LA GACETA N° 66 DEL 18 DE
ABRIL DEL 2023
FE DE ERRATAS
MUNICIPALIDADES
PODER LEGISLATIVO
PROYECTOS
DOCUMENTOS
VARIOS
TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIAL
JUSTICIA Y PAZ
AMBIENTE Y ENERGÍA
TRIBUNAL SUPREMO DE ELECCIONES
AVISOS
CONTRATACIÓN PÚBLICA
NOTIFICACIONES
CAJA COSTARRICENSE DE SEGURO SOCIAL
INSTITUCIONES DESCENTRALIZADAS
UNIVERSIDAD DE COSTA RICA
INSTITUTO COSTARRICENSE DE
ACUEDUCTOS
Y ACANTARILLADOS
PATRONATO NACIONAL DE LA INFANCIA
AVISOS
CONVOCATORIAS
AVISOS
MUNICIPALIDAD DE
BELÉN
La suscrita del Depto. de Secretaría del Concejo Municipal
de Belén, le notifica el acuerdo tomado, en la Sesión Ordinaria N° 19-2023,
artículo 16, celebrada el veintiocho de marzo del dos mil veintitrés, que
literalmente dice:
Se
conoce el Oficio AMB-MC-088-2023 de la Alcaldesa Thais Zumbado. Hemos recibido el memorando ASP-SAB-019-2023
suscrito por el señor Esteban Salazar Acuña, Coordinador de Saneamiento
Ambiental, por cuyo intermedio presenta el Fe de Erratas, al Reglamento para la
Gestión de los Residuos Sólidos del cantón de Belén.
Fe
de Erratas al Reglamento Municipal para la Gestión Integral de los Residuos
Sólidos del cantón de Belén
Como resultado de solicitud de la publicación y divulgación
de Reglamento Municipal para la Gestión Integral de los Residuos Sólidos del
cantón de Belén en los medios digitales oficiales de la Municipalidad,
publicado en el Alcance N° 158 a La Gaceta N° 143 del 28 de julio del 2023, la Dirección Jurídica identificó
un error involuntario de este Subproceso en la
numeración de los artículos 78 en adelante, sin que haya modificación en el
contenido y fondo de estos. De conformidad con lo indicado, se recomienda
remitir al Concejo Municipal para que se autorice corregir esa publicación
mediante la presente Fe de Erratas, por lo que para efectos legales y
administrativos se corrige la numeración de los artículos en mención para se
lean de la siguiente manera:
“Artículo
78.—Metodología de estimación de la multa. la
imposición de la multa debe ir en función del impacto o incidencia de la multa
sobre la gestión municipal. Para la aplicación de multa a
imponer a cada infractor, se utilizarán los criterios indicados en el Anexo 1
de este reglamento
Artículo
79.—Naturaleza del Infractor. Se considera infractor a
toda persona mayor de edad que cometa cualquiera de las infracciones descritas
en los artículos anteriores del presente reglamento. En contraposición,
cualquier persona, física o jurídica podrá presentar denuncias por violaciones a este reglamento ante la Plataforma de Servicio al Cliente
de la Municipalidad, dirigidas al Subproceso de Saneamiento Ambiental
Artículo 80.—Deber de Denuncia
ante el Tribunal Ambiental
Administrativo. Cuando se presuma daño ambiental o ante las infracciones
descritas en el Artículo 48 de la Ley para la Gestión Integral de Residuos N°
8839, el Ministerio del Ambiente y Energía, el Ministerio de Salud, las
municipalidades o cualquier otra autoridad de policía presentarán la denuncia
ante el Tribunal Ambiental Administrativo, el cual deberá conceder audiencia al
interesado, de conformidad con lo establecido en la Ley Orgánica del Ambiente
N° 7554 y el reglamento de procedimiento de dicho Tribunal. Además de los entes
citados, cualquier persona, física o jurídica, podrá presentar denuncias al
Tribunal Ambiental Administrativo y a las instancias judiciales correspondientes
por violaciones a esta ley.
Artículo
81.—Sanciones Administrativas. Todas aquellas persona
física o jurídica, acreedora de una sanción u omisión por falta leve, falta
grave o al traslado de la denuncia falta gravísima, se les deberá respetar el
procedimiento administrativo plasmado en la Ley General de la Administración
Pública N° 6227, en respeto al Principio de Legalidad, donde se derivan el
Debido Proceso, Derecho a la Defensa, como así los demás principios descritos
en este reglamento y las leyes conexas.
Artículo 82.—Notificaciones.
Previo a la imposición de estas multas, la Municipalidad deberá de notificar,
al propietario o poseedor de los inmuebles correspondientes, su
deber de cumplir tales obligaciones y le otorgará el plazo establecido en el
reglamento de administración, fiscalización y cobranza de los artículos 84, 85,
85 bis y 85 ter del Código Municipal N° 7794. En caso de omisión de apersonarse
o ejercer su derecho de defensa, se procederá a
imponer la multa correspondiente y la cual se cargará en la misma cuenta donde
le cobran los servicios públicos a cada contribuyente. En caso de que el
infractor no sea un habitante del Cantón, se podrá aplicar la multa a la placa
vehicular.
Artículo
83.—Medidas Protectoras. La Municipalidad, ante la
violación de este reglamento, debe aplicar las siguientes medidas protectoras,
de conformidad con el Artículo 99 de la Ley Orgánica del Ambiente N° 7554.
a) Advertencia mediante
un comunicado o notificación que existe un reclamo específico.
b) Amonestación acorde
con la gravedad de los hechos violatorios detectados y comprobados.
c) Restricciones
parciales o totales, u orden de paralización inmediata de los actos que
provocan la denuncia.
d) Cancelación parcial,
total, permanente o temporal de los permisos o las patentes de los locales o
las empresas que provocan la denuncia, el acto o la actividad contaminante o
destructiva.
e) Imposición
de las medidas compensatorias o estabilizadoras del ambiente o la diversidad
biológica.
f) Modificación o demolición de las instalaciones o construcciones
que dañen el medio ambiente.
g) Alternativas de
compensación de la sanción y por una sola vez a recibir cursos educativos
oficiales en materia ambiental, además trabajar en obras comunales en el área
del ambiente.
Artículo 84.—Responsabilidades de
los funcionarios municipales. La Municipalidad aplicará rigurosamente los incisos
a), b), g), e) e i) del Artículo 156 del Código Municipal N° 7794 a los
funcionarios responsables de trámites y servicios relacionados con el ambiente,
en cuanto a sus deberes y responsabilidades; así como los Artículos 157 y 158
en cuanto a las sanciones respectivas; los artículos 159 y 160 sobre el
procedimiento obligatorio de sanciones, y el Artículo 52 de la Ley para la
Gestión Integral de Residuos N° 8839.
Artículo
85.—Suspensión o Revocatoria de Permisos, Patentes y
Licencias. De conformidad con la Ley Nº 9825, cuando el mismo infractor sea
sancionado por cometer una infracción a esta ley, en más de dos ocasiones en el
plazo de un año calendario, el Ministerio de Salud o la Municipalidad, de
acuerdo con sus competencias, podrán cerrar hasta por tres días los locales
comerciales, así como suspender o revocar las patentes, las licencias, los
permisos y los registros necesarios para la realización de las actividades que
hayan dado lugar a la comisión de las infracciones. Adicionalmente a la
suspensión o revocatoria de permisos y licencias, la Municipalidad deberá
realizar la sanción pecuniaria correspondiente a la infracción. En todo caso se
deberá garantizar el debido proceso y el derecho de defensa de los
administrados.
Artículo
86.—Fondo para la Gestión Integral de Residuos. Los
fondos provenientes de las multas que indica el Artículo 25 de la Ley para la
Gestión Integral de Residuos N° 8839, una vez girados por la Tesorería Nacional
a la Municipalidad, ingresarán directamente al presupuesto del Subproceso de
Saneamiento Ambiental con el fin de apoyar la implementación de las acciones
del Plan Municipal para la Gestión.
CAPÍTULO
DUODÉCIMO
Gestión de
residuos orgánicos
Artículo
87.—Gestión de los Residuos Orgánicos. Los residuos
orgánicos se gestionarán según las capacidades de la Municipalidad para su
adecuado manejo y bajo un esquema de mejora constante de los servicios
brindados en apego a la legislación vigente. Por esta razón, las
características del servicio podrán estar sujetas a modificaciones que deberán
informarse oportunamente a los generadores. El generador debe apegarse de
manera estricta al programa de gestión establecido y comunicado por la
Municipalidad a través de su página oficial de internet, [www.belen.go.cr].
Artículo 88.—Uso de Composteras
Domésticas. La Municipalidad podrá subsidiar, de
manera parcial o total, la adquisición o construcción de composteras domésticas
para uso familiar a través del programa EcoBelemita. Para su uso, el generador
deberá cumplir con los siguientes lineamientos:
a) Completar el proceso
de inscripción y participación en el programa de compostaje
b) Leer
y firmar la declaración jurada y la carta de compromisos
del programa
c) Depositar únicamente
residuos orgánicos
d) Realizar el proceso
de compostaje de manera controlada y continua, para la obtención de compost.
e) Queda prohibido
ceder, vender o alquilar la compostera a terceros sin autorización, dentro o
fuera del cantón.
f) Cumplir con la
capacidad establecida por el fabricante.
g) Garantizar su cuido,
evitando su deterioro más allá de su uso normal.
i) Remitir las
evidencias y pruebas del buen funcionamiento de
la compostera por los medios indicados por la Municipalidad.
Artículo 89.—Uso de Composteras
Comunitarias. La Municipalidad podrá subsidiar de manera parcial o total, y
según sus capacidades la adquisición o construcción de composteras comunitarias
para los grandes generadores, comunidades organizadas u otros tipos de
generadores. Para su uso, los generadores deberán cumplir con los siguientes
lineamientos:
a) Contar con espacio
acorde a las especificaciones de cada sistema de compostaje para la instalación
del equipo, lo cual debe contemplar la recolección de los lixiviados del
proceso para su posterior aprovechamiento, o bien el tratamiento por medio de
conexión al sistema de recolección de aguas residuales.
b) Completar una
capacitación sobre la adecuada gestión de los residuos orgánicos y de jardín
para su compostaje.
c) Los participantes
deberán separar los residuos desde la fuente de generación y llevar sus
residuos orgánicos y de jardín al compostador previamente picados y escurridos.
d) Se debe evitar que
lleguen plásticos, vidrios u otros residuos no compostables a las composteras.
e) Velar por su
adecuado uso y mantenimiento, respetando los horarios de disposición y las
normas de convivencia.
Artículo
90.—Uso del Compost Resultante. El generador podrá
utilizar el compost o abono producido en sus jardines, áreas comunes y otros
espacios públicos o privados, y este material también podrá ser donado para su
utilización en los huertos comunitarios y/o parques del Cantón, con el fin de
prevenir el uso de fertilizantes de fuentes químicas. Si se desea sacar
provecho económico de este producto, se deberá acoger a la legislación nacional
correspondiente.
Artículo
91.—Empaque del Compost Resultante. En caso de que el
compost deba ser entregado a un gestor autorizado para su transporte, o que sea
llevado a un centro de acopio autorizado, debe ser empacado en sacos que
permitan el intercambio de aire entre el material y su medio circundante, o en
recipientes con tapa que permitan su adecuada gestión. En todo caso, no pueden
empacarse en bolsas plásticas.
Artículo
92.—Centros de Recuperación y Procesamiento de
Residuos Orgánicos y de Jardín. La Municipalidad tiene la facultad de instalar
y operar centros, ya sea centralizados o descentralizados, de recuperación y
procesamiento de materiales orgánicos y de jardín para su compostaje, o de autorizar a terceros previamente calificados,
para la acumulación, clasificación, preparación y comercialización del
producto final. Los materiales orgánicos y de jardín deben ajustarse a las
indicaciones del presente reglamento. Estos centros deberán contar con los
permisos correspondientes por parte del Ministerio de Salud, y deben además
cumplir con los requisitos laborales y ambientales que establezca la
legislación vigente y contar con adecuadas condiciones higiénicas, laborales y
sanitarias. La operación del centro no debe provocar molestias a las personas
que en ellos trabajan o a las personas vecinas.
CAPÍTULO DÉCIMO
CUARTO
Inspecciones
Artículo 93.—Inspecciones. De
conformidad con el Decreto
Legislativo Nº 9825, los funcionarios del Ministerio de Salud y municipales,
debidamente identificados de acuerdo con sus competencias, podrán realizar
inspecciones de verificación, seguimiento o cumplimiento de la normativa
relativa a la gestión integral de residuos. Para dicho efecto, los inspectores
tendrán carácter de autoridad de policía, con fe pública. Durante la
inspección, los funcionarios indicados anteriormente tendrán libre acceso a las
instalaciones o los sitios de inspección y podrán hacerse acompañar de las
personas expertas que consideren necesarias, así como de la Fuerza Pública,
quienes están en la obligación de facilitar toda la colaboración que estos
requieran para el eficaz cumplimiento de sus funciones. En todo caso, la
inspección se realizará garantizando el debido proceso. En caso de encontrarse
indicios de incumplimiento de la Ley para la Gestión Integral de Residuos N°
8839, los reglamentos que de ella se deriven, o el presente reglamento, se le
notificará al responsable el inicio del procedimiento respectivo.
Artículo 94.—Normas para
Realizar Inspecciones y Aplicar Sanciones. Para la aplicación de las sanciones
establecidas en los Artículos 49 y 50 de la Ley para la Gestión Integral de
Residuos Nº 8839 y en el Capítulo Décimo Undécimo del presente reglamento, se
debe considerar lo siguiente:
a) Al momento de aplicar la sanción, los inspectores o
la autoridad que cada municipalidad determine se encargarán de
confeccionar una boleta de infracción que debe consignar el nombre del
infractor ya sea persona física o jurídica; el número de identificación o
cédula jurídica; la ubicación o el número de finca del inmueble o lugar donde
se cometió la infracción y la placa del vehículo, en caso de que corresponda o
se cuente con esta; los artículos infringidos y el monto de la multa.
b) La
Municipalidad podrá documentar cualquier información mediante acta de
inspección, en caso de que existan testigos, se consignarán todos los datos
relativos a ellos, quienes estarán obligados a suministrar la información que
se les solicite. También, se consignará cualquier otro medio probatorio
autorizado por ley, como videos o fotografías.
c) El infractor quedará notificado al momento en que se
le entregue la boleta de infracción en donde se aplicará la sanción.
d) La boleta de
infracción deberá indicar las consecuencias derivadas de la falta de pago de la
multa establecida por la autoridad municipal, así como el plazo para recurrir.
e) Si la denuncia no es
interpuesta por un funcionario municipal, cualquier persona podrá interponerla
ante la municipalidad respectiva.
f) De contar
únicamente con el número de placa vehicular del infractor, vía convenio con el
Instituto Nacional de Seguros (INS), la Municipalidad podrá ejecutar el cobro
correspondiente a la multa.
g) Las
sanciones por las infracciones a los artículos 49 y 50 de la Ley para la
Gestión Integral de Residuos Nº 8839 se cancelarán en un plazo de ocho días
hábiles siguientes a su firmeza, en la municipalidad en cuyo territorio se
cometió o en cualquier banco del sistema bancario nacional, con los que cada
municipalidad establezca convenios. En caso de incumplimiento de pago
devengarán intereses moratorios equivalentes al promedio simple de las tasas
activas de los bancos estatales para créditos del sector comercial y en ningún
caso podrá exceder más de diez puntos de la tasa básica pasiva fijada por el
Banco Central de Costa Rica, según el Artículo 57 del Código de Normas y
Procedimientos Tributarios, Ley N° 4755, publicada el de 4 de junio de 1971. Lo
anterior deberá ser advertido en la boleta de infracción, salvo de las multas
cobradas por medio del Instituto Nacional de Seguros (INS), las cuales no
devengará intereses.
h) Los
recursos interpuestos por parte del infractor obedecerán
a lo establecido en los Artículos 170 y 171 del Código Municipal N° 7794.
i) Las conductas y
omisiones sancionadas en los Artículos 49 y 50 de la Ley para la Gestión
Integral de Residuos Nº 8839 constituyen sanciones de naturaleza administrativa,
que se aplicarán por la autoridad municipal sin perjuicio de la obligación del
infractor de indemnizar y reparar el daño ambiental que ocasionen, conforme se
indica en esa ley y en el presente reglamento.
j) Los recursos
económicos que la Municipalidad recaude por las sanciones impuestas y sus
intereses, tendrán por destino financiar actividades del Plan Municipal para la
Gestión Integral de Residuos. Estos recursos no serán sujetos de ningún rebajo
administrativo.
k) Para
la aplicación de cualquier sanción se deberá garantizar al infractor el debido
proceso y el derecho de defensa.
Artículo 95.—Responsabilidades
del Inspector. El funcionario municipal
encargado de las inspecciones documentará adecuadamente
las denuncias e inspecciones y cuando se detecten incumplimientos procederá a
realizar la notificación respectiva al responsable. Este funcionario deberá
aportar una copia legible de la notificación practicada y el informe respectivo
al Subproceso de Saneamiento Ambiental Las observaciones que la Municipalidad
realice en sus inspecciones o por denuncias, serán canalizadas a través del
[Departamento de Ambiente y Salud] hacia el o los representantes de la entidad
involucrada.
CAPÍTULO QUINTO
De la promoción
de la participación
civil y comunitaria
Artículo
96.—Importancia de la educación. La educación
ambiental en el cantón debe ser un proceso permanente que permita informar,
capacitar y sensibilizar a las personas sobre los diferentes temas ambientales.
Se deben considerar los aspectos culturales y características generales de la
población belemita, así como realizar una diferenciación con respecto a la
equidad de género.
Artículo
97.—Programas de educación ambiental. La Municipalidad
en coordinación con otras instituciones públicas y privadas realizará campañas
de educación ambiental, con el objetivo de que la comunidad adquiera destrezas
sobre la separación de los residuos sólidos y se genere sensibilización acerca
de la importancia de una adecuada gestión de los mismos.
Artículo 98.—Convenios y alianzas
estratégicas. La Municipalidad podrá establecer
convenios con instituciones públicas o privada para la implementación de
programas de educación ambiental dentro del Cantón. Estos convenios y alianzas
deberán contar con todos los requisitos legales y administrativos vigentes para
su debida inscripción y ejecución. Cada convenio será independiente y deberá
ser aprobado por la administración municipal antes de su implementación.
Artículo 99.—Participación
ciudadana. La Municipalidad fomentará la participación ciudadana en los
procesos de gestión integral de residuos, ya sea por medio de la elaboración de
actividades de capacitación e información, la solicitud de voluntariado en
actividades ambientales, la coadministración de puntos estratégicos de recolección
a través de asociaciones de desarrollo integral de la comunidad y otros grupos
organizados.
Artículo
100.—Mecanismos de participación ciudadana. La
participación ciudadana en los procesos de Gestión Integral de Residuos Sólidos
utilizará los mecanismos dispuestos en las regulaciones establecidas en el
Capítulo III del Reglamento General para la de Gestión Integral de Residuos.
Artículo
101.—Ferias, campañas y otras actividades ambientales. La Municipalidad podrá realizar
ferias, campañas y otro tipo de actividad de proyección, información,
capacitación y sensibilización sobre la importancia de la gestión integral de residuos. La Municipalidad será la responsable
de la coordinación de dichas actividades, sin embargo, podrá aplicar el
artículo 80 de este reglamento cuando la actividad lo requiera.
Artículo
102.—Otras actividades. Se podrán coordinar otro tipo de actividades educativas y de
sensibilización que no estén contempladas en los artículos 80, 82 y 83
de este reglamento. Estas actividades adicionales tendrán el objetivo de
fomentar la gestión integral de los residuos sólidos.
DISPOSICIONES
FINALES
Artículo
103.—Se derogan permanente los reglamentos municipales “Reglamento para el
Servicio de Recolección y Tratamiento de Desechos Sólidos”, publicado en el
Diario Oficial La Gaceta Nº 86, el 6 de mayo de 1993 y el “Reglamento de Servicio Público de Manejo y
Aprovechamiento de Residuos Ordinarios reciclables del cantón de Belén”, publicado en el Diario Oficial La
Gaceta Nº 82, el 20 de abril de 2011.
Artículo
104.—La Municipalidad realizará la publicación de este
reglamento en el Diario Oficial La Gaceta una vez que sea aprobado.
Cualquier modificación deberá realizarse siguiendo el procedimiento vigente
para este fin.
Artículo 105.—Normas
supletorias. En lo no previsto en el presente reglamento se aplicarán
supletoriamente las siguientes normativas: Constitución Políticas de Costa
Rica, la Ley para la Gestión Integral de Residuos, Nº 8839, la Ley General de
Salud, Nº5395, la Ley Orgánica del Ambiente, Nº 7554, el Reglamento General
para la Gestión Integral de residuos Nº 37567-SMINAETH, el Código Municipal, Nº
7794, el Reglamento sobre rellenos sanitarios, Nº 26671-S, el Reglamento sobre
llantas de desecho, Nº 33745-S, el Reglamento sobre la gestión de los desechos
infectocontagiosos que se generan en establecimientos que presten atención a la
salud y afines, Nº 30965-S, el Reglamento de centros de recuperación de
residuos valorizables, Nº 35906-S, entre otra legislación relacionada.
Artículo
106.—Vigencia. El presente reglamento regirá a partir
de su publicación en el Diario Oficial La Gaceta.
Artículo
107.—Consulta. Publíquese en el Diario Oficial La
Gaceta para su correspondiente consulta, de conformidad con el artículo 43
del Código Municipal. Este reglamento se somete a consulta pública por un lapso
de diez días hábiles.”
Se
indica que esta Fe de Erratas fue revisada y validada por la Dirección Jurídica para que sea remitida al Concejo Municipal para
su análisis y solicitud de aprobación. Se aconseja que, al tratarse de
un error en la numeración, se le recomienda la Concejo Municipal dispensarlo de
trámite de comisión, con el fin de agilizar su publicación y aplicación en el
cantón de Belén.
Se
acuerda por unanimidad y en forma definitivamente aprobado: primero: dar por
recibido el Oficio de la Alcaldía y de la Unidad de Saneamiento Ambiental.
Segundo: se autoriza a la Administración a corregir lo publicado en el Alcance
N° 158 a La Gaceta N° 143 del 28 de julio del 2023, donde la Dirección Jurídica
identificó un error involuntario en la numeración de los artículos 78 en
adelante, sin que haya modificación en el contenido y fondo de estos. Tercero:
publicar en el Diario Oficial La Gaceta mediante la presente Fe de
Erratas, para subsanar y corregir la numeración de los artículos en mención.
San
Antonio de Belén, Heredia, 29 de marzo del 2023.—Ana Patricia Murillo Delgado,
Secretaria Concejo.—1 vez.—O.C. N° 36798.—Solicitud N°
423411.—( IN2023745670 ).
PROYECTO DE LEY
REFORMA DEL ARTÍCULO 6 Y ADICIÓN DE UNA SECCIÓN XII,
AL CAPÍTULO II,
TÍTULO II, QUE CONTENDRÁ LOS NUEVO
ARTÍCULOS 43, 44 Y 45 DE LA LEY 7410, LEY GENERAL
DE POLICÍA, DE
26 DE MAYO DE 1994, PARA LA CREACIÓN
DE LA POLICÍA
DE CONTROL Y PROTECCIÓN AMBIENTAL
COMO CUERPO POLICIAL ADSCRITO AL
MINISTERIO
DE AMBIENTE Y ENERGÍA
Expediente N.°
23.601
ASAMBLEA
LEGISLATIVA:
Al
estado costarricense le corresponde, por mandato constitucional, tomar las
medidas necesarias para garantizar el orden, la defensa y la seguridad del
país, así como asegurar la tranquilidad y el respeto de los derechos
humanos. Tal y como lo estipula el
artículo 50, el Estado debe garantizar, proteger y preservar el derecho a un
ambiente sano y ecológicamente equilibrado, por lo que la ley debe determinar
las responsabilidades y las sanciones correspondientes por el daño al ambiente
y a los recursos naturales.
Nuestro
país ha ratificado importantes instrumentos internacionales tendientes a la
protección y conservación del ambiente y los recursos naturales, los cuales son
considerados elementos del patrimonio mundial de la humanidad. Entre ellos están la Ley N.° 5980,
“Convención para la Protección del Patrimonio Cultural y Natural” de 26 de
octubre de 1976, la Ley N.° 7224, “Convención sobre Humedales Internacionales
como Hábitat de Aves Acuáticas (Convención de Ramsar)” de 9 de abril de 1991,
la Ley N.° 7226, “Convenio Centroamericano para la Protección del Ambiente
(Constituye la Comisión Centroamericana de Ambiente y Desarrollo)” de 02 de
abril de 1991, la Ley N.° 7416, “Convenio sobre Diversidad Biológica”, de 30 de
junio de 1994, la Ley N.° 7433, “Convenio para la Conservación de la
Biodiversidad y Protección de Áreas Silvestres Prioritarias en América
Central”, de 14 de setiembre de 1994, y la Ley N.° 7572, “Convenio Regional
para el Manejo y Conservación de los Ecosistemas Naturales Forestales y el
Desarrollo de Plantaciones Forestales.”
También,
en la legislación se han tomado acuerdos importantes para la protección del
medio ambiente, entre ellos la Ley N.° 7554, “Ley Orgánica del Ambiente” que
estipula que el daño al ambiente constituye un delito de carácter social, ya
que afecta las bases de la existencia de la sociedad, de carácter económico,
porque atenta contra las materias y los recursos indispensables para las
actividades productivas; de carácter cultural en tanto pone en peligro la forma
de vida de las comunidades, y de carácter ético porque atenta contra la
existencia misma de las generaciones presentes y futuras.
Esta misma ley procura, dentro de sus objetivos, la
seguridad ambiental como garantía de sostenibilidad social, económica y
cultural. Es por estas razones que se
define al Ministerio de Ambiente y Energía (Minae), como el ente rector en
materia de protección de los recursos naturales y medio ambiente, y con esto se
instaura mecanismos que permiten que funcionarios de este Ministerio, que ya
ejercen labores de prevención, control y protección del medio ambiente y los
recursos naturales, pero sin poseer la investidura de autoridad policial.
Con
estas medidas se ha demostrado que Costa Rica es uno de los primeros países en
Latinoamérica en reconocer la importancia de la protección de los recursos
naturales y en aplicarlo consecuentemente, ya que aproximadamente el 25% de la
superficie terrestre y parte de la zona marítima del país han sido declarados parques
nacionales y zonas de protección desde los años de 1970.
Pero en la actualidad los delitos e infracciones contra
el ambiente, son cada vez más frecuentes, complejos y, muchas veces, de
carácter transnacional. Esto debido a
que los infractores están organizados, lo que dificulta las investigaciones y
hace necesario contar con una policía especializada en la materia y en el uso
de mejores herramientas, recursos y capacidades que se tengan en el ámbito
nacional e internacional.
Para
el año 2021, por medio del Sistema Integrado de Trámite y Atención de Denuncias
Ambientales (Sitada), se recibieron un total de 6977 denuncias, un 21,9% más que en el año 2020. Además, se recibieron 5937
denuncias ambientales en el Sinac, se interpusieron ante el Ministerio Público
1285 denuncias por daño ambiental y se presentaron ante en el Tribunal
Ambiental 342 denuncias. Para un total
de 14.541 denuncias por daño ambiental en el 2021.
Solo en los operativos de fin de año 2022 (que
corresponde a las fechas del sábado 24 de diciembre de 2022 al domingo 08 de
enero de 2023), se realizaron 3210 acciones, entre esas acciones están las
actividades de supervisión de permisos, inspecciones en sitios conflictivo, recorridos acuáticos
(marinos, ríos, otros), patrullajes terrestres, retenes en carretera, actividades de verificación de linderos ,
inspecciones de supervisión de industrias primarias y secundarias, atención de
incendios forestales y supervisión Centros de Manejo de Vida Silvestre.
Este proyecto tiene como objetivo la reforma del artículo
6 de la “Ley General de Policía”, para incluir en ese mismo artículo: “Policía
de Control y Protección Ambiental” y adicionar en el capítulo II, la sección
XII: De la Policía de Control y
Protección Ambiental.
Para
lograrlo la Procuraduría General de la República indica:
Obsérvese
que la Ley General de Policía indica expresamente cuáles son las diferentes
fuerzas de policía que operan en el territorio nacional, aparte de que
establece una reserva de ley respecto a la creación y asignación de
competencias a nuevos cuerpos policiales, aspecto, este último, en que insiste
el artículo 7 de la misma ley al indicar que “La creación de competencias
policiales constituye reserva de ley.
Con base en lo anterior, y en lo expuesto en el artículo
10 de esta ley que establece como principios fundamentales, observar la
Constitución Política, los tratados internacionales y las leyes vigentes, así
como cumplir con las demás funciones previstas en el ordenamiento jurídico.
Además de los artículos 12[1]
y 140 inciso 16[2]
de la Constitución Política establecen que en Costa Rica existirán las fuerzas
de policía que se requieran para la vigilancia y la conservación del orden
público.
Es
que vemos necesaria la creación de la Policía de Control y Protección Ambiental
para que puedan ejercer el control y protección del medio ambiente y por ende
de los recursos naturales y el ambiente.
Por
las razones expuestas, se somete a consideración de la Asamblea Legislativa el
presente proyecto de ley, con el fin de crear la Policía de Control y
Protección Ambiental.
LA ASAMBLEA
LEGISLATIVA
DE LA REPÚBLICA DE COSTA RICA
DECRETA:
REFORMA DEL ARTÍCULO 6 Y ADICIÓN DE UNA SECCIÓN XII,
AL CAPÍTULO II,
TÍTULO II, QUE CONTENDRÁ LOS NUEVO
ARTÍCULOS 43, 44 Y 45 DE LA LEY 7410, LEY GENERAL
DE POLICÍA, DE
26 DE MAYO DE 1994, PARA LA CREACIÓN
DE LA POLICÍA
DE CONTROL Y PROTECCIÓN AMBIENTAL
COMO CUERPO POLICIAL ADSCRITO AL
MINISTERIO
DE AMBIENTE Y ENERGÍA
ARTÍCULO
1- Se reforma el artículo 6 de la Ley N° 7410, Ley General de Policía, de 26 de
mayo de 1994. El texto es el siguiente:
Artículo
6- Cuerpos
Las
fuerzas de policía encargadas de la seguridad pública son las siguientes: la Guardia Civil, la Guardia de Asistencia
Rural, la policía encargada del control de drogas no autorizadas y de
actividades conexas, la Policía de Fronteras, la Policía de Migración y
Extranjería, la Policía del Control Fiscal, la Dirección de Seguridad del
Estado, la Policía de Tránsito, la Policía Penitenciaria, la Policía Escolar y
de la Niñez, la Dirección del Servicio de Vigilancia Aérea, la Policía de
Control y Protección Ambiental, así como las demás fuerzas de policía cuya
competencia esté prevista en la ley.
ARTÍCULO
2- Se adiciona la sección XlI, al capítulo II, título II, creando tres nuevos
artículos y se corre la numeración del artículo 43 que pasa a ser el artículo
46 y los demás artículos sucesivamente de la Ley 7410, Ley General de Policía,
de 26 de mayo de 1994. El texto es el
siguiente:
SECCIÓN XII
POLICÍA DE CONTROL Y PROTECCIÓN
AMBIENTAL
Artículo
43- Creación y competencia
Créase
la Policía de Control y Protección Ambiental, como cuerpo policial, adscrito al
Ministerio de Ambiente y Energía, cuyo jerarca será el ministro de Ambiente, el
fin primordial será proteger el ambiente y los recursos naturales, que posee el
Estado costarricense, tanto en el área continental, como en el área marina de
nuestro mar patrimonial. De conformidad con los principios que determinen la
Constitución Política, los tratados internacionales, las leyes y sus
reglamentos.
Artículo
44- Atribuciones
Son
atribuciones de la Policía de Control y Protección Ambiental
a) Garantizar el cumplimiento de las leyes
ambientales.
b) Auxiliar al Ministerio de Ambiente y Energía
cuando requiera para controlar y proteger los recursos naturales y el medio
ambiente.
c) Realizar todo
tipo de inspecciones a embarcaciones, tanto de bandera nacional como
extranjeras que naveguen o realicen labores de pesca dentro de las áreas
marinas protegidas o nuestro mar patrimonial, para prevenir o perseguir tanto
infracciones administrativas o delitos de naturaleza ambiental y en contra de
nuestros recurso marinos dentro de las fronteras marítimas del Estado
costarricense, las aguas marítimas y jurisdiccionales, así como las aguas
interiores y velar por el legítimo aprovechamiento y protección de los recursos
naturales existentes en estas áreas y otras actividades.
d) Realizar todo tipo de allanamientos al existir
indicios de que se ha cometido una infracción o delito en contra de la fauna
silvestre o la flora. Para efectuar los allanamientos en casas de habitación
debe contar con la autorización judicial y cumplir con las demás condiciones
legales.
e) Velar por el
respeto a la Constitución Política, los tratados
internacionales, las leyes y los reglamentos respectivos.
Artículo
45- Estructura organizacional
La
Policía de Control y Protección Ambiental tendrá definida su estructura vía
reglamento.
TRANISTORIO I- Los funcionarios que laboran actualmente
para el Ministerio de Ambiente y Energía, así como para el Sistema Nacional de
Áreas de Conservación (Sinac) realizando labores de Control y Protección
formaran parte de este cuerpo policial y conservarán en todos sus extremos los
pluses salariales actuales y serán acreedores a los que como cuerpo policial
puedan tener en el futuro.
TRANSITORIO
II- El Ministerio de Ambiente y Energía deberá reglamentar esta ley dentro de
los 90 días posteriores a su vigencia.
Rige
a partir de su publicación.
Kattia Rivera
Soto
Diputada
NOTA: Este proyecto pasó a
estudio e informe de la Comisión Permanente Especial de
Ambiente.
1
vez.—Exonerado.—( IN2023739031 ).
DIRECCIÓN NACIONAL DE PENSIONES
En Sesión celebrada en San José, a las 11:00 horas del 26
de enero del 2023, se acordó conceder Pensión de Gracia, mediante la resolución
MTSS-JNP-RG-16-2023 a la señora Chacón Bermúdez Dora,
cédula de identidad Nº 6-0093-0470, vecina de San José; por un monto de ciento
cuarenta mil doscientos noventa y un colones con cuarenta y tres céntimos (¢140.291,43), con un rige a partir del 02 de
julio del 2022. Constituye un gasto fijo a cargo de la Tesorería Nacional. El
que se haga efectivo queda condicionado a que exista el contenido
presupuestario correspondiente.—Héctor Acosta Jirón, Director Nacional de Pensiones a.í.—1
vez.—( IN2023745883
).
JUNTA ADMINISTRATIVA DEL REGISTRO
NACIONAL
REGISTRO DE LA PROPIEDAD INDUSTRIAL
PUBLICACIÓN DE
TERCERA VEZ
Para ver las marcas con sus
respectivas imágenes solo en La Gaceta
con formato PDF
Solicitud Nº 2023-0002269.—Tobías Felipe
Murillo Jiménez, mayor, casado una vez, abogado,
cédula de identidad N° 112220847, en calidad de apoderado especial de Ticorico
Project Nature, Sociedad de Responsabilidad Limitada, cédula jurídica N°
3102865759 con domicilio en Guanacaste, Nicoya, Samara, de la plaza de deportes
doscientos metros al norte, local número dos, contiguo a Restaurante Cocos en
oficina Licenciada Fabiola López González, Guanacaste, Costa Rica, solicita la
inscripción de: TICORICO como marca de fábrica y comercio en clase 25
internacional, para proteger y distinguir lo siguiente: en clase 25: productos
de prendas de vestir; calzado; artículos de sombrerería. Fecha: 23 de marzo de
2023. Presentada el: 13 de marzo de 2023. San José. Se cita a terceros
interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro,
dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación
de este edicto. 23 de marzo de 2023. A efectos de
publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978.
Esta solicitud se rige por el art. 28 de la Ley de Marcas Comerciales y Otros
Signos Distintivos que indica “Cuando la marca consista en una etiqueta y otro
signo compuesto por un conjunto de elementos, la protección no se extenderá a
los elementos contenidos en ella que sean de uso común o necesario en el
comercio”.—Isela Chango Trejos, Registradora.—(
IN2023737138 ).
Solicitud
Nº 2023-0002598.—Daniela Quesada Cordero, cédula de
identidad 113240697, en calidad de Apoderado Especial de Comercializadora de
Lácteos y Derivados S.A. de C.V., con domicilio en: Calzada Carlos Herrera
Araluce Nº 185, Colonia Parque Industrial Carlos A Herrera Araluce, C.P. 35079,
Gómez Palacio, Durango, México, México, solicita la inscripción
como
marca de fábrica y comercio en clase(s): 29 y 32 internacional(es), para
proteger y distinguir lo siguiente: en clase 29: leche de almendras (bebida),
leche de coco (bebida), leche de nueces (bebida), leche de arroz (bebida),
leche de amaranto (bebida). yoghurt a base de leche de almendras, leche de
coco, leche de nueces, leche de arroz,
leche de amaranto y en clase 32: bebida a base de almendra (bebidas que no sean
sucedáneos a la
leche), bebida a base de coco (bebidas que no sean sucedáneos a la leche), bebida a base de nueces (bebidas que
no sean sucedáneos a la
leche), bebida a base de arroz (bebidas que no sean sucedáneos a la leche), bebida a base de amaranto (bebidas que
no sean sucedáneos a la
leche). Reservas: reserva de utilizarla tal cual ha sido solicitada. Colores
negro y blanco. Fecha: 23 de marzo de 2023. Presentada el: 21 de marzo de 2023.
San José. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos
valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir
de la primera publicación de este edicto. 23 de marzo de 2023. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en
el artículo 85 de la Ley 7978. Esta solicitud se rige por el art. 28 de la Ley
de Marcas Comerciales y Otros Signos Distintivos que indica “Cuando la marca
consista en una etiqueta y otro signo compuesto por un conjunto de elementos,
la protección no se extenderá a los elementos contenidos en ella que sean de
uso común o necesario en el comercio”.—Rina Ruiz Mata, Registrador(a).—( IN2023737139 ).
Solicitud
Nº 2023-0002266.—Tobías Felipe Murillo Jiménez, mayor, casado una vez, abogado,
cédula de identidad 112220847, en calidad de Apoderado Especial de Ticorico
Project Nature Sociedad de Responsabilidad Limitada, cédula jurídica
3102865759, con domicilio en: Guanacaste, Nicoya, Sámara, de la plaza de deportes
doscientos metros al norte, local número dos, contiguo a Restaurante Cocos en
oficina licenciada Fabiola López González, Guanacaste, Costa Rica, solicita la
inscripción de: TICORICO, como marca de servicios en clase(s): 44
internacional(es), para proteger y distinguir lo siguiente: en clase 44:
servicios de agricultura; acuicultura; horticultura; silvicultura. Fecha: 23 de
marzo de 2023. Presentada el: 13 de marzo de 2023. San José. Se cita a terceros
interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro,
dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación
de este edicto. 23 de marzo de 2023. A efectos de
publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978.
Esta solicitud se rige por el art. 28 de la Ley de Marcas Comerciales y Otros
Signos Distintivos que indica “Cuando la marca consista en una etiqueta y otro
signo compuesto por un conjunto de elementos, la protección no se extenderá a
los elementos contenidos en ella que sean de uso común o necesario en el
comercio”.—Isela Chango Trejos, Registrador(a).—(
IN2023737141 ).
Solicitud Nº 2023-0002660.—Eduardo Chaves Apestegui,
casado una vez, cédula de identidad 109540465, en calidad de Apoderado
Generalísimo de Candy Land Cra S.A., cédula jurídica 3101858541, con domicilio
en: Santa Ana, Piedades, dos kilómetros oeste y ciento cincuenta norte de la
Cruz Roja, Condominio Bosques del Río, San José, Costa Rica, solicita la
inscripción
como
marca de fábrica y comercio en clase(s): 11 y 30 internacional(es), para
proteger y distinguir lo siguiente: en clase 11: máquina para hacer algodones de azúcar con
figuras y en clase 30: el algodón de azúcar. Fecha: 24 de marzo de 2023.
Presentada el: 22 de marzo de 2023. San José. Se cita a terceros interesados en
defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos
meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto.
24 de marzo de 2023. A efectos de publicación, téngase
en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978. Esta solicitud se rige
por el art. 28 de la Ley de Marcas Comerciales y Otros Signos Distintivos que
indica “Cuando la marca consista en una etiqueta y otro signo compuesto por un
conjunto de elementos, la protección no se extenderá a los elementos contenidos
en ella que sean de uso común o necesario en
el comercio”.—Rándall Abarca Aguilar, Registrador(a).—(
IN2023737200 ).
Solicitud
Nº 2023-0001302.—Marco Antonio Fernández López,
cédula de identidad N° 109120931, en calidad de apoderado especial de Fabio Alonso
Herrera, soltero, pasaporte PAL352137 y Nelson Eduardo Alfonso Herrera,
soltero, pasaporte PAG108479, ambos con domicilio en Avenida Hermanos Granda
Cinco, Madrid 28022, España, solicita la inscripción de: ALFONSO como
marca de fábrica y comercio en clase 34 internacional, para proteger y
distinguir lo siguiente: en clase 34: Tabaco; artículos para fumadores;
cerillas. Fecha: 21 de marzo de 2023. Presentada el: 15 de febrero de 2023. San
José. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos
valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir
de la primera publicación de este edicto. 21 de marzo de 2023. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en
el artículo 85 de la Ley 7978. Esta solicitud se rige por el art. 28 de la Ley
de Marcas Comerciales y Otros Signos Distintivos que indica “Cuando la marca
consista en una etiqueta y otro signo compuesto por un conjunto de elementos,
la protección no se extenderá a los elementos contenidos en ella que sean de
uso común o necesario en el comercio”.—Kimberly Arick
Alvarado, Registradora.—( IN2023737227 ).
Solicitud
N° 2023-0001031.—Marco Antonio
Fernández López, casado una vez, cédula de identidad N° 109120931, en calidad
de apoderado especial de Novabox, S de R. L. de C. V., con domicilio en Avenida
Insurgentes Sur N° 694, piso 6, Colonia del Valle, Benito Juárez, Código Postal
03100, Ciudad de México, México, solicita la inscripción
como
marca de fábrica y servicios, en clase(s): 9; 16; 35; 38 y 41
internacional(es). Para proteger y distinguir lo siguiente: en clase 9:
Aparatos de comunicaciones inalámbricos; adaptadores para el acceso a redes
inalámbricas; aparatos de conmutación de paquetes informáticos y redes;
aparatos para la transmisión de comunicaciones, imágenes, datos, sonidos y
señales; aparatos móviles de comunicación de datos; aplicaciones informáticas descargables; aparatos eléctricos y electrónicos
de telecomunicación; aparatos de telecomunicaciones de fibra óptica; aparatos
de telecomunicaciones móviles; aparatos de transmisión por satélite;
aparatos de transmisión y recepción para la difusión televisiva; adaptadores de conexión entre dispositivos multimedia;
cables de modem y ethernet; cintas de sonido y audio digitales; cintas de video
grabadas; concentradores de red (hubs) para comunicación; controles remoto para
sistemas multimedia; conmutadores para
encaminar señales de audio, video y digitales; cables de señal para it
(informática), av (audio y video) y telecomunicaciones; conectores para
aparatos de telecomunicaciones; contenidos y grabaciones multimedia; emisores
de datos; enrutadores inalámbricos; equipos de telecomunicación; equipos de
tecnología de la información, audiovisuales y multimedia; repetidores ethernet;
routers para encaminar señales de audio, video y digitales; reproductores
multimedia portátiles. Clase 16: Anuncios impresos; carteleras [tablones de
anuncios] de papel o cartón; carteles publicitarios; catálogos; carpetas
informativas impresas; circulares; folletos;
fichas informativas impresas; guías [manuales]; hojas de información; informes
impresos; listas de precios; letreros publicitarios de papel; material impreso;
manuales impresos; panfletos; papel;
volantes [folletos]. Clase 35: Comercialización de contenidos de audio, video,
multimedia, programas en vivo o grabados vía digital, internet y/o
streaming; distribución de publicidad, marketing y material con fines
promocionales para contenidos de audio, video, multimedia, programas en vivo o
grabados vía digital, internet y/o streaming; digital, internet y/o streaming;
servicios de publicidad y marketing prestados a través de los medios sociales
para contenidos de audio, video, multimedia, programas en vivo o grabados vía
digital, internet y/o streaming; servicios de información comercial relacionada
con los contenidos de audio, video, multimedia, programas en vivo o grabados vía
digital, internet y/o streaming; promoción de ventas para contenidos de audio,
video, multimedia, programas en vivo o grabados vía digital, internet y/o
streaming; producción de cintas de video, discos de video y grabaciones
audiovisuales con fines promocionales; publicidad por radio y televisión con
fines promocionales para contenidos de audio, video, multimedia, programas en
vivo o grabados vía digital, internet y/o streaming; publicidad y anuncios
comerciales por radio para contenidos de audio, video, multimedia, programas en
vivo o grabados vía digital, internet y/o streaming; publicidad incluida la
publicidad en línea (online) en redes informáticas para contenidos de audio,
video, multimedia, programas en vivo o grabados vía digital, internet y/o streaming.
Clase 38: Difusión y transmisión de programas de televisión de pago; difusión y
transmisión de programas de televisión por cable y vía satélite; difusión y
transmisión de programas de radio y televisión; suministro y facilitación de
acceso a internet alámbrico e inalámbrico; proveedor de servicios de internet; servicios de telecomunicaciones prestados mediante
internet, redes internas y extranet; servicios de conexión a internet
para consumidores particulares y para entidades comerciales; facilitación de
acceso a redes informáticas; transmisión de datos, sonido, información,
mensajes e imágenes vía satélite, vía internet y a través de cable; transmisión
de archivos de datos, audio, video y
multimedia, incluidos archivos descargables y archivos difundidos en
flujo continuo en redes informáticas
mundiales; transmisión y retransmisión electrónica de sonido, imágenes, documentos, mensajes y datos; transmisión de
guías de programas de televisión interactivas. Clase 41: Servicios de
entretenimiento; información y servicios de asesores relativos al
entretenimiento; montaje de programas de radio y televisión; producción de
programas de radio y televisión; producción de programas de animación y en
vivo; producción de entretenimiento en forma de cintas de video; producción de
entretenimiento en forma de series de televisión, producción de programas de
animación para su uso en televisión y cable; producción de grabaciones de
sonido y video; producción de programas de televisión para su emisión en
dispositivos móviles; producción de programas de televisión por cable;
producción de podcasts. Fecha: 10 de febrero de 2023. Presentada el: 8 de
febrero de 2023. San José: Se cita a terceros interesados en defender sus
derechos para hacerlos valer ante este
Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera
publicación de este edicto. 10 de febrero de 2023. A
efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley N° 7978. Esta solicitud se rige por el
art. 28 de la Ley de Marcas Comerciales y Otros Signos Distintivos que indica
“Cuando la marca consista en una etiqueta y otro signo compuesto por un
conjunto de elementos, la protección no se extenderá a los elementos contenidos
en ella que sean de uso común o necesario en el comercio”.—Alex
Villegas Méndez,
Registrador(a).—( IN2023737380 ).
Solicitud
Nº 2023-0000790.—Marco Antonio Fernández López, cédula de identidad N°
1912931, en calidad de apoderado especial de Novabox, S. de R.L. de C.V. con
domicilio en Avenida Insurgentes Sur N° 694, Piso 6,
Colonia del Valle, Benito Juárez, código postal 03100, Ciudad de México,
México, solicita la inscripción
como
marca de comercio y servicios en clases 9; 16; 35; 38 y 41 internacionales,
para proteger y distinguir lo siguiente: en clase 9: aparatos de comunicaciones
inalámbricos; adaptadores para el acceso a redes inalámbricas; aparatos de
conmutación de paquetes informáticos y redes; aparatos para la transmisión de
comunicaciones, imágenes, datos, sonidos y señales; aparatos móviles de
comunicación de datos; aplicaciones informáticas descargables; aparatos
eléctricos y electrónicos de
telecomunicación; aparatos de telecomunicaciones de fibra óptica; aparatos de telecomunicaciones
móviles; aparatos de transmisión por satélite; aparatos de transmisión y
recepción para la difusión televisiva; adaptadores de conexión entre
dispositivos multimedia; cables de modem y ethernet; cintas de sonido y audio
digitales; cintas de video grabadas; concentradores de red (hubs) para
comunicación; controles remoto para sistemas multimedia; conmutadores para
encaminar señales de audio, video y digitales; cables de señal para it (informática), av (audio y video) y
telecomunicaciones; conectores para aparatos de telecomunicaciones; contenidos
y grabaciones multimedia; emisores de
datos; enrutadores inalámbricos; equipos de telecomunicación; equipos de tecnología de la información, audiovisuales y
multimedia; repetidores ethernet; routers para encaminar señales de audio, video
y digitales; reproductores multimedia portátiles; en clase 16: anuncios
impresos; carteleras [tablones de anuncios] de papel o cartón; carteles
publicitarios; catálogos; carpetas informativas impresas; circulares; folletos;
fichas informativas impresas; guías [manuales]; hojas de información; informes
impresos; listas de precios; letreros publicitarios de papel; material impreso;
manuales impresos; panfletos; papel; volantes [folletos; en clase 35:
comercialización de contenidos de audio, video, multimedia, programas en vivo o
grabados vía digital, internet y/o streaming; distribución de publicidad,
marketing y material con fines promocionales para contenidos de audio, video,
multimedia, programas en vivo o grabados vía digital, internet y/o streaming; digital,
internet y/o streaming; servicios de publicidad y marketing prestados a través
de los medios sociales para contenidos de audio, video, multimedia,
programas en vivo o grabados vía digital, internet y/o streaming; servicios de
información comercial relacionada con los contenidos de audio, video,
multimedia, programas en vivo o grabados vía digital, internet y/o streaming;
promoción de ventas para contenidos de audio, video, multimedia, programas en
vivo o grabados vía digital, internet y/o streaming; producción de cintas de
video, discos de video y grabaciones audiovisuales con fines promocionales;
publicidad por radio y televisión con fines promocionales para contenidos de
audio, video, multimedia, programas en vivo o grabados vía digital, internet y/o
streaming; publicidad y anuncios comerciales por radio para contenidos de
audio, video, multimedia, programas en vivo o grabados vía digital, internet
y/o streaming; publicidad incluida la publicidad en línea (online) en redes
informáticas para contenidos de audio, video, multimedia, programas en vivo o
grabados vía digital, internet y/o streaming; en clase 38: difusión y
transmisión de programas de televisión de pago; difusión y transmisión de
programas de televisión por cable y vía satélite; difusión y transmisión de
programas de radio y televisión; suministro y facilitación de acceso a internet
alámbrico e inalámbrico; proveedor de servicios de internet; servicios de telecomunicaciones prestados mediante internet,
redes internas y extranet; servicios de conexión a internet para consumidores
particulares y para entidades comerciales; facilitación de acceso a redes
informáticas; transmisión de datos, sonido, información, mensajes e imágenes
vía satélite, vía internet y a través de cable; transmisión de archivos de
datos, audio, video y multimedia, incluidos archivos descargables y archivos
difundidos en flujo continuo en redes informáticas mundiales; transmisión y
retransmisión electrónica de sonido, imágenes, documentos, mensajes y datos;
transmisión de guías de programas de televisión interactivas; en clase 41:
servicios de entretenimiento; información y servicios de asesores relativos al
entretenimiento; montaje de programas de radio y televisión; producción de
programas de radio y televisión; producción de programas de animación y
en vivo; producción de entretenimiento en forma de cintas de video; producción
de entretenimiento en forma de series de televisión; producción de programas de
animación para su uso en televisión y cable; producción de grabaciones de
sonido y video; producción de programas de televisión para su emisión en
dispositivos móviles; producción de programas de televisión por cable;
producción de podcasts. Fecha: 13 de febrero de 2023. Presentada el: 31 de enero de 2023. San José. Se cita a
terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este
Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera
publicación de este edicto. 13 de febrero de 2023. A
efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la
Ley 7978. Esta solicitud se rige por el art. 28 de la Ley de Marcas Comerciales
y Otros Signos Distintivos que indica “Cuando la marca consista en una etiqueta
y otro signo compuesto por un conjunto de elementos, la protección no se
extenderá a los elementos contenidos en ella que sean de uso común o
necesario en el comercio”.—Ivonne Mora Ortega,
Registradora.—( IN2023737389 ).
Solicitud
Nº 2022-0010872.—Diego Zalazar Gamboa, soltero,
cédula de identidad 304120614, con domicilio en: Santa Ana Radial Lindora,
Centro Comercial Milla Platino, San José, Costa Rica, solicita la inscripción
como
marca de servicios en clase(s): 44 internacional(es), para proteger y
distinguir lo siguiente: en clase 44: servicios de nutrición orientados al
mejoramiento de la salud y la composición metabólica de una manera holística
(como un todo). Fecha: 15 de febrero de 2023. Presentada el: 09 de diciembre de
2022. San José. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para
hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados
a partir de la primera publicación de este edicto. 15 de febrero de 2023. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en
el artículo 85 de la Ley 7978. Esta solicitud se rige por el art. 28 de la Ley
de Marcas Comerciales y Otros Signos Distintivos que indica “Cuando la marca
consista en una etiqueta y otro signo compuesto por un conjunto de elementos,
la protección no se extenderá a los elementos contenidos en ella que sean de
uso común o necesario en el comercio”.—Milena Marín
Jiménez, Registrador(a).—( IN2023737459 ).
Solicitud N°
2023-0002571.—Yenhow Isabel
Chin Valderrama, soltera, cédula de identidad N° 105590122,
con domicilio en Sabana Norte, del Scotiabank 200 metros norte, 100 metros este
y 50 metros norte, calle N° 64, Clínica Valdecar a mano izquierda, San José,
Costa Rica; y Anabelle Consuelo Quesada Jiménez, casada una vez, cédula de
identidad N° 106630647, con domicilio en Santa Ana, Pozos, Condominio
Ecoresidencial Villa Real, casa N° S 21, San José, Costa Rica, solicita la
inscripción
como
marca de comercio y servicios, en clase: 44
internacional. Para proteger y distinguir lo siguiente: en clase 44: Servicios
de jardinería y jardinero;
mantenimiento de jardines; asesoramiento
en jardinería; gestión de jardines botánicos; planificación (diseño) de
jardines; servicios de jardinería paisajística; horticultura, jardinería y
paisajismo (diseño de parques y jardines); plantación de árboles de jardín;
alquiler de accesorios de jardín; diseño de jardines y paisajes; servicios de
cuidado de jardines; servicios de diseño de jardines; alquiler de instrumentos
de jardinería; información y asesoramiento sobre jardinería; suministro de
información sobre jardinería; diseño de jardines paisajísticos para terceros;
suministro de instalaciones de jardinería comunitarias; cuidado de jardines y
lechos de flores; servicios de asesoramiento en materia de jardinería acuática;
servicios de asesoramiento relacionados con el diseño de jardines; suministro
de información sobre la plantación de árboles de jardín; jardinería
paisajística con arreglos florales para el interior de edificios; servicios de
jardineros paisajistas. Fecha: 22 de marzo de 2023. Presentada el: 20 de marzo
de 2023. San José: Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para
hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados
a partir de la primera publicación de este edicto. 22 de marzo de 2023. A efectos
de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley N°
7978. Esta solicitud se rige por el art. 28 de la Ley de Marcas Comerciales y
Otros Signos Distintivos que indica “Cuando la marca consista en una etiqueta y
otro signo compuesto por un conjunto de elementos, la protección no se
extenderá a los elementos contenidos en ella que sean de uso común o necesario
en el comercio”.—Ildreth Araya Mesén, Registradora.—( IN2023737626 ).
Solicitud
Nº 2022-0004547.—Elizabeth Angulo López, divorciada
dos veces, cédula de
identidad N°
104191042 con domicilio en Guadalupe, Goicoechea, Av 2da, entre calles 2 y 4,
casa Nº 248, San José, Costa Rica, solicita la inscripción
como
marca de comercio en clase 25 internacional,
para proteger y distinguir lo siguiente: en clase 25: Fajas (ropa interior).
Fecha: 20 de julio de 2022. Presentada el: 30 de mayo de 2022. San José. Se
cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante
este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la
primera publicación de este edicto. 20
de julio de 2022. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en
el artículo 85 de la Ley 7978. Esta solicitud se rige por el art. 28 de la Ley
de Marcas Comerciales y Otros Signos Distintivos que indica “Cuando la marca
consista en una etiqueta y otro signo compuesto por un conjunto de elementos,
la protección no se extenderá a los elementos contenidos en ella que sean de uso común o necesario en el comercio”.—Milena
Marín Jiménez, Registradora.—( IN2023738071 ).
Solicitud
Nº 2023-0000968.—Christian Gabriel Durán Mora, soltero, cédula de identidad N° 114480126,
con domicilio en: San José, Pavas, calle setenta y ocho, San José, Costa Rica,
solicita la inscripción
como marca de servicios en clase 38. Internacional.
Para proteger y distinguir lo siguiente: Servicios de telecomunicaciones.
Reservas: se reservan los colores magenta y negro. Fecha: 22 de marzo de 2023.
Presentada el 06 de febrero de 2023. San José. Se cita a terceros interesados
en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los
dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este
edicto. 22 de marzo de 2023. A efectos de publicación,
téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley N° 7978. Esta solicitud se rige por el
art. 28 de la Ley de Marcas Comerciales y Otros Signos Distintivos que indica
“Cuando la marca consista en una etiqueta y otro signo compuesto por un
conjunto de elementos, la protección no se extenderá a los elementos contenidos
en ella que sean de uso común o necesario en el comercio”.—Wendy
López Vindas, Registradora.—( IN2023738137 ).
Solicitud N°
2023-0002661.—Adrián Emilio Montero Riondet, soltero, cédula de identidad N°
112870941, en calidad de apoderado especial de
3-101-760623, Sociedad Anónima, cédula jurídica N° 3101760623, con domicilio en
San José, El Carmen, avenida tercera, calle nueve, costado sur de la Escuela
Buenaventura Corrales, San José, Costa Rica, solicita la inscripción:
como nombre comercial en clase 49. Internacional. Para
proteger y distinguir lo siguiente: un establecimiento
comercial dedicado a bar y restaurante; ubicado en San José, San José El
Carmen, avenida tercera, calle nueve, costado sur de la Escuela Buenaventura
Corrales. Fecha: 24 de marzo de 2023. Presentada el 22 de marzo de 2023. San José.
Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer
ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la
primera publicación de este edicto. 24 de marzo de 2023. A
efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la
Ley N° 7978. Esta solicitud se rige por el art. 28 de la Ley de Marcas
Comerciales y Otros Signos Distintivos que indica “Cuando la marca consista en
una etiqueta y otro signo compuesto por un conjunto de elementos, la protección
no se extenderá a los elementos contenidos en ella que sean de uso común o
necesario en el comercio”.—Randall Abarca Aguilar,
Registrador.—( IN2023738287 ).
PUBLICACIÓN DE SEGUNDA VEZ
Solicitud N°
2023-0002460.—Francisco
Javier Rodríguez Velásquez, casado, cédula
de identidad N° 114070766, en calidad de apoderado generalísimo de ADN
Empresarial Administrador Sociedad Anónima, cédula jurídica N° 3101680148, con
domicilio en Rohrmoser, Pavas, 100 metros al este de Plaza Mayor, Oficentro
Galerías, oficina N° 18, San José, Costa Rica, solicita la inscripción:
como
Marca de Fábrica en clase(s): 31 internacional(es), para proteger y distinguir
lo siguiente: en clase 31: alimentos y piensos para animales. Reservas: de los
colores: verde y gris. Fecha: 17 de marzo de 2023. Presentada el: 16 de marzo
de 2023. San José: Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para
hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados
a partir de la primera publicación de este edicto. 17 de marzo de 2023. A efectos de
publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978.
Esta solicitud se rige por el art. 28 de la Ley de Marcas Comerciales y Otros
Signos Distintivos que indica “Cuando la marca consista en una etiqueta y otro
signo compuesto por un conjunto de elementos, la protección no se extenderá a
los elementos contenidos en ella que sean de uso común o necesario en el
comercio”.—Johnny Rodríguez Garita, Registrador.—( IN2023739052
).
Solicitud N°
2023-0002460.—Francisco
Javier Rodríguez Velásquez, casado, cédula
de identidad N° 114070766, en calidad de apoderado generalísimo de ADN
Empresarial Administrador Sociedad Anónima, cédula jurídica N° 3101680148,
con domicilio en Rohrmoser, Pavas, 100 metros al este de la Plaza Mayor,
Oficentr Galerías, Oficina N° 18, San José, Costa Rica, solicita la inscripción
como
marca de fábrica, en clase(s): 31 internacional(es). Para proteger y distinguir
lo siguiente: en clase 31: Alimentos y piensos para animales. Reservas: De los
colores: verde y gris. Fecha: 17 de marzo de 2023. Presentada el: 16 de marzo
de 2023. San José: Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para
hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados
a partir de la primera publicación de este
edicto. 17 de marzo de 2023. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo
dispuesto en el artículo 85 de la Ley N° 7978. Esta solicitud se rige por el
art. 28 de la Ley de Marcas Comerciales y Otros Signos Distintivos que indica
“Cuando la marca consista en una etiqueta y otro signo compuesto por un
conjunto de elementos, la protección no se extenderá a los elementos
contenidos en ella que sean de uso común o necesario en el comercio”.—Johnny
Rodríguez Garita, Registrador(a).—( IN2023739053 ).
Solicitud
Nº 2022-0004675.—María de La Cruz Villanea
Villegas, casada dos veces, cédula de identidad 109840695, en calidad de
Apoderado Especial de Nu Pagamentos S. A. - Instituição de Pagamento, con
domicilio en R Capote Valente, 39 Pinheiros-05409-000 Sao Pablo-SP, Brasil,
solicita la inscripción
como
marca de fábrica y comercio en clase(s): 9 internacional(es), para proteger y
distinguir lo siguiente: en clase 9: dispositivos de verificación electrónica
para la verificación de la autenticación de tarjetas de recarga, tarjetas
bancarias, tarjetas de crédito, tarjetas débito, tarjetas prepago, tarjetas de
pago y tarjetas de facturación; firmas digitales; tarjetas que contienen un
chip de circuito integrado [tarjeta inteligente]; tarjetas de colección;
tarjetas de gastos, tarjetas bancarias, tarjetas de crédito, tarjetas débito y
tarjetas de pago codificadas magnéticamente; tarjetas de recarga, tarjetas
bancarias, tarjetas de crédito, tarjetas débito, tarjetas prepago y tarjetas de
pago; tarjetas magnéticas codificadas y tarjetas que contienen un chip de
circuito integrado (tarjetas inteligentes); tarjetas magnéticas codificadas,
dispositivos de escaneo óptico y tarjetas inteligentes que contienen un chip de circuito integrado; tarjetas magnéticas
codificadas; Certificados digitales;
claves de cifrado; dispositivos informáticos para manejo de datos; dispositivos de identificación por radiofrecuencia
(transpondedores); equipos de telecomunicación inalámbricos, a saber
transpondedores; dispositivos de verificación electrónica, a saber hardware y
software de computador para la autenticación de tarjetas de pago, tarjetas
bancarias, tarjetas de crédito, tarjetas débito y tarjetas de pago;
equipos de telecomunicación, a saber, terminales electrónicos para transacciones en puntos de venta y software de
computador para transmisión, visualización y almacenamiento de transacciones,
identificación e información financiera para uso en servicios financieros e
industrias de telecomunicaciones y banca; hardware que comprende escáneres
electrónicos que se utilizan con dispositivos de activación magnéticos,
incluyendo tarjetas, etiquetas clave y etiquetas de transpondedor que
comprenden sets de un circuito electrónico y una antena de radio que se
utilizan con escáneres electrónicos; hardware de computador y software de
codificación, claves de codificación, certificados digitales, firmas digitales,
software para la seguridad del almacenamiento de datos y restauración y
transmisión de información confidencial de clientes utilizada por individuos,
instituciones bancarias y financieras; hardware de computador de tipo de
dispositivos que contienen un chip de circuito integrado y dispositivos de pago
por proximidad conocidos como transpondedores; hardware de computador,
accesorios de computador y software para uso en transacciones electrónicas e
inalámbricas comerciales y de consumo, a saber, hardware, software y accesorios
de computador, para facilitar los pagos electrónicos e inalámbricos; hardware
de computador, software de computador y programas de computador diseñados para
facilitar pequeños pagos a minoristas en la red global de computador,
comerciantes y proveedores de contenido; hardware y software de computador para
el cifrado y almacenamiento seguro de datos y la restauración y transmisión de
información de clientes, cuentas y transacciones utilizada por individuos,
instituciones financieras y bancos; hardware y software de computador para
facilitar el acceso a cuentas de pago para el comercio electrónico e
inalámbrico; lectores de tarjetas; lectores de tarjetas para tarjetas
codificadas magnéticamente y tarjetas que contienen un chip de circuito
integrado; puntos terminales de transacciones de ventas; software de computador
que comprende un programa de pago digital o electrónico para almacenar tarjetas
de pago, información personal y dinero o valor electrónico en un computador
personal o una computador diseñado para permitir que las tarjetas inteligentes
interactúen con terminales y lectores; software de computador diseñado para
permitir que las tarjetas inteligentes funcionen con terminales y lectores; software de computador para la
transmisión, visualización y almacenamiento de información de transacciones, de
identificación y financiera para uso en industrias financieras, bancarias y de
telecomunicaciones; software de computador diseñado para permitir que las
tarjetas codificadas magnéticamente u ópticamente y las tarjetas inteligentes
que contienen un chip de circuito integrado interactúen con los terminales y
lectores de tarjetas en la industria de servicios financieros; software y
hardware de computador para pagos
entre individuos por medios electrónicos; software para garantizar el
almacenamiento, la recuperación y la transmisión de datos confidenciales de
clientes o utilizados por individuos; terminales para transacciones en puntos
de venta y software de computador
para la transmisión, visualización y almacenamiento de transacciones,
identificación e información financiera para uso en aplicaciones financieras,
bancarias y de telecomunicaciones; aplicación de software de computador para
uso en el área de bancos y tarjetas de crédito y débito. Fecha: 06 de marzo de
2023. Presentada el: 02 de junio de
2022. San José. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para
hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la
primera publicación de este edicto. 06 de marzo de 2023. A efectos de
publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978.
