud se rige por el art. 28 de la Ley de Marcas
Comerciales y Otros Signos Distintivos que indica “Cuando la marca consista en
una etiqueta y otro signo compuesto por un conjunto de elementos, la protección
no se extenderá a los elementos contenidos en ella que sean de uso común
o necesario en el comercio”.—Rebeca Madrigal Garita, Registradora.—(
IN2022632177 ).
Solicitud N° 2022-0000535.—León Weinstok Mendelewicz, cédula de
identidad N° 11200158, en calidad de apoderado especial de
Asociación San Sustainable Agriculture Network, cédula
jurídica N° 3002829663, con domicilio en San José-San José El Carmen, Barrio Escalante, 50
metros al oeste del Fresh Market, Avenida 9, Calle 3133, Oficinas de Gracias
Cowork Escalante, Costa Rica, solicita la inscripción
como
marca de servicios en clase: 45. Internacional. Para proteger y distinguir lo
siguiente: en clase 45: Servicio social prestado a terceros para la promoción y
el avance de métodos de y relacionados con la agricultura sostenible, a escala
local, regional y global, (“entendido como un servicio social brindado a
terceros el cual consiste en facilitar herramientas metodológicas y digitales
para la implementación de técnicas de agricultura sostenible a escala local,
regional y global”). Fecha: 9 de marzo de 2022. Presentada el: 20 de enero de
2022. San José: Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para
hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados
a partir de la primera publicación de este edicto. 9 de marzo de 2022. A
efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la
Ley N° 7978. Esta solicitud se rige por el art. 28 de la Ley de Marcas
Comerciales y Otros Signos Distintivos que indica “Cuando la marca consista en
una etiqueta y otro signo compuesto por un conjunto de elementos, la protección
no se extenderá a los elementos contenidos en ella que sean de uso común o
necesario en el comercio”.—Rebeca Madrigal Garita,
Registradora.—( IN2022632178 ).
Solicitud N° 2022-0000536.—León Weinstok Mendelewicz, cédula de
identidad N° 11200158, en calidad de apoderado especial de Asociación San Sustainable Agriculture Network, cédula
jurídica N° 3002829663, con domicilio en San José, El Carmen, Barrio Escalante, 50 metros al oeste del
Fresh Market, avenida 9, calle 3133, oficinas de Gracias Cowork Escalante,
Costa Rica, solicita la inscripción de:
como marca de servicios en
clase: 45 internacional, para proteger y distinguir lo siguiente: servicio
social prestado a terceros (servicio corresponde
a un servicio relacionado con la agricultura sostenible) para la promoción y el
avance de métodos de y relacionados con la agricultura sostenible, a escala
local, regional y global. Fecha: 4 de marzo de 2022. Presentada el 20 de enero
de 2022. San José: Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para
hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados
a partir de la primera publicación de este edicto. 4 de marzo de 2022. A
efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la
Ley 7978. Esta solicitud se rige por el art. 28 de la Ley de Marcas Comerciales
y Otros Signos Distintivos que indica “Cuando la marca consista en una etiqueta
y otro signo compuesto por un conjunto de elementos, la protección no se
extenderá a los elementos contenidos en ella que sean de uso común o necesario
en el comercio”.—Rebeca Madrigal Garita, Registradora.—( IN2022632179 ).
Solicitud Nº 2022-0000592.—María
De La Cruz Villanea Villegas, casada dos veces, cédula de identidad 109840695, en calidad de Gestor
oficioso de BBB Foods INT’L, INC con domicilio en AV. Federico Boyd 51, Ciudad
de Panamá, Panamá, solicita la inscripción
como marca de fábrica y comercio en clase(s): 29. Internacional(es).
Para proteger y distinguir lo siguiente: en clase 29: Carne y extractos de
carne; aceites y grasas de uso alimenticio. Fecha: 22 de febrero de 2022.
Presentada el: 21 de enero de 2022. San José.
Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer
ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la
primera publicación de este edicto. 22 de febrero
de 2022. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el
artículo 85 de la Ley 7978. Esta solicitud se rige por el art. 28 de la Ley de
Marcas Comerciales y Otros Signos Distintivos que indica “Cuando la marca
consista en una etiqueta y otro signo compuesto por un conjunto de elementos,
la protección no se extenderá a los elementos contenidos en ella que
sean de uso común o necesario en el comercio”.—Walter Alfaro González,
Registrador.—( IN2022632233 ).
Solicitud Nº 2022-0000552.—María de La Cruz Villanea Villegas,
casada dos veces, cédula de
identidad N° 109840695, en calidad de apoderado especial de Kure Global Brands
Limited, con domicilio en: Hunkins Waterfront Plaza, Suite 556, Street,
Charlestown, San Cristóbal y Nieves,
solicita la inscripción
como marca de fábrica y comercio en clase 32.
Internacional. Para proteger y distinguir lo siguiente: agua potable oxigenada
para beber; agua de manantial oxigenada para beber. Fecha: 23 de febrero de
2022. Presentada el: 20 de enero de 2022. San José. Se cita a terceros interesados en
defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos
meses siguientes, contados a partir de la
primera publicación de este edicto. 23
de febrero de 2022. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo
dispuesto en el artículo 85 de la Ley N°
7978. Esta solicitud se rige por el art. 28 de la Ley de Marcas Comerciales y
Otros Signos Distintivos que indica “Cuando la marca consista en una etiqueta y
otro signo compuesto por un conjunto de elementos, la protección no se extenderá a los
elementos contenidos en ella que sean de uso común o necesario en el comercio”.—Rándall Abarca Aguilar,
Registrador.—( IN2022632234 ).
Solicitud N° 2022-0001417.—María De La Cruz Villanea Villegas, casada dos veces, cédula de identidad N° 109840695,
en calidad de apoderada especial de Cooperativa de Productores de Leche Dos
Pinos R.L., con domicilio en Alajuela, del aeropuerto, 7 kilómetros al oeste, Alajuela, Costa Rica, solicita la
inscripción de:
como marca de servicios en
clase: 39 internacional, para proteger y distinguir lo siguiente: en clase 39:
servicios de distribución de transporte y entrega de mercancías
agro-veterinarias. Fecha: 23 de febrero de 2022. Presentada el 17 de febrero de
2022. San José:
Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer
ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la
primera publicación de este edicto. 23 de febrero de 2022. A efectos de
publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978.
Esta solicitud se rige por el art. 28 de la Ley de Marcas Comerciales y Otros
Signos Distintivos que indica “Cuando la marca consista en una etiqueta y otro
signo compuesto por un conjunto de elementos, la protección no se extenderá a
los elementos contenidos en ella que sean de uso común o necesario en el
comercio”.—Walter Alfaro González,
Registrador.—( IN2022632235 ).
Solicitud Nº 2022-0001325.—María
De La Cruz Villanea Villegas, casada dos veces, cédula de identidad 109840695,
en calidad de apoderada especial de San Marino Onibus LTDA., con domicilio en
Rua Irmão Gildo
Shiavo, N° 110, Ana Rech, Caxias Do Sul, Río Grande Do Sul, 95.058-510, Brasil, solicita la inscripción:
como marca de fábrica y
comercio en clase 12 internacional, para proteger y distinguir lo siguiente: en
clase 12: Carrocerías de buses y buses. Fecha: 22 de febrero del 2022.
Presentada el: 14 de febrero del 2022. San Jose: Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos
valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir
de la primera publicación de este edicto. 22 de febrero del 2022. A efectos de
publicación, A téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978.
Esta solicitud se rige por el art. w 28 de la Ley de Marcas Comerciales y Otros
Signos Distintivos que indica “Cuando la marca consista en una etiqueta
y otro signo compuesto por un conjunto de elementos, la protección no se
extenderá a los elementos contenidos en ella que sean de uso común o necesario
en el comercio”.—Ildreth Araya Mesen, Registradora.—( IN2022632236 ).
Solicitud Nº 2022-0001411.—María de La Cruz Villanea
Villegas, casada dos veces, cédula de
identidad N° 109840695, en calidad de apoderada especial de Puramatic, Sociedad
Anónima, con domicilio en 11 Ave, 36-71, Zona 11, Ofibodegas Centro Once, N° 9, Guatemala, solicita la
inscripción
como marca de fábrica y comercio en clase: 11. Internacional. Para
proteger y distinguir lo siguiente: Aparatos de distribución de agua,
dispositivos para la filtración de agua que permitan su potabilización, filtros
y accesorios para los mismos Fecha: 23 de febrero de 2022. Presentada el 16 de
febrero de 2022. San José. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para
hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados
a partir de la primera publicación de este edicto. 23 de febrero de 2022. A
efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la
Ley N° 7978. Esta solicitud se rige por el art. 28 de la Ley de Marcas
Comerciales y Otros Signos Distintivos que indica “Cuando la marca consista en
una etiqueta y otro signo compuesto por un conjunto de elementos, la protección
no se extenderá a los elementos contenidos en ella que sean de uso común o
necesario en el comercio”.—Isela Chango Trejos, Registradora.—( IN2022632237 ).
Solicitud Nº 2022-0001416.—María De La Cruz Villanea Villegas, casada dos
veces, cédula de identidad 109840695, en calidad de Apoderado
Especial de TCL Technology Group Corporation con domicilio en TCL Technology Building, 17 Huifeng 3RD Road, Zhongkai
High Technology Development District, Huizhou, Guangdong, China solicita la
inscripción
como Marca de Fábrica y
Servicios en clases 7; 9; 40 y 42 internacionales. Para proteger y distinguir
lo siguiente: en clase 7: Maquinas enrolladoras de cables para baterías;
máquinas para prensar el núcleo de la batería; máquinas para la fabricación de
chips de memoria; equipos de procesamiento de
obleas semiconductoras; máquinas de procesamiento de obleas semiconductoras;
máquinas para la fabricación de semiconductores; máquinas para la
fabricación de sustratos semiconductores; generadores móviles de energía
eléctrica; altemadores; dinamos; generadores de electricidad; robots y brazos
robóticos para la fabricación de semiconductores; máquinas para la fabricación
de sustratos semiconductores; reactores epitaxiales para máquinas de
fabricación de semiconductores; implantadores de iones para máquinas y sistemas
de fabricación de semiconductores; reactores de deposición física de vapor para
máquinas de fabricación de semiconductores; reactores de deposición química de
vapor [CVDI para máquinas de fabricación de semiconductores.; en clase 9:
dispositivos de memoria semiconductores; programas informáticos para el
tratamiento de obleas semiconductoras; tarjetas de chip; sondas para la prueba de semiconductores; aparatos de prueba de
semiconductores; Fuentes de alimentación eléctrica distintas de los
generadores; Biochips; semiconductores; Obleas para circuitos integrados; chips
semiconductores; semiconductores electrónicos; Obleas semiconductoras; fibras ópticas [filamentos conductores de luz];
puntos cuánticos [materiales semiconductores cristalinos]; amplificadores
semiconductores ópticos; inversores
fotovoltaicos; obleas solares; obleas de silicio; obleas de silicio
monocristalino; obleas de silicio
epitaxial; Resistencias eléctricas;
dispositivos semiconductores; fotodiodos; diodos de carburo de silicio;
diodos laser superluminiscentes; transistores [electrónicos]; cajas de
distribución de energía; paneles de distribución de energía; transformadores de
distribución; tubos rectificadores; módulos rectificadores; rectificadores de corriente;
cajas de distribución [electricidad]; cuadros de distribución [electricidad];
Consolas de distribución [electricidad]; colectores, eléctricos; Unidades de
potencia [baterías]; aparatos eléctricos de conmutación; instalaciones
fotovoltaicas para la generación de electricidad [centrales fotovoltaicas];
módulos para la generación de energía fotovoltaica; células fotovoltaicas;
módulos fotovoltaicos; células y módulos fotovoltaicos; Acumuladores,
eléctricos; baterías solares; paneles solares para la producción de
electricidad; células solares de silicio cristalino; paneles solares y
colectores de energía solar para la producción de electricidad; cargadores de
baterías alimentados por energía solar; estaciones de carga para vehículos
eléctricos.; en clase 40: Producción de energía producción de energía
eléctrica; producción de energía por plantas eléctricas; producción de energía
eléctrica a partir de fuentes renovables; alquiler de generadores de energía
eléctrica; alquiler de generadores eléctricos de energía eléctrica; alquiler de
equipos de generación de energía eléctrica; alquiler de generadores; generación
de electricidad solar; generación de electricidad a partir de energía eólica;
generación de energía eléctrica; servicios de fabricación y montaje a medida de piezas de semiconductores y
circuitos integrados; tratamiento de productos semielaborados mediante
electrolisis.; en clase 42: diseño de circuitos integrados realización
de estudios de proyectos técnicos; investigación científica en el ámbito de la energía; investigación
de nuevos productos para terceros; investigación en el campo de la tecnología
de procesamiento de semiconductores; investigación y desarrollo de nuevos
productos para terceros; asesoramiento técnico en el ámbito de la tecnología de
procesamiento de semiconductores; diseño técnico y planificación de centrales
eléctricas; servicios de análisis tecnológico relativos a las necesidades
energéticas y de electricidad de terceros; Asesoramiento tecnológico en el ámbito de la generación de energía
alternativa; desarrollo de sistemas de gestión de energía y potencia;
asesoramiento sobre servicios tecnológicos en el ámbito del suministro de energía y
electricidad; asesoramiento técnico en el ámbito del ahorro y la eficiencia
energética; asesoramiento en el ámbito del ahorro de energía; diseño y
desarrollo de sistemas de generación de energía regenerativa; consultoría
tecnológica en el ámbito
de la producción y el uso de la energía; diseño y desarrollo de softvqare para el control, la regulación y la
supervisión de sistemas de energía solar. Fecha: 22 de febrero de 2022.
Presentada el: 17 de febrero de 2022. San Jose: Se cita a terceros interesados
en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los
dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este
edicto. 22 de febrero de 2022. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo
dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978. Esta solicitud se rige por el art.
28 de la Ley de Marcas Comerciales y Otros Signos Distintivos que indica
“Cuando la marca consista en una etiqueta y otro signo compuesto por un
conjunto de elementos, la protección no se extenderá a los elementos contenidos
en ella que sean de uso común o necesario en el comercio”.—Ginna Aguilar Madriz,
Registradora.—( IN2022632238 ).
Solicitud Nº 2022-0001478.—María de La Cruz Villanea Villegas, casada dos veces, cédula de identidad N° 109840695, en calidad de
apoderado especial de Augusto Rodríguez
Denegri, soltero, cédula de
identidad N° 111610227, con domicilio en: Escazú, Guachipelín AMPM 300 este APT LOFT 228 Nº 9, San José, Costa Rica, solicita la inscripción
como marca de servicios en clase 43 internacional, para proteger y
distinguir lo siguiente: en clase 43: servicios de restauración. Fecha: 24 de febrero de 2022. Presentada el: 18
de febrero de 2022. San José. Se
cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante
este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la
primera publicación de este
edicto. 24 de febrero de 2022. A efectos de publicación, téngase
en cuenta lo dispuesto en el artículo
85 de la Ley 7978. Esta solicitud se rige por
el art. 28 de la Ley de Marcas Comerciales y Otros Signos Distintivos que
indica “Cuando la marca consista en una etiqueta y otro signo compuesto por un
conjunto de elementos, la protección no se
extenderá a los elementos contenidos en ella que sean
de uso común o necesario
en el comercio”.—Milena Marín Jiménez, Registradora.—( IN2022632239 ).
Solicitud Nº 2022-0001697.—María de La Cruz Villanea
Villegas, casada dos veces, cédula de
identidad N° 109840695, en calidad de apoderada especial de Galerent S.A.,
con domicilio en Riobamba 944, 5° A (1428) Ciudad Autónoma de Buenos Aires, Argentina, solicita la
inscripción
como marca de servicios en
clases 35 y 36 Internaciónales. para proteger y distinguir lo siguiente: en
clase 35: Administración de negocios; información
sobre negocios; análisis
de negocios; planificación
de negocios; asistencia para negocios; organización de negocios comerciales;
consultoría
profesional en negocios; consultoría en dirección de negocios; servicios de
asesoramiento sobre negocios; suministro de información de negocios; en clase 36: Préstamos
[financiación]; financiación de préstamos; negociación
de préstamos; concesión de préstamos; preparación
de préstamos; asesoramiento sobre préstamos; disposición de préstamos temporales;
servicios de préstamos personales; organización de préstamos personales;
consultoría en préstamos financieros; servicios de préstamos y créditos; organización de préstamos
a plazos; consultoría financiera en materia de préstamos; servicios de
asesoramiento y obtención de préstamos; facilitación de créditos; asesoramiento de
créditos; información sobre créditos; servicios de gestión de créditos; asesoramiento
en materia de créditos; servicios de consultoría sobre créditos; servicios de
asesoramiento de créditos; consultorías referentes a la concesión de créditos; servicios de
asesoramiento relaciónados con los créditos; servicios de tarjetas de débito; servicios de tarjetas
de crédito;
servicios de tarjetas monedero; seguros; administración de seguros; consultoría
en seguros; servicios de seguros; asistencia financiera; micromecenazgo
(crowdfunding); negocios inmobiliarios; asesoramiento en negocios
inmobiliarios; servicios de asuntos inmobiliarios; gestión financiera de proyectos
inmobiliarios; servicios inmobiliarios relacionados con la administración de
inversiones inmobiliarias; servicios
financieros relacionados con el desarrollo inmobiliario. Fecha: 03 de
marzo de 2022. Presentada el 24 de febrero de 2022. San José. Se cita
a terceros interesados en defender sus
derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses
siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. 03 de
marzo de 2022. A efectos de publicación, tengase en cuenta lo dispuesto en el
artículo 85 de la Ley N° 7978.
Esta solicitud se rige por el art. 28 de la Ley de Marcas Comerciales y Otros
Signos Distintivos que indica “Cuando la marca consista en una etiqueta y otro
signo compuesto por un conjunto de elementos, la protección no se extenderá a los elementos contenidos
en ella que sean de uso común
o necesario en el comercio”.—Alex Villegas Méndez, Registrador.—(
IN2022632240 ).
Solicitud Nº 2021-0011441.—Jhostein Suárez Soto, cédula de identidad N°
117030055, en calidad de apoderado generalísimo de Grupo de Comercio Wijhos
Sociedad Anónima, cédula jurídica N° 3101785471, con domicilio
en: Porvenir Urbanización Las Cascadas casa 12 C, Costa Rica, solicita la
inscripción
como marca de servicios en
clase 35 internacional, para proteger y distinguir lo siguiente: en clase 35:
comercialización de artículos de fumado y vapeo, tiendas de artículos de fumado
y vapeo y tabaco virtual y físico. La comercialización es express, mensajería y
también físico. Fecha: 21 de febrero de 2022. Presentada el: 17 de diciembre de
2021. San José. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para
hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados
a partir de la primera publicación de este edicto. 21 de febrero de 2022. A
efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la
Ley 7978. Esta solicitud se rige por el art. 28 de la Ley de Marcas Comerciales
y Otros Signos Distintivos que indica “Cuando la marca consista en una etiqueta
y otro signo compuesto por un conjunto de elementos, la protección no se
extenderá a los elementos contenidos en ella que sean de uso común o necesario
en el comercio”.—Grettel Solís Fernández, Registradora.—( IN2022632247 ).
Solicitud N° 2022-0002152.—Oscar
María Bárcena, cédula de residencia N° 103200236621, en calidad de representante legal de El Facon Argentino de Santa
Teresa Sociedad de Responsabilidad Limitada, cédula jurídica N° 3102760019, con domicilio en 200 metros norte del Hostel Selina,
contiguo a Magic Place, Cóbano Puntarenas, Puntarenas, Costa Rica, solicita la
inscripción
como marca de comercio en
clase 43 internacional. Para proteger y distinguir lo siguiente: en clase 43:
Restaurante. Fecha: 11 de marzo de 2022. Presentada el: 9 de marzo de 2022. San
José: Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos
valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir
de la primera publicación de este edicto. 11 de marzo de 2022. A efectos de
publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en
el artículo 85 de la Ley N° 7978. Esta solicitud se rige por el art. 28 de la
Ley de Marcas Comerciales y Otros Signos Distintivos que indica “Cuando la
marca consista en una etiqueta y otro signo compuesto por un conjunto de
elementos, la protección no se extenderá a los elementos contenidos en ella que
sean de uso común o necesario en el comercio”.—Randall Abarca Aguilar,
Registrador.—( IN2022632251 ).
Solicitud Nº 2022-0001469.—María
Yisela Quesada León, cédula de identidad N°
108760620, en calidad de apoderada especial de Welding Technology Group S. A.S
con domicilio en Calle 4 sur 48 110, Medellín Antioquía, Colombia, Colombia,
solicita la inscripción
como marca de comercio en clase 7 internacional. Para proteger y
distinguir lo siguiente: en clase 7: Máquinas y máquinas herramientas. Fecha: 24 de febrero de 2022.
Presentada el: 18 de febrero de 2022. San José. Se cita a terceros interesados
en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los
dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este
edicto. 24 de febrero de 2022. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo
dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978. Esta solicitud se rige por el art.
28 de la Ley de Marcas Comerciales y Otros Signos Distintivos que indica
“Cuando la marca consista en una etiqueta y otro signo compuesto por un
conjunto de elementos, la protección no se extenderá a los elementos contenidos
en ella que sean de uso común o necesario en el comercio”.—Katherine Jiménez
Tenorio, Registradora.—( IN2022632261 ).
Solicitud Nº 2021-0011170.—July Elena García Arteagas,
soltera, pasaporte 128383436 y Carlos Nélio Ferreira de Gouveia, casado una
vez, pasaporte C874782, con domicilio en Santiago de Puriscal, trescientos
metros al oeste del Bar Don Beto, 10401, Santiago, Costa Rica y Santiago de
Puriscal, trescientos metros al oeste del Bar Don Beto, 10401, Santiago, Costa
Rica, solicita la inscripción
como marca de comercio en
clase: 25. Internacional. Para proteger y distinguir lo siguiente: en clase 25:
ropa/zapatos. Reservas: Se reservan los colores: cero cero C cinco D tres y A
ocho uno tres A A, prevenir colores, traducción, domicilio exacto
establecimiento, timbre de archivo, firma digital ambos. Fecha: 21 de febrero
de 2022. Presentada el: 9 de diciembre de 2021. San José. Se cita a terceros
interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro,
dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación
de este edicto. 21 de febrero de 2022. A efectos de publicación, téngase en
cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978. Esta solicitud se rige
por el art. 28 de la Ley de Marcas Comerciales y Otros Signos Distintivos que
indica “Cuando la marca consista en una etiqueta y otro signo compuesto por un
conjunto de elementos, la protección no se extenderá a los elementos contenidos
en ella que sean de uso común o necesario en el comercio”.—Katherine Jiménez
Tenorio, Registradora.—( IN2022632269 ).
Solicitud Nº 2021-0007224.—Priscilla
María Castro Arroyo, cédula de identidad N° 116760798 con domicilio en San
Pedro de Barva de Heredia, 600 metros este, 40 norte,casa 7A Urbanización
Vistas del Bosque, Heredia, Costa Rica, solicita la inscripción de: Zakura
Banana
como
marca de fábrica y comercio en clase 25 internacionales, para proteger y
distinguir lo siguiente: en clase 25: Vestuario, calzado y sombreros. Fecha: 21
de octubre de 2021. Presentada el: 10 de agosto de 2021. San José. Se cita a
terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este
Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera
publicación de este edicto. 21 de octubre de 2021. A efectos de publicación,
téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978. Esta solicitud
se rige por el art. 28 de la Ley de Marcas Comerciales y Otros Signos
Distintivos que indica “Cuando la marca consista en una etiqueta y otro signo
compuesto por un conjunto de elementos, la protección no se extenderá a los
elementos contenidos en ella que sean de uso común o necesario en el
comercio”.—Jamie Phillips Guardado, Registrador.—( IN2022632280 ).
Solicitud Nº 2022-0000153.—Ericka Núñez
Gamboa, casada una vez, cédula de identidad N° 304550803,
con domicilio en 1 km al este de Plaza Madrid, Condominio Vistas de Monserrat,
casa 19-1A, Costa Rica, solicita la inscripción
como
marca de servicios en clase: 41. Internacional. Para proteger y distinguir lo
siguiente: en clase 41: Cursos de formación, instrucción y coaching
relacionados con las finanzas a niños, padres e instituciones públicas y
privadas. Reservas: De los colores: verde, azul y blanco. Fecha: 12 de enero de
2022. Presentada el: 6 de enero de 2022. San José. Se cita a terceros interesados
en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los
dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este
edicto. 12 de enero de 2022. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo
dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978. Esta solicitud se rige por el art.
28 de la Ley de Marcas Comerciales y Otros Signos Distintivos que indica
“Cuando la marca consista en una etiqueta y otro signo compuesto por un
conjunto de elementos, la protección no se extenderá a los elementos contenidos
en ella que sean de uso común o necesario en el comercio”.—Rina Ruiz Mata,
Registradora.—( IN2022632309 ).
Solicitud N° 2021-0007891.—Anna Saravalle, casada, cédula de residencia N° 13800236230, en
calidad de apoderado generalísimo de Buenasolas del Este Sociedad Anónima, cédula jurídica N° 3-101-706486, con domicilio en Parrita,
Esterillos, Parrita, 100 metros al norte de la entrada a Playa Bejuco,
Puntarenas, Costa Rica, solicita la inscripción de: El Chiringuito
como marca de servicios, en
clase 43 internacional. Para proteger y distinguir lo siguiente: en clase 43:
Servicios de restauración (alimentación). Relacionado con todos los servicios
prestados en relación con la preparación de alimentos y bebidas para el consumo
humano por medio de un local (Restaurante). Fecha: 15 de noviembre del 2021.
Presentada el: 31 de agosto del 2021. San José: Se cita a terceros interesados
en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los
dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este
edicto. 15 de noviembre del 2021. A efectos de publicación, téngase en cuenta
lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley N°
7978. Esta solicitud se rige por el art. 28 de la Ley de Marcas
Comerciales y Otros Signos Distintivos que indica “Cuando la marca consista en
una etiqueta y otro signo compuesto por un conjunto de elementos, la protección
no se extenderá a los elementos contenidos en ella que sean de uso común o
necesario en el comercio”.—Pablo Andrés Sancho Calvo, Registrador.—(
IN2022632315 ).
Solicitud Nº 2021-0008037.—Norma
de Jesús Torrez Rizo,
casada una vez, cédula de residencia 155809019919 con domicilio en Parrita, Playa
Bejuco, Centro Comercial Esterillos Town Center, Cigars Shop, Puntarenas, Costa
Rica, solicita la inscripción
como marca de fábrica y comercio en clase: 34 Internacional para
proteger y distinguir lo siguiente: en clase 34: La manufacturación de
productos de tabaco de calidad, Habanos o cigarros hechos de la planta de
tabaco, todos los productos son hechos a mano y con calidad suprema o premium.
Fecha: 14 de enero de 2022. Presentada el: 3 de septiembre de 2021. San José:
Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer
ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la
primera publicación de este edicto. 14 de enero de 2022. A efectos de
publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978.
Esta solicitud se rige por el art. 28 de la Ley de Marcas Comerciales y Otros
Signos Distintivos que indica “Cuando la marca consista en una etiqueta y otro
signo compuesto por un conjunto de elementos, la protección no se extenderá a
los elementos contenidos en ella que sean de uso común o necesario en el
comercio”.—Pablo Andrés Sancho
Calvo, Registrador.—( IN2022632316 ).
Solicitud Nº 2022-0001448.—Mauricio Ventura Aragón, casado
una vez, cédula de identidad 104530248, en calidad de apoderado especial de
Somnio Hotels Group Shg Sociedad Anónima, cédula jurídica 3101843766 con
domicilio en Carmen, avenidas 1 y 3, calle 5, edificio Lines segundo piso, San
José, Costa Rica , solicita la inscripción
como
marca de servicios en clase(s): 35. Internacional(es). Para proteger y
distinguir lo siguiente: en clase 35: Servicios de administración hotelera.
Fecha: 15 de marzo de 2022. Presentada el: 18 de febrero de 2022. San José: Se
cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante
este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la
primera publicación de este edicto. 15 de marzo de 2022. A efectos de
publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978.
Esta solicitud se rige por el art. 28 de la Ley de Marcas Comerciales y Otros
Signos Distintivos que indica “Cuando la marca consista en una etiqueta y otro
signo compuesto por un conjunto de elementos, la protección no se extenderá a
los elementos contenidos en ella que sean de uso común o necesario en el
comercio”.—Grettel Solís Fernández, Registradora.—( IN2022632319 ).
Solicitud N° 2022-0001563.—Nelson
Delgado Araya, en calidad de apoderado especial de Javier de los Ángeles Jiménez Hidalgo, soltero, cédula de identidad
N° 604680328, con domicilio en frente al Gimnasio de La Lucha/ Sabalito/ Coto
Brus/ Puntarenas/ Costa Rica, 60801, San Vito, Costa Rica, solicita la
inscripción
como marca de comercio y
servicios en clase: 30. Internacional. Para proteger y distinguir lo siguiente:
en clase 30: Café; té; cacao; sucedáneos del café; arroz; pastas alimenticias y
fideos; tapioca y sagú; harinas y preparaciones a base de cereales; pan;
productos de pastelería y confitería; chocolate; helados cremosos; sorbetes y
otros helados; azúcar; miel, jarabe de melaza; levadura; polvos de hornear;
sal; productos para sazonar; especias; hierbas en conserva; vinagre; salsas y
otros condimentos; hielo. Reservas: Costa Rica. Fecha: 25 de febrero de 2022.
Presentada el: 22 de febrero de 2022. San José. Se cita a terceros interesados
en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los
dos meses siguientes, contados a partir de la
primera publicación de este edicto. 25 de febrero de 2022. A efectos de
publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley N°
7978. Esta solicitud se rige por el art. 28 de la Ley de Marcas Comerciales y
Otros Signos Distintivos que indica “Cuando la marca consista en una etiqueta y
otro signo compuesto por un conjunto de elementos, la protección no se extenderá
a los elementos contenidos en ella que sean de uso común o necesario en el
comercio”.—Wendy López Vindas, Registradora.—( IN2022632439 ).
Solicitud N° 2021-0006956.—Allan
Barrantes Venegas, casado una vez, cédula de identidad N° 502830077, en calidad
de apoderado especial de Materiales de Construcción Nosara Sociedad Anónima, cédula
jurídica N°
3101320719, con domicilio en Nicoya, Nosara, del Banco de Costa Rica, 100
metros este, costado norte de Materiales de Construcción Nosara, segundo piso,
local 2000, Guanacaste, Costa Rica, solicita la inscripción de:
como nombre comercial en
clase 49 internacional, para proteger y distinguir lo siguiente: un
establecimiento comercial dedicado a ferretería y materiales de construcción,
ubicado en Nicoya, Nosara, del Banco de Costa Rica, 100 metros este. Reservas:
de los colores: amarillo, verde y azul. No se hace reserva de las palabras de
uso común
MATERIALES DE CONSTRUCCIÒN NOSARA. Fecha: 10 de marzo de 2022. Presentada el 30
de julio de 2021. San José: Se cita a terceros interesados en defender sus
derechos para hacerlos valer ante este Registro,
dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación
de este edicto. 10 de marzo de 2022. A efectos de publicación, téngase en
cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978. Esta solicitud se rige
por el art. 28 de la Ley de Marcas Comerciales y Otros Signos Distintivos que
indica “Cuando la marca consista en una etiqueta y otro signo compuesto por un
conjunto de elementos, la protección no se extenderá a los elementos
contenidos en ella que sean de uso común o necesario en el comercio”.—Jamie
Phillips Guardado, Registrador.—( IN2022632452 ).
Solicitud Nº 2022-0002205.—Roberto
Enrique Cordero Brenes, cédula de identidad N° 111660540, en calidad de
apoderado especial de Cooperativa Agrícola Industrial y de Servicios Múltiples El General
Responsabilidad Limitada, cédula jurídica N° 3004045099, con domicilio en: San
José, San Isidro de El General, Pérez Zeledón, contiguo a la terminal de buses
del mercado municipal, segundo piso, Costa Rica, solicita la inscripción
como marca de fábrica y comercio en clase 30 internacional, para
proteger y distinguir lo siguiente: para proteger y distinguir productos de
café. Reservas: la solicitante se reserva el uso exclusivo del distintivo
marcario en cualesquiera tamaños, formas, colores, tipos o formas de letras y
combinaciones de colores. Fecha: 16 de marzo de 2022. Presentada el: 11 de marzo de 2022. San José. Se cita a terceros
interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro,
dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación
de este edicto. 16 de marzo de 2022. A efectos de publicación, téngase en
cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978. Esta solicitud se
rige por el art. 28 de la Ley de Marcas Comerciales y Otros Signos Distintivos que indica “Cuando la marca consista en una
etiqueta y otro signo compuesto por un conjunto de elementos, la protección no
se extenderá a los elementos contenidos en ella que sean de uso común o necesario en el comercio”.—Ginna Aguilar Madriz, Registrador(a).—(
IN2022632509 ).
Solicitud Nº 2022-0002206.—Roberto
Enrique Cordero Brenes, cédula de identidad N° 111660540, en calidad de
apoderado especial de Cooperativa Agrícola Industrial y de Servicios Múltiples El General
Responsabilidad Limitada, cédula jurídica N° 3004045099, con domicilio en: San
José, San Isidro de El General, Pérez Zeledón, contiguo a la terminal de buses
del mercado municipal, segundo piso, Costa Rica, solicita la inscripción
como
nombre comercial en clase 49 internacional(es), para proteger y distinguir lo
siguiente: un establecimiento comercial dedicado a la producción y venta de
productos de café, ubicado en Costa Rica, San José, San Isidro de El General,
Pérez Zeledón, contiguo a la terminal de buses del Mercado Municipal, segundo
piso. Reservas: la solicitante se reserva el uso exclusivo del distintivo
marcario en cualesquiera tamaños, formas, colores, tipos o formas de letras y
combinaciones de colores. Fecha: 16 de marzo de 2022. Presentada el: 11 de
marzo de 2022. San José. Se cita a terceros interesados en defender sus
derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses
siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. 16 de
marzo de 2022. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el
artículo 85 de la Ley 7978. Esta solicitud se rige por el art. 28 de la Ley de
Marcas Comerciales y Otros Signos Distintivos que indica “Cuando la marca
consista en una etiqueta y otro signo compuesto por un conjunto de elementos,
la protección no se extenderá a los elementos contenidos en ella que sean de
uso común o necesario en el comercio”.—Ginna Aguilar Madriz, Registrador(a).—(
IN2022632512 ).
PUBLICACIÓN DE SEGUNDA VEZ
Solicitud
Nº 2022-0000996.—José David Córdoba Hernández, soltero, cédula de
identidad 116400240, en calidad de Apoderado Generalísimo de ETS Engineering
Technological Solutions, Sociedad de Responsabilidad Limitada, Cédula jurídica
3102840397 con domicilio en Santo Domingo, San Vicente, del Automercado 200
metros norte, casa a mano izquierda con portón negro, Heredia, Costa Rica,
solicita la inscripción
como Marca de Fábrica en
clase 9 internacional. Para proteger y distinguir lo siguiente: en clase 9:
Aparatos e instrumentos científicos, náuticos, geodésicos, fotográficos,
cinematográficos, ópticos, de pesaje, de medición, de señalización, de control
(inspección), de salvamento y de enseñanza; aparatos e instrumentos de
conducción, distribución, transformación, acumulación, regulación o control de
la electricidad; aparatos de grabación, transmisión o reproducción de sonido o
imágenes; soportes de registro magnéticos,
discos acústicos; discos compactos, DVD y otros soportes de grabación
digitales; mecanismos para aparatos de previo pago; cajas registradoras,
máquinas de calcular, equipos de procesamiento de datos, ordenadores;
software; extintores, equipos de, comunicación, telecomunicaciones, sistemas
contra incendio, equipos GPS, artefactos
inteligentes como sensores y luces conectadas a internet, alarmas, cámaras,
discos duros, fuentes de respaldo, control de acceso, switches,
céntrales telefónicas, intercomunicadores, racks, ordenadores, cable, paneles,
detectores, sirenas, estaciones manuales, módulos. Fecha: 10 de marzo de 2022.
Presentada el: 3 de febrero de 2022. San José: Se cita a terceros interesados
en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los
dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este
edicto. 10 de marzo de 2022. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo
dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978. Esta solicitud se rige por el art.
28 de la Ley de Marcas Comerciales y Otros Signos Distintivos que indica
“Cuando la marca consista en una etiqueta y otro signo compuesto por un
conjunto de elementos, la protección no se extenderá a los elementos contenidos
en ella que sean de uso común o necesario en el comercio”.—Walter Alfaro
González, Registrador.—( IN2022631930 ).
Solicitud N° 2021-0011423.—Fabiola
Sáenz Quesada, divorciada, cédula de identidad N° 109530774, en calidad de
apoderada especial de Higher Education S.L., con domicilio en C/ Las Infantas
22-4°B, 28004, - Madrid, España, solicita la inscripción de:
como marca de fábrica y
servicios en clases: 9; 16; 41 y 42 Internacionales, para proteger y distinguir
lo siguiente: en clase 9: software de realidad virtual y animada. Software
informático interactivo; en clase 16: material de enseñanza, libros; en clase
41: publicación, edición y redacción de textos, servicios de educación
interactiva en línea, servicios de formación, servicios de formación
electrónica, servicios de academias educativas para la enseñanza; en clase 42:
diseño de software de realidad virtual, desarrollo de software interactivo
multimedia. Fecha: 7 de enero de 2022. Presentada el 17 de diciembre de 2021.
San José: Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos
valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir
de la primera publicación de este edicto. 7 de enero de 2022. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto
en el artículo 85 de la Ley 7978. Esta solicitud se rige por el art. 28 de la
Ley de Marcas Comerciales y Otros Signos Distintivos que indica “Cuando la
marca consista en una etiqueta y otro signo compuesto por un conjunto de
elementos, la protección no se extenderá a los elementos contenidos en
ella que sean de uso común o necesario en el comercio”.—Ildreth Araya Mesen,
Registradora.—( IN2022632538 ).
Solicitud Nº 2022-0002215.—Lothar Volio Volkmer, soltero, cédula de identidad N° 109520932, en calidad de apoderado especial de
Barex Italiana S.R.L. con domicilio en Via Grazia, 11, 40069 Zola Predosa
(Bologna), Italia, solicita la inscripción de: BAREX ITALIANA MASTERY
como marca de comercio en clases 3 y 44 internacionales, para proteger y
distinguir lo siguiente: en clase 3: Cremas para el cuidado del cabello para
uso cosmético; jabones para uso personal; aceites para el cabello para uso
personal; aclaradores para el cabello para uso personal: gel para el cabello
para uso personal; preparaciones cosméticas para el cuidado del cabello para
uso personal; champús para uso personal; tintes para el cabello para uso
personal: lociones para el cuidado del cabello para uso personal: preparaciones
para reparar el cabello para uso personal; preparaciones para el tratamiento
del cabello para uso personal; emolientes para el cabello para uso personal:
mascarillas para el cabello para uso personal; mousse para el cabello para uso
personal: aerosol para el cabello para uso personal: lacas para el cabello para
uso personal; brillo para el cabello para uso personal; preparaciones
brillantes (pulido) para uso personal; pomadas para el cabello para uso
personal: acondicionadores para el cabello para uso personal; decolorantes para
el cabello para uso personal: jabones de baño en forma de gel, no para uso
médico: preparaciones cosméticas para el cuidado de la piel para uso personal;
en clase 44: Escuelas de peluquería; organización de Cursos de formación para
peluqueros y esteticistas; escuelas de esteticistas Fecha: 16 de marzo de 2022.
Presentada el: 11 de marzo de 2022. San José. Se cita a terceros interesados en
defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos
meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto.
16 de marzo de 2022. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto
en el artículo 85 de la Ley 7978. Esta solicitud se rige por el art. 28 de la
Ley de Marcas Comerciales y Otros Signos Distintivos que indica “Cuando la
marca consista en una etiqueta y otro signo compuesto por un conjunto de
elementos, la protección no se extenderá a los elementos contenidos en ella que
sean de uso común o necesario en el comercio”.—Katherine Jiménez Tenorio,
Registradora.—( IN2022632540 ).
Solicitud Nº 2022-0001343.—Fabiola
Sáenz Quesada, divorciada, cédula de identidad 109530774, en calidad de
Apoderado Especial de Alberto y Melva S.A., con domicilio en Escazú, Centro
Comercial Avenida Escazú, San José, Costa Rica, solicita la inscripción
como marca de servicios en clase: 35 Internacional para proteger y
distinguir lo siguiente: en clase 35: Servicios de venta de joyería; servicios
de venta de relojería e instrumentos cronométricos; todos los anteriores
enfocados al sector de bodas y afines. Fecha: 21 de febrero de 2022. Presentada
el: 15 de febrero de 2022. San José: Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este
Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera
publicación de este edicto. 21 de febrero de 2022. A efectos de publicación,
téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978. Esta solicitud
se rige por el art. 28 de la Ley de Marcas Comerciales y Otros Signos Distintivos
que indica “Cuando la marca consista en una etiqueta y otro signo compuesto por
un conjunto de elementos, la protección no se extenderá a los elementos
contenidos en ella que sean de uso común o necesario en el comercio”.—Ildreth
Araya Mesen, Registrador.—( IN2022632543 ).
Solicitud N° 2022-0001344.—Fabiola
Sáenz Quesada, divorciada, cédula de identidad N° 109530774, en calidad de
apoderada especial de Alberto y Melva S. A., con domicilio en Escazú, Centro
Comercial Avenida Escazú, San José, Costa Rica, solicita la inscripción de:
como marca de servicios en
clase: 37 internacional, para proteger y distinguir lo siguiente: servicios de
pulimentación, reparación y mantenimiento de joyería, artículos de relojería e
instrumentos cronométricos; todos los anteriores enfocados al sector de bodas y
afines. Fecha: 21 de febrero de 2022. Presentada el 15 de febrero de 2022. San
José: Se cita a terceros interesados en
defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos
meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto.
21 de febrero de 2022. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto
en el artículo 85 de la Ley 7978. Esta solicitud se rige por el art. 28 de la
Ley de Marcas Comerciales y Otros Signos Distintivos que indica “Cuando la
marca consista en una etiqueta y otro signo compuesto por un conjunto de
elementos, la protección no se extenderá a los elementos contenidos en
ella que sean de uso común o necesario en el comercio”.—Ildreth Araya Mesén, Registradora.—(
IN2022632544 ).
Solicitud Nº 2022-0001342.—Fabiola
Sáenz Quesada, divorciada, cédula de identidad 109530774, en calidad de
apoderada especial de Alberto y Melva, S. A., cédula jurídica 3-101-141719 con
domicilio en Escazú, Centro Comercial Avenida Escazú, San José, Costa Rica,
solicita la inscripción
como
Marca de Fábrica y Comercio en clase(s): 14. Internacional(es). Para proteger y
distinguir lo siguiente: en clase 14: Metales preciosos y sus aleaciones;
artículos de joyería, piedras preciosas y semipreciosas; artículos de relojería
e instrumentos cronométricos; todos los anteriores enfocados al sector de bodas
y afines. Fecha: 21 de febrero de 2022. Presentada el: 15 de febrero de 2022.
San José: Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos
valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir
de la primera publicación de este edicto. 21 de febrero de 2022. A efectos de
publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978.
Esta solicitud se rige por el art. 28 de la Ley de Marcas Comerciales y Otros
Signos Distintivos que indica “Cuando la marca consista en una etiqueta y otro
signo compuesto por un conjunto de elementos, la protección no se extenderá a
los elementos contenidos en ella que sean de uso común o necesario en el
comercio”.—Ildreth Araya Mesén, Registradora.—(
IN2022632545 ).
Solicitud Nº 2021-0009474.—Fabiola
Sáenz Quesada, divorciada, cédula de identidad N° 109530774, en calidad de
apoderada especial de Guy Harvey, Inc. con domicilio en 5470 NW 10TH Terrace,
Fort Lauderdale, FL 33309, Estados Unidos de América, solicita la inscripción
de: GUY HARVEY como marca de fábrica y comercio en clase: 25.
Internacional. Para proteger y distinguir lo siguiente: en clase 25: Prendas de
vestir, a saber, camisetas de manga corta y manga larga, camisetas sin mangas,
sudaderas, pantalones deportivos, camisetas deportivas, camisetas de
campamento, camisetas de golf, camisetas de punto, camisetas de cuello abierto,
camiseta tipo polo, pijamas, suéteres, chaquetas, pantalones, pantalones capri,
shorts, vestidos, faldas, baberos de tela para bebés, prendas de una pieza para
bebés y niños pequeños, cinturones de tela, cinturones de cuero, gorras,
sombreros, viseras para el sol, bufandas, polainas para el cuello y trajes de
baño. Fecha: 4 de marzo de 2022. Presentada el: 19 de octubre de 2021. San
José. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos
valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir
de la primera publicación de este edicto. 4 de marzo de 2022. A efectos de
publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978.
Esta solicitud se rige por el art. 28 de la Ley de Marcas Comerciales y Otros
Signos Distintivos que indica “Cuando la marca consista en una etiqueta y otro
signo compuesto por un conjunto de elementos, la protección no se extenderá a
los elementos contenidos en ella que sean de uso común o necesario en el
comercio”.—Bernard Molina Alvarado, Registrador.—( IN2022632546 ).
Solicitud Nº 2022-0002216.—Lothar Volio Volkmer, casado una
vez, cédula de identidad N° 109520932, en calidad de apoderado especial de
Barex Italiana S.R.L., con domicilio en Via Grazia, 11, 40069 Zola Predosa (Bologna),
Italia, solicita la inscripción de: PERMESSE, como marca de comercio en
clase: 3 internacional, para proteger y distinguir lo siguiente: cremas para el
cuidado del cabello para uso cosmético; jabones para uso personal; aceites para
el cabello para uso personal; aclaradores para el cabello para uso personal;
gel para el cabello para uso personal; preparaciones cosméticas para el cuidado
del cabello para uso personal; champús para uso personal; tintes para el
cabello para uso personal; lociones para el cuidado del cabello para uso
personal; preparaciones para reparar el cabello para uso personal;
preparaciones para el tratamiento del cabello para uso personal; emolientes
para el cabello para uso personal; mascarillas para el cabello para uso
personal; mousse para el cabello para uso personal; aerosol para el cabello
para uso personal; lacas para el cabello para uso personal; brillo para el
cabello para uso personal; preparaciones brillantes (pulido) para personal;
pomadas para el cabello para personal; acondicionadores para el cabello para
uso personal; decolorantes para el cabello para uso personal; jabones de baño
en forma de gel, no para uso médico; preparaciones cosméticas para el cuidado
de la piel para uso personal. Fecha: 16 de marzo de 2022. Presentada el 11 de
marzo de 2022. San José: Se cita a terceros interesados en defender sus
derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses
siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. 16 de
marzo de 2022. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el
artículo 85 de la Ley 7978. Esta solicitud se rige por el art. 28 de la Ley de
Marcas Comerciales y Otros Signos Distintivos que indica “Cuando la marca
consista en una etiqueta y otro signo compuesto por un conjunto de elementos,
la protección no se extenderá a los elementos contenidos en ella que sean de
uso común o necesario en el comercio”.—Katherine Jiménez Tenorio,
Registradora.—( IN2022632547 ).
Solicitud Nº 2022-0002085.—Rodolfo
Jiménez Bonilla, casado una vez, cédula de identidad N° 401650839, con
domicilio en avenida 18 Plaza González Víquez, San José, Costa Rica, solicita
la inscripción de: CLÍNICA DE PIES Y UÑAS PYU como nombre comercial en
clase internacional. Para proteger y distinguir lo siguiente: en clase 49: Un
establecimiento comercial dedicado a Centro médico especializado en pies y uñas
enfermas, ubicado en San José, Avenida 18 Plaza González Víquez de la esquina
suroeste 150 metros sur. Fecha: 11 de marzo de 2022. Presentada el: 8 de marzo
de 2022. San José. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para
hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados
a partir de la primera publicación de este edicto. 11 de marzo de 2022. A
efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la
Ley 7978. Esta solicitud se rige por el art. 28 de la Ley de Marcas Comerciales
y Otros Signos Distintivos que indica “Cuando la marca consista en una etiqueta
y otro signo compuesto por un conjunto de elementos, la protección no se
extenderá a los elementos contenidos en ella que sean de uso común o necesario
en el comercio”.—Randall Abarca Aguilar, Registrador.—( IN2022632552 ).
Solicitud N° 2022-0000949.—José Antonio Silva Meneses, cédula de identidad N° 110820529,
en calidad de apoderado especial de Wet Hotel LLC Sociedad de Responsabilidad
Limitada, cédula jurídica N° 3102693901, con domicilio en Guanacaste, Santa
Cruz, Tamarindo, Oficina P&D Abogados, Centro Comercial Tamarindo Business
Center, oficina número dos, 50309, Santa Cruz, Playa Tamarindo, Costa Rica,
solicita la inscripción
como
emblema, en clase(s): internacional(es).
Para proteger y distinguir lo siguiente: en clase 48: Establecimiento comercial
dedicado a servicios restaurante lounge (salón), bar. Ubicado en: Guanacaste,
Santa Cruz, Tamarindo, 50 metros este del Banco Nacional/Costa Rica. Reservas:
No hay reservas. Fecha: 11 de marzo del 2022. Presentada el: 03 de febrero del
2022. San José: Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para
hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados
a partir de la primera publicación de este edicto. 11 de marzo del 2022. A
efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la
Ley N° 7978. Esta solicitud se rige por el art. 28 de la Ley de Marcas
Comerciales y Otros Signos Distintivos que indica “Cuando la marca consista en
una etiqueta y otro signo compuesto por un conjunto de elementos, la protección
no se extenderá a los elementos contenidos en ella que sean de uso común o
necesario en el comercio”.—Rina Ruiz Mata, Registrador(a).—( IN2022632563 ).
Solicitud Nº 2022-0000256.—Nicolás
Durán Blanco, soltero, cédula de identidad N° 114530324, con domicilio en: 800
metros norte del cementerio del distrito de Jardín del cantón de Dota, Finca
Hutukara, portón rojo a mano izquierda, casa de madera de dos plantas y
ventanales grandes, San José, Costa Rica, solicita la inscripción
como marca de fábrica y servicios en clases: 9, 17, 37, 41 y 42.
Internacionales. Para proteger y distinguir lo siguiente: en clase 9: Aparatos
e instrumentos para el tratamiento de sonidos; en clase 17: Artículos y materiales
para aislamiento acústico; en clase 37: Instalación de productos acústicos; en
clase 41: Educación; formación sobre acústica y en clase 42: Diseño, espacios
interiores, espacios acústicos y tratamiento acústico. Fecha: 18 de febrero de
2022. Presentada el 11 de enero de 2022. San José. Se cita a terceros
interesados en defender sus derechos para
hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados
a partir de la primera publicación de este edicto. 18 de febrero de 2022. A efectos
de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley N° 7978. Esta solicitud se rige por el art. 28 de la
Ley de Marcas Comerciales y Otros Signos Distintivos que indica “Cuando la
marca consista en una etiqueta y otro signo compuesto por un conjunto de
elementos, la protección no se extenderá a los elementos contenidos en ella que
sean de uso común o necesario en el comercio”.—Ginna
Aguilar Madriz, Registradora.—( IN2022632592 ).
Solicitud Nº 2022-0002182.—Alejandro Rodríguez Castro, mayor
de edad, casado una vez, Abogado, cédula de identidad 107870896, en calidad de
Apoderado Especial de Repsol S. A. con domicilio en Calle Méndez Álvaro, número
44 28045 Madrid, España, 28045, Madrid, España, solicita la inscripción de: REPSOL
AUTOMATOR como Marca de Fábrica y Comercio en clase 4 internacional. Para
proteger y distinguir lo siguiente: en clase 4: Aceites y grasas industriales;
lubricantes; Aceites y grasas lubricantes Fecha: 15 de marzo de 2022.
Presentada el: 10 de marzo de 2022. San José: Se cita a terceros interesados en
defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos
meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto.
15 de marzo de 2022. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto
en el artículo 85 de la Ley 7978. Esta solicitud se rige por el art. 28 de la
Ley de Marcas Comerciales y Otros Signos Distintivos que indica “Cuando la
marca consista en una etiqueta y otro signo compuesto por un conjunto de elementos,
la protección no se extenderá a los elementos contenidos en ella que sean de
uso común o necesario en el comercio”.—Katherine Jiménez Tenorio,
Registradora.—( IN2022632598 ).
Solicitud Nº 2022-0002185.—Alejandro Rodríguez Castro,
mayor de edad, casado una vez, abogado, vecino de San José, cédula de identidad
N° 107870896, en calidad de apoderado especial de Repsol S. A. con domicilio en
C/ Méndez Álvaro, número 44 28045 Madrid, España, 28045, Madrid, España,
solicita la inscripción de: REPSOL NAVIGATOR como marca de fábrica y
comercio en clase 4 internacional, para proteger y distinguir lo siguiente: en
clase 4: Aceites y grasas industriales; lubricantes; Aceites y grasas
lubricantes. Fecha: 15 de marzo de 2022. Presentada el: 10 de marzo de 2022.
San José. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos
valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir
de la primera publicación de este edicto. 15 de marzo de 2022. A efectos de
publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978.
Esta solicitud se rige por el art. 28 de la Ley de Marcas Comerciales y Otros
Signos Distintivos que indica “Cuando la marca consista en una etiqueta y otro
signo compuesto por un conjunto de elementos, la protección no se extenderá a
los elementos contenidos en ella que sean de uso común o necesario en el
comercio”.—Katherine Jiménez Tenorio, Registradora.—( IN2022632600 ).
Solicitud Nº 2022-0002184.—Alejandro Rodríguez Castro, casado una
vez, cédula de identidad N° 107870896, en calidad de apoderado especial de
Repsol S. A., con domicilio en c/ Méndez Álvaro número 44 28045 Madrid, España, 28045, Madrid,
España, solicita la inscripción de: REPSOL MAKER como marca de fábrica y
comercio en clase: 4. Internacional. Para proteger y distinguir lo siguiente:
en clase 4: Aceites y grasas industriales; lubricantes; aceites y grasas
lubricantes. Fecha: 15 de marzo de 2022. Presentada el: 10 de marzo de 2022.
San José. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos
valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir
de la primera publicación de este edicto. 15 de marzo de 2022. A efectos de
publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978.
Esta solicitud se rige por el art. 28 de la Ley de Marcas Comerciales y Otros
Signos Distintivos que indica “Cuando la marca consista en una etiqueta y otro
signo compuesto por un conjunto de elementos, la protección no se extenderá a
los elementos contenidos en ella que sean de uso común o necesario en el
comercio”.—Katherine Jiménez Tenorio, Registradora.—( IN2022632601 ).
Solicitud N° 2022-0001808.—Douglas Castro Peña, casado una
vez, cédula de identidad N° 105150120,
en calidad de apoderado especial de Ultrasonografía La
California S. A., cédula jurídica N° 3101053883, con domicilio en Barrio La
California, del Cine Magaly 100 sur 50 este, San José, Costa Rica, solicita la
inscripción de: ULTRASONIDO LA CALIFORNIA como Nombre Comercial, en
clase: 49. Internacional. Para proteger y
distinguir lo siguiente: Un establecimiento comercial dedicado a
servicios médicos de diagnósticos a través de imágenes de ultrasonografía.
Ubicado en: San José, distrito Carmen, Barrio La California del Cine Magaly 50
sur, 50 este Condominio Dallas segundo piso. Fecha: 10 de marzo del 2022.
Presentada el: 01 de marzo del 2022. San José: Se cita a terceros interesados
en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos
meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto.
10 de marzo del 2022. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto
en el artículo 85 de la Ley N° 7978.
Esta solicitud se rige por el art. 28 de la Ley de Marcas Comerciales y Otros
Signos Distintivos que indica “Cuando la marca consista en una etiqueta y otro
signo compuesto por un conjunto de elementos, la protección no se extenderá a
los elementos contenidos en ella que sean de uso común o necesario en el comercio”.—Walter
Alfaro González, Registrador(a).—( IN2022632623 ).
Solicitud Nº 2022-0000650.—Montserrat
Alfaro Solano, divorciada, cédula de identidad 111490188, en calidad de
apoderada especial de Olga Cristina Picado Gatgens, casada una vez, cédula de
identidad 104680990 con domicilio en calle 23b, urbanización Rio Oro, Santa
Ana, 10904, San José, Costa Rica, solicita la inscripción
como
nombre comercial para proteger y distinguir lo siguiente: Un establecimiento
comercial dedicado a tienda de ropa para
mujer, caballero y niño, principalmente vestidos de novia, vestidos largos y cortos, zapatos y accesorios,
ubicado en Avenida Escazú, San Rafael de Escazú, local FF105 pudiendo abrir en
otras localidades. Fecha: 14 de marzo de 2022. Presentada el: 25 de enero de
2022. San José: Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para
hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados
a partir de la primera publicación de este edicto. 14 de marzo de 2022. A
efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la
Ley 7978. Esta solicitud se rige por el art. 28 de la Ley de Marcas Comerciales
y Otros Signos Distintivos que indica “Cuando la marca consista en una etiqueta
y otro signo compuesto por un conjunto de elementos, la protección no se
extenderá a los elementos contenidos en ella que sean de uso común o necesario
en el comercio”.—Isela Chango Trejos, Registradora.—( IN2022632624 ).
Solicitud Nº 2022-0002251.—Marvin
Martínez Araya, divorciado una vez, cédula de identidad N° 301750543,
en calidad de apoderado generalísimo de Formuquin Formuladora Química
Industrial S. A., cédula de identidad 3101679957, con domicilio en Cartago, San
Francisco del Colegio Miravalles 300 metros sur, Residencial Las Garzas,
segunda alameda, Costa Rica, solicita la inscripción de: AGROMART, como
marca de fábrica y comercio en clase 01 internacional. Para proteger y
distinguir lo siguiente: en clase 1: Productos químicos para la agricultura, la
horticultura, silvicultura y abonos para el suelo. Fecha: 15 de marzo de, 2022.
Presentada el 11 de marzo del 2022. San José. Se cita a terceros interesados en
defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos
meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto.
15 de marzo del 2022. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto
en el artículo 85 de la Ley N°
7978. Esta solicitud se rige por el art. 28 de la Ley de Marcas Comerciales y
Otros Signos Distintivos que indica “Cuando la marca consista en una etiqueta y
otro signo compuesto por un conjunto de elementos, la protección no se
extenderá a los elementos contenidos en ella que sean de uso común o necesario
en el comercio”.—Milena Marín Jiménez, Registradora.—( IN2022632665 ).
Solicitud N° 2022-0002252.—Marvin
Martínez Araya, divorciado, cédula de identidad N° 301750543,
en calidad de apoderado generalísimo de Formuquim Formuladora Química
Industrial S. A., cédula jurídica N° 3101679957, con domicilio en San
Francisco, del Colegio Miravalles 300 metros sur, Residencial Las Garzas,
Segunda Alameda N°
4, Cartago, Costa Rica, solicita la inscripción de: MULTIMART como marca
de fábrica y comercio, en clase(s): 1 internacional(es). Para proteger y
distinguir lo siguiente: en clase 1: Productos químicos para agricultura, la
horticultura, silvicultura y abonos para el suelo. Fecha: 15 de marzo del 2022.
Presentada el: 11 de marzo del 2022. San José: Se cita a terceros interesados
en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los
dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este
edicto. 15 de marzo del 2022. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo
dispuesto en el artículo 85 de la Ley N° 7978.
Esta solicitud se rige por el art. 28 de la Ley de Marcas Comerciales y Otros
Signos Distintivos que indica “Cuando la marca consista en una etiqueta y otro
signo compuesto por un conjunto de elementos, la protección no se extenderá a
los elementos contenidos en ella que sean de uso común o necesario en el
comercio”.—Milena Marín Jiménez, Registrador(a).—( IN2022632666 ).
Solicitud Nº 2022-0002142.—Ana
Patricia Esquivel Vega, casada una vez, cédula de identidad N° 110810176 con domicilio en Urbanización La Fabiola, casa 13-D,
El Alto de La Trinidad de Moravia, San José, Costa Rica, solicita la
inscripción
como marca de fábrica y
comercio en clase 3 internacional, para proteger y distinguir lo siguiente: en
clase 3: Jabones; productos de perfumería, aceites esenciales, cosméticos,
lociones capilares; dentífricos. Fecha: 11 de marzo de 2022. Presentada el: 09
de marzo de 2022. San José. Se cita a terceros interesados en defender sus
derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses
siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. 11 de
marzo de 2022. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el
artículo 85 de la Ley 7978. Esta solicitud se rige por el art. 28 de la Ley de
Marcas Comerciales y Otros Signos Distintivos que indica “Cuando la marca
consista en una etiqueta y otro signo compuesto por un conjunto de elementos,
la protección no se extenderá a los elementos contenidos en ella que sean de
uso común o necesario en el comercio”.—Ginna Aguilar Madriz, Registradora.—(
IN2022632686 ).
Solicitud Nº 2022-0000860.—María
José Tenorio Sibaja, soltera, cédula de identidad N° 116560129,
con domicilio en Vázquez de Coronado, San Pedro, Lotes Méndez, San José, Costa
Rica, solicita la inscripción:
como marca de fábrica y
comercio en clase 25. Internacional. Para proteger y distinguir lo siguiente:
Prendas de vestir. Fecha: 02 de marzo del 2022. Presentada el 31 de enero del
2022. San José: Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para
hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados
a partir de la primera publicación de este
edicto. 02 de marzo del 2022. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo
dispuesto en el artículo 85 de la Ley N°
7978. Esta solicitud se rige por el
art. 28 de la Ley de Marcas Comerciales y Otros Signos
Distintivos que indica “Cuando la marca consista en una etiqueta y otro signo
compuesto por un conjunto de elementos, la protección no se extenderá a los
elementos contenidos en ella que sean de uso común o necesario en el comercio”.—Wendy López Vindas, Registradora.—(
IN2022632698 ).
Solicitud Nº 2021-0009175.—Sara Yoela Román Barquero, soltera, cédula de
identidad 402510588 con domicilio en de la entrada principal de la ladera,
250 metros al sur, Heredia, Costa Rica, solicita la inscripción de: LEMON
LASHES
como
marca de servicios en clase: 44. Internacional. Para proteger y distinguir lo
siguiente: en clase 44: Servicio de salón de belleza a domicilio (extensión de
pestañas) Fecha: 19 de octubre de 2021. Presentada el: 8 de octubre de 2021.
San José: Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos
valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir
de la primera publicación de este edicto. 19 de octubre de 2021. A efectos de
publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978.
Esta solicitud se rige por el art. 28 de la Ley de Marcas Comerciales y Otros
Signos Distintivos que indica “Cuando la marca consista en una etiqueta y otro
signo compuesto por un conjunto de elementos, la protección no se extenderá a
los elementos contenidos en ella que sean de uso común o necesario en el comercio”.—Katherine Jiménez
Tenorio, Registradora.—( IN2022632721 ).
Solicitud Nº 2022-0001696.—Adrián José Bolaños Mora, casado
una vez, cédula de identidad 113250589, en calidad de Apoderado Generalísimo de
Servicios Inmobiliarios La Aurora Sociedad Anónima, cédula jurídica 3101803258
con domicilio en Vázquez de Coronado, San Isidro; costado sur oeste del
servicentro El Trapiche, primera entrada a Fuentes de TIVOLI, primera casa, de
casa portón negro después de los apartamentos que se encuentran contiguos a
local de Monster Pizza, San José, Costa Rica, solicita la inscripción
como marca de servicios en clase: 35 Internacional para proteger y distinguir
lo siguiente: Servicios de gestión de proyectos de construcción, asistencia en
la dirección de empresas comerciales o industriales, asistencia en la dirección
de negocios, consultoría profesional sobre negocios comerciales, consultoría
sobre dirección de negocios, consultoría sobre organización de negocios,
servicios de externalización y servicios de subcontratación, servicios de
intermediación comercial. Fecha: 16 de marzo de 2022. Presentada el: 24 de
febrero de 2022. San José: Se cita a terceros interesados en defender sus
derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses
siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. 16 de
marzo de 2022. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el
artículo 85 de la Ley 7978. Esta solicitud se rige por el art. 28 de la Ley de
Marcas Comerciales y Otros Signos Distintivos que indica “Cuando la marca
consista en una etiqueta y otro signo compuesto por un conjunto de elementos,
la protección no se extenderá a los elementos contenidos en ella que sean de
uso común o necesario en el comercio”.—Alex Villegas Méndez, Registrador.—( IN2022632730 ).
Solicitud Nº 2022-0001598.—Harry Jaime Zurcher Blen, casado,
cédula de identidad 1041501184, en calidad de Apoderado Especial de Massey
Ferguson Corp. con domicilio en 4205 River Green Parkway, Duluth, GA 30096,
Estados Unidos de América, solicita la inscripción
como Marca de Fábrica y Comercio en clase(s): 7 y 12. Internacional(es).
Para proteger y distinguir lo siguiente: en clase 7: Cosechadoras de granos y
forraje; implementos agrícolas remolcados por
tractores, en concreto, agavilladoras [instrumentos agrícolas],
segadoras, gradas [rastras], arados, sembradoras, hileradoras, cultivadoras,
trilladoras, segadora-trilladora, cosechadoras y rastrillos henificadores;
máquinas agrícolas para plantar semillas, en concreto sembradoras; máquina
sembradora de semillas agrícolas; implementos agrícolas, en concreto
empacadoras de heno; elevadores para uso agrícola; empacadoras para uso
agrícola; empacadoras de heno; máquinas de plantación de semillas agrícolas;
máquinas agrícolas, en concreto agavilladoras, segadoras, rastras [gradas],
arados, sembradoras, hileradoras, cultivadoras, trilladoras, cosechadoras,
cosechadoras y rastrillos henificadores; en clase 12: Tractores; tractores para
fines agrícolas Fecha: 28 de febrero de 2022. Presentada el: 23 de febrero de
2022. San José: Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para
hacerlos valer ante este Registro, dentro de
los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este
edicto. 28 de febrero de 2022. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo
dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978. Esta solicitud se rige por el art.
28 de la Ley de Marcas Comerciales y Otros Signos Distintivos que indica
“Cuando la marca consista en una etiqueta y otro signo compuesto por un
conjunto de elementos, la protección no se extenderá a los elementos contenidos
en ella que sean de uso común o necesario en el comercio”.—Ildreth Araya Mesen,
Registrador.—( IN2022632737 ).
Solicitud Nº 2021-0011592.—Marco
Antonio López Volio, casado, cédula de identidad 1010740933, en calidad de
Gestor oficioso de PSI SERVICES LLC, con domicilio en 611 N. Brand BLVD., 10th
Floor Glendale California 91203, Estados Unidos de América, Estados Unidos de
América, solicita la inscripción de: TALOGY, como marca de servicios en
clase(s): 35 internacional(es), para proteger y distinguir lo siguiente: en
clase 35: Servicios de pruebas (o evaluaciones) comerciales, en concreto,
prestación de servicios de examen, prueba y evaluación diseñados para evaluar
las habilidades laborales; servicios de consultoría educativa para la
evaluación, diseño, desarrollo y validación de exámenes diseñados para evaluar
las habilidades laborales; realización de investigaciones y estudios
comerciales con respecto a los exámenes y las pruebas teóricas; servicios de
pruebas psicométricas para la evaluación de personal y el reclutamiento de
personal con fines comerciales y laborales; servicios de consultoría para la
evaluación, diseño, desarrollo y validación de pruebas psicométricas utilizadas
para la evaluación de personal y reclutamiento de personal con fines comerciales
y laborales. Prioridad: Fecha: 3 de marzo del 2022. Presentada el: 23 de
diciembre del 2021. San José: Se cita a terceros interesados en defender sus
derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses
siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. 3 de
marzo del 2022. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el
artículo 85 de la Ley 7978. Esta solicitud se rige por el art. 28 de la Ley de
Marcas Comerciales y Otros Signos Distintivos que indica “Cuando la marca
consista en una etiqueta y otro signo compuesto por un conjunto de elementos,
la protección no se extenderá a los elementos contenidos en ella que sean de
uso común o necesario en el comercio”.—Ginna Aguilar Madriz, Registradora.—( IN2022632738
).
Solicitud Nº 2022-0000959.—Harry Jaime Zurcher Blen, casado,
cédula de identidad 1041501184, en calidad de apoderado especial de Sony
Pictures Televisión Inc. con domicilio en 10202 West Washington BLVD., Culver
City, California 92032, Estados Unidos de América, Estados Unidos de América,
solicita la inscripción
como
marca de servicios en clase(s): 43. Internacional(es). Para proteger y
distinguir lo siguiente: en clase 43: Servicios de restaurante, bar, café y
catering. Reservas: Se reservan los colores rojo, amarillo, negro, azul,
celeste, naranja, blanco, gris, crema y verde en la misma disposición que
aparecen en el modelo adjunto Fecha: 22 de febrero de 2022. Presentada el: 3 de
febrero de 2022. San José: Se cita a terceros interesados en defender sus
derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses
siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. 22 de
febrero de 2022. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el
artículo 85 de la Ley 7978. Esta solicitud se rige por el art. 28 de la Ley de
Marcas Comerciales y Otros Signos Distintivos que indica “Cuando la marca
consista en una etiqueta y otro signo compuesto por un conjunto de elementos, la
protección no se extenderá a los elementos contenidos en ella que sean de uso
común o necesario en el comercio”.—Katherine
Jiménez Tenorio, Registradora.—( IN2022632739 ).
Solicitud Nº 2022-0001515.—Harry
Jaime Zurcher Blen, casado, cédula de identidad N° 1041501184, en calidad de
apoderado especial de PM-International AG con domicilio en 15, Wäistrooss, 5445
Schengen, Luxemburgo, Luxemburgo, solicita la inscripción
como marca de fábrica y
comercio en clase 5 internacional, para proteger y distinguir lo siguiente: en
clase 5: Suplementos nutricionales en forma de tabletas, cápsulas, polvo,
pasta, gránulos, barra o gel o en forma líquida; hierbas medicinales. Fecha: 02
de marzo de 2022. Presentada el: 21 de febrero de 2022. San José. Se cita a
terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este
Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera
publicación de este edicto. 02 de marzo de
2022. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo
85 de la Ley 7978. Esta solicitud se rige por el art. 28 de la Ley de Marcas
Comerciales y Otros Signos Distintivos que indica “Cuando la marca consista en
una etiqueta y otro signo compuesto por un conjunto de elementos, la protección
no se extenderá a los elementos contenidos en ella que sean de uso común o
necesario en el comercio”.—Walter Alfaro González, Registrador.—( IN2022632740
).
Solicitud N° 2022-0001528.—Marco Antonio Lopez Volio, casado, cédula de identidad N°
1010740933, en calidad de apoderado especial de Essity Hygiene and Health
Aktiebolag, con domicilio en 405 03 Göteborg, Suecia, Suecia, solicita la
inscripción de: SABA NATURAL CONFORT, como marca de fábrica y comercio
en clase: 5 internacional, para proteger y distinguir lo siguiente: en clase 5:
toallas sanitarias [toallas]; bragas sanitarias; bragas para menstruación;
tampones sanitarios; protectores de bragas [sanitarios]; calzoncillos
absorbentes para la incontinencia; preparaciones para duchas vaginales para uso
médico; lavados vaginales para uso médico; toallitas impregnadas con lociones
farmacéuticas; desinfectantes para la higiene; almohadillas de lactancia;
almohadillas para incontinencia; almohadillas de menstruación; toallitas
higienizantes; artículos absorbentes para la higiene personal; calzoncillos
para uso sanitario; pantaletas para la menstruación. Fecha: 28 de febrero de
2022. Presentada el 21 de febrero de 2022. San José: Se cita a terceros
interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro,
dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación
de este edicto. 28 de febrero de 2022. A efectos de publicación, téngase en
cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978. Esta solicitud se rige
por el art. 28 de la Ley de Marcas Comerciales y Otros Signos Distintivos que
indica “Cuando la marca consista en una etiqueta y otro signo compuesto por un
conjunto de elementos, la protección no se extenderá a los elementos contenidos
en ella que sean de uso común o necesario en el comercio”.—Walter Alfaro
González, Registrador.—( IN2022632741 ).
Solicitud Nº 2022-0001545.—Marco Antonio López Volio,
casado, cédula de identidad N° 1010740933, en calidad de apoderado especial de
El Perro y El Dragón Holístico Ltda., cédula jurídica N° 3102844241,
con domicilio en: Centro Corporativo Plaza Roble, edificio Los Balcones, cuarto
piso, oficinas Zurcher, Odio & Raven, Escazú, San José, Costa Rica,
solicita la inscripción de: ZEN PET, como marca de servicios en clase 44
internacional, para proteger y distinguir lo siguiente: servicios de peluquería
para animales domésticos; servicios veterinarios; servicios de masaje para
animales domésticos; servicios de medicina natural y holística para animales
domésticos; servicios de terapia para animales domésticos; servicios de
psicología para animales domésticos. Fecha: 01 de marzo de 2022. Presentada el:
22 de febrero de 2022. San José. Se cita a terceros interesados en defender sus
derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses
siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. 01 de
marzo de 2022. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el
artículo 85 de la Ley 7978. Esta solicitud se rige por el art. 28 de la Ley de
Marcas Comerciales y Otros Signos Distintivos que indica “Cuando la marca
consista en una etiqueta y otro signo compuesto por un conjunto de elementos,
la protección no se extenderá a los elementos contenidos en ella que sean de
uso común o necesario en el comercio”.—Rebeca Madrigal Garita,
Registrador(a).—( IN2022632742 ).
Solicitud Nº 2022-0001559.—Marco
Antonio López Volio,
casado, cédula de identidad 1010740933, en calidad de apoderado especial de El
Perro y El Dragón Holístico Ltda., cédula jurídica 3102844241 con domicilio en
Centro Corporativo Plaza Roble, Edificio Los Balcones, Cuarto Piso, Oficinas
Zurcher, Odio & Raven, Escazú, San José, Costa Rica, Costa Rica, solicita
la inscripción de: ZEN DOG como nombre comercial en clase: Internacional
para proteger y distinguir lo siguiente: en clase 49: Un establecimiento
comercial dedicado a venta de productos para perros tales como alimentos,
juguetes, accesorios, productos de limpieza, ropa; servicio de entrenamiento de
perros; servicios de alojamiento de perros; guarderías y centros de día para
perros; servicios de peluquería para perros; servicios veterinarios; servicios
de masaje para perros; servicios de medicina natural y holística para perros;
servicios de terapia para perros; servicios de psicología para perros;
servicios de paseo de perros. Ubicado en avenida Escazú, contiguo a Lexus
Fecha: 25 de febrero de 2022. Presentada el: 22 de febrero de 2022. San José:
Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer
ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la
primera publicación de este edicto. 25 de febrero de 2022. A efectos de
publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978.
Esta solicitud se rige por el art. 28 de la Ley de Marcas Comerciales y Otros
Signos Distintivos que indica “Cuando la marca consista en una etiqueta y otro
signo compuesto por un conjunto de elementos, la protección no se extenderá a
los elementos contenidos en ella que sean de uso común o necesario en el
comercio”.—Wendy López Vindas, Registradora.—( IN2022632743 ).
Solicitud Nº 2021-0010506.—Harry
Jaime Zurcher Blen, casado, cédula de
identidad N°
1041501184, en calidad de apoderado especial de Riot Games, Inc. con domicilio
en 12333 W. Olympic BLVD., Los Ángeles,
California 90064, Estados Unidos de América, solicita la inscripción de: WILD
RIFT ESPORTS como marca de comercio y servicios en clases 25; 38 y 41
internacionales, para proteger y distinguir lo siguiente: en clase 25: Ropa;
bandanas; cinturones [ropa]; gorras de béisbol; gorros; botas; abrigos;
disfraces; vestidos; calzado; guantes [ropa]; disfraces de Halloween;
sombreros; sombrerería; sudaderas con capucha; ropa infantil; chaquetas [ropa];
ropa para estar en la casa; pantalones; jerseys; ropa impermeable; sandalias;
bufandas; camisas; zapatos; pantalones cortos; faldas; ropa de dormir;
calcetines; pantalones deportivos; suéteres; sudaderas; trajes de baño;
camisetas; medias; tops [ropa]; chándales; ropa interior. En clase 38:
Servicios de telecomunicaciones y radiodifusión; difusión (relacionados con
deportes electrónicos) y transmisión de competencias y torneos de computadoras
y videojuegos a través de redes de comunicaciones mundiales, Internet y redes
inalámbricas( relacionados con deportes electrónicos); servicios de transmisión
de video, audio y televisión (relacionados con deportes electrónicos);
servicios de difusión por Internet a través de redes informáticas locales y
mundiales (relacionados con deportes electrónicos); transmisión electrónica
inalámbrica de datos, imágenes e información(relacionados con deportes
electrónicos). En clase 41: Servicios de entretenimiento (relacionados con
deportes electrónicos); servicios de esparcimiento, en concreto, organización y
realización de competencias y torneos de videojuegos y computadoras en directo
(relacionados con deportes electrónicos) establecer reglas y regulaciones en
relación con competencias y torneos de videojuegos y computadoras (relacionados
con deportes electrónicos); facilitación de presentaciones de audio y video no
descargables en el ámbito de competencias y torneos de videojuegos y
ordenadores a través de un sitio web (relacionados con deportes electrónicos);
suministro de información de entretenimiento no descargable sobre competencias
y torneos de videojuegos y ordenadores a través de un sitio web (relacionados
con deportes electrónicos); servicios de entretenimiento, en concreto,
organización de reuniones de fans en vivo y conferencias con juegos interactivos
entre participantes en los campos de los videojuegos y ordenadores
(relacionados con deportes electrónicos). Fecha: 17 de febrero de 2022.
Presentada el: 17 de noviembre de 2021. San José. Se cita a terceros
interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro,
dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación
de este edicto. 17 de febrero de 2022. A efectos de publicación, téngase en
cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978. Esta solicitud se rige
por el art. 28 de la Ley de Marcas Comerciales y Otros Signos Distintivos que
indica “Cuando la marca consista en una etiqueta y otro signo compuesto por un
conjunto de elementos, la protección no se extenderá a los elementos contenidos
en ella que sean de uso común o necesario en el comercio.”.—Sabrina Loaiciga
Pérez, Registradora.—( IN2022632744 ).
Solicitud N° 2022-0001549.—Marco
Antonio López Volio,
casado, cédula de identidad N° 1010740933, en calidad de apoderado especial de
El Perro y El Dragón Holístico, LTDA, cédula jurídica N° 3102844241, con
domicilio en Centro Corporativo Plaza Roble, Edificio los Balcones, cuarto
piso, Oficinas Zurcher, Odio & Raven, Escazú, San José, Costa Rica,
solicita la inscripción de: ZEN PET, como nombre comercial, para
proteger y distinguir lo siguiente: un establecimiento comercial dedicado a
venta de productos para mascotas tales como: alimentos, juguetes, accesorios,
productos de limpieza, ropa; servicio de entrenamiento de animales; servicios
de alojamiento de animales; guarderías y centros de día para animales;
servicios de peluquería para animales domésticos; servicios veterinarios;
servicios de masaje para animales domésticos; servicios de medicina natural y
holística para animales domésticos; servicios de terapia para animales
domésticos; servicios de psicología para animales domésticos; servicios de
paseo de mascotas. Ubicado en Avenida Escazú, contiguo a Lexus. Fecha: 25 de
febrero de 2022. Presentada el 22 de febrero de 2022. San José: Se cita a
terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este
Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera
publicación de este edicto. 25 de febrero de 2022. A efectos de publicación,
téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978. Esta solicitud
se rige por el art. 28 de la Ley de Marcas Comerciales y Otros Signos
Distintivos que indica “Cuando la marca consista en una etiqueta y otro signo
compuesto por un conjunto de elementos, la protección no se extenderá a los
elementos contenidos en ella que sean de uso común o necesario en el
comercio”.—Ivonne Mora Ortega, Registradora.—( IN2022632745 ).
Solicitud Nº 2022-0001557.—Marco
Antonio Lopez Volio, casado, cédula de identidad N° 1010740933, en calidad de
apoderado especial de El Perro y El Dragón Holístico, Ltda., cédula jurídica N°
3102844241, con domicilio en Centro Corporativo Plaza Roble, edificio Los
Balcones, cuarto piso, Oficinas Zurcher, Odio & Raven, Escazú, San José,
Costa Rica, solicita la inscripción de: ZEN DOG como marca de servicios
en clases: 35; 41; 43; 44 y 45. Internacionales. Para proteger y distinguir lo
siguiente: en clase 35: Servicio de venta de productos para perros tales como
alimentos, juguetes, accesorios, productos de limpieza, ropa; en clase 41:
Servicio de entrenamiento de perros; en clase 43: Servicios de alojamiento de
perros; guarderías y centros de día para perros; en clase 44: Servicios de
peluquería para perros; servicios veterinarios; servicios de masaje para
perros; servicios de medicina natural y holística para perros; servicios de
terapia para perros; servicios de psicología para perros; en clase 45:
Servicios de paseo de perros Fecha: 25 de febrero de 2022. Presentada el: 22 de
febrero de 2022. San José. Se cita a terceros interesados en defender sus
derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses
siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. 25 de febrero
de 2022. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el
artículo 85 de la Ley 7978. Esta solicitud se rige por el art. 28 de la Ley de
Marcas Comerciales y Otros Signos Distintivos que indica “Cuando la marca
consista en una etiqueta y otro signo compuesto por un conjunto de elementos,
la protección no se extenderá a los elementos contenidos en ella que sean de
uso común o necesario en el comercio”.—Ivonne Mora Ortega, Registradora.—(
IN2022632746 ).
Solicitud Nº 2022-0001446.—Ruth
Marilyn Barrantes Rojas, divorciada, cédula de identidad N° 701740256, con
domicilio en: San Francisco de Heredia 50 sur y 50 este del BAC San José, casa
a mano izquierda color beige, portón café, dos plantas, Heredia, Costa Rica,
solicita la inscripción
como marca de servicios en clases: 41 y 44 Internacionales. Para
proteger y distinguir lo siguiente: en clase 41: Servicios de enseñanza y
formación, enseñanza en materia de salud enseñanza en materia de actividades
recreativas; servicio de entretenimiento y en clase 44: Servicios médicos,
servicios médicos y sanitarios prestados por clínicas, servicio de información
y consultoría de productos médicos. Fecha: 11 de marzo de 2022. Presentada el
18 de febrero de 2022. San José. Se cita a terceros interesados en defender sus
derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses
siguientes, contados a partir de la primera
publicación de este edicto. 11 de marzo de 2022. A efectos de publicación,
téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley N° 7978. Esta solicitud se rige por el art. 28 de la
Ley de Marcas Comerciales y Otros Signos Distintivos que indica “Cuando la
marca consista en una etiqueta y otro signo compuesto por un conjunto de
elementos, la protección no se extenderá a los elementos contenidos en ella que
sean de uso común o necesario en el comercio”.—Rándall Abarca Aguilar, Registradora.—( IN2022632827
).
Solicitud Nº 2021-0009327.—Melvin Reyes Durán, cédula
de identidad N° 109040958, en calidad de apoderado especial de Marcel Plazas
Lartigau, pasaporte PE077741, con domicilio en: calle 15 Nº 68 D-32 Zona
Industrial Montevideo, CP 110931, Bogotá Colombia, Colombia, solicita la
inscripción de: MARCEL FRANCE, como marca de fábrica en clase 3
internacional, para proteger y distinguir lo siguiente: productos cosméticos.
Reservas: no se hace reserva de la palabra FRANCE. Fecha: 18 de febrero de
2022. Presentada el: 14 de octubre de 2021. San José. Se cita a terceros
interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro,
dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación
de este edicto. 18 de febrero de 2022. A efectos de publicación, téngase en
cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978. Esta solicitud se rige
por el art. 28 de la Ley de Marcas Comerciales y Otros Signos Distintivos que
indica “Cuando la marca consista en una etiqueta y otro signo compuesto por un
conjunto de elementos, la protección no se extenderá a los elementos contenidos
en ella que sean de uso común o necesario en el comercio”.—Rebeca Madrigal
Garita, Registradora.—( IN2022632834 ).
Solicitud Nº 2022-0001380.—Kenneth Coto Solano, divorciado una vez, cédula de identidad 112700523, en calidad de
Apoderado Especial de Budda Café Tortuguero, S. A., cédula jurídica
3-101-390241 con domicilio en Pococí, Tortuguero, costado sur del I.C.E, Limón,
Costa Rica, solicita la inscripción
como Marca de Servicios en
clase(s): 43. Internacional(es). Para proteger y distinguir lo siguiente: en
clase 43: Restaurante; hospedaje de personas Fecha: 16 de marzo de 2022.
Presentada el: 16 de febrero de 2022. San José: Se cita a terceros interesados
en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los
dos meses siguientes, contados a partir de la primera
publicación de este edicto. 16 de marzo de 2022. A efectos de publicación,
téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978. Esta solicitud
se rige por el art. 28 de la Ley de Marcas Comerciales y Otros Signos
Distintivos que indica “Cuando la marca consista en una etiqueta y otro signo
compuesto por un conjunto de elementos, la protección no se extenderá a los
elementos contenidos en ella que sean de uso común o necesario en el comercio”.—Ginna Aguilar Madriz, Registradora.—(
IN2022632835 ).
Solicitud Nº 2021-0005193.—María Gabriela Arroyo Vargas, casada
una vez, cédula de identidad N° 109330536, en calidad de apoderada especial de
Amanda Soley Terán, casada una vez, cédula de identidad N° 114590217 y Ana
Terán Gallegos, divorciada, cédula de identidad N° 108640217, con domicilio en:
Goicoechea, Guadalupe, Barrio Jiménez
Condominio Castelar casa N° 2,
Costa Rica y Curridabat, Curridabat, Residencial Lomas del Sol, casa N° 145, Costa Rica, solicita la
inscripción de: ES SIMPLE, como marca de fábrica y comercio en clase 29
internacional, para proteger y distinguir lo siguiente: carne, pescado, carne
de ave y carne de caza; extractos de carne; frutas y verduras, hortalizas y
legumbres en conserva, congeladas, secas y cocidas; jaleas, confituras,
compotas; huevos, leche, quesos, mantequilla, yogur y otros productos lácteos,
aceites y grasas para uso alimenticio. Fecha: 10 de septiembre de 2021.
Presentada el: 08 de junio de 2021. San José. Se cita a terceros interesados en
defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos
meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto.
10 de septiembre de 2021. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo
dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978. Esta solicitud se rige por el art.
28 de la Ley de Marcas Comerciales y Otros Signos Distintivos que indica
“Cuando la marca consista en una etiqueta y otro signo compuesto por un
conjunto de elementos, la protección no se extenderá a los elementos contenidos
en ella que sean de uso común o necesario en el comercio”.—Bernard Molina
Alvarado, Registrador.—( IN2022632841 ).
Solicitud Nº 2022-0000704.—Claudio
Murillo Ramírez, cédula de identidad N° 105570443, en calidad de apoderado
especial de Banco Davivienda S.A., con domicilio en avenida El Dorado, N° 68-C-61 piso 10, Bogotá,
Colombia, solicita la inscripción
como Marca de Servicios en clase: 35. Internacional. Para proteger y
distinguir lo siguiente: publicidad; gestión de negocios comerciales; administración comercial; trabajos
de oficina. Fecha: 22 de febrero de 2022. Presentada el: 26 de enero de 2022.
San José. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos
valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir
de la primera publicación de este edicto. 22 de febrero de 2022. A efectos de
publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978.
Esta solicitud se rige por el art. 28 de la Ley de Marcas Comerciales y Otros
Signos Distintivos que indica “Cuando la marca consista en una etiqueta y otro
signo compuesto por un conjunto de elementos, la protección no se extenderá a
los elementos contenidos en ella que sean de uso común o necesario en el
comercio”.—Isela Chango Trejos, Registrador(a).—( IN2022632873 ).
Solicitud Nº 2021-0010173.—Luis
Ángel Marín Miranda, casado una vez, cédula de identidad N° 603310279, en
calidad de apoderado generalísimo de Red y Comunicaciones Reycom del Sur S. A.,
Cédula jurídica 3101669542 con domicilio en Pérez Zeledón, Edificio Conexiones
Internacionales, San José, Costa Rica, solicita la inscripción
como
marca de servicios en clase 38. Internacional. Para proteger y distinguir lo
siguiente: La prestación de servicios de
telecomunicaciones, comercialización de internet, transporte de datos.
Fecha: 04 de marzo de 2022. Presentada el 09 de noviembre de 2021. San José. Se
cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante
este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la
primera publicación de este edicto. 04 de marzo de 2022. A efectos de
publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley N°
7978. Esta solicitud se rige por el art. 28 de la Ley de Marcas Comerciales y
Otros Signos Distintivos que indica “Cuando la marca consista en una etiqueta y otro signo compuesto por un conjunto de
elementos, la protección no se extenderá a los elementos contenidos en ella que
sean de uso común o necesario en el comercio”.—Jamie Phillips Guardado,
Registrador.—( IN2022632880 ).
Solicitud Nº 2022-0001427.—Luis
Diego Obando Espinach, casado en segundas nupcias, cédula de identidad N°
108510283, en calidad de apoderado especial de Corporación Ganadera, cédula
jurídica N° 3007249938, con domicilio en Curridabat-Curridabat, El Prado de la
Heladera La Pop’s 100 metros sur y 100 metros al este, San José, Costa Rica,
solicita la inscripción
como marca de servicios en clase 35. Internacional. Para proteger y
distinguir lo siguiente: Promocionar la actividad ganadera de pequeños y
medianos productores ganaderos. Fecha: 15 de marzo de 2022. Presentada el 17 de
febrero de 2022. San José. Se cita a terceros interesados en defender sus
derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes,
contados a partir de la primera publicación de este edicto. 15 de marzo de
2022. A efectos de publicación, téngase en
cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley N° 7978. Esta solicitud se rige
por el art. 28 de la Ley de Marcas Comerciales y Otros Signos Distintivos que
indica “Cuando la marca consista en una etiqueta y otro signo compuesto por un
conjunto de elementos, la protección no se extenderá a los elementos contenidos
en ella que sean de uso común o necesario en el comercio”.—Rebeca Madrigal
Garita, Registradora.—( IN2022632903 ).
Solicitud Nº 2022-0001259.—Ariana
Azofeifa Vaglio, cédula de identidad N°
109540679, en calidad de apoderada especial de STN Transforma Sociedad Anónima,
cédula jurídica N° 3101487626
con domicilio en San José, Paseo Colón, Barrio Don Bosco, avenida dos calles
veinticuatro y veintiséis, edificio número dos mil cuatrocientos cuarenta y
dos, 10103, San José, Costa Rica, solicita la inscripción
como marca de servicios en
clase: 35. Internacional. Para proteger y distinguir lo siguiente: Publicidad,
gestión de negocios comerciales, administración comercial y trabajos de oficina
Reservas: GRUPO BPO STN” que es un nombre y diseño de fantasía, en escritura
con letra de molde color amarillo y azul que en su lado izquierdo tiene logo de
unas líneas que simulan unas líneas de estadística en color amarillo. Se hace
reserva del distintivo solicitado en todo tamaño, tipografía, color y
combinación de colores, incluida la versión en blanco y negro. Fecha: 14 de
marzo de 2022. Presentada el 11 de febrero de 2022. San José. Se cita a
terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este
Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera
publicación de este edicto. 14 de marzo de 2022. A efectos de publicación,
téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley N° 7978. Esta
solicitud se rige por el art. 28 de la Ley de Marcas Comerciales y Otros Signos
Distintivos que indica “Cuando la marca consista en una etiqueta y otro signo
compuesto por un conjunto de elementos, la protección no se extenderá a los elementos
contenidos en ella que sean de uso común o necesario en el comercio”.—Ginna
Aguilar Madriz, Registradora.—( IN2022632989 ).
Solicitud N° 2022-0000864.—Laura
María Ulate Alpízar, soltera, cédula de identidad N° 402100667, en
calidad de apoderado especial de Campofert S.A.S, con domicilio en calle 15B,
número 25-352, Yumbo, Valle del Cauca, Colombia, San José, Colombia, solicita
la inscripción
como marca de fábrica, en clase: 1 internacional. Para proteger y
distinguir lo siguiente: Productos químicos destinados a la agricultura,
horticultura, silvicultura, fertilizantes, abono para la tierra. Reservas: Se
hace reserva de la marca mixta solicitada CAMPOFERT y DISEÑO en todo tamaño,
tipografía, color y combinación de colores. Fecha: 04 de marzo del 2022.
Presentada el: 01 de febrero del 2022. San
José: Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos
valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir
de la primera publicación de este edicto. 04 de marzo del 2022. A efectos de
publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley N°
7978. Esta solicitud se rige por el art. 28 de la Ley de Marcas Comerciales y
Otros Signos Distintivos que indica “Cuando la marca consista en una etiqueta y
otro signo compuesto por un conjunto de elementos, la protección no se
extenderá a los elementos contenidos en ella que sean de uso común o
necesario en el comercio”.—Alex Villegas Méndez, Registrador.—( IN2022633012 ).
Solicitud Nº 2022-0001443.—Laura María Ulate Alpízar, cédula de identidad N° 402100667, en calidad de apoderado especial de
Sunvesta Holding AG, con domicilio en Gewerbestrasse 16, 8800 Thalwil, Zúrich,
Suiza, San José, Suiza, solicita la inscripción
como marca de servicios en
clase: 36. Internacional. Para proteger y distinguir lo siguiente: en clase 36:
Negocios inmobiliarios Reservas: Se hace reserva de la marca denominativa solicitada “Sunvesta” en todo tamaño, tipografía,
color y combinación de colores. Fecha: 1 de marzo de 2022. Presentada el: 18 de
febrero de 2022. San José. Se cita a terceros interesados en defender sus
derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses
siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. 1 de
marzo de 2022. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el
artículo 85 de la Ley 7978. Esta solicitud se rige por el art. 28 de la Ley de
Marcas Comerciales y Otros Signos Distintivos que indica “Cuando la marca
consista en una etiqueta y otro signo
compuesto por un conjunto de elementos, la protección no se extenderá a los elementos contenidos en ella que sean de
uso común o necesario en el comercio”.—Rina Ruiz Mata, Registradora.—(
IN2022633013 ).
Solicitud Nº 2022-0000820.—María Rebeca Elizondo Pizarro,
soltera, cédula de identidad N°
116550622 con domicilio en Guápiles, B° Las Palmas, Calle Nº 1 penúltima casa,
Limón, Costa Rica, solicita la inscripción de: Bubble House como marca
de comercio en clase 30 internacional, para proteger y distinguir lo siguiente:
en clase 30: Bubble teas (té de burbujas con tapioca) y repostería. Fecha: 15
de marzo de 2022. Presentada el: 28 de enero de 2022. San José. Se cita a
terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este
Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera
publicación de este edicto. 15 de marzo de 2022. A efectos de publicación,
téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978. Esta solicitud
se rige por el art. 28 de la Ley de Marcas Comerciales y Otros Signos
Distintivos que indica “Cuando la marca consista en una etiqueta y otro signo
compuesto por un conjunto de elementos, la protección no se extenderá a los
elementos contenidos en ella que sean de uso común o necesario en el
comercio”.—Adriana Bolaños Guido, Registradora.—( IN2022633022 ).
Solicitud Nº 2022-0001666.—Adolfo
Blanco Góngora,
soltero, cédula de identidad N° 109680566, con domicilio en: Residencial Los Alamos,
El Carmen de Guadalupe, casa 54, Costa Rica, solicita la inscripción
como marca de fábrica en clase 11 internacional, para proteger y
distinguir lo siguiente: lámparas eléctricas para alumbrado interior. Fecha: 02
de marzo de 2022. Presentada el: 24 de febrero de 2022. San José. Se cita a
terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este
Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera
publicación de este edicto. 02 de marzo de 2022. A efectos de publicación,
téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978. Esta solicitud
se rige por el art. 28 de la Ley de Marcas Comerciales y Otros Signos
Distintivos que indica “Cuando la marca consista en una etiqueta y otro signo
compuesto por un conjunto de elementos, la protección no se extenderá a los
elementos contenidos en ella que sean de uso común o necesario en el
comercio”.—Katherine Jiménez Tenorio, Registrador(a).—( IN2022633029 ).
Solicitud Nº 2022-0002248.—Marcela
Vargas Madrigal, cédula de identidad 107610047, en calidad de Apoderado
Especial de Soluciones en Agua Maim, SRL, Cédula jurídica 3102845629 con
domicilio en San José, Curridabat,
del Fresh Market de Guayabos, doscientos metros al sur y setecientos metros al
este, número cinco F, San José, Costa Rica, solicita la inscripción
como Marca de Comercio en clases: 11 y 21. Internacionales. Para
proteger y distinguir lo siguiente: en clase 11: Aparatos de distribución de
agua; en clase 21: Tazas y termos. Reservas: No hay. Fecha: 16 de marzo de
2022. Presentada el: 11 de marzo de 2022. San José: Se cita a terceros
interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro,
dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación
de este edicto. 16 de marzo de 2022. A
efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la
Ley 7978. Esta solicitud se rige por el art. 28 de la Ley de Marcas Comerciales
y Otros Signos Distintivos que indica “Cuando la marca consista en una etiqueta
y otro signo compuesto por un conjunto de elementos, la protección no se
extenderá a los elementos contenidos en ella que sean de uso común o
necesario en el comercio”.—Milena Marín Jiménez, Registradora.—( IN2022633033
).
Solicitud Nº 2021-0011475.—María Gabriela Bodden Cordero, cédula
de identidad N° 70118461, en calidad de apoderado especial de Celltrion Inc.,
con domicilio en Principal Business Place: 23, Academy-Ro, Yeonsu-Gu, Incheon,
República de Corea, solicita la inscripción de: EYDENZELT, como marca de
comercio y servicios en clase: 5 internacional, para proteger y distinguir lo
siguiente: preparados oftálmicos; preparados farmacéuticos para el tratamiento
de la angiogénesis. Prioridad: Fecha: 3 de enero de 2022. Presentada el: 21 de
diciembre de 2021. San José: Se cita a terceros interesados en defender sus
derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses
siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. 3 de
enero de 2022. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el
artículo 85 de la Ley 7978. Esta solicitud se rige por el art. 28 de la Ley de
Marcas Comerciales y Otros Signos Distintivos que indica “Cuando la marca
consista en una etiqueta y otro signo compuesto por un conjunto de elementos,
la protección no se extenderá a los elementos contenidos en ella que sean de
uso común o necesario en el comercio”.—Ivonne Mora Ortega, Registradora.—(
IN2022633044 ).
Solicitud N° 2022-0000319.—Uriel Ortega Hegg, Binubo, cédula de identidad N° 800640604, en calidad de apoderado especial de Spring
Paradise Bijagua Sociedad Anónima, cédula
jurídica N° 3101842271, con domicilio en Heredia, Santo Domingo, de la Basílica, dos cuadras al norte y un kilómetro al este, casa a mano derecha, muro beige,
Heredia, Costa Rica, solicita la inscripción:
como
marca de comercio y servicios en clases: 32; 35; 39 y 43 internacionales, para
proteger y distinguir lo siguiente: en clase 32: cervezas; bebidas sin alcohol;
aguas minerales; bebidas a base de frutas y zumos de frutas; siropes y otras
preparaciones sin alcohol para elaborar bebidas, sea en particular, las bebidas
desalcoholizadas; bebidas refrescantes sin alcohol; en clase 35: los servicios
que implican la gestión, la explotación, la organización y la administración comercial
de una Empresa; en clase 39: Transporte; embalaje y almacenamiento de personas
y mercancías por cualquier medio: organización de viajes; en clase 43:
servicios de alimentación, preparación de alimentos y bebidas para el consumo,
así como los servicios de alojamiento temporal, incluyendo los del tipo
camping, uso de tiendas de campaña, toldos. Reservas: se reserva el color
verde. Fecha: 15 de marzo de 2022. Presentada el 12 de enero de 2022. San José:
Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer
ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la
primera publicación de este edicto. 15 de marzo de 2022. A efectos de
publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978. Esta
solicitud se rige por el art. 28 de la Ley de Marcas Comerciales y Otros Signos
Distintivos que indica “Cuando la marca consista en una etiqueta y otro signo
compuesto por un conjunto de elementos, la protección no se extenderá a los
elementos contenidos en ella que sean de uso común o necesario en el
comercio”.—Rebeca Madrigal Garita, Registradora.—( IN2022633094 ).
Solicitud N° 2022-0000895.—Evelyn Porras Chavarría, casada 3 veces, cédula de identidad N°
108800980, en calidad de apoderado generalísimo de Pro Capital Consultores S.
A., cédula
jurídica N° 3101684382, con domicilio en Escazú, Bello
Horizonte, Residencial Altos del Horizonte Local N° 75, San José, Costa Rica,
solicita la inscripción de: CAIRBULL como marca de comercio en clase: 9.
Internacional. Para proteger y distinguir lo siguiente: Cascos protectores;
cascos protectores para deportes; cascos de montar; cascos de patinaje; cascos
protectores deportivos; cascos de bicicleta; cascos de esquí; cascos de moto;
cascos protectores para niños; cascos de tablas de nieve; gafas para usar en el
deporte; gafas para nadar; gafas para esquiar; gafas protectoras; gafas de
esquí; anteojos; gafas de sol; gafas para deportes; anteojos para niños; gafas
polarizadas. Fecha: 14 de marzo de 2022. Presentada el: 1 de febrero de 2022.
San José: Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos
valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir
de la primera publicación de este edicto. 14 de marzo de 2022. A efectos de
publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley N°
7978. Esta solicitud se rige por el art. 28 de la Ley de Marcas Comerciales y
Otros Signos Distintivos que indica “Cuando la marca consista en una etiqueta y
otro signo compuesto por un conjunto de elementos, la protección no se
extenderá a los elementos contenidos en ella que sean de uso común o necesario
en el comercio”.—Alex Villegas Méndez, Registrador.—(
IN2022633107 ).
PUBLICACIÓN DE PRIMERA VEZ
Solicitud Nº 2021-0009411.—José Antonio Gamboa Vázquez,
casado una vez, cédula
de identidad N° 104610803, en calidad de apoderado especial de Beigene
(Beijing) Co., Ltd., con domicilio en RM. 101,201,402,502 of BLDG 1 N° 30,
Science Park RD., Zhong-Guancun Life Science Park, Changping District, Beijing,
China, solicita la inscripción de: BeiGene
como marca de fábrica y
servicios en clases: 5; 35; 40; 42 y 44. Internacionales. Para proteger y
distinguir lo siguiente: en clase 5: Preparaciones farmacéuticas; preparaciones
químico -farmacéuticas; medicamentos para uso médico; preparaciones biológicas
para uso médico; preparaciones químicas para uso farmacéutico; preparaciones
químicas para uso médico; productos farmacéuticos inyectables; medicamentos sin
elaborar; preparaciones bioquímicas; en clase 35: Servicios de venta al por
mayor y al detalle de productos farmacéuticos; en clase 40: Servicios de
procesamiento de productos químicos; en clase 42: Servicios de investigación
química; servicios de ensayos clínicos; servicios de investigación tecnológica;
servicios de investigación biológica; en clase 44: Servicios de telemedicina;
servicios del cuidado de la salud; servicios terapéuticos; servicios de asesoramiento
sobre la salud; servicios de asesoramientos médicos. Prioridad: Fecha: 22 de
octubre de 2021. Presentada el: 18 de octubre de 2021. San José. Se cita
a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este
Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera
publicación de este edicto. 22 de octubre de 2021. A efectos de publicación,
téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978. Esta solicitud
se rige por el art. 28 de la Ley de Marcas Comerciales y Otros Signos
Distintivos que indica “Cuando la marca consista en una etiqueta y otro signo
compuesto por un conjunto de elementos, la protección no se extenderá a los
elementos contenidos en ella que sean de uso común o necesario en el comercio”.—Walter
Alfaro González, Registrador.—( IN2022615783 ).
Solicitud Nº 2022-0000837.—Catalina Villalobos Calderón,
casada una vez, cédula de identidad N° 108650289, en calidad de
apoderada especial de Gustavo Mondragón Sequeira, soltero, cédula de identidad N°
401900628 con domicilio en de la Antigua Fosforera, 200 metros norte,
Urbanización La Esperanza, número 42, Heredia, Costa Rica, solicita la
inscripción
como marca de comercio en
clases 3; 25 y 30 internacionales, para proteger y distinguir lo siguiente: en
clase 3: Cosméticos no medicinales (cremas corporales, cremas faciales, cremas
para masajes, labiales, parches, mascarillas a base de arcilla) jabones no
medicinales (bombas de baño de espuma); en clase 25: Prendas de vestir,
calzado, artículos de sombrerería.; en clase 30: Café, té, cacao y sucedáneos
del café, arroz, tapioca y sagú; harinas y preparaciones a base de cereales;
pan, productos de pastelería y confitería, helados, azúcar, miel, jarabe de
melaza, levadura, polvos de hornear, sal, mostaza, vinagre, salsas, especias,
hielo. Reservas: De los colores: negro y dorado. Fecha: 17 de marzo de 2022.
Presentada el: 31 de enero de 2022. San José. Se cita a terceros interesados en
defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos
meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto.
17 de marzo de 2022. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto
en el artículo 85 de la Ley 7978. Esta solicitud se rige por el art. 28 de la
Ley de Marcas Comerciales y Otros Signos Distintivos que indica “Cuando la
marca consista en una etiqueta y otro signo compuesto por un conjunto de
elementos, la protección no se extenderá a los elementos contenidos en ella que
sean de uso común o necesario en el comercio”.—Grettel Solís Fernández,
Registradora.—( IN2022633121 ).
Solicitud N° 2022-0000255.—Luis
Fernando Castro Gómez, casado
una vez, cédula de identidad N° 107160301, en calidad de apoderado especial de
Carlos Jorge Martin Siman Safie, divorciado dos veces, con domicilio en San
Salvador, El Salvador, solicita la inscripción de:
como marca de servicios en
clase: 43 internacional, para proteger y distinguir lo siguiente: servicios de
restaurante. Fecha: 21 de febrero de 2022. Presentada el: 11 de enero de 2022.
San José: Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos
valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir
de la primera publicación de este edicto. 21 de febrero de 2022. A efectos de
publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978.
Esta solicitud se rige por el art. 28 de la Ley de Marcas Comerciales y Otros
Signos Distintivos que indica “Cuando la marca consista en una etiqueta y otro
signo compuesto por un conjunto de elementos, la protección no se extenderá a
los elementos contenidos en ella que sean de uso común o necesario en el
comercio”.—Ginna Aguilar Madriz, Registradora.—( IN2022633126 ).
Solicitud Nº 2021-0003237.—Giovanny Leitón Palacios,
casado, cédula de identidad 503700378, en calidad de Apoderado Generalísimo de
Depag Motors Sociedad Anónima con domicilio en Liberia, 75 metros norte del
Estadio Edgardo Baltodano Briceño, Guanacaste, Costa Rica, solicita la
inscripción
como Señal de Publicidad Comercial Para proteger y distinguir lo
siguiente: Para promocionar Servicios de asesoría de venta de vehículos
marítimos y acuáticos, accesorios; asesoría en servicio de mantenimiento
preventivo y correctivo de estos vehículos. Asesoría y venta de servicios de
mantenimiento y reparación de vehículos. Venta de repuestos y alquiler de
vehículos en relación con la marca DEPAG MOTORS 2021-3236 Fecha: 25 de enero de
2022. Presentada el: 12 de abril de 2021. San José: Se cita a terceros
interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro
de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de
este edicto. 25 de enero de 2022. A efectos de publicación, téngase en cuenta
lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978. Esta solicitud se rige por el
art. 28 de la Ley de Marcas Comerciales y Otros Signos Distintivos que indica
“Cuando la marca consista en una etiqueta y otro signo compuesto por un
conjunto de elementos, la protección no se extenderá a los elementos contenidos
en ella que sean de uso común o necesario en el comercio” y el artículo 63 que indica “Alcance de la protección. La protección conferida por el
registro de una expresión o señal de publicidad comercial abarca la expresión o
señal en su conjunto y no se extiende a sus partes o elementos considerados por
separado. Una vez inscrita, una expresión o señal de publicidad comercial goza
de protección por tiempo indefinido; pero su existencia depende, según el caso,
de la marca o el nombre comercial a que se refiera”.—Isela Chango Trejos,
Registradora.—( IN2022633130 ).
Solicitud Nº 2022-0000858.—Francisco Carvajal Zumbado,
casado una vez, cédula de identidad N° 107860719, con domicilio en: San Rafael
de Alajuela, 100 metros al noroeste y 25 metros al oeste de la Clínica del
Seguro Social, Alajuela, Costa Rica, solicita la inscripción
como marca de comercio en clase 25 internacional, para proteger y
distinguir lo siguiente: cinturones de cuero para vestir, cinturones monederos
para vestir, calzado de cuero para vestir, calzado de cuero para la playa.
Reservas: de los colores: blanco y negro. Fecha: 02 de marzo de 2022.
Presentada el: 31 de enero de 2022. San José. Se cita a terceros interesados en
defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos
meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto.
02 de marzo de 2022. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto
en el artículo 85 de la Ley 7978. Esta solicitud se rige por el art. 28 de la
Ley de Marcas Comerciales y Otros Signos Distintivos que indica “Cuando la
marca consista en una etiqueta y otro signo compuesto por un conjunto de
elementos, la protección no se extenderá a los elementos contenidos en ella que
sean de uso común o necesario en el comercio”.—Wendy López Vindas,
Registrador(a).—( IN2022633162 ).
Solicitud N° 2022-0000933.—Diana María Vargas Rodríguez, cédula de
identidad N°
115010540, en calidad de apoderada especial de Grupo Empresarial Brecon
Sociedad Anónima, cédula jurídica N° 3101842870,
con domicilio en San José, Vázquez de Coronado Cascajal, 800 metros norte del
Palí carretera al Rodeo, casa a mano
derecha muro rojo y portón color beige, 11105, San José, Costa Rica, solicita
la inscripción
como
marca de servicios en clase: 43. Internacional. Para proteger y distinguir lo
siguiente: Para proteger servicios de alimentación y restaurante. Reservas: Se
reserva el color negro muy oscuro y el color amarillo desaturado muy oscuro
para el fondo del diseño y para los detalles dentro de las palabras Calle 33
Mercado Gastronómico; se reserva el color naranja grisáceo para las palabras
CALLE 33 MERCADO GASTRONÓMICO y los círculos del diseño; se reserva el color
naranja brillante y amarillo vívido para los bordes de las palabras Calle 33
Mercado Gastronómico, para los bordes en forma circular del diseño, las dos
figuras en el extremo inferior izquierdo y el extremo superior derecho del
diseño y las líneas verticales en el centro del diseño. Fecha: 8 de marzo de
2022. Presentada el: 2 de febrero de 2022. San José: Se cita a terceros
interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro,
dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación
de este edicto. 8 de marzo de 2022. A efectos de publicación, téngase en cuenta
lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley N° 7978. Esta solicitud se rige por el
art. 28 de la Ley de Marcas Comerciales y Otros Signos Distintivos que indica
“Cuando la marca consista en una etiqueta y otro signo compuesto por un
conjunto de elementos, la protección no se extenderá a los elementos contenidos
en ella que sean de uso común o necesario en el comercio.”.—Sabrina Loaiciga
Pérez, Registradora.—( IN2022633172 ).
Solicitud Nº 2021-0010498.—Andreas
Leimer Siering, cédula de identidad N° 800800030, en calidad de apoderada
generalísima sin límite de suma de Palais De L’etoile Limitada, cédula jurídica
N° 3102474296, con domicilio en 100 o. de Spoon Los Yoses, San Pedro de Montes
De Oca, San José, San José, Costa Rica, solicita la inscripción de: HUNDY P
GOLDEN MILK, como marca de fábrica y comercio en clase: 3 internacional,
para proteger y distinguir lo siguiente: jabón; crema; champú. Fecha: 17 de febrero de 2022. Presentada el 17 de
noviembre de 2021. San José: Se cita a terceros interesados en defender sus
derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses
siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. 17 de
febrero de 2022. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el
artículo 85 de la Ley 7978. Esta solicitud se rige por el art. 28 de la Ley de
Marcas Comerciales y Otros Signos Distintivos que indica “Cuando la marca
consista en una etiqueta y otro signo compuesto por un conjunto de elementos, la
protección no se extenderá a los elementos contenidos en ella que sean de uso
común o necesario en el comercio”.—Sabrina Loáiciga Pérez, Registradora.—( IN2022633180 ).
Solicitud Nº 2022-0002254.—Shirley
Alfaro Navarro, Soltera, cédula de identidad 113670195 con domicilio en Tibás,
Cuatro Reinas, Urbanización Las Reinas, casa 22 D, San José, Costa Rica,
solicita la inscripción
como marca de servicios en clase: 35 Internacional para proteger y
distinguir lo siguiente: en clase 35: Consultoría creativa, diseño digital para
publicidad y mercadeo. Fecha: 16 de marzo de 2022. Presentada el: 11 de marzo
de 2022. San José: Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para
hacerlos valer ante este Registro, dentro de
los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este
edicto. 16 de marzo de 2022. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo
dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978. Esta solicitud se rige por el art.
28 de la Ley de Marcas Comerciales y Otros Signos Distintivos que indica
“Cuando la marca consista en una etiqueta y otro signo compuesto por un
conjunto de elementos, la protección no se extenderá a los elementos contenidos
en ella que sean de uso común o necesario en el comercio”.—Ivonne Mora
Ortega, Registrador.—1 vez.—( IN2022633194 ).
Solicitud N° 2022-0002255.—José Daniel Gil Trejos, divorciado una vez, cédula de identidad N°
601450394, con domicilio en del Snoopy Bar 75 oeste, Escazú, San José, Costa
Rica, solicita la inscripción de: LIDERES E INNOVADORES como marca de
fábrica y comercio en clases: 9 y 16. Internacionales. Para proteger y
distinguir lo siguiente: en clase 9: Contenidos digitales descargables.; en
clase 16: Revista especializada. Fecha: 17 de marzo de 2022. Presentada el: 11
de marzo de 2022. San José: Se cita a terceros interesados en defender sus
derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses
siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. 17 de
marzo de 2022. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el
artículo 85 de la Ley N° 7978. Esta solicitud se rige por el art. 28 de la Ley
de Marcas Comerciales y Otros Signos Distintivos que indica “Cuando la marca
consista en una etiqueta y otro signo compuesto por un conjunto de elementos,
la protección no se extenderá a los elementos contenidos en ella que sean de
uso común o necesario en el comercio”.—Alex Villegas Méndez, Registrador.—( IN2022633200 ).
Solicitud N° 2022-0002120.—Diana
Karolina Angulo Robles, soltera, cédula de identidad N° 114440236, con
domicilio en Curridabat, Sánchez, del Walmart, trescientos metros al norte y
cincuenta metros al este, Condominio Torres de Pinares, Filial B-07, Costa
Rica, solicita la inscripción de: PET SO HAPPY como marca de servicios
en clase: 35. Internacional. Para proteger y distinguir lo siguiente: en clase
35: Servicios de venta minorista virtual o física de productos alimenticios,
ropa, juguetes y accesorios para mascotas. Fecha: 14 de marzo de 2022.
Presentada el: 9 de marzo de 2022. San José: Se cita a terceros interesados en
defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos
meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto.
14 de marzo de 2022. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto
en el artículo 85 de la Ley N° 7978. Esta solicitud se rige por el art. 28 de
la Ley de Marcas Comerciales y Otros Signos Distintivos que indica “Cuando la
marca consista en una etiqueta y otro signo compuesto por un conjunto de
elementos, la protección no se extenderá a los elementos contenidos en ella que
sean de uso común o necesario en el comercio”.—Ildreth Araya Mesén, Registradora.—( IN2022633248 ).
Solicitud Nº 2022-0000669.—Sheyla Paredes Villalobos,
soltera, cédula de identidad N° 604590224,
con domicilio en: diagonal a Multicanoas casa verjas rojas Villa Bonita, Lotes
Murillo, San Antonio, Alajuela, Costa Rica, solicita la inscripción
como
nombre comercial, para proteger y distinguir lo siguiente: un establecimiento
comercial dedicado a: cafetería y heladería,
ubicado en: Guácimo, Guácimo diagonal al Supermercado, Hermanos Rojas Limón.
Fecha: 02 de febrero de 2022. Presentada el: 25 de enero de 2022. San José. Se
cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante
este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la
primera publicación de este edicto. 02 de febrero de 2022. A efectos de publicación,
téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978. Esta solicitud
se rige por el art. 28 de la Ley de Marcas Comerciales y Otros Signos
Distintivos que indica “Cuando la marca consista en una etiqueta y otro signo
compuesto por un conjunto de elementos, la protección no se extenderá a los
elementos contenidos en ella que sean de uso común o necesario en el
comercio”.—Grettel Solís Fernández, Registrador(a).—( IN2022633249 ).
Solicitud Nº 2022-0000138.—Pedro Luis Elizondo Ureña, casado, cédula de
identidad N° 304320530, con domicilio en: San José / Dota / Copey / La Cima de
Dota 100m Sur y 50 m Este de la Escuela Alejandro Aguilar Machado, no aplica,
San José, Costa Rica, solicita la inscripción
como marca de fábrica y
comercio en clase 31 internacional, para proteger y distinguir lo siguiente: en
clase 31: fresas frescas; arándanos frescas; aguaymantos frescas; rosas; apio
fresco; plantas vivas; productos hortícolas; ovejas; moras frescas; frutas,
verduras, hortalizas y legumbres frescas; flores; frambuesas frescas; cultivos
agrícolas e
hidropónicos, productos hortícolas
y forestales; cultivos de hoja para ensalada; vegetales crudos. Reservas: no se
hacen reservas. Fecha: 18 de marzo de 2022. Presentada el: 06 de enero de 2022.
San José. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos
valer ante este Registro, dentro de los dos
meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto.
18 de marzo de 2022. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto
en el artículo 85 de la Ley 7978. Esta solicitud se rige por el art. 28 de la
Ley de Marcas Comerciales y Otros Signos Distintivos que indica “Cuando la
marca consista en una etiqueta y otro signo compuesto por un conjunto de
elementos, la protección no se extenderá a los elementos contenidos en
ella que sean de uso común o necesario en el comercio”.—Walter Alfaro González,
Registrador.—( IN2022633258 ).
Solicitud N° 2022-0001296.—Stephany Paola Bradley Mora, casada una vez, cédula de identidad N°
304090310, con domicilio en Tobosi, Condominio Nobleza de Coris, casa P 08,
Cartago, Costa Rica, solicita la inscripción de:
como
marca de servicios en clase: 44 internacional, para proteger y distinguir lo
siguiente: servicios de tratamientos de higiene y de belleza para personas,
incluidos los servicios de salón de belleza, estética facial y corporal.
tratamientos para el cabello y limpiezas faciales. tratamientos corporales
reductivos, así como depilación láser diodo. Fecha: 22 de febrero de 2022.
Presentada el 14 de febrero de 2022. San José: Se cita a terceros interesados
en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los
dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este
edicto. 22 de febrero de 2022. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo
dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978. Esta solicitud se rige por el art.
28 de la Ley de Marcas Comerciales y Otros Signos Distintivos que indica
“Cuando la marca consista en una etiqueta y otro signo compuesto por un
conjunto de elementos, la protección no se extenderá a los elementos contenidos
en ella que sean de uso común o necesario en el comercio”.—Alex Villegas Méndez, Registrador.—( IN2022633272 ).
Solicitud Nº 2022-0001413.—Andrés Gerardo Bermúdez Abarca, cédula de
identidad 115280352, en calidad de Apoderado General de Comercializadora Griber
S.R.L., cédula jurídica 3102821944 con domicilio en Costa Rica, Puntarenas,
Buenos Aires, Concepción de Pilas, Instalaciones de ASOPRODISPI., 60305,
Concepción de Pilas, Costa Rica, solicita la inscripción
como Marca de Fábrica y
Comercio en clase(s): 29. Internacional(es). Para proteger y distinguir lo
siguiente: en clase 29: Frijoles. Reservas: Azul, verde claro, verde oscuro,
negro, amarillo, marrón y Blanco. Fecha: 11 de marzo de 2022. Presentada el: 17
de febrero de 2022. San José: Se cita a terceros interesados en defender sus
derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses
siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. 11 de
marzo de 2022. A efectos de publicación,
téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978. Esta solicitud
se rige por el art. 28 de la Ley de Marcas Comerciales y Otros Signos
Distintivos que indica “Cuando la marca consista en una etiqueta y otro signo
compuesto por un conjunto de elementos, la protección no se extenderá a los
elementos contenidos en ella que sean de uso común o necesario en el
comercio”.—Ginna Aguilar Madriz, Registradora.—( IN2022633274 ).
Solicitud Nº 2022-0001197.—Ana
Catalina Sánchez Mantilla, casada dos veces, cédula de identidad N° 109320756 con domicilio en San José, Santa Ana, Pozos,
Condominio Providencia casa número 10. Ochocientos norte y 600 este de la
iglesia católica, Costa Rica, solicita la inscripción
como marca de comercio en
clase 3 internacional, para proteger y distinguir lo siguiente: en clase 3:
Productos de belleza, perfumería, aceites esenciales, cosméticos, lociones para
el cabello, desodorantes y productos de higiene no medicinales. Reservas: los
colores rosado y negro. Fecha: 15 de marzo de 2022. Presentada el: 10 de
febrero de 2022. San José. Se cita a terceros interesados en defender sus
derechos para hacerlos valer ante este
Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera
publicación de este edicto. 15 de marzo de 2022. A efectos de publicación,
téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978. Esta solicitud
se rige por el art. 28 de la Ley de Marcas Comerciales y Otros Signos Distintivos
que indica “Cuando la marca consista en una etiqueta y otro signo compuesto por
un conjunto de elementos, la protección no se extenderá a los elementos
contenidos en ella que sean de uso común o necesario en el
comercio”.—Milena Marín Jiménez, Registradora.—( IN2022633299 ).
Solicitud Nº 2022-0001449.—Mauricio
Ventura Aragón, casado una vez, cédula de
identidad N°
104530248, en calidad de apoderado generalísimo de Somnio Hotels Group SHG
Sociedad Anónima, cédula jurídica N°
3101843766 con domicilio en Carmen, Avenidas 1 y 3, Calle 5, Edificio Lines
Segundo Piso, San José, Costa Rica, solicita la inscripción
como nombre comercial, para
proteger y distinguir lo siguiente: Establecimiento comercial dedicado a la administración
hotelera. Ubicado en San José, Carmen, Avenidas 1 y 3, calle 5, Edificio Lines
segundo piso. Fecha: 16 de marzo de 2022. Presentada el: 18 de febrero de 2022.
San José. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos
valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir
de la primera publicación de este edicto. 16 de marzo de 2022. A efectos de
publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978.
Esta solicitud se rige por el art. 28 de la Ley de Marcas Comerciales y Otros
Signos Distintivos que indica “Cuando la marca consista en una etiqueta y otro
signo compuesto por un conjunto de elementos, la protección no se extenderá a
los elementos contenidos en ella que sean de uso común o necesario en el
comercio”.—Grettel Solís Fernández, Registradora.—( IN2022633324 ).
Solicitud Nº 2022-0001113.—María de La Cruz Villanea
Villegas, casada dos veces, cédula de identidad N° 109840695, en calidad de
apoderada especial de Cooperativa de Productores de Leche Dos Pinos R.L con
domicilio en Alajuela, del aeropuerto 7 kilómetros al oeste, Alajuela, Costa
Rica, solicita la inscripción
como marca de fábrica y
comercio en clase 32. Internacional, para proteger y distinguir lo siguiente:
Bebidas carbonatadas. Fecha: 16 de febrero de 2022. Presentada el 08 de febrero
de 2022. San José. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para
hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados
a partir de la primera publicación de este edicto. 16 de febrero de 2022. A efectos de publicación, téngase en
cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley N° 7978. Esta solicitud se rige
por el art. 28 de la Ley de Marcas Comerciales y Otros Signos Distintivos que
indica “Cuando la marca consista en una etiqueta y otro signo compuesto por un
conjunto de elementos, la protección no se extenderá a los elementos contenidos
en ella que sean de uso común o necesario en el comercio”.—Rina Ruiz
Mata, Registradora.—( IN2022633329 ).
Solicitud Nº 2022-0001238.—María
De La Cruz Villanea Villegas, casada dos veces, cédula de identidad 109840695,
en calidad de Apoderada Especial de Mexarrend S.A.P.I. DE C.V. con domicilio en
Calle Sierra Gorda 42 Piso 6 Col. Lomas De Chapultepec VIII Sección, Miguel
Hidalgo, Ciudad de México C.P 11000, México, solicita la inscripción
como
Marca de Servicios en clase(s): 42. Internacional(es). Para proteger y
distinguir lo siguiente: en clase 42: actualización de software; almacenamiento
electrónico de datos; alojamiento de sitios informáticos [sitios web];
servicios de autenticación de usuarios mediante la tecnología de inicio de
sesión único para aplicaciones de software en línea; servicios de autenticación
de usuarios por vía tecnológica para transacciones de comercio electrónico;
servicios informáticos en la nube / a servicios de computación en la nube;
mantenimiento de software; plataforma como servicio IIP[PaaS]; software como servicio
[SaaS]; vigilancia electrónica de operaciones por tarjeta de crédito para la
detección de fraudes por Internet; acceso (servicios de-) a un software en
línea; aplicaciones informáticas (servicios de-); configuración de software,
proveer el uso temporal en línea de software no descargable para permitir que
los usuarios puedan tener acceso a diversos programas; provisión de servicios
tecnológicos de autenticación, verificación e identificación personal de
información biométrica en línea; servicios de aplicaciones de software;
servicios tecnológicos de autenticación e identificación de personas para la
realización de transacciones financieras y pagos de cualquier tipo. Los
servicios anteriores, en relación con servicios financieros. Fecha: 22 de febrero
de 2022. Presentada el: 10 de febrero de 2022. San José: Se cita a terceros
interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro,
dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación
de este edicto. 22 de febrero de 2022. A efectos de publicación, téngase en
cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978. Esta solicitud se rige
por el art. 28 de la Ley de Marcas Comerciales y Otros Signos Distintivos que
indica “Cuando la marca consista en una etiqueta y otro signo compuesto por un
conjunto de elementos, la protección no se extenderá a los elementos contenidos
en ella que sean de uso común o necesario en el comercio”.—Katherine Jiménez
Tenorio, Registradora.—( IN2022633330 ).
Solicitud Nº 2022-0001240.—María de La Cruz Villanea Villegas, casada dos veces, cédula de identidad N°
109840695, en calidad de apoderado especial de Mexarrend S.A.P.I. de
C.V., con domicilio en: calle Sierra Gorda 42 piso 6 Col. Lomas de Chapultepec
VIII Sección, Miguel Hidalgo, Ciudad de Mexico C.P 11000, México, solicita la
inscripción
como marca de servicios en clase 9 internacional, para proteger y
distinguir lo siguiente: aplicaciones informáticas descargables; interfaces
[informática]; monitores [programas informáticos]; plataformas de software,
grabado o descargable; programas de sistemas operativos informáticos grabados;
programas informáticos descargables; programas informáticos grabados;
publicaciones electrónicas descargables; software [programas grabados];
tarjetas magnéticas codificadas; tarjetas de crédito codificadas; tarjetas de
crédito magnéticas. Los productos a anteriores en relación con servicios
financieros. Fecha: 22 de febrero de 2022. Presentada el: 10 de febrero de
2022. San José. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para
hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados
a partir de la primera publicación de este edicto. 22 de febrero de 2022. A efectos de publicación, téngase en cuenta
lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978. Esta solicitud se rige por el
art. 28 de la Ley de Marcas Comerciales y Otros Signos Distintivos que indica
“Cuando la marca consista en una etiqueta y otro signo compuesto por un
conjunto de elementos, la protección no se extenderá a los elementos contenidos
en ella que sean de uso común o necesario en el comercio”.—Katherine
Jiménez Tenorio, Registrador(a).—( IN2022633331 ).
Solicitud Nº 2022-0001239.—María
de La Cruz Villanea Villegas, casada dos veces, cédula de identidad N°
109840695, en calidad de apoderada especial de Mexarrend S.A.P.I. de C.V., con
domicilio en Calle Sierra Gorda 42 piso 6 Col. Lomas de Chapultepec VIII
Sección, Miguel Hidalgo, Ciudad de México C.P 11000, México, solicita la
inscripción
como marca de servicios en clase: 36. Internacional. Para proteger y
distinguir lo siguiente: Servicios de agencias de cobro de deudas; servicios de
agencias de crédito; análisis financiero; asesoramiento sobre deudas; servicios
bancarios; servicios bancarios en línea; consultoría financiera; evaluación financiera
[seguros, bancos, bienes inmuebles]; servicios fiduciarios; servicios de
financiación; gestión financiera; inversión de fondos; préstamos
[financiación]; préstamos a plazos / pagos en cuotas; préstamos con garantía;
préstamos prendarios / préstamos pignoraticios; procesamiento de pagos por
tarjeta de débito; transferencia electrónica de fondos; crédito (servicios de
-) a través de compañías financieras individuales; crédito (provisión de -) a
través de tarjetas; financiamiento de becas; prestamistas (servicios de -).
Fecha: 22 de febrero de 2022. Presentada el 10 de febrero de 2022. San José. Se
cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante
este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera
publicación de este edicto. 22 de febrero de 2022. A efectos de publicación,
téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley N° 7978.
Esta solicitud se rige por el art. 28 de la Ley de Marcas Comerciales y Otros
Signos Distintivos que indica “Cuando la marca consista en una etiqueta y otro
signo compuesto por un conjunto de elementos, la protección no se extenderá a
los elementos contenidos en ella que sean de uso común o necesario en el
comercio”.—Katherine Jiménez Tenorio, Registradora.—( IN2022633332 ).
Solicitud N° 2022-0001522.—María de La Cruz Villanea Villegas, casada dos veces, cédula de
identidad N° 109840695, en calidad de apoderada especial de Farmina Pet Foods
Brasil Ltda, con domicilio en Rua Armelina Pereira de Souza, 479-Bragança Paulista/SP - BRAZIL-12915542., Brasil, solicita la inscripción de:
como marca de fábrica y
comercio en clase: 31. Internacional. Para proteger y distinguir lo siguiente:
Alimentos para animales. Fecha: 25 de febrero de 2022. Presentada el 21 de
febrero de 2022. San José. Se cita a terceros interesados en defender sus
derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses
siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. 25 de febrero
de 2022. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el
artículo 85 de la Ley
N° 7978. Esta solicitud se rige por el art. 28 de la Ley de Marcas
Comerciales y Otros Signos Distintivos que indica “Cuando la marca consista en
una etiqueta y otro signo compuesto por un conjunto de elementos, la protección
no se extenderá a los elementos contenidos en ella que sean de uso común o
necesario en el comercio”.—Rina Ruiz Mata, Registradora.—( IN2022633333 ).
Solicitud Nº 2021-0011154.—María
de La Cruz Villanea Villegas, casada dos veces, cédula de identidad N°
109840695, en calidad de gestor oficioso de Its Tecnologies & Logistics
LLC, con domicilio en: Suite 115 8205 S. Cass Avenue Darien, Illinois 60561
United States, Estados Unidos de América, solicita la inscripción de: SITE
VISIBILITY, POWERED BY Al, como marca de fábrica y servicios en clases: 9 y
42 internacionales, para proteger y distinguir lo siguiente: en clase 9: un
sistema de puerta electrónica para uso en instalaciones de carga que incluye
cámara y sensores para identificar camiones y daños a los contenedores y
chasis; software descargable para el seguimiento de los camiones y los daños a
los contenedores y chasis en las instalaciones de carga y en clase 42:
provisión de un software en línea no descargable para el seguimiento de los
camiones y los daños en los contenedores y chasis en las instalaciones de
carga. Prioridad: se otorga prioridad N° 90/772.752 de fecha 14/06/2021 de
Estados Unidos de América. Fecha: 15 de febrero de 2022. Presentada el: 08 de
diciembre de 2021. San José. Se cita a terceros interesados en defender sus
derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses
siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. 15 de
febrero de 2022. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el
artículo 85 de la Ley 7978. Esta solicitud se rige por el art. 28 de la Ley de
Marcas Comerciales y Otros Signos Distintivos que indica “Cuando la marca
consista en una etiqueta y otro signo compuesto por un conjunto de elementos,
la protección no se extenderá a los elementos contenidos en ella que sean de
uso común o necesario en el comercio”.—Pablo Andrés Sancho Calvo, Registrador.—( IN2022633334 ).
Solicitud Nº 2021-0011153.—María de La Cruz Villanea
Villegas, casada dos veces, cédula de identidad N° 109840695, en calidad de
apoderada especial de ITS Technologies & Logistics, LLC con domicilio en
Suite 115 8205 S. Cass Avenue Darien, Illinois 60561 United States, Estados
Unidos de América, solicita la inscripción de: SIGHT.IO como marca de
fábrica y servicios en clases 9 y 42 internacionales. Para proteger y
distinguir lo siguiente: en clase 9: Un sistema de puerta electrónica para uso
en instalaciones de carga que incluye cámaras y sensores para identificar
camiones y daños a los contenedores y chasis; software descargable para el
seguimiento de los camiones y los daños a los contenedores y chasis en las
instalaciones de carga.; en clase 42: Provisión de un software en línea no descargable
para el seguimiento de los camiones y los daños en los contenedores y chasis en
las instalaciones de carga. Prioridad: Se otorga prioridad N° 90/772.810 de
fecha 14/06/2021 de Estados Unidos de América. Fecha: 15 de febrero de 2022.
Presentada el: 8 de diciembre de 2021. San José. Se cita a terceros interesados
en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los
dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este
edicto. 15 de febrero de 2022. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo
dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978. Esta solicitud se rige por el art.
28 de la Ley de Marcas Comerciales y Otros Signos Distintivos que indica
“Cuando la marca consista en una etiqueta y otro signo compuesto por un
conjunto de elementos, la protección no se extenderá a los elementos contenidos
en ella que sean de uso común o necesario en el comercio”.—Pablo Andrés Sancho
Calvo, Registrador.—( IN2022633335 ).
Solicitud Nº 2019-0007907.—María de La Cruz Villanea Villegas, casada, cédula de
identidad 109840695, en calidad de apoderada especial de Centroamérica Brands
LLC con domicilio en 1925 Lovering Avenue, City of Wilmington, County of New
Castle, Delaware 19806, Estados Unidos de América, solicita la inscripción de: DYXAND,
como marca de fábrica y comercio en clase 5 internacional, para proteger y
distinguir lo siguiente: productos farmacéuticos, preparaciones para uso médico
y veterinario; productos higiénicos y sanitarios para uso médico; alimentos y
sustancias dietéticas para uso médico o veterinario, alimentos para bebés;
suplementos alimenticios para personas o animales; emplastos, material para
apósitos; material para empastes e improntas dentales; desinfectantes;
productos para eliminar animales dañinos; fungicidas, herbicidas. Fecha: 17 de
febrero de 2022. Presentada el: 27 de agosto de 2019. San José. Se cita a
terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este
Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera
publicación de este edicto. 17 de febrero de 2022. A efectos de publicación,
téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978. Esta solicitud
se rige por el art. 28 de la Ley de Marcas Comerciales y Otros Signos
Distintivos que indica “Cuando la marca consista en una etiqueta y otro signo
compuesto por un conjunto de elementos, la protección no se extenderá a los
elementos contenidos en ella que sean de uso común o necesario en el
comercio.”.—Sabrina Loáiciga Pérez,
Registradora.—( IN2022633336 ).
Solicitud Nº 2021-0009556.—María De La Cruz Villanea
Villegas, casada dos veces, cédula de identidad 109840695, en calidad de
Apoderada Especial de Cooperativa de Productores de Leche Dos Pinos R.L, Cédula
jurídica 3004045002 con domicilio en del Aeropuerto 7 kilómetros al oeste,
Alajuela, Costa Rica, solicita la inscripción de: LECHERA COMPLETA como
Marca de Fábrica y Comercio en clase(s): 31. Internacional(es). Para proteger y
distinguir lo siguiente: en clase 31: Alimentos balanceados de bovinos y otras
especies a base de leche. Fecha: 28 de febrero de 2022. Presentada el: 20 de
octubre de 2021. San José: Se cita a terceros interesados en defender sus
derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses
siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. 28 de
febrero de 2022. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el
artículo 85 de la Ley 7978. Esta solicitud se rige por el art. 28 de la Ley de
Marcas Comerciales y Otros Signos Distintivos que indica “Cuando la marca
consista en una etiqueta y otro signo compuesto por un conjunto de elementos,
la protección no se extenderá a los elementos contenidos en ella que sean de
uso común o necesario en el comercio.”.—Sabrina Loaiciga Pérez, Registradora.—(
IN2022633338 ).
Solicitud Nº 2021-0009551.—María de La Cruz Villanea
Villegas, casada dos veces, cédula de identidad N° 109840695, en calidad de
apoderada especial de Cooperativa de Productores de Leche Dos Pinos R. L.,
cédula jurídica N° 4000045002 con domicilio en
Alajuela, del aeropuerto 7 kilómetros al oeste, Alajuela, Costa Rica, solicita
la inscripción de: LECHERA NNP como marca de fábrica y comercio en clase
31 internacional, para proteger y distinguir lo siguiente: en clase 31:
Alimentos balanceados de bovinos y otras especies a base de leche. Fecha: 28 de
febrero de 2022. Presentada el: 20 de octubre de 2021. San José. Se cita a
terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este
Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera
publicación de este edicto. 28 de febrero de 2022. A efectos de publicación,
téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978. Esta solicitud
se rige por el art. 28 de la Ley de Marcas Comerciales y Otros Signos
Distintivos que indica “Cuando la marca consista en una etiqueta y otro signo
compuesto por un conjunto de elementos, la protección no se extenderá a los
elementos contenidos en ella que sean de uso común o necesario en el
comercio.”.—Sabrina Loáiciga Pérez, Registradora.—( IN2022633339 ).
Solicitud Nº 2022-0001795.—María
de La Cruz Villanea Villegas, casada, cédula de identidad N° 109840695, en
calidad de apoderada especial de Carlos Fuentes Molina, casado una vez, cédula
de identidad N° 132416869, con domicilio en Pedro de Villagra 2891, Vitacura
Santiago Chile, Costa Rica, solicita la inscripción de: TERMAS BOTÁNICAS
como marca de servicios en clases: 43 y 44. Internacionales. Para proteger y
distinguir lo siguiente: en clase 43: Servicios de restaurante; servicios de
alojamiento en hoteles; servicios hoteleros; en clase 44: Servicios de SPA;
Salones de belleza; Servicios de estaciones termales; Servicios de termas con
fines terapéuticos o de belleza e higiene para personas. Fecha: 07 de marzo de
2022. Presentada el 28 de febrero de 2022. San José. Se cita a terceros
interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro,
dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación
de este edicto. 07 de marzo de 2022. A efectos de publicación, téngase en
cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley N° 7978. Esta solicitud se rige
por el art. 28 41 de la Ley de Marcas Comerciales y Otros Signos Distintivos
que indica “Cuando la marca consista en una etiqueta y otro signo compuesto por
un conjunto de elementos, la protección no se extenderá a los elementos
contenidos en ella que sean de uso común o necesario en el comercio”.—Katherine
Jiménez Tenorio, Registradora.—( IN2022633340 ).
Solicitud N° 2022-0001090.—Johnny
Alberto Vargas Carranza, divorciado, cédula de identidad N° 203820498, en
calidad de apoderado especial de Audycon, Auditores y Consultores Legales de
Costa Rica S. A., cédula jurídica N° 3101575258, con domicilio en Curridabat,
de la casa de Pepe Figueres, 400 metros norte, 100 este y 100 sur, San José,
Costa Rica, solicita la inscripción de:
como marca de servicios en
clase: 45 internacional, para proteger y distinguir lo siguiente: servicios de
asesoría, consultoría y capacitación en materia legales y notarial prestados
por juristas, asistentes jurídicos y abogados asesores, a personas, grupos de
personas, organizaciones o empresas, en las siguientes áreas legales laboral,
corporativo, empresarial, notarial, comercial y civil. Fecha: 21 de marzo de
2022. Presentada el 8 de febrero de 2022. San José: Se cita a terceros
interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro,
dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. 21 de marzo de 2022. A
efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la
Ley 7978. Esta solicitud se rige por el art. 28 de la Ley de Marcas Comerciales
y Otros Signos Distintivos que indica “Cuando la marca consista en una etiqueta
y otro signo compuesto por un conjunto de elementos, la protección no se
extenderá a los elementos contenidos en ella que sean de uso común o
necesario en el comercio”.—Adriana Bolaños Guido, Registradora.—( IN2022633356
).
Solicitud Nº 2022-0001597.—Guillermo
Rodríguez Zúñiga, soltero, cédula de identidad 113310636, en calidad de
apoderado especial de Core Regulatorio, Sociedad Anónima, cédula jurídica
3101806007 con domicilio en Santa Ana Centro, avenida cero calle uno, centro
Corporativo Jorge Volio J, Oficinas del Bufete Hulbert Volio Montero, San José,
Costa Rica, solicita la inscripción
como
marca de fábrica y comercio en clases: 35; 36; 38; 39; 40 y 42.
Internacionales. Para proteger y distinguir lo siguiente: en clase 35:
Servicios de asistencia, dirección, asesoría y administración de empresas y
negocios; servicios de contabilidad; servicios de análisis e información
empresarial y valoración de mercados; servicios de asesoría sobre gestión de
riesgos en los negocios; servicios de información y asesoría económica para los
negocios; servicios de estadística.; en clase 36: Servicios financieros;
consultoría financiera; asesoría e información en materia financiera;
planificación financiera; servicios de valoración (peritajes); servicios de
investigaciones económicas y financieras; Consultoría de gestión de riesgos
financieros; Servicios de consultoría financiera relacionados con inversiones
en infraestructura.; en clase 38: Consultoría en telecomunicaciones; Servicios
de consultoría, información y asesoramiento en el campo de las
telecomunicaciones.; en clase 39: Servicios de consultoría en distribución de
electricidad; Servicios de asesoramiento y consultoría profesional relacionados
con el transporte.; en clase 40: Consultoría en generación de energía
eléctrica.; en clase 42: Servicios de ingeniería investigación, consultoría y
diseños de ingeniería; peritajes de ingeniería; servicios de pruebas,
autenticaciones y control de calidad, propiamente comprobación, análisis y
pruebas de aparatos; Consultoría técnica relacionada con las obras públicas.;
Clase 42: Servicios científicos y tecnológicos; servicios de ingeniería
investigación, consultoría y diseños de ingeniería; peritajes de ingeniería;
servicios de pruebas, autenticaciones y control de calidad, propiamente
comprobación, análisis y pruebas de aparatos; Consultoría técnica relacionada
con las obras públicas. Fecha: 24 de febrero de 2022. Presentada el: 8 de
febrero de 2022. San José: Se cita a terceros interesados en defender sus
derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses
siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. 24 de
febrero de 2022. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el
artículo 85 de la Ley 7978. Esta solicitud se rige por el art. 28 de la Ley de
Marcas Comerciales y Otros Signos Distintivos que indica “Cuando la marca
consista en una etiqueta y otro signo compuesto por un conjunto de elementos,
la protección no se extenderá a los elementos contenidos en ella que sean de
uso común o necesario en el comercio”.—Wendy López Vindas, Registradora.—(
IN2022633396 ).
Solicitud N° 2021-0008767.—Keylor
Arguedas Arias, divorciado una vez, cédula de identidad N° 109560449, en
calidad de apoderado generalísimo de 3-101-504305 S. A., cédula jurídica N°
3101504305, con domicilio en Santa Ana, de la Iglesia Católica 1 km al norte,
200 mts oeste y 100 norte, San José,
Costa Rica, solicita la inscripción
como marca de fábrica
y comercio en clase: 30.
Internacional. Para proteger y distinguir lo siguiente: en clase 30: Café y
sucedáneos del café. Fecha: 17 de diciembre de 2021. Presentada el: 28 de
septiembre de 2021. San José: Se cita a terceros interesados en defender sus
derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses
siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. 17 de
diciembre de 2021. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley N° 7978. Esta
solicitud se rige por el art. 28 de la Ley de Marcas Comerciales y Otros Signos
Distintivos que indica “Cuando la marca consista en una etiqueta y otro signo
compuesto por un conjunto de elementos, la protección no se extenderá a los
elementos contenidos en ella que sean de uso común o necesario en el comercio”.—Jamie
Phillips Guardado, Registradora.—( IN2022633421 ).
Solicitud Nº 2021-0010550.—Eric
Eugenio Hernández Trejos, soltero, cédula de identidad N° 702090754, con
domicilio en Santo Domingo, Residencial Cristina Casa Nº20, 300 mts sur de La
Cruz Roja de Santo Domingo, Heredia, Costa Rica, solicita la inscripción
como
marca de fábrica y comercio en clase 29. Internacional. Para proteger y
distinguir lo siguiente: Chips de plátano verde y maduro. Fecha: 07 de
diciembre de 2021. Presentada el 18 de noviembre de 2021. San José. Se cita a
terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este
Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera
publicación de este edicto. 07 de diciembre de 2021. A efectos de publicación,
téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley N° 7978. Esta
solicitud se rige por el art. 28 de la Ley de Marcas Comerciales y Otros Signos
Distintivos que indica “Cuando la marca consista en una etiqueta y otro signo
compuesto por un conjunto de elementos, la protección no se extenderá a los
elementos contenidos en ella que sean de uso común o necesario en el
comercio”.—Rina Ruiz Mata, Registradora.—( IN2022633456 ).
Solicitud Nº 2022-0002281.—Lothar Arturo Volio Volkmer,
casado una vez, cédula de identidad N° 109520932, en calidad de apoderado
especial de Industria La Popular Sociedad Anónima, con domicilio en Vía Tres
Cinco guión Cuarenta y Dos de la Zona Cuatro de la Ciudad de Guatemala, Guatemala,
solicita la inscripción
como marca
de comercio en clase: 3. Internacional. Para proteger y distinguir lo siguiente:
Detergentes y jabones para el lavado de la ropa y/o uso doméstico, en forma
líquida o sólida; suavizantes para la ropa; preparaciones para el cuidado y
lavado de la ropa; jabones en general. Fecha: 18 de marzo de 2022. Presentada
el 14 de marzo de 2022. San José. Se cita a terceros interesados en defender
sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses
siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. 18 de
marzo de 2022. A efectos de publicación,
téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley N° 7978. Esta
solicitud se rige por el art. 28 de la Ley de Marcas Comerciales y Otros Signos
Distintivos que indica “Cuando la marca consista en una etiqueta y otro signo
compuesto por un conjunto de elementos, la protección no se extenderá a los
elementos contenidos en ella que sean de uso
común o necesario en el comercio”.—Rina Ruiz Mata, Registradora.—( IN2022633494
).
Solicitud Nº 2022-0002377.—Lothar Arturo Volio Volkmer, casado
una vez, cédula de identidad 109520932, en calidad de apoderado especial de
Industria La Popular Sociedad Anónima, con domicilio en Vía Tres Cinco guión
Cuarenta y Dos de la Zona Cuatro de la Ciudad de Guatemala, Guatemala, solicita
la inscripción:
como marca de comercio en
clase(s): 5 internacional(es), para proteger y distinguir lo siguiente: en
clase 5: Jabones desinfectantes y/o antibacteriales; productos desinfectantes
y/o antibacteriales para el lavado y cuidado de la ropa; desinfectantes;
productos para higiene personal que no sean de tocador. Fecha: 18 de marzo del
2022. Presentada el: 16 de marzo del 2022. San José: Se cita a terceros
interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro,
dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación
de este edicto. 18 de marzo del 2022. A efectos de publicación, téngase en
cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978. Esta solicitud se rige
por el art. 28 de la Ley de Marcas Comerciales y Otros Signos Distintivos que
indica “Cuando la marca consista en una etiqueta y otro signo compuesto por un
conjunto de elementos, la protección no se extenderá a los elementos contenidos
en ella que sean de uso común o necesario en el comercio”.—Randall Abarca
Aguilar, Registrador.—( IN2022633501 ).
Solicitud Nº 2022-0002148.—Ingrid Monserrat López Montero, casada una vez,
cédula de identidad 108560941 con domicilio en San Juan, San Ramón, 100 metros
al este del Hogar de Ancianos, Alajuela,
Costa Rica, solicita la inscripción:
como marca de fábrica y
comercio en clase: 30 internacional, para proteger y distinguir lo siguiente:
en clase 30: Productos de pastelería y confitería de origen vegetal preparados
para su consumo. Fecha: 17 de marzo del 2022. Presentada el: 9 de marzo del
2022. San José: Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para
hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados
a partir de la primera publicación de este edicto. 17 de marzo del 2022. A
efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la
Ley 7978. Esta solicitud se rige por el art. 28 de la Ley de Marcas Comerciales
y Otros Signos Distintivos que indica “Cuando la marca consista en una etiqueta
y otro signo compuesto por un conjunto de elementos, la protección no se
extenderá a los elementos contenidos en ella que sean de uso común o necesario
en el comercio”.—Walter Alfaro González, Registrador.—( IN2022633515 ).
Solicitud Nº 2022-0002426.—Nelson
Enrique Corrales Araya, soltero, cédula de identidad N° 304190883, con
domicilio en Paraíso Cachí 2 kilómetros al este de la plaza de deportes,
Cartago, Costa Rica, solicita la inscripción
como marca de comercio en clase: 30. Internacional. Para proteger y
distinguir lo siguiente: en clase 30: Café grano entero y molido. Fecha: 22 de
marzo de 2022. Presentada el: 17 de marzo de 2022. San José. Se cita a terceros
interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro,
dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación
de este edicto. 22 de marzo de 2022. A efectos de publicación, téngase en
cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978. Esta solicitud se rige
por el art. 28 de la Ley de Marcas Comerciales y Otros Signos Distintivos que
indica “Cuando la marca consista en una etiqueta y otro signo compuesto por un
conjunto de elementos, la protección no se extenderá a los elementos contenidos
en ella que sean de uso común o necesario en el comercio”.—Randall Abarca
Aguilar, Registrador.—( IN2022633531 ).
Solicitud Nº 2021-0011241.—Manrique José Durán Vásquez, soltero, cédula de
identidad N° 207710216, con domicilio en: costado oeste de la plaza de deportes
de San Mateo, 20401, San Mateo, Alajuela, Costa Rica, solicita
la inscripción
como
marca de comercio y servicios en clases: 29, 30, 32, 33, 35 y 43
internacionales, para proteger y distinguir lo siguiente: en clase 29: carne,
pescado, carne de ave y carne de caza; extractos de carne; frutas y verduras,
hortalizas y legumbres en conserva, congeladas, secas y cocidas; jaleas,
confituras, compotas; huevos; leche, quesos, mantequilla, yogur y otros
productos lácteos; aceites y grasas para uso alimenticio; en clase 30: café,
té, cacao y sucedáneos del café; arroz, pastas alimenticias y fideos; tapioca y
sagú; harinas y preparaciones a base de cereales; pan, productos de pastelería
y confitería; chocolate; helados cremosos, sorbetes y otros helados; azúcar,
miel, jarabe de melaza; levadura, polvos de hornear; sal, productos para
sazonar, especias, hierbas en conserva; vinagre, salsas y otros condimentos;
hielo; en clase 32: cervezas; bebidas sin alcohol; aguas minerales; bebidas a
base de frutas y zumos de frutas; siropes y otras preparaciones sin alcohol
para elaborar bebidas; en clase 33: bebidas alcohólicas, excepto cervezas;
preparaciones alcohólicas para elaborar bebidas; Cócteles; en clase 35:
servicios de venta de todo tipo de productos comestibles, pan, repostería (dulce
y salada), carnes, aves, pescados y mariscos, frutas, vegetales, productos
enlatados y en conserva; víveres, bebidas alcohólicas, bebidas no alcohólicas,
licores, vinos, toda clase de abarrotes y productos alimenticios en general, ya
sean elaborados o no; en clase 43: servicios de restaurantes incluyendo los
servicios de venta de todo tipo de productos comestibles, pan, repostería
(dulce y salada), carnes, aves, pescados y mariscos, frutas, vegetales,
productos enlatados y en conserva; víveres, bebidas alcohólicas, bebidas no
alcohólicas, licores, vinos, toda clase de abarrotes y productos alimenticios
en general, ya sean elaborados o no. Fecha: 18 de marzo de 2022. Presentada el:
13 de diciembre de 2021. San José. Se cita a terceros interesados en defender
sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses
siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. 18 de
marzo de 2022. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el
artículo 85 de la Ley 7978. Esta solicitud se rige por el art. 28 de la Ley de
Marcas Comerciales y Otros Signos Distintivos que indica “Cuando la marca
consista en una etiqueta y otro signo compuesto por un conjunto de elementos,
la protección no se extenderá a los elementos contenidos en ella que sean de
uso común o necesario en el comercio”.—Katherine Jiménez Tenorio,
Registradora.—( IN2022633553 ).
Solicitud Nº 2022-0000870.—Francisco
Javier Calvo Bonilla, casado dos veces, cédula de identidad N° 106370479, con
domicilio en: Los Ángeles de San
Rafael de Heredia, 1024, calle Monjas, Costa Rica, solicita la inscripción
como
marca de comercio y servicios en clases: 9, 35, 38 y 41 internacionales. Para
proteger y distinguir lo siguiente: en clase 9: discos compactos (Cds);
archivos de imagen descargables; discos compactos (Audio/Video); publicaciones
electrónicas descargables; videocintas; infografías descargables; historietas
descargables; materiales educativos descargables; contenidos digitales
descargables; libros digitales; libros electrónicos descargables;
periódicos electrónicos descargables; charlas descargables; en clase 35:
comercialización y venta de libros impresos; revistas; audiolibros; e books o
libros electrónicos; charlas en formato electrónico tipo (Webinar); videos o
streaming relacionados con los ejes temáticos de los libros a comercializar;
talleres de lectura on line; organización de exposiciones o ferias de libros
relacionados a la marca. Juegos de mesa; juegos educativos; rompecabezas;
puzles; tableros; ajedrez; modelos a escala; bloques de armar; en clase 38:
servicio de acceso a plataformas de información en internet relacionados con
los ejes temáticos del negocio y en clase 41: exposiciones con fines culturales
y educativos relacionados con el giro del negocio; suministro de publicaciones
electrónicas en línea no descargables. Reservas: reservar colores de diseño.
Fecha: 15 de marzo de 2022. Presentada el 01 de febrero de 2022. San José. Se
cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante
este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la
primera publicación de este edicto. 15 de marzo de 2022. A efectos de
publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley N°
7978. Esta solicitud se rige por el art. 28 de la Ley de Marcas Comerciales y
Otros Signos Distintivos que indica “Cuando la marca consista en una etiqueta y
otro signo compuesto por un conjunto de elementos, la protección no se
extenderá a los elementos contenidos en ella que sean de uso común o necesario
en el comercio”.—Alex Villegas Méndez,
Registradora.—( IN2022633580 ).
Marcas de Ganado
Solicitud N°
2021-3094.—Ref.:
35/2021/6414.—Delroy Edward Notice Notice, cédula de identidad N° 700330577, solicita
la inscripción de:
D I
3
como marca de ganado, que
usará preferentemente en Limón, Talamanca, Sixaola, Veredas de San Miguel,
quinientos sureste y dos kilómetros al noroeste de la Escuela de San Miguel de
Veredas, sobre fin de calle pública. Presentada el 22 de noviembre del 2021.
Según el expediente N° 2021-3094. Se cita a terceros interesados en defender sus
derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los 10 días hábiles
contados a partir de la publicación de este edicto.—Giovanna Mora Mesén, Registradora.—1 vez.—(
IN2022633045 ).
Solicitud Nº 2022-574. Ref.:
35/2022/1198.—Marlon Eduardo Herrera González, cédula de identidad
N° 603400076, solicita la inscripción de:
como
marca de ganado, que usará preferentemente en Puntarenas, Parrita, Parrita,
Barrio San Julián, frente a la escuela de la localidad. Presentada el 04 de
marzo del 2022. Según el expediente Nº 2022-574. Se cita a terceros interesados
en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los
10 días hábiles contados a partir de la publicación de este edicto.—Giovanna
Mora Mesén - Registradores.—1
vez.—( IN2022633322 ).
Solicitud N° 2022-667.—Ref: 35/2022/1405.—Jairo Mora
Segura, cédula de identidad 205320768, solicita la inscripción de:
como
marca de ganado, que usará preferentemente en Alajuela, Upala, Yolillal, San
Jorge, La Virgen, Finca El Burio. Presentada el 15 de marzo del 2022 Según el
expediente N° 2022-667. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos
para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los 10 días hábiles contados
a partir de la publicación de este edicto.—Giovanna Mora Mesen, Registradora.—1
vez.—( IN2022633349 ).
Solicitud Nº 2022-702. Ref.: 35/2022/1460.—Cinthia Lizbeth
Meza Umaña, cédula de identidad N° 1-1093-0221, solicita la inscripción de:
como
marca de ganado, que usará preferentemente en Puntarenas, Buenos Aires,
Colinas, Mallal, contiguo a la escuela. Presentada el 17 de marzo del 2022.
Según el expediente Nº 2022-702. Se cita a terceros interesados en defender sus
derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los 10 días hábiles
contados a partir de la publicación de este edicto.—Karol Claudel Palma -
Registradores.—1 vez.—( IN2022633399 ).
Solicitud N° 2022-668.—Ref:
35/2022/1393.—Angelica María Aguiluz
Morales, cédula de identidad N° 1-1759-0186, solicita la inscripción de:
como
marca de ganado, que usará preferentemente en Limón, Pococí, Guápiles, doce kilómetros norte de la Estación de Riteve. Presentada el 15 de marzo del 2022. Según
el expediente N° 2022-668. Se cita a terceros interesados en defender sus
derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los 10 días hábiles
contados a partir de la publicación de este edicto.—Karol Claudel Palma,
Registradora.—1 vez.—( IN2022633403 ).
Solicitud N° 2022-676.—Ref:
35/2022/1411.—Freddy Osvaldo Chavarría García, cédula de identidad N° 2-0597-0203, solicita la
inscripción de:
como marca de ganado, que
usará preferentemente en Alajuela, Atenas, San José, San José Norte, un
kilómetro al norte de los tanques de la ASADA. Presentada el 16 de marzo del
2022. Según el expediente N° 2022-676. Se
cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer
ante este Registro, dentro de los 10 días hábiles contados a partir de la
publicación de este edicto.—Karol Claudel Palma, Registradora.—1 vez.—(
IN2022633465 ).
Solicitud N° 2022-513.—Ref:
35/2022/1272.—Mauricio Rojas Arguedas, cédula de identidad N°
1-0820-0229, solicita la inscripcion de:
como marca de ganado, que usará preferentemente en Cartago, Turrialba, Pavones, un
kilómetro al sur y cincuenta metros
al oeste de la Delegación Policial. Presentada el 28 de febrero del 2022. Según
el expediente N° 2022-513. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos
para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los 10 días hábiles contados
a partir de la publicación de este edicto.—Karol Claudel Palma, Registradora.—1
vez.—( IN2022633502 ).
Solicitud Nº 2022-636.—Ref:
35/2022/1338.—Rodrigo Segnini Aguilar, cédula de identidad N° 111160867, en calidad de
apoderado generalísimo sin límite de suma de Producciones Agropecuarias Ramar
Abangares Sociedad Anónima, cédula jurídica
N° 3101686512, solicita la inscripción
de:
como
marca de ganado, que usará preferentemente en
Guanacaste, Abangares, Colorado, 2 kilómetros al
oeste del Restaurante El Vaquero. Presentada el 10 de marzo del 2022. Según el expediente Nº 2022-636. Se cita a terceros
interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro,
dentro de los 10 días hábiles contados a partir de la publicación de este edicto.—Giovanna Mora Mesén, Registradores.—1 vez.—( IN2022633597 ).
Solicitud Nº 2022-560.—Ref: 35/2022/1440.—Juan Guillermo
Rojas González, cédula de identidad N° 2-0581-0197, solicita la
inscripción de:
como marca de ganado, que usará preferentemente en Alajuela, Los Chiles, El Amparo,
Dos Aguas, frente a escuela pública.
Presentada el 03 de marzo del 2022. Según el expediente Nº 2022-560. Se cita a terceros
interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro,
dentro de los 10 días hábiles contados a partir de la publicación de este edicto.—Karol Claudel Palma,
Registradores.—1 vez.—( IN2022633599 ).
Solicitud Nº 2022-634.—Ref:
35/2022/1311.—Steven Osvaldo González
Mesén, cédula de identidad N° 4-0251-0185, solicita la
inscripción de:
como marca de ganado, que usará preferentemente en Alajuela, Río Cuarto, Río Cuarto, Montelirio, 100 norte y 300 este del
Monumento de AYA. Presentada el 10 de marzo del 2022. Según el expediente Nº 2022-634. Se cita a terceros
interesados en defender sus derechos para
hacerlos valer ante este Registro, dentro de los 10 días hábiles contados a partir de la publicación de este edicto.—Karol Claudel Palma, Registradores.—1
vez.—( IN2022633600 ).
REGISTRO DE PERSONAS JURÍDICAS
Asociaciones Civiles
EDICTOS
El Registro de Personas
Jurídicas, ha recibido para su inscripción el Estatuto de la entidad: Asociación Club de Leones de
Villanueva de Aserrí, con domicilio en la provincia de: San José-Aserrí, cuyos fines principales, entre
otros son los siguientes: Promover el fortalecimiento y ejecución de proyectos
que faciliten el desarrollo sostenido de la cultura en el Barrio Villa Nueva de
San Gabriel de Aserrí, procurar el rescate y desarrollo de las diversas manifestaciones
culturales de la comunidad Barrio Villa Nueva de San Gabriel. Cuyo
representante, será la presidenta: Candy Gabriela Castillo Jiménez, con las
facultades que establece el estatuto. Por encontrarse dicha entidad dentro de
las prescripciones establecidas en la Ley N° 218 del 08/08/1939, y sus
reformas. Se emplaza por 15 días hábiles a partir de esta publicación a
cualquier interesado para que formule reparos a la inscripción en trámite.
Documento tomo: 2021, asiento: 395831.—Registro Nacional, 21 de marzo de
2022.—Licda. Yolanda Víquez Alvarado.—1 vez.—( IN2022633123 ).
El Registro de Personas Jurídicas, ha recibido para su inscripción la
Reforma del estatuto de la persona jurídica cédula: 3-002-045630, denominación:
Asociación Costarricense de Criadores de Ganado Jersey. Por cuanto dicha
reforma cumple con lo exigido por la Ley Nº 218 del 08/08/1939, y sus reformas.
Se emplaza por 15 días hábiles a partir de esta publicación a cualquier
interesado para que formule reparos a la inscripción en trámite. Documento
Tomo: 2022 Asiento: 156152.—Registro Nacional, 18 de marzo de 2022.—Licda.
Yolanda Víquez Alvarado.—1 vez.—( IN2022633193 ).
El Registro de Personas Jurídicas, ha recibido
para su inscripción el Estatuto de la entidad: Asociación de Emprendedores Acuícolas San Blanceños, con domicilio en la provincia de: Puntarenas, Puntarenas, cuyos fines principales,
entre otros son los siguientes: Promover proyectos de empleos a la comunidad de san blas, gestionar el
mejoramiento social, educativo, y productivo de sus miembros. Cuyo
representante, será el presidente: Gerardo Francisco Enríquez Parra, con las
facultades que establece el estatuto. Por encontrarse dicha entidad dentro de
las prescripciones establecidas en la Ley Nº 218 del 08/08/1939, y sus reformas.
Se emplaza por 15 días hábiles a partir de esta publicación a cualquier
interesado para que formule reparos a la inscripción en trámite. Documento
Tomo: 2021 Asiento: 622230.—Registro Nacional, 10 de enero de 2022.—Licda.
Yolanda Víquez Alvarado.—1 vez.—( IN2022633198 ).
El Registro de Personas Jurídicas, ha recibido
para su inscripción la Reforma del estatuto de la persona jurídica cédula:
3-002-438586, denominación: Asociacion Costa Rica Grameen. Por cuanto dicha
reforma cumple con lo exigido por la Ley Nº 218 del 08/08/1939, y sus reformas.
Se emplaza por 15 días hábiles a partir de esta publicación a cualquier
interesado para que formule reparos a la inscripción en trámite. Documento
tomo: 2022 asiento: 74122.—Registro Nacional, 18 de marzo de 2022.—Licda.
Yolanda Víquez Alvarado.—1 vez.—( IN2022633316 ).
El Registro de Personas Jurídicas, ha recibido para su inscripción el
Estatuto de la entidad: Asociación
Ambiental Finca Cantaros, con domicilio en la provincia de: Puntarenas-Coto
Brus, cuyos fines principales, entre otros son los siguientes: conectar,
aprender, actuar, creando comunidad e inspirando acción a través
de la educación ambiental.
Fines no lucrativos, y para dedicarse a la educación ambiental, la reforestación y la investigación ambiental. Cuyo representante, será el presidente:
Lilly Briggs, con las facultades que establece el estatuto. Por encontrarse
dicha entidad dentro de las prescripciones establecidas en la Ley Nº 218 del
08/08/1939, y sus reformas. Se emplaza por 15 días hábiles a partir de esta
publicación a cualquier interesado para que formule reparos a la inscripción en
trámite. Documento: Tomo: 2022, Asiento: 43451.—Registro Nacional, 16 de marzo
de 2022.—Licda. Yolanda Víquez Alvarado.—1 vez.—( IN2022633341 ).
El Registro de Personas Jurídicas, ha recibido
para su inscripción el Estatuto de la
entidad: Asociación Agrícola Progresista de La Tigra, con domicilio en
la provincia de: Alajuela-San Carlos, cuyos fines principales, entre otros son los siguientes: Realizar programas de
capacitación que ayuden a brindar oportunidades laborales a toda la comunidad.
Promover estrategias para el desarrollo económico y social de la comunidad.
Promover programas que promuevan la iniciativa empresarial en la comunidad para
la generación de empleos a todos los sectores de la población. Cuyo
representante, será el presidente: Michael Arnoldo Venegas Castillo, con las
facultades que establece el estatuto. Por encontrarse dicha entidad dentro de
las prescripciones establecidas en la Ley Nº 218 del 08/08/1939, y sus
reformas. Se emplaza por 15 días hábiles a partir de esta publicación a
cualquier interesado para que formule reparos a la inscripción en trámite.
Documento Tomo: 2022. Asiento: 140367.—Registro Nacional, 18 de marzo de
2022.—Licda. Yolanda Víquez Alvarado.—1 vez.—( IN2022633342 ).
El Registro de Personas Jurídicas, ha recibido para su inscripción la
Reforma del estatuto de la persona jurídica cédula N°
3-002-108966, denominación: Asociación
Hogar de Ancianos de Coto Brus. Por cuanto dicha reforma cumple con lo exigido
por la Ley Nº 218 del 08/08/1939, y sus reformas. Se emplaza por 15 días
hábiles a partir de esta publicación a cualquier interesado para que formule
reparos a la inscripción en trámite. Documento Tomo: 2022 Asiento: 66668.—Registro
Nacional, 16 de febrero de 2022.—Licda.
Yolanda Víquez Alvarado.—1 vez.—( IN2022633380 ).
El Registro de Personas Jurídicas, ha recibido para su inscripción la
Reforma del estatuto de la persona jurídica cédula:
3-002-773727, denominación: Asociación Pro-Derechos de Consumidores
Contribuyentes Asegurados Administrados Y
Propietarios APRODECAP. Por cuanto dicha reforma cumple con lo exigido
por la Ley Nº 218 del 08/08/1939, y sus reformas. Se emplaza por 15 días
hábiles a partir de esta publicación a cualquier interesado para que formule
reparos a la inscripción en trámite. Documento Tomo: 2021, Asiento: 539456 con
adicional(es) Tomo: 2022, Asiento: 144153.—Registro Nacional, 07 de marzo de
2022.—Lic. Henry Jara Solís.—1 vez.—( IN2022633428 ).
El Registro de Personas Jurídicas, ha recibido
para su inscripción el Estatuto de la entidad: Asociación Guacimeña de Emprendedurismo en Acción AGEA, con
domicilio en la provincia de: Limón-Guácimo, cuyos
fines principales, entre otros son los siguientes: dar un respaldo a los y las
emprendedoras de la zona en sus proyectos de innovación. Contribuir
con el desarrollo de planes de oportunidades de negocios en los emprendedurismo
para así poder solventar la demanda que el comercio
solicita. Buscar vías alternas de capacitaciones, donde se instruyan
como ciudadanos activos para ofrecer mejores servicios. Apoyar a los socios
agricultores de la zona fuera de ella en sus proyectos. Cuyo representante,
será el presidente: Tatiana Ginnette Fernández Solís, con las
facultades que establece el estatuto. Por encontrarse dicha entidad dentro de
las prescripciones establecidas en la Ley Nº 218 del 08/08/1939, y sus
reformas. Se emplaza por 15 días hábiles a partir de esta publicación a
cualquier interesado para que formule reparos a la inscripción en trámite.
Documento: Tomo: 2021, Asiento: 478318.—Registro Nacional, 16 de marzo de
2022.—Licda. Yolanda Víquez Alvarado.—1 vez.—( IN2022633583 ).
Patentes de Invención
PUBLICACIÓN DE SEGUNDA VEZ
La señora Fabiola Sáenz
Quesada, cédula de identidad N° 109530774, en calidad de apoderada especial de
L3vel LLC., solicita la Patente PCT denominada SISTEMA Y PROCEDIMIENTOS PARA DISEÑAR Y ALIMENTAR NODOS DE RED DE MALLA
DE COMUNICACIÓN INALÁMBRICA. En el
presente documento se describen sistemas y procedimientos relacionados con el
diseño, la instalación y el despliegue de redes de malla de comunicaciones
inalámbricas. En un aspecto, un nodo de comunicación inalámbrica puede
ubicarse en un edificio para incluir uno o más montajes de antena, uno o más
radios de comunicación inalámbrica montados en uno o más montajes de antena y
una fuente de alimentación portátil acoplada a cada uno de los uno o más radios
de comunicación inalámbrica a través de un cable respectivo, donde la fuente de
alimentación portátil está configurada para proporcionar energía a cada uno de
los uno o más radios de comunicación inalámbrica. En otro aspecto, un El nodo
de comunicación inalámbrica ubicado en un edificio puede incluir una interfaz coaxial
acoplada a una fuente de alimentación instalada en el edificio a través de un
cable preexistente para una antena parabólica, donde la interfaz coaxial puede
recibir energía de la fuente de alimentación a través del cable preexistente y
suministrar la energía recibida a una o más radios de comunicación inalámbrica.
La memoria descriptiva, reivindicaciones, resumen y diseños quedan depositados,
la Clasificación Internacional de Patentes es: H04B 3/54, H04W 84/22 y H04W
88/00; cuyos inventores son Ross, Kevin (US) y Naim, Muhammad Ahsan (US).
Prioridad: N° 62/875,391 del 17/07/2019 (US) y N° 62/879,295 del 26/07/2019
(US). Publicación Internacional: WO/2021/011862. La solicitud correspondiente
lleva el número 2022-0000052, y fue presentada a las 11:23:47 del 07 de febrero
de 2022. Cualquier interesado podrá oponerse dentro de los tres meses
siguientes a la tercera publicación de este aviso. Publíquese tres días
consecutivos en el diario oficial La Gaceta y una vez en un periódico de
circulación nacional.—San José, 09 de marzo de 2022.—Oficina de
Patentes.—Randall Piedra Fallas.—( IN2022632541 ).
El señor Simón Alfredo Valverde Gutiérrez, cédula de identidad
303760289 en calidad de apoderado especial de Solent Therapeutics, LLC,
solicita la Patente PCT denominada DERIVADOS DE 1,1-DIÓXIDO DE
3-AMINO-4H-BENZO[E][1,2,4] tiadiazina COMO INHIBIDORES DE MRGX2. Se describen compuestos de la Fórmula 1, tautómeros de
los mismos, y sales farmacéuticamente aceptables de los compuestos o
tautómeros, en donde L, R1, R2, R3, R4 y R5 son definidos en la especificación.
Esta descripción también se refiere a materiales y métodos para preparar
compuestos de la Fórmula 1, a las
composiciones farmacéuticas que las contienen, y a su uso para tratar
enfermedades, trastornos o afecciones asociadas con MRGX2. La memoria
descriptiva, reivindicaciones, resumen y diseños quedan depositados, la
Clasificación Internacional de Patentes es: A61K 31/5415, A61P 19/02, C07D
285/32, C07D 417/04, C07D 417/12 y C07D 417/14; cuyos inventores son: Bigi,
Simone (US); Chambers, Allison, L. (US); Gibson, Tony (US); Pickens, Jason
(US); Swann, Steve (US); Vassar, Angie (US); Zhou, Feng (US); Kono, Mitsunori
(JP); Seto, Masaki (JP); Shiokawa, Zenyu (JP). Prioridad: N° 62/840,344 del
29/04/2019 (US). Publicación Internacional: WO2020/223255. La solicitud
correspondiente lleva el número 2021-0000544, y fue presentada a las 12:11:43
del 1 de noviembre de 2021. Cualquier interesado podrá oponerse dentro de los
tres meses siguientes a la tercera publicación de este aviso. Publíquese tres
días consecutivos en el Diario Oficial La Gaceta y una vez en un
periódico de circulación nacional.—San José, 22 de febrero de 2022.— Oficina de
Patentes.—Randall Piedra Fallas.—( IN2022632571 ).
La señora(ita) Fabiola Sáenz Quesada, cédula de identidad N°
109530774, en calidad de apoderado especial de L3vel LLC., solicita la Patente
PCT denominada SISTEMAS Y PROCEDIMIENTOS PARA CONSTRUIR REDES DE MALLA DE
COMUNICACIÓN INALÁMBRICA UTILIZANDO ESTRUCTURAS DE POSTES. En el presente
documento se describen sistemas y procedimientos relacionados con redes de
malla de comunicación inalámbrica. En un aspecto, los sistemas y procedimientos
divulgados pueden involucrar (1) una red de fibra preexistente asociada con un
área geográfica que incluye edificios, donde la red de fibra preexistente
comprende enlaces de fibra preexistentes, (2) un primer enlace de fibra que se
empalma en uno determinado de los enlaces de fibra preexistentes acoplados a la
red de fibra preexistente en una ubicación determinada que se identificó como
conveniente para extender la red de fibra preexistente, (3) un segundo enlace
de fibra que se despliega entre la ubicación determinada y un edificio
determinado que está más cerca a la ubicación determinada, donde el edificio
determinado está configurado para servir como un nodo semilla de una red de
malla de comunicación inalámbrica que tiene conectividad de red de retorno a
través de la red de fibra preexistente, y (4) uno o más enlaces de comunicación
punto a punto o punto a multipunto que se originan en el nodo semilla. La
memoria descriptiva, reivindicaciones, resumen y diseños quedan depositados, la
Clasificación Internacional de Patentes es: H04B 3/54, H04W 84/22, H04W 88/06 y
H04W 88/10; cuyos inventores son: Ross, Kevin (US) y Naim, Muhammad Ahsan (US).
Prioridad: N° 62/828,336 del 02/04/2019 (US). Publicación Internacional:
WO/2020/206104. La solicitud correspondiente lleva el número 2021-0000529, y
fue presentada a las 11:40:01 del 21 de octubre de 2021. Cualquier interesado
podrá oponerse dentro de los tres meses siguientes a la tercera publicación de
este aviso. Publíquese tres días consecutivos en el diario oficial La Gaceta
y una vez en un periódico de circulación nacional.—San José, 9 de marzo de
2022.—Oficina de Patentes.—Randall Piedra Fallas.—( IN2022632722 ).
La señora(ita) Fabiola Saénz Quesada, cédula de identidad N°
109530774, en calidad de apoderada especial de Bard, Markus, solicita la Modelo
Utilidad PCT denominada PANEL DE MATERIAL. El panel de material consiste
en una capa intermedia (1) hecha de hebras de bambú (2) y dos capas finas (3,
4) en ambos lados de hojuelas o astillas de bambú pegadas, así como de capas de
cobertura (5, 6) en ambos lados. La memoria descriptiva, reivindicaciones,
resumen y diseños quedan depositados, la Clasificación Internacional de
Patentes es: B32B 3/18, B32B 5/16 y 632B 9/02; cuyo inventor es Bard, Markus
(CH). Prioridad: N° 00553/19 del 25/04/2019 (CH). Publicación Internacional:
WO/2020/216871. La solicitud correspondiente lleva el número 2021-0000553, y
fue presentada a las 12:46:55 del 04 de noviembre de 2021. Cualquier interesado
podrá oponerse dentro de los tres meses siguientes a la tercera publicación de
este aviso. San José, 25 de febrero de 2022. Publíquese tres días consecutivos
en el Diario Oficial La Gaceta y una vez en un periódico de circulación
nacional.—Oficina de Patentes.—Hellen Marín Cabrera.—( IN2022632724 ).
El(la) señor(a)(ita) Marco Antonio Jiménez Carmiol, Cédula de
identidad 102990846, en calidad de Apoderado Especial de Edwards Lifesciences
Corporation, solicita la Patente PCT denominada DISPOSITIVOS DE SELLADO DE
VÁLVULAS CARDÍACAS, DISPOSITIVOS DE ENTREGA PARA LOS MISMOS Y DISPOSITIVOS DE
RECUPERACIÓN. Un método y sistema para implantar y reposicionar un
dispositivo implantable para una válvula nativa del corazón de un paciente
incluye un catéter de entrega, un collar, un acopiador y un elemento de
actuación. El elemento de actuación se extiende a través del catéter de entrega
y se une al dispositivo para abrir el dispositivo. El collar está conectado al
dispositivo y el acopiador está conectado al catéter de entrega. El collarín y
el acopiador se unen mediante una o más ataduras de acoplamiento que se pueden
usar para volver a enganchar el dispositivo después de un despliegue inicial.
La memoria descriptiva, reivindicaciones, resumen y diseños quedan depositados,
la Clasificación Internacional de Patentes es: A61F 2/24; cuyo(s) inventor(es)
es(son) Metchik, Asher L. (US); Nguyen, Tam Van (US); Kwon, Rhayoung (US);
Tyler, Gregory Scott, II (US); Freschauf, Lauren, R. (US); Stearns, Grant,
Matthew (US); Dixon, Eric, Robert (US); Gohres, Rachel Ann (US); Montoya,
Daniel, James (US); Oberwise, Eric, Michael (US) y Ford, Steven, M. (US).
Prioridad: N° 62/850,458 del 20/05/2019 (US). Publicación Internacional: WO/2020/236735. La solicitud correspondiente lleva
el número 2021-0000574, y fue presentada a las 11:21:53 del 16 de
noviembre de 2021. Cualquier interesado podrá oponerse dentro de los tres meses
siguientes a la tercera publicación de este aviso. San José, 10 de febrero de
2022. Publíquese tres días consecutivos en el Diario Oficial La Gaceta y
una vez en un periódico de circulación nacional.—Oficina de Patentes.—Daniel
Marenco Bolaños.—( IN2022632758 ).
El señor Marco Antonio Jiménez Carmiol, cédula
de identidad 102990846, en calidad de apoderado especial de Edwards
Lifesciences Corporation, solicita la Patente PCT denominada DISPOSITIVOS DE
SELLADO DE VÁLVULAS CARDÍACAS Y DISPOSITIVOS DE SUMINISTRO PARA LOS MISMOS.
Se describen los dispositivos y sistemas de reparación de válvulas,
configurados para detectar la inserción correcta de la valva de la válvula. El
dispositivo de reparación de la válvula puede tener un indicador que se mueve,
se posiciona o cambia de otro modo en respuesta al acoplamiento con la valva de
la válvula. Cuando el indicador indica que la valva de la válvula está colocada correctamente en el dispositivo de
reparación de la válvula, el dispositivo de reparación de la válvula se cierra. La memoria descriptiva, reivindicaciones, resumen y diseños
quedan depositados, la Clasificación Internacional de Patentes es: A61F 2/24;
cuyo(s) inventor(es) es(son) Freschauf, Lauren, R. (US); Foreman, Rachel, Liat,
David (US); Popp, Michael, J. (US); Keplinger, Stefan, Florian (US); Ford,
Steven, M. (US); Oberwise, Eric, Michael (US); Okos, Chris, J. (US); Gohres,
Rachel Ann (US) y Dixon, Eric, Robert (US). Prioridad: N° 62/805,847
del 14/02/2019 (US) y N° 62/944,325 del 05/12/2019
(US). Publicación Internacional: WO/2020/168081. La solicitud correspondiente
lleva el número 2021-0427, y fue presentada a las 14:13:59 del 10 de agosto de
2021. Cualquier interesado podrá oponerse dentro de los tres meses siguientes a
la tercera publicación de este aviso, San José, 28 de febrero del 2022.
Publíquese tres días consecutivos en el Diario
Oficial La Gaceta y una vez en un periódico de circulación
nacional.—Oficina de Patentes.—Kelly Selva Vasconcelos.—( IN2022632759 ).
La señora María Gabriela Bodden Cordero, cédula de identidad N°
701180461, en calidad de apoderada especial de
Novartis AG, solicita la Patente PCT denominada PROTEÍNAS DE FUSIÓN TERAPÉUTICAS. La
presente invención se refiere a proteínas de fusión adecuadas para su uso como
medicamento o herramienta de investigación. Los usos terapéuticos de las
proteínas de fusión pueden incluir la prevención o el tratamiento de trastornos
inflamatorios agudos o crónicos y microvasculares y de órganos impulsados por
el sistema inmunitario, por ejemplo, lesión renal aguda, síndrome de dificultad
respiratoria aguda, sepsis, infarto agudo de miocardio, fibrosis tisular y
otras lesiones de órganos resultantes del trauma tisular. La memoria
descriptiva, reivindicaciones, resumen y diseños quedan depositados, la Clasificación
Internacional de Patentes es: A61K 38/17 y A61P 29/00; cuyos inventores son:
Irigaray, Sebastien (CH); Klein, Laurent (CH); Skegro, Darko (CH); Villani,
Marco (CH) y Welzenbach, Karl (CH). Prioridad: N° 19196045.9 del 06/09/2019
(EP). Publicación Internacional: WO2021/044360. La solicitud correspondiente
lleva el número 2022-0000089, y fue presentada a las 11:51:29 del 03 de marzo
de 2022. Cualquier interesado podrá oponerse dentro de los tres meses
siguientes a la tercera publicación de este aviso. Publíquese tres días
consecutivos en el Diario Oficial La Gaceta y una vez en un periódico de
circulación nacional.—San José, 09 de marzo de 2022.—Oficina de
Patentes.—Randall Piedra Fallas.—( IN2022633043 ).
DIRECCIÓN NACIONAL DE NOTARIADO
HABILITACIÓN
DE NOTARIO PÚBLICO. La DIRECCIÓN NACIONAL DE NOTARIADO con oficinas en San
José, San Pedro de Montes de Oca, costado Oeste del Mall San Pedro, Oficentro
Sigma, Edificio A, 5to.piso, HACE SABER: Que ante este Despacho se ha recibido
solicitud de INSCRIPCIÓN Y HABILITACIÓN como delegatario para ser y ejercer la
función pública Estatal del NOTARIADO, por parte de: ROMELL ENRIQUE VILLEGAS
VILLALTA, con cédula de identidad N° 6-0145-0916, carné N° 14864. De
conformidad con lo dispuesto por el artículo 11 del Código Notarial, se invita
a quienes conozcan hechos o situaciones que afecten la conducta de la
solicitante, a efecto de que lo comuniquen por escrito a esta Dirección dentro
de los QUINCE (15) DÍAS HÁBILES siguientes a esta publicación.—San José, 17 de
marzo del 2022.—Licda. Alejandra Solano Solano, Abogada-Unidad Legal Notarial.
Proceso N° 142925.—1 vez.—( IN2022634142 ).
DIRECCIÓN DE AGUA
EDICTOS
PUBLICACIÓN DE TERCERA VEZ
ED-0205-2022.
Exp. 22692P.—Constructora Quesada y Campbell Sociedad Anónima solicita concesión de: 2 litros
por segundo del pozo artesanal, efectuando la captación en finca de su
propiedad en Guápiles, Pococí, Limón, para uso consumo humano doméstico y
mitigación de polvo. Coordenadas 247.496 /560.242 hoja Río Sucio. Quienes se
consideren lesionados, deben manifestarlo dentro del mes contado a partir de la
primera publicación.—San José, 22 de marzo de 2022.—Departamento de
Información.—David Chaves Zúñiga.—( IN2022633288 ).
ED-0202-2022.—Exp. 22820.—Marcos Miguel Torres Camacho, solicita concesión de: 1 litros por segundo de la quebrada sin nombre, efectuando la
captación en finca de en San Isidro (El Guarco), El Guarco, Cartago, para uso
agropecuario-riego. Coordenadas 186.426 / 548.916 hoja
Tapanti. Quienes se consideren lesionados, deben manifestarlo dentro del mes
contado a partir de la primera publicación.—San José, 21 de marzo de
2022.—Departamento de Información.—David Chaves Zúñiga.—( IN2022633351 ).
ED-UHSAN-0020-2022.—Exp. 14242P.—Agroindustriales
Tres Amigos S. A., solicita concesión de: 0.6 litros por segundo
del acuífero, efectuando la captación por medio del pozo TA-53 en finca de su
propiedad en Pocosol, San Carlos, Alajuela, para uso agroindustrial,
agropecuario, industria y riego. Coordenadas 288.940 / 480.957 hoja Monterrey.
0.46 litros por segundo del acuífero, efectuando la captación por medio del
pozo MY-9 en finca de su propiedad en Pocosol, San Carlos, Alajuela, para uso
agroindustrial, agropecuario, industria y riego. Coordenadas 285.937 / 480.649
hoja Monterrey. 0.6 litros por segundo del acuífero, efectuando la captación
por medio del pozo MY-36 en finca de su propiedad en Pocosol, San Carlos,
Alajuela, para uso agroindustrial, agropecuario,
industria, y riego. Coordenadas 285.853 / 480.771 hoja Monterrey. Quienes se
consideren lesionados, deben manifestarlo dentro del mes contado a partir de la
primera publicación.—San José, 22 de marzo de 2022.—Unidad Hidrológica San
Juan.—Lauren Benavides Arce.—( IN2022633395
).
ED-UHSAN-0018-2022.—Expediente N°
3733.—Sociedad de Usuarios de Agua de San José, solicita
concesión de: 19.2 litros por segundo de la Quebrada
Cataratas, efectuando la captación en finca de Afamaar en
Palmira, Zarcero, Alajuela, para uso Agropecuario. Coordenadas 245.700 /
497.600 hoja Quesada. Quienes se consideren lesionados, deben manifestarlo
dentro del mes contado a partir de la primera publicación.—San José, 22 de
marzo de 2022.—Unidad Hidrológica San Juan.—Lauren Benavides Arce.—(
IN2022633484 ).
ED-0672-2021.—Expediente N° 22207.—Luna
Misteriosa LLC Limitada, Barboza Gutiérrez, solicita concesión de: 0.35 litros por segundo de la quebrada
quebrada sin nombre, efectuando la captación en finca de idem en Savegre, Quepos, Puntarenas,
para uso consumo humano, agropecuario-riego y turístico. Coordenadas 141.872 / 551.368 hoja Dominical.
0.09 litros por segundo del nacimiento naciente tres, efectuando la captación en finca de en Savegre, Quepos, Puntarenas, para
uso Consumo Humano, agropecuario-riego y turístico. Coordenadas 141.890 / 551.380 hoja Dominical.
0.02 litros por segundo del nacimiento naciente uno, efectuando la captación en finca de en Savegre, Quepos, Puntarenas, para
uso Consumo Humano, agropecuario-riego y turístico. Coordenadas 141.938 / 551.422 hoja Dominical.
0.11 litros por segundo del nacimiento naciente dos, efectuando la captación en finca de en Savegre, Quepos, Puntarenas, para
uso consumo humano, agropecuario-riego y turístico. Coordenadas 141.911 / 551.407 hoja Dominical.
Quienes se consideren lesionados, deben manifestarlo dentro del mes contado a
partir de la primera publicación.—San José, 24 de setiembre de
2021.—Departamento de Información.—Marcela Chacón Valerio.—( IN2022633497 ).
ED-0963-2021.—Expediente N° 22513.—Sequeme
Sociedad Anónima, solicita
concesión de: 0.4 litros por segundo del nacimiento naciente
uno, efectuando la captación en finca de idem en Jiménez
(Golfito), Golfito, Puntarenas, para uso agropecuario y consumo humano. Coordenadas 47.065 / 607.302 hoja Carate. 5 litros por segundo de la
Quebrada Quebrada sin nombre, efectuando la captación en finca
de idem en Jiménez (Golfito), Golfito, Puntarenas, para uso
agropecuario y consumo humano. Coordenadas 47.470 / 607.284 hoja Carate.
Quienes se consideren lesionados, deben manifestarlo dentro del mes contado a
partir de la primera publicación.—San José, 13 de diciembre de
2021.—Departamento de Información.—Marcela Chacón Valerio.—( IN2022633498 ).
PUBLICACIÓN DE SEGUNDA VEZ
ED-0203-2022.
Exp 22871.—BC Hermanos Cerroazul Sociedad Anónima, solicita concesión de: 0.05
litros por segundo del nacimiento patos, efectuando la captación en finca de
ídem en Porvenir, Nandayure, Guanacaste, para uso agropecuario y consumo
humano. Coordenadas 215.289 / 395.945 hoja Cerro Azul. Quienes se consideren
lesionados, deben manifestarlo dentro del mes contado a partir de la primera
publicación.—San José, 21 de marzo de 2022.—Departamento de
Información.—Marcela Chacón Valerio.—( IN2022633633 ).
