LA GACETA N° 67 DEL 19 DE
ABRIL DEL 2023
FE DE ERRATAS
TRIBUNAL SUPREMO DE ELECCIONES
PODER LEGISLATIVO
ACUERDOS
DOCUMENTOS
VARIOS
GOBERNACIÓN Y POLICÍA
AGRICULTURA Y GANADERÍA
JUSTICIA Y PAZ
AMBIENTE Y ENERGÍA
TRIBUNAL SUPREMO DE ELECCIONES
EDICTOS
AVISOS
CONTRATACIÓN PÚBLICA
ADJUDICACIONES
UNIVERSIDAD NACIONAL
NOTIFICACIONES
CAJA COSTARRICENSE DE SEGURO SOCIAL
INSTITUCIONES DESCENTRALIZADAS
UNIVERSIDAD DE COSTA RICA
INSTITUTO COSTARRICENSE DE
ACUEDUCTOS
Y ACANTARILLADOS
PATRONATO NACIONAL DE LA INFANCIA
AUTORIDAD REGULADORA DE
LOS SERVICIOS PÚBLICOS
AVISOS
CONVOCATORIAS
AVISOS
NOTIFICACIONES
JUSTICIA Y PAZ
CAJA COSTARRICENSE DE SEGURO SOCIALAVISOS
SECCIÓN DE
OPCIONES Y NATURALIZACIONES
De
conformidad con lo establecido
en el artículo
157 de la Ley General de la Administración Pública, se corrige el error material que contiene
la publicación del edicto en La Gaceta N° 166
de fecha 01 de setiembre de
2022, expediente de trámite
de naturalización N° 5676-2022, en
el sentido que por error se indicó: “Anna
Elizabeth Fishel Fishel”, siendo lo correcto:
“Anna Elizabeth Fishel”. Lo demás
se mantiene.
Karla
Mendoza Quirós, Oficial Calificador.—1 vez.—O.C. N° 421702.—Solicitud N°
421702.—( IN2023741394 ).
De conformidad con lo establecido en el artículo 157 de la Ley General
de la Administración Pública,
se corrige el error
material que contiene la publicación
del edicto en La Gaceta N°
166 de fecha
01
de setiembre de 2022, expediente
de trámite de naturalización
N° 5665-2022, en el sentido que por error
se indicó: “Laurel Ann Moscatel
Benveniste”, siendo
lo correcto: “Laurel Moscatel
Carpenter”. Lo demás se mantiene.
Sección de Opciones y Naturalizaciones.—Johana
Venegas Valverde, Oficial
Calificador.—1 vez.—O.C. N°
421706.— Solicitud
N° 421706.—( IN2023741397 ).
N°
6962-22-23
LA ASAMBLEA
LEGISLATIVA
DE LA REPÚBLICA DE COSTA RICA
A
partir de la sesión ordinaria N° 135, celebrada el
9 de febrero de 2023, y con fundamento
en el artículo
61 de la Ley N° 7593, Ley de la Autoridad Reguladora de los Servicios Públicos (ARESEP),
ACUERDA:
Corregir el acuerdo N° 6956-22-23,
del ocho de febrero de dos
mil veintitrés, en cual se ratifica el nombramiento del señor Claudio Alberto Mora García, cédula 1-1291-0294, por el plazo
legal correspondiente hasta el
13 de octubre de 2026, y el
señor Ronald Hidalgo Cuadra,
cédula 1-0595-0023, por el plazo legal correspondiente hasta
el 13 de octubre de 2025, como miembros suplentes
del órgano superior de la Comisión
para Promover la Competencia
(COPROCOM), por renuncia de
sus miembros anteriores, trámite conocido bajo el Expediente Legislativo
23.522.
Debe
leerse correctamente sesión ordinaria N°
135, celebrada el 9 de febrero de 2023. El resto del acuerdo
se mantiene igual.
Asamblea Legislativa. San José, a los
nueve días de febrero
de dos mil veintitrés.
Publíquese.
Rodrigo Arias Sánchez, Presidente.—Melina Ajoy Palma, Primera Secretaria.—Luz
Mary Alpízar Loaiza,
Segunda Secretaria.—1 vez.—O.
C. N° 22029.—Solicitud N° 421917.—( IN2023741798 ).
DIRECCIÓN
NACIONAL DE DESARROLLO
DE LA COMUNIDAD
AVISOS
El Registro Público de Asociaciones de Desarrollo de la Comunidad
de la Dirección Legal y de Registro,
hace constar que la: Asociación de Desarrollo Integral de El Tejar
de Esparza, Puntarenas. Por medio de su representante: Walter Elizondo Mora, cédula 107300615 ha hecho solicitud de inscripción de dicha organización al Registro Nacional
de Asociaciones de Desarrollo de la Comunidad. En
cumplimiento de lo establecido
en el artículo
16 del Reglamento que rige esta materia, se emplaza por el
término de ocho días hábiles, a partir de la publicación de este aviso, a cualquier persona, pública o privada y en especial a la
Municipalidad, para que formulen los
reparos que estimen pertinentes a la inscripción en trámite, manifestándolo
por escrito a esta Dirección
de Legal y de Registro.
San José, a las 15:23 horas del día 23/03/2023.
Departamento de Registro.—Licda. Rosibel
Cubero Paniagua, Jefa.—1 vez.—( IN2023741722 ).
El
Registro Público de Asociaciones
de Desarrollo de la Comunidad de la Dirección Nacional de Desarrollo de la Comunidad
(DINADECO), hace constar:
que la Asociación de Desarrollo Integral de Los Cartagos Norte y San Pedro de San José de Upala Alajuela, código de registro 3248. Por medio de su representante: José Luis Cerdas
Rocha, cédula número 900780892 ha hecho
solicitud de inscripción de
la siguiente reforma al estatuto: Artículo 5.
Artículo 5: Para que de ahora en adelante
se lea: Límite Norte hasta el
Río Niño. Dicha reforma
es visible a folio 90 del libro de actas de la organización comunal en mención,
así mismo, dicha modificación fue aprobada mediante
asamblea general ordinaria
de afilados celebrada el día 26 de noviembre del 2022.
En
cumplimiento de lo establecido
en los artículos
17, 19 y 34 del Reglamento a la Ley 3859 “Sobre Desarrollo de la Comunidad”
que rige esta materia, se emplaza por el termino
de ocho días hábiles, a partir de la publicación de este aviso, a cualquier persona, pública o privada y en especial a la Municipalidad, para que formulen los reparos
que estimen pertinentes a
la inscripción en trámite, manifestándolo por escrito a esta
Dirección Legal y de Registro.—San
José, a las quince horas del catorce de diciembre del dos mil veintidós.
Departamento de Registro.—Licda. Rosibel
Cubero Paniagua, Jefa.—1 vez.—(
IN2023741745 ).
SERVICIO NACIONAL
DE SALUD ANIMAL
EDICTOS
DIRECCIÓN DE
MEDICAMENTOS VETERINARIOS
DMV-RGI-R-618-2023.—El(La)
señor(a) María de los Ángeles Troyo Barahona, documento de identidad número 1-0677-0844, en calidad de regente
veterinario de la compañía Rebexa Group S. A., con domicilio
en carretera a Zapote, frente a edificio MIRA, casa
amarilla, rejas verdes, Costa
Rica, solicita el registro del producto veterinario del grupo 3: Nexgard Spectra, fabricado por Boehringer Ingelheim Animal Health do Brasil Ltda., de Brasil, con los principios activos: afoxolaner 1.875%, milbemicina
oxima 0.375% y las indicaciones
terapéuticas: para el
control de pulgas, garrapatas
y nemátodos en perros. La información del producto cumple con lo requerido en el
Reglamento Técnico Centroamericano
RTCA 65.05.51:18. Medicamentos Veterinarios,
Productos Afines y sus Establecimientos. Requisitos de Registro Sanitario y Control (Decreto Ejecutivo Nº
42965-COMEX-MEIC-MAG). Se cita a terceros
con derecho a oponerse, para que lo hagan valer ante esta Dirección, dentro del término de 5 días hábiles, contados a partir del día siguiente de la publicación de este edicto, en el
Diario Oficial La Gaceta.—Heredia,
a las 11 horas del día
28 de marzo del 2023.—Dra. Miriam Jiménez Mata, Directora.—1
vez.—( IN2023741391 ).
DMV-RGI-R-575-2023.—El(La)
señor(a) Marco Antonio Bonilla Córdoba, documento de identidad número 1-1407-0619, en calidad de regente veterinario de la compañía Arken Labs, con domicilio en 350 metros al sureste de
Combustibles Coronado, Costa Rica, solicita el registro
del producto veterinario
del grupo 4: Espuma shampoo
acondicionador sandia, fabricado
por AMSA Aerosoles y
Maquilas S. A., de Costa Rica, para Arken Labs, con los siguientes ingredientes: Alcohol 10%, Cocamidopropil
Betaina 1%, Perfume sandia 0.5% y las siguientes indicaciones: cosmético para la higiene de perros y gatos. La información del producto cumple con lo requerido en el Reglamento
Técnico Centroamericano RTCA 65.05.51:18. Medicamentos Veterinarios, Productos Afines y sus Establecimientos. Requisitos de Registro Sanitario y Control (Decreto Ejecutivo Nº
42965-COMEX-MEIC-MAG). Se cita a terceros
con derecho a oponerse, para que lo hagan valer ante esta Dirección, dentro del término de 5 días hábiles, contados a partir del día siguiente de la publicación de este edicto, en el
Diario Oficial “La Gaceta”.—Heredia, a las 13
horas del día
21 de marzo del 2023.—Dra. Miriam Jiménez Mata, Directora.—1
vez.—( IN2023741742 ).
JUNTA ADMINISTRATIVA DEL REGISTRO
NACIONAL
REGISTRO DE LA PROPIEDAD INDUSTRIAL
PUBLICACIÓN DE TERCERA VEZ
Para ver
las marcas con sus respectivas
imágenes solo en La Gaceta con formato PDF
Solicitud N°
2023-0002460.—Francisco
Javier Rodríguez Velásquez,
casado, cédula de identidad
N° 114070766, en calidad de
apoderado generalísimo de
ADN Empresarial Administrador Sociedad Anónima, cédula jurídica
N° 3101680148, con domicilio en Rohrmoser, Pavas,
100 metros al este de Plaza Mayor, Oficentro Galerías, oficina N° 18, San José, Costa Rica, solicita la
inscripción:
como Marca de Fábrica
en clase(s): 31 internacional(es), para proteger
y distinguir lo siguiente: en clase 31: alimentos
y piensos para animales. Reservas: de los colores: verde y gris. Fecha: 17 de marzo de 2023. Presentada el: 16 de marzo de 2023. San José: Se cita
a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos
valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. 17 de marzo de 2023. A efectos de publicación,
téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo
85 de la Ley 7978. Esta solicitud
se rige por el art. 28 de la Ley de Marcas Comerciales y Otros Signos Distintivos que indica “Cuando la marca consista en una
etiqueta y otro signo compuesto por un conjunto de elementos, la protección no se extenderá a los elementos contenidos
en ella que sean de uso común o necesario en el
comercio”.—Johnny Rodríguez Garita, Registrador.—(
IN2023739052 ).
Solicitud N°
2023-0002460.—Francisco
Javier Rodríguez Velásquez,
casado, cédula de identidad
N° 114070766, en calidad de
apoderado generalísimo de
ADN Empresarial Administrador
Sociedad Anónima, cédula jurídica N° 3101680148,
con domicilio en Rohrmoser, Pavas, 100 metros al este de la Plaza Mayor, Oficentr Galerías, Oficina N° 18,
San José, Costa Rica, solicita la inscripción
como marca de fábrica, en clase(s):
31 internacional(es). Para proteger
y distinguir lo siguiente: en clase 31: Alimentos y piensos para animales. Reservas: De los colores: verde y gris. Fecha: 17 de marzo de 2023. Presentada el: 16 de marzo de 2023. San José: Se cita
a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos
valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. 17 de marzo de 2023. A efectos de publicación, téngase en cuenta
lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley N° 7978.
Esta solicitud se rige por el
art. 28 de la Ley de Marcas Comerciales
y Otros Signos Distintivos que indica “Cuando la
marca consista en una etiqueta
y otro signo compuesto por un conjunto de elementos, la protección no se extenderá a los elementos contenidos
en ella que sean de uso común
o necesario en el comercio”.—Johnny
Rodríguez Garita, Registrador(a).—(
IN2023739053 ).
Solicitud
Nº 2022-0004675.—María de La Cruz Villanea Villegas, casada dos veces, cédula de identidad
109840695, en calidad de Apoderado Especial de Nu Pagamentos
S. A. - Instituição de Pagamento,
con domicilio en R Capote
Valente, 39 Pinheiros-05409-000 Sao Pablo-SP, Brasil,
solicita la inscripción
como marca de fábrica y comercio en clase(s): 9 internacional(es), para proteger
y distinguir lo siguiente: en clase 9: dispositivos
de verificación electrónica
para la verificación de la autenticación
de tarjetas de recarga, tarjetas bancarias, tarjetas de crédito, tarjetas débito, tarjetas prepago, tarjetas de pago y tarjetas de facturación; firmas digitales; tarjetas que contienen un chip de
circuito integrado [tarjeta inteligente]; tarjetas de colección; tarjetas de gastos, tarjetas bancarias, tarjetas de crédito, tarjetas débito y tarjetas de pago codificadas magnéticamente; tarjetas de recarga, tarjetas bancarias, tarjetas de crédito, tarjetas débito, tarjetas prepago y tarjetas de pago; tarjetas magnéticas codificadas y tarjetas que contienen un chip de circuito integrado (tarjetas inteligentes); tarjetas magnéticas codificadas, dispositivos de escaneo óptico y tarjetas inteligentes que contienen un
chip de circuito integrado; tarjetas magnéticas codificadas; Certificados digitales; claves de cifrado; dispositivos informáticos para
manejo de datos; dispositivos de identificación por radiofrecuencia (transpondedores); equipos de telecomunicación inalámbricos, a
saber transpondedores; dispositivos
de verificación electrónica,
a saber hardware y software de computador para la autenticación de tarjetas de pago, tarjetas bancarias, tarjetas de crédito, tarjetas débito y tarjetas de pago; equipos de telecomunicación, a saber, terminales
electrónicos para transacciones en puntos de venta y software de computador
para transmisión, visualización
y almacenamiento de transacciones,
identificación e información
financiera para uso en servicios financieros
e industrias de telecomunicaciones
y banca; hardware que comprende escáneres
electrónicos que se utilizan
con dispositivos de activación
magnéticos, incluyendo tarjetas, etiquetas clave y etiquetas de transpondedor que comprenden sets de un circuito electrónico y una antena de radio que se utilizan
con escáneres electrónicos;
hardware de computador y software de codificación, claves de codificación,
certificados digitales, firmas digitales, software para
la seguridad del almacenamiento
de datos y restauración y transmisión de información confidencial de clientes utilizada por individuos,
instituciones bancarias y financieras; hardware de computador
de tipo de dispositivos que
contienen un chip de circuito
integrado y dispositivos de
pago por proximidad conocidos como transpondedores; hardware de
computador, accesorios de computador y software para uso en transacciones electrónicas e inalámbricas comerciales y de consumo, a
saber, hardware, software y accesorios de computador, para facilitar los pagos electrónicos
e inalámbricos; hardware de computador,
software de computador y programas
de computador diseñados
para facilitar pequeños pagos a minoristas en la red global de computador, comerciantes y proveedores de contenido; hardware y software de computador
para el cifrado y almacenamiento seguro de datos y la restauración y transmisión de información de clientes, cuentas y transacciones utilizada por individuos, instituciones financieras y bancos; hardware y software de computador
para facilitar el acceso a cuentas de pago para el comercio
electrónico e inalámbrico; lectores de tarjetas; lectores de tarjetas para tarjetas codificadas magnéticamente y tarjetas que contienen un chip de circuito integrado; puntos terminales de transacciones de ventas; software
de computador que comprende
un programa de pago digital
o electrónico para almacenar
tarjetas de pago, información personal y dinero o
valor electrónico en un computador personal o una computador diseñado para permitir que las tarjetas inteligentes interactúen con terminales y lectores; software
de computador diseñado para
permitir que las tarjetas inteligentes funcionen con terminales y lectores; software de computador
para la transmisión, visualización
y almacenamiento de información
de transacciones, de identificación
y financiera para uso en industrias financieras,
bancarias y de telecomunicaciones;
software de computador diseñado
para permitir que las tarjetas
codificadas magnéticamente
u ópticamente y las tarjetas
inteligentes que contienen
un chip de circuito integrado
interactúen con los terminales y lectores de tarjetas en la industria de servicios financieros; software y hardware de computador para pagos entre individuos
por medios electrónicos; software para garantizar
el almacenamiento, la recuperación y la transmisión de datos confidenciales de clientes o utilizados por individuos; terminales para transacciones en puntos de venta y software de computador para la transmisión, visualización y almacenamiento de
transacciones, identificación
e información financiera
para uso en aplicaciones financieras, bancarias y de telecomunicaciones;
aplicación de software de computador
para uso en el área de bancos
y tarjetas de crédito y débito. Fecha: 06 de marzo de 2023. Presentada el: 02 de junio de 2022. San José. Se cita
a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos
valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. 06 de marzo de 2023. A efectos de publicación,
téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo
85 de la Ley 7978. Esta solicitud
se rige por el art. 28 de la Ley de Marcas Comerciales y Otros Signos Distintivos que indica “Cuando la marca consista en una
etiqueta y otro signo compuesto por un conjunto de elementos, la protección no se extenderá a los elementos contenidos
en ella que sean de uso común
o necesario en el comercio”.—Pablo
Andrés Sancho Calvo,
Registrador(a).—( IN2023739058 ).
Solicitud
Nº 2022-0004677.—María de La Cruz Villanea
Villegas, casada dos veces,
cédula
de identidad N° 109840695, en calidad
de apoderada especial de Nu Pagamentos
S. A.-Instituiҫão
de Pagamento con domicilio en R Capote Valente, 39 Pinheiros-05409-000 Sao Paulo-SP, Brasil, solicita la inscripción
como marca de servicios en clase
42. Internacional. Para proteger y distinguir lo siguiente: Actualización de software de computador;
escaneo de documentos; desarrollo [diseño] de software de computador;
recuperación de datos [informática]; soporte técnico en ciencias
de la computación, a saber, instalación,
mantenimiento y configuración
de base de datos. Fecha: 06
de marzo de 2023. Presentada
el 02 de junio de 2022. San
José. Se cita a terceros interesados en defender sus
derechos para hacerlos valer
ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. 06 de marzo de 2023. A efectos de publicación,
téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo
85 de la Ley N° 7978. Esta solicitud
se rige por el art. 28 de la Ley de Marcas Comerciales y Otros Signos Distintivos que indica “Cuando la marca consista en una
etiqueta y otro signo compuesto por un conjunto de elementos, la protección no se extenderá a los elementos contenidos
en ella que sean de uso común
o necesario en el comercio”.—Pablo
Andrés
Sancho Calvo, Registrador.—( IN2023739059 ).
Solicitud N°
2022-0007794.—María de la Cruz Villanea Villegas,
casada dos veces, cédula de identidad N° 109840695,
en calidad de apoderado especial de BYD Company Limited, con domicilio en N° 1, Yan’an
Road, Kuichong Street, Dapeng
New District, Shenzhen, Guangdong, China, solicita la
inscripción
como marca de fábrica y comercio, en clase(s):
12 internacional(es). Para proteger
y distinguir lo siguiente: en clase 12: Coches.
Fecha: 16 de marzo de 2023.
Presentada el: 6 de setiembre de 2022. San José: Se cita
a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos
valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto.
16 de marzo de 2023. A efectos de publicación, téngase en
cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley N° 7978. Esta solicitud se rige por el art. 28 de la Ley de Marcas Comerciales y Otros Signos Distintivos
que indica “Cuando la marca
consista en una etiqueta y otro signo compuesto
por un conjunto de elementos,
la protección
no se extenderá
a los elementos contenidos en ella
que sean de uso común o necesario en el
comercio”.—Milena Marín Jiménez, Registrador(a).—(
IN2023739060 ).
Solicitud
N° 2023-0000997.—María De La Cruz Villanea Villegas, cédula de identidad
100984-0695, en calidad de Apoderado Especial de Biocon Biologics Limited con domicilio en Biocon House, Ground
Floor, Tower-3, Semicon Park, Electronic City,
Phase-II, Hosur Road, Bengaluru, Karnataka-560100, India, India, solicita la inscripción
como marca de fábrica y comercio en clase(s): 1; 5 y 10. Internacional(es). Para proteger
y distinguir lo siguiente: en clase 1: Productos
químicos destinados a la industria y la ciencia; preparaciones biológicas para la industria y la ciencia; en clase 5: Preparaciones
farmacéuticas, médicas veterinarias; productos higiénicos y sanitarios para uso médico; alimentos
y substancias dietéticas
para uso médico o veterinario, alimento para bebés; complementos alimenticios para seres humanos y animales; en clase 10: Aparatos
e instrumentos quirúrgicos,
médicos, odontológicos y veterinarios. Reservas: Colores negro y blanco. Fecha: 16 de marzo de 2023. Presentada el: 7 de febrero de 2023. San
José: Se cita a terceros interesados en defender sus
derechos para hacerlos valer
ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. 16 de marzo de 2023. A efectos de publicación,
téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo
85 de la Ley 7978. Esta solicitud
se rige por el art. 28 de la Ley de Marcas Comerciales y Otros Signos Distintivos que indica “Cuando la marca consista en una
etiqueta y otro signo compuesto por un conjunto de elementos, la protección no se extenderá a los elementos contenidos
en ella que sean de uso común o necesario
en el comercio”.—Kimberly Arick Alvarado, Registrador(a).—( IN2023739061 ).
Solicitud Nº 2022-0005374.—María De La Cruz Villanea Villegas, casada dos veces, cédula de identidad N°
109840695, en calidad de apoderada especial de Cooperativa
de Productores de Leche Dos Pinos
R.L, con domicilio en del aeropuerto, 7 kilómetros al oeste, Alajuela,
Costa Rica, solicita la inscripción:
como marca de fábrica y comercio en clase:
31 internacional, para proteger
y distinguir lo siguiente: en clase 31: semillas
agrícolas. Fecha: 21 de marzo de 2023. Presentada el 21 de junio de 2022. San Jose:
Se cita a terceros interesados en defender sus
derechos para hacerlos valer
ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. 21 de marzo de 2023. A efectos de publicación,
téngase en cuenta lo dispuesto en el
artículo
85 de la Ley 7978. Esta solicitud
se rige por el art. 28 de la Ley de Marcas Comerciales y Otros Signos Distintivos que indica “Cuando la marca consista en una
etiqueta y otro signo compuesto por un conjunto de elementos, la protección no se extenderá a los elementos contenidos
en ella que sean de uso común o necesario en el
comercio”.—Grettel Solís Fernandez, Registradora.—(
IN2023739062 ).
Solicitud
N° 2023-0001592.—Juan Miguel
Villalobos Zamora, cédula de identidad N° 205770750, en calidad de apoderado
especial de Katahama Investments LLC Limitad, cédula jurídica N°
3102615384, con domicilio en
Guanacaste, Santa Cruz, Tamarindo, Edificio P Y D
Abogados contiguo al Hotel Pasatiempo,
Tamarindo, Santa Cruz, Costa Rica, solicita la inscripción
como marca de servicios en clase(s):
43. Internacional(es). Para proteger
y distinguir lo siguiente: en clase 43: Servicios
prestados en relación con la preparación de alimentos y bebidas para el consumo; servicios
de restaurante; servicios
de restaurante autoservicio;
servicios de snack-bar; servicios
de restaurante para llevar.
Reservas: Reservar el logo que se adjunta el cual es un fondo
blanco donde resaltan las palabras BEACH TREATS en
colores verde y anaranjado. Fecha: 17 de marzo de 2023. Presentada el: 23 de febrero de 2023. San
José: Se cita a terceros interesados en defender sus
derechos para hacerlos valer
ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. 17 de marzo de 2023. A efectos de publicación,
téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo
85 de la Ley N° 7978. Esta solicitud
se rige por el art. 28 de la Ley de Marcas Comerciales y Otros Signos Distintivos que indica “Cuando la marca consista en una
etiqueta y otro signo compuesto por un conjunto de elementos, la protección no se extenderá a los elementos contenidos
en ella que sean de uso común o necesario
en el comercio”.—Ivonne Mora Ortega, Registradora.—(
IN2023739173 ).
Solicitud
N°2023-0002489.—César Mora Siles,
soltero, cédula de identidad
109980221, con domicilio en
ultima casa, mano izquierda, calle
sin salida, Barrio Santa Eguviges,
Higuito, San Miguel, Desamparados, San José, Costa Rica , solicita la inscripción
como marca de servicios en clase(s):
42. Internacional(es). Para proteger
y distinguir lo siguiente: en clase 42: Página
web de almacenamiento digital de fotografías.
Fecha: 23 de marzo de 2023.
Presentada el: 16 de marzo de 2023. San José: Se cita
a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos
valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. 23 de marzo de 2023. A efectos de publicación, téngase en cuenta
lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978. Esta solicitud se rige por el
art. 28 de la Ley de Marcas Comerciales
y Otros Signos Distintivos que indica “Cuando la
marca consista en una etiqueta
y otro signo compuesto por un conjunto de elementos, la protección no se extenderá a los elementos contenidos en ella que sean
de uso común o necesario en el
comercio”.—Ginna Aguilar
Madriz, Registradora.—( IN2023739174 ).
Solicitud N°
2023-0001830.—Eduardo
Sánchez Mantilla, cédula de identidad N° 113080977, en calidad de apoderado generalísimo de Taurursus
Enterprises S. A., cédula de identidad N° 3101748526,
con domicilio en San Rafael
de Escazú, Guachipelin de la Rotonda
de Multiplaza 300 norte y
25 este, Parque Industrial Guachipelin,
San José, Costa Rica, solicita la inscripción
como marca de fábrica y
comercio
en clase 3. Internacional. Para proteger y distinguir lo siguiente: Productos de cuidado cosmético y personal como: cremas, lociones, ungüentos, aceites para masajes, exfoliantes, shampoos, acondicionadores, mascarillas
capilares geles, jabones, espumas limpiadoras, aguas aromáticas, gotas y ampollas para el cabello. Fecha: 16 de marzo de 2023. Presentada el 01 de marzo de 2023. San José.
Se cita a terceros interesados en defender sus
derechos para hacerlos valer
ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. 16 de marzo de 2023. A efectos de publicación,
téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo
85 de la Ley N° 7978. Esta solicitud
se rige por el art. 28 de la Ley de Marcas Comerciales y Otros Signos Distintivos que indica “Cuando la marca consista en una
etiqueta y otro signo compuesto por un conjunto de elementos, la protección no se extenderá a los elementos contenidos
en ella que sean de uso común
o necesario en el comercio”.—Rina Ruiz Mata, Registradora.—( IN2023739192 ).
Solicitud
Nº 2023-0001423.—Kattia Virginia Barrientos Ureña, cédula de identidad N°
111610021, en calidad de apoderada especial de Papagayo Advisors S.R.L., cédula jurídica N° 3102843004 con domicilio en San José, Pérez Zeledón,
San Isidro del General, 50 metros al oeste y 50
metros al norte de la Ferretería
Xiomara, casa de dos plantas con verjas
color gris frente a Gimnasio
Body Combat, San José, Costa Rica, solicita la inscripción
como marca de servicios
en clase 45 internacional, para proteger y distinguir lo siguiente: en clase 45: Servicios
de investigación y vigilancia
en relación con la seguridad
física de bienes materiales y personas. Reservas:
color azul. Fecha: 20 de febrero de 2023. Presentada el: 17 de febrero de 2023. San
José: Se cita a terceros interesados en defender sus
derechos para hacerlos valer
ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. 20 de febrero de 2023. A efectos de publicación,
téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo
85 de la Ley 7978. Esta solicitud
se rige por el art. 28 de la Ley de Marcas Comerciales y Otros Signos Distintivos que indica “Cuando la marca consista en una
etiqueta y otro signo compuesto por un conjunto de elementos, la protección no se extenderá a los elementos contenidos
en ella que sean de uso común
o necesario en el comercio”.—Pablo
Andrés
Sancho Calvo, Registrador.—( IN2023739194 ).
Solicitud
Nº 2022-0009195.—Cinthia Gamboa Gómez, soltera, cédula de identidad N° 112050250 con domicilio en Vásquez
de Coronado, San Antonio, Palillo, Pulpería Asturiana 300 metros noroeste, Condominio Villa del
Mar, casa N° 12, San José, Costa Rica, solicita la inscripción
como marca de fábrica y comercio en clases 30 y 31 internacionales, para proteger y distinguir lo siguiente: en clase 30: Café, té, cacao y sucedáneos del café;
arroz; tapioca y sagú; harinas
y preparaciones a base de cereales;
pan, productos de pastelería
y confitería; helados; azúcar, miel, jarabe de melaza; levadura, polvos de hornear; sal; mostaza; vinagre,
salsas (condimentos); especias;
hielo; en clase 31: Productos agrícolas, acuícolas, hortícolas y forestales en bruto y sin procesar; granos y semillas en bruto
o sin procesar; frutas y verduras, hortalizas y legumbres frescas, hierbas aromáticas frescas; plantas y flores naturales; bulbos, plantones y semillas para
plantar; animales vivos; productos alimenticios y bebidas para animales; malta. Reservas: De los colores: gris y naranja. Fecha: 12 de diciembre de 2022. Presentada el: 20 de octubre de 2022. San
José. Se cita a terceros interesados en defender sus
derechos para hacerlos valer
ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. 12 de diciembre de 2022. A efectos de publicación,
téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo
85 de la Ley 7978. Esta solicitud
se rige por el art. 28 de la Ley de Marcas Comerciales y Otros Signos Distintivos que indica “Cuando la marca consista en una
etiqueta y otro signo compuesto por un conjunto de elementos, la protección no se extenderá a los elementos contenidos
en ella que sean de uso común
o necesario en el comercio”.—Isela
Chango Trejos, Registradora.—(
IN2023739203 ).
Solicitud
N° 2023-0002169.—Mónica María Monge Solís, en calidad de apoderado especial de
Blue Home Hospitality Sociedad de Responsabilidad Limitada, con domicilio en Nicoya, Nosara, Centro Comercial La Bomba, Local Doce, Guanacaste, Costa Rica, solicita
la inscripción
como marca de comercio y servicios en clase(s): 21 y 24. Internacional(es). Para proteger
y distinguir lo siguiente: en clase 21: Utensilios
y recipientes para uso doméstico y culinario; utensilios de cocina y vajilla.; en clase
24: Tejidos y sus sucedáneos;
ropa de hogar; cortinas de materias textiles o
de materias plásticas. Fecha: 24 de marzo de 2023. Presentada el: 9 de marzo de 2023. San José: Se cita
a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos
valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. 24 de marzo de 2023. A efectos de publicación, téngase en cuenta
lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley N° 7978.
Esta solicitud se rige por el
art. 28 de la Ley de Marcas Comerciales
y Otros Signos Distintivos que indica “Cuando la
marca consista en una etiqueta
y otro signo compuesto por un conjunto de elementos, la protección no se extenderá a los elementos contenidos en ella que sean de uso común o necesario
en el comercio”.—Randall Abarca Aguilar, Registrador.—( IN2023739205 ).
Solicitud
Nº 2023-0001437.—Mauricio Lara Ramos, casado una vez,
cédula de identidad N° 111800957, en
calidad de apoderado
especial de Binary Beach Limitada, cédula jurídica N° 3102762145 con domicilio en Escazú, San Rafael, Edificio Davivienda, primer piso, Meridiano Business Center, San José, Costa Rica, solicita la inscripción
como marca de servicios en clases
9; 25; 35; 36; 41 y 42 internacionales, para proteger y distinguir lo siguiente: en clase
9: Hardware, firmware y software de ordenador, plataformas de software de ordenador;
software de comercio electrónico
para realizar transacciones
comerciales por medios electrónicos a través de una red informática global; software de aplicación;
software de aplicación para tecnología
blockchain; software de aplicación
para teléfonos móviles;
software de computación en
la nube; software para comprar,
vender, comerciar, pagar, activar, almacenar y gestionar tokens fungibles y no fungibles valiosos, y cripto activos; software para servicios financieros; tarjetas de crédito y de pago codificadas; terminales de cripto pago para el pago de servicios
minoristas mediante tecnología blockchain; software informático
descargable para gestionar transacciones de criptodivisas utilizando tecnología blockchain;
claves criptográficas descargables para recibir y gastar
cripto activos; monederos electrónicos descargables; monitores de visualización de vídeo portátiles; rastreadores de actividad portátiles; dispositivos inteligentes portátiles; smartwatches; conjuntos de datos
grabados o descargables; plataformas de software almacenadas
o descargables; software informático
almacenado; aplicaciones de
software informático descargables;
aplicaciones de pago para criptodivisas (software); en clase 25: Ropa; calzado; sombreros; pañuelos (pañoletas); pañuelos; ropa con LED integrados; ropa bordada; capas
de peluquería; ropa para gimnasia; camisas; pantalones;
sombreros; chaquetas (ropa);
casquetes; capuchas (ropa); vestidos; pañuelos para la cabeza; corbatas;
camisas de manga corta; baberos
con mangas, que no sean de papel; batas; batas; gorras; gorros; ropa exterior; orejeras (prendas de vestir); combinaciones (prendas de vestir); pantuflas; sombreros de papel (prendas de vestir); ponchos; suéteres; pijamas; faldas; trajes de dormir, zapatos; monos; cintas para la cabeza (prendas de
vestir); prendas de punto; camisetas; leotardos; abrigos; uniformes; ropa interior; ropa interior; chalecos; sombreros de copa; en clase 35: Servicios
de publicidad, marketing y promoción;
marketing de localización; marketing de ciudad; publicidad y actos publicitarios relativos a la localización o ciudad y para las empresas
o comercios situados en el territorio,
y en medios de comunicación, medios en línea y plataformas
en línea, así como en
carteles, folletos, prospectos e impresos; presentación de productos en medios de comunicación
con fines de venta al por menor; venta al por menor en
zonas del centro de la ciudad relativa
a los productos mencionados aquí en las clases 9 y 25; venta al por menor
y al por mayor desde centros comerciales, centros comerciales o centros outlet en relación con los productos mencionados en las clases 9 y 25; venta al por menor
en línea en relación con los productos mencionados
en las clases 9 y 25; puesta a disposición de un
mercado en línea para compradores y vendedores de bienes y servicios; puesta a disposición de un
mercado en línea para compradores y vendedores de bienes y servicios en el metaverso;
cuidado y mantenimiento de datos en bases de datos informáticas; análisis y evaluación de datos en bases de datos informáticas; marketing turístico; desarrollo empresarial, en particular asesoramiento
empresarial y organizativo
para empresas; marketing regional; gestión de ciudades (marketing); desarrollo de ciudades
(marketing); política de localización
(marketing); desarrollo empresarial
regional, en particular asesoramiento
empresarial y organizativo
para empresas de la región;
promoción de proyectos
(marketing); promoción de empresas
de nueva creación y de
redes de empresas de nueva creación mediante asesoramiento empresarial y organizativo; apoyo estructural y proyectos de infraestructura (marketing); promoción
de reasentamientos empresariales
(marketing); servicios de intermediación
empresarial relativos a la puesta en contacto de inversores privados potenciales
con empresarios que necesitan financiación;
servicios de intermediación
no empresarial relacionados
con la puesta en contacto de inversores privados potenciales con empresarios que necesitan
financiación; promoción de
la economía local y del
comercio minorista local
(marketing); servicios de reubicación para empresas; consultoría
en materia de publicidad, marketing y promoción
de ventas; consultoría en materia de gestión
y organización empresarial;
consultoría en materia de estrategias de comunicación de relaciones públicas y relaciones públicas; consultoría en materia de estrategias
de comunicación publicitaria;
servicios de consultoría empresarial para la transformación
digital; servicios de comunicación
corporativa; servicios de agencia de publicidad; marketing;
servicios de relaciones con
los medios de comunicación; servicios de relaciones públicas; relaciones públicas; actualización de material publicitario;
publicidad exterior; publicidad
televisiva; publicidad en línea en
una red informática; desarrollo de conceptos publicitarios; difusión de
material publicitario; redacción
de textos publicitarios; realización de eventos comerciales; desarrollo y preparación de campañas publicitarias; desarrollo y preparación de campañas mediáticas (medidas publicitarias); desarrollo y preparación de campañas impresas
(medidas publicitarias); servicios de telemarketing; desarrollo
y preparación de campañas de folletos (medidas publicitarias);
bill-posting; producción de programas
de televenta; producción de
películas publicitarias; publicidad radiofónica; servicios de news clipping; búsqueda de patrocinadores; publicación de textos publicitarios; marketing
de influenciadores; administración
comercial de la concesión
de licencias de bienes y servicios ajenos; servicios de maquetación con
fines publicitarios; servicios
de generación de clientes potenciales; marketing en el marco de la edición de programas informáticos; demostración de bienes y servicios con fines publicitarios; servicios de publicidad para crear identidad de marca para terceros; promoción de bienes a través de personas influyentes; promoción de bienes y servicios mediante el patrocinio de acontecimientos deportivos; servicios de inteligencia competitiva (análisis de
mercado); inteligencia competitiva
(análisis de mercado); servicios
de lobbying comercial; marketing dirigido;
optimización del tráfico de
sitios web; optimización de sitios web para motores de búsqueda con fines de promoción de ventas; facilitación de información comercial y de contacto empresarial; información comercial y asesoramiento a los consumidores en la elección de productos y servicios; facilitación de información comercial a través de un sitio
web; información empresarial;
facilitación de clasificaciones
de usuarios con fines comerciales
o publicitarios; realización
de proyectos de investigación
en el ámbito
de la publicidad, el
marketing y la promoción de ventas;
realización de proyectos de
investigación de mercado; compilación
de estadísticas; elaboración
de perfiles de consumidores
con fines comerciales o de marketing; compilación de índices de información con fines
comerciales o publicitarios;
servicios de gestión de proyectos empresariales para proyectos de construcción; investigación de marketing; estudios
de mercado; sondeos de opinión;
organización de exposiciones
con fines comerciales o publicitarios;
asesoramiento en organización empresarial; sistematización de información en bases de datos informáticas; organización de
ferias comerciales; negociación
de contratos comerciales por cuenta ajena;
promoción de ventas por cuenta ajena;
promoción de ventas; promoción de ventas adaptada al lugar de compra (promoción en el punto de venta); promoción de ventas adaptada a la tienda (promoción en la tienda); alquiler de tiempo de publicidad en medios
de comunicación; mediación
y conclusión de transacciones
comerciales por cuenta ajena; servicios
de intermediación comercial
relativos a la puesta en contacto de diversos profesionales con clientes; servicios de intermediación comercial; publicidad por correspondencia; distribución de muestras; administración de programas de fidelización de consumidores; servicios de venta al por menor
de obras de arte prestados por galerías
de arte; servicios de pedidos en línea
en el ámbito
de la restauración para llevar
y la entrega a domicilio; en clase 36: Provisión
de tarjetas prepago y
tokens; servicios de pago
de monedero electrónico; transferencia electrónica
de criptoactivos; transferencia electrónica de fondos proporcionada mediante tecnología blockchain; transferencia electrónica de fondos; intercambio financiero de criptoactivos; servicios financieros; banca; servicios de tarjetas de crédito; procesamiento de transacciones de pago electrónico; provisión o alquiler de terminales de criptopago para el pago de servicios minoristas mediante tecnología blockchain; emisión y canje de tokens electrónicos
fungibles o no fungibles o tarjetas y tokens de prepago mediante tecnología blockchain; servicios
de pago para criptodivisas;
emisión de certificados de
regalo; emisión de talonarios
de vales; emisión de tokens de valor; emisión de talonarios de vales
para campañas de descuento;
servicios de cajero automático, emisión de vales y cupones para promoción de ventas en comercio
minorista en línea y en tienda; emisión de tarjetas de crédito criptográficas; transacciones bancarias con criptodivisas; cambio de activos Fiat y criptomonedas, transferencias bancarias para criptodivisas; transferencias bancarias para la compra y venta de criptodivisas; compensación financiera en relación con criptodivisas; compensación financiera en relación
con la compra y venta de criptodivisas; crowdfunding;
intermediación inmobiliaria;
servicios de intermediación bursátil; suministro de información financiera; suministro de información financiera a través de un sitio web; servicios de previsión financiera;
consultoría financiera; investigación financiera; servicios de compraventa y cambio de divisas; servicios de
banca móvil; banca en línea; organización de cobros monetarios; gestión financiera; administración fiduciaria; gestión inmobiliaria; asuntos inmobiliarios; inversión de
capital; organización de financiación
de proyectos de construcción; alquiler de oficinas
y bienes inmuebles; alquiler de oficinas para
co-working; alquiler de bienes
inmuebles; gestión de casas
de apartamentos; servicios
de agencia de alojamiento (apartamentos); gestión de edificios de oficinas; servicios de agencia de oficinas; servicios financieros, en concreto, apuesta de criptodivisas; servicios de agencia inmobiliaria; servicios de caja de ahorros; en clase
41: Información educativa; información de entretenimiento; suministro de vídeos en línea no descargables;
suministro de programas de televisión no descargables a través de servicios de vídeo a la carta; suministro de instalaciones museísticas; suministro de reseñas de usuarios con fines de entretenimiento
o culturales; suministro de
clasificaciones de usuarios
con fines de entretenimiento
o culturales; orientación profesional (asesoramiento sobre educación o formación); servicios de discoteca; suministro de instalaciones
de casino (juegos de azar); coaching (formación); presentación de exposiciones en museos; formación práctica (demostración); autoedición electrónica; servicios de biblioteca
multimedia; servicios de reporteros
gráficos; servicios de certificación educativa, en concreto, prestación de servicios de formación y examen educativo;
producción de podcasts; tutoría;
producción de espectáculos; dirección de espectáculos;
entretenimiento radiofónico, servicios de entretenimiento;
servicios de colonias de vacaciones
(entretenimiento); organización
y realización de seminarios;
organización y realización
de talleres (formación); exposiciones museísticas con
fines educativos; alquiler
de instalaciones para estadios;
alquiler de decorados; transferencia de conocimientos empresariales y técnicos (formación); publicación de libros; servicios de edición de vídeo eventos; presentación de los de circo; en clase
42: Programación informática;
suministro de información sobre tecnología informática y programación a través de un sitio web; escritura
de código informático; suministro de sistemas informáticos virtuales mediante computación
en la nube; servicios de desarrollo de software;
programación de software para plataformas de comercio electrónico; alojamiento de plataformas en internet; suministro de programas informáticos para comercio electrónico; alojamiento de plataformas de comercio electrónico en internet; desarrollo de plataformas informáticas; servicios de autenticación de usuarios mediante tecnología blockchain; servicios de autenticación de usuarios mediante tecnología de inicio de sesión único para aplicaciones de software en línea; servicios de autenticación de usuarios mediante tecnología para transacciones de comercio electrónico; consultoría en seguridad informática;
consultoría en tecnología informática; consultoría en seguridad de datos; consultoría en el ámbito del ahorro
de energía (prueba de participación); servicios de consultoría relacionados con la tecnología de la información; diseño de software informático; diseño de sistemas informáticos; servicios de arquitectura; diseño de vestuario; investigación y desarrollo de nuevos productos para terceros; creación y mantenimiento de
sitios web para terceros; diseño
gráfico de material promocional;
diseño de artes gráficas; instalación de programas informáticos; plataforma como servicio; prestación de uso temporal de un programa informático de pago para conectar sistemas de pago internacionales (pagos como servicio);
servicios de programación informática para el tratamiento de datos; minería de criptomoneda; software
como servicio (SaaS); desarrollo de programas informáticos en el marco de la edición de programas informáticos; urbanismo; consultoría tecnológica; servicios de consultoría tecnológica para la transformación
digital; investigación tecnológica;
investigación científica y tecnológica en el ámbito de las criptodivisas; investigación científica y tecnológica en el ámbito
de la tecnología blockchain; prestación
de uso temporal de un centro
urbano virtual con oportunidades
de compra en el metaverso mediante
tecnología blockchain; prestación
de uso temporal de mundos comerciales virtuales en la web 3.0 Reservas: De los colores; azul,
morado, verde, rojo, anaranjado y amarillo Fecha: 24 de marzo de 2023. Presentada el: 17 de febrero de 2023. San José. Se cita
a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos
valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. 24 de marzo de 2023. A efectos de publicación, téngase en cuenta
lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978. Esta solicitud se rige por el
art. 28 de la Ley de Marcas Comerciales
y Otros Signos Distintivos que indica “Cuando la
marca consista en una etiqueta
y otro signo compuesto por un conjunto de elementos, la protección no se extenderá a los elementos contenidos en ella que sean
de uso común o necesario en el
comercio”.—Walter Alfaro
González, Registrador.—( IN2023739949 ).
Solicitud N° 2023-0002174.—María José Ortega Telleria,
casada una vez, cédula de identidad
206900053, en calidad de apoderado especial de Mouka
Enterprises Sociedad Anónima, Cédula jurídica 3101871500 con domicilio
en Santa Ana, Pozos,
Residencial Parque Valle del Sol, casa número 295,
San José, Costa Rica, solicita la inscripción
como marca de fábrica y servicios en clase(s): 30 y 43. Internacional(es). Para proteger
y distinguir lo siguiente: en clase 30: Productos
de panadería, pan, productos
de pastelería y confitería,
repostería dulce y salada, preparaciones a base de cereales,
chocolates, mezclas de pastelería,
postres, panqueques, cruasanes, decoraciones de azúcar para pasteles, pudines, helados, té; en clase
43: Servicios de cafetería,
servicios de repostería, servicios de panadería y servicios de catering. Fecha: 13
de marzo de 2023. Presentada
el: 9 de marzo de 2023. San
José: Se cita a terceros interesados en defender sus
derechos para hacerlos valer
ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. 13 de marzo de 2023. A efectos de publicación,
téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo
85 de la Ley 7978. Esta solicitud
se rige por el art. 28 de la Ley de Marcas Comerciales y Otros Signos Distintivos que indica “Cuando la marca consista en una
etiqueta y otro signo compuesto por un conjunto de elementos, la protección no se extenderá a los elementos contenidos
en ella que sean de uso común
o necesario en el comercio”.—Wendy
López Vindas, Registradora.—( IN2023740295 ).
PUBLICACIÓN DE SEGUNDA VEZ
Solicitud
Nº 2023-0002134.—Anel Aguilar Sandoval, cédula de identidad 113590010, en calidad de Gestor oficioso de Productos Ramo S.A.S., con domicilio en: Carrera 27 A N° 68
- 50 Bogotá D.C., Colombia, Colombia, solicita la inscripción
como marca de fábrica y comercio en clase(s): 30. Internacional(es), para proteger
y distinguir lo siguiente: en clase 30: café, té, cacao y sus sucedáneos;
arroz, pastas alimenticias y fideos;
tapioca y sagú; harinas y preparaciones a base de cereales;
pan, productos de pastelería
y confitería; chocolate; helados
cremosos, sorbetes y otros helados; azúcar, miel, jarabe de melaza; levadura, polvos de hornear; sal, productos para sazonar, especias, hierbas en conserva;
vinagre, salsas y otros condimentos; hielo. Fecha: 23 de marzo de 2023. Presentada el: 08 de marzo de 2023. San José: Se cita
a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos
valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. 23 de marzo de 2023. A efectos de publicación, téngase en cuenta
lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978. Esta solicitud se rige por el
art. 28 de la Ley de Marcas Comerciales
y Otros Signos Distintivos que indica “Cuando la
marca consista en una etiqueta
y otro signo compuesto por un conjunto de elementos, la protección no se extenderá a los elementos contenidos en ella que sean de uso
común o necesario en el comercio”.—Milena Marín Jiménez, Registrador(a).—(
IN2023740456 ).
Solicitud
N° 2023-0002320.—Anel Aguilar
Sandoval, cédula de identidad 113590010, en calidad de apoderado
especial de Fundación Omar Dengo, cédula jurídica 3006084760
con domicilio en de Casa Matute Gómez 300 metros este y 75
metros sur, calle 25a, avenidas
10 y 12, Barrio Francisco Peralta, Costa Rica, solicita
la inscripción
como marca de comercio y servicios en clase(s): 16; 35; 38; 41 y 42.
Internacional(es). Para proteger
y distinguir lo siguiente: en clase 16: papel
y cartón; productos de imprenta; material de encuadernación;
fotografías; artículos de papelería y artículos de oficina, excepto muebles; adhesivos (pegamentos) de papelería o para uso doméstico; material de dibujo y material para artistas; pinceles; material de instrucción
y material didáctico; hojas, películas
y bolsas de materias plásticas para embalar y empaquetar; caracteres de imprenta, clichés de imprenta.; en clase
35: publicidad; gestión, organización y administración de negocios comerciales; trabajos de oficina.; en clase 38: servicios
de telecomunicaciones.; en clase 41: educación; formación; servicios de entretenimiento; actividades deportivas y culturales.; en clase 42: servicios
científicos y tecnológicos,
así como servicios de investigación y diseño conexos; servicios de análisis industrial,
investigación industrial y diseño
industrial; control de calidad y servicios
de autenticación; diseño y desarrollo de hardware y software. Fecha:
23 de marzo de 2023. Presentada
el: 13 de marzo de 2023.
San José: Se cita a terceros
interesados en defender sus
derechos para hacerlos valer
ante este registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. 23 de marzo de 2023. A efectos de publicación,
téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo
85 de la ley 7978. Esta solicitud
se rige por el art. 28 de la ley de marcas comerciales y otros signos distintivos que indica “cuando la marca consista en una
etiqueta y otro signo compuesto por un conjunto de elementos, la protección no se extenderá a los elementos contenidos
en ella que sean de uso común
o necesario en el comercio”.—Johnny
Rodríguez Garita, Registrador(a).—(
IN2023740457 ).
Solicitud
N° 2023-0002698.—Anel Aguilar
Sandoval, cédula de identidad
N° 113590010, en
calidad de apoderado
especial de Bayer Aktiengesellschaft, con domicilio en
Kaiser-Wilhelm-Allee, 51373 Leverkusen, Alemania, solicita la inscripción:
como marca de servicios en clase(s):
41 y 44 internacional(es), para proteger
y distinguir lo siguiente: en clase 41: educación,
formación y actividades en el campo de las enfermedades cardiovasculares y subsecuentes, relacionadas con la
salud de los riñones; en clase
44: servicios médicos, específicamente para la salud de los riñones. Fecha:
24 de marzo de 2023. Presentada
el 22
de marzo de 2023. San José: Se cita
a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos
valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. 24 de marzo de 2023. A efectos de publicación, téngase en cuenta
lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978. Esta solicitud se rige por el
art. 28 de la Ley de Marcas Comerciales
y Otros Signos Distintivos que indica “Cuando la
marca consista en una etiqueta
y otro signo compuesto por un conjunto de elementos, la protección no se extenderá a los elementos contenidos en ella que sean
de uso común o necesario en el
comercio”.—Rebeca Madrigal Garita, Registradora.—(
IN2023740458 ).
Solicitud
Nº 2023-0002553.—Joseline Vanessa Mejía Suárez, soltera, cédula de identidad
118520019, con domicilio en
Pavas, Geroma, avenida 35a, calle 106A, edificio blanco, portón negro, apartamento número 5, San José, Costa Rica, solicita
la inscripción
como marca de fábrica y comercio en clase(s): 25 internacional(es), para proteger
y distinguir lo siguiente:
camisas, camisetas, gorras,
pantalonetas, fajas, abrigos.
Reservas: blanco y negro. Fecha: 21 de marzo de 2023. Presentada el: 17 de marzo de 2023. San José. Se cita
a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos
valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. 21 de marzo de 2023. A efectos de publicación, téngase en cuenta
lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978. Esta solicitud se rige por el
art. 28 de la Ley de Marcas Comerciales
y Otros Signos Distintivos que indica “Cuando la
marca consista en una etiqueta
y otro signo compuesto por un conjunto de elementos, la protección no se extenderá a los elementos contenidos en ella que sean
de uso común o necesario en el
comercio”.—Alex Villegas Méndez, Registrador(a).—(
IN2023740543 ).
Solicitud
N° 2022-0008013.—Anacedy
Montero Morera, cédula de identidad
203830366, en calidad de apoderado especial de Asociación
de Desarrollo Especifica Mujeres
Productoras de Fila Naranjo, de Pittier,
Coto Brus, Cédula jurídica
3002023688 con domicilio en
Fila Naranjo, Pittier, Coto
Brus, ochocientos metros oeste
de la Escuela/ Costa Rica, 60802, Costa Rica, Costa Rica, solicita
la inscripción
como nombre comercial. Para proteger y distinguir lo siguiente: Un establecimiento comercial dedicado a tostadora y distribuidora de productos derivados de plátanos verdes/ maduros y tubérculos.
Fecha: 20 de octubre de
2022. Presentada el: 14 de septiembre de 2022. San José: Se cita
a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos
valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. 20 de octubre de 2022. A efectos de publicación, téngase en cuenta
lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978. Esta solicitud se rige por el
art. 28 de la Ley de Marcas Comerciales
y Otros Signos Distintivos que indica “Cuando la
marca consista en una etiqueta
y otro signo compuesto por un conjunto de elementos, la protección no se extenderá a los elementos contenidos en ella que sean
de uso común o necesario en el
comercio”.—Isela Chango Trejos, Registradora.—(
IN2023740996 ).
PUBLICACIÓN DE PRIMERA VEZ
Solicitud
N° 2023-0002396.—Rafael Ángel
Quesada Vargas, casado una vez, cédula de identidad N°
109940112, en calidad de apoderado especial de Dinca
Branding Sociedad Anónima,
cédula jurídica N° 3101120121, con domicilio en Escazú, San Rafael,
del Colegio Blue Valley, 300 metros al este Oficentro Paradigm, Bodega H, San José, Costa Rica, solicita la inscripción de: CELTIC
DRAFT, como marca de fábrica y comercio en clase(s): 32 internacional(es), para proteger
y distinguir lo siguiente: en clase 32: cerveza. Fecha: 17 de marzo de 2023. Presentada el 15 de marzo de 2023. San José: Se cita
a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos
valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. 17 de marzo de 2023. A efectos de publicación, téngase en cuenta
lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978. Esta solicitud se rige por el
art. 28 de la Ley de Marcas Comerciales
y Otros Signos Distintivos que indica “Cuando la
marca consista en una etiqueta
y otro signo compuesto por un conjunto de elementos, la protección no se extenderá a los elementos contenidos en ella que sean
de uso común o necesario en el
comercio”.—Milena Marín
Jiménez, Registradora.—( IN2023740834 ).
Solicitud
N° 2023-0002664.—Andrés Corrales
Guzmán,
soltero, cédula de identidad
N° 112450269, en calidad de
apoderado especial de Prada Dent Sociedad Anónima, cédula jurídica N°
3101779180, con domicilio en
Escazú, San Rafael, diagonal al Country Club, Country Plaza, segundo piso, local quince, San
José, Costa Rica, solicita la inscripción:
como marca de servicios en clase(s):
44 internacional(es), para proteger
y distinguir lo siguiente: en clase 44: servicio
de odontología general. Reservas:
no se hacen reservas Fecha: 27 de marzo de 2023. Presentada el: 22 de marzo de 2023. San José: Se cita
a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos
valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. 27 de marzo de 2023. A efectos de publicación, téngase en cuenta
lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978. Esta solicitud se rige por el
art. 28 de la Ley de Marcas Comerciales
y Otros Signos Distintivos que indica “Cuando la
marca consista en una etiqueta
y otro signo compuesto por un conjunto de elementos, la protección no se extenderá a los elementos contenidos en ella que sean
de uso común o necesario en el
comercio”.—Wendy López
Vindas, Registradora.—( IN2023741401 ).
Solicitud
N° 2023-0002690.—Andrea Chaves Núñez, soltera, cédula de identidad
N° 117640302, con domicilio en La Unión, Concepción
de Tres Ríos, Condominio Vistas de Montserrat,
Cartago, Costa Rica, solicita la inscripción
como marca
de fábrica y comercio en clase(s): 3 y 4.
Internacional(es). Para proteger
y distinguir lo siguiente: en clase 3: Aceite
corporal [cosméticos], aceite
de almendras, aceite de
alma con fines cosméticos, aceite
de árbol de té, aceite de
castor con fines cosméticos, aceite
de coco para uso cosmético,
aceite de jazmín, aceite de lavanda, aceite de lavanda para uso cosmético, aceite de masaje, aceite de menta en bruto, aceite de menta [perfumería], aceite de pino, aceite de rosas, aceite de trementina para desengrasar, aceite de trementina [producto desengrasante], aceite para el cabello, aceite para uso cosmético, aceites aromáticos, aceites aromáticos para el baño, aceites
aromáticos usados para producir aromas al calentarse, aceites bronceadores [cosméticos], aceites bronceadores de uso cosmético, aceites corporales y faciales, aceites cosméticos, aceites cosméticos para el baño, aceites
cosméticos para el cuerpo, aceites de aromaterapia para uso cosmético, aceites de baño, aceites de baño para el cuidado
del cabello, aceites de baño que no sean medicinales, aceites de baño y ducha [no medicinales], aceites de citronela para uso cosmético, aceites de ducha no medicinales, aceites de eucalipto para uso cosmético, aceites de limpieza, aceites de mano (que no sean medicinales), aceites de masaje no medicinales, aceites de masajes corporales, aceites de perfumería, aceites de romero para uso cosmético, aceites de rosas para uso cosmético, aceites de tocador, aceites destilados para el cuidado de belleza, aceites esenciales, aceites esenciales aromáticos, aceites esenciales como perfumes para lavar la ropa, aceites esenciales
de aromaterapia, aceites esenciales
de cedro, aceites esenciales
de cidra, aceites esenciales de limón, aceites esenciales de madera de sándalo, aceites esenciales mezclados, aceites esenciales naturales, aceites esenciales para aromaterapia, aceites esenciales para el cuidado de la piel, aceites esenciales
para fines cosméticos, aceites
esenciales para la aromatización
de alimentos, aceites esenciales para la fabricación de
productos perfumados, aceites esenciales para su uso en
ambientadores, aceites esenciales para su uso en procesos
de fabricación, aceites esenciales para tranquilizar los nervios, aceites
esenciales para uso cosmético, aceites esenciales para uso doméstico, aceites esenciales para uso industrial, aceites esenciales para uso personal, aceites esenciales y extractos aromáticos, aceites faciales, aceites minerales [cosméticos], aceites naturales con una finalidad cosmética, aceites naturales para la limpieza,
aceites naturales para perfumes, aceites
no medicinales, aceites
para bebés, aceites para bronceado [cosméticos], aceites para después del sol [cosméticos], aceites para el afeitado, aceites para el cabello, aceites para el cuerpo,
aceites para el cuerpo [de uso cosmético], aceites para el cuidado de la piel [cosméticos], aceites para el cuidado de la piel [no medicinales], aceites para masaje facial, aceites para
perfumes y fragancias, aceites
para uso cosmético, aceites perfumados, aceites perfumados para el cuidado de la piel, aceites perfumados
para la fabricación de preparados
cosméticos, aceites vegetales esenciales, aceites y lociones de masaje, aerosoles antiestáticos para prendas de vestir, aerosoles para refrescar y limpiar la piel, aerosoles perfumados para interiores , aerosoles perfumados y desodorizantes para tejidos, aerosoles refrigerantes para uso cosmético, agua de perfume, agua perfumada, aguas de tocador perfumadas, aguas perfumadas, aguas perfumadas para la ropa, aromas [aceites esenciales], aromas para perfumes, bálsamo
de labios, ceras para masajes,
difusores con varillas, difusores de perfumes de ambiente con varillas, esenciales (aceites -), fragancias, lociones de aromaterapia, perfumería y fragancias, perfumes, aguas de tocador, perfumes líquidos,
perfumes para automóviles, perfumes para habitaciones en forma de pulverizador, perfumes para uso
industrial, sales de baño con esencias.;
en clase 4: Velas de soja, velas de mesa, velas de iluminación, velas de fragancia para aromaterapia, velas con esencia de almizcle, velas aromáticas, velas [iluminación], perfumadas (velas -), mechas para velas y lámparas, mechas para velas,
conjuntos de velas, cera
para hacer velas, cera de abejas para su uso en
la fabricación de velas, velas que contienen repelentes de insectos, velas perfumadas, velas para su uso
como lamparillas de noche, velas para ocasiones especiales, velas para iluminar, velas para iluminación nocturna, velas en latas velas
de té. Fecha: 27 de marzo de 2023. Presentada el: 22 de marzo de 2023. San
José: Se cita a terceros interesados en defender sus derechos
para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. 27 de marzo de 2023. A efectos de publicación,
téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo
85 de la Ley N° 7978. Esta solicitud
se rige por el art. 28 de la Ley de Marcas Comerciales y Otros Signos Distintivos que indica “Cuando la marca consista en una
etiqueta y otro signo compuesto por un conjunto de elementos, la protección no se extenderá a los elementos contenidos
en ella que sean de uso común o necesario
en el comercio”.—Wendy López Vindas, Registradora.—(
IN2023741494 ).