Esta solicitud se rige por el art. 28 de la Ley de Marcas Comerciales y Otros
Signos Distintivos que indica “Cuando la marca consista en una etiqueta y otro
signo compuesto por un conjunto de elementos, la protección no se extenderá a
los elementos contenidos en ella que sean de uso común o necesario en el
comercio”.—Pablo Andrés Sancho Calvo,
Registrador(a).—( IN2023739058 ).
Solicitud
Nº 2022-0004677.—María de La Cruz Villanea Villegas,
casada dos veces, cédula
de identidad N° 109840695, en calidad de apoderada especial de Nu Pagamentos S.
A.-Instituiҫão de Pagamento con domicilio en R
Capote Valente, 39 Pinheiros-05409-000 Sao Paulo-SP, Brasil, solicita la
inscripción
como
marca de servicios en clase 42. Internacional.
Para proteger y distinguir lo siguiente: Actualización de software de
computador; escaneo de documentos; desarrollo [diseño] de software de computador;
recuperación de datos [informática]; soporte técnico en ciencias de la
computación, a saber, instalación, mantenimiento y configuración de base de
datos. Fecha: 06 de marzo de 2023. Presentada el 02 de junio de 2022. San José. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para
hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados
a partir de la primera publicación de este edicto. 06 de marzo de 2023. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en
el artículo 85 de la Ley N° 7978. Esta solicitud se rige por el art. 28 de la
Ley de Marcas Comerciales y Otros Signos Distintivos que indica “Cuando la
marca consista en una etiqueta y otro signo compuesto por un conjunto de elementos,
la protección no se extenderá a los elementos contenidos en ella que sean de
uso común o necesario en el comercio”.—Pablo Andrés Sancho Calvo, Registrador.—(
IN2023739059 ).
Solicitud N°
2022-0007794.—María de la Cruz Villanea Villegas, casada dos veces, cédula de identidad N° 109840695, en calidad de apoderado
especial de BYD Company Limited, con domicilio en N°
1, Yan’an Road, Kuichong Street, Dapeng New District, Shenzhen, Guangdong,
China, solicita la inscripción
como
marca de fábrica
y comercio, en clase(s): 12 internacional(es). Para proteger y distinguir lo
siguiente: en clase 12: Coches. Fecha: 16 de marzo de 2023. Presentada el: 6 de
setiembre de 2022. San José:
Se cita a terceros interesados en defender
sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses
siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. 16 de marzo de 2023. A
efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley
N° 7978. Esta solicitud se rige por el
art. 28 de la Ley de Marcas Comerciales y Otros Signos Distintivos que indica
“Cuando la marca consista en una etiqueta y otro signo compuesto por un
conjunto de elementos, la protección no se extenderá a los elementos contenidos en ella
que sean de uso común
o necesario en el comercio”.—Milena Marín Jiménez, Registrador(a).—( IN2023739060
).
Solicitud
N° 2023-0000997.—María De La Cruz
Villanea Villegas, cédula de identidad 100984-0695, en calidad de Apoderado
Especial de Biocon Biologics Limited con domicilio en Biocon House, Ground
Floor, Tower-3, Semicon Park, Electronic City, Phase-II, Hosur Road, Bengaluru,
Karnataka-560100, India, India, solicita la inscripción
como
marca de fábrica y comercio en clase(s): 1; 5 y 10. Internacional(es). Para
proteger y distinguir lo siguiente: en clase 1: Productos químicos destinados a
la industria y la ciencia; preparaciones biológicas para la industria y la
ciencia; en clase 5: Preparaciones farmacéuticas, médicas veterinarias;
productos higiénicos y sanitarios para uso médico; alimentos y substancias
dietéticas para uso médico o veterinario, alimento para bebés; complementos
alimenticios para seres humanos y animales; en clase 10: Aparatos e
instrumentos quirúrgicos, médicos, odontológicos y veterinarios. Reservas:
Colores negro y blanco. Fecha: 16 de marzo de
2023. Presentada el: 7 de febrero de 2023. San José: Se cita a terceros
interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro,
dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación
de este edicto. 16 de marzo de 2023. A efectos de
publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978.
Esta solicitud se rige por el art. 28 de la Ley de Marcas Comerciales y Otros
Signos Distintivos que indica “Cuando la marca consista en una etiqueta y otro
signo compuesto por un conjunto de elementos, la protección no se extenderá a
los elementos contenidos en ella que sean de uso común o necesario en el
comercio”.—Kimberly Arick Alvarado, Registrador(a).—(
IN2023739061 ).
Solicitud Nº 2022-0005374.—María De La Cruz
Villanea Villegas, casada dos veces, cédula de identidad N° 109840695, en
calidad de apoderada especial de Cooperativa de Productores de Leche Dos Pinos
R.L, con domicilio en del aeropuerto, 7 kilómetros al oeste, Alajuela, Costa Rica, solicita la
inscripción:
como
marca de fábrica
y comercio en clase: 31 internacional, para proteger y distinguir lo siguiente:
en clase 31: semillas agrícolas. Fecha: 21 de marzo de 2023. Presentada el 21
de junio de 2022. San Jose: Se cita a terceros interesados en defender sus
derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses
siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. 21 de
marzo de 2023. A efectos de publicación, téngase en
cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978. Esta solicitud se rige por el art.
28 de la Ley de Marcas Comerciales y Otros Signos Distintivos que indica
“Cuando la marca consista en una etiqueta y otro signo compuesto por un
conjunto de elementos, la protección no se extenderá a los elementos contenidos
en ella que sean de uso común o necesario en el comercio”.—Grettel
Solís Fernandez, Registradora.—(
IN2023739062 ).
Solicitud
N° 2023-0001592.—Juan Miguel
Villalobos Zamora, cédula de identidad N° 205770750, en calidad de apoderado
especial de Katahama Investments LLC Limitad, cédula jurídica N° 3102615384,
con domicilio en Guanacaste, Santa Cruz, Tamarindo, Edificio P Y D Abogados
contiguo al Hotel Pasatiempo, Tamarindo, Santa Cruz, Costa Rica, solicita la
inscripción
como
marca de servicios en clase(s): 43. Internacional(es). Para proteger y
distinguir lo siguiente: en clase 43: Servicios prestados en relación con la
preparación de alimentos y bebidas para el consumo; servicios de restaurante;
servicios de restaurante autoservicio; servicios de snack-bar; servicios de
restaurante para llevar. Reservas: Reservar el logo que se adjunta el cual es
un fondo blanco donde resaltan las palabras BEACH TREATS en colores verde y
anaranjado. Fecha: 17 de marzo de 2023. Presentada el: 23 de febrero de 2023.
San José: Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos
valer ante este Registro, dentro de los dos
meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto.
17 de marzo de 2023. A efectos de publicación, téngase
en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley N° 7978. Esta solicitud se
rige por el art. 28 de la Ley de Marcas Comerciales y Otros Signos Distintivos
que indica “Cuando la marca consista en una etiqueta y otro signo compuesto por
un conjunto de elementos, la protección no se extenderá a los elementos
contenidos en ella que sean de uso común o necesario en el comercio”.—Ivonne Mora Ortega, Registradora.—( IN2023739173 ).
Solicitud
N°2023-0002489.—César Mora Siles, soltero, cédula
de identidad 109980221, con domicilio en ultima casa, mano izquierda, calle sin
salida, Barrio Santa Eguviges, Higuito, San Miguel, Desamparados, San José,
Costa Rica , solicita la inscripción
como
marca de servicios en clase(s): 42. Internacional(es). Para proteger y
distinguir lo siguiente: en clase 42: Página web de almacenamiento digital de
fotografías. Fecha: 23 de marzo de 2023. Presentada el: 16 de marzo de 2023.
San José: Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos
valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir
de la primera publicación de este edicto. 23 de marzo de 2023. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en
el artículo 85 de la Ley 7978. Esta solicitud se rige por el art. 28 de la Ley
de Marcas Comerciales y Otros Signos Distintivos que indica “Cuando la marca
consista en una etiqueta y otro signo compuesto por un conjunto de elementos,
la protección no se extenderá a los elementos contenidos en ella que sean de
uso común o necesario en el comercio”.—Ginna Aguilar
Madriz, Registradora.—( IN2023739174 ).
Solicitud N°
2023-0001830.—Eduardo
Sánchez Mantilla, cédula de identidad N°
113080977, en calidad de apoderado generalísimo de Taurursus Enterprises S. A.,
cédula de identidad N° 3101748526, con domicilio en San Rafael de Escazú,
Guachipelin de la Rotonda de Multiplaza 300 norte y 25 este, Parque Industrial
Guachipelin, San José, Costa Rica, solicita la inscripción
como
marca de fábrica y comercio
en clase 3. Internacional. Para proteger y distinguir lo siguiente: Productos
de cuidado cosmético y personal como: cremas, lociones, ungüentos, aceites para
masajes, exfoliantes, shampoos, acondicionadores,
mascarillas capilares geles,
jabones, espumas limpiadoras, aguas aromáticas, gotas y ampollas para el
cabello. Fecha: 16 de marzo de 2023. Presentada el 01 de marzo de 2023. San
José. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos
valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir
de la primera publicación de este edicto. 16 de marzo de 2023. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en
el artículo 85 de la Ley N° 7978. Esta solicitud se rige por el art. 28 de la
Ley de Marcas Comerciales y Otros Signos Distintivos que indica “Cuando la
marca consista en una etiqueta y otro signo compuesto por un conjunto de
elementos, la protección no se extenderá a los elementos contenidos en ella que
sean de uso común o necesario en el comercio”.—Rina Ruiz Mata, Registradora.—( IN2023739192 ).
Solicitud
Nº 2023-0001423.—Kattia Virginia Barrientos Ureña,
cédula de identidad N° 111610021, en calidad de apoderada especial de Papagayo
Advisors S.R.L., cédula jurídica N° 3102843004 con domicilio en San José, Pérez Zeledón, San Isidro del General,
50 metros al oeste y 50 metros al norte de la Ferretería Xiomara, casa de dos
plantas con verjas color gris frente a Gimnasio Body Combat, San José, Costa
Rica, solicita la inscripción
como
marca de servicios en clase 45 internacional, para proteger y distinguir lo
siguiente: en clase 45: Servicios de investigación y vigilancia en relación con
la seguridad física de bienes materiales y personas. Reservas: color
azul. Fecha: 20 de febrero de 2023. Presentada el: 17 de febrero de 2023. San
José: Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos
valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir
de la primera publicación de este edicto. 20 de febrero de 2023. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en
el artículo 85 de la Ley 7978. Esta solicitud se rige por el art. 28 de la Ley
de Marcas Comerciales y Otros Signos Distintivos que indica “Cuando la marca
consista en una etiqueta y otro signo compuesto por un conjunto de elementos,
la protección no se extenderá a los elementos contenidos en ella que sean de
uso común o necesario en el comercio”.—Pablo Andrés Sancho Calvo, Registrador.—(
IN2023739194 ).
Solicitud
Nº 2022-0009195.—Cinthia Gamboa Gómez, soltera, cédula de identidad N° 112050250 con
domicilio en Vásquez
de Coronado, San Antonio, Palillo, Pulpería Asturiana 300 metros noroeste,
Condominio Villa del Mar, casa N° 12, San José, Costa Rica, solicita la
inscripción
como
marca de fábrica y comercio en clases 30 y 31 internacionales, para proteger y
distinguir lo siguiente: en clase 30: Café, té, cacao y sucedáneos del café;
arroz; tapioca y sagú; harinas y preparaciones a base de cereales; pan,
productos de pastelería y confitería; helados; azúcar, miel, jarabe de melaza;
levadura, polvos de hornear; sal; mostaza; vinagre, salsas (condimentos);
especias; hielo; en clase 31: Productos agrícolas, acuícolas, hortícolas y
forestales en bruto y sin procesar; granos y semillas en bruto o sin procesar;
frutas y verduras, hortalizas y legumbres frescas, hierbas aromáticas frescas;
plantas y flores naturales; bulbos, plantones y semillas para plantar; animales
vivos; productos alimenticios y bebidas para animales; malta. Reservas: De los
colores: gris y naranja. Fecha: 12 de diciembre de 2022. Presentada el: 20 de
octubre de 2022. San José. Se cita a terceros interesados en defender sus
derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses
siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. 12 de
diciembre de 2022. A efectos de publicación, téngase
en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978. Esta solicitud se rige
por el art. 28 de la Ley de Marcas Comerciales y Otros Signos Distintivos que
indica “Cuando la marca consista en una etiqueta y otro signo compuesto por un
conjunto de elementos, la protección no se extenderá a los elementos contenidos
en ella que sean de uso común o necesario en el comercio”.—Isela
Chango Trejos, Registradora.—( IN2023739203 ).
Solicitud
N° 2023-0002169.—Mónica María Monge Solís, en calidad de apoderado especial
de Blue Home Hospitality Sociedad de Responsabilidad Limitada, con domicilio en
Nicoya, Nosara, Centro Comercial La Bomba, Local Doce, Guanacaste, Costa Rica,
solicita la inscripción
como
marca de comercio y servicios en clase(s): 21 y 24. Internacional(es). Para
proteger y distinguir lo siguiente: en clase 21: Utensilios y recipientes para
uso doméstico y culinario; utensilios de cocina y vajilla.; en clase 24:
Tejidos y sus sucedáneos; ropa de hogar; cortinas de materias textiles o de
materias plásticas. Fecha: 24 de marzo de 2023. Presentada el: 9 de marzo de
2023. San José: Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para
hacerlos valer ante este Registro, dentro de
los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este
edicto. 24 de marzo de 2023. A efectos de publicación,
téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley N° 7978. Esta
solicitud se rige por el art. 28 de la Ley de Marcas Comerciales y Otros Signos
Distintivos que indica “Cuando la marca consista en una etiqueta y otro signo
compuesto por un conjunto de elementos, la protección no se extenderá a los
elementos contenidos en ella que sean de uso común o necesario en el
comercio”.—Randall Abarca Aguilar, Registrador.—(
IN2023739205 ).
Solicitud
Nº 2023-0001437.—Mauricio Lara Ramos, casado una
vez, cédula de identidad N° 111800957, en calidad de apoderado especial de
Binary Beach Limitada, cédula jurídica N° 3102762145 con domicilio en Escazú, San Rafael, Edificio
Davivienda, primer piso, Meridiano Business Center, San José, Costa Rica,
solicita la inscripción
como
marca de servicios en clases 9; 25; 35; 36; 41 y 42 internacionales, para
proteger y distinguir lo siguiente: en clase 9: Hardware, firmware y software
de ordenador, plataformas de software de ordenador; software de comercio
electrónico para realizar transacciones comerciales por medios electrónicos a
través de una red informática global; software de aplicación; software de
aplicación para tecnología blockchain; software
de aplicación para teléfonos móviles; software de computación en la nube;
software para comprar, vender, comerciar, pagar, activar, almacenar y gestionar
tokens fungibles y no fungibles valiosos, y cripto activos; software para
servicios financieros; tarjetas de crédito y de pago codificadas; terminales de
cripto pago para el pago de servicios minoristas mediante tecnología
blockchain; software informático descargable para gestionar transacciones de
criptodivisas utilizando tecnología
blockchain; claves criptográficas descargables
para recibir y gastar cripto activos; monederos electrónicos descargables;
monitores de visualización de vídeo portátiles; rastreadores de actividad
portátiles; dispositivos inteligentes portátiles; smartwatches; conjuntos de
datos grabados o descargables; plataformas de software almacenadas o
descargables; software informático almacenado; aplicaciones de software
informático descargables; aplicaciones de pago para criptodivisas (software);
en clase 25: Ropa; calzado; sombreros; pañuelos (pañoletas); pañuelos;
ropa con LED integrados; ropa bordada; capas de peluquería; ropa para gimnasia;
camisas; pantalones; sombreros; chaquetas (ropa); casquetes; capuchas (ropa);
vestidos; pañuelos para la cabeza; corbatas; camisas de manga corta; baberos
con mangas, que no sean de papel; batas; batas; gorras; gorros; ropa exterior;
orejeras (prendas de vestir); combinaciones (prendas de vestir); pantuflas;
sombreros de papel (prendas de vestir); ponchos; suéteres; pijamas; faldas;
trajes de dormir, zapatos; monos; cintas para la cabeza (prendas de vestir);
prendas de punto; camisetas; leotardos; abrigos; uniformes; ropa interior; ropa
interior; chalecos; sombreros de copa; en clase 35: Servicios de publicidad,
marketing y promoción; marketing de localización; marketing de ciudad;
publicidad y actos publicitarios relativos a la localización o ciudad y para
las empresas o comercios situados en el territorio, y en medios de
comunicación, medios en línea y plataformas en línea, así como en carteles,
folletos, prospectos e impresos; presentación de productos en medios de
comunicación con fines de venta al por menor; venta al por menor en zonas del
centro de la ciudad relativa a los productos mencionados aquí en las clases 9 y
25; venta al por menor y al por mayor desde centros comerciales, centros
comerciales o centros outlet en relación con los productos mencionados en las
clases 9 y 25; venta al por menor en línea en relación con los productos
mencionados en las clases 9 y 25; puesta a disposición de un mercado en línea
para compradores y vendedores de bienes y servicios; puesta a disposición de un
mercado en línea para compradores y vendedores de bienes y servicios en el
metaverso; cuidado y mantenimiento de datos en bases de datos informáticas;
análisis y evaluación de datos en bases de datos informáticas; marketing
turístico; desarrollo empresarial, en particular asesoramiento empresarial y
organizativo para empresas; marketing regional; gestión de ciudades
(marketing); desarrollo de ciudades (marketing); política de localización
(marketing); desarrollo empresarial regional, en particular asesoramiento
empresarial y organizativo para empresas de la región; promoción de proyectos
(marketing); promoción de empresas de nueva creación y de redes de empresas de
nueva creación mediante asesoramiento empresarial y organizativo; apoyo
estructural y proyectos de infraestructura (marketing); promoción de
reasentamientos empresariales (marketing); servicios de intermediación
empresarial relativos a la puesta en contacto de inversores privados
potenciales con empresarios que necesitan financiación; servicios de
intermediación no empresarial relacionados con la puesta en contacto de inversores
privados potenciales con empresarios que necesitan financiación; promoción de
la economía local y del comercio minorista local (marketing); servicios de
reubicación para empresas; consultoría en materia de publicidad, marketing y
promoción de ventas; consultoría en materia de gestión y organización
empresarial; consultoría en materia de estrategias de comunicación de
relaciones públicas y relaciones públicas; consultoría en materia de
estrategias de comunicación publicitaria; servicios de consultoría empresarial
para la transformación digital; servicios de comunicación corporativa;
servicios de agencia de publicidad; marketing; servicios de relaciones con los
medios de comunicación; servicios de
relaciones públicas; relaciones públicas; actualización de material
publicitario; publicidad exterior; publicidad televisiva; publicidad en línea
en una red informática; desarrollo de conceptos publicitarios; difusión de
material publicitario; redacción de textos publicitarios; realización de
eventos comerciales; desarrollo y preparación de campañas publicitarias;
desarrollo y preparación de campañas mediáticas (medidas publicitarias);
desarrollo y preparación de campañas impresas (medidas publicitarias);
servicios de telemarketing; desarrollo y
preparación de campañas de folletos (medidas publicitarias); bill-posting;
producción de programas de televenta; producción de películas publicitarias;
publicidad radiofónica; servicios de
news clipping; búsqueda de patrocinadores;
publicación de textos publicitarios; marketing de influenciadores;
administración comercial de la concesión de licencias de bienes y servicios
ajenos; servicios de maquetación con fines publicitarios; servicios de
generación de clientes potenciales; marketing en el marco de la edición de programas
informáticos; demostración de bienes y servicios con fines publicitarios;
servicios de publicidad para crear identidad de marca para terceros; promoción
de bienes a través de personas influyentes; promoción de bienes y servicios
mediante el patrocinio de acontecimientos deportivos; servicios de inteligencia
competitiva (análisis de mercado); inteligencia competitiva (análisis de
mercado); servicios de lobbying comercial; marketing dirigido; optimización del
tráfico de sitios web; optimización de sitios web para motores de búsqueda con
fines de promoción de ventas; facilitación de información comercial y de
contacto empresarial; información comercial y asesoramiento a los consumidores
en la elección de productos y servicios; facilitación de información comercial
a través de un sitio web; información empresarial; facilitación de
clasificaciones de usuarios con fines comerciales o publicitarios; realización
de proyectos de investigación en el ámbito de la publicidad, el marketing y la
promoción de ventas; realización de proyectos de investigación de mercado;
compilación de estadísticas; elaboración de perfiles de consumidores con fines
comerciales o de marketing; compilación de índices de información con fines
comerciales o publicitarios; servicios de gestión de proyectos empresariales
para proyectos de construcción; investigación de marketing; estudios de
mercado; sondeos de opinión; organización de exposiciones con fines comerciales
o publicitarios; asesoramiento en organización empresarial; sistematización de
información en bases de datos informáticas; organización de ferias comerciales;
negociación de contratos comerciales por cuenta ajena; promoción de ventas por
cuenta ajena; promoción de ventas; promoción de ventas adaptada al lugar de
compra (promoción en el punto de venta); promoción de ventas adaptada a la
tienda (promoción en la tienda); alquiler de tiempo de publicidad en medios de
comunicación; mediación y conclusión de transacciones comerciales por cuenta
ajena; servicios de intermediación comercial relativos a la puesta en contacto
de diversos profesionales con clientes; servicios de intermediación comercial;
publicidad por correspondencia; distribución de muestras; administración de
programas de fidelización de consumidores; servicios de venta al por menor de
obras de arte prestados por galerías de arte; servicios de pedidos en línea en
el ámbito de la restauración para llevar y la entrega a domicilio; en clase 36:
Provisión de tarjetas prepago y tokens; servicios de pago de monedero
electrónico; transferencia electrónica de criptoactivos; transferencia
electrónica de fondos proporcionada mediante tecnología blockchain;
transferencia electrónica de fondos; intercambio financiero de criptoactivos;
servicios financieros; banca; servicios de tarjetas de crédito; procesamiento
de transacciones de pago electrónico; provisión o alquiler de terminales de
criptopago para el pago de servicios minoristas mediante tecnología blockchain;
emisión y canje de tokens electrónicos fungibles o no fungibles o tarjetas y
tokens de prepago mediante tecnología blockchain; servicios de pago para
criptodivisas; emisión de certificados de regalo; emisión de talonarios de
vales; emisión de tokens de valor; emisión de talonarios de vales para campañas
de descuento; servicios de cajero automático, emisión de vales y cupones para
promoción de ventas en comercio minorista en línea y en tienda; emisión de tarjetas de crédito criptográficas; transacciones
bancarias con criptodivisas; cambio de activos Fiat y criptomonedas, transferencias
bancarias para criptodivisas; transferencias bancarias para la compra y venta
de criptodivisas; compensación financiera en relación con criptodivisas;
compensación financiera en relación con la compra y venta de criptodivisas;
crowdfunding; intermediación inmobiliaria; servicios de intermediación
bursátil; suministro de información financiera; suministro de información
financiera a través de un sitio web; servicios de previsión financiera;
consultoría financiera; investigación financiera; servicios de compraventa y
cambio de divisas; servicios de banca móvil; banca en línea; organización de
cobros monetarios; gestión financiera; administración fiduciaria; gestión
inmobiliaria; asuntos inmobiliarios; inversión de capital; organización de
financiación de proyectos de construcción; alquiler de oficinas y bienes
inmuebles; alquiler de oficinas para co-working; alquiler de bienes inmuebles;
gestión de casas de apartamentos; servicios de agencia de alojamiento
(apartamentos); gestión de edificios de oficinas; servicios de agencia de
oficinas; servicios financieros, en concreto, apuesta de criptodivisas;
servicios de agencia inmobiliaria;
servicios de caja de ahorros; en clase 41: Información educativa; información
de entretenimiento; suministro de
vídeos en línea no descargables; suministro de programas de televisión no
descargables a través de servicios de vídeo a la carta; suministro de
instalaciones museísticas; suministro de reseñas de usuarios con fines de
entretenimiento o culturales; suministro de clasificaciones de usuarios con
fines de entretenimiento o culturales;
orientación profesional (asesoramiento
sobre educación o formación); servicios de discoteca; suministro de
instalaciones de casino (juegos de azar); coaching (formación); presentación de
exposiciones en museos; formación
práctica (demostración); autoedición electrónica;
servicios de biblioteca multimedia; servicios de reporteros gráficos; servicios
de certificación educativa, en concreto,
prestación de servicios de formación y examen educativo; producción de
podcasts; tutoría; producción de espectáculos;
dirección de espectáculos; entretenimiento radiofónico, servicios de entretenimiento; servicios de colonias de
vacaciones (entretenimiento); organización y realización de seminarios;
organización y realización de talleres (formación); exposiciones museísticas
con fines educativos; alquiler de instalaciones para estadios; alquiler de
decorados; transferencia de conocimientos empresariales y técnicos (formación);
publicación de libros; servicios de edición de vídeo eventos; presentación de los de circo; en clase 42:
Programación informática; suministro
de información sobre tecnología informática y programación a través de un sitio
web; escritura de código informático; suministro de sistemas informáticos virtuales mediante computación en la nube;
servicios de desarrollo de software; programación de software para plataformas de comercio electrónico; alojamiento
de plataformas en internet; suministro de programas informáticos para comercio
electrónico; alojamiento de plataformas de comercio electrónico en internet;
desarrollo de plataformas informáticas; servicios de autenticación de usuarios
mediante tecnología blockchain; servicios de autenticación de usuarios mediante
tecnología de inicio de sesión único para aplicaciones de software en línea;
servicios de autenticación de usuarios mediante tecnología para
transacciones de comercio electrónico; consultoría en seguridad informática;
consultoría en tecnología informática; consultoría en seguridad de datos;
consultoría en el ámbito del ahorro de energía (prueba de participación);
servicios de consultoría relacionados con
la tecnología de la información; diseño de software informático; diseño de
sistemas informáticos; servicios de arquitectura; diseño de vestuario;
investigación y desarrollo de nuevos productos para terceros; creación y
mantenimiento de sitios web para terceros; diseño gráfico de material
promocional; diseño de artes gráficas; instalación de programas informáticos;
plataforma como servicio; prestación de uso temporal de un programa informático
de pago para conectar sistemas de pago internacionales (pagos como servicio);
servicios de programación informática para el tratamiento de datos; minería de
criptomoneda; software como servicio (SaaS); desarrollo de programas
informáticos en el marco de la edición de programas informáticos; urbanismo;
consultoría tecnológica; servicios de consultoría tecnológica para la
transformación digital; investigación tecnológica; investigación científica y
tecnológica en el ámbito de las criptodivisas; investigación científica y
tecnológica en el ámbito de la tecnología blockchain; prestación de uso
temporal de un centro urbano virtual con oportunidades de compra en el
metaverso mediante tecnología blockchain; prestación de uso temporal de mundos
comerciales virtuales en la web 3.0 Reservas: De los colores; azul, morado,
verde, rojo, anaranjado y amarillo Fecha: 24 de marzo de 2023. Presentada el:
17 de febrero de 2023. San José. Se cita a terceros interesados en defender sus
derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses
siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. 24 de
marzo de 2023. A efectos de publicación, téngase en
cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978. Esta solicitud se rige
por el art. 28 de la Ley de Marcas Comerciales y Otros Signos Distintivos que
indica “Cuando la marca consista en una etiqueta y otro signo compuesto por un
conjunto de elementos, la protección no se extenderá a los elementos contenidos
en ella que sean de uso común o necesario en el comercio”.—Walter
Alfaro González, Registrador.—( IN2023739949 ).
Solicitud N° 2023-0002174.—María José Ortega Telleria,
casada una vez, cédula de identidad 206900053, en calidad de apoderado especial
de Mouka Enterprises Sociedad Anónima, Cédula jurídica 3101871500 con domicilio
en Santa Ana, Pozos, Residencial Parque Valle del Sol, casa número 295, San
José, Costa Rica, solicita la inscripción
como
marca de fábrica y servicios en clase(s): 30 y 43. Internacional(es). Para
proteger y distinguir lo siguiente: en clase 30: Productos de panadería, pan,
productos de pastelería y confitería, repostería dulce y salada, preparaciones
a base de cereales, chocolates, mezclas de pastelería, postres, panqueques,
cruasanes, decoraciones de azúcar para pasteles, pudines, helados, té; en clase
43: Servicios de cafetería, servicios de repostería, servicios de panadería y
servicios de catering. Fecha: 13 de marzo de 2023. Presentada el: 9 de marzo de
2023. San José: Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para
hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados
a partir de la primera publicación de este edicto. 13 de marzo de 2023. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en
el artículo 85 de la Ley 7978. Esta solicitud se rige por el art. 28 de la Ley
de Marcas Comerciales y Otros Signos Distintivos que indica “Cuando la marca
consista en una etiqueta y otro signo compuesto por un conjunto de elementos,
la protección no se extenderá a los elementos contenidos en ella que sean de
uso común o necesario en el comercio”.—Wendy López
Vindas, Registradora.—( IN2023740295 ).
PUBLICACIÓN DE PRIMERA VEZ
Solicitud
Nº 2023-0002134.—Anel Aguilar Sandoval, cédula de
identidad 113590010, en calidad de Gestor oficioso de Productos Ramo S.A.S.,
con domicilio en: Carrera 27 A N° 68 - 50 Bogotá D.C., Colombia, Colombia, solicita la inscripción
como
marca de fábrica y comercio en clase(s): 30. Internacional(es), para proteger y
distinguir lo siguiente: en clase 30: café, té, cacao y sus sucedáneos; arroz,
pastas alimenticias y fideos; tapioca y sagú; harinas y preparaciones a base de
cereales; pan, productos de pastelería y confitería; chocolate; helados
cremosos, sorbetes y otros helados; azúcar, miel, jarabe de melaza; levadura,
polvos de hornear; sal, productos para sazonar, especias, hierbas en conserva;
vinagre, salsas y otros condimentos; hielo. Fecha: 23 de marzo de 2023.
Presentada el: 08 de marzo de 2023. San José: Se cita a terceros interesados en
defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos
meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. 23 de marzo de 2023. A
efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la
Ley 7978. Esta solicitud se rige por el art. 28 de la Ley de Marcas Comerciales
y Otros Signos Distintivos que indica “Cuando la marca consista en una etiqueta
y otro signo compuesto por un conjunto de elementos, la protección no se
extenderá a los elementos contenidos en ella que sean de uso común o
necesario en el comercio”.—Milena Marín Jiménez,
Registrador(a).—( IN2023740456 ).
Solicitud
N° 2023-0002320.—Anel Aguilar
Sandoval, cédula de identidad 113590010, en calidad de apoderado especial de Fundación Omar Dengo, cédula jurídica 3006084760
con domicilio en de Casa Matute Gómez 300 metros este y 75 metros sur, calle
25a, avenidas 10 y 12, Barrio Francisco Peralta, Costa Rica, solicita la
inscripción
como
marca de comercio y servicios en clase(s): 16; 35; 38; 41 y 42.
Internacional(es). Para proteger y distinguir lo siguiente: en clase 16: papel
y cartón; productos de imprenta; material de encuadernación; fotografías;
artículos de papelería y artículos de oficina, excepto muebles; adhesivos
(pegamentos) de papelería o para uso doméstico; material de dibujo y material
para artistas; pinceles; material de instrucción y material didáctico; hojas,
películas y bolsas de materias plásticas para embalar y empaquetar; caracteres
de imprenta, clichés de imprenta.; en clase
35: publicidad; gestión, organización y administración de negocios comerciales;
trabajos de oficina.; en clase 38: servicios de telecomunicaciones.; en clase
41: educación; formación; servicios de entretenimiento; actividades deportivas
y culturales.; en clase 42: servicios científicos y tecnológicos, así como
servicios de investigación y diseño conexos; servicios de análisis industrial,
investigación industrial y diseño industrial; control de calidad y servicios de
autenticación; diseño y desarrollo de hardware y software. Fecha: 23 de marzo
de 2023. Presentada el: 13 de marzo de 2023. San José: Se cita a terceros
interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este
registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera
publicación de este edicto. 23 de marzo de
2023. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo
dispuesto en el artículo 85 de la ley 7978. Esta solicitud se rige por el art.
28 de la ley de marcas comerciales y otros signos distintivos que indica
“cuando la marca consista en una etiqueta y otro signo compuesto por un
conjunto de elementos, la protección no se extenderá a los elementos contenidos
en ella que sean de uso común o necesario en el comercio”.—Johnny
Rodríguez Garita, Registrador(a).—( IN2023740457 ).
Solicitud
N° 2023-0002698.—Anel Aguilar
Sandoval, cédula de
identidad N°
113590010, en calidad de apoderado especial de Bayer Aktiengesellschaft, con
domicilio en Kaiser-Wilhelm-Allee, 51373
Leverkusen, Alemania, solicita la inscripción:
como
marca de servicios en clase(s): 41 y 44 internacional(es), para proteger y
distinguir lo siguiente: en clase 41: educación, formación y actividades en el
campo de las enfermedades cardiovasculares y subsecuentes, relacionadas con la
salud de los riñones; en clase 44: servicios médicos, específicamente para la
salud de los riñones. Fecha: 24 de marzo de 2023. Presentada el 22 de marzo de
2023. San José: Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para
hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados
a partir de la primera publicación de este edicto. 24 de marzo de 2023. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en
el artículo 85 de la Ley 7978. Esta solicitud se rige por el art. 28 de la Ley
de Marcas Comerciales y Otros Signos Distintivos que indica “Cuando la marca
consista en una etiqueta y otro signo compuesto por un conjunto de elementos,
la protección no se extenderá a los elementos contenidos en ella que sean de
uso común o necesario en el comercio”.—Rebeca Madrigal
Garita, Registradora.—( IN2023740458 ).
Solicitud
Nº 2023-0002553.—Joseline Vanessa Mejía Suárez,
soltera, cédula de identidad 118520019, con domicilio en Pavas, Geroma, avenida
35a, calle 106A, edificio blanco, portón negro, apartamento número 5, San José,
Costa Rica, solicita la inscripción
como
marca de fábrica y comercio en clase(s): 25 internacional(es), para proteger y
distinguir lo siguiente: camisas, camisetas, gorras, pantalonetas, fajas,
abrigos. Reservas: blanco y negro. Fecha: 21 de marzo de 2023. Presentada el:
17 de marzo de 2023. San José. Se cita a terceros interesados en defender sus
derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses
siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. 21 de
marzo de 2023. A efectos de publicación, téngase en
cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978. Esta solicitud se rige
por el art. 28 de la Ley de Marcas Comerciales y Otros Signos Distintivos que
indica “Cuando la marca consista en una etiqueta y otro signo compuesto por un
conjunto de elementos, la protección no se extenderá a los elementos contenidos
en ella que sean de uso común o necesario en el comercio”.—Alex
Villegas Méndez,
Registrador(a).—( IN2023740543 ).
Solicitud
N° 2022-0008013.—Anacedy Montero Morera, cédula de
identidad 203830366, en calidad de apoderado especial de Asociación de
Desarrollo Especifica Mujeres Productoras de Fila Naranjo, de Pittier, Coto
Brus, Cédula jurídica 3002023688 con domicilio en Fila Naranjo, Pittier, Coto
Brus, ochocientos metros oeste de la Escuela/ Costa Rica, 60802, Costa Rica,
Costa Rica, solicita la inscripción
como
nombre comercial. Para proteger y distinguir
lo siguiente: Un establecimiento comercial dedicado a tostadora y distribuidora
de productos derivados de plátanos verdes/ maduros y tubérculos. Fecha:
20 de octubre de 2022. Presentada el: 14 de septiembre de 2022. San José: Se
cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante
este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la
primera publicación de este edicto. 20 de octubre de 2022. A
efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la
Ley 7978. Esta solicitud se rige por el art. 28 de la Ley de Marcas Comerciales
y Otros Signos Distintivos que indica “Cuando la marca consista en una etiqueta
y otro signo compuesto por un conjunto de elementos, la protección no se
extenderá a los elementos contenidos en ella que sean de uso común o necesario
en el comercio”.—Isela Chango Trejos, Registradora.—(
IN2023740996 ).
Patentes de Invención
PUBLICACIÓN DE
TERCERA VEZ
El(la)
señor(a)(ita) Álvaro
Enrique Dengo Solera, cédula de identidad N° 105440035, en calidad de apoderado
especial de BTL Industries, solicita la Diseño Industrial denominado:
APLICADOR DE FLANCOS (PARA MOLDEAR EL
CUERPO). Se trata de un aplicador de
FLANCOS, que está
destinado al tratamiento de la obesidad mediante la reducción de grasa a través
de la estimulación neuromuscular, la lipolisis inducida por radiofrecuencia y
el aumento del flujo sanguíneo. La memoria descriptiva, reivindicaciones,
resumen y diseños quedan depositados, la Clasificación Internacional de diseños
Industriales es: 24-01; cuyo(s) inventor(es) es(son) Ghose, Mahaan (CZ).
Prioridad: N° 008876213 del 04/03/2022 (EP). La solicitud correspondiente lleva el N° 2022-0000434, y fue presentada a las
09:06:39 del 2 de septiembre de 2022. Cualquier interesado podrá oponerse
dentro de los tres meses siguientes a la tercera publicación de este aviso.
Publíquese tres días consecutivos en el Diario Oficial La Gaceta y una
vez en un periódico de circulación nacional.—San Jose, 20 de febrero de 2023.—Oficina de
Patentes.—Viviana Segura De La O.—( IN2023731832 ).
El(la) señor(a)(ita) Álvaro
Enrique Dengo Solera, cedula de identidad 105440035, en calidad de apoderado
especial de BTL Industries, solicita el Diseño Industrial denominado
ELECTRODO DE
FRENTE (PARA EL TRATAMIENTO
DE LA PIEL).
Electrode de frente (para el tratamiento de la piel), el cual se detalla en la
descripción. La memoria descriptiva, reivindicaciones, resumen y diseños quedan
depositados, la clasificación Internacional de diseños Industriales es: 24-01;
cuyo(s) inventor(es) es(son) Vojtech Kubik (CZ). Prioridad: N° 009031669-0002 del 19/05/2022 (EP). La solicitud correspondiente lleva el numero 2022-0000467, y fue
presentada a las 09:51:13 del 16 de septiembre de 2022. Cualquier interesado
podrá oponerse dentro de los tres meses siguientes a la tercera publicación de
este aviso. Publíquese tres días consecutivos en el Diario Oficial La Gaceta
y una vez en un periódico de circulación nacional.—San
Jose, 24 de febrero de 2023.—Oficina de
Patentes.—Daniel Marenco Bolaños.—(
IN2023731835 ).
El(la)
señor(a)(ita) Luis Diego Castro Chavarría, cédula de identidad 106690228, en
calidad de Apoderado Especial de Biovet S.A., solicita la Patente PCT
denominada ADITIVO PARA ANIMALES QUE CONTIENE SAPONINAS, COMPUESTOS
FENÓLICOS YP-CIMENOL, Y PROCEDIMIENTO PARA SU OBTENCIÓN.La presente
invención se refiere a un aditivo para animales que comprende saponinas,
compuestos fenólicos y p-cimenol, y a su
proceso de obtención. La memoria descriptiva, reivindicaciones, resumen y
diseños quedan depositados, la Clasificación Internacional de Patentes es:; cuyo(s) inventor(es) es(son) Jaime Borrell Valls (ES).
Prioridad: N° P202130637 del 07/07/2021 (ES). Publicación
Internacional: . La solicitud correspondiente lleva el
número 2022-0000504, y fue presentada a las 08:00:54 del 06 de octubre de 2022.
Cualquier interesado podrá oponerse dentro de los tres meses siguientes a la
tercera publicación de este aviso. Publíquese tres días consecutivos en el
Diario Oficial La Gaceta y una vez en un periódico de circulación nacional.—San José, 31 de enero de 2023.—Maria Leonor
Hernandez Bustamante.—( IN2023732725 ).
El(la) señor(a)(ita) Maricela
Alpízar Chacón, cédula de identidad
N°
110350557, en calidad de apoderada especial de Parekh, Suneel Navnitdas y Su-N
Energy Holdings LTD., solicita la Patente PCT denominada: MÉTODO, APARATO, DISPOSITIVO Y SISTEMA PARA LA GENERACIÓN DE
ELECTRICIDAD. EI sistema de generación de energía eléctrica genera energía eléctrica mediante la captura
de la energía liberada por la transmutación / conversión de uno o más elementos
químicos en uno o más elementos, utilizando uno o más elementos de la tabla
periódica. La energía capturada se convierte en electricidad en un recto. El
sistema incluye preferiblemente un reactor de transmutación y un sistema de
captación de energía acoplado al reactor que convierte la energía captada en
electricidad, y conecta la energía eléctrica a la red eléctrica o la utiliza en
la generación de energía del sitio. En particular, la energía liberada en el
proceso de transmutación se convierte directamente en energía eléctrica.
Preferiblemente, productos de transmutación que emergen en forma de partículas
cargadas, rayos X y calor, liberar energía eliminada de los iones del producto
de fusión a medida que pasan en espiral por los electrodos de un convertidor
ciclotrón inverso, ventajosamente, el sistema de conversión de energía de
transmutación incluye elementos diana, compuestos a base de mercurio en estado
paramagnético y excitado como fuente de -energía para la transmutación de
elementos diana, que libera energía en forma de partículas cargadas, rayos x y
calor. Captación de energía directa de la transmutación de elementos y
generación de energía, captación de energía directa para arquear una cámara
para producir un campo magnético para captar con conjuntos de bobinas de
ferrita alrededor de la cámara de arco para crear electricidad, recoger el
calor de la contención de transmutación para impulsar turbina, motor térmico u
otro dispositivo adecuado para el calor. En particular, el reactor que
convierte la energía capturada en electricidad, almacena energía eléctrica y se
conecta a la red o a la generación de energía en el sitio para todas las
aplicaciones de electricidad de kW a GW y combustible para el transporte,
incluidas las naves espaciales. La memoria descriptiva, reivindicaciones,
resumen y diseños quedan depositados, la Clasificación Internacional de
Patentes es: G21D 1/001 G21G 7/00 y G21H 1/00; cuyo(s) inventor(es) es(son)
Parekh, Suneel Navnitdas (IN); PAREKH, Navnitdas Radhakishan (IN) y Parekh,
Platina Suneel (IN). Prioridad: N° 202021026656 del 24/06/2020 (IN).
Publicación Internacional: WO/2021/259601. La solicitud correspondiente lleva
el N° 2022-0000663, y fue presentada a las
14:18:11 del 20 de diciembre de 2022. Cualquier interesado podrá oponerse
dentro de los tres meses siguientes a la tercera publicación de este aviso.
Publíquese tres días consecutivos en el Diario Oficial La Gaceta y una
vez en un periódico de circulación nacional.—San José,
27 de febrero de 2023.—Oficina de Patentes.—Viviana Segura De La O.—(
IN2023732842 ).
El señor: Simón Alfredo Valverde Gutiérrez, cédula de identidad
N° 303760289, en calidad de apoderado especial de Amgen Inc.,
solicita la Patente PCT denominada: FORMULACIONES DE
ANTICUERPOS ANTI-TSLP HUMANOS Y MÉTODOS DE USO DE LOS MISMOS. Se proporcionan en la
presente composiciones que comprenden más de aproximadamente 100 mg/mL de un
anticuerpo anti-TSLP, un tensioactivo, prolina y un amortiguador que comprende
más de aproximadamente 100 mg/mL de un anticuerpo anti-TSLP, un tensioactivo,
prolina y un amortiguador. Además, se proporcionan métodos para tratar una
enfermedad inflamatoria en un sujeto. La memoria descriptiva, reivindicaciones,
resumen y diseños quedan depositados, la Clasificación Internacional de
Patentes es: A61K 39/395 y C07K 16/24; cuyo(s) inventor(es) es(son) Roschen,
Lauren (US) y Litowski, Jennifer (US). Prioridad: N° 62/978,201 del 18/02/2020
(US). Publicación Internacional: WO/2021/168100. La solicitud correspondiente
lleva el N° 2022-0000465, y fue presentada a las 08:23:31 del 16 de septiembre de 2022.
Cualquier interesado podrá oponerse dentro de los tres meses siguientes a la
tercera publicación de este aviso. Publíquese tres días consecutivos en el
Diario Oficial La Gaceta y una vez en un periódico de circulación nacional.—San José, 20 de febrero de 2023.—Oficina de
Patentes.—Randall Piedra Fallas.—( IN2023732924 ).
El(la)
señor(a)(ita) Ana Cecilia de Ezpeleta Aguilar, cédula de identidad N° 109710905,
en calidad de apoderado especial de Essity Hygiene And
Health Aktiebolag, solicita la Patente PCT
denominada ROLLOS SIN NÚCLEO DE UN PRODUCTO DE PAPEL TISÚ Y
MÉTODOS DE FABRICACIÓN DE ROLLOS SIN NÚCLEO. Esta divulgación se refiere a
un rollo sin núcleo de un producto de papel tisú, tal como papel higiénico,
fabricado de una banda continua enrollada en espiral de un producto de papel
tisú que tiene un primer extremo y un segundo extremo, y que tiene un diámetro
exterior en el rango de 95 a 150 mm. La banda de producto de papel tisú se
enrolla de manera que defina un orificio interno que se extiende axialmente
ubicado en el centro con respecto al rollo sin núcleo y de manera que el primer
extremo esté ubicado en el lado externo del rollo sin núcleo y el segundo
extremo esté ubicado en el orificio interno. El diámetro del orificio interior
está en el rango de 20 a 50 mm. La densidad del rollo sin núcleo está en un
rango de 80 a 160 kg/m3. Una relación de calibre del rollo está en
un rango de 10% a 80%. El producto de papel tisú
comprende entre dos y seis capas de papel prensado en húmedo convencional
(CWP), en donde al menos una de las capas es una capa en relieve, y las capas
están unidas. El gramaje del producto de papel tisú está en un rango de 24 g/m2
a 125 g/m2. La memoria descriptiva, reivindicaciones, resumen y
diseños quedan depositados, la Clasificación Internacional de Patentes es: D21H
27/00, D21H 27/02, D21H 27/30 y D21H 27/40; cuyo(s) inventor(es) es(son)
Jeannot, Sébastien (FR) y Weisang, Nicolas (FR). Prioridad: . Publicación Internacional:
WO/2022/003380. La solicitud correspondiente lleva el número
2022-0000682, y fue presentada a las 14:30:08 del 22 de diciembre de 2022.
Cualquier interesado podrá oponerse dentro de los tres meses siguientes a la
tercera publicación de este aviso. Publíquese tres días consecutivos en el
Diario Oficial La Gaceta y una vez en un periódico de circulación nacional.—San José, 27 de febrero de 2023.—Oficina de
Patentes.—Viviana Segura De La O.—( IN2023737391 ).
PUBLICACIÓN DE
SEGUNDA VEZ
El(la)
señor(a)(ita) María del Pilar López Quirós, en calidad de apoderado especial de
Genentech, Inc. y F. Hoffmann-La Roche AG, solicita la Patente PCT denominada SÍNTESIS
DE COMPUESTOS DE QUINAZOLINA. En la presente se proporcionan métodos para sintetizar compuestos de quinazolina que
comprenden al menos un centro atropisomérico. La memoria descriptiva,
reivindicaciones, resumen y diseños quedan depositados, la Clasificación
Internacional de Patentes es: C07D 401/04 y C07D 401/14; cuyo(s) inventor(es)
es(son) Gosselin, Francis (US); Zhang, Haiming (US); Lim, Ngiap-Kie (US); SHEN,
Jeff (US); Sirois, Lauren Elizabeth (US); Timmerman, Jacob C. (US); TrachseL,
Etienne (CH); White, Nicholas Andrew (US); XU, Jie (US); Bachmann, Stephan
(CH); Bigler, Raphael (CH); Clagg, Kyle Bradley Pascual (US); Dipasquale,
Antonio Giovanni (US); Meier, Roland Christoph (CH) y Orcel, Ugo Jonathan (CH).
Prioridad: N° 63/064,746 del 12/08/2020 (US). Publicación Internacional:
WO2022035790. La solicitud correspondiente lleva el número 2023-0123, y fue
presentada a las 09:33:22 del 9 de marzo de 2023. Cualquier interesado podrá
oponerse dentro de los tres meses siguientes a la tercera publicación de este
aviso. San José, 13 de marzo de 2023. Publíquese tres días consecutivos en el
Diario Oficial La Gaceta y una vez en un periódico de circulación nacional.—Oficina de Patentes.—Steven Calderón Acuña.—(
IN2023739310 ).
El
señor Simón
Alfredo Valverde Gutiérrez, en calidad de apoderado especial de Boehringer
Ingelheim International GmbH, solicita la Patente PCT denominada AGONISTAS
DEL RECEPTOR NPY2 SOLUBLES. La invención se refiere a
análogos de PYY que tienen alanina en la posición 4, lisina en la posición 7,
QRY como el extremo del terminal C y un grupo de prolongación de semivida. Los
análogos de la invención son solubles a alrededor de
pH 6 y 7. La invención también se refiere a composiciones farmacéuticas que
comprenden tales análogos de PYY y al uso médico de los análogos. La memoria
descriptiva, reivindicaciones, resumen y diseños quedan depositados, la
Clasificación Internacional de Patentes es: A61K 38/22 y C07K 14/575; cuyos
inventores son Peters, Stefan (DE); Brennauer, Albert (DE); Pedersen, Søren,
Ljungberg (DK); Haebel, Peter (DE) y Madsen, Charlotte, Stahl (DK). Prioridad:
N° 20189966.3 del 07/08/2020 (EP). Publicación Internacional: WO2022029231. La
solicitud correspondiente lleva el número 2023-0000074, y fue presentada a las
08:00:54 del 7 de febrero de 2023. Cualquier interesado podrá oponerse dentro
de los tres meses siguientes a la tercera publicación de este aviso. Publíquese
tres días consecutivos en el diario oficial La Gaceta y una vez en un
periódico de circulación nacional.—San José, 28 de
febrero de 2023.—Oficina de Patentes.—Daniel Marenco Bolaños.—( IN2023739394 ).
DIRECCIÓN
NACIONAL DE NOTARIADO
HABILITACIÓN DE
NOTARIO PÚBLICO. La DIRECCIÓN
NACIONAL DE NOTARIADO con oficinas en San José, San Pedro de Montes de Oca, costado Oeste del Mall San Pedro, Oficentro
Sigma, Edificio A, 5to.piso, HACE SABER: Que ante este Despacho se ha
recibido solicitud de INSCRIPCIÓN Y HABILITACIÓN como delegatario para ser y
ejercer la función pública Estatal del NOTARIADO, por parte de PABLO ANSELMO
RIVAS PÉREZ, con cédula de identidad N°110260961, carné N°31033.
De conformidad con lo dispuesto por el artículo 11 del Código Notarial, se
invita a quienes conozcan hechos o situaciones que afecten la conducta del
solicitante, a efecto de que lo comuniquen por escrito
a esta Dirección dentro de los QUINCE (15) DÍAS HÁBILES siguientes a esta
publicación. Proceso N°175362.—San José, 12 de abril de 2023.—Lic. Josué Gutiérrez Rodríguez. Abogado-Unidad Legal Notarial.—1 vez.—( IN2023745974 ).
DIRECCIÓN DE AGUA
EDICTOS
PUBLICACIÓN DE
TERCERA VEZ
ED-0291-2023.—Exp. 1716.—Estado-Ministerio de Cultura
Juventud, solicita concesión
de: (1) 2.33 litros por segundo de la
Quebrada Berros, efectuando la captación en finca de su propiedad
en Río
Azul, La Unión,
Cartago, para uso agropecuario-riego-ornamentales.
Coordenadas 208.800 / 532.000 hoja Abra. (2) 2 litros por segundo del
nacimiento sin nombre, efectuando la captación en finca de su propiedad en Río Azul, La Unión, Cartago, para uso
agropecuario-riego-ornamentales. Coordenadas 208.810 / 532.210 hoja Abra.
Quienes se consideren lesionados, deben manifestarlo dentro del mes contado a
partir de la primera publicación.—San José, 29 de
marzo de 2023.—Departamento de Información.—Vanessa Galeano Penado.—(
IN2023743876 ).
ED-0217-2023.—Exp. 24064.—Gilbert, Mata Zúñiga, solicita concesión de: (1) 0.05 litros por segundo del nacimiento
sin nombre, efectuando la captación en finca de en Rivas, Pérez Zeledón, San
José,
para uso consumo humano y agropecuario-riego. Coordenadas 160.278 / 579.105
hoja San Isidro. (2) 4 litros por segundo de la quebrada Quebrada Tijera,
efectuando la captación en finca de en Rivas, Pérez Zeledón, San José, para uso consumo humano y
agropecuario-riego. Coordenadas 160.906 / 579.352 hoja San Isidro. Quienes se
consideren lesionados, deben manifestarlo dentro del mes contado a partir de la
primera publicación.—San José, 08 de marzo de
2023.—Departamento de Información.—Evangelina Torres Solís.—( IN2023743887 ).
ED-0286-2023.—Exp.
24123.—Dennis, Missel, solicita concesión de: (1) 0.05 litros por segundo
del nacimiento sin nombre, efectuando la captación en finca de en San Isidro de El
General, Pérez
Zeledón,
San José,
para uso consumo humano. Coordenadas 157.273 / 568.465 hoja San Isidro. Quienes
se consideren lesionados, deben manifestarlo dentro del mes contado a partir de
la primera publicación.—San José, 28 de marzo de
2023.—Departamento de Información.—Evangelina Torres Solís.—( IN2023743888 ).
ED-0225-2023.
Expediente 23318P.—Villaplants Costa Rica
SRL., solicita concesión de: 1.13
litros por segundo del acuífero, efectuando la captación por medio del pozo IS-1042 en
finca de Villaplants Costa Rica SRL en San Isidro (El Guarco), El Guarco,
Cartago, para uso agropecuario riego, comercial lavado de vehículos y consumo humano servicios.
Coordenadas 201.929 / 542.249 hoja Tapantí. Quienes se consideren lesionados,
deben manifestarlo dentro del mes contado a partir de la primera publicación.—San José, 08 de marzo de 2023.—Departamento de
Información.—David Chaves Zúñiga.—( IN2023744118 ).
ED-0301-2023.—Exp.
7033P.—María
Isabel, Azqueta Rivero solicita concesión de: (1) 0.10 litros por segundo
del acuífero,
efectuando la captación
por medio del pozo AB-1235 en finca de su propiedad en San Antonio (Escazú),
Escazú, San José,
para uso consumo humano-doméstico.
Coordenadas 208.910 / 521.010 hoja Abra. Quienes se consideren lesionados,
deben manifestarlo dentro del mes contado a partir de la primera publicación.—San José, 11 de abril de 2023.—Departamento de
Información.—Vanessa Galeano Penado.—( IN2023744167 ).
ED-0294-2023.—Exp. 24135.—Jeannette, Castro Quesada
solicita concesión
de: (1) 5 litros por segundo de la quebrada Quebrada Serena, efectuando la
captación
en finca de en Florencia, San Carlos, Alajuela, para uso agropecuario.
Coordenadas 264.573 / 484.391 hoja Aguas Zarcas. Quienes se consideren
lesionados, deben manifestarlo dentro del mes contado a partir de la primera publicación.—San José, 30 de marzo de 2023.—Departamento de
Información.—Evangelina Torres Solís.—( IN2023744205 ).
ED-0139-2023.—Exp. N° 7335P.—Universidad Nacional,
solicita concesión de: 0.1 litro por segundo del acuífero, efectuando la captación por medio del pozo GU-29 en finca
de su propiedad en Horquetas, Sarapiquí, Heredia, para uso turístico piscina. Coordenadas: 255.550
/ 544.700, hoja Guápiles.
Quienes se consideren lesionados, deben manifestarlo dentro del mes contado a
partir de la primera publicación.—San José, 15 de
febrero de 2023.—Departamento de Información.—David Chaves Zúñiga.—(
IN2023744206 ).
ED-0308-2023.—Exp.
24154P.—Ciento Quince Congo Bongo Sociedad Anónima, solicita concesión de: 0.5 litros por segundo del
pozo CY-131, efectuando la captación en finca de en Cóbano, Puntarenas, Puntarenas, para
uso consumo humano doméstico. Coordenadas 182.513 / 418.298 hoja
Cabuya. Quienes se consideren lesionados, deben manifestarlo dentro del mes
contado a partir de la primera publicación.—San José,
12 de abril de 2023.—Departamento de Información.—David Chaves Zúñiga.—(
IN2023745354 ).
PUBLICACIÓN DE
SEGUNDA VEZ
ED-0266-2023.—Exp
24108.—Silvertop Sociedad de Responsabilidad Limitada, solicita concesión de: (1) 0.05 litros por segundo
del nacimiento sin nombre, efectuando la captación en finca de en Bahía Ballena, Osa, Puntarenas, para uso
consumo humano. Coordenadas 127.487 / 568.108 hoja Coronado. Quienes se
consideren lesionados, deben manifestarlo dentro del mes contado a partir de la
primera publicación.—San José, 22 de marzo de
2023.—Departamento de
Información.—Evangelina Torres Solís.—( IN2023745414 ).
ED-0265-2023.—Exp.
24106.—Orlando Emilio, Elizondo Mora, solicita concesión de: (1) 0.03 litros por segundo
del nacimiento sin nombre, efectuando la captación en finca de en Rivas, Pérez Zeledón, San José, para uso agropecuario y consumo
humano. Coordenadas 158.087 / 581.206 hoja San Isidro. (2) 0.02 litros por
segundo del nacimiento sin nombre, efectuando la captación en finca de en Rivas, Pérez Zeledón, San José, para uso agropecuario y consumo
humano. Coordenadas 158.548 / 580.777 hoja San Isidro. Quienes se consideren
lesionados, deben manifestarlo dentro del mes contado a partir de la primera
publicación.—San José, 22 de marzo de 2023.—Departamento de
Información.—Evangelina Torres Solís.—( IN2023745415 ).
ED-0118-2023.—Exp. 23981.—Wind Valley del Sur Sociedad
de Responsabilidad Limitada, solicita concesión de: (1) 0.05 litros por segundo
del nacimiento sin nombre, efectuando la captación en finca de en Cortés, Osa, Puntarenas, para uso consumo
humano. Coordenadas 116.976 / 582.782 hoja Coronado. Quienes se consideren
lesionados, deben manifestarlo dentro del mes contado a partir de la primera
publicación.—San José, 08 de febrero de 2023.—Departamento de
Información.—Evangelina Torres Solís.—( IN2023745421 ).
ED-0315-2023.—Exp.
24153.—3-101-767306 Sociedad Anónima,
solicita concesión
de: (1) 1.96 litros por segundo del nacimiento sin nombre, efectuando la
captación
en finca de en Tigra, San Carlos, Alajuela, para uso agroindustrial.
Coordenadas 261.302 / 472.665 hoja Fortuna. Quienes se consideren lesionados,
deben manifestarlo dentro del mes contado a partir de la primera publicación.—San José, 13 de abril de 2023.—Departamento de
Información.—Evangelina Torres Solís.—( IN2023745469 ).
ED-0319-2023.
Expediente 24162.—Panadería
La Zarcerena Sociedad Anónima,
solicita concesión
de: (1) 3 litros por segundo de la quebrada sin nombre, efectuando la captación en finca de en Palmira (Alfaro
Ruiz), Zarcero, Alajuela, para uso
agropecuario, consumo humano y agropecuario - riego. Coordenadas 243.900 /
499.434 hoja Quesada. Quienes se consideren lesionados, deben
manifestarlo dentro del mes contado a partir de la primera publicación.—San
José, 13 de abril de 2023.—Departamento de Información.—Evangelina Torres S.—(
IN2023745551 ).
ED-0311-2023.—Expediente
24132P.—Fiduciaria del Occidente Sociedad Anónima, solicita concesión de: (1) 2 litros por segundo del
acuífero
SJ-23, efectuando la captación
por medio del pozo en finca de en El Amparo, Los Chiles, Alajuela, para uso
riego. Coordenadas 308.092 / 469.048 hoja San Jorge. Quienes se consideren
lesionados, deben manifestarlo dentro del mes contado a partir de la primera publicación.—San José, 13 de abril de 2023.—Departamento de
Información.—Evangelina Torres S.—( IN2023745559 ).
ED-0248-2023.
Expediente 24093.—Alcides, Gómez
Mora, solicita concesión
de: (1) 0.05 litro por segundo del nacimiento sin nombre, efectuando la captación en finca de en San Pedro (Pérez Zeledón), Pérez Zeledón, San José, para uso consumo humano.
Coordenadas 150.447 / 586.632 hoja San Isidro. Quienes se consideren
lesionados, deben manifestarlo dentro del mes contado a partir de la primera publicación.—San José, 15 de marzo de 2023.—Departamento de
Información.—Evangelina Torres S.—( IN2023745571 ).
ED-0255-2023.—Expediente 24101P.—Inversiones Zeta Sociedad Anónima, solicita
concesión de: 10 litros por segundo del Pozo IS-1, efectuando la captación en
finca del mismo en Guadalupe (Cartago), Cartago, Cartago, para uso consumo
humano industrial-Oficinas-Hidrantes e Industrial Textiles-Otros. Coordenadas
204.540 / 541.808 hoja Istaru. Quienes se consideren lesionados, deben
manifestarlo dentro del mes contado a partir de la primera publicación.—San
José, 16 de marzo de 2023.—Departamento de Información.—David Chaves Zúñiga.—(
IN2023745573 ).
PUBLICACIÓN DE
PRIMERA VEZ
ED-0297-2023.
Expediente 18986.—Karina Araya Araya, solicita concesión de: 10 litros por segundo de la
Quebrada San Rafael, efectuando la captación en finca de su propiedad en Jiménez, Pococí, Limón, para uso agropecuario
acuicultura. Coordenadas 242.302 / 560.594 hoja Guápiles. Predios inferiores: Carmen
María
Iglesias A. y Mauricio Castillo Calvo. Quienes se consideren lesionados, deben
manifestarlo dentro del mes contado a partir de la primera publicación.—San José, 31 de marzo de 2023.—Departamento
de Información.—Vanessa Galeano Penado.—( IN2023746005 ).
Registro Civil - Departamento Civil
SECCIÓN DE
OPCIONES Y NATURALIZACIONES
Avisos de
solicitud de naturalización
Faye Witcher, británica, cédula de residencia N°
182600040902, ha presentado solicitud para obtener la nacionalidad
costarricense ante la Sección de Opciones y Naturalizaciones del Registro
Civil. Se emplaza a quienes tengan reparos comprobados que hacer a dicha
solicitud, para que los presenten por escrito en nuestras oficinas, dentro del
término de diez días hábiles siguientes a la publicación de este aviso.
Expediente: 1917-2023.—Cartago, al ser las 11:00 del 28 de marzo de
2023.—Jeonattann Vargas Céspedes, Profesional Asistente 1.—1 vez.—(
IN2023740455 ).
Magdalena del Socorro Reyes Vivas, Nicaragüense, cédula de residencia DI155817966600, ha presentado
solicitud para obtener la nacionalidad costarricense ante la Sección de
Opciones y Naturalizaciones del Registro Civil. Se emplaza a quienes tengan reparos
comprobados que hacer a dicha solicitud, para que los presenten por escrito en
nuestras oficinas, dentro del término de diez días hábiles siguientes a la
publicación de este aviso. Expediente: 1701-2023.—San José al ser las 14:08 del
28 de marzo de 2023.—Miguel Ángel Guadamuz Briceño, Profesional en Gestión 1.—
1 vez.—( IN2023740544 ).
Armando
Baro Valdes, cubano, cédula de residencia 119200086701,
ha presentado solicitud para obtener la nacionalidad costarricense ante
la Sección de Opciones y Naturalizaciones del Registro Civil. Se emplaza a
quienes tengan reparos comprobados que hacer a dicha solicitud, para que los
presenten por escrito en nuestras oficinas, dentro del término de diez días
hábiles siguientes a la publicación de este aviso. Expediente:
1929-2023.—Alajuela al ser las 8:01 del 29 de marzo de 2023.—José David Zamora
Calderón, Profesional Asistente.—1 vez.—( IN2023740623
).
DIRECCIÓN DE RED
INTEGRADA PRESTACIÓN
DE SERVICIOS DE SALUD CHOROTEGA
ÁREA GESTIÓN DE BIENES Y SERVICIOS
PUBLICACIÓN DE
SEGUNDA VEZ
Comunica a la Empresa Construcciones CBC S A, cédula
jurídica N°
3101394818,
que se encuentra disponible para respectivo trámite la Devolución de Garantía
de Cumplimiento por un monto de ¢6.000,00 colones (seis mil colones 00/100), la
cual corresponde a la contratación 2009LA-000006-2599 cuyo objeto de compra
corresponde a la “Remodelación ampliada en la sede de Área de Salud La Cruz”. Depositada en la Sucursal de
Liberia, Comprob DG N°
0255 y Comprobante DG-0010 del 18/11/2011. Coordinar al teléfono: 2666-1132,
ext. 25991004 / 25991022 / 25991053.