ED-0447-2019.—Expediente N° 5049.—Nidia María Segura Miranda solicita concesión de: 0.2 litros por segundo del nacimiento sin
nombre, efectuando la captación en finca de
Vinicio Rojas Bolaños en Santo Domingo, Santa Bárbara, Heredia, para uso agropecuario-porquerizas y
consumo humano-doméstico.
Coordenadas 228.700 / 519.750 hoja Barva. Quienes se consideren lesionados,
deben manifestarlo dentro del mes contado a partir de la primera
publicación.—San José, 23 de octubre de 2019.—Departamento de
Información.—David Chaves Zúñiga.—( IN2022633857 ).
ED-0187-2022.—Exp. 22634P.—Refinadora
Costarricense de Petróleo Sociedad Anónima, solicita concesión de: 2.2 litros por segundo del pozo MI-20,
efectuando la captación en finca de Refinadora Costarricense de Petróleo S. A. en Barranca, Puntarenas, Puntarenas, para uso consumo
humano, sistema contra incendios. Coordenadas 221.259 / 455.917 hoja Miramar. 2
litros por segundo del pozo MI-24 , efectuando la captación en finca de Refinadora Costarricense de Petróleo S. A. en Barranca, Puntarenas, Puntarenas, para
uso consumo humano, sistema contra incendios. Coordenadas 221.280 / 456.465
hoja Miramar. Quienes se consideren lesionados, deben manifestarlo dentro del
mes contado a partir de la primera publicación.—San José,
16 de marzo de 2022.—Departamento de Información, Evangelina Torres Solís.—( IN2022633860 ).
ED-0183-2022.—Exp. 7328.—Aurea Elena, Corrales Barrantes,
solicita concesiÓon
de: 0.5 litros por segundo del Nacimiento El Grande de Arriba, efectuando la
captación
en finca de MARÍA
Adilia Mora Salazar en San Jerónimo
(Naranjo), Naranjo, Alajuela, para uso varios. Coordenadas 235.680 / 497.841
hoja Naranjo. 0,16 litros por segundo del Nacimiento Pequeño 3, efectuando la
captación
en finca de María
Adilia Mora Salazar en San Jerónimo
(Naranjo), Naranjo, Alajuela, para uso varios. Coordenadas 235.167 / 497.928
hoja Naranjo. 0,17 litros por segundo del Nacimiento Pequeño 1, efectuando la
captación
en finca de María
Adilia Mora Salazar en San Jerónimo
(Naranjo), Naranjo, Alajuela, para uso varios. Coordenadas 235.006 / 497.954
hoja Naranjo. 0,17 litros por segundo del Nacimiento Pequeño 2, efectuando la
captacion en finca de María
Adilia Mora Salazar en San Jerónimo
(Naranjo), Naranjo, Alajuela, para uso varios. Coordenadas 235.073 / 497.884
hoja Naranjo. Quienes se consideren lesionados, deben manifestarlo dentro del
mes contado a partir de la primera publicación.—San José, 16 de marzo de
2022.—Departamento de Información.—Evangelina Torres Solís.—( IN2022633896 ).
ED-UHTPNOL-0015-2022. Expediente N° 13005P.—Costa Rica Utopian
Investments S.A., solicita concesión
de: 2 litros por segundo del acuífero,
efectuando la captación por medio
del pozo MTP-117 en finca de su propiedad en Cabo Velas, Santa Cruz,
Guanacaste, para uso agropecuario - riego - pasto. Coordenadas 259.375 /
337.850 hoja Matapalo. 0.5 litros por segundo del acuífero, efectuando la captación por medio del pozo MTP-188 en finca de su
propiedad en Cabo Velas, Santa Cruz, Guanacaste, para uso agropecuario - riego
- pasto. Coordenadas 259.450 / 338.025 hoja Matapalo. 2.64 litros por segundo
del acuífero,
efectuando la captación por medio
del pozo MTP-144 en finca de su propiedad en Cabo Velas, Santa Cruz,
Guanacaste, para uso agropecuario - riego - pasto. Coordenadas 259.010 /
338.135 hoja Matapalo. 2.5 litros por segundo del acuífero, efectuando la captación por medio del pozo MTP-116 en finca de su
propiedad en Cabo Velas, Santa Cruz, Guanacaste, para uso agropecuario - riego
- pasto. Coordenadas 259.400 / 338.050 hoja Matapalo. 2.5 litros por segundo
del acuífero,
efectuando la captación por medio
del pozo MTP-111 en finca de su propiedad en Cabo Velas, Santa Cruz,
Guanacaste, para uso agropecuario - riego - pasto. Coordenadas 259.600 /
337.900 hoja Matapalo. Quienes se consideren lesionados, deben manifestarlo
dentro del mes contado a partir de la primera publicación.—Liberia, 10 de marzo
de 2022.—Unidad Hidrológica Tempisque, Pacífico Norte.—Silvia Mena Ordóñez.—(
IN2022633947 ).
PUBLICACIÓN DE PRIMERA VEZ
ED-0215-2022.—Exp. N°
22873.—Finca El Paraíso de San Ramón Sociedad Anónima, solicita concesión
de: 0.6 litros por segundo del Nacimiento FEPSR Uno, efectuando la captación en finca de Panorama de La Colina Sociedad
Anónima en Piedades Sur, San Ramón, Alajuela, para uso consumo humano y
agropecuario-riego. Coordenadas 233.587 / 479.281 hoja Miramar. Quienes se
consideren lesionados, deben manifestarlo dentro del mes contado a
partir de la primera publicación.—San José, 24 de marzo del 2022.—Departamento
de Información.—Vanessa Galeano Penado.—( IN2022634107 ).
ED-0221-2022. Expediente N° 22887.—CH Condal Developments PTY Inc, solicita concesión de: 10
litros por segundo del río Ciruelas, efectuando la captación en finca del solicitante en San Antonio (Alajuela), Alajuela,
Alajuela, para uso agropecuario, comercial, consumo humano, agropecuario -
riego y turístico. Coordenadas 218.216 / 508.542 hoja río Grande. Quienes se consideren lesionados, deben manifestarlo dentro
del mes contado a partir de la primera publicación.—San José,
24 de marzo de 2022.—Departamento de Información.—Vanessa Galeano Penado.—(
IN2022634265 ).
ED-0216-2022. Expediente N° 22869.—Grupo
Ecoquintas Sociedad Anónima, solicita concesión de: 5 litros por segundo del nacimiento naciente
Guillermina, efectuando la captación
en finca de Banco Improsa Sociedad Anónima en Fortuna (San Carlos), San Carlos, Alajuela,
para uso turístico. Coordenadas
274.296 / 461.929 hoja Fortuna. 0.38 litro por segundo del nacimiento Naciente
Termal C, efectuando la captación
en finca de Banco Improsa Sociedad Anónima en Fortuna (San Carlos), San Carlos, Alajuela,
para uso turístico.
Coordenadas 274.270 / 461.978 hoja Fortuna. 2.63 litros por segundo del
nacimiento Naciente Termal A, efectuando la captación en finca de Banco Improsa Sociedad Anónima en Fortuna (San Carlos), San Carlos, Alajuela,
para uso turístico.
Coordenadas 274.274 / 461.989 hoja Fortuna. 0.5 litro por segundo del
nacimiento Naciente Termal B, efectuando la captación en finca de Banco Improsa Sociedad Anónima en Fortuna (San Carlos), San Carlos, Alajuela,
para uso turístico.
Coordenadas 274.280 / 461.982 hoja Fortuna. Quienes se consideren lesionados,
deben manifestarlo dentro del mes contado a partir de la primera
publicación.—San José, 24 de marzo de 2022.—Departamento de
Información.—Vanessa Galeano Penado.—( IN2022634281 ).
ED-0186-2022.—Expediente N° 3123.—S.U.A. de los
Ríos Ciruelas, Porrosati y Zanjon, solicita concesión de: 6.20 litros por segundo del nacimiento Esmeralda (3), efectuando
la captación en finca de Sequeira Steinvorth S. A., en San José de la Montaña, Barva, Heredia, para uso agropecuario lechería, consumo humano - doméstico y agropecuario - riego -
pasto. Coordenadas: 230.800 / 526.600, hoja Barva. 9,69 litros por segundo del
nacimiento Bosque El Hospital, efectuando la captación en finca de
W. Steinvorth Hermanos Ltda., en San José de la
Montaña, Barva, Heredia, para uso consumo humano - doméstico y agropecuario - riego - pasto. Coordenadas: 231.800 / 526.100,
hoja Barva. 11,50 litros por segundo del río Ciruelas,
efectuando la captación en finca de Protti y Padovanni S. A., en San José de la Montaña, Barva, Heredia, para uso agropecuario - riego pasto.
Coordenadas: 231.800 / 524.650, hoja Barva. 5,50 litros por segundo del río Porrosati, efectuando la captación en finca de
Werthel S. A., en San José de la Montaña, Barva, Heredia, para uso
agropecuario - riego - pasto. Coordenadas: 230,000 / 525,300, hoja Barva. 11,31
litros por segundo del nacimiento Montaña Steinvorth, efectuando la captación en finca de W. Steinvorth Hnos. Ltda. S. A., en San José de la Montaña, Barva, Heredia, para uso agropecuario - riego - pasto.
Coordenadas: 231,150 / 525,300, hoja Barva. Quienes se consideren lesionados,
deben manifestarlo dentro del mes contado a partir de la primera
publicación.—San José, 23 de marzo del 2022.—Departamento de
Información.—Evangelina Torres Solís.—( IN2022634289 ).
Registro civil-Departamento civil
SECCIÓN DE ACTOS JURÍDICOS
En
resolución N° 2143-2016 dictada por este Registro a las doce horas cincuenta y
cuatro minutos del siete de abril de dos mil dieciséis, en expediente de ocurso
N° 52687-2015, incoado por Elizabeth Inés Melgar Mendoza, se dispuso rectificar en el asiento de
nacimiento de Juliana Rivas Melgar, que el nombre de la madre es Elizabeth Inés.—Luis Guillermo Chinchilla Mora, Oficial Mayor
Civil.—Carlos Luis Brenes Molina, Jefe.—Responsable: Abelardo Camacho Calvo,
encargado de Unidad de Procesos Registrales Civiles.—1 vez.—(
IN2022633596 ).
Registro Civil-Departamento Civil
SECCIÓN DE OPCIONES Y NATURALIZACIONES
Avisos de solicitud de naturalización
Alma
Nubia López López, nicaragüense, cédula de
residencia Dl155816099124, ha presentado solicitud para obtener
la nacionalidad costarricense ante la Sección de Opciones y Naturalizaciones
del Registro Civil. Se emplaza a quienes tengan reparos comprobados que hacer a
dicha solicitud, para que los presenten por escrito en nuestras oficinas,
dentro del término de diez días hábiles siguientes a la publicación de
este aviso. Expediente: 1421-2022.—San José, al ser las 08:51 del 17 de marzo de
2022.—Jesenia Lorena Salas Duarte, Asistente Funcional 3.—1 vez.—(
IN2022632890 ).
Janira Emilce Betancourt Reyes, nicaragüense, cédula de residencia
155824309119, ha presentado solicitud para obtener la nacionalidad
costarricense ante la Sección de Opciones y Naturalizaciones del Registro
Civil. Se emplaza a quienes tengan reparos comprobados que hacer a dicha
solicitud, para que los presenten por escrito en nuestras oficinas, dentro del
término de diez días hábiles siguientes a la publicación de este aviso.
Expediente N° 1919-2022.—San José, al ser las 7:26 del 18 de marzo de
2022.—José Manuel Marín Castro, Jefe.—1 vez.—( IN2022632906 ).
Nelson Javier Beteta Olivares, nicaragüense, cédula de residencia
155807636036, ha presentado solicitud para obtener la nacionalidad
costarricense ante la Sección de Opciones y Naturalizaciones del Registro
Civil. Se emplaza a quienes tengan reparos comprobados que hacer a dicha
solicitud, para que los presenten por escrito en nuestras oficinas, dentro del
término de diez días hábiles siguientes a la publicación de este aviso.
1893-2022.—San José, al ser las 9:47 del 17 de marzo de 2022.—Marvin Alonso González
Montero, Asistente Funcional.—1 vez.—( IN2022632915 ).
Manuel Antonio Urbina Hurtado, nicaragüense,
cédula de residencia N° 155801885733, ha presentado solicitud para obtener la
nacionalidad costarricense ante la Sección de Opciones y Naturalizaciones del
Registro Civil. Se emplaza a quienes tengan reparos comprobados que hacer a
dicha solicitud, para que los presenten por escrito en nuestras oficinas,
dentro del término de diez días hábiles siguientes a la publicación de este
aviso. Expediente: 1931-2022.—San José, al ser las 10:54 horas del 18 de marzo
de 2022.—Nidia Herrera Ramírez, Asistente Funcional 3.—1 vez.—( IN2022632920 ).
Inés Massiel
Gutierrez Cantillano, nicaragüense, cédula
de residencia N° 155814919906, ha presentado solicitud para obtener la
nacionalidad costarricense ante la Sección de Opciones y Naturalizaciones del
Registro Civil. Se emplaza a quienes tengan reparos comprobados que hacer a
dicha solicitud, para que los presenten por escrito en nuestras oficinas,
dentro del término de diez días hábiles siguientes a la publicación de este
aviso. Expediente: 1558-2022.—San José, al ser las 10:36 del 21 de marzo de
2022.—Wendy Arias Chacón, Asistente
Funcional 2.—1 vez.—( IN2022632924 ).
Nora Imelda Altamirano, nicaragüense, cédula de residencia 155821097227, ha presentado solicitud para obtener
la nacionalidad costarricense ante la Sección de Opciones y Naturalizaciones
del Registro Civil. Se emplaza a quienes tengan reparos comprobados que hacer a
dicha solicitud, para que los presenten por escrito en nuestras oficinas,
dentro del término de diez días hábiles siguientes a la publicación de este
aviso. Expediente: 1469-2022.—San José, al ser las 7:50 del 17 de marzo del
2022.—Juan José Calderón Vargas,
Asistente funcional 2.—1 vez.—( IN2022632953 ).
María de La Luz Alemán Pérez, venezolana, cédula de
residencia N° 186200630028, ha presentado solicitud para obtener la
nacionalidad costarricense ante la Sección de
Opciones y Naturalizaciones del Registro Civil. Se emplaza a quienes tengan
reparos comprobados que hacer a dicha solicitud, para que los presenten por
escrito en nuestras oficinas, dentro del término de
diez días hábiles siguientes a la publicación de este aviso. Expediente N° 2019-2022.—San
José al ser las 10:39 del 22 de marzo de 2022.—Juan José Calderón Vargas, Asistente Funcional 2.—1 vez.—(
IN2022633042 ).
Ana Mercedes KLEBER Gago, venezolana, cédula de residencia N° 186200794411, ha presentado
solicitud para obtener la nacionalidad costarricense ante la Sección de Opciones y Naturalizaciones del Registro Civil.
Se emplaza a quienes tengan reparos comprobados que hacer a dicha solicitud,
para que los presenten por escrito en nuestras oficinas, dentro del término de diez días hábiles
siguientes a la publicación de este
aviso. Expediente N° 2017-2022.—San José
al ser las 10:33 del 22 de marzo de 2022.—Wendy Arias Chacón, Asistente Funcional 2.—1 vez.—( IN2022633067 ).
Carlos Yoryi Ramírez Molina,
venezolano, cédula de residencia N° 186200794304, ha presentado
solicitud para obtener la nacionalidad costarricense ante la Sección de Opciones y Naturalizaciones del Registro Civil. Se emplaza a
quienes tengan reparos comprobados que hacer a dicha solicitud, para que los
presenten por escrito en nuestras oficinas, dentro del término de diez días hábiles siguientes a la publicación de este aviso. 2018-2022.—San José al ser las
10:33 del 22 de marzo de 2022.—Marvin Alonso González Montero,
Asistente Funcional, Notario.—1 vez.—( IN2022633070 ).
María Pulido
Torrez, nicaragüense, cédula de residencia 155820002622, ha presentado
solicitud para obtener la nacionalidad costarricense ante la Sección de Opciones y Naturalizaciones del Registro Civil.
Se emplaza a quienes tengan reparos comprobados que hacer a dicha solicitud,
para que los presenten por escrito en nuestras oficinas, dentro del término de diez días hábiles
siguientes a la publicación de este
aviso. Expediente N° 1610-2022.—San José,
al ser las 10:56 del 17 de marzo de 2022.—Marvin Alonso González Montero, Asistente Funcional.—1 vez.—(
IN2022633104 ).
Yudis Nohemy Zeledón Galeano, nicaragüense, cédula de residencia 155817406514, ha presentado solicitud para obtener
la nacionalidad costarricense ante la Sección de Opciones y Naturalizaciones
del Registro Civil. Se emplaza a quienes tengan reparos comprobados que hacer a
dicha solicitud. para que los presenten por escrito en nuestras oficinas,
dentro del término de diez días hábiles siguientes a la publicación de este
aviso. Expediente N° 2025-2022.—San
José, al ser
las 11:49 del 22 de marzo de 2022.—Juan José Calderón Vargas, Asistente funcional 2.—1 vez.—( IN2022633140 ).
Luis Antonio Tijerino Henríquez, nicaragüense, cédula de residencia
155806618315, ha presentado solicitud para obtener la nacionalidad
costarricense ante la Sección de Opciones y Naturalizaciones del Registro
Civil. Se emplaza a quienes tengan reparos comprobados que hacer a dicha
solicitud, para que los presenten por escrito en nuestras oficinas, dentro del
término de diez días hábiles siguientes a la publicación de este aviso.
Expediente: 1969-2022.—Alajuela al ser las 09:14 del 21 de marzo de
2022.—Maricel Vargas Jimenez, Jefe.—1 vez.—( IN2022633181 ).
Perla Azucena Gaitán M, nicaragüense, cédula de
residencia 155805792800, ha presentado solicitud para obtener
la nacionalidad costarricense ante la Sección de Opciones y Naturalizaciones
del Registro Civil. Se emplaza a quienes tengan reparos comprobados que hacer a
dicha solicitud, para que los presenten por escrito en nuestras oficinas,
dentro del término de diez días hábiles siguientes a la publicación de este
aviso. N° 2003-2022.—San José, al ser las 10:46 del 22 de marzo de 2022.—Marvin
Alonso González Montero, Asistente Funcional.—1 vez.—( IN2022633184 ).
José Raúl Gómez Gámez,
nicaragüense, cédula de residencia N° 155810965201, ha presentado solicitud
para obtener la nacionalidad costarricense ante la Sección de Opciones y Naturalizaciones del Registro Civil. Se emplaza a
quienes tengan reparos comprobados que hacer a dicha solicitud, para que los
presenten por escrito en nuestras oficinas, dentro del término de diez días
hábiles siguientes a la publicación de este aviso. Expediente N° 1961-2022.—San José al ser las 8:11 del 21 de
marzo de 2022.—Rónald Ricardo Parajeles Montero, Profesional Gestión
1.—1 vez.—( IN2022633185 ).
Favio Israel Chavarría Ordeñana, nicaragüense,
cedula de residencia Dl155823919517, ha presentado solicitud para obtener la nacionalidad costarricense ante la Sección de Opciones y Naturalizaciones
del Registro Civil. Se emplaza a quienes tengan reparos comprobados que hacer a
dicha solicitud, para que los presenten por escrito en nuestras oficinas,
dentro del término de diez días hábiles siguientes a la publicación de este
aviso. Expediente: 1417-2022.—San José, al ser las 08:43 del 17 de marzo de 2022.—Jesenia Lorena Salas Duarte,
Asistente Funcional 3.—1 vez.—( IN2022633222 ).
Norma Alicia Urbina Hurtado, nicaragüense,
cédula de residencia 155803052136, ha presentado solicitud
para obtener la nacionalidad costarricense ante la Sección de Opciones y
Naturalizaciones del Registro Civil. Se emplaza a quienes tengan reparos
comprobados que hacer a dicha solicitud, para que los presenten por escrito en
nuestras oficinas, dentro del término de diez días hábiles siguientes a la
publicación de este aviso. Expediente: 2010- 2022.—San José al ser las 09:58
horas del 22 de marzo de 2022.—Nidia Herrera Ramírez, Asistente Funcional 3.—1
vez.—( IN2022633227 ).
Javier Antonio Vargas Bonilla, nicaragüense,
cédula de residencia 155808015025, ha presentado solicitud para obtener la
nacionalidad costarricense ante la Sección de Opciones y Naturalizaciones del
Registro Civil. Se emplaza a quienes tengan reparos comprobados que hacer a
dicha solicitud, para que los presenten por escrito en nuestras oficinas,
dentro del término de diez días hábiles siguientes a la publicación de este
aviso. Expediente: 2014- 2022.—San José, al ser las 10:00 horas del 22 de marzo
de 2022.—David Antonio Peña Guzmán, Profesional en Gestión.—1 vez.—(
IN2022633252 ).
Maribel del Socorro Cruz López, nicaragüense, cédula de residencia 155805033026, ha presentado
solicitud para obtener la nacionalidad costarricense ante la Sección de
Opciones y Naturalizaciones del Registro Civil. Se emplaza a quienes tengan
reparos comprobados que hacer a dicha solicitud, para que los presenten por
escrito en nuestras oficinas, dentro del término de diez días hábiles
siguientes a la publicación de este aviso. Expediente N°
2011-2022.—Alajuela, al ser las 9:59 del 22 de marzo de 2022.—José David Zamora Calderón, Profesional Asistente I.—1 vez.—( IN2022633254
).
Maricela de los Ángeles
Torrez Salazar, nicaragüense, cédula de
residencia DI 155823767125, ha presentado solicitud para obtener la
nacionalidad costarricense ante la Sección de Opciones y Naturalizaciones del
Registro Civil. Se emplaza a quienes tengan reparos comprobados que hacer a
dicha solicitud, para que los presenten por escrito en nuestras oficinas, dentro
del término de diez días hábiles siguientes a la publicación de este aviso.
Expediente: 1789-2022.—San José, al ser las 11:02 del 22 de marzo de
2022.—Denzel Rodríguez Miranda, Profesional en gestion1.—1 vez.—( IN2022633255
).
Yorlene Magdalena Alemán González, nicaragüense, cédula de residencia
155823902116, ha presentado solicitud para obtener la nacionalidad
costarricense ante la Sección de Opciones y Naturalizaciones del Registro
Civil. Se emplaza a quienes tengan reparos comprobados que hacer a dicha
solicitud, para que los presenten por escrito en nuestras oficinas, dentro del
término de diez días hábiles siguientes a la publicación de este aviso.
Expediente N° 2023-2022.—San José, al ser las 11:16 O3/p3del 22 de marzo de
2022.—José Manuel Marín Castro, Jefe.—1 vez.—( IN2022633314 ).
Xochilt de Los Ángeles
Romero Gago, nicaragüense, cédula de residencia N°
155825868810, ha presentado solicitud para obtener la
nacionalidad costarricense ante la Sección de
Opciones y Naturalizaciones del Registro Civil. Se emplaza a quienes tengan
reparos comprobados que hacer a dicha solicitud, para que los presenten por
escrito en nuestras oficinas, dcntro del término de
diez días hábiles siguientes a la publicación de este aviso. Expediente N°
405-2022.—San José, al ser las 1:37 del 21 de marzo de 2022.—Juan
José Calderón Vargas, Asistente Funcional
2.—1 vez.—( IN2022633353 ).
César Alberto
Obregón Robles,
nicaragüense, cédula de residencia 155807140105, ha presentado solicitud para
obtener la nacionalidad costarricense ante la Sección de Opciones y
Naturalizaciones del Registro Civil. Se emplaza a quienes tengan reparos
comprobados que hacer a dicha solicitud, para que los presenten por escrito en
nuestras oficinas, dentro del término de diez días hábiles siguientes a la
publicación de este aviso. San José al ser las 9:14 del 18 de marzo de 2022.
Expediente: 1929-2022. Juan José Calderón Vargas, Asistente funcional 2..—1
vez.—( IN2022633398 ).
Jonathan Maycol Chevez Blandón, nicaragüense, cedula de residencia 155821546209, ha presentado solicitud para obtener la nacionalidad costarricense
ante la Sección de Opciones y Naturalizaciones del Registro Civil. Se emplaza a
quienes tengan reparos comprobados que hacer a dicha solicitud, para que los
presenten por escrito en nuestras oficinas, dentro del término de diez días
hábiles siguientes a la publicación de este aviso. 1663-2022.—San Jose al ser
las 10:47 del 23 de marzo de 2022.—Marvin Alonso González Montero, Asistente
Funcional.—1 vez.—( IN2022633532 ).
Carlos Manuel Duarte Sánchez, nicaragüense, cédula de
residencia DI 155800940401, ha presentado solicitud para obtener la
nacionalidad costarricense ante la Sección de Opciones y Naturalizaciones del
Registro Civil. Se emplaza a quienes tengan reparos
comprobados que hacer a dicha solicitud, para que los presenten por escrito en
nuestras oficinas, dentro del término de diez días hábiles siguientes a la
publicación de este aviso. Expediente N°
2046-2022.—San José, al ser las 9:42 del 23 de marzo de 2022.—Denzel Rodríguez Miranda, Profesional en Gestión 1.—1 vez.—(
IN2022633614 ).
Darwin Antonio Fonseca Obando, nicaragüense, cédula de residencia N° 155826364632, ha
presentado solicitud para obtener la nacionalidad costarricense ante la Sección
de Opciones y Naturalizaciones del Registro Civil. Se emplaza a quienes tengan
reparos comprobados que hacer a dicha solicitud, para que los presenten por
escrito en nuestras oficinas, dentro del término de diez días hábiles
siguientes a la publicación de este aviso. Expediente N°
1820-2022.—San José, al ser las 08:33 a. m. del 15 de marzo de 2022.—José Manuel Marín Castro, Jefe.—1 vez.—( IN2022633618 ).
Yadira Versabeth Espinoza Salablanca,
Nicaragüense, cédula de residencia 155817784022, ha presentado solicitud para
obtener la nacionalidad costarricense ante la Sección de Opciones y
Naturalizaciones del Registro Civil. Se emplaza a quienes tengan reparos
comprobados que hacer a dicha solicitud, para que los presenten por escrito en
nuestras oficinas, dentro del término de diez días hábiles siguientes a la
publicación de este aviso. Expediente: 2052-2022.—San José, al ser las 10:13
horas del 23 de marzo del 2022.—Nidia Herrera Ramírez, Asistente Funcional 3.—1
vez.—( IN2022633620 ).
FIDEICOMISO BANCO NACIONAL-
MINISTERIO
DE EDUCACIÓN PÚBLICA
ÁREA DE
SEGUIMIENTO
DIRECCIÓN DE FIDEICOMISOS
CONCURSO: CP- 001-2022
Contratación de los servicios de una unidad ejecutora
de
proyectos para el Fideicomiso BNCR-MEP,
con
el objeto de finalizar las siete obras
inconclusas contenidas en la Ley N° 9124
Se informa a las entidades
interesadas que se encuentra disponible el cartel modificado del Concurso
CP-001-2022, el cual se puede solicitar por correo electrónico a la dirección
fideicomisomepbncr@bncr.fi.cr.
Para
consultas a los teléfonos 2212-2864 y 2212-3221 o vía correo a la dirección anteriormente
indicada.
Subgerencia
General de Banca Empresarial e Institucional.—Osvaldo Morales Chavarría, Jefe.—1 vez.—(
IN2022634082 ).
ÁREA DE SALUD ALAJUELA SUR
ALQUILER DE EDIFICIOS
Se
comunica a todos los interesados que el Área de Salud Alajuela Sur de la Caja Costarricense de
Seguro Social requiere alquilar dos edificios, uno de ellos en La Guácima de Alajuela y el otro en San Rafael de Alajuela, para
lo cual se está realizando un estudio de mercado a
efecto de identificar oferentes en estas zonas; los interesados en participar
deben retirar el detalle con las condiciones técnicas y requisitos de la contratación en la Unidad de Compras ubicada en el Anexo 2 del Área de Salud, 450 mts. oeste de la Cruz Roja de San Rafael
de Alajuela o solicitarlo al correo electrónico cadacasa@ccss.sa.cr con el Lic. Carlos David Carvajal
Salas. Plazo máximo para recepción de cotizaciones 15 días hábiles posteriores a
la publicación de este aviso.
Comunica.
Lic. Rándall Rodríguez Núñez, Administrador.—1 vez.—(
IN2022634243 ).
ESCUELA ASCENSIÓN ESQUIVEL IBARRA
DE LIBERIA
LICITACIÓN PÚBLICA
JEL-CDC-003-2022
Contratación para brindar el
servicio de plato
servido a los estudiantes de la Escuela
Ascensión Esquivel Ibarra de Liberia
Disponible
mediante solicitud al los correos electrónicos 3008045771@junta.mep.go.cr. y/o
esc.ascensionesquivel@mep.go.cr Apertura de Licitación Pública
JEL-CDC-003-2022, contratación para brindar el servicio de plato servido a los
estudiantes de la Escuela Ascensión Esquivel Ibarra de Liberia. Fecha límite de
recepción de ofertas 18/04/2022.
Dylcia
María Aguilar Obando, Presidenta de Junta de Educación.—1 vez.—( IN2022634139
).
JUNTA DIRECTIVA
Con
fundamento en el artículo 3° de la sesión N° 9241, celebrada el 17 de febrero
del año 2022 se otorga audiencia pública en cumplimiento de lo dispuesto en el
artículo 4 de la Normativa de Relaciones Laborales que establece la Caja, por
un plazo de veintidós días hábiles a los sindicatos de la institución
representantes de gremio con el propósito de que realicen las observaciones o
sugerencias pertinentes. Las observaciones o sugerencias podrán ser remitidas
al correo vfernan@ccss.sa.cr
PROPUESTA DEROGATORIA DEL
ARTICULO 33
DEL REGLAMENTO DEL FONDO DE
AHORRO Y PRÉSTAMO
CAPÍTULO IV
Fondo de Reserva Institucional
para Préstamos
Artículo 33.—Con el aporte restante de la Caja,
equivalente al 0.2% de los salarios ordinarios más el rendimiento
de los fondos que se acumulen, se constituirá el Fondo de Reserva Institucional
para Préstamos, el cual podrá destinarse al crédito fiduciario e hipotecario
corriente o bien invertirse en las mejores condiciones de garantía y
rentabilidad. El propósito del Fondo de Reserva Institucional para Préstamos,
es garantizar los gastos de administración del FRAP y solventar cualquier
déficit de operación que pudiera presentarse en el FRE o el FAP.
Dirección de FRAP, Gerencia Financiera.—Lic. Víctor
Fernández Badilla, Director Ejecutivo.—1
vez.—( IN2022633143 ).
UNIÓN NACIONAL DE GOBIERNOS LOCALES
DIRECCIÓN EJECUTIVA
En la Sesión Extraordinaria
07-2022, celebrada el 10 de marzo de 2022, se realizaron a aprobación de dos
acuerdos, relacionados a reformas reglamentarias, además se instruye a la
Dirección Ejecutiva para que se proceda con la publicación en La Gaceta.
Acuerdo N° 40-2022
Se acuerda dar por aprobada
la reforma del Reglamento para el Pago de Gastos de Representación y se
instruye a la Administración para que sea publicado en el periódico oficial La
Gaceta.
REFORMA REGLAMENTO PARA EL PAGO DE GASTOS
DE
REPRESENTACIÓN DE LA UNGL
“Se
deroga el artículo 14 del Reglamento para el pago de gastos de representación
de la UNGL, ya que la ley 8343 se derogó en el mes de diciembre del 2003. (Plan
de Contingencia Fiscal de doce meses a partir de la promulgación de esta
Ley-2002)”
Acuerdo N° 41-2022
Se acuerda dar por aprobada
la reforma del Reglamento de Caja Chica del Proyecto mUEve y se instruye a la
Administración para que sea publicado en el periódico oficial La Gaceta.
REFORMA REGLAMENTO DE CAJA CHICA
DEL
PROYECTO mUEve
Artículo 5º—Cuantía del fondo: El fondo de caja
chica contará con un monto fijo mismo que será aumentado o disminuido de
acuerdo a las necesidades del proyecto y con el acuerdo previo del comité
técnico. El monto autorizado para la utilización del fondo es de ¢750.000.
Artículo 7º—Se fija el límite máximo para la compra
de bienes y servicios con dicho fondo, en la suma ¢300.000,00 (trescientos mil
colones exactos).
Artículo 8º—Prohibición para la utilización de
fondos de caja chica: Queda prohibido la utilización de los fondos de caja
chica para realizar compras de un bien o servicios para los casos que se
describen a continuación:
a) Aquellas compras de bienes y servicios que superen el monto
establecido en este reglamento deberán de ser tramitados mediante el
departamento de proveeduría de la Unión Nacional de Gobiernos Locales (UNGL).
b) Compras de bienes y servicios que se justifiquen con el
mismo concepto y que se pueda determinar que se quiere fraccionar para evadir
los limites asignados.
c) Cuando el formulario para adelantos del fondo de caja chica
no cumple con los requisitos establecido en este reglamento.
d) Los adelantos de caja chica no podrán
ser utilizados en gastos diferentes a los que fueron previamente autorizados.
Artículo
11.—Vale provisional de caja chica: Las solicitudes de dinero para efectuar
compras se tramitarán con el formulario denominado “Confección de vale
provisional”, el cual será numerado en forma consecutiva al ser tramitado por
el encargado del fondo, además deberá ser aprobado por la jefatura inmediata y
el departamento administrativo financiero. El vale contendrá la siguiente
información:
a) Nombre completo, con los dos apellidos del funcionario
solicitante, quien será a su vez el responsable de la compra y deberá liquidar
en forma personal el adelanto,
b) Objeto del gasto, (Descripción).
c) Detalle del destino (observaciones) que se le dará al
material o servicio comprado, cuando a criterio del encargado de caja chica
esto sea necesario.
d) Firma del jefe Inmediato autorizando el egreso, o de la
persona a quien delegue en su ausencia.
e) Código presupuestario y visto bueno del Departamento de
Administrativo Financiero.
f) Firma de la persona que recibe el adelanto.
g) Fecha de entrega del dinero, utilizando
firma del Departamento
encargado de la caja chica.
Mba.
Karen Porras Arguedas, Directora.—1 vez.— ( IN2022633247 ).
PROVEEDURÍA INSTITUCIONAL
A las
entidades acreedoras supervisadas por la Superintendencia General de Entidades
Financieras, que para acogerse a lo dispuesto en los incisos c) y d) del
artículo 4 del Acuerdo SUGEF 6-05 Reglamento sobre la Distribución de
Utilidades por la Venta de Bienes Adjudicados (Artículo 1 de la Ley 4631), en un plazo no mayor a 10 días
hábiles, deberán presentar a través de sus Representantes Legales formal
solicitud ante la Dirección General de Infraestructura y Compras del Banco
Nacional de Costa Rica, localizada en la Uruca, frente a la Mercedes Benz y
adjuntar una certificación de un contador público autorizado sobre el estado de
la obligación y el saldo adeudado de Luis Lara Alvarado, cédula: 5-0151-0773 en calidad de Exdeudor y Expropietario. En caso
de consultas remitirlas a operacionescontauso@bncr.fi.cr.
Licda.
Alejandra Trejos Céspedes, Supervisora Contrataciones.— 1 vez.—O. C. N°
524726.—Solicitud N° 336908.— ( IN2022633406 ).
A las entidades acreedoras supervisadas por la Superintendencia General
de Entidades Financieras, que para
acogerse a lo dispuesto en los incisos c) y d) del artículo 4 del Acuerdo SUGEF
6-05 Reglamento Sobre la Distribución de Utilidades por la Venta de Bienes
Adjudicados (artículo 1 de la Ley 4631), en un plazo no mayor a 10 días
hábiles, deberán presentar a través de sus Representantes Legales formal
solicitud ante la Dirección General de Infraestructura y Compras del Banco
Nacional de Costa Rica, localizada en La Uruca, frente a la Mercedes Benz y
adjuntar una certificación de un contador público autorizado sobre el estado de
la obligación y el saldo adeudado de José Luis Porras Guevara, cédula N° 1-0438-0699 en calidad de
Ex Deudor y Gerardo Zúñiga Montero cédula N° 1-0427-0119 en calidad de
Expropietario. En caso de consultas remitirlas a operacionescontauso@bncr.fi.cr
Licda.
Alejandra Trejos Céspedes, Supervisora Contrataciones.— 1 vez.—O. C. N°
524726.—Solicitud N° 336693.—( IN2022633407 ).
A las entidades acreedoras supervisadas por la Superintendencia General de Entidades Financieras,
que para acogerse a lo dispuesto en los incisos c) y d) del artículo 4 del
acuerdo SUGEF 6-05, Reglamento sobre la Distribución de Utilidades por la Venta
de Bienes Adjudicados (artículo
1 de la Ley 4631), en un plazo no mayor a 10 días hábiles deberán presentar a
través de sus representantes legales formal solicitud ante la Dirección General
de Infraestructura y Compras del Banco Nacional de Costa Rica, localizada en la
Uruca, frente a la Mercedes Benz y adjuntar una certificación de un contador
público autorizado sobre el estado de la obligación y el saldo adeudado de
Francisco Barboza Ávila,
cédula: 1-0567-0347, en calidad de ex deudor y Familia Barboza Castro B&C
Sociedad Anónima, cédula: 3-101-568528, en calidad de Expropietario, en caso de
consultas remitirlas a operacionescontauso@bncr.fi.cr.
Licda.
Alejandra Trejos Céspedes Supervisora Contrataciones.— 1 vez.—O. C. N°
524726.—Solicitud N° 336905.—( IN2022633408 ).
A las entidades acreedoras supervisadas por la Superintendencia
General de Entidades Financieras, que para acogerse a lo dispuesto en los
incisos c) y d) del artículo 4 del acuerdo SUGEF 6-05 Reglamento Sobre La
Distribución de Utilidades por la Venta de Bienes Adjudicados (Articulo 1 de la
Ley 4631), en un plazo no mayor a 10 días hábiles, deberán presentar a través
de sus Representantes Legales formal solicitud ante la Dirección General de
Infraestructura y Compras del Banco Nacional de Costa Rica, localizada en la
Uruca, frente a la Mercedes Benz y adjuntar una certificación de un contador
público autorizado sobre el estado de la obligación y el saldo adeudado de
Manuel Antonio Brenes Valverde cédula: 3-0197-1289 en calidad de Ex Deudor y
Expropietario. En caso de consultas remitirlas a operacionescontauso@bncr.fi.cr
Licda. Alejandra Trejos Céspedes Supervisora
Contrataciones.— 1 vez.—O.C. Nº 524726.—Solicitud Nº 336902.—( IN2022633412 ).
A las entidades acreedoras supervisadas por la Superintendencia General
de Entidades Financieras, que para acogerse a lo dispuesto en los incisos c) y
d) del artículo 4 del Acuerdo Sugef 6-05 Reglamento Sobre la Distribución de
Utilidades por la Venta de Bienes Adjudicados (artículo 1 de la ley 4631), en
un plazo no mayor a 10 días hábiles, deberán presentar a través de sus
Representantes Legales formal solicitud ante la Dirección General de
Infraestructura y Compras del Banco Nacional de Costa Rica, localizada en la
Uruca, frente a la Mercedes Benz y adjuntar una certificación de un contador
público autorizado sobre el estado de la obligación y el saldo adeudado de
Minor Navarro Abarca cédula: 1-0974-0195 en calidad de Ex Deudor y
Expropietario. En caso de consultas remitirlas a
operacionescontauso@bncr.fi.cr.
Licda.
Alejandra Trejos Céspedes, Supervisora Contrataciones.— 1 vez.—O. C. N°
524726.—Solicitud N° 336899.—( IN2022633413 ).
A las entidades acreedoras supervisadas por la Superintendencia General
de Entidades Financieras, que para acogerse a lo dispuesto en los incisos c) y
d) del artículo 4 del Acuerdo SUGEF 6-05 Reglamento sobre la distribución de
utilidades por la venta de bienes adjudicados (artículo 1 de la Ley 4631), en un plazo no mayor a 10 días
hábiles, deberán presentar a través de sus Representantes Legales formal
solicitud ante la Dirección General de Infraestructura y Compras del Banco
Nacional de Costa Rica, localizada en La Uruca, frente a la Mercedes Benz y
adjuntar una certificación de un contador público autorizado sobre el estado de
la obligación y el saldo adeudado de Erick Sibaja Eduarte, cédula N°
1-0618-0123 en calidad de ex deudor y Ana Ingrid Sibaja Eduarte, cédula N°
1-0751-0261 en calidad de expropietario. En caso de consultas remitirlas a
operacionescontauso@bncr.fi.cr.
Licda.
Alejandra Trejos Céspedes, Supervisora Contrataciones.— 1 vez.—O. C. N°
524726.—Solicitud N° 336903.—( IN2022633411 ).
OFICINA DE REGISTRO E INFORMACIÓN
EDICTOS
PUBLICACIÓN DE TERCERA VEZ
ORI-82-2022.—Gómez
Granados Ana María, R-009-2022, cédula 114470614, solicitó reconocimiento y
equiparación del título de Máster en Ciencias Kinesiología con concentración en
Biomecánica, East Carolina University, Estados Unidos. La persona interesada en
aportar información del solicitante, podrá hacerlo por escrito ante esta
Oficina dentro de los cinco días hábiles siguientes a la publicación del tercer
aviso.—Ciudad Universitaria Rodrigo Facio, 04 de marzo del 2022.—M.Sc. Ricardo
Luna Gutiérrez, Director.—( IN2022631938 ).
ORI-95-2022.—Hernández Sainz Raunel, R-030-2022, Pas. J009406, solicitó
reconocimiento y equiparación del título de Doctor en Medicina, Universidad de
Ciencias Médicas de Ciego Ávila, Cuba. La
persona interesada en aportar información
del solicitante, podrá hacerlo por escrito ante esta Oficina dentro de
los cinco días hábiles siguientes a la publicación del tercer aviso.—Ciudad
Universitaria Rodrigo Facio, 17 de marzo de 2022.—Lic. Wendy Páez Cerdas,
Directora a.í.—(
IN2022632513 ).
PUBLICACIÓN DE SEGUNDA VEZ
ORI-87-2022.—Batres
Aparencio Manuel Arnoldo, R-061-2022,
cédula N° 8-0120-0961, solicitó reconocimiento y equiparación del título de
Ingeniero Industrial, Universidad Centroamericana José Simeón Cañas, El
Salvador. La persona interesada en aportar información del solicitante, podrá
hacerlo por escrito ante esta Oficina dentro de los cinco días hábiles
siguientes a la publicación del tercer aviso.—Ciudad Universitaria Rodrigo
Facio, 10 de marzo de 2022.—M.Sc. Ricardo Luna Gutiérrez, Director.—(
IN2022632749 ).
ORI-60-2022.—Salas Hernández Aimee Viviana, R-046-2022, cédula 1-1079-0451, solicitó
reconocimiento y equiparación del título de Doctora en Farmacología,
Universidad de Chile, Chile. La persona interesada en aportar información del
solicitante, podrá hacerlo por escrito ante esta Oficina dentro de los cinco
días hábiles siguientes a la publicación del tercer aviso.—Ciudad Universitaria
Rodrigo Facio, 17 de febrero del 2022.—M.Sc. Ricardo Luna Gutiérrez,
Director.—( IN2022632895 ).
ORI-56-2022.—Jaco de Barillas Rossinna Elieth, R-029-2022, Lib.
Cond.: 122200628616, solicitó reconocimiento y equiparación
del título de Licenciada en Ciencias de la Comunicación, Universidad Autónoma
de Santa Ana, El Salvador. La persona interesada en aportar información del
solicitante, podrá hacerlo por escrito ante esta Oficina dentro de los cinco días
hábiles siguientes a la publicación del tercer aviso.—Ciudad Universitaria
Rodrigo Facio, 17 de febrero de 2022.— M.Sc. Ricardo Luna Gutiérrez,
Director.—( IN2022632576 ).
PUBLICACIÓN DE PRIMERA VEZ
ORI-92-2022.—Malek Fernández
Dayana, R-063-2022, cédula 115810722, solicitó reconocimiento y equiparación
del título de Especialista en Endodoncia, Pontificia Universidad Javeriana,
Colombia. La persona interesada en aportar información del solicitante, podrá
hacerlo por escrito ante esta Oficina dentro de los cinco días hábiles
siguientes a la publicación del tercer aviso.—Ciudad Universitaria Rodrigo
Facio, 16 de marzo del 2022.—M.Sc. Ricardo Luna Gutiérrez, Director.—(
IN2022633466 ).
DEPARTAMENTO DE ADMISIÓN Y REGISTRO
EDICTOS
PUBLICACIÓN DE SEGUNDA VEZ
El señor Giovanny Alexander
Contreras Pérez, cédula de residencia N° 186201252009, ha presentado para el
reconocimiento y equiparación de grado y título en el Instituto Tecnológico de
Costa Rica, el diploma de Ingeniero en Computación, otorgado por la Universidad
Valle del Momboy, República Bolivariana de Venezuela. Cualquier persona
interesada en aportar información al respecto de este trámite, podrá hacerlo
mediante un escrito que debe ser presentado en el Departamento de Admisión y
Registro del Instituto Tecnológico de Costa Rica, dentro de los quince días
hábiles siguientes a la publicación del tercer aviso.—Cartago, 09 de marzo de
2022.—MBA. William Vives Brenes, Director .—O.C. N° 202216284.—Solicitud N°
334312.—( IN2022633110 ).
El señor Juan José Montero Rodríguez, cédula de identidad N° 1 1348 0574,
ha presentado para el reconocimiento y equiparación de grado y título en el
Instituto Tecnológico de Costa Rica, el diploma de Doctor Ingeniero, otorgado
por la Universidad de Hamburgo, República Federal de
Alemania. Cualquier persona interesada en aportar información al respecto de
este trámite, podrá hacerlo mediante un escrito que debe ser presentado en el
Departamento de Admisión y Registro del Instituto Tecnológico de Costa Rica,
dentro de los quince días hábiles siguientes a la publicación del
tercer aviso.—Cartago, 09 de marzo de 2022.—MBA. William Vives
Brenes, Director.—O. C. N° 202216284.—Solicitud N° 334313.—(
IN2022633111 ).
El señor Luis
Gustavo González Vargas, cédula de identidad N° 2 0607 0123, ha presentado para
el reconocimiento y equiparación de grado y título en el Instituto Tecnológico
de Costa Rica, el diploma de Máster en Ciencias, otorgado por la Universidad de
Munich, República Federal de Alemania. Cualquier persona interesada en aportar
información al respecto de este trámite,
podrá hacerlo mediante un escrito que debe ser presentado en el Departamento de
Admisión y Registro del Instituto Tecnológico de Costa Rica, dentro de los
quince días hábiles siguientes a la publicación del tercer
aviso.—Cartago, 09 de marzo de 2022.—MBA. William Vives Brenes, Director.—O.C.
N° 202216284.—Solicitud N° 334316.—( IN2022633113 ).
La señora María Rodríguez Solís, cédula de identidad N° 2 0656 0895, ha
presentado para el reconocimiento y equiparación de grado y título en el
Instituto Tecnológico de Costa Rica, el diploma de Magíster en Ciencias
Forestales, otorgado por la Universidad de Concepción, República de Chile.
Cualquier persona interesada en aportar información al respecto de este
trámite, podrá hacerlo mediante un escrito que debe ser presentado en el
Departamento de Admisión y Registro del Instituto Tecnológico de Costa Rica,
dentro de los quince días hábiles siguientes a la publicación del tercer aviso.
Cartago, 10 de marzo de 2022.—MBA. William Vives Brenes, Director.—O.C. N°
202216284.—Solicitud N° 334317.—( IN2022633114 ).
EDICTOS
PUBLICACIÓN DE TERCERA VEZ
A Milady Fernández Alfaro,
persona menor de edad: L.C.F, L.C.F, se le comunica la resolución de las diez
horas del veintidós de diciembre del año dos mil veintiuno, donde se resuelve:
Otorgar Proceso Especial de Protección: Medida de Orientación Apoyo y
Seguimiento a favor de la persona menor de edad. Notificaciones. Se le previene
a la parte señalar casa, oficina o lugar, donde atender notificaciones, en el
caso de no hacerlo, las resoluciones posteriores se tendrán por notificadas
veinticuatro horas después de dictadas. Garantía de Defensa: Se les informa a
las partes, que es su derecho hacerse asesorar o representar por un profesional
en derecho de su elección, así como a tener acceso en la Oficina Local dentro
de horas hábiles al estudio y revisión del expediente administrativo. Recursos:
Se le hace saber a las partes, que contra esta resolución procede el recurso de
apelación, el que deberá interponerse ante este despacho, en forma verbal o por
escrito dentro de las cuarenta y ocho horas, posteriores a la notificación,
resolviendo dicho recurso la Presidencia Ejecutiva de la entidad, ubicada en
San José, Barrio Luján,
en horas hábiles de las siete a las quince y treinta horas. Para tal efecto
pueden ofrecer, además, las pruebas que consideren pertinentes. (Art. 139 del
Código de la Niñez y la Adolescencia). Dicho recurso será inadmisible si es
presentado pasado el plazo indicado. La presentación del recurso de apelación,
no suspenderá la aplicación del acto recurrido. Expediente
OLPV-00397-2021.—Oficina Local de Pavas.—Lic. Manuel Arroyo García, Órgano
Director del Procedimiento.—O.C. N° 10203-202.—Solicitud N° 335871.—(
IN2022632426 ).
A la señora Francini Melissa Martínez Carrillo, costarricense, cédula N° 701570896 sin más datos, se le comunica la resolución, de
modificación de medida de protección de cuido provisional y otros por medida de
protección de seguimiento, orientación y apoyo a la familia a las diez horas
del dos de marzo del dos mil veintidós a favor de las personas menores de edad
Y.J.R.M, J.J.R.M del expediente administrativo OLLI-00128-2015. Notifíquese lo anterior al
interesado, al que se le previene que debe señalar casa u oficina para recibir
notificaciones dentro del perímetro judicial y administrativo de esta oficina
local, sita en Cariari. Contra esta resolución proceden los recursos de
revocatoria y de apelación, los cuales deberán interponerse en esta oficina
local dentro de los tres días siguientes a partir de la última publicación del
presente edicto, siendo competencia de esta Oficina resolver el de revocatoria,
y el de apelación le corresponderá resolverlo
a la Presidencia Ejecutiva de la Institución. Es potestativo presentar uno o
ambos recursos, pero será Inadmisible el interpuesto pasado los tres días
señalados. La interesada igualmente, podrá consultar y fotocopiar el citado
expediente administrativo en días y horas hábiles, el cual permanecerá a su
disposición en esta oficina local, ubicada en Cariari centro, comercial avenida
sura segundo piso, local 31, expediente N°
OLLI-00128-2015.—Oficina Local de
Cariari.—Lic. Jorge Fernández Céspedes, Órgano Director del
Procedimiento.—O.C. Nº 10203-202.—Solicitud Nº 335879.—( IN2022632431 ).
PUBLICACIÓN DE SEGUNDA VEZ
A Nancy Pamela Aguilar
Camacho, personas menores de edad S.N.C.A y K.B.C.A, se le comunica la
resolución de las diez horas treinta y un minutos del dieciséis de marzo del
año dos mil veintidós, donde se resuelve: Se confirma la resolución de las
dieciséis horas con cinco minutos del día quince de febrero del año dos mil
veintidós. En donde se protegen a las personas menores de edad con recursos
familiares. Notificaciones. Se le previene a la parte señalar casa, oficina o
lugar, donde atender notificaciones, en el caso de no hacerlo, las resoluciones
posteriores se tendrán por notificadas veinticuatro horas después de dictadas.
Garantía de defensa: Se les informa a las partes, que es su derecho hacerse
asesorar o representar por un profesional en derecho de su elección, así como a
tener acceso en la Oficina Local dentro de horas hábiles al estudio y revisión
del expediente administrativo. Recursos: Se le hace saber a las partes, que
contra esta resolución procede el recurso de apelación, el que deberá
interponerse ante este despacho, en forma verbal o por escrito dentro de las
cuarenta y ocho horas, posteriores a la notificación, resolviendo dicho recurso
la Presidencia Ejecutiva de la entidad, ubicada en San José, Barrio Luján, en horas hábiles de las
siete a las quince y treinta horas. Para tal efecto pueden ofrecer, además, las
pruebas que consideren pertinentes (Art 139 del Código de la Niñez y la
Adolescencia). Dicho recurso será inadmisible si es presentado pasado el plazo
indicado. La presentación del recurso de apelación, no suspenderá la aplicación
del acto recurrido. Expediente OLPV-00108-2021.—Oficina Local de Pavas.—Lic.
Deiver Alonso Ramírez Zúñiga, Órgano Director del Procedimiento.—O. C Nº
10203-202.—Solicitud Nº 336040.—( IN2022632622 ).
Se comunica a
quien tenga interés, la resolución de las veinte horas con cinco minutos del
día once de marzo del año dos mil veintidós, en favor de A.A.U.CH con Proceso
Especial de Protección
en Sede Administrativa contra de la presente resolución procede el recurso de
apelación ante la Presidencia Ejecutiva de la Entidad, dentro de un plazo de 48
horas después de notificada. Deberán además señalar lugar o medio electrónico
para recibir sus notificaciones dentro del perímetro de esta Oficina Local, si
el lugar señalado fuere inexacto o incierto o el medio ineficaz, las
resoluciones posteriores se tendrán por notificadas con el sólo transcurso de
24 horas después de dictada, Nº OLSA-00162-2021.—18 de marzo del 2022.—Oficina
Local de Santa Ana.—Licda. Alejandra María Solís Quintanilla, Representante
Legal.—O. C. N° 10203-202.—Solicitud N° 336502.—( IN2022632817 ).
A Viviana
Miranda Vásquez, quien, se le comunica la resolución de las once horas del
dieciocho de marzo del dos mil veintidós resolución de guarda protectora y
archivo del expediente administrativo favor de las personas menores de edad
Maikel Gabriel Miranda Vásquez y Maryelin Yacsiri López Miranda. Notifíquese. Se
otorga audiencia a las partes para ser escuchadas, que aporten la prueba respectiva y que se apersonen a la Oficina Local
correspondiente. Las partes se podrán referir al proceso de forma escrita o
verbal y que no requiere representación por parte de un abogado. Se advierte,
además que deben señalar Lugar donde recibir notificaciones, dícese fax, correo
electrónico, o cualquier otro medio indicado en la ley. Notifíquese.
Expediente N° OLCO-00143-2021.—Oficina Local de Corredores.—Lic. Isaac Castillo
Zumbado, Representante Legal.—O. C. N° 10203-202.—Solicitud N° 336224.—(
IN2022632822 ).
A la señora Ana
Angelica Mendoza Marín, cédula de identidad N° 604960769, costarricense, sin
más datos, se le comunica la resolución de las 10:20: horas del 18/03/2022
donde se procede al archivo del proceso especial de protección en favor de la
persona menor de edad A.E.M. Se le confiere audiencia a la señora Ana Angelica Mendoza Marín por cinco días
hábiles, para que presente los alegatos de su interés, y ofrezca las pruebas
que estime necesarias, y se le advierte que tiene derecho a hacerse asesorar y
representar por abogados y técnicos de su elección, así como consultar el
expediente en días y horas hábiles, se le hace la salvedad que para fotocopiar
el expediente administrativo se cuenta con el horario de siete horas con
treinta minutos y hasta las dieciséis horas en días hábiles, el cual permanecerá
a su disposición en esta Oficina Local, ubicada en Puntarenas, cantón Osa,
Distrito Puerto Cortés,
sita Ciudad Cortés,
75 metros norte de la pulpería Cinco Esquinas. Expediente N°
OLOS-00374-2017.—Oficina Local Osa. Licda. Roxana Gamboa
Martínez.—Representante Legal.—O. C. N° 10203-202.—Solicitud N° 36222.—(
IN2022632826 ).
Al señor Javier
Antonio Hernández
Montes, se le comunica las resoluciones de las ocho horas y diez minutos del
once de marzo del dos mil veintidós, donde se ordena cuido provisional de la
persona menor de edad AJHR y resolución de las once horas del dieciocho de marzo del dos mil veintidós, se
ordena mantener medida de protección por seis meses. Notifíquese la presente resolución a las partes involucradas.
Contra esta resolución proceden los Recursos de Revocatoria y de Apelación, los
que deberán interponerse en esta oficina local dentro de los tres días a partir
de su notificación, o de la última publicación del edicto en el caso específico del
progenitor, siendo competencia de esta Oficina resolver el de revocatoria, y el
de apelación a la Presidencia Ejecutiva de la Institución. Es potestativo usar
uno o ambos recursos, pero será Inadmisible el interpuesto pasado los tres días
señalados. Expediente OLHN-0071-2022.—Oficina Local Heredia Norte.—Licda.
Marcela Ramírez Ulate, Órgano Director del Procedimiento.—O. C. N°
10203-202.—Solicitud N° 336505.—( IN2022632836 ).
Al señor José Alberto
Rojas Jiménez, mayor,
costarricense, portador
de la cédula de identidad número 603070493, estado civil, oficio y domicilio
desconocido, se le comunica que por resolución de las diez horas doce minutos
del dieciséis de marzo del dos mil veintidós se revocó medida de cuido
provisional cautelar y se archiva el Proceso Especial de Protección en sede
administrativa a favor de la persona menor de edad K.F.R.M. Se le advierte que deberá señalar lugar conocido para recibir
sus notificaciones, dentro del perímetro de un kilómetro a la redonda de la
sede de esta Oficina Local, la cual se encuentra situada en Quepos, Rancho
Grande, frente a la plaza de futbol o bien, señalar número de facsímil para
recibir aquellas notificaciones que pudieren practicarse por ese medio, o
correo electrónico. Contra la presente cabe recurso de apelación ante la
Presidencia Ejecutiva de esta institución, el cual deberá interponer ante esta
Representación Legal dentro de las cuarenta y ocho horas siguientes (Artículo
139 del Código de la Niñez y Adolescencia). Expediente OLSR-00045-2015.—Oficina
Local de Quepos.—Licda. Dora Del Carmen Salazar Carvajal, Órgano Director
del Procedimiento.—O. C. N° 10203-202.—Solicitud N° 336508.—( IN2022632942 ).
A: Leyser
Margarita Valdez Romero y Julio Cesar Calderón Silva, personas menores de
edad D.H.C.V, se le comunica la resolución de las ocho horas del diez de marzo
del dos mil veintidós, donde se resuelve: se dicta Medida Cautelar de Cuido
Provisionalísimo de la PME con la señora Felipa María Salmerón. Notificaciones:
se le previene a la parte señalar casa, oficina o lugar, donde atender
notificaciones, en el caso de no hacerlo las resoluciones posteriores se
tendrán por notificadas veinticuatro horas después de dictadas. Garantía de defensa: se les informa a
las partes, que es su derecho hacerse asesorar o representar por un profesional
en derecho de su elección, así como a tener acceso en la oficina local dentro
de horas hábiles al estudio y revisión del expediente administrativo. Recursos:
se le hace saber a las partes, que contra
esta resolución procede el recurso de apelación, el que deberá interponerse
ante este despacho, en forma verbal o por escrito dentro de las cuarenta y ocho
horas, posteriores a la notificación, resolviendo dicho recurso la Presidencia
Ejecutiva de la entidad, ubicada en San José, Barrio Luján, en horas hábiles de las siete a las quince y treinta
horas. Para tal efecto pueden ofrecer, además, las pruebas que consideren
pertinentes (art. 139 del Código de la Niñez y la Adolescencia). Dicho recurso
será inadmisible si es presentado pasado el plazo indicado. La presentación del
recurso de apelación no suspenderá la aplicación del acto recurrido. Expediente N°
OLPV-00036-2022.—Oficina Local de Pavas.—Lic. Deiver Alonso Ramírez Zúñiga, Órgano Director del
Procedimiento.—O. C. N° 10203-202.—Solicitud N° 336513.—( IN2022632945 ).
Al señor Thony
Enrique Vega Rugama, sin más datos se le comunica la resolución de las 14:43
horas del 18/03/2022 donde se dicta resolución de archivo orientación, apoyo y
seguimiento, en favor de la persona menor de edad A.S.V.R. Se le confiere audiencia a los señores Thony Enrique
Vega Rugama por cinco días hábiles, para que presente los alegatos de su
interés, y ofrezca las pruebas que estime necesarias, y se le advierte que tiene derecho a hacerse asesorar y representar por
abogados y técnicos de su elección, así como consultar el expediente en días y
horas hábiles, se le hace la salvedad que para fotocopiar el expediente
administrativo se cuenta con el horario de siete horas con treinta minutos y
hasta las dieciséis horas en días hábiles, el cual permanecerá a su disposición
en esta Oficina Local, ubicada en Puntarenas, Cantón Osa, Distrito Puerto
Cortes, sita Ciudad Cortes, 75 metros norte de la pulpería Cinco Esquinas.
Expediente OLOS-00091-2019.—Oficina Local Osa.—Lic. Olman Méndez Cortes,
Representante Legal.—O.C. Nº
10203-202.—Solicitud Nº 336521.—( IN2022632946 ).
Al señor Alonso
Mena Barboza, costarricense con cédula de identidad N° 116500425, se
desconoce demás calidades y domicilio, sin más datos se le comunica la
Resolución de las 11:00 horas del 18 de marzo del 2022, mediante la cual
resuelve revocar medida especial de protección de abrigo temporal
(provisionalísima) y se dicta medida de protección de orientación apoyo y
seguimiento a la familia a favor de la PME J.E.M.R. Contra esta resolución
proceden los recursos de revocatoria y de apelación. Se le confiere audiencia
al señor Alonso Mena Barboza, el plazo para oposiciones de tres días hábiles
siguientes a partir de la segunda publicación de este adicto, para que presente
los alegatos de su interés, y ofrezca las pruebas que estime necesarias, y se le advierte, que tiene derecho a
hacerse asesorar y representar por abogados y técnicos de su elección, así como
consultar el expediente en días y horas hábiles, se hace la salvedad que para
fotocopiar el expediente administrativo se cuenta con el horario de siete horas
con treinta minutos y hasta las once horas con treinta minutos en días hábiles,
el cual permanecerá a su disposición en oficina local, ubicada en San José,
Hatillo Centro, de la Iglesia de Hatillo Centro 175 metros al norte y 50
metros al oeste, expediente administrativo N° OLSM-00321-2018.—Oficina Local de
Hatillo.—Licda. Annette Pérez Angulo, Representante Legal.—O.C. Nº
10203-202.—Solicitud Nº 336525.—( IN2022632949 ).
Al señor Cesar
Augusto García Neme, de nacionalidad colombiano, sin más datos, se le comunica
la resolución de las 11:00 horas del 04/11/2021 en la que esta Oficina Local
dicta medida de cuido provisional a favor de la persona menor de edad S.G.D.
Notifíquese la presente resolución a quien interese mediante la publicación de
un edicto, por tres veces consecutivas, en el Diario Oficial, con la
advertencia que deberán señalar lugar conocido para recibir sus notificaciones,
o bien, señalar número de facsímil para recibir aquellas notificaciones que
pudieren practicarse por ese medio, en el entendido que de no hacerlo, o si el
lugar señalado fuere impreciso, inexacto o llegare a desaparecer, o si el medio
seleccionado fuere defectuoso, estuviere desconectado, sin suficiente provisión
de papel o por cualquier otro modo no imputable a esta institución se
interrumpiere la comunicación, las notificaciones futuras quedarán firmes
veinticuatro horas después de dictadas. Se les hace saber, además, que contra
la presente resolución proceden los recursos ordinarios de revocatoria con
apelación en subsidio, que deberán interponer ante esta Representación Legal
dentro del tercer día hábil inmediato siguiente a la fecha de la última
notificación a las partes, siendo que el de revocatoria será de conocimiento de
esta Representación Legal, y el de apelación de la Presidencia Ejecutiva de
esta institución. Podrán presentar los alegatos de su interés, y ofrecer las
pruebas que estimen necesarias, y se les advierte tienen derecho a hacerse
asesorar y representar por abogado y técnico de su elección, así como consultar
el expediente en días y horas hábiles, se hace la salvedad que para fotocopiar
el expediente administrativo se cuenta con el horario de siete horas con
treinta minutos y hasta las once horas con treinta minutos en días hábiles, el
cual permanecerá a su disposición en esta oficina local, ubicada en Limón,
Pococí, Guápiles, sita 200 metros norte y 25 metros oeste del Banco Popular y
Desarrollo Comunal. Expediente Nº OLPO-00320-2018.—Oficina Local de
Pococí.—MSC. María Gabriela Hidalgo Hurtado, Representante Legal.—O. C Nº Nº10203-202.—Solicitud
Nº 336529.—( IN2022632950 ).
A los señores
María Aidé Díaz Sosa, Jesús Cerda Oporta; se les comunica la resolución dictada
por el Departamento de Atención Inmediata, de las dieciséis horas con cinco
minutos del día ocho de marzo del presente año, mediante la cual se resuelve
medida de cuido provisional; y la resolución de las doce horas quince minutos
del dieciocho de marzo del dos mil veintidós, dictada por la oficina local de
Alajuelita, mediante la cual se realiza citación a la audiencia oral y privada,
ambas en favor de la pme L. C. D.. Se les confiere audiencia por tres días
hábiles, para que presente los alegatos de su interés, y se le advierte que
tiene derecho a hacerse asesorar y representar por abogados y técnicos de su
elección, así como consultar el expediente en días y horas hábiles, el cual
permanecerá a su disposición en esta Oficina Local, ubicada San José,
Alajuelita, San Josecito, del Supermercado Acapulco 300 metros oeste y 125
metros sur, calle al Liceo de Alajuelita, Expediente N° OLAL-00039-2022.—Oficina Local de Alajuelita.—Licda. Daniela
Alvarado Araya, Representante Legal.—O. C. N° 10203-202.—Solicitud N° 336530.—(
IN2022632952 ).
A los señores
Martha Leticia Rivas Meza y Delvin Ramon Hernandez Reyes, se les comunica la
resolución de las 09:30 horas del 06 de diciembre del año 2021, dictada por la
Oficina Local de San José Oeste, del Patronato Nacional de la Infancia que
corresponde a la resolución mediante la cual, se dicta la medida de protección de orientación, apoyo y seguimiento
temporal a la familia en favor de las personas menores de edad D.E.H.R.,
R.M.H.R., V.H.R., D.R.H.R. y S.J.R.M. Se le confiere audiencia a los señores
Martha Leticia Rivas Meza y Delvin Ramón Hernández Reyes, por tres días
hábiles, para que presente los alegatos de su interés, y ofrezca las pruebas
que estime necesarias, y se le advierte que tiene derecho a hacerse asesorar y
representar por abogados y técnicos de su elección, así como consultar el
expediente en días y horas hábiles, el cual permanecerá a su disposición en
esta oficina local de San José Oeste, ubicada en San José, distrito Hospital,
calle 14, entre avenidas 6 y 8, contiguo al parqueo del Hospital Metropolitano,
del costado suroeste del Parque de La Merced 150 metros al sur. Así mismo, se
le hace saber que deberá señalar lugar conocido o número de facsímil para
recibir sus notificaciones, en el entendido que de no hacerlo, o si el lugar
señalado fuere impreciso, inexacto o llegare a desaparecer, o si el medio
electrónico seleccionado fuere defectuoso, estuviere desconectado, sin
suficiente provisión de papel o por cualquier otro modo no imputable a esta
institución se interrumpiere la comunicación, las resoluciones futuras quedarán
firmes 24 horas después de dictadas, conforme la Ley de Notificaciones
Judiciales. Se le hace saber, además, que contra la indicada resolución procede Recurso de Apelación para ante
la Presidencia Ejecutiva de esta institución, el cual deberán interponer
ante esta Representación Legal dentro de las 48 horas siguientes, contadas a
partir del día hábil inmediato siguiente a la fecha de publicación del tercer
aviso en el Diario Oficial, en el entendido que hacerlo fuera de dicho término
el recurso deviene en inadmisible (Artículo 139 del Código de la Niñez y la
Adolescencia). Publíquese
tres veces, expediente Nº OLSJO-00293-2016.—Oficina Local de San José
Oeste.—Lic. Ángel
Alberto López
Brenes, Representante Legal.—O.C. Nº 10203-202.—Solicitud Nº 336534.—(
IN2022632955 ).
A la señora
Irlanda Centeno Valerio, nicaragüense, de oficio y domicilio desconocido y el
señor Edwin Villalobos Pérez, cédula de identidad
número 502460815 de oficio y domicilio desconocido, se le comunica resolución
administrativa de las 11 horas 55 minutos del 18 de marzo del año 2022, donde
se Informa que se dará inicio de Proceso Especial de Declaratoria Judicial de
Abandono, ante el Juzgado de Familia, Penal Juvenil y Violencia Domestica de
Cañas ( Materia de Familia), en beneficio de las personas menores de edad I.V.C
y A.V.C. Garantía de defensa: Se informa que tienen derecho a hacerse asesorar
y representar por abogados y técnicos de su elección, así como consultar el
expediente en días y horas hábiles, el cual permanecerá a su disposición en
esta oficina local, ubicada Guanacaste, Cañas del Banco Popular 250 metros
norte, casa celeste con blanco a mano derecha. Se le advierte que deber señalar
lugar conocido para recibir sus notificaciones, o bien, señalar número de
facsímile para recibir aquellas notificaciones que pudieren practicarse por ese
medio, en el entendido que de no hacerlo, o si el lugar señalado fuere
impreciso, inexacto o llegare a desaparecer, o si el medio seleccionado fuere
defectuoso, estuviere desconectado, sin suficiente provisión de papel o por
cualquier otro modo no imputable a esta institución se interrumpiere la
comunicación, las notificaciones futuras se realizaran por edicto. Recursos: Se
le hace saber, además, que contra la
presente resolución procede el recurso de apelación, que deberán interponer
ante esta Representación Legal dentro del plazo de cuarenta y ocho horas
siguientes a la fecha de la última notificación a las partes, siendo
competencia de la Presidencia Ejecutiva de esta institución, en el entendido
que hacerlo fuera de dicho término el recurso deviene en inadmisible. (Artículo
139 del Código de la Niñez y Adolescencia). La presentación del recurso de
apelación, no suspenderá la aplicación del acto recurrido. Expediente Nº OLCA-00018-2013.—Oficina Local
Cañas.—Licda. Johanna Matamoros
Miranda, Representante Legal.—O.C. N° 10203-202.—Solicitud N° 336541.—(
IN2022632956 ).
A
la señora Rafaela Aguilar Báñez, con cédula de identidad número 303650397, de
nacionalidad costarricense, Cabécar, sin más datos de identificación y
localización, al no poder ser localizada, se le comunica la resolución de las
14:20 horas del 21 de marzo del 2022, mediante la cual se resuelve convocar a
las partes a audiencia oral y privada por recurso de apelación, en proceso de
protección a favor de la persona menor de edad E.B.A.; en resguardo al interés
superior del mimos y protección de su salud. Se le confiere audiencia a la
señora Rafaela Aguilar Báñez, por tres días hábiles, para que presente los
alegatos de su interés, y ofrezca las pruebas que estime necesarias, y se le advierte
que tienen derecho a hacerse asesorar y representar por abogados y técnicos de
su elección, así como consultar el expediente en días y horas hábiles, se hace
la salvedad que para fotocopiar el expediente administrativo se cuenta con el
horario de siete horas con treinta minutos y hasta las dieciséis horas en días
hábiles, el cual permanecerá a su disposición en esta oficina local, ubicada en
Cartago, Turrialba, 50 metros al Norte del Puente de la Alegría, carretera a
Santa Rosa. Expediente Nº OLTU-00375-2020.—Oficina
Local de Turrialba.—Lic. Víctor Josué Picado Calvo, Representante
Legal.—O. C Nº
Nº10203-202.—Solicitud Nº336691.—( IN2022632958 ).
A la señora
Carmen Robleto Guardado, nicaragüense, se desconocen más datos; se le comunica
la resolución de las de las catorce horas del veinticinco de febrero de dos mil
veintidós, mediante la cual se establece Medida de Protección de Inclusión, Tratamiento, Capacitación Socioeducativa, en la ONG
Asociación
Católica
Posada de Belén,
madre Teresa de Calcuta de Adolescente madre y su menor hijo, a favor de la
persona menor de edad MdlLRG, (…). Se le confiere audiencia a la interesada,
por dos días hábiles, para que presenten los alegatos de su interés, y ofrezcan
las pruebas que estime necesarias, y se le
advierte que tiene derecho de hacerse asesorar y representar por abogados y
técnicos de su elección, así como consultar el expediente en días y horas
hábiles, se hace la salvedad que para fotocopiar el expediente administrativo
se cuenta con el horario de siete horas treinta minutos y hasta las dieciséis
horas en días hábiles, el cual permanecerá a su disposición en esta oficina
local, ubicada en Aguas Zarcas, trescientos metros norte y cien metros oeste
del costado noroeste, de la Iglesia Católica, en la casa del Adulto
Mayor. Expediente N° OLSAR-00007-13.—Oficina Local de Aguas Zarcas.—Lic. Luis
Roberto Vega Céspedes,
Representante Legal.—O.C. N° 10203-202.—Solicitud N° 336688.—( IN2022632959 ).
A: Karolina
Morales Oliver y Gastón Douglas Ureña Román, personas menores de edad
C.E.U.M, se le comunica la resolución de las once horas del ocho de marzo del
dos mil veintidós, donde se resuelve: otorgar proceso especial de protección:
medida de protección cautelar de cuido provisional a favor de la PME, con
recurso familiar, por un plazo de un mes. notificaciones. Se le previene a la
parte señalar casa, oficina o lugar, donde atender notificaciones en el caso de
no hacerlo las resoluciones posteriores se tendrán por notificadas veinticuatro
horas después de dictadas. Garantía de defensa: se les informa a las partes
que es su derecho hacerse asesorar o representar por un profesional en derecho
de su elección, así como a tener acceso en la oficina local dentro de horas
hábiles al estudio y revisión del expediente administrativo. Recursos: se le
hace saber a las partes, que contra esta resolución procede el recurso de
apelación, el que deberá interponerse ante este despacho, en forma verbal o por
escrito dentro de las cuarenta y ocho horas, posteriores a la notificación, resolviendo
dicho recurso la Presidencia Ejecutiva de la entidad, ubicada en San José,
Barrio Luján,
en horas hábiles de las siete a las quince y treinta horas. Para tal efecto
pueden ofrecer, además, las pruebas que consideren pertinentes (art. 139 del
Código de la Niñez y la Adolescencia). Dicho recurso será inadmisible si es
presentado pasado el plazo indicado. La presentación del recurso de apelación
no suspenderá la aplicación del acto recurrido. Expediente N°
OLPV-00003-2020.—Oficina Local de Pavas.—Lic. Deiver Alonso Ramírez Zúñiga, Órgano Director del
Procedimiento.—O. C. N° 10203-202.—Solicitud N° 336685.—( IN2022632960 ).
Al señor. Rodolfo Francisco Salas Barrantes, mayor, soltero, cédula de
identidad número uno-nueve-cero ochenta y siete-cuatrocientos noventa y ocho,
demás calidades y domicilio desconocidos por esta oficina local se le notifica
por este medio la resolución administrativa de las nueve horas del quince de
marzo de dos mil veintidós que mantiene la medida de Cuido Provisional a favor
de la persona menor de edad N.M.S.C. y la prórroga hasta cumplir seis meses de dictada, sea hasta el
cuatro de setiembre de dos mil veintidós. Notifíquese la anterior resolución a
las partes interesadas por edicto al desconocer su domicilio actual exacto o ubicación.
Se les hace saber además, que contra la presente resolución inicial descrita
procede el recurso ordinario de apelación que deberán interponer ante esta
representación legal dentro del plazo de cuarenta y ocho horas siguientes a la
fecha de la última notificación a las partes, el de recurso será de
conocimiento de la Presidencia Ejecutiva de esta institución, en el entendido
que hacerlo fuera de dicho término el recurso deviene en inadmisible.
Expediente: OLHN-00010-2020.—Licda. Ana Julieta Hernández Issa El Khoury, Órgano Director del
Procedimiento.—O.C. N° 10203-202.—Solicitud N° 336684.—( IN2022632963 ).
A la señora
Fátima de Los Ángeles Briones Velásquez se le comunica la resolución de las
catorce horas con quince minutos del tres de febrero de dos mil veintidós que
ordena mantener el Proceso Especial de Protección en Sede Administrativa y
Dictado de Protección de Abrigo Temporal en beneficio de la Persona Menor de
edad D.T.B. Notifíquese:
La anterior resolución a las partes interesadas, a quienes se les advierte que
deberán señalar lugar para recibir sus notificaciones el cual debe ser viable
pues se intentará la comunicación en cinco oportunidades y en caso de estar
ocupado, desconectado o sin papel a la quinta vez, se consignará así en el expediente
y se tendrán por notificadas las resoluciones veinticuatro horas después de
dictadas. Se les hace saber, además que contra la presente resolución procede
el recurso ordinario de apelación, que deberán interponer ante está
Representación Legal dentro del plazo de cuarenta y ocho horas siguientes a la
fecha de la última notificación a las partes, el recurso será de conocimiento
de la Presidencia Ejecutiva de esta institución, en el entendido que hacerlo
fuera de dicho termino el recurso deviene en inadmisible. Expediente
administrativo OLT-00003-2022.—Oficina Local de Tibás.—Licda. Roxana Hernández
Ballestero, Representante Legal. Órgano Director del Procedimiento Administrativo.—O. C. N°
10203-202.—Solicitud N° 336553.—( IN2022632964 ).
Al señor: Witson
Mena Chinchilla, mayor, costarricense, divorciado una vez, portador de la cédula de identidad número
602800173, se le comunica la Resolución Administrativa de las doce horas del
veintiuno de marzo del año dos mil veintidós. Mediante la cual se resuelve: Resolución
Final- Se Archiva Proceso Especial de Protección. En favor de la persona menor
de edad: W.A.M.P. Se le confiere audiencia al señor: Witson Mena Chinchilla,
por tres días hábiles, para que presente los alegatos de su interés y ofrezca
las pruebas que estime necesarias y se les advierte que tienen derecho a
hacerse asesorar y representar por abogados y
técnicos de su elección, así como a consultar el expediente en días y horas
hábiles, se hace la salvedad que para obtener el expediente administrativo
deberán presentar llave maya o CD, lo anterior porque el expediente es digital
y se cuenta con el horario de siete con treinta minutos y hasta las once horas
con treinta minutos en días hábiles, el cual permanecerá a su disposición en
esta Oficina Local, ubicada en Golfito, barrio Alamedas, contiguo a los
Tribunales de Justicia, Oficina de dos plantas. Expediente
administrativo número OLGO-00022-2014.—Oficina Local de Golfito.—Licda. Hellen
Agüero Torres, Representante Legal.—O. C. N° 10203-202.—Solicitud N° 336551.—(
IN2022632965 ).
Al señor:
Johusan Steven Trejos Ortega, mayor, portador de la cédula de identidad N°
604390607, costarricense, estado civil: soltero, domicilio desconocido. Se le
comunica la resolución administrativa de las quince horas del dieciocho de
marzo del dos mil veintidós. Mediante la cual se resuelve: inicio del proceso
especial de protección en sede administrativa, dictado de medida de protección
al Instituto Mixto de Ayuda Social, en favor de la persona menor de edad:
J.S.T.H. Se le confiere audiencia al señor: Johusan Steven Trejos Ortega, por
tres días hábiles para que presente los alegatos de su interés y ofrezca las
pruebas que estime necesarias y se les advierte que tienen derecho a hacerse
asesorar y representar por abogados y técnicos de su elección, así como a
consultar el expediente en días y horas hábiles, se hace la salvedad que para
obtener el expediente administrativo deberán presentar llave maya o CD, lo
anterior porque el expediente es digital y se cuenta con el horario de siete
con treinta minutos y hasta las once horas con treinta minutos en días hábiles,
el cual permanecerá a su disposición en esta Oficina Local, ubicada en Golfito,
Barrio Alamedas, contiguo a los Tribunales de Justica, oficina de dos plantas.
Expediente administrativo N° OLGO-00293-2020.—Oficina Local de
Golfito.—Licda. Hellen Agüero Torres, Representante Legal.—O. C. N°
10203-202.—Solicitud N° 336549.—( IN2022632967 ).
Al señor:
Javier Cruz Manzanares, mayor, portador de la cédula de identidad N° 602580698,
costarricense, estado civil: soltero, domicilio desconocido. Se le comunica la
Resolución Administrativa de las quince horas del dieciocho de marzo del dos
mil veintidós, mediante la cual se resuelve: inicio del proceso especial de
protección en sede administrativa, dictado de medida de protección al Instituto
Mixto de Ayuda Social. En favor de la persona menor de edad: A.S.C.H y otros.
Se le confiere audiencia al señor: Javier Cruz Manzanares, por tres días
hábiles para que presente los alegatos de su interés y ofrezca las pruebas que
estime necesarias y se les advierte que tienen derecho a hacerse asesorar y
representar por abogados y técnicos de su elección, así como a consultar el
expediente en días y horas hábiles se hace la salvedad que para obtener el
expediente administrativo deberán presentar llave maya o CD, lo anterior porque
el expediente es digital y se cuenta con el horario de siete con treinta
minutos y hasta las once horas con treinta minutos en días hábiles, el cual
permanecerá a su disposición en esta oficina local, ubicada en Golfito, barrio
Alamedas, contiguo a los Tribunales de Justica, oficina de dos plantas.
Expediente administrativo N° OLGO-00293-2020.—Oficina Local de
Golfito.—Licda. Hellen Agüero Torres, Representante Legal.—O. C. N°
10203-202.—Solicitud N° 336548.—( IN2022632970 ).
A la señora:
Jasmín González Matarrita, cédula de
identidad N° 1-1541-0181, se le comunica la resolución de las 08:55 horas del
07 de marzo del 2022, dictada por la Oficina Local San José Oeste del Patronato
Nacional de la Infancia, que corresponde a la resolución mediante la cual, se
dicta la medida de protección
cautelar de abrigo temporal en favor de la
persona menor de edad G.J.G.M. Se le confiere audiencia a la señora: Jasmín González Matarrita, por
tres días hábiles para que presente los alegatos de su interés, y ofrezca las
pruebas que estime necesarias, y se le advierte que tiene derecho a hacerse
asesorar y representar por abogados y técnicos de su elección, así como
consultar el expediente en días y horas hábiles, el cual permanecerá a su
disposición en
esta oficina local de San José Oeste, ubicada en ubicado en San José, distrito
Hospital, calle 14, entre avenidas 6 y 8, contiguo al parqueo del Hospital
Metropolitano, del costado suroeste del Parque de La Merced, 150 metros al sur.
Así mismo se le hace saber que Deberá señalar lugar conocido o número de
facsímil para recibir sus notificaciones, en el entendido que de no hacerlo, o
si el lugar señalado fuere impreciso, inexacto o llegare a desaparecer, o si el
medio electrónico seleccionado fuere defectuoso, estuviere desconectado, sin
suficiente provisión de papel o por cualquier otro modo no imputable a esta
institución se interrumpiere la comunicación, las resoluciones futuras quedarán
firmes 24 horas después de dictadas, conforme la Ley de Notificaciones
Judiciales. Se le hace saber, además, que contra la indicada resolución procede
recurso de apelación para ante la Presidencia Ejecutiva de esta institución, el
cual deberán interponer ante esta Representación Legal dentro de las 48 horas
siguientes, contadas a partir del día hábil inmediato siguiente a la fecha de
publicación del tercer aviso en el Diario Oficial, en el entendido que hacerlo
fuera de dicho término el recurso deviene en inadmisible (artículo 139 del
Código de la Niñez y la Adolescencia). Expediente N° OLSJO-00019-2022.—Oficina
Local de San José Oeste.—Lic. Ángel
Alberto Lopez Brenes, Representante Legal.—O. C. N° 10203-202.—Solicitud N°
336547.—( IN2022632971 ).
PUBLICACIÓN DE PRIMERA VEZ
A Tania Pichardo Mejía y Humberto Monzón Pichardo,
mayores, de nacionalidad nicaragüense, demás calidades desconocidas se le
comunica la resolución de las 11:35 minutos del 18 de marzo del dos mil
veintidós mediante la cual se le informa que se dio inicio a proceso especial
de protección mediante el cual se le suspende el cuido de su hijo E.M.P dicho
proceso es de carácter obligatorio de conformidad con el Código de Niñez y
Adolescencia. Asimismo, se concede audiencia a las partes interesadas dentro
del término de cinco días posteriores a la notificación de este edicto para ser
escuchadas explicar la resolución y recibir prueba que deseen aportar dentro
del proceso. Se le advierte que deberá señalar lugar o un fax o correo
electrónico donde recibir notificaciones. Contra la presente resolución procede
únicamente el Recurso Ordinario de Apelación que deberá interponerse ante esta
Representación Legal dentro de las cuarenta y ocho horas hábiles después de
notificada la presente resolución, Recurso que será resuelto por la Presidencia
Ejecutiva de la entidad. Se previene a las partes involucradas en el Procesos
que les asiste todo el derecho de hacerse asesorar o representar por un
profesional en derecho, así como tener acceso al expediente administrativo para
el estudio, revisión o fotocopias. Expediente: OLSP-00042-2022.—Oficina Local
PANI-San Pablo de Heredia.—Licda. Indiahlay Castillo Hurtado, Representante
Legal.—O. C. N° 10203-202.—Solicitud N° 336907.—( IN2022633228 ).
A María del Milagro Quesada Gómez, mayor, costarricense,
documento de identidad N° 401960446 y Carlos Pineda Herrera, mayor,
costarricense, documento de identidad N° 402400079, demás calidades
desconocidas se le comunica la resolución de las 08:35 minutos del 16 de marzo
del dos mil veintidós mediante la cual se le informa que se dio inicio a
proceso especial de protección mediante el cual se le suspende el cuido de su
hijo J.C.P.Q por especio de seis meses, dicho proceso es de carácter
obligatorio de conformidad con el código de niñez y adolescencia. Asimismo, se
concede audiencia a las partes interesadas dentro del término de cinco días
posteriores a la notificación de este edicto para ser escuchadas explicar la
resolución y recibir prueba que deseen aportar dentro del proceso. Se le
advierte que deberá señalar lugar o un fax o correo electrónico donde recibir
notificaciones. Contra la presente resolución procede únicamente el recurso
ordinario de apelación que deberá interponerse ante esta representación legal
dentro de las cuarenta y ocho horas hábiles después de notificada la presente
resolución, recurso que será resuelto por la Presidencia Ejecutiva de la
entidad. Se previene a las partes involucradas en el Procesos que les asiste
todo el derecho de hacerse asesorar o representar por un profesional en
derecho, así como tener acceso al expediente administrativo para el estudio,
revisión o fotocopias, expediente N°
OLHN-00379-2015.—Oficina
Local PANI-San Pablo de Heredia.—Licda. Indiahlay Castillo Hurtado,
Representante Legal.—O.C. Nº 10203-202.—Solicitud Nº 336909.—( IN2022633233 ).
Al señor
Heriberto Abraham Cabrera Jiménez, titular de la cédula de identidad número
602110566, sin más datos, se le comunica la resolución de las 13:02 horas del
22/03/2022 donde se Dicta resolución de archivo medida de Orientación, Apoyo y
Seguimiento de conocimiento, en favor de la persona menor de edad Y.C.H Y
R.S.H.A. Se le confiere audiencia Al señor Heriberto Abraham Cabrera Jiménez
por cinco días hábiles, para que presente los alegatos de su interés, y ofrezca
las pruebas que estime necesarias, y se le advierte que tiene derecho a hacerse
asesorar y representar por abogados y técnicos
de su elección, así como consultar el expediente en días y horas hábiles, se le
hace la salvedad que para fotocopiar el expediente administrativo se cuenta con
el horario de siete horas con treinta minutos y hasta las dieciséis horas en
días hábiles, el cual permanecerá a su disposición en esta Oficina Local,
ubicada en Puntarenas, Cantón Osa, Distrito Puerto Cortes, sita Ciudad Cortes,
75 metros norte de la pulpería Cinco Esquinas. Expediente
OLOS-00154-2016.—Oficina Local Osa.—Lic. Olman Méndez Cortes, Representante
Legal.—O. C Nº Nº10203-202.—Solicitud Nº 336914.—( IN2022633236 ).
A la señora
Jocselyn Paola Jiménez
Jiménez,
número de identificación N° 116030959 de oficio y domicilio desconocido, se le
comunica resolución administrativa de las 14 horas del 22 de marzo del año
2022, que revoca y deja sin efecto medida cautelar de cuido provisional en
familia sustituta de las 7 horas del 30 minutos del 03 de marzo del año 2022 y
en su lugar se ordena que la persona menor de edad K.A.J. retorne bajo
autoridad parental de su progenitor Gerardo Arnoldo Alfaro Solano. Garantía de
defensa: se informa que tienen derecho a hacerse asesorar y representar por
abogados y técnicos de su elección, así como consultar el expediente en días y
horas hábiles, el cual permanecerá a su disposición en esta oficina local,
ubicada Guanacaste, Cañas del Banco Popular 250 metros norte, casa celeste con
blanco a mano derecha. Se le advierte que deber señalar lugar conocido para
recibir sus notificaciones, o bien, señalar número de facsímile para recibir
aquellas notificaciones que pudieren practicarse por ese medio, en el entendido
que de no hacerlo, o si el lugar señalado fuere impreciso, inexacto o llegare a
desaparecer, o si el medio seleccionado fuere defectuoso, estuviere
desconectado, sin suficiente provisión de papel o por cualquier otro modo no
imputable a esta institución se interrumpiere la comunicación, las
notificaciones futuras se realizaran por edicto. Recursos: se le hace saber,
además, que contra la presente resolución procede el recurso de apelación, que
deberán interponer ante esta Representación Legal dentro del plazo de cuarenta
y ocho horas siguientes a la fecha de la última notificación a las partes,
siendo competencia de la Presidencia Ejecutiva de esta institución, en el
entendido que hacerlo fuera de dicho término el recurso deviene en inadmisible.
(Artículo 139 del Código de la Niñez y Adolescencia). La presentación del
recurso de apelación, no suspenderá la aplicación del acto recurrido,
expediente Nº OLHN-00626-2014.—Oficina Local Cañas.—Licda. Johanna Matamoros Miranda,
Representante Legal.—O.C. Nº 10203-202.—Solicitud Nº 337179.—( IN2022633559 ).
A Sergio Iván Ortiz Chancy, persona menor
de edad: M.O.P, se le comunica la resolución de las trece horas cinco minutos
del diecinueve de marzo del año dos mil veintidós donde se resuelve: otorgar
proceso especial de protección: medida de abrigo temporal de la persona menor
de edad en alternativa de protección, por un plazo de un mes, así como la
resolución que se convoca a la audiencia el próximo treinta de marzo del año dos
mil veintidós a las nueve horas. Notificaciones. Se le previene a la parte
señalar casa, oficina o lugar, donde atender notificaciones, en el caso de no
hacerlo, las resoluciones posteriores se tendrán por notificadas veinticuatro
horas después de dictadas. Garantía de defensa: se les informa a la
partes, que es su derecho hacerse asesorar o representar por un profesional en
derecho de su elección, así como a tener acceso en la Oficina Local dentro de
horas hábiles al estudio y revisión del expediente administrativo. Recursos: se
le hace saber a las partes, que contra esta resolución procede el recurso de
apelación, el que deberá interponerse ante este despacho, en forma verbal o por
escrito dentro de las cuarenta y ocho horas, posteriores a la notificación,
resolviendo dicho recurso la Presidencia Ejecutiva de la entidad, ubicada en
San José, Barrio Luján,
en horas hábiles de las siete a las quince y treinta horas. Para tal efecto
pueden ofrecer, además, las pruebas que consideren pertinentes (Art 139 del
Código de la Niñez y la Adolescencia). Dicho recurso será inadmisible si es
presentado pasado el plazo indicado. La presentación del recurso de apelación,
no suspenderá la aplicación del acto recurrido, expediente N°
OLCA-00170-2021.—Oficina Local de Pavas.—Lic. Manuel Arroyo García, Órgano
Director del Procedimiento.—O.C. Nº 10203-202.—Solicitud Nº 337183.—(
IN2022633568 ).
A Margarita
Pérez Medrano, persona menor de edad: M.O.P, se le comunica la resolución de
las trece horas cinco minutos del diecinueve de marzo del año dos mil veintidós
donde se resuelve: otorgar proceso especial de protección: medida de abrigo
temporal de la persona menor de edad en alternativa de protección, por un plazo
de un mes, así como la resolución que se convoca a la audiencia el próximo
treinta de marzo del año dos mil veintidós a las nueve horas. Notificaciones.
Se le previene a la parte señalar casa, oficina o lugar, donde atender
notificaciones, en el caso de no hacerlo, las resoluciones posteriores se
tendrán por notificadas veinticuatro horas después de dictadas. Garantía de defensa: se les informa
a la partes, que es su derecho hacerse asesorar o representar por un
profesional en derecho de su elección, así como a tener acceso en la Oficina
Local dentro de horas hábiles al estudio y revisión del expediente
administrativo. Recursos: se le hace saber a las partes, que contra esta
resolución procede el recurso de apelación, el que deberá interponerse ante
este despacho, en forma verbal o por escrito dentro de las cuarenta y ocho
horas, posteriores a la notificación, resolviendo dicho recurso la Presidencia
Ejecutiva de la entidad, ubicada en San José, Barrio Luján, en horas hábiles de las
siete a las quince y treinta horas. Para tal efecto pueden ofrecer, además, las
pruebas que consideren pertinentes (Art 139 del Código de la Niñez y la
Adolescencia). Dicho recurso será inadmisible si es presentado pasado el plazo
indicado. La presentación del recurso de apelación, no suspenderá la aplicación
del acto recurrido, expediente N°
OLCA-00170-2021.—Oficina
Local de Pavas.—Lic. Manuel Arroyo García, Órgano Director del
Procedimiento.—O.C. Nº 10203-202.—Solicitud Nº 337184.—( IN2022633570 ).
A Jason Gerardo Badilla Cantillano, cédula N°
503620503, se le comunica que se tramita en esta Oficina Local,
proceso especial de protección en favor de G.M.O.S. y J.F.B.S. y que mediante
la resolución de las 15:00 horas del 22 de marzo del 2022, se resuelve: I.- Se
dicta y mantiene el cuido provisional ordenado en la resolución de las 16 horas
del 2 de marzo del 2022 de las personas menores de edad, por el plazo indicado
en la presente resolución. Igualmente se mantiene lo dispuesto en la resolución
de las 16 horas del 2 de marzo del 2022, en lo no modificado por la presente
resolución. La medida de cuido provisional tendrá una vigencia de tres meses y
terminado el plazo indicado se continuará con la medida de orientación, apoyo y
seguimiento, hasta completar el plazo de seis meses. Como se indicó, esta
representación mantiene la medida de cuido provisional por espacio de tres
meses, tiempo prudencial, para que los progenitores puedan adherirse a los
procesos a los que se le remite, y dar signos de que efectivamente esas
situaciones no se volverán a presentar, siendo que en caso de que no se vuelvan
a dar situaciones como las que generaron la intervención institucional y siendo
que las personas menores de edad indican su anhelo de retornar a su hogar,
entonces luego del término
de los tres meses, sin que se hayan presentado nuevas denuncias o situaciones
violatorias a los derechos de las personas menores de edad, entonces el proceso
especial de protección, se seguirá con medida de orientación, hasta completar
el lapso de seis meses, debiendo la profesional de seguimiento institucional a
cargo del presente expediente, proceder a dar el seguimiento respectivo a la
situación de las personas menores de edad, a fin de verificar que las mismas se
encuentran en un ambiente apto y contenedor para las mismas, debiendo presentar
el informe respectivo, la profesional de seguimiento. Las personas menores de
edad se mantendrán en el siguiente recurso de ubicación, así: en el recurso de
ubicación de su abuelo materno el señor César Solano Masís y la señora Azucena
Barahona. II.- La presente medida de protección de cuido provisional tiene una
vigencia de hasta tres meses contados a partir del primero de marzo del dos mil
veintidós
y con fecha de vencimiento primero de junio del dos mil veintidós, esto en tanto no se
modifique en vía judicial o administrativa. Por su parte se dicta
conjuntamente, medida de orientación apoyo y seguimiento por espacio de seis
meses, como se indicó anteriormente. La presente medida de protección de
orientación, apoyo y seguimiento familiar tiene una vigencia de hasta seis
meses contados a partir del primero de marzo del dos mil veintidós y con fecha de vencimiento
primero de setiembre del dos mil veintidós, esto en tanto no se
modifique en vía judicial o administrativa. III.- Procédase a dar el respectivo
seguimiento. IV.- Se le ordena a Eusebio Ferlini Barrios y Heypol Milena Rodríguez Blanco, que deben
someterse a la orientación, apoyo y seguimiento a la familia, que le brindará
esta institución en el tiempo y forma que se les indique. V.- Se le ordena a
Verny César
Ordóñez Guzmán
y Gabriela María
Solano Cruz, la inclusión a un programa oficial o comunitario de auxilio a la
familia de escuela para padres o academia de crianza. VI.- Interrelación familiar supervisada de los
progenitores: se dicta medida de interrelación familiar supervisada por
parte de los progenitores a las personas menores de edad, tres veces por
Semana. Siendo la interrelación familiar un derecho de las personas menores de
edad, se autoriza el mismo a favor de los progenitores en forma supervisada
tres días por
semana y en
común acuerdo
con la parte cuidadora, y siempre y cuando
no entorpezca en cualquier grado, la formación integral de las personas menores
de edad, y que los progenitores no realicen conflicto en el hogar de las
personas cuidadoras; y siempre y cuando las personas menores de edad lo
quieran. Por lo que deberán coordinar respecto de las personas menores de edad
indicadas con las personas cuidadoras nombradas, lo pertinente al mismo y
quienes como encargadas de las personas menores de edad bajo su cuidado, deberán
velar por la integridad de las personas menores de edad, durante la
interrelación familiar. Se deberá tomar en cuenta para efectos de la
interrelación los horarios laborales respectivos –tanto de las personas
cuidadoras como de los progenitores, así como los horarios lectivos de las
personas menores de edad, a fin de no menoscabar el derecho de interrelación
respectivo, pero tampoco el derecho de educación de las personas menores de
edad. Igualmente, la parte cuidadora y los progenitores, previo acuerdo, podrán
variar el sitio donde se realizará la interrelación, a fin de que las personas
menores de edad se sientan cómodas y tranquilas y puedan disfrutar de otros
sitios de esparcimiento, sin embargo, dicha interrelación en cualquier otro sitio,
deberá realizarse
igualmente de forma supervisada. Se apercibe a los progenitores, que en el
momento de realizar la interrelación familiar a las personas menores de edad,
deberán evitar conflictos que puedan afectar el derecho de integridad y
desarrollo integral de las personas menores de edad. VII.- Medida de atención
psicológica a las personas menores de edad: se ordena a las personas cuidadoras
nombradas, insertar en valoración y tratamiento psicológico a las personas
menores de edad. VIII.- Se le apercibe a los progenitores que deberán cumplir y
coordinar lo respectivo a sus obligaciones parentales con las respectivas
personas cuidadoras, en cuanto a aportar económicamente para la manutención de
las personas menores de edad IX.- Se le apercibe a los progenitores, que
deberán abstenerse de exponer a las personas menores de edad, a situaciones de
riesgo, debiendo aprender a controlar sus impulsos, debiendo abstenerse de
exponer a las personas menores de edad a violencia intrafamiliar, agresión
verbal, emocional o física, y que deberán abstenerse de ejecutar castigo
físico, agresión verbal y/o emocional como medida de corrección disciplinaria.
Se les apercibe a que no pueden exponer a las personas menores de edad a
situaciones de agresión física o emocional, ni violencia intrafamiliar, ni en
general situaciones que menoscaben su derecho de integridad. X.- Se le apercibe
a los progenitores que cuando retornen las personas menores de edad a su hogar,
bajo ninguna circunstancia podrán permitir la presencia de la tía Yerlin y su
ingesta de alcohol en el hogar ni en ningún otro lado en las que puedan estar
expuestas las personas menores de edad. Igualmente se le apercibe a los
progenitores que bajo ninguna situación, deberán ingerir alcohol en presencia
de las personas menores de edad. XI.- Medida de IAFA: se ordena a los
progenitores Verny César
Ordóñez Guzmán
y Gabriela María
Solano Cruz insertarse en valoración y tratamiento que al efecto tenga el IAFA.
XII.- Medida cautelar de WEM: se ordena al progenitor Verny César Ordóñez
Guzmán,
insertarse en valoración y tratamiento que al efecto tenga el Instituto WEM.
XIII.- Medida de atención psicológica: se ordena al progenitor Verny César Ordóñez
Guzmán,
insertarse en valoración y tratamiento psicológico que al efecto tenga la Caja
Costarricense de Seguro Social, o algún otro de su escogecia, XIV.- Medida de
INAMU: se ordena a la progenitora Gabriela María Solano Cruz, insertarse en
valoración y tratamiento que al efecto tenga el INAMU. XV.- Se les informa a
los progenitores para efectos de organización interna, que la eventual
profesional de seguimiento, sería la Licda. Guisella Sosa, o la persona que la
sustituya. Igualmente se les informa, que se otorgaron las siguientes citas de
seguimiento –conforme disponibilidad de agenda- que se llevaran a cabo en esta
Oficina Local, para atender a los progenitores, las personas cuidadoras y las
personas menor es de edad, en las fechas que se indican: -Miércoles 18 de mayo
del 2022 a las 10:00 a.m. -Miércoles 10 de agosto del 2022 a las 8:00 a.m.
XVI.- En otro orden de ideas, visto el recurso de apelación interpuesto por los
progenitores se dispone elevar el recurso de apelación interpuesto y siendo que
los recursos de apelación son de conocimiento de la Presidencia Ejecutiva, se
procede a elevar el recurso de apelación visible a folios 75 al 79 del
expediente administrativo a la Presidencia Ejecutiva. En consecuencia, se eleva
el expediente a la Presidencia Ejecutiva para que conozca el recurso de
apelación presentado. Se emplaza a las partes, para que en el término de tres
días hábiles se presenten ante el superior Presidencia Ejecutiva, a hacer valer
sus derechos, en horas hábiles de 7:30 horas a las 16:00 horas, y señalen casa
u oficina o medio donde recibir notificaciones de alzada, dentro del perímetro
de un kilómetro a la redonda de la Presidencia Ejecutiva en el caso de
señalamiento de casa u oficina. Igualmente pueden establecer correo electrónico
o fax para recibir notificaciones. Se le hace saber a la parte recurrente, que
la interposición del recurso de apelación, no suspende el acto administrativo
dictado en este caso. Ahora bien, siendo que en el presente caso, ya hubo
modificación parcial de la resolución inicial y lo cual tiene relación a lo
apelado, se le apercibe a la parte recurrente, manifestar por escrito firmado
por ambos progenitores, en el plazo de un día hábil si desiste de dicho recurso
de apelación. Garantía
de defensa y audiencia: se previene a las partes involucradas en el presente Proceso, que les asiste todo el derecho de hacerse
asesorar o representar por un profesional en derecho, aunque para apersonarse
al proceso no requieren la participación obligatoria de un abogado; así mismo
se les previene que tienen derecho a tener acceso al expediente administrativo
para el estudio, revisión y/o fotocopias. Notifíquese la presente resolución,
con la advertencia a las partes de que deben señalar lugar dentro del perímetro
de un kilómetro a la redonda de esta oficina local, fax o correo electrónico
donde recibir notificaciones, con la advertencia de que, en caso de no
hacerlo o si el lugar fuera inexacto, impreciso, o llegara a desaparecer o el
medio seleccionado fuera defectuoso, estuviera desconectado, sin suficiente
provisión de papel o por cualquier otro modo no imputable a esta institución se interrumpiera la comunicación,
las resoluciones futuras quedarán notificadas veinticuatro horas después
de ser dictadas. En contra de la presente
resolución procede únicamente el recurso ordinario de apelación que deberá
interponerse ante esta Representación Legal dentro de las 48 horas siguientes a
la notificación de la presente resolución, Recurso que será resuelto por la
Presidencia Ejecutiva de la entidad. Se le hace saber a las partes, que la
interposición del recurso de apelación, no suspende la medida de protección
dictada, expediente Nº OLLU-00086-2022.—Oficina Local de La Unión.—Licda. Karla López Silva, Representante Legal.—O.C. Nº
10203-202.—Solicitud Nº 337182.—( IN2022633572 ).
Al señor Jonathan Jeudi Oreamuno Fallas, titular de la cédula de
identidad número 603390063, sin más datos, se le comunica la resolución de las
12:41 horas del 21/03/2022 donde se dicta Resolución Administrativa
Orientación, Apoyo y Seguimiento de conocimiento, en favor de la persona menor
de edad J.O P. Se le confiere audiencia al señor Jonathan Jeudi Oreamuno Fallas
por cinco días hábiles, para que presente los alegatos de su interés, y ofrezca
las pruebas que estime necesarias, y se le advierte que tiene derecho a hacerse
asesorar y representar por abogados y técnicos de su elección, así como
consultar el expediente en días y horas hábiles, se le hace la salvedad que
para fotocopiar el expediente administrativo se cuenta con el horario de siete
horas con treinta minutos y hasta las dieciséis horas en días hábiles, el cual
permanecerá a su disposición en esta Oficina Local, ubicada en Puntarenas,
cantón Osa, distrito Puerto Cortés, sita
Ciudad Cortés, 75 metros norte
de la pulpería Cinco Esquinas, expediente N° OLOS-00197-2016.—Oficina Local
Osa.—Lic. Olman Méndez Cortés, Representante Legal.—O.C. Nº 10203-202.—Solicitud Nº
337189.—( IN2022633573 ).
A los señores
Jorlene Salvadora Zelaya Reyes, de nacionalidad nicaragüense, con pasaporte
número CO dos dos nueve uno ocho nueve cinco, y al señor Maycol Noel Castillo
Carrasco, de nacionalidad costarricense, de calidades desconocidas se les
comunica la resolución de las nueve horas con treinta minutos del veintitrés de
marzo de dos mil veintidós, dictada por la Oficina Local de Alajuela, mediante
la cual “Corríjase
Error Material de la resolución de las ocho horas cuarenta y un minutos del
veintitrés de marzo de dos mil veintiuno en el tanto el nombre de la
progenitora de la persona menor de edad M.Y.C.Z es Jorlene Salvadora Zelaya Reyes.
Notifíquese la presente resolución administrativa a los interesados por medio
de edicto con la advertencia de que tienen que señalar casa u oficina dentro de
la competencia territorial de esta Oficina Local para atender notificaciones,
en el entendido de que si no lo hacen las resoluciones posteriores se tendrán
por notificadas dentro de las próximas veinticuatro horas después de ser
dictadas. Se advierte a los interesados que contra esta resolución procede el
recurso de apelación que deberá interponerse dentro del plazo de cuarenta y
ocho horas siguientes a la notificación, lo cual se podrá hacer de forma verbal
o por escrito; dicho recurso será resuelto por la Presidencia Ejecutiva del
Patronato Nacional de la Infancia, cuya sede es en San José. Notifíquese. En
sustitución por la Oficina Local de Alajuela, N° OLAO-00379-2018.—MSC. Suheylin
Campos Carrillo, Representante Legal.—O.C. Nº 10203-202.—Solicitud Nº 337193.—(
IN2022633574 ).
A la señora
Jorlene Salvadora Zelaya Reyes, de nacionalidad nicaragüense, con pasaporte
número CO dos dos nueve uno ocho nueve cinco, se les comunica la resolución de
las ocho horas y cuarenta y un minutos del veintitrés de marzo de dos mil
veintidós, dictada por la Oficina Local de Alajuela, mediante la cual “Se
ordena revocar medida de inclusión a Programa de Auxilio a favor de la persona
menor de edad M.Y.C.Z , en el ámbito formativo-educativo, socio terapéutico y
psicopedagógico del Programa Socio Educativo Formativo y de Residencia
Transitoria de la Asociación al Niño con Cariño. Se ordena el archivo del
presente proceso administrativo y expediente N° OLAO-00379-2018, debido a que
la persona menor de edad se encuentra en Nicaragua, bajo autoridad parental y
no se tiene previsto o bien definido fecha de retorno al país o bien si lo van
a hacer”. Se advierte a los interesados que contra esta resolución procede el
recurso de apelación que deberá interponerse dentro del plazo de cuarenta y
ocho horas siguientes a la notificación, lo cual se podrá hacer de forma verbal
o por escrito; dicho recurso será resuelto por la Presidencia Ejecutiva del
Patronato Nacional de la Infancia, cuya sede es en San José. Notifíquese. En
sustitución por la Oficina Local de Alajuela, N° OLAO-00379-2018.—MSC. Suheylin
Campos Carrillo, Representante Legal.—O.C. Nº 10203-202.—Solicitud Nº 337195.—(
IN2022633581 ).
Al señor Luis
Armando Sandoval Quirós, costarricense, número de identificación 115280512, se
desconocen otros datos, se le notifica la resolución de las 08:08 del 10 de
agosto del 2021 en la cual la oficina local San José Este del PANI dicta medida
de protección de abrigo temporal en el expediente administrativo de la persona
menor de edad Y.D.T.D. Se le confiere audiencia a las partes por tres días
hábiles, para que presente los alegatos de su interés y ofrezca las pruebas que
estime necesarias, y se le advierte que tiene derecho a hacerse asesorar y
representar por abogados y técnicos de su elección, así como consultar el
expediente en días y horas hábiles. Se advierte a la parte que se debe señalar
lugar o medio para atender notificaciones futuras, bajo el apercibimiento de
que, si no lo hiciere, las resoluciones posteriores se le tendrán por
notificadas con el transcurso de veinticuatro horas. Notifíquese, expediente Nº
OLSJE-00095-2018.—Oficina Local San José Este.—Licda. Sara Cárdenas
Rodríguez, Representante Legal.—O.C. Nº 10203-202.—Solicitud Nº 337185.—(
IN2022633586 ).
Al señor Maycol
Noel Castillo Carrasco, de nacionalidad nicaragüense, de calidades
desconocidas, se le comunica la resolución de las ocho horas y cuarenta y un
minutos del veintitrés de marzo de dos mil veintidós, dictada por la Oficina
Local de Alajuela, mediante la cual “Se ordena revocar medida de inclusión a
programa de auxilio a favor de la persona menor de edad M.Y.C.Z, en el ámbito
Formativo-Educativo, Socio Terapéutico y Psicopedagógico del programa socio
educativo formativo y de residencia transitoria de la Asociación al Niño con
Cariño. Se ordena el archivo del presente proceso administrativo y expediente
N° OLAO-00379-2018, debido a que la persona menor de edad se encuentra en
Nicaragua, bajo autoridad parental y no se
tiene previsto o bien definido fecha de retorno al país o bien si lo van
hacer”. Se advierte a los interesados que contra esta resolución procede el
recurso de apelación que deberá interponerse dentro del plazo de cuarenta y
ocho horas siguientes a la notificación, lo cual se podrá hacer de forma verbal
o por escrito; dicho recurso será resuelto por la Presidencia Ejecutiva del
Patronato Nacional de la Infancia, cuya sede es en San José. Notifíquese. En
sustitución por la Oficina Local de
Alajuela, N° OLAO-00379-2018.—MSC. Suheylin
Campos Carrillo, Representante Legal.—O.C. Nº 10203-202.—Solicitud Nº 337196.—(
IN2022633590 ).
Al señor Guillermo Antonio Jiménez Lizano, costarricense, número de identificación N°
205360640. Se le comunica la resolución de las 12 horas 30 minutos del 31 de
diciembre del 2021 y la de las 10 horas 25 minutos del 21 de enero del 2022,
mediante la cual se resuelve la resolución de medida cautelar de cuido
provisional de las personas menores de edad M. F. J. A y A. K. J. A y
resolución para mantener medidas de protección de cuido provisional de las
personas menores de edad M. F. J. A y A. K. J. A. Se le confiere audiencia al
señor Guillermo Antonio Jiménez Lizano por tres días hábiles, para que presente
los alegatos de su interés y ofrezca las pruebas que estime necesarias y se le
advierte que tiene derecho a hacerse asesorar y representar por abogados y
técnicos de su elección, así como consultar el expediente en días y horas
hábiles, y solicitar las copias del mismo, el cual permanecerá a su disposición
en esta oficina local, ubicada en Upala, trescientos metros este del Hospital,
N° OLSCA-00129-2013.—Oficina Local de Upala-Guatuso.—Licda. Milena Núñez Cruz,
Representante Legal.—O.C. Nº 10203-202.—Solicitud Nº 337198.—( IN2022633592 ).
DIRECCIÓN GENERAL DE ATENCIÓN AL USUARIO
AUDIENCIA PÚBLICA VIRTUAL
La
Autoridad Reguladora de los Servicios Públicos, de acuerdo con el
OF-0069-CDR-2022, convoca a audiencia pública virtual la propuesta que se
detalla a continuación:
Propuesta
de modificación parcial a la “metodología para fijación ordinaria de tarifas
para el servicio de transporte remunerado de personas, modalidad autobús”,
establecida mediante la resolución
RJD-035-2016 y sus reformas. Expediente IRM-001-2022
La
propuesta de modificación parcial se aplicará sobre la metodología para
fijación ordinaria para el servicio de transporte remunerado de personas,
modalidad autobús. Esta metodología se utiliza para atender las solicitudes de
fijación tarifaria ordinaria planteadas por parte de los prestadores del
servicio u otros actores facultados por el artículo 30 de la Ley Nº 7593, así
como para efectuar fijaciones tarifarias de oficio, por parte de la Aresep.
La
modificación parcial que se plantea busca incorporar ajustes en el mecanismo
del volumen mensual de pasajeros aproximado, basado en el esquema operativo
autorizado y la cantidad de pasajeros por carrera según la categoría de la ruta
/ ramal, de modo que sea posible considerar los efectos en la movilización de
pasajeros en este servicio debido a las directrices dictadas por el Consejo de
Transporte Público (CTP) como Ente Rector, así como las oportunidades de mejora
que se han detectado sobre este tema en los procesos de fijación tarifaria
ordinaria que ejecuta la Intendencia de Transporte. Adicionalmente, se identificó la necesidad de
establecer en forma expresa en los requisitos de admisibilidad, que los
operadores deben estar al día en sus obligaciones legales durante todo el
proceso de fijación tarifaria.
A partir de lo anterior se proponen las siguientes modificaciones:
I. Se modifica en la sección “4.7. 1.a.
Mecanismos para la determinación del volumen mensual de pasajeros” los
siguientes aspectos:
a) El plazo máximo para que la Aresep
tramite una nueva fijación tarifaria en la que se haya utilizado el mecanismo
de volumen mensual de pasajeros aproximado, de manera que pase de uno a tres
años.
b) El criterio de verificación de
consistencia lógica y técnica de los datos mensuales reportados para que la
información completa corresponda a que los datos se reporten todos los meses
para todos los ramales autorizados, dejando la posibilidad que por condiciones
particulares de la operación como por ejemplo que no se brinde el servicio un
día o se incluya flota de refuerzo sea impedimento para que esos datos sean
validables según los mecanismos dispuestos en la misma sección de la
metodología.
II. Se
adiciona a la sección “4.13.1.c) Requisitos de admisibilidad”,
el texto para que, en las solicitudes de fijación tarifaria presentadas por los
prestadores del servicio público, los operadores deben estar al día con sus
obligaciones legales durante todo el proceso de fijación tarifaria.
III. Se incorpora en la sección “4.13.2.b.
Procedimiento para determinar el volumen mensual de pasajeros aproximado según
la categoría del ramal / ruta y el esquema operativo autorizado” una regla adicional de modo que cuando sea necesario
utilizar el mecanismo de volumen mensual de pasajeros aproximado por ramal,
éste sea comparado con el volumen mensual de pasajeros de ese ramal que haya
sido reportado por el operador en el Sistema de Información Regulatoria (SIR),
durante el último año con respecto a la apertura de expediente tarifario, de
manera tal que en el cálculo tarifario se utilice el dato mayor entre
ambos.
NOTA: Esta propuesta se somete a audiencia pública
según lo establecido en el acuerdo de la Junta Directiva número 09-12-2022 de
la sesión ordinaria 12-2022, celebrada el 08 de marzo de 2022, ratificada el 15
de marzo del mismo año.
La
Audiencia Pública virtual (*) se realizará el jueves 28 de abril del 2022 a las
17 horas con 15 minutos (5:15 p.m.). por medio de la Plataforma Cisco
Webex. El enlace para participar en la
audiencia pública virtual es:
https://aresep.go.cr/participacion/audiencias/irm-001-2022
Los
interesados pueden presentar una posición a favor o en contra, indicando las
razones; por dos vías:
▪ De forma oral en la audiencia pública
virtual, registrándose hasta el miércoles 27 de abril 2022 a través de un
correo electrónico a la dirección:
consejero@aresep.go.cr indicando: nombre completo, número de cédula,
medio de notificaciones y número de teléfono, se debe adjuntar copia de su
cédula de identidad. El día de la audiencia se enviará un enlace al correo
electrónico registrado, para poder hacer uso de la palabra en la audiencia
virtual.
▪ Mediante
escrito firmado presentado en las oficinas de la Aresep en horario de 8:00 am a
4:00 pm; hasta el día y hora de inicio de la audiencia, por medio del fax
2215-6002 o del correo electrónico (**): consejero@aresep.go.cr
En ambos casos presentar fotocopia de la cédula
(personas físicas), correo electrónico, número de fax o dirección exacta para
notificaciones.
Las
personas jurídicas pueden participar por medio del representante legal
aportando una certificación de personería jurídica vigente.
Además,
se invita a una exposición explicativa y evacuación de dudas de la propuesta,
que se transmitirá el lunes 04 de abril del 2022 a las 17:00 horas (5:00 p.m.)
en el perfil de Facebook de la Aresep y al día siguiente la grabación de esta
estará disponible en la página www.aresep.go.cr. Las dudas o consultas por
escrito se recibirán hasta el lunes 18 de abril del 2022 al correo electrónico
consejero@aresep.go.cr, mismas que serán evacuadas a más tardar el miércoles 27
de abril de 2022.
Esta
audiencia pública se tramita bajo el expediente IRM-001-2022 y se puede
consultar en las instalaciones de la ARESEP en horario de 8:00 am a 4:00 pm o
descargando el expediente en la dirección electrónica: www.aresep.go.cr
participación ciudadana, consulte un expediente digital.
Para
asesorías e información adicional comuníquese con el Consejero del Usuario al
correo electrónico consejero@aresep.go.cr
o a la línea gratuita número 8000 273737.
(*)
Es necesario que la computadora o el teléfono inteligente con el que se conecte
tenga conexión constante a internet. En caso de problemas o dudas para
conectarse a la audiencia puede llamar al 2506-3200 extensión 1216. En la página web de Aresep, se encuentran los
instructivos que le ayudarán a conectarse a la audiencia.
(**)
La posición enviada por correo electrónico, debe estar suscrita mediante firma
digital o el documento con la firma debe ser escaneado y el tamaño no puede
exceder a 10,5 megabytes.
Gabriela Prado Rodríguez.—1 vez.—O.C. Nº 0822202210380.—
Solicitud Nº 337604.—( IN2022634015 ).
ADMINISTRACIÓN DE CAMPOSANTOS
Con fundamento en el Decreto
Ejecutivo N° 21384-S en su artículo 15, Reglamento para la Administración de
los Cementerios de la Junta de Protección Social de San José, publicado en La
Gaceta N° 143 del 28 de julio de 1992, así como oficio JPS AJ 453 de la
Licda. Mercia Estrada Zúñiga, abogada asesora jurídica con fecha 24 de mayo
2021 y la declaración jurada rendida ante el notario público Lic.
Fabián Quesada Mora, la Gerencia General, representada por
la Máster Marilin Solano Chinchilla, cédula N° 900910186, mayor, separada judicialmente, vecina de
Cartago, autoriza
acogiendo el criterio legal, el traspaso del derecho de arriendo del Cementerio
General, mausoleo 13, lado sur, línea tercera, cuadro 2 ampliación oeste,
propiedad 6432 inscrito al tomo 10, folio 467 al señor Marcelo Jiménez
Calderón, cédula N° 102470629.
Si en el plazo de quince días
a partir de la publicación del aviso, no hay oposición, se autoriza a la
Administración de Camposantos, para que comunique al interesado lo resuelto.
San
José, 29 de julio 2021.—Mileidy Jiménez Matamoros.— 1 vez.—( IN2022633447 ).
CARALCO S. A.
Caralco
S. A., cédula
jurídica N° 3-101-224074, convoca a asamblea general ordinaria y extraordinaria
de accionistas, a celebrar en su domicilio social a las 9 horas del día 11 de
abril de 2022, segunda convocatoria a las 10 horas de esa fecha. Agenda:
nombramientos de junta directiva, fiscal y agente residente.—San José, 24 de marzo de
2022.—Napoleón Echeverría
Alfaro, presidente de Caralco S. A..—Luis Paulino Sandi Angulo, albacea en
sucesión de Carmen Alfaro Cortés.—(
IN2022634244 ). 2
v. 1.
PUBLICACIÓN DE SEGUNDA VEZ
UNIVERSIDAD INTERACIONAL DE LAS AMÉRICAS
La Universidad Internacional
de Las Américas
hace constar que, ante la Oficina de Registro, se ha presentado por parte de la
señorita
Villafranca Salom Lyannette, cédula
de identidad uno cero ocho uno uno cero seis ocho cinco, la solicitud de
reposición
de su Título
de Bachillerato en Administración
de Empresas, emitido por esta Universidad, registrado en el libro de títulos bajo el Tomo 2, Folio
167, Asiento 1049 con fecha del 29 de
diciembre de 1993. La señorita Villafranca
Salom solicita la reposición del mismo por
haber extraviado el original. Se publica este edicto con el fin de escuchar
oposiciones a dicha reposición, dentro del término de 15 días hábiles a partir de la tercera publicación en el Diario Oficial La Gaceta. Se emite el
presente, a solicitud de la interesada, a los ocho días del mes de marzo del dos mil veintidós.—Doctor Máximo
Sequeira Alemán, Rector.—(
IN2022632756 ).
SOCIEDAD CENTRAL AZUCARERA TEMPISQUE S.A.
Núñez Arias Leonel, cédula
número 2-0388-0104, tramita por extravío, la reposición del título definitivo de Acciones
número 0001641 B, que ampara 10 acciones comunes y nominativas con un valor facial
Mil colones cada una de la Sociedad Central Azucarera Tempisque S.A. Quienes se
consideren afectados, podrán dirigir sus oposiciones a las oficinas de Central
Azucarera Tempisque S.A., situadas en Guardia, Liberia, Guanacaste, 6.5
kilómetros al oeste de la Escuela Pública de la localidad, dentro del plazo
indicado en el artículo 689 del Código de Comercio.—Leonel Núñez Arias.—(
IN2022633003 ).
PUBLICACIÓN DE PRIMERA VEZ
THE INTERPUBLIC GROUP OF COMPANIES INC
El suscrito: Robert (nombre)
Dobson (apellido), de un único apellido en razón de su nacionalidad
estadounidense, portador del pasaporte de su país N° 567228993, en su condición
de representante legal con suficientes facultades para este acto de la
sociedad: The Interpublic Group of Companies Inc., una compañía debidamente
organizada y existente de conformidad con las leyes del Estado de Delaware,
Estados Unidos de América, con número de identificación: 0288828, quien es
propietaria de la totalidad del capital social de Mccann Erickson
Centroamericana (Costa Rica) S. A., cédula jurídica N° 3-101-008431, informa
sobre el extravío de los Certificados de Acciones de dicha sociedad, los cuales
se repondrán en virtud del referido extravío y conforme al artículo 689 del
Código de Comercio. Sr. Robert Dobson, pasaporte N° 567228993; teléfono:
2201-3800. Nueva York.—Estados Unidos de América, 15 de febrero del 2022.—
Robert Dobson, Representante Legal.—( IN2022633156 ).
GAP INVERSIONISTAS S. A. DE C.V.
Ante esta Notaría, Jose
Ignacio García de la Paz, portador del pasaporte mexicano número G 36383976,
solicita la transferencia del nombre comercial bajo el número de registro
185736 de la marca “TODO PARA SUS PIES” a la sociedad GAP Inversionistas S. A.
de C.V., domiciliada en México, representada por Jose Ignacio García de la Paz
Regalado, portador del pasaporte mexicano número G 05681454; se cita a los
acreedores e interesados para que se presenten a hacer valer sus derechos
dentro del término de quince días a partir de la primera publicación.—San José,
22 de marzo de 2022.—Víctor Hugo Fernández Mora.—( IN2022633271 ).
UNIVERSIDAD CASTRO CARAZO
DEPARTAMENTO DE REGISTRO
El Departamento de Registro
de la Universidad Castro Carazo, informa que se ha extraviado el Título de
Bachillerato en Ingeniería Informática registrado en el control de emisiones de
título tomo 2, folio 24, asiento 10748 con fecha de 13 de marzo del 2009 a
nombre de Edgar Miranda Gómez cédula número: uno cero ocho cuatro cuatro cero
uno cuatro uno se publica este edicto para oír oposiciones a la reposición
solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la tercera publicación
en La Gaceta.—San José, 17 de marzo del
2022.—Ing. Alejandra González López.—( IN2022633382 ).
REPOSICIÓN ACCIONES
El suscrito, Robert (nombre)
Dobson (apellido), de un único apellido en razón de su nacionalidad
estadounidense, portadora del pasaporte de su país número 567228993, en su
condición de representante legal, con suficientes facultades para este acto de
la sociedad Mccan Erickson Marketing, Inc., una compañía debidamente organizada
y existente de conformidad con las leyes del Estado de Nueva York, Estados
Unidos de América, con número de identificación 165725, quien es propietaria de
la totalidad del capital social de la sociedad Mccan Worldgroup Costa Rica S. A.,
persona jurídica N° 3-101-273903 informa sobre el extravío de los Certificados
de Acciones de dicha sociedad, los cuales se repondrán en virtud del referido
extravío y conforme al artículo 689 del Código de Comercio.—Nueva York, Estados
Unidos de América, 15 de febrero del 2022.—Sr. Robert Dobson, pasaporte
567228993; teléfono: 2201-3800.—( IN2022633155 ).
IGUANA OROSI CIENTO UNO A S. A.
La sociedad Iguana Orosi
Ciento Uno A Sociedad Anónima”, cédula jurídica de la sociedad es tres-ciento
uno-tres nueve uno dos cuatro seis, solicita ante esta Notaría Pública y el
Registro Mercantil; la reposición por extravío de los libros legales: Actas de
Asamblea General de Socios, tomo uno, Registro de Socios, tomo uno de esta
sociedad. Quien se considere afectado puede manifestar su oposición ante el
Registro Mercantil o esta Notaría, en el término de ocho días hábiles contados
a partir de la última publicación del edicto en el Diario Oficial La Gaceta.
Licenciado José Juan Sánchez Chavarría, Notario Público código 7353. Av. Pastor
Díaz, costado este de Municipalidad de Garabito, Jacó, Garabito. email:
costaricalaw@yahoo.com o Licenciado Eduardo Ajoy Zeledón, código 15661,
eajoyz@lawyer.com. Es todo.—San José, 22 de marzo del 2022.—Lic. Eduardo Ajoy
Zeledón, Notario.—( IN2022633525 ).
PUBLICACIÓN DE UNA VEZ
CHÉVERE DEL SUR S.A.
A
solicitud del presidente, de la sociedad Chévere del Sur S.A., cédula jurídica
N° 3-101-131348, domicilio en Alajuela, Alajuela Turrúcares, costado oeste de la plaza de deportes, se realizará
la reposición de los tres libros legales. Quien se considere afectado puede
manifestar su oposición ante el Registro de Personas Jurídicas o al correo
electrónico notificaciones@sbs.cr, en el término de ocho días hábiles, a partir
de la publicación de este aviso.—San José, 22 de marzo del 2022.—Sergio
David Solano Ortiz.—1 vez.— ( IN2022632976 ).
RET DE OCCIDENTE SOCIEDAD ANONIMA
Yo, Sonia Lorena Acuña
Navarro, cédula de identidad número 105570504 en mi condición de Presidente con
facultades de Apoderado Generalísimo sin Límite de Suma, de la sociedad Ret de
Occidente Sociedad Anónima, cédula de persona jurídica 3-101-691457, de
conformidad con el artículo 14 del Reglamento del Registro Nacional para la
Legalización de Libros de Sociedades Mercantiles, solicito la reposición del
libro número uno de Junta Directiva y de Registro de Accionistas, por haberse
extraviado dichos libros. Quien se considere afectado puede manifestar su
oposición ante la Notaría de la Licenciada Ana Felicia Quirós Alvarado, en la
Ciudad de Cartago, del Registro Civil, doscientos metros al Sur y cincuenta
metros al Oeste, dentro del término de ocho días contados a partir de la única
publicación del Diario Oficial La gaceta.—Cartago, 21 de marzo de
2022.—Sonia Lorena Acuña Navarro.—1 vez.—( IN 2022633179 ).
EL AMANECER SOCIEDAD ANÓNIMA
De conformidad con el
Reglamento del Registro Nacional para la Legalización de libros de Sociedades
Mercantiles se avisa que la sociedad denominada El Amanecer Sociedad Anónima,
titular de la cédula de persona jurídica número 3-101-033621, procederá con la
reposición por motivo de extravío del Libro de Actas de Junta Directiva, por lo
que procederá con la emisión del Tomo II de dicho libro, en formato de hojas
removibles. Lo anterior, con fundamento en el artículo 14 del citado
Reglamento.—San José, 15 de marzo del 2022.—Jorge Reifer Zonzinski,
Vicepresidente.—Eduardo Reifer Zonzinski, Vocal.—1 vez.—( IN2022633325 ).
PUESTA DEL SOL SOCIEDAD ANÓNIMA
De conformidad con el
Reglamento del Registro Nacional para la Legalización de libros de Sociedades
Mercantiles se avisa que la sociedad denominada Puesta del Sol Sociedad
Anónima, titular de la cédula
de persona jurídica número
3-101-034410, procederá
con la reposición
por motivo de extravío
del Libro de Actas de Junta Directiva, por lo que procederá con la emisión del Tomo II de dicho libro,
en formato de hojas removibles. Lo anterior, con fundamento en el artículo 14 del citado
Reglamento.—San Jose, 11 de marzo del 2022.—Jorge Reifer Zonzinski y Eduardo
Reifer Zonzinski, Vicepresidente y Vocal.—1 vez.—( IN2022633326 ).
PROREIZON SOCIEDAD ANÓNIMA
De conformidad con el
Reglamento del Registro Nacional para la Legalización de libros de Sociedades
Mercantiles, se avisa que la sociedad denominada: Proreizon Sociedad Anónima, titular de la cédula de
persona jurídica N° 3-101-019453, procederá con la reposición por motivo de extravío del libro de Actas de Junta
Directiva, por lo que procederá
con la emisión
del tomo II de dicho libro, en formato de hojas removibles. Lo anterior, con
fundamento en el artículo
14 del citado Reglamento.—San Jose, 15 de marzo del 2022.—Eduardo Reifer
Zonzinski Y Jorge Reifer Zonzinski, Vicepresidente y Tesorero.—1 vez.—( IN2022633327
).
LABORATORIO LABKHER, SOCIEDAD ANÓNINA
Laboratorio
Labkher, Sociedad Anónima, cédula de persona jurídica número tres-ciento
uno-seiscientos treinta y cuatro mil cuatrocientos treinta y seis, informa que
procederá con la reposición por extravió de los libros de Actas de Junta
Directiva, Asamblea de Socios y Registro de Accionistas. Quien se considere
afectado puede manifestar su oposición ante el domicilio social de la empresa,
o bien al correo electrónico: labkherrera@gmail.com. dentro del plazo de ley a
partir de la publicación del presente aviso. Transcurrido el término sin que
hayan existido oposiciones, se procederá a la reposición solicitada y se
utilizará el número de legalización otorgado a la fecha por el Registro Público
Nacional, Sección Personas Jurídicas.—Krisia Herrera Cordero, Presidente.—1
vez.—( IN2022633345 ).
INMOZUCHIN LIMITADA
Inmozuchin Limitada, cédula
jurídica N° 3-102-172658, comunica que se ha extraviado el tomo primero de sus
libros de (i) Asambleas Generales de Cuotistas, y (ii) Registro de Cuotistas,
por lo que procederá con su reposición. Cualquier notificación referente a este
aviso deberá remitirse al correo electrónico: josebsotoc@yahoo.es.—San José, 22
de marzo del 2022.—José
Bernardo Soto Calderón, cédula N° 2-0539-0957,
Responsable.—1 vez.—( IN2022633383 ).
CENTRO DIURNO ASOCIACIÓN
CORAJE
Y ESPERANZA
Yo, David Jesús Murillo Luna,
cédula de identidad número dos, cero cinco cinco nueve, cero dos seis cero, en
mi calidad de presidente y representante legal de la asociación “Centro Diurno
Asociación Coraje y Esperanza”, cédula jurídica N° 3-002-489289, solicito al
Departamento de Asociaciones del Registro de Personas Jurídicas la reposición
del libro “Registro de Asociados tomo N° 1” el cual fue extraviado. Se emplaza
por ocho días hábiles a partir de la publicación a cualquier interesado a fin
de oír objeciones ante el Registro de Asociaciones.—22 de marzo de 2022.—David
Jesús Murillo Luna.—1 vez.—( IN2022633392 ).
DESARROLLOS ROMO DEL SUR SOCIEDAD ANÓNIMA
Yo Andrea Felicia Mora
Ortega, portadora de la cédula de identidad número uno-mil trescientos cuarenta
y tres-cero novecientos cuarenta y dos, en mi condición de apoderada
generalísima sin límite de suma de la sociedad Desarrollos Romo del Sur
Sociedad Anónima,
cédula jurídica tres-ciento uno-setecientos treinta y nueve mil ochocientos
once, doy a conocer ante terceros el exti avío de la totalidad de los libros
legales de mi representada, numero de legalización 4062000692955. Los mismos se
extraviaron el nueve de junio del dos mil diecisiete. Se realiza la publicación
para dejar sin efecto cualquier movimiento realizado en libros a partir de esta
fecha, inclusive.—Lunes 21 de marzo del dos mil veintidós.—Andrea Felicia Mora
Ortega.—1 vez.—( IN2022633405 ).
MILAGROSA PROVIDENCIA SOCIEDAD ANÓNIMA
Milagrosa
Providencia Sociedad Anónima, con cédula jurídica número tres-ciento
uno-seiscientos ochenta y un mil ochocientos nueve, solicita ante Registro
Nacional de Costa Rica, la reposición por extravío de los siguientes libros
número uno: (i) Actas de Asambleas Generales de Socios, (ii) Acta de Juntas
Directivas, y (iii) Registro de Accionistas, todos de la sociedad antes
indicada. Quien se considere afectado puede manifestar su oposición ante la
Junta Administrativa del Registro Nacional, dentro del término de ocho días
hábiles a partir de la publicación de este aviso. Transcurrido el término sin
que hayan existido oposiciones, se procederá a las reposiciones
solicitadas.—San José, 18 de marzo de 2022.—Margarita Cecilia Bermúdez Durán,
Presidente.—1 vez.—( IN2022633471 ).
DELYX PASSION LIMITADA
Delyx
Passion Limitada, cédula de persona jurídica número 3-102-790074, con domicilio
en San José, Escazú, San Rafael, Guachipelín, Avenida Escazú, Edificio AE
doscientos dos, cuarto piso, oficina cuatrocientos cuatro, procederá a reponer por
motivo de extravío sus libros únicos de Actas de Asamblea de Cuotistas y
Registro de Cuotistas. Es todo.—Puntarenas, 23 de marzo de 2022.—Maxime Steeve
Descamps, Gerente.—1 vez.—( IN2022633514 ).
JAIKEL ALPÍZAR
S. A.
Juan
Jaikel Gazel, cédula de identidad número 1-0449-0046 como apoderado
generalísimo sin límite de suma de Jaikel Alpízar S.A., cédula número 3-101-121976, solicita ante el
Registro Público, la reposición por extravío del libro de Registro de Accionistas,
de Actas de Asamblea de Socios y de Actas de Junta Directiva. Quien se
considere afectado puede manifestar su oposición ante el Registro de Personas
Jurídicas del Registro Público, en el término de ocho días hábiles contados a
partir de la publicación de este aviso.—San José, 23 de marzo del 2022.—Juan
Jaikel Gazel.—1 vez.—( IN2022633535 ).
3-101-479555 S. A
Rodrigo Jaikel Gazel, cédula
de identidad número 1-0449-0045 como apoderado generalísimo sin límite de suma
de 3-101-479555 S. A., cédula número 3-101-479555, solicita ante el Registro Público, la reposición por extravío del
libro de Registro de Accionistas, de Actas de Asamblea de Socios y de Actas de
Junta Directiva. Quien se considere afectado puede manifestar su oposición ante
el Registro de Personas Jurídicas del Registro Público, en el término de ocho
días hábiles contados a partir de la publicación de este aviso.—San
José, 23 de marzo del 2022.—Rodrigo Jaikel Gazel.—1 vez.—( IN2022633536 ).
3-101-560424 S.A.
El suscrito Roberto León Gómez,
mayor de edad, casado en segundas nupcias, abogado, vecino de San José, Escazú,
San Rafael, Centro Corporativo El Cedral, oficinas de Vector Legal, portador de
la cédula de identidad número uno-cuatrocientos setenta y cuatro-seiscientos
noventa y siete, en mi condición de apoderado generalísimo sin límite de suma
de la sociedad: 3-101-560424 S.A., cédula jurídica número 3-101-560424 S.A.,
comunico por este medio que se procederá con la reposición por extravío de los
libros: Registro de Accionistas, Asamblea de Accionistas y Junta Directiva. Se
otorga un plazo de ocho días hábiles, a partir de esta publicación, para
escuchar oposiciones en el siguiente correo electrónico:
ecarranza@vectorlegal.co.cr.—San José, 18 de marzo del 2022.—Roberto León
Gómez, Apoderado Generalísimo.—1 vez.—( IN2022633575 ).
3-101-560216 S.A.
El suscrito Roberto León
Gómez, mayor de edad, casado en segundas nupcias, abogado, vecino de San José,
Escazú, San Rafael, Centro Corporativo El Cedral, oficinas de Vector Legal,
portador de la cédula de identidad número uno-cuatrocientos setenta y
cuatro-seiscientos noventa y siete, en mi condición de apoderado generalísimo
sin límite de suma de la sociedad: 3-101-560216 S.A., cédula jurídica número
3-101-560216 S.A., comunico por este medio que se procederá con la reposición
por extravío de los libros: Registro de Accionistas, Asamblea de Accionistas y
Junta Directiva. Se otorga un plazo de ocho días hábiles, a partir de esta
publicación, para escuchar oposiciones en el siguiente correo electrónico:
ecarranza@vectorlegal.co.cr.—San José, 18 de marzo del 2022.—Roberto León
Gómez, Apoderado Generalísimo.—1 vez.—( IN2022633576 ).
MONTES DE CRISTAL CR SOCIEDAD ANÓNIMA
La suscrita Licenciada Nancy
Vieto Hernández, a solicitud de los socios Carl (nombre) Rook (apellido), de
único apellido en razón de mi nacionalidad Estadounidense, con pasaporte de mi
país número seis seis siete nueve tres cuatro seis cinco ocho, mayor, casado
una vez, pensionado y Bárbara
(nombre) Rook (apellido), de único apellido en razón de mi nacionalidad estadounidense, con pasaporte de mi país número
cinco seis uno cinco uno tres cinco ocho ocho, mayor, casada,
pensionada, ambos vecinos de Puerto Viejo, Talamanca, hace constar que se
repondrá el libro de Asamblea General de Socios de la empresa Montes de Cristal
CR Sociedad Anónima,
con cédula de persona jurídica número tres-ciento uno-trescientos ochenta y
cuatro mil ochocientos veinte, el mismo por estar extraviado. Se oyen
notificaciones en San José, Barrio Los Yoses Sur, de la Universidad Ventas
trescientos metros este y trescientos metros norte, Bufete Grupo Jurídico
Especializado, teléfono 2234-8899.—Licda. Nancy Vieto Hernández, Notaria
Pública.—1 vez.—( IN2022633595 ).
ASOCIACIÓN INTEGRAL PARA ADULTOS
CON
DISCAPACIDAD
Yo,
Magali Zumbado Ballestero, portadora de la cédula de identidad número uno-cero
cuatrocientos noventa y siete-cero seiscientos setenta y ocho, en mi calidad de
presidente y representante legal de la Asociación Integral para Adultos con Discapacidad,
con cédula jurídica número tres-cero cero dos-ciento dieciséis mil seiscientos
sesenta, solicito al Departamento de Asociaciones del Registro de Personas
Jurídicas la reposición de los libros Asamblea General 2, Junta Directiva 4 y
Registro de Asociados 3, los cuales fueron extraviados. Se emplaza por ocho
días hábiles a partir de la publicación a cualquier interesado a fin de oír
objeciones ante el Registro de Asociaciones.—21 de marzo de 2022.—Licda. María
Gabriela Zúñiga Chavarría, Notaria Pública.—1 vez.—( IN2022633603 ).
PUBLICACIÓN DE TERCERA VEZ
La suscrita notario público, Natalia Cristina Ramírez Benavides, hago constar y doy
de que mediante escritura pública número ciento treinta-tres, otorgada a las
dieciséis horas del diez de marzo de dos mil veintidós, se protocolizaron las
actas de asamblea general extraordinaria de socios de las sociedades
denominadas: a) Paga Aquí Servicios Solfin Sociedad Anónima, titular de
la cédula de persona jurídica número tres-ciento uno-setecientos noventa y un
mil novecientos cincuenta y siete; y b) Soluciones Solfin S.A., titular
de la cédula de persona jurídica número tres-ciento uno-trescientos cincuenta y
dos mil seiscientos noventa y ocho; mediante las cuales se aprobó la fusión por
absorción de dichas sociedades, siendo Soluciones Solfin S. A., la
sociedad prevaleciente para todos los efectos, en la cual además se modificó la
cláusula quinta de sus estatutos sociales, referente al capital social. Es
todo.—San José, diecisiete de marzo de dos mil veintidós.—Licda. Natalia
Cristina Ramírez Benavides, Notaria.—( IN2022632164 ).
Mediante
escritura número: once-seis, de las nueve horas del nueve de febrero pasado
otorgada en mi Notaría, protocolicé acta de Asamblea General de VP Américas
Group Sociedad De Responsabilidad Limitada, con cédula de persona jurídica
número tres-ciento dos-ocho tres seis cero cuatro nueve, mediante la cual se
acuerda el nombramiento del nuevo gerente, se realiza nuevo nombramiento.—San
José, dieciocho de marzo del dos mil veintidós.—Felipe Antonio León Murillo, Notario.—(
IN2022632502 ).
Por
escritura número doscientos setenta y cinco, otorgada ante el notario Ernesto
Desanti González, a las quince horas del dieciséis de marzo del año dos mil
veintidós, se protocolizó acta de la sociedad Radison Group IA Limitada,
mediante la cual se reformó la cláusula de razón social de la sociedad.—San
José, dieciséis de marzo del dos mil veintidós.—Lic. Ernesto Desanti González,
Notario.—( IN2022632036 ).
PUBLICACIÓN DE SEGUNDA VEZ
Mediante
escritura número cuarenta y uno - diecinueve otorgada ante los notarios
públicos Hernán Pacheco Orfila y Monserrat Alvarado Keith, las quince horas del
dieciocho de marzo del año dos mil veintidós, donde se acuerda disminuir el capital social de la sociedad Comunidad
Impactico, Sociedad Anónima, cédula de persona jurídica
número tres-ciento uno-seiscientos noventa y cinco mil trescientos noventa y
cinco.—Monserrat Alvarado, Notaria.—( IN2022632828 ).
Ante esta notaría, mediante escritura número veintiséis, visible al
folio veintisiete, del tomo tres, a las siete horas y cero minutos del día
veintidós de marzo de año dos mil veintidós, se protocoliza el acta de Asamblea
General de Socios de Awareness Marbella Sociedad Anónima, con cédula jurídica
número tres ciento uno-ocho cuatro cinco uno nueve siete, mediante la cual se
acordó reformar la cláusula número Quinto y Décima Tercera, del pacto
constitutivo a fin de reducir su capital social en la suma de ciento cuarenta y
dos mil colones. Se otorga un plazo de tres meses, a partir de esta
publicación, para escuchar oposiciones al correo electrónico
notificaciones@eduardoblancolaw.com.—Ciudad de Heredia, a las siete horas y
cero minutos del día veintidós de marzo del año dos mil veintidós.—Lic. Eduardo
Blanco Jiménez, Notario Público, cédula de identidad número dos-cero cinco tres
cero-cero dos seis tres.—( IN2022633071 ).
Por
escritura otorgada ante la suscrita notaria a las 10 horas del 09 de junio del
2017, se protocolizó acta de asamblea general de accionistas de Inversiones
Zain Sociedad Anónima,
mediante la cual se reforma la cláusula segunda y sexta del pacto constitutivo
y se adiciona cláusula novena.—San José, dieciocho de marzo del dos mil
veintidós.—Licda. Sharon Ferris Macaya.—( IN2022632519 ). 2 v. 2.
PUBLICACIÓN DE
PRIMERA VEZ
Ante esta
Notaría, Natalia Fonseca Fernández, portadora de la cédula de identidad número
1-1239-0729, solicita
la transferencia del nombre comercial bajo el número de registro 275556 de
la marca “AROMAS DE EL CAFETAL” a la señorita Pamela Fonseca Fernández,
portadora de la cédula de identidad número 1-1313-0107; se cita a los
acreedores e interesados para que se presenten a hacer valer sus derechos
dentro del término de quince días a partir de la primera publicación.—San José,
22 de marzo de 2022.—Víctor Hugo Fernández Mora.—( IN2022633273 ).
En mi notaría he protocolizado la pérdida o extravío de una cédula
hipotecaria inscrita bajo tomo: dos mil diecisiete, folio quinientos noventa y
cuatro mil cuatrocientos cincuenta y siete, asiento: cero uno, secuencia cero
cero cero uuno y subsecuencia cero cero uno y que afecta a la finca del partido
de Alajuela matrícula folio real quinientos veintiún mil treinta y tres-cero
cero cero. Es todo.—Pital, San Carlos, a las catorce horas del veintidós de
marzo del dos mil veintidós.—Licda. Yesenia Quesada Rojas, Notaria.—(
IN2022633242 ).
Por escrituras
números 165 y 176, tomo 11 del suscrito notario, se protocoliza acta de
asamblea de las sociedades Tres Ciento Dos Siete Cuatro Seis Cero Cuatro
Ocho Sociedad de Responsabilidad Limitada se solicita la disolución de la
sociedad y la sociedad Fracción Magnolia Catorce S.A., se otorga
poder generalísimo, para oposiciones se aporta el correo electrónico
eajoyz@lawyer.com. Tel: 8844-9969.—San José, 23 de marzo de 2022.—Lic. Eduardo
Ajoy Zeledón, Notario.—( IN2022633524 ).
PUBLICACIÓN DE UNA VEZ
Asamblea
general extraordinaria, de socios de Industrias Morenco de Centroamérica
Sociedad Anónima,
cédula jurídica número 3-101-837828, celebrada a las quince horas, del nueve de
marzo del dos mil veintidós, reforma la cláusula primera: del pacto
constitutivo, en el sentido de que, se cambia el nombre de la sociedad
denominada Industrias Morenco de Centroamérica Sociedad Anónima, abreviable en su aditamento
en S. A., y en su lugar, se denominará Soluciones Hercules Chs
Sociedad Anónima, abreviable en su aditamento en S. A., en lo demás
se mantiene incólume.—Heredia, 22 de marzo del 2022.—Lic. Manrique Chaves
Borbón, Notario Público.—1 vez.—( IN2022633166 ).
Por escritura
otorgada ante esta misma notaría a las 13:00 horas del 22 de marzo del 2022, se
protocolizó el acta número 14 de asamblea general extraordinaria de socios de Dylam
S.A., en la cual se reforman las cláusulas décima y décima segunda de los
estatutos, y se nombra secretario, tesorero, vocales y fiscal.—Licda. Marianela
Solís Rojas, Notaria Pública.—1 vez.—( IN2022633182 ).
Ante esta notaría, mediante escritura número noventa y seis del tomo uno
del protocolo, otorgada a las nueve horas treinta minutos del veintidós de
marzo del dos mil veintidós, se protocolizó acuerdo de asamblea extraordinaria de cuotistas de Inmobiliaria
Paquidermo S.R.L., cédula jurídica N° 3-102-813416, donde se acuerda:
reformar la cláusula tercera sobre
el domicilio social, y la revocación y nuevo nombramiento del puesto de
gerente.—San José, 22 de marzo 2022.—Licda. Dayana Badilla Jarquín, Notaria
Pública.—1 vez.—( IN2022633208 ).
La suscrita notaria con oficina en San José, constituí la Fundación
Animalium, con el objeto de atención profesional en temáticas que
involucran seres vivos y su interacción con los humanos, fomentando una
convivencia sana e integral en una sociedad multiespecie, siendo pilares el
bienestar animal y el respeto por el medio ambiente, otorgada en escritura
pública número 94 del tomo primero, a las 11:30 del 19 de marzo de 2022. Es
todo.—San José, 21 de marzo de 2022.—Licda. Ingrid Rodríguez Brenes.—1 vez.—(
IN2022633250 ).
El día 21 de
marzo del 2022, el suscrito notario público, protocolizó acta de asamblea general
extraordinaria de socios de: Grupo de Inversiones y Desarrollos J R L S. A.,
celebrada a las 08:00 horas del 01 de marzo del 2022, mediante la cual se
reforma la cláusula de la representación, y se nombra presidente y secretario
de la junta directiva.—San José, 23 de marzo del 2022.—Lic. Orlando Araya
Amador, Notario Público.—1 vez.—( IN2022633453 ).
Mediante
escritura número cincuenta, de las diez horas treinta minutos del dieciséis de
marzo del dos mil veintidós, se reforma la cláusula quinta del pacto
constitutivo de la sociedad Corporación Lado Silencioso Sociedad Anónima.—Golfito,
dieciséis de marzo del dos mil veintidós.—Licda. Jarlin Guerra Álvarez, Notaría.—1 vez.—(
IN2022633617 ).
Ante esta Notaría, en la ciudad de Alajuela, de la esquina noroeste del
Parque Juan Santamaría veinticinco metros al norte, costado oeste del Teatro
Municipal, puerta de hierro con vidrio, a las once horas del día dieciocho de
marzo del año dos mil veintidós, se procedió a protocolizar el acta de la
Asamblea General Extraordinaria de Accionistas de La Esquina del
Internacional S.A., mediante la cual se acuerda modificar la cláusula de la
administración.—Alajuela, veintitrés de marzo del dos mil veintidós.—Licda.
Ingrid Jiménez Godoy.—1 vez.—( IN2022633632 ).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 10 horas 00 minutos del 16 de abril
del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Finca Agro Candy &
David Mar Her Sociedad Anónima.—San José, 19 de abril del 2020.—Lic.
Alejandro Jose Arguello Leiva, Notario.—1 vez.—CE2020003160.
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 08 horas 00 minutos del 17 de abril
del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Inversiones Pérez &
Pérez Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 19 de abril del
2020.—Lic. Daniel Bermúdez Murillo, Notario.—1 vez.— CE2020003161.
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 13 horas 00 minutos del 17 de abril
del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Grupo Darwins Sociedad
Anónima.—San José, 20 de abril del 2020.—Licda. Nuria Solís Sáenz,
Notaria.—1 vez.— CE2020003162.
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 09 horas 00 minutos del 17 de abril
del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Casa Diana Limitada.—San
José, 20 de abril del 2020.—Lic. Oscar Manuel Funes Orellana, Notario.—1
vez.—CE2020003163.
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 14 horas 00 minutos del 16 de abril
del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Quiet Dreams of Uvita
Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 20 de abril del 2020.—Lic.
Víctor Solís Castillo, Notario.—1
vez.—CE2020003164.
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 08 horas 00 minutos del 17 de abril
del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Inversiones Agrícolas H Y
C Costa Rica Sociedad Anónima.—San José, 20 de abril del 2020.—Lic. Atencio
Ruiz Juárez, Notario.—1 vez.—CE2020003165.
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 09 horas 00 minutos del 20 de abril
del año 2020, se constituyó la sociedad denominada MBZ Group Sociedad de
Responsabilidad Limitada.—San José, 20 de abril del 2020.—Licda. Nadia
Semaan Zúñiga, Notaria.—1 vez.—CE2020003166.
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 07 horas 00 minutos del 18 de abril
del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Inversiones Inmobiliarias
Vega Babb Sociedad Anónima.—San José, 20 de abril del 2020.—Licda. Xinia
Mayela Campos Campos, Notaria.—1 vez.—CE2020003167.
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 08 horas 00 minutos del 25 de marzo
del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Badgely International LLC
Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 20 de abril del
2020.—Licda. María
Gabriela Elizondo Alpízar, Notaria.—1 vez.—CE2020003168.
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 14 horas 30 minutos del 18 de abril
del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Playa Tila Sociedad Anónima.—San
José, 20 de abril del 2020.—Licda. Yalta Argentina Aragón González, Notaria.—1
vez.—CE2020003169.
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 15 horas 00 minutos
del 16 de abril del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Drones y
Soluciones Costa Rica D.S.C.R. Sociedad Anónima.—San José, 20 de abril del
2020.—Lic. Roberto Francisco León Gómez, Notario.—1 vez.—CE2020003170.
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 08 horas 00 minutos del 20 de abril
del año 2020, se constituyó la sociedad denominada RM de Corazón de Costa
Rica Sociedad Anónima.—San José, 20 de abril del 2020.—Lic. Roger Mayorga
López, Notario.—1 vez.—CE2020003171.
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 13 horas 00 minutos del 27 de
febrero del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Empire Marlanvi
Sociedad Anónima.—San José, 20 de abril del 2020.—Licda. Nelly Nohelia
Achio Artavia, Notaria.—1 vez.—CE2020003171.
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 17 horas 30 minutos
del 15 de abril del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Intervalor
Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 20 de abril del
2020.—Licda. María Alejandra Arias
Madrigal, Notaria.—1 vez.—CE2020003172.
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 09 horas 00 minutos
del 16 de abril del año 2020, se constituyó la sociedad denominada La Jaula
Futbol Cinco y Siete Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 20 de
abril del 2020.—Lic. Adrián Fernandez Rodríguez, Notario.—1 vez.—CE2020003173.
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 16 horas 00 minutos del 17 de abril
del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Residencia Valle del
S.O.L. 19 Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 20 de abril del 2020.—Licda. Dinia Chavarría Blanco, Notario.—1 vez.—CE2020003174.
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 10 horas 00 minutos del 17 de abril
del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Trading MBC: Products and
Services Sociedad Anónima.—San José, 20 de abril del 2020.—Licda. Yamileth
Barquero Araya, Notaria.—1 vez.—CE2020003175.
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 08 horas 00 minutos del 16 de abril
del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Inborcar Sociedad de
Responsabilidad Limitada.—San José, 20 de abril del 2020.—Licda. Rosibel
Rojas Alpízar, Notaria.—1 vez.—CE2020003176.
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 11 horas 00 minutos del 18 de abril
del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Himalaya de Oro Sociedad
Anónima.—San José, 20 de abril del 2020.—Lic. Marcelo José Gamboa Venegas,
Notario.—1 vez.—CE2020003177.
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 16 horas 00 minutos del 23 de marzo
del año 2020, se constituyó la sociedad denominada VDM Multiservicios
Sociedad Anónima.—San José, 20 de abril del 2020.—Lic. Aldy Alfaro Di
Bella, Notario.—1 vez.—CE2020003178.
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 02 horas 30 minutos del 19 de abril
del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Sami Auto Repuestos
Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 20 de abril del 2020.—Lic.
Julio César
Umaña Fernández,
Notario.—1 vez.—CE2020003179.
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 09 horas 00 minutos del 20 de abril
del año 2020, se constituyó la sociedad denominada MBZ DCCR Group Sociedad
de Responsabilidad Limitada.—San José, 20 de abril del 2020.—Licda. Nadia
Semaan Zúñiga,
Notario.—1
vez.—CE2020003180.
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 08 horas 00 minutos del 16 de abril
del año 2020, se constituyó la sociedad denominada SBGC Sociedad de
Responsabilidad Limitada.—San José, 20 de abril del 2020.—Lic. Felipe
Cordero Espinoza, Notario.—1 vez.—CE2020003181.
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 10 horas 30 minutos del 17 de abril
del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Plumeria Swimwear
Limitada.—San José, 20 de abril del 2020.—Lic. Pablo Arias González,
Notario.—1 vez.—CE2020003182.
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 15 horas 00 minutos del 17 de abril
del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Imagemakers Costa Rica
(IMCR) Limitada.—San José, 20 de abril del 2020.—Lic. Alejandro Vargas
Yong, Notario.—1 vez.—CE2020003183.
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 16 horas 00 minutos del 03 de abril
del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Servicios Múltiples
Chavarría Chaves Sociedad Anónima.—San José, 20 de abril del 2020.—Lic.
Allan Andrés Madrigal Anchia, Notario.—1 vez.—CE2020003184.
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 12 horas 45 minutos del 20 de abril
del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Wild Iguana LLC Limitada.—San
José, 20 de abril del 2020.—Lic. Pedro González Roesch, Notario.—1 vez.—CE2020003185.
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 09 horas 00 minutos del 18 de abril
del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Christabel de Osa CR
Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 20 de abril del 2020.—Lic.
Edgar Fallas Martínez, Notario.—1 vez.—CE2020003186.
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 10 horas 15 minutos del 03 de abril
del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Compañía Coll Air de
Santa Ana Sociedad Anónima.—San José, 20 de abril del 2020.—Lic. Roberto
José Suarez Castro, Notario.—1 vez.—CE2020003187.
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 13 horas 00 minutos del 27 de
febrero del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Empire Marlanvi
Sociedad Anónima.—San José, 20 de abril del 2020.—Licda. Nelly Nohelia
Achio Artavia, Notario.—1 vez.—CE2020012611.
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 18 horas 00 minutos del 22 de abril
del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Servicios de Consultoría en Gestion y Capital Humano
Sociedad Anónima.—San
José, 23 de abril del 2020.—Lic. Denis Mauricio Artavia Cordero, Notario.—1
vez.—CE2020003251.
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 08 horas 00 minutos del 23 de abril
del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Finca Descalzo Limitada.—San
José, 23 de abril del 2020.—Lic. Carlos Roberto Rivera Ruiz, Notario.—1
vez.—CE2020003252.
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 18 horas 00 minutos del 21 de abril
del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Hacienda La Potra
Indomable Sociedad Anónima.—San José, 23 de abril del 2020.—Lic. José
Antonio Aiza Juárez, Notario.—1 vez.—CE2020003253.
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 17 horas 00 minutos del 21 de abril
del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Grufi Sociedad Anónima.—San
José, 23 de abril del 2020.—Lic. José Antonio Aiza Juárez, Notario.—1
vez.—CE2020003254.
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 09 horas 00 minutos del 23 de abril
del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Estama Sociedad de
Responsabilidad Limitada.—San José, 23 de abril del 2020.—Licda. Patricia
Zumbado Rodríguez, Notaria.—1 vez.—CE2020003255.
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las
18 horas 00 minutos del 15 de abril del año 2020, se constituyó la sociedad
denominada CBR Advisory EGG Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San
José, 23 de abril del 2020.—Lic. Walter Solís Amen, Notario.—1
vez.—CE2020003256.
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 13 horas 00 minutos del 15 de abril
del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Innovamedical
Internacional Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 23 de abril
del 2020.—Licda. Estefani María Sánchez Duarte, Notaria.—1 vez.—CE2020003257.
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 08 horas 30 minutos del 23 de abril
del año 2020, se constituyó la sociedad denominada La Fuerza Express Acevedo
Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 23 de abril del
2020.—Licda. María Carolina Morera Calvo, Notario.—1 vez.—CE2020003258.
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 16 horas 00 minutos del 26 de
febrero del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Jadip Sociedad de
Responsabilidad Limitada.—San José, 23 de abril del 2020.—Lic. Johnny
Gerardo León Guido, Notario.—1 vez.—CE2020003259.
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 08 horas 00 minutos del 11 de febrero
del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Solagui Digital Sociedad
de Responsabilidad Limitada.—San José, 23 de abril del 2020.—Lic. Cesar
Luis Zamora Chaves, Notario.—1 vez.—CE2020003260.
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 06 horas 30 minutos del 23 de abril
del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Quebrador Peñas Blancas
Sociedad Anónima.—San José, 23 de abril del 2020.—Lic. Alberto Víquez
Garro, Notario.—1 vez.—CE2020003261.
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 16 horas 45 minutos del 14 de abril
del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Consultoría Especializada de Retail
Limitada.—San
José, 23 de abril del 2020.—Lic. Andrés De Jesús Durán López, Notario.—1
vez.—CE2020003262.
Mediante escritura
otorgada ante esta notaría, a las 08 horas 00 minutos del 22 de abril del año
2020, se constituyó la sociedad denominada Grupo MCS Sociedad Anónima.—San
José, 23 de abril del 2020.—Lic. Cesar Luis Zamora Chaves, Notario.—1
vez.—CE2020003263.
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 16 horas 30 minutos del 22 de abril
del año 2020, se constituyó la sociedad denominada El Cachorro de La Laguna
Sociedad Anónima.—San José, 23 de abril del 2020.—Licda. Magally María
Guadamuz García, Notaria.—1 vez.—CE2020003264.
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 08 horas 00 minutos
del 20 de enero del año 2020, se constituyó la sociedad denominada CYM
Consultores Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 23 de abril del
2020.—Lic. José Manuel Mojica Cerda, Notario.—1 vez.—CE2020003265.
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 10 horas 00 minutos del 18 de abril
del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Centenario de Leyendas
Sociedad Anónima.—San José, 23 de abril del 2020.—Licda. Rebeca Madrigal
Garita, Notaria.—1 vez.—CE2020003265.
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 10 horas 00 minutos del 21 de abril
del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Distribuidora Alma Siglo
Veintiuno Sociedad Anónima.—San José, 23 de abril del 2020.—Lic. Héctor
Chaves Sandoval, Notario.—1 vez.—CE2020003266.
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 14 horas 30 minutos
del 22 de abril del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Producciones
La Suiza Centroamericana Sociedad Anónima.—San José, 23 de abril del
2020.—Lic. Adolfo Jose Hernández Aguilar, Notario.—1 vez.—CE2020003267.
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 18 horas 00 minutos del 22 de abril
del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Servicios de Consultoría
en Gestion y Capital Humano del Caribe Sociedad Anónima.—San José, 23 de
abril del 2020.—Lic. Denis Mauricio Artavia Cordero, Notario.—1
vez.—CE2020003268.
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 10 horas 30 minutos del 20 de abril
del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Kytina Sociedad Anónima.—San
José, 23 de abril del 2020.—Lic. Felipe Saborío Carrillo, Notario.—1
vez.—CE2020003269.
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 12 horas 00 minutos del 23 de abril
del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Koohodarya Sociedad
Anónima.—San José, 23 de abril del 2020.—Licda. Xinia María Arias Naranjo,
Notaria.—1 vez.—CE2020003270.
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 12 horas 00 minutos del 21 de abril
del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Inmobiliaria San Rafael
Sociedad Anónima.—San José, 23 de abril del 2020.—Lic. Juan Manuel Barquero
Vargas, Notario.—1 vez.—CE2020003271.
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 17 horas 00 minutos del 21 de abril
del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Figru Sociedad Anónima.—San
José, 23 de abril del 2020.—Lic. José Antonio Aiza Juárez, Notario.—1
vez.—CE2020003272.
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 10 horas 00 minutos
del 23 de abril del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Inversiones
Turísticas Manoa de La Fortuna Sociedad Anónima.—San José, 23 de abril del
2020.—Licda. Katherine Viviana Solera Madrigal, Notaria.—1 vez.—CE2020003273.
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 14 horas 30 minutos del 23 de abril
del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Follajes Salvajes
Sociedad Anónima.—San José, 23 de abril del 2020.—Licda. Natalia Gómez Aguirre,
Notaria.—1vez.—CE2020003274.
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 12 horas 00 minutos
del 23 de abril del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Multitecno
R Y R Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 23 de abril del
2020.—Licda. Maureen Villalobos Arias, Notaria.—1 vez.—CE2020003275.
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 10 horas 00 minutos del 23 de abril
del año 2020, se constituyó la sociedad denominada New Bike Center Sociedad
Anónima.—San José, 23 de abril del 2020.—Licda. Ana Isabel Fallas Aguilar,
Notario.—1 vez.—CE2020003276.
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 18 horas 00 minutos del 21 de abril
del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Ashyir Del Caribe
Sociedad Anónima.—San José, 23 de abril del 2020.—Lic. Carlos Eduardo
Solano Serrano, Notario.—1 vez.—CE2020003277.
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 13 horas 00 minutos del 12 de marzo
del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Palmareños de La Zona
Norte Sociedad Anónima.—San José, 23 de abril del 2020.—Lic. Rodrigo Garita
López, Notario.—1 vez.—CE2020003278.
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 18 horas 00 minutos del 21 de abril
del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Sample Six CR LLC
Limitada.—San José, 23 de abril del 2020.—Lic. Sergio Antonio Solera
Lacayo, Notario.—1 vez.—CE2020003279.
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 15 horas 00 minutos
del 23 de febrero del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Wolaba
Medical Clinics Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 23 de abril
del 2020.—Lic. Edgar Manuel Jiménez Bolaños, Notario.—1 vez.—CE2020003280.
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 09 horas 00 minutos del 23 de abril
del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Kake Tatuajes Sociedad
Anónima.—San José, 23 de abril del 2020.—Licda. Mariel María González Rojas, Notaria.—1
vez.—CE2020003281.
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 14 horas 30 minutos
del 15 de abril del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Herrera
Morales & Asociados Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 23
de abril del 2020.—Lic. Luis Diego Chaves Solís, Notario.—1 vez.—CE2020003282.
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 15 horas 30 minutos del 23 de abril
del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Physicians Limitada.—San
José, 23 de abril del 2020.—Licda. Laura Marcela Rodríguez Amador, Notaria.—1
vez.—CE2020003283.
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 15 horas 00 minutos del 21 de abril
del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Urban Club Sociedad
Anónima.—San José, 23 de abril del 2020.—Licda. Ana Alejandra Araya
Guerrero, Notaria.—1 vez.—CE2020003284.
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 10 horas 00 minutos del 03 de abril
del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Nizy Sociedad Anónima.—San
José, 23 de abril del 2020.—Licda. Rosa Del Carmen Bustillos Lemaire,
Notaria.—1 vez.—CE2020003285.
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 17 horas 00 minutos
del 21 de abril del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Agroservicios
Nissi M T Del Norte Sociedad Anónima.—San José, 23 de abril del
2020.—Licda. Esther Cecilia Solano Jerez, Notaria.—1 vez.—CE2020003286.
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 10 horas 30 minutos del 20 de abril
del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Pacific Royal Motors
Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 23 de abril del 2020.—Lic.
Marlon Stevens Quintanilla Esquivel, Notario.—1 vez.—CE2020003287.
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 17 horas 30 minutos del 20 de abril
del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Laurana Sociedad Anónima.—San
José, 23 de abril del 2020.—Lic. Roger Sánchez Araya, Notario.—1
vez.—CE2020003288.
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 13 horas 30 minutos del 23 de abril
del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Distribuidora Comercial
JBC Sociedad Anónima.—San José, 23 de abril del 2020.—Lic. Gerardo Arturo
Badilla Rumoroso, Notario.—1 vez.—CE2020003289.
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 10 horas 00 minutos del 18 de abril
del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Centenario De Leyendas
Sociedad Anónima.—San José, 23 de abril del 2020.—Licda. Rebeca Madrigal
Garita, Notaria.—1 vez.—CE2020012610.
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 18 horas 30 minutos
del 20 de abril del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Q.C.S.
Merge and Aquisitions Sociedad Anónima.—San José, 26 de abril del
2020.—Licda. Isabel Nozzara Moreno Vásquez, Notaria.—1 vez.—CE2020003317.
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 18 horas 30 minutos del 20 de abril
del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Q.C.S. Property
Management Sociedad Anónima.—San José, 26 de abril del 2020.—Licda. Isabel
Nozzara Moreno Vásquez, Notaria.—1 vez.—CE2020003318.
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 18 horas 30 minutos del 20 de abril
del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Q.C.S. Wealth Management
Sociedad Anónima.—San José, 26 de abril del 2020.—Licda. Isabel Nozzara
Moreno Vásquez, Notaria.—1 vez.—CE2020003319.
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 10 horas 30 minutos del 20 de abril
del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Xemaf Asociados Sociedad
Anónima.—San José, 27 de abril del 2020.—Lic. Felipe Saborío Carrillo,
Notario.—1 vez.—CE2020003320.
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 18 horas 00 minutos del 22 de abril
del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Gestión y Desarrollo de Capital
Humano del Caribe Sociedad Anónima.—San José, 27 de abril del 2020.—Lic. Denis Mauricio
Artavia Cordero, Notario.—1 vez.—CE2020003321.
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 14 horas 00 minutos del 24 de abril
del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Transporte Villa del Coco
TVC Sociedad Anónima.—San José, 27 de abril del 2020.—Licda. Catherine
Vanessa Mora Chavarría,
Notaria.—1 vez.—CE2020003322.
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 08 horas 13 minutos del 27 de abril
del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Maxi Mercado Sociedad
Anónima.—San José, 27 de abril del 2020.—Lic. Jimmy Alberto Diaz Echavarría, Notario.—1
vez.—CE2020003323.
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 17 horas 00 minutos del 21 de abril
del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Sepercre Sociedad Anónima.—San
José, 27 de abril del 2020.—Lic. José Antonio Aiza Juárez, Notario.—1
vez.—CE2020003324.
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 11 horas 30 minutos del 23 de abril
del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Refritica AC Sociedad
Anónima.—San José, 27 de abril del 2020.—Licda. Antonella Da Re Masis,
Notaria.—1 vez.—CE2020003325.
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 10 horas 15 minutos
del 03 de abril del año 2020, se constituyó la sociedad denominada El Número
de Cédula Jurídica Sociedad Anónima.—San José, 27 de abril del 2020.—Lic.
Roberto José Suarez Castro, Notario.—1 vez.—CE2020003326.
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 10 horas 00 minutos del 23 de abril
del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Hotelería Manoa Sociedad
Anónima.—San José, 27 de abril del 2020.—Licda. Katherine Viviana Solera
Madrigal, Notaria.—1 vez.—CE2020003327.
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 16 horas 00 minutos del 23 de marzo
del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Multiservicios Maipaims
Sociedad Anónima.—San José, 27 de abril del 2020.—Lic. Aldy Alfaro Di
Bella, Notario.—1 vez.—CE2020003328.
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 14 horas 00 minutos del 24 de abril
del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Trado LLC Limitada.—San
José, 27 de abril del 2020.—Lic. José Manuel Arias González, Notario.—1
vez.—CE2020003329.
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 15 horas 00 minutos
del 24 de abril del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Metales
SQ Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 27 de abril del
2020.—Lic. Franklin Salazar Arce, Notario.—1 vez.—CE2020003330.
Mediante escritura
otorgada ante esta notaría, a las 14 horas 30 minutos del 16 de marzo del año
2020, se constituyó la sociedad denominada La Bolsoneña de Ignacio y
Asociados Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 27 de abril del
2020.—Lic. Jorge Andrés Delgado Carvajal, Notario.—1 vez.—CE2020003331.
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 10 horas 00 minutos del 27 de abril
del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Servicios Especiales de
Ingeniería Electromecánica y Mantenimiento Integrado Diadel Sociedad Anónima.—San
José, 27 de abril del 2020.—Lic. Iara Lancaster Cortes, Notario.—1
vez.—CE2020003332.
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 08 horas 30 minutos del 10 de marzo
del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Bericool Sociedad Anónima.—San
José, 27 de abril del 2020.—Licda. Annemarie Guevara Guth, Notaria.—1
vez.—CE2020003333.
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 15 horas 00 minutos
del 25 de abril del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Inversiones
Jazman Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 27 de abril del
2020.—Lic. Luis Eduardo Yax Palacios, Notario.—1 vez.—CE2020003334.
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 15 horas 00 minutos
del 24 de abril del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Infraestructura
del Valle SQ Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 27 de abril
del 2020.—Lic. Franklin Salazar Arce, Notario.—1 vez.—CE2020003335.
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 17 horas 00 minutos
del 24 de abril del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Inversiones
Mancilla Sin Fronteras Sociedad Anónima.—San José, 27 de abril del
2020.—Lic. Olger Alejandro Brenes Brenes, Notario.—1 vez.—CE2020003336.
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 12 horas 00 minutos
del 22 de abril del año 2020, se constituyó la sociedad denominada AJB
Merlot Doce Veinte Veinte Diecinueve Limitada.—San José, 27 de abril del
2020.—Lic. Adolfo Antonio García Baudrit, Notario.—1 vez.—CE2020003337.
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 08 horas 30 minutos del 24 de abril
del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Canadian Projects Group
Rentals Limitada.—San José, 27 de abril del 2020.—Lic. Hernán Cordero
Baltodano, Notario.—1 vez.—CE2020003338.
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 11 horas 30 minutos del 24 de abril
del año 2020, se constituyó la sociedad denominada NS Global Business
Solutions Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 27 de abril del
2020.—Licda. Carmen De María
Castro Kahle, Notaria.—1 vez.—CE2020003339.
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 11 horas 00 minutos del 28 de marzo
del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Repuestos Lara Sociedad
Anónima.—San José, 27 de abril del 2020.—Licda. Cindy Araya Montes,
Notaria.—1 vez.—CE2020003340.
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 14 horas 00 minutos
del 21 de abril del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Business
Craft Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 27 de abril del
2020.—Lic. Edward Monge Abarca, Notario.—1 vez.—CE2020003341.
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 11 horas 00 minutos del 27 de abril
del año 2020, se constituyó la sociedad denominada La Gilberta del Norte
Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 27 de abril del 2020.—Lic.
Alonso Jiménez Serrano, Notario.—1 vez.—CE2020003342.
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 09 horas 45 minutos
del 23 de abril del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Millenium
Coffee Corporation Sociedad Anónima.—San José, 27 de abril del 2020.—Lic.
Marco Diego Rivera Romero, Notario.—1 vez.—CE2020003343.
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 14 horas 45 minutos
del 15 de febrero del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Asesores
Administrativos HM Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 27 de
abril del 2020.—Lic. Luis Diego Chaves Solís, Notario.—1 vez.—CE2020003344.
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 08 horas 00 minutos del 20 de enero
del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Consulcym Sociedad De
Responsabilidad Limitada.—San José, 27 de abril del 2020.—Lic. José Manuel
Mojica Cerda, Notario.—1 vez.—CE2020003345.
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 09 horas 14 minutos del 27 de abril
del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Transportes y
Multiservicios D J D P Sociedad Anónima.—San José, 27 de abril del
2020.—Lic. Belzert Espinoza Cruz, Notario.—1 vez.—CE2020003346.
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 12 horas 00 minutos del 22 de abril
del año 2020, se constituyó la sociedad denominada CR Última de Centroamérica
Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 27 de abril del 2020.—Licda.
Ileana María
Arguedas Maklouf, Notaria.—1 vez.—CE2020003347.
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 10 horas 00 minutos del 27 de abril
del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Technical Market
Consultants Limitada.—San José, 27 de abril del 2020.—Lic. Ernesto Desánti
González, Notario.—1 vez.—CE2020003348.
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 08 horas 00 minutos del 22 de abril
del año 2020, se constituyó la sociedad denominada MCZ Group Sociedad
Anónima.—San José, 27 de abril del 2020.—Lic. Cesar Luis Zamora Chaves,
Notario.—1 vez.—CE2020003349.
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 13 horas 00 minutos
del 23 de abril del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Arijaco
Osa Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 27 de abril del
2020.—Licda. Erika Marin Solano, Notaria.—1 vez.—CE2020003350.
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 15 horas 00 minutos del 21 de abril
del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Multiservicios y
Distribuidora R & M Sociedad Anónima.—San José, 27 de abril del
2020.—Lic. Fernando Dionisio Zamora Castellanos, Notario.—1 vez.—CE2020003351.
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 15 horas 05 minutos del 27 de abril
del año 2020, se constituyó la sociedad denominada E & M Staffing
Company Limitada.—San José, 27 de abril del 2020.—Licda. Laura Marcela
Rodríguez Amador, Notaria.—1 vez.—CE2020003352.
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 16 horas 00 minutos del 27 de abril
del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Lubriaceites Ipis
Sociedad Anónima.—San José, 27 de abril del 2020.—Lic. Xochitl Camacho
Medina, Notario.—1 vez.—CE2020003353.
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 18 horas 00 minutos del 09 de mayo
del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Grupo ISZCR Sociedad
Anónima.—San José, 10 de mayo del 2020.—Lic. Luis Antonio Vega Campos,
Notario.—1 vez.—CE2020003671.
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 15 horas 00 minutos del 01 de abril
del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Mariscos Fuerza Azul del
Caribe Sociedad Anónima.—San José, 10 de mayo del 2020.—Lic. Carlos Zúñiga
Céspedes, Notario.—1 vez.—CE2020003672.
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 13 horas 00 minutos del 03 de mayo
del año 2020, se constituyó la sociedad denominada CAD & JAL Sociedad
Anónima.—San José, 10 de mayo del 2020.—Licda. Grace Calderón Garita,
Notaria.—1 vez.—CE2020003673.
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 18 horas 00 minutos del 08 de mayo
del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Global Sourcing Unlimited
Limitada.—San José, 11 de mayo del 2020.—Lic. Luis Alberto Castillo
Chavarría, Notario.—1 vez.—CE2020003674.
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría a las 15 horas 00 minutos del 08 de mayo
del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Vía Monte Inmobiliare
Sociedad Anónima.—San José, 11 de mayo del 2020.—Lic. Pablo Eliecer Valerio
Soto, Notario.—1 vez.—CE2020003675.
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 18 horas 00 minutos
del 07 de mayo del año 2020, se constituyó la sociedad denominada The
Digital Ventures Holding Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 11
de mayo del 2020.—Lic. Jorge Enrique Muñoz García, Notario.—1
vez.—CE2020003676.
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 15 horas 00 minutos del 09 de mayo
del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Topcanto Sociedad Anónima.—San
José, 11 de mayo del 2020.—Lic. Alex Benjamín Gen Palma, Notario.—1
vez.—CE2020003677.
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 10 horas 00 minutos del 16 de abril
del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Colinas de Hermosa
Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 11 de mayo del 2020.—Lic.
Franklin López
Ramírez,
Notario.—1 vez.—CE2020003678.
Mediante escritura
otorgada ante esta notaría, a las 16 horas 00 minutos del 30 de abril del año
2019, se constituyó la sociedad denominada Drycooler Solutions J.F.C.
Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 11 de mayo del 2020.—Lic.
Carmen Fernández
Molina, Notaria.—1 vez.—CE2020003679.
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 14 horas 00 minutos
del 05 de mayo del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Inversiones
G Y G del Caribe CR Sociedad Anónima.—San José, 11 de mayo del
2020.—Lic. Juan Carlos Radulovich Quijano, Notario.—1 vez.—CE2020003680.
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 09 horas 00 minutos del 08 de mayo
del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Los Sueños de Los Lagos
Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 11 de mayo del 2020.—Lic.
Warner Porras Guzmán, Notario.—1 vez.—CE2020003681.
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 16 horas 00 minutos del 29 de abril
del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Inversiones Santicazo
Sociedad Anónima.—San José, 11 de mayo del 2020.—Licda. Ana Cecilia Solís
Ugalde, Notaria.—1 vez.—CE2020003682.
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 09 horas 00 minutos del 11 de mayo
del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Jermag Dos Tres Ocho
Limitada.—San José, 11 de mayo del 2020.—Lic. Óscar Manuel Funes Orellana,
Notario.—1 vez.—CE2020003683.
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 10 horas 00 minutos del 03 de abril
del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Desarrollos para la
Energía y la Industria Company Sociedad Anónima.—San José, 11 de mayo del
2020.—Lic. Víctor Esteban Méndez Zúñiga, Notario.—1 vez.—CE2020003684.
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 08 horas 00 minutos
del 08 de mayo del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Investigaciones
Fármaco Veterinarias Sociedad Anónima.—San José, 11 de mayo del
2020.—Licda. Karol Tatiana Segura Sandoval, Notaria.—1 vez.—CE2020003685.
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 11 horas 00 minutos del 11 de mayo
del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Reunión Costa Rica at
Sugar Beach Limitada.—San José, 11 de mayo del 2020.—Lic. Gonzalo José Rojas Benavides, Notario.—1
vez.—CE2020003686.
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 08 horas 00 minutos del 08 de mayo
del año 2020, se constituyó la sociedad denominada SAC Business and
Investments of the West Sociedad Anónima.—San José, 11 de mayo del
2020.—Lic. Guillermo José
Sanabria Leiva, Notario.—1 vez.—CE2020003687.
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 08 horas 00 minutos del 11 de mayo
del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Augara Sociedad Anónima.—San
José, 11 de mayo del 2020.—Licda. Silvia Marcela Chaves Delgado, Notaria.—1
vez.—CE2020003688.
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 13 horas 30 minutos
del 08 de mayo del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Trans
Lotto TL Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 11 de mayo del
2020.—Lic. Gustavo Adolfo Koutsouris Canales, Notario.—1 vez.—CE2020003689.
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 09 horas 00 minutos del 06 de mayo
del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Mobele de Costa Rica
Sociedad Anónima.—San José, 11 de mayo del 2020.—Lic. Rigoberto Rodríguez
Hernández,
Notario.—1 vez.—CE2020003690.
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 09 horas 00 minutos del 11 de mayo
del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Lasaga Sociedad Anónima.—San
José, 11 de mayo del 2020.—Licda. Angélica Campos Barrantes, Notaria.—1
vez.—CE2020003691.
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 16 horas 30 minutos del 08 de mayo
del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Energy On Costa Rica
Sociedad Anónima.—San José, 11 de mayo del 2020.—Lic. Eliott Dayan Vargas
Corrales, Notario.—1 vez.—CE2020003692.
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 14 horas 00 minutos del 07 de mayo
del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Securitas Services
International Costa Rica Sociedad Anónima.—San José, 11 de mayo del
2020.—Lic. Hugo Antonio Chavarría Soto, Notario.—1 vez.—CE2020003693.
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 11 horas 00 minutos del 16 de abril
del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Inversiones y Soluciones
G.T.S. Costa Rica Sociedad Anónima.—San José, 11 de mayo del 2020.—Lic.
Mauricio Lara Ramos, Notario.—1 vez.—CE2020003694.
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 11 horas 30 minutos del 11 de mayo
del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Cruzmaris Sociedad
Anónima.—San José, 11 de mayo del 2020.—Licda. María Lourdes Montes de Oca
Carboni, Notaria.—1 vez.—CE2020003695.
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 09 horas 00 minutos del 05 de mayo
del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Bombas para Agua Jorge
Segura Limitada.—San José, 11 de mayo del 2020.—Lic. Guillermo Salas
Campos, Notario.—1 vez.—CE2020003696.
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 15 horas 20 minutos del 06 de mayo
del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Transportes Yidro
Sociedad Anónima.—San José, 11 de mayo del 2020.—Lic. Yeison Zamora Arias,
Notario.—1 vez.—CE2020003697.
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 13 horas 00 minutos del 11 de mayo
del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Parque Empresarial
Alajuela Sociedad Anónima.—San José, 11 de mayo del 2020.–Licda. María del
Milagro Solorzano León, Notaria.—1 vez.—CE2020003698.
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 15 horas 00 minutos del 04 de mayo
del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Olvarbar de Caldera
Sociedad Anónima.—San José, 11 de mayo del 2020.—Lic. Warner Calvo Dinarte,
Notario.—1 vez.—CE2020003699.
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 12 horas 30 minutos del 11 de mayo
del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Majaki Sociedad de
Responsabilidad Limitada.—San José, 11 de mayo del 2020.—Lic. Miguel Chacón
Alvarado, Notario.—1 vez.—CE2020003700.
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 14 horas 45 minutos del 07 de mayo
del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Queve MK Sociedad Anónima.—San
José, 11 de mayo del 2020.—Lic. Albino Solórzano Vega, Notario.—1
vez.—CE2020003701.
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 08 horas 00 minutos del 11 de mayo
del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Kismet Paz CR LLC
Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 11 de mayo del 2020.—Lic.
Bernal Jiménez
Núñez, Notario.—1 vez.—CE2020003702.
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 14 horas 00 minutos
del 30 de abril del año 2020, se constituyó la sociedad denominada RRS Auto
Repuestos Cero Siete Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 11 de
mayo del 2020.—Licda. Alejandra Fallas Valerio, Notaria.—1 vez.—CE2020003703.
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 10 horas 00 minutos del 09 de mayo
del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Telocomprocrpuntocom
Sociedad Anónima.—San José, 11 de mayo del 2020.—Licda. Amadeley de Los
Ángeles Vargas Cordero, Notario.—1 vez.—CE2020003704.
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 00 horas 00 minutos del 07 de mayo
del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Hidrobit Soluciones
Sociedad Anónima.—San José, 11 de mayo del 2020.—Lic. Gerardo Castillo
Rojas, Notario.—1 vez.—CE2020003705.
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 15 horas 00 minutos del 10 de mayo
del año 2020, se constituyó la sociedad denominada PVTEC Sociedad de
Responsabilidad Limitada.—San José, 11 de mayo del 2020.—Licda. Erica
Dayana Chavarría Fallas, Notaria.—1 vez.—CE2020003706.
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 13 horas 00 minutos del 08 de mayo
del año 2020, se constituyó la sociedad denominada H&T Nosara Holdings
Limitada.—San José, 11 de mayo del 2020.—Lic. Andrés Montejo Morales,
Notario.—1 vez.—CE2020003706.
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 11 horas 00 minutos
del 06 de mayo del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Aprende en
Línea Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 11 de mayo del
2020.—Lic. Félix Montoya Ordóñez, Notario.—1
vez.—CE2020003707.
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 08 horas 00 minutos del 08 de mayo
del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Investigaciones Fármaco
Veterinarias I F V Sociedad Anónima.—San José, 11 de mayo del 2020.—Licda.
Karol Tatiana Segura Sandoval, Notaria.—1 vez.—CE2020003708.
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 10 horas 00 minutos
del 11 de mayo del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Importaciones
JKS CR Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 11 de mayo del
2020.—Lic. Javier Alonso Blanco Benavides, Notario.—1 vez.—CE2020003709.
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 10 horas 30 minutos
del 08 de mayo del año 2020, se constituyó la sociedad denominada MRL Group
Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 11 de mayo del 2020.—Lic.
Adolfo Jiménez Pacheco,
Notario.—1 vez.—CE2020003710.
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 14 horas 30 minutos del 07 de mayo
del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Bienestar Soluciones
Sociedad Anónima.—San José, 11 de mayo del 2020.—Licda. Nichole Ivette
Hidalgo Murillo, Notaria.—1 vez.—CE2020003711.
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 18 horas 00 minutos del 29 de abril
del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Tacho S Y J Sociedad
Anónima.—San José, 11 de mayo del 2020.—Lic. Leonardo Alonso Rojas
Rodríguez, Notario.—1 vez.—CE2020003712.
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 15 horas 00 minutos del 10 de mayo
del año 2020, se constituyó la sociedad denominada PVTEC Sociedad de
Responsabilidad Limitada.—San José, 11 de mayo del 2020.—Licda. Erica
Dayana Chavarría Fallas, Notaria.—1 vez.—CE2020012596.
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 08 horas 00 minutos del 28 de mayo
del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Truggu Sociedad de
Responsabilidad Limitada.—San José, 28 de mayo del 2020.—Licda. Netzy
Yanina Soto Rojas, Notaria.—1 vez.—CE2020004311.
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 20 horas 00 minutos del 26 de mayo
del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Centeno & Sánchez Perrotico CSP Sociedad
de Responsabilidad Limitada.—San
José, 28 de mayo del 2020.—Lic. José Bernardo Soto Calderón, Notario.—1 vez.—CE2020004312.
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 13 horas 30 minutos
del 01 de mayo del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Sabarra
Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 29 de mayo del 2020.—Licda.
Rosa María Cosio Cubero, Notaria.—1 vez.—CE2020004313.
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 11 horas 00 minutos
del 19 de mayo del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Consultoría
B Y M Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 29 de mayo del 2020.—Lic.
Hermmoth Rothe Paniagua, Notario.—1 vez.—CE2020004314.
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 16 horas 00 minutos del 28 de mayo
del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Lusso Constructora
Sociedad Anónima.—San José, 29 de mayo del 2020.—Licda. Mylicent Milena
Núñez Cruz, Notaria.—1 vez.—CE2020004315.
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 08 horas 00 minutos del 28 de mayo
del año 2020, se constituyó la sociedad denominada C & G Ingeniería
Sociedad Anónima.—San José, 29 de mayo del 2020.—Lic. Raúl Emilio Acosta
Arias, Notario.—1 vez.—CE2020004316.
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 08 horas 05 minutos del 29 de mayo
del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Guzmán HRM Siete Sociedad
Anónima.—San José, 29 de mayo del 2020.—Lic. Óscar Basilio La Touche
Arguello, Notario.—1 vez.—CE2020004317.
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 16 horas 00 minutos del 15 de mayo
del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Ocean Club Operations
Partnership Ocop Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 29 de mayo
del 2020.—Lic. Rafael Gerardo Montenegro Peña, Notario.—1 vez.—CE2020004318.
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 11 horas 00 minutos del 28 de mayo
del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Corporación Ares Sociedad
Anónima.—San José, 29 de mayo del 2020.—Lic. Rigoberto Guerrero Olivares,
Notario.—1 vez.—CE2020004319.