Solicitud Nº 2023-0002622.—María del Milagro
Chaves Desanti, cédula de identidad 106260794, en calidad de Apoderado Especial de
Chery Automobile Co. Ltd., con domicilio en: 8 Changchun Road Economy Development Zone, Wuhu City,
Anhui Province, China, solicita la inscripción
como marca de fábrica y comercio en clase(s) 12 internacional(es), para proteger
y distinguir lo siguiente: en clase 12: automóviles;
vehículos eléctricos. Fecha: 23 de marzo de 2023. Presentada el: 21 de marzo de 2023. San José. Se cita
a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos
valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. 23 de marzo de 2023. A efectos de publicación, téngase en cuenta
lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978. Esta solicitud se rige por el
art. 28 de la Ley de Marcas Comerciales
y Otros Signos Distintivos que indica “Cuando la
marca consista en una etiqueta
y otro signo compuesto por un conjunto de elementos, la protección no se extenderá a los elementos contenidos en ella que sean
de uso común o necesario en el
comercio”.—Pablo Andrés Sancho Calvo, Registrador(a).—(
IN2023741557 ).
Solicitud
No. 2023-0002312.—Carlos Eduardo Nuñez
Navas, casado una vez, cédula de identidad 107970366, en calidad de apoderado generalísimo de Laboratorio de Análisis Clínico y Banco de
Sangre San José S. A., cédula jurídica 3101108928,
con domicilio en Barrio Don
Bosco, doscientos cincuenta
metros al este de la Funeraria
de Recuerdo, San José, Costa Rica, solicita la inscripción
como marca de servicios en clase(s):
44. Internacional(es). Para proteger
y distinguir lo siguiente: en clase 44: Servicios
de Laboratorio Clínico, servicios de análisis médicos, extracción de sangre, análisis de agua, alimentos, bebidas, servicios de análisis de microbiología veterinaria e industrial, análisis
clínicos en general, hematología, inmunoquímica, citagenética, análisis toxicológico o de drogas en suero sanguíneo,
análisis de exudados de origen humano, análisis hormonales, análisis reactivos y servicios de banco de sangre. Fecha: 28 de marzo de 2023. Presentada el: 13 de marzo de 2023. San José: Se cita
a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos
valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. 28 de marzo de 2023. A efectos de publicación, téngase en cuenta
lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978. Esta solicitud se rige por el
art. 28 de la Ley de Marcas Comerciales
y Otros Signos Distintivos que indica “Cuando la
marca consista en una etiqueta
y otro signo compuesto por un conjunto de elementos, la protección no se extenderá a los elementos contenidos en ella que sean
de uso común o necesario en el
comercio”.—Rebeca Madrigal Garita, Registradora.—(
IN2023741622 ).
Solicitud Nº 2023-0002481.—Óscar Alberto Díaz Cordero, cédula de identidad 106770849, en calidad de Apoderado Especial de
Melba Looser Fernández, casada una
vez, cédula de identidad
104840241, con domicilio en:
Dulce Nombre de Coronado, de la Escuela de Policía un
kilómetro al oeste, frente a puesto de Lotería Emmanuel N° 3, 10105, San
José, Costa Rica, solicita la inscripción
como marca de fábrica y comercio en clase: 30. Internacional.
Para proteger y distinguir
lo siguiente: galletas; rollos
de pan; bollos; barras de cereal; bocadillos; croissants; panecillos;
helados comestibles; galletas rellenas; jaleas; pastillas [productos de confitería]; panqueques;
empanadas; pudines; quiches; todos
los anteriores a base o con sabor a miel
de abeja; bocadillos a base de miel
de abeja; cera de abeja comestible; panales
comestibles; miel y repostería
a base de miel de abeja. Fecha: 20 de marzo de 2023. Presentada el: 16 de marzo de 2023. San José. Se cita
a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos
valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. 20 de marzo de 2023. A efectos de publicación, téngase en cuenta
lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978. Esta solicitud se rige por el
art. 28 de la Ley de Marcas Comerciales
y Otros Signos Distintivos que indica “Cuando la
marca consista en una etiqueta
y otro signo compuesto por un conjunto de elementos, la protección no se extenderá a los elementos contenidos en ella que sean
de uso común o necesario en el
comercio”.—Rebeca Madrigal
Garita, Registradora.—(
IN2023741627 ).
Solicitud
N° 2023-0002689.—Reynaldo Arias
Mora, cédula de identidad N° 204020408, en calidad de apoderado
especial de Inversiones Villaplana
y Alfaro del Caribe Sociedad de Responsabilidad Limitada, cédula jurídica
N° 3102826635, con domicilio en Limón, Pococí, Guápiles, setenta
y cinco metros al este del Correo de Costa Rica, a mano derecha,
local color negro, 70201, Guápiles, Costa Rica, solicita la inscripción:
como nombre comercial en clase:
25 internacional, para proteger
y distinguir lo siguiente: en clase 25: venta
de prendas de vestir y accesorios. Fecha: 23 de marzo de 2023. Presentada el 22 de marzo de 2023. San José:
Se cita a terceros interesados en defender sus
derechos para hacerlos valer
ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. 23 de marzo de 2023. A efectos de publicación,
téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo
85 de la Ley 7978. Esta solicitud
se rige por el art. 28 de la Ley de Marcas Comerciales y Otros Signos Distintivos que indica “Cuando la marca consista en una
etiqueta y otro signo compuesto por un conjunto de elementos, la protección no se extenderá a los elementos contenidos
en ella que sean de uso común
o necesario en el comercio”.—Johnny
Rodríguez Garita, Registrador.—(
IN2023741629 ).
Solicitud
N° 2023-0002596.—Jason Gerardo Gamboa Romero, soltero, cédula de identidad N°
114030722, en calidad de Apoderado Generalísimo de Inversiones Tres Treinta Sociedad Anónima,
cédula jurídica N° 3101871905, con domicilio en Mata Redonda, Condominio Brisas del Oeste, torre de apartamentos, 300 metros
oeste de UCIMED, San José, Costa Rica, solicita la inscripción
como marca de fábrica y comercio en clase 30. Internacional.
Para proteger y distinguir
lo siguiente: Café. Fecha:
23 de marzo de 2023. Presentada
el 21 de marzo de 2023. San
José. Se cita a terceros interesados en defender sus
derechos para hacerlos valer
ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. 23 de marzo de 2023. A efectos de publicación,
téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo
85 de la Ley N° 7978. Esta solicitud
se rige por el art. 28 de la Ley de Marcas Comerciales y Otros Signos Distintivos que indica “Cuando la marca consista en una
etiqueta y otro signo compuesto por un conjunto de elementos, la protección no se extenderá a los elementos contenidos
en ella que sean de uso común
o necesario en el comercio”.—Grettel Solís Fernández, Registradora.—(
IN2023741649 ).
Solicitud
N° 2023-0001501.—María José Ortega Tellería, casada
una vez, cédula de identidad N° 206900053, en calidad
de apoderado especial de AFT Outsourcing Group Ltda.,
cédula jurídica N° 3102813702, con domicilio en domiciliada en San José, Sabana Sur, Edificio Edicol, oficina 3-7., Costa Rica, solicita
la inscripción
como marca de servicios, en clase
35; 36 y 41 Internacionales. Para proteger
y distinguir lo siguiente: en clase 35: Servicios
de contabilidad, teneduría de libros, auditorías
contables y financieras, asesorías tributarias, asesorías contables, preparación y presentación de declaraciones de impuestos, gestión, organización y administración de negocios comerciales, servicios de facturación. Clase 36: Servicios de consultoría profesional relacionado con las finanzas. Clase 41: Servicios de asesoramiento educativo relativo a la contabilidad y finanzas. Talleres, capacitaciones y cursos relativos temas financieros y contables. Fecha: 21 de marzo de 2023. Presentada el 21 de febrero de 2023. San
José. Se cita a terceros interesados en defender sus
derechos para hacerlos valer
ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. 21 de marzo de 2023. A efectos de publicación,
téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo
85 de la Ley N° 7978. Esta solicitud
se rige por el art. 28 de la Ley de Marcas Comerciales y Otros Signos Distintivos que indica “Cuando la marca consista en una
etiqueta y otro signo compuesto por un conjunto de elementos, la protección no se extenderá a los elementos contenidos
en ella que sean de uso común
o necesario en el comercio”.—Kimberly
Arick Alvarado, Registradora.—(
IN2023741674 ).
Solicitud N°
2023-0001858.—Luis Ángel Chacón Mena, soltero, cédula de identidad N° 304630149, en calidad de apoderado especial de
Allan Josué Badilla
Rodríguez, soltero, cédula
de identidad N° 304580129, con domicilio
en Dota, Santa María, 1 kilometro
este, 100 metros norte y
100 metros oeste del parque,
10701, San José,
Costa Rica, solicita la inscripción:
como marca de fábrica y comercio en clase(s): 30 internacional(es), para proteger
y distinguir lo siguiente: en clase 30: café y sus derivados. Fecha: 17 de marzo de 2023. Presentada el: 1° de marzo de 2023. San José: Se cita a terceros interesados en defender sus
derechos para hacerlos valer
ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. 17 de marzo de 2023. A efectos de publicación,
téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo
85 de la Ley 7978. Esta solicitud
se rige por el art. 28 de la Ley de Marcas Comerciales y Otros Signos Distintivos que indica “Cuando la marca consista en una
etiqueta y otro signo compuesto por un conjunto de elementos, la protección no se extenderá a los elementos contenidos
en ella que sean de uso común
o necesario en el comercio”.—Grettel Solís Fernández, Registradora.—(
IN2023741679 ).
Solicitud
Nº 2023-0000608.—Randall Chacón García, cédula de identidad 109160530, en calidad de Apoderado Generalísimo de Elirce Cosmetic
S.A., Cédula jurídica 3-101-867944 con domicilio en Desamparados San
Rafael Arriba del Volcafe doscientos
cincuenta metros oeste, frente a Sitio Los Morales, San José, Costa Rica, solicita la inscripción
como Marca de Servicios
en clases: 3 y 44. Internacionales. Para proteger y distinguir lo siguiente: en clase 3: Productos
capilares, de aseo personal
tales como champús, acondicionadores, cremas para cabello, tratamientos capilares en general.; en clase 44: Servicios
médicos, servicios veterinarios: cuidados de higiene y de belleza para
personas o animales, servicios
de agricultura, horticultura
y silvicultura. Fecha: 15
de marzo de 2023. Presentada
el: 26 de enero de 2023.
San José: Se cita a terceros
interesados en defender sus
derechos para hacerlos valer
ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. 15 de marzo de 2023. A efectos de publicación,
téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo
85 de la Ley 7978. Esta solicitud
se rige por el art. 28 de la Ley de Marcas Comerciales y Otros Signos Distintivos que indica “Cuando la marca consista en una
etiqueta y otro signo compuesto por un conjunto de elementos, la protección no se extenderá a los elementos contenidos
en ella que sean de uso común
o necesario en el comercio”.—Randall
Abarca Aguilar, Registrador.—(
IN2023741699 ).
Solicitud
N° 2023-0002155.—Federico Carlos
Alvarado Aguilar, casado una
vez, cédula de identidad N°
900600982, en calidad de apoderado especial de Hacienda San Joaquín de Abangares Sociedad Anónima,
cédula jurídica N° 3101018316, con domicilio en Limonal
de Aserrí, de la Escuela Ricardo Jiménez 500 metros noroeste, sobre camino al Beneficio de Café,
Costa Rica, solicita la inscripción
como marca de comercio en clase(s):
29. Internacional(es). Para proteger
y distinguir lo siguiente: en clase 29: Huevos, huevos de pastoreo. Reservas: Colores amarillo oscuro y claro. Fecha: 14 de marzo de 2023. Presentada el: 8 de marzo de 2023. San José:
Se cita a terceros interesados en defender sus
derechos para hacerlos valer
ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. 14 de marzo de 2023. A efectos de publicación,
téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo
85 de la Ley N° 7978. Esta solicitud
se rige por el art. 28 de la Ley de Marcas Comerciales y Otros Signos Distintivos que indica “Cuando la marca consista en una
etiqueta y otro signo compuesto por un conjunto de elementos, la protección no se extenderá a los elementos contenidos
en ella que sean de uso común
o necesario en el comercio”.—Kimberly
Arick Alvarado, Registradora.—(
IN2023741701 ).
Solicitud Nº 2023-0002652.—Julio Antonio Peralta Aguilar,
cédula de residencia 186201308719, en calidad de Apoderado Generalísimo de Jusodima Inversiones Sociedad de Responsabilidad
Limitada, cédula jurídica 3102723104 con domicilio en 100 m norte 100 m este Esc. Betania, Betania, Mercedes,
Montes de Oca, San José, Costa Rica, solicita la inscripción
como marca de
Comercio en clase: 12. Internacional. Para proteger y distinguir lo siguiente: Partes, repuestos y accesorios para vehículos terrestres. Fecha: 24 de marzo de 2023. Presentada el: 22 de marzo de 2023. San
José: Se cita a terceros interesados en defender sus
derechos para hacerlos valer
ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. 24 de marzo de 2023. A efectos de publicación,
téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo
85 de la Ley 7978. Esta solicitud
se rige por el art. 28 de la Ley de Marcas Comerciales y Otros Signos Distintivos que indica “Cuando la marca consista en una
etiqueta y otro signo compuesto por un conjunto de elementos, la protección no se extenderá a los elementos contenidos
en ella que sean de uso común
o necesario en el comercio”.—Alex Villegas Méndez, Registrador.—( IN2023741752 ).
Solicitud
N° 2023-0000580.—Mariela
Martínez Gómez, casada una vez, cédula de identidad N°
113250783, en calidad de apoderado especial de CCK Creative Centre For Kids Sociedad de Responsabilidad
Limitada, cédula jurídica N° 3-102-862120,
con domicilio en Escazú, Guachipelin, Centro Corporativo
Plaza Roble, Edificio El Patio, Oficinas
de Katia Marten Arquitectos, San José, Costa Rica, solicita
la inscripción
como marca de comercio y servicios en clase(s): 16; 28 y 41. Internacional(es). Para proteger
y distinguir lo siguiente: en clase 16: Productos
de imprenta; material de encuadernación;
artículos de papelería y artículos de oficina; adhesivos (pegamentos) de papelería; material de dibujo; pinceles, material de instrucción
y material didáctico; hojas.; en
clase 28: Juegos y juguetes; aparatos recreativos y de juegos, artículos de gimnasia y deporte.; en clase
41: Educación; formación; servicios de entretenimiento; actividades deportivas y culturales. Fecha: 22 de marzo de 2023. Presentada el: 25 de enero de 2023. San
José: Se cita a terceros interesados en defender sus
derechos para hacerlos valer
ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. 22 de marzo de 2023. A efectos de publicación,
téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo
85 de la Ley N° 7978. Esta solicitud
se rige por el art. 28 de la Ley de Marcas Comerciales y Otros Signos Distintivos que indica “Cuando la marca consista en una
etiqueta y otro signo compuesto por un conjunto de elementos, la protección no se extenderá a los elementos contenidos
en ella que sean de uso común
o necesario en el comercio”.—Isela
Chango Trejos, Registradora.—(
IN2023741758 ).
Solicitud
Nº 2023-0001646.—Laura Madrigal Méndez, cédula de identidad 112750456, en calidad de Apoderado Generalísimo de 3-101-859978 Sociedad Anónima,
cédula jurídica 3101859978, con domicilio
en: Escazú, San Rafael, Condominio
Source Living casa Nº E 28, San José, Costa Rica, solicita
la inscripción de: Digital Lab, como nombre comercial
en clase(s): internacional(es), para proteger
y distinguir lo siguiente: en clase 49: servicios
de publicidad. Ubicado en San José, Escazú, San Rafael, Condominio
Source living casa Nº E 28. Fecha: 28 de febrero de 2023. Presentada el: 24 de febrero de 2023. San
José. Se cita a terceros interesados en defender sus
derechos para hacerlos valer
ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. 28 de febrero de 2023. A efectos de publicación,
téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo
85 de la Ley 7978. Esta solicitud
se rige por el art. 28 de la Ley de Marcas Comerciales y Otros Signos Distintivos que indica “Cuando la marca consista en una
etiqueta y otro signo compuesto por un conjunto de elementos, la protección no se extenderá a los elementos contenidos
en ella que sean de uso común
o necesario en el comercio”.—Rina
Ruiz Mata, Registrador(a).—( IN2023741767 ).
Solicitud
N° 2023-0002550.—Alejandro Rodríguez Castro, mayor, casado una vez,
abogado y notario, cédula de identidad
N° 107870896, en calidad de
apoderado especial de Autos Grecia SRL, cédula jurídica N° 3-102-086986, con domicilio en Alajuela, Grecia, 125 metros sur del Palacio Municipal,
20301, Grecia, Costa Rica, solicita la inscripción
como marca de comercio y servicios, en clase(s): 12; 35 y 39 internacional(es). Para proteger
y distinguir lo siguiente: en clase 12: Vehículos;
aparatos de locomoción terrestre, aérea o acuática; vehículos marítimos; vehículos aéreos; vehículos todo terreno; vehículos
terrestres; vehículos eléctricos; vehículos
comerciales; vehículos teledirigidos; vehículos de transporte; partes y accesorios de vehículos. Clase 35: Publicidad; gestión
de negocios comerciales; administración comercial;
trabajos de oficina; realización de eventos comerciales; organización de exposiciones comerciales; presentación de mercancías y servicios; servicios publicitarios y promocionales; servicios de estrategia comercial; servicios de subasta; servicios de marketing; servicios telemercadeo. Clase 39: Transporte; embalaje y almacenamiento de mercancías; arreglo de viaje; alquiler de vehículos; alquiler de vehículos comerciales; servicios para organizar el transporte. Fecha: 23 de marzo de 2023. Presentada el: 17 de marzo de 2023. San José: Se cita
a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos
valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. 23 de marzo de 2023. A efectos de publicación, téngase en cuenta
lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley N° 7978.
Esta solicitud se rige por el
art. 28 de la Ley de Marcas Comerciales
y Otros Signos Distintivos que indica “Cuando la
marca consista en una etiqueta
y otro signo compuesto por un conjunto de elementos, la protección no se extenderá a los elementos contenidos en ella que sean
de uso común o necesario en el
comercio”.—Kimberly Arick Alvarado, Registrador(a).—(
IN2023741749 ).
Solicitud
Nº 2023-0000308.—Deyfa
Ivy Sutherland Nelson, cédula de identidad N°
701890101, en calidad de apoderada general de Deyfa
Sutherland Nelson, soltera, cédula jurídica N° 3102855736, con domicilio
en Barrio Roosevelt, avenida
8, 25 metros al este de la esquina
noroeste del gimnasio Eddy Bermúdez, 70101, Limón, Costa Rica, solicita
la inscripción:
como nombre comercial en clases:
3 y 24 internacionales, para proteger
y distinguir lo siguiente: en clase 3: productos
cosméticos y preparaciones
de tocador no medicinales; dentífricos no medicinales; productos de perfumería, aceites esenciales; preparaciones para blanquear y otras sustancias para lavar la ropa; preparaciones para limpiar, pulir, fregar y raspar. Nota explicativa la clase 3 comprende principalmente las preparaciones
de tocador no medicinales, así como las preparaciones
de limpieza utilizadas en el hogar
o en otros ámbitos. Esta clase
comprende en particular:
las preparaciones de higiene
en cuanto productos de tocador; las toallitas impregnadas de lociones cosméticas; -los desodorantes para personas o animales; - las preparaciones
para perfumar el ambiente; -las pegatinas decorativas para uñas; - la cera para pulir; -el papel de lija.; en clase 24: Tejidos
y sus sucedáneos; ropa de hogar; cortinas de materias textiles o de materias plásticas. La clase 24 comprende principalmente las telas y las fundas de tela para uso doméstico.
la ropa de hogar, por ejemplo: las colchas, las fundas de almohada, las toallas de materias textiles;- la ropa de cama de papel;- los sacos de dormir,
las sábanas para sacos de dormir;- los mosquiteros. Fecha: 23 de marzo de 2023. Presentada el: 17 de enero de 2023. San
José: Se cita a terceros interesados en defender sus
derechos para hacerlos valer
ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. 23 de marzo de 2023. A efectos de publicación,
téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo
85 de la Ley 7978. Esta solicitud
se rige por el art. 28 de la Ley de Marcas Comerciales y Otros Signos Distintivos que indica “Cuando la marca consista en una
etiqueta y otro signo compuesto por un conjunto de elementos, la protección no se extenderá a los elementos contenidos
en ella que sean de uso común
o necesario en el comercio”.—Milena
Marín Jiménez, Registradora.—( IN2023741793 ).
Solicitud N°
2023-0000889.—Alejandro Retana Chinchilla, unión
libre, cédula de identidad
N° 108880162, en
calidad de representante
legal de Grupo Logístico Coyotes de Montaña Limitada, cédula jurídica N° 30182854793, con domicilio en San Rafael, Los Ángeles
de San Rafael, del Supermercado La Cope, 150 metros
al sur, Condominio Di Fiori, Heredia, Costa Rica, solicita la inscripción
como marca de servicios en clase(s):
35 y 39. Internacional(es). Para proteger
y distinguir lo siguiente: en clase 35: Publicidad, gestión de negocios comerciales relacionados al
turismo y senderismo. Venta
de paquetes de senderismo,
de paquetes turísticos y venta de camisetas, medias,
bandanas y botellas para agua
para senderismo.; en clase 39: Organización de viajes, Agencia de Turismo. Fecha: 7 de febrero de 2023. Presentada el: 2 de febrero de 2023. San José: Se cita
a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos
valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. 7 de febrero de 2023. A efectos de publicación, téngase en cuenta
lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley N° 7978.
Esta solicitud se rige por el
art. 28 de la Ley de Marcas Comerciales
y Otros Signos Distintivos que indica “Cuando la
marca consista en una etiqueta
y otro signo compuesto por un conjunto de elementos, la protección no se extenderá a los elementos contenidos en ella que sean
de uso común o necesario en el
comercio”.—Wendy López
Vindas, Registradora.—( IN2023741794 ).
Solicitud Nº 2023-0000890.—Alejandro Retana Chinchilla,
unión libre, cédula de identidad
108880162, en calidad de Apoderado Especial de Grupo Logístico Coyotes de Montaña Limitada, cédula jurídica
3102854793, con domicilio en:
San Rafael, Los Ángeles
de San Rafael, del Supermercado La Cope, 150 metros
al sur, Condominio Di Fiori, Heredia, Costa Rica, solicita la inscripción
como nombre comercial
en clase(s): internacional(es),
para proteger y distinguir
lo siguiente: un establecimiento
comercial dedicado a organización de viajes, agencia de turismo, venta de paquetes de senderismo, paquetes turísticos y venta de camisetas, medias para senderismo,
bandanas y botellas para agua.
Ubicado en Heredia, San
Rafael, Los Ángeles de San Rafael de Heredia, del Supermercado La Cope, 150 metros al sur, Condominio Di Fiori. Fecha: 20 de
febrero de 2023. Presentada
el: 02 de febrero de 2023.
San José. Se cita a terceros
interesados en defender sus
derechos para hacerlos valer
ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. 20 de febrero de 2023. A efectos de publicación,
téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo
85 de la Ley 7978. Esta solicitud
se rige por el art. 28 de la Ley de Marcas Comerciales y Otros Signos Distintivos que indica “Cuando la marca consista en una
etiqueta y otro signo compuesto por un conjunto de elementos, la protección no se extenderá a los elementos contenidos
en ella que sean de uso común
o necesario en el comercio”.—Pablo
Andrés
Sancho Calvo, Registrador(a).—( IN2023741795 ).
Solicitud Nº 2023-0002727.—Miriam Alejandra Soto Aguilar, cédula de identidad N° 113270146, en
calidad de Apoderado
Especial de Armando Vargas Hidalgo, casado una vez, cédula de identidad N°
204260049,
con domicilio en: Palmares, La Granja, cien metros
al norte de la plaza de deportes,
San José, Costa Rica, solicita la inscripción
de: A&G, como marca
de fábrica y comercio en clase: 25. Internacional.
Para proteger y distinguir
lo siguiente: todo tipo de prendas de vestir, blusas, camisas, enaguas, vestidos, conjuntos, pantalones, medias, buzos, camisetas, chaquetas, sudaderas, abrigos, sacos, blusas, pantalones cortos y largos, pantalonetas, calzoncillos, faldas, mini
faldas, vestidos, calcetines,
fajas, zapatos, zapatillas,
botas, botines, sandalias, pantuflas, chancletas, gorras, viseras,
boinas, calzados y sombrerería, fabricados con todo tipo de materiales
comprendidos en esta clase. Fecha:
27 de marzo de 2023. Presentada
el 23 de marzo de 2023. San
José. Se cita a terceros interesados en defender sus
derechos para hacerlos valer
ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. 27 de marzo de 2023. A efectos de publicación,
téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo
85 de la Ley N°
7978. Esta solicitud se rige por el
art. 28 de la Ley de Marcas Comerciales
y Otros Signos Distintivos que indica “Cuando la
marca consista en una etiqueta
y otro signo compuesto por un conjunto de elementos, la protección no se extenderá a los elementos contenidos en ella que sean
de uso común o necesario en el
comercio”.—Isela Chango Trejos, Registradora.—(
IN2023742262 ).
Solicitud
Nº 2023-0000648.—Alexander Abarca
Salazar, casado
dos veces, cédula de identidad
N° 106790741, con domicilio en:
Desamparados, Jericó entrada a Llano Bonito 3° propiedad, San José, Costa Rica, solicita
la inscripción
como marca de servicios en clase
35 Internacional. Para proteger
y distinguir lo siguiente: venta de repuestos nuevos y usados, roles, fajas y demás accesorios para motocicleta y cualquier otro artículo de repuestos en general. Fecha: 14 de marzo de 2023. Presentada el 26 de enero de 2023. San José. Se cita
a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos
valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. 14 de marzo de 2023. A efectos de publicación, téngase en cuenta
lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley N° 7978.
Esta solicitud se rige por el
art. 28 de la Ley de Marcas Comerciales
y Otros Signos Distintivos que indica “Cuando la
marca consista en una etiqueta
y otro signo compuesto por un conjunto de elementos, la protección no se extenderá a los elementos contenidos en ella que sean
de uso común o necesario en el
comercio”.—Milena Marín
Jiménez, Registradora.—( IN2023742267 ).
Cambio de Nombre N° 820
Que María Del Pilar López Quirós, en
calidad de apoderada
especial de Noucor Health S.A., solicita
a este Registro
se inscriba el cambio de nombre de J. Uriach y Compañía S. A., por el de Noucor Health S.A., presentado el
10 de marzo de 2023, bajo el
expediente N° 2019-0000527. El nuevo nombre afecta a la siguiente solicitud:
2019-0000527, PARCHE QUE CONTIENE RUPATADINA. Publicar
en La Gaceta por única vez,
de conformidad con el artículo 27 del Reglamento a la
Ley N°. 6867. A efectos de publicación,
téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo
32 de la ley citada.—21
de marzo de 2023.—Oficina
de Patentes.—Randall Piedra Fallas.—1
vez.—( IN2023741712 ).
Marcas
de Ganado
Solicitud
Nº 2023-648.—Ref: 35/2023/1291.—Yadriela María Rodríguez Quesada, cédula de identidad 2-0594-0319, en calidad de apoderado especial de Inversiones Camro Dos Mil Diecisiete Sociedad de Responsabilidad
Limitada, cédula jurídica
3-102-841846, solicita la inscripción
de: I
como
marca de ganado, que usará preferentemente en Alajuela, Upala, Bijagua, Santo Domingo, un kilómetro al sur de la escuela, en finca El Lago. Presentada el 20 de marzo del 2023. Según el expediente Nº 2023-648. Se cita a terceros interesados en defender sus
derechos para hacerlos valer
ante este Registro, dentro de los 10 días hábiles contados a partir de la publicación de este edicto.—Karol Claudel Palma, Registradores.—1
vez.—( IN2023741392 ).
Solicitud Nº 2023-465.—Ref: 35/2023/952.—Carlos Manuel Guevara
Bolaños, cédula de identidad 4-0170-0255, solicita la inscripción de:
como marca de ganado, que usará preferentemente en Cartago, Tres
Ríos, La Unión, del Depósito Irazú
cien metros al sur. Presentada
el 01 de marzo del 2023. Según el expediente
Nº 2023-465. Se cita a terceros
interesados en defender sus
derechos para hacerlos valer
ante este Registro, dentro de los 10 días hábiles contados a partir de la publicación de este edicto.—Karol Claudel Palma, Registradores.—1
vez.—( IN2023741692 ).
Solicitud
N° 2023-625.—Ref.: 35/2023/1261.—Johan Agustín
Montero Navarro, cédula de identidad N° 115180453, solicita la inscripción de: TIN,
como marca de ganado, que usará preferentemente en Puntarenas,
Buenos Aires, Volcán, 1 kilómetro
al norte del cementerio de Volcán. Presentada el 16 de marzo del 2023, según el expediente
N°
2023-625. Se cita a terceros
interesados en defender sus
derechos para hacerlos valer
ante este Registro, dentro de los 10 días hábiles contados a partir de la publicación de este edicto.—Giovanna Mora Mesén, Registradora.—1
vez.—( IN2023741713 ).
Solicitud
Nº 2023-458.—Ref: 35/2023/1250.—Raúl Gerardo Bermúdez Chacon, cédula de identidad
1-0651-0572, solicita la inscripción
de:
R
O
B
como marca de ganado, que usará preferentemente en San José, Puriscal, Santiago, Bajo Badillas,
de la plaza de deportes quinientos
metros oeste. Presentada el 27 de febrero del 2023. Según el expediente
Nº 2023-458. Se cita a terceros
interesados en defender sus
derechos para hacerlos valer
ante este Registro, dentro de los 10 días hábiles contados a partir de la publicación de este edicto.—Karol Claudel Palma, Registradores.—1
vez.—( IN2023741763 ).
Solicitud Nº 2023-628.—Ref: 35/2023/1254.—José Pablo
Torres Ortega, cédula de identidad 4-0202-0115, solicita la inscripción de:
como marca de ganado, que usará preferentemente en Alajuela, Upala, Upala, San Jorge, quinientos metros al este de la
Escuela La Virgen. Presentada el
17 de marzo del 2023. Según
el expediente Nº 2023-628.
Se cita a terceros interesados en defender sus
derechos para hacerlos valer
ante este Registro, dentro de los 10 días hábiles contados a partir de la publicación de este edicto.—Karol Claudel Palma, Registradores.—1
vez.—( IN2023742169 ).
Solicitud
Nº 2023-519.—Ref: 35/2023/1037.—Deiber Evencio Arias Sibaja, cédula de identidad
204870968, solicita la inscripción
de: CUSCO, como marca
de ganado, que usará preferentemente en Alajuela, San
Carlos, Monterrey, 300 metros al oeste de la Escuela
de Monterrey. Presentada el
06 de marzo del 2023. Según
el expediente Nº 2023-519.
Se cita a terceros interesados en defender sus
derechos para hacerlos valer
ante este Registro, dentro de los 10 días hábiles contados a partir de la publicación de este edicto.—Giovanna Mora Mesén, Registradores.—1
vez.—( IN2023742260 ).
REGISTRO DE
PERSONAS JURÍDICAS
Asociaciones
civiles
El
Registro de Personas Jurídicas,
ha recibido para su inscripción el Estatuto de la entidad: Asociación pro
mejoras y bienestar comunal calle Los Laureles de la Guácima, con domicilio en la provincia de:
Alajuela-Alajuela, cuyos fines principales,
entre otros son los siguientes: promover ante las instituciones competentes proyectos de arreglos en la vía pública. Cuyo representante, será el presidente: Basilio Mena
Calderón, con las facultades que establece el estatuto. Por encontrarse dicha entidad dentro de las prescripciones establecidas en la Ley Nº 218 del 08/08/1939, y sus reformas.
Se emplaza por 15 días hábiles a partir de esta publicación a cualquier interesado para que formule reparos a la inscripción en trámite. Documento tomo: 2022, asiento: 780285 con
adicional(es) tomo: 2023,
asiento: 191983.—Registro Nacional, 28 de marzo de 2023.—Master Jorge Enrique Alvarado Valverde.—1 vez.—( IN2023741247 ).
El
Registro de Personas Jurídicas,
ha recibido para su inscripción la Reforma del estatuto de la persona jurídica
cédula: 3-002-795638, denominación: Asociación Valores Para Mi Comunidad. Por cuanto dicha reforma cumple
con lo exigido por la Ley
Nº 218 del 08/08/1939, y sus reformas. Se emplaza por 15 días hábiles a partir de esta publicación a cualquier interesado para que formule reparos a la inscripción en trámite. Documento Tomo: 2023 Asiento: 199739.—Registro
Nacional, 29 de marzo de 2023.—Master Jorge Enrique
Alvarado Valverde.—1 vez.—(
IN2023741677 ).
El Registro de Personas Jurídicas, ha recibido para su inscripción el estatuto de la entidad: Asociación Protectora de Animales de la Calle y en Desamparo del cantón de Matina, provincia
de Limón, con domicilio en la provincia de: Limón, Matina, cuyos fines principales entre otros son los siguientes: la función veterinaria. Contemplar la rehabilitación en especial de caninos y felinos, rescatados por la agrupación, la manutención optima de su condición mientras permanezca en el
centro de rescate y su esterilización. Función educacional. Concientizar a la comunidad sobre la problemática poblacional de la fauna urbana-caninos
y felinos, y dar a conocer las soluciones efectivas y éticamente viables
para su control. Cuya representante será la presidenta: Emilce Grettel De Los Ángeles
Alvarado Agüero,
con las facultades que establece
el estatuto. Por encontrarse dicha entidad dentro de las prescripciones establecidas en la Ley N° 218 del 08/08/1939, y sus reformas.
Se emplaza por 15 días hábiles a partir de esta publicación a cualquier interesado para que formule reparos a la inscripción en trámite. Documento tomo: 2023, asiento: 89057, con adicional(es) tomo: 2023, asiento:
137457, tomo: 2023, asiento: 203348.—Registro Nacional, 28 de marzo de
2023.—Master Jorge Enrique Alvarado Valverde.—1 vez.—( IN2023741723 ).
El registro de personas jurídicas ha recibido para su inscripción el estatuto de la entidad: Asociación Vaso Lleno, con domicilio en la provincia de: San José-Curridabat, cuyos fines principales, entre otros son los siguientes:
sensibilizar a la población de la salud mental. Educar acerca de la salud mental y su importancia. Desarrollar programas, eventos, talleres para abordar el tema de la salud
mental y temas relacionados.
Promover relaciones humanas más transparentes bajo distintas metodológicas. Fomentar la aceptación de las
personas. Abrir el espacio para que las personas cuenten
sus propias historias. Desarrollar una red de apoyo para las personas que lo necesiten.
Desarrollar material .... Cuyo representante,
será el presidente:
cristina María Gomar Padilla, con las facultades
que establece el estatuto. Por encontrarse dicha entidad dentro
de las prescripciones establecidas
en la ley no. 218 del 08/08/1939, y sus reformas. Se emplaza por 15 días hábiles a partir de esta publicación a cualquier interesado para que formule reparos a la inscripción en trámite. Documento tomo: 2023 asiento: 155881.—Registro
Nacional, 24 de marzo de 2023.— Master Jorge Enrique
Alvarado Valverde.—1 vez.—(
IN2023741766 ).
Patentes de Invención
PUBLICACIÓN DE
TERCERA VEZ
El(la) señor(a)(ita) María del Pilar López Quirós, en
calidad de apoderado
especial de Genentech, Inc. y F. Hoffmann-La Roche AG, solicita
la Patente PCT denominada SÍNTESIS
DE COMPUESTOS DE QUINAZOLINA. En la presente se proporcionan métodos para sintetizar compuestos de quinazolina que comprenden al menos un centro atropisomérico. La memoria descriptiva, reivindicaciones, resumen y diseños quedan depositados, la Clasificación Internacional de Patentes es: C07D 401/04 y C07D 401/14; cuyo(s)
inventor(es) es(son) Gosselin, Francis (US); Zhang, Haiming
(US); Lim, Ngiap-Kie (US); SHEN, Jeff (US); Sirois,
Lauren Elizabeth (US); Timmerman, Jacob C. (US); TrachseL,
Etienne (CH); White, Nicholas Andrew (US); XU, Jie (US); Bachmann, Stephan
(CH); Bigler, Raphael (CH); Clagg, Kyle Bradley Pascual (US); Dipasquale,
Antonio Giovanni (US); Meier, Roland Christoph (CH) y Orcel,
Ugo Jonathan (CH). Prioridad: N° 63/064,746 del
12/08/2020 (US). Publicación Internacional:
WO2022035790. La solicitud correspondiente
lleva el número 2023-0123, y fue presentada a las 09:33:22 del 9 de marzo
de 2023. Cualquier interesado
podrá oponerse dentro de los tres
meses siguientes a la tercera
publicación de este aviso.
San José, 13 de marzo de 2023. Publíquese
tres días consecutivos en el Diario
Oficial La Gaceta y una vez en
un periódico de circulación
nacional.—Oficina de Patentes.—Steven
Calderón Acuña.—( IN2023739310 ).
El señor Simón Alfredo Valverde Gutiérrez, en
calidad de apoderado
especial de Boehringer Ingelheim International GmbH, solicita
la Patente PCT denominada AGONISTAS
DEL RECEPTOR NPY2 SOLUBLES. La invención se refiere a análogos
de PYY que tienen alanina en la posición 4, lisina en la posición
7, QRY como el extremo del terminal C y un grupo
de prolongación de semivida.
Los análogos de la invención
son solubles a alrededor de pH 6 y 7. La invención
también se refiere a composiciones farmacéuticas que comprenden tales análogos de PYY
y al uso médico de los análogos. La memoria descriptiva, reivindicaciones, resumen y diseños quedan depositados, la Clasificación Internacional de Patentes es:
A61K 38/22 y C07K 14/575; cuyos inventores
son Peters, Stefan (DE); Brennauer, Albert (DE);
Pedersen, Søren, Ljungberg (DK); Haebel,
Peter (DE) y Madsen, Charlotte, Stahl (DK). Prioridad:
N° 20189966.3 del 07/08/2020 (EP). Publicación Internacional: WO2022029231. La solicitud
correspondiente lleva el número 2023-0000074, y fue presentada a las 08:00:54 del
7 de febrero de 2023. Cualquier
interesado podrá oponerse dentro de los tres meses siguientes a la tercera publicación de este aviso. Publíquese tres días consecutivos en el diario oficial
La Gaceta y una vez en un periódico
de circulación nacional.—San José, 28 de febrero de
2023.—Oficina de Patentes.—Daniel
Marenco Bolaños.—( IN2023739394 ).
PUBLICACIÓN DE
PRIMERA VEZ
El señor Simón Alfredo Valverde Gutiérrez, cédula de identidad N° 303760289, en
calidad de Apoderado
Especial de S.A.L.F. S.P.A. Laboratorio Farmacológico,
solicita la Patente PCT denominada SOLUCIÓN COLOIDAL PARA LA PRESERVACIÓN Y LA
PERFUSIÓN PULMONAR EX VIVO. La presente invención se refiere a una solución coloidal
sin derivados de sangre humana o animal para la perfusión,
regeneración y preservación
ex vivo de los pulmones
antes del trasplante. La memoria
descriptiva, reivindicaciones,
resumen y diseños quedan depositados, la Clasificación Internacional de Patentes es: A01N 1/02; cuyos inventores son:
Gagliano, Carmelo (IT). Prioridad: N° 102020000027050
del 12/11/2020 (IT). Publicación Internacional:
WO/2022/101791. La solicitud correspondiente
lleva el número 2023-0000090, y fue presentada a las 13:01:01 del 16 de febrero
de 2023. Cualquier interesado
podrá oponerse dentro de los tres
meses siguientes a la tercera
publicación de este aviso. Publíquese tres días consecutivos en el Diario Oficial
La Gaceta y una vez en un periódico
de circulación nacional.—San José, 16 de marzo de 2023.—Oficina de Patentes.—María Leonor Hernández Bustamante.—( IN2023741731 ).
PUBLICACIÓN DE
UNA VEZ
Inscripción
N° 4377
Ref: 30/2023/2581.—Por resolución
de las 10:42 horas del 14 de marzo de 2023, fue inscrito(a) la Patente denominado(a) COMPUESTOS
HETEROCÍCLICOS COMO INHIBIDORES DE LSD1 a favor de la compañía
Incyte Corporation, cuyos inventores
son: Yao, Wenqing (US); Zhang, Fenglei
(US); Wu, Liangxing (US); He, Chunhong
(US) y Li, Zhenwu (US). Se le ha otorgado
el número de inscripción 4377 y estará vigente hasta el 1° de abril de 2036. La Clasificación Internacional de Patentes versión 2016.01 es: A61K 31/519, A61P35/00, A61P 35/02,
C07D 487/04 y C07D 519/00. Publicar en La Gaceta por única vez,
de conformidad con el artículo 22 del Reglamento a la
Ley N° 6867. A efectos
de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en
el artículo 32 de la Ley citada.—14
de marzo de 2023.—Oficina
de Patentes.—Steven Calderón Acuña.—1 vez.—( IN2023741717 ).
DIRECCIÓN
NACIONAL DE NOTARIADO
HABILITACIÓN DE NOTARIA (O) PÚBLICA (O). La DIRECCIÓN
NACIONAL DE NOTARIADO con oficinas en San José, San Pedro de Montes de Oca, costado Oeste del Mall San Pedro, Oficentro
Sigma, Edificio A, 5to.piso, HACE SABER: Que ante este Despacho se ha recibido solicitud de INSCRIPCIÓN
Y HABILITACIÓN como delegataria
(o) para ser y ejercer la función
pública Estatal del
NOTARIADO, por parte de: CHRISTOPHER
MATAMOROS GUZMÁN, con cédula de identidad
N°5-0371-0642, carné N°30205. De conformidad
con lo dispuesto por el artículo 11 del Código
Notarial, se invita a quienes
conozcan hechos o situaciones que afecten la conducta de la solicitante, a efecto de que lo comuniquen por escrito a esta Dirección dentro de los QUINCE (15) DÍAS HÁBILES siguientes
a esta publicación. Proceso N°175699.—San José, 12 de abril
de 2023.—Kíndily Vílchez Arias. Abogada-Unidad
Legal Notarial.—1 vez.—(
IN2023746176 ).
DIRECCIÓN NACIONAL DE NOTARIADO HABILITACIÓN
DE NOTARIO (A) PÚBLICO (A). La DIRECCIÓN NACIONAL DE NOTARIADO con oficinas en San José, San Pedro
de Montes de Oca, costado Oeste del Mall San Pedro, Oficentro Sigma, Edificio A,
5to.piso, HACE SABER: Que ante este Despacho se ha recibido solicitud de INSCRIPCIÓN Y HABILITACIÓN como
delegatario (a) para ser y ejercer
la función pública Estatal del NOTARIADO, por parte de: SIGIFREDO GERARDO MARTINEZ MELENDEZ,
cédula de identidad número
1-0724-0272, carné número
23560. De conformidad con lo dispuesto
por el artículo
11 del Código Notarial, se invita a quienes conozcan hechos o situaciones que afecten la conducta del solicitante, a efecto de que lo comuniquen por escrito a esta Dirección dentro de los QUINCE (15) DÍAS HÁBILES siguientes
a esta publicación.—San José, 14 de abril de 2023.—Licda. Natalia María Arias Araya, Abogada-Unidad
Legal Notarial. Proceso N°175107.—1 vez.—(
IN2023746240 ).
HABILITACIÓN DE
NOTARIO PÚBLICO. La DIRECCIÓN
NACIONAL DE NOTARIADO con oficinas en San José, San Pedro de Montes de Oca, costado Oeste del Mall San Pedro, Oficentro
Sigma, Edificio A, 5to.piso, HACE SABER: Que ante este Despacho se ha recibido solicitud de INSCRIPCIÓN
Y HABILITACIÓN como delegatario
para ser y ejercer la función
pública Estatal del
NOTARIADO, por parte de MARIO
ALBERTO SANDOVAL BONILLA, con cédula de identidad
N°110060993, carné N°27233. De conformidad con lo dispuesto por el artículo
11 del Código Notarial, se invita a quienes conozcan hechos o situaciones que afecten la conducta del solicitante, a efecto
de que lo comuniquen por escrito a esta Dirección dentro de los QUINCE (15) DÍAS HÁBILES siguientes
a esta publicación. Proceso N°175698.—San José, 12 de abril de 2023.—Lic.
Josué Gutiérrez Rodríguez. Abogado-Unidad Legal Notarial.—1 vez.—( IN2023746267 ).
HABILITACIÓN DE NOTARIO (A) PÚBLICO (A). La DIRECCIÓN
NACIONAL DE NOTARIADO con oficinas en San José, San Pedro de Montes de Oca, costado Oeste del Mall San Pedro, Oficentro
Sigma, Edificio A, 5to.piso, HACE SABER: Que ante este Despacho se ha recibido solicitud de INSCRIPCIÓN
Y HABILITACIÓN como delegatario
(a) para ser y ejercer la función pública Estatal del NOTARIADO, por parte de: MARIA GABRIELA
JIMENEZ MENA, con cédula de identidad N° 109730098,
carné N° 11719. De conformidad
con lo dispuesto por el artículo 11 del Código
Notarial, se invita a quienes
conozcan hechos o situaciones que afecten la conducta del solicitante, a efecto de que lo comuniquen por escrito a esta
Dirección dentro de los QUINCE (15) DÍAS HÁBILES siguientes
a esta publicación.—San José, 14 de abril de 2023.—Licda. Ma. Gabriela De Franco Castro. Abogada-Unidad
Legal Notarial. Proceso N° 175546.—
1 vez.—(
IN2023747258 ).
DIRECCIÓN DE
GEOLOGÍA Y MINAS
DGM-TOP-ED-15-2023
SOLICITUD DE
CONCESIÓN
DE CANTERA
EDICTO
En expediente 2018-CAN-PRI-012,
a nombre de Rommar del Sur
S. A., cédula de persona jurídica número
3-101-197796, gestiona concesión
de Tajo, ubicado en Canoas
de Corredores de Puntarenas.
Ubicación
cartográfica:
Coordenadas
CRTM05: 941215E, 627407N
Plano
catastrado: 6-2022874-2017
Área del sitio de instalación:
20 Ha.
Para
detalles y mapas ver el expediente
en la página:
https://dgm.addax.cr/Expedientes/form_buscar_expediente_dgm
Enlace al expediente:
https://dgm.addax.cr/Expedientes/form_public_expediente_consecutivo_dgm?e=2018-CAN-PRI-012
Con quince días hábiles
de término, contados a partir de la segunda publicación, cítese a quienes tengan derechos mineros que oponer hacerlos valer ante este Registro Nacional Minero.—San
José, a las nueve horas treinta
minutos del veinte siete de marzo del dos mil veintitrés.—Lic. José Ignacio
Sánchez Mora, Jefe, Registro Nacional Minero.—(
IN2023739176 ). 2
v. 2. Alt.
DIRECCIÓN DE AGUA
EDICTOS
PUBLICACIÓN DE
TERCERA VEZ
ED-0266-2023.—Exp
24108.—Silvertop Sociedad de Responsabilidad
Limitada, solicita concesión de:
(1) 0.05 litros por segundo del nacimiento sin nombre, efectuando la captación en finca de en Bahía Ballena,
Osa, Puntarenas, para uso consumo humano. Coordenadas 127.487 / 568.108 hoja Coronado. Quienes se consideren lesionados, deben manifestarlo dentro del mes contado a partir
de la primera publicación.—San José, 22 de marzo de 2023.—Departamento de Información.—Evangelina Torres Solís.—( IN2023745414 ).
ED-0265-2023.—Exp.
24106.—Orlando Emilio, Elizondo Mora, solicita concesión de:
(1) 0.03 litros por segundo del nacimiento sin nombre, efectuando la captación en finca de en Rivas, Pérez Zeledón, San José, para uso
agropecuario y consumo humano. Coordenadas 158.087 /
581.206 hoja San Isidro. (2) 0.02 litros por segundo del nacimiento sin nombre, efectuando la captación en
finca de en Rivas, Pérez Zeledón, San José, para uso
agropecuario y consumo humano. Coordenadas 158.548 /
580.777 hoja San Isidro. Quienes se consideren lesionados, deben manifestarlo dentro del mes contado a partir de la primera publicación.—San José, 22 de marzo de 2023.—Departamento de Información.—Evangelina
Torres Solís.—( IN2023745415 ).
ED-0118-2023.—Exp. 23981.—Wind Valley del Sur Sociedad
de Responsabilidad Limitada,
solicita concesión de: (1) 0.05 litros por segundo
del nacimiento sin nombre, efectuando la captación en
finca de en Cortés, Osa, Puntarenas,
para uso consumo humano. Coordenadas 116.976 /
582.782 hoja Coronado. Quienes se consideren
lesionados, deben manifestarlo dentro del mes contado a partir
de la primera publicación.—San José, 08 de febrero de
2023.—Departamento de Información.—Evangelina
Torres Solís.—( IN2023745421 ).
ED-0315-2023.—Exp.
24153.—3-101-767306 Sociedad Anónima, solicita concesión de:
(1) 1.96 litros por segundo del nacimiento sin nombre, efectuando la captación en finca de en Tigra, San Carlos, Alajuela, para uso
agroindustrial. Coordenadas
261.302 / 472.665 hoja Fortuna. Quienes se consideren lesionados, deben manifestarlo dentro del mes contado a partir de la primera publicación.—San José, 13 de abril de 2023.—Departamento de Información.—Evangelina
Torres Solís.—( IN2023745469 ).
ED-0319-2023. Expediente 24162.—Panadería La Zarcerena Sociedad Anónima, solicita concesión de: (1) 3 litros por segundo de la quebrada sin nombre, efectuando la captación en finca de en Palmira (Alfaro
Ruiz), Zarcero, Alajuela,
para uso agropecuario, consumo humano y agropecuario - riego. Coordenadas 243.900 / 499.434 hoja Quesada. Quienes se consideren lesionados, deben manifestarlo dentro del mes contado a partir
de la primera publicación.—San José, 13 de abril de 2023.—Departamento de Información.—Evangelina
Torres S.—( IN2023745551 ).
ED-0311-2023.—Expediente 24132P.—Fiduciaria del
Occidente Sociedad Anónima, solicita
concesión
de: (1) 2 litros por segundo del acuífero SJ-23, efectuando la captación por medio del pozo en finca de en El Amparo, Los
Chiles, Alajuela, para uso riego.
Coordenadas 308.092 / 469.048 hoja San Jorge. Quienes se consideren lesionados, deben manifestarlo dentro del mes contado a partir
de la primera publicación.—San José, 13 de abril de 2023.—Departamento de Información.—Evangelina
Torres S.—( IN2023745559 ).
ED-0248-2023.
Expediente 24093.—Alcides, Gómez Mora, solicita
concesión
de: (1) 0.05 litro por segundo del nacimiento sin nombre, efectuando la captación en finca de en San Pedro (Pérez Zeledón), Pérez Zeledón, San José, para uso
consumo humano. Coordenadas 150.447 / 586.632 hoja San Isidro. Quienes se consideren lesionados, deben manifestarlo dentro del mes contado a partir
de la primera publicación.—San José, 15 de marzo de 2023.—Departamento de Información.—Evangelina
Torres S.—( IN2023745571 ).
ED-0255-2023.—Expediente
24101P.—Inversiones Zeta Sociedad Anónima, solicita concesión de: 10 litros por segundo del Pozo IS-1, efectuando la captación en finca del mismo en Guadalupe (Cartago),
Cartago, Cartago, para uso consumo
humano industrial-Oficinas-Hidrantes e Industrial Textiles-Otros.
Coordenadas 204.540 / 541.808 hoja Istaru. Quienes se consideren lesionados, deben manifestarlo dentro del mes contado a partir de la primera publicación.—San José, 16 de marzo de 2023.—Departamento de Información.—David Chaves Zúñiga.—(
IN2023745573 ).
PUBLICACIÓN DE
SEGUNDA VEZ
ED-0297-2023.
Expediente 18986.—Karina Araya Araya,
solicita concesión de: 10 litros
por segundo de la Quebrada
San Rafael, efectuando la captación en
finca de su propiedad en Jiménez,
Pococí,
Limón,
para uso agropecuario acuicultura. Coordenadas 242.302
/ 560.594 hoja Guápiles.
Predios inferiores: Carmen
María
Iglesias A. y Mauricio Castillo Calvo. Quienes se consideren lesionados, deben manifestarlo dentro del mes contado a partir de la primera publicación.—San
José,
31 de marzo de 2023.—Departamento
de Información.—Vanessa Galeano
Penado.—( IN2023746005 ).
PUBLICACIÓN DE
PRIMERA VEZ
ED-UHTPSOZ-0007-2023.—Expediente.—
N° 14780.—Villa Florita de Osa
S. A., solicita concesión de: (1) 1.05 litros por segundo
del Nacimiento El Pavón,
efectuando la captación en
finca de Verima de Osa S.
A., y Alfredo Mora Maroto, en Palmar, Osa, Puntarenas, para uso consumo humano - doméstico, agropecuario - riego, - turístico -
piscina, agropecuario - pisicultura. Coordenadas: 106.630 / 599.405, hoja Changuena. Quienes se consideren lesionados, deben manifestarlo dentro del mes contado a partir de la primera publicación.—San José, 13 de marzo de
2023.—Unidad Hidrológica Térraba.—María
Paula Alvarado Zúñiga.—( IN2023747290 ).
Registro
Civil-Departamento Civil
SECCIÓN DE ACTOS
JURÍDICOS
En resolución Nº 3598-2011, dictada por este Registro
a las ocho horas del veinte
de diciembre de dos mil once, en
expediente de ocurso N° 46828-2011, incoado
por Ricardo Armando Castro Campos, se dispuso rectificar en el asiento de nacimiento de Deilyn Girasol
Castro Hernández, que el nombre del padre es Ricardo Armando.—Frs. Rodrigo Fallas Vargas, Oficial Mayor
Civil, Carlos Luis Brenes Molina, Jefe Sección Actos Jurídicos.—Responsable: Abelardo Camacho Calvo, Encargado de
la Unidad de Recepción y Notificación.—Responsable: Jairo Alberto Herrera Barrantes,
Encargado de Unidad de Servicios
Registrales Civiles.—
1 vez.—( IN2023741591 ).
Registro
Civil - Departamento Civil
SECCIÓN DE
OPCIONES Y NATURALIZACIONES
Avisos
de solicitud de naturalización
Juel Nils Sáenz Cajina,
nicaragüense, cédula de residencia N° 155810784122, ha presentado
solicitud para obtener
la nacionalidad costarricense
ante la Sección de Opciones
y Naturalizaciones del Registro
Civil. Se emplaza a quienes
tengan reparos comprobados que hacer a dicha solicitud, para que los presenten por
escrito en nuestras oficinas, dentro del término de diez días hábiles siguientes a la publicación de este aviso. 1942-2023.—San José, al ser las 10:37 del 29 de
marzo de 2023.—Danilo Layan Gabb, Jefe Oficina Regional.—1 vez.—( IN2023740697 ).
Haminthon Clemente Mondragón Cáceres, nicaragüense, cédula de residencia 155826171120, ha presentado
solicitud para obtener la nacionalidad costarricense ante
la Sección
de Opciones y Naturalizaciones
del Registro Civil. Se emplaza
a quienes tengan reparos comprobados que hacer a dicha solicitud,
para que los presenten por escrito en
nuestras oficinas, dentro del término de diez días hábiles siguientes a la publicación de
este aviso. Publicar. Expediente: 1716-2022.—San José al ser las 1:43 del 28 de marzo
de 2023.—Berny Cordero Lara, Asistente
Funcional 2.—1 vez.—( IN2023741080 ).
Paula
del Carmen Jimenes Cruz, nicaragüense,
cédula de residencia 155803133101, ha presentado solicitud para obtener la nacionalidad costarricense ante la
Sección de Opciones y Naturalizaciones del Registro
Civil. Se emplaza a quienes
tengan reparos comprobados que hacer a dicha solicitud, para que los presenten por
escrito en nuestras oficinas, dentro del término de diez días hábiles siguientes a la publicación de este aviso. Expediente Nº
1907-2023.—San José al ser las 08:47 del 28 de marzo
2023.—María José Valverde Solano, Jefe.—1 vez.—( IN2023741690 ).
Luis Kevin Ruiz Méndez, nicaragüense, cédula de
residencia 155821994604, ha presentado solicitud para obtener la nacionalidad costarricense ante la Sección de Opciones y Naturalizaciones del Registro Civil. Se emplaza a quienes tengan reparos comprobados que hacer a dicha solicitud,
para que los presenten por escrito en
nuestras oficinas, dentro del término de diez días hábiles siguientes a la publicación de este aviso. Expediente N°
3700-2022.—San José,
al ser las 7:34 del 30 de marzo de 2023.—Berny
Cordero Lara, Asistente Funcional
2.—1 vez.—(
IN2023741693 ).
Ana
Carolina López Fletes, nicaragüense,
cédula de residencia 155813935302, ha presentado solicitud para obtener la nacionalidad costarricense ante la Sección de Opciones y Naturalizaciones del Registro Civil. Se emplaza a quienes tengan reparos comprobados que hacer a dicha solicitud,
para que los presenten por escrito en
nuestras oficinas, dentro del término de diez días hábiles siguientes a la publicación de este aviso. Expediente:
1863-2023.—San José, al ser las 8:18 del 30 de marzo
de 2023.—Berny Cordero Lara, Asistente Funcional 2.—1 vez.—( IN2023741739 ).
PROVEEDURÍA
INSTITUCIONAL
COMUNICADO DE
ADJUDICACIÓN
LICITACIÓN
PÚBLICA Nº 2022LN-000005-SCA
“Concesión de instalación pública para
prestar
los servicios de soda comedor
de la Escuela de Medicina
Veterinaria”
La
Proveeduría Institucional
de la Universidad Nacional comunica al proveedor que participó en esta contratación,
que mediante resolución
UNA-PI-RESO-081-2023 de las nueve horas del quince de
marzo del año dos mil veintitrés, se dispuso adjudicar el concurso
de la manera siguiente:
Adjudicar la Licitación Pública
2022LN-000005-SCA para la Concesión de Instalación Pública para Prestar los Servicio
de la Soda Comedor de la Escuela de Medicina Veterinaria”, de conformidad con el artículo 86 del reglamento a la
ley de contratación administrativa,
al único proveedor que presentó oferta el señor Erick Fonseca Baltodano.
Todo lo anterior de conformidad
con el cartel y la oferta por el proveedor.
Heredia, 21 de marzo de 2023.—Proveeduría Institucional.—M.A.P. Nelson
Valerio Aguilar, Director.—1 vez.—
( IN2023746658 ).
DIRECCIÓN DE RED
INTEGRADA PRESTACIÓN
DE SERVICIOS DE SALUD CHOROTEGA
ÁREA GESTIÓN DE BIENES Y SERVICIOS
PUBLICACIÓN DE
TERCERA VEZ
Comunica a la Empresa Construcciones CBC S A, cédula jurídica N° 3101394818, que se encuentra disponible para respectivo
trámite la Devolución de Garantía de Cumplimiento por un monto de ¢6.000,00 colones (seis mil colones
00/100), la cual corresponde
a la contratación 2009LA-000006-2599 cuyo objeto de compra corresponde a la “Remodelación ampliada en la sede de Área de Salud La Cruz”. Depositada
en la Sucursal de Liberia, Comprob DG N°
0255 y Comprobante DG-0010 del 18/11/2011. Coordinar al teléfono: 2666-1132,
ext. 25991004 / 25991022 / 25991053.