Licda. Grettel Angulo Duarte, Coordinadora AGBS-DRIPSSCH.—( IN2023745473 ).
OFICINA DE
REGISTRO E INFORMACIÓN
EDICTOS
PUBLICACIÓN DE
SEGUNDA VEZ
ORI-50-2023.—Simosa
Villegas Héctor Eduardo, R-024-2023, carné provisional-permiso laboral:
186201041312, solicitó reconocimiento y equiparación del diploma de Médico
Cirujano, Universidad de Carabobo, Venezuela. La persona interesada en aportar
información del solicitante, podrá hacerlo por escrito ante esta Oficina dentro
de los cinco días hábiles siguientes a la publicación del tercer aviso.—Ciudad Universitaria Rodrigo Facio, 28 de febrero de
2023.—M.Sc. María Gabriela Regueyra Edelman, Jefa.—( IN2023739144 ).
ORI-68-2023.—Zapata Palacios Nora
Cristina, R-054-2023, pasaporte: AQ696588,
solicitó reconocimiento y equiparación del diploma de Odontólogo, Universidad Autónoma
de Manizales, Colombia. La persona interesada en aportar información del
solicitante, podrá hacerlo por escrito ante esta Oficina dentro de los cinco
días hábiles siguientes a la publicación del tercer aviso.—Ciudad
Universitaria Rodrigo Facio, 20 de marzo de 2023.—M.Sc. María Gabriela Regueyra
Edelman, Jefa.—( IN2023739180 ).
ORI-62-2023.—Granados Brenes
Eduardo, R-038-2023, cédula de identidad: 113180773, solicitó reconocimiento y
equiparación del diploma de Magíster Scientiae, Universidade Federal de Viçosa,
Brasil. La persona interesada en aportar información del solicitante, podrá
hacerlo por escrito ante esta Oficina dentro de los cinco días hábiles
siguientes a la publicación del tercer aviso.—Ciudad
Universitaria, Rodrigo Facio, 16 de marzo de 2023.—Licda. Wendy Páez Cerdas,
Jefa a.í.—( IN2023739390 ).
ORI-66-2023.—Granados
Brenes Eduardo, R-038-2023-B, cédula de identidad: 113180773, solicitó reconocimiento y
equiparación del diploma de Doctor Scientiae, Universidade Federal de Viçosa, Brasil. La persona interesada
en aportar información del solicitante, podrá hacerlo por escrito ante esta
Oficina dentro de los cinco días hábiles siguientes a la publicación del tercer
aviso.—Ciudad Universitaria Rodrigo Facio, 16 de marzo
de 2023.—Licda. Wendy Páez Cerdas, Jefa a.í.—( IN2023739483 ).
ORI-77-2023.—Domínguez
Batista Iderlys, R-066-2023, categoría especial libre condición: 119200554227, solicitó reconocimiento
y equiparación del diploma de Licenciada en Contabilidad y Finanzas,
Universidad de Camagüey, Cuba. La persona interesada en aportar información del
solicitante, podrá hacerlo por escrito ante esta Oficina dentro de los cinco
días hábiles siguientes a la publicación del tercer aviso.—Ciudad
Universitaria Rodrigo Facio, 27 de marzo de 2023.—M.Sc. María Gabriela Regueyra
Edelman, Jefa.—( IN2023740304 ).
EDICTOS
PUBLICACIÓN DE
SEGUNDA VEZ
SGSC-2023-01071.—ASADA
Carrizal de Alajuela con cédula jurídica 3-002-246816, solicita inscripción de
caudal de 4.30 litros por segundo del nacimiento F15 Carrizal, en propiedad
Ambientes Ecosostenibles, para abastecimiento poblacional, coordenadas CRTM-05
Norte 1117526.31, Este 483779.38, hoja cartográfica Barba. Quienes se
consideren lesionados, deben manifestarlo dentro del mes contado de la publicación.—San José, 27 de marzo 2023.—José Ricardo Mora
Ugalde.—( IN2023740270 ).
EDICTOS
PUBLICACIÓN DE
SEGUNDA VEZ
A:
Marta Lorena Martínez González y Stanley Alfonso Bravo López, se le comunica la
resolución del Patronato Nacional de la Infancia, Unidad de Atención Inmediata
de Alajuela, a las seis horas del quince de marzo del año en curso, en la que
se resuelve: 1. Se confiere inicio del Proceso Especial de Protección y Dictado
de la Medida Cautelar de Cuido Provisional en hogar sustituto a favor de la
persona menor de edad de apellidos Bravo Martínez al lado del Recurso Familiar.
2. Se indica que la presente medida de protección tiene una vigencia de hasta
un mes, con fecha de vencimiento el 7/4/2023 en tanto no se modifique en vía
administrativa o judicial, plazo dentro del cual deberá definirse la situación
psico-socio-legal. 3. Se traslada la medida de protección a la Oficina Local que
corresponde para que realice el plan de intervención y una investigación
ampliada de los hechos. 4. Se le ordena, a Marta Martínez González para que en
su calidad de progenitora de la persona menor de edad que debe someterse al
seguimiento que le brinda esta institución en el tiempo y forma que se les
indique. Para lo cual se les indica que deben cooperar con la Atención
Institucional, lo que implica asistir a citas que le brinden, así como
cumplimiento de las indicaciones emitidas. 5. Se le ordena a María Melba
Martínez González (en su calidad de recurso) de la persona menor de edad que
debe someterse al seguimiento que le brinda esta institución en el tiempo y
forma que se les indique. Para lo cual se les indica que deben cooperar con la
Atención Institucional, lo que implica asistir a citas que le brinden, así como
cumplimiento de las indicaciones emitidas. 6. Se comisiona a la Oficina Local
correspondiente para que realice las notificaciones del presente proceso. En
contra de lo ordenado se podrá interponer recurso de apelación ante la
Presidencia Ejecutiva de la institución; se podrá interponer dentro de las 48
horas siguientes a su notificación. Se le previene que debe señalar un lugar,
casa u oficina donde recibir notificaciones futuras, así como señalar un medio
electrónico del tipo facsímil y en el entendido que, de no hacerlo, o si el
lugar señalado fuere impreciso, inexacto o llegare a desaparecer, o si el medio
electrónico fuere defectuoso, estuviere desconectado las resoluciones futuras
quedarán firmes veinticuatro horas después de dictadas. Licda. Carmen Lidia
Durán Víquez. Expediente N° OLGR-00064-2023.—Oficina Local de Grecia, Grecia,
21 de marzo del 2023.—Licda. Carmen Lidia Durán
Víquez, Representante Legal.—O. C. N°
OC-13419-202.—Solicitud N° 421468.—( IN2023739033 ).
A la señora: Fátima del Socorro Carrasco Tercero,
nacionalidad nicaragüense. Se le comunica la resolución de las siete horas y
cuarenta y cinco minutos del veintiuno de marzo de dos mil veintitrés, dentro
del expediente administrativo N° RDURAIHN-00266-2023, mediante la cual se
declara el Cuido Provisional de la PME K.M.C. Se le confiere audiencia a la
señora Fátima del
Socorro Carrasco Tercero, por cinco días hábiles para que presente los alegatos
de su interés y ofrezca las pruebas que estime necesarias, se advierte que
tiene derecho a hacerse asesorar y representar por abogados y técnicos de su
elección, así como consultar el expediente en días y horas hábiles, y solicitar
las copias del mismo, el cual permanecerá a su disposición en esta oficina
regional, ubicada en Costa Rica, Alajuela, San Carlos, Ciudad Quesada, 50
metros al Sur del Ministerio de Hacienda en Ciudad Quesada. Teléfono:
2461-0686/2461-0656. Correo electrónico:
uraihuetarnorte@pani.go.cr. Apartado Postal: 5000-1000, San José, Costa Rica.
Sitio web: http://www.pani.go.cr.—Oficina
Regional de Atención
Inmediata Huetar Norte.—Licda. Eva María Arguedas Sequeira, Órgano Director del Proceso
Administrativo, Representante Legal.—O. C. N° OC-13419-202.—Solicitud N° 421469.—(
IN2023739034 ).
Al señor David Enrique Ramírez
Araya, cédula de identidad: 7-0111-0783, sin más datos, se le comunica la
resolución de las 10:20 horas del 07/03/2023 en la cual se procede a inicio del
Proceso Especial de Protección en sede administrativa, dictado de Medida de
Protección Cautelar de Cuido Provisional dictada por la URAIHC y también la
resolución de señalamiento de audiencia de las 13:46 horas del 21/03/2023
dictada por la Oficina Local de Pococí a favor de la persona menor de edad B.S.R.B.
Notifíquese la presente resolución a quien interese mediante la publicación de
un edicto, por tres veces consecutivas, en el Diario Oficial, con la
advertencia que deberán señalar lugar conocido para recibir sus notificaciones,
o bien, señalar número de facsímil para recibir aquellas notificaciones que
pudieren practicarse por ese medio, en el entendido que de no hacerlo, o si el
lugar señalado fuere impreciso, inexacto o llegare a desaparecer, o si el medio
seleccionado fuere defectuoso, estuviere desconectado, sin suficiente provisión
de papel o por cualquier otro modo no imputable a esta institución se
interrumpiere la comunicación, las notificaciones futuras quedarán firmes
veinticuatro horas después de dictadas. Se les hace saber, además, que contra
la presente resolución proceden los recursos ordinarios de revocatoria con
apelación en subsidio, que deberán interponer ante esta Representación Legal
dentro del tercer día hábil inmediato siguiente a la fecha de la última
notificación a las partes, siendo que el de revocatoria será de conocimiento de
esta Representación Legal, y el de apelación de la Presidencia Ejecutiva de
esta institución. Podrán presentar los alegatos de su interés, y ofrecer las
pruebas que estimen necesarias, y se les advierte tienen derecho a hacerse
asesorar y representar por abogado y técnico de su elección, así como consultar
el expediente en días y horas hábiles, se hace la salvedad que para fotocopiar
el expediente administrativo se cuenta con el horario de siete horas con treinta
minutos y hasta las once horas con treinta minutos en días hábiles, el cual
permanecerá a su disposición en esta oficina local, ubicada en Limón, Pococí,
Guápiles, sita 200 metros norte y 25 metros oeste del Banco Popular y
Desarrollo Comunal. Expediente N° OLPO-00069-2023.—Oficina
Local de Pococí.—MSC. María Gabriela Hidalgo Hurtado, Representante Legal.—O.C. Nº OC-13419-202.—Solicitud Nº 421470.—(
IN2023739035 ).
Al señor Gilberth Vivas Pineda, se
comunica que, por resolución de las catorce horas con catorce minutos del día
veintiuno de marzo del año dos mil veintitrés, se dictó en Sede Administrativa
de Medida de Cuido Provisional de en beneficio de las personas menores de edad
K.M.V.J. y E.J.V.J. Se le confiere audiencia a las partes por un plazo de tres
días hábiles, para que presenten los alegatos de su interés y ofrezca las
pruebas que estimen necesarias y se le advierte que tiene derecho a hacerse
asesorar y representar por abogados y técnicos de su elección, así como
consultar el expediente en días y horas hábiles, se hace la salvedad que para
fotocopiar el expediente administrativo se cuenta con el horario de siete horas
con treinta minutos y hasta las quince horas en días hábiles, el cual
permanecerá a su disposición en esta Oficina Local, ubicada en Sarapiquí,
frente a Migración. Se les hace saber además, que contra la presente resolución
proceden los recursos ordinarios de revocatoria con apelación en subsidio, que
deberán interponer ante esta Representación Legal dentro del tercer día hábil inmediato
siguiente a la fecha de la última notificación a las partes, siendo que el de
revocatoria será de conocimiento de esta Representación Legal, y el de
apelación de la Presidencia Ejecutiva de esta institución, en el entendido que
hacerlo fuera de dicho término el recurso deviene en inadmisible. Expediente número OLSAR-00241-2022.—Oficina
Local de Sarapiquí.—MSC. Ericka María Araya Jarquín, Órgano Director del Procedimiento Administrativo.—O. C. N° OC-13419-202.—Solicitud N°
421473.—( IN2023739036 ).
A la señora Rebeca López Pérez, se
comunica que, por resolución de la una y cuarenta minutos del nueve de marzo
del dos mil veintitrés, se dictó en sede administrativa de Medida Cautelar de
Cuido Provisional de en beneficio de las personas menores de edad K.S.L.P,
S.S.L.P., L.M.L.P. y C.M.L.P. Se le confiere audiencia a las partes por un
plazo de tres días hábiles para que presenten los alegatos de su interés y
ofrezca las pruebas que estimen necesarias y se le advierte que tiene derecho a
hacerse asesorar y representar por abogados y técnicos de su elección, así como
consultar el expediente en días y horas hábiles, se hace la salvedad que para
fotocopiar el expediente administrativo se cuenta con el horario de siete horas
con treinta minutos y hasta las quince horas en días hábiles, el cual
permanecerá a su disposición en esta oficina local, ubicada en Sarapiquí,
frente a Migración. Se les hace saber además que contra la presente resolución
proceden los recursos ordinarios de revocatoria con apelación en subsidio que
deberán interponer ante esta representación legal dentro del tercer día hábil
inmediato siguiente a la fecha de la última notificación a las partes, siendo
que el de revocatoria será de conocimiento de esta representación legal, y el
de apelación de la presidencia ejecutiva de esta institución en el entendido
que hacerlo fuera de dicho término el recurso deviene en inadmisible.
Expediente N° OLCAR-00058-2019.—MSC. Éricka María Araya Jarquín, Órgano Director
del Procedimiento Administrativo.—O. C. N°
OC-13419-202.—Solicitud N° 421474.—( IN2023739037 ).
Al señor Jonathan Chacón Jiménez, se les comunica la resolución
PANI-OLAL-PEP-29-2023 y la resolución PANI-OLAL-RA-107-2023, mediante la cual
se inicia el proceso especial de protección bajo la figura de cuido, donde se
hace citación a Audiencia Oral y Privada, en favor de las personas menor de
edad ICA. Se le confiere audiencia por tres días hábiles, para que presente los
alegatos de su interés, y se le advierte que tiene derecho a hacerse asesorar y
representar por abogados y técnicos de su elección, así como consultar el
expediente en días y horas hábiles, el cual permanecerá a su disposición en
esta Oficina Local, ubicada San José, Alajuelita, San Josecito, del
supermercado Acapulco 300 metros oeste y 125 metros sur, calle al Liceo de
Alajuelita. Expediente OLAL-00213-2022.—Oficina Local de Alajuelita.—Licda.
Desirée Ramos Brenes, Representante Legal.—O. C. N° OC-13419-202.—Solicitud N°
421475.—( IN2023739038 ).
A Gladys
Martínez Dormus, se le comunica que por resolución de
la una hora del once de marzo del dos mil veintitrés, se dictó Medida de
Protección Provisionalísima de Cuido Provisional, y mediante resolución de las
quince horas veintisiete minutos del veintiuno de marzo del dos mil veintitrés,
se convoca a audiencia de ley, ambas resoluciones se dictaron a favor de la PME
de apellidos Dávila Martínez. Notifíquese las
presentes resoluciones a la parte involucrada. Contra la primera resolución
procede Recurso de Apelación, el cual deberá interponerse en esta oficina local
dentro de los tres días a partir de su notificación, o de la última publicación
del edicto. Será competencia de la Presidencia Ejecutiva de la Institución,
resolver dicho recurso. Será inadmisible el interpuesto pasado los tres días
señalados. Expediente OLHN-00549-2013.—Oficina Local Heredia Norte.—Licda.
María Alejandra Romero Méndez, Órgano Director
del Procedimiento.—O.
C. N° OC-13419-202.—Solicitud N° 421477.—( IN2023739039 ).
A la señora Evelyn Patricia
Vásquez Vásquez, mayor, costarricense, cédula 604130032, soltera, de oficio y
domicilio desconocido, se le comunica que por resolución de las nueve horas
cincuenta y nueve minutos del veintiuno de marzo del dos mil veintitrés se
mantiene medida de protección de cuido provisional en favor de la persona menor
de edad X.S.V., por el plazo de seis meses, rige del doce de enero al doce de
julio del dos mil veintitrés; también, se le comunica que por resolución de las
doce horas cuarenta y nueve minutos del veintiuno de marzo del dos mil
veintitrés, se inicia Proceso Especial de Protección en sede administrativa con
dictado de medida de protección de modificación provisional de la guarda,
crianza y educación en favor de la persona menor de edad I.D.R.V., para que
permanezca con el progenitor, por el plazo de un mes que rige a partir del día
veintiuno de marzo al veintiuno de abril del dos mil veintitrés. Se procede
mediante este acto a dar audiencia por escrito a las partes con interés
legítimo o derecho subjetivo con el fin de que hagan valer sus derechos, para
ser escuchadas y se les hace saber que pueden aportar prueba en el plazo de
cinco días hábiles; iniciando dicho plazo a partir de la notificación de la
presente resolución administrativa. Se le advierte que deberá señalar lugar
conocido para recibir sus notificaciones, dentro del perímetro de un kilómetro
a la redonda de la sede de esta Oficina Local, la cual se encuentra situada en
Quepos, Rancho Grande, frente a la plaza de futbol o bien, señalar número de
facsímil para recibir aquellas notificaciones que pudieren practicarse por ese
medio, o correo electrónico. Contra la presente cabe
recurso de apelación ante la Presidencia Ejecutiva de esta institución, el cual
deberá interponer ante esta Representación Legal dentro de las cuarenta y ocho
horas siguientes (Artículo 139 del Código de la Niñez y Adolescencia). Expediente OLOR-00075-2021.—Oficina Local de Quepos.—Licda. Dora del Carmen Salazar Carvajal, Órgano
Director del Procedimiento.—O.C. Nº OC13419-202.—Solicitud Nº 421478.—(
IN2023739040 ).
Al señor Álvaro Nicolas Barrantes Mendoza, se le
comunica la resolución de este despacho de las catorce horas seis minutos del
veinte de marzo de dos mil veintitrés, que dicta medida cautelar de cuido
provisional a favor de la persona menor de edad DJBB en recurso comunal
familiar Minor David Bejarano Pasos y Maritza Valencia Valencia. Se le advierte
que deberá señalar lugar conocido para recibir sus notificaciones o bien
señalar número de facsímil para recibir aquellas notificaciones que pudieran
practicarse por este medio, en el entendido de que, de no hacerlo, o si el
lugar señalado fuere inexacto, las notificaciones futuras quedarán firmes
veinticuatro horas después de dictadas. Recursos: Se le hace saber, que contra
la presente resolución procede únicamente el recurso de apelación para ante la
Presidencia Ejecutiva de esta institución, el que deberá interponerse ante este
despacho en horas hábiles, en forma verbal o por escrito dentro de las cuarenta
y ocho horas hábiles siguientes a partir de la tercera publicación de este
edicto, en el entendido que hacerlo fuera de dicho término el recurso deviene
en inadmisible. Se le informa que es su derecho hacerse asesorar o representar
por un profesional en Derecho, así como revisar y estudiar el expediente
administrativo. Expediente N° OLPUN-00200-2020.—Oficina Local de Puntarenas.—Licda. Dalia Benavides Álvarez, Representante Legal.—O. C.
N° OC-13419-202.—Solicitud N° 421480.—( IN2023739041 ).
Al señor: Alexander
Jiménez Bonilla, nacionalidad: costarricense, portador de la cedula de identidad: 602690855, estado
civil: soltero, se le comunica la resolución administrativa de las nueve horas
del veintidós de marzo del dos mil veintitrés, mediante la cual se resuelve
dictar medida de protección de
orientación, apoyo y
seguimiento a la familia, en favor de la persona menor de edad B.A.J.J. Se le
confiere audiencia al señor: Alexander Jiménez Bonilla, por tres días hábiles para que presente
los alegatos de su interés y ofrezca las pruebas que estime necesarias y se les
advierte que tienen derecho a hacerse asesorar y representar por abogados y
técnicos de su elección, así como a consultar el expediente en días y horas
hábiles, se hace la salvedad que para obtener el expediente administrativo
deberán presentar llave maya o CD, lo anterior porque el expediente es digital
y se cuenta con el horario de siete con treinta minutos y hasta las once horas
con treinta minutos en días hábiles, el cual permanecerá a su disposición en
esta Oficina Local, ubicada en Golfito, Barrio Alamedas, contiguo a los
Tribunales de Justica, oficina de dos plantas. Expediente administrativo N° OLGO-00116-2021.—Oficina Local
de Golfito.—Licda. Kelli Paola Mora Sánchez, Representante Legal.—O. C. N° OC13419-202.—Solicitud N° 421483.—(
IN2023739042 ).
Al señor
Junior Enrique Solís Bolaños, costarricense, número de
identificación 503700587, oficio y domicilio desconocido, se le comunica
resolución administrativa de las 15 horas 25 minutos del 21 de marzo del año
2023, que confirma resolución administrativa de las 14 horas 25 minutos del 28
de febrero del año 2023, manteniendo por el plazo de seis meses, siendo su
fecha de vencimiento el 24 de agosto de 2023, Medida de Cuido Provisional en
Familia sustituta dictada a favor de la persona menor de edad M.J.S.N. Garantía
de Defensa: Se informa que tienen derecho a hacerse asesorar y representar por
abogados y técnicos de su elección, así como consultar el expediente en días y
horas hábiles, el cual permanecerá a su disposición en esta oficina local,
ubicada Guanacaste, Cañas del Banco Popular 250 metros norte, Casa Celeste con
Blanco a mano derecha. Se le advierte que deber señalar lugar conocido para
recibir sus notificaciones, o bien, señalar número de facsímile para recibir
aquellas notificaciones que pudieren practicarse por ese medio, en el entendido
que de no hacerlo, o si el lugar señalado fuere impreciso, inexacto o llegare a
desaparecer, o si el medio seleccionado fuere defectuoso, estuviere desconectado,
sin suficiente provisión de papel o por cualquier otro modo no imputable a esta
institución se interrumpiere la comunicación, las notificaciones futuras se
realizaran por edicto. Recursos: Se le hace saber, además, que contra la
presente resolución procede el recurso ordinario de apelación, que deberán
interponer ante esta Representación Legal dentro del plazo de cuarenta y ocho
horas siguientes a la fecha de la última notificación a las partes, siendo
competencia de la Presidencia Ejecutiva de esta institución, en el entendido
que hacerlo fuera de dicho término el recurso deviene en inadmisible. (Artículo
139 del Código de la Niñez y Adolescencia). La presentación del recurso de apelación, no suspenderá la aplicación del acto recurrido.
Expediente N° OLCA-00052-2017.—Oficina Local Cañas.—Licda.
Johanna Matamoros Miranda, Representante Legal.—O.C. N°
OC-13419-202.—Solicitud N° 421484.—( IN2023739043 ).
A los señores
José Alfredo Senteno Campo, nicaragüense, con documento de identidad
desconocido y Claudio Ismael López Martínez, nicaragüense, con documento de identidad desconocido, se les
comunica que se tramita en esta Oficina Local, proceso especial de protección
en favor de las personas menores de edad A.S.S.L. y D.A.L.L. y que mediante la
resolución de las diez horas quince minutos del veintidós de marzo del dos mil veintitrés, se
resuelve: I.- Se dicta y mantiene el cuido provisional ordenado en la
resolución de las siete horas treinta minutos del quince de marzo del dos mil
veintitrés de las personas menores de edad, por el plazo
indicado en la presente resolución. Igualmente se mantiene lo dispuesto en la
resolución de las siete horas treinta minutos del quince de marzo del dos mil
veintitrés, en lo no modificado por la presente
resolución. Las personas menores de edad se mantendrán en el siguiente recurso
de ubicación, en el hogar del recurso de ubicación de la señora: Leticia
Centeno López. II.- La presente medida de protección de
cuido provisional tiene una vigencia de hasta seis meses contados a partir del
quince de marzo del dos mil veintitrés y con fecha
de vencimiento quince de setiembre del dos mil veintitrés, esto en tanto no se modifique en vía judicial o administrativa.
III.- Procédase
por parte del área de Psicología en un
plazo de quince días hábiles a elaborar un Plan de Intervención con el
respectivo cronograma. Procédase a dar el respectivo seguimiento. IV.- Se le
ordena a José Alfredo Senteno Campo, Claudio Ismael López Martínez y Juana María López que deben someterse a la orientación, apoyo y seguimiento a la
familia, que le brindará esta Institución en el tiempo y forma que se le
indique. V.- Se le ordena a José Alfredo
Senteno Campo, Claudio Ismael López Martínez y Juana María López, la
inclusión a un programa oficial o comunitario de auxilio a la familia de
escuela para padres o academia de crianza, por lo que deberán incorporarse y
continuar el ciclo de Talleres socio formativos, hasta completar el ciclo de
talleres. Se informa que por la pandemia, se están
impartiendo en la modalidad virtual. Se les recuerda que el teléfono de la
Oficina Local de La Unión es el teléfono 2279-8508 y que la encargada del
programa es la Licda. Marcela Mora, con quien deberán coordinar. Igualmente
podrán incorporarse al ciclo de talleres o escuela para padres, mas cercano a
su trabajo, o su nuevo domicilio, o en su caso al ciclo de talleres que
impartan otras instituciones, debiendo presentar los comprobantes
correspondientes que así lo acrediten y que ha terminado el ciclo completo
respectivo. VI.- -Medida de interrelación familiar
supervisada de los progenitores: -: Siendo la interrelación familiar un derecho
de las personas menores de edad, se autoriza el mismo a favor de los
progenitores de forma supervisada, siempre y cuando las personas menores de
edad quieran, la cual pueden realizarla tanto telefónicamente como mediante
visitas. Dicha interrelación se realizará siempre y cuando no entorpezca en
cualquier grado, la formación integral de las personas menores de edad y en
común acuerdo con la parte cuidadora, y siempre y cuando no entorpezca en
cualquier grado, la formación integral de las personas menores de edad, y que
los progenitores, no realicen conflictos en el hogar de la respectiva persona
cuidadora. Por lo que deberán coordinar respecto de las personas menores de
edad indicadas con la persona cuidadora nombrada, lo pertinente al mismo y
quien como encargada de las personas menores de edad bajo su cuidado, deberán
velar por la integridad de las personas menores de edad, durante la interrelación
familiar. Se deberá tomar en cuenta para efectos de la interrelación los
horarios laborales respectivos –tanto de los progenitores y de la respectiva
persona cuidadora- así como los horarios lectivos de las personas menores de
edad, a fin de no menoscabar el derecho de interrelación respectivo, pero
tampoco el derecho de integridad y desarrollo integral de las personas menores
de edad. VII.-Se le apercibe a los progenitores que
deberán cumplir y coordinar lo respectivo a sus obligaciones parentales con la
respectiva persona cuidadora, en cuanto a aportar económicamente para la
manutención de las personas menores de edad que están ubicadas en el respectivo
sitio de ubicación para su cuido, a fin de garantizar su derecho fundamental de
vida y salud, en relación a su alimentación. VIII.-Se le
apercibe a los progenitores, que deberán abstenerse de exponer a las personas
menores de edad, a situaciones de riesgo, debiendo aprender a controlar sus
impulsos, debiendo abstenerse de exponer a las personas menores de edad a
violencia intrafamiliar, agresión verbal, emocional o física, y que deberán
abstenerse de ejecutar castigo físico, agresión verbal y/o emocional como
medida de corrección disciplinaria. Igualmente se les
apercibe que deben velar por la salud de las personas menores de edad. IX.- Se
le ordena a la persona cuidadora nombrada, velar por el derecho de salud de las
personas menores de edad, debiendo igualmente proceder a
gestionar en la Caja Costarricense de Seguro Social, el tratamiento y
medicamentos necesarios para ambas personas menores de edad, y en especial de
la persona menor de edad A., debiendo presentar los comprobantes
correspondientes. X.- Se les informa que la profesional de seguimiento,
será la Licda. Guisella Sosa, o la persona que la sustituya. Igualmente se les
informa, que se otorgaron las siguientes citas de seguimiento que se llevaran a
cabo en esta Oficina Local, para atender a los progenitores, la persona
cuidadora y las personas menores de edad, en las siguientes fechas: -Martes 6 de
junio del 2023 a las 9:00 a.m. - Jueves 3 de agosto del 2023 a las 8:00 a.m.
Garantía de defensa y audiencia: se previene a las
partes involucradas en el presente Proceso, que les asiste todo el derecho de
hacerse asesorar o representar por un profesional en derecho, aunque para
apersonarse al proceso no requieren la participación obligatoria de un abogado;
así mismo se les previene que tienen derecho a tener acceso al expediente
administrativo para el estudio, revisión y/o fotocopias. Notifíquese la presente
resolución, con la advertencia a las partes de que deben señalar lugar dentro
del perímetro de un kilómetro a la redonda de esta oficina local, fax o correo
electrónico donde recibir notificaciones, con la advertencia de que, en caso de
no hacerlo o si el lugar fuera inexacto, impreciso, o llegara a desaparecer o
el medio seleccionado fuera defectuoso, estuviera desconectado, sin suficiente
provisión de papel o por cualquier otro modo no imputable a esta institución se
interrumpiera la comunicación, las resoluciones futuras quedarán notificadas
veinticuatro horas después de ser dictadas. En contra de la presente resolución
procede únicamente el Recurso Ordinario de Apelación que deberá interponerse
ante esta Representación Legal dentro de las 48 horas siguientes a la
notificación de la presente resolución, Recurso que será resuelto por la
Presidencia Ejecutiva de la entidad. Se le hace saber a las partes, que la
interposición del recurso de apelación, no suspende la medida de protección
dictada, expediente Nº OLLU-00132-2023.—Oficina Local de La Unión.—Licda. Karla López Silva, Representante Legal.—O.C. Nº OC-13419-202.—Solicitud Nº
421485.—( IN2023739044 ).
Al señor Elkin Giovanni Alpízar Rodríguez, se le comunica la
resolución de este despacho de las trece horas cincuenta y un minutos del
veinticuatro de febrero de dos mil veintitrés, que dicta medida cautelar de
cuido provisional a favor de las personas menores de edad IAP en recurso
familiar señora María Cristina Rojas Solís. Se le advierte que deberá señalar
lugar conocido para recibir sus notificaciones o bien señalar número de
facsímil para recibir aquellas notificaciones que pudieran practicarse por este
medio, en el entendido de que, de no hacerlo, o si el lugar señalado fuere
inexacto, las notificaciones futuras quedarán firmes veinticuatro horas después
de dictadas. Recursos: Se le hace saber, que contra la presente resolución
procede únicamente el recurso de apelación para ante la Presidencia Ejecutiva
de esta institución, el que deberá interponerse ante este despacho en horas
hábiles, en forma verbal o por escrito dentro de las cuarenta y ocho horas
hábiles siguientes a partir de la tercera publicación de este edicto, en el
entendido que hacerlo fuera de dicho término el recurso deviene en inadmisible.
Se le informa que es su derecho hacerse asesorar o representar por un
profesional en Derecho, así como revisar y estudiar el expediente
administrativo. Expediente N° OLPUN-00030-2016.—Oficina Local de Puntarenas.—Licda. Dalia Benavides Álvarez, Representante Legal.—O.C.
N° OC-13419-202.—Solicitud N° 421488.—( IN2023739045 ).
Al señor: José
Mauricio Jiménez Fernández, mayor de edad, cédula de identidad N° 604260992, se
les comunica la resolución de las trece horas cincuenta minutos del 17 de marzo
del 2023, en donde se dicta inicio del Proceso Especial de Protección y Puesta
en conocimiento de informe de investigación preliminar, a favor de la persona
menor de edad: D.M.J.M, todo lo anterior bajo expediente administrativo
N° OLGO-00086-2019. Se le confiere audiencia por tres días hábiles para que
presenten alegatos de su interés y ofrezca las pruebas que estime necesarias, y
se les advierte que tiene derecho a hacerse asesorar y representar por abogado
y técnicos de su elección, así como consultar y fotocopiar las piezas del
expediente que permanecerá a su disposición en esta Oficina Local en días y
horas hábiles, ubicada en Puntarenas, Golfito, Puerto Jiménez, La Palma,
contiguo a Super Servicio Las Palmas. Deberán señalar lugar conocido, número de
facsímil para recibir sus notificaciones en el entendido que de no hacerlo, o
si el lugar señalado fuere impreciso, inexacto o llegare a desaparecer o si el
medio electrónico señalado fuere defectuoso estuviere desconectado sin
suficiente provisión de papel o por cualquier otro modo no imputable a esta
instituciones interrumpiere la comunicación, las resoluciones futuras quedan
firmes 24 horas después de dictadas conforme aplicación supletoria del artículo
11 de la Ley de Notificaciones Judiciales. Se hace saber a las partes, que en
contra de esta resolución procede el recurso de apelación, el que deberá
interponerse ante este despacho, en forma verbal o por escrito dentro de las
cuarenta y ocho horas, posteriores a la notificación, resolviendo dicho recurso
la Presidencia Ejecutiva de la entidad, ubicada en San José, Barrio Luján, en
horas hábiles de las siete y treinta minutos a las dieciséis horas. Para tal
efecto pueden ofrecer, además, las pruebas que consideren pertinentes. Dicho
recurso será inadmisible si es presentado pasado el plazo indicado. La
presentación del recurso de apelación no suspenderá la aplicación del acto
recurrido. Publíquese por tres veces consecutivas. Expediente
N° OLGO-00086-2019.—Oficina Local de Puerto Jimenez.—Licda.
Susan S. Rodríguez Corrales, Representante Legal.—O. C. N°
OC-13419-202.—Solicitud N° 421490.—( IN2023739046 ).
Lic. Johan David Gutiérrez
Valverde, Órgano Director del Procedimiento
Administrativo, en su carácter personal, quien es Manuel Cundano Cadrano, vecino de desconocido. Se
le hace saber que, en proceso especial de protección en sede administrativa,
establecido por Patronato Nacional de la Infancia, en expediente N° OLAO-00062-2023, se ordena
notificarle por edicto, la resolución que en lo literal dice: Patronato
Nacional de la Infancia, Oficina Local de Alajuela Oeste, a las doce horas
treinta y cuatro minutos del día veintidós de marzo del año dos mil veintitrés.
Visto: Único: Que, en atención de la denuncia RDOLAO-00313-2023, la cual
ingresa el día 7/3/2023 mediante incidente del 9-1-1 2023-03-06-02246, en donde
se refiere presunta situación de abuso sexual hacia persona menor de edad J por
parte de su progenitor. Considerando: De conformidad con lo establecido en el
reglamento a los artículos 133 y 139 del Código de la Niñez y la Adolescencia y
siendo que, de la primera intervención institucional, las áreas de
investigación preliminar, identifican factores de
riesgo que se deben modificar, y factores de protección que requieren el
fortalecimiento en beneficio del interés superior de las personas menores de
edad y su integridad. Se requiere la ampliación de la intervención
institucional con la finalidad de poder determinar el actor o conducta que
propicia los factores de riesgo, necesarios para identificar y especializar el
plan de intervención. Por tanto: De acuerdo con la anterior esta Representación
ordena: a. Puesta en conocimiento: Por un plazo de cinco días hábiles se pone
en conocimiento de las partes involucradas, el informe de investigación preliminar.
b. Audiencia: Siguiendo criterios de la lógica, razonabilidad, proporcionalidad
y sana crítica, se otorga audiencia de forma escrita por el plazo de cinco días
hábiles a partir de la notificación de la resolución para que presenten sus
alegatos y ofrezcan prueba. c. Fase diagnóstica. Se dé inicio a la fase
diagnóstica por lo que se deberá de asignarse la intervención de un profesional
en el área de trabajo social para que dentro del plazo de 15 días hábiles
cuando ha existido separación familiar y de 20 días hábiles en los demás
procesos, para que al final de esta ampliación deberá determinar una
recomendación de acuerdo a lo trabajado, para establecer el cierre de la
intervención institucional o bien el dictado de la medida especial de
protección correspondiente, respecto a esto último deberá aportar un plan de
intervención con su debido cronograma. Se previene a las partes involucradas en
el proceso que les asiste todo el derecho de hacerse asesorar o representar por
un profesional en derecho, así como tener acceso al expediente administrativo
para el estudio, revisión o fotocopias. Recursos: Se le hace saber a las partes
que contra la presente resolución procede recurso de apelación para ante la
Presidencia Ejecutiva de esta institución, el cual podrá interponerse
verbalmente o por escrito, dentro de las cuarenta y ocho horas siguientes a su
notificación. (Artículo 139 del Código de la Niñez y la Adolescencia). Medio
para notificaciones: Se insta a las partes el establecimiento de un medio para
recibir notificaciones. Comuníquese.—Oficina Local de Alajuela Oeste.—Lic. Johan David
Gutiérrez Valverde, Representante Legal.—O. C. N° OC-13419-202.—Solicitud N°
421494.—( IN2023739047 ).
A el señor Carlos Iván Chang,
mayor de edad, cédula de identidad número desconocido, se les comunica la
resolución de las catorce horas veinte minutos del veintidós de marzo del 2023,
en donde se dicta resolución de inicio del proceso especial de protección y
puesta en conocimiento de informe de investigación preliminar, a favor de la
persona menor de edad K.C.S, todo lo anterior bajo expediente administrativo
número OLPJ-00030-2023. Se le confiere audiencia por tres días hábiles para que
presenten alegatos de su interés y ofrezca las pruebas que estime necesarias, y
se les advierte que tiene derecho a hacerse asesorar y representar por abogado
y técnicos de su elección, así como consultar y fotocopiar las piezas del
expediente que permanecerá a su disposición en esta Oficina Local en días y
horas hábiles, ubicada en Puntarenas, Golfito, Puerto Jiménez, La Palma,
contiguo a Super Servicio Las Palmas. Deberán señalar lugar conocido, número de
facsímil para recibir sus notificaciones en el entendido que de no hacerlo, o
si el lugar señalado fuere impreciso, inexacto o llegare a desaparecer o si el
medio electrónico señalado fuere defectuoso estuviere desconectado sin
suficiente provisión de papel o por cualquier otro modo no imputable a esta
instituciones interrumpiere la comunicación, las resoluciones futuras quedan
firmes 24 horas después de dictadas, conforme aplicación supletoria del
artículo 11 de la Ley de Notificaciones Judiciales. Se hace saber a las partes,
que en contra de esta resolución procede el recurso de apelación, el que deberá
interponerse ante este despacho, en forma verbal o por escrito dentro de las
cuarenta y ocho horas, posteriores a la notificación, resolviendo dicho recurso
la Presidencia Ejecutiva de la entidad, ubicada en San José, Barrio Luján, en
horas hábiles de las siete y treinta minuto a las
dieciséis horas. Para tal efecto pueden ofrecer, además, las pruebas que
consideren pertinentes. Dicho recurso será inadmisible si es presentado pasado
el plazo indicado. La presentación del recurso de apelación,
no suspenderá la aplicación del acto recurrido. Publíquese por tres veces
consecutivas. Expediente OLPJ-00030-2023.—Oficina Local de Puerto Jiménez.—Licda. Susan S. Rodríguez Corrales, Representante Legal.—O.C. Nº
OC-13419-202.—Solicitud Nº 421495.—( IN2023739048 ).
Lic. Johan David Gutiérrez
Valverde. Órgano Director del Procedimiento
Administrativo, en su carácter personal, quien es Julia Cristina Pérez Lumbi,
vecina de desconocido. se le hace saber que, en Proceso Especial de Protección
en sede administrativa, establecido por Patronato Nacional de la Infancia, en
expediente administrativo OLAO-00061-2023, se ordena notificarle por edicto, la
resolución que en lo conducente dice: Patronato Nacional de la Infancia,
Oficina Local Alajuela Oeste. A las quince horas cuarenta y tres minutos del
día veintidós de marzo del dos mil veintitrés. Considerando: Primero: Que se
tienen por ciertos los resultandos del primero al último por constar así en el
expediente administrativo de marras. Segundo: Del elenco probatorio que consta
en el citado expediente administrativo y de su análisis, se evidencian factores
de riesgo en contra de la persona menor de edad; por lo tanto, tal como lo
establece la ley y una vez analizado el caso se concluye que se cumplen todos
los presupuestos necesarios para dictar una medida de protección de cuido
provisional a favor de la persona menor de edad G F G P, a fin de que
permanezca ubicada a cargo y bajo la responsabilidad de la señora Yehilin
Cristina Gudiel Pérez,
recurso familiar (hermana.) Tercero: Sobre el Fondo: Que de conformidad con lo
establecido por la Convención sobre los Derechos del Niño en sus artículos 3,4, 6 y 9,
cuya base jurídica constituyó el pilar
para la creación del Código de la Niñez y la Adolescencia el cual proporciona
los elementos normativos suficientes para un adecuado marco institucional, cuya
potestad está dada en el artículo 55 de la Constitución Política, así como en
los artículos 3 inciso a, e, f, k, n, yo, y 4 incisos 1, m y n de la Ley
Orgánica del Patronato Nacional de la Infancia, artículos 13, 19 y 129 al 138
del Código de la Niñez y la Adolescencia que refuerzan la facultades
institucionales para brindar la protección necesaria a la persona menor de edad
que se encuentre en situación de riesgo o bajo la autoridad parental de una
persona no apta para asegurarle la garantía de sus derechos. En concordancia
con lo anterior surge el derecho de la persona menor de edad a desarrollarse
dentro de su familia y solo por excepción fundamentada se potenciaría la
separación definitiva de su familia biológica, según lo estipulan los numerales
33 al 36 del Código de la Niñez y la Adolescencia. Estos principios en
conjunto, plantean como elemento indispensable para alcanzar el máximo
desarrollo humano el reconocimiento de las personas menores de edad como
personas activas de la sociedad que disfrutan del ejercicio, goce y vigencia de
derechos y deberes inherentes a la condición de ser humano para que puedan
gozar realmente de una vida prolongada, saludable y creativa, por ende, se debe
ordenar el cuido provisional de la persona menor de edad G F G P, a fin de que
permanezca ubicada a cargo y bajo la responsabilidad de la señora Yehilin
Cristina Gudiel Pérez,
recurso familiar (hermana.) Por tanto: con fundamento en lo expuesto y disposiciones
legales citadas, se resuelve: 1) Se inicia proceso especial de protección a
favor de la persona menor de edad G F G P. 2) Se confiere medida de protección
de cuido provisional a favor de la persona menor de edad G F G P, a fin de que
permanezca ubicada a cargo y bajo la responsabilidad de la señora Yehilin
Cristina Gudiel Pérez,
recurso familiar (hermana.) 3) Se indica que la presente medida de protección
tiene una vigencia de hasta seis meses en tanto no se modifique en vía
administrativa o judicial, teniendo como fecha de vencimiento el día veintidós
de setiembre del dos mil veintitrés, plazo dentro del cual deberá definirse la
situación psico-socio-legal. 4) Se les ordena al recurso familiar y
progenitores de la persona menor de edad G F G P, que deberán de garantizar el
cumplimento de los derechos de la persona menor de edad en todo momento,
haciendo énfasis en el acompañamiento a nivel educativo, a asistencia regular
al centro educativo, así como el derecho a la adecuada supervisión, alimentación
recreación, ambiente libre de violencia, seguimiento en salud etc. 5) Se dicta
medida de orientación, apoyo y seguimiento temporal a la familia. Se indica que
la presente medida de protección tiene una vigencia de hasta seis meses,
teniendo la misma fecha de vencimiento que la medida de protección de cuido
provisional y en tanto no se modifique en vía administrativa o judicial. Para
lo cual, se les indica a las partes del presente proceso que debe cooperar con
la Atención Institucional, lo que implica asistir a las citas que se le brinde,
así como cumplimiento de las indicaciones emitidas. 6) La persona menor deberá
continuar la atención médica en la CCSS por lo que la hermana de la persona
menor de edad deberá llevar puntualmente al adolescente a las citas que se le
brinden para el control prenatal adecuado. 7) Se refiere a la promotora para
Programa de Beca de Adolescente Madre para su valoración y futura inclusión en
el programa. 8) La persona menor de edad deberá mantenerse inscrita en el
sistema educativo formal. 9) Respecto al régimen de interrelación familiar
entre persona menor de edad y su progenitor. Se autorizan visitas supervisadas
al progenitor los sábados de 2 a 5 pm. 10) Si el recurso familiar labora o debe
salir del hogar debe garantizar que la persona menor de edad quede bajo
responsabilidad de un adulto o persona responsable. 11) El recurso familiar
deberá validar los derechos de la persona menor de edad a nivel académico,
afectivo, salud, económicos básicos. 12) El recurso familiar deberá utilizar
correcciones asertivas y positivas, evitando el castigo físico (golpes) y
psicológico (ofensas, humillaciones) hacia su nieta. 13) Se les indica a las
partes que en caso de cambiar de domicilio o números telefónicos deben de
informarlo a la oficina local. 14) Se otorga un plazo de quince días a trabajo
social para que elabore un Plan de Intervención con el respectivo cronograma,
con el fin de que la Oficina Local, de seguimiento de las condiciones de las
personas menores de edad y del hogar solidario y de la madre, ejecute el Plan
de Intervención, con el fin de que en un plazo de seis meses se valore la
idoneidad de que la persona menor de edad sea asumida por la madre o en su
defecto se defina el lugar idóneo para que permanezca. Apercibimiento: Las presentes
medidas de protección son de acatamiento obligatorio y deben ser cumplidas en
el plazo determinado por la profesional a cargo. En caso de incumplimiento, se
iniciará el proceso especial de protección en sede judicial, sin perjuicio de
los procesos relativos a la suspensión o terminación de la patria potestad.
Audiencia: Se le hace ver a las partes que de conformidad con el artículo doce
de la Ley que rige la materia, dentro del plazo de los cinco días hábiles
siguientes a la notificación de la presente resolución, podrán solicitar que se
señale hora y fecha para una audiencia donde se evacuará la prueba que
consideren pertinente y ser escuchadas con respecto a los hechos denunciados.
Notificaciones. Se les previene a las partes señalar casa, oficina o lugar,
donde atender notificaciones, en caso de no hacerlo, las resoluciones
posteriores se tendrán por notificadas veinticuatro horas después de dictadas.
Garantía de
defensa: Se les informa a las partes, que es su derecho hacerse asesorar o
representar por un profesional en derecho de su elección, así como a tener
acceso en la Oficina Local al estudio y revisión del expediente administrativo.
Recursos: Se hace saber a las partes, que en contra de esta resolución procede
el recurso de apelación, el que deberá interponerse ante este despacho, dentro
de los dos días posteriores a la notificación, resolviendo dicho recurso la
Presidencia Ejecutiva de la entidad, ubicada en San José, Barrio Luján, en
horas hábiles de las siete a las quince y treinta horas. Dicho recurso será
inadmisible si es presentado pasado el plazo indicado. La presentación del
recurso de apelación, no suspenderá la aplicación del acto recurrido.—Oficina
Local Alajuela Oeste.—Lic. Johan David Gutiérrez Valverde, Órgano
Director del Procedimiento.—O. C. N° OC-13419-202.—Solicitud N° 421498.—(
IN2023739049 ).
Lic. Johan David Gutiérrez
Valverde, Órgano Director del Procedimiento
Administrativo, en su carácter personal, quien son Alberto Granados Rodríguez, con
documento de identidad N° 206840322, Carolina Gutiérrez
Muñoz, con documento de identidad N° 207030234,
vecinos de desconocido. se le hace saber que, en proceso especial de protección
en sede administrativa, establecido por Patronato Nacional de la Infancia, en
expediente administrativo N° OLA-00389-2017, se ordena notificarle por edicto, la resolución que en
lo conducente dice: Patronato Nacional de la Infancia, Oficina Local Alajuela
Oeste, a las nueve horas ocho minutos del veintitrés de marzo del dos mil
veintitrés. Considerando: Primero: Que se tienen por ciertos los resultandos
del primero al último por constar así en el expediente administrativo de
marras. Segundo: Del elenco probatorio que consta en el citado expediente
administrativo y de su análisis, se logra corroborar hechos denunciados. La
persona menor de edad reside bajo el cuido y protección de abuelos maternos. La
persona menor de edad manifiesta su deseo y anuencia de continuar asumiendo el
cuido y protección de su abuela materna. Abuela materna manifiesta su deseo de continuar
asumiendo el cuido y protección de la persona menor de edad. Progenitora posee
antecedentes de consumo de sustancias psicoactivas. Progenitora no ha ejercido
su rol parental de manera adecuada. La persona menor de edad no posee
vinculación afectiva hacia su progenitora. Recurso familiar impresiona ser un
recurso familiar adecuado. Existe vinculación afectiva entre el recurso y la
persona menor de edad. Existe red de apoyo familiar. persona menor de edad
inserta en el sistema educativo y control de salud al día. Se desconoce
ubicación actual de la progenitora de la persona menor de edad; tal como lo
establece la ley y una vez analizado el caso se concluye que se cumplen todos
los presupuestos necesarios para dictar una medida de protección de cuido provisional
a favor de la persona menor de edad S G G a fin de que permanezca ubicado a
cargo y bajo la responsabilidad de la señora Sonia Muñoz Arce recurso familiar
(abuela materna). Tercero: Sobre el fondo: Que de conformidad con lo
establecido por la Convención sobre los Derechos del Niño en sus artículos 3°, 4°, 6° y 9°, cuya base jurídica constituyo
el pilar para la creación del Código de la Niñez y la Adolescencia el cual
proporciona los elementos normativos suficientes para un adecuado marco
institucional, cuya potestad está dada en el artículo 55 de la Constitución
Política, así como en los artículos 3° inciso a), e), f), k), n), y
o), y 4° incisos 1),
m) y n) de la Ley Orgánica del Patronato Nacional de la Infancia, artículos 13,
19 y 129 al 138 del Código de la Niñez y la Adolescencia que refuerzan la
facultades institucionales para brindar la protección necesaria a la persona
menor de edad que se encuentre en situación de riesgo o bajo la autoridad
parental de una persona no apta para asegurarle la garantía de sus derechos. En
concordancia con lo anterior surge el derecho de la persona menor de edad a
desarrollarse dentro de su familia y solo por excepción fundamentada se
potenciaría la separación definitiva de su familia biológica, según lo estipulan
los numerales 33 al 36 del Código de la Niñez y la Adolescencia. Estos
principios en conjunto, plantean como elemento indispensable para alcanzar el
máximo desarrollo humano el reconocimiento de las personas menores de edad como
personas activas de la sociedad que disfrutan del ejercicio, goce y vigencia de
derechos y deberes inherentes a la condición de ser humano para que puedan
gozar realmente de una vida prolongada, saludable y creativa, por ende, se debe
ordenar el cuido provisional de la persona menor de edad S G G a fin de que
permanezca ubicado a cargo y bajo la responsabilidad de la señora Sonia Muñoz
Arce recurso familiar (abuela materna). Por tanto: Con fundamento en lo
expuesto y disposiciones legales citadas, se resuelve: 1) Se inicia proceso especial
de protección a favor de la persona menor de edad Santiago Grandaso Gutiérrez.
2) Se confiere medida de protección de cuido provisional a favor de la persona
menor de edad S G G a fin de que permanezca ubicado a cargo y bajo la
responsabilidad de la señora Sonia Muñoz Arce recurso familiar (abuela
materna). 3) Se indica que la presente medida de protección tiene una vigencia
de hasta seis meses en tanto no se modifique en vía administrativa o judicial,
teniendo como fecha de vencimiento el día veintitrés de setiembre del dos mil
veintitrés, plazo dentro del cual deberá definirse la situación
psico-socio-legal. 4) Se le ordena al recurso familiar de S G G que deberá de
garantizar el cumplimento de los derechos de la persona menor de edad en todo
momento, haciendo énfasis en el acompañamiento a nivel educativo, a asistencia
regular al centro educativo, así como el derecho a la adecuada supervisión,
alimentación recreación, ambiente libre de violencia, seguimiento en salud etc.
5) Se dicta medida de orientación, apoyo y seguimiento temporal a la familia.
Se indica que la presente medida de protección tiene una vigencia de hasta seis
meses, teniendo la misma fecha de vencimiento que la medida de protección de cuido provisional y en tanto no se modifique en vía
administrativa o judicial. Para lo cual, se les indica a las partes del
presente proceso que debe cooperar con la Atención Institucional, lo que
implica asistir a las citas que se le brinde, así como cumplimiento de las
indicaciones emitidas. 6) No se establece
régimen de interrelación familiar entre los progenitores y persona menor
de edad, toda vez que se desconoce el paradero de estos. 7) Si el recurso
familiar labora o debe salir del hogar debe garantizar que la persona menor de
edad quede bajo responsabilidad de un adulto o persona responsable. 8) Se les
indica a las partes que en caso de cambiar de domicilio o números telefónicos
deben de informarlo a la oficina local. 9) Se otorga un plazo de quince días a
trabajo social para que elabore un Plan de Intervención con el respectivo
cronograma, con el fin de que la Oficina Local, de seguimiento de las
condiciones de las personas menores de edad y del hogar solidario y de la
madre, ejecute el Plan de Intervención, con el fin de que en un plazo de seis
meses se valore la idoneidad de que la persona menor de edad sea asumida por la
madre o en su defecto se defina el lugar idóneo para que permanezca.
Apercibimiento: Las presentes medidas de protección son de acatamiento
obligatorio y deben ser cumplidas en el plazo determinado por la profesional a
cargo. En caso de incumplimiento, se iniciará el proceso especial de protección
en sede judicial, sin perjuicio de los procesos relativos a la suspensión o
terminación de la patria potestad. Audiencia: Se le hace ver a las partes que
de conformidad con el artículo doce de la Ley que rige la materia, dentro del
plazo de los cinco días hábiles siguientes a la notificación de la presente
resolución, podrán solicitar que se señale hora y fecha para una audiencia donde
se evacuará la prueba que consideren pertinente y ser escuchadas con respecto a
los hechos denunciados. Notificaciones. Se les previene a las partes señalar
casa, oficina o lugar, donde atender notificaciones, en caso de no hacerlo, las
resoluciones posteriores se tendrán por notificadas veinticuatro horas después
de dictadas. Garantía de
defensa: Se les informa a las partes, que es su derecho hacerse asesorar o
representar por un profesional en derecho de su elección, así como a tener
acceso en la Oficina Local al estudio y revisión del expediente administrativo.
Recursos: Se hace saber a las partes, que en contra de esta resolución procede
el recurso de apelación, el que deberá interponerse ante este despacho, dentro
de los dos días posteriores a la notificación, resolviendo dicho recurso la
Presidencia Ejecutiva de la entidad, ubicada en San José, Barrio Luján, en
horas hábiles de las siete a las quince y treinta horas. Dicho recurso será
inadmisible si es presentado pasado el plazo indicado. La presentación del
recurso de apelación, no suspenderá la aplicación del acto recurrido.—Oficina
Local Alajuela Oeste.—Lic. Johan David Gutiérrez Valverde, Órgano
Director del Procedimiento.—O. C. N° OC-13419-202.—Solicitud
N° 421502.—( IN2023739050 ).
Al señor Cristóbal Toledo Nivar,
se desconoce demás calidades y domicilio, sin más datos se le comunica la
Resolución de las 08:00 horas del 23 de marzo del 2023, mediante la cual
resuelve el dictado de Medida de Protección de Orden de Inclusión a
Organización No Gubernamental para Tratamiento Formativo-Educativo, Socio
Terapéutico y Psicopedagógico Centro Especializado a favor de la persona menor
de edad J.J.Q.S. Contra esta resolución proceden los recursos de revocatoria y
de apelación. Se le confiere audiencia al señor Cristóbal Toledo Nivar, el plazo para oposiciones de tres
días hábiles siguientes a partir de la segunda publicación de este adicto, para
que presente los alegatos de su interés, y ofrezca las pruebas que estime
necesarias, y se le advierte, que tiene derecho a hacerse asesorar y
representar por abogados y técnicos de su elección, así como consultar el
expediente en días y horas hábiles, se hace la salvedad que para fotocopiar el
expediente administrativo se cuenta con el horario de siete horas con treinta
minutos y hasta las once horas con treinta minutos en días hábiles, el cual
permanecerá a su disposición en oficina local, ubicada en San José, Hatillo
Centro, de la Iglesia de Hatillo Centro 175 metros al norte y 50 metros al
oeste. Expediente Administrativo N° OLHT-00336-2017.—Oficina Local de Hatillo.—Licda. Annette Pérez Angulo, Representante
Legal.—O.C. N° OC-13419-202.—Solicitud N° 421503.—( IN2023739051 ).
Se comunica a la señora: María Elizabeth Álvarez Guevara, mayor de edad,
costarricense, soltera, portadora de la cédula de identidad número 702040149,
de oficio y domicilio desconocido la resolución administrativa dictada por ésta
representación de las trece horas con treinta minutos del veintisiete de
febrero de dos mil veintitrés, en la cual se resuelve: se confiere de forma
provisional la guarda crianza de sus hijos K.F.S.A y N.A.S.A; con citas de
inscripción número 704140326 y 704370914, respectivamente, en su progenitor el
señor Fernando Salazar Alvarado, Audiencia: Por un plazo de cinco días hábiles
posterior a la tercera publicación del presente edicto, se pone en conocimiento
de las partes involucradas, en el presente Proceso Especial de Protección, la
investigación llevada a cabo por ésta representación, para que se pronuncien,
de igual manera si así lo consideran soliciten la realización de una audiencia
oral, sin que ello conlleve la suspensión de las medidas de protección
dictadas. Recurso: El de Apelación, señalando lugar para oír notificaciones
dentro del perímetro judicial de la Presidencia Ejecutiva en San José, dentro
de las cuarenta y ocho horas siguientes a la tercera publicación de este
edicto. Expediente N°
OLSI-00049-2015.—Oficina Local de Siquirres.—Lic. Randall
Quirós Cambronero, Representante Legal.—O. C. N° OC-13419-202.—Solicitud N°
421504.—( IN2023739055 ).
Al señor: Ángel Elías Sánchez
Cortez, ambos con únicos apellidos dada su nacionalidad panameña, sin
más datos, se le comunica la resolución administrativa de dictada las 08:30 del
01/02/2023, a favor de la persona menor de edad AASR, JPSR y ADSR. Se le
confiere audiencia por tres días, para que presente los alegatos de su interés,
y ofrezca las pruebas que considere necesarias, se le advierte que tiene
derecho a asesorarse y representarse por un abogado o técnicos de su elección.
Expediente N° OLA-00042-2023.—Oficina Local de Alajuela.—Licda. Dikidh González
Álvarez, Representante Legal.—O. C. N° OC-13419-202.—Solicitud N° 421505.—(
IN2023739056 ).
Al señor: Thomas Stanley Karr,
mayor, nacionalidad extranjera, con domicilio exacto desconocido. Se le
comunica la Resolución Administrativa de las nueve horas del veintitrés de
marzo del año dos mil veintitrés. Mediante la cual se resuelve: Archivo del
Proceso Especial de Protección. En favor de la persona menor de edad: B.L.K.M Se
le confiere audiencia al señor: Thomas Stanley Karr, por tres días hábiles,
para que presente los alegatos de su interés y ofrezca las pruebas que estime
necesarias y se les advierte que tienen derecho a hacerse asesorar y
representar por abogados y técnicos de su elección,
así como a consultar el expediente en días y horas hábiles, se hace la salvedad
que para obtener el expediente administrativo deberán presentar llave maya o
CD, lo anterior porque el expediente es digital y se cuenta con el horario de
siete con treinta minutos y hasta las dieciséis horas en días hábiles, el cual
permanecerá a su disposición en esta Oficina Local, ubicada en Golfito, barrio
Alamedas, contiguo a los Tribunales de Justica, Oficina de dos plantas.
Expediente Administrativo N° OLGO-00013-2023.—Oficina Local de Golfito.—Licda. Hellen Agüero Torres, Representante Legal.—O.C. N° OC-13419-202.—Solicitud N° 421506.—(
IN2023739057 ).
Se comunica al señor: José Antonio Domingo Campos Carvajal,
mayor de edad, costarricense, casado, portadora de la cédula de identidad
número 602200757, de ocupación y domicilio desconocido las resoluciones
administrativa dictada por ésta representación de las trece horas con diez
minutos del veinte de febrero de dos mil veintitrés, en la cual se resuelve medida de protección de cuido provisional, a favor de
la persona menor de edad J.F.C.R.; con citas de inscripción 703190114, hijo de
los señores Gianina Rosales Carrillo y José Antonio Campos Carvajal, en su abuela materna la
señora Noemy Carrillo Alvarado, portadora de la cédula de identidad número
706700100. Audiencia: Por un plazo de cinco días hábiles posterior a la tercera
publicación del presente edicto, se pone en conocimiento de las partes
involucradas, en el presente proceso especial
de protección, la investigación llevada a cabo por esta representación, para
que se pronuncien, de igual manera si así lo consideran soliciten la
realización de una audiencia oral, sin que ello conlleve la suspensión de las
medidas de protección dictadas. Recurso: El de apelación, señalando lugar para
oír notificaciones dentro del perímetro
judicial de la Presidencia Ejecutiva en San José, dentro de las cuarenta
y ocho horas siguientes a la tercera publicación de este edicto. Expediente
N° OLSI-00155-2022.—Oficina Local de Siquirres.—Lic.
Randall Quirós Cambronero, Representante Legal.—O. C. N° OC-13419-202.—Solicitud N°
421507.—( IN2023739063 ).
Notificar al señor(a) Osvaldo
Emilio González
Vargas, se le comunica la resolución de las nueve horas del trece de marzo dos
mil veintitrés en
cuanto a la ubicación de la(s) persona(s) menor(es) de edad, Y.J.G.N.
Notifíquese la anterior resolución a la(s) parte(s) interesada(s),
personalmente o en su casa de habitación, a quienes se les advierte que deberán
señalar lugar conocido para recibir sus notificaciones, o bien, señalar número
de facsímile para recibir aquellas notificaciones que pudieren practicarse por
ese medio, en el entendido que de no hacerlo, o si el lugar señalado fuere
impreciso, inexacto o llegare a desaparecer, o si el medio seleccionado fuere
defectuoso, estuviere desconectado, sin suficiente provisión de papel o por
cualquier otro modo no imputable a esta institución se interrumpiere la
comunicación, las notificaciones futuras quedarán firmes veinticuatro horas
después de dictadas. Se les hace saber, además, que contra la presente
resolución procede el recurso ordinario de apelación, que deberán interponer
ante esta Representación Legal dentro del plazo de cuarenta y ocho horas
siguientes a la fecha de la última notificación a las partes, el de recurso
será de conocimiento de la Presidencia Ejecutiva de esta institución, en el
entendido que hacerlo fuera de dicho término el recurso deviene en inadmisible,
expediente OLLS-00202-2014.—Oficina Local de Los Santos.—Licda. María
Auxiliadora Villanueva Morales, Órgano Director del Procedimiento.—O.C. Nº OC-13419-202.—Solicitud
Nº 421508.—( IN2023739126 ).
Al señor Alejandro Aceituno Ávila,
se le comunica LA resolución de las 20:05 horas del 14 de marzo del año 2023,
dictada por Departamento de Atención Inmediata, del Patronato Nacional de la
Infancia que corresponden a la resolución mediante la cual, se inicia proceso
especial de protección en sede administrativa y se dicta medida de protección en
favor de la persona menor de edad A.A.F. Se le confiere audiencia al señor
Alejandro Aceituno Ávila, por tres días hábiles, para que presente los alegatos
de su interés, y ofrezca las pruebas que estime necesarias, y se le advierte
que tiene derecho a hacerse asesorar y representar por abogados y técnicos de
su elección, así como consultar el expediente en días y horas hábiles, el cual
permanecerá a su disposición en esta oficina local de San José Oeste, ubicada
en ubicado en San José, distrito Hospital, calle 14, entre avenidas 6 y 8,
contiguo al parqueo del Hospital Metropolitano, del costado suroeste del Parque
de La Merced 150 metros al sur. Así mismo, se le hace saber que Deberá señalar
lugar conocido o número de facsímil para recibir sus notificaciones, en el
entendido que de no hacerlo, o si el lugar señalado fuere impreciso, inexacto o
llegare a desaparecer, o si el medio electrónico seleccionado fuere defectuoso,
estuviere desconectado, sin suficiente provisión de papel o por cualquier otro
modo no imputable a esta institución se interrumpiere la comunicación, las
resoluciones futuras quedarán firmes 24 horas después de dictadas, conforme la
Ley de Notificaciones Judiciales. Se le hace saber, además, que contra la
indicada resolución procede Recurso de Apelación para ante la Presidencia
Ejecutiva de esta institución, el cual deberán interponer ante esta
Representación Legal dentro de las 48 horas siguientes, contadas a partir del
día hábil inmediato siguiente a la fecha de publicación del tercer aviso en el
Diario Oficial, en el entendido que hacerlo fuera de dicho término el recurso
deviene en inadmisible (Artículo 139 del Código de la Niñez y la Adolescencia).
Publíquese tres veces. Expediente N° OLSJO-00032-2023.—Oficina Local de San
José Oeste.—Lic. Ángel Alberto López Brenes,
Representante Legal.—O.C. Nº OC-13419.—Solicitud Nº 421509.—( IN2023739127 ).
