LA GACETA N° 66 DEL 18 DE ABRIL DEL 2023

FE DE ERRATAS

MUNICIPALIDADES

PODER LEGISLATIVO

PROYECTOS

DOCUMENTOS VARIOS

TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIAL

JUSTICIA Y PAZ

AMBIENTE Y ENERGÍA

TRIBUNAL SUPREMO DE ELECCIONES

AVISOS

CONTRATACIÓN PÚBLICA

NOTIFICACIONES

CAJA COSTARRICENSE DE SEGURO SOCIAL

INSTITUCIONES DESCENTRALIZADAS

UNIVERSIDAD DE COSTA RICA

INSTITUTO COSTARRICENSE DE ACUEDUCTOS

Y ACANTARILLADOS

PATRONATO NACIONAL DE LA INFANCIA

AVISOS

CONVOCATORIAS

AVISOS

FE DE ERRATAS

MUNICIPALIDADES

MUNICIPALIDAD DE BELÉN

La suscrita del Depto. de Secretaría del Concejo Municipal de Belén, le notifica el acuerdo tomado, en la Sesión Ordinaria N° 19-2023, artículo 16, celebrada el veintiocho de marzo del dos mil veintitrés, que literalmente dice:

Se conoce el Oficio AMB-MC-088-2023 de la Alcaldesa Thais Zumbado. Hemos recibido el memorando ASP-SAB-019-2023 suscrito por el señor Esteban Salazar Acuña, Coordinador de Saneamiento Ambiental, por cuyo intermedio presenta el Fe de Erratas, al Reglamento para la Gestión de los Residuos Sólidos del cantón de Belén.

Fe de Erratas al Reglamento Municipal para la Gestión Integral de los Residuos Sólidos del cantón de Belén

Como resultado de solicitud de la publicación y divulgación de Reglamento Municipal para la Gestión Integral de los Residuos Sólidos del cantón de Belén en los medios digitales oficiales de la Municipalidad, publicado en el Alcance N° 158 a La Gaceta N° 143 del 28 de julio del 2023, la Dirección Jurídica identificó un error involuntario de este Subproceso en la numeración de los artículos 78 en adelante, sin que haya modificación en el contenido y fondo de estos. De conformidad con lo indicado, se recomienda remitir al Concejo Municipal para que se autorice corregir esa publicación mediante la presente Fe de Erratas, por lo que para efectos legales y administrativos se corrige la numeración de los artículos en mención para se lean de la siguiente manera:

“Artículo 78.—Metodología de estimación de la multa. la imposición de la multa debe ir en función del impacto o incidencia de la multa sobre la gestión municipal. Para la aplicación de multa a imponer a cada infractor, se utilizarán los criterios indicados en el Anexo 1 de este reglamento

Artículo 79.—Naturaleza del Infractor. Se considera infractor a toda persona mayor de edad que cometa cualquiera de las infracciones descritas en los artículos anteriores del presente reglamento. En contraposición, cualquier persona, física o jurídica podrá presentar denuncias por violaciones a este reglamento ante la Plataforma de Servicio al Cliente de la Municipalidad, dirigidas al Subproceso de Saneamiento Ambiental

Artículo 80.—Deber de Denuncia ante el Tribunal Ambiental Administrativo. Cuando se presuma daño ambiental o ante las infracciones descritas en el Artículo 48 de la Ley para la Gestión Integral de Residuos N° 8839, el Ministerio del Ambiente y Energía, el Ministerio de Salud, las municipalidades o cualquier otra autoridad de policía presentarán la denuncia ante el Tribunal Ambiental Administrativo, el cual deberá conceder audiencia al interesado, de conformidad con lo establecido en la Ley Orgánica del Ambiente N° 7554 y el reglamento de procedimiento de dicho Tribunal. Además de los entes citados, cualquier persona, física o jurídica, podrá presentar denuncias al Tribunal Ambiental Administrativo y a las instancias judiciales correspondientes por violaciones a esta ley.

Artículo 81.—Sanciones Administrativas. Todas aquellas persona física o jurídica, acreedora de una sanción u omisión por falta leve, falta grave o al traslado de la denuncia falta gravísima, se les deberá respetar el procedimiento administrativo plasmado en la Ley General de la Administración Pública N° 6227, en respeto al Principio de Legalidad, donde se derivan el Debido Proceso, Derecho a la Defensa, como así los demás principios descritos en este reglamento y las leyes conexas.

Artículo 82.—Notificaciones. Previo a la imposición de estas multas, la Municipalidad deberá de notificar, al propietario o poseedor de los inmuebles correspondientes, su deber de cumplir tales obligaciones y le otorgará el plazo establecido en el reglamento de administración, fiscalización y cobranza de los artículos 84, 85, 85 bis y 85 ter del Código Municipal N° 7794. En caso de omisión de apersonarse o ejercer su derecho de defensa, se procederá a imponer la multa correspondiente y la cual se cargará en la misma cuenta donde le cobran los servicios públicos a cada contribuyente. En caso de que el infractor no sea un habitante del Cantón, se podrá aplicar la multa a la placa vehicular.

Artículo 83.—Medidas Protectoras. La Municipalidad, ante la violación de este reglamento, debe aplicar las siguientes medidas protectoras, de conformidad con el Artículo 99 de la Ley Orgánica del Ambiente N° 7554.

a) Advertencia mediante un comunicado o notificación que existe un reclamo específico.

b) Amonestación acorde con la gravedad de los hechos violatorios detectados y comprobados.

c) Restricciones parciales o totales, u orden de paralización inmediata de los actos que provocan la denuncia.

d) Cancelación parcial, total, permanente o temporal de los permisos o las patentes de los locales o las empresas que provocan la denuncia, el acto o la actividad contaminante o destructiva.

e) Imposición de las medidas compensatorias o estabilizadoras del ambiente o la diversidad biológica.

f)  Modificación o demolición de las instalaciones o construcciones que dañen el medio ambiente.

g) Alternativas de compensación de la sanción y por una sola vez a recibir cursos educativos oficiales en materia ambiental, además trabajar en obras comunales en el área del ambiente.

Artículo 84.—Responsabilidades de los funcionarios municipales. La Municipalidad aplicará rigurosamente los incisos a), b), g), e) e i) del Artículo 156 del Código Municipal N° 7794 a los funcionarios responsables de trámites y servicios relacionados con el ambiente, en cuanto a sus deberes y responsabilidades; así como los Artículos 157 y 158 en cuanto a las sanciones respectivas; los artículos 159 y 160 sobre el procedimiento obligatorio de sanciones, y el Artículo 52 de la Ley para la Gestión Integral de Residuos N° 8839.

Artículo 85.—Suspensión o Revocatoria de Permisos, Patentes y Licencias. De conformidad con la Ley Nº 9825, cuando el mismo infractor sea sancionado por cometer una infracción a esta ley, en más de dos ocasiones en el plazo de un año calendario, el Ministerio de Salud o la Municipalidad, de acuerdo con sus competencias, podrán cerrar hasta por tres días los locales comerciales, así como suspender o revocar las patentes, las licencias, los permisos y los registros necesarios para la realización de las actividades que hayan dado lugar a la comisión de las infracciones. Adicionalmente a la suspensión o revocatoria de permisos y licencias, la Municipalidad deberá realizar la sanción pecuniaria correspondiente a la infracción. En todo caso se deberá garantizar el debido proceso y el derecho de defensa de los administrados.

Artículo 86.—Fondo para la Gestión Integral de Residuos. Los fondos provenientes de las multas que indica el Artículo 25 de la Ley para la Gestión Integral de Residuos N° 8839, una vez girados por la Tesorería Nacional a la Municipalidad, ingresarán directamente al presupuesto del Subproceso de Saneamiento Ambiental con el fin de apoyar la implementación de las acciones del Plan Municipal para la Gestión.

CAPÍTULO DUODÉCIMO

Gestión de residuos orgánicos

Artículo 87.—Gestión de los Residuos Orgánicos. Los residuos orgánicos se gestionarán según las capacidades de la Municipalidad para su adecuado manejo y bajo un esquema de mejora constante de los servicios brindados en apego a la legislación vigente. Por esta razón, las características del servicio podrán estar sujetas a modificaciones que deberán informarse oportunamente a los generadores. El generador debe apegarse de manera estricta al programa de gestión establecido y comunicado por la Municipalidad a través de su página oficial de internet, [www.belen.go.cr].

Artículo 88.—Uso de Composteras Domésticas. La Municipalidad podrá subsidiar, de manera parcial o total, la adquisición o construcción de composteras domésticas para uso familiar a través del programa EcoBelemita. Para su uso, el generador deberá cumplir con los siguientes lineamientos:

a) Completar el proceso de inscripción y participación en el programa de compostaje

b) Leer y firmar la declaración jurada y la carta de compromisos del programa

c) Depositar únicamente residuos orgánicos

d) Realizar el proceso de compostaje de manera controlada y continua, para la obtención de compost.

e) Queda prohibido ceder, vender o alquilar la compostera a terceros sin autorización, dentro o fuera del cantón.

f)  Cumplir con la capacidad establecida por el fabricante.

g) Garantizar su cuido, evitando su deterioro más allá de su uso normal.

i)  Remitir las evidencias y pruebas del buen funcionamiento de la compostera por los medios indicados por la Municipalidad.

Artículo 89.—Uso de Composteras Comunitarias. La Municipalidad podrá subsidiar de manera parcial o total, y según sus capacidades la adquisición o construcción de composteras comunitarias para los grandes generadores, comunidades organizadas u otros tipos de generadores. Para su uso, los generadores deberán cumplir con los siguientes lineamientos:

a) Contar con espacio acorde a las especificaciones de cada sistema de compostaje para la instalación del equipo, lo cual debe contemplar la recolección de los lixiviados del proceso para su posterior aprovechamiento, o bien el tratamiento por medio de conexión al sistema de recolección de aguas residuales.

b) Completar una capacitación sobre la adecuada gestión de los residuos orgánicos y de jardín para su compostaje.

c) Los participantes deberán separar los residuos desde la fuente de generación y llevar sus residuos orgánicos y de jardín al compostador previamente picados y escurridos.

d) Se debe evitar que lleguen plásticos, vidrios u otros residuos no compostables a las composteras.

e) Velar por su adecuado uso y mantenimiento, respetando los horarios de disposición y las normas de convivencia.

Artículo 90.—Uso del Compost Resultante. El generador podrá utilizar el compost o abono producido en sus jardines, áreas comunes y otros espacios públicos o privados, y este material también podrá ser donado para su utilización en los huertos comunitarios y/o parques del Cantón, con el fin de prevenir el uso de fertilizantes de fuentes químicas. Si se desea sacar provecho económico de este producto, se deberá acoger a la legislación nacional correspondiente.

Artículo 91.—Empaque del Compost Resultante. En caso de que el compost deba ser entregado a un gestor autorizado para su transporte, o que sea llevado a un centro de acopio autorizado, debe ser empacado en sacos que permitan el intercambio de aire entre el material y su medio circundante, o en recipientes con tapa que permitan su adecuada gestión. En todo caso, no pueden empacarse en bolsas plásticas.

Artículo 92.—Centros de Recuperación y Procesamiento de Residuos Orgánicos y de Jardín. La Municipalidad tiene la facultad de instalar y operar centros, ya sea centralizados o descentralizados, de recuperación y procesamiento de materiales orgánicos y de jardín para su compostaje, o de autorizar a terceros previamente calificados, para la acumulación, clasificación, preparación y comercialización del producto final. Los materiales orgánicos y de jardín deben ajustarse a las indicaciones del presente reglamento. Estos centros deberán contar con los permisos correspondientes por parte del Ministerio de Salud, y deben además cumplir con los requisitos laborales y ambientales que establezca la legislación vigente y contar con adecuadas condiciones higiénicas, laborales y sanitarias. La operación del centro no debe provocar molestias a las personas que en ellos trabajan o a las personas vecinas.

CAPÍTULO DÉCIMO CUARTO

Inspecciones

Artículo 93.—Inspecciones. De conformidad con el Decreto Legislativo Nº 9825, los funcionarios del Ministerio de Salud y municipales, debidamente identificados de acuerdo con sus competencias, podrán realizar inspecciones de verificación, seguimiento o cumplimiento de la normativa relativa a la gestión integral de residuos. Para dicho efecto, los inspectores tendrán carácter de autoridad de policía, con fe pública. Durante la inspección, los funcionarios indicados anteriormente tendrán libre acceso a las instalaciones o los sitios de inspección y podrán hacerse acompañar de las personas expertas que consideren necesarias, así como de la Fuerza Pública, quienes están en la obligación de facilitar toda la colaboración que estos requieran para el eficaz cumplimiento de sus funciones. En todo caso, la inspección se realizará garantizando el debido proceso. En caso de encontrarse indicios de incumplimiento de la Ley para la Gestión Integral de Residuos N° 8839, los reglamentos que de ella se deriven, o el presente reglamento, se le notificará al responsable el inicio del procedimiento respectivo.

Artículo 94.—Normas para Realizar Inspecciones y Aplicar Sanciones. Para la aplicación de las sanciones establecidas en los Artículos 49 y 50 de la Ley para la Gestión Integral de Residuos Nº 8839 y en el Capítulo Décimo Undécimo del presente reglamento, se debe considerar lo siguiente:

a) Al momento de aplicar la sanción, los inspectores o la autoridad que cada municipalidad determine se encargarán de confeccionar una boleta de infracción que debe consignar el nombre del infractor ya sea persona física o jurídica; el número de identificación o cédula jurídica; la ubicación o el número de finca del inmueble o lugar donde se cometió la infracción y la placa del vehículo, en caso de que corresponda o se cuente con esta; los artículos infringidos y el monto de la multa.

b) La Municipalidad podrá documentar cualquier información mediante acta de inspección, en caso de que existan testigos, se consignarán todos los datos relativos a ellos, quienes estarán obligados a suministrar la información que se les solicite. También, se consignará cualquier otro medio probatorio autorizado por ley, como videos o fotografías.

c) El infractor quedará notificado al momento en que se le entregue la boleta de infracción en donde se aplicará la sanción.

d) La boleta de infracción deberá indicar las consecuencias derivadas de la falta de pago de la multa establecida por la autoridad municipal, así como el plazo para recurrir.

e) Si la denuncia no es interpuesta por un funcionario municipal, cualquier persona podrá interponerla ante la municipalidad respectiva.

f)  De contar únicamente con el número de placa vehicular del infractor, vía convenio con el Instituto Nacional de Seguros (INS), la Municipalidad podrá ejecutar el cobro correspondiente a la multa.

g) Las sanciones por las infracciones a los artículos 49 y 50 de la Ley para la Gestión Integral de Residuos Nº 8839 se cancelarán en un plazo de ocho días hábiles siguientes a su firmeza, en la municipalidad en cuyo territorio se cometió o en cualquier banco del sistema bancario nacional, con los que cada municipalidad establezca convenios. En caso de incumplimiento de pago devengarán intereses moratorios equivalentes al promedio simple de las tasas activas de los bancos estatales para créditos del sector comercial y en ningún caso podrá exceder más de diez puntos de la tasa básica pasiva fijada por el Banco Central de Costa Rica, según el Artículo 57 del Código de Normas y Procedimientos Tributarios, Ley N° 4755, publicada el de 4 de junio de 1971. Lo anterior deberá ser advertido en la boleta de infracción, salvo de las multas cobradas por medio del Instituto Nacional de Seguros (INS), las cuales no devengará intereses.

h) Los recursos interpuestos por parte del infractor obedecerán a lo establecido en los Artículos 170 y 171 del Código Municipal N° 7794.

i)  Las conductas y omisiones sancionadas en los Artículos 49 y 50 de la Ley para la Gestión Integral de Residuos Nº 8839 constituyen sanciones de naturaleza administrativa, que se aplicarán por la autoridad municipal sin perjuicio de la obligación del infractor de indemnizar y reparar el daño ambiental que ocasionen, conforme se indica en esa ley y en el presente reglamento.

j)  Los recursos económicos que la Municipalidad recaude por las sanciones impuestas y sus intereses, tendrán por destino financiar actividades del Plan Municipal para la Gestión Integral de Residuos. Estos recursos no serán sujetos de ningún rebajo administrativo.

k) Para la aplicación de cualquier sanción se deberá garantizar al infractor el debido proceso y el derecho de defensa.

Artículo 95.—Responsabilidades del Inspector. El funcionario municipal encargado de las inspecciones documentará adecuadamente las denuncias e inspecciones y cuando se detecten incumplimientos procederá a realizar la notificación respectiva al responsable. Este funcionario deberá aportar una copia legible de la notificación practicada y el informe respectivo al Subproceso de Saneamiento Ambiental Las observaciones que la Municipalidad realice en sus inspecciones o por denuncias, serán canalizadas a través del [Departamento de Ambiente y Salud] hacia el o los representantes de la entidad involucrada.

CAPÍTULO QUINTO

De la promoción de la participación

civil y comunitaria

Artículo 96.—Importancia de la educación. La educación ambiental en el cantón debe ser un proceso permanente que permita informar, capacitar y sensibilizar a las personas sobre los diferentes temas ambientales. Se deben considerar los aspectos culturales y características generales de la población belemita, así como realizar una diferenciación con respecto a la equidad de género.

Artículo 97.—Programas de educación ambiental. La Municipalidad en coordinación con otras instituciones públicas y privadas realizará campañas de educación ambiental, con el objetivo de que la comunidad adquiera destrezas sobre la separación de los residuos sólidos y se genere sensibilización acerca de la importancia de una adecuada gestión de los mismos.

Artículo 98.—Convenios y alianzas estratégicas. La Municipalidad podrá establecer convenios con instituciones públicas o privada para la implementación de programas de educación ambiental dentro del Cantón. Estos convenios y alianzas deberán contar con todos los requisitos legales y administrativos vigentes para su debida inscripción y ejecución. Cada convenio será independiente y deberá ser aprobado por la administración municipal antes de su implementación.

Artículo 99.—Participación ciudadana. La Municipalidad fomentará la participación ciudadana en los procesos de gestión integral de residuos, ya sea por medio de la elaboración de actividades de capacitación e información, la solicitud de voluntariado en actividades ambientales, la coadministración de puntos estratégicos de recolección a través de asociaciones de desarrollo integral de la comunidad y otros grupos organizados.

Artículo 100.—Mecanismos de participación ciudadana. La participación ciudadana en los procesos de Gestión Integral de Residuos Sólidos utilizará los mecanismos dispuestos en las regulaciones establecidas en el Capítulo III del Reglamento General para la de Gestión Integral de Residuos.

Artículo 101.—Ferias, campañas y otras actividades ambientales. La Municipalidad podrá realizar ferias, campañas y otro tipo de actividad de proyección, información, capacitación y sensibilización sobre la importancia de la gestión integral de residuos. La Municipalidad será la responsable de la coordinación de dichas actividades, sin embargo, podrá aplicar el artículo 80 de este reglamento cuando la actividad lo requiera.

Artículo 102.—Otras actividades. Se podrán coordinar otro tipo de actividades educativas y de sensibilización que no estén contempladas en los artículos 80, 82 y 83 de este reglamento. Estas actividades adicionales tendrán el objetivo de fomentar la gestión integral de los residuos sólidos.

DISPOSICIONES FINALES

Artículo 103.—Se derogan permanente los reglamentos municipales “Reglamento para el Servicio de Recolección y Tratamiento de Desechos Sólidos”, publicado en el Diario Oficial La Gaceta 86, el 6 de mayo de 1993 y elReglamento de Servicio Público de Manejo y Aprovechamiento de Residuos Ordinarios reciclables del cantón de Belén”, publicado en el Diario Oficial La Gaceta 82, el 20 de abril de 2011.

Artículo 104.—La Municipalidad realizará la publicación de este reglamento en el Diario Oficial La Gaceta una vez que sea aprobado. Cualquier modificación deberá realizarse siguiendo el procedimiento vigente para este fin.

Artículo 105.—Normas supletorias. En lo no previsto en el presente reglamento se aplicarán supletoriamente las siguientes normativas: Constitución Políticas de Costa Rica, la Ley para la Gestión Integral de Residuos, Nº 8839, la Ley General de Salud, Nº5395, la Ley Orgánica del Ambiente, Nº 7554, el Reglamento General para la Gestión Integral de residuos Nº 37567-SMINAETH, el Código Municipal, Nº 7794, el Reglamento sobre rellenos sanitarios, Nº 26671-S, el Reglamento sobre llantas de desecho, Nº 33745-S, el Reglamento sobre la gestión de los desechos infectocontagiosos que se generan en establecimientos que presten atención a la salud y afines, Nº 30965-S, el Reglamento de centros de recuperación de residuos valorizables, Nº 35906-S, entre otra legislación relacionada.

Artículo 106.—Vigencia. El presente reglamento regirá a partir de su publicación en el Diario Oficial La Gaceta.

Artículo 107.—Consulta. Publíquese en el Diario Oficial La Gaceta para su correspondiente consulta, de conformidad con el artículo 43 del Código Municipal. Este reglamento se somete a consulta pública por un lapso de diez días hábiles.”

Se indica que esta Fe de Erratas fue revisada y validada por la Dirección Jurídica para que sea remitida al Concejo Municipal para su análisis y solicitud de aprobación. Se aconseja que, al tratarse de un error en la numeración, se le recomienda la Concejo Municipal dispensarlo de trámite de comisión, con el fin de agilizar su publicación y aplicación en el cantón de Belén.

Se acuerda por unanimidad y en forma definitivamente aprobado: primero: dar por recibido el Oficio de la Alcaldía y de la Unidad de Saneamiento Ambiental. Segundo: se autoriza a la Administración a corregir lo publicado en el Alcance N° 158 a La Gaceta N° 143 del 28 de julio del 2023, donde la Dirección Jurídica identificó un error involuntario en la numeración de los artículos 78 en adelante, sin que haya modificación en el contenido y fondo de estos. Tercero: publicar en el Diario Oficial La Gaceta mediante la presente Fe de Erratas, para subsanar y corregir la numeración de los artículos en mención.

San Antonio de Belén, Heredia, 29 de marzo del 2023.—Ana Patricia Murillo Delgado, Secretaria Concejo.—1 vez.—O.C. N° 36798.—Solicitud N° 423411.—( IN2023745670 ).

PODER LEGISLATIVO

PROYECTOS

PROYECTO DE LEY

REFORMA DEL ARTÍCULO 6 Y ADICIÓN DE UNA SECCIÓN XII,

AL CAPÍTULO II, TÍTULO II, QUE CONTENDRÁ LOS NUEVO

ARTÍCULOS 43, 44 Y 45 DE  LA LEY 7410, LEY GENERAL

DE POLICÍA, DE 26 DE MAYO DE 1994, PARA LA CREACIÓN

DE LA POLICÍA DE CONTROL Y PROTECCIÓN AMBIENTAL

COMO CUERPO POLICIAL ADSCRITO AL MINISTERIO

DE AMBIENTE Y ENERGÍA

Expediente N.° 23.601

ASAMBLEA LEGISLATIVA:

Al estado costarricense le corresponde, por mandato constitucional, tomar las medidas necesarias para garantizar el orden, la defensa y la seguridad del país, así como asegurar la tranquilidad y el respeto de los derechos humanos.  Tal y como lo estipula el artículo 50, el Estado debe garantizar, proteger y preservar el derecho a un ambiente sano y ecológicamente equilibrado, por lo que la ley debe determinar las responsabilidades y las sanciones correspondientes por el daño al ambiente y a los recursos naturales.

Nuestro país ha ratificado importantes instrumentos internacionales tendientes a la protección y conservación del ambiente y los recursos naturales, los cuales son considerados elementos del patrimonio mundial de la humanidad.  Entre ellos están la Ley N.° 5980, “Convención para la Protección del Patrimonio Cultural y Natural” de 26 de octubre de 1976, la Ley N.° 7224, “Convención sobre Humedales Internacionales como Hábitat de Aves Acuáticas (Convención de Ramsar)” de 9 de abril de 1991, la Ley N.° 7226, “Convenio Centroamericano para la Protección del Ambiente (Constituye la Comisión Centroamericana de Ambiente y Desarrollo)” de 02 de abril de 1991, la Ley N.° 7416, “Convenio sobre Diversidad Biológica”, de 30 de junio de 1994, la Ley N.° 7433, “Convenio para la Conservación de la Biodiversidad y Protección de Áreas Silvestres Prioritarias en América Central”, de 14 de setiembre de 1994, y la Ley N.° 7572, “Convenio Regional para el Manejo y Conservación de los Ecosistemas Naturales Forestales y el Desarrollo de Plantaciones Forestales.”

También, en la legislación se han tomado acuerdos importantes para la protección del medio ambiente, entre ellos la Ley N.° 7554, “Ley Orgánica del Ambiente” que estipula que el daño al ambiente constituye un delito de carácter social, ya que afecta las bases de la existencia de la sociedad, de carácter económico, porque atenta contra las materias y los recursos indispensables para las actividades productivas; de carácter cultural en tanto pone en peligro la forma de vida de las comunidades, y de carácter ético porque atenta contra la existencia misma de las generaciones presentes y futuras.

Esta misma ley procura, dentro de sus objetivos, la seguridad ambiental como garantía de sostenibilidad social, económica y cultural.  Es por estas razones que se define al Ministerio de Ambiente y Energía (Minae), como el ente rector en materia de protección de los recursos naturales y medio ambiente, y con esto se instaura mecanismos que permiten que funcionarios de este Ministerio, que ya ejercen labores de prevención, control y protección del medio ambiente y los recursos naturales, pero sin poseer la investidura de autoridad policial.

Con estas medidas se ha demostrado que Costa Rica es uno de los primeros países en Latinoamérica en reconocer la importancia de la protección de los recursos naturales y en aplicarlo consecuentemente, ya que aproximadamente el 25% de la superficie terrestre y parte de la zona marítima del país han sido declarados parques nacionales y zonas de protección desde los años de 1970.

Pero en la actualidad los delitos e infracciones contra el ambiente, son cada vez más frecuentes, complejos y, muchas veces, de carácter transnacional.  Esto debido a que los infractores están organizados, lo que dificulta las investigaciones y hace necesario contar con una policía especializada en la materia y en el uso de mejores herramientas, recursos y capacidades que se tengan en el ámbito nacional e internacional.

Para el año 2021, por medio del Sistema Integrado de Trámite y Atención de Denuncias Ambientales (Sitada), se recibieron un total de 6977 denuncias, un 21,9% más que en el año 2020. Además, se recibieron 5937 denuncias ambientales en el Sinac, se interpusieron ante el Ministerio Público 1285 denuncias por daño ambiental y se presentaron ante en el Tribunal Ambiental 342 denuncias.  Para un total de 14.541 denuncias por daño ambiental en el 2021.

Solo en los operativos de fin de año 2022 (que corresponde a las fechas del sábado 24 de diciembre de 2022 al domingo 08 de enero de 2023), se realizaron 3210 acciones, entre esas acciones están las actividades de supervisión de permisos, inspecciones en sitios conflictivo, recorridos acuáticos (marinos, ríos, otros), patrullajes terrestres, retenes en carretera, actividades de verificación de linderos , inspecciones de supervisión de industrias primarias y secundarias, atención de incendios forestales y supervisión Centros de Manejo de Vida Silvestre.

Este proyecto tiene como objetivo la reforma del artículo 6 de la “Ley General de Policía”, para incluir en ese mismo artículo: “Policía de Control y Protección Ambiental” y adicionar en el capítulo II, la sección XII:  De la Policía de Control y Protección Ambiental.

Para lograrlo la Procuraduría General de la República indica:

Obsérvese que la Ley General de Policía indica expresamente cuáles son las diferentes fuerzas de policía que operan en el territorio nacional, aparte de que establece una reserva de ley respecto a la creación y asignación de competencias a nuevos cuerpos policiales, aspecto, este último, en que insiste el artículo 7 de la misma ley al indicar que “La creación de competencias policiales constituye reserva de ley.

Con base en lo anterior, y en lo expuesto en el artículo 10 de esta ley que establece como principios fundamentales, observar la Constitución Política, los tratados internacionales y las leyes vigentes, así como cumplir con las demás funciones previstas en el ordenamiento jurídico. Además de los artículos 12[1] y 140 inciso 16[2] de la Constitución Política establecen que en Costa Rica existirán las fuerzas de policía que se requieran para la vigilancia y la conservación del orden público.

Es que vemos necesaria la creación de la Policía de Control y Protección Ambiental para que puedan ejercer el control y protección del medio ambiente y por ende de los recursos naturales y el ambiente.

Por las razones expuestas, se somete a consideración de la Asamblea Legislativa el presente proyecto de ley, con el fin de crear la Policía de Control y Protección Ambiental.

LA ASAMBLEA LEGISLATIVA

DE LA REPÚBLICA DE COSTA RICA

DECRETA:

REFORMA DEL ARTÍCULO 6 Y ADICIÓN DE UNA SECCIÓN XII,

AL CAPÍTULO II, TÍTULO II, QUE CONTENDRÁ LOS NUEVO

ARTÍCULOS 43, 44 Y 45 DE  LA LEY 7410, LEY GENERAL

DE POLICÍA, DE 26 DE MAYO DE 1994, PARA LA CREACIÓN

DE LA POLICÍA DE CONTROL Y PROTECCIÓN AMBIENTAL

COMO CUERPO POLICIAL ADSCRITO AL MINISTERIO

DE AMBIENTE Y ENERGÍA

ARTÍCULO 1- Se reforma el artículo 6 de la Ley N° 7410, Ley General de Policía, de 26 de mayo de 1994.  El texto es el siguiente:

Artículo 6-             Cuerpos

Las fuerzas de policía encargadas de la seguridad pública son las siguientes:  la Guardia Civil, la Guardia de Asistencia Rural, la policía encargada del control de drogas no autorizadas y de actividades conexas, la Policía de Fronteras, la Policía de Migración y Extranjería, la Policía del Control Fiscal, la Dirección de Seguridad del Estado, la Policía de Tránsito, la Policía Penitenciaria, la Policía Escolar y de la Niñez, la Dirección del Servicio de Vigilancia Aérea, la Policía de Control y Protección Ambiental, así como las demás fuerzas de policía cuya competencia esté prevista en la ley.

ARTÍCULO 2- Se adiciona la sección XlI, al capítulo II, título II, creando tres nuevos artículos y se corre la numeración del artículo 43 que pasa a ser el artículo 46 y los demás artículos sucesivamente de la Ley 7410, Ley General de Policía, de 26 de mayo de 1994.  El texto es el siguiente:

SECCIÓN XII

POLICÍA DE CONTROL Y PROTECCIÓN AMBIENTAL

Artículo 43- Creación y competencia

Créase la Policía de Control y Protección Ambiental, como cuerpo policial, adscrito al Ministerio de Ambiente y Energía, cuyo jerarca será el ministro de Ambiente, el fin primordial será proteger el ambiente y los recursos naturales, que posee el Estado costarricense, tanto en el área continental, como en el área marina de nuestro mar patrimonial. De conformidad con los principios que determinen la Constitución Política, los tratados internacionales, las leyes y sus reglamentos.

Artículo 44- Atribuciones

Son atribuciones de la Policía de Control y Protección Ambiental

a) Garantizar el cumplimiento de las leyes ambientales.

b) Auxiliar al Ministerio de Ambiente y Energía cuando requiera para controlar y proteger los recursos naturales y el medio ambiente.

c) Realizar todo tipo de inspecciones a embarcaciones, tanto de bandera nacional como extranjeras que naveguen o realicen labores de pesca dentro de las áreas marinas protegidas o nuestro mar patrimonial, para prevenir o perseguir tanto infracciones administrativas o delitos de naturaleza ambiental y en contra de nuestros recurso marinos dentro de las fronteras marítimas del Estado costarricense, las aguas marítimas y jurisdiccionales, así como las aguas interiores y velar por el legítimo aprovechamiento y protección de los recursos naturales existentes en estas áreas y otras actividades.

d) Realizar todo tipo de allanamientos al existir indicios de que se ha cometido una infracción o delito en contra de la fauna silvestre o la flora. Para efectuar los allanamientos en casas de habitación debe contar con la autorización judicial y cumplir con las demás condiciones legales.

e) Velar por el respeto a la Constitución Política, los tratados internacionales, las leyes y los reglamentos respectivos.

Artículo 45- Estructura organizacional

La Policía de Control y Protección Ambiental tendrá definida su estructura vía reglamento.

TRANISTORIO I- Los funcionarios que laboran actualmente para el Ministerio de Ambiente y Energía, así como para el Sistema Nacional de Áreas de Conservación (Sinac) realizando labores de Control y Protección formaran parte de este cuerpo policial y conservarán en todos sus extremos los pluses salariales actuales y serán acreedores a los que como cuerpo policial puedan tener en el futuro.

TRANSITORIO II- El Ministerio de Ambiente y Energía deberá reglamentar esta ley dentro de los 90 días posteriores a su vigencia.

Rige a partir de su publicación.

Kattia Rivera Soto

Diputada

NOTA:  Este proyecto pasó a estudio e informe de la Comisión Permanente Especial de Ambiente.

1 vez.—Exonerado.—( IN2023739031 ).

DOCUMENTOS VARIOS

TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIAL

DIRECCIÓN NACIONAL DE PENSIONES

En Sesión celebrada en San José, a las 11:00 horas del 26 de enero del 2023, se acordó conceder Pensión de Gracia, mediante la resolución MTSS-JNP-RG-16-2023 a la señora Chacón Bermúdez Dora, cédula de identidad Nº 6-0093-0470, vecina de San José; por un monto de ciento cuarenta mil doscientos noventa y un colones con cuarenta y tres céntimos (¢140.291,43), con un rige a partir del 02 de julio del 2022. Constituye un gasto fijo a cargo de la Tesorería Nacional. El que se haga efectivo queda condicionado a que exista el contenido presupuestario correspondiente.—Héctor Acosta Jirón, Director Nacional de Pensiones a.í.—1 vez.—( IN2023745883 ).

JUSTICIA Y PAZ

JUNTA ADMINISTRATIVA DEL REGISTRO NACIONAL

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INDUSTRIAL

PUBLICACIÓN DE TERCERA VEZ

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Solicitud Nº 2023-0002269.—Tobías Felipe Murillo Jiménez, mayor, casado una vez, abogado, cédula de identidad N° 112220847, en calidad de apoderado especial de Ticorico Project Nature, Sociedad de Responsabilidad Limitada, cédula jurídica N° 3102865759 con domicilio en Guanacaste, Nicoya, Samara, de la plaza de deportes doscientos metros al norte, local número dos, contiguo a Restaurante Cocos en oficina Licenciada Fabiola López González, Guanacaste, Costa Rica, solicita la inscripción de: TICORICO como marca de fábrica y comercio en clase 25 internacional, para proteger y distinguir lo siguiente: en clase 25: productos de prendas de vestir; calzado; artículos de sombrerería. Fecha: 23 de marzo de 2023. Presentada el: 13 de marzo de 2023. San José. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. 23 de marzo de 2023. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978. Esta solicitud se rige por el art. 28 de la Ley de Marcas Comerciales y Otros Signos Distintivos que indica “Cuando la marca consista en una etiqueta y otro signo compuesto por un conjunto de elementos, la protección no se extenderá a los elementos contenidos en ella que sean de uso común o necesario en el comercio”.—Isela Chango Trejos, Registradora.—( IN2023737138 ).

Solicitud Nº 2023-0002598.—Daniela Quesada Cordero, cédula de identidad 113240697, en calidad de Apoderado Especial de Comercializadora de Lácteos y Derivados S.A. de C.V., con domicilio en: Calzada Carlos Herrera Araluce Nº 185, Colonia Parque Industrial Carlos A Herrera Araluce, C.P. 35079, Gómez Palacio, Durango, México, México, solicita la inscripción

como marca de fábrica y comercio en clase(s): 29 y 32 internacional(es), para proteger y distinguir lo siguiente: en clase 29: leche de almendras (bebida), leche de coco (bebida), leche de nueces (bebida), leche de arroz (bebida), leche de amaranto (bebida). yoghurt a base de leche de almendras, leche de coco, leche de nueces, leche de arroz, leche de amaranto y en clase 32: bebida a base de almendra (bebidas que no sean sucedáneos a la leche), bebida a base de coco (bebidas que no sean sucedáneos a la leche), bebida a base de nueces (bebidas que no sean sucedáneos a la leche), bebida a base de arroz (bebidas que no sean sucedáneos a la leche), bebida a base de amaranto (bebidas que no sean sucedáneos a la leche). Reservas: reserva de utilizarla tal cual ha sido solicitada. Colores negro y blanco. Fecha: 23 de marzo de 2023. Presentada el: 21 de marzo de 2023. San José. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. 23 de marzo de 2023. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978. Esta solicitud se rige por el art. 28 de la Ley de Marcas Comerciales y Otros Signos Distintivos que indica “Cuando la marca consista en una etiqueta y otro signo compuesto por un conjunto de elementos, la protección no se extenderá a los elementos contenidos en ella que sean de uso común o necesario en el comercio”.—Rina Ruiz Mata, Registrador(a).—( IN2023737139 ).

Solicitud Nº 2023-0002266.—Tobías Felipe Murillo Jiménez, mayor, casado una vez, abogado, cédula de identidad 112220847, en calidad de Apoderado Especial de Ticorico Project Nature Sociedad de Responsabilidad Limitada, cédula jurídica 3102865759, con domicilio en: Guanacaste, Nicoya, Sámara, de la plaza de deportes doscientos metros al norte, local número dos, contiguo a Restaurante Cocos en oficina licenciada Fabiola López González, Guanacaste, Costa Rica, solicita la inscripción de: TICORICO, como marca de servicios en clase(s): 44 internacional(es), para proteger y distinguir lo siguiente: en clase 44: servicios de agricultura; acuicultura; horticultura; silvicultura. Fecha: 23 de marzo de 2023. Presentada el: 13 de marzo de 2023. San José. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. 23 de marzo de 2023. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978. Esta solicitud se rige por el art. 28 de la Ley de Marcas Comerciales y Otros Signos Distintivos que indica “Cuando la marca consista en una etiqueta y otro signo compuesto por un conjunto de elementos, la protección no se extenderá a los elementos contenidos en ella que sean de uso común o necesario en el comercio”.—Isela Chango Trejos, Registrador(a).—( IN2023737141 ).

Solicitud Nº 2023-0002660.—Eduardo Chaves Apestegui, casado una vez, cédula de identidad 109540465, en calidad de Apoderado Generalísimo de Candy Land Cra S.A., cédula jurídica 3101858541, con domicilio en: Santa Ana, Piedades, dos kilómetros oeste y ciento cincuenta norte de la Cruz Roja, Condominio Bosques del Río, San José, Costa Rica, solicita la inscripción

como marca de fábrica y comercio en clase(s): 11 y 30 internacional(es), para proteger y distinguir lo siguiente: en clase 11: máquina para hacer algodones de azúcar con figuras y en clase 30: el algodón de azúcar. Fecha: 24 de marzo de 2023. Presentada el: 22 de marzo de 2023. San José. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. 24 de marzo de 2023. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978. Esta solicitud se rige por el art. 28 de la Ley de Marcas Comerciales y Otros Signos Distintivos que indica “Cuando la marca consista en una etiqueta y otro signo compuesto por un conjunto de elementos, la protección no se extenderá a los elementos contenidos en ella que sean de uso común o necesario en el comercio”.—Rándall Abarca Aguilar, Registrador(a).—( IN2023737200 ).

Solicitud Nº 2023-0001302.—Marco Antonio Fernández López, cédula de identidad N° 109120931, en calidad de apoderado especial de Fabio Alonso Herrera, soltero, pasaporte PAL352137 y Nelson Eduardo Alfonso Herrera, soltero, pasaporte PAG108479, ambos con domicilio en Avenida Hermanos Granda Cinco, Madrid 28022, España, solicita la inscripción de: ALFONSO como marca de fábrica y comercio en clase 34 internacional, para proteger y distinguir lo siguiente: en clase 34: Tabaco; artículos para fumadores; cerillas. Fecha: 21 de marzo de 2023. Presentada el: 15 de febrero de 2023. San José. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. 21 de marzo de 2023. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978. Esta solicitud se rige por el art. 28 de la Ley de Marcas Comerciales y Otros Signos Distintivos que indica “Cuando la marca consista en una etiqueta y otro signo compuesto por un conjunto de elementos, la protección no se extenderá a los elementos contenidos en ella que sean de uso común o necesario en el comercio”.—Kimberly Arick Alvarado, Registradora.—( IN2023737227 ).

Solicitud N° 2023-0001031.—Marco Antonio Fernández López, casado una vez, cédula de identidad N° 109120931, en calidad de apoderado especial de Novabox, S de R. L. de C. V., con domicilio en Avenida Insurgentes Sur N° 694, piso 6, Colonia del Valle, Benito Juárez, Código Postal 03100, Ciudad de México, México, solicita la inscripción

como marca de fábrica y servicios, en clase(s): 9; 16; 35; 38 y 41 internacional(es). Para proteger y distinguir lo siguiente: en clase 9: Aparatos de comunicaciones inalámbricos; adaptadores para el acceso a redes inalámbricas; aparatos de conmutación de paquetes informáticos y redes; aparatos para la transmisión de comunicaciones, imágenes, datos, sonidos y señales; aparatos móviles de comunicación de datos; aplicaciones informáticas descargables; aparatos eléctricos y electrónicos de telecomunicación; aparatos de telecomunicaciones de fibra óptica; aparatos de telecomunicaciones móviles; aparatos de transmisión por satélite; aparatos de transmisión y recepción para la difusión televisiva; adaptadores de conexión entre dispositivos multimedia; cables de modem y ethernet; cintas de sonido y audio digitales; cintas de video grabadas; concentradores de red (hubs) para comunicación; controles remoto para sistemas multimedia; conmutadores para encaminar señales de audio, video y digitales; cables de señal para it (informática), av (audio y video) y telecomunicaciones; conectores para aparatos de telecomunicaciones; contenidos y grabaciones multimedia; emisores de datos; enrutadores inalámbricos; equipos de telecomunicación; equipos de tecnología de la información, audiovisuales y multimedia; repetidores ethernet; routers para encaminar señales de audio, video y digitales; reproductores multimedia portátiles. Clase 16: Anuncios impresos; carteleras [tablones de anuncios] de papel o cartón; carteles publicitarios; catálogos; carpetas informativas impresas; circulares; folletos; fichas informativas impresas; guías [manuales]; hojas de información; informes impresos; listas de precios; letreros publicitarios de papel; material impreso; manuales impresos; panfletos; papel; volantes [folletos]. Clase 35: Comercialización de contenidos de audio, video, multimedia, programas en vivo o grabados vía digital, internet y/o streaming; distribución de publicidad, marketing y material con fines promocionales para contenidos de audio, video, multimedia, programas en vivo o grabados vía digital, internet y/o streaming; digital, internet y/o streaming; servicios de publicidad y marketing prestados a través de los medios sociales para contenidos de audio, video, multimedia, programas en vivo o grabados vía digital, internet y/o streaming; servicios de información comercial relacionada con los contenidos de audio, video, multimedia, programas en vivo o grabados vía digital, internet y/o streaming; promoción de ventas para contenidos de audio, video, multimedia, programas en vivo o grabados vía digital, internet y/o streaming; producción de cintas de video, discos de video y grabaciones audiovisuales con fines promocionales; publicidad por radio y televisión con fines promocionales para contenidos de audio, video, multimedia, programas en vivo o grabados vía digital, internet y/o streaming; publicidad y anuncios comerciales por radio para contenidos de audio, video, multimedia, programas en vivo o grabados vía digital, internet y/o streaming; publicidad incluida la publicidad en línea (online) en redes informáticas para contenidos de audio, video, multimedia, programas en vivo o grabados vía digital, internet y/o streaming. Clase 38: Difusión y transmisión de programas de televisión de pago; difusión y transmisión de programas de televisión por cable y vía satélite; difusión y transmisión de programas de radio y televisión; suministro y facilitación de acceso a internet alámbrico e inalámbrico; proveedor de servicios de internet; servicios de telecomunicaciones prestados mediante internet, redes internas y extranet; servicios de conexión a internet para consumidores particulares y para entidades comerciales; facilitación de acceso a redes informáticas; transmisión de datos, sonido, información, mensajes e imágenes vía satélite, vía internet y a través de cable; transmisión de archivos de datos, audio, video y multimedia, incluidos archivos descargables y archivos difundidos en flujo continuo en redes informáticas mundiales; transmisión y retransmisión electrónica de sonido, imágenes, documentos, mensajes y datos; transmisión de guías de programas de televisión interactivas. Clase 41: Servicios de entretenimiento; información y servicios de asesores relativos al entretenimiento; montaje de programas de radio y televisión; producción de programas de radio y televisión; producción de programas de animación y en vivo; producción de entretenimiento en forma de cintas de video; producción de entretenimiento en forma de series de televisión, producción de programas de animación para su uso en televisión y cable; producción de grabaciones de sonido y video; producción de programas de televisión para su emisión en dispositivos móviles; producción de programas de televisión por cable; producción de podcasts. Fecha: 10 de febrero de 2023. Presentada el: 8 de febrero de 2023. San José: Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. 10 de febrero de 2023. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley N° 7978. Esta solicitud se rige por el art. 28 de la Ley de Marcas Comerciales y Otros Signos Distintivos que indica “Cuando la marca consista en una etiqueta y otro signo compuesto por un conjunto de elementos, la protección no se extenderá a los elementos contenidos en ella que sean de uso común o necesario en el comercio”.—Alex Villegas Méndez, Registrador(a).—( IN2023737380 ).

Solicitud Nº 2023-0000790.—Marco Antonio Fernández López, cédula de identidad N° 1912931, en calidad de apoderado especial de Novabox, S. de R.L. de C.V. con domicilio en Avenida Insurgentes Sur N° 694, Piso 6, Colonia del Valle, Benito Juárez, código postal 03100, Ciudad de México, México, solicita la inscripción

como marca de comercio y servicios en clases 9; 16; 35; 38 y 41 internacionales, para proteger y distinguir lo siguiente: en clase 9: aparatos de comunicaciones inalámbricos; adaptadores para el acceso a redes inalámbricas; aparatos de conmutación de paquetes informáticos y redes; aparatos para la transmisión de comunicaciones, imágenes, datos, sonidos y señales; aparatos móviles de comunicación de datos; aplicaciones informáticas descargables; aparatos eléctricos y electrónicos de telecomunicación; aparatos de telecomunicaciones de fibra óptica; aparatos de telecomunicaciones móviles; aparatos de transmisión por satélite; aparatos de transmisión y recepción para la difusión televisiva; adaptadores de conexión entre dispositivos multimedia; cables de modem y ethernet; cintas de sonido y audio digitales; cintas de video grabadas; concentradores de red (hubs) para comunicación; controles remoto para sistemas multimedia; conmutadores para encaminar señales de audio, video y digitales; cables de señal para it (informática), av (audio y video) y telecomunicaciones; conectores para aparatos de telecomunicaciones; contenidos y grabaciones multimedia; emisores de datos; enrutadores inalámbricos; equipos de telecomunicación; equipos de tecnología de la información, audiovisuales y multimedia; repetidores ethernet; routers para encaminar señales de audio, video y digitales; reproductores multimedia portátiles; en clase 16: anuncios impresos; carteleras [tablones de anuncios] de papel o cartón; carteles publicitarios; catálogos; carpetas informativas impresas; circulares; folletos; fichas informativas impresas; guías [manuales]; hojas de información; informes impresos; listas de precios; letreros publicitarios de papel; material impreso; manuales impresos; panfletos; papel; volantes [folletos; en clase 35: comercialización de contenidos de audio, video, multimedia, programas en vivo o grabados vía digital, internet y/o streaming; distribución de publicidad, marketing y material con fines promocionales para contenidos de audio, video, multimedia, programas en vivo o grabados vía digital, internet y/o streaming; digital, internet y/o streaming; servicios de publicidad y marketing prestados a través de los medios sociales para contenidos de audio, video, multimedia, programas en vivo o grabados vía digital, internet y/o streaming; servicios de información comercial relacionada con los contenidos de audio, video, multimedia, programas en vivo o grabados vía digital, internet y/o streaming; promoción de ventas para contenidos de audio, video, multimedia, programas en vivo o grabados vía digital, internet y/o streaming; producción de cintas de video, discos de video y grabaciones audiovisuales con fines promocionales; publicidad por radio y televisión con fines promocionales para contenidos de audio, video, multimedia, programas en vivo o grabados vía digital, internet y/o streaming; publicidad y anuncios comerciales por radio para contenidos de audio, video, multimedia, programas en vivo o grabados vía digital, internet y/o streaming; publicidad incluida la publicidad en línea (online) en redes informáticas para contenidos de audio, video, multimedia, programas en vivo o grabados vía digital, internet y/o streaming; en clase 38: difusión y transmisión de programas de televisión de pago; difusión y transmisión de programas de televisión por cable y vía satélite; difusión y transmisión de programas de radio y televisión; suministro y facilitación de acceso a internet alámbrico e inalámbrico; proveedor de servicios de internet; servicios de telecomunicaciones prestados mediante internet, redes internas y extranet; servicios de conexión a internet para consumidores particulares y para entidades comerciales; facilitación de acceso a redes informáticas; transmisión de datos, sonido, información, mensajes e imágenes vía satélite, vía internet y a través de cable; transmisión de archivos de datos, audio, video y multimedia, incluidos archivos descargables y archivos difundidos en flujo continuo en redes informáticas mundiales; transmisión y retransmisión electrónica de sonido, imágenes, documentos, mensajes y datos; transmisión de guías de programas de televisión interactivas; en clase 41: servicios de entretenimiento; información y servicios de asesores relativos al entretenimiento; montaje de programas de radio y televisión; producción de programas de radio y televisión; producción de programas de animación y en vivo; producción de entretenimiento en forma de cintas de video; producción de entretenimiento en forma de series de televisión; producción de programas de animación para su uso en televisión y cable; producción de grabaciones de sonido y video; producción de programas de televisión para su emisión en dispositivos móviles; producción de programas de televisión por cable; producción de podcasts. Fecha: 13 de febrero de 2023. Presentada el: 31 de enero de 2023. San José. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. 13 de febrero de 2023. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978. Esta solicitud se rige por el art. 28 de la Ley de Marcas Comerciales y Otros Signos Distintivos que indica “Cuando la marca consista en una etiqueta y otro signo compuesto por un conjunto de elementos, la protección no se extenderá a los elementos contenidos en ella que sean de uso común o necesario en el comercio”.—Ivonne Mora Ortega, Registradora.—( IN2023737389 ).

Solicitud Nº 2022-0010872.—Diego Zalazar Gamboa, soltero, cédula de identidad 304120614, con domicilio en: Santa Ana Radial Lindora, Centro Comercial Milla Platino, San José, Costa Rica, solicita la inscripción

como marca de servicios en clase(s): 44 internacional(es), para proteger y distinguir lo siguiente: en clase 44: servicios de nutrición orientados al mejoramiento de la salud y la composición metabólica de una manera holística (como un todo). Fecha: 15 de febrero de 2023. Presentada el: 09 de diciembre de 2022. San José. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. 15 de febrero de 2023. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978. Esta solicitud se rige por el art. 28 de la Ley de Marcas Comerciales y Otros Signos Distintivos que indica “Cuando la marca consista en una etiqueta y otro signo compuesto por un conjunto de elementos, la protección no se extenderá a los elementos contenidos en ella que sean de uso común o necesario en el comercio”.—Milena Marín Jiménez, Registrador(a).—( IN2023737459 ).

Solicitud N° 2023-0002571.—Yenhow Isabel Chin Valderrama, soltera, cédula de identidad N° 105590122, con domicilio en Sabana Norte, del Scotiabank 200 metros norte, 100 metros este y 50 metros norte, calle N° 64, Clínica Valdecar a mano izquierda, San José, Costa Rica; y Anabelle Consuelo Quesada Jiménez, casada una vez, cédula de identidad N° 106630647, con domicilio en Santa Ana, Pozos, Condominio Ecoresidencial Villa Real, casa N° S 21, San José, Costa Rica, solicita la inscripción

como marca de comercio y servicios, en clase: 44 internacional. Para proteger y distinguir lo siguiente: en clase 44: Servicios de jardinería y jardinero; mantenimiento de jardines; asesoramiento en jardinería; gestión de jardines botánicos; planificación (diseño) de jardines; servicios de jardinería paisajística; horticultura, jardinería y paisajismo (diseño de parques y jardines); plantación de árboles de jardín; alquiler de accesorios de jardín; diseño de jardines y paisajes; servicios de cuidado de jardines; servicios de diseño de jardines; alquiler de instrumentos de jardinería; información y asesoramiento sobre jardinería; suministro de información sobre jardinería; diseño de jardines paisajísticos para terceros; suministro de instalaciones de jardinería comunitarias; cuidado de jardines y lechos de flores; servicios de asesoramiento en materia de jardinería acuática; servicios de asesoramiento relacionados con el diseño de jardines; suministro de información sobre la plantación de árboles de jardín; jardinería paisajística con arreglos florales para el interior de edificios; servicios de jardineros paisajistas. Fecha: 22 de marzo de 2023. Presentada el: 20 de marzo de 2023. San José: Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. 22 de marzo de 2023. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley N° 7978. Esta solicitud se rige por el art. 28 de la Ley de Marcas Comerciales y Otros Signos Distintivos que indica “Cuando la marca consista en una etiqueta y otro signo compuesto por un conjunto de elementos, la protección no se extenderá a los elementos contenidos en ella que sean de uso común o necesario en el comercio”.—Ildreth Araya Mesén, Registradora.—( IN2023737626 ).

Solicitud Nº 2022-0004547.—Elizabeth Angulo López, divorciada dos veces, cédula de identidad N° 104191042 con domicilio en Guadalupe, Goicoechea, Av 2da, entre calles 2 y 4, casa Nº 248, San José, Costa Rica, solicita la inscripción

como marca de comercio en clase 25 internacional, para proteger y distinguir lo siguiente: en clase 25: Fajas (ropa interior). Fecha: 20 de julio de 2022. Presentada el: 30 de mayo de 2022. San José. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. 20 de julio de 2022. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978. Esta solicitud se rige por el art. 28 de la Ley de Marcas Comerciales y Otros Signos Distintivos que indica “Cuando la marca consista en una etiqueta y otro signo compuesto por un conjunto de elementos, la protección no se extenderá a los elementos contenidos en ella que sean de uso común o necesario en el comercio”.—Milena Marín Jiménez, Registradora.—( IN2023738071 ).

Solicitud Nº 2023-0000968.—Christian Gabriel Durán Mora, soltero, cédula de identidad N° 114480126, con domicilio en: San José, Pavas, calle setenta y ocho, San José, Costa Rica, solicita la inscripción

como marca de servicios en clase 38. Internacional. Para proteger y distinguir lo siguiente: Servicios de telecomunicaciones. Reservas: se reservan los colores magenta y negro. Fecha: 22 de marzo de 2023. Presentada el 06 de febrero de 2023. San José. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. 22 de marzo de 2023. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley N° 7978. Esta solicitud se rige por el art. 28 de la Ley de Marcas Comerciales y Otros Signos Distintivos que indica “Cuando la marca consista en una etiqueta y otro signo compuesto por un conjunto de elementos, la protección no se extenderá a los elementos contenidos en ella que sean de uso común o necesario en el comercio”.—Wendy López Vindas, Registradora.—( IN2023738137 ).

Solicitud N° 2023-0002661.—Adrián Emilio Montero Riondet, soltero, cédula de identidad N° 112870941, en calidad de apoderado especial de 3-101-760623, Sociedad Anónima, cédula jurídica N° 3101760623, con domicilio en San José, El Carmen, avenida tercera, calle nueve, costado sur de la Escuela Buenaventura Corrales, San José, Costa Rica, solicita la inscripción:

como nombre comercial en clase 49. Internacional. Para proteger y distinguir lo siguiente: un establecimiento comercial dedicado a bar y restaurante; ubicado en San José, San José El Carmen, avenida tercera, calle nueve, costado sur de la Escuela Buenaventura Corrales. Fecha: 24 de marzo de 2023. Presentada el 22 de marzo de 2023. San José. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. 24 de marzo de 2023. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley N° 7978. Esta solicitud se rige por el art. 28 de la Ley de Marcas Comerciales y Otros Signos Distintivos que indica “Cuando la marca consista en una etiqueta y otro signo compuesto por un conjunto de elementos, la protección no se extenderá a los elementos contenidos en ella que sean de uso común o necesario en el comercio”.—Randall Abarca Aguilar, Registrador.—( IN2023738287 ).

PUBLICACIÓN DE SEGUNDA VEZ

Solicitud N° 2023-0002460.—Francisco Javier Rodríguez Velásquez, casado, cédula de identidad N° 114070766, en calidad de apoderado generalísimo de ADN Empresarial Administrador Sociedad Anónima, cédula jurídica N° 3101680148, con domicilio en Rohrmoser, Pavas, 100 metros al este de Plaza Mayor, Oficentro Galerías, oficina N° 18, San José, Costa Rica, solicita la inscripción:

como Marca de Fábrica en clase(s): 31 internacional(es), para proteger y distinguir lo siguiente: en clase 31: alimentos y piensos para animales. Reservas: de los colores: verde y gris. Fecha: 17 de marzo de 2023. Presentada el: 16 de marzo de 2023. San José: Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. 17 de marzo de 2023. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978. Esta solicitud se rige por el art. 28 de la Ley de Marcas Comerciales y Otros Signos Distintivos que indica “Cuando la marca consista en una etiqueta y otro signo compuesto por un conjunto de elementos, la protección no se extenderá a los elementos contenidos en ella que sean de uso común o necesario en el comercio”.—Johnny Rodríguez Garita, Registrador.—( IN2023739052 ).

Solicitud N° 2023-0002460.—Francisco Javier Rodríguez Velásquez, casado, cédula de identidad N° 114070766, en calidad de apoderado generalísimo de ADN Empresarial Administrador Sociedad Anónima, cédula jurídica N° 3101680148, con domicilio en Rohrmoser, Pavas, 100 metros al este de la Plaza Mayor, Oficentr Galerías, Oficina N° 18, San José, Costa Rica, solicita la inscripción

como marca de fábrica, en clase(s): 31 internacional(es). Para proteger y distinguir lo siguiente: en clase 31: Alimentos y piensos para animales. Reservas: De los colores: verde y gris. Fecha: 17 de marzo de 2023. Presentada el: 16 de marzo de 2023. San José: Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. 17 de marzo de 2023. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley N° 7978. Esta solicitud se rige por el art. 28 de la Ley de Marcas Comerciales y Otros Signos Distintivos que indica “Cuando la marca consista en una etiqueta y otro signo compuesto por un conjunto de elementos, la protección no se extenderá a los elementos contenidos en ella que sean de uso común o necesario en el comercio”.—Johnny Rodríguez Garita, Registrador(a).—( IN2023739053 ).