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 09
horas 00 minutos del 25 de mayo del año 2020, se constituyó la sociedad
denominada Somos Mas Innovación Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San
José, 29 de mayo del 2020.—Lic. Eduardo Alfonso Márquez Fernandez, Notario.—1
vez.—CE2020004320.
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 14 horas 00 minutos del 28 de mayo
del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Ctres ZF Administradora
Sociedad Anónima.—San José, 29 de mayo del 2020.—Licda. Magally María
Guadamuz García, Notaria.—1 vez.—CE2020004320.
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 17 horas 00 minutos del 28 de mayo
del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Distribuidora Joluso
Limitada.—San José, 29 de mayo del 2020.—Licda. Rita María Esquivel
Villalobos, Notaria.—1 vez.—CE2020004321.
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 13
horas 00 minutos del 25 de mayo del año 2020, se constituyó la sociedad
denominada Boat Five Limitada.—San José, 29 de mayo del 2020.—Lic.
Sergio José Guido Villegas,
Notario.—1 vez.—CE2020004322.
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 13
horas 30 minutos del 28 de mayo del año 2020, se constituyó la sociedad
denominada Grupo Y&Q Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José,
29 de mayo del 2020.—Licda. Jennifer Mariela Esquivel Jiménez, Notaria.—1 vez.—CE2020004323.
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 10
horas 00 minutos del 29 de mayo del año 2020, se constituyó la sociedad
denominada Inversiones SSJ Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San
José, 29 de mayo del 2020.—Lic. Osman González Araya, Notario.—1
vez.—CE2020004324.
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 10
horas 30 minutos del 29 de mayo del año 2020, se constituyó la sociedad
denominada Hacienda El Opal Negro Sociedad De Responsabilidad Limitada.—San
José, 29 de mayo del 2020.—Lic. Osman González Araya, Notario.—1
vez.—CE2020004325.
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 08
horas 00 minutos del 27 de mayo del año 2020, se constituyó la sociedad
denominada Cotinga Río Sociedad de
Responsabilidad Limitada.—San José, 29 de mayo del 2020.—Lic. Owen Amen Montero,
Notario.—1 vez.—CE2020004326.
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 08 horas 00 minutos del 26 de mayo
del año 2020, se constituyó la sociedad denominada CID Holding In Sociedad
Anónima.—San José, 29 de mayo del 2020.—Lic. Daniel Aguilar González,
Notario.—1 vez.—CE2020004327.
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 10 horas 00 minutos del 29 de mayo
del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Bio Enia Sociedad Anónima.—San
José, 29 de mayo del 2020.—Lic. Allan Pérez Montes, Notario.—1
vez.—CE2020004328.
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 10 horas 00 minutos del 29 de mayo
del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Comando Especial de
Seguridad MT Sociedad De Responsabilidad Limitada.—San José, 29 de mayo del
2020.—Licda. Vanessa de Los Ángeles Vega Chavarría, Notaria.—1 vez.—CE2020004329.
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 12 horas 00 minutos del 18 de mayo
del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Balance en Movimientos
Sociedad Anónima.—San José, 29 de mayo del 2020.—Lic. Ronald Brealey Mora,
Notario.—1 vez.—CE2020004330.
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 11 horas 00 minutos del 28 de mayo
del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Distribuidora Ciervo
Soluciones DCS Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 29 de mayo
del 2020.—Lic. Luis Alejandro Vargas Carazo, Notario.—1 vez.—CE2020004331.
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 08 horas 00 minutos del 28 de mayo
del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Empresarios Jurídicos
Globales Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 29 de mayo del
2020.—Licda. Madelyn Tatiana Rojas Marín, Notaria.—1 vez.—CE2020004332.
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 16 horas 30 minutos del 28 de mayo
del año 2020, se constituyó la sociedad denominada El Caballo de Los Llanos
Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 29 de mayo del 2020.—Lic.
Adolfo Jimenez Pacheco, Notario.—1 vez.—CE2020004333.
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 14 horas 00 minutos del 28 de mayo
del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Constructora del Pacífico M.J.C. Sociedad Anónima.—San José, 29 de mayo del
2020.—Lic. Diego González Vargas, Notario.—1 vez.—CE2020004334.
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 11 horas 00 minutos del 21 de mayo
del año 2020, se constituyó la sociedad denominada CR BIS CR Sociedad
Anónima.—San José, 29 de mayo del 2020.—Licda. María Virginia Méndez
Ugalde, Notaria.—1 vez.—CE2020004335.
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 10 horas 00 minutos del 28 de mayo
del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Desarrollos Natura
Sociedad Anónima.—San José, 29 de mayo del 2020.—Lic. José Miguel León Hidalgo,
Notario.—1 vez.—CE2020004336.
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 08 horas 00 minutos del 28 de mayo
del año 2020, se constituyó la sociedad denominada MK - CR Manantial de Vida
Eterna Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 29 de mayo del
2020.—Lic. Erasmo Enrique Rojas Madrigal, Notario.—1 vez.—CE2020004337.
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 13 horas 00 minutos del 27 de mayo
del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Alexin Sociedad de
Responsabilidad Limitada.—San José, 29 de mayo del 2020.—Lic. Víctor Andrés
Moreira Sirias, Notario.—1 vez.—CE2020004338.
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 14 horas 00 minutos del 25 de mayo
del año 2020, se constituyó la sociedad denominada El Guayabal de Greife
Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 29 de mayo del 2020.—Lic.
Jorge Daniel Moncrieffe Santana, Notario.—1 vez.—CE2020004339.
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 11 horas 00 minutos del 28 de mayo
del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Grupo Aresa Sociedad
Anónima.—San José, 29 de mayo del 2020.—Lic. Rigoberto Guerrero Olivares,
Notario.—1 vez.—CE2020004340.
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 10 horas 30 minutos del 29 de mayo
del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Gestión Legal de San José
Sociedad Anónima.—San José, 29 de mayo del 2020.—Lic. Ileana Montero
Montoya, Notario.—1 vez.—CE2020004341.
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 13
horas 45 minutos del 29 de mayo del año 2020, se constituyó la sociedad
denominada Pocr LLC Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 29
de mayo del 2020.—Lic. Fernando Alfaro Chamberlain, Notario.—1
vez.—CE2020004342.
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 13 horas 00 minutos del 29 de mayo
del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Camelia Motmot Limitada.—San
José, 29 de mayo del 2020.—Lic. Óscar Manuel Funes Orellana, Notario.—1
vez.—CE2020004343.
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 17
horas 00 minutos del 26 de mayo del año 2020, se constituyó la sociedad
denominada Inversiones C.J. 2020 Sociedad Anónima.—San José, 29 de mayo
del 2020.—Licda. Melania de Los Ángeles Chin Wo
Cruz, Notaria.—1 vez.—CE2020004344.
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 13
horas 30 minutos del 29 de mayo del año 2020, se constituyó la sociedad
denominada Riya Sokol Art Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San
José, 29 de mayo del 2020.—Lic. Rosario Araya Arroyo, Notario.—1
vez.—CE2020004345.
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 14 horas 30 minutos del 03 de marzo
del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Cynergy Labs Sociedad
Anónima.—San José, 29 de mayo del 2020.—Lic. Jorge Hernandez Calvo,
Notario.—1 vez.—CE2020004346.
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 10 horas 00 minutos del 29 de mayo
del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Sosaju Sociedad de
Responsabilidad Limitada.—San José, 29 de mayo del 2020.—Lic. Osman
González Araya, Notario.—1 vez.—CE2020004347.
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 11 horas 00 minutos del 29 de mayo
del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Maypa & Hermanos MPH
Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 29 de mayo del 2020.—Lic.
Alejandro Salom Hernandez, Notario.—1 vez.—CE2020004348.
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 14 horas 00 minutos del 28 de mayo
del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Ctres ZF Administradora
Sociedad Anónima.—San José, 29 de mayo del 2020.—Licda. Magally María
Guadamuz García, Notaria.—1 vez.—CE2020012597.
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 08 horas 00 minutos del 28 de mayo
del año 2020, se constituyó la sociedad denominada PCH Ciento Once Sociedad
Anónima.—San José, 01 de junio del 2020.—Licda. Adriana Villalobos Brenes,
Notario.—1 vez.—CE2020004349.
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 08 horas 00 minutos
del 29 de mayo del año 2020, se constituyó la sociedad denominada M&O
Investment Group Corp Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 01 de
junio del 2020.—Lic. Ricardo Urbina Paniagua, Notario.—CE2020004350.
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 12 horas 00 minutos del 22 de mayo
del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Luana Services Sociedad
Anónima Sociedad Anónima.—San José, 01 de junio del 2020.—Lic. Óscar
Humberto Segnini Saborío, Notario.—1
vez.—CE2020004351.
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 14 horas 30 minutos del 07 de mayo
del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Credisoluciones Sociedad
Anónima.—San José, 01 de junio del 2020.—Licda. Nichole Ivette Hidalgo
Murillo, Notario.—1 vez.—CE2020004352.
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 15 horas 00 minutos
del 30 de mayo del año 2020, se constituyó la sociedad denominada ID Salud
Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 01 de junio del
2020.—Licda. Priscilla María Rivera Muñoz, Notario.—1 vez.—CE2020004353.
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 08 horas 00 minutos del 28 de mayo
del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Go Green Ingeniería
Sociedad Anónima.—San José, 01 de junio del 2020.—Lic. Raúl Emilio Acosta
Arias, Notario.—1 vez.—CE2020004354
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 11 horas 30 minutos del 29 de mayo
del año 2020, se constituyó la sociedad denominada CYL In Nova
Construcciones Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 01 de junio
del 2020.—Licda. Isabel Cristina Vargas Vargas, Notaria.—1 vez.—CE2020004355.
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 15 horas 00 minutos del 17 de abril
del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Acotax Kreston Costa Rica
Sociedad Anónima.—San José, 01 de junio del 2020.—Licda. Sonia Víquez
Chaverri, Notaria.—1 vez.—CE2020004356.
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 11 horas 00 minutos del 28 de mayo
del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Corporación Aresa
Sociedad Anónima.—San José, 01 de junio del 2020.—Lic. Rigoberto Guerrero
Olivares, Notario.—1 vez.—CE2020004357.
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 16 horas 00 minutos
del 29 de mayo del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Grupo
Connectia Digital Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 01 de
junio del 2020.—Lic. Iván Darío Villegas Franco, Notario.—1 vez.—CE2020004358.
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 15 horas 00 minutos del 28 de mayo
del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Patisserie y Boulangerie
Tarte Passion Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 01 de junio
del 2020.—Lic. Cesar Augusto Mora Zahner, Notario.—1 vez.—CE2020004359.
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 15 horas 00 minutos
del 26 de mayo del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Choferes
para Costa Rica Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 01 de junio
del 2020.—Lic. Fernando Gamboa Gamboa, Notario.—1 vez.—CE2020004360.
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 14 horas 00 minutos del 29 de mayo
del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Dos Napos y Medio
Limitada.—San José, 01 de junio del 2020.—Licda. Mayra Tatiana Alfaro
Porras, Notaria.—1 vez.—CE2020004361.
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 15 horas 00 minutos del 21 de mayo
del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Sayerk Sociedad de
Responsabilidad Limitada.—San José, 01 de junio del 2020.—Lic. Rafael Ángel
Fonseca González, Notario.—1 vez.—CE2020004362.
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 11 horas 30 minutos
del 29 de mayo del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Linka
Soluciones Técnicas de Construcción Sociedad Anónima.—San José, 01 de junio
del 2020.—Licda. Laura Mariana Oviedo Murillo, Notaria.—1 vez.—CE2020004363.
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 17 horas 00 minutos
del 29 de mayo del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Moto
Llantas y Accesorios Moto Racer Sociedad Anónima.—San José, 01 de junio del
2020.—Lic. José Jesús Gazel
Briceño, Notario.—1 vez.—CE2020004364.
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 10 horas 00 minutos
del 01 de junio del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Multiservicios
J E del Sur Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 01 de junio del
2020.—Licda. Yenny Sandi Romero, Notaria.—1 vez.—CE2020004365.
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 14 horas 00 minutos del 21 de mayo
del año 2020, se constituyó la sociedad denominada VYS Tienda de Mascotas
Sociedad Anónima.—San José, 01 de junio del 2020.—Lic. Rafael Ángel Fonseca González, Notario.—1
vez.—CE2020004366.
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 08 horas 00 minutos del 28 de mayo
del año 2020, se constituyó la sociedad denominada C.G.N.MC. Inversiones
Limitada.—San José, 01 de junio del 2020.—Licda. Eugenia María Rojas Rodríguez, Notaria.—1
vez.—CE2020004368.
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 11 horas 00 minutos del 31 de mayo
del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Subatech Daro Sociedad
Anónima.—San José, 01 de junio del 2020.—Lic. Randall Segura Ulate,
Notario.—1 vez.—CE2020004369.
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 13 horas 00 minutos
del 27 de mayo del año 2020, se constituyó la sociedad denominada ACYMC
Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 01 de junio del 2020.—Lic.
Víctor Andrés Moreira Sirias, Notario.—1 vez.—CE2020004369.
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 15 horas 00 minutos
del 28 de mayo del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Hermanos Lavediau
Vargas Sociedad Anónima.—San José, 01 de junio del
2020.—Lic. Gerardo Andrés Camacho Quirós, Notario.—1 vez.—CE2020004370.
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 10 horas 00 minutos del 28 de mayo
del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Constructora Álvarez y
Acosta Sociedad Anónima.—San José, 01 de junio del 2020.—Licda. Selita
Raquel Farrier Brais, Notaria.—1 vez.—CE2020004371.
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 11 horas 30 minutos del 30 de mayo
del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Chila C.P.F.
Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 01 de junio del
2020.—Licda. Carmen Fernandez Molina, Notaria.—1 vez.—CE2020004372.
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 11 horas 00 minutos del 31 de mayo
del año 2020, se constituyó la sociedad denominada P.C.A Contadores y
Auditores Sociedad Anónima.—San José, 01 de junio del 2020.—Lic. Johnny
Alberto Pérez
Vargas, Notario.—1 vez.—CE2020004373.
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 18 horas 00 minutos del 27 de mayo
del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Aguti de Mar Sociedad
Anónima.—San José, 01 de junio del 2020.—Lic. Juan Luis Cespedes Vargas,
Notario.—1 vez.—CE2020004374.
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 08 horas 00 minutos del 01 de junio
del año 2020, se constituyó la sociedad denominada ABH Holdings Limitada.—San
José, 01 de junio del 2020.—Lic. Guillermo Emilio Zúñiga González, Notario.—1
vez.—CE2020004375.
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 16 horas 00 minutos del 28 de mayo
del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Verduras y Hortalizas
Jgsiete-Dos Mil Veinte Sociedad Anónima.—San José, 01 de junio del 2020.—Lic.
Randall Alfredo Porras Quirós, Notario.—1 vez.—CE2020004376.
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 10 horas 30 minutos del 29 de mayo
del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Control y Gestión Legal
de S. J. Sociedad Anónima.—San José, 01 de junio del 2020.—Licda. Ileana
Montero Montoya, Notaria.—1 vez.—CE2020004377.
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 11 horas 00 minutos del 01 de junio
del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Inversiones El
Paraíso Marbellano SRL Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 01
de junio del 2020.—Licda. Gloriana Carmona Castañeda, Notaria.—1
vez.—CE2020004378.
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 13 horas 00 minutos
del 26 de mayo del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Comercializadora
Jady Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 01 de junio del
2020.—Lic. Sebastián Adonay Arroyo Trejos, Notario.—1 vez.—CE2020004379.
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 14 horas 00 minutos
del 01 de junio del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Cositas
del Mundo Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 01 de junio del
2020.—Lic. Ronald Núñez Álvarez, Notario.—1
vez.—CE2020004380.
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 13 horas 30 minutos del 26 de mayo
del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Comercializador JJ
Treinta y Seis Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 01 de junio
del 2020.—Lic. Sebastián Adonay Arroyo Trejos, Notario.—1 vez.—CE2020004381.
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 12 horas 00 minutos
del 01 de junio del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Grupo
Amha Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 01 de junio del
2020.—Lic. Marco Antonio Fernández López, Notario.—1 vez.—CE2020004382.
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 14 horas 00 minutos del 30 de mayo
del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Repuestos Fortuna
Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 01 de junio del 2020.—Lic.
Marlon Fernando Arce Blanco, Notario.—1 vez.—CE2020004383.
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 14 horas 00 minutos del 01 de junio
del año 2020, se constituyó la sociedad denominada AFF & Trust Sociedad
Anónima.—San José, 01 de junio del 2020.—Licda. Adriana Silva Rojas,
Notaria.—1 vez.—CE2020004383.
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 08 horas 00 minutos del 24 de mayo
del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Tera Gestión de Cobros Sociedad Anónima.—San José, 01 de junio del
2020.—Lic. Javier Alonso Blanco Benavides, Notario.—1 vez.—CE2020004384.
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 13 horas 00 minutos del 27 de mayo
del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Familia Contreras y
Molina Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 01 de junio del
2020.—Lic. Víctor Andrés Moreira Sirias, Notario.—1 vez.—CE2020004385.
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 15 horas 00 minutos del 28 de mayo
del año 2020, se constituyó la sociedad denominada GTE Falcon Data Sociedad
Anónima.—San José, 01 de junio del 2020.—Lic. Celimo Gerardo Fuentes
Vargas, Notario.—1 vez.—CE2020004386.
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 14 horas 00 minutos del 01 de junio
del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Sea View Equity Sociedad
de Responsabilidad Limitada.—San José, 01 de junio del 2020.—Lic. Jefte
David Zúñiga Jiménez,
Notario.—1 vez.—CE2020004387.
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 10 horas 00 minutos del 26 de mayo
del año 2020, se constituyó la sociedad denominada La Buena Yerba Medicial
Sociedad Anónima.—San José, 01 de junio del 2020.—Lic. Óscar Arias Valverde,
Notario.—1 vez.—CE2020004388.
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 18 horas 00 minutos del 19 de mayo
del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Fprogress Sociedad
Anónima.—San José, 01 de junio del 2020.—Lic. Abel Ignacio Gómez Bloise,
Notario.—1 vez.—CE2020004389.
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 13 horas 00 minutos del 25 de abril
del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Costa Rica Best Produce
Crbp Sociedad Anónima.—San José, 01 de junio del 2020.—Licda. Mónica
Marcela Zúñiga Sylvester, Notaria.—1 vez.—CE2020004390.
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 14 horas 00 minutos
del 01 de junio del año 2020, se constituyó la sociedad denominada GPL
Solutions Costa Rica Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 01 de
junio del 2020.—Licda. Diana Catalina Varela Solano, Notaria.—1
vez.—CE2020004391.
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 18 horas 00 minutos del 24 de mayo
del año 2020, se constituyó la sociedad denominada CMXI Sociedad de
Responsabilidad Limitada.—San José, 01 de junio del 2020.—Lic. Johanna
Bonilla Ulloa, Notario.—1 vez.—CE2020004392.
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 10 horas 00 minutos
del 21 de mayo del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Corporación
Kenosis Salas Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 01 de junio
del 2020.—Lic. José Gonzalo Carrillo
Mora, Notario.—1 vez.—CE2020004393.
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 12 horas 30 minutos del 29 de mayo
del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Mechuvilla Sociedad de
Responsabilidad Limitada.—San José, 01 de junio del 2020.—Lic. Edgar
Alejandro Solís Moraga, Notario, 1 vez.—CE2020004394.
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 16 horas 00 minutos del 05 de mayo
del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Servicios Ganaderos C.R.
Sociedad Anónima.—San José, 01 de junio del 2020.—Lic. Francisco Arturo
Arias Mena, Notario.—1 vez.—CE2020004395.
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 08 horas 00 minutos del 20 de mayo
del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Oxifire Sociedad de
Responsabilidad Limitada.—San José, 01 de junio del 2020.—Lic. Guillermo
Emilio Zúñiga González, Notario.—1 vez.—CE2020004396.
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 14 horas 00 minutos del 01 de junio
del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Limpieza Costa Rica, LCR
Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 01 de junio del 2020.—Lic.
Edgar Antonio Nassar Guier, Notario.—1 vez.—CE2020004397.
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 10 horas 05 minutos del 27 de mayo
del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Isolar Sociedad Anónima.—San
José, 01 de junio del 2020.—Lic. Fernando Santiago Benel Alama, Notario.—1
vez.—CE2020004398.
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 11 horas 00 minutos del 01 de junio
del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Inversiones El Paraíso
Marbellano de Guanacaste SRL Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San
José, 01 de junio del 2020.—Licda. Gloriana Carmona Castañeda, Notaria.—1
vez.—CE2020004399.
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 16 horas 30 minutos del 21 de mayo
del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Rocesa Sociedad Anónima.—San
José, 01 de junio del 2020.—Licda. Evelin de Los Ángeles Sandoval Sandoval,
Notaria.—1 vez.—CE2020004400.
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 13 horas 00 minutos
del 01 de junio del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Inversiones
Castillo Rodríguez Sociedad Anónima.—San José, 01 de junio del 2020.—Lic.
José Eduardo Diaz Canales, Notario.—1
vez.—CE2020004401.
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 15 horas 20 minutos
del 01 de junio del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Gameary
Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 01 de junio del 2020.—Lic.
Fernando Sobrado Chamberlain, Notario.—1 vez.—CE2020004402.
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 17 horas 00 minutos del 31 de mayo
del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Discere Sociedad Anónima.—San
José, 01 de junio del 2020.—Lic. Daniel Alvarado Jiménez, Notario.—1
vez.—CE2020004403.
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 12 horas 00 minutos
del 01 de junio del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Amha AT
Caletas Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 01 de junio del
2020.—Lic. Marco Antonio Fernández López, Notario.—1 vez.—CE2020004404.
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 00 horas 00 minutos del 15 de mayo
del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Pemberley Sociedad de
Responsabilidad Limitada.—San José, 01 de junio del 2020.—Licda. Yuliana
Gaitán Ayalés, Notaria.—1 vez.—CE2020004405.
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 08 horas 30 minutos del 01 de junio
del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Dulce Estancia de Jacó Sociedad de Responsabilidad
Limitada.—San
José, 01 de junio del 2020.—Lic. Alfredo Núñez Gamboa, Notario.—1
vez.—CE2020004406.
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 11 horas 00 minutos del 31 de mayo
del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Subatech Daro Sociedad
Anónima.—San José, 01 de junio del 2020.—Lic. Randall Segura Ulate,
Notario.—1 vez.—CE2020012609.
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 14 horas 00 minutos
del 05 de junio del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Transportes
DEM Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 07 de junio del
2020.—Lic. Anthony Norman Borbón Rojas, Notario.—1 vez.—CE2020004630.
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 10 horas 30 minutos
del 05 de junio del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Inversiones
El Tesoro J M Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 07 de junio
del 2020.—Lic. Fernando Sobrado Chamberlain, Notario.—1 vez.—CE2020004631.
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 15 horas 00 minutos del 02 de junio
del año 2020, se constituyó la sociedad denominada MICM Empresas
Centroamérica Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 07 de junio
del 2020.—Licda. Alicia Yesenia Chacón Araya, Notaria.—1 vez.—CE2020004632.
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 09 horas 00 minutos del 04 de junio
del año 2020, se constituyó la sociedad denominada La Corona de Oriente
Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 08 de junio del
2020.—Licda. Ana María
Vargas Moya, Notaria.—1 vez.—CE2020004633.
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 10 horas 00 minutos
del 05 de junio del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Construcciones
JW Avalón Sociedad de
Responsabilidad Limitada.—San José, 08 de junio del 2020.—Lic. Paulina Bonilla
Guillén, Notaria.—1 vez.—CE2020004634.
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 11 horas 30 minutos
del 02 de junio del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Fereirao
Dos Mil Diecinueve Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 08 de
junio del 2020.—Lic. Luis Roberto Canales Ugarte, Notario.—1 vez.—CE2020004635.
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 15 horas 00 minutos
del 01 de junio del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Comercializadora
IK-Teja de Costa Rica Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 08 de
junio del 2020.—Lic. Omar Jalil Ayales Aden, Notario.—1 vez.—CE2020004636.
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 13 horas 20 minutos del 04 de junio
del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Inmava Sociedad Anónima.—San
José, 08 de junio del 2020.—Lic. Ricardo Javier Hidalgo Murillo, Notario.—1
vez.— CE2020004637.
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 15 horas 00 minutos
del 02 de junio del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Bread
House Food Services Internacional LSS Sociedad Anónima.—San José, 08 de
junio del 2020.—Licda. Isabel María Vásquez Rojas, Notaria.—1
vez.—CE2020004638.
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 08 horas 00 minutos del 05 de junio
del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Allianz Business Law
Limitada.—San José, 08 de junio del 2020.—Lic. Ricardo Badilla Reyes,
Notario.—1 vez.—CE2020004639.
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 10 horas 30 minutos
del 05 de junio del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Golden
Shore Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 08 de junio del
2020.—Lic. Luis Fernando Fallas Marín, Notario.—1 vez.—CE2020004640.
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 15 horas 00 minutos del 03 de junio
del año 2020, se constituyó la sociedad denominada CIAFA Inversiones Verdes
Sociedad Anónima.—San José, 08 de junio del 2020.—Lic. Wilson Alejandro
Vindas Rojas, Notario.—1 vez.—CE2020004641.
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 10 horas 00 minutos del 10 de
Octubre del año 2019, se constituyó la sociedad denominada Paca Loca Plus
Sociedad Anónima.—San José, 08 de junio del 2020.—Lic. Christian Alonso
Merlos Cuaresma, Notario.—1 vez.—CE2020004642.
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 08 horas 00 minutos del 29 de mayo
del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Lapas Amarillas de
Pavones Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 08 de junio del
2020.—Lic. Sergio Martín
Sancho Hernández,
Notario.—1 vez.—CE2020004643.
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 11 horas 11 minutos
del 19 de mayo del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Fazenda
Tectona Grandis Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 08 de junio
del 2020.—Lic. Mauricio Eduardo Martínez Parada, Notario.—1 vez.—CE2020004644.
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 08 horas 10 minutos del 29 de mayo
del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Montañas Azules de
Pavones del Sur Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 08 de junio
del 2020.—Lic. Sergio Martín
Sancho Hernández,
Notario.—1 vez.—CE2020004645.
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 16 horas 40 minutos del 06 de junio
del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Xan Solutions Sociedad
Anónima.—San José, 08 de junio del 2020.—Lic. José Pablo Rodríguez Castro,
Notario.—1 vez.—CE2020004646.
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 15 horas 00 minutos del 21 de mayo
del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Yes Sociedad de
Responsabilidad Limitada.—San José, 08 de junio del 2020.—Lic. Rafael Ángel Fonseca González, Notario.—1
vez.—CE2020004647.
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 08 horas 30 minutos del 29 de mayo
del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Pavones Cielos Naranja
del Sur Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 08 de junio del
2020.—Lic. Sergio Martín
Sancho Hernández,
Notario.—1 vez.—CE2020004648.
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 10 horas 00 minutos del 06 de junio
del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Grupo Bozcorp Sociedad
Anónima.—San José, 08 de junio del 2020.—Lic. Evelyn Loaiza Blanco,
Notario.—1 vez.—CE2020004649.
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 16 horas 00 minutos del 06 de junio
del año 2020, se constituyó la sociedad denominada El Pollón de Oro del Sur Sociedad
Anónima.—San
José, 08 de junio del 2020.—Licda. Eilyn Crist Alpízar Hidalgo, Notaria.—1
vez.—CE2020004650.
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 16 horas 00 minutos del 29 de mayo
del año 2020, se constituyó la sociedad denominada La Casa de La Boronita
Feliz Sociedad Anónima.—San José, 08 de junio del 2020.—Lic. Carlos Luis
Rojas Montoya, Notario.—1 vez.—CE2020004651.
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 10 horas 01 minutos
del 03 de junio del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Soluciones
Solidaristas Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 08 de junio
del 2020.—Licda. Tatiana María Rodríguez Arroyo, Notaria.—1 vez.—CE2020004652.
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 15 horas 00 minutos del 26 de mayo
del año 2020, se constituyó la sociedad denominada M.S.N Choferes Unidos
Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 08 de junio del 2020.—Lic.
Fernando Gamboa Gamboa, Notario.—1 vez.—CE2020004653.
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 10 horas 00 minutos del 08 de junio
del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Emperador Salomón
Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 08 de junio del
2020.—Licda. Melissa Guardia Tinoco, Notaria.—1 vez.—CE2020004654.
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 08 horas 00 minutos
del 07 de junio del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Pura Vida
Republic Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 08 de junio del
2020.—Lic. Roger Mayorga López, Notario.—1
vez.—CE2020004655.
Mediante escritura
otorgada ante esta notaría, a las 14 horas 30 minutos del 04 de junio del año
2020, se constituyó la sociedad denominada Ramiplast Sociedad Anónima.—San
José, 08 de junio del 2020.—Lic. Mauricio Montero Hernández, Notario.—1
vez.—CE2020004656.
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 00 horas 09 minutos del 06 de junio
del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Roldán Diseño y Desarrollos
Sociedad Anónima.—San
José, 08 de junio del 2020.—Lic. Gabriel Álvarez Hernández, Notario.—1 vez.—CE2020004657.
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 10 horas 00 minutos del 05 de junio
del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Grupo Nanku Sociedad
Anónima.—San José, 08 de junio del 2020.—Lic. Ethel Maricela Moreno Rangel,
Notario.—1 vez.—CE2020004658.
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 10 horas 00 minutos del 27 de mayo
del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Inmobiliaria Casa para
Todos Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 08 de junio del
2020.—Licda. Ana Lourdes Golcher González, Notaria.—1 vez.—CE2020004659.
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 13 horas 00 minutos del 08 de junio
del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Vistas Treinta y Ocho Uno
Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 08 de junio del
2020.—Licda. Vera Denise Mora Salazar, Notaria.—1 vez.—CE2020004660.
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 17 horas 00 minutos del 05 de junio
del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Consorcio Gutiérrez Sociedad Anónima.—San José, 08 de junio del
2020.—Lic. Juan José
Marín Rivera, Notario.—1 vez.—CE2020004661.
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 10 horas 00 minutos del 08 de junio
del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Ticomer Sociedad Anónima.—San
José, 08 de junio del 2020.—Lic. Roy Alberto Guerrero Olivares, Notario.—1
vez.—CE2020004661.
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 13 horas 15 minutos del 08 de junio
del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Vistas Treinta y Ocho Dos
Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 08 de junio del
2020.—Licda. Vera Denise Mora Salazar, Notaria.—1 vez.—CE2020004662.
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 13 horas 00 minutos del 05 de junio
del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Bulls Garage Sociedad de
Responsabilidad Limitada.—San José, 08 de junio del 2020.—Lic. Sergio
Aguiar Montealegre, Notario.—1 vez.—CE2020004663.
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 15 horas 00 minutos del 14 de
febrero del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Algran Químicos
Latam Sociedad Anónima.—San José, 08 de junio del 2020.—Lic. Pedro Bernal
Chaves Corrales, Notario.—1 vez.—CE2020004664.
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 16 horas 00 minutos del 02 de junio
del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Inversiones JHV Sociedad
Anónima.—San José, 08 de junio del 2020.—Lic. José Manuel Hernández Martínez, Notario.—1
vez.—CE2020004665.
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 11 horas 00 minutos del 28 de mayo
del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Socios Gastronómicos Saga
Sociedad Anónima.—San José, 08 de junio del 2020.—Lic. Rigoberto Guerrero
Olivares, Notario.—1 vez.—CE2020004666.
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 13 horas 00 minutos del 03 de junio
del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Servicios Integrales de
Salud Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 08 de junio del
2020.—Lic. José
Leonardo Olivas Esquivel, Notario.—1 vez.—CE2020004667.
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 08 horas 30 minutos del 08 de junio
del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Servicios Intermodales
Caribeños Sociedad Anónima.—San José, 08 de junio del 2020.—Lic. Miguel
Chacón Alvarado, Notario.—1 vez.—CE2020004668.
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 09 horas 00 minutos del 03 de junio
del año 2020, se constituyó la sociedad denominada LSTM Martini Limitada.—San
José, 08 de junio del 2020.—Lic. Óscar Manuel Funes Orellana, Notario.—1
vez.—CE2020004669.
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 08 horas 00 minutos
del 05 de junio del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Floraison
Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 08 de junio del
2020.—Licda. Melissa Guardia Tinoco, Notaria.—1 vez.—CE2020004670.
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 14 horas 00 minutos del 08 de junio
del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Mercado La Cartonera
Sociedad Anónima.—San José, 08 de junio del 2020.—Lic. Alejandro Pignataro
Madrigal, Notario.—1 vez.—CE2020004671.
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 14 horas 00 minutos del 05 de junio
del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Quinta Bonanza de San
Carlos Sociedad Anónima.—San José, 08 de junio del 2020.—Licda. Karla
Magaly Calderón Murillo, Notaria.—1 vez.—CE2020004672.
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 17 horas 00 minutos del 05 de junio
del año 2020, se constituyó la sociedad denominada igual que número de
cédula jurídica limitada.—San José, 08 de junio del 2020.—Lic. Edgar Solórzano Vega, Notario.—1
Vez.—CE2020004673.
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 15 horas 00 minutos del 08 de junio
del año 2020, se constituyó la sociedad denominada FL Pallets Sociedad
Anónima.—San José, 08 de junio del 2020.—Lic. Alonso Vargas Araya,
Notario.—1 vez.—CE2020004674.
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 09 horas 30 minutos del 01 de junio
del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Volar Sobre El Pantano
J&G Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 08 de junio del
2020.—Lic. Julio López
Esquivel, Notario.—1 vez.—CE2020004675.
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 00 horas 00 minutos
del 08 de junio del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Milkmiller
CR Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 08 de junio del
2020.—Lic. Carlos Alberto Echeverría Alfaro,
Notario.—1 vez.—CE2020004676.
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 10 horas 00 minutos del 04 de junio
del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Los Atardeceres de La
Bajura Sociedad Anónima.—San José, 08 de junio del 2020.—Lic. Juan Carlos
Segares Lutz, Notario.—1 vez.—CE2020004677.
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 00 horas 30 minutos del 08 de junio
del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Íntegra
Arquitectos Quinientos Seis Estudio Sociedad de
Responsabilidad Limitada.—San
José, 08 de junio del 2020.—Lic. Milena Valverde Mora, Notario.—1
vez.—CE2020004678
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 17 horas 00 minutos del 02 de junio
del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Servicios Médicos
Medivega Sociedad Anónima.—San José, 08 de junio del 2020.—Licda. Imelda
Arias Del Cid, Notaria.—1 vez.—CE2020004679.
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 13 horas 00 minutos
del 08 de junio del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Ansoherema
Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 08 de junio del
2020.—Licda. Karla Paola González Alpízar, Notaria.—1 vez.—CE2020004680.
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 17 horas 00 minutos
del 04 de mayo del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Motores
Centrales Rodríguez Sociedad Anónima.—San José, 08 de junio del 2020.—Lic.
Eugenio Hernández Rodríguez,
Notario.—1 vez.—CE2020004681.
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 10 horas 00 minutos del 08 de junio
del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Ticomer Sociedad Anónima.—San
José, 08 de junio del 2020.—Lic. Roy Alberto Guerrero Olivares, Notario.—1
vez.—CE2020012598.
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 13 horas 00 minutos
del 08 de junio del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Helado
Ozcuro Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 08 de junio del
2020.—Lic. Geovanny Víquez Arley,
Notario.—1 vez.—CE2020004682.
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 10 horas 00 minutos
del 08 de junio del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Porcelanatos
Italianos Importados Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 08 de
junio del 2020.—Lic. Gabriel Zamora Baudrit, Notario.—1 vez.—CE2020004683.
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 13 horas 00 minutos
del 08 de junio del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Mentordigital
Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 08 de junio del 2020.—Lic.
Gabriel Zamora Baudrit, Notario.—1 vez.—CE2020004684.
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 18 horas 00 minutos del 02 de junio
del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Grupo Metsa Treinta y
Tres Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 08 de junio del
2020.—Lic. Eduardo Arauz Sanchez, Notario.—1 vez.—CE2020004685.
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 09 horas 00 minutos del 05 de junio
del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Pinilla Treinta Sociedad
Anónima.—San José, 08 de junio del 2020.—Licda. Vera Violeta Salazar Rojas,
Notaria.—1 vez.—CE2020004686.
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 10 horas 00 minutos del 02 de junio
del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Multiremates S Y S de
Turrialba Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 08 de junio del
2020.—Lic. Miguel Antonio Rodríguez
Espinoza, Notario.—1 vez.—CE2020004687.
Mediante escritura otorgada ante esta notaría a las 11 horas 00 minutos
del 02 de junio del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Consilium
Capital Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 08 de junio del
2020.—Lic. Miguel Antonio Rodríguez Espinoza,
Notario.—1 vez.—CE2020004688.
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 12 horas 00 minutos
del 08 de junio del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Sana Togo
Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 08 de junio del
2020.—Licda. Gabriela Mora Aguilar, Notaria.—1 vez.—CE2020004689.
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 10 horas 00 minutos del 06 de junio
del año 2020, se constituyó la sociedad denominada KNTSHT Sociedad de
Responsabilidad Limitada.—San José, 08 de junio del 2020.—Licda. Gabriela
Mora Aguilar, Notaria.—1 vez.—CE2020004690.
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 09 horas 00 minutos del 21 de mayo
del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Thyméo Inversion Limitada.—San
José, 09 de junio del 2020.—Lic. Óscar Manuel Funes Orellana, Notario.—1
vez.—CE2020004691.
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 12 horas 00 minutos
del 08 de junio del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Inmobiliaria
Lumik Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 09 de junio del
2020.—Lic. Randall Erick González Valverde,
Notario.—1 vez.—CE2020004692.
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 11 horas 30 minutos
del 05 de junio del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Inno
Light Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 09 de junio del
2020.—Lic. Gabriel Castro Benavides, Notario.—1 vez.—CE2020004693.
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 09 horas 00 minutos del
09 de junio del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Rincón
Mendoza Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 09 de junio del
2020.—Licda. María Gabriela Sancho
Carpio, Notaria.—1 vez.—CE2020004694.
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 13 horas 00 minutos del 08 de junio
del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Corporación Resmar Sociedad Anónima.—San José, 09 de junio del
2020.—Lic. Rigoberto Guerrero Olivares, Notario.—1 vez.—CE2020004695.
Mediante
escritura otorgada ante esta Notaría a las 15 horas 00 minutos del 08 de Junio
del año 2020, se constituyó la sociedad denominada CE Capital Sociedad
Anónima.—San José, 09 de junio del 2020.—Lic. Carlos Francisco García Zamora, Notario.—1
vez.—CE2020004696.
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 09 horas 30 minutos
del 09 de junio del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Irinka
Cincuenta y Dos Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 09 de junio
del 2020.—Lic. Cristian Guillermo Jiménez Barrantes,
Notario.—1 vez.—CE2020004697.
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 11 horas 00 minutos del 08 de junio
del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Inversiones Navarfo del
Pacífico Sociedad Anónima.—San José, 09 de junio del 2020.—Lic. Mauricio
Montero Quirós,
Notario.—1 vez.—CE2020004698.
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 11 horas 00 minutos del 29 de mayo
del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Human Solutions LK
Sociedad Anónima.—San José, 09 de junio del 2020.—Lic. Carlos Alberto
Campos Mora, Notario.—1 vez.—CE2020004699.
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 10 horas 00 minutos del 02 de junio
del año 2020, se constituyó la sociedad denominada JSG Multi-Business
Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 09 de junio del 2020.—Lic.
Maykool Acuña Ugalde, Notario.—1 vez.—CE2020004700.
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 07 horas 00 minutos del 09 de junio
del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Grupo Inversiones Migue
Sociedad Anónima.—San José, 09 de junio del 2020.—Lic. Jorge Enrique Muñoz
García,
Notario.—1 vez.—CE2020004701.
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 10 horas 00 minutos del 23 de mayo
del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Inversiones Raes del Atlántico Sociedad de
Responsabilidad Limitada.—San
José, 09 de junio del 2020.—Lic. Dowglas Leiva Díaz, Notario.—1
vez.—CE2020004702.
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 10 horas 00 minutos del 05 de junio
del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Lavena Limitada.—San
José, 09 de junio del 2020.—Lic. Jorge Arturo Pacheco Oreamuno, Notario.—1
vez.—CE2020004703.
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 11 horas 00 minutos
del 02 de junio del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Mega
Soluciones del Futuro JL Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 09
de junio del 2020.—Lic. Orlando Cervantes Vargas, Notario.—1 vez.—CE2020004704.
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 11 horas 00 minutos del 09 de junio
del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Rowatza Sociedad Anónima.—San
José, 09 de junio del 2020.—Lic. Albino Solórzano Vega, Notario.—1
vez.—CE2020004705.
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 10 horas 00 minutos
del 09 de junio del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Avonia
Construcciones Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 09 de junio
del 2020.—Licda. Fulvia María Sanchez Ballestero,
Notaria.—1 vez.—CE2020004706.
Mediante
escritura otorgada ante esta Notaría a las 14 horas 00 minutos del 05 de Junio
del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Serene Bay Six O One Llc
Limitada.—San José, 09 de junio del 2020.—Lic. Gabriel Chaves Ledezma,
Notario.—1 vez.—CE2020004707.
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 10 horas 00 minutos del 09 de junio
del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Ganadería los Magos de
Cañas Sociedad Anónima.—San José, 09 de junio del 2020.—Lic. Ricardo Jose
Nassar Guell, Notario.—1 vez.—CE2020004708.
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 12 horas 00 minutos del 05 de junio
del año 2020, se constituyó la sociedad denominada D&K Recovery
Solutions Sociedad Anónima.—San José, 09 de junio del 2020.—Lic. Gerardo
Manuel Jiménez
Barahona, Notario.—1 vez.—CE2020004709.
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 11 horas 00 minutos del 09 de junio
del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Iguana Development
Company Limitada.—San José, 09 de junio del 2020.—Lic. Luis Jeancarlo
Angulo Bonilla, Notario.—1 vez.—CE2020004710.
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 12 horas 00 minutos del 03 de junio
del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Ferkajef & Asociados
Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 09 de junio del 2020.—Lic.
Eduardo Ajoy Zeledón,
Notario.—1 vez.—CE2020004711.
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 08 horas 00 minutos del 05 de junio
del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Aliemart Sociedad Anónima.—San
José, 09 de junio del 2020.—Lic. Gerardo Enrique Chaves Cordero, Notario.—1
vez.—CE2020004712.
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 13 horas 30 minutos del 08 de junio
del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Anabaptist Equity Group
Costa Rica Sociedad Anónima.—San José, 09 de junio del 2020.—Lic. Guillermo
José
Sanabria Leiva, Notario.—1 vez.—CE2020004713.
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 09 horas 09 minutos
del 09 de junio del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Sky
Unlimited Limitada.—San José, 09 de junio del 2020.—Lic. Gabriel Clare
Facio, Notario.—1 vez.—CE2020004714.
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 10 horas 00 minutos del 08 de junio
del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Samui Barrio Escalante
Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 09 de junio del 2020.—Lic.
Mauricio Lara Ramos, Notario.—1 vez.—CE2020004715.
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 17 horas 30 minutos del 02 de junio
del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Alpha Marketing Services
Limitada.—San José, 09 de junio del 2020.—Lic. Marvin Díaz Briceño, Notario.—1
vez.—CE2020004716.
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 10 horas 15 minutos del 09 de junio
del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Ring Inversiones Limitada.—San
José, 09 de junio del 2020.—Licda. Georgette Barguil Peña, Notaria.—1
vez.—CE2020004717.
Mediante escritura
otorgada ante esta notaría, a las 10 horas 00 minutos del 09 de junio del año
2020, se constituyó la sociedad denominada True Green Sociedad Anónima.—San
José, 09 de junio del 2020.—Licda. Ana Graciela Alvarenga Jimenez, Notaria.—1
vez.—CE2020004718.
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 12 horas 00 minutos
del 09 de junio del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Brain
Tech Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 09 de junio del
2020.—Lic. Jose Pablo Rodríguez Castro, Notario.—1
vez.—CE2020004719.
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 09 horas 00 minutos del 09 de junio
del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Crecon Sociedad de
Responsabilidad Limitada.—San José, 09 de junio del 2020.—Licda. Rita María Calvo González, Notaria.—1
vez.—CE2020004720.
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 14 horas 00 minutos del 08 de junio
del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Araya Industrial &
Automotriz Sociedad Anónima.—San José, 09 de junio del 2020.—Lic. Johanny
Retana Madriz, Notario.—1 vez.—CE2020004721.
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 11 horas 15 minutos del 09 de junio
del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Ring Propiedades Limitada.—San
José, 09 de junio del 2020.—Licda. Georgette Barguil Peña, Notaria.—1
vez.—CE2020004722.
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 12 horas 00 minutos del 08 de junio
del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Reb Pacific Solutions
Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 09 de junio del 2020.—Lic.
Víctor
Hugo Jiménez
Villalta, Notario.—1 vez.—CE2020004723.
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 13 horas 00 minutos del
05 de junio del año 2020, se constituyó la sociedad denominada BP Branding
and Packaging Studio Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 09 de
junio del 2020.—Licda. Mariana Arias Oconitrillo, Notaria.—1 vez.—CE2020004724.
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 08 horas 30 minutos
del 08 de junio del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Las
Palmas DG Parcels Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 09 de
junio del 2020.—Lic. Raúl Babbar Amighetti, Notario.—1 vez.—CE2020004725.
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 08 horas 00 minutos del 05 de junio
del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Inversiones Paraísos del Norte J.M.E. Sociedad
Anónima.—San
José, 09 de junio del 2020.—Lic. Alonso Jimenez Serrano, Notario.—1
vez.—CE2020004726.
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 10 horas 45 minutos del 09 de junio
del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Ring Management Limitada.—San
José, 09 de junio del 2020.—Licda. Georgette Barguil Peña, Notaria.—1
vez.—CE2020004727.
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 11 horas 30 minutos del 28 de mayo
del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Grupo Porce Sociedad
Anónima.—San José, 09 de Junio del 2020.—Licda. Diana Catalina Varela
Solano, Notaria.—1 vez.—CE2020004728.
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 15 horas 30 minutos del 09 de junio
del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Mente Wellness Retreat
Sociedad Anónima.—San José, 09 de junio del 2020.—Licda. Paola Vargas
Castillo, Notaria.—1 vez.—CE2020004729.
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 15 horas 00 minutos
del 07 de junio del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Grupo
Moca C.R Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 09 de junio del
2020.—Lic. Ramón Badilla González, Notario.—1 vez.—CE2020004730.
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 12 horas 00 minutos del 08 de junio
del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Comarka HBH Sociedad Anónima.—San José, 09 de junio del
2020.—Licda. María
Carolina Román
Gutierrez, Notaria.—1 vez.—CE2020004731.
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 16 horas 00 minutos del 08 de junio
del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Ureña y Ceciliano de León Cortes Sociedad Anónima.—San José, 09 de junio del
2020.—Licda. Fercinta Esquivel Godínez, Notaria.—1 vez.—CE2020004732.
mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 15 horas 00 minutos del 09 de junio
del año 2020, se constituyó la sociedad denominada EH Contables Sociedad
Anónima.—San José, 09 de junio del 2020.—Licda. Jazmín Santamaria Sanchez,
Notaria.—1 vez.—CE2020004733.
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 11 horas 00 minutos del 09 de junio
del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Ekollogika Sociedad
Anónima.—San José, 09 de junio del 2020.—Lic. Gabriel Isaac Zelaya Lopez,
Notario.—1 vez.—CE2020004734.
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 17 horas 00 minutos del 19 de junio
del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Servicio RAMG Limitada.—San
José, 22 de junio del 2020.—Lic. Johnny Alberto Pérez Vargas, Notario.—1
vez.—CE2020005194.
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 10 horas 00 minutos del 19 de junio
del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Savaca Sociedad Anónima.—San
José, 22 de Junio del 2020.—Lic. Rafael Francisco Mora Fallas, Notario.—1
vez.—CE2020005195.
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 12 horas 00 minutos del 22 de junio
del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Capitales de Inversión
Breguz Sociedad Anónima.—San José, 22 de junio del 2020.—Lic.
Mariano Enrique Núñez Quintana, Notario.—1 vez.—CE2020005196.
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 08 horas 30 minutos del 15 de junio
del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Horizonte Ocho Sociedad
Anónima.—San José, 22 de junio del 2020.—Licda. Miriam Milena Acuña Rodríguez, Notaria.—1 vez.—CE2020005197.
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 08 horas 00 minutos
del 22 de junio del año 2020, se constituyó la sociedad denominada C A H
Cielo Azul Properties CAP Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José,
23 de junio del 2020.—Lic. Alfredo Núñez
Gamboa, Notario.—1 vez.—CE2020005198.
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 07 horas 00 minutos del 21 de junio
del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Cliks CR Soluciones
Sociedad Anónima.—San José, 23 de junio del 2020.—Lic. Cristian Armando
Acuña Bolaños, Notario.—1 vez.—CE2020005199.
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 12 horas 30 minutos
del 08 de junio del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Foodex
Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 23 de junio del 2020.—Lic.
Jorge Antonio Escalante Escalante, Notario.—1 vez.—CE2020005200.
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 14 horas 30 minutos del 19 de junio
del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Inversiones Briza del
Papagayo Limitada.—San José, 23 de junio del 2020.—Licda. Laura Carolina
Coto Rojas, Notaria.—1 vez.—CE2020005201.
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 16 horas 00 minutos del 22 de junio
del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Exito Absoluto 2024
Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 23 de junio del
2020.—Licda. Karen Ginneth Lopez Jara, Notaria.—1 vez.—CE2020005202.
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 15 horas 00 minutos del 22 de junio
del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Fenmo Properties Limitada.—San
José, 23 de junio del 2020.—Lic. Jose Alberto Schroeder Leiva, Notario.—1
vez.—CE2020005203.
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 08 horas 00 minutos del 22 de junio
del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Luelili Sociedad Anónima.—San
José, 23 de junio del 2020.—Lic. Erasmo Enrique Rojas Madrigal, Notario.—1
vez.—CE2020005204.
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 09 horas 00 minutos
del 23 de junio del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Januscorp
Limitada.—San José, 23 de junio del 2020.—Licda. Silvia Vega Carballo,
Notaria.—1 vez.—CE2020005205.
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 10 horas 00 minutos del 19 de junio
del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Compañia Japlast H Y K
Sociedad Anónima.—San José, 23 de junio del 2020.—Lic. Maikol Sebastián Segura Chavarría, Notario.—1 vez.—CE2020005206.
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 13 horas 30 minutos del 22 de junio
del año 2020, se constituyó la sociedad denominada MLS Innovations Limitada.—San
José, 23 de junio del 2020.—Lic. Luis Felipe Martínez Obando, Notario.—1
vez.—CE2020005207.
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 18 horas 00 minutos del 22 de junio
del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Argos Solutions Sociedad
Anónima.—San José, 23 de junio del 2020.—Licda. Tatiana María Mainieri Acuña, Notaria.—1
vez.— CE2020005208.
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 14 horas 15 minutos del 29 de mayo
del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Master Technology
Services Sociedad Anónima.—San José, 23 de junio del 2020.—Licda. Laureana
Herrera Solano, Notaria.—1 vez.—CE2020005209.
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 08 horas 30 minutos del 23 de junio
del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Morun & Rodríguez Inmuebles Sociedad
Anónima.—San
José, 23 de junio del 2020.—Licda. Emilia Ulloa Corrales, Notaria.—1
vez.—CE2020005210.
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 14 horas 30 minutos del 18 de junio
del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Tansportes RL Sociedad
Anónima.—San José, 23 de junio del 2020.—Lic. Leonel Ricardo Granados González, Notario.—1
vez.—CE2020005211.
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 15 horas 00 minutos del 18 de junio
del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Pauly y Compañía
Ingenieros y Arquitectos Sociedad Anónima.—San José, 23 de junio del
2020.—Licda. Teresita Calvo Cordero, Notaria.—1 vez.—CE2020005212.
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 10 horas 00 minutos
del 23 de junio del año 2020, se constituyó la sociedad denominada General
Maintenance and Construction Sociedad Anónima.—San José, 23 de junio del
2020.—Lic. Fredy Alonso Ramírez Rodríguez, Notario.—1 vez.—CE2020005213.
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 16 horas 00 minutos
del 22 de junio del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Go Simple
Store CLH Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 23 de junio del
2020.—Lic. Gustavo Alberto Argüello Hidalgo,
Notario.—1 vez.—CE2020005214.
Mediante escritura
otorgada ante esta notaría, a las 14 horas 14 minutos del 29 de mayo del año
2020, se constituyó la sociedad denominada Peques Grooming and Pet Shop
Sociedad Anónima.—San José, 23 de junio del 2020.—Lic. Alfonso Víquez Sanchez, Notario.—1
vez.—CE2020005215.
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 10 horas 00 minutos
del 11 de junio del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Servicios
Fiduciarios Seficom Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 23 de
junio del 2020.—Lic. Soledad Bustos Chaves, Notario.—1 vez.—CE2020005216.
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 08 horas 00 minutos
del 23 de junio del año 2020, se constituyó la sociedad denominada El Cerro
Jimenez Alfaro Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 23 de junio
del 2020.—Lic. Rodolfo Enrique Astorga Calderón, Notario.—1 vez.—CE2020005217.
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 07 horas 30 minutos del 17 de junio
del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Depilación Deportiva Laser Sociedad
Anónima.—San
José, 23 de junio del 2020.—Licda. Gloriana Arias Mora, Notaria.—1
vez.—CE2020005218.
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 10 horas 30 minutos del 22 de junio
del año 2020, se constituyó la sociedad denominada DR Logistics CR Sociedad
Anónima.—San José, 23 de junio del 2020.—Lic. José Luis Ureña Diaz, Notario.—1
vez.—CE2020005219.
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 09 horas 00 minutos del 23 de junio
del año 2020, se constituyó la sociedad denominada La Santa María Estates Llc Sociedad de
Responsabilidad Limitada.—San
José, 23 de junio del 2020.—Lic. Álvaro Restrepo Muñoz, Notario.—1
vez.—CE2020005220.
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 00 horas 00 minutos del 23 de junio
del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Ontarica Sociedad de
Responsabilidad Limitada.—San José, 23 de junio del 2020.—Lic. Marlon
Karith García
Bustos, Notario.—1 vez.—CE2020005221.
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 13 horas 00 minutos del 23 de junio
del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Zerounocr Sociedad
Anónima.—San José, 23 de junio del 2020.—Licda. Sally Madrigal Saborío, Notaria.—1 vez.—CE2020005222.
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 17 horas 00 minutos del 12 de junio
del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Cordoba Sisters Corp
Sociedad Anónima.—San José, 23 de junio del 2020.—Licda. Josefina Carime
Ayubi Pimienta, Notaria.—1 vez.—CE2020005223.
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 12 horas 00 minutos
del 23 de junio del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Expedita
Limitada.—San José, 23 de junio del 2020.—Lic. Lindbergh Arrieta Zárate, Notario.—1 vez.—CE2020005224.
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 13 horas 00 minutos
del 20 de junio del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Inversiones
y Servicios Castillo y Obando Sociedad Anónima.—San José, 23 de junio del
2020.—Licda. Ligia Marta Chavarría Lavagni,
Notaria.—1 vez.—CE2020005225.
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 18 horas 00 minutos del 22 de junio
del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Integridad Estructural
Sociedad Anónima.—San José, 23 de junio del 2020.—Lic. Arturo Varela
Aguilar, Notario.—1 vez.—CE2020005226.
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 09 horas 00 minutos del 22 de junio
del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Transatlantic Foods
Sociedad Anónima.—San José, 23 de junio del 2020.—Lic. Walter Soto Mora,
Notario.—1 vez.—CE2020005227.
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 11 horas 00 minutos del 23 de junio
del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Kraken Out Of Esperanza
Corporation Limitada.—San José, 23 de junio del 2020.—Lic. Mario Eduardo
Recio Recio, Notario.—1 vez.—CE2020005228.
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 11 horas 00 minutos del 29 de mayo
del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Check Fintech Group
Sociedad Anónima.—San José, 23 de junio del 2020.—Lic. Sergio Elizondo Garófalo, Notario.—1
vez.—CE2020005229.
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 09 horas 30 minutos del 15 de junio
del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Fokl Home Designs Limitada.—San
José, 23 de junio del 2020.—Lic. Andrés Francisco González Anglada, Notario.—1
vez.—CE2020005230.
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 09 horas 00 minutos del 20 de junio
del año 2020, se constituyó la sociedad denominada A.B.H. Inversiones
Sociedad Anónima.—San José, 23 de junio del 2020.—Lic. Gaudy Ureña Vargas,
Notario.—1 vez.—CE2020005231.
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 10 horas 00 minutos del 22 de Junio
del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Capitales Ureña Solera
Limitada.—San José, 23 de junio del 2020.—Lic. Carlos Manuel Sanchez Leitón, Notario.—1
vez.—CE2020005232.
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 14 horas 00 minutos del 22 de junio
del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Grupo Alvarado Aguilar
MYA Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 23 de junio del
2020.—Licda. Aura Isabel Céspedes
Ugalde, Notaria.—1 vez.—CE2020005233.
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 13 horas 00 minutos
del 09 de junio del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Repuestos
Acam Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 23 de junio del
2020.—Lic. Rigoberto Salas Mejías, Notario.—1
vez.—CE2020005234.
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 10 horas 00 minutos del 19 de junio
del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Inmobiliaria Sanvarcam
Sociedad Anónima.—San José, 23 de junio del 2020.—Lic. Rafael Francisco
Mora Fallas, Notario.—1 vez.—CE2020005235.
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 10 horas 00 minutos del 26 de mayo
del año 2020, se constituyó la sociedad denominada La Buena Yerba Medicinal
Sociedad Anónima.—San José, 23 de junio del 2020.—Lic. Óscar Arias Valverde,
Notario.—1 vez.—CE2020005236.
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 12 horas 00 minutos del 22 de junio
del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Exportadora Agrícola Pococí CR Sociedad Anónima.—San José, 23 de junio del
2020.—Lic. José
Armando Ortiz Muñiz, Notario.—1 vez.—CE2020005237.
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 12 horas 00 minutos del 22 de junio
del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Ahead Costa Rica Sociedad
Anónima.—San José, 23 de junio del 2020.—Lic. Arturo Barzuna Lacayo,
Notario.—1 vez.—CE2020005238.
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 17 horas 00 minutos del 15 de junio
del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Pacolandia Sociedad Anónima.—San José, 23 de junio del
2020.—Licda. Giselle Arroyo Segura, Notaria.—1 vez.—CE2020005239.
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 14 horas 00 minutos del 16 de junio
del año 2020, se constituyó la sociedad
denominada Corporación de
Servicios y Mantenimiento de Inmuebles Habitats Sociedad Anónima.—San José, 23 de junio del
2020.—Lic. Carlo Magno Burgos Vargas, Notario.—1 vez.—CE2020005240.
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 13 horas 30 minutos del 23 de junio
del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Creekside Holdings
Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 23 de junio del 2020.—Lic.
Felipe Cordero Espinoza, Notario.—1 vez.—CE2020005241.
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 12 horas 00 minutos del 26 de
febrero del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Nicosimpex
Sociedad Anónima.—San José, 23 de junio del 2020.—Lic. Hector Chaves
Sandoval, Notario.—1 vez.—CE2020005242.
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 08 horas 00 minutos
del 23 de junio del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Productos
JPZ Camilo Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 23 de junio del
2020.—Lic. Óscar José Montenegro Fernández,
Notario.—1 vez.—CE2020005243.
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 09 horas 00 minutos del 05 de junio
del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Coorporación Mariespi Sociedad Anónima Sociedad Anónima.—San José, 23 de junio del
2020.—Lic. Claudio Miranda Martínez,
Notario.—1 vez.—CE2020005244.
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 10 horas 00 minutos del 23 de junio
del año 2020, se constituyó la sociedad denominada General Maintenance and
Construction Tamarindo Beach Sociedad Anónima.—San José, 23 de junio del
2020.—Lic. Fredy Alonso Ramírez
Rodríguez,
Notario.—1 vez.—CE2020005245.
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 13 horas 00 minutos del 18 de junio
del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Wyrch Brokers Sociedad
Anónima.—San José, 23 de junio del 2020.—Licda. Ileana Rodríguez González, Notaria.—1
vez.—CE2020005246.
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 15 horas 00 minutos del 17 de junio
del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Autopartes Mitsubishi BT
Limitada.—San José, 23 de junio del 2020.—Lic. José Pablo Mata Ferreto,
Notario.—1 vez.—CE2020005247.
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 09 horas 30 minutos del 10 de Junio
del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Portier Costa Rica
Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 29 de junio del 2020.—Lic.
Guillermo Jose Sanabria Leiva, Notario.—1 vez.—CE2020005355.
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 14 horas 00 minutos del 26 de junio
del año 2020, se constituyó la sociedad denominada MMC Investments Almendros
Twenty-Three Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 29 de junio
del 2020.—Lic. Sergio Aguiar Montealegre, Notario.—1 vez.—CE2020005356.
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 09 horas 00 minutos del 24 de junio
del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Cien Ventanas Sociedad
Anónima.—San José, 29 de junio del 2020.—Lic. Mario Alberto García Álvarez, Notario.—1
vez.—CE2020005357.
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 09 horas 00 minutos del 26 de junio
del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Apollo Healthcare
Limitada.—San José, 29 de junio del 2020.—Lic. Carlos Eduardo Mata Ortega,
Notario.—1 vez.—CE2020005358.
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 15 horas 00 minutos del 28 de junio
del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Constructora Richar
Castro Norte & Norte Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 29
de junio del 2020.—Licda. Betty Herrera Picado, Notaria.—1 vez.—CE2020005359.
Mediante escritura
otorgada ante esta notaría, a las 15 horas 00 minutos del 27 de junio del año
2020, se constituyó la sociedad denominada World Meats Enterprice Sociedad
Anónima.—San José, 29 de junio del 2020.—Licda. Laura Marcela Porras Araya,
Notaria.—1 vez.—CE2020005360.
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 11 horas 00 minutos del 26 de junio
del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Eventos Mágicos YJ Sociedad Anónima.—San José, 29 de junio del
2020.—Licda. Aura Rebeca Menéndez
Soto, Notaria.—1 vez.—CE2020005361.
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 08 horas 00 minutos del 25 de junio
del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Villa Media Luna y
Estrella Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 29 de junio del
2020.—Licda. Nancy María
Fallas
Rojas, Notaria.—1 vez.—CE2020005362.
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 10 horas 00 minutos
del 24 de junio del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Gamo
Hermanos Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 29 de junio del
2020.—Lic. Miguel Antonio Rodríguez Espinoza,
Notario.—1 vez.—CE2020005363.
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 15 horas 00 minutos del 27 de junio
del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Lotes y Quintas Llanos de
Cortes CR Sociedad Anónima.—San José, 29 de junio del 2020.—Lic. Fernando
Jiménez
Mora, Notario.—1 vez.—CE2020005364.
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 08 horas 00 minutos del 18 de junio
del año 2020, se constituyó la sociedad denominada IEG Inter-American
Education Group Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 29 de junio
del 2020.—Lic. Juan Carlos Montero Villalobos, Notario.—1 vez.—CE2020005365.
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 11 horas 00 minutos
del 26 de junio del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Neón
Radio Limitada.—San José, 29 de junio del 2020.—Lic. Hoover González Garita, Notario.—1 vez.—CE2020005366.
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 12 horas 00 minutos del 22 de junio
del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Exportadora Agrícola de Calidad CR Sociedad
Anónima.—San
José, 29 de junio del 2020.—Lic. José Armando Ortiz Muñiz , Notario.—1
vez.—CE2020005367.
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 14 horas 00 minutos
del 25 de junio del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Videtech
SYS Costa Rica Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 29 de junio
del 2020.—Licda. Melissa María Herrera Rodríguez, Notaria.—1 vez.—CE2020005368.
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 08 horas 30 minutos
del 25 de junio del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Inversiones
Inmobiliarias Tres S Inc. Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José,
29 de junio del 2020.—Lic. Johanny Retana Madriz, Notario.—1 vez.—CE2020005369.
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 17 horas 00 minutos del 22 de junio
del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Grupo J M M A de Costa
Rica Sociedad Anónima.—San
José, 29 de junio del 2020.—Lic. Javier Villalta Solano, Notario.—1
vez.—CE2020005370.
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 10 horas 50 minutos
del 27 de febrero del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Costa
Ricky Dreams Cincuenta y Cinco Inc Limitada.—San José, 29 de junio del
2020.—Lic. Mariano Andrés Mercado Castro,
Notario.—1 vez.—CE2020005371.
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 14 horas 30 minutos
del 26 de junio del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Rodina
Limitada.—San José, 29 de junio del 2020.—Lic. Jorge Zúñiga Calderón, Notario.—1 vez.—CE2020005372.
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 11 horas 00 minutos del 22 de junio
del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Grupo JPF de Occidente
Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 29 de junio del
2020.—Licda. Jessica Rodríguez
Jara, Notario.—1 vez.—CE2020005373.
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 15 horas 00 minutos del 26 de junio
del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Centro Ferretero R&R
Roa Rivera Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 29 de junio del
2020.—Lic. Mauricio Andrés
Álvarez
Rosales, Notario.—1 vez.—CE2020005374.
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 09 horas 55 minutos del 25 de mayo
del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Argentinian Sapphire
Sociedad Anónima.—San José, 29 de junio del 2020.—Lic. Adolfo José Hernández Aguilar, Notario.—1
vez.—CE2020005375.
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 09 horas 00 minutos del 29 de junio
del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Tap Costa Rica Options
Casa Aqua Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 29 de junio del
2020.—Lic. Guillermo Emilio Zúñiga González, Notario.—1 vez.—CE2020005376.
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 11 horas 00 minutos del 20 de junio
del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Grupo Rodulacha Sociedad
de Responsabilidad Limitada.—San José, 29 de junio del 2020.—Lic. Randall
José Murillo
Gómez,
Notario.—1 vez.—CE2020005377.
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 00 horas 00 minutos del 20 de junio
del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Metisyos Sociedad Anónima.—San
José, 29 de junio del 2020.—Lic. Rodolfo Solís Rodríguez, Notario.—1
vez.—CE2020005378.
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 10 horas 30 minutos
del 26 de junio del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Unioncuatro
Automotriz Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 29 de junio del
2020.—Licda. Silvia Patricia Alvarado Quijano, Notaria.—1 vez.—CE2020005379.
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 14 horas 30 minutos
del 25 de junio del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Verallia
Costa Rica Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 29 de junio del
2020.—Licda. Melissa María Herrera Rodríguez, Notaria.—1 vez.—CE2020005380.
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 10 horas 00 minutos del 23 de junio
del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Fan de Maíz Sociedad Anónima.—San José, 29 de junio del
2020.—Lic. Thomas Fernando Rodríguez
Marín,
Notario.—1 vez.—CE2020005381.
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 13 horas 00 minutos
del 26 de junio del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Consultores
Empresariales Escalro SRL Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José,
29 de junio del 2020.—Lic. Arturo Ramírez
Fonseca, Notario.—1 vez.—CE2020005382.
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 18 horas 00 minutos del 26 de junio
del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Soluciones Empresariales
CJ Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 29 de junio del 2020.—Lic.
Óscar José Montenegro Fernandez,
Notario.—1 vez.—CE2020005383.
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 18 horas 51 minutos
del 26 de junio del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Delisea
Fish Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 29 de junio del
2020.—Licda. Aida Beatriz Vargas Salazar, Notaria.—1 vez.—CE2020005384.
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 15 horas 00 minutos
del 25 de junio del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Corporación Avesbo Sociedad de Responsabilidad
Limitada.—San José, 29 de junio del 2020.—Licda. Melissa María Herrera Rodríguez,
Notaria.—1 vez.—CE2020005385.
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 11 horas 00 minutos del 26 de junio
del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Trinity Technologies
Limitada.—San José, 29 de junio del 2020.—Licda. Yesenia María Arce Gómez, Notaria.—1
vez.—CE2020005386.
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 21 horas 00 minutos del 13 de junio
del año 2020, se constituyó la sociedad denominada SSS Servi Electroaires
Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 29 de junio del 2020.—Lic.
José Esteban
Olivas Jimenez, Notario.—1 vez.—CE2020005387.
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 13 horas 00 minutos del 25 de junio
del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Mundepa Sociedad Anónima.—San
José, 29 de junio del 2020.—Lic. Kenneth Mauricio Mora Díaz, Notario.—1
vez.—CE2020005388.
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 15 horas 30 minutos del 24 de junio
del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Complejo Logístico Coyol
CLC Sociedad Anónima.—San José, 29 de junio del 2020.—Lic. José Alberto Schroeder Leiva,
Notario.—1 vez.—CE2020005389.
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 10 horas 00 minutos del 29 de junio
del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Cibermarket Sociedad
Anónima.—San José, 29 de junio del 2020.—Licda. Xinia Alfaro Mena,
Notaria.—1 vez.—CE2020005390.
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 11 horas 00 minutos del 29 de junio
del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Agrovim De Costa Rica
Sociedad Anónima.—San José, 29 de junio del 2020.—Licda. Lissette Susana
Ortiz Brenes, Notaria.—1 vez.—CE2020005391.
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 13 horas 00 minutos del 26 de junio
del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Select Genetics Sociedad
de Responsabilidad Limitada.—San José, 29 de junio del 2020.—Lic. Jefte
Javier Mathieu Contreras, Notario.—1 vez.—CE2020005392.
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 09 horas 00 minutos del 29 de junio
del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Calajaju Sociedad Anónima.—San
José, 29 de junio del 2020.—Lic. Jaime Alejandro Amador Hasbun, Notario.—1
vez.—CE2020005393.
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 08 horas 00 minutos del 08 de marzo
del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Ordinary Studio Sociedad
Anónima.—San José, 29 de junio del 2020.—Lic. Carolina Mata Alvarado,
Notaria.—1 vez.—CE2020005394.
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 13 horas 00 minutos del 20 de junio
del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Meneloas Sociedad Anónima.—San
José, 29 de junio del 2020.—Lic. Rodolfo Solís Rodríguez, Notario.—1
vez.—CE2020005395.
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría a las 13 horas 15 minutos del 18 de junio
del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Okologie de Costa Rica Limitada.—San
José, 29 de junio del 2020.—Lic. Jorge Arturo Gutiérrez Brandt, Notario.—1
vez.—CE2020005396.
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 14 horas 00 minutos del 25 de junio
del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Zufruto Sociedad Anónima.—San
José, 29 de junio del 2020.—Lic. José Daniel Alvarado Vásquez, Notario.—1
vez.—CE2020005397.
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 14 horas 00 minutos
del 20 de agosto del año 2019, se constituyó la sociedad denominada XPO
Destination Cargo Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 29 de
junio del 2020.—Lic. Carlos Eduardo Rodríguez Paniagua, Notario.—1 vez.—CE2020005398.
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 11 horas 00 minutos del 20 de junio
del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Sispro Costa Rica
Sociedad Anónima.—San José, 29 de junio del 2020.—Lic. Fernando Montero López, Notario.—1
vez.—CE2020005399.
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 15 horas 30 minutos del 26 de junio
del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Empaquete CR Limitada.—San
José, 29 de junio del 2020.—Licda. Jennifer Mariela Esquivel Jiménez, Notaria.—1
vez.—CE2020005400.
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 09 horas 00 minutos del 29 de junio
del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Five O Clock Inc Limitada.—San
José, 29 de junio del 2020.—Lic. Gabriel Chaves Ledezma, Notario.—1
vez.—CE2020005401.
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 16 horas 00 minutos del 17 de junio
del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Amicos Limitada.—San
José, 29 de junio del 2020.—Licda. Lindy Viviana Acuña Benavides, Notaria.—1
vez.—CE2020005402.
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 19 horas 00 minutos del 17 de
diciembre del año 2019, se constituyó la sociedad denominada Sohi Estudio
Arq. Sociedad Anónima.—San José, 29 de junio del 2020.—Lic. Freddy Humberto
Vargas Chavarría, Notario.—1 vez.—CE2020005403.
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 09 horas 15 minutos
del 26 de junio del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Desarrollos
Inmobiliarios S&M Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 29 de
junio del 2020.—Lic. Edwin Martin Chacón Saborío, Notario.—1 vez.—CE2020005404.
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 09 horas 00 minutos del 25 de junio
del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Distribuidora de Gas Geo
Gas S.A. Sociedad Anónima.—San José, 29 de junio del 2020.—Licda. Fiorella
Hidalgo Quirós,
Notaria.—1 vez.—CE2020005405.
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 10 horas 30 minutos del 12 de junio
del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Terrazas del Cielo B Y T
Limitada.—San José, 29 de junio del 2020.—Lic. Orlando Gustavo Araya
Amador, Notario.—1 vez.—CE2020005406.
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 11 horas 00 minutos
del 05 de junio del año 2020, se constituyó la sociedad denominada BYD
Projects Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 29 de junio
del 2020.—Lic. Isidor Asch Steele, Notario.—1 vez.—CE2020005407.
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 17 horas 00 minutos del 17 de junio
del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Injertos y Jardines
Sociedad Anónima.—San José, 29 de junio del 2020.—Lic. Esteban Alejandro
Solano Fuentes, Notario.—1 vez.—CE2020005408.
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 15 horas 00 minutos del 24 de junio
del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Synnertec Sociedad
Anónima.—San José, 29 de junio del 2020.—Lic. Juan José Echeverria Alfaro,
Notario.—1 vez.—CE2020005409.
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 16 horas 30 minutos del 25 de junio del año 2020, se constituyó la sociedad
denominada Grupo Carabao de Uvita Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San
José, 29 de junio del 2020.—Lic. Víctor Solís Castillo, Notario.—1
vez.—CE2020005410.
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 08 horas 00 minutos del 16 de junio
del año 2020, se constituyó la sociedad denominada BCD Consultin Ing
Sociedad Anónima.—San José, 29 de junio del 2020.—Lic. Esteban José Esquivel Zúñiga, Notario.—1
vez.—CE2020005411.
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 13 horas 00 minutos del 29 de junio
del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Construciones Michael de
Pavones Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 29 de junio del
2020.—Lic. Jorge Daniel Moncrieffe Santana, Notario.—1 vez.— CE2020005412.
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 10 horas 00 minutos del 29 de junio
del año 2020, se constituyó la sociedad denominada SPA Motors AF Sociedad de
Responsabilidad Limitada.—San José, 29 de junio del 2020.—Lic. Johnny
Vargas Rodríguez,
Notario.—1 vez.—CE2020005413.
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 18 horas 00 minutos del 26 de junio
del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Soluciones Empresariales
CJ Uno Seis Uno Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 29 de junio
del 2020.—Lic. Óscar
José
Montenegro Fernández,
Notario.—1 vez.—CE2020005414.
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 13 horas 00 minutos del 29 de junio
del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Sigma Clearing
Internacional Limitada.—San José, 29 de junio del 2020.—Lic. Luis Alberto
Matamoros Suárez,
Notario.—1 vez.—CE2020005415.
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 13 horas 30 minutos del 29 de junio
del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Mente Consultora Sociedad
Anónima.—San José, 29 de junio del 2020.—Lic. José Ovidio Jiménez Ávila, Notario.—1
vez.—CE2020005416.
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 14 horas 00 minutos del 20 de junio
del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Seleina Sociedad Anónima.—San
José, 29 de junio del 2020.—Lic. Rodolfo Solís Rodríguez, Notario.—1
vez.—CE2020005417.
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 10 horas 00 minutos del 26 de junio
del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Inversiones Victoria del
Atlántico Sociedad Anónima.—San José, 29 de junio del 2020.—Lic. Darleny
María Mora
Moncada.—CE2020005418.
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 10 horas 00 minutos
del 26 de junio del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Diseño
Colaborativo Dicolab CR Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 29
de junio del 2020.—Licda. Mariella Vargas Villalobos, Notaria.—1
vez.—CE2020005419.
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 16 horas 00 minutos
del 26 de junio del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Servicios
CYF de Costa Rica Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 29 de
junio del 2020.—Lic. Carlos Alberto Mata Coto, Notario.—1 vez.—CE2020005420.
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 08 horas 00 minutos del 29 de junio
del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Alojamientos Eros C R C
Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 29 de junio del 2020.—Lic.
Manfred Clausen Gutiérrez,
Notario.—1 vez.—CE2020005421.
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 11 horas 05 minutos del 29 de junio
del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Nojand Sociedad Anónima.—San
José, 29 de junio del 2020.—Lic. Carlos Humberto Serrano Pérez, Notario.—1
vez.—CE2020005422.
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 09 horas 00 minutos
del 26 de junio del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Remodelaciones
Construcción y Diseño Recodi Sociedad Anónima. San José, 01 de Julio del
2020.—Lic. Francisco Calvo Moya, Notario.—1 vez.—CE2020005520.
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 17 horas 00 minutos del 22 de junio
del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Inversiones Quatro de
Costa Rica Sociedad Anónima Sociedad Anónima.—San José, 01 de Julio del 2020.—Lic.
Javier Villalta Solano, Notario.—1 vez.—CE2020005521.
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 18 horas 00 minutos del 29 de junio
del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Centro de Actualización
Profesional Costarricense CAPC Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San
José, 01 de julio del 2020.—Licda. Rosibel Rojas Alpízar, Notaria.—1
vez.—CE2020005522.
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 19 horas 55 minutos del 24 de junio
del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Instituto Centroamericano
de Química Aplicada ICQA Sociedad Anónima.—San José, 01 de julio del
2020.—Lic. Carlos Eduardo Ledezma Fernández, Notario.—1 vez.—CE2020005523.
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 15 horas 30 minutos del 16 de junio
del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Servicios de Rentacar DTM
Sociedad Anónima.—San José, 02 de julio del 2020.—Licda. Kattia Mena
Abarca, Notaria.—1 vez.—CE2020005524.
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 09 horas 00 minutos del 01 de julio
del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Grupo Impulso Studio
Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 02 de julio del 2020.—Lic.
José Pablo
González
Trejos, Notario.—1 vez.—CE2020005525.
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 12 horas 20 minutos del 01 de julio
del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Cabinas Vainilla G Y R Sociedad
Anónima.—San José, 02 de julio del 2020.—Lic. Alfredo Calderón Chavarría, Notario.—1 vez.—CE2020005526.
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 14 horas 30 minutos del 29 de junio
del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Psykodelic Sociedad
Anónima.—San José, 02 de julio del 2020.—Licda. Laura Gabriela Chaverri Gómez, Notaria.—1
vez.—CE2020005527.
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 16 horas 00 minutos
del 01 de julio del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Castillo
Arcoiris Sociedad de Responsabilidad Limitada.—san josé, 02 de julio del
2020.—Licda. María Gabriela Elizondo
Alpízar, Notaria.—1 vez.—CE2020005528.
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 14 horas 00 minutos
del 29 de junio del año 2020, se constituyó la sociedad denominada J Y D de
Samara Property Services Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 02
de julio del 2020.—Lic. William Juárez
Mendoza, Notario.—1 vez.—CE2020005529.
Mediante
escritura otorgada ante esta no, las 20
horas 00 minutos del 15 de junio del año 2020, se constituyó la sociedad
denominada C.D.S Ingenieria Sociedad Anónima.—San José, 02 de julio del
2020.—Licda. Alexa Natalia Carvajal Calvo, Notaria.—1 vez.—CE2020005530.
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 07 horas 00 minutos
del 02 de julio del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Industrias
Jomaga Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 02 de julio del
2020.—Lic. Javier Francisco Villalobos Pineda, Notario.—1 vez.—CE2020005531.
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 18 horas 00 minutos
del 01 de julio del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Agrícola
Moviterrasol Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 02 de julio
del 2020.—Licda. Josseline Andrea Agüero
Maroto, Notaria.—1 vez.—CE2020005532.
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 12 horas 00 minutos del 01 de julio
del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Calle Verde Sociedad
Anónima.—San José, 02 de julio del 2020.—Lic. José Alberto Schroeder Leiva,
Notario.—1 vez.—CE2020005533.
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 09 horas 00 minutos del 02 de julio
del año 2020, se constituyó la sociedad denominada La Ventanita de la Calle
Tres Sociedad Anónima.—San José, 02 de julio del 2020.—Licda. Viviana
Marcela Sandi Segura, Notaria.—1 vez.—CE2020005534.
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 16 horas 00 minutos del 15 de junio
del año 2020, se constituyó la sociedad denominada A. B. Bros Development
Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 02 de julio del
2020.—Licda. Aixa Quesada Gutiérrez,
Notaria.—1 vez.—CE2020005535.
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 09 horas 00 minutos del 02 de julio
del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Inversiones Inmobiliarias
A Y L Quince Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 02 de julio
del 2020.—Lic. Carlos Eduardo Rodríguez Paniagua, Notario.—1
vez.—CE2020005536.
Mediante escritura
otorgada ante esta notaría, a las 16 horas 00 minutos del 30 de junio del año
2020, se constituyó la sociedad denominada Superior Parts CR Limitada.—San
José, 02 de julio del 2020.—Lic. Mark Anthony Beckford Douglas, Notario.—1
vez.—CE2020005537.
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 10 horas 00 minutos del 02 de julio
del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Grupo Comercial KCHR
Limitada.—San José, 02 de julio del 2020.—Lic. Gabriel Clare Facio,
Notario.—1 vez.—CE2020005538.
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 11 horas 00 minutos del 01 de julio
del año 2020, se constituyó la sociedad denominada GO Celebrain Sociedad
Anónima.—San José, 02 de julio del 2020.—Lic. Rodrigo Alberto Meza
Vallejos, Notario.—1 vez.—CE2020005539.
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 14 horas 00 minutos del 25 de junio
del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Paymar Sociedad Anónima.—San
José, 02 de julio del 2020.—Licda. Sonia Corella Céspedes, Notaria.—1
vez.—CE2020005540.
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 16 horas 00 minutos del 29 de junio
del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Costa Analytica
International Sociedad Anónima.—San José, 02 de julio del 2020.—Lic. Maynor
Ignacio Sanchez Ramírez,
Notario.—1 vez.—CE2020005541.
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 20 horas 00 minutos del 15 de junio
del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Asignar Registro Sociedad
Anónima.—San José, 02 de julio del 2020.—Licda. Alexa Natalia Carvajal
Calvo, Notaria.—1 vez.—CE2020005542.
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 12 horas 00 minutos del 02 de julio
del año 2020, se constituyó la sociedad denominada TSS CAPITAL PARTNERS
SOCIEDAD ANÓNIMA. San José, 02 de Julio del 2020.–Lic. JUAN MANUEL GOMEZ MORA,
Notario.—1 vez.— CE2020005543.
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 09 horas 30 minutos del 26 de junio
del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Ksc & Asociados
Sociedad Anónima.—San José, 02 de julio del 2020.—Lic. Francisco Calvo
Moya, Notario.—1 vez.—CE2020005544.
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 08 horas 00 minutos
del 16 de junio del año 2020, se constituyó la sociedad denominada BCD Consultin
Ing y Asociados Sociedad Anónima.—San José, 02 de julio del 2020.—Lic.
Esteban Jose Esquivel Zúñiga, Notario.—1
vez.—CE2020005545.
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 14 horas 30 minutos
del 18 de junio del año 2020, se constituyó la sociedad denominada R.E.C.
Tropicum Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 02 de julio del
2020.—Lic. Diego Alonso Fernández Otárola, Notario.—1 vez.—CE2020005545.
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 11 horas 00 minutos del 02 de julio
del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Vadu Consultores Sociedad
de Responsabilidad Limitada.—San José, 02 de julio del 2020.—Licda. Kattia
Arroyo Montero, Notaria.—1 vez.—CE2020005546.
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 14 horas 00 minutos del 30 de junio
del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Comercializadora Abraham
& Sousa Sociedad Anónima.—San José, 02 de julio del 2020.—Licda. Clara
Eugenie Alvarado Jiménez,
Notaria.—1 vez.—CE2020005547.
Mediante escritura
otorgada ante esta notaría, a las 08 horas 00 minutos del 01 de julio del año
2020, se constituyó la sociedad denominada Farmacia Nueva Era del Pacífico Sociedad de
Responsabilidad Limitada.—San
José, 02 de julio del 2020.—Lic. Luis Chen Mok, Notario.—1 vez.—CE2020005548.
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 15 horas 00 minutos del 29 de junio
del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Vichagra de David
Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 02 de julio del
2020.—Licda. Rosaura Barquero Brenes, Notaria.—1 vez.—CE2020005549.
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 10 horas 00 minutos del 30 de junio
del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Inmobiliaria
Costarricense Don Felipe Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 02
de julio del 2020.—Lic. Marco Antonio La Touche Arbizu, Notario.—1
vez.—CE2020005550.
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 17 horas 00 minutos
del 20 de mayo del año 2020, se constituyó la sociedad denominada E Y E
Fiber Networks de Occidente Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José,
02 de julio del 2020.—Licda. Adriana Núñez Solano,
Notaria.—1 vez.—CE2020005551.
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 13 horas 00 minutos
del 02 de julio del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Supplypro
Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 02 de julio del
2020.—Licda. Vera Denise Mora Salazar, Notaria.—1 vez.—CE2020005552.
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría a las 15 horas 30 minutos del 30 de junio
del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Splash Katu Sociedad
Anónima.—San José, 02 de julio del 2020.—Lic. Juan Luis Mora Cascante,
Notario.—1 vez.—CE2020005553.
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 11 horas 30 minutos
del 30 de junio del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Wise CR
Customer Service and Administration Sociedad Anónima.—San José, 02 de julio
del 2020.—Licda. Carolina Argüello Bogantes,
Notaria.—1 vez.—CE2020005554.
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 10 horas 00 minutos del 02 de julio
del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Grupo Internacional Siba
G.I.S. Sociedad Anónima.—San José, 02 de julio del 2020.—Licda. Patricia
Prada Monge, Notaria.—1 vez.—CE2020005555.
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 17 horas 30 minutos del 01 de julio
del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Inversiones Transfaben
Sociedad Anónima.—San José, 02 de julio del 2020.—Licda. Evelyn Paola Solís Madrigal, Notaria.—1
vez.—CE2020005556.
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 14 horas 00 minutos
del 30 de junio del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Finca
Cocobolo Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 02 de julio del
2020.—Lic. Carlos Darío Angulo Ruiz,
Notario.—1 vez.—CE2020005557.
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 09 horas 30 minutos del 30 de junio
del año 2020, se constituyó la sociedad denominada OAK Rompiendo Moldes
Sociedad Anónima.—San José, 02 de julio del 2020.—Licda. Ana Cecilia De
Ezpeleta Aguilar, Notaria.—1 vez.—CE2020005558.
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 13 horas 30 minutos
del 02 de julio del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Costa
Rica Gold Ventures Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 02 de
julio del 2020.—Licda. Mónica Diana Navarro
Del Valle, Notaria.—1 vez.—CE2020005559.
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 14 horas 00 minutos del 02 de julio
del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Texas Costa Rica Cattle
Company Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 02 de julio del
2020.—Licda. Mónica
Diana Navarro Del Valle, Notaria.—1 vez.—CE2020005560.
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 18 horas 00
minutos del 03 de julio del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Colectivo
Internacional Pélagos Okeanos Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San
José, 05 de julio del 2020.–Licda. Wendy Dayana Castro Mora , Notaria.—1
vez.—CE2020005614.
Mediante escritura otorgada ante esta notaría,
a las 17 horas 50 minutos del 02 de julio del año 2020, se constituyó la
sociedad denominada Inversiones Agropecuarias San Francisco Sociedad Anónima.—San
José, 06 de Julio del 2020.—Lic. Aaron Gualberto Jimenez Guillen, Notario.—1
vez.—CE2020005615.
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 19 horas 00
minutos del 02 de julio del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Los
Cuatro de Arriba Sociedad Anónima.—San José, 06 de julio del 2020.—Lic.
Aaron Gualberto Jimenez Guillen, Notario.—1 vez.—CE2020005616.
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 18 horas 30
minutos del 21 de mayo del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Grupo
Hijos de Gaia Infinita del Setecientos Setenta y Siete de La Quinta D. Sociedad
Anónima.—San José, 06 de julio del 2020.—Lic. Jose Manuel Ortiz Durman,
Notario.—1 vez.—CE2020005617.
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 18 horas 51
minutos del 26 de junio del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Pez
Delisea Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 06 de julio del
2020.—Licda. Aida Beatriz Vargas Salazar, Notaria.—1 vez.—CE2020005618.
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 15 horas 00
minutos del 02 de julio del año 2020, se constituyó la sociedad denominada
EA&VH Mejorcompra CR Sociedad Anónima.—San José, 06 de julio del
2020.—Licda. Jessica Alvarado Herrera, Notaria.—1 vez.— CE2020005619.
Mediante escritura otorgada ante esta notaría,
a las 14 horas 15 minutos del 30 de junio del año 2020, se constituyó la
sociedad denominada Akcelight Projects And Holdings Sociedad de
Responsabilidad Limitada.—San José, 06 de julio del 2020.—Lic. Randall
Rubén Sanchez Mora, Notario.—1 vez.—CE2020005620.
Mediante escritura otorgada ante esta notaría,
a las 08 horas 00 minutos del 04 de julio del año 2020, se constituyó la
sociedad denominada Agentio Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San
José, 06 de julio del 2020.—Licda. Sabrina Karine Kszak Bianchi, Notaria.—1
vez.—CE2020005621.
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 14 horas 00
minutos del 25 de junio del año 2020, se constituyó la sociedad denominada UPMED
Limitada.—San José, 06 de julio del 2020.—Lic. Gabriel Clare Facio,
Notario.—1 vez.—CE2020005622.
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 10 horas 00
minutos del 23 de junio del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Atium
D.C.E. Sociedad Anónima.—San José, 06 de julio del 2020.—Lic. Rodrigo de
Jesús Blanco Fernández, Notario.—1 vez.—CE2020005623.
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 08 horas 00
minutos del 06 de julio del año 2020, se constituyó la sociedad denominada TCS
Toucan Custody Services Limitada.—San José, 06 de julio del 2020.—Lic. Luis
Franklin Gutiérrez Rodríguez, Notario.—1 vez.—CE2020005624.
Mediante escritura otorgada ante esta notaría,
a las 15 horas 00 minutos del 01 de julio del año 2020, se constituyó la
sociedad denominada El Marcatico Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San
José, 06 de julio del 2020.—Lic. Ignacio Alonso Valverde, Notario.—1
vez.—CE2020005625.
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 13 horas 00
minutos del 05 de julio del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Guanacafé
GC Distribuidora Sociedad Anónima.—San José, 06 de julio del 2020.—Licda.
Wendy marcela Valverde Cortes, Notaria.—1 vez.—CE2020005626.
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 13 horas 00
minutos del 02 de julio del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Pro
Latam Supply Capital Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 06 de
julio del 2020.—Licda. Vera Denise Mora Salazar, Notaria.—1 vez.—CE2020005627.
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 19 horas 00
minutos del 03 de julio del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Supplies
Industries RSS Limitada.—San José, 06 de julio del 2020.—Licda. Ana Rosa
Aguilar González, Notaria.—1 vez.—CE2020005628.
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 13 horas 20
minutos del 04 de julio del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Inversiones
Agronómicas JSC Consultores Sociedad Anónima.—San José, 06 de julio del
2020.—Licda. Paula María Chacón Loaiza, Notaria.—1 vez.—CE2020005629.
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 10 horas 00
minutos del 03 de julio del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Samir
Colman Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 06 de julio del
2020.—Lic. Jose Gerardo Guillen Mora, Notario.—1 vez.—CE2020005630.
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 11 horas 00
minutos del 29 de junio del año 2020, se constituyó la sociedad denominada
Fagors de Costa Rica Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 06 de
julio del 2020.—Lic. Luis Diego Araya González, Notario.—1 vez.—CE2020005631.
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 15 horas 30
minutos del 02 de julio del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Saramanto
Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 06 de julio del 2020.—Lic.
Juan José Valerio Alfaro, Notario.—1 vez.—CE2020005632.
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 08 horas 00
minutos del 06 de julio del año 2020, se constituyó la sociedad denominada J
& H Toes In The Sand Limitada.—San José, 06 de julio del 2020.—Lic.
Norman Leslie de Pass Ibarra, Notario.—1 vez.—CE2020005633.
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 17 horas 00
minutos del 03 de julio del año 2020, se constituyó la sociedad denominada CRRC
CR Representaciones Comerciales Sociedad Anónima.—San José, 06 de julio del
2020.—Lic. Jose Pablo Rodríguez Castro, Notario.—1 vez.—CE2020005634.
Mediante escritura
otorgada ante esta Notaría a las 09 horas 00 minutos del 03 de Julio del año
2020, se constituyó la sociedad denominada El Mundo de los Tacos Sociedad de
Responsabilidad Limitada.—San José, 06 de Julio del 2020.—Licda. Ligia
Rodríguez Moreno , Notaria.—1 vez.—CE2020005634.
Mediante escritura
otorgada ante esta notaría, a las 11 horas 00 minutos del 30 de junio del año
2020, se constituyó la sociedad denominada SBT Underclouds CR Sociedad
Anónima.—San José, 06 de julio del 2020.—Lic. Luis Alonso Quesada Díaz,
Notario.—1 vez.—CE2020005635.
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 10 horas 00
minutos del 30 de junio del año 2020, se constituyó la sociedad denominada XGRT
Sociedad Anónima.—San José, 06 de julio del 2020.—Licda. Diana Carolina
Granados González, Notaria.—1 vez.—CE2020005636.
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 17 horas 35
minutos del 04 de julio del año 2020, se constituyó la sociedad denominada LA
Carrucha Hermanos HS Sociedad Anónima.—San José, 06 de julio del
2020.—Licda. Rebeca Esquivel Garita, Notaria.—1 vez.—CE2020005637.
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 17 horas 00
minutos del 02 de julio del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Comercializador
y Exportador Cocori Sociedad Anónima.—San José, 06 de julio del 2020.—Lic.
Yojever Ortega Brenes, Notario.—1 vez.—CE2020005638.
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 18 horas 00 minutos
del 02 de julio del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Cajitas
Blancas Sociedad Anónima.—San José, 06 de julio del 2020.—Licda. Adriana de
Los Ángeles Rodríguez Calvo, Notaria.—1 vez.—CE2020005639.
Mediante escritura otorgada ante esta notaría,
a las 15 horas 35 minutos del 02 de julio del año 2020, se constituyó la
sociedad denominada Importadora Artemax Visión de Centroamérica Sociedad
Anónima.—San José, 06 de julio del 2020.—Lic. Max Alberto Monestel Peralta,
Notario.—1 vez.—CE2020005640.
Mediante escritura otorgada ante esta notaría,
a las 11 horas 00 minutos del 03 de julio del año 2020, se constituyó la
sociedad denominada Moka Delicatessen El Coco Sociedad de Responsabilidad
Limitada.—San José, 06 de julio del 2020.—Lic. Fabian Kelso Hernández,
Notario.—1 vez.—CE2020005641.
Mediante escritura otorgada ante esta notaría,
a las 16 horas 00 minutos del 01 de julio del año 2020, se constituyó la
sociedad denominada Villacon Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San
José, 06 de julio del 2020.—Lic. Steffano Jose Ferraro Flórez Estrada,
Notario.—1 vez.—CE2020005642.
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 17 horas 00
minutos del 03 de julio del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Zion
Arquitectura, Ingeniería Y Construcción Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San
José, 06 de julio del 2020.—Lic. Alex Ricardo Arce Rodríguez, Notario.—1
vez.—CE2020005643.
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 19 horas 00
minutos del 02 de julio del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Communitas
de Costa Rica Sociedad Anónima.—San José, 06 de julio del 2020.—Licda.
Melania de los Ángeles Chin Wo Cruz, Notaria.—1 vez.—CE2020005644.
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 10 horas 00
minutos del 30 de junio del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Costalulis
Sociedad Anónima.—San José, 06 de julio del 2020.—Lic. Danilo Loaiza
Bolandi, Notario.—1 vez.—CE2020005645.
Mediante escritura otorgada ante esta notaría,
a las 16 horas 00 minutos del 03 de julio del año 2020, se constituyó la
sociedad denominada Servicios Integrales Jiménez Sociedad de Responsabilidad
Limitada.—San José, 06 de julio del 2020.—Lic. Gustavo Jimenez Ocampo,
Notario.—1 vez.—CE2020005646.
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 09 horas 00
minutos del 06 de julio del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Webtech
Solutions Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 06 de julio del
2020.—Licda. Nubia Esperanza Cunningham Arana, Notaria.—1 vez.—CE2020005647.
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 09 horas 00
minutos del 06 de julio del año 2020, se constituyó la sociedad denominada
Oxygen Eyewear Sociedad Anónima.—San José, 06 de julio del 2020.—Lic.
Manuel Anrango Bonilla, Notario.—1 vez.—CE2020005648.
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 11 horas 00
minutos del 23 de junio del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Sehti
– Idiomas Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 06 de julio del
2020.—Lic. Andres Ríos Mora, Notario.—1 vez.—CE2020005649.
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 11 horas 00
minutos del 23 de junio del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Sehti
– Energía Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 06 de julio del 2020.—Lic.
Andrés Ríos Mora, Notario.—1 vez.—CE2020005650.
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 17 horas 00
minutos del 02 de julio del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Fitness
Treinta Y Tres Costa Rica Sociedad Anónima.—San José, 06 de julio del
2020.—Licda. Natalia María Rodríguez Ríos, Notaria.—1 vez.—CE2020005651.
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 11 horas 00
minutos del 23 de junio del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Sehti
– Cocina Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 06 de julio del
2020.—Lic. Andrés Ríos Mora, Notario.—1 vez.—CE2020005652.
Mediante escritura otorgada ante esta notaría,
a las 11 horas 00 minutos del 02 de julio del año 2020, se constituyó la
sociedad denominada Veintitrés de Noviembre Sociedad de Responsabilidad
Limitada.—San José, 06 de julio del 2020.—Lic. Federico Castro Kahle,
Notario.—1 vez.—CE2020005653.
Mediante escritura otorgada ante esta notaría,
a las 08 horas 00 minutos del 05 de julio del año 2020, se constituyó la
sociedad denominada Latitud Treinta y Cuatro FMJ Limitada.—San José, 06
de julio del 2020.—Licda. Juana Adoración Barquero Núñez, Notaria.—1
vez.—CE2020005654.
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 11 horas 00
minutos del 23 de junio del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Sehti
– Niños Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 06 de julio del
2020.—Lic. Andrés Ríos Mora, Notario.—1 vez.—CE2020005655.
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 00 horas 00
minutos del 24 de junio del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Jazbasgroup
Limitada.—San José, 06 de julio del 2020.—Lic. Randall Francisco Fallas
Castro, Notario.—1 vez.—CE2020005656.
Mediante escritura otorgada ante esta notaría,
a las 11 horas 00 minutos del 02 de julio del año 2020, se constituyó la
sociedad denominada Xialing Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San
José, 06 de julio del 2020.—Lic. Marvin Eduardo Roldan Granados, Notario.—1
vez.—CE2020005657.
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 15 horas 00
minutos del 01 de julio del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Jorshua
Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 06 de julio del
2020.—Licda. Ana Isabel Elizondo León, Notaria.—1 vez.—CE2020005658.
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 17 horas 00
minutos del 22 de junio del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Soluciones
Empresariales B & S de Moravia Sociedad Anónima.—San José, 06 de julio
del 2020.—Lic. Javier Villalta Solano, Notario.—1 vez.—CE2020005659.
Mediante escritura otorgada ante esta notaría,
a las 12 horas 00 minutos del 06 de julio del año 2020, se constituyó la
sociedad denominada Ikigai Escazú Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San
José, 06 de julio del 2020.—Lic. Gustavo Adolfo Koutsouris Canales, Notario.—1
vez.—CE2020005660.
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 09 horas 30
minutos del 06 de julio del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Central
de Insumos Médicos CR Sociedad Anónima.—San José, 06 de julio del
2020.—Lic. Dan Alberto Hidalgo Hidalgo, Notario.—1 vez.—CE2020005661.
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 14 horas 30
minutos del 29 de junio del año 2020, se constituyó la sociedad denominada PSK
Psykodelicgg Sociedad Anónima.—San José, 06 de julio del 2020.—Licda. Laura
Gabriela Chaverri Gómez, Notaria.—1 vez.—CE2020005662.
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 00 horas 00
minutos del 02 de julio del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Technocreditos Sociedad Anónima.—San
José, 06 de julio del 2020.—Lic. Mauricio Alberto Campos Brenes, Notario.—1
vez.—CE2020005663.
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 13 horas 00
minutos del 06 de julio del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Desilight
I.L Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 06 de julio del
2020.—Lic. Daniel Valverde Schmidt, Notario.—1 vez.—CE2020005664.
Mediante escritura otorgada ante esta notaría,
a las 10 horas 00 minutos del 04 de julio del año 2020, se constituyó la
sociedad denominada Coding Ninja Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San
José, 06 de julio del 2020.—Licda. Emily Tatiana Guevara Torres, Notaria.—1
vez.—CE2020005665.
Mediante escritura otorgada ante esta notaría,
a las 11 horas 56 minutos del 04 de julio del año 2020, se constituyó la
sociedad denominada Proyectos Habitacionales Prohabit Sociedad Anónima.—San
José, 06 de julio del 2020.—Lic. Dagoberto Venegas Barrantes, Notario.—1
vez.—CE2020005666.
Mediante escritura otorgada ante esta notaría,
a las 13 horas 00 minutos del 03 de julio del año 2020, se constituyó la
sociedad denominada Origine Italiana Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San
José, 06 de julio del 2020.—Lic. Federico Altamura Arce, Notario.—1
vez.—CE2020005667.
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 13 horas 00
minutos del 25 de junio del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Aviatom
Air Services Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 06 de julio
del 2020.—Lic. Fernando Dionisio Zamora Castellanos, Notario.—1
vez.—CE2020005668.
Mediante escritura otorgada ante esta notaría,
a las 10 horas 00 minutos del 06 de julio del año 2020, se constituyó la
sociedad denominada Isa Doscientos Sesenta y Tres Sociedad de
Responsabilidad Limitada.—San José, 06 de julio del 2020.—Lic. Dan Alberto
Hidalgo Hidalgo, Notario.—1 vez.—CE2020005669.
Mediante escritura
otorgada ante esta notaría, a las 14 horas 06 minutos del 29 de junio del año 2020,
se constituyó la sociedad denominada Alonso Marketing & Consulting
Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 06 de julio del
2020.—Licda. Ana Isabel Paniagua Lacayo, Notaria.—1 vez.—CE2020005670.
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 10 horas 00
minutos del 04 de julio del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Inversiones
del Caribe NFL Sociedad Anónima.—San José, 06 de julio del 2020.—Lic. Jorge
Andrés Cordero Leandro, Notario.—1 vez.—CE2020005671.
Mediante escritura
otorgada ante esta notaría a las 13 horas 00 minutos del 01 de julio del año
2020, se constituyó la sociedad denominada Avenida Latam Sociedad Anónima.—San
José, 06 de julio del 2020.—Lic. Jose Enrique Guevara Acuña, Notario.—1 vez.—CE
2020005672.
Mediante escritura otorgada
ante esta notaría a las 10 horas 00 minutos del 02 de julio del año 2020, se
constituyó la sociedad denominada Pmarketing Crew Sociedad De
Responsabilidad Limitada.—San José, 06 de Julio del 2020.—Licda. Adriana De
Los Ángeles Zamora Vargas, Notaria.— 1 vez.—CE2020005673.
Mediante escritura
otorgada ante esta notaría, a las 17 horas 00 minutos del 03 de julio del año
2020, se constituyó la sociedad denominada CRRC CR Representaciones Comerciales
Sociedad Anónima.—San José, 06 de julio del 2020.—Lic. Jose Pablo Rodríguez
Castro, Notario.—1 vez.—CE2020012603.
Mediante escritura otorgada ante esta notaría,
a las 19 horas 00 minutos del 07 de julio del año 2020, se constituyó la
sociedad denominada Anicca Suecia Limitada.—San José, 08 de julio del
2020.—Lic. Eduardo Rojas Piedra, Notario.—1 vez.—CE2020005784.
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 14 horas 00
minutos del 06 de julio del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Inversiones
Financieras y No Financieras Chava 64 Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San
José, 09 de julio del 2020.—Licda. María Rocío Díaz Garita, Notaria.—1
vez.—CE2020005785.
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 08 horas 00
minutos del 08 de julio del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Purataraxia
Limitada.—San José, 09 de julio del 2020.—Lic. Oscar Manuel Funes Orellana,
Notario.—1 vez.— CE2020005786.
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 08 horas 00
minutos del 09 de julio del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Spring
Water Healing Limitada.—San José, 09 de julio del 2020.—Lic. Oscar Manuel
Funes Orellana, Notario.—1 vez.—CE2020005787.
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 11 horas 00
minutos del 29 de junio del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Aceros
Inoxidables Fagors de Costa Rica Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San
José, 09 de julio del 2020.—Lic. Luis Diego Araya González, Notario.—1
vez.—CE2020005788.
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 08 horas 00
minutos del 09 de julio del año 2020, se constituyó la sociedad denominada RDGZ
Transportes Terrestres Limitada.—San José, 09 de julio del 2020.—Lic.
Carlos Roberto Ureña Vásquez, Notario.—1 vez.—CE2020005789.
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 14 horas 00
minutos del 06 de julio del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Comercializadora
Ticoro Sociedad Anónima.—San José, 09 de julio del 2020.—Lic. Carlos
Gutiérrez Font, Notario.—1 vez.—CE2020005790.
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 09 horas 00
minutos del 03 de julio del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Soldadura
JKR Limitada.—San José, 09 de julio del 2020.—Lic. Felipe Esquivel Delgado,
Notario.—1 vez.—CE2020005791.
Mediante escritura otorgada ante esta notaría,
a las 08 horas 30 minutos del 15 de enero del año 2019, se constituyó la
sociedad denominada Johns Place Sociedad De Responsabilidad Limitada.—San
José, 09 de julio del 2020.—Lic. Jefte David Zúñiga Jimenez, Notario.—1
vez.—CE2020005792.
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 17 horas 00
minutos del 02 de julio del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Comercializador
y Exportador Corisai Sociedad Anónima.—San José, 09 de julio del 2020.—Lic.
Yojever Ortega Brenes, Notario.—1 vez.—CE2020005793.
Mediante escritura otorgada ante esta notaría,
a las 16 horas 00 minutos del 06 de julio del año 2020, se constituyó la
sociedad denominada Comparte El Conocimiento Sociedad de Responsabilidad
Limitada.—San José, 09 de julio del 2020.—Lic. Sebastián David Vargas
Roldan, Notario.—1 vez.—CE2020005794.
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 11 horas 30
minutos del 30 de junio del año 2020, se constituyó la sociedad denominada WSCR
Wise Services Costa Rica Sociedad Anónima.—San José, 09 de julio del
2020.—Licda. Carolina Arguello Bogantes, Notaria.—1 vez.—CE2020005795.
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 11 horas 00
minutos del 08 de julio del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Charlie
Cloth Llc Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 09 de julio del
2020.—Lic. Alberto Eduardo Soto Víquez, Notario.—1 vez.—CE2020005796.
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 09 horas 30
minutos del 09 de julio del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Paraíso
Playa Grande Nueva Vista Sociedad Anónima.—San José, 09 de julio del
2020.—Lic. Fernando Marín Vargas, Notario.—1 vez.—CE2020005797.
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 17 horas 50
minutos del 02 de julio del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Inversiones
Agropecuarias Caragra Sociedad Anónima.—San José, 09 de julio del
2020.—Lic. Aaron Gualberto Jimenez Guillen, Notario.—1 vez.—CE2020005798.
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 12 horas 15
minutos del 08 de julio del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Raivy
Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 09 de julio del 2020.—Lic.
Alejandro López Meoño, Notario.—1 vez.—CE2020005799.
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 09 horas 15
minutos del 26 de junio del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Cerceño
y Álvarez Desarrolladora S&M Sociedad De Responsabilidad Limitada.—San
José, 09 de julio del 2020.—Lic. Edwin Martin Chacón Saborío, Notario.—1
vez.—CE2020005800.
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 08 horas 00
minutos del 29 de junio del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Green
Group de Centroamérica Sociedad Anónima.—San José, 09 de julio del
2020.—Lic. Arnulfo Carmona Martínez, Notario.—1 vez.—CE2020005801.
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 14 horas 00
minutos del 08 de julio del año 2020, se constituyó la sociedad denominada NG
Logistics Plus Sociedad Anónima.—San José, 09 de julio del 2020.—Lic.
Derick Dilmark Cruickshank Foster, Notario.—1 vez.—CE2020005802.
Mediante escritura otorgada ante esta notaría,
a las 10 horas 00 minutos del 09 de julio del año 2020, se constituyó la
sociedad denominada New Age Construction CR Sociedad de Responsabilidad
Limitada.—San José, 09 de julio del 2020.—Licda. Paola Andrea Ramírez
Acosta, Notaria.—1 vez.—CE2020005803.
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 09 horas 30
minutos del 07 de julio del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Producciones
New Normal Sociedad Anónima.—San José, 09 de julio del 2020.—Licda. Cinzia
Víquez Renda, Notaria.—1 vez.—CE2020005804
Mediante escritura otorgada ante esta notaría,
a las 11 horas 00 minutos del 09 de julio del año 2020, se constituyó la
sociedad denominada Sevilla Dental Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San
José, 09 de julio del 2020.—Lic. Andrés Tovar Castro,
Notario.—1 vez.—CE2020005805.
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 09 horas 00
minutos del 07 de julio del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Insight
Marketing Research Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 09 de
julio del 2020.—Lic. Federico Castro Kahle, Notario.—1 vez.—CE2020005806.
Mediante escritura otorgada ante esta notaría,
a las 12 horas 00 minutos del 02 de julio del año 2020, se constituyó la
sociedad denominada Tempus Asesores Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San
José, 09 de julio del 2020.—Licda. María de los Ángeles Angulo Gómez,
Notaria.—1 vez.—CE2020005807
Mediante escritura otorgada ante esta notaría,
a las 17 horas 00 minutos del 08 de julio del año 2020, se constituyó la
sociedad denominada Pacific Heights Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San
José, 09 de julio del 2020.—Lic. Allan García Barquero, Notario.—1
vez.—CE2020005808.
Mediante escritura otorgada ante esta notaría,
a las 10 horas 00 minutos del 07 de julio del año 2020, se constituyó la
sociedad denominada Fulfilr Limitada.—San José, 09 de julio del
2020.—Lic. Eugenio Vargas Ramírez, Notario.—1 vez.—CE2020005809.
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 11 horas 00
minutos del 09 de julio del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Mangos
Verdes de Osa Sociedad De Responsabilidad Limitada.—San José, 09 de julio
del 2020.—Lic. Lawrence Shanahan Lobo, Notario.—1 vez.—CE2020005810.
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 15 horas 00
minutos del 01 de julio del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Anesjo
Sociedad De Responsabilidad Limitada.—San José, 09 de julio del
2020.—Licda. Ana Isabel Elizondo León, Notaria.—1 vez.—CE2020005811
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 14 horas 00
minutos del 03 de julio del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Espagalu
Sociedad De Responsabilidad Limitada.—San José, 09 de julio del
2020.—Licda. Nancy Harbottle Morales, Notaria.—1 vez.—CE2020005812.
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 10 horas 00
minutos del 09 de julio del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Casa
del Rey David en Playa Hermosa LLC Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San
José, 09 de julio del 2020.—Lic. Brians Salazar Chavarría, Notario.—1
vez.—CE2020005813.
Mediante escritura otorgada ante esta Notaría a las 15 horas 00
minutos del 25 de junio del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Asc
Servicios y Soluciones Corporativas Sociedad de Responsabilidad Limitada.—
San José, 09 de Julio del 2020.—Lic. Juan Carlos Arias Vargas , Notario.—1
vez.—CE2020005813
Mediante escritura
otorgada ante esta notaría, a las 08 horas 30 minutos del 09 de julio del año
2020, se constituyó la sociedad denominada Coaching Across Borders Sociedad
De Responsabilidad Limitada.—San José, 09 de julio del 2020.—Lic. Federico Ureña Ferrero, Notario.—1 vez.—CE2020005814.
Mediante escritura otorgada ante esta notaría,
a las 11 horas 00 minutos del 09 de julio del año 2020, se constituyó la
sociedad denominada Uma Chemical Technologies Sociedad Anónima.—San
José, 09 de julio del 2020.—Lic. Marco Antonio Fallas del Valle, Notario.—1
vez.—CE2020005815
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 15 horas 00
minutos del 07 de julio del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Innovatec
Instituto Parauniversitario Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José,
09 de julio del 2020.—Lic. Jose Francisco Barahona Segnini, Notario.—1
vez.—CE2020005816.
Mediante escritura otorgada ante esta notaría,
a las 09 horas 00 minutos del 08 de julio del año 2020, se constituyó la
sociedad denominada S&E Vanity Group Sociedad de Responsabilidad
Limitada.—San José, 09 de julio del 2020.—Lic. Ronald Brealey Mora, Notario.—1
vez.—CE2020005817
Mediante escritura otorgada ante esta notaría,
a las 11 horas 00 minutos del 02 de julio del año 2020, se constituyó la
sociedad denominada El Valor de la Unión Consultores Sociedad De
Responsabilidad Limitada.—San José, 09 de julio del 2020.—Licda. Kattia
Arroyo Montero, Notaria.—1 vez.—CE2020005818.
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 11 horas 30
minutos del 09 de julio del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Multiservicios
Sefaisa Sociedad Anónima.—San José, 09 de julio del 2020.—Lic. Felipe Gómez
Rodríguez, Notario.—1 vez.—CE2020005819.
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 11 horas 00
minutos del 09 de julio del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Youwei
Completo Sociedad Anónima.—San José, 09 de julio del 2020.—Licda. Shirley
Sánchez Bustamante, Notaria.—1 vez.—CE2020005820
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 16 horas 20
minutos del 03 de julio del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Refrigeración
Industrial Residencial y Comercial Jojogi Sociedad Anónima.—San José, 09 de
julio del 2020.—Lic. Fernando Dionisio Zamora Castellanos, Notario.—1
vez.—CE2020005821.
Mediante escritura otorgada ante esta notaría,
a las 14 horas 00 minutos del 03 de julio del año 2020, se constituyó la
sociedad denominada Álvarez y Jota AG Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San
José, 09 de julio del 2020.—Lic. Tomas Esquivel Cerdas, Notario.—1
vez.—CE2020005822.
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 09 horas 00
minutos del 08 de julio del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Gemavia
Sociedad Anónima.—San José, 09 de julio del 2020.—Licda. Natalia Gómez
Aguirre, Notaria.—1 vez.—CE2020005823.
Mediante escritura otorgada ante esta notaría,
a las 12 horas 15 minutos del 08 de julio del año 2020, se constituyó la
sociedad denominada Dotaraivy de Costa Rica Sociedad de Responsabilidad
Limitada.—San José, 09 de julio del 2020.—Lic. Alejandro López Meoño,
Notario.—1 vez.—CE2020005824.
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 12 horas 00
minutos del 09 de julio del año 2020, se constituyó la sociedad denominada DKAY
Imports Sociedad Anónima.—San José, 09 de julio del 2020.—Licda. Irene
Jiménez Alfaro, Notaria.—1 vez.—CE2020005825.
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 13 horas 30
minutos del 07 de julio del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Corporación
Delicious Sociedad Anónima.—San José, 09 de julio del 2020.—Lic. Randall
Mauricio Rojas Quesada, Notario.—1 vez.—CE2020005826.
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 16 horas 00
minutos del 09 de julio del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Leon
Corp Tec Limitada.—San José, 09 de julio del 2020.—Lic. Carlos Roberto
Ureña Vásquez, Notario.—1 vez.—CE2020005827.
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 10 horas 30
minutos del 03 de julio del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Shalom
Bait Sociedad Anónima.—San José, 09 de julio del 2020.—Lic. Randall
Mauricio Rojas Quesada, Notario.—1 vez.—CE2020005828
Mediante escritura otorgada ante esta notaría,
a las 16 horas 00 minutos del 09 de julio del año 2020, se constituyó la
sociedad denominada Central Services Tm, Sociedad de Responsabilidad
Limitada Sociedad.—San José, 09 de julio del 2020.—Licda. Andrea Hutt
Fernández Notaria CE2020005829.
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 14 horas 00
minutos del 09 de julio del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Recluta
Managed Services Sociedad Anónima.—San José, 09 de julio del 2020.—Lic.
Raúl Emilio Acosta Arias, Notario.—1 vez.—CE2020005830.
Mediante escritura otorgada ante esta notaría,
a las 12 horas 00 minutos del 08 de julio del año 2020, se constituyó la sociedad
denominada Global Development Health Latinoamérica Sociedad Anónima.—San
José, 09 de julio del 2020.—Lic. Eric Guier Alfaro, Notario.—1
vez.—CE2020005831.
Mediante escritura otorgada ante esta notaría,
a las 00 horas 00 minutos del 02 de julio del año 2020, se constituyó la
sociedad denominada Prowinos Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San
José, 09 de julio del 2020.—Licda. AnneMarie Guevara Guth, Notaria.—1
vez.—CE2020005832.
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 10 horas 20 minutos
del 08 de julio del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Producciones
Tríptico Films Sociedad De Responsabilidad Limitada.—San José, 09 de julio
del 2020.—Licda. Diana Soto Meza, Notaria.—1 vez.—CE2020005833.
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 15 horas 00
minutos del 02 de julio del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Patio
Group Sociedad Anónima.—San José, 09 de julio del 2020.—Licda. Ariana
Sibaja López, Notaria.—1 vez.—CE2020005834.
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 10 horas 00
minutos del 09 de julio del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Casa
del Rey David en Playa Hermosa LLC Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San
José, 09 de julio del 2020.—Lic. Brians Salazar Chavarría, Notario.—1
vez.—CE2020012604.
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 13 horas 00
minutos del 16 de julio del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Grupo
GYQ Sociedad Anónima.—San José, 20 de julio del 2020.—Lic. María Lucrecia
Quesada Barquero, Notario.—1 vez.—CE2020005942.
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 16 horas 30
minutos del 17 de julio del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Global
Insumos Sociedad Anónima.—San José, 20 de julio del 2020.—Lic. Edgar Alejandro
Solís Moraga, Notario.—1 vez.—CE2020005943.
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 11 horas 00
minutos del 10 de julio del año 2020, se constituyó la sociedad denominada GL
Innovaciones Legales Sociedad Anónima.—San José, 20 de julio del 2020.—Lic.
Katherine Marcela Brenes Solano, Notario.—1 vez.—CE2020005944.
Mediante escritura otorgada ante esta notaría,
a las 14 horas 15 minutos del 29 de mayo del año 2020, se constituyó la
sociedad denominada Master Technology Services Eolicos Centroamérica
Sociedad Anónima.—San José, 20 de julio del 2020.—Lic. Laureana Herrera
Solano, Notario.—1 vez.—CE2020005945
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 17 horas 30
minutos del 07 de julio del año 2020, se constituyó la sociedad denominada
CV Contavisión Cr Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 20 de
julio del 2020.—Lic. Maureen Irlene Masis Mora, Notario.—1 vez.—CE2020005946
Mediante escritura otorgada ante esta notaría,
a las 17 horas 00 minutos del 10 de julio del año 2020, se constituyó la
sociedad denominada Now Software Development Sociedad de Responsabilidad
Limitada.—San José, 20 de julio del 2020.—Lic. Hazel Sancho González,
Notario.—1 vez.—CE2020005947.
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 13 horas 00
minutos del 20 de julio del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Carrizzo
Global LTD Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 20 de julio del
2020.—Lic. Hazel Sancho González, Notario.—1 vez.—CE2020005948.
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 14 horas 00
minutos del 17 de julio del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Sunbeam
Tres Uno Sociedad Anónima.—San José, 20 de julio del 2020.—Lic. Gerardo
Castillo Rojas, Notario.—1 vez.—CE2020005949
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 11 horas 15
minutos del 09 de julio del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Vivero
Online Verde Urbano Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 20 de julio
del 2020.—Lic. Melania Dittel Sotela, Notario.—1 vez.—CE2020005950.
Mediante escritura otorgada
ante esta notaría, a las 09 horas 30 minutos del 26 de Junio del año 2020, se
constituyó la sociedad denominada Kaerji Consulting Group Sociedad Anónima.—San
José, 20 de julio del 2020.—Lic. Francisco Calvo Moya, Notario.—1
vez.—CE2020005951.
Mediante escritura otorgada ante esta notaría,
a las 09 horas 00 minutos del 20 de julio del año 2020, se constituyó la
sociedad denominada Mundo del Calzado Las Tres CCC Sociedad de
Responsabilidad Limitada.—San José, 20 de julio del 2020.—Lic. Seanny
Jimenez Alfaro, Notario.—1 vez.—CE2020005952.
Mediante escritura otorgada
ante esta notaría, a las 14 horas 00 minutos del 13 de julio del año 2020, se
constituyó la sociedad denominada Zuzal Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San
José, 20 de julio del 2020.—Lic. Sabrina Karine Kszak Bianchi, Notario.—1
vez.—CE2020005953.
Mediante escritura otorgada
ante esta notaría, a las 18 horas 00 minutos del 14 de julio del año 2020, se
constituyó la sociedad denominada Dava & Abdy Sociedad Anónima.—San
José, 20 de julio del 2020.—Lic. Ingrid Vanessa Otoya Murillo, Notario.—1
vez.—CE2020005954.
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 11 horas 00
minutos del 17 de julio del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Construterra
RN del Caribe Sociedad Anónima.—San José, 20 de julio del 2020.—Lic. Ingrid
Vanessa Otoya Murillo, Notario.—1 vez.—CE2020005955
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 12 horas 00
minutos del 20 de julio del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Awak
Business Consulting Group Sociedad Anónima.—San José, 20 de julio del
2020.—Lic. Ernesto Sanabria Esquivel, Notario.—1 vez.—CE2020005956.
Mediante escritura otorgada ante esta notaría,
a las 20 horas 00 minutos del 17 de julio del año 2020, se constituyó la
sociedad denominada Alvas Limitada.—San José, 20 de julio del 2020.—Lic.
Víctor Andrés Moreira Sirias, Notario.—1 vez.—CE2020005957.
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 16 horas 00
minutos del 07 de julio del año 2020, se constituyó la sociedad denominada MBA
Realty Group Sociedad Anónima.—San José, 21 de julio del 2020.—Lic. Ana
Patricia Guerrero Murillo, Notario.—1 vez.—CE2020005958.
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 14 horas 30
minutos del 05 de julio del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Mas
Soluciones Costa Rica Sociedad Anónima.—San José, 21 de julio del
2020.—Lic. Fransua Alberto Vásquez Rojas, Notario.—1 vez.—CE2020005959.
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 15 horas 30
minutos del 20 de Abril del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Biotendencia
Sociedad Anónima.—San José, 21 de julio del 2020.—Lic. Karen Ginneth López
Jara, Notario.—1 vez.—CE2020005960.
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 14 horas 00
minutos del 13 de julio del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Verduras
del Norte Sociedad Anónima.—San José, 21 de julio del 2020.—Lic. Jeffry
González Obando, Notario.—1 vez.—CE2020005961.
Mediante escritura otorgada ante esta notaría,
a las 07 horas 30 minutos del 20 de julio del año 2020, se constituyó la
sociedad denominada Servicios Agrícolas Las delicias Sociedad Anónima.—San
José, 21 de julio del 2020.—Lic. José Esteban Olivas Jiménez, Notario.—1
vez.—CE2020005962.
Mediante escritura otorgada ante esta notaría,
a las 16 horas 00 minutos del 09 de julio del año 2020, se constituyó la
sociedad denominada Prime Central Services PCS, Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San
José, 21 de julio del 2020.—Lic. Andrea Hutt Fernández, Notario.—1
vez.—CE2020005963.
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 10 horas 00
minutos del 06 de julio del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Mccentral
Sociedad Anónima.—San José, 21 de julio del 2020.—Lic. Raquel Stefanny Cruz
Porras, Notario.—1 vez.—CE2020005964.
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 14 horas 30
minutos del 15 de julio del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Inversiones
Jigab Limitada.—San José, 21 de julio del 2020.—Lic. Nelson Antonio Gómez
Barrantes, Notario.—1 vez.—CE2020005965.
Mediante escritura otorgada ante esta notaría,
a las 10 horas 00 minutos del 03 de julio del año 2020, se constituyó la
sociedad denominada Pierret Costa Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San
José, 21 de julio del 2020.—Lic. Cesar Augusto Mora Zahner, Notario.—1
vez.—CE2020005966.
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 14 horas 00
minutos del 20 de julio del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Iguana
Guanacaste Limitada.—San José, 21 de julio del 2020.—Lic. Ismene Arroyo
Marín, Notario.—1 vez.—CE2020005967.
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 21 horas 00
minutos del 09 de julio del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Servicios
Jemarve Sociedad Anónima.—San José, 21 de julio del 2020.—Lic. Luis Adolfo
Vargas Vargas, Notario.—1 vez.—CE2020005968.
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 00 horas 00
minutos del 17 de julio del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Huertas
Humanitarias de Costa Rica Limitada.—San José, 21 de julio del 2020.—Lic.
Gabriel Chaves Ledezma, Notario.—1 vez.—CE2020005969.
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 12 horas 00
minutos del 20 de julio del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Concre
Industria Ch Sociedad Anónima.—San José, 21 de julio del 2020.—Lic.
Katherine Viviana Solera Madrigal, Notario.—1 vez.—CE2020005970.
Mediante escritura otorgada ante esta notaría,
a las 14 horas 00 minutos del 18 de julio del año 2020, se constituyó la
sociedad denominada Closeteria Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San
José, 21 de julio del 2020.—Lic. Gonzalo Eduardo Rodríguez Castro, Notario.—1
vez.—CE2020005971.
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 13 horas 00
minutos del 20 de julio del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Cuatro
Cuartos CR Limitada.—San José, 21 de julio del 2020.—Lic. Oscar Manuel
Funes Orellana, Notario.—1 vez.—CE2020005972.
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 15 horas 00
minutos del 17 de julio del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Tepezque
Ceviches Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 21 de julio del
2020.—Lic. Doris Cecilia Monge Diaz, Notario.—1 vez.—CE2020005973.
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 18 horas 00
minutos del 09 de julio del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Papaletas
Sociedad Anónima.—San José, 21 de julio del 2020.—Lic. Leonardo Alonso
Ugalde Cajiao, Notario.—1 vez.—CE2020005974.
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 15 horas 00
minutos del 19 de julio del año 2020, se constituyó la sociedad denominada D
y Q Diseño Industrial E Ingenieria Sociedad Anónima.—San José, 21 de julio
del 2020.—Lic. Alonso Rodríguez Vargas, Notario.—1 vez.—CE2020005975.
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 10 horas 00
minutos del 14 de julio del año 2020, se constituyó la sociedad denominada A
Cachete Paradise Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 21 de
julio del 2020.—Lic. Carlos Dario Angulo Ruiz, Notario.—1 vez.—CE2020005976.
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 15 horas 00
minutos del 08 de julio del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Construcción
Hogares Y desarrollos Memorables Sociedad Anónima.—San José, 21 de julio
del 2020.—Lic. Willy Hernández Chan, Notario.—1 vez.—CE2020005977.
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 07 horas 00
minutos del 06 de julio del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Rirobre
Sociedad de Responsabilidad Limitada Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San
José, 21 de julio del 2020.—Lic. Gerardo Antonio Valderrama González, Notario.—1
vez.—CE2020005978
Mediante escritura otorgada ante esta notaría,
a las 13 horas 00 minutos del 13 de julio del año 2020, se constituyó la
sociedad denominada Brisas de Mar Swimwear Sociedad Anónima.—San José,
21 de julio del 2020.—Lic. Fernando Dionisio Zamora Castellanos, Notario.—1
vez.—CE2020005979.
Mediante escritura otorgada ante esta notaría,
a las 10 horas 00 minutos del 20 de julio del año 2020, se constituyó la
sociedad denominada Sun Loans Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San
José, 21 de julio del 2020.—Lic. Vera Denise Mora Salazar, Notario.—1
vez.—CE2020005980.
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 11 horas 00
minutos del 14 de julio del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Inversiones
Inmobiliaria del Caribe Sociedad Anónima.—San José, 21 de julio del
2020.—Lic. Derick Dilmark Cruickshank Foster, Notario.—1 vez.—CE2020005981.
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 17 horas 00
minutos del 02 de julio del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Treinta
Y Tres Functional Center Costa Rica Sociedad Anónima.—San José, 21 de julio
del 2020.—Lic. Natalia María Rodríguez Ríos, Notario.—1 vez.—CE2020005982.
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 15 horas 00
minutos del 16 de julio del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Unlimited
Assets Costa Rica Sociedad Anónima.—San José, 21 de julio del 2020.—Lic.
Xinia María Arias Naranjo, Notario.—1 vez.—CE2020005983.
Mediante escritura otorgada ante esta notaría,
a las 14 horas 30 minutos del 13 de julio del año 2020, se constituyó la
sociedad denominada Woodart CR Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San
José, 21 de julio del 2020.—Lic. Javier Alonso Blanco Benavides, Notario.—1
vez.—CE2020005984.
Mediante escritura otorgada ante esta notaría,
a las 13 horas 00 minutos del 20 de julio del año 2020, se constituyó la
sociedad denominada Quinta Colibri Cantu Sociedad de Responsabilidad
Limitada.—San José, 21 de julio del 2020.—Lic. Jose Rafael Fernández
Quesada, Notario.—1 vez.—CE2020005985.
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 17 horas 00
minutos del 09 de julio del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Leasing
Cars del Caribe Sociedad Anónima.—San José, 21 de julio del 2020.—Lic.
derick Dilmark Cruickshank Foster, Notario.—1 vez.—CE2020005986.
Mediante escritura otorgada ante esta notaría,
a las 00 horas 00 minutos del 01 de julio del año 2020, se constituyó la
sociedad denominada Cqgconstructora Hermanos Quirós y Gómez Sociedad Anónima.—San
José, 21 de julio del 2020.—Lic. Carlos Alberto Rivera Bianchini, Notario.—1
vez.—CE2020005987.
Mediante escritura otorgada ante esta notaría,
a las 10 horas 00 minutos del 20 de julio del año 2020, se constituyó la
sociedad denominada Lightforce Orthodontics de Costa Rica Sociedad de
Responsabilidad Limitada.—San José, 21 de julio del 2020.—Lic. Ana Sofia
Lobo Leon, Notario.—1 vez.—CE2020005988.
Mediante escritura otorgada ante esta notaría,
a las 00 horas 00 minutos del 20 de julio del año 2020, se constituyó la
sociedad denominada Gata del Espacio Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San
José, 21 de julio del 2020.—Lic. Ana Sofia Lobo León, Notario.—1
vez.—CE2020005989.
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 17 horas 00
minutos del 19 de julio del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Life
Medical Supplies Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 21 de
julio del 2020.—Lic. Cesar Luis Zamora Chaves, Notario.—1 vez.—CE2020005990.
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 11 horas 00
minutos del 14 de julio del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Agro
Veracruz del Norte Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 21 de
julio del 2020.—Lic. Alonso Jimenez Serrano, Notario.—1 vez.—CE2020005991.
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 12 horas 00
minutos del 08 de julio del año 2020, se constituyó la sociedad denominada WE
CBD Company Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 21 de julio del
2020.—Lic. Jose Bernardo Soto Calderón, Notario.—1 vez.—CE2020005992.
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 10 horas 00
minutos del 23 de Junio del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Grupo
Melonero San Roque Sociedad Anónima.—San José, 21 de julio del 2020.—Lic.
Johan Castillo Umaña, Notario.—1 vez.—CE2020005993.
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 10 horas 00
minutos del 26 de Junio del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Cuatro
Lagos Locos Limitada.—San José, 21 de julio del 2020.—Lic. Ismene Arroyo
Marín, Notario.—1 vez.—CE2020005994.
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 07 horas 30
minutos del 20 de julio del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Servicios
Agrícolas Y Otros de Las delicias AZ Sociedad Anónima.—San José, 21 de
julio del 2020.—Lic. Jose Esteban Olivas Jimenez, Notario.—1 vez.—CE2020005995.
Mediante escritura otorgada ante esta notaría,
a las 14 horas 00 minutos del 14 de julio del año 2020, se constituyó la
sociedad denominada Comercializadora de Tubérculos D R Sociedad de Responsabilidad
Limitada.—San José, 21 de julio del 2020.—Lic. Alonso Jimenez Serrano,
Notario.—1 vez.—CE2020005996.
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 10 horas 00
minutos del 10 de julio del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Transportes
Agrícolas Sumarali de Guanacaste Sociedad Anónima.—San José, 21 de julio
del 2020.—Lic. Marylin Chaves Badilla, Notario.—1 vez.—CE2020005997.
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 17 horas 00
minutos del 20 de julio del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Servicios
Técnicos S.T.F.C. Sociedad Anónima.—San José, 21 de julio del 2020.—Lic.
María Verónica Méndez Reyes, Notario.—1 vez.—CE2020005998.
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 17 horas 00
minutos del 15 de julio del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Vallejo
Business Sociedad Anónima.—San José, 21 de julio del 2020.—Lic. Max Alonso
Víquez García, Notario.—1 vez.—CE2020005999.
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 10 horas 00 minutos
del 21 de julio del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Soluciones
Agrodigítales del Trópico Sociedad Anónima.—San José, 21 de julio del
2020.—Lic. David López García, Notario.—1 vez.—CE2020006000.
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 08 horas 00
minutos del 08 de julio del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Segurimonitoreo
Veinticuatro Siete Limitada.—San José, 21 de julio del 2020.—Lic. Walter
Jose Garita Quirós, Notario.—1 vez.—CE2020006001.
Mediante escritura otorgada ante esta notaría,
a las 11 horas 00 minutos del 13 de julio del año 2020, se constituyó la
sociedad denominada El Tingo Shares Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San
José, 21 de julio del 2020.—Lic. Héctor Andrei Chaves Barrantes, Notario.—1
vez.—CE2020006002.
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 10 horas 00
minutos del 08 de julio del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Renaissance
Corporate Group Sociedad Anónima.—San José, 21 de julio del 2020.—Lic.
Marylin Pamela Cárdenas Segura, Notario.—1 vez.—CE2020006003.
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 16 horas 00
minutos del 16 de julio del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Acom
Costa Rica Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 21 de julio del
2020.—Lic. Maricela Acuña Bogantes, Notario.—1 vez.—CE2020006004.
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 12 horas 00
minutos del 20 de julio del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Dropgoal
Costa Rica Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 21 de julio del
2020.—Lic. Ricardo Vargas Aguilar, Notario.—1 vez.—CE2020006005.
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 10 horas 30
minutos del 16 de julio del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Trans
- Agri BN Sociedad Anónima.—San José, 21 de julio del 2020.—Lic. Rosalina
Estrella Mendoza, Notario.—1 vez.—CE2020006006.
Mediante escritura otorgada ante esta notaría,
a las 16 horas 05 minutos del 19 de julio del año 2020, se constituyó la
sociedad denominada New Solution F M Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San
José, 21 de julio del 2020.—Lic. Jorge Arturo Hernández Rodríguez, Notario.—1
vez.—CE2020006007.
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 08 horas 00
minutos del 21 de julio del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Corporación
Reina del Mar Sociedad Anónima.—San José, 21 de julio del 2020.—Lic. Julia
María Zeledón Cruz, Notario.—1 vez.—CE2020006008.
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 08 horas 00
minutos del 21 de julio del año 2020, se constituyó la sociedad denominada DT
Waves Limitada.—San José, 21 de julio del 2020.—Lic. Oscar Manuel Funes
Orellana, Notario.—1 vez.—CE2020006009.
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 09 horas 00
minutos del 21 de julio del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Hacienda
Cava Mango Limitada.—San José, 21 de julio del 2020.—Lic. Oscar Manuel
Funes Orellana, Notario.—1 vez.—CE2020006010.
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 09 horas 00
minutos del 21 de julio del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Hacienda
Cava Mango Limitada.—San José, 21 de julio del 2020.—Lic. Oscar Manuel
Funes Orellana, Notario.—1 vez.—CE2020006011.
Mediante escritura otorgada ante esta notaría,
a las 08 horas 00 minutos del 21 de julio del año 2020, se constituyó la
sociedad denominada Sugar Bites Bakery Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San
José, 21 de julio del 2020.—Lic. Lissette Susana Ortiz Brenes, Notario.—1
vez.—CE2020006012.
Mediante escritura otorgada ante esta notaría,
a las 12 horas 00 minutos del 21 de julio del año 2020, se constituyó la
sociedad denominada Corporación Agrícola Ganadera Cinco Estrellas Sociedad
Anónima.—San José, 21 de julio del 2020.—Lic. David López García,
Notario.—1 vez.—CE2020006013.
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 11 horas 20
minutos del 10 de julio del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Grupo
Bee´S Hb Sociedad Anónima.—San José, 21 de julio del 2020.—Lic. Juan Carlos
Chávez Alvarado, Notario.—1 vez.—CE2020006014.
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 14 horas 30
minutos del 15 de julio del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Inversiones
Dos Hermanos Jigab Limitada.—San José, 21 de julio del 2020.—Lic. Nelson
Antonio Gómez Barrantes, Notario.—1 vez.—CE2020006015.
Mediante escritura otorgada ante esta notaría,
a las 08 horas 00 minutos del 14 de julio del año 2020, se constituyó la
sociedad denominada Venture Foods Group Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San
José, 21 de julio del 2020.—Lic. Magally María Guadamuz García, Notario.—1
vez.—CE2020006016.
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 15 horas 00
minutos del 20 de julio del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Araya
Chaves Inmobiliaria Sociedad Anónima.—San José, 21 de julio del 2020.—Lic.
Sergio Alberto Villalobos Campos, Notario.—1 vez.—CE2020006017.
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 15 horas 00
minutos del 20 de julio del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Vasta
Eventqueue Cr Limitada.—San José, 21 de julio del 2020.—Lic. Federico
Altamura Arce CE2020006018.
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 17 horas 00
minutos del 09 de julio del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Cars
del Caribe Sociedad Anónima.—San José, 21 de julio del 2020.—Lic.
Derick Dilmark Cruickshank Foster, Notario.—1 vez.—CE2020006019.
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 13 horas 30
minutos del 07 de julio del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Corporación
delicious Frio Y Dulce Sociedad Anónima.—San José, 21 de julio del
2020.—Lic. Randall Mauricio Rojas Quesada, Notario.—1 vez.—CE2020006020.
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 11 horas 30
minutos del 08 de julio del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Oneoyunta
Lab Sociedad Anónima.—San José, 21 de julio del 2020.—Lic. Andrea
María Alvarado Sandi, Notario.—1 vez.—CE2020006021.
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 08 horas 00
minutos del 21 de julio del año 2020, se constituyó la sociedad denominada El
Naipe Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 21 de julio del
2020.—Lic. Jose Fernán Pozuelo Kelley, Notario.—1 vez.—CE2020006022.
Mediante escritura otorgada ante esta notaría,
a las 09 horas 00 minutos del 15 de julio del año 2020, se constituyó la
sociedad denominada Estates Villa Fourteen Sociedad de Responsabilidad
Limitada.—San José, 21 de julio del 2020.—Lic. Magally María Guadamuz
García, Notario.—1 vez.—CE2020006023.
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 10 horas 30
minutos del 03 de julio del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Agam
Shalom Sociedad Anónima.—San José, 21 de julio del 2020.—Lic. Randall
Mauricio Rojas Quesada, Notario.—1 vez.—CE2020006024.
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 13 horas 30
minutos del 08 de julio del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Inversiones
Nubes del Paraíso Dyc Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 21 de
julio del 2020.—Lic. Owen Amen Montero, Notario.—1 vez.—CE2020006025.
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 20 horas 00
minutos del 09 de julio del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Varfai
Sociedad Anónima.—San José, 21 de julio del 2020.—Lic. Luis Adolfo Vargas
Vargas ,Notario.—1 vez.—CE2020006026.
Mediante escritura otorgada ante esta notaría,
a las 15 horas 00 minutos del 08 de julio del año 2020, se constituyó la
sociedad denominada Compañía de Hogares Memorables Centeno Sociedad Anónima.—San
José, 21 de julio del 2020.—Lic. Willy Hernández
Chan, Notario.—1 vez.—CE2020006027.
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 14 horas 00
minutos del 21 de julio del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Equipo
de Protección Personal Y Mas Sociedad Anónima.—San José, 21 de julio del
2020.—Lic. Cristian Vargas Paniagua, Notario.—1 vez.—CE2020006028.
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 11 horas 20
minutos del 09 de julio del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Guayaba
Media Limitada.—San José, 21 de julio del 2020.—Lic. Katherine Natalia
delgado Zamora, Notario.—1 vez.—CE2020006029.
Mediante escritura otorgada ante esta notaría,
a las 11 horas 00 minutos del 14 de julio del año 2020, se constituyó la
sociedad denominada Inversiones Y Bienes Raíces del Caribe Sociedad Anónima.—San
José, 21 de julio del 2020.—Lic. Derick Dilmark Cruickshank Foster, Notario.—1
vez.—CE2020006030.
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 11 horas 00
minutos del 20 de julio del año 2020, se constituyó la sociedad denominada San
Angie Costa Rica Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 21 de
julio del 2020.—Lic. Owen Amen Montero, Notario.—1 vez.—CE2020006031.
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 15 horas 00
minutos del 11 de julio del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Clinica
Veterinaria Doctora Rojas Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José,
21 de julio del 2020.—Lic. Guillermo Alberto Valverde Schmidt, Notario.—1
vez.—CE2020006032.
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 13 horas 25
minutos del 20 de julio del año 2020, se constituyó la sociedad denominada AD
Transportes Sociedad Anónima.—San José, 21 de julio del 2020.—Lic. Bianchy
Magdalena Rodríguez Salas, Notario.—1 vez.—CE2020006033.
Mediante escritura otorgada ante esta notaría,
a las 14 horas 45 minutos del 03 de julio del año 2020, se constituyó la
sociedad denominada Corporación J & S Sociedad de Responsabilidad
Limitada.—San José, 21 de julio del 2020.—Lic. Randall Elías Madriz
Granados, Notario.—1 vez.—CE2020006034.
Mediante escritura otorgada ante esta notaría,
a las 16 horas 30 minutos del 25 de Junio del año 2020, se constituyó la
sociedad denominada Grupo Kuwago de Uvita Sociedad de Responsabilidad
Limitada.—San José, 21 de julio del 2020.—Lic. Víctor Solís Castillo,
Notario.—1 vez.—CE2020006035.
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 11 horas 00
minutos del 07 de julio del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Eledan
Sociedad Anónima.—San José, 21 de julio del 2020.—Lic. Charlotte Brom
Núñez, Notario.—1 vez.—CE2020006036.
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 16 horas 00
minutos del 21 de julio del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Oroestructuras
Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 21 de julio del 2020.—Lic.
Leiner Miguel Molina Pérez, Notario.—1 vez.—CE2020006037.
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 15 horas 00
minutos del 10 de julio del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Laureles
Río Hogar Limitada.—San José, 21 de julio del 2020.—Lic. Jose Alberto
Schroeder Leiva, Notario.—1 vez.—CE2020006038.
Mediante escritura otorgada ante esta notaría,
a las 09 horas 00 minutos del 07 de julio del año 2020, se constituyó la
sociedad denominada Marino Azul Eco Excursión Sociedad de Responsabilidad
Limitada.—San José, 21 de julio del 2020.—Lic. Alma Monterrey Rogers,
Notario.—1 vez.—CE2020006039.
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 17 horas 30
minutos del 29 de julio del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Truetech
Systems Sociedad Anónima.—San José, 03 de agosto del 2020.—Lic. Nataniel
San Lee Ruiz, Notario.—1 vez.—CE2020006539.
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 12 horas 00
minutos del 03 de agosto del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Bosque
Nuevo de Golfo Dulce Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 04 de
agosto del 2020.—Lic. Magally María Guadamuz Garcia, Notario.—1
vez.—CE2020006540.
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 15 horas 00
minutos del 03 de agosto del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Inversiones
Jardinizate Limitada.—San José, 04 de agosto del 2020.—Lic. Ever Vargas
Araya, Notario.—1 vez.—CE2020006541.
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 15 horas 00
minutos del 03 de agosto del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Inversiones
Jardinizate Limitada.—San José, 04 de agosto del 2020.—Lic. Ever Vargas
Araya, Notario.—1 vez.—CE2020006542.
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 10 horas 40
minutos del 02 de julio del año 2019, se constituyó la sociedad denominada Azulay
Olla de Hierro de San Pablo Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José,
04 de agosto del 2020.—Lic. Mauricio Camacho Villalobos, Notario.—1
vez.—CE2020006543.
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 12 horas 00
minutos del 01 de agosto del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Blasentech
Limitada.—San José, 04 de agosto del 2020.—Lic. Henry Ramirez Quesada,
Notario.—1 vez.—CE2020006544.
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 09 horas 00
minutos del 27 de julio del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Jayacar
Investments Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 04 de agosto
del 2020.—Lic. Melissa Guardia Tinoco, Notario.—1 vez.—CE2020006545.
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 16 horas 15
minutos del 29 de julio del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Eaas
de Latam Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 04 de agosto del
2020.—Lic. Alex Thompson Chacón, Notario.—1 vez.—CE2020006546.
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 14 horas 30
minutos del 03 de agosto del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Finca
Ganadera Mayal M Y U Sociedad Anónima.—San José, 04 de agosto del
2020.—Lic. Aura Rebeca Menéndez Soto, Notario.—1 vez.—CE2020006547.
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 14 horas 30
minutos del 03 de agosto del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Finca
Ganadera Mayal M Y U Sociedad Anónima.—San José, 04 de agosto del
2020.—Lic. Aura Rebeca Menéndez Soto, Notario.—1 vez.—CE2020006548.
Mediante escritura otorgada ante esta notaría,
a las 15 horas 00 minutos del 03 de agosto del año 2020, se constituyó la
sociedad denominada Osaka Infraestructura Sociedad de Responsabilidad
Limitada.—San José, 04 de agosto del 2020.—Lic. Jose Alfredo Campos Salas,
Notario.—1 vez.—CE2020006549.
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 08 horas 00
minutos del 04 de agosto del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Solio
Sociedad Anónima.—San José, 04 de agosto del 2020.—Lic. Fernando Sobrado
Chamberlain, Notario.—1 vez.—CE2020006550.
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 08 horas 00
minutos del 04 de agosto del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Solio
Sociedad Anónima.—San José, 04 de agosto del 2020.—Lic. Fernando Sobrado
Chamberlain, Notario.—1 vez.—CE2020006551.
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 08 horas 00
minutos del 04 de agosto del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Monte
Sur NG Limitada.—San José, 04 de agosto del 2020.—Lic. Carlos Corrales
Barrientos, Notario.—1 vez.—CE2020006552.
Mediante escritura otorgada ante esta notaría,
a las 10 horas 00 minutos del 31 de julio del año 2020, se constituyó la
sociedad denominada Vista Sami Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San
José, 04 de agosto del 2020.—Lic. Diana Catalina Varela Solano, Notario.—1
vez.—CE2020006553.
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 10 horas 10
minutos del 26 de Junio del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Casabellota
Sociedad Anónima.—San José, 04 de agosto del 2020.—Lic. Gastón Sancho
Cubero, Notario.—1 vez.—CE2020006554.
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 10 horas 00
minutos del 04 de agosto del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Achomana
Limitada.—San José, 04 de agosto del 2020.—Lic. Ricardo León Vargas
Guerrero, Notario.—1 vez.—CE2020006555.
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 10 horas 00
minutos del 04 de agosto del año 2020, se constituyó la sociedad denominada
Achomana Limitada.—San José, 04 de agosto del 2020.—Lic. Ricardo Leon
Vargas Guerrero, Notario.—1 vez.—CE2020006556.
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 08 horas 00
minutos del 04 de agosto del año 2020, se constituyó la sociedad denominada
Resolve HRO Costa Rica Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 04
de agosto del 2020.—Lic. Guillermo Jose Sanabria Leiva, Notario.—1
vez.—CE2020006557.
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 15 horas 30
minutos del 24 de julio del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Inversiones
Romero & Cerdas Limitada.—San José, 04 de agosto del 2020.—Lic. Viriam
Fumero Paniagua, Notario.—1 vez.—CE2020006558.
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 10 horas 00
minutos del 03 de agosto del año 2020, se constituyó la sociedad denominada PCA
Limon Aceros Sociedad Anónima.—San José, 04 de agosto del 2020.—Lic. Luis
Fernando Torres Rueda, Notario.—1 vez.—CE2020006559.
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 08 horas 00
minutos del 18 de Junio del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Construcciones
Matías Sociedad Anónima.—San José, 04 de agosto del 2020.—Lic. Luis Salazar
Jara, Notario.—1 vez.—CE2020006560.
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 09 horas 30
minutos del 04 de agosto del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Lexaware
Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 04 de agosto del 2020.—Lic.
María Laura Valverde Cordero, Notario.—1 vez.—CE2020006561.
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 09 horas 30
minutos del 04 de agosto del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Lexaware
Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 04 de agosto del 2020.—Lic.
María Laura Valverde Cordero, Notario.—1 vez.—CE2020006562.
Mediante escritura otorgada ante esta notaría,
a las 09 horas 00 minutos del 04 de agosto del año 2020, se constituyó la
sociedad denominada BMW Marine Limitada.—San José, 04 de agosto del
2020.—Lic. Silvia Vega Carballo, Notario.—1 vez.—CE2020006563.
Mediante escritura otorgada ante esta notaría,
a las 09 horas 00 minutos del 04 de agosto del año 2020, se constituyó la
sociedad denominada BMW Marine Limitada.—San José, 04 de agosto del
2020.—Lic. Silvia Vega Carballo, Notario.—1 vez.—CE2020006564.
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 12 horas 00
minutos del 04 de agosto del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Centro
Music Group Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 04 de agosto
del 2020.—Lic. Christian Garnier Fernández, Notario.—1 vez.—CE2020006565.
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 13 horas 00
minutos del 10 de julio del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Corporación
Andromeda Mck Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 04 de agosto
del 2020.—Lic. Jose Alberto delgado Bolaños, Notario.—1 vez.—CE2020006566.
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 07 horas 00
minutos del 24 de julio del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Casamediterraneo
Sociedad Anónima.—San José, 04 de agosto del 2020.—Lic. Karina Aguilar
Quesada, Notario.—1 vez.—CE2020006567.
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 11 horas 20
minutos del 01 de agosto del año 2020, se constituyó la sociedad denominada AA
Dreams JF Limitada.—San José, 04 de agosto del 2020.—Lic. Nelson Antonio
Gómez Barrantes, Notario.—1 vez.—CE2020006568.
Mediante escritura otorgada ante esta notaría,
a las 08 horas 00 minutos del 23 de julio del año 2020, se constituyó la
sociedad denominada Etel Edificaciones Tecnologicas Sociedad de
Responsabilidad Limitada.—San José, 04 de agosto del 2020.—Lic. Ingread
Fournier Cruz, Notario.—1 vez.—CE2020006569.
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 10 horas 00
minutos del 02 de agosto del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Los
Caraos Sociedad Anónima.—San José, 04 de agosto del 2020.—Lic. Nelson
Antonio Gómez Barrantes, Notario.—1 vez.—CE2020006570.
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 10 horas 00
minutos del 10 de julio del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Distribuidora
Mke Ciento Veintiocho Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 04
de agosto del 2020.—Lic. Siu Len Wing Ching Jimenez, Notario.—1
vez.—CE2020006571.
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 09 horas 30
minutos del 04 de agosto del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Farmadosis
Latam Fdcr Sociedad Anónima.—San José, 04 de agosto del 2020.—Lic.
Glorielena Alvarado Orozco, Notario.—1 vez.—CE2020006572.
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 16 horas 45
minutos del 22 de julio del año 2020, se constituyó la sociedad denominada HO
Business Group Sociedad Anónima.—San José, 04 de agosto del 2020.—Lic.
Silvia Elena Mora Guadamuz, Notario.—1 vez.—CE2020006573.
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 16 horas 45
minutos del 22 de julio del año 2020, se constituyó la sociedad denominada HO
Business Group Sociedad Anónima.—San José, 04 de agosto del
2020.—Lic. Silvia Elena Mora Guadamuz, Notario.—1 vez.—CE2020006574.
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 12 horas 30
minutos del 24 de julio del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Urbania
desarrollos Sociedad Anónima.—San José, 04 de agosto del 2020.—Lic. Carlo
Magno Burgos Vargas, Notario.—1 vez.—CE2020006575.
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 12 horas 00
minutos del 08 de julio del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Numero
de Cédula Jurídica Que Se Asigne Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San
José, 04 de agosto del 2020.—Lic. Arthur Jimenez Latouche, Notario.—1
vez.—CE2020006576.
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 10 horas 00
minutos del 04 de agosto del año 2020, se constituyó la sociedad denominada GO
Services Sociedad Anónima.—San José, 04 de agosto del 2020.—Lic. Alba Elena
Fuentes García, Notario.—1 vez.—CE2020006577.
Mediante escritura otorgada ante esta notaría,
a las 08 horas 00 minutos del 04 de agosto del año 2020, se constituyó la
sociedad denominada Statistical Global Services SGS Sociedad Anónima.—San
José, 04 de agosto del 2020.—Lic. José Ramon Chavarría Saxe, Notario.—1
vez.—CE2020006578.
Mediante escritura otorgada ante esta notaría,
a las 12 horas 15 minutos del 22 de julio del año 2020, se constituyó la sociedad
denominada Multiservicios Har Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San
José, 04 de agosto del 2020.—Lic. Greivin Rodríguez Barrientos, Notario.—1
vez.—CE2020006579.
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 19 horas 10
minutos del 30 de julio del año 2020, se constituyó la sociedad denominada TRS
Softworks Sociedad Anónima.—San José, 04 de agosto del 2020.—Lic. Ricardo
Adrián Ching Calvo, Notario.—1 vez.—CE2020006580.
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 11 horas 00
minutos del 04 de agosto del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Ferre
Solution Sociedad Anónima.—San José, 04 de agosto del 2020.—Lic. Alba Elena
Fuentes García, Notario.—1 vez.—CE2020006580.
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 12 horas 15
minutos del 02 de agosto del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Electrisa
Electromecánica Sociedad Anónima.—San José, 04 de agosto del 2020.—Lic.
Jorge Arturo Valverde Retana, Notario.—1 vez.—CE2020006581.
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 12 horas 15
minutos del 02 de agosto del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Electrisa
Electromecánica Sociedad Anónima.—San José, 04 de agosto del 2020.—Lic.
Jorge Arturo Valverde Retana, Notario.—1 vez.—CE2020006582.
Mediante escritura otorgada ante esta notaría,
a las 11 horas 00 minutos del 04 de agosto del año 2020, se constituyó la
sociedad denominada Natland Brokers Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San
José, 04 de agosto del 2020.—Lic. Deborah Feinzaig Mintz, Notario.—1
vez.—CE2020006583.
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 09 horas 00
minutos del 23 de julio del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Petsco
Sociedad Anónima Sociedad Anónima.—San José, 04 de agosto del 2020.—Lic.
Sofia Fernández Chavarría, Notario.—1 vez.—CE2020006584.
Mediante escritura otorgada ante esta notaría,
a las 10 horas 00 minutos del 04 de agosto del año 2020, se constituyó la sociedad
denominada Nikoletta Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 04
de agosto del 2020.—Lic. Jorge Antonio Escalante Escalante, Notario.—1
vez.—CE2020006585.
Mediante escritura otorgada ante esta notaría,
a las 14 horas 00 minutos del 04 de agosto del año 2020, se constituyó la
sociedad denominada Bar Swisa Limitada.—San José, 04 de agosto del
2020.—Lic. Alan Masis Angulo, Notario.—1 vez.—CE2020006586.
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 15 horas 00
minutos del 12 de julio del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Especialidades
Mecánicas La Trinidad Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 04 de
agosto del 2020.—Lic. Gonzalo Alberto Carrillo delgado, Notario.—1
vez.—CE2020006587.
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 11 horas 00
minutos del 29 de julio del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Schreiber
& Chávez Produce Trading LLC Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San
José, 04 de agosto del 2020.—Lic. Mark Anthony Beckford Douglas, Notario.—1
vez.—CE2020006588.
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 11 horas 00
minutos del 29 de julio del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Schreiber
& Chavez Produce Trading LLC Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San
José, 04 de agosto del 2020.—Lic. Mark Anthony Beckford Douglas, Notario.—1
vez.—CE2020006589.
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 13 horas 00
minutos del 28 de julio del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Grupo
Ecleo Sociedad Anónima.—San José, 04 de agosto del 2020.—Lic. Juan Carlos
Lobo Dinis, Notario.—1 vez.—CE2020006590.
Mediante escritura otorgada ante esta notaría,
a las 10 horas 01 minutos del 06 de julio del año 2020, se constituyó la
sociedad denominada Chirripó Eco-Mercado&Café Sociedad de
Responsabilidad Limitada.—San José, 04 de agosto del 2020.—Lic. Juan Pablo
Miranda Badilla, Notario.—1 vez.—CE2020006591.
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 00 horas 10
minutos del 04 de agosto del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Carga
y Transportes CYG Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 04 de
agosto del 2020.—Lic. Giselle Solís Rodríguez, Notario.—1 vez.—CE2020006592.
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 00 horas 10
minutos del 28 de julio del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Nine
North Collective Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 04 de
agosto del 2020.—Lic. Jefte David Zúñiga Jimenez, Notario.—1 vez.—CE2020006593.
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 17 horas 00
minutos del 31 de julio del año 2020, se constituyó la sociedad denominada HLC
Honey Land Company Sociedad Anónima.—San José, 04 de agosto del 2020.—Lic.
Marco Antonio Vargas Valverde, Notario.—1 vez.—CE2020006594.
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 16 horas 30
minutos del 30 de julio del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Alimentos
y Desarrollos a Base de Plantas Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San
José, 04 de agosto del 2020.—Lic. Mariano Arrea Salto, Notario.—1
vez.—CE2020006595.
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 09 horas 30
minutos del 06 de julio del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Molkagete
de Las Llanuras Sociedad Anónima Sociedad Anónima.—San José, 04 de agosto
del 2020.—Lic. Carola Suarez Zúñiga, Notario.—1 vez.—CE2020006596.
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 13 horas 00
minutos del 17 de julio del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Tico
Payments Sociedad Anónima.—San José, 04 de agosto del 2020.—Lic. Geovanny
Víquez Arley, Notario.—1 vez.—CE2020006597.
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 16 horas 00
minutos del 02 de Junio del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Elifer
Turrialba Sociedad Anónima.—San José, 04 de agosto del 2020.—Lic. Oscar
Bogantes Rodríguez, Notario.—1 vez.—CE2020006598.
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 11 horas 00
minutos del 04 de agosto del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Ferre
Solution Sociedad Anónima.—San José, 04 de agosto del 2020.—Lic. Alba Elena
Fuentes García, Notario.—1 vez.—CE2020012605.
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 15 horas 00 minutos
del 29 de agosto del año 2019, se constituyó la sociedad denominada Nómada
Estudio JDL Arquitectura Sociedad Anónima.—San José, 04 de agosto del
2020.—Licda. Andrea María Alvarado Sandí, Notaria.—1 vez.—CE2020006599.
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 15 horas 00 minutos
del 30 de julio del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Advokat
Firma Legal Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 04 de agosto
del 2020.—Lic. Sergio Alberto Valverde Bermúdez, Notario.—1 vez.—CE2020006600.
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 12 horas 20 minutos del 03 de
agosto del año 2020, se constituyó la sociedad denominada D. R. A. Business
Group Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 04 de agosto del
2020.—Lic. Álvaro Hernández Chan, Notario.—1 vez.—CE2020006601.
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 12 horas 20 minutos del 03 de
agosto del año 2020, se constituyó la sociedad denominada D. R. A. Business
Group Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 04 de agosto del
2020.—Lic. Álvaro Hernández Chan, Notario.—1 vez.—CE2020006602.
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 13 horas 00 minutos del 18 de marzo
del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Irinka Treinta y Tres
Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 04 de agosto del 2020.—Lic.
Marcela Núñez Troyo, Notario.—1 vez.—CE2020006603.
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 15 horas 30 minutos
del 22 de julio del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Bella
Vista del Campo MQC Sociedad Anónima.—San José, 04 de agosto del 2020.—Lic.
Evelin de los Ángeles Sandoval Sandoval, Notario.—1 vez.—CE2020006604.
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 15 horas 30 minutos
del 22 de julio del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Bella Vista
del Campo MQC Sociedad Anónima.—San José, 04 de agosto del 2020.—Lic.
Evelin de Los Ángeles Sandoval Sandoval, Notario.—1 vez.—CE2020006605.
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 12 horas 00 minutos
del 04 de agosto del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Tambuzi
Limitada.—San José, 05 de agosto del 2020.—Lic. Eduardo Rojas Piedra,
Notario.—1 vez.—CE2020006606.
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 08 horas 00 minutos del 04 de
agosto del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Solio C R Sociedad
Anónima.—San José, 05 de agosto del 2020.—Lic. Fernando Sobrado
Chamberlain, Notario.—1 vez.—CE2020006607.
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 11 horas 30 minutos del 30 de julio
del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Discere Bim Academy
Sociedad Anónima.—San José, 05 de agosto del 2020.—Lic. Ileana Rodríguez
González,
Notario.—1 vez.—CE2020006608.
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 14 horas 00 minutos del 04 de
agosto del año 2020, se constituyó la sociedad denominada JWL Corporation
LLC Limitada.—San José, 05 de agosto del 2020.—Lic. Gonzalo José Rojas Benavides, Notario.—1
vez.—CE2020006609.
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 14 horas 00 minutos
del 08 de julio del año 2020, se constituyó la sociedad denominada BRR
Thinknomic Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 05 de agosto del
2020.—Lic. Roberto Enrique Romero Mora, Notario.—1 vez.—CE2020006610.
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 14 horas 00 minutos del 31 de julio
del año 2020, se constituyó la sociedad denominada La Raza Vive Sociedad de
Responsabilidad Limitada.—San José, 05 de agosto del 2020.—Licda. Ileana
Rodríguez González,
Notaria.—1 vez.—CE2020006611.
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 09 horas 00 minutos
del 04 de agosto del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Agencia
de Seguridad Carvajal y González
Sociedad Anónima.—San José, 05 de agosto del 2020.—Lic. Marvin Eduardo
Roldan Granados, Notario.—1 vez.—CE2020006612.
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 16 horas 15 minutos
del 29 de julio del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Soluciones
EAAS de Centroamérica Sociedad de
Responsabilidad Limitada.—San José, 05 de agosto del 2020.—Lic. Alex Thompson Chacón, Notario.—1 vez.—CE2020006613.
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 08 horas 30 minutos del 30 de julio
del año 2020, se constituyó la sociedad denominada SERTECPRO Costa Rica
Sociedad Anónima.—San José, 05 de agosto del 2020.—Lic. Bismarck Adonis
Gómez Zúñiga, Notario.—1 vez.—CE2020006614.
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 07 horas 30 minutos del 05 de
agosto del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Agua en Paz
Limitada.—San José, 05 de agosto del 2020.—Lic. Guillermo José Sanabria Leiva, Notario.—1
vez.—CE2020006615.
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 07 horas 30 minutos del 05 de
agosto del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Agua en Paz
Limitada.—San José, 05 de agosto del 2020.—Lic. Guillermo José Sanabria Leiva, Notario.—1
vez.—CE2020006616.
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 09 horas 30 minutos
del 03 de agosto del año 2020, se constituyó la sociedad denominada KLIO
Diseño Costa Rica Sociedad Anónima.—San José, 05 de agosto del 2020.—Lic.
Robert Christian Van Der Putten Reyes, Notario.—1 vez.—CE2020006617.
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 08 horas 00 minutos
del 05 de agosto del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Templo
de la Jungla Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 05 de agosto
del 2020.—Lic. Andrés Gómez Tristán, Notario.—1 vez.—CE2020006618.
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 09 horas 00 minutos del 30 de julio
del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Inversiones Geovanny S
Sociedad Anónima.—San José, 05 de agosto del 2020.—Lic. Bismarck Adonis
Gómez Zúñiga, Notario.—1 vez.—CE2020006619.
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 14 horas 00 minutos del 29 de julio
del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Ganadería Monce del Sur Sociedad
Anónima.—San
José, 05 de agosto del 2020.—Licda. Wendy Mayela Mora Garro, Notaria.—1
vez.—CE2020006620.
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 15 horas 30 minutos del 20 de julio
del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Verapyl Costa Rica Sociedad
Anónima.—San José, 05 de agosto del 2020.—Lic. José Abundio Gutiérrez Antonini,
Notario.—1 vez.—CE2020006621.
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 16 horas 00 minutos del 29 de julio
del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Desarrollo Genuine
Atelier Sociedad Anónima.—San José, 05 de agosto del 2020.—Lic. Wilber
Barquero Bolaños, Notario.—1 vez.—CE2020006622.
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 08 horas 00 minutos del 03 de
agosto del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Allan 28 Sociedad
Anónima.—San José, 05 de agosto del 2020.—Lic. Bismarck Adonis Gómez
Zúñiga, Notario.—1 vez.—CE2020006623.
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 14 horas 30 minutos
del 04 de agosto del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Stone
Paper Scissors Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 05 de agosto
del 2020.—Lic. Esteban Carranza Kopper, Notario.—1 vez.—CE2020006624.
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 11 horas 00 minutos del 04 de
agosto del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Ferre Solution Uno
Sociedad Anónima.—San José, 05 de agosto del 2020.—Licda. Alba Elena
Fuentes García,
Notario.—1 vez.—CE2020006625.
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 08 horas 00 minutos del 04 de
agosto del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Producciones HSM
Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 05 de agosto del 2020.—Lic.
Gabriel Clare Facio, Notario.—1 vez.—CE2020006626.
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 14 horas 00 minutos
del 20 de julio del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Inversiones
Tarkus ITK Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 05 de agosto del
2020.—Lic. Sebastián Solano Guillén, Notario.—1 vez.—CE2020006626.
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 10 horas 30 minutos del 05 de
agosto del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Epic Costa Rica
Tours Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 05 de agosto del
2020.—Lic. Carlos Eduardo Castro Mora, Notario.—1 vez.—CE2020006627.
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 09 horas 00 minutos
del 05 de agosto del año 2020, se constituyó la sociedad denominada I. N. L.
A. Limitada.—San José, 05 de agosto del 2020.—Licda. Nadia Semaan Zúñiga,
Notaria.—1 vez.—CE2020006628.
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 09 horas 00 minutos
del 05 de agosto del año 2020, se constituyó la sociedad denominada I. N. L.
A. Limitada.—San José, 05 de agosto del 2020.—Lic. Nadia Semaan Zúñiga,
Notario.—1 vez.—CE2020006629.
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 13 horas 00 minutos
del 28 de julio del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Grupo PSJ
SRL Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 05 de agosto del
2020.—Licda. Wendy María Bustamante
Morales, Notaria.—1 vez.—CE2020006630.
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 10 horas 55 minutos del 02 de julio
del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Gesa Soluciones del Pacífico Central Sociedad de
Responsabilidad Limitada.—San
José, 05 de agosto del 2020.—Licda. Evelin de Los Ángeles Sandoval Sandoval,
Notaria.—1 vez.—CE2020006631.
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 11 horas 00 minutos del 04 de
agosto del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Villa Alberti
Hospitality LLC Limitada.—San José, 05 de agosto del 2020.—Lic. José Antonio Silva Meneses,
Notario.—1 vez.—CE2020006632.
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 08 horas 00 minutos del 03 de
agosto del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Kamial Sociedad
Anónima.—San José, 05 de agosto del 2020.—Lic. Marvin Gerardo Quesada
Castro, Notario.—1 vez.—CE2020006633.
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 09 horas 00 minutos del 03 de
agosto del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Tosure Sociedad
Anónima.—San José, 05 de agosto del 2020.—Lic. Marvin Gerardo Quesada
Castro, Notario.—1 vez.—CE2020006634.
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 09 horas 00 minutos del 03 de
agosto del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Tosure Sociedad
Anónima.—San José, 05 de agosto del 2020.—Lic. Marvin Gerardo Quesada
Castro, Notario.—1 vez.—CE2020006635.
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 13 horas 40 minutos del 24 de julio
del año 2020, se constituyó la sociedad denominada FIGUEMARTZ Sociedad
Anónima.—San José, 05 de agosto del 2020.—Lic. Marianela Alfaro Cascante,
Notario.—1 vez.—CE2020006636.
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 00 horas 10 minutos del 28 de julio
del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Nine Degrees North
Collective Sociedad de Responsabilidad
Limitada.—San José, 05 de
agosto del 2020.—Lic. Jefte David Zúñiga Jiménez, Notario.—1 vez.—CE2020006637.
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 13 horas 00 minutos del 05 de
agosto del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Ettelarey Sociedad
de Responsabilidad Limitada.—San José, 05 de agosto del 2020.—Lic. Augusto
Ronney Arce Marín, Notario.—1 vez.—CE2020006638.
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 12 horas 00 minutos del 04 de
agosto del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Centro Music Group
CMG Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 05 de agosto del
2020.—Lic. Christian Garnier Fernández, Notario.—1 vez.—CE2020006639.
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 11 horas 30 minutos del 05 de
agosto del año 2020, se constituyó la sociedad denominada My Container Tech
Sociedad Anónima.—San José, 05 de agosto del 2020.—Licda. María Fernanda Chavarría Bravo,
Notaria.—1 vez.—CE2020006640.
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 10 horas 00 minutos
del 29 de julio del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Greko
Moves Trans Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 05 de agosto
del 2020.—Lic. Herman Julio Kierszenson Mamet, Notario.—1 vez.—CE2020006641.
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 10 horas 00 minutos del 29 de julio
del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Bendito Chile Limitada.—San
José, 05 de agosto del 2020.—Lic. Guillermina González Jiménez, Notario.—1
vez.—CE2020006642.
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 11 horas 00 minutos
del 04 de agosto del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Autos
Jayler Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 05 de agosto del
2020.—Lic. Juan Carlos Radulovich Quijano, Notario.—1 vez.—CE2020006643.
Mediante escritura
otorgada ante esta notaría, a las 13 horas 00 minutos del 05 de agosto del año
2020, se constituyó la sociedad denominada Trilogía Lex Sociedad de
Responsabilidad Limitada.—San José, 05 de agosto del 2020.—Lic. Mario
Alberto Vargas Arias, Notario.—1 vez.—CE2020006644.
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 15 horas 00 minutos del 03 de
agosto del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Ganpic Sociedad
Anónima.—San José, 05 de agosto del 2020.—Licda. Adriana Francisca Hidalgo
Sánchez,
Notaria.—1 vez.—CE2020006645.
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 11 horas 00 minutos del 05 de
agosto del año 2020, se constituyó la sociedad denominada CR Pet Treat
Company Sociedad Anónima.—San José, 05 de agosto del 2020.—Licda. María Fernanda Chavarría Bravo,
Notaria.—1 vez.—CE2020006646.
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 11 horas 00 minutos
del 31 de julio del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Connections
and Systems Supply Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 05 de
agosto del 2020.—Lic. Alonzo Gallardo Solís, Notario.—1 vez.—CE2020006647.
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 11 horas 00 minutos
del 23 de junio del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Playa
Negra Brewing Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 05 de agosto
del 2020.—Lic. Ricardo Ramírez Jiménez, Notario.—1 vez.—CE2020006648.
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 13 horas 30 minutos
del 05 de agosto del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Inversiones
Janny & Matthias Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 05 de
agosto del 2020.—Lic. Roberto Echeverría Alfaro,
Notario.—1 vez.—CE2020006649.
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 00 horas 27 minutos
del 27 de julio del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Activa CR
Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 05 de agosto del 2020.—Lic.
Franco Daniel Acosta Vargas, Notario.—1 vez.—CE2020006650.
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 14 horas 00 minutos
del 03 de agosto del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Soluciones
15 Consultorías Flores García Sociedad Anónima.—San José, 05 de agosto del
2020.—Licda. Nancy Harbottle Morales, Notaria.—1 vez.—CE2020006651.
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 10 horas 00 minutos del 29 de julio
del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Falkenstein Sociedad
Anónima.—San José, 05 de agosto del 2020.—Lic. Carlos Eduardo Gutiérrez
Monge, Notario.—1 vez.—CE2020006652.
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 12 horas 00 minutos del 29 de julio
del año 2020, se constituyó la sociedad denominada CVC Capitales Valle Coris
Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 05 de agosto del 2020.—Lic.
George de Ford González,
Notario.—1 vez.—CE2020006653.
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 12 horas 15 minutos del 02 de
agosto del año 2020, se constituyó la sociedad denominada YD Doce Electromecánica Sociedad Anónima.—San José, 05 de agosto del
2020.—Lic. Jorge Arturo Valverde Retana, Notario.—1 vez.—CE2020006654.
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 10 horas 30 minutos del 05 de
agosto del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Aita Centroamericana
Sociedad Anónima.—San José, 05 de agosto del 2020.—Lic. Xochitl Camacho
Medina, Notario.—1 vez.—CE2020006655.
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 10 horas 30 minutos del 05 de
agosto del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Aita
Centroamericana Sociedad Anónima.—San José, 05 de agosto del 2020.—Lic.
Xochitl Camacho Medina, Notario.—1 vez.—CE2020006656.
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 00 horas 00 minutos del 30 de julio
del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Medical and Dental
Express Sociedad Anónima.—San José, 05 de agosto del 2020.—Licda. Erika
Morera Alfaro, Notaria.—1 vez.—CE2020006657.
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 08 horas 00 minutos
del 05 de agosto del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Inflexion
C Y C Y Ochenta y Ocho Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 05
de agosto del 2020.—Lic. José Pablo Masís Artavia, Notario.—1 vez.—CE2020006658.
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 15 horas 00 minutos
del 03 de agosto del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Inversiones
El Yankee Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 05 de agosto del
2020.—Lic. José Daniel Martínez
Espinoza, Notario.—1 vez.—CE2020006659.
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 14 horas 00 minutos
del 04 de agosto del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Daneli
Centroamérica, Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 05 de agosto
del 2020.—Licda. Virginia Coto Rodríguez, Notaria.—1 vez.—CE2020006660.
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 13 horas 00 minutos
del 23 de julio del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Federal
Secutiry Services-Costa Rica Limitada.—San José, 05 de agosto del 2020.—Licda.
Alejandra Echeverria Alfaro, Notaria.—1 vez.—CE2020006661.
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 11 horas 30 minutos
del 04 de agosto del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Suplementos
Gym KB Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 05 de agosto del
2020.—Licda. Johanna María Zamora Villalobos,
Notaria.—1 vez.—CE2020006662.
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 08 horas 00 minutos
del 04 de agosto del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Producciones
HSM Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 05 de agosto del
2020.—Lic. Gabriel Clare Facio, Notario.—1 vez.—CE2020012606.
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 11 horas 00 minutos
del 05 de agosto del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Experta
CR Sociedad De Responsabilidad Limitada.—San José, 05 de agosto del
2020.—Lic. Carlos Alberto Riba Gutiérrez, Notario.—CE2020006663.
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 11 horas 00 minutos del 03 de
agosto del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Inversiones y
Afines PRO-WI Sociedad Anónima.—San José, 05 de agosto del 2020.—Lic.
Johanny Retana Madriz, Notario.—1 vez.—CE2020006664.
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 12 horas 50 minutos del 01 de julio
del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Brick Holdings Limitada.—San
José, 06 de agosto del 2020.—Lic. Gonzalo Ernesto Velásquez Martínez,
Notario.—1 vez.—CE2020006665.
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 12 horas 45 minutos
del 01 de julio del año 2020, se constituyó la sociedad denominada GP
Soluciones en Gestión de
Proyectos Sociedad Anónima.—San José, 06 de agosto del 2020.—Lic.
Gonzalo Ernesto Velásquez Martínez, Notario.—1 vez.—CE2020006666.
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 19 horas 00 minutos del 04 de
agosto del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Sassenach Sociedad
Anónima.—San José, 06 de agosto del 2020.—Lic. Fernando Jiménez
Mora, Notario.—1 vez.—CE2020006667.
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 11 horas 00 minutos del 03 de
agosto del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Master Of All That
Is Marketing Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 06 de agosto
del 2020.—Lic. Stefan Ali Chaves Boulanger, Notario.—1 vez.—CE2020006668.
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 08 horas 00 minutos del 06 de
agosto del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Jacó
Veinte Veinte Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 06 de agosto del 2020.—Lic.
Ronald Núñez Álvarez, Notario.—1 vez.—CE2020006669.
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 11 horas 00 minutos del 04 de
agosto del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Soluciones de
Ferretería para su Construcción
Ferresol Sociedad Anónima.—San
José, 06 de agosto del 2020.—Lic. Alba Elena Fuentes García,
Notaria.—1 vez.—CE2020006670.
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 15 horas 00 minutos
del 05 de agosto del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Blue
Agri Group Costa Rica Limited Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San
José, 06 de agosto del 2020.—Lic. Ángel Valdivia Sing, Notaria.—1 vez.—CE2020006671.
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 14 horas 00 minutos del 05 de
agosto del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Grupo la Campiña
del Valle Sociedad Anónima.—San José, 06 de agosto del 2020.—Lic. Walter
José
Garita Quirós,
Notario.—1 vez.—CE2020006672.
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 14 horas 00 minutos del 05 de
agosto del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Grupo la Campiña
del Valle Sociedad Anónima.—San José, 06 de agosto del 2020.—Lic. Walter
José
Garita Quirós,
Notario.—1 vez.—CE2020006673.
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 18 horas 30 minutos
del 04 de agosto del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Grupo El
General Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 06 de agosto del
2020.—Lic. Verónica Calderón Vega, Notaria.—1 vez.—CE2020006674.
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 11 horas 00 minutos del 03 de
agosto del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Selteco Sociedad
Anónima.—San José, 06 de agosto del 2020.—Lic. Silvia María
González Castro, Notaria.—1 vez.—CE2020006675.
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 13 horas 00 minutos
del 30 de julio del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Grupo
Guaria Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 06 de agosto del
2020.—Lic. Mariana Arias Oconitrillo, Notaria.—1 vez.—CE2020006676.
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 15 horas 00 minutos
del 05 de agosto del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Flor de
Libertad Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 06 de agosto del
2020.—Lic. Jorge Arturo Pacheco Oreamuno, Notario.—1 vez.—CE2020006677.
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 15 horas 00 minutos
del 05 de agosto del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Flor de
Libertad Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 06 de agosto del
2020.—Lic. Jorge Arturo Pacheco Oreamuno, Notario.—1 vez.—CE2020006678.
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 07 horas 00 minutos del 05 de
agosto del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Bulée Legal
Sociedad Anónima.—San José, 06 de agosto del 2020.—Lic. Ana Gabriela
González González, Notaria.—1 vez.—CE2020006679.
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 09 horas 40 minutos
del 06 de agosto del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Outbelen
Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 06 de agosto
del 2020.—Lic. Yadriela Rodríguez Quesada, Notaria0..—1 vez.—CE2020006680.
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 14 horas 00 minutos
del 04 de agosto del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Constructora
Hermanos Chaves Ugalde Sociedad Anónima.—San José, 06 de
agosto del 2020.—Lic. Herberth Enrique Martínez Madrigal, Notario.—1
vez.—CE2020006681.
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 13 horas 00 minutos del 03 de
agosto del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Quintas J.L.V.C.
Sociedad Anónima.—San José, 06 de agosto del 2020.—Lic. Joaquín
Bernardo Molina Hernández, Notario.—1 vez.—CE2020006682.
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 12 horas 00 minutos del 25 de julio
del año 2020, se constituyó la sociedad denominada FHA Construcciones y
Remodelaciones Actuales Sociedad Anónima.—San José, 06 de agosto del
2020.—Lic. Sandra Patricia Chacón Sánchez, Notario.—1
vez.—CE2020006683.
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 14 horas 00 minutos
del 05 de agosto del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Stayterra
Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 06 de agosto del 2020.—Lic.
José Daniel Alvarado
Vásquez, Notario.—1 vez.—CE2020006684.
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 14 horas 00 minutos
del 04 de agosto del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Constructora
Hermanos Chaves Ugalde Sociedad Anónima.—San José, 06 de
agosto del 2020.—Lic. Herberth Enrique Martínez Madrigal, Notario.—1
vez.—CE2020006685.
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 13 horas 18 minutos de|l 03 de
agosto del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Esquicam y
Asociados Sociedad Anónima.—San José, 06 de agosto del 2020.—Lic. Nataniel
San Lee Ruiz, Notario.—1 vez.—CE2020006686.
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 09 horas 00 minutos
del 06 de agosto del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Telemachus
Holdings LLC Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 06 de agosto
del 2020.—Lic. Fabián Kelso
Hernández, Notario.—1
vez.—CE2020006687.
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 08 horas 00 minutos del 01 de
agosto del año 2020, se constituyó la sociedad denominada T C Grixti Holding
Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 06 de agosto del 2020.—Lic.
Lorenzo Segura Mata, Notario.—1 vez.—CE2020006688.
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 10 horas 30 minutos del 31 de julio
del año 2020, se constituyó la sociedad denominada BHN La Guácima
Spa y Salón Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 06 de agosto del
2020.—Lic. David Alonso Montero Camacho, Notario.—1 vez.—CE2020006689.
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 13 horas 00 minutos del 05 de
agosto del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Dos Ángeles
del Sur Sociedad Anónima.—San
José, 06 de agosto del 2020.—Lic. Máximo Sequeira Alemán,
Notario.—1 vez.—CE2020006690.
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 08 horas 30 minutos
del 03 de agosto del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Cazz
Cargo & Logistics Sociedad Anónima.—San José, 06 de agosto del
2020.—Lic. Maximiliano Vargas Hidalgo, Notario.—1 vez.—CE2020006691.
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 16 horas 20 minutos
del 05 de agosto del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Joancormu
de Upala Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 06 de agosto del
2020.—Lic. Yadriela Rodríguez Quesada, Notaria.—1 vez.—CE2020006692.
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 15 horas 00 minutos del 20 de julio
del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Panabikers Sociedad
Anónima.—San José, 06 de agosto del 2020.—Lic. María Carolina Román
Gutiérrez, Notaria.—1 vez.—CE2020006693.
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 09 horas 00 minutos del 06 de
agosto del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Narváez
Araujo Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 06 de agosto del 2020.—Lic.
Jockseline Zúñiga Varela, Notaria.—1 vez.—CE2020006694.
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 09 horas 00 minutos
del 06 de agosto del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Trejos
Arquitectura E Ingeniería T.A.I
Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 06 de
agosto del 2020.—Lic. Josué Hidalgo
Bolaños, Notario.—1 vez.—CE2020006695.
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 09 horas 00 minutos del 06 de
agosto del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Trejos
Arquitectura E Ingeniería T.A.I Sociedad de
Responsabilidad Limitada.—San
José, 06 de agosto del 2020.—Lic. Josué Hidalgo Bolaños, Notario.—1
vez.—CE2020006696.
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 09 horas 00 minutos del 05 de
agosto del año 2020, se constituyó la sociedad denominada I. N. L. A.
Educación Limitada.—San José, 06 de agosto del 2020.—Lic. Nadia Semaan Zúñiga, Notaria.—1
vez.—CE2020006697.
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 12 horas 30 minutos
del 06 de agosto del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Aurora
Boreal SRL Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 06 de agosto del
2020.—Lic. Roldan Morales Novoa, Notario.—1 vez.—CE2020006698.
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 10 horas 00 minutos del 03 de
agosto del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Oxygeana Tica
Sociedad Anónima.—San José, 06 de agosto del 2020.—Lic. Merlin Starling
Leiva Madrigal, Notario.—1 vez.—CE2020006699.
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 14 horas 30 minutos del 05 de
agosto del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Garantía
Extendida Internacional Sociedad Anónima.—San José, 06 de agosto del 2020.—Lic.
Deborah Feinzaig Mintz, Notaria.—1 vez.—CE2020006700.
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 08 horas 00 minutos del 07 de
octubre del año 2019, se constituyó la sociedad denominada Leonavision
Multimedia Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 06 de agosto del
2020.—Lic. Julio Ugarte Strunz, Notario.—1 vez.—CE2020006701.
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 16 horas 25 minutos
del 05 de agosto del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Auto
Repuestos y Accesorios JM de Cariari Sociedad Anónima.—San José, 06 de
agosto del 2020.—Lic. José Francisco
Fallas González, Notario.—1 vez.—CE2020006702.
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 18 horas 30 minutos
del 04 de agosto del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Grupo
Empresarial El General Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 06
de agosto del 2020.—Lic. Verónica
Calderón Vega, Notaria.—1
vez.—CE2020006703.
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 15 horas 00 minutos
del 03 de agosto del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Inversiones
Ramua Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 06 de agosto del
2020.—Lic. José Daniel Martínez
Espinoza, Notario.—1 vez.—CE2020006704.
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 11 horas 00 minutos del 31 de julio
del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Connections And Systems
Supply Consys Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 06 de agosto
del 2020.—Lic. Alonzo Gallardo Solís, Notario.—1 vez.—CE2020006705.
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 11 horas 00 minutos del 06 de
agosto del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Coxyone Limitada.—San
José, 06 de agosto del 2020.—Lic. Carlos Roberto Rivera Ruiz, Notario.—1
vez.—CE2020006706.
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 11 horas 00 minutos del 06 de
agosto del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Coxyone Limitada.—San
José, 06 de agosto del 2020.—Lic. Carlos Roberto Rivera Ruiz, Notario.—1
vez.—CE2020006707.
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 13 horas 00 minutos del 29 de julio
del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Conpiso Veintiuno
Sociedad Anónima.—San José, 06 de agosto del 2020.—Lic. Tomás Quirós Jiménez,
Notario.—1 vez.—CE2020006708.
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 11 horas 15 minutos del 06 de
agosto del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Oldcars And Co
Limitada.—San José, 06 de agosto del 2020.—Lic. Carlos Roberto Rivera Ruiz,
Notario.—1 vez.—CE2020006709.
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 09 horas 00 minutos del 07 de
octubre del año 2019, se constituyó la sociedad denominada Transportes
Leonatransfer Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 06 de agosto
del 2020.—Lic. Julio Ugarte Strunz, Notario.—1 vez.—CE2020006710.
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 11 horas 00 minutos
del 05 de agosto del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Ganafood
G.N.F. Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 06 de agosto del
2020.—Lic. Gustavo Adolfo Koutsouris Canales, Notario.—1 vez.—CE2020006711.
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 11 horas 40 minutos del 06 de
agosto del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Servicios Agrícolas
Bandera Natural Sociedad Anónima.—San José, 06 de agosto del 2020.—Lic. Marianela Solís
Rojas, Notaria.—1 vez.—CE2020006712.
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 11 horas 00 minutos del 06 de
agosto del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Sin Nombre
Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 06 de agosto del 2020.—Lic.
Virialy Rojas Esquivel, Notario.—1 vez.—CE2020006713.
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 12 horas 00 minutos del 06 de
agosto del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Los Manzanos Sta Ana
Sociedad Anónima.—San José, 06 de agosto del 2020.—Lic. Eduardo José Mora
Castro, Notario.—1 vez.—CE2020006713.
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 11 horas 00 minutos
del 06 de agosto del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Sin
Nombre Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 06 de agosto del
2020.—Lic. Virialy Rojas Esquivel, Notario.—1 vez.—CE2020006714.
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 12 horas 00 minutos del 06 de
agosto del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Los Manzanos Sta
Ana Sociedad Anónima.—San José, 06 de agosto del 2020.—Lic. Eduardo José Mora
Castro, Notario.—1 vez.—CE2020006715.
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 10 horas 00 minutos del 07 de
octubre del año 2019, se constituyó la sociedad denominada Leonaservicios
del Pacificio Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 06 de agosto
del 2020.—Lic. Julio Ugarte Strunz, Notario.—1 vez.—CE2020006716.
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 17 horas 30 minutos
del 15 de abril del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Quinientos
Seis Capitaling Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 06 de
agosto del 2020.—Lic. María
Alejandra Arias Madrigal, Notaria.—1 vez.—CE2020006717.
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 11 horas 00 minutos del 24 de julio
del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Jlvamo Sociedad de
Responsabilidad Limitada.—San José, 06 de agosto del 2020.—Lic. Edwin
Eduardo Gómez
Castillo, Notario.—1 vez.—CE2020006718.
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 10 horas 00 minutos del 30 de julio
del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Plaza El Encuentro
Alajuelita Sociedad Anónima.—San José, 06 de agosto del 2020.—Lic. Eric Scharf
Taitelbaum, Notario.—1 vez.—CE2020006719.
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 15 horas 30 minutos
del 29 de julio del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Lif
Technologies Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 06 de agosto
del 2020.—Lic. Randall Alberto Quirós Herrera, Notario.—1 vez.—CE2020006720.
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 12 horas 00 minutos del 04 de
agosto del año 2020, se constituyó la sociedad denominada YHLQMDLG Sociedad
Anónima.—San José, 06 de agosto del 2020.—Lic. Carlos Luis Jiménez Masís,
Notario.—1 vez.—CE2020006721.
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 08 horas 30 minutos del 30 de julio
del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Prótesis
& Ortesis CR Sociedad Anónima.—San José, 06 de agosto del 2020.—Lic. Bismarck Adonis Gómez Zúñiga,
Notario.—1 vez.—CE2020006722.
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 16 horas 26 minutos del 05 de
agosto del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Jolucorzu del Coco
Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 06 de agosto del 2020.—Lic.
Yadriela Rodríguez Quesada, Notaria.—1 vez.—CE2020006723.
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 10 horas 00 minutos del 05 de
agosto del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Nud Natural Blends
Sociedad Anónima.—San José, 06 de agosto del 2020.—Lic. Adrián
Alvarado Corella, Notario.—1 vez.—CE2020006724.
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 09 horas 00 minutos del 30 de julio
del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Inversiones Geovanny
Alvarado Sociedad Anónima.—San José, 06 de agosto del 2020.—Lic. Bismarck
Adonis Gómez
Zúñiga,
Notario.—1 vez.—CE2020006725.
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 11 horas 00 minutos del 06 de
agosto del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Sociedad para el
Cambio Costa Rica - México Sociedad Anónima.—San José, 06 de agosto del
2020.—Lic. Héctor
Chaves Sandoval, Notario.—1 vez.—CE2020006726.
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 12 horas 00 minutos del 05 de
agosto del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Morsoft Sociedad
de Responsabilidad Limitada.—San José, 06 de agosto del 2020.—Lic. Adriana
María
Ruiz Madriz, Notaria.—1 vez.—CE2020006727.