Licda. Grettel Angulo Duarte, Coordinadora
AGBS-DRIPSSCH.—(
IN2023745473 ).
OFICINA DE
REGISTRO E INFORMACIÓN
EDICTOS
PUBLICACIÓN DE
TERCERA VEZ
ORI-50-2023.—Simosa Villegas Héctor Eduardo, R-024-2023, carné provisional-permiso laboral: 186201041312, solicitó reconocimiento y equiparación del
diploma de Médico Cirujano, Universidad de Carabobo,
Venezuela. La persona interesada en
aportar información del solicitante, podrá hacerlo por escrito
ante esta Oficina dentro de los cinco
días hábiles siguientes a
la publicación del tercer aviso.—Ciudad Universitaria
Rodrigo Facio, 28 de febrero
de 2023.—M.Sc. María Gabriela Regueyra Edelman, Jefa.—( IN2023739144 ).
ORI-68-2023.—Zapata Palacios Nora
Cristina, R-054-2023, pasaporte: AQ696588,
solicitó reconocimiento y equiparación del diploma de Odontólogo, Universidad Autónoma
de Manizales, Colombia. La persona interesada en aportar información del
solicitante, podrá hacerlo por escrito ante esta Oficina dentro de los cinco
días hábiles siguientes a la publicación del tercer aviso.—Ciudad
Universitaria Rodrigo Facio, 20 de marzo de 2023.—M.Sc.
María Gabriela Regueyra Edelman, Jefa.—(
IN2023739180 ).
ORI-62-2023.—Granados Brenes
Eduardo, R-038-2023, cédula de identidad: 113180773, solicitó reconocimiento y
equiparación del diploma de Magíster Scientiae, Universidade Federal de Viçosa,
Brasil. La persona interesada en aportar información del solicitante, podrá
hacerlo por escrito ante esta Oficina dentro de los cinco días hábiles
siguientes a la publicación del tercer aviso.—Ciudad
Universitaria, Rodrigo Facio, 16 de marzo de 2023.—Licda. Wendy Páez Cerdas,
Jefa a.í.—( IN2023739390 ).
ORI-66-2023.—Granados
Brenes Eduardo, R-038-2023-B, cédula de identidad: 113180773, solicitó reconocimiento y
equiparación del diploma de Doctor Scientiae, Universidade
Federal de Viçosa, Brasil. La persona interesada en
aportar información del solicitante, podrá hacerlo por escrito ante esta
Oficina dentro de los cinco días hábiles siguientes a la publicación del tercer
aviso.—Ciudad Universitaria Rodrigo Facio, 16 de marzo
de 2023.—Licda. Wendy Páez Cerdas, Jefa a.í.—( IN2023739483 ).
ORI-77-2023.—Domínguez
Batista Iderlys, R-066-2023, categoría
especial libre condición: 119200554227, solicitó reconocimiento y equiparación
del diploma de Licenciada en Contabilidad y Finanzas, Universidad de Camagüey,
Cuba. La persona interesada en aportar información del solicitante, podrá
hacerlo por escrito ante esta Oficina dentro de los cinco días hábiles siguientes
a la publicación del tercer aviso.—Ciudad
Universitaria Rodrigo Facio, 27 de marzo de 2023.—M.Sc.
María Gabriela Regueyra Edelman, Jefa.—(
IN2023740304 ).
PUBLICACIÓN DE
PRIMERA VEZ
ORI-83-2023.—Giselle Ivonne Izquierdo
Martínez, R-065-2023, categoría
especial libre condición 119200931600, solicitó reconocimiento y equiparación del diploma de Doctora en Medicina,
Universidad de Ciencias Médicas
de La Habana, Cuba. La persona interesada en aportar información
del solicitante, podrá hacerlo por escrito
ante esta Oficina dentro de los cinco
días hábiles siguientes a
la publicación del tercer aviso.—Ciudad Universitaria
Rodrigo Facio, 28 de marzo
de 2023.—M.Sc. María Gabriela Regueyra Edelman, Jefa.—( IN2023740271 ).
ORI-71-2023.—García Gallegos Lourdes
Elsa, R-048-2023, pasaporte: 222000039,
solicitó reconocimiento y equiparación del diploma de Cirujano Dentista,
Universidad Inca Garcilaso de la Vega, Perú. La persona interesada en aportar
información del solicitante, podrá hacerlo por escrito ante esta Oficina dentro
de los cinco días hábiles siguientes a la publicación del tercer aviso.—Ciudad Universitaria Rodrigo Facio, 23 de marzo de
2023.—M.Sc. María Gabriela Regueyra
Edelman, Jefa.—( IN2023741495 ).
EDICTOS
PUBLICACIÓN DE
TERCERA VEZ
SGSC-2023-01071.—ASADA
Carrizal de Alajuela con cédula jurídica
3-002-246816, solicita inscripción
de caudal de 4.30 litros por
segundo del nacimiento F15 Carrizal, en propiedad
Ambientes Ecosostenibles, para abastecimiento
poblacional, coordenadas
CRTM-05 Norte 1117526.31, Este 483779.38, hoja cartográfica
Barba. Quienes se consideren
lesionados, deben manifestarlo dentro del mes contado de la publicación.—San
José, 27 de marzo 2023.—José Ricardo Mora Ugalde.—(
IN2023740270 ).
EDICTOS
PUBLICACIÓN DE
TERCERA VEZ
A:
Marta Lorena Martínez González y Stanley Alfonso Bravo López, se le comunica la resolución del
Patronato Nacional de la Infancia, Unidad de Atención Inmediata de Alajuela, a
las seis horas del quince de marzo del año en curso,
en la que se resuelve: 1.
Se confiere inicio del Proceso Especial de Protección y Dictado de la Medida Cautelar de Cuido Provisional en hogar sustituto
a favor de la persona menor de edad
de apellidos Bravo Martínez al lado
del Recurso Familiar. 2. Se indica que la presente medida de protección tiene una vigencia de hasta un mes, con fecha de vencimiento el 7/4/2023 en tanto no se modifique en vía administrativa
o judicial, plazo dentro
del cual deberá definirse la situación psico-socio-legal. 3. Se traslada
la medida de protección a
la Oficina Local que corresponde
para que realice el plan de
intervención y una investigación ampliada de los hechos. 4. Se le ordena, a Marta Martínez González para que en su calidad
de progenitora de la persona menor
de edad que debe someterse al seguimiento que le brinda esta institución
en el tiempo
y forma que se les indique. Para lo cual se les indica que deben cooperar con la Atención Institucional, lo que implica asistir a citas que le brinden, así como
cumplimiento de las indicaciones
emitidas. 5. Se le ordena a
María Melba Martínez González (en su
calidad de recurso) de la
persona menor de edad que debe someterse al seguimiento que le brinda esta institución en el tiempo
y forma que se les indique. Para lo cual se les indica que deben cooperar con la Atención Institucional, lo que implica asistir a citas que le brinden, así como
cumplimiento de las indicaciones
emitidas. 6. Se comisiona a
la Oficina Local correspondiente
para que realice las notificaciones
del presente proceso. En
contra de lo ordenado se podrá
interponer recurso de apelación ante la Presidencia Ejecutiva
de la institución; se podrá
interponer dentro de las 48
horas siguientes a su notificación. Se le previene que debe señalar un lugar, casa u oficina donde recibir notificaciones
futuras, así como señalar un medio electrónico del tipo facsímil y en el
entendido que, de no hacerlo,
o si el lugar
señalado fuere impreciso, inexacto o llegare a desaparecer, o si el medio electrónico
fuere defectuoso, estuviere desconectado las resoluciones futuras quedarán firmes veinticuatro horas después de dictadas. Licda. Carmen Lidia
Durán Víquez. Expediente N°
OLGR-00064-2023.—Oficina Local de Grecia, Grecia, 21
de marzo del 2023.—Licda. Carmen Lidia Durán Víquez,
Representante Legal.—O. C.
N° OC-13419-202.—Solicitud N° 421468.—( IN2023739033
).
A la señora: Fátima del Socorro Carrasco Tercero,
nacionalidad nicaragüense. Se le comunica la resolución de las siete horas y
cuarenta y cinco minutos del veintiuno de marzo de dos mil veintitrés, dentro
del expediente administrativo N° RDURAIHN-00266-2023, mediante la cual se
declara el Cuido Provisional de la PME K.M.C. Se le confiere audiencia a la
señora Fátima del
Socorro Carrasco Tercero, por cinco días hábiles para que presente los alegatos
de su interés y ofrezca las pruebas que estime necesarias, se advierte que
tiene derecho a hacerse asesorar y representar por abogados y técnicos de su
elección, así como consultar el expediente en días y horas hábiles, y solicitar
las copias del mismo, el cual permanecerá a su disposición en esta oficina
regional, ubicada en Costa Rica, Alajuela, San Carlos, Ciudad Quesada, 50
metros al Sur del Ministerio de Hacienda en Ciudad Quesada. Teléfono:
2461-0686/2461-0656. Correo electrónico:
uraihuetarnorte@pani.go.cr. Apartado Postal: 5000-1000, San José, Costa Rica.
Sitio web: http://www.pani.go.cr.—Oficina
Regional de Atención
Inmediata Huetar Norte.—Licda. Eva María Arguedas Sequeira, Órgano Director del Proceso
Administrativo, Representante Legal.—O. C. N° OC-13419-202.—Solicitud N°
421469.—( IN2023739034 ).
Al señor David Enrique Ramírez
Araya, cédula de identidad: 7-0111-0783, sin más datos, se le comunica la
resolución de las 10:20 horas del 07/03/2023 en la cual se procede a inicio del
Proceso Especial de Protección en sede administrativa, dictado de Medida de
Protección Cautelar de Cuido Provisional dictada por la URAIHC y también la
resolución de señalamiento de audiencia de las 13:46 horas del 21/03/2023
dictada por la Oficina Local de Pococí a favor de la persona menor de edad
B.S.R.B. Notifíquese la presente resolución a quien interese mediante la
publicación de un edicto, por tres veces consecutivas, en el Diario Oficial,
con la advertencia que deberán señalar lugar conocido para recibir sus
notificaciones, o bien, señalar número de facsímil para recibir aquellas
notificaciones que pudieren practicarse por ese medio, en el entendido que de
no hacerlo, o si el lugar señalado fuere impreciso, inexacto o llegare a
desaparecer, o si el medio seleccionado fuere defectuoso, estuviere
desconectado, sin suficiente provisión de papel o por cualquier otro modo no
imputable a esta institución se interrumpiere la comunicación, las
notificaciones futuras quedarán firmes veinticuatro horas después de dictadas.
Se les hace saber, además, que contra la presente resolución proceden los recursos
ordinarios de revocatoria con apelación en subsidio, que deberán interponer
ante esta Representación Legal dentro del tercer día hábil inmediato siguiente
a la fecha de la última notificación a las partes, siendo que el de revocatoria
será de conocimiento de esta Representación Legal, y el de apelación de la
Presidencia Ejecutiva de esta institución. Podrán presentar los alegatos de su
interés, y ofrecer las pruebas que estimen necesarias, y se les advierte tienen
derecho a hacerse asesorar y representar por abogado y técnico de su elección,
así como consultar el expediente en días y horas hábiles, se hace la salvedad
que para fotocopiar el expediente administrativo se cuenta con el horario de
siete horas con treinta minutos y hasta las once horas con treinta minutos en
días hábiles, el cual permanecerá a su disposición en esta oficina local,
ubicada en Limón, Pococí, Guápiles, sita 200 metros norte y 25 metros oeste del
Banco Popular y Desarrollo Comunal. Expediente N° OLPO-00069-2023.—Oficina
Local de Pococí.—MSC. María Gabriela Hidalgo Hurtado, Representante Legal.—O.C. Nº
OC-13419-202.—Solicitud Nº 421470.—( IN2023739035 ).
Al señor Gilberth
Vivas Pineda, se comunica que, por resolución de las catorce horas con catorce
minutos del día veintiuno de marzo del año dos mil veintitrés, se dictó en Sede
Administrativa de Medida de Cuido Provisional de en beneficio de las personas
menores de edad K.M.V.J. y E.J.V.J. Se le confiere audiencia a las partes por
un plazo de tres días hábiles, para que presenten los alegatos de su interés y
ofrezca las pruebas que estimen necesarias y se le advierte que tiene derecho a
hacerse asesorar y representar por abogados y técnicos de su elección, así como
consultar el expediente en días y horas hábiles, se hace la salvedad que para
fotocopiar el expediente administrativo se cuenta con el horario de siete horas
con treinta minutos y hasta las quince horas en días hábiles, el cual
permanecerá a su disposición en esta Oficina Local, ubicada en Sarapiquí,
frente a Migración. Se les hace saber además, que contra la presente resolución
proceden los recursos ordinarios de revocatoria con apelación en subsidio, que
deberán interponer ante esta Representación Legal dentro del tercer día hábil
inmediato siguiente a la fecha de la última notificación a las partes, siendo
que el de revocatoria será de conocimiento de esta Representación Legal, y el
de apelación de la Presidencia Ejecutiva de esta institución, en el entendido
que hacerlo fuera de dicho término el recurso deviene en inadmisible. Expediente número OLSAR-00241-2022.—Oficina Local de Sarapiquí.—MSC. Ericka María Araya Jarquín, Órgano Director del Procedimiento Administrativo.—O. C. N° OC-13419-202.—Solicitud N°
421473.—( IN2023739036 ).
A la señora Rebeca López Pérez, se
comunica que, por resolución de la una y cuarenta minutos del nueve de marzo
del dos mil veintitrés, se dictó en sede administrativa de Medida Cautelar de
Cuido Provisional de en beneficio de las personas menores de edad K.S.L.P,
S.S.L.P., L.M.L.P. y C.M.L.P. Se le confiere audiencia a las partes por un
plazo de tres días hábiles para que presenten los alegatos de su interés y
ofrezca las pruebas que estimen necesarias y se le advierte que tiene derecho a
hacerse asesorar y representar por abogados y técnicos de su elección, así como
consultar el expediente en días y horas hábiles, se hace la salvedad que para
fotocopiar el expediente administrativo se cuenta con el horario de siete horas
con treinta minutos y hasta las quince horas en días hábiles, el cual
permanecerá a su disposición en esta oficina local, ubicada en Sarapiquí,
frente a Migración. Se les hace saber además que contra la presente resolución
proceden los recursos ordinarios de revocatoria con apelación en subsidio que
deberán interponer ante esta representación legal dentro del tercer día hábil
inmediato siguiente a la fecha de la última notificación a las partes, siendo
que el de revocatoria será de conocimiento de esta representación legal, y el
de apelación de la presidencia ejecutiva de esta institución en el entendido
que hacerlo fuera de dicho término el recurso deviene en inadmisible.
Expediente N° OLCAR-00058-2019.—MSC. Éricka María Araya Jarquín, Órgano Director del Procedimiento Administrativo.—O. C. N° OC-13419-202.—Solicitud N° 421474.—(
IN2023739037 ).
Al señor Jonathan Chacón Jiménez, se les comunica la resolución
PANI-OLAL-PEP-29-2023 y la resolución PANI-OLAL-RA-107-2023, mediante la cual
se inicia el proceso especial de protección bajo la figura de cuido, donde se
hace citación a Audiencia Oral y Privada, en favor de las personas menor de
edad ICA. Se le confiere audiencia por tres días hábiles, para que presente los
alegatos de su interés, y se le advierte que tiene derecho a hacerse asesorar y
representar por abogados y técnicos de su elección, así como consultar el
expediente en días y horas hábiles, el cual permanecerá a su disposición en
esta Oficina Local, ubicada San José, Alajuelita, San Josecito, del
supermercado Acapulco 300 metros oeste y 125 metros sur, calle al Liceo de
Alajuelita. Expediente OLAL-00213-2022.—Oficina Local de Alajuelita.—Licda.
Desirée Ramos Brenes, Representante Legal.—O. C. N° OC-13419-202.—Solicitud N°
421475.—( IN2023739038 ).
A Gladys
Martínez Dormus, se le comunica que
por resolución de la una hora del once de marzo del dos mil veintitrés, se
dictó Medida de Protección Provisionalísima de Cuido Provisional, y mediante
resolución de las quince horas veintisiete minutos del veintiuno de marzo del
dos mil veintitrés, se convoca a audiencia de ley, ambas resoluciones se
dictaron a favor de la PME de apellidos Dávila Martínez. Notifíquese las presentes resoluciones a la parte involucrada. Contra la
primera resolución procede Recurso de Apelación, el cual deberá interponerse en
esta oficina local dentro de los tres días a partir de su notificación, o de la
última publicación del edicto. Será competencia de la Presidencia Ejecutiva de
la Institución, resolver dicho recurso. Será inadmisible el interpuesto pasado
los tres días señalados. Expediente OLHN-00549-2013.—Oficina Local Heredia Norte.—Licda. María Alejandra Romero Méndez, Órgano Director del Procedimiento.—O. C. N° OC-13419-202.—Solicitud N° 421477.—(
IN2023739039 ).
A la señora Evelyn Patricia
Vásquez Vásquez, mayor, costarricense, cédula 604130032,
soltera, de oficio y domicilio desconocido, se le comunica que por resolución
de las nueve horas cincuenta y nueve minutos del veintiuno de marzo del dos mil
veintitrés se mantiene medida de protección de cuido provisional en favor de la
persona menor de edad X.S.V., por el plazo de seis meses, rige del doce de
enero al doce de julio del dos mil veintitrés; también, se le comunica que por
resolución de las doce horas cuarenta y nueve minutos del veintiuno de marzo
del dos mil veintitrés, se inicia Proceso Especial de Protección en sede
administrativa con dictado de medida de protección de modificación provisional
de la guarda, crianza y educación en favor de la persona menor de edad
I.D.R.V., para que permanezca con el progenitor, por el plazo de un mes que
rige a partir del día veintiuno de marzo al veintiuno de abril del dos mil
veintitrés. Se procede mediante este acto a dar audiencia por escrito a las
partes con interés legítimo o derecho subjetivo con el fin de que hagan valer
sus derechos, para ser escuchadas y se les hace saber que pueden aportar prueba
en el plazo de cinco días hábiles; iniciando dicho plazo a partir de la
notificación de la presente resolución administrativa. Se le advierte que
deberá señalar lugar conocido para recibir sus notificaciones, dentro del
perímetro de un kilómetro a la redonda de la sede de esta Oficina Local, la
cual se encuentra situada en Quepos, Rancho Grande, frente a la plaza de futbol
o bien, señalar número de facsímil para recibir aquellas notificaciones que pudieren
practicarse por ese medio, o correo electrónico. Contra la
presente cabe recurso de apelación ante la Presidencia Ejecutiva de esta
institución, el cual deberá interponer ante esta Representación Legal dentro de
las cuarenta y ocho horas siguientes (Artículo 139 del Código de la Niñez y Adolescencia). Expediente OLOR-00075-2021.—Oficina Local
de Quepos.—Licda. Dora del Carmen Salazar Carvajal,
Órgano Director del Procedimiento.—O.C. Nº
OC13419-202.—Solicitud Nº 421478.—( IN2023739040 ).
Al señor Álvaro Nicolas Barrantes Mendoza, se le
comunica la resolución de este despacho de las catorce horas seis minutos del
veinte de marzo de dos mil veintitrés, que dicta medida cautelar de cuido
provisional a favor de la persona menor de edad DJBB en recurso comunal
familiar Minor David Bejarano Pasos y Maritza
Valencia Valencia. Se le advierte que deberá señalar
lugar conocido para recibir sus notificaciones o bien señalar número de
facsímil para recibir aquellas notificaciones que pudieran practicarse por este
medio, en el entendido de que, de no hacerlo, o si el lugar señalado fuere
inexacto, las notificaciones futuras quedarán firmes veinticuatro horas después
de dictadas. Recursos: Se le hace saber, que contra la presente resolución
procede únicamente el recurso de apelación para ante la Presidencia Ejecutiva
de esta institución, el que deberá interponerse ante este despacho en horas
hábiles, en forma verbal o por escrito dentro de las cuarenta y ocho horas
hábiles siguientes a partir de la tercera publicación de este edicto, en el
entendido que hacerlo fuera de dicho término el recurso deviene en inadmisible.
Se le informa que es su derecho hacerse asesorar o representar por un
profesional en Derecho, así como revisar y estudiar el expediente
administrativo. Expediente N° OLPUN-00200-2020.—Oficina Local de Puntarenas.—Licda. Dalia Benavides Álvarez, Representante Legal.—O. C.
N° OC-13419-202.—Solicitud N° 421480.—( IN2023739041 ).
Al señor:
Alexander Jiménez Bonilla, nacionalidad: costarricense, portador de la cedula
de identidad: 602690855, estado civil: soltero, se le comunica la resolución
administrativa de las nueve horas del veintidós de marzo del dos mil
veintitrés, mediante la cual se resuelve dictar medida de protección de orientación, apoyo y seguimiento a la
familia, en favor de la persona menor de edad B.A.J.J. Se le confiere audiencia
al señor: Alexander Jiménez
Bonilla, por tres días hábiles para que presente los alegatos de su interés y
ofrezca las pruebas que estime necesarias y se les advierte que tienen derecho
a hacerse asesorar y representar por abogados y técnicos de su elección, así
como a consultar el expediente en días y horas hábiles, se hace la salvedad que
para obtener el expediente administrativo deberán presentar llave maya o CD, lo
anterior porque el expediente es digital y se cuenta con el horario de siete
con treinta minutos y hasta las once horas con treinta minutos en días hábiles,
el cual permanecerá a su disposición en esta Oficina Local, ubicada en Golfito,
Barrio Alamedas, contiguo a los Tribunales de Justica, oficina de dos plantas.
Expediente administrativo N° OLGO-00116-2021.—Oficina Local de Golfito.—Licda.
Kelli Paola Mora Sánchez, Representante
Legal.—O. C. N° OC13419-202.—Solicitud N° 421483.—( IN2023739042 ).
Al señor
Junior Enrique Solís Bolaños, costarricense, número de
identificación 503700587, oficio y domicilio desconocido, se le comunica
resolución administrativa de las 15 horas 25 minutos del 21 de marzo del año
2023, que confirma resolución administrativa de las 14 horas 25 minutos del 28
de febrero del año 2023, manteniendo por el plazo de seis meses, siendo su
fecha de vencimiento el 24 de agosto de 2023, Medida de Cuido Provisional en
Familia sustituta dictada a favor de la persona menor de edad M.J.S.N. Garantía
de Defensa: Se informa que tienen derecho a hacerse asesorar y representar por
abogados y técnicos de su elección, así como consultar el expediente en días y
horas hábiles, el cual permanecerá a su disposición en esta oficina local,
ubicada Guanacaste, Cañas del Banco Popular 250 metros norte, Casa Celeste con
Blanco a mano derecha. Se le advierte que deber señalar lugar conocido para
recibir sus notificaciones, o bien, señalar número de facsímile para recibir
aquellas notificaciones que pudieren practicarse por ese medio, en el entendido
que de no hacerlo, o si el lugar señalado fuere impreciso, inexacto o llegare a
desaparecer, o si el medio seleccionado fuere defectuoso, estuviere
desconectado, sin suficiente provisión de papel o por cualquier otro modo no
imputable a esta institución se interrumpiere la comunicación, las
notificaciones futuras se realizaran por edicto. Recursos: Se le hace saber,
además, que contra la presente resolución procede el recurso ordinario de
apelación, que deberán interponer ante esta Representación Legal dentro del
plazo de cuarenta y ocho horas siguientes a la fecha de la última notificación
a las partes, siendo competencia de la Presidencia Ejecutiva de esta
institución, en el entendido que hacerlo fuera de dicho término el recurso
deviene en inadmisible. (Artículo 139 del Código de la Niñez y Adolescencia).
La presentación del recurso de apelación, no
suspenderá la aplicación del acto recurrido. Expediente N° OLCA-00052-2017.—Oficina
Local Cañas.—Licda. Johanna Matamoros Miranda,
Representante Legal.—O.C. N° OC-13419-202.—Solicitud N° 421484.—( IN2023739043
).
A los señores
José Alfredo Senteno Campo, nicaragüense, con documento de identidad
desconocido y Claudio Ismael López Martínez, nicaragüense, con documento de identidad desconocido, se les
comunica que se tramita en esta Oficina Local, proceso especial de protección
en favor de las personas menores de edad A.S.S.L. y D.A.L.L. y que mediante la
resolución de las diez horas quince minutos del veintidós de marzo del dos mil veintitrés, se
resuelve: I.- Se dicta y mantiene el cuido provisional ordenado en la
resolución de las siete horas treinta minutos del quince de marzo del dos mil
veintitrés de las personas menores de edad, por el plazo
indicado en la presente resolución. Igualmente se mantiene lo dispuesto en la
resolución de las siete horas treinta minutos del quince de marzo del dos mil
veintitrés, en lo no modificado por la presente
resolución. Las personas menores de edad se mantendrán en el siguiente recurso
de ubicación, en el hogar del recurso de ubicación de la señora: Leticia
Centeno López. II.- La presente medida de protección de
cuido provisional tiene una vigencia de hasta seis meses contados a partir del
quince de marzo del dos mil veintitrés y con fecha
de vencimiento quince de setiembre del dos mil veintitrés, esto en tanto no se modifique en vía judicial o administrativa.
III.- Procédase
por parte del área de Psicología en un
plazo de quince días hábiles a elaborar un Plan de Intervención con el
respectivo cronograma. Procédase a dar el respectivo seguimiento. IV.- Se le
ordena a José Alfredo Senteno Campo, Claudio Ismael López Martínez y Juana María López que deben someterse a la orientación, apoyo y seguimiento a la
familia, que le brindará esta Institución en el tiempo y forma que se le
indique. V.- Se le ordena a José Alfredo
Senteno Campo, Claudio Ismael López Martínez y Juana María López, la
inclusión a un programa oficial o comunitario de auxilio a la familia de
escuela para padres o academia de crianza, por lo que deberán incorporarse y
continuar el ciclo de Talleres socio formativos, hasta completar el ciclo de
talleres. Se informa que por la pandemia, se están
impartiendo en la modalidad virtual. Se les recuerda que el teléfono de la
Oficina Local de La Unión es el teléfono 2279-8508 y que la encargada del
programa es la Licda. Marcela Mora, con quien deberán coordinar. Igualmente
podrán incorporarse al ciclo de talleres o escuela para padres, mas cercano a su trabajo, o su nuevo domicilio, o en su
caso al ciclo de talleres que impartan otras instituciones, debiendo presentar
los comprobantes correspondientes que así lo acrediten y que ha terminado el
ciclo completo respectivo. VI.- -Medida de interrelación familiar supervisada de los progenitores: -: Siendo la interrelación
familiar un derecho de las personas menores de edad, se autoriza el mismo a
favor de los progenitores de forma supervisada, siempre y cuando las personas
menores de edad quieran, la cual pueden realizarla tanto telefónicamente como
mediante visitas. Dicha interrelación se realizará siempre y cuando no
entorpezca en cualquier grado, la formación integral de las personas menores de
edad y en común acuerdo con la parte cuidadora, y siempre y cuando no
entorpezca en cualquier grado, la formación integral de las personas menores de
edad, y que los progenitores, no realicen conflictos en el hogar de la
respectiva persona cuidadora. Por lo que deberán coordinar respecto de las
personas menores de edad indicadas con la persona cuidadora nombrada, lo
pertinente al mismo y quien como encargada de las personas menores de edad bajo
su cuidado, deberán velar por la integridad de las personas menores de edad,
durante la interrelación familiar. Se deberá tomar en cuenta para efectos de la
interrelación los horarios laborales respectivos –tanto de los progenitores y
de la respectiva persona cuidadora- así como los horarios lectivos de las
personas menores de edad, a fin de no menoscabar el derecho de interrelación
respectivo, pero tampoco el derecho de integridad y desarrollo integral de las
personas menores de edad. VII.-Se le apercibe a los
progenitores que deberán cumplir y coordinar lo respectivo a sus obligaciones
parentales con la respectiva persona cuidadora, en cuanto a aportar
económicamente para la manutención de las personas menores de edad que están
ubicadas en el respectivo sitio de ubicación para su cuido, a fin de garantizar
su derecho fundamental de vida y salud, en relación a su alimentación. VIII.-Se
le apercibe a los progenitores, que deberán abstenerse
de exponer a las personas menores de edad, a situaciones de riesgo, debiendo
aprender a controlar sus impulsos, debiendo abstenerse de exponer a las
personas menores de edad a violencia intrafamiliar, agresión verbal, emocional
o física, y que deberán abstenerse de ejecutar castigo físico, agresión verbal
y/o emocional como medida de corrección disciplinaria. Igualmente
se les apercibe que deben velar por la salud de las personas menores de edad.
IX.- Se le ordena a la persona cuidadora nombrada, velar por el derecho de
salud de las personas menores de edad, debiendo igualmente proceder
a gestionar en la Caja Costarricense de Seguro Social, el tratamiento y
medicamentos necesarios para ambas personas menores de edad, y en especial de
la persona menor de edad A., debiendo presentar los comprobantes
correspondientes. X.- Se les informa que la profesional de seguimiento,
será la Licda. Guisella Sosa, o la persona que la
sustituya. Igualmente se les informa, que se otorgaron las siguientes citas de
seguimiento que se llevaran a cabo en esta Oficina Local, para atender a los
progenitores, la persona cuidadora y las personas menores de edad, en las
siguientes fechas: -Martes 6 de junio del 2023 a las 9:00 a.m. - Jueves 3 de
agosto del 2023 a las 8:00 a.m. Garantía de defensa y
audiencia: se previene a las partes involucradas en el presente Proceso, que
les asiste todo el derecho de hacerse asesorar o representar por un profesional
en derecho, aunque para apersonarse al proceso no requieren la participación
obligatoria de un abogado; así mismo se les previene que tienen derecho a tener
acceso al expediente administrativo para el estudio, revisión y/o fotocopias.
Notifíquese la presente resolución, con la advertencia a las partes de que
deben señalar lugar dentro del perímetro de un kilómetro a la redonda de esta
oficina local, fax o correo electrónico donde recibir notificaciones, con la
advertencia de que, en caso de no hacerlo o si el lugar fuera inexacto,
impreciso, o llegara a desaparecer o el medio seleccionado fuera defectuoso,
estuviera desconectado, sin suficiente provisión de papel o por cualquier otro
modo no imputable a esta institución se interrumpiera la comunicación, las resoluciones
futuras quedarán notificadas veinticuatro horas después de ser dictadas. En
contra de la presente resolución procede únicamente el Recurso Ordinario de
Apelación que deberá interponerse ante esta Representación Legal dentro de las
48 horas siguientes a la notificación de la presente resolución, Recurso que
será resuelto por la Presidencia Ejecutiva de la entidad. Se le hace saber a
las partes, que la interposición del recurso de apelación, no suspende la
medida de protección dictada, expediente Nº
OLLU-00132-2023.—Oficina Local de La Unión.—Licda. Karla López Silva, Representante Legal.—O.C. Nº
OC-13419-202.—Solicitud Nº 421485.—( IN2023739044 ).
Al señor Elkin Giovanni Alpízar Rodríguez, se le comunica la
resolución de este despacho de las trece horas cincuenta y un minutos del
veinticuatro de febrero de dos mil veintitrés, que dicta medida cautelar de
cuido provisional a favor de las personas menores de edad IAP en recurso
familiar señora María Cristina Rojas Solís. Se le advierte que deberá señalar
lugar conocido para recibir sus notificaciones o bien señalar número de
facsímil para recibir aquellas notificaciones que pudieran practicarse por este
medio, en el entendido de que, de no hacerlo, o si el lugar señalado fuere
inexacto, las notificaciones futuras quedarán firmes veinticuatro horas después
de dictadas. Recursos: Se le hace saber, que contra la presente resolución
procede únicamente el recurso de apelación para ante la Presidencia Ejecutiva
de esta institución, el que deberá interponerse ante este despacho en horas
hábiles, en forma verbal o por escrito dentro de las cuarenta y ocho horas
hábiles siguientes a partir de la tercera publicación de este edicto, en el
entendido que hacerlo fuera de dicho término el recurso deviene en inadmisible.
Se le informa que es su derecho hacerse asesorar o representar por un
profesional en Derecho, así como revisar y estudiar el expediente
administrativo. Expediente N° OLPUN-00030-2016.—Oficina Local de Puntarenas.—Licda. Dalia Benavides Álvarez, Representante Legal.—O.C.
N° OC-13419-202.—Solicitud N° 421488.—( IN2023739045 ).
Al señor: José
Mauricio Jiménez Fernández, mayor de edad, cédula de identidad N° 604260992, se
les comunica la resolución de las trece horas cincuenta minutos del 17 de marzo
del 2023, en donde se dicta inicio del Proceso Especial de Protección y Puesta
en conocimiento de informe de investigación preliminar, a favor de la persona
menor de edad: D.M.J.M, todo lo anterior bajo expediente administrativo
N° OLGO-00086-2019. Se le confiere audiencia por tres días hábiles para que
presenten alegatos de su interés y ofrezca las pruebas que estime necesarias, y
se les advierte que tiene derecho a hacerse asesorar y representar por abogado
y técnicos de su elección, así como consultar y fotocopiar las piezas del
expediente que permanecerá a su disposición en esta Oficina Local en días y
horas hábiles, ubicada en Puntarenas, Golfito, Puerto Jiménez, La Palma,
contiguo a Super Servicio Las Palmas. Deberán señalar lugar conocido, número de
facsímil para recibir sus notificaciones en el entendido que de no hacerlo, o
si el lugar señalado fuere impreciso, inexacto o llegare a desaparecer o si el
medio electrónico señalado fuere defectuoso estuviere desconectado sin
suficiente provisión de papel o por cualquier otro modo no imputable a esta
instituciones interrumpiere la comunicación, las resoluciones futuras quedan
firmes 24 horas después de dictadas conforme aplicación supletoria del artículo
11 de la Ley de Notificaciones Judiciales. Se hace saber a las partes, que en
contra de esta resolución procede el recurso de apelación, el que deberá
interponerse ante este despacho, en forma verbal o por escrito dentro de las
cuarenta y ocho horas, posteriores a la notificación, resolviendo dicho recurso
la Presidencia Ejecutiva de la entidad, ubicada en San José, Barrio Luján, en
horas hábiles de las siete y treinta minutos a las dieciséis horas. Para tal
efecto pueden ofrecer, además, las pruebas que consideren pertinentes. Dicho
recurso será inadmisible si es presentado pasado el plazo indicado. La
presentación del recurso de apelación no suspenderá la aplicación del acto
recurrido. Publíquese por tres veces consecutivas. Expediente
N° OLGO-00086-2019.—Oficina Local de Puerto Jimenez.—Licda.
Susan S. Rodríguez Corrales, Representante Legal.—O. C. N°
OC-13419-202.—Solicitud N° 421490.—( IN2023739046 ).
Lic. Johan David Gutiérrez
Valverde, Órgano Director del Procedimiento
Administrativo, en su carácter personal, quien es Manuel Cundano Cadrano, vecino de desconocido. Se le hace saber que, en
proceso especial de protección en sede administrativa, establecido por
Patronato Nacional de la Infancia, en expediente N° OLAO-00062-2023, se ordena
notificarle por edicto, la resolución que en lo literal dice: Patronato Nacional
de la Infancia, Oficina Local de Alajuela Oeste, a las doce horas treinta y
cuatro minutos del día veintidós de marzo del año dos mil veintitrés. Visto:
Único: Que, en atención de la denuncia RDOLAO-00313-2023, la cual ingresa el
día 7/3/2023 mediante incidente del 9-1-1 2023-03-06-02246, en donde se refiere
presunta situación de abuso sexual hacia persona menor de edad J por parte de
su progenitor. Considerando: De conformidad con lo establecido en el reglamento
a los artículos 133 y 139 del Código de la Niñez y la Adolescencia y siendo
que, de la primera intervención institucional, las áreas de investigación preliminar, identifican factores de riesgo que se deben
modificar, y factores de protección que requieren el fortalecimiento en
beneficio del interés superior de las personas menores de edad y su integridad.
Se requiere la ampliación de la intervención institucional con la finalidad de
poder determinar el actor o conducta que propicia los factores de riesgo,
necesarios para identificar y especializar el plan de intervención. Por tanto:
De acuerdo con la anterior esta Representación ordena: a. Puesta en
conocimiento: Por un plazo de cinco días hábiles se pone en conocimiento de las
partes involucradas, el informe de investigación preliminar. b. Audiencia:
Siguiendo criterios de la lógica, razonabilidad, proporcionalidad y sana
crítica, se otorga audiencia de forma escrita por el plazo de cinco días
hábiles a partir de la notificación de la resolución para que presenten sus
alegatos y ofrezcan prueba. c. Fase diagnóstica. Se dé inicio a la fase
diagnóstica por lo que se deberá de asignarse la intervención de un profesional
en el área de trabajo social para que dentro del plazo de 15 días hábiles
cuando ha existido separación familiar y de 20 días hábiles en los demás
procesos, para que al final de esta ampliación deberá determinar una
recomendación de acuerdo a lo trabajado, para establecer el cierre de la
intervención institucional o bien el dictado de la medida especial de
protección correspondiente, respecto a esto último deberá aportar un plan de
intervención con su debido cronograma. Se previene a las partes involucradas en
el proceso que les asiste todo el derecho de hacerse asesorar o representar por
un profesional en derecho, así como tener acceso al expediente administrativo
para el estudio, revisión o fotocopias. Recursos: Se le hace saber a las partes
que contra la presente resolución procede recurso de apelación para ante la
Presidencia Ejecutiva de esta institución, el cual podrá interponerse
verbalmente o por escrito, dentro de las cuarenta y ocho horas siguientes a su
notificación. (Artículo 139 del Código de la Niñez y la Adolescencia). Medio
para notificaciones: Se insta a las partes el establecimiento de un medio para
recibir notificaciones. Comuníquese.—Oficina Local de Alajuela Oeste.—Lic. Johan David
Gutiérrez Valverde, Representante Legal.—O. C. N° OC-13419-202.—Solicitud N°
421494.—( IN2023739047 ).
A el señor Carlos Iván Chang,
mayor de edad, cédula de identidad número desconocido, se les comunica la
resolución de las catorce horas veinte minutos del veintidós de marzo del 2023,
en donde se dicta resolución de inicio del proceso especial de protección y
puesta en conocimiento de informe de investigación preliminar, a favor de la
persona menor de edad K.C.S, todo lo anterior bajo expediente administrativo
número OLPJ-00030-2023. Se le confiere audiencia por tres días hábiles para que
presenten alegatos de su interés y ofrezca las pruebas que estime necesarias, y
se les advierte que tiene derecho a hacerse asesorar y representar por abogado
y técnicos de su elección, así como consultar y fotocopiar las piezas del
expediente que permanecerá a su disposición en esta Oficina Local en días y
horas hábiles, ubicada en Puntarenas, Golfito, Puerto Jiménez, La Palma,
contiguo a Super Servicio Las Palmas. Deberán señalar lugar conocido, número de
facsímil para recibir sus notificaciones en el entendido que de no hacerlo, o
si el lugar señalado fuere impreciso, inexacto o llegare a desaparecer o si el
medio electrónico señalado fuere defectuoso estuviere desconectado sin
suficiente provisión de papel o por cualquier otro modo no imputable a esta
instituciones interrumpiere la comunicación, las resoluciones futuras quedan
firmes 24 horas después de dictadas, conforme aplicación supletoria del
artículo 11 de la Ley de Notificaciones Judiciales. Se hace saber a las partes,
que en contra de esta resolución procede el recurso de apelación, el que deberá
interponerse ante este despacho, en forma verbal o por escrito dentro de las
cuarenta y ocho horas, posteriores a la notificación, resolviendo dicho recurso
la Presidencia Ejecutiva de la entidad, ubicada en San José, Barrio Luján, en
horas hábiles de las siete y treinta minuto a las
dieciséis horas. Para tal efecto pueden ofrecer, además, las pruebas que
consideren pertinentes. Dicho recurso será inadmisible si es presentado pasado
el plazo indicado. La presentación del recurso de apelación,
no suspenderá la aplicación del acto recurrido. Publíquese por tres veces
consecutivas. Expediente OLPJ-00030-2023.—Oficina Local de Puerto Jiménez.—Licda. Susan S. Rodríguez Corrales, Representante Legal.—O.C. Nº
OC-13419-202.—Solicitud Nº 421495.—(
IN2023739048 ).
Lic. Johan David Gutiérrez
Valverde. Órgano Director del Procedimiento
Administrativo, en su carácter personal, quien es Julia Cristina Pérez Lumbi,
vecina de desconocido. se le hace saber que, en Proceso Especial de Protección
en sede administrativa, establecido por Patronato Nacional de la Infancia, en
expediente administrativo OLAO-00061-2023, se ordena notificarle por edicto, la
resolución que en lo conducente dice: Patronato Nacional de la Infancia,
Oficina Local Alajuela Oeste. A las quince horas cuarenta y tres minutos del
día veintidós de marzo del dos mil veintitrés. Considerando: Primero: Que se
tienen por ciertos los resultandos del primero al último por constar así en el
expediente administrativo de marras. Segundo: Del elenco probatorio que consta
en el citado expediente administrativo y de su análisis, se evidencian factores
de riesgo en contra de la persona menor de edad; por lo tanto, tal como lo
establece la ley y una vez analizado el caso se concluye que se cumplen todos
los presupuestos necesarios para dictar una medida de protección de cuido provisional
a favor de la persona menor de edad G F G P, a fin de que permanezca ubicada a
cargo y bajo la responsabilidad de la señora Yehilin
Cristina Gudiel Pérez,
recurso familiar (hermana.) Tercero: Sobre el Fondo: Que de conformidad con lo
establecido por la Convención sobre los Derechos del Niño en sus artículos 3,4, 6 y 9,
cuya base jurídica constituyó el pilar
para la creación del Código de la Niñez y la Adolescencia el cual proporciona
los elementos normativos suficientes para un adecuado marco institucional, cuya
potestad está dada en el artículo 55 de la Constitución Política, así como en
los artículos 3 inciso a, e, f, k, n, yo, y 4 incisos 1, m y n de la Ley
Orgánica del Patronato Nacional de la Infancia, artículos 13, 19 y 129 al 138
del Código de la Niñez y la Adolescencia que refuerzan la facultades
institucionales para brindar la protección necesaria a la persona menor de edad
que se encuentre en situación de riesgo o bajo la autoridad parental de una
persona no apta para asegurarle la garantía de sus derechos. En concordancia
con lo anterior surge el derecho de la persona menor de edad a desarrollarse
dentro de su familia y solo por excepción fundamentada se potenciaría la
separación definitiva de su familia biológica, según lo estipulan los numerales
33 al 36 del Código de la Niñez y la Adolescencia. Estos principios en
conjunto, plantean como elemento indispensable para alcanzar el máximo
desarrollo humano el reconocimiento de las personas menores de edad como
personas activas de la sociedad que disfrutan del ejercicio, goce y vigencia de
derechos y deberes inherentes a la condición de ser humano para que puedan
gozar realmente de una vida prolongada, saludable y creativa, por ende, se debe
ordenar el cuido provisional de la persona menor de edad G F G P, a fin de que
permanezca ubicada a cargo y bajo la responsabilidad de la señora Yehilin Cristina Gudiel Pérez, recurso familiar (hermana.) Por tanto: con
fundamento en lo expuesto y disposiciones legales citadas, se resuelve: 1) Se
inicia proceso especial de protección a favor de la persona menor de edad G F G
P. 2) Se confiere medida de protección de cuido provisional a favor de la
persona menor de edad G F G P, a fin de que permanezca ubicada a cargo y bajo
la responsabilidad de la señora Yehilin Cristina
Gudiel Pérez,
recurso familiar (hermana.) 3) Se indica que la presente medida de protección
tiene una vigencia de hasta seis meses en tanto no se modifique en vía
administrativa o judicial, teniendo como fecha de vencimiento el día veintidós
de setiembre del dos mil veintitrés, plazo dentro del cual deberá definirse la
situación psico-socio-legal. 4) Se les ordena al recurso familiar y
progenitores de la persona menor de edad G F G P, que deberán de garantizar el
cumplimento de los derechos de la persona menor de edad en todo momento,
haciendo énfasis en el acompañamiento a nivel educativo, a asistencia regular
al centro educativo, así como el derecho a la adecuada supervisión,
alimentación recreación, ambiente libre de violencia, seguimiento en salud etc.
5) Se dicta medida de orientación, apoyo y seguimiento temporal a la familia.
Se indica que la presente medida de protección tiene una vigencia de hasta seis
meses, teniendo la misma fecha de vencimiento que la medida de protección de
cuido provisional y en tanto no se modifique en vía administrativa o judicial.
Para lo cual, se les indica a las partes del presente proceso que debe cooperar
con la Atención Institucional, lo que implica asistir a las citas que se le
brinde, así como cumplimiento de las indicaciones emitidas. 6) La persona menor
deberá continuar la atención médica en la CCSS por lo que la hermana de la
persona menor de edad deberá llevar puntualmente al adolescente a las citas que
se le brinden para el control prenatal adecuado. 7) Se refiere a la promotora
para Programa de Beca de Adolescente Madre para su valoración y futura
inclusión en el programa. 8) La persona menor de edad deberá mantenerse
inscrita en el sistema educativo formal. 9) Respecto al régimen de
interrelación familiar entre persona menor de edad y su progenitor. Se
autorizan visitas supervisadas al progenitor los sábados de 2 a 5 pm. 10) Si el
recurso familiar labora o debe salir del hogar debe garantizar que la persona
menor de edad quede bajo responsabilidad de un adulto o persona responsable.
11) El recurso familiar deberá validar los derechos de la persona menor de edad
a nivel académico, afectivo, salud, económicos básicos. 12) El recurso familiar
deberá utilizar correcciones asertivas y positivas, evitando el castigo físico
(golpes) y psicológico (ofensas, humillaciones) hacia su nieta. 13) Se les
indica a las partes que en caso de cambiar de domicilio o números telefónicos
deben de informarlo a la oficina local. 14) Se otorga un plazo de quince días a
trabajo social para que elabore un Plan de Intervención con el respectivo
cronograma, con el fin de que la Oficina Local, de seguimiento de las
condiciones de las personas menores de edad y del hogar solidario y de la
madre, ejecute el Plan de Intervención, con el fin de que en un plazo de seis
meses se valore la idoneidad de que la persona menor de edad sea asumida por la
madre o en su defecto se defina el lugar idóneo para que permanezca.
Apercibimiento: Las presentes medidas de protección son de acatamiento obligatorio
y deben ser cumplidas en el plazo determinado por la profesional a cargo. En
caso de incumplimiento, se iniciará el proceso especial de protección en sede
judicial, sin perjuicio de los procesos relativos a la suspensión o terminación
de la patria potestad. Audiencia: Se le hace ver a las partes que de
conformidad con el artículo doce de la Ley que rige la materia, dentro del
plazo de los cinco días hábiles siguientes a la notificación de la presente
resolución, podrán solicitar que se señale hora y fecha para una audiencia
donde se evacuará la prueba que consideren pertinente y ser escuchadas con
respecto a los hechos denunciados. Notificaciones. Se les previene a las partes
señalar casa, oficina o lugar, donde atender notificaciones, en caso de no hacerlo,
las resoluciones posteriores se tendrán por notificadas veinticuatro horas
después de dictadas. Garantía de
defensa: Se les informa a las partes, que es su derecho hacerse asesorar o
representar por un profesional en derecho de su elección, así como a tener
acceso en la Oficina Local al estudio y revisión del expediente administrativo.
Recursos: Se hace saber a las partes, que en contra de esta resolución procede
el recurso de apelación, el que deberá interponerse ante este despacho, dentro
de los dos días posteriores a la notificación, resolviendo dicho recurso la
Presidencia Ejecutiva de la entidad, ubicada en San José, Barrio Luján, en
horas hábiles de las siete a las quince y treinta horas. Dicho recurso será
inadmisible si es presentado pasado el plazo indicado. La presentación del
recurso de apelación, no suspenderá la aplicación del acto recurrido.—Oficina
Local Alajuela Oeste.—Lic. Johan David Gutiérrez Valverde, Órgano
Director del Procedimiento.—O. C. N° OC-13419-202.—Solicitud N° 421498.—( IN2023739049
).
Lic. Johan David Gutiérrez
Valverde, Órgano Director del Procedimiento
Administrativo, en su carácter personal, quien son Alberto Granados Rodríguez, con documento de
identidad N° 206840322, Carolina Gutiérrez
Muñoz, con documento de identidad N° 207030234,
vecinos de desconocido. se le hace saber que, en proceso especial de protección
en sede administrativa, establecido por Patronato Nacional de la Infancia, en
expediente administrativo N° OLA-00389-2017, se ordena notificarle por edicto, la resolución que en
lo conducente dice: Patronato Nacional de la Infancia, Oficina Local Alajuela
Oeste, a las nueve horas ocho minutos del veintitrés de marzo del dos mil
veintitrés. Considerando: Primero: Que se tienen por ciertos los resultandos
del primero al último por constar así en el expediente administrativo de
marras. Segundo: Del elenco probatorio que consta en el citado expediente
administrativo y de su análisis, se logra corroborar hechos denunciados. La
persona menor de edad reside bajo el cuido y protección de abuelos maternos. La
persona menor de edad manifiesta su deseo y anuencia de continuar asumiendo el
cuido y protección de su abuela materna. Abuela materna manifiesta su deseo de
continuar asumiendo el cuido y protección de la persona menor de edad.
Progenitora posee antecedentes de consumo de sustancias psicoactivas.
Progenitora no ha ejercido su rol parental de manera adecuada. La persona menor
de edad no posee vinculación afectiva hacia su progenitora. Recurso familiar
impresiona ser un recurso familiar adecuado. Existe vinculación afectiva entre
el recurso y la persona menor de edad. Existe red de apoyo familiar. persona
menor de edad inserta en el sistema educativo y control de salud al día. Se
desconoce ubicación actual de la progenitora de la persona menor de edad; tal
como lo establece la ley y una vez analizado el caso se concluye que se cumplen
todos los presupuestos necesarios para dictar una medida de protección de cuido
provisional a favor de la persona menor de edad S G G
a fin de que permanezca ubicado a cargo y bajo la responsabilidad de la señora
Sonia Muñoz Arce recurso familiar (abuela materna). Tercero: Sobre el fondo:
Que de conformidad con lo establecido por la Convención sobre los Derechos del
Niño en sus artículos 3°, 4°, 6° y 9°, cuya base jurídica constituyo
el pilar para la creación del Código de la Niñez y la Adolescencia el cual
proporciona los elementos normativos suficientes para un adecuado marco
institucional, cuya potestad está dada en el artículo 55 de la Constitución
Política, así como en los artículos 3° inciso a), e), f), k), n), y
o), y 4° incisos 1),
m) y n) de la Ley Orgánica del Patronato Nacional de la Infancia, artículos 13,
19 y 129 al 138 del Código de la Niñez y la Adolescencia que refuerzan la facultades
institucionales para brindar la protección necesaria a la persona menor de edad
que se encuentre en situación de riesgo o bajo la autoridad parental de una
persona no apta para asegurarle la garantía de sus derechos. En concordancia
con lo anterior surge el derecho de la persona menor de edad a desarrollarse
dentro de su familia y solo por excepción fundamentada se potenciaría la
separación definitiva de su familia biológica, según lo estipulan los numerales
33 al 36 del Código de la Niñez y la Adolescencia. Estos principios en
conjunto, plantean como elemento indispensable para alcanzar el máximo
desarrollo humano el reconocimiento de las personas menores de edad como
personas activas de la sociedad que disfrutan del ejercicio, goce y vigencia de
derechos y deberes inherentes a la condición de ser humano para que puedan
gozar realmente de una vida prolongada, saludable y creativa, por ende, se debe
ordenar el cuido provisional de la persona menor de edad S G G a fin de que permanezca ubicado a cargo y bajo la
responsabilidad de la señora Sonia Muñoz Arce recurso familiar (abuela
materna). Por tanto: Con fundamento en lo expuesto y disposiciones legales
citadas, se resuelve: 1) Se inicia proceso especial de protección a favor de la
persona menor de edad Santiago Grandaso Gutiérrez. 2)
Se confiere medida de protección de cuido provisional a favor de la persona
menor de edad S G G a fin de que permanezca ubicado a
cargo y bajo la responsabilidad de la señora Sonia Muñoz Arce recurso familiar
(abuela materna). 3) Se indica que la presente medida de protección tiene una
vigencia de hasta seis meses en tanto no se modifique en vía administrativa o
judicial, teniendo como fecha de vencimiento el día veintitrés de setiembre del
dos mil veintitrés, plazo dentro del cual deberá definirse la situación
psico-socio-legal. 4) Se le ordena al recurso familiar de S G G que deberá de garantizar el cumplimento de los derechos
de la persona menor de edad en todo momento, haciendo énfasis en el
acompañamiento a nivel educativo, a asistencia regular al centro educativo, así
como el derecho a la adecuada supervisión, alimentación recreación, ambiente
libre de violencia, seguimiento en salud etc. 5) Se dicta medida de
orientación, apoyo y seguimiento temporal a la familia. Se indica que la
presente medida de protección tiene una vigencia de hasta seis meses, teniendo
la misma fecha de vencimiento que la medida de protección de cuido provisional y en tanto no se modifique en vía
administrativa o judicial. Para lo cual, se les indica a las partes del
presente proceso que debe cooperar con la Atención Institucional, lo que
implica asistir a las citas que se le brinde, así como cumplimiento de las
indicaciones emitidas. 6) No se establece
régimen de interrelación familiar entre los progenitores y persona menor
de edad, toda vez que se desconoce el paradero de estos. 7) Si el recurso
familiar labora o debe salir del hogar debe garantizar que la persona menor de
edad quede bajo responsabilidad de un adulto o persona responsable. 8) Se les
indica a las partes que en caso de cambiar de domicilio o números telefónicos
deben de informarlo a la oficina local. 9) Se otorga un plazo de quince días a
trabajo social para que elabore un Plan de Intervención con el respectivo
cronograma, con el fin de que la Oficina Local, de seguimiento de las
condiciones de las personas menores de edad y del hogar solidario y de la
madre, ejecute el Plan de Intervención, con el fin de que en un plazo de seis
meses se valore la idoneidad de que la persona menor de edad sea asumida por la
madre o en su defecto se defina el lugar idóneo para que permanezca.
Apercibimiento: Las presentes medidas de protección son de acatamiento
obligatorio y deben ser cumplidas en el plazo determinado por la profesional a
cargo. En caso de incumplimiento, se iniciará el proceso especial de protección
en sede judicial, sin perjuicio de los procesos relativos a la suspensión o
terminación de la patria potestad. Audiencia: Se le hace ver a las partes que
de conformidad con el artículo doce de la Ley que rige la materia, dentro del
plazo de los cinco días hábiles siguientes a la notificación de la presente
resolución, podrán solicitar que se señale hora y fecha para una audiencia
donde se evacuará la prueba que consideren pertinente y ser escuchadas con
respecto a los hechos denunciados. Notificaciones. Se les previene a las partes
señalar casa, oficina o lugar, donde atender notificaciones, en caso de no
hacerlo, las resoluciones posteriores se tendrán por notificadas veinticuatro
horas después de dictadas. Garantía de defensa: Se les informa a las partes, que es su derecho hacerse
asesorar o representar por un profesional en derecho de su elección, así como a
tener acceso en la Oficina Local al estudio y revisión del expediente
administrativo. Recursos: Se hace saber a las partes, que en contra de esta
resolución procede el recurso de apelación, el que deberá interponerse ante
este despacho, dentro de los dos días posteriores a la notificación,
resolviendo dicho recurso la Presidencia Ejecutiva de la entidad, ubicada en
San José, Barrio Luján, en horas hábiles de las siete a las quince y treinta
horas. Dicho recurso será inadmisible si es presentado pasado el plazo
indicado. La presentación del recurso de apelación, no suspenderá la aplicación
del acto recurrido.—Oficina Local Alajuela Oeste.—Lic.
Johan David Gutiérrez Valverde, Órgano Director del Procedimiento.—O. C. N° OC-13419-202.—Solicitud N° 421502.—( IN2023739050 ).
Al señor Cristóbal Toledo Nivar, se desconoce demás calidades y domicilio, sin más
datos se le comunica la Resolución de las 08:00 horas del 23 de marzo del 2023,
mediante la cual resuelve el dictado de Medida de Protección de Orden de
Inclusión a Organización No Gubernamental para Tratamiento Formativo-Educativo,
Socio Terapéutico y Psicopedagógico Centro Especializado a favor de la persona
menor de edad J.J.Q.S. Contra esta resolución proceden los recursos de
revocatoria y de apelación. Se le confiere audiencia al señor Cristóbal Toledo Nivar,
el plazo para oposiciones de tres días hábiles siguientes a partir de la
segunda publicación de este adicto, para que presente los alegatos de su
interés, y ofrezca las pruebas que estime necesarias, y se le advierte, que
tiene derecho a hacerse asesorar y representar por abogados y técnicos de su
elección, así como consultar el expediente en días y horas hábiles, se hace la
salvedad que para fotocopiar el expediente administrativo se cuenta con el
horario de siete horas con treinta minutos y hasta las once horas con treinta
minutos en días hábiles, el cual permanecerá a su disposición en oficina local,
ubicada en San José, Hatillo Centro, de la Iglesia de Hatillo Centro 175 metros
al norte y 50 metros al oeste. Expediente Administrativo N°
OLHT-00336-2017.—Oficina Local de Hatillo.—Licda.
Annette Pérez Angulo, Representante Legal.—O.C. N° OC-13419-202.—Solicitud N°
421503.—( IN2023739051 ).
Se comunica a la señora: María Elizabeth Álvarez Guevara, mayor de edad,
costarricense, soltera, portadora de la cédula de identidad número 702040149,
de oficio y domicilio desconocido la resolución administrativa dictada por ésta
representación de las trece horas con treinta minutos del veintisiete de
febrero de dos mil veintitrés, en la cual se resuelve: se confiere de forma
provisional la guarda crianza de sus hijos K.F.S.A y N.A.S.A; con citas de
inscripción número 704140326 y 704370914, respectivamente, en su progenitor el
señor Fernando Salazar Alvarado, Audiencia: Por un plazo de cinco días hábiles
posterior a la tercera publicación del presente edicto, se pone en conocimiento
de las partes involucradas, en el presente Proceso Especial de Protección, la
investigación llevada a cabo por ésta representación, para que se pronuncien,
de igual manera si así lo consideran soliciten la realización de una audiencia
oral, sin que ello conlleve la suspensión de las medidas de protección
dictadas. Recurso: El de Apelación, señalando lugar para oír notificaciones
dentro del perímetro judicial de la Presidencia Ejecutiva en San José, dentro
de las cuarenta y ocho horas siguientes a la tercera publicación de este
edicto. Expediente N°
OLSI-00049-2015.—Oficina Local de Siquirres.—Lic. Randall
Quirós Cambronero, Representante Legal.—O. C. N° OC-13419-202.—Solicitud N°
421504.—( IN2023739055 ).
Al señor: Ángel Elías Sánchez
Cortez, ambos con únicos apellidos dada su nacionalidad panameña, sin
más datos, se le comunica la resolución administrativa de dictada las 08:30 del
01/02/2023, a favor de la persona menor de edad AASR, JPSR y ADSR. Se le
confiere audiencia por tres días, para que presente los alegatos de su interés,
y ofrezca las pruebas que considere necesarias, se le advierte que tiene
derecho a asesorarse y representarse por un abogado o técnicos de su elección.
Expediente N° OLA-00042-2023.—Oficina Local de Alajuela.—Licda.
Dikidh González Álvarez, Representante Legal.—O. C.
N° OC-13419-202.—Solicitud N° 421505.—( IN2023739056 ).