Al señor:
Gabriel Alejandro Martínez Solórzano, mayor, casado una vez, costarricense,
portador de la cédula de identidad N° 603520007, con domicilio desconocido. Se
le comunica la resolución administrativa de las ocho horas cuarenta y cinco
minutos del veintidós de marzo del dos mil veintitrés y de las nueve horas
quince minutos del veintidós de marzo del dos mil veintitrés. Mediante la cual
se resuelve: resolución de inicio del proceso especial de protección
y dictado de medida de cuido provisional- cautelar (provisionalísima) y remisión a fase diagnostica en favor de la persona menor de
edad: Z.D.M.N. Se le confiere audiencia al señor: Gabriel Alejandro Martínez
Solórzano, por tres días hábiles para que presente los alegatos de su interés y
ofrezca las pruebas que estime necesarias y se les advierte que tienen derecho
a hacerse asesorar y representar por abogados y técnicos de su elección, así
como a consultar el expediente en días y horas hábiles se hace la salvedad que
para obtener el expediente administrativo deberán presentar llave maya o CD, lo
anterior porque el expediente es digital y se cuenta con el horario de siete
con treinta minutos y hasta las dieciséis horas en días hábiles, el cual
permanecerá a su disposición en esta Oficina Local, ubicada en Golfito, barrio
Alamedas, contiguo a los Tribunales de Justicia, oficina de dos plantas.
Expediente administrativo N° OLGO-00044-2021.—Oficina Local de Golfito.—Licda.
Hellen Agüero Torres, Representante
Legal.—O. C. N° OC-13419-202.—Solicitud N° 421586.—(
IN2023739185 ).
Al señor:
Jeilyn Vanessa Noel Berrocal, mayor, casada una vez, costarricense, portador de
la cédula de identidad número: 603560486, con domicilio desconocido. Se le
comunica la resolución administrativa de las ocho horas cuarenta y cinco
minutos del veintidós de marzo del año dos mil veintitrés y de las nueve horas
quince minutos del veintidós de marzo del año dos mil veintitrés. Mediante la
cual se resuelve: Resolución de inicio del proceso especial de protección y
dictado de medida de cuido provisional-cautelar (Provisionalísima) y remisión a
fase diagnostica. En favor de la persona menor de edad: Z. D. M. N. Se le
confiere audiencia al señor: Jeilyn Vanessa Noel Berrocal, por tres días
hábiles, para que presente los alegatos de su interés y ofrezca las pruebas que
estime necesarias y se les advierte que tienen derecho a hacerse asesorar y
representar por abogados y técnicos de su elección, así como a consultar el
expediente en días y horas hábiles, se hace la salvedad que para obtener el
expediente administrativo deberán presentar llave maya o CD, lo anterior porque
el expediente es digital y se cuenta con el horario de siete con treinta
minutos y hasta las dieciséis horas en días hábiles, el cual permanecerá a su
disposición en esta Oficina Local, ubicada en Golfito, Barrio Alamedas,
contiguo a los Tribunales de Justica, Oficina de dos plantas. Expediente
Administrativo N° OLGO-00044-2021.—Oficina
Local de Golfito.—Licda. Hellen Agüero Torres, Representante Legal.—O. C. N°
OC-13419-202.—Solicitud N° 421589.—(
IN2023739196 ).
Al señor: Aarón Andrés Cordero López, mayor de edad, soltero, portador de la cédula de identidad número: 604680814, costarricense, con domicilio
desconocido. Se le comunica la Resolución Administrativa de las trece horas del
veintidós de marzo del año dos mil veintitrés y de las
catorce horas con treinta y nueve minutos del veintidós de marzo del año dos mil veintitrés. Mediante
la cual se resuelve: Resolución de Inicio
del Proceso Especial de Protección y dictado de Medida de Cuido
Provisional-Cautelar (provisionalísima) y
Remisión a Fase Diagnóstica. En favor de la persona
menor de edad: T.A.C.P. Se le confiere audiencia al señor: Aarón Andrés Cordero López, por tres días hábiles, para que presente los alegatos de su
interés y ofrezca las pruebas que estime necesarias y se les advierte que
tienen derecho a hacerse asesorar y representar por abogados y técnicos de su
elección, así como a consultar el expediente en días y horas hábiles, se hace
la salvedad que para obtener el expediente administrativo deberán presentar
llave maya o CD, lo anterior porque el expediente es digital y se cuenta con el
horario de siete con treinta minutos y hasta las dieciséis horas en días
hábiles, el cual permanecerá a su disposición en esta Oficina Local, ubicada en
Golfito, barrio Alamedas, contiguo a los Tribunales de Justicia, oficina de dos
plantas. Expediente administrativo número: OLGO-00022-2023.—Oficina Local de Golfito.—Licda. Hellen Agüero Torres, Representante Legal.—O. C. N°
OC-13419-202.—Solicitud N° 421591.—(
IN2023739198 ).
A Marlon Alberto Aguirre Jiménez.
Se le comunica la resolución de las trece horas del veintitrés de marzo del año
dos mil veintitrés la cual otorga el mantener Proceso Especial de Protección en
sede Administrativa de manera Cautelar a favor de las personas menores de edad
D.D.D.C., L.A.P.D., M.C.D., E.J.D.C., M.A.D., K.D.C. Se les confiere audiencia
a los interesados, por tres días hábiles, para que presenten los alegatos de su
interés, y ofrezcan las pruebas que estime necesarias, y se le advierte que
tiene derecho de hacerse asesorar y representar por abogados y técnicos de su
elección, así como consultar el expediente en días y horas hábiles, se hace la
salvedad que para fotocopiar el expediente administrativo se cuenta con el
horario de siete horas treinta minutos y hasta las doce horas con treinta
minutos en días hábiles, el cual permanecerá a su disposición en esta oficina
local, ubicada en San Carlos, Aguas Zarcas, 500 oeste del CTN Nataniel Murillo,
edificios color rojo mano derecha antes del puente de Aguas Zarcas, edificio
del PANI. Expediente N° OLAZ-00390-2021.—Oficina Local de Aguas Zarcas.—Marcela Luna Chaves, Representante Legal.—O.C. N°
OC-13419-202.—Solicitud N° 421619.—( IN2023739395 ).
A Feliciano López Miranda quien, se le comunica
la resolución de las catorce horas del veintitrés de marzo del dos mil
veintitrés, resolución de guarda protectora con depósito judicial y archivo del expediente. Notifiquese.
Se otorga audiencia a las partes para ser escuchadas, que aporten la prueba
respectiva y que se apersonen a la Oficina Local correspondiente. Las partes se
podrán referir al proceso de forma escrita o verbal y que no requiere
representación por parte de un abogado. Se advierte, además que deben señalar
lugar donde recibir notificaciones, dícese fax, correo electrónico, o cualquier
otro medio indicado en la ley. Se hace saber a las partes, que en contra de
esta resolución procede el recurso de apelación, el que deberá interponerse
ante este despacho, en forma verbal o por escrito dentro de las cuarenta y ocho
horas, posteriores a la notificación, resolviendo dicho recurso la Presidencia
Ejecutiva de la entidad, ubicada en San José, Barrio Luján, en horas hábiles de
las siete a las quince y treinta horas. Para tal efecto pueden ofrecer además, las pruebas que consideren pertinentes.
Dicho recurso será inadmisible si es presentado pasado el plazo indicado. La
presentación del recurso de apelación, no suspenderá
la aplicación del acto recurrido. Notifíquese. Expediente N°
OLCO-00094-2023.—Oficina Local de Corredores.—Lic.
Isaac Castillo Zumbado, Órgano Director del Proceso.—O. C. N° OC-13419-202.—Solicitud
N° 421621.—( IN2023739548 ).
A Carlos Manuel Quirós Mora, se le comunica la
resolución de las catorce horas veintinueve minutos del veintitrés de marzo del
año dos mil veintitrés la cual otorga la finalización del proceso especial de
protección en sede administrativa a favor de la persona menor de edad J.P.Q.L.
Se les confiere audiencia a los interesados, por tres días hábiles, para que
presenten los alegatos de su interés, y ofrezcan las pruebas que estime
necesarias, y se le advierte que tiene derecho de hacerse asesorar y
representar por abogados y técnicos de su elección, así como consultar el
expediente en días y horas hábiles, se hace la salvedad que para fotocopiar el
expediente administrativo se cuenta con el horario de siete horas treinta minutos
y hasta las doce horas con treinta minutos en días hábiles, el cual permanecerá
a su disposición en esta oficina local, ubicada en San Carlos, Aguas Zarcas,
500 oeste del CTN Nataniel Murillo, edificios color rojo mano derecha antes del
puente de Aguas Zarcas, edificio del PANI, expediente:
OLSAR-00171-2013.—Oficina Local de Aguas Zarcas.—Marcela Luna Chaves,
Representante Legal.—O.C. Nº OC-13419-202.—Solicitud Nº 421623.—( IN2023739610
).
A la señora
Yessenia Mondragón Molina, de nacionalidad nicaragüense, sin más datos, se le
comunica la resolución de las 16:00 horas del 17/02/2023 en la cual se procede
mantener la medida de protección de cuido provisional y ampliación de su plazo
dictada por la Oficina Local de Pococí a favor de la persona menor de edad
M.Y.P.M., J.I.M.M., J.E.P.M., W.A.M.M., E.P.M. y A.I.M.M. NOTIFIQUESE la
presente resolución a quien interese mediante la publicación de un edicto, por
tres veces consecutivas, en el Diario Oficial, con la advertencia que deberán
señalar lugar conocido para recibir sus notificaciones, o bien, señalar número
de facsímil para recibir aquellas notificaciones que pudieren practicarse por
ese medio, en el entendido que de no hacerlo, o si el lugar señalado fuere
impreciso, inexacto o llegare a desaparecer, o si el medio seleccionado fuere
defectuoso, estuviere desconectado, sin suficiente provisión de papel o por
cualquier otro modo no imputable a esta institución se interrumpiere la
comunicación, las notificaciones futuras quedarán firmes veinticuatro horas
después de dictadas. Se les hace saber, además, que contra la presente
resolución proceden los recursos ordinarios de revocatoria con apelación en
subsidio, que deberán interponer ante esta Representación Legal dentro del
tercer día hábil inmediato siguiente a la fecha de la última notificación a las
partes, siendo que el de revocatoria será de conocimiento de esta
Representación Legal, y el de apelación de la Presidencia Ejecutiva de esta
institución. Podrán presentar los alegatos de su interés, y ofrecer las pruebas
que estimen necesarias, y se les advierte tienen derecho a hacerse asesorar y
representar por abogado y técnico de su elección, así como consultar el
expediente en días y horas hábiles, se hace la salvedad que para fotocopiar el
expediente administrativo se cuenta con el horario de siete horas con treinta
minutos y hasta las once horas con treinta minutos en días hábiles, el cual
permanecerá a su disposición en esta oficina local, ubicada en Limón, Pococí,
Guápiles, sita 200 metros norte y 25 metros oeste del Banco Popular y
Desarrollo Comunal. Expediente N° OLPO-00304-2022.—Oficina
Local de Pococí.—MSC. Maria Gabriela Hidalgo Hurtado, Representante Legal.—O.C. Nº OC-13419-202.—Solicitud Nº 421633.—(
IN2023739831 ).
Lic. Johan David Gutiérrez Valverde,
Órgano Director del Procedimiento Administrativo,
en su carácter personal, quienes son Juan Carlos Martínez López, Luis Gerardo
Alfaro Cortés, vecinos de desconocido. Se les hace saber que, en proceso
especial de protección en sede administrativa, establecido por Patronato
Nacional de la Infancia, en expediente OLAO-00090-2016, se ordena notificarles
por edicto, la resolución que en lo literal dice: Patronato Nacional de la
Infancia, Oficina Local de Alajuela Oeste. A las ocho horas treinta y siete
minutos del día veinticuatro de marzo del año dos mil veintitrés. Visto: único: que, se recibe incidente del
9-1-1, 2023-02-25-01455, del día 25/02/2023 al ser las 15:38, el mismo indicó
agresión psicológica hacia personas menores de edad de 15 y 16 años de edad. Considerando: de conformidad con lo
establecido en el reglamento a los artículos 133 y 139 del Código de la Niñez y
la Adolescencia y siendo que, de la primera intervención institucional, las
áreas de investigación preliminar, identifican factores
de riesgo que se deben modificar, y factores de protección que requieren el
fortalecimiento en beneficio del interés superior de las personas menores de
edad y su integridad. Se requiere la ampliación de la intervención
institucional con la finalidad de poder determinar el actor o conducta que
propicia los factores de riesgo, necesarios para identificar y especializar el
plan de intervención. Por tanto: de acuerdo con la anterior esta Representación
ordena: a. puesta en conocimiento: por un plazo de cinco días hábiles se pone
en conocimiento de las partes involucradas, el informe de investigación
preliminar. b. Audiencia: Siguiendo criterios de la lógica, razonabilidad,
proporcionalidad y sana crítica, se otorga audiencia de forma escrita por el
plazo de cinco días hábiles a partir de la notificación de la resolución para
que presenten sus alegatos y ofrezcan prueba. c. Fase diagnóstica, se dé inicio
a la fase diagnóstica por lo que se deberá de asignarse la intervención de un
profesional en el área de trabajo social para que dentro del plazo de 15 días
hábiles cuando ha existido separación familiar y de 20 días hábiles en los
demás procesos, para que al final de esta ampliación deberá determinar una
recomendación de acuerdo a lo trabajado, para establecer el cierre de la
intervención institucional o bien el dictado de la medida especial de
protección correspondiente, respecto a esto último deberá aportar un plan de
intervención con su debido cronograma. Se previene a las partes involucradas en
el Proceso que les asiste todo el derecho de hacerse asesorar o representar por
un profesional en derecho, así como tener acceso al expediente administrativo
para el estudio, revisión o fotocopias. Recursos: se le hace saber a las partes
que contra la presente resolución procede recurso de apelación para ante la
Presidencia Ejecutiva de esta institución, el cual podrá interponerse
verbalmente o por escrito, dentro de las cuarenta y ocho horas siguientes a su
notificación. (Artículo 139 del Código de la Niñez y la Adolescencia). Medio
para notificaciones: se insta a las partes el establecimiento de un medio para
recibir notificaciones. Comuníquese.—Oficina Local de Alajuela Oeste.—Lic. Johan David
Gutiérrez Valverde, Representante Legal.—O.C.
Nº OC-13419-202.—Solicitud Nº 421649.—( IN2023739850 ).
Lic. Manuel David Rojas Saborío,
Órgano Director del Procedimiento Administrativo, en
su carácter personal, quien es Bismark Gómez Alvarado, indocumentado, vecino de desconocido.
Se le hace saber que, en proceso especial de protección en sede administrativa,
establecido por Patronato Nacional de la Infancia, en expediente
OLAO-00045-2023, se ordena notificarle por edicto, la resolución que en lo
literal dice: Patronato Nacional de la Infancia, Oficina Local de Alajuela
Oeste, nueve horas y dieciséis minutos del veinticuatro de marzo del dos mil
veintitrés. Considerando Primero: Que se tienen por ciertos los resultandos del
primero al último por constar así en el expediente administrativo de marras.
Segundo: Del elenco probatorio que consta en el citado expediente
administrativo y de su análisis se evidencia que la persona menor de edad
cuenta con ideación suicida, estuvo con atención psicológica, se percibe que
los padres la han querido obligar a ir a la iglesia, poseer una creencia religiosa,
la cual la pme no quiere, posee baja autoestima, busca aceptación personal y de
los demás. La adolescente posee una historia familiar donde los padres
practican un credo religioso del cual pretendían que la adolescente también
debería tenerlo, pero a ella la hace sentir muy mal, no se siente parte de la
iglesia. Actualmente la adolescente presenta un cuadro de baja autoestima,
búsqueda de aceptación personal y de los demás, práctica de un credo religioso
del cual la adolescente la hace detonar, que en consecuencia se constatan las
recomendaciones técnicas emitidas, concurriendo todos los presupuestos
necesarios para dictar una medida de protección de orientación, apoyo y
seguimiento temporal a la familia. Tercero: Sobre el Fondo: Que de conformidad
con lo establecido por la Convención sobre los Derechos del Niño en sus
artículos 3 al 6 y 18 siguientes y concordantes, cuya base jurídica constituyó
el pilar para la creación del Código de la Niñez y la Adolescencia el cual
proporciona los elementos normativos suficientes para un adecuado marco
institucional, cuya potestad está dada en el artículo 55 de la Constitución
Política, así como en los artículos 3 inciso a, e, f, k, n, y o, y 4 incisos l,
m y n de la Ley Orgánica del Patronato Nacional de la Infancia, artículos 13,
29, 30, 129 al 138, 140 siguientes y concordantes del Código de la Niñez y la
Adolescencia que refuerzan las facultades institucionales para brindar la
protección necesaria a la persona menor de edad que no tenga una garantía
efectiva de sus derechos. Estos principios en conjunto,
plantean como elemento indispensable para alcanzar el máximo desarrollo humano
el reconocimiento de las personas menores de edad como personas activas de la
sociedad que disfrutan del ejercicio, goce y vigencia de derechos y deberes
inherentes a la condición de ser humano para que puedan gozar realmente de una
vida prolongada, saludable y creativa. El Código de la Niñez y la Adolescencia
establece en su artículo 135 la posibilidad de implementar medidas de protección en favor de la persona menor de
edad y adolescentes. En este orden de ideas es que se considera necesario
iniciar un proceso administrativo de orientación, apoyo y seguimiento a la
familia (con fundamento en el artículo 135 inciso a) del Código de la Niñez y
la Adolescencia a favor de la persona menor de edad Marjorie Gómez Duarte con el fin de tutelar
los derechos indicados. Por tanto con fundamento en lo
expuesto y disposiones legales citadas, se resuelve: 1) Dar por iniciado el
proceso especial de protección, en sede administrativa. 2) Se dicta medida de
orientación, apoyo y seguimiento temporal a la familia. Se indica que la
presente medida de protección tiene una vigencia de hasta seis meses teniendo
como plazo de vencimiento el veintiuno de setiembre de dos mil veintitrés. Para
lo cual, se le indica que debe cooperar con la atención institucional, lo que
implica asistir a las citas que se le brinde, así como cumplimiento de las
indicaciones emitidas. 3) Se Ordena brindar seguimiento y contención a las
necesidades de la persona menor de edad y su familia. 4) Se recomienda trabajar
con los progenitores: responsabilidad parental, derechos, deberes, sistema
familiar protector y comunicación asertiva. 5) Se ordena incluir en el programa
socioeducativo “Academia de Crianza” a los progenitores. 6) Asígnese la
presente situación a funcionaria en Trabajo Social para que brinde el
respectivo seguimiento, se le da un plazo de seis meses para que cumpla con el
plan de intervención prestablecido. Apercibimiento: Las presentes medidas de
protección son de acatamiento obligatorio y deben ser cumplidas en el plazo
determinado por la profesional a cargo. En caso de incumplimiento, se iniciará
el proceso especial de protección en sede judicial, sin perjuicio de los procesos
relativos a la suspensión o terminación de la patria potestad. Audiencia: Se le
hace ver a las partes que de conformidad con el artículo doce de la Ley que
rige la materia, dentro del plazo de los cinco días hábiles siguientes a la
notificación de la presente resolución, podrán solicitar que se señale hora y
fecha para una audiencia donde se evacuará la prueba que consideren pertinente
y ser escuchadas con respecto a los hechos denunciados. Notificaciones. Se les
previene a las partes señalar casa, oficina o lugar, donde atender
notificaciones, en caso de no hacerlo, las resoluciones posteriores se tendrán
por notificadas veinticuatro horas después de dictadas. Garantía de Defensa: Se
les informa a las partes, que es su derecho hacerse asesorar o representar por
un profesional en derecho de su elección, así como a tener acceso en la Oficina
Local al estudio y revisión del expediente administrativo. Recursos: Se hace
saber a las partes, que en contra de esta resolución procede el recurso de
apelación, el que deberá interponerse ante este despacho, dentro de los dos
días posteriores a la notificación, resolviendo dicho recurso la Presidencia
Ejecutiva de la entidad, ubicada en San José, Barrio Luján, en horas hábiles de
las siete a las quince y treinta horas. Dicho recurso será inadmisible si es
presentado pasado el plazo indicado. La presentación del recurso de apelación, no suspenderá la aplicación del acto recurrido. Comuníquese.—Oficina Local de Alajuela Oeste.—Lic. Manuel
David Rojas Saborío, Representante
Legal.—O. C. N° OC-13419-202.—Solicitud N° 421654.—( IN2023739950 ).
Lic. Johan David Gutiérrez
Valverde, Órgano Director del Procedimiento Administrativo,
en su carácter personal, quien es Jesús Frain Sequeira Sánchez, vecino de
desconocido. Se le hace saber que, en Proceso Especial de Protección en Sede
Administrativa, establecido por Patronato Nacional de la Infancia, en
expediente OLSCA-00105-2017, se ordena notificarles por edicto, la resolución
que en lo literal dice: Patronato Nacional de la Infancia, Oficina Local de
Alajuela Oeste. A las nueve horas veintidós minutos del día veinticuatro de
marzo del año dos mil veintitrés. Visto: único: que, se recibe incidente del
9-1-1, 2023-02-22-0247, del día 22/02/2023 al ser las 18:40, el mismo reportó
aparente agresión física y conflicto familiares hacia persona menor de edad de
15 años de edad y su madre. Considerando: de
conformidad con lo establecido en el reglamento a los artículos 133 y 139 del
Código de la Niñez y la Adolescencia y siendo que, de la primera intervención
institucional, las áreas de investigación preliminar identifican factores de
riesgo que se deben modificar, y factores de protección que requieren el
fortalecimiento en beneficio del interés superior de las personas menores de
edad y su integridad. Se requiere la ampliación de la intervención
institucional con la finalidad de poder determinar el actor o conducta que
propicia los factores de riesgo, necesarios para identificar y especializar el
plan de intervención. Por tanto: de acuerdo con la anterior esta representación
ordena: a. Puesta en conocimiento: por un plazo de cinco días hábiles se pone
en conocimiento de las partes involucradas, el informe de investigación
preliminar. b. Audiencia: Siguiendo criterios de la lógica, razonabilidad,
proporcionalidad y sana crítica, se otorga audiencia de forma escrita por el
plazo de cinco días hábiles a partir de la notificación de la resolución para
que presenten sus alegatos y ofrezcan prueba. c. Fase diagnóstica, se dé inicio
a la fase diagnóstica por lo que se deberá de asignarse la intervención de un
profesional en el área de psicología para que dentro del plazo de 15 días
hábiles cuando ha existido separación familiar y de 20 días hábiles en los demás
procesos, para que al final de esta ampliación deberá determinar una
recomendación de acuerdo a lo trabajado, para establecer el cierre de la
intervención institucional o bien el dictado de la medida especial de
protección correspondiente, respecto a esto último deberá aportar un plan de
intervención con su debido cronograma. Se previene a las partes involucradas en
el Proceso que les asiste todo el derecho de hacerse asesorar o representar por
un profesional en derecho, así como tener acceso al expediente administrativo
para el estudio, revisión o fotocopias. Recursos: se le hace saber a las partes
que contra la presente resolución procede recurso de apelación para ante la
Presidencia Ejecutiva de esta institución, el cual podrá interponerse
verbalmente o por escrito, dentro de las cuarenta y ocho horas siguientes a su
notificación. (Artículo 139 del Código de la Niñez y la Adolescencia). Medio
para notificaciones: se insta a las partes el establecimiento de un medio para
recibir notificaciones. Comuníquese.—Oficina Local de Alajuela Oeste.—Lic. Johan David
Gutiérrez Valverde, Representante Legal.—O.C.
Nº OC-13419-202.—Solicitud Nº 421662.—( IN2023740160 ).
A: Merysa Solís Rivera, Mauricio Beteta Pengles,
Christopher Valverde Rodríguez, Eric
Mathue Van Santen y Guillermo Carmona Salazar, personas menores de edad:
I.V.B.S, J.E.V.S, K.M.V.S, H.C.S, se le comunica las resoluciones siguientes:
i) nueve horas de los nueve treinta minutos del veinte de marzo del dos mil
veintitrés, donde se realiza resolución de confirmación cuido provisional del
expediente administrativo. Notificaciones: se le previene a la parte señalar
casa, oficina o lugar, donde atender notificaciones, en el caso de no hacerlo
las resoluciones posteriores se tendrán por notificadas veinticuatro horas
después de dictadas. Garantía de
defensa: se le informa a la parte que es su derecho hacerse asesorar o
representar por un profesional en derecho de su elección, así como a tener
acceso en la oficina local dentro de horas hábiles al estudio y revisión del
expediente administrativo. Recursos: se le hace saber a las partes que contra
esta resolución procede el recurso de apelación el que deberá interponerse ante
este despacho, en forma verbal o por escrito dentro de las cuarenta y ocho
horas, posteriores a la notificación, resolviendo dicho recurso la Presidencia
Ejecutiva de la entidad, ubicada en San José, Barrio Luján, en horas hábiles de las siete a
las quince y treinta horas. Para tal efecto pueden ofrecer además las pruebas
que consideren pertinentes (Art. 139 del Código de la Niñez y la Adolescencia).
Dicho recurso será inadmisible si es presentado pasado el plazo indicado. La
presentación del recurso de apelación no suspenderá la aplicación del acto
recurrido. Expediente N° OLT-00307-2016.—Oficina Local de Pavas.—Licda.
Mariela Villalobos Jiménez,
Órgano Director del Procedimiento.—O. C. N°
OC-13419-202.—Solicitud N° 421664.—( IN2023740184 ).
A la señora Karol Tatiana
Matarrita Gutiérrez, se les comunica la resolución de audiencia, mediante la
cual se mantiene el proceso especial de protección bajo la figura de guarda
crianza y educación, resolución PANI-OLAL-RA-145-2023 iniciado mediante la
resolución PANI-OLAL-PEP-21-2023 es en favor de la persona menor de edad JAM.
Se le confiere audiencia por tres días hábiles, para que presente los alegatos
de su interés, y se le advierte que tiene derecho a hacerse asesorar y
representar por abogados y técnicos de su elección, así como consultar el
expediente en días y horas hábiles, el cual permanecerá a su disposición en
esta Oficina Local, ubicada San José, Alajuelita, San Josecito, del
supermercado Acapulco 300 metros oeste y 125 metros sur, calle al Liceo de
Alajuelita, - Expediente OLAL-00342-2020.—Oficina
Local de Alajuelita.—Licda. Desirée Ramos B., Representante Legal.—1 vez.—O.C.
Nº 13419-202.—Solicitud Nº 421666.—( IN2023740246 ).
Al señor
James Michael Dyer, cédula de identidad número 800920739, se le comunica la
resolución correspondiente a resolución que ordena revocatoria de medida
especial de protección otorgado a persona menor de edad, de las trece horas del
veintitrés de marzo dos mil veintitrés, dictada por la Oficina Local de Vázquez
de Coronado Moravia del Patronato Nacional de la Infancia. Asimismo, se le
comunica la resolución correspondiente a resolución PE-PEP-0004-2023, de las
ocho horas del doce de enero dos mil veintitrés, dictada por la Presidencia
Ejecutiva del Patronato Nacional de la Infancia que resuelve recurso de
apelación. Se le confiere audiencia al señor James Michael Dyer, por cinco días
hábiles, para que presente los alegatos de su interés, y ofrezca las pruebas
que estime necesarias, y se le advierte que tiene derecho a hacerse asesorar y
representar por abogados y técnicos de su elección, así como consultar el
expediente en días y horas hábiles, el cual permanecerá a su disposición en
esta oficina local de Vázquez de Coronado Moravia, ubicada en ubicado en San
José, Coronado, doscientos cincuenta metros al este del Antiguo Mall Don
Pancho. Se le hace saber, además, que contra la indicada resolución dictada por
la Oficina Local de Vázquez de Coronado – Moravia del Patronato Nacional de la
Infancia procede Recurso de Apelación para ante la Presidencia Ejecutiva de
esta institución, el cual deberán interponer ante esta Representación Legal
dentro de las 48 horas siguientes, contadas a partir del día hábil inmediato
siguiente a la fecha de publicación del tercer aviso en el Diario Oficial, en
el entendido que hacerlo fuera de dicho término el recurso deviene en
inadmisible (Artículo 139 del Código de la Niñez y la Adolescencia). Publíquese tres veces. Expediente N° OLT-00302-2018.—Oficina
Local de Vázquez de Coronado Moravia.—MSC. Hernán Alberto González Campos, Representante Legal.—O.C.
N° OC-13419-202.—Solicitud N° 421594.—( IN2023740247 ).
A Danny Alfredo Carmona, se le
comunica la resolución de las trece horas del veintitrés de marzo del año dos
mil veintitrés, la cual otorga el mantener Proceso Especial de Protección en
Sede Administrativa de manera cautelar a favor de las personas menores de edad
D.D.D.C., L.A.P.D., M.C.D., E.J.D.C., M.A.D., K.D.C. Se les confiere audiencia
a los interesados, por tres días hábiles, para que presenten los alegatos de su
interés, y ofrezcan las pruebas que estime necesarias, y se le advierte que tiene
derecho de hacerse asesorar y representar por abogados y técnicos de su
elección, así como consultar el expediente en días y horas hábiles, se hace la
salvedad que para fotocopiar el expediente administrativo se cuenta con el
horario de siete horas treinta minutos y hasta las doce horas con treinta
minutos en días hábiles, el cual permanecerá a su disposición en esta Oficina
Local, ubicada en San Carlos, Aguas Zarcas, 500 oeste del CTN Nataniel Murillo,
edificios color rojo mano derecha antes del puente de Aguas Zarcas, edificio
del PANI. Expediente N° OLAZ-00390-2021.—Oficina Local de Aguas Zarcas.—Marcela Luna Chaves, Representante Legal.—O.C. N°
OC-13419-202.—Solicitud N° 421598.—( IN2023740249 ).
Al señor Miguel Ángel Aguilar Jinesta, se les
comunica la resolución de audiencia, mediante la cual se mantiene el proceso
especial de protección bajo la figura de guarda crianza y educación, resolución
PANI-OLAL-RA-145-2023 inciado mediante la resolución PANI-OLAL-PEP-21-2023 es
en favor de la persona menor de edad JAM. Se le confiere audiencia por tres
días hábiles, para que presente los alegatos de su interés, y se le advierte
que tiene derecho a hacerse asesorar y representar por abogados y técnicos de
su elección, así como consultar el expediente en días y horas hábiles, el cual
permanecerá a su disposición en esta Oficina Local, ubicada San José,
Alajuelita, San Josecito, del supermercado Acapulco 300 metros oeste y 125
metros sur, calle al Liceo de Alajuelita, expediente OLAL-00342-2020.—Oficina
Local de Alajuelita.—Licda. Desirée Ramos B.,
Representante Legal.—O.C. Nº OC-13419-202.—Solicitud Nº 421681.—(
IN2023740302 ).
Al señor: Keilyn Milena Porras
Rojas, se le comunica la resolución de este despacho de las nueve horas seis
minutos del veinticuatro de marzo de dos mil veintitrés, que dicta medida
cautelar de cuido provisional a favor de las personas menores de edad IAP e IPR
en recurso familiar señora María Cristina Rojas Solís. Se le advierte que
deberá señalar lugar conocido para recibir sus notificaciones o bien señalar
número de facsímil para recibir aquellas notificaciones que pudieran
practicarse por este medio, en el entendido de que de no hacerlo o si el lugar
señalado fuere inexacto las notificaciones futuras
quedarán firmes veinticuatro horas después de dictadas. Recursos: se le
hace saber que contra la presente resolución procede únicamente el recurso de
apelación para ante la Presidencia Ejecutiva de esta institución el que deberá
interponerse ante este despacho en horas hábiles en forma verbal o por escrito
dentro de las cuarenta y ocho horas hábiles siguientes a partir de la tercera
publicación de este edicto en el entendido que hacerlo fuera de dicho término
el recurso deviene en inadmisible. Se le informa que es su derecho hacerse
asesorar o representar por un profesional en Derecho, así como revisar y
estudiar el expediente administrativo. Expediente N° OLPUN-00030-2016.—Oficina
Local de Puntarenas.—Licda. Dalia Benavides Álvarez, Representante Legal.—O. C. N° OC-13419-202.—Solicitud N° 421686.—(
IN2023740303 ).
Al señor Elkin
Giovanni Alpízar Rodríguez, se le comunica la resolución de este despacho de
las nueve horas seis minutos del veinticuatro de marzo de dos mil veintitrés,
que dicta medida cautelar de cuido provisional a favor de las personas menores
de edad IAP en recurso familiar señora María Cristina Rojas Solís. Se le
advierte que deberá señalar lugar conocido para recibir sus notificaciones o
bien señalar número de facsímil para recibir aquellas notificaciones que
pudieran practicarse por este medio, en el entendido de que, de no hacerlo, o
si el lugar señalado fuere inexacto, las notificaciones futuras quedarán firmes
veinticuatro horas después de dictadas. Recursos: Se le hace saber, que contra
la presente resolución procede únicamente el recurso de apelación para ante la
Presidencia Ejecutiva de esta institución, el que deberá interponerse ante este
despacho en horas hábiles, en forma verbal o por escrito dentro de las cuarenta
y ocho horas hábiles siguientes a partir de la tercera publicación de este
edicto, en el entendido que hacerlo fuera de dicho término el recurso deviene
en inadmisible. Se le informa que es su derecho hacerse asesorar o representar
por un profesional en Derecho, así como revisar y estudiar el expediente administrativo.
Exp. N° OLPUN-00030-2016.—Oficina Local de Puntarenas.—Licda. Dalia
Benavides Álvarez, Representante Legal.—O.C. Nº OC-13419-202.—Solicitud Nº
421688.—( IN2023740305 ).
Lic. Johan David Gutiérrez
Valverde, Órgano Director del procedimiento administrativo,
en su carácter personal, quien es Carlos Alberto Moreno Soto, vecino de
desconocido. Se le hace saber que, en proceso especial de protección en sede
administrativa, establecido por Patronato Nacional de la
Infancia, en expediente OLAO-00453-2019, se ordena notificarles por edicto, la resolución que en
lo literal dice: Patronato Nacional de la Infancia, Oficina Local de Alajuela
Oeste. A las diez horas veintisiete minutos del día veinticuatro de marzo del
año dos mil veintitrés. Visto: único: que, se recibe incidente del 9-1-1
2023-01-25-01635, el día 25/01/2023, al ser las 7:57, el mismo indicó que
persona menor de edad llama al sistema porque requiere lo ingresen a un
albergue porque teme por su vida. Persona menor de edad poli consultante con
expediente archivado. Considerando: de conformidad con lo establecido en el
reglamento a los artículos 133 y 139 del Código de la Niñez y la Adolescencia y
siendo que, de la primera intervención institucional, las áreas de
investigación preliminar, identifican factores de
riesgo que se deben modificar, y factores de protección que requieren el
fortalecimiento en beneficio del interés superior de las personas menores de
edad y su integridad. Se requiere la ampliación de la intervención
institucional con la finalidad de poder determinar el actor o conducta que
propicia los factores de riesgo, necesarios para identificar y especializar el
plan de intervención. Por tanto: de acuerdo con la anterior esta representación
ordena: a. Puesta en conocimiento: por un plazo de cinco días hábiles se pone
en conocimiento de las partes involucradas, el informe de investigación
preliminar. b. Audiencia: siguiendo criterios de la lógica, razonabilidad,
proporcionalidad y sana crítica, se otorga audiencia de forma escrita por el
plazo de cinco días hábiles a partir de la notificación de la resolución para
que presenten sus alegatos y ofrezcan prueba. c. Fase diagnóstica se dé inicio
a la fase diagnóstica por lo que se deberá de asignarse la intervención de un
profesional en el área de psicología para que dentro del plazo de 15 días
hábiles cuando ha existido separación familiar y de 20 días hábiles en los
demás procesos, para que al final de esta ampliación deberá determinar una
recomendación de acuerdo a lo trabajado, para establecer el cierre de la
intervención institucional o bien el dictado de la medida especial de
protección correspondiente, respecto a esto último deberá aportar un plan de
intervención con su debido cronograma. Se previene a las partes involucradas en
el Proceso que les asiste todo el derecho de
hacerse asesorar o representar por un profesional en derecho, así como tener
acceso al expediente administrativo para el estudio, revisión o fotocopias.
Recursos: se le hace saber a las partes que contra la presente resolución
procede recurso de apelación para ante la Presidencia Ejecutiva de esta
institución, el cual podrá interponerse verbalmente o por escrito, dentro de
las cuarenta y ocho horas siguientes a su notificación. (Artículo 139 del
Código de la Niñez y la Adolescencia). Medio para notificaciones: se
insta a las partes el establecimiento de un medio para recibir notificaciones. Comuníquese.—Oficina
Local de Alajuela Oeste.—Lic. Johan David Gutiérrez Valverde, Representante Legal.—O.C. Nº OC-13419-202.—Solicitud
Nº 421690.—( IN2023740306 ).
Juan Carlos
Román Fallas, portador de la cédula de identidad N° 1-1313-0326, de domicilio
desconocido y Carolina Castillo López, de nacionalidad nicaragüense, de domicilio
exacto desconocido. Se les comunica la resolución administrativa de las
dieciséis horas del 22 de marzo del 2023, de esta Oficina Local que en lo
conducente ordenó mantener medida cautelar de cuido provisional por el plazo de
seis meses. Se le previene a los señores indicados que deben señalar medio o lugar
para recibir notificaciones de las resoluciones que se dicten por la oficina
local competente dentro del presente proceso especial de protección en sede
administrativa. Se les hace saber, además, que contra la citada resolución
procede el recurso ordinario de apelación, que deberán interponer en forma
verbal o por escrito ante esta oficina local dentro de las cuarenta y ocho
horas siguientes a su notificación, el cual será elevado ante la Presidencia
Ejecutiva de esta institución. Publíquese por tres veces consecutivas.
Expediente N°
OLAS-00034-2017.—Oficina Local de Aserrí.—Licda. Tatiana Torres López, Representante
Legal.—O. C. N° OC-13419-202.—Solicitud N° 421691.—( IN2023740308 ).
SETH S. A.
Convocatoria
Asamblea General Extraordinaria
Se convoca a los socios de SETH S. A., cédula jurídica
3-101-753021 a la Asamblea General Extraordinaria de Socios a celebrarse en
Puntarenas, Santa Teresa de Cóbano, 600 metros norte del Supermercado La
Hacienda, Plaza norte, local 1, a las 15:00 horas el 24 de abril de 2023. De no
presentarse el quorum de ley, la segunda convocatoria será una hora después con
el número de socios con derecho a voto que esté presente. El orden del día será
el siguiente:
a) Verificación del quórum.
b) Autorizar
la donación de las fincas con matrícula de folio real i) 6-238028-000,
ii) 6-238028-000, iii) 6-238031-000, iv) 6-238032-000, v)
6-243987-000 y vi) 6-243988-000.
c) Otorgar poder
especial para que el apoderado comparezca ante Notario Público de su
elección a otorgar poder especialísimo para donar
las fincas con matrícula de folio real i) 6-238028-000, ii)
6-238028-000, iii) 6-238031-000, iv) 6-238032-000, v)
6-243987-000 y vi) 6-243988-000.
d) Asuntos varios.
Los
socios que no puedan asistir a la asamblea, podrán hacerse representar por
medio de carta poder debidamente autenticada por notario.
Seth
Draper, Presidente.—1 vez.—( IN2023745854 ).
SERVICIOS
TÁCTICOS DE SEGURIDAD
STS COSTA RICA S.A.
cédula jurídica: 3-101-688947
Convocatoria de
asamblea ordinaria
y extraordinaria de socios
Fecha:
19 de abril de 2023
Lugar:
edificio Oficinas Centrales de STS, ubicadas en
San José, Santa Ana, Piedades, 300 metros al Este del Templo Católico.
Primera
convocatoria: 3:00pm y segunda Convocatoria 3:30pm
Orden
del día:
1. Verificación del quorum.
2. Nombramiento
del presidente y Secretario de la Asamblea.
3. Revisión y Aprobación de Estados
Financieros del ejercicio fiscal 2022.
4. Capitalizar la compañía.
5. Presentación de los estados financieras
para el ejercicio fiscal del primer trimestre del 2023.
6. Asuntos Varios
7. Autorización para la protocolización
del acta de la Asamblea.
Cada
accionista deberá presentar identificación que le acredite en esa condición. En
caso de accionistas que sean sociedades mercantiles, se deberá presentar
personería jurídica vigente que acredite al representante legal de la misma. El accionista podrá hacerse representar por
un apoderado acreditado mediante carta poder debidamente autenticada.
Únicamente podrán estar presentes los accionistas. Convoca.—Ing.
Rafael Ángel Cordero Martínez, Apoderado.—1 vez.—(
IN2023745864 ).
IMPORTADORES DEL
YUKON SOCIEDAD ANÓNIMA
EL
suscrito Presidente de la sociedad Importadores del Yukon Sociedad Anónima, de conformidad con el artículo
159 del Código de Comercio y a solicitud de la empresa New Horizon Development
Sociedad de Responsabilidad Limitada, cédula de persona jurídica número
tres-ciento dos-setecientos catorce mil cuatrocientos treinta y cuatro, como
socio registrado propietario de acciones que representan un porcentaje superior
al veinticinco por ciento del capital social de la compañía, procedo a convocar
a los socios registrados a la Asamblea General Ordinaria y Extraordinaria de
Accionistas de la empresa Importadores del Yukon Sociedad Anónima a celebrarse en primera
convocatoria y de manera presencial a las ocho horas del sábado 13 de mayo del
dos mil veintitrés en las oficinas del bufete de abogados Nova Legal de Costa
Rica cita en la provincia de San José, Escazú, San Rafael, cuatrocientos metros
norte de Construplaza, Edificio Latitud Norte Cuarto Piso,
De
no lograrse el quórum
de ley se procederá a la segunda convocatoria a las nueve horas del mismo día,
en la misma sede y de la misma manera, es decir, presencial. En la Asamblea se
discutirán y votarán los siguientes puntos de agenda.
Orden del Día
1- Modificación
de la cláusula SEGUNDA de los Estatutos Sociales para que en lo sucesivo se lea
de la siguiente manera:
“SEGUNDO:
La sociedad tendrá su domicilio social en la provincia de San José, Escazú, San
Rafael, Edificio Latitud Norte Cuarto Piso, Oficinas de Nova Legal de Costa
Rica, pudiendo establecer agendas y sucursales en cualquier lugar de la
República o fuera de ella”.
2- Modificación de la cláusula SEXTA de
los Estatutos Sociales para que en lo sucesivo se lea de la siguiente manera:
SEXTA:
Cada año se practicará un inventario y balance el día treinta y uno de
diciembre. En la confección del balance se estimarán los valores del activo por
el precio del día y los créditos dudosos por su valor probable, y los créditos incobrables
no figurarán en el activo.
3- Modificación de la cláusula NOVENA de
los Estatutos Sociales para que en lo sucesivo se lea de la siguiente manera:
NOVENA:
DE LA ADMINISTRACIÓN: La sociedad será administrada por una Junta Directiva,
compuesta por tres miembros Presidente, Secretario y Tesorero, quienes podrán
ser socios o extraños, los cuales permanecerán en sus cargos por todo el plazo
social. Corresponde exclusivamente al PRESIENTE la representación judicial y
extrajudicial de la compañía con facultades de APODERADO GENERALÍSIMO SIN LÍMITE DE SUMA, de
conformidad con lo dispuesto en el artículo mil doscientos cincuenta y tres del
Código Civil. El poder incluye facultades de otorgar todo tipo de poderes,
sustituirlo en todo o en parte, revocar sustituciones y hacer otras de nuevo.
4- Inclusión de una nueva cláusula DÉCIMA
CUARTA a los estatutos de la sociedad que se leerá de la siguiente manera:
DÉCIMO CUARTA: Solución de Controversias o Disputas: Toda controversia o disputa que se suscite
entre cualquiera de los accionistas y la sociedad, o entre los mismos
accionistas o entre la sociedad y un tercero que como resultado de cualquier
tipo de resolución judicial o arbitral o como resultado de procesos de
ejecución resulte beneficiario de acciones de la sociedad y que se relacione
con el ejercicio de le actividad de la sociedad, incluyendo pero no limitado a
la interpretación o validez de lo estipulado en sus estatutos sociales, los
acuerdos de la Asamblea de Socios o de la Junta Directiva, será resuelto
mediante un arbitraje de Derecho, de conformidad con las regulaciones del
Centro de Conciliación y Arbitraje de la Cámara Costarricense-Norteamericana de
Comercio (“CICA”) o del Centro de Resolución de Conflictos de la Cámara de
Comercio de Costa Rica a libre elección de la parte que plantee el
requerimiento arbitral respectivo. Los socios se comprometen a someter
voluntaria e incondicionalmente la resolución del reclamo respectivo a las
regulaciones y estatutos del centro escogido. La legislación aplicable o ley
sustantiva, será la legislación mercantil de Costa Rica y el arbitraje tendrá
lugar en San José, Costa Rica, en las oficinas del centro de resolución de
conflictos respectivo. El tribunal arbitral será unipersonal y dictará un laudo
arbitral por escrito, el cual será final, obligatorio para las partes de
inmediato y sin recurso posterior alguno salvo el de revisión y nulidad, por lo
que constituirá “cosa juzgada” debiendo las partes acatarlo sin dilación
alguna. Los costos asociados con el arbitraje serán asumidos por las partes en
igual proporción salvo que el laudo decida otra cosa. Los honorarios de
abogados u otros asesores legales serán asumidos por la parte correspondiente
durante el desarrollo del arbitraje sin que esto extinga la obligación de la
parte que defina el laudo como “Parte indemnízate” de resarcir a la parte que
resulte como “Parte indemnizada” tales honorarios incurridos”.
5- Ratificación del nombramiento del
Presidente y Tesorero de la sociedad.
6- Revocatoria del nombramiento de la
Secretaria de la sociedad y nombramiento de un nuevo Secretario por el resto
del plazo social.
7- Por haber
autorizado la Asamblea General Extraordinaria de Accionistas de la sociedad de las diez horas del
treinta de setiembre el traspaso del inmueble del Partido de San José Folio
Real Trescientos Setenta y Cinco Mil Quinientos Treinta y Seis-Cero Cero Cero,
a favor Fidelex Fides Limitada, con cédula jurídica número tres-ciento
dos-cuatrocientos noventa y un mil trescientos, bajo los términos y condiciones
del contrato de crédito y contrato de Fideicomiso que bajo autorización de esta
misma Asamblea firmó el Presidente de la compañía, se informará a la Asamblea
de Socios que ese inmueble ha sido sometido al Régimen de Propiedad Horizontal
resultando en una finca matriz de ese Partido folio real 5250-M-cero cero cero,
que es condominio compuesto de cuatro fincas filiales con los siguientes cuatro
números de folios reales: a) Doscientos Veinticinco Mil Cuatrocientos Noventa y
Siete-F-Cero Cero Cero. b) Doscientos Veinticinco Mil Cuatrocientos Noventa y
Ocho-F-Cero Cero Cero, c) Doscientos Veinticinco Mil Cuatrocientos Noventa y
Nueve-F-Cero Cero Cero y c) Doscientos Veinticinco Mil Quinientos-F-Cero Cero
Cero. Tal y como establece el contrato de arrendamiento suscrito entre de
Importadores del Yukon S. A. y Cemaco Internacional S. A., con cédula de
persona jurídica número: tres-ciento uno-cero setenta mil novecientos noventa y
tres, en fecha veintinueve de marzo del dos mil dos e igualmente tal y como se
establece en los documentos de crédito y el Contrato de Fideicomiso de Garantía
Denominado “Fideicomiso de Garantía Importadores del Yukon / Improsa / Fidelex
/ Dos Mil Veintidós” suscrito entre Importadores del Yukon S. A., Fidelex Fides
Limitada y Banco Improsa Sociedad Anónima, cédula jurídica número tres-ciento
uno-setenta y nueve mil seis, se ratificará la autorización otorgada al
Presidente de la sociedad para suscribir todos las escrituras públicas y en
general cualquier documento relacionados con la ejecución de este acuerdo y
específicamente se ratificará la autorización otorgada al Presidente para
requerir al Fiduciario Fidelex Fides Limitada que transfiera, tal y como
establece los contratos de arrendamiento y de fideicomiso mencionado, el
inmueble del Partido de San José Folio Real Doscientos Veinticinco Mil
Cuatrocientos Noventa y Ocho-F-Cero Cero Cero, que es el objeto de ese
arrendamiento a favor de la sociedad Tres-Ciento Dos-Ochocientos Setenta y
Cuatro Mil Tres S.R.L. cuyo capital pertenece en su totalidad a Importadores
del Yukon S. A. Lo anterior a efecto de cumplir con las obligaciones asumidas
con Cemaco Internacional S.A. en cuanto a mantener el inmueble arrendado fuera
de cualquier instrumento de garantía y a nombre de una subsidiaria cien por
ciento propiedad de Importadores del Yukon S. A.
Jo Murray Zimmer, Presidente.—1
vez.—( IN2023745948 ).
PUBLICACIÓN DE
TERCERA VEZ
CORPORACIÓN AGNI
WEK SOCIEDAD
DE RESPONSABILIDAD LIMITADA
Corporación
Agni Wek Sociedad de Responsabilidad Limitada, cédula jurídica N° 3-102-858679,
mediante sus gerentes, solicita ante el Registro Nacional, la reposición por
extravío de los libros: Asamblea de Junta Directiva N° 1, Registro de Accionistas N° 1, y Asamblea de Socios
N° 1. Quien se considere afectado,
puede manifestar su oposición ante la notaría de la Licda. Victoria Eugenia
Mora Herra, en San José, Desamparados, San Juan de Dios, entrada privada,
última casa, dentro del término de 8 días hábiles contados a partir de la
última publicación.—San José, 24 de marzo de
2023.—( IN2023735697 ).
UNIVERSIDAD
FLORENCIO DEL CASTILLO
Universidad Florencio del Castillo, solicita la
reposición del título por extravío de su original de la estudiante Aylin Vargas
Avilés, cédula de identidad número siete-doscientos cuarenta y ocho-doscientos uno, quien
optó por el título de Bachillerato en Ciencias de la Educación Preescolar. Se
publica este edicto para escuchar oposiciones dentro del plazo de ocho días
hábiles a partir de la tercera publicación.—Cartago,
al ser las quince horas del dieciséis de marzo del dos mil veintitrés.—Lic.
Cristian Chinchilla Monge, Rector.—( IN2023738125 ).
PUBLICACIÓN DE
SEGUNDA VEZ
REPOSICIÓN DE
CERTIFICADO DE ACCIONES
El
señor Isaac Mena Cedeño, mayor de edad, soltero, asistente legal, vecino de San
José, portador de la cédula de identidad número uno-uno ocho uno uno-cero seis
cuatro cuatro en su condición de Apoderado Generalísimo de la sociedad García & Bodan Costa Rica Sociedad
Anónima, con cédula jurídica número tres-ciento uno-setecientos sesenta y seis
mil ochocientos treinta y seis ha solicitado la reposición del siguiente
Certificado de Acciones de la sociedad García & Bodan Costa Rica S. A. el
cual fue extraviado: i) Certificado de Acciones N° 2 el cual representa una
acción común y nominativa. Lo anterior para dar cumplimiento con lo que
estipulado en el Código de Comercio de Costa Rica. Transcurrido el término de
un mes a partir de la última publicación, se repondrá dicho documento.—San
José, 27 de marzo del 2023.—Isaac Mena Cedeño, Apoderado Generalísimo.—(
IN2023738279 ).
UNIVERSIDAD
LATINA DE COSTA RICA
Ante
la Oficina de Registro de la Universidad Latina de Costa Rica, se ha presentado
la solicitud de reposición del Título de Bachillerato en Ingeniería en
Electromedicina inscrito bajo el Tomo XIII, Folio 70, Asiento 58986 a nombre de
Arnold Mauricio Roque Serrano, cédula de identidad número 304510282. Se
solicita la reposición del título indicado anteriormente por extravío del
Original.
Se publica este edicto para oír oposiciones a la reposición
solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la tercera publicación
en el Diario Oficial La Gaceta.
Se
extiende la presente a solicitud del interesado en el día y lugar de la fecha.—Departamento de Registro.—Neda Blanco López,
Directora.—( IN2023738286 ).
HOLCIM COSTA RICA
SOCIEDAD ANÓNIMA
Para
efectos de reposición, nosotras Vilma Castro Marín, cédula de identidad número
uno-cero tres cero siete-cero cuatro tres tres y Damaris Castro Marín, cédula
de identidad número uno-cero dos dos cuatro-cero cuatro seis dos en nuestra
condición de propietarias del certificado serie B, número 2154 de nueve mil
novecientos ocho acciones de Holcim Costa Rica Sociedad Anónima, cédula
jurídica N° 3-101-006846, hacemos constar que hemos solicitado la reposición de
dichas acciones y su respectivo certificado por haberse extraviado. Por el
término de ley, las oposiciones podrán dirigirse a Holcim Costa Rica Sociedad
Anónima, en la recepción de sus oficinas corporativas en Oficentro Torre
Cordillera, piso ocho, trescientos metros al sur, Centro Comercial Plaza Mayor,
Pavas, San José, transcurrido el mismo se procederá a la reposición solicitada.—San José, 28 de marzo de 2023.—Ana Catalina
Rodríguez Rodríguez, Notaria Pública, autenticante.—Vilma Castro Marín y
Damaris Castro Marín, Propietarias.—( IN2023739182 ).
Por medio de la escritura número
ciento sesenta y nueve ante esta notaria, los señores Steve y Liisa Quinn
venden el establecimiento mercantil conocido con el nombre GO FISH Tamarindo
Costa Rica, dedicado al turismo en general ubicado en Guanacaste, Santa Cruz,
Playa Tamarindo. Se citan a todos los acreedores e interesados a hacer valer
sus derechos para que dentro de los siguientes quince días acudan a esta notaría.—Lic. Cristian M. Arguedas Arguedas, Notario
Público.—( IN2023740250 ).
PUBLICACIÓN DE
TERCERA VEZ
La
suscrita Notario Público, Natalia Cristina Ramírez Benavides, hago constar y
doy fe de que mediante escritura pública
número treinta y seis-cuatro, otorgada a las quince horas treinta
minutos del trece de marzo de dos mil veintitrés, se protocolizaron las Actas
de Asamblea General Extraordinaria de Socios de las sociedades denominadas: a) Shiny
Speedster S. A., titular de la cédula de persona jurídica número
tres-ciento uno-cuatrocientos sesenta y siete mil ciento cincuenta; y b) Tienda
Internacional de Productos Sensacionales Sociedad Anónima, titular de la
cédula de persona jurídica número tres-ciento uno-cero noventa mil setenta y
tres; mediante las cuales se aprobó la fusión por absorción de dichas
sociedades, siendo Tienda Internacional de Productos Sensacionales Sociedad
Anónima, la sociedad prevaleciente para todos los efectos, en la cual
además se modificó la cláusula quinta de sus estatutos sociales, referente al
capital social. Es todo.—San José, veinte de marzo de
dos mil veintitrés.—Natalia Cristina Ramírez Benavides.—( IN2023734446 ).
PUBLICACIÓN DE
UNA VEZ
Por
escritura otorgada a las 9 horas del día de hoy, se protocoliza asamblea general
ordinaria y extraordinaria donde aumenta el capital social de la sociedad Zen
Soluciones Administrativas Sociedad de Responsabilidad Limitada,
modificando la cláusula que se refiere a la misma.—San
José, 23 de marzo de 2023.—Lázaro Natán Broitman Feinzilber.—
1 vez.—( IN2023734621 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría a las 13 horas 30 minutos del 10 de diciembre del año 2021, se
constituyó la sociedad denominada Nutrive Wellness CR LLC Sociedad de
Responsabilidad Limitada.—San José, 15 de diciembre del 2021.—Licda.
Analilly Baldioceda Fernández,
Notaria.—1 vez.—CE2021018996.—( IN2023740439 ).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría a las 11 horas 00 minutos del 07 de
diciembre del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Grupo Villa
Manoa Limitada.—San José, 15 de diciembre del 2021.—Lic. Rodrigo Madrigal Núñez, Notario.—1 vez.—CE2021018997.—( IN2023740440 ).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría a las 14 horas 00 minutos del 26 de
noviembre del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Puro Cielo
Sociedad Anónima.—San José, 15
de diciembre del 2021.—Lic. Carlos Chaverri Negrini, Notario.—1
vez.—CE2021018998.—( IN2023740441 ).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría a las 08 horas 30 minutos del 08 de
diciembre del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Capitales
Inmobiliarios J X D del Sur Sociedad de Responsabilidad
Limitada.—San José, 15 de diciembre del 2021.—Lic. Siu Len Wing Ching Jiménez, Notario.—1 vez.—CE2021018999.—( IN2023740442 ).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría a las 14 horas 00 minutos del 15 de
diciembre del año 2021, se constituyó la sociedad denominada HYW Inversiones
Costa Rica Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 15 de diciembre del
2021.—Licda. Lindsay Dayanna Blanco Esquivel, Notaria.—
1 vez.—CE2021019000.—( IN2023740443 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría a las 15 horas 30 minutos del 15 de diciembre del año 2021, se
constituyó la sociedad denominada Luna Del Sol Loma Verde Sociedad de Responsabilidad
Limitada.—San
José, 15 de diciembre del 2021.—Lic. Carlos Darío Angulo Ruiz, Notario.—1 vez.—CE2021019003.—(
IN2023740444 ).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría a las 15 horas 30 minutos del 14 de
diciembre del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Lumeria Land
Developments Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 15 de diciembre del
2021.—Licda. Diana María Vargas Rodríguez,
Notaria.—1 vez.—CE2021019004.—( IN2023740445 ).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría a las 13 horas 00 minutos del 14 de
diciembre del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Industrias de
Café Baschi Limitada.—San José, 15 de diciembre del
2021.—Lic. Felipe Esquivel Delgado, Notario.—1 vez.—CE2021019005.—(
IN2023740446 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría a las 08 horas 00 minutos del 15 de diciembre del año 2021, se
constituyó la sociedad denominada Café con Esmero Sociedad de
Responsabilidad Limitada.—San
José, 15 de diciembre del 2021.—Licda. Zeilhy María Navarro Rivera, Notaria.—1 vez.—CE2021019006.—(
IN2023740447 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría a las 17 horas 00 minutos del 13 de diciembre del año 2021, se
constituyó la sociedad denominada Propiedades R Méndez Sociedad Anónima.—San
José, 15 de diciembre del 2021.–Lic. Sergio Vargas López, Notario.—1 vez.—CE2021019008.—( IN2023740448 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría a las 15 horas 50 minutos del 14 de diciembre del año 2021, se
constituyó la sociedad denominada K Z N J de Quebrada Amarilla
Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 15 de diciembre del 2021.—Lic. Luis Diego
Chaves Solís,
Notario.—1 vez.—CE2021019009.—( IN2023740449 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría a las 08 horas 00 minutos del 13 de diciembre del año 2021, se
constituyó la sociedad denominada Servicios de Seguridad S & S SA
Sociedad Anónima.—San José, 15 de diciembre del
2021.—Lic. Diego Alberto Delgadillo Rodríguez, Notario.—
1 vez.—CE2021019011.—( IN2023740450 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las 12 horas 00 minutos del 15 de diciembre del año 2021, se
constituyó la sociedad denominada Pavones Cohen Point Sociedad de
Responsabilidad Limitada.—San
José, 15 de diciembre del 2021.—Lic. Juan Manuel Aguilar Víquez, Notario.—1
vez.—CE2021019015.—( IN2023740451 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría a las 11 horas 00 minutos del 13 de diciembre del año 2021, se
constituyó la sociedad denominada Turismania Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San
José, 15 de diciembre del 2021.—Lic. Santos Javier Saravia Baca, Notario.—1
vez.—CE2021019016.—( IN2023740452 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las 13 horas 17 minutos del 17 de noviembre del año 2021, se
constituyó la sociedad denominada Grupo Edsagalo Sociedad Anónima.—San
José, 15 de diciembre del 2021.—Lic. Ivannia Jesús Marín Valerio, Notario.—1 vez.—CE2021019017.—( IN2023740453 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las 17 horas 00 minutos del 14 de diciembre del año 2021, se
constituyó la sociedad denominada Transportes Tres M RMA Sociedad Anónima.—San José, 15 de diciembre del
2021.—Lic. Guillermo Jiménez Chacón, Notario.—1 vez.—CE2021019018.—(
IN2023740454 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las 13 horas 40 minutos del 15 de diciembre del año 2021, se
constituyó la sociedad denominada Agua del Alma Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San
José, 15 de diciembre del 2021.—Lic. Rafael Ángel Perez Zumbado, Notario.—
1 vez.—CE2021019019.—( IN2023740459 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las 21 horas 14 minutos del 14 de diciembre del año 2021, se
constituyó la sociedad denominada GRMGRUPO GRMR Sociedad Anónima.—San
José, 15 de diciembre del 2021.—Lic. Sandra Isabel González Pinto, Notario.—1
vez.—CE2021019020.—( IN2023740460 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las 14 horas 30 minutos del 15 de diciembre del año 2021, se
constituyó la sociedad denominada Project Hope Sociedad Anónima.—San
José, 15 de diciembre del 2021.—Lic. Jonathan Andrés Facey Torres, Notario.—1 vez.—CE2021019021.—(
IN2023740461 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las 15 horas 00 minutos del 14 de diciembre del año 2021, se
constituyó la sociedad denominada CF Premium Services Sociedad de
Responsabilidad Limitada.—San
José, 16 de diciembre del 2021.—Lic. German Jerry Campos Monge, Notario.—1
vez.—CE2021019022.—( IN2023740462 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las 11 horas 00 minutos del 15 de diciembre del año 2021, se
constituyó la sociedad denominada Pirilambo Consulting Sociedad de
Responsabilidad Limitada.—San
José, 16 de diciembre del 2021.—Lic. Tatiana María Rodríguez Arroyo, Notario.—1 vez.—CE2021019024.—( IN2023740463 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las 14 horas 00 minutos del 15 de diciembre del año 2021, se
constituyó la sociedad denominada Bebe GWAI & Zola Limitada.—San José, 16 de diciembre del
2021.—Lic. Óscar
Manuel Funes Orellana, Notario.—1 vez.—CE2021019025.—( IN2023740464 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría a las 15 horas 00 minutos del 14 de diciembre del año 2021, se
constituyó la sociedad denominada Izo Global Consulting Sociedad de
Responsabilidad Limitada.—San
José, 16 de diciembre del 2021.—Lic. Joan Sebastián Rivera Bedoya, Notario.—1 vez.—CE2021019026.—(
IN2023740465 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las 17 horas 30 minutos del 15 de diciembre del año 2021, se
constituyó la sociedad denominada Cambla Constructora e Inmobiliaria
Sociedad Anónima.—San José, 16 de diciembre del
2021.—Lic. Wálter
Mauricio Carrillo Fernández,
Notario.—1 vez.—CE2021019027.—( IN2023740466 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las 08 horas 00 minutos del 16 de diciembre del año 2021, se
constituyó la sociedad denominada Paz de Santa Teresa Sociedad Anónima.—San
José, 16 de diciembre del 2021.—Licda. Mariela Hernández Brenes, Notaria.—1 vez.—CE2021019028.—(
IN2023740467 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría a las 19 horas 00 minutos del 13 de diciembre del año 2021, se
constituyó la sociedad denominada Jonbolque Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San
José, 16 de diciembre del 2021.—Lic. Shirley Ávila Cortes, Notario.—1
vez.—CE2021019029.—( IN2023740468 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las 09 horas 00 minutos del 15 de diciembre del año 2021, se
constituyó la sociedad denominada Worktech Solutions CR Sociedad Anónima.—San
José, 16 de diciembre del 2021.—Lic. Jonnathan Rojas Alvarado, Notario.—1
vez.—CE2021019031.—( IN2023740469 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las 16 horas 00 minutos del 09 de diciembre del año 2021, se
constituyó la sociedad denominada Linycs Center Centro Especializado de
Drenaje Linfático y
Cuidado Estético
Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José,
16 de diciembre del 2021.—Licda. Débora Herrera Arias, Notaria.—
1 vez.—CE2021019032.—( IN2023740470 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las 13 horas 00 minutos del 15 de diciembre del año 2021, se
constituyó la sociedad denominada Constructora Rocalia ORC Sociedad de
Responsabilidad Limitada.—San
José, 16 de diciembre del 2021.—Lic. Augusto Trejos Molina, Notario.—1
vez.—CE2021019033.—( IN2023740471 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las 17 horas 00 minutos del 21 de octubre del año 2021, se
constituyó la sociedad denominada Vetra Holdings Sociedad de Responsabilidad
Limitada.—San
José, 16 de diciembre del 2021.—Lic. Carolina Raquel Cordero Zúñiga, Notario.—
1 vez.—CE2021019034.—( IN2023740472 ).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 16 horas 00 minutos del 15 de
diciembre del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Process Booster
& Digital Architecture Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 16 de diciembre del
2021.—Lic. Francisco Alonso Villalobos Brenes, Notario.—1 vez.—CE2021019035.—(
IN2023740473 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las 15 horas 00 minutos del 15 de diciembre del año 2021, se
constituyó la sociedad denominada Falonu Sociedad de Responsabilidad
Limitada.—San José, 16 de diciembre del 2021.—Licda. Jessica Alvarado
Herrera, Notaria.—1 vez.—CE2021019036.—( IN2023740474 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las 18 horas 00 minutos del 15 de diciembre del año 2021, se
constituyó la sociedad denominada Instalaciones Segura Arias Sociedad de
Responsabilidad Limitada.—San José, 16 de diciembre del 2021.—Lic. Pedro
José Peña Rodríguez, Notario.—1
vez.—CE2021019038.—( IN2023740475 ).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 14 horas 40 minutos del 15 de
diciembre del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Baum House
Diseño y Construcción Sociedad de Responsabilidad
Limitada.—San José, 16 de diciembre del 2021.—Lic. Nelson Eduardo González Rodríguez, Notario.—1 vez.—CE2021019040.—(
IN2023740476 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las 10 horas 00 minutos del 15 de diciembre del año 2021, se
constituyó la sociedad denominada Alquiler de Equipo Maquitek Sociedad de
Responsabilidad Limitada.—San José, 16 de diciembre del 2021.—Lic. Marlene
Isabel Guzmán Muñoz, Notario.—1 vez.—CE2021019039.—(
IN2023740477 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las 14 horas 00 minutos del 15 de diciembre del año 2021, se
constituyó la sociedad denominada Cemva SM Agroindustrial Sociedad Anónima.—San José, 16 de diciembre del
2021.—Lic. Mario Alberto Sandoval Pineda, Notario.—1 vez.—CE2021019041.—(
IN2023740478 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las 08 horas 30 minutos del 16 de diciembre del año 2021, se
constituyó la sociedad denominada Catilo Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San
José, 16 de diciembre del 2021.—Lic. José Ramón Chavarría Saxe,
Notario.—1 vez.—CE2021019042.—( IN2023740479 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las 12 horas 00 minutos del 15 de diciembre del año 2021, se
constituyó la sociedad denominada Le Petit Tuanis Sociedad de
Responsabilidad Limitada.—San
José, 16 de diciembre del 2021.—Lic. Pedro González Roesch, Notario.—1 vez.—CE2021019043.—(
IN2023740480 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las 07 horas 00 minutos del 16 de diciembre del año 2021, se
constituyó la sociedad denominada Smart Market Cuatro You Sociedad de
Responsabilidad Limitada.—San
José, 16 de diciembre del 2021.—Lic. Javier Francisco Villalobos Pineda, Notario.—1 vez.—CE2021019045.—(
IN2023740481 ).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 08 horas 00 minutos del 16 de
diciembre del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Bateau Lib Limitada.—San
José, 16 de diciembre del 2021.—Lic. Óscar Manuel
Funes Orellana, Notario.—1 vez.—CE2021019047.—( IN2023740482 ).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 08 horas 00 minutos del 09 de
diciembre del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Corporación Mora & Sanabria del Castillo Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 16
de diciembre del 2021.—Lic. Gustavo Josué Navarro
Garro, Notario.—1 vez.—CE2021019048.—( IN2023740483 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las 14 horas 30 minutos del 15 de diciembre del año 2021, se
constituyó la sociedad denominada Project Buildprocr Sociedad Anónima.—San José, 16 de diciembre del
2021.—Lic. Jonathan Andrés Facey
Torres, Notario.—1 vez.—CE2021019049.—( IN2023740484 ).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 11 horas 00 minutos del 10 de
diciembre del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Conjunto
Habitacional Zona Azul Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 16 de diciembre del
2021.—Lic. Fredy Alonso Ramírez Rodríguez,
Notario.—1 vez.—CE2021019051.—( IN2023740485 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las 14 horas 00 minutos del 15 de diciembre del año 2021, se
constituyó la sociedad denominada Grupo del Este JPLM Sociedad de
Responsabilidad Limitada.—San
José, 16 de diciembre del 2021.—Lic. Wálter José Garita Quirós,
Notario.—1 vez.—CE2021019052.—( IN2023740486 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las 10 horas 35 minutos del 11 de diciembre del año 2021, se
constituyó la sociedad denominada Inversiones del Rararat Sociedad Anónima.—San José, 16 de diciembre del
2021.—Lic. Édgar
Gerardo Campos Araya, Notario.—1 vez.—CE2021019053.—( IN2023740487 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las 16 horas 00 minutos del 14 de diciembre del año 2021, se
constituyó la sociedad denominada Hierro Coronado M A J Sociedad de Responsabilidad
Limitada.—San
José, 16 de diciembre del 2021.—Licda. Kattya Vanessa Díaz Mena, Notaria.—1
vez.—CE2021019054.—( IN2023740488 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las 16 horas 00 minutos del 07 de diciembre del año 2021, se
constituyó la sociedad denominada Stone Technologies Sociedad Anónima.—San José, 16 de diciembre del
2021.—Lic. Gabriela Rodríguez Sánchez, Notario.—1
vez.—CE2021019056.—( IN2023740489 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las 10 horas 00 minutos del 16 de diciembre del año 2021, se
constituyó la sociedad denominada Kaya Bongo Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San
José, 16 de diciembre del 2021.—Lic. Mauricio Alvarado Prada, Notario.—1
vez.—CE2021019057.—( IN2023740490 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las 07 horas 30 minutos del 04 de diciembre del año 2021, se
constituyó la sociedad denominada BMK Import CR Sociedad Anónima.—San
José, 16 de diciembre del 2021.—Lic. Jeffry Gerardo Ortega Zúñiga, Notario.—1 vez.—CE2021019058.—(
IN2023740491 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las 17 horas 30 minutos del 15 de diciembre del año 2021, se
constituyó la sociedad denominada Nayamel Constructora e Inmobiliaria
Sociedad Anónima.—San José, 16 de diciembre del
2021.—Lic. Wálter
Mauricio Carrillo Fernández,
Notario.—1 vez.—CE2021019059.—( IN2023740492 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las 15 horas 00 minutos del 10 de diciembre del año 2021, se
constituyó la sociedad denominada Desarrollos Creativos FLOI Sociedad de
Responsabilidad Limitada.—San
José, 16 de diciembre del 2021.—Lic. Javier Alberto Turcios Madrigal,
Notario.—1 vez.—CE2021019060.—( IN2023740493 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las 14 horas 20 minutos del 08 de diciembre del año 2021, se
constituyó la sociedad denominada Nocturnal Silence Sociedad de
Responsabilidad Limitada.—San
José, 16 de diciembre del 2021.—Lic. Raquel Quirós Mora, Notario.—
1 vez.—CE2021019061.—( IN2023740494 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las 14 horas 30 minutos del 09 de noviembre del año 2021, se
constituyó la sociedad denominada Tabacalera A V Sociedad de Responsabilidad
Limitada.—San
José, 16 de diciembre del 2021.—Lic. Rubén Naranjo Brenes, Notario.—1 vez.—CE2021019062.—(
IN2023740495 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las 10 horas 00 minutos del 11 de diciembre del año 2021, se
constituyó la sociedad denominada Aeon Tech Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 16 de diciembre del 2021.—Lic.