Solicitud Nº 2022-0004675.—María de La Cruz Villanea Villegas, casada dos veces, cédula de identidad 109840695, en calidad de Apoderado Especial de Nu Pagamentos S. A. - Instituição de Pagamento, con domicilio en R Capote Valente, 39 Pinheiros-05409-000 Sao Pablo-SP, Brasil, solicita la inscripción

como marca de fábrica y comercio en clase(s): 9 internacional(es), para proteger y distinguir lo siguiente: en clase 9: dispositivos de verificación electrónica para la verificación de la autenticación de tarjetas de recarga, tarjetas bancarias, tarjetas de crédito, tarjetas débito, tarjetas prepago, tarjetas de pago y tarjetas de facturación; firmas digitales; tarjetas que contienen un chip de circuito integrado [tarjeta inteligente]; tarjetas de colección; tarjetas de gastos, tarjetas bancarias, tarjetas de crédito, tarjetas débito y tarjetas de pago codificadas magnéticamente; tarjetas de recarga, tarjetas bancarias, tarjetas de crédito, tarjetas débito, tarjetas prepago y tarjetas de pago; tarjetas magnéticas codificadas y tarjetas que contienen un chip de circuito integrado (tarjetas inteligentes); tarjetas magnéticas codificadas, dispositivos de escaneo óptico y tarjetas inteligentes que contienen un chip de circuito integrado; tarjetas magnéticas codificadas; Certificados digitales; claves de cifrado; dispositivos informáticos para manejo de datos; dispositivos de identificación por radiofrecuencia (transpondedores); equipos de telecomunicación inalámbricos, a saber transpondedores; dispositivos de verificación electrónica, a saber hardware y software de computador para la autenticación de tarjetas de pago, tarjetas bancarias, tarjetas de crédito, tarjetas débito y tarjetas de pago; equipos de telecomunicación, a saber, terminales electrónicos para transacciones en puntos de venta y software de computador para transmisión, visualización y almacenamiento de transacciones, identificación e información financiera para uso en servicios financieros e industrias de telecomunicaciones y banca; hardware que comprende escáneres electrónicos que se utilizan con dispositivos de activación magnéticos, incluyendo tarjetas, etiquetas clave y etiquetas de transpondedor que comprenden sets de un circuito electrónico y una antena de radio que se utilizan con escáneres electrónicos; hardware de computador y software de codificación, claves de codificación, certificados digitales, firmas digitales, software para la seguridad del almacenamiento de datos y restauración y transmisión de información confidencial de clientes utilizada por individuos, instituciones bancarias y financieras; hardware de computador de tipo de dispositivos que contienen un chip de circuito integrado y dispositivos de pago por proximidad conocidos como transpondedores; hardware de computador, accesorios de computador y software para uso en transacciones electrónicas e inalámbricas comerciales y de consumo, a saber, hardware, software y accesorios de computador, para facilitar los pagos electrónicos e inalámbricos; hardware de computador, software de computador y programas de computador diseñados para facilitar pequeños pagos a minoristas en la red global de computador, comerciantes y proveedores de contenido; hardware y software de computador para el cifrado y almacenamiento seguro de datos y la restauración y transmisión de información de clientes, cuentas y transacciones utilizada por individuos, instituciones financieras y bancos; hardware y software de computador para facilitar el acceso a cuentas de pago para el comercio electrónico e inalámbrico; lectores de tarjetas; lectores de tarjetas para tarjetas codificadas magnéticamente y tarjetas que contienen un chip de circuito integrado; puntos terminales de transacciones de ventas; software de computador que comprende un programa de pago digital o electrónico para almacenar tarjetas de pago, información personal y dinero o valor electrónico en un computador personal o una computador diseñado para permitir que las tarjetas inteligentes interactúen con terminales y lectores; software de computador diseñado para permitir que las tarjetas inteligentes funcionen con terminales y lectores; software de computador para la transmisión, visualización y almacenamiento de información de transacciones, de identificación y financiera para uso en industrias financieras, bancarias y de telecomunicaciones; software de computador diseñado para permitir que las tarjetas codificadas magnéticamente u ópticamente y las tarjetas inteligentes que contienen un chip de circuito integrado interactúen con los terminales y lectores de tarjetas en la industria de servicios financieros; software y hardware de computador para pagos entre individuos por medios electrónicos; software para garantizar el almacenamiento, la recuperación y la transmisión de datos confidenciales de clientes o utilizados por individuos; terminales para transacciones en puntos de venta y software de computador para la transmisión, visualización y almacenamiento de transacciones, identificación e información financiera para uso en aplicaciones financieras, bancarias y de telecomunicaciones; aplicación de software de computador para uso en el área de bancos y tarjetas de crédito y débito. Fecha: 06 de marzo de 2023. Presentada el: 02 de junio de 2022. San José. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. 06 de marzo de 2023. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978. Esta solicitud se rige por el art. 28 de la Ley de Marcas Comerciales y Otros Signos Distintivos que indica “Cuando la marca consista en una etiqueta y otro signo compuesto por un conjunto de elementos, la protección no se extenderá a los elementos contenidos en ella que sean de uso común o necesario en el comercio”.—Pablo Andrés Sancho Calvo, Registrador(a).—( IN2023739058 ).

Solicitud Nº 2022-0004677.—María de La Cruz Villanea Villegas, casada dos veces, cédula de identidad N° 109840695, en calidad de apoderada especial de Nu Pagamentos S. A.-Instituiҫão de Pagamento con domicilio en R Capote Valente, 39 Pinheiros-05409-000 Sao Paulo-SP, Brasil, solicita la inscripción

como marca de servicios en clase 42. Internacional. Para proteger y distinguir lo siguiente: Actualización de software de computador; escaneo de documentos; desarrollo [diseño] de software de computador; recuperación de datos [informática]; soporte técnico en ciencias de la computación, a saber, instalación, mantenimiento y configuración de base de datos. Fecha: 06 de marzo de 2023. Presentada el 02 de junio de 2022. San José. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. 06 de marzo de 2023. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley N° 7978. Esta solicitud se rige por el art. 28 de la Ley de Marcas Comerciales y Otros Signos Distintivos que indica “Cuando la marca consista en una etiqueta y otro signo compuesto por un conjunto de elementos, la protección no se extenderá a los elementos contenidos en ella que sean de uso común o necesario en el comercio”.—Pablo Andrés Sancho Calvo, Registrador.—( IN2023739059 ).

Solicitud N° 2022-0007794.—María de la Cruz Villanea Villegas, casada dos veces, cédula de identidad N° 109840695, en calidad de apoderado especial de BYD Company Limited, con domicilio en N° 1, Yan’an Road, Kuichong Street, Dapeng New District, Shenzhen, Guangdong, China, solicita la inscripción

como marca de fábrica y comercio, en clase(s): 12 internacional(es). Para proteger y distinguir lo siguiente: en clase 12: Coches. Fecha: 16 de marzo de 2023. Presentada el: 6 de setiembre de 2022. San José: Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. 16 de marzo de 2023. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley N° 7978. Esta solicitud se rige por el art. 28 de la Ley de Marcas Comerciales y Otros Signos Distintivos que indica “Cuando la marca consista en una etiqueta y otro signo compuesto por un conjunto de elementos, la protección no se extenderá a los elementos contenidos en ella que sean de uso común o necesario en el comercio”.—Milena Marín Jiménez, Registrador(a).—( IN2023739060 ).

Solicitud N° 2023-0000997.—María De La Cruz Villanea Villegas, cédula de identidad 100984-0695, en calidad de Apoderado Especial de Biocon Biologics Limited con domicilio en Biocon House, Ground Floor, Tower-3, Semicon Park, Electronic City, Phase-II, Hosur Road, Bengaluru, Karnataka-560100, India, India, solicita la inscripción

como marca de fábrica y comercio en clase(s): 1; 5 y 10. Internacional(es). Para proteger y distinguir lo siguiente: en clase 1: Productos químicos destinados a la industria y la ciencia; preparaciones biológicas para la industria y la ciencia; en clase 5: Preparaciones farmacéuticas, médicas veterinarias; productos higiénicos y sanitarios para uso médico; alimentos y substancias dietéticas para uso médico o veterinario, alimento para bebés; complementos alimenticios para seres humanos y animales; en clase 10: Aparatos e instrumentos quirúrgicos, médicos, odontológicos y veterinarios. Reservas: Colores negro y blanco. Fecha: 16 de marzo de 2023. Presentada el: 7 de febrero de 2023. San José: Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. 16 de marzo de 2023. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978. Esta solicitud se rige por el art. 28 de la Ley de Marcas Comerciales y Otros Signos Distintivos que indica “Cuando la marca consista en una etiqueta y otro signo compuesto por un conjunto de elementos, la protección no se extenderá a los elementos contenidos en ella que sean de uso común o necesario en el comercio”.—Kimberly Arick Alvarado, Registrador(a).—( IN2023739061 ).

Solicitud Nº 2022-0005374.—María De La Cruz Villanea Villegas, casada dos veces, cédula de identidad N° 109840695, en calidad de apoderada especial de Cooperativa de Productores de Leche Dos Pinos R.L, con domicilio en del aeropuerto, 7 kilómetros al oeste, Alajuela, Costa Rica, solicita la inscripción:

como marca de fábrica y comercio en clase: 31 internacional, para proteger y distinguir lo siguiente: en clase 31: semillas agrícolas. Fecha: 21 de marzo de 2023. Presentada el 21 de junio de 2022. San Jose: Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. 21 de marzo de 2023. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978. Esta solicitud se rige por el art. 28 de la Ley de Marcas Comerciales y Otros Signos Distintivos que indica “Cuando la marca consista en una etiqueta y otro signo compuesto por un conjunto de elementos, la protección no se extenderá a los elementos contenidos en ella que sean de uso común o necesario en el comercio”.—Grettel Solís Fernandez, Registradora.—( IN2023739062 ).

Solicitud N° 2023-0001592.—Juan Miguel Villalobos Zamora, cédula de identidad N° 205770750, en calidad de apoderado especial de Katahama Investments LLC Limitad, cédula jurídica N° 3102615384, con domicilio en Guanacaste, Santa Cruz, Tamarindo, Edificio P Y D Abogados contiguo al Hotel Pasatiempo, Tamarindo, Santa Cruz, Costa Rica, solicita la inscripción

como marca de servicios en clase(s): 43. Internacional(es). Para proteger y distinguir lo siguiente: en clase 43: Servicios prestados en relación con la preparación de alimentos y bebidas para el consumo; servicios de restaurante; servicios de restaurante autoservicio; servicios de snack-bar; servicios de restaurante para llevar. Reservas: Reservar el logo que se adjunta el cual es un fondo blanco donde resaltan las palabras BEACH TREATS en colores verde y anaranjado. Fecha: 17 de marzo de 2023. Presentada el: 23 de febrero de 2023. San José: Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. 17 de marzo de 2023. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley N° 7978. Esta solicitud se rige por el art. 28 de la Ley de Marcas Comerciales y Otros Signos Distintivos que indica “Cuando la marca consista en una etiqueta y otro signo compuesto por un conjunto de elementos, la protección no se extenderá a los elementos contenidos en ella que sean de uso común o necesario en el comercio”.—Ivonne Mora Ortega, Registradora.—( IN2023739173 ).

Solicitud N°2023-0002489.—César Mora Siles, soltero, cédula de identidad 109980221, con domicilio en ultima casa, mano izquierda, calle sin salida, Barrio Santa Eguviges, Higuito, San Miguel, Desamparados, San José, Costa Rica , solicita la inscripción

como marca de servicios en clase(s): 42. Internacional(es). Para proteger y distinguir lo siguiente: en clase 42: Página web de almacenamiento digital de fotografías. Fecha: 23 de marzo de 2023. Presentada el: 16 de marzo de 2023. San José: Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. 23 de marzo de 2023. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978. Esta solicitud se rige por el art. 28 de la Ley de Marcas Comerciales y Otros Signos Distintivos que indica “Cuando la marca consista en una etiqueta y otro signo compuesto por un conjunto de elementos, la protección no se extenderá a los elementos contenidos en ella que sean de uso común o necesario en el comercio”.—Ginna Aguilar Madriz, Registradora.—( IN2023739174 ).

Solicitud N° 2023-0001830.—Eduardo Sánchez Mantilla, cédula de identidad N° 113080977, en calidad de apoderado generalísimo de Taurursus Enterprises S. A., cédula de identidad N° 3101748526, con domicilio en San Rafael de Escazú, Guachipelin de la Rotonda de Multiplaza 300 norte y 25 este, Parque Industrial Guachipelin, San José, Costa Rica, solicita la inscripción

como marca de fábrica y comercio en clase 3. Internacional. Para proteger y distinguir lo siguiente: Productos de cuidado cosmético y personal como: cremas, lociones, ungüentos, aceites para masajes, exfoliantes, shampoos, acondicionadores, mascarillas capilares geles, jabones, espumas limpiadoras, aguas aromáticas, gotas y ampollas para el cabello. Fecha: 16 de marzo de 2023. Presentada el 01 de marzo de 2023. San José. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. 16 de marzo de 2023. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley N° 7978. Esta solicitud se rige por el art. 28 de la Ley de Marcas Comerciales y Otros Signos Distintivos que indica “Cuando la marca consista en una etiqueta y otro signo compuesto por un conjunto de elementos, la protección no se extenderá a los elementos contenidos en ella que sean de uso común o necesario en el comercio”.—Rina Ruiz Mata, Registradora.—( IN2023739192 ).

Solicitud Nº 2023-0001423.—Kattia Virginia Barrientos Ureña, cédula de identidad N° 111610021, en calidad de apoderada especial de Papagayo Advisors S.R.L., cédula jurídica N° 3102843004 con domicilio en San José, Pérez Zeledón, San Isidro del General, 50 metros al oeste y 50 metros al norte de la Ferretería Xiomara, casa de dos plantas con verjas color gris frente a Gimnasio Body Combat, San José, Costa Rica, solicita la inscripción

como marca de servicios en clase 45 internacional, para proteger y distinguir lo siguiente: en clase 45: Servicios de investigación y vigilancia en relación con la seguridad física de bienes materiales y personas. Reservas: color azul. Fecha: 20 de febrero de 2023. Presentada el: 17 de febrero de 2023. San José: Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. 20 de febrero de 2023. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978. Esta solicitud se rige por el art. 28 de la Ley de Marcas Comerciales y Otros Signos Distintivos que indica “Cuando la marca consista en una etiqueta y otro signo compuesto por un conjunto de elementos, la protección no se extenderá a los elementos contenidos en ella que sean de uso común o necesario en el comercio”.—Pablo Andrés Sancho Calvo, Registrador.—( IN2023739194 ).

Solicitud Nº 2022-0009195.—Cinthia Gamboa Gómez, soltera, cédula de identidad N° 112050250 con domicilio en Vásquez de Coronado, San Antonio, Palillo, Pulpería Asturiana 300 metros noroeste, Condominio Villa del Mar, casa N° 12, San José, Costa Rica, solicita la inscripción

como marca de fábrica y comercio en clases 30 y 31 internacionales, para proteger y distinguir lo siguiente: en clase 30: Café, té, cacao y sucedáneos del café; arroz; tapioca y sagú; harinas y preparaciones a base de cereales; pan, productos de pastelería y confitería; helados; azúcar, miel, jarabe de melaza; levadura, polvos de hornear; sal; mostaza; vinagre, salsas (condimentos); especias; hielo; en clase 31: Productos agrícolas, acuícolas, hortícolas y forestales en bruto y sin procesar; granos y semillas en bruto o sin procesar; frutas y verduras, hortalizas y legumbres frescas, hierbas aromáticas frescas; plantas y flores naturales; bulbos, plantones y semillas para plantar; animales vivos; productos alimenticios y bebidas para animales; malta. Reservas: De los colores: gris y naranja. Fecha: 12 de diciembre de 2022. Presentada el: 20 de octubre de 2022. San José. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. 12 de diciembre de 2022. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978. Esta solicitud se rige por el art. 28 de la Ley de Marcas Comerciales y Otros Signos Distintivos que indica “Cuando la marca consista en una etiqueta y otro signo compuesto por un conjunto de elementos, la protección no se extenderá a los elementos contenidos en ella que sean de uso común o necesario en el comercio”.—Isela Chango Trejos, Registradora.—( IN2023739203 ).

Solicitud N° 2023-0002169.Mónica María Monge Solís, en calidad de apoderado especial de Blue Home Hospitality Sociedad de Responsabilidad Limitada, con domicilio en Nicoya, Nosara, Centro Comercial La Bomba, Local Doce, Guanacaste, Costa Rica, solicita la inscripción

como marca de comercio y servicios en clase(s): 21 y 24. Internacional(es). Para proteger y distinguir lo siguiente: en clase 21: Utensilios y recipientes para uso doméstico y culinario; utensilios de cocina y vajilla.; en clase 24: Tejidos y sus sucedáneos; ropa de hogar; cortinas de materias textiles o de materias plásticas. Fecha: 24 de marzo de 2023. Presentada el: 9 de marzo de 2023. San José: Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. 24 de marzo de 2023. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley N° 7978. Esta solicitud se rige por el art. 28 de la Ley de Marcas Comerciales y Otros Signos Distintivos que indica “Cuando la marca consista en una etiqueta y otro signo compuesto por un conjunto de elementos, la protección no se extenderá a los elementos contenidos en ella que sean de uso común o necesario en el comercio”.—Randall Abarca Aguilar, Registrador.—( IN2023739205 ).

Solicitud Nº 2023-0001437.—Mauricio Lara Ramos, casado una vez, cédula de identidad N° 111800957, en calidad de apoderado especial de Binary Beach Limitada, cédula jurídica N° 3102762145 con domicilio en Escazú, San Rafael, Edificio Davivienda, primer piso, Meridiano Business Center, San José, Costa Rica, solicita la inscripción

como marca de servicios en clases 9; 25; 35; 36; 41 y 42 internacionales, para proteger y distinguir lo siguiente: en clase 9: Hardware, firmware y software de ordenador, plataformas de software de ordenador; software de comercio electrónico para realizar transacciones comerciales por medios electrónicos a través de una red informática global; software de aplicación; software de aplicación para tecnología blockchain; software de aplicación para teléfonos móviles; software de computación en la nube; software para comprar, vender, comerciar, pagar, activar, almacenar y gestionar tokens fungibles y no fungibles valiosos, y cripto activos; software para servicios financieros; tarjetas de crédito y de pago codificadas; terminales de cripto pago para el pago de servicios minoristas mediante tecnología blockchain; software informático descargable para gestionar transacciones de criptodivisas utilizando tecnología blockchain; claves criptográficas descargables para recibir y gastar cripto activos; monederos electrónicos descargables; monitores de visualización de vídeo portátiles; rastreadores de actividad portátiles; dispositivos inteligentes portátiles; smartwatches; conjuntos de datos grabados o descargables; plataformas de software almacenadas o descargables; software informático almacenado; aplicaciones de software informático descargables; aplicaciones de pago para criptodivisas (software); en clase 25: Ropa; calzado; sombreros; pañuelos (pañoletas); pañuelos; ropa con LED integrados; ropa bordada; capas de peluquería; ropa para gimnasia; camisas; pantalones; sombreros; chaquetas (ropa); casquetes; capuchas (ropa); vestidos; pañuelos para la cabeza; corbatas; camisas de manga corta; baberos con mangas, que no sean de papel; batas; batas; gorras; gorros; ropa exterior; orejeras (prendas de vestir); combinaciones (prendas de vestir); pantuflas; sombreros de papel (prendas de vestir); ponchos; suéteres; pijamas; faldas; trajes de dormir, zapatos; monos; cintas para la cabeza (prendas de vestir); prendas de punto; camisetas; leotardos; abrigos; uniformes; ropa interior; ropa interior; chalecos; sombreros de copa; en clase 35: Servicios de publicidad, marketing y promoción; marketing de localización; marketing de ciudad; publicidad y actos publicitarios relativos a la localización o ciudad y para las empresas o comercios situados en el territorio, y en medios de comunicación, medios en línea y plataformas en línea, así como en carteles, folletos, prospectos e impresos; presentación de productos en medios de comunicación con fines de venta al por menor; venta al por menor en zonas del centro de la ciudad relativa a los productos mencionados aquí en las clases 9 y 25; venta al por menor y al por mayor desde centros comerciales, centros comerciales o centros outlet en relación con los productos mencionados en las clases 9 y 25; venta al por menor en línea en relación con los productos mencionados en las clases 9 y 25; puesta a disposición de un mercado en línea para compradores y vendedores de bienes y servicios; puesta a disposición de un mercado en línea para compradores y vendedores de bienes y servicios en el metaverso; cuidado y mantenimiento de datos en bases de datos informáticas; análisis y evaluación de datos en bases de datos informáticas; marketing turístico; desarrollo empresarial, en particular asesoramiento empresarial y organizativo para empresas; marketing regional; gestión de ciudades (marketing); desarrollo de ciudades (marketing); política de localización (marketing); desarrollo empresarial regional, en particular asesoramiento empresarial y organizativo para empresas de la región; promoción de proyectos (marketing); promoción de empresas de nueva creación y de redes de empresas de nueva creación mediante asesoramiento empresarial y organizativo; apoyo estructural y proyectos de infraestructura (marketing); promoción de reasentamientos empresariales (marketing); servicios de intermediación empresarial relativos a la puesta en contacto de inversores privados potenciales con empresarios que necesitan financiación; servicios de intermediación no empresarial relacionados con la puesta en contacto de inversores privados potenciales con empresarios que necesitan financiación; promoción de la economía local y del comercio minorista local (marketing); servicios de reubicación para empresas; consultoría en materia de publicidad, marketing y promoción de ventas; consultoría en materia de gestión y organización empresarial; consultoría en materia de estrategias de comunicación de relaciones públicas y relaciones públicas; consultoría en materia de estrategias de comunicación publicitaria; servicios de consultoría empresarial para la transformación digital; servicios de comunicación corporativa; servicios de agencia de publicidad; marketing; servicios de relaciones con los medios de comunicación; servicios de relaciones públicas; relaciones públicas; actualización de material publicitario; publicidad exterior; publicidad televisiva; publicidad en línea en una red informática; desarrollo de conceptos publicitarios; difusión de material publicitario; redacción de textos publicitarios; realización de eventos comerciales; desarrollo y preparación de campañas publicitarias; desarrollo y preparación de campañas mediáticas (medidas publicitarias); desarrollo y preparación de campañas impresas (medidas publicitarias); servicios de telemarketing; desarrollo y preparación de campañas de folletos (medidas publicitarias); bill-posting; producción de programas de televenta; producción de películas publicitarias; publicidad radiofónica; servicios de news clipping; búsqueda de patrocinadores; publicación de textos publicitarios; marketing de influenciadores; administración comercial de la concesión de licencias de bienes y servicios ajenos; servicios de maquetación con fines publicitarios; servicios de generación de clientes potenciales; marketing en el marco de la edición de programas informáticos; demostración de bienes y servicios con fines publicitarios; servicios de publicidad para crear identidad de marca para terceros; promoción de bienes a través de personas influyentes; promoción de bienes y servicios mediante el patrocinio de acontecimientos deportivos; servicios de inteligencia competitiva (análisis de mercado); inteligencia competitiva (análisis de mercado); servicios de lobbying comercial; marketing dirigido; optimización del tráfico de sitios web; optimización de sitios web para motores de búsqueda con fines de promoción de ventas; facilitación de información comercial y de contacto empresarial; información comercial y asesoramiento a los consumidores en la elección de productos y servicios; facilitación de información comercial a través de un sitio web; información empresarial; facilitación de clasificaciones de usuarios con fines comerciales o publicitarios; realización de proyectos de investigación en el ámbito de la publicidad, el marketing y la promoción de ventas; realización de proyectos de investigación de mercado; compilación de estadísticas; elaboración de perfiles de consumidores con fines comerciales o de marketing; compilación de índices de información con fines comerciales o publicitarios; servicios de gestión de proyectos empresariales para proyectos de construcción; investigación de marketing; estudios de mercado; sondeos de opinión; organización de exposiciones con fines comerciales o publicitarios; asesoramiento en organización empresarial; sistematización de información en bases de datos informáticas; organización de ferias comerciales; negociación de contratos comerciales por cuenta ajena; promoción de ventas por cuenta ajena; promoción de ventas; promoción de ventas adaptada al lugar de compra (promoción en el punto de venta); promoción de ventas adaptada a la tienda (promoción en la tienda); alquiler de tiempo de publicidad en medios de comunicación; mediación y conclusión de transacciones comerciales por cuenta ajena; servicios de intermediación comercial relativos a la puesta en contacto de diversos profesionales con clientes; servicios de intermediación comercial; publicidad por correspondencia; distribución de muestras; administración de programas de fidelización de consumidores; servicios de venta al por menor de obras de arte prestados por galerías de arte; servicios de pedidos en línea en el ámbito de la restauración para llevar y la entrega a domicilio; en clase 36: Provisión de tarjetas prepago y tokens; servicios de pago de monedero electrónico; transferencia electrónica de criptoactivos; transferencia electrónica de fondos proporcionada mediante tecnología blockchain; transferencia electrónica de fondos; intercambio financiero de criptoactivos; servicios financieros; banca; servicios de tarjetas de crédito; procesamiento de transacciones de pago electrónico; provisión o alquiler de terminales de criptopago para el pago de servicios minoristas mediante tecnología blockchain; emisión y canje de tokens electrónicos fungibles o no fungibles o tarjetas y tokens de prepago mediante tecnología blockchain; servicios de pago para criptodivisas; emisión de certificados de regalo; emisión de talonarios de vales; emisión de tokens de valor; emisión de talonarios de vales para campañas de descuento; servicios de cajero automático, emisión de vales y cupones para promoción de ventas en comercio minorista en línea y en tienda; emisión de tarjetas de crédito criptográficas; transacciones bancarias con criptodivisas; cambio de activos Fiat y criptomonedas, transferencias bancarias para criptodivisas; transferencias bancarias para la compra y venta de criptodivisas; compensación financiera en relación con criptodivisas; compensación financiera en relación con la compra y venta de criptodivisas; crowdfunding; intermediación inmobiliaria; servicios de intermediación bursátil; suministro de información financiera; suministro de información financiera a través de un sitio web; servicios de previsión financiera; consultoría financiera; investigación financiera; servicios de compraventa y cambio de divisas; servicios de banca móvil; banca en línea; organización de cobros monetarios; gestión financiera; administración fiduciaria; gestión inmobiliaria; asuntos inmobiliarios; inversión de capital; organización de financiación de proyectos de construcción; alquiler de oficinas y bienes inmuebles; alquiler de oficinas para co-working; alquiler de bienes inmuebles; gestión de casas de apartamentos; servicios de agencia de alojamiento (apartamentos); gestión de edificios de oficinas; servicios de agencia de oficinas; servicios financieros, en concreto, apuesta de criptodivisas; servicios de agencia inmobiliaria; servicios de caja de ahorros; en clase 41: Información educativa; información de entretenimiento; suministro de vídeos en línea no descargables; suministro de programas de televisión no descargables a través de servicios de vídeo a la carta; suministro de instalaciones museísticas; suministro de reseñas de usuarios con fines de entretenimiento o culturales; suministro de clasificaciones de usuarios con fines de entretenimiento o culturales; orientación profesional (asesoramiento sobre educación o formación); servicios de discoteca; suministro de instalaciones de casino (juegos de azar); coaching (formación); presentación de exposiciones en museos; formación práctica (demostración); autoedición electrónica; servicios de biblioteca multimedia; servicios de reporteros gráficos; servicios de certificación educativa, en concreto, prestación de servicios de formación y examen educativo; producción de podcasts; tutoría; producción de espectáculos; dirección de espectáculos; entretenimiento radiofónico, servicios de entretenimiento; servicios de colonias de vacaciones (entretenimiento); organización y realización de seminarios; organización y realización de talleres (formación); exposiciones museísticas con fines educativos; alquiler de instalaciones para estadios; alquiler de decorados; transferencia de conocimientos empresariales y técnicos (formación); publicación de libros; servicios de edición de vídeo eventos; presentación de los de circo; en clase 42: Programación informática; suministro de información sobre tecnología informática y programación a través de un sitio web; escritura de código informático; suministro de sistemas informáticos virtuales mediante computación en la nube; servicios de desarrollo de software; programación de software para plataformas de comercio electrónico; alojamiento de plataformas en internet; suministro de programas informáticos para comercio electrónico; alojamiento de plataformas de comercio electrónico en internet; desarrollo de plataformas informáticas; servicios de autenticación de usuarios mediante tecnología blockchain; servicios de autenticación de usuarios mediante tecnología de inicio de sesión único para aplicaciones de software en línea; servicios de autenticación de usuarios mediante tecnología para transacciones de comercio electrónico; consultoría en seguridad informática; consultoría en tecnología informática; consultoría en seguridad de datos; consultoría en el ámbito del ahorro de energía (prueba de participación); servicios de consultoría relacionados con la tecnología de la información; diseño de software informático; diseño de sistemas informáticos; servicios de arquitectura; diseño de vestuario; investigación y desarrollo de nuevos productos para terceros; creación y mantenimiento de sitios web para terceros; diseño gráfico de material promocional; diseño de artes gráficas; instalación de programas informáticos; plataforma como servicio; prestación de uso temporal de un programa informático de pago para conectar sistemas de pago internacionales (pagos como servicio); servicios de programación informática para el tratamiento de datos; minería de criptomoneda; software como servicio (SaaS); desarrollo de programas informáticos en el marco de la edición de programas informáticos; urbanismo; consultoría tecnológica; servicios de consultoría tecnológica para la transformación digital; investigación tecnológica; investigación científica y tecnológica en el ámbito de las criptodivisas; investigación científica y tecnológica en el ámbito de la tecnología blockchain; prestación de uso temporal de un centro urbano virtual con oportunidades de compra en el metaverso mediante tecnología blockchain; prestación de uso temporal de mundos comerciales virtuales en la web 3.0 Reservas: De los colores; azul, morado, verde, rojo, anaranjado y amarillo Fecha: 24 de marzo de 2023. Presentada el: 17 de febrero de 2023. San José. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. 24 de marzo de 2023. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978. Esta solicitud se rige por el art. 28 de la Ley de Marcas Comerciales y Otros Signos Distintivos que indica “Cuando la marca consista en una etiqueta y otro signo compuesto por un conjunto de elementos, la protección no se extenderá a los elementos contenidos en ella que sean de uso común o necesario en el comercio”.—Walter Alfaro González, Registrador.—( IN2023739949 ).

Solicitud N° 2023-0002174.—María José Ortega Telleria, casada una vez, cédula de identidad 206900053, en calidad de apoderado especial de Mouka Enterprises Sociedad Anónima, Cédula jurídica 3101871500 con domicilio en Santa Ana, Pozos, Residencial Parque Valle del Sol, casa número 295, San José, Costa Rica, solicita la inscripción

como marca de fábrica y servicios en clase(s): 30 y 43. Internacional(es). Para proteger y distinguir lo siguiente: en clase 30: Productos de panadería, pan, productos de pastelería y confitería, repostería dulce y salada, preparaciones a base de cereales, chocolates, mezclas de pastelería, postres, panqueques, cruasanes, decoraciones de azúcar para pasteles, pudines, helados, té; en clase 43: Servicios de cafetería, servicios de repostería, servicios de panadería y servicios de catering. Fecha: 13 de marzo de 2023. Presentada el: 9 de marzo de 2023. San José: Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. 13 de marzo de 2023. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978. Esta solicitud se rige por el art. 28 de la Ley de Marcas Comerciales y Otros Signos Distintivos que indica “Cuando la marca consista en una etiqueta y otro signo compuesto por un conjunto de elementos, la protección no se extenderá a los elementos contenidos en ella que sean de uso común o necesario en el comercio”.—Wendy López Vindas, Registradora.—( IN2023740295 ).

PUBLICACIÓN DE PRIMERA VEZ

Solicitud Nº 2023-0002134.—Anel Aguilar Sandoval, cédula de identidad 113590010, en calidad de Gestor oficioso de Productos Ramo S.A.S., con domicilio en: Carrera 27 A N° 68 - 50 Bogotá D.C., Colombia, Colombia, solicita la inscripción

como marca de fábrica y comercio en clase(s): 30. Internacional(es), para proteger y distinguir lo siguiente: en clase 30: café, té, cacao y sus sucedáneos; arroz, pastas alimenticias y fideos; tapioca y sagú; harinas y preparaciones a base de cereales; pan, productos de pastelería y confitería; chocolate; helados cremosos, sorbetes y otros helados; azúcar, miel, jarabe de melaza; levadura, polvos de hornear; sal, productos para sazonar, especias, hierbas en conserva; vinagre, salsas y otros condimentos; hielo. Fecha: 23 de marzo de 2023. Presentada el: 08 de marzo de 2023. San José: Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. 23 de marzo de 2023. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978. Esta solicitud se rige por el art. 28 de la Ley de Marcas Comerciales y Otros Signos Distintivos que indica “Cuando la marca consista en una etiqueta y otro signo compuesto por un conjunto de elementos, la protección no se extenderá a los elementos contenidos en ella que sean de uso común o necesario en el comercio”.—Milena Marín Jiménez, Registrador(a).—( IN2023740456 ).

Solicitud N° 2023-0002320.—Anel Aguilar Sandoval, cédula de identidad 113590010, en calidad de apoderado especial de Fundación Omar Dengo, cédula jurídica 3006084760 con domicilio en de Casa Matute Gómez 300 metros este y 75 metros sur, calle 25a, avenidas 10 y 12, Barrio Francisco Peralta, Costa Rica, solicita la inscripción

como marca de comercio y servicios en clase(s): 16; 35; 38; 41 y 42. Internacional(es). Para proteger y distinguir lo siguiente: en clase 16: papel y cartón; productos de imprenta; material de encuadernación; fotografías; artículos de papelería y artículos de oficina, excepto muebles; adhesivos (pegamentos) de papelería o para uso doméstico; material de dibujo y material para artistas; pinceles; material de instrucción y material didáctico; hojas, películas y bolsas de materias plásticas para embalar y empaquetar; caracteres de imprenta, clichés de imprenta.; en clase 35: publicidad; gestión, organización y administración de negocios comerciales; trabajos de oficina.; en clase 38: servicios de telecomunicaciones.; en clase 41: educación; formación; servicios de entretenimiento; actividades deportivas y culturales.; en clase 42: servicios científicos y tecnológicos, así como servicios de investigación y diseño conexos; servicios de análisis industrial, investigación industrial y diseño industrial; control de calidad y servicios de autenticación; diseño y desarrollo de hardware y software. Fecha: 23 de marzo de 2023. Presentada el: 13 de marzo de 2023. San José: Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. 23 de marzo de 2023. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la ley 7978. Esta solicitud se rige por el art. 28 de la ley de marcas comerciales y otros signos distintivos que indica “cuando la marca consista en una etiqueta y otro signo compuesto por un conjunto de elementos, la protección no se extenderá a los elementos contenidos en ella que sean de uso común o necesario en el comercio”.—Johnny Rodríguez Garita, Registrador(a).—( IN2023740457 ).

Solicitud N° 2023-0002698.—Anel Aguilar Sandoval, cédula de identidad N° 113590010, en calidad de apoderado especial de Bayer Aktiengesellschaft, con domicilio en Kaiser-Wilhelm-Allee, 51373 Leverkusen, Alemania, solicita la inscripción:

como marca de servicios en clase(s): 41 y 44 internacional(es), para proteger y distinguir lo siguiente: en clase 41: educación, formación y actividades en el campo de las enfermedades cardiovasculares y subsecuentes, relacionadas con la salud de los riñones; en clase 44: servicios médicos, específicamente para la salud de los riñones. Fecha: 24 de marzo de 2023. Presentada el 22 de marzo de 2023. San José: Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. 24 de marzo de 2023. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978. Esta solicitud se rige por el art. 28 de la Ley de Marcas Comerciales y Otros Signos Distintivos que indica “Cuando la marca consista en una etiqueta y otro signo compuesto por un conjunto de elementos, la protección no se extenderá a los elementos contenidos en ella que sean de uso común o necesario en el comercio”.—Rebeca Madrigal Garita, Registradora.—( IN2023740458 ).

Solicitud Nº 2023-0002553.—Joseline Vanessa Mejía Suárez, soltera, cédula de identidad 118520019, con domicilio en Pavas, Geroma, avenida 35a, calle 106A, edificio blanco, portón negro, apartamento número 5, San José, Costa Rica, solicita la inscripción

como marca de fábrica y comercio en clase(s): 25 internacional(es), para proteger y distinguir lo siguiente: camisas, camisetas, gorras, pantalonetas, fajas, abrigos. Reservas: blanco y negro. Fecha: 21 de marzo de 2023. Presentada el: 17 de marzo de 2023. San José. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. 21 de marzo de 2023. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978. Esta solicitud se rige por el art. 28 de la Ley de Marcas Comerciales y Otros Signos Distintivos que indica “Cuando la marca consista en una etiqueta y otro signo compuesto por un conjunto de elementos, la protección no se extenderá a los elementos contenidos en ella que sean de uso común o necesario en el comercio”.—Alex Villegas Méndez, Registrador(a).—( IN2023740543 ).

Solicitud N° 2022-0008013.—Anacedy Montero Morera, cédula de identidad 203830366, en calidad de apoderado especial de Asociación de Desarrollo Especifica Mujeres Productoras de Fila Naranjo, de Pittier, Coto Brus, Cédula jurídica 3002023688 con domicilio en Fila Naranjo, Pittier, Coto Brus, ochocientos metros oeste de la Escuela/ Costa Rica, 60802, Costa Rica, Costa Rica, solicita la inscripción

como nombre comercial. Para proteger y distinguir lo siguiente: Un establecimiento comercial dedicado a tostadora y distribuidora de productos derivados de plátanos verdes/ maduros y tubérculos. Fecha: 20 de octubre de 2022. Presentada el: 14 de septiembre de 2022. San José: Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. 20 de octubre de 2022. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978. Esta solicitud se rige por el art. 28 de la Ley de Marcas Comerciales y Otros Signos Distintivos que indica “Cuando la marca consista en una etiqueta y otro signo compuesto por un conjunto de elementos, la protección no se extenderá a los elementos contenidos en ella que sean de uso común o necesario en el comercio”.—Isela Chango Trejos, Registradora.—( IN2023740996 ).

Patentes de Invención

PUBLICACIÓN DE TERCERA VEZ

El(la) señor(a)(ita) Álvaro Enrique Dengo Solera, cédula de identidad N° 105440035, en calidad de apoderado especial de BTL Industries, solicita la Diseño Industrial denominado:

APLICADOR DE FLANCOS (PARA MOLDEAR EL CUERPO). Se trata de un aplicador de FLANCOS, que está destinado al tratamiento de la obesidad mediante la reducción de grasa a través de la estimulación neuromuscular, la lipolisis inducida por radiofrecuencia y el aumento del flujo sanguíneo. La memoria descriptiva, reivindicaciones, resumen y diseños quedan depositados, la Clasificación Internacional de diseños Industriales es: 24-01; cuyo(s) inventor(es) es(son) Ghose, Mahaan (CZ). Prioridad: N° 008876213 del 04/03/2022 (EP). La solicitud correspondiente lleva el N° 2022-0000434, y fue presentada a las 09:06:39 del 2 de septiembre de 2022. Cualquier interesado podrá oponerse dentro de los tres meses siguientes a la tercera publicación de este aviso. Publíquese tres días consecutivos en el Diario Oficial La Gaceta y una vez en un periódico de circulación nacional.—San Jose, 20 de febrero de 2023.—Oficina de Patentes.—Viviana Segura De La O.—( IN2023731832 ).

El(la) señor(a)(ita) Álvaro Enrique Dengo Solera, cedula de identidad 105440035, en calidad de apoderado especial de BTL Industries, solicita el Diseño Industrial denominado

ELECTRODO DE FRENTE (PARA EL TRATAMIENTO DE LA PIEL). Electrode de frente (para el tratamiento de la piel), el cual se detalla en la descripción. La memoria descriptiva, reivindicaciones, resumen y diseños quedan depositados, la clasificación Internacional de diseños Industriales es: 24-01; cuyo(s) inventor(es) es(son) Vojtech Kubik (CZ). Prioridad: N° 009031669-0002 del 19/05/2022 (EP). La solicitud correspondiente lleva el numero 2022-0000467, y fue presentada a las 09:51:13 del 16 de septiembre de 2022. Cualquier interesado podrá oponerse dentro de los tres meses siguientes a la tercera publicación de este aviso. Publíquese tres días consecutivos en el Diario Oficial La Gaceta y una vez en un periódico de circulación nacional.—San Jose, 24 de febrero de 2023.—Oficina de Patentes.—Daniel Marenco Bolaños.—( IN2023731835 ).

El(la) señor(a)(ita) Luis Diego Castro Chavarría, cédula de identidad 106690228, en calidad de Apoderado Especial de Biovet S.A., solicita la Patente PCT denominada ADITIVO PARA ANIMALES QUE CONTIENE SAPONINAS, COMPUESTOS FENÓLICOS YP-CIMENOL, Y PROCEDIMIENTO PARA SU OBTENCIÓN.La presente invención se refiere a un aditivo para animales que comprende saponinas, compuestos fenólicos y p-cimenol, y a su proceso de obtención. La memoria descriptiva, reivindicaciones, resumen y diseños quedan depositados, la Clasificación Internacional de Patentes es:; cuyo(s) inventor(es) es(son) Jaime Borrell Valls (ES). Prioridad: N° P202130637 del 07/07/2021 (ES). Publicación Internacional: . La solicitud correspondiente lleva el número 2022-0000504, y fue presentada a las 08:00:54 del 06 de octubre de 2022. Cualquier interesado podrá oponerse dentro de los tres meses siguientes a la tercera publicación de este aviso. Publíquese tres días consecutivos en el Diario Oficial La Gaceta y una vez en un periódico de circulación nacional.—San José, 31 de enero de 2023.—Maria Leonor Hernandez Bustamante.—( IN2023732725 ).

El(la) señor(a)(ita) Maricela Alpízar Chacón, cédula de identidad N° 110350557, en calidad de apoderada especial de Parekh, Suneel Navnitdas y Su-N Energy Holdings LTD., solicita la Patente PCT denominada: MÉTODO, APARATO, DISPOSITIVO Y SISTEMA PARA LA GENERACIÓN DE ELECTRICIDAD. EI sistema de generación de energía eléctrica genera energía eléctrica mediante la captura de la energía liberada por la transmutación / conversión de uno o más elementos químicos en uno o más elementos, utilizando uno o más elementos de la tabla periódica. La energía capturada se convierte en electricidad en un recto. El sistema incluye preferiblemente un reactor de transmutación y un sistema de captación de energía acoplado al reactor que convierte la energía captada en electricidad, y conecta la energía eléctrica a la red eléctrica o la utiliza en la generación de energía del sitio. En particular, la energía liberada en el proceso de transmutación se convierte directamente en energía eléctrica. Preferiblemente, productos de transmutación que emergen en forma de partículas cargadas, rayos X y calor, liberar energía eliminada de los iones del producto de fusión a medida que pasan en espiral por los electrodos de un convertidor ciclotrón inverso, ventajosamente, el sistema de conversión de energía de transmutación incluye elementos diana, compuestos a base de mercurio en estado paramagnético y excitado como fuente de -energía para la transmutación de elementos diana, que libera energía en forma de partículas cargadas, rayos x y calor. Captación de energía directa de la transmutación de elementos y generación de energía, captación de energía directa para arquear una cámara para producir un campo magnético para captar con conjuntos de bobinas de ferrita alrededor de la cámara de arco para crear electricidad, recoger el calor de la contención de transmutación para impulsar turbina, motor térmico u otro dispositivo adecuado para el calor. En particular, el reactor que convierte la energía capturada en electricidad, almacena energía eléctrica y se conecta a la red o a la generación de energía en el sitio para todas las aplicaciones de electricidad de kW a GW y combustible para el transporte, incluidas las naves espaciales. La memoria descriptiva, reivindicaciones, resumen y diseños quedan depositados, la Clasificación Internacional de Patentes es: G21D 1/001 G21G 7/00 y G21H 1/00; cuyo(s) inventor(es) es(son) Parekh, Suneel Navnitdas (IN); PAREKH, Navnitdas Radhakishan (IN) y Parekh, Platina Suneel (IN). Prioridad: N° 202021026656 del 24/06/2020 (IN). Publicación Internacional: WO/2021/259601. La solicitud correspondiente lleva el N° 2022-0000663, y fue presentada a las 14:18:11 del 20 de diciembre de 2022. Cualquier interesado podrá oponerse dentro de los tres meses siguientes a la tercera publicación de este aviso. Publíquese tres días consecutivos en el Diario Oficial La Gaceta y una vez en un periódico de circulación nacional.—San José, 27 de febrero de 2023.—Oficina de Patentes.—Viviana Segura De La O.—( IN2023732842 ).

El señor: Simón Alfredo Valverde Gutiérrez, cédula de identidad N° 303760289, en calidad de apoderado especial de Amgen Inc., solicita la Patente PCT denominada: FORMULACIONES DE ANTICUERPOS ANTI-TSLP HUMANOS Y MÉTODOS DE USO DE LOS MISMOS. Se proporcionan en la presente composiciones que comprenden más de aproximadamente 100 mg/mL de un anticuerpo anti-TSLP, un tensioactivo, prolina y un amortiguador que comprende más de aproximadamente 100 mg/mL de un anticuerpo anti-TSLP, un tensioactivo, prolina y un amortiguador. Además, se proporcionan métodos para tratar una enfermedad inflamatoria en un sujeto. La memoria descriptiva, reivindicaciones, resumen y diseños quedan depositados, la Clasificación Internacional de Patentes es: A61K 39/395 y C07K 16/24; cuyo(s) inventor(es) es(son) Roschen, Lauren (US) y Litowski, Jennifer (US). Prioridad: N° 62/978,201 del 18/02/2020 (US). Publicación Internacional: WO/2021/168100. La solicitud correspondiente lleva el N° 2022-0000465, y fue presentada a las 08:23:31 del 16 de septiembre de 2022. Cualquier interesado podrá oponerse dentro de los tres meses siguientes a la tercera publicación de este aviso. Publíquese tres días consecutivos en el Diario Oficial La Gaceta y una vez en un periódico de circulación nacional.—San José, 20 de febrero de 2023.—Oficina de Patentes.—Randall Piedra Fallas.—( IN2023732924 ).

El(la) señor(a)(ita) Ana Cecilia de Ezpeleta Aguilar, cédula de identidad N° 109710905, en calidad de apoderado especial de Essity Hygiene And Health Aktiebolag, solicita la Patente PCT denominada ROLLOS SIN NÚCLEO DE UN PRODUCTO DE PAPEL TISÚ Y MÉTODOS DE FABRICACIÓN DE ROLLOS SIN NÚCLEO. Esta divulgación se refiere a un rollo sin núcleo de un producto de papel tisú, tal como papel higiénico, fabricado de una banda continua enrollada en espiral de un producto de papel tisú que tiene un primer extremo y un segundo extremo, y que tiene un diámetro exterior en el rango de 95 a 150 mm. La banda de producto de papel tisú se enrolla de manera que defina un orificio interno que se extiende axialmente ubicado en el centro con respecto al rollo sin núcleo y de manera que el primer extremo esté ubicado en el lado externo del rollo sin núcleo y el segundo extremo esté ubicado en el orificio interno. El diámetro del orificio interior está en el rango de 20 a 50 mm. La densidad del rollo sin núcleo está en un rango de 80 a 160 kg/m3. Una relación de calibre del rollo está en un rango de 10% a 80%. El producto de papel tisú comprende entre dos y seis capas de papel prensado en húmedo convencional (CWP), en donde al menos una de las capas es una capa en relieve, y las capas están unidas. El gramaje del producto de papel tisú está en un rango de 24 g/m2 a 125 g/m2. La memoria descriptiva, reivindicaciones, resumen y diseños quedan depositados, la Clasificación Internacional de Patentes es: D21H 27/00, D21H 27/02, D21H 27/30 y D21H 27/40; cuyo(s) inventor(es) es(son) Jeannot, Sébastien (FR) y Weisang, Nicolas (FR). Prioridad: . Publicación Internacional: WO/2022/003380. La solicitud correspondiente lleva el número 2022-0000682, y fue presentada a las 14:30:08 del 22 de diciembre de 2022. Cualquier interesado podrá oponerse dentro de los tres meses siguientes a la tercera publicación de este aviso. Publíquese tres días consecutivos en el Diario Oficial La Gaceta y una vez en un periódico de circulación nacional.—San José, 27 de febrero de 2023.—Oficina de Patentes.—Viviana Segura De La O.—( IN2023737391 ).

PUBLICACIÓN DE SEGUNDA VEZ

El(la) señor(a)(ita) María del Pilar López Quirós, en calidad de apoderado especial de Genentech, Inc. y F. Hoffmann-La Roche AG, solicita la Patente PCT denominada SÍNTESIS DE COMPUESTOS DE QUINAZOLINA. En la presente se proporcionan métodos para sintetizar compuestos de quinazolina que comprenden al menos un centro atropisomérico. La memoria descriptiva, reivindicaciones, resumen y diseños quedan depositados, la Clasificación Internacional de Patentes es: C07D 401/04 y C07D 401/14; cuyo(s) inventor(es) es(son) Gosselin, Francis (US); Zhang, Haiming (US); Lim, Ngiap-Kie (US); SHEN, Jeff (US); Sirois, Lauren Elizabeth (US); Timmerman, Jacob C. (US); TrachseL, Etienne (CH); White, Nicholas Andrew (US); XU, Jie (US); Bachmann, Stephan (CH); Bigler, Raphael (CH); Clagg, Kyle Bradley Pascual (US); Dipasquale, Antonio Giovanni (US); Meier, Roland Christoph (CH) y Orcel, Ugo Jonathan (CH). Prioridad: N° 63/064,746 del 12/08/2020 (US). Publicación Internacional: WO2022035790. La solicitud correspondiente lleva el número 2023-0123, y fue presentada a las 09:33:22 del 9 de marzo de 2023. Cualquier interesado podrá oponerse dentro de los tres meses siguientes a la tercera publicación de este aviso. San José, 13 de marzo de 2023. Publíquese tres días consecutivos en el Diario Oficial La Gaceta y una vez en un periódico de circulación nacional.—Oficina de Patentes.—Steven Calderón Acuña.—( IN2023739310 ).

El señor Simón Alfredo Valverde Gutiérrez, en calidad de apoderado especial de Boehringer Ingelheim International GmbH, solicita la Patente PCT denominada AGONISTAS DEL RECEPTOR NPY2 SOLUBLES. La invención se refiere a análogos de PYY que tienen alanina en la posición 4, lisina en la posición 7, QRY como el extremo del terminal C y un grupo de prolongación de semivida. Los análogos de la invención son solubles a alrededor de pH 6 y 7. La invención también se refiere a composiciones farmacéuticas que comprenden tales análogos de PYY y al uso médico de los análogos. La memoria descriptiva, reivindicaciones, resumen y diseños quedan depositados, la Clasificación Internacional de Patentes es: A61K 38/22 y C07K 14/575; cuyos inventores son Peters, Stefan (DE); Brennauer, Albert (DE); Pedersen, Søren, Ljungberg (DK); Haebel, Peter (DE) y Madsen, Charlotte, Stahl (DK). Prioridad: N° 20189966.3 del 07/08/2020 (EP). Publicación Internacional: WO2022029231. La solicitud correspondiente lleva el número 2023-0000074, y fue presentada a las 08:00:54 del 7 de febrero de 2023. Cualquier interesado podrá oponerse dentro de los tres meses siguientes a la tercera publicación de este aviso. Publíquese tres días consecutivos en el diario oficial La Gaceta y una vez en un periódico de circulación nacional.—San José, 28 de febrero de 2023.—Oficina de Patentes.—Daniel Marenco Bolaños.—( IN2023739394 ).

DIRECCIÓN NACIONAL DE NOTARIADO

HABILITACIÓN DE NOTARIO PÚBLICO. La DIRECCIÓN NACIONAL DE NOTARIADO con oficinas en San José, San Pedro de Montes de Oca, costado Oeste del Mall San Pedro, Oficentro Sigma, Edificio A, 5to.piso, HACE SABER: Que ante este Despacho se ha recibido solicitud de INSCRIPCIÓN Y HABILITACIÓN como delegatario para ser y ejercer la función pública Estatal del NOTARIADO, por parte de PABLO ANSELMO RIVAS PÉREZ, con cédula de identidad N°110260961, carné N°31033. De conformidad con lo dispuesto por el artículo 11 del Código Notarial, se invita a quienes conozcan hechos o situaciones que afecten la conducta del solicitante, a efecto de que lo comuniquen por escrito a esta Dirección dentro de los QUINCE (15) DÍAS HÁBILES siguientes a esta publicación. Proceso N°175362.—San José, 12 de abril de 2023.—Lic. Josué Gutiérrez Rodríguez. Abogado-Unidad Legal Notarial.—1 vez.—( IN2023745974 ).

AMBIENTE Y ENERGÍA

DIRECCIÓN DE AGUA

EDICTOS

PUBLICACIÓN DE TERCERA VEZ

ED-0291-2023.—Exp. 1716.—Estado-Ministerio de Cultura Juventud, solicita concesión de: (1) 2.33 litros por segundo de la Quebrada Berros, efectuando la captación en finca de su propiedad en Río Azul, La Unión, Cartago, para uso agropecuario-riego-ornamentales. Coordenadas 208.800 / 532.000 hoja Abra. (2) 2 litros por segundo del nacimiento sin nombre, efectuando la captación en finca de su propiedad en Río Azul, La Unión, Cartago, para uso agropecuario-riego-ornamentales. Coordenadas 208.810 / 532.210 hoja Abra. Quienes se consideren lesionados, deben manifestarlo dentro del mes contado a partir de la primera publicación.—San José, 29 de marzo de 2023.—Departamento de Información.—Vanessa Galeano Penado.—( IN2023743876 ).

ED-0217-2023.—Exp. 24064.—Gilbert, Mata Zúñiga, solicita concesión de: (1) 0.05 litros por segundo del nacimiento sin nombre, efectuando la captación en finca de en Rivas, Pérez Zeledón, San José, para uso consumo humano y agropecuario-riego. Coordenadas 160.278 / 579.105 hoja San Isidro. (2) 4 litros por segundo de la quebrada Quebrada Tijera, efectuando la captación en finca de en Rivas, Pérez Zeledón, San José, para uso consumo humano y agropecuario-riego. Coordenadas 160.906 / 579.352 hoja San Isidro. Quienes se consideren lesionados, deben manifestarlo dentro del mes contado a partir de la primera publicación.—San José, 08 de marzo de 2023.—Departamento de Información.—Evangelina Torres Solís.—( IN2023743887 ).

ED-0286-2023.—Exp. 24123.—Dennis, Missel, solicita concesión de: (1) 0.05 litros por segundo del nacimiento sin nombre, efectuando la captación en finca de en San Isidro de El General, Pérez Zeledón, San José, para uso consumo humano. Coordenadas 157.273 / 568.465 hoja San Isidro. Quienes se consideren lesionados, deben manifestarlo dentro del mes contado a partir de la primera publicación.—San José, 28 de marzo de 2023.—Departamento de Información.—Evangelina Torres Solís.—( IN2023743888 ).

ED-0225-2023. Expediente 23318P.—Villaplants Costa Rica SRL., solicita concesión de: 1.13 litros por segundo del acuífero, efectuando la captación por medio del pozo IS-1042 en finca de Villaplants Costa Rica SRL en San Isidro (El Guarco), El Guarco, Cartago, para uso agropecuario riego, comercial lavado de vehículos y consumo humano servicios. Coordenadas 201.929 / 542.249 hoja Tapantí. Quienes se consideren lesionados, deben manifestarlo dentro del mes contado a partir de la primera publicación.—San José, 08 de marzo de 2023.—Departamento de Información.—David Chaves Zúñiga.—( IN2023744118 ).

ED-0301-2023.—Exp. 7033P.—María Isabel, Azqueta Rivero solicita concesión de: (1) 0.10 litros por segundo del acuífero, efectuando la captación por medio del pozo AB-1235 en finca de su propiedad en San Antonio (Escazú), Escazú, San José, para uso consumo humano-doméstico. Coordenadas 208.910 / 521.010 hoja Abra. Quienes se consideren lesionados, deben manifestarlo dentro del mes contado a partir de la primera publicación.—San José, 11 de abril de 2023.—Departamento de Información.—Vanessa Galeano Penado.—( IN2023744167 ).

ED-0294-2023.—Exp. 24135.—Jeannette, Castro Quesada solicita concesión de: (1) 5 litros por segundo de la quebrada Quebrada Serena, efectuando la captación en finca de en Florencia, San Carlos, Alajuela, para uso agropecuario. Coordenadas 264.573 / 484.391 hoja Aguas Zarcas. Quienes se consideren lesionados, deben manifestarlo dentro del mes contado a partir de la primera publicación.—San José, 30 de marzo de 2023.—Departamento de Información.—Evangelina Torres Solís.—( IN2023744205 ).

ED-0139-2023.—Exp. N° 7335P.—Universidad Nacional, solicita concesión de: 0.1 litro por segundo del acuífero, efectuando la captación por medio del pozo GU-29 en finca de su propiedad en Horquetas, Sarapiquí, Heredia, para uso turístico piscina. Coordenadas: 255.550 / 544.700, hoja Guápiles. Quienes se consideren lesionados, deben manifestarlo dentro del mes contado a partir de la primera publicación.—San José, 15 de febrero de 2023.—Departamento de Información.—David Chaves Zúñiga.—( IN2023744206 ).

ED-0308-2023.—Exp. 24154P.—Ciento Quince Congo Bongo Sociedad Anónima, solicita concesión de: 0.5 litros por segundo del pozo CY-131, efectuando la captación en finca de en Cóbano, Puntarenas, Puntarenas, para uso consumo humano doméstico. Coordenadas 182.513 / 418.298 hoja Cabuya. Quienes se consideren lesionados, deben manifestarlo dentro del mes contado a partir de la primera publicación.—San José, 12 de abril de 2023.—Departamento de Información.—David Chaves Zúñiga.—( IN2023745354 ).

PUBLICACIÓN DE SEGUNDA VEZ

ED-0266-2023.—Exp 24108.—Silvertop Sociedad de Responsabilidad Limitada, solicita concesión de: (1) 0.05 litros por segundo del nacimiento sin nombre, efectuando la captación en finca de en Bahía Ballena, Osa, Puntarenas, para uso consumo humano. Coordenadas 127.487 / 568.108 hoja Coronado. Quienes se consideren lesionados, deben manifestarlo dentro del mes contado a partir de la primera publicación.—San José, 22 de marzo de 2023.—Departamento de Información.—Evangelina Torres Solís.—( IN2023745414 ).

ED-0265-2023.—Exp. 24106.—Orlando Emilio, Elizondo Mora, solicita concesión de: (1) 0.03 litros por segundo del nacimiento sin nombre, efectuando la captación en finca de en Rivas, Pérez Zeledón, San José, para uso agropecuario y consumo humano. Coordenadas 158.087 / 581.206 hoja San Isidro. (2) 0.02 litros por segundo del nacimiento sin nombre, efectuando la captación en finca de en Rivas, Pérez Zeledón, San José, para uso agropecuario y consumo humano. Coordenadas 158.548 / 580.777 hoja San Isidro. Quienes se consideren lesionados, deben manifestarlo dentro del mes contado a partir de la primera publicación.—San José, 22 de marzo de 2023.—Departamento de Información.—Evangelina Torres Solís.—( IN2023745415 ).

ED-0118-2023.—Exp. 23981.—Wind Valley del Sur Sociedad de Responsabilidad Limitada, solicita concesión de: (1) 0.05 litros por segundo del nacimiento sin nombre, efectuando la captación en finca de en Cortés, Osa, Puntarenas, para uso consumo humano. Coordenadas 116.976 / 582.782 hoja Coronado. Quienes se consideren lesionados, deben manifestarlo dentro del mes contado a partir de la primera publicación.—San José, 08 de febrero de 2023.—Departamento de Información.—Evangelina Torres Solís.—( IN2023745421 ).

ED-0315-2023.—Exp. 24153.—3-101-767306 Sociedad Anónima, solicita concesión de: (1) 1.96 litros por segundo del nacimiento sin nombre, efectuando la captación en finca de en Tigra, San Carlos, Alajuela, para uso agroindustrial. Coordenadas 261.302 / 472.665 hoja Fortuna. Quienes se consideren lesionados, deben manifestarlo dentro del mes contado a partir de la primera publicación.—San José, 13 de abril de 2023.—Departamento de Información.—Evangelina Torres Solís.—( IN2023745469 ).

ED-0319-2023. Expediente 24162.—Panadería La Zarcerena Sociedad Anónima, solicita concesión de: (1) 3 litros por segundo de la quebrada sin nombre, efectuando la captación en finca de en Palmira (Alfaro Ruiz), Zarcero, Alajuela, para uso agropecuario, consumo humano y agropecuario - riego. Coordenadas 243.900 / 499.434 hoja Quesada. Quienes se consideren lesionados, deben manifestarlo dentro del mes contado a partir de la primera publicación.—San José, 13 de abril de 2023.—Departamento de Información.—Evangelina Torres S.—( IN2023745551 ).

ED-0311-2023.—Expediente 24132P.—Fiduciaria del Occidente Sociedad Anónima, solicita concesión de: (1) 2 litros por segundo del acuífero SJ-23, efectuando la captación por medio del pozo en finca de en El Amparo, Los Chiles, Alajuela, para uso riego. Coordenadas 308.092 / 469.048 hoja San Jorge. Quienes se consideren lesionados, deben manifestarlo dentro del mes contado a partir de la primera publicación.—San José, 13 de abril de 2023.—Departamento de Información.—Evangelina Torres S.—( IN2023745559 ).