Al señor: Thomas Stanley Karr,
mayor, nacionalidad extranjera, con domicilio exacto desconocido. Se le
comunica la Resolución Administrativa de las nueve horas del veintitrés de
marzo del año dos mil veintitrés. Mediante la cual se resuelve: Archivo del
Proceso Especial de Protección. En favor de la persona menor de edad: B.L.K.M
Se le confiere audiencia al señor: Thomas Stanley Karr, por tres días hábiles,
para que presente los alegatos de su interés y ofrezca las pruebas que estime
necesarias y se les advierte que tienen derecho a hacerse asesorar y
representar por abogados y técnicos de su elección,
así como a consultar el expediente en días y horas hábiles, se hace la salvedad
que para obtener el expediente administrativo deberán presentar llave maya o
CD, lo anterior porque el expediente es digital y se cuenta con el horario de
siete con treinta minutos y hasta las dieciséis horas en días hábiles, el cual
permanecerá a su disposición en esta Oficina Local, ubicada en Golfito, barrio
Alamedas, contiguo a los Tribunales de Justica, Oficina de dos plantas.
Expediente Administrativo N° OLGO-00013-2023.—Oficina Local de Golfito.—Licda. Hellen Agüero Torres, Representante Legal.—O.C. N° OC-13419-202.—Solicitud N° 421506.—(
IN2023739057 ).
Se comunica al señor: José Antonio Domingo Campos Carvajal,
mayor de edad, costarricense, casado, portadora de la cédula de identidad
número 602200757, de ocupación y domicilio desconocido las resoluciones
administrativa dictada por ésta representación de las trece horas con diez
minutos del veinte de febrero de dos mil veintitrés, en la cual se resuelve medida de protección de cuido provisional, a favor de
la persona menor de edad J.F.C.R.; con citas de inscripción 703190114, hijo de
los señores Gianina Rosales Carrillo y José Antonio Campos Carvajal, en su abuela materna la
señora Noemy Carrillo Alvarado, portadora de la cédula de identidad número
706700100. Audiencia: Por un plazo de cinco días hábiles posterior a la tercera
publicación del presente edicto, se pone en conocimiento de las partes involucradas,
en el presente proceso especial de
protección, la investigación llevada a cabo por esta representación, para que
se pronuncien, de igual manera si así lo consideran soliciten la realización de
una audiencia oral, sin que ello conlleve la suspensión de las medidas de
protección dictadas. Recurso: El de apelación, señalando lugar para oír
notificaciones dentro del perímetro judicial de la
Presidencia Ejecutiva en San José, dentro de las cuarenta y ocho horas siguientes
a la tercera publicación
de este edicto. Expediente
N° OLSI-00155-2022.—Oficina Local de Siquirres.—Lic.
Randall Quirós Cambronero, Representante Legal.—O. C. N° OC-13419-202.—Solicitud N°
421507.—( IN2023739063 ).
Notificar al señor(a) Osvaldo
Emilio González
Vargas, se le comunica la resolución de las nueve horas del trece de marzo dos
mil veintitrés en
cuanto a la ubicación de la(s) persona(s) menor(es) de edad, Y.J.G.N.
Notifíquese la anterior resolución a la(s) parte(s) interesada(s),
personalmente o en su casa de habitación, a quienes se les advierte que deberán
señalar lugar conocido para recibir sus notificaciones, o bien, señalar número
de facsímile para recibir aquellas notificaciones que pudieren practicarse por
ese medio, en el entendido que de no hacerlo, o si el lugar señalado fuere
impreciso, inexacto o llegare a desaparecer, o si el medio seleccionado fuere
defectuoso, estuviere desconectado, sin suficiente provisión de papel o por
cualquier otro modo no imputable a esta institución se interrumpiere la
comunicación, las notificaciones futuras quedarán firmes veinticuatro horas
después de dictadas. Se les hace saber, además, que contra la presente
resolución procede el recurso ordinario de apelación, que deberán interponer
ante esta Representación Legal dentro del plazo de cuarenta y ocho horas
siguientes a la fecha de la última notificación a las partes, el de recurso
será de conocimiento de la Presidencia Ejecutiva de esta institución, en el
entendido que hacerlo fuera de dicho término el recurso deviene en inadmisible,
expediente OLLS-00202-2014.—Oficina Local de Los Santos.—Licda. María
Auxiliadora Villanueva Morales, Órgano Director del Procedimiento.—O.C. Nº
OC-13419-202.—Solicitud Nº 421508.—( IN2023739126 ).
Al señor Alejandro Aceituno Ávila,
se le comunica LA resolución de las 20:05 horas del 14 de marzo del año 2023,
dictada por Departamento de Atención Inmediata, del Patronato Nacional de la
Infancia que corresponden a la resolución mediante la cual, se inicia proceso
especial de protección en sede administrativa y se dicta medida de protección
en favor de la persona menor de edad A.A.F. Se le confiere audiencia al señor
Alejandro Aceituno Ávila, por tres días hábiles, para que presente los alegatos
de su interés, y ofrezca las pruebas que estime necesarias, y se le advierte
que tiene derecho a hacerse asesorar y representar por abogados y técnicos de
su elección, así como consultar el expediente en días y horas hábiles, el cual
permanecerá a su disposición en esta oficina local de San José Oeste, ubicada
en ubicado en San José, distrito Hospital, calle 14, entre avenidas 6 y 8,
contiguo al parqueo del Hospital Metropolitano, del costado suroeste del Parque
de La Merced 150 metros al sur. Así mismo, se le hace saber que Deberá señalar
lugar conocido o número de facsímil para recibir sus notificaciones, en el
entendido que de no hacerlo, o si el lugar señalado fuere impreciso, inexacto o
llegare a desaparecer, o si el medio electrónico seleccionado fuere defectuoso,
estuviere desconectado, sin suficiente provisión de papel o por cualquier otro
modo no imputable a esta institución se interrumpiere la comunicación, las
resoluciones futuras quedarán firmes 24 horas después de dictadas, conforme la
Ley de Notificaciones Judiciales. Se le hace saber, además, que contra la indicada
resolución procede Recurso de Apelación para ante la Presidencia Ejecutiva de
esta institución, el cual deberán interponer ante esta Representación Legal
dentro de las 48 horas siguientes, contadas a partir del día hábil inmediato
siguiente a la fecha de publicación del tercer aviso en el Diario Oficial, en
el entendido que hacerlo fuera de dicho término el recurso deviene en
inadmisible (Artículo 139 del Código de la Niñez y la Adolescencia). Publíquese
tres veces. Expediente N° OLSJO-00032-2023.—Oficina Local de San José Oeste.—Lic. Ángel Alberto López Brenes, Representante
Legal.—O.C. Nº OC-13419.—Solicitud Nº 421509.—( IN2023739127 ).
Al señor:
Gabriel Alejandro Martínez Solórzano, mayor, casado una vez, costarricense,
portador de la cédula de identidad N° 603520007, con domicilio desconocido. Se
le comunica la resolución administrativa de las ocho horas cuarenta y cinco
minutos del veintidós de marzo del dos mil veintitrés y de las nueve horas
quince minutos del veintidós de marzo del dos mil veintitrés. Mediante la cual
se resuelve: resolución de inicio del proceso especial de protección
y dictado de medida de cuido provisional- cautelar (provisionalísima) y remisión a fase diagnostica en favor de la persona menor de
edad: Z.D.M.N. Se le confiere audiencia al señor: Gabriel Alejandro Martínez
Solórzano, por tres días hábiles para que presente los alegatos de su interés y
ofrezca las pruebas que estime necesarias y se les advierte que tienen derecho
a hacerse asesorar y representar por abogados y técnicos de su elección, así
como a consultar el expediente en días y horas hábiles se hace la salvedad que
para obtener el expediente administrativo deberán presentar llave maya o CD, lo
anterior porque el expediente es digital y se cuenta con el horario de siete
con treinta minutos y hasta las dieciséis horas en días hábiles, el cual
permanecerá a su disposición en esta Oficina Local, ubicada en Golfito, barrio
Alamedas, contiguo a los Tribunales de Justicia, oficina de dos plantas.
Expediente administrativo N° OLGO-00044-2021.—Oficina Local de Golfito.—Licda.
Hellen Agüero Torres, Representante
Legal.—O. C. N° OC-13419-202.—Solicitud N° 421586.—(
IN2023739185 ).
Al señor: Jeilyn Vanessa Noel Berrocal, mayor, casada una vez,
costarricense, portador de la cédula de
identidad número: 603560486, con domicilio desconocido. Se le comunica la
resolución administrativa de las ocho horas cuarenta y cinco minutos del
veintidós de marzo del año dos mil veintitrés y de las nueve horas quince
minutos del veintidós de marzo del año dos mil veintitrés. Mediante la cual se
resuelve: Resolución de inicio del proceso especial de protección y dictado de
medida de cuido provisional-cautelar (Provisionalísima) y remisión a fase
diagnostica. En favor de la persona menor de edad: Z. D. M. N. Se le confiere
audiencia al señor: Jeilyn Vanessa Noel Berrocal, por
tres días hábiles, para que presente los alegatos de su interés y ofrezca las
pruebas que estime necesarias y se les advierte que tienen derecho a hacerse
asesorar y representar por abogados y técnicos de su elección, así como a
consultar el expediente en días y horas hábiles, se hace la salvedad que para
obtener el expediente administrativo deberán presentar llave maya o CD, lo
anterior porque el expediente es digital y se cuenta con el horario de siete
con treinta minutos y hasta las dieciséis horas en días hábiles, el cual
permanecerá a su disposición en esta Oficina Local, ubicada en Golfito, Barrio Alamedas,
contiguo a los Tribunales de Justica, Oficina de dos plantas. Expediente
Administrativo N° OLGO-00044-2021.—Oficina
Local de Golfito.—Licda. Hellen Agüero Torres, Representante Legal.—O. C. N°
OC-13419-202.—Solicitud N° 421589.—(
IN2023739196 ).
Al señor: Aarón Andrés Cordero López, mayor de edad, soltero, portador de la cédula de identidad número: 604680814, costarricense, con domicilio
desconocido. Se le comunica la Resolución Administrativa de las trece horas del
veintidós de marzo del año dos mil veintitrés y de las
catorce horas con treinta y nueve minutos del veintidós de marzo del año dos mil veintitrés. Mediante
la cual se resuelve: Resolución de Inicio
del Proceso Especial de Protección y dictado de Medida de Cuido
Provisional-Cautelar (provisionalísima) y
Remisión a Fase Diagnóstica. En favor de la persona
menor de edad: T.A.C.P. Se le confiere audiencia al señor: Aarón Andrés Cordero López, por tres días hábiles, para que presente los alegatos de su
interés y ofrezca las pruebas que estime necesarias y se les advierte que
tienen derecho a hacerse asesorar y representar por abogados y técnicos de su
elección, así como a consultar el expediente en días y horas hábiles, se hace
la salvedad que para obtener el expediente administrativo deberán presentar
llave maya o CD, lo anterior porque el expediente es digital y se cuenta con el
horario de siete con treinta minutos y hasta las dieciséis horas en días
hábiles, el cual permanecerá a su disposición en esta Oficina Local, ubicada en
Golfito, barrio Alamedas, contiguo a los Tribunales de Justicia, oficina de dos
plantas. Expediente administrativo número: OLGO-00022-2023.—Oficina Local de Golfito.—Licda. Hellen Agüero Torres, Representante Legal.—O. C. N°
OC-13419-202.—Solicitud N° 421591.—(
IN2023739198 ).
A Marlon Alberto Aguirre Jiménez.
Se le comunica la resolución de las trece horas del veintitrés de marzo del año
dos mil veintitrés la cual otorga el mantener Proceso Especial de Protección en
sede Administrativa de manera Cautelar a favor de las personas menores de edad
D.D.D.C., L.A.P.D., M.C.D., E.J.D.C., M.A.D., K.D.C. Se les confiere audiencia
a los interesados, por tres días hábiles, para que presenten los alegatos de su
interés, y ofrezcan las pruebas que estime necesarias, y se le advierte que
tiene derecho de hacerse asesorar y representar por abogados y técnicos de su
elección, así como consultar el expediente en días y horas hábiles, se hace la
salvedad que para fotocopiar el expediente administrativo se cuenta con el
horario de siete horas treinta minutos y hasta las doce horas con treinta
minutos en días hábiles, el cual permanecerá a su disposición en esta oficina
local, ubicada en San Carlos, Aguas Zarcas, 500 oeste del CTN Nataniel Murillo,
edificios color rojo mano derecha antes del puente de Aguas Zarcas, edificio
del PANI. Expediente N° OLAZ-00390-2021.—Oficina Local de Aguas Zarcas.—Marcela Luna Chaves, Representante Legal.—O.C. N°
OC-13419-202.—Solicitud N° 421619.—( IN2023739395 ).
A Feliciano López Miranda quien, se le comunica
la resolución de las catorce horas del veintitrés de marzo del dos mil
veintitrés, resolución de guarda protectora con depósito judicial y archivo del expediente. Notifiquese. Se otorga audiencia a las partes para ser
escuchadas, que aporten la prueba respectiva y que se apersonen a la Oficina
Local correspondiente. Las partes se podrán referir al proceso de forma escrita
o verbal y que no requiere representación por parte de un abogado. Se advierte,
además que deben señalar lugar donde recibir notificaciones, dícese fax, correo
electrónico, o cualquier otro medio indicado en la ley. Se hace saber a las
partes, que en contra de esta resolución procede el recurso de apelación, el
que deberá interponerse ante este despacho, en forma verbal o por escrito
dentro de las cuarenta y ocho horas, posteriores a la notificación, resolviendo
dicho recurso la Presidencia Ejecutiva de la entidad, ubicada en San José,
Barrio Luján, en horas hábiles de las siete a las quince y treinta horas. Para
tal efecto pueden ofrecer además, las pruebas que
consideren pertinentes. Dicho recurso será inadmisible si es presentado pasado
el plazo indicado. La presentación del recurso de apelación,
no suspenderá la aplicación del acto recurrido. Notifíquese. Expediente N°
OLCO-00094-2023.—Oficina Local de Corredores.—Lic.
Isaac Castillo Zumbado, Órgano Director del Proceso.—O. C. N°
OC-13419-202.—Solicitud N° 421621.—( IN2023739548 ).
A Carlos Manuel Quirós Mora, se le comunica la
resolución de las catorce horas veintinueve minutos del veintitrés de marzo del
año dos mil veintitrés la cual otorga la finalización del proceso especial de
protección en sede administrativa a favor de la persona menor de edad J.P.Q.L.
Se les confiere audiencia a los interesados, por tres días hábiles, para que
presenten los alegatos de su interés, y ofrezcan las pruebas que estime necesarias,
y se le advierte que tiene derecho de hacerse asesorar y representar por
abogados y técnicos de su elección, así como consultar el expediente en días y
horas hábiles, se hace la salvedad que para fotocopiar el expediente
administrativo se cuenta con el horario de siete horas treinta minutos y hasta
las doce horas con treinta minutos en días hábiles, el cual permanecerá a su
disposición en esta oficina local, ubicada en San Carlos, Aguas Zarcas, 500
oeste del CTN Nataniel Murillo, edificios color rojo mano derecha antes del
puente de Aguas Zarcas, edificio del PANI, expediente:
OLSAR-00171-2013.—Oficina Local de Aguas Zarcas.—Marcela Luna Chaves,
Representante Legal.—O.C. Nº OC-13419-202.—Solicitud Nº 421623.—( IN2023739610 ).
A la señora
Yessenia Mondragón Molina, de nacionalidad nicaragüense, sin más datos, se le
comunica la resolución de las 16:00 horas del 17/02/2023 en la cual se procede
mantener la medida de protección de cuido provisional y ampliación de su plazo
dictada por la Oficina Local de Pococí a favor de la persona menor de edad
M.Y.P.M., J.I.M.M., J.E.P.M., W.A.M.M., E.P.M. y A.I.M.M. NOTIFIQUESE la
presente resolución a quien interese mediante la publicación de un edicto, por
tres veces consecutivas, en el Diario Oficial, con la advertencia que deberán
señalar lugar conocido para recibir sus notificaciones, o bien, señalar número
de facsímil para recibir aquellas notificaciones que pudieren practicarse por
ese medio, en el entendido que de no hacerlo, o si el lugar señalado fuere impreciso,
inexacto o llegare a desaparecer, o si el medio seleccionado fuere defectuoso,
estuviere desconectado, sin suficiente provisión de papel o por cualquier otro
modo no imputable a esta institución se interrumpiere la comunicación, las
notificaciones futuras quedarán firmes veinticuatro horas después de dictadas.
Se les hace saber, además, que contra la presente resolución proceden los
recursos ordinarios de revocatoria con apelación en subsidio, que deberán
interponer ante esta Representación Legal dentro del tercer día hábil inmediato
siguiente a la fecha de la última notificación a las partes, siendo que el de
revocatoria será de conocimiento de esta Representación Legal, y el de
apelación de la Presidencia Ejecutiva de esta institución. Podrán presentar los
alegatos de su interés, y ofrecer las pruebas que estimen necesarias, y se les
advierte tienen derecho a hacerse asesorar y representar por abogado y técnico
de su elección, así como consultar el expediente en días y horas hábiles, se
hace la salvedad que para fotocopiar el expediente administrativo se cuenta con
el horario de siete horas con treinta minutos y hasta las once horas con
treinta minutos en días hábiles, el cual permanecerá a su disposición en esta
oficina local, ubicada en Limón, Pococí, Guápiles, sita 200 metros norte y 25
metros oeste del Banco Popular y Desarrollo Comunal. Expediente N° OLPO-00304-2022.—Oficina Local de Pococí.—MSC. Maria Gabriela Hidalgo
Hurtado, Representante Legal.—O.C. Nº
OC-13419-202.—Solicitud Nº 421633.—( IN2023739831 ).
Lic. Johan David Gutiérrez
Valverde, Órgano Director del Procedimiento Administrativo,
en su carácter personal, quienes son Juan Carlos Martínez López, Luis Gerardo
Alfaro Cortés, vecinos de desconocido. Se les hace saber que, en proceso
especial de protección en sede administrativa, establecido por Patronato
Nacional de la Infancia, en expediente OLAO-00090-2016, se ordena notificarles
por edicto, la resolución que en lo literal dice: Patronato Nacional de la
Infancia, Oficina Local de Alajuela Oeste. A las ocho horas treinta y siete
minutos del día veinticuatro de marzo del año dos mil veintitrés. Visto: único: que, se recibe incidente del
9-1-1, 2023-02-25-01455, del día 25/02/2023 al ser las 15:38, el mismo indicó
agresión psicológica hacia personas menores de edad de 15 y 16 años de edad. Considerando: de conformidad con lo
establecido en el reglamento a los artículos 133 y 139 del Código de la Niñez y
la Adolescencia y siendo que, de la primera intervención institucional, las
áreas de investigación preliminar, identifican
factores de riesgo que se deben modificar, y factores de protección que
requieren el fortalecimiento en beneficio del interés superior de las personas
menores de edad y su integridad. Se requiere la ampliación de la intervención
institucional con la finalidad de poder determinar el actor o conducta que
propicia los factores de riesgo, necesarios para identificar y especializar el
plan de intervención. Por tanto: de acuerdo con la anterior esta Representación
ordena: a. puesta en conocimiento: por un plazo de cinco días hábiles se pone
en conocimiento de las partes involucradas, el informe de investigación
preliminar. b. Audiencia: Siguiendo criterios de la lógica, razonabilidad,
proporcionalidad y sana crítica, se otorga audiencia de forma escrita por el
plazo de cinco días hábiles a partir de la notificación de la resolución para
que presenten sus alegatos y ofrezcan prueba. c. Fase diagnóstica, se dé inicio
a la fase diagnóstica por lo que se deberá de asignarse la intervención de un
profesional en el área de trabajo social para que dentro del plazo de 15 días
hábiles cuando ha existido separación familiar y de 20 días hábiles en los
demás procesos, para que al final de esta ampliación deberá determinar una
recomendación de acuerdo a lo trabajado, para establecer el cierre de la
intervención institucional o bien el dictado de la medida especial de
protección correspondiente, respecto a esto último deberá aportar un plan de
intervención con su debido cronograma. Se previene a las partes involucradas en
el Proceso que les asiste todo el derecho de hacerse asesorar o representar por
un profesional en derecho, así como tener acceso al expediente administrativo
para el estudio, revisión o fotocopias. Recursos: se le hace saber a las partes
que contra la presente resolución procede recurso de apelación para ante la
Presidencia Ejecutiva de esta institución, el cual podrá interponerse
verbalmente o por escrito, dentro de las cuarenta y ocho horas siguientes a su
notificación. (Artículo 139 del Código de la Niñez y la Adolescencia). Medio
para notificaciones: se insta a las partes el establecimiento de un medio para
recibir notificaciones. Comuníquese.—Oficina Local de Alajuela Oeste.—Lic. Johan David
Gutiérrez Valverde, Representante Legal.—O.C.
Nº OC-13419-202.—Solicitud Nº
421649.—( IN2023739850 ).
Lic. Manuel David Rojas Saborío,
Órgano Director del Procedimiento Administrativo, en
su carácter personal, quien es Bismark Gómez Alvarado, indocumentado, vecino de desconocido.
Se le hace saber que, en proceso especial de protección en sede administrativa,
establecido por Patronato Nacional de la Infancia, en expediente
OLAO-00045-2023, se ordena notificarle por edicto, la resolución que en lo
literal dice: Patronato Nacional de la Infancia, Oficina Local de Alajuela
Oeste, nueve horas y dieciséis minutos del veinticuatro de marzo del dos mil
veintitrés. Considerando Primero: Que se tienen por ciertos los resultandos del
primero al último por constar así en el expediente administrativo de marras.
Segundo: Del elenco probatorio que consta en el citado expediente
administrativo y de su análisis se evidencia que la persona menor de edad
cuenta con ideación suicida, estuvo con atención psicológica, se percibe que
los padres la han querido obligar a ir a la iglesia, poseer una creencia
religiosa, la cual la pme no quiere, posee baja
autoestima, busca aceptación personal y de los demás. La adolescente posee una
historia familiar donde los padres practican un credo religioso del cual
pretendían que la adolescente también debería tenerlo, pero a ella la hace
sentir muy mal, no se siente parte de la iglesia. Actualmente la adolescente
presenta un cuadro de baja autoestima, búsqueda de aceptación personal y de los
demás, práctica de un credo religioso del cual la adolescente la hace detonar,
que en consecuencia se constatan las recomendaciones técnicas emitidas,
concurriendo todos los presupuestos necesarios para dictar una medida de
protección de orientación, apoyo y seguimiento temporal a la familia. Tercero:
Sobre el Fondo: Que de conformidad con lo establecido por la Convención sobre
los Derechos del Niño en sus artículos 3 al 6 y 18 siguientes y concordantes,
cuya base jurídica constituyó el pilar para la creación del Código de la Niñez
y la Adolescencia el cual proporciona los elementos normativos suficientes para
un adecuado marco institucional, cuya potestad está dada en el artículo 55 de
la Constitución Política, así como en los artículos 3 inciso a, e, f, k, n, y
o, y 4 incisos l, m y n de la Ley Orgánica del Patronato Nacional de la
Infancia, artículos 13, 29, 30, 129 al 138, 140 siguientes y concordantes del
Código de la Niñez y la Adolescencia que refuerzan las facultades
institucionales para brindar la protección necesaria a la persona menor de edad
que no tenga una garantía efectiva de sus derechos. Estos principios en conjunto, plantean como elemento indispensable para alcanzar
el máximo desarrollo humano el reconocimiento de las personas menores de edad
como personas activas de la sociedad que disfrutan del ejercicio, goce y
vigencia de derechos y deberes inherentes a la condición de ser humano para que
puedan gozar realmente de una vida prolongada, saludable y creativa. El Código
de la Niñez y la Adolescencia establece en su artículo 135 la posibilidad de
implementar medidas de protección en favor de la persona menor de edad y adolescentes. En este orden
de ideas es que se considera necesario iniciar un proceso administrativo de
orientación, apoyo y seguimiento a la familia (con fundamento en el artículo
135 inciso a) del Código de la Niñez y la Adolescencia a favor de la persona
menor de edad Marjorie Gómez Duarte
con el fin de tutelar los derechos indicados. Por tanto
con fundamento en lo expuesto y disposiones legales
citadas, se resuelve: 1) Dar por iniciado el proceso especial de protección, en
sede administrativa. 2) Se dicta medida de orientación, apoyo y seguimiento
temporal a la familia. Se indica que la presente medida de protección tiene una
vigencia de hasta seis meses teniendo como plazo de vencimiento el veintiuno de
setiembre de dos mil veintitrés. Para lo cual, se le indica que debe cooperar
con la atención institucional, lo que implica asistir a las citas que se le
brinde, así como cumplimiento de las indicaciones emitidas. 3) Se Ordena
brindar seguimiento y contención a las necesidades de la persona menor de edad
y su familia. 4) Se recomienda trabajar con los progenitores: responsabilidad
parental, derechos, deberes, sistema familiar protector y comunicación
asertiva. 5) Se ordena incluir en el programa socioeducativo “Academia de
Crianza” a los progenitores. 6) Asígnese la presente situación a funcionaria en
Trabajo Social para que brinde el respectivo seguimiento, se le da un plazo de
seis meses para que cumpla con el plan de intervención prestablecido.
Apercibimiento: Las presentes medidas de protección son de acatamiento
obligatorio y deben ser cumplidas en el plazo determinado por la profesional a
cargo. En caso de incumplimiento, se iniciará el proceso especial de protección
en sede judicial, sin perjuicio de los procesos relativos a la suspensión o
terminación de la patria potestad. Audiencia: Se le hace ver a las partes que
de conformidad con el artículo doce de la Ley que rige la materia, dentro del
plazo de los cinco días hábiles siguientes a la notificación de la presente
resolución, podrán solicitar que se señale hora y fecha para una audiencia
donde se evacuará la prueba que consideren pertinente y ser escuchadas con
respecto a los hechos denunciados. Notificaciones. Se les previene a las partes
señalar casa, oficina o lugar, donde atender notificaciones, en caso de no
hacerlo, las resoluciones posteriores se tendrán por notificadas veinticuatro
horas después de dictadas. Garantía de Defensa: Se les informa a las partes, que
es su derecho hacerse asesorar o representar por un profesional en derecho de
su elección, así como a tener acceso en la Oficina Local al estudio y revisión
del expediente administrativo. Recursos: Se hace saber a las partes, que en
contra de esta resolución procede el recurso de apelación, el que deberá
interponerse ante este despacho, dentro de los dos días posteriores a la
notificación, resolviendo dicho recurso la Presidencia Ejecutiva de la entidad,
ubicada en San José, Barrio Luján, en horas hábiles de las siete a las quince y
treinta horas. Dicho recurso será inadmisible si es presentado pasado el plazo
indicado. La presentación del recurso de apelación, no
suspenderá la aplicación del acto recurrido. Comuníquese.—Oficina
Local de Alajuela Oeste.—Lic. Manuel David Rojas Saborío, Representante Legal.—O. C. N°
OC-13419-202.—Solicitud N° 421654.—( IN2023739950 ).
Lic. Johan David Gutiérrez
Valverde, Órgano Director del Procedimiento Administrativo,
en su carácter personal, quien es Jesús Frain
Sequeira Sánchez, vecino de desconocido. Se le hace saber que, en Proceso
Especial de Protección en Sede Administrativa, establecido por Patronato
Nacional de la Infancia, en expediente OLSCA-00105-2017, se ordena notificarles
por edicto, la resolución que en lo literal dice: Patronato Nacional de la
Infancia, Oficina Local de Alajuela Oeste. A las nueve horas veintidós minutos
del día veinticuatro de marzo del año dos mil veintitrés. Visto: único: que, se
recibe incidente del 9-1-1, 2023-02-22-0247, del día 22/02/2023 al ser las
18:40, el mismo reportó aparente agresión física y conflicto familiares hacia
persona menor de edad de 15 años de edad y su madre.
Considerando: de conformidad con lo establecido en el reglamento a los
artículos 133 y 139 del Código de la Niñez y la Adolescencia y siendo que, de
la primera intervención institucional, las áreas de investigación preliminar
identifican factores de riesgo que se deben modificar, y factores de protección
que requieren el fortalecimiento en beneficio del interés superior de las
personas menores de edad y su integridad. Se requiere la ampliación de la
intervención institucional con la finalidad de poder determinar el actor o
conducta que propicia los factores de riesgo, necesarios para identificar y
especializar el plan de intervención. Por tanto: de acuerdo con la anterior
esta representación ordena: a. Puesta en conocimiento: por un plazo de cinco
días hábiles se pone en conocimiento de las partes involucradas, el informe de
investigación preliminar. b. Audiencia: Siguiendo criterios de la lógica,
razonabilidad, proporcionalidad y sana crítica, se otorga audiencia de forma
escrita por el plazo de cinco días hábiles a partir de la notificación de la
resolución para que presenten sus alegatos y ofrezcan prueba. c. Fase
diagnóstica, se dé inicio a la fase diagnóstica por lo que se deberá de
asignarse la intervención de un profesional en el área de psicología para que
dentro del plazo de 15 días hábiles cuando ha existido separación familiar y de
20 días hábiles en los demás procesos, para que al final de esta ampliación
deberá determinar una recomendación de acuerdo a lo trabajado, para establecer
el cierre de la intervención institucional o bien el dictado de la medida
especial de protección correspondiente, respecto a esto último deberá aportar
un plan de intervención con su debido cronograma. Se previene a las partes
involucradas en el Proceso que les asiste todo el derecho de hacerse asesorar o
representar por un profesional en derecho, así como tener acceso al expediente
administrativo para el estudio, revisión o fotocopias. Recursos: se le hace
saber a las partes que contra la presente resolución procede recurso de
apelación para ante la Presidencia Ejecutiva de esta institución, el cual podrá
interponerse verbalmente o por escrito, dentro de las cuarenta y ocho horas
siguientes a su notificación. (Artículo 139 del Código de la Niñez y la
Adolescencia). Medio para notificaciones: se insta a las partes el
establecimiento de un medio para recibir notificaciones. Comuníquese.—Oficina Local de Alajuela
Oeste.—Lic. Johan David Gutiérrez Valverde, Representante
Legal.—O.C. Nº OC-13419-202.—Solicitud Nº 421662.—( IN2023740160 ).
A: Merysa
Solís Rivera, Mauricio Beteta Pengles, Christopher Valverde Rodríguez, Eric Mathue
Van Santen y Guillermo Carmona Salazar, personas
menores de edad: I.V.B.S, J.E.V.S, K.M.V.S, H.C.S, se le comunica las
resoluciones siguientes: i) nueve horas de los nueve treinta minutos del veinte
de marzo del dos mil veintitrés, donde se realiza resolución de confirmación
cuido provisional del expediente administrativo. Notificaciones: se le previene
a la parte señalar casa, oficina o lugar, donde atender notificaciones, en el
caso de no hacerlo las resoluciones posteriores se tendrán por notificadas
veinticuatro horas después de dictadas. Garantía de defensa: se le informa a la parte que es su
derecho hacerse asesorar o representar por un profesional en derecho de su
elección, así como a tener acceso en la oficina local dentro de horas hábiles
al estudio y revisión del expediente administrativo. Recursos: se le hace saber
a las partes que contra esta resolución procede el recurso de apelación el que
deberá interponerse ante este despacho, en forma verbal o por escrito dentro de
las cuarenta y ocho horas, posteriores a la notificación, resolviendo dicho
recurso la Presidencia Ejecutiva de la entidad, ubicada en San José, Barrio Luján, en horas hábiles de las siete a
las quince y treinta horas. Para tal efecto pueden ofrecer además las pruebas
que consideren pertinentes (Art. 139 del Código de la Niñez y la Adolescencia).
Dicho recurso será inadmisible si es presentado pasado el plazo indicado. La
presentación del recurso de apelación no suspenderá la aplicación del acto
recurrido. Expediente N° OLT-00307-2016.—Oficina Local de Pavas.—Licda.
Mariela Villalobos Jiménez,
Órgano Director del Procedimiento.—O. C. N°
OC-13419-202.—Solicitud N° 421664.—( IN2023740184 ).
A la señora Karol
Tatiana Matarrita Gutiérrez, se les comunica la resolución de audiencia,
mediante la cual se mantiene el proceso especial de protección bajo la figura
de guarda crianza y educación, resolución PANI-OLAL-RA-145-2023 iniciado
mediante la resolución PANI-OLAL-PEP-21-2023 es en favor de la persona menor de
edad JAM. Se le confiere audiencia por tres días hábiles, para que presente los
alegatos de su interés, y se le advierte que tiene derecho a hacerse asesorar y
representar por abogados y técnicos de su elección, así como consultar el
expediente en días y horas hábiles, el cual permanecerá a su disposición en
esta Oficina Local, ubicada San José, Alajuelita, San Josecito, del
supermercado Acapulco 300 metros oeste y 125 metros sur, calle al Liceo de
Alajuelita, - Expediente OLAL-00342-2020.—Oficina
Local de Alajuelita.—Licda. Desirée Ramos B., Representante Legal.—1 vez.—O.C. Nº 13419-202.—Solicitud Nº
421666.—( IN2023740246 ).
Al señor James
Michael Dyer, cédula de identidad número 800920739, se le comunica la
resolución correspondiente a resolución que ordena revocatoria de medida
especial de protección otorgado a persona menor de edad, de las trece horas del
veintitrés de marzo dos mil veintitrés, dictada por la Oficina Local de Vázquez
de Coronado Moravia del Patronato Nacional de la Infancia. Asimismo, se le
comunica la resolución correspondiente a resolución PE-PEP-0004-2023, de las
ocho horas del doce de enero dos mil veintitrés, dictada por la Presidencia
Ejecutiva del Patronato Nacional de la Infancia que resuelve recurso de
apelación. Se le confiere audiencia al señor James Michael Dyer, por cinco días
hábiles, para que presente los alegatos de su interés, y ofrezca las pruebas
que estime necesarias, y se le advierte que tiene derecho a hacerse asesorar y
representar por abogados y técnicos de su elección, así como consultar el
expediente en días y horas hábiles, el cual permanecerá a su disposición en
esta oficina local de Vázquez de Coronado Moravia, ubicada en ubicado en San
José, Coronado, doscientos cincuenta metros al este del Antiguo Mall Don
Pancho. Se le hace saber, además, que contra la indicada resolución dictada por
la Oficina Local de Vázquez de Coronado – Moravia del Patronato Nacional de la
Infancia procede Recurso de Apelación para ante la Presidencia Ejecutiva de
esta institución, el cual deberán interponer ante esta Representación Legal
dentro de las 48 horas siguientes, contadas a partir del día hábil inmediato
siguiente a la fecha de publicación del tercer aviso en el Diario Oficial, en
el entendido que hacerlo fuera de dicho término el recurso deviene en
inadmisible (Artículo 139 del Código de la Niñez y la Adolescencia). Publíquese tres veces. Expediente N° OLT-00302-2018.—Oficina
Local de Vázquez de Coronado Moravia.—MSC. Hernán Alberto González Campos, Representante Legal.—O.C.
N° OC-13419-202.—Solicitud N° 421594.—( IN2023740247 ).
A Danny Alfredo Carmona, se le
comunica la resolución de las trece horas del veintitrés de marzo del año dos
mil veintitrés, la cual otorga el mantener Proceso Especial de Protección en
Sede Administrativa de manera cautelar a favor de las personas menores de edad
D.D.D.C., L.A.P.D., M.C.D., E.J.D.C., M.A.D., K.D.C. Se les confiere audiencia
a los interesados, por tres días hábiles, para que presenten los alegatos de su
interés, y ofrezcan las pruebas que estime necesarias, y se le advierte que
tiene derecho de hacerse asesorar y representar por abogados y técnicos de su
elección, así como consultar el expediente en días y horas hábiles, se hace la
salvedad que para fotocopiar el expediente administrativo se cuenta con el
horario de siete horas treinta minutos y hasta las doce horas con treinta
minutos en días hábiles, el cual permanecerá a su disposición en esta Oficina
Local, ubicada en San Carlos, Aguas Zarcas, 500 oeste del CTN Nataniel Murillo,
edificios color rojo mano derecha antes del puente de Aguas Zarcas, edificio
del PANI. Expediente N° OLAZ-00390-2021.—Oficina Local de Aguas Zarcas.—Marcela Luna Chaves, Representante Legal.—O.C. N°
OC-13419-202.—Solicitud N° 421598.—( IN2023740249 ).
Al señor Miguel Ángel Aguilar Jinesta,
se les comunica la resolución de audiencia, mediante la cual se mantiene el
proceso especial de protección bajo la figura de guarda crianza y educación,
resolución PANI-OLAL-RA-145-2023 inciado mediante la
resolución PANI-OLAL-PEP-21-2023 es en favor de la persona menor de edad JAM.
Se le confiere audiencia por tres días hábiles, para que presente los alegatos
de su interés, y se le advierte que tiene derecho a hacerse asesorar y
representar por abogados y técnicos de su elección, así como consultar el
expediente en días y horas hábiles, el cual permanecerá a su disposición en
esta Oficina Local, ubicada San José, Alajuelita, San Josecito, del
supermercado Acapulco 300 metros oeste y 125 metros sur, calle al Liceo de
Alajuelita, expediente OLAL-00342-2020.—Oficina Local de Alajuelita.—Licda. Desirée Ramos B., Representante Legal.—O.C. Nº OC-13419-202.—Solicitud Nº
421681.—( IN2023740302 ).
Al señor: Keilyn
Milena Porras Rojas, se le comunica la resolución de este despacho de las nueve
horas seis minutos del veinticuatro de marzo de dos mil veintitrés, que dicta
medida cautelar de cuido provisional a favor de las personas menores de edad
IAP e IPR en recurso familiar señora María Cristina Rojas Solís. Se le advierte
que deberá señalar lugar conocido para recibir sus notificaciones o bien
señalar número de facsímil para recibir aquellas notificaciones que pudieran
practicarse por este medio, en el entendido de que de no hacerlo o si el lugar
señalado fuere inexacto las notificaciones futuras
quedarán firmes veinticuatro horas después de dictadas. Recursos: se le
hace saber que contra la presente resolución procede únicamente el recurso de
apelación para ante la Presidencia Ejecutiva de esta institución el que deberá
interponerse ante este despacho en horas hábiles en forma verbal o por escrito
dentro de las cuarenta y ocho horas hábiles siguientes a partir de la tercera
publicación de este edicto en el entendido que hacerlo fuera de dicho término
el recurso deviene en inadmisible. Se le informa que es su derecho hacerse asesorar
o representar por un profesional en Derecho, así como revisar y estudiar el
expediente administrativo. Expediente N° OLPUN-00030-2016.—Oficina Local de Puntarenas.—Licda. Dalia Benavides Álvarez, Representante Legal.—O. C. N° OC-13419-202.—Solicitud N° 421686.—(
IN2023740303 ).
Al señor Elkin
Giovanni Alpízar Rodríguez, se le comunica la resolución de este despacho de
las nueve horas seis minutos del veinticuatro de marzo de dos mil veintitrés,
que dicta medida cautelar de cuido provisional a favor de las personas menores
de edad IAP en recurso familiar señora María Cristina Rojas Solís. Se le
advierte que deberá señalar lugar conocido para recibir sus notificaciones o
bien señalar número de facsímil para recibir aquellas notificaciones que
pudieran practicarse por este medio, en el entendido de que, de no hacerlo, o
si el lugar señalado fuere inexacto, las notificaciones futuras quedarán firmes
veinticuatro horas después de dictadas. Recursos: Se le hace saber, que contra
la presente resolución procede únicamente el recurso de apelación para ante la
Presidencia Ejecutiva de esta institución, el que deberá interponerse ante este
despacho en horas hábiles, en forma verbal o por escrito dentro de las cuarenta
y ocho horas hábiles siguientes a partir de la tercera publicación de este
edicto, en el entendido que hacerlo fuera de dicho término el recurso deviene
en inadmisible. Se le informa que es su derecho hacerse asesorar o representar
por un profesional en Derecho, así como revisar y estudiar el expediente
administrativo. Exp. N° OLPUN-00030-2016.—Oficina
Local de Puntarenas.—Licda. Dalia Benavides Álvarez,
Representante Legal.—O.C. Nº OC-13419-202.—Solicitud Nº 421688.—( IN2023740305 ).
Lic. Johan David Gutiérrez
Valverde, Órgano Director del procedimiento
administrativo, en su carácter personal, quien es Carlos Alberto Moreno Soto,
vecino de desconocido. Se le hace saber que, en proceso especial de protección en sede
administrativa, establecido por Patronato Nacional de la
Infancia, en expediente OLAO-00453-2019, se ordena notificarles por edicto, la resolución que en
lo literal dice: Patronato Nacional de la Infancia, Oficina Local de Alajuela
Oeste. A las diez horas veintisiete minutos del día veinticuatro de marzo del
año dos mil veintitrés. Visto: único: que, se recibe incidente del 9-1-1
2023-01-25-01635, el día 25/01/2023, al ser las 7:57, el mismo indicó que
persona menor de edad llama al sistema porque requiere lo ingresen a un
albergue porque teme por su vida. Persona menor de edad poli consultante con
expediente archivado. Considerando: de conformidad con lo establecido en el
reglamento a los artículos 133 y 139 del Código de la Niñez y la Adolescencia y
siendo que, de la primera intervención institucional, las áreas de
investigación preliminar, identifican factores de
riesgo que se deben modificar, y factores de protección que requieren el
fortalecimiento en beneficio del interés superior de las personas menores de
edad y su integridad. Se requiere la ampliación de la intervención
institucional con la finalidad de poder determinar el actor o conducta que
propicia los factores de riesgo, necesarios para identificar y especializar el
plan de intervención. Por tanto: de acuerdo con la anterior esta representación
ordena: a. Puesta en conocimiento: por un plazo de cinco días hábiles se pone
en conocimiento de las partes involucradas, el informe de investigación
preliminar. b. Audiencia: siguiendo criterios de la lógica, razonabilidad,
proporcionalidad y sana crítica, se otorga audiencia de forma escrita por el
plazo de cinco días hábiles a partir de la notificación de la resolución para
que presenten sus alegatos y ofrezcan prueba. c. Fase diagnóstica se dé inicio
a la fase diagnóstica por lo que se deberá de asignarse la intervención de un
profesional en el área de psicología para que dentro del plazo de 15 días
hábiles cuando ha existido separación familiar y de 20 días hábiles en los
demás procesos, para que al final de esta ampliación deberá determinar una
recomendación de acuerdo a lo trabajado, para establecer el cierre de la
intervención institucional o bien el dictado de la medida especial de
protección correspondiente, respecto a esto último deberá aportar un plan de
intervención con su debido cronograma. Se previene a las partes involucradas en
el Proceso que les asiste todo el derecho de
hacerse asesorar o representar por un profesional en derecho, así como tener
acceso al expediente administrativo para el estudio, revisión o fotocopias.
Recursos: se le hace saber a las partes que contra la presente resolución
procede recurso de apelación para ante la Presidencia Ejecutiva de esta
institución, el cual podrá interponerse verbalmente o por escrito, dentro de
las cuarenta y ocho horas siguientes a su notificación. (Artículo 139 del
Código de la Niñez y la Adolescencia). Medio para notificaciones: se
insta a las partes el establecimiento de un medio para recibir notificaciones. Comuníquese.—Oficina
Local de Alajuela Oeste.—Lic. Johan David Gutiérrez Valverde, Representante Legal.—O.C. Nº
OC-13419-202.—Solicitud Nº 421690.—(
IN2023740306 ).
Juan Carlos
Román Fallas, portador de la cédula de identidad N° 1-1313-0326, de domicilio
desconocido y Carolina Castillo López, de nacionalidad nicaragüense, de
domicilio exacto desconocido. Se les comunica la resolución administrativa de
las dieciséis horas del 22 de marzo del 2023, de esta Oficina Local que en lo
conducente ordenó mantener medida cautelar de cuido provisional por el plazo de
seis meses. Se le previene a los señores indicados que deben señalar medio o
lugar para recibir notificaciones de las resoluciones que se dicten por la
oficina local competente dentro del presente proceso especial de protección en
sede administrativa. Se les hace saber, además, que contra la citada resolución
procede el recurso ordinario de apelación, que deberán interponer en forma
verbal o por escrito ante esta oficina local dentro de las cuarenta y ocho
horas siguientes a su notificación, el cual será elevado ante la Presidencia
Ejecutiva de esta institución. Publíquese por tres veces consecutivas.
Expediente N°
OLAS-00034-2017.—Oficina Local de Aserrí.—Licda. Tatiana Torres López, Representante
Legal.—O. C. N° OC-13419-202.—Solicitud N° 421691.—( IN2023740308 ).
PUBLICACIÓN DE
PRIMERA VEZ
Lic. Johan David Gutiérrez Valverde, Órgano Director
del Procedimiento Administrativo,
en su carácter
personal, quien es Luis Antonio Palacios Romero, vecino de desconocido. Se le hace saber que, en proceso especial de protección en sede administrativa,
establecido por Patronato Nacional
de la Infancia, en expediente OLAO-00316-2017, se ordena
notificarle por edicto, la resolución que en lo literal dice: Patronato Nacional de la Infancia, Oficina Local de
Alajuela Oeste. A las once horas cuarenta y cuatro minutos del día veinticuatro de marzo del año dos mil veintitrés. Visto: único: que, se recibe
incidente del 9-1-1 2022-02-24-02574, hora de ingreso 19:33, agresiones físicas hacia personas menores de edad entre 13 y 16 años de edad. Considerando:
de conformidad con lo establecido
en el reglamento
a los artículos 133 y 139
del Código de la Niñez y la Adolescencia
y siendo que, de la primera
intervención institucional,
las áreas de investigación preliminar, identifican factores de riesgo que se deben modificar, y factores de protección que requieren el fortalecimiento
en beneficio del interés superior de las personas menores
de edad y su integridad. Se requiere la ampliación de la intervención institucional con la finalidad de
poder determinar el actor o conducta que propicia los factores
de riesgo, necesarios para identificar y especializar el plan de intervención. Por
tanto: de acuerdo con la anterior esta
Representación Ordena: a. Puesta en conocimiento:
por un plazo de cinco días hábiles se pone en conocimiento de las partes involucradas, el informe de investigación
preliminar. b. Audiencia: siguiendo
criterios de la lógica, razonabilidad, proporcionalidad y
sana crítica, se otorga
audiencia de forma escrita por
el plazo de cinco días hábiles a partir de la notificación de la resolución para que presenten sus
alegatos y ofrezcan prueba. c. Fase diagnóstica se dé inicio a la fase diagnóstica por lo que se deberá de asignarse la intervención de un profesional en el área
de trabajo social para que dentro
del plazo de 15 días hábiles
cuando ha existido separación familiar y de 20 días hábiles
en los demás
procesos, para que al final de esta
ampliación deberá determinar una recomendación de acuerdo a lo trabajado, para establecer el cierre de la intervención institucional o bien
el dictado de la medida especial de protección correspondiente, respecto a esto último deberá
aportar un plan de intervención
con su debido cronograma. Se previene a las partes involucradas en el Proceso
que les asiste todo el derecho de hacerse asesorar o representar por un profesional en derecho, así como tener acceso
al expediente administrativo
para el estudio, revisión o fotocopias.
Recursos: se le hace saber
a las partes que contra la presente
resolución procede recurso de apelación para ante la
Presidencia Ejecutiva de esta
institución, el cual podrá interponerse
verbalmente o por escrito, dentro de las cuarenta y ocho horas siguientes a su notificación. (Artículo 139 del
Código de la Niñez y la Adolescencia).
Medio para notificaciones: se insta
a las partes el establecimiento de un medio para recibir notificaciones.
Comuníquese
Lic. Johan David Gutiérrez Valverde, Representante Legal.—Oficina Local de Alajuela Oeste.—O.C. Nº OC-13419-202.—Solicitud Nº 421716.—( IN2023741185 ).
A la señora Melnie Liz Batista Viales, se les comunica la resolución
del doce de enero 2023, mediante la cual se inicia el proceso especial de
protección bajo la figura de orientación apoyo y seguimiento, y medida de
tratamiento resolución PANI-OLAL-PEP-18-2023 se hace citación a Audiencia Oral
y Privada, la resolución PANI-OLAL-RA-148-2023, que es resolución de audiencia
en favor de la persona menor de edad NDTB. Se le confiere audiencia por tres
días hábiles, para que presente los alegatos de su interés, y se le advierte
que tiene derecho a hacerse asesorar y representar por abogados y técnicos de
su elección, así como consultar el expediente en días y horas hábiles, el cual
permanecerá a su disposición en esta Oficina Local, ubicada San José,
Alajuelita, San Josecito, del supermercado Acapulco 300 metros oeste y 125
metros sur, calle al Liceo de Alajuelita. Expediente OLAL-00440-2017.—Oficina
Local de Alajuelita.—Licda. Desirée
Ramos B.,
Representante Legal.—O.C. Nº OC-13419-202.—Solicitud
Nº 421717.—( IN2023741691 ).
RE-0017-IT-2023.—San
José, a las 16:40 horas del 13 de abril de 2023.
Conoce el intendente de transporte la aplicación del ajuste extraordinario de los precios contratados
por el Ministerio
de Educación Pública PARA
LOS servicios de transporte
de estudiantes, correspondiente
al primer semestre
del 2023.
EXPEDIENTE
ET-017-2023
Resultandos.
I.—El
2 de julio de 2021 se publicó
en el Alcance
Nº131 a La Gaceta N°127, la resolución
RE-0180-JD-2021 del 14 de junio de 2021 denominada: “Metodología que
determine los precios máximos de referencia para la contratación por parte del Ministerio de Educación Pública de los servicios de transporte de estudiantes”.
II.—Por
medio de la resolución RE-0206-JD-2021 del 5 de octubre de 2021, publicada en el Alcance
N°209 a La Gaceta N°199 del 15 de octubre
de 2021, la Junta Directiva de la Autoridad
Reguladora emitió la
“Política regulatoria de la Autoridad
Reguladora de los Servicios Públicos”.
III.—La
Junta Directiva de Aresep, por medio de la resolución
RE-0211-JD-2021 del 8 de noviembre de 2021, publicada en el
Alcance N°238 a La Gaceta
N°225 del 22 de noviembre de 2021, emitió la “Política regulatoria
de los servicios de movilidad de personas, infraestructura
y otros servicios de transporte”.
IV.—El
22 de agosto de 2022 se publicó
en el Alcance
Nº178 a La Gaceta N°158, la resolución RE-0090-IT-2022 del 17 de agosto de 2022 que fijó los
precios máximos de referencia para la contratación por
parte del Ministerio de Educación
Pública de los servicios de transporte de estudiantes (expediente
ET-034-2022).
V.—El 8 de marzo de 2023 se publicó en el
Alcance Nº37 a La Gaceta
N°43, la resolución RE-0012-IT-2023 del 2 de marzo de 2023 que fijó el ajuste extraordinario
de oficio para las rutas de
transporte público del servicio de transporte remunerado de personas modalidad autobús a nivel nacional, para el primer semestre del 2023, correspondiente
a un aumento de 5,18%, (expediente
ET-007-2023).
VI.—El
9 de marzo de 2023, la Intendencia
de Transporte, por medio
del oficio OF-0369-IT-2023, solicitó
al Departamento de Gestión
Documental la apertura del expediente
tarifario, en el cual se tramita
la fijación tarifaria extraordinaria de los precios máximos de referencia para la contratación por parte del Ministerio
de Educación Pública de los servicios de transporte de estudiantes, correspondiente al primer semestre
del 2023. A partir de esta solicitud se abrió el expediente ET-017-2023 (folio
1).
VII.—El 22 de marzo de 2023, por medio del oficio
DVM-A-DPE-TE-138-2023, el MEP indicó
que no existen contratos vigentes de transporte de estudiantes que hayan considerado las resoluciones tarifarias emitidas por la Aresep (folio 94).
VIII.—El
23 de marzo de 2023, la Intendencia
de Transporte emitió el informe preliminar
IN-0051-IT-2023 del ajuste extraordinario
de los precios contratados por parte del Ministerio de Educación Pública para los servicios de transporte de estudiantes, correspondiente al primer semestre
del 2023 (folios 2 al 94).
IX.—El
Intendente de Transporte mediante
memorando ME-0125-IT-2023 del 23 de marzo de 2023, acogió el informe preliminar
IN-0051-IT-2023 (folio 95).
X. El 23 de marzo
de 2023, la Intendencia de Transporte,
mediante memorando
ME-0127-IT-2023, solicitó a la Dirección
General de Atención al Usuario
la convocatoria a consulta pública
(folios 96 al 97).
XI.—La
convocatoria a consulta pública
se publicó en los diarios La Extra y La Teja
del 30 de marzo de 2023 y en
La Gaceta N°58 del 29 de marzo de 2023; en la misma, se otorgó
un plazo a los interesados que feneció el
13 de abril de 2023, para que presentaran
sus posiciones a favor o en
contra de la fijación tarifaria (folio
103).
XII.—La
Dirección General de Atención
al Usuario, mediante informe IN-0188DGAU-2023 del 13 de abril
de 2023, remitió el informe de oposiciones y coadyuvancias presentadas en la etapa de consulta pública (corre agregado al expediente).
XIII.—La
solicitud de revisión tarifaria fue analizada
por la Intendencia de
Transporte produciéndose el informe IN-0064-IT-2023 del 13 de abril
de 2023, que corre agregado
al expediente.
XIV.—Cumpliendo con los acuerdos 001-007-2011 y 008-083-2012 de la Junta Directiva de la Autoridad Reguladora de los Servicios Públicos, se indica que
en el expediente
consta, en formato digital y documental, la información
que sustenta esta resolución.
XV.—En
los procedimientos se han observado los
plazos y las prescripciones
de ley.
Considerandos.
I.—Analizado
el informe técnico IN-0064-IT-2023 del 13 de abril
de 2023, el mismo es acogido en todos
sus extremos y como tal servirá de base para el dictado de la presente resolución, y por ende conviene
extraer del mismo lo siguiente:
“(…)
B. MARCO REFERENCIAL:
La Junta Directiva
de la Autoridad Reguladora
de los Servicios Públicos mediante la resolución RE-0180-JD-2021 del 14 de junio
de 2021, publicada en el Alcance Nº131 a La Gaceta N°127 del 2 de julio de
2021, aprobó la metodología
denominada: “Metodología
que determine los precios máximos de referencia para la contratación por parte del Ministerio de Educación Pública de los servicios de transporte de estudiantes”, que tiene por objeto
establecer un procedimiento
claro y transparente para la fijación
de los precios máximos de referencia para los servicios de transporte de estudiantes que contrata el Ministerio
de Educación Pública (MEP),
utilizando autobuses como unidad de transporte.
Mediante la resolución
RE-0090-IT-2022 del 28 de octubre de 2021, del 17 de agosto de 2022, publicada en el Alcance
N°178 a La Gaceta N°158 del 22 de agosto
de 2022, la Intendencia de Transporte
fijó los precios máximos de referencia para la contratación por parte del Ministerio
de Educación Pública de los servicios de transporte de estudiantes para el año 2023.
La resolución
RE-0180-JD-2021 en la sección
6.12, dispone el mecanismo
de actualización de precios
durante la vigencia de los contratos respectivos.
De acuerdo con dicho mecanismo, se tiene lo siguiente:
1. Los precios pactados en los
contratos serán sujetos a dos ajustes durante cada año
calendario de vigencia.
2. Los precios pactados se ajustarán en el porcentaje
que haya sido aprobado como ajuste
extraordinario para el servicio de autobús en ruta regular.
La Intendencia
de Transporte mediante resolución RE-0012-IT-2023 del 2 de marzo
de 2023 publicada en el Alcance N°37 a La Gaceta N°43 del 8 de marzo de
2023, fijó el ajuste extraordinario de oficio para las rutas de transporte público del servicio de transporte remunerado de personas modalidad autobús en ruta
regular a nivel nacional,
para el primer semestre del
2023, correspondiente a un aumento
de 5,18%.
Se aclara
que, de acuerdo con lo señalado
por el Ministerio
de Educación Pública (MEP) en el oficio
DVM-A-DPE-TE-138-2023, no existen contratos
vigentes de transportes de estudiantes en los que se hayan considerado los precios máximos establecidos por la Aresep en algunas
de las resoluciones tarifarias previas. Por
lo tanto, los únicos precios que deberán ser ajustados mediante la presente fijación extraordinaria son los pactados entre el MEP y los prestadores que se hayan establecidos con base en la última fijación
ordinaria (RE-0090-IT-2022), ya
que los precios previos a esos
ya no podrán ser utilizados por el MEP.
C. ANÁLISIS TARIFARIO
En la sección
6.12 de la resolución RE-0180-JD-2021 se establece lo siguiente:
“(…)
Considerando lo anterior, durante el
mes siguiente a la publicación de la resolución tarifaria de ajuste de cada aplicación de la metodología extraordinaria
autobuses ruta regular, la Intendencia
de Transporte someterá a
consulta pública la fijación
de los porcentajes de ajuste de precios de viaje para los servicios de transporte de estudiantes que contrate el MEP
para cada proceso de contratación.
(…)” El resaltado
no es del original.
Nótese
entonces que la Intendencia
de Transporte debe someter a consulta pública el porcentaje de ajuste de precios de viaje para los servicios de transporte de estudiantes que utilice el MEP para cada proceso de contratación, durante el mes
siguiente a la publicación
de la resolución tarifaria
de ajuste de cada aplicación de la metodología extraordinaria autobuses ruta
regular.
Cabe indicar que cada porcentaje de ajuste correspondiente a cada aplicación de la sección 6.11.1, corresponderá a uno (1) más la variación relativa en los costos
sujetos de ajuste extraordinario de cada aplicación de la metodología extraordinaria autobuses ruta
regular de cada semestre completo. Cuando se trate de más de un semestre dicho porcentaje se calculará como la multiplicación de los porcentajes de ajuste (uno más la variación) de los semestres completos que hayan transcurrido desde cada fijación
hasta el año que corresponda de vigencia de la contratación, tal y como se indica en el siguiente Cuadro:
Para ver
la imágen solo en La Gaceta con formato PDF
Los precios máximos de referencia para la contratación por parte del Ministerio
de Educación Pública de los servicios de transporte de estudiantes vigentes a la presente fecha fueron los
aprobados mediante la resolución RE-0090-IT-2022 del 28 de octubre
de 2021, del 17 de agosto de 2022, publicada en el
Alcance N°178 a La Gaceta
N°158 del 22 de agosto de 2022.
Se aclara que los precios máximos establecidos en la resolución RE-0090IT-2022 del 17 de agosto
de 2022, publicada en el Alcance N°178 a La Gaceta N°158 del 22 de agosto de
2022, corresponden a la fijación
ordinaria realizada en el 2022 para los contratos que aplicarían en el
2023, de modo que, de acuerdo con la sección 6.12 de la metodología vigente, los precios
pactados en función de dicha resolución estos serán actualizados a partir de las fijaciones extraordinarias de ruta regular
del 2023 en adelante.
La Intendencia
de Transporte ha realizado
la siguiente fijación tarifaria extraordinaria de oficio en la modalidad
de transporte de ruta regular,
que es utilizada para ajustar
los precios máximos de referencia para la contratación por parte del Ministerio de Educación Pública de los servicios de transporte de estudiantes vigentes:
Fijación
extraordinaria aplicable a los precios pactados
con base en la resolución
RE-0090-IT-2022.
Semestre |
Ajuste (%) |
Resolución ruta regular |
Resolución transporte de estudiantes |
I-2023 |
5,18 |
RE-0012-IT-2023 |
La resolución
que resulte del presente estudio tarifario |
De acuerdo con lo señalado previamente, el porcentaje de variación por ajuste extraordinario
corresponde en esta ocasión únicamente
a 5,18%, el cual es el ajuste extraordinario
de ruta regular aprobado mediante la resolución
RE-0012-IT-2023 del 2 de marzo de 2023 publicada en el
Alcance N°37 a La Gaceta
N°43 del 8 de marzo de 2023.
(…).
II.—Igualmente,
del informe IN-0064-IT-2023 del 13 de abril de 2023, que sirve de fundamento a la presente resolución, en relación con las manifestaciones exteriorizadas por los participantes, con el fin de orientar tanto a los usuarios como
a los operadores del servicio, se resumen los argumentos expuestos y se les da respuesta
de la siguiente manera.
“(…).
D. CONSULTA PÚBLICA Y ANÁLISIS DEL INFORME
DE OPOSICIONES Y COADYUVANCIAS.
Como se indicó
anteriormente en los antecedentes, por medio del memorando ME-0127-IT-2023
del 23 de marzo de 2023, la Intendencia
de Transporte solicitó a la
Dirección General de Atención
al Usuario la convocatoria
a consulta pública (folios 96 al 97).