Mario Alberto Sandoval Pineda, Notario.—
1 vez.—CE2021019063.—( IN2023740496 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las 17 horas 05 minutos del 30 de noviembre del año 2021, se
constituyó la sociedad denominada Casa Redonda de Potrero Uno Sociedad Anónima.—San José, 16 de diciembre del
2021.—Licda. Katherine Vanessa Ruiz Gallo, Notaria.—
1 vez.—CE2021019064.—( IN2023740497 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las 12 horas 00 minutos del 16 de diciembre del año 2021, se
constituyó la sociedad denominada La Pala Sociedad Anónima.—San José, 16 de diciembre del
2021.—Lic. José Leonardo
Olivas Esquivel, Notario.—1 vez.—CE2021019065.—( IN2023740498 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las 09 horas 45 minutos del 16 de diciembre del año 2021, se
constituyó la sociedad denominada Room To Roam Properties Costa Rica
Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 16 de diciembre del 2021.—Lic. Jefte
Javier Mathieu Contreras, Notario.—1 vez.—CE2021019066.—( IN2023740499 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las 17 horas 30 minutos del 30 de noviembre del año 2021, se
constituyó la sociedad denominada Jardines de Potrero UNI Sociedad Anónima.—San José, 16 de diciembre del
2021.—Licda. Katherine Vanessa Ruiz Gallo, Notaria.—1 vez.—CE2021019067.—(
IN2023740500 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las 16 horas 00 minutos del 15 de diciembre del año 2021, se
constituyó la sociedad denominada Cara Tigre Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San
José, 16 de diciembre del 2021.—Licda. Sabrina Karine Kszak Bianchi, Notaria.—
1 vez.—CE2021019068.—( IN2023740501 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las 09 horas 00 minutos del 16 de diciembre del año 2021, se
constituyó la sociedad denominada Filiprovi Multiservicios Sociedad de
Responsabilidad Limitada.—San
José, 16 de diciembre del 2021.—Lic. Luis Fernando Jiménez Quesada, Notario.—1
vez.—CE2021019069.—( IN2023740502 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las 14 horas 00 minutos del 14 de diciembre del año 2021, se
constituyó la sociedad denominada Real Estate USCR Sociedad Anónima.—San José, 16 de diciembre del
2021.—Lic. Rolando Miguel Guardiola Arroyo, Notario.—1 vez.—CE2021019070.—(
IN2023740503 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las 22 horas 00 minutos del 16 de diciembre del año 2021, se
constituyó la sociedad denominada Vasoza Hermanos VSH Sociedad de
Responsabilidad Limitada.—San
José, 16 de diciembre del 2021.—Lic. Ever Vargas Araya, Notario.—
1 vez.—CE2021019071.—( IN2023740504 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las 10 horas 00 minutos del 08 de diciembre del año 2021, se
constituyó la sociedad denominada Corporación Grands Holdings Sociedad de
Responsabilidad Limitada.—San José, 16 de diciembre del
2021.—Lic. Juan José Marín Rivera, Notario.—1
vez.—CE2021019072.—( IN2023740505 ).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 14 horas 00 minutos del 13 de diciembre
del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Transguvi Sociedad Anónima.—San José, 16 de diciembre del
2021.—Lic. Giovanni Jiménez Montero, Notario.—1 vez.—CE2021019073.—(
IN2023740506 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las 11 horas 45 minutos del 14 de diciembre del año 2021, se
constituyó la sociedad denominada Janeiro Hospitality Sociedad de
Responsabilidad Limitada.—San
José, 16 de diciembre del 2021.—Licda. Daniela María Bolaños Rodríguez, Notaria.—1 vez.—CE2021019074.—( IN2023740507
).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 14 horas 00 minutos del 09 de
diciembre del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Martin Real
State Developments Mardesa Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 16 de diciembre del
2021.—Lic. Luis Alonso Quesada Díaz,
Notario.—1 vez.—CE2021019075.—( IN2023740508 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las 08 horas 00 minutos del 08 de diciembre del año 2021, se
constituyó la sociedad denominada Pitskill Investments Sociedad Anónima.—San José, 16 de diciembre del
2021.—Lic. Dan Alberto Hidalgo Hidalgo, Notario.—1 vez.—CE2021019076.—(
IN2023740509 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las 12 horas 00 minutos del 16 de diciembre del año 2021, se
constituyó la sociedad denominada Untzz Untzz Untzz Sociedad de
Responsabilidad Limitada.—San
José, 16 de diciembre del 2021.—Lic. Gabriel Clare Facio, Notario.—
1 vez.—CE2021019077.—( IN2023740510 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las 08 horas 00 minutos del 07 de diciembre del año 2021, se
constituyó la sociedad denominada Inversiones Devis Ocampo Sociedad de
Responsabilidad Limitada.—San
José, 16 de diciembre del 2021.—Lic. Jaime Garro Canessa, Notario.—1
vez.—CE2021019078.—( IN2023740511 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las 12 horas 00 minutos del 16 de diciembre del año 2021, se
constituyó la sociedad denominada Barrios Inversiones & Negocios Bin Limitada.—San
José, 16 de diciembre del 2021.—Lic. Fernán Pacheco Alfaro, Notario.—1 vez.—CE2021019081.—(
IN2023740512 ).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 14 horas 00 minutos del 15 de
diciembre del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Panadería Barrio los Ángeles Sociedad de
Responsabilidad Limitada.—San José, 16
de diciembre del 2021.—Licda. Juana Adoración Barquero Núñez, Notaria.—1 vez.—CE2021019080.—( IN2023740513 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las 14 horas 00 minutos del 15 de diciembre del año 2021, se
constituyó la sociedad denominada Asesores de Vivienda Sociedad Anónima.—San José, 16 de diciembre del
2021.—Lic. Carlos Eduardo Murillo Rodríguez, Notario.—1 vez.—CE2021019082.—( IN2023740514
).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las 14 horas 00 minutos del 15 de diciembre del año 2021, se
constituyó la sociedad denominada Asesores de Vivienda Sociedad Anónima.—San José, 16 de diciembre del
2021.—Lic. Carlos Eduardo Murillo Rodríguez, Notario.—1 vez.—CE2021019082.—( IN2023740514
).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las 13 horas 00 minutos del 15 de diciembre del año 2021, se
constituyó la sociedad denominada Tajo Montaña de Piedra RSDM Sociedad de
Responsabilidad Limitada.—San
José, 16 de diciembre del 2021.—Lic. Jose Antonio Giralt Fallas, Notario.—1
vez.—CE2021019083.—( IN2023740515 ).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 15 horas 40 minutos del 15 de
diciembre del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Eik Realty and
Development Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 16 de diciembre del
2021.—Licda. Nathalie Elizondo Montero, Notaria.—1 vez.—CE2021019084.—(
IN2023740516 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las 08 horas 00 minutos del 16 de diciembre del año 2021, se
constituyó la sociedad denominada Summer Living Company Sociedad de
Responsabilidad Limitada.—San
José, 16 de diciembre del 2021.—Lic. Juan Manuel Gómez Mora, Notario.—1 vez.—CE2021019086.—(
IN2023740517 ).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 10 horas 00 minutos del 08 de
diciembre del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Cherubfrog Limitada.—San
José, 16 de diciembre del 2021.—Lic. Johnny Gerardo León Guido, Notario.—1 vez.—CE2021019087.—( IN2023740518 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las 15 horas 00 minutos del 14 de diciembre del año 2021, se
constituyó la sociedad denominada Braxs Global Consulting Sociedad de
Responsabilidad Limitada.—San
José, 16 de diciembre del 2021.—Lic. Joan Sebastián Rivera Bedoya, Notario.—1 vez.—CE2021019089.—(
IN2023740519 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las 15 horas 00 minutos del 15 de diciembre del año 2021, se
constituyó la sociedad denominada Zubizu Sociedad Anónima.—San José, 16 de diciembre del
2021.—Lic. David Ricardo Fernández
Tercero, Notario.—1 vez.—CE2021019090.—( IN2023740520 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las 14 horas 00 minutos del 16 de diciembre del año 2021, se
constituyó la sociedad denominada Paw House Coffee Roaster Limitada.—San
José, 16 de diciembre del 2021.—Lic. Hernán Cordero Baltodano, Notario.—1 vez.—CE2021019091.—(
IN2023740521 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las 11 horas 00 minutos del 16 de diciembre del año 2021, se
constituyó la sociedad denominada Jadashddoca Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San
José, 16 de diciembre del 2021.—Licda. María Verónica Méndez Reyes,
Notaria.—
1 vez.—CE2021019092.—( IN2023740522 ).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 10 horas 40 minutos del 16 de
diciembre del año 2021, se constituyó la sociedad denominada S Y K CR
Inversiones Ilimitadas Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 16 de diciembre del
2021.—Lic. Giordano Zeffiro Caravaca, Notario.—1 vez.—CE2021019096.—(
IN2023740523 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las 13 horas 00 minutos del 03 de diciembre del año 2021, se
constituyó la sociedad denominada Arkana Sociedad Anónima.—San José, 16 de diciembre del
2021.—Licda. Andrea Alvarado Rodríguez, Notaria.—1 vez.—CE2021019095.—( IN2023740524 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las 10 horas 00 minutos del 10 de diciembre del año 2021, se
constituyó la sociedad denominada Do Qu Sociedad Anónima.—San José, 16 de diciembre del
2021.—Licda. Sonia Corella Céspedes,
Notaria.—1 vez.—CE2021019097.—( IN2023740525 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las 13 horas 00 minutos del 14 de diciembre del año 2021, se
constituyó la sociedad denominada Tostadora Alma Limitada.—San José, 16 de diciembre del
2021.—Lic. Felipe Esquivel Delgado, Notario.—1 vez.—CE2021019098.—(
IN2023740526 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las 10 horas 00 minutos del 16 de diciembre del año 2021, se
constituyó la sociedad denominada Valknut Limitada.—San José, 16 de diciembre del
2021.—Licda. Daniela Ramos Morales,
Notaria.—1 vez.—CE2021019099.—( IN2023740527 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las 07 horas 45 minutos del 15 de diciembre del año 2021, se
constituyó la sociedad denominada Innovaciones Gastronómicas PAS Sociedad Anónima.—San José, 16 de diciembre del 2021.—Licda. Laura
Virginia Baltodano Acuña, Notaria.—1 vez.—CE2021019102.—( IN2023740528 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las 10 horas 30 minutos del 16 de diciembre del año 2021, se
constituyó la sociedad denominada Casa Fuego Inmobiliaria TLV Sociedad de
Responsabilidad Limitada.—San
José, 16 de diciembre del 2021.—Lic. Guillermo José Sanabria Leiva, Notario.—1 vez.—CE2021019103.—(
IN2023740529 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las 14 horas 30 minutos del 15 de diciembre del año 2021, se
constituyó la sociedad denominada Project Buildhope CR Sociedad Anónima.—San José, 16 de diciembre del
2021.—Lic. Jonathan Andrés Facey
Torres, Notario.—1 vez.—CE2021019104.—( IN2023740530 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las 09 horas 00 minutos del 16 de diciembre del año 2021, se
constituyó la sociedad denominada Nicos Nirvana Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San
José, 16 de diciembre del 2021.—Lic. José Ramón Chavarría Saxe,
Notario.—
1 vez.—CE2021019105.—( IN2023740532 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las 10 horas 35 minutos del 11 de diciembre del año 2021, se
constituyó la sociedad denominada Dinastía Maydodidederk Sociedad Anónima.—San José, 16 de diciembre del
2021.—Lic. Edgar Gerardo Campos Araya, Notario.—1 vez.—CE2021019106.—(
IN2023740533 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las 18 horas 30 minutos del 15 de diciembre del año 2021, se
constituyó la sociedad denominada HB CR Invest Sociedad de Responsabilidad
Limitada.—San José, 16 de diciembre del 2021.—Licda. Adriana Silva Rojas,
Notaria.—1 vez.—CE2021019107.—( IN2023740534 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las 18 horas 00 minutos del 15 de diciembre del año 2021, se
constituyó la sociedad denominada Grupo Poyotón el Sabor de Costa Rica Sociedad
Anónima.—San José, 16 de diciembre del
2021.—Lic. Densis Armando Alvarado Chacón, Notario.—1 vez.—CE2021019108.—( IN2023740535 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las 17 horas 00 minutos del 15 de diciembre del año 2021, se
constituyó la sociedad denominada Mercaderos Sociedad de Responsabilidad
Limitada.—San José, 16 de diciembre del 2021.—Licda. Lisbeth María Solórzano Salazar, Notaria.—
1 vez.—CE2021019109.—( IN2023740536 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las 11 horas 00 minutos del 13 de diciembre del año 2021, se
constituyó la sociedad denominada Fast Delicious Sociedad de Responsabilidad
Limitada.—San José, 16 de diciembre del 2021.—Licda. Ana Cecilia De
Ezpeleta Aguilar, Notaria.—
1 vez.—CE2021019110.—( IN2023740537 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las 04 horas 00 minutos del 16 de diciembre del año 2021, se
constituyó la sociedad denominada HE CR Casa Delfín Property Sociedad Anónima.—San José, 16 de diciembre del 2021.—Lic. Jefte
Javier Mathieu Contreras, Notario.—
1 vez.—CE2021019111.—( IN2023740538 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las 12 horas 00 minutos del 08 de diciembre del año 2021, se
constituyó la sociedad denominada Body of Breath Llc Sociedad de
Responsabilidad Limitada.—San José, 16 de diciembre del 2021.—Lic. Carlos
Araya González,
Notario.—
1 vez.—CE2021019112.—( IN2023740539 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las 14 horas 00 minutos del 15 de diciembre del año 2021, se
constituyó la sociedad denominada Kuup Limitada.—San José, 16 de
diciembre del 2021.—Lic. Esteban Chaverri Jiménez, Notario.—1 vez.—CE2021019113.—( IN2023740540 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las 17 horas 30 minutos del 16 de diciembre del año 2021, se
constituyó la sociedad denominada LQ Consultores Sociedad Anónima.—San José, 16 de diciembre del
2021.—Licda. Alejandra Carolina Román Espinoza, Notaria.—
1 vez.—CE2021019114.—( IN2023740541 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las 08 horas 00 minutos del 14 de diciembre del año 2021, se
constituyó la sociedad denominada MWD Constructora Internacional Sociedad Anónima.—San José, 16 de diciembre del
2021.—Lic. Edmundo Arias Rosales, Notario.—
1 vez.—CE2021019115.—( IN2023740542 ).
Protocolización de acta de la
reunión de cuotistas de la empresa denominada JP Holding CR LLC Limitada,
en la cual se acuerda modificar pacto constitutivo en su cláusula cuarta. Ante el Notario
Roberto Enrique Romero Mora. Es todo.—San José, veintinueve de marzo del dos mil
veintitrés.—Lic. Roberto Enrique Romero Mora, Abogado y Notario.—
1 vez.—( IN2023740546 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las 15 horas 00 minutos del 16 de diciembre del año 2021, se
constituyó la sociedad denominada Nahually Tamarindo Sociedad de Responsabilidad
Limitada.—San
José, 16 de diciembre del 2021.—Licda. Violeta Mendoza García, Notaria.—1 vez.—CE2021019116.—( IN2023740547 ).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 18 horas 00 minutos del 16 de
diciembre del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Cheli Cheli Limitada.—San
José, 16 de diciembre del 2021.—Lic. Randall Emilio Ramírez Calero, Notario.—1
vez.—CE2021019117.—( IN2023740548 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta Notaría a las 19 horas 00 minutos del 15 de diciembre del año 2021, se
constituyó la sociedad denominada Finca Bonillitas del Valle Sociedad Anónima.—San José, 16 de diciembre del
2021.—Lic. Minor Alberto Coto Calvo, Notario.—1 vez.—CE2021019118.—(
IN2023740549 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las 00 horas 00 minutos del 16 de diciembre del año 2021, se
constituyó la sociedad denominada Muza Limitada.—San José, 17 de diciembre del
2021.—Licda. Kattia Vargas Álvarez,
Notaria.—1 vez.—CE2021019119.—( IN2023740550 ).
Mediante
escritura otorgada ante esta Notaría a las 18 horas 00 minutos del 10 de
diciembre del año 2021, se constituyó la sociedad denominada El Estero Las
Baulas Primero LLC Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 17 de diciembre del
2021.—Lic. Vianney Saborío Hernández, Notario.—1 vez.—CE2021019120.—(
IN2023740551 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta Notaría a las 07 horas 00 minutos del 15 de diciembre del año 2021, se
constituyó la sociedad denominada LDPX Samara Limited Sociedad de
Responsabilidad Limitada.—San
José, 17 de diciembre del 2021.—Lic. Fabiola López González, Notario.—
1 vez.—CE2021019121.—( IN2023740552 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las 08 horas 00 minutos del 17 de diciembre del año 2021, se
constituyó la sociedad denominada Altos de Barrigona Sociedad de
Responsabilidad Limitada.—San
José, 17 de diciembre del 2021.—Licda. Jessica Alvarado Herrera, Notaria.—1
vez.—CE2021019122.—( IN2023740553 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta Notaría a las 08 horas 25 minutos del 14 de diciembre del año 2021, se
constituyó la sociedad denominada Smarsh Software Solutions Limitada.—San
José, 17 de diciembre del 2021.—Licda. Nadia Chaves Zúñiga, Notaria.—1
vez.—CE2021019123.—( IN2023740554 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta Notaría a las 19 horas 00 minutos del 16 de diciembre del año 2021, se
constituyó la sociedad denominada Ganadería CADIME Sociedad de
Responsabilidad Limitada.—San
José, 17 de diciembre del 2021.—Lic. Randall Elías Madriz Granados, Notario.—1
vez.—CE2021019124.—( IN2023740555 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta Notaría a las 15 horas 00 minutos del 14 de diciembre del año 2021, se
constituyó la sociedad denominada Priority Service Sociedad de
Responsabilidad Limitada.—San
José, 17 de diciembre del 2021.—Lic. German Jerry Campos Monge, Notario.—
1 vez.—CE2021019125.—( IN2023740556 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta Notaría a las 10 horas 15 minutos del 07 de diciembre del año 2021, se
constituyó la sociedad denominada Erova y Osaca de Buenos Aires S C Sociedad
Anonima.—San
José, 17 de diciembre del 2021.—Lic. Cristian Vargas Araya, Notario.—
1 vez.—CE2021019126.—( IN2023740557 ).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 08 horas 00 minutos del 17 de
diciembre del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Centro
Internacional de Servicio de Poligrafía Sociedad Sociedad Anónima.—San
José, 17 de diciembre del 2021.—Lic. Jorge Enrique Rojas Villarreal,
Notario.—1 vez.—CE2021019127.—( IN2023740558 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta Notaría a las 15 horas 00 minutos del 15 de diciembre del año 2021, se
constituyó la sociedad denominada Metasuprema Capital Sociedad de
Responsabilidad Limitada.—San
José, 17 de diciembre del 2021.—Lic. Andrés Antonio Bonilla Valdés, Notario.—1
vez.—CE2021019128.—( IN2023740559 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta Notaría a las 16 horas 00 minutos del 16 de diciembre del año 2021, se
constituyó la sociedad denominada Jabulani Kupela Limitada.—San José, 17 de diciembre del
2021.—Lic. José Alberto
Schroeder Leiva, Notario.—1 vez.—CE2021019130.—( IN2023740560 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las 17 horas 00 minutos del 16 de diciembre del año 2021, se
constituyó la sociedad denominada Cacao Real Estate Sociedad de
Responsabilidad Limitada.—San
José, 17 de diciembre del 2021.—Lic. Patricia Mora Robles, Notario.—
1 vez.—CE2021019129.—( IN2023740561 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta Notaría a las 17 horas 00 minutos del 16 de diciembre del año 2021, se
constituyó la sociedad denominada Casa Corriente Limitada.—San José, 17 de diciembre del
2021.—Lic. José Alberto
Schroeder Leiva, Notario.—1 vez.—CE2021019131.—( IN2023740562 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta Notaría a las 08 horas 00 minutos del 17 de diciembre del año 2021, se
constituyó la sociedad denominada Idealismo y Creatividad Sociedad Anónima.—San José, 17 de diciembre del
2021.—Lic. Ester Moya Jiménez, Notario.—1 vez.—CE2021019133.—( IN2023740563 ).
Mediante
escritura otorgada ante esta Notaría a las 08 horas 16 minutos del 05 de
noviembre del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Ordenamientos
Litúrgicos San Francisco Sociedad Anónima.—San
José, 17 de diciembre del 2021.—Lic. Freddy Humberto Vargas Chavarría,
Notario.—1 vez.—CE2021019132.—( IN2023740564 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta Notaría a las 06 horas 00 minutos del 12 de diciembre del año 2021, se
constituyó la sociedad denominada Proyectos e Ingeniería Varlez Sociedad de
Responsabilidad Limitada.—San
José, 17 de diciembre del 2021.—Licda. Cindy Mora Castro, Notaria.—1
vez.—CE2021019134.—( IN2023740565 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las 11 horas 00 minutos del 16 de diciembre del año 2021, se
constituyó la sociedad denominada Toltec LLC Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San
José, 17 de diciembre del 2021.—Lic. Alejandro Montealegre Isern, Notario.—1
vez.—CE2021019135.—( IN2023740566 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta Notaría a las 16 horas 00 minutos del 16 de diciembre del año 2021, se
constituyó la sociedad denominada Alturas De La Cumbre Limitada.—San José, 17 de diciembre del
2021.—Lic. Alejandro Alonso Román González, Notario.—1 vez.—CE2021019136.—(
IN2023740567 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las 10 horas 00 minutos del 15 de diciembre del año 2021, se
constituyó la sociedad denominada Vilsan Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San
José, 17 de diciembre del 2021.—Licda. Yesenia Quesada Rojas, Notaria.—1 vez.—
CE2021019137.— ( IN2023740568 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las 14 horas 00 minutos del 16 de diciembre del año 2021, se
constituyó la sociedad denominada Splitcell Biotech Sociedad de
Responsabilidad Limitada.—San
José, 17 de diciembre del 2021.—Lic. Guillermo José Sanabria Leiva, Notario.—1
vez.— CE2021019138.— ( IN2023740569 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las 17 horas 30 minutos del 30 de noviembre del año 2021, se
constituyó la sociedad denominada Jardines de Potrero Uno Sociedad Anónima.—San José,
17 de diciembre del 2021.—Lic. Katherine Vanessa Ruiz Gallo, Notario.—1
vez.—CE2021019139.—( IN2023740570 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las 20 horas 00 minutos del 14 de diciembre del año 2021, se
constituyó la sociedad denominada Minemusa de Los Tejares Sociedad de
Responsabilidad Limitada.—San
José, 17 de diciembre del 2021.—Lic. Rosibel Rojas Alpízar, Notario.—
1 vez.—CE2021019140.—( IN2023740571 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las 14 horas 00 minutos del 15 de diciembre del año 2021, se
constituyó la sociedad denominada Frontera Imports And Provisions Sociedad
de Responsabilidad Limitada.—San
José, 17 de diciembre del 2021.—Lic. Andrea Ruiz Castillo, Notario.—1
vez.—CE2021019141.—( IN2023740572 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las 08 horas 00 minutos del 06 de diciembre del año 2021, se
constituyó la sociedad denominada Argentico Multiservicios A M S Sociedad de
Responsabilidad Limitada.—San
José, 17 de diciembre del 2021.—Lic. Siu Len Wing Ching Jiménez, Notario.—1
vez.—CE2021019142.—( IN2023740573 ).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 13 horas 00 minutos del 02 de
octubre del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Boca Tamales
Sociedad Anónima.—San
José, 17 de diciembre del 2021.—Lic. Oldemar Corrales Valverde, Notario.—1
vez.—CE2021019143.—( IN2023740574 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las 08 horas 00 minutos del 17 de diciembre del año 2021, se
constituyó la sociedad denominada Fénix Tamarindo Sociedad de
Responsabilidad Limitada.—San
José, 17 de diciembre del 2021.—Lic. Rodolfo Enrique Montero Pacheco,
Notario.—1 vez.—CE2021019144.—( IN2023740575 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las 08 horas 00 minutos del 17 de diciembre del año 2021, se
constituyó la sociedad denominada Oromidas Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San
José, 17 de diciembre del 2021.—Lic. Uriel Ortega Hegg, Notario.—1
vez.—CE2021019146.—( IN2023740576 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las 10 horas 00 minutos del 15 de diciembre del año 2021, se
constituyó la sociedad denominada Ms Mission Solution Sociedad de
Responsabilidad Limitada.—San
José, 17 de diciembre del 2021.—Lic. Felipe Cordero Espinoza, Notario.—1 vez.—
CE2021019147.—( IN2023740577 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las 16 horas 30 minutos del 10 de diciembre del año 2021, se
constituyó la sociedad denominada F P A Transportes Sociedad Anónima.—San
José, 17 de diciembre del 2021.—Lic. José Aquiles Mata Porras, Notario.—1
vez.—CE2021019148.—( IN2023740578 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las 15 horas 35 minutos del 16 de diciembre del año 2021, se
constituyó la sociedad denominada Gale Force Analytical Sociedad de
Responsabilidad Limitada.—San
José, 17 de diciembre del 2021.—Lic. Yancy Gabriela Araya Pérez, Notario.—1
vez.—CE2021019150.—( IN2023740579 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las 09 horas 30 minutos del 17 de diciembre del año 2021, se
constituyó la sociedad denominada Thornton Executive LLC Sociedad Anónima.—San
José, 17 de diciembre del 2021.—Lic. Einar José Villavicencio López, Notario.—1
vez.—CE2021019151.—( IN2023740580 ).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 16 horas 00 minutos del 06 de
diciembre del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Inversiones
Garso Y Garos Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 17 de diciembre del
2021.—Lic. Michael Mauricio Jiménez Fernández, Notario.—1 vez.—CE2021019155.—(
IN2023740581 )
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las 10 horas 55 minutos del 10 de diciembre del año 2021, se
constituyó la sociedad denominada Safe Zone G Cinco Sociedad de
Responsabilidad Limitada.—San
José, 17 de diciembre del 2021.—Lic. Giordano Zeffiro Caravaca, Notario.—1
vez.—CE2021019157.—( IN2023740582 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las 15 horas 00 minutos del 16 de diciembre del año 2021, se
constituyó la sociedad denominada Arod Corporation Sociedad de
Responsabilidad Limitada.—San
José, 17 de diciembre del 2021.—Lic. Marco Vinicio Castegnaro Montealegre,
Notario.—1 vez.—CE2021019154.—( IN2023740583 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las 08 horas 30 minutos del 16 de diciembre del año 2021, se
constituyó la sociedad denominada HSVEHUOI Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San
José, 17 de diciembre del 2021.—Licda. María Yuliana Bustamante Tanchez,
Notaria.—
1 vez.—CE2021019158.—( IN2023740584 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las 15 horas 00 minutos del 14 de diciembre del año 2021, se
constituyó la sociedad denominada Catan Blue Line Limitada.—San José, 17 de diciembre del
2021.—Lic. José Alberto Schroeder Leiva,
Notario.—1 vez.— CE2021019160.—( IN2023740585 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las 14 horas 00 minutos del 15 de diciembre del año 2021, se
constituyó la sociedad denominada TF Mercadeo Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San
José, 17 de diciembre del 2021.—Lic. Dennis José Aguiluz Milla, Notario.—1
vez.—CE2021019161.—( IN2023740586 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las 15 horas 30 minutos del 14 de diciembre del año 2021, se
constituyó la sociedad denominada Catan Management Limitada.—San José, 17 de diciembre del
2021.—Lic. José Alberto Schroeder Leiva, Notario.—1 vez.—CE2021019163.—(
IN2023740587 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las 11 horas 00 minutos del 17 de diciembre del año 2021, se
constituyó la sociedad denominada A&M Seguridad Privada Artola &
Martínez Sociedad Anónima.—San
José, 17 de diciembre del 2021.—Lic. María Lourdes Delgado Jiménez, Notario.—1
vez.—CE2021019164.—( IN2023740588 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría a las 08 horas 00 minutos del 17 de diciembre del año 2021, se
constituyó la sociedad denominada Datatronics Centroamericana D T S Sociedad
de Responsabilidad Limitada.—San
José, 17 de diciembre del 2021.—Lic. Erasmo Enrique Rojas Madrigal, Notario.—1
vez.—CE2021019165.—( IN2023740589 ).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 16 horas 00 minutos del 14 de
diciembre del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Grupo Catan Limitada.—San
José, 17 de diciembre del 2021.—Lic. José Alberto Schroeder Leiva, Notario.—1
vez.— CE2021019166.—( IN2023740590 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las 15 horas 33 minutos del 16 de diciembre del año 2021, se
constituyó la sociedad denominada Stargazer Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San
José, 17 de diciembre del 2021.—Lic. Marcela Patricia Gurdian Cedeño, Notario.—
1 vez.—CE2021019162.—( IN2023740591 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las 13 horas 00 minutos del 16 de diciembre del año 2021, se
constituyó la sociedad denominada Two Thousand Twenty Two Cohen Mastey
Tamarindo Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 17 de diciembre del
2021.—Lic. Juan Manuel Aguilar Víquez, Notario.—1 vez.—CE2021019167.—(
IN2023740592 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las 16 horas 30 minutos del 16 de diciembre del año 2021, se
constituyó la sociedad denominada Adnapo Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San
José, 17 de diciembre del 2021.—Lic. Juan Carlos Radulovich Quijano, Notario.—
1 vez.—CE2021019168.—( IN2023740593 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las 08 horas 00 minutos del 17 de diciembre del año 2021, se
constituyó la sociedad denominada Digibrite Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San
José, 17 de diciembre del 2021.—Licda. Clara Eugenie Alvarado Jiménez,
Notaria.—
1 vez.—CE2021019170.—( IN2023740594 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las 10 horas 00 minutos del 10 de diciembre del año 2021, se
constituyó la sociedad denominada Dot Quk Sociedad Anónima.—San José, 17
de diciembre del 2021.—Licda. Sonia Corella Céspedes, Notario.—1
vez.—CE2021019174.—( IN2023740595 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las 10 horas 00 minutos del 16 de diciembre del año 2021, se
constituyó la sociedad denominada Corporación Inversiones Rivas Y Asociados
S.A Sociedad Anónima.—San José, 17 de diciembre del 2021.—Lic. Ramon María
Yglesias Piza, Notario.—1 vez.—CE2021019175.—( IN2023740596 ).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 11 horas 00 minutos del 07 de
diciembre del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Smart Logistics
SG Limitada.—San José, 17 de diciembre del 2021.—Lic. Javier Escalante
Madrigal, Notario.—1 vez.—CE2021019177.—( IN2023740597 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las 10 horas 00 minutos del 16 de diciembre del año 2021, se
constituyó la sociedad denominada Corporación Vindas Villarreal Sociedad
Anonima.—San José, 17 de diciembre del 2021.—Lic. Vera Violeta Salazar
Rojas, Notario.—1 vez.—CE2021019178.—( IN2023740598 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las 11 horas 15 minutos del 17 de diciembre del año 2021, se
constituyó la sociedad denominada PJK Properties Limitada.—San José, 17 de diciembre del
2021.—Lic. Oscar Manuel Funes Orellana, Notario.—1 vez.—CE2021019179.—(
IN2023740599 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las 07 horas 00 minutos del 10 de noviembre del año 2021, se
constituyó la sociedad denominada La Condesa Sala de Eventos Mie Sociedad de
Responsabilidad Limitada.—San
José, 17 de diciembre del 2021.—Lic. Fabio Alejandro Brenes Arias, Notario.—1
vez.—CE2021019180.—( IN2023740600 ).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 08 horas 00 minutos del 17 de
diciembre del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Zaguán Café Limitada.—San
José, 17 de diciembre del 2021.—Lic. José Matías Tristán Montero, Notario.—1
vez.— CE2021019183.— ( IN2023740602 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría a las 12 horas 00 minutos del 17 de diciembre del año 2021, se
constituyó la sociedad denominada Transportes Unfried Limitada.—San José, 17 de diciembre del
2021.—Lic. Alberto Rojas Chaves, Notario.—1 vez.— CE2021019186.— (IN2023740603
).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las 11 horas 45 minutos del 17 de diciembre del año 2021, se
constituyó la sociedad denominada Guthrie Fenderson Partners Limitada.—San
José, 17 de diciembre del 2021.–Lic. Douglas Alvarado Castro, Notario.—1 vez.—
CE2021019187.— (IN2023740604 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las 14 horas 00 minutos del 19 de noviembre del año 2021, se
constituyó la sociedad denominada Inversiones Zheng Wu Buena Suerte de
Guayabal de Santa Cruz Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 17 de diciembre del
2021.—Lic. María Abigail Ruiz Rosales, Notario.—1 vez.— CE2021019188.— (
IN2023740605 ).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 10 horas 00 minutos del 17 de
diciembre del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Esmarle
Sociedad Anónima.—San
José, 17 de diciembre del 2021.—Lic. Minor Gómez Calvo, Notario.—1 vez.— CE2021019190.— ( IN2023740606).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las 08 horas 25 minutos del 14 de diciembre del año 2021, se
constituyó la sociedad denominada Smarsh Software Solutions and Infotech SCR
Limitada.—San
José, 17 de diciembre del 2021.—Licda. Nadia Chaves Zúñiga, Notaria.—
1 vez.— CE2021019191.— (IN2023740607 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las 16 horas 00 minutos del 16 de diciembre del año 2021, se
constituyó la sociedad denominada Cumbre De Nuestros Sueños Limitada.—San
José, 17 de diciembre del 2021.–Lic. Alejandro Alonso Román González,
Notario.—1 vez.— CE2021019194.— ( IN2023740608 ).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 08 horas 00 minutos del 17 de
diciembre del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Nicatelnet
Sociedad Anónima.—San
José, 17 de diciembre del 2021.–Lic. Roger Mayorga López, Notario.—1 vez.—
CE2021019193.— ( IN2023740609 ).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 12 horas 00 minutos del 17 de
diciembre del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Servicios
Fiduciarios y de Custodia BCB Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 17 de diciembre del
2021.—Licda. Ana Lidiette Solís Zamora, Notaria.—1 vez.—CE2021019195.— ( IN
2023740610 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las 11 horas 00 minutos del 18 de noviembre del año 2021, se
constituyó la sociedad denominada Familia Bustos Duarte Bd Sa Sociedad Anonima.—San
José, 17 de diciembre del 2021.—Lic. Marlon Enrique Aguilar Carrillo,
Notario.—1 vez.— CE2021019197.— ( IN2023740611 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las 14 horas 00 minutos del 17 de diciembre del año 2021, se
constituyó la sociedad denominada Aduanera Internacional Sociedad Anónima.—San
José, 17 de diciembre del 2021.—Lic. Olivia Vanegas Zúñiga, Notario.—1 vez.—
CE2021019198.— ( IN2023740612 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las 15 horas 00 minutos del 08 de diciembre del año 2021, se
constituyó la sociedad denominada Innovated Building Resources Limitada.—San
José, 17 de diciembre del 2021.—Lic. Laura Gabriela Chaverri Gómez, Notaria.—
1 vez.— CE2021019199.— ( IN2023740613 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las 16 horas 00 minutos del 15 de diciembre del año 2021, se constituyó
la sociedad Denominada Innovaciones Ambientales Cr Sociedad de
Responsabilidad Limitada.—San
José, 17 de diciembre del 2021.—Lic. Belzert Espinoza Cruz, Notario.—1 vez.— CE2021019200.— ( IN2023740614 ).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 09 horas 00 minutos del 14 de
diciembre del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Ornisha
Investments Brothers Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 17 de diciembre del
2021.—Licda. María José Chaves Cavallini, Notaria.—1 vez.—CE2021019203.—(
IN2023740615 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las 15 horas 00 minutos del 17 de diciembre del año 2021, se
constituyó la sociedad denominada Salty Kisses LLC Limitada. San José,
17 de diciembre del 2021.–Lic. Carlos José Oreamuno Morera, Notario.—1
vez.— CE2021019202.— ( IN2023740616 ).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 13 horas 00 minutos del 07 de
diciembre del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Consultores
Profesionales Chaves & Asociados Sociedad Anónima.—San José, 17 de diciembre del
2021.—Lic. Cristian Alejandro Chaverri Acosta, Notario.—
1 vez.— CE2021019204.— ( IN2023740617 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las 14 horas 30 minutos del 17 de diciembre del año 2021, se constituyó
la sociedad denominada Bombs Management Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San
José, 17 de diciembre del 2021.—Licda. Adriana Silva Rojas, Notaria.—
1 vez.— CE2021019205.— ( IN2023740618 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las 16 horas 30 minutos del 08 de diciembre del año 2021, se
constituyó la sociedad denominada Guarumo Carrillo Desarrollos Sociedad Anónima.—San
José, 17 de diciembre del 2021.—Lic. José Pablo Mata Ferreto, Notario.—1 vez.—
CE2021019206.— ( IN2023740619 ).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 08 horas 20 minutos del 06 de
diciembre del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Liftium
Sociedad Anónima.—San
José, 17 de diciembre del 2021.—Lic. Rocío Zamora Moya, Notario.—1 vez.—
CE2021019207.— ( IN2023740620 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las 08 horas 00 minutos del 17 de diciembre del año 2021, se
constituyó la sociedad denominada Proyecto del Norte H & D Sociedad Anónima.—San
José, 18 de diciembre del 2021.—Lic. Johanny Esquivel Hidalgo, Notario.—1 vez.—
CE2021019208.— ( IN2023740622 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las 08 horas 00 minutos del 20 de diciembre del año 2021, se
constituyó la sociedad denominada Amg Valle del Río Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 20 de diciembre del
2021.—Lic. Ballardo Ávalos
Sequeira, Notario.—1 vez.— CE2021019285.—( IN2023740624 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las 14 horas 00 minutos del 17 de diciembre del año 2021, se
constituyó la sociedad denominada Grupo de Desarrollo UHF Sociedad de
Responsabilidad Limitada.—San
José, 20 de diciembre del 2021.—Lic. Luis Fernando Elizondo Murillo, Notario.—1
vez.—CE2021019286.—( IN2023740625 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las 09 horas 30 minutos del 07 de diciembre del año 2021, se
constituyó la sociedad denominada Three Solutions Sociedad de
Responsabilidad Limitada.—San
José, 21 de diciembre del 2021.—Lic. Jorge Hernández Calvo, Notario.—
1 vez.— CE2021019287.— ( IN2023740626 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las 20 horas 00 minutos del 20 de diciembre del año 2021, se
constituyó la sociedad denominada DGS Sistemas INFACCOCR Sociedad de
Responsabilidad Limitada.—San
José, 21 de diciembre del 2021.—Lic. Marcelo Antonio Wilson Cole, Notario.—1
vez.—CE2021019289.—( IN2023740627 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las 12 horas 00 minutos del 06 de diciembre del año 2021, se
constituyó la sociedad denominada Nicoya Osiris Holdings Limitada.—San
José, 21 de diciembre del 2021.—Lic. Juan Carlos Montero Villalobos,
Notario.—1 vez.— CE2021019288.— ( IN2023740628 ).
Mediante escritura otorgada ante esta
notaría, a las 18 horas 00 minutos del 14 de diciembre del año 2021, se
constituyó la sociedad denominada Grupo Romogu XXI Sociedad de
Responsabilidad Limitada.—San
José, 20 de diciembre del 2021.—Lic. Alexis Monge Barboza, Notario.—
1 vez.— CE2021019236.—( IN2023740630 ).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 10 horas 00 minutos del 17 de
diciembre del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Be Reason
Sociedad Anónima.—San
José, 20 de diciembre del 2021.—Lic. Ana Grettel Chaves Loria, Notario.—1 vez.—
CE2021019237.— ( IN2023740631 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las 17 horas 00 minutos del 13 de diciembre del año 2021, se
constituyó la sociedad denominada Propiedades Raúl Méndez Sociedad Anónima.—San
José, 20 de diciembre del 2021.—Lic. Sergio Vargas López, Notario.—1 vez.— CE2021019238.— ( IN2023740632
).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las 14 horas 30 minutos del 16 de diciembre del año 2021, se
constituyó la sociedad denominada Phoenix Eco Farms Sociedad de
Responsabilidad Limitada.—San
José, 20 de diciembre del 2021.—Lic. José Antonio Guerrero Guevara, Notario.—1
vez.— CE2021019239.— ( IN2023740633 ).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 15 horas 00 minutos del 10 de
diciembre del año 2021, se constituyó la sociedad denominada JFM&MSS
Sociedad Anónima.—San José, 20 de diciembre del
2021.—Lic. Xinia Alfaro Mena, Notario.—1 vez.—CE2021019241.—( IN2023740634 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las 10 horas 30 minutos del 17 de diciembre del año 2021, se
constituyó la sociedad denominada Reason Publicidad Creativa Sociedad Anónima.—San
José, 20 de diciembre del 2021.—Lic. Ana Grettel Chaves Loria, Notario.—1 vez.—
CE2021019242.— ( IN2023740635 ).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 09 horas 30 minutos del 15 de
diciembre del año 2021, se constituyó la sociedad denominada La Resortera
Producciones Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 20 de diciembre del
2021.—Lic. Marco Antonio Castro Navarro, Notario.—1 vez.— CE2021019243.— (
IN2023740636 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las 10 horas 00 minutos del 20 de diciembre del año 2021, se
constituyó la sociedad denominada Naz del Oeste Sociedad Anónima.—San José, 20 de diciembre del
2021.—Lic. José Manuel Gutiérrez Gutiérrez, Notario.—1 vez.— CE2021019244.— (
IN2023740637 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las 10 horas 00 minutos del 16 de diciembre del año 2021, se
constituyó la sociedad denominada Inversiones Corporación Rivas M Y F
Sociedad Anónima.—San
José, 20 de diciembre del 2021.—Lic. Ramon María Yglesias Piza, Notario.—
]1 vez.— CE2021019245.— ( IN2023740638 ).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 11 horas 30 minutos del 20 de
diciembre del año 2021, se constituyó la sociedad denominada The Asset
Management Company Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 20 de diciembre del
2021.—Lic. Eduardo Alfonso Márquez Fernández, Notario.—1 vez.—CE2021019246.—(
IN2023740639 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las 11 horas 15 minutos del 20 de diciembre del año 2021, se
constituyó la sociedad denominada White Board Vison LLC Limitada.—San José, 20 de diciembre del
2021.—Lic. Carlos José Oreamuno Morera, Notario.—1 vez.— CE2021019247.—(
IN2023740640 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las 14 horas 00 minutos del 17 de diciembre del año 2021, se
constituyó la sociedad denominada Grupo Uhf Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San
José, 20 de Diciembre del 2021.—Lic. Luis Fernando Elizondo Murillo, Notario.—
1 vez.— CE2021019248.— (IN2023740641 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las 09 horas 00 minutos del 20 de diciembre del año 2021, se
constituyó la sociedad denominada Casa Blue Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San
José, 20 de diciembre del 2021.—Lic. Erika Vanessa Montero Corrales, Notario.—
1 vez.— CE2021019249.— ( IN2023740642 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las 11 horas 30 minutos del 20 de diciembre del año 2021, se
constituyó la sociedad denominada Manifest This LLC Limitada.—San José, 20 de diciembre del
2021.—Lic. Carlos José Oreamuno Morera, Notario.—1 vez.— CE2021019250.— (
IN2023740643 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las 15 horas 00 minutos del 17 de diciembre del año 2021, se
constituyó la sociedad denominada Infarma Valle Azul Sociedad de
Responsabilidad Limitada.—San
José, 20 de diciembre del 2021.—Licda. Marlene Brenes Corrales, Notaria.—1
vez.— CE2021019251.— ( IN2023740644 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las 14 horas 00 minutos del 18 de diciembre del año 2021, se
constituyó la sociedad denominada Servicios de Hostería Los Toneles Sociedad Anónima.—San José, 20 de diciembre del 2021.—Lic. William Villegas Badilla,
Notario.—
1 vez.— CE2021019252.— ( IN2023740645 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las 14 horas 30 minutos del 18 de diciembre del año 2021, se
constituyó la sociedad denominada Tu Closet Vip Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San
José, 20 de diciembre del 2021.—Lic. WILLIAM VILLEGAS BADILLA, Notario.—
1 vez.— CE2021019253.— ( IN2023740646 ).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 16 horas 00 minutos del 14 de
diciembre del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Star Automation
Technologies Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 20 de diciembre del
2021.–Lic. Marcela Patricia Gurdian Cedeño, Notario.—1 vez.— CE2021019254.— (
IN2023740647 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las 14 horas 00 minutos del 17 de diciembre del año 2021, se
constituyó la sociedad denominada Aduanera y Transporte Internacional
F&K Sociedad Anónima.—San
José, 20 de diciembre del 2021.—Licda. Olivia Vanegas Zúñiga, Notaria.—1
vez.—CE2021019255.—( IN2023740648 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las 20 horas 00 minutos del 20 de diciembre del año 2021, se
constituyó la sociedad denominada Codeinsa Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San
José, 20 de diciembre del 2021.—Lic. Jorge Johanning Mora, Notario.—1 vez.— CE2021019256.—
( IN2023740649 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las 11 horas 30 minutos del 17 de diciembre del año 2021, se
constituyó la sociedad denominada Aldea Pura Vida J J V N Sociedad de
Responsabilidad Limitada.—San
José, 20 de diciembre del 2021.—Lic. Roy Gustavo Quesada Rodríguez, Notario.—1
vez.—CE2021019258.—( IN2023740650 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las 08 horas 00 minutos del 20 de diciembre del año 2021, se
constituyó la sociedad denominada R C Lab Equipos Y Suministros de
Laboratorios Sociedad Anonima.—San
José, 20 de diciembre del 2021.–Lic. Marianella Coto Porras, Notario.—1 vez.—
CE2021019259.— ( IN2023740651 ):
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las 14 horas 00 minutos del 17 de diciembre del año 2021, se
constituyó la sociedad denominada Credi Premium Sociedad de Responsabilidad
Limitada.—San José, 20 de diciembre del
2021.—Lic. Kenneth Francisco Muñoz Ureña, Notario.—
1 vez.— CE2021019260.— ( IN2023740652 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las 10 horas 00 minutos del 13 de diciembre del año 2021, se
constituyó la sociedad denominada Comercializadora Porras Fallas Sociedad de
Responsabilidad Limitada.—San
José, 20 de diciembre del 2021.—Licda. Ana Yansy Rojas Villarreal, Notaria.—1
vez.—CE2021019261.—( IN2023740653 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las 14 horas 00 minutos del 17 de diciembre del año 2021, se
constituyó la sociedad denominada Productos Ingieneriles Pisa Sociedad de
Responsabilidad Limitada.—San
José, 20 de diciembre del 2021.—Lic. Guillermo Guerrero Corrales, Notario.—1
vez.— CE2021019262.— ( IN2023740654 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las 18 horas 00 minutos del 16 de diciembre del año 2021, se
constituyó la sociedad denominada ANECC Servicios Médicos Sociedad Anónima.
—San José, 20 de diciembre del 2021.—Lic. Jorge Walter Ruiz González, Notario.—
1 vez.— CE2021019263.— ( IN2023740655 ).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 08 horas 00 minutos del 18 de
diciembre del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Inversora
Iconalbank Limitada.—San
José, 20 de diciembre del 2021.—Lic. Douglas Alvarado Castro, Notario.—1 vez.—
CE2021019264.— ( IN2023740656 ).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría,
a las 09 horas 00 minutos del 20 de diciembre del año 2021, se constituyó la
sociedad denominada PV Delicias Holdings Sociedad Anónima.—San José, 20 de diciembre del
2021.—Lic.Walter Xavier Niehaus Bonilla, Notario.—1 vez.— CE2021019266.— (
IN2023740657 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las 00 horas 30 minutos del 08 de diciembre del año 2021, se
constituyó la sociedad Denominada Maderas Fachagu Sociedad Anónima.—San
José, 20 de diciembre del 2021.—Lic. David Heriberto Torres Soto, Notario.—11
vez.— CE2021019265.—( IN2023740658 ).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 12 horas 00 minutos del 20 de
diciembre del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Desarrolladora
Y Constructora El Real Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 20 de diciembre del
2021.—Lic. Marisol Pereira Hernández, Notario.—1 vez.— CE2021019267.—(
IN2023740659 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las 16 horas 00 minutos del 16 de diciembre del año 2021, se
constituyó la sociedad denominada Cajuiles de las Cumbres Limitada.—San José, 20 de diciembre del
2021.—Lic. Alejandro Alonso Román González, Notario.—1 vez.— CE2021019268.—( IN2023740660 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las 16 horas 25 minutos del 13 de noviembre del año 2021, se
constituyó la sociedad denominada Asesorías Y Soluciones Químicas H Y G
Sociedad Anónima.—San
José, 20 de diciembre del 2021.—Lic. Christian Vinicio Castro Marín, Notario.—1
vez.— CE2021019269.—( IN2023740661 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las 16 horas 20 minutos del 16 de diciembre del año 2021, se
constituyó la sociedad denominada Comercializadora Zelma de Costa Rica
Sociedad Anónima.—San
José, 20 de diciembre del 2021.—Lic. Meylin Francella Rodríguez Urtecho,
Notario.—1 vez.—CE2021019270.—( IN2023740662 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las 08 horas 00 minutos del 16 de diciembre del año 2021, se
constituyó la sociedad denominada Rymarsol Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San
José, 20 de diciembre del 2021.—Lic. Roberto José Araya Lao, Notario.—1 vez.—
CE2021019272.—( IN2023740663 ).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 07 horas 00 minutos del 25 de
noviembre del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Abudikin
Sociedad Anónima.—San
José, 20 de diciembre del 2021.—Lic. Rodolfo Solis Rodríguez, Notario.—1
vez.—CE2021019274.—( IN2023740664 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las 15 horas 00 minutos del 20 de diciembre del año 2021, se
constituyó la sociedad denominada Casa Sorpresa Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San
José, 20 de diciembre del 2021.—Lic. Andrés Montejo Morales, Notario.—1 vez.—
CE2021019276.—( IN2023740665 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las 16 horas 00 minutos del 20 de diciembre del año 2021, se
constituyó la sociedad denominada Rastrema Limitada.—San José, 20 de diciembre del
2021.—Lic. Walter Cambronero Miranda, Notario.—1 vez.— CE2021019277.—(
IN2023740666 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las 09 horas 30 minutos del 20 de diciembre del año 2021, se
constituyó la sociedad denominada WKOCR Sociedad Anónima.—San José, 20 de diciembre del
2021.—Lic. José Francisco Acevedo Gutiérrez, Notario.—1 vez.— CE2021019279.—(
IN2023740667 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las 12 horas 00 minutos del 16 de diciembre del año 2021, se
constituyó la sociedad denominada Inversiones AAA Sociedad de
Responsabilidad Limitada.—San
José, 20 de diciembre del 2021.—Lic. Sarita Pradilla Conejo, Notaria.—
1 vez.— CE2021019281.—( IN2023740668 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las 12 horas 00 minutos del 02 de diciembre del año 2021, se
constituyó la sociedad denominada Asesores Empresariales CQ Sociedad de
Responsabilidad Limitada.—San
José, 20 de diciembre del 2021.—Lic. José Quintín López Ramírez, Notario.—1 vez.—
CE2021019280.—( IN2023740669 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las 15 horas 00 minutos del 09 de diciembre del año 2021, se
constituyó la sociedad denominada Vista Las Palmas Catorce C Sociedad de
Responsabilidad Limitada.—San José, 20 de
diciembre del 2021.—Lic. Geraldin Vargas Rodríguez, Notario.—1
vez.—CE2021019282.—( IN2023740670 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las 12 horas 00 minutos del 25 de septiembre del año 2021, se
constituyó la sociedad denominada Geas Consultores Sociedad de
Responsabilidad Limitada.—San
José, 20 de diciembre del 2021.—Lic. Sandra Isabel González Pinto, Notaria.—1
vez.—CE2021019283.—( IN2023740671 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las 18 horas 00 minutos del 20 de diciembre del año 2021, se
constituyó la sociedad denominada Zona Monterreal Sociedad Anónima.—San
José, 20 de diciembre del 2021.—Lic. Jorge Esteban Valenciano Gutiérrez,
Notario.—1 vez.—CE2021019284.—( IN2023740672 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría a las 08 horas 00 minutos del 17 de diciembre del año 2021, se
constituyó la sociedad denominada Idealismo Y Creatividad LMT Sociedad Anónima.—San
José, 20 de diciembre del 2021.—Licda. Ester Moya Jiménez, Notaria.—1
vez.—CE2021019210.—( IN2023740673 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las 11 horas 00 minutos del 18 de diciembre del año 2021, se
constituyó la sociedad denominada El Queque Entero Sociedad de
Responsabilidad Limitada.—San
José, 20 de diciembre del 2021.—Lic. Einar José Villavicencio López, Notario.—1
vez.—CE2021019209.—( IN2023740674 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría a las 15 horas 00 minutos del 14 de diciembre del año 2021, se
constituyó la sociedad denominada Priority Service de Grecia Sociedad de
Responsabilidad Limitada.—San
José, 20 de diciembre del 2021.—Lic. German Jerry Campos Monge, Notario.—1 vez.—CE2021019212.—(
IN2023740675 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las 08 horas 00 minutos del 20 de diciembre del año 2021, se
constituyó la sociedad denominada Casa Rica Amyot Sociedad de
Responsabilidad Limitada.—San
José, 20 de diciembre del 2021.—Lic. María Gabriela Gómez Miranda, Notario.—1
vez.—CE2021019214.—( IN2023740676 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las 12 horas 00 minutos del 18 de diciembre del año 2021, se
constituyó la sociedad denominada Remodelaciones Garro Sociedad de
Responsabilidad Limitada.—San
José, 20 de diciembre del 2021.—Lic. Maribel Salazar Herrera, Notario.—
1 vez.—CE2021019215.—( IN2023740677 ).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 09 horas 00 minutos del 17 de
diciembre del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Ortima Sociedad
Anónima.—San
José, 20 de diciembre del 2021.—Lic. Gerardo Madrigal Acuña, Notario.—1
vez.—CE2021019216.—( IN2023740678 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las 11 horas 00 minutos del 17 de diciembre del año 2021, se
constituyó la sociedad denominada Jawan Limitada.—San José, 20 de diciembre del
2021.—Lic. Alan Masis Angulo, Notario.—1 vez.—CE2021019217.—( IN2023740679 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las 12 horas 00 minutos del 06 de diciembre del año 2021, se
constituyó la sociedad denominada Rincón Rentals CR Limitada.—San José, 20 de diciembre del
2021.—Lic. Gonzalo José Rojas Benavides, Notario.—1 vez.—CE2021019218.—(
IN2023740680 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las 14 horas 00 minutos del 13 de diciembre del año 2021, se
constituyó la sociedad denominada Transguvi M & H Sociedad Anónima.—San
José, 20 de diciembre del 2021.—Lic. Giovanni Jiménez Montero, Notario.—1
vez.—CE2021019219.—( IN2023740681 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las 09 horas 45 minutos del 17 de diciembre del año 2021, se
constituyó la sociedad denominada Ingetec Mchmg Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San
José, 20 de diciembre del 2021.—Lic. Oscar Porras Cascante, Notario.—1 vez.—CE2021019220.—(
IN2023740682 ).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 08 horas 00 minutos del 18 de
diciembre del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Inversora
Iconal Limitada.—San
José, 20 de diciembre del 2021.—Lic. Douglas Alvarado Castro, Notario.—1 vez.—
CE2021019221.—( IN2023740683 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las 08 horas 00 minutos del 13 de diciembre del año 2021, se
constituyó la sociedad denominada Servicios de Seguridad Privada Los Solano
Sociedad Anónima.—San
José, 20 de diciembre del 2021.—Lic. Diego Alberto Delgadillo Rodríguez,
Notario.—1 vez CE2021019222.—( IN2023740684 ).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 08 horas 00 minutos del 20 de
diciembre del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Finca Colocho Limitada.—San
José, 20 de diciembre del 2021.—Lic. Ian Mauricio Marín Sevilla, Notario.—1
vez.—CE2021019223.—( IN2023740685 ).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 08 horas 00 minutos del 20 de
diciembre del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Asesorías Xijor
Sociedad Anónima.—San
José, 20 de diciembre del 2021.—Lic. Grace Marie Robinson Arias, Notario.—1
vez.—CE2021019224.—( IN2023740686 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las 15 horas 00 minutos del 18 de diciembre del año 2021, se
constituyó la sociedad denominada Massage By Arthur Sociedad de
Responsabilidad Limitada.—San
José, 20 de diciembre del 2021.—Lic. Manuel Antonio Marín Ruiz, Notario.—1
vez.— CE2021019228.—( IN2023740687 ).
En esta notaría mediante escritura
otorgada a las 15 horas del 09 de marzo del 2023, Grupo Corporativo La
Rivera S. A., con cédula 3-101-854004 se reforma la cláusula quinta del
pacto constitutivo, aumentando su capital social.—Cartago,
09 de marzo del 2023.—Lic. Jorge Enrique Monge Jiménez, Notario Público.—1
vez.—( IN2023740688 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las 15 horas 00 minutos del
25 de noviembre del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Steambox
Sociedad Anónima.—San
José, 20 de diciembre del 2021.—Lic. Mario Alberto Rodríguez Vargas, Notario.—1
vez.—CE2021019227.—( IN2023740689 ).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 11 horas 00 minutos del 10 de diciembre
del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Conjunto Habitacional
Zona Azul Chaza Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 20 de diciembre del
2021.—Lic. Fredy Alonso Ramírez Rodríguez, Notario.—1 vez.—CE2021019229.—(
IN2023740690 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las 00 horas 30 minutos del 08 de diciembre del año 2021, se
constituyó la sociedad denominada Madera Fachagu Sociedad Anónima.—San José, 20 de diciembre del
2021.—Lic. David Heriberto Torres Soto, Notario.—1 vez.— CE2021019231.—(
IN2023740691 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las 14 horas 30 minutos del 17 de diciembre del año 2021, se
constituyó la sociedad denominada Luz Verde de Jesús Llc Sociedad de
Responsabilidad Limitada.—San José, 20 de diciembre del 2021.—Lic. Roger
Allen Petersen Morice, Notario.—1 vez.— CE2021019230.—( IN2023740692 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las 09 horas 00 minutos del 17 de diciembre del año 2021, se
constituyó la sociedad denominada Sociedad Ostricola y Mariscos del Golfo
Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 20 de diciembre del 2021.—Licda. Laura
Patricia Ulloa Albertazzi, Notaria.—1 vez.— CE2021019232.—( IN2023740693 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las 08 horas 00 minutos del 20 de diciembre del año 2021, se
constituyó la sociedad denominada Poas Bioenergy Sociedad Anónima.—San José, 20 de diciembre del
2021.—Lic. Yuri Alexander Herrera Ulate, Notario.—1 vez.—CE2021019233.—(
IN2023740694 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las 18 horas 00 minutos del 16 de diciembre del año 2021, se
constituyó la sociedad denominada ACC Servicios Médicos Sociedad Anónima.—San
José, 20 de diciembre del 2021.—Lic. Jorge Walter Ruiz González, Notario.—1
vez.—CE2021019234.—( IN2023740695 ).
En esta notaría por escritura
otorgada a las 14 horas con 30 minutos del 09 de marzo del 2023 Inversiones
Mundo Remate S.A., cédula 3-101-845749, se reformó la cláusula quinta del
pacto constitutivo, aumentando su capital social.—Cartago,
09 de marzo del 2023.—Lic. Jorge Enrique Monge Jiménez, Notario Público.—1
vez.—( IN2023740696 ).