ED-0248-2023. Expediente 24093.—Alcides, Gómez Mora, solicita concesión de: (1) 0.05 litro por segundo del nacimiento sin nombre, efectuando la captación en finca de en San Pedro (Pérez Zeledón), Pérez Zeledón, San José, para uso consumo humano. Coordenadas 150.447 / 586.632 hoja San Isidro. Quienes se consideren lesionados, deben manifestarlo dentro del mes contado a partir de la primera publicación.—San José, 15 de marzo de 2023.—Departamento de Información.—Evangelina Torres S.—( IN2023745571 ).

ED-0255-2023.—Expediente 24101P.—Inversiones Zeta Sociedad Anónima, solicita concesión de: 10 litros por segundo del Pozo IS-1, efectuando la captación en finca del mismo en Guadalupe (Cartago), Cartago, Cartago, para uso consumo humano industrial-Oficinas-Hidrantes e Industrial Textiles-Otros. Coordenadas 204.540 / 541.808 hoja Istaru. Quienes se consideren lesionados, deben manifestarlo dentro del mes contado a partir de la primera publicación.—San José, 16 de marzo de 2023.—Departamento de Información.—David Chaves Zúñiga.—( IN2023745573 ).

PUBLICACIÓN DE PRIMERA VEZ

ED-0297-2023. Expediente 18986.—Karina Araya Araya, solicita concesión de: 10 litros por segundo de la Quebrada San Rafael, efectuando la captación en finca de su propiedad en Jiménez, Pococí, Limón, para uso agropecuario acuicultura. Coordenadas 242.302 / 560.594 hoja Guápiles. Predios inferiores: Carmen María Iglesias A. y Mauricio Castillo Calvo. Quienes se consideren lesionados, deben manifestarlo dentro del mes contado a partir de la primera publicación.—San José, 31 de marzo de 2023.—Departamento de Información.—Vanessa Galeano Penado.—( IN2023746005 ).

TRIBUNAL SUPREMO DE ELECCIONES

AVISOS

Registro Civil - Departamento Civil

SECCIÓN DE OPCIONES Y NATURALIZACIONES

Avisos de solicitud de naturalización

Faye Witcher, británica, cédula de residencia N° 182600040902, ha presentado solicitud para obtener la nacionalidad costarricense ante la Sección de Opciones y Naturalizaciones del Registro Civil. Se emplaza a quienes tengan reparos comprobados que hacer a dicha solicitud, para que los presenten por escrito en nuestras oficinas, dentro del término de diez días hábiles siguientes a la publicación de este aviso. Expediente: 1917-2023.—Cartago, al ser las 11:00 del 28 de marzo de 2023.—Jeonattann Vargas Céspedes, Profesional Asistente 1.—1 vez.—( IN2023740455 ).

Magdalena del Socorro Reyes Vivas, Nicaragüense, cédula de residencia DI155817966600, ha presentado solicitud para obtener la nacionalidad costarricense ante la Sección de Opciones y Naturalizaciones del Registro Civil. Se emplaza a quienes tengan reparos comprobados que hacer a dicha solicitud, para que los presenten por escrito en nuestras oficinas, dentro del término de diez días hábiles siguientes a la publicación de este aviso. Expediente: 1701-2023.—San José al ser las 14:08 del 28 de marzo de 2023.—Miguel Ángel Guadamuz Briceño, Profesional en Gestión 1.— 1 vez.—( IN2023740544 ).

Armando Baro Valdes, cubano, cédula de residencia 119200086701, ha presentado solicitud para obtener la nacionalidad costarricense ante la Sección de Opciones y Naturalizaciones del Registro Civil. Se emplaza a quienes tengan reparos comprobados que hacer a dicha solicitud, para que los presenten por escrito en nuestras oficinas, dentro del término de diez días hábiles siguientes a la publicación de este aviso. Expediente: 1929-2023.—Alajuela al ser las 8:01 del 29 de marzo de 2023.—José David Zamora Calderón, Profesional Asistente.—1 vez.—( IN2023740623 ).

CONTRATACIÓN PÚBLICA

NOTIFICACIONES

CAJA COSTARRICENSE DE SEGURO SOCIAL

DIRECCIÓN DE RED INTEGRADA PRESTACIÓN

DE SERVICIOS DE SALUD CHOROTEGA

ÁREA GESTIÓN DE BIENES Y SERVICIOS

PUBLICACIÓN DE SEGUNDA VEZ

Comunica a la Empresa Construcciones CBC S A, cédula jurídica N° 3101394818, que se encuentra disponible para respectivo trámite la Devolución de Garantía de Cumplimiento por un monto de ¢6.000,00 colones (seis mil colones 00/100), la cual corresponde a la contratación 2009LA-000006-2599 cuyo objeto de compra corresponde a la “Remodelación ampliada en la sede de Área de Salud La Cruz”. Depositada en la Sucursal de Liberia, Comprob DG N° 0255 y Comprobante DG-0010 del 18/11/2011. Coordinar al teléfono: 2666-1132, ext. 25991004 / 25991022 / 25991053.

Licda. Grettel Angulo Duarte, Coordinadora AGBS-DRIPSSCH.—( IN2023745473 ).

INSTITUCIONES DESCENTRALIZADAS

UNIVERSIDAD DE COSTA RICA

OFICINA DE REGISTRO E INFORMACIÓN

EDICTOS

PUBLICACIÓN DE SEGUNDA VEZ

ORI-50-2023.—Simosa Villegas Héctor Eduardo, R-024-2023, carné provisional-permiso laboral: 186201041312, solicitó reconocimiento y equiparación del diploma de Médico Cirujano, Universidad de Carabobo, Venezuela. La persona interesada en aportar información del solicitante, podrá hacerlo por escrito ante esta Oficina dentro de los cinco días hábiles siguientes a la publicación del tercer aviso.—Ciudad Universitaria Rodrigo Facio, 28 de febrero de 2023.—M.Sc. María Gabriela Regueyra Edelman, Jefa.—( IN2023739144 ).

ORI-68-2023.—Zapata Palacios Nora Cristina, R-054-2023, pasaporte: AQ696588, solicitó reconocimiento y equiparación del diploma de Odontólogo, Universidad Autónoma de Manizales, Colombia. La persona interesada en aportar información del solicitante, podrá hacerlo por escrito ante esta Oficina dentro de los cinco días hábiles siguientes a la publicación del tercer aviso.—Ciudad Universitaria Rodrigo Facio, 20 de marzo de 2023.—M.Sc. María Gabriela Regueyra Edelman, Jefa.—( IN2023739180 ).  

ORI-62-2023.—Granados Brenes Eduardo, R-038-2023, cédula de identidad: 113180773, solicitó reconocimiento y equiparación del diploma de Magíster Scientiae, Universidade Federal de Viçosa, Brasil. La persona interesada en aportar información del solicitante, podrá hacerlo por escrito ante esta Oficina dentro de los cinco días hábiles siguientes a la publicación del tercer aviso.—Ciudad Universitaria, Rodrigo Facio, 16 de marzo de 2023.—Licda. Wendy Páez Cerdas, Jefa a.í.—( IN2023739390 ).

ORI-66-2023.—Granados Brenes Eduardo, R-038-2023-B, cédula de identidad: 113180773, solicitó reconocimiento y equiparación del diploma de Doctor Scientiae, Universidade Federal de Viçosa, Brasil. La persona interesada en aportar información del solicitante, podrá hacerlo por escrito ante esta Oficina dentro de los cinco días hábiles siguientes a la publicación del tercer aviso.—Ciudad Universitaria Rodrigo Facio, 16 de marzo de 2023.—Licda. Wendy Páez Cerdas, Jefa a.í.—( IN2023739483 ).

ORI-77-2023.—Domínguez Batista Iderlys, R-066-2023, categoría especial libre condición: 119200554227, solicitó reconocimiento y equiparación del diploma de Licenciada en Contabilidad y Finanzas, Universidad de Camagüey, Cuba. La persona interesada en aportar información del solicitante, podrá hacerlo por escrito ante esta Oficina dentro de los cinco días hábiles siguientes a la publicación del tercer aviso.—Ciudad Universitaria Rodrigo Facio, 27 de marzo de 2023.—M.Sc. María Gabriela Regueyra Edelman, Jefa.—( IN2023740304 ).

INSTITUTO COSTARRICENSE DE ACUEDUCTOS

   Y ACANTARILLADOS

EDICTOS

PUBLICACIÓN DE SEGUNDA VEZ

SGSC-2023-01071.—ASADA Carrizal de Alajuela con cédula jurídica 3-002-246816, solicita inscripción de caudal de 4.30 litros por segundo del nacimiento F15 Carrizal, en propiedad Ambientes Ecosostenibles, para abastecimiento poblacional, coordenadas CRTM-05 Norte 1117526.31, Este 483779.38, hoja cartográfica Barba. Quienes se consideren lesionados, deben manifestarlo dentro del mes contado de la publicación.—San José, 27 de marzo 2023.—José Ricardo Mora Ugalde.—( IN2023740270 ).

PATRONATO NACIONAL DE LA INFANCIA

EDICTOS

PUBLICACIÓN DE SEGUNDA VEZ

A: Marta Lorena Martínez González y Stanley Alfonso Bravo López, se le comunica la resolución del Patronato Nacional de la Infancia, Unidad de Atención Inmediata de Alajuela, a las seis horas del quince de marzo del año en curso, en la que se resuelve: 1. Se confiere inicio del Proceso Especial de Protección y Dictado de la Medida Cautelar de Cuido Provisional en hogar sustituto a favor de la persona menor de edad de apellidos Bravo Martínez al lado del Recurso Familiar. 2. Se indica que la presente medida de protección tiene una vigencia de hasta un mes, con fecha de vencimiento el 7/4/2023 en tanto no se modifique en vía administrativa o judicial, plazo dentro del cual deberá definirse la situación psico-socio-legal. 3. Se traslada la medida de protección a la Oficina Local que corresponde para que realice el plan de intervención y una investigación ampliada de los hechos. 4. Se le ordena, a Marta Martínez González para que en su calidad de progenitora de la persona menor de edad que debe someterse al seguimiento que le brinda esta institución en el tiempo y forma que se les indique. Para lo cual se les indica que deben cooperar con la Atención Institucional, lo que implica asistir a citas que le brinden, así como cumplimiento de las indicaciones emitidas. 5. Se le ordena a María Melba Martínez González (en su calidad de recurso) de la persona menor de edad que debe someterse al seguimiento que le brinda esta institución en el tiempo y forma que se les indique. Para lo cual se les indica que deben cooperar con la Atención Institucional, lo que implica asistir a citas que le brinden, así como cumplimiento de las indicaciones emitidas. 6. Se comisiona a la Oficina Local correspondiente para que realice las notificaciones del presente proceso. En contra de lo ordenado se podrá interponer recurso de apelación ante la Presidencia Ejecutiva de la institución; se podrá interponer dentro de las 48 horas siguientes a su notificación. Se le previene que debe señalar un lugar, casa u oficina donde recibir notificaciones futuras, así como señalar un medio electrónico del tipo facsímil y en el entendido que, de no hacerlo, o si el lugar señalado fuere impreciso, inexacto o llegare a desaparecer, o si el medio electrónico fuere defectuoso, estuviere desconectado las resoluciones futuras quedarán firmes veinticuatro horas después de dictadas. Licda. Carmen Lidia Durán Víquez. Expediente N° OLGR-00064-2023.—Oficina Local de Grecia, Grecia, 21 de marzo del 2023.—Licda. Carmen Lidia Durán Víquez, Representante Legal.—O. C. N° OC-13419-202.—Solicitud N° 421468.—( IN2023739033 ).

A la señora: Fátima del Socorro Carrasco Tercero, nacionalidad nicaragüense. Se le comunica la resolución de las siete horas y cuarenta y cinco minutos del veintiuno de marzo de dos mil veintitrés, dentro del expediente administrativo N° RDURAIHN-00266-2023, mediante la cual se declara el Cuido Provisional de la PME K.M.C. Se le confiere audiencia a la señora Fátima del Socorro Carrasco Tercero, por cinco días hábiles para que presente los alegatos de su interés y ofrezca las pruebas que estime necesarias, se advierte que tiene derecho a hacerse asesorar y representar por abogados y técnicos de su elección, así como consultar el expediente en días y horas hábiles, y solicitar las copias del mismo, el cual permanecerá a su disposición en esta oficina regional, ubicada en Costa Rica, Alajuela, San Carlos, Ciudad Quesada, 50 metros al Sur del Ministerio de Hacienda en Ciudad Quesada. Teléfono: 2461-0686/2461-0656. Correo electrónico: uraihuetarnorte@pani.go.cr. Apartado Postal: 5000-1000, San José, Costa Rica. Sitio web: http://www.pani.go.cr.—Oficina Regional de Atención Inmediata Huetar Norte.—Licda. Eva María Arguedas Sequeira, Órgano Director del Proceso Administrativo, Representante Legal.—O. C. N° OC-13419-202.—Solicitud N° 421469.—( IN2023739034 ).

Al señor David Enrique Ramírez Araya, cédula de identidad: 7-0111-0783, sin más datos, se le comunica la resolución de las 10:20 horas del 07/03/2023 en la cual se procede a inicio del Proceso Especial de Protección en sede administrativa, dictado de Medida de Protección Cautelar de Cuido Provisional dictada por la URAIHC y también la resolución de señalamiento de audiencia de las 13:46 horas del 21/03/2023 dictada por la Oficina Local de Pococí a favor de la persona menor de edad B.S.R.B. Notifíquese la presente resolución a quien interese mediante la publicación de un edicto, por tres veces consecutivas, en el Diario Oficial, con la advertencia que deberán señalar lugar conocido para recibir sus notificaciones, o bien, señalar número de facsímil para recibir aquellas notificaciones que pudieren practicarse por ese medio, en el entendido que de no hacerlo, o si el lugar señalado fuere impreciso, inexacto o llegare a desaparecer, o si el medio seleccionado fuere defectuoso, estuviere desconectado, sin suficiente provisión de papel o por cualquier otro modo no imputable a esta institución se interrumpiere la comunicación, las notificaciones futuras quedarán firmes veinticuatro horas después de dictadas. Se les hace saber, además, que contra la presente resolución proceden los recursos ordinarios de revocatoria con apelación en subsidio, que deberán interponer ante esta Representación Legal dentro del tercer día hábil inmediato siguiente a la fecha de la última notificación a las partes, siendo que el de revocatoria será de conocimiento de esta Representación Legal, y el de apelación de la Presidencia Ejecutiva de esta institución. Podrán presentar los alegatos de su interés, y ofrecer las pruebas que estimen necesarias, y se les advierte tienen derecho a hacerse asesorar y representar por abogado y técnico de su elección, así como consultar el expediente en días y horas hábiles, se hace la salvedad que para fotocopiar el expediente administrativo se cuenta con el horario de siete horas con treinta minutos y hasta las once horas con treinta minutos en días hábiles, el cual permanecerá a su disposición en esta oficina local, ubicada en Limón, Pococí, Guápiles, sita 200 metros norte y 25 metros oeste del Banco Popular y Desarrollo Comunal. Expediente N° OLPO-00069-2023.—Oficina Local de Pococí.—MSC. María Gabriela Hidalgo Hurtado, Representante Legal.—O.C. Nº OC-13419-202.—Solicitud Nº 421470.—( IN2023739035 ).

Al señor Gilberth Vivas Pineda, se comunica que, por resolución de las catorce horas con catorce minutos del día veintiuno de marzo del año dos mil veintitrés, se dictó en Sede Administrativa de Medida de Cuido Provisional de en beneficio de las personas menores de edad K.M.V.J. y E.J.V.J. Se le confiere audiencia a las partes por un plazo de tres días hábiles, para que presenten los alegatos de su interés y ofrezca las pruebas que estimen necesarias y se le advierte que tiene derecho a hacerse asesorar y representar por abogados y técnicos de su elección, así como consultar el expediente en días y horas hábiles, se hace la salvedad que para fotocopiar el expediente administrativo se cuenta con el horario de siete horas con treinta minutos y hasta las quince horas en días hábiles, el cual permanecerá a su disposición en esta Oficina Local, ubicada en Sarapiquí, frente a Migración. Se les hace saber además, que contra la presente resolución proceden los recursos ordinarios de revocatoria con apelación en subsidio, que deberán interponer ante esta Representación Legal dentro del tercer día hábil inmediato siguiente a la fecha de la última notificación a las partes, siendo que el de revocatoria será de conocimiento de esta Representación Legal, y el de apelación de la Presidencia Ejecutiva de esta institución, en el entendido que hacerlo fuera de dicho término el recurso deviene en inadmisible. Expediente número OLSAR-00241-2022.—Oficina Local de Sarapiquí.—MSC. Ericka María Araya Jarquín, Órgano Director del Procedimiento Administrativo.—O. C. N° OC-13419-202.—Solicitud N° 421473.—( IN2023739036 ).

A la señora Rebeca López Pérez, se comunica que, por resolución de la una y cuarenta minutos del nueve de marzo del dos mil veintitrés, se dictó en sede administrativa de Medida Cautelar de Cuido Provisional de en beneficio de las personas menores de edad K.S.L.P, S.S.L.P., L.M.L.P. y C.M.L.P. Se le confiere audiencia a las partes por un plazo de tres días hábiles para que presenten los alegatos de su interés y ofrezca las pruebas que estimen necesarias y se le advierte que tiene derecho a hacerse asesorar y representar por abogados y técnicos de su elección, así como consultar el expediente en días y horas hábiles, se hace la salvedad que para fotocopiar el expediente administrativo se cuenta con el horario de siete horas con treinta minutos y hasta las quince horas en días hábiles, el cual permanecerá a su disposición en esta oficina local, ubicada en Sarapiquí, frente a Migración. Se les hace saber además que contra la presente resolución proceden los recursos ordinarios de revocatoria con apelación en subsidio que deberán interponer ante esta representación legal dentro del tercer día hábil inmediato siguiente a la fecha de la última notificación a las partes, siendo que el de revocatoria será de conocimiento de esta representación legal, y el de apelación de la presidencia ejecutiva de esta institución en el entendido que hacerlo fuera de dicho término el recurso deviene en inadmisible. Expediente N° OLCAR-00058-2019.—MSC. Éricka María Araya Jarquín, Órgano Director del Procedimiento Administrativo.—O. C. N° OC-13419-202.—Solicitud N° 421474.—( IN2023739037 ).

Al señor Jonathan Chacón Jiménez, se les comunica la resolución PANI-OLAL-PEP-29-2023 y la resolución PANI-OLAL-RA-107-2023, mediante la cual se inicia el proceso especial de protección bajo la figura de cuido, donde se hace citación a Audiencia Oral y Privada, en favor de las personas menor de edad ICA. Se le confiere audiencia por tres días hábiles, para que presente los alegatos de su interés, y se le advierte que tiene derecho a hacerse asesorar y representar por abogados y técnicos de su elección, así como consultar el expediente en días y horas hábiles, el cual permanecerá a su disposición en esta Oficina Local, ubicada San José, Alajuelita, San Josecito, del supermercado Acapulco 300 metros oeste y 125 metros sur, calle al Liceo de Alajuelita. Expediente OLAL-00213-2022.—Oficina Local de Alajuelita.—Licda. Desirée Ramos Brenes, Representante Legal.—O. C. N° OC-13419-202.—Solicitud N° 421475.—( IN2023739038 ).

A Gladys Martínez Dormus, se le comunica que por resolución de la una hora del once de marzo del dos mil veintitrés, se dictó Medida de Protección Provisionalísima de Cuido Provisional, y mediante resolución de las quince horas veintisiete minutos del veintiuno de marzo del dos mil veintitrés, se convoca a audiencia de ley, ambas resoluciones se dictaron a favor de la PME de apellidos Dávila Martínez. Notifíquese las presentes resoluciones a la parte involucrada. Contra la primera resolución procede Recurso de Apelación, el cual deberá interponerse en esta oficina local dentro de los tres días a partir de su notificación, o de la última publicación del edicto. Será competencia de la Presidencia Ejecutiva de la Institución, resolver dicho recurso. Será inadmisible el interpuesto pasado los tres días señalados. Expediente OLHN-00549-2013.—Oficina Local Heredia Norte.—Licda. María Alejandra Romero Méndez, Órgano Director del Procedimiento.—O. C. N° OC-13419-202.—Solicitud 421477.—( IN2023739039 ).

A la señora Evelyn Patricia Vásquez Vásquez, mayor, costarricense, cédula 604130032, soltera, de oficio y domicilio desconocido, se le comunica que por resolución de las nueve horas cincuenta y nueve minutos del veintiuno de marzo del dos mil veintitrés se mantiene medida de protección de cuido provisional en favor de la persona menor de edad X.S.V., por el plazo de seis meses, rige del doce de enero al doce de julio del dos mil veintitrés; también, se le comunica que por resolución de las doce horas cuarenta y nueve minutos del veintiuno de marzo del dos mil veintitrés, se inicia Proceso Especial de Protección en sede administrativa con dictado de medida de protección de modificación provisional de la guarda, crianza y educación en favor de la persona menor de edad I.D.R.V., para que permanezca con el progenitor, por el plazo de un mes que rige a partir del día veintiuno de marzo al veintiuno de abril del dos mil veintitrés. Se procede mediante este acto a dar audiencia por escrito a las partes con interés legítimo o derecho subjetivo con el fin de que hagan valer sus derechos, para ser escuchadas y se les hace saber que pueden aportar prueba en el plazo de cinco días hábiles; iniciando dicho plazo a partir de la notificación de la presente resolución administrativa. Se le advierte que deberá señalar lugar conocido para recibir sus notificaciones, dentro del perímetro de un kilómetro a la redonda de la sede de esta Oficina Local, la cual se encuentra situada en Quepos, Rancho Grande, frente a la plaza de futbol o bien, señalar número de facsímil para recibir aquellas notificaciones que pudieren practicarse por ese medio, o correo electrónico. Contra la presente cabe recurso de apelación ante la Presidencia Ejecutiva de esta institución, el cual deberá interponer ante esta Representación Legal dentro de las cuarenta y ocho horas siguientes (Artículo 139 del Código de la Niñez y Adolescencia). Expediente OLOR-00075-2021.—Oficina Local de Quepos.—Licda. Dora del Carmen Salazar Carvajal, Órgano Director del Procedimiento.—O.C. Nº OC13419-202.—Solicitud Nº 421478.—( IN2023739040 ).

Al señor Álvaro Nicolas Barrantes Mendoza, se le comunica la resolución de este despacho de las catorce horas seis minutos del veinte de marzo de dos mil veintitrés, que dicta medida cautelar de cuido provisional a favor de la persona menor de edad DJBB en recurso comunal familiar Minor David Bejarano Pasos y Maritza Valencia Valencia. Se le advierte que deberá señalar lugar conocido para recibir sus notificaciones o bien señalar número de facsímil para recibir aquellas notificaciones que pudieran practicarse por este medio, en el entendido de que, de no hacerlo, o si el lugar señalado fuere inexacto, las notificaciones futuras quedarán firmes veinticuatro horas después de dictadas. Recursos: Se le hace saber, que contra la presente resolución procede únicamente el recurso de apelación para ante la Presidencia Ejecutiva de esta institución, el que deberá interponerse ante este despacho en horas hábiles, en forma verbal o por escrito dentro de las cuarenta y ocho horas hábiles siguientes a partir de la tercera publicación de este edicto, en el entendido que hacerlo fuera de dicho término el recurso deviene en inadmisible. Se le informa que es su derecho hacerse asesorar o representar por un profesional en Derecho, así como revisar y estudiar el expediente administrativo. Expediente N° OLPUN-00200-2020.—Oficina Local de Puntarenas.—Licda. Dalia Benavides Álvarez, Representante Legal.—O. C. N° OC-13419-202.—Solicitud N° 421480.—( IN2023739041 ).

Al señor: Alexander Jiménez Bonilla, nacionalidad: costarricense, portador de la cedula de identidad: 602690855, estado civil: soltero, se le comunica la resolución administrativa de las nueve horas del veintidós de marzo del dos mil veintitrés, mediante la cual se resuelve dictar medida de protección de orientación, apoyo y seguimiento a la familia, en favor de la persona menor de edad B.A.J.J. Se le confiere audiencia al señor: Alexander Jiménez Bonilla, por tres días hábiles para que presente los alegatos de su interés y ofrezca las pruebas que estime necesarias y se les advierte que tienen derecho a hacerse asesorar y representar por abogados y técnicos de su elección, así como a consultar el expediente en días y horas hábiles, se hace la salvedad que para obtener el expediente administrativo deberán presentar llave maya o CD, lo anterior porque el expediente es digital y se cuenta con el horario de siete con treinta minutos y hasta las once horas con treinta minutos en días hábiles, el cual permanecerá a su disposición en esta Oficina Local, ubicada en Golfito, Barrio Alamedas, contiguo a los Tribunales de Justica, oficina de dos plantas. Expediente administrativo N° OLGO-00116-2021.—Oficina Local de Golfito.—Licda. Kelli Paola Mora Sánchez, Representante Legal.—O. C. N° OC13419-202.—Solicitud N° 421483.—( IN2023739042 ).

Al señor Junior Enrique Solís Bolaños, costarricense, número de identificación 503700587, oficio y domicilio desconocido, se le comunica resolución administrativa de las 15 horas 25 minutos del 21 de marzo del año 2023, que confirma resolución administrativa de las 14 horas 25 minutos del 28 de febrero del año 2023, manteniendo por el plazo de seis meses, siendo su fecha de vencimiento el 24 de agosto de 2023, Medida de Cuido Provisional en Familia sustituta dictada a favor de la persona menor de edad M.J.S.N. Garantía de Defensa: Se informa que tienen derecho a hacerse asesorar y representar por abogados y técnicos de su elección, así como consultar el expediente en días y horas hábiles, el cual permanecerá a su disposición en esta oficina local, ubicada Guanacaste, Cañas del Banco Popular 250 metros norte, Casa Celeste con Blanco a mano derecha. Se le advierte que deber señalar lugar conocido para recibir sus notificaciones, o bien, señalar número de facsímile para recibir aquellas notificaciones que pudieren practicarse por ese medio, en el entendido que de no hacerlo, o si el lugar señalado fuere impreciso, inexacto o llegare a desaparecer, o si el medio seleccionado fuere defectuoso, estuviere desconectado, sin suficiente provisión de papel o por cualquier otro modo no imputable a esta institución se interrumpiere la comunicación, las notificaciones futuras se realizaran por edicto. Recursos: Se le hace saber, además, que contra la presente resolución procede el recurso ordinario de apelación, que deberán interponer ante esta Representación Legal dentro del plazo de cuarenta y ocho horas siguientes a la fecha de la última notificación a las partes, siendo competencia de la Presidencia Ejecutiva de esta institución, en el entendido que hacerlo fuera de dicho término el recurso deviene en inadmisible. (Artículo 139 del Código de la Niñez y Adolescencia). La presentación del recurso de apelación, no suspenderá la aplicación del acto recurrido. Expediente N° OLCA-00052-2017.—Oficina Local Cañas.—Licda. Johanna Matamoros Miranda, Representante Legal.—O.C. N° OC-13419-202.—Solicitud N° 421484.—( IN2023739043 ).

A los señores José Alfredo Senteno Campo, nicaragüense, con documento de identidad desconocido y Claudio Ismael López Martínez, nicaragüense, con documento de identidad desconocido, se les comunica que se tramita en esta Oficina Local, proceso especial de protección en favor de las personas menores de edad A.S.S.L. y D.A.L.L. y que mediante la resolución de las diez horas quince minutos del veintidós de marzo del dos mil veintitrés, se resuelve: I.- Se dicta y mantiene el cuido provisional ordenado en la resolución de las siete horas treinta minutos del quince de marzo del dos mil veintitrés de las personas menores de edad, por el plazo indicado en la presente resolución. Igualmente se mantiene lo dispuesto en la resolución de las siete horas treinta minutos del quince de marzo del dos mil veintitrés, en lo no modificado por la presente resolución. Las personas menores de edad se mantendrán en el siguiente recurso de ubicación, en el hogar del recurso de ubicación de la señora: Leticia Centeno López. II.- La presente medida de protección de cuido provisional tiene una vigencia de hasta seis meses contados a partir del quince de marzo del dos mil veintitrés y con fecha de vencimiento quince de setiembre del dos mil veintitrés, esto en tanto no se modifique en vía judicial o administrativa. III.-  Procédase por parte del área de Psicología  en un plazo de quince días hábiles a elaborar un Plan de Intervención con el respectivo cronograma. Procédase a dar el respectivo seguimiento. IV.- Se le ordena a José Alfredo Senteno Campo, Claudio Ismael López Martínez y Juana María López que deben someterse a la orientación, apoyo y seguimiento a la familia, que le brindará esta Institución en el tiempo y forma que se le indique. V.- Se le ordena a José Alfredo Senteno Campo, Claudio Ismael López Martínez y Juana María López, la inclusión a un programa oficial o comunitario de auxilio a la familia de escuela para padres o academia de crianza, por lo que deberán incorporarse y continuar el ciclo de Talleres socio formativos, hasta completar el ciclo de talleres. Se informa que por la pandemia, se están impartiendo en la modalidad virtual. Se les recuerda que el teléfono de la Oficina Local de La Unión es el teléfono 2279-8508 y que la encargada del programa es la Licda. Marcela Mora, con quien deberán coordinar. Igualmente podrán incorporarse al ciclo de talleres o escuela para padres, mas cercano a su trabajo, o su nuevo domicilio, o en su caso al ciclo de talleres que impartan otras instituciones, debiendo presentar los comprobantes correspondientes que así lo acrediten y que ha terminado el ciclo completo respectivo. VI.- -Medida de interrelación familiar supervisada de los progenitores: -: Siendo la interrelación familiar un derecho de las personas menores de edad, se autoriza el mismo a favor de los progenitores de forma supervisada, siempre y cuando las personas menores de edad quieran, la cual pueden realizarla tanto telefónicamente como mediante visitas. Dicha interrelación se realizará siempre y cuando no entorpezca en cualquier grado, la formación integral de las personas menores de edad y en común acuerdo con la parte cuidadora, y siempre y cuando no entorpezca en cualquier grado, la formación integral de las personas menores de edad, y que los progenitores, no realicen conflictos en el hogar de la respectiva persona cuidadora. Por lo que deberán coordinar respecto de las personas menores de edad indicadas con la persona cuidadora nombrada, lo pertinente al mismo y quien como encargada de las personas menores de edad bajo su cuidado, deberán velar por la integridad de las personas menores de edad, durante la interrelación familiar. Se deberá tomar en cuenta para efectos de la interrelación los horarios laborales respectivos –tanto de los progenitores y de la respectiva persona cuidadora- así como los horarios lectivos de las personas menores de edad, a fin de no menoscabar el derecho de interrelación respectivo, pero tampoco el derecho de integridad y desarrollo integral de las personas menores de edad. VII.-Se le apercibe a los progenitores que deberán cumplir y coordinar lo respectivo a sus obligaciones parentales con la respectiva persona cuidadora, en cuanto a aportar económicamente para la manutención de las personas menores de edad que están ubicadas en el respectivo sitio de ubicación para su cuido, a fin de garantizar su derecho fundamental de vida y salud, en relación a su alimentación. VIII.-Se le apercibe a los progenitores, que deberán abstenerse de exponer a las personas menores de edad, a situaciones de riesgo, debiendo aprender a controlar sus impulsos, debiendo abstenerse de exponer a las personas menores de edad a violencia intrafamiliar, agresión verbal, emocional o física, y que deberán abstenerse de ejecutar castigo físico, agresión verbal y/o emocional como medida de corrección disciplinaria. Igualmente se les apercibe que deben velar por la salud de las personas menores de edad. IX.- Se le ordena a la persona cuidadora nombrada, velar por el derecho de salud de las personas menores de edad, debiendo igualmente proceder a gestionar en la Caja Costarricense de Seguro Social, el tratamiento y medicamentos necesarios para ambas personas menores de edad, y en especial de la persona menor de edad A., debiendo presentar los comprobantes correspondientes. X.- Se les informa que la profesional de seguimiento, será la Licda. Guisella Sosa, o la persona que la sustituya. Igualmente se les informa, que se otorgaron las siguientes citas de seguimiento que se llevaran a cabo en esta Oficina Local, para atender a los progenitores, la persona cuidadora y las personas menores de edad, en las siguientes fechas: -Martes 6 de junio del 2023 a las 9:00 a.m. - Jueves 3 de agosto del 2023 a las 8:00 a.m. Garantía de defensa y audiencia: se previene a las partes involucradas en el presente Proceso, que les asiste todo el derecho de hacerse asesorar o representar por un profesional en derecho, aunque para apersonarse al proceso no requieren la participación obligatoria de un abogado; así mismo se les previene que tienen derecho a tener acceso al expediente administrativo para el estudio, revisión y/o fotocopias. Notifíquese la presente resolución, con la advertencia a las partes de que deben señalar lugar dentro del perímetro de un kilómetro a la redonda de esta oficina local, fax o correo electrónico donde recibir notificaciones, con la advertencia de que, en caso de no hacerlo o si el lugar fuera inexacto, impreciso, o llegara a desaparecer o el medio seleccionado fuera defectuoso, estuviera desconectado, sin suficiente provisión de papel o por cualquier otro modo no imputable a esta institución se interrumpiera la comunicación, las resoluciones futuras quedarán notificadas veinticuatro horas después de ser dictadas. En contra de la presente resolución procede únicamente el Recurso Ordinario de Apelación que deberá interponerse ante esta Representación Legal dentro de las 48 horas siguientes a la notificación de la presente resolución, Recurso que será resuelto por la Presidencia Ejecutiva de la entidad. Se le hace saber a las partes, que la interposición del recurso de apelación, no suspende la medida de protección dictada, expediente Nº OLLU-00132-2023.—Oficina Local de La Unión.—Licda. Karla López Silva, Representante Legal.—O.C. Nº OC-13419-202.—Solicitud Nº 421485.—( IN2023739044 ).

Al señor Elkin Giovanni Alpízar Rodríguez, se le comunica la resolución de este despacho de las trece horas cincuenta y un minutos del veinticuatro de febrero de dos mil veintitrés, que dicta medida cautelar de cuido provisional a favor de las personas menores de edad IAP en recurso familiar señora María Cristina Rojas Solís. Se le advierte que deberá señalar lugar conocido para recibir sus notificaciones o bien señalar número de facsímil para recibir aquellas notificaciones que pudieran practicarse por este medio, en el entendido de que, de no hacerlo, o si el lugar señalado fuere inexacto, las notificaciones futuras quedarán firmes veinticuatro horas después de dictadas. Recursos: Se le hace saber, que contra la presente resolución procede únicamente el recurso de apelación para ante la Presidencia Ejecutiva de esta institución, el que deberá interponerse ante este despacho en horas hábiles, en forma verbal o por escrito dentro de las cuarenta y ocho horas hábiles siguientes a partir de la tercera publicación de este edicto, en el entendido que hacerlo fuera de dicho término el recurso deviene en inadmisible. Se le informa que es su derecho hacerse asesorar o representar por un profesional en Derecho, así como revisar y estudiar el expediente administrativo. Expediente N° OLPUN-00030-2016.—Oficina Local de Puntarenas.—Licda. Dalia Benavides Álvarez, Representante Legal.—O.C. N° OC-13419-202.—Solicitud N° 421488.—( IN2023739045 ).

Al señor: José Mauricio Jiménez Fernández, mayor de edad, cédula de identidad N° 604260992, se les comunica la resolución de las trece horas cincuenta minutos del 17 de marzo del 2023, en donde se dicta inicio del Proceso Especial de Protección y Puesta en conocimiento de informe de investigación preliminar, a favor de la persona menor de edad: D.M.J.M, todo lo anterior bajo expediente administrativo N° OLGO-00086-2019. Se le confiere audiencia por tres días hábiles para que presenten alegatos de su interés y ofrezca las pruebas que estime necesarias, y se les advierte que tiene derecho a hacerse asesorar y representar por abogado y técnicos de su elección, así como consultar y fotocopiar las piezas del expediente que permanecerá a su disposición en esta Oficina Local en días y horas hábiles, ubicada en Puntarenas, Golfito, Puerto Jiménez, La Palma, contiguo a Super Servicio Las Palmas. Deberán señalar lugar conocido, número de facsímil para recibir sus notificaciones en el entendido que de no hacerlo, o si el lugar señalado fuere impreciso, inexacto o llegare a desaparecer o si el medio electrónico señalado fuere defectuoso estuviere desconectado sin suficiente provisión de papel o por cualquier otro modo no imputable a esta instituciones interrumpiere la comunicación, las resoluciones futuras quedan firmes 24 horas después de dictadas conforme aplicación supletoria del artículo 11 de la Ley de Notificaciones Judiciales. Se hace saber a las partes, que en contra de esta resolución procede el recurso de apelación, el que deberá interponerse ante este despacho, en forma verbal o por escrito dentro de las cuarenta y ocho horas, posteriores a la notificación, resolviendo dicho recurso la Presidencia Ejecutiva de la entidad, ubicada en San José, Barrio Luján, en horas hábiles de las siete y treinta minutos a las dieciséis horas. Para tal efecto pueden ofrecer, además, las pruebas que consideren pertinentes. Dicho recurso será inadmisible si es presentado pasado el plazo indicado. La presentación del recurso de apelación no suspenderá la aplicación del acto recurrido. Publíquese por tres veces consecutivas. Expediente N° OLGO-00086-2019.—Oficina Local de Puerto Jimenez.—Licda. Susan S. Rodríguez Corrales, Representante Legal.—O. C. N° OC-13419-202.—Solicitud N° 421490.—( IN2023739046 ).

Lic. Johan David Gutiérrez Valverde, Órgano Director del Procedimiento Administrativo, en su carácter personal, quien es Manuel Cundano Cadrano, vecino de desconocido. Se le hace saber que, en proceso especial de protección en sede administrativa, establecido por Patronato Nacional de la Infancia, en expediente N° OLAO-00062-2023, se ordena notificarle por edicto, la resolución que en lo literal dice: Patronato Nacional de la Infancia, Oficina Local de Alajuela Oeste, a las doce horas treinta y cuatro minutos del día veintidós de marzo del año dos mil veintitrés. Visto: Único: Que, en atención de la denuncia RDOLAO-00313-2023, la cual ingresa el día 7/3/2023 mediante incidente del 9-1-1 2023-03-06-02246, en donde se refiere presunta situación de abuso sexual hacia persona menor de edad J por parte de su progenitor. Considerando: De conformidad con lo establecido en el reglamento a los artículos 133 y 139 del Código de la Niñez y la Adolescencia y siendo que, de la primera intervención institucional, las áreas de investigación preliminar, identifican factores de riesgo que se deben modificar, y factores de protección que requieren el fortalecimiento en beneficio del interés superior de las personas menores de edad y su integridad. Se requiere la ampliación de la intervención institucional con la finalidad de poder determinar el actor o conducta que propicia los factores de riesgo, necesarios para identificar y especializar el plan de intervención. Por tanto: De acuerdo con la anterior esta Representación ordena: a. Puesta en conocimiento: Por un plazo de cinco días hábiles se pone en conocimiento de las partes involucradas, el informe de investigación preliminar. b. Audiencia: Siguiendo criterios de la lógica, razonabilidad, proporcionalidad y sana crítica, se otorga audiencia de forma escrita por el plazo de cinco días hábiles a partir de la notificación de la resolución para que presenten sus alegatos y ofrezcan prueba. c. Fase diagnóstica. Se dé inicio a la fase diagnóstica por lo que se deberá de asignarse la intervención de un profesional en el área de trabajo social para que dentro del plazo de 15 días hábiles cuando ha existido separación familiar y de 20 días hábiles en los demás procesos, para que al final de esta ampliación deberá determinar una recomendación de acuerdo a lo trabajado, para establecer el cierre de la intervención institucional o bien el dictado de la medida especial de protección correspondiente, respecto a esto último deberá aportar un plan de intervención con su debido cronograma. Se previene a las partes involucradas en el proceso que les asiste todo el derecho de hacerse asesorar o representar por un profesional en derecho, así como tener acceso al expediente administrativo para el estudio, revisión o fotocopias. Recursos: Se le hace saber a las partes que contra la presente resolución procede recurso de apelación para ante la Presidencia Ejecutiva de esta institución, el cual podrá interponerse verbalmente o por escrito, dentro de las cuarenta y ocho horas siguientes a su notificación. (Artículo 139 del Código de la Niñez y la Adolescencia). Medio para notificaciones: Se insta a las partes el establecimiento de un medio para recibir notificaciones. Comuníquese.—Oficina Local de Alajuela Oeste.—Lic. Johan David Gutiérrez Valverde, Representante Legal.—O. C. N° OC-13419-202.—Solicitud N° 421494.—( IN2023739047 ).

A el señor Carlos Iván Chang, mayor de edad, cédula de identidad número desconocido, se les comunica la resolución de las catorce horas veinte minutos del veintidós de marzo del 2023, en donde se dicta resolución de inicio del proceso especial de protección y puesta en conocimiento de informe de investigación preliminar, a favor de la persona menor de edad K.C.S, todo lo anterior bajo expediente administrativo número OLPJ-00030-2023. Se le confiere audiencia por tres días hábiles para que presenten alegatos de su interés y ofrezca las pruebas que estime necesarias, y se les advierte que tiene derecho a hacerse asesorar y representar por abogado y técnicos de su elección, así como consultar y fotocopiar las piezas del expediente que permanecerá a su disposición en esta Oficina Local en días y horas hábiles, ubicada en Puntarenas, Golfito, Puerto Jiménez, La Palma, contiguo a Super Servicio Las Palmas. Deberán señalar lugar conocido, número de facsímil para recibir sus notificaciones en el entendido que de no hacerlo, o si el lugar señalado fuere impreciso, inexacto o llegare a desaparecer o si el medio electrónico señalado fuere defectuoso estuviere desconectado sin suficiente provisión de papel o por cualquier otro modo no imputable a esta instituciones interrumpiere la comunicación, las resoluciones futuras quedan firmes 24 horas después de dictadas, conforme aplicación supletoria del artículo 11 de la Ley de Notificaciones Judiciales. Se hace saber a las partes, que en contra de esta resolución procede el recurso de apelación, el que deberá interponerse ante este despacho, en forma verbal o por escrito dentro de las cuarenta y ocho horas, posteriores a la notificación, resolviendo dicho recurso la Presidencia Ejecutiva de la entidad, ubicada en San José, Barrio Luján, en horas hábiles de las siete y treinta minuto a las dieciséis horas. Para tal efecto pueden ofrecer, además, las pruebas que consideren pertinentes. Dicho recurso será inadmisible si es presentado pasado el plazo indicado. La presentación del recurso de apelación, no suspenderá la aplicación del acto recurrido. Publíquese por tres veces consecutivas. Expediente OLPJ-00030-2023.—Oficina Local de Puerto Jiménez.—Licda. Susan S. Rodríguez Corrales, Representante Legal.—O.C. Nº OC-13419-202.—Solicitud Nº 421495.—( IN2023739048 ).

Lic. Johan David Gutiérrez Valverde. Órgano Director del Procedimiento Administrativo, en su carácter personal, quien es Julia Cristina Pérez Lumbi, vecina de desconocido. se le hace saber que, en Proceso Especial de Protección en sede administrativa, establecido por Patronato Nacional de la Infancia, en expediente administrativo OLAO-00061-2023, se ordena notificarle por edicto, la resolución que en lo conducente dice: Patronato Nacional de la Infancia, Oficina Local Alajuela Oeste. A las quince horas cuarenta y tres minutos del día veintidós de marzo del dos mil veintitrés. Considerando: Primero: Que se tienen por ciertos los resultandos del primero al último por constar así en el expediente administrativo de marras. Segundo: Del elenco probatorio que consta en el citado expediente administrativo y de su análisis, se evidencian factores de riesgo en contra de la persona menor de edad; por lo tanto, tal como lo establece la ley y una vez analizado el caso se concluye que se cumplen todos los presupuestos necesarios para dictar una medida de protección de cuido provisional a favor de la persona menor de edad G F G P, a fin de que permanezca ubicada a cargo y bajo la responsabilidad de la señora Yehilin Cristina Gudiel Pérez, recurso familiar (hermana.) Tercero: Sobre el Fondo: Que de conformidad con lo establecido por la Convención sobre los Derechos del Niño en sus artículos 3,4, 6 y 9, cuya base jurídica constituyó el pilar para la creación del Código de la Niñez y la Adolescencia el cual proporciona los elementos normativos suficientes para un adecuado marco institucional, cuya potestad está dada en el artículo 55 de la Constitución Política, así como en los artículos 3 inciso a, e, f, k, n, yo, y 4 incisos 1, m y n de la Ley Orgánica del Patronato Nacional de la Infancia, artículos 13, 19 y 129 al 138 del Código de la Niñez y la Adolescencia que refuerzan la facultades institucionales para brindar la protección necesaria a la persona menor de edad que se encuentre en situación de riesgo o bajo la autoridad parental de una persona no apta para asegurarle la garantía de sus derechos. En concordancia con lo anterior surge el derecho de la persona menor de edad a desarrollarse dentro de su familia y solo por excepción fundamentada se potenciaría la separación definitiva de su familia biológica, según lo estipulan los numerales 33 al 36 del Código de la Niñez y la Adolescencia. Estos principios en conjunto, plantean como elemento indispensable para alcanzar el máximo desarrollo humano el reconocimiento de las personas menores de edad como personas activas de la sociedad que disfrutan del ejercicio, goce y vigencia de derechos y deberes inherentes a la condición de ser humano para que puedan gozar realmente de una vida prolongada, saludable y creativa, por ende, se debe ordenar el cuido provisional de la persona menor de edad G F G P, a fin de que permanezca ubicada a cargo y bajo la responsabilidad de la señora Yehilin Cristina Gudiel Pérez, recurso familiar (hermana.) Por tanto: con fundamento en lo expuesto y disposiciones legales citadas, se resuelve: 1) Se inicia proceso especial de protección a favor de la persona menor de edad G F G P. 2) Se confiere medida de protección de cuido provisional a favor de la persona menor de edad G F G P, a fin de que permanezca ubicada a cargo y bajo la responsabilidad de la señora Yehilin Cristina Gudiel Pérez, recurso familiar (hermana.) 3) Se indica que la presente medida de protección tiene una vigencia de hasta seis meses en tanto no se modifique en vía administrativa o judicial, teniendo como fecha de vencimiento el día veintidós de setiembre del dos mil veintitrés, plazo dentro del cual deberá definirse la situación psico-socio-legal. 4) Se les ordena al recurso familiar y progenitores de la persona menor de edad G F G P, que deberán de garantizar el cumplimento de los derechos de la persona menor de edad en todo momento, haciendo énfasis en el acompañamiento a nivel educativo, a asistencia regular al centro educativo, así como el derecho a la adecuada supervisión, alimentación recreación, ambiente libre de violencia, seguimiento en salud etc. 5) Se dicta medida de orientación, apoyo y seguimiento temporal a la familia. Se indica que la presente medida de protección tiene una vigencia de hasta seis meses, teniendo la misma fecha de vencimiento que la medida de protección de cuido provisional y en tanto no se modifique en vía administrativa o judicial. Para lo cual, se les indica a las partes del presente proceso que debe cooperar con la Atención Institucional, lo que implica asistir a las citas que se le brinde, así como cumplimiento de las indicaciones emitidas. 6) La persona menor deberá continuar la atención médica en la CCSS por lo que la hermana de la persona menor de edad deberá llevar puntualmente al adolescente a las citas que se le brinden para el control prenatal adecuado. 7) Se refiere a la promotora para Programa de Beca de Adolescente Madre para su valoración y futura inclusión en el programa. 8) La persona menor de edad deberá mantenerse inscrita en el sistema educativo formal. 9) Respecto al régimen de interrelación familiar entre persona menor de edad y su progenitor. Se autorizan visitas supervisadas al progenitor los sábados de 2 a 5 pm. 10) Si el recurso familiar labora o debe salir del hogar debe garantizar que la persona menor de edad quede bajo responsabilidad de un adulto o persona responsable. 11) El recurso familiar deberá validar los derechos de la persona menor de edad a nivel académico, afectivo, salud, económicos básicos. 12) El recurso familiar deberá utilizar correcciones asertivas y positivas, evitando el castigo físico (golpes) y psicológico (ofensas, humillaciones) hacia su nieta. 13) Se les indica a las partes que en caso de cambiar de domicilio o números telefónicos deben de informarlo a la oficina local. 14) Se otorga un plazo de quince días a trabajo social para que elabore un Plan de Intervención con el respectivo cronograma, con el fin de que la Oficina Local, de seguimiento de las condiciones de las personas menores de edad y del hogar solidario y de la madre, ejecute el Plan de Intervención, con el fin de que en un plazo de seis meses se valore la idoneidad de que la persona menor de edad sea asumida por la madre o en su defecto se defina el lugar idóneo para que permanezca. Apercibimiento: Las presentes medidas de protección son de acatamiento obligatorio y deben ser cumplidas en el plazo determinado por la profesional a cargo. En caso de incumplimiento, se iniciará el proceso especial de protección en sede judicial, sin perjuicio de los procesos relativos a la suspensión o terminación de la patria potestad. Audiencia: Se le hace ver a las partes que de conformidad con el artículo doce de la Ley que rige la materia, dentro del plazo de los cinco días hábiles siguientes a la notificación de la presente resolución, podrán solicitar que se señale hora y fecha para una audiencia donde se evacuará la prueba que consideren pertinente y ser escuchadas con respecto a los hechos denunciados. Notificaciones. Se les previene a las partes señalar casa, oficina o lugar, donde atender notificaciones, en caso de no hacerlo, las resoluciones posteriores se tendrán por notificadas veinticuatro horas después de dictadas. Garantía de defensa: Se les informa a las partes, que es su derecho hacerse asesorar o representar por un profesional en derecho de su elección, así como a tener acceso en la Oficina Local al estudio y revisión del expediente administrativo. Recursos: Se hace saber a las partes, que en contra de esta resolución procede el recurso de apelación, el que deberá interponerse ante este despacho, dentro de los dos días posteriores a la notificación, resolviendo dicho recurso la Presidencia Ejecutiva de la entidad, ubicada en San José, Barrio Luján, en horas hábiles de las siete a las quince y treinta horas. Dicho recurso será inadmisible si es presentado pasado el plazo indicado. La presentación del recurso de apelación, no suspenderá la aplicación del acto recurrido.—Oficina Local Alajuela Oeste.—Lic. Johan David Gutiérrez Valverde, Órgano Director del Procedimiento.—O. C. N° OC-13419-202.—Solicitud N° 421498.—( IN2023739049 ).

Lic. Johan David Gutiérrez Valverde, Órgano Director del Procedimiento Administrativo, en su carácter personal, quien son Alberto Granados Rodríguez, con documento de identidad N° 206840322, Carolina Gutiérrez Muñoz, con documento de identidad N° 207030234, vecinos de desconocido. se le hace saber que, en proceso especial de protección en sede administrativa, establecido por Patronato Nacional de la Infancia, en expediente administrativo N° OLA-00389-2017, se ordena notificarle por edicto, la resolución que en lo conducente dice: Patronato Nacional de la Infancia, Oficina Local Alajuela Oeste, a las nueve horas ocho minutos del veintitrés de marzo del dos mil veintitrés. Considerando: Primero: Que se tienen por ciertos los resultandos del primero al último por constar así en el expediente administrativo de marras. Segundo: Del elenco probatorio que consta en el citado expediente administrativo y de su análisis, se logra corroborar hechos denunciados. La persona menor de edad reside bajo el cuido y protección de abuelos maternos. La persona menor de edad manifiesta su deseo y anuencia de continuar asumiendo el cuido y protección de su abuela materna. Abuela materna manifiesta su deseo de continuar asumiendo el cuido y protección de la persona menor de edad. Progenitora posee antecedentes de consumo de sustancias psicoactivas. Progenitora no ha ejercido su rol parental de manera adecuada. La persona menor de edad no posee vinculación afectiva hacia su progenitora. Recurso familiar impresiona ser un recurso familiar adecuado. Existe vinculación afectiva entre el recurso y la persona menor de edad. Existe red de apoyo familiar. persona menor de edad inserta en el sistema educativo y control de salud al día. Se desconoce ubicación actual de la progenitora de la persona menor de edad; tal como lo establece la ley y una vez analizado el caso se concluye que se cumplen todos los presupuestos necesarios para dictar una medida de protección de cuido provisional a favor de la persona menor de edad S G G a fin de que permanezca ubicado a cargo y bajo la responsabilidad de la señora Sonia Muñoz Arce recurso familiar (abuela materna). Tercero: Sobre el fondo: Que de conformidad con lo establecido por la Convención sobre los Derechos del Niño en sus artículos 3°, 4°, 6° y 9°, cuya base jurídica constituyo el pilar para la creación del Código de la Niñez y la Adolescencia el cual proporciona los elementos normativos suficientes para un adecuado marco institucional, cuya potestad está dada en el artículo 55 de la Constitución Política, así como en los artículos 3° inciso a), e), f), k), n), y o), y 4° incisos 1), m) y n) de la Ley Orgánica del Patronato Nacional de la Infancia, artículos 13, 19 y 129 al 138 del Código de la Niñez y la Adolescencia que refuerzan la facultades institucionales para brindar la protección necesaria a la persona menor de edad que se encuentre en situación de riesgo o bajo la autoridad parental de una persona no apta para asegurarle la garantía de sus derechos. En concordancia con lo anterior surge el derecho de la persona menor de edad a desarrollarse dentro de su familia y solo por excepción fundamentada se potenciaría la separación definitiva de su familia biológica, según lo estipulan los numerales 33 al 36 del Código de la Niñez y la Adolescencia. Estos principios en conjunto, plantean como elemento indispensable para alcanzar el máximo desarrollo humano el reconocimiento de las personas menores de edad como personas activas de la sociedad que disfrutan del ejercicio, goce y vigencia de derechos y deberes inherentes a la condición de ser humano para que puedan gozar realmente de una vida prolongada, saludable y creativa, por ende, se debe ordenar el cuido provisional de la persona menor de edad S G G a fin de que permanezca ubicado a cargo y bajo la responsabilidad de la señora Sonia Muñoz Arce recurso familiar (abuela materna). Por tanto: Con fundamento en lo expuesto y disposiciones legales citadas, se resuelve: 1) Se inicia proceso especial de protección a favor de la persona menor de edad Santiago Grandaso Gutiérrez. 2) Se confiere medida de protección de cuido provisional a favor de la persona menor de edad S G G a fin de que permanezca ubicado a cargo y bajo la responsabilidad de la señora Sonia Muñoz Arce recurso familiar (abuela materna). 3) Se indica que la presente medida de protección tiene una vigencia de hasta seis meses en tanto no se modifique en vía administrativa o judicial, teniendo como fecha de vencimiento el día veintitrés de setiembre del dos mil veintitrés, plazo dentro del cual deberá definirse la situación psico-socio-legal. 4) Se le ordena al recurso familiar de S G G que deberá de garantizar el cumplimento de los derechos de la persona menor de edad en todo momento, haciendo énfasis en el acompañamiento a nivel educativo, a asistencia regular al centro educativo, así como el derecho a la adecuada supervisión, alimentación recreación, ambiente libre de violencia, seguimiento en salud etc. 5) Se dicta medida de orientación, apoyo y seguimiento temporal a la familia. Se indica que la presente medida de protección tiene una vigencia de hasta seis meses, teniendo la misma fecha de vencimiento que la medida de protección de cuido provisional y en tanto no se modifique en vía administrativa o judicial. Para lo cual, se les indica a las partes del presente proceso que debe cooperar con la Atención Institucional, lo que implica asistir a las citas que se le brinde, así como cumplimiento de las indicaciones emitidas. 6) No se establece régimen de interrelación familiar entre los progenitores y persona menor de edad, toda vez que se desconoce el paradero de estos. 7) Si el recurso familiar labora o debe salir del hogar debe garantizar que la persona menor de edad quede bajo responsabilidad de un adulto o persona responsable. 8) Se les indica a las partes que en caso de cambiar de domicilio o números telefónicos deben de informarlo a la oficina local. 9) Se otorga un plazo de quince días a trabajo social para que elabore un Plan de Intervención con el respectivo cronograma, con el fin de que la Oficina Local, de seguimiento de las condiciones de las personas menores de edad y del hogar solidario y de la madre, ejecute el Plan de Intervención, con el fin de que en un plazo de seis meses se valore la idoneidad de que la persona menor de edad sea asumida por la madre o en su defecto se defina el lugar idóneo para que permanezca. Apercibimiento: Las presentes medidas de protección son de acatamiento obligatorio y deben ser cumplidas en el plazo determinado por la profesional a cargo. En caso de incumplimiento, se iniciará el proceso especial de protección en sede judicial, sin perjuicio de los procesos relativos a la suspensión o terminación de la patria potestad. Audiencia: Se le hace ver a las partes que de conformidad con el artículo doce de la Ley que rige la materia, dentro del plazo de los cinco días hábiles siguientes a la notificación de la presente resolución, podrán solicitar que se señale hora y fecha para una audiencia donde se evacuará la prueba que consideren pertinente y ser escuchadas con respecto a los hechos denunciados. Notificaciones. Se les previene a las partes señalar casa, oficina o lugar, donde atender notificaciones, en caso de no hacerlo, las resoluciones posteriores se tendrán por notificadas veinticuatro horas después de dictadas. Garantía de defensa: Se les informa a las partes, que es su derecho hacerse asesorar o representar por un profesional en derecho de su elección, así como a tener acceso en la Oficina Local al estudio y revisión del expediente administrativo. Recursos: Se hace saber a las partes, que en contra de esta resolución procede el recurso de apelación, el que deberá interponerse ante este despacho, dentro de los dos días posteriores a la notificación, resolviendo dicho recurso la Presidencia Ejecutiva de la entidad, ubicada en San José, Barrio Luján, en horas hábiles de las siete a las quince y treinta horas. Dicho recurso será inadmisible si es presentado pasado el plazo indicado. La presentación del recurso de apelación, no suspenderá la aplicación del acto recurrido.—Oficina Local Alajuela Oeste.—Lic. Johan David Gutiérrez Valverde, Órgano Director del Procedimiento.—O. C. N° OC-13419-202.—Solicitud N° 421502.—( IN2023739050 ).

Al señor Cristóbal Toledo Nivar, se desconoce demás calidades y domicilio, sin más datos se le comunica la Resolución de las 08:00 horas del 23 de marzo del 2023, mediante la cual resuelve el dictado de Medida de Protección de Orden de Inclusión a Organización No Gubernamental para Tratamiento Formativo-Educativo, Socio Terapéutico y Psicopedagógico Centro Especializado a favor de la persona menor de edad J.J.Q.S. Contra esta resolución proceden los recursos de revocatoria y de apelación. Se le confiere audiencia al señor Cristóbal Toledo Nivar, el plazo para oposiciones de tres días hábiles siguientes a partir de la segunda publicación de este adicto, para que presente los alegatos de su interés, y ofrezca las pruebas que estime necesarias, y se le advierte, que tiene derecho a hacerse asesorar y representar por abogados y técnicos de su elección, así como consultar el expediente en días y horas hábiles, se hace la salvedad que para fotocopiar el expediente administrativo se cuenta con el horario de siete horas con treinta minutos y hasta las once horas con treinta minutos en días hábiles, el cual permanecerá a su disposición en oficina local, ubicada en San José, Hatillo Centro, de la Iglesia de Hatillo Centro 175 metros al norte y 50 metros al oeste. Expediente Administrativo N° OLHT-00336-2017.—Oficina Local de Hatillo.—Licda. Annette Pérez Angulo, Representante Legal.—O.C. N° OC-13419-202.—Solicitud N° 421503.—( IN2023739051 ).