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 08 horas 00 minutos del 06 de
agosto del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Nude Oceans Cofee
Farm Costa Rica Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 06 de
agosto del 2020.—Lic. Eduardo Guardia Williams, Notario.—1 vez.—CE2020006728.
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 15 horas 30 minutos del 22 de julio
del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Cats Eye Security
Investments Sociedad Anónima.—San José, 06 de agosto del 2020.—Lic.
Federico Rodolfo Marten Sancho, Notario.—1 vez.—CE2020006729.
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 14 horas 00 minutos del 06 de
agosto del año 2020, se constituyó la sociedad denominada UF-77-MPL Sociedad
de Responsabilidad Limitada.—San José, 06 de agosto del 2020.—Lic. Blanca
Rosa Rodríguez Ruiz, Notario.—1 vez.—CE2020006730.
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 15 horas 00 minutos del 06 de
agosto del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Abcupon.Com
Limitada.—San José, 06 de agosto del 2020.—Lic. Carlos Eduardo Blanco
Gutiérrez, Notaria.—1 vez.—CE2020006731.
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 16 horas 00 minutos del 05 de
agosto del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Buzano Bran
Sociedad Anónima.—San José, 06 de agosto del 2020.—Lic. Elga Bolaños
Gutiérrez, Notario.—1 vez.—CE2020006732.
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 13 horas 18 minutos del 03 de
agosto del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Esqcam y Asociados
Sociedad Anónima.—San José, 06 de agosto del 2020.—Lic. Nataniel San Lee
Ruiz, Notario.—1 vez.—CE2020006733.
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 12 horas 30 minutos
del 06 de agosto del año 2020, se constituyó la sociedad denominada MF
Aurora Boreal Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 06 de agosto
del 2020.—Lic. Roldan Morales Novoa, Notario.—1 vez.—CE2020006734.
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 15 horas 10 minutos del 25 de julio
del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Intemas del Norte
Sociedad Anónima.—San José, 06 de agosto del 2020.—Lic.
Francisco Jesús
Castillo Vásquez, Notario.—1 vez.—CE2020006735.
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 08 horas 00 minutos del 10 de
agosto del año 2020, se constituyó la sociedad denominada BNZ Capital
Holdings Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 10 de agosto del
2020.—Lic. Felipe Cordero Espinoza, Notario.—1 vez.—CE2020006859.
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 09 horas 00 minutos del 10 de
agosto del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Ricadano Capital
Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 10 de agosto del 2020.—Lic.
Felipe Cordero Espinoza, Notario.—1 vez.—CE2020006860.
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 10 horas 00 minutos del 10 de
agosto del año 2020, se constituyó la sociedad denominada DME Capital
Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 10 de agosto del 2020.—Lic.
Felipe Cordero Espinoza, Notario.—1 Vez.—Ce2020006861.
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 19 horas 25 minutos del 01 de
agosto del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Tryana Sociedad
Anónima.—San José, 10 de agosto del 2020.—Lic. Evelin de Los Ángeles
Sandoval Sandoval, Notario.—1 vez.—CE2020006862.
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 00 horas 00 minutos del 30 de julio
del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Medical and Dental
Emporium Sociedad Anónima.—San José, 10 de agosto del 2020.—Licda. Erika
Morera Alfaro, Notaria.—1 vez.—CE2020006863.
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 13 horas 30 minutos del 10 de
agosto del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Agrícola
WG de Pital Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 11 de agosto del 2020.—Lic.
Rolando Miranda Zumbado, Notario.—1 vez.—CE2020006864.
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 07 horas 00 minutos del 11 de
agosto del año 2020, se constituyó la sociedad denominada La Lola
Chiringuito Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 11 de agosto
del 2020.—Licda. Marta Cedeño Jiménez, Notaria.—1 vez.—CE2020006865.
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 11 horas 00 minutos del 07 de
agosto del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Suquinic Costa
Rica Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 11 de agosto del
2020.—Lic. Iván
Darío
Villegas Franco, Notario.—1 vez.—CE2020006866.
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 10 horas 10 minutos
del 10 de agosto del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Tico
Dome Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 11 de agosto del
2020.—Lic. Casimiro Alberto Vargas Mora, Notario.—1 vez.—CE2020006867.
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 11 horas 00 minutos del 10 de
agosto del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Naked Alone and
Complete Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 11 de agosto del
2020.—Licda. Nicole María Quesada Gurdián, Notaria.—1
vez.—CE2020006868.
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 14 horas 30 minutos del 05 de
agosto del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Avícola Jaris de
Mora Sociedad Anónima.—San José, 11 de agosto del 2020.—Lic. Yolanda Porras
Rodríguez, Notario.—1 vez.—CE2020006869.
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 12 horas 00 minutos del 10 de
agosto del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Dr Inman y
Asociados Sociedad Anónima.—San José, 11 de agosto del 2020.—Lic. Sally
Madrigal Saborío, Notario.—1 vez.—CE2020006870.
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 11 horas 00 minutos del 06 de
agosto del año 2020, se constituyó la sociedad denominada MCQ Sociedad de
Responsabilidad Limitada.—San José, 11 de agosto del 2020.—Lic. Fernando
Rottier Salguero, Notario.—1 vez.—CE2020006871.
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 12 horas 00 minutos del 21 de julio
del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Trinwork de Centroamérica
Sociedad Anónima.—San José, 11 de agosto del 2020.—Lic. Juan Manuel Campos Ávila,
Notario.—1 vez.—CE2020006872.
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 13 horas 00 minutos
del 10 de agosto del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Tecnomóvil Accesorios MC
Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 11 de
agosto del 2020.—Lic. Johnny Vargas Rodríguez, Notario.—1 vez.—CE2020006873.
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 14 horas 40 minutos del 08 de
agosto del año 2020, se constituyó la sociedad denominada M & T Protección
y Custodia del Norte Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 11 de agosto del
2020.—Lic. Roy Alberto Guerrero Olivares, Notario.—1 vez.—CE2020006874.
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 12 horas 30 minutos del 24 de julio
del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Quorum Desarrollos
Sociedad Anónima.—San José, 11 de agosto del 2020.—Lic. Carlo Magno Burgos
Vargas, Notario.—1 vez.—CE2020006874.
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 10 horas 00 minutos del 04 de
agosto del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Constructora
Dragazul Sociedad Anónima.—San José, 11 de agosto del 2020.—Lic. Jeison
Guadamuz Murillo, Notario.—1 vez.—CE2020006875.
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 10 horas 00 minutos
del 11 de agosto del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Procesos
Legales de Costa Rica PLCR Sociedad Anónima.—San José, 11 de agosto del
2020.—Lic. Geovanni Antonio Vega Cordero, Notario.—1 vez.—CE2020006876.
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 08 horas 00 minutos del 11 de
agosto del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Pickup Negro Corp
Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 11 de agosto del
2020.—Licda. Vera Denise Mora Salazar, Notaria.—1 vez.—CE2020006877.
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 09 horas 30 minutos del 07 de
agosto del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Taylors Smart
Solutions Sociedad Anónima.—San José, 11 de agosto del 2020.—Licda. Dilana
Denisse Salas Monterrosa, Notaria.—1 vez.—CE2020006878.
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 16 horas 40 minutos
del 10 de agosto del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Wolaba
Organics Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 11 de agosto del
2020.—Licda. Liza Bertarioni Castillo, Notaria.—1 vez.—CE2020006879.
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 14 horas 00 minutos del 04 de
agosto del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Pupuchi Sociedad
de Responsabilidad Limitada.—San José, 11 de agosto del 2020.—Licda.
Virginia Coto Rodríguez, Notaria.—1 vez.—CE2020006880.
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 17 horas 00 minutos del 07 de
agosto del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Inversiones Yureth
Sociedad Anónima.—San José, 11 de agosto del 2020.—Lic. Mario Rojas
Barrantes, Notario.—1 vez.—CE2020006881.
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 08 horas 00 minutos del 11 de marzo
del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Poveda-Rod & Adreu
Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 11 de agosto del 2020.—Lic.
Alexis Manuel Arias López, Notario.—1 vez.—CE2020006882.
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 11 horas 00 minutos del 08 de
agosto del año 2020, se constituyó la sociedad denominada León
& Ramírez de San Lorenzo Sociedad de
Responsabilidad Limitada.—San
José, 11 de agosto del 2020.—Lic. María Elieth Pacheco Rojas, Notario.—1
vez.—CE2020006883.
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 11 horas 00 minutos del 08 de
agosto del año 2020, se constituyó la sociedad denominada León
& Ramírez de San Lorenzo Sociedad de
Responsabilidad Limitada.—San
José, 11 de agosto del 2020.—Licda. María Elieth Pacheco Rojas, Notaria.—1
vez.—CE2020006884.
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 13 horas 00 minutos del 09 de
agosto del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Hermanos Quirós
Soto HQS Sociedad Anónima.—San José, 11 de agosto del 2020.—Lic. Carlos
Andrés
Abarca Umaña, Notario.—1 vez.—CE2020006885.
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 13 horas 00 minutos del 20 de julio
del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Carmivan Sociedad Anónima.—San
José, 11 de agosto del 2020.—Licda. Atalia Miranda Castillo, Notaria.—1
vez.—CE2020006886.
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 13 horas 00 minutos del 20 de julio
del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Carmivan Sociedad Anónima.—San
José, 11 de agosto del 2020.—Licda. Atalia Miranda Castillo, Notaria.—1
vez.—CE2020006887.
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 20 horas 00 minutos del 04 de
agosto del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Salgado Bonilla y
Sucesores Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 11 de agosto del
2020.—Licda. Evelin de Los Ángeles Sandoval Sandoval,
Notaria.—1 vez.—CE2020006888.
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 17 horas 00 minutos
del 06 de agosto del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Yellow
Studio Consulting LLC Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 11 de
agosto del 2020.—Lic. Allan Salazar López, Notario.—1 vez.—CE2020006889.
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 13 horas 00 minutos del 06 de
agosto del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Famormar Sociedad
de Responsabilidad Limitada.—San José, 11 de agosto del 2020.—Lic. Edin
Zúñiga Bolaños, Notario.—1 vez.—CE2020006890.
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 10 horas 00 minutos del 09 de julio
del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Golden Highways TZU
Sociedad Anónima.—San José, 11 de agosto del 2020.—Lic. Marco Antonio
Vargas Valverde, Notario.—1 vez.—CE2020006891.
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 13 horas 00 minutos del 07 de
agosto del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Debkar Sociedad
Anónima.—San José, 11 de agosto del 2020.—Licda. Karol Frutos Fernández,
Notaria.—1 vez.—CE2020006892.
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 09 horas 00 minutos
del 07 de agosto del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Grupo
GYR Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 11 de agosto del
2020.—Licda. Laura Cristina Abarca Quirós, Notaria.—1 vez.—CE2020006893.
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 13 horas 00 minutos del 11 de
agosto del año 2020, se constituyó la sociedad denominada GBR-CRC Factoring
Capital Sociedad Anónima.—San José, 11 de agosto del 2020.—Lic. Marco
Antonio Fernández López, Notario.—1 vez.—CE2020006894.
Mediante escritura
otorgada ante esta notaría, a las 11 horas 00 minutos del 03 de agosto del año
2020, se constituyó la sociedad denominada Lointec Sociedad Anónima.—San
José, 11 de agosto del 2020.—Licda. Silvia María González Castro, Notaria.—1
vez.—CE2020006895.
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 14 horas 25 minutos
del 06 de agosto del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Cibo
Gourmet Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 11 de agosto del
2020.—Licda. Silvia Patricia Alvarado Quijano, Notaria.—1 vez.—CE2020006896.
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 09 horas 00 minutos
del 03 de junio del año 2020, se constituyó la sociedad denominada G-L
Franquicias de Centroamérica
Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 11 de
agosto del 2020.—Lic. Ronald Brealey Mora, Notario.—1 vez.—CE2020006897.
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 11 horas 30 minutos del 06 de agosto
del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Asistencia Cinco Cero
Seis Sociedad Anónima.—San José, 11 de agosto del 2020.—Lic. Eugenio
Desanti Hurtado, Notario.—1 vez.—CE2020006898.
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 08 horas 00 minutos del 10 de
agosto del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Depósito
y Ferretería Cariari Sociedad Anónima.—San José, 11 de agosto del 2020.—Lic.
Fernando Jiménez Mora, Notario.—1 vez.—CE2020006899.
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 08 horas 10 minutos
del 01 de julio del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Paradise
Rover’s & Restorations Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José,
11 de agosto del 2020.—Lic. Ronald Brealey Mora, Notario.—1 vez.—CE2020006900.
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 10 horas 30 minutos del 10 de
agosto del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Importaciones Seis
Cuatro Ocho Cero Sociedad Anónima.—San José, 11 de agosto del 2020.—Lic.
Andrés
Emilio Ramos Sibaja, Notario.—1 vez.—CE2020006900.
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 08 horas 00 minutos del 06 de
agosto del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Varieta Market
Sociedad Anónima.—San José, 11 de agosto del 2020.—Lic. René Dagoberto
Orellana Meléndez, Notario.—1 vez.—CE2020006901.
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 10 horas 00 minutos
del 09 de julio del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Castevald
Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 11 de agosto del 2020.—Lic.
Paola Andrea Villalobos Vargas, Notario.—1 vez.—CE2020006902.
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 10 horas 00 minutos del 07 de
agosto del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Mas Que Motos
Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 11 de agosto del 2020.—Lic.
José
Esteban Olivas Jiménez, Notario.—1 vez.—CE2020006903.
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 14 horas 00 minutos del 10 de
agosto del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Blitz Sociedad de
Responsabilidad Limitada.—San José, 11 de agosto del 2020.—Lic. Édgar
Antonio Nassar Guier, Notario.—1 vez.—CE2020006904.
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 12 horas 30 minutos del 05 de
agosto del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Satellital
Technical Services J&C CR Sociedad Anónima.—San José, 11 de agosto del
2020.—Lic. Jaime Alvarado Victoria, Notario.—1 vez.—CE2020006905.
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 10 horas 00 minutos del 30 de julio
del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Servicios Integrales
EDUSEG Limitada.—San José, 11 de agosto del 2020.—Licda. Silvia Arias
Ulate, Notaria.—1 vez.—CE2020006906.
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 20 horas 00 minutos
del 10 de agosto del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Secorsan
Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 11 de agosto del 2020.—Lic.
Édgar Rainier Cordero
Campos, Notario.—1 vez.—CE2020006907.
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 09 horas 00 minutos del 11 de
agosto del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Cocaliom Sociedad
Anónima.—San José, 11 de agosto del 2020.—Licda. Xinia María Arias Naranjo,
Notaria.—1 vez.—CE2020006908.
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 14 horas 00 minutos del 10 de
agosto del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Constructora Las
Brumas Sociedad Anónima.—San José, 11 de agosto del 2020.—Lic. Josué Campos
Madrigal, Notario.—1 vez.—CE2020006909.
Mediante escritura
otorgada ante esta notaría, a las 15 horas 00 minutos del 25 de julio del año
2020, se constituyó la sociedad denominada SGS Centroamérica
y Caribe Sociedad Anónima.—San
José, 11 de agosto del 2020.—Licda. Silvia Arias Ulate, Notaria.—1 vez.—CE2020006910.
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 15 horas 00 minutos del 06 de
agosto del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Crediochoa
Sociedad Anónima.—San José, 11 de agosto del 2020.—Licda. Flory Yadira
Alfaro Retana, Notario.—1 vez.—CE2020006911.
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 14 horas 00 minutos del 04 de
agosto del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Vivir Amar Reir
Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 11 de agosto del
2020.—Licda. Virginia Coto Rodríguez, Notaria.—1 vez.—CE2020006912.
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 13 horas 00 minutos
del 23 de julio del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Federal
Security Services-Costa Rica Limitada.—San José, 11 de agosto del
2020.—Licda. Alejandra Echeverría
Alfaro, Notaria.—1 vez.—CE2020006913.
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 15 horas 00 minutos del 06 de
agosto del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Crediochoa
Sociedad Anónima.—San José, 11 de agosto del 2020.—Licda. Flory Yadira
Alfaro Retana, Notaria.—1 vez.—CE2020006914.
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 11 horas 00 minutos del 10 de
agosto del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Cooley´s Trust CR
Sociedad Anónima.—San José, 11 de agosto del 2020.—Licda. María Lourdes
Cuadra Solís,
Notaria.—1 vez.—CE2020006915.
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 07 horas 00 minutos
del 10 de agosto del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Operaciones
Golden de Costa Rica Sociedad Anónima.—San José, 11 de agosto del
2020.—Lic. Federico Andrés Acevedo
Cornejo, Notario.—1 vez.—CE2020006916.
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 12 horas 00 minutos del 31 de julio
del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Balum del Norte Sociedad
de Responsabilidad Limitada.—San José, 11 de agosto del 2020.—Licda.
Bridget Karina Durán Marín, Notaria.—1 vez.—CE2020006917.
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 12 horas 00 minutos del 31 de julio
del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Balum del Norte Sociedad
de Responsabilidad Limitada.—San José, 11 de agosto del 2020.—Licda.
Bridget Karina Durán Marín, Notaria.—1 vez.—CE2020006918.
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 19 horas 00 minutos
del 10 de agosto del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Marirovi
Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 11 de agosto del 2020.—Lic.
Roy Gustavo Quesada Rodríguez, Notario.—1 vez.—CE2020006919.
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 08 horas 00 minutos del 10 de
agosto del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Calera Roca Blanca
Sociedad Anónima.—San José, 11 de agosto del 2020.—Licda. Silvia Elena
Peralta Montenegro, Notaria.—1 vez.—CE2020006920.
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 11 horas 00 minutos
del 30 de julio del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Corporación
de Servicios Borbón L F Sociedad Anónima.—San José, 11 de agosto del
2020.—Licda. Yajaira Padilla Flores, Notaria.—1 vez.—CE2020006921.
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 14 horas 00 minutos
del 10 de agosto del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Suministros
y Papel Marka LTDA Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 11 de
agosto del 2020.—Lic. Sergio Madriz Avendaño, Notario.—1 vez.—CE2020006922.
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 14 horas 00 minutos del 10 de
agosto del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Anfrut Sociedad
Anónima.—San José, 11 de agosto del 2020.—Licda. Zoila Araya Moreno,
Notaria.—1 vez.—CE2020006923.
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 13 horas 00 minutos del 07 de
agosto del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Bonzül Sociedad
Anónima.—San José, 11 de agosto del 2020.—Licda. Karol Frutos Fernández,
Notaria.—1 vez.—CE2020006924.
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 10 horas 30 minutos
del 10 de agosto del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Importaciones
Seis Cuatro Ocho Cero Sociedad Anónima.—San José, 11 de agosto del
2020.—Lic. Andrés Emilio
Ramos Sibaja, Notario.—1 vez.—CE2020012607.
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 14 horas 00 minutos del 27 de
agosto del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Horizonte SGL
Sociedad Anónima.—San José, 31 de agosto del 2020.—Lic. Carlos Rodolfo
Meléndez Espinoza, Notario.—1 vez.—CE2020007661.
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 18 horas 30 minutos del 27 de
agosto del año 2020, se constituyó la sociedad denominada López Rivera
Consulting Group Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 31 de
agosto del 2020.—Licda. Heidy Patricia Lizano Sánchez, Notaria.—1
vez.—CE2020007662.
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 08 horas 00 minutos del 07 de julio
del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Autos Buitrago Sociedad
Anónima.—San José, 31 de agosto del 2020.—Licda. Reina María Quirós León, Notaria.—1 vez.—CE2020007663.
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 14 horas 00 minutos
del 25 de agosto del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Grupo
Cielec Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 01 de septiembre del
2020.—Licda. Magdalena Venegas Porras, Notaria.—1 vez.—CE2020007664.
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 12 horas 15 minutos
del 27 de agosto del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Imart R
& G Soluciones Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 01 de
septiembre del 2020.—Lic. Alexander Vargas Sanabria, Notario.—1
vez.—CE2020007665.
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 09 horas 00 minutos
del 23 de agosto del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Makoto
Group Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 01 de septiembre del
2020.—Lic. Oldemar Antonio Fallas Navarro, Notario.—1 vez.—CE2020007666.
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría a las 12 horas 00 minutos del 05 de
febrero del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Inversiones
Arcoiris XD Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 01 de
septiembre del 2020.—Licda. Kattia Mena Abarca, Notaria.—1 vez.—CE2020007667.
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 10 horas 00 minutos del 28 de
agosto del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Constructora Grupo
Herrera CGH Sociedad Anónima.—San José, 01 de septiembre del 2020.—Lic.
Harold Meléndez Gamboa, Notario.—1 vez.—CE2020007668.
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 15 horas 00 minutos del 31 de
agosto del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Mensajería y
Transporte Castillo Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 01 de
septiembre del 2020.—Lic. Javier Eduardo Luna Montero, Notario.—1
vez.—CE2020007669.
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 18 horas 30 minutos del 25 de
agosto del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Strategy Finance
Costa Rica Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 01 de septiembre
del 2020.—Licda. Luana Valeria Nieto Méndez, Notaria.—1 vez.—CE2020007670.
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 10 horas 00 minutos del 28 de
agosto del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Paso Verde Costa
Rica BM Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 01 de septiembre
del 2020.—Lic. Sebastián
Solano Guillén,
Notario.—1 vez.—CE2020007671.
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 08 horas 30 minutos del 31 de
agosto del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Bono Costa Rica
Sociedad Anónima.—San José, 01 de septiembre del 2020.—Lic. David Walsh Jiménez, Notario.—1
vez.—CE2020007672.
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 15 horas 30 minutos
del 18 de agosto del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Radio y
TV Digital T.I.J.A Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 01 de
septiembre del 2020.—Lic. Juan Manuel Campos Ávila, Notario.—1 vez.—CE2020007673.
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 08 horas 00 minutos del 31 de
agosto del año 2020, se constituyó la sociedad denominada H & V
Consultores Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 01 de
septiembre del 2020.—Lic. Eduardo Valdivieso Bustos, Notario.—1
vez.—CE2020007674.
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 11 horas 30 minutos
del 27 de mayo del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Joco Slam
Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 01 de septiembre del
2020.—Lic. Jorge Fredy Chacón Villalobos,
Notario.—1 vez.—CE2020007675.
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 10 horas 00 minutos del 26 de
agosto del año 2020, se constituyó la sociedad denominada BYR Especialistas
en Precios de Transferencia Sociedad Anónima.—San José, 01 de septiembre
del 2020.—Licda. Karen Melissa Brenes Piedra, Notaria.—1 vez.—CE2020007676.
Mediante escritura otorgada ante esta notaría a las 15 horas 00 minutos
del 12 de agosto del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Lucords
Distribution Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 01 de
septiembre del 2020.—Licda. Sylvia Salazar Escalante, Notaria.—1
vez.—CE2020007676.
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 13 horas 00 minutos del 22 de
agosto del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Insight Creativo
Sociedad Anónima.—San
José, 01 de septiembre del 2020.—Licda. Ana Cristina Mata Colombari, Notaria.—1
vez.—CE2020007677.
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 08 horas 00 minutos del 31 de
agosto del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Villa Playa
Mansita Doscientos Veinte Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José,
01 de septiembre del 2020.—Lic. Gonzalo José Rojas Benavides, Notario.—1
vez.—CE2020007678.
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 13 horas 00 minutos del 19 de
agosto del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Morgan Multi
Service Sociedad Anónima.—San José, 01 de septiembre del 2020.—Licda.
Marianela Fonseca Rivera, Notaria.—1 vez.—CE2020007679.
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 11 horas 00 minutos
del 31 de agosto del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Vinytex
Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 01 de septiembre del
2020.—Licda. Ana Cristina Cordero Blanco, Notaria.—1 vez.—CE2020007680.
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 10 horas 35 minutos del 31 de
agosto del año 2020, se constituyó la sociedad denominada El Relajo de
Cornelia Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 01 de septiembre
del 2020.—Lic. Steven González
Aguero, Notario.—1 vez.—CE2020007681.
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 08 horas 30 minutos del 01 de
septiembre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Nanoer
Sociedad Anónima.—San José, 01 de septiembre del 2020.—Lic. Steve Miguel
Monge González,
Notario.—1 vez.—CE2020007682.
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 09 horas 00 minutos
del 31 de agosto del año 2020, se constituyó la sociedad denominada MilNoveciento
CinquentayQuatro Limitada.—San José, 01 de septiembre del 2020.—Lic.
Ricardo León Vargas Guerrero,
Notario.—1 vez.—CE2020007683.
Mediante escritura
otorgada ante esta notaría, a las 12 horas 50 minutos del 31 de agosto del año
2020, se constituyó la sociedad denominada Grateful Hotel Sociedad de Responsabilidad
Limitada.—San José, 01 de septiembre del 2020.—Lic. Steven González Aguero, Notario.—1
vez.—CE2020007684.
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 11 horas 00 minutos del 31 de
agosto del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Firomayo Sociedad
Anónima.—San José, 01 de septiembre del 2020.—Licda. Daniela Leitón Castillo, Notaria.—1
vez.—CE2020007685.
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 10 horas 00 minutos del 31 de
agosto del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Osa Rica
Corporación Sociedad Anónima.—San José, 01 de septiembre del 2020.—Lic.
Jorge Valverde Fallas, Notario.—1 vez.—CE2020007686.
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 12 horas 00 minutos del 31 de
agosto del año 2020, se constituyó la sociedad denominada M & G
Ganadería Sociedad Anónima.—San José, 01 de septiembre del 2020.—Lic. Wálter Rubén Hernández Juárez, Notario.—1
vez.—CE2020007687.
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 13 horas 00 minutos
del 19 de agosto del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Editorial
Destellos de Luz Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 01 de
septiembre del 2020.—Licda. Ana Giselle Barboza Quesada, Notaria.—1
vez.—CE2020007688.
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 10 horas 00 minutos
del 31 de agosto del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Grupo
Badicec Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 01 de septiembre
del 2020.—–Lic. Kenneth Mauricio Mora Díaz, Notario.—1 vez.—CE2020007689.
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 11 horas 00 minutos
del 15 de junio del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Javim del
Pacífico Sociedad de
Responsabilidad Limitada.—San José, 01 de septiembre del 2020.—Lic. Lenny Shirley
Granados Chinchilla, Notario.—1 vez.—CE2020007690.
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 14 horas 00 minutos del 18 de
agosto del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Orotina Medical G
S Sociedad Anónima.—San José, 01 de septiembre del 2020.—Lic. Eric Castro
León,
Notario.—1 vez.—CE2020007691.
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 11 horas 00 minutos del 29 de
agosto del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Inversiones Doreol
Veinte Veinte Sociedad Anónima.—San José, 01 de septiembre del 2020.—Lic.
Ricardo Alberto Ugarte Mora, Notario.—1 vez.—CE2020007692.
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 11 horas 30 minutos
del 27 de agosto del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Azeful
Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 01 de septiembre del
2020.—Lic. Manuel Antonio Porras Vargas, Notario.—1 vez.—CE2020007693.
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 10 horas 30 minutos del 01 de
septiembre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Motores del
General Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 01 de septiembre
del 2020.—Lic. Gustavo Josué
Navarro Garro, Notario.—1 vez.—CE2020007694.
Mediante escritura
otorgada ante esta notaría, a las 10 horas 30 minutos del 28 de agosto del año
2020, se constituyó la sociedad denominada Bravos Gourmet Sociedad Anónima.—San
José, 01 de septiembre del 2020.—Licda. Paula María Chacón Loaiza, Notaria.—1
vez.—CE2020007695.
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 17 horas 00 minutos
del 31 de agosto del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Off Road
Kings Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 01 de septiembre del
2020.—Licda. Sabrina Karine Kszak Bianchi, Notaria.—1 vez.—CE2020007696.
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 13 horas 00 minutos
del 28 de agosto del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Trismedcr
Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 01 de septiembre del
2020.—Licda. Jennifer Marcela Zúñiga Ureña, Notaria.—1 vez.—CE2020007697.
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 17 horas 10 minutos
del 14 de agosto del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Gagsa
Internacional Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 01 de
septiembre del 2020.—Lic. Manuel Antonio Arias Aguilar, Notario.—1
vez.—CE2020007698.
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 14 horas 00 minutos del 31 de
agosto del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Ganadería El Yunque Sociedad de
Responsabilidad Limitada.—San
José, 01 de septiembre del 2020.—Licda. Julia Ibarra Seas, Notaria.—1
vez.—CE2020007699.
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 18 horas 10 minutos del 27 de agosto
del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Agroprecisión Occidental Labs Prometeo
S.A. Sociedad Anónima.—San
José, 01 de septiembre del 2020.—Licda. Sigrid Rocío Molina Brenes, Notaria.—1
vez.—CE2020007700.
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 08 horas 00 minutos del 01 de
septiembre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Lece Sociedad
de Responsabilidad Limitada.—San José, 01 de septiembre del 2020.—Licda.
Seanny Jiménez
Alfaro, Notaria.—1 vez.—CE2020007701.
Mediante escritura
otorgada ante esta notaría, a las 12 horas 00 minutos del 01 de septiembre del
año 2020, se constituyó la sociedad denominada Uniber Sociedad Anónima.—San
José, 01 de septiembre del 2020.—Licda. Nathalie Elizondo Montero, Notaria.—1
vez.—CE2020007702.
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 10 horas 00 minutos del 29 de
agosto del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Legado LGV
Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 01 de septiembre del
2020.—Lic. Kattia Navarro López,
Notario.—1 vez.—CE2020007703.
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 18 horas 00 minutos del 14 de
agosto del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Químicas Alef de
Costa Rica Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 01 de septiembre
del 2020.—Lic. Eraida Méndez
Marchena, Notario.—1 vez.—CE2020007704.
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 15 horas 00 minutos
del 25 de agosto del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Tys Dos
Mil Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 01 de septiembre del
2020.—Lic. Roberto Francisco León Gómez, Notario.—1 vez.—CE2020007705.
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 18 horas 00 minutos
del 24 de agosto del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Diseños
& Textiles Z M Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 01 de
septiembre del 2020.—Lic. Christian Pérez Quirós, Notario.—1 vez.—CE2020007706.
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 14 horas 00 minutos
del 31 de agosto del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Riven
Collection Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 01 de septiembre
del 2020.—Lic. Enrique Alvarado Peñaranda, Notario.—1 vez.—CE2020007707.
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 08 horas 00 minutos del 26 de junio
del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Abral Limitada.—San
José, 01 de septiembre del 2020.—Lic. María Ester Campos Ramírez, Notario.—1
vez.—CE2020007708.
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 08 horas 00 minutos del 01 de
septiembre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Meseta Encima
del Mar Sociedad Anónima.—San José, 01 de septiembre del 2020.—Lic. Xinia
María Arias
Naranjo, Notario.—1 vez.—CE2020007709.
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 17 horas 00 minutos
del 06 de agosto del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Cuatro
Dos Uno Arquitectos L L C Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José,
01 de septiembre del 2020.—Lic. Allan Salazar López, Notario.—1 vez.—CE2020007710.
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 08 horas 00 minutos del 01 de
septiembre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Alegría,
Sabiduría y Paz Sociedad Anónima.—San José, 01 de septiembre del 2020.—Lic.
Xinia María
Arias Naranjo, Notario.—1 vez.—CE2020007711.
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 08 horas 00 minutos del 26 de
agosto del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Consultoría en
Proyectos de Obras Civiles COPROCSA de Costa Rica Sociedad Anónima.—San
José, 01 de septiembre del 2020.—Lic. Jeison Guadamuz Murillo, Notario.—1
vez.—CE2020007712.
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 09 horas 00 minutos del 27 de agosto
del año 2020, se constituyó la sociedad denominada TBJ World Famous Burgers
Limitada.—San José, 01 de septiembre del 2020.—Lic. Héctor Manuel Fallas Vargas,
Notario.—1 vez.—CE2020007713.
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 12 horas 00 minutos del 31 de
agosto del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Grupo Fesa Inc
Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 01 de septiembre del
2020.—Lic. Johanny Retana Madriz, Notario.—1 vez.—CE2020007714.
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 08 horas 30 minutos
del 01 de septiembre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Jacobay
Cuatro Mil Cuatrocientos Dos Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San
José, 01 de septiembre del 2020.—Lic. Gustavo Adolfo Ramírez Cordero, Notario.—1 vez.—CE2020007715.
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 08 horas 00 minutos del 31 de
agosto del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Heka & Va
Consultores Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 01 de septiembre
del 2020.—Lic. Eduardo Valdivieso Bustos, Notario.—1 vez.—CE2020007716.
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 10 horas 00 minutos
del 21 de agosto del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Mini
Super El Propicio F Y W Sociedad Anónima.—San José, 01 de septiembre del
2020.—Lic. José Gonzalo Carrillo
Mora, Notario.—1 vez.—CE2020007717.
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 17 horas 00 minutos
del 28 de agosto del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Transol
de Belén Sociedad de
Responsabilidad Limitada.—San José, 01 de septiembre del 2020.—Lic. Carlo Magno
Burgos Vargas, Notario.—1 vez.—CE2020007718.
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 09 horas 00 minutos del 29 de
agosto del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Men Villa Sociedad
Anónima.—San José, 01 de septiembre del 2020.—Lic. Karolina Meléndez Gamboa, Notario.—1
vez.—CE2020007719.
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 11 horas 00 minutos
del 01 de septiembre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Número de Cédula Jurídica Sociedad Anónima.—San
José, 01 de septiembre del 2020.—Lic. Álvaro
Briceño Marchena, Notario.—1 vez.—CE2020007720.
Mediante escritura
otorgada ante esta notaría, a las 15 horas 00 minutos del 01 de septiembre del
año 2020, se constituyó la sociedad denominada Abba Medicus Corporation
Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 01 de septiembre del
2020.—Lic. María
de la Cruz Villanea Villegas, Notario.—1 vez.—CE2020007721.
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 08 horas 00 minutos del 01 de
septiembre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Nommorum
Stella Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 01 de septiembre del
2020.—Lic. Melissa Guardia Tinoco, Notario.—1 vez.—CE2020007722.
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 17 horas 00 minutos del 29 de
agosto del año 2020, se constituyó la sociedad denominada J Rims Sociedad
Anónima.—San José, 01 de septiembre del 2020.—Lic. Karolina Meléndez Gamboa, Notario.—1
vez.—CE2020007723.
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 17 horas 00 minutos
del 31 de agosto del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Consultoría y Construcción JC Chavarría Sociedad Anónima.—San
José, 01 de septiembre del 2020.—Lic. Yorgenia María Sibaja Rodríguez,
Notario.—1 vez.—CE2020007724.
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 14 horas 00 minutos del 31 de
agosto del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Óptica Vermas La Ceiba Limitada.—San José, 01 de septiembre
del 2020.—Lic. Pablo Arias González,
Notario.—1 vez.—CE2020007725.
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 10 horas 30 minutos del 28 de
agosto del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Blue Mountain Farm
Limitada.—San José, 01 de septiembre del 2020.—Lic. Ana Cristina Alvarado
Acevedo, Notario.—1 vez.—CE2020007726.
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 12 horas 00 minutos
del 31 de agosto del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Capital
Partners Group LTD Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 01 de
septiembre del 2020.—Lic. Efraín Marín Madrigal, Notario.—1 vez.—CE2020007727.
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 12 horas 00 minutos
del 01 de septiembre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada The
Lux Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 01 de septiembre del
2020.—Lic. Óscar José Montenegro Fernández,
Notario.—1 vez.—CE2020007728.
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 00 horas 00 minutos del 01 de
septiembre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Telani Abellan
Limitada.—San José, 01 de septiembre del 2020.—Lic. José Antonio Silva Meneses,
Notario.—1 vez.—CE2020007729.
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 14 horas 00 minutos del 29 de
agosto del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Yumbrel Sociedad
Anónima.—San José, 01 de septiembre del 2020.—Lic. Fernando Ávila González, Notario.—1
vez.—CE2020007730.
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 16 horas 00 minutos del 01 de
septiembre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Multiservicios
Murillo de Costa Rica Sociedad Anónima.—San José, 01 de septiembre del
2020.—Lic. Nelson Antonio Gómez
Barrantes, Notario.—1 vez.—CE2020007731.
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 11 horas 30 minutos
del 31 de agosto del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Granja
Avícola Las Colmenas
Sociedad Anónima.—San José, 01 de septiembre del 2020.—Lic. Jacqueline
Franciny Brenes Ramírez, Notario.—1
vez.—CE2020007732.
Mediante escritura otorgada ante esta
notaría, a las 19 horas 15 minutos del 04 de septiembre del año 2020, se
constituyó la sociedad denominada Gojo Koro CR Sociedad Anónima.—San José, 09 de septiembre
del 2020.—Lic. Luz Marili Alfaro Bolaños, Notario.—1 vez.—CE2020008081.
Mediante escritura otorgada ante esta
notaría, a las 10 horas 00 minutos del 26 de agosto del año 2020, se constituyó
la sociedad denominada Alcázar Technologies Sociedad Anónima.—San José,
09 de septiembre del 2020.—Lic. Carolina Soto Monge, Notario.—1
vez.—CE2020008082.
Mediante escritura
otorgada ante esta notaría, a las 15 horas 30 minutos del 09 de septiembre del
año 2020, se constituyó la sociedad denominada Valles de Hermosa Sociedad
Anónima.—San José, 09 de septiembre del 2020.—Lic. Patricia Claudia Francés, Notario.—1 vez.—CE2020008083.
Mediante escritura otorgada ante esta
notaría, a las 13 horas 00 minutos del 09 de septiembre del año 2020, se
constituyó la sociedad denominada Inverciones Inmobiliarias Keylin de Costa
Rica Sociedad Anónima.—San José, 09 de septiembre del 2020.—Lic. Guillermo
Echeverría
Olaso, Notario.—1 vez.—CE2020008084.
Mediante escritura otorgada ante esta
notaría, a las 16 horas 00 minutos del 09 de septiembre del año 2020, se
constituyó la sociedad denominada Amigos Kayak y Sup Tours Sociedad de
Responsabilidad Limitada.—San José, 09 de septiembre del 2020.—Lic. Sabrina
Karine Kszak Bianchi, Notario.—1 vez.—CE2020008085.
Mediante escritura otorgada ante esta
notaría, a las 07 horas 00 minutos del 09 de septiembre del año 2020, se
constituyó la sociedad denominada Rua Tek Services Sociedad de
Responsabilidad Limitada.—San José, 10 de septiembre del 2020.—Lic. Felipe
Cordero Espinoza, Notario.—1 vez.—CE2020008086.
Mediante escritura otorgada ante esta
notaría, a las 10 horas 10 minutos del 06 de septiembre del año 2020, se
constituyó la sociedad denominada Innova Visual Sociedad Anónima.—San
José, 10 de septiembre del 2020.—Lic. Alejandro Javier Zeledón Portuguez, Notario.—1
vez.—CE2020008087.
Mediante escritura otorgada ante esta
notaría a las 14 horas 00 minutos del 09 de septiembre del año 2020, se
constituyó la sociedad denominada Biow Sociedad Anónima.—San José, 10 de
septiembre del 2020.—Lic. Kenneth Gerardo Guzmán Cruz, Notario.—1
vez.—CE2020008088.
Mediante escritura
otorgada ante esta notaría a las 07 horas 00 minutos del 10 de septiembre del
año 2020, se constituyó la sociedad denominada Molrio Sociedad Anónima.—San
José, 10 de septiembre del 2020.—Lic. Federico José Vega Rodríguez,
Notario.—1 vez.—CE2020008089.
Mediante escritura
otorgada ante esta notaría, a las 10 horas 40 minutos del 31 de agosto del año
2020, se constituyó la sociedad denominada Loto Materiales & Service
Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 10 de septiembre del
2020.—Lic. José Esteban Olivas Jiménez, Notario.—1 vez.—CE2020008090.
Mediante escritura otorgada ante esta
notaría, a las 11 horas 00 minutos del 09 de septiembre del año 2020, se
constituyó la sociedad denominada Ventanita Coyol Sociedad Anónima.—San
José, 10 de septiembre del 2020.—Lic. Ana Cristina Cordero Blanco, Notario.—1
vez.—CE2020008091.
Mediante escritura otorgada ante esta
notaría, a las 11 horas 00 minutos del 09 de septiembre del año 2020, se
constituyó la sociedad denominada Goang Tai Sociedad Anónima.—San José,
10 de septiembre del 2020.—Lic. Henry Angulo Yu, Notario.—1 vez.—CE2020008092.
Mediante escritura otorgada ante esta
notaría, a las 15 horas 00 minutos del 08 de septiembre del año 2020, se
constituyó la sociedad denominada AM Green Products Sociedad Anónima.—San
José, 10 de septiembre del 2020.—Lic. Víctor Hugo Jiménez Villalta, Notario.—1
vez.—CE2020008093.
Mediante escritura
otorgada ante esta notaría, a las 09 horas 30 minutos del 09 de septiembre del
año 2020, se constituyó la sociedad denominada La Puente Surf Sociedad de
Responsabilidad Limitada.—San José, 10 de septiembre del 2020.—Lic. Kattia
Bermúdez Montenegro, Notario.—1 vez.—CE2020008094.
Mediante escritura otorgada ante esta
notaría, a las 14 horas 00 minutos del 08 de septiembre del año 2020, se
constituyó la sociedad denominada Agrícola Toto Limitado Sociedad
Anónima.—San
José, 10 de septiembre del 2020.—Lic. Mauricio Vargas Chavarría, Notario.—1
vez.—CE2020008095.
Mediante escritura otorgada ante esta
notaría, a las 13 horas 00 minutos del 09 de septiembre del año 2020, se
constituyó la sociedad denominada Go Property Oeste Sociedad de
Responsabilidad Limitada.—San José, 10 de septiembre del 2020.—Lic. Alexánder Campos Solano,
Notario.—1 vez.—CE2020008096.
Mediante escritura otorgada ante esta
notaría, a las 09 horas 00 minutos del 09 de septiembre del año 2020, se
constituyó la sociedad denominada Bio Agrownomy Sociedad Anónima.—San
José, 10 de septiembre del 2020.—Lic. Emmanuel Naranjo Pérez, Notario.—1 vez.—CE2020008097.
Mediante escritura otorgada ante esta
notaría, a las 17 horas 00 minutos del 09 de septiembre del año 2020, se
constituyó la sociedad denominada Clínica Herradura E.S.C Sociedad
de Responsabilidad Limitada.—San
José, 10 de septiembre del 2020.—Lic. Allan Andrés Madrigal Anchía, Notario.—1
vez.—CE2020008098.
Mediante escritura otorgada ante esta
notaría, a las 09 horas 00 minutos del 08 de septiembre del año 2020, se
constituyó la sociedad denominada Plantara Limitada.—San José, 10 de
septiembre del 2020.—Lic. Robert Christian Van Der Putten Reyes, Notario.—1
vez.—CE2020008099.
Mediante escritura otorgada ante esta
notaría, a las 09 horas 00 minutos del 10 de septiembre del año 2020, se
constituyó la sociedad denominada Comercializadora Tyre Auto Shop Sociedad
de Responsabilidad Limitada.—San José, 10 de septiembre del 2020.—Lic.
Jennifer Mariela Esquivel Jiménez,
Notario.—1 vez.—CE2020008100.
Mediante escritura
otorgada ante esta notaría, a las 17 horas 05 minutos del 25 de agosto del año
2020, se constituyó la sociedad denominada Ticorp - DSH Sociedad de
Responsabilidad Limitada.—San José, 10 de septiembre del 2020.—Lic. Laura
Priscila Carvajal Ramírez, Notario.—1
vez.—CE2020008101.
Mediante escritura otorgada ante esta
notaría, a las 15 horas 00 minutos del 08 de septiembre del año 2020, se
constituyó la sociedad denominada Grupo Roardisan del Bosque Limitada.—San
José, 10 de septiembre del 2020.—Lic. Hannia Vargas Paniagua, Notario.—1
vez.—CE2020008102.
Mediante escritura
otorgada ante esta notaría, a las 15 horas 00 minutos del 12 de agosto del año
2020, se constituyó la sociedad denominada Agronegocios Cruznav Sociedad de
Responsabilidad Limitada.—San José, 10 de septiembre del 2020.—Lic.
Francisco Alonso Morales Ayales, Notario.—1 vez.—CE2020008103.
Mediante escritura
otorgada ante esta notaría, a las 14 horas 00 minutos del 01 de septiembre del
año 2020, se constituyó la sociedad denominada Jardiland Sociedad de
Responsabilidad Limitada.—San José, 10 de septiembre del 2020.—Lic. Édgar Alberto García Quirós, Notario.—1 vez.—CE2020008104.
Mediante escritura otorgada ante esta
notaría, a las 10 horas 00 minutos del 07 de agosto del año 2019, se constituyó
la sociedad denominada Golden Holdings Corporation Limitada.—San José,
10 de septiembre del 2020.—Lic. Leonardo Salazar Villalta, Notario.—1
vez.—CE2020008105.
Mediante escritura
otorgada ante esta notaría, a las 10 horas 15 minutos del 07 de septiembre del
año 2020, se constituyó la sociedad denominada Tarimas Ecoverdes Sociedad
Anónima.—San José, 10 de septiembre del 2020.—Lic. Alexandro Vargas Vásquez, Notario.—1 vez.—CE2020008106.
Mediante escritura
otorgada ante esta notaría, a las 12 horas 00 minutos del 01 de septiembre del
año 2020, se constituyó la sociedad denominada Amal Development Services
Sociedad Anónima.—San José, 10 de septiembre del 2020.—Lic. Guillermo José Sanabria Leiva, Notario.—1 vez.—CE2020008107.
Mediante escritura
otorgada ante esta notaría, a las 19 horas 00 minutos del 09 de septiembre del
año 2020, se constituyó la sociedad denominada Grupo Desarrollos Hometec
Sociedad Anónima.—San José, 10 de septiembre del 2020.—Lic. Édgar Alberto García Quirós, Notario.—1 vez.—CE2020008108.
Mediante escritura otorgada ante esta
notaría, a las 10 horas 00 minutos del 07 de septiembre del año 2020, se
constituyó la sociedad denominada Majowi de Orotina Sociedad Anónima.—San José, 10 de septiembre
del 2020.—Lic. Zaira Salazar Castro, Notario.—1 vez.—CE2020008109.
Mediante escritura
otorgada ante esta notaría, a las 15 horas 00 minutos del 12 de agosto del año
2020, se constituyó la sociedad denominada Jnvargas Sociedad de
Responsabilidad Limitada.—San José, 10 de septiembre del 2020.—Lic. José Luis Ramos Castellón, Notario.—1 vez.—CE2020008110.
Mediante escritura otorgada ante esta
notaría, a las 16 horas 00 minutos del 07 de septiembre del año 2020, se
constituyó la sociedad denominada Grupo Costarricense de Alimentos Sociedad
de Responsabilidad Limitada.—San José, 10 de septiembre del 2020.—Lic.
Kenneth Francisco Muñoz Ureña, Notario.—1 vez.—CE2020008111.
Mediante escritura otorgada ante esta
notaría, a las 15 horas 00 minutos del 09 de septiembre del año 2020, se
constituyó la sociedad denominada Crimavel Sociedad de Responsabilidad
Limitada.—San José, 10 de septiembre del 2020.—Lic. Melissa Guardia Tinoco,
Notario.—1 vez.—CE2020008112.
Mediante escritura
otorgada ante esta notaría, a las 13 horas 00 minutos del 08 de septiembre del
año 2020, se constituyó la sociedad denominada Medux Costa Rica Sociedad de
Responsabilidad Limitada.—San José, 10 de septiembre del 2020.—Lic. Yajaira
Padilla Flores, Notario.—1 vez.—CE2020008113.
Mediante escritura otorgada ante esta
notaría, a las 09 horas 00 minutos del 27 de agosto del año 2020, se constituyó
la sociedad denominada Soluciones C&T CR Sociedad Anónima.—San José,
10 de septiembre del 2020.—Lic. Christian Javier Badilla Vargas, Notario.—1
vez.—CE2020008114.
Mediante escritura otorgada ante esta
notaría, a las 14 horas 40 minutos del 08 de septiembre del año 2020, se
constituyó la sociedad denominada Ganadería El Trébol Costa Rica Sociedad
Anónima.—San José, 10 de septiembre del 2020.—Lic. Francis Estrada Acevedo,
Notario.—1 vez.—CE2020008115.
Mediante escritura otorgada ante esta
notaría, a las 14 horas 00 minutos del 09 de septiembre del año 2020, se
constituyó la sociedad denominada Capema Investment Sociedad de
Responsabilidad Limitada.—San José, 10 de septiembre del 2020.—Lic. Melissa
Guardia Tinoco, Notario.—1 vez.—CE2020008116.
Mediante escritura otorgada ante esta
notaría, a las 14 horas 00 minutos del 08 de septiembre del año 2020, se
constituyó la sociedad denominada Inversiones Leoantali Sociedad de
Responsabilidad Limitada.—San José, 10 de septiembre del 2020.—Lic. Felipe
Gómez Rodríguez, Notario.—1
vez.—CE2020008117.
Mediante escritura
otorgada ante esta notaría, a las 09 horas 05 minutos del 09 de septiembre del
año 2020, se constituyó la sociedad denominada Santa Teresa Logistics
Sociedad Anónima.—San José, 10 de septiembre del 2020.—Lic. Laura Priscila
Carvajal Ramírez, Notario.—1
vez.—CE2020008118.
Mediante escritura otorgada ante esta
notaría, a las 18 horas 00 minutos del 09 de septiembre del año 2020, se
constituyó la sociedad denominada La Mar de Makaira Sociedad de Responsabilidad
Limitada.—San José, 10 de septiembre del 2020.—Lic. Fiorella Leandro Reyes,
Notario.—1 vez.—CE2020008119.
Mediante escritura otorgada ante esta
notaría, a las 09 horas 00 minutos del 10 de septiembre del año 2020, se
constituyó la sociedad denominada Casa La Bella Vita Sociedad de
Responsabilidad Limitada.—San José, 10 de septiembre del 2020.—Lic. Rodolfo
Enrique Herrera García,
Notario.—1 vez.—CE2020008120.
Mediante escritura otorgada ante esta
notaría, a las 12 horas 00 minutos del 10 de septiembre del año 2020, se
constituyó la sociedad denominada Simetria Network Sociedad de
Responsabilidad Limitada.—San José, 10 de septiembre del 2020.—Lic. Juan
Carlos Villasuso Morales, Notario.—1 vez.—CE2020008121.
Mediante escritura otorgada ante esta
notaría, a las 07 horas 00 minutos del 09 de septiembre del año 2020, se
constituyó la sociedad denominada SBV Santa Teresa Sociedad de
Responsabilidad Limitada.—San José, 10 de septiembre del 2020.—Lic. Rafael Ángel Pérez Zumbado, Notario.—1
vez.—CE2020008122.
Mediante escritura otorgada ante esta
notaría, a las 13 horas 06 minutos del 10 de septiembre del año 2020, se
constituyó la sociedad denominada Likomaxxx Sociedad de Responsabilidad
Limitada.—San José, 10 de septiembre del 2020.—Lic. Aldo José Mata Morales, Notario.—1
vez.—CE2020008122.
Mediante escritura otorgada ante esta
notaría, a las 08 horas 00 minutos del 10 de septiembre del año 2020, se
constituyó la sociedad denominada Paru Paro Costa Rica Sociedad de
Responsabilidad Limitada.—San José, 10 de septiembre del 2020.—Lic. Eduardo
Guardia Williams, Notario.—1 vez.—CE2020008123.
Mediante escritura
otorgada ante esta notaría, a las 11 horas 00 minutos del 19 de agosto del año
2020, se constituyó la sociedad denominada Emove Costa Rica Sociedad de
Responsabilidad Limitada.—San José, 10 de septiembre del 2020.—Lic. Dowglas
Leiva Díaz, Notario.—1
vez.—CE2020008124.
Mediante escritura
otorgada ante esta notaría, a las 12 horas 30 minutos del 09 de septiembre del
año 2020, se constituyó la sociedad denominada Rubia Mala Sociedad de
Responsabilidad Limitada.—San José, 10 de septiembre del 2020.—Lic. Soren
Araya Madrigal, Notario.—1 vez.—CE2020008125.
Mediante escritura otorgada ante esta
notaría, a las 16 horas 00 minutos del 07 de septiembre del año 2020, se
constituyó la sociedad denominada Grucoa Comercial Sociedad de
Responsabilidad Limitada.—San José, 10 de septiembre del 2020.—Lic. Kenneth
Francisco Muñoz Ureña, Notario.—1 vez.—CE2020008126.
Mediante escritura
otorgada ante esta notaría, a las 07 horas 00 minutos del 10 de septiembre del
año 2020, se constituyó la sociedad denominada Workflow Intelligent Network
Sociedad Anónima.—San José, 10 de septiembre del 2020.—Lic. Danilo Loaiza
Delgado, Notario.—1 vez.—CE2020008127.
Mediante escritura otorgada ante esta
notaría, a las 16 horas 00 minutos del 08 de septiembre del año 2020, se constituyó
la sociedad denominada Jacem Sociedad Anónima.—San José, 10 de
septiembre del 2020.—Lic. Pablo Eliécer Valerio Soto, Notario.—1
vez.—CE2020008128.
Mediante escritura
otorgada ante esta notaría, a las 11 horas 35 minutos del 05 de septiembre del
año 2020, se constituyó la sociedad denominada Grupo Pintian Costa Rica
Sociedad Anónima.—San José, 10 de septiembre del 2020.—Lic. Fernando
Santiago Benel Alama, Notario.—1 vez.—CE2020008129.
Mediante escritura otorgada ante esta
notaría, a las 15 horas 30 minutos del 17 de septiembre del año 2020, se
constituyó la sociedad denominada Consorcio de Remate C.D.R. Sociedad de
Responsabilidad Limitada.—San José, 21 de septiembre del 2020.—Lic. Miguel
Antonio Rodríguez
Espinoza, Notario.—1 vez.—CE2020008496.
Mediante escritura otorgada ante esta
notaría, a las 09 horas 00 minutos del 11 de septiembre del año 2020, se
constituyó la sociedad denominada Repuestos y Equipo para La Industria
Sociedad Anónima.—San José, 21 de septiembre del 2020.—Lic. Olman Eduardo
Madrigal Acuña, Notario.—1 vez.—CE2020008497.
Mediante escritura
otorgada ante esta notaría, a las 10 horas 00 minutos del 21 de septiembre del
año 2020, se constituyó la sociedad denominada Hunabcr Sociedad Anónima.—San
José, 21 de septiembre del 2020.—Lic. Yalta Argentina Aragón González, Notario.—1
vez.—CE2020008498.
Mediante escritura
otorgada ante esta notaría, a las 10 horas 00 minutos del 24 de agosto del año
2020, se constituyó la sociedad denominada Transportes Araygra de Grecia
Sociedad Anónima.—San José, 21 de septiembre del 2020.—Lic. Cristiam Alonso
García Ramírez, Notario.—1
vez.—CE2020008499.
Mediante escritura otorgada ante esta
notaría, a las 09 horas 00 minutos del 20 de septiembre del año 2020, se
constituyó la sociedad denominada ACA Servicios Sociedad Anónima.—San
José, 22 de septiembre del 2020.—Lic. Julio Antonio Morúa Martínez, Notario.—1
vez.—CE2020008500.
Mediante escritura otorgada ante esta
notaría, a las 10 horas 00 minutos del 20 de septiembre del año 2020, se
constituyó la sociedad denominada Fuente de Oro del Pacífico Sociedad de
Responsabilidad Limitada.—San
José, 22 de septiembre del 2020.—Lic. Juan Carlos Segares Lutz, Notario.—1
vez.—CE2020008501.
Mediante escritura
otorgada ante esta notaría, a las 13 horas 00 minutos del 19 de septiembre del
año 2020, se constituyó la sociedad denominada Inversiones Luxury CR
Sociedad Anónima.—San José, 22 de septiembre del 2020.—Lic. Francisco
Javier Marti Meneses, Notario.—1 vez.—CE2020008502.
Mediante escritura
otorgada ante esta notaría, a las 08 horas 00 minutos del 21 de septiembre del
año 2020, se constituyó la sociedad denominada Junasa JN Hogar Sociedad
Anónima.—San José, 22 de septiembre del 2020.—Lic. Jorge Jiménez Ramírez, Notario.—1
vez.—CE2020008503.
Mediante escritura
otorgada ante esta notaría, a las 15 horas 00 minutos del 20 de septiembre del
año 2020, se constituyó la sociedad denominada Marevento del Pacífico Sociedad Anónima.—San
José, 22 de septiembre del 2020.—Lic. Juan Carlos Segares Lutz, Notario.—1
vez.—CE2020008504.
Mediante escritura
otorgada ante esta notaría, a las 12 horas 30 minutos del 11 de septiembre del
año 2020, se constituyó la sociedad denominada Prados de Villas Limitada.—San
José, 22 de septiembre del 2020.—Lic. Katherine Natalia Delgado Zamora,
Notario.—1 vez.—CE2020008505.
Mediante escritura otorgada ante esta
notaría, a las 17 horas 30 minutos del 21 de septiembre del año 2020, se
constituyó la sociedad denominada Appleseeds For Justice Limitada.—San
José, 22 de septiembre del 2020.—Lic. Sergio Antonio Solera Lacayo, Notario.—1
vez.—CE2020008506.
Mediante escritura otorgada ante esta
notaría, a las 08 horas 00 minutos del 21 de septiembre del año 2020, se
constituyó la sociedad denominada Chichos Limitada.—San José, 22 de
septiembre del 2020.—Lic. Carolina de los Ángeles Mendoza Álvarez, Notario.—1
vez.—CE2020008507.
Mediante escritura otorgada ante esta
notaría, a las 12 horas 00 minutos del 21 de septiembre del año 2020, se constituyó
la sociedad denominada Rapha Caballo Limitada.—San José, 22 de
septiembre del 2020.—Lic. José
Alberto Schroeder Leiva, Notario.—1 vez.—CE2020008508.
Mediante escritura otorgada ante esta
notaría, a las 13 horas 00 minutos del 18 de septiembre del año 2020, se
constituyó la sociedad denominada Farodar del Río Sociedad Anónima.—San José, 22 de septiembre
del 2020.—Lic. Eder Alberto Casanova Azofeifa, Notario.—1 vez.—CE2020008509.
Mediante escritura otorgada ante esta
notaría, a las 09 horas 30 minutos del 16 de agosto del año 2020, se constituyó
la sociedad denominada Rtres Sevach Internacional Sociedad Anónima.—San
José, 22 de septiembre del 2020.—Lic. Stefan Ali Chaves Boulanger, Notario.—1
vez.—CE2020008510.
Mediante escritura otorgada ante esta notaría,
a las 11 horas 00 minutos del 17 de septiembre del año 2020, se constituyó la
sociedad denominada Inversiones Guemes IGCR Sociedad de Responsabilidad
Limitada.—San José, 22 de septiembre del 2020.—Lic. Monserrat Andrea Segura
Muñoz, Notario.—1 vez.—CE2020008511.
Mediante escritura otorgada ante esta
notaría, a las 20 horas 00 minutos del 18 de septiembre del año 2020, se
constituyó la sociedad denominada Constructora y Consultora Grupo Negrini
Sociedad Anónima.—San José, 22 de septiembre del 2020.—Lic. Jorge Esteban
Valenciano Gutiérrez,
Notario.—1 vez.—CE2020008512.
Mediante escritura otorgada ante esta
notaría, a las 13 horas 30 minutos del 21 de septiembre del año 2020, se
constituyó la sociedad denominada Inversiones Zago & Asociados Sociedad
Anónima.—San José, 22 de septiembre del 2020.—Lic. Cristian Andrés Salas Morgan, Notario.—1
vez.—CE2020008513.
Mediante escritura otorgada ante esta
notaría, a las 12 horas 00 minutos del 21 de septiembre del año 2020, se
constituyó la sociedad denominada Banana Patch Daycare Limitada.—San
José, 22 de septiembre del 2020.—Lic. José Antonio Silva Meneses,
Notario.—1 vez.—CE2020008514.
Mediante escritura otorgada ante esta
notaría, a las 12 horas 30 minutos del 10 de septiembre del año 2020, se
constituyó la sociedad denominada Licorera La Nube de Alajuela Sociedad de
Responsabilidad Limitada.—San José, 22 de septiembre del 2020.—Lic. Ileana
Rodríguez
González,
Notario.—1 vez.—CE2020008515.
Mediante escritura otorgada ante esta
notaría, a las 16 horas 00 minutos del 18 de septiembre del año 2020, se
constituyó la sociedad denominada O&D Digital Dental Lab Sociedad de
Responsabilidad Limitada.—San José, 22 de septiembre del 2020.—Lic.
Federico Gerardo Meneses Sancho, Notario.—1 vez.—CE2020008516.
Mediante escritura otorgada ante esta
notaría, a las 09 horas 00 minutos del 19 de septiembre del año 2020, se
constituyó la sociedad denominada Gasol Seguridad & Vigilancia Sociedad
de Responsabilidad Limitada.—San José, 22 de septiembre del 2020.—Lic.
Maykool Acuña Ugalde, Notario.—1 vez.—CE2020008517.
Mediante escritura otorgada ante esta
notaría, a las 09 horas 00 minutos del 18 de septiembre del año 2020, se
constituyó la sociedad denominada Summit Consultant Sociedad Anónima.—San
José, 22 de septiembre del 2020.—Lic. Milena Valverde Mora, Notario.—1
vez.—CE2020008518.
Mediante escritura
otorgada ante esta notaría, a las 09 horas 00 minutos del 22 de Septiembre del
año 2020, se constituyó la sociedad denominada Jscontable Asesoría Contable
y Tributaria Limitada.—San José, 22 de septiembre del 2020.—Lic. Olman
Aguilar Castro, Notario.—1 vez.—CE2020008519.
Mediante escritura otorgada ante esta
notaría, a las 15 horas 00 minutos del 21 de septiembre del año 2020, se
constituyó la sociedad denominada Agata Mia Sociedad de Responsabilidad
Limitada.—San José, 22 de septiembre del 2020.—Lic. Enrique Loría Brunker, Notario.—1
vez.—CE2020008520.
Mediante escritura otorgada ante esta
notaría, a las 11 horas 30 minutos del 21 de septiembre del año 2020, se
constituyó la sociedad denominada Cero Millas Sociedad de Responsabilidad
Limitada.—San José, 22 de septiembre del 2020.—Lic. Felipe Gómez Rodríguez, Notario.—1
vez.—CE2020008521.
Mediante escritura otorgada ante esta
notaría, a las 15 horas 00 minutos del 19 de septiembre del año 2020, se
constituyó la sociedad denominada Total Service Costa Rica Limitada.—San
José, 22 de septiembre del 2020.—Lic. Laura Gabriela Alcázar Jiménez, Notario.—1
vez.—CE2020008522.
Mediante escritura otorgada ante esta
notaría, a las 13 horas 00 minutos del 18 de septiembre del año 2020, se
constituyó la sociedad denominada Construcciones Velsa Liberia Sociedad de
Responsabilidad Limitada.—San José, 22 de septiembre del 2020.—Lic. José Daniel Martínez Espinoza, Notario.—1
vez.—CE2020008523.
Mediante escritura otorgada ante esta
notaría, a las 12 horas 00 minutos del 18 de diciembre del año 2019, se
constituyó la sociedad denominada Tekvano Sociedad Anónima.—San José, 22
de septiembre del 2020.—Lic. Ana Lorena Gamboa Salazar, Notario.—1
vez.—CE2020008524.
Mediante escritura
otorgada ante esta notaría, a las 15 horas 00 minutos del 08 de septiembre del
año 2020, se constituyó la sociedad denominada Finca Rodeito Sociedad
Anónima.—San José, 22 de septiembre del 2020.—Lic. Gerardo Andrés Camacho Quirós,
Notario.—1 vez.—CE2020008525.
Mediante escritura otorgada ante esta
notaría, a las 16 horas 00 minutos del 21 de septiembre del año 2020, se
constituyó la sociedad denominada Urban Onyx Sociedad de Responsabilidad
Limitada.—San José, 22 de septiembre del 2020.—Lic. Enrique Loría Brunker, Notario.—1
vez.—CE2020008526.
Mediante escritura
otorgada ante esta notaría, a las 09 horas 00 minutos del 22 de septiembre del
año 2020, se constituyó la sociedad denominada Terrasun Resources Sociedad
Anónima.—San José, 22 de septiembre del 2020.—Lic. Manrique Quirós Rohrmoser, Notario.—1
vez.—CE2020008527.
Mediante escritura
otorgada ante esta notaría, a las 08 horas 00 minutos del 17 de septiembre del
año 2020, se constituyó la sociedad denominada Paso a Paso Las Flores
Sociedad Anónima.—San José, 22 de septiembre del 2020.—Lic. María del Carmen Otárola Zúñiga , Notario.—1 vez.—CE2020008528.
Mediante escritura otorgada ante esta notaría,
a las 16 horas 00 minutos del 18 de septiembre del año 2020, se constituyó la
sociedad denominada Fabeme Sociedad Anónima.—San José, 22 de septiembre
del 2020.—Lic. Nazareth Abarca Madrigal, Notario.—1 vez.—CE2020008529.
Mediante escritura otorgada ante esta
notaría, a las 14 horas 00 minutos del 15 de septiembre del año 2020, se
constituyó la sociedad denominada Deepcr Sociedad Anónima.—San José, 22
de septiembre del 2020.—Lic. Elissa Madeline Stoffels Ughetta, Notario.—1
vez.—CE2020008530.
Mediante escritura otorgada ante esta
notaría, a las 10 horas 50 minutos del 12 de septiembre del año 2020, se
constituyó la sociedad denominada Constructora C & S Sociedad Anónima.—San
José, 22 de septiembre del 2020.—Lic. Katherine Vanessa Ruiz Gallo, Notario.—1
vez.—CE2020008531.
Mediante escritura otorgada ante esta
notaría, a las 08 horas 00 minutos del 22 de septiembre del año 2020, se
constituyó la sociedad denominada E Trade International Investors Sociedad
de Responsabilidad Limitada.—San José, 22 de septiembre del 2020.—Lic.
Sandra Lucrecia Araya Vega, Notario.—1 vez.—CE2020008532.
Mediante escritura
otorgada ante esta notaría, a las 19 horas 10 minutos del 21 de septiembre del
año 2020, se constituyó la sociedad denominada ADAES Sociedad de
Responsabilidad Limitada.—San José, 22 de septiembre del 2020.—Lic. Gustavo
Gerardo Leiva González, Notario.—1
vez.—CE2020008533.
Mediante escritura otorgada ante esta
notaría, a las 12 horas 00 minutos del 18 de septiembre del año 2020, se
constituyó la sociedad denominada Latin América Technology Outsourcing
Services Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 22 de septiembre del
2020.—Lic. Sirsa Eunice Méndez
Matarrita, Notario.—1 vez.—CE2020008534.
Mediante escritura otorgada ante esta
notaría, a las 16 horas 00 minutos del 21 de septiembre del año 2020, se
constituyó la sociedad denominada Loto Azul Trece Cero Uno Sociedad de
Responsabilidad Limitada.—San José, 22 de septiembre del 2020.—Lic. Gustavo
Adolfo Montero Ureña, Notario.—1 vez.—CE2020008535.
Mediante escritura otorgada ante esta
notaría, a las 10 horas 00 minutos del 12 de septiembre del año 2020, se
constituyó la sociedad denominada CT Servicios Múltiples Sociedad de
Responsabilidad Limitada.—San
José, 22 de septiembre del 2020.—Lic. Ana Yannsi Paniagua Masís, Notario.—1
vez.—CE2020008536.
Mediante escritura
otorgada ante esta notaría, a las 13 horas 00 minutos del 07 de septiembre del
año 2020, se constituyó la sociedad denominada Scaligero Sociedad de
Responsabilidad Limitada.—San José, 22 de septiembre del 2020.—Lic. María Marcela Campos Sanabria, Notario.—1 vez.—CE2020008537.
Mediante escritura otorgada ante esta
notaría, a las 08 horas 00 minutos del 22 de septiembre del año 2020, se
constituyó la sociedad denominada Scully RE Enterprise Limitada.—San
José, 22 de septiembre del 2020.—Lic. Silvia Vega Carballo, Notario.—1
vez.—CE2020008538.
Mediante escritura otorgada ante esta
notaría, a las 11 horas 00 minutos del 15 de septiembre del año 2020, se
constituyó la sociedad denominada Los Moritas Sociedad de Responsabilidad
Limitada.—San José, 22 de septiembre del 2020.—Lic. Daniela Murillo Segura,
Notario.—1 vez.—CE2020008539.
Mediante escritura otorgada ante esta
notaría, a las 11 horas 00 minutos del 15 de septiembre del año 2020, se constituyó
la sociedad denominada El Malika Sociedad Anónima.—San José, 22 de
septiembre del 2020.—Lic. Joan Sebastián Rivera Bedoya, Notario.—1
vez.—CE2020008540.
Mediante escritura otorgada ante esta
notaría, a las 10 horas 45 minutos del 16 de septiembre del año 2020, se
constituyó la sociedad denominada Donde Los Chu Sociedad de Responsabilidad
Limitada.—San José, 22 de septiembre del 2020.—Lic. Douglas Alberto Beard
Holst, Notario.—1 vez.—CE2020008541.
Mediante escritura otorgada ante esta
notaría, a las 17 horas 00 minutos del 11 de septiembre del año 2020, se
constituyó la sociedad denominada Distribuidora M Y P Sociedad Anónima.—San
José, 22 de septiembre del 2020.—Lic. Adrián Tames Muñoz, Notario.—1
vez.—CE2020008542.
Mediante escritura otorgada ante esta
notaría, a las 15 horas 00 minutos del 21 de septiembre del año 2020, se
constituyó la sociedad denominada H Ocho Sociedad Anónima.—San José, 22
de septiembre del 2020.—Lic. María del Carmen Garita Araya, Notario.—1
vez.—CE2020008543.
Mediante escritura otorgada ante esta
notaría, a las 13 horas 00 minutos del 18 de septiembre del año 2020, se
constituyó la sociedad denominada Construcciones Matisa del Norte Sociedad
de Responsabilidad Limitada.—San José, 22 de septiembre del 2020.—Lic. José Daniel Martínez Espinoza, Notario.—1
vez.—CE2020008544.
Mediante escritura otorgada ante esta
notaría, a las 08 horas 15 minutos del 17 de septiembre del año 2020, se
constituyó la sociedad denominada Maremi Moravianas Sociedad Anónima.—San
José, 22 de septiembre del 2020.—Lic. Roberto Antonio Marín Segura, Notario.—1
vez.—CE2020008545.
Mediante escritura otorgada ante esta
notaría, a las 09 horas 40 minutos del 22 de septiembre del año 2020, se
constituyó la sociedad denominada Janus Inversiones Navarro Fonseca Sociedad
Anónima.—San José, 22 de septiembre del 2020.—Lic. Joan Sebastián Rivera Bedoya, Notario.—1
vez.—CE2020008546.
Mediante escritura otorgada ante esta
notaría, a las 12 horas 00 minutos del 11 de septiembre del año 2020, se
constituyó la sociedad denominada Grupo Estrellitas de Dios Responsabilidad
Limitada Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 22 de septiembre
del 2020.—Lic. Allan García
Barquero, Notario.—1 vez.—CE2020008547.
Mediante escritura otorgada ante esta
notaría, a las 08 horas 00 minutos del 22 de septiembre del año 2020, se
constituyó la sociedad denominada Paruparo Mia Sociedad de Responsabilidad
Limitada.—San José, 22 de septiembre del 2020.—Lic. Gastón Sancho Cubero, Notario.—1
vez.—CE2020008548.
Mediante escritura otorgada ante esta
notaría, a las 08 horas 30 minutos del 31 de agosto del año 2020, se constituyó
la sociedad denominada Romobre Sociedad Anónima.—San José, 22 de
septiembre del 2020.—Lic. David Walsh Jiménez, Notario.—1
vez.—CE2020008549.
Mediante escritura otorgada ante esta
notaría, a las 17 horas 00 minutos del 17 de septiembre del año 2020, se
constituyó la sociedad denominada Poeske Property Management Sociedad de
Responsabilidad Limitada.—San José, 22 de septiembre del 2020.—Lic. Rodolfo
Enrique Herrera García Notario.—1 vez.—CE2020008550.
Mediante escritura otorgada ante esta
notaría, a las 11 horas 00 minutos del 16 de septiembre del año 2020, se
constituyó la sociedad denominada Agroverde WJ de Linda Vista Sociedad
Anónima.—San José, 22 de septiembre del 2020.—Lic. Jorge Daniel Gamboa
Binns, Notario.—1 vez.—CE2020008551.
Mediante escritura otorgada ante esta
notaría, a las 11 horas 00 minutos del 21 de septiembre del año 2020, se
constituyó la sociedad denominada Grupo M&L Mantenimiento y Limpieza
Sociedad Anónima.—San José, 22 de septiembre del 2020.—Lic. Diana Picado
Vargas, Notario.—1 vez.—CE2020008552.
Mediante escritura otorgada ante esta
notaría, a las 11 horas 00 minutos del 21 de septiembre del año 2020, se
constituyó la sociedad denominada Friendly Flipper LLC Sociedad de
Responsabilidad Limitada.—San José, 22 de septiembre del 2020.—Lic. Fabián Kelso Hernández, Notario.—1
vez.—CE2020008553.
Mediante escritura otorgada ante esta
notaría, a las 10 horas 00 minutos del 19 de septiembre del año 2020, se
constituyó la sociedad denominada Pediamed Sociedad Anónima.—San José,
22 de septiembre del 2020.—Lic. Luis Javier Padilla Ujueta, Notario.—1
vez.—CE2020008554.
Mediante escritura otorgada ante esta
notaría,a las 15 horas 00 minutos del 22 de septiembre del año 2020, se
constituyó la sociedad denominada Hacienda Tosh Sociedad de Responsabilidad
Limitada.—San José, 22 de septiembre del 2020.—Lic. Enrique Loría Brunker, Notario.—1
vez.—CE2020008555.
Mediante escritura otorgada ante esta
notaría, a las 14 horas 00 minutos del 18 de septiembre del año 2020, se
constituyó la sociedad denominada Cambia Con Wiz Limitada.—San José, 22
de septiembre del 2020.—Lic. Georgette Barguil Peña, Notario.—1 vez.—CE2020008556.
Mediante escritura otorgada ante esta
notaría, a las 13 horas 30 minutos del 18 de septiembre del año 2020, se
constituyó la sociedad denominada Tres Locas por La Playa Sociedad Anónima.—San
José, 22 de septiembre del 2020.—Lic. Grazy Calvo López, Notario.—1
vez.—CE2020008557.
Mediante escritura otorgada ante esta
notaría, a las 10 horas 00 minutos del 19 de septiembre del año 2020, se
constituyó la sociedad denominada BC Dos Sociedad Anónima.—San José, 22
de septiembre del 2020.—Lic. Lilliam Navarro Murcia, Notario.—1
vez.—CE2020008558.
Mediante escritura otorgada ante esta
notaría, a las 08 horas 00 minutos del 02 de septiembre del año 2020, se
constituyó la sociedad denominada Tuthora Sociedad Anónima.—San José, 22
de septiembre del 2020.—Lic. Eugenio Desanti Hurtado, Notario.—1
vez.—CE2020008559.
Mediante escritura
otorgada ante esta notaría, a las 08 horas 00 minutos del 21 de septiembre del
año 2020, se constituyó la sociedad denominada Gelipe y Teteo Limitada.—San
José, 22 de septiembre del 2020.—Lic. Carolina de Los Ángeles Mendoza Álvarez,
Notario.—1 vez.—CE2020008560.
Mediante escritura otorgada ante esta
notaría, a las 15 horas 15 minutos del 21 de septiembre del año 2020, se
constituyó la sociedad denominada Suministro y Servicios SSCP Sociedad de
Responsabilidad Limitada.—San José, 22 de septiembre del 2020.—Lic.
Fernando Dionisio Zamora Castellanos, Notario.—1 vez.—CE2020008561.
Mediante escritura
otorgada ante esta notaría, a las 08 horas 00 minutos del 18 de septiembre del
año 2020, se constituyó la sociedad denominada Fraccionamientos Paseo Colón Sociedad Anónima.—San
José, 22 de septiembre del 2020.—Lic. Álvaro
Eduardo Villalobos García, Notario.—1
vez.—CE2020008561.
Mediante escritura otorgada ante esta notaría,
a las 09 horas 00 minutos del 18 de septiembre del año 2020, se constituyó la
sociedad denominada Residencias Nueva Generación Sociedad Anónima.—San
José, 22 de septiembre del 2020.—Lic. Álvaro Eduardo Villalobos García, Notario.—1 vez.—CE2020008562.
Mediante escritura
otorgada ante esta notaría, a las 16 horas 00 minutos del 22 de septiembre del
año 2020, se constituyó la sociedad denominada Experiencias Naturales CR
Sociedad Anónima.—San José, 22 de septiembre del 2020.—Lic. Arnoldo López Echandi, Notario.—1 vez.—CE2020008563.
Mediante escritura
otorgada ante esta notaría, a las 16 horas 00 minutos del 17 de septiembre del
año 2020, se constituyó la sociedad denominada Bastet & Anubis Asociados
Sociedad Anónima.—San José, 22 de septiembre del 2020.—Lic. Juan Luis Mora
Cascante, Notario.—1 vez.—CE2020008564.
Mediante escritura otorgada ante esta
notaría, a las 10 horas 00 minutos del 19 de septiembre del año 2020, se
constituyó la sociedad denominada Sphere Travel Limitada.—San José, 22
de septiembre del 2020.—Lic. Mariela Solano Obando, Notario.—1
vez.—CE2020008565.
Mediante escritura otorgada ante esta
notaría, a las 09 horas 00 minutos del 11 de septiembre del año 2020, se
constituyó la sociedad denominada Rep Equipo y Maquinaria para la Península de Nicoya Sociedad
Anónima.—San
José, 22 de septiembre del 2020.—Lic. Olman Eduardo Madrigal Acuña, Notario.—1
vez.—CE2020008566.
Mediante escritura otorgada ante esta
notaría, a las 16 horas 30 minutos del 17 de septiembre del año 2020, se
constituyó la sociedad denominada KM Hermosa Palms LLC Limitada.—San
José, 22 de septiembre del 2020.—Lic. Eric Scharf Taitelbaum, Notario.—1
vez.—CE2020008567.
Mediante escritura otorgada ante esta
notaría, a las 15 horas 00 minutos del 28 de septiembre del año 2020, se
constituyó la sociedad denominada Grupo EAG Sociedad Anónima.—San José,
30 de septiembre del 2020.—Lic. Feidel Kimaura Carr Carr, Notario.—1
vez.—CE2020009130.
Mediante escritura otorgada ante esta
notaría, a las 15 horas 00 minutos del 28 de septiembre del año 2020, se
constituyó la sociedad denominada Grupo EAG Sociedad Anónima.—San José,
30 de septiembre del 2020.—Lic. Feidel Kimaura Carr Carr, Notario.—1
vez.—CE2020009131.
Mediante escritura otorgada ante esta
notaría, a las 10 horas 00 minutos del 30 de septiembre del año 2020, se
constituyó la sociedad denominada Central Hidráulica CHCR de Costa Rica
Sociedad Anónima.—San José, 30 de septiembre del 2020.—Lic. Juan Carlos
Herrera Flores, Notario.—1 vez.—CE2020009132.
Mediante escritura
otorgada ante esta notaría, a las 11 horas 00 minutos del 30 de septiembre del
año 2020, se constituyó la sociedad denominada Transportes Cordecam Sociedad
Anónima.—San José, 30 de septiembre del 2020.—Licda. Grace Patricia Zúñiga Campos, Notaria.—1
vez.—CE2020009135.
Mediante escritura otorgada ante esta
notaría, a las 15 horas 00 minutos del 28 de septiembre del año 2020, se
constituyó la sociedad denominada Suerte y Buena Vida Sociedad de
Responsabilidad Limitada.—San José, 30 de septiembre del 2020.—Lic. Juan
Carlos Segares Lutz, Notario.—1 vez.—CE2020009136.
Mediante escritura otorgada ante esta
notaría, a las 16 horas 00 minutos del 21 de septiembre del año 2020, se
constituyó la sociedad denominada Administración Inteligente de Condominios
de Costa Rica Sociedad Anónima.—San José, 30 de septiembre del 2020.—Lic.
Geovanny Víquez
Arley, Notario.—1 vez.—CE2020009140.
Mediante escritura otorgada ante esta
notaría, a las 08 horas 00 minutos del 29 de septiembre del año 2020, se
constituyó la sociedad denominada La Nieta del General Sociedad Anónima.—San
José, 01 de octubre del 2020.—Lic. Geovanny Víquez Arley, Notario.—1
vez.—CE2020009143.
Mediante escritura otorgada ante esta
notaría, a las 10 horas 00 minutos del 29 de septiembre del año 2020, se
constituyó la sociedad denominada Comercio e Importaciones Rossand Sociedad
de Responsabilidad Limitada.—San José, 01 de octubre del 2020.—Licda.
Raquel Reyes Arias, Notaria.—1 vez.—CE2020009170.
Mediante escritura otorgada ante esta
notaría, a las 10 horas 00 minutos del 22 de septiembre del año 2020, se
constituyó la sociedad denominada Cap Marketing Sociedad Anónima.—San
José, 01 de octubre del 2020.—Lic. Juan Manuel Godoy Pérez, Notario.—1 vez.—CE2020009171.
Mediante escritura otorgada ante esta
notaría, a las 10 horas 15 minutos del 29 de septiembre del año 2020, se
constituyó la sociedad denominada Monedero Fiscal MF Sociedad Anónima.—San
José, 01 de octubre del 2020.—Lic. Rándall Alberto Quirós Bustamante, Notario.—1
vez.—CE2020009174.
Mediante escritura otorgada ante esta
notaría, a las 08 horas 00 minutos del 29 de septiembre del año 2020, se
constituyó la sociedad denominada Grant Thornton BPS Costa Rica Sociedad
Anónima.—San José, 01 de octubre del 2020.—Licda. Natalia Cristina Ramírez Benavides, Notaria.—1
vez.—CE2020009175.
Mediante escritura otorgada ante esta
notaría, a las 09 horas 00 minutos del 29 de septiembre del año 2020, se
constituyó la sociedad denominada Grant Thornton Consulting Costa Rica
Sociedad Anónima.—San José, 01 de octubre del 2020.—Licda. Natalia Cristina
Ramírez
Benavides, Notaria.—1 vez.—CE2020009177.
Mediante escritura otorgada ante esta
notaría, a las 06 horas 00 minutos del 01 de octubre del año 2020, se
constituyó la sociedad denominada La Quebrada Lodge Limitada.—San José,
01 de octubre del 2020.—Lic. José Matías Tristán Montero, Notario.—1
vez.—CE2020009178.
Mediante escritura otorgada ante esta
notaría, a las 09 horas 00 minutos del 01 de octubre del año 2020, se
constituyó la sociedad denominada Inmopro Investment Group Sociedad Anónima.—San
José, 01 de octubre del 2020.—Lic. Roberto José Esquivel Cerdas, Notario.—1
vez.—CE2020009182.
Mediante escritura otorgada ante esta
notaría, a las 15 horas 00 minutos del 20 de septiembre del año 2020, se
constituyó la sociedad denominada Comercializadora AAG y Asociados Sociedad
de Responsabilidad Limitada.—San José, 01 de octubre del 2020.—Licda.
Raquel Reyes Arias, Notaria.—1 vez.—CE2020009183.
Mediante escritura otorgada ante esta
notaría, a las 15 horas 00 minutos del 11 de junio del año 2020, se constituyó
la sociedad denominada Industrias Piedra Campos Sociedad Anónima.—San
José, 01 de octubre del 2020.—Lic. Roberto Alonso Rímola Real, Notario.—1
vez.—CE2020009184.
Mediante escritura otorgada ante esta
notaría, a las 10 horas 15 minutos del 29 de septiembre del año 2020, se
constituyó la sociedad denominada Monedero Fiscal MF Sociedad Anónima.—San
José, 01 de octubre del 2020.—Lic. Rándall Alberto Quirós Bustamante, Notario.—1
vez.—CE2020009185.
Mediante escritura otorgada ante esta
notaría, a las 15 horas 00 minutos del 11 de junio del año 2020, se constituyó
la sociedad denominada Industrias Piedra Campos Sociedad Anónima.—San
José, 01 de octubre del 2020.—Lic. Roberto Alonso Rímola Real, Notario.—1
vez.—CE2020009186.
Mediante escritura
otorgada ante esta notaría, a las 10 horas 00 minutos del 01 de octubre del año
2020, se constituyó la sociedad denominada R&S Precision Tools Sociedad
de Responsabilidad Limitada.—San José, 01 de octubre del 2020.—Lic. Bernal
Ulloa Álvarez, Notario.—1 vez.—CE2020009187.
Mediante escritura otorgada ante esta
notaría, a las 20 horas 00 minutos del 22 de septiembre del año 2020, se
constituyó la sociedad denominada Grupo Inmobiliario Petronas CR Corp
Sociedad Anónima.—San José, 01 de octubre del 2020.—Lic. Edwin Martín Chacón Saborío, Notario.—1
vez.—CE2020009188.
Mediante escritura otorgada ante esta
notaría, a las 17 horas 00 minutos del 30 de septiembre del año 2020, se
constituyó la sociedad denominada Caraito de Oro A.M.A. Sociedad de
Responsabilidad Limitada.—San José, 01 de octubre del 2020.—Lic. Adolfo
Jeremías Ramos
González,
Notario.—1 vez.—CE2020009189.
Mediante escritura otorgada ante esta
notaría, a las 11 horas 00 minutos del 29 de septiembre del año 2020, se
constituyó la sociedad denominada Manhes Costa Sociedad de Responsabilidad
Limitada.—San José, 01 de octubre del 2020.—Lic. Carlos Darío Angulo Ruiz, Notario.—1
vez.—CE2020009190.
Mediante escritura otorgada ante esta
notaría, a las 09 horas 00 minutos del 24 de septiembre del año 2020, se
constituyó la sociedad denominada Medynatura Integral Sociedad de
Responsabilidad Limitada.—San José, 01 de octubre del 2020.—Lic. Gonzalo José Rojas Benavides, Notario.—1
vez.—CE2020009193.
Mediante escritura otorgada ante esta
notaría, a las 09 horas 00 minutos del 30 de septiembre del año 2020, se
constituyó la sociedad denominada Danroyan Sociedad Anónima.—San José,
01 de octubre del 2020.—Lic. Federico Truque Arias, Notario.—1
vez.—CE2020009194.
Mediante escritura
otorgada ante esta notaría, a las 08 horas 00 minutos del 21 de septiembre del
año 2020, se constituyó la sociedad denominada Premium Market Sociedad de
Responsabilidad Limitada.—San José, 01 de octubre del 2020.—Lic. José Pablo Masís Artavia,
Notario.—1 vez.—CE2020009195.
Mediante escritura otorgada ante esta
notaría, a las 14 horas 30 minutos del 27 de septiembre del año 2020, se
constituyó la sociedad denominada JKD & SD Consulting Group Sociedad de
Responsabilidad Limitada.—San José, 01 de octubre del 2020.—Lic. Marvin
Esteban Matarrita Bonilla, Notario.—1 vez.—CE2020009196.
Mediante escritura otorgada ante esta
notaría, a las 07 horas 00 minutos del 01 de octubre del año 2020, se
constituyó la sociedad denominada Penquita Limitada.—San José, 01 de
octubre del 2020.—Lic. José
Matías Tristán Montero, Notario.—1
vez.—CE2020009197.
Mediante escritura
otorgada ante esta notaría, a las 08 horas 00 minutos del 24 de septiembre del
año 2020, se constituyó la sociedad denominada Grupo Logístico del Atlántico Jiménez Sociedad Anónima.—San
José, 01 de octubre del 2020.—Licda. Gladys Rozo Quevedo, Notaria.—1
vez.—CE2020009198.
Mediante escritura
otorgada ante esta notaría, a las 11 horas 40 minutos del 01 de octubre del año
2020, se constituyó la sociedad denominada Wumbo Mumbo Sociedad de
Responsabilidad Limitada.—San José, 01 de octubre del 2020.—Lic. Fernando
Sobrado Chamberlain, Notario.—1 vez.—CE2020009199.
Mediante escritura otorgada ante esta
notaría, a las 10 horas 00 minutos del 29 de septiembre del año 2020, se
constituyó la sociedad denominada DJD Ingeniería Sociedad Anónima.—San José, 01 de octubre del
2020.—Lic. Shi Lee Wang Li, Notario.—1 vez.—CE2020009200.
Mediante escritura
otorgada ante esta notaría, a las 16 horas 00 minutos del 30 de septiembre del
año 2020, se constituyó la sociedad denominada Hermanos Pani Sociedad de
Responsabilidad Limitada.—San José, 01 de octubre del 2020.—Licda. María Lorna Ballestero Muñoz, Notaria.—1 vez.—CE2020009201.
Mediante escritura otorgada ante esta
notaría, a las 10 horas 00 minutos del 29 de septiembre del año 2020, se
constituyó la sociedad denominada DJD Ingeniería Sociedad Anónima.—San José, 01 de octubre del
2020.—Lic. Shi Lee Wang Li, Notario.—1 vez.—CE2020009202.
Mediante escritura
otorgada ante esta notaría, a las 16 horas 00 minutos del 30 de septiembre del
año 2020, se constituyó la sociedad denominada Hermanos Pani Sociedad de
Responsabilidad Limitada.—San José, 01 de octubre del 2020.—Licda. María Lorna Ballestero Muñoz, Notaria.—1 vez.—CE2020009203.
Mediante escritura
otorgada ante esta notaría, a las 07 horas 00 minutos del 01 de octubre del año
2020, se constituyó la sociedad denominada Neocripy Sociedad de
Responsabilidad Limitada.—San José, 01 de octubre del 2020.—Lic. Byron Ruiz
Padilla, Notario.—1 vez.—CE2020009204.
Mediante escritura
otorgada ante esta notaría, a las 09 horas 00 minutos del 24 de septiembre del
año 2020, se constituyó la sociedad denominada Equiparts Servicios e
Innovaciones Sociedad Anónima.—San José, 01 de octubre del 2020.—Lic. José Luis Ureña Díaz,
Notario.—1 vez.—CE2020009205.
Mediante escritura otorgada ante esta
notaría, a las 16 horas 00 minutos del 28 de septiembre del año 2020, se
constituyó la sociedad denominada Manila Imports Limitada.—San José, 01
de octubre del 2020.—Lic. Guido Alberto Soto Quesada, Notario.—1
vez.—CE2020009206.
Mediante escritura otorgada ante esta
notaría, a las 15 horas 00 minutos del 21 de septiembre del año 2020, se
constituyó la sociedad denominada Inversiones Roetana Sociedad Anónima.—San
José, 01 de octubre del 2020.—Licda. Maureen Meneses Castro, Notaria.—1
vez.—CE2020009208.
Mediante escritura otorgada ante esta
notaría, a las 15 horas 30 minutos del 30 de septiembre del año 2020, se
constituyó la sociedad denominada El Trueno del Robledal de La Uruca
Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 01 de octubre del
2020.—Licda. María
Fernanda Salazar Acuña, Notaria.—1 vez.—CE2020009213.
Mediante escritura otorgada ante esta
notaría, a las 16 horas 00 minutos del 30 de septiembre del año 2020, se
constituyó la sociedad denominada Love Shop R J Sociedad Anónima.—San
José, 01 de octubre del 2020.—Lic. Brayan Alberto Alpízar Valverde, Notario.—1
vez.—CE2020009214.
Mediante escritura otorgada ante esta
notaría, a las 09 horas 00 minutos del 24 de septiembre del año 2020, se
constituyó la sociedad denominada Medynatura Integral Sociedad de
Responsabilidad Limitada.—San José, 01 de octubre del 2020.—Lic. Gonzalo
José Rojas
Benavides, Notario.—1 vez.—CE2020009215.
Mediante escritura otorgada ante esta
notaría, a las 13 horas 00 minutos del 01 de octubre del año 2020, se
constituyó la sociedad denominada Ángeles Somarribas Limitada.—San José, 01 de octubre del
2020.—Lic. Daniel Rojas Pochet, Notario.—1 vez.—CE2020009216.
Mediante escritura otorgada ante esta
notaría, a las 16 horas 50 minutos del 30 de septiembre del año 2020, se
constituyó la sociedad denominada Connections IT Services Sociedad de
Responsabilidad Limitada.—San José, 01 de octubre del 2020.—Lic. Manuel
Antonio Porras Vargas, Notario.—1 vez.—CE2020009217.
Mediante escritura otorgada ante esta
notaría, a las 11 horas 00 minutos del 25 de septiembre del año 2020, se
constituyó la sociedad denominada ASPE Asesoría y Seguridad Privada
Empresarial Sociedad Anónima.—San José, 01 de octubre del 2020.—Licda. Alina Fallas
Zeledón,
Notaria.—1 vez.—CE2020009220.
Mediante escritura otorgada ante esta
notaría, a las 08 horas 00 minutos del 01 de octubre del año 2020, se
constituyó la sociedad denominada Lautogua Limitada.—San José, 01 de
octubre del 2020.—Lic. Óscar
Manuel Funes Orellana, Notario.—1 vez.—CE2020009221.
Mediante escritura otorgada ante esta
notaría, a las 13 horas 30 minutos del 01 de octubre del año 2020, se
constituyó la sociedad denominada Multiservicios Bad Sociedad Anónima.—San
José, 01 de octubre del 2020.—Lic. Luis Guillermo Chan Caruzo, Notario.—1
vez.—CE2020009222.
Mediante escritura
otorgada ante esta notaría, a las 09 horas 00 minutos del 30 de septiembre del
año 2020, se constituyó la sociedad denominada Consultora en Desarrollo
Local Sociedad Anónima.—San José, 01 de octubre del 2020.—Lic. Mario
Alberto Gallardo Jiménez, Notario.—1
vez.—CE2020009223.
Mediante escritura otorgada ante esta
notaría, a las 08 horas 30 minutos del 01 de octubre del año 2020, se
constituyó la sociedad denominada Emanagering Limitada.—San José, 01 de
octubre del 2020.—Lic. Óscar
Manuel Funes Orellana, Notario.—1 vez.—CE2020009224.
Mediante escritura otorgada ante esta
notaría, a las 10 horas 00 minutos del 22 de septiembre del año 2020, se
constituyó la sociedad denominada CAP Marketing Sociedad Anónima.—San
José, 01 de octubre del 2020.—Lic. Juan Manuel Godoy Pérez, Notario.—1
vez.—CE2020009226.
Mediante escritura otorgada ante esta
notaría, a las 11 horas 00 minutos del 01 de octubre del año 2020, se
constituyó la sociedad denominada Vaelia Sociedad de Responsabilidad
Limitada.—San José, 01 de octubre del 2020.—Lic. Einar José Villavicencio López, Notario.—1
vez.—CE2020009227.
Mediante escritura otorgada ante esta
notaría, a las 10 horas 00 minutos del 22 de septiembre del año 2020, se
constituyó la sociedad denominada CAP Marketing Sociedad Anónima.—San
José, 01 de octubre del 2020.—Lic. Juan Manuel Godoy Pérez, Notario.—1
vez.—CE2020009228.
Mediante escritura
otorgada ante esta notaría, a las 08 horas 00 minutos del 01 de octubre del año
2020, se constituyó la sociedad denominada SMS Desarrollos Sistémicos Sociedad de Responsabilidad
Limitada.—San José, 01 de octubre del 2020.—Lic. Javier Villalta
Solano, Notario.—1 vez.—CE2020009229.
Mediante escritura otorgada ante esta
notaría, a las 15 horas 30 minutos del 30 de septiembre del año 2020, se
constituyó la sociedad denominada Fusión Jurídica SRL Sociedad de
Responsabilidad Limitada.—San
José, 01 de octubre del 2020.—Lic. Walter Antonio Chavarría López, Notario.—1
vez.—CE2020009230.
Mediante escritura
otorgada ante esta notaría, a las 08 horas 00 minutos del 08 de septiembre del
año 2020, se constituyó la sociedad denominada Legal, Escrow, Accounting and
Financial Services LEAF Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 01
de octubre del 2020.—Licda. Maureen Catalina Bustos Jiménez, Notaria.—1 vez.—CE2020009233.
Mediante escritura
otorgada ante esta notaría, a las 13 horas 00 minutos del 24 de septiembre del
año 2020, se constituyó la sociedad denominada Centro de Servicio PZ
Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 01 de octubre del
2020.—Lic. Carlos Alberto Mata Coto, Notario.—1 vez.—CE2020009234.
Mediante escritura otorgada ante esta
notaría, a las 11 horas 00 minutos del 30 de septiembre del año 2020, se
constituyó la sociedad denominada Nitro Dyno Zone Sociedad Anónima.—San
José, 01 de octubre del 2020.—Lic. Rónald Brealey Mora, Notario.—1
vez.—CE2020009235.
Mediante escritura otorgada ante esta
notaría, a las 12 horas 00 minutos del 01 de octubre del año 2020, se
constituyó la sociedad denominada NEOTEC CR Group Sociedad Anónima.—San
José, 01 de octubre del 2020.—Lic. Ariel González Arias, Notario.—1
vez.—CE2020009235.
Mediante escritura otorgada ante esta
notaría, a las 15 horas 30 minutos del 20 de septiembre del año 2020, se
constituyó la sociedad denominada Comercializadora de Proyectos de Costa
Rica Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 01 de octubre del
2020.—Licda. Raquel Reyes Arias, Notaria.—1 vez.—CE2020009236.
Mediante escritura otorgada ante esta
notaría, a las 12 horas 00 minutos del 01 de octubre del año 2020, se
constituyó la sociedad denominada NEOTEC CR Group Sociedad Anónima.—San
José, 01 de octubre del 2020.—Lic. Ariel González Arias, Notario.—1
vez.—CE2020009237.
Mediante escritura otorgada ante esta
notaría, a las 14 horas 30 minutos del 21 de septiembre del año 2020, se
constituyó la sociedad denominada Diversiones Turísticas Lalibela Sociedad
Anónima.—San
José, 01 de octubre del 2020.—Lic. Marco Antonio Leiva Díaz, Notario.—1
vez.—CE2020009238.
Mediante escritura
otorgada ante esta notaría, a las 18 horas 00 minutos del 22 de septiembre del
año 2020, se constituyó la sociedad denominada Kem Costa Rica Sociedad
Anónima.—San José, 01 de octubre del 2020.—Licda. Jacqueline Aponte Agüero, Notaria.—1 vez.—CE2020009239.
Mediante escritura otorgada ante esta
notaría, a las 10 horas 00 minutos del 29 de septiembre del año 2020, se
constituyó la sociedad denominada Fisioadvance Servicios en Salud y
Rehabilitación Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 01 de
octubre del 2020.—Licda. Gabriela Martínez Gould, Notaria.—1 vez.—CE2020009240.
Mediante escritura
otorgada ante esta notaría, a las 15 horas 00 minutos del 01 de octubre del año
2020, se constituyó la sociedad denominada Consultoría y Distribuciones Gaman de C A Limitada.—San
José, 01 de octubre del 2020.—Lic. Édgar
Alberto Díaz Sánchez, Notario.—1 vez.—CE2020009241.
Mediante escritura otorgada ante esta
notaría, a las 19 horas 40 minutos del 30 de septiembre del año 2020, se
constituyó la sociedad denominada Ramírez Maltes Sociedad Anónima.—San
José, 01 de octubre del 2020.—Lic. Jorge Fredy Chacón Villalobos, Notario.—1
vez.—CE2020009242.
Mediante escritura otorgada ante esta
notaría, a las 12 horas 00 minutos del 26 de septiembre del año 2020, se
constituyó la sociedad denominada Climac de Costa Rica Sociedad Anónima.—San
José, 01 de octubre del 2020.—Licda. Carmen María Bergueiro Pereira,
Notaria.—1 vez.—CE2020009243.
Mediante escritura
otorgada ante esta notaría, a las 15 horas 00 minutos del 23 de septiembre del
año 2020, se constituyó la sociedad denominada Productos Congelados Marovi
Sociedad Anónima.—San José, 01 de octubre del 2020.—Lic. Luis Alberto Vega
Solís, Notario.—1 vez.—CE2020009244.
Mediante escritura otorgada ante esta
notaría, a las 15 horas 30 minutos del 10 de septiembre del año 2020, se
constituyó la sociedad denominada Comercializadora Frutteti de Costa Rica
Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 01 de octubre del
2020.—Licda. Vanessa de los Ángeles
Vega Chavarría,
Notaria.—1 vez.—CE2020009245.
Mediante escritura otorgada ante esta
notaría, a las 15 horas 30 minutos del 10 de septiembre del año 2020, se
constituyó la sociedad denominada Comercializadora Frutteti de Costa Rica
Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 01 de octubre del
2020.—Licda. Vanessa de los Ángeles
Vega Chavarría,
Notaria.—1 vez.—CE2020009246.
Mediante escritura
otorgada ante esta notaría, a las 16 horas 00 minutos del 29 de septiembre del
año 2020, se constituyó la sociedad denominada TLN Tierra Lo Nuestro
Sociedad Anónima.—San José, 01 de octubre del 2020.—Lic. Fernando Dionisio
Zamora Castellanos, Notario.—1 vez.—CE2020009247.
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 15 horas 00 minutos
del 23 de septiembre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Intervalor
Internacional de Valuacione Sociedad Anónima.—San José, 12 de octubre del
2020.—Lic. Julio Cesar Azofeifa Soto, Notario.—1 vez.—CE2020009838.
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 11 horas 00 minutos del 09 de
octubre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Bienestar Para
Todos Sociedad Anónima.—San José, 12 de octubre del 2020.—Licda. Ingread
Fournier Cruz, Notaria.—1 vez.—CE2020009839.
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 11 horas 00 minutos
del 13 de septiembre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Inversiones
VJGH Sociedad Anónima.—San José, 13 de octubre del 2020.—Lic. Cristobal
Gerardo Arias Porras, Notario.—1 vez.—CE2020009840.
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 16 horas 00 minutos
del 12 de octubre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Monkey
Stone Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 13 de octubre del
2020.—Lic. Johnny Alberto Moya Umaña, Notario.—1 vez.—CE2020009841.
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 08 horas 00 minutos del 09 de
octubre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Dijop de Centroamérica Sociedad Anónima.—San José, 13 de octubre del
2020.—Lic. Fausto León Hidalgo, Notario.—1 vez.—CE2020009842.
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 13 horas 00 minutos
del 12 de octubre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Bereshit
Royalty Sociedad Anónima.—San José, 13 de octubre del 2020.—Licda. Diana
Karolina Quesada Hernández, Notaria.—1 vez.—CE2020009843.
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 08 horas 00 minutos del 12 de
octubre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Wash&Co
Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 13 de octubre del
2020.—Lic. Julio Bismark Cardoza Villalta, Notario.—1 vez.—CE2020009844.
Mediante escritura
otorgada ante esta notaría, a las 15 horas 30 minutos del 30 de septiembre del
año 2020, se constituyó la sociedad denominada Fusión Legal CMW Alajuela
Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 13 de octubre del
2020.—Lic. Walter Antonio Chavarría López, Notario.—1 vez.—CE2020009845.
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 15 horas 00 minutos del 25 de
septiembre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Inmobiliaria
Famalsan Sociedad Anónima.—San José, 13 de octubre del 2020.—Lic. Leonardo
Salazar Villalta, Notario.—1 vez.—CE2020009846.
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 15 horas 00 minutos
del 24 de septiembre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada H
Dos Mil Veintiuno Sociedad Anónima.—San José, 13 de
octubre del 2020.—Licda. Rosario Salazar Delgado, Notaria.—1
vez.—CE2020009847.
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 11 horas 00 minutos del 10 de
octubre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Translogistica H
& M Sociedad Anónima.—San José, 13 de octubre del 2020.—Lic. Bismarck
Adonis Gómez Zúñiga, Notario.—1 vez.—CE2020009848.
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 19 horas 00 minutos del 09 de
octubre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Corporación
Sanabria Limitada.—San José, 13 de octubre del 2020.—Lic. Fernando Antonio
Mayorga Castro, Notario.—1 vez.—CE2020009849.
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 08 horas 00 minutos del 13 de
octubre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada S Cuatro
Construcción Limitada.—San José, 13 de octubre del 2020.—Lic. Oscar Manuel
Funes Orellana, Notario.—1 vez.—CE2020009850.
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 08 horas 43 minutos del 12 de
octubre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Tres Semillas
Sociedad Anónima.—San José, 13 de octubre del 2020.—Lic. Jimmy Alberto Díaz
Echavarría, Notario.—1 vez.—CE2020009851.
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 12 horas 00 minutos del 09 de
octubre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Leasing y
Rentalcar M&T Sociedad Anónima.—San José, 13 de octubre del
2020.—Licda. María Francela Herrera Ulate, Notaria.—1 vez.—CE2020009852.
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 08 horas 00 minutos
del 12 de octubre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Inversiones
San Jacinto Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 13 de octubre
del 2020.—Lic. Felipe Gómez Rodríguez, Notario.—1 vez.—CE2020009853.
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 19 horas 00 minutos del 12 de
octubre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Arbel Investments
Limitada.—San José, 13 de octubre del 2020.—Lic. Luis Diego Herrera
Elizondo, Notario.—1 vez.—CE2020009854.
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 16 horas 00 minutos del 12 de
octubre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Inversiones
Brenes CP Sociedad Anónima.—San José, 13 de octubre del 2020.—Licda. Milena
Valverde Mora, Notaria.—1 vez.—CE2020009855.
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 15 horas 30 minutos
del 30 de septiembre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Servicios
Famarg Sociedad Anónima.—San José, 13 de octubre del 2020.—Lic. Carlos
Francisco García Zamora, Notario.—1 vez.—CE2020009856.
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 08 horas 00 minutos del 29 de
septiembre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada CRM Home Green
Solutions Limitada.—San José, 13 de octubre del 2020.—Lic. Hernán Pacheco
Orfila, Notario.—1 vez.—CE2020009857.
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 10 horas 00 minutos del 12 de
octubre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Garnie Marketing
And Associated VDR Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 13 de
octubre del 2020.—Lic. Eric Francisco Badilla Córdoba, Notario.—1
vez.—CE2020009858.
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 19 horas 00 minutos del 12 de
octubre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Transportes C
& M Sociedad Anónima.—San José, 13 de octubre del 2020.—Licda. Marta
Lorena Espinoza Martínez, Notaria.—1 vez.—CE2020009859.
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 10 horas 30 minutos del 10 de
octubre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Fueltec de
Centroamerica Sociedad Anónima.—San José, 13 de octubre del 2020.—Lic. Roy
Alberto Guerrero Olivares, Notario.—1 vez.—CE2020009860.
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 12 horas 00 minutos del 08 de octubre
del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Masis & Harrington
Limitada.—San José, 13 de octubre del 2020.—Lic. Alejandro Fernández
Carrillo, Notario.—1 vez.—CE2020009861.
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 08 horas 00 minutos
del 13 de octubre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Logistica
LJC CR Quinientos Seis Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 13 de octubre del
2020.—Lic. Rigoberto Salas Mejias, Notario.—1
vez.—CE2020009862.
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 14 horas 30 minutos del 11 de
octubre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Fernowicz
Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 13 de octubre del
2020.—Lic. Felix Ruddy Rojas Herrera, Notario.—1 vez.—CE2020009863.
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 14 horas 00 minutos
del 12 de octubre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Agropecuaria
V & Q Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 13 de octubre del
2020.—Lic. Alonso Jiménez Serrano, Notario.—1 vez.—CE2020009864.
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 14 horas 30 minutos del 07 de
octubre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Capadocia
Asesores A&C Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 13 de
octubre del 2020.—Lic. Javier Alonso Blanco Benavides, Notario.—1
vez.—CE2020009865.
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 16 horas 00 minutos del 12 de
octubre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Servicona del
Pacifico Sociedad Anónima.—San José, 13 de octubre del 2020.—Lic. Luis
Diego Vargas Saborío, Notario.—1 vez.—CE2020009866.
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 11 horas 30 minutos del 09 de
octubre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Hidrobag
Corporación Económica Sociedad Anónima.—San José, 13 de octubre del
2020.—Lic. Wilber Barquero Bolaños, Notario.—1 vez.—CE2020009867.
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 10 horas 00 minutos del 09 de
octubre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Sapesa Outlets
Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 13 de octubre del
2020.—Licda. Yeimy Tatiana Vargas Alfaro, Notaria.—1 vez.—CE2020009868.
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 19 horas 15 minutos del 07 de
octubre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Inversiones H G
Ecovale Sociedad Anónima.—San José, 13 de octubre del 2020.—Lic. José Luis Ureña Díaz, Notario.—1
vez.—CE2020009869.
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 09 horas 00 minutos
del 07 de octubre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Costa
Rica Progresa con Gas Progregas Sociedad Anónima.—San José, 13 de octubre
del 2020.—Lic. José Adolfo Borge Lobo,
Notario.—1 vez.—CE2020009870.
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 14 horas 00 minutos
del 12 de octubre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Inversiones
Alimenticias Gutiérrez Solís Sociedad Anónima.—San José, 13 de octubre del
2020.—Lic. Víctor Julio Alfaro
Cortés, Notario.—1 vez.—CE2020009871.
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 10 horas 30 minutos del 13 de
octubre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Big Machaca
Investments LLC Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 13 de
octubre del 2020.—Lic. Ricardo José Nassar Güell, Notario.—1
vez.—CE2020009872.
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 18 horas 00 minutos del 08 de
octubre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Servicios
Tecnológicos y Contables Servitecon Sociedad Anónima.—San José, 13 de
octubre del 2020.—Licda. Evelyn Loaiza Blanco, Notario.—1 vez.—CE2020009873.
Mediante escritura
otorgada ante esta notaría, a las 17 horas 00 minutos del 08 de octubre del año
2020, se constituyó la sociedad denominada Corporación KJN Zúñiga
Sociedad Anónima.—San José, 13 de octubre del 2020.—Lic. Michael Alonso López Núñez, Notario.—1 vez.—CE2020009874.
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 00 horas 00 minutos del 03 de
octubre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Shaddai
Inversiones Sociedad Anónima.—San José, 13 de octubre del 2020.—Lic.
Fabricio José
Quirós Corrales,
Notario.—1 vez.—CE2020009875.
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 11 horas 00 minutos del 29 de
agosto del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Centro Radiológico
y Especialidades de Occidente PR Sociedad Anónima.—San José, 13 de
octubre del 2020.—Licda. Fressy Graciela Mora Peñaranda, Notaria.—1
vez.—CE2020009876.
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 10 horas 00 minutos del 12 de
octubre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Red Mountain Services
Sociedad Anónima.—San José, 13 de octubre del 2020.—Licda. Silvia María González Castro, Notaria.—1
vez.—CE2020009877.
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 13 horas 00 minutos del 01 de
octubre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Grupo Japaju JPJ
Sociedad Anónima.—San José, 13 de octubre del 2020.—Lic. Walter José Garita Quirós, Notario.—1
vez.—CE2020009878.
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 13 horas 00 minutos del 13 de
octubre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Casa Lazarus
Limitada.—San José, 13 de octubre del 2020.—Licda. Kennia Guerrero Ruiz,
Notaria.—1 vez.—CE2020009879.
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 10 horas 00 minutos del 12 de
octubre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Jed Brown English
Limitada.—San José, 13 de octubre del 2020.—Lic. Carlos Luis Fernández
Vásquez, Notario.—1 vez.—CE2020009880.
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 16 horas 00 minutos
del 12 de octubre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Sun
Soaked Properties LLC Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 13
de octubre del 2020.—Lic. Enrique Loría
Brunker, Notario.—1 vez.—CE2020009881.
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 00 horas 00 minutos
del 13 de octubre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada AR
Vacations Properties Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 13 de
octubre del 2020.—Licda. Leyden Briceño Bran, Notaria.—1 vez.—CE2020009882.
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 15 horas 00 minutos del 03 de
agosto del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Adventure Burica
Of The Pacific Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 13 de
octubre del 2020.—Lic. Camilo Diego Cedeño Castro, Notario.—1
vez.—CE2020009883.
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 08 horas 00 minutos del 03 de
septiembre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Salvaditas y
Mas Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 13 de octubre del
2020.—Lic. Edgar Alejandro Solís Moraga, Notario.—1 vez.—CE2020009884.
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 11 horas 30 minutos
del 07 de octubre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Soroma
Asociados Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 13 de octubre del
2020.—Licda. Estefani María Sánchez Duarte, Notaria.—1 vez.—CE2020009885.
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 15 horas 00 minutos del 09 de
octubre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Inmobiliaria y
Alquileres CRHB Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 13 de
octubre del 2020.—Lic. Douglas Alberto Beard Holst, Notario.—1
vez.—CE2020009886.
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 08 horas 00 minutos
del 03 de octubre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Z &
Z Squared LLC Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 13 de octubre
del 2020.—Licda. Adriana Cordero Muñoz, Notaria.—1 vez.—CE2020009887.
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 13 horas 00 minutos
del 13 de octubre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Boteroguardia
Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 13 de octubre del
2020.—Lic. Marco Vinicio Castegnaro Montealegre, Notario.—1 vez.—CE2020009888.
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 11 horas 00 minutos del 12 de
octubre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Molki Lei
Sociedad Anónima.—San José, 13 de octubre del 2020.—Lic. Máximo Sequeira
Alemán, Notario.—1 vez.—CE2020009889.
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 11 horas 00 minutos
del 13 de octubre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Tikicia
Travels Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 13 de octubre del
2020.—Licda. Karina Patricia Navarro Castro, Notaria.—1 vez.—CE2020009890.
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 12 horas 00 minutos del 12 de
octubre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Trimarines Jai
Sociedad Anónima.—San José, 13 de octubre del 2020.—Lic. Máximo Sequeira
Alemán, Notario.—1 vez.—CE2020009891.
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 00 horas 00 minutos del 13 de
octubre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Corporación QQQ
Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 13 de octubre del
2020.—Licda. Kimberly Sánchez
Sánchez,
Notaria.—1 vez.—CE2020009892.
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 17 horas 20 minutos del 12 de
octubre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Arcor Sociedad de
Responsabilidad Limitada.—San José, 13 de octubre del 2020.—Licda. María Elieth Pacheco Rojas,
Notaria.—1 vez.—CE2020009893.
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 13 horas 00 minutos
del 13 de octubre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Show It
Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 13 de octubre del
2020.—Lic. Luis Franklin Gutiérrez Rodríguez, Notario.—1 vez.—CE2020009894.
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 12 horas 00 minutos del 08 de
octubre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Corporación JMA Setenta y Siete de
Centroamérica Sociedad Anónima.—San José, 13 de octubre del 2020.—Lic.
Luis Humberto Varela Vargas, Notario.—1 vez.—CE2020009895.
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 19 horas 00 minutos
del 08 de octubre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Inversiones
Vinifran de Costa Rica Sociedad Anónima.—San José, 13 de octubre del
2020.—Licda. Bernardita Jiménez Mora, Notaria.—1 vez.—CE2020009896.
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 10 horas 00 minutos
del 21 de septiembre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Agrícola
& Agropecuaria San Isidro Sociedad Anónima.—San José, 13 de octubre del
2020.—Licda. Angie Andrea Arce Acuña, Notaria.—1 vez.—CE2020009897.
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 18 horas 00 minutos
del 22 de septiembre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Inversiones
Kem Griegas Sociedad Anónima.—San José, 13 de octubre del 2020.—Licda.
Jacqueline Aponte Aguero, Notaria.—1 vez.—CE2020009898.
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 14 horas 30 minutos del 24 de septiembre
del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Moonglow Corp Limitada.—San
José, 13 de octubre del 2020.—Licda. Lisseth Sánchez Murillo, Notaria.—1
vez.—CE2020009899.
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 16 horas 30 minutos del 12 de
octubre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada I Glamp Sociedad
Anónima.—San José, 13 de octubre del 2020.—Lic. Robert Christian Van Der
Putten Reyes, Notario.—1 vez.—CE2020009900.
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 17 horas 00 minutos
del 01 de octubre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Casa
Rica S. E. O. Realty Inc Limitada.—San José, 13 de octubre del 2020.—Lic.
Andrés Francisco González Anglada,
Notario.—1 vez.—CE2020009901.
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 08 horas 00 minutos del 29 de
septiembre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Costa Rica
Hemp Time Sociedad Anónima.—San José, 13 de octubre del 2020.—Licda. Nancy
Francinie Ocampo Salazar, Notaria.—1 vez.—CE2020009902.
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 13 horas 00 minutos
del 13 de octubre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Show
It, Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 13 de octubre del
2020.—Lic. Luis Franklin Gutiérrez Rodríguez, Notario.—1 vez.—CE2020012856.
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 08 horas 00 minutos del 13 de
octubre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Sinne Consultores
Sociedad Anónima.—San José, 14 de octubre del 2020.—Licda. Paula Marcela
Arroyo Rojas, Notaria.—1 vez.—CE2020009964.
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 17 horas 00 minutos del 28 de
septiembre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Louga LGG S.
A. Sociedad Anónima.—San José, 14 de octubre del 2020.—Licda. Adriana
Delgado Aguilar, Notaria.—1 vez.—CE2020009965.
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 18 horas 15 minutos
del 13 de octubre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Sites
Telecomunicaciones Costa Rica Sociedad Anónima.—San José, 14 de octubre del
2020.—Lic. José Antonio Saborio de Rocafort, Notario.—1 vez.—CE2020009966.
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 08 horas 43 minutos del 12 de
octubre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Tres Chivo Kai
Tai Sociedad Anónima.—San José, 15 de octubre del 2020.—Lic. Jimmy Alberto
Díaz Echavarría, Notario.—1 vez.—CE2020009967.
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 15 horas 00 minutos del 13 de
octubre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Ranova Sociedad
Anónima.—San José, 15 de octubre del 2020.—Lic. Carlos Luis Fernández
Vásquez, Notario.—1 vez.—CE2020009968.
Mediante escritura
otorgada ante esta notaría, a las 11 horas 30 minutos del 14 de octubre del año
2020, se constituyó la sociedad denominada Fresh Green Limitada.—San
José, 15 de octubre del 2020.—Lic. José Enrique Jiménez Bogantes, Notario.—1
vez.—CE2020009969.
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 00 horas 00 minutos del 03 de
octubre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Shaddai Team CR
Sociedad Anónima.—San José, 15 de octubre del 2020.—Lic. Fabricio José
Quirós Corrales, Notario.—1 vez.—CE2020009970.
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 13 horas 00 minutos del 12 de
octubre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Grupo de
Inversión FCIM Sociedad Anónima.—San José, 15 de octubre del 2020.—Licda.
Adriana Chavarría Araya, Notaria.—1 vez.—CE2020009971.
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 08 horas 00 minutos del 15 de
octubre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Bogen Falabella
Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 15 de octubre del
2020.—Lic. Alejandro Pignataro Madrigal, Notario.—1 vez.—CE2020009972.
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 09 horas 00 minutos del 14 de
octubre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada J M B Full
Maquinaria Sociedad Anónima.—San José, 15 de octubre del 2020.—Lic. Orlando
Zamora Alfaro, Notario.—1 vez.—CE2020009973.
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 08 horas 00 minutos del 15 de
octubre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Crujientico CR Sociedad
Anónima.—San José, 15 de octubre del 2020.—Lic. Fernando Jiménez Mora,
Notario.—1 vez.—CE2020009974.
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 12 horas 00 minutos del 08 de
octubre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Corporación JMACH
Setenta y Siete de Centroamérica Sociedad Anónima.—San José, 15 de octubre
del 2020.—Lic. Luis Humberto Varela Vargas, Notario.—1 vez.—CE2020009975.
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 07 horas 07 minutos del 13 de
octubre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Balsan Wachi
Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 15 de octubre del
2020.—Lic. Melvin Elizondo Muñoz, Notario.—1 vez.—CE2020009976.
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 09 horas 10 minutos del 15 de
octubre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Centro de
Pinturas Decolor del Atlántico Sociedad Anónima.—San José, 15 de octubre
del 2020.—Lic. Alfredo Calderón Chavarría, Notario.—1 vez.—CE2020009977.
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 12 horas 00 minutos del 13 de
octubre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Mao De Deus
Sociedad Anónima.—San José, 15 de octubre del 2020.—Lic. Óscar Arias
Valverde, Notario.—1 vez.—CE2020009978.
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 14 horas 45 minutos del 06 de
octubre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Ananasoft
Sociedad Anónima.—San José, 15 de octubre del 2020.—Lic. Steven Vega
Figueroa, Notario.—1 vez.—CE2020009979.
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 08 horas 00 minutos
del 15 de octubre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Januik
Properties LLC Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 15 de
octubre del 2020.—Lic. Guillermo Emilio Zúñiga González, Notario.—1
vez.—CE2020009980.
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 10 horas 30 minutos del 04 de marzo
del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Doesca Sociedad Anónima.—San
José, 15 de octubre del 2020.—Licda. Karolina Meléndez Gamboa, Notaria.—1
vez.—CE2020009981.
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 15 horas 00 minutos del 13 de
octubre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Doux Reve
Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 15 de octubre del
2020.—Lic. Enrique Loría Brunker, Notario.—1 vez.—CE2020009982.
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 00 horas 00 minutos del 14 de
octubre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Ubuntu GH
Sociedad Anónima.—San José, 15 de octubre del 2020.—Lic. Luis Humberto
Varela Vargas, Notario.—1 vez.—CE2020009983.
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 10 horas 00 minutos
del 14 de octubre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada According
Two Law Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 15 de octubre del
2020.—Lic. Gustavo Adolfo Infante Meléndez, Notario.—1 vez.—CE2020009984.
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 11 horas 00 minutos del 14 de
octubre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Arazari Sociedad
Anónima.—San José, 15 de octubre del 2020.—Licda. Roxana Herrera Peña,
Notaria.—1 vez.—CE2020009985.
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 17 horas 30 minutos del 25 de
agosto del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Inversiones El
Ciprés Verde del Este Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 15 de
octubre del 2020.—Licda. María de los Ángeles Solano Mora, Notaria.—1
vez.—CE2020009986.
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 12 horas 00 minutos del 06 de
octubre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Bienes y
Servicios A B C Sociedad Anónima.—San José, 15 de octubre del 2020.—Lic.
Roberto Aguilar Rodríguez, Notario.—1 vez.—CE2020009987.
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 15 horas 30 minutos del 14 de
octubre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Cela & Sito
Limitada.—San José, 15 de octubre del 2020.—Lic. Robert Christian Van Der
Putten Reyes, Notario.—1 vez.—CE2020009988.
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 09 horas 00 minutos del 05 de
octubre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Autorj Mil
Cuatrocientos Siete Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 15 de
octubre del 2020.—Lic. Edgardo Vinicio Araya Sibaja, Notario.—1
vez.—CE2020009989.
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 11 horas 00 minutos del 15 de
octubre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Axion Movil
Sociedad Anónima.—San José, 15 de octubre del 2020.—Licda. Catherine
Vanessa Mora Chavarría, Notaria.—1 vez.—CE2020009990.
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 15 horas 00 minutos del 07 de
octubre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada La Pirin Sociedad
Anónima.—San José, 15 de octubre del 2020.—Lic. Rigoberto Jiménez Vega,
Notario.—1 vez.—CE2020009991.
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 17 horas 10 minutos
del 13 de octubre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Multiservicios
Goyva Limitada Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 15 de
octubre del 2020.—Lic. Daniel Herrera Salas, Notario.—1 vez.—CE2020009992.
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 15 horas 30 minutos
del 12 de octubre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Italiana
Costeña Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 15 de octubre del
2020.—Licda. Kenia Pereira López, Notaria.—1 vez.—CE2020009993.
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 12 horas 00 minutos
del 09 de octubre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Compañía
Aquiles Alvarado e Hijos Sociedad Anónima.—San José, 15 de octubre del
2020.—Lic. Víctor Armando Rodríguez Vado, Notario.—1 vez.—CE2020009994.
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 11 horas 00 minutos
del 14 de octubre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Operaciones
Tecnológicas Mundiales Sociedad Anónima.—San José, 15 de octubre del
2020.—Licda. Andrea María Hulbert Volio, Notaria.—1 vez.—CE2020009995.
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 11 horas 00 minutos del 15 de
octubre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Adezo y Yessro
Limitada.—San José, 15 de octubre del 2020.—Lic. Roberto Francisco León
Gómez, Notario.—1 vez.—CE2020009996.
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría a las 09 horas 00 minutos del 15 de
octubre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Longev Limitada.—San
José, 15 de octubre del 2020.—Lic. Edry Herminio Mendoza Hidalgo, Notario.—1
vez.—CE2020009997.
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 10 horas 00 minutos del 01 de
octubre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Treda Sociedad de
Responsabilidad Limitada.—San José, 15 de octubre del 2020.—Licda. Sara
Quirós Maroto, Notaria.—1 vez.—CE2020009998.
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 17 horas 00 minutos del 13 de
octubre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Variedades
Leonelania Sociedad Anónima.—San José, 15 de octubre del 2020.—Lic. David
Esteban Fallas Rojas, Notario.—1 vez.—CE2020009999.
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 10 horas 00 minutos del 15 de
octubre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Ambito de
Cobertura Sociedad Anónima.—San José, 15 de octubre del 2020.—Lic.
Alejandro Matamoros Bolaños, Notario.—1 vez.—CE2020010000.
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 12 horas 30 minutos
del 14 de octubre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Seguridad
Balladares & Asociados Sociedad Anónima.—San José, 15 de octubre del
2020.—Licda. Fabiola Fernández Ugarte, Notaria.—1 vez.—CE2020010001.
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 16 horas 45 minutos
del 14 de octubre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Verano
Verde del Pacífico DCR Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 15
de octubre del 2020.—Lic. Enrique Loría Brunker, Notario.—1 vez.—CE2020010002.
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 12 horas 00 minutos
del 01 de octubre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada 4Rental
506 Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 15 de octubre
del 2020.—Licda. Ana Yesenia Navarro Montero, Notaria.—1 vez.—CE2020010003.
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 12 horas 00 minutos del 15 de
octubre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Veranda Unit Six
C LLC Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 15 de octubre del
2020.—Lic. Adrián Echeverría Escalante, Notario.—1 vez.—CE2020010004.
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 09 horas 00 minutos del 15 de
octubre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Muebles ABC
Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 15 de octubre del
2020.—Lic. Mario Morales Guzmán, Notario.—1 vez.—CE2020010005.
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 15 horas 00 minutos del 14 de
octubre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Oceaneye Limitada.—San
José, 15 de octubre del 2020.—Licda. Maricela Alpízar Chacón, Notaria.—1
vez.—CE2020010006.
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 09 horas 00 minutos del 10 de
octubre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Exportadora e
Importadora Nazareth del Sur S. A. Sociedad Anónima.—San José, 15 de
octubre del 2020.—Licda. Lourdes María Fernández Mora, Notaria.—1
vez.—CE2020010007.
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 17 horas 15 minutos
del 05 de octubre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Pacific
Barco se Latin America Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 15
de octubre del 2020.—Lic. Carlos Arturo Terán París, Notario.—1
vez.—CE2020010008.
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 09 horas 00 minutos
del 15 de septiembre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada TCTC
Arquitectura Sociedad Anónima.—San José, 15 de octubre del 2020.—Lic.
Javier Sebastián Jiménez Monge, Notario.—1 vez.—CE2020010009.
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 14 horas 00 minutos del 15 de
octubre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Inversiones
Pascual S. V. Sociedad Anónima.—San José, 15 de octubre del 2020.—Lic.
Eduardo Gerardo Jiménez Araya, Notario.—1 vez.—CE2020010010.
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 11 horas 00 minutos del 30 de
septiembre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Easymart Ilufa
Sociedad Anónima.—San José, 15 de octubre del 2020.—Lic. Rubén Naranjo
Brenes, Notario.—1 vez.—CE2020010011.
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 14 horas 00 minutos del 13 de
octubre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Servicios de
Maquinaria Pesada M Y O Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 15
de octubre del 2020.—Lic. Esteban Chaverri Jiménez, Notario.—1
vez.—CE2020010012.
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 08 horas 00 minutos
del 14 de octubre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada BI
Marketing And Consulting Sociedad Anónima.—San José, 15 de octubre del
2020.—Lic. Carlos Roberto Alan Rivera, Notario.—1 vez.—CE2020010013.
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 18 horas 15 minutos
del 13 de octubre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Sites
Telecomunicaciones Costa Rica Sociedad Anónima.—San José, 15 de octubre del
2020.—Lic. José Antonio Saborío de Rocafort, Notario.—1 vez.—CE2020010014.
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría ,a las 19 horas 30 minutos del 13 de
octubre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada El Fogón de
Tiquicia Sociedad Anónima.—San José, 15 de octubre del 2020.—Licda. Sharon
Núñez Milgram, Notaria.—1 vez.—CE2020010015.
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 14 horas 00 minutos del 12 de
agosto del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Repas de Famille
DND Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 15 de octubre del
2020.—Lic. Víctor Hugo Fernández Mora, Notario.—1 vez.—CE2020010016.
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 11 horas 00 minutos del 12 de
octubre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Importaciones
Azol Sociedad Anónima.—San José, 15 de octubre del 2020.—Licda. Marianella
Coto Porras, Notaria.—1 vez.—CE2020010017.
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 10 horas 00 minutos
del 15 de octubre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Distribuidora
de Carnes Sarx Sociedad Anónima.—San José, 15 de octubre del 2020.—Licda.
Julia María Zeledón Cruz, Notaria.—1 vez.—CE2020010018.
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 11 horas 00 minutos del 14 de
octubre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada LMD CR Carrocería
y Pintura Sociedad Anónima.—San José, 15 de octubre del 2020.—Lic. Víctor
Hugo Fernández Mora, Notario.—1 vez.—CE2020010019.
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 10 horas 00 minutos
del 01 de octubre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Inversiones
Emis Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 15 de octubre del
2020.—Licda. Sara Quirós Maroto, Notario.—1 vez.—CE2020010020.
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 08 horas 00 minutos
del 05 de octubre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Vista
Hermosa de Los Robinson Sociedad Anónima.—San José, 15 de octubre del
2020.—Licda. Marta Eugenia Vargas Arrieta, Notaria.—1 vez.—CE2020010021.
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 07 horas 00 minutos del 14 de
octubre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Hotel Sirius
Limitada.—San José, 15 de octubre del 2020.—Licda. María Carolina Peláez
Gil, Notaria.—1 vez.—CE2020010022.
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 16 horas 00 minutos del 15 de
octubre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Yiya Verde
Limitada.—San José, 15 de octubre del 2020.—Lic. Adolfo Jeremías Ramos
González, Notario.—1 vez.—CE2020010023.
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 13 horas 00 minutos del 15 de
octubre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Meca C.R. Sociedad
de Responsabilidad Limitada.—San José, 15 de octubre del 2020.—Lic. Carlos
Luis Gómez Meza, Notario.—1 vez.—CE2020010024.
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 14 horas 00 minutos del 15 de
octubre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Cartly Commerce
Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 15 de octubre del
2020.—Licda. Deborah Feinzaig Mintz, Notaria.—1 vez.—CE2020010025.
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 15 horas 30 minutos del 15 de
octubre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Familia Wenli
Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 15 de octubre del
2020.—Licda. Rocío
Zamora Moya, Notaria.—1 vez.—CE2020010026.
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 14 horas 00 minutos del 14 de
octubre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Urban Roasts
Sociedad Anónima.—San José, 15 de octubre del 2020.—Licda. Adriana Núñez
Solano, Notaria.—1
vez.—CE2020010027.
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 11 horas 00 minutos del 16 de
septiembre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Belford Parts
Group Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 15 de octubre del
2020.—Lic. Jorge Fredy Chacón Villalobos, Notario.—1 vez.—CE2020010028.
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 17 horas 00 minutos del 28 de
septiembre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Louga LGG
Sociedad Anónima.—San José, 15 de octubre del 2020.—Licda. Adriana Delgado
Aguilar, Notario.—1 vez.—CE2020010029.
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 08 horas 30 minutos del 23 de
septiembre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Inversiones
Isaacbella Siete Sociedad Anónima.—San José, 15 de octubre del 2020.—Licda.
Adriana Delgado Aguilar, Notaria.—1 vez.—CE2020010030.
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 11 horas 30 minutos del 07 de
octubre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada AMR Eventos
Gastronómicos Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 15 de octubre
del 2020.—Lic. Miguel Antonio Rodríguez Espinoza, Notario.—1 vez.—CE2020010031.
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 14 horas 00 minutos del 28 de
septiembre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Orolimpio
Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 16 de octubre del
2020.—Lic. Juan Carlos Segares Lutz, Notario.—1 vez.—CE2020010032.
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 19 horas 00 minutos del 05 de
octubre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Inversiones
Empresariales Roderici Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 16
de octubre del 2020.—Licda. María Isabel García Campos, Notaria.—1
vez.—CE2020010033.
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 10 horas 00 minutos del 09 de
octubre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Inversiones
Campos Ginesta Limitada.—San José, 16 de octubre del 2020.—Lic. Gonzalo
Ernesto Velásquez Martínez, Notario.—1 vez.—CE2020010034.
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 14 horas 00 minutos del 15 de
octubre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Malemu
Inversiones Sociedad Anónima.—San José, 16 de octubre del 2020.—Lic. Jorge
Julián Ortega
Volio, Notario.—1 vez.—CE2020010035.
Mediante escritura
otorgada ante esta notaría, a las 08 horas 00 minutos del 16 de octubre del año
2020, se constituyó la sociedad denominada JTG Travelers And Backpackers
Hostel Limitada.—San José, 16 de octubre del 2020.—Lic. Ismene Arroyo Marín, Notario.—1 vez.—CE2020010036.
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 15 horas 15 minutos del 29 de
septiembre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Ginber del
Este Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 16 de octubre del
2020.—Lic. Edgar Gerardo Lobo Arroyo, Notario.—1 vez.—CE2020010037.
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 10 horas 00 minutos del 15 de
octubre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Go The Distance
G.T.D. Sociedad Anónima.—San José, 16 de octubre del 2020.—Lic. Herman Mora
Vargas, Notario.—1 vez.—CE2020010038.
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 00 horas 00 minutos del 25 de
septiembre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Proyecto de
Inversiones Centroamericanas Clik Uno-A Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San
José, 16 de octubre del 2020.—Lic. Hugo Salazar Solano, Notario.—1
vez.—CE2020010039.
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 08 horas 30 minutos del 13 de
octubre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Famarievic
Limitada.—San José, 16 de octubre del 2020.—Lic. Jorge Eduardo Brenes
Brenes, Notario.—1 vez.—CE2020010040.
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 12 horas 00 minutos del 08 de
octubre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Cuatro Amigos de
Garza Sociedad Anónima.—San José, 16 de octubre del 2020.—Lic. José Alberto Schroeder Leiva,
Notario.—1 vez.—CE2020010041.
Mediante escritura
otorgada ante esta notaría, a las 18 horas 00 minutos del 15 de octubre del año
2020, se constituyó la sociedad denominada Casa de los Milagros Cooper
Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 16 de octubre del
2020.—Lic. Gonzalo Andrés Víquez
Oreamuno, Notario.—1 vez.—CE2020010042.
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 14 horas 00 minutos del 14 de
octubre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Agua de Coco
Estudio Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 16 de octubre del
2020.—Lic. Juan José Echeverría Alfaro, Notario.—1 vez.—CE2020010043.
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 17 horas 30 minutos del 14 de
octubre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Gamaexa Limitada.—San
José, 16 de octubre del 2020.—Lic. Carlos Alberto Cerdas Rodriguez, Notario.—1
vez.—CE2020010044.
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 12 horas 00 minutos
del 15 de octubre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Niran
Interior Design Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 16 de
octubre del 2020.—Lic. Edgar Francisco Jiménez Risco, Notario.—1
vez.—CE2020010045.
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 13 horas 00 minutos
del 29 de septiembre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada El
Mar de los Piratas Sociedad Anónima.—San José, 16 de octubre del 2020.—Lic.
Francisco Hernán Barth Villalobos, Notario.—1 vez.—CE2020010046.
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 17 horas 30 minutos del 25 de
agosto del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Inversiones El
Ciprés Verde G Y G Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 16 de
octubre del 2020.—Licda. María de los Ángeles Solano Mora, Notaria.—1
vez.—CE2020010047.
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 11 horas 00 minutos del 15 de
octubre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Vidasogo Sociedad
Anónima.—San José, 16 de octubre del 2020.—Lic. Federico José Jiménez
Solano, Notario.—1 vez.—CE2020010048.
Mediante escritura
otorgada ante esta notaría, a las 12 horas 00 minutos del 12 de octubre del año
2020, se constituyó la sociedad denominada Investment Abroad GLBL Sociedad
de Responsabilidad Limitada.—San José, 16 de octubre del 2020.—Lic. Marcos
Osvaldo Araya Díaz,
Notario.—1 vez.—CE2020010049.
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 13 horas 00 minutos del 12 de
octubre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Agrícola e
Industrial AO Sociedad Anónima.—San José, 16 de octubre del 2020.—Lic. Roy Alberto
Guerrero Olivares, Notario.—1 vez.—CE2020010050.
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 10 horas 30 minutos
del 08 de octubre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Corporación
Fuentes Araya Fa Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 16 de
octubre del 2020.—Licda. Diana Herrera Murillo, Notaria.—1 vez.—CE2020010051.
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 09 horas 00 minutos del 16 de
octubre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Armonía de Santa
Teresa Sociedad Anónima.—San José, 16 de octubre del 2020.—Lic. Guillermo
Emilio Zúñiga González, Notario.—1 vez.—CE2020010052.
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 16 horas 00 minutos del 12 de
octubre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Kalupa Sociedad
Anónima.—San José, 16 de octubre del 2020.—Lic. Walter Rodríguez Rodríguez,
Notario.—1 vez.—CE2020010053.
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 08 horas 00 minutos del 16 de
octubre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Esdras Biotech
Limitada.—San José, 16 de octubre del 2020.—Licda. María Elena Azofeifa
Cascante, Notaria.—1 vez.—CE2020010054.
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 12 horas 00 minutos del 01 de
octubre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Alsujo
Technologies Sociedad Anónima.—San José, 16 de octubre del 2020.—Lic. Ariel
González
Arias, Notario.—1 vez.—CE2020010055.
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 10 horas 30 minutos
del 09 de octubre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Fex
Facility Experts Group Sociedad Anónima.—San José, 16 de octubre del
2020.—Licda. Belma Patricia Castro Hernández, Notaria.—1 vez.—CE2020010056.
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 12 horas 16 minutos del 16 de
octubre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Distribuidora
Palma Miranda D.R.F. Sociedad Anónima.—San José, 16 de octubre del
2020.—Lic. German Vega Ugalde, Notario.—1 vez.—CE2020010057.
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 11 horas 00 minutos del 08 de
octubre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Ayúdame a
Estudiar CR Sociedad Anónima.—San José, 16 de octubre del 2020.—Licda.
Laura Gómez Martínez, Notaria.—1 vez.—CE2020010058.
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 20 horas 00 minutos
del 15 de octubre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada J&B
Soluciones Sociedad Anónima.—San José, 16 de octubre del 2020.—Lic.
Sebastián Adonay Arroyo Trejos, Notario.—1 vez.—CE2020010060.
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 18 horas 00 minutos del 14 de
octubre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Laboratorio de
Transformación Limitada.—San José, 16 de octubre del 2020.—Lic. Felipe
Esquivel Delgado, Notario.—1 vez.—CE2020010061.
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 11 horas 30 minutos
del 16 de octubre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Mi Vida
y Sol Company Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 16 de octubre
del 2020.—Lic. Carlos Araya González, Notario.—1 vez.—CE2020010062.
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 12 horas 00 minutos
del 16 de octubre del año 2020, se constituyó la sociedad
denominada Inversiones SCR Sociedad Anónima.—San
José, 16 de octubre del 2020.—Licda. Liz Andrea Salazar Arroyo, Notaria.—1
vez.—CE2020010063.
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 12 horas 00 minutos
del 16 de octubre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Oliver
And Friends Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 16 de octubre
del 2020.—Lic. Carlos Araya González, Notario.—1 vez.—CE2020010064.
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 20 horas 00 minutos del 14 de
octubre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Nosotras las
Intensas Limitada.—San José, 16 de octubre del 2020.—Lic. Felipe Esquivel
Delgado, Notario.—1 vez.—CE2020010065.
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 15 horas 00 minutos del 29 de
septiembre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Costa Rica
Natural Experience Viajes y Placeres Sociedad Anónima.—San José, 16 de
octubre del 2020.—Lic. Yeison Zamora Arias, Notario.—1 vez.—CE2020010066.
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 15 horas 20 minutos
del 15 de octubre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada R&R
Agropaquera Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 16 de octubre
del 2020.—Licda. Johanna María Moreno Bustos, Notaria.—1 vez.—CE2020010067.
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 13 horas 00 minutos del 15 de
octubre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Meca CR Sociedad
de Responsabilidad Limitada.—San José, 16 de octubre del 2020.—Lic. Carlos
Luis Gómez Meza, Notario.—1 vez.—CE2020010068.
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 16 horas 00 minutos del 15 de
octubre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada M Y M
Distribución Sociedad Anónima.—San José, 16 de octubre del 2020.—Lic. Genie
Alfaro Silva, Notario.—1 vez.—CE2020010069.
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 13 horas 00 minutos del 16 de
octubre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Agritop Sociedad
Anónima.—San José, 16 de octubre del 2020.—Lic. Randall Esteban Salas
Rojas, Notario.—1 vez.—CE2020010070.
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 14 horas 00 minutos del 14 de
octubre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Importaciones
Ortiz Eme Limitada.—San José, 16 de octubre del 2020.—Lic. Carlos Manuel Sánchez Leitón, Notario.—1
vez.—CE2020010071.
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 15 horas 00 minutos del 12 de
octubre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada World Tech
Support Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 16 de octubre del
2020.—Lic. Luis Gerardo Ávila Aguero, Notario.—1 vez.—CE2020010072.
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 00 horas 00 minutos
del 25 de septiembre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Proyecto
de Inversiones Centroamericanas Clik Uno A Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San
José, 16 de octubre del 2020.—Lic. Hugo Salazar Solano, Notario.—1
vez.—CE2020010073.
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 15 horas 00 minutos del 16 de
octubre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada La Familia Pest
Control Sociedad Anónima.—San José, 16 de octubre del 2020.—Licda. Ileana
Rodríguez González, Notaria.—1 vez.—CE2020010074.
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 10 horas 30 minutos
del 16 de octubre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Sta
Miluse Limitada.—San José, 16 de octubre del 2020.—Lic. Eric Scharf
Taitelbaum, Notario.—1 vez.—CE2020010075.
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 20 horas 15 minutos del 15 de
octubre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Gebher Sociedad
Anónima.—San José, 16 de octubre del 2020.—Lic. Sebastián Adonay Arroyo
Trejos, Notario.—1 vez.—CE2020010076.
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 08 horas 00 minutos del 16 de
octubre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Grupo Los del
Aire Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 16 de octubre del
2020.—Licda. Kimberly Sánchez Sánchez, Notaria.—1 vez.—CE2020010077.
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 10 horas 00 minutos del 14 de
octubre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Empower Human
Capital Dsbi Limitada.—San José, 16 de octubre del 2020.—Licda. Nadia
Semaan Zúñiga, Notaria.—1 vez.—CE2020012849.
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 11 horas 00 minutos del 17 de
octubre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Inversiones El
Cerco Paula E Isabella Sociedad Anónima.—San José, 19 de octubre del 2020.—Licda.
Adriana Delgado Aguilar, Notario.—1 vez.—CE2020010156.
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 19 horas 00 minutos
del 19 de octubre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Hiking
Gunacaste Sociedad de Responsabilidad Limitada Sociedad de Responsabilidad
Limitada.—San José, 19 de octubre del 2020.—Lic. Marcos Rogelio Barsallo
Villafuerte, Notario.—1 vez.—CE2020010157.
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 20 horas 00 minutos del 15 de
octubre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada FJ Servicios
Integrales Sociedad Anónima.—San José, 20 de octubre del 2020.—Lic.
Sebastián Adonay Arroyo Trejos, Notario.—1 vez.—CE2020010158.
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 19 horas 10 minutos del 01 de
octubre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Transporte Varios
y de Palma Africana de la Mariposa Rojas Palacios Sociedad Anónima.—San
José, 20 de octubre del 2020.—Lic. Gilberto Esteban Cano Tapia, Notario.—1
vez.—CE2020010159.
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 15 horas 00 minutos del 13 de
octubre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Expreso Dental
Sociedad Anónima.—San José, 20 de octubre del 2020.—Lic. Rodolfo Enrique
Montero Pacheco, Notario.—1 vez.—CE2020010160.
Mediante
escritura otorgada ante esta Notaría. a las 09 horas 21 minutos del 15 de
octubre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada América Contact
Center Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 20 de octubre del
2020.—Lic. Andrés De Jesús Duran López, Notario.—1 vez.—CE2020010161.
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 16 horas 30 minutos del 10 de
octubre del, año 2020, se constituyó la sociedad denominada J&L
Consultores Sociedad Anónima.—San José, 20 de octubre del 2020.—Lic. Edgar
Alejandro Solís Moraga, Notario.—1 vez.—CE2020010161.
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 14 horas 00 minutos
del 19 de octubre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Casa
Hamacas de Pinilla LLC Limitada.—San José, 20 de octubre del 2020.—Licda.
Carolina De Los Ángeles Mendoza Álvarez, Notaria.—1 vez.—CE2020010162.
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 16 horas 00 minutos del 09 de
octubre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Azul del Mar
Ventures LLC Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 20 de octubre
del 2020.—Lic. Brians Salazar Chavarría, Notario.—1 vez.—CE2020010163.
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 17 horas 00 minutos
del 15 de octubre del, año 2020, se constituyó la sociedad denominada M Y M
Constructora Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 20 de octubre
del 2020.—Licda. Olga Marta Cascante Sandoval, Notaria.—1 vez.—CE2020010164.
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 08 horas 50 minutos
del 19 de octubre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada ESSENTIAL
SERVICES BPO LIMITADA.—San José, 20 de octubre del 2020.—Lic. Marlon
Stevens Quintanilla Esquivel, Notario.—1 vez.—CE2020010165.
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 09 horas 50 minutos
del 20 de octubre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada GGB
sociedad de responsabilidad Limitada.—San José, 20 de octubre del
2020.—Licda. Catherine Vanessa Mora Chavarría, Notario.—1 vez.—CE2020010166.
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 18 horas 00 minutos del 19 de
octubre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Fsociety Sociedad
de Responsabilidad Limitada. San José, 20 de Octubre del 2020.—Licda. Nelly
Nohelia Achio Artavia, Notaria.—1 vez.—CE2020010167
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 08 horas 00 minutos del 20 de
octubre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Grintex
Limitada.—San José, 20 de octubre del 2020.—Licda. Marielos Meléndez
Hernández, Notaria.—1 vez.—CE2020010168.
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 08 horas 00 minutos del 20 de
octubre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Nrea Group
Limitada.—San José, 20 de octubre del 2020.—Lic. Robert Christian Van Der
Putten Reyes, Notario.—CE2020010169.
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 15 horas 00 minutos del 15 de
octubre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Inversiones Sucavet
Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 20 de octubre del
2020.—Lic. Kerly Masis Beita, Notario CE2020010170
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 11 horas 00 minutos
del 16 de octubre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Argón
Pharma Sociedad de Responsabilidad limitada.—San José, 20 de octubre del
2020.—Licda. Diana Catalina Varela solano, Notario.—1 vez.—CE2020010171.
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 11 horas 00 minutos
del 20 de octubre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Rúa Tek
Soporte Sociedad de Responsabilidad limitada.—San José, 20 de octubre del
2020.—Lic. Felipe Cordero Espinoza, Notario.—1 vez.—CE2020010172.
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 09 horas 30 minutos del 15 de
octubre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Corazón de los
Yoses sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 20 de octubre del
2020.—Lic. Jorge Francisco Ross Araya, Notario.—1 vez.—CE2020010173.
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 11 horas 00 minutos del 20 de
octubre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Jefmag Sociedad
de Responsabilidad Limitada.—San José, 20 de octubre del 2020.—Licda.
Nazareth Abarca Madrigal, Notario.—1 vez.—CE2020010174.
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 15 horas 00 minutos
del 13 de octubre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Multiservicios
El Triangulo Sociedad de Responsabilidad Limitada Sociedad de Responsabilidad
Limitada.—San José, 20 de octubre del 2020.—Lic. Leonel Alvarado Zumbado,
Notario.—1 vez.—CE2020010175.
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 11 horas 00 minutos del 20 de
octubre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Boutique FD
Sociedad Anónima.—San José, 20 de octubre del 2020.—Licda. Sandra Moya
Serrano, Notario CE2020010176
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 11 horas 00 minutos del 16 de
octubre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Ampstek Sociedad
de Responsabilidad Limitada.—San José, 20 de octubre del 2020.—Lic. Max
Pacheco Ponce De León, Notario CE2020010177
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 14 horas 00 minutos del 23 de
septiembre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Carlos Kuadra
A D P Limitada.—San José, 20 de octubre del 2020.—Lic. Mario Enrique
Salazar Marin, Notario.—CE2020010178
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 08 horas 00 minutos
del 20 de octubre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Blasi
De Los Ángeles Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 20 de
octubre del 2020.—Licda. Olga Irene Granados Porras, Notario.—1 vez.—CE2020010179.
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 16 horas 05 minutos del 16 de
octubre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Leads Latam CGP
Sociedad Anónima.—San José, 20 de octubre del 2020.—Lic. Jorge Arturo
Hernández Rodríguez, Notario CE2020010180.
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 15 horas 00 minutos del 16 de
octubre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Tikis Julitana
Limitada.—San José, 20 de octubre del 2020.—Lic. Juan Luis Céspedes Vargas,
Notario.—1 vez.—CE2020010181.
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 11 horas 00 minutos del 16 de
octubre del año 2020, se constituyó la sociedad .—Sanbojohn Holding Company
Sociedad anónima.—San José, 20 de octubre del 2020.—Lic. Daniel Aguilar
González, Notario.—CE2020010182.
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 15 horas 00 minutos del 16 de
octubre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Grupo
Administración Carvajal & Murillo CM Limitada.—San José, 20 de octubre
del 2020.—Lic. José
Manuel Arias González, Notario CE2020010183.
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 08 horas 00 minutos del 20 de
octubre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada La Cascada Alma
Pacífica Limitada.—San José, 20 de octubre del 2020.—Licda. Ana Patricia
Vargas Jara, Notaria.—1 vez.—CE2020010184.
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 14 horas 00 minutos del 20 de
octubre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Solarponics
Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 20 de octubre del
2020.—Lic. Manuel Antonio Porras Vargas, Notario.—1 vez.—CE2020010185.
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 12 horas 00 minutos del 04 de
octubre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Ingefrio
Refrigeración Industrial Sociedad Anónima.—San José, 20 de octubre del
2020.—Lic. Fernando Vargas Rojas, Notario.—1 vez.—CE2020010186.
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 12 horas 00 minutos del 20 de
octubre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Quinta de DEE
Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 20 de octubre del
2020.—Lic. Giordano Zeffiro Caravaca, notario.—1 vez.—CE2020010187.
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 15 horas 00 minutos del 14 de
octubre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Green Tek
Technology Sociedad Anónima.—San José, 20 de octubre del 2020.—Licda.
Andrea María Alvarado Sandi, Notario.—1 vez.—CE2020010188.
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 08 horas 00 minutos del 20 de
octubre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada The Investiment S
Dinasty of Costa Rica Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 20 de
octubre del 2020.—Lic. Hugo Salazar Solano, Notario.—1 vez.—CE2020010189.
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 10
horas 30 minutos del 20 de octubre del año 2020, se constituyó la sociedad
denominada Idea CR Sociedad De Responsabilidad Limitada.—San José,
20 de octubre del 2020.—Lic. Miguel Ángel Santamaria Boza, Notario.—1
vez.—CE2020010190.
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 12 horas 00 minutos
del 20 de octubre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Inversiones
Familiares Gutiérrez Artavia Sociedad de Responsabilidad Limitada
Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José,
20 de octubre del 2020.—Lic. Daniel Valverde Schmidt, Notario.—1
vez.—CE2020010191.
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 13 horas 00 minutos del 20 de
octubre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada BW Family
AT Casa Sunset Limitada.—San José, 20 de octubre del 2020.—Lic. Gonzalo
Jose Rojas Benavides, Notario.—1 vez.—CE2020010192.
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 12 horas 00 minutos del 04 de
septiembre del año 2018, se constituyó la sociedad denominada Inversiones La
Cimarrona Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 20 de octubre del
2020.—Lic. Otto José
André Barrantes, Notario.—1 vez.—CE2020010193.
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 13 horas 30 minutos
del 20 de octubre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Winter
Quarters Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 20 de octubre del
2020.—Lic. Giordano Zeffiro Caravaca, Notario.—1 vez.—CE2020010194.
Mediante escritura
otorgada ante esta notaría, a las 08 horas 00 minutos del 20 de octubre del año
2020, se constituyó la sociedad denominada Marbella Breeze LLC Limitada.—San
José, 20 de octubre del 2020.—Lic. Gabriel Chaves Ledezma, Notario.—1
vez.—CE2020010195.
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 16 horas 00 minutos del 05 de
octubre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Avícola Porras
WPB Sociedad Anónima.—San José, 20 de octubre del 2020.—Licda. Thais
Melissa Hernández Vargas, Notario.—1 vez.—CE2020010196.
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 11 horas 00 minutos del 20 de
octubre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Propiedades Rich
LLC Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 20 de octubre del
2020.—Licda. María Andrea Jara Pérez, Notaria.—1 vez.—CE2020010197.
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 11 horas 30 minutos
del 20 de octubre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada La
Finca de Lando Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 20 de
octubre del 2020.—Lic. Jacqueline Aponte Aguero, Notario.—1 vez.—CE2020010198.
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 14 horas 00 minutos del 14 de
octubre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Mega Stock
Sociedad Anónima.—San José, 20 de octubre del 2020.—Licda. Atalia Miranda
Castillo, Notario.—1 vez.—CE2020010199.
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 09 horas 00 minutos del 17 de
octubre del, año 2020, se constituyó la sociedad denominada JDN Inversiones
Tecnológicas y, Empresariales Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San
José, 20 de octubre del,2020.—Licda. Josseline Andrea Aguero Maroto, Notario.—1
vez.—CE2020010200.
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 14 horas 00 minutos del 20 de
octubre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada The Whistling
Rivers Sociedad Anónima.—San José, 20 de octubre del 2020.—Lic. Julio López
Esquivel, Notario.—1 vez.—CE2020010201.
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 21 horas 00 minutos del 07 de
agosto del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Wave Connections
Sociedad Anónima.—San José, 20 de octubre del 2020.—Lic. Cesar Antonio
Reyes Carvajal, Notario.—1 vez.—CE2020010202.
Mediante escritura
otorgada ante esta notaría, a las 20 horas 30 minutos del 21 de octubre del año
2020, se constituyó la sociedad denominada Vareck Sociedad Anónima.—San
José, 22 de octubre del 2020.—Lic. Eilyn Crist Alpízar Hidalgo, Notaria.—1
vez.—CE2020010322.
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 15 horas 00 minutos del 03 de
agosto del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Adventure Of The
Pacific Burica Sociedad de Responsabilidad Limitada. San José, 22 de
octubre del 2020.—Lic. Camilo Diego Cedeño Castro, Notario.—1
vez.—CE2020010323.
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 18 horas 30 minutos del 13 de
octubre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada SCMF Consultores
Sociedad de Responsabilidad Limitada Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San
José, 23 de octubre del 2020.—Lic. Luis Paulo Castro Hernández, Notario.—1
vez.—CE2020010324.
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 10 horas 00 minutos del 02 de
octubre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Kaltig Sociedad
de Responsabilidad Limitada Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José,
23 de octubre del 2020.—Lic. James Siu Arriola, Notario.—1 vez.—CE2020010325
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 17 horas 00 minutos del 22 de
octubre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Ruadri
Mantenimiento y Jardinería Sociedad Anónima.—San José, 23 de octubre del
2020.—Lic. Juan Luis Mora Monge, Notario.—1 vez.—CE2020010326.
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 09 horas 30 minutos del 21 de
octubre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Agale Sociedad
Anónima. San José, 23 de octubre del 2020.—Lic. Ingrid Magaly Sánchez
Araya, Notario.—1 vez.—CE2020010327
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 12 horas 30 minutos
del 14 de octubre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Seguridad
Balladares & Asociados Sociedad Anónima.—San José, 23 de octubre del
2020.—Licda. Fabiola Fernández Ugarte,
Notario.—1 vez.—CE2020010328.
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 09 horas 00 minutos del 21 de
octubre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Sam S Folly
Limitada. San José, 23 de octubre del 2020.—Licda. Diana Elke Pinchanski
Fachler, Notaria.—1 vez.—CE2020010329.
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 15 horas 00 minutos del 15 de
octubre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Inversiones Vet
Suca Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 23 de octubre del
2020.—Lic. Kerly Masis Beita, Notario.—1 vez.—CE2020010330.
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 13 horas 00 minutos del 21 de
octubre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Boat House Los
Sueños Limitada.—San José, 23 de octubre del 2020.—Licda. Diana Elke
Pinchanski Fachler, Notaria.—1 vez.—CE2020010331.
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 11 horas 00 minutos del 20 de
octubre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada GGL Services
Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 23 de octubre del
2020.—Lic. Mario Saborío Rocafort, Notario.—1 vez.—CE2020010332.
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 11 horas 00 minutos
del 20 de octubre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Casa de
Tijeras PK Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 23 de octubre
del 2020.—Lic. Guido Orlando Granados Ramírez, Notario.—1 vez.—CE2020010333.
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 17 horas 00 minutos del 15 de
octubre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Constructora
Santacruceña Moreno y Mejías Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San
José, 23 de octubre del 2020.—Licda. Olga Marta Cascante Sandoval, Notaria.—1
vez.—CE2020010334.
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 11 horas 00 minutos
del 22 de octubre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Tabacos
y Papeles Costa Rica Sociedad Anónima .—San José, 23 de octubre del
2020.—Licda. Marcela Díaz Bogantes, Notaria.—1 vez.—CE2020010335.
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 10 horas 00 minutos del 21 de
septiembre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada C.V. San
Isidro Agropecuaria y Ganadería Sociedad Anónima.—San José, 23 de octubre
del 2020.—Lic. Angie Andrea Arce Acuña, Notaria.—1 vez.—CE2020010336.
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 09 horas 00 minutos
del 21 de octubre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Inversiones
Morasa Sociedad Anónima.—San José, 23 de octubre del 2020.—Licda. Sandra
Vanessa Escalante Porras, Notario.—1 vez.—CE2020010337.
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 10 horas 00 minutos
del 23 de octubre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Sabor
del Sol Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 23 de octubre del
2020.—Lic. Omar Jalil Ayalés Adén, Notario.—1 vez.—CE2020010338.
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 16 horas 00 minutos del 22 de
octubre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Est Mad Ced
Investments Limitada.—San José, 23 de octubre del 2020.—Lic. Percy
Chamberlain Bolaños, Notario.—1 vez.—CE2020010339.
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 15 horas 00 minutos del 15 de
octubre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Bao Bao Sociedad
Anónima.—San José, 23 de octubre del 2020.—Lic. Marcela Freer Rohrmoser,
Notaria.—1 vez.—CE2020010340.
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 10 horas 00 minutos del 22 de
octubre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Servicios Rancho
La Familia Sociedad Anónima Sociedad Anónima.—San José, 23 de octubre del
2020.—Lic. Walter Antonio Chavarría López, Notario.—1 vez.—CE2020010341.
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 08 horas 00 minutos del 23 de
octubre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Dayseb Sociedad
de Responsabilidad Limitada.—San José, 23 de octubre del 2020.—Lic. Omar
Jalil Ayalés Adén, Notario.—1 vez.—CE2020010342.
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 09 horas 00 minutos
del 23 de octubre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Dominical
Property Management Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 23 de
octubre del 2020.—Lic. Fernando Montero López, Notario.—1 vez.—CE2020010343.
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 16 horas 00 minutos del 15 de
octubre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Yao Yao Sociedad
Anónima.—San José, 23 de octubre del 2020.—Licda. Marcela Freer Rohrmoser,
Notaria.—1 vez.—CE2020010344.
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 10 horas 00 minutos del 23 de
octubre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Panificadora J Y
D de Belén Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 23 de octubre
del 2020.—Lic. Bernal Eduardo Alfaro Solano, Notario.—1 vez.—CE2020010345.
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 16 horas 51 minutos
del 15 de octubre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Stuff
Shop Costa Rica Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 23 de
octubre del 2020.—Licda. Ana Isabel Paniagua Lacayo, Notaria.—1
vez.—CE2020010346.
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 17 horas 00 minutos del 22 de
octubre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Grupo Sterasa
Sociedad Anónima.—San José, 23 de octubre del 2020.—Lic. Héctor Chaves
Sandoval, Notario.—1 vez.—CE2020010347.
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 14 horas 00 minutos del 20 de
octubre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Phone Lab L Y L
Limitada.—San José, 23 de octubre del 2020.—Lic. Edgar Omar Belloso
Montoya, Notario.—1 vez.—CE2020010348.
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 13 horas 00 minutos del 23 de
octubre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Sitrone C.R
Sociedad Anónima.—San José, 23 de octubre del 2020.—Licda. Alejandra
Echeverria Alfaro, Notaria.—1 vez.— CE2020010349.
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 09 horas 00 minutos del 21 de
octubre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Inmobiliaria
Inmosa Sociedad Anónima.—San José, 23 de octubre del 2020.—Licda. Sandra
Vanessa Escalante Porras, Notaria.—1 vez.—CE2020010350
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 10 horas 00 minutos del 21 de
octubre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Ganadera Ruma Del
Caribe Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 23 de octubre del
2020.—Lic. Lenin Segura Bolaños, Notario.—1 vez.—CE2020010351.
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 08 horas 00 minutos del 23 de
octubre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Pumuzika Limitada.—San
José, 23 de octubre del 2020.—Lic. Oscar Manuel Funes Orellana, Notario.—1
vez.—CE2020010352.
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 11 horas 00 minutos
del 22 de octubre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Allies
Hr Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 23 de octubre del
2020.—Licda. Marta Benavides Hernández, Notaria.—1 vez.—CE2020010353.
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 08 horas 00 minutos del 23 de
octubre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Sebday Sociedad
de Responsabilidad Limitada.—San José, 23 de octubre del 2020.—Lic. Omar
Jalil Ayalés Adén, Notario.—1 vez.—CE2020010354.
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 09 horas 00 minutos del 23 de
octubre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Jugos del Oeste
Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 23 de octubre del
2020.—Lic. Antonio José
Mora Barboza, Notario.—1 vez.—CE2020010355.
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 08 horas 00 minutos del 23 de
octubre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Arquitectura Y
Ebanistería Buró Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 23 de
octubre del 2020.—Lic. Kenneth Francisco Muñoz Ureña, Notario.—1 vez.—
CE2020010356.
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 14 horas 00 minutos del 23 de
octubre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Vincorsa Sociedad
Anónima.—San José, 23 de octubre del 2020.—Licda. Sandra Moya Serrano,
Notario.—1 vez.—CE2020010357.
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 10 horas 00 minutos
del 23 de octubre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada One
Group Corporation Sociedad Anónima.—San José, 23 de octubre del
2020.—Licda. María Del Milagro Solórzano
León, Notaria.—1 vez.—CE2020010358.
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 17 horas 00 minutos del 17 de
agosto del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Valhalla Sociedad
de Responsabilidad Limitada.—San José, 23 de Octubre del 2020.—Licda. Ada
Valeria Aguilera Garita, Notaria.—1 vez.—CE2020010359.
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 12 horas 00 minutos del 13 de
octubre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada The Academy For
Vibrant Living Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 23 de
octubre del 2020.—Licda. Maria Eugenia Castro Villalobos, Notaria.—1
vez.—CE2020010360.
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 18 horas 00 minutos del 20 de
octubre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Sueños E
Inversiones Trapiche Cuatro Limitada.—San José, 23 de octubre del
2020.—Lic. Luis Fernando Fallas Marín, Notario.—1 vez.—CE2020010361.
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 10 horas 00 minutos del 11 de abril
del año 2018, se constituyó la sociedad denominada Cea Capital Sociedad
Anónima.—San José, 23 de octubre del 2020.—Licda. Esther Cecilia Solano
Jerez, Notaria.—1 vez.—CE2020010362.
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 14 horas 30 minutos
del 23 de octubre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Asfitral
Asesorai Financiera y Tributaria de Alajuela Sociedad Anónima.—San José, 23
de octubre del 2020.—Lic. Randall Cerdas Corella, Notario.—1 vez.—CE2020010363.
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 16 horas 00 minutos del 20 de
octubre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Gat Generates All
Time Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 23 de octubre del
2020.—Lic. Herald Garbanzo Alvarado, Notario.—1 vez.—CE2020010364.
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 13 horas 00 minutos del 23 de
octubre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada La Casita de Mimi
Limitada.—San José, 23 de octubre del 2020.–Licda. Ana Patricia Vargas
Jara, Notaria.—1 vez.—CE2020010365.
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 12 horas 00 minutos del 23 de octubre
del año 2020, se constituyó la sociedad denominada KAMBL Corporation
Limitada Limitada.—San José, 23 de Octubre del 2020.—Lic. Jarlin Guerra
Álvarez, Notario.—1 vez.—CE2020010366.
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 17 horas 00 minutos del 22 de
octubre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Inversiones Cala
Cala del Rio Sociedad Anónima.—San José, 23 de octubre del 2020.—Lic.
Guillermo Guerrero Corrales, Notario.—1 vez.—CE2020010367.
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 13 horas 00 minutos del 23 de
octubre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Sitrone CR
Sociedad Anónima.—San José, 23 de octubre del 2020.—Licda. Alejandra
Echeverria Alfaro, Notaria.—1 vez.—CE2020010368.
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 09 horas 00 minutos del 23 de
octubre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Maloma Sociedad
Anónima.—San José, 23 de octubre del 2020.—Lic. Ricardo León Vargas
Guerrero, Notario.—1 vez.—CE2020010369.
Mediante escritura
otorgada ante esta notaría, a las 13 horas 00 minutos del 21 de octubre del año
2020, se constituyó la sociedad denominada Ramírez Luna Limitada.—San
José, 23 de octubre del 2020.—Lic. Iván Villalobos Ramírez, Notario.—1
vez.—CE2020010370.
Mediante escritura
otorgada ante esta notaría, a las 16 horas 20 minutos del 20 de octubre del año
2020, se constituyó la sociedad denominada Jaco Kitchen And Bath Limitada.—San
José, 23 de octubre del 2020.—Lic. Eric Scharf Taitelbaum, Notario.—1
vez.—CE2020010371.
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 12 horas 00 minutos
del 02 de octubre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada P T W
Costa Rica Vacations Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 23 de
octubre del 2020.—Licda. Kristel Atencio Heinrich, Notaria.—1
vez.—CE2020010372.
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 16 horas 00 minutos del 23 de
octubre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Containers
Solutions Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 23 de octubre del
2020.—Lic. Eduardo José
Mora Castro, Notario.—1 vez.—CE2020010373.
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 10 horas 00 minutos del 23 de
octubre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Pisotec CR
Sociedad Anónima.—San José, 23 de octubre del 2020.—Lic. José Gonzalo Carrillo Mora,
Notario.—1 vez.—CE2020010374.
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 17 horas 15 minutos del 23 de
octubre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Rocío Rayo
Del Sol Limitada.—San José, 23 de octubre del 2020.—Licda. Carolina De Los
Ángeles Mendoza Álvarez, Notaria.—1 vez.—CE2020010375.
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 11 horas 00 minutos del 20 de
octubre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Familia Jef
Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 23 de octubre del
2020.—Licda. Nazareth Abarca Madrigal, Notaria.—1 vez.—CE2020010376.
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 08 horas 00 minutos del 16 de
octubre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Faith Hope Love
and He Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 27 de octubre del
2020.—Lic. Franklin Esteban Fernández Torrentes, Notario.—1
vez.—CE2020010524.
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 08 horas 30 minutos del 22 de
octubre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Grupo LTCR
Sociedad Anónima.—San José, 28 de octubre del 2020.—Licda. Heidy Patricia
Lizano Sánchez, Notaria.—1 vez.—CE2020010525.
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría a las 09 horas 00 minutos del 27 de
octubre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Mango VV Cinco
Cero Seis Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 28 de octubre del
2020.—Lic. Federico Peralta Calzada, Notario.—1 vez.—CE2020010526.
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 18 horas 00 minutos del 27 de
octubre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada el número de
cédula jurídica que se asigne sociedad de responsabilidad limitada.—San
José, 28 de octubre del 2020.—Lic. Johnny Alberto Moya Umaña, Notario.—1
vez.—CE2020010527.
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 16 horas 20 minutos del 26 de
octubre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Baruch J Y A
Sociedad Anónima.—San José, 28 de octubre del 2020.—Lic. José Miguel Solano Álvarez,
Notario.—1 vez.—CE2020010528.
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría. a las 18 horas 30 minutos del 27 de
octubre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada el número de cédula jurídica que se asigne
sociedad de responsabilidad limitada.—San José, 28 de octubre del 2020.—Lic.
Johnny Alberto Moya Umaña, Notario.—1 vez.—CE2020010529.
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 10 horas 00 minutos
del 27 de octubre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Bahía
Encantada C Tres Limitada.—San José, 28 de octubre del 2020.—Lic. Gonzalo
Ernesto Velásquez Martínez, Notario.—1 vez.—CE2020010530.
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 08 horas 00 minutos del 28 de
octubre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Intentional
Properties Sociedad Anónima.—San José, 28 de octubre del 2020.—Licda.
Nathalie Elizondo Montero, Notaria.—1 vez.—CE2020010531.
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 12 horas 15 minutos
del 01 de julio del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Key
Business Solutions Sociedad Anónima.—San José, 28 de octubre del 2020.—Lic.
Gonzalo Ernesto Velásquez Martínez, Notario.—1 vez.—CE2020010532.
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 15 horas 00 minutos del 27 de
octubre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Seben Wezer
Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 28 de octubre del
2020.—Lic. Bernal Eduardo Alfaro Solano, Notario.—1 vez.—CE2020010533.
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 12 horas 45 minutos
del 01 de Julio del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Faro
Soluciones en Gestión de Proyectos Sociedad Anónima.—San José, 28 de
octubre del 2020.—Lic. Gonzalo Ernesto Velásquez Martínez, Notario.—1
vez.—CE2020010534.
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 08 horas 00 minutos del 28 de
octubre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Coriline Limitada.—San
José, 28 de octubre del 2020.—Lic. Oscar Manuel Funes Orellana, Notario.—1
vez.—CE2020010535.
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 13 horas 30 minutos del 25 de
octubre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada AD & PR
Servicios Médicos de Centroamérica Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San
José, 28 de octubre del 2020.—Lic. Wilmar Rodríguez Carrillo, Notario.—1
vez.—CE2020010536.
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 09 horas 00 minutos del 27 de
octubre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Entregas Todo
Bien Sociedad Anónima.—San José, 28 de octubre del 2020.—Lic. Jorge Luis
Villalobos Salgado, Notario.—1 vez.—CE2020010537.
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 14 horas 00 minutos del 13 de
octubre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Altos De La Mora
EMR Limitada.—San José, 28 de octubre del 2020.—Lic. Eugenio Francisco Ortiz
Álvarez, Notario.—1 vez.—CE2020010538.
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 15 horas 00 minutos del 26 de
octubre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Soporte
Industrial CR Limitada.—San José, 28 de octubre del 2020.—Lic. Rolando
Alonso Olivas Ortiz, Notario.—1 vez.—CE2020010539.
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 12 horas 00
minutos del 02 de octubre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Cellmanía
Importaciones y Comercializadora Sociedad Anónima.—San José, 28 de
octubre del 2020.—Lic. William Mora Guevara, Notario.—1 vez.—CE2020010540.
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 09 horas 00 minutos del 28 de
octubre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Embutidos y Preformados
Prepasa Sociedad Anónima.—San José, 28 de octubre del 2020.—Lic. Guiselle
Arias López, Notario.—1 vez.—CE2020010541.
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 09 horas 28 minutos del 28 de
octubre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada B Dos B Real
Estate Investments LLC Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 28
de octubre del 2020.—Licda. Carolina De Los Ángeles Mendoza Álvarez, Notaria.—1
vez.—CE2020010542.
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 10 horas 00 minutos
del 28 de octubre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada La Copa
de Los Árboles Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 28 de
octubre del 2020.—Licda. Yancy Gabriela Araya Pérez, Notaria.—1
vez.—CE2020010543.
Mediante escritura
otorgada ante esta notaría, a las 12 horas 00 minutos del 06 de octubre del año
2020, se constituyó la sociedad denominada Soccer Viza Football Club
Sociedad Anónima Deportiva Sociedad Anónima.—San José, 28 de octubre del 2020.—Lic.
Doryan Bernardo Chaverri Barahona, Notario.—1 vez.—CE2020010544.
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 16 horas 35 minutos del 08 de
octubre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Vástago Logistics
Solutions Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 28 de octubre del
2020.—Lic. José
Rafael Aguilar Vargas, Notario.—1 vez.—CE2020010545.
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 12 horas 10 minutos del 28 de
agosto del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Hidalgo-Edwards
& Co Sociedad Anónima.—San José, 28 de octubre del 2020.—Lic. Carlos
Manuel Madrigal Mora, Notario.—1 vez.—CE2020010546.
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 16 horas 00 minutos del 26 de
octubre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Promise
Entertainment Sociedad Anónima.—San José, 28 de octubre del 2020.—Licda.
Karen Francinni Amador Valverde, Notaria.—1 vez.—CE2020010547.
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 11 horas 30 minutos
del 27 de octubre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Prolific
Abundance Connection Sanctum Sociedad Anónima.—San José, 28 de octubre del
2020.—Lic. Manfred Gerhard Marshall Facio, Notario.—1 vez.—CE2020010548.
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 20 horas 00 minutos del 27 de
octubre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Servicios
Especializados Colibrí Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 28
de octubre del 2020.—Lic. Alex Gerardo Castro Paniagua, Notario.—1
vez.—CE2020010549.
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 14 horas 00 minutos
del 10 de agosto del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Suministros
y Papelería MYK Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 28 de
octubre del 2020.—Lic. Sergio Madriz Avendaño, Notario.—1 vez.—CE2020010550.
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 19 horas 30 minutos del 26 de
octubre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Solginecología
Limitada.—San José, 28 de octubre del 2020.—Licda. Carolina Arguedas
Millet, Notaria.—1 vez.—CE2020010551.
Mediante
escritura otorgada ante esta Notaría a las 15 horas 00 minutos del 20 de
octubre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Soluciones M.R.F.
Sociedad Anónima.—San José, 28 de octubre del 2020.—Licda. Ileana Rodríguez
González, Notaria.—1 vez.—CE2020010552.
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 19 horas 40 minutos del 26 de
octubre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Milgram
Ginecología Limitada.—San José, 28 de octubre del 2020.—Licda. Carolina
Arguedas Millet, Notaria.—1 vez.—CE2020010553
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 19 horas 00 minutos del 21 de
octubre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Logistic Logar
Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 28 de octubre del
2020.—Licda. Ileana Rodríguez González, Notaria.—1 vez.—CE2020010554.
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 14 horas 30 minutos del 27 de
octubre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Inversiones RSK
Sociedad Anónima.—San José, 28 de octubre del 2020.—Licda. Ileana Rodríguez
González, Notaria.—1 vez.—CE2020010555.
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 18 horas 00 minutos del 27 de
octubre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Embrujo Verde
Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 28 de octubre del
2020.—Lic. Sergio Madriz Avendaño, Notario.—1 vez.—CE2020010556.
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 09 horas 00 minutos del 28 de
octubre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada LPZCO Holdings
Limitada.—San José, 28 de octubre del 2020.—Lic. Andrés Montejo Morales,
Notario.—1 vez.—CE2020010557.
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 17 horas 00 minutos del 17 de
agosto del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Valhalla Blue
Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 28 de octubre del
2020.—Licda. Ada Valeria Aguilera Garita, Notaria.—1 vez.—CE2020010558.
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 12 horas 00 minutos del 20 de
octubre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Barón
Technologies Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 28 de octubre
del 2020.—Licda. Tatiana Fernández
Mora, Notaria.—1 vez.—CE2020010559.
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 15 horas 00 minutos
del 27 de octubre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Pura
Prana Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 28 de octubre del
2020.—Lic. Johnny Gerardo León Guido, Notario.—1 vez.—CE2020010560.
Mediante
escritura otorgada ante esta Notaría a las 13 horas 00 minutos del 27 de
octubre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Inversiones
Barahona y Balladares Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 28 de
octubre del 2020.—Lic. Fernando Castro Chavarría, Notario.—1 vez.—CE2020010561.
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 09 horas 30 minutos del 28 de
octubre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada LPZCO Operations
Limitada.—San José, 28 de octubre del 2020.—Lic. Andrés Montejo Morales,
Notario.—1 vez.—CE2020010563.
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 13 horas 30 minutos del 28 de octubre
del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Bill del Castillo
Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 28 de octubre del
2020.—Lic. Fernando Castro Chavarría, Notario.—1 vez.—CE2020010564.
Mediante escritura otorgada ante esta Notaría, a las 10 horas 30 minutos
del 26 de octubre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Instituto
Científico USJC Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 28 de
octubre del 2020.—Lic. Gerardo Alonso Benavides Sánchez, Notario.—1
vez.—CE2020010565.
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 18 horas 00 minutos del 20 de
octubre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Logistics
Business Enterprise Sociedad Anónima.—San José, 28 de octubre del
2020.—Lic. Yiell Flores Madrigal, Notario.—1 vez.—CE2020010566.
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 13 horas 00 minutos del 28 de
octubre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Manzana Dorada
Limitada Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 28 de octubre del
2020.—Licda. Annia Shirley Zúñiga Méndez, Notaria.—1 vez.—CE2020010567.
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 10 horas 00 minutos
del 23 de octubre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Whole
Consulting Group Sociedad Anónima.—San José, 28 de octubre del 2020.—Licda.
María Del Milagro Solórzano León,
Notaria.—1 vez.—CE2020010568.
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 17 horas 00 minutos del 14 de
octubre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Alyrose Sociedad
Anónima.—San José, 28 de octubre del 2020.—Licda. Evelin De Los Ángeles
Sandoval Sandoval, Notaria.—1 vez.—CE2020010569.
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 16 horas 00 minutos del 27 de
octubre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Grupo Costa Bike
AF Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 28 de octubre del
2020.—Lic. Edwin Martín
Chacón Saborío, Notario.—1 vez.—CE2020010570.
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 16 horas 00 minutos del 22 de
octubre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Inversiones Silan
DGD Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 28 de octubre del
2020.—Lic. Edwin Martín
Chacón Saborío, Notario.—1 vez.—CE2020010571.
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 14 horas 00 minutos del 15 de
octubre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Izaromoby
Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 28 de octubre del
2020.—Lic. Eric Esquivel Carvajal, Notario.—1 vez.—CE2020012854.
Mediante escritura
otorgada ante esta notaría, a las 16 horas 00 minutos del 03 de noviembre del
año 2020, se constituyó la sociedad denominada Corporación CQ Concentrados Sociedad Anónima.—San José, 03 de noviembre del
2020.—Lic.—Alfredo Calderón Chavarría, Notario.—1 vez.—CE2020010679.
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 15 horas 54 minutos del 28 de
octubre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Ministerios
Unidos AP.RR Sociedad Anónima.—San José, 03 de noviembre del
2020.—Licda.—Bianchy Magdalena Rodríguez Salas, Notario.—1 vez.—CE2020010680.
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 10 horas 00 minutos del 21 de
octubre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Infraestructura
& Medical Costa Rica Sociedad Responsabilidad Limitada Sociedad de
Responsabilidad Limitada.—San José, 03 de noviembre del 2020.—Lic.—Juan
Carlos Castillo Quirós, Notario.—1 vez.—CE2020010681.
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 13 horas 00 minutos del 19 de
setiembre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Inversiones
Daluxy Sociedad Anónima Sociedad Anónima.—San José, 03 de noviembre del
2020.—Lic.—Francisco Javier Martí Meneses, Notario.—1 vez.—CE2020010682.
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 09 horas 00 minutos
del 24 de octubre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Creaciones
Mundo Mágico de Colores Sociedad Anónima.—San José, 03 de noviembre del
2020.—Licda.—María Yisela Quesada León, Notaria.—1 vez.—CE2020010683.
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 16 horas 20 minutos del 26 de
octubre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada IDEJ M.A.—Sociedad
Anónima.—San José, 04 de noviembre del 2020.—Lic. Jose Miguel Solano
Álvarez, Notario.—1 vez.—CE2020010684.
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 13 horas 00 minutos del 23 de
octubre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada La Casita de Mimi
En El Paraíso Limitada.—San José, 04 de noviembre del 2020.—Licda. Ana
Patricia Vargas Jara, Notaria.—1 vez.—CE2020010685.
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 10 horas 00 minutos
del 02 de noviembre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Got
Technologies Costa Rica Sociedad de Responsabilidad Limitada Sociedad de
Responsabilidad Limitada.—San José, 04 de noviembre del 2020.—Lic.—Rodolfo
Enrique Montero Pacheco, Notario.—1 vez.—CE2020010686.
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 14 horas 00 minutos del 02 de
noviembre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Sound Diplomacy
S D Limitada.—San José, 04 de noviembre del 2020.—Lic. Federico Castro
Kahle, Notaria.—1 vez.—CE2020010687.
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 15 horas 00 minutos del 02 de
noviembre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Corporación
ESKB Holdings Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 04 de
noviembre del 2020.—Lic. José
Luis Torres Rodríguez, Notario.—1 vez.—CE2020010688.
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 08 horas 00 minutos del 03 de
noviembre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Inari Home
Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 04 de noviembre del
2020.—Lic. José
Pablo González Trejos, Notario.—1 vez.—CE2020010689.
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 08 horas 00 minutos
del 29 de octubre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Life´s
a Party Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 04 de noviembre del
2020.—Lic. Alejandro José Romero Fuentes,
Notario.—1 vez.—CE2020010690.
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 11 horas 00 minutos
del 13 de octubre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada El
Ripple Mágico Sociedad
de Responsabilidad Limitada.—San
José, 04 de noviembre del 2020.—Lic. Max Rojas Fajardo, Notario.—1
vez.—CE2020010691.
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 08 horas 00 minutos
del 04 de noviembre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Ludeca
de Costa Rica Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 04 de
noviembre del 2020.—Lic. Gonzalo Vargas Acosta, Notario.—1 vez.—CE2020010692.
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 10 horas 45 minutos del 29 de
octubre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Magomi Guapileño
Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 04 de noviembre del
2020.—Lic. José
Rafael Ortiz Carvajal, Notario.—1 vez.—CE2020010693.
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 09 horas 00 minutos del 04 de
noviembre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Inversiones
Agrícolas R Y H del Sur Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 04
de noviembre del 2020.—Lic. Johnny Solís Barrantes, Notario.—1
vez.—CE2020010694.
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 13 horas 00 minutos
del 28 de octubre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Barefoot
Salsa Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 04 de noviembre del
2020.—Licda. María Verónica Méndez Reyes, Notaria.—1 vez.—CE2020010695.
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 12 horas 00 minutos del 02 de
octubre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada PTW Travel
Services Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 04 de noviembre
del 2020.—Licda. Kristel Atencio Heinrich, Notaria.—1 vez.—CE2020010696.
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 10 horas 10 minutos del 02 de
noviembre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada TKD Center
Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 04 de noviembre del
2020.—Lic. Javier Eduardo Luna Montero, Notario.—1 vez.—CE2020010697.
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 18 horas 00 minutos del 20 de octubre
del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Costa Rica Hemp
International Sociedad Anónima Sociedad Anónima.—San José, 04 de noviembre
del 2020.—Licda. Andrea Mayela Blanco Alfaro, Notaria.—1 vez.—CE2020010698.
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 12 horas 30 minutos del 26 de
octubre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Cocomart Sociedad
de Responsabilidad Limitada.—San José, 04 de noviembre del 2020.—Lic.
Steven Ferris Quesada, Notario.—1 vez.—CE2020010699.
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 12 horas 30 minutos del 28 de
octubre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Marjul
Internacional Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 04 de
noviembre del 2020.—Lic. Miguel Chacón Alvarado, Notario.—1 vez.—CE2020010700.
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 15 horas 30 minutos
del 29 de octubre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Grupo
Terapia Culinaria Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 04 de
noviembre del 2020.—Licda. Sally Madrigal Saborío, Notario.—1
vez.—CE2020010701.
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 10 horas 30 minutos del 02 de
noviembre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Artillería OSS
Uno Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 04 de noviembre del
2020.—Licda. Jessica Paola Salas Arroyo, Notaria.—1 vez.—CE2020010702.
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 17 horas 00 minutos del 26 de
octubre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Lancesoft LTD
Limitada.—San José, 04 de noviembre del 2020.—Lic. Manrique Gamboa Ramón, Notario.—1
vez.—CE2020010703.
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 13 horas 00 minutos
del 28 de octubre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Frida&Khalo
Gastronómico de Costa Rica Sociedad Anónima.—San José, 04 de noviembre del
2020.—Licda. Jessica Alvarado Herrera, Notaria.—1 vez.—CE2020010704
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 13 horas 00 minutos del 25 de octubre
del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Perusa S.A Sociedad
Anónima.—San José, 04 de noviembre del 2020.—Licda. Rosa María Vásquez
Aguero, Notario.—1 vez.—CE2020010705.
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 11 horas 45 minutos
del 27 de octubre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Natural
Life Health Improvement Limitada.—San José, 04 de noviembre del
2020.—Licda. Johanna Pamela Cordero Araya, Notaria.—1 vez.—CE2020010706.
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 08 horas 30 minutos del 03 de
noviembre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada TSSI Human
Resources Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 04 de noviembre
del 2020.—Licda. Sirsa Eunice Méndez Matarrita, Notaria.—1 vez.—CE2020010707.
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 15 horas 00 minutos del 02 de
noviembre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Remodelaciones
Hoteleras Costa Rica Jarri Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José,
04 de noviembre del 2020.—Licda. Silvia Patricia Alvarado Quijano, Notaria.—1
vez.—CE2020010708.
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 11 horas 00 minutos del 09 de
octubre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Repuestos Mata
Cuarenta y Cuatro de Occidente Sociedad de Responsabilidad Limitada Sociedad de
Responsabilidad Limitada.—San José, 04 de noviembre del 2020.—Lic. Fernando
Campos Céspedes, Notario.—1 vez.—CE2020010709.
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 17 horas 00 minutos
del 29 de octubre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Tech
Advisor Solutions Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 04 de
noviembre del 2020.—Licda. Siu Len Wing Ching Jiménez, Notaria.—1
vez.—CE2020010710.
Mediante escritura
otorgada ante esta notaría, a las 08 horas 00 minutos del 03 de noviembre del
año 2020, se constituyó la sociedad denominada Koru Jardín Mágico Sociedad
de Responsabilidad Limitada.—San José, 04 de noviembre del 2020.—Lic. José Miguel León Hidalgo,
Notario.—1 vez.—CE2020010711.
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 10 horas 30 minutos del 04 de
noviembre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Casa Della
Delicias E Hijas Limitada.—San José, 04 de noviembre del 2020.—Lic. Robert
Christian Van Der Putten Reyes, Notario.—1 vez.—CE2020010712.
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 08 horas 00 minutos
del 28 de octubre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Bell
Enterprise Group Sociedad Anónima.—San José, 04 de noviembre del 2020.—Lic.
Luis Eduardo Hernández Aguilar, Notario.—1 vez.—CE2020010713.
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 08 horas 00 minutos del 18 de
agosto del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Mayorista NEOSCR
de Ocidente Sociedad Anónima Sociedad Anónima.—San José, 04 de noviembre
del 2020.—Lic. Fernando Campos Céspedes, Notario.—1 vez.—CE2020010714.
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 08 horas 00 minutos del 04 de
noviembre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Tambor
Management Limitada.—San José, 04 de noviembre del 2020.—Lic. Oscar Manuel
Funes Orellana, Notario.—1 vez.—CE2020010715.
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 11 horas 00 minutos
del 04 de noviembre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Atenas
Enterprises Limitada.—San José, 04 de noviembre del 2020.—Lic. Alejandro
Alonso Román González, Notario.—1 vez.—CE2020010716.
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 08 horas 30 minutos del 04 de
noviembre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada El Este Lejano
Uno Limitada.—San José, 04 de noviembre del 2020.—Lic.—Oscar Manuel Funes
Orellana, Notario.—1 vez.— CE2020010717.
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 11 horas 00 minutos del 29 de
octubre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Sweet Surprises
CR Limitada.—San José, 04 de noviembre del 2020.—Licda. Johanna Pamela
Cordero Araya, Notaria.—1 vez.—CE2020010718.
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 14 horas 00 minutos del 23 de
octubre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada JML
Multiservicios Sociedad Anónima.—San José, 04 de noviembre del 2020.—Lic.
Bernal Jiménez Núñez, Notario.—1 vez.—CE2020010719.
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 16 horas 00 minutos
del 21 de setiembre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Grupo
ARI Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 04 de noviembre del
2020.—Licda. Evelyn Alejandra Calderón Murillo, Notaria.—1 vez.—CE2020010720.
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 15 horas 00 minutos del 29 de
octubre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada La Macacrib de
Piedades Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 04 de noviembre
del 2020.—Lic. Sagrario Padilla Velásquez, Notario.—1 vez.—CE2020010721.
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 16 horas 00 minutos del 23 de
octubre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Valsot de
Occidente Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 04 de noviembre
del 2020.—Lic. Juan Luis Céspedes Vargas, Notario.—1 vez.—CE2020010722.
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 14 horas 00 minutos del 03 de
noviembre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Valerín Rose
Security Limitada.—San José, 04 de noviembre del 2020.—Lic. Mario Enrique
Salazar Marin, Notario.—1 vez.—CE2020010723.
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 10 horas 45 minutos del 29 de
octubre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Mimago Guapileño
Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 04 de noviembre del
2020.—Lic. José
Rafael Ortiz Carvajal, Notario.—1 vez.—CE2020010724.
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 09 horas 00 minutos del 04 de
noviembre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada MH Finance
Costa Rica Sociedad Anónima.—San José, 04 de noviembre del 2020.—Lic.
Arturo Ortiz Sánchez, Notario.—1 vez.—CE2020010725.