La convocatoria
a consulta pública se publicó
en los diarios
La Extra y La Teja del 30 de marzo de 2023 y en La Gaceta N°58 del 29 de marzo de 2023.
La Dirección
General de Atención al Usuario
(DGAU), emitió el informe de oposiciones y coadyuvancias por medio del oficio IN-0188-DGAU-2023 del 13 de abril
de 2023 (corre agregado al expediente) del cual se desprende que no hubo posiciones en el
proceso de consulta pública.
(…)”
III.—Conforme
con los resultandos y considerandos que preceden y de acuerdo con el mérito de los autos,
lo procedente es fijar el porcentaje de ajuste de los precios
contratado por el Ministerio de Educación Pública para los servicios de transporte de estudiantes referente al ajuste extraordinario del primer semestre
del 2023, según se dispone.
POR
TANTO:
Fundamentado en las facultades
conferidas en la Ley de la Autoridad Reguladora de los Servicios Públicos
(Ley 7593 y sus reformas),
en el Decreto
Ejecutivo 29732-MP, Reglamento
a la Ley 7593, en la Ley General de la Administración Pública, Ley 6227
(en adelante LGAP), el Reglamento
Interno de Organización y Funciones de la Autoridad Reguladora de los Servicios Públicos y sus Órganos Desconcentrados (RIOF).
EL INTENDENTE DE
TRANSPORTE
RESUELVE:
I.—Acoger el informe IN-0064-IT-2023 del 13
de abril de 2023 y fijar en 5,18% el porcentaje de ajuste de los precios
contratados por el Ministerio de Educación Pública para los servicios de transporte de estudiantes, con
base en los precios máximos de referencia establecidos en la resolución RE-0090-IT-2022
del 17 de agosto de 2022, publicada
en el Alcance
N°178 a La Gaceta N°158 del 22 de agosto de 2022.
II.—El porcentaje
de ajuste rige a partir del día natural siguiente
de su publicación en el periódico
oficial La Gaceta.
Conforme con lo que ordena el artículo 245, en relación con el 345 de la LGAP, se indica que contra esta
resolución pueden interponerse los recursos ordinarios de revocatoria y de apelación, y el extraordinario de revisión en los
supuestos y condiciones establecidos en los artículos 353 y 354 de la
LGAP. Los recursos ordinarios
podrán interponerse en el plazo
de tres días hábiles contados a partir del día hábil siguiente a la notificación de esta resolución ante la Intendencia de
Transporte, de conformidad
con los artículos 346 y 349
de la LGAP.
Comuníquese
y publíquese.
MGP. Edward Araya Rodríguez, Intendente de Transporte.—
1 vez.—O.C. N°
082202310380.—Solicitud N° 423809.— ( IN2023746660
).
AUDIENCIA PÚBLICA
VIRTUAL
La
Autoridad Reguladora de los Servicios Públicos
convoca a audiencia pública virtual la propuesta que
se detalla a continuación:
Para ver
las imágenes solo en La Gaceta con formato PDF
La
Audiencia Pública virtual (*) se realizará
el lunes 15 de mayo de 2023, a las 17 horas con 15 minutos (5:15 p.m.),
por medio de la Plataforma Zoom. El enlace para ver
y escuchar la audiencia pública
virtual es: https://aresep.go.cr/participacion/audiencias/et-106-2022
Los
interesados pueden presentar una posición
a favor o en contra, indicando
las razones; por dos vías:
▪ De forma oral: para participar
de forma oral es preferible que se registre a través del correo electrónico consejero@aresep.go.cr hasta las 16 horas
(4:00 p.m.) del día de la audiencia, manifestando
su intención de participar oralmente en la Audiencia Pública Virtual
del expediente ET-106-2022 y anotando su nombre
completo, número de cédula,
medio de notificaciones y número
de teléfono donde se le pueda localizar, debe adjuntar copia de su cédula de identidad. El día de la audiencia se enviará un enlace al correo electrónico registrado, para que pueda hacer uso
de la palabra en la audiencia virtual. No obstante, si no
se inscribió de forma anticipada
y desea participar, podrá inscribirse propiamente en la audiencia pública al chat preguntas y respuestas.
▪ Mediante escrito firmado presentado en las oficinas de la Aresep en horario
de 8:00 am a 4:00 pm; hasta el día y hora de inicio de la audiencia, por medio
del fax 2215-6002 o del correo electrónico
(**): consejero@aresep.go.cr
En ambos casos presentar fotocopia de la cédula
(personas físicas), correo electrónico, número de fax o dirección exacta para notificaciones.
Las
personas jurídicas pueden participar por medio del representante legal aportando una certificación de personería jurídica vigente.
Además, se invita a una exposición
explicativa y evacuación de
dudas de la propuesta, que estará disponible el martes 25
de abril de 2023 a las 17:00 horas (5:00 p.m.)
en el perfil
de Facebook de la Aresep y al día siguiente
la grabación de esta estará disponible en la página www.aresep.go.cr.
Las dudas o consultas por escrito se recibirán hasta el miércoles 03 de mayo de 2023 al correo electrónico consejero@aresep.go.cr, mismas
que serán evacuadas a más tardar el
miércoles 10 de mayo de 2023.
Esta audiencia pública
se tramita bajo el expediente ET-106-2022 y se puede
consultar en las instalaciones de la ARESEP en horario de 8:00 am a 4:00 pm o descargando
el expediente en la dirección electrónica: www.aresep.go.cr
participación ciudadana, consulte un expediente digital.
Para
asesorías e información adicional comuníquese con el Consejero del Usuario al correo electrónico consejero@aresep.go.cr o a la línea gratuita número 8000 273737.
(*)
Es necesario que la computadora
o el teléfono inteligente con el que se conecte tenga conexión
constante a internet. En caso de problemas o dudas para conectarse a la audiencia puede llamar al 2506-3200 extensión
1216.
(**) La posición enviada por correo
electrónico, debe estar suscrita mediante firma digital o el documento con la firma debe ser escaneado y el tamaño no puede exceder a 10,5 megabytes.
Dirección General de Atención al Usuario.—Gabriela
Prado Rodríguez, Directora General.—1 vez.—O.C. N° 082202310380.—Solicitud
N° 423843.—( IN2023746924 ).
DIECIOCHO AZALEAS
SOCIEDAD ANÓNIMA
Convocatoria
Asamblea de Accionistas
Dieciocho Azaleas Sociedad
Anónima,
cedula de persona jurídica número
tres-ciento uno-cero sesenta
y ocho mil quinientos cincuenta y dos, convoca a asamblea general extraordinaria de socios a celebrarse el día nueve de mayo del dos mil veintitrés,
la cual se celebrará en su domicilio
social, San José-San
José
/ El Carmen, En Barrio Escalante, de la Iglesia Santa
Teresita, trescientos metros al Este, cincuenta metros al Sur, Calle veintinueve
A, entre avenida nueve y
Calle treinta y uno. En primera
convocatoria a las diecinueve
horas con treinta minutos y
si a la hora indicada no hubiere quorum de ley, la asamblea
se celebrará en segunda convocatoria media hora después con el número de socios presentes. Agenda Asamblea Ordinaria: I) Nombramiento de
Fiscal y tesorero, Agenda Asamblea
Extraordinaria, I) Cambio de domicilio,
II) Reforma de la cláusula octava del pacto constitutivo de las asambleas.—Marco Brenes Wesseling,
cédula
de identidad/ Secretario/
Junta Directiva.—1 vez.—(
IN2023747286 ).
PUBLICACIÓN DE
TERCERA VEZ
REPOSICIÓN DE
CERTIFICADO DE ACCIONES
El
señor Isaac Mena Cedeño, mayor de edad,
soltero, asistente legal, vecino de San José, portador de
la cédula de identidad número
uno-uno ocho uno uno-cero seis cuatro cuatro en su
condición de Apoderado Generalísimo de la sociedad García & Bodan
Costa Rica Sociedad Anónima, con cédula jurídica número tres-ciento uno-setecientos sesenta y seis mil ochocientos treinta y seis ha solicitado la reposición del siguiente Certificado de Acciones de la sociedad García & Bodan
Costa Rica S. A. el cual fue extraviado: i) Certificado de Acciones N° 2 el cual representa
una acción común y nominativa. Lo anterior
para dar cumplimiento con
lo que estipulado en el Código de Comercio de Costa Rica. Transcurrido
el término de un mes a partir de la última publicación, se repondrá dicho documento.—San
José, 27 de marzo del 2023.—Isaac Mena Cedeño, Apoderado Generalísimo.—(
IN2023738279 ).
UNIVERSIDAD
LATINA DE COSTA RICA
Ante
la Oficina de Registro de
la Universidad Latina de Costa Rica, se ha presentado
la solicitud de reposición
del Título de Bachillerato en Ingeniería en
Electromedicina inscrito
bajo el Tomo XIII, Folio
70, Asiento 58986 a nombre de Arnold Mauricio Roque
Serrano, cédula de identidad número
304510282. Se solicita la reposición
del título indicado anteriormente por extravío del Original.
Se publica este edicto para oír oposiciones a la reposición
solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la tercera publicación en el Diario Oficial
La Gaceta.
Se
extiende la presente a solicitud del interesado en el día y lugar
de la fecha.—Departamento de Registro.—Neda Blanco López, Directora.—(
IN2023738286 ).
HOLCIM COSTA RICA
SOCIEDAD ANÓNIMA
Para
efectos de reposición, nosotras Vilma Castro Marín, cédula de identidad
número uno-cero tres cero siete-cero cuatro tres tres y Damaris Castro Marín, cédula de identidad
número uno-cero dos dos
cuatro-cero cuatro seis dos en nuestra
condición de propietarias
del certificado serie B, número 2154 de nueve mil novecientos ocho acciones de Holcim Costa Rica Sociedad Anónima,
cédula jurídica N° 3-101-006846, hacemos
constar que hemos solicitado la reposición de dichas acciones y su respectivo certificado
por haberse extraviado. Por el término de ley, las oposiciones podrán dirigirse a Holcim Costa
Rica Sociedad Anónima, en
la recepción de sus oficinas
corporativas en Oficentro Torre Cordillera, piso ocho, trescientos metros al sur,
Centro Comercial Plaza Mayor, Pavas,
San José, transcurrido el mismo se procederá a la reposición solicitada.—San José, 28 de marzo de
2023.—Ana Catalina Rodríguez Rodríguez, Notaria Pública, autenticante.—Vilma
Castro Marín y Damaris Castro Marín, Propietarias.—(
IN2023739182 ).
Por medio de la escritura número
ciento sesenta y nueve ante esta notaria, los señores Steve y Liisa Quinn venden el establecimiento mercantil conocido
con el nombre GO FISH Tamarindo Costa Rica, dedicado al turismo en general
ubicado en Guanacaste, Santa Cruz, Playa Tamarindo. Se citan a todos los
acreedores e interesados a hacer valer sus derechos para que dentro de los
siguientes quince días acudan a esta notaría.—Lic.
Cristian M. Arguedas Arguedas, Notario Público.—(
IN2023740250 ).
PUBLICACIÓN DE
PRIMERA VEZ
CONSOLIDADORA
CARIARI SOCIEDAD ANÓNIMA
Ante la empresa Consolidadora Cariari Sociedad Anónima,
cédula
jurídica
número
3-101-615525, con domicilio en
la provincia de Heredia, El Barreal,
costado norte del Mall Real
Cariari, oficinas Almacén Fiscal, se tramita
la reposición
de los certificados de acciones a nombre de los señores Juan Joaquín Urbina Echeverría, Isabella Urbina Echeverría y
Carla Urbina Echeverría,
por extravío. Cualquier persona que se considere afectada debe comunicarse, en el plazo
de un mes, al domicilio
social. Ubicado en la provincia de Heredia, El Barreal,
costado norte del Mall Real
Cariari, oficinas Almacén Fiscal, Heredia, a las doce horas y treinta minutos del veintinueve del mes de marzo del año dos mil veintitrés.—Juan Joaquín Urbina Echeverría, Presidente.—( IN2023741186 ).
DREAM SURF HOUSE
Se
pone en conocimiento la cesión y traspaso del nombre comercial “Dream Surf
House” inscrito bajo el
expediente número
2022-0002801 del Registro de Propiedad
Intelectual, registro número 309295. Se cita a los acreedores e interesados para que se presenten
dentro del término de 15
días a partir de la primera
publicación del presente
aviso a hacer valer sus derechos.—Licda. Lucía Hueckmann Sedó, Apoderada Especial de 3-102-757529 S.R.L.—(
IN2023742325 ).
PUBLICACIÓN DE
UNA VEZ
TERRANEA SOCIEDAD
ANÓNIMA
Por
este medio, María Gabriela Vega Méndez, portadora de la cédula de
identidad N° 1110602519, actuando
en su carácter
de presidente de la junta directiva
de la sociedad de Terranea Sociedad Anónima, cédula jurídica N°
3-101-171663, hace saber a quién
interese que el tomo N° 1 del libro de: Actas de Asamblea, Registro de Accionistas, Junta Directiva, de dicha sociedad han sido
extraviados, y que se procederá
con su reposición.—Heredia,
28 de marzo del 2023.—1 vez.—(
IN2023741698 ).
VEINTE MIL VEINTE
SOCIEDAD ANÓNIMA
La suscrita, Virginia Steinvorth Koberg, mayor, casada, maestra, vecina de San José, Curridabat, Condominio Monterán, cédula
1-751-984, en su condición de secretaria, apoderada generalísima sin límite de suma de la sociedad denominada Veinte Mil Veinte Sociedad Anónima, cédula jurídica número 3-101-101411, solicito al Registro de Personas jurídicas,
la reposición del libro de
Junta Directiva de la sociedad
que represento, por extravío del mismo. Se otorga un plazo de ocho días hábiles, a partir de esta publicación, para escuchar oposiciones en San José, San
Pedro de Montes de Oca, frente a Sigma Business
Center, Latitud Dent, número
trescientos diez, oficina de la Licenciada Giselle
Solórzano Guillén. Secretaria de la sociedad.—1
vez.—( IN2023741703 ).
POZUELO Y AZUOLA
LIMITADA
La
sociedad denominada:
Pozuelo y Azuola Limitada,
con cédula de persona jurídica N° 3-102-016435, solicita la reposición del libro de Registro de Cuotistas por extravío.
Quien se considere afectado puede manifestar su oposición
en el domicilio
social de la empresa en el término de 8 días hábiles a partir de la publicación de este aviso.—San José, 22 de marzo del
2023.—José Miguel Pozuelo Azuola, Representante
Legal.—1 vez.—( IN2023741757 ).
FUENCARRAL
SOCIEDAD ANÓNIMA
Se
comunica la solicitud de reposición de libros de Actas por extravío
de la sociedad Fuencarral
Sociedad Anónima, cédula Jurídica
tres-ciento uno-veintisiete
mil sesenta y tres.—San José, treinta de marzo del dos mil veintitrés.—Lic. Andrés Calvo Herra.—1 vez.—( IN2023741881 ).
ASOCIACIÓN DE
GUÍAS Y SCOUTS
DE COSTA RICA
La
suscrita presidenta de la
Junta Directiva Nacional de la Asociación
de Guías y Scouts de Costa Rica, hace
del conocimiento público,
que en la XLIX Asamblea
Nacional Ordinaria de esta Asociación, celebrada en sesión permanente
el día sábado 25 de marzo del 2023, en la Asociación Cristiana Oasis de Esperanza, ubicada en San José, Moravia, frente a la plaza de deportes Las
Américas, fueron electas por un período de dos años a partir del 01 de abril del 2023
hasta el 31 de marzo de
2025, las siguientes personas: Presidenta:
Ileana María Boschini López, cédula N° 105380788; Prosecretaria:
Alejandra Isabel Navarro Calderón, cédula N° 303470656; Vocal: María de los Ángeles
Vargas Ugalde, cédula N° 503480684; Fiscal: Silvia Mercedes Herrera
Martínez, cédula N° 800680431. Por lo tanto, la Junta Directiva
Nacional queda conformada
de la siguiente manera: Presidenta: Ileana María Boschini López, cédula N°
105380788; Vicepresidenta: Maribel Monge Salazar, cédula N° 900640724; Vicepresidente: Édgar
Eduardo Zamora Salazar, cédula
N° 105430570; Secretaria: Vilma Patricia Fallas Méndez, cédula N° 204650889; Tesorera: María Lutgarda Castro Corella, cédula N° 108350276; Prosecretaria:
Alejandra Isabel Navarro Calderón, cédula N° 303470656; Fiscal: Silvia Mercedes
Herrera Martínez, cédula N° 800680431; Vocal: María de los
Ángeles Vargas Ugalde, cédula N° 503480684, para los efectos de los artículos 18 y 19 de la Ley
N° 5894.—San José, 30 de marzo del 2023.—Junta Directiva Nacional.—Ileana María Boschini López,
105380788.—1 vez.—( IN2023742904 ).
COLEGIO DE
LICENCIADOS Y PROFESORES
EN LETRAS, FILOSOFÍA, CIENCIAS Y
ARTES
LEVANTAMIENTOS
SUSPENSIÓN ENERO 2022
Con
base en lo dispuesto en el Reglamento
General de la Ley Orgánica del Colegio N° 4770 y el acuerdo de Junta Directiva de Colypro, número 07 de la Sesión número 22-2023, en el cual se ratificó
el levantamiento de suspensión, que rige a partir de la fecha abajo indicada. A las siguientes personas se les comunica
que, según nuestros registros, su situación
de morosidad en el pago de sus cuotas de colegiación se encuentra normalizada. Por lo
tanto, son colegiados activos.
Se le recuerda a la sociedad
costarricense que estos profesionales están habilitados para ejercer la docencia y áreas afines en Costa Rica.
Nombre |
Cédula |
Fecha del Levantamiento |
Araya Quesada Hazel Johanna |
112790858 |
21/01/2022 |
Arburola Salazar Jehu Mauricio |
603660877 |
29/12/2021 |
Arce Villalobos María Vanessa |
207120138 |
28/12/2021 |
Carrillo Miranda Jessica Lorena |
503600985 |
25/01/2022 |
Cascante Berrocal
Olga Cecilia |
701370628 |
28/12/2021 |
Chavarría León Carolina |
111690470 |
25/01/2022 |
Chaves Cernas
Jorge Arturo |
103840250 |
28/12/2021 |
Díaz Montiel Urbano |
601310550 |
29/01/2022 |
Gutiérrez Blanco Andrea María |
111840984 |
07/01/2022 |
Gutiérrez Bustos Arellys |
503410176 |
28/12/2021 |
Hernández Salazar Ana Gabriela |
205960538 |
31/12/2021 |
Hume Salas Elieth |
302460078 |
28/12/2021 |
Jiménez Chinchilla Natalia Karina |
604200487 |
14/01/2022 |
Jirón Guillen Yosy |
800670403 |
28/01/2022 |
Lombana Tovar Sandra |
801120270 |
18/01/2022 |
Medrano Valverde Marianela |
112510146 |
28/12/2021 |
Mena Pereira José Arnoldo |
303780885 |
17/01/2022 |
Méndez González Luis Alejandro |
503680857 |
28/12/2021 |
Monge Umaña
Javier |
111800863 |
21/01/2022 |
Obando Boza María del Mar |
110970341 |
28/12/2021 |
Peña Ortiz Oscar Antonio |
503620158 |
17/01/2022 |
Piedra Montero María Catalina |
303460881 |
05/01/2022 |
Pineda Brittez
Zulema |
160000003633 |
26/01/2022 |
Quesada Zambrano Candid Tatiana |
702200710 |
07/01/2022 |
Rodríguez Apú
Karla Esmeralda |
304630785 |
21/01/2022 |
Rodríguez Solís María José |
304850688 |
26/01/2022 |
Rojas Campos Daniela María |
207100461 |
28/12/2021 |
Siles Cubillo Johnny |
107200718 |
19/01/2022 |
Solano Venegas Esteban de Jesús |
112950159 |
20/01/2022 |
Tenorio León
Dunia Adriana |
604050380 |
11/01/2022 |
Vásquez Lemaitre Johnny |
602000560 |
18/01/2022 |
Villalobos
Sanabria Nathalia |
115330840 |
04/01/2022 |
Villalta Alfaro Cynthia |
112640740 |
28/12/2021 |
Wallace Castro Giannette |
105420838 |
28/12/2021 |
Zeledón Calderón Carlos Eduardo |
105000053 |
14/01/2022 |
M.Sc.
Georgina Francheska Jara
Lemaire, Presidenta, Junta Directiva.—1 vez.—( IN2023741664 ).
LEVANTAMIENTOS
SUSPENSIÓN FEBRERO 2022
Con
base en lo dispuesto en el Reglamento
General de la Ley Orgánica del Colegio N° 4770. y el acuerdo de Junta Directiva de Colypro, número 07 de la Sesión número 22-2023, en el cual se ratificó
el levantamiento de suspensión, que rige a partir de la fecha abajo indicada. A las siguientes personas se les comunica
que, según nuestros registros, su situación
de morosidad en el pago de sus cuotas de colegiación se encuentra normalizada. Por lo
tanto, son colegiados activos.
Se le recuerda a la sociedad
costarricense que estos profesionales están habilitados para ejercer la docencia y áreas afines en Costa Rica.
Nombre |
Cédula |
Fecha del Levantamiento |
Abarca López María Andrea |
114720918 |
31/01/2022 |
Acuña Chinchilla Nancy |
111760610 |
31/01/2022 |
Acuña Williams Yendry |
112800695 |
01/02/2022 |
Alfaro Agüero Roger |
104990067 |
31/01/2022 |
Araya Rojas Leyda
María |
502800728 |
31/01/2022 |
Arias Hernández Jessica |
205510427 |
31/01/2022 |
Arroyo Villegas Erick |
109670195 |
31/01/2022 |
Calderón Ureña
José Mario |
113280365 |
07/02/2022 |
Centeno Miranda Katherine Pilar |
206470528 |
23/02/2022 |
Díaz Rivas Yendri
Escarle |
603970343 |
24/02/2022 |
Durán Chinchilla Lizzeth
|
107980037 |
31/01/2022 |
Espinoza Quesada Allan |
602000842 |
07/02/2022 |
Gutiérrez Jaén
Walner |
701340008 |
09/02/2022 |
Hernández Gómez Abelardo |
104750993 |
31/01/2022 |
Jiménez Barrientos Tatiana |
113110367 |
25/02/2022 |
Jiménez García Rosibeth |
104820366 |
24/02/2022 |
Marchena
Vargas Ginette Lorena |
109190728 |
31/01/2022 |
Oca Varela Alejandra |
205410890 |
23/02/2022 |
Orias Lezama Lydio Teofilio |
502000208 |
18/02/2022 |
Palma Herrera María de Los Ángeles |
111800621 |
09/02/2022 |
Pizarro Soto María Elena |
503250268 |
31/01/2022 |
Ramírez Camareno
Iván Francisco |
503200106 |
23/02/2022 |
Rodríguez
Aguilar Leydi Patricia |
700860155 |
09/02/2022 |
Rodríguez Barquero
Anthony Nelson |
109510229 |
31/01/2022 |
Rodríguez Chaves Jorge Arturo |
400850903 |
03/02/2022 |
Rodríguez Salas Maureen |
502890218 |
10/02/2022 |
Rosales Valerio Yocxi |
503370823 |
04/02/2022 |
Sánchez
Torres Sandra Patricia |
203800090 |
07/02/2022 |
Ulate Valverde Laura |
110310572 |
11/02/2022 |
Vargas
Alvarado Marcia Milena |
205820735 |
31/01/2022 |
Vega Vásquez Arturo |
303940900 |
04/02/2022 |
M.Sc.
Georgina Francheska Jara
Lemaire, Presidenta.— 1 vez.—( IN2023741668 ).
LEVANTAMIENTOS
SUSPENSIÓN MARZO 2022
Con
base en lo dispuesto en el Reglamento
General de la Ley Orgánica del Colegio N° 4770 y el acuerdo de Junta Directiva de Colypro, número 07 de la Sesión número 22-2023, en el cual se ratificó
el levantamiento de suspensión, que rige a partir de la fecha abajo indicada. A las siguientes personas se les comunica
que, según nuestros registros, su situación
de morosidad en el pago de sus cuotas de colegiación se encuentra normalizada. Por lo
tanto, son colegiados activos.
Se le recuerda a la sociedad
costarricense que estos profesionales están habilitados para ejercer la docencia y áreas afines en Costa Rica.
Para ver
las imágenes solo en La Gaceta con formato PDF
M.Sc.
Georgina Francheska Jara
Lemaire, Presidenta Junta Directiva.—1 vez.—( IN2023741670 ).
NOTIFICACIÓN DE
MOROSIDAD
A
las siguientes personas se les comunica
que, una vez realizada la gestión administrativa de cobro, tal como lo establece
la política POL-PRO-COB01 Gestión
de Cobros, y según nuestros registros al 15 de marzo 2023, aún se encuentran morosos. Transcurridos diez días hábiles contados a partir de la fecha de esta publicación, de no haber cancelado la suma adeudada o firmar un arreglo de pago y aún mantienen
una morosidad de 3 cuotas o más, se procederá con la suspensión de la
colegiatura lo anterior en aplicación al Artículo 54° del Reglamento General del Colegio, al mismo
tiempo se les recuerda que este trámite tiene
como consecuencia la inhabilitación para el ejercicio legal de la profesión.
Si al momento de la publicación
ya realizó el pago respectivo,
favor hacer caso omiso a la misma.
Nombre |
Cédula |
Alfaro Montes Jacqueline Maritza |
603160989 |
Álvarez Aguilar Keizi Alejandra |
305240618 |
Álvarez Rivera Luis Diego |
109420739 |
Arana González Sonia Isabel |
800550348 |
Barrantes Gutiérrez Dayana Vanessa |
603560373 |
Benavides Mena Pablo Alfonso |
110490405 |
Bosque Mena Haydee |
601500278 |
Brenes Arnesto Ariana Cristina |
503660046 |
Brenes Brenes María de los Ángeles |
303670556 |
Campos Morales Marta |
109930248 |
Cascante Chavarría Vilma |
106240387 |
Cerdas Nieto Karen Vannesa |
603850938 |
Chavarría Lobo Keydin Tatiana |
701920187 |
Chaves Cambronero Ileana Virginia |
700650733 |
Del Potro Giménez Héctor Aníbal |
103200037110 |
Espinoza Acosta Junieth Amolibama |
155826076332 |
Espinoza Bejarano Laura |
603330398 |
Espinoza Blas Moisés |
800770457 |
Espinoza Mendoza Keyli Mercedes |
603990960 |
Esquivel Baltodano Ana Yury |
503770338 |
Fernández Ramírez Aileen Samadi |
104860886 |
García Cordero Yamileth |
107710912 |
García Salas Silvia Elena |
900880856 |
Godínez Rodríguez Óscar Braulio |
601580329 |
González Azofeifa Esteban José |
111270789 |
Guandique Araniva Orquídea
María |
122200610214 |
Hernández Delgado Melissa |
109760129 |
Jiménez Balma Julieta |
109190913 |
Jiménez Sánchez Rafael |
112670322 |
Leal Cubillo María Alejandra |
701790099 |
León González Manfred Joseph |
114560289 |
León Vargas Jorge Mario |
603440062 |
Mesén Sequeira Shirley |
702060329 |
Montero Rodríguez Gaudy María |
604440273 |
Mora Castellanos Patricia |
104710261 |
Mora Morera Edith |
601610413 |
Mora Soto Ana Patricia |
108020356 |
Morales Mayorga Roxana |
109550783 |
Morera Ugalde Vivian Marcela |
111280759 |
Muñoz Jiménez Jeannette |
105140343 |
Muñoz Saborío María José |
115730243 |
Navarro Valverde Yirlanny de los Ángeles |
303880079 |
Otárola Silesky María Margarita |
112200885 |
Palacio Palma Sully Rocío |
503630474 |
Picado Ortega Lissette Mariela |
110190693 |
Piedra Redondo Kattya |
108580776 |
Pizarro Pizarro Teresa Rafaela |
105050076 |
Porras Quirós Dunia |
106950320 |
Prado Conde Ana Elena |
110930323 |
Quirós Ramírez Anthony Josué |
402030044 |
Ramírez Morales Giuliana |
112540062 |
Ramírez Ovares Bryan Eduardo |
603020769 |
Ramírez Umaña Ximena |
113770534 |
Rodríguez Barquero Anthony
Nelson |
109510229 |
Saborío Molina Silvia Elena |
109990151 |
Salas Villegas Yanna |
701930642 |
Salazar Vega Luis Diego |
205900844 |
Sánchez Ruiz Rebeca |
603620745 |
Segura Ortíz Erick |
603600290 |
Sierra Núñez Yamileth
Angélica |
800670428 |
Vallejos Arrieta Marcia Yalile |
701440715 |
Vargas Salazar Karol Vanessa |
603370702 |
Vargas Vargas Minor Enrique |
110710924 |
Vargas Vargas Wendy Melissa |
206430483 |
Villegas Rojas Lucía |
109600571 |
Wilson Kerr Rashyra Johana |
702520679 |
Zamora Brenes Karen Francinie |
112650478 |
Zamora Espinoza Yeimy Tatiana |
402180685 |
Zamora Sánchez Marilyn |
108410645 |
M.Sc.
Georgina Francheska Jara
Lemaire, Presidenta, Junta Directiva.—1 vez.—( IN2023741672 ).
COLEGIO DE
PROFESIONALES EN SOCIOLOGÍA DE COSTA RICA.
Hace de conocimiento
público que en conformidad con el artículo 14 de la Ley N.°8974, en
la XVI Asamblea General Ordinaria
celebrada en segunda convocatoria el veinticinco de marzo de dos mil veintitrés, llevada a cabo en las instalaciones del Colegio
de Microbiólogos y Químicos
Clínicos de Costa Rica, ubicado
en Montelimar de Goicoechea, San José, del Segundo Circuito
Judicial cien metros oeste
y cincuenta metros sur, por
encontrarse vacante los puestos de Vicepresidencia, Secretaría, Tesorería, Primera Vocalía de la
Junta Directiva y Fiscalía,
se procedió a celebrar la elección de dichos puestos. En virtud de lo anterior
y de conformidad con lo establecido
en el artículo
20 de la Ley de Creación del Colegio de Profesionales en Sociología de Costa Rica, las personas que conforman la Junta Directiva y Fiscalía del Colegio de Profesionales
en Sociología de Costa
Rica, conforme al período correspondiente son las siguientes
PUESTO |
NOMBRE |
CÉDULA |
CÓDIGO DE COLEGIADO |
PERIODO DE NOMBRAMIENTO |
Presidente |
Luis Mariano Sáenz Vega |
3-0220-0485 |
12-0005 |
Abril 2022-Marzo 2024 |
Vicepresidente |
Eyleen Alfaro Porras |
2-0507-0016 |
12-0183 |
Abril 2023-Marzo 2025 |
Secretario |
Pablo Andrés Castillo Jiménez |
2-0577-0250 |
18-0827 |
Abril 2023- Marzo 2025 |
Tesorero |
Anthony de Jesús García Marín |
1-1282-0451 |
13-0407 |
Abril 2023-Marzo 2024 |
Vocal I |
Roger Humberto Rivas Duarte |
1-0823-0179 |
13-0474 |
Abril 2023- Marzo 2025 |
Vocal II |
Rose Mary Fonseca González |
1-0567-0620 |
12-0161 |
Abril 2022-Marzo 2024 |
Fiscal |
Andrei Cambronero Torres |
1-1319-0032 |
21-0997 |
Abril 2023- Marzo 2025 |
MSc.
Luis Mariano Sáenz Vega, Presidente
del CPSCR, 25 de marzo de 2023.—Puntarenas.—1
vez.—( IN2023741748 ).
PUBLICACIÓN DE
PRIMERA VEZ
Por escritura otorgada por mí a
las 13:30 horas del 28 de marzo del 2023, se protocolizó acta de asamblea
general extraordinaria de socios de la compañía Villa Tolosa Diria Five One Two LLC SRL, cédula jurídica 3-102-809669, mediante la
cual se acordó la disolución de la sociedad Villa Tolosa Diria
Five One Two LLC SRL.—Guanacaste,
29 de marzo del 2023.—Lic. Josué Gómez Rojas, Notario Público.—( IN2023741764
).
En esta notaría, por escritura pública 102-17 otorgada a las 07
horas del 30 de marzo del 2023, se realizó traspaso del cincuenta por ciento de los derechos
del nombre comercial PIRUETAS Centro Educativo & Guardería, registro 268909 a favor del señor Leonardo Arredondo González. Se emplaza a interesados y
acreedores a hacer valer sus derechos.—Heredia, 30 de
marzo del 2023.—Lic. Antonella Da Re Masís, Notario Público.—( IN2023742270 ).
PUBLICACIÓN DE
UNA VEZ
Ante
esta notaría por escritura
número setenta y cuatro otorgada a las
quince horas del día tres del mes
de marzo del año dos mil veintitrés, se protocolizó acta
de asamblea general extraordinaria
de Santidad de Drat Sociedad Anónima,
cédula jurídica número tres-uno cero uno-seis seis cinco
tres cuatro cuatro, donde se acuerda disolver la sociedad.—San José, veintiocho de marzo del dos mil veintitrés.—Licda. Wendy Rivera Báez, teléfono 62327425.—1 vez.—( IN2023739688 ).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 11 horas 00 minutos del 05 de enero
del año 2022, se constituyó la sociedad denominada Finca Cafetalera Alpízar Limitada.—San José, 5
de enero del 2022.—Lic. Carlos Alberto Riba Gutiérrez,
Notario.—1 vez.—CE2022019659.—( IN2023741038 ).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 16 horas 40 minutos del 11 de enero
del año 2022, se constituyó la sociedad denominada Black Portfolio Investments Sociedad Anónima.—San José, 13 de enero del
2022.—Licda. Reina María Quirós León, Notaria.—1 vez.—CE2022020271.—( IN2023741290 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las 13 horas 00 minutos del 12 de enero del año 2022, se
constituyó la sociedad denominada Umaña & Monge Soluciones Sociedad De
Responsabilidad Limitada.—San
José, 13 de enero del 2022.—Lic. Jorge Julián Ortega Volio, Notario.—
1 vez.—CE2022020330.—( IN2023741339 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las 12 horas 30 minutos del 13 de enero del año 2022, se
constituyó la sociedad denominada Harestad
Smith Inc Sociedad De Responsabilidad Limitada.—San
José, 13 de enero del 2022.—Licda. Fabiola Soler Bonilla, Notaria.—1
vez.—CE2022020332.—( IN2023741340 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las 15 horas 00 minutos del 12 de enero del año 2022, se
constituyó la sociedad denominada FSO Medical Billing
Sociedad Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San
José, 13 de enero del 2022.—Licda. María Viviana Jiménez Ramírez, Notaria.—1
vez.— CE2022020333.— ( IN2023741341 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las 09 horas 00 minutos del 13 de enero del año 2022, se
constituyó la sociedad denominada YYC Toucan LLC
Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 13 de enero del 2022.—Licda. Mariajosé Víquez Alpízar, Notaria.—1 vez.—
CE2022020334.— ( IN2023741342 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las 17 horas 40 minutos del 11 de enero del año 2022, se
constituyó la sociedad denominada Universal Holdings RVM Sociedad de
Responsabilidad Limitada.—San
José, 13 de enero del 2022.—Lic. Walter Solís Amen, Notario.—1
vez.—CE2022020339.—( IN2023741345 ).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 12 horas 00 minutos del 08 de enero
del año 2022, se constituyó la sociedad denominada Think
Green Proyect Cr Sociedad Anónima.—San José, 13 de enero del 2022.—Lic. Pablo Eliecer
Valerio Soto, Notario.—1 vez.— CE2022020342.— ( IN2023741349 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las 19 horas 00 minutos del 12 de enero del año 2022, se
constituyó la sociedad denominada Full Hardware Store Sociedad de
Responsabilidad Limitada.—San
José, 13 de enero del 2022.—Lic. Luis Benedicto Villalobos Sequeira, Notario.—
1 vez.—CE2022020347.—( IN2023741353 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las 11 horas 00 minutos del 15 de diciembre del año 2021, se
constituyó la sociedad denominada Agrícola Sendero Verde Sociedad Anónima.—San José, 13 de enero del 2022.—Lic. Juan José Marín Rivera, Notario.—1 vez.—CE2022020348.—(
IN2023741354 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las 10 horas 00 minutos del 13 de enero del año 2022, se
constituyó la sociedad denominada Futplay
CO Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 13 de enero del
2022.—Licda. Mary Ann Drake Rodríguez, Notaria.—1 vez.—CE2022020349.—( IN2023741355 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las 14 horas 00 minutos del 12 de enero del año 2022, se
constituyó la sociedad denominada Clean Pro
Costa Rica Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 13 de enero del
2022.—Lic. Carlos Roberto Alan Rivera, Notario.—1 vez.—CE2022020350.—(
IN2023741356 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las 10 horas 00 minutos del 13 de enero del año 2022, se
constituyó la sociedad denominada D & E Alimentos y Servicios Sociedad
de Responsabilidad Limitada.—San
José, 13 de enero del 2022.—Lic. Juan Manuel Ramírez Villanea, Notario.—1
vez.—CE2022020351.—( IN2023741357 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las 11 horas 00 minutos del 13 de enero del año 2022, se
constituyó la sociedad denominada La Batuta Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San
José, 13 de enero del 2022.—Lic. Mary Ann Drake Rodríguez, Notario.—1 vez.—CE2022020352.—( IN2023741358
).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las 18 horas 00 minutos del 12 de enero del año 2022, se
constituyó la sociedad denominada Procesos Químicos Metalúrgicos Proquimet
Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José,
13 de enero del 2022.—Lic. Ricardo Urbina Paniagua, Notario.—1
vez.—CE2022020353.—( IN2023741359 ).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 14 horas 00 minutos del 12 de enero
del año 2022, se constituyó la sociedad denominada Xanadu
Beach Therapy LLC Limitada.—San José, 13 de enero del
2022.—Lic. Alan Garro Navarro, Notario.—1 vez.—CE2022020354.—( IN2023741360 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las 14 horas 00 minutos del 23 de diciembre del año 2021, se
constituyó la sociedad denominada Ada Legal Group
Sociedad Anónima.—San José, 13 de enero del
2022.—Lic. Cinthya Rosella Hernández Alvarado, Notario.—1
vez.—CE2022020355.—( IN2023741361 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las 11 horas 30 minutos del 12 de enero del año 2022, se
constituyó la sociedad denominada Jacker Wakesports Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 13 de enero del
2022.—Lic. Gerardo Francisco Quesada Monge, Notario.—
1 vez.—CE2022020356.—( IN2023741362 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las 11 horas 00 minutos del 13 de enero del año 2022, se
constituyó la sociedad denominada Esencia Vacation
Rentals Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San
José, 13 de enero del 2022.—Lic. Eduardo Alfonso Márquez Fernández, Notario.—
1 vez.—CE2022020358.—( IN2023741363 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las 11 horas 30 minutos del 13 de enero del año 2022, se
constituyó la sociedad denominada TNR Pacific Limitada.—San José,
13 de enero del 2022.—Licda. Fabiola Soler Bonilla, Notaria.—
1 vez.—CE2022020357.—( IN2023741364 ).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 16 horas 10 minutos del 13 de enero
del año 2022, se constituyó la sociedad denominada Crisherqui
de Occidente Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 13 de enero del
2022.—Lic. José Rafael Ortiz Carvajal, Notario.—1
vez.—CE2022020359.—( IN2023741365 ).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 16 horas 00 minutos del 13 de enero
del año 2022, se constituyó la sociedad denominada Mosaiko
Costa Rica Sociedad Anónima.—San José, 13 de enero del
2022.—Lic. Esteban José Esquivel Zúñiga, Notario.—1
vez.—CE2022020360.—( IN2023741366 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las 09 horas 00 minutos del 06 de enero del año 2022, se
constituyó la sociedad denominada Green Roan Ltda
Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 13 de enero del 2022.—Licda. Maricela Ramírez Amador, Notaria.—1
vez.—CE2022020361.—( IN2023741367 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las 18 horas 00 minutos del 06 de enero del año 2022, se
constituyó la sociedad denominada Soluciones Informáticas Cora Sociedad de
Responsabilidad Limitada.—San José, 13 de enero del
2022.—Lic. Priscilla Salas Salguero, Notario.—
1 vez.—CE2022020362.—( IN2023741368 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las 19 horas 20 minutos del 04 de enero del año 2022, se
constituyó la sociedad denominada Navarrete Asesorías Estudio Fiscal Sociedad de
Responsabilidad Limitada.—San José, 13 de enero del
2022.—Lic. German Enrique Salazar Santamaría, Notario.—1 vez.—CE2022020363.—( IN2023741369 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las 14 horas 30 minutos del 06 de enero del año 2022, se
constituyó la sociedad denominada Centeno Cars Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San
José, 13 de enero del 2022.—Lic. Ileana Rodríguez González, Notario.—1 vez.—CE2022020364.—( IN2023741370 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las 14 horas 00 minutos del 13 de enero del año 2022, se
constituyó la sociedad denominada Guana Trans Mil Novecientos Ochenta
Sociedad Anónima.—San
José, 13 de enero del 2022.—Lic. Alfredo Álvarez Quirós, Notario.—1 vez.— CE2022020365.—(
IN2023741371 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las 12 horas 00 minutos del 10 de enero del año 2022, se
constituyó la sociedad denominada Empower Teens Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 12 de enero del
2022.—Licda. Mónica María Monge Solís, Notaria.—1 vez.— CE2022020221.—(
IN2023741372 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las 11 horas 30 minutos del 11 de enero del año 2022, se
constituyó la sociedad denominada Monterey del Coyote Sociedad de Responsabilidad
Limitada.—San
José, 12 de enero del 2022.—Lic. Karen Daniela Oconitrillo Quesada, Notario.—
1 vez.—CE2022020222.—( IN2023741373 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las 13 horas 00 minutos del 11 de enero del año 2022, se
constituyó la sociedad denominada Acetileno De Centroamericadestruyo
Sociedad Anónima.—San
José, 12 de enero del 2022.—Licda. Sandra Isabel González Pinto, Notaria.—1
vez.— CE2022020223.—( IN2023741374 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las 08 horas 00 minutos del 07 de enero del año 2022, se
constituyó la sociedad denominada Ventanitas de Jow
Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 13 de enero del 2022.—Lic. Mariamalia Cedeño Otárola, Notario.—1 vez.— CE2022020224.—(
IN2023741375 )
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las 17 horas 00 minutos del 10 de enero del año 2022, se
constituyó la sociedad denominada Dim
Servicios Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 13 de enero del
2022.—Lic. Michael Mauricio Jiménez Fernández, Notario.—
1 vez.— CE2022020226.—( IN2023741376 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las 15 horas 00 minutos del 11 de enero del año 2022, se
constituyó la sociedad denominada Inversiones Fertil
Horizonte Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 13 de enero del
2022.—Lic. Jessica Johanna Calderón Chinchilla, Notario.—1 vez.—( IN2023741377
).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las 08 horas 20 minutos del 10 de enero del año 2022, se
constituyó la sociedad denominada Style Colectivo Costa Rica Sociedad de
Responsabilidad Limitada.—San
José, 13 de enero del 2022.—Lic. Julio Enrique Zelaya Rodríguez, Notario.—
1 vez.—CE2022020228.—( IN2023741378 ).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 07 horas 00 minutos del 13 de enero
del año 2022, se constituyó la sociedad denominada Eremita Pubs Sociedad Anónima.—San
José, 13 de enero del 2022.—Lic. Norman Leslie De Pass Ibarra, Notario.—1
vez.—CE2022020229.—( IN2023741379 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las 11 horas 30 minutos del 07 de enero del año 2022, se
constituyó la sociedad denominada Maat Sisters
Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 13 enero del 2022.—Lic. Casimiro Alberto
Vargas Mora, Notario.—1 vez.—CE2022020230.—( IN2023741380 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las 15 horas 00 minutos del 07 de enero del año 2022, se
constituyó la sociedad denominada Sat Nam Sanctuary S R L Sociedad de
Responsabilidad Limitada.—San
José, 13 de enero del 2022.—Lic. Casimiro Alberto Vargas Mora, Notario.—1
vez.—CE2022020231.—( IN2023741381 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las 12 horas 00 minutos del 12 de enero del año 2022, se
constituyó la sociedad denominada Casa de Las Uvas Limitada.—San José, 13 de enero del 2022.—Licda.
María Teresa Urpi Sevilla, Notaria.—1 vez.— CE2022020232.—( IN2023741382 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las 13 horas 00 minutos del 12 de enero del año 2022, se
constituyó la sociedad denominada Mts Pacific Solutions Sociedad de
Responsabilidad Limitada.—San
José, 13 de enero del 2022.—Lic. Alexis Manuel Arias López, Notario.—1 vez.—
CE2022020233.—( IN2023741383 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría a las 08 horas 30 minutos del 13 de enero del año 2022, se
constituyó la sociedad denominada Medec
Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 13 de enero del 2022.—Lic. Olger Gerardo
Vargas Castillo, Notario.—1 vez.—CE2022020234.—( IN2023741384 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría a las 11 horas 00 minutos del 12 de enero del año 2022, se
constituyó la sociedad denominada Inversiones y Comercializadora Kadima GTM Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 13 de enero del
2022.—Lic. Oscar Sáenz Ugalde, Notario.—1 vez.—CE2022020235.—( IN2023741385 ).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 16 horas 00 minutos del 11 de
octubre del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Ram&Fiesta
Sociedad Anónima.—San
José, 13 de enero del 2022.—Licda. Sandra María Araya González, Notaria.—1
vez.—CE2022020236.—( IN2023741386 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría a las 18 horas 00 minutos del 12 de enero del año 2022, se
constituyó la sociedad denominada Master Pizza GJ Sociedad de
Responsabilidad Limitada.—San
José, 13 de enero del 2022.—Lic. Susan María Vargas Mora, Notario.—1
vez.—CE2022020237.—( IN2023741387 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las 10 horas 30 minutos del 07 de enero del año 2022, se
constituyó la sociedad denominada Vargas & Alemán Sociedad de Sociedad
de Responsabilidad Limitada.—San
José, 13 de enero del 2022.—Licda. Ana Lucrecia González Vargas, Notaria.—1
vez.—CE2022020238.—( IN2023741388 ).
Por escritura otorgada ante mí a
las nueve horas con treinta minutos, del día veintinueve de marzo de dos mil
veintitrés, se protocolizó acta de asamblea general ordinaria y extraordinaria
de accionistas de la sociedad F and P Investors S.
A., con cédula jurídica número tres-ciento uno- quinientos cincuenta y
cuatro mil setecientos dieciocho, en la cual se acordó reformar la cláusula
referente al domicilio social y la cláusula de la administración, en los
estatutos de la sociedad. Asimismo, se acordó incluir las siguientes cláusulas:
“décima primera: de la transmisión de
las acciones” y la “décimo segunda: asamblea de accionistas”. Es todo.—San José, veintinueve de marzo de dos mil
veintitrés.—Lic. Andrés Montejo Morales,
Notario Público.—1 vez.—( IN2023741395 ).
Ante esta notaría, mediante
escritura número 16, visible al folio 11 Vuelto del tomo 9, a las 13 horas 56 minutos,
del 28 de marzo de 2023, se protocoliza el acta número 7 de asamblea general
extraordinaria de socios de Linda Vista de Paramo Sociedad Anonima, con la cédula de persona jurídica número
3-101-813648 mediante la cual se acordó reformar la cláusula número quinta del
pacto constitutivo, aumentando su capital social a la suma de cinco millones
cuatro mil colones.—San Isidro de El General, 28 de marzo de 2023.—Lic. Carlos
Enrique Vargas Navarro, Notario Público.—1 vez.—( IN2023741398 ).
El suscrito
Víctor Emilio Herrera Arauz, portador de la cédula de identidad número
1-0623-0066, en mi calidad de representante con facultades de apoderado
generalísimo de Holco Sociedad Anónima (la “Compañía”), cédula jurídica
número 3-101-29453 con domicilio en San José (Avenida 6, entre calles 17 y 19, casa
número 17-21), hago constar que de conformidad con lo dispuesto en la Ley N°.
10.255, y habiendo ya cancelado todos los adeudos de períodos anteriores,
compareceré dentro del plazo de Ley, ante un Notario Público a efecto de
otorgar escritura de solicitud de reinscripción de la Compañía.—San
José, 17 de marzo de 2023.—Víctor Emilio Herrera Arauz, Presidente de Holco,
S.A.—1 vez.—( IN2023741399 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría a las 08 horas 30 minutos del 13 de enero del año 2022, se
constituyó la sociedad denominada Daing
Sociedad Anónima.—San
José, 13 de enero del 2022.—Lic. Yalta Argentina Aragón González, Notario.—1
vez.—CE2022020367.—( IN2023741402 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría a las 09 horas 38 minutos del 13 de enero del año 2022, se
constituyó la sociedad denominada Wanderlust
Vacation Rentals Sociedad Anónima.—San
José, 13 de enero del 2022.—Lic. Yalta Argentina Aragón González, Notario.—1
vez.—CE2022020368.—( IN2023741403 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría a las 13 horas 00 minutos del 11 de enero del año 2022, se
constituyó la sociedad denominada Acetileno de Centroamérica Destruyo Sociedad
Anónima.—San
José, 13 de enero del 2022.—Lic. Sandra Isabel González Pinto, Notario.—1
vez.—CE2022020369.—( IN2023741404 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría a las 10 horas 00 minutos del 17 de diciembre del año 2021, se
constituyó la sociedad denominada Los Marineros Perdidos en Mal País
Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 13 de enero del
2022.—Lic. Juan Carlos Fonseca Herrera,
Notario.—1 vez.—CE2022020371.—( IN2023741405 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría a las 10 horas 00 minutos del 01 de octubre del año 2021, se
constituyó la sociedad denominada Grupo Magic Pets
Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 14 de enero del 2022.—Lic. Cristian
Calderón Cartín, Notario.—
1 vez.—CE2022020372.—( IN2023741406 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las 08 horas 00 minutos del 12 de enero del año 2022, se
constituyó la sociedad denominada Distribuidora Aseusa
de Centroamerica Limitada.—San José, 14 de enero del
2022.—Licda. Ana Graciela Alvarenga Jiménez, Notaria.—
1 vez.—CE2022020373.—( IN2023741407 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría a las 08 horas 00 minutos del 12 de enero del año 2022, se
constituyó la sociedad denominada Comercializadora Karican
Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 14 de enero del 2022.—Lic. Cindy Mora
Castro, Notario.—1 vez.—CE2022020375.—( IN2023741408 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría a las 14 horas 00 minutos del 13 de enero del año 2022, se
constituyó la sociedad denominada Inversiones Sostenibles Eco Azul Sociedad Anónima.—San
José, 14 de enero del 2022.—Lic. Fernando Sobrado Chamberlain, Notario.—1
vez.—CE2022020376.—( IN2023741409 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría a las 18 horas 00 minutos del 15 de diciembre del año 2021, se
constituyó la sociedad denominada Viesa Sociedad Anónima.—San José, 14 de enero del
2022.—Lic. Carlos Eduardo Murillo Rodríguez, Notario.—1 vez.—CE2022020377.—(
IN2023741410 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las 12 horas 00 minutos del 13 de enero del año 2022, se
constituyó la sociedad denominada Evento Brillo de Navidad OUBWGC
Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 14 de enero del 2022.—Licda. Mercedes
Margarita Pacheco Monge, Notaria.—1 vez.—CE2022020378.—( IN2023741411 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría a las 14 horas 30 minutos del 10 de enero del año 2022, se
constituyó la sociedad denominada Logística Aduanera Molva
Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 14 de enero del 2022.—Licda. Jessica
Alvarado Herrera, Notaria.—1 vez.—CE2022020379.—( IN2023741412 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las 13 horas 00 minutos del 10 de diciembre del año 2021, se
constituyó la sociedad denominada INT Itacarica
Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 14 de enero del
2022.—Lic. Alba Sofía Escalona Mancilla, Notario.—1 vez.—CE2022020380.—(
IN2023741413 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría a las 09 horas 00 minutos del 13 de enero del año 2022, se
constituyó la sociedad denominada Inversiones Rodluna
A R L Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 14 de enero del
2022.—Lic. Rolando Luis Calderón Ureña, Notario.—1 vez.—CE2022020381.—(
IN2023741414 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría a las 14 horas 30 minutos del 13 de enero del año 2022, se
constituyó la sociedad denominada Tamarindo a One Getaway Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San
José, 14 de enero del 2022.—Lic. Pedro González Roesch,
Notario.—
1 vez.—CE2022020384.—( IN2023741415 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría a las 09 horas 00 minutos del 14 de enero del año 2022, se
constituyó la sociedad denominada Knott Consulting Services Sociedad
de Responsabilidad Limitada.—San
José, 14 de enero del 2022.—Lic. Mario Morales Guzmán, Notario.—
1 vez.—CE2022020383.—( IN2023741416 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría a las 14 horas 00 minutos del 13 de enero del año 2022, se
constituyó la sociedad denominada Nanky Janru Limitada.—San José, 14 de enero del 2022.—Lic. Oscar Manuel
Funes Orellana, Notario.—1 vez.—CE2022020385.—( IN2023741417 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría a las 12 horas 25 minutos del 12 de enero del año 2022, se
constituyó la sociedad denominada Geoingeniería y Estudios Ambientales
Sociedad Sociedad Anónima.—San José, 14 de enero del 2022.—Lic.
Carlos Alberto Montero Trejos, Notario.—1 vez.—CE2022020382.—( IN2023741418 ).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría a las 20 horas 00 minutos del 10 de enero
del año 2022, se constituyó la sociedad denominada Carnicería Cortes de Rey
Sociedad Anónima.—San
José, 14 de enero del 2022.—Lic. Rolbin Alfaro Rojas,
Notario.—1 vez.—CE2022020386.—( IN2023741419 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las 08 horas 00 minutos del 14 de enero del año 2022, se
constituyó la sociedad denominada Inti Yaku Limitada.—San José, 14 de enero del
2022.—Lic. Oscar Manuel Funes Orellana, Notario.—1 vez.—CE2022020388.—(
IN2023741420 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las 14 horas 52 minutos del 13 de enero del año 2022, se
constituyó la sociedad denominada Promotextiles
del Sur FAV Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 14 de enero del
2022.—Lic. Kenneth Mauricio Mora Díaz, Notario.—1 vez.—CE2022020387.—( IN2023741421 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las 15 horas 45 minutos del 12 de enero del año 2022, se
constituyó la sociedad denominada Serkes
Holding Sociedad Anónima.—San José, 14 de enero del
2022.—Lic. Carlos José Oreamuno
Morera, Notario.—1 vez.—CE2022020389.—( IN2023741422 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las 11 horas 00 minutos del 13 de enero del año 2022, se
constituyó la sociedad denominada ST Heights
Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 14 de enero del 2022.—Lic. Pedro González Roesch,
Notario.—1 vez.—CE2022020390.—( IN2023741423 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las 15 horas 00 minutos del 10 de enero del año 2022, se
constituyó la sociedad denominada Hekkld CR
Limitada.—San
José, 14 de enero del 2022.—Lic. María Gabriela Gómez
Miranda, Notario.—1 vez.—CE2022020391.—( IN2023741424 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las 15 horas 30 minutos del 10 de enero del año 2022, se
constituyó la sociedad denominada Referencia del Coco Sociedad de
Responsabilidad Limitada.—San
José, 14 de enero del 2022.—Licda. María Gabriela Gómez Miranda, Notaria.—
1 vez.—CE2022020392.—( IN2023741425 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las 15 horas 00 minutos del 12 de enero del año 2022, se
constituyó la sociedad denominada FSO Medical Billing
Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 14 de enero del 2022.—Lic. María Viviana Jiménez Ramírez, Notario.—
1 vez.—CE2022020394.—( IN2023741426 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las 08 horas 00 minutos del 13 de enero del año 2022, se
constituyó la sociedad denominada Ceal Group Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 14 de enero del
2022.—Licda. Sirsa Eunice Méndez Matarrita, Notaria.—
1 vez.—CE2022020397.—( IN2023741427 ).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 14 horas 30 minutos del 07 de enero
del año 2022, se constituyó la sociedad denominada Mocedes
MD Consulting Limitada.—San José, 14 de enero del
2022.—Lic. Christian Garnier Fernández,
Notario.—1 vez.—CE2022020396.—( IN2023741428 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las 13 horas 00 minutos del 28 de diciembre del año 2021, se
constituyó la sociedad denominada Guanatopia
de Costa Rica Sociedad Anónima.—San José, 14 de enero del
2022.—Lic. Luis Renato Rey Méndez,
Notario.—1 vez.—CE2022020398.—( IN2023741429 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las 13 horas 30 minutos del 13 de enero del año 2022, se
constituyó la sociedad denominada Agile Talent Partner Sociedad Anónima.—San
José, 14 de enero del 2022.—Lic. Martín Federico Carvajal Villalobos, Notario.—1
vez.—CE2022020399.—( IN2023741430 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las 20 horas 00 minutos del 12 de enero del año 2022, se
constituyó la sociedad denominada RVA Interiores Sociedad de Responsabilidad
Limitada.—San
José, 14 de enero del 2022.—Lic. Otto Guevara Guth, Notario.—1
vez.—CE2022020400.—( IN2023741431 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las 13 horas 00 minutos del 13 de enero del año 2022, se
constituyó la sociedad denominada Inversiones Dasol
Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 14 de enero del 2022.—Lic. Otto Guevara
Guth, Notario.—1 vez.—CE2022020401.—( IN2023741432 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las 10 horas 15 minutos del 11 de enero del año 2022, se
constituyó la sociedad denominada Tooms THL
Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 14 de enero del 2022.—Lic. Walter Solís Amen, Notario.—1
vez.—CE2022020404.—( IN2023741433 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las 09 horas 00 minutos del 14 de enero del año 2022, se
constituyó la sociedad denominada Escrow
International Services Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San
José, 14 de enero del 2022.—Lic. Alexis Manuel Arias López, Notario.—
1 vez.—CE2022020402.—( IN2023741434 ).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 12 horas 00 minutos del 08 de enero
del año 2022, se constituyó la sociedad denominada Project Green CR Sociedad
Anónima.—San José, 14 de enero del
2022.—Lic. Pablo Eliécer Valerio Soto, Notario.—1
vez.—CE2022020406.—( IN2023741435 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las 11 horas 00 minutos del 14 de enero del año 2022, se
constituyó la sociedad denominada KVRC Sociedad Anónima.—San José, 14 de enero del
2022.—Lic. Lidiette Ríos Elizondo, Notario.—1 vez.—CE2022020407.—(
IN2023741436 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las 16 horas 00 minutos del 13 de enero del año 2022, se
constituyó la sociedad denominada Emaysa
Sociedad Anónima.—San José, 14 de enero del
2022.—Lic. Angélica
Castro Castro, Notario.—1 vez.—CE2022020408.—(
IN2023741437 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las 11 horas 00 minutos del 14 de enero del año 2022, se
constituyó la sociedad denominada Crawlspaces
INC Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 14 de enero del
2022.—Lic. Paola Vargas Castillo, Notario.—1 vez.—CE2022020410.—( IN2023741438
).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las 20 horas 30 minutos del 12 de enero del año 2022, se
constituyó la sociedad denominada Smart Sky Service Costa Rica Sociedad Anónima.—San
José, 14 de enero del 2022.—Lic. Mario Alberto Valverde Brenes, Notario.—1
vez.—CE2022020409.—( IN2023741439 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las 10 horas 00 minutos del 12 de enero del año 2022, se
constituyó la sociedad denominada Karen & Jim Golfito Fun Goals Sociedad de
Responsabilidad Limitada.—San
José, 14 de enero del 2022.—Lic. Fernando Montero López, Notario.—
1 vez.—CE2022020411.—( IN2023741440 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las 17 horas 00 minutos del 20 de diciembre del año 2021, se
constituyó la sociedad denominada Tepeuh y Gucumatz Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 14 de enero del
2022.—Lic. Eric Francisco Badilla Córdoba, Notario.—1 vez.—CE2022020413.—( IN2023741441 ).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 10 horas 45 minutos del 14 de enero
del año 2022, se constituyó la sociedad denominada STT Ski
And Tennis Training Limitada.—San José, 14 de enero del
2022.—Lic. Daniela Elizondo Díaz, Notario.—1 vez.—CE2022020414.—(
IN2023741442 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las 11 horas 00 minutos del 13 de enero del año 2022, se
constituyó la sociedad denominada Charcan
Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 14 de enero del 2022.—Lic. Leonel Ricardo
Granados González,
Notario.—
1 vez.—CE2022020416.—( IN2023741443 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las 14 horas 02 minutos del 07 de enero del año 2022, se
constituyó la sociedad denominada KS Costa Rica Property
Management Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 14 de enero del
2022.—Licda. Catherine Elizabeth Rodríguez Pérez, Notaria.—1 vez.—CE2022020412.—( IN2023741444 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las 15 horas 00 minutos del 05 de junio del año 2020, se
constituyó la sociedad denominada Procor
Procesos de Desarrollo Sociedad Anónima.—San
José, 14 de enero del 2022.—Lic. Luis Gerardo Brenes Solano, Notario.—1
vez.—CE2022020417.—( IN2023741445 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las 11 horas 00 minutos del 11 de enero del año 2022, se
constituyó la sociedad denominada CHG Mayorista de Costa Rica Sociedad Anónima.—San José, 14 de enero del
2022.—Lic. Pablo Eliécer
Valerio Soto, Notario.—1 vez.—CE2022020418.—( IN2023741446 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las 12 horas 00 minutos del 14 de enero del año 2022, se
constituyó la sociedad denominada Dragón Cove Retreat
Limitada.—San José, 14 de enero del
2022.—Lic. Guillermo Esquivel Herrera, Notario.—1 vez.—CE2022020420.—(
IN2023741447 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las 11 horas 00 minutos del 14 de enero del año 2022, se
constituyó la sociedad denominada Seijim Import And Export Sociedad de
Responsabilidad Limitada.—San
José, 14 de enero del 2022.—Lic. Esteban Zúñiga Alvarado, Notario.—1 vez.—CE2022020419.—( IN2023741448 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las 17 horas 00 minutos del 13 de enero del año 2022, se
constituyó la sociedad denominada Yomicake
Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 14 de enero del 2022.—Lic. Yijun Xie Luo,
Notario.—1 vez.—CE2022020421.—( IN2023741449 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las 20 horas 00 minutos del 14 de enero del año 2022, se
constituyó la sociedad denominada López AG & Truck
Parts Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 14 de enero del 2022.—Lic. Johnny Solís Barrantes, Notario.—1
vez.—CE2022020422.—( IN2023741450 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las 12 horas 00 minutos del 14 de enero del año 2022, se
constituyó la sociedad denominada Romanoff Developments & Constructions
Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 14 de enero del 2022.—Lic. Omar Jalil
Ayalés Adén, Notario.—1 vez.— CE2022020423.— ( IN2023741451 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las 12 horas 30 minutos del 14 de enero del año 2022, se
constituyó la sociedad denominada Ravitz
Holdings Limitada. —San José, 14 de enero del 2022.—Lic. OMAR Jalil Ayalés
Adén, Notario.—1 vez.— CE2022020424.— ( IN2023741452
).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las 16 horas 00 minutos del 06 de enero del año 2022, se
constituyó la sociedad denominada La Luna Tribe Corporation Llc Sociedad de
Responsabilidad Limitada.—San
José, 14 de enero del 2022.—Lic. Brians Salazar
Chavarría, Notario.—
1 vez.— CE2022020426.— ( IN2023741453 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las 12 horas 30 minutos del 12 de enero del año 2022, se
constituyó la sociedad denominada Como en Casa Management Rentals Group Sociedad de
Responsabilidad Limitada.—San
José, 14 de enero del 2022.—Lic. Oscar Eddy Trejos Monge, Notario.—1
vez.—CE2022020425.—( IN2023741454 ).