Se comunica a la señora: María Elizabeth Álvarez Guevara, mayor de edad, costarricense, soltera, portadora de la cédula de identidad número 702040149, de oficio y domicilio desconocido la resolución administrativa dictada por ésta representación de las trece horas con treinta minutos del veintisiete de febrero de dos mil veintitrés, en la cual se resuelve: se confiere de forma provisional la guarda crianza de sus hijos K.F.S.A y N.A.S.A; con citas de inscripción número 704140326 y 704370914, respectivamente, en su progenitor el señor Fernando Salazar Alvarado, Audiencia: Por un plazo de cinco días hábiles posterior a la tercera publicación del presente edicto, se pone en conocimiento de las partes involucradas, en el presente Proceso Especial de Protección, la investigación llevada a cabo por ésta representación, para que se pronuncien, de igual manera si así lo consideran soliciten la realización de una audiencia oral, sin que ello conlleve la suspensión de las medidas de protección dictadas. Recurso: El de Apelación, señalando lugar para oír notificaciones dentro del perímetro judicial de la Presidencia Ejecutiva en San José, dentro de las cuarenta y ocho horas siguientes a la tercera publicación de este edicto. Expediente N° OLSI-00049-2015.—Oficina Local de Siquirres.—Lic. Randall Quirós Cambronero, Representante Legal.—O. C. N° OC-13419-202.—Solicitud N° 421504.—( IN2023739055 ).

Al señor: Ángel Elías Sánchez Cortez, ambos con únicos apellidos dada su nacionalidad panameña, sin más datos, se le comunica la resolución administrativa de dictada las 08:30 del 01/02/2023, a favor de la persona menor de edad AASR, JPSR y ADSR. Se le confiere audiencia por tres días, para que presente los alegatos de su interés, y ofrezca las pruebas que considere necesarias, se le advierte que tiene derecho a asesorarse y representarse por un abogado o técnicos de su elección. Expediente N° OLA-00042-2023.—Oficina Local de Alajuela.—Licda. Dikidh González Álvarez, Representante Legal.—O. C. N° OC-13419-202.—Solicitud N° 421505.—( IN2023739056 ).

Al señor: Thomas Stanley Karr, mayor, nacionalidad extranjera, con domicilio exacto desconocido. Se le comunica la Resolución Administrativa de las nueve horas del veintitrés de marzo del año dos mil veintitrés. Mediante la cual se resuelve: Archivo del Proceso Especial de Protección. En favor de la persona menor de edad: B.L.K.M Se le confiere audiencia al señor: Thomas Stanley Karr, por tres días hábiles, para que presente los alegatos de su interés y ofrezca las pruebas que estime necesarias y se les advierte que tienen derecho a hacerse asesorar y representar por abogados y técnicos de su elección, así como a consultar el expediente en días y horas hábiles, se hace la salvedad que para obtener el expediente administrativo deberán presentar llave maya o CD, lo anterior porque el expediente es digital y se cuenta con el horario de siete con treinta minutos y hasta las dieciséis horas en días hábiles, el cual permanecerá a su disposición en esta Oficina Local, ubicada en Golfito, barrio Alamedas, contiguo a los Tribunales de Justica, Oficina de dos plantas. Expediente Administrativo N° OLGO-00013-2023.—Oficina Local de Golfito.—Licda. Hellen Agüero Torres, Representante Legal.—O.C. N° OC-13419-202.—Solicitud N° 421506.—( IN2023739057 ).

Se comunica al señor: José Antonio Domingo Campos Carvajal, mayor de edad, costarricense, casado, portadora de la cédula de identidad número 602200757, de ocupación y domicilio desconocido las resoluciones administrativa dictada por ésta representación de las trece horas con diez minutos del veinte de febrero de dos mil veintitrés, en la cual se resuelve medida de protección de cuido provisional, a favor de la persona menor de edad J.F.C.R.; con citas de inscripción 703190114, hijo de los señores Gianina Rosales Carrillo y José Antonio Campos Carvajal, en su abuela materna la señora Noemy Carrillo Alvarado, portadora de la cédula de identidad número 706700100. Audiencia: Por un plazo de cinco días hábiles posterior a la tercera publicación del presente edicto, se pone en conocimiento de las partes involucradas, en el presente proceso especial de protección, la investigación llevada a cabo por esta representación, para que se pronuncien, de igual manera si así lo consideran soliciten la realización de una audiencia oral, sin que ello conlleve la suspensión de las medidas de protección dictadas. Recurso: El de apelación, señalando lugar para oír notificaciones dentro del perímetro judicial de la Presidencia Ejecutiva en San José, dentro de las cuarenta y ocho horas siguientes a la tercera publicación de este edicto. Expediente N° OLSI-00155-2022.—Oficina Local de Siquirres.—Lic. Randall Quirós Cambronero, Representante Legal.—O. C. N° OC-13419-202.—Solicitud N° 421507.—( IN2023739063 ).

Notificar al señor(a) Osvaldo Emilio González Vargas, se le comunica la resolución de las nueve horas del trece de marzo dos mil veintitrés en cuanto a la ubicación de la(s) persona(s) menor(es) de edad, Y.J.G.N. Notifíquese la anterior resolución a la(s) parte(s) interesada(s), personalmente o en su casa de habitación, a quienes se les advierte que deberán señalar lugar conocido para recibir sus notificaciones, o bien, señalar número de facsímile para recibir aquellas notificaciones que pudieren practicarse por ese medio, en el entendido que de no hacerlo, o si el lugar señalado fuere impreciso, inexacto o llegare a desaparecer, o si el medio seleccionado fuere defectuoso, estuviere desconectado, sin suficiente provisión de papel o por cualquier otro modo no imputable a esta institución se interrumpiere la comunicación, las notificaciones futuras quedarán firmes veinticuatro horas después de dictadas. Se les hace saber, además, que contra la presente resolución procede el recurso ordinario de apelación, que deberán interponer ante esta Representación Legal dentro del plazo de cuarenta y ocho horas siguientes a la fecha de la última notificación a las partes, el de recurso será de conocimiento de la Presidencia Ejecutiva de esta institución, en el entendido que hacerlo fuera de dicho término el recurso deviene en inadmisible, expediente OLLS-00202-2014.—Oficina Local de Los Santos.—Licda. María Auxiliadora Villanueva Morales, Órgano Director del Procedimiento.—O.C. Nº OC-13419-202.—Solicitud Nº 421508.—( IN2023739126 ).

Al señor Alejandro Aceituno Ávila, se le comunica LA resolución de las 20:05 horas del 14 de marzo del año 2023, dictada por Departamento de Atención Inmediata, del Patronato Nacional de la Infancia que corresponden a la resolución mediante la cual, se inicia proceso especial de protección en sede administrativa y se dicta medida de protección en favor de la persona menor de edad A.A.F. Se le confiere audiencia al señor Alejandro Aceituno Ávila, por tres días hábiles, para que presente los alegatos de su interés, y ofrezca las pruebas que estime necesarias, y se le advierte que tiene derecho a hacerse asesorar y representar por abogados y técnicos de su elección, así como consultar el expediente en días y horas hábiles, el cual permanecerá a su disposición en esta oficina local de San José Oeste, ubicada en ubicado en San José, distrito Hospital, calle 14, entre avenidas 6 y 8, contiguo al parqueo del Hospital Metropolitano, del costado suroeste del Parque de La Merced 150 metros al sur. Así mismo, se le hace saber que Deberá señalar lugar conocido o número de facsímil para recibir sus notificaciones, en el entendido que de no hacerlo, o si el lugar señalado fuere impreciso, inexacto o llegare a desaparecer, o si el medio electrónico seleccionado fuere defectuoso, estuviere desconectado, sin suficiente provisión de papel o por cualquier otro modo no imputable a esta institución se interrumpiere la comunicación, las resoluciones futuras quedarán firmes 24 horas después de dictadas, conforme la Ley de Notificaciones Judiciales. Se le hace saber, además, que contra la indicada resolución procede Recurso de Apelación para ante la Presidencia Ejecutiva de esta institución, el cual deberán interponer ante esta Representación Legal dentro de las 48 horas siguientes, contadas a partir del día hábil inmediato siguiente a la fecha de publicación del tercer aviso en el Diario Oficial, en el entendido que hacerlo fuera de dicho término el recurso deviene en inadmisible (Artículo 139 del Código de la Niñez y la Adolescencia). Publíquese tres veces. Expediente N° OLSJO-00032-2023.—Oficina Local de San José Oeste.—Lic. Ángel Alberto López Brenes, Representante Legal.—O.C. Nº OC-13419.—Solicitud Nº 421509.—( IN2023739127 ).

Al señor: Gabriel Alejandro Martínez Solórzano, mayor, casado una vez, costarricense, portador de la cédula de identidad N° 603520007, con domicilio desconocido. Se le comunica la resolución administrativa de las ocho horas cuarenta y cinco minutos del veintidós de marzo del dos mil veintitrés y de las nueve horas quince minutos del veintidós de marzo del dos mil veintitrés. Mediante la cual se resuelve: resolución de inicio del proceso especial de protección y dictado de medida de cuido provisional- cautelar (provisionalísima) y remisión a fase diagnostica en favor de la persona menor de edad: Z.D.M.N. Se le confiere audiencia al señor: Gabriel Alejandro Martínez Solórzano, por tres días hábiles para que presente los alegatos de su interés y ofrezca las pruebas que estime necesarias y se les advierte que tienen derecho a hacerse asesorar y representar por abogados y técnicos de su elección, así como a consultar el expediente en días y horas hábiles se hace la salvedad que para obtener el expediente administrativo deberán presentar llave maya o CD, lo anterior porque el expediente es digital y se cuenta con el horario de siete con treinta minutos y hasta las dieciséis horas en días hábiles, el cual permanecerá a su disposición en esta Oficina Local, ubicada en Golfito, barrio Alamedas, contiguo a los Tribunales de Justicia, oficina de dos plantas. Expediente administrativo N° OLGO-00044-2021.—Oficina Local de Golfito.—Licda. Hellen Agüero Torres, Representante Legal.—O. C. N° OC-13419-202.—Solicitud N° 421586.—( IN2023739185 ).

Al señor: Jeilyn Vanessa Noel Berrocal, mayor, casada una vez, costarricense, portador de la cédula de identidad número: 603560486, con domicilio desconocido. Se le comunica la resolución administrativa de las ocho horas cuarenta y cinco minutos del veintidós de marzo del año dos mil veintitrés y de las nueve horas quince minutos del veintidós de marzo del año dos mil veintitrés. Mediante la cual se resuelve: Resolución de inicio del proceso especial de protección y dictado de medida de cuido provisional-cautelar (Provisionalísima) y remisión a fase diagnostica. En favor de la persona menor de edad: Z. D. M. N. Se le confiere audiencia al señor: Jeilyn Vanessa Noel Berrocal, por tres días hábiles, para que presente los alegatos de su interés y ofrezca las pruebas que estime necesarias y se les advierte que tienen derecho a hacerse asesorar y representar por abogados y técnicos de su elección, así como a consultar el expediente en días y horas hábiles, se hace la salvedad que para obtener el expediente administrativo deberán presentar llave maya o CD, lo anterior porque el expediente es digital y se cuenta con el horario de siete con treinta minutos y hasta las dieciséis horas en días hábiles, el cual permanecerá a su disposición en esta Oficina Local, ubicada en Golfito, Barrio Alamedas, contiguo a los Tribunales de Justica, Oficina de dos plantas. Expediente Administrativo N° OLGO-00044-2021.—Oficina Local de Golfito.—Licda. Hellen Agüero Torres, Representante Legal.—O. C. N° OC-13419-202.—Solicitud N° 421589.—( IN2023739196 ).

Al señor: Aarón Andrés Cordero López, mayor de edad, soltero, portador de la cédula de identidad número: 604680814, costarricense, con domicilio desconocido. Se le comunica la Resolución Administrativa de las trece horas del veintidós de marzo del año dos mil veintitrés y de las catorce horas con treinta y nueve minutos del veintidós de marzo del año dos mil veintitrés. Mediante la cual se resuelve: Resolución de Inicio del Proceso Especial de Protección y dictado de Medida de Cuido Provisional-Cautelar (provisionalísima) y Remisión a Fase Diagnóstica. En favor de la persona menor de edad: T.A.C.P. Se le confiere audiencia al señor: Aarón Andrés Cordero López, por tres días hábiles, para que presente los alegatos de su interés y ofrezca las pruebas que estime necesarias y se les advierte que tienen derecho a hacerse asesorar y representar por abogados y técnicos de su elección, así como a consultar el expediente en días y horas hábiles, se hace la salvedad que para obtener el expediente administrativo deberán presentar llave maya o CD, lo anterior porque el expediente es digital y se cuenta con el horario de siete con treinta minutos y hasta las dieciséis horas en días hábiles, el cual permanecerá a su disposición en esta Oficina Local, ubicada en Golfito, barrio Alamedas, contiguo a los Tribunales de Justicia, oficina de dos plantas. Expediente administrativo número: OLGO-00022-2023.—Oficina Local de Golfito.—Licda. Hellen Agüero Torres, Representante Legal.—O. C. N° OC-13419-202.—Solicitud N° 421591.—( IN2023739198 ).

A Marlon Alberto Aguirre Jiménez. Se le comunica la resolución de las trece horas del veintitrés de marzo del año dos mil veintitrés la cual otorga el mantener Proceso Especial de Protección en sede Administrativa de manera Cautelar a favor de las personas menores de edad D.D.D.C., L.A.P.D., M.C.D., E.J.D.C., M.A.D., K.D.C. Se les confiere audiencia a los interesados, por tres días hábiles, para que presenten los alegatos de su interés, y ofrezcan las pruebas que estime necesarias, y se le advierte que tiene derecho de hacerse asesorar y representar por abogados y técnicos de su elección, así como consultar el expediente en días y horas hábiles, se hace la salvedad que para fotocopiar el expediente administrativo se cuenta con el horario de siete horas treinta minutos y hasta las doce horas con treinta minutos en días hábiles, el cual permanecerá a su disposición en esta oficina local, ubicada en San Carlos, Aguas Zarcas, 500 oeste del CTN Nataniel Murillo, edificios color rojo mano derecha antes del puente de Aguas Zarcas, edificio del PANI. Expediente N° OLAZ-00390-2021.—Oficina Local de Aguas Zarcas.—Marcela Luna Chaves, Representante Legal.—O.C. N° OC-13419-202.—Solicitud N° 421619.—( IN2023739395 ).

A Feliciano López Miranda quien, se le comunica la resolución de las catorce horas del veintitrés de marzo del dos mil veintitrés, resolución de guarda protectora con depósito judicial y archivo del expediente. Notifiquese. Se otorga audiencia a las partes para ser escuchadas, que aporten la prueba respectiva y que se apersonen a la Oficina Local correspondiente. Las partes se podrán referir al proceso de forma escrita o verbal y que no requiere representación por parte de un abogado. Se advierte, además que deben señalar lugar donde recibir notificaciones, dícese fax, correo electrónico, o cualquier otro medio indicado en la ley. Se hace saber a las partes, que en contra de esta resolución procede el recurso de apelación, el que deberá interponerse ante este despacho, en forma verbal o por escrito dentro de las cuarenta y ocho horas, posteriores a la notificación, resolviendo dicho recurso la Presidencia Ejecutiva de la entidad, ubicada en San José, Barrio Luján, en horas hábiles de las siete a las quince y treinta horas. Para tal efecto pueden ofrecer además, las pruebas que consideren pertinentes. Dicho recurso será inadmisible si es presentado pasado el plazo indicado. La presentación del recurso de apelación, no suspenderá la aplicación del acto recurrido. Notifíquese. Expediente N° OLCO-00094-2023.—Oficina Local de Corredores.—Lic. Isaac Castillo Zumbado, Órgano Director del Proceso.—O. C. N° OC-13419-202.—Solicitud N° 421621.—( IN2023739548 ).

A Carlos Manuel Quirós Mora, se le comunica la resolución de las catorce horas veintinueve minutos del veintitrés de marzo del año dos mil veintitrés la cual otorga la finalización del proceso especial de protección en sede administrativa a favor de la persona menor de edad J.P.Q.L. Se les confiere audiencia a los interesados, por tres días hábiles, para que presenten los alegatos de su interés, y ofrezcan las pruebas que estime necesarias, y se le advierte que tiene derecho de hacerse asesorar y representar por abogados y técnicos de su elección, así como consultar el expediente en días y horas hábiles, se hace la salvedad que para fotocopiar el expediente administrativo se cuenta con el horario de siete horas treinta minutos y hasta las doce horas con treinta minutos en días hábiles, el cual permanecerá a su disposición en esta oficina local, ubicada en San Carlos, Aguas Zarcas, 500 oeste del CTN Nataniel Murillo, edificios color rojo mano derecha antes del puente de Aguas Zarcas, edificio del PANI, expediente: OLSAR-00171-2013.—Oficina Local de Aguas Zarcas.—Marcela Luna Chaves, Representante Legal.—O.C. Nº OC-13419-202.—Solicitud Nº 421623.—( IN2023739610 ).

A la señora Yessenia Mondragón Molina, de nacionalidad nicaragüense, sin más datos, se le comunica la resolución de las 16:00 horas del 17/02/2023 en la cual se procede mantener la medida de protección de cuido provisional y ampliación de su plazo dictada por la Oficina Local de Pococí a favor de la persona menor de edad M.Y.P.M., J.I.M.M., J.E.P.M., W.A.M.M., E.P.M. y A.I.M.M. NOTIFIQUESE la presente resolución a quien interese mediante la publicación de un edicto, por tres veces consecutivas, en el Diario Oficial, con la advertencia que deberán señalar lugar conocido para recibir sus notificaciones, o bien, señalar número de facsímil para recibir aquellas notificaciones que pudieren practicarse por ese medio, en el entendido que de no hacerlo, o si el lugar señalado fuere impreciso, inexacto o llegare a desaparecer, o si el medio seleccionado fuere defectuoso, estuviere desconectado, sin suficiente provisión de papel o por cualquier otro modo no imputable a esta institución se interrumpiere la comunicación, las notificaciones futuras quedarán firmes veinticuatro horas después de dictadas. Se les hace saber, además, que contra la presente resolución proceden los recursos ordinarios de revocatoria con apelación en subsidio, que deberán interponer ante esta Representación Legal dentro del tercer día hábil inmediato siguiente a la fecha de la última notificación a las partes, siendo que el de revocatoria será de conocimiento de esta Representación Legal, y el de apelación de la Presidencia Ejecutiva de esta institución. Podrán presentar los alegatos de su interés, y ofrecer las pruebas que estimen necesarias, y se les advierte tienen derecho a hacerse asesorar y representar por abogado y técnico de su elección, así como consultar el expediente en días y horas hábiles, se hace la salvedad que para fotocopiar el expediente administrativo se cuenta con el horario de siete horas con treinta minutos y hasta las once horas con treinta minutos en días hábiles, el cual permanecerá a su disposición en esta oficina local, ubicada en Limón, Pococí, Guápiles, sita 200 metros norte y 25 metros oeste del Banco Popular y Desarrollo Comunal. Expediente N° OLPO-00304-2022.—Oficina Local de Pococí.—MSC. Maria Gabriela Hidalgo Hurtado, Representante Legal.—O.C. Nº OC-13419-202.—Solicitud Nº 421633.—( IN2023739831 ).

Lic. Johan David Gutiérrez Valverde, Órgano Director del Procedimiento Administrativo, en su carácter personal, quienes son Juan Carlos Martínez López, Luis Gerardo Alfaro Cortés, vecinos de desconocido. Se les hace saber que, en proceso especial de protección en sede administrativa, establecido por Patronato Nacional de la Infancia, en expediente OLAO-00090-2016, se ordena notificarles por edicto, la resolución que en lo literal dice: Patronato Nacional de la Infancia, Oficina Local de Alajuela Oeste. A las ocho horas treinta y siete minutos del día veinticuatro de marzo del año dos mil veintitrés. Visto: único: que, se recibe incidente del 9-1-1, 2023-02-25-01455, del día 25/02/2023 al ser las 15:38, el mismo indicó agresión psicológica hacia personas menores de edad de 15 y 16 años de edad. Considerando: de conformidad con lo establecido en el reglamento a los artículos 133 y 139 del Código de la Niñez y la Adolescencia y siendo que, de la primera intervención institucional, las áreas de investigación preliminar, identifican factores de riesgo que se deben modificar, y factores de protección que requieren el fortalecimiento en beneficio del interés superior de las personas menores de edad y su integridad. Se requiere la ampliación de la intervención institucional con la finalidad de poder determinar el actor o conducta que propicia los factores de riesgo, necesarios para identificar y especializar el plan de intervención. Por tanto: de acuerdo con la anterior esta Representación ordena: a. puesta en conocimiento: por un plazo de cinco días hábiles se pone en conocimiento de las partes involucradas, el informe de investigación preliminar. b. Audiencia: Siguiendo criterios de la lógica, razonabilidad, proporcionalidad y sana crítica, se otorga audiencia de forma escrita por el plazo de cinco días hábiles a partir de la notificación de la resolución para que presenten sus alegatos y ofrezcan prueba. c. Fase diagnóstica, se dé inicio a la fase diagnóstica por lo que se deberá de asignarse la intervención de un profesional en el área de trabajo social para que dentro del plazo de 15 días hábiles cuando ha existido separación familiar y de 20 días hábiles en los demás procesos, para que al final de esta ampliación deberá determinar una recomendación de acuerdo a lo trabajado, para establecer el cierre de la intervención institucional o bien el dictado de la medida especial de protección correspondiente, respecto a esto último deberá aportar un plan de intervención con su debido cronograma. Se previene a las partes involucradas en el Proceso que les asiste todo el derecho de hacerse asesorar o representar por un profesional en derecho, así como tener acceso al expediente administrativo para el estudio, revisión o fotocopias. Recursos: se le hace saber a las partes que contra la presente resolución procede recurso de apelación para ante la Presidencia Ejecutiva de esta institución, el cual podrá interponerse verbalmente o por escrito, dentro de las cuarenta y ocho horas siguientes a su notificación. (Artículo 139 del Código de la Niñez y la Adolescencia). Medio para notificaciones: se insta a las partes el establecimiento de un medio para recibir notificaciones. Comuníquese.—Oficina Local de Alajuela Oeste.—Lic. Johan David Gutiérrez Valverde, Representante Legal.—O.C. Nº OC-13419-202.—Solicitud Nº 421649.—( IN2023739850 ).

Lic. Manuel David Rojas Saborío, Órgano Director del Procedimiento Administrativo, en su carácter personal, quien es Bismark Gómez Alvarado, indocumentado, vecino de desconocido. Se le hace saber que, en proceso especial de protección en sede administrativa, establecido por Patronato Nacional de la Infancia, en expediente OLAO-00045-2023, se ordena notificarle por edicto, la resolución que en lo literal dice: Patronato Nacional de la Infancia, Oficina Local de Alajuela Oeste, nueve horas y dieciséis minutos del veinticuatro de marzo del dos mil veintitrés. Considerando Primero: Que se tienen por ciertos los resultandos del primero al último por constar así en el expediente administrativo de marras. Segundo: Del elenco probatorio que consta en el citado expediente administrativo y de su análisis se evidencia que la persona menor de edad cuenta con ideación suicida, estuvo con atención psicológica, se percibe que los padres la han querido obligar a ir a la iglesia, poseer una creencia religiosa, la cual la pme no quiere, posee baja autoestima, busca aceptación personal y de los demás. La adolescente posee una historia familiar donde los padres practican un credo religioso del cual pretendían que la adolescente también debería tenerlo, pero a ella la hace sentir muy mal, no se siente parte de la iglesia. Actualmente la adolescente presenta un cuadro de baja autoestima, búsqueda de aceptación personal y de los demás, práctica de un credo religioso del cual la adolescente la hace detonar, que en consecuencia se constatan las recomendaciones técnicas emitidas, concurriendo todos los presupuestos necesarios para dictar una medida de protección de orientación, apoyo y seguimiento temporal a la familia. Tercero: Sobre el Fondo: Que de conformidad con lo establecido por la Convención sobre los Derechos del Niño en sus artículos 3 al 6 y 18 siguientes y concordantes, cuya base jurídica constituyó el pilar para la creación del Código de la Niñez y la Adolescencia el cual proporciona los elementos normativos suficientes para un adecuado marco institucional, cuya potestad está dada en el artículo 55 de la Constitución Política, así como en los artículos 3 inciso a, e, f, k, n, y o, y 4 incisos l, m y n de la Ley Orgánica del Patronato Nacional de la Infancia, artículos 13, 29, 30, 129 al 138, 140 siguientes y concordantes del Código de la Niñez y la Adolescencia que refuerzan las facultades institucionales para brindar la protección necesaria a la persona menor de edad que no tenga una garantía efectiva de sus derechos. Estos principios en conjunto, plantean como elemento indispensable para alcanzar el máximo desarrollo humano el reconocimiento de las personas menores de edad como personas activas de la sociedad que disfrutan del ejercicio, goce y vigencia de derechos y deberes inherentes a la condición de ser humano para que puedan gozar realmente de una vida prolongada, saludable y creativa. El Código de la Niñez y la Adolescencia establece en su artículo 135 la posibilidad de implementar medidas de protección en favor de la persona menor de edad y adolescentes. En este orden de ideas es que se considera necesario iniciar un proceso administrativo de orientación, apoyo y seguimiento a la familia (con fundamento en el artículo 135 inciso a) del Código de la Niñez y la Adolescencia a favor de la persona menor de edad Marjorie Gómez Duarte con el fin de tutelar los derechos indicados. Por tanto con fundamento en lo expuesto y disposiones legales citadas, se resuelve: 1) Dar por iniciado el proceso especial de protección, en sede administrativa. 2) Se dicta medida de orientación, apoyo y seguimiento temporal a la familia. Se indica que la presente medida de protección tiene una vigencia de hasta seis meses teniendo como plazo de vencimiento el veintiuno de setiembre de dos mil veintitrés. Para lo cual, se le indica que debe cooperar con la atención institucional, lo que implica asistir a las citas que se le brinde, así como cumplimiento de las indicaciones emitidas. 3) Se Ordena brindar seguimiento y contención a las necesidades de la persona menor de edad y su familia. 4) Se recomienda trabajar con los progenitores: responsabilidad parental, derechos, deberes, sistema familiar protector y comunicación asertiva. 5) Se ordena incluir en el programa socioeducativo “Academia de Crianza” a los progenitores. 6) Asígnese la presente situación a funcionaria en Trabajo Social para que brinde el respectivo seguimiento, se le da un plazo de seis meses para que cumpla con el plan de intervención prestablecido. Apercibimiento: Las presentes medidas de protección son de acatamiento obligatorio y deben ser cumplidas en el plazo determinado por la profesional a cargo. En caso de incumplimiento, se iniciará el proceso especial de protección en sede judicial, sin perjuicio de los procesos relativos a la suspensión o terminación de la patria potestad. Audiencia: Se le hace ver a las partes que de conformidad con el artículo doce de la Ley que rige la materia, dentro del plazo de los cinco días hábiles siguientes a la notificación de la presente resolución, podrán solicitar que se señale hora y fecha para una audiencia donde se evacuará la prueba que consideren pertinente y ser escuchadas con respecto a los hechos denunciados. Notificaciones. Se les previene a las partes señalar casa, oficina o lugar, donde atender notificaciones, en caso de no hacerlo, las resoluciones posteriores se tendrán por notificadas veinticuatro horas después de dictadas. Garantía de Defensa: Se les informa a las partes, que es su derecho hacerse asesorar o representar por un profesional en derecho de su elección, así como a tener acceso en la Oficina Local al estudio y revisión del expediente administrativo. Recursos: Se hace saber a las partes, que en contra de esta resolución procede el recurso de apelación, el que deberá interponerse ante este despacho, dentro de los dos días posteriores a la notificación, resolviendo dicho recurso la Presidencia Ejecutiva de la entidad, ubicada en San José, Barrio Luján, en horas hábiles de las siete a las quince y treinta horas. Dicho recurso será inadmisible si es presentado pasado el plazo indicado. La presentación del recurso de apelación, no suspenderá la aplicación del acto recurrido. Comuníquese.—Oficina Local de Alajuela Oeste.—Lic. Manuel David Rojas Saborío, Representante Legal.—O. C. N° OC-13419-202.—Solicitud N° 421654.—( IN2023739950 ).

Lic. Johan David Gutiérrez Valverde, Órgano Director del Procedimiento Administrativo, en su carácter personal, quien es Jesús Frain Sequeira Sánchez, vecino de desconocido. Se le hace saber que, en Proceso Especial de Protección en Sede Administrativa, establecido por Patronato Nacional de la Infancia, en expediente OLSCA-00105-2017, se ordena notificarles por edicto, la resolución que en lo literal dice: Patronato Nacional de la Infancia, Oficina Local de Alajuela Oeste. A las nueve horas veintidós minutos del día veinticuatro de marzo del año dos mil veintitrés. Visto: único: que, se recibe incidente del 9-1-1, 2023-02-22-0247, del día 22/02/2023 al ser las 18:40, el mismo reportó aparente agresión física y conflicto familiares hacia persona menor de edad de 15 años de edad y su madre. Considerando: de conformidad con lo establecido en el reglamento a los artículos 133 y 139 del Código de la Niñez y la Adolescencia y siendo que, de la primera intervención institucional, las áreas de investigación preliminar identifican factores de riesgo que se deben modificar, y factores de protección que requieren el fortalecimiento en beneficio del interés superior de las personas menores de edad y su integridad. Se requiere la ampliación de la intervención institucional con la finalidad de poder determinar el actor o conducta que propicia los factores de riesgo, necesarios para identificar y especializar el plan de intervención. Por tanto: de acuerdo con la anterior esta representación ordena: a. Puesta en conocimiento: por un plazo de cinco días hábiles se pone en conocimiento de las partes involucradas, el informe de investigación preliminar. b. Audiencia: Siguiendo criterios de la lógica, razonabilidad, proporcionalidad y sana crítica, se otorga audiencia de forma escrita por el plazo de cinco días hábiles a partir de la notificación de la resolución para que presenten sus alegatos y ofrezcan prueba. c. Fase diagnóstica, se dé inicio a la fase diagnóstica por lo que se deberá de asignarse la intervención de un profesional en el área de psicología para que dentro del plazo de 15 días hábiles cuando ha existido separación familiar y de 20 días hábiles en los demás procesos, para que al final de esta ampliación deberá determinar una recomendación de acuerdo a lo trabajado, para establecer el cierre de la intervención institucional o bien el dictado de la medida especial de protección correspondiente, respecto a esto último deberá aportar un plan de intervención con su debido cronograma. Se previene a las partes involucradas en el Proceso que les asiste todo el derecho de hacerse asesorar o representar por un profesional en derecho, así como tener acceso al expediente administrativo para el estudio, revisión o fotocopias. Recursos: se le hace saber a las partes que contra la presente resolución procede recurso de apelación para ante la Presidencia Ejecutiva de esta institución, el cual podrá interponerse verbalmente o por escrito, dentro de las cuarenta y ocho horas siguientes a su notificación. (Artículo 139 del Código de la Niñez y la Adolescencia). Medio para notificaciones: se insta a las partes el establecimiento de un medio para recibir notificaciones. Comuníquese.—Oficina Local de Alajuela Oeste.—Lic. Johan David Gutiérrez Valverde, Representante Legal.—O.C. Nº OC-13419-202.—Solicitud Nº 421662.—( IN2023740160 ).

A: Merysa Solís Rivera, Mauricio Beteta Pengles, Christopher Valverde Rodríguez, Eric Mathue Van Santen y Guillermo Carmona Salazar, personas menores de edad: I.V.B.S, J.E.V.S, K.M.V.S, H.C.S, se le comunica las resoluciones siguientes: i) nueve horas de los nueve treinta minutos del veinte de marzo del dos mil veintitrés, donde se realiza resolución de confirmación cuido provisional del expediente administrativo. Notificaciones: se le previene a la parte señalar casa, oficina o lugar, donde atender notificaciones, en el caso de no hacerlo las resoluciones posteriores se tendrán por notificadas veinticuatro horas después de dictadas. Garantía de defensa: se le informa a la parte que es su derecho hacerse asesorar o representar por un profesional en derecho de su elección, así como a tener acceso en la oficina local dentro de horas hábiles al estudio y revisión del expediente administrativo. Recursos: se le hace saber a las partes que contra esta resolución procede el recurso de apelación el que deberá interponerse ante este despacho, en forma verbal o por escrito dentro de las cuarenta y ocho horas, posteriores a la notificación, resolviendo dicho recurso la Presidencia Ejecutiva de la entidad, ubicada en San José, Barrio Luján, en horas hábiles de las siete a las quince y treinta horas. Para tal efecto pueden ofrecer además las pruebas que consideren pertinentes (Art. 139 del Código de la Niñez y la Adolescencia). Dicho recurso será inadmisible si es presentado pasado el plazo indicado. La presentación del recurso de apelación no suspenderá la aplicación del acto recurrido. Expediente N° OLT-00307-2016.—Oficina Local de Pavas.—Licda. Mariela Villalobos Jiménez, Órgano Director del Procedimiento.—O. C. N° OC-13419-202.—Solicitud N° 421664.—( IN2023740184 ).

A la señora Karol Tatiana Matarrita Gutiérrez, se les comunica la resolución de audiencia, mediante la cual se mantiene el proceso especial de protección bajo la figura de guarda crianza y educación, resolución PANI-OLAL-RA-145-2023 iniciado mediante la resolución PANI-OLAL-PEP-21-2023 es en favor de la persona menor de edad JAM. Se le confiere audiencia por tres días hábiles, para que presente los alegatos de su interés, y se le advierte que tiene derecho a hacerse asesorar y representar por abogados y técnicos de su elección, así como consultar el expediente en días y horas hábiles, el cual permanecerá a su disposición en esta Oficina Local, ubicada San José, Alajuelita, San Josecito, del supermercado Acapulco 300 metros oeste y 125 metros sur, calle al Liceo de Alajuelita, - Expediente OLAL-00342-2020.—Oficina Local de Alajuelita.—Licda. Desirée Ramos B., Representante Legal.—1 vez.—O.C. Nº 13419-202.—Solicitud Nº 421666.—( IN2023740246 ).

Al señor James Michael Dyer, cédula de identidad número 800920739, se le comunica la resolución correspondiente a resolución que ordena revocatoria de medida especial de protección otorgado a persona menor de edad, de las trece horas del veintitrés de marzo dos mil veintitrés, dictada por la Oficina Local de Vázquez de Coronado Moravia del Patronato Nacional de la Infancia. Asimismo, se le comunica la resolución correspondiente a resolución PE-PEP-0004-2023, de las ocho horas del doce de enero dos mil veintitrés, dictada por la Presidencia Ejecutiva del Patronato Nacional de la Infancia que resuelve recurso de apelación. Se le confiere audiencia al señor James Michael Dyer, por cinco días hábiles, para que presente los alegatos de su interés, y ofrezca las pruebas que estime necesarias, y se le advierte que tiene derecho a hacerse asesorar y representar por abogados y técnicos de su elección, así como consultar el expediente en días y horas hábiles, el cual permanecerá a su disposición en esta oficina local de Vázquez de Coronado Moravia, ubicada en ubicado en San José, Coronado, doscientos cincuenta metros al este del Antiguo Mall Don Pancho. Se le hace saber, además, que contra la indicada resolución dictada por la Oficina Local de Vázquez de Coronado – Moravia del Patronato Nacional de la Infancia procede Recurso de Apelación para ante la Presidencia Ejecutiva de esta institución, el cual deberán interponer ante esta Representación Legal dentro de las 48 horas siguientes, contadas a partir del día hábil inmediato siguiente a la fecha de publicación del tercer aviso en el Diario Oficial, en el entendido que hacerlo fuera de dicho término el recurso deviene en inadmisible (Artículo 139 del Código de la Niñez y la Adolescencia). Publíquese tres veces. Expediente N° OLT-00302-2018.—Oficina Local de Vázquez de Coronado Moravia.—MSC. Hernán Alberto González Campos, Representante Legal.—O.C. N° OC-13419-202.—Solicitud N° 421594.—( IN2023740247 ).

A Danny Alfredo Carmona, se le comunica la resolución de las trece horas del veintitrés de marzo del año dos mil veintitrés, la cual otorga el mantener Proceso Especial de Protección en Sede Administrativa de manera cautelar a favor de las personas menores de edad D.D.D.C., L.A.P.D., M.C.D., E.J.D.C., M.A.D., K.D.C. Se les confiere audiencia a los interesados, por tres días hábiles, para que presenten los alegatos de su interés, y ofrezcan las pruebas que estime necesarias, y se le advierte que tiene derecho de hacerse asesorar y representar por abogados y técnicos de su elección, así como consultar el expediente en días y horas hábiles, se hace la salvedad que para fotocopiar el expediente administrativo se cuenta con el horario de siete horas treinta minutos y hasta las doce horas con treinta minutos en días hábiles, el cual permanecerá a su disposición en esta Oficina Local, ubicada en San Carlos, Aguas Zarcas, 500 oeste del CTN Nataniel Murillo, edificios color rojo mano derecha antes del puente de Aguas Zarcas, edificio del PANI. Expediente N° OLAZ-00390-2021.—Oficina Local de Aguas Zarcas.—Marcela Luna Chaves, Representante Legal.—O.C. N° OC-13419-202.—Solicitud N° 421598.—( IN2023740249 ).

Al señor Miguel Ángel Aguilar Jinesta, se les comunica la resolución de audiencia, mediante la cual se mantiene el proceso especial de protección bajo la figura de guarda crianza y educación, resolución PANI-OLAL-RA-145-2023 inciado mediante la resolución PANI-OLAL-PEP-21-2023 es en favor de la persona menor de edad JAM. Se le confiere audiencia por tres días hábiles, para que presente los alegatos de su interés, y se le advierte que tiene derecho a hacerse asesorar y representar por abogados y técnicos de su elección, así como consultar el expediente en días y horas hábiles, el cual permanecerá a su disposición en esta Oficina Local, ubicada San José, Alajuelita, San Josecito, del supermercado Acapulco 300 metros oeste y 125 metros sur, calle al Liceo de Alajuelita, expediente OLAL-00342-2020.—Oficina Local de Alajuelita.—Licda. Desirée Ramos B., Representante Legal.—O.C. Nº OC-13419-202.—Solicitud Nº 421681.—( IN2023740302 ).

Al señor: Keilyn Milena Porras Rojas, se le comunica la resolución de este despacho de las nueve horas seis minutos del veinticuatro de marzo de dos mil veintitrés, que dicta medida cautelar de cuido provisional a favor de las personas menores de edad IAP e IPR en recurso familiar señora María Cristina Rojas Solís. Se le advierte que deberá señalar lugar conocido para recibir sus notificaciones o bien señalar número de facsímil para recibir aquellas notificaciones que pudieran practicarse por este medio, en el entendido de que de no hacerlo o si el lugar señalado fuere inexacto las notificaciones futuras quedarán firmes veinticuatro horas después de dictadas. Recursos: se le hace saber que contra la presente resolución procede únicamente el recurso de apelación para ante la Presidencia Ejecutiva de esta institución el que deberá interponerse ante este despacho en horas hábiles en forma verbal o por escrito dentro de las cuarenta y ocho horas hábiles siguientes a partir de la tercera publicación de este edicto en el entendido que hacerlo fuera de dicho término el recurso deviene en inadmisible. Se le informa que es su derecho hacerse asesorar o representar por un profesional en Derecho, así como revisar y estudiar el expediente administrativo. Expediente N° OLPUN-00030-2016.—Oficina Local de Puntarenas.—Licda. Dalia Benavides Álvarez, Representante Legal.—O. C. N° OC-13419-202.—Solicitud N° 421686.—( IN2023740303 ).

Al señor Elkin Giovanni Alpízar Rodríguez, se le comunica la resolución de este despacho de las nueve horas seis minutos del veinticuatro de marzo de dos mil veintitrés, que dicta medida cautelar de cuido provisional a favor de las personas menores de edad IAP en recurso familiar señora María Cristina Rojas Solís. Se le advierte que deberá señalar lugar conocido para recibir sus notificaciones o bien señalar número de facsímil para recibir aquellas notificaciones que pudieran practicarse por este medio, en el entendido de que, de no hacerlo, o si el lugar señalado fuere inexacto, las notificaciones futuras quedarán firmes veinticuatro horas después de dictadas. Recursos: Se le hace saber, que contra la presente resolución procede únicamente el recurso de apelación para ante la Presidencia Ejecutiva de esta institución, el que deberá interponerse ante este despacho en horas hábiles, en forma verbal o por escrito dentro de las cuarenta y ocho horas hábiles siguientes a partir de la tercera publicación de este edicto, en el entendido que hacerlo fuera de dicho término el recurso deviene en inadmisible. Se le informa que es su derecho hacerse asesorar o representar por un profesional en Derecho, así como revisar y estudiar el expediente administrativo. Exp. N° OLPUN-00030-2016.—Oficina Local de Puntarenas.—Licda. Dalia Benavides Álvarez, Representante Legal.—O.C. Nº OC-13419-202.—Solicitud Nº 421688.—( IN2023740305 ).

Lic. Johan David Gutiérrez Valverde, Órgano Director del procedimiento administrativo, en su carácter personal, quien es Carlos Alberto Moreno Soto, vecino de desconocido. Se le hace saber que, en proceso especial de protección en sede administrativa, establecido por Patronato Nacional de la Infancia, en expediente OLAO-00453-2019, se ordena notificarles por edicto, la resolución que en lo literal dice: Patronato Nacional de la Infancia, Oficina Local de Alajuela Oeste. A las diez horas veintisiete minutos del día veinticuatro de marzo del año dos mil veintitrés. Visto: único: que, se recibe incidente del 9-1-1 2023-01-25-01635, el día 25/01/2023, al ser las 7:57, el mismo indicó que persona menor de edad llama al sistema porque requiere lo ingresen a un albergue porque teme por su vida. Persona menor de edad poli consultante con expediente archivado. Considerando: de conformidad con lo establecido en el reglamento a los artículos 133 y 139 del Código de la Niñez y la Adolescencia y siendo que, de la primera intervención institucional, las áreas de investigación preliminar, identifican factores de riesgo que se deben modificar, y factores de protección que requieren el fortalecimiento en beneficio del interés superior de las personas menores de edad y su integridad. Se requiere la ampliación de la intervención institucional con la finalidad de poder determinar el actor o conducta que propicia los factores de riesgo, necesarios para identificar y especializar el plan de intervención. Por tanto: de acuerdo con la anterior esta representación ordena: a. Puesta en conocimiento: por un plazo de cinco días hábiles se pone en conocimiento de las partes involucradas, el informe de investigación preliminar. b. Audiencia: siguiendo criterios de la lógica, razonabilidad, proporcionalidad y sana crítica, se otorga audiencia de forma escrita por el plazo de cinco días hábiles a partir de la notificación de la resolución para que presenten sus alegatos y ofrezcan prueba. c. Fase diagnóstica se dé inicio a la fase diagnóstica por lo que se deberá de asignarse la intervención de un profesional en el área de psicología para que dentro del plazo de 15 días hábiles cuando ha existido separación familiar y de 20 días hábiles en los demás procesos, para que al final de esta ampliación deberá determinar una recomendación de acuerdo a lo trabajado, para establecer el cierre de la intervención institucional o bien el dictado de la medida especial de protección correspondiente, respecto a esto último deberá aportar un plan de intervención con su debido cronograma. Se previene a las partes involucradas en el Proceso que les asiste todo el derecho de hacerse asesorar o representar por un profesional en derecho, así como tener acceso al expediente administrativo para el estudio, revisión o fotocopias. Recursos: se le hace saber a las partes que contra la presente resolución procede recurso de apelación para ante la Presidencia Ejecutiva de esta institución, el cual podrá interponerse verbalmente o por escrito, dentro de las cuarenta y ocho horas siguientes a su notificación. (Artículo 139 del Código de la Niñez y la Adolescencia). Medio para notificaciones: se insta a las partes el establecimiento de un medio para recibir notificaciones. Comuníquese.—Oficina Local de Alajuela Oeste.—Lic. Johan David Gutiérrez Valverde, Representante Legal.—O.C. Nº OC-13419-202.—Solicitud Nº 421690.—( IN2023740306 ).

Juan Carlos Román Fallas, portador de la cédula de identidad N° 1-1313-0326, de domicilio desconocido y Carolina Castillo López, de nacionalidad nicaragüense, de domicilio exacto desconocido. Se les comunica la resolución administrativa de las dieciséis horas del 22 de marzo del 2023, de esta Oficina Local que en lo conducente ordenó mantener medida cautelar de cuido provisional por el plazo de seis meses. Se le previene a los señores indicados que deben señalar medio o lugar para recibir notificaciones de las resoluciones que se dicten por la oficina local competente dentro del presente proceso especial de protección en sede administrativa. Se les hace saber, además, que contra la citada resolución procede el recurso ordinario de apelación, que deberán interponer en forma verbal o por escrito ante esta oficina local dentro de las cuarenta y ocho horas siguientes a su notificación, el cual será elevado ante la Presidencia Ejecutiva de esta institución. Publíquese por tres veces consecutivas. Expediente N° OLAS-00034-2017.—Oficina Local de Aserrí.—Licda. Tatiana Torres López, Representante Legal.—O. C. N° OC-13419-202.—Solicitud N° 421691.—( IN2023740308 ).

AVISOS

CONVOCATORIAS

SETH S. A.

Convocatoria Asamblea General Extraordinaria

Se convoca a los socios de SETH S. A., cédula jurídica 3-101-753021 a la Asamblea General Extraordinaria de Socios a celebrarse en Puntarenas, Santa Teresa de Cóbano, 600 metros norte del Supermercado La Hacienda, Plaza norte, local 1, a las 15:00 horas el 24 de abril de 2023. De no presentarse el quorum de ley, la segunda convocatoria será una hora después con el número de socios con derecho a voto que esté presente. El orden del día será el siguiente:

a)         Verificación del quórum.

b)         Autorizar la donación de las fincas con matrícula de folio real i) 6-238028-000, ii) 6-238028-000, iii) 6-238031-000, iv) 6-238032-000, v) 6-243987-000 y vi) 6-243988-000.

c)         Otorgar poder especial para que el apoderado comparezca ante Notario Público de su elección a otorgar poder especialísimo para donar las fincas con matrícula de folio real i) 6-238028-000, ii) 6-238028-000, iii) 6-238031-000, iv) 6-238032-000, v) 6-243987-000 y vi) 6-243988-000.

d)         Asuntos varios.

Los socios que no puedan asistir a la asamblea, podrán hacerse representar por medio de carta poder debidamente autenticada por notario.

Seth Draper, Presidente.—1 vez.—( IN2023745854 ).

SERVICIOS TÁCTICOS DE SEGURIDAD

STS COSTA RICA S.A.

cédula jurídica: 3-101-688947

Convocatoria de asamblea ordinaria

y extraordinaria de socios

Fecha: 19 de abril de 2023

Lugar: edificio Oficinas Centrales de STS, ubicadas en San José, Santa Ana, Piedades, 300 metros al Este del Templo Católico.

Primera convocatoria: 3:00pm y segunda Convocatoria 3:30pm

Orden del día:

1.         Verificación del quorum.

2.       Nombramiento del presidente y Secretario de la Asamblea.

3.         Revisión y Aprobación de Estados Financieros del ejercicio fiscal 2022.

4.         Capitalizar la compañía.

5.         Presentación de los estados financieras para el ejercicio fiscal del primer trimestre del 2023.

6.         Asuntos Varios

7.         Autorización para la protocolización del acta de la Asamblea.

Cada accionista deberá presentar identificación que le acredite en esa condición. En caso de accionistas que sean sociedades mercantiles, se deberá presentar personería jurídica vigente que acredite al representante legal de la misma. El accionista podrá hacerse representar por un apoderado acreditado mediante carta poder debidamente autenticada. Únicamente podrán estar presentes los accionistas. Convoca.—Ing. Rafael Ángel Cordero Martínez, Apoderado.—1 vez.—( IN2023745864 ).

IMPORTADORES DEL YUKON SOCIEDAD ANÓNIMA

EL suscrito Presidente de la sociedad Importadores del Yukon Sociedad Anónima, de conformidad con el artículo 159 del Código de Comercio y a solicitud de la empresa New Horizon Development Sociedad de Responsabilidad Limitada, cédula de persona jurídica número tres-ciento dos-setecientos catorce mil cuatrocientos treinta y cuatro, como socio registrado propietario de acciones que representan un porcentaje superior al veinticinco por ciento del capital social de la compañía, procedo a convocar a los socios registrados a la Asamblea General Ordinaria y Extraordinaria de Accionistas de la empresa Importadores del Yukon Sociedad Anónima a celebrarse en primera convocatoria y de manera presencial a las ocho horas del sábado 13 de mayo del dos mil veintitrés en las oficinas del bufete de abogados Nova Legal de Costa Rica cita en la provincia de San José, Escazú, San Rafael, cuatrocientos metros norte de Construplaza, Edificio Latitud Norte Cuarto Piso,

De no lograrse el quórum de ley se procederá a la segunda convocatoria a las nueve horas del mismo día, en la misma sede y de la misma manera, es decir, presencial. En la Asamblea se discutirán y votarán los siguientes puntos de agenda.

Orden del Día

1-         Modificación de la cláusula SEGUNDA de los Estatutos Sociales para que en lo sucesivo se lea de la siguiente manera:

“SEGUNDO: La sociedad tendrá su domicilio social en la provincia de San José, Escazú, San Rafael, Edificio Latitud Norte Cuarto Piso, Oficinas de Nova Legal de Costa Rica, pudiendo establecer agendas y sucursales en cualquier lugar de la República o fuera de ella”.

2-         Modificación de la cláusula SEXTA de los Estatutos Sociales para que en lo sucesivo se lea de la siguiente manera:

SEXTA: Cada año se practicará un inventario y balance el día treinta y uno de diciembre. En la confección del balance se estimarán los valores del activo por el precio del día y los créditos dudosos por su valor probable, y los créditos incobrables no figurarán en el activo.

3-         Modificación de la cláusula NOVENA de los Estatutos Sociales para que en lo sucesivo se lea de la siguiente manera:

NOVENA: DE LA ADMINISTRACIÓN: La sociedad será administrada por una Junta Directiva, compuesta por tres miembros Presidente, Secretario y Tesorero, quienes podrán ser socios o extraños, los cuales permanecerán en sus cargos por todo el plazo social. Corresponde exclusivamente al PRESIENTE la representación judicial y extrajudicial de la compañía con facultades de APODERADO GENERALÍSIMO SIN LÍMITE DE SUMA, de conformidad con lo dispuesto en el artículo mil doscientos cincuenta y tres del Código Civil. El poder incluye facultades de otorgar todo tipo de poderes, sustituirlo en todo o en parte, revocar sustituciones y hacer otras de nuevo.

4-         Inclusión de una nueva cláusula DÉCIMA CUARTA a los estatutos de la sociedad que se leerá de la siguiente manera:

DÉCIMO CUARTA: Solución de Controversias o Disputas: Toda controversia o disputa que se suscite entre cualquiera de los accionistas y la sociedad, o entre los mismos accionistas o entre la sociedad y un tercero que como resultado de cualquier tipo de resolución judicial o arbitral o como resultado de procesos de ejecución resulte beneficiario de acciones de la sociedad y que se relacione con el ejercicio de le actividad de la sociedad, incluyendo pero no limitado a la interpretación o validez de lo estipulado en sus estatutos sociales, los acuerdos de la Asamblea de Socios o de la Junta Directiva, será resuelto mediante un arbitraje de Derecho, de conformidad con las regulaciones del Centro de Conciliación y Arbitraje de la Cámara Costarricense-Norteamericana de Comercio (“CICA”) o del Centro de Resolución de Conflictos de la Cámara de Comercio de Costa Rica a libre elección de la parte que plantee el requerimiento arbitral respectivo. Los socios se comprometen a someter voluntaria e incondicionalmente la resolución del reclamo respectivo a las regulaciones y estatutos del centro escogido. La legislación aplicable o ley sustantiva, será la legislación mercantil de Costa Rica y el arbitraje tendrá lugar en San José, Costa Rica, en las oficinas del centro de resolución de conflictos respectivo. El tribunal arbitral será unipersonal y dictará un laudo arbitral por escrito, el cual será final, obligatorio para las partes de inmediato y sin recurso posterior alguno salvo el de revisión y nulidad, por lo que constituirá “cosa juzgada” debiendo las partes acatarlo sin dilación alguna. Los costos asociados con el arbitraje serán asumidos por las partes en igual proporción salvo que el laudo decida otra cosa. Los honorarios de abogados u otros asesores legales serán asumidos por la parte correspondiente durante el desarrollo del arbitraje sin que esto extinga la obligación de la parte que defina el laudo como “Parte indemnízate” de resarcir a la parte que resulte como “Parte indemnizada” tales honorarios incurridos”.

5-         Ratificación del nombramiento del Presidente y Tesorero de la sociedad.

6-         Revocatoria del nombramiento de la Secretaria de la sociedad y nombramiento de un nuevo Secretario por el resto del plazo social.

7-         Por haber autorizado la Asamblea General Extraordinaria de Accionistas de la sociedad de las diez horas del treinta de setiembre el traspaso del inmueble del Partido de San José Folio Real Trescientos Setenta y Cinco Mil Quinientos Treinta y Seis-Cero Cero Cero, a favor Fidelex Fides Limitada, con cédula jurídica número tres-ciento dos-cuatrocientos noventa y un mil trescientos, bajo los términos y condiciones del contrato de crédito y contrato de Fideicomiso que bajo autorización de esta misma Asamblea firmó el Presidente de la compañía, se informará a la Asamblea de Socios que ese inmueble ha sido sometido al Régimen de Propiedad Horizontal resultando en una finca matriz de ese Partido folio real 5250-M-cero cero cero, que es condominio compuesto de cuatro fincas filiales con los siguientes cuatro números de folios reales: a) Doscientos Veinticinco Mil Cuatrocientos Noventa y Siete-F-Cero Cero Cero. b) Doscientos Veinticinco Mil Cuatrocientos Noventa y Ocho-F-Cero Cero Cero, c) Doscientos Veinticinco Mil Cuatrocientos Noventa y Nueve-F-Cero Cero Cero y c) Doscientos Veinticinco Mil Quinientos-F-Cero Cero Cero. Tal y como establece el contrato de arrendamiento suscrito entre de Importadores del Yukon S. A. y Cemaco Internacional S. A., con cédula de persona jurídica número: tres-ciento uno-cero setenta mil novecientos noventa y tres, en fecha veintinueve de marzo del dos mil dos e igualmente tal y como se establece en los documentos de crédito y el Contrato de Fideicomiso de Garantía Denominado “Fideicomiso de Garantía Importadores del Yukon / Improsa / Fidelex / Dos Mil Veintidós” suscrito entre Importadores del Yukon S. A., Fidelex Fides Limitada y Banco Improsa Sociedad Anónima, cédula jurídica número tres-ciento uno-setenta y nueve mil seis, se ratificará la autorización otorgada al Presidente de la sociedad para suscribir todos las escrituras públicas y en general cualquier documento relacionados con la ejecución de este acuerdo y específicamente se ratificará la autorización otorgada al Presidente para requerir al Fiduciario Fidelex Fides Limitada que transfiera, tal y como establece los contratos de arrendamiento y de fideicomiso mencionado, el inmueble del Partido de San José Folio Real Doscientos Veinticinco Mil Cuatrocientos Noventa y Ocho-F-Cero Cero Cero, que es el objeto de ese arrendamiento a favor de la sociedad Tres-Ciento Dos-Ochocientos Setenta y Cuatro Mil Tres S.R.L. cuyo capital pertenece en su totalidad a Importadores del Yukon S. A. Lo anterior a efecto de cumplir con las obligaciones asumidas con Cemaco Internacional S.A. en cuanto a mantener el inmueble arrendado fuera de cualquier instrumento de garantía y a nombre de una subsidiaria cien por ciento propiedad de Importadores del Yukon S. A.

Jo Murray Zimmer, Presidente.—1 vez.—( IN2023745948 ).

AVISOS

PUBLICACIÓN DE TERCERA VEZ

CORPORACIÓN AGNI WEK SOCIEDAD

DE RESPONSABILIDAD LIMITADA

Corporación Agni Wek Sociedad de Responsabilidad Limitada, cédula jurídica N° 3-102-858679, mediante sus gerentes, solicita ante el Registro Nacional, la reposición por extravío de los libros: Asamblea de Junta Directiva N° 1, Registro de Accionistas N° 1, y Asamblea de Socios N° 1. Quien se considere afectado, puede manifestar su oposición ante la notaría de la Licda. Victoria Eugenia Mora Herra, en San José, Desamparados, San Juan de Dios, entrada privada, última casa, dentro del término de 8 días hábiles contados a partir de la última publicación.—San José, 24 de marzo de 2023.—( IN2023735697 ).

UNIVERSIDAD FLORENCIO DEL CASTILLO

Universidad Florencio del Castillo, solicita la reposición del título por extravío de su original de la estudiante Aylin Vargas Avilés, cédula de identidad número siete-doscientos cuarenta y ocho-doscientos uno, quien optó por el título de Bachillerato en Ciencias de la Educación Preescolar. Se publica este edicto para escuchar oposiciones dentro del plazo de ocho días hábiles a partir de la tercera publicación.—Cartago, al ser las quince horas del dieciséis de marzo del dos mil veintitrés.—Lic. Cristian Chinchilla Monge, Rector.—( IN2023738125 ).

PUBLICACIÓN DE SEGUNDA VEZ

REPOSICIÓN DE CERTIFICADO DE ACCIONES

El señor Isaac Mena Cedeño, mayor de edad, soltero, asistente legal, vecino de San José, portador de la cédula de identidad número uno-uno ocho uno uno-cero seis cuatro cuatro en su condición de Apoderado Generalísimo de la sociedad García & Bodan Costa Rica Sociedad Anónima, con cédula jurídica número tres-ciento uno-setecientos sesenta y seis mil ochocientos treinta y seis ha solicitado la reposición del siguiente Certificado de Acciones de la sociedad García & Bodan Costa Rica S. A. el cual fue extraviado: i) Certificado de Acciones N° 2 el cual representa una acción común y nominativa. Lo anterior para dar cumplimiento con lo que estipulado en el Código de Comercio de Costa Rica. Transcurrido el término de un mes a partir de la última publicación, se repondrá dicho documento.—San José, 27 de marzo del 2023.—Isaac Mena Cedeño, Apoderado Generalísimo.—( IN2023738279 ).

UNIVERSIDAD LATINA DE COSTA RICA

Ante la Oficina de Registro de la Universidad Latina de Costa Rica, se ha presentado la solicitud de reposición del Título de Bachillerato en Ingeniería en Electromedicina inscrito bajo el Tomo XIII, Folio 70, Asiento 58986 a nombre de Arnold Mauricio Roque Serrano, cédula de identidad número 304510282. Se solicita la reposición del título indicado anteriormente por extravío del Original.

Se publica este edicto para oír oposiciones a la reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la tercera publicación en el Diario Oficial La Gaceta.

Se extiende la presente a solicitud del interesado en el día y lugar de la fecha.—Departamento de Registro.—Neda Blanco López, Directora.—( IN2023738286 ).

HOLCIM COSTA RICA SOCIEDAD ANÓNIMA

Para efectos de reposición, nosotras Vilma Castro Marín, cédula de identidad número uno-cero tres cero siete-cero cuatro tres tres y Damaris Castro Marín, cédula de identidad número uno-cero dos dos cuatro-cero cuatro seis dos en nuestra condición de propietarias del certificado serie B, número 2154 de nueve mil novecientos ocho acciones de Holcim Costa Rica Sociedad Anónima, cédula jurídica N° 3-101-006846, hacemos constar que hemos solicitado la reposición de dichas acciones y su respectivo certificado por haberse extraviado. Por el término de ley, las oposiciones podrán dirigirse a Holcim Costa Rica Sociedad Anónima, en la recepción de sus oficinas corporativas en Oficentro Torre Cordillera, piso ocho, trescientos metros al sur, Centro Comercial Plaza Mayor, Pavas, San José, transcurrido el mismo se procederá a la reposición solicitada.—San José, 28 de marzo de 2023.—Ana Catalina Rodríguez Rodríguez, Notaria Pública, autenticante.—Vilma Castro Marín y Damaris Castro Marín, Propietarias.—( IN2023739182 ).

Por medio de la escritura número ciento sesenta y nueve ante esta notaria, los señores Steve y Liisa Quinn venden el establecimiento mercantil conocido con el nombre GO FISH Tamarindo Costa Rica, dedicado al turismo en general ubicado en Guanacaste, Santa Cruz, Playa Tamarindo. Se citan a todos los acreedores e interesados a hacer valer sus derechos para que dentro de los siguientes quince días acudan a esta notaría.—Lic. Cristian M. Arguedas Arguedas, Notario Público.—( IN2023740250 ).