Por escritura
otorgada ante mi notaría, a las diecisiete horas del ocho de marzo del dos mil
veintitrés, la Sociedad Anónima denominada Agrícola El Cedrón S A cédula de persona jurídica número: tres-
ciento uno- cero seis siete cinco nueve seis, domiciliada en Alajuela, Grecia,
realiza cambio de junta directiva y reforma al pacto constitutivo
correspondiente a la representación.—Grecia,
veintiocho de marzo del 2023.—Lic. Greivin Barrantes Barrantes, Notario.—1 vez.—(
IN2023740698 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las 12 horas 00 minutos del 11 de diciembre del año 2021, se
constituyó la sociedad denominada Tucán Post Jowa Company Sociedad Anónima.—San
José, 22 de diciembre del 2021.—Lic. Edwin Ramírez Chacón, Notario.—1
vez.—CE2021019290.—( IN2023740699 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las 11 horas 00 minutos del 21 de diciembre del año 2021, se
constituyó la sociedad denominada Bristlecone Internacional Costa Rica
Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 22 de diciembre del 2021.—Lic. Tracy
Varela Calderon, Notario.—1 vez.—CE2021019291.—( IN2023740700 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las 15 horas 00 minutos del 05 de diciembre del año 2021, se
constituyó la sociedad denominada El Principe Spicy Sociedad de
Responsabilidad Limitada.—San
José, 23 de diciembre del 2021.—Licda. Viviana Castro Alvarado, Notaria.—1
vez.—CE2021019294.—( IN2023740701 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las 09 horas 00 minutos del 17 de diciembre del año 2021, se
constituyó la sociedad denominada Soluciones Ortigod Sociedad Anónima.— San
José, 23 de diciembre del 2021.—Lic. Gerardo Madrigal Acuña, Notario.—1 vez.—
CE2021019296.—( IN2023740702 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las 08 horas 00 minutos del 20 de diciembre del año 2021, se
constituyó la sociedad denominada Poas Gasificación Sociedad Anónima.—San
José, 23 de diciembre del 2021.—Licda. Yuri Alexander Herrera Ulate, Notaria.—1
vez.— CE2021019295.—( IN2023740703 ).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 13 horas 00 minutos del 21 de
diciembre del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Fenix Corp
Sociedad Anónima.—
San José, 23 de diciembre del 2021.—Lic. Paola Vargas Castillo, Notario.—1
vez.—CE2021019297.—( IN2023740704 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las 14 horas 30 minutos del 21 de diciembre del año 2021, se
constituyó la sociedad denominada Media Finca Alvarado Freer Sociedad Anónima.—San
José, 23 de diciembre del 2021.—Lic. Eduardo Enrique Hernández Vargas,
Notario.—
1 vez.—CE2021019298.—( IN2023740705 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las 08 horas 00 minutos del 21 de diciembre del año 2021, se
constituyó la sociedad denominada Expats Dream Come True Cr Sociedad Anónima.— San
José, 23 de diciembre del 2021.—Licda. Xinia María Arias Naranjo, Notaria.—1
vez.— CE2021019299.—( IN2023740706 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las 18 horas 00 minutos del 14 de diciembre del año 2021, se
constituyó la sociedad denominada BCR Leasing Sociedad Anónima.— San José, 23 de diciembre del
2021.—Lic. Mario Enrique Calvo Achoy,
Notario.—1 vez.— CE2021019300.—( IN2023740707 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las 08 horas 51 minutos del 21 de diciembre del año 2021, se
constituyó la sociedad denominada CORPSOL Costa Rica Sociedad de
Responsabilidad Limitada.—
San José, 23 de diciembre del 2021.—Lic. Merelyn Alvarado Robles, Notario.—1
vez.— CE2021019301.—( IN2023740708 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las 14 horas 00 minutos del 17 de diciembre del año 2021, se
constituyó la sociedad denominada Inmobiliaria Alcema & Gordazo Sociedad
Anónima.—
San José, 23 de diciembre del 2021.—Lic. Alejandro José Arguello Leiva,
Notario.—
1 vez.— CE2021019302.—( IN2023740709 ).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 15 horas 00 minutos del 22 de
diciembre del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Casa de Murales
Limitada.—San
José, 23 de diciembre del 2021.—Lic. Alberto Pauly Sáenz, Notario.—1 vez.—
CE2021019304.—( IN2023740710 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las 11 horas 00 minutos del 16 de noviembre del año 2021, se
constituyó la sociedad denominada Ingenieria y Arquitectura Gonzvar del
Pacifico Sociedad Anónima.—
San José, 23 de diciembre del 2021.—Lic. Ana Grettel Chaves Loria, Notario.—1
vez.— CE2021019303.—( IN2023740711 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las 09 horas 00 minutos del 20 de diciembre del año 2021, se
constituyó la sociedad denominada Casa Azurra Oltremare Sociedad de
Responsabilidad Limitada.—
San José, 23 de diciembre del 2021.—Lic. Erika Vanessa Montero Corrales,
Notario.—1 vez.— CE2021019306.—( IN2023740712 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las 20 horas 00 minutos del 20 de diciembre del año 2021, se
constituyó la sociedad denominada Telseg Sociedad Anónima.— San José, 23 de diciembre del
2021.—Lic. Ana Marcela Quesada Salas,
Notario.—1 vez.— CE2021019307.—( IN2023740713 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las 15 horas 00 minutos del 21 de diciembre del año 2021, se
constituyó la sociedad denominada CRGV Water Tours Sociedad de Responsabilidad
Limitada.—
San José, 23 de diciembre del 2021.—Lic. Alejandro José Burgos Bonilla,
Notario.—1 vez.— CE2021019305.—( IN2023740714 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las 10 horas 00 minutos del 22 de diciembre del año 2021, se
constituyó la sociedad denominada Mabesa de San Ramon Sociedad Anónima.— San
José, 23 de diciembre del 2021.—Lic. Ana Marcela Quesada Salas, Notario.—1
vez.— CE2021019309.—( IN2023740715 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las 19 horas 00 minutos del 20 de diciembre del año 2021, se
constituyó la sociedad denominada Phoenix GFE Sociedad de Responsabilidad Limitada.— San
José, 23 de diciembre del 2021.—Licda. María Fernanda Monge Quesada, Notaria.—1
vez.—CE2021019308.—( IN2023740716 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las 10 horas 30 minutos del 21 de diciembre del año 2021, se
constituyó la sociedad denominada Servicios Logísticos del Pacifico Limitada.—San
José, 23 de diciembre del 2021.—Lic. Luis Alonso Aguilar Segura, Notario.—1
vez.— CE2021019310.—( IN2023740717 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las 13 horas 00 minutos del 22 de diciembre del año 2021, se
constituyó la sociedad denominada Construcciones Tecnológicas HM Sociedad Anónima.— San
José, 23 de diciembre del 2021.—Lic. Karen Otárola Luna, Notario.—
1 vez.— CE2021019313.—( IN2023740718 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las 18 horas 00 minutos del 17 de diciembre del año 2021, se
constituyó la sociedad denominada Distribuidora Axka de Centroamérica
Sociedad Sociedad Anónima.—
San José, 23 de diciembre del 2021.—Lic. Randall Dávila Soto, Notario.—1 vez.—
CE2021019311.—( IN2023740719) .
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las 10 horas 30 minutos del 06 de diciembre del año 2021, se
constituyó la sociedad denominada GLR Consorcio Comercial Sociedad Anónima.—San
José, 23 de diciembre del 2021.—Lic. Milena Valverde Mora, Notario.—1 vez.—
CE2021019315.—( IN2023740720 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las 13 horas 13 minutos del 21 de diciembre del año 2021, se
constituyó la sociedad denominada Inversiones y Soluciones Dk Sociedad de
Responsabilidad Limitada.—
San José, 23 de diciembre del 2021.—Lic. Giovanni Hernández Mora, Notario.—1
vez.—CE2021019314.—( IN2023740721 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las 13 horas 00 minutos del 21 de diciembre del año 2021, se
constituyó la sociedad denominada Ego Marketing Solutions Sociedad de
Responsabilidad Limitada.—San
José, 23 de diciembre del 2021.—Licda. Maribel Salazar Herrera, Notaria.—1
vez.—CE2021019316.—( IN2023740722 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría a las 18 horas 00 minutos del 22 de diciembre del año 2021, se
constituyó la sociedad denominada Eventhorizon Sociedad Anónima.—San
José, 23 de diciembre del 2021.—Lic. Ana Graciela Alvarenga Jiménez, Notario.—1
vez.—CE2021019317.—( IN2023740723 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta Notaría a las 16 horas 00 minutos del 21 de diciembre del año 2021, se
constituyó la sociedad denominada Gran Vista Rica Production LLC Sociedad de
Responsabilidad Limitada.—San
José, 23 de diciembre del 2021.—Lic. Mariajosé Víquez Alpízar, Notario.—1 vez.—CE2021019318.—( IN2023740724 )
Mediante escritura otorgada ante
esta Notaría a las 09 horas 00 minutos del 22 de diciembre del año 2021, se
constituyó la sociedad denominada Altos del Mar F&O Sociedad de
Responsabilidad Limitada.—San
José, 23 de diciembre del 2021.—Licda. Jessica Alvarado Herrera, Notaria.—1
vez.—CE2021019320.—( IN2023740725 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta Notaría a las 18 horas 00 minutos del 06 de diciembre del año 2021, se
constituyó la sociedad denominada Inversiones El Encanto Cero Seis Sociedad Anónima.—San José, 23 de diciembre del
2021.—Lic. Luis Antonio Salazar Villalobos, Notario.—
1 vez.—CE2021019319.—( IN2023740726 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta Notaría a las 12 horas 00 minutos del 21 de diciembre del año 2021, se
constituyó la sociedad denominada Destilados y Vinos La Amistad Sociedad de
Responsabilidad Limitada.—San
José, 23 de diciembre del 2021.—Lic. Edgar Francisco Jiménez Risco, Notario.—1
vez.—CE2021019321.—( IN2023740727 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta Notaría a las 22 horas 00 minutos del 21 de diciembre del año 2021, se
constituyó la sociedad denominada Constructora Energía de Occidente Sociedad
de Responsabilidad Limitada.—San
José, 23 de diciembre del 2021.—Lic. Jorge Johanning Mora, Notario.—1
vez.—CE2021019322.—( IN2023740728 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta Notaría a las 16 horas 30 minutos del 21 de diciembre del año 2021, se
constituyó la sociedad denominada Huacachina Limitada.—San José, 23 de diciembre del
2021.—Lic. Andrés Montejo Morales,
Notario.—1 vez.—CE2021019323.—( IN2023740729 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las 15 horas 00 minutos del 21 de diciembre del año 2021, se
constituyó la sociedad denominada Sertraca Sociedad De Responsabilidad Limitada.—San
José, 23 de diciembre del 2021.—Lic. Alfredo Carazo Ramírez, Notario.—1
vez.—CE2021019324.—( IN2023740730 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las 16 horas 00 minutos del 21 de diciembre del año 2021, se
constituyó la sociedad denominada Lola Life Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San
José, 23 de diciembre del 2021.—Lic. Andrés Montejo Morales, Notario.—1 vez.—CE2021019325.—(
IN2023740731 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las 13 horas 30 minutos del 20 de diciembre del año 2021, se
constituyó la sociedad denominada Smartswimsuits CR Sociedad de
Responsabilidad Limitada.—San
José, 23 de diciembre del 2021.—Licda. Kattia Virginia Barrientos Ureña,
Notaria.—1 vez.—CE2021019326.—( IN2023740732 ).
Mediante escritura
otorgada ante esta notaría, a las 11 horas 30 minutos del 21 de diciembre del
año 2021, se constituyó la sociedad denominada Sol Y Lluvia Del Valle Limitada.—San
José, 23 de diciembre del 2021.—Licda. Silvia Castro Quesada, Notaria.—1
vez.—CE2021019327.—( IN2023740733 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las 18 horas 15 minutos del 21 de diciembre del año 2021, se
constituyó la sociedad denominada Casa Vista Dorada LLC Limitada.—San José, 23 de diciembre del
2021.—Lic. Carlos José Oreamuno Morera, Notario.—1
vez.—CE2021019328.—( IN2023740734 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las 16 horas 30 minutos del 17 de diciembre del año 2021, se
constituyó la sociedad denominada Income Group CRC Limitada.—San José, 23 de diciembre del
2021.—Lic. Gonzalo Vargas Acosta, Notario.—1 vez.—CE2021019329.—( IN2023740735
).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las 16 horas 00 minutos del 17 de diciembre del año 2021, se
constituyó la sociedad denominada Develar Properties Limitada.—San José, 23 de diciembre del
2021.—Lic. Gonzalo Vargas Acosta, Notario.—1 vez.—CE2021019330.—( IN2023740736
).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las 14 horas 16 minutos del 21 de diciembre del año 2021, se
constituyó la sociedad denominada Super Imagen Costa Rica Sociedad De
Responsabilidad Limitada.—San
José, 23 de diciembre del 2021.—Lic. Johnny Barrantes Quesada, Notario.—1
vez.—CE2021019331.—( IN2023740737 ).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 15 horas 40 minutos del 22 de
diciembre del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Jóvenes
Abranzando Exitos Limitada.—San
José, 23 de diciembre del 2021.—Lic. Henry Gómez Pineda,
Notario.—1 vez.—CE2021019332.—( IN2023740738 ).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 14 horas 14 minutos del 21 de
diciembre del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Interconnection
Costa Rica LJMA Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 23 de diciembre del
2021.—Lic. Miguel Ángel Rojas Pacheco, Notario.—1 vez.—CE2021019334.—(
IN2023740739 ).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 20 horas 00 minutos del 21 de
diciembre del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Happy Steps
Sociedad Anónima.—San José, 23 de diciembre del
2021.—Lic. Diego Oporto Mejía, Notario.—1 vez.—CE2021019333.—( IN2023740740 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las 21 horas 00 minutos del 16 de diciembre del año 2021, se
constituyó la sociedad denominada Cultura Por Entretenimiento Culpe Sociedad
Anónima.—San José, 23 de diciembre del
2021.—Lic. Alex Benjamín Gen
Palma, Notario.—1 vez.—CE2021019335.—( IN2023740741 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las 17 horas 00 minutos del 22 de diciembre del año 2021, se
constituyó la sociedad denominada Double T Enterprises Sociedad de
Responsabilidad Limitada.—San
José, 23 de diciembre del 2021.—Lic. Gonzalo Murillo Álvarez, Notario.—
1 vez.—CE2021019337.—( IN2023740742 ).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 10 horas 00 minutos del 22 de
diciembre del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Soluciones
Virtuales JKR del Norte Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 23 de diciembre del
2021.—Licda. Gladys María Marín Villalobos,
Notaria.—1 vez.—CE2021019339.—( IN2023740743 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las 16 horas 20 minutos del 16 de diciembre del año 2021, se
constituyó la sociedad denominada Agroproductos Beze del Norte Sociedad Anónima.—San José, 23 de diciembre del
2021.—Licda. Meylin Francella Rodríguez Urtecho, Notaria.—1 vez.—CE2021019338.—( IN2023740744 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las 14 horas 00 minutos del 17 de diciembre del año 2021, se
constituyó la sociedad denominada Circulo Vanguardia U H S Sociedad De
Responsabilidad Limitada.—San
José, 23 de diciembre del 2021.—Lic. Luis Fernando Elizondo Murillo, Notario.—1
vez.—CE2021019340.—( IN2023740745 ).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 08 horas 00 minutos del 18 de
diciembre del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Inversora
Iconalglobal Limitada.—San
José, 23 de diciembre del 2021.—Lic. Douglas Alvarado Castro, Notario.—1
vez.—CE2021019341.—( IN2023740746 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las 13 horas 00 minutos del 20 de diciembre del año 2021, se
constituyó la sociedad denominada Tres Seis Nueve Sociedad de
Responsabilidad Limitada.—San
José, 23 de diciembre del 2021.—Lic. Melvin Rudelman Wohlstein, Notario.—1
vez.—CE2021019345.—( IN2023740747 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las 07 horas 00 minutos del 18 de diciembre del año 2021, se
constituyó la sociedad denominada Importaciones Inari Sociedad De
Responsabilidad Limitada.—San
José, 23 de diciembre del 2021.—Licda. Gloriana Arias Mora, Notaria.—
1 vez.—CE2021019344.—( IN2023740748 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las 11 horas 30 minutos del 22 de diciembre del año 2021, se
constituyó la sociedad denominada Inversiones Camro Dos Mil Diecisiete
Sociedad De Responsabilidad Limitada.—San José, 23 de diciembre del 2021.—Lic. Carlos
Luis Ramírez Badilla, Notario.—1
vez.—CE2021019343.—( IN2023740749 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las 15 horas 00 minutos del 07 de diciembre del año 2021, se
constituyó la sociedad denominada Northstar P LLC Sociedad Anónima.—San José, 23 de diciembre del
2021.—Lic. Luis Alejandro Vargas Carazo, Notario.—1 vez.—CE2021019348.—(
IN2023740750 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las 11 horas 00 minutos del 22 de diciembre del año 2021, se
constituyó la sociedad denominada Suave Salvaje Sociedad De Responsabilidad Limitada.—San
José, 23 de diciembre del 2021.—Lic. Jefte David Zúñiga Jiménez, Notario.—
1 vez.—CE2021019349.—( IN2023740751 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las 09 horas 00 minutos del 20 de diciembre del año 2021, se
constituyó la sociedad denominada Little Pumpkins Sociedad de
Responsabilidad Limitada.—San
José, 23 de diciembre del 2021.—Lic. Ronald Núñez Álvarez, Notario.—
1 vez.—CE2021019350.—( IN2023740752 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las 09 horas 30 minutos del 21 de diciembre del año 2021, se
constituyó la sociedad denominada Llanura Verde R & A Sociedad Anónima.—San José, 23 de diciembre del
2021.—Lic. Mario Cortés
Parrales, Notario.—1 vez.—CE2021019351.—( IN2023740753 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las 13 horas 00 minutos del 21 de diciembre del año 2021, se
constituyó la sociedad denominada Inmobiliaria Ferka DCR Sociedad De
Responsabilidad Limitada.—San
José, 23 de diciembre del 2021.—Lic. Álvaro Rodrigo Mora Salazar, Notario.—1
vez.—CE2021019352.—( IN2023740754 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las 11 horas 30 minutos del 21 de diciembre del año 2021, se
constituyó la sociedad denominada El Desorden Sociedad Anónima.—San
José, 23 de diciembre del 2021.—Lic. Eladio Antonio Picado Ramírez, Notario.—1
vez.—CE2021019353.—( IN2023740755 ).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 17 horas 35 minutos del 21 de
diciembre del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Lugevaro
Sociedad Anónima.—San José, 23 de diciembre del
2021.—Licda. Aida Beatriz Vargas Salazar, Notaria.—1 vez.—CE2021019354.—(
IN2023740756 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las 13 horas 00 minutos del 09 de octubre del año 2021, se
constituyó la sociedad denominada Beauty Queens K J M Sociedad Anónima.—San José, 23 de diciembre del
2021.—Licda. Jacqueline Andrea Mora Bonilla, Notaria.—1 vez.—CE2021019355.—(
IN2023740757 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las 10 horas 30 minutos del 21 de diciembre del año 2021, se
constituyó la sociedad denominada Servicios Logísticos Del Pacífico CRC Limitada.—San José, 23 de diciembre del 2021.—Lic. Luis Alonso
Aguilar Segura, Notario.—1 vez.—CE2021019356.—( IN2023740758 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las 10 horas 00 minutos del 23 de diciembre del año 2021, se
constituyó la sociedad denominada Casa Mabuhay LLC Limitada.—San José, 23 de diciembre del
2021.—Lic. Carlos José Oreamuno
Morera, Notario.—1 vez.—CE2021019357.—( IN2023740759 ).
Mediante
escritura otorgada ante esta Notaría a las 13 horas 50 minutos del 21 de
diciembre del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Seas the Day
Dream Properties WK Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 23 de diciembre del
2021.—Lic. Wendy Marcela Valverde Cortes, Notario.—1 vez.—CE2021019358.—(
IN2023740760 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta Notaría a las 17 horas 25 minutos del 22 de diciembre del año 2021, se
constituyó la sociedad denominada Pedacito de Cielo de Ojochal Sociedad de
Responsabilidad Limitada.—San
José, 23 de diciembre del 2021.—Lic. Rodolfo Enrique Herrera García, Notario.—1 vez.—CE2021019359.—(
IN2023740761 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las 20 horas 00 minutos del 20 de diciembre del año 2021, se
constituyó la sociedad denominada Grupo TELSEG Sociedad Anónima.—San
José, 23 de diciembre del 2021.—Licda. Ana Marcela Quesada Salas, Notaria.—1
vez.—CE2021019361.—( IN2023740762 ).
Mediante
escritura otorgada ante esta Notaría a las 10 horas 00 minutos del 10 de
diciembre del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Legal APP
Sociedad Anónima.—San José, 23 de diciembre del
2021.—Lic. Sergio Mena Diaz, Notario.—1 vez.—CE2021019360.—( IN2023740763 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta Notaría a las 13 horas 40 minutos del 22 de diciembre del año 2021, se
constituyó la sociedad denominada Importaciones Univesales SJT Sociedad Anónima.—San José, 23 de diciembre del
2021.—Licda. Loreana Guerrero Gamboa, Notaria.—1 vez.—CE2021019362.—(
IN2023740764 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría a las 19 horas 00 minutos del 07 de octubre del año 2021, se
constituyó la sociedad denominada Siempre Fuerte Sociedad Anónima.—San
José, 23 de diciembre del 2021.—Lic. Greiman Herrera Espinoza, Notario.—1
vez.—CE2021019364.—( IN2023740765 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta Notaría a las 17 horas 35 minutos del 22 de diciembre del año 2021, se
constituyó la sociedad denominada Overlook Baru Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San
José, 23 de diciembre del 2021.—Lic. Rodolfo Enrique Herrera García, Notario.—
1 vez.—CE2021019366.—( IN2023740766 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las 08 horas 00 minutos del 23 de diciembre del año 2021, se
constituyó la sociedad denominada Corporación Rempack Costa Rica Sociedad de
Responsabilidad Limitada.—San
José, 23 de diciembre del 2021.—Lic. Cristian Vargas Paniagua, Notario.—1
vez.—CE2021019367.—( IN2023740767 ).
Mediante
escritura otorgada ante esta Notaría a las 12 horas 40 minutos del 21 de
diciembre del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Inversiones En
Tecnología e Innovación del Norte Sociedad Anonima.—San José, 23 de diciembre del
2021.—Lic. Ramón Mariano Artavia Cordero, Notario.—1
vez.—CE2021019368.—( IN2023740768 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría a las 17 horas 45 minutos del 22 de diciembre del año 2021, se
constituyó la sociedad denominada Whanake CR Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San
José, 23 de diciembre del 2021.—Lic. Rodolfo Enrique Herrera García, Notario.—
1 vez.—CE2021019369.—( IN2023740769 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta Notaría a las 16 horas 40 minutos del 21 de diciembre del año 2021, se
constituyó la sociedad denominada Financiera Internacional PAG Sociedad Anónima.—San José, 23 de diciembre del
2021.—Lic. Ramón Mariano
Artavia Cordero, Notario.—
1 vez.—CE2021019371.—( IN2023740770
Mediante escritura otorgada ante
esta Notaría a las 10 horas 00 minutos del 23 de diciembre del año 2021, se
constituyó la sociedad denominada Sea Stronger Together House Limitada.—San
José, 23 de diciembre del 2021.—Lic. José Alberto Schroeder Leiva, Notario.—1
vez.—CE2021019373.—( IN2023740771 ).
Mediante
escritura otorgada ante esta Notaría a las 16 horas 00 minutos del 21 de
diciembre del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Alternativas y
Soluciones Constructivas PHR Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 23 de diciembre del
2021.—Lic. Joe Martin Montoya Mora, Notario.—1 vez.—CE2021019365.—(
IN2023740772 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las 08 horas 00 minutos del 17 de diciembre del año 2021, se
constituyó la sociedad denominada Proyecto FDAHI Sociedad Anónima.—San
José, 23 de diciembre del 2021.—Lic. Johanny Esquivel Hidalgo, Notario.—1
vez.—CE2021019374.—( IN2023740773 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría a las 09 horas 45 minutos del 13 de diciembre del año 2021, se
constituyó la sociedad denominada LCAEM Holdings Sociedad de Responsabilidad
Limitada.—San
José, 23 de diciembre del 2021.—Lic. Rebeca Marín Cambronero, Notario.—1
vez.—CE2021019375.—( IN2023740774 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta Notaría a las 15 horas 00 minutos del 16 de diciembre del año 2021, se
constituyó la sociedad denominada Bamberh Limitada.—San José, 23 de diciembre del
2021.—Lic. José Pablo
Arce Piñar, Notario.—1 vez.—CE2021019376.—( IN2023740775 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría a las 18 horas 00 minutos del 14 de diciembre del año 2021, se
constituyó la sociedad denominada SL & CC Consumer Sociedad de
Responsabilidad Limitada.—San
José, 23 de diciembre del 2021.—Lic. José Alonso González Alvarez, Notario.—1 vez.—CE2021019377.—(
IN2023740776 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta Notaría a las 15 horas 30 minutos del 14 de diciembre del año 2021, se
constituyó la sociedad denominada Catan Investment Management Limitada.—San
José, 23 de diciembre del 2021.—Lic. José Alberto Schroeder Leiva, Notario.—1
vez.—CE2021019379.—( IN2023740777 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría a las 10 horas 00 minutos del 23 de diciembre del año 2021, se
constituyó la sociedad denominada Tecnoparking de Centroamérica Sociedad de
Responsabilidad Limitada.—San
José, 23 de diciembre del 2021.—Lic. Tomas Quirós Jiménez, Notario.—
1 vez.—CE2021019380.—( IN2023740778 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las 15 horas 30 minutos del 16 de diciembre del año 2021, se
constituyó la sociedad denominada Costa Rica INC Two Six Four Three Nine
Five Five Limitada.—San
José, 23 de diciembre del 2021.—Lic. José Pablo Arce Piñar, Notario.—
1 vez.—CE2021019383.—( IN2023740779 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta Notaría a las 13 horas 13 minutos del 21 de diciembre del año 2021, se
constituyó la sociedad denominada Daka Soluciones e Inversiones Sociedad de
Responsabilidad Limitada.—San
José, 23 de diciembre del 2021.—Lic. Giovanni Hernández Mora, Notario.—1
vez.—CE2021019382.—( IN2023740780 ).
Mediante
escritura otorgada ante esta Notaría a las 10 horas 45 minutos del 23 de
diciembre del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Kathena Sol
Sociedad Anónima.—San José, 23 de diciembre del
2021.—Lic. Fabian Mejías Espinoza, Notario.—1 vez.—CE2021019385.—( IN2023740781
).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las 09 horas 00 minutos del 23 de diciembre del año 2021, se
constituyó la sociedad denominada Green Rock Financial Sociedad de
Responsabilidad Limitada.—San
José, 23 de diciembre del 2021.—Lic. Johnny Solís Barrantes, Notario.—
1 vez.—CE2021019386.—( IN2023740782 ).
Mediante
escritura otorgada ante esta Notaría a las 11 horas 00 minutos del 21 de
diciembre del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Evolve Latam
Sociedad Anónima.—San
José, 23 de diciembre del 2021.—Lic. Gloriana Cob Guillen, Notario.—1
vez.—CE2021019387.—( IN2023740783 ).
Mediante
escritura otorgada ante esta Notaría a las 10 horas 00 minutos del 23 de
diciembre del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Lago Vista
Mangrum Limitada.—San
José, 23 de diciembre del 2021.—Lic. Olman Aguilar Castro, Notario.—1
vez.—CE2021019388.—( IN2023740784 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta Notaría a las 14 horas 40 minutos del 13 de diciembre del año 2021, se
constituyó la sociedad denominada Autotech de Paseo Colón Sociedad Anónima.—San José, 23 de diciembre del
2021.—Lic. Fernando Dionisio Zamora Castellanos, Notario.—1
vez.—CE2021019389.—( IN2023740785 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría a las 14 horas 30 minutos del 17 de diciembre del año 2021, se
constituyó la sociedad denominada Doce Tucanes Naranjas LLC Sociedad de
Responsabilidad Limitada.—San
José, 23 de diciembre del 2021.—Lic. Roger Allen Petersen Morice, Notario.—1
vez.—CE2021019390.—( IN2023740786 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta Notaría a las 14 horas 30 minutos del 16 de diciembre del año 2021, se
constituyó la sociedad denominada Costa Rica Indo Americana Gruppo Sociedad
de Responsabilidad Limitada.—San
José, 23 de diciembre del 2021.—Lic. Javier Alfonso Murillo Berrocal,
Notario.—1 vez.—CE2021019392.—( IN2023740787 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta Notaría a las 21 horas 30 minutos del 23 de diciembre del año 2021, se
constituyó la sociedad denominada Optimize Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San
José, 23 de Diciembre del 2021.—Lic. Johnny Solís Barrantes, Notario.—1
vez.—CE2021019393.—( IN2023740788 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las 15 horas 30 minutos del 22 de diciembre del año 2021, se
constituyó la sociedad denominada Chiles del Caribe R Y M Sociedad Anonima.—San
José, 23 de diciembre del 2021.—Lic. Elvis Eduardo Lawson Villafuerte,
Notario.—1 vez.—CE2021019394.—( IN2023740789 ).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría a las 11 horas 00 minutos del 21 de
diciembre del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Rosarito La Paz
LL Corp Limitada.—San
José, 23 de diciembre del 2021.—Lic. Bernal Jiménez Núñez, Notario.—1
vez.—CE2021019395.—( IN2023740790 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta Notaría a las 00 horas 00 minutos del 16 de diciembre del año 2021, se
constituyó la sociedad denominada Evenco Limitada.—San José, 23 de diciembre del
2021.—Lic. Kattia Vargas Álvarez,
Notario.—1 vez.—CE2021019398.—( IN2023740791 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta Notaría a las 10 horas 30 minutos del 22 de diciembre del año 2021, se
constituyó la sociedad denominada Inversiones Pereira & Zúñiga Sociedad Anónima.—San
José, 23 de diciembre del 2021.—Lic. Alejandro José Arguello Leiva, Notario.—1 vez.—CE2021019401.—(
IN2023740792 ).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría a las 15 horas 30 minutos del 16 de
diciembre del año 2021, se constituyó la sociedad denominada International
Fashion Alliance Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 23 de diciembre del
2021.—Lic. Javier Alfonso Murillo Berrocal, Notario.—1 vez.—CE2021019400.—(
IN2023740793 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría a las 14 horas 00 minutos del 20 de diciembre del año 2021, se
constituyó la sociedad denominada Bieneloy y Hermanos de Hatillo Sociedad Anónima.—San José, 23 de diciembre del
2021.—Lic. Atencio Ruiz Juárez, Notario.—1 vez.—CE2021019399.—( IN2023740794 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría a las 15 horas 30 minutos del 20 de diciembre del año 2021, se
constituyó la sociedad denominada Importaciones y Distribuciones del Este
Vardel de Costa Rica Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 23 de diciembre del
2021.—Lic. Braulio Alvarado Salazar, Notario.—1 vez.—CE2021019402.—(
IN2023740795 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las 10 horas 00 minutos del 15 de diciembre del año 2021, se
constituyó la sociedad denominada Ser Man Sociedad Anónima.—San José, 23 de
diciembre del 2021.—Licda. Jennie Morera Esquivel, Notaria.—1
vez.—CE2021019403.—( IN2023740796 ).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría a las 08 horas 00 minutos del 23 de
diciembre del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Vortex Venture
Group Limitada.—San
José, 23 de diciembre del 2021.—Lic. Juan Manuel Gómez Mora,
Notario.—1 vez.—CE2021019404.—( IN2023740797 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría a las 15 horas 00 minutos del 22 de diciembre del año 2021, se
constituyó la sociedad denominada Development Gold Coast Sociedad de
Responsabilidad Limitada.—San
José, 23 de diciembre del 2021.—Lic. Gastón Sancho Cubero, Notario.—
1 vez.—CE2021019405.—( IN2023740798 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría a las 00 horas 00 minutos del 21 de diciembre del año 2021, se
constituyó la sociedad denominada Rock Solid Investments Sociedad de
Responsabilidad Limitada.—San
José, 23 de diciembre del 2021.—Lic. Fernando Berrocal Soto, Notario.—
1 vez.—CE2021019406.—( IN2023740799 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las 17 horas 40 minutos del 20 de diciembre del año 2021, se
constituyó la sociedad denominada Soldaduras Y Soluciones Industriales
Atenas Sociedad Anónima.—San José, 23 de diciembre del
2021.—Licda. Rosa María Artavia
Sánchez, Notaria.—1
vez.—CE2021019407.—( IN2023740800 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las 17 horas 00 minutos del 16 de diciembre del año 2021, se
constituyó la sociedad denominada Thrivia Projects Sociedad de
Responsabilidad Limitada.—San
José, 23 de diciembre del 2021.—Licda. Noelia Marcela Cisneros Quesada,
Notaria.—
1 vez.—CE2021019397.—( IN2023740801 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las 15 horas 00 minutos del 21 de diciembre del año 2021, se
constituyó la sociedad denominada Citizen Real Estate Developments Limitada.—San
José, 23 de diciembre del 2021.—Lic. Andrés Montejo Morales, Notario.—1 vez.—CE2021019408.—(
IN2023740802 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las 10 horas 30 minutos del 21 de diciembre del año 2021, se
constituyó la sociedad denominada Asistencia Estratégica JCL del Pacífico Limitada.—San José, 23 de diciembre del 2021.—Lic. Luis Alonso
Aguilar Segura, Notario.—1 vez.—CE2021019410.—( IN2023740803 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las 15 horas 00 minutos del 11 de diciembre del año 2021, se
constituyó la sociedad denominada Kyona Costa Rica Sociedad Anónima.—San José, 23 de diciembre del
2021.—Lic. Giovanny Montero Chacón, Notario.—1 vez.—CE2021019409.—( IN2023740804 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las 13 horas 13 minutos del 21 de diciembre del año 2021, se
constituyó la sociedad denominada Soluciones Dankata e Inversiones Sociedad
de Responsabilidad Limitada.—San
José, 23 de diciembre del 2021.—Lic. Giovanni Hernández Mora, Notario.—1
vez.—CE2021019411.—( IN2023740805 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las 08 horas 30 minutos del 23 de diciembre del año 2021, se
constituyó la sociedad denominada La Legua Jiménez Solís Sociedad Anónima.—San José, 23 de diciembre del
2021.—Lic. David Rogelio Jiménez Zamora, Notario.—1 vez.—CE2021019412.—(
IN2023740806 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las 10 horas 00 minutos del 08 de diciembre del año 2021, se
constituyó la sociedad denominada Corporación JKG Holdings Sociedad de
Responsabilidad Limitada.—San José, 23 de diciembre del
2021.—Lic. Juan José Marín Rivera, Notario.—1
vez.—CE2021019413.—( IN2023740807 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las 16 horas 00 minutos del 26 de septiembre del año 2021, se
constituyó la sociedad denominada He Sa Ji Desamparadeños Sociedad Anónima.—San José, 23 de diciembre del
2021.—Lic. Luis Alonso Gutiérrez Herrera, Notario.—1 vez.—CE2021019414.—(
IN2023740808 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las 14 horas 00 minutos del 21 de diciembre del año 2021, se
constituyó la sociedad denominada Sistemas Telemáticos JJ Sociedad De
Responsabilidad Limitada.—San
José, 23 de diciembre del 2021.—Licda. Yosandra Apú Rojas, Notaria.—
1 vez.—CE2021019415.—( IN2023740809 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las 11 horas 30 minutos del 22 de diciembre del año 2021, se
constituyó la sociedad denominada Vargas y Meléndez Bobinos y Mas Sociedad
De Responsabilidad Limitada.—San
José, 23 de diciembre del 2021.—Lic. Carlos Enrique Mora Alfaro, Notario.—1 vez.—CE2021019416.—(
IN2023740810 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las 16 horas 00 minutos del 19 de diciembre del año 2021, se
constituyó la sociedad denominada La Casa De Drago Sociedad Anónima.—San José, 23 de diciembre del
2021.—Lic. Jorge Fernando Calvo Mora, Notario.—1 vez.—CE2021019417.—(
IN2023740811 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las 18 horas 00 minutos del 22 de diciembre del año 2021, se
constituyó la sociedad denominada Ario Valley Ranch Limitada.—San José, 23 de diciembre del
2021.—Lic. Eduardo Valdivieso Bustos,
Notario.—1 vez.—CE2021019418.—( IN2023740812 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las 13 horas 00 minutos del 04 de diciembre del año 2021, se
constituyó la sociedad denominada Casa Vale Sociedad Anónima.—San
José, 23 de diciembre del 2021.—Licda. Mónica Rodríguez Campos, Notaria.—1 vez.—CE2021019419.—( IN2023740813 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las 08 horas 00 minutos del 21 de diciembre del año 2021, se
constituyó la sociedad denominada Grupo GR E Hijos Sociedad De
Responsabilidad Limitada.—San
José, 23 de diciembre del 2021.—Lic. Franklin Esteban Fernández Torrentes,
Notario.—1 vez.—CE2021019420.—( IN2023740814 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las 14 horas 16 minutos del 21 de diciembre del año 2021, se
constituyó la sociedad denominada Super Imagen Costa Rica C Y S Sociedad De
Responsabilidad Limitada.—San
José, 23 de diciembre del 2021.—Lic. Johnny Barrantes Quesada, Notario.—1
vez.—CE2021019421.—( IN2023740815 ).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 12 horas 15 minutos del 23 de
diciembre del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Materiales De
Cemento Arias Sociedad De Responsabilidad Limitada.—San José, 23 de diciembre del
2021.—Licda. Ana Alejandra Araya Guerrero, Notaria.—1 vez.—CE2021019422.—(
IN2023740816 ).
En mi notaría,
mediante la escritura número 38 de las 11:00 horas del 29 de marzo de 2023, se
protocoliza acta de disolución de la sociedad Te Hice Una Canción By Limia
Lacoma S.A..—San
José, 29 de marzo de 2023.—Monique María Zeller van Engelen, Notaria.— 1 vez.—(
IN2023740817 ).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 18 horas 33 minutos del 17 de
diciembre del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Jaabis Sociedad
Anónima.—San José, 23 de diciembre del
2021.—Licda. Rosa María Vásquez Aguero,
Notaria.—1 vez.—CE2021019423.—( IN2023740820 ).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 18 horas 00 minutos del 16 de
diciembre del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Cheli Cheli
Costa Rica Limitada.—San
José, 23 de diciembre del 2021.—Lic. Randall Emilio Ramírez Calero, Notario.—1
vez.—CE2021019424.—( IN2023740821 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las 20 horas 00 minutos del 20 de diciembre del año 2021, se
constituyó la sociedad denominada Container Lofts Sociedad de
Responsabilidad Limitada.—San
José, 24 de diciembre del 2021.—Lic. Álvaro Steven Seas Fallas, Notario.—1
vez.—CE2021019425.—( IN2023740822 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las 08 horas 00 minutos del 24 de diciembre del año 2021, se
constituyó la sociedad denominada Corporación Master Design Del Oeste Sociedad
Anónima.—San José, 24 de diciembre del 2021.—Licda. Priscilla
María Jiménez Olaso, Notaria.—1
vez.—CE2021019426.—( IN2023740823 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las 08 horas 15 minutos del 22 de diciembre del año 2021, se
constituyó la sociedad denominada Contactos E Inversiones J & V Sociedad
Anónima.—San José, 24 de diciembre del
2021.—Licda. Vera Mayela Vargas Arrieta, Notaria.—1 vez.—CE2021019427.—(
IN2023740824 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las 14 horas 00 minutos del 17 de diciembre del año 2021, se
constituyó la sociedad denominada Gak Nueve Sociedad De Responsabilidad Limitada.—San
José, 24 de diciembre del 2021.—Lic. Francisco Chacón González, Notario.—1 vez.—CE2021019428.—( IN2023740825 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las 17 horas 00 minutos del 20 de diciembre del año 2021, se
constituyó la sociedad denominada Panalfa Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San
José, 24 de diciembre del 2021.—Licda. Marianela Doubleday Céspedes, Notaria.—
1 vez.—CE2021019429.—( IN2023740826 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las 18 horas 00 minutos del 18 de diciembre del año 2021, se
constituyó la sociedad denominada Inmobiliario La Sabana Sociedad Anónima.—San José, 24 de diciembre del
2021.—Lic. Alfonso Zúñiga Elizondo, Notario.—1 vez.—CE2021019430.—( IN2023740827 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las 11 horas 00 minutos del 18 de noviembre del año 2021, se
constituyó la sociedad denominada Familia Bustos Duarte BD Sociedad Anónima.—San José, 26 de diciembre del
2021.—Lic. Marlon Enrique Aguilar Carrillo, Notario.—1 vez.—CE2021019431.—(
IN2023740828 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las 09 horas 00 minutos del 14 de diciembre del año 2021, se
constituyó la sociedad denominada U Money Sociedad Anónima.—San José, 27 de diciembre del 2021.—Licda.
Marianne Pal Hegedus Ortega, Notaria.—1 vez.—CE2021019432.—( IN2023470829 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las 10 horas 00 minutos del 06 de diciembre del año 2021, se
constituyó la sociedad denominada Apifintech Sociedad Anónima.—San José, 27 de diciembre del
2021.—Licda. María Fátima Chacón Méndez, Notaria.—1 vez.—CE2021019433.—( IN2023740830
).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las 10 horas 00 minutos del 27 de diciembre del año 2021, se
constituyó la sociedad denominada Silva Trading Sociedad Anónima.—San José, 27 de diciembre del
2021.—Lic. Martín Adrián González Briceño, Notario.—1 vez.—CE2021019439.—(
IN2023740831 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las 20 horas 00 minutos del 23 de diciembre del año 2021, se
constituyó la sociedad denominada Creaciones Rayito de Luz MR Atenas Limitada.—San
José, 27 de diciembre del 2021.—Licda. Andrea Rojas Rodríguez, Notaria.—1
vez.—CE2021019440.—( IN2023740832 ).
Por escritura número ciento
ochenta y nueve, vista en el folio ciento veintiuno frente, otorgada las trece
horas treinta minutos del veintinueve de marzo del año dos mil veintitrés ante
el notario Allan Gabriel Díaz Ortiz,
se protocolizó el acuerdo para revocar el puesto de subgerente de la sociedad Autofrenos
Costa Rica CR Responsabilidad Limitada, cédula jurídica número tres-ciento
dos-setecientos ochenta y siete mil trescientos cuarenta y tres.—San José,
veintinueve de marzo del año dos mil veintitrés.—Lic. Allan Gabriel Díaz Ortiz.—1 vez.—( IN2023740833 ).
Ante esta notaría, mediante escritura número tres,
visible en los folios dos vuelto y tres frente, del tomo uno, a las siete horas
treinta minutos, del veintinueve de marzo de dos mil veintitrés, se protocolizo
el acta de asamblea general extraordinaria de socios de Grupo Interkonecta
Teknik Sociedad Anónima, cédula jurídica número tres-ciento uno- ochocientos sesenta y ocho mil
novecientos sesenta y ocho, mediante la cual se acuerda: modificar la cláusula
primera de la escritura constitutiva, para que en lo sucesivo diga así:
“Primera. La sociedad se denominará Industrial Innova Gea, Sociedad Anónima,
siendo este un nombre de fantasía, la cual podrá abreviarse como Industrial Evnova Gea, S.A.,
tendrá su domicilio en la provincia de San José, cantón Montes de Oca, Distrito San Pedro, ciento
veinticinco metros al oeste de la Cámara de Industrias, Edificio PwC Costa
Rica, pudiendo establecer sucursales y agencias en cualquier lugar del país o
fuera de él”.—San José, a las
ocho horas del veintinueve de marzo de dos mil veintitrés.—Jefry Miguel Vega
Chaves, Notario Público.—1 vez.—( IN2023740835 ).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 08 horas 00 minutos del 22 de
diciembre del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Cahuita Paradise
CR Limitada.—San
José, 28 de diciembre del 2021.—Lic. José Alfredo
Campos Salas, Notario.—1 vez.—CE2021019441.—( IN2023740836 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las 16 horas 00 minutos del 21 de diciembre del año 2021, se
constituyó la sociedad denominada Avícola Kananos Sociedad Anónima.—San José, 28 de diciembre del 2021.—Lic. Leonardo
Alonso Rojas Rodríguez,
Notario.—1 vez.—CE2021019442.—( IN2023740837 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las 15 horas 00 minutos del 27 de diciembre del año 2021, se
constituyó la sociedad denominada Consorcio Dental del Pacifico CD J & D
Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 28 de diciembre del 2021.—Lic. Lorenzo Segura Mata, Notario.—1
vez.—CE2021019443.—( IN2023740838 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las 13 horas 00 minutos del 03 de diciembre del año 2021, se
constituyó la sociedad denominada Alphabit Solutions Sociedad Anónima.—San José, 28 de diciembre del
2021.—Licda. Andrea Alvarado Rodríguez, Notario.—1 vez.—CE2021019444.—( IN2023740839 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las 17 horas 30 minutos del 13 de diciembre del año 2021, se
constituyó la sociedad denominada L Marche Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San
José, 28 de diciembre del 2021.—Licda. Rebeca Murillo Dobles, Notaria.—1
vez.—CE2021019445.—( IN2023740840 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las 17 horas 00 minutos del 28 de diciembre del año 2021, se
constituyó la sociedad denominada Servicios Múltiples y de Turismo Río Cuarto Sociedad de
Responsabilidad Limitada.—San José, 29 de diciembre del
2021.—Lic. Rodolfo Enrique Astorga Calderón, Notario.—1 vez.—CE2021019448.—( IN2023740841 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las 20 horas 00 minutos del 30 de diciembre del año 2021, se
constituyó la sociedad denominada Blue Horses Costa Rica Sociedad de
Responsabilidad Limitada.—San
José, 30 de diciembre del 2021.—Lic. Edgar Alberto García Quirós, Notario.—1 vez.—CE2021019451.—( IN2023740842 ).
Mediante escritura
otorgada ante esta notaría, a las 18 horas 00 minutos del 22 de diciembre del
año 2021, se constituyó la sociedad denominada Imperio del Mar Sociedad Anónima.—San José, 30 de diciembre del
2021.—Licda. Nelly Nohelia Achío Artavia,
Notaria.—
1 vez.—CE2021019452.—( IN2023740843 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las 09 horas 00 minutos del 19 de diciembre del año 2021, se
constituyó la sociedad denominada Cocoland Nature Sociedad de
Responsabilidad Limitada.—San
José, 2 de enero del 2022.—Licda. Elizabeth Gamboa Prado, Notaria.—
1 vez.—CE2022019454.—( IN2023740846 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las 16 horas 30 minutos del 10 de agosto del año 2021, se
constituyó la sociedad denominada Consultorías Técnicas Trescientos Sesenta de
Centroamérica
Sociedad Anónima.—San
José, 3 de enero del 2022.—Licda. Viviana María Fonseca Guerrero, Notaria.—1 vez.—CE2022019455.—(
IN2023740848 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría a las 08 horas 00 minutos del 29 de diciembre del año 2021, se
constituyó la sociedad denominada Leyes Actualizadas Sociedad Anónima.—San José, 03 de enero del
2022.—Lic. Dan Alberto Hidalgo Hidalgo, Notario.—1 vez.—CE2021019456.—(
IN2023740849 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría a las 09 horas 30 minutos del 07 de diciembre del año 2021, se
constituyó la sociedad denominada Diamond Three Solutions M & E Sociedad
de Responsabilidad Limitada.—San
José, 03 de enero del 2022.—Lic. Jorge Hernández Calvo, Notario.—1 vez.—CE2021019457.—( IN2023740851
).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las 18 horas 00 minutos del 29 de diciembre del año 2021, se
constituyó la sociedad denominada Verdade Limitada.—San José, 03 de enero del
2022.—Licda. Daniela Elizondo Díaz, Notaria.—1 vez.—CE2021019458.—( IN2023740852 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría a las 13 horas 00 minutos del 21 de diciembre del año 2021, se
constituyó la sociedad denominada HMC Dental Clinic Sociedad Anónima.—San José, 03 de enero del
2022.—Lic. Christian Álvarez
Zamora, Notario.—1 vez.—CE2021019459.—( IN2023740853 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría a las 18 horas 45 minutos del 29 de diciembre del año 2021, se
constituyó la sociedad denominada Kejila Limitada.—San José, 03 de enero del
2022.—Licda. Daniela Elizondo Díaz, Notaria.—1 vez.—CE2021019460.—( IN2023740854 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría a las 17 horas 00 minutos del 21 de diciembre del año 2021, se
constituyó la sociedad denominada AFAC & R Y J Sociedad de
Responsabilidad Limitada.—San
José, 03 de enero del 2022.—Lic. Gerardo Francisco Quesada Monge, Notario.—
1 vez.—CE2021019461.—( IN2023740855 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría a las 15 horas 30 minutos del 27 de diciembre del año 2021, se
constituyó la sociedad denominada Costa Renta Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San
José, 03 de enero del 2022.—Lic. Luis Diego Chaves Solís, Notario.—1 vez.—CE2021019462.—(
IN2023740856 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las 15 horas 15 minutos del 09 de diciembre del año 2021, se
constituyó la sociedad denominada Garth Enterprise Sociedad Anónima.—San José, 03 de enero del
2022.—Licda. Elga Bolaños Gutiérrez, Notaria.—1 vez.—CE2021019463.—( IN2023740857 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría a las 18 horas 00 minutos del 28 de diciembre del año 2021, se
constituyó la sociedad denominada JB Rentals en Bejuco Sociedad de
Responsabilidad Limitada.—San
José, 03 de enero del 2022.—Lic. Carlos Alberto Echeverría Alfaro, Notario.—1
vez.—CE2022019464.—( IN2023740858 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría a las 11 horas 00 minutos del 29 de diciembre del año 2021, se
constituyó la sociedad denominada Constructora y Muebles Delgado Quirós Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 03 de enero del
2022.—Lic. Luis Diego Chaves Solís, Notario.—1 vez.—CE2022019465.—( IN2023740859 ).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría a las 16 horas 30 minutos del 17 de
diciembre del año 2021, se constituyó la sociedad denominada The Income
Group CRC Limitada.—San José, 03 de
enero del 2022.—Lic. Gonzalo Vargas Acosta, Notario.—1 vez.—CE2022019466.—(
IN2023740860 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría a las 15 horas 00 minutos del 20 de diciembre del año 2021, se
constituyó la sociedad denominada Medi Servicios Sociedad de Responsabilidad
Limitada.—San
José, 03 de enero del 2022.—Lic. Héctor Chaves Sandoval, Notario.—1 vez.—CE2022019467.—( IN2023740861 ).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 11 horas 00 minutos del 21 de
diciembre del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Thundersky LLC
Limitada.—San José, 03 de enero del
2022.—Licda. Priscilla Solano Castillo, Notaria.—1 vez.—CE2022019469.—(
IN2023740862 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría a las 16 horas 50 minutos del 17 de diciembre del año 2021, se
constituyó la sociedad denominada Centro Americana de Construcción Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 03 de enero del 2022.—Lic. Henry
Monge Zúñiga, Notario.—1
vez.—CE2022019468.—( IN2023740863 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las 20 horas 00 minutos del 20 de diciembre del año 2021, se
constituyó la sociedad denominada R&M Conectividad Sociedad Anónima.—San José, 03 de enero del 2022.—Licda.
Ana Marcela Quesada Salas, Notaria.—1 vez.—CE2022019470.—( IN2023740864 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría a las 22 horas 00 minutos del 28 de diciembre del año 2021, se
constituyó la sociedad denominada Hermanos Alvarado Vásquez Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 03 de enero del
2022.—Lic. Leiner Miguel Molina Pérez, Notario.—1 vez.—CE2022019471.—( IN2023740865 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría a las 10 horas 00 minutos del 02 de enero del año 2022, se constituyó
la sociedad denominada Guanaroxi Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San
José, 03 de enero del 2022.—Lic. Ronald Eduardo González Calderón, Notario.—
1 vez.—CE2022019474.—( IN2023740866 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría a las 10 horas 30 minutos del 24 de diciembre del año 2021, se
constituyó la sociedad denominada Agro Escala Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San
José, 03 de enero del 2022.—Licda. Carolina Muñoz Solís, Notaria.—1 vez.—CE2022019475.—( IN2023740867 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las 10 horas 00 minutos del 31 de diciembre del año 2021, se
constituyó la sociedad denominada Producciones Ávila CR Sociedad Anónima.—San
José, 03 de enero del 2022.—Lic. Luis Álvaro Rodríguez Mena, Notario.—1 vez.—CE2022019477.—(
IN2023740868 ).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría a las 11 horas 30 minutos del 22 de
diciembre del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Delram Sociedad
Anónima.—San
José, 03 de enero del 2022.—Lic. Héctor Chaves
Sandoval, Notario.—1 vez.—CE2022019478.—( IN2023740869 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría a las 09 horas 00 minutos del 20 de diciembre del año 2021, se
constituyó la sociedad denominada Five Leaf Vine Holdings Sociedad Anónima.—San José, 03 de enero del
2022.—Lic. Walter Xavier Niehaus Bonilla, Notario.—1 vez.—CE2022019479.—(
IN2023740870 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría a las 09 horas 00 minutos del 10 de diciembre del año 2021, se
constituyó la sociedad denominada Villaglio Playa Mar Lagarto Sociedad Anónima.—San José, 03 de enero del
2022.—Lic. José Luis
Pacheco Murillo, Notario.—1 vez.—CE2022019480.—( IN2023740871 ).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría a las 08 horas 00 minutos del 03 de enero
del año 2022, se constituyó la sociedad denominada Viviendas Pura Vida
Sociedad Anónima.—San José, 03 de enero del
2022.—Licda. Adriana Sánchez Castro, Notaria.—1 vez.—CE2022019482.—(
IN2023740872 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las 11 horas 30 minutos del 21 de diciembre del año 2021, se
constituyó la sociedad denominada Casa Cultura For The Soul Llc Limitada.— San
José, 3 de enero del 2022.—Lic. Priscilla Solano Castillo, Notario.—1 vez.—
CE2022019483.—( IN2023740873 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las 10 horas 00 minutos del 10 de diciembre del año 2021, se
constituyó la sociedad denominada Residencias Surco Piedra Lagarto Sociedad Anónima.— San
José, 3 de enero del 2022.—Lic. José Luis Pacheco Murillo, Notario.—1 vez.—
CE2022019484.—( IN2023740874 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las 14 horas 00 minutos del 21 de diciembre del año 2021, se
constituyó la sociedad denominada J & J Consulting Services INC Sociedad
de Responsabilidad Limitada.—
San José, 3 de enero del 2022.—Lic. Andrea María Rojas Martínez, Notario.—1
vez.—CE2022019485.—( IN2023740875 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las 19 horas 00 minutos del 20 de diciembre del año 2021, se
constituyó la sociedad denominada Alibot Technologies Sociedad Anónima.— San
José, 3 de Enero del 2022.—Licda. Stephanie Mary Picado Chang, Notaria.—1 vez.—
CE2022019487.—( IN2023740876 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las 11 horas 00 minutos del 03 de enero del año 2022, se
constituyó la sociedad denominada Hola Bonita Inversión Limitada.—San José, 3 de enero del
2022.—Lic. Silvia Vega Carballo, Notario.—1 vez.— CE2022019488.—( IN2023740877
).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las 15 horas 00 minutos del 20 de diciembre del año 2021, se
constituyó la sociedad denominada F & J Inversiones Sociedad de
Responsabilidad Limitada.—San
José, 3 de enero del 2022.—Lic. Aldy Alfaro Di Bella, Notario.—1 vez.—
CE2022019491.—( IN2023740878 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las 11 horas 00 minutos del 10 de diciembre del año 2021, se
constituyó la sociedad denominada Playa Pedregosa Condominios Sociedad Anónima.—San
José, 3 de enero del 2022.—Lic. José Luis Pacheco Murillo, Notario.—
CE2022019492.—( IN2023740879 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las 10 horas 00 minutos del 03 de enero del año 2022, se
constituyó la sociedad denominada Rickdonna Sociedad Anónima.—San José, 3 de enero del
2022.—Lic. Daniel Aguilar González, Notario.—1 vez.—CE2022019490.—(
IN2023740880 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las 11 horas 00 minutos del 03 de enero del año 2022, se
constituyó la sociedad denominada Integra Pos Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San
José, 3 de enero del 2022.—Lic. Jairo José Ramírez Pacheco, Notario.—1 vez.—
CE2022019493.—( IN2023740881 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las 15 horas 15 minutos del 20 de diciembre del año 2021, se
constituyó la sociedad denominada Tecnowan Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San
José, 3 de enero del 2022.—Lic. Cristian Eduardo Zamora Sequeira, Notario.—
1 vez.— CE2022019495.—( IN2023740882 ).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 11 horas 00 minutos del 07 de
diciembre del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Smart &
Digital Logistics Limitada.—San
José, 3 de enero del 2022.—Lic. Javier Escalante Madrigal, Notario.—1 vez.—
CE2022019497.—( IN2023740883 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las 09 horas 30 minutos del 24 de diciembre del año 2021, se
constituyó la sociedad denominada Mítica Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San
José, 3 de enero del 2022.—Lic. Olger Gerardo Vargas Castillo, Notario.—1 vez.—
CE2022019494.—( IN2023740884 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las 18 horas 00 minutos del 17 de diciembre del año 2021, se
constituyó la sociedad denominada Mis Licores Favoritos Sociedad de
Responsabilidad Limitada.—San
José, 3 de enero del 2022.—Lic. Eduardo José Mora Castro, Notario.—
1 vez.— CE2022019498.—( IN2023740885 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las 11 horas 59 minutos del 10 de diciembre del año 2021, se
constituyó la sociedad denominada Surco Piedra Eventos Sociedad Anónima.—San
José, 3 de enero del 2022.—Lic. José Luis Pacheco Murillo, Notario.—1 vez.—
CE2022019499.—( IN2023740886 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las 09 horas 26 minutos del 21 de diciembre del año 2021, se
constituyó la sociedad denominada Tres Ciento Uno Cero Cero Nueve Nueve Ocho
Ocho Sociedad Anónima.—San
José, 3 de enero del 2022.—Lic. Mérida Adela Diaz Viales, Notario.—1
vez.—CE2022019500.—( IN2023740887 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las 15 horas 00 minutos del 28 de diciembre del año 2021, se
constituyó la sociedad denominada Starry Night Limitada.—San José, 3 de enero del
2022.—Lic. Mario Eduardo Recio Recio,
Notario.—1 vez.— CE2022019501.—( IN2023740888 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las 16 horas 00 minutos del 21 de diciembre del año 2021, se
constituyó la sociedad denominada Serteca Dental De Costa Rica Sociedad Anónima.—San
José, 3 de enero del 2022.—Lic. Marlene Brenes Corrales, Notario.—1 vez.—
CE2022019502.—( IN2023740889 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las 15 horas 00 minutos del 14 de diciembre del año 2021, se
constituyó la sociedad denominada El Point Group Llc Sociedad de
Responsabilidad Limitada.—San
José, 3 de enero del 2022.—Lic. Steffano José Ferraro Flórez Estrada,
Notario.—1 vez.—CE2022019503.—( IN2023740890 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las 10 horas 00 minutos del 13 de diciembre del año 2021, se
constituyó la sociedad denominada Inversiones M L Y A Sociedad Anónima.—San José,
3 de enero del 2022.—Lic. Manuela Tanchella Chacón, Notario.—1 vez.—
CE2022019505.—( IN2023740891 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las 11 horas 00 minutos del 23 de diciembre del año 2021, se
constituyó la sociedad denominada Surfway CR Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San
José, 3 de enero del 2022.—Lic. Yancy Gabriela Araya Pérez, Notario.—1 vez.—
CE2022019506.—( IN2023740892 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las 08 horas 00 minutos del 03 de enero del año 2022, se
constituyó la sociedad denominada Duffykobe Limitada.—San José, 3 de enero del
2022.—Lic. José Andrés Cubillo González, Notario.—1 vez.— CE2022019507.—(
IN2023740893 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las 13 horas 00 minutos del 10 de diciembre del año 2021, se
constituyó la sociedad denominada Centro Comercial Surco Piedra Sociedad Anónima.—San
José, 3 de enero del 2022.—Lic. José Luis Pacheco Murillo, Notario.—1 vez.—
CE2022019508.— ( IN2023740894 ).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 09 horas 00 minutos del 03 de enero
del año 2022, se constituyó la sociedad denominada Inmobiliaria Grrg
Sociedad Anónima.—San
José, 3 de enero del 2022.–Lic. Francisco Javier Vega Guzmán, Notario.—1 vez.—
CE2022019509.— ( IN2023740895 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las 13 horas 00 minutos del 01 de diciembre del año 2021, se
constituyó la sociedad denominada Deesa Corp Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San
José, 3 de enero del 2022.—Lic. Mauricio Alonso Arias Castro, Notario.—1 vez.—
CE2022019510.— ( IN2023740896 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las 12 horas 30 minutos del 23 de noviembre del año 2021, se
constituyó la sociedad denominada Aditamentos Y Color Sociedad Anónima.
—San José, 3 de enero del 2022.—Lic. Héctor Chaves Sandoval, Notario.—1
vez.— CE2022019511.— ( IN2023740897 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las 12 horas 30 minutos del 03 de enero del año 2022, se constituyó
la sociedad denominada Mimush Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 3 de enero del 2022.—Lic. Warner Porras Guzmán, Notario.—1 vez.— CE2022019512.—
( IN2023740898 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las 17 horas 00 minutos del 22 de diciembre del año 2021, se
constituyó la sociedad denominada Aerogo Aviation Services Sociedad Anonima.—San
José, 3 de enero del 2022.–Lic. Marianella Rojas Rojas, Notario.—1 vez.—
CE2022019513.— ( IN2023740899 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las 12 horas 00 minutos del 22 de diciembre del año 2021, se
constituyó la sociedad denominada Inversiones Terracomex Sociedad Anónima.—San
José, 3 de enero del 2022.—Lic. Diana Catalina Varela Solano, Notario.—1 vez.—
CE2022019514.— ( IN2023740900 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las 16 horas 30 minutos del 17 de diciembre del año 2021, se
constituyó la sociedad denominada The Income Development Group Crc Limitada.—San
José, 3 de enero del 2022.–Lic. Gonzalo Vargas Acosta, Notario.—1 vez.—
CE2022019515.— ( IN2023740901).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las 11 horas 00 minutos del 17 de diciembre del año 2021, se
constituyó la sociedad denominada El Jardin de las Delicias Sociedad de
Responsabilidad Limitada.—San José, 3 de enero del 2022.—Lic.
Gonzalo Murillo Álvarez, Notario.—
1 vez.— CE2022019517.— ( IN2023740902 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las 14 horas 00 minutos del 11 de diciembre del año 2021, se
constituyó la sociedad denominada Tropi Fruit Expo Sociedad Anónima.—San
José, 3 de enero del 2022.–Lic. Adriana Cordero Muñoz, Notario.—1 vez.—
CE2022019516.— ( IN2023740903 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las 12 horas 00 minutos del 08 de diciembre del año 2021, se
constituyó la sociedad Denominada Procesadora Harinera Hariglo Sociedad de
Responsabilidad Limitada.—San
José, 3 de enero del 2022.—Lic. Mauricio Alonso Arias Castro, Notario.—1 vez.—
CE2022019518.— ( IN2023740904 ).