Mediante escritura
otorgada ante esta notaría, a las 15 horas 00 minutos del 05 de junio del año
2020, se constituyó la sociedad denominada Latinoamericana de Soluciones
IMEXC y Afines Sociedad Anónima.—San
José, 14 de enero del 2022.—Lic. Luis Gerardo Brenes Solano, Notario.—1 vez.—
CE2022020427.— ( IN2023741455 ).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 20 horas 30 minutos del 11 de enero
del año 2022, se constituyó la sociedad denominada Clisos Resources Management Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San
José, 14 de enero del 2022.—Lic. Luis Guillermo Chan Caruzo,
Notario.—1 vez.— CE2022020428.— ( IN2023741456 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las 08 horas 15 minutos del 14 de enero del año 2022, se
constituyó la sociedad denominada Casa Kodama Limitada.—San José, 14 de enero del
2022.—Lic. Oscar Manuel Funes Orellana, Notario.—1 vez.—CE2022020429.—(
IN2023741457 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las 16 horas 11 minutos del 12 de enero del año 2022, se
constituyó la sociedad denominada Comercializadora Víquez y Vargas de
Centroamérica Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 14 de enero del
2022.–Lic. Alfonso Víquez Sánchez, Notario.—1 vez.— CE2022020430.—(
IN2023741458 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las 14 horas 00 minutos del 14 de enero del año 2022, se
constituyó la sociedad denominada Sufers Dream Limitada.—San José, 14 de enero del 2022.—Lic. Oscar Manuel
Funes Orellana, Notario.—1 vez.—CE2022020431.—( IN2023741459 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las 16 horas 00 minutos del 14 de enero del año 2022, se
constituyó la sociedad denominada Concretos Modernos del Caribe Sociedad Sociedad Anónima. —San José, 14 de enero del 2022.—Lic.
Alex Gerardo Castro Paniagua, Notario.—1 vez.—
CE2022020432.— ( IN2023741460 ).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 12 horas 00 minutos del 14 de enero
del año 2022, se constituyó la sociedad denominada Inversiones Guanacaste de
Oro Limitada.—San
José, 14 de enero del 2022.—Lic. Norman Leslie De Pass Ibarra, Notario.—1 vez.—
CE2022020433.— ( IN2023741461 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las 12 horas 00 minutos del 14 de enero del año 2022, se
constituyó la sociedad denominada Great Events PV
Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 14 de enero del 2022.—Lic. Sergio José
Solano Montenegro, Notario.—
1 vez.—CE2022020434.—( IN2023741462 ).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 15 horas 40 minutos del 12 de enero
del año 2022, se constituyó la sociedad denominada Casa Forest Los Sueños
Tres Limitada.—San
José, 14 de enero del 2022.–Lic. Diana Elke Pinchanski
Fachler, Notario.—1 vez.— CE2022020435.— (
IN2023741463 ).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 16 horas 30 minutos del 11 de
octubre del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Inversiones Pura
Salud Sociedad Anónima.—San
José, 14 de enero del 2022.–Lic. Maricela Acuña Bogantes, Notario.—1 vez.—
CE2022020437.—( IN2023741464 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las 10 horas 00 minutos del 14 de enero del año 2022, se
constituyó la sociedad denominada Paco Properties Dpy Limitada.—San José, 14 de enero del 2022.—Lic. Eduardo Rojas
Piedra, Notario.—1 vez.— CE2022020438.— ( IN2023741465 ).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 15 horas 00 minutos del 12 de enero
del año 2022, se constituyó la sociedad denominada Casa Forest Uno Los
Sueños CR Limitada.—San
José, 14 de enero del 2022.–Lic. Diana Elke Pinchanski
Fachler, Notario.—1 vez.—CE2022020439.—( IN2023741466
).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las 12 horas 00 minutos del 12 de enero del año 2022, se
constituyó la sociedad denominada Trebloc Investments CR Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San
José, 14 de enero del 2022.—Lic. Gonzalo Víquez Carazo, Notario.—1 vez.—
CE2022020440.—( IN2023741467 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las 15 horas 00 minutos del 08 de enero del año 2022, se
constituyó la sociedad denominada El Regidor Divino Sociedad Anónima.—San
José, 14 de enero del 2022.—Lic. María Auxiliadora Chaves Sánchez, Notario.—1
vez.— CE2022020441.— ( IN2023741468 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las 11 horas 00 minutos del 18 de diciembre del año 2021, se
constituyó la sociedad denominada Grupo Rema Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San
José, 14 de enero del 2022.—Lic. Jorge Alberto Oviedo Mora, Notario.—1 vez.—
CE2022020442.— ( IN2023741469 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las 11 horas 00 minutos del 13 de enero del año 2022, se
constituyó la sociedad denominada Ra&Le
del Sur Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 14 de enero del
2022..—Lic. Christian Gerardo Mora Sanabria, Notario.—
1 vez.— CE2022020443.— ( IN2023741470 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las 12 horas 15 minutos del 12 de enero del año 2022, se
constituyó la sociedad denominada Pura Vida Investment
Holdings NA Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 14 de enero del
2022.—Lic. Gonzalo Víquez Carazo, Notario.—
1 vez.—CE2022020444.—(IN2023741471 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las 16 horas 00 minutos del 12 de noviembre del año 2021, se
constituyó la sociedad denominada Zenit Motors del Oeste Sociedad de
Responsabilidad Limitada.—San
José, 14 de enero del 2022.—Lic. Ronald Vargas Corrales, Notario.—
1 vez.—CE2022020445.—( IN2023741472 ).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 13 horas 00 minutos del 14 de enero
del año 2022, se constituyó la sociedad denominada Proyectos Beromat Cr Sociedad Anónima.—San José, 14 de enero del
2022.—Lic. Iván Darío Villegas Franco, Notario.—1 vez.— CE2022020447.— (
IN2023741473 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las 12 horas 00 minutos del 13 de enero del año 2022, se
constituyó la sociedad denominada Shaniel Developments Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 14 de enero del
2022.—Lic. Gonzalo Víquez Carazo, Notario.—1 vez.— CE2022020449.— ( IN20232741474
).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 13 horas 00 minutos del 13 de enero
del año 2022, se constituyó la sociedad denominada Boss Broker
Wealth Sociedad Anónima. —San José, 14 de enero
del 2022.—Lic. Rudy Rodríguez Mesen, Notario.—1 vez.—
CE2022020448.— ( IN2023741475 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las 11 horas 00 minutos del 19 de noviembre del año 2021, se
constituyó la sociedad denominada El Punto Automotriz de Occidente Sociedad Anónima.—San
José, 14 de enero del 2022.—Lic. Flory Yadira Alfaro Retana, Notario.—1 vez.—
CE2022020450.— ( IN2023741476 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las 12 horas 00 minutos del 14 de enero del año 2022, se
constituyó la sociedad denominada Adishan
LLC Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 14 de enero del
2022.—Lic. Mauricio Ramírez Rodríguez, Notario.—1 vez.— CE2022020451.—(
IN2023741477 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las 15 horas 00 minutos del 13 de enero del año 2022, se constituyó
la sociedad denominada Movedbymatter
Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 14 de enero del 2022.—Lic. Edgar Antonio
Nassar Guier, Notario.—1 vez.— CE2022020453.— (
IN2023741478 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las 10 horas 00 minutos del 14 de enero del año 2022, se
constituyó la sociedad denominada Enterox
Sociedad Anónima.—San
José, 14 de enero del 2022.—Lic. Gabriela Oviedo Vargas, Notario.—1
vez.—CE2022020455.—( IN2023741479 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las 10 horas 00 minutos del 14 de enero del año 2022, se
constituyó la sociedad denominada Innovatecma
JD Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 14 de enero del
2022.—Licda. Melania de Los Ángeles Chin Wo Cruz,
Notaria.—1 vez.—CE2022020456.—( IN2023741480 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las 21 horas 00 minutos del 13 de enero del año 2022, se
constituyó la sociedad denominada Neurokine
Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 14 de enero del 2022.—Licda. Karol Frutos Fernández, Notaria.—1 vez.—CE2022020458.—(
IN2023741481 ).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 17 horas 00 minutos del 10 de enero
del año 2022, se constituyó la sociedad denominada Gago Cero Ocho Sociedad Anónima.—San José, 14 de enero del
2022.—Licda. Doris Monestel Pizarro, Notaria.—1 vez.—CE2022020459.—(
IN2023741482 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las 21 horas 23 minutos del 18 de diciembre del año 2021, se
constituyó la sociedad denominada Multiservicios H&A Sociedad Sociedad Anónima.—San
José, 14 de enero del 2022.—Lic. José Quintín López
Ramírez, Notario.—1 vez.—CE2022020460.—( IN2023741483 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las 17 horas 15 minutos del 14 de enero del año 2022, se
constituyó la sociedad denominada Novaturiens
LLC Limitada.—San
José, 14 de enero del 2022.—Lic. Carlos José Oreamuno Morera,
Notario.—1 vez.—CE2022020461.—( IN2023741484 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las 17 horas 30 minutos del 14 de enero del año 2022, se
constituyó la sociedad denominada Stellar Tax and Accounting Services Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 14 de enero del
2022.—Licda. Roxana María Artavia
Badilla, Notaria.—1 vez.—CE2022020462.—( IN2023741485 ).
Por escritura otorgada ante mi
notaría, a las quince horas cero minutos del catorce de febrero del dos mil
veintitrés; protocolizo acta de asamblea general de socios de la sociedad Trabem Studio Limitada mediante la cual se
acuerda disolver la sociedad. Es todo.—San Isidro de
El General, Pérez Zeledón, catorce de febrero del dos mil veintitrés.—Lic.
Adrián Ceciliano Altamirano. Carné 21623, Notario Público.—1
vez.—( IN2023741487 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las 16 horas 00 minutos del 06 de enero del año 2022, se
constituyó la sociedad denominada Toolmedic
Sociedad De Responsabilidad Limitada.—San José, 15 de enero del 2022.—Licda. Jessica Martínez Calderón, Notaria.—1 vez.—CE2022020463.—(
IN2023741488 ).
Ante esta notaría, mediante
escritura número 344, visible al folio 192 frente, del tomo 1 a las 08:30, del
15/03/2023, se protocolizó el acta de asamblea general de cuotistas
de la compañía Belysanmo Sociedad de
Responsabilidad limitada, cédula de persona jurídica número 3-102-826933,
mediante la cual se acuerda modificar la cláusula número cuarta del pacto
constitutivo, estableciendo un nuevo objeto: será principalmente El Comercio en
General. Es todo.—San José, a las doce horas y treinta
minutos del día veintinueve del mes de marzo del año dos mil veintitrés.—Licda.
Seidy Calderón González, Notaria.—1 vez.—( IN2023741491 ).
Al ser las a las 12:00 horas del
lunes 27 de marzo del año 2023, se crea la sociedad Costa Rica Racing
League, Sociedad Anónima Deportiva, con domicilio en Alajuela, Alajuela, Río
Segundo, condominio comercial Terrum, bodega número
13.—San José 29 de marzo 2023.—Licda. Natalia Rodríguez Ríos, Notaria Pública.—1 vez.—( IN2023741492 ).
Ante esta notaría, por escritura
otorgada a las trece horas del veintinueve de marzo de dos mil veintitrés, se
solicita el cese de disolución de la compañía Carnicería La Lucha Sociedad
Anónima, cédula de persona jurídica número tres-ciento uno-cero sesenta y
cinco mil ciento treinta y nueve, solicitando a registro la reinscripción de la
sociedad.—Guanacaste, Liberia, veintinueve de marzo de
dos mil veintitrés.—Licda. Daniela Elizondo Díaz.—1 vez.—( IN2023741493 ).
Por escritura otorgada ante esta
notaría a las 11:00 horas del 28 de enero del 2023, ante esta notaría se
protocolizó el acta de asamblea general extraordinaria de socios de la sociedad
3-101-774821 S. A., mediante la cual se solicita la disolución de dicha sociedad.—San José, 28 de marzo de 2023.—Licda. María Isabel
Bonilla Herrera, Notario.—1 vez.—( IN2023741499 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las 09 horas 30 minutos del 17 de enero del año 2022, se
constituyó la sociedad denominada I & M Push Buttons Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 17 de enero del
2022.—Licda. Kattya Lisseth Mora Sequeira, Notaria.—
1 vez.—CE2022020561.—( IN2023741500 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las 11 horas 00 minutos del 13 de enero del año 2022, se
constituyó la sociedad denominada La Batuta Producciones Sociedad de
Responsabilidad Limitada.—San
José, 17 de enero del 2022.—Lic. Mary Ann Drake Rodríguez, Notario.—1 vez.—CE2022020566.—( IN2023741501
).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 15 horas 00 minutos del 17 de enero
del año 2022, se constituyó la sociedad denominada Grupo Familiar Weihong y Jiamin Limitada.—San
José, 17 de enero del 2022.—Lic. Wainer González Arguedas, Notario.—1 vez.—CE2022020567.—( IN2023741502 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las 10 horas 00 minutos del 15 de enero del año 2022, se
constituyó la sociedad denominada Vista Azules Delfines Sociedad Anónima.—San José, 17 de enero del
2022.—Lic. Michelle Andrea Miranda Marchena, Notario.—1 vez.—CE2022020568.—(
IN2023741503 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las 11 horas 30 minutos del 12 de enero del año 2022, se
constituyó la sociedad denominada Collation
Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 18 de enero del 2022.—Lic. Jeffrey Daniel
Zamora Yoder, Notario.—1 vez.—CE2022020569.—(
IN2023741504 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las 15 horas 00 minutos del 17 de enero del año 2022, se
constituyó la sociedad denominada Inversiones A Y N de San Martín Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 18 de enero del
2022.—Lic. Guillermo Jiménez Chacón, Notario.—
1 vez.—CE2022020570.—( IN2023741505 ).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 21 horas 30 minutos del 17 de enero
del año 2022, se constituyó la sociedad denominada Bright Mobile Costa Rica
Sociedad Anónima.—San José, 18 de enero del
2022.—Lic. José Luis Víquez Rodríguez, Notario.—1 vez.—CE2022020572.—( IN2023741506 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las 16 horas 00 minutos del 17 de enero del año 2022, se
constituyó la sociedad denominada Inversiones Akeelah
Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 18 de enero del 2022.—Licda. Daniela María Bolaños Rodríguez, Notaria.—
1 vez.—CE2022020574.—( IN2023741507 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las 10 horas 30 minutos del 15 de enero del año 2022, se
constituyó la sociedad denominada Agencia Aduanera Henry Arévalo Zúñiga Sociedad Anónima.—San José, 18 de enero del
2022.—Lic. Luis Alejandro Vargas Carazo, Notario.—1 vez.—CE2022020576.—(
IN2023741508 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las 11 horas 00 minutos del 17 de enero del año 2022, se
constituyó la sociedad denominada Toes in the Water Limitada.—San José, 18 de enero del 2022.—Lic. Mariana Isabel
Alfaro Salas, Notario.—1 vez.—CE2022020577.—( IN2023741509 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las 10 horas 00 minutos del 15 de enero del año 2022, se
constituyó la sociedad denominada Consolidación y Logística Nacionales e Internacionales
Colonain Sociedad Anónima.—San José, 18 de enero del
2022.—Lic. Luis Alejandro Vargas Carazo, Notario.—1 vez.—CE2022020578.—(
IN2023741510 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las 08 horas 30 minutos del 12 de enero del año 2022, se
constituyó la sociedad denominada Urcha
Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 18 de enero del 2022.—Licda. Diana
Vanessa Chavarría
Madrigal, Notario.—
1 vez.—CE2022020579.—( IN2023741511 ).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 17 horas 00 minutos del 12 de enero
del año 2022, se constituyó la sociedad denominada Jardín de Niños San Isidro Sociedad Anónima.—San José, 18 de enero del
2022.—Lic. Farid Breedy Gonzalez,
Notario.—1 vez.—CE2022020581.—( IN2023741512 ).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 13 horas 00 minutos del 17 de enero
del año 2022, se constituyó la sociedad denominada Grupo Gabiseman
Sociedad Anónima.—San
José, 18 de enero del 2022.—Licda. Lidiette Ríos Elizondo, Notaria.—1 vez.—CE2022020582.—( IN2023741513 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las 11 horas 00 minutos del 15 de enero del año 2022, se
constituyó la sociedad denominada IK Telnet Centroamérica Sociedad Anónima.—San José, 18 de enero del 2022.—Lic. Carlos Eduardo
Gutiérrez Monge, Notario.—1
vez.—CE2022020583.—( IN2023741514 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las 18 horas 20 minutos del 17 de enero del año 2022, se
constituyó la sociedad denominada Luz de Vela Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San
José, 18 de enero del 2022.—Licda. Merelyn Alvarado
Robles, Notaria.—1 vez.—CE2022020584.—( IN2023741515 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las 15 horas 00 minutos del 14 de enero del año 2022, se
constituyó la sociedad denominada Casa Rosetta Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San
José, 18 de enero del 2022.—Lic. Omar Jalil Ayales Aden, Notario.—1 vez.—CE2022020586.—( IN2023741516 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las 07 horas 00 minutos del 13 de enero del año 2022, se
constituyó la sociedad denominada Autosensores
del Sur Costa Rica Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 18 de enero del
2022.—Lic. Guido Mora Camacho, Notario.—
1 vez.—CE2022020585.—( IN2023741517 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las 09 horas 00 minutos del 18 de enero del año 2022, se
constituyó la sociedad denominada LU & NN Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San
José, 18 de enero del 2022.—Licda. Laura Melissa García Apu, Notaria.—1 vez.—CE2022020587.—( IN2023741518
).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las 12 horas 00 minutos del 15 de enero del año 2022, se
constituyó la sociedad denominada QB Corporativos Sociedad de
Responsabilidad Limitada.—San
José, 18 de enero del 2022.—Lic. Luis Adolfo Vargas Vargas,
Notario.—1 vez.—CE2022020588.—( IN2023741519 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las 19 horas 00 minutos del 17 de enero del año 2022, se
constituyó la sociedad denominada Bichitos Holding Sociedad de
Responsabilidad Limitada.—San
José, 18 de enero del 2022.—Licda. Merelyn Alvarado
Robles, Notaria.—1 vez.—CE2022020590.—( IN2023741520 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las 14 horas 00 minutos del 14 de enero del año 2022, se
constituyó la sociedad denominada Costa Rica Financial
and Real Estate Services Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San
José, 18 de enero del 2022.—Lic. José Matías Tristán Montero, Notario.—1
vez.—CE2022020591.—( IN2023741521 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las 08 horas 00 minutos del 18 de enero del año 2022, se
constituyó la sociedad denominada Nimorikla
LLC Limitada.—San
José, 18 de enero del 2022.—Licda. María Teresa Urpi Sevilla, Notaria.—1
vez.—CE2022020589.—( IN2023741522 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las 17 horas 15 minutos del 17 de enero del año 2022, se
constituyó la sociedad denominada JLCANOSSA Sociedad Anónima.—San José, 18 de enero del
2022.—Licda. Lidiette Ríos Elizondo, Notario.—1 vez.—CE2022020592.—(
IN2023741523 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las 18 horas 30 minutos del 17 de enero del año 2022, se
constituyó la sociedad denominada Simanti
Sociedad Anónima.—San
José, 18 de enero del 2022.—Lic. Andrés Emilio Ramos Sibaja,
Notario.—1 vez.—CE2022020593.—( IN2023741524 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las 14 horas 00 minutos del 14 de diciembre del año 2021, se
constituyó la sociedad denominada Grupo Familiar Murillo Murillo
INC Sociedad Anónima.—San
José, 18 de enero del 2022.—Lic. Randall Esteban Salas Rojas, Notario.—1
vez.—CE2022020594.—( IN2023741525 ).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 09 horas 45 minutos del 17 de enero
del año 2022, se constituyó la sociedad denominada Celmovil
Costa Rica Sociedad Anónima.—San
José, 18 de enero del 2022.—Lic. José Luis Víquez Rodríguez, Notario.—1 vez.—CE2022020595.—(
IN2023741526 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las 07 horas 00 minutos del 18 de enero del año 2022, se
constituyó la sociedad denominada Gong Fu Panda Limitada.—San José, 18 de enero del
2022.—Licda. Carolina Osorio Bolívar, Notaria.—1 vez.—CE2022020596.—( IN2023741527 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las 09 horas 00 minutos del 18 de enero del año 2022, se
constituyó la sociedad denominada Weymae Limitada.—San
José, 18 de enero del 2022.—Lic. Luis Franklin Gutiérrez Rodríguez, Notario.—1 vez.—CE2022020597.—( IN2023741528 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las 10 horas 00 minutos del 17 de enero del año 2022, se
constituyó la sociedad denominada Agroquintas
& Lotes Palo Verde CR Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 18 de enero del
2022.—Lic. Fernando Jiménez Mora,
Notario.—
1 vez.—CE2022020598.—( IN2023741529 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las 15 horas 00 minutos del 17 de enero del año 2022, se
constituyó la sociedad denominada Paquegar Limitada.—San
José, 18 de enero del 2022.—Lic. Christian Garnier Fernández, Notario.—1
vez.—CE2022020599.—( IN2023741530 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las 15 horas 00 minutos del 17 de enero del año 2022, se
constituyó la sociedad denominada Soluciones de Contacto y Comercialización Unitcenter Sociedad Anónima.—San
José, 18 de enero del 2022.—Lic. José Luis Ureña Díaz,
Notario.—1 vez.—CE2022020600.—( IN2023741531 ).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 08 horas 00 minutos del 17 de enero
del año 2022, se constituyó la sociedad denominada Copa de Arbol Drake Sociedad Anónima.—San
José, 18 de enero del 2022.—Licda. Ivania Araya Vargas, Notaria.—1
vez.—CE2022020601.—( IN2023741532 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las 15 horas 00 minutos del 20 de diciembre del año 2021, se
constituyó la sociedad denominada F & J de Tilarán Inversiones Sociedad
de Responsabilidad Limitada.—San
José, 18 de enero del 2022.—Licda. Aldy Alfaro Di
Bella, Notaria.—1 vez.—CE2022020602.—( IN2023741533 ).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 11 horas 00 minutos del 06 de enero
del año 2022, se constituyó la sociedad denominada Ame Villa Internacional
Sociedad Anónima.—San José, 18 de enero del
2022.—Lic. Héctor Chaves Sandoval, Notario.—1 vez.—CE2022020603.—( IN2023741534
).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las 09 horas 00 minutos del 17 de enero del año 2022, se
constituyó la sociedad denominada KTH Premier de Costa Rica Sociedad Anónima.—San José, 18 de enero del
2022.—Licda. Ana María Flores
Garbanzo, Notaria.—1 vez.—CE2022020606.—( IN2023741535 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las 17 horas 00 minutos del 17 de enero del año 2022, se
constituyó la sociedad denominada Cereza Perruna Sociedad de Responsabilidad
Limitada.—San
José, 18 de enero del 2022.—Lic. Roberto García Ulloa, Notario.—1 vez.—CE2022020605.—(
IN2023741536 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las 13 horas 30 minutos del 11 de enero del año 2022, se
constituyó la sociedad denominada Repuestos Para Camiones Y Remolques F Y S
Sociedad De Responsabilidad Limitada.—San José, 18 de enero del 2022.—Lic. Juan Guillermo
Coghi Molina, Notario.—1 vez.—CE2022020607.—(
IN2023741537 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las 15 horas 00 minutos del 14 de enero del año 2022, se
constituyó la sociedad denominada Administración Horizontal CVB Sociedad de
Responsabilidad Limitada.—San José, 18 de enero del
2022.—Lic. Rodolfo Freer Campos, Notario.—
1 vez.—CE2022020608.—( IN2023741538 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las 11 horas 00 minutos del 18 de enero del año 2022, se
constituyó la sociedad denominada Mango Amarillo Nico LLC Sociedad De
Responsabilidad Limitada.—San
José, 18 de enero del 2022.—Lic. Fabián Kelso Hernández, Notario.—1 vez.—CE2022020609.—(
IN2023741539 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las 11 horas 00 minutos del 15 de enero del año 2022, se
constituyó la sociedad denominada Boxyfitnessjk
Sociedad Sociedad Anónima.—San
José, 18 de enero del 2022.—Lic. José Joaquín Villalobos Montoya, Notario.—1 vez.—CE2022020610.—(
IN2023741540 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las 15 horas 30 minutos del 10 de junio del año 2021, se
constituyó la sociedad denominada Espartanos Sociedad De Responsabilidad Limitada.—San
José, 18 de enero del 2022.—Licda. Analilly Baldioceda Fernández, Notaria.—
1 vez.—CE2022020611.—( IN2023741541 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las 12 horas 00 minutos del 06 de enero del año 2022, se
constituyó la sociedad denominada Transportes Y Servicios UGCA Sociedad De
Responsabilidad Limitada.—San
José, 18 de enero del 2022.—Lic. Carlos Roberto Galva
Brizuela, Notario.—1 vez.—CE2022020612.—( IN2023741542 ).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 12 horas 00 minutos del 18 de enero
del año 2022, se constituyó la sociedad denominada Ocean
Pearl LLC Limitada.—San
José, 18 de enero del 2022.—Lic. Marco Vinicio Castegnaro
Montealegre, Notario.—1 vez.—CE2022020613.—( IN2023741543 ).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 14 horas 00 minutos del 15 de enero
del año 2022, se constituyó la sociedad denominada Aviva Brands
Sociedad Anónima.—San José, 18 de enero del
2022.—Licda. Andrea Alice Hernández Villarreal, Notaria.—1 vez.—CE2022020615.—(
IN2023741544 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las 12 horas 15 minutos del 18 de enero del año 2022, se
constituyó la sociedad denominada Eitan
Holding Company LLC Limitada.—San
José, 18 de enero del 2022.—Lic. Marco Vinicio Castegnaro
Montealegre, Notario.—1 vez.—CE2022020614.—( IN2023741545 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las 18 horas 00 minutos del 11 de enero del año 2022, se
constituyó la sociedad denominada Multiservicios Hermanos Campos Hercamsa Sociedad Anónima.—San
José, 18 de enero del 2022.—Lic. Melvin Coto Ramos, Notario.—1
vez.—CE2022020616.—( IN2023741546 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las 10 horas 00 minutos del 13 de enero del año 2022, se
constituyó la sociedad denominada Hadas Del Hogar Sociedad De
Responsabilidad Limitada.—San
José, 18 de enero del 2022.—Lic. Juan Ignacio Davidovich
Molina, Notario.—
1 vez.—CE2022020618.—( IN2023741547 ).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 14 horas 10 minutos del 11 de enero
del año 2022, se constituyó la sociedad denominada Inversiones Wil & Wil Sociedad Anónima.—San
José, 18 de enero del 2022.—Licda. Marlene Brenes Corrales, Notaria.—1
vez.—CE2022020619.—( IN2023741548 ).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 09 horas 00 minutos del 14 de enero
del año 2022, se constituyó la sociedad denominada CNCR Group
Veintidós Sociedad Anónima.—San José, 18
de enero del 2022.—Licda. Hazell Ahrens Arce,
Notaria.—1 vez.—CE2022020620.—( IN2023741549 ).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 13 horas 00 minutos del 11 de enero
del año 2022, se constituyó la sociedad denominada Cocles
Caribbean Lodge Sociedad Anónima.—San José, 18 de enero del
2022.—Lic. Armando Moreno Arroyo, Notario.—1 vez.—CE2022020621.—( IN2023741550
).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las 13 horas 00 minutos del 10 de enero del año 2022, se
constituyó la sociedad denominada Monge & Rosselli Sociedad De
Responsabilidad Limitada.—San
José, 18 de enero del 2022.—Licda. Ana Rosa Aguilar Gónzalez, Notaria.—1
vez.—CE2022020622.—( IN2023741551 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las 10 horas 30 minutos del 18 de enero del año 2022, se
constituyó la sociedad denominada Excavaciones Y Transportes MYM Sociedad De
Responsabilidad Limitada.—San
José, 18 de enero del 2022.—Lic. Daniel Esteban Rojas Ceciliano, Notario.—1
vez.—CE2022020624.—( IN2023741552 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las 18 horas 00 minutos del 17 de enero del año 2022, se
constituyó la sociedad denominada Wisomti
Sociedad Anónima.—San José, 18 de enero del
2022.—Licda. Hannia Lucrecia Ramírez Rojas,
Notaria.—1 vez.—CE2022020627.—( IN2023741553 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta Notaría a las 17 horas 00 minutos del 13 de enero del año 2022, se
constituyó la sociedad denominada Cori Computadoras Sociedad de
Responsabilidad Limitada.—San
José, 18 de enero del 2022.—Lic. Marlene Brenes Corrales, Notario.—1
vez.—CE2022020626.—( IN2023741554 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta Notaría a las 14 horas 00 minutos del 12 de enero del año 2022, se
constituyó la sociedad denominada Quesos Finos de Zarcero Sociedad Anónima.—San José, 18 de Enero del
2022.—Lic. Víctor Eduardo Rodríguez Vargas, Notario.—1 vez.—CE2022020628.—(
IN2023741555 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta Notaría a las 16 horas 30 minutos del 11 de octubre del año 2021, se
constituyó la sociedad denominada Cuatrocientos Cuarenta y Cuatro Sociedad Anónima.—San José, 18 de enero del
2022.—Lic. Maricela Acuña Bogantes, Notario.—1 vez.—CE2022020629.—(
IN2023741556 ).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 15 horas 00 minutos del 17 de
diciembre del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Montajes
Industriales Ávila Vargas Sociedad de
Responsabilidad Limitada.—San José, 18
de enero del 2022.—Licda. Marianela González Fonseca,
Notaria.—1 vez.—CE2022020631.—( IN2023741558 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las 19 horas 00 minutos del 15 de diciembre del año 2021, se
constituyó la sociedad denominada Corporación E Y E Sociedad Anónima.—San José, 18 de enero del 2022.—Lic. Olman Alberto
Rivera Valverde, Notario.—1 vez.—CE2022020632.—( IN2023741559 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las 18 horas 00 minutos del 17 de enero del año 2022, se
constituyó la sociedad denominada Elixirs
Naturales Ticos Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 18 de enero del
2022.—Lic. Randall Alberto Quirós Herrera, Notario.—
1 vez.—CE2022020633.—( IN2023741560 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las 15 horas 00 minutos del 14 de enero del año 2022, se
constituyó la sociedad denominada Kaizen Elt Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 18 de enero del
2022.—Lic. Joshua Joel Rosales Watson, Notario.—1 vez.—CE2022020635.—(
IN2023741561 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las 13 horas 00 minutos del 18 de enero del año 2022, se
constituyó la sociedad denominada Finca Jabillo Sociedad Anónima.—San José, 18 de enero del
2022.—Licda. María Luisa
Ortiz Alemán, Notaria.—1
vez.—CE2022020636.—( IN2023741562 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las 09 horas 00 minutos del 17 de enero del año 2022, se
constituyó la sociedad denominada Rancho Simpático Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 18 de enero del
2022.—Lic. Jose Antonio Reyes Villalobos, Notario.—1 vez.—CE2022020637.—(
IN2023741563 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las 14 horas 40 minutos del 11 de enero del año 2022, se
constituyó la sociedad denominada M I D I R I Sociedad Anónima.—San José, 18 de enero del
2022.—Lic. Federico Arias Chacón, Notario.—1 vez.—CE2022020638.—( IN2023741564 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las 18 horas 00 minutos del 22 de diciembre del año 2021, se
constituyó la sociedad denominada Imperio del Mar IDM Sociedad Anónima.—San José, 18 de enero del 2022.—Licda. Nelly Nohelia Achio
Artavia, Notaria.—1 vez.—CE2022020640.—( IN2023741565 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las 12 horas 00 minutos del 18 de enero del año 2022, se
constituyó la sociedad denominada Jardines Encantados de Ojochal Sociedad de
Responsabilidad Limitada.—San
José, 18 de enero del 2022.—Lic. Pedro González Roesch, Notario.—
1 vez.—CE2022020642.—( IN2023741566 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las 14 horas 00 minutos del 18 de enero del año 2022, se
constituyó la sociedad denominada Corporación M&D Sociedad de
Responsabilidad Limitada.—San José, 18 de enero del
2022.—Licda. Yeidy Quesada González, Notaria.—1
vez.—CE2022020643.—( IN2023741567 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las 18 horas 00 minutos del 17 de enero del año 2022, se
constituyó la sociedad denominada Adiez
Soluciones Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 18 de enero del
2022.—Licda. Lary Glorianna Escalante Flores,
Notario.—
1 vez.—CE2022020639.—( IN2023741568 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las 18 horas 00 minutos del 17 de enero del año 2022, se
constituyó la sociedad denominada Aventuras Atómicas Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 18 de enero del 2022.—Lic. Víctor Solís Castillo, Notario.—1 vez.—CE2022020630.—( IN2023741569 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta Notaría a las 15 horas 30 minutos del 27 de diciembre del año 2021, se
constituyó la sociedad denominada Costa Renta Tours & Real Estate
Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 18
de enero del 2022.—Lic. Luis Diego Chaves Solís, Notario.—1
vez.—CE2022020644.—( IN2023741570 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta Notaría a las 11 horas 00 minutos del 17 de enero del año 2022, se
constituyó la sociedad denominada Asignación Automática Sociedad de
Responsabilidad Limitada.—San
José, 18 de enero del 2022.—Lic. Alex Arias Piedra, Notario.—1
vez.—CE2022020645.—( IN2023741571 ).
Mediante
escritura otorgada ante esta Notaría a las 10 horas 00 minutos del 18 de enero
del año 2022, se constituyó la sociedad denominada Verde Vida Pura Vida
Sociedad Anónima.—San
José, 18 de enero del 2022.—Lic. Yadira Reyes Wong, Notario.—1
vez.—CE2022020646.—( IN2023741572 ).
Mediante
escritura otorgada ante esta Notaría a las 13 horas 00 minutos del 17 de enero
del año 2022, se constituyó la sociedad denominada Polifrican
Sociedad Anonima.—San José, 18 de enero del 2022.—Lic. Elizabeth María Mora
Arguedas, Notario.—
1 vez.—CE2022020647.—( IN2023741573 ).
Mediante
escritura otorgada ante esta Notaría a las 14 horas 00 minutos del 18 de enero
del año 2022, se constituyó la sociedad denominada Ocotal Hill Domains Sociedad Anónima.—San
José, 18 de enero del 2022.—Lic. Niriana Muñoz Matamoros,
Notario.—1 vez.—CE2022020648.—( IN2023741574 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta Notaría a las 19 horas 00 minutos del 17 de enero del año 2022, se
constituyó la sociedad denominada Tierra de Bichitos Sociedad de
Responsabilidad Limitada.—San
José, 18 de enero del 2022.—Lic. Merelyn Alvarado
Robles, Notario.—1 vez.—CE2022020649.—( IN2023741575 ).
Mediante
escritura otorgada ante esta Notaría a las 17 horas 00 minutos del 14 de enero
del año 2022, se constituyó la sociedad denominada Chicos Checos Sociedad Anónima.—San José, 18 de enero del 2022.—Lic. Jermaine Eduardo Cruickshank
Edwards, Notario.—1 vez.—CE2022020650.—( IN2023741576 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta Notaría a las 11 horas 00 minutos del 15 de enero del año 2022, se constituyó
la sociedad denominada Uniformes Enterprise Sociedad de Responsabilidad
Limitada. San José, 18 de enero del 2022.—Lic. Yendri María Gonzalez Céspedes, Notario.—
1 vez.—CE2022020651.—( IN2023741577 ).
Mediante
escritura otorgada ante esta Notaría a las 09 horas 00 minutos del 17 de enero
del año 2022, se constituyó la sociedad denominada Kthpremier
de Costa Rica Sociedad Anónima.—San
José, 18 de enero del 2022.—Lic. Ana María Flores Garbanzo, Notario.—1
vez.—CE2022020652.—( IN2023741578 ).
Mediante escritura
otorgada ante esta Notaría a las 09 horas 00 minutos del 06 de enero del año
2022, se constituyó la sociedad denominada Ag rícola
Chacón Porras Sociedad Anónima.—San José, 18 de enero del
2022.—Lic. Fernando Alberto Chen Jiménez, Notario.—1 vez.—CE2022020653.—(
IN2023741579 ).
Mediante
escritura otorgada ante esta Notaría a las 16 horas 00 minutos del 13 de enero
del año 2022, se constituyó la sociedad denominada Mosaiko
Creaciones KMS Sociedad Anónima.—San
José, 18 de enero del 2022.—Lic.
Esteban Jose Esquivel Zúñiga, Notario.—1 vez.—CE2022020654.—(
IN2023741580 ).
Mediante
escritura otorgada ante esta Notaría a las 18 horas 00 minutos del 18 de
diciembre del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Ostra Design Sociedad Anónima.—San
José, 18 de enero del 2022.—Lic. Marco Tulio Araya Vargas, Notario.—1
vez.—CE2022020655.—( IN2023741581 ).
Mediante
escritura otorgada ante esta Notaría a las 14 horas 00 minutos del 14 de enero
del año 2022, se constituyó la sociedad denominada Premier Pacific Legal Counsel Limitada.—San
José, 18 de enero del 2022.—Lic. Gabriel Chaves Ledezma, Notario.—1
vez.—CE2022020656.—( IN2023741582 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría a las 15 horas 30 minutos del 10 de junio del año 2021, se constituyó
la sociedad denominada Esparteros Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San
José, 18 de enero del 2022.—Lic. Analilly Baldioceda Fernández, Notario.—1 vez.—CE2022020658.—( IN2023741583 ).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 16 horas 00 minutos del 18 de enero
del año 2022, se constituyó la sociedad denominada OYM Blue Holdings Limitada.—San
José, 18 de enero del 2022.—Lic. Ilse María González Menéndez,
Notaria.—1 vez.—CE2022020660.—( IN2023741584 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las 16 horas 00 minutos del 14 de enero del año 2022, se
constituyó la sociedad denominada Soluciones Esteban Oviedo Sociedad de
Responsabilidad Limitada.—San
José, 18 de enero del 2022.—Licda. Jessica Alvarado Herrera, Notario.—
1 vez.—CE2022020662.—( IN2023741585 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría a las 14 horas 00 minutos del 18 de enero del año 2022, se
constituyó la sociedad denominada Hermanos Menalva
Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 18 de enero del 2022.—Lic. Gabriel Chaves
Ledezma, Notario.—1 vez.—CE2022020663.—( IN2023741586 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las 12 horas 06 minutos del 18 de enero del año 2022, se
constituyó la sociedad denominada Rancho Tecamex
Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 18 de enero del 2022.—Lic. Ricardo Suárez Badilla, Notario.—1
vez.—CE2022020664.—( IN2023741587 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las 09 horas 00 minutos del 18 de enero del año 2022, se
constituyó la sociedad denominada Transportes Jiménez & Hijos Sociedad
de Responsabilidad Limitada.—San
José, 18 de enero del 2022.—Licda. Jessica Alvarado Herrera, Notaria.—
1 vez.—CE2022020665.—( IN2023741588 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las 17 horas 00 minutos del 18 de enero del año 2022, se
constituyó la sociedad denominada Alma del Bosque Sociedad de
Responsabilidad Limitada.—San
José, 18 de enero del 2022.—Licda. Sabrina Karine Kszak Bianchi, Notaria.—
1 vez.—CE2022020666.—( IN2023741589 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las 16 horas 00 minutos del 18 de enero del año 2022, se
constituyó la sociedad denominada HOSHCA Sociedad Anónima.—San José, 18 de enero del
2022.—Licda. Jessica Alvarado Herrera, Notaria.—1 vez.—CE2022020667.—(
IN2023741590 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las 17 horas 30 minutos del 15 de enero del año 2022, se
constituyó la sociedad denominada RV Red Velvet Weddings
Sociedad De Responsabilidad Limitada.—San José, 17 de enero del 2022.—Licda. Ana Cecilia
Castro Calzada, Notaria.—1 vez.—CE2022020560.—( IN2023741592 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las 09 horas 30 minutos del 17 de enero del año 2022, se
constituyó la sociedad denominada I & M Push Buttons Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 17 de enero del
2022.—Licda. Kattya Lisseth Mora Sequeira, Notaria.—
1 vez.—CE2022020561.—( IN2023741593 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las 11 horas 00 minutos del 13 de enero del año 2022, se
constituyó la sociedad denominada La Batuta Producciones Sociedad de
Responsabilidad Limitada.—San
José, 17 de enero del 2022.—Lic. Mary Ann Drake Rodríguez, Notario.—1
vez.—CE2022020566.—( IN2023741594 ).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 15 horas 00 minutos del 17 de enero
del año 2022, se constituyó la sociedad denominada Grupo Familiar Weihong y Jiamin Limitada.—San
José, 17 de enero del 2022.—Lic. Wainer González
Arguedas, Notario.—1 vez.—CE2022020567.—( IN2023741595 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las 10 horas 00 minutos del 15 de enero del año 2022, se
constituyó la sociedad denominada Vista Azules Delfines Sociedad Anónima.—San
José, 17 de enero del 2022.—Lic. Michelle Andrea Miranda Marchena, Notario.—1
vez.—CE2022020568.—( IN2023741596 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las 11 horas 30 minutos del 12 de enero del año 2022, se
constituyó la sociedad denominada Collation
Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 18 de enero del 2022.—Lic. Jeffrey Daniel
Zamora Yoder, Notario.—1 vez.—CE2022020569.—(
IN2023741597 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las 15 horas 00 minutos del 17 de enero del año 2022, se
constituyó la sociedad denominada Inversiones A y N de San Martín Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 18 de enero del
2022.—Lic. Guillermo Jiménez Chacon, Notario.—
1 vez.—CE2022020570.—( IN2023741598 ).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 21 horas 30 minutos del 17 de enero
del año 2022, se constituyó la sociedad denominada Bright Mobile Costa Rica
Sociedad Anónima.—San
José, 18 de enero del 2022.—Lic. José Luis Víquez Rodríguez, Notario.—1
vez.—CE2022020572.—( IN2023741599 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las 16 horas 00 minutos del 17 de enero del año 2022, se
constituyó la sociedad denominada Inversiones Akeelah
Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 18 de enero del 2022.—Licda. Daniela
María Bolaños Rodríguez, Notaria.—
1 vez.—CE2022020574.—( IN2023741600 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las 10 horas 30 minutos del 15 de enero del año 2022, se
constituyó la sociedad denominada Agencia Aduanera Henry Arevalo Zúñiga Sociedad Anónima.—San José, 18 de enero del
2022.—Lic. Luis Alejandro Vargas Carazo, Notario.—1 vez.—CE2022020576.—(
IN2023741601 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las 11 horas 00 minutos del 17 de enero del año 2022, se
constituyó la sociedad denominada Toes in The Water Limitada.—San José, 18 de enero del 2022.—Licda. Mariana
Isabel Alfaro Salas, Notaria.—1 vez.—CE2022020577.—( IN2023741602 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las 10 horas 00 minutos del 15 de enero del año 2022, se
constituyó la sociedad denominada Consolidación y Logística Nacionales e Internacionales COLONAIN Sociedad Anónima.—San
José, 18 de enero del 2022.—Lic. Luis Alejandro Vargas Carazo, Notario.—1 vez.—CE2022020578.—( IN2023741603 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las 08 horas 30 minutos del 12 de enero del año 2022, se
constituyó la sociedad denominada Urcha
Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 18 de enero del 2022.—Licda. Diana
Vanessa Chavarría
Madrigal, Notaria.—
1 vez.—CE2022020579.—( IN2023741604 ).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 17 horas 00 minutos del 12 de enero
del año 2022, se constituyó la sociedad denominada Jardín de Niños San Isidro Sociedad Anónima.—San José, 18
de enero del 2022.—Lic. Farid Breedy González, Notario.—1 vez.—CE2022020581.—( IN2023741605 ).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 13 horas 00 minutos del 17 de enero
del año 2022, se constituyó la sociedad denominada Grupo Gabiseman
Sociedad Anónima.—San José, 18 de enero del
2022.—Licda. Lidiette Ríos Elizondo,
Notaria.—1 vez.—CE2022020582.—( IN2023741606 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría a las 11 horas 00 minutos del 15 de enero del año 2022, se
constituyó la sociedad denominada IK Telnet Centroamérica Sociedad Anónima.—San José, 18 de enero del 2022.—Lic.
Carlos Eduardo Gutiérrez
Monge, Notario.—1 vez.—CE2022020583.—( IN2023741607 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las 18 horas 20 minutos del 17 de enero del año 2022, se
constituyó la sociedad denominada Luz de Vela Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San
José, 18 de enero del 2022.—Licda. Merelyn Alvarado
Robles, Notaria.—1 vez.—CE2022020584.—( IN2023741608 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría a las 15 horas 00 minutos del 14 de enero del año 2022, se
constituyó la sociedad denominada Casa Rosetta Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San
José, 18 de enero del 2022.—Lic. Omar Jalil Ayales Aden, Notario.—1 vez.—CE2022020586.—( IN2023741609 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las 07 horas 00 minutos del 13 de enero del año 2022, se
constituyó la sociedad denominada Autosensores
del Sur Costa Rica Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 18 de enero del
2022.—Lic. Guido Mora Camacho, Notario.—
1 vez.—CE2022020585.—( IN2023741610 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría a las 09 horas 00 minutos del 18 de enero del año 2022, se
constituyó la sociedad denominada LU & NN Sociedad de Responsabilidad
Limitada.—San
José, 18 de enero del 2022.—Licda. Laura Melissa García Apu, Notaria.—1 vez.—CE2022020587.—(
IN2023741611 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría a las 12 horas 00 minutos del 15 de enero del año 2022, se
constituyó la sociedad denominada QB Corporativos Sociedad de
Responsabilidad Limitada.—San
José, 18 de enero del 2022.—Lic. Luis Adolfo Vargas Vargas,
Notario.—1 vez.—CE2022020588.—( IN2023741612 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría a las 19 horas 00 minutos del 17 de enero del año 2022, se
constituyó la sociedad denominada Bichitos Holding Sociedad de Responsabilidad
Limitada.—San
José, 18 de enero del 2022.—Licda. Merelyn Alvarado
Robles, Notaria.—1 vez.—CE2022020590.—( IN2023741613 ).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría a las 14 horas 00 minutos del 14 de enero
del año 2022, se constituyó la sociedad denominada Costa Rica Financial And Real Estate Services
Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 18 de enero del 2022.—Lic. José Matías Tristan
Montero, Notario.—1 vez.—CE2022020591.—( IN2023741614 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las 08 horas 00 minutos del 18 de enero del año 2022, se
constituyó la sociedad denominada Nimorikla LLC
Limitada.—San José, 18 de enero del
2022.—Licda. María Teresa
Urpi Sevilla, Notaria.—1 vez.—CE2022020589.—( IN2023741615 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría a las 17 horas 15 minutos del 17 de enero del año 2022, se
constituyó la sociedad denominada Jlcanossa
Sociedad Anónima.—San
José, 18 de enero del 2022.—Licda. Lidiette Ríos Elizondo, Notaria.—1
vez.—CE2022020592.—( IN2023741616 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría a las 18 horas 30 minutos del 17 de enero del año 2022, se
constituyó la sociedad denominada Simanti
Sociedad Anónima.—San
José, 18 de enero del 2022.—Lic. Andrés Emilio Ramos Sibaja, Notario.—1 vez.—CE2022020593.—(
IN2023741617 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría a las 14 horas 00 minutos del 14 de diciembre del año 2021, se
constituyó la sociedad denominada Grupo Familiar Murillo Murillo
Inc Sociedad Anónima.—San José, 18 de enero del
2022.—Lic. Randall Esteban Salas Rojas, Notario.—1 vez.—CE2022020594.—(
IN2023741618 ).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 09 horas 45 minutos del 17 de enero
del año 2022, se constituyó la sociedad denominada Celmovil
Costa Rica Sociedad Anónima.—San
José, 18 de enero del 2022.—Lic. José Luis Víquez Rodríguez, Notario.—1
vez.—CE2022020595.—( IN2023741619 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las 07 horas 00 minutos del 18 de enero del año 2022, se
constituyó la sociedad denominada Gong Fu Panda Limitada.—San José, 18 de enero del
2022.—Licda. Carolina Osorio Bolívar, Notaria.—1 vez.—CE2022020596.—( IN2023741620 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las 09 horas 00 minutos del 18 de enero del año 2022, se
constituyó la sociedad denominada Weymae Limitada.—San
José, 18 de enero del 2022.—Lic. Luis Franklin Gutiérrez Rodríguez, Notario.—1 vez.—CE2022020597.—( IN2023741621 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las 08 horas 00 minutos del 21 de enero del año 2022, se
constituyó la sociedad denominada J&S Vida Brillante Limitada.—San José, 21 de enero del
2022.—Lic. Alfredo Álvarez
Quirós, Notario.—1 vez.—CE2022020979.—(
IN2023741623 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las 08 horas 00 minutos del 21 de enero del año 2022, se
constituyó la sociedad denominada Servicios de Y para la Construcción DMJ Sociedad Anónima.—San José, 22 de enero del
2022.—Lic. Ayalile Jiménez Céspedes, Notario.—
1 vez.—CE2022020981.—( IN2023741624 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las 09 horas 00 minutos del 01 de noviembre del año 2021, se
constituyó la sociedad denominada Gasbuffalo
Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 22 de enero del 2022.—Lic. Trilby María Washington Cummings, Notario.—
1 vez.—CE2022020980.—( IN2023741625 ).
Por escritura otorgada ante esta
notaría, a las diez horas del ocho de febrero del año dos mil veintitrés, se
protocoliza acta de asamblea general extraordinaria de socios de la sociedad Heights of Antigua,
Sociedad Anónima, con cédula de persona jurídica número tres-ciento
uno-seiscientos cincuenta y tres mil seiscientos setenta y dos, por la cual no
existiendo activos ni pasivos se acuerda la disolución de la sociedad.—San
José, a las catorce horas del ocho de febrero del año dos mil
veintitrés.—Licda. Alina Fallas Zeledón, Notaria Pública.—1
vez.—( IN2023741628 ).
Ante esta notaría se protocolizó
el acta de asamblea extraordinaria de accionistas de la sociedad Droguería Intermed Sociedad Anónima con cédula 3-101-113158,
donde se modificó la cláusula segunda del domicilio.—San
José, 29 de marzo del 2023.—Licda. Laura Baltodano Acuña.—1 vez.—( IN2023741631
).
Por escritura otorgada a las a las
trece horas cuarenta y cinco minutos del veintinueve de marzo de dos mil
veintitrés, se protocolizó acta de asamblea general de socios de la sociedad Desarrollos
Inmobiliarios Valvanera Sociedad Anónima en la que se acordó reformar la
cláusula segunda y octava de los estatutos.—San
José.—Fernando Alfaro Chamberl, Notario Público.—1
vez.—( IN2023741632 ).
Ante esta notaría, se protocolizó
el acta de asamblea extraordinaria de accionistas de la sociedad GFI Pharma Logistics Sociedad Anónima
con cédula 3-101-774332, donde se modificó la cláusula segunda del domicilio.—San José, 29 de marzo del 2023.—Licda. Laura
Baltodano Acuña, Notaria.—1 vez.—( IN2023741633 ).
Por escritura otorgada a las
catorce horas del veintinueve de marzo de dos mil veintitrés, se protocolizó
acta de asamblea general de socios de la sociedad Latitud Lindora Sociedad
Anónima en la que se acordó reformar la cláusula segunda y octava de los estatutos.—San José.— Fernando Alfaro Chamberl,.—1
vez.—( IN2023741634 ).
Por escritura
otorgada, a las a las catorce horas quince minutos del veintinueve de marzo de
dos mil veintitrés, se protocolizó acta de asamblea general de socios de la
sociedad Materia Prima Sociedad Anónima en la que se acordó reformar la
cláusula segunda y octava de los estatutos.—San
José.—Fernando Alfaro Camberl, Notario.—1 vez.—(
IN2023741635 ).
Ante esta notaría se protocolizó
el acta de asamblea extraordinaria de accionistas de la sociedad M & D Pharma Costa Rica Sociedad Anónima con cédula 3-101-689840,
donde se modificó la cláusula segunda del domicilio.—San
José, 29 de marzo del 2023.—Licda. Laura Baltodano Acuña.—1 vez.—( IN2023741636
).
Por escritura otorgada a las a las
catorce horas treinta minutos del veintinueve de marzo de dos mil veintitrés,
se protocolizó acta de asamblea general de socios de la sociedad Inmobiliaria
H Diez Desarrolladores Sociedad Anónima en la que se acordó reformar la
cláusula segunda y octava de los estatutos.—San
José.—Fernando Alfaro C., Notario.—
1 vez.—( IN2023741637 ).
Por escritura
otorgada a las catorce horas cuarenta y cinco minutos del veintinueve de marzo
de dos mil veintitrés, se protocolizó acta de asamblea general de socios de la
sociedad Inmobiliaria Diversa Sociedad Anónima en la que se acordó
reformar la cláusula segunda y octava de los estatutos.—San
José.—Fernando Alfaro C.—1 vez.—( IN2023741638 ).
Mediante escritura sesenta y tres,
del tomo trece del notario Kendall David Ruiz Jiménez se protocolizó acta
número uno, de las ocho horas y treinta minutos del veinte de marzo de dos mil
veintitrés que acordó disolver la sociedad 3-101-801532 Sociedad Anónima, con cédula persona jurídica 3-101-801532, con domicilio social en Heredia,
Heredia San Francisco, frente a la estación de bomberos en Condominio Avicenia, casa número ochenta y seis. Es todo.—San
José veintidós de marzo de dos mil veintitrés.—Lic. Kendall David Ruiz
Jiménez.—1 vez.—( IN2023741639 ).
Ante esta notaría, se protocolizó
el acta de asamblea extraordinaria de accionistas de la sociedad Mundo de
Mascotas de Cam Sociedad Anonima con cédula
3-101-708281, donde se modificó la cláusula segunda del domicilio.—San
José, 29 de marzo del 2023.—Licda. Laura Baltodano Acuña, Notaria.—1 vez.—(
IN2023741640 ).
Mediante
escritura cincuenta y dos - nueve del Notaria Pública Monserrat Alvarado Keith en conotariado con Dan Alberto Hidalgo Hidalgo,
otorgada a las trece horas quince minutos del veintinueve de marzo del año dos
mil veintitrés, se acuerda reformar la cláusula sobre las convocatorias a las
asambleas de accionistas y eliminar la cláusula vigésima sétima de los
estatutos, del pacto constitutivo de la sociedad Clima Ideal S.A.,
cédula de persona jurídica número 3-101-22826. Es todo.—San
José, veintinueve de marzo del año dos mil veintitrés.—Monserrat Alvarado Keith,
Notaria.—1 vez.—( IN2023741641 ).
Ante esta notaría mediante
escritura número noventa y tres, visible al folio setenta y nueve frente, del
tomo uno, a las dieciséis horas, del día veintinueve de marzo del año dos mil
veintitrés, se protocoliza el acta de asamblea general extraordinaria de socios
Hertz Rent a Car Sociedad Anonima cédula jurídica número tres-ciento uno-cero uno ocho cuatro siete siete
mediante la cual se acordó reformar la cláusula tercera del pacto social de
manera que de ahora en adelante se lea así: Su plazo social se ampliará a
setenta y cinco años más contados a partir del día de hoy.—San José, a las
dieciséis horas y treinta minutos del día veintinueve del mes de marzo del año
dos mil veintitrés.—Lic. Walter Rolando Mora Cerdas, Notario Público.—1 vez.—(
IN2023741643 ).
Ante esta notaría se protocolizó
el acta de asamblea extraordinaria de accionistas de la sociedad Pharma Punto Net C R Sociedad Anonima
con cédula 3-101-273730, donde se modificó la cláusula segunda del domicilio.—San José, 29 de marzo del 2023.—Licda. Laura
Baltodano Acuña, Notaria Pública.—1 vez.—( IN2023741644 ).
Ante mi notaría a las 18:00 horas del 29 de
marzo del 2023, se protocolizó acta de Asamblea de Socios de la sociedad Khannom, Sociedad Anónima, en la que se
solicita la reforma de la cláusula de administración.—San
José, 29 de marzo del 2023.—Lic. Randall Tamayo Oconitrillo, Notario.—
1 vez.—( IN2023741645 ).
Ante esta notaría se
protocolizaron acuerdos de asamblea general ordinaria y extraordinaria de
accionistas de la sociedad Las Monas de Jacó Cinco, S. A., cédula jurídica tres-ciento uno-cuatrocientos cuarenta y dos mil
novecientos cuarenta y dos,
a las diecinueve horas del veintinueve de marzo de dos mil veintitrés. Se reformó la cláusula primera y sétima de los estatutos.—Lic. Alejandro Salom Hernández,
Notario Público.—1 vez.—( IN2023741646 ).
Por escritura número 18 de las
13:30 del 28 de marzo del 2023, otorgada ante mi notaría, se protocoliza acta
de asamblea ordinaria y extraordinaria de 3-101-562121 S.A., cédula jurídica
número 3-101-562121 mediante la cual se acuerda la cláusula novena de la administración.—Heredia, 29 de marzo del 2023.—Jacqueline
Salas Salas, Notaria Pública.—1
vez.—( IN2023741647 ).