PUBLICACIÓN DE TERCERA VEZ

La suscrita Notario Público, Natalia Cristina Ramírez Benavides, hago constar y doy fe de que mediante escritura pública número treinta y seis-cuatro, otorgada a las quince horas treinta minutos del trece de marzo de dos mil veintitrés, se protocolizaron las Actas de Asamblea General Extraordinaria de Socios de las sociedades denominadas: a) Shiny Speedster S. A., titular de la cédula de persona jurídica número tres-ciento uno-cuatrocientos sesenta y siete mil ciento cincuenta; y b) Tienda Internacional de Productos Sensacionales Sociedad Anónima, titular de la cédula de persona jurídica número tres-ciento uno-cero noventa mil setenta y tres; mediante las cuales se aprobó la fusión por absorción de dichas sociedades, siendo Tienda Internacional de Productos Sensacionales Sociedad Anónima, la sociedad prevaleciente para todos los efectos, en la cual además se modificó la cláusula quinta de sus estatutos sociales, referente al capital social. Es todo.—San José, veinte de marzo de dos mil veintitrés.—Natalia Cristina Ramírez Benavides.—( IN2023734446 ).

PUBLICACIÓN DE UNA VEZ

Por escritura otorgada a las 9 horas del día de hoy, se protocoliza asamblea general ordinaria y extraordinaria donde aumenta el capital social de la sociedad Zen Soluciones Administrativas Sociedad de Responsabilidad Limitada, modificando la cláusula que se refiere a la misma.—San José, 23 de marzo de 2023.—Lázaro Natán Broitman Feinzilber.—
1 vez.—( IN2023734621 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría a las 13 horas 30 minutos del 10 de diciembre del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Nutrive Wellness CR LLC Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 15 de diciembre del 2021.—Licda. Analilly Baldioceda Fernández, Notaria.—1 vez.—CE2021018996.—( IN2023740439 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría a las 11 horas 00 minutos del 07 de diciembre del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Grupo Villa Manoa Limitada.—San José, 15 de diciembre del 2021.—Lic. Rodrigo Madrigal Núñez, Notario.—1 vez.—CE2021018997.—( IN2023740440 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría a las 14 horas 00 minutos del 26 de noviembre del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Puro Cielo Sociedad Anónima.—San José, 15 de diciembre del 2021.—Lic. Carlos Chaverri Negrini, Notario.—1 vez.—CE2021018998.—( IN2023740441 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría a las 08 horas 30 minutos del 08 de diciembre del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Capitales Inmobiliarios J X D del Sur Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 15 de diciembre del 2021.—Lic. Siu Len Wing Ching Jiménez, Notario.—1 vez.—CE2021018999.—( IN2023740442 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría a las 14 horas 00 minutos del 15 de diciembre del año 2021, se constituyó la sociedad denominada HYW Inversiones Costa Rica Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 15 de diciembre del 2021.—Licda. Lindsay Dayanna Blanco Esquivel, Notaria.—
1 vez.—CE2021019000.—( IN2023740443 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría a las 15 horas 30 minutos del 15 de diciembre del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Luna Del Sol Loma Verde Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 15 de diciembre del 2021.—Lic. Carlos Darío Angulo Ruiz, Notario.—1 vez.—CE2021019003.—( IN2023740444 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría a las 15 horas 30 minutos del 14 de diciembre del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Lumeria Land Developments Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 15 de diciembre del 2021.—Licda. Diana María Vargas Rodríguez, Notaria.—1 vez.—CE2021019004.—( IN2023740445 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría a las 13 horas 00 minutos del 14 de diciembre del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Industrias de Café Baschi Limitada.—San José, 15 de diciembre del 2021.—Lic. Felipe Esquivel Delgado, Notario.—1 vez.—CE2021019005.—( IN2023740446 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría a las 08 horas 00 minutos del 15 de diciembre del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Café con Esmero Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 15 de diciembre del 2021.—Licda. Zeilhy María Navarro Rivera, Notaria.—1 vez.—CE2021019006.—( IN2023740447 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría a las 17 horas 00 minutos del 13 de diciembre del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Propiedades R Méndez Sociedad Anónima.—San José, 15 de diciembre del 2021.–Lic. Sergio Vargas López, Notario.—1 vez.—CE2021019008.—( IN2023740448 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría a las 15 horas 50 minutos del 14 de diciembre del año 2021, se constituyó la sociedad denominada K Z N J de Quebrada Amarilla Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 15 de diciembre del 2021.—Lic. Luis Diego Chaves Solís, Notario.—1 vez.—CE2021019009.—( IN2023740449 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría a las 08 horas 00 minutos del 13 de diciembre del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Servicios de Seguridad S & S SA Sociedad Anónima.—San José, 15 de diciembre del 2021.—Lic. Diego Alberto Delgadillo Rodríguez, Notario.—
1 vez.—CE2021019011.—( IN2023740450 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 12 horas 00 minutos del 15 de diciembre del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Pavones Cohen Point Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 15 de diciembre del 2021.—Lic. Juan Manuel Aguilar Víquez, Notario.—1 vez.—CE2021019015.—( IN2023740451 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría a las 11 horas 00 minutos del 13 de diciembre del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Turismania Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 15 de diciembre del 2021.—Lic. Santos Javier Saravia Baca, Notario.—1 vez.—CE2021019016.—( IN2023740452 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 13 horas 17 minutos del 17 de noviembre del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Grupo Edsagalo Sociedad Anónima.—San José, 15 de diciembre del 2021.—Lic. Ivannia Jesús Marín Valerio, Notario.—1 vez.—CE2021019017.—( IN2023740453 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 17 horas 00 minutos del 14 de diciembre del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Transportes Tres M RMA Sociedad Anónima.—San José, 15 de diciembre del 2021.—Lic. Guillermo Jiménez Chacón, Notario.—1 vez.—CE2021019018.—( IN2023740454 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 13 horas 40 minutos del 15 de diciembre del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Agua del Alma Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 15 de diciembre del 2021.—Lic. Rafael Ángel Perez Zumbado, Notario.—
1 vez.—CE2021019019.—( IN2023740459 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 21 horas 14 minutos del 14 de diciembre del año 2021, se constituyó la sociedad denominada GRMGRUPO GRMR Sociedad Anónima.—San José, 15 de diciembre del 2021.—Lic. Sandra Isabel González Pinto, Notario.—1 vez.—CE2021019020.—( IN2023740460 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 14 horas 30 minutos del 15 de diciembre del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Project Hope Sociedad Anónima.—San José, 15 de diciembre del 2021.—Lic. Jonathan Andrés Facey Torres, Notario.—1 vez.—CE2021019021.—( IN2023740461 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 15 horas 00 minutos del 14 de diciembre del año 2021, se constituyó la sociedad denominada CF Premium Services Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 16 de diciembre del 2021.—Lic. German Jerry Campos Monge, Notario.—1 vez.—CE2021019022.—( IN2023740462 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 11 horas 00 minutos del 15 de diciembre del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Pirilambo Consulting Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 16 de diciembre del 2021.—Lic. Tatiana María Rodríguez Arroyo, Notario.—1 vez.—CE2021019024.—( IN2023740463 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 14 horas 00 minutos del 15 de diciembre del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Bebe GWAI & Zola Limitada.—San José, 16 de diciembre del 2021.—Lic. Óscar Manuel Funes Orellana, Notario.—1 vez.—CE2021019025.—( IN2023740464 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría a las 15 horas 00 minutos del 14 de diciembre del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Izo Global Consulting Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 16 de diciembre del 2021.—Lic. Joan Sebastián Rivera Bedoya, Notario.—1 vez.—CE2021019026.—( IN2023740465 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 17 horas 30 minutos del 15 de diciembre del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Cambla Constructora e Inmobiliaria Sociedad Anónima.—San José, 16 de diciembre del 2021.—Lic. Wálter Mauricio Carrillo Fernández, Notario.—1 vez.—CE2021019027.—( IN2023740466 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 08 horas 00 minutos del 16 de diciembre del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Paz de Santa Teresa Sociedad Anónima.—San José, 16 de diciembre del 2021.—Licda. Mariela Hernández Brenes, Notaria.—1 vez.—CE2021019028.—( IN2023740467 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría a las 19 horas 00 minutos del 13 de diciembre del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Jonbolque Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 16 de diciembre del 2021.—Lic. Shirley Ávila Cortes, Notario.—1 vez.—CE2021019029.—( IN2023740468 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 09 horas 00 minutos del 15 de diciembre del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Worktech Solutions CR Sociedad Anónima.—San José, 16 de diciembre del 2021.—Lic. Jonnathan Rojas Alvarado, Notario.—1 vez.—CE2021019031.—( IN2023740469 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 16 horas 00 minutos del 09 de diciembre del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Linycs Center Centro Especializado de Drenaje Linfático y Cuidado Estético Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 16 de diciembre del 2021.—Licda. Débora Herrera Arias, Notaria.—
1 vez.—CE2021019032.—( IN2023740470 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 13 horas 00 minutos del 15 de diciembre del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Constructora Rocalia ORC Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 16 de diciembre del 2021.—Lic. Augusto Trejos Molina, Notario.—1 vez.—CE2021019033.—( IN2023740471 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 17 horas 00 minutos del 21 de octubre del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Vetra Holdings Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 16 de diciembre del 2021.—Lic. Carolina Raquel Cordero Zúñiga, Notario.—
1 vez.—CE2021019034.—( IN2023740472 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 16 horas 00 minutos del 15 de diciembre del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Process Booster & Digital Architecture Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 16 de diciembre del 2021.—Lic. Francisco Alonso Villalobos Brenes, Notario.—1 vez.—CE2021019035.—( IN2023740473 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 15 horas 00 minutos del 15 de diciembre del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Falonu Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 16 de diciembre del 2021.—Licda. Jessica Alvarado Herrera, Notaria.—1 vez.—CE2021019036.—( IN2023740474 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 18 horas 00 minutos del 15 de diciembre del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Instalaciones Segura Arias Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 16 de diciembre del 2021.—Lic. Pedro José Peña Rodríguez, Notario.—1 vez.—CE2021019038.—( IN2023740475 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 14 horas 40 minutos del 15 de diciembre del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Baum House Diseño y Construcción Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 16 de diciembre del 2021.—Lic. Nelson Eduardo González Rodríguez, Notario.—1 vez.—CE2021019040.—( IN2023740476 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 10 horas 00 minutos del 15 de diciembre del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Alquiler de Equipo Maquitek Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 16 de diciembre del 2021.—Lic. Marlene Isabel Guzmán Muñoz, Notario.—1 vez.—CE2021019039.—( IN2023740477 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 14 horas 00 minutos del 15 de diciembre del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Cemva SM Agroindustrial Sociedad Anónima.—San José, 16 de diciembre del 2021.—Lic. Mario Alberto Sandoval Pineda, Notario.—1 vez.—CE2021019041.—( IN2023740478 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 08 horas 30 minutos del 16 de diciembre del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Catilo Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 16 de diciembre del 2021.—Lic. José Ramón Chavarría Saxe, Notario.—1 vez.—CE2021019042.—( IN2023740479 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 12 horas 00 minutos del 15 de diciembre del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Le Petit Tuanis Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 16 de diciembre del 2021.—Lic. Pedro González Roesch, Notario.—1 vez.—CE2021019043.—( IN2023740480 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 07 horas 00 minutos del 16 de diciembre del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Smart Market Cuatro You Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 16 de diciembre del 2021.—Lic. Javier Francisco Villalobos Pineda, Notario.—1 vez.—CE2021019045.—( IN2023740481 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 08 horas 00 minutos del 16 de diciembre del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Bateau Lib Limitada.—San José, 16 de diciembre del 2021.—Lic. Óscar Manuel Funes Orellana, Notario.—1 vez.—CE2021019047.—( IN2023740482 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 08 horas 00 minutos del 09 de diciembre del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Corporación Mora & Sanabria del Castillo Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 16 de diciembre del 2021.—Lic. Gustavo Josué Navarro Garro, Notario.—1 vez.—CE2021019048.—( IN2023740483 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 14 horas 30 minutos del 15 de diciembre del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Project Buildprocr Sociedad Anónima.—San José, 16 de diciembre del 2021.—Lic. Jonathan Andrés Facey Torres, Notario.—1 vez.—CE2021019049.—( IN2023740484 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 11 horas 00 minutos del 10 de diciembre del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Conjunto Habitacional Zona Azul Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 16 de diciembre del 2021.—Lic. Fredy Alonso Ramírez Rodríguez, Notario.—1 vez.—CE2021019051.—( IN2023740485 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 14 horas 00 minutos del 15 de diciembre del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Grupo del Este JPLM Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 16 de diciembre del 2021.—Lic. Wálter José Garita Quirós, Notario.—1 vez.—CE2021019052.—( IN2023740486 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 10 horas 35 minutos del 11 de diciembre del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Inversiones del Rararat Sociedad Anónima.—San José, 16 de diciembre del 2021.—Lic. Édgar Gerardo Campos Araya, Notario.—1 vez.—CE2021019053.—( IN2023740487 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 16 horas 00 minutos del 14 de diciembre del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Hierro Coronado M A J Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 16 de diciembre del 2021.—Licda. Kattya Vanessa Díaz Mena, Notaria.—1 vez.—CE2021019054.—( IN2023740488 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 16 horas 00 minutos del 07 de diciembre del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Stone Technologies Sociedad Anónima.—San José, 16 de diciembre del 2021.—Lic. Gabriela Rodríguez Sánchez, Notario.—1 vez.—CE2021019056.—( IN2023740489 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 10 horas 00 minutos del 16 de diciembre del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Kaya Bongo Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 16 de diciembre del 2021.—Lic. Mauricio Alvarado Prada, Notario.—1 vez.—CE2021019057.—( IN2023740490 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 07 horas 30 minutos del 04 de diciembre del año 2021, se constituyó la sociedad denominada BMK Import CR Sociedad Anónima.—San José, 16 de diciembre del 2021.—Lic. Jeffry Gerardo Ortega Zúñiga, Notario.—1 vez.—CE2021019058.—( IN2023740491 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 17 horas 30 minutos del 15 de diciembre del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Nayamel Constructora e Inmobiliaria Sociedad Anónima.—San José, 16 de diciembre del 2021.—Lic. Wálter Mauricio Carrillo Fernández, Notario.—1 vez.—CE2021019059.—( IN2023740492 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 15 horas 00 minutos del 10 de diciembre del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Desarrollos Creativos FLOI Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 16 de diciembre del 2021.—Lic. Javier Alberto Turcios Madrigal, Notario.—1 vez.—CE2021019060.—( IN2023740493 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 14 horas 20 minutos del 08 de diciembre del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Nocturnal Silence Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 16 de diciembre del 2021.—Lic. Raquel Quirós Mora, Notario.—
1 vez.—CE2021019061.—( IN2023740494 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 14 horas 30 minutos del 09 de noviembre del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Tabacalera A V Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 16 de diciembre del 2021.—Lic. Rubén Naranjo Brenes, Notario.—1 vez.—CE2021019062.—( IN2023740495 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 10 horas 00 minutos del 11 de diciembre del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Aeon Tech Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 16 de diciembre del 2021.—Lic. Mario Alberto Sandoval Pineda, Notario.—
1 vez.—CE2021019063.—( IN2023740496 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 17 horas 05 minutos del 30 de noviembre del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Casa Redonda de Potrero Uno Sociedad Anónima.—San José, 16 de diciembre del 2021.—Licda. Katherine Vanessa Ruiz Gallo, Notaria.—
1 vez.—CE2021019064.—( IN2023740497 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 12 horas 00 minutos del 16 de diciembre del año 2021, se constituyó la sociedad denominada La Pala Sociedad Anónima.—San José, 16 de diciembre del 2021.—Lic. José Leonardo Olivas Esquivel, Notario.—1 vez.—CE2021019065.—( IN2023740498 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 09 horas 45 minutos del 16 de diciembre del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Room To Roam Properties Costa Rica Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 16 de diciembre del 2021.—Lic. Jefte Javier Mathieu Contreras, Notario.—1 vez.—CE2021019066.—( IN2023740499 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 17 horas 30 minutos del 30 de noviembre del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Jardines de Potrero UNI Sociedad Anónima.—San José, 16 de diciembre del 2021.—Licda. Katherine Vanessa Ruiz Gallo, Notaria.—1 vez.—CE2021019067.—( IN2023740500 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 16 horas 00 minutos del 15 de diciembre del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Cara Tigre Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 16 de diciembre del 2021.—Licda. Sabrina Karine Kszak Bianchi, Notaria.—
1 vez.—CE2021019068.—( IN2023740501 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 09 horas 00 minutos del 16 de diciembre del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Filiprovi Multiservicios Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 16 de diciembre del 2021.—Lic. Luis Fernando Jiménez Quesada, Notario.—1 vez.—CE2021019069.—( IN2023740502 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 14 horas 00 minutos del 14 de diciembre del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Real Estate USCR Sociedad Anónima.—San José, 16 de diciembre del 2021.—Lic. Rolando Miguel Guardiola Arroyo, Notario.—1 vez.—CE2021019070.—( IN2023740503 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 22 horas 00 minutos del 16 de diciembre del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Vasoza Hermanos VSH Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 16 de diciembre del 2021.—Lic. Ever Vargas Araya, Notario.—
1 vez.—CE2021019071.—( IN2023740504 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 10 horas 00 minutos del 08 de diciembre del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Corporación Grands Holdings Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 16 de diciembre del 2021.—Lic. Juan José Marín Rivera, Notario.—1 vez.—CE2021019072.—( IN2023740505 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 14 horas 00 minutos del 13 de diciembre del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Transguvi Sociedad Anónima.—San José, 16 de diciembre del 2021.—Lic. Giovanni Jiménez Montero, Notario.—1 vez.—CE2021019073.—( IN2023740506 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 11 horas 45 minutos del 14 de diciembre del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Janeiro Hospitality Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 16 de diciembre del 2021.—Licda. Daniela María Bolaños Rodríguez, Notaria.—1 vez.—CE2021019074.—( IN2023740507 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 14 horas 00 minutos del 09 de diciembre del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Martin Real State Developments Mardesa Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 16 de diciembre del 2021.—Lic. Luis Alonso Quesada Díaz, Notario.—1 vez.—CE2021019075.—( IN2023740508 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 08 horas 00 minutos del 08 de diciembre del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Pitskill Investments Sociedad Anónima.—San José, 16 de diciembre del 2021.—Lic. Dan Alberto Hidalgo Hidalgo, Notario.—1 vez.—CE2021019076.—( IN2023740509 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 12 horas 00 minutos del 16 de diciembre del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Untzz Untzz Untzz Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 16 de diciembre del 2021.—Lic. Gabriel Clare Facio, Notario.—
1 vez.—CE2021019077.—( IN2023740510 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 08 horas 00 minutos del 07 de diciembre del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Inversiones Devis Ocampo Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 16 de diciembre del 2021.—Lic. Jaime Garro Canessa, Notario.—1 vez.—CE2021019078.—( IN2023740511 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 12 horas 00 minutos del 16 de diciembre del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Barrios Inversiones & Negocios Bin Limitada.—San José, 16 de diciembre del 2021.—Lic. Fernán Pacheco Alfaro, Notario.—1 vez.—CE2021019081.—( IN2023740512 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 14 horas 00 minutos del 15 de diciembre del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Panadería Barrio los Ángeles Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 16 de diciembre del 2021.—Licda. Juana Adoración Barquero Núñez, Notaria.—1 vez.—CE2021019080.—( IN2023740513 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 14 horas 00 minutos del 15 de diciembre del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Asesores de Vivienda Sociedad Anónima.—San José, 16 de diciembre del 2021.—Lic. Carlos Eduardo Murillo Rodríguez, Notario.—1 vez.—CE2021019082.—( IN2023740514 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 14 horas 00 minutos del 15 de diciembre del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Asesores de Vivienda Sociedad Anónima.—San José, 16 de diciembre del 2021.—Lic. Carlos Eduardo Murillo Rodríguez, Notario.—1 vez.—CE2021019082.—( IN2023740514 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 13 horas 00 minutos del 15 de diciembre del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Tajo Montaña de Piedra RSDM Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 16 de diciembre del 2021.—Lic. Jose Antonio Giralt Fallas, Notario.—1 vez.—CE2021019083.—( IN2023740515 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 15 horas 40 minutos del 15 de diciembre del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Eik Realty and Development Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 16 de diciembre del 2021.—Licda. Nathalie Elizondo Montero, Notaria.—1 vez.—CE2021019084.—( IN2023740516 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 08 horas 00 minutos del 16 de diciembre del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Summer Living Company Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 16 de diciembre del 2021.—Lic. Juan Manuel Gómez Mora, Notario.—1 vez.—CE2021019086.—( IN2023740517 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 10 horas 00 minutos del 08 de diciembre del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Cherubfrog Limitada.—San José, 16 de diciembre del 2021.—Lic. Johnny Gerardo León Guido, Notario.—1 vez.—CE2021019087.—( IN2023740518 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 15 horas 00 minutos del 14 de diciembre del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Braxs Global Consulting Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 16 de diciembre del 2021.—Lic. Joan Sebastián Rivera Bedoya, Notario.—1 vez.—CE2021019089.—( IN2023740519 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 15 horas 00 minutos del 15 de diciembre del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Zubizu Sociedad Anónima.—San José, 16 de diciembre del 2021.—Lic. David Ricardo Fernández Tercero, Notario.—1 vez.—CE2021019090.—( IN2023740520 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 14 horas 00 minutos del 16 de diciembre del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Paw House Coffee Roaster Limitada.—San José, 16 de diciembre del 2021.—Lic. Hernán Cordero Baltodano, Notario.—1 vez.—CE2021019091.—( IN2023740521 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 11 horas 00 minutos del 16 de diciembre del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Jadashddoca Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 16 de diciembre del 2021.—Licda. María Verónica Méndez Reyes, Notaria.—
1 vez.—CE2021019092.—( IN2023740522 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 10 horas 40 minutos del 16 de diciembre del año 2021, se constituyó la sociedad denominada S Y K CR Inversiones Ilimitadas Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 16 de diciembre del 2021.—Lic. Giordano Zeffiro Caravaca, Notario.—1 vez.—CE2021019096.—( IN2023740523 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 13 horas 00 minutos del 03 de diciembre del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Arkana Sociedad Anónima.—San José, 16 de diciembre del 2021.—Licda. Andrea Alvarado Rodríguez, Notaria.—1 vez.—CE2021019095.—( IN2023740524 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 10 horas 00 minutos del 10 de diciembre del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Do Qu Sociedad Anónima.—San José, 16 de diciembre del 2021.—Licda. Sonia Corella Céspedes, Notaria.—1 vez.—CE2021019097.—( IN2023740525 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 13 horas 00 minutos del 14 de diciembre del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Tostadora Alma Limitada.—San José, 16 de diciembre del 2021.—Lic. Felipe Esquivel Delgado, Notario.—1 vez.—CE2021019098.—( IN2023740526 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 10 horas 00 minutos del 16 de diciembre del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Valknut Limitada.—San José, 16 de diciembre del 2021.—Licda. Daniela Ramos Morales, Notaria.—1 vez.—CE2021019099.—( IN2023740527 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 07 horas 45 minutos del 15 de diciembre del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Innovaciones Gastronómicas PAS Sociedad Anónima.—San José, 16 de diciembre del 2021.—Licda. Laura Virginia Baltodano Acuña, Notaria.—1 vez.—CE2021019102.—( IN2023740528 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 10 horas 30 minutos del 16 de diciembre del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Casa Fuego Inmobiliaria TLV Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 16 de diciembre del 2021.—Lic. Guillermo José Sanabria Leiva, Notario.—1 vez.—CE2021019103.—( IN2023740529 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 14 horas 30 minutos del 15 de diciembre del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Project Buildhope CR Sociedad Anónima.—San José, 16 de diciembre del 2021.—Lic. Jonathan Andrés Facey Torres, Notario.—1 vez.—CE2021019104.—( IN2023740530 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 09 horas 00 minutos del 16 de diciembre del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Nicos Nirvana Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 16 de diciembre del 2021.—Lic. José Ramón Chavarría Saxe, Notario.—
1 vez.—CE2021019105.—( IN2023740532 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 10 horas 35 minutos del 11 de diciembre del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Dinastía Maydodidederk Sociedad Anónima.—San José, 16 de diciembre del 2021.—Lic. Edgar Gerardo Campos Araya, Notario.—1 vez.—CE2021019106.—( IN2023740533 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 18 horas 30 minutos del 15 de diciembre del año 2021, se constituyó la sociedad denominada HB CR Invest Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 16 de diciembre del 2021.—Licda. Adriana Silva Rojas, Notaria.—1 vez.—CE2021019107.—( IN2023740534 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 18 horas 00 minutos del 15 de diciembre del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Grupo Poyotón el Sabor de Costa Rica Sociedad Anónima.—San José, 16 de diciembre del 2021.—Lic. Densis Armando Alvarado Chacón, Notario.—1 vez.—CE2021019108.—( IN2023740535 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 17 horas 00 minutos del 15 de diciembre del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Mercaderos Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 16 de diciembre del 2021.—Licda. Lisbeth María Solórzano Salazar, Notaria.—
1 vez.—CE2021019109.—( IN2023740536 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 11 horas 00 minutos del 13 de diciembre del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Fast Delicious Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 16 de diciembre del 2021.—Licda. Ana Cecilia De Ezpeleta Aguilar, Notaria.—
1 vez.—CE2021019110.—( IN2023740537 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 04 horas 00 minutos del 16 de diciembre del año 2021, se constituyó la sociedad denominada HE CR Casa Delfín Property Sociedad Anónima.—San José, 16 de diciembre del 2021.—Lic. Jefte Javier Mathieu Contreras, Notario.—
1 vez.—CE2021019111.—( IN2023740538 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 12 horas 00 minutos del 08 de diciembre del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Body of Breath Llc Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 16 de diciembre del 2021.—Lic. Carlos Araya González, Notario.—
1 vez.—CE2021019112.—( IN2023740539 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 14 horas 00 minutos del 15 de diciembre del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Kuup Limitada.—San José, 16 de diciembre del 2021.—Lic. Esteban Chaverri Jiménez, Notario.—1 vez.—CE2021019113.—( IN2023740540 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 17 horas 30 minutos del 16 de diciembre del año 2021, se constituyó la sociedad denominada LQ Consultores Sociedad Anónima.—San José, 16 de diciembre del 2021.—Licda. Alejandra Carolina Román Espinoza, Notaria.—
1 vez.—CE2021019114.—( IN2023740541 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 08 horas 00 minutos del 14 de diciembre del año 2021, se constituyó la sociedad denominada MWD Constructora Internacional Sociedad Anónima.—San José, 16 de diciembre del 2021.—Lic. Edmundo Arias Rosales, Notario.—
1 vez.—CE2021019115.—( IN2023740542 ).

Protocolización de acta de la reunión de cuotistas de la empresa denominada JP Holding CR LLC Limitada, en la cual se acuerda modificar pacto constitutivo en su cláusula cuarta. Ante el Notario Roberto Enrique Romero Mora. Es todo.—San José, veintinueve de marzo del dos mil veintitrés.—Lic. Roberto Enrique Romero Mora, Abogado y Notario.—
1 vez.—( IN2023740546 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 15 horas 00 minutos del 16 de diciembre del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Nahually Tamarindo Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 16 de diciembre del 2021.—Licda. Violeta Mendoza García, Notaria.—1 vez.—CE2021019116.—( IN2023740547 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 18 horas 00 minutos del 16 de diciembre del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Cheli Cheli Limitada.—San José, 16 de diciembre del 2021.—Lic. Randall Emilio Ramírez Calero, Notario.—1 vez.—CE2021019117.—( IN2023740548 ).

Mediante escritura otorgada ante esta Notaría a las 19 horas 00 minutos del 15 de diciembre del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Finca Bonillitas del Valle Sociedad Anónima.—San José, 16 de diciembre del 2021.—Lic. Minor Alberto Coto Calvo, Notario.—1 vez.—CE2021019118.—( IN2023740549 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 00 horas 00 minutos del 16 de diciembre del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Muza Limitada.—San José, 17 de diciembre del 2021.—Licda. Kattia Vargas Álvarez, Notaria.—1 vez.—CE2021019119.—( IN2023740550 ).

Mediante escritura otorgada ante esta Notaría a las 18 horas 00 minutos del 10 de diciembre del año 2021, se constituyó la sociedad denominada El Estero Las Baulas Primero LLC Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 17 de diciembre del 2021.—Lic. Vianney Saborío Hernández, Notario.—1 vez.—CE2021019120.—( IN2023740551 ).

Mediante escritura otorgada ante esta Notaría a las 07 horas 00 minutos del 15 de diciembre del año 2021, se constituyó la sociedad denominada LDPX Samara Limited Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 17 de diciembre del 2021.—Lic. Fabiola López González, Notario.—
1 vez.—CE2021019121.—( IN2023740552 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 08 horas 00 minutos del 17 de diciembre del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Altos de Barrigona Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 17 de diciembre del 2021.—Licda. Jessica Alvarado Herrera, Notaria.—1 vez.—CE2021019122.—( IN2023740553 ).

Mediante escritura otorgada ante esta Notaría a las 08 horas 25 minutos del 14 de diciembre del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Smarsh Software Solutions Limitada.—San José, 17 de diciembre del 2021.—Licda. Nadia Chaves Zúñiga, Notaria.—1 vez.—CE2021019123.—( IN2023740554 ).

Mediante escritura otorgada ante esta Notaría a las 19 horas 00 minutos del 16 de diciembre del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Ganadería CADIME Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 17 de diciembre del 2021.—Lic. Randall Elías Madriz Granados, Notario.—1 vez.—CE2021019124.—( IN2023740555 ).

Mediante escritura otorgada ante esta Notaría a las 15 horas 00 minutos del 14 de diciembre del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Priority Service Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 17 de diciembre del 2021.—Lic. German Jerry Campos Monge, Notario.—
1 vez.—CE2021019125.—( IN2023740556 ).

Mediante escritura otorgada ante esta Notaría a las 10 horas 15 minutos del 07 de diciembre del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Erova y Osaca de Buenos Aires S C Sociedad Anonima.—San José, 17 de diciembre del 2021.—Lic. Cristian Vargas Araya, Notario.—
1 vez.—CE2021019126.—( IN2023740557 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 08 horas 00 minutos del 17 de diciembre del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Centro Internacional de Servicio de Poligrafía Sociedad Sociedad Anónima.—San José, 17 de diciembre del 2021.—Lic. Jorge Enrique Rojas Villarreal, Notario.—1 vez.—CE2021019127.—( IN2023740558 ).

Mediante escritura otorgada ante esta Notaría a las 15 horas 00 minutos del 15 de diciembre del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Metasuprema Capital Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 17 de diciembre del 2021.—Lic. Andrés Antonio Bonilla Valdés, Notario.—1 vez.—CE2021019128.—( IN2023740559 ).

Mediante escritura otorgada ante esta Notaría a las 16 horas 00 minutos del 16 de diciembre del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Jabulani Kupela Limitada.—San José, 17 de diciembre del 2021.—Lic. José Alberto Schroeder Leiva, Notario.—1 vez.—CE2021019130.—( IN2023740560 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 17 horas 00 minutos del 16 de diciembre del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Cacao Real Estate Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 17 de diciembre del 2021.—Lic. Patricia Mora Robles, Notario.—
1 vez.—CE2021019129.—( IN2023740561 ).

Mediante escritura otorgada ante esta Notaría a las 17 horas 00 minutos del 16 de diciembre del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Casa Corriente Limitada.—San José, 17 de diciembre del 2021.—Lic. José Alberto Schroeder Leiva, Notario.—1 vez.—CE2021019131.—( IN2023740562 ).

Mediante escritura otorgada ante esta Notaría a las 08 horas 00 minutos del 17 de diciembre del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Idealismo y Creatividad Sociedad Anónima.—San José, 17 de diciembre del 2021.—Lic. Ester Moya Jiménez, Notario.—1 vez.—CE2021019133.—( IN2023740563 ).

Mediante escritura otorgada ante esta Notaría a las 08 horas 16 minutos del 05 de noviembre del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Ordenamientos Litúrgicos San Francisco Sociedad Anónima.—San José, 17 de diciembre del 2021.—Lic. Freddy Humberto Vargas Chavarría, Notario.—1 vez.—CE2021019132.—( IN2023740564 ).

Mediante escritura otorgada ante esta Notaría a las 06 horas 00 minutos del 12 de diciembre del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Proyectos e Ingeniería Varlez Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 17 de diciembre del 2021.—Licda. Cindy Mora Castro, Notaria.—1 vez.—CE2021019134.—( IN2023740565 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 11 horas 00 minutos del 16 de diciembre del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Toltec LLC Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 17 de diciembre del 2021.—Lic. Alejandro Montealegre Isern, Notario.—1 vez.—CE2021019135.—( IN2023740566 ).

Mediante escritura otorgada ante esta Notaría a las 16 horas 00 minutos del 16 de diciembre del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Alturas De La Cumbre Limitada.—San José, 17 de diciembre del 2021.—Lic. Alejandro Alonso Román González, Notario.—1 vez.—CE2021019136.—( IN2023740567 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 10 horas 00 minutos del 15 de diciembre del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Vilsan Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 17 de diciembre del 2021.—Licda. Yesenia Quesada Rojas, Notaria.—1 vez.— CE2021019137.— ( IN2023740568 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 14 horas 00 minutos del 16 de diciembre del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Splitcell Biotech Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 17 de diciembre del 2021.—Lic. Guillermo José Sanabria Leiva, Notario.—1 vez.— CE2021019138.— ( IN2023740569 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 17 horas 30 minutos del 30 de noviembre del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Jardines de Potrero Uno Sociedad Anónima.—San José, 17 de diciembre del 2021.—Lic. Katherine Vanessa Ruiz Gallo, Notario.—1 vez.—CE2021019139.—( IN2023740570 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 20 horas 00 minutos del 14 de diciembre del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Minemusa de Los Tejares Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 17 de diciembre del 2021.—Lic. Rosibel Rojas Alpízar, Notario.—
1 vez.—CE2021019140.—( IN2023740571 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 14 horas 00 minutos del 15 de diciembre del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Frontera Imports And Provisions Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 17 de diciembre del 2021.—Lic. Andrea Ruiz Castillo, Notario.—1 vez.—CE2021019141.—( IN2023740572 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 08 horas 00 minutos del 06 de diciembre del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Argentico Multiservicios A M S Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 17 de diciembre del 2021.—Lic. Siu Len Wing Ching Jiménez, Notario.—1 vez.—CE2021019142.—( IN2023740573 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 13 horas 00 minutos del 02 de octubre del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Boca Tamales Sociedad Anónima.—San José, 17 de diciembre del 2021.—Lic. Oldemar Corrales Valverde, Notario.—1 vez.—CE2021019143.—( IN2023740574 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 08 horas 00 minutos del 17 de diciembre del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Fénix Tamarindo Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 17 de diciembre del 2021.—Lic. Rodolfo Enrique Montero Pacheco, Notario.—1 vez.—CE2021019144.—( IN2023740575 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 08 horas 00 minutos del 17 de diciembre del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Oromidas Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 17 de diciembre del 2021.—Lic. Uriel Ortega Hegg, Notario.—1 vez.—CE2021019146.—( IN2023740576 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 10 horas 00 minutos del 15 de diciembre del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Ms Mission Solution Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 17 de diciembre del 2021.—Lic. Felipe Cordero Espinoza, Notario.—1 vez.— CE2021019147.—( IN2023740577 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 16 horas 30 minutos del 10 de diciembre del año 2021, se constituyó la sociedad denominada F P A Transportes Sociedad Anónima.—San José, 17 de diciembre del 2021.—Lic. José Aquiles Mata Porras, Notario.—1 vez.—CE2021019148.—( IN2023740578 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 15 horas 35 minutos del 16 de diciembre del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Gale Force Analytical Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 17 de diciembre del 2021.—Lic. Yancy Gabriela Araya Pérez, Notario.—1 vez.—CE2021019150.—( IN2023740579 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 09 horas 30 minutos del 17 de diciembre del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Thornton Executive LLC Sociedad Anónima.—San José, 17 de diciembre del 2021.—Lic. Einar José Villavicencio López, Notario.—1 vez.—CE2021019151.—( IN2023740580 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 16 horas 00 minutos del 06 de diciembre del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Inversiones Garso Y Garos Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 17 de diciembre del 2021.—Lic. Michael Mauricio Jiménez Fernández, Notario.—1 vez.—CE2021019155.—( IN2023740581 )

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 10 horas 55 minutos del 10 de diciembre del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Safe Zone G Cinco Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 17 de diciembre del 2021.—Lic. Giordano Zeffiro Caravaca, Notario.—1 vez.—CE2021019157.—( IN2023740582 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 15 horas 00 minutos del 16 de diciembre del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Arod Corporation Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 17 de diciembre del 2021.—Lic. Marco Vinicio Castegnaro Montealegre, Notario.—1 vez.—CE2021019154.—( IN2023740583 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 08 horas 30 minutos del 16 de diciembre del año 2021, se constituyó la sociedad denominada HSVEHUOI Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 17 de diciembre del 2021.—Licda. María Yuliana Bustamante Tanchez, Notaria.—
1 vez.—CE2021019158.—( IN2023740584 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 15 horas 00 minutos del 14 de diciembre del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Catan Blue Line Limitada.—San José, 17 de diciembre del 2021.—Lic. José Alberto Schroeder Leiva, Notario.—1 vez.— CE2021019160.—( IN2023740585 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 14 horas 00 minutos del 15 de diciembre del año 2021, se constituyó la sociedad denominada TF Mercadeo Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 17 de diciembre del 2021.—Lic. Dennis José Aguiluz Milla, Notario.—1 vez.—CE2021019161.—( IN2023740586 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 15 horas 30 minutos del 14 de diciembre del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Catan Management Limitada.—San José, 17 de diciembre del 2021.—Lic. José Alberto Schroeder Leiva, Notario.—1 vez.—CE2021019163.—( IN2023740587 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 11 horas 00 minutos del 17 de diciembre del año 2021, se constituyó la sociedad denominada A&M Seguridad Privada Artola & Martínez Sociedad Anónima.—San José, 17 de diciembre del 2021.—Lic. María Lourdes Delgado Jiménez, Notario.—1 vez.—CE2021019164.—( IN2023740588 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría a las 08 horas 00 minutos del 17 de diciembre del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Datatronics Centroamericana D T S Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 17 de diciembre del 2021.—Lic. Erasmo Enrique Rojas Madrigal, Notario.—1 vez.—CE2021019165.—( IN2023740589 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 16 horas 00 minutos del 14 de diciembre del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Grupo Catan Limitada.—San José, 17 de diciembre del 2021.—Lic. José Alberto Schroeder Leiva, Notario.—1 vez.— CE2021019166.—( IN2023740590 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 15 horas 33 minutos del 16 de diciembre del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Stargazer Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 17 de diciembre del 2021.—Lic. Marcela Patricia Gurdian Cedeño, Notario.—
1 vez.—CE2021019162.—( IN2023740591 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 13 horas 00 minutos del 16 de diciembre del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Two Thousand Twenty Two Cohen Mastey Tamarindo Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 17 de diciembre del 2021.—Lic. Juan Manuel Aguilar Víquez, Notario.—1 vez.—CE2021019167.—( IN2023740592 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 16 horas 30 minutos del 16 de diciembre del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Adnapo Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 17 de diciembre del 2021.—Lic. Juan Carlos Radulovich Quijano, Notario.—
1 vez.—CE2021019168.—( IN2023740593 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 08 horas 00 minutos del 17 de diciembre del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Digibrite Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 17 de diciembre del 2021.—Licda. Clara Eugenie Alvarado Jiménez, Notaria.—
1 vez.—CE2021019170.—( IN2023740594 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 10 horas 00 minutos del 10 de diciembre del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Dot Quk Sociedad Anónima.—San José, 17 de diciembre del 2021.—Licda. Sonia Corella Céspedes, Notario.—1 vez.—CE2021019174.—( IN2023740595 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 10 horas 00 minutos del 16 de diciembre del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Corporación Inversiones Rivas Y Asociados S.A Sociedad Anónima.—San José, 17 de diciembre del 2021.—Lic. Ramon María Yglesias Piza, Notario.—1 vez.—CE2021019175.—( IN2023740596 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 11 horas 00 minutos del 07 de diciembre del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Smart Logistics SG Limitada.—San José, 17 de diciembre del 2021.—Lic. Javier Escalante Madrigal, Notario.—1 vez.—CE2021019177.—( IN2023740597 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 10 horas 00 minutos del 16 de diciembre del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Corporación Vindas Villarreal Sociedad Anonima.—San José, 17 de diciembre del 2021.—Lic. Vera Violeta Salazar Rojas, Notario.—1 vez.—CE2021019178.—( IN2023740598 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 11 horas 15 minutos del 17 de diciembre del año 2021, se constituyó la sociedad denominada PJK Properties Limitada.—San José, 17 de diciembre del 2021.—Lic. Oscar Manuel Funes Orellana, Notario.—1 vez.—CE2021019179.—( IN2023740599 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 07 horas 00 minutos del 10 de noviembre del año 2021, se constituyó la sociedad denominada La Condesa Sala de Eventos Mie Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 17 de diciembre del 2021.—Lic. Fabio Alejandro Brenes Arias, Notario.—1 vez.—CE2021019180.—( IN2023740600 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 08 horas 00 minutos del 17 de diciembre del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Zaguán Café Limitada.—San José, 17 de diciembre del 2021.—Lic. José Matías Tristán Montero, Notario.—1 vez.— CE2021019183.— ( IN2023740602 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría a las 12 horas 00 minutos del 17 de diciembre del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Transportes Unfried Limitada.—San José, 17 de diciembre del 2021.—Lic. Alberto Rojas Chaves, Notario.—1 vez.— CE2021019186.— (IN2023740603 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 11 horas 45 minutos del 17 de diciembre del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Guthrie Fenderson Partners Limitada.—San José, 17 de diciembre del 2021.–Lic. Douglas Alvarado Castro, Notario.—1 vez.— CE2021019187.— (IN2023740604 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 14 horas 00 minutos del 19 de noviembre del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Inversiones Zheng Wu Buena Suerte de Guayabal de Santa Cruz Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 17 de diciembre del 2021.—Lic. María Abigail Ruiz Rosales, Notario.—1 vez.— CE2021019188.— ( IN2023740605 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 10 horas 00 minutos del 17 de diciembre del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Esmarle Sociedad Anónima.—San José, 17 de diciembre del 2021.—Lic. Minor Gómez Calvo, Notario.—1 vez.— CE2021019190.— ( IN2023740606).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 08 horas 25 minutos del 14 de diciembre del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Smarsh Software Solutions and Infotech SCR Limitada.—San José, 17 de diciembre del 2021.—Licda. Nadia Chaves Zúñiga, Notaria.—
1 vez.— CE2021019191.— (IN2023740607 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 16 horas 00 minutos del 16 de diciembre del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Cumbre De Nuestros Sueños Limitada.—San José, 17 de diciembre del 2021.–Lic. Alejandro Alonso Román González, Notario.—1 vez.— CE2021019194.— ( IN2023740608 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 08 horas 00 minutos del 17 de diciembre del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Nicatelnet Sociedad Anónima.—San José, 17 de diciembre del 2021.–Lic. Roger Mayorga López, Notario.—1 vez.— CE2021019193.— ( IN2023740609 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 12 horas 00 minutos del 17 de diciembre del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Servicios Fiduciarios y de Custodia BCB Sociedad de Responsabilidad Limitada.San José, 17 de diciembre del 2021.—Licda. Ana Lidiette Solís Zamora, Notaria.—1 vez.—CE2021019195.— ( IN 2023740610 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 11 horas 00 minutos del 18 de noviembre del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Familia Bustos Duarte Bd Sa Sociedad Anonima.—San José, 17 de diciembre del 2021.—Lic. Marlon Enrique Aguilar Carrillo, Notario.—1 vez.— CE2021019197.— ( IN2023740611 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 14 horas 00 minutos del 17 de diciembre del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Aduanera Internacional Sociedad Anónima.—San José, 17 de diciembre del 2021.—Lic. Olivia Vanegas Zúñiga, Notario.—1 vez.— CE2021019198.— ( IN2023740612 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 15 horas 00 minutos del 08 de diciembre del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Innovated Building Resources Limitada.—San José, 17 de diciembre del 2021.—Lic. Laura Gabriela Chaverri Gómez, Notaria.—
1 vez.— CE2021019199.— ( IN2023740613 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 16 horas 00 minutos del 15 de diciembre del año 2021, se constituyó la sociedad Denominada Innovaciones Ambientales Cr Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 17 de diciembre del 2021.—Lic. Belzert Espinoza Cruz, Notario.—1 vez.— CE2021019200.— ( IN2023740614 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 09 horas 00 minutos del 14 de diciembre del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Ornisha Investments Brothers Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 17 de diciembre del 2021.—Licda. María José Chaves Cavallini, Notaria.—1 vez.—CE2021019203.—( IN2023740615 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 15 horas 00 minutos del 17 de diciembre del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Salty Kisses LLC Limitada. San José, 17 de diciembre del 2021.–Lic. Carlos José Oreamuno Morera, Notario.—1 vez.— CE2021019202.— ( IN2023740616 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 13 horas 00 minutos del 07 de diciembre del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Consultores Profesionales Chaves & Asociados Sociedad Anónima.—San José, 17 de diciembre del 2021.—Lic. Cristian Alejandro Chaverri Acosta, Notario.—
1 vez.— CE2021019204.— ( IN2023740617 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 14 horas 30 minutos del 17 de diciembre del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Bombs Management Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 17 de diciembre del 2021.—Licda. Adriana Silva Rojas, Notaria.—
1 vez.— CE2021019205.— ( IN2023740618 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 16 horas 30 minutos del 08 de diciembre del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Guarumo Carrillo Desarrollos Sociedad Anónima.—San José, 17 de diciembre del 2021.—Lic. José Pablo Mata Ferreto, Notario.—1 vez.— CE2021019206.— ( IN2023740619 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 08 horas 20 minutos del 06 de diciembre del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Liftium Sociedad Anónima.—San José, 17 de diciembre del 2021.—Lic. Rocío Zamora Moya, Notario.—1 vez.— CE2021019207.— ( IN2023740620 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 08 horas 00 minutos del 17 de diciembre del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Proyecto del Norte H & D Sociedad Anónima.—San José, 18 de diciembre del 2021.—Lic. Johanny Esquivel Hidalgo, Notario.—1 vez.— CE2021019208.— ( IN2023740622 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 08 horas 00 minutos del 20 de diciembre del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Amg Valle del Río Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 20 de diciembre del 2021.—Lic. Ballardo Ávalos Sequeira, Notario.—1 vez.— CE2021019285.—( IN2023740624 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 14 horas 00 minutos del 17 de diciembre del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Grupo de Desarrollo UHF Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 20 de diciembre del 2021.—Lic. Luis Fernando Elizondo Murillo, Notario.—1 vez.—CE2021019286.—( IN2023740625 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 09 horas 30 minutos del 07 de diciembre del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Three Solutions Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 21 de diciembre del 2021.—Lic. Jorge Hernández Calvo, Notario.—
1 vez.— CE2021019287.— ( IN2023740626 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 20 horas 00 minutos del 20 de diciembre del año 2021, se constituyó la sociedad denominada DGS Sistemas INFACCOCR Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 21 de diciembre del 2021.—Lic. Marcelo Antonio Wilson Cole, Notario.—1 vez.—CE2021019289.—( IN2023740627 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 12 horas 00 minutos del 06 de diciembre del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Nicoya Osiris Holdings Limitada.—San José, 21 de diciembre del 2021.—Lic. Juan Carlos Montero Villalobos, Notario.—1 vez.— CE2021019288.— ( IN2023740628 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 18 horas 00 minutos del 14 de diciembre del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Grupo Romogu XXI Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 20 de diciembre del 2021.—Lic. Alexis Monge Barboza, Notario.—
1 vez.— CE2021019236.—( IN2023740630 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 10 horas 00 minutos del 17 de diciembre del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Be Reason Sociedad Anónima.—San José, 20 de diciembre del 2021.—Lic. Ana Grettel Chaves Loria, Notario.—1 vez.— CE2021019237.— ( IN2023740631 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 17 horas 00 minutos del 13 de diciembre del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Propiedades Raúl Méndez Sociedad Anónima.—San José, 20 de diciembre del 2021.—Lic. Sergio Vargas López, Notario.—1 vez.— CE2021019238.— ( IN2023740632 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 14 horas 30 minutos del 16 de diciembre del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Phoenix Eco Farms Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 20 de diciembre del 2021.—Lic. José Antonio Guerrero Guevara, Notario.—1 vez.— CE2021019239.— ( IN2023740633 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 15 horas 00 minutos del 10 de diciembre del año 2021, se constituyó la sociedad denominada JFM&MSS Sociedad Anónima.San José, 20 de diciembre del 2021.—Lic. Xinia Alfaro Mena, Notario.—1 vez.—CE2021019241.—( IN2023740634 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 10 horas 30 minutos del 17 de diciembre del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Reason Publicidad Creativa Sociedad Anónima.—San José, 20 de diciembre del 2021.—Lic. Ana Grettel Chaves Loria, Notario.—1 vez.— CE2021019242.— ( IN2023740635 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 09 horas 30 minutos del 15 de diciembre del año 2021, se constituyó la sociedad denominada La Resortera Producciones Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 20 de diciembre del 2021.—Lic. Marco Antonio Castro Navarro, Notario.—1 vez.— CE2021019243.— ( IN2023740636 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 10 horas 00 minutos del 20 de diciembre del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Naz del Oeste Sociedad Anónima.—San José, 20 de diciembre del 2021.—Lic. José Manuel Gutiérrez Gutiérrez, Notario.—1 vez.— CE2021019244.— ( IN2023740637 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 10 horas 00 minutos del 16 de diciembre del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Inversiones Corporación Rivas M Y F Sociedad Anónima.—San José, 20 de diciembre del 2021.—Lic. Ramon María Yglesias Piza, Notario.—
]1 vez.— CE2021019245.— ( IN2023740638 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 11 horas 30 minutos del 20 de diciembre del año 2021, se constituyó la sociedad denominada The Asset Management Company Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 20 de diciembre del 2021.—Lic. Eduardo Alfonso Márquez Fernández, Notario.—1 vez.—CE2021019246.—( IN2023740639 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 11 horas 15 minutos del 20 de diciembre del año 2021, se constituyó la sociedad denominada White Board Vison LLC Limitada.—San José, 20 de diciembre del 2021.—Lic. Carlos José Oreamuno Morera, Notario.—1 vez.— CE2021019247.—( IN2023740640 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 14 horas 00 minutos del 17 de diciembre del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Grupo Uhf Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 20 de Diciembre del 2021.—Lic. Luis Fernando Elizondo Murillo, Notario.—
1 vez.— CE2021019248.—  (IN2023740641 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 09 horas 00 minutos del 20 de diciembre del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Casa Blue Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 20 de diciembre del 2021.—Lic. Erika Vanessa Montero Corrales, Notario.—
1 vez.— CE2021019249.— ( IN2023740642 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 11 horas 30 minutos del 20 de diciembre del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Manifest This LLC Limitada.—San José, 20 de diciembre del 2021.—Lic. Carlos José Oreamuno Morera, Notario.—1 vez.— CE2021019250.— ( IN2023740643 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 15 horas 00 minutos del 17 de diciembre del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Infarma Valle Azul Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 20 de diciembre del 2021.—Licda. Marlene Brenes Corrales, Notaria.—1 vez.— CE2021019251.— ( IN2023740644 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 14 horas 00 minutos del 18 de diciembre del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Servicios de Hostería Los Toneles Sociedad Anónima.—San José, 20 de diciembre del 2021.—Lic. William Villegas Badilla, Notario.—
1 vez.— CE2021019252.— ( IN2023740645 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 14 horas 30 minutos del 18 de diciembre del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Tu Closet Vip Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 20 de diciembre del 2021.—Lic. WILLIAM VILLEGAS BADILLA, Notario.—
1 vez.— CE2021019253.— ( IN2023740646 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 16 horas 00 minutos del 14 de diciembre del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Star Automation Technologies Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 20 de diciembre del 2021.–Lic. Marcela Patricia Gurdian Cedeño, Notario.—1 vez.— CE2021019254.— ( IN2023740647 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 14 horas 00 minutos del 17 de diciembre del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Aduanera y Transporte Internacional F&K Sociedad Anónima.San José, 20 de diciembre del 2021.—Licda. Olivia Vanegas Zúñiga, Notaria.—1 vez.—CE2021019255.—( IN2023740648 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 20 horas 00 minutos del 20 de diciembre del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Codeinsa Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 20 de diciembre del 2021.—Lic. Jorge Johanning Mora, Notario.—1 vez.— CE2021019256.— ( IN2023740649 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 11 horas 30 minutos del 17 de diciembre del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Aldea Pura Vida J J V N Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 20 de diciembre del 2021.—Lic. Roy Gustavo Quesada Rodríguez, Notario.—1 vez.—CE2021019258.—( IN2023740650 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 08 horas 00 minutos del 20 de diciembre del año 2021, se constituyó la sociedad denominada R C Lab Equipos Y Suministros de Laboratorios Sociedad Anonima.—San José, 20 de diciembre del 2021.–Lic. Marianella Coto Porras, Notario.—1 vez.— CE2021019259.— ( IN2023740651 ):

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 14 horas 00 minutos del 17 de diciembre del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Credi Premium Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 20 de diciembre del 2021.—Lic. Kenneth Francisco Muñoz Ureña, Notario.—
1 vez.— CE2021019260.— ( IN2023740652 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 10 horas 00 minutos del 13 de diciembre del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Comercializadora Porras Fallas Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 20 de diciembre del 2021.—Licda. Ana Yansy Rojas Villarreal, Notaria.—1 vez.—CE2021019261.—( IN2023740653 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 14 horas 00 minutos del 17 de diciembre del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Productos Ingieneriles Pisa Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 20 de diciembre del 2021.—Lic. Guillermo Guerrero Corrales, Notario.—1 vez.— CE2021019262.— ( IN2023740654 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 18 horas 00 minutos del 16 de diciembre del año 2021, se constituyó la sociedad denominada ANECC Servicios Médicos Sociedad Anónima. —San José, 20 de diciembre del 2021.—Lic. Jorge Walter Ruiz González, Notario.—
1 vez.— CE2021019263.— ( IN2023740655 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 08 horas 00 minutos del 18 de diciembre del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Inversora Iconalbank Limitada.—San José, 20 de diciembre del 2021.—Lic. Douglas Alvarado Castro, Notario.—1 vez.— CE2021019264.— ( IN2023740656 ).

 Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 09 horas 00 minutos del 20 de diciembre del año 2021, se constituyó la sociedad denominada PV Delicias Holdings Sociedad Anónima.—San José, 20 de diciembre del 2021.—Lic.Walter Xavier Niehaus Bonilla, Notario.—1 vez.— CE2021019266.— ( IN2023740657 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 00 horas 30 minutos del 08 de diciembre del año 2021, se constituyó la sociedad Denominada Maderas Fachagu Sociedad Anónima.—San José, 20 de diciembre del 2021.—Lic. David Heriberto Torres Soto, Notario.—11 vez.— CE2021019265.—( IN2023740658 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 12 horas 00 minutos del 20 de diciembre del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Desarrolladora Y Constructora El Real Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 20 de diciembre del 2021.—Lic. Marisol Pereira Hernández, Notario.—1 vez.— CE2021019267.—( IN2023740659 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 16 horas 00 minutos del 16 de diciembre del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Cajuiles de las Cumbres Limitada.—San José, 20 de diciembre del 2021.—Lic. Alejandro Alonso Román González, Notario.—1 vez.— CE2021019268.—( IN2023740660 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 16 horas 25 minutos del 13 de noviembre del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Asesorías Y Soluciones Químicas H Y G Sociedad Anónima.—San José, 20 de diciembre del 2021.—Lic. Christian Vinicio Castro Marín, Notario.—1 vez.— CE2021019269.—( IN2023740661 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 16 horas 20 minutos del 16 de diciembre del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Comercializadora Zelma de Costa Rica Sociedad Anónima.—San José, 20 de diciembre del 2021.—Lic. Meylin Francella Rodríguez Urtecho, Notario.—1 vez.—CE2021019270.—( IN2023740662 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 08 horas 00 minutos del 16 de diciembre del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Rymarsol Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 20 de diciembre del 2021.—Lic. Roberto José Araya Lao, Notario.—1 vez.— CE2021019272.—( IN2023740663 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 07 horas 00 minutos del 25 de noviembre del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Abudikin Sociedad Anónima.—San José, 20 de diciembre del 2021.—Lic. Rodolfo Solis Rodríguez, Notario.—1 vez.—CE2021019274.—( IN2023740664 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 15 horas 00 minutos del 20 de diciembre del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Casa Sorpresa Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 20 de diciembre del 2021.—Lic. Andrés Montejo Morales, Notario.—1 vez.— CE2021019276.—( IN2023740665 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 16 horas 00 minutos del 20 de diciembre del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Rastrema Limitada.—San José, 20 de diciembre del 2021.—Lic. Walter Cambronero Miranda, Notario.—1 vez.— CE2021019277.—( IN2023740666 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 09 horas 30 minutos del 20 de diciembre del año 2021, se constituyó la sociedad denominada WKOCR Sociedad Anónima.—San José, 20 de diciembre del 2021.—Lic. José Francisco Acevedo Gutiérrez, Notario.—1 vez.— CE2021019279.—( IN2023740667 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 12 horas 00 minutos del 16 de diciembre del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Inversiones AAA Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 20 de diciembre del 2021.—Lic. Sarita Pradilla Conejo, Notaria.—
1 vez.— CE2021019281.—( IN2023740668 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 12 horas 00 minutos del 02 de diciembre del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Asesores Empresariales CQ Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 20 de diciembre del 2021.—Lic. José Quintín López Ramírez, Notario.—1 vez.— CE2021019280.—( IN2023740669 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 15 horas 00 minutos del 09 de diciembre del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Vista Las Palmas Catorce C Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 20 de diciembre del 2021.—Lic. Geraldin Vargas Rodríguez, Notario.—1 vez.—CE2021019282.—( IN2023740670 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 12 horas 00 minutos del 25 de septiembre del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Geas Consultores Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 20 de diciembre del 2021.—Lic. Sandra Isabel González Pinto, Notaria.—1 vez.—CE2021019283.—( IN2023740671 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 18 horas 00 minutos del 20 de diciembre del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Zona Monterreal Sociedad Anónima.—San José, 20 de diciembre del 2021.—Lic. Jorge Esteban Valenciano Gutiérrez, Notario.—1 vez.—CE2021019284.—( IN2023740672 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría a las 08 horas 00 minutos del 17 de diciembre del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Idealismo Y Creatividad LMT Sociedad Anónima.—San José, 20 de diciembre del 2021.—Licda. Ester Moya Jiménez, Notaria.—1 vez.—CE2021019210.—( IN2023740673 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 11 horas 00 minutos del 18 de diciembre del año 2021, se constituyó la sociedad denominada El Queque Entero Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 20 de diciembre del 2021.—Lic. Einar José Villavicencio López, Notario.—1 vez.—CE2021019209.—( IN2023740674 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría a las 15 horas 00 minutos del 14 de diciembre del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Priority Service de Grecia Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 20 de diciembre del 2021.—Lic. German Jerry Campos Monge, Notario.—1 vez.—CE2021019212.—( IN2023740675 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 08 horas 00 minutos del 20 de diciembre del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Casa Rica Amyot Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 20 de diciembre del 2021.—Lic. María Gabriela Gómez Miranda, Notario.—1 vez.—CE2021019214.—( IN2023740676 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 12 horas 00 minutos del 18 de diciembre del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Remodelaciones Garro Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 20 de diciembre del 2021.—Lic. Maribel Salazar Herrera, Notario.—
1 vez.—CE2021019215.—( IN2023740677 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 09 horas 00 minutos del 17 de diciembre del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Ortima Sociedad Anónima.—San José, 20 de diciembre del 2021.—Lic. Gerardo Madrigal Acuña, Notario.—1 vez.—CE2021019216.—( IN2023740678 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 11 horas 00 minutos del 17 de diciembre del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Jawan Limitada.—San José, 20 de diciembre del 2021.—Lic. Alan Masis Angulo, Notario.—1 vez.—CE2021019217.—( IN2023740679 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 12 horas 00 minutos del 06 de diciembre del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Rincón Rentals CR Limitada.—San José, 20 de diciembre del 2021.—Lic. Gonzalo José Rojas Benavides, Notario.—1 vez.—CE2021019218.—( IN2023740680 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 14 horas 00 minutos del 13 de diciembre del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Transguvi M & H Sociedad Anónima.—San José, 20 de diciembre del 2021.—Lic. Giovanni Jiménez Montero, Notario.—1 vez.—CE2021019219.—( IN2023740681 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 09 horas 45 minutos del 17 de diciembre del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Ingetec Mchmg Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 20 de diciembre del 2021.—Lic. Oscar Porras Cascante, Notario.—1 vez.—CE2021019220.—( IN2023740682 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 08 horas 00 minutos del 18 de diciembre del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Inversora Iconal Limitada.—San José, 20 de diciembre del 2021.—Lic. Douglas Alvarado Castro, Notario.—1 vez.— CE2021019221.—( IN2023740683 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 08 horas 00 minutos del 13 de diciembre del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Servicios de Seguridad Privada Los Solano Sociedad Anónima.—San José, 20 de diciembre del 2021.—Lic. Diego Alberto Delgadillo Rodríguez, Notario.—1 vez CE2021019222.—( IN2023740684 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 08 horas 00 minutos del 20 de diciembre del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Finca Colocho Limitada.—San José, 20 de diciembre del 2021.—Lic. Ian Mauricio Marín Sevilla, Notario.—1 vez.—CE2021019223.—( IN2023740685 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 08 horas 00 minutos del 20 de diciembre del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Asesorías Xijor Sociedad Anónima.—San José, 20 de diciembre del 2021.—Lic. Grace Marie Robinson Arias, Notario.—1 vez.—CE2021019224.—( IN2023740686 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 15 horas 00 minutos del 18 de diciembre del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Massage By Arthur Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 20 de diciembre del 2021.—Lic. Manuel Antonio Marín Ruiz, Notario.—1 vez.— CE2021019228.—( IN2023740687 ).