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 09 horas 00 minutos del 03 de
noviembre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Peralada
Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 04 de noviembre del
2020.—Lic. Enrique Loría
Brunker, Notario CE2020010726.
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 11 horas 00 minutos del 23 de
octubre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Sistema
Salveterra Sociedad Anónima.—San José, 04 de noviembre del 2020.—Lic. Juan
José
Echeverría
Alfaro, Notario.—1 vez.—CE2020010727.
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 11 horas 00 minutos del 03 de
noviembre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Visión
Inspirada Limitada.—San José, 04 de noviembre del 2020.—Lic. Alan Masís Angulo, Notario.—1
vez.—CE2020010728.
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 11 horas 40 minutos del 03 de
noviembre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Mika Corp LLC
Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 04 de noviembre del 2020.—Lic.
Brians Salazar Chavarría, Notario.—1 vez.—CE2020010729.
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 17 horas 00 minutos del 02 de
noviembre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Maleti CR
Sociedad Anónima.—San José, 04 de noviembre del 2020.—Lic. Héctor Chaves
Sandoval, Notario.—1 vez.—CE2020010730.
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 17 horas 00 minutos del 03 de
noviembre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Seguridad Val
CH Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 04 de noviembre del
2020.—Lic. Luis Adolfo Vargas Vargas, Notario.—1 vez.—CE2020010731.
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 13 horas 00 minutos del 29 de
octubre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Inversiones
Romoya Sociedad Anónima.—San José, 04 de noviembre del 2020.—Lic. Abel
Ignacio Gómez Bloise, Notario.—1 vez.—CE2020010732.
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 11 horas 00 minutos del 04 de
noviembre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Sandra y Elad
Limitada.—San José, 04 de noviembre del 2020.—Lic. Alan Masís Angulo, Notario.—1
vez.—CE2020010733.
Mediante escritura otorgada ante esta notaría a las 18 horas 00 minutos
del 20 de octubre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Global
Logistics Business Enterprise Sociedad Anónima.—San José, 04 de noviembre
del 2020.—Lic. Yiell Flores Madrigal, Notario.—1 vez.—CE2020010734.
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 12 horas 45 minutos
del 04 de noviembre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Multiservicios
Los Ángeles MLA Sociedad
Anónima.—San José, 04 de noviembre del 2020.—Lic. Steven Vega
Figueroa, Notario.—1 vez.—CE2020010735.
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 15 horas 00 minutos del 30 de
octubre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Casa Victorias
Rosadas Limitada.—San José, 04 de noviembre del 2020.—Licda. Nathalie
Woodbridge
Gómez,
Notaria.—1 vez.—CE2020010736.
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 12 horas 15 minutos
del 29 de octubre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Medicina
Personalizada Sociedad de Responsabilidad Limitada. San José, 04 de
noviembre del 2020.—Lic. Belzert Espinoza Cruz, Notario.—1 vez.—CE2020010737.
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 12 horas 00 minutos del 20 de
octubre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Cloud Labs Tech
Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 04 de noviembre del
2020.—Licda. Tatiana Fernández
Mora, Notaria.—1 vez.—CE2020010738.
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 10 horas 45 minutos del 04 de
noviembre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Security Global
Group Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 04 de noviembre del
2020.—Lic. Randall Rubén Sánchez Mora, Notario.—CE2020010739.
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 00 horas 00 minutos
del 03 de noviembre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Lomas
Alca de San Mateo Sociedad Anónima.—San José, 04 de noviembre del
2020.—Licda. Lucía Isabel Wille Sáenz, Notaria.—1 vez.—CE2020010740
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 16 horas 30 minutos
del 31 de octubre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Eco
Efdan Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 04 de noviembre del
2020.—Lic. Marco Antonio Vargas Valverde, Notario.—1 vez.—CE2020010741.
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 18 horas 00 minutos del 26 de
octubre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Multiservicios
Vargo y Asociados Sociedad Anónima.—San José, 04 de noviembre del
2020.—Licda. Rita Isabel Jiménez Soto, Notaria.—1 vez.—CE2020010742.
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 11 horas 40 minutos del 03 de
noviembre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Grupo HPMCR
Sociedad Anónima.—San José, 04 de noviembre del 2020.—Lic. Nelson Antonio
Gómez Barrantes, Notario.—1 vez.—CE2020010743.
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 18 horas 00 minutos
del 03 de noviembre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Constructora
Electromecánica MGM Limitada.—San José, 04 de noviembre del 2020.—Licda.
Jessica Abarca Guzmán, Notaria.—1 vez.—CE2020010744.
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 08 horas 30 minutos
del 10 de octubre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Inversiones
Z Y S Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 04 de noviembre del
2020.—Lic. Walter Isidro Rodríguez Castro, Notario.—1 vez.—CE2020010745.
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 12 horas 00 minutos
del 29 de octubre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Spots
Investments Sociedad Anónima.—San José, 04 de noviembre del 2020.—Lic.
Randall Alberto Quirós Herrera, Notario.—1 vez.—CE2020010746.
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 14 horas 00 minutos del 16 de
octubre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Scare Crow´s
Dream Limitada Limitada.—San José, 04 de noviembre del 2020.—Lic. Paul
Oporta Romero, Notario.—1 vez.—CE2020010747.
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 11 horas 00 minutos del 22 de
octubre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Terruño Tingo
Sociedad Anónima.—San José, 04 de noviembre del 2020.—Licda. Karen María
Fonseca Sánchez, Notaria.—1 vez.—CE2020010748.
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 14 horas 00 minutos
del 22 de setiembre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Maproper
Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 04 de noviembre del
2020.—Licda. Eida Marlene Solorzano Abarca, Notaria.—1 vez.—CE2020010749.
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 09 horas 00 minutos del 02 de
noviembre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Cédula Jurídica
Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 04 de noviembre del
2020.—Lic. Edwin Alonso Mora Campos, Notario.—1 vez.—CE2020010750.
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 09 horas 00 minutos del 04 de
noviembre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada RH Agrícola
Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 04 de noviembre del
2020.—Lic. Johnny Solís Barrantes, Notario.—1 vez.—CE2020010751.
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 11 horas 00 minutos del 13 de
octubre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Kerox Sociedad
Anónima.—San José, 04 de noviembre del 2020.—Lic. Luis Alberto Arias
Obando, Notario.—1 vez.—CE2020010752.
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 11 horas 00 minutos del 24 de
octubre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Revotech Costa
Rica Sociedad Anónima.—San José, 04 de noviembre del 2020.—Lic. Gabriel
Enrique Mora Madrigal, Notario.—1 vez.—CE2020010753.
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 14 horas 00 minutos del 04 de
noviembre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada ARENONIFB
Sociedad Anónima.—San José, 04 de noviembre del 2020.—Lic. Luis Alberto
Carrillo Delgado, Notario.—1 vez.—CE2020010754.
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 09 horas 00 minutos del 02 de
noviembre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Kiala Limitada.—San
José, 04 de noviembre del 2020.—Licda. Alejandra Carolina Román Espinoza,
Notaria.—1 vez.—CE2020010755.
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 10 horas 45 minutos del 29 de
octubre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Mirmagon Guapileño
Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 04 de noviembre del
2020.—Lic. José
Rafael Ortiz Carvajal, Notario.—1 vez.—CE2020010756.
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 15 horas 00 minutos del 04 de
noviembre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Greentrust
Investments Sociedad Anónima.—San José, 04 de noviembre del 2020.—Lic.
Marcos Andrés Rodríguez Hernández, Notario.—1 vez.—CE2020010757.
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 13 horas 00 minutos
del 04 de noviembre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Osos
Rojos Hermanos Sociedad Anónima.—San José, 04 de noviembre del 2020.—Lic.
Walter Gerardo Gómez Rodríguez, Notario.—1 vez.—CE2020010758.
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 20 horas 00 minutos
del 07 de octubre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Shannan
Limitada.—San José, 04 de noviembre del 2020.—Lic. Sergio Mena Díaz, Notario.—1 vez.—CE2020010759.
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 16 horas 00 minutos
del 03 de noviembre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Campuy
Logistic Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 04 de noviembre
del 2020.—Lic. Alexis Monge Barboza, Notario.—1 vez.—CE2020010760.
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 19 horas 00 minutos del 29 de
octubre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Asistente
Múltiple Enlínea Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 04 de
noviembre del 2020.—Lic. Judith Rocío Valle Téllez, Notaria.—1
vez.—CE2020010761.
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 11 horas 40 minutos del 03 de
noviembre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada CR Corp Mika
Investments LLC Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 04 de noviembre
del 2020.—Lic. Brians Salazar Chavarría, Notario.—1 vez.—CE2020010762.
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 11 horas 30 minutos
del 04 de noviembre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada SL
Asistencia Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 04 de noviembre
del 2020.—Licda. Jacqueline Aponte Agüero,
Notaria.—1 vez.—CE2020010763.
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 09 horas 00 minutos del 19 de
octubre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Estrategias
Eficientes RAC Limitada.—San José, 04 de noviembre del 2020.—Licda.
Lidiette Jiménez Arias, Notaria.—1 vez.—CE2020012855.
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría a las 18 horas 00 minutos del 05 de
noviembre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Taxstrat
Servicios Legal Tributarios TSLT Sociedad Anónima.—San José, 05 de
noviembre del 2020.—Lic. Alejandra Carolina Román Espinoza, Notario.—1
vez.—CE2020010823.
Mediante escritura otorgada ante esta notaría a las 13 horas 00 minutos
del 05 de noviembre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Arulam
Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 05 de noviembre del
2020.—Lic. Alejandro José Romero Fuentes,
Notario.—1 vez.—CE2020010824.
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría a las 15 horas 00 minutos del 04 de
noviembre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Jinca Market CR
Sociedad Anónima.—San José, 05 de noviembre del 2020.—Lic.
Verónica Jiménez Chacón, Notario.—1
vez.—CE2020010825.
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría a las 17 horas 00 minutos del 05 de
noviembre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada American
Academy J A de Costa Rica Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San
José, 06 de noviembre del 2020.—Lic. Shuk Shen Young Au Yeung, Notario.—1
vez.—CE2020010826.
Mediante escritura otorgada ante esta notaría a las 14 horas 00 minutos
del 22 de octubre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada VS
Soluciones Digitales Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 06 de
noviembre del 2020.—Lic. Jorge Fernando Calvo Mora, Notario.—1
vez.—CE2020010827.
Mediante escritura otorgada ante esta notaría a las 10 horas 36 minutos
del 17 de octubre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Grupo
B&M Sociedad Anónima Sociedad Anónima.—San José, 06 de
noviembre del 2020.—Lic. Johnny Barrantes Quesada, Notario.—1
vez.—CE2020010828.
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría a las 11 horas 30 minutos del 04 de
noviembre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada PJ Raspi Moda
Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 06 de noviembre del
2020.—Lic. Gerardo Alonso Benavides Sánchez, Notario.—1 vez.—CE2020010829.
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría a las 08 horas 00 minutos del 04 de
noviembre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Toubab Gestion
Limitada.—San José, 06 de noviembre del 2020.—Lic. Oscar Manuel Funes
Orellana, Notario.—1 vez.—CE2020010830.
Mediante escritura
otorgada ante esta notaría a las 08 horas 00 minutos del 26 de octubre del año
2020, se constituyó la sociedad denominada Pazifik Strandhaus Sociedad de
Responsabilidad Limitada.—San José, 06 de noviembre del 2020.—Lic.
Audrys Esquivel Jiménez,
Notario.—1 vez.—CE2020010831.
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría a las 15 horas 00 minutos del 02 de
noviembre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Corporación
Kala Holdings Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 06 de
noviembre del 2020.—Lic. José Luis Torres Rodríguez, Notario.—1
vez.—CE2020010832.
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría a las 10 horas 00 minutos del 30 de
octubre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Lagniappe Heart
In Arenal Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 06 de
noviembre del 2020.—Lic. Gonzalo Murillo Álvarez, Notario.—1
vez.—CE2020010833.
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría a las 11 horas 00 minutos del 01 de
noviembre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Edificio La
Granada Mil Novecientos Cincuenta y Nueve Sociedad Anónima.—San
José, 06 de noviembre del 2020.—Lic. Juan Luis Jiménez Succar, Notario.—1
vez.—CE2020010834.
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría a las 09 horas 00 minutos del 06 de
noviembre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Nuestra Nueva
Vida Holdings Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 06 de
noviembre del 2020.—Lic. Yancy Gabriela Araya Pérez, Notario.—1
vez.—CE2020010835.
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría a las 14 horas 00 minutos del 14 de
octubre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Mega Stock
Diamante Sociedad Anónima.—San José, 06 de noviembre del 2020.—Lic. Atalia
Miranda Castillo, Notario.—1 vez.—CE2020010836.
Mediante escritura otorgada ante esta notaría a las 12 horas 30 minutos
del 26 de octubre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Cocomart
Online Shop Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 06 de noviembre
del 2020.—Lic. Steven Ferris Quesada, Notario.—1 vez.—CE2020010837.
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría a las 10 horas 00 minutos del 01 de
noviembre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Familia Lafam
Sociedad Anónima.—San José, 06 de noviembre del 2020.—Lic. Juan Luis Jiménez, Notario.—1
vez.—CE2020010838.
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría a las 12 horas 00 minutos del 05 de
noviembre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Casa Beegeetas
Llc Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 06 de noviembre del
2020.—Lic. Brians Salazar Chavarría, Notario.—1 vez.—CE2020010839.
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría a las 18 horas 00 minutos del 05 de
noviembre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Inmobiliaria
Dos Abuelas Sociedad Anónima.—San José, 06 de noviembre del 2020.—Lic. María Yuliana Bustamante Tanchez,
Notario.—1 vez.—CE2020010840.
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría a las 16 horas 00 minutos del 05 de
noviembre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Sociedad Agropecuaria
Finca San Miguel Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 06 de
noviembre del 2020.—Lic. Saul Mauricio González Vargas, Notario.—1 vez.—
CE2020010841.
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría a las 09 horas 00 minutos del 02 de
noviembre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Buttered
Noodles Sociedad Anónima.—San José, 06 de noviembre del 2020.—Lic. Rosario
Araya Arroyo, Notario.—1 vez.—CE2020010842.
Mediante escritura otorgada ante esta notaría a las 17 horas 00 minutos
del 05 de noviembre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Agroclínica
Internacional Sociedad Anónima.—San José, 06 de noviembre del
2020.—Lic. Isabel Cristina Vargas Vargas, Notario.—1 vez.—CE2020010843.
Mediante escritura otorgada ante esta notaría a las 16 horas 40 minutos
del 04 de noviembre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Consorcio
A.CH del Pacifico Sociedad Anónima.—San José, 06 de noviembre del
2020.—Lic. Jorge Fredy Chacón Villalobos,
Notario.—1 vez.—CE2020010844.
Mediante escritura otorgada ante esta notaría a las 18 horas 00 minutos
del 08 de octubre del año 2019, se constituyó la sociedad denominada FSM
IMAG-NOSTIC Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 06 de noviembre
del 2020.—Lic. María Carolina Román Gutiérrez, Notario.—1
vez.—CE2020010845.
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría a las 13 horas 00 minutos del 15 de
septiembre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada MCSO Sociedad
Anónima.—San José, 06 de noviembre del 2020.—Lic. Hans Van Der Laat Robles,
Notario.—1 vez.—CE2020010846.
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría a las 17 horas 00 minutos del 05 de
noviembre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Cai Happy Kids
Montessori CR Sociedad Anónima.—San José, 06 de noviembre del
2020.—Lic. Rafael Ángel
Salazar Fonseca, Notario.—1 vez.—CE2020010847.
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría a las 09 horas 00 minutos del 06 de noviembre
del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Excalibur Global Holdings
Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 06 de noviembre del
2020.—Lic. Federico Peralta Calzada, Notario.—1 vez.—CE2020010848.
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría a las 08 horas 00 minutos del 28 de
octubre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Páramo KGD Sociedad
Anónima.—San José, 06 de noviembre del 2020.—Lic. Lisa María Bejarano Valverde,
Notario.—1 vez.—CE2020010849.
Mediante escritura otorgada ante esta notaría a las 11 horas 00 minutos
del 06 de noviembre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada La
Paz Sombras Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 06 de noviembre
del 2020.—Lic. Omar Jalil Ayales Aden, Notario.—1 vez.—CE2020010850.
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría a las 15 horas 00 minutos del 22 de
septiembre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Chikis Store
Sociedad Anónima.—San José, 06 de noviembre del 2020.—Lic. Aníbal Gerardo
Jiménez Salas, Notario.—1 vez.—CE2020010851.
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría a las 08 horas 00 minutos del 15 de
septiembre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Surf Shack
Corporation de Costa Rica Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San
José, 06 de noviembre del 2020.—Lic. Hans Van Der Laat Robles, Notario.—1
vez.—CE2020010852.
Mediante escritura otorgada ante esta notaría a las 18 horas 00 minutos
del 08 de octubre del año 2019, se constituyó la sociedad denominada FSM
Imag Nostic Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 06 de noviembre
del 2020.—Lic. María Carolina Román Gutiérrez, Notario.—1
vez.—CE2020010853.
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría a las 16 horas 00 minutos del 05 de
noviembre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Dibema Limitada.—San
José, 06 de noviembre del 2020.—Lic. Mario Alberto Piña Líos, Notario.—1
vez.—CE2020010854.
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría a las 13 horas 00 minutos del 22 de
octubre del año 2019, se constituyó la sociedad denominada Fantastic
Solutions Inmobiliaria Sociedad Anónima.—San José, 06 de noviembre del
2020.—Lic. Mariela Guido Mena, Notario.—1 vez.—CE2020010855.
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría a las 09 horas 00 minutos del 06 de
noviembre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Blandin Paper
Company Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 06 de
noviembre del 2020.—Lic. Yancy Gabriela Araya Pérez, Notario.—1
vez.—CE2020010856.
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría a las 12 horas 00 minutos del 05 de
noviembre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada K D D G
Sociedad Anónima.—San José, 06 de noviembre del 2020.—Lic. Joshua Joel
Rosales Watson, Notario.—1 vez.—CE2020010857.
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría a las 12 horas 00 minutos del 23 de
octubre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Villa
Construction Costa Rica Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 06
de noviembre del 2020.—Lic. Douglas Alberto Beard Holst, Notario.—1
vez.—CE2020010858.
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría a las 10 horas 00 minutos del 05 de
noviembre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Constructora
Olmedo y Tataje Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 06
de noviembre del 2020.—Lic. Jennifer Jiménez Arias, Notario.—1
vez.—CE2020010859.
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría a las 15 horas 00 minutos del 24 de agosto
del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Compañía Grupo Las Nubes
del Sur Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 06 de
noviembre del 2020.—Lic. Anavita Ureña Valverde, Notario.—1 vez.—CE2020010860.
Mediante escritura otorgada ante esta notaría a las 15 horas 00 minutos
del 05 de noviembre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Aschvertising
Sociedad Anónima.—San
José, 06 de noviembre del 2020.—Lic. Luis Humberto Barahona De León, Notario.—1 vez.—CE2020010861.
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría a las 10 horas 00 minutos del 28 de
octubre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Regias y Divas
Sociedad Anónima.—San José, 06 de noviembre del 2020.—Lic. Marta Eugenia
Vargas Arrieta, Notario.—1 vez.—CE2020010862.
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría a las 11 horas 30 minutos del 04 de
noviembre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Corporación
Krafaca Sociedad Anónima.—San José, 06 de noviembre del 2020.—Lic. Ana iris
Páez Murillo, Notario.—1 vez.—CE2020010863.
Mediante escritura otorgada ante esta notaría a las 08 horas 00 minutos
del 03 de noviembre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Las
Pucas de Tamarindo Sociedad Anónima.—San José, 06 de noviembre del
2020.—Lic. Rafael Ángel Gutiérrez Gutiérrez, Notario.—1
vez.—CE2020010864.
Mediante escritura otorgada ante esta notaría a las 10 horas 30 minutos
del 06 de noviembre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Inversiones
Murillo del Sur Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 06
de noviembre del 2020.—Lic. Víctor Solís Castillo, Notario.—1 vez.—CE2020010865.
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría a las 15 horas 00 minutos del 05 de
noviembre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Instacrops
Centroamérica Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 06 de
noviembre del 2020.—Lic. Pablo Matamoros Arosemena, Notario.—1
vez.—CE2020010866.
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría a las 09 horas 30 minutos del 28 de
octubre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada LPCMOS Operations
Limitada.—San José, 06 de noviembre del 2020.—Lic. Andrés Montejo Morales, Notario.—1
vez.—CE2020010867.
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría a las 08 horas 00 minutos del 05 de
noviembre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada The Sutton
Family Limitada.—San José, 06 de noviembre del 2020.—Lic. Rafael Enrique
Cañas Coto, Notario.—1 vez.—CE2020010868.
Mediante escritura otorgada ante esta notaría a las 10 horas 15 minutos
del 05 de noviembre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada HQ
Constructores Caribeños Sociedad Anónima.—San José, 06 de noviembre
del 2020.—Lic. José Francisco Fallas González, Notario.—1 vez.—CE2020010869.
Mediante escritura otorgada ante esta notaría a las 12 horas 00 minutos
del 06 de noviembre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Hopshoppers
Sociedad Anónima.—San José, 06 de noviembre del 2020.—Lic. Federico José Jiménez Solano,
Notario.—1 vez.—CE2020010870.
Mediante escritura otorgada ante esta notaría a las 15 horas 00 minutos
del 04 de noviembre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Green
Advizor Investments Sociedad Anónima.—San José, 06 de noviembre del 2020.—Lic. Marcos
Andrés Rodríguez Hernández, Notario.—1 vez.—CE2020010871.
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría a las 07 horas 30 minutos del 06 de
noviembre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Agroservicios
MLM del Norte Sociedad Anónima.—San José, 06 de noviembre del
2020.—Lic. José Esteban Olivas Jiménez, Notario.—1 vez.—CE2020010872.
Mediante escritura otorgada ante esta notaría a las 18 horas 00 minutos
del 20 de octubre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Prime
Investments & Consultancies Sociedad Anónima.—San José, 06 de noviembre
del 2020.—Lic. Yiell Flores Madrigal, Notario.—1 vez.—CE2020010873.
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría a las 08 horas 00 minutos del 01 de
noviembre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Inversiones
Morive Sociedad Anónima Sociedad Anónima.—San José, 06 de noviembre
del 2020.—Lic. Annia Emilia Valverde Cascante, Notario.—1 vez.—CE2020010874.
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría a las 13 horas 00 minutos del 22 de
octubre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Inversiones Rzeta
Sociedad Anónima.—San José, 06 de noviembre del 2020.—Lic. Ingrid Vanessa
Otoya Murillo, Notario.—1 vez.—CE2020010875.
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría a las 13 horas 00 minutos del 06 de
noviembre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Riley Best JYB
Sociedad Anónima.—San José, 06 de noviembre del 2020.—Lic. Rafael Umaña
Miranda, Notario.—1 vez.—CE2020010876.
Mediante escritura otorgada ante esta notaría a las 15 horas 00 minutos
del 09 de octubre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Bioenfa
Lifesciences Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 06 de
noviembre del 2020.—Lic. Ronald Antonio Sánchez Trejos, Notario.—1 vez.—CE2020010877.
Mediante escritura otorgada ante esta notaría a las 15 horas 54 minutos
del 28 de octubre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Ministerios
Unidos AP RR Sociedad Anónima.—San José, 06 de noviembre del
2020.—Lic. Bianchy Magdalena Rodríguez
Salas, Notario.—1 vez.—CE2020010878.
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría a las 18 horas 30 minutos del 05 de
noviembre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Corderos del
Campo Sociedad Anónima.—San José, 06 de noviembre del 2020.—Lic. Orlando
Chaves Quesada, Notario.—1 vez.—CE2020010879.
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría a las 17 horas 00 minutos del 05 de
noviembre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Iscarben y
Camgon de Sarchí Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 06
de noviembre del 2020.—Lic. Marianela Doubleday Céspedes, Notario.—1
vez.—CE2020010880.
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría a las 10 horas 36 minutos del 17 de
octubre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Constructora Pama
Sociedad Anónima.—San José, 06 de noviembre del 2020.—Lic. Johnny Barrantes
Quesada, Notario.—1 vez.—CE2020010881.
Mediante
escritura otorgada ante esta Notaría a las 14 horas 00 minutos del 06 de
noviembre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Reinn Sociedad
de Responsabilidad Limitada.—San José, 06 de noviembre del 2020.—Lic.
Alberto Eduardo Soto Víquez,
Notario.—1 vez.—CE2020010882.
Mediante
escritura otorgada ante esta Notaría a las 21 horas 15 minutos del 03 de
noviembre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada C Treinta
Entretenimiento Limitada.—San José, 07 de noviembre del 2020.—Lic. Luis
Diego Rodríguez
Mena, Notario.—1 vez.—CE2020010883.
Mediante
escritura otorgada ante esta Notaría a las 15 horas 00 minutos del 05 de
noviembre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Setel &
Compañía JR Sociedad Anónima.—San José, 10 de noviembre del 2020.–Lic. Luis
Alonso Aguilar Segura, Notario.—1 vez.—CE2020011025.
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría a las 08 horas 00 minutos del 09 de
noviembre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Creando
Ganadores Inc Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 10 de
noviembre del 2020.—Lic. José Manuel Mojica Cerda, Notario.—1 vez.—CE2020011024.
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría a las 11 horas 30 minutos del 10 de
noviembre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Mundo Golf
Natural Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 10 de noviembre del
2020.—Lic. Catalina María Aguilar Hernández, Notario.—1 vez.—CE2020011023.
Mediante escritura otorgada ante esta notaría a las 10 horas 00 minutos
del 09 de noviembre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Green
Equity Latam Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 10 de
noviembre del 2020.—Lic. Alberto Sáenz Roesch, Notario.—1 vez.—CE2020011022.
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 12 horas 30 minutos del 06 de
noviembre del año 2019, se constituyó la sociedad denominada C C C
Environmental Solutions Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 10
de noviembre del 2020.—Lic. José Antonio Reyes Villalobos, Notario.—1
vez.—CE2020011021.
Mediante
escritura otorgada ante esta Notaría a las 10 horas 00 minutos del 10 de
Noviembre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada BD Finance
Sociedad Anónima.—San José, 10 de noviembre del 2020.—Lic. Juan Manuel
Godoy Pérez, Notario.—1 vez.—CE2020011020.
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría a las 14 horas 00 minutos del 10 de
noviembre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Tomasello
Chocolate Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 10 de noviembre
del 2020.—Lic. José Antonio Silva Meneses, Notario.—1 vez.—CE2020011019.
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría a las 15 horas 00 minutos del 09 de
noviembre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Soluciones
Edicon Sociedad Anónima.—San José, 10 de noviembre del 2020.—Lic. Kattia
Vanessa Castillo Vargas, Notario.—1 vez.—CE2020011018.
Mediante
escritura otorgada ante esta Notaría a las 08 horas 00 minutos del 02 de
noviembre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Importadora de
Productos A Granel Sociedad Anónima.—San José, 10 de noviembre del
2020.—Lic. Luis Gerardo Carvajal Jiménez, Notario.—1 vez.—CE2020011017.
Mediante escritura otorgada ante esta Notaría a las 14 horas 00 minutos
del 02 de noviembre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Westfalia
Bennett Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 10 de Noviembre del
2020.—Lic. Jorge Johanning Mora, Notario.—1 vez.—CE2020011016.
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría a las 10 horas 30 minutos del 06 de
noviembre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Inversiones
Comerciales RBM del Pacifico Sur Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San
José, 10 de noviembre del 2020.—Lic. Víctor Solís Castillo, Notario.—1
vez.—CE2020011015.
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría a las 14 horas 00 minutos del 05 de
noviembre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Alianza Verde
Eco Urbana Sociedad Anónima.—San José, 10 de noviembre del 2020.—Lic. Juan
Carlos Rojas Sandi, Notario.—1 vez.—CE2020011014.
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría a las 10 horas 00 minutos del 10 de
noviembre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Prima Zona Blu
Sociedad Anónima.—San José, 10 de noviembre del 2020.—Lic. José Antonio
Aiza Juárez, Notario.—1 vez.—CE2020011013.
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría a las 10 horas 00 minutos del 09 de
noviembre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Pescamas de
Costa Rica Sociedad Anónima.—San José, 10 de noviembre del 2020.—Lic.
Alejandro Matamoros Bolaños, Notario.—1 vez.—CE2020011012.
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría a las 13 horas 30 minutos del 10 de
noviembre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Truck Ride
Limitada.—San José, 10 de noviembre del 2020.–Lic. Héctor Manuel Fallas
Vargas, Notario.—1 vez.—CE2020011011.
Mediante escritura otorgada ante esta notaría a las 11 horas 00 minutos
del 23 de octubre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada CRM CR
Carrocería y Pintura Sociedad Anónima.—San José, 10 de noviembre
del 2020.—Lic. Víctor Hugo Fernández Mora, Notario.—1 vez.—CE2020011010.
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría a las 18 horas 30 minutos del 09 de
noviembre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Innova Trans
Logic Sociedad Anónima.—San José, 10 de noviembre del 2020.—Lic. Greivin
Chacón Ramírez, Notario.—1 vez.—CE2020011009.
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría a las 15 horas 00 minutos del 20 de
octubre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Soluciones F.M.R.
Sociedad Anónima.—San José, 10 de noviembre del 2020.—Lic. Ileana Rodríguez
González, Notario.—1 vez.—CE2020011008.
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría a las 08 horas 00 minutos del 28 de
octubre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Fiinbell Sociedad
Anónima.—San José, 10 de noviembre del 2020.—Lic. Luis Eduardo Hernández
Aguilar, Notario.—1 vez.— CE2020011007.
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría a las 17 horas 00 minutos del 10 de
octubre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Representaciones
Balcen Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 10 de noviembre del
2020.—Lic. Leonardo Crespi Zorino, Notario.—1 vez.—CE2020011006.
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría a las 10 horas 00 minutos del 09 de
noviembre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada BJM Sueño Sin
Fin Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 10 de noviembre del
2020.—Lic. Silvia Patricia Alvarado Quijano, Notario.—1 vez.—CE2020011005.
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría a las 14 horas 30 minutos del 27 de
octubre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Inversiones SRK
San Miguel Sociedad Anónima.—San José, 10 de noviembre del 2020.—Lic.
Ileana Rodríguez
González,
Notario.—1 vez.—CE2020011004.
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría a las 10 horas 00 minutos del 03 de
noviembre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Groupm Costa
Rica Limitada.—San José, 10 de noviembre del 2020.—Lic. Alejandro Vargas
Yong, Notario.—1 vez.—CE2020011003.
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría a las 11 horas 00 minutos del 05 de
noviembre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Grupo Zuval INT
Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 10 de noviembre del
2020.—Lic. María
Cristina Porras Araya, Notario.—1 vez.—CE2020011002.
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría a las 12 horas 00 minutos del 15 de
octubre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Bearhug Holdings
LLC Limitada.—San José, 10 de noviembre del 2020.—Lic. Alan Garro
Navarro, Notario.—1 vez.—CE2020011001.
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría a las 10 horas 00 minutos del 09 de
septiembre del año 2019, se constituyó la sociedad denominada Finca Senkal
Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 10 de noviembre del
2020.—Lic. Lidia Isabel Castro Segura, Notario.—1 vez.—CE2020011000.
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría a las 11 horas 00 minutos del 10 de
noviembre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Agrícola
Aracely Cathalea Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 10 de
noviembre del 2020.—Lic. Marlon Fernando Arce Blanco, Notario.—1
vez.—CE2020010999.
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría a las 11 horas 10 minutos del 02 de
noviembre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Heróes Club de
Tiro Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 10 de noviembre del
2020.—Lic. Seidy Patricia Miranda Castro, Notario.—1 vez.—CE2020010997.
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría a las 12 horas 30 minutos del 10 de
noviembre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Eco Vida
Property Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 10 de noviembre
del 2020.—Lic. Manuel Antonio Porras Vargas, Notario.—1 vez.—CE2020010996.
Mediante escritura otorgada ante esta notaría a las 12 horas 00 minutos
del 10 de noviembre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Cool
Antros Sociedad Anónima.—San José, 10 de Noviembre del 2020.–Lic. Evelin De
Los Ángeles Sandoval Sandoval, Notario.—1
vez.—CE2020010995.
Mediante escritura otorgada ante esta notaría a las 10 horas 00 minutos
del 10 de noviembre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Tecno
Metalmecánica Sociedad Anónima.—San José, 10 de noviembre del 2020.—Lic.
Randy David Hernández Rodríguez, Notario.—1 vez.—CE2020010994.
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría a las 16 horas 35 minutos del 08 de
octubre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada VLS Heavy Lift
Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 10 de noviembre del
2020.—Lic. José
Rafael Aguilar Vargas, Notario.—1 vez.—CE2020010993.
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría a las 10 horas 00 minutos del 26 de
octubre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Orthokeys
Sociedad Anónima.—San José, 10 de noviembre del 2020.—Lic. Soledad Bustos
Chaves, Notario.—1 vez.—CE2020010992.
Mediante escritura otorgada ante esta notaría a las 12 horas 00 minutos
del 31 de octubre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Según Cédula Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San
José, 10 de noviembre del 2020.—Lic. Juan Manuel Barquero Vargas, Notario.—1
vez.—CE2020010991.
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría a las 16 horas 00 minutos del 09 de
noviembre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Tengda Sociedad
de Responsabilidad Limitada.—San José, 10 de noviembre del 2020.—Lic. Yijun
Xie Luo, Notario.—1 vez.—CE2020010990.
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría a las 18 horas 20 minutos del 09 de
noviembre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Amarga Escencia
Sociedad Anónima.—San José, 10 de noviembre del 2020.—Lic. Francis Estrada
Acevedo, Notario.—1 vez.—CE2020010989.
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría a las 15 horas 00 minutos del 06 de
noviembre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Optimiventas
Financieras Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 10 de noviembre
del 2020.—Lic. Isabel Cristina Vargas Vargas, Notario.—1 vez.—CE2020010988.
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría a las 10 horas 40 minutos del 10 de
noviembre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada M&P
Investmets Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 10 de noviembre
del 2020.—Lic. Leonardo Feinzaig Taitelbaum, Notario.—1 vez.—CE2020010987.
Mediante escritura otorgada ante esta notaría a las 13 horas 00 minutos
del 04 de noviembre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Osos
del Descanso Sociedad Anónima.—San José, 10 de noviembre del 2020.—Lic.
Walter Gerardo Gómez Rodríguez, Notario.—1 vez.—CE2020010986.
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría a las 10 horas 00 minutos del 26 de
octubre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Rotval Custom
Fabrications Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 10 de
noviembre del 2020.—Lic. Arturo Joaquín Blanco Páez, Notario.—1
vez.—CE2020010985.
Mediante escritura otorgada ante esta notaría a las 18 horas 30 minutos
del 09 de noviembre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Agricultores
Tierras Frías Sociedad Anónima.—San José, 10 de noviembre del 2020.—Lic.
Douglas Ernesto Pasapera Beita, Notario.—1 vez.—CE2020010984.
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría a las 08 horas 30 minutos del 10 de
noviembre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Grupo
Inmobiliario Costa Dorada RP Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San
José, 10 de noviembre del 2020.—Lic. Alejandra Peña Quesada, Notario.—1
vez.—CE2020010983.
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría a las 11 horas 00 minutos del 29 de
setiembre del año 2019, se constituyó la sociedad denominada Ingeniería y
Construcciones Metálicas Herboza Sociedad Anónima.—San José, 10 de
noviembre del 2020.—Lic. Olga María Mata Chacón, Notario.—1
vez.—CE2020010982.
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría a las 09 horas 00 minutos del 10 de
noviembre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Inversiones Los
Sueños L y L Sociedad Anónima.—San José, 10 de noviembre del 2020.—Lic.
Alexander Lobo Alvarado, Notario.—1 vez.—CE2020010981.
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría a las 14 horas 00 minutos del 06 de
noviembre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada AGP Tech
Sociedad Anónima.—San José, 10 de Noviembre del 2020.–Lic. Rafael Enrique
Cañas Coto, Notario.—1 vez.—CE2020010980.
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría a las 10 horas 00 minutos del 06 de
noviembre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada RH La Oficina
Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 10 de noviembre del 2020.—Lic.
Raúl
Hidalgo Rodríguez,
Notario.—1 vez.—CE2020010979.
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría a las 13 horas 00 minutos del 28 de
octubre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Manzana Dorada
Limitada.—San José, 10 de noviembre del 2020.—Lic. Annia Shirley Zúñiga
Méndez, Notario.—1 vez.—CE2020010978.
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría a las 16 horas 30 minutos del 09 de
noviembre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Casa Cobb de
Nosara Limitada.—San José, 10 de noviembre del 2020.—Lic. Robert Christian
Van Der Putten Reyes, Notario.—1 vez.—CE2020010977.
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría a las 19 horas 00 minutos del 09 de
noviembre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Importaciones
Cuánticas Veintiuno & Veintiuno y Asociados Sociedad Anónima.—San José,
10 de noviembre del 2020.—Lic. Aaron Jacob Ugalde Maxwell, Notario.—1
vez.—CE2020010976.
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría a las 13 horas 15 minutos del 04 de
noviembre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Skelmetal
Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 10 de noviembre del
2020.—Lic. Leonardo Diaz Rivel, Notario.—1 vez.—CE2020010975.
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría a las 00 horas 35 minutos del 06 de
noviembre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada LD Kiva
Properties Sociedad Anónima.—San José, 10 de noviembre del 2020.—Lic.
Carlos Alfredo Umaña Balser, Notario.—1 vez.—CE2020010974.
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría a las 00 horas 00 minutos del 05 de
noviembre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Grupo Discorsa
Vaco Sociedad Anónima.—San José, 10 de noviembre del 2020.—Lic. Sandra Moya
Serrano, Notario.—1 vez.—CE2020010973.
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría a las 14 horas 00 minutos del 09 de
noviembre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Taxstrat
Servicios Legal Tributarios TSLT Sociedad Anónima.—San José, 10 de
noviembre del 2020.—Lic. Alejandra Carolina Román Espinoza, Notario.—1 vez.—
CE2020010972.
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría a las 11 horas 00 minutos del 29 de octubre del año 2020, se constituyó la sociedad
denominada Rare Couture Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José,
10 de noviembre del 2020.—Lic. Ester Moya Jiménez, Notario.—1
vez.—CE2020010971.
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría a las 17 horas 00 minutos del 06 de
noviembre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Inversiones AAA
Jacó Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 10 de noviembre del
2020.—Lic. Allan Andrés
Madrigal Anchia, Notario.—1 vez.—CE2020010970.
Mediante escritura otorgada ante esta Notaría a las 17 horas 00 minutos
del 06 de noviembre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Azack
Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 10 de noviembre del
2020.–Lic. Ariana De Los Ángeles Badilla
Ureña, Notario.—1 vez.—CE2020010969.
Mediante escritura otorgada ante esta notaría a las 12 horas 00 minutos
del 09 de noviembre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Pico
Blanco Escape Sociedad Anónima.—San José, 10 de noviembre del 2020.—Lic.
Arturo Barzuna Lacayo, Notario.—1 vez.—CE2020010968.
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría a las 17 horas 00 minutos del 09 de
noviembre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Desarrolladora
Comercial Damaga Sociedad Anónima.—San José, 10 de noviembre del 2020.—Lic.
Gustavo Adolfo Fernández
Badilla, Notario.—1 vez.—CE2020010967.
Mediante escritura otorgada ante esta notaría a las 11 horas 00 minutos
del 09 de noviembre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Anahata
Costa Rica Property Management Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San
José, 10 de noviembre del 2020.—Lic. Christian Javier Badilla Vargas,
Notario.—1 vez.—CE2020010966.
Mediante escritura otorgada ante esta notaría a las 10 horas 00 minutos
del 06 de noviembre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Exotic
Farms Sociedad Anónima.—San José, 10 de noviembre del 2020.—Lic. Francisco
Esquivel Sánchez, Notario.—1 vez.—CE2020010965.
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría a las 10 horas 00 minutos del 02 de
noviembre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Got
Technologies Costa Rica Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 10
de noviembre del 2020.—Lic. Rodolfo Enrique Montero Pacheco, Notario.—1
vez.—CE2020010964.
Mediante escritura otorgada ante esta notaría a las 17 horas 00 minutos
del 17 de agosto del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Walhalla
Blue Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 10 de noviembre del
2020.—Lic. Ada Valeria Aguilera Garita, Notario.—1 vez.—CE2020010963.
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría a las 11 horas 00 minutos del 28 de
octubre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Agrícola Fervasa
de Río Frío Sociedad Anónima.—San José, 10 de Noviembre del 2020.–Lic.
Sonia Carrillo Ugalde, Notario.—1 vez.—CE2020010962.
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría a las 21 horas 15 minutos del 03 de
noviembre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada C Treinta
Entrenamiento Limitada.—San José, 10 de noviembre del 2020.—Lic. Luis Diego
Rodríguez
Mena, Notario.—1 vez.—CE2020010961.
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría a las 18 horas 00 minutos del 06 de
noviembre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Faanna Sociedad
Anónima.—San José, 11 de noviembre del 2020.—Lic. Ernesto Jiménez Mora, Notario.—1 vez.—
CE2020011083.
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría a las 19 horas 00 minutos del 11 de
noviembre del año 2020, se constituyó la
sociedad denominada MB Artesanal Inversiones Sociedad
de Responsabilidad Limitada.—San José, 11 de noviembre del 2020.—Lic. Jefte
Javier Mathieu Contreras, Notario.—1 vez.— CE2020011084.
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría a las 16 horas 40 minutos del 04 de
noviembre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Kai – Zen GSED
Group of Costa Rica Sociedad Anónima.—San José, 12 de noviembre
del 2020.—Lic. Jorge Fredy Chacón
Villalobos, Notario.—1 vez.— CE2020011085.
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría a las 09 horas 30 minutos del 11 de
noviembre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Importaciones
Melac Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 12 de noviembre del
2020.—Lic. Marcela Padilla Valverde, Notaria.—1 vez.—CE2020011086.
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría a las 11 horas 00 minutos del 11 de
noviembre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Recharge South
Limitada.—San José, 12 de noviembre del 2020.—Lic. Gonzalo José Rojas Benavides, Notario.—1
vez.—CE2020011087.
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría a las 12 horas 00 minutos del 02 de
noviembre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Peaje CRCHI
Sociedad Anónima.—San José, 12 de noviembre del 2020.—Lic. Edgar
Alejandro Solís
Moraga, Notario.—1 vez.— CE2020011088.
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría a las 16 horas 00 minutos del 24 de
octubre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Rapamalu Sociedad
Anónima.—San José, 12 de noviembre del 2020.—Lic. Heile Guerrero García, Notario.—1
vez.—CE2020011089.
Mediante escritura otorgada ante esta notaría a las 14 horas 00 minutos
del 10 de noviembre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Supply
Chain Transformation Hub Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San
José, 12 de noviembre del 2020.—Lic. Carlos Víquez Jara, Notario.—1 vez.—CE2020011090.
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría a las 17 horas 00 minutos del 06 de
noviembre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Inversiones
Zachary Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 12 de noviembre del
2020.—Lic. Ariana De Los Ángeles Badilla Ureña, Notaria.—1 vez.— CE2020011091.
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría a las 16 horas 00 minutos del 10 de
noviembre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Servicios
Contables Chinchilla Sociedad Anónima.—San José, 12 de noviembre del
2020.—Lic. Ernesto Desanti González,
Notario.—1 vez.—CE2020011092.
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría a las 08 horas 00 minutos del 12 de
noviembre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Zona Azul
Financial Zaf Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 12 de
noviembre del 2020.—Lic. Ana Mercedes Sancho Rubí, Notaria.—1 vez.—CE2020011093.
Mediante escritura
otorgada ante esta notaría a las 13 horas 00 minutos del 10 de noviembre del
año 2020, se constituyó la sociedad denominada Ganadería Zapote – Puerto
Jiménez Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 12 de
noviembre del 2020.—Lic. Walter Gerardo Gómez Rodríguez, Notario.—1
vez.—CE2020011094.
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría a las 15 horas 00 minutos del 11 de
noviembre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Chem Soluciones
Sociedad Anónima.—San José, 12 de noviembre del 2020.—Lic. Karen Otárola
Luna, Notaria.—1 vez.—CE2020011095.
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría a las 10 horas 00 minutos del 28 de
octubre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada J.H.Genetics Sociedad
Anónima.—San José, 12 de noviembre del 2020.—Lic. Marlon Eduardo
Schlotterhausen Rojas, Notario.—1 vez.— CE2020011096.
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría a las 08 horas 00 minutos del 08 de
noviembre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Blue Zone
Ventures Corp Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 12 de
noviembre del 2020.—Lic. Steffano José Ferraro Florez Estrada, Notario.—1
vez.—CE2020011097.
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría a las 07 horas 00 minutos del 12 de
noviembre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Desarrollos
Verdes Sostenibles Uno Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San
José, 12 de noviembre del 2020.—Lic. María Lourdes Cuadra Solís, Notaria.—1
vez.—CE2020011098.
Mediante escritura otorgada ante esta notaría a las 14 horas 00 minutos
del 03 de noviembre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Vicosa
Correduría Aduanera Sociedad
Anónima.—San José, 12 de noviembre del 2020.—Lic. Dinia María González Cabezas,
Notaria.—1 vez.—CE2020011099.
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría a las 14 horas 00 minutos del 22 de
octubre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Varela Serrano
Soluciones Digitales Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José,
12 de noviembre del 2020.—Lic. Jorge Fernando Calvo Mora, Notario.—1
vez.—CE2020011100.
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría a las 18 horas 00 minutos del 10 de
noviembre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Mawomba Sociedad
Anónima.—San José, 12 de noviembre del 2020.—Lic. Ileana Montero Montoya,
Notaria.—1 vez.—CE2020011101.
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría a las 09 horas 00 minutos del 12 de
noviembre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Servicios de
Seguridad Privada Buenaventura Sociedad Anónima.—San José, 12 de
noviembre del 2020.—Lic. Luis Eduardo Leal Vega, Notario.—1 vez.—CE2020011102.
Mediante escritura otorgada ante esta notaría a las 19 horas 00 minutos
del 11 de noviembre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada JHAF
Sociedad Anónima.—San José, 12 de noviembre del 2020.—Lic. Anthony
Norman Borbón Rojas, Notario.—1
vez.—CE2020011103.
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría a las 23 horas 30 minutos del 02 de
noviembre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada American Factoring
Corp Sociedad Anónima.—San José, 12 de noviembre del 2020.—Lic.
Danilo Loaiza Bolandi, Notario.—1 vez.—CE2020011104.
Mediante escritura otorgada ante esta notaría a las 14 horas 00 minutos
del 10 de noviembre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada ICK
Costa Rica Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 12 de noviembre
del 2020.—Lic. Maynor Ignacio Sánchez Ramírez, Notario.—1 vez.—CE2020011105.
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría a las 09 horas 00 minutos del 07 de noviembre
del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Instaelectro JC Sociedad
Anónima.—San José, 12 de noviembre del 2020.—Lic. Sofia Elena Moreno González, Notario.—1
vez.—CE2020011106.
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría a las 10 horas 00 minutos del 12 de
noviembre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Importaciones
de Moda F & T Limitada.—San José, 12 de noviembre del 2020.—Lic.
Álvaro López Araya, Notario.—1 vez.—CE2020011107.
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría a las 11 horas 00 minutos del 09 de
noviembre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Leg Esthetic
Products Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 12 de
noviembre del 2020.—Lic. Fernando Berrocal Soto, Notario.—1 vez.—CE2020011108.
Mediante escritura otorgada ante esta notaría a las 09 horas 00 minutos
del 11 de noviembre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Chortis
Ventures Sociedad Anónima.—San José, 12 de noviembre del 2020.—Lic.
Fernando Vargas Winiker, Notario.—1 vez.—CE2020011109.
Mediante escritura otorgada ante esta notaría a las 11 horas 00 minutos
del 12 de noviembre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Express
Autoparts Sociedad Anónima.—San José, 12 de noviembre del 2020.—Lic. Rafael
Ángel Rodríguez Chaverri,
Notario.—1 vez.—CE2020011110.
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría a las 09 horas 00 minutos del 10 de
noviembre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Accounting
& Taxes Consulting Sociedad Anónima.—San José, 12 de noviembre del
2020.—Lic. Alejandra Carolina Román Espinoza, Notaria.—1
vez.—CE2020011111.
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría a las 15 horas 00 minutos del 11 de
noviembre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada GRP Ragago
Limitada.—San José, 12 de noviembre del 2020.—Lic. Enrique Carranza
Echeverria, Notario.—1 vez.—CE2020011112.
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría a las 10 horas 00 minutos del 10 de
noviembre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada PR Consultores
Sociedad Anónima.—San José, 12 de noviembre del 2020.—Lic. Alejandra
Carolina Román
Espinoza, Notaria.—1 vez.—CE2020011113.
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría a las 09 horas 00 minutos del 19 de junio
del año 2020, se constituyó la sociedad denominada SN Sociedad de
Responsabilidad Limitada.—San José, 12 de noviembre del 2020.—Lic. Luis Ángel
Salazar Ureña, Notario.—1 vez.—CE2020011114.
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría a las 18 horas 00 minutos del 06 de
noviembre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Servicios
Contables Mora Salazar Sociedad Anónima.—San José, 12 de noviembre del
2020.—Lic. Juan Carlos Morera Fernández, Notario.—1
vez.—CE2020011115.
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría a las 10 horas 45 minutos del 04 de
noviembre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada G Y A Seguridad
Los Quetzales Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 12 de
noviembre del 2020.—Lic. Randall Rubén Sánchez Mora, Notario.—1
vez.—CE2020011116.
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría a las 09 horas 00 minutos del 10 de
noviembre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Runda Sociedad
Anónima.—San José, 12 de noviembre del 2020.—Lic. Beatriz Artavia Vásquez,
Notaria.—1 vez.—CE2020011117.
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría a las 13 horas 00 minutos del 22 de
octubre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Inversiones RZETA
Dos Sociedad Anónima.—San José, 12 de noviembre del 2020.—Lic. Ingrid
Vanessa Otoya Murillo, Notaria.—1 vez.—CE2020011118.
Mediante escritura otorgada ante esta notaría a las 14 horas 00 minutos
del 07 de noviembre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Lyasa
L&J Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 12 de
noviembre del 2020.—Lic. Walter Solís Amen, Notario.—1 vez.—CE2020011119.
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría a las 18 horas 00 minutos del 11 de
noviembre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Funeraria
Retorno al Cielo Sociedad Anónima.—San José, 12 de noviembre del
2020.—Lic. Nelly Nohelia Achio Artavia, Notaria.—1 vez.—CE2020011120.
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría a las 10 horas 00 minutos del 09 de
noviembre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada W&F
Limitada Limitada.—San José, 12 de noviembre del 2020.—Lic. Juan José Marín
Rivera, Notario.—1 vez.—CE2020011121.
Mediante escritura otorgada ante esta notaría a las 19 horas 00 minutos
del 04 de noviembre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada R Y R
Refricom Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 12 de noviembre
del 2020.—Lic. Walter Solís Amen,
Notario.—1 vez.—CE2020011122.
Mediante escritura otorgada ante esta notaría a las 10 horas 45 minutos
del 11 de noviembre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Bodhi
Covers Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 12 de
noviembre del 2020.—Lic. Ana Cecilia De Ezpeleta Aguilar, Notario.—1
vez.—CE2020011123.
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría a las 09 horas 15 minutos del 19 de junio
del año 2020, se constituyó la sociedad denominada SN Sociedad de
Responsabilidad Limitada.—San José, 12 de noviembre del 2020.—Lic. Luis Ángel
Salazar Ureña, Notario.—1 vez.—CE2020011124.
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría a las 20 horas 00 minutos del 11 de
noviembre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Antiva Sociedad
Anónima.—San José, 12 de noviembre del 2020.—Lic. Danilo Powell Pritchard,
Notario.—1 vez.—CE2020011125.
Mediante escritura otorgada ante esta notaría a las 08 horas 00 minutos
del 11 de noviembre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Golden
Drops 506 Sociedad de Responsabilidad Limitada Sociedad de
Responsabilidad Limitada.—San José, 12 de noviembre del 2020.—Lic. Franklin
esteban Fernández Torrentes,
Notario.—1 vez.—CE2020011126.
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría a las 17 horas 00 minutos del 06 de
noviembre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada FLET-E Costa
Rica Sociedad Anónima.—San José, 12 de noviembre del 2020.—Lic. Kathia
Valverde Molina, Notaria.—1 vez.—CE2020011127.
Mediante escritura otorgada ante esta notaría a las 11 horas 00 minutos
del 10 de noviembre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Tres
Nosara Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 12 de
noviembre del 2020.—Lic. Nicole María Quesada Gurdián, Notaria.—1 vez.—CE2020011128.
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría a las 14 horas 00 minutos del 05 de
noviembre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Tierra de Gosen
Sociedad Anónima.—San José, 12 de noviembre del 2020.—Lic. Olga Marta
Cascante Sandoval, Notario.—1 vez.—CE2020011129.
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría a las 12 horas 00 minutos del 04 de
noviembre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Publi Sports
Sociedad Anónima.—San José, 12 de noviembre del 2020.—Lic. Mauricio Lara
Ramos, Notario.—1 vez.—CE2020011130.
Mediante escritura
otorgada ante esta notaría a las 13 horas 30 minutos del 09 de noviembre del
año 2020, se constituyó la sociedad denominada Virhive Sociedad Anónima.—San
José, 12 de noviembre del 2020.—Lic. Silvia María González
Castro, Notaria.—1 vez.—CE2020011131.
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría a las 10 horas 00 minutos del 12 de
noviembre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Zeus Holdings
LLC Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 12 de noviembre
del 2020.—Lic. Carolina De Los Ángeles Mendoza Álvarez, Notario.—1
vez.—CE2020011132.
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría a las 10 horas 00 minutos del 10 de
noviembre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Ichigeki
Striking Fitness Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 12
de noviembre del 2020.—Lic. Netzy Yanina Soto Rojas, Notario.—1
vez.—CE2020011133.
Mediante escritura otorgada ante esta notaría a las 19 horas 00 minutos
del 10 de noviembre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada cédula jurídica Sociedad
de Responsabilidad Limitada.—San José, 12 de noviembre del 2020.—Lic.
Sandra Marcela Artavia Rodríguez,
Notario.—1 vez.—CE2020011134.
Mediante escritura otorgada ante esta notaría a las 10 horas 00 minutos
del 28 de octubre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Globatec
Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 12 de noviembre del
2020.—Lic. Lidia Teresa Fernández
Barboza, Notario.—1 vez.—CE2020011135.
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría a las 15 horas 00 minutos del 12 de
noviembre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Castle Morgan
LLC Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 12 de noviembre
del 2020.—Lic. Marco Antonio Fernández López,
Notario.—1 vez.—CE2020011136.
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría a las 09 horas 00 minutos del 10 de
noviembre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Grupo Innova
Sociedad Anónima.—San José, 12 de noviembre del 2020.—Lic. Jorge Luis
Villalobos Salgado, Notario.—1 vez.—CE2020011137.
Mediante escritura otorgada ante esta notaría a las 10 horas 30 minutos
del 10 de noviembre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Emur
Security Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 12 de noviembre
del 2020.—Lic. Eimy Arce Arias, Notario.—1 vez.—CE2020011138.
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría a las 08 horas 00 minutos del 07 de
octubre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada La Casa De Los
Giacomin En Los Yoses Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 12 de
noviembre del 2020.—Lic. Rafael Manzanares Murillo, Notario.—1
vez.—CE2020011139.
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría a las 11 horas 00 minutos del 11 de
noviembre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Pajarosenvuelo
Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 12 de noviembre del
2020.—Lic. Patricia Claudia Frances, Notario.—1 vez.—CE2020011140.
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría a las 09 horas 00 minutos del 12 de
noviembre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada El Hogar De
Nazareth Palmares Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 12 de
noviembre del 2020.—Lic. Jairo José Ramírez Pacheco, Notario.—1 vez.—
CE2020012848.
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría a las 16 horas 30 minutos del 09 de
noviembre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada El Costaso del
Norte Sociedad Anónima.—San José, 16 de noviembre del 2020.—Licda. Rosalina
Estrella Mendoza, Notaria.—1 vez.—CE2020011265.
Mediante escritura otorgada ante esta
notaría a las 23 horas 00 minutos del 11 de noviembre del año 2020, se
constituyó la sociedad denominada El Mundo El Sueño Sociedad de
Responsabilidad Limitada.—San José, 16 de noviembre del 2020.—Lic. Juan
Diego Chaves Quesada, Notario.—1 vez.—CE2020011266.
Mediante escritura
otorgada ante esta notaría a las 15 horas 00 minutos del 16 de noviembre del
año 2020, se constituyó la sociedad denominada Franko de La O Sociedad
Anónima.—San José, 16 de noviembre del 2020.—Licda. María del Carmen Garita
Araya, Notario.—1 vez.—CE2020011267.
Mediante escritura otorgada ante esta
notaría a las 08 horas 00 minutos del 07 de octubre del año 2020, se constituyó
la sociedad denominada La Nostra Casa a Los Yoses Sociedad de
Responsabilidad Limitada.—San José, 16 de noviembre del 2020.—Lic. Rafael
Manzanares Murillo, Notario.—1 vez.—CE2020011268.
Mediante escritura otorgada ante esta
notaría a las 16 horas 30 minutos del 02 de noviembre del año 2020, se
constituyó la sociedad denominada Bry Siete Dos Tres Cero Cinco Sociedad
Anónima.—San José, 16 de noviembre del 2020.—Licda. Kattia Navarro López,
Notaria.—1 vez.—CE2020011269.
Mediante escritura otorgada ante esta
notaría a las 08 horas 00 minutos del 16 de noviembre del año 2020, se constituyó
la sociedad denominada Didicoop Sociedad Anónima.—San José, 17 de
noviembre del 2020.—Lic. Pablo Peña Ortega, Notario.—1 vez.—CE2020011270.
Mediante escritura otorgada ante esta
notaría a las 09 horas 30 minutos del 15 de noviembre del año 2020, se constituyó
la sociedad denominada Varcane Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San
José, 17 de noviembre del 2020.—Lic. Harold Meléndez Gamboa, Notario.—1
vez.—CE2020011271.
Mediante escritura otorgada ante esta
notaría a las 13 horas 00 minutos del 11 de noviembre del año 2020, se
constituyó la sociedad denominada Corporación Porlatch de Costa Rica y de
Centroamérica Sociedad Anónima.—San José, 17 de noviembre del 2020.—Lic.
Stefan Ali Chaves Boulanger, Notario.—1 vez.—CE2020011272.
Mediante escritura otorgada ante esta
notaría a las 10 horas 00 minutos del 11 de noviembre del año 2020, se
constituyó la sociedad denominada Trans-Roca H Y R de Carrillos Sociedad de
Responsabilidad Limitada.—San José, 17 de noviembre del 2020.—Lic. Andrés
Martín Vargas Rojas, Notario.—1 vez.—CE2020011273.
Mediante escritura otorgada ante esta
notaría a las 15 horas 30 minutos del 13 de noviembre del año 2020, se
constituyó la sociedad denominada Vaymacrol Sociedad de Responsabilidad
Limitada.—San José, 17 de noviembre del 2020.—Lic. Marco Vinicio Villegas
Arroyo, Notario.—1 vez.—CE2020011274.
Mediante escritura otorgada ante esta
notaría a las 08 horas 00 minutos del 16 de noviembre del año 2020, se
constituyó la sociedad denominada Centro de Terapia Frío Limitada.—San
José, 17 de noviembre del 2020.—Lic. Guido Alberto Soto Quesada, Notario.—1
vez.—CE2020011275.
Mediante escritura otorgada ante esta
notaría a las 10 horas 00 minutos del 12 de noviembre del año 2020, se
constituyó la sociedad denominada Troyboy LLC Sociedad de Responsabilidad
Limitada.—San José, 17 de noviembre del 2020.—Licda. Carolina de Los
Ángeles Mendoza Álvarez, Notaria.—1 vez.—CE2020011276.
Mediante escritura otorgada ante esta
notaría a las 16 horas 00 minutos del 14 de noviembre del año 2020, se constituyó
la sociedad denominada Servicios Médicos Oncología Radioterápica Sociedad
Anónima.—San José, 17 de noviembre del 2020.—Lic. Christopher Carvajal
Cordero, Notario.—1 vez.—CE2020011277.
Mediante escritura otorgada ante esta
notaría a las 08 horas 00 minutos del 13 de noviembre del año 2020, se
constituyó la sociedad denominada Dragon Cen Siete Siete Sociedad de
Responsabilidad Limitada.—San José, 17 de noviembre del 2020.—Lic. Bernal
Eduardo Alfaro Solano, Notario.—1 vez.—CE2020011278.
Mediante escritura otorgada
ante esta notaría a las 11 horas 00 minutos del 14 de octubre del año 2020, se
constituyó la sociedad denominada Operaciones Tecnológicas Mundiales-Optimum
Sociedad Anónima.—San
José, 17 de noviembre del 2020.—Licda. Andrea María Hulbert
Volio, Notaria.—1 vez.—CE2020011279.
Mediante escritura otorgada ante esta
notaría a las 10 horas 00 minutos del 10 de noviembre del año 2020, se
constituyó la sociedad denominada International Experience Costa Rica IECR
Sociedad Anónima.—San José, 17 de noviembre del 2020.—Lic. Susan Ginneth
Esquivel Céspedes,
Notario.—1 vez.—CE2020011280.
Mediante escritura otorgada ante esta
notaría a las 18 horas 00 minutos del 15 de noviembre del año 2020, se
constituyó la sociedad denominada Sunflower Beauty Center & Spa
Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 17 de
noviembre del 2020.—Licda. Ariana de Los Ángeles Badilla Ureña,
Notario.—1 vez.—CE2020011281.
Mediante escritura otorgada ante esta
notaría a las 10 horas 00 minutos del 28 de octubre del año 2020, se constituyó
la sociedad denominada Bea Man Company Sociedad de Responsabilidad
Limitada.—San José, 17 de noviembre del 2020.—Lic. Juan Carlos Rojas Sandi,
Notario.—1 vez.—CE2020011282.
Mediante escritura otorgada ante esta
notaría a las 11 horas 00 minutos del 04 de noviembre del año 2020, se
constituyó la sociedad denominada Essets Digital Custody Limitada.—San
José, 17 de noviembre del 2020.—Lic. Mauricio Lara Ramos, Notario.—1
vez.—CE2020011283.
Mediante escritura
otorgada ante esta notaría a las 20 horas 00 minutos del 27 de octubre del año
2020, se constituyó la sociedad denominada Zambol Sociedad de
Responsabilidad Limitada.—San José, 17 de noviembre del 2020.—Lic. Jorge
Antonio Escalante Escalante, Notario.—1 vez.—CE2020011284.
Mediante escritura otorgada ante esta
notaría a las 11 horas 00 minutos del 16 de noviembre del año 2020, se
constituyó la sociedad denominada Hongxingmaoyi Sociedad de Responsabilidad
Limitada.—San José, 17 de noviembre del 2020.—Lic. Yijun Xie Luo,
Notario.—1 vez.—CE2020011285.
Mediante escritura otorgada ante esta
notaría a las 15 horas 00 minutos del 16 de noviembre del año 2020, se
constituyó la sociedad denominada Changjian Sociedad de Responsabilidad
Limitada.—San José, 17 de noviembre del 2020.—Lic. Yijun Xie Luo,
Notario.—1 vez.—CE2020011286.
Mediante escritura otorgada ante esta
notaría a las 10 horas 00 minutos del 10 de noviembre del año 2020, se
constituyó la sociedad denominada VQ Swimwear Sociedad Anónima.—San
José, 17 de noviembre del 2020.—Lic. Roberto Facio Sáenz, Notario.—1
vez.—CE2020011287.
Mediante escritura otorgada ante esta
notaría a las 12 horas 00 minutos del 13 de noviembre del año 2020, se
constituyó la sociedad denominada Luffaclean Sociedad de Responsabilidad
Limitada.—San José, 17 de noviembre del 2020.—Lic. Alexander Pizarro
Molina, Notario.—1 vez.—CE2020011288.
Mediante escritura otorgada ante esta
notaría a las 10 horas 30 minutos del 17 de noviembre del año 2020, se
constituyó la sociedad denominada Inverfaro del Futuro
Sociedad Anónima.—San José, 17 de noviembre del 2020.—Lic. Rafael Enrique
Cañas Coto, Notario.—1 vez.—CE2020011289.
Mediante escritura
otorgada ante esta notaría a las 10 horas 16 minutos del 16 de noviembre del
año 2020, se constituyó la sociedad denominada Grupo de Inversiones
Familiares Kyma Sociedad de Responsabilidad
Limitada.—San José, 17 de noviembre del
2020.—Lic. Roy Alberto Guerrero Olivares, Notario.—1 vez.—CE2020011290.
Mediante escritura otorgada ante esta
notaría a las 11 horas 30 minutos del 14 de noviembre del año 2020, se
constituyó la sociedad denominada Nuestro Escondite Sociedad de Responsabilidad
Limitada.—San José, 17 de noviembre del 2020.—Licda. Yalta Argentina Aragón González, Notaria.—1 vez.—CE2020011291.
Mediante escritura otorgada ante esta
notaría a las 08 horas 00 minutos del 17 de noviembre del año 2020, se
constituyó la sociedad denominada Edu´s Sandwich Sociedad de Responsabilidad
Limitada.—San José, 17 de noviembre del 2020.—Licda. Lourdes Salazar Agüero, Notaria.—1
vez.—CE2020011292.
Mediante escritura otorgada ante esta
notaría a las 11 horas 20 minutos del 09 de noviembre del año 2020, se
constituyó la sociedad denominada Las Ramblas de Barcelona
Trescientos Diez Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 17
de noviembre del 2020.—Lic. Marco Vinicio Araya Arroyo, Notario.—1
vez.—CE2020011293.
Mediante escritura otorgada ante esta
notaría a las 16 horas 00 minutos del 16 de noviembre del año 2020, se
constituyó la sociedad denominada Bosques Tropicales del Pacífico O Y G Sociedad de Responsabilidad
Limitada.—San José, 17 de noviembre del 2020.—Licda. Irene Arrieta Chacón, Notaria.—1
vez.—CE2020011294.
Mediante escritura otorgada ante esta
notaría a las 11 horas 00 minutos del 14 de octubre del año 2020, se constituyó
la sociedad denominada Operaciones Tecnológicas Mundiales Optimum Sociedad
Anónima.—San
José, 17 de noviembre del 2020.—Licda. Andrea María Hulbert Volio, Notaria.—1
vez.—CE2020011295.
Mediante escritura otorgada ante esta
notaría a las 11 horas 00 minutos del 17 de noviembre del año 2020, se
constituyó la sociedad denominada Fab Four Limitada.—San José, 17 de
noviembre del 2020.—Lic. Alberto Pauly Sáenz, Notario.—1
vez.—CE2020011296.
Mediante escritura
otorgada ante esta notaría a las 15 horas 00 minutos del 16 de noviembre del
año 2020, se constituyó la sociedad denominada Santo Pan Sociedad de
Responsabilidad Limitada.—San José, 17 de noviembre del 2020.—Lic.
Viriam Fumero Paniagua, Notario.—1 vez.—CE2020011297.
Mediante escritura otorgada ante esta
notaría a las 17 horas 30 minutos del 10 de noviembre del año 2020, se
constituyó la sociedad denominada Cropland Sociedad Anónima.—San José,
17 de noviembre del 2020.—Lic. Roy Alberto Guerrero Olivares, Notario.—1
vez.—CE2020011298.
Mediante escritura otorgada ante esta
notaría a las 15 horas 00 minutos del 16 de noviembre del año 2020, se
constituyó la sociedad denominada A & M Grupo Empresarial Choferes
Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 17 de noviembre del
2020.—Lic. Fernando Gamboa Gamboa, Notario.—1 vez.—CE2020011299.
Mediante escritura otorgada ante esta
notaría a las 15 horas 45 minutos del 16 de noviembre del año 2020, se
constituyó la sociedad denominada Las Galicias Panadería & Delicatessen Sociedad
de Responsabilidad Limitada.—San José, 17 de noviembre del
2020.—Lic. Viriam Fumero Paniagua, Notario.—1 vez.—CE2020011300.
Mediante escritura
otorgada ante esta notaría a las 09 horas 00 minutos del 10 de noviembre del
año 2020, se constituyó la sociedad denominada Inversiones Las Marías de Curime
Sociedad Anónima.—San
José, 17 de noviembre del 2020.—Lic. Erwin Alan Seas, Notario.—1
vez.—CE2020011301.
Mediante escritura otorgada ante esta
notaría a las 11 horas 00 minutos del 24 de septiembre del año 2019, se
constituyó la sociedad denominada Asociados en Tecnología Navarro & Lazo Sociedad
de Responsabilidad Limitada.—San José, 17 de noviembre del 2020.—Licda.
Cindy Araya Montes, Notaria.—1 vez.—CE2020011302.
Mediante escritura otorgada ante esta
notaría a las 16 horas 00 minutos del 16 de noviembre del año 2020, se
constituyó la sociedad denominada Previs’s Paradise LLC Limitada.—San
José, 17 de noviembre del 2020.—Lic. Ismene Arroyo Marín, Notario.—1
vez.—CE2020011303.
Mediante escritura otorgada ante esta
notaría a las 16 horas 00 minutos del 16 de noviembre del año 2020, se
constituyó la sociedad denominada Hallstatt Asset Management Sociedad de
Responsabilidad Limitada.—San José, 17 de noviembre del 2020.—Lic. Luis
Alfredo Rojas Rivera, Notario.—1 vez.—CE2020011304.
Mediante escritura otorgada ante esta
notaría a las 15 horas 00 minutos del 16 de noviembre del año 2020, se
constituyó la sociedad denominada Changmei Sociedad de
Responsabilidad Limitada.—San José, 17 de noviembre del 2020.—Lic. Yijun
Xie Luo, Notario.—1 vez.—CE2020011305.
Mediante escritura otorgada ante esta
notaría a las 13 horas 30 minutos del 02 de noviembre del año 2020, se
constituyó la sociedad denominada Inversiones M.S.D. Sociedad
Anónima.—San José, 17 de noviembre del 2020.—Lic. Roberto Antonio Marín Segura, Notario.—1
vez.—CE2020011306.
Mediante escritura otorgada ante esta
notaría a las 15 horas 00 minutos del 28 de octubre del año 2020, se constituyó
la sociedad denominada Corporación Ranger de Costa Rica
Sociedad Anónima.—San
José, 17 de noviembre del 2020.—Licda. Geraldine Marín Villegas, Notaria.—1
vez.—CE2020011307.
Mediante escritura otorgada ante esta
notaría a las 12 horas 00 minutos del 17 de noviembre del año 2020, se
constituyó la sociedad denominada Oceánica Studio Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San
José, 17 de noviembre del 2020.—Lic. Adolfo Jiménez Pacheco, Notario.—1
vez.—CE2020011308.
Mediante escritura
otorgada ante esta notaría a las 08 horas 30 minutos del 01 de noviembre del
año 2020, se constituyó la sociedad denominada Crownbalt Investment Advisory
Sociedad Anónima.—San José, 17 de noviembre del 2020.—Lic. Gastón Baudrit Ruiz, Notario.—1 vez.—CE2020011309.
Mediante escritura otorgada ante esta
notaría a las 09 horas 00 minutos del 16 de noviembre del año 2020, se
constituyó la sociedad denominada Tierra Oxígeno Limitada.—San José, 17
de noviembre del 2020.—Lic. Felipe Esquivel Delgado, Notario.—1
vez.—CE2020011310.
Mediante escritura
otorgada ante esta notaría a las 10 horas 00 minutos del 17 de noviembre del
año 2020, se constituyó la sociedad denominada Corporation Li Sociedad de
Responsabilidad Limitada.—San José, 17 de noviembre del 2020.—Lic. Oscar
Enrique Rosales Gutiérrez, Notario.—1
vez.—CE2020011311.
Mediante escritura otorgada ante esta
notaría a las 14 horas 00 minutos del 10 de noviembre del año 2020, se
constituyó la sociedad denominada ICK Intercont CR Sociedad
de Responsabilidad Limitada.—San José, 17 de noviembre del
2020.—Lic. Maynor Ignacio Sánchez
Ramírez,
Notario.—1 vez.—CE2020011312.
Mediante escritura otorgada ante esta
notaría a las 08 horas 00 minutos del 09 de noviembre del año 2020, se
constituyó la sociedad denominada Inversiones Robo-Tika Latinoamireca
Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 17 de noviembre del
2020.—Lic. Soren Araya Madrigal, Notario.—1 vez.—CE2020011313.
Mediante escritura otorgada ante esta
notaría a las 08 horas 00 minutos del 17 de noviembre del año 2020, se
constituyó la sociedad denominada E & Adonayd Limitada.—San
José, 17 de noviembre del 2020.—Licda. Josefina Carime Ayubi Pimienta,
Notaria.—1 vez.—CE2020011314.
Mediante escritura otorgada ante esta
notaría a las 13 horas 30 minutos del 17 de noviembre del año 2020, se
constituyó la sociedad denominada Red Black Green Sociedad de Responsabilidad
Limitada.—San José, 17 de noviembre del 2020.—Lic. Manuel Antonio Porras
Vargas, Notario.—1 vez.—CE2020011315.
Mediante escritura otorgada ante esta
notaría a las 13 horas 40 minutos del 17 de noviembre del año 2020, se
constituyó la sociedad denominada Contrada Sociedad de Responsabilidad
Limitada.—San José, 17 de noviembre del 2020.—Lic. Manuel Antonio Porras
Vargas, Notario.—1 vez.—CE2020011316.
Mediante escritura otorgada ante esta
notaría a las 13 horas 00 minutos del 17 de noviembre del año 2020, se
constituyó la sociedad denominada LMI Latam Medical Innovations
Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 17 de
noviembre del 2020.—Lic. Javier Sebastián Jiménez Monge, Notario.—1
vez.—CE2020011317.
Mediante escritura
otorgada ante esta notaría a las 00 horas 00 minutos del 17 de noviembre del
año 2020, se constituyó la sociedad denominada D B J Inversiones Cárnicas Los Jardines Sociedad de
Responsabilidad Limitada.—San José, 17 de noviembre del
2020.—Licda. Doris Cecilia Monge Díaz,
Notaria.—1 vez.—CE2020011318.
Mediante escritura
otorgada ante esta notaría a las 16 horas 00 minutos del 16 de noviembre del
año 2020, se constituyó la sociedad denominada Alfamedic Sociedad de
Responsabilidad Limitada.—San José, 17 de noviembre del 2020.—Lic. Tomas
Esquivel Cerdas, Notario.—1 vez.—CE2020011319.
Mediante escritura otorgada ante esta
notaría a las 15 horas 00 minutos del 16 de noviembre del año 2020, se
constituyó la sociedad denominada Crown Tecnologies Sociedad de Responsabilidad
Limitada.—San José, 17 de noviembre del 2020.—Licda. Daniela Rodríguez Hernández, Notaria.—1
vez.—CE2020011320.
Mediante escritura otorgada ante esta
notaría a las 13 horas 00 minutos del 14 de noviembre del año 2020, se
constituyó la sociedad denominada Rystrend, Sociedad de Responsabilidad
Limitada.—San José, 17 de noviembre del 2020.—Licda. Patricia Castro
Molina, Notaria.—1 vez.—CE2020011321.
Mediante escritura otorgada ante esta
notaría a las 09 horas 30 minutos del 17 de noviembre del año 2020, se
constituyó la sociedad denominada Caracol Nacar de Mar
Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 17 de noviembre del
2020.—Licda. Rita María
Calvo González,
Notaria.—1 vez.—CE2020011322.
Mediante escritura otorgada ante esta
notaría a las 10 horas 00 minutos del 16 de noviembre del año 2020, se
constituyó la sociedad denominada Vlakport Worldwide Services Sociedad de
Responsabilidad Limitada.—San José, 17 de noviembre del 2020.—Licda.
Mayra Centeno Mejía,
Notaria.—1 vez.—CE2020011323.
Mediante escritura otorgada ante esta
notaría a las 12 horas 00 minutos del 17 de noviembre del año 2020, se
constituyó la sociedad denominada El Postre Primero Sociedad de Responsabilidad
Limitada.—San José, 17 de noviembre del 2020.—Licda. Mariselle Verdesia
Meneses, Notaria.—1 vez.—CE2020011324.
Mediante escritura
otorgada ante esta notaría a las 13 horas 30 minutos del 17 de noviembre del
año 2020, se constituyó la sociedad denominada R&J Muscle Wings Sociedad
Anónima.—San José, 17 de noviembre del 2020.—Licda. Grace María Sánchez Granados,
Notaria.—1 vez.—CE2020011325.
Mediante escritura otorgada ante esta
notaría a las 17 horas 00 minutos del 12 de noviembre del año 2020, se
constituyó la sociedad denominada Edecan Sociedad Anónima.—San José, 17
de noviembre del 2020.—Lic. Alonso Jesús Chaves Fernández, Notario.—1
vez.—CE2020011326.
Mediante escritura otorgada ante esta
notaría a las 08 horas 00 minutos del 12 de noviembre del año 2020, se
constituyó la sociedad denominada Vitruvio Sociedad Anónima.—San José,
17 de noviembre del 2020.—Lic. Jorge Enrique Rojas Fernández, Notario.—1 vez.—CE2020011327.
Mediante escritura
otorgada ante esta notaría a las 14 horas 15 minutos del 05 de noviembre del
año 2020, se constituyó la sociedad denominada Lagocorp Sociedad de
Responsabilidad Limitada.—San José, 17 de noviembre del 2020.—Lic. Luis
Eduardo Sibaja Guillén, Notario.—1
vez.—CE2020011328.
Mediante escritura otorgada ante esta
notaría a las 01 horas 15 minutos del 17 de noviembre del año 2020, se
constituyó la sociedad denominada Tomasello Langosta Sociedad de Responsabilidad
Limitada.—San José, 17 de noviembre del 2020.—Lic. José Antonio Silva Meneses,
Notario.—1 vez.—CE2020011329.
Mediante escritura otorgada ante esta
notaría a las 14 horas 00 minutos del 17 de noviembre del año 2020, se
constituyó la sociedad denominada Grupo A Granel Market DRJ Sociedad
Anónima.—San José, 17 de noviembre del 2020.—Lic. Xochitl Camacho Medina,
Notario.—1 vez.—CE2020011330.
Mediante escritura
otorgada ante esta notaría a las 12 horas 00 minutos del 13 de noviembre del
año 2020, se constituyó la sociedad denominada Marc Export Sociedad Anónima.—San
José, 17 de noviembre del 2020.—Licda. Wendy Pamela Vargas Porras,
Notaria.—1 vez.—CE2020011331.
Mediante escritura otorgada ante esta
notaría a las 12 horas 00 minutos del 13 de noviembre del año 2020, se
constituyó la sociedad denominada El Grano EME Sociedad de
Responsabilidad Limitada.—San José, 17 de noviembre del 2020.—Licda.
Claudia Minerva Domínguez
Rojas, Notaria.—1 vez.—CE2020011332.
Mediante escritura otorgada ante esta
notaría a las 13 horas 00 minutos del 16 de noviembre del año 2020, se
constituyó la sociedad denominada Rocasa Construcciones Sociedad de
Responsabilidad Limitada.—San José, 17 de noviembre del 2020.—Lic. Alex
Gerardo Castro Paniagua, Notario.—1 vez.—CE2020011333.
Mediante escritura otorgada ante esta
notaría a las 16 horas 40 minutos del 16 de noviembre del año 2020, se
constituyó la sociedad denominada TM Holding Group Sociedad de
Responsabilidad Limitada.—San José, 17 de noviembre del 2020.—Lic.
Carlos Alberto Montero Trejos, Notario.—1 vez.—CE2020011334.
Mediante escritura otorgada ante esta
notaría a las 08 horas 14 minutos del 14 de noviembre del año 2020, se
constituyó la sociedad denominada Grupo Corporativo WJL &
Asociados Sociedad Anónima.—San José, 17 de noviembre del 2020.—Lic. Róger Arturo Trigueros García, Notario.—1
vez.—CE2020011335.
Mediante escritura otorgada ante esta
notaría a las 14 horas 10 minutos del 04 de noviembre del año 2020, se
constituyó la sociedad denominada American Cooling & Heating Costa
Rica Sociedad Anónima.—San José, 17 de noviembre del 2020.—Licda. Gabriela
Mora Aguilar, Notaria.—1 vez.—CE2020012850.
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 17 horas 00 minutos
del 23 de Noviembre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Agro
Copter Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 23 de
noviembre del 2020.—Licda. Carolina Osorio Bolívar, Notaria.—1 vez.—CE2020011520.
Mediante escritura otorgada ante esta notaría a las 08 horas 00 minutos
del 23 de noviembre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Mundo
Verde de Costa Rica Sociedad Anónima.—San José, 23 de
noviembre del 2020.—Licda. Celenia María Miranda
Castro, Notaria.—1 vez.—CE2020011521.
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría a las 09 horas 00 minutos del 21 de
noviembre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Technocool CR
Sociedad Anónima.—San José, 23 de noviembre del 2020.—Lic. Oscar Danilo
Urbina Uriarte, Notario.—1 vez.—CE2020011522.
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría a las 14 horas 00 minutos del 19 de
octubre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Monterossi
Sociedad Anónima.—San José, 23 de noviembre del 2020.—Licda. Marianela
Angulo Tam, Notaria.—1 vez.—CE2020011523.
Mediante escritura otorgada ante esta notaría a las 11 horas 00 minutos
del 23 de Noviembre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Armería
JC Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 23 de
noviembre del 2020.—Licda. Seidy Patricia Miranda Castro, Notaria.—1
vez.—CE2020011524.
Mediante escritura otorgada ante esta notaría a las 17 horas 00 minutos
del 23 de noviembre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Saeta
de Fuego CH Sociedad Anónima.—San José, 23 de noviembre
del 2020.—Lic. Siumin Vargas Jiménez,
Notario.—1 vez.—CE2020011525.
Mediante escritura otorgada ante esta notaría a las 15 horas 00 minutos
del 23 de noviembre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Aym
Dos Cero Dos Uno Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 23
de noviembre del 2020.—Lic. Matthew Ng Tse, Notario.—1 vez.—CE2020011526.
Mediante escritura otorgada ante esta notaría a las 10 horas 00 minutos
del 21 de noviembre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Pats
Guys Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 24 de
noviembre del 2020.—Lic. Luis Mauricio Meza Díaz, Notario.—1 vez.—CE2020011527.
Mediante escritura otorgada ante esta notaría a las 08 horas 00 minutos
del 08 de septiembre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Leaf
Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 24 de
noviembre del 2020.—Licda. Maureen Catalina Bustos Jiménez, Notaria.—1 vez.—CE2020011528.
Mediante escritura otorgada ante esta notaría a las 11 horas 00 minutos
del 17 de noviembre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Santonastacio
Myers SM Sociedad Anónima.—San José, 24 de noviembre del
2020.—Licda. Elissa Madeline Stoffels Ughetta, Notaria.—1 vez.—CE2020011529.
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría a las 09 horas 20 minutos del 23 de
noviembre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Green Fresh
del Trópico Caribe Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San
José, 24 de noviembre del 2020.—Licda. Karen Ginneth López Jara, Notaria.—1
vez.—CE2020011530.
Mediante escritura otorgada ante esta notaría a las 10 horas 00 minutos
del 21 de noviembre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada BCG
Business Consulting Group Sociedad Anónima.—San José, 24 de noviembre
del 2020.—Lic. Randall Dávila Soto,
Notario.—1 vez.—CE2020011531.
Mediante escritura otorgada ante esta notaría a las 11 horas 00 minutos
del 11 de noviembre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Caivanbe
Sociedad Anónima.—San José, 24 de noviembre del 2020.—Lic. Gonzalo Andrés Víquez Oreamuno, Notario.—1
vez.—CE2020011532.
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría a las 19 horas 30 minutos del 23 de
noviembre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Transportes
Vargas y Pineda Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San
José, 24 de noviembre del 2020.—Licda. Xiomara Virginia Quesada Rojas,
Notaria.—1 vez.—CE2020011533.
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría a las 10 horas 30 minutos del 23 de
noviembre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Inversiones
Constructivas Angravara Sociedad Anónima.—San José, 24 de noviembre del
2020.—Licda. Ivannia Barboza Carvajal, Notaria.—1 vez.—CE2020011534.
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría a las 10 horas 00 minutos del 23 de
noviembre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Global Inter
Corp Limitada.—San José, 24 de noviembre del 2020.—Lic. Eduardo Ajoy Zeledón, Notario.—1
vez.—CE2020011535.
Mediante escritura otorgada ante esta notaría a las 15 horas 00 minutos
del 23 de noviembre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Eustace
Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 24 de
noviembre del 2020.—Licda. Paola Fernanda Chaves Solórzano, Notaria.—1 vez.—CE2020011536.
Mediante escritura otorgada ante esta notaría a las 20 horas 00 minutos
del 27 de octubre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Zambol
Veintiocho Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 24
de noviembre del 2020.—Lic. Jorge Antonio Escalante Escalante, Notario.—1
vez.—CE2020011537.
Mediante escritura otorgada ante esta notaría a las 10 horas 00 minutos
del 24 de noviembre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Electromecánica Veinte Veinte Sociedad Anónima.—San
José, 24 de noviembre del 2020.—Licda. Aura Rebeca Menéndez Soto, Notaria.—1 vez.—CE2020011538.
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría a las 09 horas 30 minutos del 29 de
octubre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Kunken Hotel
Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 24 de noviembre del
2020.—Lic. Yorhanny Campos Piedra, Notario.—1 vez.—CE2020011539.
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría a las 09 horas 00 minutos del 06 de
noviembre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada A.C.I. Consultoría Limitada.—San José, 24 de noviembre
del 2020.—Lic. Manuel Enrique Ortiz Coronado, Notario.—1 vez.—CE2020011540.
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría a las 15 horas 00 minutos del 23 de
noviembre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Zapotal Coastal
Partners Limitada.—San José, 24 de noviembre del 2020.—Lic. Bernal Jiménez Núñez, Notario.—1
vez.—CE2020011541.
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría a las 15 horas 30 minutos del 23 de
noviembre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Zapotal Valley
Partners Limitada.—San José, 24 de noviembre del 2020.—Lic. Bernal Jiménez Núñez, Notario.—1
vez.—CE2020011542.
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría a las 15 horas 15 minutos del 23 de
noviembre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Tierra Tuanis
Limitada.—San José, 24 de noviembre del 2020.—Lic. Carolina de Los Ángeles Mendoza Álvarez, Notario.—1
vez.—CE2020011543.
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría a las 07 horas 30 minutos del 24 de
noviembre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Portafolio
Agropecuario Agrocorp AG-CA Sociedad Anónima.—San José, 24 de
noviembre del 2020.—Lic. Guillermo José Sanabria Leiva, Notario.—1 vez.—CE2020011544.
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría a las 13 horas 00 minutos del 18 de
noviembre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Inversiones
Varvill L Y J Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San
José, 24 de noviembre del 2020.—–Lic. Carlos Roberto Alan Rivera, Notario.—1
vez.—CE2020011545.
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría a las 08 horas 00 minutos del 20 de
noviembre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Inversiones
Ramex Group Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José,
24 de noviembre del 2020.—Lic. Héctor Chaves Sandoval, Notario.—1
vez.—CE2020011546.
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría a las 08 horas 00 minutos del 24 de
noviembre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada El Garaje de
Zulema Sociedad Anónima.—San José, 24 de noviembre del 2020.—Lic. William
Charpentier Morales, Notario.—1 vez.—CE2020011547.
Mediante escritura otorgada ante esta notaría a las 10 horas 00 minutos
del 12 de noviembre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Inversiones
y Servicios Montero Quesada Limitada.—San José, 24 de noviembre
del 2020.—Lic. Gerardo Enrique Arroyo Rojas, Notario.—1 vez.—CE2020011548.
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría a las 11 horas 10 minutos del 23 de
noviembre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada LSLC XXXI Business
Opportunities Sociedad Anónima.—San José, 24 de noviembre del 2020.—Licda.
Nadia Chaves Zúñiga,
Notaria.—1 vez.—CE2020011549.
Mediante escritura otorgada ante esta notaría a las 10 horas 00 minutos
del 24 de noviembre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Apriqo
Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 24 de
noviembre del 2020.—Licda. Georgia Lorena Montt Villacura, Notaria.—1
vez.—CE2020011550.
Mediante escritura otorgada ante esta notaría a las 08 horas 00 minutos
del 23 de noviembre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Pacos
Taquería CR
Sociedad Anónima.—San José, 24 de noviembre del 2020.—Lic. Manuel
Tuckler Oconor, Notario.—1 vez.—CE2020011551.
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría a las 08 horas 00 minutos del 20 de
noviembre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Fraydknot
Inversiones Limitada.—San José, 24 de noviembre del 2020.—Licda. Rosa
Guillermina Aguilar Ureña, Notaria.—1 vez.—CE2020011552.
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría a las 09 horas 00 minutos del 18 de
noviembre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Inversiones
Herrevar Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 24 de
noviembre del 2020.—Licda. Jéssica
Rodríguez
Jara, Notaria.—1 vez.—CE2020011553.
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría a las 14 horas 30 minutos del 23 de
noviembre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Pho &
Noodles Costa Rica Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San
José, 24 de noviembre del 2020.—Lic. Gonzalo Gutiérrez Acevedo, Notario.—1
vez.—CE2020011554.
Mediante escritura otorgada ante esta
notaría, a las 12 horas 00 minutos del 24 de noviembre del año 2020, se
constituyó la sociedad denominada MTZ Zapotal Limitada.—San José,
24 de noviembre del 2020.—Lic. Bernal Jiménez Núñez, Notario.—1
vez.—CE2020011555.
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 14 horas 00 minutos del 23 de
noviembre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Beckley
Hospitality Group Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San
José, 24 de noviembre del 2020.—Lic. Gonzalo Gutiérrez Acevedo, Notario.—1
vez.—CE2020011556.
Mediante escritura otorgada ante esta
notaría, a las 14 horas 00 minutos del 18 de noviembre del año 2020, se constituyó
la sociedad denominada Concre Max PC Sociedad Anónima.—San
José, 24 de noviembre del 2020.—Lic. Felipe Esquivel Delgado, Notario.—1
vez.—CE2020011557.
Mediante escritura otorgada ante esta
notaría, a las 10 horas 00 minutos del 23 de noviembre del año 2020, se
constituyó la sociedad denominada Eonia Solutions Sociedad de Responsabilidad
Limitada.—San José, 24 de noviembre del 2020.—Lic. Sebastián David Vargas Roldán, Notario.—1
vez.—CE2020011558.
Mediante escritura otorgada ante esta
notaría, a las 11 horas 00 minutos del 15 de noviembre del año 2020, se
constituyó la sociedad denominada PI Latinsport del Este
Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 24 de noviembre del
2020.—Licda. Gladys María
Marín
Villalobos, Notaria.—1 vez.—CE2020011559.
Mediante escritura
otorgada ante esta notaría, a las 11 horas 00 minutos del 23 de noviembre del
año 2020, se constituyó la sociedad denominada Guerreras Texanas Sociedad
Anónima.—San José, 24 de noviembre del 2020.—Licda. Martha Sulma Fuentes
Villatoro, Notaria.—1 vez.—CE2020011560.
Mediante escritura
otorgada ante esta notaría, a las 11 horas 30 minutos del 24 de noviembre del
año 2020, se constituyó la sociedad denominada Importadora y Distribuidora
Global Latinoamericana IDGL Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San
José, 24 de noviembre del 2020.—Lic. Belzert Espinoza Cruz, Notario.—1
vez.—CE2020011561.
Mediante escritura otorgada ante esta
notaría, a las 12 horas 30 minutos del 24 de noviembre del año 2020, se
constituyó la sociedad denominada Importaciones Sailcargo Limitada.—San
José, 24 de noviembre del 2020.—Lic. Freddy Mesén Bermúdez, Notario.—1
vez.—CE2020011562.
Mediante escritura
otorgada ante esta notaría, a las 14 horas 15 minutos del 21 de noviembre del
año 2020, se constituyó la sociedad denominada Las Margaritas de La
Cruz Sociedad Anónima.—San José, 24 de noviembre del 2020.—Lic. Luis
Alberto López López, Notario.—1 vez.—CE2020011563.
Mediante escritura otorgada ante esta
notaría, a las 13 horas 00 minutos del 23 de noviembre del año 2020, se
constituyó la sociedad denominada Quilatte Pastelería Artesanal Sociedad
de Responsabilidad Limitada.—San José, 24 de noviembre del
2020.—Licda. Leslie Guiselle Mora Cordero, Notaria.—1 vez.—CE2020011564.
Mediante escritura otorgada ante esta
notaría, a las 13 horas 00 minutos del 17 de noviembre del año 2020, se
constituyó la sociedad denominada FMD Consulting Sociedad de
Responsabilidad Limitada.—San José, 24 de noviembre del 2020.—Lic. Luis
Alfredo Rojas Rivera, Notario.—1 vez.—CE2020011565.
Mediante escritura otorgada ante esta
notaría, a las 14 horas 00 minutos del 24 de noviembre del año 2020, se
constituyó la sociedad denominada Eternal Presence Limitada.—San José,
24 de noviembre del 2020.—Lic. Hernán Cordero Baltodano, Notario.—1
vez.—CE2020011566.
Mediante escritura otorgada ante esta
notaría, a las 14 horas 00 minutos del 24 de noviembre del año 2020, se
constituyó la sociedad denominada Sunny Guadalupe Limitada.—San José, 24
de noviembre del 2020.—Lic. Oscar Manuel Funes Orellana, Notario.—1
vez.—CE2020011567.
Mediante escritura otorgada ante esta
notaría, a las 15 horas 00 minutos del 22 de noviembre del año 2020, se
constituyó la sociedad denominada General Industrial CC Sociedad
de Responsabilidad Limitada.—San José, 24 de noviembre del 2020.—Licda.
Zaida María
Rojas Cortés,
Notaria.—1 vez.—CE2020011568.
Mediante escritura
otorgada ante esta notaría, a las 10 horas 00 minutos del 23 de noviembre del
año 2020, se constituyó la sociedad denominada Dos Amigos CR Real
Estate Holding Limitada.—San José, 24 de noviembre del 2020.—Lic. José Juan Sánchez Chavarría, Notario.—1 vez.—CE2020011569.
Mediante escritura
otorgada ante esta notaría, a las 09 horas 00 minutos del 16 de noviembre del
año 2020, se constituyó la sociedad denominada Dream Adventours Sociedad
Anónima.—San José, 24 de noviembre del 2020.—Lic. Pedro Miguel Vega Cruz,
Notario.—1 vez.—CE2020011570.
Mediante escritura
otorgada ante esta notaría, a las 09 horas 00 minutos del 10 de noviembre del
año 2020, se constituyó la sociedad denominada Inversiones Las M
Goduarte de Curime Sociedad Anónima.—San José, 24 de noviembre del 2020.—Lic. Erwin Alan
Seas, Notario.—1 vez.—CE2020011571.
Mediante escritura otorgada ante esta
notaría, a las 12 horas 00 minutos del 23 de noviembre del año 2020, se
constituyó la sociedad denominada Grupo Barake Sociedad Anónima.—San
José, 24 de noviembre del 2020.—Lic. Federico Ureña Ferrero, Notario.—1 vez.—CE2020011572.
Mediante escritura otorgada ante esta
notaría, a las 14 horas 00 minutos del 24 de noviembre del año 2020, se
constituyó la sociedad denominada Arabica Coffee Club Sociedad de
Responsabilidad Limitada.—San José, 24 de noviembre del 2020.—Lic. Felipe
Cordero Espinoza, Notario.—1 vez.—CE2020011573.
Mediante escritura otorgada ante esta
notaría, a las 16 horas 30 minutos del 18 de noviembre del año 2020, se
constituyó la sociedad denominada Golden Planet Holdings International
Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 24 de
noviembre del 2020.—Licda. María
Cecilia Cartín
Ujueta, Notaria.—1 vez.—CE2020011574.
Mediante escritura otorgada ante esta
notaría, a las 17 horas 00 minutos del 23 de noviembre del año 2020, se
constituyó la sociedad denominada KNT Espinoza y Salazar
Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 24 de
noviembre del 2020.—Licda. Marianela Doubleday Céspedes, Notaria.—1
vez.—CE2020011575.
Mediante escritura otorgada ante esta
notaría, a las 14 horas 00 minutos del 20 de noviembre del año 2020, se
constituyó la sociedad denominada Roreje Sociedad Anónima.—San José, 24
de noviembre del 2020.—Lic. Edgar Alejandro Solís Moraga, Notario.—1
vez.—CE2020011576.
Mediante escritura
otorgada ante esta notaría, a las 16 horas 12 minutos del 23 de noviembre del
año 2020, se constituyó la sociedad denominada Paraiso Manta Sociedad de
Responsabilidad Limitada.—San José, 24 de noviembre del 2020.—Licda.
Andrea María Rojas Martínez, Notario.—1 vez.—CE2020011577.
Mediante escritura otorgada ante esta
notaría, a las 16 horas 45 minutos del 19 de noviembre del año 2020, se
constituyó la sociedad denominada CIE Investment Group Sociedad de
Responsabilidad Limitada.—San José, 24 de noviembre del 2020.—Licda. María Cecilia Cartín Ujueta, Notaria.—1
vez.—CE2020011578.
Mediante escritura
otorgada ante esta notaría, a las 08 horas 00 minutos del 12 de noviembre del
año 2020, se constituyó la sociedad denominada Marketing VTV CRC
Sociedad Anónima.—San José, 24 de noviembre del 2020.—Lic.
Jorge Enrique Rojas Fernández, Notario.—1
vez.—CE2020011579.
Mediante escritura otorgada ante esta
notaría, a las 13 horas 30 minutos del 24 de noviembre del año 2020, se
constituyó la sociedad denominada Repuestos al Gallo Liberiano RB Sociedad Anónima.—San José, 24 de noviembre del
2020.—Licda. Jéssica
María
Fajardo Zúñiga,
Notario.—1 vez.—CE2020011580.
Mediante escritura otorgada ante esta
notaría, a las 17 horas 00 minutos del 19 de noviembre del año 2020, se
constituyó la sociedad denominada Affordable Homes International Sociedad
de Responsabilidad Limitada.—San José, 24 de noviembre del 2020.—Licda.
María
Cecilia Cartín
Ujueta, Notaria.—1 vez.—CE2020011581.
Mediante escritura otorgada ante esta
notaría, a las 15 horas 00 minutos del 24 de noviembre del año 2020, se
constituyó la sociedad denominada Surfing & Safari Adventures
Company LLC Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San
José, 24 de noviembre del 2020.—Lic. Brians Salazar Chavarría, Notario.—1
vez.—CE2020011582.
Mediante escritura
otorgada ante esta notaría, a las 18 horas 00 minutos del 19 de noviembre del
año 2020, se constituyó la sociedad denominada Dental Tech Supply Sociedad
de Responsabilidad Limitada.—San José, 24 de noviembre del
2020.—Licda. Evelyn Miranda Soto, Notaria.—1 vez.—CE2020011583.
Mediante escritura
otorgada ante esta notaría, a las 10 horas 45 minutos del 23 de noviembre del
año 2020, se constituyó la sociedad denominada Distribuidora MS Dimosa
Sociedad Anónima.—San José, 24 de noviembre del 2020.—Lic. Diego Alonso
Fernández Otárola, Notario.—1 vez.—CE2020011584.
Mediante escritura
otorgada ante esta notaría, a las 14 horas 00 minutos del 03 de noviembre del
año 2020, se constituyó la sociedad denominada Precisión Industrial D
L R Sociedad Anónima.—San José, 24 de noviembre del 2020.—Licda.
Vanessa De Paul Castro Mora, Notaria.—1 vez.—CE2020011585.
Mediante escritura
otorgada ante esta notaría, a las 11 horas 00 minutos del 19 de noviembre del
año 2020, se constituyó la sociedad denominada Lighting Systems &
Services LSS Limitada.—San José, 24 de noviembre del
2020.—Lic. Marco Vinicio Figueroa Monterrosa, Notario.—1 vez.—CE2020011586.
Mediante escritura otorgada ante esta
notaría, a las 18 horas 00 minutos del 12 de noviembre del año 2020, se constituyó
la sociedad denominada Corporacion Famco Sociedad Anónima.—San José, 24
de noviembre del 2020.—Lic. Eduardo Alberto Castillo Mora, Notario.—1
vez.—CE2020011587.
Mediante escritura otorgada ante esta
notaría, a las 14 horas 00 minutos del 24 de noviembre del año 2020, se
constituyó la sociedad denominada Jopolra Sociedad de Responsabilidad
Limitada.—San José, 24 de noviembre del 2020.—Licda. Ana Sofia Lobo León, Notaria.—1
vez.—CE2020012852.
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 09 horas 15 minutos del 04 de
diciembre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Escape Sereno
Dos Mil Veinte Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San
José, 05 de diciembre del 2020.—Lic. Andrés Tovar Castro, Notario.—1
vez.—CE2020011955.
Mediante escritura
otorgada ante esta notaría, a las 15 horas 00 minutos del 04 de diciembre del
año 2020, se constituyó la sociedad denominada Sun Breeze Costa Rica
Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 05 de diciembre del
2020.—Licda. Sabrina Karine Kszak Bianchi, Notaria.—1 vez.—CE2020011956.
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 16 horas 00 minutos del 04 de
diciembre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada CBCT Enterprises
Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 05 de diciembre del
2020.—Licda. Sabrina Karine Kszak Bianchi, Notaria.—1 vez.—CE2020011957.
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 11 horas 00 minutos del 05 de
diciembre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Promasterglobal
Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 05 de
diciembre del 2020.—Licda. Christy Alejandra Martínez Carvajal, Notaria.—1
vez.—CE2020011958.
Mediante escritura otorgada ante esta
notaría, a las 10 horas 00 minutos del 24 de noviembre del año 2020, se
constituyó la sociedad denominada Soluciones Electromecánicas Gómez Ugalde
Segu Heredia Sociedad Anónima.—San
José, 05 de diciembre del 2020.—Lic. Martín Adrián González Briceño, Notario.—1 vez.—CE2020011959.
Mediante escritura
otorgada ante esta notaría, a las 17 horas 30 minutos del 05 de diciembre del
año 2020, se constituyó la sociedad denominada Carpelex Consultores Legales
Sociedad Anónima.—San José, 06 de diciembre del 2020.—Lic. Sigrid Rocío Molina Brenes, Notaria.—1 vez.—CE2020011960.
Mediante escritura otorgada ante esta
notaría, a las 16 horas 30 minutos del 03 de diciembre del año 2020, se
constituyó la sociedad denominada Elysian Natural Sociedad Anónima.—San
José, 06 de diciembre del 2020.—Lic. Juan Bernal Ríos Robles, Notario.—1
vez.—CE2020011961.
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 16 horas 00 minutos del 05 de
diciembre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Marketing and
Strategy Red House Más
Sociedad Anónima.—San José, 07 de diciembre del 2020.—Lic. Bernal
Eduardo Alfaro Solano, Notario.—1 vez.—CE2020011962.
Mediante escritura
otorgada ante esta notaría, a las 19 horas 00 minutos del 04 de diciembre del
año 2020, se constituyó la sociedad denominada RGS Asesores Sociedad
de Responsabilidad Limitada.—San José, 07 de diciembre del
2020.—Licda. Melba María Pastor Pacheco,
Notaria.—1 vez.—CE2020011963.
Mediante escritura otorgada ante esta
notaría, a las 12 horas 00 minutos del 04 de diciembre del año 2020, se
constituyó la sociedad denominada Pled Management Costa Rica Sociedad de
Responsabilidad Limitada.—San José, 07 de diciembre del 2020.—Licda.
Mariela Hernández
Brenes, Notaria.—1 vez.—CE2020011964.
Mediante escritura
otorgada ante esta notaría, a las 13 horas 00 minutos del 03 de diciembre del
año 2020, se constituyó la sociedad denominada Matisa Group Sociedad de
Responsabilidad Limitada.—San José, 07 de diciembre del 2020.—Licda.
Antonella Da Re Masís, Notaria.—1
vez.—CE2020011965.
Mediante escritura
otorgada ante esta notaría, a las 09 horas 00 minutos del 04 de diciembre del
año 2020, se constituyó la sociedad denominada Grupo Araya Corrales Sociedad
Anónima.—San José, 07 de diciembre del 2020.—Licda. Christel Hering
Palomar, Notaria.—1 vez.—CE2020011966.
Mediante escritura otorgada ante esta
notaría, a las 16 horas 30 minutos del 04 de diciembre del año 2020, se
constituyó la sociedad denominada Corporación Blandin Sociedad de
Responsabilidad Limitada.—San José, 07 de diciembre del 2020.—Licda.
Magally María
Guadamuz García,
Notaria.—1 vez.—CE2020011967.
Mediante escritura
otorgada ante esta notaría, a las 09 horas 45 minutos del 03 de diciembre del
año 2020, se constituyó la sociedad denominada ITSCS Consultoría Sociedad de
Responsabilidad Limitada.—San José, 07 de diciembre del 2020.—Lic.
Warner Porras Guzmán, Notario.—1
vez.—CE2020011968.
Mediante escritura otorgada ante esta
notaría, a las 10 horas 00 minutos del 03 de diciembre del año 2020, se
constituyó la sociedad denominada Doscuatrojulio Sociedad Anónima.—San
José, 07 de diciembre del 2020.—Lic. David Esteban Fallas Rojas, Notario.—1
vez.—CE2020011969.
Mediante escritura otorgada ante esta
notaría, a las 09 horas 30 minutos del 03 de diciembre del año 2020, se
constituyó la sociedad denominada Nova Milan Costa Rica Sociedad Anónima.—San
José, 07 de diciembre del 2020.—Lic. Rafael Enrique Cañas Coto, Notario.—1
vez.—CE2020011970.
Mediante escritura otorgada ante esta
notaría, a las 20 horas 00 minutos del 04 de diciembre del año 2020, se
constituyó la sociedad denominada Aire Eco Living Sociedad de Responsabilidad
Limitada.—San José, 07 de diciembre del 2020.—Licda. Karina Aguilar
Quesada, Notaria.—1 vez.—CE2020011971.
Mediante escritura otorgada ante esta
notaría, a las 15 horas 00 minutos del 03 de diciembre del año 2020, se
constituyó la sociedad denominada Faduvi Limitada.—San José, 07 de
diciembre del 2020.—Lic. José
David Salazar Murillo, Notario.—1 vez.—CE2020011972.
Mediante escritura
otorgada ante esta notaría, a las 19 horas 00 minutos del 27 de noviembre del
año 2020, se constituyó la sociedad denominada Agronatura de Tayutic
Sociedad Anónima.—San José, 07 de diciembre del 2020.—Licda. María Cecilia Rodríguez
Carvajal, Notaria.—1 vez.—CE2020011973.
Mediante escritura otorgada ante esta
notaría, a las 08 horas 00 minutos del 05 de diciembre del año 2020, se
constituyó la sociedad denominada FF Wu Feng Cen Limitada.—San
José, 07 de diciembre del 2020.—Lic. Wainer Gonzalez Arguedas, Notario.—1
vez.—CE2020011974.
Mediante escritura otorgada ante esta
notaría, a las 14 horas 00 minutos del 30 de octubre del año 2020, se
constituyó la sociedad denominada Por Número Sociedad Anónima.—San José,
07 de diciembre del 2020.—Licda. Marilyn de Los Ángeles Aguilar Sánchez, Notario.—1
vez.—CE2020011975.
Mediante escritura otorgada ante esta
notaría, a las 14 horas 00 minutos del 04 de diciembre del año 2020, se
constituyó la sociedad denominada Grupo Moto Trescientos Sesenta C.R.C. Sociedad
Anónima.—San José, 07 de diciembre del 2020.—Lic. Fernando Enrique
Baltodano Córdoba,
Notario.—1 vez.—CE2020011976.
Mediante escritura otorgada ante esta
notaría, a las 10 horas 00 minutos del 05 de diciembre del año 2020, se
constituyó la sociedad denominada YJ Chengling WF Limitada.—San
José, 07 de diciembre del 2020.—Lic. Wainer González Arguedas, Notario.—1
vez.—CE2020011977.
Mediante escritura otorgada ante esta
notaría, a las 15 horas 00 minutos del 05 de diciembre del año 2020, se
constituyó la sociedad denominada Felu de Roca Sociedad
Anónima.—San José, 07 de diciembre del 2020.—Lic. Gustavo Adolfo Coto
Calvo, Notario.—1 vez.—CE2020011978.
Mediante escritura otorgada ante esta
notaría, a las 10 horas 00 minutos del 06 de diciembre del año 2020, se
constituyó la sociedad denominada Génesis M Y S Constructora y
Consultora Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José,
07 de diciembre del 2020.—Licda. Wendy Marcela Valverde Cortés, Notaria.—1
vez.—CE2020011979.
Mediante escritura otorgada ante esta
notaría, a las 09 horas 00 minutos del 27 de noviembre del año 2020, se
constituyó la sociedad denominada Transformación Digital Integra Sociedad de Responsabilidad
Limitada.—San José, 07 de diciembre del 2020.—Lic. Sebastián David Vargas Roldán, Notario.—1
vez.—CE2020011980.
Mediante escritura
otorgada ante esta notaría, a las 09 horas 45 minutos del 03 de diciembre del
año 2020, se constituyó la sociedad denominada ITAVM Consultoría Sociedad de
Responsabilidad Limitada.—San José, 07 de diciembre del 2020.—Lic.
Warner Porras Guzmán, Notario.—1
vez.—CE2020011981.
Mediante escritura otorgada ante esta
notaría, a las 15 horas 00 minutos del 04 de diciembre del año 2020, se
constituyó la sociedad denominada Breezing Costa Rica Sociedad de Responsabilidad
Limitada.—San José, 07 de diciembre del 2020.—Licda. Sabrina Karine Kszak
Bianchi, Notaria.—1 vez.—CE2020011982.
Mediante escritura
otorgada ante esta notaría, a las 09 horas 00 minutos del 07 de diciembre del
año 2020, se constituyó la sociedad denominada Proyecto Residencial Zen
Escazú Sociedad Anónima.—San José, 07 de diciembre del 2020.—Lic. Carlos
Luis Jiménez Masís, Notario.—1 vez.—CE2020011983.
Mediante escritura
otorgada ante esta notaría, a las 10 horas 00 minutos del 07 de diciembre del
año 2020, se constituyó la sociedad denominada Inversiones Carber Sociedad
Anónima.—San José, 07 de diciembre del 2020.—Lic. Aldo José Mata Morales, Notario.—1 vez.—CE2020011984.
Mediante escritura otorgada ante esta
notaría, a las 16 horas 00 minutos del 04 de diciembre del año 2020, se
constituyó la sociedad denominada Aseguramiento de la Calidad Suba
Sociedad Anónima.—San José, 07 de diciembre del 2020.—Licda. Wendy Victoria
Mora González,
Notaria.—1 vez.—CE2020011985.
Mediante escritura otorgada ante esta
notaría, a las 12 horas 00 minutos del 02 de diciembre del año 2020, se
constituyó la sociedad denominada Corporación Gud Yodo Roaster Sociedad de
Responsabilidad Limitada.—San José, 07 de diciembre del 2020.—Lic. José Luis Torres Rodríguez, Notario.—1
vez.—CE2020011986.
Mediante escritura otorgada ante esta
notaría, a las 19 horas 00 minutos del 19 de noviembre del año 2020, se
constituyó la sociedad denominada Inversiones Itata Chile Sociedad Anónima.—San
José, 07 de diciembre del 2020.—Lic. Luis
Javier Padilla Ujueta, Notario.—1 vez.—CE2020011987.
Mediante escritura
otorgada ante esta notaría, a las 16 horas 00 minutos del 03 de diciembre del
año 2020, se constituyó la sociedad denominada Novart Sociedad de
Responsabilidad Limitada.—San José, 07 de diciembre del 2020.—Lic. Erick
Josué Cabezas Céspedes, Notario.—1 vez.—CE2020011988.
Mediante escritura otorgada ante esta
notaría, a las 11 horas 00 minutos del 05 de diciembre del año 2020, se
constituyó la sociedad denominada GC Servicios Financieros y
Contables Sociedad Anónima.—San José, 07
de diciembre del 2020.—Licda. Wendy Rey Valverde, Notaria.—1
vez.—CE2020011989.
Mediante escritura otorgada ante esta
notaría, a las 15 horas 30 minutos del 06 de diciembre del año 2020, se
constituyó la sociedad denominada Inversiones Las Camelias Sociedad de
Responsabilidad Limitada.—San José, 07 de diciembre del 2020.—Lic.
Marcos Rogelio Barsallo Villafuerte, Notario.—1 vez.—CE2020011990.
Mediante escritura otorgada ante esta
notaría, a las 10 horas 00 minutos del 04 de diciembre del año 2020, se
constituyó la sociedad denominada Gastronomía y Más Sociedad de Responsabilidad
Limitada.—San José, 07 de diciembre del 2020.—Lic. Dewin Brenes Fernández, Notario.—1
vez.—CE2020011991.
Mediante escritura
otorgada ante esta notaría, a las 12 horas 00 minutos del 30 de noviembre del
año 2020, se constituyó la sociedad denominada Digital Mootor Latam Sociedad
Anónima.—San José, 07 de diciembre del 2020.—Lic. Melani Campos Bermúdez, Notario.—1 vez.—CE2020011992.
Mediante escritura otorgada ante esta
notaría, a las 09 horas 00 minutos del 18 de noviembre del año 2020, se
constituyó la sociedad denominada The Barbers Club House Limitada.—San
José, 07 de diciembre del 2020.—Licda. Andrea Martin Jiménez, Notaria.—1
vez.—CE2020011993.
Mediante escritura
otorgada ante esta notaría, a las 11 horas 00 minutos del 07 de diciembre del
año 2020, se constituyó la sociedad denominada SG Technology Sociedad
de Responsabilidad Limitada.—San José, 07 de diciembre del
2020.—Lic. Alonso Jiménez Serrano,
Notario.—1 vez.—CE2020011994.
Mediante escritura otorgada ante esta
notaría, a las 17 horas 00 minutos del 12 de noviembre del año 2020, se
constituyó la sociedad denominada Servicios Internacionales EDECAN CR
Sociedad Anónima.—San José, 07 de diciembre del 2020.—Lic. Alonso Jesús Chaves Fernández, Notario.—1
vez.—CE2020011995.
Mediante escritura otorgada ante esta
notaría, a las 14 horas 00 minutos del 02 de diciembre del año 2020, se
constituyó la sociedad denominada AENSA Academia de Enseñanza
Aeronáutica Sociedad Anónima.—San José, 07 de diciembre del 2020.—Lic.
Manuel Antonio Porras Vargas, Notario.—1 vez.—CE2020011996.
Mediante escritura otorgada ante esta
notaría, a las 08 horas 00 minutos del 02 de noviembre del año 2020, se
constituyó la sociedad denominada Hacienda La Nimbuera de Curime
Sociedad Anónima.—San José, 07 de diciembre del 2020.—Lic. Julio César Azofeifa Soto, Notario.—1
vez.—CE2020011997.
Mediante escritura otorgada ante esta
notaría, a las 08 horas 00 minutos del 27 de noviembre del año 2020, se
constituyó la sociedad denominada LXV Limitada.—San José, 07 de
diciembre del 2020.—Lic. Oscar Manuel Funes Orellana, Notario.—1
vez.—CE2020011998.
Mediante escritura otorgada ante esta
notaría, a las 09 horas 00 minutos del 16 de noviembre del año 2020, se
constituyó la sociedad denominada Dream Adventours Tours and
Internacional Dental Service Sociedad Anónima.—San José, 07 de diciembre
del 2020.—Lic. Pedro Miguel Vega Cruz, Notario.—1 vez.—CE2020011999.
Mediante escritura otorgada ante esta
notaría, a las 14 horas 30 minutos del 25 de noviembre del año 2020, se
constituyó la sociedad denominada Movelco Costa Rica Sociedad Anónima.—San
José, 07 de diciembre del 2020.—Lic. Álvaro Alfaro Rojas, Notario.—1
vez.—CE2020012000.
Mediante escritura otorgada ante esta
notaría, a las 18 horas 00 minutos del 20 de noviembre del año 2020, se
constituyó la sociedad denominada Autofinish CR Limitada.—San
José, 07 de diciembre del 2020.—Lic. Grevin López Torres, Notario.—1
vez.—CE2020012001.
Mediante escritura otorgada ante esta
notaría, a las 13 horas 00 minutos del 05 de diciembre del año 2020, se
constituyó la sociedad denominada RJPG Autocolors Sociedad de Responsabilidad
Limitada.—San José, 07 de diciembre del 2020.—Licda. María José Chaves Cavallini, Notario.—1
vez.—CE2020012002.
Mediante escritura otorgada ante esta
notaría, a las 11 horas 30 minutos del 23 de noviembre del año 2020, se
constituyó la sociedad denominada IL Scalatore Sociedad Anónima.—San
José, 07 de diciembre del 2020.—Licda. Carolina Muñoz Solís, Notario.—1
vez.—CE2020012003.
Mediante escritura otorgada ante esta
notaría, a las 14 horas 00 minutos del 23 de noviembre del año 2020, se
constituyó la sociedad denominada FLM Sociedad de Responsabilidad
Limitada.—San José, 07 de diciembre del 2020.—Lic. Henry Sandoval Gutiérrez, Notario.—1 vez.—CE2020012004.
Mediante escritura
otorgada ante esta notaría, a las 17 horas 00 minutos del 03 de diciembre del
año 2020, se constituyó la sociedad denominada Nidos Vacíos Sociedad de Responsabilidad
Limitada.—San José, 07 de diciembre del 2020.—Licda. Sylvia Salazar
Escalante, Notaria.—1 vez.—CE2020012005.
Mediante escritura otorgada ante esta
notaría, a las 00 horas 00 minutos del 05 de diciembre del año 2020, se
constituyó la sociedad denominada Peonias del Amanecer Sociedad
Anónima.—San José, 07 de diciembre del 2020.—Lic. Bernardo Mata Soto,
Notario.—1 vez.—CE2020012006.
Mediante escritura otorgada ante esta
notaría, a las 12 horas 00 minutos del 28 de noviembre del año 2020, se
constituyó la sociedad denominada Maca Sánchez y Solís Sociedad Anónima.—San José, 07 de diciembre
del 2020.—Lic. Carlos Javier Calvo Sánchez, Notario.—1 vez.—CE2020012007.
Mediante escritura otorgada ante esta
notaría, a las 13 horas 00 minutos del 07 de diciembre del año 2020, se
constituyó la sociedad denominada Stoic Elemental MMXX Limitada.—San
José, 07 de diciembre del 2020.—Lic. Armando Moreno Arroyo, Notario.—1
vez.—CE2020012008.
Mediante escritura otorgada ante esta
notaría, a las 15 horas 00 minutos del 03 de diciembre del año 2020, se
constituyó la sociedad denominada King Pollo Sociedad Anónima.—San José,
07 de diciembre del 2020.—Lic. Roy Alberto Guerrero Olivares, Notario.—1
vez.—CE2020012009.
Mediante escritura otorgada ante esta
notaría, a las 13 horas 00 minutos del 24 de noviembre del año 2020, se
constituyó la sociedad denominada Inversiones Maguero Sociedad Anónima.—San
José, 07 de diciembre del 2020.—Lic. Christopher Carvajal Cordero, Notario.—1
vez.—CE2020012010.
Mediante escritura otorgada ante esta
notaría, a las 15 horas 00 minutos del 27 de noviembre del año 2020, se
constituyó la sociedad denominada Pesquera Delfines del Pacífico Sociedad de Responsabilidad
Limitada.—San José, 07 de diciembre del 2020.—Lic. Roy Gustavo Quesada Rodríguez, Notario.—1
vez.—CE2020012011.
Mediante escritura otorgada ante esta notaría,
a las 16 horas 30 minutos del 04 de diciembre del año 2020, se constituyó la
sociedad denominada Carrara Nosara Enterprises Limitada.—San José, 07 de
diciembre del 2020.—Lic. Rafael Enrique Cañas Coto, Notario.—1
vez.—CE2020012012.
Mediante escritura otorgada ante esta
notaría, a las 15 horas 00 minutos del 05 de diciembre del año 2020, se
constituyó la sociedad denominada Inversiones Espinoza Herrera Sociedad de
Responsabilidad Limitada.—San José, 07 de diciembre del 2020.—Licda.
Cyntia Barrantes Vargas, Notaria.—1 vez.—CE2020012013.
Mediante escritura otorgada ante esta
notaría, a las 11 horas 00 minutos del 07 de diciembre del año 2020, se
constituyó la sociedad denominada Agrícola Melchor Sociedad de
Responsabilidad Limitada.—San José, 07 de diciembre del 2020.—Licda. María Melissa Vargas Oviedo,
Notaria.—1 vez.—CE2020012014.
Mediante escritura
otorgada ante esta notaría, a las 09 horas 00 minutos del 07 de diciembre del
año 2020, se constituyó la sociedad denominada Inversiones Irina del
Sur Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 07 de
diciembre del 2020.—Lic. Johnny Solís
Barrantes, Notario.—1 vez.—CE2020012015.
Mediante escritura otorgada ante esta
notaría, a las 10 horas 00 minutos del 07 de diciembre del año 2020, se
constituyó la sociedad denominada Inversiones Cárdenas y Bernal Sociedad
Anónima.—San José, 07 de diciembre del 2020.—Lic. Aldo José Mata Morales, Notario.—1
vez.—CE2020012016.
Mediante escritura otorgada ante esta
notaría, a las 08 horas 00 minutos del 03 de diciembre del año 2020, se
constituyó la sociedad denominada Brindley River CR Company
Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 07 de
diciembre del 2020.—Lic. Javier Francisco Chaverri Ross, Notario.—1 vez.—CE2020012017.
Mediante escritura
otorgada ante esta notaría, a las 16 horas 00 minutos del 04 de diciembre del
año 2020, se constituyó la sociedad denominada Slothgreen Sociedad de
Responsabilidad Limitada.—San José, 07 de diciembre del 2020.—Lic. Mario
Alberto Sandoval Pineda, Notario.—1 vez.—CE2020012018.
Mediante escritura otorgada ante esta
notaría, a las 13 horas 00 minutos del 26 de noviembre del año 2020, se
constituyó la sociedad denominada Centro Pedagógico Aula de Colores
Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 07 de diciembre del
2020.—Lic. Douglas Mora Umaña, Notario.—1 vez.—CE2020012019.
Mediante escritura
otorgada ante esta notaría, a las 11 horas 00 minutos del 03 de diciembre del
año 2020, se constituyó la sociedad denominada Danta Investments Sociedad
de Responsabilidad Limitada.—San José, 07 de diciembre del
2020.—Lic. Paul Zúñiga Hernández,
Notario.—1 vez.—CE2020012020.
Mediante escritura otorgada ante esta
notaría, a las 15 horas 00 minutos del 07 de diciembre del año 2020, se
constituyó la sociedad denominada GK Almendros Second Group
Properties Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 07
de diciembre del 2020.—Lic. Sergio Aguiar Montealegre, Notario.—1
vez.—CE2020012021.
Mediante escritura
otorgada ante esta notaría, a las 07 horas 30 minutos del 09 de noviembre del
año 2020, se constituyó la sociedad denominada Auto Experts Sociedad de
Responsabilidad Limitada.—San José, 07 de diciembre del 2020.—Lic. Andrés Tovar Castro, Notario.—1 vez.—CE2020012022.
Mediante escritura otorgada ante esta
notaría, a las 17 horas 30 minutos del 05 de noviembre del año 2020, se
constituyó la sociedad denominada It Services Consulting Soft Sociedad de
Responsabilidad Limitada.—San José, 07 de diciembre del 2020.—Lic. Róger Adriano Bogantes Zamora,
Notario.—1 vez.—CE2020012023.
Mediante escritura otorgada ante esta
notaría, a las 09 horas 00 minutos del 03 de diciembre del año 2020, se
constituyó la sociedad denominada Grupo Valhalla Sociedad Anónima.—San
José, 07 de diciembre del 2020.—Lic. Jorge Luis Villalobos Salgado, Notario.—1
vez.—CE2020012024.
Mediante escritura otorgada ante esta
notaría, a las 16 horas 00 minutos del 04 de diciembre del año 2020, se
constituyó la sociedad denominada Construcción Arki Tek & Estudio
Sociedad Anónima.—San José, 07 de diciembre del 2020.—Lic. Héctor Chaves Sandoval,
Notario.—1 vez.—CE2020012025.
Mediante escritura otorgada ante esta
notaría, a las 15 horas 00 minutos del 07 de diciembre del año 2020, se
constituyó la sociedad denominada Mara Post Sociedad de Responsabilidad
Limitada.—San José, 07 de diciembre del 2020.—Licda. Maureen Irlene Masís Mora, Notaria.—1
vez.—CE2020012026.
Mediante escritura otorgada ante esta
notaría, a las 14 horas 30 minutos del 07 de diciembre del año 2020, se
constituyó la sociedad denominada Tas Consulting Latam Sociedad de
Responsabilidad Limitada.—San José, 07 de diciembre del 2020.—Lic.
Gonzalo Gutiérrez
Acevedo, Notario.—1 vez.—CE2020012027.
Mediante escritura otorgada ante esta
notaría, a las 15 horas 00 minutos del 22 de octubre del año 2020, se
constituyó la sociedad denominada Mitras Holding CR Sociedad
Anónima.—San José, 07 de diciembre del 2020.—Licda. Andrea Fernández Bonilla, Notaria.—1
vez.—CE2020012853.
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 18 horas 00 minutos
del 10 de diciembre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Goodnight
Tornado INC Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 10 de diciembre
del 2020.—Lic. Omar Jalil Ayales Aden, Notario.—1 vez.—CE2020012223.
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 16 horas 30 minutos
del 10 de diciembre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Alfaro
y Serrano Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 11 de diciembre
del 2020.—Lic. Milena Valverde Mora, Notaria.—1 vez.—CE2020012224.
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 12 horas 50 minutos del 09 de
diciembre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Inbise Sociedad
Anónima.—San José, 11 de diciembre del 2020.—Lic. Alfonso Víquez Sánchez, Notario.—1
vez.—CE2020012225.
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 19 horas 00 minutos
del 10 de diciembre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Aldecoba
Dental Care Sociedad Anónima.—San José, 11 de diciembre del
2020.—Lic. Greyvin Antonio Cordero Rojas, Notario.—1 vez.—CE2020012226.
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 10 horas 00 minutos del 03 de
diciembre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Inversiones
Optomelgar Limitada.—San José, 11 de diciembre del 2020.—Lic. Carlos Andrés Pérez Gutiérrez, Notario.—1
vez.—CE2020012227.
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 10 horas 00 minutos del 26 de
noviembre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Nangue Sociedad
Anónima.—San José, 11 de diciembre del 2020.—Lic. Ana Cecilia Solís Ugalde,
Notaria.—1 vez.—CE2020012228.
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 14 horas 00 minutos del 09 de
diciembre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Zigmar Sociedad
de Responsabilidad Limitada.—San José, 11 de diciembre del 2020.—Lic. Yancy
Gabriela Araya Pérez,
Notaria.—1 vez.—CE2020012229.
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 08 horas 00 minutos del 11 de
diciembre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Good Catch
Limitada.—San José, 11 de diciembre del 2020.—Lic. Oscar Manuel Funes
Orellana, Notario.—1 vez.—CE2020012230.
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 11 horas 00 minutos del 09 de diciembre
del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Flamingo Main Road
Property Limitada.—San José, 11 de diciembre del 2020.—Lic. Tatiana Vindas
Benavides, Notaria.—1 vez.—CE2020012231.
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 19 horas 00 minutos del 27 de
noviembre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Inversiones
CAL-HER Sociedad Anónima.—San José, 11 de diciembre del 2020.—Lic. María Cecilia Rodríguez Carvajal,
Notaria.—1 vez.—CE2020012232.
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 11 horas 45 minutos del 10 de
diciembre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Dior Exports
LLC Limitada.—San José, 11 de diciembre del 2020.—Lic. Carlos José Oreamuno Morera, Notario.—1
vez.—CE2020012233.
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 10 horas 30 minutos del 11 de
diciembre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Circumtecnology
C.T.Y. Sociedad Anónima.—San José, 11 de diciembre del 2020.—Lic. Gustavo
Adolfo Koutsouris Canales, Notario.—1 vez.—CE2020012234.
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 15 horas 00 minutos del 10 de
diciembre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Verana Dreams
Limitada.—San José, 11 de diciembre del 2020.—Lic. Mariana Herrera Ugarte,
Notario.—1 vez.—CE2020012235.
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 09 horas 30 minutos del 07 de
diciembre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada DW Kids
Limitada.—San José, 11 de diciembre del 2020.—Lic. Alfredo Andreoli González, Notario.—1
vez.—CE2020012236.
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 16 horas 30 minutos del 10 de
diciembre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Carnes
Guadalupe Sociedad Anónima.—San José, 11 de diciembre del 2020.—Lic. Lucila
Barrantes Rodríguez, Notaria.—1 vez.—CE2020012237.
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 11 horas 40 minutos del 10 de
diciembre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Nicol Group
Limitada.—San José, 11 de diciembre del 2020.—Lic. Adrián Ceciliano Altamirano,
Notario.—1 vez.—CE2020012238.
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 00 horas 30 minutos del 27 de
noviembre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Nosara Económico Sociedad de
Responsabilidad Limitada.—San
José, 11 de diciembre del 2020.—Lic. Yadriela Rodríguez Quesada, Notario.—1
vez.—CE2020012239.
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 08 horas 00 minutos del 09 de
diciembre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Agrícola Varo Volcanes Sociedad
de Responsabilidad Limitada.—San
José, 11 de diciembre del 2020.—Lic. Luciana Acevedo Gutiérrez, Notaria.—1
vez.—CE2020012240.
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 16 horas 00 minutos
del 03 de diciembre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada ABV
Soluciones Integrales Sociedad Anónima.—San José, 11 de diciembre del
2020.—Lic. José Manuel Hernández Martínez, Notario.—1
vez.—CE2020012241.
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 09 horas 15 minutos del 11 de
diciembre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Langosta By The
C Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 11 de diciembre del
2020.—Lic. Carlos José
Oreamuno Morera, Notario.—1 vez.—CE2020012242.
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 14 horas 00 minutos
del 27 de noviembre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Ajudafa
C&O Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 11 de diciembre del
2020.—Lic. Vera Garro Navarro, Notaria.—1 vez.—CE2020012243.
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 00 horas 00 minutos
del 14 de junio del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Mario Jiménez E Hijos Sociedad Anónima.—San
José, 11 de diciembre del 2020.—Lic. Fernando Rafael Morera Solano, Notario.—1
vez.—CE2020012244.
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 15 horas 30 minutos
del 28 de setiembre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Gas
Express del Norte Sociedad Anónima.—San José, 11 de diciembre del
2020.—Lic. Víctor Julio Aguilar
Soto, Notario.—1 vez.—CE2020012245.
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 15 horas 30 minutos
del 10 de diciembre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Malatos
Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 11 de diciembre del
2020.—Lic. Adriana Silva Rojas, Notaria.—1 vez.—CE2020012246.
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 11 horas 00 minutos
del 03 de diciembre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada SPL
INC Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 11 de diciembre del
2020.—Lic. Eliécer Miguel Hernández Fallas, Notario.—1 vez.—CE2020012247.
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 08 horas 00 minutos
del 16 de noviembre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Exportadora
de Metales Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 11 de diciembre
del 2020.—Lic. Diego Oporto Mejía, Notario.—1
vez.—CE2020012248.
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 10 horas 00 minutos del 10 de
diciembre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Scoring Dreams
Costa Rica Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 11 de diciembre
del 2020.—Lic. Alberto Acevedo Gutiérrez, Notario.—1 vez.—CE2020012249.
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 20 horas 00 minutos
del 10 de diciembre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Constructora
La Roca Sociedad Anónima.—San José, 11 de diciembre del 2020.—Lic. Sara
Natalia Hernández Artavia,
Notaria.—1 vez.—CE2020012250.
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 10 horas 00 minutos del 11 de
diciembre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Inversiones
Bonilla Alpízar Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 11 de diciembre
del 2020.—Lic. Karina del Carmen Badilla Abarca, Notaria.—1 vez.—CE2020012251.
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 15 horas 00 minutos del 09 de
diciembre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Refrigeración
Electrónica Caribe Limitada.—San José, 11 de diciembre del 2020.—Lic. Lenin
Segura Bolaños, Notario.—1 vez.—CE2020012252.
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 14 horas 00 minutos del 09 de
diciembre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Hhardt Holdings
Corporation Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 11 de diciembre
del 2020.—Lic. José
Luis Torres Rodríguez, Notario.—1 vez.—CE2020012253.
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 12 horas 00 minutos del 09 de
diciembre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Lobo CR
Corporation Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 11 de diciembre
del 2020.—Lic. José
Luis Torres Rodríguez, Notario.—1 vez.—CE2020012254.
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 12 horas 00 minutos
del 11 de diciembre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Langosta
Tropical Aventuras Limitada.—San José, 11 de diciembre del 2020.—Lic.
Gonzalo José Rojas Benavides,
Notario.—1 vez.—CE2020012255.
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 13 horas 00 minutos del 11 de
diciembre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Distribuidora
Nacional Costa Rica Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 11 de
diciembre del 2020.—Lic. Karen Otárola Luna, Notaria.—1 vez.—CE2020012256.
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 07 horas 30 minutos
del 09 de diciembre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada GV
Mobiliario y Servicios Sociedad Anónima.—San José, 11 de diciembre del
2020.—Lic. Tatiana Vanessa Castro Alfaro, Notaria.—1 vez.—CE2020012258.
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 08 horas 50 minutos del 07 de
diciembre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Amazing Paca CR
Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 11 de diciembre del
2020.—Lic. Karla Herminia Schnitzler Monestel, Notaria.—1 vez.—CE2020012259.
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 09 horas 00 minutos del 10 de
diciembre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada L Edamar
Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 11 de diciembre del
2020.—Lic. Ada Valeria Aguilera Garita, Notaria.—1 vez.—CE2020012261.
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 10 horas 00 minutos del 09 de
diciembre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Agrocultores
RCR Sociedad Anónima.—San José, 11 de diciembre del 2020.—Lic. Cindy María Blanco González, Notaria.—1
vez.—CE2020012262.
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 14 horas 00 minutos del 11 de
diciembre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Blockchain
Technologies Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 11 de
diciembre del 2020.—Lic. Pedro González Roesch, Notario.—1
vez.—CE2020012263.
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 14 horas 00 minutos del 11 de
diciembre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Craving English
Sociedad Anónima.—San José, 11 de diciembre del 2020.—Lic. Grace Patricia Zúñiga
Campos,
Notaria.—1 vez.—CE2020012264.
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 20 horas 00 minutos
del 10 de diciembre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Constructora
Emanuel de la Roca Sociedad Anónima.—San José, 11 de diciembre del
2020.—Lic. Sara Natalia Hernández Artavia,
Notaria.—1 vez.—CE2020012266.
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 11 horas 00 minutos del 11 de
diciembre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Inversiones
Crisol MRS Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 11 de diciembre
del 2020.—Lic. Christy Alejandra Martínez Carvajal, Notario.—1
vez.—CE2020012267.
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 11 horas 10 minutos del 09 de
diciembre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Tecno Express
de Costa Rica Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 11 de
diciembre del 2020.—Lic. María
Alejandra Calderón
Hidalgo, Notaria.—1 vez.—CE2020012269.
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 14 horas 00 minutos del 11 de
diciembre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Sky Haven
Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 11 de diciembre del
2020.—Lic. Sergio José
Guido Villegas, Notario.—1 vez.—CE2020012270.
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 11 horas 15 minutos del 09 de
diciembre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Soluciones
Tecnológicas del Sur Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 11 de diciembre
del 2020.—Lic. María
Alejandra Calderón
Hidalgo, Notaria.—1 vez.—CE2020012271.
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 08 horas 00 minutos del 11 de
diciembre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Lemon López Sociedad de
Responsabilidad Limitada.—San
José, 11 de diciembre del 2020.—Lic. Pedro González Roesch, Notario.—1
vez.—CE2020012272.
Mediante escritura
otorgada ante esta notaría, a las 11 horas 00 minutos del 11 de diciembre del
año 2020, se constituyó la sociedad denominada Grupo JAP del Monte Sociedad
Anónima.—San José, 11 de diciembre del 2020.—Lic. Carlos Alberto Aguilar
Vargas, Notario.—1 vez.—CE2020012274.
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 11 horas 00 minutos
del 04 de diciembre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Neuronai
Technologies Sociedad Anónima.—San José, 11 de diciembre del 2020.—Lic.
Flora María Ramírez Camacho,
Notaria.—1 vez.—CE2020012275.
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 17 horas 30 minutos
del 05 de noviembre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada ITSC
Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 11 de diciembre del
2020.—Lic. Roger Adriano Bogantes Zamora, Notario.—1 vez.—CE2020012276.
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 11 horas 00 minutos del 01 de
diciembre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada TKAT Sociedad
de Responsabilidad Limitada.—San José, 13 de diciembre del 2020.—Lic.
Abel Ignacio Gómez
Bloise, Notario.—1 vez.—CE2020012278.
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 09 horas 00 minutos
del 04 de diciembre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Grupo
Arayco Guimake Sociedad Anónima.—San José, 13 de diciembre del 2020.—Licda.
Christel Hering Palomar, Notaria.—1 vez.—CE2020012279.
Mediante escritura otorgada ante esta
notaría, a las 08 horas 00 minutos del 01 de octubre del año 2020, se
constituyó la sociedad denominada BTDA Online Shopping Limitada.—San
José, 14 de diciembre del 2020.—Licda. Georgina Rojas D Avanzo, Notaria.—1
vez.—CE2020012280.
Mediante escritura
otorgada ante esta notaría, a las 17 horas 00 minutos del 08 de diciembre del
año 2020, se constituyó la sociedad denominada Vintage Auto Dealership
Sociedad Anónima.—San José, 14 de diciembre del 2020.—Lic. Juan Bautista
Moya Fernández, Notario.—1
vez.—CE2020012281.
Mediante escritura
otorgada ante esta notaría, a las 15 horas 00 minutos del 08 de diciembre del
año 2020, se constituyó la sociedad denominada Servicios de Recolección y Limpieza
Gemak Sociedad Anónima.—San José, 14 de diciembre del 2020.—Lic. Jeffry
González Obando, Notario.—1 vez.—CE2020012282.
Mediante escritura
otorgada ante esta notaría, a las 13 horas 00 minutos del 11 de diciembre del
año 2020, se constituyó la sociedad denominada Distribuidora Nal CR
Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 14 de
diciembre del 2020.—Licda. Karen Otárola
Luna, Notaria.—1 vez.—CE2020012283.
Mediante escritura otorgada ante esta
notaría, a las 09 horas 00 minutos del 18 de noviembre del año 2020, se
constituyó la sociedad denominada The Barbers Real House Limitada.—San
José, 14 de diciembre del 2020.—Licda. Andrea Martin Jiménez, Notaria.—1
vez.—CE2020012284.
Mediante escritura
otorgada ante esta notaría, a las 15 horas 30 minutos del 11 de diciembre del
año 2020, se constituyó la sociedad denominada Rimpac Sport and Entretainment
Limitada.—San José, 14 de diciembre del 2020.—Lic. Andrés Francisco González
Anglada, Notario.—1 vez.—CE2020012285.
Mediante escritura
otorgada ante esta notaría, a las 13 horas 15 minutos del 11 de diciembre del
año 2020, se constituyó la sociedad denominada Marcerca del Mar Sociedad
de Responsabilidad Limitada.—San José, 14 de diciembre del
2020.—Licda. Rosario Araya Arroyo, Notaria.—1 vez.—CE2020012286.
Mediante escritura
otorgada ante esta notaría, a las 14 horas 00 minutos del 09 de diciembre del
año 2020, se constituyó la sociedad denominada Casa de Zigmar
Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 14 de
diciembre del 2020.—Licda. Yancy Gabriela Araya Pérez, Notario.—1 vez.—CE2020012287.
Mediante escritura
otorgada ante esta notaría, a las 09 horas 00 minutos del 10 de Noviembre del
año 2020, se constituyó la sociedad denominada Pharma Advance Sociedad
Anónima.—San José, 14 de diciembre del 2020.—Lic. Heidel Sequeira Guzmán, Notario.—1 vez.—CE2020012288.
Mediante escritura
otorgada ante esta notaría, a las 09 horas 00 minutos del 10 de diciembre del
año 2020, se constituyó la sociedad denominada CD Ganaderos del
Pacífico Sociedad
Anónima.—San José, 14 de diciembre del 2020.—Lic. Mauricio
Montero Hernández, Notario.—1
vez.—CE2020012289.
Mediante escritura otorgada ante esta
notaría, a las 14 horas 00 minutos del 08 de diciembre del año 2020, se
constituyó la sociedad denominada Inversiones MMMK del Caribe
Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 14 de
diciembre del 2020.—Licda. Isabel Cristina Vargas Vargas, Notaria.—1
vez.—CE2020012290.
Mediante escritura otorgada ante esta
notaría, a las 15 horas 00 minutos del 10 de diciembre del año 2020, se
constituyó la sociedad denominada Crchunches Sociedad de Responsabilidad
Limitada.—San José, 14 de diciembre del 2020.—Lic. Sergio Aguiar
Montealegre, Notario.—1 vez.—CE2020012291.
Mediante escritura otorgada ante esta
notaría, a las 09 horas 00 minutos del 11 de diciembre del año 2020, se
constituyó la sociedad denominada Tierras de María Cero Seis Sociedad de Responsabilidad
Limitada.—San José, 14 de diciembre del 2020.—Licda. Margarita Arias
Formoso, Notaria.—1 vez.—CE2020012292.
Mediante escritura otorgada ante esta
notaría, a las 12 horas 00 minutos del 09 de diciembre del año 2020, se constituyó
la sociedad denominada Tienda Adelina de Nosara Sociedad de
Responsabilidad Limitada.—San José, 14 de diciembre del 2020.—Lic. José Luis Torres Rodríguez, Notario.—1
vez.—CE2020012293.
Mediante escritura
otorgada ante esta notaría, a las 09 horas 00 minutos del 22 de noviembre del
año 2020, se constituyó la sociedad denominada Falo Import and Export
Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 14 de diciembre del
2020.—Lic. Eduardo Ajoy Zeledón, Notario.—1
vez.—CE2020012294.
Mediante escritura otorgada ante esta
notaría, a las 10 horas 30 minutos del 11 de diciembre del año 2020, se
constituyó la sociedad denominada Circumtecnology CTY Sociedad
Anónima.—San José, 14 de diciembre del 2020.—Lic. Gustavo Adolfo Koutsouris
Canales, Notario.—1 vez.—CE2020012295.
Mediante escritura otorgada ante esta
notaría, a las 10 horas 00 minutos del 23 de octubre del año 2020, se
constituyó la sociedad denominada Vidriera Cerroblan Sociedad de Responsabilidad
Limitada.—San José, 14 de diciembre del 2020.—Licda. Cindy Araya Montes,
Notaria.—1 vez.—CE2020012296.
Mediante escritura
otorgada ante esta notaría, a las 14 horas 32 minutos del 04 de diciembre del
año 2020, se constituyó la sociedad denominada Maquinaria y Equipos
Maquitica Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 14 de
diciembre del 2020.—Licda. Dayana Badilla Jarquín, Notaria.—1 vez.—CE2020012297.
Mediante escritura
otorgada ante esta notaría, a las 18 horas 00 minutos del 07 de diciembre del
año 2020, se constituyó la sociedad denominada Smart Fixture Desing Sociedad
Anónima.—San José, 14 de diciembre del 2020.—Lic. Iván Villalobos Ramírez,
Notario.—1 vez.—CE2020012298.
Mediante escritura otorgada ante esta
notaría, a las 15 horas 00 minutos del 10 de diciembre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Nina Gastronomía Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San
José, 14 de diciembre del 2020.—Lic. Randall Emilio Ramírez Calero, Notario.—1
vez.—CE2020012299.
Mediante escritura otorgada ante esta
notaría, a las 12 horas 00 minutos del 11 de diciembre del año 2020, se
constituyó la sociedad denominada Renasoc Consultoría Sociedad de Responsabilidad
Limitada.—San José, 14 de diciembre del 2020.—Lic. Héctor Chaves Sandoval,
Notario.—1 vez.—CE2020012300.
Mediante escritura otorgada ante esta
notaría, a las 10 horas 00 minutos del 12 de diciembre del año 2020, se
constituyó la sociedad denominada M Y H Tecnology Sociedad Anónima.—San
José, 14 de diciembre del 2020.—Lic. Gaudy Marín Campos, Notario.—1
vez.—CE2020012301.
Mediante escritura
otorgada ante esta notaría, a las 08 horas 00 minutos del 13 de diciembre del
año 2020, se constituyó la sociedad denominada Administración de Riesgos
Laborales y Ambiente Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San
José, 14 de diciembre del 2020.—Licda. Fressy Graciela Mora Peñaranda,
Notaria.—1 vez.—CE2020012302.
Mediante escritura otorgada ante esta
notaría, a las 15 horas 00 minutos del 11 de diciembre del año 2020, se
constituyó la sociedad denominada Savitri Solar Sociedad de Responsabilidad
Limitada.—San José, 14 de diciembre del 2020.—Lic. Jorge Johanning Mora,
Notario.—1 vez.—CE2020012303.
Mediante escritura otorgada ante esta
notaría, a las 11 horas 00 minutos del 07 de diciembre del año 2020, se
constituyó la sociedad denominada Encomiendas y Mudanzas
Fortuna M & A Sociedad Anónima.—San José, 14 de diciembre del
2020.—Lic. Manuel Tuckler Oconor, Notario.—1 vez.—CE2020012304.
Mediante escritura otorgada ante esta
notaría, a las 10 horas 00 minutos del 13 de diciembre del año 2020, se
constituyó la sociedad denominada Inversiones Jiménez R & J Welt Sociedad
Anónima.—San José, 14 de diciembre del 2020.—Lic. Manuel Tuckler Oconor,
Notario.—1 vez.—CE2020012305.
Mediante escritura otorgada ante esta
notaría, a las 06 horas 00 minutos del 13 de diciembre del año 2020, se
constituyó la sociedad denominada Frenchychoco Sociedad Anónima.—San
José, 14 de diciembre del 2020.—Lic. Marvin Martínez Alvarado, Notario.—1
vez.—CE2020012306.
Mediante escritura otorgada ante esta
notaría, a las 13 horas 00 minutos del 09 de diciembre del año 2020, se
constituyó la sociedad denominada Su Casa Ya CRP Sociedad
Anónima.—San José, 14 de diciembre del 2020.—Licda. Tatiana Fernández Mora, Notaria.—1
vez.—CE2020012307.
Mediante escritura otorgada ante esta
notaría, a las 09 horas 00 minutos del 14 de diciembre del año 2020, se
constituyó la sociedad denominada Green Go Homes LLC Limitada.—San
José, 14 de diciembre del 2020.—Lic. José Alejandro Martínez Castro, Notario.—1
vez.—CE2020012308.
Mediante escritura otorgada ante esta
notaría, a las 11 horas 00 minutos del 14 de diciembre del año 2020, se
constituyó la sociedad denominada Servicios de Asesoría y Recursos Humanos Garona
Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 14 de
diciembre del 2020.—Licda. Juli Tatiana Miranda Carmona, Notaria.—1
vez.—CE2020012309.
Mediante escritura otorgada ante esta
notaría, a las 17 horas 00 minutos del 10 de diciembre del año 2020, se
constituyó la sociedad denominada Chentico Sociedad Anónima.—San José,
14 de diciembre del 2020.—Licda. Kerlin María Esquivel Vega, Notaria.—1
vez.—CE2020012310.
Mediante escritura otorgada ante esta
notaría, a las 10 horas 15 minutos del 14 de diciembre del año 2020, se
constituyó la sociedad denominada Ríos y Manantiales
Sociedad Anónima.—San José, 14 de diciembre del 2020.—Lic. Carlos Humberto
Arias Solano, Notario.—1 vez.—CE2020012311.
Mediante escritura otorgada ante esta
notaría, a las 09 horas 00 minutos del 24 de Septiembre del año 2020, se
constituyó la sociedad denominada Galago Sociedad Anónima.—San José, 14
de diciembre del 2020.—Lic. Pablo Enrique Guier Acosta, Notario.—1
vez.—CE2020012312.
Mediante escritura
otorgada ante esta notaría, a las 00 horas 30 minutos del 09 de diciembre del
año 2020, se constituyó la sociedad denominada Nuevo Horizonte P Y E
Sociedad Anónima.—San José, 14 de diciembre del
2020.—Licda. Marlene Brenes Corrales, Notaria.—1 vez.—CE2020012313.
Mediante escritura otorgada ante esta
notaría, a las 16 horas 05 minutos del 12 de diciembre del año 2020, se
constituyó la sociedad denominada Cedula Jurídica S. A. Sociedad
Anónima.—San José, 14 de diciembre del 2020.—Licda. Alba Rosa Zamora Durán, Notaria.—1 vez.—CE2020012314.
Mediante escritura otorgada ante esta
notaría, a las 08 horas 30 minutos del 06 de diciembre del año 2020, se
constituyó la sociedad denominada European Mountain Bike Components Sociedad
Anónima.—San José, 14 de diciembre del 2020.—Licda. Alicia Yesenia Chacón Araya, Notaria.—1
vez.—CE2020012315.
Mediante escritura otorgada ante esta
notaría, a las 15 horas 45 minutos del 01 de diciembre del año 2020, se
constituyó la sociedad denominada Novae SPES Limitada.—San
José, 14 de diciembre del 2020.—Lic. Andre Vargas Siverio, Notario.—1
vez.—CE2020012316.
Mediante escritura otorgada ante esta
notaría, a las 12 horas 30 minutos del 10 de diciembre del año 2020, se
constituyó la sociedad denominada Weilaimax Sociedad de Responsabilidad
Limitada.—San José, 14 de diciembre del 2020.—Lic. Yijun Xie Luo,
Notario.—1 vez.—CE2020012317.
Mediante escritura otorgada ante esta
notaría, a las 16 horas 00 minutos del 07 de diciembre del año 2020, se
constituyó la sociedad denominada Suministros y Servicios CR
Limitada.—San José, 14 de diciembre del 2020.—Lic. Eduardo Valdivieso
Bustos, Notario.—1 vez.—CE2020012318.
Mediante escritura otorgada ante esta
notaría, a las 12 horas 30 minutos del 14 de diciembre del año 2020, se
constituyó la sociedad denominada Bilibili Z&Z Sociedad de Responsabilidad
Limitada.—San José, 14 de diciembre del 2020.—Lic. Yijun Xie Luo,
Notario.—1 vez.—CE2020012319.
Mediante escritura otorgada ante esta
notaría, a las 09 horas 00 minutos del 14 de diciembre del año 2020, se
constituyó la sociedad denominada Villa Brazil Limitada.—San José, 14 de
diciembre del 2020.—Licda. Diana Elke Pinchanski Fachler, Notaria.—1
vez.—CE2020012320.
Mediante escritura
otorgada ante esta notaría, a las 19 horas 00 minutos del 10 de diciembre del
año 2020, se constituyó la sociedad denominada Solagui Scholl Sociedad de
Responsabilidad Limitada.—San José, 14 de diciembre del 2020.—Lic.
Ronald Antonio Sánchez Trejos,
Notario.—1 vez.—CE2020012321.
Mediante escritura otorgada ante esta
notaría, a las 15 horas 30 minutos del 12 de diciembre del año 2020, se
constituyó la sociedad denominada Soluciones Informáticas Integrales Modernas
Sociedad Anónima.—San
José, 14 de diciembre del 2020.—Licda. Georgia Lorena Montt Villacura,
Notaria.—1 vez.—CE2020012322.
Mediante escritura otorgada ante esta
notaría, a las 16 horas 00 minutos del 02 de diciembre del año 2020, se
constituyó la sociedad denominada Constructora Contreras Landscaping
Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 14 de
diciembre del 2020.—Licda. Yahaira Vanessa Zamora Duarte, Notaria.—1
vez.—CE2020012323.
Mediante escritura otorgada ante esta
notaría, a las 10 horas 00 minutos del 14 de diciembre del año 2020, se
constituyó la sociedad denominada Timmermans Oceánica LLC Sociedad de
Responsabilidad Limitada.—San José, 14 de diciembre del 2020.—Licda. María Andrea Jara Pérez, Notaria.—1
vez.—CE2020012324.
Mediante escritura
otorgada ante esta notaría, a las 13 horas 00 minutos del 10 de diciembre del
año 2020, se constituyó la sociedad denominada D&B Solutions Sociedad
Anónima.—San José, 14 de diciembre del 2020.—Lic. Alejandro
Pignataro Madrigal, Notario.—1 vez.—CE2020012325.
Mediante escritura otorgada ante esta
notaría, a las 19 horas 30 minutos del 24 de noviembre del año 2020, se
constituyó la sociedad denominada Aevseven Sociedad Anónima.—San José,
14 de diciembre del 2020.—Licda. Karen Melissa Brenes Piedra, Notaria.—1
vez.—CE2020012326.
Mediante escritura otorgada ante esta
notaría, a las 19 horas 00 minutos del 24 de Noviembre del año 2020, se
constituyó la sociedad denominada MMA Equipamientos, Sociedad Anónima.—San
José, 14 de diciembre del 2020.—Licda. Karen Melissa Brenes Piedra, Notaria.—1
vez.—CE2020012327.
Mediante escritura
otorgada ante esta notaría, a las 08 horas 00 minutos del 13 de diciembre del
año 2020, se constituyó la sociedad denominada Administración de
Riesgos Laborales y Ambiente A&J Sociedad de
Responsabilidad Limitada.—San José, 14 de diciembre del 2020.—Licda. Fressy
Graciela Mora Peñaranda, Notaria.—1 vez.—CE2020012328.
Mediante escritura otorgada ante esta
notaría, a las 14 horas 00 minutos del 11 de diciembre del año 2020, se
constituyó la sociedad denominada Blockchain Token Technologies Sociedad
de Responsabilidad Limitada.—San José, 14 de diciembre del
2020.—Lic. Pedro González
Roesch, Notario.—1 vez.—CE2020012329.
Mediante escritura otorgada ante esta
notaría, a las 10 horas 00 minutos del 09 de diciembre del año 2020, se
constituyó la sociedad denominada J R Trans Sociedad Anónima.—San
José, 14 de diciembre del 2020.—Licda. Adriana Delgado Aguilar, Notaria.—1
vez.—CE2020012330.
Mediante escritura otorgada ante esta
notaría, a las 13 horas 30 minutos del 14 de diciembre del año 2020, se
constituyó la sociedad denominada Electromax Suplidora Electrónica Sociedad
Anónima.—San José, 14 de diciembre del 2020.—Lic. Danilo Loaiza Delgado,
Notario.—1 vez.—CE2020012331.
Mediante escritura otorgada ante esta
notaría, a las 14 horas 00 minutos del 11 de diciembre del año 2020, se
constituyó la sociedad denominada Sky Haven Limitada.—San José, 14 de
diciembre del 2020.—Lic. Sergio José Guido Villegas, Notario.—1
vez.—CE2020012332.
Mediante escritura otorgada ante esta
notaría, a las 11 horas 00 minutos del 27 de Noviembre del año 2020, se
constituyó la sociedad denominada Servicios Integrales de Seguridad
Privada F Y J N de Pococí Sociedad Anónima.—San José, 14
de diciembre del 2020.—Lic. Geovanny Astúa Arce, Notario.—1
vez.—CE2020012333.
Mediante escritura otorgada ante esta
notaría, a las 10 horas 15 minutos del 11 de noviembre del año 2020, se
constituyó la sociedad denominada Profe Streamer Sociedad Anónima.—San José, 14 de diciembre
del 2020.—Lic. David Eugenio Romero Mora, Notario.—1 vez.—CE2020012334.
Mediante escritura otorgada ante esta
notaría, a las 16 horas 00 minutos del 07 de diciembre del año 2020, se
constituyó la sociedad denominada Suministros y Servicios
Salazar Limitada.—San José, 14 de diciembre del 2020.—Lic. Eduardo
Valdivieso Bustos, Notario.—1 vez.—CE2020012335.
Mediante escritura otorgada ante esta
notaría, a las 10 horas 00 minutos del 14 de diciembre del año 2020, se
constituyó la sociedad denominada Wiscosta Limitada.—San José, 14 de
diciembre del 2020.—Lic. Gabriel Chaves Ledezma, Notario.—1 vez.—CE2020012336.
Mediante escritura
otorgada ante esta notaría, a las 00 horas 00 minutos del 12 de diciembre del
año 2020, se constituyó la sociedad denominada Grupo Empresarial Nahoni
Sociedad Anónima.—San José, 14 de diciembre del 2020.—Lic. José Antonio Aiza Juarez, Notario.—1 vez.—CE2020012337.
Mediante escritura
otorgada ante esta notaría, a las 12 horas 00 minutos del 07 de diciembre del
año 2020, se constituyó la sociedad denominada Massa Panadería Artesanal Sociedad Anónima.—San
José, 14 de diciembre del 2020.—Licda. Mariamalia Guillén Solano, Notaria.—1 vez.—CE2020012338.
Mediante escritura otorgada ante esta
notaría, a las 10 horas 00 minutos del 11 de diciembre del año 2020, se
constituyó la sociedad denominada Rocher Ingeniería Costa Rica Sociedad Anónima.—San José, 14 de diciembre
del 2020.—Lic. Francisco Arturo Arias Mena, Notario.—1 vez.—CE2020012339.
Mediante escritura otorgada ante esta
notaría, a las 08 horas 00 minutos del 10 de diciembre del año 2020, se
constituyó la sociedad denominada Hermoco de Cartago Sociedad
Anónima.—San José, 14 de diciembre del 2020.—Lic. Jorge Eduardo Brenes
Brenes, Notario.—1 vez.—CE2020012340.
Mediante escritura
otorgada ante esta notaría, a las 18 horas 00 minutos del 11 de diciembre del
año 2020, se constituyó la sociedad denominada Blue Hills Corporation
Sociedad Anónima.—San José, 14 de diciembre del 2020.—Lic. Michael Alonso López Núñez, Notario.—1
vez.—CE2020012341.
Mediante escritura
otorgada ante esta notaría, a las 17 horas 00 minutos del 14 de diciembre del
año 2020, se constituyó la sociedad denominada La Celeste del Mar
Sociedad Anónima.—San José, 14 de diciembre del 2020.—Lic. Manuel Antonio
Marín Ruiz, Notario.—1 vez.—CE2020012342.
Mediante escritura
otorgada ante esta notaría, a las 16 horas 00 minutos del 05 de diciembre del
año 2020, se constituyó la sociedad denominada Dos Machetes Sociedad de
Responsabilidad Limitada.—San José, 14 de diciembre del 2020.—Licda.
Margarita Odio Rohrmoser, Notaria.—1 vez.—CE2020012343.
Mediante escritura otorgada ante esta
notaría, a las 13 horas 30 minutos del 14 de diciembre del año 2020, se
constituyó la sociedad denominada TSL Global Enterprises Sociedad
de Responsabilidad Limitada.—San José, 14 de diciembre del
2020.—Lic. Giordano Zeffiro Caravaca, Notario.—1 vez.—CE2020012344.
Mediante escritura otorgada ante esta
notaría, a las 15 horas 00 minutos del 13 de diciembre del año 2020, se
constituyó la sociedad denominada Lincy Sociedad Anónima.—San José, 14
de diciembre del 2020.—Lic. Franklin Antonio Aguilera Amador, Notario.—1
vez.—CE2020012345.
Mediante escritura
otorgada ante esta notaría, a las 16 horas 00 minutos del 13 de noviembre del
año 2020, se constituyó la sociedad denominada Inversiones Morales Morales
del Sur Sociedad Anónima.—San José, 14 de diciembre del 2020.—Lic.
Oldemar Corrales Valverde, Notario.—1 vez.—CE2020012346.
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 00 horas 30 minutos
del 27 de noviembre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Nosa
Eco Paz Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 14 de diciembre del
2020.—Licda. Yadriela Rodríguez Quesada,
Notaria.—1 vez.—CE2020012347.
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 10 horas 30 minutos del 09 de
diciembre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Gustito en el
Paladar Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 14 de diciembre del
2020.—Licda. María
Luz Calderón
Retana, Notaria.—1 vez.—CE2020012348.
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 14 horas 00 minutos
del 14 de diciembre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada VG
Entertainment Corp Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 14 de
diciembre del 2020.—Lic. Eric Esquivel Carvajal, Notario.—1 vez.—CE2020012349.
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 17 horas 30 minutos
del 05 de noviembre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada ITSC
Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 14 de diciembre
del 2020.—Lic. Roger Adriano Bogantes Zamora, Notario.—1 vez.—CE2020012350.
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 11 horas 10 minutos del 09 de
diciembre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Recursos Tecnológicos de Costa Rica Sociedad
de Responsabilidad Limitada.—San
José, 14 de diciembre del 2020.—Licda. María Alejandra Calderón Hidalgo, Notaria.—1
vez.—CE2020012351.
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 18 horas 00 minutos
del 10 de diciembre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Global
Sports & Administrative Services Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San
José, 14 de diciembre del 2020.—Licda. María Alejandra Calderón Hidalgo, Notaria.—1 vez.—CE2020012352.
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 10 horas 00 minutos del 06 de
noviembre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada One Home Pro
Outlet Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 14 de diciembre del
2020.—Licda. Yinnette Calderón
Barquero, Notaria.—1 vez.—CE2020012353.
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 08 horas 00 minutos del 09 de
diciembre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Get Fit Fast
Briadam Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 15 de diciembre del
2020.—Licda. Nathalie Elizondo Montero, Notaria.—1 vez.— CE2020012354.
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 10 horas 00 minutos del 08 de
diciembre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Weeto Sociedad
Anónima.—San José, 15 de diciembre del 2020.—Lic. Rafael Ángel Gutiérrez Gutiérrez, Notario.—1
vez.—CE2020012355.
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 14 horas 00 minutos
del 11 de diciembre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Grupo
Argon Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 15 de diciembre del
2020.—Lic. Ruddy Antonio Saborío Sánchez, Notario.—1 vez.—CE2020012356.
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 14 horas 40 minutos
del 14 de diciembre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada SCO
Entertainment Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 15 de
diciembre del 2020.—Lic. Eric Esquivel Carvajal, Notario.—1 vez.—CE2020012357.
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 16 horas 00 minutos del 14 de
diciembre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada D´Roca
Construcciones Limitada.—San José, 15 de diciembre del 2020.—Lic. Carlos
Alberto Hernández
Navarro, Notario.—1 vez.—CE2020012358.
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 16 horas 30 minutos
del 14 de diciembre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Servicios
Médicos Kale Limitada.—San
José, 15 de diciembre del 2020.—Lic. Carlos Alberto Hernández Navarro, Notario.—1 vez.—CE2020012359.
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 08 horas 00 minutos
del 09 de diciembre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Finca
Dos Vargas Sociedad
Anónima.—San
José, 15 de diciembre del 2020.—Lic. Edgar
Alejandro Solís Moraga, Notario.—1
vez.—CE2020012360.
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 17 horas 00 minutos del 14 de
diciembre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Kuplo Commerce
Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 15 de diciembre del
2020.—Licda. María
Carolina Morera Calvo, Notaria.—1 vez.—CE2020012361.
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 07 horas 30 minutos
del 08 de diciembre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Oropopo
Kids Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 15 de diciembre del
2020.—Lic. Guillermo José Sanabria Leiva, Notario.—1
vez.—CE2020012362.
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 17 horas 00 minutos del 14 de
diciembre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Trans Global
Cargo Services Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 15 de
diciembre del 2020.—Lic. Víctor
Hugo Fernandez Mora, Notario.—1 vez.—CE2020012363.
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 09 horas 00 minutos del 15 de
diciembre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Famaylo Tres M
Sociedad Anónima.—San José, 15 de diciembre del 2020.—Lic. Marco Antonio
Vargas Valverde, Notario.—1 vez.—CE2020012364.
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 08 horas 00 minutos del 07 de
diciembre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Finca
Xoloitzcuintle Sociedad Anónima.—San José, 15 de diciembre del 2020.—Lic.
Jose Alberto Poveda Pacheco, Notario.—1 vez.—CE2020012365.
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 10 horas 00 minutos
del 15 de diciembre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Corporación Intexco C.I.R. Limitada.—San
José, 15 de diciembre del 2020.—Lic. Gonzalo Eduardo Fajardo Lee, Notario.—1
vez.—CE2020012366.
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 14 horas 30 minutos
del 11 de diciembre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada The
Cleaning Boost Company Sociedad Anónima.—San José, 15 de diciembre del
2020.—Lic. Sergio José Solano Montenegro,
Notario.—1 vez.—CE2020012367.
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 16 horas 00 minutos del 11 de
diciembre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada GC Legal
Sociedad Anónima.—San José, 15 de diciembre del 2020.—Licda. Karen María Fonseca Sánchez, Notaria.—1 vez.—
CE2020012368.
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 15 horas 00 minutos del 24 de
noviembre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Alimentos Wol
Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 15 de diciembre del
2020.—Lic. Leonardo Antonio Madrigal Moraga, Notario.—1 vez.—CE2020012369.
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 16 horas 00 minutos del 08 de
diciembre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Colectivo Verde
Cinco Cero Seis Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 15 de
diciembre del 2020.—Lic. Manuel Antonio Calderón Segura, Notario.—1
vez.—CE2020012370.
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 10 horas 50 minutos
del 15 de diciembre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Hamilton
CR Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 15 de diciembre del
2020.—Lic. Jefte David Zúñiga Jiménez, Notario.—1
vez.—CE2020012371.
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 08 horas 00 minutos del 15 de
diciembre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Familia Durán
Cubero Limitada.—San José, 15 de diciembre del 2020.—Licda. Melania Cubero
Soto, Notaria.—1 vez.—CE2020012372.
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 11 horas 00 minutos del 15 de
diciembre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Newport CR
Corporation Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 15 de diciembre
del 2020.—Lic. Javier Francisco Chaverri Ross, Notario.—1 vez.—CE2020012373.
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 13 horas 00 minutos del 08 de
diciembre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Ramírez Víquez RAVCO Construcciones
Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 15 de diciembre del
2020.—Lic. Leonardo Díaz
Rivel, Notario.—1 vez.—CE2020012374.
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 11 horas 30 minutos del 15 de
diciembre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Corporación Casa del Buen Beso Sociedad
de Responsabilidad Limitada.—San
José, 15 de diciembre del 2020.—Lic. Javier Francisco Chaverri Ross, Notario.—1
vez.—CE2020012375.
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 16 horas 00 minutos del 11 de
diciembre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Auto Color CC
Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 15 de diciembre del
2020.—Lic. José
Miguel Ubeda Mejía,
Notario.—1 vez.—CE2020012376.
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 00 horas 00 minutos del 11 de
diciembre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Formula MR
Internacional Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 15 de diciembre
del 2020.—Lic. Arturo Ramirez Fonseca, , Notario.—1 vez.—CE2020012377.
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 15 horas 00 minutos
del 03 de diciembre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Grupo
Innova-Jo Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 15 de diciembre
del 2020.—Licda. Wendy Rivera Báez, Notaria.—1
vez.—CE2020012378.
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 16 horas 00 minutos del 14 de
diciembre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Billsbevsetc
Limitada.—San José, 15 de diciembre del 2020.—Licda. Ismene Arroyo Marín, Notaria.—1
vez.—CE2020012379.
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 08 horas 00 minutos del 15 de
diciembre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada CCI Zona Canton
Curridabat Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 15 de diciembre
del 2020.—Licda. Doris Cecilia Monge Diaz, Notaria.—1 vez.— CE2020012380.
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 09 horas 50 minutos del 15 de diciembre
del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Grupo de Seguridad
Navarro Bermúdez Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 15 de diciembre
del 2020.—Licda. Edgardo Salvador Mena Páramo, Notaria.—1
vez.—CE2020012381.
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 12 horas 39 minutos del 13 de
diciembre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Morpho Sociedad
de Responsabilidad Limitada.—San José, 15 de diciembre del 2020.—Licda.
Lidiette Carvajal Sanchez, Notaria.—1 vez.—CE2020012382.
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 09 horas 00 minutos del 11 de
diciembre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Narivagi Cero
Seis Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 15 de diciembre del
2020.—Licda. Margarita Arias Formoso, Notaria.—1 vez.—CE2020012383.
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 18 horas 20 minutos del 08 de
diciembre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Inversiones Agrícolas Pakey Sociedad de
Responsabilidad Limitada.—San
José, 15 de diciembre del 2020.—Lic. Edwin Mauricio Rojas Quirós, Notario.—1
vez.—CE2020012384.
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 03 horas 00 minutos del 14 de
diciembre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Las Cuatro F
Alajuela Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 15 de diciembre
del 2020.—Licda. Patricia Zumbado Rodríguez, Notaria.—1 vez.—CE2020012385.
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 09 horas 30 minutos del 15 de
diciembre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Cukily Sociedad
de Responsabilidad Limitada.—San José, 15 de diciembre del 2020.—Lic. Julio
César
Umaña Fernández,
Notario.—1 vez.—CE2020012386.
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 17 horas 30 minutos del 14 de
diciembre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Agus
Refrigeración Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 15 de diciembre
del 2020.—Lic. Roy Gustavo Quesada Rodríguez, Notario.—1
vez.—CE2020012387.
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 13 horas 00 minutos del 11 de
diciembre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Aw Inc Sociedad
de Responsabilidad Limitada.—San José, 15 de diciembre del 2020.—Licda. María José Vicente Ureña, Notaria.—1
vez.—CE2020012388.
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 12 horas 00 minutos del 15 de
diciembre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Familia Mosa
Inc de Costa Rica Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 15 de
diciembre del 2020.—Licda. Deborah Feinzaig Mintz, Notaria.—1
vez.—CE2020012389.
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 08 horas 00 minutos
del 15 de diciembre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Luna
Grande Tropinina LLC Limitada.—San José, 15 de diciembre del 2020.—Lic. Luis
Jeancarlo Angulo Bonilla, Notario.—1 vez.—CE2020012390.
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 10 horas 00 minutos del 15 de
diciembre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Corporation
Macias CR Limitada.—San José, 15 de diciembre del 2020.—Lic. Gonzalo José Rojas Benavides, Notario.—1
vez.—CE2020012391.
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 08 horas 30 minutos del 12 de
diciembre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Alimenta
Centroamérica Sociedad Anónima.—San
José, 15 de diciembre del 2020.–Lic.
Jorge Eduardo León
Vargas, Notario.—1 vez.—CE2020012392.
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 14 horas 00 minutos del 11 de
diciembre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Token
Blockchain Technologies Systems Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San
José, 15 de diciembre del 2020.—Lic. Pedro González Roesch, Notario.—1
vez.—CE2020012393.
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 08 horas 00 minutos
del 15 de diciembre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Kids
Time Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 15 de diciembre del
2020.—Lic. Mario Alberto Rodríguez Barrantes,
Notario.—1 vez.—CE2020012394.
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 19 horas 00 minutos del 24 de
noviembre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada MMA Equipamientos
Sociedad Anónima.—San José, 15 de diciembre del 2020.—Licda. Karen Melissa
Brenes Piedra, Notaria.—1 vez.—CE2020012395.
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 15 horas 00 minutos
del 03 de diciembre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Grupo
Innova JO Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 15 de diciembre
del 2020.—Licda. Wendy Rivera Báez, Notaria.—1
vez.—CE2020012396.
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 14 horas 00 minutos
del 15 de diciembre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Transportes
Sogonsa Sociedad Anónima.—San José, 15 de diciembre del 2020.—Lic. Rafael Ángel Salazar Fonseca, Notario.—1 vez.—CE2020012397.
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 17 horas 00 minutos del 14 de
diciembre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Inversiones Don
Enmer Sociedad Anónima.—San José, 15 de diciembre del 2020.—Lic. Manuel
Antonio Marín
Ruiz, Notario.—1 vez.—CE2020012398.
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 10 horas 00 minutos del 14 de
diciembre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Sutie Corp Llc
Limitada.—San José, 15 de diciembre del 2020.—Lic. Gabriel Chaves Ledezma,
Notario.—1 vez.—CE2020012399.
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 13 horas 00 minutos del 15 de
diciembre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Karsuca
Sociedad Anónima.—San José, 15 de diciembre del 2020.—Lic. Alejandro Vargas
Alfaro, Notario.—1 vez.—CE2020012400.
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 12 horas 00 minutos
del 15 de diciembre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Hermanos
Rimbol Sociedad Anónima.—San José, 15 de diciembre del 2020.—Licda. Cecilia
Naranjo Arias, Notaria.—1 vez.—CE2020012401.
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 10 horas 00 minutos del 14 de
diciembre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Inversiones la
Troyana de Cahuita Sociedad Anónima.—San José, 15 de diciembre del
2020.—Lic. Luis Diego Picado Flores, Notario.—1 vez.—CE2020012402.
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría a las 17 horas 00 minutos del 15 de
diciembre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Beachy Vl Home
Llc Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 15 de diciembre del
2020.—Lic. Marco Antonio Fernández
López,
Notario.—1 vez.—CE2020012403.
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 11 horas 00 minutos del 15 de
diciembre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Adele Landauer
Life Coaching Llc Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 15 de
diciembre del 2020.—Lic. Brians Salazar Chavarría, Notario.—1 vez.—CE2020012404.
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 10 horas 00 minutos
del 15 de diciembre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Agrícola CMS Sociedad de Responsabilidad
Limitada.—San José, 15 de diciembre del 2020.—Licda. Diana Elke
Pinchanski Fachler, Notaria.—1 vez.—CE2020012405.
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 08 horas 00 minutos del 16 de
noviembre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Exportadora de
Metales Scrap Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 15 de
diciembre del 2020.—Lic. Diego Oporto Mejía, Notario.—1 vez.—CE2020012406.
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 09 horas 30 minutos del 15 de
diciembre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Tarcos del
Pacífico H I Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 15 de
diciembre del 2020.—Lic. Einar José Villavicencio López, Notario.—1 vez.—CE2020012851.
Mediante escritura otorgada ante esta notaría,
a las 11 horas 30 minutos del 23 de diciembre del año 2020, se constituyó la
sociedad denominada American Price Jenirio Sociedad de Responsabilidad
Limitada.—San José, 04 de enero del 2021.—Lic. Mariselle Verdesia Meneses,
Notario.—1 vez.—CE2021000029.
Mediante escritura otorgada ante esta notaría,
a las 10 horas 00 minutos del 02 de enero del año 2021, se constituyó la
sociedad denominada Avalanche Express Cero Siete Sociedad de Responsabilidad
Limitada.—San José, 04 de enero del 2021.—Lic. Sonia María Saborío Flores,
Notaria.—1 vez.—CE2021000030.
Mediante escritura otorgada ante esta notaría,
a las 15 horas 00 minutos del 04 de enero del año 2021, se constituyó la
sociedad denominada IQU Servicios Comerciales Sociedad de Responsabilidad
Limitada.—San José, 04 de enero del 2021.—Lic. Adrián Vargas Sequeira,
Notario.—1 vez.—CE2021000031.
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 00 horas 00
minutos del 04 de enero del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Compra
y Venta de Raíces y tubérculos Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San
José, 05 de enero del 2021.—Lic. Yesenia Quesada Rojas, Notario.—1
vez.—CE2021000032.
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 09 horas 30
minutos del 22 de diciembre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Bar
Restaurante Peruano Odilia Sociedad Anónima.—San José, 05 de enero del
2021.—Lic. Olga María Mata Chacón, Notario.—1 vez.—CE2021000033.
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 11 horas 15
minutos del 04 de enero del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Dicofer
CFE Sociedad Anónima.—San José, 05 de enero del 2021.—Lic. Karen Melissa
Brenes Piedra, Notaria.—1 vez.—CE2021000034.
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 16 horas 00
minutos del 22 de diciembre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Soluciones
Lumínicas On Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 05 de enero
del 2021.—Lic. Andrés Martin Vargas Rojas, Notario.—1 vez.—CE2021000035.
Mediante escritura otorgada ante esta notaría,
a las 14 horas 00 minutos del 04 de Noviembre del año 2020, se constituyó la
sociedad denominada Soluciones Industriales L F Sociedad de Responsabilidad
Limitada.—San José, 05 de enero del 2021.—Lic. Maurin Zúñiga Nuñez,
Notario.—1 vez.—CE2021000036.
Mediante escritura otorgada ante esta notaría,
a las 09 horas 00 minutos del 05 de enero del año 2021, se constituyó la
sociedad denominada Savucci Limitada.—San José, 05 de enero del
2021.—Lic. Carlos Roberto Rivera Ruiz, Notario.—1 Vez.—CE2021000037.
Mediante escritura otorgada ante esta notaría,
a las 09 horas 00 minutos del 31 de diciembre del año 2020, se constituyó la
sociedad denominada SV Developments Heights Limitada.—San José, 05 de
enero del 2021.—Lic. Gonzalo José Rojas Benavides, Notario.—1
vez.—CE2021000038.
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 14 horas 00
minutos del 22 de diciembre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada López
Continuum Sociedad Anónima.—San José, 05 de enero del 2021.—Lic. Jorge
Sanchez Garbanzo, Notario.—1 vez.—CE2021000039.
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 15 horas 00
minutos del 03 de enero del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Narocha
& Asociados Sociedad Anónima.—San José, 05 de enero del 2021.—Lic.
Karla Fabiana Carrillo Salguero, Notario.—1 vez.—CE2021000040.
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 10 horas 00
minutos del 17 de diciembre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Jogo
Creatividad y Contenido Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 05
de enero del 2021.—Lic. Nadia Semaan Zúñiga, Notario.—1 vez.—CE2021000041.
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 17 horas 00
minutos del 18 de diciembre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada GMOJI
Costa Rica Igcr Sociedad Anónima.—San José, 05 de enero del 2021.—Lic.
Margarita Sandi Mora, Notario.—1 vez.—CE2021000042.
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 10 horas 00
minutos del 05 de enero del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Uphouse
Costa Rica Limitada.—San José, 05 de enero del 2021.—Lic. Jorge Arturo
Pacheco Oreamuno, Notario.—1 vez.—CE2021000043.
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 15 horas 30
minutos del 06 de diciembre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Electromecánica
Ika Sociedad Anónima.—San José, 05 de enero del 2021.—Lic. María Salome
Sosa Arias, Notaria.—1 vez.—CE2021000044.
Mediante escritura otorgada ante esta notaría,
a las 13 horas 00 minutos del 24 de diciembre del año 2020, se constituyó la
sociedad denominada Distribuciones de Los Rios Sociedad Anónima.—San
José, 05 de enero del 2021.—Lic. Héctor Chaves Sandoval, Notario.—1
vez.—CE2021000045.
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 11 horas 00
minutos del 04 de enero del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Caelestis
Enterprises Limitada.—San José, 05 de enero del 2021.—Lic. Juan Carlos
González Lavergne, Notario.—1 vez.—CE2021000046.
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 17 horas 00
minutos del 17 de diciembre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Acabados
Recreativos S.A. Sociedad Anónima.—San José, 05 de enero del 2021.—Lic.
Carlos Manuel Aguilar Rojas, Notario.—1 vez.—CE2021000047.
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 18 horas 00
minutos del 20 de Noviembre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Arte
de Colección ADC Sociedad Anónima.—San José, 05 de enero del 2021.—Lic.
Gabriela Burgues Arrea, Notaria.—1 vez.—CE2021000048.
Mediante escritura otorgada ante esta notaría,
a las 08 horas 00 minutos del 05 de enero del año 2021, se constituyó la
sociedad denominada Consultora Gaemi Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San
José, 05 de enero del 2021.—Lic. Ana Graciela Alvarenga Jimenez, Notaria.—1
vez.—CE2021000049.
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 10 horas 00
minutos del 05 de enero del año 2021, se constituyó la sociedad denominada
Balam Naal Limitada.—San José, 05 de enero del 2021.—Lic. Carlos Roberto
Rivera Ruiz, Notario.—1 vez.—CE2021000050.
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 08 horas 30
minutos del 04 de enero del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Alimentos
Jimcec Sociedad Anónima.—San José, 05 de enero del 2021.—Lic. Carlos
Luis Matarrita Duarte, Notario.—1 vez.—CE2021000051.
Mediante escritura otorgada ante esta notaría,
a las 08 horas 00 minutos del 05 de enero del año 2021, se constituyó la
sociedad denominada Costa Coleman Investments Sociedad de Responsabilidad
Limitada.—San José, 05 de enero del 2021.—Lic. Federico Peralta Calzada,
Notario.—1 vez.—CE2021000052.
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 11 horas 00
minutos del 05 de enero del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Corsicabet
Limitada.—San José, 05 de enero del 2021.—Lic. Carlos Roberto Rivera Ruiz,
Notario.—1 vez.—CE2021000053.
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 14 horas 30
minutos del 29 de diciembre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Junoi
R & M Sociedad Anónima.—San José, 05 de enero del 2021.—Lic. Nydia
María Piedra Ramírez, Notaria.—1 vez.—CE2021000054.
Mediante escritura otorgada ante esta notaría,
a las 11 horas 00 minutos del 04 de enero del año 2021, se constituyó la
sociedad denominada Corporación Fivaro, Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San
José, 05 de enero del 2021.—Lic. Pablo Fernando Ramos Vargas, Notario.—1
vez.—CE2021000055.
Mediante escritura otorgada ante esta notaría,
a las 11 horas 00 minutos del 05 de enero del año 2021, se constituyó la
sociedad denominada Jeb Arquitectos y Desarrolladores Sociedad de
Responsabilidad Limitada.—San José, 05 de enero del 2021.—Lic. Leiner
Miguel Molina Pérez, Notario.—1 vez.—CE2021000056.
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 09 horas 00
minutos del 02 de enero del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Igual
Cédula Jurídica Sociedad Anónima.—San José, 05 de enero del 2021.—Lic.
Marjorie Vargas Sequeira, Notaria.—1 vez.—CE2021000057.
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 11 horas 00
minutos del 25 de septiembre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada
Grupo Empresarial Frosa de Centroamérica Sociedad de Responsabilidad
Limitada.—San José, 05 de enero del 2021.—Lic. Hugo Salazar Solano,
Notario.—1 vez.—CE2021000058.
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 15 horas 00
minutos del 28 de octubre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Seguridad
R Y S de Costa Rica Sociedad Anónima.—San José, 05 de enero del 2021.—Lic.
Geraldine Marín Villegas, Notaria.—1 vez.—CE2021000059.
Mediante escritura otorgada ante esta notaría,
a las 13 horas 01 minutos del 04 de enero del año 2021, se constituyó la
sociedad denominada Lohmeyer St Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San
José, 05 de enero del 2021.—Lic. Alejandra María Montiel Quirós, Notaria.—1
vez.—CE2021000060.
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 08 horas 00
minutos del 05 de enero del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Dentico
Flamingo Sociedad Anónima.—San José, 05 de enero del 2021.—Lic. Noemy González
Rojas, Notaria.—1 vez.—CE2021000061.
Mediante escritura otorgada ante esta notaría,
a las 13 horas 00 minutos del 28 de diciembre del año 2020, se constituyó la
sociedad denominada Vigal Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San
José, 05 de enero del 2021.—Lic. Alexis Monge Barboza, Notario.—1
vez.—CE2021000062.
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 18 horas 30
minutos del 28 de diciembre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada
MV Jeans Fashion Forever Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 05
de enero del 2021.—Lic. Mireya Eugenia Padilla García, Notaria.—1
vez.—CE2021000063.
Mediante escritura otorgada ante esta notaría,
a las 10 horas 00 minutos del 04 de enero del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Costal Vida Investments Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 05 de enero del 2021.—Lic. Jorge
Federico Baldioceda Baltodano, Notario.—1 vez.—CE2021000064.
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 11 horas 00
minutos del 05 de enero del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Good
Day Corp LLC Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 05 de enero
del 2021.—Lic. Brians Salazar Chavarría, Notario.—1 vez.—CE2021000065.
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 08 horas 00
minutos del 05 de enero del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Latinoamericana
de Servicios Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 05 de enero
del 2021.—Lic. Alejandra María Montiel Quiros, Notaria.—1 vez.—CE2021000066.
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 16 horas 00
minutos del 28 de diciembre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Materiales
Jerusalén FCH Sociedad Anónima.—San José, 05 de enero del 2021.—Lic.
Mauricio Jose Ramírez Murillo, Notario.—1 vez.—CE2021000067
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 12 horas 00
minutos del 22 de diciembre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada MB
Properties Of Monte Bello Limitada.—San José, 05 de enero del 2021.—Lic.
Rafael Enrique Cañas Coto, Notario.—1 vez.—CE2021000068.
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 14 horas 40
minutos del 05 de enero del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Lisa
Kay Petri Trust Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 05 de enero
del 2021.—Lic. Yancy Gabriela Araya Perez, Notaria.—1 vez.—CE2021000069.
Mediante escritura otorgada ante esta notaría,
a las 10 horas 00 minutos del 05 de Septiembre del año 2020, se constituyó la
sociedad denominada Serpicos Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San
José, 05 de enero del 2021.—Lic. Juan Bautista Moya Fernández, Notario.—1
vez.—CE2021000070.
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 13 horas 00
minutos del 04 de enero del año 2021, se constituyó la sociedad denominada The
Reel Hook And Line Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 05 de
enero del 2021.—Lic. Enrique Loria Brunker, Notario.—1 vez.—CE2021000071.
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 10 horas 00
minutos del 02 de enero del año 2021, se constituyó la sociedad denominada El
Número de Cédula de Persona Jurídica que le Sea Asignado Al Momento de Su
Inscripción Sociedad Anónima.—San José, 05 de enero del 2021.—Lic. Renee
Granados Monge, Notario.—1 vez.—CE2021000072.
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 14 horas 00
minutos del 05 de enero del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Sitay
Limitada.—San José, 05 de enero del 2021.—Lic. Alan Masís Angulo,
Notario.—1 vez.—CE2021000073.
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 09 horas 30
minutos del 31 de diciembre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Braxon
Investments Limitada.—San José, 05 de enero del 2021.—Lic. Gonzalo Jose
Rojas Benavides, Notario.—1 vez.—CE2021000074.
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 14 horas 00
minutos del 22 de diciembre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Grupo
Verde Fusion Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 05 de enero
del 2021.—Lic. Yuliana María Gutiérrez Ugalde, Notaria.—1 vez.—CE2021000075.
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 07 horas 30
minutos del 04 de enero del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Casa
Garmus Limitada.—San José, 05 de enero del 2021.—Lic. Magally María
Guadamuz García, Notaria.—1 vez.—CE2021000076.
Mediante escritura otorgada ante esta notaría,
a las 10 horas 00 minutos del 04 de enero del año 2021, se constituyó la
sociedad denominada Alakai Store Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San
José, 05 de enero del 2021.—Lic. Kathia Vanessa Carmona Rivas, Notaria.—1
vez.—CE2021000077.
Mediante escritura otorgada ante esta notaría,
a las 16 horas 00 minutos del 05 de enero del año 2021, se constituyó la
sociedad denominada Jose Gonzalo Chávez Transportes Sociedad de
Responsabilidad Limitada.—San José, 05 de enero del 2021.—Lic. Mayling
Quirós Barquero, Notario.—1 vez.—CE2021000078.
Mediante escritura otorgada ante esta notaría,
a las 17 horas 00 minutos del 17 de diciembre del año 2020, se constituyó la
sociedad denominada Acabados Recreativos Sociedad Anónima.—San José, 05
de enero del 2021.—Lic. Carlos Manuel Aguilar Rojas, Notario.—1
vez.—CE2021000079.
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 11 horas 00
minutos del 05 de enero del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Inversiones
Zulia Farm Limitada.—San José, 05 de enero del 2021.—Lic. Orlando Gustavo
Araya Amador, Notario.—1 vez.—CE2021000080.
Mediante escritura otorgada ante esta notaría,
a las 15 horas 40 minutos del 04 de enero del año 2021, se constituyó la
sociedad denominada Kaffa Cafetería Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San
José, 05 de enero del 2021.—Lic. Patricia Ocampo Salas, Notaria.—1
vez.—CE2021000081.
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 11 horas 30
minutos del 05 de enero del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Pharma
Futura Limitada.—San José, 05 de enero del 2021.—Lic. Orlando Gustavo Araya
Amador, Notario.—1 vez.—CE2021000082.
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 13 horas 15
minutos del 04 de enero del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Grupo
de Inversiones Las Juntas Inc Sociedad Anónima.—San José, 05 de enero del
2021.—Lic. José Luis Ureña Díaz, Notario.—1 vez.—CE2021000083.
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 17 horas 00
minutos del 05 de enero del año 2021, se constituyó la sociedad denominada MSA
Soft Sociedad Anónima.—San José, 05 de enero del 2021.—Lic. Doris Céspedes
Elizondo, Notaria.—1 vez.—CE2021000084.
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 14 horas 30 minutos del 19 de
diciembre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Les Grenouilles
Bronze CDN Limitada.—San José, 07 de enero del 2021.—Lic. Óscar Gerardo Mora Vargas,
Notario.—1 vez.—CE2021000212.
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 14 horas 00 minutos
del 18 de diciembre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Ök Content Studio Sociedad Anónima.—San
José, 07 de enero del 2021.—Lic. Maureen Catalina Bustos Jiménez, Notario.—1
vez.—CE2021000213.
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 11 horas 00 minutos del 04 de enero
del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Qaelestis Enterprises
Limitada.—San José, 07 de enero del 2021.—Lic. Juan Carlos González
Lavergne, Notario.—1 vez.—CE2021000214.
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 12 horas 45 minutos del 01 de julio
del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Faro Project Management
Fpm Sociedad Anónima.—San José, 07 de enero del 2021.—Lic. Gonzalo Ernesto
Velásquez
Martínez,
Notario.—1 vez.—CE2021000215.