Por escritura número 19 de las
14:00 del 28 de marzo del 2023, otorgada ante mi Notaría, se protocoliza acta
de asamblea ordinaria y extraordinaria de Daikatana
S.A., cédula jurídica número 3-101-286521 mediante la cual se acuerda la
cláusula quince de la administración.—Heredia, 29 de
marzo del 2023.—Jacqueline Salas Salas, Notaria Pública.—1
vez.—( IN2023741648 ).
Por escritura número 20 de las
13:00 del 28 de marzo del 2023, otorgada ante mi notaría, se protocoliza acta
de asamblea ordinaria y extraordinaria de Milika
S.A., cédula jurídica número 3-101-13523 mediante la cual se acuerda la
cláusula quince de la administración.—Heredia, 29 de
marzo del 2023.—Jacqueline Salas Salas, Notaria Pública.—1
vez.—( IN2023741650 ).
Ante esta notaría, mediante escritura número 124
visible a folio 87 vuelto del tomo 1, otorgada a las 19 horas del 29 de marzo
del 2023, se protocolizó el acta de asamblea general extraordinaria de
accionistas de la Sociedad Agrícola Industrial del Norte Sociedad Anonima, cedula jurídica 3-101-024571 mediante la cual
se acordó modificar las cláusulas segunda, tercera y sétima del pacto
social.—San José, veintinueve de marzo del dos mil veintitrés.—Josué David Coto
Castillo, Notario Público.—1 vez.—( IN2023741651 ).
En mi actuación como notaría en la ciudad de San José, mediante
escritura número veinte, visible al folio quince vuelto, del tomo uno de mi
protocolo, a las once y treinta horas, del veintiocho de marzo de dos mil
veintitrés, se constituye la Sociedad Inmobiliaria BH Koltov
Limitada; cuyo nombre de fantasía será Inmobiliaria BH Koltov Ltda, con domicilio
social en San José, San José, Mata Redonda, Sabana Sur, veinticinco metros al
norte de La Universidad de la Salle, bajo la representación judicial y
extrajudicial de los señores Raúl Arturo Beer Vielmann, portador del pasaporte guatemalteco número dos
tres seis cinco seis ocho cuatro seis nueve y el señor Oscar Badilla Víquez,
portador de la cédula de identidad número uno- cero nueve ocho seis- cero uno
cinco cinco, con un capital social de Diez mil
colones representados por diez cuotas nominativas con un valor de mil colones
cada una.—Ciudad de San José, a las once y treinta horas del día veintiocho de
marzo de dos mil veintitrés.—Licda. María Sinaí Alfaro Araya, Notaria Pública.—1
vez.—( IN2023741653 ).
En mi actuación como notaría en la ciudad de San José,
mediante escritura número diecinueve, visible al folio trece vuelto, del tomo
uno de mi protocolo, a las once horas, del veintiocho de marzo de dos mil
veintitrés, se constituye la sociedad Inmobiliaria Mopil
CR Limitada; cuyo nombre de fantasía será Inmobiliaria Mopil CR Ltda, con domicilio
social en San José, San José, Mata Redonda, Sabana Sur, veinticinco metros al
norte de La Universidad de la Salle, bajo la representación judicial y
extrajudicial de los señores Raúl Arturo Beer Vielmann, portador del pasaporte guatemalteco número dos
tres seis cinco seis ocho cuatro seis nueve y el señor Oscar Badilla Víquez,
portador de la cédula de identidad número uno- cero nueve ocho seis- cero uno
cinco cinco, con un capital social de Diez mil
colones representados por diez cuotas nominativas con un valor de mil colones
cada una.—Ciudad de San José, a las once horas del día veintiocho de marzo de
dos mil veintitrés.—Licda. María Sinaí Alfaro Araya, Notaria.—1 vez.—(
IN2023741659 ).
Por escritura otorgada a las a las
trece horas treinta minutos del veintinueve de marzo de dos mil veintitrés, se
protocolizó acta de asamblea general de socios de la sociedad Kuora Desarrollos Inmobiliarios Sociedad Anónima
en la que se acordó reformar la cláusula segunda y octava de los estatutos.—–San José.—Fernando Alfaro Chamberl.—
1 vez.—( IN2023741662 ).
Por escritura otorgada a las trece
horas quince minutos del veintinueve de marzo de dos mil veintitrés, se
protocolizó acta de asamblea general de socios de la sociedad Constructora
Diversa Sociedad Anónima en la que se acordó reformar la cláusula segunda y
octava de los estatutos.—San José.—Fernando Alfaro
C.—1 vez.—( IN2023741663 ).
Por escritura otorgada a las a las
trece horas del veintinueve de marzo de dos mil veintitrés, se protocolizó Acta
de asamblea general de socios de la sociedad Vivento
Desarrollos Inmobiliarios Sociedad Anónima en la que se acordó reformar la
cláusula segunda y octava de los estatutos.—San
José.—Fernando Alfaro C., Notario Público.—1 vez.—( IN2023741665 ).
Por escritura otorgada ante esta
notaría, a las 08:00 del 21 de marzo del 2023, la sociedad Solymar Viajes
Sociedad Anonima, cedula jurídica número
3-101-149361, modifica la cláusula octava del pacto constitutivo.—San
José, 21 de marzo del 2023.—Lic. Guido Sánchez Canessa, Notario Público.—1
vez.—( IN2023741666 ).
Marilyn Bedoya Esquivel, notaria
publica protocoliza asamblea general extraordinaria de accionistas de la
sociedad Inversiones Maxi AC Sociedad Anónima cédula jurídica número: tres- ciento uno- ciento veintidós mil ciento noventa y tres, mediante
escritura 294, del folio 132 del tomo 19, en fecha veintinueve marzo del dos
mil veintitrés a las catorce horas, mediante la cual se realizó reforma al
pacto constitutivo cláusulas:
segunda, quinta y sexta.—Turrúcares, veintinueve de marzo del dos mil
veintitrés.—Licda. Marilyn Bedoya Esquivel.
C 12976, Notaria Pública.—1 vez.—(
IN2023741667 ).
Ante esta notaría se protocolizó
el acta de asamblea extraordinaria de accionistas de la sociedad Distribuidora
Farmanova Sociedad Anónima con cédula
3-101-055942, donde se modificó la cláusula segunda del domicilio.—San
José, 29 de marzo del 2023.—Licda. Laura Baltodano Acuña.—1 vez.—( IN2023741669
).
Ante esta notaría se protocolizó
el acta de asamblea extraordinaria de accionistas de la sociedad Corporación
Agropecuaria CORPECO Sociedad Anónima con cédula 3-101-106753, donde se
modificó la cláusula segunda del domicilio.—San José,
29 de marzo del 2023.—Licda. Laura Baltodano Acuña.—1 vez.—( IN2023741671 ).
A las 11:00 horas del 22 de marzo
de 2023 protocolicé acta de Siete Hermanos Zaglul
S.A. por la cual se reforma la cláusula primera del pacto social (del
nombre), cambiando la denominación social a Hermanos Matzag
S.A..—Heredia,
29 de marzo de 2023.—Fernando Gutiérrez Herrera, Notario.—
1 vez.—( IN2023741673 ).
La compañía Corporacion
Intexco Cir Limitada,
cédula de persona jurídica número tres- ciento dos- ochocientos cinco mil
setecientos veintiséis acuerda la disolución y liquidación de la misma.—San José, 28 de marzo del 2023.—Lic. Arnoldo Parini Guevara, Notario Público.—1 vez.—( IN2023741695 ).
Por Escritura Número 107-25, de 28
de marzo del 2023, ante el suscrito Notario, se acuerda la disolución de Casa
Alegría Enlil LOT ONE LLC SRL, cédula jurídica número 3102829665-ciento
dos-ochocientos veintinueve mil seiscientos sesenta y cinco.—Ricardo
Badilla Reyes, Notario Público.—1 vez.—( IN2023741696 ).
Cambio de
junta directiva de Sociedad Anónima. Por escritura número ciento cuarenta y
seis del tomo segundo a las once horas del cuatro de noviembre del año dos mil
veintidós, se protocolizó acta de asamblea general de Cordero y Valsol Sociedad Anónima, Cédula Jurídica tres-ciento
uno-trescientos veintiséis mil ciento tres, se nombra nueva junta directiva, se
cambian apoderados generales. Es todo.—Quepos,
veintiocho de marzo del año dos mil veintitrés.—Lic. José Mauricio Artavia
Aguilar, Notario Público.—1 vez.—( IN2023741697 ).
El suscrito Notario, Luis Eduardo
Sibaja Guillén, con oficina en San José, San Rafael de Escazú, Edificio Terraforte, cuarto piso, hace constar que mediante
escritura N° 166-6, de las 18 horas del 23 de marzo del 2023, se solicitó la
reinscripción de Inmobiliaria Metropolitan M&D
de SJ Limitada, cédula jurídica 3-102-399914; en escritura N° 167-6, de las 18:10 horas del
23 de marzo del 2023, se solicitó la reinscripción de Condominio Vistas de
Nunciatura Estenos Numero Ochenta y Nueve S.A., cédula jurídica
3-101-646996; y en escritura N° 168-6, de las 18:20 horas del 23 de marzo del 2023, se solicitó
la reinscripción de Filial Punta del Este Dos S.A., cédula jurídica
número 3-101-541817.—San José, 29 de marzo del 2023.—Lic. Luis Eduardo Sibaja
Guillén, Notario Público.—1 vez.—( IN2023741700 ).
En esta notaría se protocolizó acta de Monte Velox S.A., cédula 3-101-309557, en la que se cambia
domicilio, se cambia junta directiva y fiscal, y se hacen nuevos nombramientos,
se agrega cláusula para hacer asambleas y sesiones virtuales, y se nombra
apoderado general sin límite de suma de la sociedad.—San
José, 30 de marzo 2023.—Giselle Solórzano Guillén, Notaria Pública.—1
vez.—( IN2023741702 ).
Mediante acta
número tres, celebrada a las nueve horas del veinte de marzo del dos mil
veintitrés, la sociedad Sonrisa de San Miguel S.S.M. Sociedad Anonima, cédula jurídica tres-ciento uno-quinientos
setenta y siete mil doscientos sesenta y seis, acuerda su disolución por
haberse cumplido el fin social. Escritura número dos-catorce, de las quince
horas del veintidós de marzo del dos mil veintitrés.—Lic. Oscar Mora Vargas. Carné
6716, Notario Público.—1 vez.—
( IN2023741709 ).
Se hace
constar que mediante escritura número 267 otorgada a las 15:00 horas del 16 de
marzo del 2023, por la Notaria Alejandra Montiel Quirós, se protocoliza el acta
número 1 de Asamblea General de Cuotistas de la
sociedad Purpura PRP Sociedad de Responsabilidad Limitada, cédula de
persona jurídica número tres-ciento dos-ochocientos sesenta y ocho mil
seiscientos noventa y dos mediante la cual se acuerda la disolución de dicha
sociedad.—San José, 23 de marzo del 2023.—Licda. Alejandra Montiel Quirós. amontiel@zurcherodioraven.com, Notaria Pública.—1 vez.—( IN2023741715 ).
Por escritura número trescientos
cincuenta y nueve- uno de las ocho horas del veintiocho
de marzo del dos mil veintitrés, otorgada ante la Notaria Rebeca Saborío Rivas,
se constituyó la sociedad denominada Soluciones DK Coreto
S.A. Capital: cincuenta mil colones Plazo social: noventa y nueve años: A
partir del veintiocho de marzo del dos mil veintitrés. Domicilio: San José, San
Francisco de Dos Ríos de la Iglesia católica ochocientos sur y cincuenta oeste.
Presidente con facultades de Apoderado Generalísimo sin límite de suma. Objeto:
El comercio en general. Tel: 8938-33-41.—San José, 28 de marzo del dos mil veintitrés.—Licda. Rebeca Saborío Rivas, Notaria Pública.—1
vez.—( IN2023741720 ).
Por escritura otorgada el día de
hoy, se protocolizaron acuerdos de asamblea general extraordinaria de
accionistas de la sociedad de esta plaza Pizza in Paradise Sociedad Anónima, con cédula jurídica tres-ciento uno-setecientos
sesenta y seis mil quinientos treinta y cinco, por medio de los cuales se
reforma completamente los estatutos.—San José, 28 de
marzo de 2023.—Lic. Alberto Víquez Garro, Notario Público.—1 vez.—(
IN2023741721 ).
Mediante escritura No. 103-8,
visible al folio 104 frente de mi tomo 8, ante mi notaría, el Gerente con
facultades de apoderado generalísimo, sin límite de suma, de 3-102-717326,
S.R.L., tramita la reinscripción de dicha sociedad disuelta por ley 9428,
reinscripción que se tramita bajo la ley 10255 del 6 de mayo del 2022.—San
José, 28 de marzo 2023.—Federico Peralta Calzada, Notario.—1
vez.—( IN2023741725 ).
Mediante escritura número ciento
treinta y tres de esta notaria se protocolizó acta de asamblea extraordinaria de socios de la
sociedad Transportes M.H. Orozco de Turrialba Sociedad Anonima,
cédula jurídica 3-101-322715 mediante la cual se modifica la cláusula segunda y
sexta del pacto constitutivo. Martin Orozco Vargas, Presidente.—Turrialba,
diecisiete de febrero del año 2022.—Manuelita Meza Zúñiga, Notaria.—1 vez.—(
IN2023741726 ).
Irma
Solórzano Álvarez, mayor, viuda, cedula de identidad Nº
203260891, abogada notaria publica, hace constar que la sociedad 3-102-821971
Sociedad de Responsabilidad Limitada, cédula jurídica
Nº 3102821971 con domicilio en Liberia, Guanacaste,
Barrio Pueblo Nuevo de la antigua pulpería La Barba 800 metros al este,
callejón Bella Vista, solicita la reforma de la cláusula tercera del pacto social.—Irma Solórzano Álvarez, Notaria Pública.—1 vez.—( IN2023741727 ).
Ante esta notaría, mediante
escritura ciento setenta- del tomo uno del suscrito notario, a las diecisiete
horas del diecisiete de marzo de dos mil veintitrés, se protocoliza acta de la
asamblea extraordinaria de socios de la sociedad denominada: Three Gen Martin Corporation,
cédula de persona jurídica número: tres- ciento uno- ocho seis dos tres uno
siete; mediante la cual se modifica la cláusula del domicilio social de la
empresa.—Veintinueve de marzo de dos mil veintitrés.—Lic. David Ricardo Fernández Tercero, Notario Público.—1
vez.—( IN2023741730 ).
Ante esta notaría por escritura
otorgada a las trece horas del día veintisiete de febrero de dos mil
veintitrés, se solicita al Registro de Personas Jurídicas la reinscripción de
la sociedad Jonronero, Sociedad de Responsabilidad Limitada, de
conformidad con lo dispuesto en la Ley número diez mil doscientos cincuenta y
cinco. Teléfono: 4036-2000.— San José, veintiocho de febrero de dos mil veintitrés.—Raúl Alberto Guevara Villalobos, Notario.—1
vez.—( IN2023741732 ).
Ante esta notaría, mediante
escritura número ciento noventa y ocho, visible al folio ciento dieciséis
frente, del tomo segundo, a las nueve horas del veintinueve de marzo del año dos
mil veintidós, se protocoliza el acta de asamblea general extraordinaria de
socios de la sociedad Tres Jotas del Golfo D y U Sociedad Anonima, cédula jurídica número tres- ciento uno-
setecientos sesenta y un mil ochocientos cincuenta y ocho, domiciliada en la
ciudad de Puntarenas, Golfito, Puerto Jiménez, doscientos metros oeste del
colegio, casa color verde, mediante la cual la totalidad de los socios acuerdan
disolver la sociedad y prescindir del nombramiento de liquidador, conforme
establece el acta constitutiva, ya que no existen activos ni pasivos que
liquidar.—San Isidro de El General, a las ocho horas del día veintinueve del
mes de marzo del año dos mil veintitrés.—Lic. Michael Ramiro Zúñiga Arias,
Notario Público.—1 vez.—( IN2023741734 ).
Se reforma la cláusula ocho del
acta constitutiva de Multitransporte Koki Sociedad Anónima, la cual queda así. cláusula octava: de la junta
directiva: “La sociedad será administrada por una Junta Directiva compuesta por
tres miembros socios o no, con los cargos de presidente, secretario y tesorero.
La elección de los directivos se regirá por el sistema de voto simple.
Corresponde únicamente al presidente la representación judicial y extrajudicial
de la compañía con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma
conforme al artículo mil doscientos cincuenta y tres del Código Civil. Podrá
sustituir o delegar sus poderes en todo o en parte, reservándose o no su ejercicio,
revocar dichas sustituciones o delegaciones y efectuar otras nuevas. Queda
además facultado el presidente para girar cheques contra las cuentas corrientes
que la sociedad tenga en los bancos nacionales y extranjeros, efectuar y
retirar depósitos a plazo fijo en dichas instituciones”. Es todo.—Limón
29 de marzo de 2023.—Roy Mesén Vega, Notario.—1 vez.—( IN2023741735 ).
Por escritura otorgada ante esta
notaria el día de hoy se protocoliza acuerdo de asamblea general extraordinaria
de socios de la sociedad Desarrollos Puertocito
Uno Sociedad Anónima, cédula jurídica N° 3-101-198420
acordándose solicitar el cese de su disolución, de conformidad con la Ley
10255. Es todo.—Veintiocho de marzo del año dos mil
veintitrés.—Paulina Bonilla Guillén, Notaria Pública.—1 vez.—( IN2023741736 ).
C.D.S. y
Asociados Sociedad de Responsabilidad Limitada con cédula jurídica número 3102-864106 por acuerdo
de socios modifica la cláusula séptima de la Sociedad que en adelante se dirá:
La sociedad será administrada por un solo gerente la representación judicial y
extrajudicial de la compañía, con facultades de Apoderado Generalísimo sin
límite de suma de conformidad con el artículo 1253 del Código Civil, actuando
de forma individual. Es Todo.—San José Tibás.—Licda.
Cinthya Villalobos Miranda, tel 8848 4860- 2236 7185,
Notaria.—1 vez.—( IN2023741738 ).
Por escritura número 315-8, de las
10:30 horas del 29 de marzo del 2023, se protocolizó acta de asamblea
extraordinaria de Chavaherrera Consultores
Médicos S. A., cédula jurídica 3-101-846739; se modifica la cláusula
Primera: La sociedad se denominará 3-101-846739 S. A.—San José 29 de
marzo del 2029.—Licda. Anayancy Vallejos Quirós,
Notaria Pública.—1 vez.—( IN2023741754 ).
Por instrumento publico otorgado
en la notaría de: Luis Alexander Corrales Alvarado, noto de carnet:
18953, al ser las doce horas treinta y un minutos de día martes veintiocho de
mes de marzo de ano dos mil veintitrés, se constituyó la Empresa Individual de
Responsabilidad Limitada, denominada: Talaveraesmas.
Notificaciones al correo electrónico: alfa3.omega7@gmail.com.—1
vez.—( IN2023741759 ).
Ante esta notaría, mediante escritura número
doscientos cinco de las diez horas treinta minutos del veintiocho de marzo de
dos mil veintitrés se reformo la cláusula de domicilio de la sociedad Construcción
y Redes Costa Rica Sociedad de Responsabilidad Limitada. cédula de persona
jurídica número: tres - uno cero dos - siete siete
cero cinco cuatro nueve. Es todo.—Cartago, veintiocho
de marzo de dos mil veintitrés.—Lic. Francisco Hidalgo Quesada, Notario
Público.—1 vez.—( IN2023741771 ).
Por escritura otorgada ante esta
notaría a las 11:30 horas del 12 de diciembre del 2022, la empresa Tesol Institute Costa
Rica Ticr S.A., cédula jurídica número
3-101-661129, protocolizó acuerdos en donde se reforma la cláusula del
domicilio social.—San José, 29 de marzo del
2023.—Guillermo Emilio Zúñiga González, Notario Público.—1 vez.—( IN2023741774
).
Mediante escritura pública número
cien, del tomo cuarenta y uno de mi Protocolo protocolicé acta de asamblea
general ordinaria y extraordinaria de socios de la sociedad Avícola Umaña
Chaves Sociedad Anonima, cédula jurídica número
3-101-758098. Se modificó cláusula primera: denominación social: La sociedad
ahora se denominará Avícola Umaña Salas Sociedad Anonima.
La cláusula sexta: del ejercicio económico, la cláusula novena de la
administración social. Se agregaron las cláusulas décimo cuarta y décimo quinta
a los estatutos y se nombró nuevo secretario de la Junta Directiva.—Alajuela,
30 de marzo 2023.—Ana Rosa Aguilar González, Notaria Pública.—1
vez.—( IN2023741777 ).
Por escritura
número ochenta y seis donde la Licenciada Mónica Rodríguez Campos se constituyó
la sociedad que llevará el nombre Inversiones Buena Vida ElRL teniendo como Gerente al señor Luis Diego Fonseca Morales.—Licda. Mónica Rodríguez Campos, Notaria Pública.—1 vez.—( IN2023741781 ).
Por escritura otorgada ante esta
notaría, a las 08:00 horas del 29 de marzo del 2023, se protocolizó acta de
asamblea de general ordinaria y extraordinaria de socios de la compañía Denali
S.A., en donde se reforma la cláusula sexta: De la administración del pacto
social.—San José, 30 de marzo del 2023.—Licda. Shukshen Young Au-Yeung, Notaria Pública.—1
vez.—( IN2023741784 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las 13 horas 00 minutos del 26 de noviembre del año 2021, se
constituyó la sociedad denominada Beauty Academy KRMW Sociedad Anónima.—San
José, 29 de noviembre del 2021.—Lic. Marta Eugenia Vargas Arrieta, Notario.—1
vez.—CE2021017966.—( IN2023741785 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las 10 horas 00 minutos del 24 de noviembre del año 2021, se
constituyó la sociedad denominada Goldstar
Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 29 de noviembre del 2021.—Lic. Adrián Alberto Peralta Abarca,
Notario.—1 vez.—CE2021017968.—( IN2023741786 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las 16 horas 00 minutos del 19 de noviembre del año 2021, se
constituyó la sociedad denominada Inversiones Roma de Heredia Sociedad Anónima.—San José, 29 de noviembre del
2021.—Lic. Martín Adrián González Briceño, Notario.—
1 vez.—CE2021017967.—( IN2023741787 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las 19 horas 00 minutos del 22 de noviembre del año 2021, se
constituyó la sociedad denominada Inversiones Hicamigo
de Aguas Zarcas Sociedad Anónima.—San
José, 29 de noviembre del 2021.—Lic. Cristian Gutiérrez Salas, Notario.—1 vez.—CE2021017969.—(
IN2023741788 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las 11 horas 10 minutos del 22 de noviembre del año 2021, se
constituyó la sociedad denominada Inversión Zinfu
Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José,
29 de noviembre del 2021.—Lic. Juan José Briceño Benavides, Notario.—
1 vez.—CE2021017970.—( IN2023741789 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las 09 horas 00 minutos del 19 de noviembre del año 2021, se
constituyó la sociedad denominada Fructoria
Sociedad Anónima.—San José, 29 de noviembre del
2021.—Lic. Raúl Orlando
Méndez Contreras, Notario.—1
vez.—CE2021017971.—( IN2023741790 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las 16 horas 53 minutos del 25 de noviembre del año 2021 se
constituyó la sociedad denominada BGG Security Systems.—San José, 29 de
11 del 2021.—Licda. Mónica
Patricia Umaña Barrantes, Notario.—1 vez.—CE2021017972.—( IN2023741791 ).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 16 horas 34 minutos del 25 de
noviembre del año 2021 se constituyó la sociedad denominada Kings Master Game.—San
José, 29 de 11 del 2021.—Lic. Mónica Patricia
Umaña Barrantes, Notario.—1 vez.—CE2021017973.—( IN2023741792 ).
Por escritura otorgada ante esta
notaría, número setenta y cinco, de las once horas y treinta minutos del
veintiocho de marzo del dos mil veintitrés., se hace cambio de personero de
tesorero y secretario de Volcano Investment Group Sociedad Anónima,
cédula jurídica tres- ciento uno- seiscientos once mil quinientos veintiuno.—Alajuela veintiocho de marzo del dos mil
veintitrés.—Licda. Alexandra Alfaro Navarro, Notaria C. 9913.—1 vez.—(
IN2023741796 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las 09 horas 00 minutos del 07 de diciembre del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Northeast Travels Sociedad
de Responsabilidad Limitada.—San
José, 7 de diciembre del 2021.—Lic. Miguel Ángel Rojas Pacheco, Notario.—1 vez.—CE2021018503.—(
IN2023741799 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las 16 horas 25 minutos del 13 de noviembre del año 2021, se
constituyó la sociedad denominada Asesorías y Soluciones Químicas Sociedad Anónima.—San José, 7 de diciembre del
2021.—Lic. Christian Vinicio Castro Marín, Notario.—
1 vez.—CE2021018504.—( IN2023741800 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las 12 horas 00 minutos del 07 de diciembre del año 2021, se
constituyó la sociedad denominada Boaz Hideaway Sociedad Anónima.—San
José, 7 de diciembre del 2021.—Licda. Yalta Argentina Aragón González, Notaria.—1 vez.—CE2021018505.—( IN2023741801 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las 10 horas 00 minutos del 07 de diciembre del año 2021, se
constituyó la sociedad denominada Inversiones Yalema
Leo Sociedad Anónima.—San José, 7 de diciembre del
2021.—Lic. Guillermo Jiménez Chacón, Notario.—1 vez.—CE2021018508.—(
IN2023741802 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las 18 horas 00 minutos del 05 de diciembre del año 2021, se
constituyó la sociedad denominada Farmacias Talamanca Sociedad Anónima.—San José, 8 de diciembre del 2021.—Lic. Eraida Méndez
Marchena, Notario.—1 vez.—CE2021018509.—( IN2023741803 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las 08 horas 00 minutos del 04 de diciembre del año 2021, se
constituyó la sociedad denominada Sig Soog LLC Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 8 de diciembre del
2021.—Lic. Cinthya Vanessa Abarca Vega, Notario.—
1 vez.—CE2021018510.—( IN2023741804 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las 16 horas 30 minutos del 06 de diciembre del año 2021, se
constituyó la sociedad denominada Food Investments Ipís DHES Sociedad Anónima.—San
José, 8 de diciembre del 2021.—Licda. Aura Marina Bonilla Bravo, Notaria.—1
vez.—CE2021018512.—( IN2023741805 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las 19 horas 00 minutos del 27 de noviembre del año 2021, se
constituyó la sociedad denominada Inversiones JPBS Sociedad Anónima.—San
José, 8 de diciembre del 2021.—Lic. Laura Gabriela Chaverri Gómez, Notario.—1
vez.—CE2021018513.—( IN2023741806 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las 17 horas 00 minutos del 06 de diciembre del año 2021, se
constituyó la sociedad denominada Food Investments Pilar DHES Sociedad Anónima.—San
José, 8 de diciembre del 2021.—Licda. Aura Marina Bonilla Bravo, Notaria.—1
vez.—CE2021018514.—( IN2023741807 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las 18 horas 30 minutos del 03 de diciembre del año 2021, se
constituyó la sociedad denominada Polynizer
Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 8 de diciembre del 2021.—Lic. Esteban Zúñiga
Alvarado, Notario.—1
vez.—CE2021018515.—( IN2023741808 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las 08 horas 00 minutos del 29 de noviembre del año 2021, se
constituyó la sociedad denominada Agromayoreo
del Sur Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 8 de diciembre del
2021.—Lic. Maritza Araya Rodríguez,
Notario.—1 vez.—CE2021018516.—( IN2023741809 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las 08 horas 00 minutos del 08 de diciembre del año 2021, se
constituyó la sociedad denominada Alioth Limitada.—San
José, 8 de diciembre del 2021.—Licda. Ana Patricia Vargas Jara, Notaria.—1
vez.—CE2021018517.—( IN2023741810 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las 08 horas 30 minutos del 08 de diciembre del año 2021, se
constituyó la sociedad denominada Capitales Inmobiliarios del Sur Sociedad
de Responsabilidad Limitada.—San
José, 08 de diciembre del 2021.—Lic. Siu Len Wing Ching Jiménez, Notario.—1 vez.—CE2021018518.—( IN2023741811 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las 00 horas 00 minutos del 03 de diciembre del año 2021, se
constituyó la sociedad denominada La Providencia V&J Sociedad de
Responsabilidad Limitada.—San
José, 08 de diciembre del 2021.—Lic. Jessica Alvarado Herrera, Notario.—1
vez.—CE2021018520.—( IN2023741812 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las 11 horas 30 minutos del 07 de diciembre del año 2021, se
constituyó la sociedad denominada Pvmarjar
Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 08 de diciembre del 2021.—Lic. Guillermo
José Sanabria Leiva, Notario.—
1 vez.—CE2021018521.—( IN2023741813 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las 11 horas 15 minutos del 07 de Diciembre del año 2021, se
constituyó la sociedad denominada UDI Costa Rica Alfa Sociedad de
Responsabilidad Limitada.—San
José, 08 de diciembre del 2021.—Lic. Magally María Guadamuz García, Notario.—1 vez.—CE2021018522.—(
IN2023741814 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las 11 horas 50 minutos del 07 de diciembre del año 2021, se
constituyó la sociedad denominada UDI Costa Rica Beta Sociedad de
Responsabilidad Limitada.—San
José, 08 de diciembre del 2021.—Licda. Magally María Guadamuz García, Notaria.—1 vez.—CE2021018525.—(
IN2023741815 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las 15 horas 00 minutos del 07 de diciembre del año 2021, se
constituyó la sociedad denominada Corrales Carranza Mayrena
Sociedad Anónima.—San José, 08 de diciembre del
2021.—Licda. Aura Rebeca Menéndez Soto,
Notaria.—
1 vez.—CE2021018526.—( IN2023741816 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las 09 horas 00 minutos del 07 de diciembre del año 2021, se
constituyó la sociedad denominada Mil Novecientos Sesenta y Tres Digital
Sociedad Anónima.—San José, 08 de diciembre del
2021.—Lic. Melania Campos Lara, Notario.—
1 vez.—CE2021018527.—( IN2023741817 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las 18 horas 00 minutos del 06 de diciembre del año 2021, se
constituyó la sociedad denominada Lexcast
Holdings Sociedad Anónima.—San José, 08 de diciembre del
2021.—Lic. Jenifer Lyn Flores Stoviak,
Notario.—1 vez.—CE2021018528.—( IN2023741818 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las 14 horas 00 minutos del 24 de noviembre del año 2021, se
constituyó la sociedad denominada Vital Training Costa Rica Sociedad de
Responsabilidad Limitada.—San
José, 08 de diciembre del 2021.—Lic. Manuel Mora Ulate, Notario.—
1 vez.—CE2021018529.—( IN2023741819 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las 10 horas 20 minutos del 07 de diciembre del año 2021, se
constituyó la sociedad denominada Repostería La Dulcería MC Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 08 de diciembre del
2021.—Lic. María Gabriela
Paniagua Briceño, Notario.—1 vez.—CE2021018531.—( IN2023741820 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las 14 horas 00 minutos del 07 de diciembre del año 2021, se
constituyó la sociedad denominada Enzar LLC
Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 08 de diciembre del 2021.—Licda. Ana
Lourdes Golcher González, Notaria.—
1 vez.—CE2021018533.—( IN2023741821 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las 12 horas 00 minutos del 07 de diciembre del año 2021, se
constituyó la sociedad denominada So Alegría LLC Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 08 de diciembre del
2021.—Licda. Nicole María Quesada
Gurdián,
Notaria.—
1 vez.—CE2021018530.—( IN2023741822 ).
Ante esta notaria por escritura
número 80-17, de las 13 horas del 24 de marzo de 2023, ante los notarios
públicos, Álvaro Moya Ramírez y Natán Wager Vainer, actuando en conotariado
el protocolo del primero, se constituyó la fundación Dynamika
Fundación, domiciliada en San José, Pavas, Zona Industrial, Tienda Tips, Avenida once, entre calles noventa y seis y ciento
ocho, con un plazo perpetuo. Es todo.—San José, 30 de
marzo de 2023.—Lic. Natán Wager Vainer,
Notario Público.—1 vez.—( IN2023741823 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría a las 10 horas 00 minutos del 08 de diciembre del año 2021, se
constituyó la sociedad denominada Dagodo Sociedad
Anónima.—San José, 8 de diciembre del
2021.—Lic. Jorge Luis Villalobos Salgado, Notario.—1 vez.—CE2021018532.—(
IN2023741824 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría a las 20 horas 00 minutos del 03 de diciembre del año 2021, se
constituyó la sociedad denominada Carnicería El Pueblo J Y P Sociedad
Anónima.—San
José, 8 de diciembre del 2021.—Licda. Yesenia Villalobos Leitón, Notaria.—1
vez.—CE2021018534.—( IN2023741825 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría a las 17 horas 00 minutos del 07 de diciembre del año 2021, se
constituyó la sociedad denominada Inversiones Mainal
Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 8 de diciembre del 2021.—Lic. Edgar
Alberto García Quirós, Notario.—1 vez.—CE2021018535.—( IN2023741826 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría a las 09 horas 08 minutos del 08 de diciembre del año 2021, se
constituyó la sociedad denominada Sofand Sociedad
de Responsabilidad Limitada.—San
José, 8 de diciembre del 2021.—Lic. Montserrat duran soto, Notario.—1
vez.—CE2021018536.—( IN2023741827 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría a las 13 horas 00 minutos del 07 de diciembre del año 2021, se
constituyó la sociedad denominada Panuma Sociedad
de Responsabilidad Limitada.—San
José, 8 de diciembre del 2021.—Lic. Randall Mauricio Rojas Quesada, Notario.—
1 vez.—CE2021018537.—( IN2023741828 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las 14 horas 00 minutos del 06 de diciembre del año 2021, se
constituyó la sociedad denominada KBG LLC Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San
José, 08 de diciembre del 2021.—Lic. Brians Salazar
Chavarría, Notario.—1 vez.—CE2021018538.—( IN2023741829 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría a las 18 horas 00 minutos del 06 de diciembre del año 2021, se
constituyó la sociedad denominada Inversiones Rocaloca
Espinoza & Ramírez Sociedad Anónima.—San
José, 8 de diciembre del 2021.—Licda. Karol Cristina
Guzmán Ramírez, Notaria.—1 vez.—CE2021018540.—( IN2023741830 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las 10 horas 00 minutos del 01 de diciembre del año 2021, se
constituyó la sociedad denominada Silver Hawk cuya
traducción al español es Halcon de Plata
Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 08 de diciembre del
2021.—Lic. José Antonio Aiza Juárez, Notario.—1 vez.—CE2021018542.—(
IN2023741831 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría a las 11 horas 00 minutos del 30 de noviembre del año 2021, se
constituyó la sociedad denominada December Fifteenth Assets Co Sociedad de
Responsabilidad Limitada.—San
José, 8 de diciembre del 2021.—Lic. Carlos Roberto Solorzano López, Notario.—1 vez.—CE2021018543.—(
IN2023741832 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría a las 08 horas 00 minutos del 29 de noviembre del año 2021, se
constituyó la sociedad denominada Agromayoreo
Barrantes del Sur Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 8 de diciembre del
2021.—Licda. Maritza Araya Rodríguez, Notaria.—1 vez.—CE2021018544.—(
IN2023741833 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría a las 10 horas 00 minutos del 08 de diciembre del año 2021, se
constituyó la sociedad denominada Monkey Pod Vacation Sociedad de
Responsabilidad Limitada.—San
José, 8 de diciembre del 2021.—Lic. Alejandro José Burgos Bonilla, Notario.—1
vez.—CE2021018545.—( IN2023741834 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las 13 horas 15 minutos del 07 de diciembre del año 2021, se
constituyó la sociedad denominada Goodman Urban Constructors
of Costa Rica Limitada.—San José, 08 de diciembre del
2021.—Lic. Luis Alberto Peraza Burgdorf, Notario.—1 vez.—CE2021018546.—(
IN2023741835 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría a las 13 horas 00 minutos del 02 de diciembre del año 2021, se
constituyó la sociedad denominada Dealty Sociedad
de Responsabilidad Limitada.—San
José, 8 de diciembre del 2021.—Lic. Enrique Loria Brunker,
Notario.—1 vez.—CE2021018548.—( IN2023741836 ).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría a las 20 horas 30 minutos del 02 de
diciembre del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Framijo Sociedad Anónima.—San José, 8 de diciembre del
2021.—Lic. Eilyn Crist Alpízar
Hidalgo, Notario.—1 vez.—CE2021018549.—( IN2023741837 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las 08 horas 00 minutos del 05 de diciembre del año 2021, se
constituyó la sociedad denominada Materiales y Ferretería Grupo Vivienda
Sociedad Anónima.—San
José, 08 de diciembre del 2021.—Lic. Diego Oporto Mejía, Notario.—
1 vez.—CE2021018550.—( IN2023741838 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las 13 horas 00 minutos del 12 de noviembre del año 2021, se
constituyó la sociedad denominada Nuve Food and Market Sociedad de
Responsabilidad Limitada.—San
José, 08 de diciembre del 2021.—Lic. Carlos Manuel Serrano Castro, Notario.—1
vez.—CE2021018551.—( IN2023741839 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría a las 08 horas 30 minutos del 07 de diciembre del año 2021, se
constituyó la sociedad denominada Donato Desarrollos Sociedad Anónima.—San
José, 8 de diciembre del 2021.—Lic. Federico
Castro Kahle, Notario.—1 vez.— CE2021018552.—(
IN2023741840 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría a las 18 horas 00 minutos del 29 de noviembre del año 2021, se
constituyó la sociedad denominada Autopro
CR Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 8 de diciembre del
2021.—Licda. Tatiana Vanessa Castro Alfaro, Notaria.—1 vez.—CE2021018553.—(
IN2023741841 ).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 12 horas 00 minutos del 06 de
diciembre del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Selinterport Sociedad Anonima.—San José, 08 de
diciembre del 2021.—Lic. Kenneth Francisco Muñoz Ureña, Notario.—1
vez.—CE2021018554.—( IN2023741842 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría a las 15 horas 30 minutos del 07 de diciembre del año 2021, se
constituyó la sociedad denominada Soluciones Mobiliarias Sostenibles SMS
Limitada.—San José, 8 de diciembre del
2021.—Lic. Andrea Martín Jiménez, Notario.—1 vez.—CE2021018555.—( IN2023741843
).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las 10 horas 00 minutos del 08 de diciembre del año 2021, se
constituyó la sociedad denominada Venta y Alquiler de Vehículos VIP del Caribe Sociedad Anónima.—San José, 08 de diciembre del 2021.—Lic. Ernesto
Azofeifa Cedeño, Notario.—1 vez.—CE2021018556.—( IN2023741844 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las 15 horas 00 minutos del 10 de noviembre del año 2021, se
constituyó la sociedad denominada Soluciones Comerciales Multimodales CMD
Sociedad de Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 08 de diciembre del
2021.—Lic. Piero Vignoli Chessler,
Notario.—1 vez.—CE2021018557.—( IN2023741845 ).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 12 horas 25 minutos del 01 de
diciembre del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Intervencionismo
Veterinario de Costa Rica Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 08 de diciembre del
2021.—Lic. Julio Enrique Zelaya Rodríguez,
Notario.—1 vez.—CE2021018558.—( IN2023741846 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las 09 horas 30 minutos del 07 de diciembre del año 2021, se
constituyó la sociedad denominada Timetoyes
Costa Rica Sociedad Anónima.—San José, 08 de diciembre del
2021.—Lic. Mariela Solano Obando, Notario.—1 vez.—CE2021018559.—( IN2023741847
).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las 20 horas 30 minutos del 07 de diciembre del año 2021, se
constituyó la sociedad denominada Sand Dollars and Sunsets Limitada.—San
José, 08 de diciembre del 2021.—Lic. Luis Antonio Aguilar Ramírez, Notario.—1
vez.—CE2021018560.—( IN2023741848 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las 19 horas 30 minutos del 03 de diciembre del año 2021, se
constituyó la sociedad denominada Luyah
Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 08 de diciembre del 2021.—Lic. Juan
Carlos Fernández
Torres, Notario.—1 vez.—CE2021018561.—( IN2023741849 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las 10 horas 30 minutos del 08 de diciembre del año 2021, se
constituyó la sociedad denominada Algarrobo JM Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San
José, 8 de diciembre del 2021.—Lic. Diego José Mata Morales, Notario.—1 vez.—
CE2021018562.—( IN2023741850 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las 22 horas 00 minutos del 24 de noviembre del año 2021, se
constituyó la sociedad denominada Inv Dsm Aso Deals Sociedad Anónima.—San
José, 8 de diciembre del 2021.—Lic. Carlos Javier Calvo Sánchez, Notario.—1
vez.— CE2021018563.—( IN2023741851 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las 10 horas 00 minutos del 12 de octubre del año 2021, se
constituyó la sociedad denominada The Holmestead Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 08 de diciembre del
2021.—Lic. Rosario Araya Arroyo, Notario.—1 vez.—CE2021018564.—( IN2023741852
).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 13 horas 00 minutos del 07 de diciembre
del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Glenn H Littell LLC Limitada.—San José, 08 de diciembre del
2021.—Lic. Norman Leslie De Pass Ibarra, Notario.—1 vez.— CE2021018565.—(
IN2023741853 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las 08 horas 00 minutos del 08 de diciembre del año 2021, se
constituyó la sociedad denominada Preflight
Checks Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 8 de diciembre del 2021.—Lic. Carlos
Araya González, Notario.—
1 vez.— CE2021018566.—( IN2023741854 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las 15 horas 00 minutos del 09 de noviembre del año 2021, se
constituyó la sociedad denominada Servicios Fiduciarios Soluciones Efectivas
Ju Sociedad Anónima.—San
José, 8 de diciembre del 2021.—Licda. Marlene Isabel Guzmán Muñoz, Notaria.—1 vez.— CE2021018568.—(
IN2023741855 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las 14 horas 00 minutos del 08 de diciembre del año 2021, se
constituyó la sociedad denominada SRVP Costa Rica Sociedad de
Responsabilidad Limitada.—San
José, 8 de diciembre del 2021.—Lic. Andrea Ruiz Castillo, Notario.—
1 vez.—CE2021018569.—( IN2023741856 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las 08 horas 00 minutos del 06 de diciembre del año 2021, se
constituyó la sociedad denominada Ángeles de Oro Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 8 de diciembre del
2021.—Lic. Víctor Hugo Castillo Mora, Notario.—1 vez.— CE2021018571.—(
IN2023741857 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las 16 horas 00 minutos del 03 de diciembre del año 2021, se
constituyó la sociedad denominada YE & CE Land
Solutions Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San
José, 08 de diciembre del 2021.—Lic. Maximiliano Vargas Hidalgo, Notario.—1
vez.—CE2021018570.—( IN2023741858 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las 11 horas 30 minutos del 08 de diciembre del año 2021, se
constituyó la sociedad denominada Ms Thomas Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San
José, 8 de diciembre del 2021.—Lic. Carlos Darío Angulo Ruiz, Notario.—1 vez.—
CE2021018574.—( IN2023741859 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las 18 horas 00 minutos del 11 de noviembre del año 2021, se
constituyó la sociedad denominada Geslab
Sociedad Sociedad Anónima.—San José, 8 de diciembre del
2021.—Lic. Dennis Rubie Castro, Notario.—1 vez.— CE2021018575.—( IN2023741860
).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las 13 horas 00 minutos del 08 de diciembre del año 2021, se
constituyó la sociedad denominada CR Veintinueve Tamarindo Limitada.—San
José, 8 de diciembre del 2021.—Lic. Luis Giancarlo Angulo Bonilla, Notario.—1
vez.— CE2021018573.—( IN2023741861 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las 08 horas 00 minutos del 16 de noviembre del año 2021, se
constituyó la sociedad denominada Fyco
Telecomunicaciones Sociedad Anónima.—San José, 8 de diciembre del 2021.—Lic. Rodolfo
Solís Rodríguez, Notario.—1 vez.— CE2021018576.—( IN2023741862 ),
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las 12 horas 00 minutos del 04 de diciembre del año 2021, se
constituyó la sociedad denominada Sky Surveys Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 8 de diciembre del
2021.—Lic. Maximiliano Vargas Hidalgo, Notario.—
1 vez.— CE2021018578.—( IN2023741863 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las 14 horas 00 minutos del 08 de diciembre del año 2021, se
constituyó la sociedad denominada La Encantada Construcciones Limitada.—San
José, 08 de diciembre del 2021.—Lic. Óscar Manuel Funes Orellana, Notario.—1
vez.—CE2021018577.—( IN2023741864 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las 14 horas 15 minutos del 08 de diciembre del año 2021, se
constituyó la sociedad denominada La Encantada Homes
Limitada.—San
José, 08 de diciembre del 2021.—Lic. Óscar Manuel Funes Orellana, Notario.—1
vez.—CE2021018580.—( IN2023741865 ).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 10 horas 20 minutos del 07 de
diciembre del año 2021, se constituyó la sociedad denominada La Dulcería Chilena Food Truck
MC Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 08 de diciembre del
2021.—Licda. María Gabriela Paniagua Briceño, Notaria.—1
vez.—CE2021018581.—( IN2023741866 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las 19 horas 00 minutos del 27 de noviembre del año 2021, se
constituyó la sociedad denominada Inversiones Naranjo Martínez Sociedad Anónima.—San José, 08 de diciembre del
2021.—Lic. Laura Gabriela Chaverri Gómez, Notario.—
1 vez.—CE2021018582.—( IN2023741867 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las 11 horas 00 minutos del 10 de setiembre del año 2021, se
constituyó la sociedad denominada JSM Unity Costa Rica Sociedad Anónima.—San José, 08 de diciembre del
2021.—Licda. Judith Rocío Valle Tellez, Notario.—1 vez.—CE2021018583.—( IN2023741868 ).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 13 horas 00 minutos del 08 de
diciembre del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Aficionadoscrpuntocom Empresa Individual Sociedad
de Responsabilidad Limitada.—San
José, 08 de diciembre del 2021.—Lic. Franklin Garita Cousin,
Notario.—1 vez.—CE2021018586.—( IN2023741869 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría a las 19 horas 00 minutos del 03 de diciembre del año 2021, se
constituyó la sociedad denominada FYP Consultores RC Sociedad
Anónima.—San José, 08 de diciembre del
2021.—Licda. Sharon Aliana González Rojas, Notaria.—1 vez.—CE2021018587.—(
IN2023741870 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría a las 15 horas 00 minutos del 08 de diciembre del año 2021, se
constituyó la sociedad denominada Inmobiliaria Asgami
Sociedad Anónima.—San
José, 08 de diciembre del 2021.—Licda. Ivannia Jesús Marín Valerio, Notaria.—1
vez.—CE2021018588.—( IN2023741871 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría a las 09 horas 00 minutos del 19 de octubre del año 2021, se
constituyó la sociedad denominada Gubabo
Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 08 de diciembre del 2021.—Lic. Manuel
Enrique Badilla Chavarría,
Notario.—
1 vez.—CE2021018589.—( IN2023741872 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría a las 17 horas 00 minutos del 06 de diciembre del año 2021, se
constituyó la sociedad denominada Casa Rico Production
Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 08 de diciembre del 2021.—Lic. Brians Salazar Chavarría, Notario.—1 vez.—CE2021018591.—(
IN2023741873 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría a las 17 horas 00 minutos del 07 de diciembre del año 2021, se
constituyó la sociedad denominada Maitri Tamarindo Sociedad de
Responsabilidad Limitada.—San
José, 08 de diciembre del 2021.—Lic. Paul Oporta
Romero, Notario.—
1 vez.—CE2021018592.—( IN2023741874 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría a las 16 horas 00 minutos del 07 de diciembre del año 2021, se
constituyó la sociedad denominada Stoneball
Technologie Sociedad Anónima.—San José, 08 de diciembre del
2021.—Licda. Gabriela Rodríguez Sánchez, Notaria.—1
vez.—CE2021018593.—( IN2023741875 ).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría a las 10 horas 00 minutos del 06 de
diciembre del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Las Tecas
Silvestres Limitada.—San
José, 08 de diciembre del 2021.—Lic. Allan Pérez Montes,
Notario.—1 vez.—CE2021018594.—( IN2023741876 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las 09 horas 09 minutos del 01 de diciembre del año 2021 se
constituyó la sociedad denominada SOFANDMAR.—San
José, 08 de 12 del 2021.—Licda. Montserrat Durán Soto, Notaria.—1
vez.—CE2021018595.—( IN2023741877 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría a las 10 horas 30 minutos del 08 de Diciembre del año 2021, se
constituyó la sociedad denominada Foca de la Sabana Sociedad Anónima.—San José, 08 de diciembre del
2021.—Licda. Sara Sáenz Umaña,
Notaria.—1 vez.—CE2021018596.—( IN2023741878 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría a las 18 horas 30 minutos del 29 de noviembre del año 2021, se
constituyó la sociedad denominada Rainforest
Rem Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 08 de diciembre del
2021.—Licda. Leydi María Alfaro
Calvo, Notaria.—1 vez.—CE2021018597.—( IN2023741879 ).
Que en la asamblea general de cuotistas de la sociedad denominada Charlie Cali LLC
Limitada, cédula jurídica número 3-102-811448 de las 16 horas del día 26 de
enero del 2023, celebrada en su domicilio social, se acordó la disolución de la
sociedad.—10 horas del día 28 de marzo del año
2023.—José Antonio
Silva Meneses. 110820529, Notario Público.—
1 vez.—( IN2023741880 ).
Ante está notaría, al ser las once horas del
veinticuatro de marzo del dos mil veintitrés, se modificó las cláusulas en
cuanto a la representación, de la sociedad MG Personal Trainer
Sociedad Anónima, cédula
jurídica tres- ciento uno- siete ocho siete dos nueve tres.—Alajuela
al ser las diez horas del día treinta de marzo del dos mil veintitrés.—Lic.
Vinicio Villegas Arroyo, Notario Público.—1 vez.—( IN2023741882 ).
Protocolización de acuerdos de
asamblea de socios de La Posada Blanca Tres, S. A., con cédula jurídica
3-101-374222, mediante la cual se acuerda disolver la sociedad. Escritura
otorgada en San José, ante el Notario Público Alonso José Fonseca Pión, a las 9 horas del 30 de marzo de 2023, Notario Público.—1 vez.—( IN2023741884 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría a las 17 horas 00 minutos del 10 de diciembre del año 2021, se
constituyó la sociedad denominada Costa Wood Properties
Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 10 de enero del 2022.—Lic. Geraldin Vargas Rodríguez, Notario.—
1 vez.—CE2022019894.—( IN2023741885 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las 08 horas 00 minutos del 07 de enero del año 2022, se
constituyó la sociedad denominada Los Tres Pizotes de Brunca
Sociedad Anónima.—San
José, 10 de enero del 2022.—Lic. Harold Alejandro Delgado Beita,
Notario.—1 vez.—CE2022019895.—( IN2023741886 ).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría a las 10 horas 20 minutos del 08 de enero
del año 2022, se constituyó la sociedad denominada Grupo Artesa Sociedad Anónima.—San José, 10 de enero del
2022.—Licda. Caroll Milena Solano Hernández, Notaria.—1 vez.—CE2022019896.—( IN2023741887 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría a las 10 horas 00 minutos del 05 de enero del año 2022, se
constituyó la sociedad denominada Vida Pura Innovación Dieciocho Sociedad de
Responsabilidad Limitada.—San José, 10 de enero del
2022.—Lic. Juvenal Sánchez Zúñiga, Notario.—
1 vez.—CE2022019898.—( IN2023741888 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría a las 07 horas 00 minutos del 05 de enero del año 2022, se
constituyó la sociedad denominada R L J Surfside Three Zero LLC Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San
José, 10 de enero del 2022.—Lic. Steffano José Ferraro Flórez Estrada,
Notario.—1 vez.—CE2022019900.—( IN2023741889 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las 11 horas 00 minutos del 09 de enero del año 2022, se
constituyó la sociedad denominada Tambal Limitada.—San José, 10 de enero del
2022.—Lic. Mónica Soto
Herrera, Notario.—
1 vez.—CE2022019899.—( IN2023741890 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las 20 horas 05 minutos del 06 de enero del año 2022, se
constituyó la sociedad denominada Viva Primavera Sociedad de Responsabilidad
Limitada.—San
José, 10 de enero del 2022.—Lic. Heidy María Rivera Campos, Notario.—1
vez.—CE2022019901.—( IN2023741891 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las 11 horas 00 minutos del 09 de enero del año 2022, se
constituyó la sociedad denominada Comercializadora Kalima
Sociedad Anónima.—San José, 10 de enero del
2022.—Lic. Luis Renato Rey Méndez, Notario.—1 vez.—CE2022019902.—( IN2023741892 ).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 10 horas 30 minutos del 07 de enero
del año 2022, se constituyó la sociedad denominada V&J Sociedad de
Responsabilidad Limitada.—San
José, 10 de enero del 2022.—Lic. Ana Lucrecia González Vargas,
Notario.—1 vez.—CE2022019905.—( IN2023741893 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las 12 horas 00 minutos del 07 de enero del año 2022, se
constituyó la sociedad denominada Grupo Servicios Médicos AGF Sociedad de
Responsabilidad Limitada.—San José, 10 de enero del
2022.—Lic. Melani Campos Bermúdez,
Notario.—
1 vez.—CE2022019904.—( IN2023741894 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las 15 horas 00 minutos del 22 de diciembre del año 2021, se
constituyó la sociedad denominada Grupo Tecnomóvil DYJ Sociedad de
Responsabilidad Limitada.—San
José, 10 de enero del 2022.—Lic. Joan Sebastián Rivera Bedoya, Notario.—1 vez.—CE2022019906.—(
IN2023741895 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las 09 horas 00 minutos del 10 de enero del año 2022, se
constituyó la sociedad denominada The House
Of The Poutina
Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 10 de enero del 2022.—Lic. Billy Benjamín Latouche
Ortiz, Notario.—1 vez.—CE2022019907.—( IN2023741896 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las 16 horas 00 minutos del 07 de enero del año 2022, se
constituyó la sociedad denominada Inversiones Poba
Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 10 de enero del 2022.—Lic. Jorge Luis
Guzmán Mora, Notario.—1
vez.—CE2022019908.—( IN2023741897 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las 17 horas 30 minutos del 04 de enero del año 2022, se
constituyó la sociedad denominada DYS Consultores Sociedad de Sociedad de
Responsabilidad Limitada.—San
José, 10 de enero del 2022.—Lic. Michael Mauricio Jiménez Fernández, Notario.—1 vez.—CE2022019909.—( IN2023741898 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las 16 horas 00 minutos del 21 de diciembre del año 2021, se
constituyó la sociedad denominada Technergy
Sociedad Anónima.—San José, 10 de enero del
2022.—Lic. Álvaro
Enrique Leiva Escalante, Notario.—1 vez.—CE2022019910.—( IN2023741899 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las 09 horas 00 minutos del 10 de enero del año 2022, se
constituyó la sociedad denominada Grupo Barlop
Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 10 de enero del 2022.—Licda. Marcela
Patricia Gurdián Cedeño,
Notaria.—
1 vez.—CE2022019911.—( IN2023741900 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las 12 horas 00 minutos del 07 de enero del año 2022, se
constituyó la sociedad denominada Complejo Habitacional Reyes Hernández Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 10 de enero del
2022.—Lic. Piero Vignoli Chessler,
Notario.—1 vez.—CE2022019912.—( IN2023741901 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las 09 horas 00 minutos del 07 de enero del año 2022, se
constituyó la sociedad denominada Emmeline and Ellis Limitada.—San José, 10 de enero del
2022.—Lic. María Teresa
Urpi Sevilla, Notario.—1 vez.—CE2022019913.—( IN2023741902 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las 11 horas 00 minutos del 04 de enero del año 2022, se
constituyó la sociedad denominada Servicios Forestales y Agrícolas de Costa Rica Limitada.—San José, 10 de enero del
2022.—Licda. Jenny María Ramos
González, Notaria.—1
vez.—CE2022019914.—( IN2023741903 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las 11 horas 00 minutos del 07 de enero del año 2022, se
constituyó la sociedad denominada Skydrop
Costa Rica Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 10 de enero del
2022.—Lic. Diana María Vargas
Rodríguez, Notario.—
1 vez.—CE2022019917.—( IN2023741904 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las 11 horas 00 minutos del 03 de diciembre del año 2021, se
constituyó la sociedad denominada Astrum
Constructora y Consultora Sociedad Anónima.—San
José, 10 de enero del 2022.—Licda. Alejandra Castro Peck, Notaria.—1
vez.—CE2022019916.—( IN2023741905 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las 10 horas 00 minutos del 04 de enero del año 2022, se
constituyó la sociedad denominada Agrofacil
CR Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 10 de enero del
2022.—Lic. Arturo Jose Rojas Campos, Notario.—1 vez.—CE2022019918.—(
IN2023741906 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las 12 horas 30 minutos del 07 de enero del año 2022, se
constituyó la sociedad denominada Infinity
Medicina Regenerativa Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 10 de enero del
2022.—Lic. Diana María Vargas
Rodríguez, Notario.—1
vez.—CE2022019919.—( IN2023741907 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las 16 horas 30 minutos del 10 de agosto del año 2021, se
constituyó la sociedad denominada Consultorías Técnicas Globales Sociedad Anónima.—San José, 10 de enero del 2022.—Lic. Viviana María Fonseca Guerrero, Notario.—1
vez.—CE2022019921.—( IN2023741908 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las 16 horas 00 minutos del 07 de enero del año 2022, se
constituyó la sociedad denominada Find Me
At Colibrí Limitada.—San José, 10 de enero del
2022.—Licda. María Teresa
Urpi Sevilla, Notaria.—1 vez.—CE2022019923.—( IN2023741909 ).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 12 horas 00 minutos del 07 de enero
del año 2022, se constituyó la sociedad denominada Global Media C R C Sociedad
Anónima.—San José, 10 de enero del
2022.—Lic. German Vega Ugalde, Notario.—1 vez.—CE2022019924.—( IN2023741910 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría a las 10 horas 00 minutos del 03 de enero del año 2022, se
constituyó la sociedad denominada Lex Serv
Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 10 de enero del 2022.—Lic. Alejandro
Cornejo Gutiérrez,
Notario.—1 vez.—CE2022019925.—( IN2023741911 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría a las 10 horas 00 minutos del 31 de diciembre del año 2021, se
constituyó la sociedad denominada Santa Cruz Tres Seis Nueve Pura Vida
Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 10 de enero del 2022.—Licda. Marylin Chaves Badilla,
Notaria.—1 vez.—CE2022019926.—( IN2023741912 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría a las 10 horas 00 minutos del 10 de enero del año 2022, se
constituyó la sociedad denominada KST Properties
Costa Rica LLC Sociedad De Responsabilidad Limitada.—San José, 10 de enero del
2022.—Lic. Federico Peralta Calzada, Notario.—
1 vez.—CE2022019927.—( IN2023741913 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría a las 12 horas 30 minutos del 07 de enero del año 2022, se
constituyó la sociedad denominada CMC Corporation
LLC Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 10 de enero del
2022.—Licda. Mariajose Víquez Alpízar, Notaria.—1
vez.—CE2022019929.—( IN2023741914 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las 15 horas 00 minutos del 03 de enero del año 2022, se
constituyó la sociedad denominada Tobins
Dieciséis GT Sociedad de
Responsabilidad Limitada.—San
José, 10 de enero del 2022.—Lic. Luis Carlo Fernández Flores, Notario.—1
vez.—CE2022019928.—( IN2023741915 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría a las 14 horas 00 minutos del 21 de diciembre del año 2021, se
constituyó la sociedad denominada Kura Organic Foods Sociedad Anónima.—San José, 10 de enero del
2022.—Lic. René Dagoberto
Orellana Meléndez,
Notario.—1 vez.—CE2022019930.—( IN2023741916 ).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 07 horas 30 minutos del 10 de enero
del año 2022, se constituyó la sociedad denominada Subasta la Cámara SC Sociedad Anónima.—San José, 10
de enero del 2022.—Licda. Gabriela Pérez Salas,
Notaria.—1 vez.—CE2022019931.—( IN2023741917 ).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 11 horas 00 minutos del 04 de enero
del año 2022, se constituyó la sociedad denominada Three
Sixty Insurance Sociedad Anónima.—San José, 10 de enero del
2022.—Licda. Lilly Carolina Murillo Sandí, Notaria.—1 vez.—
CE2022019935.—( IN2023741918 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las 10 horas 50 minutos del 10 de enero del año 2022, se
constituyó la sociedad denominada Veyal Travel Services Sociedad de
Responsabilidad Limitada.—San
José, 10 de enero del 2022.—Licda. Ana Isabel Paniagua Lacayo, Notaria.—
1 vez.—CE2022019936.—( IN2023741919 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las 14 horas 00 minutos del 04 de enero del año 2022, se
constituyó la sociedad denominada Elimar de
Tamarindo Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 10 de enero del
2022.—Licda. Yosandra Apú Rojas, Notaria.—1
vez.—CE2022019938.—( IN2023741920 ).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 08 horas 00 minutos del 06 de enero
del año 2022, se constituyó la sociedad denominada Schneurfy
Dreamland Limitada.—San José, 10 de enero del
2022.—Lic. Esteban Carranza Kopper, Notario.—1
vez.—CE2022019939.—( IN2023741921 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las 11 horas 23 minutos del 10 de enero del año 2022, se
constituyó la sociedad denominada La Pristalia
Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 10 de enero del 2022.—Lic. Aldo José Mata Morales, Notario.—1
vez.—CE2022019940.—( IN2023741922 ).