En esta notaría mediante escritura otorgada a las 15 horas del 09 de marzo del 2023, Grupo Corporativo La Rivera S. A., con cédula 3-101-854004 se reforma la cláusula quinta del pacto constitutivo, aumentando su capital social.—Cartago, 09 de marzo del 2023.—Lic. Jorge Enrique Monge Jiménez, Notario Público.—1 vez.—( IN2023740688 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 15 horas 00 minutos del 25 de noviembre del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Steambox Sociedad Anónima.—San José, 20 de diciembre del 2021.—Lic. Mario Alberto Rodríguez Vargas, Notario.—1 vez.—CE2021019227.—( IN2023740689 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 11 horas 00 minutos del 10 de diciembre del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Conjunto Habitacional Zona Azul Chaza Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 20 de diciembre del 2021.—Lic. Fredy Alonso Ramírez Rodríguez, Notario.—1 vez.—CE2021019229.—( IN2023740690 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 00 horas 30 minutos del 08 de diciembre del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Madera Fachagu Sociedad Anónima.—San José, 20 de diciembre del 2021.—Lic. David Heriberto Torres Soto, Notario.—1 vez.— CE2021019231.—( IN2023740691 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 14 horas 30 minutos del 17 de diciembre del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Luz Verde de Jesús Llc Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 20 de diciembre del 2021.—Lic. Roger Allen Petersen Morice, Notario.—1 vez.— CE2021019230.—( IN2023740692 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 09 horas 00 minutos del 17 de diciembre del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Sociedad Ostricola y Mariscos del Golfo Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 20 de diciembre del 2021.—Licda. Laura Patricia Ulloa Albertazzi, Notaria.—1 vez.— CE2021019232.—( IN2023740693 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 08 horas 00 minutos del 20 de diciembre del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Poas Bioenergy Sociedad Anónima.—San José, 20 de diciembre del 2021.—Lic. Yuri Alexander Herrera Ulate, Notario.—1 vez.—CE2021019233.—( IN2023740694 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 18 horas 00 minutos del 16 de diciembre del año 2021, se constituyó la sociedad denominada ACC Servicios Médicos Sociedad Anónima.—San José, 20 de diciembre del 2021.—Lic. Jorge Walter Ruiz González, Notario.—1 vez.—CE2021019234.—( IN2023740695 ).

En esta notaría por escritura otorgada a las 14 horas con 30 minutos del 09 de marzo del 2023 Inversiones Mundo Remate S.A., cédula 3-101-845749, se reformó la cláusula quinta del pacto constitutivo, aumentando su capital social.—Cartago, 09 de marzo del 2023.—Lic. Jorge Enrique Monge Jiménez, Notario Público.—1 vez.—( IN2023740696 ).

Por escritura otorgada ante mi notaría, a las diecisiete horas del ocho de marzo del dos mil veintitrés, la Sociedad Anónima denominada Agrícola El Cedrón S A cédula de persona jurídica número: tres- ciento uno- cero seis siete cinco nueve seis, domiciliada en Alajuela, Grecia, realiza cambio de junta directiva y reforma al pacto constitutivo correspondiente a la representación.—Grecia, veintiocho de marzo del 2023.—Lic. Greivin Barrantes Barrantes, Notario.—1 vez.—( IN2023740698 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 12 horas 00 minutos del 11 de diciembre del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Tucán Post Jowa Company Sociedad Anónima.—San José, 22 de diciembre del 2021.—Lic. Edwin Ramírez Chacón, Notario.—1 vez.—CE2021019290.—( IN2023740699 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 11 horas 00 minutos del 21 de diciembre del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Bristlecone Internacional Costa Rica Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 22 de diciembre del 2021.—Lic. Tracy Varela Calderon, Notario.—1 vez.—CE2021019291.—( IN2023740700 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 15 horas 00 minutos del 05 de diciembre del año 2021, se constituyó la sociedad denominada El Principe Spicy Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 23 de diciembre del 2021.—Licda. Viviana Castro Alvarado, Notaria.—1 vez.—CE2021019294.—( IN2023740701 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 09 horas 00 minutos del 17 de diciembre del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Soluciones Ortigod Sociedad Anónima.— San José, 23 de diciembre del 2021.—Lic. Gerardo Madrigal Acuña, Notario.—1 vez.— CE2021019296.—( IN2023740702 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 08 horas 00 minutos del 20 de diciembre del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Poas Gasificación Sociedad Anónima.—San José, 23 de diciembre del 2021.—Licda. Yuri Alexander Herrera Ulate, Notaria.—1 vez.— CE2021019295.—( IN2023740703 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 13 horas 00 minutos del 21 de diciembre del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Fenix Corp Sociedad Anónima.— San José, 23 de diciembre del 2021.—Lic. Paola Vargas Castillo, Notario.—1 vez.—CE2021019297.—( IN2023740704 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 14 horas 30 minutos del 21 de diciembre del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Media Finca Alvarado Freer Sociedad Anónima.—San José, 23 de diciembre del 2021.—Lic. Eduardo Enrique Hernández Vargas, Notario.—
1 vez.—CE2021019298.—( IN2023740705 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 08 horas 00 minutos del 21 de diciembre del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Expats Dream Come True Cr Sociedad Anónima.— San José, 23 de diciembre del 2021.—Licda. Xinia María Arias Naranjo, Notaria.—1 vez.— CE2021019299.—( IN2023740706 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 18 horas 00 minutos del 14 de diciembre del año 2021, se constituyó la sociedad denominada BCR Leasing Sociedad Anónima.— San José, 23 de diciembre del 2021.—Lic. Mario Enrique Calvo Achoy, Notario.—1 vez.— CE2021019300.—( IN2023740707 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 08 horas 51 minutos del 21 de diciembre del año 2021, se constituyó la sociedad denominada CORPSOL Costa Rica Sociedad de Responsabilidad Limitada.— San José, 23 de diciembre del 2021.—Lic. Merelyn Alvarado Robles, Notario.—1 vez.— CE2021019301.—( IN2023740708 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 14 horas 00 minutos del 17 de diciembre del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Inmobiliaria Alcema & Gordazo Sociedad Anónima.— San José, 23 de diciembre del 2021.—Lic. Alejandro José Arguello Leiva, Notario.—
1 vez.— CE2021019302.—( IN2023740709 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 15 horas 00 minutos del 22 de diciembre del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Casa de Murales Limitada.—San José, 23 de diciembre del 2021.—Lic. Alberto Pauly Sáenz, Notario.—1 vez.— CE2021019304.—( IN2023740710 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 11 horas 00 minutos del 16 de noviembre del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Ingenieria y Arquitectura Gonzvar del Pacifico Sociedad Anónima.— San José, 23 de diciembre del 2021.—Lic. Ana Grettel Chaves Loria, Notario.—1 vez.— CE2021019303.—( IN2023740711 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 09 horas 00 minutos del 20 de diciembre del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Casa Azurra Oltremare Sociedad de Responsabilidad Limitada.— San José, 23 de diciembre del 2021.—Lic. Erika Vanessa Montero Corrales, Notario.—1 vez.— CE2021019306.—( IN2023740712 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 20 horas 00 minutos del 20 de diciembre del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Telseg Sociedad Anónima.— San José, 23 de diciembre del 2021.—Lic. Ana Marcela Quesada Salas, Notario.—1 vez.— CE2021019307.—( IN2023740713 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 15 horas 00 minutos del 21 de diciembre del año 2021, se constituyó la sociedad denominada CRGV Water Tours Sociedad de Responsabilidad Limitada.— San José, 23 de diciembre del 2021.—Lic. Alejandro José Burgos Bonilla, Notario.—1 vez.— CE2021019305.—( IN2023740714 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 10 horas 00 minutos del 22 de diciembre del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Mabesa de San Ramon Sociedad Anónima.— San José, 23 de diciembre del 2021.—Lic. Ana Marcela Quesada Salas, Notario.—1 vez.— CE2021019309.—( IN2023740715 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 19 horas 00 minutos del 20 de diciembre del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Phoenix GFE Sociedad de Responsabilidad Limitada.— San José, 23 de diciembre del 2021.—Licda. María Fernanda Monge Quesada, Notaria.—1 vez.—CE2021019308.—( IN2023740716 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 10 horas 30 minutos del 21 de diciembre del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Servicios Logísticos del Pacifico Limitada.—San José, 23 de diciembre del 2021.—Lic. Luis Alonso Aguilar Segura, Notario.—1 vez.— CE2021019310.—( IN2023740717 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 13 horas 00 minutos del 22 de diciembre del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Construcciones Tecnológicas HM Sociedad Anónima.— San José, 23 de diciembre del 2021.—Lic. Karen Otárola Luna, Notario.—
1 vez.— CE2021019313.—( IN2023740718 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 18 horas 00 minutos del 17 de diciembre del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Distribuidora Axka de Centroamérica Sociedad Sociedad Anónima.— San José, 23 de diciembre del 2021.—Lic. Randall Dávila Soto, Notario.—1 vez.— CE2021019311.—( IN2023740719) .

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 10 horas 30 minutos del 06 de diciembre del año 2021, se constituyó la sociedad denominada GLR Consorcio Comercial Sociedad Anónima.—San José, 23 de diciembre del 2021.—Lic. Milena Valverde Mora, Notario.—1 vez.— CE2021019315.—( IN2023740720 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 13 horas 13 minutos del 21 de diciembre del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Inversiones y Soluciones Dk Sociedad de Responsabilidad Limitada.— San José, 23 de diciembre del 2021.—Lic. Giovanni Hernández Mora, Notario.—1 vez.—CE2021019314.—( IN2023740721 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 13 horas 00 minutos del 21 de diciembre del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Ego Marketing Solutions Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 23 de diciembre del 2021.—Licda. Maribel Salazar Herrera, Notaria.—1 vez.—CE2021019316.—( IN2023740722 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría a las 18 horas 00 minutos del 22 de diciembre del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Eventhorizon Sociedad Anónima.—San José, 23 de diciembre del 2021.—Lic. Ana Graciela Alvarenga Jiménez, Notario.—1 vez.—CE2021019317.—( IN2023740723 ).

Mediante escritura otorgada ante esta Notaría a las 16 horas 00 minutos del 21 de diciembre del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Gran Vista Rica Production LLC Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 23 de diciembre del 2021.—Lic. Mariajosé Víquez Alpízar, Notario.—1 vez.—CE2021019318.—( IN2023740724 )

Mediante escritura otorgada ante esta Notaría a las 09 horas 00 minutos del 22 de diciembre del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Altos del Mar F&O Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 23 de diciembre del 2021.—Licda. Jessica Alvarado Herrera, Notaria.—1 vez.—CE2021019320.—( IN2023740725 ).

Mediante escritura otorgada ante esta Notaría a las 18 horas 00 minutos del 06 de diciembre del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Inversiones El Encanto Cero Seis Sociedad Anónima.—San José, 23 de diciembre del 2021.—Lic. Luis Antonio Salazar Villalobos, Notario.—
1 vez.—CE2021019319.—( IN2023740726 ).

Mediante escritura otorgada ante esta Notaría a las 12 horas 00 minutos del 21 de diciembre del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Destilados y Vinos La Amistad Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 23 de diciembre del 2021.—Lic. Edgar Francisco Jiménez Risco, Notario.—1 vez.—CE2021019321.—( IN2023740727 ).

Mediante escritura otorgada ante esta Notaría a las 22 horas 00 minutos del 21 de diciembre del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Constructora Energía de Occidente Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 23 de diciembre del 2021.—Lic. Jorge Johanning Mora, Notario.—1 vez.—CE2021019322.—( IN2023740728 ).

Mediante escritura otorgada ante esta Notaría a las 16 horas 30 minutos del 21 de diciembre del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Huacachina Limitada.—San José, 23 de diciembre del 2021.—Lic. Andrés Montejo Morales, Notario.—1 vez.—CE2021019323.—( IN2023740729 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 15 horas 00 minutos del 21 de diciembre del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Sertraca Sociedad De Responsabilidad Limitada.—San José, 23 de diciembre del 2021.—Lic. Alfredo Carazo Ramírez, Notario.—1 vez.—CE2021019324.—( IN2023740730 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 16 horas 00 minutos del 21 de diciembre del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Lola Life Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 23 de diciembre del 2021.—Lic. Andrés Montejo Morales, Notario.—1 vez.—CE2021019325.—( IN2023740731 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 13 horas 30 minutos del 20 de diciembre del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Smartswimsuits CR Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 23 de diciembre del 2021.—Licda. Kattia Virginia Barrientos Ureña, Notaria.—1 vez.—CE2021019326.—( IN2023740732 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 11 horas 30 minutos del 21 de diciembre del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Sol Y Lluvia Del Valle Limitada.—San José, 23 de diciembre del 2021.—Licda. Silvia Castro Quesada, Notaria.—1 vez.—CE2021019327.—( IN2023740733 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 18 horas 15 minutos del 21 de diciembre del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Casa Vista Dorada LLC Limitada.—San José, 23 de diciembre del 2021.—Lic. Carlos José Oreamuno Morera, Notario.—1 vez.—CE2021019328.—( IN2023740734 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 16 horas 30 minutos del 17 de diciembre del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Income Group CRC Limitada.—San José, 23 de diciembre del 2021.—Lic. Gonzalo Vargas Acosta, Notario.—1 vez.—CE2021019329.—( IN2023740735 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 16 horas 00 minutos del 17 de diciembre del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Develar Properties Limitada.—San José, 23 de diciembre del 2021.—Lic. Gonzalo Vargas Acosta, Notario.—1 vez.—CE2021019330.—( IN2023740736 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 14 horas 16 minutos del 21 de diciembre del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Super Imagen Costa Rica Sociedad De Responsabilidad Limitada.—San José, 23 de diciembre del 2021.—Lic. Johnny Barrantes Quesada, Notario.—1 vez.—CE2021019331.—( IN2023740737 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 15 horas 40 minutos del 22 de diciembre del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Jóvenes Abranzando Exitos Limitada.—San José, 23 de diciembre del 2021.—Lic. Henry Gómez Pineda, Notario.—1 vez.—CE2021019332.—( IN2023740738 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 14 horas 14 minutos del 21 de diciembre del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Interconnection Costa Rica LJMA Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 23 de diciembre del 2021.—Lic. Miguel Ángel Rojas Pacheco, Notario.—1 vez.—CE2021019334.—( IN2023740739 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 20 horas 00 minutos del 21 de diciembre del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Happy Steps Sociedad Anónima.—San José, 23 de diciembre del 2021.—Lic. Diego Oporto Mejía, Notario.—1 vez.—CE2021019333.—( IN2023740740 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 21 horas 00 minutos del 16 de diciembre del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Cultura Por Entretenimiento Culpe Sociedad Anónima.—San José, 23 de diciembre del 2021.—Lic. Alex Benjamín Gen Palma, Notario.—1 vez.—CE2021019335.—( IN2023740741 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 17 horas 00 minutos del 22 de diciembre del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Double T Enterprises Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 23 de diciembre del 2021.—Lic. Gonzalo Murillo Álvarez, Notario.—
1 vez.—CE2021019337.—( IN2023740742 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 10 horas 00 minutos del 22 de diciembre del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Soluciones Virtuales JKR del Norte Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 23 de diciembre del 2021.—Licda. Gladys María Marín Villalobos, Notaria.—1 vez.—CE2021019339.—( IN2023740743 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 16 horas 20 minutos del 16 de diciembre del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Agroproductos Beze del Norte Sociedad Anónima.—San José, 23 de diciembre del 2021.—Licda. Meylin Francella Rodríguez Urtecho, Notaria.—1 vez.—CE2021019338.—( IN2023740744 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 14 horas 00 minutos del 17 de diciembre del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Circulo Vanguardia U H S Sociedad De Responsabilidad Limitada.—San José, 23 de diciembre del 2021.—Lic. Luis Fernando Elizondo Murillo, Notario.—1 vez.—CE2021019340.—( IN2023740745 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 08 horas 00 minutos del 18 de diciembre del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Inversora Iconalglobal Limitada.—San José, 23 de diciembre del 2021.—Lic. Douglas Alvarado Castro, Notario.—1 vez.—CE2021019341.—( IN2023740746 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 13 horas 00 minutos del 20 de diciembre del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Tres Seis Nueve Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 23 de diciembre del 2021.—Lic. Melvin Rudelman Wohlstein, Notario.—1 vez.—CE2021019345.—( IN2023740747 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 07 horas 00 minutos del 18 de diciembre del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Importaciones Inari Sociedad De Responsabilidad Limitada.—San José, 23 de diciembre del 2021.—Licda. Gloriana Arias Mora, Notaria.—
1 vez.—CE2021019344.—( IN2023740748 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 11 horas 30 minutos del 22 de diciembre del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Inversiones Camro Dos Mil Diecisiete Sociedad De Responsabilidad Limitada.—San José, 23 de diciembre del 2021.—Lic. Carlos Luis Ramírez Badilla, Notario.—1 vez.—CE2021019343.—( IN2023740749 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 15 horas 00 minutos del 07 de diciembre del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Northstar P LLC Sociedad Anónima.—San José, 23 de diciembre del 2021.—Lic. Luis Alejandro Vargas Carazo, Notario.—1 vez.—CE2021019348.—( IN2023740750 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 11 horas 00 minutos del 22 de diciembre del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Suave Salvaje Sociedad De Responsabilidad Limitada.—San José, 23 de diciembre del 2021.—Lic. Jefte David Zúñiga Jiménez, Notario.—
1
vez.—CE2021019349.—( IN2023740751 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 09 horas 00 minutos del 20 de diciembre del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Little Pumpkins Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 23 de diciembre del 2021.—Lic. Ronald Núñez Álvarez, Notario.—
1 vez.—CE2021019350.—( IN2023740752 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 09 horas 30 minutos del 21 de diciembre del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Llanura Verde R & A Sociedad Anónima.—San José, 23 de diciembre del 2021.—Lic. Mario Cortés Parrales, Notario.—1 vez.—CE2021019351.—( IN2023740753 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 13 horas 00 minutos del 21 de diciembre del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Inmobiliaria Ferka DCR Sociedad De Responsabilidad Limitada.—San José, 23 de diciembre del 2021.—Lic. Álvaro Rodrigo Mora Salazar, Notario.—1 vez.—CE2021019352.—( IN2023740754 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 11 horas 30 minutos del 21 de diciembre del año 2021, se constituyó la sociedad denominada El Desorden Sociedad Anónima.—San José, 23 de diciembre del 2021.—Lic. Eladio Antonio Picado Ramírez, Notario.—1 vez.—CE2021019353.—( IN2023740755 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 17 horas 35 minutos del 21 de diciembre del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Lugevaro Sociedad Anónima.—San José, 23 de diciembre del 2021.—Licda. Aida Beatriz Vargas Salazar, Notaria.—1 vez.—CE2021019354.—( IN2023740756 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 13 horas 00 minutos del 09 de octubre del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Beauty Queens K J M Sociedad Anónima.—San José, 23 de diciembre del 2021.—Licda. Jacqueline Andrea Mora Bonilla, Notaria.—1 vez.—CE2021019355.—( IN2023740757 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 10 horas 30 minutos del 21 de diciembre del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Servicios Logísticos Del Pacífico CRC Limitada.—San José, 23 de diciembre del 2021.—Lic. Luis Alonso Aguilar Segura, Notario.—1 vez.—CE2021019356.—( IN2023740758 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 10 horas 00 minutos del 23 de diciembre del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Casa Mabuhay LLC Limitada.—San José, 23 de diciembre del 2021.—Lic. Carlos José Oreamuno Morera, Notario.—1 vez.—CE2021019357.—( IN2023740759 ).

Mediante escritura otorgada ante esta Notaría a las 13 horas 50 minutos del 21 de diciembre del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Seas the Day Dream Properties WK Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 23 de diciembre del 2021.—Lic. Wendy Marcela Valverde Cortes, Notario.—1 vez.—CE2021019358.—( IN2023740760 ).

Mediante escritura otorgada ante esta Notaría a las 17 horas 25 minutos del 22 de diciembre del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Pedacito de Cielo de Ojochal Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 23 de diciembre del 2021.—Lic. Rodolfo Enrique Herrera García, Notario.—1 vez.—CE2021019359.—( IN2023740761 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 20 horas 00 minutos del 20 de diciembre del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Grupo TELSEG Sociedad Anónima.—San José, 23 de diciembre del 2021.—Licda. Ana Marcela Quesada Salas, Notaria.—1 vez.—CE2021019361.—( IN2023740762 ).

Mediante escritura otorgada ante esta Notaría a las 10 horas 00 minutos del 10 de diciembre del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Legal APP Sociedad Anónima.—San José, 23 de diciembre del 2021.—Lic. Sergio Mena Diaz, Notario.—1 vez.—CE2021019360.—( IN2023740763 ).

Mediante escritura otorgada ante esta Notaría a las 13 horas 40 minutos del 22 de diciembre del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Importaciones Univesales SJT Sociedad Anónima.—San José, 23 de diciembre del 2021.—Licda. Loreana Guerrero Gamboa, Notaria.—1 vez.—CE2021019362.—( IN2023740764 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría a las 19 horas 00 minutos del 07 de octubre del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Siempre Fuerte Sociedad Anónima.—San José, 23 de diciembre del 2021.—Lic. Greiman Herrera Espinoza, Notario.—1 vez.—CE2021019364.—( IN2023740765 ).

Mediante escritura otorgada ante esta Notaría a las 17 horas 35 minutos del 22 de diciembre del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Overlook Baru Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 23 de diciembre del 2021.—Lic. Rodolfo Enrique Herrera García, Notario.—
1 vez.—CE2021019366.—( IN2023740766 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 08 horas 00 minutos del 23 de diciembre del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Corporación Rempack Costa Rica Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 23 de diciembre del 2021.—Lic. Cristian Vargas Paniagua, Notario.—1 vez.—CE2021019367.—( IN2023740767 ).

Mediante escritura otorgada ante esta Notaría a las 12 horas 40 minutos del 21 de diciembre del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Inversiones En Tecnología e Innovación del Norte Sociedad Anonima.—San José, 23 de diciembre del 2021.—Lic. Ramón Mariano Artavia Cordero, Notario.—1 vez.—CE2021019368.—( IN2023740768 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría a las 17 horas 45 minutos del 22 de diciembre del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Whanake CR Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 23 de diciembre del 2021.—Lic. Rodolfo Enrique Herrera García, Notario.—
1 vez.—CE2021019369.—( IN2023740769 ).

Mediante escritura otorgada ante esta Notaría a las 16 horas 40 minutos del 21 de diciembre del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Financiera Internacional PAG Sociedad Anónima.—San José, 23 de diciembre del 2021.—Lic. Ramón Mariano Artavia Cordero, Notario.—
1 vez.—CE2021019371.—( IN2023740770

Mediante escritura otorgada ante esta Notaría a las 10 horas 00 minutos del 23 de diciembre del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Sea Stronger Together House Limitada.—San José, 23 de diciembre del 2021.—Lic. José Alberto Schroeder Leiva, Notario.—1 vez.—CE2021019373.—( IN2023740771 ).

Mediante escritura otorgada ante esta Notaría a las 16 horas 00 minutos del 21 de diciembre del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Alternativas y Soluciones Constructivas PHR Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 23 de diciembre del 2021.—Lic. Joe Martin Montoya Mora, Notario.—1 vez.—CE2021019365.—( IN2023740772 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 08 horas 00 minutos del 17 de diciembre del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Proyecto FDAHI Sociedad Anónima.—San José, 23 de diciembre del 2021.—Lic. Johanny Esquivel Hidalgo, Notario.—1 vez.—CE2021019374.—( IN2023740773 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría a las 09 horas 45 minutos del 13 de diciembre del año 2021, se constituyó la sociedad denominada LCAEM Holdings Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 23 de diciembre del 2021.—Lic. Rebeca Marín Cambronero, Notario.—1 vez.—CE2021019375.—( IN2023740774 ).

Mediante escritura otorgada ante esta Notaría a las 15 horas 00 minutos del 16 de diciembre del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Bamberh Limitada.—San José, 23 de diciembre del 2021.—Lic. José Pablo Arce Piñar, Notario.—1 vez.—CE2021019376.—( IN2023740775 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría a las 18 horas 00 minutos del 14 de diciembre del año 2021, se constituyó la sociedad denominada SL & CC Consumer Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 23 de diciembre del 2021.—Lic. José Alonso González Alvarez, Notario.—1 vez.—CE2021019377.—( IN2023740776 ).

Mediante escritura otorgada ante esta Notaría a las 15 horas 30 minutos del 14 de diciembre del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Catan Investment Management Limitada.—San José, 23 de diciembre del 2021.—Lic. José Alberto Schroeder Leiva, Notario.—1 vez.—CE2021019379.—( IN2023740777 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría a las 10 horas 00 minutos del 23 de diciembre del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Tecnoparking de Centroamérica Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 23 de diciembre del 2021.—Lic. Tomas Quirós Jiménez, Notario.—
1 vez.—CE2021019380.—( IN2023740778 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 15 horas 30 minutos del 16 de diciembre del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Costa Rica INC Two Six Four Three Nine Five Five Limitada.—San José, 23 de diciembre del 2021.—Lic. José Pablo Arce Piñar, Notario.—
1 vez.—CE2021019383.—( IN2023740779 ).

Mediante escritura otorgada ante esta Notaría a las 13 horas 13 minutos del 21 de diciembre del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Daka Soluciones e Inversiones Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 23 de diciembre del 2021.—Lic. Giovanni Hernández Mora, Notario.—1 vez.—CE2021019382.—( IN2023740780 ).

Mediante escritura otorgada ante esta Notaría a las 10 horas 45 minutos del 23 de diciembre del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Kathena Sol Sociedad Anónima.—San José, 23 de diciembre del 2021.—Lic. Fabian Mejías Espinoza, Notario.—1 vez.—CE2021019385.—( IN2023740781 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 09 horas 00 minutos del 23 de diciembre del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Green Rock Financial Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 23 de diciembre del 2021.—Lic. Johnny Solís Barrantes, Notario.—
1 vez.—CE2021019386.—( IN2023740782 ).

Mediante escritura otorgada ante esta Notaría a las 11 horas 00 minutos del 21 de diciembre del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Evolve Latam Sociedad Anónima.—San José, 23 de diciembre del 2021.—Lic. Gloriana Cob Guillen, Notario.—1 vez.—CE2021019387.—( IN2023740783 ).

Mediante escritura otorgada ante esta Notaría a las 10 horas 00 minutos del 23 de diciembre del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Lago Vista Mangrum Limitada.—San José, 23 de diciembre del 2021.—Lic. Olman Aguilar Castro, Notario.—1 vez.—CE2021019388.—( IN2023740784 ).

Mediante escritura otorgada ante esta Notaría a las 14 horas 40 minutos del 13 de diciembre del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Autotech de Paseo Colón Sociedad Anónima.—San José, 23 de diciembre del 2021.—Lic. Fernando Dionisio Zamora Castellanos, Notario.—1 vez.—CE2021019389.—( IN2023740785 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría a las 14 horas 30 minutos del 17 de diciembre del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Doce Tucanes Naranjas LLC Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 23 de diciembre del 2021.—Lic. Roger Allen Petersen Morice, Notario.—1 vez.—CE2021019390.—( IN2023740786 ).

Mediante escritura otorgada ante esta Notaría a las 14 horas 30 minutos del 16 de diciembre del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Costa Rica Indo Americana Gruppo Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 23 de diciembre del 2021.—Lic. Javier Alfonso Murillo Berrocal, Notario.—1 vez.—CE2021019392.—( IN2023740787 ).

Mediante escritura otorgada ante esta Notaría a las 21 horas 30 minutos del 23 de diciembre del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Optimize Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 23 de Diciembre del 2021.—Lic. Johnny Solís Barrantes, Notario.—1 vez.—CE2021019393.—( IN2023740788 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 15 horas 30 minutos del 22 de diciembre del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Chiles del Caribe R Y M Sociedad Anonima.—San José, 23 de diciembre del 2021.—Lic. Elvis Eduardo Lawson Villafuerte, Notario.—1 vez.—CE2021019394.—( IN2023740789 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría a las 11 horas 00 minutos del 21 de diciembre del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Rosarito La Paz LL Corp Limitada.—San José, 23 de diciembre del 2021.—Lic. Bernal Jiménez Núñez, Notario.—1 vez.—CE2021019395.—( IN2023740790 ).

Mediante escritura otorgada ante esta Notaría a las 00 horas 00 minutos del 16 de diciembre del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Evenco Limitada.—San José, 23 de diciembre del 2021.—Lic. Kattia Vargas Álvarez, Notario.—1 vez.—CE2021019398.—( IN2023740791 ).

Mediante escritura otorgada ante esta Notaría a las 10 horas 30 minutos del 22 de diciembre del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Inversiones Pereira & Zúñiga Sociedad Anónima.—San José, 23 de diciembre del 2021.—Lic. Alejandro José Arguello Leiva, Notario.—1 vez.—CE2021019401.—( IN2023740792 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría a las 15 horas 30 minutos del 16 de diciembre del año 2021, se constituyó la sociedad denominada International Fashion Alliance Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 23 de diciembre del 2021.—Lic. Javier Alfonso Murillo Berrocal, Notario.—1 vez.—CE2021019400.—( IN2023740793 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría a las 14 horas 00 minutos del 20 de diciembre del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Bieneloy y Hermanos de Hatillo Sociedad Anónima.—San José, 23 de diciembre del 2021.—Lic. Atencio Ruiz Juárez, Notario.—1 vez.—CE2021019399.—( IN2023740794 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría a las 15 horas 30 minutos del 20 de diciembre del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Importaciones y Distribuciones del Este Vardel de Costa Rica Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 23 de diciembre del 2021.—Lic. Braulio Alvarado Salazar, Notario.—1 vez.—CE2021019402.—( IN2023740795 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 10 horas 00 minutos del 15 de diciembre del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Ser Man Sociedad Anónima.—San José, 23 de diciembre del 2021.—Licda. Jennie Morera Esquivel, Notaria.—1 vez.—CE2021019403.—( IN2023740796 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría a las 08 horas 00 minutos del 23 de diciembre del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Vortex Venture Group Limitada.—San José, 23 de diciembre del 2021.—Lic. Juan Manuel Gómez Mora, Notario.—1 vez.—CE2021019404.—( IN2023740797 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría a las 15 horas 00 minutos del 22 de diciembre del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Development Gold Coast Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 23 de diciembre del 2021.—Lic. Gastón Sancho Cubero, Notario.—
1 vez.—CE2021019405.—( IN2023740798 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría a las 00 horas 00 minutos del 21 de diciembre del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Rock Solid Investments Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 23 de diciembre del 2021.—Lic. Fernando Berrocal Soto, Notario.—
1 vez.—CE2021019406.—( IN2023740799 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 17 horas 40 minutos del 20 de diciembre del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Soldaduras Y Soluciones Industriales Atenas Sociedad Anónima.—San José, 23 de diciembre del 2021.—Licda. Rosa María Artavia Sánchez, Notaria.—1 vez.—CE2021019407.—( IN2023740800 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 17 horas 00 minutos del 16 de diciembre del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Thrivia Projects Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 23 de diciembre del 2021.—Licda. Noelia Marcela Cisneros Quesada, Notaria.—
1 vez.—CE2021019397.—( IN2023740801 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 15 horas 00 minutos del 21 de diciembre del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Citizen Real Estate Developments Limitada.—San José, 23 de diciembre del 2021.—Lic. Andrés Montejo Morales, Notario.—1 vez.—CE2021019408.—( IN2023740802 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 10 horas 30 minutos del 21 de diciembre del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Asistencia Estratégica JCL del Pacífico Limitada.—San José, 23 de diciembre del 2021.—Lic. Luis Alonso Aguilar Segura, Notario.—1 vez.—CE2021019410.—( IN2023740803 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 15 horas 00 minutos del 11 de diciembre del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Kyona Costa Rica Sociedad Anónima.—San José, 23 de diciembre del 2021.—Lic. Giovanny Montero Chacón, Notario.—1 vez.—CE2021019409.—( IN2023740804 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 13 horas 13 minutos del 21 de diciembre del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Soluciones Dankata e Inversiones Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 23 de diciembre del 2021.—Lic. Giovanni Hernández Mora, Notario.—1 vez.—CE2021019411.—( IN2023740805 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 08 horas 30 minutos del 23 de diciembre del año 2021, se constituyó la sociedad denominada La Legua Jiménez Solís Sociedad Anónima.—San José, 23 de diciembre del 2021.—Lic. David Rogelio Jiménez Zamora, Notario.—1 vez.—CE2021019412.—( IN2023740806 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 10 horas 00 minutos del 08 de diciembre del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Corporación JKG Holdings Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 23 de diciembre del 2021.—Lic. Juan José Marín Rivera, Notario.—1 vez.—CE2021019413.—( IN2023740807 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 16 horas 00 minutos del 26 de septiembre del año 2021, se constituyó la sociedad denominada He Sa Ji Desamparadeños Sociedad Anónima.—San José, 23 de diciembre del 2021.—Lic. Luis Alonso Gutiérrez Herrera, Notario.—1 vez.—CE2021019414.—( IN2023740808 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 14 horas 00 minutos del 21 de diciembre del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Sistemas Telemáticos JJ Sociedad De Responsabilidad Limitada.—San José, 23 de diciembre del 2021.—Licda. Yosandra Apú Rojas, Notaria.—
1 vez.—CE2021019415.—( IN2023740809 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 11 horas 30 minutos del 22 de diciembre del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Vargas y Meléndez Bobinos y Mas Sociedad De Responsabilidad Limitada.—San José, 23 de diciembre del 2021.—Lic. Carlos Enrique Mora Alfaro, Notario.—1 vez.—CE2021019416.—( IN2023740810 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 16 horas 00 minutos del 19 de diciembre del año 2021, se constituyó la sociedad denominada La Casa De Drago Sociedad Anónima.—San José, 23 de diciembre del 2021.—Lic. Jorge Fernando Calvo Mora, Notario.—1 vez.—CE2021019417.—( IN2023740811 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 18 horas 00 minutos del 22 de diciembre del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Ario Valley Ranch Limitada.—San José, 23 de diciembre del 2021.—Lic. Eduardo Valdivieso Bustos, Notario.—1 vez.—CE2021019418.—( IN2023740812 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 13 horas 00 minutos del 04 de diciembre del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Casa Vale Sociedad Anónima.—San José, 23 de diciembre del 2021.—Licda. Mónica Rodríguez Campos, Notaria.—1 vez.—CE2021019419.—( IN2023740813 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 08 horas 00 minutos del 21 de diciembre del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Grupo GR E Hijos Sociedad De Responsabilidad Limitada.—San José, 23 de diciembre del 2021.—Lic. Franklin Esteban Fernández Torrentes, Notario.—1 vez.—CE2021019420.—( IN2023740814 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 14 horas 16 minutos del 21 de diciembre del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Super Imagen Costa Rica C Y S Sociedad De Responsabilidad Limitada.—San José, 23 de diciembre del 2021.—Lic. Johnny Barrantes Quesada, Notario.—1 vez.—CE2021019421.—( IN2023740815 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 12 horas 15 minutos del 23 de diciembre del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Materiales De Cemento Arias Sociedad De Responsabilidad Limitada.—San José, 23 de diciembre del 2021.—Licda. Ana Alejandra Araya Guerrero, Notaria.—1 vez.—CE2021019422.—( IN2023740816 ).

En mi notaría, mediante la escritura número 38 de las 11:00 horas del 29 de marzo de 2023, se protocoliza acta de disolución de la sociedad Te Hice Una Canción By Limia Lacoma S.A..—San José, 29 de marzo de 2023.—Monique María Zeller van Engelen, Notaria.— 1 vez.—( IN2023740817 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 18 horas 33 minutos del 17 de diciembre del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Jaabis Sociedad Anónima.—San José, 23 de diciembre del 2021.—Licda. Rosa María Vásquez Aguero, Notaria.—1 vez.—CE2021019423.—( IN2023740820 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 18 horas 00 minutos del 16 de diciembre del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Cheli Cheli Costa Rica Limitada.—San José, 23 de diciembre del 2021.—Lic. Randall Emilio Ramírez Calero, Notario.—1 vez.—CE2021019424.—( IN2023740821 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 20 horas 00 minutos del 20 de diciembre del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Container Lofts Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 24 de diciembre del 2021.—Lic. Álvaro Steven Seas Fallas, Notario.—1 vez.—CE2021019425.—( IN2023740822 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 08 horas 00 minutos del 24 de diciembre del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Corporación Master Design Del Oeste Sociedad Anónima.—San José, 24 de diciembre del 2021.—Licda. Priscilla María Jiménez Olaso, Notaria.—1 vez.—CE2021019426.—( IN2023740823 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 08 horas 15 minutos del 22 de diciembre del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Contactos E Inversiones J & V Sociedad Anónima.—San José, 24 de diciembre del 2021.—Licda. Vera Mayela Vargas Arrieta, Notaria.—1 vez.—CE2021019427.—( IN2023740824 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 14 horas 00 minutos del 17 de diciembre del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Gak Nueve Sociedad De Responsabilidad Limitada.—San José, 24 de diciembre del 2021.—Lic. Francisco Chacón González, Notario.—1 vez.—CE2021019428.—( IN2023740825 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 17 horas 00 minutos del 20 de diciembre del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Panalfa Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 24 de diciembre del 2021.—Licda. Marianela Doubleday Céspedes, Notaria.—
1 vez.—CE2021019429.—( IN2023740826 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 18 horas 00 minutos del 18 de diciembre del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Inmobiliario La Sabana Sociedad Anónima.—San José, 24 de diciembre del 2021.—Lic. Alfonso Zúñiga Elizondo, Notario.—1 vez.—CE2021019430.—( IN2023740827 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 11 horas 00 minutos del 18 de noviembre del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Familia Bustos Duarte BD Sociedad Anónima.—San José, 26 de diciembre del 2021.—Lic. Marlon Enrique Aguilar Carrillo, Notario.—1 vez.—CE2021019431.—( IN2023740828 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 09 horas 00 minutos del 14 de diciembre del año 2021, se constituyó la sociedad denominada U Money Sociedad Anónima.—San José, 27 de diciembre del 2021.—Licda. Marianne Pal Hegedus Ortega, Notaria.—1 vez.—CE2021019432.—( IN2023470829 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 10 horas 00 minutos del 06 de diciembre del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Apifintech Sociedad Anónima.—San José, 27 de diciembre del 2021.—Licda. María Fátima Chacón Méndez, Notaria.—1 vez.—CE2021019433.—( IN2023740830 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 10 horas 00 minutos del 27 de diciembre del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Silva Trading Sociedad Anónima.—San José, 27 de diciembre del 2021.—Lic. Martín Adrián González Briceño, Notario.—1 vez.—CE2021019439.—( IN2023740831 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 20 horas 00 minutos del 23 de diciembre del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Creaciones Rayito de Luz MR Atenas Limitada.—San José, 27 de diciembre del 2021.—Licda. Andrea Rojas Rodríguez, Notaria.—1 vez.—CE2021019440.—( IN2023740832 ).

Por escritura número ciento ochenta y nueve, vista en el folio ciento veintiuno frente, otorgada las trece horas treinta minutos del veintinueve de marzo del año dos mil veintitrés ante el notario Allan Gabriel Díaz Ortiz, se protocolizó el acuerdo para revocar el puesto de subgerente de la sociedad Autofrenos Costa Rica CR Responsabilidad Limitada, cédula jurídica número tres-ciento dos-setecientos ochenta y siete mil trescientos cuarenta y tres.—San José, veintinueve de marzo del año dos mil veintitrés.—Lic. Allan Gabriel Díaz Ortiz.—1 vez.—( IN2023740833 ).

Ante esta notaría, mediante escritura número tres, visible en los folios dos vuelto y tres frente, del tomo uno, a las siete horas treinta minutos, del veintinueve de marzo de dos mil veintitrés, se protocolizo el acta de asamblea general extraordinaria de socios de Grupo Interkonecta Teknik Sociedad Anónima, cédula jurídica número tres-ciento uno- ochocientos sesenta y ocho mil novecientos sesenta y ocho, mediante la cual se acuerda: modificar la cláusula primera de la escritura constitutiva, para que en lo sucesivo diga así: “Primera. La sociedad se denominará Industrial Innova Gea, Sociedad Anónima, siendo este un nombre de fantasía, la cual podrá abreviarse como Industrial Evnova Gea, S.A., tendrá su domicilio en la provincia de San José, cantón Montes de Oca, Distrito San Pedro, ciento veinticinco metros al oeste de la Cámara de Industrias, Edificio PwC Costa Rica, pudiendo establecer sucursales y agencias en cualquier lugar del país o fuera de él”.—San José, a las ocho horas del veintinueve de marzo de dos mil veintitrés.—Jefry Miguel Vega Chaves, Notario Público.—1 vez.—( IN2023740835 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 08 horas 00 minutos del 22 de diciembre del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Cahuita Paradise CR Limitada.—San José, 28 de diciembre del 2021.—Lic. José Alfredo Campos Salas, Notario.—1 vez.—CE2021019441.—( IN2023740836 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 16 horas 00 minutos del 21 de diciembre del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Avícola Kananos Sociedad Anónima.—San José, 28 de diciembre del 2021.—Lic. Leonardo Alonso Rojas Rodríguez, Notario.—1 vez.—CE2021019442.—( IN2023740837 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 15 horas 00 minutos del 27 de diciembre del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Consorcio Dental del Pacifico CD J & D Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 28 de diciembre del 2021.—Lic. Lorenzo Segura Mata, Notario.—1 vez.—CE2021019443.—( IN2023740838 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 13 horas 00 minutos del 03 de diciembre del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Alphabit Solutions Sociedad Anónima.—San José, 28 de diciembre del 2021.—Licda. Andrea Alvarado Rodríguez, Notario.—1 vez.—CE2021019444.—( IN2023740839 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 17 horas 30 minutos del 13 de diciembre del año 2021, se constituyó la sociedad denominada L Marche Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 28 de diciembre del 2021.—Licda. Rebeca Murillo Dobles, Notaria.—1 vez.—CE2021019445.—( IN2023740840 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 17 horas 00 minutos del 28 de diciembre del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Servicios Múltiples y de Turismo Río Cuarto Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 29 de diciembre del 2021.—Lic. Rodolfo Enrique Astorga Calderón, Notario.—1 vez.—CE2021019448.—( IN2023740841 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 20 horas 00 minutos del 30 de diciembre del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Blue Horses Costa Rica Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 30 de diciembre del 2021.—Lic. Edgar Alberto García Quirós, Notario.—1 vez.—CE2021019451.—( IN2023740842 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 18 horas 00 minutos del 22 de diciembre del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Imperio del Mar Sociedad Anónima.—San José, 30 de diciembre del 2021.—Licda. Nelly Nohelia Achío Artavia, Notaria.—
1 vez.—CE2021019452.—( IN2023740843 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 09 horas 00 minutos del 19 de diciembre del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Cocoland Nature Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 2 de enero del 2022.—Licda. Elizabeth Gamboa Prado, Notaria.—
1 vez.—CE2022019454.—( IN2023740846 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 16 horas 30 minutos del 10 de agosto del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Consultorías Técnicas Trescientos Sesenta de Centroamérica Sociedad Anónima.—San José, 3 de enero del 2022.—Licda. Viviana María Fonseca Guerrero, Notaria.—1 vez.—CE2022019455.—( IN2023740848 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría a las 08 horas 00 minutos del 29 de diciembre del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Leyes Actualizadas Sociedad Anónima.—San José, 03 de enero del 2022.—Lic. Dan Alberto Hidalgo Hidalgo, Notario.—1 vez.—CE2021019456.—( IN2023740849 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría a las 09 horas 30 minutos del 07 de diciembre del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Diamond Three Solutions M & E Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 03 de enero del 2022.—Lic. Jorge Hernández Calvo, Notario.—1 vez.—CE2021019457.—( IN2023740851 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 18 horas 00 minutos del 29 de diciembre del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Verdade Limitada.—San José, 03 de enero del 2022.—Licda. Daniela Elizondo Díaz, Notaria.—1 vez.—CE2021019458.—( IN2023740852 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría a las 13 horas 00 minutos del 21 de diciembre del año 2021, se constituyó la sociedad denominada HMC Dental Clinic Sociedad Anónima.—San José, 03 de enero del 2022.—Lic. Christian Álvarez Zamora, Notario.—1 vez.—CE2021019459.—( IN2023740853 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría a las 18 horas 45 minutos del 29 de diciembre del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Kejila Limitada.—San José, 03 de enero del 2022.—Licda. Daniela Elizondo Díaz, Notaria.—1 vez.—CE2021019460.—( IN2023740854 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría a las 17 horas 00 minutos del 21 de diciembre del año 2021, se constituyó la sociedad denominada AFAC & R Y J Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 03 de enero del 2022.—Lic. Gerardo Francisco Quesada Monge, Notario.—
1 vez.—CE2021019461.—( IN2023740855 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría a las 15 horas 30 minutos del 27 de diciembre del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Costa Renta Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 03 de enero del 2022.—Lic. Luis Diego Chaves Solís, Notario.—1 vez.—CE2021019462.—( IN2023740856 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 15 horas 15 minutos del 09 de diciembre del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Garth Enterprise Sociedad Anónima.—San José, 03 de enero del 2022.—Licda. Elga Bolaños Gutiérrez, Notaria.—1 vez.—CE2021019463.—( IN2023740857 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría a las 18 horas 00 minutos del 28 de diciembre del año 2021, se constituyó la sociedad denominada JB Rentals en Bejuco Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 03 de enero del 2022.—Lic. Carlos Alberto Echeverría Alfaro, Notario.—1 vez.—CE2022019464.—( IN2023740858 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría a las 11 horas 00 minutos del 29 de diciembre del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Constructora y Muebles Delgado Quirós Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 03 de enero del 2022.—Lic. Luis Diego Chaves Solís, Notario.—1 vez.—CE2022019465.—( IN2023740859 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría a las 16 horas 30 minutos del 17 de diciembre del año 2021, se constituyó la sociedad denominada The Income Group CRC Limitada.—San José, 03 de enero del 2022.—Lic. Gonzalo Vargas Acosta, Notario.—1 vez.—CE2022019466.—( IN2023740860 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría a las 15 horas 00 minutos del 20 de diciembre del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Medi Servicios Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 03 de enero del 2022.—Lic. Héctor Chaves Sandoval, Notario.—1 vez.—CE2022019467.—( IN2023740861 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 11 horas 00 minutos del 21 de diciembre del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Thundersky LLC Limitada.—San José, 03 de enero del 2022.—Licda. Priscilla Solano Castillo, Notaria.—1 vez.—CE2022019469.—( IN2023740862 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría a las 16 horas 50 minutos del 17 de diciembre del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Centro Americana de Construcción Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 03 de enero del 2022.—Lic. Henry Monge Zúñiga, Notario.—1 vez.—CE2022019468.—( IN2023740863 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 20 horas 00 minutos del 20 de diciembre del año 2021, se constituyó la sociedad denominada R&M Conectividad Sociedad Anónima.—San José, 03 de enero del 2022.—Licda. Ana Marcela Quesada Salas, Notaria.—1 vez.—CE2022019470.—( IN2023740864 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría a las 22 horas 00 minutos del 28 de diciembre del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Hermanos Alvarado Vásquez Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 03 de enero del 2022.—Lic. Leiner Miguel Molina Pérez, Notario.—1 vez.—CE2022019471.—( IN2023740865 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría a las 10 horas 00 minutos del 02 de enero del año 2022, se constituyó la sociedad denominada Guanaroxi Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 03 de enero del 2022.—Lic. Ronald Eduardo González Calderón, Notario.—
1 vez.—CE2022019474.—( IN2023740866 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría a las 10 horas 30 minutos del 24 de diciembre del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Agro Escala Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 03 de enero del 2022.—Licda. Carolina Muñoz Solís, Notaria.—1 vez.—CE2022019475.—( IN2023740867 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 10 horas 00 minutos del 31 de diciembre del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Producciones Ávila CR Sociedad Anónima.—San José, 03 de enero del 2022.—Lic. Luis Álvaro Rodríguez Mena, Notario.—1 vez.—CE2022019477.—( IN2023740868 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría a las 11 horas 30 minutos del 22 de diciembre del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Delram Sociedad Anónima.—San José, 03 de enero del 2022.—Lic. Héctor Chaves Sandoval, Notario.—1 vez.—CE2022019478.—( IN2023740869 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría a las 09 horas 00 minutos del 20 de diciembre del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Five Leaf Vine Holdings Sociedad Anónima.—San José, 03 de enero del 2022.—Lic. Walter Xavier Niehaus Bonilla, Notario.—1 vez.—CE2022019479.—( IN2023740870 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría a las 09 horas 00 minutos del 10 de diciembre del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Villaglio Playa Mar Lagarto Sociedad Anónima.—San José, 03 de enero del 2022.—Lic. José Luis Pacheco Murillo, Notario.—1 vez.—CE2022019480.—( IN2023740871 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría a las 08 horas 00 minutos del 03 de enero del año 2022, se constituyó la sociedad denominada Viviendas Pura Vida Sociedad Anónima.—San José, 03 de enero del 2022.—Licda. Adriana Sánchez Castro, Notaria.—1 vez.—CE2022019482.—( IN2023740872 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 11 horas 30 minutos del 21 de diciembre del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Casa Cultura For The Soul Llc Limitada.— San José, 3 de enero del 2022.—Lic. Priscilla Solano Castillo, Notario.—1 vez.— CE2022019483.—( IN2023740873 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 10 horas 00 minutos del 10 de diciembre del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Residencias Surco Piedra Lagarto Sociedad Anónima.— San José, 3 de enero del 2022.—Lic. José Luis Pacheco Murillo, Notario.—1 vez.— CE2022019484.—( IN2023740874 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 14 horas 00 minutos del 21 de diciembre del año 2021, se constituyó la sociedad denominada J & J Consulting Services INC Sociedad de Responsabilidad Limitada.— San José, 3 de enero del 2022.—Lic. Andrea María Rojas Martínez, Notario.—1 vez.—CE2022019485.—( IN2023740875 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 19 horas 00 minutos del 20 de diciembre del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Alibot Technologies Sociedad Anónima.— San José, 3 de Enero del 2022.—Licda. Stephanie Mary Picado Chang, Notaria.—1 vez.— CE2022019487.—( IN2023740876 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 11 horas 00 minutos del 03 de enero del año 2022, se constituyó la sociedad denominada Hola Bonita Inversión Limitada.—San José, 3 de enero del 2022.—Lic. Silvia Vega Carballo, Notario.—1 vez.— CE2022019488.—( IN2023740877 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 15 horas 00 minutos del 20 de diciembre del año 2021, se constituyó la sociedad denominada F & J Inversiones Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 3 de enero del 2022.—Lic. Aldy Alfaro Di Bella, Notario.—1 vez.— CE2022019491.—( IN2023740878 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 11 horas 00 minutos del 10 de diciembre del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Playa Pedregosa Condominios Sociedad Anónima.—San José, 3 de enero del 2022.—Lic. José Luis Pacheco Murillo, Notario.— CE2022019492.—( IN2023740879 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 10 horas 00 minutos del 03 de enero del año 2022, se constituyó la sociedad denominada Rickdonna Sociedad Anónima.—San José, 3 de enero del 2022.—Lic. Daniel Aguilar González, Notario.—1 vez.—CE2022019490.—( IN2023740880 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 11 horas 00 minutos del 03 de enero del año 2022, se constituyó la sociedad denominada Integra Pos Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 3 de enero del 2022.—Lic. Jairo José Ramírez Pacheco, Notario.—1 vez.— CE2022019493.—( IN2023740881 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 15 horas 15 minutos del 20 de diciembre del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Tecnowan Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 3 de enero del 2022.—Lic. Cristian Eduardo Zamora Sequeira, Notario.—
1 vez.— CE2022019495.—( IN2023740882 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 11 horas 00 minutos del 07 de diciembre del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Smart & Digital Logistics Limitada.—San José, 3 de enero del 2022.—Lic. Javier Escalante Madrigal, Notario.—1 vez.— CE2022019497.—( IN2023740883 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 09 horas 30 minutos del 24 de diciembre del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Mítica Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 3 de enero del 2022.—Lic. Olger Gerardo Vargas Castillo, Notario.—1 vez.— CE2022019494.—( IN2023740884 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 18 horas 00 minutos del 17 de diciembre del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Mis Licores Favoritos Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 3 de enero del 2022.—Lic. Eduardo José Mora Castro, Notario.—
1 vez.— CE2022019498.—( IN2023740885 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 11 horas 59 minutos del 10 de diciembre del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Surco Piedra Eventos Sociedad Anónima.—San José, 3 de enero del 2022.—Lic. José Luis Pacheco Murillo, Notario.—1 vez.— CE2022019499.—( IN2023740886 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 09 horas 26 minutos del 21 de diciembre del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Tres Ciento Uno Cero Cero Nueve Nueve Ocho Ocho Sociedad Anónima.—San José, 3 de enero del 2022.—Lic. Mérida Adela Diaz Viales, Notario.—1 vez.—CE2022019500.—( IN2023740887 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 15 horas 00 minutos del 28 de diciembre del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Starry Night Limitada.—San José, 3 de enero del 2022.—Lic. Mario Eduardo Recio Recio, Notario.—1 vez.— CE2022019501.—( IN2023740888 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 16 horas 00 minutos del 21 de diciembre del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Serteca Dental De Costa Rica Sociedad Anónima.—San José, 3 de enero del 2022.—Lic. Marlene Brenes Corrales, Notario.—1 vez.— CE2022019502.—( IN2023740889 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 15 horas 00 minutos del 14 de diciembre del año 2021, se constituyó la sociedad denominada El Point Group Llc Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 3 de enero del 2022.—Lic. Steffano José Ferraro Flórez Estrada, Notario.—1 vez.—CE2022019503.—( IN2023740890 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 10 horas 00 minutos del 13 de diciembre del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Inversiones M L Y A Sociedad Anónima.—San José, 3 de enero del 2022.—Lic. Manuela Tanchella Chacón, Notario.—1 vez.— CE2022019505.—( IN2023740891 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 11 horas 00 minutos del 23 de diciembre del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Surfway CR Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 3 de enero del 2022.—Lic. Yancy Gabriela Araya Pérez, Notario.—1 vez.— CE2022019506.—( IN2023740892 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 08 horas 00 minutos del 03 de enero del año 2022, se constituyó la sociedad denominada Duffykobe Limitada.—San José, 3 de enero del 2022.—Lic. José Andrés Cubillo González, Notario.—1 vez.— CE2022019507.—( IN2023740893 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 13 horas 00 minutos del 10 de diciembre del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Centro Comercial Surco Piedra Sociedad Anónima.—San José, 3 de enero del 2022.—Lic. José Luis Pacheco Murillo, Notario.—1 vez.— CE2022019508.— ( IN2023740894 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 09 horas 00 minutos del 03 de enero del año 2022, se constituyó la sociedad denominada Inmobiliaria Grrg Sociedad Anónima.—San José, 3 de enero del 2022.–Lic. Francisco Javier Vega Guzmán, Notario.—1 vez.— CE2022019509.— ( IN2023740895 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 13 horas 00 minutos del 01 de diciembre del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Deesa Corp Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 3 de enero del 2022.—Lic. Mauricio Alonso Arias Castro, Notario.—1 vez.— CE2022019510.— ( IN2023740896 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 12 horas 30 minutos del 23 de noviembre del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Aditamentos Y Color Sociedad Anónima. —San José, 3 de enero del 2022.—Lic. Héctor Chaves Sandoval, Notario.—1 vez.— CE2022019511.— ( IN2023740897 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 12 horas 30 minutos del 03 de enero del año 2022, se constituyó la sociedad denominada Mimush Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 3 de enero del 2022.—Lic. Warner Porras Guzmán, Notario.—1 vez.— CE2022019512.— ( IN2023740898 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 17 horas 00 minutos del 22 de diciembre del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Aerogo Aviation Services Sociedad Anonima.—San José, 3 de enero del 2022.–Lic. Marianella Rojas Rojas, Notario.—1 vez.— CE2022019513.— ( IN2023740899 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 12 horas 00 minutos del 22 de diciembre del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Inversiones Terracomex Sociedad Anónima.—San José, 3 de enero del 2022.—Lic. Diana Catalina Varela Solano, Notario.—1 vez.— CE2022019514.— ( IN2023740900 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 16 horas 30 minutos del 17 de diciembre del año 2021, se constituyó la sociedad denominada The Income Development Group Crc Limitada.—San José, 3 de enero del 2022.–Lic. Gonzalo Vargas Acosta, Notario.—1 vez.— CE2022019515.— ( IN2023740901).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 11 horas 00 minutos del 17 de diciembre del año 2021, se constituyó la sociedad denominada El Jardin de las Delicias Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 3 de enero del 2022.—Lic. Gonzalo Murillo Álvarez, Notario.—
1 vez.— CE2022019517.— ( IN2023740902 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 14 horas 00 minutos del 11 de diciembre del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Tropi Fruit Expo Sociedad Anónima.—San José, 3 de enero del 2022.–Lic. Adriana Cordero Muñoz, Notario.—1 vez.— CE2022019516.— ( IN2023740903 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 12 horas 00 minutos del 08 de diciembre del año 2021, se constituyó la sociedad Denominada Procesadora Harinera Hariglo Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 3 de enero del 2022.—Lic. Mauricio Alonso Arias Castro, Notario.—1 vez.— CE2022019518.— ( IN2023740904 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 11 horas 15 minutos del 03 de enero del año 2022, se constituyó la sociedad denominada Nomada Consultants Limitada. San José, 3 de enero del 2022.—Lic. Oscar Manuel Funes Orellana, Notario.—1 vez.— CE2022019519.— ( IN2023740905 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 11 horas 30 minutos del 03 de enero del año 2022, se constituyó la sociedad denominada La Rana Azul Limitada.—San José, 3 de enero del 2022.—Lic. OSCAR Manuel Funes Orellana, Notario.—1 vez.— CE2022019520.— ( IN2023740906 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 10 horas 00 minutos del 23 de diciembre del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Woofbagproject Sociedad Anónima. —San José, 3 de enero del 2022.–Lic. Kendal David Ruiz Jiménez, Notario.—1 vez.— CE2022019522.— ( IN2023740907 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 11 horas 45 minutos del 03 de enero del año 2022, se constituyó la sociedad denominada Santa Teresa Surfing Villa And Coaching Limitada.—San José, 3 de enero del 2022.—Lic. Oscar Manuel Funes Orellana, Notario.—1 vez.— CE2022019524.— ( IN2023740908 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 12 horas 00 minutos del 06 de diciembre del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Nicoya Sitali Holdings Limitada.—San José, 3 de enero del 2022.—Lic. Juan Carlos Montero Villalobos, Notario.—1 vez.— CE2022019525.— ( IN2023740909 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 12 horas 00 minutos del 27 de diciembre del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Finca Maravillosa Caribe Limitada.—San José, 3 de enero del 2022.—Lic. Johnny Gerardo León Guido, Notario.—1 vez.— CE2022019526.— ( IN202374910 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 10 horas 00 minutos del 22 de diciembre del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Isdami Sociedad Anónima.—San José, 3 de enero del 2022.—Lic. Miriam Adriela Medina Espinoza, Notario.—1 vez.— CE2022019527.— ( IN2023740911 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 14 horas 00 minutos del 03 de enero del año 2022, se constituyó la sociedad denominada FM Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 3 de enero del 2022.—Lic. Eduardo Román Gómez, Notario.—1 vez.— CE2022019528.— ( IN2023740912 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 15 horas 00 minutos del 21 de diciembre del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Pia del Mar Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 3 de enero del 2022.—Lic. Héctor Chaves Sandoval, Notario.—1 vez .— CE2022019529.— ( IN2023740913 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 13 horas 00 minutos del 03 de enero del año 2022, se constituyó la sociedad denominada Corporación Invictus de Tamarindo Sociedad Sociedad Anónima.—San José, 3 de enero del 2022.—Lic. Lisseth Yessenia Jaén Gutiérrez, Notario.—
1 vez.— CE2022019530.— (IN2023740914 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 14 horas 00 minutos del 10 de diciembre del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Condominio Playa Lagarto Sociedad Anónima.—San José, 3 de enero del 2022.—Lic. José Luis Pacheco Murillo, Notario.—1 vez.— CE2022019531.— ( IN2023740915 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 15 horas 00 minutos del 10 de diciembre del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Cabañas y Villas Playa Lagarto Sociedad Anónima.—San José, 3 de enero del 2022.—Lic. José Luis Pacheco Murillo, Notario.—1 vez.— CE2022019532.— ( IN2023740916 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 08 horas 00 minutos del 03 de enero del año 2022, se constituyó la sociedad denominada Defi Kings Trading Limitada.—San José, 3 de enero del 2022.—Lic. Alfredo Andreoli González, Notario.—1 vez.— CE2022019533.— ( IN2023740917 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 16 horas 00 minutos del 10 de diciembre del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Hotel Resort Surco Piedra Sociedad Anónima.—San José, 3 de enero del 2022.—Lic. José Luis Pacheco Murillo, Notario.—1 vez.— CE2022019534.— ( IN2023740918 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 09 horas 00 minutos del 03 de enero del año 2022, se constituyó la sociedad denominada Pura Vida Atwarner Holdings Llc Limitada.—San José, 3 de enero del 2022.—Lic. Gonzalo José Rojas Benavides, Notario.—1 vez.— CE2022019535.— ( IN2023740919 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 15 horas 00 minutos del 03 de enero del año 2022, se constituyó la sociedad denominada Kelland Investments Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 3 de enero del 2022.—Lic. Paola Vargas Castillo, Notario.—1 vez.— CE2022019536.— ( IN2023740920 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 15 horas 00 minutos del 20 de diciembre del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Salud Quinientos Seis Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 3 de enero del 2022.—Lic. Héctor Chaves Sandoval, Notario.—
1 vez.— CE2022019537.— ( IN2023740921 ).