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 17 horas 00 minutos del 06 de enero
del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Awakened By Plants
Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 08 de enero del 2021.—Lic.
Sabrina Karine Kszak Bianchi, Notario.—1 vez.—CE2021000216.
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 15 horas 15 minutos del 04 de enero
del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Bike Way Sociedad Anónima.—San
José, 08 de enero del 2021.—Lic. Randall Mauricio Rojas Quesada, Notario.—1
vez.—CE2021000217.
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 11 horas 30 minutos del 05 de enero
del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Empire Rentals LLC
Limitada.—San José, 08 de enero del 2021.—Lic. Rafael Enrique Cañas Coto,
Notario.—1 vez.—CE2021000218.
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 08 horas 00 minutos
del 07 de enero del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Barberia
Donals Uno A Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 08 de enero
del 2021.—Lic. Hugo Salazar Solano, Notario.—1 vez.—CE2021000219.
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 18 horas 40 minutos
del 07 de enero del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Mason
Yatsuba Group Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 08 de enero
del 2021.—Lic. Adrián Echeverria
Escalante, Notario.—1 vez.—CE2021000220.
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 15 horas 00 minutos del 07 de enero
del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Taquerías El Aztecazo Limitada.—San José, 08 de enero del
2021.—Lic. Carlos Manuel Sánchez
Leitón,
Notario.—1 vez.—CE2021000221.
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 16 horas 30 minutos
del 07 de enero del año 2021, se constituyó la sociedad denominada One
Hundred And One Wild Turkey Winner Limitada.—San José, 08 de enero del
2021.—Lic. Rafael Enrique Cañas Coto, Notario.—1 vez.—CE2021000222.
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 08 horas 00 minutos
del 08 de enero del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Casa
Mercer Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 08 de enero del
2021.—Lic. Pedro González Roesch, Notario.—1 vez.—CE2021000224.
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 13 horas 30 minutos
del 07 de enero del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Prodigy
Technology Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 08 de enero del
2021.—Lic. Ricardo Alberto Murillo Sánchez,
Notario.—1 vez.—CE2021000225.
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 16 horas 00 minutos del 04 de enero
del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Live Edge Forniture
Limitada.—San José, 08 de enero del 2021.—Lic. Eduardo Ajoy Zeledón, Notario.—1
vez.—CE2021000226.
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 18 horas 00 minutos
del 06 de enero del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Gabemi
Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 08 de enero del 2021.—Lic.
Hugo Salazar Solano, Notario.—1 vez.—CE2021000227.
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 08 horas 00 minutos del 05 de enero
del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Latinoamérica de Servicios DX Sociedad
de Responsabilidad Limitada.—San
José, 08 de enero del 2021.—Lic. Alejandra María Montiel Quirós, Notario.—1
vez.—CE2021000228.
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 19 horas 00 minutos
del 04 de enero del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Pentta
Outsourcing Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 08 de enero del
2021.—Lic. Carlos Gerardo Barrantes Méndez,
Notario.—1 vez.—CE2021000229.
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 11 horas 00 minutos del 15 de
diciembre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Gochach
Inversiones Sociedad Anónima.—San José, 08 de enero del 2021.—Lic. Pablo
Eliécer
Valerio Soto, Notario.—1 vez.—CE2021000230.
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 14 horas 00 minutos del 05 de enero
del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Casa Ikin Limitada.—San
José, 08 de enero del 2021.—Lic. José Fernando Carter Vargas, Notario.—1
vez.—CE2021000231.
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 10 horas 00 minutos
del 17 de diciembre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Por
Asignar Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San
José, 08 de enero del 2021.—Lic. José Gerardo
Pacheco Guerrero, Notario.—1 vez.—CE2021000232.
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 10 horas 00 minutos
del 07 de enero del año 2021, se constituyó la sociedad denominada KJ
Incorporated Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 08 de enero
del 2021.—Lic. Steffano José Ferraro Florez
Estrada, Notario.—1 vez.—CE2021000233.
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 11 horas 30 minutos
del 08 de enero del año 2021, se constituyó la sociedad denominada RL Group
Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 08 de enero del
2021.—Lic. Marco Vinicio Barrantes Aguilar, Notario.—1 vez.—CE2021000234.
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 08 horas 00 minutos del 08 de enero
del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Love Of Doom Sociedad de
Responsabilidad Limitada.—San José, 08 de enero del 2021.—Lic. Rafael Ángel Pérez Zumbado,
Notario.—1 vez.—CE2021000235.
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 10 horas 15 minutos del 08 de enero
del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Arquitecto Constructor
E.Cornejo Sociedad Anónima.—San José, 08 de enero del 2021.—Lic. Gerardo
Arturo Badilla Rumoroso, Notario.—1 vez.—CE2021000236.
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 08 horas 00 minutos del 08 de enero
del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Naturema Sociedad de
Responsabilidad Limitada.—San José, 08 de enero del 2021.—Lic. Natalia
Sibaja Esquivel, Notario.—1 vez.—CE2021000238.
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 12 horas 00 minutos del 07 de enero
del año 2021, se constituyó la sociedad denominada La Dulce Chumajita
Sociedad Anónima.—San José, 08 de enero del 2021.—Lic. Jorge Arturo
Valverde Retana, Notario.—1 vez.—CE2021000239.
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 13 horas 00 minutos del 08 de enero
del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Ballena Beach Living LLC
Limitada.—San José, 08 de enero del 2021.—Lic. Eduardo Abarca Vargas,
Notario.—1 vez.—CE2021000240.
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 12 horas 00 minutos del 05 de enero
del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Dolce Medical Center
Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 08 de enero del 2021.—Lic.
Gustavo Jiménez Ocampo, Notario.—1 vez.—CE2021000241.
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 17 horas 00 minutos del 07 de enero
del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Guadaco y Meto Sociedad
Anónima.—San José, 08 de enero del 2021.—Lic. Jorge Francisco Ross Araya,
Notario.—1 vez.—CE2021000242.
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 10 horas 00 minutos
del 08 de enero del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Grupo
Contable Cedafi Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 08 de enero
del 2021.—Lic. Ángel Edmundo Solano
Calderón, Notario.—1 vez.—CE2021000243.
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 11 horas 00 minutos
del 23 de diciembre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Integra
Logistic Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 08 de enero del
2021.—Lic. Pamela Campos Alfaro, Notario.—1 vez.—CE2021000244.
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 11 horas 00 minutos
del 07 de enero del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Simplicity
Funding Costa Rica Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 08 de
enero del 2021.—Lic. Yancy Gabriela Araya Pérez, Notario.—1 vez.—CE2021000245.
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 09 horas 00 minutos
del 07 de enero del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Raffles
Here Company JSG Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 08 de
enero del 2021.—Lic. Christopher Rojas López, Notario.—1 vez.—CE2021000246.
Mediante escritura otorgada
ante esta notaría, a las 10 horas 00 minutos del 08 de enero del año 2021, se
constituyó la sociedad denominada J Arnold Enterprises Limitada.—San
José, 08 de enero del 2021.—Lic. Guillermo Esquivel Herrera, Notario.—1
vez.—CE2021000247.
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 10 horas 30 minutos del 07 de enero
del año 2021, se constituyó la sociedad denominada CS Calzado Sneaker
Sociedad Anónima.—San José, 08 de enero del 2021.—Lic. Ginette María Miranda Porras, Notario.—1
vez.—CE2021000248.
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 13 horas 00 minutos
del 08 de enero del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Condominium
Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 08 de enero del 2021.—Lic.
Erick Josué Cabezas Céspedes, Notario.—1 vez.—CE2021000249.
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 10 horas 00 minutos del 08 de enero
del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Fiduciaria Central Law
Sociedad Anónima.—San José, 08 de enero del 2021.—Lic. Ricardo Alberto
Rodríguez Valderrama, Notario.—1 vez.—CE2021000250.
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 15 horas 00 minutos del 07 de enero
del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Campamento Dogscout
Sociedad Anónima.—San José, 08 de enero del 2021.—Lic. Vilma del Carmen
Cordero Benavides, Notario.—1 vez.—CE2021000251.
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 14 horas 00 minutos del 08 de enero
del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Ríos Adventure Travel
Sociedad Anónima.—San José, 08 de enero del 2021.—Lic. Natalia Gómez
Aguirre, Notario.—1 vez.—CE2021000252.
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 12 horas 00 minutos del 08 de enero
del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Avenida Diecinueve
Sociedad Anónima.—San José, 08 de enero del 2021.—Lic. Carlos Enrique Mora
Alfaro, Notario.—1 vez.—CE2021000253.
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 18 horas 00 minutos del 07 de enero
del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Grupo Quejak Sociedad
Anónima.—San José, 08 de enero del 2021.—Lic. Héctor Chaves Sandoval,
Notario.—1 vez.—CE2021000254.
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 10 horas 00 minutos
del 28 de diciembre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Equipo
y Tecnología González Santana
Limitada.—San José, 08 de enero del 2021.—Lic. Laura Gabriela
Chaverri Gómez, Notario.—1 vez.—CE2021000255.
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 09 horas 30 minutos del 06 de enero
del año 2021, se constituyó la sociedad denominada San Lucas Liquors
Sociedad Anónima.—San José, 08 de enero del 2021.—Lic. Dennis José Aguiluz Milla, Notario.—1
vez.—CE2021000256.
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 17 horas 00 minutos del 06 de enero
del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Corporación Maicorhas de
Costa Rica S de Costa Rica Sociedad Anónima.—San José, 08 de enero del
2021.—Lic. Erick Jiménez Calvo, Notario.—1 vez.—CE2021000257.
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 12 horas 42 minutos del 21 de
diciembre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada The Agency
Mkting CR Sociedad Anónima.—San
José, 08 de enero del 2021.—Lic. Carolina Herrera Alvarado, Notario.—1
vez.—CE2021000258.
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 15 horas 00 minutos del 07 de enero
del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Notaría Guillén Asociados
Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 08 de enero del 2021.—Lic.
Ivania Araya Vargas, Notario.—1 vez.—CE2021000259.
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 11 horas 00 minutos del 08 de enero
del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Grupo Fuerza Dos J J A
Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 08 de enero del 2021.—Lic.
Alejandra Fallas Valerio, Notario.—1 vez.—CE2021000260.
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 18 horas 00 minutos
del 15 de diciembre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Dermatología de Occidente Sociedad Anónima.—San
José, 08 de enero del 2021.—Lic. Mario Naranjo Luna, Notario.—1
vez.—CE2021000261.
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 14 horas 00 minutos del 07 de enero
del año 2021, se constituyó la sociedad denominada CBD Shop CR Sociedad de
Responsabilidad Limitada.—San José, 08 de enero del 2021.—Lic. Jorge
Fernando Calvo Mora, Notario.—1 vez.—CE2021000262.
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 16 horas 00 minutos del 06 de enero
del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Grupo Natura Sociedad de
Responsabilidad Limitada.—San José, 08 de enero del 2021.—Lic. Gustavo
Casado Ramos, Notario.—1 vez.—CE2021000263.
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 09 horas 00 minutos del 08 de enero
del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Producciones Tierra Verde
Sociedad Anónima.—San José, 08 de enero del 2021.—Lic. José Fernando Cordero Pérez,
Notario.—1 vez.—CE2021000264.
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 13 horas 00 minutos del 06 de enero
del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Terrazas y Policarbonato
Limitada.—San José, 08 de enero del 2021.—Lic. Percy Chamberlain Bolaños,
Notario.—1 vez.—CE2021000265.
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 09 horas 00 minutos del 08 de enero
del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Construvida M Y C
Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 08 de enero del 2021.—Lic.
Carlos Luis Matarrita Duarte, Notario.—1 vez.—CE2021000266.
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 09 horas 00 minutos
del 23 de diciembre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Logistics
D & D Enterprises CRC Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José,
08 de enero del 2021.—Lic. Gunnar Núñez Svanholm, Notario.—1
vez.—CE2021004330.
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 16 horas 00 minutos del 28 de enero
del año 2019, se constituyó la sociedad denominada Montajes de Grecia
Sociedad Anónima.—San José, 11 de enero del 2021.—Lic. Kendal Araya
Venegas, Notario.—1 vez.—CE2021000329.
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 17 horas 45 minutos del 06 de enero
del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Agrofungi CR Sociedad
Anónima.—San José, 11 de enero del 2021.—Lic. Víctor Manuel Andrade Aguilar,
Notario.—1 vez.—CE2021000330.
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 09 horas 00 minutos
del 05 de enero del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Protección Hídrica Ambiental, Prohidram Sociedad Anónima.—San
José, 11 de enero del 2021.—Lic. José Luis
Pacheco Murillo, Notario.—1 vez.—CE2021000331.
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 15 horas 00 minutos del 11 de enero
del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Elrofre VR San Isidro
Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 12 de enero del 2021.—Lic.
Juan Carlos Fonseca Herrera, Notario.—1 vez.—CE2021000332.
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 16 horas 00 minutos del 11 de enero
del año 2021, se constituyó la sociedad denominada The Right Solution
Limitada.—San José, 12 de enero del 2021.—Lic. Hernán Cordero Baltodano,
Notario.—1 vez.—CE2021000333.
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 12 horas 33 minutos del 11 de enero
del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Cubechinfjye Limitada.—San
José, 12 de enero del 2021.—Lic. Jorge Zúñiga Calderón, Notario.—1
vez.—CE2021000334.
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 15 horas 00 minutos
del 07 de enero del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Robin B
Movement and Wellnes Coach Limitada.—San José, 12 de enero del 2021.—Lic.
Hernán Cordero Baltodano, Notario.—1 vez.—CE2021000335.
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 13 horas 30 minutos
del 11 de enero del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Pureinsights
Technology Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 12 de enero del
2021.—Lic. Magally María Guadamuz García, Notario.—1
vez.—CE2021000336.
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 17 horas 00 minutos del 11 de enero
del año 2021, se constituyó la sociedad denominada A Y R Los Seis Sociedad
Anónima.—San José, 12 de enero del 2021.—Lic. Marianela Solís Rojas, Notario.—1
vez.—CE2021000337.
Mediante
escritura otorgada ante esta Notaría, a las 10 horas 00 minutos del 11 de enero
del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Espíritu Properties Sociedad de
Responsabilidad Limitada.—San
José, 12 de enero del 2021.—Lic. Carlos Darío Angulo Ruiz, Notario.—1
vez.—CE2021000338.
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 19 horas 00 minutos del 11 de enero
del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Taller La Cochera TCH
Sociedad Anónima.—San José, 12 de enero del 2021.—Lic. Carlos Gerardo
Barrantes Méndez,
Notario.—1 vez.—CE2021000339.
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 15 horas 00 minutos
del 11 de enero del año 2021, se constituyó la sociedad denominada YCE Paraíso Familiar Sociedad de Responsabilidad
Limitada.—San José, 12 de enero del 2021.—Lic. Natalia María González Bogarín, Notario.—1 vez.—CE2021000340.
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 18 horas 30 minutos
del 08 de enero del año 2021, se constituyó la sociedad denominada MR y AO
Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 12 de enero del 2021.—Lic.
Vanessa de los Ángeles Vega Chavarría, Notario.—1 vez.—CE2021000341.
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 16 horas 00 minutos del 09 de enero
del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Farmacia Ambar Sociedad
Anónima.—San José, 12 de enero del 2021.—Lic. Jenny María Ramos González, Notario.—1
vez.—CE2021000342.
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 15 horas 00 minutos
del 11 de enero del año 2021, se constituyó la sociedad denominada AZ
Holdings Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 12 de enero del
2021.—Lic. Adriana Silva Rojas, Notario.—1 vez.—CE2021000343.
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 10 horas 20 minutos del 24 de
diciembre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Beauties of The
Ocean Limitada.—San José, 12 de enero del 2021.—Lic. William Torres Ortiz,
Notario.—1 vez.—CE2021000344.
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 08 horas 30 minutos del 18 de
diciembre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Mix APP Inc
Sociedad Anónima.—San José, 12 de enero del 2021.—Lic. Fabiola Soler
Bonilla, Notario.—1 vez.—CE2021000345.
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 08 horas 00 minutos del 08 de enero
del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Súper y Licorera Los Corrales
Sociedad Anónima.—San
José, 12 de enero del 2021.—Lic. Olman Martínez Picado, Notario.—1
vez.—CE2021000346.
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 16 horas 00 minutos del 08 de enero
del año 2021, se constituyó la sociedad denominada KCMS LLC Limitada.—San
José, 12 de enero del 2021.—Lic. Gabriel Chaves Ledezma, Notario.—1
vez.—CE2021000347.
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 10 horas 00 minutos
del 10 de enero del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Radiadores
Ciro Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 12 de enero del
2021.—Lic. María Elena Rodríguez Sánchez, Notario.—1
vez.—CE2021000348.
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 14 horas 00 minutos del 08 de enero
del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Ríos Adventure Travel Sociedad
Anónima.—San
José, 12 de enero del 2021.—Lic. Natalia Gómez Aguirre, Notario.—1
vez.—CE2021000349.
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 09 horas 00 minutos
del 12 de enero del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Software
de Guanacaste Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 12 de enero
del 2021.—Lic. Eleonora Alejandra Varela Sánchez, Notario.—1 vez.—CE2021000350.
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 16 horas 00 minutos del 08 de enero
del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Rlayca Sociedad Anónima.—San
José, 12 de enero del 2021.—Lic. Karolina Meléndez Gamboa, Notario.—1
vez.—CE2021000351.
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 15 horas 00 minutos
del 08 de enero del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Protección Plus Latinoamericana PPL Sociedad
Anónima.—San José, 12 de enero del 2021.—Lic. José Manuel Gutiérrez Gutiérrez, Notario.—1 vez.—CE2021000352.
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 17 horas 00 minutos del 22 de
diciembre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Coimbra
Marketing & Contenido Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José,
12 de enero del 2021.—Lic. Jorge Antonio Escalante Escalante, Notario.—1
vez.—CE2021000353.
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 18 horas 00 minutos del 15 de
diciembre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Dermatología de Occidente JFF Sociedad
Anónima.—San
José, 12 de enero del 2021.—Lic. Mario Naranjo Luna, Notario.—1
vez.—CE2021000354.
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 07 horas 00 minutos del 11 de enero
del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Casa Aquaverde de Las
Arenas Treinta y Ocho LLC Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José,
12 de enero del 2021.—Lic. Lina María Jaramillo Jiménez, Notario.—1
vez.—CE2021000355.
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 12 horas 00 minutos del 09 de enero
del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Hortícola Buena Vista Sociedad
Anónima.—San
José, 12 de enero del 2021.—Lic. Minor Gómez Calvo, Notario.—1
vez.—CE2021000356.
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 15 horas 00 minutos del 11 de enero
del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Ruscosta CR Corp Limitada.—San
José, 12 de enero del 2021.—Lic. Bernal Jiménez Núñez, Notario.—1
vez.—CE2021000357.
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 08 horas 00 minutos del 07 de enero
del año 2021, se constituyó la sociedad denominada El Quita Penas Sociedad
de Responsabilidad Limitada.—San José, 12 de enero del 2021.—Lic. Sergio
Quesada González,
Notario.—1 vez.—CE2021000358.
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 13 horas 00 minutos del 09 de enero
del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Winit Sociedad Anónima.—San
José, 12 de enero del 2021.—Lic. Juan Luis Céspedes Vargas, Notario.—1
vez.—CE2021000359.
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 15 horas 00 minutos del 13 de
noviembre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada The Submersion
Project Sociedad Anónima.—San José, 12 de enero del 2021.—Lic. Ismene
Arroyo Marín,
Notario.—1 vez.—CE2021000360.
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 18 horas 00 minutos del 01 de enero
del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Servicios Leon’d Sociedad
de Responsabilidad Limitada.—San José, 12 de enero del 2021.—Lic. José Joaquín Jiménez Chew, Notario.—1
vez.—CE2021000361.
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 12 horas 30 minutos del 12 de enero
del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Portco One Sociedad de
Responsabilidad Limitada.—San José, 12 de enero del 2021.—Lic. Manuel
Antonio Porras Vargas, Notario.—1 vez.—CE2021000362.
Mediante escritura
otorgada ante esta notaría, a las 15 horas 00 minutos del 11 de enero del año
2021, se constituyó la sociedad denominada MMXX Media Sociedad Anónima.—San
José, 12 de enero del 2021.—Lic. Dinia Chavarría Blanco, Notario.—1
vez.—CE2021000363.
Mediante escritura
otorgada ante esta notaría, a las 11 horas 30 minutos del 11 de enero del año
2021, se constituyó la sociedad denominada Constructora Rumisa Sociedad de
Responsabilidad Limitada.—San José, 12 de enero del 2021.—Lic. Ricardo José Nassar Guell, Notario.—1
vez.—CE2021000364.
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 14 horas 00 minutos del 30 de
diciembre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada MRS. G S
Services Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 12 de enero del
2021.—Lic. Óscar
Enrique Rodríguez
Cascante, Notario.—1 vez.—CE2021000366.
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 09 horas 00 minutos del 12 de enero
del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Súper J Y D Sociedad Anónima.—San José, 12 de enero del
2021.—Lic. Jenny María
Ramos González,
Notario.—1 vez.—CE2021000367.
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 14 horas 30 minutos del 11 de enero
del año 2021, se constituyó la sociedad denominada M Y M Leons Motors
Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 12 de enero del 2021.—Lic.
Karen Ginneth López
Jara, Notario.—1 vez.—CE2021000368.
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 10 horas 00 minutos del 12 de enero
del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Quinta Doña Gladys de
Occidente Sociedad Anónima.—San José, 12 de enero del 2021.—Lic. Héctor Chaves Sandoval,
Notario.—1 vez.—CE2021000369.
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 10 horas 00 minutos del 09 de enero
del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Magma Sociedad Anónima.—San
José, 12 de enero del 2021.—Lic. Virginia Hernández Arias, Notario.—1
vez.—CE2021000370.
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 15 horas 30 minutos del 02 de enero
del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Luke GP Sociedad de
Responsabilidad Limitada.—San José, 12 de enero del 2021.—Lic. Cristian
Mora Arguedas, Notario.—1 vez.—CE2021000371.
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 14 horas 00 minutos del 12 de enero
del año 2021, se constituyó la sociedad denominada The Purelife Holdings
Group Sociedad Anónima.—San José, 12 de enero del 2021.—Lic. Lawrence
Shanahan Lobo, Notario.—1 vez.—CE2021000372.
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 14 horas 00 minutos del 07 de enero
del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Importaciones Baifa
Bribri Sociedad Anónima.—San José, 12 de enero del 2021.—Lic. Alfredo
Carazo Ramírez,
Notario.—1 vez.—CE2021000373.
Mediante escritura
otorgada ante esta notaría, a las 15 horas 00 minutos del 08 de enero del año
2021, se constituyó la sociedad denominada Lote Liberia Esrod Limitada.—San
José, 12 de enero del 2021.—Lic. Josue David Monge Campos, Notario.—1
vez.—CE2021000374.
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 13 horas 00 minutos del 12 de enero
del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Inversiones Fadika
Limitada.—San José, 12 de enero del 2021.—Lic. Freddy Mesén Bermúdez, Notario.—1
vez.—CE2021000375.
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 12 horas 00 minutos
del 12 de enero del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Geolupa
Limitada.—San José, 12 de enero del 2021.—Lic. Carlos Roberto Rivera Ruiz,
Notario.—1 vez.—CE2021000376.
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 17 horas 00 minutos del 29 de
diciembre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Accesorios para
Mascotas Jak del Este Internacional Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San
José, 12 de enero del 2021.—Lic. Johanna Mora Solano, Notario.—1
vez.—CE2021000377.
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 15 horas 30 minutos del 12 de
diciembre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Global Systems
Group GSG Four Sociedad Anónima.—San José, 12 de enero del 2021.—Lic.
Georgia Lorena Montt Villacura, Notario.—1 vez.—CE2021000378.
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 12 horas 00 minutos del 12 de enero
del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Centro América Trust Limitada.—San José, 12 de enero del
2021.—Lic. Óscar
Manuel Funes Orellana, Notario.—1 vez.—CE2021000379.
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 09 horas 00 minutos del 12 de enero
del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Antous Sociedad Anónima.—San
José, 12 de enero del 2021.—Lic. Fernanda Linner de Silva, Notario.—1
vez.—CE2021000380.
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 11 horas 30 minutos del 12 de enero
del año 2021, se constituyó la sociedad denominada CF Zapote Six Sociedad de
Responsabilidad Limitada.—San José, 12 de enero del 2021.—Lic. Sharon
Segura Jiménez,
Notario.—1 vez.—CE2021000381.
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 09 horas 00 minutos del 11 de enero
del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Forno Gorumet de Escazú Sociedad de Responsabilidad
Limitada.—San
José, 12 de enero del 2021.—Lic. Sergio Quesada González, Notario.—1
vez.—CE2021000382.
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 20 horas 00 minutos del 07 de enero
del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Grupo Fuarto Sociedad de
Responsabilidad Limitada.—San José, 12 de enero del 2021.—Lic. Marlon
Campbell Griffiths, Notario.—1 vez.—CE2021000383.
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 15 horas 50 minutos del 12 de enero
del año 2021, se constituyó la sociedad denominada García y Corea Sociedad Anónima.—San José, 12 de enero del
2021.—Lic. Marianela Solís
Rojas, Notario.—1 vez.—CE2021000384.
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 15 horas 00 minutos del 08 de enero
del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Construhogar Sociedad
Anónima.—San José, 12 de enero del 2021.—Lic. Marvin Cubero Martínez, Notario.—1
vez.—CE2021000385.
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 00 horas 40 minutos del 12 de enero
del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Nicos Pizza Sociedad
Anónima.—San José, 12 de enero del 2021.—Lic. José Alberto Delgado Bolaños,
Notario.—1 vez.—CE2021000386.
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 08 horas 10 minutos del 09 de
diciembre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Soluciones y
Tecnologías Informáticas de Latinoamérica Sociedad Anónima.—San José, 12 de enero del
2021.—Lic. Adriana Varela Solís,
Notario.—1 vez.—CE2021000387.
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 14 horas 00 minutos del 14 de
diciembre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Los Panchos
Sociedad Anónima.—San
José, 12 de enero del 2021.—Lic. Irving José Malespin Muñoz, Notario.—1
vez.—CE2021000388.
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 16 horas 00 minutos
del 08 de enero del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Acuña
Salazar Family Enterprise Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José,
12 de enero del 2021.—Lic. Víctor Andrés Moreira Sirias, Notario.—1 vez.—CE2021000389.
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 09 horas 00 minutos del 12 de enero
del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Kaya Group International
Sociedad Anónima.—San José, 12 de enero del 2021.—Lic. Carlos Araya González, Notario.—1
vez.—CE2021000390.
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 16 horas 20 minutos
del 07 de enero del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Villa
Laureles Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 12 de enero del
2021.—Lic. Edwin Martín Chacón Saborío, Notario.—1
vez.—CE2021000391.
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 13 horas 00 minutos del 12 de enero
del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Seriously Good Properties
LLC Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 12 de enero del
2021.—Lic. Carlos Araya González,
Notario.—1 vez.—CE2021000392.
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 10 horas 00 minutos del 30 de
diciembre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Inversiones
Sibachav Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 12 de enero del
2021.—Lic. Maximiliano Villalobos Vargas, Notario.—1 vez.—CE2021004324.
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 09 horas 00 minutos del 09 de enero
del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Voip Solutions de Costa
Rica Sociedad Anónima.—San José, 12 de enero del 2021.—Lic. Fausto León Hidalgo, Notario.—1
vez.—CE2021004326.
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 14 horas 00 minutos del 15 de enero
del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Inversiones Jocar
Sociedad Anónima.—San José, 18 de enero del 2021.—Licda. Cindy Yilena Herrera
Camacho, Notaria.—1 vez.—CE2021000615.
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 19 horas 00 minutos
del 06 de enero del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Mobilevax
Global Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 18 de enero del
2021.—Lic. Miguel Antonio Rodríguez Espinoza, Notario.—1 vez.—CE2021000616.
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 10 horas 30 minutos
del 18 de enero del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Mino E
Hijo Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 18 de enero del
2021.—Licda. Kimberlyn Rojas De La Torre, Notaria.—1 vez.—CE2021000617.
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 20 horas 00 minutos
del 04 de enero del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Especialidades
en Ciencias del Movimiento Humano y Salud Ecmhus Sociedad de Responsabilidad
Limitada.—San José, 18 de enero del 2021.—Lic. Alonso Jesús Chaves
Fernández, Notario.—1 vez.—CE2021000618.
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 15 horas 00 minutos del 16 de enero
del año 2021, se constituyó la sociedad denominada IPME Inspecciones
Especializadas de Centroamérica Sociedad Anónima.—San José, 18 de enero del
2021.—Lic. Kenneth Francisco Muñoz Ureña, Notario.—1 vez.—CE2021000619.
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 09 horas 00 minutos del 12 de enero
del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Kaya Management Group
Sociedad Anónima.—San José, 19 de enero del 2021.—Lic. Carlos Araya
González, Notario.—1 vez.—CE2021000620.
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 10 horas 30 minutos
del 15 de enero del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Alpenview
Consulting and Services CR Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José,
19 de enero del 2021.—Licda. Laura López Salas, Notaria.—1 vez.— CE2021000621.
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 17 horas 00 minutos del 14 de enero
del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Rebs Sociedad de
Responsabilidad Limitada.—San José, 19 de enero del 2021.—Lic. Fransua
Alberto Vásquez Rojas, Notario.—1 vez.—CE2021000622.
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 11 horas 00 minutos del 14 de enero
del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Ecotex Sociedad Anónima.—San
José, 19 de enero del 2021.—Licda. Laura Gabriela Chaverri Gómez, Notaria.—1
vez.— CE2021000623.
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 17 horas 15 minutos
del 14 de enero del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Segura
Soluciones Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 19 de enero del
2021.—Lic. Fransua Alberto Vásquez Rojas, Notario.—1 vez.—CE2021000624.
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 18 horas 30 minutos
del 15 de enero del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Uno a Uno
Academia Digital Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 19 de
enero del 2021.—Lic. José Manuel Mojica Cerda, Notario.—1 vez.—CE2021000625.
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 13 horas 30 minutos del 15 de enero
del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Grupo Cuatro M Sociedad
Anónima.—San José, 19 de enero del 2021.—Lic. José Pablo González Trejos, Notario.—1
vez.—CE2021000626.
Mediante escritura
otorgada ante esta notaría, a las 15 horas 00 minutos del 18 de enero del año
2021, se constituyó la sociedad denominada Linaje Azul del Este Sociedad
Anónima.—San José, 19 de enero del 2021.—Licda. Netzy Yanina Soto Rojas,
Notaria.—1 vez.—CE2021000627.
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 19 horas 00 minutos del 15 de enero
del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Sisu Productos Naturales
Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 19 de enero del 2021.—Lic.
José Manuel Mojica Cerda, Notario.—1 vez.—CE2021000628.
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 08 horas 00 minutos del 13 de enero
del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Nenco MCT Sociedad de
Responsabilidad Limitada.—San José, 19 de enero del 2021.—Lic. Federico
Castro Kahle, Notario.—1 vez.—CE2021000629.
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 12 horas 00 minutos del 18 de enero
del año 2021, se constituyó la sociedad denominada BF Legal Corp Sociedad
Anónima.—San José, 19 de enero del 2021.—Lic. Luis Alonso Salazar
Rodríguez, Notario.—1 vez.—CE2021000630.
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 09 horas 00 minutos del 13 de enero
del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Alco Corporation ACP
Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 19 de enero del 2021.—Lic.
Federico Castro Kahle, Notario.—1 vez.— CE2021000631.
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 10 horas 00 minutos del 13 de enero
del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Floco FCT Sociedad de
Responsabilidad Limitada.—San José, 19 de enero del 2021.—Lic. Federico
Castro Kahle, Notario.—1 vez.—CE2021000632.
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 08 horas 00 minutos del 18 de enero
del año 2021, se constituyó la sociedad denominada DPCR Sociedad Anónima.—San
José, 19 de enero del 2021.—Lic. Rafael Gerardo Montenegro Peña, Notario.—1
vez.—CE2021000633.
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 09 horas 00 minutos
del 08 de enero del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Poor Man
In Paradise Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 19 de enero del
2021.—Lic. Rafael Saturnino Campos Quirós, Notario.—1 vez.—CE2021000634.
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 17 horas 30 minutos del 18 de enero
del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Gestión y Asesorías Rimar Sociedad
Anónima.—San
José, 19 de enero del 2021.—Lic. Carlos Gerardo Monge Carvajal, Notario.—1
vez.—CE2021000635.
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 17 horas 00 minutos del 18 de enero
del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Perfolat Costa Rica
Sociedad Anónima.—San José, 19 de enero del 2021.—Lic. Aldo José Mata
Morales, Notario.—1 vez.—CE2021000636.
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 12 horas 30 minutos del 15 de enero
del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Peller & Miller
Associates Sociedad Anónima.—San José, 19 de enero del 2021.—Lic. Juan Luis
Mora Cascante, Notario.—1 vez.—CE2021000637.
Mediante escritura
otorgada ante esta notaría, a las 11 horas 00 minutos del 11 de enero del año
2021, se constituyó la sociedad denominada Rockstar Yoga Dominical Sociedad
de Responsabilidad Limitada.—San José, 19 de enero del 2021.—Lic. Allan
García Barquero, Notario.—1 vez.—CE2021000638.
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 16 horas 00 minutos del 14 de enero
del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Team Control Pest
Sociedad Anónima.—San José, 19 de enero del 2021.—Lic. Jorge Enrique Monge Jimenez,
Notario.—1 vez.—CE2021000639.
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 14 horas 30 minutos del 18 de enero
del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Inversiones Bruno Scott
Sociedad Anónima.—San José, 19 de enero del 2021.—Lic. Javier Yesca Soto,
Notario.—1 vez.—CE2021000640.
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 15 horas 40 minutos del 18 de enero
del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Casas Moneda LLC Limitada.—San
José, 19 de enero del 2021.—Lic. Gabriel Chaves Ledezma, Notario.—1
vez.—CE2021000641.
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 18 horas 00 minutos
del 13 de enero del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Pescado y
Mariscos de Honduras Sociedad Anónima.—San José, 19 de enero del 2021.—Lic.
Álvaro Enrique Moreno Gómez, Notario.—1 vez.—CE2021000642.
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 16 horas 00 minutos del 15 de enero
del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Guevara & Dinarte
Sociedad Anónima.—San José, 19 de enero del 2021.—Lic. Manuel Vargas Mora,
Notario.—1 vez.—CE2021000643.
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 10 horas 30 minutos del 19 de enero
del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Hermosa Música Española
Limitada.—San José, 19 de enero del 2021.—Lic. Jose Pablo Arce Piñar,
Notario.—1 vez.—CE2021000644.
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 14 horas 30 minutos del 05 de enero
del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Soluciones Globales
Cuatro H Sociedad Anónima.—San José, 19 de enero del 2021.—Lic. Yorhanny
Campos Piedra, Notario.—1 vez.—CE2021000645.
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 10 horas 00 minutos
del 19 de enero del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Mercadero
Cero Cinco Costa Rica Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 19 de
enero del 2021.—Licda. María Rocío Diaz Garita, Notaria.—1 vez.—CE2021000646.
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 10 horas 00 minutos del 19 de enero
del año 2021, se constituyó la sociedad denominada La Vida Colorida Limitada.—San
José, 19 de enero del 2021.—Lic. Jose Pablo Arce Piñar, Notario.—1
vez.—CE2021000647.
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 09 horas 00 minutos
del 18 de enero del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Blossom
Hospitality Real Estate Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 19
de enero del 2021.—Lic. William Fernández Sagot, Notario.—1 vez.—CE2021000648.
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 12 horas 00 minutos del 18 de enero
del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Hightail It Heights
Limitada.—San José, 19 de enero del 2021.—Lic. Ricardo Cordero Baltodano,
Notario.—1 vez.—CE2021000649.
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 15 horas 00 minutos del 08 de
diciembre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Traetela Box
Limitada Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 19 de enero del
2021.—Lic. Álvaro Alcibíades Moya Ramírez, Notario.—1 vez.— CE2021000650.
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 16 horas 00 minutos del 15 de enero
del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Diyakima Sociedad Anónima.—San
José, 19 de enero del 2021.—Licda. Marilyn De Los Ángeles Ávila Soto, Notaria.—1
vez.—CE2021000651.
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 11 horas 00 minutos del 05 de enero
del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Lualpe & Ruth
Inversiones Sociedad Anónima.—San José, 19 de enero del 2021.—Lic.
Alejandro José Arguello Leiva, Notario.—1 vez.—CE2021000652.
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 11 horas 00 minutos
del 18 de enero del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Nativo
Aventuras del Caribe Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 19 de
enero del 2021.—Licda. Liza Bertarioni Castillo, Notaria.—1 vez.—CE2021000653.
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 09 horas 00 minutos del 19 de enero
del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Worldwide Consulting
Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 19 de enero del 2021.—Lic.
Federico Castro Kahle, Notario.—1 vez.—CE2021000654.
Mediante escritura
otorgada ante esta notaría, a las 13 horas 00 minutos del 12 de enero del año
2021, se constituyó la sociedad denominada Delgado & Campos Sociedad
Anónima.—San José, 19 de enero del 2021.—Lic. Julio Cesar Zarate Arias,
Notario.—1 vez.—CE2021000655.
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 13 horas 00 minutos
del 18 de enero del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Aladdin
Dreams Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 19 de enero del
2021.—Licda. Liza Bertarioni Castillo, Notaria.—1 vez.—CE2021000656.
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 10 horas 00 minutos
del 19 de enero del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Global
Trading Advisors GTA Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 19 de
enero del 2021.—Lic. Federico Castro Kahle, Notario.—1 vez.—CE2021000657.
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 11 horas 00 minutos
del 19 de enero del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Gadims
Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 19 de enero del 2021.—Lic.
Carlos Luis Jiménez Masis, Notario.—1 vez.—CE2021000658.
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 13 horas 30 minutos del 13 de enero
del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Ceiba Consulting LLC Sociedad
de Responsabilidad Limitada.—San José, 19 de enero del 2021.—Lic. Andrés
Eduardo Calvo Herra, Notario.—1 vez.—CE2021000659.
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 15 horas 15 minutos del 15 de enero
del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Desarrollos Agrícolas
Gapo Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 19 de enero del
2021.—Licda. Carolina Gallegos Steinvorth, Notaria.—1 vez.—CE2021000660.
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 08 horas 00 minutos del 19 de enero
del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Selekter Brothers
Investments Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 19 de enero del
2021.—Lic. Guillermo Emilio Zúñiga González, Notario.—1 vez.—CE2021000661.
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 12 horas 00 minutos del 18 de enero
del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Las Llanuras de La
Mariposa Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 19 de enero del
2021.—Licda. Vela Marina Miles Eichhorn, Notaria.—1 vez.—CE2021000662.
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 00 horas 00 minutos del 19 de enero
del año 2021, se constituyó la sociedad denominada MIH Pelada LLC Sociedad
de Responsabilidad Limitada.—San José, 19 de enero del 2021.—Lic. Brians
Salazar Chavarría,
Notario.—1 vez.—CE2021000663.
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 14 horas 00 minutos del 14 de
diciembre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Los Panchos J A
H Sociedad Anónima.—San José, 19 de enero del 2021.—Lic. Irving José
Malespin Muñoz, Notario.—1 vez.—CE2021000664.
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 08 horas 00 minutos del 19 de enero
del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Hamorocas Sociedad
Anónima.—San José, 19 de enero del 2021.—Lic. Edwin Alonso Mora Campos,
Notario.—1 vez.—CE2021000665.
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 09 horas 00 minutos del 18 de enero
del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Soluciones Automotrices
León Sociedad Anónima.—San José, 19 de enero del 2021.—Licda. Susan Pamela
Astúa Gutiérrez, Notaria.—1 vez.—CE2021000666.
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 15 horas 00 minutos del 12 de enero
del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Araya & Monge
Technologies and Consulting Services Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San
José, 19 de enero del 2021.—Lic. Herman Julio Kierszenson Mamet, Notario.—1
vez.—CE2021000667.
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 12 horas 00 minutos del 15 de enero
del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Rolrob Dental Sociedad
Anónima.—San José, 19 de enero del 2021.—Lic. Luis Humberto Varela Vargas,
Notario.—1 vez.—CE2021000668.
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 09 horas 00 minutos del 16 de enero
del año 2021, se constituyó la sociedad denominada La Cafetería TV Sociedad
de Responsabilidad Limitada.—San José, 19 de enero del 2021.—Lic. Ethel
Maricela Moreno Rangel, Notario.—1 vez.—CE2021000669.
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 11 horas 46 minutos del 08 de enero
del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Hermanos 70401 SRL
Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 19 de enero del
2021.—Licda. Silvia Guillen Marin, Notaria.—1 vez.—CE2021000670.
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 10 horas 00 minutos del 07 de enero
del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Desarrolos Turísticos
Playa Panamá CR Sociedad Anónima.—San José, 19 de enero del 2021.—Licda.
Julia Ibarra Seas, Notaria.—1 vez.—CE2021000671.
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 12 horas 00 minutos del 19 de enero
del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Bienes Raíces Soto
Guillén Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 19 de enero del
2021.—Lic. Leonardo Alonso Ugalde Cajiao, Notario.—1 vez.—CE2021000672.
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 12 horas 00 minutos
del 14 de enero del año 2021, se constituyó la sociedad denominada EJ
Development Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 19 de enero del
2021.—Lic. José Armando Tenorio Rosales, Notario.—1 vez.—CE2021000673.
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 13 horas 30 minutos
del 16 de enero del año 2021, se constituyó la sociedad denominada FTC GYMS
Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 19 de enero del
2021.—Licda. Lorena Méndez Quirós, Notaria.—1 vez.—CE2021000674.
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 14 horas 00 minutos
del 18 de enero del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Distribuidora
Oza Licores Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 19 de enero del
2021.—Licda. Isabel Cristina Vargas Vargas, Notaria.—1 vez.—CE2021000675.
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 09 horas 00 minutos del
18 de enero del año 2021, se constituyó la sociedad denominada The Bod Squad
Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 19 de enero del
2021.—Licda. Olga Marta Cascante Sandoval, Notaria.—1 vez.—CE2021000676.
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 08 horas 00 minutos del 19 de enero
del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Voituranous Limitada.—San
José, 19 de enero del 2021.—Lic. Oscar Manuel Funes Orellana, Notario.—1
vez.—CE2021000677.
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 14 horas 00 minutos del 29 de
octubre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Instant Reaction
Security Sociedad Anónima.—San José, 19 de enero del 2021.—Lic. Víctor
Manuel Lobo Quirós, Notario.—1 vez.—CE2021000678.
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 12 horas 00 minutos
del 19 de enero del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Heir of a
Preacher cuyo significado en español es Heredero de un Predicador
Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 19 de enero del
2021.—Licda. Marta Elizabeth Castro Carranza, Notaria.—1 vez.—CE2021000679.
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 10 horas 00 minutos del 12 de enero
del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Arquitectura Boutique WM
Gutiérrez Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 19 de enero del
2021.—Lic. Kenneth Francisco Muñoz Ureña, Notario.—1 vez.—CE2021000680.
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 10 horas 00 minutos del 19 de enero
del año 2021, se constituyó la sociedad denominada AIM High BB Limitada.—San
José, 19 de enero del 2021.—Lic. Esteban Villegas Castro, Notario.—1
vez.—CE2021000681.
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 10 horas 00 minutos
del 19 de enero del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Acapulco
Supermercado y Mayoreo de San Vito Sociedad Anónima.—San José, 19 de enero
del 2021.—Lic. Jorge Valverde Fallas, Notario.—1 vez.—CE2021000682.
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 14 horas 40 minutos
del 19 de enero del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Árboles Orientales de Alajuela Sociedad de
Responsabilidad Limitada.—San
José, 19 de enero del 2021.—Lic. Jimmy José León Madrigal, Notario.—1
vez.—CE2021000683.
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 15 horas 00 minutos del 13 de enero
del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Rips and Bibs Pura Vida
Limitada.—San José, 19 de enero del 2021.—Lic. Alberto Sáenz Roesch,
Notario.—1 vez.—CE2021000684.
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 09 horas 30 minutos del 18 de enero
del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Flores y Comida Catalinas
Limitada.—San José, 19 de enero del 2021.—Lic. William Fernández Sagot,
Notario.—1 vez.—CE2021000685.
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 13 horas 00 minutos
del 19 de enero del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Grupo de
Desarrollo Centroamericano Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José,
19 de enero del 2021.—Lic. Ignacio Monge Dobles, Notario.— 1 vez.—CE2021000686.
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 13 horas 00 minutos
del 19 de enero del año 2021, se constituyó la sociedad
denominada Comercializadora Carvvy Sociedad de
Responsabilidad Limitada.—San José, 19 de enero del 2021.—Lic. Berlan Francisco
Paniagua Lobo, Notario.—1 vez.—CE2021000687.
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 14 horas 00 minutos del 08 de enero
del año 2021, se constituyó la sociedad denominada HCANN CR Sociedad Anónima.—San
José, 19 de enero del 2021.—Licda. Gloria Leandro Vega, Notaria.—1
vez.—CE2021000688.
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 15 horas 00 minutos del 19 de enero
del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Costa Bella Sociedad
Anónima.—San José, 19 de enero del 2021.—Licda. Olga Marta Cascante
Sandoval, Notaria.—1 vez.—CE2021000689.
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 09 horas 30 minutos del 19 de enero
del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Trasportes Milenium EYC
Sociedad Anónima.—San José, 19 de enero del 2021.—Licda. Lency Jhannory
Salas Araya, Notaria.—1 vez.—CE2021000690.
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 11 horas 00 minutos del 14 de Enero
del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Gamba Soft Sociedad
Anónima.—San José, 19 de enero del 2021.—Lic. Leonardo Alonso Ugalde
Cajiao, Notario.—1 vez.—CE2021000691.
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 08 horas 00 minutos del 15 de enero
del año 2021, se constituyó la sociedad denominada AYK Desarrollos Sociedad
Anónima.—San José, 19 de enero del 2021.—Lic. Claudio Antonio Murillo Ramírez, Notario.—1
vez.—CE2021000692.
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 09 horas 00 minutos del 18 de enero
del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Trueblue Legal &
Business Services Limitada.—San José, 19 de enero del 2021.—Licda. Yosandra
Apu Rojas, Notaria.—1 vez.—CE2021000693.
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 12 horas 30 minutos
del 18 de enero del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Frankfurt-Costa
Rica Investments and Solutions Sociedad Anónima.—San José, 19 de enero del
2021.—Lic. Mariano Enrique Núñez Quintana, Notario.—1 vez.—CE2021000694.
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 10 horas 00 minutos del 18 de enero
del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Pacific District Limitada.—San
José, 19 de enero del 2021.—Licda. Yosandra Apu Rojas, Notaria.—1
vez.—CE2021000695.
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 08 horas 00 minutos del 19 de enero
del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Dentos Costa Rica
Limitada.—San José, 19 de enero del 2021.—Lic. Randall Erick González
Valverde, Notario.—1 vez.—CE2021000696.
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 13 horas 00 minutos del 18 de enero
del año 2021, se constituyó la sociedad denominada León Martínez &
Asociados M.I. Sociedad Anónima.—San José, 19 de enero del 2021.—Lic. Paul
Oporta Romero, Notario.—1 vez.—CE2021000697.
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 13 horas 30 minutos del 13 de enero
del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Z.M.V. Ceiba Consulting
LLC Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 19 de enero del
2021.—Lic. Andrés Eduardo Calvo Herra, Notario.—1 vez.—CE2021000698.
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 16 horas 30 minutos
del 14 de enero del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Flink
Limitada.—San José, 19 de enero del 2021.—Lic. Eugenio Vargas Ramírez,
Notario.—1 vez.—CE2021000699.
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 18 horas 30 minutos del 12 de enero
del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Zreema Sociedad de
Responsabilidad Limitada.—San José, 19 de enero del 2021.—Lic. Rafael Ángel
Pérez Zumbado, Notario.—1 vez.—CE2021000700.
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 08 horas 00 minutos del 18 de enero
del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Natref Ingeniería
Sociedad Anónima.—San José, 19 de enero del 2021.—Licda. Nancy Muñoz
Quesada, Notaria.—1 vez.—CE2021000701.
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 13 horas 00 minutos
del 19 de enero del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Shereen
Limitada.—San José, 19 de enero del 2021.—Lic. Alan Masis Ángulo, Notario.—1 vez.—CE2021000702.
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 18 horas 00 minutos del 12 de enero
del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Kuda RD Sociedad de
Responsabilidad Limitada.—San José, 19 de enero del 2021.—Lic. Rafael Ángel
Pérez Zumbado, Notario.—1 vez.—CE2021000703.
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 15 horas 00 minutos del 19 de enero
del año 2021, se constituyó la sociedad denominada J Vega Ingenieros
Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 19 de enero del 2021.—Lic.
Juan Carlos Herrera Flores, Notario.—1 vez.—CE2021000704.
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 12 horas 00 minutos del 18 de enero
del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Producciones Sendero
Verde Sociedad Anónima.—San José, 19 de enero del 2021.—Lic. José Fernando
Cordero Pérez, Notario.—1 vez.—CE2021000705.
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 08 horas 00 minutos del 15 de enero
del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Hawk Solution Sociedad
Anónima.—San José, 19 de enero del 2021.—Lic. Marcelo Antonio Wilson Cole,
Notario.—1 vez.—CE2021000706.
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 08 horas 20 minutos del 15 de enero
del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Pronet Solution Sociedad
Anónima.—San José, 19 de enero del 2021.—Lic. Marcelo Antonio Wilson Cole,
Notario.—1 vez.—CE2021000707.
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 16 horas 00 minutos
del 19 de enero del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Chautauqua
Holdings CR Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 19 de enero del
2021.—Lic. Brians Salazar Chavarría, Notario.—1 vez.—CE2021000708.
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 14 horas 00 minutos del 15 de enero
del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Inversiones Jocand
Sociedad Anónima.—San José, 19 de enero del 2021.—Licda. Cindy Yilena
Herrera Camacho, Notaria.—1 vez.—CE2021000709.
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 16 horas 30 minutos del 14 de enero
del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Compañía Central Frymor
Limitada.—San José, 19 de enero del 2021.—Lic. Douglas Alvarado Castro,
Notario.—1 vez.—CE2021004334.
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 09 horas 00 minutos del 26 de enero
del año 2021, se constituyó la sociedad denominada R & R Solidarity
Sociedad Anónima.—San José, 27 de enero del 2021.—Licda. Dunia Monge
Torres, Notaria.—1 vez.—CE2021001155.
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 20 horas 00 minutos
del 27 de enero del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Corporación
Fonseca & Calderón Sociedad Anónima.—San José, 28 de enero del
2021.—Licda. Betty Herrera Picado, Notaria.—1 vez.—CE2021001156.
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 15 horas 00 minutos del 27 de enero
del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Compañía Interamericana
Ade Sociedad Anónima.—San José, 28 de enero del 2021.—Lic. Carlos Eduardo
Murillo Rodriguez, Notario.—1 vez.—CE2021001157.
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 16 horas 00 minutos del 26 de enero
del año 2021, se constituyó la sociedad denominada HMC Consultores Limitada.—San
José, 28 de enero del 2021.—Lic. Johnny Alberto Pérez Vargas, Notario.—1
vez.—CE2021001158.
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 18 horas 00 minutos del 27 de enero
del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Productos Krisaby
Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 28 de enero del
2021.—Licda. Yajaira Padilla Flores, Notaria.—1 vez.—CE2021001159.
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 16 horas 30 minutos
del 26 de enero del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Servicios
Logísticos Internacionales Slimat Sociedad Anónima.—San José, 28 de enero
del 2021.—Licda. Olga Mayela Brenes Fonseca, Notaria.—1 vez.—CE2021001160.
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 11 horas 00 minutos del 26 de enero
del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Soluciones Empresariales
Rakusa CR Limitada.—San José, 28 de enero del 2021.—Lic. Edgar Alberto Díaz
Sánchez, Notario.—1 vez.—CE2021001161.
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 08 horas 00 minutos del 27 de enero
del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Alaia Limitada.—San
José, 28 de enero del 2021.—Lic. Oscar Manuel Funes Orellana, Notario.—1
vez.—CE2021001162.
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 08 horas 00 minutos del 26 de enero
del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Inversiones Jacomos
Sociedad Anónima.—San José, 28 de enero del 2021.—Lic. Jorge Julián Ortega
Volio, Notario.—1 vez.—CE2021001163.
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 09 horas 00 minutos del 19 de enero
del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Highlytic Consulting
Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 28 de enero del 2021.—Lic.
Federico Castro Kahle, Notario.—1 vez.—CE2021001164.
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 10 horas 00 minutos
del 19 de enero del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Volatibily
Advisors Specialists Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 28 de
enero del 2021.—Licdo. Federico Castro Kahle, Notario.—1 vez.—CE2021001165.
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 15 horas 30 minutos del 25 de enero
del año 2021, se constituyó la sociedad denominada La Coronela Sociedad
Anónima.—San José, 28 de enero del 2021.—Lic. Marvin Alberto Fernández
Guzmán, Notario.—1 vez.—CE2021001166.
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 13 horas 00 minutos del 27 de enero
del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Katjuli Sociedad de
Responsabilidad Limitada.—San José, 28 de enero del 2021.—Lic. Erick
Jiménez Calvo, Notario.—1 vez.—CE2021001167.
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 09 horas 00 minutos
del 26 de enero del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Divina Magia Sociedad
de Responsabilidad Limitada.—San José, 28 de enero del 2021.—Lic. Carlos
Josué Morales Fallas, Notario.—1 vez.—CE2021001168.
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 16 horas 00 minutos
del 26 de enero del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Costa
Rica World Mission Partners Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José,
28 de enero del 2021.—Licda. Cinzia Víquez Renda, Notaria.—1 vez.—CE2021001169.
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 09 horas 00 minutos del 28 de enero
del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Aroche Properties de la
Costa Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 28 de enero del
2021.—Lic. Adrián Esteban Obando Aguero, Notario.—1 vez.—CE2021001170.
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 11 horas 00 minutos del 27 de enero
del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Manys House Sociedad
Anónima.—San José, 28 de enero del 2021.—Lic. Wayner Hernández Méndez,
Notario.—1 vez.—CE2021001171.
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 15 horas 00 minutos del 27 de enero
del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Grupo Automotriz Cruz
Brenes Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 28 de enero del
2021.—Lic. José Benjamín Hidalgo Durán, Notario.—1 vez.—CE2021001172.
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 14 horas 00 minutos del 27 de enero
del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Nuobeauty Center Sociedad
Anónima.—San José, 28 de enero del 2021.—Lic. Alonso Vargas Araya,
Notario.—1 vez.—CE2021001173.
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 17 horas 00 minutos
del 26 de enero del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Accesorios
e Importaciones Bike Sociedad Anónima.—San José, 28 de enero del
2021.—Licda. Laura Daniela Fernández Mora, Notaria.—1 vez.—CE2021001174.
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 16 horas 38 minutos del 27 de enero
del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Servicios Integrados Pro
Sociedad Anónima.—San José, 28 de enero del 2021.—Licda. Andrea María Arce
Aguilera, Notaria.—1 vez.—CE2021001175.
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 15 horas 00 minutos del 23 de enero
del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Jamo del Caribe Sociedad
Anónima.—San José, 28 de enero del 2021.—Licda. Adriana Montoya Chavarría,
Notaria.—1 vez.—CE2021001176.
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 10 horas 00 minutos del 28 de enero
del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Noetic Costa Rica LLC
Limitada.—San José, 28 de enero del 2021.—Lic. Rafael Enrique Cañas Coto,
Notario.—1 vez.—CE2021001177.
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 12 horas 30 minutos del 22 de
diciembre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Go Ingeniería
Sociedad Anónima.—San José, 28 de enero del 2021.—Lic. Roberto Arguedas Pérez, Notario.—1
vez.—CE2021001178.
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 13 horas 00 minutos
del 26 de enero del año 2021, se constituyó la sociedad denominada
NC Supply Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San
José, 28 de enero del 2021.—Licda. Michelle Aguilar Bustamante, Notaria.—1
vez.—CE2021001179.
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 10 horas 00 minutos
del 26 de enero del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Mis
Colores Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 28 de enero del
2021.—Lic. Federico José Vega Rodríguez, Notario.—1 vez.—CE2021001180.
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 11 horas 00 minutos del 21 de enero
del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Dibeca Sociedad Anónima.—San
José, 28 de enero del 2021.—Lic. Jermaine Eduardo Cruickshank Edwards,
Notario.—1 vez.—CE2021001181.
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 13 horas 00 minutos del 27 de enero
del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Tablas & Corchos
Limitada.—San José, 28 de enero del 2021.—Lic. Gonzalo Ernesto Velásquez
Martínez, Notario.—1 vez.—CE2021001182.
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 00 horas 00 minutos
del 27 de enero del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Bank-Web
Costa Rica Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 28 de enero del
2021.—Lic. Hans Van Der Laat Robles, Notario.—1 vez.—CE2021001183.
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 09 horas 00 minutos
del 26 de enero del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Inversiones
Cambronero de Nicoya Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 28 de
enero del 2021.—Lic. José Antonio Aiza Juárez, Notario.—1 vez.—CE2021001184.
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 15 horas 00 minutos del 21 de enero
del año 2021, se constituyó la sociedad denominada F K de Costa Rica
Sociedad Anónima.—San José, 28 de enero del 2021.—Lic. Miguel Ángel Campos
Hidalgo, Notario.—1 vez.—CE2021001185.
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 14 horas 00 minutos del 18 de
diciembre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada - Sociedad
Anónima.—San José, 28 de enero del 2021.—Licda. Maureen Catalina Bustos
Jiménez, Notaria.—1 vez.—CE2021001186.
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 13 horas 00 minutos del 27 de enero
del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Melanin Tours Sociedad de
Responsabilidad Limitada.—San José, 28 de enero del 2021.—Licda. Yahaira
del Rosario Centeno Duarte, Notaria.—1 vez.—CE2021001187.
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 11 horas 00 minutos
del 20 de enero del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Inversiones
Raseval Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 28 de enero del
2021.—Lic. Eder Francisco Hernández Ulloa, Notario.—1 vez.—CE2021001188.
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 11 horas 30 minutos del 26 de enero
del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Charmein Sociedad Anónima.—San
José, 28 de enero del 2021.—Lic. Carlos Humberto Arias Solano, Notario.—1
vez.—CE2021001189.
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 11 horas 00 minutos del 07 de
diciembre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Acor Limpieza y
Vigilancia SRL Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 28 de enero
del 2021.—Lic. Erick González Gutiérrez, Notario.—1 vez.—CE2021001190.
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 00 horas 00 minutos del 27 de enero
del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Bank Web Costa Rica
Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 28 de enero del 2021.—Lic.
Hans Van Der Laat Robles, Notario.—1 vez.—CE2021001191.
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 16 horas 30 minutos
del 11 de enero del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Repartcel
Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 28 de enero del
2021.—Licda. Claudia Catherine Trujillo Rondón, Notaria.—1 vez.—CE2021001192.
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 16 horas 00 minutos
del 16 de enero del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Briana
Isabella Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 28 de enero del
2021.—Lic. Erick González Gutiérrez, Notario.—1 vez.—CE2021001193.
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 16 horas 00 minutos del 26 de enero
del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Lexword Translation
Services Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 28 de enero del
2021.—Lic. Fernando Alfaro Chamberlain, Notario.—1 vez.—CE2021001194.
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 11 horas 00 minutos del 25 de enero
del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Transportes de Frutas y
Verduras de la Zona Sur Sur Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José,
28 de enero del 2021.—Licda. Yenny Sandi Romero, Notaria.—1 vez.—CE2021001195.
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 12 horas 00 minutos del 27 de enero
del año 2021, se constituyó la sociedad denominada JMS Luxury Concierge
Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 28 de enero del 2021.—Lic.
David Esteban Fallas Rojas, Notario.—1 vez.—CE2021001196.
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 10 horas 00 minutos del 27 de enero
del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Peace Reigns Limitada.—San
José, 28 de enero del 2021.—Lic. Alejandro Alonso Román González, Notario.—1
vez.—CE2021001197.
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 16 horas 00 minutos del 20 de enero
del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Comercializadora Huellas
de Vida Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 28 de enero del
2021.—Lic. Denis Mauricio Artavia Cordero, Notario.—1 vez.—CE2021001198.
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 09 horas 00 minutos
del 28 de enero del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Oktara
Lands Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 28 de enero del
2021.—Lic. Franklin Antonio Aguilera Amador, Notario.—1 vez.—CE2021001199.
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 15 horas 00 minutos del 27 de enero
del año 2021, se constituyó la sociedad denominada La Nueva Vida de
Seychelles Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 28 de enero del
2021.—Lic. Gabriel Clare Facio, Notario.—1 vez.—CE2021001200.
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 14 horas 00 minutos del 27 de enero
del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Publitickets CRC Sociedad
Anónima.—San José, 28 de enero del 2021.—Lic. Aldo José Mata Morales,
Notario.—1 vez.—CE2021001201.
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 17 horas 30 minutos del 27 de enero
del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Buenazo Internacional
Sociedad Anónima.—San José, 28 de enero del 2021.—Licda. Daniela Solano
Palacios, Notaria.—1 vez.—CE2021001202.
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 08 horas 40 minutos del 28 de enero
del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Fidelity Real Estate
Holdings LLC Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 28 de enero del
2021.—Licda. Liliana Patricia Padilla Grajales, Notaria.—1 vez.—CE2021001203.
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 10 horas 00 minutos del 22 de enero
del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Inversiones Montcli
Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 28 de enero del
2021.—Licda. Soledad Bustos Chaves, Notaria.—1 vez.—CE2021001204.
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 16 horas 00 minutos
del 29 de octubre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Grupo
Jaus Diseño Arquitectónico y Construcción Civil Sociedad Anónima.—San José,
28 de enero del 2021.—Licda. Karina Morales Vargas, Notaria.—1
vez.—CE2021001205.
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 09 horas 30 minutos del 28 de enero
del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Fidelity Automobile
Holdings LLC Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 28 de enero
del 2021.—Licda. Liliana Patricia Padilla Grajales, Notaria.—1
vez.—CE2021001206.
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 13 horas 00 minutos del 28 de enero
del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Grupo Jica Sociedad
Anónima.—San José, 28 de enero del 2021.—Licda. Laura Inés Castro Conejo,
Notaria.—1 vez.—CE2021001207.
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 09 horas 00 minutos del 28 de enero
del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Aldofima Sociedad Anónima.—San
José, 28 de enero del 2021.—Lic. Marco Vinicio Porras Araya, Notario.—1
vez.—CE2021001208.
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 12 horas 00 minutos del 28 de enero
del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Clusterxstem Costa Rica
Sociedad Anónima.—San José, 28 de enero del 2021.—Lic. Marvin Josué Bastos
Jara, Notario.—1 vez.—CE2021001209.
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 09 horas 30 minutos del 27 de enero
del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Enersave Sociedad Anónima.—San
José, 28 de enero del 2021.—Lic. Pablo Peña Ortega, Notario.—1
vez.—CE2021001210.
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 11 horas 30 minutos
del 28 de enero del año 2021, se constituyó la sociedad denominada The
Bikers Club Lifestyle Center Sociedad Anónima.—San José, 28 de enero del
2021.—Lic. Adolfo José Hernández Aguilar, Notario.—1 vez.—CE2021001211.
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 08 horas 00 minutos
del 15 de enero del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Cincozeroseis
Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 28 de enero del 2021.—Lic.
Carlos Eduardo Blanco Gutiérrez, Notario.—1 vez.—CE2021001212.
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 09 horas 00 minutos del 11 de
diciembre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Ingenieros
Electromecánicos Consultores y Constructores Sociedad Anónima.—San José, 28
de enero del 2021.—Licda. Adriana María Vargas Núñez, Notaria.—1
vez.—CE2021001213.
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 11 horas 00 minutos del 26 de enero
del año 2021, se constituyó la sociedad denominada RYW Solutions Sociedad de
Responsabilidad Limitada.—San José, 28 de enero del 2021.—Lic. Juan José
Marín Rivera, Notario.—1 vez.—CE2021001214.
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 12 horas 40 minutos del 28 de enero
del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Dr Lara Ortopedia
Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 28 de enero del 2021.—Lic.
Fernando Berrocal Soto, Notario.—1 vez.—CE2021001215.
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 14 horas 30 minutos del 22 de enero
del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Inversiones Frutix de
Costa Rica Limitada.—San José, 28 de enero del 2021.—Lic. Luis Fernando
Rojas Arredondo, Notario.—1 vez.—CE2021001216.
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 01 horas 00 minutos del 28 de enero
del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Condominio VCG Cuarto
Limitada.—San José, 28 de enero del 2021.—Lic. Gabriel Chaves Ledezma,
Notario.—1 vez.—CE2021001217.
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 14 horas 00 minutos del 28 de enero
del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Koh Kai Sociedad de
Responsabilidad Limitada.—San José, 28 de enero del 2021.—Lic. Eduardo
Rojas Piedra, Notario.—1 vez.—CE2021001218.
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 12 horas 00 minutos del 25 de enero
del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Familia LJ Veintiuno
Sociedad Anónima.—San José, 28 de enero del 2021.—Lic. Paul Zúñiga
Hernández, Notario.—1 vez.—CE2021001219.
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 09 horas 30 minutos
del 28 de enero del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Abaco Inc
Consulting Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 28 de enero del
2021.—Lic. Adrián Esteban Obando Aguero, Notario.—1 vez.—CE2021001220.
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 16 horas 00 minutos del 20 de enero
del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Loro de la Luna Sociedad
Anónima.—San José, 28 de enero del 2021.—Lic. Melvin Montenegro Cedeño,
Notario.—1 vez.—CE2021001221.
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 09 horas 00 minutos del 16 de enero
del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Plastikaribe del Norte
Sociedad Anónima.—San José, 28 de enero del 2021.—Lic. Ángel Fernando
Varela Salazar, Notario.—1 vez.—CE2021001222.
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 01 horas 00 minutos del 17 de
noviembre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Best Endurence
Company Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 28 de enero del
2021.—Lic. Otto José Andre Barrantes, Notario.—1 vez.—CE2021001223.
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 16 horas 30 minutos del 28 de enero
del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Apartamentos Ciento Tres
Sociedad Anónima.—San José, 28 de enero del 2021.—Lic. Carlos Alfredo Umaña
Balser, Notario.—1 vez.—CE2021001224.
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 14 horas 00 minutos del 28 de enero
del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Engineering Cárdenas
Limitada.—San José, 28 de enero del 2021.—Lic. Sergio Mena Díaz, Notario.—1
vez.—CE2021001225.
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 09 horas 00 minutos del 28 de enero
del año 2021, se constituyó la sociedad denominada LWS Image Group Sociedad
Anónima.—San José, 28 de enero del 2021.—Licda. Silvia Garbanzo Corrales,
Notaria.—1 vez.—CE2021001226.
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 18 horas 00 minutos del 26 de enero
del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Cold Chain Services
Sociedad Anónima.—San José, 28 de enero del 2021.—Lic. Juan Luis Guardiola
Arroyo, Notario.—1 vez.—CE2021004325.
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 11 horas 40 minutos
del 28 de enero del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Styria
Invest Group Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 28 de enero
del 2021.—Licda. María del Carmen Garita
Araya, Notaria.—1 vez.—CE2021004329.
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 11 horas 30 minutos del 28 de enero
del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Corporación Cadi Sociedad
Anónima.—San José, 01 de febrero del 2021.—Licda. Elizabeth Venegas
Fernandez, Notaria.—1 vez.—CE2021001350.
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 08 horas 00 minutos del 01 de
febrero del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Aal Fish Sociedad
de Responsabilidad Limitada.—San José, 01 de febrero del 2021.—Lic. Roberto
Jose Araya Lao, Notario.—1 vez.—CE2021001351.
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 10 horas 00 minutos del 10 de
noviembre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Bio Med Mwr
Sociedad Anónima.—San José, 01 de febrero del 2021.—Lic. Heidel Sequeira
Guzmán, Notario.—1 vez.—CE2021001352.
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 08 horas 00 minutos del 01 de
febrero del año 2021, se constituyó la sociedad denominada NL Process
Consulting Sociedad De Responsabilidad Limitada.—San José, 01 de febrero
del 2021.—Lic. Marcelo Antonio Wilson Cole, Notario.—1 vez.—CE2021001353.
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 18 horas 00 minutos del 20 de enero
del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Especialistas En Salud M
Y M Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 01 de febrero del
2021.—Lic. Juan Guillermo Coghi Molina, Notario.—1 vez.—CE2021001354.
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 13 horas 00 minutos
del 01 de febrero del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Logística
E & E Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 01 de febrero del
2021.—Lic.—Juan Carranza Cubillo, Notario.—1 vez.—CE2021001355.
Mediante escritura
otorgada ante esta notaría, a las 09 horas 30 minutos del 01 de febrero del año
2021, se constituyó la sociedad denominada Qing Long Sociedad Anónima.—San
José, 01 de febrero del 2021.—Lic.—Christian Pérez Quirós,
Notario.—1vez.—CE2021001356.
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 15 horas 00 minutos del 27 de enero
del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Servicios Top-Ing
Sociedad Anónima.—San José, 01 de febrero del 2021.—Licda. Nuria Judith
Sequeira Araya, Notaria.—1 vez.—CE2021001357.
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 18 horas 00 minutos
del 13 de enero del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Importadora
de Pescado y Mariscos Hondureños Sociedad Anónima.—San José, 02 de febrero
del 2021.—Lic. Álvaro Enrique Moreno Gómez,
Notario.—1 vez.—CE2021001358.
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 14 horas 40 minutos del 18 de enero
del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Transportes Navieros J
& J Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 02 de febrero del
2021.—Licda. Evelin De Los Ángeles Sandoval Sandoval, Notaria.—1
vez.—CE2021001359.
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 19 horas 20 minutos del 25 de enero
del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Rofer Tech Recycle
Sociedad Anónima.—San José, 02 de febrero del 2021.—Licda. Evelin De Los
Ángeles Sandoval Sandoval, Notaria.—1 vez.—CE2021001360.
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 08 horas 00 minutos del 28 de enero
del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Brizas del Oeste CR
Sociedad Anónima.—San José, 02 de febrero del 2021.—Licda. Solieth Lara
Castillo, Notaria.—1 vez.—CE2021001361.
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 09 horas 00 minutos del 01 de
febrero del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Productos de Maíz
Natán Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 02 de febrero del
2021.—Licda. Ileana Rodríguez González, Notaria.—1 vez.—CE2021001362.
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 15 horas 00 minutos del 01 de
febrero del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Inversiones Alefe
Limitada.—San José, 02 de febrero del 2021.—Lic. Freddy Mesen Bermúdez,
Notario.—1 vez.—CE2021001363.
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 08 horas 15 minutos del 01 de
febrero del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Tierra Tuanis
Marbella LLC Limitada.—San José, 02 de febrero del 2021.—Licda. Marilyn
Carvajal Pérez, Notaria.—1 vez.—CE2021001364.
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 15 horas 00 minutos
del 30 de enero del año 2021, se constituyó la sociedad denominada A Y S
Exportadores Sociedad Anónima.—San José, 02 de febrero del 2021.—Licda.
Maureen Chaves Portuguéz, Notaria.—1 vez.—CE2021001365.
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 14 horas 00 minutos del 20 de
diciembre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Hacienda
Chagres Sociedad Anónima.—San José, 02 de febrero del 2021.—Lic. Marco
Antonio Montero González, Notario.—1 vez.—CE2021001366.
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 14 horas 30 minutos del 21 de enero
del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Cuatro M Terrenos
Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 02 de febrero del
2021.—Licda. Irene Arrieta Chacón, Notaria.—1 vez.—CE2021001367.
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 09 horas 00 minutos del 01 de
febrero del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Automatización
Tecnológica AUTEC Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 02 de
febrero del 2021.—Lic. Sebastián David Vargas Roldan, Notario.—1
vez.—CE2021001368.
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 18 horas 00 minutos del 08 de
diciembre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Asignar Cédula Jurídica Sociedad de
Responsabilidad Limitada.—San
José, 02 de febrero del 2021.—Licda. Ana Cristina Víquez Arias, Notaria.—1
vez.—CE2021001369.
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 10 horas 00 minutos del 30 de enero
del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Oxigenia CR Limitada.—San
José, 02 de febrero del 2021.—Licda. Olga Irene Granados Porras, Notaria.—1
vez.—CE2021001370.
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 11 horas 30 minutos
del 29 de enero del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Brise de
Mer Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 02 de febrero del
2021.—Licda. Adriana Silva Rojas, Notaria.—1 vez.—CE2021001371.
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 09 horas 42 minutos del 30 de enero
del año 2021, se constituyó la sociedad denominada El Legado de Maruja
Limitada.—San José, 02 de febrero del 2021.—Licda. Ana Marcela Fernandez
Solís, Notaria.—1 vez.—CE2021001372.
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 13 horas 00 minutos del 23 de enero
del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Macrobiótica Salud
Natural Sociedad Anónima.—San José, 02 de febrero del 2021.—Licda. Anayancy
Vallejos Quirós, Notaria.—1 vez.—CE2021001373.
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 08 horas 30 minutos
del 29 de enero del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Inversiones
Sukia-Industrial Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 02 de
febrero del 2021.—Lic. Álvaro Hernández Chan,
Notario.—1 vez.—CE2021001374.
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 14 horas 00 minutos del 28 de enero
del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Pérez y Quesada Bienes
Raíces Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 02 de febrero del
2021.—Licda. Krissia Alejandra Saborío Marín, Notaria.—1
vez.—CE2021001375.
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 08 horas 00 minutos del 01 de
febrero del año 2021, se constituyó la sociedad denominada La Wawa A&W
Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 02 de febrero del
2021.—Licda. Giannina Arroyo Araya, Notaria.—1 vez.— CE2021001376.
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 09 horas 00 minutos del 02 de
febrero del año 2021, se constituyó la sociedad denominada refrigeración IMA
Instalaciones Mecánicas Automatizadas Sociedad Anónima.—San José, 02 de
febrero del 2021.—Lic. Pablo Fernando Ramos Vargas, Notario.—1
vez.—CE2021001377.
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 18 horas 00 minutos del 01 de
febrero del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Casas Tropicales
Limitada.—San José, 02 de febrero del 2021.—Lic. Ricardo Jose Cañas Escoto,
Notario.—1 vez.—CE2021001378.
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 14 horas 00 minutos
del 31 de enero del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Nueva
Vida en Playa Zancudo Sociedad Anónima.—San José, 02 de febrero del
2021.—Licda. Marianela Álvarez Carazo, Notaria.—1 vez.—CE2021001379.
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 16 horas 30 minutos del 01 de
febrero del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Vidarica Real
Estate Limitada.—San José, 02 de febrero del 2021.—Lic. José Alberto Schroeder Leiva,
Notario.—1 vez.—CE2021001380.
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 10 horas 00 minutos
del 26 de enero del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Miscolorescr
Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 02 de febrero del
2021.—Lic. Federico José Vega Rodríguez,
Notario.—1 vez.—CE2021001381.
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 11 horas 00 minutos del 30 de enero
del año 2021, se constituyó la sociedad denominada T And J Properties La
Esperanza Dos Mil Veintiuno LLC Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San
José, 02 de febrero del 2021.—Lic. Carlos Araya González, Notario.—1
vez.—CE2021001382.
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 17 horas 00 minutos del 22 de enero
del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Aravi Electrohidráulica
Sociedad Anónima.—San José, 02 de febrero del 2021.—Licda. María Elena
Ramírez Alfaro, Notaria.—1 vez.—CE2021001383.
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 13 horas 00 minutos
del 29 de enero del año 2021, se constituyó la sociedad denominada sociedad
Colectiva Míshka Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 02 de
febrero del 2021.—Lic. Leiner Miguel Molina Pérez, Notario.—1
vez.—CE2021001384.
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 07 horas 10 minutos del 02 de
febrero del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Inversiones
Mauosca Sociedad Anónima.—San José, 02 de febrero del 2021.—Licda. Ana Rita
Zamora Castillo, Notaria.—1 vez.—CE2021001385.
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 15 horas 00 minutos del 01 de
febrero del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Comercializadora
de Carnes María Belén Sociedad Anónima.—San José, 02 de febrero del
2021.—Licda. Yahaira Del Rosario Centeno Duarte, Notaria.—1 vez.—CE2021001386.
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 11 horas 30 minutos del 02 de
febrero del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Dicono Sociedad
Anónima.—San José, 02 de febrero del 2021.—Licda. Yesenia Quesada Rojas,
Notaria.—1 vez.—CE2021001387.
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 10 horas 00 minutos del 20 de enero
del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Creaciones en Cuero
Natural O R B Limitada.—San José, 02 de febrero del 2021.—Lic.—Grevin López
Torres, Notario.—1 vez.—CE2021001388.
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 11 horas 00 minutos
del 29 de enero del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Centro
Gastronómico O Sullivan Culinary Limitada.—San José, 02 de febrero del
2021.—Lic. Miguel Ángel Sáenz Ugalde, Notario.—1 vez.—CE2021001389.
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 08 horas 00 minutos del 02 de
febrero del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Condotechnology
Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 02 de febrero del
2021.—Lic. Christian Garnier Fernández, Notario.—1 vez.—CE2021001390.
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 16 horas 00 minutos del 01 de
febrero del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Yoromar Sociedad
Anónima.—San José, 02 de febrero del 2021.—Licda. Maritza Araya Rodríguez,
Notaria.—1 vez.—CE2021001391.
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 13 horas 00 minutos del 23 de enero
del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Glo-Glo Pets Sociedad
Anónima.—San José, 02 de febrero del 2021.—Licda. Karolina Meléndez Gamboa,
Notaria.—1 vez.—CE2021001392.
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 20 horas 00 minutos del 29 de enero
del año 2021, se constituyó la sociedad denominada PCH Conta y Asesores
Limitada Limitada.—San José, 02 de febrero del 2021.—Licda. Nydia María
Piedra Ramírez, Notaria.—1 vez.—CE2021001393.
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 10 horas 00 minutos del 30 de enero
del año 2021, se constituyó la sociedad denominada APPLATINCR Sociedad
Anónima.—San José, 02 de febrero del 2021.—Lic. Juan Carlos Rojas Sandi,
Notario.—1 vez.—CE2021001394.
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 11 horas 00 minutos del 30 de enero
del año 2021, se constituyó la sociedad denominada PC Technology &
Supplies De Centro América Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José,
02 de febrero del 2021.—Lic. José Joaquín Arias Segura, Notario.—1
vez.—CE2021001395.
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 13 horas 00 minutos del 01 de
febrero del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Bluegrass Parkway
Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 02 de febrero del
2021.—Lic. Max Alberto Monestel Peralta, Notario.—1 vez.—CE2021001396.
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 08 horas 00 minutos del 01 de
febrero del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Alma Cariblanco
Sociedad Anónima.—San José, 02 de febrero del 2021.—Licda. Marianela
Carvajal Carvajal, Notaria.—1 vez.—CE2021001397.
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 14 horas 00 minutos del 21 de enero
del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Covid Dos Mil Veinte
Sociedad Anónima.—San José, 02 de febrero del 2021.—Licda. Nathalie
Elizondo Montero, Notaria.—1 vez.—CE2021001398.
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 17 horas 00 minutos del 29 de enero
del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Aroma del Campo Sociedad
Anónima.—San José, 02 de febrero del 2021.—Licda. Karla Fabiana Carrillo
Salguero, Notaria.—1 vez.—CE2021001399.
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 16 horas 00 minutos
del 01 de febrero del año 2021, se constituyó la sociedad denominada La
Yunta K & L Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 02 de
febrero del 2021.—Licda. María Melissa Vargas Oviedo, Notaria.—1 vez.—CE2021001400.
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 14 horas 00 minutos del 31 de enero
del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Imnominada Sociedad
Anónima.—San José, 02 de febrero del 2021.—Lic. Rodrigo Julián Mora Cortes,
Notario.—1 vez.—CE2021001401.
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 09 horas 00 minutos del 26 de enero
del año 2021, se constituyó la sociedad denominada M.P.C Alquimaq Sociedad
Anónima.—San José, 02 de febrero del 2021.—Licda. Kattia Vargas Álvarez,
Notaria.—1 vez.—CE2021001402.
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 13 horas 00 minutos
del 27 de enero del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Wirnet
Empresa de Telecomunicaciones Sociedad Anónima.—San José, 02 de febrero del
2021.—Lic. Cristhian
Felipe Vargas Arias, Notario.—CE2021001403.
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 15 horas 00 minutos del 15 de enero
del año 2021, se constituyó la sociedad denominada La Perla del Atlántico
Sociedad Anónima.—San José, 02 de febrero del 2021.—Lic. Juan Diego Cruz
Esquivel, Notario.—1 vez.—CE2021001404.
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 14 horas 00 minutos
del 02 de febrero del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Conner
Escapes IN Costa Rica Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 02 de
febrero del 2021.—Lic. Sergio Aguiar Montealegre, Notario.—1 vez.—CE2021001405.
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 17 horas 00 minutos del 01 de
febrero del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Inversiones
Gonval Sociedad Anónima.—San José, 02 de febrero del 2021.—Licda. Nora
Vanessa Chacón Jiménez, Notaria.—1 vez.—CE2021001406.
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 10 horas 00 minutos
del 19 de enero del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Arise
Trade Center ATC Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 02 de
febrero del 2021.—Licda. Diana Rocío Rincón Vanegas, Notaria.—1
vez.—CE2021001407.
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 14 horas 00 minutos del 02 de
febrero del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Industrias
Buenahora Limitada.—San José, 02 de febrero del 2021.—Lic. Federico Leiva
Gallardo, Notario.—1 vez.—CE2021001408.
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 15 horas 00 minutos del 02 de
febrero del año 2021, se constituyó la sociedad denominada DAG Siete
Sociedad Anónima.—San José, 02 de febrero del 2021.—Lic. Mauricio Lara
Ramos, Notario.—1 vez.—CE2021001409.
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 14 horas 00 minutos del 07 de enero
del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Sociedad Anónima Sociedad
Anónima.—San José, 02 de febrero del 2021.—Lic.—Alfonso Gerardo Bolaños
Alpízar, Notario.—CE2021001410.
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 12 horas 00 minutos
del 02 de febrero del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Sol RS
Nueve Cero Dos Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 02 de
febrero del 2021.—Lic. Jefte Javier Mathieu Contreras, Notario.—1
vez.—CE2021001411.
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 13 horas 00 minutos del 14 de enero
del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Sea Flower Sociedad
Anónima.—San José, 02 de febrero del 2021.—Licda. Anita Mc Donal Rodríguez,
Notaria.—1 vez.—CE2021001412.
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 10 horas 00 minutos del 02 de
febrero del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Inversión El Faro
del Mar Limitada.—San José, 02 de febrero del 2021.—Lic. Pablo Enrique
Guier Acosta, Notario.—1 vez.—CE2021001413.
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 11 horas 30 minutos
del 01 de febrero del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Tendencias
Urbanas Cinco Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 02 de febrero
del 2021.—Lic. Alfredo Núñez Gamboa, Notario.—1 vez.—CE2021001414.
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 12 horas 00 minutos
del 02 de febrero del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Costa
Rica Dog Lovers Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 02 de
febrero del 2021.—Lic. Billy Benjamín Latouche Ortiz, Notario.—1
vez.—CE2021001415.
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 17 horas 00 minutos del 13 de enero
del año 2021, se constituyó la sociedad denominada ANVI Sociedad De
Responsabilidad Limitada.—San José, 02 de febrero del 2021.—Lic. Juan
Carlos Quirós Larios, Notario.—1 vez.— CE2021001416.
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 08 horas 30 minutos del 02 de
febrero del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Apartamento
Ciento Cuatro A Dukana Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 02
de febrero del 2021.—Licda. Carmen De María Castro Kahle, Notaria.—1 vez.—
CE2021001417.
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 09 horas 00 minutos
del 25 de enero del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Pavones
Club P.C.G.M Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 02 de febrero
del 2021.—Lic. Paul Tacsan Tacsan, Notario.—1 vez.—CE2021001418.
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 13 horas 30 minutos
del 01 de febrero del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Ironworks
Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 02 de febrero del
2021.—Licda. Jennifer Vargas López, Notaria.—1 vez.—CE2021004328.
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría a las 14 horas 00 minutos del 02 de
febrero del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Ventanita Teddy
Sociedad Anónima.—San José, 03 de febrero del 2021.—Lic. Karen Melissa
Morelli Alfaro, Notario.—1 vez.—CE2021001479.
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría a las 12 horas 00 minutos del 22 de enero
del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Madremía Restaurante
Sociedad Anónima.—San José, 03 de febrero del 2021.—Lic. Soledad Bustos
Chaves, Notario.—1 vez.—CE2021001480.
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría a las 19 horas 15 minutos del 03 de
febrero del año 2021, se constituyó la sociedad denominada AJL Servicios
Jurídicos y Empresariales Sociedad Anónima.—San José, 03 de febrero
del 2021.—Lic. Jacqueline Andrea Mora Bonilla, Notario.—1 vez.—CE2021001481.
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría a las 09 horas 00 minutos del 27 de enero
del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Dragon-Equity Sociedad
Anónima.—San José, 03 de febrero del 2021.—Lic. Adrian Javier Fernández Madrigal, Notario.—1
vez.—CE2021001482.
Mediante escritura otorgada ante esta notaría a las 13 horas 00 minutos
del 03 de febrero del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Successful
Paradise Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 03 de
febrero del 2021.—Lic. Juan Pablo Miranda Badilla, Notario.—1
vez.—CE2021001483.
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría a las 10 horas 00 minutos del 01 de
febrero del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Multiservicios
Innova Sociedad Anónima.—San José, 03 de febrero del 2021.—Lic. Otto
Alejandro Fallas Vargas, Notario.—1 vez.—CE2021001484.
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría a las 12 horas 00 minutos del 03 de
febrero del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Azulimmo Limitada.—San
José, 04 de febrero del 2021.—Lic. Oscar Manuel Funes Orellana, Notario.—1
vez.—CE2021001485.
Mediante escritura otorgada ante esta notaría a las 16 horas 00 minutos
del 30 de enero del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Codeline Sociedad
de Responsabilidad Limitada.—San José, 04 de febrero del 2021.—Lic.
Edgar Alejandro Solís
Moraga, Notario.—1 vez.—CE2021001486.
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría a las 15 horas 00 minutos del 03 de
febrero del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Trans Serrano
González
Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 04 de febrero del
2021.—Lic. Marlon Fernando Arce Blanco, Notario.—1 vez.—CE2021001487.
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría a las 14 horas 00 minutos del 01 de
febrero del año 2021, se constituyó la sociedad denominada EEUU Virtual Sociedad
Anónima.—San José, 04 de febrero del 2021.—Lic. Alfredo Calderón Chavarría, Notario.—1
vez.—CE2021001488.
Mediante escritura otorgada ante esta notaría a las 08 horas 30 minutos
del 03 de febrero del año 2021, se constituyó la sociedad denominada AEV
Productos de Limpieza CR Sociedad Anónima.—San José, 04 de febrero del
2021.—Lic. Lisa María Bejarano Valverde,
Notario.—1 vez.—CE2021001489.
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría a las 16 horas 00 minutos del 03 de
febrero del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Lutesma Sociedad
de Responsabilidad Limitada.—San José, 04 de febrero del 2021.—Lic.
Ronny Quirós
Astorga, Notario.—1 vez.—CE2021001490.
Mediante escritura otorgada ante esta notaría a las 12 horas 00 minutos
del 03 de febrero del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Farmatrade
Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 04 de febrero del
2021.—Lic. José Fernando Fernández Alvarado, Notario.—1 vez.—CE2021001491.
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría a las 13 horas 00 minutos del 03 de
febrero del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Ave del Paraíso
Lam Sociedad Anónima.—San José, 04 de febrero del 2021.—Lic. Ana
Patricia Guerrero Murillo, Notario.—1 vez.—CE2021001492.
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría a las 17 horas 00 minutos del 02 de
febrero del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Maxsys Security
RMO Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 04 de
febrero del 2021.—Lic. Aldo Fabricio Morelli Lizano, Notario.—1
vez.—CE2021001493.
Mediante escritura
otorgada ante esta notaría a las 08 horas 00 minutos del 04 de febrero del año
2021, se constituyó la sociedad denominada Centro Deportivo MP
Sociedad Anónima.—San José, 04 de febrero del 2021.—Lic. Roger Mayorga López, Notario.—1
vez.—CE2021001494.
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría a las 09 horas 30 minutos del 04 de
febrero del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Forty-Sixth
Street Clubby Limitada.—San José, 04 de febrero del 2021.—Lic. Rafael
Enrique Cañas Coto, Notario.—1 vez.—CE2021001495.
Mediante escritura otorgada ante esta notaría a las 16 horas 00 minutos
del 01 de febrero del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Inversiones
Pizzeras de CR Sociedad Anónima.—San José, 04 de febrero del
2021.—Lic. Ana Alejandra Araya Guerrero, Notaria.—1 vez.— CE2021001496.
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría a las 14 horas 40 minutos del 03 de
febrero del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Agroservicios
Sequeira Sociedad Anónima.—San José, 04 de febrero del 2021.—Lic. Luis
Ramon Sibaja Campos, Notario.—1 vez.—CE2021001497.
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría a las 15 horas 30 minutos del 02 de
febrero del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Moments Notice CR
Limitada.—San José, 04 de febrero del 2021.—Lic. José Pablo Arce Piñar, Notario.—1
vez.—CE2021001498.
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría a las 08 horas 00 minutos del 27 de enero
del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Misalaia Limitada.—San
José, 04 de febrero del 2021.—Lic. Oscar Manuel Funes Orellana, Notario.—1
vez.—CE2021001499.
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría a las 15 horas 00 minutos del 15 de enero
del año 2021, se constituyó la sociedad denominada La Perla de Mila Sociedad
Anónima.—San José, 04 de febrero del 2021.—Lic. Juan Diego Cruz Esquivel,
Notario.—1 vez.—CE2021001500.
Mediante escritura otorgada ante esta notaría a las 15 horas 30 minutos
del 02 de febrero del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Once
Cero Cuatro Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 04 de febrero
del 2021.—Lic. Mónica Solano Mata,
Notario.—1 vez.—CE2021001501.
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría a las 13 horas 00 minutos del 03 de
febrero del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Avícola Roca Fonh
Limitada Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 04 de
febrero del 2021.—Lic. Débora María Vargas Fonseca, Notario.—1
vez.—CE2021001502.
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría a las 15 horas 45 minutos del 02 de
febrero del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Café Santa Lucía Sociedad Anónima.—San
José, 04 de febrero del 2021.—Lic. Lucila Barrantes Rodríguez, Notario.—1
vez.—CE2021001503.
Mediante escritura otorgada ante esta notaría a las 08 horas 00 minutos
del 03 de febrero del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Shekar
Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 04 de febrero del
2021.—Lic. Jorge Arturo Arce Lara, Notario.—1 vez.—CE2021001504.
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría a las 10 horas 00 minutos del 02 de
febrero del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Hoylands Hideout
Limitada.—San José, 04 de febrero del 2021.—Lic. Henry Gómez Pineda, Notario.—1
vez.—CE2021001505.
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría a las 16 horas 00 minutos del 03 de
febrero del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Panamá Furniture
Rentals Incorporated Sociedad Anónima.—San José, 04 de febrero del
2021.—Lic. Paul Zúñiga
Hernández,
Notario.—1 vez.—CE2021001506.
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría a las 12 horas 00 minutos del 02 de
febrero del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Hesketh Holdings
Limitada.—San José, 04 de febrero del 2021.—Lic. José Pablo Arce Piñar, Notario.—1
vez.—CE2021001507.
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría a las 08 horas 00 minutos del 04 de
febrero del año 2021, se constituyó la sociedad denominada IRB Marketing
Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 04 de febrero del 2021.—Lic.
Christian Garnier Fernández,
Notario.—1 vez.—CE2021001508.
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría a las 09 horas 00 minutos del 01 de
febrero del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Alimentos Sihues
Torres Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 04 de febrero del
2021.—Lic. Alonso Adrián
Dobles Navarro, Notario.—1 vez.—CE2021001509.
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría a las 10 horas 00 minutos del 04 de
febrero del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Porras y Trujillo
Sociedad Anónima.—San José, 04 de febrero del 2021.—Lic. Rodolfo Enrique
Montero Pacheco, Notario.—1 vez.—CE2021001510.
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría a las 16 horas 30 minutos del 03 de
febrero del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Larm Panamá
Internacional Sociedad Anónima.—San José, 04 de febrero del 2021.—Lic. Paul
Zúñiga Hernández,
Notario.—1 vez.—CE2021001511.
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría a las 17 horas 00 minutos del 03 de
febrero del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Canal Movers and
Logistics Corporation Sociedad Anónima.—San José, 04 de febrero del
2021.—Lic. Paul Zúñiga
Hernández,
Notario.—1 vez.—CE2021001512.
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría a las 12 horas 00 minutos del 29 de enero
del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Prodigy Expert Solutions
Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 04 de febrero del
2021.—Lic. Oscar Eddy Trejos Monge, Notario.—1 vez.—CE2021001513.
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría a las 08 horas 00 minutos del 01 de
febrero del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Montpellier
Incorporated Limitada.—San José, 04 de febrero del 2021.—Lic. Ricardo
Ananías Loaiza Morales, Notario.—1 vez.—CE2021001514.
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría a las 18 horas 45 minutos del 02 de
febrero del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Tetrase Costa
Rica Sociedad Anónima.—San José, 04 de febrero del 2021.—Lic. Luis
Alberto Peraza Burgdorf, Notario.—1 vez.—CE2021001515.
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría a las 12 horas 00 minutos del 02 de
febrero del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Memory and Junior
Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 04 de febrero del
2021.—Lic. Billy Benjamín Latouche Ortiz, Notario.—1 vez.—CE2021001516.
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría a las 13 horas 00 minutos del 03 de
febrero del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Grupo Comercial
Medusas Sociedad Anónima.—San José, 04 de febrero del 2021.—Lic. Shirley Ávila Cortes, Notario.—1
vez.—CE2021001517.
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría a las 10 horas 00 minutos del 27 de enero
del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Ismeraki Sociedad Anónima.—San
José, 04 de febrero del 2021.—Lic. Rafael Medaglia Gómez, Notario.—1
vez.—CE2021001518.
Mediante escritura otorgada ante esta notaría a las 10 horas 00 minutos
del 04 de febrero del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Tucanada
Limitada.—San José, 04 de febrero del 2021.—Lic. Alberto Sáenz Roesch,
Notario.—1 vez.—CE2021001519.
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría a las 17 horas 00 minutos del 03 de
febrero del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Herrera’s
Consulting and Professional Services Sociedad de Responsabilidad
Limitada.—San José, 04 de febrero del 2021.—Lic. Karina Aguilar Quesada,
Notario.—1 vez.—CE2021001520.
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría a las 13 horas 30 minutos del 04 de
febrero del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Sigalovsky Family
Trust CR Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 04 de
febrero del 2021.—Lic. Jefte David Zúñiga Jiménez, Notario.—1 vez.—CE2021001521.
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría a las 08 horas 00 minutos del 18 de enero
del año 2021, se constituyó la sociedad denominada UTE Peyco Dical Sociedad
Anónima.—San José, 04 de febrero del 2021.—Lic. Ana Victoria Calvo Pacheco,
Notario.—1 vez.—CE2021001522.
Mediante escritura otorgada ante esta notaría a las 15 horas 00 minutos
del 02 de febrero del año 2021, se constituyó la sociedad denominada FMO
Aduaneros Sociedad de Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San
José, 04 de febrero del 2021.—Lic. Arthur Jiménez Latouche, Notario.—1 vez.—CE2021001523.
Mediante escritura
otorgada ante esta notaría a las 17 horas 00 minutos del 18 de enero del año
2021, se constituyó la sociedad denominada Ainocami Sociedad de
Responsabilidad Limitada Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San
José, 04 de febrero del 2021.—Lic. Ricardo Núñez Estrada, Notario.—1
vez.—CE2021001524.
Mediante escritura otorgada ante esta notaría a las 12 horas 50 minutos
del 03 de febrero del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Desarrollo
Condominio Arcadia A D Sociedad Anónima.—San José, 04 de febrero del
2021.—Lic. Luis Enrique Salazar Sánchez,
Notario.—1 vez.—CE2021001525.
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría a las 08 horas 00 minutos del 04 de
febrero del año 2021, se constituyó la sociedad denominada FSP Guanacaste
Management Services Limitada.—San José, 04 de febrero del 2021.—Lic.
Gonzalo José
Rojas Benavides, Notario.—1 vez.—CE2021001526.
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría a las 14 horas 00 minutos del 22 de enero
del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Berrocal & Parra
Sociedad Anónima.—San José, 04 de febrero del 2021.—Lic. Nazareth Abarca
Madrigal, Notario.—1 vez.—CE2021001527.
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría a las 10 horas 00 minutos del 17 de agosto
del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Transportes Vallejos
Sociedad Anónima.—San José, 04 de febrero del 2021.—Lic. Marvin Ramon
Aguirre Chaves, Notario.—1 vez.—CE2021001528.
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría a las 11 horas 00 minutos del 21 de enero
del año 2021, se constituyó la sociedad denominada D Y K Incorporated
Limitada.—San José, 04 de febrero del 2021.—Lic. Edry Herminio Mendoza
Hidalgo, Notario.—1 vez.—CE2021001529.
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría a las 13 horas 00 minutos del 27 de enero
del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Grupo Guillen Paz GP Sociedad
Anónima.—San José, 04 de febrero del 2021.—Lic. Rafael Sánchez Sánchez, Notario.—1
vez.—CE2021001530.
Mediante escritura otorgada ante esta notaría a las 12 horas 00 minutos
del 04 de febrero del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Holding
Gofe Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 04 de febrero del
2021.—Lic. Javier Francisco Villalobos Pineda, Notario.—1 vez.—CE2021001531.
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría a las 11 horas 30 minutos del 04 de
febrero del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Va Mensajería
Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 04 de febrero del
2021.—Lic. Adolfo Jiménez
Pacheco, Notario.—1 vez.—CE2021001532.
Mediante escritura otorgada ante esta notaría a las 11 horas 30 minutos
del 01 de febrero del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Coral A
Zen Retreat Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 04 de febrero
del 2021.—Lic. Adriana Silva Rojas, Notario.—1 vez.—CE2021001533.
Mediante escritura otorgada
ante esta notaría a las 09 horas 00 minutos del 23 de enero del año 2021, se
constituyó la sociedad denominada Desarrollos Costales Sociedad Anónima.—San
José, 04 de febrero del 2021.—Lic. Jorge Francisco Ross Araya, Notario.—1
vez.—CE2021001534.
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría a las 11 horas 00 minutos del 28 de enero
del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Concrefuerte G M Sociedad
Anónima.—San José, 04 de febrero del 2021.—Lic. Elian Jiménez Céspedes,
Notario.—1 vez.—CE2021001535.
Mediante escritura otorgada ante esta notaría a las 12 horas 00 minutos
del 22 de enero del año 2021, se constituyó la sociedad denominada MFSJPS
Real Estate Capital Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José,
04 de febrero del 2021.—Lic. Adriana Silva Rojas, Notario.—1 vez.—CE2021001536.
Mediante escritura otorgada ante esta notaría a las 10 horas 00 minutos
del 28 de octubre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Tecgroup
Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 04 de febrero del
2021.—Lic. Lidia Teresa Fernández Barboza,
Notario.—1 vez.—CE2021001537.
Mediante escritura
otorgada ante esta notaría a las 08 horas 30 minutos del 01 de febrero del año
2021, se constituyó la sociedad denominada Transfesa Sociedad de
Responsabilidad Limitada.—San José, 04 de febrero del 2021.—Lic. Benjamín
Gutiérrez
Contreras, Notario.—1 vez.—CE2021001538.
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría a las 09 horas 00 minutos del 03 de
febrero del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Svargas
Directores Limitada.—San José, 04 de febrero del 2021.—Lic. Magally
Herrera Jiménez,
Notario.—1 vez.—CE2021001539.
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría a las 16 horas 00 minutos del 03 de
febrero del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Mobius Industrial
Solutions Sociedad Anónima.—San José, 04 de febrero del 2021.—Lic.
Pablo José
González
Montoya, Notario.—1 vez.—CE2021001540.
Mediante escritura otorgada ante esta notaría a las 08 horas 00 minutos
del 04 de febrero del año 2021, se constituyó la sociedad denominada PBV Las
Delicias Servicios Gourmet Sociedad Anónima.—San José, 04 de febrero
del 2021.—Lic. Andrey Esteban Morales Mejía, Notario.—1 vez.—CE2021001541.
Mediante escritura otorgada ante esta notaría a las 08 horas 30 minutos
del 04 de febrero del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Corporación
Industrial Ing y Asociados Sociedad Anónima.—San José, 04 de febrero
del 2021.—Lic. Andrey Esteban Morales Mejía, Notario.—1 vez.—CE2021001542.
Mediante escritura otorgada
ante esta notaría a las 09 horas 00 minutos del 04 de febrero del año 2021, se
constituyó la sociedad denominada Faves Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San
José, 04 de febrero del 2021.—Lic. Jeison Guadamuz Murillo, Notario.—1
vez.—CE2021001543.
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría a las 13 horas 00 minutos del 02 de
febrero del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Inmobiliaria
JTRUMP Sociedad Anónima.—San José, 04 de febrero del 2021.—Lic. Edwin
Martin Chacón
Saborío,
Notario.—1 vez.—CE2021001544.
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría a las 10 horas 00 minutos del 04 de
febrero del año 2021, se constituyó la sociedad denominada SG Soluciones
Financieras Limitada.—San José, 04 de febrero del 2021.—Lic. Jhin
Alonso Rojas Sánchez,
Notario.—1 vez.—CE2021004331.
Mediante escritura
otorgada ante esta notaría, a las 17 horas 00 minutos del 02 de febrero del año
2021, se constituyó la sociedad denominada Mini Market La Perla Sociedad de
Responsabilidad Limitada.—San José, 07 de febrero del 2021.—Licda. María de
Los Ángeles Solano Mora, Notaria.—1 vez.—CE2021001614.
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 11 horas 00 minutos
del 25 de enero del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Isla
Pitahaya Investments Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 07 de
febrero del 2021.—Licda. Kimberlyn Rojas de La Torre, Notaria.—1
vez.—CE2021001615
Mediante escritura
otorgada ante esta notaría, a las 11 horas 00 minutos del 28 de enero del año
2021, se constituyó la sociedad denominada El Garaje de Mi Abuelo Memito
Sociedad Anónima.—San José, 08 de febrero del 2021.—Licda. Laura María
Cordero Zamora, Notaria.—1 vez.—CE2021001616.
Mediante escritura otorgada ante esta
notaría, a las 08 horas 30 minutos del 29 de enero del año 2021, se constituyó
la sociedad denominada Inversiones Eco-Sukia Sociedad de Responsabilidad
Limitada.—San José, 08 de febrero del 2021.—Lic. Álvaro Hernández Chan, Notario.—1
vez.—CE2021001617.
Mediante escritura otorgada ante esta
notaría, a las 11 horas 00 minutos del 02 de febrero del año 2021, se
constituyó la sociedad denominada Getbips Media Solutions Sociedad de
Responsabilidad Limitada.—San José, 08 de febrero del 2021.—Lic. Juan
Carlos Rojas Sandi, Notario.—1 vez.—CE2021001618.
Mediante escritura
otorgada ante esta notaría, a las 10 horas 00 minutos del 20 de Agosto del año
2020, se constituyó la sociedad denominada ODC Desarollos Sociedad de
Responsabilidad Limitada.—San José, 08 de febrero del 2021.—Lic. Fabián Azofeifa Arce, Notario.—1 vez.—CE2021001619.
Mediante escritura otorgada ante esta
notaría, a las 12 horas 00 minutos del 04 de febrero del año 2021, se
constituyó la sociedad denominada Brewed Monday Jjm Sociedad de
Responsabilidad Limitada.—San José, 08 de febrero del 2021.—Lic. Kenneth
Mauricio Mora Diaz, Notario.—1 vez.—CE2021001620.
Mediante escritura otorgada ante esta
notaría, a las 14 horas 00 minutos del 05 de febrero del año 2021, se
constituyó la sociedad denominada Nunya DCR Bussiness Limitada.—San
José, 08 de febrero del 2021.—Licda. Xinia Alfaro Mena, Notaria.—1
vez.—CE2021001621.
Mediante escritura otorgada ante esta
notaría, a las 11 horas 30 minutos del 05 de febrero del año 2021, se
constituyó la sociedad denominada Inversiones y Asesoría JKCP Sociedad de
Responsabilidad Limitada.—San José, 08 de febrero del 2021.—Licda. Diana
María Vargas Rodríguez, Notaria.—1 vez.—CE2021001622.
Mediante escritura
otorgada ante esta notaría, a las 11 horas 00 minutos del 05 de febrero del año
2021, se constituyó la sociedad denominada Yes Distribuciones Sociedad de
Responsabilidad Limitada.—San José, 08 de febrero del 2021.—Licda. Nancy
Tattiana
Zúñiga Oses, Notaria.—1
vez.—CE2021001623.
Mediante escritura otorgada ante esta
notaría, a las 16 horas 30 minutos del 04 de febrero del año 2021, se constituyó
la sociedad denominada Clínica Santi Sociedad Anónima.—San José, 08 de
febrero del 2021.—Licda. Isabel Cristina Vargas Vargas, Notaria.—1
vez.—CE2021001624.
Mediante escritura otorgada ante esta
notaría, a las 10 horas 00 minutos del 04 de febrero del año 2021, se
constituyó la sociedad denominada SG Soluciones Financieras Sociedad de
Responsabilidad Limitada.—San José, 08 de febrero del 2021.—Lic. Jhin
Alonso Rojas Sanchez, Notario.—1 vez.—CE2021001625.
Mediante escritura otorgada ante esta
notaría, a las 08 horas 00 minutos del 08 de febrero del año 2021, se
constituyó la sociedad denominada Love In Action Sociedad Anónima.—San
José, 08 de febrero del 2021.—Licda. Paola Vargas Castillo, Notaria.—1
vez.—CE2021001626.
Mediante escritura otorgada ante esta
notaría, a las 16 horas 00 minutos del 05 de febrero del año 2021, se
constituyó la sociedad denominada Grupo Oro Costanera Sociedad de
Responsabilidad Limitada.—San José, 08 de febrero del 2021.—Licda.
Jockseline
Zúñiga
Varela, Notaria.—1 vez.—CE2021001627.
Mediante escritura otorgada ante esta
notaría, a las 16 horas 00 minutos del 05 de febrero del año 2021, se
constituyó la sociedad denominada Hamdubcesmoy
Sociedad Anónima.—San José, 08 de febrero del 2021.—Licda.
Mayela Marlene Espinoza Loría,
Notaria.—1 vez.—CE2021001628.
Mediante escritura
otorgada ante esta notaría, a las 16 horas 00 minutos del 29 de enero del año
2021, se constituyó la sociedad denominada Magic Esthetics Investments
Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 08 de febrero
del 2021.—Lic. Alexis Manuel Arias Lopez, Notario.—1 vez.—CE2021001629.
Mediante escritura
otorgada ante esta notaría, a las 15 horas 00 minutos del 01 de febrero del año
2021, se constituyó la sociedad denominada Inversiones Verdyfrut Sociedad de
Responsabilidad Limitada.—San José, 08 de febrero del 2021.—Licda.
Monserrat Andrea Segura Muñoz, Notaria.—1 vez.—CE2021001630.
Mediante escritura otorgada ante esta
notaría, a las 13 horas 00 minutos del 01 de febrero del año 2021, se
constituyó la sociedad denominada I Love Liquor Sociedad de Responsabilidad
Limitada.—San José, 08 de febrero del 2021.—Lic. Eduardo José Mora Castro, Notario.—1
vez.—CE2021001631.
Mediante escritura
otorgada ante esta notaría, a las 13 horas 00 minutos del 02 de febrero del año
2021, se constituyó la sociedad denominada Distribuidora SPZ del Atlántico
Sociedad Anónima.—San José, 08 de febrero del 2021.—Licda. Karol Cristina
Guzmán Ramírez, Notaria.—1 vez.—CE2021001632.
Mediante escritura otorgada ante esta
notaría, a las 08 horas 30 minutos del 08 de febrero del año 2021, se
constituyó la sociedad denominada Makc Costa Rica Property Administrator
Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 08 de febrero del 2021.—Lic.
Luis Alberto Pereira Brenes, Notario.—1 vez.—CE2021001633.
Mediante escritura otorgada ante esta
notaría, a las 14 horas 00 minutos del 05 de febrero del año 2021, se
constituyó la sociedad denominada Mutecno CR Sociedad Anónima.—San José,
08 de febrero del 2021.—Lic. Gerardo Alonso Benavides Sánchez, Notario.—1
vez.—CE2021001634.
Mediante escritura
otorgada ante esta notaría, a las 16 horas 00 minutos del 27 de enero del año
2021, se constituyó la sociedad denominada Cerrajería JF Sociedad de
Responsabilidad Limitada.—San José, 08 de febrero del 2021.—Lic. Joan
Sebastián Rivera Bedoya, Notario.—1 vez.—CE2021001635.
Mediante escritura
otorgada ante esta notaría, a las 10 horas 30 minutos del 08 de febrero del año
2021, se constituyó la sociedad denominada Casitas del Sol Sociedad De
Responsabilidad Limitada.—San José, 08 de febrero del 2021.—Lic. Jefte
David Zúñiga Jiménez, Notario.—1
vez.—CE2021001636.
Mediante escritura
otorgada ante esta notaría, a las 09 horas 00 minutos del 08 de febrero del año
2021, se constituyó la sociedad denominada JPB Three Limitada.—San José,
08 de febrero del 2021.—Lic. Paul Oporta Romero, Notario.—1 vez.—CE2021001637.
Mediante escritura otorgada ante esta
notaría, a las 16 horas 00 minutos del 05 de febrero del año 2021, se constituyó
la sociedad denominada Sonido del Agua Cayendo Sociedad de Responsabilidad
Limitada.—San José, 08 de febrero del 2021.—Lic. Rodolfo Enrique Herrera
Garcia, Notario.—1 vez.—CE2021001638.
Mediante escritura
otorgada ante esta notaría, a las 12 horas 30 minutos del 12 de enero del año
2021, se constituyó la sociedad denominada Clarjun Sociedad de
Responsabilidad Limitada.—San José, 08 de febrero del 2021.—Licda. Ana
Isabel Elizondo León, Notaria.—1 vez.—CE2021001639.
Mediante escritura otorgada ante esta
notaría, a las 09 horas 00 minutos del 16 de enero del año 2021, se constituyó
la sociedad denominada Servicios Constructivos y Electromecánicos AYF
Limitada.—San José, 08 de febrero del 2021.—Licda. Diana Marcela Baltodano
Rodríguez, Notaria.—1 vez.—CE2021001640.
Mediante escritura otorgada ante esta
notaría, a las 10 horas 00 minutos del 08 de febrero del año 2021, se
constituyó la sociedad denominada Comercializadora Crissan Sociedad Anónima.—San
José, 08 de febrero del 2021.—Licda. Shirley Sanchez Bustamante, Notaria.—1
vez.—CE2021001641.
Mediante escritura
otorgada ante esta notaría, a las 14 horas 00 minutos del 03 de febrero del año
2021, se constituyó la sociedad denominada Watercolor Sunset A.L.E. Sociedad
Anónima.—San José, 08 de febrero del 2021.—Licda. Glorielena Alvarado
Orozco, Notaria.—1 vez.—CE2021001642.
Mediante escritura otorgada ante esta
notaría, a las 08 horas 30 minutos del 30 de enero del año 2021, se constituyó
la sociedad denominada Poleas de Costa Rica S. A. Sociedad Anónima.—San
José, 08 de febrero del 2021.—Licda. Dixie Mariela Quesada Madrigal, Notaria.—1
vez.—CE2021001643.
Mediante escritura otorgada ante esta
notaría, a las 10 horas 00 minutos del 04 de febrero del año 2021, se
constituyó la sociedad denominada Modular
- Space Sociedad Anónima.—San José, 08 de febrero del
2021.—Licda. Ileana Rodríguez González, Notaria.—1 vez.—CE2021001644.
Mediante escritura otorgada ante esta
notaría, a las 10 horas 30 minutos del 08 de febrero del año 2021, se
constituyó la sociedad denominada The Four Casitas Sociedad de
Responsabilidad Limitada.—San José, 08 de febrero del 2021.—Lic. Jefte
David Zúñiga Jiménez,
Notario.—1 vez.—CE2021001645.
Mediante escritura
otorgada ante esta notaría, a las 12 horas 00 minutos del 05 de febrero del año
2021, se constituyó la sociedad denominada DS Lee Propeties Sociedad de
Responsabilidad Limitada.—San José, 08 de febrero del 2021.—Lic. Atencio
Ruiz Juárez, Notario.—1 vez.—CE2021001646.
Mediante escritura otorgada ante esta
notaría, a las 14 horas 00 minutos del 29 de enero del año 2021, se constituyó
la sociedad denominada Inverciones A Y K Sociedad Anónima.—San José, 08
de febrero del 2021.—Lic. Manuel Antonio Arias Aguilar, Notario.—1 vez.—CE2021001647.
Mediante escritura otorgada ante esta
notaría, a las 16 horas 00 minutos del 07 de febrero del año 2021, se
constituyó la sociedad denominada Natura D.I.N Travel Sociedad Anónima.—San
José, 08 de febrero del 2021.—Licda. Carmen María Solano Rojas, Notaria.—1
vez.—CE2021001648.
Mediante escritura otorgada ante esta
notaría, a las 17 horas 00 minutos del 07 de febrero del año 2021, se
constituyó la sociedad denominada Tropical Rivers and Adventures Tours
Limitada.—San José, 08 de febrero del 2021.—Lic. Esteban Blanco Herrera,
Notario.—1 vez.—CE2021001649.
Mediante escritura otorgada ante esta
notaría, a las 13 horas 00 minutos del 06 de febrero del año 2021, se
constituyó la sociedad denominada Comercializadora MYM Sociedad De
Responsabilidad Limitada.—San José, 08 de febrero del 2021.—Licda. Lilly
Carolina Murillo Sandí,
Notaria.—1 vez.—CE2021001650.
Mediante escritura otorgada ante esta
notaría, a las 16 horas 00 minutos del 05 de febrero del año 2021, se
constituyó la sociedad denominada Gefalmo Sociedad Anónima.—San José, 08
de febrero del 2021.—Lic. Jazmín Santamaria Sánchez, Notario.—1
vez.—CE2021001651.
Mediante escritura otorgada ante esta
notaría, a las 15 horas 00 minutos del 05 de febrero del año 2021, se
constituyó la sociedad denominada Corbet Scientific de Costa Rica Sociedad
Anónima.—San José, 08 de febrero del 2021.—Licda. Ivania Araya Vargas,
Notaria.—1 vez.—CE2021001652.
Mediante escritura
otorgada ante esta notaría, a las 12 horas 00 minutos del 05 de febrero del año
2021, se constituyó la sociedad denominada Sarjanda Sociedad de
Responsabilidad Limitada.—San José, 08 de febrero del 2021.—Licda. Nicole
María Quesada Gurdián, Notaria.—1 vez.—CE2021001653.
Mediante escritura otorgada ante esta
notaría, a las 09 horas 00 minutos del 27 de enero del año 2021, se constituyó
la sociedad denominada Dragon Equity Sociedad Anónima.—San José, 08 de
febrero del 2021.—Lic. Adrián Javier Fernández Madrigal, Notario.—1
vez.—CE2021001654.
Mediante escritura otorgada ante esta
notaría, a las 11 horas 00 minutos del 08 de febrero del año 2021, se
constituyó la sociedad denominada Comunicándonos Sociedad Anónima.—San
José, 08 de febrero del 2021.—Lic. Diego Gerardo Solano Cabezas, Notario.—1
vez.—CE2021001655.
Mediante escritura
otorgada ante esta notaría, a las 15 horas 00 minutos del 04 de febrero del año
2021, se constituyó la sociedad denominada Calle de Mango Guiones Sociedad
de Responsabilidad Limitada.—San José, 08 de febrero del 2021.—Lic. Herman
Julio Kierszenson Mamet, Notario.—1 vez.—CE2021001656.
Mediante escritura otorgada ante esta
notaría, a las 17 horas 00 minutos del 03 de febrero del año 2021, se
constituyó la sociedad denominada Herreras Consulting And Professional
Services Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 08 de febrero del
2021.—Lic. Karina Aguilar Quesada, Notario.—1 vez.—CE2021001657.
Mediante escritura otorgada ante esta
notaría, a las 10 horas 00 minutos del 06 de febrero del año 2021, se
constituyó la sociedad denominada La Mulita Maverick X Tres Max Sociedad
Anónima.—San José, 08 de febrero del 2021.—Lic. Edin Francisco Chavarría
Benavides, Notario.—1 vez.—CE2021001658.
Mediante escritura
otorgada ante esta notaría, a las 14 horas 00 minutos del 08 de febrero del año
2021, se constituyó la sociedad denominada Cast Influence Properties
Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 08 de febrero del
2021.—Lic. Pedro González Roesch, Notario.—1 vez.—CE2021001659.
Mediante escritura otorgada ante esta
notaría, a las 14 horas 00 minutos del 05 de febrero del año 2021, se constituyó
la sociedad denominada Grupo Nedlam Costa Rica Sociedad De Responsabilidad
Limitada.—San José, 08 de febrero del 2021.—Licda. Paola Castro
Montealegre, Notaria.—1 vez.—CE2021001660.
Mediante escritura
otorgada ante esta notaría, a las 14 horas 00 minutos del 08 de febrero del año
2021, se constituyó la sociedad denominada Hamilton Associates Sociedad De
Responsabilidad Limitada.—San José, 08 de febrero del 2021.—Lic. Carlos
Darío Angulo Ruiz, Notario.—1 vez.—CE2021001661.
Mediante escritura otorgada ante esta
notaría, a las 19 horas 30 minutos del 06 de febrero del año 2021, se
constituyó la sociedad denominada Ceron Shoes Sociedad Anónima.—San
José, 08 de febrero del 2021.—Lic. José Rafael Steller Garro, Notario.—1
vez.—CE2021001662.
Mediante escritura otorgada ante esta
notaría, a las 18 horas 00 minutos del 05 de febrero del año 2021, se
constituyó la sociedad denominada Movelec de Centroamérica Sociedad Anónima.—San
José, 08 de febrero del 2021.—Lic. Federico Ureña Ferrero, Notario.—1
vez.—CE2021001663.
Mediante escritura otorgada ante esta
notaría, a las 18 horas 00 minutos del 03 de febrero del año 2021, se
constituyó la sociedad denominada Ntech Digital AO Sociedad de
Responsabilidad Limitada.—San José, 08 de febrero del 2021.—Lic. Eddie
Granados Valverde, Notario.—1 vez.—CE2021001664.
Mediante escritura
otorgada ante esta notaría, a las 21 horas 00 minutos del 04 de febrero del año
2021, se constituyó la sociedad denominada Estrancio Dos Sociedad de
Responsabilidad Limitada.—San José, 08 de febrero del 2021.—Lic. Johnny
Martin González Pacheco, Notario.—1 vez.—CE2021001665.
Mediante escritura
otorgada ante esta notaría, a las 21 horas 00 minutos del 08 de febrero del año
2021, se constituyó la sociedad denominada Tamarindo Arico, Sociedad de
Responsabilidad Limitada.—San José, 08 de febrero del 2021.—Lic. Enrique
Loria Brunker, Notario.—1 vez.—CE2021001666.
Mediante escritura otorgada ante esta
notaría, a las 10 horas 00 minutos del 04 de febrero del año 2021, se
constituyó la sociedad denominada Modular Space Sociedad Anónima.—San
José, 08 de febrero del 2021.—Lic. Ileana Rodríguez González, Notario.—1
vez.—CE2021001667.
Mediante escritura otorgada ante esta
notaría, a las 15 horas 00 minutos del 08 de febrero del año 2021, se
constituyó la sociedad denominada Valvic Rova de México Sociedad Anónima.—San
José, 08 de febrero del 2021.—Lic. Alberto Pauly Sáenz,
Notario.—1 vez.—CE2021001668.
Mediante escritura
otorgada ante esta notaría, a las 13 horas 00 minutos del 12 de enero del año
2021, se constituyó la sociedad denominada Inversiones F&B Sociedad de
Responsabilidad Limitada.—San José, 08 de febrero del 2021.—Licda. Dania
Valverde Núñez, Notaria.—1 vez.—CE2021001669.
Mediante escritura otorgada ante esta
notaría, a las 00 horas 00 minutos del 11 de enero del año 2021, se constituyó
la sociedad denominada Instituto para el Bienestar Animal (IBA) Sociedad de
Responsabilidad Limitada.—San José, 08 de febrero del 2021.—Licda. Dania
Valverde Núñez, Notaria.—1 vez.—CE2021001670.
Mediante escritura
otorgada ante esta notaría, a las 13 horas 30 minutos del 29 de enero del año
2021, se constituyó la sociedad denominada Direct Trade Sociedad de
Responsabilidad Limitada.—San José, 08 de febrero del 2021.—Lic. Luis
Fernando Hernandez Madrigal, Notario.—1 vez.—CE2021001671.
Mediante escritura otorgada ante esta
notaría, a las 08 horas 30 minutos del 30 de enero del año 2021, se constituyó
la sociedad denominada Poleas de Costa Rica Sociedad Anónima.—San José,
08 de febrero del 2021.—Licda. Dixie Mariela Quesada Madrigal, Notaria.—1
vez.—CE2021001672.
Mediante escritura
otorgada ante esta notaría, a las 17 horas 00 minutos del 08 de febrero del año
2021, se constituyó la sociedad denominada Goebel Casa Piki Piki LLC
Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 08 de febrero del
2021.—Lic. Brians Salazar Chavarría, Notario.—1 vez.—CE2021001673.
Mediante escritura otorgada ante esta
notaría, a las 15 horas 00 minutos del 02 de febrero del año 2021, se constituyó
la sociedad denominada Focaccias By MJE Sociedad Anónima.—San José, 08
de febrero del 2021.—Licda. Sharon Tatiana Arce Damito, Notaria.—1
vez.—CE2021001674.
Mediante escritura otorgada ante esta
notaría, a las 15 horas 00 minutos del 27 de enero del año 2021, se constituyó
la sociedad denominada Servicios Wring Top Sociedad Anónima.—San José,
08 de febrero del 2021.—Licda. Nuria Judith Sequeira Araya, Notaria.—1
vez.—CE2021004335.
Mediante escritura otorgada ante esta
notaría, a las 13 horas 00 minutos del 27 de enero del año 2021, se constituyó
la sociedad denominada Catarinella Motors Sociedad de Responsabilidad
Limitada.—San José, 08 de febrero del 2021.—Lic. Eduardo Andrés Leitón Loría, Notario.—1
vez.—CE2021001675.
Mediante escritura
otorgada ante esta notaría, a las 15 horas 30 minutos del 02 de febrero del año
2021, se constituyó la sociedad denominada Lihen Sociedad de Responsabilidad
Limitada.—San José, 08 de febrero del 2021.—Licda. Karen Daniela
Oconitrillo Quesada, Notaria.—1 vez.—CE2021001676.
Mediante escritura otorgada ante esta
notaría, a las 09 horas 00 minutos del 05 de febrero del año 2021, se
constituyó la sociedad denominada Natural Nails Sociedad de Responsabilidad
Limitada.—San José, 08 de febrero del 2021.—Licda. Kora Ana Arias Cortés, Notaria.—1
vez.—CE2021001677.
Mediante escritura
otorgada ante esta notaría, a las 20 horas 00 minutos del 01 de febrero del año
2021, se constituyó la sociedad denominada Club de Pesca de
San Carlos Sociedad Anónima.—San José, 08 de febrero del 2021.—Lic.
Jorge Esteban Valenciano Gutiérrez, Notario.—1
vez.—CE2021001678.
Mediante escritura otorgada ante esta
notaría, a las 14 horas 00 minutos del 27 de enero del año 2021, se constituyó
la sociedad denominada Muebles y Diseño Bagaces Sociedad
Anónima.—San José, 08 de febrero del 2021.—Licda. Melisa Aragon Arrieta,
Notaria.—1 vez.—CE2021001679.
Mediante escritura
otorgada ante esta notaría, a las 13 horas 00 minutos del 03 de febrero del año
2021, se constituyó la sociedad denominada Ave del Paraíso Lam Esperanza
Sociedad Anónima.—San José, 08 de febrero del 2021.—Licda. Ana Patricia
Guerrero Murillo, Notaria.—1 vez.—CE2021001680.
Mediante escritura otorgada ante esta
notaría, a las 17 horas 35 minutos del 27 de enero del año 2021, se constituyó
la sociedad denominada GV Builders & Home Design Sociedad
Anónima.—San José, 08 de febrero del 2021.—Lic. Dagoberto Venegas
Barrantes, Notario.—1 vez.—CE2021001681.
Mediante escritura otorgada ante esta
notaría, a las 11 horas 00 minutos del 08 de febrero del año 2021, se
constituyó la sociedad denominada Distribuidora de Carnes de
Heredia Murillo & Vega Sociedad de Responsabilidad
Limitada.—San José, 08 de febrero del 2021.—Lic. Daniel Bermúdez Murillo, Notario.—1
vez.—CE2021001682.
Mediante escritura otorgada ante esta
notaría, a las 00 horas 00 minutos del 08 de febrero del año 2021, se
constituyó la sociedad denominada Distribuidora de Carnes San
Juan de Dios Murillo & Quesada Sociedad de
Responsabilidad Limitada.—San José, 08 de febrero del 2021.—Lic. Daniel
Bermúdez
Murillo, Notario.—1 vez.—CE2021001683.
Mediante escritura otorgada ante esta
notaría, a las 13 horas 00 minutos del 06 de febrero del año 2021, se
constituyó la sociedad denominada Societe Immobiliere Yvon Et Lyse
Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 08 de febrero
del 2021.—Licda. Sabrina Karine Kszak Bianchi, Notaria.—1 vez.—CE2021001684.
Mediante escritura
otorgada ante esta notaría, a las 14 horas 00 minutos del 06 de febrero del año
2021, se constituyó la sociedad denominada Moodeporte Sociedad de
Responsabilidad Limitada.—San José, 08 de febrero del 2021.—Licda.
Sabrina Karine Kszak Bianchi, Notaria.—1 vez.—CE2021001685.
Mediante escritura
otorgada ante esta notaría, a las 15 horas 00 minutos del 03 de febrero del año
2021, se constituyó la sociedad denominada Constructora Rivera del
Sur Sur Sociedad Anónima.—San José, 09 de febrero del 2021.—Lic. Adolfo
Elpidio Hernández Masís, Notario.—1 vez.—CE2021001686.
Mediante escritura
otorgada ante esta notaría, a las 09 horas 00 minutos del 08 de febrero del año
2021, se constituyó la sociedad denominada DNE CR Holdings Sociedad
de Responsabilidad Limitada.—San José, 09 de febrero del
2021.—Lic. Guillermo José Sanabria
Leiva, Notario.—1 vez.—CE2021001687.
Mediante escritura
otorgada ante esta notaría, a las 14 horas 00 minutos del 06
de febrero del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Elektra
Soluciones Electromecánicas Limitada.—San José, 09 de febrero
del 2021.—Lic. Brayan Alberto Alpízar Valverde, Notario.—1 vez.—CE2021001688.
Mediante escritura
otorgada ante esta notaría, a las 10 horas 30 minutos del 06 de febrero del año
2021, se constituyó la sociedad denominada Ed Motors Route Sociedad de
Responsabilidad Limitada.—San José, 09 de febrero del 2021.—Licda. Melissa
Villalobos Ceciliano, Notaria.—1 vez.—CE2021001689.
Mediante escritura otorgada ante esta
notaría, a las 12 horas 00 minutos del 12 de enero del año 2021, se constituyó
la sociedad denominada Moboto International Limitada.—San José, 09 de
febrero del 2021.—Lic. Oscar Manuel Funes Orellana, Notario.—1
vez.—CE2021001690.
Mediante escritura otorgada ante esta
notaría, a las 08 horas 00 minutos del 05 de febrero del año 2021, se
constituyó la sociedad denominada Servicios de Traducción
Profesional Mora Rojas Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 09 de
febrero del 2021.—Licda. Ana Yanci Marín Vega, Notaria.—1
vez.—CE2021001691.
Mediante escritura otorgada ante esta
notaría, a las 18 horas 00 minutos del 06 de febrero del año 2021, se
constituyó la sociedad denominada Badilla Group LLC Sociedad Anónima.—San
José, 09 de febrero del 2021.—Licda. Cris Vanessa Brenes Villalta, Notaria.—1
vez.—CE2021001692.
Mediante escritura
otorgada ante esta notaría, a las 09 horas 00 minutos del 09 de febrero del año
2021, se constituyó la sociedad denominada VLC Santa Teresa Sociedad
de Responsabilidad Limitada.—San José, 09 de febrero del
2021.—Licda. Adriana Silva Rojas, Notaria.—1 vez.—CE2021001693.
Mediante escritura otorgada ante esta
notaría, a las 08 horas 00 minutos del 09 de febrero del año 2021, se
constituyó la sociedad denominada VG RMMA Sociedad de
Responsabilidad Limitada.—San José, 09 de febrero del 2021.—Lic. Christian
Garnier Fernández,
Notario.—1 vez.—CE2021001694.
Mediante escritura
otorgada ante esta notaría, a las 10 horas 00 minutos del 26 de enero del año
2021, se constituyó la sociedad denominada MCCR Arte Sociedad de Responsabilidad
Limitada.—San José, 09 de febrero del 2021.—Lic. Federico José Vega Rodríguez, Notario.—1 vez.—CE2021001695.
Mediante escritura otorgada ante esta
notaría, a las 14 horas 00 minutos del 08 de febrero del año 2021, se
constituyó la sociedad denominada Laboratorio Esencia Dental Limitada.—San
José, 09 de febrero del 2021.—Lic. Edgar Alberto Díaz Sánchez, Notario.—1
vez.—CE2021001696.
Mediante escritura otorgada ante esta
notaría, a las 17 horas 22 minutos del 04 de febrero del año 2021, se
constituyó la sociedad denominada Transportes Santa Rosa Sociedad de
Responsabilidad Limitada.—San José, 09 de febrero del 2021.—Lic.
Jonathan Segura Rosales, Notario.—1 vez.—CE2021001697.
Mediante escritura otorgada ante esta
notaría, a las 13 horas 30 minutos del 01 de febrero del año 2021, se
constituyó la sociedad denominada Inversiones Teto Serrano Sociedad de
Responsabilidad Limitada.—San José, 09 de febrero del 2021.—Licda. Vera
Denise Mora Salazar, Notaria.—1 vez.—CE2021001698.
Mediante escritura
otorgada ante esta notaría, a las 08 horas 00 minutos del 27 de enero del año
2021, se constituyó la sociedad denominada Eloticos Benditos Sociedad
de Responsabilidad Limitada.—San José, 09 de febrero del
2021.—Licda. Tatiana Vindas Benavides, Notaria.—1 vez.—CE2021001699.
Mediante escritura otorgada ante esta
notaría, a las 11 horas 00 minutos del 08 de febrero del año 2021, se
constituyó la sociedad denominada Los Bienes de Los Hoover
Sociedad Anónima.—San José, 09 de febrero del 2021.—Lic. Fernando Jiménez
Mora, Notario.—1 vez.—CE2021001700.
Mediante escritura otorgada ante esta
notaría, a las 09 horas 30 minutos del 07 de febrero del año 2021, se
constituyó la sociedad denominada Inversiones Noguera JN Sociedad
Anónima.—San José, 09 de febrero del 2021.—Lic. Jonathan Segura Rosales,
Notario.—1 vez.—CE2021001701.
Mediante escritura otorgada ante esta
notaría, a las 18 horas 00 minutos del 08 de febrero del año 2021, se
constituyó la sociedad denominada Corporación Plaza Caribeña Sociedad
Anónima.—San José, 09 de febrero del 2021.—Lic. Alfredo Calderón
Chavarría, Notario.—1 vez.—CE2021001702.
Mediante escritura otorgada ante esta
notaría, a las 10 horas 53 minutos del 09 de febrero del año 2021, se
constituyó la sociedad denominada Inversiones Calocha Sociedad de
Responsabilidad Limitada.—San José, 09 de febrero del 2021.—Licda.
Andrea Villalobos Sánchez, Notaria.—1 vez.—CE2021001703.
Mediante escritura otorgada ante esta
notaría, a las 10 horas 00 minutos del 09 de febrero del año 2021, se
constituyó la sociedad denominada Acotiza Sociedad Anónima.—San José, 09
de febrero del 2021.—Lic. José Francisco Berrocal Henderson,
Notario.—1 vez.—CE2021001704.
Mediante escritura otorgada ante esta
notaría, a las 10 horas 00 minutos del 05 de febrero del año 2021, se
constituyó la sociedad denominada Constructora Jeal Hermanos Rojas Sociedad
Anónima.—San José, 09 de febrero del 2021.—Licda. Gabriela Víquez
Chaves, Notaria.—1 vez.—CE2021001705.
Mediante escritura otorgada ante esta
notaría, a las 09 horas 00 minutos del 05 de febrero del año 2021, se
constituyó la sociedad denominada Ross Outlet Sociedad Anónima.—San
José, 09 de febrero del 2021.—Lic. Eliott Dayan Vargas Corrales, Notario.—1
vez.—CE2021001706.
Mediante escritura otorgada ante esta
notaría, a las 14 horas 30 minutos del 08 de febrero del año 2021, se
constituyó la sociedad denominada Feldman Investments Sociedad de Responsabilidad
Limitada.—San José, 09 de febrero del 2021.—Licda. Nathalie Elizondo
Montero, Notaria.—1 vez.—CE2021001707.
Mediante escritura otorgada ante esta
notaría, a las 10 horas 00 minutos del 04 de febrero del año 2021, se
constituyó la sociedad denominada Espigas y Café
Sociedad Anónima.—San
José, 09 de febrero del 2021.—Licda. Roxana María Artavia Badilla, Notaria.—1
vez.—CE2021001708.
Mediante escritura otorgada ante esta
notaría, a las 14 horas 00 minutos del 08 de febrero del año 2021, se constituyó
la sociedad denominada Konsultics Consultoría Empresarial y Tics
Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 09 de
febrero del 2021.—Lic. Alberto Rojas Chaves, Notario.—1 vez.—CE2021001709.
Mediante escritura otorgada ante esta
notaría, a las 13 horas 00 minutos del 02 de febrero del año 2021, se
constituyó la sociedad denominada Distribuidora SPZ del
Atlántico Sociedad Anónima.—San José, 09 de febrero del 2021.—Licda. Karol
Cristina Guzmán
Ramírez,
Notaria.—1 vez.—CE2021001710.
Mediante escritura otorgada ante esta
notaría, a las 09 horas 00 minutos del 27 de febrero del año 2020, se
constituyó la sociedad denominada Sweetlife Sixty Three Sociedad de
Responsabilidad Limitada.—San José, 09 de febrero del 2021.—Lic.
Franklin López
Ramírez,
Notario.—1 vez.—CE2021001711.
Mediante escritura
otorgada ante esta notaría, a las 20 horas 00 minutos del 08 de febrero del año
2021, se constituyó la sociedad denominada F Y V Torres Chacón Sociedad de
Responsabilidad Limitada.—San José, 09 de febrero del 2021.—Lic. José Leonardo Olivas Esquivel, Notario.—1 vez.—CE2021001712.
Mediante escritura otorgada ante esta
notaría, a las 15 horas 30 minutos del 29 de enero del año 2021, se constituyó
la sociedad denominada Alpha Pyxis Punto Com Sociedad de Responsabilidad
Limitada.—San José, 09 de febrero del 2021.—Lic. Alexis Ballestero Alfaro,
Notario.—1 vez.—CE2021001713.
Mediante escritura otorgada ante esta
notaría, a las 17 horas 00 minutos del 08 de febrero del año 2021, se
constituyó la sociedad denominada Amacavi Transport of Costa
Rica Sociedad Anónima.—San José, 09 de febrero del 2021.—Lic. Franklin
Garita Cousin, Notario.—1 vez.—CE2021001714.
Mediante escritura otorgada ante esta
notaría, a las 17 horas 30 minutos del 02 de febrero del año 2021, se
constituyó la sociedad denominada Grupo Diara Sociedad de Responsabilidad
Limitada.—San José, 09 de febrero del 2021.—Licda. María
Gabriela Alfaro Alfaro, Notaria.—1 vez.—CE2021001715.
Mediante escritura otorgada ante esta
notaría, a las 16 horas 00 minutos del 29 de enero del año 2021, se constituyó
la sociedad denominada Beta Pyxis Punto Com Sociedad de Responsabilidad
Limitada.—San José, 09 de febrero del 2021.—Lic. Alexis Ballestero Alfaro,
Notario.—1 vez.—CE2021001716.
Mediante escritura
otorgada ante esta notaría, a las 10 horas 00 minutos del 16 de enero del año
2021, se constituyó la sociedad denominada Peraltaobregon Sociedad de
Responsabilidad Limitada.—San José, 09 de febrero del 2021.—Lic. James
Siu Arriola, Notario.—1 vez.—CE2021001717.
Mediante escritura
otorgada ante esta notaría, a las 13 horas 00 minutos del 05 de febrero del año
2021, se constituyó la sociedad denominada Madetec Sociedad de Responsabilidad
Limitada.—San José, 09 de febrero del 2021.—Lic. Alonso Jiménez Serrano, Notario.—1
vez.—CE2021001718.
Mediante escritura otorgada ante esta
notaría, a las 16 horas 00 minutos del 08 de febrero del año 2021, se
constituyó la sociedad denominada Multiservicios Baru Asesores y Consultores
Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 09 de febrero
del 2021.—Lic. Ricardo Urbina Paniagua, Notario.—1 vez.—CE2021001719.
Mediante escritura otorgada ante esta
notaría, a las 18 horas 00 minutos del 03 de febrero del año 2021, se
constituyó la sociedad denominada Mono ZE C.L. Sociedad de
Responsabilidad Limitada.—San José, 09 de febrero del 2021.—Lic. Carlos
Javier Calvo Sánchez,
Notario.—1 vez.—CE2021001720.
Mediante escritura otorgada ante esta
notaría, a las 08 horas 00 minutos del 09 de febrero del año 2021, se
constituyó la sociedad denominada DEF Reserve Sociedad de Responsabilidad
Limitada.—San José, 09 de febrero del 2021.—Licda. Jennifer Vargas López,
Notaria.—1 vez.—CE2021001721.
Mediante escritura otorgada ante esta
notaría, a las 13 horas 00 minutos del 09 de febrero del año 2021, se
constituyó la sociedad denominada Grudrica LLC Sociedad de
Responsabilidad Limitada.—San José, 09 de febrero del 2021.—Lic. Brians
Salazar Chavarría, Notario.—1 vez.—CE2021001722.
Mediante escritura otorgada ante esta notaría,
a las 15 horas 00 minutos del 06 de febrero del año 2021, se constituyó la
sociedad denominada Tower´s & Ram´s Sociedad
Anónima.—San José, 09 de febrero del 2021.—Licda. Heidy María Rivera
Campos, Notaria.—1 vez.—CE2021001723.
Mediante escritura otorgada ante esta
notaría, a las 10 horas 00 minutos del 29 de enero del año 2021, se constituyó
la sociedad denominada Allitom Sociedad de Responsabilidad
Limitada.—San José, 09 de febrero del 2021.—Lic. Jorge Fernando Calvo Mora,
Notario.—1 vez.—CE2021001724.
Mediante escritura otorgada ante esta
notaría, a las 16 horas 00 minutos del 03 de febrero del año 2021, se
constituyó la sociedad denominada Lutesma Sociedad de Responsabilidad
Limitada.—San José, 09 de febrero del 2021.—Lic. Ronny Quirós
Astorga, Notario.—1 vez.—CE2021001725.
Mediante escritura otorgada ante esta
notaría, a las 15 horas 35 minutos del 21 de enero del año 2021, se constituyó
la sociedad denominada Polarizados Arte y Diseño J
& V Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 09 de
febrero del 2021.—Lic. Jorge Arturo Hernández Rodríguez,
Notario.—1 vez.—CE2021001726.
Mediante escritura
otorgada ante esta notaría, a las 15 horas 00 minutos del 03 de febrero del año
2021, se constituyó la sociedad denominada Dildo Kings Sociedad de
Responsabilidad Limitada.—San José, 09 de febrero del
2021.—Lic. Jorge Antonio Escalante Escalante, Notario.—1
vez.—CE2021001727.
Mediante escritura otorgada ante esta
notaría, a las 14 horas 00 minutos del 05 de febrero del año 2021, se
constituyó la sociedad denominada TLC Costums Unlimited Sociedad
Anónima.—San José, 09 de febrero del 2021.—Lic. José Daniel Alvarado Vásquez,
Notario.—1 vez.—CE2021001728.
Mediante escritura otorgada ante esta
notaría, a las 14 horas 00 minutos del 29 de enero del año 2021, se constituyó
la sociedad denominada Inversiones Horizonte AYK Sociedad
Anónima.—San José, 09 de febrero del 2021.—Lic. Manuel Antonio Arias
Aguilar, Notario.—1 vez.—CE2021001729.
Mediante escritura otorgada ante esta
notaría, a las 08 horas 00 minutos del 02 de febrero del año 2021, se
constituyó la sociedad denominada Sarjimrifon Sociedad Anónima.—San
José, 09 de febrero del 2021.—Licda. María Raquel Herrera Bonilla,
Notaria.—1 vez.—CE2021001730.
Mediante escritura otorgada ante esta
notaría, a las 10 horas 00 minutos del 09 de febrero del año 2021, se
constituyó la sociedad denominada Ashoes Costa Rica Sociedad de Responsabilidad
Limitada.—San José, 09 de febrero del 2021.—Licda. Jéssica
Alvarado Herrera, Notaria.—1 vez.—CE2021001731.
Mediante escritura
otorgada ante esta notaría, a las 14 horas 50 minutos del 09 de febrero del año
2021, se constituyó la sociedad denominada Graybird Investments Sociedad
de Responsabilidad Limitada.—San José, 09 de febrero del
2021.—Licda. Yancy Gabriela Araya Pérez, Notaria.—1 vez.—CE2021001732.
Mediante escritura otorgada ante esta
notaría, a las 11 horas 00 minutos del 01 de febrero del año 2021, se
constituyó la sociedad denominada Zona Franca del Sur Sociedad de
Responsabilidad Limitada.—San José, 09 de febrero del 2021.—Lic. Diego
Alberto Soto Vargas, Notario.—1 vez.—CE2021001733.
Mediante escritura
otorgada ante esta notaría, a las 09 horas 00 minutos del 02 de febrero del año
2021, se constituyó la sociedad denominada Quinta de Nerón
Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 09 de febrero
del 2021.—Licda. Eliana Padilla
Araya, Notaria.—1 vez.—CE2021001734.
Mediante escritura otorgada ante esta
notaría, a las 13 horas 00 minutos del 09 de febrero del año 2021, se
constituyó la sociedad denominada Amy´s Escape Limitada.—San
José, 09 de febrero del 2021.—Licda. Ana Patricia Vargas Jara, Notaria.—1
vez.—CE2021001735.
Mediante escritura
otorgada ante esta notaría, a las 18 horas 00 minutos del 22 de Septiembre del
año 2020, se constituyó la sociedad denominada Multiservicios Bragae CR17
Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 09 de
febrero del 2021.—Lic. Dowglas Leiva Díaz, Notario.—1 vez.—CE2021001736.
Mediante escritura otorgada ante esta
notaría, a las 15 horas 30 minutos del 02 de febrero del año 2021, se
constituyó la sociedad denominada Importaciones Caroliches Sociedad Anónima.—San
José, 09 de febrero del 2021.—Lic. Jhonatan Barrantes Alfaro, Notario.—1
vez.—CE2021001737.
Mediante escritura otorgada ante esta
notaría, a las 10 horas 00 minutos del 05 de febrero del año 2021, se
constituyó la sociedad denominada Aves del Atlántico Sociedad de Responsabilidad
Limitada.—San José, 09 de febrero del 2021.—Licda. Vilma María
Guevara Mora, Notaria.—1 vez.—CE2021001738.
Mediante escritura otorgada ante esta
notaría, a las 10 horas 15 minutos del 03 de febrero del año 2021, se
constituyó la sociedad denominada Constructura Gloda Adom Sociedad Anónima.—San
José, 09 de febrero del 2021.—Lic. Walter Solís Amen, Notario.—1
vez.—CE2021001739.
Mediante escritura
otorgada ante esta notaría, a las 10 horas 00 minutos del 04 de febrero del año
2021, se constituyó la sociedad denominada Inversiones Gastronómicas López Romero Sociedad Anónima.—San
José, 09 de febrero del 2021.—Licda. Karina Del Carmen Badilla Abarca,
Notaria.—1 vez.—CE2021001740.
Mediante escritura
otorgada ante esta notaría, a las 13 horas 30 minutos del 09 de febrero del año
2021, se constituyó la sociedad denominada Aetna Investment Sociedad Anónima.—San
José, 09 de febrero del 2021.—Licda. Joselynne Ramírez Rodríguez,
Notaria.—1 vez.—CE2021001741.
Mediante escritura otorgada ante esta
notaría, a las 11 horas 00 minutos del 25 de enero del año 2021, se constituyó
la sociedad denominada Donkey Inc Sociedad de Responsabilidad
Limitada.—San José, 09 de febrero del 2021.—Lic. Daniel Alberto Smith
Castro, Notario.—1 vez.—CE2021001742.
Mediante escritura
otorgada ante esta notaría, a las 13 horas 00 minutos del 09 de febrero del año
2021, se constituyó la sociedad denominada House OF RA Sociedad
de Responsabilidad Limitada.—San José, 09 de febrero del
2021.—Licda. Adriana Silva Rojas, Notaria.—1 vez.—CE2021001743.
Mediante escritura otorgada ante esta
notaría, a las 13 horas 00 minutos del 04 de febrero del año 2021, se
constituyó la sociedad denominada Tecno Soluciones y Mas de
Costa Rica Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 09 de febrero
del 2021.—Lic. Jorge Andrés Cordero Leandro, Notario.—1
vez.—CE2021001744.
Mediante escritura otorgada ante esta
notaría, a las 15 horas 00 minutos del 09 de febrero del año 2021, se
constituyó la sociedad denominada Mohari Costa Rica Sociedad Anónima.—San
José, 09 de febrero del 2021.—Lic. José Pablo Arce Piñar, Notario.—1
vez.—CE2021001745.
Mediante escritura
otorgada ante esta notaría, a las 11 horas 15 minutos del 04 de febrero del año
2021, se constituyó la sociedad denominada TBAG Costa Rica Sociedad Anónima.—San
José, 09 de febrero del 2021.—Lic. Rafael Gerardo Montenegro Peña, Notario.—1 vez.—CE2021001746.
Mediante escritura otorgada ante esta
notaría, a las 15 horas 45 minutos del 04 de febrero del año 2021, se
constituyó la sociedad denominada Pitbull Racing Inc Limitada.—San José,
09 de febrero del 2021.—Licda. Johanna Pamela Cordero Araya, Notaria.—1
vez.—CE2021001747.
Mediante escritura otorgada ante esta
notaría, a las 10 horas 00 minutos del 26 de enero del año 2021, se constituyó
la sociedad denominada Soluciones ITS International Sociedad Anónima.—San
José, 09 de febrero del 2021.—Lic. German Rolando Ledezma Fonseca, Notario.—1
vez.—CE2021001748.
Mediante escritura
otorgada ante esta notaría, a las 09 horas 00 minutos del 08 de febrero del año
2021, se constituyó la sociedad denominada DNE Costa Rica Holdings
Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 09 de febrero
del 2021.—Lic. Guillermo José Sanabria
Leiva, Notario.—1 vez.—CE2021001749.
Mediante escritura otorgada ante esta
notaría, a las 20 horas 00 minutos del 04 de febrero del año 2021, se
constituyó la sociedad denominada Grupo Inmobiliario Marova Sociedad Anónima.—San
José, 09 de febrero del 2021.—Lic. Carlos Alberto Rojas Badilla, Notario.—1
vez.—CE2021001750.
Mediante escritura
otorgada ante esta notaría, a las 17 horas 00 minutos del 08 de febrero del año
2021, se constituyó la sociedad denominada Amacavi AMC International
Transport of Costa Rica Sociedad Anónima.—San
José, 09 de febrero del 2021.—Lic. Franklin Garita Cousin, Notario.—1
vez.—CE2021001751.
Mediante escritura
otorgada ante esta notaría, a las 12 horas 00 minutos del 05 de febrero del año
2021, se constituyó la sociedad denominada DSEA LLEE Properties
Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 09 de febrero
del 2021.—Lic. Atencio Ruiz Juárez,
Notario.—1 vez.—CE2021001752.
Mediante escritura otorgada ante esta
notaría, a las 09 horas 30 minutos del 09 de febrero del año 2021, se
constituyó la sociedad denominada Antoon-Cavallo LLC Limitada.—San
José, 09 de febrero del 2021.—Lic. Sergio Antonio Solera Lacayo, Notario.—1
vez.—CE2021001753.
Mediante escritura
otorgada ante esta notaría, a las 16 horas 00 minutos del 04 de febrero del año
2021, se constituyó la sociedad denominada Consultorios Equipo Saturno
Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 09 de febrero
del 2021.—Lic. Kadir Cortés Pérez, Notario.—1 vez.—CE2021001754.
Mediante escritura otorgada ante esta
notaría, a las 11 horas 00 minutos del 08 de febrero del año 2021, se
constituyó la sociedad denominada Constructora Estiliana SBR Sociedad
de Responsabilidad Limitada.—San José, 09 de febrero del
2021.—Lic. Rogelio González Zúñiga, Notario.—1
vez.—CE2021001755.
Mediante escritura
otorgada ante esta notaría, a las 12 horas 30 minutos del 09 de febrero del año
2021, se constituyó la sociedad denominada 50 50 Capital Sociedad de
Responsabilidad Limitada.—San José, 09 de febrero del 2021.—Lic. Manuel
Fernando Yglesias Mora, Notario.—1 vez.—CE2021001756.
Mediante escritura otorgada ante esta
notaría, a las 17 horas 00 minutos del 04 de febrero del año 2021, se
constituyó la sociedad denominada Consultorios Ola Verde Limitada.—San
José, 09 de febrero del 2021.—Lic. Kadir Cortes Pérez, Notario.—1
vez.—CE2021001757.
Mediante escritura otorgada ante esta
notaría, a las 09 horas 00 minutos del 26 de enero del año 2021, se constituyó
la sociedad denominada Carne y Abarrote El Buen Sabor Sociedad
Anónima.—San José, 09 de febrero del 2021.—Lic. German Rolando Ledezma Fonseca,
Notario.—1 vez.—CE2021001758.
Mediante escritura
otorgada ante esta notaría, a las 15 horas 00 minutos del 08 de febrero del año
2021, se constituyó la sociedad denominada HGR Agro Solución Sociedad de
Responsabilidad Limitada.—San José, 09 de febrero del 2021.—Licda.
Jacqueline Andrea Mora Bonilla, Notaria.—1 vez.—CE2021001759.
Mediante escritura otorgada ante esta
notaría, a las 11 horas 00 minutos del 04 de febrero del año 2021, se
constituyó la sociedad denominada Entertainment Island Group Sociedad de
Responsabilidad Limitada.—San José, 09 de febrero del 2021.—Lic. Nelson
Gerardo Palacio Díaz Granados, Notario.—1
vez.—CE2021001760.
Mediante escritura otorgada ante esta
notaría, a las 19 horas 08 minutos del 08 de febrero del año 2021, se
constituyó la sociedad denominada Novapig Sociedad Anónima.—San José, 09 de febrero del
2021.—Lic. Francisco Jesús Castillo Vásquez,
Notario.—1 vez.—CE2021001761.
Mediante escritura otorgada ante esta
notaría, a las 10 horas 00 minutos del 09 de febrero del año 2021, se
constituyó la sociedad denominada Metarpi Industrial Sociedad Anónima.—San
José, 09 de febrero del 2021.—Lic. Arnoldo José Parini Guevara, Notario.—1
vez.—CE2021001762.
Mediante escritura otorgada ante esta
notaría, a las 14 horas 00 minutos del 06 de febrero del año 2021, se
constituyó la sociedad denominada Academia de Música Talento
Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 09 de febrero del
2021.—Licda. María Carolina Morera Calvo, Notaria.—1
vez.—CE2021001763.
Mediante escritura otorgada ante esta
notaría, a las 14 horas 30 minutos del 09 de febrero del año 2021, se
constituyó la sociedad denominada P & K Blue Dreams Associates
Sociedad Anónima.—San José, 09 de febrero del 2021.—Lic. José Ángel Acón Wong,
Notario.—1 vez.—CE2021001764.
Mediante escritura
otorgada ante esta notaría, a las 12 horas 00 minutos del 08 de febrero del año
2021, se constituyó la sociedad denominada Industria Gonpa Sociedad de
Responsabilidad Limitada.—San José, 09 de febrero del 2021.—Licda. Gracel
María Arguedas González, Notaria.—1 vez.—CE2021001765.
Mediante escritura otorgada ante esta
notaría, a las 18 horas 30 minutos del 08 de febrero del año 2021, se
constituyó la sociedad denominada SCG Innovations Sociedad Anónima.—San
José, 09 de febrero del 2021.—Licda. Karen Melissa Morelli Alfaro, Notaria.—1
vez.—CE2021001766.
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 12 horas 30 minutos del 10 de
febrero del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Tridente
Artificial Intelligence Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 11
de febrero del 2021.—Lic. José
Enrique Guevara Acuña, Notario.—1 vez.—CE2021001895.
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 15 horas 00 minutos
del 23 de enero del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Frigotronics
Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 11 de febrero del
2021.—Lic. Manuel Barboza Arce, Notario.—1 vez.—CE2021001896.
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 13 horas 00 minutos del 02 de
febrero del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Grupo
Inmobiliario CR Monarca JCM Sociedad Anónima.—San José, 11 de febrero del
2021.—Lic. Edwin Martín
Chacón Saborío,
Notario.—1 vez.—CE2021001897.
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 15 horas 00 minutos del 07 de
febrero del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Vice Concepts
Sociedad Anónima.—San José, 11 de febrero del 2021.—Lic. Mayra Centeno Mejía, Notario.—1
vez.—CE2021001898.
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 18 horas 00 minutos del 11 de
febrero del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Simply Wild
Pelada LLC Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 11 de febrero
del 2021.—Lic. Brians Salazar Chavarría, Notario.—1 vez.—CE2021001899.
Mediante escritura
otorgada ante esta notaría, a las 18 horas 00 minutos del 05 de febrero del año
2021, se constituyó la sociedad denominada Vosz Group Sociedad Anónima.—San
José, 11 de febrero del 2021.—Licda. Alejandra Ramírez Castro, Notaria.—1
vez.—CE2021001900.
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 09 horas 00 minutos
del 09 de febrero del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Forjadores
de la Península de Nicoya
Sociedad Anónima.—San José, 11 de febrero del 2021.—Lic. Olman Eduardo
Madrigal Acuña, Notario.—1 vez.—CE2021001901.
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 08 horas 00 minutos
del 08 de febrero del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Soluciones
Médicas Hiperbaricas
Sociedad Anónima.—San José, 11 de febrero del 2021.—Licda. Karen Quesada
Rivera, Notaria.—1 vez.—CE2021001902.
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 15 horas 00 minutos
del 11 de febrero del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Grupo
Nazca Eventos Profesionales CR Sociedad Anónima.—San José, 11 de febrero
del 2021.—Lic. Netzy Yanina Soto Rojas, Notario.—1 vez.—CE2021001903.
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 16 horas 00 minutos
del 04 de febrero del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Daf
Servicios y Materiales Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 12
de febrero del 2021.—Lic. Jefte Javier Mathieu Contreras, Notario.—1
vez.—CE2021001904.
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 14 horas 00 minutos del 05 de
febrero del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Tati del Mar
Sociedad Anónima.—San José, 12 de febrero del 2021.—Licda. Alejandra Mateo
Fernández, Notaria.—1 vez.—CE2021001905.
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 11 horas 00 minutos del 10 de
febrero del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Servicios y
Asesorías Electromecánica Torres Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San
José, 12 de febrero del 2021.—Lic. Christian Javier Badilla Vargas, Notario.—1
vez.—CE2021001906.
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 08 horas 18 minutos del 11 de
febrero del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Maximercado
Sociedad Anónima.—San José, 12 de febrero del 2021.—Lic. Jimmy Alberto Díaz Echavarría, Notario.—1
vez.—CE2021001907.
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 08 horas 00 minutos del 12 de
febrero del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Aracari
Investments Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 12 de febrero
del 2021.—Lic. Alejandro Pignataro Madrigal, Notario.—1 vez.—CE2021001908.
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 08 horas 00 minutos del 12 de
febrero del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Global Fútbol América Limitada.—San José, 12 de febrero del
2021.—Lic. Orlando Gustavo Araya Amador, Notario.—1 vez.—CE2021001909.
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 14 horas 30 minutos
del 09 de febrero del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Ecoverde
Agrícola Sociedad de
Responsabilidad Limitada.—San José, 12 de febrero del 2021.—Lic. Gabriel Gerardo
Valenciano Rojas, Notario.—1 vez.—CE2021001910.
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 11 horas 00 minutos del 08 de
febrero del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Libelula
Comunicaciones Sociedad Anónima.—San José, 12 de febrero del 2021.—Lic.
Diego Gerardo Solano Cabezas, Notario.—1 vez.—CE2021001911.
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 12 horas 00 minutos del 12 de enero
del año 2021, se constituyó la sociedad denominada MO Boto Internacional
Limitada.—San José, 12 de febrero del 2021.—Lic. Oscar Manuel Funes
Orellana, Notario.—1 vez.—CE2021001912.
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 17 horas 00 minutos
del 10 de febrero del año 2021, se constituyó la sociedad denominada H
Aguilar Montero Sucesores Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José,
12 de febrero del 2021.—Lic. Mauricio Montero Quirós, Notario.—1 vez.—CE2021001913.
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 11 horas 00 minutos del 22 de enero
del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Montepiedra Apartamento F
Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 12 de febrero del
2021.—Lic. Carmen de María Castro Kahle, Notario.—1 vez.—CE2021001914.
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 11 horas 00 minutos del 11 de
febrero del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Los Jeukes
Limitada.—San José, 12 de febrero del 2021.—Lic. Oscar Manuel Funes Orellana,
Notario.—1 vez.—CE2021001915.
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 07 horas 00 minutos del 12 de
febrero del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Gasolinera Herfun
Cariblanco Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 12 de febrero
del 2021.—Lic. Pastor de Jesús
Bonilla González, Notario.—1 vez.—CE2021001916.
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 16 horas 30 minutos del 11 de
febrero del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Grupo CEN de América Sociedad de
Responsabilidad Limitada.—San
José, 12 de febrero del 2021.—Lic. Jockseline Zúñiga Varela, Notario.—1
vez.—CE2021001917.
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 08 horas 00 minutos del 12 de
febrero del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Gasolinera
Sardinal Puntarenas Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 12 de
febrero del 2021.—Lic. Pastor de Jesús Bonilla González, Notario.—1
vez.—CE2021001918.
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 08 horas 00 minutos
del 12 de febrero del año 2021, se constituyó la sociedad
denominada Transamerica Waterways Advisors Sociedad de
Responsabilidad Limitada.—San José, 12 de febrero del 2021.—Lic. Juan José Valerio
Alfaro, Notario.—1 vez.—CE2021001919.
Mediante escritura
otorgada ante esta notaría, a las 09 horas 00 minutos del 11 de febrero del año
2021, se constituyó la sociedad denominada Hope Welness Sociedad Anónima.—San
José, 12 de febrero del 2021.—Lic. Rafael Francisco Mora Fallas, Notario.—1
vez.—CE2021001920.
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 09 horas 00 minutos del 12 de
febrero del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Icon Fifteen
Investment Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 12 de febrero
del 2021.—Lic. Juan José Valerio Alfaro, Notario.—1 vez.—CE2021001921.
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 08 horas 00 minutos del 12 de
febrero del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Aracari
Investments AI PKL Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 12 de
febrero del 2021.—Lic. Alejandro Pignataro Madrigal, Notario.—1
vez.—CE2021001922.
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 14 horas 55 minutos
del 11 de febrero del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Pastarica
Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 12 de febrero del
2021.—Lic. Albino Solórzano Vega,
Notario.—1 vez.—CE2021001923.
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 15 horas 00 minutos del 11 de
febrero del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Corporation Dream
Catcher CR Limitada.—San José, 12 de febrero del 2021.—Lic. Gonzalo José
Rojas Benavides, Notario.—1 vez.—CE2021001924.
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 14 horas 00 minutos del 10 de
febrero del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Guanasushi FG
Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 12 de febrero del
2021.—Lic. Hans Van Der Laat Robles, Notario.—1 vez.—CE2021001925.
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 11 horas 00 minutos del 12 de
febrero del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Danlan Limitada.—San
José, 12 de febrero del 2021.—Lic. Alan Masís Angulo, Notario.—1
vez.—CE2021001926.
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 11 horas 01 minutos del 29 de Noviembre
del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Eat-Sleep-Surf Sociedad
Anónima.—San José, 12 de febrero del 2021.—Lic. Fabio Trujillo Hering,
Notario.—1 vez.—CE2021001927.
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 13 horas 30 minutos del 09 de
febrero del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Inversiones
Selectas del Trópico Sociedad Anónima.—San José, 12 de febrero del 2021.—Lic.
Alejandra Bastida Álvarez,
Notario.—1 vez.—CE2021001928.
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 11 horas 00 minutos del 12 de
febrero del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Nami Nosara GKF
Properties Limitada.—San José, 12 de febrero del 2021.—Lic. José Alberto
Schroeder Leiva, Notario.—1 vez.—CE2021001929.
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 11 horas 15 minutos del 12 de
febrero del año 2021, se constituyó la sociedad denominada CTR Blue Free
Holdings Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 12 de febrero del
2021.—Lic. Enrique Loría
Brunker, Notario.—1 vez.—CE2021001930.
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 11 horas 00 minutos
del 13 de enero del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Hodro
Asesorías y Accesorios
Tauro Sociedad Anónima.—San José, 12 de febrero del 2021.—Lic. Flora María
Ramírez Camacho, Notario.—1 vez.—CE2021001931.
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 08 horas 30 minutos del 12 de
febrero del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Inversiones
Partido de la Costa Santa Teresita Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San
José, 12 de febrero del 2021.—Licda. Jennifer Vargas López, Notaria.—1
vez.—CE2021001932.
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 12 horas 00 minutos
del 13 de enero del año 2021, se constituyó la sociedad denominada La Delia
Dos Mil Veinte Negocios y Aventura Sociedad Anónima.—San José, 12 de
febrero del 2021.—Lic. Flora María Ramírez Camacho, Notario.—1 vez.—CE2021001933.
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 17 horas 00 minutos del 11 de
febrero del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Fuzio SSM
Sociedad Anónima.—San José, 12 de febrero del 2021.—Lic. Kattia Quirós Chevez, Notario.—1
vez.—CE2021001934.
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 16 horas 00 minutos del 01 de
febrero del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Praia Santa
Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 12 de febrero del
2021.—Lic. Belzert Espinoza Cruz, Notario.—1 vez.—CE2021001935.
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 20 horas 10 minutos del 12 de
febrero del año 2021, se constituyó la sociedad denominada AARAV Solutions
Latam Sociedad Anónima.—San José, 12 de febrero del 2021.—Lic. Grethel
Fernández Carmona, Notario.—1 vez.—CE2021001936.
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 10 horas 30 minutos del 11 de febrero del año 2021, se constituyó la
sociedad denominada Bonara Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San
José, 12 de febrero del 2021.—Lic. Otto Guevara Guth, Notario.—1
vez.—CE2021001937.
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 08 horas 30 minutos del 10 de
febrero del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Trabajoremoto en
Costarica Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 12 de febrero del
2021.—Licda. Rosario Salazar Delgado, Notaria.—1 vez.—CE2021001938.
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 08 horas 00 minutos del 21 de enero
del año 2021, se constituyó la sociedad denominada HD Investments Sociedad
Anónima.—San José, 12 de febrero del 2021.—Lic. Luis Diego Picado Flores,
Notario.—1 vez.—CE2021001939.
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 00 horas 00 minutos del 11 de
febrero del año 2021, se constituyó la sociedad denominada J.A Solutions
Limitada.—San José, 12 de febrero del 2021.—Lic. Freddy Mesén Bermúdez, Notario.—1
vez.—CE2021001940.
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 11 horas 00 minutos del 12 de
febrero del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Long Shot Los
Sueños Ltda Limitada.—San José, 12 de febrero del 2021.—Lic. Diana Elke
Pinchanski Fachler, Notario.—1 vez.—CE2021001941.
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 14 horas 00 minutos del 11 de
febrero del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Contacto Vida
Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 12 de febrero del
2021.—Lic. Sabrina Karine Kszak Bianchi, Notario.—1 vez.—CE2021001942.
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 10 horas 45 minutos del 11 de
febrero del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Green Go
Construction Sociedad Anónima.—San José, 12 de febrero del 2021.—Licda.
Diana Araya Steinvorth, Notaria.—1 vez.—CE2021001943.
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 13 horas 00 minutos
del 09 de febrero del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Corporación Menro Comerosa Sociedad Anónima.—San
José, 12 de febrero del 2021.—Lic. Edwin Adalberto Morales Seas, Notario.—1
vez.—CE2021001944.
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 11 horas 00 minutos
del 03 de febrero del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Comercializadora
Ordeñana Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 12 de febrero del
2021.—Lic. Audrys Esquivel Jimenez, Notario.—1 vez.—CE2021001945.
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 11 horas 30 minutos del 12 de
febrero del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Think People
Costa Rica Sociedad Anónima.—San José, 12 de febrero del 2021.—Lic. Ricardo
José Nassar Guell, Notario.—1 vez.—CE2021001946.
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 08 horas 00 minutos del 05 de
febrero del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Inversiones
Greyon Sociedad Anónima.—San José, 12 de febrero del 2021.—Lic. Jorge
Valverde Fallas, Notario.—1 vez.—CE2021001947.
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 09 horas 00 minutos del 10 de
febrero del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Solumonty
Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 12 de febrero del
2021.—Licda. Patricia Claudia Frances, Notaria.—1 vez.—CE2021001948.
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 11 horas 00 minutos
del 01 de febrero del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Tikombucha
Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 12 de febrero del
2021.—Lic. Max Rojas Fajardo, Notario.—1 vez.—CE2021001949.
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 08 horas 00 minutos del 10 de
febrero del año 2021, se constituyó la sociedad denominada The Offshore
Nomads Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 12 de febrero del
2021.—Lic. Esteban José Esquivel Zúñiga, Notario.—1 vez.—CE2021001950.
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 09 horas 00 minutos
del 09 de febrero del año 2021, se constituyó la sociedad denominada La
Esperanza en el Campo Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 12 de
febrero del 2021.—Lic. Andrés Tovar Castro,
Notario.—1 vez.—CE2021001951.
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 19 horas 00 minutos del 10 de
febrero del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Familia Panda RC
Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 12 de febrero del 2021.—Licda. Aisha Acuña Navarro, Notaria.—1 vez.—CE2021001952.
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 15 horas 00 minutos del 10 de
febrero del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Complejo Backuss
Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 12 de febrero del 2021.—Lic. Jeison Guadamuz Murillo, Notario.—1
vez.—CE2021001953.
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 11 horas 00 minutos del 11 de
febrero del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Quesada Pro
Construcciones Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 12 de
febrero del 2021.—Lic. Geilin del Carmen Salas Cruz, Notario.—1
vez.—CE2021001954.
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 13 horas 00 minutos del 12 de
febrero del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Costa Verde VVNF
Sociedad Anónima.—San José, 12 de febrero del 2021.—Licda. Yahaira Vanessa
Zamora Duarte, Notaria.—1 vez.—CE2021001955.
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 10 horas 05 minutos del 11 de
febrero del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Grupo Ibbela
Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 12 de febrero del
2021.—Licda. María José Aguilar Retana, Notaria.—1 vez.—CE2021001956.
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 11 horas 00 minutos
del 13 de enero del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Hodroasesorías y Accesorios Tauro Sociedad Anónima.—San
José, 12 de febrero del 2021.—Licda. Flora María Ramírez Camacho, Notaria.—1
vez.—CE2021001957.
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 11 horas 00 minutos del 10 de
febrero del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Instituto para el
Desarrollo Einnovacion Social Sociedad Anónima.—San José, 12 de febrero del
2021.—Licda. Yorleny Patricia Marín Mata, Notaria.—1 vez.—CE2021001958.
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 12 horas 00 minutos del 03 de
febrero del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Sanvar Consulting
Group Sociedad Anónima.—San
José, 12 de febrero del 2021.—Licda. Katia María Brenes Rivera, Notaria.—1
vez.—CE2021001959.
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 10 horas 00 minutos del 12 de
febrero del año 2021, se constituyó la sociedad denominada El Guarasapo GS
Sociedad Anónima.—San José, 12 de febrero del 2021.—Lic. Carlos Andrés Abarca Umaña, Notario.—1
vez.—CE2021001960.
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 16 horas 00 minutos del 12 de
febrero del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Rauscher
Properties Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 12 de febrero
del 2021.—Lic. Pedro González Roesch, Notario.—1 vez.—CE2021001961.
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 10 horas 00 minutos del 11 de
febrero del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Happy Flight
Services Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 12 de febrero del
2021.—Lic. Fernando Dionisio Zamora Castellanos, Notario.—1 vez.—CE2021001962.
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 18 horas 00 minutos
del 27 de enero del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Inversiones
El Malacrianza de Santa Cruz Sociedad Anónima.—San José, 12 de febrero del
2021.—Licda. Thais Melissa Hernández Vargas, Notaria.—1 vez.—CE2021004345.
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 08 horas 00 minutos
del 10 de diciembre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Grupo
Irazú Fruverd Sociedad
de Responsabilidad Limitada.—San José, 14 de febrero del 2021.—Lic. Geovanny Víquez
Arley, Notario.—1 vez.—CE2021001964.
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 08 horas 00 minutos del 10 de
febrero del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Mr. Snack
Sociedad Anónima.—San José, 14 de febrero del 2021.—Lic. Geovanny Víquez
Arley, Notario.—1 vez.—CE2021001965.
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 14 horas 00 minutos del 03 de
febrero del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Carmozino
Investment Corp Sociedad Anónima.—San José, 15 de febrero del 2021.—Lic.
Clara Zúñiga Álvarez, Notario.—1 vez.—CE2021001966.
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 14 horas 00 minutos del 13 de
febrero del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Status Buildings
Sociedad Anónima.—San José, 15 de febrero del 2021.—Lic. Lindbergh Arrieta Zárate, Notario.—1
vez.—CE2021001967.
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 10 horas 00 minutos del 10 de
noviembre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Pharmaplus
Sociedad Anónima.—San José, 15 de febrero del 2021.—Lic. Heidel Sequeira
Guzmán,
Notario.—1 vez.—CE2021001968.
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 16 horas 00 minutos del 11 de
febrero del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Primavera Dos Mil
Veintiuno Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 15 de febrero del
2021.—Lic. Diego Alonso Fernández
Otárola,
Notario.—1 vez.—CE2021001969.
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 10 horas 30 minutos
del 12 de febrero del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Blankfactor
Costa Rica Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 15 de febrero
del 2021.—Lic. Magally María Guadamuz García, Notario.—1 vez.—CE2021001970.
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 17 horas 00 minutos del 05 de
febrero del año 2021, se constituyó la sociedad denominada La Estación del Maquillaje Sociedad
Anónima.—San
José, 15 de febrero del 2021.—Lic. Josefina Carime Ayubi Pimienta, Notario.—1
vez.—CE2021001971.
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 15 horas 00 minutos del 09 de
diciembre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Siquina Company
Sociedad Anónima.—San José, 15 de febrero del 2021.—Lic. Manuel de Jesús Zumbado Araya, Notario.—1
vez.—CE2021001972.
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 15 horas 00 minutos del 03 de
febrero del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Inversiones
Conepa Sociedad Anónima.—San José, 15 de febrero del 2021.—Lic. Audrys
Esquivel Jiménez,
Notario.—1 vez.—CE2021001973.
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 07 horas 30 minutos del 12 de
febrero del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Baylis Medical de
Costa Rica Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 15 de febrero
del 2021.—Lic. Magally María Guadamuz García, Notario.—1 vez.—CE2021001974.
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 10 horas 00 minutos del 10 de
febrero del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Eco Luxury
Desarrollos Sociedad Anónima.—San José, 15 de febrero del 2021.—Lic.
Federico José Vega Rodríguez, Notario.—1 vez.—CE2021001975.
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 08 horas 00 minutos del 15 de
febrero del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Rosa Villa CR Dos
Limitada.—San José, 15 de febrero del 2021.—Lic. Hernán Cordero Maduro, Notario.—1
vez.—CE2021001976.
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 12 horas 10 minutos del 12 de
febrero del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Klub Costa Rica
Two One Two Seven Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 15 de
febrero del 2021.—Lic. Adrián
Echeverria Escalante, Notario.—1 vez.—CE2021001977.
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 10 horas 00 minutos
del 10 de febrero del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Grupo
GG DCCR Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 15 de febrero del
2021.—Lic. Nadia Semaan Zúñiga, Notario.—1 vez.—CE2021001978.
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 10 horas 00 minutos
del 26 de enero del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Colores
del Arte MC Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 15 de febrero
del 2021.—Lic. Federico José Vega Rodríguez, Notario.—1 vez.—CE2021001979.
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 11 horas 15 minutos del 12 de
febrero del año 2021, se constituyó la sociedad denominada CTR Blue Free
Holdings Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 15 de febrero del
2021.—Lic. Enrique Loría Brunker, Notario.—1 vez.—CE2021001980.
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 12 horas 30 minutos del 12 de enero
del año 2021, se constituyó la sociedad denominada KPG Coscol Corporation
Sociedad Anónima.—San José, 15 de febrero del 2021.—Lic. Josefina Carime
Ayubi Pimienta, Notario.—1 vez.—CE2021001981.
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 09 horas 00 minutos del 15 de
febrero del año 2021, se constituyó la sociedad denominada PPAPPA VC
Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 15 de febrero del 2021.—Lic.
Mauricio Vargas Barguil, Notario.—1 vez.—CE2021001982.
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 20 horas 30 minutos del 12 de
febrero del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Indi C.R.
Sociedad Anónima.—San José, 15 de febrero del 2021.—Lic. María Elena
Carvajal Duarte, Notario.—1 vez.—CE2021001983.
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 09 horas 00 minutos del 15 de
febrero del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Jon Hartnett
Family Legacy Trust Limitada.—San José, 15 de febrero del 2021.—Lic. Paul
Oporta Romero, Notario.—1 vez.—CE2021001984.
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 08 horas 30 minutos del 15 de
febrero del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Logramos Regresar
Sociedad Anónima.—San José, 15 de febrero del 2021.—Lic. Sandra María Arce
Carmona, Notario.—1 vez.—CE2021001985.
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 12 horas 00 minutos del 12 de enero
del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Kaza International
Limitada.—San José, 15 de febrero del 2021.—Lic. Óscar Manuel Funes Orellana,
Notario.—1 vez.—CE2021001986.
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 14 horas 00 minutos del 12 de
febrero del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Tribe Fitness
Center Sociedad Anónima.—San José, 15 de febrero del 2021.—Lic. Mónica Elena Arroyo Herrera,
Notario.—1 vez.—CE2021001987.
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 11 horas 00 minutos
del 11 de febrero del año 2021, se constituyó la sociedad denominada My Vet
Servicios Veterinarios Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 15
de febrero del 2021.—Lic. Ana Sofía Lobo León, Notario.—1 vez.—CE2021001988.
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 14 horas 00 minutos
del 04 de febrero del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Itus at
Large Properties Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 15 de
febrero del 2021.—Lic. Roy Faustino Jiménez Rodríguez, Notario.—1 vez.—CE2021001989.
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 11 horas 00 minutos del 04 de
febrero del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Absolute Games
and Investments Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 15 de
febrero del 2021.—Lic. Nelson Gerardo Palacio Díaz Granados, Notario.—1
vez.—CE2021001990.
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 10 horas 00 minutos del 15 de
febrero del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Kuali Creative
Limitada.—San José, 15 de febrero del 2021.—Lic. Gonzalo Eduardo Fajardo
Lee, Notario.—1 vez.—CE2021001991.
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 15 horas 30 minutos del 12 de
febrero del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Sunshine Sketches
Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 15 de febrero del
2021.—Lic. Sergio Aguiar Montealegre, Notario.—1 vez.—CE2021001992.
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 17 horas 22 minutos
del 04 de febrero del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Transportes
Rubí de la Garita
Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 15 de
febrero del 2021.—Lic. Jonathan Segura Rosales, Notario.—1 vez.—CE2021001993.
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 08 horas 00 minutos
del 15 de febrero del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Servicios
Internacionales Logísticos Sil Sociedad
Anónima.—San José, 15 de febrero del 2021.—Lic. Andrea María Meléndez Corrales, Notario.—1 vez.—CE2021001994.
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 11 horas 50 minutos del 11 de
febrero del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Dulce Cielo Buen
Vino Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 15 de febrero del
2021.—Lic. Yancy Gabriela Araya Pérez, Notario.—1 vez.—CE2021001995.
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 12 horas 30 minutos del 08 de
febrero del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Indistrias
Potenza Sociedad Anónima.—San José, 15 de febrero del 2021.—Lic. Michelle
Aguilar Bustamante, Notario.—1 vez.—CE2021001996.
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 11 horas 02 minutos del 11 de
febrero del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Entretec Et
Sociedad Anónima.—San José, 15 de febrero del 2021.—Lic. Vera Violeta
Salazar Rojas, Notario.—1 vez.—CE2021001997.
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 13 horas 30 minutos del 13 de
febrero del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Sett CR Sociedad
Anónima.—San José, 15 de febrero del 2021.—Lic. Detedis López Herrera, Notario.—1
vez.—CE2021001998.
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 09 horas 10 minutos del 11 de
febrero del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Inversiones FRG
Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 15 de febrero del
2021.—Lic. José Fernán
Pozuelo Kelley, Notario.—1 vez.—CE2021001999.
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 07 horas 00 minutos del 04 de
febrero del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Nautilus Global
Ventures Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 15 de febrero del 2021.—Lic. Owen Amen Montero, Notario.—1 vez.—CE2021002000.
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 19 horas 00 minutos del 13 de
febrero del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Tecnetcr.Com
Sociedad Anónima.—San José, 15 de febrero del 2021.—Lic. Vera Violeta
Salazar Rojas, Notario.—1 vez.—CE2021002001.
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 17 horas 00 minutos del 20 de enero
del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Roast & Toast
Limitada.—San José, 15 de febrero del 2021.—Lic. Flory Durán Valverde, Notario.—1
vez.—CE2021002002.
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 09 horas 00 minutos
del 15 de febrero del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Chrysos
IHS Joyería Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 15 de febrero
del 2021.—Lic. Adrián Esteban Obando
Agüero, Notario.—1 vez.—CE2021002003.
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 13 horas 00 minutos del 10 de
febrero del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Corbett
Investments Costa Rica CICR Limitada.—San José, 15 de febrero del
2021.—Lic. Daniel Araya González, Notario.—1 vez.—CE2021002004.
Mediante escritura
otorgada ante esta notaría, a las 11 horas 00 minutos del 15 de febrero del año
2021, se constituyó la sociedad denominada Costa Rica Trending Services
Sociedad Anónima.—San José, 15 de febrero del 2021.—Lic. Paola Vargas
Castillo, Notario.—1 vez.—CE2021002005.
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 14 horas 30 minutos del 12 de
febrero del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Alpha Bros
Property CR Limitada.—San José, 15 de febrero del 2021.—Lic. Gonzalo José
Rojas Benavides, Notario.—1 vez.—CE2021002006.
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 08 horas 00 minutos del 15 de
febrero del año 2021, se constituyó la sociedad denominada CD Enterprising
Technologies Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 15 de febrero
del 2021.—Lic. Rodolfo Enrique Herrera García, Notario.—1 vez.—CE2021002007.
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 10 horas 00 minutos del 06 de
febrero del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Familia García
Sociedad Anónima.—San José, 15 de febrero del 2021.—Lic. Eduardo Barquero
Elizondo, Notario.—1 vez.—CE2021002008.
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 19 horas 30 minutos del 12 de
febrero del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Transjomis Sociedad
Anónima.—San José, 15 de febrero del 2021.—Lic. Montserrat Durán Soto, Notario.—1
vez.—CE2021002009.
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 12 horas 00 minutos del 11 de
febrero del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Transportes Mafra
Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 15 de febrero del
2021.—Lic. Maricela Acuña Bogantes, Notario.—1 vez.—CE2021002010.
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 09 horas 00 minutos del 12 de
febrero del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Culebras Group
Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 15 de febrero del 2021.—Lic. Pedro González Roesch, Notario.—1 vez.—CE2021002011.
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 11 horas 00 minutos
del 15 de febrero del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Calma
House Guiones Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 15 de febrero
del 2021.—Lic. Natalia María González Bogarín, Notario.—1 vez.—CE2021002012.
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 08 horas 00 minutos del 11 de
febrero del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Isla Rocosa
Limitada.—San José, 15 de febrero del 2021.—Lic. Daniel Araya González,
Notario.—1 vez.—CE2021002013.
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 09 horas 00 minutos del 12 de
febrero del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Tiarg Centro América & Caribe Sociedad de
Responsabilidad Limitada.—San
José, 15 de febrero del 2021.—Lic. Juan Gregorio Roscio Etchart, Notario.—1 vez.—CE2021002014.
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 11 horas 00 minutos del 01 de
febrero del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Grupo Sotavento
Norte y Sur Sociedad Anónima.—San José, 15 de febrero del 2021.—Lic. Elena
Floribeth Argueta López,
Notario.—1 vez.—CE2021002015.
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 16 horas 00 minutos del 11 de
febrero del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Grupo Vipers
Sociedad Anónima.—San José, 15 de febrero del 2021.—Lic. Jacqueline María Mora Chacón, Notario.—1
vez.—CE2021002016.
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 08 horas 00 minutos del 12 de
febrero del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Global Futbol América G.F.A. Limitada.—San José, 15 de febrero del
2021.—Lic. Orlando Gustavo Araya Amador, Notario.—1 vez.—CE2021002017.
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 12 horas 50 minutos del 11 de
febrero del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Ave Vistas de
Santa Teresa Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 15 de febrero
del 2021.—Lic. Roberto Enrique Romero Mora, Notario.—1 vez.—CE2021002018.
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 09 horas 00 minutos del 15 de
febrero del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Litis Consultores
Limitada.—San José, 15 de febrero del 2021.—Lic. Daniela Murillo Segura,
Notario.—1 vez.—CE2021002019.
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 10 horas 00 minutos del 15 de
febrero del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Akimedic Sociedad
Anónima.—San José, 15 de febrero del 2021.—Lic. Odilia Arrieta Angulo,
Notario.—1 vez.—CE2021002020.
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 09 horas 00 minutos del 11 de
febrero del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Commpañia de
Inversiones Las Tres Bellas Flores Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San
José, 15 de febrero del 2021.—Lic. Emmanuel Naranjo Pérez, Notario.—1
vez.—CE2021002021.
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 13 horas 00 minutos
del 15 de febrero del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Mzion
Le Santa Teresa Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 15 de
febrero del 2021.—Lic. Lilliana Patricia García Barrantes, Notario.—1
vez.—CE2021002022.
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 12 horas 00 minutos del 15 de
febrero del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Visualcosita
Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 15 de febrero del
2021.—Lic. Juan Carlos Herrera Flores, Notario.—1 vez.—CE2021002023.
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 09 horas 00 minutos del 04 de
febrero del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Originbot
Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 15 de febrero del
2021.—Lic. Esteban Chaverri Jiménez,
Notario.—1 vez.—CE2021002024.
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 14 horas 00 minutos del 22 de enero
del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Proyecto Lux Escazú PLE
Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 15 de febrero del
2021.—Lic. Juan Carlos Rojas Sandí, Notario.—1 vez.—CE2021002025.
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 11 horas 02 minutos del 11 de
febrero del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Entretenimiento
Tecnológico E.T. Sociedad Anónima.—San José, 15 de febrero del 2021.—Lic.
Vera Violeta Salazar Rojas, Notario.—1 vez.—CE2021002026.
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 08 horas 00 minutos del 15 de
febrero del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Luar Depot
Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 15 de febrero del 2021.—Lic.
Nikole Amerling Quesada, Notario.—1 vez.—CE2021002027.
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 00 horas 00 minutos del 11 de
febrero del año 2021, se constituyó la sociedad denominada J&A Solutions
de Costa Rica Limitada.—San José, 15 de febrero del 2021.—Lic. Freddy Mesén Bermúdez, Notario.—1
vez.—CE2021002028.
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 18 horas 20 minutos del 23 de enero
del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Las Rucas del Sur
Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 15 de febrero del
2021.—Lic. Marleny Blanco Fandiño, Notario.—1 vez.—CE2021002029.
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 14 horas 00 minutos del 22 de enero
del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Proyecto Lux Escazú PLE Sociedad de
Responsabilidad Limitada.—San
José, 15 de febrero del 2021.—Lic. Juan Carlos Rojas Sandí, Notario.—1
vez.—CE2021002030.
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 14 horas 00 minutos del 11 de
febrero del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Arenas de
Herradura Treinta y Uno Sociedad Anónima.—San José, 15 de febrero del
2021.—Lic. Siumin Vargas Jiménez,
Notario.—1 vez.—CE2021002031.
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 17 horas 00 minutos del 09 de
febrero del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Grupo Mubara
Sociedad Anónima.—San José, 15 de febrero del 2021.—Lic. Christian Alberto
Escalante Ávila,
Notario.—1 vez.—CE2021002032.
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 13 horas 45 minutos
del 15 de febrero del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Villa
Sea Forever Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 15 de febrero
del 2021.—Lic. Jefte David Zúñiga Jiménez,
Notario.—1 vez.—CE2021002033.
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 09 horas 30 minutos
del 15 de febrero del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Carnes
y Hortalizas El Purisco SRC Sociedad Anónima.—San José, 15 de febrero del
2021.—Lic. Fernando Fernández Delgado,
Notario.—1 vez.—CE2021002034.
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 10 horas 30 minutos del 15 de
febrero del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Casa Darya
Limitada.—San José, 15 de febrero del 2021.—Lic. José Alberto Schroeder
Leiva, Notario.—1 vez.—CE2021002035.
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 14 horas 00 minutos del 12 de
febrero del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Mr Bearded Baber
Shop Sociedad Anónima.—San José, 15 de febrero del 2021.—Lic. Gabriela Garita
Navarro, Notario.—1 vez.—CE2021002036.
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 16 horas 00 minutos del 01 de
febrero del año 2021, se constituyó la sociedad denominada R Y R Arguedas
Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 15 de febrero del
2021.—Lic. Marianela Ruiz Rodríguez, Notario.—1 vez.—CE2021002037.
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 09 horas 00 minutos del 15 de
febrero del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Islacocos
Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 15 de febrero del
2021.—Lic. Carlos Fabián
Chaves Leitón,
Notario.—1 vez.—CE2021002038.
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 11 horas 00 minutos
del 12 de febrero del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Daniland
St Limitada.—San José, 15 de febrero del 2021.—Lic. Alan Masís Angulo, Notario.—1 vez.—CE2021002039.
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 15 horas 00 minutos del 12 de
febrero del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Nova Milan
Innovation Center Sociedad Anónima.—San José, 15 de febrero del 2021.—Lic.
Carlos Andrés
Abarca Umaña, Notario.—1 vez.—CE2021002040.
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 14 horas 30 minutos del 12 de
febrero del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Mr Bearded
Products for Men´s Sociedad Anónima.—San José, 15 de febrero del 2021.—Lic.
Gabriela Garita Navarro, Notario.—1 vez.—CE2021002041.
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 09 horas 50 minutos del 10 de
febrero del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Las Tres D
Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 15 de febrero del
2021.—Lic. Lidia Isabel Castro Segura, Notario.—1 vez.—CE2021002042.
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 14 horas 30 minutos del 10 de
febrero del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Faro Consultores
Sociedad Anónima.—San José, 15 de febrero del 2021.—Lic. Valentín Gerardo Barrantes Ramírez,
Notario.—1 vez.—CE2021002043.
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 09 horas 00 minutos
del 15 de febrero del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Reserva
G-Noventa y Dos Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 15 de
febrero del 2021.—Lic. Federico Ureña Ferrero, Notario.—1 vez.—CE2021002044.
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 09 horas 00 minutos del 15 de
febrero del año 2021, se constituyó la sociedad denominada SAGE Sociedad de
Responsabilidad Limitada.—San José, 15 de febrero del 2021.—Lic. Ignacio
Alonso Valverde, Notario.—1 vez.—CE2021002045.
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 11 horas 10 minutos del 15 de
febrero del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Hacienda Las
Tiricias Sociedad Anónima.—San José, 15 de febrero del 2021.—Lic. Rolando
Miranda Zumbado, Notario.—1 vez.—CE2021002046.
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 11 horas 00 minutos del 12 de
febrero del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Drader Equipment
Co, Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 15 de febrero del
2021.—Lic. Ingrid Vanessa Otoya Murillo, Notario.—1 vez.—CE2021002047.
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 10 horas 00 minutos
del 15 de febrero del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Olgian
Strategic Investments Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 15 de
febrero del 2021.—Lic. María Andrea Jara Pérez, Notario.—1 vez.—CE2021002048.
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 15 horas 00 minutos
del 12 de febrero del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Costa
Raíces JSSA Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 15 de febrero
del 2021.—Lic. Owen Amen Montero, Notario.—1 vez.—CE2021002049.
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 15 horas 00 minutos del 13 de
febrero del año 2021, se constituyó la sociedad denominada CR Relocation
Experts CRRE Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 15 de febrero
del 2021.—Lic. Alejandro Montealegre Isern, Notario.—1 vez.—CE2021002050.
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 11 horas 30 minutos del 12 de
febrero del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Maya and Ayla
Limitada.—San José, 15 de febrero del 2021.—Lic. José Alberto Schroeder
Leiva, Notario.—1 vez.—CE2021002051.