Mediante escritura otorgada ante esta
notaría, a las 11 horas 15 minutos del 03 de enero del año 2022, se constituyó
la sociedad denominada Nomada Consultants Limitada. San José, 3 de enero
del 2022.—Lic. Oscar Manuel Funes Orellana, Notario.—1
vez.— CE2022019519.— ( IN2023740905 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las 11 horas 30 minutos del 03 de enero del año 2022, se
constituyó la sociedad denominada La Rana Azul Limitada.—San José, 3 de enero del
2022.—Lic. OSCAR Manuel Funes Orellana, Notario.—1 vez.— CE2022019520.— ( IN2023740906
).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las 10 horas 00 minutos del 23 de diciembre del año 2021, se
constituyó la sociedad denominada Woofbagproject Sociedad Anónima. —San
José, 3 de enero del 2022.–Lic. Kendal David Ruiz Jiménez, Notario.—1
vez.— CE2022019522.— ( IN2023740907 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las 11 horas 45 minutos del 03 de enero del año 2022, se
constituyó la sociedad denominada Santa Teresa Surfing Villa And Coaching Limitada.—San
José, 3 de enero del 2022.—Lic. Oscar Manuel Funes Orellana, Notario.—1 vez.—
CE2022019524.— ( IN2023740908 ).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 12 horas 00 minutos del 06 de
diciembre del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Nicoya Sitali
Holdings Limitada.—San
José, 3 de enero del 2022.—Lic. Juan Carlos Montero Villalobos, Notario.—1
vez.— CE2022019525.— ( IN2023740909 ).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 12 horas 00 minutos del 27 de
diciembre del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Finca
Maravillosa Caribe Limitada.—San
José, 3 de enero del 2022.—Lic. Johnny Gerardo León Guido, Notario.—1 vez.—
CE2022019526.— ( IN202374910 ).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 10 horas 00 minutos del 22 de
diciembre del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Isdami Sociedad
Anónima.—San
José, 3 de enero del 2022.—Lic. Miriam Adriela Medina Espinoza, Notario.—1
vez.— CE2022019527.— ( IN2023740911 ).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 14 horas 00 minutos del 03 de enero
del año 2022, se constituyó la sociedad denominada FM Sociedad de
Responsabilidad Limitada.—San
José, 3 de enero del 2022.—Lic. Eduardo Román Gómez, Notario.—1 vez.—
CE2022019528.— ( IN2023740912 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las 15 horas 00 minutos del 21 de diciembre del año 2021, se
constituyó la sociedad denominada Pia del Mar Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San
José, 3 de enero del 2022.—Lic. Héctor
Chaves Sandoval, Notario.—1 vez .— CE2022019529.— ( IN2023740913
).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las 13 horas 00 minutos del 03 de enero del año 2022, se
constituyó la sociedad denominada Corporación Invictus de Tamarindo Sociedad
Sociedad Anónima.—San
José, 3 de enero del 2022.—Lic. Lisseth Yessenia Jaén Gutiérrez, Notario.—
1 vez.— CE2022019530.— (IN2023740914 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las 14 horas 00 minutos del 10 de diciembre del año 2021, se
constituyó la sociedad denominada Condominio Playa Lagarto Sociedad Anónima.—San
José, 3 de enero del 2022.—Lic. José Luis Pacheco Murillo, Notario.—1 vez.—
CE2022019531.— ( IN2023740915 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las 15 horas 00 minutos del 10 de diciembre del año 2021, se
constituyó la sociedad denominada Cabañas y Villas Playa Lagarto Sociedad Anónima.—San
José, 3 de enero del 2022.—Lic. José Luis Pacheco Murillo, Notario.—1 vez.—
CE2022019532.— ( IN2023740916 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las 08 horas 00 minutos del 03 de enero del año 2022, se
constituyó la sociedad denominada Defi Kings Trading Limitada.—San José, 3 de enero del
2022.—Lic. Alfredo Andreoli González, Notario.—1 vez.— CE2022019533.— (
IN2023740917 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las 16 horas 00 minutos del 10 de diciembre del año 2021, se
constituyó la sociedad denominada Hotel Resort Surco Piedra Sociedad Anónima.—San
José, 3 de enero del 2022.—Lic. José Luis Pacheco Murillo, Notario.—1 vez.—
CE2022019534.— ( IN2023740918 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las 09 horas 00 minutos del 03 de enero del año 2022, se
constituyó la sociedad denominada Pura Vida Atwarner Holdings Llc Limitada.—San
José, 3 de enero del 2022.—Lic. Gonzalo José Rojas Benavides, Notario.—1 vez.—
CE2022019535.— ( IN2023740919 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las 15 horas 00 minutos del 03 de enero del año 2022, se
constituyó la sociedad denominada Kelland Investments Sociedad de
Responsabilidad Limitada.—San
José, 3 de enero del 2022.—Lic. Paola Vargas Castillo, Notario.—1 vez.—
CE2022019536.— ( IN2023740920 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las 15 horas 00 minutos del 20 de diciembre del año 2021, se
constituyó la sociedad denominada Salud Quinientos Seis Sociedad de
Responsabilidad Limitada.—San
José, 3 de enero del 2022.—Lic. Héctor Chaves Sandoval, Notario.—
1 vez.— CE2022019537.— ( IN2023740921 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta Notaría a las 21 horas 30 minutos del 23 de diciembre del año 2021, se
constituyó la sociedad denominada Optimisation Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San
José, 3 de enero del 2022.—Lic. Johnny Solís Barrantes, Notario.—1
vez.—CE2022019538.—( IN2023740922 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta Notaría a las 09 horas 00 minutos del 23 de diciembre del año 2021, se
constituyó la sociedad denominada Green Rock Fina Sociedad de
Responsabilidad Limitada.—San
José, 3 de enero del 2022.—Lic. Johnny Solís Barrantes, Notario.—
1 vez.—CE2022019539.—( IN2023740923 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta Notaría a las 14 horas 00 minutos del 03 de enero del año 2022, se
constituyó la sociedad denominada Arrendataria FM Sociedad de
Responsabilidad Limitada.—San
José, 3 de enero del 2022.—Lic. Eduardo Román Gómez, Notario.—1
vez.—CE2022019540.—( IN2023740924 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta Notaría a las 14 horas 50 minutos del 14 de diciembre del año 2021, se
constituyó la sociedad denominada Grupo Jara Phillips Sociedad Anónima.—San José, 3 de enero del
2022.—Lic. Fernando Dionisio Zamora Castellanos, Notario.—1
vez.—CE2022019541.—( IN2023740925 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta Notaría a las 12 horas 00 minutos del 22 de diciembre del año 2021, se
constituyó la sociedad denominada La Villa Ranita Sociedad de
Responsabilidad Limitada.—San
José, 3 de enero del 2022.—Lic. Gonzalo Enrique Boza Montero, Notario.—
1 vez.—CE2022019542.—( IN2023740926 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta Notaría a las 14 horas 00 minutos del 21 de diciembre del año 2021, se
constituyó la sociedad denominada Two J Consulting Services Sociedad de
Responsabilidad Limitada.—San
José, 3 de enero del 2022.—Lic. Andrea María Rojas Martínez, Notario.—1
vez.—CE2022019543.—( IN2023740927 ).
Mediante
escritura otorgada ante esta Notaría a las 11 horas 00 minutos del 03 de enero
del año 2022, se constituyó la sociedad denominada La Patate Investments Limitada.—San
José, 3 de enero del 2022.—Lic. Gonzalo José Rojas
Benavides, Notario.—1 vez.—CE2022019544.—( IN2023740928 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta Notaría a las 16 horas 00 minutos del 03 de enero del año 2022, se
constituyó la sociedad denominada Vivienda Rica Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San
José, 3 de enero del 2022.—Lic. Johnny Solís Barrantes, Notario.—1
vez.—CE2022019545.—( IN2023740929 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta Notaría a las 11 horas 00 minutos del 03 de enero del año 2022, se constituyó
la sociedad denominada Global Servicios Múltiples Sociedad Anónima.—San José, 3 de enero del
2022.—Lic. Michael Steven Calderón Ramírez, Notario.—1 vez.—CE2022019546.—(
IN2023740930 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta Notaría a las 14 horas 45 minutos del 03 de enero del año 2022, se
constituyó la sociedad denominada Pura Trance Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San
José, 3 de enero del 2022.—Lic. Nicole María Quesada Gurdián, Notario.—
1 vez.—CE2022019547.—( IN2023740931 ).
A las 10:00 horas del día 23 de
marzo de 2023, se modificó el domicilio social y objeto de la sociedad Eversons
Limitada, cédula jurídica tres-ciento dos-seiscientos ochenta y dos mil
doscientos diez.—San José, 29 de marzo del año
2023.—Lic. Allan Roberto Guerrero Vargas, carnet 5950, Notario Público.—1
vez.—( IN2023740932 ).
Ante esta
notaría por escritura otorgada a las trece horas treinta minutos del día
veintisiete de febrero de dos mil veintitrés, se solicita al Registro de
Personas Jurídicas la reinscripción de la sociedad Orobaz Ayodhaya, Sociedad
Anónima, de conformidad con lo dispuesto en la Ley número diez mil
doscientos cincuenta y cinco. Teléfono: 4036-2000.— San José, veintiocho de
febrero de dos mil veintitrés.—Raúl Alberto Guevara Villalobos, Notario
Público.—1 vez.—( IN2023740933 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta Notaría a las 08 horas 00 minutos del 03 de diciembre del año 2021, se
constituyó la sociedad denominada Multiservicios Sancor Sociedad de
Responsabilidad Limitada.—San José, 3 de enero del 2022.—Lic. Franklin
Esteban Fernandez Torrentes, Notario.—1 vez.—CE2022019548.—( IN2023740935 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta Notaría a las 09 horas 00 minutos del 21 de diciembre del año 2021, se
constituyó la sociedad denominada Nikori Experience Sociedad de
Responsabilidad Limitada.—San José, 3 de enero del 2022.—Lic. Silvia Trejos
Zamora, Notario.—1 vez.—CE2022019549.—( IN2023740936 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta Notaría a las 09 horas 15 minutos del 21 de diciembre del año 2021, se constituyó
la sociedad denominada Nikori INC CR Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San
José, 3 de enero del 2022.—Lic. Silvia Trejos Zamora, Notario.—1
vez.—CE2022019550.—( IN2023740937 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las 09 horas 30 minutos del 21 de diciembre del año 2021, se
constituyó la sociedad denominada Nikori Lifestyles Sociedad de
Responsabilidad Limitada.—San
José, 03 de enero del 2022.—Licda. Silvia Trejos Zamora, Notaria.—
1 vez.—CE2022019551.—( IN2023740938 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta Notaría a las 09 horas 50 minutos del 21 de diciembre del año 2021, se
constituyó la sociedad denominada Nikori Operations Sociedad de
Responsabilidad Limitada.—San
José, 3 de enero del 2022.—Lic. Silvia Trejos Zamora, Notario.—1 vez.—CE2022019552.—(
IN2023740939 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta Notaría a las 13 horas 00 minutos del 21 de diciembre del año 2021, se
constituyó la sociedad denominada Schubert Supply Sociedad de
Responsabilidad Limitada.—San
José, 4 de enero del 2022.—Lic. José Juan Sanchez Chavarría, Notario.—1 vez.—CE2022019553.—( IN2023740940
).
Mediante escritura otorgada ante
esta Notaría a las 15 horas 00 minutos del 03 de enero del año 2022, se
constituyó la sociedad denominada Orquídeas de Santa Teresa Sociedad de
Responsabilidad Limitada.—San
José, 4 de enero del 2022.—Lic. Lilliana Patricia García Barrantes, Notario.—
1 vez.—CE2022019554.—( IN2023740941 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta Notaría a las 10 horas 00 minutos del 19 de noviembre del año 2021, se
constituyó la sociedad denominada Inversiones Espinoza Vindas M Z Sociedad
de Responsabilidad Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 4 de enero del
2022.—Lic. Christian Perez Quirós, Notario.—1 vez.—CE2022019555.—( IN2023740942
).
Mediante escritura otorgada ante
esta Notaría a las 17 horas 00 minutos del 22 de diciembre del año 2021, se
constituyó la sociedad denominada Dalisa Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San
José, 4 de enero del 2022.—Lic. José Aurei Navarro Garro, Notario.—1 vez.—CE2022019557.—( IN2023740943 ).
Mediante
escritura otorgada ante esta Notaría a las 09 horas 00 minutos del 03 de enero
del año 2022, se constituyó la sociedad denominada Boru del Caribe Sociedad Anonima.—San
José, 4 de enero del 2022.—Lic. Mauricio Vargas Chavarría, Notario.—1
vez.—CE2022019559.—( IN2023740944 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta Notaría a las 08 horas 00 minutos del 04 de enero del año 2022, se
constituyó la sociedad denominada Midas Recycling Sociedad de
Responsabilidad Limitada.—San
José, 4 de enero del 2022.—Licda. Catherine Vanessa Mora Chavarría, Notaria.—
1 vez.—CE2022019560.—( IN2023740945 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta Notaría a las 11 horas 00 minutos del 03 de enero del año 2022, se
constituyó la sociedad denominada Integra Point Of Sale Sociedad de
Responsabilidad Limitada.—San
José, 4 de enero del 2022.—Lic. Jairo José Ramírez Pacheco, Notario.—1 vez.—CE2022019561.—(
IN2023740946 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta Notaría a las 20 horas 00 minutos del 19 de diciembre del año 2021, se
constituyó la sociedad denominada Inversiones Americana Geoaly Sociedad Anónima.—San José, 4 de enero del
2022.—Licda. Adriana María Castillo Guzmán, Notaria.—
1 vez.—CE2022019562.—( IN2023740947 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta Notaría a las 10 horas 00 minutos del 04 de enero del año 2022, se
constituyó la sociedad denominada Desarrollos Urbanizadora La Laguna ULLSA
Sociedad Anónima.—San José, 4 de enero del
2022.—Lic. José Fernán
Pozuelo Kelley, Notario.—
1 vez.—CE2022019563.—( IN2023740948 ).
Mediante
escritura otorgada ante esta Notaría a las 11 horas 00 minutos del 03 de enero
del año 2022, se constituyó la sociedad denominada EJF Investments S Siete
Cero Dos Limitada.—San
José, 4 de enero del 2022.—Lic. Silvia Vega Carballo, Notario.—1
vez.—CE2022019565.—( IN2023740949 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta Notaría a las 13 horas 00 minutos del 21 de diciembre del año 2021, se
constituyó la sociedad denominada Grupo Khatir Corporation Sociedad de
Responsabilidad Limitada.—San José, 4 de enero del 2022.—Lic. Marlon
Campbell Griffiths, Notario.—
1 vez.—CE2022019566.—( IN2023740950 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta Notaría a las 12 horas 00 minutos del 03 de enero del año 2022, se
constituyó la sociedad denominada Key Kraft Realty Limitada.—San José, 4
de enero del 2022.—Lic. Gonzalo José Rojas Benavides, Notario.—1 vez.—CE2022019567.—( IN2023740951 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta Notaría a las 10 horas 00 minutos del 22 de diciembre del año 2021, se
constituyó la sociedad denominada MSB Bamesa Sociedad Anónima.—San José, 4 de enero del 2022.—Licda. Ana Marcela
Quesada Salas, Notaria.—1 vez.—CE2022019568.—( IN2023740952 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta Notaría a las 08 horas 00 minutos del 04 de enero del año 2022, se
constituyó la sociedad denominada Kaslyn del Mar G C Sociedad de
Responsabilidad Limitada.—San José, 4 de enero del 2022.—Lic. Kattya
Vanessa Diaz Mena, Notario.—1 vez.—CE2022019569.—( IN2023740953 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta Notaría a las 16 horas 00 minutos del 03 de enero del año 2022, se
constituyó la sociedad denominada CND Sociedad Anónima.—San
José, 4 de enero del 2022.—Lic. Mérida Adela Diaz Viales, Notario.—1
vez.—CE2022019571.—( IN2023740954 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta Notaría a las 10 horas 30 minutos del 04 de enero del año 2022, se
constituyó la sociedad denominada Good Fences LLC Sociedad De
Responsabilidad Limitada.—San
José, 4 de enero del 2022.—Lic. Adrián Echeverria Escalante, Notario.—1
vez.—CE2022019570.—( IN2023740955 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las 08 horas 00 minutos del 23 de diciembre del año 2021, se
constituyó la sociedad denominada Ismart Trescientos Sesenta Sociedad de
Responsabilidad Limitada.—San José, 4 de enero del 2022.—Lic. Carlos Manuel
Valverde Retana, Notario.—1 vez.—CE2022019564.—(
IN2023740956 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta Notaría a las 10 horas 00 minutos del 04 de enero del año 2022, se
constituyó la sociedad denominada Shantinilaya Limitada.—San José, 4 de
enero del 2022.—Lic. Oscar Manuel Funes Orellana, Notario.—1
vez.—CE2022019572.—( IN2023740957 ).
Mediante
escritura otorgada ante esta Notaría a las 14 horas 00 minutos del 21 de
diciembre del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Jenn &
Jeannette Consulting Services Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San
José, 4 de enero del 2022.—Lic. Andrea María Rojas Martínez, Notario.—1
vez.—CE2022019574.—( IN2023740958 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta Notaría a las 15 horas 00 minutos del 20 de diciembre del año 2021, se
constituyó la sociedad denominada Medisalud del Oeste Sociedad de
Responsabilidad Limitada.—San José, 4 de enero del 2022.—Lic. Héctor Chaves
Sandoval, Notario.—
1 vez.—CE2022019573.—( IN2023740959 ).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 09 horas 00 minutos del 04 de enero
del año 2022, se constituyó la sociedad denominada SC Canadian Coastal
Properties Limitada.—San José, 04 de enero del 2022.—Lic. Juan Carlos
Montero Villalobos, Notario.—1 vez.— CE2022019575.— ( IN2023740960 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las 17 horas 00 minutos del 17 de diciembre del año 2021, se
constituyó la sociedad denominada Sr Setenta y Uno F Ciento Diecisiete A
Sociedad Anónima.—San José, 4 de enero del 2022.—Lic. Jurgen Engelbert
Kinderson Roldán,
Notario.—1 vez.— CE2022019576.— ( IN2023740961 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las 10 horas 00 minutos del 04 de enero del año 2022, se
constituyó la sociedad denominada Leon Embalaje Sociedad Anónima.—San
José, 4 de enero del 2022.–Lic. Vera Denise Mora Salazar, Notario.—1 vez.—
CE2022019579.— ( IN2023740962 ).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 11 horas 00 minutos del 04 de enero
del año 2022, se constituyó la sociedad denominada Servicios Agroforestales
Cr Limitada.—San José, 4 de enero del 2022.–Lic. Jenny María Ramos
González, Notario.—1 vez.— CE2022019580.— ( IN2023740963 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las 15 horas 30 minutos del 20 de diciembre del año 2021, se
constituyó la sociedad denominada Inversiones Youte Sociedad de
Responsabilidad Limitada.—San José, 4 de enero del 2022.—Licda. Ericka
María Pérez Cordero, Notaria.—1 vez.— CE2022019581.— ( IN2023740964 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta Notaría a las 15 horas 00 minutos del 28 de diciembre del año 2021, se
constituyó la sociedad denominada Starry Night La Encantada M B Limitada.—San
José, 4 de enero del 2022.—Lic. Mario Eduardo Recio Recio, Notario.—1
vez.—CE2022019582.—( IN2023740965 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta Notaría a las 11 horas 15 minutos del 04 de enero del año 2022, se
constituyó la sociedad denominada Aliento de Vida Limitada.—San José, 4
de enero del 2022.—Lic. Carlos Jose Oreamuno Morera,
Notario.—1 vez.—CE2022019583.—( IN2023740966 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta Notaría a las 10 horas 30 minutos del 07 de octubre del año 2021, se
constituyó la sociedad denominada Boxthe Sociedad de Responsabilidad
Limitada.—San José, 4 de enero del 2022.—Lic. José Manuel Mojica Cerda, Notario.—1
vez.—CE2022019585.—( IN2023740967 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta Notaría a las 16 horas 00 minutos del 03 de enero del año 2022, se
constituyó la sociedad denominada La Jolla Sixteen LLC Sociedad de
Responsabilidad Limitada.—San José, 4 de enero del 2022.—Licda. Ana
Mercedes Sancho Rubí, Notaria.—1 vez.—CE2022019587.—( IN2023740968 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta Notaría a las 08 horas 00 minutos del 03 de enero del año 2022, se
constituyó la sociedad denominada Tykess Pharmaceuticals Limitada.—San
José, 4 de enero del 2022.—Lic. Daniela María Diaz Polo, Notario.—1
vez.—CE2022019586.—( IN2023740969 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta Notaría a las 12 horas 45 minutos del 21 de diciembre del año 2021, se
constituyó la sociedad denominada Potato Place Sociedad Anónima.—San José, 4 de enero del 2022.—Lic. Grazy Calvo López, Notario.—1 vez.—CE2022019588.—(
IN2023740970 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta Notaría a las 10 horas 00 minutos del 27 de diciembre del año 2021, se
constituyó la sociedad denominada Cremería Nacional Sociedad Anónima.—San José, 4 de enero del 2022.—Lic. Dennis
Francisco Alvarado Castillo, Notario.—1 vez.—CE2022019589.—( IN2023740971 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta Notaría a las 11 horas 30 minutos del 17 de diciembre del año 2021, se
constituyó la sociedad denominada Famoar Sociedad Anónima.—San José, 4 de enero del 2022.—Lic. Evelin De Los
Ángeles Sandoval Sandoval, Notario.—1 vez.—CE2022019590.—( IN2023740972 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta Notaría a las 10 horas 00 minutos del 03 de enero del año 2022, se
constituyó la sociedad denominada Servicios Logísticos F&M Sociedad Anónima.—San José, 4 de enero del 2022.—Lic. Edwin
Adalberto Morales Seas, Notario.—1 vez.—CE2022019591.—( IN2023740973 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta Notaría a las 10 horas 00 minutos del 03 de enero del año 2022, se
constituyó la sociedad denominada Invesiones y Proyectos Baller Capital
Sociedad Anónima.—San José, 4 de enero del
2022.—Lic. Roberto Alonso Rímola Real, Notario.—1 vez.—CE2022019592.—( IN2023740974
).
Mediante
escritura otorgada ante esta Notaría a las 08 horas 00 minutos del 22 de
diciembre del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Pía Handmade
Sociedad Anónima.—San José, 4
de enero del 2022.—Lic. Erika María Castro Arguello, Notario.—1
vez.—CE2022019593.—( IN2023740975 ).
Mediante
escritura otorgada ante esta Notaría a las 13 horas 00 minutos del 21 de
diciembre del año 2021, se constituyó la sociedad denominada CUHM Services
Sociedad Anónima.—San José, 4
de enero del 2022.—Lic. Christian Alvarez Zamora, Notario.—1
vez.—CE2022019594.—( IN2023740976 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta Notaría a las 12 horas 15 minutos del 04 de enero del año 2022, se
constituyó la sociedad denominada Familia MC Ewen Sociedad de
Responsabilidad Limitada.—San José, 4 de enero del 2022.—Lic. Leiner Miguel
Molina Pérez, Notario.—1 vez.—CE2022019596.—( IN2023740977 ).
Mediante
escritura otorgada ante esta Notaría a las 15 horas 00 minutos del 18 de
diciembre del año 2021, se constituyó la sociedad denominada ABL Dental
Sociedad Anónima.—San José, 4
de enero del 2022.—Lic. Jesús Pablo Baltodano Gómez, Notario.—1
vez.—CE2022019597.—( IN2023740978 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta Notaría a las 13 horas 00 minutos del 04 de enero del año 2022, se
constituyó la sociedad denominada JSE Imports Sociedad de Responsabilidad
Limitada.—San José, 4 de enero del 2022.—Lic. Nathalie Elizondo Montero,
Notario.—1 vez.—CE2022019598.—( IN2023740979 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta Notaría a las 14 horas 00 minutos del 20 de diciembre del año 2021, se
constituyó la sociedad denominada Ganadera RETSAN RO Sociedad Anónima.—San José, 4 de enero del 2022.—Lic. Edgar Omar
Belloso Montoya, Notario.—1 vez.—CE2022019595.—( IN2023740980 ).
Mediante
escritura otorgada ante esta Notaría a las 13 horas 00 minutos del 03 de enero
del año 2022, se constituyó la sociedad denominada CAN AMS MA COP Limitada.—San
José, 4 de enero del 2022.—Licda. Ilse María González Menéndez, Notaria.—1
vez.—CE2022019600.—( IN2023740981 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta Notaría a las 08 horas 17 minutos del 04 de enero del año 2022, se
constituyó la sociedad denominada Busia Four Hundred And Seventeen Sociedad
de Responsabilidad Limitada.—San José, 4 de enero del 2022.—Licda. Evelyn
Janieth Galán Caro, Notaria.—1 vez.—CE2022019599.—( IN2023740982 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta Notaría a las 11 horas 30 minutos del 28 de diciembre del año 2021, se
constituyó la sociedad denominada Seguridad Rhafat Costa Rica Limitada.—San
José, 4 de enero del 2022.—Lic. Luis Alberto Matamoros Suarez, Notario.—1
vez.—CE2022019601.—( IN2023740983 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta Notaría a las 13 horas 15 minutos del 10 de diciembre del año 2021, se
constituyó la sociedad denominada Expertus Caribbean Tools Sociedad de
Responsabilidad Limitada.—San José, 4 de enero del 2022.—Lic. Marco Lino
López Castro, Notario.—1 vez.—CE2022019602.—( IN2023740984 ).
Mediante
escritura otorgada ante esta Notaría a las 10 horas 00 minutos del 17 de
diciembre del año 2021, se constituyó la sociedad denominada The Bear And
Butterfly Company Limitada.—San José, 4 de enero del 2022.—Lic. Jorge
Castro Olmos, Notario.—1 vez.—CE2022019603.—( IN2023740985 ).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 14 horas 30 minutos del 04 de enero
del año 2022, se constituyó la sociedad denominada M & Q Wellness
Sociedad Anónima.—San José, 04
de enero del 2022.—Lic. Carlos Manuel Arroyo Rojas, Notario.—1
vez.—CE2022019604.—( IN2023740986 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las 09 horas 53 minutos del 03 de enero del año 2022, se
constituyó la sociedad denominada Mirmid de Costa Rica Sociedad de
Responsabilidad Limitada.—San José, 04 de enero del 2022.—Lic. Mario
Gonzalo Soto Baltodano, Notario.—
1 vez.—CE2022019605.—( IN2023740987 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las 16 horas 00 minutos del 03 de enero del año 2022, se
constituyó la sociedad denominada Argo Enterprise Trust Sociedad de
Responsabilidad Limitada.—San
José, 4 de enero del 2022.—Licda. Silvia Jiménez Zamora, Notario.—1
vez.—CE2022019606.—( IN2023740988 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las 11 horas 00 minutos del 03 de enero del año 2022, se
constituyó la sociedad denominada G Servicios Múltiples Sociedad Anónima.—San José, 4 de enero del 2022.—Lic. Michael Steven
Calderón Ramírez, Notario.—1
vez.—CE2022019607.—( IN2023740989 ).
: Mediante escritura otorgada ante
esta notaría. a las 10 horas 00 minutos del 16 de diciembre del año 2021, se
constituyó la sociedad denominada Alegria Family Paradise Sociedad de
Responsabilidad Limitada.—
San José, 4 de enero del 2022.—Lic. Roberto Jose Araya Lao, Notario.—
1 vez.— CE2022019609.—( IN2023740990 ).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 14 horas 00 minutos del 15 de
diciembre del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Trade Natxim
Sociedad Anónima.—
San José, 4 de enero del 2022.—Lic. Rodolfo Freer Campos, Notario.—1 vez.— CE2022019610.—(IN2023740991 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las 10 horas 30 minutos del 01 de enero del año 2022, se
constituyó la sociedad denominada Grace One Uno Uno Uno Uno Sociedad de
Responsabilidad Limitada.—San
José, 04 de enero del 2022.—Lic. Jonathan Montenegro Bonilla, Notario.—1 vez.—
CE2022019611.—(IN2023740992 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría. a las 08 horas 00 minutos del 03 de enero del año 2022, se
constituyó la sociedad denominada Darogda Sociedad Anónima.— San José, 4 de enero del
2022.—Lic. Nuria Judith Sequeira Araya, Notaria.—1 vez.— CE2022019612.—(
IN2023740993 ).
Mediante escritura seis, visible
al folio cinco vuelto, del tomo quince del protocolo
del notario Andrés Francisco González Anglada, se disuelve por acuerdo de la
asamblea de accionistas de la compañía denominada Grupo Olas Bonitas De
Nosara Sociedad Anónima, número de cédula jurídica tres-ciento uno
–tres-ciento uno- tres seis dos cuatro cinco tres. Es todo.—Nosara,
Guanacaste al diez horas del veintiocho de marzo del dos mil veintitrés.—Andrés
Francisco González Anglada. Cédula 1-1035-0677.—1 vez.—(
IN2023740994 ).
Ante mi notaría por escritura número sesenta, al
ser las trece horas del trece de marzo del dos mil veintitrés se protocoliza el
acta número uno de la sociedad Morúa & Marchena Asesoría Legal S.A,
se acuerda el cambio del Secretario. Es todo.—San José, dieciséis de marzo del dos mil veintitrés.—Licda.
Ana Lorena Gamboa Sandoval, Notaria Pública.—1
vez.—( IN2023740995 ).
El suscrito notario hace constar
que, por escritura otorgada ante mí a las trece horas y quince minutos del
veintinueve de marzo del dos mil veintitrés, en San José, se protocolizó acta
de asamblea general extraordinaria de accionistas de Estero Negro
Investments CR, Sociedad Anónima, titular de la cedula de persona jurídica
número tres-ciento uno-ochocientos sesenta y tres mil novecientos noventa y
siete mediante la cual se acordó nombramiento de nuevo Presidente, Tesorero y
Fiscal.—San José, trece horas veinte minutos horas del veintinueve de marzo del
año dos mil veintitrés.—Lic. José Giralt Fallas. Carné 12905. Tel.: 2234-1102,
Notario Público.—1 vez.—( IN2023740997 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las 00 horas 00 minutos del 22 de diciembre del año 2021, se
constituyó la sociedad denominada Transportes Mendoza y Obregón
Centroamericanos Sociedad Anónima.—San José, 4 de enero del 2022.—Lic. Jose Luis
Moreno Rodríguez, Notario.—1 vez.— CE2022019613.—( IN2023740998 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las 08 horas 00 minutos del 04 de enero del año 2022, se
constituyó la sociedad denominada Surfpoint Velas Sociedad de
Responsabilidad Limitada.—
San José, 5 de enero del 2022.—Lic. Gabriel Clare Facio, Notario.—1 vez.—
CE2022019614.—( IN2023740999 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las 11 horas 00 minutos del 15 de diciembre del año 2021, se
constituyó la sociedad denominada Beauty Brands de Centroamérica Sociedad Anónima.— San
José, 5 de enero del 2022.—Lic. María Alejandra Calderón Hidalgo, Notaria.—
1 vez.— CE2022019615.—( IN2023741000 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría. a las 15 horas 00 minutos del 04 de enero del año 2022, se
constituyó la sociedad denominada Corporación Hung Feng He Sociedad de
Responsabilidad Limitada.—
San José, 5 de enero del 2022.—Lic. Adolfo Jeremías Ramos González, Notario.—1
vez.— CE2022019616.—( IN2023741001 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las 11 horas 30 minutos del 04 de enero del año 2022, se
constituyó la sociedad denominada Multiservicios Empresariales Bahar de
Oriente Limitada.—
San José, 5 de enero del 2022.—Lic. Edgar Alberto Diaz Sánchez, Notario.—1
vez.— CE2022019617.—( IN2023741002 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las 11 horas 00 minutos del 04 de enero del año 2022, se
constituyó la sociedad denominada Distribuidora E Importaciones Yugen de
Costa Rica Limitada.— San José, 5 de enero del 2022.—Lic. Edgar Alberto
Diaz Sanchez, Notario.—1 vez.— CE2022019619.—( IN2023741003 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las 07 horas 00 minutos del 05 de enero del año 2022, se
constituyó la sociedad denominada Skor Llc Sociedad de Responsabilidad Limitada.— San
José, 5 de Enero del 2022.—Lic. Lawrence Shanahan Lobo, Notario.—1 vez.—
CE2022019620.—( IN2023741004 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las 11 horas 30 minutos del 15 de diciembre del año 2021, se
constituyó la sociedad denominada Inverlac Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San
José, 05 de enero del 2022.—Licda. María Alejandra Calderón Hidalgo, Notaria.—
1 vez.—CE2022019621.—( IN2023741005 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría. a las 08 horas 00 minutos del 05 de enero del año 2022, se
constituyó la sociedad denominada Sage Adventures Llc Sociedad de
Responsabilidad Limitada.—
San José, 5 de enero del 2022.—Lic. Gabriel Clare Facio, Notario.—1 vez.—
CE2022019623.—( IN2023741006 ).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 11 horas 00 minutos del 22 de
octubre del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Inversiones
Samalana Sociedad Anónima.—
San José, 5 de Enero del 2022.—Lic. Eduardo Barquero Elizondo, Notario.—1 vez.—
CE2022019622.—( IN2023741007 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría. a las 14 horas 00 minutos del 04 de enero del año 2022, se
constituyó la sociedad denominada Globimpcr Sociedad de Responsabilidad Limitada.— San
José, 5 de enero del 2022.—Lic. Alexander Pizarro Molina, Notario.—1 vez.—
CE2022019624.—( IN2023741008 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las 11 horas 30 minutos del 04 de enero del año 2022, se
constituyó la sociedad denominada Flavias Village Sociedad Anónima.— San
José, 5 de Enero del 2022.—Lic. Greivin Jiménez Méndez, Notario.—1 vez.—
CE2022019625.—( IN2023741009 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las 16 horas 30 minutos del 17 de diciembre del año 2021, se
constituyó la sociedad denominada Suca Development Group Limitada.—San José, 5 de enero del
2022.—Lic. Gonzalo Vargas Acosta, Notario.—1 vez.—CE2022019626.—(
IN2023741010).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría. a las 09 horas 00 minutos del 05 de enero del año 2022, se
constituyó la sociedad denominada Corporacion Leasing Yunnun Sociedad de
Responsabilidad Limitada.—
San José, 5 de enero del 2022.—Lic. Juan Jose Echeverria Alfaro, Notario.—
1 vez.— CE2022019627.—( IN2023741011 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las 16 horas 30 minutos del 04 de enero del año 2022, se
constituyó la sociedad denominada Corporación Salas Rodríguez de Pavón
Sociedad de Responsabilidad Limitada.— San José, 5 de enero del 2022.—Lic. Marlon
Fernando Arce Blanco, Notario.—1 vez.— CE2022019629.—( IN2023741012 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las 16 horas 00 minutos del 04 de enero del año 2022, se
constituyó la sociedad denominada Salazar & Trejos De Pérez Zeledón
Sociedad Anónima.—
San José, 5 de Enero del 2022.—Lic. Eitel Eduardo Álvarez Ulate, Notario.—1
vez.— CE2022019628.—( IN2023741013 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las 09 horas 00 minutos del 05 de enero del año 2022, se
constituyó la sociedad denominada Tree House Investments Sociedad de
Responsabilidad Limitada.—
San José, 5 de enero del 2022.—Lic. Nataly Mireya Espinoza Alvarado, Notario.—
1 vez.— CE2022019630.—( IN2023741014 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las 16 horas 00 minutos del 04 de enero del año 2022, se
constituyó la sociedad denominada Cweed Enterprises Sociedad de
Responsabilidad Limitada.—San
José, 5 de enero del 2022.—Lic. Alberto Sáenz Roesch, Notario.—1 vez.—
CE2022019631.—( IN2023741015 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las 14 horas 00 minutos del 07 de diciembre del año 2021, se
constituyó la sociedad denominada Inversiones Delgari Sociedad Anónima.—San
José, 5 de enero del 2022.—Lic. Audrys Esquivel Jiménez, Notario.—1 vez.—CE2022019632.—(
IN2023741016 ).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 08 horas 00 minutos del 03 de enero
del año 2022, se constituyó la sociedad denominada Tenedora Asesores
Tributarios y Gestión de Activos Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 5 de enero del
2022.—Lic. Karen Melissa Brenes Piedra, Notario.—1 vez.— CE2022019633.—(
IN2023741017 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las 10 horas 00 minutos del 03 de enero del año 2022, se
constituyó la sociedad denominada Blue Sky Holdings Llc Sociedad de
Responsabilidad Limitada.—San
José, 5 de enero del 2022.—Lic. Brians Salazar Chavarría, Notario.—1 vez.—
CE2022019634.—( IN2023741018 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las 08 horas 30 minutos del 05 de enero del año 2022, se
constituyó la sociedad denominada Casa Kailash Nosara Ckn Sociedad de
Responsabilidad Limitada.—San
José, 5 de enero del 2022.—Licda. Mariela Hernández Brenes, Notaria.—1 vez.—
CE2022019636.—( IN2023741019 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las 09 horas 00 minutos del 05 de Enero del año 2022, se
constituyó la sociedad denominada Treehouse Vm Investments Sociedad de
Responsabilidad Limitada.—San
José, 5 de enero del 2022.—Lic. Nataly Mireya Espinoza Alvarado, Notario.—1
vez.— CE2022019635.—( IN2023741020 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las 16 horas 40 minutos del 21 de diciembre del año 2021, se
constituyó la sociedad denominada Inversiones Internacionales Pag Sociedad Anónima.—San
José, 5 de enero del 2022.—Lic. Ramon Mariano Artavia Cordero, Notario.—1 vez.—
CE2022019638.—( IN2023741021 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las 08 horas 45 minutos del 05 de enero del año 2022, se
constituyó la sociedad denominada Auto Kailash Guiones Ckg Sociedad de
Responsabilidad Limitada.—San
José, 5 de enero del 2022.—Lic. Mariela Hernández Brenes, Notario.—1 vez.—
CE2022019639.—( IN2023741022 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las 14 horas 00 minutos del 03 de enero del año 2022, se
constituyó la sociedad denominada Servicios Eseli Limitada.—San José, 05 de enero del
2022.—Lic. Fernando Alonso Castro Esquivel, Notario.—1 vez.—CE2022019640.—(
IN2023741023 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las 17 horas 00 minutos del 14 de diciembre del año 2021, se
constituyó la sociedad denominada Marchav Sociedad Anónima.—San José, 5 de enero del
2022.—Lic. Sergio Antonio González Jiménez, Notario.—1 vez.— CE2022019642.—(
IN2023741024 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las 10 horas 00 minutos del 05 de enero del año 2022, se
constituyó la sociedad denominada Tenx Innovaciones Sociedad de
Responsabilidad Limitada.—San
José, 5 de enero del 2022.—Lic. Juvenal Sánchez Zúñiga, Notario.—1 vez.—
CE2022019644.—( IN2023741025)
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las 08 horas 00 minutos del 05 de enero del año 2022, se
constituyó la sociedad denominada Noveno Año Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San
José, 5 de enero del 2022.—Lic. Jennifer Marcela Zúñiga Ureña, Notario.—
1 vez.— CE2022019646.—( IN2023741026 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las 18 horas 30 minutos del 26 de agosto del año 2021, se
constituyó la sociedad denominada Metalineal Sociedad Anónima.—San José, 5 de enero del 2022.—Lic.
Esteban Josué Carmona Arroyo, Notario.—1
vez.—CE2022019645.—( IN2023741027 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las 11 horas 00 minutos del 05 de enero del año 2022, se
constituyó la sociedad denominada Yuka Brava Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San
José, 5 de enero del 2022.—Lic. Yancy Gabriela Araya Pérez, Notaria.—1 vez.—
CE2022019647.—( IN2023741028 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las 10 horas 00 minutos del 05 de enero del año 2022, se
constituyó la sociedad denominada Mamizon Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San
José, 5 de enero del 2022.—Lic. Gabriel Clare Facio, Notario.—1
vez.—CE2022019648.—( IN2023741029 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las 10 horas 30 minutos del 05 de enero del año 2022, se
constituyó la sociedad denominada Señor Feo Sociedad Anónima.—San José, 5 de enero del
2022.—Lic. Juan Ignacio Davidovich Molina,
Notario.—1 vez.— CE2022019649.—( IN2023741030 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las 11 horas 00 minutos del 05 de enero del año 2022, se
constituyó la sociedad denominada Inversiones San Mateo Conecta Sociedad de
Responsabilidad Limitada.—San
José, 5 de enero del 2022.—Lic. Leiner Miguel Molina Pérez, Notario.—
1 vez.— CE2022019650.—( IN2023741031 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las 19 horas 30 minutos del 14 de diciembre del año 2021, se
constituyó la sociedad denominada Anza Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San
José, 5 de enero del 2022.—Lic. Félix Ruddy Rojas Herrera, Notario.—1
vez.— CE2022019651.—( IN2023741032 ).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 09 horas 30 minutos del 05 de enero
del año 2022, se constituyó la sociedad denominada Isthmus Realty Sociedad Anónima.—San
José, 5 de enero del 2022.—Lic. Mariana Campos Jiménez, Notario.—1
vez.—CE2022019653.—( IN2023741033).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las 16 horas 00 minutos del 23 de diciembre del año 2021, se
constituyó la sociedad denominada Ige Investment Group Expert Sociedad Anónima.—San
José, 5 de enero del 2022.–Lic. Iván Darío Villegas Franco, Notario.—1 vez.—
CE2022019654.—( IN2023741034 ).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 10 horas 30 minutos del 24 de
diciembre del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Grupo
Gmzalenava Limitada.—San
José, 5 de enero del 2022.—Lic. Walter Rodríguez Rodríguez, Notario.—1 vez.—
CE2022019656.—( IN2023741035 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las 13 horas 00 minutos del 20 de diciembre del año 2021, se
constituyó la sociedad denominada Gema Tres Seis Nueve Sociedad de
Responsabilidad Limitada.—San
José, 5 de enero del 2022.—Lic. Melvin Rudelman Wohlstein, Notario.—
1 vez.—CE2022019657.—( IN2023741036 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las 14 horas 50 minutos del 14 de diciembre del año 2021, se
constituyó la sociedad denominada GJP Grupo Jara Phillips Sociedad Anónima.—San José, 05 de enero del
2022.—Lic. Fernando Dionisio Zamora Castellanos, Notario.—1 vez.—CE2022019658.—(
IN2023741037 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las 11 horas 10 minutos del 25 de diciembre del año 2021, se
constituyó la sociedad denominada Awake Earth Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San
José, 05 de enero del 2022.—Lic. Marleny Blanco Fandiño, Notario.—1
vez.—CE2022019661.—( IN2023741039 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las 14 horas 30 minutos del 04 de enero del año 2022, se
constituyó la sociedad denominada Bosques del Leshy Sociedad de Responsabilidad
Limitada.—San
José, 05 de enero del 2022.—Lic. José Gonzalo Saavedra Brenes, Notario.—
1 vez.—CE2022019660.—( IN2023741040 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las 09 horas 00 minutos del 05 de enero del año 2022, se
constituyó la sociedad denominada Inversiones El Encinar de Macpela Sociedad
de Responsabilidad Limitada.—San
José, 05 de enero del 2022.—Lic. Nataly Mireya Espinoza Alvarado, Notario.—1
vez.—CE2022019662.—( IN2023741041 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las 08 horas 00 minutos del 02 de enero del año 2022, se
constituyó la sociedad denominada SR Logística Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 05 de enero del
2022.—Lic. Alejandra Milady Carrillo Salazar, Notaria.—
1 vez.—CE2022019663.—( IN2023741042 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las 08 horas 00 minutos del 05 de enero del año 2022, se
constituyó la sociedad denominada Today Siglo XXI Sociedad de
Responsabilidad Limitada.—San
José, 05 de enero del 2022.—Lic. Héctor Chaves Sandoval, Notario.—1 vez.—CE2022019664.—( IN2023741043 ).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 10 horas 20 minutos del 05 de enero
del año 2022, se constituyó la sociedad denominada INV Sandoval Sociedad Anónima.—San José, 05 de enero del 2022.—Lic.
Marilyn de los Ángeles Ávila Soto,
Notaria.—1 vez.—CE2022019665.—( IN2023741044 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las 14 horas 30 minutos del 04 de enero del año 2022, se
constituyó la sociedad denominada Corporación Jibo Tres Sociedad de
Responsabilidad Limitada.—San José, 05 de enero del
2022.—Lic. Allan Andrés Madrigal
Anchia, Notario.—1 vez.—CE2022019666.—( IN2023741045 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las 10 horas 00 minutos del 05 de enero del año 2022, se
constituyó la sociedad denominada Spring Paradise Bijagua Sociedad Anónima.—San José, 05 de enero del
2022.—Lic. Uriel Ortega Hegg, Notario.—1 vez.—CE2022019668.—( IN2023741046 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las 08 horas 00 minutos del 04 de enero del año 2022, se
constituyó la sociedad denominada Inversiones Castro Mora Sociedad de
Responsabilidad Limitada.—San
José, 5 de enero del 2022.—Licda. Jennifer Navarro Solano, Notaria.—1
vez.—CE2022019669.—( IN2023741047 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las 10 horas 00 minutos del 04 de enero del año 2022, se
constituyó la sociedad denominada Full Productions Limitada.—San José, 05 de enero del
2022.—Lic. Eduardo Ajoy Zeledón, Notario.—1 vez.—CE2022019670.—( IN2023741048
).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 11 horas 00 minutos del 17 de
diciembre del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Blossom
Holdings Sociedad Anónima.—San
José, 05 de enero del 2022.–Lic. William Fernández Sagot, Notario.—1
vez.—CE2022019672.—( IN2023741049 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las 13 horas 55 minutos del 05 de enero del año 2022, se
constituyó la sociedad denominada Sunset Rentals del Pacífico Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 5 de enero del
2022.—Licda. Ana María Vargas Moya, Notaria.—
1 vez.—CE2022019674.—( IN2023741050 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las 11 horas 00 minutos del 05 de enero del año 2022, se
constituyó la sociedad denominada Pet Shop To Go Costa Rica Sociedad de
Responsabilidad Limitada.—San
José, 5 de enero del 2022.—Lic. Elías Shadid Esquivel, Notario.—
1 vez.—CE2022019675.—( IN2023741051 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las 13 horas 00 minutos del 06 de diciembre del año 2021, se
constituyó la sociedad denominada Pur Cacao Sociedad Anónima.—San José, 5 de enero del
2022.—Lic. Aylin Gómez Baldi, Notario.—1 vez.—CE2022019676.—( IN2023741052 ).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 11 horas 00 minutos del 04 de enero
del año 2022, se constituyó la sociedad denominada Tres en Fila
Construcciones Sociedad Anónima.—San
José, 5 de enero del 2022.—Lic. Orlando Zamora Alfaro, Notario.—1
vez.—CE2022019678.—( IN2023741053 ).
Ante esta notaría, mediante
escritura número treinta y cuatro, visible al folio veinticinco del tomo
treinta y cuatro a las diez horas del veintinueve de marzo de dos mil
veintitrés, se protocolizó el acta de asamblea general de socios de Tres-Ciento
Uno-Seiscientos Veintiún Mil Novecientos Dieciséis Sociedad Anónima, cédula
jurídica número tres-ciento uno-seiscientos veintiún mil novecientos dieciséis,
mediante la cual se acuerda modificar las cláusula octava en cuanto a la
representación y se nombra tesorero de Junta Directiva.—San José, a las trece
horas del día veintinueve del mes de marzo del año dos mil veintitrés.—Lic.
Roberto Arguedas Pérez, Notario Público.—1 vez.—( IN2023741054 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las 12 horas 00 minutos del 21 de diciembre del año 2021, se
constituyó la sociedad denominada Megatek Investment CR Sociedad Anónima.—San
José, 5 de enero del 2022.—Lic. Valentín Gerardo Barrantes Ramírez, Notario.—1
vez.—CE2022019677.—( IN2023741055 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las 13 horas 00 minutos del 21 de diciembre del año 2021, se
constituyó la sociedad denominada Dental Juno HMC Sociedad Anónima.—San José, 5 de enero del 2022.—Lic.
Christian Álvarez Zamora, Notario.—1 vez.—CE2022019679.—( IN2023741056 )
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las 19 horas 00 minutos del 04 de enero del año 2022, se
constituyó la sociedad denominada Papaya Clinic Sociedad De Responsabilidad Limitada.—San
José, 5 de enero del 2022.—Licda. Carolina María Ulate Zárate, Notaria.—1
vez.—CE2022019680.—( IN2023741057 ).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 14 horas 00 minutos del 11 de
diciembre del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Top Fruit
Sociedad Anónima.—San
José, 5 de enero del 2022.—Licda. Adriana Cordero Muñoz, Notaria.—1
vez.—CE2022019681.—( IN2023741058 ).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 09 horas 00 minutos del 22 de
diciembre del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Five Peeps
Sociedad Anónima.—San
José, 5 de enero del 2022.—Lic. José Alberto Schroeder Leiva, Notario.—1
vez.—CE2022019682.—( IN2023741059 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las 15 horas 00 minutos del 03 de enero del año 2022, se
constituyó la sociedad denominada Acsesa Soluciones de Climatización
Sociedad Anónima.—San
José, 5 de enero del 2022.—Licda. Flor Eugenia Castillo Castro, Notaria.—
1 vez.—CE2022019683.—( IN2023741060 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las 11 horas 00 minutos del 05 de enero del año 2022, se
constituyó la sociedad denominada Transportes Marítimos y Terrestres de Osa
del Sur Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 5 de enero del
2022.—Lic. Johnny Solís Barrantes, Notario.—1 vez.—CE2022019684.—( IN2023741061
).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 09 horas 30 minutos del 22 de
diciembre del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Weezercorp
Sociedad Anónima.—San
José, 5 de enero del 2022.—Lic. José
Alberto Schroeder Leiva, Notario.—1 vez.—CE2022019686.—( IN2023741062 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría a las 14 horas 00 minutos del 04 de enero del año 2022, se
constituyó la sociedad denominada Biopreparados Agronatura Sociedad de
Responsabilidad Limitada.—San
José, 5 de enero del 2022.—Licda. Valeria Sánchez Moraga, Notaria.—
1 vez.—CE2022019689.—( IN2023741063 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría a las 10 horas 00 minutos del 05 de enero del año 2022, se
constituyó la sociedad denominada Imperio FG Joyas de Acero Sociedad
de Responsabilidad Limitada.—San
José, 5 de enero del 2022.—Lic. Fernando Santiago Benel Alama, Notario.—1
vez.—CE2022019690.—( IN2023741064 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría a las 18 horas 00 minutos del 04 de enero del año 2022, se
constituyó la sociedad denominada Los Turales Camacho Sociedad Anónima.—San
José, 5 de enero del 2022.—Lic. Jurgen Engelbert Kinderson Roldan, Notario.—1
vez.—CE2022019694.—( IN2023741065 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría a las 08 horas 00 minutos del 05 de enero del año 2022, se
constituyó la sociedad denominada Sage Adventures Sociedad de
Responsabilidad Limitada.—San
José, 5 de enero del 2022.—Lic. Gabriel Clare Facio, Notario.—1
vez.—CE2022019695.—( IN2023741066 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría a las 17 horas 30 minutos del 28 de octubre del año 2021, se
constituyó la sociedad denominada Transportes Empresariales Romero Rojas Dos
Mil Veintidós Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San
José, 5 de enero del 2022.—Lic. Juan Guillermo Coghi Molina, Notario.—1
vez.—CE2022019696.—( IN2023741067 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría a las 09 horas 00 minutos del 05 de enero del año 2022, se
constituyó la sociedad denominada Constructora Jiménez del Sur
Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 5 de enero del 2022.—Lic. Randall Alberto
Quirós Herrera, Notario.—1 vez.—CE2022019697.—( IN2023741068 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría a las 11 horas 00 minutos del 05 de enero del año 2022, se
constituyó la sociedad denominada Sociedad Comercial del Norte
Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 5 de enero del 2022.—Lic. Débora Herrera
Arias, Notaria.—
1 vez.—CE2022019698.—( IN2023741069 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría a las 11 horas 30 minutos del 20 de diciembre del año 2021, se
constituyó la sociedad denominada The Nosara Asset Management Company
Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 5 de enero del 2022.—Lic. Eduardo Alfonso
Márquez Fernández, Notario.—1 vez.—CE2022019700.—( IN2023741070 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría a las 11 horas 30 minutos del 28 de diciembre del año 2021, se
constituyó la sociedad denominada Multiservicios C & K Sociedad de
Responsabilidad Limitada.—San
José, 5 de enero del 2022.—Lic. Olga Marta Cascante Sandoval, Notario.—1
vez.—CE2022019701.—( IN2023741071 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría a las 15 horas 00 minutos del 05 de enero del año 2022, se
constituyó la sociedad denominada SD Hermosa Ventures LLC Limitada.—San José, 5 de enero del 2022.—Lic. Jorge
Federico Baldioceda Baltodano, Notario.—1 vez.—CE2022019702.—( IN2023741072 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría a las 14 horas 30 minutos del 05 de enero del año 2022, se
constituyó la sociedad denominada villa diecisiete langosta costa rica Sociedad
de Responsabilidad Limitada.—San
José, 5 de enero del 2022.—Lic. Alejandro José Burgos Bonilla, Notario.—1
vez.—CE2022019703.—( IN2023741073 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría a las 16 horas 00 minutos del 03 de enero del año 2022, se
constituyó la sociedad denominada Gerson Alfaro Porras Sociedad de
Responsabilidad Limitada.—San
José, 5 de enero del 2022.—Lic. Pablo Eliecer Valerio Soto, Notario.—1
vez.—CE2022019704.—( IN2023741074 ).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría a las 17 horas 00 minutos del 15 de
diciembre del año 2021, se constituyó la sociedad denominada The Coach
Challenge Sociedad de Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 5 de enero del
2022.—Lic. Carlos Guillermo Alvarado Heinrichs, Notario.—1 vez.—CE2022019705.—(
IN2023741075 ).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 19 horas 00 minutos del 04 de enero
del año 2022, se constituyó la sociedad denominada In Academia de Desarrollo
Profesional Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 05 de enero del
2022.—Lic. German Enrique Salazar Santamaría, Notario.—1 vez.—CE2022019707.—(
IN2023741076 ).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría a las 11 horas 00 minutos del 21 de
diciembre del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Grupo Evolve
Latam Sociedad Anónima.—San
José, 5 de enero del 2022.—Lic. Gloriana Cob Guillén, Notario.—1
vez.—CE2022019708.—( IN2023741077 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría a las 19 horas 20 minutos del 04 de enero del año 2022, se
constituyó la sociedad denominada In Asesorías Sociedad de
Responsabilidad Limitada.—San
José, 5 de enero del 2022.—Lic. German Enrique Salazar Santamaria, Notario.—
1 vez.—CE2022019710.—( IN2023741078 ).
Mediante escritura otorgado número
cuarenta y seis, de esta notaria a las trece horas del día veintinueve de marzo
del año dos mil veintitrés se modifica el pacto social de la compañía Logística
de Punto de Ventas Sociedad de Responsabilidad Limitada, Liquidador Alfredo
Labarca Furio Notaria Pública Ileana María Arguedas Maklouf.—San
José, veintinueve marzo del año dos mil veintitrés.—Ileana Arguedas Maklouf,
Notaria Pública.—1 vez.—( IN2023741079 ).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría a las 11 horas 30 minutos del 16 de
diciembre del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Desarrollos y
Soluciones Eléctricas de Atenas
Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 5 de enero del 2022.—Lic. Carlos Gerardo
Víquez Rojas, Notario.—1 vez.—CE2022019711.—( IN2023741081 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría a las 08 horas 30 minutos del 05 de enero del año 2022, se
constituyó la sociedad denominada Almacígales Q Hidalgo Sociedad de
Responsabilidad Limitada.—San
José, 5 de enero del 2022.—Lic. Nelson Antonio Gómez Barrantes, Notario.—
1 vez.—CE2022019712.—( IN2023741082 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría a las 10 horas 00 minutos del 05 de enero del año 2022, se
constituyó la sociedad denominada Sport Fishing Magic Blue Sociedad de
Responsabilidad Limitada.—San
José, 6 de enero del 2022.—Lic. Marino Muñoz Elizondo, Notario.—1
vez.—CE2022019713.—( IN2023741083 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría a las 15 horas 00 minutos del 03 de enero del año 2022, se
constituyó la sociedad denominada Scranton Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San
José, 6 de enero del 2022.—Lic. Fabian arias amador, Notario.—1
vez.—CE2022019714.—( IN2023741084 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría a las 16 horas 30 minutos del 04 de enero del año 2022, se
constituyó la sociedad denominada Corporación Sayro de Pavón Sociedad
de Responsabilidad Limitada.—San
José, 6 de enero del 2022.—Lic. Marlon Fernando Arce Blanco, Notario.—1
vez.—CE2022019715.—( IN2023741085 ).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría a las 19 horas 00 minutos del 05 de enero
del año 2022, se constituyó la sociedad denominada Transportes Vega Mata e
Hijos Limitada.—San
José, 6 de enero del 2022.—Lic. Freddy Mesen Bermúdez, Notario.—1
vez.—CE2022019716.—( IN2023741086 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría a las 08 horas 30 minutos del 06 de enero del año 2022, se
constituyó la sociedad denominada Yemaya Limitada.—San
José, 6 de enero del 2022.—Lic. Oscar Manuel Funes Orellana, Notario.—1
vez.—CE2022019717.—( IN2023741087 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría a las 21 horas 30 minutos del 23 de diciembre del año 2021, se
constituyó la sociedad denominada Baseline Growth Sociedad de
Responsabilidad Limitada.—San
José, 6 de enero del 2022.—Lic. Johnny Solís Barrantes, Notario.—
1 vez.—CE2022019718.—( IN2023741088 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría a las 09 horas 00 minutos del 06 de enero del año 2022, se
constituyó la sociedad denominada MMB Group Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San
José, 6 de enero del 2022.—Lic. Douglas Alberto Beard Holst, Notario.—1
vez.—CE2022019719.—( IN2023741089 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las 14 horas 00 minutos del 05 de enero del año 2022, se constituyó
la sociedad denominada Wym Life In Nature Sociedad de Responsabilidad Limitada.— San
José, 6 de enero del 2022.—Lic. Gabriel Clare Facio, Notario.—1 vez.—
CE2022019721.—( IN2023741090 ).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 11 horas 30 minutos del 28 de
diciembre del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Multiservicios
Y Proyectos K & C Constructora Sociedad de Responsabilidad Limitada.— San
José, 6 de enero del 2022.—Licda. Olga Marta Cascante Sandoval, Notaria.—
1 vez.— CE2022019722.—( IN2023741091 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las 10 horas 00 minutos del 03 de enero del año 2022, se
constituyó la sociedad denominada Cielo Indigo Sociedad de Responsabilidad Limitada.— San
José, 6 de enero del 2022.—Lic. Brians Salazar Chavarría, Notario.—1 vez.—
CE2022019723.—( IN2023741092 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría. a las 21 horas 00 minutos del 06 de enero del año 2022, se
constituyó la sociedad denominada Soji Nosara Cr Incorporated Limitada.— San
José, 6 de enero del 2022.—Lic. Fabiola Soler Bonilla,
Notario.—1 vez.— CE2022019724.—( IN2023741093 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las 11 horas 00 minutos del 07 de diciembre del año 2021, se
constituyó la sociedad denominada Smart & Digital Logistics Salgon Limitada.— San
José, 6 de enero del 2022.—Lic. Javier Escalante Madrigal, Notario.—1 vez.—
CE2022019730.—( IN202374171094 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta Notaría a las 15 horas 00 minutos del 21 de diciembre del año 2021, se
constituyó la sociedad denominada Euroclidon De Costa Rica Ltda Sociedad de
Responsabilidad Limitada.—
San José, 6 de enero del 2022.—Lic. Maruja Castillo Porras, Notaria.—1 vez.—
CE2022019729.—( IN2023741095 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las 17 horas 00 minutos del 22 de diciembre del año 2021, se
constituyó la sociedad denominada Mariscos Mg Sociedad Sociedad Anónima.—San
José, 6 de enero del 2022.—Lic. Victorino Jiménez Rodríguez, Notario.—1 vez.—
CE2022019731.—( IN2023741096 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las 10 horas 10 minutos del 06 de enero del año 2022, se
constituyó la sociedad denominada Rgd Inversiones Sociedad de
Responsabilidad Limitada.—
San José, 6 de enero del 2022.—Lic. Christian Alexander Cortes Sánchez,
Notario.—
1 vez.— CE2022019733.—( IN2023741097 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las 16 horas 30 minutos del 04 de enero del año 2022, se
constituyó la sociedad denominada M F producción Audovisual SA Sociedad Anónima.— San
José, 6 de Enero del 2022.—Lic. Olga María Mata Chacón, Notaria.—1 vez.—
CE2022019732.—( IN2023741098 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría. a las 15 horas 00 minutos del 05 de enero del año 2022, se
constituyó la sociedad denominada Decomante Sociedad Anónima.— San José, 6 de enero del
2022.—Lic. Carmen de María Castro Kahle,
Notario.—1 vez.— CE2022019734.—( IN2023741099 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las 07 horas 00 minutos del 05 de enero del año 2022, se constituyó
la sociedad denominada Januik Surfside Twenty Nine LLC Sociedad De
Responsabilidad Limitada.—San
José, 6 de enero del 2022.—Lic. Steffano José Ferraro Florez Estrada, Notario.—1
vez.—CE2022019735.—( IN2023741100 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las 18 horas 00 minutos del 06 de diciembre del año 2021, se
constituyó la sociedad denominada Inversiones Guarpo Cero Seis Sociedad Anónima.—San José, 6 de enero del
2022.—Lic. Luis Antonio Salazar Villalobos, Notario.—
1 vez.—CE2022019736.—( IN2023741101 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las 07 horas 00 minutos del 05 de enero del año 2022, se
constituyó la sociedad denominada Januik Surfside Thirty LLC Sociedad De
Responsabilidad Limitada.—San
José, 6 de enero del 2022.—Lic. Steffano Jose Ferraro Florez Estrada, Notario.—
1 vez.—CE2022019737.—( IN2023741102 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las 08 horas 00 minutos del 06 de enero del año 2022, se
constituyó la sociedad denominada Garabedian Inc Limitada.—San José, 6 de enero del
2022.—Licda. María Gabriela
Gómez Miranda, Notaria.—1
vez.—CE2022019738.—( IN2023741103 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las 11 horas 30 minutos del 21 de diciembre del año 2021, se
constituyó la sociedad denominada Familia Romero & Caravaca Sociedad Anónima.—San José, 6 de enero del
2022.—Lic. Eladio Antonio Picado Ramírez, Notario.—
1 vez.—CE2022019739.—( IN2023741104 ).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 18 horas 00 minutos del 19 de
diciembre del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Monte Esmeralda
Limitada.—San
José, 06 de enero del 2022.—Lic. José Alberto
Pinto Monturiol, Notario.—1 vez.—CE2022019741.—( IN2023741105 ).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 11 horas 00 minutos del 03 de enero
del año 2022, se constituyó la sociedad denominada S Multiples G Sociedad Anónima.—San José, 6 de enero del
2022.—Lic. Michael Steven Calderón Ramírez,
Notario.—1 vez.—CE2022019740.—( IN2023741106 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las 13 horas 00 minutos del 04 de enero del año 2022, se
constituyó la sociedad denominada Avenida Treinta y Dos Escazú Sociedad Anónima.—San José, 6 de enero del
2022.—Lic. Carlos Eduardo Blanco Gutiérrez, Notario.—1 vez.—CE2022019742.—(
IN2023741107 ).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 10 horas 00 minutos del 08 de
diciembre del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Corporación Hermanos Grant Holdings CR Sociedad De Responsabilidad Limitada.—San José, 6
de enero del 2022.—Lic. Juan José Marín Rivera, Notario.—1 vez.—CE2022019743.—( IN2023741108 ).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 10 horas 30 minutos del 06 de enero
del año 2022, se constituyó la sociedad denominada Ovasa Sociedad de
Responsabilidad Limitada.—San
José, 06 de enero del 2022.—Licda. Yesenia Artavia Ballestero, Notaria.—1
vez.—CE2022019744.—( IN2023741109 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las 16 horas 00 minutos del 05 de enero del año 2022, se
constituyó la sociedad denominada MKO Automobile Sociedad De Responsabilidad
Limitada.—San
José, 6 de enero del 2022.—Lic. Alberto Sáenz Roesch, Notario.—1 vez.—CE2022019745.—( IN2023741110 ).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 11 horas 30 minutos del 28 de
diciembre del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Multiservicios
Y Proyectos CK Constructora Sociedad De Responsabilidad Limitada.—San José, 6 de enero del
2022.—Licda. Olga Marta Cascante Sandoval, Notaria.—
1 vez.—CE2022019746.—( IN2023741111 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las 10 horas 30 minutos del 05 de enero del año 2022, se constituyó
la sociedad denominada Easy Express De Costa Rica Sociedad De
Responsabilidad Limitada.—San
José, 6 de enero del 2022.—Lic. Andrés Mauricio Vargas Valverde, Notario.—1 vez.—CE2022019747.—(
IN2023741112 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las 07 horas 30 minutos del 06 de enero del año 2022, se
constituyó la sociedad denominada Colibri Travelers Rental Car Sociedad De
Responsabilidad Limitada.—San
José, 6 de enero del 2022.—Licda. Patricia Valverde Lafuente, Notaria.—1
vez.—CE2022019748.—( IN2023741113 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las 09 horas 30 minutos del 06 de enero del año 2022, se
constituyó la sociedad denominada Envíos Colibrí ECBJ Veinte Veintidós Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 6 de enero del
2022.—Lic. Lester García Sánchez, Notario.—1
vez.—CE2022019749.—( IN2023741114 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las 08 horas 00 minutos del 16 de diciembre del año 2021, se
constituyó la sociedad denominada Chicharronera donde Diego Sociedad de
Responsabilidad Limitada.—San
José, 06 de enero del 2022.—Licda. Cindy Mora Castro, Notaria.—
1 vez.—CE2022019750.—( IN2023741115 ).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 10 horas 00 minutos del 06 de enero
del año 2022, se constituyó la sociedad denominada Kamaleon Coloring
Experience KCEBJ Veinte Veintidós Sociedad De
Responsabilidad Limitada.—San José, 6
de enero del 2022.—Lic. Lester García Sánchez, Notario.—1 vez.—CE2022019751.—( IN2023741116 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las 16 horas 30 minutos del 17 de diciembre del año 2021, se
constituyó la sociedad denominada Inversiones El Arbolito Viernes V L
Sociedad Anónima.—San José, 6 de enero del 2022.—Licda.