Mediante escritura otorgada ante esta Notaría a las 21 horas 30 minutos del 23 de diciembre del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Optimisation Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 3 de enero del 2022.—Lic. Johnny Solís Barrantes, Notario.—1 vez.—CE2022019538.—( IN2023740922 ).

Mediante escritura otorgada ante esta Notaría a las 09 horas 00 minutos del 23 de diciembre del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Green Rock Fina Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 3 de enero del 2022.—Lic. Johnny Solís Barrantes, Notario.—
1 vez.—CE2022019539.—( IN2023740923 ).

Mediante escritura otorgada ante esta Notaría a las 14 horas 00 minutos del 03 de enero del año 2022, se constituyó la sociedad denominada Arrendataria FM Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 3 de enero del 2022.—Lic. Eduardo Román Gómez, Notario.—1 vez.—CE2022019540.—( IN2023740924 ).

Mediante escritura otorgada ante esta Notaría a las 14 horas 50 minutos del 14 de diciembre del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Grupo Jara Phillips Sociedad Anónima.—San José, 3 de enero del 2022.—Lic. Fernando Dionisio Zamora Castellanos, Notario.—1 vez.—CE2022019541.—( IN2023740925 ).

Mediante escritura otorgada ante esta Notaría a las 12 horas 00 minutos del 22 de diciembre del año 2021, se constituyó la sociedad denominada La Villa Ranita Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 3 de enero del 2022.—Lic. Gonzalo Enrique Boza Montero, Notario.—
1 vez.—CE2022019542.—( IN2023740926 ).

Mediante escritura otorgada ante esta Notaría a las 14 horas 00 minutos del 21 de diciembre del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Two J Consulting Services Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 3 de enero del 2022.—Lic. Andrea María Rojas Martínez, Notario.—1 vez.—CE2022019543.—( IN2023740927 ).

Mediante escritura otorgada ante esta Notaría a las 11 horas 00 minutos del 03 de enero del año 2022, se constituyó la sociedad denominada La Patate Investments Limitada.—San José, 3 de enero del 2022.—Lic. Gonzalo José Rojas Benavides, Notario.—1 vez.—CE2022019544.—( IN2023740928 ).

Mediante escritura otorgada ante esta Notaría a las 16 horas 00 minutos del 03 de enero del año 2022, se constituyó la sociedad denominada Vivienda Rica Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 3 de enero del 2022.—Lic. Johnny Solís Barrantes, Notario.—1 vez.—CE2022019545.—( IN2023740929 ).

Mediante escritura otorgada ante esta Notaría a las 11 horas 00 minutos del 03 de enero del año 2022, se constituyó la sociedad denominada Global Servicios Múltiples Sociedad Anónima.—San José, 3 de enero del 2022.—Lic. Michael Steven Calderón Ramírez, Notario.—1 vez.—CE2022019546.—( IN2023740930 ).

Mediante escritura otorgada ante esta Notaría a las 14 horas 45 minutos del 03 de enero del año 2022, se constituyó la sociedad denominada Pura Trance Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 3 de enero del 2022.—Lic. Nicole María Quesada Gurdián, Notario.—
1 vez.—CE2022019547.—( IN2023740931 ).

A las 10:00 horas del día 23 de marzo de 2023, se modificó el domicilio social y objeto de la sociedad Eversons Limitada, cédula jurídica tres-ciento dos-seiscientos ochenta y dos mil doscientos diez.—San José, 29 de marzo del año 2023.—Lic. Allan Roberto Guerrero Vargas, carnet 5950, Notario Público.—1 vez.—( IN2023740932 ).

Ante esta notaría por escritura otorgada a las trece horas treinta minutos del día veintisiete de febrero de dos mil veintitrés, se solicita al Registro de Personas Jurídicas la reinscripción de la sociedad Orobaz Ayodhaya, Sociedad Anónima, de conformidad con lo dispuesto en la Ley número diez mil doscientos cincuenta y cinco. Teléfono: 4036-2000.— San José, veintiocho de febrero de dos mil veintitrés.—Raúl Alberto Guevara Villalobos, Notario Público.—1 vez.—( IN2023740933 ).

Mediante escritura otorgada ante esta Notaría a las 08 horas 00 minutos del 03 de diciembre del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Multiservicios Sancor Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 3 de enero del 2022.—Lic. Franklin Esteban Fernandez Torrentes, Notario.—1 vez.—CE2022019548.—( IN2023740935 ).

Mediante escritura otorgada ante esta Notaría a las 09 horas 00 minutos del 21 de diciembre del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Nikori Experience Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 3 de enero del 2022.—Lic. Silvia Trejos Zamora, Notario.—1 vez.—CE2022019549.—( IN2023740936 ).

Mediante escritura otorgada ante esta Notaría a las 09 horas 15 minutos del 21 de diciembre del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Nikori INC CR Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 3 de enero del 2022.—Lic. Silvia Trejos Zamora, Notario.—1 vez.—CE2022019550.—( IN2023740937 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 09 horas 30 minutos del 21 de diciembre del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Nikori Lifestyles Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 03 de enero del 2022.—Licda. Silvia Trejos Zamora, Notaria.—
1 vez.—CE2022019551.—( IN2023740938 ).

Mediante escritura otorgada ante esta Notaría a las 09 horas 50 minutos del 21 de diciembre del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Nikori Operations Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 3 de enero del 2022.—Lic. Silvia Trejos Zamora, Notario.—1 vez.—CE2022019552.—( IN2023740939 ).

Mediante escritura otorgada ante esta Notaría a las 13 horas 00 minutos del 21 de diciembre del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Schubert Supply Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 4 de enero del 2022.—Lic. José Juan Sanchez Chavarría, Notario.—1 vez.—CE2022019553.—( IN2023740940 ).

Mediante escritura otorgada ante esta Notaría a las 15 horas 00 minutos del 03 de enero del año 2022, se constituyó la sociedad denominada Orquídeas de Santa Teresa Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 4 de enero del 2022.—Lic. Lilliana Patricia García Barrantes, Notario.—
1 vez.—CE2022019554.—( IN2023740941 ).

Mediante escritura otorgada ante esta Notaría a las 10 horas 00 minutos del 19 de noviembre del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Inversiones Espinoza Vindas M Z Sociedad de Responsabilidad Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 4 de enero del 2022.—Lic. Christian Perez Quirós, Notario.—1 vez.—CE2022019555.—( IN2023740942 ).

Mediante escritura otorgada ante esta Notaría a las 17 horas 00 minutos del 22 de diciembre del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Dalisa Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 4 de enero del 2022.—Lic. José Aurei Navarro Garro, Notario.—1 vez.—CE2022019557.—( IN2023740943 ).

Mediante escritura otorgada ante esta Notaría a las 09 horas 00 minutos del 03 de enero del año 2022, se constituyó la sociedad denominada Boru del Caribe Sociedad Anonima.—San José, 4 de enero del 2022.—Lic. Mauricio Vargas Chavarría, Notario.—1 vez.—CE2022019559.—( IN2023740944 ).

Mediante escritura otorgada ante esta Notaría a las 08 horas 00 minutos del 04 de enero del año 2022, se constituyó la sociedad denominada Midas Recycling Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 4 de enero del 2022.—Licda. Catherine Vanessa Mora Chavarría, Notaria.—
1 vez.—CE2022019560.—( IN2023740945 ).

Mediante escritura otorgada ante esta Notaría a las 11 horas 00 minutos del 03 de enero del año 2022, se constituyó la sociedad denominada Integra Point Of Sale Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 4 de enero del 2022.—Lic. Jairo José Ramírez Pacheco, Notario.—1 vez.—CE2022019561.—( IN2023740946 ).

Mediante escritura otorgada ante esta Notaría a las 20 horas 00 minutos del 19 de diciembre del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Inversiones Americana Geoaly Sociedad Anónima.—San José, 4 de enero del 2022.—Licda. Adriana María Castillo Guzmán, Notaria.—
1 vez.—CE2022019562.—( IN2023740947 ).

Mediante escritura otorgada ante esta Notaría a las 10 horas 00 minutos del 04 de enero del año 2022, se constituyó la sociedad denominada Desarrollos Urbanizadora La Laguna ULLSA Sociedad Anónima.—San José, 4 de enero del 2022.—Lic. José Fernán Pozuelo Kelley, Notario.—
1 vez.—CE2022019563.—( IN2023740948 ).

Mediante escritura otorgada ante esta Notaría a las 11 horas 00 minutos del 03 de enero del año 2022, se constituyó la sociedad denominada EJF Investments S Siete Cero Dos Limitada.—San José, 4 de enero del 2022.—Lic. Silvia Vega Carballo, Notario.—1 vez.—CE2022019565.—( IN2023740949 ).

Mediante escritura otorgada ante esta Notaría a las 13 horas 00 minutos del 21 de diciembre del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Grupo Khatir Corporation Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 4 de enero del 2022.—Lic. Marlon Campbell Griffiths, Notario.—
1 vez.—CE2022019566.—( IN2023740950 ).

Mediante escritura otorgada ante esta Notaría a las 12 horas 00 minutos del 03 de enero del año 2022, se constituyó la sociedad denominada Key Kraft Realty Limitada.—San José, 4 de enero del 2022.—Lic. Gonzalo José Rojas Benavides, Notario.—1 vez.—CE2022019567.—( IN2023740951 ).

Mediante escritura otorgada ante esta Notaría a las 10 horas 00 minutos del 22 de diciembre del año 2021, se constituyó la sociedad denominada MSB Bamesa Sociedad Anónima.—San José, 4 de enero del 2022.—Licda. Ana Marcela Quesada Salas, Notaria.—1 vez.—CE2022019568.—( IN2023740952 ).

Mediante escritura otorgada ante esta Notaría a las 08 horas 00 minutos del 04 de enero del año 2022, se constituyó la sociedad denominada Kaslyn del Mar G C Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 4 de enero del 2022.—Lic. Kattya Vanessa Diaz Mena, Notario.—1 vez.—CE2022019569.—( IN2023740953 ).

Mediante escritura otorgada ante esta Notaría a las 16 horas 00 minutos del 03 de enero del año 2022, se constituyó la sociedad denominada CND Sociedad Anónima.—San José, 4 de enero del 2022.—Lic. Mérida Adela Diaz Viales, Notario.—1 vez.—CE2022019571.—( IN2023740954 ).

Mediante escritura otorgada ante esta Notaría a las 10 horas 30 minutos del 04 de enero del año 2022, se constituyó la sociedad denominada Good Fences LLC Sociedad De Responsabilidad Limitada.—San José, 4 de enero del 2022.—Lic. Adrián Echeverria Escalante, Notario.—1 vez.—CE2022019570.—( IN2023740955 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 08 horas 00 minutos del 23 de diciembre del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Ismart Trescientos Sesenta Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 4 de enero del 2022.—Lic. Carlos Manuel Valverde Retana, Notario.—1 vez.—CE2022019564.—( IN2023740956 ).

Mediante escritura otorgada ante esta Notaría a las 10 horas 00 minutos del 04 de enero del año 2022, se constituyó la sociedad denominada Shantinilaya Limitada.—San José, 4 de enero del 2022.—Lic. Oscar Manuel Funes Orellana, Notario.—1 vez.—CE2022019572.—( IN2023740957 ).

Mediante escritura otorgada ante esta Notaría a las 14 horas 00 minutos del 21 de diciembre del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Jenn & Jeannette Consulting Services Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 4 de enero del 2022.—Lic. Andrea María Rojas Martínez, Notario.—1 vez.—CE2022019574.—( IN2023740958 ).

Mediante escritura otorgada ante esta Notaría a las 15 horas 00 minutos del 20 de diciembre del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Medisalud del Oeste Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 4 de enero del 2022.—Lic. Héctor Chaves Sandoval, Notario.—
1 vez.—CE2022019573.—( IN2023740959 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 09 horas 00 minutos del 04 de enero del año 2022, se constituyó la sociedad denominada SC Canadian Coastal Properties Limitada.—San José, 04 de enero del 2022.—Lic. Juan Carlos Montero Villalobos, Notario.—1 vez.— CE2022019575.— ( IN2023740960 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 17 horas 00 minutos del 17 de diciembre del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Sr Setenta y Uno F Ciento Diecisiete A Sociedad Anónima.—San José, 4 de enero del 2022.—Lic. Jurgen Engelbert Kinderson Roldán, Notario.—1 vez.— CE2022019576.— ( IN2023740961 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 10 horas 00 minutos del 04 de enero del año 2022, se constituyó la sociedad denominada Leon Embalaje Sociedad Anónima.—San José, 4 de enero del 2022.–Lic. Vera Denise Mora Salazar, Notario.—1 vez.— CE2022019579.— ( IN2023740962 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 11 horas 00 minutos del 04 de enero del año 2022, se constituyó la sociedad denominada Servicios Agroforestales Cr Limitada.—San José, 4 de enero del 2022.–Lic. Jenny María Ramos González, Notario.—1 vez.— CE2022019580.— ( IN2023740963 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 15 horas 30 minutos del 20 de diciembre del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Inversiones Youte Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 4 de enero del 2022.—Licda. Ericka María Pérez Cordero, Notaria.—1 vez.— CE2022019581.— ( IN2023740964 ).

Mediante escritura otorgada ante esta Notaría a las 15 horas 00 minutos del 28 de diciembre del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Starry Night La Encantada M B Limitada.—San José, 4 de enero del 2022.—Lic. Mario Eduardo Recio Recio, Notario.—1 vez.—CE2022019582.—( IN2023740965 ).

Mediante escritura otorgada ante esta Notaría a las 11 horas 15 minutos del 04 de enero del año 2022, se constituyó la sociedad denominada Aliento de Vida Limitada.—San José, 4 de enero del 2022.—Lic. Carlos Jose Oreamuno Morera, Notario.—1 vez.—CE2022019583.—( IN2023740966 ).

Mediante escritura otorgada ante esta Notaría a las 10 horas 30 minutos del 07 de octubre del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Boxthe Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 4 de enero del 2022.—Lic. José Manuel Mojica Cerda, Notario.—1 vez.—CE2022019585.—( IN2023740967 ).

Mediante escritura otorgada ante esta Notaría a las 16 horas 00 minutos del 03 de enero del año 2022, se constituyó la sociedad denominada La Jolla Sixteen LLC Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 4 de enero del 2022.—Licda. Ana Mercedes Sancho Rubí, Notaria.—1 vez.—CE2022019587.—( IN2023740968 ).

Mediante escritura otorgada ante esta Notaría a las 08 horas 00 minutos del 03 de enero del año 2022, se constituyó la sociedad denominada Tykess Pharmaceuticals Limitada.—San José, 4 de enero del 2022.—Lic. Daniela María Diaz Polo, Notario.—1 vez.—CE2022019586.—( IN2023740969 ).

Mediante escritura otorgada ante esta Notaría a las 12 horas 45 minutos del 21 de diciembre del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Potato Place Sociedad Anónima.—San José, 4 de enero del 2022.—Lic. Grazy Calvo López, Notario.—1 vez.—CE2022019588.—( IN2023740970 ).

Mediante escritura otorgada ante esta Notaría a las 10 horas 00 minutos del 27 de diciembre del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Cremería Nacional Sociedad Anónima.—San José, 4 de enero del 2022.—Lic. Dennis Francisco Alvarado Castillo, Notario.—1 vez.—CE2022019589.—( IN2023740971 ).

Mediante escritura otorgada ante esta Notaría a las 11 horas 30 minutos del 17 de diciembre del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Famoar Sociedad Anónima.—San José, 4 de enero del 2022.—Lic. Evelin De Los Ángeles Sandoval Sandoval, Notario.—1 vez.—CE2022019590.—( IN2023740972 ).

Mediante escritura otorgada ante esta Notaría a las 10 horas 00 minutos del 03 de enero del año 2022, se constituyó la sociedad denominada Servicios Logísticos F&M Sociedad Anónima.—San José, 4 de enero del 2022.—Lic. Edwin Adalberto Morales Seas, Notario.—1 vez.—CE2022019591.—( IN2023740973 ).

Mediante escritura otorgada ante esta Notaría a las 10 horas 00 minutos del 03 de enero del año 2022, se constituyó la sociedad denominada Invesiones y Proyectos Baller Capital Sociedad Anónima.—San José, 4 de enero del 2022.—Lic. Roberto Alonso Rímola Real, Notario.—1 vez.—CE2022019592.—( IN2023740974 ).

Mediante escritura otorgada ante esta Notaría a las 08 horas 00 minutos del 22 de diciembre del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Pía Handmade Sociedad Anónima.—San José, 4 de enero del 2022.—Lic. Erika María Castro Arguello, Notario.—1 vez.—CE2022019593.—( IN2023740975 ).

Mediante escritura otorgada ante esta Notaría a las 13 horas 00 minutos del 21 de diciembre del año 2021, se constituyó la sociedad denominada CUHM Services Sociedad Anónima.—San José, 4 de enero del 2022.—Lic. Christian Alvarez Zamora, Notario.—1 vez.—CE2022019594.—( IN2023740976 ).

Mediante escritura otorgada ante esta Notaría a las 12 horas 15 minutos del 04 de enero del año 2022, se constituyó la sociedad denominada Familia MC Ewen Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 4 de enero del 2022.—Lic. Leiner Miguel Molina Pérez, Notario.—1 vez.—CE2022019596.—( IN2023740977 ).

Mediante escritura otorgada ante esta Notaría a las 15 horas 00 minutos del 18 de diciembre del año 2021, se constituyó la sociedad denominada ABL Dental Sociedad Anónima.—San José, 4 de enero del 2022.—Lic. Jesús Pablo Baltodano Gómez, Notario.—1 vez.—CE2022019597.—( IN2023740978 ).

Mediante escritura otorgada ante esta Notaría a las 13 horas 00 minutos del 04 de enero del año 2022, se constituyó la sociedad denominada JSE Imports Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 4 de enero del 2022.—Lic. Nathalie Elizondo Montero, Notario.—1 vez.—CE2022019598.—( IN2023740979 ).

Mediante escritura otorgada ante esta Notaría a las 14 horas 00 minutos del 20 de diciembre del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Ganadera RETSAN RO Sociedad Anónima.—San José, 4 de enero del 2022.—Lic. Edgar Omar Belloso Montoya, Notario.—1 vez.—CE2022019595.—( IN2023740980 ).

Mediante escritura otorgada ante esta Notaría a las 13 horas 00 minutos del 03 de enero del año 2022, se constituyó la sociedad denominada CAN AMS MA COP Limitada.—San José, 4 de enero del 2022.—Licda. Ilse María González Menéndez, Notaria.—1 vez.—CE2022019600.—( IN2023740981 ).

Mediante escritura otorgada ante esta Notaría a las 08 horas 17 minutos del 04 de enero del año 2022, se constituyó la sociedad denominada Busia Four Hundred And Seventeen Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 4 de enero del 2022.—Licda. Evelyn Janieth Galán Caro, Notaria.—1 vez.—CE2022019599.—( IN2023740982 ).

Mediante escritura otorgada ante esta Notaría a las 11 horas 30 minutos del 28 de diciembre del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Seguridad Rhafat Costa Rica Limitada.—San José, 4 de enero del 2022.—Lic. Luis Alberto Matamoros Suarez, Notario.—1 vez.—CE2022019601.—( IN2023740983 ).

Mediante escritura otorgada ante esta Notaría a las 13 horas 15 minutos del 10 de diciembre del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Expertus Caribbean Tools Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 4 de enero del 2022.—Lic. Marco Lino López Castro, Notario.—1 vez.—CE2022019602.—( IN2023740984 ).

Mediante escritura otorgada ante esta Notaría a las 10 horas 00 minutos del 17 de diciembre del año 2021, se constituyó la sociedad denominada The Bear And Butterfly Company Limitada.—San José, 4 de enero del 2022.—Lic. Jorge Castro Olmos, Notario.—1 vez.—CE2022019603.—( IN2023740985 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 14 horas 30 minutos del 04 de enero del año 2022, se constituyó la sociedad denominada M & Q Wellness Sociedad Anónima.—San José, 04 de enero del 2022.—Lic. Carlos Manuel Arroyo Rojas, Notario.—1 vez.—CE2022019604.—( IN2023740986 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 09 horas 53 minutos del 03 de enero del año 2022, se constituyó la sociedad denominada Mirmid de Costa Rica Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 04 de enero del 2022.—Lic. Mario Gonzalo Soto Baltodano, Notario.—
1 vez.—CE2022019605.—( IN2023740987 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 16 horas 00 minutos del 03 de enero del año 2022, se constituyó la sociedad denominada Argo Enterprise Trust Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 4 de enero del 2022.—Licda. Silvia Jiménez Zamora, Notario.—1 vez.—CE2022019606.—( IN2023740988 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 11 horas 00 minutos del 03 de enero del año 2022, se constituyó la sociedad denominada G Servicios Múltiples Sociedad Anónima.—San José, 4 de enero del 2022.—Lic. Michael Steven Calderón Ramírez, Notario.—1 vez.—CE2022019607.—( IN2023740989 ).

: Mediante escritura otorgada ante esta notaría. a las 10 horas 00 minutos del 16 de diciembre del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Alegria Family Paradise Sociedad de Responsabilidad Limitada.— San José, 4 de enero del 2022.—Lic. Roberto Jose Araya Lao, Notario.—
1 vez.— CE2022019609.—( IN2023740990 ). 

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 14 horas 00 minutos del 15 de diciembre del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Trade Natxim Sociedad Anónima.— San José, 4 de enero del 2022.—Lic. Rodolfo Freer Campos, Notario.—1 vez.— CE2022019610.—(IN2023740991 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 10 horas 30 minutos del 01 de enero del año 2022, se constituyó la sociedad denominada Grace One Uno Uno Uno Uno Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 04 de enero del 2022.—Lic. Jonathan Montenegro Bonilla, Notario.—1 vez.— CE2022019611.—(IN2023740992 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría. a las 08 horas 00 minutos del 03 de enero del año 2022, se constituyó la sociedad denominada Darogda Sociedad Anónima.— San José, 4 de enero del 2022.—Lic. Nuria Judith Sequeira Araya, Notaria.—1 vez.— CE2022019612.—( IN2023740993 ).

Mediante escritura seis, visible al folio cinco vuelto, del tomo quince del protocolo del notario Andrés Francisco González Anglada, se disuelve por acuerdo de la asamblea de accionistas de la compañía denominada Grupo Olas Bonitas De Nosara Sociedad Anónima, número de cédula jurídica tres-ciento uno –tres-ciento uno- tres seis dos cuatro cinco tres. Es todo.—Nosara, Guanacaste al diez horas del veintiocho de marzo del dos mil veintitrés.—Andrés Francisco González Anglada. Cédula 1-1035-0677.—1 vez.—( IN2023740994 ).

Ante mi notaría por escritura número sesenta, al ser las trece horas del trece de marzo del dos mil veintitrés se protocoliza el acta número uno de la sociedad Morúa & Marchena Asesoría Legal S.A, se acuerda el cambio del Secretario. Es todo.—San José, dieciséis de marzo del dos mil veintitrés.—Licda. Ana Lorena Gamboa Sandoval, Notaria Pública.—1 vez.—( IN2023740995 ).

El suscrito notario hace constar que, por escritura otorgada ante mí a las trece horas y quince minutos del veintinueve de marzo del dos mil veintitrés, en San José, se protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de accionistas de Estero Negro Investments CR, Sociedad Anónima, titular de la cedula de persona jurídica número tres-ciento uno-ochocientos sesenta y tres mil novecientos noventa y siete mediante la cual se acordó nombramiento de nuevo Presidente, Tesorero y Fiscal.—San José, trece horas veinte minutos horas del veintinueve de marzo del año dos mil veintitrés.—Lic. José Giralt Fallas. Carné 12905. Tel.: 2234-1102, Notario Público.—1 vez.—( IN2023740997 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 00 horas 00 minutos del 22 de diciembre del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Transportes Mendoza y Obregón Centroamericanos Sociedad Anónima.—San José, 4 de enero del 2022.—Lic. Jose Luis Moreno Rodríguez, Notario.—1 vez.— CE2022019613.—( IN2023740998 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 08 horas 00 minutos del 04 de enero del año 2022, se constituyó la sociedad denominada Surfpoint Velas Sociedad de Responsabilidad Limitada.— San José, 5 de enero del 2022.—Lic. Gabriel Clare Facio, Notario.—1 vez.— CE2022019614.—( IN2023740999 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 11 horas 00 minutos del 15 de diciembre del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Beauty Brands de Centroamérica Sociedad Anónima.— San José, 5 de enero del 2022.—Lic. María Alejandra Calderón Hidalgo, Notaria.—
1 vez.— CE2022019615.—( IN2023741000 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría. a las 15 horas 00 minutos del 04 de enero del año 2022, se constituyó la sociedad denominada Corporación Hung Feng He Sociedad de Responsabilidad Limitada.— San José, 5 de enero del 2022.—Lic. Adolfo Jeremías Ramos González, Notario.—1 vez.— CE2022019616.—( IN2023741001 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 11 horas 30 minutos del 04 de enero del año 2022, se constituyó la sociedad denominada Multiservicios Empresariales Bahar de Oriente Limitada.— San José, 5 de enero del 2022.—Lic. Edgar Alberto Diaz Sánchez, Notario.—1 vez.— CE2022019617.—( IN2023741002 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 11 horas 00 minutos del 04 de enero del año 2022, se constituyó la sociedad denominada Distribuidora E Importaciones Yugen de Costa Rica Limitada.— San José, 5 de enero del 2022.—Lic. Edgar Alberto Diaz Sanchez, Notario.—1 vez.— CE2022019619.—( IN2023741003 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 07 horas 00 minutos del 05 de enero del año 2022, se constituyó la sociedad denominada Skor Llc Sociedad de Responsabilidad Limitada.— San José, 5 de Enero del 2022.—Lic. Lawrence Shanahan Lobo, Notario.—1 vez.— CE2022019620.—( IN2023741004 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 11 horas 30 minutos del 15 de diciembre del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Inverlac Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 05 de enero del 2022.—Licda. María Alejandra Calderón Hidalgo, Notaria.—
1 vez.—CE2022019621.—( IN2023741005 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría. a las 08 horas 00 minutos del 05 de enero del año 2022, se constituyó la sociedad denominada Sage Adventures Llc Sociedad de Responsabilidad Limitada.— San José, 5 de enero del 2022.—Lic. Gabriel Clare Facio, Notario.—1 vez.— CE2022019623.—( IN2023741006 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 11 horas 00 minutos del 22 de octubre del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Inversiones Samalana Sociedad Anónima.— San José, 5 de Enero del 2022.—Lic. Eduardo Barquero Elizondo, Notario.—1 vez.— CE2022019622.—( IN2023741007 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría. a las 14 horas 00 minutos del 04 de enero del año 2022, se constituyó la sociedad denominada Globimpcr Sociedad de Responsabilidad Limitada.— San José, 5 de enero del 2022.—Lic. Alexander Pizarro Molina, Notario.—1 vez.— CE2022019624.—( IN2023741008 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 11 horas 30 minutos del 04 de enero del año 2022, se constituyó la sociedad denominada Flavias Village Sociedad Anónima.— San José, 5 de Enero del 2022.—Lic. Greivin Jiménez Méndez, Notario.—1 vez.— CE2022019625.—( IN2023741009 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 16 horas 30 minutos del 17 de diciembre del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Suca Development Group Limitada.—San José, 5 de enero del 2022.—Lic. Gonzalo Vargas Acosta, Notario.—1 vez.—CE2022019626.—( IN2023741010).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría. a las 09 horas 00 minutos del 05 de enero del año 2022, se constituyó la sociedad denominada Corporacion Leasing Yunnun Sociedad de Responsabilidad Limitada.— San José, 5 de enero del 2022.—Lic. Juan Jose Echeverria Alfaro, Notario.—
1 vez.— CE2022019627.—( IN2023741011 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 16 horas 30 minutos del 04 de enero del año 2022, se constituyó la sociedad denominada Corporación Salas Rodríguez de Pavón Sociedad de Responsabilidad Limitada.— San José, 5 de enero del 2022.—Lic. Marlon Fernando Arce Blanco, Notario.—1 vez.— CE2022019629.—( IN2023741012 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 16 horas 00 minutos del 04 de enero del año 2022, se constituyó la sociedad denominada Salazar & Trejos De Pérez Zeledón Sociedad Anónima.— San José, 5 de Enero del 2022.—Lic. Eitel Eduardo Álvarez Ulate, Notario.—1 vez.— CE2022019628.—( IN2023741013 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 09 horas 00 minutos del 05 de enero del año 2022, se constituyó la sociedad denominada Tree House Investments Sociedad de Responsabilidad Limitada.— San José, 5 de enero del 2022.—Lic. Nataly Mireya Espinoza Alvarado, Notario.—
1 vez.— CE2022019630.—( IN2023741014 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 16 horas 00 minutos del 04 de enero del año 2022, se constituyó la sociedad denominada Cweed Enterprises Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 5 de enero del 2022.—Lic. Alberto Sáenz Roesch, Notario.—1 vez.— CE2022019631.—( IN2023741015 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 14 horas 00 minutos del 07 de diciembre del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Inversiones Delgari Sociedad Anónima.—San José, 5 de enero del 2022.—Lic. Audrys Esquivel Jiménez, Notario.—1 vez.—CE2022019632.—( IN2023741016 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 08 horas 00 minutos del 03 de enero del año 2022, se constituyó la sociedad denominada Tenedora Asesores Tributarios y Gestión de Activos Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 5 de enero del 2022.—Lic. Karen Melissa Brenes Piedra, Notario.—1 vez.— CE2022019633.—( IN2023741017 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 10 horas 00 minutos del 03 de enero del año 2022, se constituyó la sociedad denominada Blue Sky Holdings Llc Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 5 de enero del 2022.—Lic. Brians Salazar Chavarría, Notario.—1 vez.— CE2022019634.—( IN2023741018 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 08 horas 30 minutos del 05 de enero del año 2022, se constituyó la sociedad denominada Casa Kailash Nosara Ckn Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 5 de enero del 2022.—Licda. Mariela Hernández Brenes, Notaria.—1 vez.— CE2022019636.—( IN2023741019 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 09 horas 00 minutos del 05 de Enero del año 2022, se constituyó la sociedad denominada Treehouse Vm Investments Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 5 de enero del 2022.—Lic. Nataly Mireya Espinoza Alvarado, Notario.—1 vez.— CE2022019635.—( IN2023741020 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 16 horas 40 minutos del 21 de diciembre del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Inversiones Internacionales Pag Sociedad Anónima.—San José, 5 de enero del 2022.—Lic. Ramon Mariano Artavia Cordero, Notario.—1 vez.— CE2022019638.—( IN2023741021 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 08 horas 45 minutos del 05 de enero del año 2022, se constituyó la sociedad denominada Auto Kailash Guiones Ckg Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 5 de enero del 2022.—Lic. Mariela Hernández Brenes, Notario.—1 vez.— CE2022019639.—( IN2023741022 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 14 horas 00 minutos del 03 de enero del año 2022, se constituyó la sociedad denominada Servicios Eseli Limitada.—San José, 05 de enero del 2022.—Lic. Fernando Alonso Castro Esquivel, Notario.—1 vez.—CE2022019640.—( IN2023741023 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 17 horas 00 minutos del 14 de diciembre del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Marchav Sociedad Anónima.—San José, 5 de enero del 2022.—Lic. Sergio Antonio González Jiménez, Notario.—1 vez.— CE2022019642.—( IN2023741024 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 10 horas 00 minutos del 05 de enero del año 2022, se constituyó la sociedad denominada Tenx Innovaciones Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 5 de enero del 2022.—Lic. Juvenal Sánchez Zúñiga, Notario.—1 vez.— CE2022019644.—( IN2023741025)

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 08 horas 00 minutos del 05 de enero del año 2022, se constituyó la sociedad denominada Noveno Año Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 5 de enero del 2022.—Lic. Jennifer Marcela Zúñiga Ureña, Notario.—
1 vez.— CE2022019646.—( IN2023741026 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 18 horas 30 minutos del 26 de agosto del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Metalineal Sociedad Anónima.—San José, 5 de enero del 2022.—Lic. Esteban Josué Carmona Arroyo, Notario.—1 vez.—CE2022019645.—( IN2023741027 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 11 horas 00 minutos del 05 de enero del año 2022, se constituyó la sociedad denominada Yuka Brava Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 5 de enero del 2022.—Lic. Yancy Gabriela Araya Pérez, Notaria.—1 vez.— CE2022019647.—( IN2023741028 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 10 horas 00 minutos del 05 de enero del año 2022, se constituyó la sociedad denominada Mamizon Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 5 de enero del 2022.—Lic. Gabriel Clare Facio, Notario.—1 vez.—CE2022019648.—( IN2023741029 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 10 horas 30 minutos del 05 de enero del año 2022, se constituyó la sociedad denominada Señor Feo Sociedad Anónima.—San José, 5 de enero del 2022.—Lic. Juan Ignacio Davidovich Molina, Notario.—1 vez.— CE2022019649.—( IN2023741030 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 11 horas 00 minutos del 05 de enero del año 2022, se constituyó la sociedad denominada Inversiones San Mateo Conecta Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 5 de enero del 2022.—Lic. Leiner Miguel Molina Pérez, Notario.—
1 vez.— CE2022019650.—( IN2023741031 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 19 horas 30 minutos del 14 de diciembre del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Anza Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 5 de enero del 2022.—Lic. Félix Ruddy Rojas Herrera, Notario.—1 vez.— CE2022019651.—( IN2023741032 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 09 horas 30 minutos del 05 de enero del año 2022, se constituyó la sociedad denominada Isthmus Realty Sociedad Anónima.—San José, 5 de enero del 2022.—Lic. Mariana Campos Jiménez, Notario.—1 vez.—CE2022019653.—( IN2023741033).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 16 horas 00 minutos del 23 de diciembre del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Ige Investment Group Expert Sociedad Anónima.—San José, 5 de enero del 2022.–Lic. Iván Darío Villegas Franco, Notario.—1 vez.— CE2022019654.—( IN2023741034 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 10 horas 30 minutos del 24 de diciembre del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Grupo Gmzalenava Limitada.—San José, 5 de enero del 2022.—Lic. Walter Rodríguez Rodríguez, Notario.—1 vez.— CE2022019656.—( IN2023741035 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 13 horas 00 minutos del 20 de diciembre del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Gema Tres Seis Nueve Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 5 de enero del 2022.—Lic. Melvin Rudelman Wohlstein, Notario.—
1 vez.—CE2022019657.—( IN2023741036 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 14 horas 50 minutos del 14 de diciembre del año 2021, se constituyó la sociedad denominada GJP Grupo Jara Phillips Sociedad Anónima.—San José, 05 de enero del 2022.—Lic. Fernando Dionisio Zamora Castellanos, Notario.—1 vez.—CE2022019658.—( IN2023741037 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 11 horas 10 minutos del 25 de diciembre del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Awake Earth Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 05 de enero del 2022.—Lic. Marleny Blanco Fandiño, Notario.—1 vez.—CE2022019661.—( IN2023741039 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 14 horas 30 minutos del 04 de enero del año 2022, se constituyó la sociedad denominada Bosques del Leshy Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 05 de enero del 2022.—Lic. José Gonzalo Saavedra Brenes, Notario.—
1 vez.—CE2022019660.—( IN2023741040 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 09 horas 00 minutos del 05 de enero del año 2022, se constituyó la sociedad denominada Inversiones El Encinar de Macpela Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 05 de enero del 2022.—Lic. Nataly Mireya Espinoza Alvarado, Notario.—1 vez.—CE2022019662.—( IN2023741041 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 08 horas 00 minutos del 02 de enero del año 2022, se constituyó la sociedad denominada SR Logística Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 05 de enero del 2022.—Lic. Alejandra Milady Carrillo Salazar, Notaria.—
1 vez.—CE2022019663.—( IN2023741042 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 08 horas 00 minutos del 05 de enero del año 2022, se constituyó la sociedad denominada Today Siglo XXI Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 05 de enero del 2022.—Lic. Héctor Chaves Sandoval, Notario.—1 vez.—CE2022019664.—( IN2023741043 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 10 horas 20 minutos del 05 de enero del año 2022, se constituyó la sociedad denominada INV Sandoval Sociedad Anónima.—San José, 05 de enero del 2022.—Lic. Marilyn de los Ángeles Ávila Soto, Notaria.—1 vez.—CE2022019665.—( IN2023741044 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 14 horas 30 minutos del 04 de enero del año 2022, se constituyó la sociedad denominada Corporación Jibo Tres Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 05 de enero del 2022.—Lic. Allan Andrés Madrigal Anchia, Notario.—1 vez.—CE2022019666.—( IN2023741045 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 10 horas 00 minutos del 05 de enero del año 2022, se constituyó la sociedad denominada Spring Paradise Bijagua Sociedad Anónima.—San José, 05 de enero del 2022.—Lic. Uriel Ortega Hegg, Notario.—1 vez.—CE2022019668.—( IN2023741046 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 08 horas 00 minutos del 04 de enero del año 2022, se constituyó la sociedad denominada Inversiones Castro Mora Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 5 de enero del 2022.—Licda. Jennifer Navarro Solano, Notaria.—1 vez.—CE2022019669.—( IN2023741047 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 10 horas 00 minutos del 04 de enero del año 2022, se constituyó la sociedad denominada Full Productions Limitada.—San José, 05 de enero del 2022.—Lic. Eduardo Ajoy Zeledón, Notario.—1 vez.—CE2022019670.—( IN2023741048 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 11 horas 00 minutos del 17 de diciembre del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Blossom Holdings Sociedad Anónima.—San José, 05 de enero del 2022.–Lic. William Fernández Sagot, Notario.—1 vez.—CE2022019672.—( IN2023741049 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 13 horas 55 minutos del 05 de enero del año 2022, se constituyó la sociedad denominada Sunset Rentals del Pacífico Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 5 de enero del 2022.—Licda. Ana María Vargas Moya, Notaria.—
1 vez.—CE2022019674.—( IN2023741050 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 11 horas 00 minutos del 05 de enero del año 2022, se constituyó la sociedad denominada Pet Shop To Go Costa Rica Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 5 de enero del 2022.—Lic. Elías Shadid Esquivel, Notario.—
1 vez.—CE2022019675.—( IN2023741051 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 13 horas 00 minutos del 06 de diciembre del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Pur Cacao Sociedad Anónima.—San José, 5 de enero del 2022.—Lic. Aylin Gómez Baldi, Notario.—1 vez.—CE2022019676.—( IN2023741052 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 11 horas 00 minutos del 04 de enero del año 2022, se constituyó la sociedad denominada Tres en Fila Construcciones Sociedad Anónima.—San José, 5 de enero del 2022.—Lic. Orlando Zamora Alfaro, Notario.—1 vez.—CE2022019678.—( IN2023741053 ).

Ante esta notaría, mediante escritura número treinta y cuatro, visible al folio veinticinco del tomo treinta y cuatro a las diez horas del veintinueve de marzo de dos mil veintitrés, se protocolizó el acta de asamblea general de socios de Tres-Ciento Uno-Seiscientos Veintiún Mil Novecientos Dieciséis Sociedad Anónima, cédula jurídica número tres-ciento uno-seiscientos veintiún mil novecientos dieciséis, mediante la cual se acuerda modificar las cláusula octava en cuanto a la representación y se nombra tesorero de Junta Directiva.—San José, a las trece horas del día veintinueve del mes de marzo del año dos mil veintitrés.—Lic. Roberto Arguedas Pérez, Notario Público.—1 vez.—( IN2023741054 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 12 horas 00 minutos del 21 de diciembre del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Megatek Investment CR Sociedad Anónima.—San José, 5 de enero del 2022.—Lic. Valentín Gerardo Barrantes Ramírez, Notario.—1 vez.—CE2022019677.—( IN2023741055 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 13 horas 00 minutos del 21 de diciembre del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Dental Juno HMC Sociedad Anónima.San José, 5 de enero del 2022.—Lic. Christian Álvarez Zamora, Notario.—1 vez.—CE2022019679.—( IN2023741056 )

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 19 horas 00 minutos del 04 de enero del año 2022, se constituyó la sociedad denominada Papaya Clinic Sociedad De Responsabilidad Limitada.—San José, 5 de enero del 2022.—Licda. Carolina María Ulate Zárate, Notaria.—1 vez.—CE2022019680.—( IN2023741057 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 14 horas 00 minutos del 11 de diciembre del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Top Fruit Sociedad Anónima.—San José, 5 de enero del 2022.—Licda. Adriana Cordero Muñoz, Notaria.—1 vez.—CE2022019681.—( IN2023741058 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 09 horas 00 minutos del 22 de diciembre del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Five Peeps Sociedad Anónima.—San José, 5 de enero del 2022.—Lic. José Alberto Schroeder Leiva, Notario.—1 vez.—CE2022019682.—( IN2023741059 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 15 horas 00 minutos del 03 de enero del año 2022, se constituyó la sociedad denominada Acsesa Soluciones de Climatización Sociedad Anónima.—San José, 5 de enero del 2022.—Licda. Flor Eugenia Castillo Castro, Notaria.—
1 vez.—CE2022019683.—( IN2023741060 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 11 horas 00 minutos del 05 de enero del año 2022, se constituyó la sociedad denominada Transportes Marítimos y Terrestres de Osa del Sur Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 5 de enero del 2022.—Lic. Johnny Solís Barrantes, Notario.—1 vez.—CE2022019684.—( IN2023741061 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 09 horas 30 minutos del 22 de diciembre del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Weezercorp Sociedad Anónima.—San José, 5 de enero del 2022.—Lic. José  Alberto Schroeder Leiva, Notario.—1 vez.—CE2022019686.—( IN2023741062 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría a las 14 horas 00 minutos del 04 de enero del año 2022, se constituyó la sociedad denominada Biopreparados Agronatura Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 5 de enero del 2022.—Licda. Valeria Sánchez Moraga, Notaria.—
1 vez.—CE2022019689.—( IN2023741063 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría a las 10 horas 00 minutos del 05 de enero del año 2022, se constituyó la sociedad denominada Imperio FG Joyas de Acero Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 5 de enero del 2022.—Lic. Fernando Santiago Benel Alama, Notario.—1 vez.—CE2022019690.—( IN2023741064 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría a las 18 horas 00 minutos del 04 de enero del año 2022, se constituyó la sociedad denominada Los Turales Camacho Sociedad Anónima.—San José, 5 de enero del 2022.—Lic. Jurgen Engelbert Kinderson Roldan, Notario.—1 vez.—CE2022019694.—( IN2023741065 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría a las 08 horas 00 minutos del 05 de enero del año 2022, se constituyó la sociedad denominada Sage Adventures Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 5 de enero del 2022.—Lic. Gabriel Clare Facio, Notario.—1 vez.—CE2022019695.—( IN2023741066 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría a las 17 horas 30 minutos del 28 de octubre del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Transportes Empresariales Romero Rojas Dos Mil Veintidós Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 5 de enero del 2022.—Lic. Juan Guillermo Coghi Molina, Notario.—1 vez.—CE2022019696.—( IN2023741067 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría a las 09 horas 00 minutos del 05 de enero del año 2022, se constituyó la sociedad denominada Constructora Jiménez del Sur Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 5 de enero del 2022.—Lic. Randall Alberto Quirós Herrera, Notario.—1 vez.—CE2022019697.—( IN2023741068 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría a las 11 horas 00 minutos del 05 de enero del año 2022, se constituyó la sociedad denominada Sociedad Comercial del Norte Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 5 de enero del 2022.—Lic. Débora Herrera Arias, Notaria.—
1 vez.—CE2022019698.—( IN2023741069 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría a las 11 horas 30 minutos del 20 de diciembre del año 2021, se constituyó la sociedad denominada The Nosara Asset Management Company Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 5 de enero del 2022.—Lic. Eduardo Alfonso Márquez Fernández, Notario.—1 vez.—CE2022019700.—( IN2023741070 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría a las 11 horas 30 minutos del 28 de diciembre del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Multiservicios C & K Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 5 de enero del 2022.—Lic. Olga Marta Cascante Sandoval, Notario.—1 vez.—CE2022019701.—( IN2023741071 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría a las 15 horas 00 minutos del 05 de enero del año 2022, se constituyó la sociedad denominada SD Hermosa Ventures LLC Limitada.—San José, 5 de enero del 2022.—Lic. Jorge Federico Baldioceda Baltodano, Notario.—1 vez.—CE2022019702.—( IN2023741072 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría a las 14 horas 30 minutos del 05 de enero del año 2022, se constituyó la sociedad denominada villa diecisiete langosta costa rica Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 5 de enero del 2022.—Lic. Alejandro José Burgos Bonilla, Notario.—1 vez.—CE2022019703.—( IN2023741073 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría a las 16 horas 00 minutos del 03 de enero del año 2022, se constituyó la sociedad denominada Gerson Alfaro Porras Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 5 de enero del 2022.—Lic. Pablo Eliecer Valerio Soto, Notario.—1 vez.—CE2022019704.—( IN2023741074 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría a las 17 horas 00 minutos del 15 de diciembre del año 2021, se constituyó la sociedad denominada The Coach Challenge Sociedad de Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 5 de enero del 2022.—Lic. Carlos Guillermo Alvarado Heinrichs, Notario.—1 vez.—CE2022019705.—( IN2023741075 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 19 horas 00 minutos del 04 de enero del año 2022, se constituyó la sociedad denominada In Academia de Desarrollo Profesional Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 05 de enero del 2022.—Lic. German Enrique Salazar Santamaría, Notario.—1 vez.—CE2022019707.—( IN2023741076 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría a las 11 horas 00 minutos del 21 de diciembre del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Grupo Evolve Latam Sociedad Anónima.—San José, 5 de enero del 2022.—Lic. Gloriana Cob Guillén, Notario.—1 vez.—CE2022019708.—( IN2023741077 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría a las 19 horas 20 minutos del 04 de enero del año 2022, se constituyó la sociedad denominada In Asesorías Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 5 de enero del 2022.—Lic. German Enrique Salazar Santamaria, Notario.—
1 vez.—CE2022019710.—( IN2023741078 ).

Mediante escritura otorgado número cuarenta y seis, de esta notaria a las trece horas del día veintinueve de marzo del año dos mil veintitrés se modifica el pacto social de la compañía Logística de Punto de Ventas Sociedad de Responsabilidad Limitada, Liquidador Alfredo Labarca Furio Notaria Pública Ileana María Arguedas Maklouf.—San José, veintinueve marzo del año dos mil veintitrés.—Ileana Arguedas Maklouf, Notaria Pública.—1 vez.—( IN2023741079 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría a las 11 horas 30 minutos del 16 de diciembre del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Desarrollos y Soluciones Eléctricas de Atenas Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 5 de enero del 2022.—Lic. Carlos Gerardo Víquez Rojas, Notario.—1 vez.—CE2022019711.—( IN2023741081 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría a las 08 horas 30 minutos del 05 de enero del año 2022, se constituyó la sociedad denominada Almacígales Q Hidalgo Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 5 de enero del 2022.—Lic. Nelson Antonio Gómez Barrantes, Notario.—
1 vez.—CE2022019712.—( IN2023741082 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría a las 10 horas 00 minutos del 05 de enero del año 2022, se constituyó la sociedad denominada Sport Fishing Magic Blue Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 6 de enero del 2022.—Lic. Marino Muñoz Elizondo, Notario.—1 vez.—CE2022019713.—( IN2023741083 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría a las 15 horas 00 minutos del 03 de enero del año 2022, se constituyó la sociedad denominada Scranton Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 6 de enero del 2022.—Lic. Fabian arias amador, Notario.—1 vez.—CE2022019714.—( IN2023741084 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría a las 16 horas 30 minutos del 04 de enero del año 2022, se constituyó la sociedad denominada Corporación Sayro de Pavón Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 6 de enero del 2022.—Lic. Marlon Fernando Arce Blanco, Notario.—1 vez.—CE2022019715.—( IN2023741085 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría a las 19 horas 00 minutos del 05 de enero del año 2022, se constituyó la sociedad denominada Transportes Vega Mata e Hijos Limitada.—San José, 6 de enero del 2022.—Lic. Freddy Mesen Bermúdez, Notario.—1 vez.—CE2022019716.—( IN2023741086 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría a las 08 horas 30 minutos del 06 de enero del año 2022, se constituyó la sociedad denominada Yemaya Limitada.—San José, 6 de enero del 2022.—Lic. Oscar Manuel Funes Orellana, Notario.—1 vez.—CE2022019717.—( IN2023741087 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría a las 21 horas 30 minutos del 23 de diciembre del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Baseline Growth Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 6 de enero del 2022.—Lic. Johnny Solís Barrantes, Notario.—
1 vez.—CE2022019718.—( IN2023741088 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría a las 09 horas 00 minutos del 06 de enero del año 2022, se constituyó la sociedad denominada MMB Group Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 6 de enero del 2022.—Lic. Douglas Alberto Beard Holst, Notario.—1 vez.—CE2022019719.—( IN2023741089 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 14 horas 00 minutos del 05 de enero del año 2022, se constituyó la sociedad denominada Wym Life In Nature Sociedad de Responsabilidad Limitada.— San José, 6 de enero del 2022.—Lic. Gabriel Clare Facio, Notario.—1 vez.— CE2022019721.—( IN2023741090 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 11 horas 30 minutos del 28 de diciembre del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Multiservicios Y Proyectos K & C Constructora Sociedad de Responsabilidad Limitada.— San José, 6 de enero del 2022.—Licda. Olga Marta Cascante Sandoval, Notaria.—
1 vez.— CE2022019722.—( IN2023741091 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 10 horas 00 minutos del 03 de enero del año 2022, se constituyó la sociedad denominada Cielo Indigo Sociedad de Responsabilidad Limitada.— San José, 6 de enero del 2022.—Lic. Brians Salazar Chavarría, Notario.—1 vez.— CE2022019723.—( IN2023741092 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría. a las 21 horas 00 minutos del 06 de enero del año 2022, se constituyó la sociedad denominada Soji Nosara Cr Incorporated Limitada.— San José, 6 de enero del 2022.—Lic. Fabiola Soler Bonilla, Notario.—1 vez.— CE2022019724.—( IN2023741093 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 11 horas 00 minutos del 07 de diciembre del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Smart & Digital Logistics Salgon Limitada.— San José, 6 de enero del 2022.—Lic. Javier Escalante Madrigal, Notario.—1 vez.— CE2022019730.—( IN202374171094 ).