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 13 horas 00 minutos del 11 de
febrero del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Geored Costa Rica
Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 15 de febrero del
2021.—Lic. Milena Zúñiga Herrera, Notario.—1 vez.—CE2021002052.
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 09 horas 30 minutos del 13 de
febrero del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Tista JB Sociedad
Anónima.—San José, 15 de febrero del 2021.—Lic. Gredy Gerardo Campos Jiménez, Notario.—1
vez.—CE2021002053.
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 09 horas 00 minutos
del 04 de febrero del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Sumimed
Costa Rica Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 15 de febrero
del 2021.—Lic. Jacqueline Andrea Mora Bonilla, Notario.—1 vez.—CE2021002054.
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 17 horas 30 minutos del 11 de
febrero del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Marellar Seafood
Sociedad Anónima.—San José, 15 de febrero del 2021.—Lic. Xochitl Camacho
Medina, Notario.—1 vez.—CE2021002055.
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 10 horas 35 minutos del 05 de
febrero del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Distribuidora
J&D Sociedad Anónima.—San José, 15 de febrero del 2021.—Lic. Rigoberto
Josué Rojas
Chaves, Notario.—1 vez.—CE2021002056.
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 16 horas 30 minutos del 15 de
febrero del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Casa Cataleón
Veintitrés Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 15 de febrero
del 2021.—Lic. Tomás
Quirós Jiménez, Notario.—1
vez.—CE2021002057.
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 17 horas 00 minutos del 10 de
febrero del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Holdings HB LLC
Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 15 de febrero del
2021.—Lic. Mariajosé
Víquez Alpízar,
Notario.—1 vez.—CE2021002058.
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 15 horas 00 minutos del 15 de
febrero del año 2021, se constituyó la sociedad denominada La Bodega Nosara
Limitada.—San José, 15 de febrero del 2021.—Lic. Daniel Araya González,
Notario.—1 vez.—CE2021002059.
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 14 horas 00 minutos del 06 de
febrero del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Academia de Música Talento Sociedad de
Responsabilidad Limitada.—San
José, 15 de febrero del 2021.—Lic. María Carolina Morera Calvo, Notario.—1
vez.—CE2021004346.
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 17 horas 00 minutos del 16 de
febrero del año 2021, se constituyó la sociedad denominada A&T Santa
Investments Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 17 de febrero
del 2021.—Lic. María José Chaves Cavallini, Notario.—1 vez.—CE2021002225.
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 15 horas 00 minutos del 12 de
febrero del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Camping Don Trino
Sociedad Anónima.—San José, 17 de febrero del 2021.—Lic. José Gerardo Guillén Mora, Notario.—1
vez.—CE2021002226.
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 19 horas 30 minutos del 09 de
febrero del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Three Sixty Legal
& Business Consultants Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José,
17 de febrero del 2021.—Lic. Heidy María Rivera Campos, Notario.—1
vez.—CE2021002227.
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 12 horas 00 minutos del 16 de
febrero del año 2021, se constituyó la sociedad Denominada Lubricantes
P&L Sociedad Anónima.—San José, 17 de febrero del 2021.—Lic. Ricardo
Alberto Guell Peña, Notario.—1 vez.—CE2021002228.
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 13 horas 00 minutos del 11 de
febrero del año 2021, se constituyó la sociedad denominada CR Successful
Paradise Holdings Sociedad de Responsabilidad
Limitada.—San José, 18 de
febrero del 2021.—Lic. Juan Pablo Miranda Badilla, Notario.—1
vez.—CE2021002229.
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 11 horas 30 minutos del 15 de
febrero del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Ortega y Mejías
Dirh Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 18 de febrero del 2021.—Lic.
Bernal Eduardo Alfaro Solano, Notario.—1 vez.—CE2021002230.
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 14 horas 00 minutos
del 17 de febrero del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Esteam
CR Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 18 de febrero del
2021.—Lic. Guillermo José Sanabria Leiva, Notario.—1 vez.—CE2021002231.
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 15 horas 00 minutos del 17 de
febrero del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Le Pause Sociedad
Anónima.—San José, 18 de febrero del 2021.—Lic. Karol Tatiana Segura
Sandoval, Notario.—1 vez.—CE2021002232.
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 12 horas 30 minutos del 08 de
febrero del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Potenzalud
Sociedad Anónima.—San José, 18 de febrero del 2021.—Lic. Michelle Aguilar
Bustamante, Notario.—1 vez.—CE2021002233.
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 10 horas 00 minutos del 09 de
febrero del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Lirios de Vanoli
Sociedad Anónima.—San José, 18 de febrero del 2021.—Lic. Carlos Eduardo
Gutiérrez Monge, Notario.—1 vez.—CE2021002234.
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 07 horas 40 minutos del 18 de
febrero del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Inversiones
Camoliv Sociedad Anónima.—San José, 18 de febrero del 2021.—Lic. Rafael
Gerardo Montenegro Peña, Notario.—1 vez.—CE2021002235.
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 09 horas 30 minutos del 16 de
febrero del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Smart Accounting
Costa Rica Limitada.—San José, 18 de febrero del 2021.—Lic. Juan Gregorio
Roscio Etchart, Notario.—1 vez.—CE2021002236.
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 08 horas 00 minutos del 18 de
febrero del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Johes Sociedad
Anónima.—San José, 18 de febrero del 2021.—Lic. Rafael Gerardo Montenegro
Peña, Notario.—1 vez.—CE2021002237.
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 10 horas 30 minutos del 17 de
febrero del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Loyd W Martin
Real Estate Development Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 18
de febrero del 2021.—Lic. Kristel Faith Neurohr, Notario.—1 vez.—CE2021002238.
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 14 horas 30 minutos
del 17 de febrero del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Nei
Hold LLC Limitada.—San José, 18 de febrero del 2021.—Lic. Ismene Arroyo
Marín, Notario.—1 vez.—CE2021002239.
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 18 horas 00 minutos del 17 de
febrero del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Delroma
Consultores Limitada.—San José, 18 de febrero del 2021.—Lic. Ana Lorena
Gutiérrez Herrera, Notario.—1 vez.—CE2021002240.
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 15 horas 00 minutos del 17 de
febrero del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Kalvin Sheli
Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 18 de febrero del
2021.—Lic. Owen Amen Montero, Notario.—1 vez.—CE2021002241.
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 11 horas 55 minutos del 04 de
febrero del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Hammam Sociedad
Anónima.—San José, 18 de febrero del 2021.—Lic. Guiselle Gene Calderón,
Notario.—1 vez.—CE2021002242.
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 14 horas 00 minutos del 16 de
febrero del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Bosque Nuboso del
Quetzal Sociedad Anónima.—San José, 18 de febrero del 2021.—Lic. Paola
Castro Montealegre, Notario.—1 vez.—CE2021002243.
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 12 horas 00 minutos
del 16 de febrero del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Vilmark
Guanacaste Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 18 de febrero
del 2021.—Lic. Olga Marta Cascante Sandoval, Notario.—1 vez.—CE2021002244.
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 08 horas 00 minutos del 18 de
febrero del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Libertine
Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 18 de febrero del
2021.—Lic. Omar Jalil Ayales Adén,
Notario.—1 vez.—CE2021002245.
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 10 horas 00 minutos del 15 de
febrero del año 2021, se constituyó la sociedad denominada San Fran Paola de
Nosara LLC Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 18 de febrero
del 2021.—Lic. Steffano José Ferraro Florez Estrada, Notario.—1
vez.—CE2021002246.
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 13 horas 00 minutos del 17 de
febrero del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Consultoría Arquitectura y Diseño
Bahareque Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 18 de febrero del 2021.—Lic.
Julio Cesar Azofeifa Soto, Notario.—1 vez.—CE2021002247.
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 17 horas 50 minutos del 17 de
febrero del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Sol y Sosa
Sociedad Anónima.—San José, 18 de febrero del 2021.—Lic. José Alberto
Zúñiga López, Notario.—1 vez.—CE2021002248.
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 15 horas 00 minutos del 16 de
febrero del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Fritz Carlton LLC
Limitada.—San José, 18 de febrero del 2021.—Lic. Bernal Jiménez Núñez, Notario.—1
vez.—CE2021002249.
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 09 horas 00 minutos del 28 de enero
del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Megaking de las Ofertas
Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 18 de febrero del
2021.—Lic. Óscar
Luis Trejos Antillón,
Notario.—1 vez.—CE2021002250.
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 09 horas 00 minutos del 17 de
febrero del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Sun Villa Nosara
LLC Limitada.—San José, 18 de febrero del 2021.—Lic. Bernal Jiménez Núñez, Notario.—1
vez.—CE2021002251.
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 10 horas 00 minutos del 18 de febrero
del año 2021, se constituyó la sociedad denominada BDL Inmobiliaria Barreal
Uno Sociedad Anónima.—San José, 18 de febrero del 2021.—Lic. Isaac Montero
Solera, Notario.—1 vez.—CE2021002252.
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 08 horas 00 minutos del 12 de
febrero del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Naturerus
Sociedad Anónima.—San José, 18 de febrero del 2021.—Lic. Mariamalia Guillén Solano, Notario.—1
vez.—CE2021002253.
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 10 horas 00 minutos del 18 de
febrero del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Chicas Calientes
BBN Corp Limitada.—San José, 18 de febrero del 2021.—Lic. Bernal Jiménez Núñez, Notario.—1
vez.—CE2021002254.
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 10 horas 00 minutos del 15 de
febrero del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Bioalba Sociedad
Anónima.—San
José, 18 de febrero del 2021.—Lic. Edmundo Arias Rosales, Notario.—1
vez.—CE2021002255.
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 09 horas 00 minutos del 18 de
febrero del año 2021, se constituyó la sociedad denominada IBL Law Group Of
América Limitada.—San José, 18 de febrero del 2021.—Lic. José Carlos López
Avilés,
Notario.—1 vez.—CE2021002256.
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 08 horas 00 minutos
del 06 de febrero del año 2021, se constituyó la sociedad denominada International
Financial Consultants Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 18 de
febrero del 2021.—Lic. Óscar Luis Trejos Antillón, Notario.—1 vez.—CE2021002257.
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 10 horas 00 minutos
del 09 de febrero del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Foseti
Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 18 de febrero del
2021.—Lic. Víctor Hugo Castillo Mora, Notario.—1 vez.—CE2021002258.
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 10 horas 00 minutos
del 18 de febrero del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Mensajería y Servicios Bolaños Sociedad Anónima.—San
José, 18 de febrero del 2021.—Lic. Rodrigo Alberto Bonilla Gamboa, Notario.—1
vez.—CE2021002259.
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 08 horas 00 minutos del 18 de
febrero del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Costa Colibri LLC
Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 18 de febrero del
2021.—Lic. Roger Allen Petersen Morice, Notario.—1 vez.—CE2021002260.
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 10 horas 00 minutos del 28 de enero
del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Multi Export - Import
Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 18 de febrero del
2021.—Lic. Víctor Hugo Castillo Mora, Notario.—1 vez.—CE2021002261.
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 15 horas 05 minutos del 17 de
febrero del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Lulu y Rox
Gourmet Fusión Sociedad Anónima.—San José, 18 de febrero del 2021.—Lic.
Víctor Hugo Maffioli Alvarado, Notario.—1 vez.—CE2021002262.
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 11 horas 30 minutos del 17 de
febrero del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Model Dos
Transport Costa Rica Limitada.—San José, 18 de febrero del 2021.—Lic.
Yesenia María Arce Gómez,
Notario.—1 vez.—CE2021002263.
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 14 horas 30 minutos del 17 de
febrero del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Catrina And
Mermaids Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 18 de febrero del
2021.—Lic. Rodolfo José Quirós
Campos, Notario.—1 vez.—CE2021002264.
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 11 horas 00 minutos del 18 de
febrero del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Inmevi Corp
Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 18 de febrero del
2021.—Lic. Juan José Marín Rivera, Notario.—1 vez.—CE2021002265.
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 23 horas 00 minutos
del 16 de febrero del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Mega
Ferretera Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 18 de febrero del
2021.—Lic. Manuel Salvador Detrinidad Gaitán, Notario.—1 vez.—CE2021002266.
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 08 horas 00 minutos del 18 de
febrero del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Centinela del
Pilar Sociedad Anónima.—San José, 18 de febrero del 2021.—Lic. Nancy María
Fallas Rojas, Notario.—1 vez.—CE2021002267.
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 12 horas 50 minutos del 13 de
febrero del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Desarrollos Reba
y Asociados Limitada.—San José, 18 de febrero del 2021.—Lic. Jesús Andrés Calderón Mata, Notario.—1
vez.—CE2021002268.
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 08 horas 00 minutos
del 17 de febrero del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Acción
Digital CR Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 18 de febrero
del 2021.—Lic. Juan Ignacio Davidovich Molina, Notario.—1 vez.—CE2021002269.
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 12 horas 00 minutos del 16 de
febrero del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Corporación Villabri de Guanacaste
Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 18 de febrero del 2021.—Lic.
Olga Marta Cascante Sandoval, Notario.—1 vez.—CE2021002270.
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 11 horas 00 minutos
del 17 de febrero del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Ávila Arquitectura Sociedad de
Responsabilidad Limitada.—San José, 18 de febrero del 2021.—Lic. Francisco José
Rucavado Luque, Notario.—1 vez.—CE2021002271.
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 14 horas 00 minutos del 15 de
febrero del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Inversiones
Ailing Limitada Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 18 de
febrero del 2021.—Lic. María Francela Herrera Ulate, Notario.—1
vez.—CE2021002272.
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 17 horas 00 minutos del 11 de
febrero del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Cleanco C R
Sociedad Anónima.—San José, 18 de febrero del 2021.—Lic. Kattia Vanessa
Ramos González, Notario.—1 vez.—CE2021002273.
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 19 horas 00 minutos del 09 de
febrero del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Grupo Marf de CR
Sociedad Anónima.—San José, 18 de febrero del 2021.—Lic. Joenny Rebeca
Araya Castro, Notario.—1 vez.—CE2021002274.
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 20 horas 00 minutos del 09 de
febrero del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Atlantis Swimwear
Sociedad Anónima.—San José, 18 de febrero del 2021.—Lic. Joenny Rebeca
Araya Castro, Notario.—1 vez.—CE2021002275.
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 15 horas 00 minutos
del 18 de febrero del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Veintidós de Junio de Mil Novecientos Ochenta y
Uno Town Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 18 de
febrero del 2021.—Lic. Herald Garbanzo Alvarado, Notario.—1 vez.—CE2021002276.
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 13 horas 00 minutos del 18 de
febrero del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Mazal Ventures
LLC Limitada.—San José, 18 de febrero del 2021.—Lic. Sergio Antonio Solera
Lacayo, Notario.—1 vez.—CE2021002277.
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 11 horas 00 minutos del 18 de
febrero del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Pura Vida Days
Limitada.—San José, 18 de febrero del 2021.—Lic. Paul Oporta Romero,
Notario.—1 vez.—CE2021002278.
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 15 horas 30 minutos del 18 de
febrero del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Sunny One
Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 18 de febrero del
2021.—Lic. Carlos Eduardo Castro Mora, Notario.—1 vez.—CE2021002279.
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 13 horas 30 minutos del 13 de
febrero del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Soluciones
Integrales Adndigital Sociedad Anónima.—San José, 18 de febrero del
2021.—Lic. Mauricio Lara Ramos, Notario.—1 vez.—CE2021002280.
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 11 horas 00 minutos
del 18 de febrero del año 2021, se constituyó la sociedad denominada La
Cremè Parfaite Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 18 de febrero
del 2021.—Lic. Rodolfo Enrique Herrera García, Notario.—1 vez.—CE2021002281.
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 17 horas 00 minutos del 17 de
febrero del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Madera Estética Sociedad Anónima.—San José, 18 de febrero del
2021.—Lic. Arturo Varela Aguilar, Notario.—1 vez.—CE2021002282.
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 15 horas 00 minutos del 18 de
febrero del año 2021, se constituyó la sociedad denominada JW RE
Developments Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 18 de febrero
del 2021.—Lic. Sergio Aguiar Montealegre, Notario.—1 vez.—CE2021002283.
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 11 horas 00 minutos
del 11 de diciembre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Compañía
de Inversiones Federico y Felicia Sociedad Anónima.—San José, 18 de febrero
del 2021.—Lic. Arturo Varela Aguilar, Notario.—1 vez.—CE2021002284.
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 16 horas 00 minutos del 18 de
febrero del año 2021, se constituyó la sociedad denominada House Of Beloveds
Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 18 de febrero del
2021.—Lic. Carlos Araya González, Notario.—1 vez.—CE2021002285.
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 16 horas 30 minutos del 17 de
febrero del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Innovación y Capacitación Infuvino Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San
José, 18 de
febrero del 2021.—Lic. Jhin Alonso Rojas Sanchez, Notario.—1 vez.—CE2021002286.
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 08 horas 00 minutos del 18 de
febrero del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Faminuh Sociedad
Anónima.—San José, 18 de febrero del 2021.—Lic. Eugenio Desanti Hurtado,
Notario.—1 vez.—CE2021002287.
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 17 horas 00 minutos del 16 de
febrero del año 2021, se constituyó la
sociedad denominada Cyber Technology Sociedad Anónima.—San
José, 18 de febrero del 2021.—Lic. Norman Ávila Vásquez, Notario.—1
vez.—CE2021002288.
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 10 horas 00 minutos del 18 de
febrero del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Wekover Sociedad
Anónima.—San José, 18 de febrero del 2021.—Lic. Grace Calderón Garita,
Notario.—1 vez.—CE2021002289.
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 14 horas 00 minutos del 06 de
febrero del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Inversiones
Comerciales Meca Sociedad Anónima.—San José, 18 de febrero del 2021.—Lic.
Javier Villalta Solano, Notario.—1 vez.—CE2021002290.
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 11 horas 30 minutos del 15 de
febrero del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Ortega y Mejías Dirh Sociedad de Responsabilidad
Limitada.—San
José, 18 de febrero del 2021.—Lic. Bernal Eduardo Alfaro Solano, Notario.—1
vez.—CE2021004347.
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 11 horas 00 minutos del 18 de
febrero del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Busque Primero El
Reino de Dios Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 18 de febrero
del 2021.—Lic. Katerine Fabiola Solís Pérez, Notaria.—1 vez.—CE2021002291.
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 08 horas 00 minutos del 28 de enero
del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Nojoma Sociedad Anónima.—San
José, 18 de febrero del 2021.—Lic. Sandra Isabel González Pinto, Notaria.—1
vez.—CE2021002292.
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 16 horas 00 minutos del 18 de
febrero del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Riko de Nosara
Limitada.—San José, 18 de febrero del 2021.—Lic. Mario Eduardo Recio Recio,
Notario.—1 vez.—CE2021002293.
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 16 horas 00 minutos
del 04 de febrero del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Dafp
Services Supplies Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 18 de
febrero del 2021.—Lic. Jefte Javier Mathieu Contreras, Notario.—1
vez.—CE2021002294.
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 16 horas 15 minutos del 18 de
febrero del año 2021, se constituyó la sociedad denominada El Amanecer de
los Tres Cenízaros de Cabuya Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 18 de febrero del
2021.—Lic. Randall Emilio Ramírez Calero, Notario.—1 vez.—CE2021002295.
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 15 horas 00 minutos del 14 de
febrero del año 2021, se constituyó la sociedad denominada V Solutions
Sociedad Anónima.—San José, 18 de febrero del 2021.—Lic. María José Jiménez Naranjo, Notaria.—1
vez.—CE2021002296.
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 16 horas 00 minutos
del 17 de febrero del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Icaro
Ficha de Colibrí Sociedad de
Responsabilidad Limitada.—San José, 19 de febrero del 2021.—Lic. Rafael Ángel Pérez Zumbado, Notario.—1 vez.—CE2021002297.
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 11 horas 00 minutos del 05 de enero
del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Inversiones Maci Sociedad
de Responsabilidad Limitada.—San José, 19 de febrero del 2021.—Lic. Eric
Giovanni Fallas Siles, Notario.—1 vez.—CE2021002298.
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 16 horas 30 minutos del 12 de
febrero del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Comercializadora
León & Mejía Sociedad Anónima.—San José, 19 de febrero del
2021.—Lic. Cristhian Ruiz Álvarez, Notario.—1 vez.—CE2021002299.
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 16 horas 00 minutos del 16 de
febrero del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Tubo Sueños CR
Limitada.—San José, 19 de febrero del 2021.—Lic. José Alberto Schroeder
Leiva, Notario.—1 vez.—CE2021002300.
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 19 horas 50 minutos
del 18 de febrero del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Importadora
de Pacas Jireh Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 19 de
febrero del 2021.—Lic. Juan Carranza Cubillo, Notario.—1 vez.—CE2021002301.
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 08 horas 00 minutos del 18 de
febrero del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Inversiones
Olicasa Sociedad Anónima.—San José, 19 de febrero del 2021.—Lic. Rafael
Gerardo Montenegro Peña, Notario.—1 vez.—CE2021002302.
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 08 horas 30 minutos del 19 de
febrero del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Al Jabri Limitada.—San
José, 19 de febrero del 2021.—Lic. Carlos Andrés Abarca Umaña, Notario.—1
vez.—CE2021002303.
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 12 horas 00 minutos del 12 de
febrero del año 2021, se constituyó la sociedad denominada MNCR Global
Invest Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 19 de febrero del 2021.—Lic.
José Pablo Masís
Artavia, Notario.—1 vez.—CE2021002304.
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 18 horas 00 minutos
del 17 de febrero del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Inversiones
Rivera & Rodas Sociedad Anónima.—San José, 19 de febrero del 2021.—Lic.
Adriana de los Ángeles Zamora
Vargas, Notaria.—1 vez.—CE2021002305.
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 08 horas 45 minutos del 14 de
febrero del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Taurus Rossi
Holding Limitada.—San José, 19 de febrero del 2021.—Lic. Hernan Cordero
Baltodano, Notario.—1 vez.—CE2021002306.
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 11 horas 55 minutos del 04 de febrero
del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Al Rái Sociedad Anónima.—San
José, 19 de febrero del 2021.—Lic. Guiselle Gene Calderón, Notaria.—1
vez.—CE2021002307.
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 16 horas 00 minutos del 18 de febrero
del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Jume Vida Sociedad de
Responsabilidad Limitada.—San José, 19 de febrero del 2021.—Lic. Carlos
Andrés Abarca
Umaña, Notario.—1 vez.—CE2021002308.
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 14 horas 30 minutos del 18 de
febrero del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Seis CLC- CR
Limitada.—San José, 19 de febrero del 2021.—Lic. Hernán Cordero Baltodano,
Notario.—1 vez.—CE2021002309.
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 19 horas 00 minutos del 18 de
febrero del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Pizzería Mas Bar By Burger Pub
Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 19 de febrero del 2021.—Lic.
Christian Javier Badilla Vargas, Notario.—1 vez.—CE2021002310.
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 09 horas 00 minutos del 16 de
febrero del año 2021, se constituyó la sociedad denominada El Tesoro
Descubierto de Miguel Sociedad Anónima.—San José, 19 de febrero del
2021.—Lic. Juan Carlos Chávez Alvarado, Notario.—1 vez.—CE2021002311.
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 13 horas 00 minutos
del 18 de febrero del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Sin
Fronteras Courier S.F.R.E Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José,
19 de febrero del 2021.—Lic. Óscar Porras
Cascante, Notario.—1 vez.—CE2021002312.
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 15 horas 00 minutos
del 18 de febrero del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Productos
de Concreto y Materiales Sociedad Anónima.—San José, 19 de febrero del
2021.—Lic. Berlan Francisco Paniagua Lobo, Notario.—1 vez.—CE2021002313.
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 11 horas 00 minutos del 17 de
febrero del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Innovafood
Sociedad Anónima.—San José, 19 de febrero del 2021.—Lic. Juan Carlos Chávez
Alvarado, Notario.—1 vez.—CE2021002314.
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 10 horas 00 minutos del 19 de
febrero del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Earth And Sky
Costa Rica Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 19 de febrero
del 2021.—Lic. Carlos Araya González, Notario.—1 vez.—CE2021002315.
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 09 horas 00 minutos
del 18 de febrero del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Casa
Sali Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 19 de febrero del
2021.—Lic. Leyden Briceño Bran, Notario.—1 vez.—CE2021002316.
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 21 horas 40 minutos del 18 de
febrero del año 2021, se constituyó la sociedad denominada LR DOC Sociedad
Anónima.—San José, 19 de febrero del 2021.—Lic. Juan Carlos Martínez Solano, Notario.—1
vez.—CE2021002317.
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 09 horas 00 minutos del 19 de
febrero del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Desarrollos
Inmobiliarios Sociales Sociedad Anónima.—San José, 19 de febrero del
2021.—Lic. Édgar
Alberto García
Quirós,
Notario.—1 vez.—CE2021002318.
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 18 horas 00 minutos
del 16 de febrero del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Ganadera
González Sociedad de
Responsabilidad Limitada.—San José, 19 de febrero del 2021.—Lic. María de los Ángeles Solano Mora, Notaria.—1 vez.—CE2021002319.
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 08 horas 30 minutos del 19 de
febrero del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Bua Kapi Costa
Rica Coffee Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 19 de febrero
del 2021.—Lic. Jefte Javier Mathieu Contreras, Notario.—1 vez.—CE2021002320.
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 16 horas 00 minutos del 16 de
febrero del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Chokolathe Sociedad
Anónima.—San José, 19 de febrero del 2021.—Lic. Carolina Quirós Rojas, Notaria.—1
vez.—CE2021002321.
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 16 horas 40 minutos del 18 de
febrero del año 2021, se constituyó la sociedad denominada JJ del Sur
Sociedad Anónima.—San José, 19 de febrero del 2021.—Lic. Jorge Valverde
Fallas, Notario.—1 vez.—CE2021002322.
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 09 horas 00 minutos
del 19 de febrero del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Bua
Kapi BKC Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 19 de febrero del
2021.—Lic. Jefte Javier Mathieu Contreras, Notario.—1 vez.—CE2021002323.
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 10 horas 00 minutos del 19 de
febrero del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Propiedades
Finnlee Limitada.—San José, 19 de febrero del 2021.—Lic. Ana Patricia
Vargas Jara, Notaria.—1 vez.—CE2021002324.
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 09 horas 00 minutos del 19 de
febrero del año 2021, se constituyó la sociedad denominada L Y C del Norte
Sociedad Anónima.—San
José, 19 de febrero del 2021.—Lic. Celenia María Miranda Castro, Notaria.—1
vez.—CE2021002325.
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 14 horas 00 minutos del 18 de
febrero del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Asesorías Técnicas de Centroamérica Astec Limitada.—San José, 19 de febrero del
2021.—Lic. Iara Lancaster Cortés,
Notario.—1 vez.—CE2021002326.
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 12 horas 00 minutos
del 19 de febrero del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Better
Games INC Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 19 de febrero del
2021.—Lic. Manuel Antonio Porras Vargas, Notario.—1 vez.—CE2021002327.
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 11 horas 30 minutos del 28 de enero
del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Corporación Cadi CYD Cero Sociedad
Anónima.—San
José, 19 de febrero del 2021.—Lic. Elizabeth Venegas Fernández, Notaria.—1
vez.—CE2021002328.
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 20 horas 00 minutos
del 17 de febrero del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Jifi
Benji Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 19 de febrero del
2021.—Lic. Ricardo Suárez Badilla,
Notario.—1 vez.—CE2021002329.
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 12 horas 15 minutos del 16 de
febrero del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Granjo de Costa
Rica y España Sociedad Anónima.—San José, 19 de febrero del 2021.—Lic. Sara
Montero Castrillo, Notaria.—1 vez.—CE2021002330.
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 12 horas 00 minutos del 19 de
febrero del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Wild Chakra Kids
Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 19 de febrero del
2021.—Lic. Karen Melissa Brenes Piedra, Notaria.—1 vez.—CE2021002331.
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 13 horas 00 minutos
del 18 de febrero del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Tico
Ven Ocho Nueve Ocho Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 19 de
febrero del 2021.—Lic. Shih Min Lin Chang, Notario.—1 vez.—CE2021002332.
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 08 horas 00 minutos del 13 de enero
del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Gato Miella Sociedad
Anónima.—San José, 19 de febrero del 2021.—Lic. Xinia María Arias Naranjo,
Notario.—1 vez.—CE2021002333.
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 12 horas 00 minutos del 19 de febrero
del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Repuestos Usados Truck
Center Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 19 de febrero del
2021.—Lic. Joaquín
Bernardo Molina Hernández,
Notario.—1 vez.—CE2021002334.
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 10 horas 00 minutos
del 18 de febrero del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Casa
Buenavista del Pacífico Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 19
de febrero del 2021.—Lic. Adriana Silva Rojas, Notaria.—1 vez.—CE2021002335.
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 08 horas 45 minutos
del 19 de febrero del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Lácteos Valenciano Rojas Sociedad Anónima.—San
José, 19 de febrero del 2021.—Lic. Gabriel Gerardo Valenciano Rojas, Notario.—1
vez.—CE2021002336.
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 16 horas 30 minutos
del 12 de febrero del año 2021, se constituyó la sociedad denominada P &
N Expansión Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 19 de febrero
del 2021.—Lic. José Aurei Navarro Garro, Notario.—1 vez.—CE2021002337.
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 16 horas 15 minutos del 18 de
febrero del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Las Catalinas
Rent A Car de Costa Rica Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 19
de febrero del 2021.—Lic. Andrea Hutt Fernández, Notaria.—1 vez.—CE2021002338.
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 07 horas 00 minutos del 19 de
febrero del año 2021, se constituyó la sociedad denominada S & H Ledezma
Sociedad Anónima.—San José, 19 de febrero del 2021.—Lic. Héctor Chaves Sandoval,
Notario.—1 vez.—CE2021002339.
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 09 horas 00 minutos
del 18 de febrero del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Casas
del Sol Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 19 de febrero del
2021.—Lic. Gwendy Obando Corella, Notaria.—1 vez.—CE2021002340.
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 08 horas 00 minutos del 06 de
febrero del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Rima
International Financial Consultants Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San
José, 19 de febrero del 2021.—Lic. Óscar Luis Trejos Antillón, Notario.—1 vez.—CE2021002341.
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 11 horas 00 minutos del 18 de
febrero del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Ping y Chong
Ciento Sesenta y Ocho Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 19 de
febrero del 2021.—Lic. Sergio Madriz Avendaño, Notario.—1 vez.—CE2021002342.
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 13 horas 40 minutos del 10 de
febrero del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Tomaselli Quepos
Limitada.—San José, 19 de febrero del 2021.—Lic. Henry Gómez Pineda, Notario.—1
vez.—CE2021002343.
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 10 horas 00 minutos
del 17 de diciembre del año 2020, se constituyó la sociedad denominada Hacienda
Ureña & Reyes Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 19 de
febrero del 2021.—Lic. Maurin Zúñiga Núñez, Notario.—1
vez.—CE2021002344.
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 10 horas 30 minutos
del 05 de febrero del año 2021, se constituyó la sociedad denominada S Y R
Construcciones G T Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 19 de
febrero del 2021.—Lic. Belzert Espinoza Cruz, Notario.—1 vez.—CE2021002345.
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 09 horas 00 minutos del 18 de
febrero del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Soluciones
Técnicas Integradas Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 19 de
febrero del 2021.—Lic. Juan Antonio Mainieri Acuña, Notario.—1
vez.—CE2021002346.
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 16 horas 30 minutos
del 12 de febrero del año 2021, se constituyó la sociedad denominada P &
N Expansión Sociedad de
Responsabilidad Limitada.—San José, 19 de febrero del 2021.—Lic. José Aurei Navarro Garro, Notario.—1 Vez.—CE2021002347.
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 09 horas 00 minutos
del 18 de febrero del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Blackland
Creek International Holdings Limitada.—San José, 19 de febrero del
2021.—Lic. Evelyn Isabel López Guerrero,
Notaria.—1 vez.—CE2021002348.
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 18 horas 00 minutos del 18 de
febrero del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Inversiones Pérez
Rodríguez Veintisiete Cero Seis Sociedad de Responsabilidad
Limitada.—San
José, 19 de febrero del 2021.—Lic. Sergio Madriz Avendaño, Notario.—1
vez.—CE2021002349.
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 11 horas 00 minutos del 29 de enero
del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Inversiones Ororena
Sociedad Anónima.—San José, 19 de febrero del 2021.—Lic. Xinia María Meléndez Sánchez, Notaria.—1
vez.—CE2021002350.
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 15 horas 30 minutos del 17 de
febrero del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Inversiones
Malakita Sociedad Anónima.—San José, 19 de febrero del 2021.—Lic. José Eduardo Jiménez Leitón, Notario.—1
vez.—CE2021002351.
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 10 horas 00 minutos
del 18 de febrero del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Casa
Buenavista del Pacífico Sociedad de
Responsabilidad Limitada.—San José, 19 de febrero del 2021.—Lic. Adriana Silva
Rojas, Notaria.—1 vez.—CE2021002352.
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 15 horas 00 minutos del 11 de
febrero del año 2021, se constituyó la sociedad denominada S A G Soluciones
Ambientales Griegas Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 19 de
febrero del 2021.—Lic. Carlos Eduardo Rojas Castro, Notario.—1
vez.—CE2021002353.
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 15 horas 00 minutos del 18 de
febrero del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Servicios Casa de
Aquí Sociedad Anónima.—San José, 19 de febrero del 2021.—Lic.
Fernando Alfaro Chamberlain, Notario.—1 vez.—CE2021002354.
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 11 horas 00 minutos
del 19 de febrero del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Accuory
Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 19 de febrero del
2021.—Lic. Yalta Argentina Aragón González, Notario.—1 vez.—CE2021002355.
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 09 horas 00 minutos del 18 de
febrero del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Beamer Corp
Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 20 de febrero del
2021.—Lic. Sabrina Karine Kszak Bianchi, Notaria.—1 vez.—CE2021002356.
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 16 horas 00 minutos del 18 de
febrero del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Roki de Nosara
Limitada.—San José, 20 de febrero del 2021.—Lic. Mario Eduardo Recio Recio,
Notario.—1 vez.—CE2021002357.
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 09 horas 30 minutos del 16 de
febrero del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Smart Accounting
Costa Rica Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 20 de febrero
del 2021.—Lic. Juan Gregorio Roscio Etchart, Notario.—1 vez.—CE2021002358.
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 10 horas 00 minutos
del 28 de enero del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Prodimport
Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 20 de febrero del
2021.—Lic. Víctor Hugo Castillo
Mora, Notario.—1 vez.—CE2021002359.
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 11 horas 00 minutos
del 20 de febrero del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Mutiservicios
Tierra de Dios Sociedad Anónima.—San José, 20 de febrero del 2021.—Lic.
Salvador Humberto Calderón Alvarado,
Notario.—1 vez.—CE2021002360.
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 19 horas 30 minutos
del 19 de febrero del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Security
Consulting Group Sociedad Anónima.—San José, 20 de febrero del 2021.—Lic.
Evelyn Karina Ramírez Solórzano, Notario.—1 vez.—CE2021002361.
Mediante escritura otorgada ante esta
notaría, a las 10 horas 00 minutos del 12 de febrero del año 2021, se
constituyó la sociedad denominada Remodela C.R. Limitada.—San
José, 21 de febrero del 2021.—Licda. Yosandra Apu Rojas, Notaria.—1
vez.—CE2021002362.
Mediante escritura otorgada ante esta
notaría, a las 12 horas 10 minutos del 27 de noviembre del año 2020, se
constituyó la sociedad denominada J & H Soluciones de Seguridad
Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 22 de febrero del
2021.—Licda. María
Gómez
Navarro, Notaria.—1 vez.—CE2021002363.
Mediante escritura
otorgada ante esta notaría, a las 13 horas 00 minutos del 18 de febrero del año
2021, se constituyó la sociedad denominada Sin Fronteras Courier Sfre
Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 22 de febrero del
2021.—Lic. Oscar Porras Cascante, Notario.—1 vez.—CE2021002364.
Mediante escritura otorgada ante esta
notaría, a las 18 horas 00 minutos del 16 de febrero del año 2021, se
constituyó la sociedad denominada Finca Ganadera Gonzaguti Sociedad de
Responsabilidad Limitada.—San José, 22 de febrero del 2021.—Licda. María de Los Ángeles Solano Mora,
Notaria.—1 vez.—CE2021002365.
Mediante escritura
otorgada ante esta notaría, a las 00 horas 00 minutos del 18 de febrero del año
2021, se constituyó la sociedad denominada Gloria de Oriental
Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 22 de febrero del
2021.—Lic. Douglas Mauricio Marín Orozco, Notario.—1
vez.—CE2021002366.
Mediante escritura otorgada ante esta
notaría, a las 19 horas 00 minutos del 19 de febrero del año 2021, se
constituyó la sociedad denominada Inversiones GWC Costa Rica Sociedad
de Responsabilidad Limitada.—San José, 22 de febrero del
2021.—Lic. Allan Andrés
Madrigal Anchia, Notario.—1 vez.—CE2021002367.
Mediante escritura otorgada ante esta
notaría, a las 10 horas 00 minutos del 19 de febrero del año 2021, se constituyó
la sociedad denominada JJC Trust Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San
José, 22 de febrero del 2021.—Lic. Mauricio Montero Quirós, Notario.—1
vez.—CE2021002368.
Mediante escritura
otorgada ante esta notaría, a las 09 horas 00 minutos del 22 de febrero del año
2021, se constituyó la sociedad denominada El Rancho de Mita
Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 22 de febrero
del 2021.—Lic. Leyden Briceño Bran, Notario.—1 vez.—CE2021002369.
Mediante escritura otorgada ante esta
notaría, a las 16 horas 00 minutos del 16 de febrero del año 2021, se
constituyó la sociedad denominada Aislamart de Centro América Sociedad Anónima.—San José, 22 de febrero del
2021.—Lic. Edgar Alejandro Solís Moraga, Notario.—1 vez.—CE2021002370.
Mediante escritura otorgada ante esta
notaría, a las 12 horas 30 minutos del 20 de febrero del año 2021, se
constituyó la sociedad denominada La Pinchería Mediterránea Sociedad Anónima.—San
José, 22 de febrero del 2021.—Licda. Elsy Cubero Hernández, Notaria.—1
vez.—CE2021002371.
Mediante escritura
otorgada ante esta notaría, a las 10 horas 00 minutos del 17 de febrero del año
2021, se constituyó la sociedad denominada Sin Denominacion Social Sociedad
de Responsabilidad Limitada.—San José, 22 de febrero del
2021.—Lic. Virialy Rojas Esquivel, Notario.—1 vez.—CE2021002372.
Mediante escritura otorgada ante esta
notaría, a las 18 horas 00 minutos del 17 de febrero del año 2021, se
constituyó la sociedad denominada CJH SHM Vacation Home Sociedad de
Responsabilidad Limitada.—San José, 22 de febrero del 2021.—Lic. Adrián Echeverría Escalante, Notario.—1
vez.—CE2021002373.
Mediante escritura otorgada ante esta
notaría, a las 09 horas 55 minutos del 22 de febrero del año 2021, se
constituyó la sociedad denominada KKM Boddy Inc Sociedad de
Responsabilidad Limitada.—San José, 22 de febrero del 2021.—Licda. Yancy
Gabriela Araya Pérez,
Notario.—1 vez.—CE2021002374.
Mediante escritura otorgada ante esta
notaría, a las 15 horas 00 minutos del 18 de febrero del año 2021, se
constituyó la sociedad denominada Zonar Investments Sociedad de Responsabilidad
Limitada.—San José, 22 de febrero del 2021.—Lic. Paul Zúñiga Hernández, Notario.—1
vez.—CE2021002375.
Mediante escritura otorgada ante esta
notaría, a las 13 horas 30 minutos del 13 de febrero del año 2021, se
constituyó la sociedad denominada Bits on Cloud Sociedad
Anónima.—San José, 22 de febrero del 2021.—Lic. Mauricio Lara Ramos,
Notario.—1 vez.—CE2021002376.
Mediante escritura otorgada ante esta notaría,
a las 19 horas 00 minutos del 18 de febrero del año 2021, se constituyó la
sociedad denominada Inversiones Fernández & Escobedo
Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 22 de febrero
del 2021.—Licda. Carolina Zamora Ramírez, Notaria.—1 vez.—CE2021002377.
Mediante escritura
otorgada ante esta notaría, a las 12 horas 15 minutos del 13 de febrero del año
2021, se constituyó la sociedad denominada Agrícola F YF Sociedad
de Responsabilidad Limitada.—San José, 22 de febrero del
2021.—Lic. Marlon Fernando Arce Blanco, Notario.—1 vez.—CE2021002378.
Mediante escritura otorgada ante esta
notaría, a las 13 horas 00 minutos del 19 de febrero del año 2021, se
constituyó la sociedad denominada JYP Barberías Sociedad Anónima.—San
José, 22 de febrero del 2021.—Lic. José David Vargas Ramírez, Notario.—1
vez.—CE2021002379.
Mediante escritura otorgada ante esta
notaría, a las 20 horas 00 minutos del 21 de febrero del año 2021, se
constituyó la sociedad denominada Vet and Co Sociedad Anónima.—San
José, 22 de febrero del 2021.—Licda. Aisha Acuña Navarro, Notaria.—1
vez.—CE2021002380.
Mediante escritura
otorgada ante esta notaría, a las 17 horas 00 minutos del 29 de enero del año
2021, se constituyó la sociedad denominada Americas Gateway-Amega-
S. A. Sociedad Anónima.—San José, 22 de febrero del 2021.—Lic.
Juan Ignacio Gallegos Gurdián, Notario.—1
vez.—CE2021002381.
Mediante escritura
otorgada ante esta notaría, a las 08 horas 10 minutos del 19 de febrero del año
2021, se constituyó la sociedad denominada Inversiones Cobanistas
Comercial Sociedad Anónima.—San José, 22 de febrero del 2021.—Lic. Jimmy Alberto Díaz Echavarría,
Notario.—1 vez.—CE2021002382.
Mediante escritura
otorgada ante esta notaría, a las 11 horas 00 minutos del 18 de febrero del año
2021, se constituyó la sociedad denominada La Creme Parfaite Sociedad de
Responsabilidad Limitada.—San José, 22 de febrero del 2021.—Lic. Rodolfo
Enrique Herrera García, Notario.—1
vez.—CE2021002383.
Mediante escritura otorgada ante esta
notaría, a las 08 horas 45 minutos del 16 de febrero del año 2021, se
constituyó la sociedad denominada Nyi Greenhouses Investments Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 22 de
febrero del 2021.—Licda. Sylvia Salazar Escalante, Notaria.—1
vez.—CE2021002384.
Mediante escritura otorgada ante esta
notaría, a las 08 horas 00 minutos del 22 de febrero del año 2021, se
constituyó la sociedad denominada Black and White Resorts Limitada.—San
José, 22 de febrero del 2021.—Lic. Percy Chamberlain Bolaños, Notario.—1
vez.—CE2021002385.
Mediante escritura otorgada ante esta
notaría, a las 11 horas 00 minutos del 01 de febrero del año 2021, se
constituyó la sociedad denominada Mobel Capital Designs Sociedad Anónima.—San
José, 22 de febrero del 2021.—Licda. Elena Floribeth Argueta López, Notaria.—1
vez.—CE2021002386.
Mediante escritura otorgada ante esta
notaría, a las 11 horas 00 minutos del 19 de febrero del año 2021, se
constituyó la sociedad denominada Kalú Soluciones Constructivas La Fortaleza
Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 22 de febrero
del 2021.—Licda. Rebeca Montenegro Morales, Notaria.—1 vez.—CE2021002387.
Mediante escritura otorgada ante esta
notaría, a las 18 horas 00 minutos del 18 de febrero del año 2021, se
constituyó la sociedad denominada Las Nubes ADE Sociedad
Anónima.—San José, 22 de febrero del 2021.—Lic. Carlos Alberto Mata Coto,
Notario.—1 vez.—CE2021002388.
Mediante escritura otorgada ante esta
notaría, a las 12 horas 00 minutos del 19 de febrero del año 2021, se
constituyó la sociedad denominada Jazbar Seguridad y Misceláneos S.R.L Sociedad
de Responsabilidad Limitada.—San José, 22 de febrero del
2021.—Lic. Fernando Jose González
Medina, Notario.—1 vez.—CE2021002389.
Mediante escritura
otorgada ante esta notaría, a las 08 horas 00 minutos del 22 de febrero del año
2021, se constituyó la sociedad denominada Ogopogo OK LLC Sociedad
de Responsabilidad Limitada.—San José, 22 de febrero del
2021.—Lic. Carlos Araya González, Notario.—1
vez.—CE2021002390.
Mediante escritura
otorgada ante esta notaría, a las 14 horas 00 minutos del 18 de febrero del año
2021, se constituyó la sociedad denominada Freshlady Lenses Costa Rica
Sociedad Anónima.—San José, 22 de febrero del 2021.—Lic. Alberto Acevedo
Gutiérrez, Notario.—1 vez.—CE2021002391.
Mediante escritura otorgada ante esta
notaría, a las 11 horas 25 minutos del 22 de febrero del año 2021, se
constituyó la sociedad denominada Fyre Industries Sociedad de Responsabilidad
Limitada.—San José, 22 de febrero del 2021.—Licda. Yancy Gabriela Araya Pérez, Notaria.—1
vez.—CE2021002392.
Mediante escritura otorgada ante esta
notaría, a las 13 horas 40 minutos del 10 de febrero del año 2021, se
constituyó la sociedad denominada Tomaselli Padre e Hijo
Quepos Limitada.—San José, 22 de febrero del 2021.—Lic. Henry Gómez Pineda, Notario.—1
vez.—CE2021002393.
Mediante escritura otorgada ante esta
notaría, a las 11 horas 30 minutos del 20 de febrero del año 2021, se constituyó
la sociedad denominada Deycar de Costa Rica Sociedad Anónima.—San
José, 22 de febrero del 2021.—Lic. Christian Alberto Escalante Ávila, Notario.—1
vez.—CE2021002394.
Mediante escritura otorgada ante esta
notaría, a las 14 horas 00 minutos del 17 de febrero del año 2021, se
constituyó la sociedad denominada Imagenología Digital Sociedad Anónima.—San
José, 22 de febrero del 2021.—Licda. Lizeth Vargas Vargas, Notaria.—1
vez.—CE2021002395.
Mediante escritura otorgada ante esta
notaría, a las 11 horas 00 minutos del 17 de febrero del año 2021, se
constituyó la sociedad denominada conforme a la cedula jurídica que asigne
el Registro Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José,
22 de febrero del 2021.—Lic. Luis Diego Núñez Salas, Notario.—1
vez.—CE2021002396.
Mediante escritura otorgada ante esta
notaría, a las 10 horas 00 minutos del 22 de febrero del año 2021, se
constituyó la sociedad denominada Touareg Sociedad Anónima.—San José, 22
de febrero del 2021.—Lic. Edgar Alberto García Quirós, Notario.—1 vez.—CE2021002397.
Mediante escritura
otorgada ante esta notaría, a las 10 horas 45 minutos del 22 de febrero del año
2021, se constituyó la sociedad denominada Muy Balato Sociedad de Responsabilidad
Limitada.—San José, 22 de febrero del 2021.—Lic. Ricardo José Rivera González,
Notario.—1 vez.—CE2021002398.
Mediante escritura otorgada ante esta
notaría, a las 12 horas 30 minutos del 20 de febrero del año 2021, se
constituyó la sociedad denominada La Pinchería Mediterránea Sociedad
Anónima.—San
José, 22 de febrero del 2021.—Licda. Elsy Cubero Hernández, Notaria.—1
vez.—CE2021002399.
Mediante escritura
otorgada ante esta notaría, a las 09 horas 00 minutos del 20 de febrero del año
2021, se constituyó la sociedad denominada Express Cortinas Costa Rica
Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 22 de febrero
del 2021.—Lic. Leonardo Salazar Villalta, Notario.—1 vez.—CE2021002400.
Mediante escritura otorgada ante esta
notaría, a las 17 horas 30 minutos del 19 de febrero del año 2021, se
constituyó la sociedad denominada Agropecuaria Marangu Sociedad Anónima.—San
José, 22 de febrero del 2021.—Lic. Adan Alexander Alvarado Victoria, Notario.—1
vez.—CE2021002401.
Mediante escritura otorgada ante esta
notaría, a las 18 horas 00 minutos del 12 de febrero del año 2021, se constituyó
la sociedad denominada H.A.MA.R Latinoamérica Sociedad Anónima.—San José, 22 de febrero del
2021.—Licda. Raquel Núñez
González,
Notaria.—1 vez.—CE2021002402.
Mediante escritura
otorgada ante esta notaría, a las 16 horas 00 minutos del 19 de febrero del año
2021, se constituyó la sociedad denominada Eva Moon Sociedad de Responsabilidad
Limitada.—San José, 22 de febrero del 2021.—Lic. Luis Diego Bustamante Rodríguez, Notario.—1 vez.—CE2021002403.
Mediante escritura otorgada ante esta
notaría, a las 11 horas 00 minutos del 19 de febrero del año 2021, se
constituyó la sociedad denominada Kayma Segurity Limitada.—San José, 22
de febrero del 2021.—Lic. Freddy Mesén Bermúdez, Notario.—1
vez.—CE2021002404.
Mediante escritura otorgada ante esta
notaría, a las 09 horas 30 minutos del 19 de febrero del año 2021, se
constituyó la sociedad denominada conforme a la cedula jurídica que asigne
el Registro Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José,
22 de febrero del 2021.—Lic. Luis Diego Núñez Salas, Notario.—1
vez.—CE2021002405.
Mediante escritura otorgada ante esta
notaría, a las 12 horas 00 minutos del 22 de febrero del año 2021, se
constituyó la sociedad denominada Magnum Management Group Limitada.—San
José, 22 de febrero del 2021.—Lic. Eric Scharf Taitelbaum, Notario.—1
vez.—CE2021002406.
Mediante escritura
otorgada ante esta notaría, a las 18 horas 00 minutos del 18 de febrero del año
2021, se constituyó la sociedad denominada Oftalmología Mml Sociedad de
Responsabilidad Limitada.—San José, 22 de febrero del 2021.—Lic. Marco
Antonio Vargas Valverde, Notario.—1 vez.—CE2021002407.
Mediante escritura
otorgada ante esta notaría, a las 12 horas 00 minutos del 22 de febrero del año
2021, se constituyó la sociedad denominada Varmadri Limitada.—San José,
22 de febrero del 2021.—Lic. Jorge Zúñiga Calderón,
Notario.—1 vez.—CE2021002408.
Mediante escritura otorgada ante esta
notaría, a las 11 horas 00 minutos del 19 de febrero del año 2021, se
constituyó la sociedad denominada Polite Provisions LLC Sociedad de
Responsabilidad Limitada.—San José, 22 de febrero del 2021.—Licda.
Mariajose Víquez
Alpízar,
Notaria.—1 vez.—CE2021002409.
Mediante escritura otorgada ante esta
notaría, a las 13 horas 00 minutos del 19 de febrero del año 2021, se
constituyó la sociedad denominada JYP Barberías Sociedad Anónima.—San
José, 22 de febrero del 2021.—Lic. José David Vargas Ramírez, Notario.—1
vez.—CE2021002410.
Mediante escritura otorgada ante esta
notaría, a las 11 horas 30 minutos del 22 de febrero del año 2021, se
constituyó la sociedad denominada Génesis Mil Ochocientos CR
LLC Limitada.—San José, 22 de febrero del 2021.—Lic. Rolando González Calderón, Notario.—1
vez.—CE2021002411.
Mediante escritura otorgada ante esta
notaría, a las 08 horas 00 minutos del 22 de febrero del año 2021, se
constituyó la sociedad denominada Nexus Trading Group Sociedad Anónima.—San
José, 22 de febrero del 2021.—Lic. Ángel Torres Bravo, Notario.—1
vez.—CE2021002412.
Mediante escritura
otorgada ante esta notaría, a las 11 horas 00 minutos del 05 de enero del año
2021, se constituyó la sociedad denominada MC Mirai Sociedad de
Responsabilidad Limitada.—San José, 22 de febrero del 2021.—Lic. Eric
Giovanni Fallas Siles, Notario.—1 vez.—CE2021002413.
Mediante escritura otorgada ante esta
notaría, a las 12 horas 45 minutos del 28 de enero del año 2021, se constituyó
la sociedad denominada Constructora Falcon Dos Mil Dos Internacional
Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 22 de febrero
del 2021.—Lic. Jorge Antonio Escalante Escalante, Notario.—1 vez.—CE2021002414.
Mediante escritura
otorgada ante esta notaría, a las 09 horas 00 minutos del 22 de febrero del año
2021, se constituyó la sociedad denominada Peak Gaming Sociedad de
Responsabilidad Limitada.—San José, 22 de febrero del 2021.—Licda. Clara
Eugenie Alvarado Jiménez, Notaria.—1
vez.—CE2021002415.
Mediante escritura otorgada ante esta
notaría, a las 11 horas 00 minutos del 16 de febrero del año 2021, se
constituyó la sociedad denominada Providencia y Sabiduría Sociedad Anónima.—San José, 22
de febrero del 2021.—Licda. Roxana María Artavia Badilla, Notaria.—1
vez.—CE2021002516.
Mediante escritura
otorgada ante esta notaría, a las 17 horas 00 minutos del 19 de febrero del año
2021, se constituyó la sociedad denominada Ce Veinte LLC Sociedad
de Responsabilidad Limitada.—San José, 22 de febrero del 2021.—Licda.
Mariajose Víquez Alpízar, Notaria.—1 vez.—CE2021002417.
Mediante escritura
otorgada ante esta notaría, a las 13 horas 30 minutos del 22 de febrero del año
2021, se constituyó la sociedad denominada Higgsmags Sociedad de
Responsabilidad Limitada.—San José, 22 de febrero del
2021.—Licda. Adriana Silva Rojas, Notaria.—1 vez.—CE2021002418.
Mediante escritura
otorgada ante esta notaría, a las 11 horas 00 minutos del 17 de febrero del año
2021, se constituyó la sociedad denominada Formación Virtual de Las
Américas Sociedad
de Responsabilidad Limitada.—San José, 22 de febrero del
2021.—Licda. Ingrid Brown Sequeira, Notaria.—1 vez.—CE2021002419.
Mediante escritura otorgada ante esta
notaría, a las 16 horas 00 minutos del 19 de febrero del año 2021, se
constituyó la sociedad denominada Transoccidente Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 22 de febrero del 2021.—Lic.
Fernando Alfaro Chamberlain, Notario.—1 vez.—CE2021002420.
Mediante escritura otorgada ante esta
notaría, a las 08 horas 00 minutos del 22 de febrero del año 2021, se
constituyó la sociedad denominada Moving
Forward Solutions MFS Sociedad
Anónima.—San José, 22 de febrero
del 2021.—Licda. Marcela Murillo Quirós, Notaria.—1 vez.—CE2021002421.
Mediante escritura otorgada ante esta
notaría, a las 12 horas 00 minutos del 22 de febrero del año 2021, se
constituyó la sociedad denominada Granja Avícola Sociedad de Responsabilidad
Limitada.—San José, 22 de febrero del 2021.—Lic. Enrique Loría Brunker, Notario.—1
vez.—CE2021002422.
Mediante escritura otorgada ante esta
notaría, a las 16 horas 30 minutos del 16 de febrero del año 2021, se
constituyó la sociedad denominada Corporación Crocu Jija Limitada.—San
José, 22 de febrero del 2021.—Licda. Melina Cortés Castro, Notaria.—1
vez.—CE2021002423.
Mediante escritura otorgada ante esta
notaría, a las 18 horas 00 minutos del 15 de febrero del año 2021, se
constituyó la sociedad denominada SGL Eficacia Costa Rica Sociedad de
Responsabilidad Limitada.—San José, 22 de febrero del 2021.—Lic. Enrique
Alvarado Peñaranda, Notario.—1 vez.—CE2021002424.
Mediante escritura otorgada ante esta
notaría, a las 18 horas 00 minutos del 16 de febrero del año 2021, se
constituyó la sociedad denominada la cédula jurídica asignada Sociedad
de Responsabilidad Limitada.—San José, 22 de febrero del
2021.—Lic. Ronald Orlando Láscarez
Vargas, Notario.—1 vez.—CE2021002425.
Mediante escritura
otorgada ante esta notaría, a las 11 horas 00 minutos del 18 de febrero del año
2021, se constituyó la sociedad denominada Importec Leasing Sociedad de
Responsabilidad Limitada.—San José, 22 de febrero del 2021.—Lic. Miguel Antonio
Maklouf Lobo, Notario.—1 vez.—CE2021002426.
Mediante escritura otorgada ante esta
notaría, a las 17 horas 00 minutos del 17 de febrero del año 2021, se
constituyó la sociedad denominada Laurel Para Moldura Sana Sociedad Anónima.—San
José, 22 de febrero del 2021.—Lic. Arturo Varela Aguilar, Notario.—1
vez.—CE2021002427.
Mediante escritura otorgada ante esta
notaría, a las 12 horas 00 minutos del 22 de febrero del año 2021, se
constituyó la sociedad denominada Mar-Aron Sociedad de Responsabilidad
Limitada.—San José, 22 de febrero del 2021.—Lic. Edwin Ramírez Poveda, Notario.—1
vez.—CE2021002428.
Mediante escritura otorgada ante esta
notaría, a las 15 horas 15 minutos del 22 de febrero del año 2021, se
constituyó la sociedad denominada Sema Castillo & Rodríguez Sociedad Anónima.—San José, 22 de febrero del
2021.—Licda. Marianela Solís
Rojas, Notaria.—1 vez.—CE2021002429.
Mediante escritura
otorgada ante esta notaría, a las 19 horas 30 minutos del 19 de febrero del año
2021, se constituyó la sociedad denominada Inversiones CJJ Sociedad
Anónima.—San José, 22 de febrero del 2021.—Licda. Evelyn Karina Ramírez Solórzano, Notaria.—1
vez.—CE2021002430.
Mediante escritura otorgada ante esta
notaría, a las 16 horas 30 minutos del 18 de febrero del año 2021, se
constituyó la sociedad denominada Innovacion Global Sociedad Anónima.—San
José, 22 de febrero del 2021.—Lic. Gustavo Casado Ramos, Notario.—1
vez.—CE2021002431.
Mediante escritura otorgada ante esta
notaría, a las 15 horas 30 minutos del 19 de febrero del año 2021, se
constituyó la sociedad denominada Mirage Holdings LLC Limitada.—San
José, 22 de febrero del 2021.—Lic. Eric Scharf Taitelbaum, Notario.—1
vez.—CE2021002432.
Mediante escritura otorgada ante esta
notaría, a las 18 horas 30 minutos del 08 de febrero del año 2021, se
constituyó la sociedad denominada Xislink Tech Corporation Sociedad Anónima.—San
José, 22 de febrero del 2021.—Licda. Karen Melissa Morelli Alfaro, Notaria.—1
vez.—CE2021002433.
Mediante escritura otorgada ante esta
notaría, a las 19 horas 00 minutos del 09 de febrero del año 2021, se
constituyó la sociedad denominada Grupo Forsa Sociedad Anónima.—San
José, 22 de febrero del 2021.—Licda. Joenny Rebeca Araya Castro, Notaria.—1
vez.—CE2021002434.
Mediante escritura otorgada ante esta
notaría, a las 12 horas 30 minutos del 22 de febrero del año 2021, se
constituyó la sociedad denominada Blue Steel Investments Limitada.—San
José, 22 de febrero del 2021.—Lic. Eric Scharf Taitelbaum, Notario.—1 vez.—CE2021002435.
Mediante escritura
otorgada ante esta notaría, a las 15 horas 00 minutos del 18 de febrero del año
2021, se constituyó la sociedad denominada Human Wealth Administration
Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 22 de febrero
del 2021.—Lic. Paul Tacsan Tacsan, Notario.—1 vez.—CE2021002436.
Mediante escritura
otorgada ante esta notaría, a las 11 horas 00 minutos del 18 de febrero del año
2021, se constituyó la sociedad denominada Apartamentos Hernández Rivera de Heredia
Sociedad Anónima.—San José, 22 de febrero del 2021.—Lic. Bernal Alberto
Chavarria Soley, Notario.—1 vez.—CE2021002437.
Mediante escritura
otorgada ante esta notaría, a las 10 horas 00 minutos del 19 de febrero del año
2021, se constituyó la sociedad denominada Jeff & Cynthia Chierichetti
Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 22 de febrero
del 2021.—Lic. Mauricio Montero Quirós,
Notario.—1 vez.—CE2021002438.
Mediante escritura
otorgada ante esta notaría, a las 11 horas 20 minutos del 22 de febrero del año
2021, se constituyó la sociedad denominada Fadaca Agropecuario Pavon
Sociedad Anónima.—San José, 22 de febrero del 2021.—Lic. Max Pacheco Ponce
De León, Notario.—1 vez.—CE2021002439.
Mediante escritura otorgada ante esta
notaría, a las 08 horas 00 minutos del 19 de febrero del año 2021, se
constituyó la sociedad denominada Amigos de Machuca Sociedad de
Responsabilidad Limitada.—San José, 22 de febrero del 2021.—Lic. Roberto
José Araya
Lao, Notario.—1 vez.—CE2021002440.
Mediante escritura
otorgada ante esta notaría, a las 17 horas 00 minutos del 19 de febrero del año
2021, se constituyó la sociedad denominada Agrarium Legis Sociedad de
Responsabilidad Limitada.—San José, 22 de febrero del 2021.—Licda. María Del Carmen Calvo Monney, Notaria.—1 vez.—CE2021002441.
Mediante escritura otorgada ante esta
notaría, a las 16 horas 05 minutos del 19 de febrero del año 2021, se
constituyó la sociedad denominada Ziscom Limitada.—San José, 22 de
febrero del 2021.—Licda. Gaudy Milena Pereira Pérez, Notaria.—1
vez.—CE2021002442.
Mediante escritura otorgada ante esta
notaría, a las 14 horas 00 minutos del 19 de febrero del año 2021, se
constituyó la sociedad denominada Inversiones Camareno y Alemán de Liberia Sociedad Anónima.—San José, 22 de febrero del
2021.—Licda. Edith Gutiérrez
Ruiz, Notaria.—1 vez.—CE2021002443.
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 11 horas 00 minutos del 22 de
febrero del año 2021, se constituyó la sociedad denominada FGC Tecnologías
de Inteligencia Digital Sociedad de Responsabilidad
Limitada.—San José, 22 de febrero del 2021.—Licda. Jenny Yesenia Castro
Solano, Notaria.—1 vez.—CE2021002444.
Mediante escritura otorgada ante esta
notaría, a las 08 horas 00 minutos del 05 de febrero del año 2021, se
constituyó la sociedad denominada Sikwa Sociedad Anónima.—San José, 22
de febrero del 2021.—Lic. Álvaro Hernández Chan, Notario.—1
vez.—CE2021002445.
Mediante escritura otorgada ante esta
notaría, a las 14 horas 00 minutos del 19 de febrero del año 2021, se
constituyó la sociedad denominada FVCL Global Network Limitada.—San
José, 22 de febrero del 2021.—Lic. Carlos Manuel Sánchez Leitón, Notario.—1
vez.—CE2021002446.
Mediante escritura
otorgada ante esta notaría, a las 10 horas 00 minutos del 22 de febrero del año
2021, se constituyó la sociedad denominada Mi Nari L K Sociedad
de Responsabilidad Limitada.—San José, 22 de febrero del
2021.—Lic. Carlos Manuel Sánchez Leitón, Notario.—1 vez.—CE2021002447.
Mediante escritura otorgada ante esta
notaría, a las 17 horas 00 minutos del 29 de enero del año 2021, se constituyó
la sociedad denominada Americas Gateway-Amega-Sociedad Anónima.—San
José, 23 de febrero del 2021.—Lic. Juan Ignacio Gallegos Gurdián, Notario.—1
vez.—CE2021002448.
Mediante escritura
otorgada ante esta notaría, a las 19 horas 00 minutos del 18 de febrero del año
2021, se constituyó la sociedad denominada Grupo Elite Las Águilas Seguridad Privada Sociedad
Anónima.—San José, 23 de febrero del 2021.—Lic. Diego González
Vargas, Notario.—1 vez.—CE2021002449.
Mediante escritura
otorgada ante esta notaría, a las 15 horas 40 minutos del 16 de febrero del año
2021, se constituyó la sociedad denominada Nest Horizon Sociedad de
Responsabilidad Limitada.—San José, 23 de febrero del 2021.—Licda. Ana
Carolina Quintero Fernández, Notario.—1 vez.—CE2021002450.
Mediante escritura
otorgada ante esta notaría, a las 16 horas 25 minutos del 18 de febrero del año
2021, se constituyó la sociedad denominada D´Lavo Costa Rica Sociedad de
Responsabilidad Limitada.—San José, 23 de febrero del 2021.—Lic. Randall
Rubén Sánchez Mora, Notario.—1 vez.—CE2021002451.
Mediante escritura
otorgada ante esta notaría, a las 11 horas 00 minutos del 18 de febrero del año
2021, se constituyó la sociedad denominada Camino de Siloe
Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 23 de febrero
del 2021.—Licda. María Rocío Díaz Garita, Notaria.—1 vez.—CE2021002452.
Mediante escritura
otorgada ante esta notaría, a las 08 horas 00 minutos del 23 de febrero del año
2021, se constituyó la sociedad denominada Genvey CWP One CO
Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 23 de febrero del
2021.—Licda. Clara Eugenie Alvarado Jiménez, Notaria.—1 vez.—CE2021002453.
Mediante escritura otorgada ante esta
notaría, a las 07 horas 10 minutos del 23 de febrero del año 2021, se
constituyó la sociedad denominada Grupo Nomdedeu Sociedad Anónima.—San
José, 23 de febrero del 2021.—Licda. Giselle Solís Rodríguez, Notaria.—1
vez.—CE2021002454.
Mediante escritura
otorgada ante esta notaría, a las 14 horas 00 minutos del 17 de febrero del año
2021, se constituyó la sociedad denominada Imagenología Digital
IMADIG Sociedad Anónima.—San José, 23 de febrero del 2021.—Licda. Lizeth
Vargas Vargas, Notaria.—1 vez.—CE2021002455.
Mediante escritura otorgada
ante esta notaría, a las 09 horas 00 minutos del 23 de febrero del año 2021, se
constituyó la sociedad denominada Genvey CEP One CO Sociedad de
Responsabilidad Limitada.—San José, 23 de febrero del 2021.—Licda. Clara
Eugenie Alvarado Jiménez, Notaria.—1 vez.—CE2021002456.
Mediante escritura otorgada ante esta
notaría, a las 16 horas 00 minutos del 18 de febrero del año 2021, se
constituyó la sociedad denominada Desarrollos Electrotec Tibás Limitada.—San
José, 23 de febrero del 2021.—Lic. Edgar Alberto Díaz Sánchez, Notario.—1
vez.—CE2021002457.
Mediante escritura otorgada ante esta
notaría, a las 12 horas 10 minutos del 27 de noviembre del año 2020, se
constituyó la sociedad denominada H & J Soluciones para su
Seguridad Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 23 de
febrero del 2021.—Licda. María Gómez Navarro, Notaria.—1 vez.—CE2021002458.
Mediante escritura otorgada ante esta
notaría, a las 10 horas 00 minutos del 04 de febrero del año 2021, se
constituyó la sociedad denominada SG Soluciones de Crédito
Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 23 de
febrero del 2021.—Lic. Jhin Alonso Rojas Sánchez, Notario.—1 vez.—CE2021002459.
Mediante escritura otorgada ante esta
notaría, a las 18 horas 00 minutos del 19 de febrero del año 2021, se constituyó
la sociedad denominada Familia Valverde Pérez Sociedad Anónima.—San
José, 23 de febrero del 2021.—Lic. Álvaro Rodrigo Mora Salazar,
Notario.—1 vez.—CE2021002460.
Mediante escritura otorgada ante esta
notaría, a las 15 horas 00 minutos del 22 de febrero del año 2021, se
constituyó la sociedad denominada Casa de la Familia Bellows
Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 23 de febrero
del 2021.—Licda. María Andrea Jara Pérez, Notaria.—1 vez.—CE2021002461.
Mediante escritura
otorgada ante esta notaría, a las 09 horas 00 minutos del 23 de febrero del año
2021, se constituyó la sociedad denominada Magia Importadora Sociedad de
Responsabilidad Limitada.—San José, 23 de febrero del 2021.—Lic. Ronald
Núñez Álvarez, Notario.—1 vez.—CE2021002462.
Mediante escritura
otorgada ante esta notaría, a las 15 horas 00 minutos del 22 de febrero del año
2021, se constituyó la sociedad denominada Menavet de Costa
Rica Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 23 de febrero
del 2021.—Lic. Francisco José Salas Agüero, Notario.—1 vez.—CE2021002463.
Mediante escritura otorgada ante esta
notaría, a las 08 horas 00 minutos del 23 de febrero del año 2021, se
constituyó la sociedad denominada Gravy Street Limitada.—San José, 23 de
febrero del 2021.—Lic. Oscar Manuel Funes Orellana, Notario.—1
vez.—CE2021002464.
Mediante escritura
otorgada ante esta notaría, a las 14 horas 00 minutos del 19 de febrero del año
2021, se constituyó la sociedad denominada Aserorías Dimo Sociedad Anónima.—San
José, 23 de febrero del 2021.—Licda. Geraldine Marín Villegas, Notaria.—1
vez.—CE2021002465.
Mediante escritura otorgada ante esta
notaría, a las 07 horas 15 minutos del 18 de febrero del año 2021, se
constituyó la sociedad denominada Grupo Feroz Inversiones Sociedad Anónima.—San
José, 23 de febrero del 2021.—Lic. Jorge Enrique Muñoz García, Notario.—1
vez.—CE2021002466.
Mediante escritura otorgada ante esta
notaría, a las 16 horas 30 minutos del 04 de febrero del año 2021, se
constituyó la sociedad denominada Inlectric Sociedad Anónima.—San José,
23 de febrero del 2021.—Licda. Seidy Cruz Castañeda, Notaria.—1
vez.—CE2021002467.
Mediante escritura otorgada ante esta
notaría, a las 08 horas 00 minutos del 23 de febrero del año 2021, se
constituyó la sociedad denominada Pignataro Abogados Santa Teresa Branch
Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 23 de febrero
del 2021.—Licda. María Del Milagro Solórzano León, Notaria.—1
vez.—CE2021002468.
Mediante escritura otorgada ante esta
notaría, a las 16 horas 30 minutos del 19 de febrero del año 2021, se
constituyó la sociedad denominada Life Style CR Asociados
Sociedad Anónima.—San José, 23 de febrero del 2021.—Lic. Roberto Portilla
Barrantes, Notario.—1 vez.—CE2021002469.
Mediante escritura
otorgada ante esta notaría, a las 15 horas 30 minutos del 22 de febrero del año
2021, se constituyó la sociedad denominada Life Dreams Sociedad de
Responsabilidad Limitada.—San José, 23 de febrero del 2021.—Lic.
Francisco José Salas Agüero, Notario.—1 vez.—CE2021002470.
Mediante escritura otorgada ante esta
notaría, a las 08 horas 15 minutos del 23 de febrero del año 2021, se
constituyó la sociedad denominada Casa Arrendajo Azul Limitada.—San
José, 23 de febrero del 2021.—Lic. Oscar Manuel Funes Orellana, Notario.—1
vez.—CE2021002471.
Mediante escritura otorgada ante esta
notaría, a las 15 horas 30 minutos del 22 de febrero del año 2021, se
constituyó la sociedad denominada New Market CR Sociedad
Anónima.—San José, 23 de febrero del 2021.—Lic. Marco Vinicio Villegas
Arroyo, Notario.—1 vez.—CE2021002472.
Mediante escritura otorgada ante esta
notaría, a las 08 horas 30 minutos del 23 de febrero del año 2021, se
constituyó la sociedad denominada Mystical Membrane Limitada.—San José,
23 de febrero del 2021.—Lic. Eric Scharf Taitelbaum, Notario.—1
vez.—CE2021002473.
Mediante escritura otorgada ante esta
notaría, a las 14 horas 00 minutos del 22 de febrero del año 2021, se
constituyó la sociedad denominada Centre de Comunidad LLC
Limitada.—San José, 23 de febrero del 2021.—Lic. Ricardo Badilla Reyes,
Notario.—1 vez.—CE2021002474.
Mediante escritura otorgada ante esta
notaría, a las 09 horas 00 minutos del 16 de febrero del año 2021, se
constituyó la sociedad denominada Slice of Pacífico Paradise Limitada.—San José, 23 de febrero del
2021.—Lic. Hernán Cordero Baltodano, Notario.—1 vez.—CE2021002475.
Mediante escritura
otorgada ante esta notaría, a las 07 horas 07 minutos del 18 de febrero del año
2021, se constituyó la sociedad denominada Nukolatam Servicios Sociedad de
Responsabilidad Limitada.—San José, 23 de febrero del 2021.—Lic. Melvin
Elizondo Muñoz, Notario.—1 vez.—CE2021002476.
Mediante escritura otorgada ante esta
notaría, a las 14 horas 00 minutos del 22 de febrero del año 2021, se
constituyó la sociedad denominada Lyphe Sociedad de Responsabilidad
Limitada.—San José, 23 de febrero del 2021.—Lic. Albin Fernández Solís,
Notario.—1 vez.—CE2021002477.
Mediante escritura otorgada ante esta
notaría, a las 08 horas 30 minutos del 23 de febrero del año 2021, se
constituyó la sociedad denominada Ferentheil Enterprises Inc Limitada.—San
José, 23 de febrero del 2021.—Lic. Oscar Manuel Funes Orellana, Notario.—1
vez.—CE2021002478.
Mediante escritura otorgada ante esta
notaría, a las 14 horas 00 minutos del 22 de febrero del año 2021, se constituyó
la sociedad denominada Libby J Corporation Limitada.—San
José, 23 de febrero del 2021.—Lic. José Antonio Silva Meneses, Notario.—1
vez.—CE2021002479.
Mediante escritura otorgada ante esta
notaría, a las 07 horas 07 minutos del 19 de febrero del año 2021, se
constituyó la sociedad denominada Fintbox Sociedad Anónima.—San José, 23
de febrero del 2021.—Lic. Melvin Elizondo Muñoz, Notario.—1 vez.—CE2021002480.
Mediante escritura otorgada ante esta
notaría, a las 08 horas 30 minutos del 23 de febrero del año 2021, se
constituyó la sociedad denominada Ópticas Girdu Sociedad de Responsabilidad
Limitada.—San José, 23 de febrero del 2021.—Lic. Miguel Chacón Alvarado,
Notario.—1 vez.—CE2021002481.
Mediante escritura otorgada ante esta
notaría, a las 11 horas 00 minutos del 23 de febrero del año 2021, se
constituyó la sociedad denominada Transportes Esteban Gomen Sociedad
de Responsabilidad Limitada.—San José, 23 de febrero del 2021.—Licda.
Elena Isabel Aguilar Céspedes, Notaria.—1 vez.—CE2021002482.
Mediante escritura otorgada ante esta
notaría, a las 16 horas 15 minutos del 22 de febrero del año 2021, se
constituyó la sociedad denominada Extintores Hermanos González Sociedad de Responsabilidad
Limitada.—San José, 23 de febrero del 2021.—Lic. Roy Alberto Guerrero
Olivares, Notario.—1 vez.—CE2021002483.
Mediante escritura otorgada ante esta
notaría, a las 12 horas 00 minutos del 22 de febrero del año 2021, se
constituyó la sociedad denominada Grupo Tierras Morenas Sociedad de
Responsabilidad Limitada.—San José, 23 de febrero del 2021.—Licda.
Melani Campos Bermúdez, Notaria.—1 vez.—CE2021002484.
Mediante escritura
otorgada ante esta notaría, a las 07 horas 07 minutos del 20 de febrero del año
2021, se constituyó la sociedad denominada Recicladora y Reconstructora
Quilo Sociedad Anónima.—San José, 23 de febrero del 2021.—Lic. Melvin
Elizondo Muñoz, Notario.—1 vez.—CE2021002485.
Mediante escritura
otorgada ante esta notaría, a las 17 horas 00 minutos del 15 de febrero del año
2021, se constituyó la sociedad denominada Sunlight Logistics-CR Sociedad
de Responsabilidad Limitada.—San José, 23 de febrero del
2021.—Lic. Gabriel Alberto Bejarano Bermúdez, Notario.—1 vez.—CE2021002486.
Mediante escritura otorgada ante esta
notaría, a las 15 horas 15 minutos del 15 de febrero del año 2021, se
constituyó la sociedad denominada Admeliora & Asociados Sociedad
Anónima.—San José, 23 de febrero del 2021.—Lic. Edgar Gilberto Alfaro
Muñoz, Notario.—1 vez.—CE2021002487.
Mediante escritura
otorgada ante esta notaría, a las 10 horas 00 minutos del 22 de febrero del año
2021, se constituyó la sociedad denominada Coco Experts Maintenance Company
Limitada.—San José, 23 de febrero del 2021.—Lic. Edry Herminio Mendoza
Hidalgo, Notario.—1 vez.—CE2021002488.
Mediante escritura otorgada ante esta
notaría, a las 12 horas 00 minutos del 11 de febrero del año 2021, se
constituyó la sociedad denominada Transportes Maffran Costa Rica Sociedad
de Responsabilidad Limitada.—San José, 23 de febrero del 2021.—Licda.
Maricela Acuña Bogantes, Notaria.—1 vez.—CE2021002489.
Mediante escritura
otorgada ante esta notaría, a las 12 horas 00 minutos del 22 de febrero del año
2021, se constituyó la sociedad denominada Mar Aron del Este Sociedad
de Responsabilidad Limitada.—San José, 23 de febrero del 2021.—Lic.
Edwin Ramírez Poveda, Notario.—1 vez.—CE2021002490.
Mediante escritura
otorgada ante esta notaría, a las 12 horas 00 minutos del 22 de febrero del año
2021, se constituyó la sociedad denominada Granja Avícola Arco
Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 23 de febrero
del 2021.—Lic. Enrique Loría Brunker, Notario.—1 vez.—CE2021002491.
Mediante escritura otorgada ante esta
notaría, a las 09 horas 00 minutos del 18 de febrero del año 2021, se
constituyó la sociedad denominada Hermanos Marín Aguilar
Sociedad Anónima.—San José, 23 de febrero del 2021.—Lic. Carlos Gerardo
Barrantes Méndez, Notario.—1 vez.—CE2021002492.
Mediante escritura otorgada ante esta
notaría, a las 18 horas 00 minutos del 22 de febrero del año 2021, se
constituyó la sociedad denominada Frenos GA Sociedad Anónima.—San
José, 23 de febrero del 2021.—Lic. Jorge Enrique Rojas Villarreal, Notario.—1
vez.—CE2021002493.
Mediante escritura
otorgada ante esta notaría, a las 14 horas 00 minutos del 22 de febrero del año
2021, se constituyó la sociedad denominada Dicasar DCS Inversiones
Costa Rica Sociedad Anónima.—San José, 23 de febrero del 2021.—Licda.
Laureen Jinnett Leandro Castillo, Notaria.—1 vez.—CE2021002494.
Mediante escritura otorgada ante esta
notaría, a las 08 horas 45 minutos del 23 de febrero del año 2021, se
constituyó la sociedad denominada Le Jardin de Lyne Limitada.—San
José, 23 de febrero del 2021.—Lic. Oscar Manuel Funes Orellana, Notario.—1
vez.—CE2021002495.
Mediante escritura
otorgada ante esta notaría, a las 18 horas 00 minutos del 19 de febrero del año
2021, se constituyó la sociedad denominada Inversiones Dix & Gen
Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 23 de febrero del
2021.—Lic. Marco Antonio Montero González, Notario.—1 vez.—CE2021002496.
Mediante escritura otorgada ante esta
notaría, a las 10 horas 00 minutos del 23 de febrero del año 2021, se
constituyó la sociedad denominada PSL Los Sueños Costa Rica Limitada.—San
José, 23 de febrero del 2021.—Licda. Diana Elke Pinchanski Fachler, Notaria.—1
vez.—CE2021002497.
Mediante escritura
otorgada ante esta notaría, a las 14 horas 00 minutos del 13 de febrero del año
2021, se constituyó la sociedad denominada Winterhaven Sociedad de
Responsabilidad Limitada.—San José, 23 de febrero del 2021.—Lic. Roy
Faustino Jiménez Rodríguez, Notario.—1 vez.—CE2021002498.
Mediante escritura otorgada ante esta
notaría, a las 12 horas 20 minutos del 23 de febrero del año 2021, se
constituyó la sociedad denominada Healing Retreats Costa Rica Sociedad de
Responsabilidad Limitada.—San José, 23 de febrero del 2021.—Lic. Carlos
Alberto Montero Trejos, Notario.—1 vez.—CE2021002499.
Mediante escritura
otorgada ante esta notaría, a las 18 horas 00 minutos del 17 de febrero del año
2021, se constituyó la sociedad denominada Lola´s Glam Shop Sociedad
de Responsabilidad Limitada.—San José, 23 de febrero del
2021.—Licda. María de Los Ángeles Solano Mora, Notaria.—1 vez.—CE2021002500.
Mediante escritura
otorgada ante esta notaría, a las 12 horas 00 minutos del 15 de febrero del año
2021, se constituyó la sociedad denominada Instituto Técnico del Pacífico
INTEPAC Sociedad Anónima.—San José, 23 de febrero del 2021.—Lic. Dennis
Francisco Alvarado Castillo, Notario.—1 vez.—CE2021002501.
Mediante escritura otorgada ante esta
notaría, a las 16 horas 30 minutos del 16 de febrero del año 2021, se
constituyó la sociedad denominada Corporación Crocu Jija Limitada
Limitada.—San José, 23 de febrero del 2021.—Licda. Melina Cortés Castro,
Notaria.—1 vez.—CE2021002502.
Mediante escritura otorgada ante esta
notaría, a las 12 horas 00 minutos del 23 de febrero del año 2021, se
constituyó la sociedad denominada CR Casa Investments Limitada.—San
José, 23 de febrero del 2021.—Licda. Diana Elke Pinchanski Fachler, Notaria.—1
vez.—CE2021002503.
Mediante escritura otorgada ante esta
notaría, a las 11 horas 00 minutos del 22 de febrero del año 2021, se
constituyó la sociedad denominada Acosta Peralta Abogados Sociedad Anónima.—San
José, 23 de febrero del 2021.—Licda. Grettel Vanessa Soto Guzmán, Notaria.—1
vez.—CE2021002504.
Mediante escritura
otorgada ante esta notaría, a las 00 horas 00 minutos del 18 de febrero del año
2021, se constituyó la sociedad denominada El Taller de Don
Mario MYF Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San
José, 23 de febrero del 2021.—Lic. Gerardo Castillo Rojas, Notario.—1
vez.—CE2021002505.
Mediante escritura otorgada ante esta
notaría, a las 08 horas 00 minutos del 22 de febrero del año 2021, se
constituyó la sociedad denominada Inversiones La Loma P Y Q Sociedad
de Responsabilidad Limitada.—San José, 23 de febrero del
2021.—Licda. Ileana María Arguedas Maklouf, Notaria.—1 vez.—CE2021002506.
Mediante escritura
otorgada ante esta notaría, a las 10 horas 40 minutos del 23 de febrero del año
2021, se constituyó la sociedad denominada Agro Exportaciones Peñas Blancas
S R Sociedad Anónima.—San José, 23 de febrero del 2021.—Lic.
Cristian Vargas Araya, Notario.—1 vez.—CE2021002507.
Mediante escritura otorgada ante esta
notaría, a las 12 horas 30 minutos del 23 de febrero del año 2021, se
constituyó la sociedad denominada Kaepa Developments Sociedad de Responsabilidad
Limitada.—San José, 23 de febrero del 2021.—Licda. Deborah Feinzaig Mintz,
Notaria.—1 vez.—CE2021002508.
Mediante escritura otorgada ante esta
notaría, a las 11 horas 00 minutos del 23 de febrero del año 2021, se
constituyó la sociedad denominada Inversiones Constructores PMAS Sociedad
Anónima.—San José, 23 de febrero del 2021.—Lic. Maikol Sebastián Segura
Chavarría, Notario.—1 vez.—CE2021002509.
Mediante escritura otorgada ante esta
notaría, a las 10 horas 00 minutos del 18 de febrero del año 2021, se
constituyó la sociedad denominada Alfred Le Leon Limitada.—San José, 23
de febrero del 2021.—Lic. Alan Masís Angulo, Notario.—1 vez.—CE2021002510.
Mediante escritura
otorgada ante esta notaría, a las 13 horas 00 minutos del 22 de febrero del año
2021, se constituyó la sociedad denominada Ebanx Costa Rica Sociedad de
Responsabilidad Limitada.—San José, 23 de febrero del 2021.—Licda.
Mónica de Jesús Valverde Núñez, Notaria.—1 vez.—CE2021002511.
Mediante escritura otorgada ante esta
notaría, a las 15 horas 00 minutos del 18 de febrero del año 2021, se
constituyó la sociedad denominada Concrecasa Sociedad Anónima.—San José,
23 de febrero del 2021.—Lic. Berlan Francisco Paniagua Lobo, Notario.—1
vez.—CE2021002512.
Mediante escritura otorgada ante esta
notaría, a las 13 horas 00 minutos del 23 de febrero del año 2021, se
constituyó la sociedad denominada Cenadet Sociedad Anónima.—San José, 23
de febrero del 2021.—Lic. Álvaro Ángel Valverde Romero, Notario.—1 vez.—CE2021002513.
Mediante escritura otorgada ante esta
notaría, a las 12 horas 00 minutos del 11 de febrero del año 2021, se
constituyó la sociedad denominada Transportes Maffra Costa Rica Sociedad
de Responsabilidad Limitada.—San José, 23 de febrero del
2021.—Licda. Maricela Acuña Bogantes, Notaria.—1 vez.—CE2021002514.
Mediante escritura otorgada ante esta
notaría, a las 19 horas 30 minutos del 19 de febrero del año 2021, se
constituyó la sociedad denominada ITCJJ Information Sociedad Anónima.—San
José, 23 de febrero del 2021.—Licda. Evelyn Karina Ramírez Solórzano,
Notaria.—1 vez.—CE2021002515.
Mediante escritura otorgada ante esta
notaría, a las 09 horas 00 minutos del 22 de febrero del año 2021, se
constituyó la sociedad denominada Playa del Encanto Santa Teresa
Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 23 de febrero
del 2021.—Lic. Erick Josué Cabezas Céspedes, Notario.—1 vez.—CE2021002516.
Mediante escritura otorgada ante esta
notaría, a las 10 horas 15 minutos del 23 de febrero del año 2021, se
constituyó la sociedad denominada Sweet Honey LLC Limitada.—San
José, 23 de febrero del 2021.—Lic. Sergio Antonio Solera Lacayo, Notario.—1
vez.—CE2021002517.
Mediante escritura otorgada ante esta
notaría, a las 08 horas 00 minutos del 22 de febrero del año 2021, se
constituyó la sociedad denominada Cottontails Sociedad Anónima.—San José,
23 de febrero del 2021.—Licda. María Isabel Leiva Solano, Notaria.—1
vez.—CE2021002518.
Mediante escritura otorgada ante esta
notaría, a las 15 horas 00 minutos del 16 de febrero del año 2021, se
constituyó la sociedad denominada Mr. Pork Sociedad Anónima.—San José,
23 de febrero del 2021.—Lic. Carlos Enrique Cerdas Cisneros, Notario.—1
vez.—CE2021002519.
Mediante escritura otorgada ante esta
notaría, a las 09 horas 00 minutos del 23 de febrero del año 2021, se
constituyó la sociedad denominada Guiones Musketeers Limitada.—San José,
23 de febrero del 2021.—Lic. Eric Scharf Taitelbaum, Notario.—1
vez.—CE2021002520.
Mediante escritura
otorgada ante esta notaría, a las 11 horas 00 minutos del 20 de febrero del año
2021, se constituyó la sociedad denominada LIEXA-CR Sociedad de
Responsabilidad Limitada.—San José, 23 de febrero del 2021.—Lic. José Aurei Navarro Garro, Notario.—1 vez.—CE2021002521.
Mediante escritura otorgada ante esta
notaría, a las 18 horas 00 minutos del 22 de febrero del año 2021, se constituyó
la sociedad denominada Liquid Z and M Limitada.—San
José, 23 de febrero del 2021.—Licda. Adriana Silva Rojas, Notaria.—1
vez.—CE2021002522.
Mediante escritura otorgada ante esta
notaría, a las 17 horas 00 minutos del 16 de febrero del año 2021, se constituyó
la sociedad denominada Ninja Hardware Sociedad Anónima.—San José, 23 de
febrero del 2021.—Lic. Norman Ávila
Vásquez,
Notario.—1 vez.—CE2021002523.
Mediante escritura otorgada ante esta
notaría, a las 14 horas 00 minutos del 22 de febrero del año 2021, se
constituyó la sociedad denominada Times Infinity Corporation LLC Limitada.—San
José, 23 de febrero del 2021.—Lic. José Antonio Silva Meneses, Notario.—1
vez.—CE2021002524.
Mediante escritura otorgada ante esta
notaría, a las 12 horas 20 minutos del 23 de febrero del año 2021, se
constituyó la sociedad denominada Healing Retreats of Costa
Rica Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 23 de febrero
del 2021.—Lic. Carlos Alberto Montero Trejos, Notario.—1 vez.—CE2021002525.
Mediante escritura otorgada ante esta
notaría, a las 15 horas 00 minutos del 23 de febrero del año 2021, se
constituyó la sociedad denominada Omala Hermosa Sociedad de Responsabilidad
Limitada.—San José, 23 de febrero del 2021.—Lic. Jorge Francisco Ross Araya,
Notario.—1 vez.—CE2021002526.
Mediante escritura otorgada ante esta
notaría, a las 14 horas 40 minutos del 23 de febrero del año 2021, se
constituyó la sociedad denominada Olathe House de Las Delicias
Limitada.—San José, 23 de febrero del 2021.—Lic. Randall Emilio Ramírez Calero, Notario.—1
vez.—CE2021002527.
Mediante escritura
otorgada ante esta notaría, a las 15 horas 00 minutos del 23 de febrero del año
2021, se constituyó la sociedad denominada Pacific Galey Yam Sociedad de
Responsabilidad Limitada.—San José, 23 de febrero del 2021.—Lic. Herman
Julio Kierszenson Mamet, Notario.—1 vez.—CE2021002528.
Mediante escritura otorgada ante esta
notaría, a las 18 horas 00 minutos del 12 de febrero del año 2021, se
constituyó la sociedad denominada Hamar Latinoamérica Sociedad Anónima.—San
José, 23 de febrero del 2021.—Licda. Raquel Núñez González, Notaria.—1
vez.—CE2021002529.
Mediante escritura
otorgada ante esta notaría, a las 09 horas 00 minutos del 16 de Diciembre del
año 2020, se constituyó la sociedad denominada Comercializadora Hacienda
Dorada de Occidente Limitada.—San José, 23 de febrero del 2021.—Lic.
Randall Emilio Ramírez Calero,
Notario.—1 vez.—CE2021002530.
Mediante escritura
otorgada ante esta notaría, a las 09 horas 00 minutos del 22 de febrero del año
2021, se constituyó la sociedad denominada Inversión APT Sociedad
de Responsabilidad Limitada.—San José, 23 de febrero del
2021.—Licda. Marianela Carvajal Carvajal, Notaria.—1 vez.—CE2021002531.
Mediante escritura otorgada ante esta
notaría, a las 07 horas 00 minutos del 15 de febrero del año 2021, se
constituyó la sociedad denominada ALCESARCOSTARICA Sociedad de Responsabilidad
Limitada.—San José, 23 de febrero del 2021.—Lic. Carlos Fabián Chaves Leitón, Notario.—1
vez.—CE2021002532.
Mediante escritura
otorgada ante esta notaría, a las 10 horas 10 minutos del 10 de diciembre del
año 2020, se constituyó la sociedad denominada Shelter-Sixty-Five Sociedad
de Responsabilidad Limitada.—San José, 23 de febrero del 2021.—Lic.
Oscar Venegas Córdoba, Notario.—1
vez.—CE2021002533.
Mediante escritura
otorgada ante esta notaría, a las 11 horas 00 minutos del 21 de diciembre del
año 2020, se constituyó la sociedad denominada J&R Prestige
Vacations Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 23
de febrero del 2021.—Lic. Oscar Venegas Córdoba, Notario.—1 vez.—CE2021002534.
Mediante escritura otorgada ante esta
notaría, a las 14 horas 00 minutos del 23 de febrero del año 2021, se
constituyó la sociedad denominada Sunshine Properties Limitada.—San
José, 23 de febrero del 2021.—Lic. Alan Masís Angulo, Notario.—1
vez.—CE2021002535.
Mediante escritura otorgada ante esta
notaría, a las 09 horas 00 minutos del 23 de febrero del año 2021, se constituyó
la sociedad denominada Importadora Grupo Ofertas Costa Rica Sociedad de
Responsabilidad Limitada.—San José, 23 de febrero del 2021.—Licda.
Gabriela de Los Ángeles
Alvarado Araya, Notaria.—1 vez.—CE2021002536.
Mediante escritura
otorgada ante esta notaría, a las 18 horas 00 minutos del 17 de febrero del año
2021, se constituyó la sociedad denominada Lolas Glam Shop Sociedad de Responsabilidad
Limitada.—San José, 23 de febrero del 2021.—Licda. María de Los Ángeles Solano Mora,
Notaria.—1 vez.—CE2021002537.
Mediante escritura otorgada ante esta
notaría, a las 10 horas 30 minutos del 18 de febrero del año 2021, se
constituyó la sociedad denominada Casa Loma Santa Teresa Sociedad de
Responsabilidad Limitada.—San José, 23 de febrero del 2021.—Lic. Melvin
Rudelman Wohlstein, Notario.—1 vez.—CE2021004355.
Mediante escritura otorgada ante esta
notaría, a las 09 horas 00 minutos del 23 de febrero del año 2021, se
constituyó la sociedad denominada Yuko Sociedad de Responsabilidad
Limitada.—San José, 23 de febrero del 2021.—Licda. Yosandra Apu Rojas,
Notaria.—1 vez.—CE2021002538.
Mediante escritura
otorgada ante esta notaría, a las 17 horas 00 minutos del 23 de febrero del año
2021, se constituyó la sociedad denominada Los Tucanes de Osa
JPC Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José,
23 de febrero del 2021.—Licda. Katerine Fabiola Solís Pérez, Notaria.—1
vez.—CE2021002539.
Mediante escritura otorgada ante esta
notaría, a las 15 horas 00 minutos del 19 de febrero del año 2021, se
constituyó la sociedad denominada Constructora Industrial del Sur
Sociedad Anónima.—San José, 23 de febrero del 2021.—Lic. Gaudy Marín
Campos, Notario.—1 vez.—CE2021002540.
Mediante escritura otorgada ante esta
notaría, a las 12 horas 00 minutos del 11 de febrero del año 2021, se constituyó
la sociedad denominada Gurusap Latam Limitada.—San José, 23 de febrero
del 2021.—Licda. Katherine Natalia Delgado Zamora, Notaria.—1
vez.—CE2021002541.
Mediante escritura otorgada ante esta
notaría, a las 15 horas 00 minutos del 23 de febrero del año 2021, se
constituyó la sociedad denominada Constructora Soto González S&G
Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 24 de febrero
del 2021.—Licda. Priscilla María Jiménez Olaso, Notaria.—1 vez.—CE2021002542.
Mediante escritura
otorgada ante esta notaría, a las 11 horas 00 minutos del 17 de febrero del año
2021, se constituyó la sociedad denominada Formación Virtual de
Las Américas Sociedad de
Responsabilidad Limitada.—San José, 24 de febrero del 2021.—Licda.
Ingrid Brown Sequeira, Notaria.—1 vez.—CE2021002543.
Mediante escritura otorgada ante esta
notaría, a las 12 horas 00 minutos del 13 de febrero del año 2021, se
constituyó la sociedad denominada Inversiones Came de Nicoya Sociedad
Anónima.—San José, 24 de febrero del 2021.—Lic. William Elizondo
Manzanares, Notario.—1 vez.—CE2021002544.
Mediante escritura otorgada ante esta
notaría, a las 17 horas 30 minutos del 02 de febrero del año 2021, se
constituyó la sociedad denominada Grupo Panamera Sociedad de Responsabilidad
Limitada.—San José, 24 de febrero del 2021.—Licda. María Gabriela Alfaro
Alfaro, Notaria.—1 vez.—CE2021002545.
Mediante escritura otorgada ante esta
notaría, a las 08 horas 00 minutos del 24 de febrero del año 2021, se
constituyó la sociedad denominada The Garza Mangroves Sociedad de
Responsabilidad Limitada.—San José, 24 de febrero del 2021.—Lic. José Ignacio García Azofeifa,
Notario.—1 vez.—CE2021002546.
Mediante escritura
otorgada ante esta notaría, a las 13 horas 00 minutos del 23 de febrero del año
2021, se constituyó la sociedad denominada Monkeysuit Forty Four T
Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 24 de
febrero del 2021.—Lic. Adrián Esteban Obando Agüero, Notario.—1 vez.—CE2021002547.
Mediante escritura otorgada ante esta
notaría, a las 14 horas 00 minutos del 19 de febrero del año 2021, se
constituyó la sociedad denominada Asesorías Dimo Sociedad Anónima.—San
José, 24 de febrero del 2021.—Licda. Geraldine Marín Villegas, Notaria.—1
vez.—CE2021002548.
Mediante escritura otorgada ante esta
notaría, a las 19 horas 00 minutos del 04 de febrero del año 2021, se
constituyó la sociedad denominada Inversiones Pet Kingdom Sociedad de
Responsabilidad Limitada.—San José, 24 de febrero del 2021.—Lic. Oldemar
Corrales Valverde, Notario.—1 vez.—CE2021002549.
Mediante escritura otorgada ante esta
notaría, a las 08 horas 30 minutos del 24 de febrero del año 2021, se
constituyó la sociedad denominada Augustine Meadows Sociedad de
Responsabilidad Limitada.—San José, 24 de febrero del 2021.—Lic. José Ignacio García Azofeifa,
Notario.—1 vez.—CE2021002550.
Mediante escritura otorgada ante esta
notaría, a las 11 horas 00 minutos del 23 de febrero del año 2021, se
constituyó la sociedad denominada Transportes Gómez Gómez Sociedad de Responsabilidad
Limitada.—San José, 24 de febrero del 2021.—Lic. Carlos Daniel Gómez Alfaro, Notario.—1
vez.—CE2021002551.
Mediante escritura
otorgada ante esta notaría, a las 08 horas 00 minutos del 23 de febrero del año
2021, se constituyó la sociedad denominada Pignataro Legal Services Santa
Teresa Branch PLST Sociedad de Responsabilidad
Limitada.—San José, 24 de febrero del 2021.—Licda. María Del Milagro Solórzano León, Notaria.—1
vez.—CE2021002552.
Mediante escritura
otorgada ante esta notaría, a las 08 horas 00 minutos del 24 de febrero del año
2021, se constituyó la sociedad denominada First Class Cleaning Services
Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 24 de
febrero del 2021.—Licda. Marisol Marín Castro, Notaria.—1 vez.—CE2021002553.
Mediante escritura otorgada ante esta
notaría, a las 15 horas 30 minutos del 22 de febrero del año 2021, se
constituyó la sociedad denominada Ridecr Sociedad Anónima.—San José, 24
de febrero del 2021.—Lic. Manuel Tuckler Oconor, Notario.—1 vez.—CE2021002554.
Mediante escritura
otorgada ante esta notaría, a las 09 horas 00 minutos del 23 de febrero del año
2021, se constituyó la sociedad denominada Importadora Estrella Mágica Sociedad de
Responsabilidad Limitada.—San José, 24 de febrero del 2021.—Lic. Ronald
Núñez Álvarez, Notario.—1 vez.—CE2021002555.
Mediante escritura
otorgada ante esta notaría, a las 07 horas 30 minutos del 23 de febrero del año
2021, se constituyó la sociedad denominada Doubleleo Limitada.—San José,
24 de febrero del 2021.—Lic. Eric Scharf Taitelbaum, Notario.—1
vez.—CE2021002556.
Mediante escritura otorgada ante esta
notaría, a las 12 horas 15 minutos del 23 de febrero del año 2021, se
constituyó la sociedad denominada Agro Soluciones Montana Sociedad Anónima.—San
José, 24 de febrero del 2021.—Licda. Sonia María Ugalde Hidalgo, Notaria.—1
vez.—CE2021002557.
Mediante escritura
otorgada ante esta notaría, a las 11 horas 00 minutos del 23 de febrero del año
2021, se constituyó la sociedad denominada Auto Transporte Monserrath
Sociedad Anónima.—San José, 24 de febrero del 2021.—Lic. Heberth Alonso
Arrieta Carballo, Notario.—1 vez.—CE2021002558.
Mediante escritura otorgada ante esta
notaría, a las 15 horas 40 minutos del 15 de febrero del año 2021, se
constituyó la sociedad denominada Rade Export Sociedad Anónima.—San José, 24 de febrero del
2021.—Licda. Kattia Muñoz Zúñiga,
Notaria.—1 vez.—CE2021002559.
Mediante escritura
otorgada ante esta notaría, a las 18 horas 00 minutos del 23 de febrero del año
2021, se constituyó la sociedad denominada Productos Agrícolas Múltiples
K & M Sociedad Anónima.—San José, 24 de febrero del
2021.—Lic. José Armando Ortiz
Muñiz, Notario.—1 vez.—CE2021002560.
Mediante escritura otorgada ante esta notaría,
a las 15 horas 30 minutos del 19 de febrero del año 2021, se constituyó la
sociedad denominada Sasquatch Holdings LLC Limitada.—San
José, 24 de febrero del 2021.—Lic. Eric Scharf Taitelbaum, Notario.—1
vez.—CE2021002561.
Mediante escritura
otorgada ante esta notaría, a las 08 horas 00 minutos del 22 de febrero del año
2021, se constituyó la sociedad denominada Cat Investments Sociedad de
Responsabilidad Limitada.—San José, 24 de febrero del 2021.—Lic. Felipe
Cordero Espinoza, Notario.—1 vez.—CE2021002562.
Mediante escritura
otorgada ante esta notaría, a las 09 horas 00 minutos del 25 de enero del año
2021, se constituyó la sociedad denominada Bosques de Sequoias
Gigantes Sociedad Anónima.—San José, 24 de febrero del 2021.—Licda. María
Gabriela Zeledón Ching, Notaria.—1
vez.—CE2021002563.
Mediante escritura otorgada ante esta
notaría, a las 09 horas 00 minutos del 17 de febrero del año 2021, se
constituyó la sociedad denominada Smart Services A & K Sociedad
Anónima.—San José, 24 de febrero del 2021.—Lic. Luis Carlos Rojas Mora,
Notario.—1 vez.—CE2021002564.
Mediante escritura otorgada ante esta
notaría, a las 09 horas 00 minutos del 24 de febrero del año 2021, se
constituyó la sociedad denominada Simpson Holding Corp Sociedad de
Responsabilidad Limitada.—San José, 24 de febrero del 2021.—Licda. María
Andrea Jara Pérez, Notaria.—1 vez.—CE2021002565.
Mediante escritura otorgada ante esta
notaría, a las 15 horas 00 minutos del 16 de febrero del año 2021, se
constituyó la sociedad denominada Mr Pork Sociedad Anónima.—San José, 24
de febrero del 2021.—Lic. Carlos Enrique Cerdas Cisneros, Notario.—1
vez.—CE2021002566.
Mediante escritura
otorgada ante esta notaría, a las 09 horas 00 minutos del 23 de febrero del año
2021, se constituyó la sociedad denominada Yuko LLC Sociedad
de Responsabilidad Limitada.—San José, 24 de febrero del
2021.—Licda. Yosandra Apu Rojas, Notaria.—1 vez.—CE2021002567.
Mediante escritura
otorgada ante esta notaría, a las 15 horas 00 minutos del 22 de febrero del año
2021, se constituyó la sociedad denominada Kritajna Sociedad de Responsabilidad
Limitada.—San José, 24 de febrero del 2021.—Lic. Guillermo Emilio Zúñiga González, Notario.—1 vez.—CE2021002568.
Mediante escritura
otorgada ante esta notaría, a las 14 horas 00 minutos del 23 de febrero del año
2021, se constituyó la sociedad denominada Nativo Desarrollos Inmobiliarios
KGM Sociedad Anónima.—San José, 24 de febrero del 2021.—Lic.
Willy Hernández Chan,
Notario.—1 vez.—CE2021002569.
Mediante escritura
otorgada ante esta notaría, a las 19 horas 50 minutos del 16 de febrero del año
2021, se constituyó la sociedad denominada Lumierecompagnie Sociedad de
Responsabilidad Limitada.—San José, 24 de febrero del 2021.—Licda. Patricia
Zumbado Rodríguez, Notario.—1
vez.—CE2021002570.
Mediante escritura otorgada ante esta
notaría, a las 11 horas 00 minutos del 18 de febrero del año 2021, se
constituyó la sociedad denominada Krestomatio Sociedad Anónima.—San
José, 24 de febrero del 2021.—Licda. Geraldine Porter Laitano, Notaria.—1
vez.—CE2021002571.
Mediante escritura otorgada ante esta
notaría, a las 13 horas 50 minutos del 23 de febrero del año 2021, se
constituyó la sociedad denominada Cultivo Nativo Sociedad de
Responsabilidad Limitada.—San José, 24 de febrero del 2021.—Lic. Leiner
Miguel Molina Pérez, Notario.—1 vez.—CE2021002572.
Mediante escritura otorgada ante esta
notaría, a las 11 horas 30 minutos del 24 de febrero del año 2021, se
constituyó la sociedad denominada Interdimensional Properties CR Sociedad
de Responsabilidad Limitada.—San José, 24 de febrero del 2021.—Lic.
Steffano José
Ferraro Florez Estrada, Notario.—1 vez.—CE2021002573.
Mediante escritura otorgada ante esta
notaría, a las 18 horas 00 minutos del 23 de febrero del año 2021, se
constituyó la sociedad denominada C&R Holdings Sociedad Anónima.—San
José, 24 de febrero del 2021.—Licda. Nancy Núñez Montiel, Notaria.—1
vez.—CE2021002574.
Mediante escritura otorgada ante esta
notaría, a las 11 horas 00 minutos del 24 de febrero del año 2021, se
constituyó la sociedad denominada Pure Uvita Dreams Realty Inc
Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 24 de febrero
del 2021.—Licda. María Gabriela Elizondo Alpízar, Notaria.—1 vez.—CE2021002575.
Mediante escritura otorgada ante esta
notaría, a las 14 horas 00 minutos del 23 de febrero del año 2021, se
constituyó la sociedad denominada Sunshine SPST Limitada.—San
José, 24 de febrero del 2021.—Lic. Alan Masís Angulo, Notario.—1
vez.—CE2021002576.
Mediante escritura
otorgada ante esta notaría, a las 11 horas 02 minutos del 11 de febrero del año
2021, se constituyó la sociedad denominada WR Fruta Tropical Caribe
Sociedad Anónima.—San
José, 24 de febrero del 2021.—Licda. Daviana Fabiola Guerrero Vargas,
Notaria.—1 vez.—CE2021002577.
Mediante escritura
otorgada ante esta notaría, a las 08 horas 00 minutos del 17 de febrero del año
2021, se constituyó la sociedad denominada Acción Digital CR ADCR
Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 24 de febrero
del 2021.—Lic. Juan Ignacio Davidovich Molina, Notario.—1 vez.—CE2021002578.
Mediante escritura
otorgada ante esta notaría, a las 15 horas 00 minutos del 23 de febrero del año
2021, se constituyó la sociedad denominada Isastrega Sociedad de Responsabilidad
Limitada.—San José, 24 de febrero del
2021.—Lic. Enrique Loría Brunker, Notario.—1 vez.—CE2021002579.
Mediante escritura otorgada ante esta
notaría, a las 08 horas 00 minutos del 24 de febrero del año 2021, se
constituyó la sociedad denominada Casa Isabel-CR Limitada.—San
José, 24 de febrero del 2021.—Lic. Hernan Cordero Baltodano, Notario.—1
vez.—CE2021002580.
Mediante escritura otorgada ante esta
notaría, a las 10 horas 00 minutos del 23 de febrero del año 2021, se
constituyó la sociedad denominada Estética El Canino Divino
Limitada.—San
José, 24 de febrero del 2021.—Lic. Guido Mauricio Bolaños Delgado, Notario.—1
vez.—CE2021002581.
Mediante escritura otorgada ante esta
notaría, a las 09 horas 00 minutos del 24 de febrero del año 2021, se
constituyó la sociedad denominada Inmobiliaria Sol Miel y Mar
Limitada.—San José, 24 de febrero del 2021.—Lic. Gabriel Chaves Ledezma,
Notario.—1 vez.—CE2021002582.
Mediante escritura otorgada ante esta
notaría, a las 12 horas 10 minutos del 27 de noviembre del año 2020, se
constituyó la sociedad denominada Richmart Servicios de Seguridad
Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 24 de febrero del
2021.—Licda. María Gómez
Navarro, Notaria.—1 vez.—CE2021002583.
Mediante escritura otorgada ante esta
notaría, a las 10 horas 00 minutos del 09 de enero del año 2021, se constituyó
la sociedad denominada Comunicación Social MGM Sociedad
Anónima.—San José, 24 de febrero del 2021.—Licda. Virginia Hernández Arias, Notaria.—1
vez.—CE2021002584.
Mediante escritura
otorgada ante esta notaría, a las 08 horas 00 minutos del 24 de febrero del año
2021, se constituyó la sociedad denominada Grupo Lady Sociedad de
Responsabilidad Limitada.—San José, 24 de febrero del 2021.—Licda. Nancy
Morales Sandí, Notaria.—1
vez.—CE2021002585.
Mediante escritura otorgada ante esta
notaría, a las 10 horas 00 minutos del 24 de febrero del año 2021, se
constituyó la sociedad denominada Stol Social Marketing Sociedad Anónima.—San José, 24 de febrero del
2021.—Lic. Randy David Hernández
Rodríguez,
Notario.—1 vez.—CE2021002586.
Mediante escritura
otorgada ante esta notaría, a las 12 horas 45 minutos del 24 de febrero del año
2021, se constituyó la sociedad denominada Mabastian Comercial Sociedad de
Responsabilidad Limitada.—San José, 24 de febrero del 2021.—Lic. Álvaro Enrique Arguedas Durán, Notario.—1 vez.—CE2021002587.
Mediante escritura otorgada ante esta
notaría, a las 11 horas 00 minutos del 24 de febrero del año 2021, se
constituyó la sociedad denominada Fornax SGB Limitada.—San
José, 24 de febrero del 2021.—Lic. Ismene Arroyo Marín, Notario.—1
vez.—CE2021002588.
Mediante escritura otorgada ante esta
notaría, a las 11 horas 00 minutos del 23 de febrero del año 2021, se
constituyó la sociedad denominada Sucesora de Pont Royal
Sociedad Anónima.—San José, 24 de febrero del 2021.—Lic. Daniel Aguilar
González,
Notario.—1 vez.—CE2021002589.
Mediante escritura otorgada ante esta
notaría, a las 12 horas 00 minutos del 13 de febrero del año 2021, se
constituyó la sociedad denominada Inversiones Ludicame de Nicoya
Sociedad Anónima.—San José, 24 de febrero del 2021.—Lic. William Elizondo
Manzanares, Notario.—1 vez.—CE2021002590.
Mediante escritura otorgada ante esta
notaría, a las 16 horas 00 minutos del 08 de febrero del año 2021, se
constituyó la sociedad denominada Inversiones D H R Sociedad Anónima.—San
José, 24 de febrero del 2021.—Lic. Jorge Enrique Monge Jiménez, Notario.—1
vez.—CE2021002591.
Mediante escritura otorgada ante esta
notaría, a las 16 horas 25 minutos del 18 de febrero del año 2021, se
constituyó la sociedad denominada D Lavo Costa Rica Sociedad de Responsabilidad
Limitada.—San José, 24 de febrero del 2021.—Lic. Randall Rubén Sánchez Mora, Notario.—1
vez.—CE2021002592.
Mediante escritura otorgada ante esta
notaría, a las 09 horas 30 minutos del 17 de febrero del año 2021, se
constituyó la sociedad denominada Real Team Services CR Sociedad
Anónima.—San José, 24 de febrero del 2021.—Licda. Ana María Valverde Ramos,
Notaria.—1 vez.—CE2021002593.
Mediante escritura otorgada ante esta
notaría, a las 09 horas 00 minutos del 24 de febrero del año 2021, se
constituyó la sociedad denominada Immensity Business Intelligence and
Digital Innovation Sociedad Anónima.—San José, 24 de febrero del
2021.—Licda. Vanessa De Paul Castro Mora, Notaria.—1 vez.—CE2021002594.
Mediante escritura otorgada ante esta
notaría, a las 19 horas 00 minutos del 04 de febrero del año 2021, se
constituyó la sociedad denominada Inversiones Golden Pet Q.M Sociedad
de Responsabilidad Limitada.—San José, 24 de febrero del
2021.—Lic. Oldemar Corrales Valverde, Notario.—1 vez.—CE2021002595.
Mediante escritura otorgada ante esta
notaría, a las 12 horas 30 minutos del 24 de febrero del año 2021, se
constituyó la sociedad denominada John Jason Kappa LLC Limitada.—San
José, 24 de febrero del 2021.—Lic. Eric Scharf Taitelbaum, Notario.—1
vez.—CE2021002596.
Mediante escritura otorgada ante esta
notaría, a las 16 horas 00 minutos del 29 de Enero del año 2021, se constituyó
la sociedad denominada Sea Sunrise Costa Rica Sociedad Anónima.—San
José, 24 de febrero del 2021.—Licda. Katia María Brenes Rivera, Notaria.—1
vez.—CE2021002597.
Mediante escritura
otorgada ante esta notaría, a las 10 horas 00 minutos del 11 de febrero del año
2021, se constituyó la sociedad denominada Consultores Financieros y
Legales Confilsa Sociedad Anónima.—San José, 24 de febrero del
2021.—Licda. Myrna Valverde López, Notaria.—1
vez.—CE2021002598.
Mediante escritura
otorgada ante esta notaría, a las 10 horas 00 minutos del 23 de febrero del año
2021, se constituyó la sociedad denominada Wild Girls Stores Latinoamérica
Limitada.—San José, 24 de febrero del 2021.—Licda. Juana Mercedes Navarrete
Navarrete, Notaria.—1 vez.—CE2021002599.
Mediante escritura
otorgada ante esta notaría, a las 08 horas 00 minutos del 22 de febrero del año
2021, se constituyó la sociedad denominada CA & T Investments
Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 24 de febrero del
2021.—Lic. Felipe Cordero Espinoza, Notario.—1 vez.—CE2021002600.
Mediante escritura otorgada ante esta
notaría, a las 08 horas 00 minutos del 17 de febrero del año 2021, se
constituyó la sociedad denominada Corte Maestro Sociedad Anónima.—San
José, 24 de febrero del 2021.—Lic. Otto Francisco Patiño Chacón, Notario.—1
vez.—CE2021002601.
Mediante escritura otorgada ante esta
notaría, a las 11 horas 00 minutos del 22 de febrero del año 2021, se
constituyó la sociedad denominada Chiol Sociedad Anónima.—San José, 24
de febrero del 2021.—Licda. Carolina Gallegos Steinvorth, Notaria.—1
vez.—CE2021002602.
Mediante escritura
otorgada ante esta notaría, a las 16 horas 00 minutos del 17 de febrero del año
2021, se constituyó la sociedad denominada Importadora Persa del Norte
Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 24 de febrero
del 2021.—Licda. Andrea Hutt Fernández,
Notaria.—1 vez.—CE2021002603.
Mediante escritura otorgada ante esta
notaría, a las 09 horas 00 minutos del 17 de febrero del año 2021, se constituyó
la sociedad denominada Asimétrica Sociedad Anónima.—San José, 24 de
febrero del 2021.—Lic. Otto Francisco Patiño Chacón, Notario.—1
vez.—CE2021002604.
Mediante escritura otorgada ante esta
notaría, a las 14 horas 00 minutos del 22 de febrero del año 2021, se
constituyó la sociedad denominada: Horse Company CR Sociedad
Anónima.—San José, 24 de febrero del 2021.—Lic. Luis Antonio Vega Campos,
Notario.—1 vez.—CE2021002605.
Mediante escritura otorgada ante esta
notaría, a las 19 horas 00 minutos del 23 de febrero del año 2021, se
constituyó la sociedad denominada Inversiones Múltiples R & C
Sociedad Anónima.—San José, 24 de febrero del 2021.—Lic. José Armando Ortiz Muñiz,
Notario.—1 vez.—CE2021002606.
Mediante escritura otorgada ante esta
notaría, a las 13 horas 20 minutos del 24 de febrero del año 2021, se
constituyó la sociedad denominada Midori Mori Tortuga Sociedad de
Responsabilidad Limitada.—San José, 24 de febrero del 2021.—Lic. Carlos
Alberto Montero Trejos, Notario.—1 vez.—CE2021002607.
Mediante escritura
otorgada ante esta notaría, a las 09 horas 00 minutos del 23 de febrero del año
2021, se constituyó la sociedad denominada Yuko de Tamarindo
LLC Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 24 de
febrero del 2021.—Licda. Yosandra Apu Rojas, Notaria.—1 vez.—CE2021002608.
Mediante escritura otorgada ante esta
notaría, a las 10 horas 30 minutos del 04 de febrero del año 2021, se
constituyó la sociedad denominada Leyar Inversiones del Norte
Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 24 de febrero
del 2021.—Licda. Katty Mariela Campos Chacón, Notaria.—1
vez.—CE2021002609.
Mediante escritura otorgada ante esta
notaría, a las 12 horas 05 minutos del 24 de febrero del año 2021, se
constituyó la sociedad denominada Guimarol RJE Sociedad
Anónima.—San José, 24 de febrero del 2021.—Lic. Victor Hugo Maffioli
Alvarado, Notario.—1 vez.—CE2021002610.
Mediante escritura
otorgada ante esta notaría, a las 15 horas 00 minutos del 24 de febrero del año
2021, se constituyó la sociedad denominada Witloofje Sociedad de Responsabilidad
Limitada.—San José, 24 de febrero del 2021.—Licda. Sabrina Karine Kszak
Bianchi, Notaria.—1 vez.—CE2021002611.
Mediante escritura
otorgada ante esta notaría, a las 14 horas 00 minutos del 22 de febrero del año
2021, se constituyó la sociedad denominada Carnes y Embutidos
Zumgar Sociedad Anónima.—San José, 24 de febrero del 2021.—Licda. Andrea
María Alvarado Sandí, Notaria.—1
vez.—CE2021002612.
Mediante escritura otorgada ante esta
notaría, a las 08 horas 00 minutos del 17 de febrero del año 2021, se
constituyó la sociedad denominada SMV de Herradura Sociedad
Anónima.—San José, 24 de febrero del 2021.—Lic. Álvaro Enrique Moreno Gómez, Notario.—1
vez.—CE2021002613.
Mediante escritura otorgada ante esta
notaría, a las 18 horas 00 minutos del 19 de febrero del año 2021, se
constituyó la sociedad denominada Carnicería La Teja Sociedad de Responsabilidad
Limitada.—San José, 24 de febrero del 2021.—Lic. Greivin Cortés Bolaños, Notario.—1
vez.—CE2021002614.
Mediante escritura otorgada ante esta
notaría, a las 18 horas 00 minutos del 22 de febrero del año 2021, se
constituyó la sociedad denominada Olas de Tamarindo CH
Y W Sociedad Anónima.—San José, 24 de febrero del 2021.—Licda. Estrella
Quesada Guerrero, Notaria.—1 vez.—CE2021002615.
Mediante escritura
otorgada ante esta notaría, a las 14 horas 00 minutos del 11 de febrero del año
2021, se constituyó la sociedad denominada Capo Twenty Two Corporation
Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 24 de febrero
del 2021.—Lic. Oscar Venegas Córdoba, Notario.—1
vez.—CE2021002616.
Mediante escritura otorgada ante esta
notaría, a las 15 horas 00 minutos del 11 de febrero del año 2021, se
constituyó la sociedad denominada Providencia Sesenta y Nueve
Setenta Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 24 de
febrero del 2021.—Lic. Oscar Venegas Córdoba, Notario.—1 vez.—CE2021002617.
Mediante escritura
otorgada ante esta notaría, a las 16 horas 00 minutos del 23 de febrero del año
2021, se constituyó la sociedad denominada Inversiones Gama Perlada del
Oeste Sociedad Anónima.—San
José, 24 de febrero del 2021.—Licda. Susan Naranjo López, Notaria.—1 vez.—CE2021002618.
Mediante escritura otorgada ante esta
notaría, a las 09 horas 00 minutos del 24 de febrero del año 2021, se
constituyó la sociedad denominada WPUXY Sociedad de Responsabilidad
Limitada.—San José, 24 de febrero del 2021.—Lic. José Mario Rojas Ocampo,
Notario.—1 vez.—CE2021002619.
Mediante escritura otorgada ante esta notaría,
a las 15 horas 00 minutos del 24 de febrero del año 2021, se constituyó la
sociedad denominada La Costa Corp Sociedad Anónima.—San José, 24 de
febrero del 2021.—Licda. Gianna Cersosimo D Agostino, Notaria.—1
vez.—CE2021002620.
Mediante escritura otorgada
ante esta notaría, a las 15 horas 00 minutos del 19 de febrero del año 2021, se
constituyó la sociedad denominada Constructora Industrial del Sur
Zamora & Salas S. A. Sociedad Anónima.—San José,
24 de febrero del 2021.—Lic. Gaudy Marín Campos, Notario.—1 vez.—CE2021002621.
Mediante escritura
otorgada ante esta notaría, a las 19 horas 00 minutos del 18 de febrero del año
2021, se constituyó la sociedad denominada Fechalo Grupo Élite RC Seguridad
Privada Sociedad Anónima.—San José, 24 de febrero del 2021.—Lic. Diego González Vargas, Notario.—1 vez.—CE2021002622.
Mediante escritura
otorgada ante esta notaría, a las 11 horas 00 minutos del 22 de febrero del año
2021, se constituyó la sociedad denominada Agrinzonis Management Group
Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 24 de febrero del
2021.—Licda. Lilliana Fernández Urpi,
Notaria.—1 vez.—CE2021002623.
Mediante escritura otorgada ante esta
notaría, a las 16 horas 30 minutos del 19 de febrero del año 2021, se
constituyó la sociedad denominada Grupo Minero Los Portones de Tilarán Sociedad Anónima.—San José, 24
de febrero del 2021.—Lic. Eitel Eduardo Álvarez Ulate, Notario.—1
vez.—CE2021002624.
Mediante escritura otorgada ante esta
notaría, a las 09 horas 00 minutos del 19 de febrero del año 2021, se
constituyó la sociedad denominada JDLC Corporación Sociedad Anónima.—San José, 24 de febrero del
2021.—Licda. Celenia María Miranda Castro, Notaria.—1 vez.—CE2021002625.
Mediante escritura
otorgada ante esta notaría, a las 12 horas 00 minutos del 24 de febrero del año
2021, se constituyó la sociedad denominada American Holding Sociedad de
Responsabilidad Limitada.—San José, 24 de febrero del 2021.—Licda.
Katherine Vanessa Ruiz Gallo, Notaria.—1 vez.—CE2021002626.
Mediante escritura otorgada ante esta
notaría, a las 12 horas 00 minutos del 22 de febrero del año 2021, se
constituyó la sociedad denominada Zwill Investments Limitada.—San José,
24 de febrero del 2021.—Lic. Eric Scharf Taitelbaum, Notario.—1
vez.—CE2021004352.
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 11 horas 00 minutos
del 24 de febrero del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Ricatours
Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 26 de febrero del
2021.—Lic. Omar Jalil Ayales Aden, Notario.—1 vez.—CE2021002798.
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 13 horas 00 minutos del 25 de
febrero del año 2021, se constituyó la sociedad denominada W&V Computación Sociedad Anónima.—San José, 26 de febrero del
2021.—Lic. Verónica
Jiménez Chacón, Notaria.—1
vez.—CE2021002799.
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 08 horas 00 minutos del 26 de
febrero del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Tierras Sun Sun
Veintiuno Sociedad Anónima.—San José, 27 de febrero del 2021.—Lic. María Verónica Méndez Reyes, Notario.—1
vez.—CE2021002800.
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 15 horas 30 minutos
del 24 de febrero del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Inversiones
Moreno y Vásquez Sociedad
Anónima.—San José, 27 de febrero del 2021.—Lic. Evelin de los Ángeles Sandoval Sandoval, Notaria.—1 vez.—CE2021002801.
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 18 horas 00 minutos
del 24 de febrero del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Instalaciones
H&B Sociedad Anónima.—San José, 27 de febrero del 2021.—Lic. Evelin de
los Ángeles Sandoval Sandoval, Notario.—1 vez.—CE2021002802.
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 12 horas 00 minutos
del 22 de febrero del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Inversiones
Trincado Sociedad Anónima.—San José, 27 de febrero
del 2021.—Lic. Evelin de los Ángeles Sandoval
Sandoval, Notario.—1 vez.—CE2021002803.
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 08 horas 00 minutos del 21 de
febrero del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Corporación Ingeniería Vica Sociedad Anónima.—San José, 27 de febrero del
2021.—Lic. Geovanny Víquez
Arley, Notario.—1 vez.—CE2021002804.
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 11 horas 00 minutos del 26 de
febrero del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Auco Industria CR
Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 28 de febrero del
2021.—Lic. Ana Esperanza Vicente Sotela, Notario.—1 vez.—CE2021002805.
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 20 horas 30 minutos
del 25 de febrero del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Repuestos
Universal King Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 28 de
febrero del 2021.—Lic. Shih Min Lin Chang, Notario.—1 vez.—CE2021002806.
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 13 horas 00 minutos
del 23 de febrero del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Transporte
YJH y Logística Sociedad Anónima.—San José, 28 de febrero del 2021.—Lic.
María de los Ángeles Montero
Álvarez, Notario.—1 vez.—CE2021002807.
SUBPROCESO DE COBROS ADMINISTRATIVOS
PUBLICACIÓN DE TERCERA VEZ
Por no haber sido posible notificarle en
el domicilio conocido por la administración, se ordena la notificación por
medio de edictos por tres veces consecutivas en La Gaceta de la
siguiente Resolución N° 736-2021 AJCA Ministerio de Seguridad Pública. Asesoría
Jurídica. Subproceso de Cobros Administrativos. San José a las ocho horas y
cincuenta y cinco minutos del nueve de julio de dos mil veintiuno. Acorde con
lo ordenado por los artículos 214, 320 al 347 de la Ley General de
Administración Pública, Reglamento General para el control y recuperación de
acreditaciones que no corresponden, N° 34574 del 14 de mayo de 2008 y los
alcances del Decreto Ejecutivo N° 36366 SP, artículo N° 4 inc. 7,5 inc. 5 y 10.
Procede este Subproceso en calidad de Órgano Director, a iniciar el
Procedimiento Sumario Administrativo de Cobro contra Eliécer Calderón Pérez,
cédula de identidad número 1-0760-0283, por
“adeudar a este ministerio la suma de ¢227.174.35, por
los siguientes conceptos:
CONCEPTO |
VALOR
EN COLONES |
Sumas
acreditadas que no corresponden, por el periodo del 05 al 15 de marzo de
2015, al haber sido cesado sin responsabilidad patronal a partir del 01 de
junio de 2021 y tener el salario retenido del 16 de marzo de 2015 al 31 de
mayo de 2021. |
175.398.34 |
Incapacidad
no deducida del periodo del 05 al 06 de enero de 2015 y del 29 al 30 de enero
de 2015. |
51,776.01 |
TOTAL
A COBRAR |
¢227,174.35 |
Lo
anterior con fundamento en el oficio N° MSP-DM-DVA-DGAF-DRH-DRC-SREM-5343-06-2021, del 29 de junio de
2021, del Departamento de Remuneraciones y Compensaciones, de la Dirección de
Recursos Humanos, (folio 01); Oficio N° MSP-DM-DRH-DCODC-SAR-2676-2021, del 28
de mayo de 2021, del Departamento de Control y Documentación y Oficio N°
MSP-DM-VMA-DGAF-DRH-DRC-4941-06-2021M del 14 de junio de 2021, del Departamento
de Remuneraciones y Compensaciones (folios 02 frente y vuelto) ambos de éste
Ministerio. Para lo anterior se realiza el debido proceso, el cual será
instruido por la Asesora Legal Licda. Xinia M. Sandoval Ugalde, teléfono
2600-4846 y 2600-4284 y el, fax 2227-7828. Si existiere oposición al monto
adeudado, se le hace saber a la encausada que cuenta con el plazo de 15 días
hábiles contados a partir del día siguiente del recibo de la presente
notificación, para presentar en el Subproceso de Cobros Administrativos del
Ministerio de Seguridad Pública, sita en Barrio San Dimas, frente al “Liceo
Castro Madriz”, en la ciudad de San José, la prueba que estime conveniente. En
forma opcional, puede proponer un arreglo de pago o cancelar la suma adeudada
mediante el depósito bancario a cualquiera de las siguientes cuentas
001-0242476-2 del Banco de Costa Rica o la 100-01-000-215933-3 del Banco
Nacional a nombre del Ministerio de Hacienda, o mediante entero a favor del
Gobierno en un sólo momento, y aportar la copia respectiva a éste Subproceso. Toda la documentación habida en el
expediente administrativo puede ser consultada en este Despacho en días y horas
hábiles, y fotocopiada a costa del interesado, advirtiéndose que, por la naturaleza
dicha de este expediente, de conformidad con los artículos 39 y 40
constitucional, 272 y 273 de la Ley General de la Administración Pública, se
declara el mismo de acceso restringido sólo a las partes y sus representantes
legales, siendo lo aquí ventilado de interés únicamente para el Ministerio y
las partes, por lo que pueden incurrir en responsabilidad civil, penal o de
otra naturaleza la persona que hiciere uso indebido o no autorizado de la
información que aquí se consigne. Se le informa que el plazo otorgado es el
momento procesal oportuno para aportar y recibir prueba de descargo y los
alegatos pertinentes respecto al monto. Asimismo, se hace de su conocimiento
que en contra de esta resolución no procede
recurso alguno conforme el artículo 344 de la Ley General de la Administración
Pública. De igual manera, se le hace saber al mencionado(a) que puede
hacerse asesorar o acompañar de un abogado durante todo el proceso. Se le
previene que debe señalar casa u oficina donde atender futuras notificaciones,
de lo contrario las resoluciones posteriores se tendrán por debidamente
notificadas, con el solo transcurso de veinticuatro horas después de dictadas.
Notifíquese.—Licda. Beatriz López González, Jefe Subproceso de Cobros Administrativos, Órgano Director.—O. C. N°
4600061676.—Solicitud N° 335641.—(
IN2022632268 ).
Por no haber
sido posible notificarle en el domicilio conocido por la administración, se
ordena la notificación por medio de edictos por tres veces consecutivas en La
Gaceta de la siguiente Resolución N° 102-2022 AJ-SPCA Ministerio de
Seguridad Pública. Subproceso de Cobros Administrativos. San José a las catorce
horas del veintidós de febrero de dos mil veintidós. Que de conformidad con el
artículo 157 de la Ley General de la Administración Pública y los Principios de Celeridad y Economía Procesal administrativa, la
Administración puede “rectificar y en cualquier tiempo sus errores
materiales, de hecho o aritméticos” por lo que revisado el expediente se
corrige el error involuntario en cuanto al número de cédula del señor Eliécer Calderón Pérez en la
Resolución N° 736-2021 AJCA, de fecha nueve de julio de dos mil veintiuno,
(visible a folio 03) en la cual por error se consignó el número de cédula del
encausado como “1-0760-0283” siendo lo correcto “7-0160-0975”. En todo
lo demás se mantiene incólume la resolución de cita y se le concede el plazo de
15 días hábiles posteriores a la notificación de la presente Resolución para
que presente alegatos si así lo desea. Notifíquese.—Subproceso de Cobros Administrativos.—Licda. Beatriz López
González, Jefe, Órgano Director.—O. C. N° 4600061676.—Solicitud N° 335625.—(
IN2022632263 ).
PUBLICACIÓN DE PRIMERA VEZ
Por no haber sido posible
notificarle en el domicilio conocido por la Administración, se ordena la
notificación por medio de edictos por tres veces consecutivas en La Gaceta
del siguiente documento que forma parte de la Resolución N° 1199-2021 AJ-SPCA
del 28 de diciembre de 2021. Ministerio de Seguridad Pública Sub Proceso de Cobros
Administrativos expediente N° 462-2021 Cambio
de señalamiento de comparecencia oral y privada. Ministerio de Seguridad Pública.
Despacho del Ministro. San José a las ocho horas Y cinco minutos del quince de
marzo de dos mil veintidós. Diligencias cobratorias incoadas a Eduardo Solano
Solano, cédula de identidad número 3-0444-0488.
1º—Mediante Resolución N°
1199-2021 AJ-SPCA, del 28 de diciembre de
2021, el Sub Proceso de Cobros Administrativos, dispuso iniciar Procedimiento
Ordinario Administrativo de Investigación Real de los Hechos, Determinación
de Responsabilidad Civil y Eventual cobro a ex servidor Eduardo Solano Solano,
cédula de identidad número 3-0444-0488, donde se señalaba para audiencia las 09:00
horas del día 17 de febrero del 2022, en el Subproceso de Cobros
Administrativos sito en, San José, Barrio San Dimas, frente al Liceo José María
Castro Madriz.
2º—Lo anterior se envió a
notificar en el domicilio que consta en el Ministerio, San José, San Pedro,
Montes de Oca, del Restaurante La Casita Azul 100 metros oeste y 50 metros
norte, sin embargo, mediante Oficio N°
MSP-DM-DVURFP-SDGFP-DRPSJ-DPMON-006-2022, del 04 de enero del 2022, la
Delegación Policial de Montes de Oca, San José, devuelve el acta sin
diligenciar con la indicación del cambio de domicilio del encausado Solano
Solano, (folios 26, 28 y 29).
3º—Ante la imposibilidad de
notificar por medio de Fuerza Pública, se intenta notificar las presentes
diligencias por correo certificado, sin embargo, tampoco fue posible
notificarle por este medio, venciéndose de esa forma la caducidad del plazo, de
conformidad con lo que establece el Artículo 311 de la Ley General de la
Administración Pública, (folio 31).
4º—En virtud de lo anterior,
en aras de garantizar el Debido Proceso y correlativo Derecho de Defensa del
encausado dentro de este proceso, el cual tiene como objetivo encontrar la
verdad real sobre los hechos que se investigan, se ordena un nuevo
diligenciamiento del referido Auto de Apertura, a efecto de que se notifique
personalmente al ex funcionario Eduardo Solano Solano, cédula de
identidad número 3-0444-0488.
En este mismo acto, se
procede a proponer la realización de la comparecencia señalada en el Auto de
Apertura ya citado, señalándose para la celebración de la Audiencia las 09:00
horas del 23 de junio de 2022, en el Subproceso de Cobros Administrativos
sito en, San José, Barrio San Dimas, frente al Liceo José María Castro Madriz.
En todo lo demás el referido Auto de Apertura se mantiene incólume. Publíquese
en La Gaceta.—Subproceso de Cobros Administrativos.—Órgano
Director.—Licda. Beatriz López González, Jefe.—O.C. N° 4600061676.—Solicitud
N° 336442.—( IN2022633315 ).
Por no haber
sido posible notificarle en el domicilio conocido por la Administración, se
ordena la notificación por medio de edictos por tres veces consecutivas en La
Gaceta de la siguiente Resolución N° 1199-2021 AJ-SPCA Ministerio de
Seguridad Pública. Subproceso de Cobros Administrativos. San José, a las nueve
horas y cinco minutos del veintiocho de diciembre del dos mil veintiuno. Acorde
con lo ordenado por los artículos 196, 197, 210, 214, siguientes y
concordantes, de la Ley General de Administración Pública, Reglamento General
para el Control y Recuperación de acreditaciones que no corresponden, N° 34574
del 14 de mayo de 2008 y alcances del Decreto Ejecutivo N° 36366 SP, artículos
4 inc. 7, 5 inc. 5 y 10. Se procede a iniciar procedimiento ordinario administrativo
de investigación real de los hechos; determinación de responsabilidad civil y
eventual cobro contra Eduardo Antonio Solano Solano, cédula de identidad número
3-0444-0488, ex servidor de éste Ministerio, por la suma de Ȼ178.625.47
colones, por daños al teléfono celular que le fue asignado marca Apple, Modelo
IPhone 11 Black, modelo a-2221, número de identificación IMEI:
352922/11/157036/1, de 128 GB de capacidad, asociado a la línea 8561-8723, el
cual presenta las siguientes afectaciones: fue recibido sin cargador, el manos
libres tiene cortaduras en el audífono izquierdo, el cable de carga y datos,
tiene fisuras en el forro, ambos accesorios son inservibles ya que no
garantizan la seguridad de carga del equipo, la pantalla presenta un golpe con
afectación del cristal en el extremo superior izquierdo de la pantalla, con
continuidad y perdida del empaque o sello de agua en la parte superior por
donde eventualmente al humedad o líquidos pueden ingresar afectando su tarjeta
interna. Lo anterior de conformidad con lo señalado en Oficio
N°MSP-DM-DVA-DGAF-DI-DSAP-1239-2021, del 23 de setiembre de 2021, del
Departamento de Servicios de Apoyo (folio 09 frente y vuelto); Oficio
N°MSP-DM-DVA-DGAF-DI-DSAP-0843-2021, del 20 de julio de 2021, del Departamento
de Servicios de Apoyo (folio 02) y Oficio N°MSP-DM-1394-2021, del 24 de agosto
de 2021, del Despacho del Ministro, el cual señala que en virtud de que el
señor Eduardo Solano Solano a no es funcionario activo de este Ministerio,
puesto que renunció en días pasados, no es posible someterlo a ningún proceso
administrativo por alguna falta disciplinaria, ya que carece del Principio de
Actualidad, por lo que lo esbozado se refiere a aparentes daños materiales, se
instruye a que se analice el daño reportado, si es el caso se cuantifique
pecuniariamente y se proceda con el proceso cobratorio. Dicho proceso será
instruido por la Asesora Legal. Licda. Xinia Sandoval Ugalde, teléfono
2586-4344 o 25846-4285, fax 2227-7828. Consta en el expediente la siguiente
prueba documental: 1). Oficio MSP-DM-1394-2021, del 24 de agosto de 2021, del
Despacho del Ministro (folio 01 frente); 2). Oficio
MSP-DM-DVMA-DGAF-DI-DSAP-1155-2021, del 31 de agosto de 2021, de Servicios
Públicos (folio 01 vuelto); 3). Oficio MSP-DM-DVA-DGAF-DI-DSAP-0843-2021, del
20 de julio de 2021, del Departamento de Servicios de Apoyo (folio 02); 4).
Oficio N°MSP-DM-DVA-DDL-AIP-1395-2021, del 23 de junio del 2021, de la Sección
de Admisibilidad e investigaciones Preliminares, (folio 03 frente); 5). Oficio MSP-DM-DVA-DGAF-DI-DSAP-0814-2021,
del 17 de junio de 2021, del Departamento de Servicios de Apoyo (folio 03
vuelto); 6). Oficio MSP-DM-VMA-DGAF-DSAP-0810-2021, del 16 de junio de 2021,
del Sub-Proceso de Servicios Generales (folio 04 frente); 7). Oficio MSP-DM-DVA-DGAF-DI-DSAP-0804-2021,
del 16 de junio de 2021, del Departamento de Servicios de Apoyo (folio 04
vuelto) 8). Correo electrónico suscrito por Jorge Azofeifa Bermúdez, de Sección
de Servicios Públicos. (folios 05 frente); 9). Oficio MSP-DM-DVUE-284-2021, del
14 de junio de 2021, del Despacho del Viceministro de Seguridad Pública, el
cual remite el Acta de Entrega Nº260-2020 (folio 05 vuelto al 07); 10). Oficio
MSP-DM-AJ-SPCA-5985-2021, del 21 de setiembre de 2021, Subproceso de Cobros
Administrativos, (folio 08); 11). Oficio MSP-DM-DVMA-DGAF-DI-DSAP-1239-2021,
del 23 de setiembre de 2021, del Departamento de Servicios de Apoyo (folio 09
frente y vuelto); 12). Oficio MSP-DM-VMA-DGAF-DSAP-1197-2021, del 10 de
setiembre de 2021, del Departamento de Servicios de Apoyo (folio 10); 13).
Oficio MSP-DM-AJ-SPCA-6104-2021, del 26 de octubre de 2021, Subproceso de
Cobros Administrativos, (folio 20); 14). Oficio
MSP-DM-DVMA-DGAF-DI-DSAP-1366-2021, del 27 de octubre de 2021, del Departamento
de Servicios de Apoyo (folios 21 al 23) y 15). Oficio MSP-DM-DVUE-313-2021, del
01 de julio de 2021, del Despacho de Viceministro, (folio 24). En razón de lo
anterior, se le hace saber al encausado que este órgano director ha ordenado
realizar una comparecencia oral y privada por lo que deberá presentarse el a
las 09:00 horas del día 17 de febrero del 2022,
en el Subproceso de Cobros Administrativo sito en, San José, Barrio San Dimas,
frente al Liceo José María Castro Madriz. Toda la documentación habida en el
expediente administrativo puede ser consultada en este Despacho en días y horas
hábiles, y fotocopiada a costa del interesado, advirtiéndose que, por la
naturaleza dicha de este expediente, de conformidad con los artículos 39 y 40
constitucional, 272 y 273 de la Ley General de la Administración Pública, se
declara el mismo de acceso restringido sólo a las partes y sus representantes
legales, siendo lo aquí ventilado de interés únicamente para el Ministerio y
las partes, por lo que pueden incurrir en responsabilidad civil, penal o de
otra naturaleza la persona que hiciere uso indebido o no autorizado de la
información que aquí se consigne. Se le informa al citado señor que la
comparecencia oral y privada es el momento procesal oportuno para aportar y
recibir prueba de descargo y los alegatos pertinentes, por lo que la prueba que
estime necesaria en defensa de sus intereses puede hacerla llegar a este
Despacho, antes o al momento de la comparecencia, si lo hiciera antes deberá
hacerlo por escrito. Se le indica que también puede cancelar su deuda mediante
depósito bancario a las cuentas N°001-0242476-2 del Banco de Costa Rica o la N°
100-01-000-215933-3 del Banco Nacional a nombre del Ministerio de Hacienda,
debiendo presentar el documento de depósito original a este Subproceso. Asimismo,
se hace de su conocimiento que en contra de esta resolución proceden los
recursos de Revocatoria y Apelación en Subsidio, a interponer ante el Órgano
Director que dicta esta resolución, a quien corresponde resolver el primero, y
elevar el segundo al conocimiento del superior jerárquico, Es potestativo
emplear uno o ambos, pero será inadmisible el interpuesto pasadas 24 horas
contadas a partir de la notificación de éste acto y los enviados vía fax y
dicha interposición no suspende la comparecencia a la que se le invita de
conformidad con el artículo 148 de la Ley General de la Administración Pública.
De igual manera, se le hace saber al mencionado (a) que deberá comparecer
personalmente o por medio de representante o apoderado puede hacerse asesorar o
acompañar de un abogado durante todo el proceso. Se le previene que debe
señalar casa, oficina u otro medio donde atender futuras notificaciones, de lo
contrario las resoluciones posteriores se tendrán por debidamente notificadas,
con el solo transcurso de veinticuatro horas después de dictadas.
Notifíquese.—Subproceso de Cobros Administrativos.—Licda. Beatriz López González, Jefe Órgano Director.—O.
C. N° 4600061676.—Solicitud N° 336928.—( IN2022633317 ).
Por no haber sido posible notificarle en el domicilio conocido por la
Administración, se ordena la notificación por medio de edictos por tres veces
consecutivas en La Gaceta del siguiente documento que forma parte de la
Resolución N°1198-2021 AJ-SPCA del 28 de diciembre de 2021. Ministerio de
Seguridad Pública Sub Proceso de Cobros Administrativos expediente N° 515-2021
cambio de señalamiento de comparecencia oral y privada. Ministerio de Seguridad
Pública. Despacho del Ministro. San José a las ocho horas y diez minutos del
quince de marzo de dos mil veintidós. Diligencias cobratorias incoadas a
Leonardo Barahona Chavarría, cédula de identidad número 1-1354-0361. Primero:
Mediante Resolución N° 1198-2021 AJ-SPCA, del 28 de diciembre de 2021, el Sub
Proceso de Cobros Administrativos, dispuso iniciar Procedimiento Ordinario
Administrativo de Investigación Real de los Hechos, Determinación de
Responsabilidad Civil y Eventual cobro a ex servidor Leonardo Barahona
Chavarría, cédula de identidad número 1-1354-0361, donde se señalaba para
audiencia las 09:00 horas del día 19 de enero del 2022, en el Subproceso de
Cobros Administrativos sito en, San José, Barrio San Dimas, frente al Liceo
José María Castro Madriz. Segundo. Lo anterior se envió a notificar en el
domicilio que consta en el Ministerio, San José, Pérez Zeledón, Páramo, 500
metros noreste de la escuela de San Ramón norte, sin embargo, de acuerdo al
Oficio MSP-DM-DVURFP-DGFP-DRSBRUN-DPCPZ-UO-0195-2022, del 27 de enero de 2022,
de la Delegación Policial de Pérez Zeledón, San José, no fue posible notificar al
encausado Barahona Chavarría, (folios 33 y 34). Tercero: Ante la imposibilidad
de notificar por medio de Fuerza Pública y no contar a esta fecha con las
diligencias debidamente diligenciadas, tenemos que, se encuentra vencido el
plazo, de conformidad con lo que establece el Artículo 311 de la Ley General de
la Administración Pública. Cuarto: En virtud de lo anterior, en aras de garantizar el Debido Proceso y correlativo Derecho de
Defensa del encausado dentro de este proceso, el cual tiene como objetivo encontrar
la verdad real sobre los hechos que se investigan, se ordena un nuevo
diligenciamiento del referido Auto de Apertura, a efecto de que se notifique
personalmente al ex funcionario Leonardo Barahona Chavarría, cédula de
identidad número 1-1354-0361. En este mismo acto, se procede a proponer la
realización de la comparecencia señalada en el Auto de Apertura ya citado,
señalándose para la celebración de la Audiencia las 09:00 horas del 15
de junio del 2022, en el Subproceso de Cobros Administrativos sito en, San
José, Barrio San Dimas, frente al Liceo José María Castro Madriz. En todo lo
demás el referido Auto de Apertura se mantiene incólume. Publíquese en La
Gaceta.—Órgano Director.—Licda. Beatriz López González, Jefe del Subproceso
de Cobros Administrativos.—O.C. Nº 4600061676.—Solicitud Nº 336931.—(
IN2022633319 ).
Por no haber
sido posible notificarle en el domicilio conocido por la administración, se
ordena la notificación por medio de edictos por tres veces consecutivas en la
gaceta de la siguiente resolución N° 1198-2021 AJ-SPCA
Ministerio de Seguridad Pública. Subproceso de Cobros Administrativos. San
José, a las nueve horas del veintiocho de diciembre del dos mil veintiuno.
Acorde con lo ordenado por los artículos 196, 197, 210, 214, siguientes y
concordantes, de la Ley General de Administración Pública, Reglamento General
para el control y recuperación de acreditaciones que no corresponden, n°34574
del 14 de mayo de 2008 y con los acuerdos y alcances del decreto ejecutivo
n°36366 sp, artículos 4 inc. 7, 5 inc. 5 y 10. Se procede a iniciar
procedimiento ordinario administrativo de investigación real de los hechos;
determinación de responsabilidad civil y eventual cobro contra leonardo
Barahona Chavarría, cédula de identidad número 1-1354-0361, ex servidor de éste
ministerio, por el extravío de funda policial n°028150, del chaleco antibalas
código 194420, propiedad del estado, con un valor de ȼ86.950.00, sin IVA,
por cuanto el gobierno al momento de adquirirlo no tenía que pagarlo,
extraviada el 26 de julio de 2019 (folio 13). Lo anterior de conformidad con la
resolución N° 1212-ip-2021-ddl, de las 09:00 del 13 de octubre de 2021,
dictada por el departamento disciplinario legal, admisibilidad e
investigaciones preliminares, la cual ordena archivar internamente las
diligencias disciplinarias del encausado y se remite el caso a ésta oficina con el fin de
determinar si corresponde la aplicación de la responsabilidad civil y se
practiquen las diligencias cobratorias si fuera el caso (folios 23 y 24). Dicho
proceso será instruido por la asesora legal. Licda. Xinia m. Sandoval Ugalde,
teléfono 2586-4344 o 25846-4285, fax 2227-7828. Consta en el expediente la
siguiente prueba documental: 1- oficio n°msp-dm-dva-ddl-2472-2021 ddl, del 18
de octubre de 2021, del departamento disciplinario legal, (folio 1); 2- oficio
N°
MSPDM-DVURFP-DGFP-DRSBRUN-DPCPZ-UO-0975-2019, del 01 de setiembre de 2019, de
la delegación policial de Pérez Zeledón, (folios 02 al 05); 3- copia
certificada de directriz n° msp-dmdvurfp-dgfp-03-2018, del 29 de octubre de
2018, sobre roles de servicio. (folios 06 al 09); 4- copia certificada del rol
de servicio de día 25 de julio de 2019 y correspondiente al detalle del recurso
policial de la delegación cantonal de san isidro (folios 10 y 11); 5- copia de
los folios 73 y 74 del libro de registro de entradas y salidas del 25 de julio
de 2019. (folios 12 y 13); 6- Carta del Exfuncionario Leonardo Barahona
Chavarría, (folio 14); 7- Copia de denuncia N° 007-19-001513,
ante el Organismo de Investigación Policial, del 16 de julio de 2019 (folios 15
al 17); 8- Oficio N° MSP-DM-DVURFP-DGFP-DRSBRUN-DPCPZ-DDGV-0031-2019. Del 31 de
julio de 2019, del señor Jorge Carrillo Montoya, encargado de los distritos de
General Viejo y Rivas, el cual adjunta copia certificada de los folios 120 y
121 del libro de actas para el recibido y entrega del equipo policial del
personal del puesto policial de general viejo de Pérez Zeledón, (folios 18 a
21); 9- nota del señor Leonardo Barahona Chavarría, donde manifiesta su anuencia
a que la Unidad Técnica del Ministerio de Seguridad realice la valoración de la
funda del chaleco y realizar el remplazo del mismo (folio 22); 10- oficio N°
202-2020-DDL-AIP, del 23 de enero de 2020, del departamento disciplinario legal
(folio 23), resolución N° 1212-IP-2021-DDL, del 13 de octubre de 2021, del departamento
disciplinario legal, ( 24 al 25); 11- certificación del licenciado Gustavo
Salazar Madrigal, del departamento disciplinario legal, (folio 26); 12- oficio
n°msp-dm-aj-spca-6136-2021, del 03 de noviembre de 2021, del subproceso de
cobros administrativos, (folio 27); 13- Oficio N°
MSP-DMDVURFP-DGFP-SDGFP-B-3007-2021, del 06 de diciembre de 2021, de la sub
dirección general de la fuerza pública, (folio 28), se le hace saber al
encausado que este órgano director ha ordenado realizar una comparecencia oral
y privada por lo que deberá presentarse el día diecinueve de enero de 2022, a
las nueve horas, en el subproceso de cobros administrativo, sito en San José,
Barrio San Dimas, frente al Liceo José María Castro Madriz. Toda la
documentación habida en el expediente administrativo puede ser consultada en
este despacho en días y horas hábiles, y fotocopiada a costa del interesado,
advirtiéndose que, por la naturaleza dicha de este expediente, de conformidad
con los artículos 39 y 40 constitucional, 272 y 273 de la ley general de la
administración pública, se declara el mismo de acceso restringido sólo a las
partes y 1 sus representantes legales,
siendo lo aquí ventilado de interés únicamente para el ministerio y las partes,
por lo que pueden incurrir en responsabilidad civil, penal o de otra naturaleza
la persona que hiciere uso indebido o no autorizado de la información que aquí
se consigne. Se le informa al citado señor que la comparecencia oral y privada
es el momento procesal oportuno para aportar y recibir prueba de descargo y los
alegatos pertinentes, por lo que la prueba que estime necesaria en defensa de
sus intereses puede hacerla llegar a este despacho, antes o al momento de la
comparecencia, si lo hiciera antes deberá hacerlo por escrito. Se le indica que
también puede cancelar su deuda mediante depósito bancario a las cuentas N°
001-0242476-2 del banco de Costa Rica o la N°
100-01-000-215933-3 del Banco Nacional a nombre del Ministerio de Hacienda,
debiendo presentar el documento de depósito original a este subproceso. Así
mismo, se hace de su conocimiento que en contra de esta resolución proceden los
recursos de revocatoria y apelación en subsidio, a interponer ante el órgano
director que dicta esta resolución, a quien corresponde resolver el primero, y
elevar el segundo al conocimiento del superior jerárquico, es potestativo
emplear uno o ambos, pero será inadmisible el interpuesto pasadas 24 horas
contadas a partir de la notificación de éste acto y los enviados vía fax y
dicha interposición no suspende la comparecencia a la que se le invita de
conformidad con el artículo 148 de la ley general de la administración pública.
De igual manera, se le hace saber al mencionado (a) que deberá comparecer
personalmente o por medio de representante o apoderado puede hacerse asesorar o
acompañar de un abogado durante todo el proceso. Se le previene que debe
señalar casa, oficina u otro medio donde atender futuras notificaciones, de lo
contrario las resoluciones posteriores se tendrán por debidamente notificadas,
con el solo transcurso de veinticuatro horas después de dictadas. Notifíquese.—
Cobros Administrativos Órgano Director.—Licda. Beatriz López González, Jefe del
Subproceso.—O.C. N° 4600061676.—Solicitud N° 336935.—( IN2022633321 ).
JUNTA ADMINISTRATIVA DEL REGISTRO NACIONAL
REGISTRO DE BIENES MUEBLES
PUBLICACIÓN DE PRIMERA VEZ
Conoce
esta Dirección la gestión administrativa presentada por el Lic. Fabio Solórzano Rojas, cédula de
identidad N° 2-394-590, para informar que hace unos días le sustrajeron de su
oficina papeles de seguridad y boletas. Manifiesta que sobre el vehículo
matrícula JLL291, constaba inscrito un gravamen prendario bajo el tomo 2017,
asiento 341829 y que el mismo fue cancelado mediante la escritura pública
número doscientos cincuenta del 01 de junio del 2020, en la que el Banco de
Costa Rica en condición de acreedor prendario solicitó la cancelación del
citado gravamen. Indica que nunca realizó dicha escritura y que la firma
consignada no es la suya, tampoco reconoce el sello de seguridad, por lo que
manifiesta que dicha escritura es totalmente falsa. Por lo anterior solicita la
inmovilización del relacionado automotor. En consecuencia, interpuso las
denuncias N° 20-012258-0042-PE y 20-013678-0042-PE, ante el Organismo de
Investigación Judicial. Del estudio realizado se determinó que el actual
titular registral adquirió su derecho según el testimonio de la escritura
pública número
cuatrocientos setenta y uno, visible al folio ciento noventa y cuatro vuelto y
ciento noventa y cinco frente del tomo séptimo del protocolo de la Notaria Rosa
María Corrales Villalobos, mediante la que Ingrid Rebeca Leiva Brenes, cédula
de identidad N° 3-360-124 le vendió el citado vehículo a través de un poder
especial otorgado al señor Guillermo Ramírez
Zumbado, cédula de identidad N° 4-160-895, mediante la escritura pública
número doscientos trece, visible al folio ciento veintiséis frente del tomo uno
del protocolo de la Notaria Betzabé Piedra Valverde, otorgada el 11 de marzo
del 2019 al señor David Fernando Ortega Valladares, nacionalidad colombiano,
pasaporte N° AS225951, “con el gravamen prendario que indica el Registro, lo
que el comprador acepta conforme”. Documento que fue inscrito el 31 de julio
del 2019, bajo el tomo 2019, asiento 469354. La cancelación del gravamen
prendario se realizó bajo el tomo 2020, asiento 304101 del 02 de junio del
2020. Observando el debido proceso, y a efecto que dentro del término que se
dirá haga valer sus derechos, se notifica y concede audiencia hasta el plazo de
quince días hábiles contados a partir del día siguiente de la fecha de
notificación de la presente resolución, a: Ingrid Rebeca Leiva Brenes, cédula
de identidad N° 3-360-124, deudora prendaria. Se le previene que dentro del
término establecido para la audiencia, debe señalar la dirección exacta de su
domicilio u oficina para oír futuras notificaciones de esta Dirección, bajo
apercibimiento que de no cumplir con lo anterior, las demás resoluciones se
tendrán por notificadas veinticuatro horas después de dictadas, de conformidad
con lo establecido en los artículos 20 y 21 de la Ley Sobre Inscripción de
Documentos en el Registro Público N° 3883, artículos 124 y siguientes del
Reglamento de Organización del Registro Público de la Propiedad Mueble. Ref./
Expediente N° 246-2020.—Curridabat, 10 de marzo del 2021.—Lic. Mario
Hernández Howell, Asesor Jurídico.—( IN2022633302 ).
DIRECCIÓN
DE INSPECCIÓN
De
conformidad con el artículo 20 del Reglamento para Verificar el Cumplimiento de
las Obligaciones Patronales y de Trabajadores Independientes por ignorarse el
domicilio actual de la patrona Olga Marta Arias Rivas, número de patronal
0-108650838-001-001, la Subárea de Servicios Diversos notifica Traslado de
Cargos 1237-2022-00487 por eventual omisión y subdeclaración salarial, por un
monto de ¢249.099,00 en cuotas obrero patronales. Consulta expediente en San
José c.7 av. 4 Edif. Da Vinci piso 2. Se le confiere 10 días hábiles a partir
del quinto día siguiente de su publicación, para ofrecer pruebas de descargo y
hacer las alegaciones jurídicas pertinentes. Se previene señalar lugar o medio
para notificaciones dentro del perímetro administrativo establecido por la
Corte Suprema de Justicia del Primer Circuito Judicial de San José; de no
indicarlo las resoluciones posteriores se tendrán por notificadas con solo el
transcurso de 24 horas a partir de la fecha de resolución. Notificase.—San
José, 22 de marzo de 2022.—Octaviano Barquero Chacón, Jefe.—1 vez.—O. C. N°
DI-OC-00636.—Solicitud N° 337016.—( IN2022633373 ).
PUBLICACIÓN
DE SEGUNDA VEZ
Resolución
RE-0028-DGAU-2020.—Escazú, a las 10:42 horas del 21 de enero de 2020.
Se inicia el procedimiento
administrativo ordinario sancionatorio contra Freddy Wladimir Barbetti,
documento de identidad número DM 186200756722 y Mariano Chavarría Villalobos,
cédula de identidad número 1-0519-0855, por la presunta prestación no
autorizada del servicio público de transporte remunerado de personas en la
modalidad de taxi, sin contar con los debidos permisos. Expediente OT-177-2017
Resultando:
1º—Que mediante la resolución
RRGA-072-2017 de las 14:10 horas del 28 de septiembre del 2017, la Reguladora
General Adjunta, resolvió ordenar el inicio de un procedimiento administrativo
ordinario sancionatorio, tendente a determinar la verdad real de los hechos y a
establecer responsabilidades contra el señor Freddy Wladimir Barbetti,
conductor, y Mariano Chavarría Villalobos, propietario registral del vehículo
placa BLJ430, por la presunta prestación no autorizada del servicio público de
transporte remunerado de personas en vehículos en la modalidad de taxi, para lo
cual se nombró como órgano director unipersonal, a Tricia Rodríguez Rodríguez,
cédula de identidad número 1-1513-0664 y como suplente a María Marta Rojas
Chaves, cédula de identidad numero 1-0740-0756.
2º—Que mediante resolución
RE-0807-RGA-2019 del 14 de mayo del 2019, se realizó la sustitución del órgano
director titular del procedimiento, nombrando a la funcionaria Lucy Arias
Chaves, cédula de identidad número 5-03530309, como nuevo titular.
Considerando:
I.—Que el artículo 308 de la Ley General de la Administración Pública,
señala que será obligatorio seguir el procedimiento administrativo ordinario
sancionatorio establecido en el Título Sexto de esa ley, cuando el acto
final puede causar perjuicio grave al administrado, imponiéndole obligaciones, suprimiéndole o denegándole derechos
subjetivos, o por cualquier otra forma de lesión grave y directa a sus
derechos o intereses legítimos.
II.—Que el artículo 38 inciso
d) de la Ley 7593 faculta a la Autoridad Reguladora a tramitar procedimientos
administrativos ordinarios sancionatorios contra los prestadores de servicios
públicos que incurran en la “Prestación no autorizada del servicio público”
(…)” aplicando el procedimiento ordinario establecido en los artículos 214 y
siguientes de la Ley General de la Administración Pública (Ley 6227).
Estableciéndose, que de comprobarse la falta, se podrá aplicar una multa de
cinco a diez veces el valor del daño causado que ella determine, si no es
posible estimar el daño, se multará con el monto de 5 a 20 salarios base
mínimos, fijados en el presupuesto ordinario de la República, de acuerdo con la
Ley 7337 del 5 de mayo de 1993.
III.—Que a la luz del
convenio suscrito, el 11 de agosto de 2017, se recibió oficio
DVTDGPT-UTP-2017-329, emitido por la Dirección General de Policía de Tránsito,
Unidad Técnica Policial del MOPT, en la que se remite: (1) la boleta de
citación número 2-2017-320600705, confeccionada a nombre del señor Freddy
Wladimir Barbetti, documento de identidad número DM 186200756722, conductor del
vehículo particular placas BLJ430, por supuesta prestación de servicio no
autorizado modalidad taxi el día 06 de agosto de 2017; (2) acta de recolección
de información en la que se describen los hechos; y documento denominado Inventario de Vehículos
Detenidos (folios del 3 al 9).
IV.—Que el 06 de agosto de
2017, el oficial de tránsito, Jonathan Steve Mora Rojas, detuvo el vehículo
placa BLJ430, conducido por el señor Freddy Wladimir Barbetti, por supuesta
prestación de servicio de transporte público, sin autorización del Estado
(folio 5).
V.—Que el Departamento
Administración Concesiones y Permisos, del Ministerio de Obras Públicas y
Transportes informa que el vehículo particular placas BLJ430, no aparece en los
registros con otorgamiento de permiso especial estables de SEETAXI, asimismo,
no aparece autorizado con placa de servicio público modalidad taxi, lo anterior
de acuerdo al Convenio de Cooperación suscrito entre la Autoridad Reguladora y
el Ministerio de Obras Públicas y Transportes, para regular la prestación de
este servicio (folio 18).
VI.—Que el artículo 2 de la
Ley 7969, establece la naturaleza de la prestación del servicio de transporte
público remunerado de personas en la modalidad de taxi, para lo cual indica:
“Naturaleza de la prestación
del servicio.
Para todos los efectos
legales y de prestaciones, el transporte remunerado de personas en la modalidad
de taxi se considera como un servicio público que se explotará mediante la figura de la concesión administrativa, con los procedimientos
especiales establecidos en esta ley y su reglamento (…)”.
VII.—Que “la declaratoria
de una determinada actividad económica como servicio público implica su
nacionalización. Es decir, le atribuye al Estado su titularidad, de forma tal
que solo éste o un particular autorizado, puede brindar el servicio (…).”
(Opinión Jurídica OJ-111-2015, del 25 de setiembre del 2015, de la Procuraduría
General de la República).
VIII.—Que, “el transporte
remunerado de personas, que se realiza por medio de autobuses, busetas,
microbuses, taxis, automóviles y cualquier otro tipo de vehículo automotor, ya
sea que se ofrezca al público en general, a personas usuarias o a grupos
determinados de personas usuarias con necesidades específicas que constituyen
demandas especiales, es un servicio público del cual es titular el Estado. Lo
anterior independientemente del grado de intervención estatal en la
determinación del sistema operativo del servicio o en su fiscalización (…).”
(OJ111-2015, del 25 de setiembre del 2015, de la Procuraduría General de la
República).
IX.—Que, “una consecuencia
de la declaratoria del transporte remunerado de personas como servicio público,
es que la actividad sale de comercio de los hombres (…).” (opinión Jurídica
OJ-111-2015, del 25 de setiembre del 2015, de la Procuraduría General de la
República).
X.—Que un “efecto de la
declaratoria de servicio público es que la actividad económica sale del
comercio de los hombres, no pudiendo estos desarrollarla en forma libre. La
única forma de dedicarse a ella es mediante una concesión o permiso del Estado.
Sin embargo, aún en tales casos, la titularidad del servicio la mantiene el
Estado, limitándose el particular únicamente a su prestación efectiva (…).”
(Opinión Jurídica OJ-111-2015, del 25 de setiembre del 2015, de la Procuraduría
General de la República).
XI.—Que
en cumplimiento del debido proceso, corresponde en virtud de lo establecido en los
artículos 220 y 282 inciso 3) de la Ley 6227, darle la audiencia al
administrado para que ejerza su derecho de defensa.
XII.—Que el administrado
tiene derecho a ejercer su defensa “en forma razonable”, para lo cual es
necesario que tenga una intimación oportuna y completa de los hechos que se le
imputan.
XIII.—Que mediante la
resolución RRGA-072-2017 de las 14:10 horas del 28 de septiembre del 2017, se
ordenó el inicio del procedimiento y se nombró al órgano director.
XIV.—Que el artículo 22
inciso 11 del Reglamento interno de organización y funciones de la Autoridad
Reguladora de los Servicios Públicos y su órgano desconcentrado (RIOF),
publicado en el diario oficial La Gaceta número 105, Alcance 101 del 3 de junio
de 2013, establece que corresponde a la Dirección General de Atención al Usuario
llevar a cabo la instrucción de los procedimientos “en los cuales, se
conozca sobre presuntas infracciones a los artículos 38, 41 y 44 de la Ley
7593, sean estos promovidos por un tercero o por la propia Autoridad
Reguladora”.
XV.—Que para el año 2017, según
la circular N° 230-2016, publicada en el Boletín Judicial N° 7, del 10 de enero
de 2017, en la que se comunicó
el acuerdo tomado en sesión N°
113-2016, del 20 diciembre de 2016, del Consejo Superior del
Poder Judicial, el salario base mínimo fijado en el presupuesto ordinario de la
República, de acuerdo con la Ley 7337 del 5 de mayo de 1993, era de ¢426.200.00 (cuatrocientos
veintiséis mil doscientos colones exactos).
XVI.—Que
de conformidad con el resultando y considerando que preceden y de acuerdo al mérito de los
autos, lo procedente es dictar la resolución de formulación de cargos tal y
como se dispone; Por tanto
SE RESUELVE:
I.—Dar inicio al
procedimiento administrativo ordinario sancionador tendente a determinar la
verdad real de los hechos y establecer la eventual responsabilidad
administrativa de Freddy Wladimir Barbetti, documento de identidad número DM
186200756722, conductor y Mariano Chavarría Villalobos, cédula de identidad
número 1-0519-0855, propietario registral del vehículo placa BLJ430, por
prestación no autorizada del servicio público de transporte remunerado de
personas en la modalidad de taxi. La eventual determinación de responsabilidad
administrativa podría acarrearle a Freddy Wladimir Barbetti y Mariano Chavarría
Villalobos, la imposición de una multa de cinco a diez veces el valor del daño
causado que se llegare a determinar, o de no ser posible estimar tal daño, la
multa podrá ser de cinco a veinte salarios base mínimos fijados en el
presupuesto ordinario de la República, de acuerdo con la Ley número 7337, del 5
de mayo de 1993. Lo anterior, con base en los siguientes hechos y cargos que se
les imputan, sobre los cuales quedan debidamente intimados:
Primero: Que el
vehículo placa BLJ430, es propiedad de Mariano Chavarría Villalobos, cédula de identidad
número 1-0519-0855 (folio 19).
Segundo: Que el 06 de agosto de
2017, el oficial de Tránsito Jonathan Steve Mora Rojas, detuvo en Alajuela, Río
Segundo, Aeropuerto Internacional Juan Santamaría, frente a terminal de Sansa,
el vehículo BLJ430, que era conducido por Freddy Wladimir Barbetti (folios 5).
Tercero: Que al momento de hacer la
detención, en el vehículo BLJ430, viajaba como pasajero, Aaron Gregory Coleman,
pasaporte Norteamericano número 462479470 (folios 5).
Cuarto: Que al momento de ser
detenido el vehículo placa BLJ430, el señor Freddy Wladimir Barbetti, se
encontraba prestando a Aaron Gregory Coleman, pasaporte norteamericano número
462479470, el servicio público de transporte remunerado de personas, bajo la
modalidad de taxi, desde Alajuela centro, hotel Park Inn hasta el Aeropuerto Internacional Juan Santamaria y a
cambio de la suma de dinero de ¢5,366 colones (cinco mil trescientos
sesenta y seis colones) (folios 5).
Quinto: Que el vehículo placa
BLJ430, no aparece en los registros del
Departamento Administración Concesiones y Permisos, del Ministerio de Obras Públicas
y Transportes con otorgamiento de permiso especial estables de SEETAXI,
asimismo, no aparece autorizado con placa de servicio público modalidad taxi
(folio 18).
Esta falta, consistente en la
prestación no autorizada del servicio público es imputable al señor Freddy
Wladimir Barbetti, en su condición de conductor y al señor Mariano Chavarría
Villalobos, cédula de identidad número 1-0519-0855, en su condición de
propietario registral del vehículo placa BLJ430, ya que de conformidad con el
numeral 44 de Ley de la Autoridad Reguladora de los Servicios (Ley 7593) y 112
de la Ley de Tránsito por vías públicas Terrestres (Ley 7331), es una
obligación (conditio sine qua non) contar con la respectiva concesión o
permiso para la prestación del servicio público de transporte remunerado de
personas en modalidad taxi. A los señores Freddy Wladimir Barbetti, documento
de identidad número DM 186200756722 y al señor Mariano Chavarría Villalobos,
cédula de identidad número 1-0519-0855, se les atribuye la prestación no
autorizada del servicio público, modalidad taxi, sin contar con las respectivas
autorizaciones y placas legalmente adjudicas, conforme lo indicado en los
artículos 44 de Ley de la Autoridad Reguladora de los Servicios (Ley 7593) y
112 de la Ley de Tránsito por vías públicas Terrestres (Ley 7331).
De comprobarse la comisión de
la falta antes indicada por parte de los señores Freddy Wladimir Barbetti,
documento de identidad número DM 186200756722 y del señor Mariano Chavarría
Villalobos, cédula de identidad número 1-0519-0855, conductor y propietario
registral del vehículo placa BLJ430, podría imponérseles una sanción
correspondiente al pago de una multa de cinco a diez veces el valor del daño
causado, o de no poder determinarse el monto del daño causado, la multa podrá
ser de cinco a veinte salarios base mínimo fijado en el presupuesto ordinario
de la República, de acuerdo con la Ley
7337 del 5 de mayo de 1993, que para el 06 de agosto de 2017, era de
¢426.200.00 (cuatrocientos veintiséis mil doscientos colones exactos), de
conformidad con lo establecido en el artículo 38 de la Ley 7593.
II.—Convocar a Freddy
Wladimir Barbetti, documento de identidad número DM 186200756722, conductor y a
Mariano Chavarría Villalobos, cédula de identidad número 1-0519-0855
propietario registral del vehículo placa BLJ430, para que comparezcan
personalmente o por medio de apoderado, y ejerzan su derecho de defensa en el
presente procedimiento administrativo ordinario sancionador, a una
comparecencia oral y privada por celebrarse a las 09:30 horas del 20 de octubre
del 2020, en la Dirección General de Atención al Usuario de la Autoridad
Reguladora, ubicada en el primer piso del Edificio Turrubares en el Centro
Empresarial Multipark, en Guachipelín de Escazú, 100 metros norte de
Construplaza, para lo cual su representante o apoderado deberá presentarse
puntualmente en la recepción de la Autoridad Reguladora de los Servicios
Públicos portando documento oficial de identificación vigente y en buen estado.
Se le previene a los
investigados que deben aportar todos sus alegatos y pruebas a más tardar el día
de la comparecencia oral y privada, o antes si a bien lo tiene, en cuyo caso la
presentación habrá de ser por escrito. La prueba que por culpa de la parte
proponente no haya sido posible recibir en la comparecencia oral y privada, se
tendrá por inevacuable. En el caso de los medios de prueba que requieran una
preparación previa a la comparecencia, su ofrecimiento deberá ser comunicado
con suficiente antelación al órgano director a fin de decidir su admisión y
proceder conforme. El ofrecimiento de prueba documental y testimonial puede ser
hecho en la comparecencia misma y su admisión se decidirá en ese acto. Se hace
saber además, que en caso de ofrecer prueba testimonial, deben indicarse las
calidades generales de los testigos y señalar los hechos sobre los cuales van a
declarar, y quedará bajo su responsabilidad traer a la comparecencia los
testigos ofrecidos, de conformidad con el artículo 312 de la Ley 6227, para lo
cual podrán solicitar al órgano director que emita las cédulas de citación de
los testigos, con al menos cinco días naturales de antelación a la fecha de la
comparecencia. La notificación de las cédulas de citación se hará por medio de
la parte interesada, quien deberá devolverlas al órgano director debidamente firmadas
por los testigos, a más tardar el día de la comparecencia.
Se le advierte a los
investigados que de presentarse en forma
tardía a la comparecencia, la tomarán en el estado en que se encuentre, y de no
comparecer el día y hora señalada, sin que mediare causa justa para ello
debidamente comunicada a este órgano director, se continuará con el
procedimiento y se resolverá el caso con los elementos de juicio existentes,
sin que eso valga como aceptación de los hechos, pretensiones ni prueba de la
Administración, aunque el órgano director podrá evacuar la prueba previamente
ofrecida por la parte ausente, si fuera posible, de conformidad con el artículo
316 de la Ley 6227.
III.—Hacer saber a Freddy
Wladimir Barbetti, documento de identidad DM
186200756722, conductor y Mariano Chavarría Villalobos, cédula de
identidad número 1-0519-0855, propietario registral del vehículo placa BLJ430,
que en la sede del órgano director, Dirección General de Atención al Usuario de
la Autoridad Reguladora, ubicada en el primer piso del Edificio Turrubares en
el Centro Empresarial Multipark, en Guachipelín de Escazú, 100 metros norte de
Construplaza, podrá consultar el expediente administrativo en horario de las
8:00 horas a las 16:00 horas, de lunes a viernes, menos los días feriados,
mismo horario en el cual podrá ser fotocopiado con cargo al interesado. Todos los escritos y cualquier documentación,
deberán ser dirigidos al Órgano Director y ser presentados en la oficina de
recepción de documentos de la Autoridad Reguladora de Servicios Públicos,
ubicada en la misma sede antes señalada. Solo las partes y sus respectivos
abogados acreditados en el expediente, tendrán acceso al mismo. Dicho
expediente contiene los siguientes documentos probatorios:
1. Oficio
DVT-DGPT-UTP-2017-329, emitido por la Dirección General de Policía de Tránsito,
Unidad Técnica Policial del MOPT.
2. Boleta de citación número
2-2017-320600705, confeccionada a nombre del señor Freddy Wladimir Barbetti,
documento de identidad número DM 186200756722, conductor del vehículo
particular placas BLJ430, por supuesta prestación de servicio no autorizado
modalidad taxi el día 06 de agosto de 2017.
3. Acta de recolección de información en la que se describen
los hechos.
4. Constancia DACP-2017-1395, del
Departamento Administración
Concesiones y Permisos, del Ministerio de Obras Públicas y Transportes.
5. Consulta a la página del Registro
Nacional, del vehículo
placa BLJ430.
Además, se citará como
testigos a:
1. Jonathan Steve Mora Rojas, código de oficial de tránsito
número 3206, quien se referirá a los hechos investigados.
2. Luis Ávila
Solís, código de oficial de tránsito número 3179, quien se referirá a los
hechos investigados.
3. Geiner Araya Quirós,
código de oficial de tránsito número 3197, quien se referirá a los hechos investigados.
V.—Se previene a Freddy
Wladimir Barbetti y Mariano Chavarría
Villalobos, que dentro del plazo de tres días hábiles a partir de la
notificación del presente documento, señalen medio para atender futuras
notificaciones, bajo el apercibimiento de que en caso de omisión, quedarán
notificados de las subsiguientes resoluciones veinticuatro horas después del
día siguiente de dictadas. Lo mismo sucederá si el medio escogido
imposibilitare la notificación por causas ajenas a este Despacho, o bien si el
lugar señalado permaneciere cerrado, fuere impreciso, incierto o inexistente.
Para las notificaciones a efectuarse en este procedimiento se tendrán por
habilitados todos los días y horas (artículo 267, inciso 3) de la Ley General
de la Administración Pública).
VII.—Hacer saber a Freddy
Wladimir Barbetti y Mariano Chavarría Villalobos, que dentro del presente
procedimiento podrán contar con patrocinio letrado.
VIII.—Notifíquese
la presente resolución a Freddy Wladimir Barbetti y Mariano Chavarría Villalobos.
VI.—Contra
la presente resolución caben los recursos ordinarios de revocatoria y
apelación, los cuales deberán ser interpuestos dentro del plazo de veinticuatro
horas, contadas a partir del acto de notificación, el primero que deberá ser resuelto
por el órgano director y el segundo por el Regulador General. Notifíquese.—Lucy Arias Chaves, Órgano
Director.—O. C
Nº 082202210380.—Solicitud Nº 337540.—( IN2022633944 ).
Resolución
RE-0285-DGAU-2021 de las 12:19 horas del 10 de noviembre de 2021.—Realiza el
Órgano Director la intimación de cargos en el procedimiento ordinario seguido
al señor Bernardo Daniel Cambronero Salas, portador de la cédula de identidad
20690-0027 (conductor) y al señor Braulio Andrey Campos Hernández, portador de
la cédula de identidad 7-0156-0695 (propietario registral), por la supuesta
prestación no autorizada del servicio público de transporte remunerado de
personas. Expediente Digital OT-367-2017.
Resultando
I.—Que el 12 de febrero de
2004 mediante resolución RRG-3333-2004 de las 15:30 horas de ese día, publicada
en La Gaceta 36 del 20 de febrero de 2004, la Autoridad Reguladora de
los Servicios Públicos facultó al Ministerio de Obras Públicas y Transportes
para que por los medios que estimara pertinentes, removiera los vehículos que
se encontraran prestando el servicio público de transporte remunerado de
personas, sin autorización del Estado.
II.—Que el 24 de noviembre de
2017, se recibió el oficio DVT-DGPT-UPT-2017-677 del 23 de ese mes, emitido por
el Departamento de Operaciones Policiales de Tránsito de la Dirección General
de Policía de Tránsito del MOPT, mediante el cual se remitió la información
siguiente: a) La boleta de citación Nº 2-2017-238000950, confeccionada a nombre
del señor Bernardo Daniel Cambronero Salas, portador de la cédula de identidad
2-0690-0027, conductor del vehículo particular placa BJN755 por supuestamente
haber prestado de forma no autorizada el servicio de transporte público
remunerado de personas, modalidad taxi el día 20 de noviembre de 2017; b) El
acta de “Recolección de información para investigación administrativa”, en la
que se describen los hechos ocurridos en el operativo de detención del vehículo
y en la que se recopila información sobre los pasajeros transportados y c) El
documento Nº 58668 denominado “Inventario de Vehículos Detenidos” en el cual se
consignan los datos de identificación del vehículo y de la delegación de
tránsito en la que quedó depositado (folios 2 al 12).
III.—Que
en la boleta de citación Nº 2-2017-238000950 emitida a las 06:51 horas del 20
de noviembre de 2017 -en resumen- se consignó que se había detenido el vehículo
placa BJN755 en la vía pública porque el conductor prestaba el servicio de
transporte público sin contar con la autorización del CTP del MOPT. También se
consignó que viajaba con cinco pasajeros cuyos datos se indicaban en el informe
(folios 04 y 05).
IV.—Que en el acta de
recolección de información para la investigación administrativa levantada por
el oficial de tránsito Gerardo Cascante Pereira se consignó, en resumen, que,
en el sector del San José centro, avenida 6, calles 8 y 10, frente al Hotel El
Oriente, en un operativo de control vehicular de rutina se había detenido el
vehículo placa BJN755. Se consignaron los datos de identificación del conductor
y del vehículo. Además, se consignó que en el vehículo viajaban cinco
pasajeros, quienes informaron que se dirigían desde San José, avenida 6, calles
6 y 8 hasta Office Depot en La Uruca, por un pago mensual por cada pasajero
transportado. Por último, se indicó que al conductor se le informó del
procedimiento que se le aplicaría, de que el vehículo quedaría detenido a la
orden de la Autoridad Reguladora y también se indicó que se le había entregado
copia de la boleta de citación y del inventario de vehículos detenidos (folio 4
al 7).
V.—Que el 12 de diciembre de
2017, se consultó la página electrónica del Registro Nacional para verificar la
condición de inscripción del vehículo detenido y las calidades del propietario,
dando como resultado que el vehículo placa BJN755 se encontraba debidamente
inscrito y era propiedad del señor Braulio Andrey Campos Hernández, portador de
la cédula de identidad 7-0156-0695 (folio 13).
VI.—Que el 28 de noviembre del
2017, se recibió la constancia DACP-2017-2262 emitida por el Departamento
Administración Concesiones y Permisos, Proceso SEETAXI, del MOPT en la que se
indica que según los reportes que genera el sistema emisor de permisos al
vehículo placa BJN755 no se le ha emitido código amparado a una empresa
prestataria del servicio de transporte público, modalidad permiso especial
estable de taxi. Dicha constancia fue solicitada por el Ente Regulador al
amparo del convenio de cooperación suscrito con el MOPT para regular la
prestación del servicio de transporte remunerado de personas (folio 26).
VII.—Que el 21 de diciembre
del 2017, el Regulador General por resolución RRG-617-2017 de las 10:20 horas
levantó la medida cautelar decretada contra el vehículo placa BJN755 y ordenó a
la Dirección General de la Policía de Tránsito del MOPT que devolviera el
vehículo a su propietario registral o a quien demostrare ser mandatario
legítimo de éste, por medio de poder especial otorgado en escritura pública
(folios 21 al 25).
VIII.—Que
el 18 de noviembre del 2020, la Dirección General de Atención al Usuario por
documento IN-0956-DGAU-2020 emitió el informe de valoración inicial, en el cual
concluyó que con la información constante en autos podía iniciarse el
procedimiento ordinario de investigación (folios 28 al 33).
IX.—Que el 24 de noviembre
del 2020, el Regulador General por resolución RE-1646-RG-2020 de las 10:50
horas de ese día, ordenó el inicio del procedimiento ordinario y nombró como
integrantes del órgano director del procedimiento a las abogadas Lucy Arias
Chaves como titular y María Marta Rojas Chaves, como suplente (folios 41 al
47).
Considerando:
I.—Que de conformidad con lo establecido en el artículo 9° inciso 17) del
Reglamento de Organización y Funciones de la Autoridad Reguladora (RIOF)
corresponde al Regulador General ordenar la apertura de los procedimientos
administrativos en los cuales se apliquen como sanción una multa, así como
dictar los actos preparatorios, las medidas cautelares
y la resolución final, además, de conocer las impugnaciones que se
presenten.
II.—Que por su parte el
artículo 22 inciso 11) del RIOF asignó a la Dirección General de Atención al
Usuario la función de llevar a cabo la gestión de los procedimientos de
resolución de quejas, controversias y denuncias.
III.—Que el artículo 38
inciso d) de la Ley 7593 faculta a la Autoridad Reguladora a tramitar
procedimientos administrativos sancionatorios contra los prestadores de
servicios públicos que incurran en una prestación no autorizada del servicio
público aplicando para ello el procedimiento ordinario de la Ley General de la
Administración Pública (L.G.A.P.). También dispone que de comprobarse la falta
se aplicará una sanción de multa que podrá ser de cinco a diez veces el valor
del daño causado cuando éste pueda ser determinado, o se aplicará una multa
cuyo monto equivaldrá de 5 a 20 salarios base mínimos fijados en la Ley 7337
del 5 de mayo de 1993, cuando se no logre determinar dicho daño.
IV.—Que artículo 5° de la ley
7593, detalla los servicios públicos a los que la Autoridad Reguladora le
corresponde fijar los precios y las tarifas y también velar por el cumplimiento
de las normas de calidad, cantidad, confiabilidad, continuidad, oportunidad y
prestación óptima. Además, establece los entes a los cuales les corresponde
otorgar la autorización para prestar dichos servicios. Entre ellos se encuentra
el transporte público remunerado de personas, en cualquiera de sus modalidades,
salvo el aéreo.
V.—Que de conformidad con los
artículos 2° y 3° de la Ley 7969, el transporte remunerado de personas es un
servicio público cuyo titular es el Estado, sea que se realice por medio de
autobuses, busetas, microbuses, taxis, automóviles o cualquier otro tipo de
vehículo automotor, que se ofrezca al público en general, que se ofrezca a
personas usuarias o a grupos determinados de usuarios con necesidades
específicas, que constituyen demandas especiales.
VI.—Que por tratarse de un
servicio público es necesario obtener una concesión para prestar el transporte
remunerado de personas. En este sentido el artículo 1° de la Ley 3503, del 16
de agosto de 1965, dispuso que “El transporte remunerado de personas en
vehículos automotores colectivos, excepto los automóviles de servicio de taxi
regulado en otra ley, que se lleva a cabo por calles, carreteras y caminos
dentro del territorio nacional, es un servicio público regulado, controlado y
vigilado por el Ministerio de Obras Públicas y Transportes”. Además, ese
artículo define la concesión, como el “derecho que el Estado otorga, previo
trámite de licitación pública, para explotar comercialmente una línea por medio
de uno o varios vehículos colectivos, tales como autobuses, busetas, microbuses
o similares”.
VII.—Que por su parte los
artículos 2° y 3° de la Ley 7969 establecen que el transporte remunerado de
personas, modalidad taxi se explota mediante la figura de la concesión y que el
servicio de transporte remunerado de personas modalidad servicio especial
estable de taxi se explota mediante la figura del permiso. Por tal motivo es
prohibido a los propietarios o conductores de vehículos particulares dedicarlos
a la actividad del transporte público, sin contar con las respectivas
autorizaciones y placas legalmente adjudicadas. En ese sentido la Ley de
Tránsito por Vías Públicas Terrestres, N° 9078 establece en el artículo 42 la
obligación de portar la documentación correspondiente en original y vigente y
el artículo 130 impone la prohibición de emplear el vehículo para otros fines
distintos a los establecidos en el certificado de propiedad.
VIII.—Que cuando un conductor
de un vehículo particular se dedica a prestar el servicio de transporte
remunerado de personas, sin contar con la debida autorización estatal o cuando
un propietario de un vehículo particular permite que un vehículo de su
propiedad sea dedicado a prestar dicho servicio sin la autorización de ley,
incurren en la falta establecida en el inciso d) del artículo 38 de la Ley 7593
y, por tal motivo, se hacen acreedores de la sanción fijada en dicha norma
jurídica. En el dictamen C-085-2008, del 26 de marzo de 2008, la Procuraduría
General de la República expuso los alcances de esa sanción al señalar que: “Ahora
bien, en el caso de la sanción de multa establecida en el artículo 38, inciso
d) de la Ley de la ARESEP tenemos que su finalidad es precisamente
desincentivar la prestación de un servicio público sin estar autorizado para
ello. En el caso del servicio de transporte es obvio que un chofer por sí solo,
es decir, sin el vehículo correspondiente, no podría brindar el servicio. Por
consiguiente, la sanción debe dirigirse contra quien brinda el servicio
(chofer) y también contra el propietario del vehículo”. Dado que el vehículo
es el medio con el cual un conductor puede brindar un servicio público sin
autorización estatal, su propietario registral puede ser sancionado y por tal
motivo es menester incluirlo en el procedimiento ordinario a fin de que se le
garantice el derecho de defensa.
IX.—Que la L.G.A.P., en el
artículo 308 obliga a seguir el procedimiento ordinario desarrollado en el
Título Sexto de esa ley, cuando el acto final pueda causarle perjuicio grave al
administrado, al imponerle obligaciones, suprimirle o denegarle derechos
subjetivos, o al establecerle cualquier otra forma de lesión grave y directa a
sus derechos o intereses legítimos. En resumen, el procedimiento administrativo
es una unidad formal de actos coordinados
entre sí, que tienen por objeto alcanzar un acto final que refleje la verdad
real de los hechos investigados. Es por esa razón que el órgano director debe
realizar todos los actos necesarios para averiguar la verdad real de los hechos
que dan base a ese procedimiento y que sirven de motivo al acto final en la
forma más fiel, completa y posible. Para ello debe adoptar todas las medidas
probatorias pertinentes o necesarias; debe otorgar y vigilar el respeto al
debido proceso y debe conceder el derecho de defensa al administrado, teniendo
todas las competencias otorgadas en la L.G.A.P.
X.—Que tal como se desglosó
en el apartado de antecedentes del informe de valoración inicial, se considera
que hay mérito suficiente para iniciar un procedimiento ordinario contra el
señor Bernardo Daniel Cambronero Salas portador de la cédula de identidad
2-0690-0027 (conductor) y contra el señor Braulio Andrey Campos Hernández,
portador de la cédula de identidad 7-0156-0695 (propietario registral) por
supuestamente haber prestado sin autorización el servicio de transporte
remunerado de personas, lo cual está establecido como falta en el inciso d) del
artículo 38 de la Ley 7593, toda vez que la documentación aportada por la
Dirección General de la Policía de Tránsito y los elementos de juicio que
constan en autos, hacen suponer que pudo cometerse esa falta.
XI.—Que
la instrucción del procedimiento será llevada a cabo por el órgano director,
quien ostentará las facultades y competencias establecidas en los artículos 214
al 238 la L.G.A.P.
XII.—Que,
además, como parte de la garantía constitucional del debido proceso, el
administrado tiene derecho
a ejercer su defensa en forma razonable, para lo cual es necesario que tenga
una intimación oportuna y completa de los hechos que se le imputan, tal como lo
establece el artículo 220 de la L.G.A.P.