Laureana Herrera Solano, Notaria.—1 vez.—CE2022019753.—( IN2023741117 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las 13 horas 37 minutos del 05 de enero del año 2022, se
constituyó la sociedad denominada AMM Doscientos Diecisiete Re Costa Rica
Sociedad Anónima.—San José, 6 de enero del
2022.—Licda. Adriana Delgado Aguilar, Notaria.—1 vez.—CE2022019754.—(
IN2023741118 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las 11 horas 30 minutos del 17 de diciembre del año 2021, se
constituyó la sociedad denominada Famimoar Sociedad Anónima.—San
José, 6 de enero del 2022.—Licda. Evelin de los Ángeles Sandoval Sandoval, Notaria.—1
vez.—CE2022019755.—( IN2023741119 ).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 16 horas 00 minutos del 04 de enero
del año 2022, se constituyó la sociedad denominada Mistic Plant Boutique
Ltda Limitada.—San
José, 6 de enero del 2022.—Lic. Carlos Manuel Sánchez Leitón, Notario.—1 vez.—CE2022019756.—( IN2023741120 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las 12 horas 00 minutos del 06 de enero del año 2022, se
constituyó la sociedad denominada Arasan Gastronómica de Flores Sociedad de
Responsabilidad Limitada.—San
José, 06 de enero del 2022.—Lic. Mauricio Montero Hernández, Notario.—1
vez.—CE2022019757.—( IN2023741121 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las 16 horas 15 minutos del 26 de noviembre del año 2021, se
constituyó la sociedad denominada Thikhachew Sociedad De Responsabilidad Limitada.—San
José, 6 de enero del 2022.—Lic. Ronald Brealey Mora, Notario.—1
vez.—CE2022019758.—( IN2023741122 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las 11 horas 30 minutos del 06 de enero del año 2022, se
constituyó la sociedad denominada Míster Pollo Pavones Sociedad de
Responsabilidad Limitada.—San José, 06 de enero del 2022.—Lic. Merlín
Starling Leiva Madrigal, Notario.—1 vez.—CE2022019759.—( IN2023741123 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las 12 horas 00 minutos del 27 de diciembre del año 2021, se
constituyó la sociedad denominada Passiflora Musical Sociedad de
Responsabilidad Limitada.—San José, 06 de enero del 2022.—Lic. Esteban
Chaverri Jiménez,
Notario.—
1 vez.—CE2022019760.—( IN2023741124 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las 11 horas 00 minutos del 05 de enero del año 2022, se
constituyó la sociedad denominada Eoncoin Sociedad de Responsabilidad
Limitada.—San José, 06 de enero del 2022.—Lic. Susana Méndez Rojas, Notaria.—1
vez.—CE2022019762.—( IN2023741125 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las 07 horas 00 minutos del 04 de enero del año 2022, se
constituyó la sociedad denominada Monseuma Sociedad de Responsabilidad
Limitada.—San José, 06 de enero del 2022.—Lic. Óscar José Montenegro Fernandez, Notario.—
1 vez.—CE2022019761.—( IN2023741126 ).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 12 horas 00 minutos del 06 de enero
del año 2022, se constituyó la sociedad denominada Zealfit Sociedad de
Responsabilidad Limitada.—San
José, 06 de enero del 2022.—Lic. Paola Castro Montealegre, Notario.—1
vez.—CE2022019763.—( IN2023741127 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las 15 horas 00 minutos del 04 de enero del año 2022, se
constituyó la sociedad denominada Raging Bull Gallaghers Limitada.—San José, 06 de enero del
2022.—Lic. Diana Elke Pinchanski Fachler,
Notario.—1 vez.—CE2022019765.—( IN2023741128 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las 15 horas 30 minutos del 16 de diciembre del año 2021, se
constituyó la sociedad denominada Lumi Familia Costa Rica Inc Two Six Four
Three Nine Five Five Limitada.—San
José, 06 de enero del 2022.—Lic. José Pablo Arce Piñar, Notario.—1 vez.—CE2022019768.—( IN2023741129 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las 12 horas 00 minutos del 06 de enero del año 2022, se constituyó
la sociedad denominada Above It All Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San
José, 6 de enero del 2022.—Lic. Alberto Sáenz Roesch, Notario.—1 vez.—
CE2022019769.—( IN2023741130 ).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 18 horas 00 minutos del 05 de enero
del año 2022, se constituyó la sociedad denominada Finca Agroecoturística El
Delfín Sociedad Anónima.—San
José, 6 de enero del 2022.—Lic. Patricia Mora Robles, Notario.—1 vez.—
CE2022019766.—( IN2023741131 ).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 19 horas 00 minutos del 04 de enero
del año 2022, se constituyó la sociedad denominada Inavarrete Academia de
Desarrollo Profesional Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 6 de enero del
2022.—Lic. German Enrique Salazar Santamaria, Notario.—
1 vez.— CE2022019767.—( IN2023741132 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las 08 horas 30 minutos del 06 de enero del año 2022, se
constituyó la sociedad denominada Costa del Mar Zen Sociedad de
Responsabilidad Limitada.—San José, 06 de enero del 2022.—Lic. Alberto
Sáenz Roesch, Notario.—1 vez.— CE2022019770.—( IN2023741133 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las 16 horas 00 minutos del 03 de enero del año 2022, se
constituyó la sociedad denominada Argover Enterprises Trust Sociedad de
Responsabilidad Limitada.—San José, 6 de enero del 2022.—Lic. Silvia
Jiménez Zamora, Notario.—
1 vez.— CE2022019771.—( IN2023741134 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las 10 horas 30 minutos del 22 de diciembre del año 2021, se
constituyó la sociedad denominada Feral Munkey Limitada.—San José, 6 de
enero del 2022.—Lic. Edry Herminio Mendoza Hidalgo, Notario.—1 vez.—
CE2022019772.—( IN2023741135 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las 16 horas 00 minutos del 03 de enero del año 2022, se
constituyó la sociedad denominada CND De Pinilla Sociedad Anónima.—San
José, 6 de enero del 2022.—Licda. Mérida Adela Diaz Viales, Notaria.—1 vez.—CE2022019774.—( IN2023741136 ).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 12 horas 00 minutos del 13 de
diciembre del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Invervc
Sociedad Anónima.—San José, 6 de enero del 2022.—Lic. Randall Cerdas
Corella, Notario.—1 vez.— CE2022019773.—( IN2023741137 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las 10 horas 00 minutos del 06 de enero del año 2022, se
constituyó la sociedad denominada Motores Iconicos Ev Sociedad de
Responsabilidad Limitada.—San José, 6 de enero del 2022.—Lic. Niriana Muñoz
Matamoros, Notario.—1 vez.— CE2022019775.—( IN2023741138 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las 14 horas 00 minutos del 11 de diciembre del año 2021, se
constituyó la sociedad denominada Tropi Fruit Center Exp Sociedad Anónima.—San
José, 6 de enero del 2022.—Licda. Adriana Cordero Muñoz, Notaria.—1 vez.—
CE2022019777.—( IN2023741139 ).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 17 horas 40 minutos del 15 de
diciembre del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Cjl Asesorias
Tnl Bbp Sociedad de Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 6 de
enero del 2022.—Lic. Carlos Guillermo Alvarado Heinrichs, Notario.—1 vez.—
CE2022019779.—( IN2023741140 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las 10 horas 30 minutos del 06 de enero del año 2022, se
constituyó la sociedad denominada Keovasa Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San
José, 6 de enero del 2022.—Licda. Yesenia Artavia Ballestero, Notaria.—1
vez.—CE2022019778.—( IN2023741141 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las 09 horas 00 minutos del 06 de enero del año 2022, se
constituyó la sociedad denominada NCM CR Services Sociedad de
Responsabilidad Limitada.—San
José, 06 de enero del 2022.—Lic. Carlos Eduardo Rodríguez Paniagua, Notario.—
1 vez.—CE2022019780.—( IN2023741142 ).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 17 horas 00 minutos del 15 de
diciembre del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Retos The Coach
Challenge Sociedad de Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 6 de enero del
2022.—Lic. Carlos Guillermo Alvarado Heinrichs, Notario.—1 vez.—
CE2022019782.—( 2023731143 ).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 11 horas 00 minutos del 06 de
setiembre del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Grupo HMC
Internacional Sociedad Anónima.—San
José, 06 de enero del 2022.—Lic. Álvaro Alfaro Rojas, Notario.—1 vez.—
CE2022019781.—( IN2023741144 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las 16 horas 00 minutos del 05 de enero del año 2022, se
constituyó la sociedad denominada Papagayo Advisors Sociedad de
Responsabilidad Limitada. San José, 6 de enero del 2022.—Lic. Francisco
Cerdas Porras, Notario.—1 vez.— CE2022019783.—(
IN2023741145 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las 09 horas 00 minutos del 06 de enero del año 2022, se
constituyó la sociedad denominada Kosago Corp Sociedad Anónima.—San José, 6 de enero del
2022.—Lic. Daniel Murillo Rodríguez, Notario.—1 vez.— CE2022019784.—(
2023741146 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las 10 horas 00 minutos del 03 de enero del año 2022, se
constituyó la sociedad denominada Cielo Indigo Holdings LLC Sociedad de
Responsabilidad Limitada.—San
José, 06 de enero del 2022.—Lic. Brians Salazar Chavarría, Notario.—
1 vez.—CE2022019785.—( IN2023741147 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las 09 horas 00 minutos del 05 de enero del año 2022, se
constituyó la sociedad denominada Prefarq Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San
José, 6 de enero del 2022.—Licda. Elena Isabel Aguilar Céspedes, Notaria.—
1 vez.— CE2022019786.—( IN2023741148 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las 15 horas 00 minutos del 23 de diciembre del año 2021, se
constituyó la sociedad denominada Safe Side Costa Rica Sociedad de
Responsabilidad Limitada.—San
José, 6 de enero del 2022.—Licda. Carolina Quirós Rojas, Notaria.—
1 vez.— CE2022019787.—( IN 2023741149 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría. a las 11 horas 00 minutos del 05 de enero del año 2022, se
constituyó la sociedad denominada Transportes Mar Y Ter de Osa Del Sur
Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 6 de Enero del 2022.—Lic. Johnny Solís
Barrantes, Notario.—
1 vez.— CE2022019788.—( IN2023741150 ),
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 11 horas 00 minutos del 30 de
diciembre del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Agroturística Criscam Sociedad Anónima.—San José, 06 de enero del
2022.—Lic. Maricela Mora Mora, Notario.—1 vez.—CE2022019789.—( IN2023731151
).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las 09 horas 00 minutos del 05 de enero del año 2022, se
constituyó la sociedad denominada Constructora Jiménez Y Córdoba Sociedad de
Responsabilidad Limitada.—San
José, 6 de enero del 2022.—Lic. Randall Alberto Quirós Herrera, Notario.—1
vez.— CE2022019790.—( IN2023741152 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las 18 horas 30 minutos del 04 de diciembre del año 2021, se
constituyó la sociedad denominada Inversiones Yeyuso Sociedad Anónima.—San
José, 6 de enero del 2022.—Lic. Mary Hellen Esquivel Brenes, Notario.—1 vez.—
CE2022019791.—( IN2023741153 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las 10 horas 10 minutos del 06 de enero del año 2022, se
constituyó la sociedad denominada Inversiones Susquehanna Sociedad de
Responsabilidad Limitada.—San
José, 6 de enero del 2022.—Lic. Christian Alexander Cortes Sánchez, Notario.—
1 vez.— CE2022019793.—( IN2023741154).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 07 horas 00 minutos del 01 de enero
del año 2022, se constituyó la sociedad denominada Dialim Sociedad de
Responsabilidad Limitada.—San
José, 6 de enero del 2022.—Lic. Marco Vinicio Araya Arroyo, Notario.—1 vez.—
CE2022019794.—(IN 2023741155 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las 11 horas 00 minutos del 05 de enero del año 2022, se
constituyó la sociedad denominada Accesos Americanos Ppa Sociedad de
Responsabilidad Limitada.—San
José, 6 de enero del 2022.–Lic. Randall Gabriel Luna Jiménez, Notario.—1 vez.—
CE2022019795.—( IN2023741156 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las 15 horas 00 minutos del 06 de enero del año 2022, se
constituyó la sociedad denominada Textiles Franrey Sociedad de
Responsabilidad Limitada.—San
José, 06 de enero del 2022.—Lic. Rodrigo Johanning Quesada, Notario.—1 vez.—
CE2022019796.—( IN2023741157 )
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las 09 horas 00 minutos del 01 de enero del año 2022, se
constituyó la sociedad denominada Electricidad e Iluminación Sociedad de
Responsabilidad Limitada.—San
José, 6 de enero del 2022.—Lic. Marco Vinicio Araya Arroyo, Notario.—1
vez.—CE2022019797.—( IN2023741158 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las 17 horas 00 minutos del 04 de enero del año 2022, se
constituyó la sociedad denominada Sablee Pastry Shop Sociedad de
Responsabilidad Limitada.—
San José, 6 de enero del 2022.—Licda. Jazmín Daniela Calvo Pacheco, Notaria.—
1 vez.— CE2022019798.—( IN2023741159 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las 15 horas 00 minutos del 06 de enero del año 2022, se
constituyó la sociedad denominada Yiwu Super Jife Limitada.—San José, 06 de enero del
2022.—Lic. Wainer González Arguedas, Notario.—1 vez.—CE2022019800.—( 2023741161
).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las 15 horas 00 minutos del 06 de enero del año 2022, se
constituyó la sociedad denominada Grayskycr Limitada.—San José, 6 de enero del
2022.—Lic. José Pablo Arce Piñar, Notario.—
1 vez.—CE2022019799.—( IN2023741160 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las 00 horas 00 minutos del 22 de diciembre del año 2021, se
constituyó la sociedad denominada Cargadores Mendoza y Obregón
Centroamericanos Sociedad Anónima.—San José, 6 de enero del 2022.—Lic. Jose Luis
Moreno Rodríguez, Notario.—1 vez.— CE2022019801.—( IN2023741162 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las 11 horas 00 minutos del 06 de enero del año 2022, se
constituyó la sociedad denominada Aire Salado LLC Sociedad de
Responsabilidad Limitada.—San
José, 06 de enero del 2022.—Lic. Marco Antonio Fernández López, Notario.—
1 vez.—CE2022019802.—( IN2023741163 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las 15 horas 00 minutos del 05 de enero del año 2022, se
constituyó la sociedad denominada EV Branding Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San
José, 06 de enero del 2022.—Lic. Sandra Isabel Gonzalez Pinto, Notario.—1
vez.—CE2022019803.—( IN2023741164 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta Notaría a las 16 horas 00 minutos del 05 de enero del año 2022, se
constituyó la sociedad denominada Constructora PRE N & G Sociedad de
Responsabilidad Limitada.—San
José, 7 de enero del 2022.—Lic. Rogelio Gonzalez Zúñiga, Notario.—1
vez.—CE2022019804.—( IN2023741165 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta Notaría a las 16 horas 00 minutos del 23 de diciembre del año 2021, se
constituyó la sociedad denominada International Business Administration
Company IGECR Sociedad Anónima.—San José, 7 de enero del
2022.—Lic. Iván Darío Villegas Franco, Notario.—1 vez.—CE2022019805.—(
IN2023741166 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta Notaría a las 09 horas 00 minutos del 06 de enero del año 2022, se
constituyó la sociedad denominada Life IN Nature Invest Sociedad de Responsabilidad
Limitada.—San
José, 7 de enero del 2022.—Lic. Gabriel Clare Facio, Notario.—1
vez.—CE2022019806.—( IN2023741167 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta Notaría a las 19 horas 20 minutos del 04 de enero del año 2022, se
constituyó la sociedad denominada Inavarrete Estudio Fiscal Sociedad de
Responsabilidad Limitada.—San José, 7 de enero del 2022.—Lic. German
Enrique Salazar Santamaria, Notario.—
1 vez.—CE2022019807.—( IN2023741168 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las 11 horas 00 minutos del 17 de diciembre del año 2021, se
constituyó la sociedad denominada Blossom J F M M A Sociedad
Anónima.—San José, 07 de enero del
2022.—Lic. William Fernández
Sagot, Notario.—1 vez.—CE2022019808.—( IN2023741169 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta Notaría a las 17 horas 00 minutos del 06 de enero del año 2022, se
constituyó la sociedad denominada Asesoría y Ventas Gio Sociedad de
Responsabilidad Limitada.—San José, 7 de enero del 2022.—Licda. Betty
Herrera Picado, Notaria.—1 vez.—CE2022019809.—( IN2023741170).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las 17 horas 45 minutos del 06 de enero del año 2022, se
constituyó la sociedad denominada Tambukita Sociedad de Responsabilidad
Limitada.—San José, 07 de enero del 2022.—Lic. Randall Elías Madriz
Granados, Notario.—
1 vez.—CE2022019810.—( IN2023741171 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta Notaría a las 16 horas 30 minutos del 04 de enero del año 2022, se
constituyó la sociedad denominada Corporacion Jonluz Sociedad de
Responsabilidad Limitada.—San José, 7 de enero del 2022.—Lic. Marlon
Fernando Arce Blanco, Notario.—1 vez.—CE2022019811.—( IN2023741172 ).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 11 horas 30 minutos del 15 de
diciembre del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Inversiones
Lacuya de Centroamérica Sociedad de
Responsabilidad Limitada.—San José, 07 de enero del 2022.—Licda. María Alejandra
Calderón Hidalgo, Notario.—1 vez.—CE2022019812.—(
IN2023741173 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las 08 horas 50 minutos del 06 de enero del año 2022, se
constituyó la sociedad denominada Grupo Tecnológico Cyberteam Pyme Sociedad Anónima.—San José, 7 de enero del 2022.—Lic. Mario Alberto
Mesén Araya, Notario.—1 vez.—CE2022019813.—(
IN2023741174 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las 09 horas 00 minutos del 06 de enero del año 2022, se
constituyó la sociedad denominada Distribuidora G Y G Alvaser Sociedad de
Responsabilidad Limitada.—San José, 7 de enero del 2022.—Lic. Alonso Jiménez Serrano, Notario.—
1 vez.—CE2022019814.—( IN2023741175 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las 12 horas 00 minutos del 05 de enero del año 2022, se
constituyó la sociedad denominada The Wizzbang Group Sociedad de Responsabilidad
Limitada.—San José, 7 de enero del 2022.—Lic. Marcela Patricia Gurdián Cedeño, Notario.—
1 vez.—CE2022019815.—( IN2023741176 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las 12 horas 00 minutos del 07 de enero del año 2022, se
constituyó la sociedad denominada Sibari Foods Sociedad Anónima.—San José, 7 de enero del 2022.—Lic. Sixto Vinicio
Rodríguez Gómez, Notario.—1 vez.—CE2022019816.—(
IN2023741177 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las 11 horas 30 minutos del 28 de diciembre del año 2021, se
constituyó la sociedad denominada Multiservices & Projects CK Sociedad
de Responsabilidad Limitada.—San José, 07 de enero del 2022.—Lic. Olga
Marta Cascante Sandoval, Notaria.—1 vez.—CE2022019817.—( IN2023741178 ).
Mediante escritura
otorgada ante esta notaría, a las 15 horas 00 minutos del 05 de enero del año
2022, se constituyó la sociedad denominada Compañía Mis Ángeles Sociedad Anónima.—San José, 07 de enero del 2022.—Licda. Alejandra Rojas Carballo,
Notaria.—1 vez.—CE2022019820.—( IN2023741179 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las 16 horas 00 minutos del 06 de enero del año 2022, se
constituyó la sociedad denominada Racing Pitahaya RC Sociedad de
Responsabilidad Limitada.—San José, 07 de enero del 2022.—Lic. Andrea
Melissa Ruiz Juárez,
Notario.—1 vez.—CE2022019821.—( IN2023741180 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las 12 horas 00 minutos del 05 de enero del año 2022, se
constituyó la sociedad denominada Malibu Holding LLC Sociedad de Responsabilidad
Limitada.—San José, 07 de enero del 2022.—Lic. Carlos Araya González, Notario.—1
vez.—CE2022019822.—( IN2023741181 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las 15 horas 00 minutos del 06 de enero del año 2022, se
constituyó la sociedad denominada Darda Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San
José, 07 de enero del 2022.—Licda. Magally María Guadamuz García, Notaria.—
1 vez.—CE2022019823.—( IN2023741182 ).
Por protocolización de acta
ordinaria y extraordinaria de accionistas de la sociedad denominada Exo
Nimbu Sociedad Anónima, cédula jurídica número tres-
ciento uno- ochocientos cincuenta y tres mil setecientos noventa y ocho, se
acuerda reformar la cláusula Octava del pacto constitutivo y se nombra
Fiscal.—San José, diez horas del trece de abril de dos mil veintiuno.—Lic.
Francis Hernández Valverde, Notario.—1 vez.—( IN2023741187 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría a las 13 horas 00 minutos del 04 de enero del año 2022, se
constituyó la sociedad denominada Aurora Ventures Sociedad de
Responsabilidad Limitada.—San José, 07 de enero del 2022.—Licda. Marcela
Patricia Gurdián Cedeño, Notaria.—
1 vez.—CE2022019825.—( IN2023741188 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría a las 14 horas 00 minutos del 06 de enero del año 2022, se
constituyó la sociedad denominada VGS Sociedad de Responsabilidad
Limitada.—San José, 07 de enero del 2022.—Licda. Cindy Margot Quesada
Vargas, Notaria.—1 vez.—CE2022019827.—( IN2023741189 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las 15 horas 30 minutos del 06 de enero del año 2022, se
constituyó la sociedad denominada Punta Islita Realty Group Sociedad de
Responsabilidad Limitada.—San José, 07 de enero del 2022.—Licda. Magally
María Guadamuz
García,
Notaria.—
1 vez.—CE2022019829.—( IN2023741190 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las 11 horas 00 minutos del 06 de enero del año 2022, se
constituyó la sociedad denominada Eutrophia Foods Sociedad de
Responsabilidad Limitada.—San José, 07 de enero del 2022.—Lic. Federico José Jiménez Solano, Notario.—
1 vez.—CE2022019828.—( IN2023741191 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría a las 20 horas 00 minutos del 04 de enero del año 2022, se
constituyó la sociedad denominada Nanomarket Sociedad de Responsabilidad
Limitada.—San José, 07 de enero del 2022.—Lic. Manuel Barboza Arce,
Notario.—1 vez.—CE2022019830.—( IN2023741192 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría a las 09 horas 30 minutos del 05 de enero del año 2022, se
constituyó la sociedad denominada Inversiones El Edén JJ Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San
José, 07 de enero del 2022.—Licda. Yesenia Quesada Rojas, Notaria.—1
vez.—CE2022019831.—( IN2023741193 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría a las 08 horas 00 minutos del 24 de setiembre del año 2021, se
constituyó la sociedad denominada Alfarovet Sociedad de Responsabilidad
Limitada.—San José, 07 de enero del 2022.—Lic. Jorge Arturo Arce Lara,
Notario.—1 vez.—CE2022019832.—( IN2023741194 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría a las 08 horas 00 minutos del 19 de noviembre del año 2021, se
constituyó la sociedad denominada Carrocerías AMRA Sociedad Anónima.—San José, 07 de enero del 2022.—Lic. Santiago
Eduardo Arguedas Pitti, Notario.—1 vez.—CE2022019833.—( IN2023741195 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría a las 21 horas 30 minutos del 23 de diciembre del año 2021, se
constituyó la sociedad denominada Cornerstone Consulting Sociedad de
Responsabilidad Limitada.—San
José, 07 de enero del 2022.—Lic. Johnny Solís Barrantes, Notario.—1
vez.—CE2022019834.—( IN2023741196 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría a las 14 horas 00 minutos del 05 de enero del año 2022, se
constituyó la sociedad denominada Casa Kolbri LLC Sociedad de
Responsabilidad Limitada.—San
José, 07 de enero del 2022.—Lic. Brians Salazar Chavarría, Notario.—1 vez.—CE2022019835.—(
IN2023741197 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría a las 16 horas 30 minutos del 06 de enero del año 2022, se
constituyó la sociedad denominada TTBALTL LLC Limitada.—San
José, 07 de enero del 2022.—Licda. Diana Elke Pinchanski Fachler, Notaria.—1 vez.—CE2022019836.—(
IN2023741198 ).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría a las 18 horas 00 minutos del 06 de enero
del año 2022, se constituyó la sociedad denominada GM Soluciones CR
Sociedad Anónima.—San
José, 07 de enero del 2022.—Lic. Braulio Ulises Murillo Segura, Notario.—1
vez.—CE2022019838.—( IN2023741199 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las 11 horas 00 minutos del 07 de enero del año 2022, se
constituyó la sociedad denominada Villa Villetto Deckert Sociedad de
Responsabilidad Limitada.—
San José, 7 de enero del 2022.—Licda. Mariela Hernández Brenes, Notaria.—1
vez.— CE2022019839.— ( IN2023741200 )
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las 11 horas 30 minutos del 28 de diciembre del año 2021, se
constituyó la sociedad denominada Multiservicios Y Proyectos B & K
Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 7 de enero del 2022.—Licda. Olga Marta
Cascante Sandoval, Notaria.—1 vez.— CE2022019841.—( IN2023741201 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las 11 horas 30 minutos del 06 de enero del año 2022, se
constituyó la sociedad denominada Pollos Pavones Del Valle Sociedad de
Responsabilidad Limitada.—San
José, 7 de enero del 2022.—Lic. Merlin Starling Leiva Madrigal, Notario.—1
vez.— CE2022019840.—( IN2023741202 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las 13 horas 00 minutos del 06 de enero del año 2022, se
constituyó la sociedad denominada Autos M&M Sociedad Anónima.—San José, 7 de enero del
2022.—Lic. Nazareth Abarca Madrigal, Notario.—1 vez.—CE2022019842.—(
IN2023741203 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las 08 horas 15 minutos del 07 de enero del año 2022, se
constituyó la sociedad denominada Playa Hermosa Vacation Sociedad de
Responsabilidad Limitada.—San
José, 7 de enero del 2022.—Lic. Sixto Vinicio Rodríguez Gómez, Notario.—
1 vez.— CE2022019843.—( IN2023741204 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las 10 horas 00 minutos del 27 de diciembre del año 2021, se
constituyó la sociedad denominada Grupo Variopinto Sociedad Anónima.—San
José, 7 de enero del 2022.—Lic. Dennis Francisco Alvarado Castillo, Notario.—1
vez.— CE2022019844.—( IN2023741205 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las 11 horas 00 minutos del 15 de diciembre del año 2021, se
constituyó la sociedad denominada Comercializadora CRBB Sociedad Anónima.—San
José, 7 de enero del 2022.—Lic. María Alejandra Calderón Hidalgo, Notaria.—1
vez.— CE2022019845.—( IN2023741206 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría a las 15 horas 00 minutos del 31 de diciembre del año 2021, se
constituyó la sociedad denominada Construcciones y Servicios Meléndez Cosemsa Sociedad Anónima.—San José, 07 de enero del 2022.—Lic. Marco Vinicio Díaz Quesada, Notario.—1
vez.—CE2022019846.—( IN2023741207 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría a las 11 horas 00 minutos del 07 de enero del año 2022, se
constituyó la sociedad denominada PMSG Aguacate Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San
José, 07 de enero del 2022.—Lic. Gonzalo Murillo Álvarez, Notario.—1
vez.—CE2022019847.—( IN2023741208 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría a las 10 horas 20 minutos del 06 de enero del año 2022, se
constituyó la sociedad denominada Dunamis Latam Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 07 de enero del 2022.—Lic. Ronald Brealey Mora,
Notario.—1 vez.—CE2022019848.—( IN2023741209 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las 11 horas 00 minutos del 07 de enero del año 2022, se
constituyó la sociedad denominada Ecoinversiones Inmobiliaria de Costa Rica
Sociedad Anónima.—San José, 07 de enero del
2022.—Lic. Marianne Haydee Amaya Paniagua, Notaria.—
1 vez.—CE2022019848.—( IN2023741210 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría a las 14 horas 00 minutos del 25 de noviembre del año 2021, se
constituyó la sociedad denominada Empatízate Limitada.—San José, 07 de enero del
2022.—Lic. Edgar Antonio Nassar Guier, Notario.—1 vez.—CE2022019850.—(
IN2023741211 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría a las 19 horas 00 minutos del 04 de enero del año 2022, se
constituyó la sociedad denominada Multiservicios Frahica Sociedad de
Responsabilidad Limitada.—San
José, 07 de enero del 2022.—Licda. Olga Mayela Brenes Fonseca, Notaria.—
1 vez.—CE2022019851.—( IN2023741212 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría a las 17 horas 00 minutos del 04 de enero del año 2022, se
constituyó la sociedad denominada IG Financial Administration Group
Sociedad Anónima.—San
José, 07 de enero del 2022.—Lic. Alejandro José Monge Ariño, Notario.—1
vez.—CE2022019852.—( IN2023741213 ).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría a las 17 horas 30 minutos del 04 de enero
del año 2022, se constituyó la sociedad denominada IG Investment
Capital Sociedad Anónima.—San
José, 07 de enero del 2022.—Lic. Alejandro José Monge Ariño,
Notario.—1 vez.—CE2022019853.—( IN2023741214 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría a las 13 horas 00 minutos del 07 de enero del año 2022, se
constituyó la sociedad denominada Inversiones Mobiliarias AMG de
Tibás Sociedad Anónima.—San José, 07 de enero del
2022.—Lic. Cristian Andrés Salas
Morgan, Notario.—1 vez.—CE2022019855.—( IN2023741215 ).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría a las 13 horas 20 minutos del 06 de enero
del año 2022, se constituyó la sociedad denominada Exclusive Constructions
CR Limitada.—San José, 07 de enero del
2022.—Lic. Carlos Luis Mora Avilés, Notario.—1
vez.—CE2022019854.—( IN2023741216 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría a las 17 horas 00 minutos del 05 de enero del año 2022, se
constituyó la sociedad denominada Apartamento Veinticinco Sweet Dream
Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 07 de enero del 2022.—Lic. Ronald Núñez Álvarez, Notario.—1
vez.—CE2022019857.—( IN2023741217 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría a las 09 horas 00 minutos del 06 de enero del año 2022, se
constituyó la sociedad denominada Costa Rica Fire Sales Limitada.—San José, 07 de enero del
2022.—Lic. Massiel Sánchez Gómez,
Notario.—1 vez.—CE2022019856.—( IN2023741218 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría a las 09 horas 00 minutos del 07 de enero del año 2022, se
constituyó la sociedad denominada Meet Stores Sociedad Anónima.—San José, 07 de enero del
2022.—Lic. Mario Alberto García Álvarez,
Notario.—1 vez.—CE2022019858.—( IN2023741219 ).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría a las 12 horas 00 minutos del 07 de enero
del año 2022, se constituyó la sociedad denominada Productos Sibari Sociedad
Anónima.—San José, 07 de enero del
2022.—Lic. Sixto Vinicio Rodríguez Gómez, Notario.—1 vez.—CE2022019859.—( IN2023741220 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta Notaría a las 16 horas 00 minutos del 03 de enero del año 2022, se
constituyó la sociedad denominada TYP de Pinilla Sociedad Anónima.—San
José, 7 de enero del 2022.—Lic. Mérida Adela Diaz Viales, Notaria.—1
vez.—CE2022019860.—( IN2023741221 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta Notaría a las 10 horas 00 minutos del 06 de enero del año 2022, se
constituyó la sociedad denominada Photosynthesis Energie Limitada.—San José, 7 de enero del
2022.—Lic. Massiel Sanchez Gómez, Notario.—1 vez.—CE2022019861.—( IN2023741222
).
Mediante
escritura otorgada ante esta Notaría a las 17 horas 00 minutos del 05 de enero
del año 2022, se constituyó la sociedad denominada Corporate ATT SVCS
Holding Limitada.—San
José, 7 de enero del 2022.—Lic. Jonathan Quirós Brenes, Notario.—1
vez.—CE2022019862.—( IN2023741223 ).
Mediante
escritura otorgada ante esta Notaría a las 11 horas 30 minutos del 03 de enero del año
2022, se constituyó la sociedad denominada La Rana Azul de Samara Limitada.—San
José, 7 de enero del 2022.—Lic. Oscar Manuel Funes Orellana, Notario.—1
vez.—CE2022019863.—( IN2023741224 ).
Mediante
escritura otorgada ante esta Notaría a las 08 horas 00 minutos del 06 de enero
del año 2022, se constituyó la sociedad denominada ADM Integral Solutions
Sociedad Anónima.—San José, 7 de enero del
2022.—Lic. Marta Elena Abellán Fallas, Notaria.—1 vez.—CE2022019865.—(
IN2023741225 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta Notaría a las 11 horas 30 minutos del 05 de enero del año 2022, se
constituyó la sociedad denominada Costa Rican Hydrogreen Companny Sociedad Anónima.—San José, 7 de enero del
2022.—Licda. Sofia Alicia Ulloa Murillo, Notaria.—1 vez.—CE2022019866.—(
IN2023741226 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta Notaría a las 12 horas 00 minutos del 07 de enero del año 2022, se
constituyó la sociedad denominada Green Venture Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San
José, 7 de enero del 2022.—Lic. Gabriel Clare Facio, Notario.—1
vez.—CE2022019867.—( IN2023741227 )
Mediante escritura otorgada ante
esta Notaría a las 11 horas 00 minutos del 07 de enero del año 2022, se constituyó
la sociedad denominada Hábitat Lagunas Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San
José, 7 de enero del 2022.—Licda. Adriana Sánchez Castro, Notaria.—1
vez.—CE2022019868.—( IN2023741228 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las 10 horas 00 minutos del 03 de enero del año 2022, se
constituyó la sociedad denominada Cielo Índigo TAIT & Edelist LLC
Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 07 de enero del 2022.—Lic. Brians Salazar
Chavarría, Notario.—
1 vez.—CE2022019870.—( IN2023741229 ).
Mediante
escritura otorgada ante esta Notaría a las 14 horas 00 minutos del 06 de enero
del año 2022, se constituyó la sociedad denominada Cameha Sociedad de
Responsabilidad Limitada.—San
José, 7 de enero del 2022.—Lic. Alberto Sáenz Roesch, Notario.—1
vez.—CE2022019871.—( IN2023741230 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta Notaría a las 13 horas 00 minutos del 06 de enero del año 2022, se
constituyó la sociedad denominada Guacamaya Tours And Travels Limitada.—San
José, 7 de enero del 2022.—Lic. Javier Alejandro Delgado Calderón, Notario.—1
vez.—CE2022019872.—( IN2023741231 ).
Mediante
escritura otorgada ante esta Notaría a las 17 horas 00 minutos del 06 de enero
del año 2022, se constituyó la sociedad denominada Básket Consultants
Sociedad Anónima.—San José, 7 de enero del
2022.—Licda. Andrea Martin Jiménez, Notaria.—1 vez.—CE2022019874.—(
IN2023741233 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta Notaría a las 10 horas 30 minutos del 07 de enero del año 2022, se
constituyó la sociedad denominada Desarrollo Sabana Norte Desanor Sociedad Anónima.—San José, 7 de enero del
2022.—Lic. Magally María Guadamuz García, Notario.—1 vez.—CE2022019875.—(
IN2023741234 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las 15 horas 00 minutos del 21 de diciembre del año 2021, se
constituyó la sociedad denominada Euroclidon de Costa Rica Sociedad de
Responsabilidad Limitada.—San
José, 07 de enero del 2022.—Licda. Maruja Castillo Porras, Notaria.—
1 vez.—CE2022019876.—( IN2023741235 ).
Mediante escritura otorgada ante esta
notaría, a las 12 horas 00 minutos del 22 de diciembre del año 2021, se
constituyó la sociedad denominada Ríos Morales G&C Sociedad Anónima.—San
José, 7 de enero del 2022.—Lic. Gerardo Manuel Jimenez Barahona, Notario.—1
vez.—CE2022019877.—( IN2023741236 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las 11 horas 30 minutos del 17 de diciembre del año 2021, se
constituyó la sociedad denominada Benjinao Sociedad Anónima.—San José, 7 de enero del
2022.—Licda. Evelin de Los Ángeles Sandoval Sandoval, Notaria.—1
vez.—CE2022019878.—( IN2023741237 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las 13 horas 30 minutos del 07 de enero del año 2022, se
constituyó la sociedad denominada Casa Verde Dos Monos Sociedad de
Responsabilidad Limitada.—San
José, 07 de enero del 2022.—Lic. Carlos Darío Angulo Ruiz, Notario.—1
vez.—CE2022019879.—( IN2023741238 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las 14 horas 30 minutos del 04 de enero del año 2022, se
constituyó la sociedad denominada Grupo JY Sociedad Anónima.—San José, 7 de enero del
2022.—Lic. Jennie Morera Esquivel, Notario.—1 vez.—CE2022019882.—( IN2023741239
).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las 12 horas 00 minutos del 07 de enero del año 2022, se
constituyó la sociedad denominada Media C R C Sociedad Anónima.—San José, 07 de enero del
2022.—Lic. German Vega Ugalde, Notario.—1 vez.—CE2022019881.—( IN2023741240 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las 10 horas 00 minutos del 31 de diciembre del año 2021, se
constituyó la sociedad denominada Tres Seis Nueve Pura Vida Sociedad de
Responsabilidad Limitada.—San
José, 7 de enero del 2022.—Lic. Marylin Chaves Badilla, Notario.—
1 vez.—CE2022019883.—( IN2023741241 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las 12 horas 00 minutos del 17 de diciembre del año 2021, se
constituyó la sociedad denominada Maison Limón Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San
José, 7 de enero del 2022.—Lic. Edgar Antonio Nassar Guier, Notario.—1
vez.—CE2022019884.—( IN2023741242 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las 17 horas 00 minutos del 04 de enero del año 2022, se
constituyó la sociedad denominada Convertidores de Potencia Avanzados
Proconver Sociedad Anónima.—San
José, 7 de enero del 2022.—Lic. Marvin Fernández Alfaro, Notario.—
1 vez.—CE2022019885.—( IN2023741243 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las 15 horas 00 minutos del 07 de enero del año 2022, se
constituyó la sociedad denominada Casa Guacamayo Sociedad de Responsabilidad
Limitada.—San
José, 7 de enero del 2022.—Lic. Alan Elizondo Medina, Notario.—1
vez.—CE2022019887.—( IN2023741244 ).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 16 horas 00 minutos del 05 de enero
del año 2022, se constituyó la sociedad denominada Dama del Amanecer
Sociedad Anónima.—San José, 07 de enero del 2022.—Lic. Greizel Maureli
Rojas Salazar, Notario.—1 vez.—CE2022019888.—( IN2023741245 ).
Por escritura N°56, de las 08:00
horas del 29 marzo, 2023 ante este notario, se protocoliza la transformación de
una S.A a una S.R.L. por acuerdo de socios de Los Lirios del Pacifico
Sociedad Anonima, cédula jurídica 3-101-597978. Es todo.—San José, 29 de
marzo de 2023.—Claudio Antonio Donato López, Notario.—1 vez.—( IN2023741248 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las 09 horas 30 minutos del 24 de diciembre del año 2021, se
constituyó la sociedad denominada Somos Mítica Representaciones Sociedad de
Responsabilidad Limitada.—San José, 8 de enero del 2022.—Lic. Olger Gerardo
Vargas Castillo, Notario.—1 vez.—CE2022019889.—( IN2023741249 ).
Mediante escritura número 41-3,
otorgada en esta Notaria a las diez horas del 29 de marzo del 2023, se
protocolizó asamblea general ordinaria y extraordinaria de la sociedad: Cobres
Industriales Centroamericanos, S.A. cédula jurídica 3-101-267695, donde se acordó reformar la cláusula octava del pacto social.—Licda.
María Estela Muñoz Ripper.—1 vez.—( IN2023741250 ).
En escritura N° 14, a las 13:00
horas del 29 de marzo del 2023, el suscrito notario, protocolizó asamblea
general extraordinaria número ocho de: Drake Cero Cinco DOC S. A.,
cédula jurídica N° 3-101-415591, donde se modifica cláusula novena sobre la representación.—Lic. Carlos Eduardo Vargas Arias, Notario
Público.—1 vez.—( IN2023741251 ).
Por escritura otorgada ante esta
notaría el 29 de
marzo del año 2023, la sociedad Ez Rental & Investment, S.A., cédula
jurídica 3-101-415277, se nombra como presidente a
Rina Margarita Rodríguez Villagra, y como secretario a Jose Fabio Madrigal
Villalobos. Además, se acuerda modificar la cláusula octava del pacto social.—Licda. Surút Monge Morales, Notaria Pública.—1
vez.—( IN2023741253 ).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 11 horas 00 minutos del 22 de
diciembre del año 2021, se constituyó la sociedad denominada The Happy
Hedgehog LLC Limitada.—San
José, 8 de enero del 2022.—Lic. Alan Garro Navarro, Notario.—1
vez.—CE2022019891.—( IN2023741255 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las 16 horas 00 minutos del 11 de febrero del año 2015, se
constituyó la sociedad denominada Ram Sociedad Anónima.—San José, 9 de enero del
2022.—Licda. Sandra María Araya González, Notaria.—1 vez.—CE2022019892.—(
IN2023741256 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las 18 horas 00 minutos del 06 de enero del año 2022, se
constituyó la sociedad denominada GM Soluciones CR de Tecnología Sociedad Anónima.—San
José, 9 de enero del 2022.—Lic. Braulio Ulises Murillo Segura, Notario.—1
vez.—CE2022019893.—( IN2023741257 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las 13 horas 00 minutos del 12 de enero del año 2022, se
constituyó la sociedad denominada Bosque Silvestre Sociedad de
Responsabilidad Limitada.—San
José, 13 de enero del 2022.—Licda. Sabrina Karine Kszak Bianchi, Notaria.—
1 vez.—CE2022020239.—( IN2023741260 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría a las 16 horas 00 minutos del 12 de enero del año 2022, se
constituyó la sociedad denominada JRO Incorporated Limitada.—San José, 13 de enero del
2022.—Licda. María Teresa Urpi Sevilla, Notaria.—1 vez.—CE2022020241.—(
IN2023741262 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las 14 horas 30 minutos del 11 de enero del año 2022, se
constituyó la sociedad denominada Inversiones Snowy SW Limitada.—San José, 13 de enero del
2022.—Licda. Roxana Herrera Peña, Notaria.—1 vez.—CE2022020242.—( IN2023741263
).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las 09 horas 00 minutos del 12 de enero del año 2022, se
constituyó la sociedad denominada Operadora Minera Ecoindustrial Gardela
Sociedad Anónima.—San
José, 13 de enero del 2022.—Lic. Marlon Karith García Bustos, Notario.—1
vez.—CE2022020243.—( IN2023741264 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta Notaría a las 16 horas 30 minutos del 12 de enero del año 2022, se
constituyó la sociedad denominada Betelis Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San
José, 13 de enero del 2022.—Licda. Carolina Mora Solano, Notaria.—1
vez.—CE2022020244.—( IN2023741365 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta Notaría a las 14 horas 45 minutos del 12 de enero del año 2022, se
constituyó la sociedad denominada W G M Servicios Aduanales Sociedad
Anónima
Sociedad Anónima.—San José, 13 de enero del 2022.—Lic. Rodolfo Martin
Rojas Araya, Notario.—
1 vez.—CE2022020246.—( IN2023741267 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta Notaría a las 15 horas 45 minutos del 12 de enero del año 2022, se
constituyó la sociedad denominada Grupo Serkes Sociedad Anónima.—San
José, 13 de enero del 2022.—Lic. Carlos José Oreamuno Morera,
Notario.—1 vez.—CE2022020247.—( IN2023741268 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta Notaría a las 15 horas 00 minutos del 12 de enero del año 2022, se
constituyó la sociedad denominada Casa Forest Uno Limitada.—San José, 13 de enero del
2022.—Licda. Diana Elke Pinchanski Fachler,
Notaria.—1 vez.—CE2022020248.—( IN2023741269 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las 15 horas 20 minutos del 12 de enero del año 2022, se
constituyó la sociedad denominada Casa Forest Dos Limitada.—San José, 13 de enero del
2022.—Licda. Diana Elke Pinchanski Fachler,
Notaria.—1 vez.—CE2022020249.—( IN2023741270 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las 13 horas 00 minutos del 16 de diciembre del año 2021, se
constituyó la sociedad denominada Alianza Internacional de Inversiones AJMG
Sociedad Anónima.—San
José, 13 de enero del 2022.—Lic. Julio Antonio Morúa Arroyo, Notario.—
1 vez.—CE2022020250.—( IN2023741271 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las 15 horas 40 minutos del 12 de enero del año 2022, se constituyó
la sociedad denominada Casa Forest Tres Limitada.—San José, 13 de enero del
2022.—Licda. Diana Elke Pinchanski Fachler,
Notaria.—1 vez.—CE2022020251.—(
IN2023741272 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las 16 horas 00 minutos del 12 de enero del año 2022, se
constituyó la sociedad denominada Casa Forest Cuatro Limitada.—San José, 13 de enero del
2022.—Licda. Diana Elke Pinchanski Fachler,
Notaria.—1 vez.—CE2022020252.—( IN2023741273 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las 10 horas 00 minutos del 11 de enero del año 2022, se
constituyó la sociedad denominada Inversiones Inmobiliarias los Kikones
Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 13 de enero del 2022.—Lic. Michael
Enrique Ramírez Ramírez, Notario.—1 vez.—CE2022020253.—(
IN2023741274 ).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 16 horas 00 minutos del 27 de
diciembre del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Dos Cinco
Cuatro Ocho Dickerson Service Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 13 de enero del
2022.—Licda. Katherine Rocío Alpízar Chaves,
Notaria.—1 vez.—CE2022020256.—( IN2023741275 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las 18 horas 00 minutos del 11 de enero del año 2022, se
constituyó la sociedad denominada Grupo Empresarial Brecon Sociedad Anónima.—San José, 13 de enero del
2022.—Licda. Diana María Vargas Rodríguez, Notaria.—1 vez.—CE2022020257.—( IN2023741276 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las 16 horas 00 minutos del 10 de enero del año 2022, se
constituyó la sociedad denominada Fac By Cannes Limitada.—San José, 13 de enero del
2022.—Licda. María Teresa
Urpi Sevilla, Notaria.—1 vez.—CE2022020258.—( IN2023741277 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las 14 horas 45 minutos del 12 de enero del año 2022, se
constituyó la sociedad denominada Owl Phoenix LLC Limitada.—San José, 13 de enero del
2022.—Lic. Carlos José Oreamuno Morera, Notario.—1 vez.—CE2022020254.—(
IN2023741278 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las 12 horas 15 minutos del 12 de enero del año 2022, se
constituyó la sociedad denominada TMS Profesional Solutions Sociedad de
Responsabilidad Limitada.—San
José, 13 de enero del 2022.—Licda. Mary Hellen Esquivel Brenes, Notaria.—
1 vez.—CE2022020259.—( IN2023741279 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las 16 horas 55 minutos del 27 de diciembre del año 2021, se
constituyó la sociedad denominada Uno Cero Tres Seis Ivory Property Sociedad
de Responsabilidad Limitada.—San
José, 13 de enero del 2022.—Licda. Katherine Rocío Alpízar Chaves, Notaria.—1
vez.—CE2022020260.—( IN2023741280 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las 13 horas 00 minutos del 10 de diciembre del año 2021, se
constituyó la sociedad denominada Itacarica Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San
José, 13 de enero del 2022.—Licda. Alba Sofia Escalona Mancilla, Notaria.—
1 vez.—CE2022020261.—( IN2023741281 ).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 08 horas 00 minutos del 13 de enero
del año 2022, se constituyó la sociedad denominada Guchalfar Sociedad Anónima.—San José, 13 de enero del
2022.—Licda. Silvia Marcela Chaves Delgado, Notaria.—1 vez.—CE2022020262.—(
IN2023741282 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las 10 horas 00 minutos del 06 de enero del año 2022, se
constituyó la sociedad denominada Rosebud of Ojochal Sociedad de
Responsabilidad Limitada.—San
José, 13 de enero del 2022.—Lic. Rodolfo Enrique Herrera García, Notario.—
1 vez.—CE2022020263.—( IN2023741283 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las 10 horas 30 minutos del 11 de enero del año 2022, se
constituyó la sociedad denominada Inmobiliaria Viky J&S Sociedad de
Responsabilidad Limitada.—San
José, 13 de enero del 2022.—Lic. Michael Enrique Ramírez Ramírez, Notario.—
1 vez.—CE2022020264.—( IN2023741284 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las 09 horas 00 minutos del 12 de enero del año 2022, se
constituyó la sociedad denominada Cuarta Generación Limitada.—San José, 13 de enero del 2022.—Lic. José Miguel Zeledón Gómez, Notario.—1 vez.—CE2022020265.—(
IN2023741285 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las 16 horas 00 minutos del 07 de enero del año 2022, se
constituyó la sociedad denominada Inversiones Porrabarra Sociedad de
Responsabilidad Limitada.—San
José, 13 de enero del 2022.—Lic. Jorge Luis Guzmán Mora, Notario.—1 vez.—CE2022020267.—( IN2023741286
).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las 10 horas 00 minutos del 13 de enero del año 2022, se
constituyó la sociedad denominada Ram Key Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San
José, 13 de enero del 2022.—Licda. René Dagoberto Orellana Meléndez, Notario.—1 vez.—CE2022020266.—( IN2023741287
).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las 11 horas 00 minutos del 12 de enero del año 2022, se
constituyó la sociedad denominada Almog Holdings Sociedad de Responsabilidad
Limitada.—San
José, 13 de enero del 2022.—Lic. Alan Masís Angulo, Notario.—1 vez.—CE2022020269.—(
IN2023741288 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las 09 horas 00 minutos del 06 de enero del año 2022, se
constituyó la sociedad denominada Schickibel Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San
José, 13 de enero del 2022.—Lic. Gabriel Clare Facio, Notario.—1
vez.—CE2022020270.—( IN2023741289 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las 04 horas 00 minutos del 11 de enero del año 2022, se
constituyó la sociedad denominada Custodia Iseami Sociedad de
Responsabilidad Limitada.—San
José, 13 de enero del 2022.—Lic. Herald Garbanzo Alvarado, Notario.—1
vez.—CE2022020272.—( IN2023741291 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las 18 horas 00 minutos del 12 de enero del año 2022, se
constituyó la sociedad denominada Proquimet Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San
José, 13 de enero del 2022.—Lic. Ricardo Urbina Paniagua, Notario.—1
vez.—CE2022020274.—( IN2023741293 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las 15 horas 30 minutos del 11 de enero del año 2022, se
constituyó la sociedad denominada HT Properties Llc Limitada.—San José, 13 de enero del
2022.—Lic. Hernán Cordero
Baltodano, Notario.—1 vez.—CE2022020276.—( IN2023741294 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las 10 horas 00 minutos del 13 de enero del año 2022, se
constituyó la sociedad denominada Costa Rica Holidays Sociedad de
Responsabilidad Limitada.—San
José, 13 de enero del 2022.—Lic. Esteban Chérigo Lobo, Notario.—1 vez.—CE2022020277.—(
IN2023741295 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las 07 horas 00 minutos del 13 de enero del año 2022, se
constituyó la sociedad denominada Autosensores del Sur Sociedad de
Responsabilidad Limitada.—San
José, 13 de enero del 2022.—Lic. Guido Mora Camacho, Notario.—1 vez.—CE2022020280.—(
IN2023741297 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las 09 horas 00 minutos del 12 de enero del año 2022, se
constituyó la sociedad denominada Hamsa Jaco Property Sociedad de
Responsabilidad Limitada.—San
José, 13 de enero del 2022.—Lic. Alejandro José Burgos Bonilla, Notario.—1 vez.—CE2022020279.—(
IN2023741298 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las 14 horas 00 minutos del 11 de enero del año 2022, se
constituyó la sociedad denominada Sisa Branding Group Costa Rica Sociedad de
Responsabilidad Limitada.—San
José, 13 de enero del 2022.—Licda. Milena Valverde Mora, Notaria.—
1 vez.—CE2022020281.—( IN2023741299 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las 08 horas 00 minutos del 05 de enero del año 2022, se
constituyó la sociedad denominada Grupo Noveno Año CR Sociedad de
Responsabilidad Limitada.—San
José, 13 de enero del 2022.—Licda. Jennifer Marcela Zúñiga Ureña, Notaria.—
1 vez.—CE2022020282.—( IN2023741300 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las 12 horas 00 minutos del 16 de diciembre del año 2021, se
constituyó la sociedad denominada Inversiones Alfer AAA Sociedad de
Responsabilidad Limitada.—San
José, 13 de enero del 2022.—Lic. Sarita Pradilla Conejo, Notaria.—
1 vez.— CE2022020285.—( IN2023741301 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las 12 horas 00 minutos del 11 de enero del año 2022, se
constituyó la sociedad denominada Raz Comercial Sociedad Anónima.—San José, 13 de enero del
2022.—Lic. Roland Antonio García Navarro, Notario.—1 vez.— CE2022020286.—(
IN2023741302 ).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 10 horas 00 minutos del 10 de enero
del año 2022, se constituyó la sociedad denominada Transportes Go de Costa
Rica Limitada.—San
José, 13 de enero del 2022.—Licda. Maureen Meneses Castro, Notaria.—1 vez.—
CE2022020289.—( IN2023741303 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las 08 horas 00 minutos del 12 de enero del año 2022, se
constituyó la sociedad denominada Grp Caletas Trescientos Sesenta Sociedad Anónima.—San
José, 13 de enero del 2022.—Lic. Enrique Carranza Echeverría, Notario.—1 vez.—
CE2022020288.—( IN2023741304 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las 08 horas 00 minutos del 13 de enero del año 2022, se
constituyó la sociedad denominada Perlmutter Inc LLC Sociedad de
Responsabilidad Limitada.—San
José, 13 de enero del 2022.—Lic. Mariajosé Víquez Alpízar, Notario.—1
vez.—CE2022020290.—( IN2023741305 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las 09 horas 00 minutos del 10 de enero del año 2022, se
constituyó la sociedad denominada Grupo Pleyades Sociedad de Responsabilidad
Limitada.—San
José, 13 de enero del 2022.—Lic. Marcela Patricia Gurdián Cedeño, Notaria.—
1 vez.—CE2022020291.—( IN2023741306 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las 11 horas 00 minutos del 13 de enero del año 2022, se
constituyó la sociedad denominada Kaya y Kiva Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San
José, 13 de enero del 2022.—Lic. Manuel Fernando Yglesias Mora, Notario.—
1 vez.—CE2022020292.—( IN2023741307 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las 17 horas 00 minutos del 14 de diciembre del año 2021, se
constituyó la sociedad denominada Gucharmar Sociedad Anónima.—San
José, 13 de enero del 2022.—Lic. Sergio Antonio González Jiménez, Notario.—1 vez.—CE2022020293.—( IN2023741308 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las 10 horas 30 minutos del 13 de enero del año 2022, se
constituyó la sociedad denominada Se One Villas In Costa Rica Sociedad de
Responsabilidad Limitada.—San
José, 13 de enero del 2022.—Lic. Esteban Cherigo Lobo, Notario.—
1 vez.—CE2022020287.—( IN2023741309 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las 12 horas 00 minutos del 13 de enero del año 2022, se
constituyó la sociedad denominada Incaba Sociedad Anónima.—San
José, 13 de enero del 2022.—Lic. Roland Antonio García Navarro,
Notario.—1 vez.—CE2022020295.—( IN2023741310 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las 16 horas 00 minutos del 07 de enero del año 2022, se constituyó
la sociedad denominada Yaserr Inversiones Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San
José, 13 de enero del 2022.—Lic. Audrys Esquivel Jiménez, Notario.—1 vez.—CE2022020297.—( IN2023741311 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las 21 horas 00 minutos del 12 de enero del año 2022, se
constituyó la sociedad denominada Barbaro Street Food Sociedad de
Responsabilidad Limitada.—San
José, 13 de enero del 2022.—Lic. Óscar Eduardo Salas González, Notario.—
1 vez.—CE2022020296.—( IN2023741312 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las 14 horas 00 minutos del 05 de enero del año 2022, se
constituyó la sociedad denominada FARMAWCZ Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San
José, 13 de enero del 2022.—Licda. Guiselle Sánchez Solórzano, Notaria.—
1 vez.—CE2022020268.—( IN2023741313 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las 12 horas 00 minutos del 12 de enero del año 2022, se
constituyó la sociedad denominada SLP Company Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San
José, 13 de enero del 2022.—Lic. Omar Jalil Ayáles Aden, Notario.—1 vez.—CE2022020298.—(
IN2023741314 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las 17 horas 00 minutos del 10 de enero del año 2022, se
constituyó la sociedad denominada Capitales Maunor Sociedad de Responsabilidad
Limitada.—San
José, 13 de enero del 2022.—Lic. Daniel Asdrúbal Siezar Cárdenas, Notario.—
1 vez.—CE2022020300.—( IN2023741315 ).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 10 horas 00 minutos del 13 de enero
del año 2022, se constituyó la sociedad denominada Grupo Casa Médica J Y K Sociedad Anónima.—San José, 13
de enero del 2022.—Lic. Ana Rebeca Porras Mejía, Notario.—1
vez.—CE2022020301.—( IN2023741316 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las 17 horas 00 minutos del 11 de enero del año 2022, se
constituyó la sociedad denominada Compañía Agrícola Morales MD Sociedad Anónima.—San
José, 13 de enero del 2022.—Lic. Sonia María Ugalde Hidalgo, Notario.—1 vez.—CE2022020302.—(
IN2023741317 ).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría a las 11 horas 00 minutos del 12 de enero
del año 2022, se constituyó la sociedad denominada Movimiento Esperanza
Nacional Sociedad Anónima.—San José, 13 de enero del 2022.—Lic. Manuel López
Cubero, Notario.—1 vez.—CE2022020303.—( IN2023741318 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría a las 15 horas 00 minutos del 07 de enero del año 2022, se
constituyó la sociedad denominada Sat Nam Sanctuary Sociedad de
Responsabilidad Limitada.—San
José, 13 de enero del 2022.—Lic. Casimiro Alberto Vargas Mora, Notario.—1
vez.—CE2022020304.—( IN2023741319 ).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 08 horas 00 minutos del 12 de enero
del año 2022, se constituyó la sociedad denominada Aseusa de Centroamérica Limitada.—San
José, 13 de enero del 2022.—Licda. Ana Graciela Alvarenga Jiménez,
Notaria.—1 vez.— CE2022020306.—( IN2023741320 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las 08 horas 30 minutos del 13 de enero del año 2022, se
constituyó la sociedad denominada Medec Consulting Sociedad De
Responsabilidad Limitada.—San
José, 13 de enero del 2022.—Lic. Olger Gerardo Vargas Castillo, Notario.—1
vez.—CE2022020309.—( IN2023741321 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las 12 horas 00 minutos del 12 de enero del año 2022, se
constituyó la sociedad denominada Fratipo Sociedad De Responsabilidad Limitada.—San
José, 13 de enero del 2022.—Licda. Marcela Vargas García, Notaria.—1 vez.—CE2022020310.—(
IN2023741322 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las 11 horas 00 minutos del 13 de enero del año 2022, se
constituyó la sociedad denominada Rayle Sociedad De Responsabilidad Limitada.—San
José, 13 de enero del 2022.—Lic. Christian Gerardo Mora Sanabria, Notario.—1
vez.—CE2022020311.—( IN2023741323 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las 08 horas 00 minutos del 13 de enero del año 2022, se
constituyó la sociedad denominada Nicadent Sociedad De Responsabilidad Limitada.—San
José, 13 de enero del 2022.—Licda. Daniela María Bolaños Rodríguez, Notaria.—
1 vez.—CE2022020314.—( IN2023741324 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las 19 horas 30 minutos del 01 de diciembre del año 2021, se
constituyó la sociedad denominada Bienestar y Desarrollo Integral Sociedad
de Responsabilidad Limitada.—San
José, 13 de enero del 2022.—Licda. Karla María Granados Vindas,
Notaria.—1 vez.—CE2022020316.—( IN2023741325 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las 20 horas 30 minutos del 11 de enero del año 2022, se
constituyó la sociedad denominada Crimson Resources Management Sociedad De
Responsabilidad Limitada.—San
José, 13 de enero del 2022.—Lic. Luis Guillermo Chan Caruzo, Notario.—
1 vez.—CE2022020315.—( IN2023741326 ).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 09 horas 30 minutos del 12 de enero
del año 2022, se constituyó la sociedad denominada Concrete Coatings CR
Sociedad Anónima.—San José, 13 de enero del
2022.—Licda. Andrea María Rojas Martínez,
Notaria.—1 vez.—CE2022020317.—( IN2023741327 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las 13 horas 00 minutos del 13 de enero del año 2022, se
constituyó la sociedad denominada Ganadera Frama C&C Sociedad De
Responsabilidad Limitada.—San
José, 13 de enero del 2022.—Licda. Wendy
Marcela Valverde Cortés, Notaria.—
1 vez.—CE2022020319.—(
IN2023741328 ).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 16 horas 30 minutos del 11 de
octubre del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Pura Salud
Sociedad Anónima.—San José,
13 de enero del 2022.—Licda. Maricela Acuña Bogantes, Notaria.—1
vez.—CE2022020320.—( IN2023741329 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las 09 horas 00 minutos del 13 de enero del año 2022, se
constituyó la sociedad denominada Costa Luna A R L Sociedad de
Responsabilidad Limitada.—San José, 13 de enero del 2022.—Lic. Rolando Luis
Calderón Ureña,
Notario.—1 vez.—CE2022020322.—( IN2023741330 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las 10 horas 00 minutos del 13 de enero del año 2022, se
constituyó la sociedad denominada Mortomer Sociedad Anónima.—San José, 13 de enero del 2022.—Lic. Henry Danilo
Ledezma Ávalos, Notario.—1 vez.—CE2022020318.—(
IN2023741331 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las 11 horas 00 minutos del 10 de enero del año 2022, se
constituyó la sociedad denominada Craftsdoor De Costa Rica Sociedad De
Responsabilidad Limitada.—San José, 13 de enero del 2022.—Lic. Randall
Gabriel Luna Jiménez, Notario.—1 vez.—CE2022020321.—( IN2023741332 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las 21 horas 00 minutos del 29 de diciembre del año 2021, se
constituyó la sociedad denominada Canacost Sociedad De Responsabilidad Limitada.—San
José, 13 de enero del 2022.—Lic. Marco Vinicio Porras Araya, Notario.—1
vez.—CE2022020326.—( IN2023741333 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las 16 horas 00 minutos del 23 de diciembre del año 2021, se
constituyó la sociedad denominada Quintto Sociedad De Responsabilidad Limitada.—San
José, 13 de enero del 2022.—Lic. José Emilio González
Villegas, Notario.—1 vez.—CE2022020325.—( IN2023741334 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las 20 horas 00 minutos del 13 de enero del año 2022, se constituyó
la sociedad denominada Los Sueños de Bruno En Isla de Chira Sociedad Anónima.—San José, 13 de enero del
2022.—Lic. Victorino Jiménez Rodríguez, Notario.—1 vez.—CE2022020327.—( IN2023741335 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las 13 horas 40 minutos del 13 de enero del año 2022, se
constituyó la sociedad denominada UBH de Santa Teresa Sociedad de
Responsabilidad Limitada.—San
José, 13 de enero del 2022.—Lic. Guillermo Francisco Sánchez Sava, Notario.—
1 vez.—CE2022020324.—( IN2023741336 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las 18 horas 00 minutos del 17 de noviembre del año 2021, se
constituyó la sociedad denominada Comunidad de Emaus de Costa Rica Sociedad
de Responsabilidad Limitada.—San
José, 13 de enero del 2022.—Licda. Maricela Acuña Bogantes, Notaria.—1
vez.—CE2022020328.—( IN2023741337 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las 16 horas 11 minutos del 12 de enero del año 2022, se
constituyó la sociedad denominada Comercializadora W de Centroamérica Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 13 de enero del
2022.—Lic. Alfonso Víquez Sánchez, Notario.—1
vez.—CE2022020329.—( IN2023741338 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las 16 horas 00 minutos del 11 de enero del año 2022, se constituyó
la sociedad denominada Brad Hatch Cincuenta y Cuatro Sociedad de
Responsabilidad Limitada.—San
José, 13 de enero del 2022.—Licda. Paola Vargas Castillo, Notaria.—
1 vez.— CE2022020335.— ( IN2023741343 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las 13 horas 00 minutos del 12 de enero del año 2022, se
constituyó la sociedad denominada Inversiones Ezuga Sociedad de
Responsabilidad Limitada. —San José, 13 de enero del 2022.—Lic. Geovanny
Cordero Jiménez, Notario.—1 vez.— CE2022020340.— (
IN2023741344 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las 08 horas 30 minutos del 13 de enero del año 2022, se
constituyó la sociedad denominada Ra Bkd Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San
José, 13 de enero del 2022.—Lic. Royran Gerardo Arias Navarro, Notario.—1 vez.—
CE2022020338.— ( IN2023741346 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las 15 horas 37 minutos del 11 de enero del año 2022, se
constituyó la sociedad denominada Agropecuaria La Mascota Sociedad Anónima.—San
José, 13 de enero del 2022.—Licda. Stefany
Borey Bryan, Notario.—1 vez.— CE2022020341.— ( IN2023741347 ).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 10 horas 30 minutos del 02 de enero
del año 2022, se constituyó la sociedad denominada Lugar Favorito Blue Zone
Sociedad Anónima.—San
José, 13 de enero del 2022.—Lic. Paul Murillo Miranda, Notario.—1 vez.—
CE2022020337.— ( IN2023741348 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las 18 horas 00 minutos del 07 de enero del año 2022, se
constituyó la sociedad denominada Refrigeración Iris SQ Sociedad de
Responsabilidad Limitada.—San José, 13 de enero del
2022.—Lic. Walter Solís Amen,
Notario.—1 vez.—CE2022020343.—( IN2023741350 ).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 09 horas 30 minutos del 11 de enero
del año 2022, se constituyó la sociedad denominada Sublimusa Sociedad Anónima.—San José, 13
de enero del 2022.—Lic. Diana Franciny Hernández Bogantes, Notario.—1 vez.—CE2022020344.—(
IN2023741351 ).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 16 horas 00 minutos del 12 de enero del año
2022, se constituyó la sociedad denominada Munray Dent Sociedad de
Responsabilidad Limitada.—San
José, 13 de enero del 2022.—Lic. Carlos Eduardo Blanco Gutiérrez, Notario.—
1 vez.—CE2022020345.—( IN2023741352 ).
[1] ARTÍCULO
12.- Se proscribe el Ejército como institución permanente. Para la vigilancia y conservación del orden
público, habrá las fuerzas de policía necesarias.
(…)
[2]
ARTÍCULO 140.- Son deberes y atribuciones que corresponden conjuntamente al
Presidente y al respectivo Ministro de Gobierno:
(…)
16)
Disponer de la fuerza pública para preservar el orden, defensa y seguridad del
país