Mediante escritura otorgada ante esta Notaría a las 15 horas 00 minutos del 21 de diciembre del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Euroclidon De Costa Rica Ltda Sociedad de Responsabilidad Limitada.— San José, 6 de enero del 2022.—Lic. Maruja Castillo Porras, Notaria.—1 vez.— CE2022019729.—( IN2023741095 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 17 horas 00 minutos del 22 de diciembre del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Mariscos Mg Sociedad Sociedad Anónima.—San José, 6 de enero del 2022.—Lic. Victorino Jiménez Rodríguez, Notario.—1 vez.— CE2022019731.—( IN2023741096 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 10 horas 10 minutos del 06 de enero del año 2022, se constituyó la sociedad denominada Rgd Inversiones Sociedad de Responsabilidad Limitada.— San José, 6 de enero del 2022.—Lic. Christian Alexander Cortes Sánchez, Notario.—
1 vez.— CE2022019733.—( IN2023741097 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 16 horas 30 minutos del 04 de enero del año 2022, se constituyó la sociedad denominada M F producción Audovisual SA Sociedad Anónima.— San José, 6 de Enero del 2022.—Lic. Olga María Mata Chacón, Notaria.—1 vez.— CE2022019732.—( IN2023741098 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría. a las 15 horas 00 minutos del 05 de enero del año 2022, se constituyó la sociedad denominada Decomante Sociedad Anónima.— San José, 6 de enero del 2022.—Lic. Carmen de María Castro Kahle, Notario.—1 vez.— CE2022019734.—( IN2023741099 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 07 horas 00 minutos del 05 de enero del año 2022, se constituyó la sociedad denominada Januik Surfside Twenty Nine LLC Sociedad De Responsabilidad Limitada.—San José, 6 de enero del 2022.—Lic. Steffano José Ferraro Florez Estrada, Notario.—1 vez.—CE2022019735.—( IN2023741100 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 18 horas 00 minutos del 06 de diciembre del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Inversiones Guarpo Cero Seis Sociedad Anónima.—San José, 6 de enero del 2022.—Lic. Luis Antonio Salazar Villalobos, Notario.—
1 vez.—CE2022019736.—( IN2023741101 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 07 horas 00 minutos del 05 de enero del año 2022, se constituyó la sociedad denominada Januik Surfside Thirty LLC Sociedad De Responsabilidad Limitada.—San José, 6 de enero del 2022.—Lic. Steffano Jose Ferraro Florez Estrada, Notario.—
1 vez.—CE2022019737.—( IN2023741102 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 08 horas 00 minutos del 06 de enero del año 2022, se constituyó la sociedad denominada Garabedian Inc Limitada.—San José, 6 de enero del 2022.—Licda. María Gabriela Gómez Miranda, Notaria.—1 vez.—CE2022019738.—( IN2023741103 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 11 horas 30 minutos del 21 de diciembre del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Familia Romero & Caravaca Sociedad Anónima.—San José, 6 de enero del 2022.—Lic. Eladio Antonio Picado Ramírez, Notario.—
1 vez.—CE2022019739.—( IN2023741104 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 18 horas 00 minutos del 19 de diciembre del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Monte Esmeralda Limitada.—San José, 06 de enero del 2022.—Lic. José Alberto Pinto Monturiol, Notario.—1 vez.—CE2022019741.—( IN2023741105 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 11 horas 00 minutos del 03 de enero del año 2022, se constituyó la sociedad denominada S Multiples G Sociedad Anónima.—San José, 6 de enero del 2022.—Lic. Michael Steven Calderón Ramírez, Notario.—1 vez.—CE2022019740.—( IN2023741106 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 13 horas 00 minutos del 04 de enero del año 2022, se constituyó la sociedad denominada Avenida Treinta y Dos Escazú Sociedad Anónima.—San José, 6 de enero del 2022.—Lic. Carlos Eduardo Blanco Gutiérrez, Notario.—1 vez.—CE2022019742.—( IN2023741107 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 10 horas 00 minutos del 08 de diciembre del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Corporación Hermanos Grant Holdings CR Sociedad De Responsabilidad Limitada.—San José, 6 de enero del 2022.—Lic. Juan José Marín Rivera, Notario.—1 vez.—CE2022019743.—( IN2023741108 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 10 horas 30 minutos del 06 de enero del año 2022, se constituyó la sociedad denominada Ovasa Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 06 de enero del 2022.—Licda. Yesenia Artavia Ballestero, Notaria.—1 vez.—CE2022019744.—( IN2023741109 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 16 horas 00 minutos del 05 de enero del año 2022, se constituyó la sociedad denominada MKO Automobile Sociedad De Responsabilidad Limitada.—San José, 6 de enero del 2022.—Lic. Alberto Sáenz Roesch, Notario.—1 vez.—CE2022019745.—( IN2023741110 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 11 horas 30 minutos del 28 de diciembre del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Multiservicios Y Proyectos CK Constructora Sociedad De Responsabilidad Limitada.—San José, 6 de enero del 2022.—Licda. Olga Marta Cascante Sandoval, Notaria.—
1 vez.—CE2022019746.—( IN2023741111 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 10 horas 30 minutos del 05 de enero del año 2022, se constituyó la sociedad denominada Easy Express De Costa Rica Sociedad De Responsabilidad Limitada.—San José, 6 de enero del 2022.—Lic. Andrés Mauricio Vargas Valverde, Notario.—1 vez.—CE2022019747.—( IN2023741112 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 07 horas 30 minutos del 06 de enero del año 2022, se constituyó la sociedad denominada Colibri Travelers Rental Car Sociedad De Responsabilidad Limitada.—San José, 6 de enero del 2022.—Licda. Patricia Valverde Lafuente, Notaria.—1 vez.—CE2022019748.—( IN2023741113 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 09 horas 30 minutos del 06 de enero del año 2022, se constituyó la sociedad denominada Envíos Colibrí ECBJ Veinte Veintidós Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 6 de enero del 2022.—Lic. Lester García Sánchez, Notario.—1 vez.—CE2022019749.—( IN2023741114 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 08 horas 00 minutos del 16 de diciembre del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Chicharronera donde Diego Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 06 de enero del 2022.—Licda. Cindy Mora Castro, Notaria.—
1 vez.—CE2022019750.—( IN2023741115 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 10 horas 00 minutos del 06 de enero del año 2022, se constituyó la sociedad denominada Kamaleon Coloring Experience KCEBJ Veinte Veintidós Sociedad De Responsabilidad Limitada.—San José, 6 de enero del 2022.—Lic. Lester García Sánchez, Notario.—1 vez.—CE2022019751.—( IN2023741116 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 16 horas 30 minutos del 17 de diciembre del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Inversiones El Arbolito Viernes V L Sociedad Anónima.—San José, 6 de enero del 2022.—Licda. Laureana Herrera Solano, Notaria.—1 vez.—CE2022019753.—( IN2023741117 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 13 horas 37 minutos del 05 de enero del año 2022, se constituyó la sociedad denominada AMM Doscientos Diecisiete Re Costa Rica Sociedad Anónima.—San José, 6 de enero del 2022.—Licda. Adriana Delgado Aguilar, Notaria.—1 vez.—CE2022019754.—( IN2023741118 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 11 horas 30 minutos del 17 de diciembre del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Famimoar Sociedad Anónima.—San José, 6 de enero del 2022.—Licda. Evelin de los Ángeles Sandoval Sandoval, Notaria.—1 vez.—CE2022019755.—( IN2023741119 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 16 horas 00 minutos del 04 de enero del año 2022, se constituyó la sociedad denominada Mistic Plant Boutique Ltda Limitada.—San José, 6 de enero del 2022.—Lic. Carlos Manuel Sánchez Leitón, Notario.—1 vez.—CE2022019756.—( IN2023741120 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 12 horas 00 minutos del 06 de enero del año 2022, se constituyó la sociedad denominada Arasan Gastronómica de Flores Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 06 de enero del 2022.—Lic. Mauricio Montero Hernández, Notario.—1 vez.—CE2022019757.—( IN2023741121 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 16 horas 15 minutos del 26 de noviembre del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Thikhachew Sociedad De Responsabilidad Limitada.—San José, 6 de enero del 2022.—Lic. Ronald Brealey Mora, Notario.—1 vez.—CE2022019758.—( IN2023741122 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 11 horas 30 minutos del 06 de enero del año 2022, se constituyó la sociedad denominada Míster Pollo Pavones Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 06 de enero del 2022.—Lic. Merlín Starling Leiva Madrigal, Notario.—1 vez.—CE2022019759.—( IN2023741123 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 12 horas 00 minutos del 27 de diciembre del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Passiflora Musical Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 06 de enero del 2022.—Lic. Esteban Chaverri Jiménez, Notario.—
1 vez.—CE2022019760.—( IN2023741124 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 11 horas 00 minutos del 05 de enero del año 2022, se constituyó la sociedad denominada Eoncoin Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 06 de enero del 2022.—Lic. Susana Méndez Rojas, Notaria.—1 vez.—CE2022019762.—( IN2023741125 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 07 horas 00 minutos del 04 de enero del año 2022, se constituyó la sociedad denominada Monseuma Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 06 de enero del 2022.—Lic. Óscar José Montenegro Fernandez, Notario.—
1 vez.—CE2022019761.—( IN2023741126 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 12 horas 00 minutos del 06 de enero del año 2022, se constituyó la sociedad denominada Zealfit Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 06 de enero del 2022.—Lic. Paola Castro Montealegre, Notario.—1 vez.—CE2022019763.—( IN2023741127 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 15 horas 00 minutos del 04 de enero del año 2022, se constituyó la sociedad denominada Raging Bull Gallaghers Limitada.—San José, 06 de enero del 2022.—Lic. Diana Elke Pinchanski Fachler, Notario.—1 vez.—CE2022019765.—( IN2023741128 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 15 horas 30 minutos del 16 de diciembre del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Lumi Familia Costa Rica Inc Two Six Four Three Nine Five Five Limitada.—San José, 06 de enero del 2022.—Lic. José Pablo Arce Piñar, Notario.—1 vez.—CE2022019768.—( IN2023741129 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 12 horas 00 minutos del 06 de enero del año 2022, se constituyó la sociedad denominada Above It All Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 6 de enero del 2022.—Lic. Alberto Sáenz Roesch, Notario.—1 vez.— CE2022019769.—( IN2023741130 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 18 horas 00 minutos del 05 de enero del año 2022, se constituyó la sociedad denominada Finca Agroecoturística El Delfín Sociedad Anónima.—San José, 6 de enero del 2022.—Lic. Patricia Mora Robles, Notario.—1 vez.— CE2022019766.—( IN2023741131 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 19 horas 00 minutos del 04 de enero del año 2022, se constituyó la sociedad denominada Inavarrete Academia de Desarrollo Profesional Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 6 de enero del 2022.—Lic. German Enrique Salazar Santamaria, Notario.—
1 vez.— CE2022019767.—( IN2023741132 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 08 horas 30 minutos del 06 de enero del año 2022, se constituyó la sociedad denominada Costa del Mar Zen Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 06 de enero del 2022.—Lic. Alberto Sáenz Roesch, Notario.—1 vez.— CE2022019770.—( IN2023741133 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 16 horas 00 minutos del 03 de enero del año 2022, se constituyó la sociedad denominada Argover Enterprises Trust Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 6 de enero del 2022.—Lic. Silvia Jiménez Zamora, Notario.—
1 vez.— CE2022019771.—( IN2023741134 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 10 horas 30 minutos del 22 de diciembre del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Feral Munkey Limitada.—San José, 6 de enero del 2022.—Lic. Edry Herminio Mendoza Hidalgo, Notario.—1 vez.— CE2022019772.—( IN2023741135 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 16 horas 00 minutos del 03 de enero del año 2022, se constituyó la sociedad denominada CND De Pinilla Sociedad Anónima.—San José, 6 de enero del 2022.—Licda. Mérida Adela Diaz Viales, Notaria.—1 vez.—CE2022019774.—( IN2023741136 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 12 horas 00 minutos del 13 de diciembre del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Invervc Sociedad Anónima.—San José, 6 de enero del 2022.—Lic. Randall Cerdas Corella, Notario.—1 vez.— CE2022019773.—( IN2023741137 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 10 horas 00 minutos del 06 de enero del año 2022, se constituyó la sociedad denominada Motores Iconicos Ev Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 6 de enero del 2022.—Lic. Niriana Muñoz Matamoros, Notario.—1 vez.— CE2022019775.—( IN2023741138 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 14 horas 00 minutos del 11 de diciembre del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Tropi Fruit Center Exp Sociedad Anónima.—San José, 6 de enero del 2022.—Licda. Adriana Cordero Muñoz, Notaria.—1 vez.— CE2022019777.—( IN2023741139 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 17 horas 40 minutos del 15 de diciembre del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Cjl Asesorias Tnl Bbp Sociedad de Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 6 de enero del 2022.—Lic. Carlos Guillermo Alvarado Heinrichs, Notario.—1 vez.— CE2022019779.—( IN2023741140 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 10 horas 30 minutos del 06 de enero del año 2022, se constituyó la sociedad denominada Keovasa Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 6 de enero del 2022.—Licda. Yesenia Artavia Ballestero, Notaria.—1 vez.—CE2022019778.—( IN2023741141 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 09 horas 00 minutos del 06 de enero del año 2022, se constituyó la sociedad denominada NCM CR Services Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 06 de enero del 2022.—Lic. Carlos Eduardo Rodríguez Paniagua, Notario.—
1 vez.—CE2022019780.—( IN2023741142 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 17 horas 00 minutos del 15 de diciembre del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Retos The Coach Challenge Sociedad de Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 6 de enero del 2022.—Lic. Carlos Guillermo Alvarado Heinrichs, Notario.—1 vez.— CE2022019782.—( 2023731143 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 11 horas 00 minutos del 06 de setiembre del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Grupo HMC Internacional Sociedad Anónima.—San José, 06 de enero del 2022.—Lic. Álvaro Alfaro Rojas, Notario.—1 vez.— CE2022019781.—( IN2023741144 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 16 horas 00 minutos del 05 de enero del año 2022, se constituyó la sociedad denominada Papagayo Advisors Sociedad de Responsabilidad Limitada. San José, 6 de enero del 2022.—Lic. Francisco Cerdas Porras, Notario.—1 vez.— CE2022019783.—( IN2023741145 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 09 horas 00 minutos del 06 de enero del año 2022, se constituyó la sociedad denominada Kosago Corp Sociedad Anónima.—San José, 6 de enero del 2022.—Lic. Daniel Murillo Rodríguez, Notario.—1 vez.— CE2022019784.—( 2023741146 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 10 horas 00 minutos del 03 de enero del año 2022, se constituyó la sociedad denominada Cielo Indigo Holdings LLC Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 06 de enero del 2022.—Lic. Brians Salazar Chavarría, Notario.—
1 vez.—CE2022019785.—( IN2023741147 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 09 horas 00 minutos del 05 de enero del año 2022, se constituyó la sociedad denominada Prefarq Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 6 de enero del 2022.—Licda. Elena Isabel Aguilar Céspedes, Notaria.—
1 vez.— CE2022019786.—( IN2023741148 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 15 horas 00 minutos del 23 de diciembre del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Safe Side Costa Rica Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 6 de enero del 2022.—Licda. Carolina Quirós Rojas, Notaria.—
1 vez.— CE2022019787.—( IN 2023741149 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría. a las 11 horas 00 minutos del 05 de enero del año 2022, se constituyó la sociedad denominada Transportes Mar Y Ter de Osa Del Sur Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 6 de Enero del 2022.—Lic. Johnny Solís Barrantes, Notario.—
1 vez.— CE2022019788.—( IN2023741150 ),

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 11 horas 00 minutos del 30 de diciembre del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Agroturística Criscam Sociedad Anónima.—San José, 06 de enero del 2022.—Lic. Maricela Mora Mora, Notario.—1 vez.—CE2022019789.—( IN2023731151 ). 

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 09 horas 00 minutos del 05 de enero del año 2022, se constituyó la sociedad denominada Constructora Jiménez Y Córdoba Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 6 de enero del 2022.—Lic. Randall Alberto Quirós Herrera, Notario.—1 vez.— CE2022019790.—( IN2023741152 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 18 horas 30 minutos del 04 de diciembre del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Inversiones Yeyuso Sociedad Anónima.—San José, 6 de enero del 2022.—Lic. Mary Hellen Esquivel Brenes, Notario.—1 vez.— CE2022019791.—( IN2023741153 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 10 horas 10 minutos del 06 de enero del año 2022, se constituyó la sociedad denominada Inversiones Susquehanna Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 6 de enero del 2022.—Lic. Christian Alexander Cortes Sánchez, Notario.—
1 vez.— CE2022019793.—( IN2023741154).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 07 horas 00 minutos del 01 de enero del año 2022, se constituyó la sociedad denominada Dialim Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 6 de enero del 2022.—Lic. Marco Vinicio Araya Arroyo, Notario.—1 vez.— CE2022019794.—(IN 2023741155 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 11 horas 00 minutos del 05 de enero del año 2022, se constituyó la sociedad denominada Accesos Americanos Ppa Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 6 de enero del 2022.–Lic. Randall Gabriel Luna Jiménez, Notario.—1 vez.— CE2022019795.—( IN2023741156 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 15 horas 00 minutos del 06 de enero del año 2022, se constituyó la sociedad denominada Textiles Franrey Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 06 de enero del 2022.—Lic. Rodrigo Johanning Quesada, Notario.—1 vez.— CE2022019796.—( IN2023741157 )

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 09 horas 00 minutos del 01 de enero del año 2022, se constituyó la sociedad denominada Electricidad e Iluminación Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 6 de enero del 2022.—Lic. Marco Vinicio Araya Arroyo, Notario.—1 vez.—CE2022019797.—( IN2023741158 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 17 horas 00 minutos del 04 de enero del año 2022, se constituyó la sociedad denominada Sablee Pastry Shop Sociedad de Responsabilidad Limitada.— San José, 6 de enero del 2022.—Licda. Jazmín Daniela Calvo Pacheco, Notaria.—
1 vez.— CE2022019798.—( IN2023741159 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 15 horas 00 minutos del 06 de enero del año 2022, se constituyó la sociedad denominada Yiwu Super Jife Limitada.—San José, 06 de enero del 2022.—Lic. Wainer González Arguedas, Notario.—1 vez.—CE2022019800.—( 2023741161 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 15 horas 00 minutos del 06 de enero del año 2022, se constituyó la sociedad denominada Grayskycr Limitada.—San José, 6 de enero del 2022.—Lic. José Pablo Arce Piñar, Notario.—
1 vez.—CE2022019799.—( IN2023741160 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 00 horas 00 minutos del 22 de diciembre del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Cargadores Mendoza y Obregón Centroamericanos Sociedad Anónima.—San José, 6 de enero del 2022.—Lic. Jose Luis Moreno Rodríguez, Notario.—1 vez.— CE2022019801.—( IN2023741162 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 11 horas 00 minutos del 06 de enero del año 2022, se constituyó la sociedad denominada Aire Salado LLC Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 06 de enero del 2022.—Lic. Marco Antonio Fernández López, Notario.—
1 vez.—CE2022019802.—( IN2023741163 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 15 horas 00 minutos del 05 de enero del año 2022, se constituyó la sociedad denominada EV Branding Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 06 de enero del 2022.—Lic. Sandra Isabel Gonzalez Pinto, Notario.—1 vez.—CE2022019803.—( IN2023741164 ).

Mediante escritura otorgada ante esta Notaría a las 16 horas 00 minutos del 05 de enero del año 2022, se constituyó la sociedad denominada Constructora PRE N & G Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 7 de enero del 2022.—Lic. Rogelio Gonzalez Zúñiga, Notario.—1 vez.—CE2022019804.—( IN2023741165 ).

Mediante escritura otorgada ante esta Notaría a las 16 horas 00 minutos del 23 de diciembre del año 2021, se constituyó la sociedad denominada International Business Administration Company IGECR Sociedad Anónima.—San José, 7 de enero del 2022.—Lic. Iván Darío Villegas Franco, Notario.—1 vez.—CE2022019805.—( IN2023741166 ).

Mediante escritura otorgada ante esta Notaría a las 09 horas 00 minutos del 06 de enero del año 2022, se constituyó la sociedad denominada Life IN Nature Invest Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 7 de enero del 2022.—Lic. Gabriel Clare Facio, Notario.—1 vez.—CE2022019806.—( IN2023741167 ).

Mediante escritura otorgada ante esta Notaría a las 19 horas 20 minutos del 04 de enero del año 2022, se constituyó la sociedad denominada Inavarrete Estudio Fiscal Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 7 de enero del 2022.—Lic. German Enrique Salazar Santamaria, Notario.—
1 vez.—CE2022019807.—( IN2023741168 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 11 horas 00 minutos del 17 de diciembre del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Blossom J F M M A Sociedad Anónima.—San José, 07 de enero del 2022.—Lic. William Fernández Sagot, Notario.—1 vez.—CE2022019808.—( IN2023741169 ).

Mediante escritura otorgada ante esta Notaría a las 17 horas 00 minutos del 06 de enero del año 2022, se constituyó la sociedad denominada Asesoría y Ventas Gio Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 7 de enero del 2022.—Licda. Betty Herrera Picado, Notaria.—1 vez.—CE2022019809.—( IN2023741170).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 17 horas 45 minutos del 06 de enero del año 2022, se constituyó la sociedad denominada Tambukita Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 07 de enero del 2022.—Lic. Randall Elías Madriz Granados, Notario.—
1 vez.—CE2022019810.—( IN2023741171 ).

Mediante escritura otorgada ante esta Notaría a las 16 horas 30 minutos del 04 de enero del año 2022, se constituyó la sociedad denominada Corporacion Jonluz Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 7 de enero del 2022.—Lic. Marlon Fernando Arce Blanco, Notario.—1 vez.—CE2022019811.—( IN2023741172 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 11 horas 30 minutos del 15 de diciembre del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Inversiones Lacuya de Centroamérica Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 07 de enero del 2022.—Licda. María Alejandra Calderón Hidalgo, Notario.—1 vez.—CE2022019812.—( IN2023741173 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 08 horas 50 minutos del 06 de enero del año 2022, se constituyó la sociedad denominada Grupo Tecnológico Cyberteam Pyme Sociedad Anónima.—San José, 7 de enero del 2022.—Lic. Mario Alberto Mesén Araya, Notario.—1 vez.—CE2022019813.—( IN2023741174 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 09 horas 00 minutos del 06 de enero del año 2022, se constituyó la sociedad denominada Distribuidora G Y G Alvaser Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 7 de enero del 2022.—Lic. Alonso Jiménez Serrano, Notario.—
1 vez.—CE2022019814.—( IN2023741175 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 12 horas 00 minutos del 05 de enero del año 2022, se constituyó la sociedad denominada The Wizzbang Group Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 7 de enero del 2022.—Lic. Marcela Patricia Gurdián Cedeño, Notario.—
1 vez.—CE2022019815.—( IN2023741176 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 12 horas 00 minutos del 07 de enero del año 2022, se constituyó la sociedad denominada Sibari Foods Sociedad Anónima.—San José, 7 de enero del 2022.—Lic. Sixto Vinicio Rodríguez Gómez, Notario.—1 vez.—CE2022019816.—( IN2023741177 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 11 horas 30 minutos del 28 de diciembre del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Multiservices & Projects CK Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 07 de enero del 2022.—Lic. Olga Marta Cascante Sandoval, Notaria.—1 vez.—CE2022019817.—( IN2023741178 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 15 horas 00 minutos del 05 de enero del año 2022, se constituyó la sociedad denominada Compañía Mis Ángeles Sociedad Anónima.—San José, 07 de enero del 2022.—Licda. Alejandra Rojas Carballo, Notaria.—1 vez.—CE2022019820.—( IN2023741179 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 16 horas 00 minutos del 06 de enero del año 2022, se constituyó la sociedad denominada Racing Pitahaya RC Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 07 de enero del 2022.—Lic. Andrea Melissa Ruiz Juárez, Notario.—1 vez.—CE2022019821.—( IN2023741180 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 12 horas 00 minutos del 05 de enero del año 2022, se constituyó la sociedad denominada Malibu Holding LLC Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 07 de enero del 2022.—Lic. Carlos Araya González, Notario.—1 vez.—CE2022019822.—( IN2023741181 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 15 horas 00 minutos del 06 de enero del año 2022, se constituyó la sociedad denominada Darda Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 07 de enero del 2022.—Licda. Magally María Guadamuz García, Notaria.—
1 vez.—CE2022019823.—( IN2023741182 ).

Por protocolización de acta ordinaria y extraordinaria de accionistas de la sociedad denominada Exo Nimbu Sociedad Anónima, cédula jurídica número tres- ciento uno- ochocientos cincuenta y tres mil setecientos noventa y ocho, se acuerda reformar la cláusula Octava del pacto constitutivo y se nombra Fiscal.—San José, diez horas del trece de abril de dos mil veintiuno.—Lic. Francis Hernández Valverde, Notario.—1 vez.—( IN2023741187 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría a las 13 horas 00 minutos del 04 de enero del año 2022, se constituyó la sociedad denominada Aurora Ventures Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 07 de enero del 2022.—Licda. Marcela Patricia Gurdián Cedeño, Notaria.—
1 vez.—CE2022019825.—( IN2023741188 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría a las 14 horas 00 minutos del 06 de enero del año 2022, se constituyó la sociedad denominada VGS Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 07 de enero del 2022.—Licda. Cindy Margot Quesada Vargas, Notaria.—1 vez.—CE2022019827.—( IN2023741189 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 15 horas 30 minutos del 06 de enero del año 2022, se constituyó la sociedad denominada Punta Islita Realty Group Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 07 de enero del 2022.—Licda. Magally María Guadamuz García, Notaria.—
1 vez.—CE2022019829.—( IN2023741190 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 11 horas 00 minutos del 06 de enero del año 2022, se constituyó la sociedad denominada Eutrophia Foods Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 07 de enero del 2022.—Lic. Federico José Jiménez Solano, Notario.—
1 vez.—CE2022019828.—( IN2023741191 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría a las 20 horas 00 minutos del 04 de enero del año 2022, se constituyó la sociedad denominada Nanomarket Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 07 de enero del 2022.—Lic. Manuel Barboza Arce, Notario.—1 vez.—CE2022019830.—( IN2023741192 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría a las 09 horas 30 minutos del 05 de enero del año 2022, se constituyó la sociedad denominada Inversiones El Edén JJ Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 07 de enero del 2022.—Licda. Yesenia Quesada Rojas, Notaria.—1 vez.—CE2022019831.—( IN2023741193 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría a las 08 horas 00 minutos del 24 de setiembre del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Alfarovet Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 07 de enero del 2022.—Lic. Jorge Arturo Arce Lara, Notario.—1 vez.—CE2022019832.—( IN2023741194 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría a las 08 horas 00 minutos del 19 de noviembre del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Carrocerías AMRA Sociedad Anónima.—San José, 07 de enero del 2022.—Lic. Santiago Eduardo Arguedas Pitti, Notario.—1 vez.—CE2022019833.—( IN2023741195 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría a las 21 horas 30 minutos del 23 de diciembre del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Cornerstone Consulting Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 07 de enero del 2022.—Lic. Johnny Solís Barrantes, Notario.—1 vez.—CE2022019834.—( IN2023741196 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría a las 14 horas 00 minutos del 05 de enero del año 2022, se constituyó la sociedad denominada Casa Kolbri LLC Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 07 de enero del 2022.—Lic. Brians Salazar Chavarría, Notario.—1 vez.—CE2022019835.—( IN2023741197 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría a las 16 horas 30 minutos del 06 de enero del año 2022, se constituyó la sociedad denominada TTBALTL LLC Limitada.—San José, 07 de enero del 2022.—Licda. Diana Elke Pinchanski Fachler, Notaria.—1 vez.—CE2022019836.—( IN2023741198 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría a las 18 horas 00 minutos del 06 de enero del año 2022, se constituyó la sociedad denominada GM Soluciones CR Sociedad Anónima.—San José, 07 de enero del 2022.—Lic. Braulio Ulises Murillo Segura, Notario.—1 vez.—CE2022019838.—( IN2023741199 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 11 horas 00 minutos del 07 de enero del año 2022, se constituyó la sociedad denominada Villa Villetto Deckert Sociedad de Responsabilidad Limitada.— San José, 7 de enero del 2022.—Licda. Mariela Hernández Brenes, Notaria.—1 vez.— CE2022019839.— ( IN2023741200 )

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 11 horas 30 minutos del 28 de diciembre del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Multiservicios Y Proyectos B & K Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 7 de enero del 2022.—Licda. Olga Marta Cascante Sandoval, Notaria.—1 vez.— CE2022019841.—( IN2023741201 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 11 horas 30 minutos del 06 de enero del año 2022, se constituyó la sociedad denominada Pollos Pavones Del Valle Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 7 de enero del 2022.—Lic. Merlin Starling Leiva Madrigal, Notario.—1 vez.— CE2022019840.—( IN2023741202 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 13 horas 00 minutos del 06 de enero del año 2022, se constituyó la sociedad denominada Autos M&M Sociedad Anónima.—San José, 7 de enero del 2022.—Lic. Nazareth Abarca Madrigal, Notario.—1 vez.—CE2022019842.—( IN2023741203 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 08 horas 15 minutos del 07 de enero del año 2022, se constituyó la sociedad denominada Playa Hermosa Vacation Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 7 de enero del 2022.—Lic. Sixto Vinicio Rodríguez Gómez, Notario.—
1 vez.— CE2022019843.—( IN2023741204 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 10 horas 00 minutos del 27 de diciembre del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Grupo Variopinto Sociedad Anónima.—San José, 7 de enero del 2022.—Lic. Dennis Francisco Alvarado Castillo, Notario.—1 vez.— CE2022019844.—( IN2023741205 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 11 horas 00 minutos del 15 de diciembre del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Comercializadora CRBB Sociedad Anónima.—San José, 7 de enero del 2022.—Lic. María Alejandra Calderón Hidalgo, Notaria.—1 vez.— CE2022019845.—( IN2023741206 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría a las 15 horas 00 minutos del 31 de diciembre del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Construcciones y Servicios Meléndez Cosemsa Sociedad Anónima.—San José, 07 de enero del 2022.—Lic. Marco Vinicio Díaz Quesada, Notario.—1 vez.—CE2022019846.—( IN2023741207 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría a las 11 horas 00 minutos del 07 de enero del año 2022, se constituyó la sociedad denominada PMSG Aguacate Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 07 de enero del 2022.—Lic. Gonzalo Murillo Álvarez, Notario.—1 vez.—CE2022019847.—( IN2023741208 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría a las 10 horas 20 minutos del 06 de enero del año 2022, se constituyó la sociedad denominada Dunamis Latam Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 07 de enero del 2022.—Lic. Ronald Brealey Mora, Notario.—1 vez.—CE2022019848.—( IN2023741209 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 11 horas 00 minutos del 07 de enero del año 2022, se constituyó la sociedad denominada Ecoinversiones Inmobiliaria de Costa Rica Sociedad Anónima.—San José, 07 de enero del 2022.—Lic. Marianne Haydee Amaya Paniagua, Notaria.—
1 vez.—CE2022019848.—( IN2023741210 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría a las 14 horas 00 minutos del 25 de noviembre del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Empatízate Limitada.—San José, 07 de enero del 2022.—Lic. Edgar Antonio Nassar Guier, Notario.—1 vez.—CE2022019850.—( IN2023741211 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría a las 19 horas 00 minutos del 04 de enero del año 2022, se constituyó la sociedad denominada Multiservicios Frahica Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 07 de enero del 2022.—Licda. Olga Mayela Brenes Fonseca, Notaria.—
1 vez.—CE2022019851.—( IN2023741212 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría a las 17 horas 00 minutos del 04 de enero del año 2022, se constituyó la sociedad denominada IG Financial Administration Group Sociedad Anónima.—San José, 07 de enero del 2022.—Lic. Alejandro José Monge Ariño, Notario.—1 vez.—CE2022019852.—( IN2023741213 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría a las 17 horas 30 minutos del 04 de enero del año 2022, se constituyó la sociedad denominada IG Investment Capital Sociedad Anónima.—San José, 07 de enero del 2022.—Lic. Alejandro José Monge Ariño, Notario.—1 vez.—CE2022019853.—( IN2023741214 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría a las 13 horas 00 minutos del 07 de enero del año 2022, se constituyó la sociedad denominada Inversiones Mobiliarias AMG de Tibás Sociedad Anónima.—San José, 07 de enero del 2022.—Lic. Cristian Andrés Salas Morgan, Notario.—1 vez.—CE2022019855.—( IN2023741215 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría a las 13 horas 20 minutos del 06 de enero del año 2022, se constituyó la sociedad denominada Exclusive Constructions CR Limitada.—San José, 07 de enero del 2022.—Lic. Carlos Luis Mora Avilés, Notario.—1 vez.—CE2022019854.—( IN2023741216 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría a las 17 horas 00 minutos del 05 de enero del año 2022, se constituyó la sociedad denominada Apartamento Veinticinco Sweet Dream Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 07 de enero del 2022.—Lic. Ronald Núñez Álvarez, Notario.—1 vez.—CE2022019857.—( IN2023741217 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría a las 09 horas 00 minutos del 06 de enero del año 2022, se constituyó la sociedad denominada Costa Rica Fire Sales Limitada.—San José, 07 de enero del 2022.—Lic. Massiel Sánchez Gómez, Notario.—1 vez.—CE2022019856.—( IN2023741218 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría a las 09 horas 00 minutos del 07 de enero del año 2022, se constituyó la sociedad denominada Meet Stores Sociedad Anónima.—San José, 07 de enero del 2022.—Lic. Mario Alberto García Álvarez, Notario.—1 vez.—CE2022019858.—( IN2023741219 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría a las 12 horas 00 minutos del 07 de enero del año 2022, se constituyó la sociedad denominada Productos Sibari Sociedad Anónima.—San José, 07 de enero del 2022.—Lic. Sixto Vinicio Rodríguez Gómez, Notario.—1 vez.—CE2022019859.—( IN2023741220 ).

Mediante escritura otorgada ante esta Notaría a las 16 horas 00 minutos del 03 de enero del año 2022, se constituyó la sociedad denominada TYP de Pinilla Sociedad Anónima.—San José, 7 de enero del 2022.—Lic. Mérida Adela Diaz Viales, Notaria.—1 vez.—CE2022019860.—( IN2023741221 ).

Mediante escritura otorgada ante esta Notaría a las 10 horas 00 minutos del 06 de enero del año 2022, se constituyó la sociedad denominada Photosynthesis Energie Limitada.—San José, 7 de enero del 2022.—Lic. Massiel Sanchez Gómez, Notario.—1 vez.—CE2022019861.—( IN2023741222 ).

Mediante escritura otorgada ante esta Notaría a las 17 horas 00 minutos del 05 de enero del año 2022, se constituyó la sociedad denominada Corporate ATT SVCS Holding Limitada.—San José, 7 de enero del 2022.—Lic. Jonathan Quirós Brenes, Notario.—1 vez.—CE2022019862.—( IN2023741223 ).

Mediante escritura otorgada ante esta Notaría a las 11 horas 30 minutos del 03 de enero del año 2022, se constituyó la sociedad denominada La Rana Azul de Samara Limitada.—San José, 7 de enero del 2022.—Lic. Oscar Manuel Funes Orellana, Notario.—1 vez.—CE2022019863.—( IN2023741224 ).

Mediante escritura otorgada ante esta Notaría a las 08 horas 00 minutos del 06 de enero del año 2022, se constituyó la sociedad denominada ADM Integral Solutions Sociedad Anónima.—San José, 7 de enero del 2022.—Lic. Marta Elena Abellán Fallas, Notaria.—1 vez.—CE2022019865.—( IN2023741225 ).

Mediante escritura otorgada ante esta Notaría a las 11 horas 30 minutos del 05 de enero del año 2022, se constituyó la sociedad denominada Costa Rican Hydrogreen Companny Sociedad Anónima.—San José, 7 de enero del 2022.—Licda. Sofia Alicia Ulloa Murillo, Notaria.—1 vez.—CE2022019866.—( IN2023741226 ).

Mediante escritura otorgada ante esta Notaría a las 12 horas 00 minutos del 07 de enero del año 2022, se constituyó la sociedad denominada Green Venture Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 7 de enero del 2022.—Lic. Gabriel Clare Facio, Notario.—1 vez.—CE2022019867.—( IN2023741227 )

Mediante escritura otorgada ante esta Notaría a las 11 horas 00 minutos del 07 de enero del año 2022, se constituyó la sociedad denominada Hábitat Lagunas Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 7 de enero del 2022.—Licda. Adriana Sánchez Castro, Notaria.—1 vez.—CE2022019868.—( IN2023741228 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 10 horas 00 minutos del 03 de enero del año 2022, se constituyó la sociedad denominada Cielo Índigo TAIT & Edelist LLC Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 07 de enero del 2022.—Lic. Brians Salazar Chavarría, Notario.—
1 vez.—CE2022019870.—( IN2023741229 ).

Mediante escritura otorgada ante esta Notaría a las 14 horas 00 minutos del 06 de enero del año 2022, se constituyó la sociedad denominada Cameha Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 7 de enero del 2022.—Lic. Alberto Sáenz Roesch, Notario.—1 vez.—CE2022019871.—( IN2023741230 ).

Mediante escritura otorgada ante esta Notaría a las 13 horas 00 minutos del 06 de enero del año 2022, se constituyó la sociedad denominada Guacamaya Tours And Travels Limitada.—San José, 7 de enero del 2022.—Lic. Javier Alejandro Delgado Calderón, Notario.—1 vez.—CE2022019872.—( IN2023741231 ).

Mediante escritura otorgada ante esta Notaría a las 17 horas 00 minutos del 06 de enero del año 2022, se constituyó la sociedad denominada Básket Consultants Sociedad Anónima.—San José, 7 de enero del 2022.—Licda. Andrea Martin Jiménez, Notaria.—1 vez.—CE2022019874.—( IN2023741233 ).

Mediante escritura otorgada ante esta Notaría a las 10 horas 30 minutos del 07 de enero del año 2022, se constituyó la sociedad denominada Desarrollo Sabana Norte Desanor Sociedad Anónima.—San José, 7 de enero del 2022.—Lic. Magally María Guadamuz García, Notario.—1 vez.—CE2022019875.—( IN2023741234 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 15 horas 00 minutos del 21 de diciembre del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Euroclidon de Costa Rica Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 07 de enero del 2022.—Licda. Maruja Castillo Porras, Notaria.—
1 vez.—CE2022019876.—( IN2023741235 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 12 horas 00 minutos del 22 de diciembre del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Ríos Morales G&C Sociedad Anónima.—San José, 7 de enero del 2022.—Lic. Gerardo Manuel Jimenez Barahona, Notario.—1 vez.—CE2022019877.—( IN2023741236 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 11 horas 30 minutos del 17 de diciembre del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Benjinao Sociedad Anónima.—San José, 7 de enero del 2022.—Licda. Evelin de Los Ángeles Sandoval Sandoval, Notaria.—1 vez.—CE2022019878.—( IN2023741237 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 13 horas 30 minutos del 07 de enero del año 2022, se constituyó la sociedad denominada Casa Verde Dos Monos Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 07 de enero del 2022.—Lic. Carlos Darío Angulo Ruiz, Notario.—1 vez.—CE2022019879.—( IN2023741238 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 14 horas 30 minutos del 04 de enero del año 2022, se constituyó la sociedad denominada Grupo JY Sociedad Anónima.—San José, 7 de enero del 2022.—Lic. Jennie Morera Esquivel, Notario.—1 vez.—CE2022019882.—( IN2023741239 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 12 horas 00 minutos del 07 de enero del año 2022, se constituyó la sociedad denominada Media C R C Sociedad Anónima.—San José, 07 de enero del 2022.—Lic. German Vega Ugalde, Notario.—1 vez.—CE2022019881.—( IN2023741240 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 10 horas 00 minutos del 31 de diciembre del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Tres Seis Nueve Pura Vida Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 7 de enero del 2022.—Lic. Marylin Chaves Badilla, Notario.—
1 vez.—CE2022019883.—( IN2023741241 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 12 horas 00 minutos del 17 de diciembre del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Maison Limón Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 7 de enero del 2022.—Lic. Edgar Antonio Nassar Guier, Notario.—1 vez.—CE2022019884.—( IN2023741242 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 17 horas 00 minutos del 04 de enero del año 2022, se constituyó la sociedad denominada Convertidores de Potencia Avanzados Proconver Sociedad Anónima.—San José, 7 de enero del 2022.—Lic. Marvin Fernández Alfaro, Notario.—
1 vez.—CE2022019885.—( IN2023741243 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 15 horas 00 minutos del 07 de enero del año 2022, se constituyó la sociedad denominada Casa Guacamayo Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 7 de enero del 2022.—Lic. Alan Elizondo Medina, Notario.—1 vez.—CE2022019887.—( IN2023741244 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 16 horas 00 minutos del 05 de enero del año 2022, se constituyó la sociedad denominada Dama del Amanecer Sociedad Anónima.—San José, 07 de enero del 2022.—Lic. Greizel Maureli Rojas Salazar, Notario.—1 vez.—CE2022019888.—( IN2023741245 ).

Por escritura N°56, de las 08:00 horas del 29 marzo, 2023 ante este notario, se protocoliza la transformación de una S.A a una S.R.L. por acuerdo de socios de Los Lirios del Pacifico Sociedad Anonima, cédula jurídica 3-101-597978. Es todo.—San José, 29 de marzo de 2023.—Claudio Antonio Donato López, Notario.—1 vez.—( IN2023741248 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 09 horas 30 minutos del 24 de diciembre del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Somos Mítica Representaciones Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 8 de enero del 2022.—Lic. Olger Gerardo Vargas Castillo, Notario.—1 vez.—CE2022019889.—( IN2023741249 ).

Mediante escritura número 41-3, otorgada en esta Notaria a las diez horas del 29 de marzo del 2023, se protocolizó asamblea general ordinaria y extraordinaria de la sociedad: Cobres Industriales Centroamericanos, S.A. cédula jurídica 3-101-267695, donde se acordó reformar la cláusula octava del pacto social.—Licda. María Estela Muñoz Ripper.—1 vez.—( IN2023741250 ).

En escritura N° 14, a las 13:00 horas del 29 de marzo del 2023, el suscrito notario, protocolizó asamblea general extraordinaria número ocho de: Drake Cero Cinco DOC S. A., cédula jurídica N° 3-101-415591, donde se modifica cláusula novena sobre la representación.—Lic. Carlos Eduardo Vargas Arias, Notario Público.—1 vez.—( IN2023741251 ).

Por escritura otorgada ante esta notaría el 29 de marzo del año 2023, la sociedad Ez Rental & Investment, S.A., cédula jurídica 3-101-415277, se nombra como presidente a Rina Margarita Rodríguez Villagra, y como secretario a Jose Fabio Madrigal Villalobos. Además, se acuerda modificar la cláusula octava del pacto social.—Licda. Surút Monge Morales, Notaria Pública.—1 vez.—( IN2023741253 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 11 horas 00 minutos del 22 de diciembre del año 2021, se constituyó la sociedad denominada The Happy Hedgehog LLC Limitada.—San José, 8 de enero del 2022.—Lic. Alan Garro Navarro, Notario.—1 vez.—CE2022019891.—( IN2023741255 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 16 horas 00 minutos del 11 de febrero del año 2015, se constituyó la sociedad denominada Ram Sociedad Anónima.—San José, 9 de enero del 2022.—Licda. Sandra María Araya González, Notaria.—1 vez.—CE2022019892.—( IN2023741256 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 18 horas 00 minutos del 06 de enero del año 2022, se constituyó la sociedad denominada GM Soluciones CR de Tecnología Sociedad Anónima.—San José, 9 de enero del 2022.—Lic. Braulio Ulises Murillo Segura, Notario.—1 vez.—CE2022019893.—( IN2023741257 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 13 horas 00 minutos del 12 de enero del año 2022, se constituyó la sociedad denominada Bosque Silvestre Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 13 de enero del 2022.—Licda. Sabrina Karine Kszak Bianchi, Notaria.—
1 vez.—CE2022020239.—( IN2023741260 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría a las 16 horas 00 minutos del 12 de enero del año 2022, se constituyó la sociedad denominada JRO Incorporated Limitada.—San José, 13 de enero del 2022.—Licda. María Teresa Urpi Sevilla, Notaria.—1 vez.—CE2022020241.—( IN2023741262 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 14 horas 30 minutos del 11 de enero del año 2022, se constituyó la sociedad denominada Inversiones Snowy SW Limitada.—San José, 13 de enero del 2022.—Licda. Roxana Herrera Peña, Notaria.—1 vez.—CE2022020242.—( IN2023741263 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 09 horas 00 minutos del 12 de enero del año 2022, se constituyó la sociedad denominada Operadora Minera Ecoindustrial Gardela Sociedad Anónima.—San José, 13 de enero del 2022.—Lic. Marlon Karith García Bustos, Notario.—1 vez.—CE2022020243.—( IN2023741264 ).

Mediante escritura otorgada ante esta Notaría a las 16 horas 30 minutos del 12 de enero del año 2022, se constituyó la sociedad denominada Betelis Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 13 de enero del 2022.—Licda. Carolina Mora Solano, Notaria.—1 vez.—CE2022020244.—( IN2023741365 ).

Mediante escritura otorgada ante esta Notaría a las 14 horas 45 minutos del 12 de enero del año 2022, se constituyó la sociedad denominada W G M Servicios Aduanales Sociedad Anónima Sociedad Anónima.—San José, 13 de enero del 2022.—Lic. Rodolfo Martin Rojas Araya, Notario.—
1 vez.—CE2022020246.—( IN2023741267 ).

Mediante escritura otorgada ante esta Notaría a las 15 horas 45 minutos del 12 de enero del año 2022, se constituyó la sociedad denominada Grupo Serkes Sociedad Anónima.—San José, 13 de enero del 2022.—Lic. Carlos José Oreamuno Morera, Notario.—1 vez.—CE2022020247.—( IN2023741268 ).

Mediante escritura otorgada ante esta Notaría a las 15 horas 00 minutos del 12 de enero del año 2022, se constituyó la sociedad denominada Casa Forest Uno Limitada.—San José, 13 de enero del 2022.—Licda. Diana Elke Pinchanski Fachler, Notaria.—1 vez.—CE2022020248.—( IN2023741269 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 15 horas 20 minutos del 12 de enero del año 2022, se constituyó la sociedad denominada Casa Forest Dos Limitada.—San José, 13 de enero del 2022.—Licda. Diana Elke Pinchanski Fachler, Notaria.—1 vez.—CE2022020249.—( IN2023741270 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 13 horas 00 minutos del 16 de diciembre del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Alianza Internacional de Inversiones AJMG Sociedad Anónima.—San José, 13 de enero del 2022.—Lic. Julio Antonio Morúa Arroyo, Notario.—
1 vez.—CE2022020250.—( IN2023741271 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 15 horas 40 minutos del 12 de enero del año 2022, se constituyó la sociedad denominada Casa Forest Tres Limitada.—San José, 13 de enero del 2022.—Licda. Diana Elke Pinchanski Fachler, Notaria.—1 vez.—CE2022020251.—( IN2023741272 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 16 horas 00 minutos del 12 de enero del año 2022, se constituyó la sociedad denominada Casa Forest Cuatro Limitada.—San José, 13 de enero del 2022.—Licda. Diana Elke Pinchanski Fachler, Notaria.—1 vez.—CE2022020252.—( IN2023741273 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 10 horas 00 minutos del 11 de enero del año 2022, se constituyó la sociedad denominada Inversiones Inmobiliarias los Kikones Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 13 de enero del 2022.—Lic. Michael Enrique Ramírez Ramírez, Notario.—1 vez.—CE2022020253.—( IN2023741274 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 16 horas 00 minutos del 27 de diciembre del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Dos Cinco Cuatro Ocho Dickerson Service Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 13 de enero del 2022.—Licda. Katherine Rocío Alpízar Chaves, Notaria.—1 vez.—CE2022020256.—( IN2023741275 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 18 horas 00 minutos del 11 de enero del año 2022, se constituyó la sociedad denominada Grupo Empresarial Brecon Sociedad Anónima.—San José, 13 de enero del 2022.—Licda. Diana María Vargas Rodríguez, Notaria.—1 vez.—CE2022020257.—( IN2023741276 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 16 horas 00 minutos del 10 de enero del año 2022, se constituyó la sociedad denominada Fac By Cannes Limitada.—San José, 13 de enero del 2022.—Licda. María Teresa Urpi Sevilla, Notaria.—1 vez.—CE2022020258.—( IN2023741277 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 14 horas 45 minutos del 12 de enero del año 2022, se constituyó la sociedad denominada Owl Phoenix LLC Limitada.—San José, 13 de enero del 2022.—Lic. Carlos José Oreamuno Morera, Notario.—1 vez.—CE2022020254.—( IN2023741278 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 12 horas 15 minutos del 12 de enero del año 2022, se constituyó la sociedad denominada TMS Profesional Solutions Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 13 de enero del 2022.—Licda. Mary Hellen Esquivel Brenes, Notaria.—
1 vez.—CE2022020259.—( IN2023741279 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 16 horas 55 minutos del 27 de diciembre del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Uno Cero Tres Seis Ivory Property Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 13 de enero del 2022.—Licda. Katherine Rocío Alpízar Chaves, Notaria.—1 vez.—CE2022020260.—( IN2023741280 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 13 horas 00 minutos del 10 de diciembre del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Itacarica Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 13 de enero del 2022.—Licda. Alba Sofia Escalona Mancilla, Notaria.—
1 vez.—CE2022020261.—( IN2023741281 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 08 horas 00 minutos del 13 de enero del año 2022, se constituyó la sociedad denominada Guchalfar Sociedad Anónima.—San José, 13 de enero del 2022.—Licda. Silvia Marcela Chaves Delgado, Notaria.—1 vez.—CE2022020262.—( IN2023741282 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 10 horas 00 minutos del 06 de enero del año 2022, se constituyó la sociedad denominada Rosebud of Ojochal Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 13 de enero del 2022.—Lic. Rodolfo Enrique Herrera García, Notario.—
1 vez.—CE2022020263.—( IN2023741283 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 10 horas 30 minutos del 11 de enero del año 2022, se constituyó la sociedad denominada Inmobiliaria Viky J&S Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 13 de enero del 2022.—Lic. Michael Enrique Ramírez Ramírez, Notario.—
1 vez.—CE2022020264.—( IN2023741284 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 09 horas 00 minutos del 12 de enero del año 2022, se constituyó la sociedad denominada Cuarta Generación Limitada.—San José, 13 de enero del 2022.—Lic. José Miguel Zeledón Gómez, Notario.—1 vez.—CE2022020265.—( IN2023741285 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 16 horas 00 minutos del 07 de enero del año 2022, se constituyó la sociedad denominada Inversiones Porrabarra Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 13 de enero del 2022.—Lic. Jorge Luis Guzmán Mora, Notario.—1 vez.—CE2022020267.—( IN2023741286 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 10 horas 00 minutos del 13 de enero del año 2022, se constituyó la sociedad denominada Ram Key Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 13 de enero del 2022.—Licda. René Dagoberto Orellana Meléndez, Notario.—1 vez.—CE2022020266.—( IN2023741287 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 11 horas 00 minutos del 12 de enero del año 2022, se constituyó la sociedad denominada Almog Holdings Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 13 de enero del 2022.—Lic. Alan Masís Angulo, Notario.—1 vez.—CE2022020269.—( IN2023741288 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 09 horas 00 minutos del 06 de enero del año 2022, se constituyó la sociedad denominada Schickibel Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 13 de enero del 2022.—Lic. Gabriel Clare Facio, Notario.—1 vez.—CE2022020270.—( IN2023741289 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 04 horas 00 minutos del 11 de enero del año 2022, se constituyó la sociedad denominada Custodia Iseami Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 13 de enero del 2022.—Lic. Herald Garbanzo Alvarado, Notario.—1 vez.—CE2022020272.—( IN2023741291 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 18 horas 00 minutos del 12 de enero del año 2022, se constituyó la sociedad denominada Proquimet Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 13 de enero del 2022.—Lic. Ricardo Urbina Paniagua, Notario.—1 vez.—CE2022020274.—( IN2023741293 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 15 horas 30 minutos del 11 de enero del año 2022, se constituyó la sociedad denominada HT Properties Llc Limitada.—San José, 13 de enero del 2022.—Lic. Hernán Cordero Baltodano, Notario.—1 vez.—CE2022020276.—( IN2023741294 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 10 horas 00 minutos del 13 de enero del año 2022, se constituyó la sociedad denominada Costa Rica Holidays Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 13 de enero del 2022.—Lic. Esteban Chérigo Lobo, Notario.—1 vez.—CE2022020277.—( IN2023741295 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 07 horas 00 minutos del 13 de enero del año 2022, se constituyó la sociedad denominada Autosensores del Sur Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 13 de enero del 2022.—Lic. Guido Mora Camacho, Notario.—1 vez.—CE2022020280.—( IN2023741297 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 09 horas 00 minutos del 12 de enero del año 2022, se constituyó la sociedad denominada Hamsa Jaco Property Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 13 de enero del 2022.—Lic. Alejandro José Burgos Bonilla, Notario.—1 vez.—CE2022020279.—( IN2023741298 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 14 horas 00 minutos del 11 de enero del año 2022, se constituyó la sociedad denominada Sisa Branding Group Costa Rica Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 13 de enero del 2022.—Licda. Milena Valverde Mora, Notaria.—
1 vez.—CE2022020281.—( IN2023741299 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 08 horas 00 minutos del 05 de enero del año 2022, se constituyó la sociedad denominada Grupo Noveno Año CR Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 13 de enero del 2022.—Licda. Jennifer Marcela Zúñiga Ureña, Notaria.—
1 vez.—CE2022020282.—( IN2023741300 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 12 horas 00 minutos del 16 de diciembre del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Inversiones Alfer AAA Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 13 de enero del 2022.—Lic. Sarita Pradilla Conejo, Notaria.—
1 vez.— CE2022020285.—( IN2023741301 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 12 horas 00 minutos del 11 de enero del año 2022, se constituyó la sociedad denominada Raz Comercial Sociedad Anónima.—San José, 13 de enero del 2022.—Lic. Roland Antonio García Navarro, Notario.—1 vez.— CE2022020286.—( IN2023741302 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 10 horas 00 minutos del 10 de enero del año 2022, se constituyó la sociedad denominada Transportes Go de Costa Rica Limitada.—San José, 13 de enero del 2022.—Licda. Maureen Meneses Castro, Notaria.—1 vez.— CE2022020289.—( IN2023741303 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 08 horas 00 minutos del 12 de enero del año 2022, se constituyó la sociedad denominada Grp Caletas Trescientos Sesenta Sociedad Anónima.—San José, 13 de enero del 2022.—Lic. Enrique Carranza Echeverría, Notario.—1 vez.— CE2022020288.—( IN2023741304 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 08 horas 00 minutos del 13 de enero del año 2022, se constituyó la sociedad denominada Perlmutter Inc LLC Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 13 de enero del 2022.—Lic. Mariajosé Víquez Alpízar, Notario.—1 vez.—CE2022020290.—( IN2023741305 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 09 horas 00 minutos del 10 de enero del año 2022, se constituyó la sociedad denominada Grupo Pleyades Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 13 de enero del 2022.—Lic. Marcela Patricia Gurdián Cedeño, Notaria.—
1 vez.—CE2022020291.—( IN2023741306 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 11 horas 00 minutos del 13 de enero del año 2022, se constituyó la sociedad denominada Kaya y Kiva Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 13 de enero del 2022.—Lic. Manuel Fernando Yglesias Mora, Notario.—
1 vez.—CE2022020292.—( IN2023741307 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 17 horas 00 minutos del 14 de diciembre del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Gucharmar Sociedad Anónima.—San José, 13 de enero del 2022.—Lic. Sergio Antonio González Jiménez, Notario.—1 vez.—CE2022020293.—( IN2023741308 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 10 horas 30 minutos del 13 de enero del año 2022, se constituyó la sociedad denominada Se One Villas In Costa Rica Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 13 de enero del 2022.—Lic. Esteban Cherigo Lobo, Notario.—
1 vez.—CE2022020287.—( IN2023741309 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 12 horas 00 minutos del 13 de enero del año 2022, se constituyó la sociedad denominada Incaba Sociedad Anónima.—San José, 13 de enero del 2022.—Lic. Roland Antonio García Navarro, Notario.—1 vez.—CE2022020295.—( IN2023741310 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 16 horas 00 minutos del 07 de enero del año 2022, se constituyó la sociedad denominada Yaserr Inversiones Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 13 de enero del 2022.—Lic. Audrys Esquivel Jiménez, Notario.—1 vez.—CE2022020297.—( IN2023741311 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 21 horas 00 minutos del 12 de enero del año 2022, se constituyó la sociedad denominada Barbaro Street Food Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 13 de enero del 2022.—Lic. Óscar Eduardo Salas González, Notario.—
1 vez.—CE2022020296.—( IN2023741312 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 14 horas 00 minutos del 05 de enero del año 2022, se constituyó la sociedad denominada FARMAWCZ Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 13 de enero del 2022.—Licda. Guiselle Sánchez Solórzano, Notaria.—
1 vez.—CE2022020268.—( IN2023741313 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 12 horas 00 minutos del 12 de enero del año 2022, se constituyó la sociedad denominada SLP Company Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 13 de enero del 2022.—Lic. Omar Jalil Ayáles Aden, Notario.—1 vez.—CE2022020298.—( IN2023741314 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 17 horas 00 minutos del 10 de enero del año 2022, se constituyó la sociedad denominada Capitales Maunor Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 13 de enero del 2022.—Lic. Daniel Asdrúbal Siezar Cárdenas, Notario.—
1 vez.—CE2022020300.—( IN2023741315 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 10 horas 00 minutos del 13 de enero del año 2022, se constituyó la sociedad denominada Grupo Casa Médica J Y K Sociedad Anónima.—San José, 13 de enero del 2022.—Lic. Ana Rebeca Porras Mejía, Notario.—1 vez.—CE2022020301.—( IN2023741316 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 17 horas 00 minutos del 11 de enero del año 2022, se constituyó la sociedad denominada Compañía Agrícola Morales MD Sociedad Anónima.—San José, 13 de enero del 2022.—Lic. Sonia María Ugalde Hidalgo, Notario.—1 vez.—CE2022020302.—( IN2023741317 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría a las 11 horas 00 minutos del 12 de enero del año 2022, se constituyó la sociedad denominada Movimiento Esperanza Nacional Sociedad Anónima.—San José, 13 de enero del 2022.—Lic. Manuel López Cubero, Notario.—1 vez.—CE2022020303.—( IN2023741318 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría a las 15 horas 00 minutos del 07 de enero del año 2022, se constituyó la sociedad denominada Sat Nam Sanctuary Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 13 de enero del 2022.—Lic. Casimiro Alberto Vargas Mora, Notario.—1 vez.—CE2022020304.—( IN2023741319 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 08 horas 00 minutos del 12 de enero del año 2022, se constituyó la sociedad denominada Aseusa de Centroamérica Limitada.—San José, 13 de enero del 2022.—Licda. Ana Graciela Alvarenga Jiménez, Notaria.—1 vez.— CE2022020306.—( IN2023741320 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 08 horas 30 minutos del 13 de enero del año 2022, se constituyó la sociedad denominada Medec Consulting Sociedad De Responsabilidad Limitada.—San José, 13 de enero del 2022.—Lic. Olger Gerardo Vargas Castillo, Notario.—1 vez.—CE2022020309.—( IN2023741321 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 12 horas 00 minutos del 12 de enero del año 2022, se constituyó la sociedad denominada Fratipo Sociedad De Responsabilidad Limitada.—San José, 13 de enero del 2022.—Licda. Marcela Vargas García, Notaria.—1 vez.—CE2022020310.—( IN2023741322 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 11 horas 00 minutos del 13 de enero del año 2022, se constituyó la sociedad denominada Rayle Sociedad De Responsabilidad Limitada.—San José, 13 de enero del 2022.—Lic. Christian Gerardo Mora Sanabria, Notario.—1 vez.—CE2022020311.—( IN2023741323 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 08 horas 00 minutos del 13 de enero del año 2022, se constituyó la sociedad denominada Nicadent Sociedad De Responsabilidad Limitada.—San José, 13 de enero del 2022.—Licda. Daniela María Bolaños Rodríguez, Notaria.—
1 vez.—CE2022020314.—( IN2023741324 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 19 horas 30 minutos del 01 de diciembre del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Bienestar y Desarrollo Integral Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 13 de enero del 2022.—Licda. Karla María Granados Vindas, Notaria.—1 vez.—CE2022020316.—( IN2023741325 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 20 horas 30 minutos del 11 de enero del año 2022, se constituyó la sociedad denominada Crimson Resources Management Sociedad De Responsabilidad Limitada.—San José, 13 de enero del 2022.—Lic. Luis Guillermo Chan Caruzo, Notario.—
1 vez.—CE2022020315.—( IN2023741326 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 09 horas 30 minutos del 12 de enero del año 2022, se constituyó la sociedad denominada Concrete Coatings CR Sociedad Anónima.—San José, 13 de enero del 2022.—Licda. Andrea María Rojas Martínez, Notaria.—1 vez.—CE2022020317.—( IN2023741327 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 13 horas 00 minutos del 13 de enero del año 2022, se constituyó la sociedad denominada Ganadera Frama C&C Sociedad De Responsabilidad Limitada.—San José, 13 de enero del 2022.—Licda. Wendy Marcela Valverde Cortés, Notaria.—
1 vez.—CE2022020319.—( IN2023741328 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 16 horas 30 minutos del 11 de octubre del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Pura Salud Sociedad Anónima.—San José, 13 de enero del 2022.—Licda. Maricela Acuña Bogantes, Notaria.—1 vez.—CE2022020320.—( IN2023741329 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 09 horas 00 minutos del 13 de enero del año 2022, se constituyó la sociedad denominada Costa Luna A R L Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 13 de enero del 2022.—Lic. Rolando Luis Calderón Ureña, Notario.—1 vez.—CE2022020322.—( IN2023741330 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 10 horas 00 minutos del 13 de enero del año 2022, se constituyó la sociedad denominada Mortomer Sociedad Anónima.—San José, 13 de enero del 2022.—Lic. Henry Danilo Ledezma Ávalos, Notario.—1 vez.—CE2022020318.—( IN2023741331 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 11 horas 00 minutos del 10 de enero del año 2022, se constituyó la sociedad denominada Craftsdoor De Costa Rica Sociedad De Responsabilidad Limitada.—San José, 13 de enero del 2022.—Lic. Randall Gabriel Luna Jiménez, Notario.—1 vez.—CE2022020321.—( IN2023741332 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 21 horas 00 minutos del 29 de diciembre del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Canacost Sociedad De Responsabilidad Limitada.—San José, 13 de enero del 2022.—Lic. Marco Vinicio Porras Araya, Notario.—1 vez.—CE2022020326.—( IN2023741333 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 16 horas 00 minutos del 23 de diciembre del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Quintto Sociedad De Responsabilidad Limitada.—San José, 13 de enero del 2022.—Lic. José Emilio González Villegas, Notario.—1 vez.—CE2022020325.—( IN2023741334 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 20 horas 00 minutos del 13 de enero del año 2022, se constituyó la sociedad denominada Los Sueños de Bruno En Isla de Chira Sociedad Anónima.—San José, 13 de enero del 2022.—Lic. Victorino Jiménez Rodríguez, Notario.—1 vez.—CE2022020327.—( IN2023741335 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 13 horas 40 minutos del 13 de enero del año 2022, se constituyó la sociedad denominada UBH de Santa Teresa Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 13 de enero del 2022.—Lic. Guillermo Francisco Sánchez Sava, Notario.—
1 vez.—CE2022020324.—( IN2023741336 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 18 horas 00 minutos del 17 de noviembre del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Comunidad de Emaus de Costa Rica Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 13 de enero del 2022.—Licda. Maricela Acuña Bogantes, Notaria.—1 vez.—CE2022020328.—( IN2023741337 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 16 horas 11 minutos del 12 de enero del año 2022, se constituyó la sociedad denominada Comercializadora W de Centroamérica Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 13 de enero del 2022.—Lic. Alfonso Víquez Sánchez, Notario.—1 vez.—CE2022020329.—( IN2023741338 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 16 horas 00 minutos del 11 de enero del año 2022, se constituyó la sociedad denominada Brad Hatch Cincuenta y Cuatro Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 13 de enero del 2022.—Licda. Paola Vargas Castillo, Notaria.—
1 vez.— CE2022020335.— ( IN2023741343 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 13 horas 00 minutos del 12 de enero del año 2022, se constituyó la sociedad denominada Inversiones Ezuga Sociedad de Responsabilidad Limitada. —San José, 13 de enero del 2022.—Lic. Geovanny Cordero Jiménez, Notario.—1 vez.— CE2022020340.— ( IN2023741344 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 08 horas 30 minutos del 13 de enero del año 2022, se constituyó la sociedad denominada Ra Bkd Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 13 de enero del 2022.—Lic. Royran Gerardo Arias Navarro, Notario.—1 vez.— CE2022020338.— ( IN2023741346 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 15 horas 37 minutos del 11 de enero del año 2022, se constituyó la sociedad denominada Agropecuaria La Mascota Sociedad Anónima.—San José, 13 de enero del 2022.—Licda. Stefany Borey Bryan, Notario.—1 vez.— CE2022020341.— ( IN2023741347 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 10 horas 30 minutos del 02 de enero del año 2022, se constituyó la sociedad denominada Lugar Favorito Blue Zone Sociedad Anónima.—San José, 13 de enero del 2022.—Lic. Paul Murillo Miranda, Notario.—1 vez.— CE2022020337.— ( IN2023741348 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 18 horas 00 minutos del 07 de enero del año 2022, se constituyó la sociedad denominada Refrigeración Iris SQ Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 13 de enero del 2022.—Lic. Walter Solís Amen, Notario.—1 vez.—CE2022020343.—( IN2023741350 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 09 horas 30 minutos del 11 de enero del año 2022, se constituyó la sociedad denominada Sublimusa Sociedad Anónima.—San José, 13 de enero del 2022.—Lic. Diana Franciny Hernández Bogantes, Notario.—1 vez.—CE2022020344.—( IN2023741351 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 16 horas 00 minutos del 12 de enero del año 2022, se constituyó la sociedad denominada Munray Dent Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 13 de enero del 2022.—Lic. Carlos Eduardo Blanco Gutiérrez, Notario.—
1 vez.—CE2022020345.—( IN2023741352 ).



[1]   ARTÍCULO 12.- Se proscribe el Ejército como institución permanente.  Para la vigilancia y conservación del orden público, habrá las fuerzas de policía necesarias.

(…)

 

[2]   ARTÍCULO 140.- Son deberes y atribuciones que corresponden conjuntamente al Presidente y al respectivo Ministro de Gobierno:

(…)

16) Disponer de la fuerza pública para preservar el orden, defensa y seguridad del país