XIII.—Que el objeto de este
procedimiento ordinario es establecer la verdad real de los hechos
investigados, es decir, determinar si hubo un posible incumplimiento de
normativa vigente, al prestarse sin autorización estatal el servicio de transporte
remunerado de personas, lo cual es sancionado en el artículo 38 inciso d) de la
Ley 7593 con la imposición de una multa.
XIV.—Que para el año 2017 el
salario base de la Ley 7337 era de ¢ 426 200,00 (cuatrocientos veintiséis mil
doscientos colones) de acuerdo con lo establecido por la Corte Suprema de
Justicia en la sesión ordinaria Nº 113-16 del 20 de diciembre de 2016. Por
tanto,
Con fundamento en las
competencias otorgadas en la Ley 7593, en la L.G.A.P., en el Decreto 29732-MP
que es el Reglamento a la Ley 7593 y en el Reglamento Interno de Organización y
Funciones;
EL ORGANO DIRECTOR
RESUELVE:
I.—Iniciar
el procedimiento ordinario tendente a determinar la verdad real de los hechos y
establecer la
eventual responsabilidad administrativa del señor Bernardo Daniel Cambronero
Salas (conductor) y del señor Braulio Andrey Campos Hernández (propietario registral)
por la supuesta prestación no autorizada del servicio de transporte público
remunerado de personas.
II.—Indicar
que la eventual determinación de responsabilidad administrativa podría acarrearle al
señor Bernardo Daniel Cambronero Salas y al señor Braulio Andrey Campos
Hernández, la imposición de una sanción que podría oscilar de cinco a diez
veces el valor del daño causado que se determine, o, cuando no fuere posible
determinar el daño, en la imposición de una multa que podría oscilar entre
cinco a veinte salarios base mínimos fijados en la Ley 7337, mismo que para el
año 2017 era de ¢ 426 200,00 (cuatrocientos veintiséis mil doscientos colones),
de acuerdo con lo establecido por la Corte Suprema de Justicia en la sesión
ordinaria Nº 113-16 del 20 de diciembre de 2016. Lo anterior con base en los
hechos y cargos siguientes, sobre los cuales los investigados quedan
debidamente intimados:
Primero: Que el
vehículo placa BJN755 es propiedad del señor Braulio Andrey Campos Hernández,
portador de la cédula de identidad 7-0156-0695 (folio 13).
Segundo: Que el
20 de noviembre
de 2017, el oficial de tránsito Gerardo Cascante Pereira, en el sector San José
centro, avenida 6, calles 8 y 10, frente al Hotel El Oriente, detuvo el
vehículo BJN755 que era conducido por el señor Bernardo Daniel Cambronero Salas
(folios 04 y 05).
Tercero: Que, al momento de ser
detenido, en el vehículo BJN755 viajaban cinco pasajeros identificados con el
nombre de Delia Gómez Araya, cédula de identidad número 1-0665-0868, Zinia
Somarribas Escalante, cédula de identidad número 1-1190-0083, Mónica Rodríguez
Lascarez, cédula de identidad número 1-1421-0821, Pedro Espinoza Arana, cédula
de identidad número 1-1654-0019 y Emmanuel Quesada Lacayo, cédula de identidad
número 1-1192-0571, a quienes el señor Bernardo Daniel Cambronero Salas se
encontraba prestando el servicio de transporte remunerado de personas desde San
José, avenida 6, calles 6 y 8 hasta Office Depot en La Uruca, a cambio de un
pago mensual por cada pasajero; según lo informado por las pasajeras y lo
consignado por los oficiales de tránsito en la documentación (folios 04 al 07).
Cuarto: Que el vehículo placa
BJN755 no aparece en los registros del Departamento de Administración de
Concesiones y Permisos del Ministerio de Obras Públicas y Transportes, como que
se le haya emitido algún código amparado a una empresa prestataria del servicio
de transporte público, modalidad permiso especial estable de taxi (folio 26).
III.—Hacer saber al señor
Bernardo Daniel Cambronero Salas y al señor Braulio Andrey Campos Hernández,
que:
1. La falta, consistente en la prestación no autorizada del
servicio de transporte remunerado de personas, les es imputable ya que de
conformidad con los artículos 5° de la ley 7593, 2° y 3° de la Ley 7969, 1° de
la Ley 3503 y 42 de la Ley 9078; para prestar el servicio público de transporte
remunerado de personas es condición indispensable (conditio sine qua
non) contar con la respectiva concesión o permiso. Por lo que al señor
Bernardo Daniel Cambronero Salas, se le atribuye la prestación del servicio
público de transporte remunerado de personas, sin contar con la respectiva
autorización estatal y sin contar con placas de transporte público debidamente
adjudicadas y al señor Braulio Andrey Campos Hernández se le atribuye el haber
consentido en la prestación no autorizada del servicio de transporte remunerado
de personas con un vehículo de su propiedad.
2. De comprobarse la comisión de la falta imputada por parte
del señor Bernardo Daniel Cambronero Salas y por parte del señor Braulio Andrey
Campos Hernández, podría imponérseles una sanción al pago solidario de una
multa de cinco a diez veces el valor del daño causado, o bien una multa de
cinco a veinte salarios base mínimo fijado en la Ley 7337, si no puede determinarse
el daño, cuyo monto para el año 2017 era de ¢ 426 200,00 (cuatrocientos
veintiséis mil doscientos colones), de acuerdo con lo establecido por la Corte
Suprema de Justicia en la sesión ordinaria Nº 113-16 del 20 de diciembre de
2016.
3. En la Dirección General de Atención al Usuario de la
Autoridad Reguladora, sede del órgano director del procedimiento, ubicada en el
primer piso del Edificio Turrubares del Centro Empresarial Multipark ubicado
100 metros al norte de Construplaza en Guachipelín de Escazú, podrán consultar
el expediente administrativo en horario de las 8:00 a las 16:00 horas, de lunes
a viernes, (menos los días feriados), horario dentro del cual podrán fotocopiar
el expediente, con cargo al interesado.
4. Todos los escritos y documentos adjuntos deberán dirigirse
al órgano director y ser presentados en la recepción de documentos de la
Autoridad Reguladora, ubicada en la sede antes señalada.
5. Sólo las partes y sus respectivos
abogados debidamente
acreditados en autos tendrán acceso al expediente, el cual consta de la
documentación siguiente:
a) Oficio DVT-DGPT-UPT-2017-677 del 24 de noviembre de 2017 emitido por
el Departamento de Operaciones Policiales de Tránsito de la Dirección General
de Policía de Tránsito del MOPT.
b) Boleta de citación de citación Nº 2-2017-238000950 del 20 de
noviembre de 2017 confeccionada a nombre del señor Bernardo Daniel Cambronero
Salas, conductor del vehículo particular placa BJN755 por la supuesta
prestación no autorizada del servicio de transporte público remunerado de
personas ese día.
c) Acta de “Recolección de información para investigación
administrativa”, en la que se describen los hechos ocurridos en el operativo de
detención del vehículo.
d) Documento Nº 58668 denominado “Inventario de Vehículos
Detenidos” con los datos de identificación del vehículo detenido en el
operativo.
e) Consulta a la página electrónica del Registro Nacional sobre
los datos de inscripción del vehículo placa BJN755.
f) Consulta a la página electrónica del Registro Civil sobre
los datos de identidad de los investigados.
g) Constancia laboral y carta firmada por los supuestos
pasajeros transportados durante la detención.
h) Constancia DACP-2017-2262
emitida por el Departamento Administración Concesiones y Permisos del MOPT
sobre las autorizaciones dadas al vehículo investigado.
i) Resolución RRG-617-2017 de las 10:20 horas del 21 de
diciembre de 2017 en la cual consta el levantamiento de la medida cautelar.
j) Informe IN-0956-DGAU-2021 18 de noviembre de 2020 que es el
informe de valoración inicial del procedimiento ordinario.
k) Resolución RE-1646-RG-2020 de las 10:50 horas del 24 de
noviembre de 2021 en la cual se nombró al órgano director del procedimiento.
6. La citación a rendir declaración como testigos de los
oficiales de tránsito actuantes queda sujeta a la disponibilidad de esos
funcionarios debido a que deben brindar atención prioritaria de vigilancia al
cumplimiento de las medidas sanitarias impuestas por la pandemia del Covid-19.
7. El órgano director podrá incorporar más elementos de prueba,
de acuerdo con sus facultades legales.
8. Se citará a las partes a una
comparecencia oral y privada para que comparezcan personalmente o por medio de
apoderado y para que ejerzan su derecho de defensa. Se realizará a las 09:30
horas del 02 de marzo del 2022 en la sede de la Autoridad Reguladora en
Guachipelín de Escazú. Para tal efecto los interesados deberán presentarse en
la recepción de la Institución a la hora y fecha señalada supra.
9. Deben aportar todos sus alegatos y pruebas a más tardar el
día de la comparecencia oral y privada, o antes si a bien lo tienen, en cuyo
caso la presentación habrá de ser por escrito. La prueba que por culpa de la
parte proponente no haya sido posible recibir en la comparecencia oral y
privada, se declarará inevacuable. En el caso de los medios de prueba que
requieran una preparación previa a la comparecencia, su ofrecimiento deberá ser
comunicado con suficiente antelación al órgano director a fin de decidir su
admisión y proceder de conformidad. Se hace saber, además, que, en caso de
ofrecer prueba testimonial, deben indicarse las calidades generales de los
testigos y señalar los hechos sobre los cuales van a declarar y quedará bajo su
responsabilidad traer a la comparecencia los testigos ofrecidos, de conformidad
con el artículo 312 de la Ley L.G.A.P., para lo cual podrán solicitar al órgano
director que emita las cédulas de citación de los testigos, con al menos cinco
días naturales de antelación a la fecha de la comparecencia. La notificación de
las cédulas de citación se hará por medio de la parte interesada, quien deberá
devolverlas al órgano director debidamente firmadas por los testigos, a más
tardar el día de la comparecencia.
10. Se advierte que de presentarse en forma tardía a la
comparecencia, la tomarán en el estado en que se encuentre, y de no comparecer
el día y hora que señale el órgano director, sin que medie causa justa
debidamente comunicada al órgano director, se continuará con el procedimiento y
se resolverá el caso con los elementos de juicio existentes, sin que eso valga
como aceptación de los hechos, pretensiones ni prueba de la Administración,
aunque el órgano director podrá evacuar la prueba previamente ofrecida por la
parte ausente, si fuera posible, de conformidad con el artículo 316 de la Ley
L.G.A.P. Y que podrán contar con patrocinio letrado.
11. Dentro del plazo de tres días hábiles
a partir de la notificación de la presente resolución, deben señalar dirección
exacta y/o medio para atender futuras notificaciones, bajo el
apercibimiento de que, en caso de omisión, quedarán notificados de los actos
subsiguientes veinticuatro horas después de dictados. Lo mismo sucederá si el
medio escogido imposibilitare la notificación por causas ajenas a la Autoridad
Reguladora, o si el lugar señalado permaneciere cerrado, fuere impreciso,
incierto o inexistente. Para las notificaciones a efectuarse en este
procedimiento se tendrán por habilitados todos los días y horas al amparo del
artículo 267.3 de la Ley L.G.A.P.
III.—Notificar
la presente resolución al señor Bernardo Daniel Cambronero Salas (conductor) y
al señor Braulio Andrey Campos Hernández (propietario registral), en la
dirección física exacta que conste en el expediente administrativo, de
conformidad con lo establecido en el inciso a) del artículo 19 de la Ley 8687.
En caso de no existir ningún lugar señalado en autos, se procederá con la
notificación mediante publicación en la sección de notificaciones de La
Gaceta.
De
conformidad con lo establecido en la L.G.A.P., se informa que contra la
presente resolución cabe la interposición de los recursos ordinarios de
revocatoria y apelación, los cuales deberán interponerse dentro del plazo de
veinticuatro horas, contado a partir del día hábil inmediato siguiente al
día en que quede debidamente notificado este acto.
El recurso de revocatoria
corresponderá resolverlo al órgano director del procedimiento y el recurso de
apelación corresponderá resolverlo al Regulador General. Notifíquese.—Lucy María Arias Chaves, Órgano Director.—O.C. Nº
082202210380.—Solicitud
Nº 337550.—( IN2022633946 ).
PUBLICACIÓN DE PRIMERA VEZ
Resolución RE-0286-DGAU-2021
de las 13:31 horas del 10 de noviembre de 2021.
Realiza el órgano director la intimación
de cargos en el procedimiento ordinario seguido al señor Allan Aragón Pérez,
portador de la cédula de identidad 1-1615-0487 (Conductor) y a la señora Zaira
María Pérez Gazo, portadora del documento de identidad número DM155811960732
(Propietaria registral), por la supuesta prestación no autorizada del servicio
público de transporte remunerado de personas. Expediente digital OT-369-2017.
Resultando:
I.—Que el 12 de febrero de
2004, mediante resolución RRG-3333-2004 de las 15:30 horas de ese día, publicada
en La Gaceta 36 del 20 de febrero de 2004, la Autoridad Reguladora de
los Servicios Públicos facultó al Ministerio de Obras Públicas y Transportes
para que por los medios que estimara pertinentes, removiera los vehículos que
se encontraran prestando el servicio público de transporte remunerado de
personas, sin autorización del Estado.
II.—Que el 29 de noviembre de
2017, se recibió el oficio DVT-DGPT-UPT-2017-724 del 28 de ese mes, emitido por
el Departamento de Operaciones Policiales de Tránsito de la Dirección General
de Policía de Tránsito del MOPT, mediante el cual se remitió la información
siguiente: a) La boleta de citación N° 2-2017-248601139, confeccionada a
nombre del señor Allan Aragón Pérez, portador de la cédula de identidad N°
1-1615-0487, conductor del vehículo particular placa BDV926 por supuestamente
haber prestado de forma no autorizada el servicio de transporte público
remunerado de personas, modalidad taxi el día 20 de noviembre del 2017; b)
El acta de “Recolección de información para investigación administrativa”, en
la que se describen los hechos ocurridos en el operativo de detención del
vehículo y en la que se recopila información sobre los pasajeros transportados
y c) El documento denominado “Inventario de Vehículos Detenidos” en el cual
se consignan los datos de identificación del vehículo y de la delegación de
tránsito en la que quedó depositado (folios 04 al 07).
III.—Que en la boleta de
citación N° 2-2017-248601139 emitida a las 08:02 horas del 20 de noviembre del
2017 -en resumen- se consignó que se había detenido el vehículo placa BDV926 en
la vía pública porque el conductor prestaba el servicio de transporte público
sin contar con la autorización del CTP del MOPT (folio 04).
IV.—Que en el acta de
recolección de información para la investigación administrativa levantada por
el oficial de tránsito Pablo Agüero Rojas se consignó, en resumen, que, en el
sector San José, San José centro, La Merced frente al parqueo de Musi, en un
operativo de control vehicular de rutina se había detenido el vehículo placa
BDV926. Se consignaron los datos de identificación del conductor y del
vehículo. Además, se consignó que en el vehículo viajaban varios pasajeros, se
indican datos personales de dos de ellos en el informe, quienes indicaron que
se dirigían desde Pavas, Escuela Rincón Grande, Lomas del Río hasta Hospitales
y Barrio México, a cambio de ¢500 (quinientos colones) por persona
(folio 4 al 7).
V.—Que el 12 de diciembre de
2017, se consultó la página electrónica del Registro Nacional para verificar la
condición de inscripción del vehículo detenido y las calidades del propietario,
dando como resultado que el vehículo placa BDV926 se encontraba debidamente
inscrito y es propiedad de la señora Zaira María Pérez Gazo, portadora del
documento de identidad número DM155811960732 (folio 08).
VI.—Que el 07 de diciembre
del 2017, se recibió la constancia DACP-2017-2345 emitida por el Departamento
Administración Concesiones y Permisos, Proceso SEETAXI, del MOPT en la que se
indica que según los reportes que genera el sistema emisor de permisos al
vehículo placa BDV926 no se le ha emitido código amparado a una empresa
prestataria del servicio de transporte público, modalidad permiso especial
estable de taxi. Dicha constancia fue solicitada por el Ente Regulador al
amparo del convenio de cooperación suscrito con el MOPT para regular la
prestación del servicio de transporte remunerado de personas (folio 10).
VII.—Que
el 09 de enero del 2018, el Regulador General por resolución RRG-014-2018 de
las 08:35 horas levantó la medida cautelar decretada contra el vehículo placa
BDV926 y ordenó a la Dirección General de la Policía de Tránsito del MOPT que
devolviera el vehículo a su propietaria registral o a quien demostrare ser
mandatario legítimo de éste, por medio de poder especial otorgado en escritura
pública (folios 11 al 17).
VIII.—Que el 18 de noviembre
del 2020, la Dirección General de Atención al Usuario por documento
IN-0957-DGAU-2020 emitió el informe de valoración inicial, en el cual concluyó
que con la información constante en autos podía iniciarse el procedimiento
ordinario de investigación (folios 20 al 25).
IX.—Que el 24 de noviembre
del 2020, el Regulador General por resolución RE-1642-RG-2020 de las 10:30
horas de ese día, ordenó el inicio del procedimiento ordinario y nombró como
integrantes del órgano director del procedimiento a las abogadas Lucy Arias
Chaves como titular y María
Marta Rojas Chaves, como suplente (folios 27 al 37).
Considerando:
I.—Que de
conformidad con lo establecido en el artículo 9° inciso 17) del Reglamento de
Organización y
Funciones de la Autoridad Reguladora (RIOF) corresponde al Regulador General
ordenar la apertura de los procedimientos administrativos en los cuales se
apliquen como sanción una multa, así como dictar los actos preparatorios, las
medidas cautelares y la resolución final, además, de conocer las impugnaciones
que se presenten.
II.—Que por su parte el
artículo 22 inciso 11) del RIOF asignó a la Dirección General de Atención al
Usuario la función de llevar a cabo la gestión de los procedimientos de
resolución de quejas, controversias y denuncias.
III.—Que
el artículo 38 inciso d) de la Ley 7593 faculta a la Autoridad Reguladora a tramitar
procedimientos administrativos sancionatorios contra los prestadores de
servicios públicos que incurran en una prestación no autorizada del servicio
público aplicando para ello el procedimiento ordinario de la Ley General de la
Administración Pública (L.G.A.P.). También dispone que de comprobarse la falta
se aplicará una sanción de multa que podrá ser de cinco a diez veces el valor
del daño causado cuando éste pueda ser determinado, o se aplicará una multa cuyo
monto equivaldrá de 5 a 20 salarios base mínimos fijados en la Ley 7337 del 5
de mayo de 1993, cuando se no logre determinar dicho daño.
IV.—Que artículo 5° de la ley
7593, detalla los servicios públicos a los que la Autoridad Reguladora le
corresponde fijar los precios y las tarifas y también velar por el cumplimiento
de las normas de calidad, cantidad, confiabilidad, continuidad, oportunidad y
prestación óptima. Además, establece los entes a los cuales les corresponde
otorgar la autorización para prestar dichos servicios. Entre ellos se encuentra
el transporte público remunerado de personas, en cualquiera de sus modalidades,
salvo el aéreo.
V.—Que de conformidad con los
artículos 2° y 3° de la Ley 7969, el transporte remunerado de personas es un
servicio público cuyo titular es el Estado, sea que se realice por medio de
autobuses, busetas, microbuses, taxis, automóviles o cualquier otro tipo de
vehículo automotor, que se ofrezca al público en general, que se ofrezca a
personas usuarias o a grupos determinados de usuarios con necesidades
específicas, que constituyen demandas especiales.
VI.—Que por tratarse de un
servicio público es necesario obtener una concesión para prestar el transporte
remunerado de personas. En este sentido el artículo 1° de la Ley 3503, del 16
de agosto de 1965, dispuso que “El transporte remunerado de personas en
vehículos automotores colectivos, excepto los automóviles de servicio de taxi
regulado en otra ley, que se lleva a cabo por calles, carreteras y caminos
dentro del territorio nacional, es un servicio público regulado, controlado y
vigilado por el Ministerio de Obras Públicas y Transportes”. Además, ese
artículo define la concesión, como el “derecho que el Estado otorga, previo
trámite de licitación pública, para explotar comercialmente una línea por medio
de uno o varios vehículos colectivos, tales como autobuses, busetas, microbuses
o similares”.
VII.—Que por su parte los
artículos 2° y 3° de la Ley 7969 establecen que el transporte remunerado de
personas, modalidad taxi se explota mediante la figura de la concesión y que el
servicio de transporte remunerado de personas modalidad servicio especial
estable de taxi se explota mediante la figura del permiso. Por tal motivo es
prohibido a los propietarios o conductores de vehículos particulares dedicarlos
a la actividad del transporte público, sin contar con las respectivas
autorizaciones y placas legalmente adjudicadas. En ese sentido la Ley de
Tránsito por Vías Públicas Terrestres, N° 9078 establece en el artículo 42 la
obligación de portar la documentación correspondiente en original y vigente y
el artículo 130 impone la prohibición de emplear el vehículo para otros fines
distintos a los establecidos en el certificado de propiedad.
VIII.—Que cuando un conductor
de un vehículo particular se dedica a prestar el servicio de transporte
remunerado de personas, sin contar con la debida autorización estatal o cuando
un propietario de un vehículo particular permite que un vehículo de su
propiedad sea dedicado a prestar dicho servicio sin la autorización de ley,
incurren en la falta establecida en el inciso d) del artículo 38 de la Ley 7593
y, por tal motivo, se hacen acreedores de la sanción fijada en dicha norma
jurídica. En el dictamen C-085-2008, del 26 de marzo de 2008, la Procuraduría General
de la República expuso los alcances de esa sanción al señalar que: “Ahora
bien, en el caso de la sanción de multa establecida en el artículo 38, inciso
d) de la Ley de la ARESEP tenemos que su finalidad es precisamente
desincentivar la prestación de un servicio público sin estar autorizado para
ello. En el caso del servicio de transporte es obvio que un chofer por sí solo,
es decir, sin el vehículo correspondiente, no podría brindar el servicio. Por
consiguiente, la sanción debe dirigirse contra quien brinda el servicio
(chofer) y también contra el propietario del vehículo”. Dado que el
vehículo es el medio con el cual un conductor puede brindar un servicio público
sin autorización estatal, su propietario registral puede ser sancionado y por
tal motivo es menester incluirlo en el procedimiento ordinario a fin de que se
le garantice el derecho de defensa.
IX.—Que la L.G.A.P., en el
artículo 308 obliga a seguir el procedimiento ordinario desarrollado en el
Título Sexto de esa ley, cuando el acto final pueda causarle perjuicio grave al
administrado, al imponerle obligaciones, suprimirle o denegarle derechos
subjetivos, o al establecerle cualquier otra forma de lesión grave y directa a
sus derechos o intereses legítimos. En resumen, el procedimiento administrativo
es una unidad formal de actos coordinados entre sí, que tienen por objeto
alcanzar un acto final que refleje la verdad real de los hechos investigados. Es por esa razón que el órgano director debe
realizar todos los actos necesarios para averiguar la verdad real de los hechos
que dan base a ese procedimiento y que sirven de motivo al acto final en la
forma más fiel, completa y posible. Para ello debe adoptar todas las medidas
probatorias pertinentes o necesarias; debe otorgar y vigilar el respeto al
debido proceso y debe conceder el derecho de defensa al administrado, teniendo
todas las competencias otorgadas en la L.G.A.P.
X.—Que tal como se desglosó
en el apartado de antecedentes del informe de valoración inicial, se considera
que hay mérito suficiente para iniciar un procedimiento ordinario contra el
señor Allan Aragón Pérez portador de la
cédula de identidad 1-1615-0487(conductor) y contra la señora Zaira María Pérez
Gazo, portadora del documento de identidad número DM155811960732 (propietaria registral)
por supuestamente haber prestado sin autorización el servicio de transporte
remunerado de personas, lo cual está establecido como falta en el inciso d) del
artículo 38 de la Ley 7593, toda vez que la documentación aportada por la
Dirección General de la Policía de Tránsito y los elementos de juicio que
constan en autos, hacen suponer que pudo cometerse esa falta.
XI.—Que la instrucción del
procedimiento será llevada a cabo por el órgano director, quien ostentará las
facultades y competencias establecidas en los artículos 214 al 238 la L.G.A.P.
XII.—Que,
además, como parte de la garantía constitucional del debido proceso, el administrado
tiene derecho a ejercer su defensa en forma razonable, para lo cual es
necesario que tenga una intimación oportuna
y completa de los hechos que se le imputan, tal como lo establece el artículo
220 de la L.G.A.P.
XIII.—Que el objeto de este
procedimiento ordinario es establecer la verdad real de los hechos
investigados, es decir, determinar si hubo un posible incumplimiento de
normativa vigente, al prestarse sin autorización estatal el servicio de
transporte remunerado de personas, lo cual es sancionado en el artículo 38
inciso d) de la Ley 7593 con la imposición de una multa.
XIV.—Que para el año 2017 el
salario base de la Ley 7337 era de ¢ 426 200,00 (cuatrocientos veintiséis mil
doscientos colones) de acuerdo con lo establecido por la Corte Suprema de
Justicia en la sesión ordinaria N° 113-16 del 20 de diciembre de 2016. Por
tanto,
Con fundamento en las
competencias otorgadas en la Ley 7593, en la L.G.A.P., en el Decreto 29732-MP
que es el Reglamento a la Ley 7593 y en el Reglamento Interno de Organización y
Funciones;
EL ÓRGANO
DIRECTOR,
RESUELVE:
I.—Iniciar
el procedimiento ordinario tendente a determinar la verdad real
de los hechos y establecer la eventual responsabilidad administrativa
del señor Allan Aragón Pérez (conductor) y de la señora Zaira María Pérez Gazo
(propietaria registral) por la supuesta prestación no autorizada del servicio
de transporte público remunerado de personas.
II.—Indicar
que la eventual determinación de responsabilidad administrativa podría acarrearle al
señor Allan Aragón Pérez y a la señora Zaira María Pérez Gazo, la imposición de
una sanción que podría oscilar de cinco a diez veces el valor del daño causado
que se determine, o, cuando no fuere posible determinar el daño, en la
imposición de una multa que podría oscilar entre cinco a veinte salarios base
mínimos fijados en la Ley 7337, mismo que para el año 2017 era de ¢ 426 200,00
(cuatrocientos veintiséis mil doscientos colones), de acuerdo con lo
establecido por la Corte Suprema de Justicia en la sesión ordinaria N° 113-16
del 20 de diciembre de 2016. Lo anterior con base en los hechos y cargos
siguientes, sobre los cuales los investigados quedan debidamente intimados:
Primero: Que el
vehículo placa BDV926 es propiedad
de la señora Zaira María Pérez Gazo, portadora del documento de identidad
número DM155811960732 (folio 08).
Segundo: Que el 20 de noviembre del
2017, el oficial de tránsito Pablo Agüero Rojas, en el sector San José, San
José centro, La Merced frente al parqueo de Musi, detuvo el vehículo placas
BDV926 que era conducido por el señor Allan Aragón Pérez (folio 04).
Tercero: Que, al momento de ser
detenido, en el vehículo placas BDV926 viajaban varios pasajeros entre los que
se identificaron José Luis López Figueroa, documento de identidad
DM155811586609 y Bertha Rodríguez
Medina, documento de identidad número DM155819871202, a quienes el señor Allan
Aragón Pérez se encontraba prestando el servicio de transporte remunerado de
personas desde Pavas, Escuela Rincón Grande, Lomas del Río hasta Hospitales y
Barrio México, a cambio ¢500 (quinientos colones) por
persona; según lo informado por los pasajeros y lo consignado por los oficiales
de tránsito en la documentación (folios 04 al 07).
Cuarto: Que el vehículo placa
BDV926 no aparece en los registros del Departamento de Administración de
Concesiones y Permisos del Ministerio de Obras Públicas y Transportes, como que
se le haya emitido algún código amparado a una empresa prestataria del servicio
de transporte público, modalidad permiso especial estable de taxi (folio 10).
III.—Hacer saber al señor
Allan Aragón Pérez y a la señora Zaira María Pérez Gazo, que:
1. La falta, consistente en la prestación no autorizada del
servicio de transporte remunerado de personas, les es imputable ya que de
conformidad con los artículos 5° de la ley 7593, 2° y 3° de la Ley 7969, 1° de
la Ley 3503 y 42 de la Ley 9078; para prestar el servicio público de transporte
remunerado de personas es condición indispensable (conditio sine qua non)
contar con la respectiva concesión o permiso. Por lo que al señor Allan Aragón
Pérez, se le atribuye la prestación del servicio público de transporte
remunerado de personas, sin contar con la respectiva autorización estatal y sin
contar con placas de transporte público debidamente adjudicadas y a la señora
Zaira María Pérez Gazo se le atribuye el haber consentido en la prestación no
autorizada del servicio de transporte remunerado de personas con un vehículo de
su propiedad.
2. De comprobarse la comisión de la falta imputada por parte
del señor Allan Aragón Pérez y por parte de la señora Zaira María Pérez Gazo,
podría imponérseles una sanción al pago solidario de una multa de cinco a diez
veces el valor del daño causado, o bien una multa de cinco a veinte salarios
base mínimo fijado en la Ley 7337, si no puede determinarse el daño, cuyo monto
para el año 2017 era de ¢ 426 200,00 (cuatrocientos veintiséis mil doscientos
colones), de acuerdo con lo establecido por la Corte Suprema de Justicia en la
sesión ordinaria N° 113-16 del 20 de diciembre de 2016.
3. En la Dirección General de Atención al Usuario de la
Autoridad Reguladora, sede del órgano director del procedimiento, ubicada en el
primer piso del Edificio Turrubares del Centro Empresarial Multipark ubicado
100 metros al norte de Construplaza en Guachipelín de Escazú, podrán consultar
el expediente administrativo en horario de las 8:00 a las 16:00 horas, de lunes
a viernes, (menos los días feriados), horario dentro del cual podrán fotocopiar
el expediente, con cargo al interesado.
4. Todos los escritos y
documentos adjuntos deberán dirigirse al órgano director y ser presentados en
la recepción de documentos de la Autoridad Reguladora, ubicada en la
sede antes señalada.
5. Sólo las partes y sus respectivos abogados debidamente
acreditados en autos tendrán acceso al expediente, el cual consta de la
documentación siguiente:
a) Oficio DVT-DGPT-UPT-2017-724 del 28 de noviembre de 2017
emitido por el Departamento de Operaciones Policiales de Tránsito de la
Dirección General de Policía de Tránsito del MOPT.
b) Boleta de citación de citación N° 2-2017-248601139 del 20 de
noviembre del 2017 confeccionada a nombre del señor Allan Aragón Pérez,
conductor del vehículo particular placa BDV926 por la supuesta prestación no
autorizada del servicio de transporte público remunerado de personas ese día.
c) Acta de “Recolección de
información para investigación administrativa”, en la que se describen
los hechos ocurridos en el operativo de detención del vehículo.
d) Documento denominado “Inventario de
Vehículos Detenidos”
con los datos de identificación del vehículo detenido en el operativo.
e) Consulta a la página electrónica del Registro Nacional sobre
los datos de inscripción del vehículo placa BDV926.
f) Consulta a la página electrónica del Registro Civil sobre
los datos de identidad de los investigados.
g) Constancia DACP-2017-2345
emitida por el Departamento Administración Concesiones y Permisos del
MOPT sobre las autorizaciones dadas al vehículo investigado.
h) Resolución RRG-014-2018 de las 08:35 horas del 09 de enero
del 2017 en la cual consta el levantamiento de la medida cautelar.
i) Informe IN-0957-DGAU-2021 18 de
noviembre de 2020 que es el informe de valoración inicial del procedimiento ordinario.
j) Resolución RE-1642-RG-2020 de las 10:30 horas del 24 de
noviembre de 2021 en la cual se nombró al órgano director del procedimiento.
6. La citación a rendir declaración como
testigos de los
oficiales de tránsito actuantes queda sujeta a la disponibilidad de esos
funcionarios debido a que deben brindar atención prioritaria de vigilancia al
cumplimiento de las medidas sanitarias impuestas por la pandemia del Covid-19.
7. El órgano director podrá incorporar más elementos de prueba,
de acuerdo con sus facultades legales.
8. Se citará a las partes a una comparecencia oral y privada
para que comparezcan personalmente o por medio de apoderado y para que ejerzan
su derecho de defensa. Se realizará a las 13:30 horas del 02 de marzo del
2022 en la sede de la Autoridad Reguladora en Guachipelín de Escazú. Para
tal efecto los interesados deberán presentarse en la recepción de la
Institución a la hora y fecha indicada supra.
9. Deben aportar todos sus alegatos y pruebas a más tardar el
día de la comparecencia oral y privada, o antes si a bien lo tienen, en cuyo
caso la presentación habrá de ser por escrito. La prueba que por culpa de la
parte proponente no haya sido posible recibir en la comparecencia oral y
privada, se declarará inevacuable. En el caso de los medios de prueba que
requieran una preparación previa a la comparecencia, su ofrecimiento deberá ser
comunicado con suficiente antelación al órgano director a fin de decidir su
admisión y proceder de conformidad. Se hace saber, además, que, en caso de
ofrecer prueba testimonial, deben indicarse las calidades generales de los
testigos y señalar los hechos sobre los cuales van a declarar y quedará bajo su
responsabilidad traer a la comparecencia los testigos ofrecidos, de conformidad
con el artículo 312 de la Ley L.G.A.P., para lo cual podrán solicitar al órgano
director que emita las cédulas de citación de los testigos, con al menos cinco
días naturales de antelación a la fecha de la comparecencia. La notificación de
las cédulas de citación se hará por medio de la parte interesada, quien deberá
devolverlas al órgano director debidamente firmadas por los testigos, a más
tardar el día de la comparecencia.
10. Se advierte que de presentarse en forma tardía a la
comparecencia, la tomarán en el estado en que se encuentre, y de no comparecer
el día y hora que señale el órgano director, sin que medie causa justa
debidamente comunicada al órgano director, se continuará con el procedimiento y
se resolverá el caso con los elementos de juicio existentes, sin que eso valga
como aceptación de los hechos, pretensiones ni prueba de la Administración,
aunque el órgano director podrá evacuar la prueba previamente ofrecida por la
parte ausente, si fuera posible, de conformidad con el artículo 316 de la Ley
L.G.A.P. Y que podrán contar con patrocinio letrado.
11. Dentro del plazo de tres días hábiles a partir de la notificación de la presente resolución, deben
señalar dirección exacta y/o medio para atender futuras notificaciones,
bajo el apercibimiento de que, en caso de omisión, quedarán notificados de los
actos subsiguientes veinticuatro horas después de dictados. Lo mismo
sucederá si el medio escogido imposibilitare la notificación por causas ajenas
a la Autoridad Reguladora, o si el lugar señalado permaneciere cerrado, fuere
impreciso, incierto o inexistente. Para las notificaciones a efectuarse en este
procedimiento se tendrán por habilitados todos los días y horas al amparo del
artículo 267.3 de la Ley L.G.A.P.
III.—Notificar la presente
resolución al señor Allan Aragón Pérez (conductor) y a la señora Zaira María
Pérez Gazo (propietaria registral), en la dirección física exacta que conste en
el expediente administrativo, de conformidad con lo establecido en el inciso a)
del artículo 19 de la Ley 8687. En caso de no existir ningún lugar señalado en
autos, se procederá con la notificación mediante publicación en la sección de
notificaciones de La Gaceta.
De conformidad con lo
establecido en la L.G.A.P., se informa que contra la presente resolución cabe
la interposición de los recursos ordinarios de revocatoria y apelación, los
cuales deberán interponerse dentro del plazo de veinticuatro horas,
contado a partir del día hábil inmediato siguiente al día en que quede
debidamente notificado este acto.
El
recurso de revocatoria corresponderá resolverlo al órgano director del
procedimiento y el recurso de apelación corresponderá resolverlo al Regulador
General. Notifíquese.—Lucy María Arias Chaves,
Órgano Director.—O.C. N° 082202210380.—Solicitud N° 337558.— ( IN2022634001 ).
Resolución
RE-0248-DGAU-2021 de las 12:05 horas del 10 de noviembre de 2021. Realiza El
Órgano Director la intimación de cargos en el procedimiento ordinario seguido
al Señor Everth Miranda Icabalzeta, portador del documento de identidad DM
155814775515 (conductor y propietario registral), por la supuesta prestación no
autorizada del servicio público de transporte remunerado de personas.
Expediente digital OT-22-2018.
Resultando:
I.—Que el 12 de febrero de
2004 mediante resolución RRG-3333-2004 de las 15:30 horas de ese día, publicada
en La Gaceta 36 del 20 de febrero de 2004, la Autoridad Reguladora de los
Servicios Públicos facultó al Ministerio de Obras Públicas y Transportes para
que por los medios que estimara pertinentes, removiera los vehículos que se
encontraran prestando el servicio público de transporte remunerado de personas,
sin autorización del Estado.
II.—Que el 7 de diciembre del
2017, se recibió el oficio DVT-DGPT-UTP-2017774 del 04 de diciembre del 2017,
emitido por el Departamento de Operaciones Policiales de Tránsito de la
Dirección General de Policía de Tránsito del MOPT, mediante el cual se remitió
la información siguiente: a) La boleta de citación Nº 2-2017-92500566,
confeccionada a nombre del señor Everth Miranda Icabalzeta, portador del
documento de identidad DM 155814775515, conductor del vehículo particular placa
759665 por supuestamente haber prestado de forma no autorizada el servicio de
transporte público remunerado de personas, modalidad taxi el día 27 de
noviembre del 2017; b) El acta de “Recolección de información para
investigación administrativa”, en la que se describen los hechos ocurridos en
el operativo de detención del vehículo y en la que se recopila información
sobre los pasajeros transportados y c) El documento denominado “Inventario de
Vehículos Detenidos” en el cual se consignan los datos de identificación del
vehículo y de la delegación de tránsito en la que quedó depositado (folios 02
al 07).
III.—Que en la boleta de
citación Nº 2-2017-92500566 emitida a las 15:27 horas del 27 de noviembre del
2017 -en resumen- se consignó que se había detenido el vehículo placa 759665 en
la vía pública porque el conductor prestaba el servicio de transporte público
sin contar con la autorización del CTP del MOPT. También se consignó que
viajaba con tres pasajeras cuyos datos se indicaban en el informe (folios 4).
IV.—Que en el acta de
recolección de información para la investigación administrativa levantada por
el oficial de tránsito Roger Sanabria Barquero se consignó, en resumen, que, en
el sector Heredia, Sarapiquí, Puerto Viejo, frente a la Municipalidad, en un
operativo de control vehicular de rutina se había detenido el vehículo placa
759665. Se consignaron los datos de identificación del conductor y del
vehículo. Además, se consignó que en el vehículo viajaban Blanca Iris Álvarez Álvarez, cédula de identidad número
40159-0615, Andrea Roice Flores, documento de identidad número DM155801893911 y
Viviana Brenes Delgado, cédula de identidad número 20648-0066, quienes
informaron que se dirigían desde Barrio Cristo Rey hasta el centro de Puerto
Viejo de Sarapiquí, a cambio de ¢500 (quinientos colones) por persona
(folio 5).
V.—Que el 19 de diciembre del
2017, se consultó la página electrónica del Registro Nacional para verificar la
condición de inscripción del vehículo detenido y las calidades del propietario,
dando como resultado que el vehículo placa 759665 se encontraba debidamente
inscrito y era propiedad del señor Everth Miranda Icabalzeta, portador del
documento de identidad DM 155814775515 (folio 9).
VI.—Que el 12 de diciembre
del 2017, se recibió la constancia DACP-2017-2472 emitida por el Departamento
Administración Concesiones y Permisos, Proceso SEETAXI, del MOPT en la que se
indica que según los reportes que genera el sistema emisor de permisos al
vehículo placa 759665 no se le ha emitido código amparado a una empresa
prestataria del servicio de transporte público, modalidad permiso especial
estable de taxi. Dicha constancia fue solicitada por el Ente Regulador al
amparo del convenio de cooperación suscrito con el MOPT para regular la
prestación del servicio de transporte remunerado de personas (folio 28).
VII.—Que el 09 de enero del
2018 el Regulador General por resolución RRG-0112018
de las 08:20 horas levantó la medida cautelar decretada contra el vehículo
placa 759665 y ordenó a la Dirección General de la Policía de Tránsito del MOPT
que devolviera el vehículo a su propietario registral o a quien demostrare ser
mandatario legítimo de éste, por medio de poder especial otorgado en escritura
pública (folios 21 al 27).
VIII.—Que el 18 de julio del
2019, la Dirección General de Atención al Usuario por documento
IN-201-DGAU-2019 emitió el informe de valoración inicial, en el cual concluyó
que con la información constante en autos podía iniciarse el procedimiento
ordinario de investigación (folios 62 al 69).
IX.—Que el 05 de agosto del
2019, el Regulador General por resolución RE-0106RG-2019 de las 11:20 horas de
ese día, ordenó el inicio del procedimiento ordinario y nombró como integrantes
del órgano director del procedimiento a las abogadas Lucy Arias Chaves como
titular y María Marta Rojas Chaves, como suplente (folios 71 al 79).
Considerando:
I.—Que de conformidad con lo
establecido en el artículo 9° inciso 17) del Reglamento de Organización y
Funciones de la Autoridad Reguladora (RIOF) corresponde al Regulador General
ordenar la apertura de los procedimientos administrativos en los cuales se
apliquen como sanción una multa, así como dictar los actos preparatorios, las
medidas cautelares y la resolución final, además, de conocer las impugnaciones
que se presenten.
II.—Que por su parte el
artículo 22 inciso 11) del RIOF asignó a la Dirección General de Atención al
Usuario la función de llevar a cabo la gestión de los procedimientos de
resolución de quejas, controversias y denuncias.
III.—Que
el artículo 38 inciso d) de la Ley 7593 faculta a la Autoridad Reguladora a
tramitar procedimientos administrativos sancionatorios contra los prestadores
de servicios públicos que incurran en una prestación no autorizada del servicio
público aplicando para ello el procedimiento ordinario de la Ley General de la
Administración Pública (L.G.A.P.). También dispone que de comprobarse la falta
se aplicará una sanción de multa que podrá ser de cinco a diez veces el valor
del daño causado cuando éste pueda ser determinado, o se aplicará una multa
cuyo monto equivaldrá de 5 a 20 salarios base mínimos fijados en la Ley 7337
del 5 de mayo de 1993, cuando se no logre determinar dicho daño.
IV.—Que artículo 5° de la ley
7593, detalla los servicios públicos a los que la Autoridad Reguladora le
corresponde fijar los precios y las tarifas y también velar por el cumplimiento
de las normas de calidad, cantidad, confiabilidad, continuidad, oportunidad y
prestación óptima. Además, establece los entes a los cuales les corresponde
otorgar la autorización para prestar dichos servicios. Entre ellos se encuentra
el transporte público remunerado de personas, en cualquiera de sus modalidades,
salvo el aéreo.
V.—Que de conformidad con los
artículos 2° y 3° de la Ley 7969, el transporte remunerado de personas es un servicio
público cuyo titular es el Estado, sea que se realice por medio de autobuses,
busetas, microbuses, taxis, automóviles o cualquier otro tipo de vehículo
automotor, que se ofrezca al público en general, que se ofrezca a personas
usuarias o a grupos determinados de usuarios con necesidades específicas, que
constituyen demandas especiales.
VI.—Que por tratarse de un
servicio público es necesario obtener una concesión para prestar el transporte
remunerado de personas. En este sentido el artículo 1° de la Ley 3503, del 16
de agosto de 1965, dispuso que “El transporte remunerado de personas en
vehículos automotores colectivos, excepto los automóviles de servicio de
taxi regulado en otra ley, que se lleva a cabo por calles, carreteras y caminos
dentro del territorio nacional, es un servicio público regulado, controlado y
vigilado por el Ministerio de Obras Públicas y Transportes”. Además, ese
artículo define la concesión, como el “derecho que el Estado otorga, previo
trámite de licitación pública, para explotar comercialmente una línea por medio
de uno o varios vehículos colectivos, tales como autobuses, busetas, microbuses
o similares”.
VII.—Que por su parte los
artículos 2° y 3° de la Ley 7969 establecen que el transporte remunerado de
personas, modalidad taxi se explota mediante la figura de la concesión y que el
servicio de transporte remunerado de personas modalidad servicio especial
estable de taxi se explota mediante la figura del permiso. Por tal motivo es
prohibido a los propietarios o conductores de vehículos particulares dedicarlos
a la actividad del transporte público, sin contar con las respectivas
autorizaciones y placas legalmente adjudicadas. En ese sentido la Ley de
Tránsito por Vías Públicas Terrestres, N° 9078 establece en el artículo 42 la obligación
de portar la documentación correspondiente en original y vigente y el artículo
130 impone la prohibición de emplear el vehículo para otros fines distintos a
los establecidos en el certificado de propiedad.
VIII.—Que cuando un conductor
de un vehículo particular se dedica a prestar el servicio de transporte
remunerado de personas, sin contar con la debida autorización estatal o cuando
un propietario de un vehículo particular permite que un vehículo de su
propiedad sea dedicado a prestar dicho servicio sin la autorización de ley,
incurren en la falta establecida en el inciso d) del artículo 38 de la Ley 7593
y, por tal motivo, se hacen acreedores de la sanción fijada en dicha norma
jurídica. En el dictamen C-085-2008, del 26 de marzo de 2008, la Procuraduría
General de la República expuso los alcances de esa sanción al señalar que: “Ahora
bien, en el caso de la sanción de multa establecida en el artículo 38, inciso
d) de la Ley de la ARESEP tenemos que su finalidad es precisamente
desincentivar la prestación de un servicio público sin estar autorizado para
ello. En el caso del servicio de transporte es obvio que un chofer por sí solo,
es decir, sin el vehículo correspondiente, no podría brindar el servicio. Por
consiguiente, la sanción debe dirigirse contra quien brinda el servicio
(chofer) y también contra el propietario del vehículo”. Dado que el
vehículo es el medio con el cual un conductor puede brindar un servicio público
sin autorización estatal, su propietario registral puede ser sancionado y por tal
motivo es menester incluirlo en el procedimiento ordinario a fin de que se le
garantice el derecho de defensa.
IX.—Que
la L.G.A.P., en el artículo 308 obliga a seguir el procedimiento ordinario
desarrollado en el Título Sexto de esa ley, cuando el acto final pueda causarle
perjuicio grave al administrado, al imponerle obligaciones, suprimirle o
denegarle derechos subjetivos, o al establecerle cualquier otra forma de lesión
grave y directa a sus derechos o intereses legítimos. En resumen, el procedimiento
administrativo es una unidad formal de actos coordinados entre sí, que tienen
por objeto alcanzar un acto final que refleje la verdad real de los hechos
investigados. Es por esa razón que el órgano director debe realizar todos los
actos necesarios para averiguar la verdad real de los hechos que dan base a ese
procedimiento y que sirven de motivo al acto final en la forma más fiel,
completa y posible. Para ello debe adoptar todas las medidas probatorias
pertinentes o necesarias; debe otorgar y vigilar el respeto al debido proceso y
debe conceder el derecho de defensa al administrado, teniendo todas las
competencias otorgadas en la L.G.A.P.
X.—Que tal como se desglosó
en el apartado de antecedentes del informe de valoración inicial, se considera
que hay mérito suficiente para iniciar un procedimiento ordinario contra el
señor Everth Miranda Icabalzeta portador
de la cédula de identidad DM 155814775515 (conductor y propietario
registral) por supuestamente haber prestado sin autorización el servicio de
transporte remunerado de personas, lo cual está establecido como falta en el
inciso d) del artículo 38 de la Ley 7593, toda vez que la documentación
aportada por la Dirección General de la Policía de Tránsito y los elementos de
juicio que constan en autos, hacen suponer que pudo cometerse esa falta.
XI.—Que la instrucción del
procedimiento será llevada a cabo por el órgano director, quien ostentará las
facultades y competencias establecidas en los artículos 214 al 238 la L.G.A.P.
XII.—Que,
además, como parte de la garantía constitucional del debido proceso, el
administrado tiene
derecho a ejercer su defensa en forma razonable, para lo cual es necesario que
tenga una intimación oportuna y completa de los hechos que se le imputan, tal
como lo establece el artículo 220 de la L.G.A.P.
XIII.—Que
el objeto de este procedimiento ordinario es establecer la verdad real de los
hechos investigados, es decir, determinar si hubo un posible incumplimiento de
normativa vigente, al prestarse sin autorización estatal el servicio de
transporte remunerado de personas, lo cual es sancionado en el artículo 38
inciso d) de la Ley 7593 con la imposición de una multa.
XIV.—Que para el año 2017 el
salario base de la Ley 7337 era de ¢ 426 200,00
(cuatrocientos veintiséis mil doscientos colones) de acuerdo con lo establecido
por la Corte Suprema de Justicia en la sesión ordinaria Nº 113-16 del 20 de
diciembre de 2016. Por tanto.
Con fundamento en las
competencias otorgadas en la Ley 7593, en la L.G.A.P., en el Decreto 29732-MP
que es el Reglamento a la Ley 7593 y en el Reglamento Interno de Organización y
Funciones;
EL ORGANO DIRECTOR
RESUELVE:
I.—Iniciar el procedimiento ordinario tendente a determinar la
verdad real de los hechos y establecer la eventual responsabilidad administrativa
del señor Everth Miranda Icabalzeta (conductor y propietario registral) por la
supuesta prestación no autorizada del servicio de transporte público remunerado
de personas.
II.—Indicar
que la eventual determinación de responsabilidad administrativa podría acarrearle al señor
Everth Miranda Icabalzeta, la imposición de una sanción que podría oscilar de
cinco a diez veces el valor del daño causado que se determine, o, cuando no
fuere posible determinar el daño, en la imposición de una multa que podría
oscilar entre cinco a veinte salarios base mínimos fijados en la Ley 7337,
mismo que para el año 2017 era de ¢ 426 200,00 (cuatrocientos veintiséis mil
doscientos colones), de acuerdo con lo establecido por la Corte Suprema de
Justicia en la sesión ordinaria Nº 113-16 del 20 de diciembre de 2016. Lo
anterior con base en los hechos y cargos siguientes, sobre los cuales los
investigados quedan debidamente intimados:
Primero: Que el
vehículo placa 759665 es propiedad del señor Everth Miranda Icabalzeta, portador
del documento de identidad DM 155814775515 (folio 9).
Segundo: Que el 27 de noviembre del
2017, el oficial de tránsito Roger Sanabria Barquero, en el sector Heredia,
Sarapiquí, Puerto Viejo, frente a la Municipalidad detuvo el vehículo 759665
que era conducido por el señor Everth Miranda Icabalzeta (folios 4).
Tercero: Que, al momento de ser
detenido, en el vehículo 759665 viajaban tres pasajeras identificados con el
nombre de Blanca Iris Álvarez Álvarez, cédula de identidad número 4-0159-0615, Andrea Roice
Flores, documento de identidad número
DM155801893911 y Viviana Brenes Delgado, cédula de identidad número
2-0648-0066, a quienes el señor Everth Miranda Icabalzeta se encontraba
prestando el servicio de transporte remunerado de personas desde Barrio
Cristo Rey hasta el centro de Puerto Viejo de Sarapiquí, a cambio de ¢500
(quinientos colones) por persona; según lo informado por las pasajeras y lo
consignado por los oficiales de tránsito en la documentación (folios 05).
Cuarto: Que el vehículo placa 759665
no aparece en los registros del Departamento de Administración de Concesiones y
Permisos del Ministerio de Obras Públicas y Transportes, como que se le haya
emitido algún código amparado a una empresa prestataria del servicio de
transporte público, modalidad permiso especial estable de taxi (folio 28).
III.—Hacer saber al señor
Everth Miranda Icabalzeta, que:
1. La falta, consistente en la prestación no autorizada del
servicio de transporte remunerado de personas, les es imputable ya que de
conformidad con los artículos 5° de la ley 7593, 2° y 3° de la Ley 7969, 1° de
la Ley 3503 y 42 de la Ley 9078; para prestar el servicio público de transporte
remunerado de personas es condición indispensable (conditio sine qua non)
contar con la respectiva concesión o permiso. Por lo que al señor Everth
Miranda Icabalzeta, se le atribuye la prestación del servicio público de
transporte remunerado de personas, sin contar con la respectiva autorización
estatal y sin contar con placas de transporte público debidamente adjudicadas
con un vehículo de su propiedad.
2. De comprobarse la comisión de la falta imputada por parte
del señor Everth Miranda Icabalzeta, podría imponérsele una sanción al pago de
una multa de cinco a diez veces el valor del daño causado, o bien una multa de
cinco a veinte salarios base mínimo fijado en la Ley 7337, si no puede
determinarse el daño, cuyo monto para el año 2017 era de ¢ 426 200,00
(cuatrocientos veintiséis mil doscientos colones), de acuerdo con lo
establecido por la Corte Suprema de Justicia en la sesión ordinaria Nº 113-16
del 20 de diciembre de 2016.
3. En la Dirección General de Atención al
Usuario de la Autoridad Reguladora, sede del órgano director del procedimiento,
ubicada en el primer piso del Edificio Turrubares del Centro Empresarial
Multipark ubicado 100 metros al norte de Construplaza en Guachipelín de Escazú,
podrán consultar el expediente administrativo en horario de las 8:00 a las
16:00 horas, de lunes a viernes, (menos los días feriados), horario dentro del
cual podrán fotocopiar el expediente, con cargo al interesado.
4. Todos los escritos y documentos adjuntos deberán dirigirse
al órgano director y ser presentados en la recepción de documentos de la
Autoridad Reguladora, ubicada en la sede antes señalada.
5. Sólo las partes y sus respectivos abogados debidamente
acreditados en autos tendrán acceso al expediente, el cual consta de la
documentación siguiente:
a) Oficio del 04 de diciembre del 2017 emitido por el
Departamento de Operaciones Policiales de Tránsito de la Dirección General de
Policía de Tránsito del MOPT.
b) Boleta de citación de citación Nº 2-2017-92500566 del 27 de noviembre del 2017 confeccionada a nombre del
señor Everth Miranda Icabalzeta, conductor y propietario registral del
vehículo particular placa 759665 por la supuesta prestación no autorizada del
servicio de transporte público remunerado de personas ese día.
c) Acta de “Recolección de información para investigación
administrativa”, en la que se describen los hechos ocurridos en el operativo de
detención del vehículo.
d) Escrito de apelación con sus respectivos alegatos.
e) Documento denominado “Inventario de
Vehículos Detenidos”
con los datos de identificación del vehículo detenido en el operativo.
f) Consulta a la página electrónica del Registro Nacional
sobre los datos de inscripción del vehículo placa 759665.
g) Consulta a la página electrónica del Registro Civil sobre
los datos de identidad de los investigados.
h) Constancia DACP-2017-2472
emitida por el Departamento Administración Concesiones y Permisos del MOPT
sobre las autorizaciones dadas al vehículo investigado.
i) Resolución RRG-011-2018 de las 08:20 horas del 09 de enero
del 2018 en la cual consta el levantamiento de la medida cautelar.
j) Informe IN-201-DGAU-2019 del 18 de julio del 2019 que es el
informe de valoración inicial del procedimiento ordinario.
k) Resolución RE-0106-RG-2019 de las 11:20 horas del 05 de
agosto del 2019 en la cual se nombró al órgano director del procedimiento.
6. La citación a rendir declaración como testigos de los
oficiales de tránsito actuantes queda sujeta a la disponibilidad de esos
funcionarios debido a que deben brindar atención prioritaria de vigilancia al
cumplimiento de las medidas sanitarias impuestas por la pandemia del Covid-19.
7. El órgano director podrá incorporar más elementos de prueba,
de acuerdo con sus facultades legales.
8. Se citará a las partes a una comparecencia oral y privada
para que comparezcan personalmente o por medio de apoderado y para que ejerzan
su derecho de defensa. Se realizará a las 01:30 horas del 06 de abril del
2022 en la sede de la Autoridad Reguladora en Guachipelín de Escazú. Para
tal efecto los interesados deberán presentarse en la recepción de la
Institución a la hora y fecha señalada supra.
9. Deben aportar todos sus alegatos y pruebas a más tardar el
día de la comparecencia oral y privada, o antes si a bien lo tienen, en cuyo
caso la presentación habrá de ser por escrito. La prueba que por culpa de la
parte proponente no haya sido posible recibir en la comparecencia oral y
privada, se declarará inevacuable. En el caso de los medios de prueba que
requieran una preparación previa a la comparecencia, su ofrecimiento deberá ser
comunicado con suficiente antelación al órgano director a fin de decidir su admisión
y proceder de conformidad. Se hace saber, además, que, en caso de ofrecer
prueba testimonial, deben indicarse las calidades generales de los testigos y
señalar los hechos sobre los cuales van a declarar y quedará bajo su
responsabilidad traer a la comparecencia los testigos ofrecidos, de conformidad
con el artículo 312 de la Ley L.G.A.P., para lo cual podrán solicitar al órgano
director que emita las cédulas de citación de los testigos, con al menos cinco
días naturales de antelación a la fecha de la comparecencia. La notificación de
las cédulas de citación se hará por medio de la parte interesada, quien deberá
devolverlas al órgano director debidamente firmadas por los testigos, a más
tardar el día de la comparecencia.
10. Se advierte que de presentarse en forma tardía a la
comparecencia, la tomarán en el estado en que se encuentre, y de no comparecer
el día y hora que señale el órgano director, sin que medie causa justa
debidamente comunicada al órgano director, se
continuará con el procedimiento y se resolverá el caso con los elementos
de juicio existentes, sin que eso valga como aceptación de los hechos,
pretensiones ni prueba de la Administración, aunque el órgano director podrá
evacuar la prueba previamente ofrecida por la parte ausente, si fuera posible,
de conformidad con el artículo 316 de la Ley L.G.A.P. Y que podrán contar con
patrocinio letrado.
11. Dentro del plazo de tres días hábiles
a partir de la notificación de la presente resolución, deben señalar dirección
exacta y/o medio para atender futuras notificaciones,
bajo el apercibimiento de que, en caso de omisión, quedarán notificados de los
actos subsiguientes veinticuatro horas después de dictados. Lo mismo sucederá
si el medio escogido imposibilitare la notificación por causas ajenas a la
Autoridad Reguladora, o si el lugar señalado permaneciere cerrado, fuere
impreciso, incierto o inexistente. Para las notificaciones a efectuarse en este
procedimiento se tendrán por habilitados todos los días y horas al amparo del
artículo 267.3 de la Ley L.G.A.P.
III.—Notificar la presente resolución al señor Everth Miranda Icabalzeta
(conductor y propietario registral), en la dirección física exacta que conste
en el expediente administrativo, de conformidad con lo establecido en el
inciso a) del artículo 19 de la Ley 8687. En caso de no existir ningún lugar
señalado en autos, se procederá con la notificación mediante publicación en la
sección de notificaciones de La Gaceta.
De conformidad con lo
establecido en la L.G.A.P., se informa que contra la presente resolución cabe
la interposición de los recursos ordinarios de revocatoria y apelación, los
cuales deberán interponerse dentro del plazo de veinticuatro horas,
contado a partir del día hábil inmediato siguiente al día en que quede
debidamente notificado este acto.
El recurso de revocatoria
corresponderá resolverlo al órgano director del procedimiento y el recurso de
apelación corresponderá resolverlo al Regulador General. Notifíquese.—Lucy María Arias Chaves, Órgano Director.—O. C Nº 082202210380.—Solicitud Nº
337560.—( IN2022634003 ).
Resolución
RE-0288-DGAU-2021 de las 14:28 horas del 10 de noviembre de 2021.—Realiza el
Órgano Director la intimación de cargos en el procedimiento ordinario seguido
al señor Ramón Mora Mora, portador de la cédula de identidad 1-0469-0492
(conductor y propietario registral) por la supuesta prestación no autorizada
del servicio público de transporte remunerado de personas. Expediente Digital
OT-370-2017.
Resultando:
I.—Que el 12 de febrero de
2004 mediante resolución RRG-3333-2004 de las 15:30 horas de ese día, publicada
en La Gaceta 36 del 20 de febrero de 2004, la Autoridad Reguladora de
los Servicios Públicos facultó al Ministerio de Obras Públicas y Transportes
para que por los medios que estimara pertinentes, removiera los vehículos que
se encontraran prestando el servicio público de transporte remunerado de
personas, sin autorización del Estado.
II.—Que el 7 de diciembre de
2017, se recibió el oficio DVT-DGPT-UTP-2017-776 del 5 de ese mes, emitido por el
Departamento de Operaciones Policiales de Tránsito de la Dirección General de
Policía de Tránsito del MOPT, mediante el cual se remitió la información
siguiente: a) La boleta de citación N° 2-2017-92301518, confeccionada a nombre
del señor Ramón Mora Mora, portador de la cédula de identidad 1-0469-0492,
conductor del vehículo particular placa 446057 por supuestamente haber prestado
de forma no autorizada el servicio de transporte público remunerado de
personas, modalidad taxi el día 20 de noviembre de 2017; b) El acta de
“Recolección de información para investigación administrativa”, en la que se
describen los hechos ocurridos en el operativo de detención del vehículo y en
la que se recopila información sobre los pasajeros transportados y c) El
documento # 59431denominado “Inventario de Vehículos Detenidos” en el cual se
consignan los datos de identificación del vehículo y de la delegación de
tránsito en la que quedó depositado (folios 2 al 7).
III.—Que en la boleta de
citación N° 2-2017-92301518 emitida a las 13:00 horas del 20 de noviembre de
2017 -en resumen- se consignó que se había detenido el vehículo placa 446057 en
la vía pública porque el conductor prestaba el servicio de transporte público
sin contar con la autorización del CTP del MOPT y que el pasajero transportado
informó que había contratado el servicio de taxi para dirigirse a Orotina, El
Relleno por un monto de ¢ 2000 (folio 4).
IV.—Que en el acta de
recolección de información para la investigación administrativa levantada por
el oficial de tránsito Jesús Barrantes León, se consignó en resumen que, en el
sector de Alajuela, Orotina, kilómetro 42 de la ruta a Turrúcares se había detenido el
vehículo placa 446057, en el cual, el señor Ramón Mora Mora, portador de la
cédula de identidad N° 1-0469-0492, transportaba a Juan Alberto Segura Agüero,
cédula de identidad número 1-0803-0010 quien dijo cancelar ¢2000 (dos mil
colones) por el servicio de transporte desde Alajuela, Orotina, el parque hasta
Alajuela, Orotina, El Relleno WPP, lo cual asintió el conductor. Por último, se
indicó que al conductor se le informó del procedimiento que se le aplicaría, y
que el vehículo quedaría detenido a la orden de la Autoridad Reguladora (folio
5).
V.—Que el 12 de diciembre del
2017 se recibió la constancia DACP-2017-2471 emitida por el Departamento
Administración Concesiones y Permisos, Proceso SEETAXI, del MOPT en la que se
indica que el vehículo placa 446057 no aparece registrado en el sistema emisor
de permisos y en la que se afirma que a dicho vehículo tampoco se le ha emitido
algún código amparado a una empresa prestataria del servicio de transporte
público, modalidad permiso especial estable de taxi. Dicha constancia fue
solicitada por el Ente Regulador al amparo del convenio de cooperación suscrito
con el MOPT para regular la prestación del servicio de transporte remunerado de
personas (folio 17).
VI.—Que el 12 de diciembre
del 2017 se consultó la página electrónica del Registro Nacional para verificar
la condición de inscripción del vehículo detenido y las calidades del
propietario, dando como resultado que el vehículo placa 446057 se encuentra
debidamente inscrito y es propiedad del señor Ramón Mora Mora, portador de la
cédula de identidad 1-0469-0492 (folio 8).
VII.—Que el 21 de diciembre
del 2017 el Regulador General por resolución RRG-657-2017 de las 16:10 horas de
ese día, levantó la medida cautelar decretada contra el vehículo placa 446057 y
ordenó a la Dirección General de la Policía de Tránsito del MOPT que devolviera
el vehículo a su propietario registral o a quien demostrare ser mandatario
legítimo de éste, por medio de poder especial otorgado en escritura pública
(folios 18 al 24).
VIII.—Que el 01 de febrero
del 2018 el Regulador General por resolución RRG-176-2018 de las 11:20 horas de
ese día, declaró sin lugar el recurso de apelación planteado contra la boleta
de citación (folios 31 al 39).
IX.—Que el 18 de noviembre
del 2020 la Dirección General de Atención al Usuario por documento IN-0958-DGAU-2020
emitió el informe de valoración inicial, en el cual concluyó que con la
información constante en autos podía iniciarse el procedimiento ordinario de
investigación (folios 40 al 45).
X.—Que el 24 de noviembre del
2020 el Regulador General por resolución RE-1643-RG-2020 de las 10:35 horas de
ese día, ordenó el inicio del procedimiento ordinario y nombró integrantes del
órgano director del procedimiento a las abogadas Lucy Arias Chaves como titular
y Maria Marta Rojas Chaves, como suplente (folios 47 al 52).
Considerando:
I.—Que de conformidad con lo
establecido en el artículo 9° inciso 17) del Reglamento de Organización y
Funciones de la Autoridad Reguladora (RIOF) corresponde al Regulador General
ordenar la apertura de los procedimientos administrativos en los cuales se
apliquen como sanción una multa, así como dictar los actos preparatorios, las
medidas cautelares y la resolución final,
además, de conocer las impugnaciones que se presenten.
II.—Que por su parte el
artículo 22 inciso 11) del RIOF asignó a la Dirección General de Atención al
Usuario la función de llevar a cabo la gestión de los procedimientos de
resolución de quejas, controversias y denuncias.
III.—Que
el artículo 38 inciso d) de la Ley 7593 faculta a la Autoridad Reguladora a tramitar
procedimientos administrativos sancionatorios contra los prestadores de
servicios públicos que incurran en una “Prestación no autorizada del
servicio público (…)” aplicando para ello el procedimiento ordinario de la
Ley General de la Administración Pública (L.G.A.P.). También dispone que de
comprobarse la falta se aplicará una sanción de multa que podrá ser de cinco a
diez veces el valor del daño causado cuando éste pueda ser determinado, o se
aplicará una multa cuyo monto equivaldrá de 5 a 20 salarios base mínimos
fijados en la Ley 7337 del 5 de mayo de 1993, cuando se no logre determinar
dicho daño.
IV.—Que artículo 5° de la ley
7593, detalla los servicios públicos a los que la Autoridad Reguladora le
corresponde fijar los precios y las tarifas y también velar por el cumplimiento
de las normas de calidad, cantidad, confiabilidad, continuidad, oportunidad y
prestación óptima. Además, establece los entes a los cuales les corresponde
otorgar la autorización para prestar dichos servicios. Entre ellos se encuentra
el transporte público remunerado de personas, en cualquiera de sus modalidades,
salvo el aéreo.
V.—Que de conformidad con los
artículos 2° y 3° de la Ley 7969, el transporte remunerado de personas es un
servicio público cuyo titular es el Estado, sea que se realice por medio de
autobuses, busetas, microbuses, taxis, automóviles o cualquier otro tipo de
vehículo automotor, que se ofrezca al público en general, que se ofrezca a
personas usuarias o a grupos determinados de usuarios con necesidades específicas,
que constituyen demandas especiales.
VI.—Que por tratarse de un
servicio público es necesario obtener una concesión para prestar el transporte
remunerado de personas. En este sentido el artículo 1° de la Ley 3503, del 10
de mayo de 1965, dispuso que “El transporte remunerado de personas en
vehículos automotores colectivos, excepto los automóviles de servicio de taxi
regulado en otra ley, que se lleva a cabo por calles, carreteras y caminos
dentro del territorio nacional, es un servicio público regulado, controlado y
vigilado por el Ministerio de Obras Públicas y Transportes”. Además, ese
artículo define la concesión, como el “derecho que el Estado otorga, previo
trámite de licitación pública, para explotar comercialmente una línea por medio
de uno o varios vehículos colectivos, tales como autobuses, busetas, microbuses
o similares”.
VII.—Por su parte los
artículos 2° y 3° de la Ley 7969 establecen que el transporte remunerado de
personas, modalidad taxi se explota mediante la figura de la concesión y que el
servicio de transporte remunerado de personas modalidad servicio especial
estable de taxi se explota mediante la figura del permiso. Por tal motivo es
prohibido a los propietarios o conductores de vehículos particulares dedicarlos
a la actividad del
transporte
público, sin contar con las respectivas autorizaciones y placas legalmente
adjudicadas. En ese sentido la Ley de Tránsito por Vías Públicas Terrestres, N°
9078 establece las obligaciones siguientes:
“Artículo
42.- Requisitos documentales de circulación para vehículos de transporte público. Además de lo establecido en
el artículo 4 de esta ley, todas las unidades autorizadas para la prestación de
cualquier servicio de transporte público deben portar la documentación
correspondiente original y vigente que acredite la autorización para la
prestación del servicio. En el caso de las unidades de ruta regular, la tarjeta
de capacidad fungirá como dicha autorización. Esta documentación podrá ser
requerida en cualquier momento por las autoridades de tránsito. // Asimismo,
los vehículos de transporte público deberán contar con una póliza voluntaria de
responsabilidad civil que ampare daños a la propiedad de terceros y lesión y
muerte de personas”.
“Artículo 130.- Uso distinto
de la naturaleza del vehículo. Se prohíbe emplear un vehículo para
otros fines que no sean los manifestados en su certificado de propiedad o en
una forma que contraríe, totalmente, su naturaleza”.
VIII.—Que cuando un conductor
de un vehículo particular se dedica a prestar el servicio de transporte
remunerado de personas, sin contar con la debida autorización estatal o cuando
un propietario de un vehículo particular permite que un vehículo de su
propiedad sea dedicado a prestar dicho servicio sin la autorización de ley,
incurren en la falta establecida en el inciso d) del artículo 38 de la Ley 7593
y, por tal motivo, se hacen acreedores de la sanción fijada en dicha norma
jurídica. En el dictamen C-085-2008, del 26 de marzo de 2008, la Procuraduría
General de la República expuso los alcances de esa sanción al señalar que: “Ahora
bien, en el caso de la sanción de multa establecida en el artículo 38, inciso
d) de la Ley de la ARESEP tenemos que su finalidad es precisamente
desincentivar la prestación de un servicio público sin estar autorizado para
ello. En el caso del servicio de transporte es obvio que un chofer por sí solo,
es decir, sin el vehículo correspondiente, no podría brindar el servicio. Por
consiguiente, la sanción debe dirigirse contra quien brinda el servicio
(chofer) y también contra el propietario del vehículo”. Dado que el
vehículo es el medio con el cual un conductor puede brindar un servicio público
sin autorización estatal, su propietario registral puede ser sancionado y por
tal motivo es menester incluirlo en el procedimiento ordinario a fin de que se
le garantice el derecho de defensa.
IX.—Que
la L.G.A.P., en el artículo 308 obliga a seguir el procedimiento ordinario
desarrollado en el Título Sexto de esa ley, cuando el acto final pueda causarle
perjuicio grave al administrado, al imponerle obligaciones, suprimirle o
denegarle derechos subjetivos, o al establecerle cualquier otra forma de lesión
grave y directa a sus derechos o intereses legítimos. En resumen, el
procedimiento administrativo es una unidad formal de actos coordinados entre
sí, que tienen por objeto alcanzar un acto final que refleje la verdad real de
los hechos investigados. Es por esa razón que el órgano director debe realizar
todos los actos necesarios para averiguar la verdad real de los hechos que dan
base a ese procedimiento y que sirven de motivo al acto final en la forma más
fiel, completa y posible. Para ello debe adoptar todas las medidas probatorias
pertinentes o necesarias; debe otorgar y vigilar el respeto al debido proceso y
debe conceder el derecho de defensa al administrado, teniendo todas las
competencias otorgadas en la L.G.A.P.
X.—Que tal como se desglosó en el apartado de antecedentes del informe de
valoración inicial, se considera que hay mérito suficiente para iniciar un
procedimiento ordinario contra el señor Ramón Mora Mora portador de la
cédula de identidad N° 1-0469-0492 (conductor y propietario registral) por
supuestamente haber prestado sin autorización el servicio de transporte
remunerado de personas, modalidad taxi lo cual está establecido como falta en
el inciso d) del artículo 38 de la Ley 7593, toda vez que la documentación
aportada por la Dirección General de la Policía de Tránsito y los elementos de
juicio que constan en autos, hacen suponer que pudo cometerse esa falta.
XI.—Que
la instrucción del procedimiento será llevada a cabo por el órgano director,
quien ostentará las facultades y competencias establecidas en los artículos 214
al 238 la L.G.A.P.
XII.—Que,
además, como parte de la garantía constitucional del debido proceso, el
administrado tiene derecho
a ejercer su defensa “en forma razonable”, para lo cual es necesario que tenga
una intimación oportuna y completa de los hechos que se le imputan, tal como lo
establece el artículo 220 de la L.G.A.P.
XIII.—Que el objeto de este
procedimiento ordinario es establecer la verdad real de los hechos
investigados, es decir, determinar si hubo un posible incumplimiento de
normativa vigente, al prestarse sin autorización estatal
el servicio de transporte
remunerado de personas, lo cual es sancionado en el artículo 38 inciso d) de la
Ley 7593 con la imposición de una multa.
XIV.—Que para el año 2017 el
salario base de la Ley 7337 era de ¢426 200,00 (cuatrocientos veintiséis mil
doscientos colones) de acuerdo con lo establecido por la Corte Suprema de
Justicia en la sesión ordinaria N° 113-16 del 20 de diciembre de 2016. Por
tanto,
Con fundamento en las
competencias otorgadas en la Ley 7593, en la L.G.A.P., en el Decreto 29732-MP
que es el Reglamento a la Ley 7593 y en el Reglamento Interno de Organización y
Funciones;
EL ORGANO DIRECTOR,
RESUELVE:
I.—Iniciar el procedimiento
ordinario tendente a determinar la verdad real de los hechos y establecer la
eventual responsabilidad administrativa del señor Ramón Mora Mora (conductor y
propietario registral) por la supuesta prestación no autorizada del servicio de
transporte público remunerado de personas.
II.—Indicar
que la eventual determinación de responsabilidad administrativa podría acarrearle al
señor Ramón Mora Mora (conductor y propietario registral) la imposición de una
sanción que podría oscilar de cinco a diez veces el valor del daño causado que
se determine, o, cuando no fuere posible determinar el daño, la imposición de
una multa que podría oscilar entre cinco a veinte salarios base mínimos fijados
en la Ley 7337, mismo que para el año 2017 era de ¢426,200,00 (cuatrocientos
veintiséis mil doscientos colones) de acuerdo con lo establecido por la Corte
Suprema de Justicia en la sesión ordinaria # 113-16 del 20 de diciembre de
2016. Lo anterior con base en los hechos y cargos siguientes, sobre los cuales
el investigado queda debidamente intimado:
Primero: Que el
vehículo placa 446057 es propiedad del señor Ramón Mora Mora, portador de la cédula de
identidad 1-0469-0492 (folio 8).
Segundo: Que el 20 de noviembre de
2017, el oficial de tránsito Jesús Barrantes León, en el sector de Alajuela,
Orotina, kilómetro 42 de la ruta a Turrúcares, detuvo el vehículo
548942, que era conducido por el señor Ramón Mora Mora (folio 4).
Tercero: Que, al momento de ser
detenido en el vehículo 446057 viajaba un pasajero identificado con el nombre
de Juan Alberto Segura Agüero, cédula de identidad número 1-0803-0010 a quien
el señor Ramón Mora Mora se encontraba prestando el servicio de transporte
remunerado de personas desde Alajuela, Orotina, el parque hasta Alajuela,
Orotina, El Relleno WPP por un monto de ¢2000 según lo informado por el
pasajero y lo consignado por los oficiales de tránsito en la documentación
(folio 5).
Cuarto: Que el vehículo placa
446057 no aparece en los registros del Departamento de Administración de
Concesiones y Permisos del Ministerio de Obras Públicas y Transportes, como que
se le haya emitido algún código amparado a una empresa prestataria del servicio
de transporte público, modalidad permiso especial estable de taxi (folio 17).
III.—Hacer saber al señor
Ramón Mora Mora que:
1. La falta, consistente en la prestación no autorizada del
servicio de transporte remunerado de personas, le es imputable ya que de
conformidad con los artículos 5° de la ley 7593, 2° y 3° de la Ley 7969, 1° de
la Ley 3503 y 42 de la Ley 9078; para prestar el servicio público de transporte
remunerado de personas es condición indispensable (conditio sine qua non)
contar con la respectiva concesión o permiso. Por lo que al señor Ramón Mora
Mora, se le atribuye la prestación del servicio público de transporte
remunerado de personas, sin contar con la respectiva autorización estatal y sin
contar con placas de transporte público debidamente adjudicadas.
2. De comprobarse la comisión de la falta imputada por parte
del señor Ramón Mora Mora podría imponérsele como sanción el pago de una multa
de cinco a diez veces el valor del daño causado, o bien el de una multa de
cinco a veinte salarios base mínimo fijado en la Ley 7337, si no puede
determinarse el daño, cuyo monto para el año 2017 era de ¢426.200,00
(cuatrocientos veintiséis mil doscientos colones) de acuerdo con lo establecido
por la Corte Suprema de Justicia en la sesión ordinaria N° 113 del 20 de
diciembre de 2016.
3. En la Dirección General de Atención al
Usuario de la Autoridad Reguladora, sede del órgano director del procedimiento,
ubicada en el primer piso del Edificio Turrubares del Centro Empresarial
Multipark ubicado 100 metros al norte de Construplaza en Guachipelín de Escazú,
podrá consultar el expediente administrativo en horario de las 8:00 a las 16:00
horas, de lunes a viernes, (menos los días feriados), horario dentro del cual
podrá fotocopiar el expediente, con cargo al interesado.
4. Todos los escritos y documentos adjuntos deberán dirigirse
al órgano director y ser presentados en la recepción de documentos de la
Autoridad Reguladora, ubicada en la sede antes señalada.
5. Sólo la parte y su respectivo abogado debidamente acreditado
en autos tendrán acceso al expediente, el cual consta de la documentación
siguiente:
a) Oficio
DVT-DGPT-UTP-2017-776 del 05 de diciembre de 2017 emitido por la Unidad Técnica
Policial del Departamento de Operaciones Policiales de Tránsito de la
Dirección General de Policía de Tránsito del MOPT.
b) Boleta de citación de citación N° 2-2017-92301518 del 20
de noviembre de 2017 confeccionada a nombre del señor Ramón Mora Mora,
conductor del vehículo particular placa 446057 por la supuesta prestación no
autorizada del servicio de transporte público remunerado de personas ese día.
c) Acta de “Recolección de información
para investigación
administrativa”, en la que se describen los hechos.
d) Documento N° 59431 denominado “Inventario de Vehículos
Detenidos” con los datos de identificación del vehículo detenido en el
operativo.
e) Consulta a la página electrónica del Registro Nacional
sobre los datos de inscripción del vehículo placa 548942.
f) Consulta al Tribunal Supremo de Elecciones sobre datos
registrales del investigado.
g) Constancia
DACP-2017-2471 emitida por el Departamento Administración Concesiones y
Permisos del MOPT sobre las autorizaciones dadas al vehículo
investigado.
h) Resolución RRG-657-2017 de las 16:10 horas del 21 de
diciembre del 2017 en la cual consta el levantamiento de la medida cautelar.
i) Resolución RRG-176-2018 de las 11:20 horas del 01 de
febrero del 2018 en la cual se declara sin lugar el recurso de apelación
planteado contra la boleta de citación.
j) Oficio IN-0958-DGAU-2020 del 18 de noviembre del 2020
que es el informe de valoración inicial del procedimiento ordinario.
k) Resolución RE-1643-RG-2020 de las 10:35 horas del 24 de
noviembre del 2020 en la cual se nombró al órgano director del procedimiento.
6. La citación a rendir declaración como testigos de los
oficiales de tránsito actuantes queda sujeta a la disponibilidad de esos
funcionarios debido a que deben brindar atención prioritaria de vigilancia al
cumplimiento de las medidas sanitarias impuestas por la pandemia del Covid-19.
7. El órgano director podrá incorporar más elementos de prueba,
de acuerdo con sus facultades legales.
8. Se citará a las partes a una comparecencia oral y privada
para que comparezcan personalmente o por medio de apoderado y para que ejerzan
su derecho de defensa. Se realizará a las 9:30 horas del 03 de marzo del
2022 en la sede de la Autoridad Reguladora en Guachipelín de Escazú. Para
tal efecto los interesados deberán presentarse en la recepción de la
Institución a la hora y fecha señalada.
9. Debe aportar todos sus alegatos y pruebas a más tardar el
día de la comparecencia oral y privada, o antes si a bien lo tiene, en cuyo
caso la presentación habrá de ser por escrito. La prueba que por culpa de la
parte proponente no haya sido posible recibir en la comparecencia oral y
privada, se declarará inevacuable. En el caso de los medios de prueba que
requieran una preparación previa a la comparecencia, su ofrecimiento deberá ser
comunicado con suficiente antelación al
órgano director a fin de decidir su admisión y proceder de conformidad. Se hace
saber, además, que, en caso de ofrecer prueba testimonial, debe
indicarse las calidades generales de los testigos y señalar los hechos sobre
los cuales van a declarar, y quedará bajo su responsabilidad traer a la
comparecencia los testigos ofrecidos, de conformidad con el artículo 312 de la
Ley L.G.A.P., para lo cual podrá solicitar al órgano director que emita las
cédulas de citación de los testigos, con al menos cinco días naturales de
antelación a la fecha de la comparecencia. La notificación de las cédulas de
citación se hará por medio de la parte interesada, quien deberá devolverlas al
órgano director debidamente firmadas por los testigos, a más tardar el día de
la comparecencia.
10. Se advierte que de presentarse en forma tardía a la
comparecencia, la tomará en el estado en que se encuentre, y de no comparecer
el día y hora que señale el órgano director, sin que medie causa justa debidamente comunicada al órgano director, se continuará
con el procedimiento y se resolverá el caso con los elementos de juicio
existentes, sin que eso valga como aceptación de los hechos, pretensiones ni
prueba de la Administración, aunque el órgano director podrá evacuar la prueba
previamente ofrecida por la parte ausente, si fuera posible, de conformidad con
el artículo 316 de la Ley L.G.A.P., y que podrá contar con patrocinio letrado.
11. Dentro del plazo de tres días hábiles a partir de la
notificación de la presente resolución, deben señalar dirección exacta y/o
medio para atender futuras notificaciones, bajo el apercibimiento de que,
en caso de omisión, quedarán notificados de los actos subsiguientes
veinticuatro horas después de dictados. Lo mismo sucederá si el medio escogido
imposibilitare la notificación por causas ajenas a la Autoridad Reguladora, o
si el lugar señalado permaneciere cerrado, fuere impreciso, incierto o
inexistente. Para las notificaciones a efectuarse en este procedimiento se
tendrán por habilitados todos los días y horas al amparo del artículo 267.3 de
la Ley L.G.A.P.
III.—Notificar la presente
resolución al señor Ramón Mora Mora (conductor y propietario registral), en la
dirección física exacta que conste en el expediente administrativo, de
conformidad con lo establecido en el inciso a) del artículo 19 de la Ley 8687.
En caso de no existir ningún lugar señalado en autos, se procederá con la
notificación mediante publicación en la sección de notificaciones de La
Gaceta.
De conformidad con lo
establecido en la L.G.A.P., se informa que contra la presente resolución cabe
la interposición de los recursos ordinarios de revocatoria y apelación, los
cuales deberán interponerse dentro del plazo de veinticuatro horas,
contado a partir del día hábil inmediato siguiente al día en que quede
debidamente notificado este acto.
El recurso de revocatoria
corresponderá resolverlo al órgano director del procedimiento y el recurso de
apelación corresponderá resolverlo al Regulador General. Notifíquese.—Lucy María Arias Chaves, Órgano Director.—O. C. N° 082202210380.—Solicitud N°
337563.—( IN2022634006 ).
Resolución
RE-0290-DGAU-2021 de las 15:13 horas del 10 de noviembre de 2021.
Realiza el Órgano Director la
intimación de cargos en el procedimiento ordinario seguido al señor Wilson
Valverde Arias, portador de la cédula de identidad N° 1-1074-0230 (conductor),
y al señor Elías
Alberto Elizondo Hernández, portador de la cédula de identidad N° 6-0333-0934
(propietario registral), por la supuesta prestación no autorizada del servicio
público de transporte remunerado de personas. Expediente Digital OT-372-2017.
Resultando:
I.—Que el 12 de febrero de
2004, mediante resolución RRG-3333-2004 de las 15:30 horas de ese día,
publicada en La Gaceta N° 36 del 20 de febrero de 2004, la Autoridad
Reguladora de los Servicios Públicos facultó al Ministerio de Obras Públicas y
Transportes para que por los medios que estimara pertinentes, removiera los
vehículos que se encontraran prestando el servicio público de transporte
remunerado de personas, sin autorización del Estado.
II.—Que el 07 de diciembre
del 2017, se recibió el oficio DVT-DGPT-UTP-2017-744 del 28 de noviembre del
2017, emitido por el Departamento de Operaciones Policiales de Tránsito de la
Dirección General de Policía de Tránsito del MOPT, mediante el cual se remitió
la información siguiente: a) La boleta de citación N°
2-2017-252500787, confeccionada a nombre del señor Wilson Valverde Arias,
portador de la cédula de identidad N° 1-1074-0230, conductor del vehículo
particular placa CL282208 por supuestamente haber prestado de forma no
autorizada el servicio de transporte público remunerado de personas, modalidad
taxi el día 21 de noviembre del 2017; b) El acta de “Recolección de
información para investigación administrativa”, en la que se describen los
hechos ocurridos en el operativo de detención del vehículo y en la que se
recopila información sobre los pasajeros transportados y c) El documento
denominado “Inventario de Vehículos Detenidos” en el cual se consignan los
datos de identificación del vehículo y de la delegación de tránsito en la que
quedó depositado (folios 02 al 08).
III.—Que en la boleta de
citación N° 2-2017-252500787 emitida a las 14:54 horas del 21 de noviembre
del 2017 -en resumen- se consignó que se había detenido el vehículo placa
CL282208 en la vía pública porque el conductor prestaba el servicio de
transporte público sin contar con la autorización del CTP del MOPT. También se
consignó que viajaba con una pasajera cuyos datos se indicaban en el informe
(folios 4).
IV.—Que en el acta de
recolección de información para la investigación administrativa levantada por
el oficial de tránsito Derek Recio Jiménez se consignó, en resumen, que, en el
sector Puntarenas, Corredores, costado norte de la Terminal Municipal de Buses
de Ciudad Neily, en un operativo de control vehicular de rutina se había
detenido el vehículo placa CL282208. Se consignaron los datos de identificación
del conductor y del vehículo. Además, se consignó que en el vehículo viajaba
Alison Pamela Sequeira Muñoz, cédula de identidad N° 6-0430-0744, quienes
informaron que se dirigían desde su casa de habitación hasta el Ebais de Ciudad
Neily, a cambio de a convenir (folio 05 al 06).
V.—Que el 14 de diciembre del
2017, se consultó la página electrónica del Registro Nacional para verificar la
condición de inscripción del vehículo detenido y las calidades del propietario,
dando como resultado que el vehículo placa CL282208 se encontraba debidamente
inscrito y era propiedad del señor Elías Alberto Elizondo Hernández, portador
de la cédula de identidad N° 6-0333-0934 (folio 9).
VI.—Que el 12 de diciembre
del 2017, se recibió la constancia DACP-2017-2484 emitida por el Departamento
Administración Concesiones y Permisos, Proceso SEETAXI, del MOPT en la que se
indica que según los reportes que genera el sistema emisor de permisos al vehículo
placa CL282208 no se le ha emitido código amparado a una empresa prestataria
del servicio de transporte público, modalidad permiso especial estable de taxi.
Dicha constancia fue solicitada por el Ente Regulador al amparo del convenio de
cooperación suscrito con el MOPT para regular la prestación del servicio de
transporte remunerado de personas (folio 37).
VII.—Que
el 09 de enero del 2018 el Regulador General por resolución RRG-015-2018 de las
08:40 horas levantó la medida cautelar decretada contra el vehículo placa
CL282208 y ordenó a la Dirección General de la Policía de Tránsito del MOPT que
devolviera el vehículo a su propietario registral o a quien demostrare ser
mandatario legítimo de éste, por medio de poder especial otorgado en escritura
pública (folios 12 al 17).
VIII.—Que
el 24 de noviembre del 2020, la Dirección General de Atención al Usuario por
documento IN-0987-DGAU-2020 emitió el informe de valoración inicial, en el cual
concluyó que con la información constante en autos podía iniciarse el
procedimiento ordinario de investigación (folios 41 al 45).
IX.—Que el 01 de diciembre
del 2020, el Regulador General por resolución RE-1680-RG-2020 de las 15:05
horas de ese día, ordenó el inicio del procedimiento ordinario y nombró como
integrantes del órgano director del procedimiento a las abogadas Lucy Arias
Chaves como titular y María
Marta Rojas Chaves, como suplente (folios 47 al 53).
Considerando:
I.—Que de
conformidad con lo establecido en el artículo 9° inciso 17) del Reglamento de
Organización y Funciones
de la Autoridad Reguladora (RIOF) corresponde al Regulador General ordenar la
apertura de los procedimientos administrativos en los cuales se apliquen como
sanción una multa, así como dictar los actos preparatorios, las medidas cautelares y la resolución final, además, de
conocer las impugnaciones que se presenten.
II.—Que por su parte el
artículo 22 inciso 11) del RIOF asignó a la Dirección General de Atención al
Usuario la función de llevar a cabo la gestión de los procedimientos de resolución
de quejas, controversias y denuncias.
III.—Que
el artículo 38 inciso d) de la Ley N° 7593 faculta a la Autoridad Reguladora a
tramitar procedimientos administrativos sancionatorios contra los prestadores
de servicios públicos que incurran en una prestación no autorizada del servicio
público aplicando para ello el procedimiento ordinario de la Ley General de la
Administración Pública (L.G.A.P.). También dispone que de comprobarse la falta
se aplicará una sanción de multa que podrá ser de cinco a diez veces el valor
del daño causado cuando éste pueda ser determinado, o se aplicará una multa
cuyo monto equivaldrá de 5 a 20 salarios base mínimos fijados en la Ley N° 7337
del 5 de mayo de 1993, cuando se no logre determinar dicho daño.
IV.—Que artículo 5° de la Ley
N° 7593, detalla los servicios públicos a los que la Autoridad Reguladora le
corresponde fijar los precios y las tarifas y también velar por el cumplimiento
de las normas de calidad, cantidad, confiabilidad, continuidad, oportunidad y
prestación óptima. Además, establece los entes a los cuales les corresponde
otorgar la autorización para prestar dichos servicios. Entre ellos se encuentra
el transporte público remunerado de personas, en cualquiera de sus modalidades,
salvo el aéreo.
V.—Que de conformidad con los
artículos 2° y 3° de la Ley N° 7969, el transporte remunerado de personas es un
servicio público cuyo titular es el Estado, sea que se realice por medio de
autobuses, busetas, microbuses, taxis, automóviles o cualquier otro tipo de
vehículo automotor, que se ofrezca al público
en general, que se ofrezca a personas usuarias o a grupos determinados de
usuarios con necesidades específicas, que constituyen demandas
especiales.
VI.—Que por tratarse de un
servicio público es necesario obtener una concesión para prestar el transporte
remunerado de personas. En este sentido el artículo 1° de la Ley N° 3503, del
16 de agosto de 1965, dispuso que “El transporte remunerado de personas en
vehículos automotores colectivos, excepto los automóviles de servicio de taxi
regulado en otra ley, que se lleva a cabo por calles, carreteras y caminos
dentro del territorio nacional, es un servicio público regulado, controlado y
vigilado por el Ministerio de Obras Públicas y Transportes”. Además, ese
artículo define la concesión, como el “derecho que el Estado otorga, previo
trámite de licitación pública, para explotar comercialmente una línea por medio
de uno o varios vehículos colectivos, tales como autobuses, busetas, microbuses
o similares”.
VII.—Que por su parte los artículos
2° y 3° de la Ley N° 7969 establecen que el transporte remunerado de personas,
modalidad taxi se explota mediante la figura de la concesión y que el servicio
de transporte remunerado de personas modalidad servicio especial estable de
taxi se explota mediante la figura del permiso. Por tal motivo es prohibido a
los propietarios o conductores de vehículos particulares dedicarlos a la
actividad del transporte público, sin contar con las respectivas autorizaciones
y placas legalmente adjudicadas. En ese
sentido la Ley de Tránsito por Vías Públicas Terrestres, N° 9078
establece en el artículo 42 la obligación de portar la documentación
correspondiente en original y vigente y el artículo 130 impone la prohibición
de emplear el vehículo para otros fines distintos a los establecidos en el
certificado de propiedad.
VIII.—Que cuando un conductor
de un vehículo particular se dedica a prestar el servicio de transporte
remunerado de personas, sin contar con la debida autorización estatal o cuando
un propietario de un vehículo particular permite que un vehículo de su
propiedad sea dedicado a prestar dicho servicio sin la autorización de ley,
incurren en la falta establecida en el inciso d) del artículo 38 de la Ley N°
7593 y, por tal motivo, se hacen acreedores de la sanción fijada en dicha norma
jurídica. En el dictamen C-085-2008, del 26 de marzo de 2008, la Procuraduría
General de la República expuso los alcances de esa sanción al señalar que: “Ahora
bien, en el caso de la sanción de multa establecida en el artículo 38, inciso
d) de la Ley de la ARESEP tenemos que su finalidad es precisamente
desincentivar la prestación de un servicio público sin estar autorizado para
ello. En el caso del servicio de transporte es obvio que un chofer por sí solo,
es decir, sin el vehículo correspondiente, no podría brindar el servicio. Por
consiguiente, la sanción debe dirigirse contra quien brinda el servicio
(chofer) y también contra el propietario del vehículo”.
Dado que el vehículo es el
medio con el cual un conductor puede brindar un servicio público sin
autorización estatal, su propietaria registral puede ser sancionado y por tal
motivo es menester incluirlo en el procedimiento ordinario a fin de que se le
garantice el derecho de defensa.
IX.—Que
la L.G.A.P., en el artículo 308 obliga a seguir el procedimiento ordinario
desarrollado en el Título Sexto de esa ley, cuando el acto final pueda causarle
perjuicio grave al administrado, al imponerle obligaciones, suprimirle o
denegarle derechos subjetivos, o al establecerle cualquier otra forma de lesión
grave y directa a sus derechos o intereses legítimos. En resumen, el
procedimiento administrativo es una unidad formal de actos coordinados entre
sí, que tienen por objeto alcanzar un acto final que refleje la verdad real de
los hechos investigados. Es por esa razón que el órgano director debe realizar
todos los actos necesarios para averiguar la verdad real de los hechos que dan
base a ese procedimiento y que sirven de motivo al acto final en la forma más
fiel, completa y posible. Para ello debe adoptar todas las medidas probatorias
pertinentes o necesarias; debe otorgar y vigilar el respeto al debido proceso y
debe conceder el derecho de defensa al administrado, teniendo todas las
competencias otorgadas en la L.G.A.P.
X.—Que tal como se desglosó en el apartado de antecedentes del informe de
valoración inicial, se considera que hay mérito suficiente para iniciar un
procedimiento ordinario contra el señor Wilson Valverde Arias, portador de la
cédula de identidad N° 1-1074-0230 (conductor), y contra el señor Elías Alberto Elizondo Hernández,
portador de la cédula de identidad N° 6-0333-0934 (propietario registral) por
supuestamente haber prestado sin autorización el servicio de transporte
remunerado de personas, lo cual está establecido como falta en el inciso d) del
artículo 38 de la Ley N° 7593, toda vez que la documentación aportada por la
Dirección General de la Policía de Tránsito y los elementos de juicio que
constan en autos, hacen suponer que pudo cometerse esa falta.
XI.—Que la instrucción del procedimiento será llevada a cabo por el órgano
director, quien ostentará las facultades y competencias establecidas en los artículos 214 al 238 la L.G.A.P.
XII.—Que, además, como parte de la garantía constitucional del debido
proceso, el administrado tiene derecho a ejercer su defensa en forma
razonable, para lo cual es necesario que tenga una intimación oportuna y
completa de los hechos que se le imputan, tal como lo establece el artículo 220
de la L.G.A.P.
XIII.—Que el objeto de este
procedimiento ordinario es establecer la verdad real de los hechos
investigados, es decir, determinar si hubo un posible incumplimiento de
normativa vigente, al prestarse sin autorización estatal el servicio de
transporte remunerado de personas, lo cual es sancionado en el artículo 38
inciso d) de la Ley N° 7593 con la imposición de una multa.
XIV.—Que para el año 2017 el
salario base de la Ley N° 7337 era de ¢ 426 200,00 (cuatrocientos veintiséis
mil doscientos colones) de acuerdo con lo establecido por la Corte Suprema de
Justicia en la sesión ordinaria N° 113-16 del 20 de diciembre de 2016. Por
tanto,
Con fundamento en las
competencias otorgadas en la Ley N° 7593, en la L.G.A.P., en el Decreto N°
29732-MP que es el Reglamento a la Ley N° 7593 y en el Reglamento Interno de
Organización y Funciones;
EL ÓRGANO
DIRECTOR,
RESUELVE:
I.—Iniciar
el procedimiento ordinario tendente a determinar la verdad real de los hechos y
establecer la eventual
responsabilidad administrativa del señor Wilson Valverde Arias (conductor) y
del señor Elías
Alberto Elizondo Hernández (propietario registral) por la supuesta prestación
no autorizada del servicio de transporte público remunerado de personas.
II.—Indicar
que la eventual determinación de responsabilidad administrativa podría acarrearle al
señor Wilson Valverde Arias y al señor Elías Alberto Elizondo
Hernández, la imposición de una sanción que podría
oscilar de cinco a diez veces el valor del daño causado que se determine, o,
cuando no fuere posible determinar el daño, en la imposición de una multa que
podría oscilar entre cinco a veinte salarios base mínimos fijados en la Ley N°
7337, mismo que para el año 2017 era de ¢ 426 200,00 (cuatrocientos veintiséis
mil doscientos colones), de acuerdo con lo establecido por la Corte Suprema de
Justicia en la sesión ordinaria N° 113-16 del 20 de diciembre de 2016. Lo anterior con base en los
hechos y cargos siguientes, sobre los cuales los investigados quedan debidamente intimados:
Primero: Que el
vehículo placa CL282208 es propiedad del señor Elías Alberto Elizondo Hernández, portador de la cédula de
identidad N° 6-0333-0934 (folio 9).
Segundo: Que el 21 de noviembre del
2017, el oficial de tránsito Derek Recio Jiménez, en el sector Puntarenas,
Corredores, costado norte de la Terminal Municipal de Buses de Ciudad Neily,
detuvo el vehículo CL282208 que era conducido por el señor Wilson Valverde
Arias (folios 4).
Tercero: Que, al momento de ser
detenido, en el vehículo CL282208 viajaba una pasajera identificada con el
nombre de Alison Pamela Sequeira Muñoz, cédula de identidad N° 6-0430-0744, a
quien el señor Wilson Valverde Arias se encontraba prestando el servicio de
transporte remunerado de personas desde su casa de habitación hasta el Ebais de
Ciudad Neily, a cambio de un monto a convenir en su destino; según lo informado
por las pasajeras y lo consignado por los oficiales de tránsito en la
documentación (folios 05 al 06).
Cuarto: Que el vehículo placa
CL282208 no aparece en los registros del Departamento de Administración de
Concesiones y Permisos del Ministerio de Obras Públicas y Transportes, como que
se le haya emitido algún código amparado a una empresa prestataria del servicio
de transporte público, modalidad permiso especial estable de taxi (folio 37).
III.—Hacer saber al señor
Wilson Valverde Arias y al señor Elías Alberto Elizondo Hernández, que:
1. La falta, consistente en la prestación no
autorizada del servicio de transporte remunerado de personas, les es imputable
ya que de conformidad con los artículos 5° de la Ley N° 7593, 2° y 3° de la Ley
N° 7969, 1° de la Ley N° 3503 y 42 de la Ley N° 9078; para prestar el servicio
público de transporte remunerado de personas es condición indispensable (conditio
sine qua non) contar con la respectiva concesión o permiso. Por lo que al
señor Wilson Valverde Arias, se le atribuye la prestación del servicio público
de transporte remunerado de personas, sin contar con la respectiva autorización
estatal y sin contar con placas de transporte público debidamente adjudicadas y
al señor Elías
Alberto Elizondo Hernández se le atribuye el haber consentido en la prestación
no autorizada del servicio de transporte remunerado de personas con un vehículo
de su propiedad.
2. De comprobarse la comisión de la falta imputada por parte del
señor Wilson Valverde Arias y por parte del señor Elías Alberto Elizondo
Hernández, podría imponérseles una sanción al pago solidario de una multa de
cinco a diez veces el valor del daño causado, o bien una multa de cinco a
veinte salarios base mínimo fijado en la Ley N° 7337, si no puede determinarse
el daño, cuyo monto para el año 2017 era de ¢ 426 200,00 (cuatrocientos
veintiséis mil doscientos colones), de acuerdo con lo establecido por la Corte
Suprema de Justicia en la sesión ordinaria N° 113-16 del 20 de
diciembre de 2016.
3. En la Dirección General de Atención al Usuario de la Autoridad
Reguladora, sede del órgano director del procedimiento, ubicada en el primer
piso del Edificio Turrubares del Centro Empresarial Multipark ubicado 100 metros
al norte de Construplaza en Guachipelín de Escazú, podrán consultar el
expediente administrativo en horario de las 8:00 a las 16:00 horas, de lunes a
viernes, (menos los días feriados), horario dentro del cual podrán fotocopiar
el expediente, con cargo al interesado.
4. Todos los escritos y documentos adjuntos deberán dirigirse al
órgano director y ser presentados en la recepción de documentos de la Autoridad
Reguladora, ubicada en la sede antes señalada.
5. Sólo las partes y sus respectivos abogados debidamente
acreditados en autos tendrán acceso al expediente, el cual consta de la
documentación siguiente:
a) Oficio 28 de noviembre del 2017 emitido
por el Departamento de Operaciones Policiales de Tránsito de la Dirección
General de Policía de Tránsito del MOPT.
b) Boleta de citación de citación N° 2-2017-252500787
del 21 de noviembre del 2017 confeccionada a nombre del señor Wilson Valverde
Arias, conductor del vehículo particular placa CL282208 por la supuesta
prestación no autorizada del servicio de transporte público remunerado de
personas ese día.
c) Acta de “Recolección de
información para investigación administrativa”, en la que se describen
los hechos ocurridos en el operativo de detención del vehículo.
d) Escrito de apelación con sus respectivos alegatos.
e) Documento denominado “Inventario de Vehículos Detenidos” con
los datos de identificación del vehículo detenido en el operativo.
f) Consulta a la página electrónica del Registro Nacional
sobre los datos de inscripción del vehículo placa CL282208.
g) Consulta a la página electrónica del Registro Civil sobre
los datos de identidad de los investigados.
h) Constancia DACP-2017-2484
emitida por el Departamento Administración Concesiones y Permisos del
MOPT sobre las autorizaciones dadas al vehículo investigado.
i) Resolución RRG-015-2018 de las 08:40 horas del 09 de enero
del 2018 en la cual consta el levantamiento de la medida cautelar.
j) Informe IN-0987-DGAU-2020 del 24 de noviembre del 2020 que
es el informe de valoración inicial del procedimiento ordinario.
k) Resolución RE-1680-RG-2020 de las 15:05 horas del 01 de
diciembre del 2020 en la cual se nombró al órgano director del procedimiento.
6. La citación a rendir declaración como
testigos de los oficiales de tránsito actuantes queda sujeta a la
disponibilidad de esos funcionarios debido a que deben brindar atención
prioritaria de vigilancia al cumplimiento de las medidas sanitarias impuestas
por la pandemia del Covid-19.
7. El órgano director podrá incorporar más elementos de prueba, de
acuerdo con sus facultades legales.
8. Se citará a las partes a una comparecencia oral y privada para
que comparezcan personalmente o por medio de apoderado y para que ejerzan su
derecho de defensa. Se realizará a las 09:30 horas del 09 de marzo del 2022,
en la sede de la Autoridad Reguladora en Guachipelín de Escazú. Para tal efecto
los interesados deberán presentarse en la recepción de la Institución a la hora
y fecha señalada supra.
9. Deben aportar todos sus alegatos y pruebas a más tardar el día
de la comparecencia oral y privada, o antes si a bien lo tienen, en cuyo caso
la presentación habrá de ser por escrito. La prueba que por culpa de la parte
proponente no haya sido posible recibir en la comparecencia oral y privada, se
declarará inevacuable. En el caso de los medios de prueba que requieran una
preparación previa a la comparecencia, su ofrecimiento deberá ser comunicado
con suficiente antelación al órgano director a fin de decidir su admisión y
proceder de conformidad. Se hace saber, además, que, en caso de ofrecer prueba
testimonial, deben indicarse las calidades generales de los testigos y señalar
los hechos sobre los cuales van a declarar y quedará bajo su responsabilidad
traer a la comparecencia los testigos ofrecidos, de conformidad con el artículo
312 de la Ley L.G.A.P., para lo cual podrán solicitar al órgano director que
emita las cédulas de citación de los testigos, con al menos cinco días
naturales de antelación a la fecha de la comparecencia. La notificación de las
cédulas de citación se hará por medio de la parte interesada, quien deberá
devolverlas al órgano director debidamente firmadas por los testigos, a más
tardar el día de la comparecencia.
10. Se advierte que de presentarse en forma tardía a la
comparecencia, la tomarán en el estado en que se encuentre, y de no comparecer
el día y hora que señale el órgano director, sin que medie causa justa debidamente comunicada al órgano director, se continuará
con el procedimiento y se resolverá el caso
con los elementos de juicio existentes, sin que eso valga como aceptación de
los hechos, pretensiones ni prueba de la Administración, aunque el órgano
director podrá evacuar la prueba previamente ofrecida por la parte ausente, si
fuera posible, de conformidad con el artículo 316 de la Ley L.G.A.P. Y que
podrán contar con patrocinio letrado.
11. Dentro del plazo de tres días hábiles a partir de la
notificación de la presente resolución, deben señalar dirección exacta y/o
medio para atender futuras notificaciones,
bajo el apercibimiento de que, en caso
de omisión, quedarán notificados de los actos subsiguientes veinticuatro horas
después de dictados. Lo mismo sucederá si el medio escogido imposibilitare la
notificación por causas ajenas a la Autoridad Reguladora, o si el lugar
señalado permaneciere cerrado, fuere impreciso, incierto o inexistente. Para
las notificaciones a efectuarse en este procedimiento se tendrán por
habilitados todos los días y horas al amparo del artículo 267.3 de la Ley
L.G.A.P.
III.—Notificar la presente
resolución al señor Wilson Valverde Arias (conductor) y al señor Elías Alberto Elizondo Hernández
(propietario registral), en la dirección física exacta que conste en el
expediente administrativo, de conformidad con lo establecido en el inciso a)
del artículo 19 de la Ley N° 8687. En caso de no existir ningún lugar señalado
en autos, se procederá con la notificación mediante publicación en la sección
de notificaciones de La Gaceta.
De conformidad con lo
establecido en la L.G.A.P., se informa que contra la presente resolución cabe
la interposición de los recursos ordinarios de revocatoria y apelación, los
cuales deberán interponerse dentro del plazo de veinticuatro horas,
contado a partir del día hábil inmediato siguiente al día en que quede
debidamente notificado este acto.
El recurso de revocatoria
corresponderá resolverlo al órgano director del procedimiento y el recurso de
apelación corresponderá resolverlo al Regulador General.
Notifíquese.—Lucy
María Arias Chaves, Órgano Director.— O. C. N°
082202210380.—Solicitud N° 337566.—( IN2022634008 ).
Resolución
RE-0291-DGAU-2021 de las 15:38 horas del 10 de noviembre de 2021.
Realiza
el órgano director la intimación de cargos
en el procedimiento ordinario seguido al señor Danilo Mayorga Borbón, portador
de la cédula de identidad N° 6-0235-0113 (Conductor) y al señor Esau González
Calvo, portador de la cédula de identidad N° 6-0080-0753 (Propietario
registral), por la supuesta prestación no autorizada del servicio público de transporte
remunerado de personas. Expediente digital OT-373-2017.
Resultando:
I.—Que el 12 de febrero de
2004 mediante resolución RRG-3333-2004 de las 15:30 horas de ese día, publicada
en La Gaceta 36 del 20 de febrero de 2004, la Autoridad Reguladora de los
Servicios Públicos facultó al Ministerio de Obras Públicas y Transportes para
que por los medios que estimara pertinentes, removiera los vehículos que se
encontraran prestando el servicio público de transporte remunerado de personas,
sin autorización del Estado.
II.—Que el 07 de diciembre
del 2017, se recibió el oficio DVT-DGPT-UTP-2017-747 del 29 de noviembre del
2017, emitido por el Departamento de Operaciones Policiales de Tránsito de la
Dirección General de Policía de Tránsito del MOPT, mediante el cual se remitió
la información siguiente: a) La boleta de citación N° 2-2017-204800727,
confeccionada a nombre del señor Danilo Mayorga Borbón, portador de la cédula
de identidad N° 6-0235-0113, conductor del vehículo particular placa BCS925 por
supuestamente haber prestado de forma no autorizada el servicio de transporte
público remunerado de personas, modalidad taxi el día 21 de noviembre del 2017;
b) El acta de “Recolección de información para investigación
administrativa”, en la que se describen los hechos ocurridos en el operativo de
detención del vehículo y en la que se recopila información sobre los pasajeros
transportados y c) El documento denominado “Inventario de Vehículos
Detenidos” en el cual se consignan los datos de identificación del vehículo y de
la delegación de tránsito en la que quedó depositado (folios 02 al 08).
III.—Que en la boleta de
citación N° 2-2017-204800727 emitida a las 10:17 horas del 21 de noviembre del
2017 -en resumen- se consignó que se había
detenido el vehículo placa BCS925 en la vía pública porque el conductor
prestaba el servicio de transporte público sin contar con la autorización del
CTP del MOPT. También se consignó que viajaba con tres pasajeros cuyos datos se
indicaban en el informe (folios 33 al 34).
IV.—Que en el acta de
recolección de información para la investigación administrativa levantada por
el oficial de tránsito Cesar Madrigal Montero se consignó, en resumen, que, en
el sector Puntarenas, Golfito, Guaycara, La Chanchera, en un operativo de
control vehicular de rutina se había detenido el vehículo placa BCS925. Se
consignaron los datos de identificación del
conductor y del vehículo. Además, se consignó que en el vehículo viajaban Inke
Obando Flores, cédula de identidad número 6-0323-0698, María Porras Moscoso, cédula
de identidad número 6-0097-0153 y Roxana Chonto López, cédula de identidad número 6-0394-0669, quienes informaron que se
dirigían desde Puntarenas, Río
Claro hasta Villa Neily, a cambio de ¢1000 (mil colones)
(folio 05 al 06).
V.—Que el 14 de diciembre del
2017, se consultó la página electrónica del Registro Nacional para verificar la
condición de inscripción del vehículo detenido y las calidades del propietario,
dando como resultado que el vehículo placa BCS925 se encontraba debidamente
inscrito y era propiedad del señor Esau González Calvo, portador de la cédula
de identidad N° 6-0080-0753 (folio 9).
VI.—Que el 12 de diciembre
del 2017, se recibió la constancia DACP-2017-2485 emitida por el Departamento
Administración Concesiones y Permisos, Proceso SEETAXI, del MOPT en la que se
indica que según los reportes que genera el sistema emisor de permisos al
vehículo placa BCS925 no se le ha emitido código amparado a una empresa
prestataria del servicio de transporte público, modalidad permiso especial estable
de taxi. Dicha constancia fue solicitada por el Ente Regulador al amparo del
convenio de cooperación suscrito con el MOPT para regular la prestación del
servicio de transporte remunerado de personas (folio 17).
VII.—Que el 21 de diciembre
del 2017 el Regulador General por resolución RRG-653-2017 de las 15:50 horas
levantó la medida cautelar decretada contra el vehículo placa BCS925 y ordenó a
la Dirección General de la Policía de Tránsito del MOPT que devolviera el
vehículo a su propietario registral o a quien demostrare ser mandatario
legítimo de éste, por medio de poder especial otorgado en escritura pública
(folios 12 al 16).
VIII.—Que el 10 de julio del
2021, la Dirección General de Atención al Usuario por documento
RE-0459-DGAU-2021 emitió el informe de valoración inicial, en el cual concluyó
que con la información constante en autos podía iniciarse el procedimiento
ordinario de investigación (folios 35 al 40).
IX.—Que el 28 de junio del
2021, el Regulador General por resolución RE-0749-RG-2021 de las 08:00 horas de
ese día, ordenó el inicio del procedimiento ordinario y nombró como integrantes
del órgano director del procedimiento a las abogadas Lucy Arias Chaves como titular
y María Marta
Rojas Chaves, como suplente (folios 43 al 48).
Considerando:
I.—Que de conformidad con lo
establecido en el artículo 9° inciso 17) del Reglamento de Organización y
Funciones de la Autoridad Reguladora (RIOF) corresponde al Regulador General
ordenar la apertura de los procedimientos administrativos en los cuales se
apliquen como sanción una multa, así como dictar los actos preparatorios, las
medidas cautelares y la resolución final, además, de conocer las impugnaciones
que se presenten.
II.—Que por su parte el
artículo 22 inciso 11) del RIOF asignó a la Dirección General de Atención al
Usuario la función de llevar a cabo la gestión de los procedimientos de
resolución de quejas, controversias y denuncias.
III.—Que
el artículo 38 inciso d) de la Ley 7593 faculta a la Autoridad Reguladora a
tramitar procedimientos administrativos sancionatorios contra los prestadores
de servicios públicos que incurran en una prestación no autorizada del servicio
público aplicando para ello el procedimiento ordinario de la Ley General de la
Administración Pública (L.G.A.P.). También dispone que de comprobarse la falta
se aplicará una sanción de multa que podrá ser de cinco a diez veces el valor
del daño causado cuando éste pueda ser determinado, o se aplicará una multa
cuyo monto equivaldrá de 5 a 20 salarios base mínimos fijados en la Ley 7337
del 5 de mayo de 1993, cuando se no logre determinar dicho daño.
IV.—Que artículo 5° de la ley
7593, detalla los servicios públicos a los que la Autoridad Reguladora le corresponde
fijar los precios y las tarifas y también velar por el cumplimiento de las
normas de calidad, cantidad, confiabilidad, continuidad, oportunidad y
prestación óptima. Además, establece los entes a los cuales les corresponde
otorgar la autorización para prestar dichos servicios. Entre ellos se encuentra
el transporte público remunerado de personas, en cualquiera de sus modalidades,
salvo el aéreo.
V.—Que de conformidad con los
artículos 2° y 3° de la Ley 7969, el transporte remunerado de personas es un
servicio público cuyo titular es el Estado, sea que se realice por medio de
autobuses, busetas, microbuses, taxis, automóviles o cualquier otro tipo de
vehículo automotor, que se ofrezca al público en general, que se ofrezca a
personas usuarias o a grupos determinados de usuarios con necesidades
específicas, que constituyen demandas especiales.
VI.—Que por tratarse de un
servicio público es necesario obtener una concesión para prestar el transporte
remunerado de personas. En este sentido el artículo 1° de la Ley 3503, del 16
de agosto de 1965, dispuso que “El transporte remunerado de personas en
vehículos automotores colectivos, excepto los automóviles de servicio de taxi
regulado en otra ley, que se lleva a cabo por calles, carreteras y caminos
dentro del territorio nacional, es un servicio público regulado, controlado y
vigilado por el Ministerio de Obras Públicas y Transportes”. Además, ese artículo
define la concesión, como el “derecho que el Estado otorga, previo trámite de
licitación pública, para explotar comercialmente una línea por medio de uno o
varios vehículos colectivos, tales como autobuses, busetas, microbuses o
similares”.
VII.—Que por su parte los
artículos 2° y 3° de la Ley 7969 establecen que el transporte remunerado de
personas, modalidad taxi se explota mediante la figura de la concesión y que el
servicio de transporte remunerado de personas modalidad servicio especial
estable de taxi se explota mediante la figura del permiso. Por tal motivo es
prohibido a los propietarios o conductores de vehículos particulares dedicarlos
a la actividad del transporte público, sin contar con las respectivas
autorizaciones y placas legalmente adjudicadas. En ese sentido la Ley de
Tránsito por Vías Públicas Terrestres, N° 9078 establece en el artículo 42 la
obligación de portar la documentación correspondiente en original y vigente y
el artículo 130 impone la prohibición de emplear el vehículo para otros fines
distintos a los establecidos en el certificado de propiedad.
VIII.—Que cuando un conductor
de un vehículo particular se dedica a prestar el servicio de transporte
remunerado de personas, sin contar con la debida autorización estatal o cuando
un propietario de un vehículo particular permite que un vehículo de su
propiedad sea dedicado a prestar dicho servicio sin la autorización de ley,
incurren en la falta establecida en el inciso d) del artículo 38 de la Ley 7593
y, por tal motivo, se hacen acreedores de la sanción fijada en dicha norma
jurídica. En el dictamen C-085-2008, del 26 de marzo de 2008, la Procuraduría
General de la República expuso los alcances de esa sanción al señalar que: “Ahora
bien, en el caso de la sanción de multa establecida en el artículo 38, inciso
d) de la Ley de la ARESEP tenemos que su finalidad es precisamente
desincentivar la prestación de un servicio público sin estar autorizado para
ello. En el caso del servicio de transporte es obvio que un chofer por sí solo,
es decir, sin el vehículo correspondiente, no podría brindar el servicio. Por
consiguiente, la sanción debe dirigirse contra quien brinda el servicio
(chofer) y también contra el propietario del vehículo”. Dado que el
vehículo es el medio con el cual un conductor puede brindar un servicio público
sin autorización estatal, su propietario registral puede ser sancionado y por
tal motivo es menester incluirlo en el procedimiento ordinario a fin de que se
le garantice el derecho de defensa.
IX.—Que la L.G.A.P., en el artículo
308 obliga a seguir el procedimiento ordinario desarrollado en el Título Sexto
de esa ley, cuando el acto final pueda causarle perjuicio grave al
administrado, al imponerle obligaciones, suprimirle o denegarle derechos
subjetivos, o al establecerle cualquier otra forma de lesión grave y directa a
sus derechos o intereses legítimos. En resumen, el procedimiento administrativo
es una unidad formal de actos coordinados entre sí, que tienen por objeto
alcanzar un acto final que refleje la verdad real de los hechos investigados.
Es por esa razón que el órgano director debe realizar todos los actos
necesarios para averiguar la verdad real de los hechos que dan base a ese
procedimiento y que sirven de motivo al acto final en la forma más fiel,
completa y posible. Para ello debe adoptar todas las medidas probatorias
pertinentes o necesarias; debe otorgar y vigilar el respeto al debido proceso y
debe conceder el derecho de defensa al administrado, teniendo todas las
competencias otorgadas en la L.G.A.P.
X.—Que tal como se desglosó
en el apartado de antecedentes del informe de valoración inicial, se considera
que hay mérito suficiente para iniciar un procedimiento ordinario contra el
señor Danilo Mayorga Borbón portador de
la cédula de identidad 6-0235-0113 (conductor) y contra el señor Esau González
Calvo, portador de la cédula de identidad N° 6-0080-0753 (propietario
registral) por supuestamente haber prestado sin autorización el servicio de
transporte remunerado de personas, lo cual está establecido como falta en el
inciso d) del artículo 38 de la Ley 7593, toda vez que la documentación
aportada por la Dirección General de la Policía de Tránsito y los elementos de
juicio que constan en autos, hacen suponer que pudo cometerse esa falta.
XI.—Que la instrucción del
procedimiento será llevada a cabo por el órgano director, quien ostentará las
facultades y competencias establecidas en los artículos 214 al 238 la L.G.A.P.
XII.—Que,
además, como parte de la garantía constitucional del debido proceso, el administrado tiene
derecho a ejercer su defensa en forma razonable, para lo cual es necesario que
tenga una intimación oportuna y completa de los hechos que se le imputan, tal
como lo establece el artículo 220 de la L.G.A.P.
XIII.—Que
el objeto de este procedimiento ordinario es establecer la verdad real de los
hechos investigados, es decir, determinar si hubo un posible incumplimiento de
normativa vigente, al prestarse sin autorización estatal el servicio de
transporte remunerado de personas, lo cual es sancionado en el artículo 38
inciso d) de la Ley 7593 con la imposición de una multa.
XIV.—Que
para el año 2017 el salario base de la Ley 7337 era de ¢ 426 200,00
(cuatrocientos veintiséis mil doscientos colones) de acuerdo con lo establecido
por la Corte Suprema de Justicia en la sesión ordinaria N° 113-16 del 20 de
diciembre de 2016. Por tanto,
Con fundamento en las
competencias otorgadas en la Ley 7593, en la L.G.A.P., en el Decreto N°
29732-MP que es el Reglamento a la Ley 7593 y en el Reglamento Interno de
Organización y Funciones;
EL ÓRGANO
DIRECTOR,
RESUELVE:
I.—Iniciar el procedimiento ordinario tendente a determinar la verdad real
de los hechos y establecer la eventual responsabilidad administrativa
del señor Danilo Mayorga Borbón (conductor) y del señor Esau González Calvo
(propietario registral) por la supuesta prestación no autorizada del servicio
de transporte público remunerado de personas.
II.—Indicar
que la eventual determinación de responsabilidad administrativa podría
acarrearle al señor Danilo Mayorga Borbón y al señor Esau González Calvo, la
imposición de una sanción que podría oscilar de cinco a diez veces el valor del
daño causado que se determine, o, cuando no
fuere posible determinar el daño, en la imposición de una multa que podría
oscilar entre cinco a veinte salarios base mínimos fijados en la Ley 7337,
mismo que para el año 2017 era de ¢ 426 200,00 (cuatrocientos veintiséis mil
doscientos colones), de acuerdo con lo establecido por la Corte Suprema de
Justicia en la sesión ordinaria N° 113-16 del 20 de diciembre de 2016. Lo
anterior con base en los hechos y cargos siguientes, sobre los cuales los
investigados quedan debidamente intimados:
Primero: Que el
vehículo placa BCS925 es propiedad
del señor Esau González Calvo, portador de la cédula de identidad N°
6-0080-0753 (folio 9).
Segundo: Que el 21 de noviembre del
2017, el oficial de tránsito César
Madrigal Montero, en el sector Puntarenas, Golfito, Guaycara, La Chanchera,
detuvo el vehículo BCS925 que era conducido por el señor Danilo Mayorga Borbón (folios
33 al 34).
Tercero: Que, al momento de ser
detenido, en el vehículo BCS925 viajaban tres pasajeros identificados con el
nombre de Inke Obando Flores, cédula de identidad número 6-0323-0698, María
Porras Moscoso, cédula de identidad número 6-0097-0153 y Roxana Chonto López, cédula de
identidad número 6-0394-0669,
a quienes el señor Danilo Mayorga Borbón se encontraba prestando el servicio de
transporte remunerado de personas desde Puntarenas, Río Claro hasta Villa
Neily, a cambio de ¢1000 (mil colones); según lo informado por las pasajeras y lo
consignado por los oficiales de tránsito en la documentación (folios 05 al 06).
Cuarto: Que el vehículo placa
BCS925 no aparece en los registros del Departamento de Administración de
Concesiones y Permisos del Ministerio de Obras Públicas y Transportes, como que
se le haya emitido algún código amparado a una empresa prestataria del servicio
de transporte público, modalidad permiso especial estable de taxi (folio 17).
III.—Hacer saber al señor
Danilo Mayorga Borbón y al señor Esau González Calvo, que:
1. La falta, consistente en la prestación no autorizada del
servicio de transporte remunerado de personas, les es imputable ya que de
conformidad con los artículos 5° de la ley 7593, 2° y 3° de la Ley 7969, 1° de
la Ley 3503 y 42 de la Ley 9078; para prestar el servicio público de transporte
remunerado de personas es condición indispensable (conditio sine qua non)
contar con la respectiva concesión o permiso. Por lo que al señor Danilo
Mayorga Borbón, se le atribuye la prestación del servicio público de transporte
remunerado de personas, sin contar con la respectiva autorización estatal y sin
contar con placas de transporte público debidamente adjudicadas y al señor Esau
González Calvo se le atribuye el haber consentido en la prestación no
autorizada del servicio de transporte remunerado de personas con un vehículo de
su propiedad.
2. De comprobarse la comisión de la falta imputada por parte
del señor Danilo Mayorga Borbón y por parte del señor Esau González Calvo,
podría imponérseles una sanción al pago solidario de una multa de cinco a diez
veces el valor del daño causado, o bien una multa de cinco a veinte salarios
base mínimo fijado en la Ley 7337, si no puede determinarse el daño, cuyo monto
para el año 2017 era de ¢ 426 200,00 (cuatrocientos veintiséis mil doscientos
colones), de acuerdo con lo establecido por la Corte Suprema de Justicia en la
sesión ordinaria N° 113-16 del 20 de diciembre de 2016.
3. En la Dirección General de Atención al Usuario de la
Autoridad Reguladora, sede del órgano director del procedimiento, ubicada en el
primer piso del Edificio Turrubares del Centro Empresarial Multipark ubicado
100 metros al norte de Construplaza en Guachipelín de Escazú, podrán consultar
el expediente administrativo en horario de las 8:00 a las 16:00 horas, de lunes
a viernes, (menos los días feriados), horario dentro del cual podrán fotocopiar
el expediente, con cargo al interesado.
4. Todos los escritos y documentos adjuntos deberán dirigirse
al órgano director y ser presentados en la recepción de documentos de la
Autoridad Reguladora, ubicada en la sede antes señalada.
5. Sólo las partes y sus respectivos abogados debidamente
acreditados en autos tendrán acceso al expediente, el cual consta de la documentación
siguiente:
a) Oficio del 07 de diciembre del 2017 emitido por el
Departamento de Operaciones Policiales de Tránsito de la Dirección General de
Policía de Tránsito del MOPT.
b) Boleta de citación de citación N° 2-2017-204800727 del 21 de
noviembre del 2017 confeccionada a nombre del señor Danilo Mayorga Borbón,
conductor del vehículo particular placa BCS925 por la supuesta prestación no
autorizada del servicio de transporte público remunerado de personas ese día.
c) Acta de “Recolección de información para investigación
administrativa”, en la que se describen los hechos ocurridos en el operativo de
detención del vehículo.
d) Escrito de apelación con sus respectivos alegatos.
e) Documento denominado “Inventario de Vehículos Detenidos” con
los datos de identificación del vehículo detenido en el operativo.
f) Consulta a la página electrónica del Registro Nacional
sobre los datos de inscripción del vehículo placa BCS925.
g) Consulta a la página electrónica del Registro Civil sobre
los datos de identidad de los investigados.
h) Constancia DACP-2017-2485
emitida por el Departamento Administración Concesiones y Permisos del
MOPT sobre las autorizaciones dadas al vehículo investigado.
i) Resolución RRG-653-2017 de las 15:50 horas del 21 de
diciembre del 2017 en la cual consta el levantamiento de la medida cautelar.
j) Informe RE-0459-DGAU-2021 del 10 de julio del 2021 que es
el informe de valoración inicial del procedimiento ordinario.
k) Resolución RE-0749-RG-2021 de las 08:00 horas del 28 de
junio del 2021 en la cual se nombró al órgano director del procedimiento.
6. La citación a rendir
declaración como testigos de los oficiales de tránsito actuantes queda sujeta a
la disponibilidad de esos funcionarios debido a que deben brindar
atención prioritaria de vigilancia al cumplimiento de las medidas sanitarias
impuestas por la pandemia del Covid-19.
7. El órgano director podrá incorporar más elementos de prueba,
de acuerdo con sus facultades legales.
8. Se citará a las partes a una comparecencia oral y privada
para que comparezcan personalmente o por medio de apoderado y para que ejerzan
su derecho de defensa. Se realizará a las 13:30 horas del 09 de marzo del
2022 en la sede de la Autoridad Reguladora en Guachipelín de Escazú. Para
tal efecto los interesados deberán presentarse en la recepción de la
Institución a la hora y fecha señalada supra.
9. Deben aportar todos sus alegatos y pruebas a más tardar el
día de la comparecencia oral y privada, o antes si a bien lo tienen, en cuyo
caso la presentación habrá de ser por escrito. La prueba que por culpa de la
parte proponente no haya sido posible recibir en la comparecencia oral y
privada, se declarará inevacuable. En el caso de los medios de prueba que
requieran una preparación previa a la comparecencia, su ofrecimiento deberá ser
comunicado con suficiente antelación al órgano director a fin de decidir su
admisión y proceder de conformidad. Se hace saber, además, que, en caso de
ofrecer prueba testimonial, deben indicarse las calidades generales de los
testigos y señalar los hechos sobre los cuales van a declarar y quedará bajo su
responsabilidad traer a la comparecencia los testigos ofrecidos, de conformidad
con el artículo 312 de la Ley L.G.A.P., para lo cual podrán solicitar al órgano
director que emita las cédulas de citación de los testigos, con al menos cinco
días naturales de antelación a la fecha de la comparecencia. La notificación de
las cédulas de citación se hará por medio de la parte interesada, quien deberá
devolverlas al órgano director debidamente firmadas por los testigos, a más
tardar el día de la comparecencia.
10. Se advierte que de presentarse en forma
tardía a la comparecencia, la tomarán en el estado en que se encuentre, y de no
comparecer el día y hora que señale el órgano director, sin que medie causa
justa debidamente comunicada al órgano director, se continuará con el
procedimiento y se resolverá el caso con los elementos de juicio existentes,
sin que eso valga como aceptación de los hechos, pretensiones ni prueba de la
Administración, aunque el órgano director podrá evacuar la prueba previamente
ofrecida por la parte ausente, si fuera posible, de conformidad con el artículo
316 de la Ley L.G.A.P. Y que podrán contar con patrocinio letrado.
11. Dentro del plazo de tres días hábiles a partir de la
notificación de la presente resolución, deben señalar dirección exacta y/o
medio para atender futuras notificaciones, bajo el apercibimiento de que,
en caso de omisión, quedarán notificados de los actos subsiguientes
veinticuatro horas después de dictados. Lo mismo sucederá si el medio escogido
imposibilitare la notificación por causas ajenas a la Autoridad Reguladora, o
si el lugar señalado permaneciere cerrado, fuere impreciso, incierto o
inexistente. Para las notificaciones a efectuarse en este procedimiento se
tendrán por habilitados todos los días y horas al amparo del artículo 267.3 de
la Ley L.G.A.P.
III.—Notificar la presente
resolución al señor Danilo Mayorga Borbón (conductor) y al señor Esaú González Calvo (propietario
registral), en la dirección física exacta que conste en el expediente
administrativo, de conformidad con lo establecido en el inciso a) del artículo
19 de la Ley 8687. En caso de no existir ningún lugar señalado en autos, se
procederá con la notificación mediante publicación en la sección de
notificaciones de La Gaceta.
De
conformidad con lo establecido en la L.G.A.P., se informa que contra la
presente resolución cabe la interposición de los recursos ordinarios de
revocatoria y apelación, los cuales deberán interponerse dentro del plazo de
veinticuatro horas, contado a partir del día hábil inmediato siguiente al
día en que quede debidamente notificado este acto.
El recurso de revocatoria
corresponderá resolverlo al órgano director del procedimiento y el recurso de
apelación corresponderá resolverlo al Regulador General. Notifíquese.—Lucy María Arias Chaves, Órgano Director.—O.C. N° 082202210380.—Solicitud N°
337571.—( IN2022634009 ).
Resolución
RE-0292-DGAU-2021 de las 15:51 horas del 10 de noviembre de 2021. Realiza el Órgano
Director la intimación de cargos en el procedimiento ordinario seguido al señor
Juan Rodrigo Rojas Varela, portador de la cédula de identidad 1-1210-0928
(conductor) y al señor Jorge Arturo Castillo Fallas, portador de la cédula de
identidad 1-1100-0581 (propietario registral), por la supuesta prestación no
autorizada del servicio público de transporte remunerado de personas.
Expediente Digital OT-375-2017.
Resultando:
I.—Que el 12 de febrero de
2004 mediante resolución RRG-3333-2004 de las 15:30 horas de ese día, publicada
en La Gaceta 36 del 20 de febrero de 2004, la Autoridad Reguladora de
los Servicios Públicos facultó al Ministerio de Obras Públicas y Transportes
para que por los medios que estimara pertinentes, removiera los vehículos que
se encontraran prestando el servicio público de transporte remunerado de
personas, sin autorización del Estado.
II.—Que el 29 de noviembre
del 2017, se recibió el oficio DVT-DGPT-UTP-2017-726 del 28 de noviembre del
2017, emitido por el Departamento de Operaciones Policiales de Tránsito de la
Dirección General de Policía de Tránsito del MOPT, mediante el cual se remitió
la información siguiente: a) La boleta de citación Nº 2-2017-248601144,
confeccionada a nombre del señor Juan Rodrigo Rojas Varela, portador de la
cédula de identidad 1-1210-0928, conductor del vehículo particular placa 767938
por supuestamente haber prestado de forma no autorizada el servicio de
transporte público remunerado de personas, modalidad taxi el día 21 de
noviembre del 2017; b) El acta de “Recolección de información para
investigación administrativa”, en la que se describen los hechos ocurridos en
el operativo de detención del vehículo y en la que se recopila información
sobre los pasajeros transportados y c) El documento denominado “Inventario de
Vehículos Detenidos” en el cual se consignan los datos de identificación del
vehículo y de la delegación de tránsito en la que quedó depositado (folios 02
al 08).
III.—Que
en la boleta de citación Nº 2-2017-248601144 emitida a las 09:02 horas del 21
de noviembre del 2017 -en resumen- se consignó que se había detenido el
vehículo placa 767938 en la vía pública porque el conductor prestaba el
servicio de transporte público sin contar con la autorización del CTP del MOPT.
También se consignó que viajaba tres pasajeras cuyos datos se indicaban en el
informe (folios 4).
IV.—Que en el acta de
recolección de información para la investigación administrativa levantada por
el oficial de tránsito Pablo Agüero Rojas se consignó, en resumen, que, en el
sector San José, Pavas, Lomas del Río, por la terminal de autobuses, en un
operativo de control vehicular de rutina se había detenido el vehículo placa
767938. Se consignaron los datos de identificación del conductor y del
vehículo. Además, se consignó que en el vehículo viajaban Eugenia Cruz Ortiz,
cédula de identidad número 1-1282-0836, Ingrid Sánchez Sánchez, cédula de
identidad número 1-1150-0289 y Analive de los Ángeles Acuña Ortega, cédula de
identidad número 1-1348-0965, quienes informaron que se dirigían desde San
José, Lomas del Río hasta el parque de San Pedro, a cambio de ¢2000
(dos mil colones) (folio 5).
V.—Que el 14 de diciembre del
2017, se consultó la página electrónica del Registro Nacional para verificar la
condición de inscripción del vehículo detenido y las calidades del propietario,
dando como resultado que el vehículo placa 767938 se encontraba debidamente
inscrito y era propiedad del señor Jorge Arturo Castillo Fallas, portador de la
cédula de identidad 1-1100-0581(folio 8).
VI.—Que el 07 de diciembre
del 2017, se recibió la constancia DACP-2017-2344 emitida por el Departamento
Administración Concesiones y Permisos, Proceso SEETAXI, del MOPT en la que se
indica que según los reportes que genera el sistema emisor de permisos al
vehículo placa 767938 no se le ha emitido código amparado a una empresa
prestataria del servicio de transporte público, modalidad permiso especial
estable de taxi. Dicha constancia fue solicitada por el Ente Regulador al
amparo del convenio de cooperación suscrito con el MOPT para regular la
prestación del servicio de transporte remunerado de personas (folio 11).
VII.—Que el 09 de enero del
2018 el Regulador General por resolución
RRG-021-2018de las 09:10 horas levantó la medida cautelar decretada contra el
vehículo placa 767938 y ordenó a la Dirección General de la Policía de Tránsito
del MOPT que devolviera el vehículo a su propietario registral o a quien
demostrare ser mandatario legítimo de éste, por medio de poder especial
otorgado en escritura pública (folios 12 al 20).
VIII.—Que el 26 de noviembre
del 2020, la Dirección General de Atención al
Usuario por documento IN-0996-DGAU-2020 emitió el informe de valoración
inicial, en el cual concluyó que con la información constante en autos podía
iniciarse el procedimiento ordinario de investigación (folios 22 al 26).
IX.—Que el 27 de noviembre
del 2020, el Regulador General por resolución RE-1661-RG-2020 de las 14:00
horas de ese día, ordenó el inicio del procedimiento ordinario y nombró como
integrantes del órgano director del procedimiento a las abogadas Lucy Arias
Chaves como titular y María Marta Rojas Chaves, como suplente (folios 28 al
34).
Considerando:
I.—Que de
conformidad con lo establecido en el artículo 9° inciso 17) del Reglamento de
Organización y Funciones
de la Autoridad Reguladora (RIOF) corresponde al Regulador General ordenar la
apertura de los procedimientos administrativos en los cuales se apliquen como
sanción una multa, así como dictar los actos preparatorios, las medidas
cautelares y la resolución final, además, de conocer las impugnaciones que se
presenten.
II.—Que por su parte el
artículo 22 inciso 11) del RIOF asignó a la Dirección General de Atención al
Usuario la función de llevar a cabo la gestión de los procedimientos de
resolución de quejas, controversias y denuncias.
III.—Que
el artículo 38 inciso d) de la Ley 7593 faculta a la Autoridad Reguladora a
tramitar procedimientos administrativos sancionatorios contra los prestadores de
servicios públicos que incurran en una prestación no autorizada del servicio
público aplicando para ello el procedimiento ordinario de la Ley General de la
Administración Pública (L.G.A.P.). También dispone que de comprobarse la falta
se aplicará una sanción de multa que podrá ser de cinco a diez veces el valor
del daño causado cuando éste pueda ser determinado, o se aplicará una multa
cuyo monto equivaldrá de 5 a 20 salarios base mínimos fijados en la Ley 7337
del 5 de mayo de 1993, cuando se no logre determinar dicho daño.
IV.—Que artículo 5° de la ley
7593, detalla los servicios públicos a los que la Autoridad Reguladora le
corresponde fijar los precios y las tarifas y también velar por el cumplimiento
de las normas de calidad, cantidad, confiabilidad, continuidad, oportunidad y
prestación óptima. Además, establece los entes a los cuales les corresponde
otorgar la autorización para prestar dichos servicios. Entre ellos se encuentra
el transporte público remunerado de personas, en cualquiera de sus modalidades,
salvo el aéreo.
V.—Que de conformidad con los
artículos 2° y 3° de la Ley 7969, el transporte remunerado de personas es un
servicio público cuyo titular es el Estado, sea que se realice por medio de
autobuses, busetas, microbuses, taxis, automóviles o cualquier otro tipo de
vehículo automotor, que se ofrezca al público en general, que se ofrezca a
personas usuarias o a grupos determinados de usuarios con necesidades
específicas, que constituyen demandas especiales.
VI.—Que por tratarse de un
servicio público es necesario obtener una concesión para prestar el transporte
remunerado de personas. En este sentido el artículo 1° de la Ley 3503, del 16
de agosto de 1965, dispuso que “El transporte remunerado de personas en
vehículos automotores colectivos, excepto los automóviles de servicio de taxi
regulado en otra ley, que se lleva a cabo por calles, carreteras y caminos
dentro del territorio nacional, es un servicio público regulado, controlado y
vigilado por el Ministerio de Obras Públicas y Transportes”. Además, ese
artículo define la concesión, como el “derecho que el Estado otorga, previo
trámite de licitación pública, para explotar comercialmente una línea por medio
de uno o varios vehículos colectivos, tales como autobuses, busetas, microbuses
o similares”.
VII.—Que por su parte los
artículos 2° y 3° de la Ley 7969 establecen que el transporte remunerado de
personas, modalidad taxi se explota mediante la figura de la concesión y que el
servicio de transporte remunerado de personas modalidad servicio especial
estable de taxi se explota mediante la figura del permiso. Por tal motivo es
prohibido a los propietarios o conductores de vehículos particulares dedicarlos
a la actividad del transporte público, sin contar con las respectivas
autorizaciones y placas legalmente adjudicadas. En ese sentido la Ley de Tránsito
por Vías Públicas Terrestres, N° 9078 establece en el artículo 42 la obligación
de portar la documentación correspondiente en original y vigente y el artículo
130 impone la prohibición de emplear el vehículo para otros fines distintos a
los establecidos en el certificado de propiedad.
VIII.—Que cuando un conductor
de un vehículo particular se dedica a prestar el servicio de transporte
remunerado de personas, sin contar con la debida autorización estatal o cuando
un propietario de un vehículo particular permite que un vehículo de su
propiedad sea dedicado a prestar dicho servicio sin la autorización de ley,
incurren en la falta establecida en el inciso d) del artículo 38 de la Ley 7593
y, por tal motivo, se hacen acreedores de la sanción fijada en dicha norma
jurídica. En el dictamen C-085-2008, del 26 de marzo de 2008, la Procuraduría
General de la República expuso los alcances de esa sanción al señalar que: “Ahora
bien, en el caso de la sanción de multa establecida en el artículo 38, inciso
d) de la Ley de la ARESEP tenemos que su finalidad es precisamente
desincentivar la prestación de un servicio público sin estar autorizado para
ello. En el caso del servicio de transporte es obvio que un chofer por sí solo,
es decir, sin el vehículo correspondiente, no podría brindar el servicio. Por
consiguiente, la sanción debe dirigirse contra quien brinda el servicio
(chofer) y también contra el propietario del vehículo”. Dado que el
vehículo es el medio con el cual un conductor puede brindar un servicio público
sin autorización estatal, su propietario registral puede ser sancionado y por
tal motivo es menester incluirlo en el procedimiento ordinario a fin de que se
le garantice el derecho de defensa.
IX.—Que la L.G.A.P., en el
artículo 308 obliga a seguir el procedimiento ordinario desarrollado en el
Título Sexto de esa ley, cuando el acto final pueda causarle perjuicio grave al
administrado, al imponerle obligaciones, suprimirle o denegarle derechos
subjetivos, o al establecerle cualquier otra forma de lesión grave y directa a
sus derechos o intereses legítimos. En resumen, el procedimiento administrativo
es una unidad formal de actos coordinados entre sí, que tienen por objeto
alcanzar un acto final que refleje la verdad real de los hechos investigados.
Es por esa razón que el órgano director debe realizar todos los actos
necesarios para averiguar la verdad real de los hechos que dan base a ese
procedimiento y que sirven de motivo al acto final en la forma más fiel,
completa y posible. Para ello debe adoptar todas las medidas probatorias
pertinentes o necesarias; debe otorgar y vigilar el respeto al debido proceso y
debe conceder el derecho de defensa al administrado, teniendo todas las
competencias otorgadas en la L.G.A.P.
X.—Que tal como se desglosó
en el apartado de antecedentes del informe de valoración inicial, se considera
que hay mérito suficiente para iniciar un procedimiento ordinario contra el
señor Juan Rodrigo Rojas Varela portador de la cédula de identidad 1-1210-0928
(conductor) y contra el señor Jorge Arturo Castillo Fallas, portador de la
cédula de identidad 1-1100-0581 (propietario registral) por supuestamente haber
prestado sin autorización el servicio de transporte remunerado de personas, lo
cual está establecido como falta en el inciso d) del artículo 38 de la Ley
7593, toda vez que la documentación aportada por la Dirección General de la
Policía de Tránsito y los elementos de juicio que constan en autos, hacen
suponer que pudo cometerse esa falta.
XI.—Que la instrucción del
procedimiento será llevada a cabo por el órgano director, quien ostentará las
facultades y competencias establecidas en los artículos 214 al 238 la L.G.A.P.
XII.—Que,
además, como parte de la garantía constitucional del debido proceso, el
administrado tiene derecho
a ejercer su defensa en forma razonable, para lo cual es necesario que tenga
una intimación oportuna y completa de los hechos que se le imputan, tal como lo
establece el artículo 220 de la L.G.A.P.
XIII.—Que el objeto de este
procedimiento ordinario es establecer la verdad real de los hechos
investigados, es decir, determinar si hubo un posible incumplimiento de
normativa vigente, al prestarse sin autorización estatal el servicio de
transporte remunerado de personas, lo cual es sancionado en el artículo 38
inciso d) de la Ley 7593 con la imposición de una multa.
XIV.—Que
para el año 2017 el salario base de la Ley 7337 era de ¢ 426 200,00
(cuatrocientos veintiséis mil
doscientos colones) de acuerdo con lo establecido por la Corte Suprema de Justicia
en la sesión ordinaria Nº 113-16 del 20 de diciembre de 2016. Por tanto,
Con fundamento en las
competencias otorgadas en la Ley 7593, en la L.G.A.P., en el Decreto 29732-MP
que es el Reglamento a la Ley 7593 y en el Reglamento Interno de Organización y
Funciones;
EL ORGANO DIRECTOR
RESUELVE:
I.—Iniciar el procedimiento
ordinario tendente a determinar la verdad real de los hechos y establecer la
eventual responsabilidad administrativa del señor Juan Rodrigo Rojas Varela
(conductor) y del señor Jorge Arturo Castillo Fallas (propietario registral)
por la supuesta prestación no autorizada del servicio de transporte público
remunerado de personas.
II.—Indicar
que la eventual determinación de responsabilidad administrativa podría acarrearle al señor
Juan Rodrigo Rojas Varela y al señor Jorge Arturo Castillo Fallas, la
imposición de una sanción que podría oscilar
de cinco a diez veces el valor del daño causado que se determine, o, cuando no
fuere posible determinar el daño, en la imposición de una multa que podría
oscilar entre cinco a veinte salarios base mínimos fijados en la Ley 7337,
mismo que para el año 2017 era de ¢ 426 200,00 (cuatrocientos veintiséis mil
doscientos colones), de acuerdo con lo establecido por la Corte Suprema de
Justicia en la sesión ordinaria Nº 113-16 del 20 de diciembre de 2016. Lo
anterior con base en los hechos y cargos siguientes, sobre los cuales los
investigados quedan debidamente intimados:
Primero: Que el
vehículo placa 767938 es propiedad del señor Jorge Arturo Castillo Fallas, portador de la
cédula de identidad 1-1100-0581 (folio 8).
Segundo: Que el 21 de noviembre del
2017, el oficial de tránsito Pablo Agüero Rojas, en el sector San José, Pavas,
Lomas del Río, por la terminal de autobuses, detuvo el vehículo 767938 que era
conducido por el señor Juan Rodrigo Rojas Varela (folios 4).
Tercero: Que, al momento de ser
detenido, en el vehículo 767938 viajaban tres pasajeras identificadas con el
nombre de Eugenia Cruz Ortiz, cédula de identidad número 1-1282-0836, Ingrid
Sánchez Sánchez, cédula de identidad número 1-1150-0289 y Analive de los
Ángeles Acuña Ortega, cédula de identidad número 1-1348-0965, a quienes el
señor Juan Rodrigo Rojas Varela se encontraba prestando el servicio de
transporte remunerado de personas desde San José, Lomas del Río hasta el parque
de San Pedro, a cambio de ¢2000 (dos mil colones); según lo informado por las pasajeras y lo consignado por los oficiales de tránsito en la
documentación (folios 05).
Cuarto: Que el vehículo placa
767938 no aparece en los registros del Departamento de Administración de
Concesiones y Permisos del Ministerio de Obras Públicas y Transportes, como que
se le haya emitido algún código amparado a una empresa prestataria del servicio
de transporte público, modalidad permiso especial estable de taxi (folio 11).
III.—Hacer saber al señor
Juan Rodrigo Rojas Varela y al señor Jorge Arturo Castillo Fallas, que:
1. La falta, consistente en la prestación no autorizada del
servicio de transporte remunerado de personas, les es imputable ya que de
conformidad con los artículos 5° de la ley 7593, 2° y 3° de la Ley 7969, 1° de
la Ley 3503 y 42 de la Ley 9078; para prestar el servicio público de transporte
remunerado de personas es condición indispensable (conditio sine qua non)
contar con la respectiva concesión o permiso. Por lo que al señor Juan Rodrigo
Rojas Varela, se le atribuye la prestación del servicio público de transporte
remunerado de personas, sin contar con la respectiva autorización estatal y sin
contar con placas de transporte público debidamente adjudicadas y al señor
Jorge Arturo Castillo Fallas se le atribuye el haber consentido en la
prestación no autorizada del servicio de transporte remunerado de personas con
un vehículo de su propiedad.
2. De comprobarse la comisión de la falta imputada por parte
del señor Juan Rodrigo Rojas Varela y por parte del señor Jorge Arturo Castillo
Fallas, podría imponérseles una sanción al pago solidario de una multa de cinco
a diez veces el valor del daño causado, o bien una multa de cinco a veinte salarios
base mínimo fijado en la Ley 7337, si no puede determinarse el daño, cuyo monto
para el año 2017 era de ¢ 426 200,00 (cuatrocientos veintiséis mil doscientos
colones), de acuerdo con lo establecido por la Corte Suprema de Justicia en la
sesión ordinaria Nº 113-16 del 20 de diciembre de 2016.
3. En la Dirección General de Atención al Usuario de la
Autoridad Reguladora, sede del órgano director del procedimiento, ubicada en el
primer piso del Edificio Turrubares del Centro Empresarial Multipark ubicado
100 metros al norte de Construplaza en Guachipelín de Escazú, podrán consultar
el expediente administrativo en horario de las 8:00 a las 16:00 horas, de lunes
a viernes, (menos los días feriados), horario dentro del cual podrán fotocopiar
el expediente, con cargo al interesado.
4. Todos los escritos y documentos adjuntos deberán dirigirse
al órgano director y ser presentados en la recepción de documentos de la
Autoridad Reguladora, ubicada en la sede antes señalada.
5. Sólo las partes y sus respectivos abogados
debidamente
acreditados en autos tendrán acceso al expediente, el cual consta de la
documentación siguiente:
a) Oficio 29 de noviembre del 2017 emitido por el Departamento
de Operaciones Policiales de Tránsito de la Dirección General de Policía de Tránsito
del MOPT.
b) Boleta de citación de citación Nº 2-2017-248601144 del 21 de
noviembre del 2017 confeccionada a nombre del señor Juan Rodrigo Rojas Varela,
conductor del vehículo particular placa 767938 por la supuesta prestación no
autorizada del servicio de transporte público remunerado de personas ese día.
c) Acta de “Recolección de información para investigación administrativa”,
en la que se describen los hechos ocurridos en el operativo de detención del
vehículo.
d) Escrito de apelación con sus respectivos alegatos.
e) Documento denominado “Inventario de Vehículos Detenidos” con
los datos de identificación del vehículo detenido en el operativo.
f) Consulta a la página electrónica del Registro Nacional
sobre los datos de inscripción del vehículo placa 767938.
g) Consulta a la página electrónica del Registro Civil sobre
los datos de identidad de los investigados.
h) Constancia DACP-2017-2344
emitida por el Departamento Administración Concesiones y Permisos del MOPT
sobre las autorizaciones dadas al vehículo investigado.
i) Resolución RRG-021-2018 de las 09:10 horas del 09 de enero
del 2018 en la cual consta el levantamiento de la medida cautelar.
j) Informe IN-0996-DGAU-2020 del 26 de noviembre del 2020 que
es el informe de valoración inicial del procedimiento ordinario.
k) Resolución RE-1661-RG-2020 de las 14:00 horas del 27 de
noviembre del 2020 en la cual se nombró al órgano director del procedimiento.
6. La citación a rendir declaración como testigos de los
oficiales de tránsito actuantes queda sujeta a la disponibilidad de esos
funcionarios debido a que deben brindar atención prioritaria de vigilancia al
cumplimiento de las medidas sanitarias impuestas por la pandemia del Covid-19.
7. El órgano director podrá incorporar más elementos de prueba,
de acuerdo con sus facultades legales.
8. Se citará a las partes a una comparecencia oral y privada
para que comparezcan personalmente o por medio de apoderado y para que ejerzan
su derecho de defensa. Se realizará a las 09:30 horas del 10 de marzo del
2022 en la sede de la Autoridad Reguladora en Guachipelín de Escazú. Para
tal efecto los interesados deberán presentarse en la recepción de la
Institución a la hora y fecha señalada supra.
9. Deben aportar todos sus alegatos y pruebas a más tardar el
día de la comparecencia oral y privada, o antes si a bien lo tienen, en cuyo
caso la presentación habrá de ser por escrito. La prueba que por culpa de la
parte proponente no haya sido posible recibir en la comparecencia oral y
privada, se declarará inevacuable. En el caso de los medios de prueba que
requieran una preparación previa a la comparecencia, su ofrecimiento deberá ser
comunicado con suficiente antelación al órgano director a fin de decidir su
admisión y proceder de conformidad. Se hace saber, además, que, en caso de
ofrecer prueba testimonial, deben indicarse las calidades generales de los
testigos y señalar los hechos sobre los cuales van a declarar y quedará bajo su
responsabilidad traer a la comparecencia los testigos ofrecidos, de conformidad
con el artículo 312 de la Ley L.G.A.P., para lo cual podrán solicitar al órgano
director que emita las cédulas de citación de los testigos, con al menos cinco
días naturales de antelación a la fecha de la comparecencia. La notificación de
las cédulas de citación se hará por medio de la parte interesada, quien deberá
devolverlas al órgano director debidamente firmadas por los testigos, a más
tardar el día de la comparecencia.
10. Se advierte que de presentarse en forma tardía a la
comparecencia, la tomarán en el estado en que se encuentre, y de no comparecer
el día y hora que señale el órgano director, sin que medie causa justa
debidamente comunicada al órgano director, se continuará con el procedimiento y
se resolverá el caso con los elementos de juicio existentes, sin que eso valga
como aceptación de los hechos, pretensiones ni prueba de la Administración,
aunque el órgano director podrá evacuar la prueba previamente ofrecida por la
parte ausente, si fuera posible, de conformidad con el artículo 316 de la Ley
L.G.A.P. Y que podrán contar con patrocinio letrado.
11. Dentro del plazo de tres días hábiles a partir de la
notificación de la presente resolución, deben señalar dirección exacta y/o
medio para atender futuras notificaciones, bajo el apercibimiento de que,
en caso de omisión, quedarán notificados de los actos subsiguientes
veinticuatro horas después de dictados. Lo mismo sucederá si el medio escogido
imposibilitare la notificación por causas ajenas a la Autoridad Reguladora, o
si el lugar señalado permaneciere cerrado, fuere impreciso, incierto o
inexistente. Para las notificaciones a efectuarse en este procedimiento se
tendrán por habilitados todos los días y horas al amparo del artículo 267.3 de
la Ley L.G.A.P.
III.—Notificar
la presente resolución al señor Juan Rodrigo Rojas Varela (conductor) y al
señor Jorge Arturo Castillo Fallas (propietario registral), en la dirección
física exacta que conste en el expediente administrativo, de conformidad con lo
establecido en el inciso a) del artículo 19 de la Ley 8687. En caso de no
existir ningún lugar señalado en autos, se procederá con la notificación
mediante publicación en la sección de notificaciones de La Gaceta.
De conformidad con lo
establecido en la L.G.A.P., se informa que contra la presente resolución cabe
la interposición de los recursos ordinarios de revocatoria y apelación, los
cuales deberán interponerse dentro del plazo de veinticuatro horas, contado a
partir del día hábil inmediato siguiente al día en que quede debidamente
notificado este acto.
El recurso de revocatoria
corresponderá resolverlo al órgano director del procedimiento y el recurso de
apelación corresponderá resolverlo al Regulador General. Notifíquese.—Lucy María Arias Chaves, Órgano Director.—O.C. Nº 082202210380.—Solicitud
Nº 337572.—( IN2022634010 ).
Resolución
RE-0305-DGAU-2021 de las 15:22 horas del 12 de noviembre de 2021.
Realiza el órgano director la intimación
de cargos en el procedimiento ordinario seguido al señor Javier José Azofeifa
Mena, portador de la cédula de identidad N° 1-1478-0232 (conductor) y al señor
José Azofeifa Aguilar, portador de la cédula de identidad N° 1-0517-0762,
(propietario registral), por la supuesta prestación no autorizada del servicio
público de transporte remunerado de personas. Expediente digital: OT-119-2018.
Resultando:
I°—Que el 12 de
febrero de 2004 mediante resolución RRG-3333-2004 de las 15:30 horas de ese
día, publicada en La Gaceta 36 del 20 de febrero de 2004, la Autoridad
Reguladora de los Servicios Públicos facultó al Ministerio de Obras Públicas y
Transportes para que por los medios que estimara pertinentes, removiera los
vehículos que se encontraran prestando el servicio público de transporte
remunerado de personas, sin autorización del Estado.
II°—Que el 31 de enero
del 2018, se recibió el oficio DVT-DGPT-UTP-2018-116 del 23 de enero del 2018,
emitido por el Departamento de Operaciones Policiales de Tránsito de la
Dirección General de Policía de Tránsito del MOPT, mediante el cual se remitió
la información siguiente: a) La boleta de citación # 2-2018-60800049,
confeccionada a nombre del señor Javier José Azofeifa Mena, portador de la
cédula de identidad 1-1478-0232, conductor del vehículo particular placa
SJB-014728 por supuestamente haber prestado de forma no autorizada el servicio
de transporte público remunerado de personas, modalidad taxi el día 13 de enero
del 2018; b) El acta de “Recolección de información para investigación
administrativa”, en la que se describen los hechos ocurridos en el operativo de
detención del vehículo y en la que se recopila información sobre los pasajeros
transportados y c) El documento denominado “Inventario de Vehículos Detenidos”
en el cual se consignan los datos de identificación del vehículo y de la
delegación de tránsito en la que quedó depositado (folios 02 al 09).
III°—Que en la boleta de citación N°
2-2018-60800049 emitida a las 12:33 horas del 13 de enero del 2018 -en resumen-
se consignó que se había detenido el vehículo placa SJB-014728 en la vía
pública porque el conductor prestaba el servicio de transporte público sin
contar con la autorización del CTP del MOPT. También se consignó que viajaba
con cuatro pasajeros cuyos datos se indicaban en el informe (folios 4).
IV°—Que en el acta de
recolección de información para la investigación administrativa levantada por
el oficial de tránsito Oscar Barrantes Solano se consignó, en resumen, que, en
el sector Alajuela, Naranjo, Rosario, ruta 1 sentido 2-1, Peaje de Naranjo, en
un operativo de control vehicular de rutina se había detenido el vehículo placa
SJB-014728. Se consignaron los datos de identificación del conductor y del
vehículo. Además, se consignó que en el vehículo viajaban Barbara Claine
Harlan, documento de identidad número 184002010110, León Sylvester Harlan Jr,
documento de identidad N° 184002010217, Jensen Morgan Scoot, documento de identidad número, documento de identidad N°
170409665 y un pasajero que no se logró identificar, quienes informaron que se
dirigían desde Belén hasta Sarchí de Grecia, a cambio de $100 (cien dólares americanos) (folio 05
al 06).
V°—Que el 09 de
febrero del 2018, se consultó la página electrónica del Registro Nacional para
verificar la condición de inscripción del vehículo detenido y las calidades del
propietario, dando como resultado que el vehículo placa SJB014728 se encontraba
debidamente inscrito y era propiedad del señor José Azofeifa Aguilar, portador
de la cédula de identidad N° 1-0517-0762 (folio 10).
VI°—Que el 09 de
febrero del 2018, se recibió la constancia DACP-2017-000170 emitida por el
Departamento Administración Concesiones y Permisos, Proceso SEETAXI, del MOPT
en la que se indica que según los reportes que genera el sistema emisor de
permisos al vehículo placa SJB-014728, no se le ha emitido código amparado a
una empresa prestataria del servicio de transporte público, modalidad permiso
especial estable de taxi. Dicha constancia fue solicitada por el Ente Regulador
al amparo del convenio de cooperación suscrito con el MOPT para regular la prestación
del servicio de transporte remunerado de personas (folio 33).
VII°—Que el 12 de
febrero del 2018 el Regulador General por resolución RRG-2502018de las 11:20
horas levantó la medida cautelar decretada contra el vehículo placa SJB-014728
y ordenó a la Dirección General de la Policía de Tránsito del MOPT que
devolviera el vehículo a su propietario registral o a quien demostrare ser
mandatario legítimo de éste, por medio de poder especial otorgado en escritura
pública (folios 24 al 29).
VIII°—Que el 13 de julio
del 2019, la Dirección General de Atención al Usuario por documento
IN-0194-DGAU-2019 emitió el informe de valoración inicial, en el cual concluyó
que con la información constante en autos podía iniciarse el procedimiento
ordinario de investigación (folios 62 al 69).
IX°—Que el 30 de julio
del 2019, el Regulador General por resolución RE-0084RG-2019 de las 13:30 horas
de ese día, ordenó el inicio del procedimiento ordinario y nombró como
integrantes del órgano director del procedimiento a las abogadas Lucy Arias
Chaves como titular y María
Marta Rojas Chaves, como suplente (folios 75 al 84).
Considerando:
I°—Que de conformidad
con lo establecido en el artículo 9° inciso 17) del Reglamento de Organización
y Funciones de la Autoridad Reguladora (RIOF) corresponde al Regulador General
ordenar la apertura de los procedimientos administrativos en los cuales se
apliquen como sanción una multa, así como dictar los actos preparatorios, las
medidas cautelares y la resolución final, además, de conocer las impugnaciones
que se presenten.
II.—Que por su parte el
artículo 22 inciso 11) del RIOF asignó a la Dirección General de Atención al
Usuario la función de llevar a cabo la gestión de los procedimientos de
resolución de quejas, controversias y denuncias.
III.—Que
el artículo 38 inciso d) de la Ley 7593 faculta a la Autoridad Reguladora a
tramitar procedimientos administrativos sancionatorios contra los prestadores de
servicios públicos que incurran en una prestación no autorizada del servicio
público aplicando para ello el procedimiento ordinario de la Ley General de la
Administración Pública (L.G.A.P.). También dispone que de comprobarse la falta
se aplicará una sanción de multa que podrá ser de cinco a diez veces el valor
del daño causado cuando éste pueda ser determinado, o se aplicará una multa
cuyo monto equivaldrá de 5 a 20 salarios base mínimos fijados en la Ley 7337
del 5 de mayo de 1993, cuando se no logre determinar dicho daño.
IV.—Que artículo 5° de la ley
7593, detalla los servicios públicos a los que la Autoridad Reguladora le
corresponde fijar los precios y las tarifas y también velar por el cumplimiento
de las normas de calidad, cantidad, confiabilidad, continuidad, oportunidad y
prestación óptima. Además, establece los entes a los cuales les corresponde
otorgar la autorización para prestar dichos servicios. Entre ellos se encuentra
el transporte público remunerado de personas, en cualquiera de sus modalidades,
salvo el aéreo.
V.—Que de conformidad con los
artículos 2° y 3° de la Ley 7969, el transporte remunerado de personas es un
servicio público cuyo titular es el Estado, sea que se realice por medio de
autobuses, busetas, microbuses, taxis, automóviles o cualquier otro tipo de
vehículo automotor, que se ofrezca al público en general, que se ofrezca a
personas usuarias o a grupos determinados de usuarios con necesidades
específicas, que constituyen demandas especiales.
VI.—Que por tratarse de un
servicio público es necesario obtener una concesión para prestar el transporte
remunerado de personas. En este sentido el artículo 1° de la Ley 3503, del 16
de agosto de 1965, dispuso que “El transporte remunerado de personas en
vehículos automotores colectivos, excepto los automóviles de servicio de taxi
regulado en otra ley, que se lleva a cabo por calles, carreteras y caminos
dentro del territorio nacional, es un servicio público regulado, controlado y
vigilado por el Ministerio de Obras Públicas y Transportes”. Además, ese
artículo define la concesión, como el “derecho que el Estado otorga, previo
trámite de licitación pública, para explotar comercialmente una línea por medio
de uno o varios vehículos colectivos, tales como autobuses, busetas, microbuses
o similares”.
VII.—Que por su parte los
artículos 2° y 3° de la Ley 7969 establecen que el transporte remunerado de
personas, modalidad taxi se explota mediante la figura de la concesión y que el
servicio de transporte remunerado de personas modalidad servicio especial
estable de taxi se explota mediante la figura del permiso. Por tal motivo es
prohibido a los propietarios o conductores de vehículos particulares dedicarlos
a la actividad del transporte público, sin contar con las respectivas
autorizaciones y placas legalmente adjudicadas. En ese sentido la Ley de
Tránsito por Vías Públicas Terrestres, N° 9078 establece en el artículo 42 la
obligación de portar la documentación correspondiente en original y vigente y
el artículo 130 impone la prohibición de emplear el vehículo para otros fines
distintos a los establecidos en el certificado de propiedad.
VIII.—Que cuando un conductor
de un vehículo particular se dedica a prestar el servicio de transporte
remunerado de personas, sin contar con la debida autorización estatal o cuando
un propietario de un vehículo particular permite que un vehículo de su
propiedad sea dedicado a prestar dicho servicio sin la autorización de ley,
incurren en la falta establecida en el inciso d) del artículo 38 de la Ley 7593
y, por tal motivo, se hacen acreedores de la sanción fijada en dicha norma
jurídica. En el dictamen C-085-2008, del 26 de marzo de 2008, la Procuraduría
General de la República expuso los alcances de esa sanción al señalar que: “Ahora
bien, en el caso de la sanción de multa establecida en el artículo 38, inciso
d) de la Ley de la ARESEP tenemos que su finalidad es precisamente
desincentivar la prestación de un servicio público sin estar autorizado para
ello. En el caso del servicio de transporte es obvio que un chofer por sí solo,
es decir, sin el vehículo correspondiente, no podría brindar el servicio. Por
consiguiente, la sanción debe dirigirse contra quien brinda el servicio
(chofer) y también contra el propietario del vehículo”. Dado que el
vehículo es el medio con el cual un conductor puede brindar un servicio público
sin autorización estatal, su propietario registral puede ser sancionado y por
tal motivo es menester incluirlo en el procedimiento ordinario a fin de que se
le garantice el derecho de defensa.
IX.—Que la L.G.A.P., en el
artículo 308 obliga a seguir el procedimiento ordinario desarrollado en el
Título Sexto de esa ley, cuando el acto final pueda causarle perjuicio grave al
administrado, al imponerle obligaciones, suprimirle o denegarle derechos
subjetivos, o al establecerle cualquier otra forma de lesión grave y directa a
sus derechos o intereses legítimos. En resumen, el procedimiento administrativo
es una unidad formal de actos coordinados entre sí, que tienen por objeto
alcanzar un acto final que refleje la verdad real de los hechos investigados.
Es por esa razón que el órgano director debe realizar todos los actos
necesarios para averiguar la verdad real de los hechos que dan base a ese
procedimiento y que sirven de motivo al acto final en la forma más fiel,
completa y posible. Para ello debe adoptar todas las medidas probatorias
pertinentes o necesarias; debe otorgar y vigilar el respeto al debido proceso y
debe conceder el derecho de defensa al administrado, teniendo todas las
competencias otorgadas en la L.G.A.P.
X.—Que tal como se desglosó
en el apartado de antecedentes del informe de valoración inicial, se considera
que hay mérito suficiente para iniciar un procedimiento ordinario contra el
señor Javier José Azofeifa Mena portador de la cédula de identidad 1-1478-0232
(conductor) y contra el señor José Azofeifa Aguilar, portador de la cédula de identidad
1-0517-0762 (propietario registral) por supuestamente haber prestado sin
autorización el servicio de transporte remunerado de personas, lo cual está
establecido como falta en el inciso d) del artículo 38 de la Ley 7593, toda vez
que la documentación aportada por la Dirección General de la Policía de
Tránsito y los elementos de juicio que constan en autos, hacen suponer que pudo
cometerse esa falta.
XI.—Que la instrucción del
procedimiento será llevada a cabo por el órgano director, quien ostentará las
facultades y competencias establecidas en los artículos 214 al 238 la L.G.A.P.
XII.—Que,
además, como parte de la garantía constitucional del debido proceso, el administrado
tiene derecho a ejercer su defensa en forma
razonable, para lo cual es necesario que tenga una intimación oportuna y
completa de los hechos que se le imputan, tal como lo establece el
artículo 220 de la L.G.A.P.
XIII.—Que el objeto de este
procedimiento ordinario es establecer la verdad real de los hechos
investigados, es decir, determinar si hubo un posible incumplimiento de
normativa vigente, al prestarse sin autorización estatal el servicio de
transporte remunerado de personas, lo cual es sancionado en el artículo 38
inciso d) de la Ley 7593 con la imposición de una multa.
XIV.—Que
para el año 2018, según la circular N° 198-2017, publicada en el Boletín
Judicial N°
14 del 25 de enero de 2018, en la que se comunicó el acuerdo del Consejo
Superior del Poder Judicial, el salario base mínimo fijado en el presupuesto
ordinario de la República, de acuerdo con la Ley 7337 del 5 de mayo de 1993,
era de ¢431.000.00 (cuatrocientos treinta y un mil colones exactos). Por
tanto,
Con fundamento en las
competencias otorgadas en la Ley 7593, en la L.G.A.P., en el Decreto 29732-MP
que es el Reglamento a la Ley 7593 y en el Reglamento Interno de Organización y
Funciones;
EL ORGANO DIRECTOR
RESUELVE:
I°—Iniciar el procedimiento ordinario
tendente a determinar
la verdad real de los hechos y establecer la eventual responsabilidad
administrativa del señor Javier José Azofeifa Mena (conductor) y del señor José
Azofeifa Aguilar (propietario registral) por la supuesta prestación no
autorizada del servicio de transporte público remunerado de personas.
II°—Indicar que la eventual
determinación de responsabilidad
administrativa podría acarrearle al señor Javier José Azofeifa Mena y al señor
José Azofeifa Aguilar, la imposición de una sanción que podría oscilar de cinco
a diez veces el valor del daño causado que se determine, o, cuando no fuere
posible determinar el daño, en la imposición de una multa que podría oscilar
entre cinco a veinte salarios base mínimos fijados en la Ley 7337, mismo que
para el año 2018 era de ¢431.000.00 (cuatrocientos treinta y un mil colones
exactos), de acuerdo con lo establecido por la Corte Suprema de Justicia en la
circular N° 198-2017, publicada en el Boletín Judicial N°14 del 25 de
enero de 2018. Lo anterior con base en los hechos y cargos siguientes, sobre
los cuales los investigados quedan debidamente intimados:
Primero: Que el vehículo placa
SJB-014728 es propiedad del señor José Azofeifa Aguilar, portador de la cédula
de identidad 1-0517-0762 (folio 10).
Segundo: Que el 13 de enero del 2018,
el oficial de tránsito Oscar Barrantes Solano, en el sector Alajuela, Naranjo,
Rosario, ruta 1 sentido 2-1, Peaje de Naranjo, detuvo el vehículo SJB-014728
que era conducido por el señor Javier José Azofeifa Mena, portador de la cédula
de identidad 1-1478-0232 (folios 4).
Tercero: Que, al momento de ser
detenido, en el vehículo SJB-014728 viajaban
cuatro pasajeros identificados con el nombre de Barbara Claine Harlan,
documento de identidad número 184002010110, León Sylvester Harlan Jr, documento
de identidad N° 184002010217, Jensen Morgan Scoot, documento de
identidad N° 170409665 y un pasajero que no se logró identificar, a quienes el
señor Javier José Azofeifa Mena se encontraba prestando el servicio de
transporte remunerado de personas desde Belén hasta Sarchí de Grecia, a cambio de $100
(cien dólares
americanos); según lo informado por las pasajeras y lo consignado por los
oficiales de tránsito en la documentación (folios 05 al 06).
Cuarto: Que el
vehículo placa SJB-014728 no aparece en los registros del Departamento de
Administración de Concesiones y Permisos del Ministerio de Obras Públicas y
Transportes, como que se le haya emitido algún código amparado a una empresa
prestataria del servicio de transporte público, modalidad permiso especial estable
de taxi (folio 33).
III°—Hacer saber al
señor Javier José Azofeifa Mena y al señor José Azofeifa Aguilar, que:
1. La falta, consistente en la prestación no autorizada del
servicio de transporte remunerado de personas, les es imputable ya que de
conformidad con los artículos 5° de la ley 7593, 2° y 3° de la Ley 7969, 1° de
la Ley 3503 y 42 de la Ley 9078; para prestar el servicio público de transporte
remunerado de personas es condición indispensable (conditio sine qua non)
contar con la respectiva concesión o permiso.
Por lo que al señor Javier José Azofeifa Mena, se le atribuye la prestación del
servicio público de transporte remunerado de personas, sin contar con la
respectiva autorización estatal y sin contar con placas de transporte público
debidamente adjudicadas y al señor José Azofeifa Aguilar se le atribuye el
haber consentido en la prestación no autorizada del servicio de
transporte remunerado de personas con un vehículo de su propiedad.
2. De comprobarse la comisión de la falta imputada por parte
del señor Javier José Azofeifa Mena y por parte del señor José Azofeifa
Aguilar, podría imponérseles una sanción al pago solidario de una multa de
cinco a diez veces el valor del daño causado, o bien una multa de cinco a
veinte salarios base mínimo fijado en la Ley 7337, si no puede determinarse el
daño, cuyo monto para el año 2018 era de ¢431.000.00 (cuatrocientos treinta y
un mil colones exactos), de acuerdo con lo establecido por la Corte Suprema de
Justicia en la circular N°198-2017, publicada en el Boletín Judicial N°
14 del 25 de enero de 2018.
3. En la Dirección General de Atención al Usuario de la
Autoridad Reguladora, sede del órgano director del procedimiento, ubicada en el
primer piso del Edificio Turrubares del Centro Empresarial Multipark, ubicado
100 metros al norte de Construplaza en Guachipelín de Escazú, podrán consultar
el expediente administrativo en horario de las 8:00 a las 16:00 horas, de lunes
a viernes, (menos los días feriados), horario dentro del cual podrán fotocopiar
el expediente, con cargo al interesado.
4. Todos los escritos y documentos adjuntos deberán dirigirse
al órgano director y ser presentados en la recepción de documentos de la
Autoridad Reguladora, ubicada en la sede antes señalada.
5. Sólo las partes y sus respectivos abogados debidamente
acreditados en autos tendrán acceso al expediente, el cual consta de la
documentación siguiente:
a) Oficio 23 de enero del 2018 emitido por el Departamento de
Operaciones Policiales de Tránsito de la Dirección General de Policía de Tránsito
del MOPT.
b) Boleta de citación de citación N° 2-2018-60800049 del 13 de
enero del 2018 confeccionada a nombre del señor Javier José Azofeifa Mena,
conductor del vehículo particular placa: SJB-014728, por la supuesta prestación
no autorizada del servicio de transporte público remunerado de personas ese
día.
c) Acta de “Recolección de información para investigación
administrativa”, en la que se describen los hechos ocurridos en el operativo de
detención del vehículo.
d) Escrito de apelación con sus respectivos alegatos.
e) Documento denominado “Inventario de Vehículos Detenidos” con
los datos de identificación del vehículo detenido en el operativo.
f) Consulta a la página electrónica del
Registro Nacional
sobre los datos de inscripción del vehículo placa SJB-014728.
g) Consulta a la página electrónica del Registro Civil sobre
los datos de identidad de los investigados.
h) Constancia DACP-2017-000170 emitida por
el Departamento Administración Concesiones y Permisos del MOPT sobre las
autorizaciones dadas al vehículo investigado.
i) Certificación 40626.
j) Resolución RRG-250-2018 de las 11:20 horas del 12 de
febrero del 2018 en la cual consta el levantamiento de la medida cautelar.
k) Informe IN-0194-DGAU-2019 del 13 de julio del 2019 que es el
informe de valoración inicial del procedimiento ordinario.
l) Resolución RE-0084-RG-2019 de las 13:30 horas del 30 de
julio del 2019 en la cual se nombró al órgano director del procedimiento.
6. La citación a rendir
declaración como testigos de los oficiales de tránsito actuantes queda sujeta a
la disponibilidad de esos funcionarios debido a que deben brindar
atención prioritaria de vigilancia al cumplimiento de las medidas sanitarias
impuestas por la pandemia del Covid-19.
7. El órgano director podrá incorporar más elementos de prueba,
de acuerdo con sus facultades legales.
8. Se citará a las partes a una comparecencia oral y privada
para que comparezcan personalmente o por medio de apoderado y para que ejerzan
su derecho de defensa. Se realizará a las 13:30 horas del 13 de abril del 2022
en la sede de la Autoridad Reguladora en Guachipelín de Escazú. Para tal efecto
los interesados deberán presentarse en la recepción de la Institución a la hora
y fecha señalada supra.
9. Deben aportar todos sus alegatos y pruebas a más tardar el
día de la comparecencia oral y privada, o antes si a bien lo tienen, en cuyo
caso la presentación habrá de ser por escrito. La prueba que por culpa de la
parte proponente no haya sido posible recibir en la comparecencia oral y
privada, se declarará inevacuable. En el caso de los medios de prueba que requieran
una preparación previa a la comparecencia, su ofrecimiento deberá ser
comunicado con suficiente antelación al órgano director a fin de decidir su
admisión y proceder de conformidad. Se hace saber, además, que, en caso de
ofrecer prueba testimonial, deben indicarse las calidades generales de los
testigos y señalar los hechos sobre los cuales van a declarar y quedará bajo su
responsabilidad traer a la comparecencia los testigos ofrecidos, de conformidad
con el artículo 312 de la Ley L.G.A.P., para lo cual podrán solicitar al órgano
director que emita las cédulas de citación de los testigos, con al menos cinco
días naturales de antelación a la fecha de la comparecencia. La notificación de
las cédulas de citación se hará por medio de la parte interesada, quien deberá
devolverlas al órgano director debidamente firmadas
por los testigos, a más tardar el día de la comparecencia.
10. Se advierte que de presentarse en forma tardía a la
comparecencia, la tomarán en el estado en que se encuentre, y de no comparecer el
día y hora que señale el órgano director, sin que medie causa justa debidamente comunicada al órgano director, se continuará
con el procedimiento y se resolverá el caso con los elementos de juicio
existentes, sin que eso valga como aceptación de los hechos, pretensiones ni
prueba de la Administración, aunque el órgano director podrá evacuar la prueba
previamente ofrecida por la parte ausente, si fuera posible, de conformidad con
el artículo 316 de la Ley L.G.A.P. Y que podrán contar con patrocinio letrado.
11. Dentro del plazo de tres días hábiles a partir de la
notificación de la presente resolución, deben señalar dirección exacta y/o
medio para atender futuras notificaciones,
bajo el apercibimiento de que, en caso de omisión, quedarán notificados
de los actos subsiguientes veinticuatro horas después de dictados. Lo mismo
sucederá si el medio escogido imposibilitare la
notificación por causas ajenas a la Autoridad Reguladora, o si el lugar
señalado permaneciere cerrado, fuere impreciso, incierto o inexistente.
Para las notificaciones a efectuarse en este procedimiento se tendrán por
habilitados todos los días y horas al amparo del artículo 267.3 de la Ley
L.G.A.P.
III°—Notificar la
presente resolución al señor Javier José Azofeifa Mena (conductor) y al señor
José Azofeifa Aguilar (propietario registral), en la dirección física exacta
que conste en el expediente administrativo, de conformidad con lo establecido
en el inciso a) del artículo 19 de la Ley 8687. En caso de no existir ningún
lugar señalado en autos, se procederá con la notificación mediante publicación
en la sección de notificaciones de La Gaceta.
De conformidad con lo
establecido en la L.G.A.P., se informa que contra la presente resolución cabe
la interposición de los recursos ordinarios de revocatoria y apelación, los
cuales deberán interponerse dentro del plazo de veinticuatro horas,
contado a partir del día hábil inmediato siguiente al día en que quede
debidamente notificado este acto.
El recurso de revocatoria
corresponderá resolverlo al órgano director del procedimiento y el recurso de
apelación corresponderá resolverlo al Regulador General.
Notifíquese.
Lucy María Arias Chaves, Órgano Director.—O. C. N° 082202210380.—Solicitud N°
337575.—( IN2022634011 ).
COLEGIO DE ABOGADOS DE COSTA RICA
PUBLICACIÓN DE SEGUNDA VEZ
Que
mediante resolución de la Fiscalía de las catorce horas con cincuenta y tres
minutos del once de enero del año dos mil veintidós, se ordenó publicar en
ejercicio de la facultad que prevé el ordinal 246 de la Ley General de la
Administración Pública la publicación aquí dispuesta contendrá en relación:
“Inicio del Procedimiento Administrativo Disciplinario. Fiscalía del Colegio de
Abogados de Costa Rica. San José, a las catorce horas doce minutos del seis de
septiembre del año dos mil veintiuno. La Junta Directiva del Colegio de
Abogados, mediante acuerdo número 2021-E-02-032, dispuso trasladar el
presente expediente a la Fiscalía a efecto de iniciar procedimiento
disciplinario en contra del Lic. Luis Fernando Rodríguez Alpízar,
colegiado 4641, con el fin de averiguar la verdad real de la supuesta
comisión de los hechos que constan en la denuncia, los cuales consisten en: “En
denuncia recibida el 03 de marzo de 2021, manifiestan los señores Carlos Elier
Ramírez Gómez y Jacinta Brenes Solano los siguientes hechos: I. Que el
señor Carlos Elier Ramírez Gómez, figura como ejecutante hipotecario dentro del
proceso civil tramitado en el Juzgado Civil de Heredia expediente número
04-1061-504-CI en contra de la sociedad Bocana del Toro S.A. II. Que la
sociedad antes mencionada se encuentra disuelta por Ley 9024, Ley de Impuestos
de Personas Jurídicas y en razón de lo anterior, mediante resolución de trece
horas y treinta minutos del veintiocho de junio de dos mil dieciocho el Juzgado
Civil de Heredia rechaza la solicitud del señor Horacio Villegas Villalobos,
quien, por medio de su abogado, el Lic. Luis Fernando Rodríguez Alpízar, había
solicitado ser tomado como representante legal de la sociedad Bocana del Toro
S.A, no obstante, al estar Bocana del Toro S.A disuelta por el no pago de
impuestos, la misma entró en un estado de liquidación, por lo que se previno a
los interesados indicar quien fungía como liquidador. III. Que,
transcurrido el plazo de ocho días, el señor Horacio Villegas Villalobos y el
Lic. Luis Fernando Rodríguez Alpízar no realizan gestión alguna para
apersonarse como liquidador. Así las cosas, la apoderada del señor Carlos Elier
Ramírez Gómez, sea Jacinta Brenes Solano, en defensa de los intereses de su
representado y procurar la continuidad del proceso ejecutivo hipotecario en
Heredia, ante la inercia de quienes debían fungir como responsables de la
sociedad demandada, gestionó en el Juzgado Civil de Cartago, un proceso no
contencioso de nombramiento de liquidador bajo la sumaria 19-000015-640-CI en
la cual, cumplidos los requerimientos legales, se nombra como liquidadora a la
Licda. Viviana Sánchez Lanzoni quien se apersona ante el Juzgado Civil de
Heredia. (Sobre los hechos IV. V. VI. VII. y VIII. se declaró la
incompetencia de esta instancia). IX. Señalan los denunciantes que además
de esto, el denunciado Luis Fernando Rodríguez Alpízar, incurre en tácticas
dilatorias, con el fin de entorpecer la tramitación de los procesos, para
causar perjuicios. Esto por cuanto se apersona en fecha 28 de agosto de 2019 al
expediente 19-00015-640-CI del Juzgado Civil de Cartago a interponer “Incidente
de Actividad Procesal Defectuosa Ineficacia y Nulidad Absoluta contra el auto
que nombra a Viviana Sánchez Lanzoni como
liquidadora de Sociedad Bocana del Toro y que se investigue un posible Fraude
Procesal”, el cual señalan los quejosos, es totalmente infundado e
impertinente, al carecer de legitimación y sustentar su
precaria petición en escritos y postulados ininteligibles
contrarios a la norma procesal, alegando de forma temeraria y de mala fe un
fraude procesal en el trámite del nombramiento de liquidador. X. Sobre
este incidente, el Juzgado Civil de Cartago mediante Sentencia Número
2019-001182 de diecisiete horas y un minuto del dos de diciembre de dos mil
diecinueve dentro del expediente 19-000015-640-CI, resolvió acoger la falta de
legitimación del incidentista y rechazar todas sus pretensiones, declarándolo
sin lugar. XI. Indican los denunciantes que el denunciado, en su actitud
dilatoria, contraria a derecho y carente de conocimiento de la normativa
procesal civil actual, en fecha 06 de marzo de 2020 presentó una apelación por
inadmisión contra la sentencia 2019-001182, siendo que, el Tribunal de
Apelaciones Civil y de Trabajo, mediante Resolución Número 2020-000185 de las
diez horas y cincuenta y dos minutos del dieciocho de agosto de dos mil veinte
resolvió; de conformidad con el artículo 67.3.12 del CPC, declarar mal admitida
la apelación planteada. XII. Insatisfecho el Lic. Rodríguez Alpízar y
con ánimo de dilatar y entorpecer el proceso 19-00015-640-CI del Juzgado Civil
de Cartago, pese a que el mismo agotó la vía procesal. Lo anterior en presunto
desconocimiento de la normativa procesal civil actual que nos rige, presentó el
06 de octubre de 2020, un recurso de casación ante la Sala Primera contra la
resolución del Juzgado Civil y la resolución de segunda instancia del Tribunal
de Apelaciones, de forma simultánea. XIII. Señalan los denunciantes que,
el recurso incoado por el agremiado aquí denunciado es inteligible,
improcedente y carente de los requisitos de fondo y forma que establece el
Código Procesal Civil, en particular la falta de fundamentación, los motivos y
los agravios requeridos, con lo cual acusan una falta de actualización de
conocimientos jurídicos, que el Código de Ética del Colegio de Abogados exige. XIV.
Apuntan los denunciantes que el Lic. Rodríguez Alpízar en un ejercicio de su
profesión de mala fe, desleal y deshonesto con el objeto de continuar su
ejercicio de entorpecimiento del proceso ejecutivo hipotecario tramitado en
Heredia, y contraviniendo el deber de no fomentar litigios o conflictos,
basados en falsedades y acusaciones sin sustento, con una intención de
persecución innecesaria y calumniante, siendo que incluso en fecha 09 de
septiembre de 2019, promovió una denuncia penal por el presunto delito de
fraude procesal en perjuicio de la aquí denunciante, de la abogada Angie Arce
Acuña y del poderdante, el señor Carlos Elier Ramírez Gómez en la Fiscalía Adjunta
de Cartago, bajo la sumaria 192600-369-PE. XV. Manifiestan los
denunciantes que el Lic. Luis Fernando Rodríguez Alpízar en conjunto con su
cliente Horacio Villegas Villalobos acusan falazmente y sin sustento, conscientes
de la inocencia de los denunciados, un inexistente delito
de fraude procesal, pese a que el Juzgado Civil de Cartago, en la Sentencia
Número 2019-001182, indicó la inexistencia del fraude procesal acusado por el
Lic. Luis Fernando Rodríguez Alpízar, no obstante, llevaron nuevamente el
asunto ante la sede penal, lo cual califican como temerario”. Acceso al expediente e informe. Se le
otorga a la parte denunciada acceso al expediente que se encuentra en la
Fiscalía de este Colegio, sita en el edificio de Zapote, para que, dentro del
plazo de ocho días a partir de la notificación de este acto, proceda, si a bien
lo tiene, rendir informe escrito sobre los hechos que se le atribuyen, en el
entendido de que la rendición o no del informe de cita, no es impedimento para
continuar el procedimiento administrativo disciplinario. Recursos: Contra esta resolución proceden
los recursos ordinarios de revocatoria y apelación. El primero será resuelto
por esta Fiscalía y el segundo por la Junta Directiva de este
Colegio. Estos recursos se deberán interponer dentro de las veinticuatro
horas siguientes a la última comunicación a todas las partes (artículos 345 y
346 de la Ley General de la Administración Pública). Contra el acto final
procede el recurso ordinario de revocatoria, y se deberá interponer ante esta
Fiscalía dentro de los tres días hábiles siguientes a la notificación del
mismo, quedando su resolución a cargo de la Junta Directiva; todo de
conformidad con el artículo 12 de la Ley Orgánica del Colegio de Abogados y 345
y 346 de la Ley General de Administración Pública. La resolución del recurso de
revocatoria contra el acto final dará por agotada la vía administrativa.
Oportunamente se designará hora y fecha para la comparecencia oral y privada.
Notifíquese.—Lic. Carlos Villegas Méndez, Fiscal. Publíquese por tres veces
consecutivas en el Diario Oficial La Gaceta, teniéndose por hecha la
notificación a partir de la última publicación. (Expediente administrativo
180-21).—Lic. Carlos Villegas Méndez, Fiscal.—( IN2022632673 ).
Se ordena la
notificación por medio de edicto por tres veces consecutivas, mediante el cual
el Colegio de Abogados y Abogadas de Costa Rica avisa, que la Junta Directiva
en sesión ordinaria 36-21, celebrada a las dieciocho horas con cinco minutos
del catorce de setiembre del dos mil veintiuno, dispuso conforme lo previsto
por el artículo 33 de la Ley Orgánica, realizar la apertura del procedimiento
administrativo sumario a los siguientes agremiados (as):
Para ver las imágenes solo en La Gaceta con formato PDF
Acorde con la Ley supra citada se le otorga al licenciado
(da) el plazo de un mes a partir de la notificación de este acto para que
proceda con el pago de las cuotas adeudadas, superado el mismo sin que se
verifique el pago respectivo, se procederá con el dictado de la resolución que
ordene la suspensión en el ejercicio de la profesión.—Fiscalía.—Lic. Roy
Alberto Peraza Fallas.—O. C. N° 2780.—Solicitud N° 334890.—( IN2022632815 ).