Que en la asamblea general de cuotistas de la sociedad denominada Casa de Gratitud LLC
Limitada, cédula jurídica número 3-102-748744 de las 10 horas del día 23 de
febrero del 2023, celebrada en su domicilio social, se acordó la disolución de
la sociedad.—10 horas del día 28 de marzo del año 2023.—José Antonio Silva Meneses. 110820529,
Notario Público.—1 vez.—( IN2023741923 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las 16 horas 00 minutos del 07 de enero del año 2022, se
constituyó la sociedad denominada Simply
Sevilla LLC Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 10 de enero del
2022.—Licda. Mariajosé
Víquez Alpízar, Notaria.—1 vez.—CE2022019941.—( IN2023741924 ).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 16 horas 00 minutos del 07 de enero
del año 2022, se constituyó la sociedad denominada Aralsa
Sociedad Anónima.—San
José, 10 de enero del 2022.—Licda. Lidia Teresa Fernández Barboza,
Notaria.—1 vez.—CE2022019942.—( IN2023741925 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las 15 horas 00 minutos del 26 de noviembre del año 2021, se
constituyó la sociedad denominada Multiservicios Alfaro Chavarría ALCHA Sociedad Anónima.—San José, 10 de enero del 2022.—Lic. Alejandro José Argüello Leiva, Notario.—1 vez.—CE2022019943.—(
IN2023741926 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las 11 horas 00 minutos del 10 de enero del año 2022, se
constituyó la sociedad denominada Naphtali Property Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 10 de enero del
2022.—Licda. Paola Vargas Castillo, Notaria.—1 vez.—CE2022019944.—(
IN2023741927 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las 12 horas 00 minutos del 05 de enero del año 2022, se
constituyó la sociedad denominada Zona Outlet Sociedad Anónima.—San José, 10 de enero del
2022.—Lic. Roberto Vargas Mora, Notario.—1 vez.—CE2022019945.—( IN2023741928 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las 09 horas 00 minutos del 05 de enero del año 2022, se
constituyó la sociedad denominada Constructora Jonathan Jiménez del Pacífico Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 10 de enero del
2022.—Lic. Randall Alberto Quirós Herrera, Notario.—1
vez.—CE2022019946.—( IN2023741929 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las 11 horas 00 minutos del 07 de enero del año 2022, se
constituyó la sociedad denominada Transalfaro
Sociedad Anónima.—San
José, 10 de enero del 2022.—Lic. Juan Carlos Radulovich
Quijano, Notario.—1 vez.—CE2022019947.—(
IN2023741930 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las 09 horas 00 minutos del 06 de enero del año 2022, se
constituyó la sociedad denominada Plan B Guanacaste Sociedad de
Responsabilidad Limitada.—San
José, 10 de enero del 2022.—Lic. Gabriel
Clare Facio, Notario.—1 vez.—CE2022019948.—( IN2023741931 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las 19 horas 00 minutos del 13 de diciembre del año 2021, se
constituyó la sociedad denominada Servicios Escazú Costa Rica Sociedad de
Responsabilidad Limitada.—San José, 10 de enero del
2022.—Lic. Christian Gerardo Mora Sanabria, Notario.—1 vez.—CE2022019949.—(
IN2023741932 ).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 11 horas 00 minutos del 06 de enero
del año 2022, se constituyó la sociedad denominada La Princesa de Lindora
Sociedad Anónima.—San
José, 10 de enero del 2022.—Lic. William Charpentier Morales, Notario.—1
vez.—CE2022019950.—( IN2023741933 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las 08 horas 00 minutos del 10 de enero del año 2022, se constituyó
la sociedad denominada Ross Legal Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San
José, 10 de enero del 2022.—Lic. Óscar Sáenz
Ugalde, Notario.—1 vez.—CE2022019951.—( IN2023741934 ).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 12 horas 00 minutos del 06 de enero
del año 2022, se constituyó la sociedad denominada El Pequeño Diamante
Sociedad Anónima.—San
José, 10 de enero del 2022.—Lic. William Charpentier Morales, Notario.—1
vez.—CE2022019952.—( IN2023741935 ).
Mediante escritura otorgada ante esta
notaría, a las 08 horas 00 minutos del 08 de enero del año 2022, se constituyó
la sociedad denominada San José Dormido Sociedad de
Responsabilidad Limitada.—San José, 10 de enero del
2022.—Licda. Lisbeth María Solórzano Salazar, Notaria.—
1 vez.—CE2022019954.—( IN2023741936 ).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 15 horas 00 minutos del 06 de enero
del año 2022, se constituyó la sociedad denominada Purvi
Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 10 de enero del 2022.—Licda. Nadia Chaves
Zúñiga, Notaria.—1 vez.—CE2022019957.—( IN2023741937 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las 17 horas 00 minutos del 07 de enero del año 2022, se
constituyó la sociedad denominada Maquipartes
AMC Sociedad Anónima.—San
José, 10 de enero del 2022.—Licda. Nicole María Fernández Ocampo, Notario.—1 vez.—CE2022019956.—( IN2023741938 ).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 14 horas 00 minutos del 11 de
diciembre del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Rico Fruit Sociedad Anónima.—San
José, 10 de enero del 2022.—Licda. Adriana Cordero Muñoz, Notaria.—1
vez.—CE2022019959.—( IN2023741939 ).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 11 horas 00 minutos del 07 de enero
del año 2022, se constituyó la sociedad denominada Oriolmarket
Services Sociedad Anónima.—San José, 10 de enero del
2022.—Licda. Lupita María Angulo Pérez,
Notaria.—1 vez.—CE2022019958.—( IN2023741940 ).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 08 horas 00 minutos del 04 de enero
del año 2022, se constituyó la sociedad denominada Joayla
Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 10 de enero del 2022.—Licda. Yucelin Merta Castillo,
Notaria.—1 vez.—CE2022019960.—( IN2023741941 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las 15 horas 00 minutos del 07 de enero del año 2022, se
constituyó la sociedad denominada Grupo Lucy Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San
José, 10 de enero del 2022.—Lic. Luis Carlos Acuña Jara, Notario.—1
vez.—CE2022019961.—( IN2023741942 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las 12 horas 00 minutos del 07 de enero del año 2022, se
constituyó la sociedad denominada Guana Venture Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San
José, 10 de enero del 2022.—Lic. Gabriel Clare Facio, Notario.—1 vez.— CE2022019962.—(
IN2023741943 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las 17 horas 00 minutos del 08 de enero del año 2022, se
constituyó la sociedad denominada Agropecuaria L Y B Real Sociedad de
Responsabilidad Limitada.—San
José, 10 de enero del 2022.—Lic. Yirlani Cornejo
Pasos, Notario.—1 vez.— CE2022019963.— ( IN2023741944).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las 19 horas 00 minutos del 06 de enero del año 2022, se
constituyó la sociedad denominada Paraiso
Yang Wu Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 10 de enero del
2022.—Lic. Henry Angulo Yu, Notario.—1 vez.—
CE2022019964.— ( IN2023741945 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las 15 horas 00 minutos del 08 de enero del año 2022, se
constituyó la sociedad denominada Centro de Especialidades Medicas Ecavid Sociedad Anónima.—San
José, 10 de enero del 2022.—Lic. Kerly Masis Beita,
Notario.—1 vez.— CE2022019965.— ( IN2023741946 ).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 13 horas 20 minutos del 06 de enero
del año 2022, se constituyó la sociedad denominada Exclusive Design & Constructions Cr Limitada.—San
José, 10 de enero del 2022.—Lic. Carlos Luis Mora Avilés, Notario.—1 vez.—
CE2022019966.— ( IN2023741947 ),
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las 15 horas 00 minutos del 24 de noviembre del año 2021, se
constituyó la sociedad denominada G M N Consultores Limitada.—San José, 10 de enero del
2022.—Lic. María Ester Campos Ramírez, Notario.—1 vez.— CE2022019967.—(
IN2023741948 ).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 13 horas 00 minutos del 08 de enero
del año 2022, se constituyó la sociedad denominada Funitec
Inversionistas Tecnológicos Sociedad Anónima.—San José, 10 de enero del
2022.—Lic. Iara Lancaster Cortes, Notario.—1 vez.— CE2022019970.— (
IN2023741949 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las 16 horas 00 minutos del 06 de enero del año 2022, se
constituyó la sociedad denominada Sol Tribe Dos Llc Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 10 de enero del
2022.—Lic. Brians Salazar Chavarría, Notario.—1 vez.—
CE2022019971.— ( IN 2023741950 ).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 14 horas 00 minutos del 06 de enero
del año 2022, se constituyó la sociedad denominada Ciento Doce Automotriz
Sociedad Anónima.—San
José, 10 de enero del 2022.—Lic. Sigifredo Delgado Mora, Notario.—1
vez.—CE2022019968.—( IN2023741951 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las 10 horas 00 minutos del 10 de enero del año 2022, se
constituyó la sociedad denominada J Y E Professional Services
Sociedad de Responsabilidad Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 10 de enero del
2022.—Licda. Melissa María Ramírez Pacheco, Notaria.—
1 vez.— CE2022019974.— ( IN2023741952 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las 14 horas 10 minutos del 10 de enero del año 2022, se
constituyó la sociedad denominada Grupo Cacesa de
Occidente Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 10 de enero del
2022.—Lic. Yadriela Rodríguez Quesada, Notario.—1
vez.— CE2022019973.— ( IN2023741953 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las 16 horas 00 minutos del 07 de diciembre del año 2021, se
constituyó la sociedad denominada Data Tech Latin America Sociedad Anónima.—San
José, 10 de enero del 2022.—Licda. Gabriela Rodríguez Sánchez, Notaria.—1
vez.—CE2022019975.—( IN2023741954 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las 14 horas 00 minutos del 14 de diciembre del año 2021, se
constituyó la sociedad denominada Grupo Murillo Murillo
Inc Sociedad Anónima.—San José, 10 de enero del
2022.—Lic. Randall Esteban Salas Rojas, Notario.—1 vez.— CE2022019976.—(
IN2023741955 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las 16 horas 50 minutos del 18 de diciembre del año 2021, se
constituyó la sociedad denominada Dinastia
Robles Sociedad de Responsabilidad Limitada. —San José, 10 de Enero del
2022.—Lic. Pamela Campos Alfaro, Notario.—
1 vez.— CE2022019977.— ( IN2023741956 )
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las 13 horas 30 minutos del 07 de enero del año 2022, se
constituyó la sociedad denominada Dos Verde Monos Sociedad de
Responsabilidad Limitada.—San
José, 10 de enero del 2022.—Lic. Carlos Darío Angulo Ruiz, Notario.—1 vez.—
CE2022019978.— ( IN2023741957 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las 15 horas 30 minutos del 10 de enero del año 2022, se
constituyó la sociedad denominada Mjlipman Investments Sociedad de Responsabilidad Limitada. —San
José, 10 de enero del 2022.—Lic. Alfredo Núñez Gamboa, Notario.—1
vez.— CE2022019979.— ( IN2023741958 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las 16 horas 00 minutos del 11 de febrero del año 2015, se
constituyó la sociedad denominada RAM San José, 10 del 01 del
2022.—Licda. Sandra María Araya González, Notaria.—
1 vez.—CE2022019980.—( IN2023741959 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las 18 horas 00 minutos del 08 de enero del año 2022, se
constituyó la sociedad denominada Cuadras AA Esperanza Diez Diecinueve
Sociedad Anónima.—San
José, 10 de enero del 2022.—Lic. Karen Daniela Oconitrillo Quesada, Notario.—
1 vez.—CE2022019981.—( IN2023741960 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las 13 horas 00 minutos del 06 de enero del año 2022, se
constituyó la sociedad denominada LBCLASSIC Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San
José, 10 de enero del 2022.—Lic. Fernando Rottier
Salguero, Notario.—1 vez.— CE2022019982.— ( IN2023741961 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las 15 horas 00 minutos del 07 de diciembre del año 2021, se
constituyó la sociedad denominada Inversiones Vega Ching Sociedad de
Responsabilidad Limitada.—San
José, 10 de enero del 2022.—Lic. David Alonso González Rojas, Notario.—1 vez.—
CE2022019985.— ( IN2023741962 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las 12 horas 00 minutos del 10 de enero del año 2022, se
constituyó la sociedad denominada La Bodeguita Electrica
Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 10 de enero del 2022.—Lic. Daniel Roberto
Víquez Araya, Notario.—1 vez.— CE2022019984.— ( IN2023741963 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las 08 horas 00 minutos del 03 de enero del año 2022, se
constituyó la sociedad denominada Darog
Dalin Sociedad Sociedad Anónima. —San José, 10 de
enero del 2022.—Licda. Nuria Judith Sequeira Araya, Notaria.—1
vez.— CE2022019986.— ( IN2023741964 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las 13 horas 00 minutos del 10 de enero del año 2022, se
constituyó la sociedad denominada Jip Real
Estate Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 10 de enero del
2022.—Lic. Adriana Sánchez Castro, Notario.—1 vez.— CE2022019987.— (
IN2023741965 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las 17 horas 30 minutos del 13 de diciembre del año 2021, se
constituyó la sociedad denominada L Marche Brulerie
Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 10 de enero del 2022.—Lic. Rebeca Murillo
Dobles, Notario.—
1 vez.— CE2022019988.— ( IN2023741966 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las 15 horas 00 minutos del 06 de enero del año 2022, se
constituyó la sociedad denominada Movimientos de Tierra Rodríguez Méndez
Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 10 de enero del 2022.—Lic. Carlos Enrique
Mora Alfaro, Notario.—1 vez.—CE2022019990.—( IN2023741967 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las 00 horas 00 minutos del 03 de enero del año 2022, se
constituyó la sociedad denominada Tarcicio
& Marcos Movimientos y Acarreos Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San
José, 10 de enero del 2022.—Lic. Dagoberto Madrigal Mesen, Notario.—1
vez.—CE2022019991.—( IN2023741968 ).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 07 horas 30 minutos del 10 de enero
del año 2022, se constituyó la sociedad denominada SUBASTA PLATANAR SC
SOCIEDAD ANONIMA.—San
José, 10 de enero del 2022.—Lic. Gabriela Pérez Salas, Notario.—1 vez.—
CE2022019992.— ( IN2023741969 ).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 11 horas 00 minutos del 08 de enero
del año 2022, se constituyó la sociedad denominada Agropecuaria Agua Buena
Sociedad Anónima.—San
José, 10 de enero del 2022.–Lic. Edgar Fallas Martínez, Notario.—1 vez.—
CE2022019993.— ( IN2023741970 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las 15 horas 00 minutos del 10 de enero del año 2022, se
constituyó la sociedad denominada Clinical
Sales And Marketing Costa Rica Sociedad Anónima.—San José, 10 de enero del
2022.—Licda. María Isabel González Rojas, Notario.—
1 vez.—CE2022019996.—( IN2023741971 ).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 20 horas 00 minutos del 05 de enero
del año 2022, se constituyó la sociedad denominada Transporte Arata Sociedad
Anónima.—San
José, 10 de enero del 2022.—Lic. Edgar Alberto García Quirós, Notario.—1
vez.—CE2022019997.—( IN2023741972 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las 12 horas 00 minutos del 04 de enero del año 2022, se
constituyó la sociedad denominada Soluciones Dentales Integrales Sagú
Sociedad Anónima.—San
José, 10 de enero del 2022.—Lic. Johnny Alberto Pérez Vargas, Notario.—1
vez.—CE2022019998.—( IN2023741973 ).
Por escritura N° 142-2 de las
08:30 del 28 de marzo de 2023, ante la notaría del Lic. Kenneth Mora Jiménez,
ubicada en Heredia, Sarapiquí, Puerto Viejo, Barrio La Guaria, 100 metros este
del Salón Comunal, se protocolizó acta 09-01 de asamblea general extraordinaria
de Comercial Mave SMV del Norte S. A., cédula
jurídica N° 3-101-354174; donde se nombra
nueva junta directiva, se cambian apoderados generales, y se modificó el tipo
de representación y el domicilio social de la misma. Es todo.—Sarapiquí,
30 de marzo del 2023.—Lic. Kenneth Mora Jiménez, Carné N° 26894.—
1 vez.—( IN2023741975 ).
Mediante escritura número
veintisiete, otorgada ante esta notaría, a las ocho horas del ocho de marzo del
dos mil veintitrés, se
protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de accionistas de la
compañía Laboratorio Franco Colombiano de Costa Rica Sociedad Anónima, entidad poseedora de la cédula jurídica número tres-ciento uno-quinientos cincuenta y cinco mil doscientos
sesenta y tres, mediante la cual se acordó la liquidación de la sociedad la cual no cuenta
con activos ni pasivos.—San José, treinta de marzo del año dos mil
veintitrés.—Lic. Yuri Herrera Ulate.—
1 vez.—( IN2023741976 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta Notaría a las 14 horas 00 minutos del 10 de enero del año 2022, se
constituyó la sociedad denominada Logística Aduanera Paniagua Sociedad de
Responsabilidad Limitada.—San
José, 11 de enero del 2022.—Licda. Jessica Alvarado Herrera, Notaria.—
1 vez.—CE2022020006.—( IN2023741977 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta Notaría a las 17 horas 00 minutos del 06 de enero del año 2022, se
constituyó la sociedad denominada DM Real State Pura Vida CR Sociedad
de Responsabilidad Limitada.—San
José, 11 de enero del 2022.—Lic. Marcelo Antonio Wilson Cole, Notario.—1
vez.—CE2022020007.—( IN2023741978 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta Notaría a las 15 horas 00 minutos del 07 de enero del año 2022, se
constituyó la sociedad denominada Grupo Lucy y Daniel Sociedad de
Responsabilidad Limitada.—San
José, 11 de enero del 2022.—Lic. Luis Carlos Acuña Jara, Notario.—1
vez.—CE2022020008.—( IN2023741979 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta Notaría a las 18 horas 00 minutos del 09 de enero del año 2022, se
constituyó la sociedad denominada La A B Cantina Sociedad Anónima.—San
José, 11 de enero del 2022.—Lic. José Gerardo Barahona Vargas,
Notario.—1 vez.—CE2022020010.—( IN2023741980 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta Notaría a las 17 horas 00 minutos del 10 de enero del año 2022, se
constituyó la sociedad denominada Corporación Bejarano Freddys
Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 11 de enero del 2022.—Lic. Rodrigo Alberto
Meza Vallejos, Notario.—1 vez.—CE2022020013.—( IN2023741981 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta Notaría a las 15 horas 10 minutos del 10 de enero del año 2022, se
constituyó la sociedad denominada Grupo TEC Soluciones en Construcción
Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 11 de enero del 2022.—Lic. Esteban
Hernández Álvarez, Notario.—1
vez.—CE2022020012.—( IN2023741982 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta Notaría a las 17 horas 00 minutos del 10 de enero del año 2022, se
constituyó la sociedad denominada Dos Hermanos de Liberia Sociedad de
Responsabilidad Limitada.—San
José, 11 de enero del 2022.—Lic. Daniel Asdrúbal Siezar Cárdenas,
Notario.—
1 vez.—CE2022020014.—( IN2023741983 ).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 13 horas 00 minutos del 10 de enero
del año 2022, se constituyó la sociedad denominada Colibrí La Colina Investments Limitada.—San José, 11 de enero del 2022.—Licda.
María Teresa Urpi Sevilla, Notaria.—1 vez.—CE2022020015.—(
IN2023741984 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las 15 horas 00 minutos del 10 de enero del año 2022, se
constituyó la sociedad denominada Costa Familia Management Limitada.—San
José, 11 de enero del 2022.—Lic. Jose Pablo
Arce Piñar, Notario.—1 vez.—CE2022020016.—( IN2023741985
).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las 00 horas 30 minutos del 03 de enero del año 2022, se
constituyó la sociedad denominada Inversiones Tarcicio
Marcos & Allan Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 11 de enero del 2022.—Lic.
Dagoberto Madrigal Mesen, Notario.—1 vez.—CE2022020017.—( IN2023741986 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las 02 horas 30 minutos del 03 de enero del año 2022, se
constituyó la sociedad denominada Transportes y Acarreos Tarcicio
& Allan Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 11 de enero del
2022.—Lic. Dagoberto Madrigal Mesen, Notario.—1 vez.—CE2022020018.—(
IN2023741987 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las 14 horas 00 minutos del 10 de enero del año 2022, se
constituyó la sociedad denominada Rebisproject
Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 11 de enero del
2022.—Lic. José Manuel Arias González, Notario.—1 vez.—CE2022020019.—(
IN2023741988 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las 09 horas 38 minutos del 05 de enero del año 2022, se
constituyó la sociedad denominada Café Para Todos Sociedad de
Responsabilidad Limitada.—San
José, 11 de enero del 2022.—Lic. Felipe Cordero Espinoza, Notario.—1
vez.—CE2022020022.—( IN2023741989 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las 16 horas 30 minutos del 10 de enero del año 2022, se
constituyó la sociedad denominada KYZEVI UCV Sociedad de
Responsabilidad Limitada.—San
José, 11 de enero del 2022.—Licda. Andrea Catalina Argüello Corrales, Notaria.—
1 vez.—CE2022020020.—( IN2023741990 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las 12 horas 00 minutos del 10 de enero del año 2022, se
constituyó la sociedad denominada Sandías Celestiales del Pacífico Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 11 de enero del
2022.—Lic. Sergio Alberto Valverde Bermúdez, Notario.—1 vez.—CE2022020024.—(
IN2023741991 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las 08 horas 00 minutos del 24 de septiembre del año 2021, se
constituyó la sociedad denominada Alfarovet
Marfran Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San
José, 11 de enero del 2022.—Lic. Jorge Arturo Arce Lara, Notario.—
1 vez.—CE2022020025.—( IN2023741992 ).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 12 horas 00 minutos del 05 de enero
del año 2022, se constituyó la sociedad denominada Inversiones Zona Outlet
ARF Sociedad Anónima.—San
José, 11 de enero del 2022.—Lic. Roberto Vargas Mora, Notario.—1
vez.—CE2022020026.—( IN2023741993 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las 09 horas 00 minutos del 11 de enero del año 2022, se
constituyó la sociedad denominada Naus
M&M Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 11 de enero del
2022.—Licda. Ana María Rivas Quesada, Notaria.—1 vez.—CE2022020027.—(
IN2023741994 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las 15 horas 00 minutos del 10 de enero del año 2022, se
constituyó la sociedad denominada El Guardian del Mar Sociedad de
Responsabilidad Limitada.—San
José, 11 de enero del 2022.—Lic. Adolfo Jimenez Pacheco, Notario.—1
vez.—CE2022020028.—( IN2023741995 )
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las 11 horas 00 minutos del 04 de enero del año 2022, se
constituyó la sociedad denominada FDJ Arrochas Sociedad Anónima.—San José, 11 de enero del
2022.—Lic. Julio César
Sandoval Alfaro, Notario.—1
vez.—CE2022020029.—( IN2023741996 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría a las 08 horas 00 minutos del 10 de enero del año 2022, se
constituyó la sociedad denominada S B Unlimited
Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 11 de enero del 2022.—Lic. Jorge Alberto
Jiménez
Cordero, Notario.—
1 vez.—CE2022020031.—( IN2023741997 ).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría a las 11 horas 00 minutos del 04 de enero
del año 2022, se constituyó la sociedad denominada Trescientos Sesenta
Sociedad Anónima.—San
José, 11 de enero del 2022.—Licda. Lilly Carolina Murillo Sandí, Notaria.—1 vez.—CE2022020034.—( IN2023741998 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría a las 10 horas 00 minutos del 07 de enero del año 2022, se
constituyó la sociedad denominada Inmobiliaria Roca del General Sansipa Sociedad Anónima.—San José, 11 de enero del
2022.—Lic. Jimmy Vargas Venegas, Notario.—1 vez.—CE2022020035.—( IN2023741999
).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las 08 horas 30 minutos del 11 de enero del año 2022, se
constituyó la sociedad denominada Bella Esquina de Matapalo Sociedad de
Responsabilidad Limitada.—San
José, 11 de enero del 2022.—Licda. Melissa María Muñoz Solís, Notaria.—1 vez.—CE2022020033.—(
IN2023742000 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las 11 horas 00 minutos del 22 de diciembre del año 2021, se constituyó
la sociedad denominada Esg Natural Assets Sociedad Anónima.—San
José, 11 de enero del 2022.—Licda. Karla Vanessa Corrales Gutiérrez, Notaria.—1
vez.—CE2022020036.—( IN2023742001 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las 16 horas 00 minutos del 27 de diciembre del año 2021, se
constituyó la sociedad denominada ABC Business Manuel Antonio Sociedad De
Responsabilidad Limitada.—San
José, 11 de enero del 2022.—Licda. Katherine Rocío Alpízar Chaves, Notaria.—1
vez.—CE2022020037.—( IN2023742002 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las 15 horas 30 minutos del 10 de enero del año 2022, se
constituyó la sociedad denominada Imdepa
Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 11 de enero del 2022.—Lic. Fernando
Jiménez Mora, Notario.—1 vez.—CE2022020038.—( IN2023742003 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las 14 horas 30 minutos del 05 de enero del año 2022, se
constituyó la sociedad denominada Buena Onda CR INC Sociedad de
Responsabilidad Limitada.—San
José, 11 de enero del 2022.—Licda. María Yuliana Bustamante Tánchez, Notaria.—1
vez.—CE2022020041.—( IN2023742004 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las 10 horas 00 minutos del 10 de enero del año 2022, se
constituyó la sociedad denominada Servicios Industriales y Profesionales
Grupo SIP Limitada.—San
José, 11 de enero del 2022.—Lic. José Alberto Schroeder Leiva, Notario.—
1 vez.—CE2022020040.—( IN2023742005 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las 09 horas 15 minutos del 11 de enero del año 2022, se
constituyó la sociedad denominada Orosol
Centro Ecuestre Sociedad De Responsabilidad Limitada.—San José, 11 de enero del
2022.—Lic. David Alonso Montero Camacho, Notario.—
1 vez.—CE2022020042.—( IN2023742006 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las 09 horas 30 minutos del 11 de enero del año 2022, se
constituyó la sociedad denominada Dos Frentes De Matapalo Sociedad De
Responsabilidad Limitada.—San
José, 11 de enero del 2022.—Licda. Melissa María Muñoz Solís, Notaria.—1 vez.—CE2022020043.—(
IN2023742007 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las 16 horas 55 minutos del 27 de diciembre del año 2021, se
constituyó la sociedad denominada Mountain Land
Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 11 de enero del 2022.—Licda. Katherine
Rocío Alpízar Chaves, Notaria.—
1 vez.—CE2022020044.—( IN2023742008 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las 09 horas 56 minutos del 11 de enero del año 2022, se
constituyó la sociedad denominada La Serpiente Marina De Matapalo Sociedad
De Responsabilidad Limitada.—San
José, 11 de enero del 2022.—Licda. Melissa María Muñoz Solís, Notaria.—1 vez.—CE2022020045.—(
IN2023742009 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las 14 horas 30 minutos del 10 de enero del año 2022, se
constituyó la sociedad denominada Propiedades Karta
San Mateo INC Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 11 de enero del
2022.—Licda. María Yuliana
Bustamante Tánchez,
Notaria.—1 vez.—CE2022020046.—( IN2023742010 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las 14 horas 00 minutos del 03 de enero del año 2022, se
constituyó la sociedad denominada Arimad
Sociedad Anónima.—San José, 11 de enero del
2022.—Lic. Juan Luis Guardiola Arroyo, Notario.—1 vez.—CE2022020047.—(
IN2023742011 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las 11 horas 30 minutos del 10 de enero del año 2022, se
constituyó la sociedad denominada Ingeniería Energética Sostenible IES
Sociedad Anónima.—San José, 11 de enero del 2022.—Lic. Stefan Ali
Chaves Boulanger, Notario.—1 vez.—CE2022020048.—(
IN2023742012 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las 17 horas 15 minutos del 27 de diciembre del año 2021, se
constituyó la sociedad denominada Serrano Family
Sociedad De Responsabilidad Limitada.—San José, 11 de enero del 2022.—Licda. Katherine
Rocío Alpízar Chaves, Notaria.—
1 vez.—CE2022020050.—( IN2023742013 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las 08 horas 00 minutos del 10 de enero del año 2022, se
constituyó la sociedad denominada Tecnia CR
Limitada.—San
José, 11 de enero del 2022.—Licda. Yorleny Campos Oporta,
Notaria.—1 vez.—CE2022020051.—( IN2023742014 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las 11 horas 00 minutos del 11 de enero del año 2022, se
constituyó la sociedad denominada Seven
Flow Limitada.—San
José, 11 de enero del 2022.—Lic. Adolfo Antonio García Baudrit, Notario.—1 vez.—CE2022020049.—(
IN2023742015 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las 14 horas 30 minutos del 07 de enero del año 2022, se
constituyó la sociedad denominada MD Consulting.—San José, 11 del 01 del 2022.—Lic. Christian Garnier
Fernández, Notario.—
1 vez.—CE2022048555.—( IN2023742016 ).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 10 horas 00 minutos del 11 de enero
del año 2022, se constituyó la sociedad denominada Espigal
Asesores en Tecnología Limitada.—San José, 11 de enero del
2022.—Lic. Olman Aguilar Castro, Notario.—1 vez.—CE2022020053.—( IN2023742017
).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 12 horas 20 minutos del 10 de enero
del año 2022, se constituyó la sociedad denominada Abardi
Sociedad De Responsabilidad Limitada.—San José, 11 de enero del 2022.—Licda. Yorvieth Argerie Solís Cubero, Notaria.—
1 vez.—CE2022020054.—( IN2023742018 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las 09 horas 00 minutos del 07 de enero del año 2022, se
constituyó la sociedad denominada Estación De Servicio Tacares Sociedad Anónima.—San José, 11 de enero del 2022.—Lic. Maikol Sebastián Segura Chavarría, Notario.—1
vez.—CE2022020055.—( IN2023742019 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las 18 horas 00 minutos del 08 de enero del año 2022, se
constituyó la sociedad denominada Centro de Nutrición Mora Meza Sociedad de
Responsabilidad Limitada.—San
José, 11 de enero del 2022.—Licda. Susana Méndez Rojas, Notaria.—
1 vez.—CE2022020057.—( IN2023742020 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las 11 horas 00 minutos del 11 de enero del año 2022, se
constituyó la sociedad denominada Brownfarm
Inc Sociedad De Responsabilidad Limitada.—San José, 11 de enero del
2022.—Licda. Mariela Hernández Brenes, Notaria.—1 vez.—CE2022020058.—(
IN2023742021 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las 15 horas 06 minutos del 04 de enero del año 2022, se
constituyó la sociedad denominada Carolinas Lashes
Sociedad De Responsabilidad Limitada.—San José, 11 de enero del 2022.—Licda. Luisa Amanda
Ramírez Marchena, Notaria.—
1 vez.—CE2022020056.—( IN2023742022 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las 09 horas 00 minutos del 11 de enero del año 2022, se
constituyó la sociedad denominada Anais Rose Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San
José, 11 de enero del 2022.—Lic. Rafael Ángel Pérez Zumbado, Notario.—1 vez.—CE2022020059.—( IN2023742023 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las 08 horas 00 minutos del 11 de enero del año 2022, se
constituyó la sociedad denominada CC Predictors
Sociedad De Responsabilidad Limitada.—San José, 11 de enero del 2022.—Licda. Yorleni Díaz
Berrocal, Notaria.—1 vez.—CE2022020061.—( IN2023742024 ).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 16 horas 30 minutos del 10 de
agosto del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Consulting
Engineering & Commerce Trescientos Sesenta
Sociedad Anónima.—San José, 11 de enero del
2022.—Licda. Viviana María Fonseca Guerrero, Notaria.—1
vez.—CE2022020062.—( IN2023742025 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las 11 horas 00 minutos del 11 de enero del año 2022, se
constituyó la sociedad denominada Emma Forever Limitada.—San
José, 11 de enero del 2022.—Lic. Alan Masís Angulo, Notario.—
1 vez.—CE2022020063.—( IN2023742026 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las 12 horas 00 minutos del 07 de enero del año 2022, se
constituyó la sociedad denominada Chachou Invest Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 11 de enero del 2022.—Lic. Gabriel Clare Facio, Notario.—1
vez.—CE2022020065.—( IN2023742027 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las 10 horas 00 minutos del 10 de enero del año 2022, se
constituyó la sociedad denominada Neo Jacó Pura Vida City Sociedad de
Responsabilidad Limitada.—San José, 11 de enero del
2022.—Lic. Sharon Erzsebet Mariaca
Carpio, Notario.—
1 vez.—CE2022020064.—( IN2023742028 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las 08 horas 00 minutos del 10 de enero del año 2022, se
constituyó la sociedad denominada Magna Equilibrio Sociedad de Responsabilidad
Limitada.—San
José, 11 de enero del 2022.—Lic. Alejandra María Montiel Quirós, Notario.—
1 vez.—CE2022020066.—( IN2023742029 ).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 12 horas 00 minutos del 04 de enero
del año 2022, se constituyó la sociedad denominada Nenes Sociedad de
Responsabilidad Limitada.—San
José, 11 de enero del 2022.—Lic. Patricia Zumbado Rodríguez, Notario.—1 vez.—CE2022020067.—( IN2023742030 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las 14 horas 00 minutos del 05 de enero del año 2022, se
constituyó la sociedad denominada Farmasalud
Monteverde Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 11 de enero del
2022.—Lic. Guiselle Sánchez Solórzano, Notario.—1
vez.—CE2022020068.—( IN2023742031 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las 14 horas 02 minutos del 07 de enero del año 2022, se
constituyó la sociedad denominada Costa Rica Management Company Sociedad de
Responsabilidad Limitada.—San
José, 11 de enero del 2022.—Lic. Catherine Elizabeth Rodríguez Pérez, Notario.—1 vez.—CE2022020070.—( IN2023742032 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las 09 horas 00 minutos del 10 de enero del año 2022, se
constituyó la sociedad denominada Active Distribution
Company CR Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 11 de enero del
2022.—Lic. Sergio David Solano Ortiz, Notario.—
1 vez.—CE2022020071.—( IN2023742033 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las 17 horas 00 minutos del 10 de enero del año 2022, se
constituyó la sociedad denominada Inversiones y Transportes Hidalgo Sánchez Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 11 de enero del
2022.—Lic. Mario Enrique Acuña Jara, Notario.—1 vez.—CE2022020072.—(
IN2023742034 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las 09 horas 00 minutos del 09 de enero del año 2022, se
constituyó la sociedad denominada Gallo Mata Sociedad Anónima.—San
José, 11 de enero del 2022.—Lic. Gabriela Víquez Chaves, Notario.—1 vez.—CE2022020073.—(
IN2023742035 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las 10 horas 00 minutos del 06 de enero del año 2022, se
constituyó la sociedad denominada Shereza
Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 11 de enero del 2022.—Lic. Rodolfo Enrique Herrera García, Notario.—
1 vez.—CE2022020074.—(
IN2023742036 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las 17 horas 30 minutos del 06 de enero del año 2022, se
constituyó la sociedad denominada Eanes
Casa LLC Limitada.—San
José, 11 de enero del 2022.—Lic. Andrea Martín Jiménez, Notario.—1 vez.—CE2022020075.—( IN2023742037 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las 09 horas 00 minutos del 06 de enero del año 2022, se
constituyó la sociedad denominada Top of the Hill Playa Negra Invest
Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 11 de enero del 2022.—Lic. Gabriel Clare
Facio, Notario.—1 vez.—CE2022020078.—( IN2023742038 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las 16 horas 00 minutos del 27 de diciembre del año 2021, se
constituyó la sociedad denominada Grupo Marjomo
Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 11 de enero del 2022.—Lic. Óscar Mario Jiménez Mora, Notario.—
1 vez.—CE2022020076.—( IN2023742039 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las 14 horas 00 minutos del 11 de enero del año 2022, se
constituyó la sociedad denominada Apts
Elliott Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 11 de enero del
2022.—Lic. Juan Manuel Gómez Mora,
Notario.—1 vez.—CE2022020077.—( IN2023742040 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las 12 horas 00 minutos del 11 de enero del año 2022, se
constituyó la sociedad denominada Six Plaza
Carlota LLC Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 11 de enero del
2022.—Lic. Steffano José Ferraro Florez Estrada,
Notario.—
1 vez.—CE2022020079.—( IN2023742041 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las 13 horas 30 minutos del 11 de enero del año 2022, se
constituyó la sociedad denominada Super Power Of Dominicalito Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San
José, 11 de enero del 2022.—Lic. Vilma Acuña Arias, Notario.—1
vez.—CE2022020081.—( IN2023742042 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las 15 horas 10 minutos del 10 de enero del año 2022, se
constituyó la sociedad denominada Grupo TEC Soluciones en Construcción y Desarrollos Inmobiliarios
Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José,
11 de enero del 2022.—Lic. Esteban Hernández Álvarez, Notario.—1 vez.—CE2022020082.—( IN2023742043 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las 13 horas 00 minutos del 11 de enero del año 2022, se
constituyó la sociedad denominada Casa de Herby
Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 11 de enero del 2022.—Lic. Steffano José Ferraro Florez Estrada, Notario.—
1 vez.—CE2022020083.—( IN2023742044 ).
Mediante escritura
otorgada ante esta notaría, a las 09 horas 00 minutos del 07 de enero del año
2022, se constituyó la sociedad denominada Transavi
Innc Sociedad Anónima.—San
José, 11 de enero del 2022.—Lic. Mauricio Eduardo Martínez Parada, Notario.—1 vez.—CE2022020084.—( IN2023742045 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las 16 horas 30 minutos del 10 de enero del año 2022, se
constituyó la sociedad denominada Alma Verde Inversiones Sociedad de
Responsabilidad Limitada.—San
José, 11 de enero del 2022.—Lic. Daniela Gutiérrez Ugalde, Notario.—1 vez.—CE2022020085.—(
IN2023742046 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las 16 horas 30 minutos del 04 de enero del año 2022, se
constituyó la sociedad denominada Grupo Empresarial Santamaría CR Sociedad Anónima.—San José, 11 de enero del
2022.—Lic. José Daniel
García Picado, Notario.—1
vez.—CE2022020086.—( IN2023742047 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las 10 horas 00 minutos del 03 de enero del año 2022, se
constituyó la sociedad denominada Lex Serv
Consultoría Sociedad
de Responsabilidad Limitada.—San José, 11 de enero del
2022.—Lic. Alejandro Cornejo Gutiérrez, Notario.—1 vez.—CE2022020088.—( IN2023742048 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las 17 horas 30 minutos del 27 de diciembre del año 2021, se
constituyó la sociedad denominada Grupo Namive
Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 11 de enero del 2022.—Lic. Óscar Mario Jiménez Mora, Notario.—1
vez.—CE2022020087.—( IN2023742049 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las 10 horas 00 minutos del 24 de noviembre del año 2021, se
constituyó la sociedad denominada Tindered Limitada.—San
José, 11 de enero del 2022.—Lic. Andrea Martín Jiménez, Notario.—1 vez.—CE2022020089.—( IN2023742050 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las 00 horas 00 minutos del 06 de enero del año 2022, se
constituyó la sociedad denominada UGCA Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San
José, 11 de enero del 2022.—Lic. Carlos Roberto Galva
Brizuela, Notario.—1 vez.—CE2022020091.—( IN2023742051 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las 08 horas 40 minutos del 08 de enero del año 2022, se
constituyó la sociedad denominada Natsu Sushi Sociedad Anónima.—San
José, 11 de enero del 2022.—Lic. Ernesto Alonso Vargas Sibaja, Notario.—1 vez.—CE2022020090.—( IN2023742052 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría a las 14 horas 30 minutos del 11 de enero del año 2022, se
constituyó la sociedad denominada Blazzing Buggys Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 11 de enero del
2022.—Lic. Carlos Dario Angulo Ruiz, Notario.—1
vez.—CE2022020092.—( IN2023742053 ).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría a las 16 horas 00 minutos del 10 de enero
del año 2022, se constituyó la sociedad denominada LDC Carrocería y Pintura
Sociedad Anónima.—San
José, 11 de enero del 2022.—Lic. Gabriela Oviedo Vargas, Notario.—1
vez.—CE2022020094.—( IN2023742054 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría a las 12 horas 00 minutos del 17 de diciembre del año 2021, se
constituyó la sociedad denominada Maison
Limón Manzanillo Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 11 de enero del
2022.—Lic. Edgar Antonio Nassar Guier, Notario.—
1 vez.—CE2022020095.—( IN2023742055 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría a las 12 horas 00 minutos del 08 de enero del año 2022, se
constituyó la sociedad denominada Think
Green Sociedad Anónima.—San
José, 11 de enero del 2022.—Lic. Pablo Eliecer Valerio Soto, Notario.—1
vez.—CE2022020096.—( IN2023742056 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría a las 14 horas 30 minutos del 20 de diciembre del año 2021, se
constituyó la sociedad denominada Agro Contratos Díaz Sociedad de
Responsabilidad Limitada.—San
José, 11 de enero del 2022.—Lic. Randall Mauricio Rojas Quesada, Notario.—1
vez.—CE2022020093.—( IN2023742057 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría a las 10 horas 20 minutos del 06 de enero del año 2022, se
constituyó la sociedad denominada Dunamis
Global DGL Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 11 de enero del
2022.—Lic. Ronald Brealey Mora, Notario.—1 vez.—CE2022020097.—( IN2023742058 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las 11 horas 00 minutos del 11 de enero del año 2022, se
constituyó la sociedad denominada Piscinas Increíbles de Costa Rica Sociedad
de Responsabilidad Limitada.—San
José, 11 de enero del 2022.—Lic. Karen Daniela Oconitrillo Quesada, Notario.—1
vez.— CE2022020098.—( IN2023742059 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las 12 horas 00 minutos del 11 de enero del año 2022, se
constituyó la sociedad denominada Azaleas y Gastronomía Limitada.—San José, 11 de enero del 2022.—Lic. Gonzalo Vargas
Acosta, Notario.—1 vez.—CE2022020099.—( IN2023742060 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las 11 horas 30 minutos del 11 de enero del año 2022, se
constituyó la sociedad denominada El Coyote Feliz Dos Mil Veintidós Sociedad
de Responsabilidad Limitada.—San
José, 11 de enero del 2022.—Lic. Karen Daniela Oconitrillo Quesada, Notario.—1
vez.— CE2022020100.—( IN2023742061 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las 10 horas 00 minutos del 11 de enero del año 2022, se
constituyó la sociedad denominada Entertainment
Model Solutions Sociedad Anónima.—San
José, 11 de enero del 2022.—Licda. Rosalina Estrella Mendoza, Notaria.—1 vez.—
CE2022020103.—( IN2023742062 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las 16 horas 00 minutos del 07 de enero del año 2022, se
constituyó la sociedad denominada Porcellian
Club South Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 11 de enero del
2022.—Lic. Patricia Claudia Frances, Notario.—1 vez.—
CE2022020104.—(IN2023742063 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las 13 horas 00 minutos del 11 de enero del año 2022, se
constituyó la sociedad denominada Inversiones Famogale
Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 11 de enero del 2022.—Lic. Allan García
Barquero, Notario.—1 vez.— CE2022020105.—( IN2023742064 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las 17 horas 00 minutos del 10 de enero del año 2022, se
constituyó la sociedad denominada Autoservicio El Cruce Sociedad Anónima.—San
José, 11 de enero del 2022.—Lic. Gonzalo Eric Zumbado Ballestero, Notario.—1
vez.— CE2022020102.—( IN2023742065 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las 08 horas 00 minutos del 29 de diciembre del año 2021, se
constituyó la sociedad denominada Charter
Global Latam Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San
José, 11 de enero del 2022.—Lic. Elsibel Figueroa
Diaz, Notario.—
1 vez.— CE2022020106.—( IN2023742066 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las 14 horas 00 minutos del 11 de enero del año 2022, se
constituyó la sociedad denominada TS Group Solutions Costa Rica Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San
José, 11 de enero del 2022.—Licda. Milena Valverde Mora, Notaria.—
1 vez.— CE2022020109.—( IN2023742067 )
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las 15 horas 00 minutos del 10 de enero del año 2022, se
constituyó la sociedad denominada Rise
Holdings Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 11 de enero del
2022.—Lic. Rodolfo Enrique Herrera García, Notario.—
1 vez.—CE2022020110.—( IN2023742068 ).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 13 horas 00 minutos del 10 de enero
del año 2022, se constituyó la sociedad denominada Dos Colibríes Blancos Investments Limitada.—San José, 11 de enero del
2022.—Lic. María Teresa Urpi Sevilla, Notario.—1
vez.—CE2022020111.—( IN2023742069 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las 12 horas 00 minutos del 25 de noviembre del año 2021, se
constituyó la sociedad denominada Grupo Campania Sociedad de Responsabilidad
Limitada.—San
José, 11 de enero del 2022.—Lic. Sergio Fernando Jiménez Guevara, Notario.—1 vez.—CE2022020113.—(
IN2023742070 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las 16 horas 00 minutos del 11 de enero del año 2022, se
constituyó la sociedad denominada Prisa Blanca Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San
José, 11 de enero del 2022.—Lic. Carlos Darío Angulo Ruiz, Notario.—1 vez.—CE2022020114.—(
IN2023742071 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las 14 horas 30 minutos del 05 de enero del año 2022, se
constituyó la sociedad denominada Onda Montezuma INC Sociedad de
Responsabilidad Limitada.—San
José, 11 de enero del 2022.—Lic. María Yuliana Bustamante Tánchez, Notario.—
1 vez.—CE2022020115.—( IN2023742072 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las 11 horas 30 minutos del 16 de diciembre del año 2021, se
constituyó la sociedad denominada Desarrollos Ramírez Electric de Atenas
Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 11 de enero del 2022.—Lic. Carlos Gerardo
Víquez Rojas, Notario.—1 vez.— CE2022020116.— ( IN2023742073 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las 09 horas 00 minutos del 11 de enero del año 2022, se
constituyó la sociedad denominada Aristo Development Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 11 de enero del
2022.—Lic. JUAN Miguel Villalobos Zamora, Notario.—
1 vez.— CE2022020117.— ( IN2023742074 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las 16 horas 00 minutos del 01 de diciembre del año 2021, se
constituyó la sociedad denominada El Gato de la Jungla Sociedad Anónima.—San
José, 11 de enero del 2022. — Licda. Viviana Sánchez Lanzoni,
Notaria.—1 vez.— CE2022020118.— ( IN2023742075 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las 16 horas 00 minutos del 11 de octubre del año 2021, se
constituyó la sociedad denominada RAM I O SOCIEDAD ANONIMA.—San José, 11 de enero del
2022.—Lic. Sandra María Araya González, Notario.—1 vez.— CE2022020119.— (
IN2023742076 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las 08 horas 00 minutos del 30 de diciembre del año 2021, se
constituyó la sociedad denominada Tiko Tech Costa Rica Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San
José, 10 de enero del 2022.—Lic. Edgar Alberto García Quirós, Notario.—
1 vez.— CE2022019999.— ( IN2023742077 ).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 12 horas 00 minutos del 07 de enero
del año 2022, se constituyó la sociedad denominada Bliss
Fine Foods Sociedad Anónima.—San José, 10 de enero del
2022.–Lic. Sixto Vinicio Rodríguez Gómez, Notario.—1 vez.— CE2022020000.— (
IN2023742078 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las 10 horas 15 minutos del 06 de enero del año 2022, se
constituyó la sociedad denominada Inkaesni Solutions Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 10 de enero del
2022.—Lic. Sixto Vinicio Rodríguez Gómez, Notario.—
1 vez.— CE2022020001.— ( IN2023742079 ):
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las 12 horas 00 minutos del 07 de enero del año 2022, se
constituyó la sociedad denominada Golden Services
de Costa Rica Sociedad Anónima.—San
José, 10 de enero del 2022.—Lic. Lupita María Angulo Pérez, Notario.—1 vez.—
CE2022020002.—( IN2023742080 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las 11 horas 00 minutos del 10 de enero del año 2022, se
constituyó la sociedad denominada Inversiones DMK Sociedad de
Responsabilidad Limitada.—San
José, 11 de enero del 2022.—Licda. Susana Méndez Rojas, Notaria.—1
vez.—CE2022020004.—( IN2023742081 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las 07 horas 00 minutos del 10 de enero del año 2022, se
constituyó la sociedad denominada Tiwesky
Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 11 de enero del 2022.—Lic. William De Los
Ángeles Rodríguez Astorga, Notario.—1 vez.— CE2022020005.—( IN2023742082 ).
Por escritura ciento setenta
siete-dos, otorgada a las 07:00 horas del día 01 de octubre del año 2022, se
protocoliza el acta de asamblea extraordinaria de Vásquez y Solís S. A.,
cédula jurídica N° 3-101-361509, por la cual se
acuerda modificar pacto constitutivo y representación, y se modifica el
domicilio legal.—Palmares, 27 de marzo del año
2023.—Licda. Maurene Mora Murillo, Notaria.—1 vez.—(
IN2023742083 ).
A las 15:00 horas del 29 de marzo
del 2023, protocolicé acuerdos de la empresa Tres-Ciento Uno-Setecientos
Seis Mil Seiscientos Ochenta y Siete S. A., cédula N° 3-101-706687,
mediante los cuales se disuelve dicha sociedad, la cual no posee activos ni
pasivos que liquidar.—San José, 29 de marzo del
2023.—Lic. Juan Ignacio Mas Romero, Notario.—1 vez.—( IN2023742084 ).
Mediante
escritura pública número ciento uno, del tomo cuarenta y uno de mi protocolo,
protocolicé acta de asamblea general ordinaria y extraordinaria de socios de la
sociedad Aguimor Fam
Sociedad Anónima, cédula
jurídica número 3-101-614873. Se modificó cláusula sexta de estatutos relativa
a sistema contable, la cláusula octava relativa a asamblea de socios, y se
agregaron dos cláusulas más a los estatutos: La décimo cuarta y la décima quinta.—Alajuela, 30 de marzo de 2023.—Ana Rosa
Aguilar González, Notaria.—1 vez.—( IN2023742085 ).
A las 11:30 horas del 29 de marzo
del 2023, protocolicé acuerdos de la empresa Fivenca
S. A., cédula N° 3-101-682025, mediante los
cuales se reforma la cláusula del objeto del pacto constitutivo.—San
José, 29 de marzo del 2023.—Lic. Juan
Ignacio Mas Romero, Notario.—1 vez.—( IN2023742086 ).
Por escritura otorgada ante mí, a
las dieciséis horas cuarenta y cinco minutos del veintinueve de marzo del dos
mil veintitrés, protocolicé acta de Lanessi
Verde Limitada, de las 10:00 horas del 22 de marzo del 2023, mediante la
cual se acuerda modificar la cláusula primera del pacto constitutivo para que
en adelante se lea así: “Primera: La sociedad se denominará “Lanessi Verde Limitada”, nombre de fantasía y
podrá abreviarse “Lanessi Verde Ltda.”,
tendrá su domicilio en Guanacaste, Liberia, Liberia, del Aeropuerto Daniel
Oduber, tres kilómetros oeste, Centro de Negocios Plaza Futura, oficina número
ocho”.—Rolando González Calderón, Notario Público.—1 vez.—( IN2023742087 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las 17 horas 00 minutos del 17 de enero del año 2022, se
constituyó la sociedad denominada Didacticus
Ciento Uno Education Group
Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 19 de enero del 2022.—Lic. Priscilla
Cárdenas Orozco, Notario.—1 vez.— CE2022020786.—( IN2023742088 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las 13 horas 00 minutos del 18 de enero del año 2022, se
constituyó la sociedad denominada Techcoservice
Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 19 de Enero del 2022.–Lic. SUSANA MENDEZ
ROJAS, Notario.—1 vez.— CE2022020787.—( IN2023742089 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las 14 horas 00 minutos del 15 de enero del año 2022, se
constituyó la sociedad denominada Aviva Agencia de Publicidad Sociedad Anónima.—San
José, 19 de enero del 2022.—Lic. Andrea Alice Hernández Villarreal, Notario.—1
vez.— CE2022020788.—( IN2023742090 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las 07 horas 00 minutos del 19 de enero del año 2022, se
constituyó la sociedad denominada Inversiones Logísticas Mega Sociedad de
Responsabilidad Limitada.—San
José, 20 de enero del 2022.—Lic. María Desirée Ramos Brenes, Notario.—1
vez.—CE2022020789.—( IN2023742091 ).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 14 horas 50 minutos del 11 de enero
del año 2022, se constituyó la sociedad denominada Refaser
LYE de Costa Rica Sociedad Anónima.—San
José, 20 de enero del 2022.—Lic. Edwin Astúa Porras,
Notario.—1 vez.—CE2022020790.—( IN2023742092 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las 17 horas 00 minutos del 19 de enero del año 2022, se
constituyó la sociedad denominada Induplast
Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 20 de enero del 2022.—Lic. Ricardo Ramírez Jiménez, Notario.—1 vez.—CE2022020793 .—( IN2023742093
).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las 11 horas 30 minutos del 20 de enero del año 2022, se
constituyó la sociedad denominada Casa B Reina Limitada.—San José, 20 de enero del
2022.—Licda. Fabiola Soler Bonilla, Notaria.—1 vez.—CE2022020797.—(
IN2023742094 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las 07 horas 00 minutos del 18 de enero del año 2022, se
constituyó la sociedad denominada Gong Fu Panda Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San
José, 20 de enero del 2022.—Licda. Carolina Osorio Bolívar, Notaria.—1
vez.—CE2022020798.—( IN2023742095 ).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría a las 10 horas 30 minutos del 18 de enero
del año 2022, se constituyó la sociedad denominada Reason Digital Marketing
Sociedad Anónima.—San José, 20 de enero del
2022.—Lic. Ana Grettel Chaves Loría, Notario.—
1 vez.—CE2022020800.—( IN2023742096 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría a las 10 horas 00 minutos del 23 de noviembre del año 2021, se
constituyó la sociedad denominada Inversiones ABL Brenes Loría del Este Sociedad Anónima.—San José, 20 de enero del 2022.—Lic. Carlos Iván
Morales Brenes, Notario.—
1 vez.—CE2022020799.—( IN2023742097 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta Notaría a las 13 horas 00 minutos del 19 de enero del año 2022, se
constituyó la sociedad denominada Ganadería Guazuma
Sociedad Anónima.—San José, 20 de enero del
2022.—Lic. Carlos Eduardo Rodríguez Paniagua, Notario.—1 vez.—CE2022020801.—(
IN2023742098 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta Notaría a las 09 horas 00 minutos del 20 de enero del año 2022, se
constituyó la sociedad denominada Barrientola
Limitada.—San
José, 20 de enero del 2022.—Lic. María Teresa Urpi Sevilla, Notario.—1
vez.—CE2022020796.—( IN2023742099 ).
Mediante
escritura otorgada ante esta Notaría a las 09 horas 00 minutos del 19 de enero
del año 2022, se constituyó la sociedad denominada Sunshinefor
US LLC Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 20 de enero del
2022.—Lic. Ana Laura Ramírez Hernández, Notario.—1 vez.—CE2022020802.—(
IN2023742100 ).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría a las 08 horas 00 minutos del 18 de enero
del año 2022, se constituyó la sociedad denominada La Rivera Real del
Silencio Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 20 de enero del
2022.—Lic. Victor Hugo Castillo Mora, Notario.—1
vez.—CE2022020803.—( IN2023742101 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las 14 horas 00 minutos del 14 de enero del año 2022, se
constituyó la sociedad denominada Venustas Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San
José, 20 de enero del 2022.—Licda. Wendy Dayana Castro Mora, Notaria.—
1 vez.—CE2022020804.—( IN2023742102 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría a las 13 horas 30 minutos del 19 de enero del año 2022, se
constituyó la sociedad denominada Grupo Unacocr
Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 20 de enero del
2022.—Lic. Johan Andrés Herrera
Ramírez,
Notario.—
1 vez.—CE2022020806.—( IN2023742103 ).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría a las 09 horas 00 minutos del 19 de enero
del año 2022, se constituyó la sociedad denominada Creative Moda Sociedad Anónima.—San José, 20 de enero del
2022.—Licda. Sonia María Ugalde Hidalgo, Notaria.—1
vez.—CE2022020807.—( IN2023742104 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría a las 17 horas 00 minutos del 18 de enero del año 2022, se
constituyó la sociedad denominada Hugo Perro de Montaña de Bernese Sociedad
de Responsabilidad Limitada.—San
José, 20 de enero del 2022.—Lic. Mario Andrés Hernández Bertarioni,
Notario.—1 vez.—CE2022020808.—( IN2023742105 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las 11 horas 00 minutos del 19 de enero del año 2022, se
constituyó la sociedad denominada KYS Inmobiliaria Sociedad de
Responsabilidad Limitada.—San
José, 20 de enero del 2022.—Lic. Gustavo Adolfo Tellini
Mora, Notario.—1 vez.—CE2022020810.—( IN2023742106 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las 15 horas 00 minutos del 19 de enero del año 2022, se
constituyó la sociedad denominada Korn Ferry CSTR Sociedad de
Responsabilidad Limitada.—San
José, 20 de enero del 2022.—Lic. Eduardo José Zúñiga Brenes,
Notario.—1 vez.—CE2022020811.—( IN2023742107 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las 09 horas 20 minutos del 19 de enero del año 2022, se
constituyó la sociedad denominada Micalonso
Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 20 de enero del 2022.—Lic. Jimmy Alberto
Díaz Echavarría, Notario.—
1 vez.—CE2022020813.—( IN2023742108 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las 00 horas 00 minutos del 14 de enero del año 2022, se
constituyó la sociedad denominada RYMS Partners Sociedad
de Responsabilidad Limitada.—San
José, 20 de enero del 2022.—Licda. Karla María Gutiérrez Mora, Notaria.—1 vez.—CE2022020812.—( IN2023742109 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las 20 horas 00 minutos del 19 de enero del año 2022, se
constituyó la sociedad denominada Inmobiliaria Delgado y Gamboa Sociedad de
Responsabilidad Limitada.—San
José, 20 de enero del 2022.—Lic. Juan Pablo Bello Carranza, Notario.—
1 vez.—CE2022020814.—( IN2023742110 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las 08 horas 00 minutos del 19 de enero del año 2022, se
constituyó la sociedad denominada Disapp Development Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 20 de enero del
2022.—Licda. Clara Eugenie Alvarado Jiménez, Notaria.—
1 vez.—CE2022020815.—( IN2023742111 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las 09 horas 30 minutos del 20 de enero del año 2022, se
constituyó la sociedad denominada Caribbean
Serendipity Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San
José, 20 de enero del 2022.—Licda. Daniela Madriz Quesada, Notaria.—1
vez.—CE2022020817.—( IN2023742112 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las 15 horas 30 minutos del 19 de enero del año 2022, se
constituyó la sociedad denominada Fornells
Sociedad Anónima.—San
José, 20 de enero del 2022.—Lic. Marco Vinicio Villegas Arroyo, Notario.—1 vez.—CE2022020818.—( IN2023742113 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las 12 horas 00 minutos del 18 de enero del año 2022, se
constituyó la sociedad denominada Transporte & Logística Rael
Sociedad Anónima.—San José, 20 de enero del
2022.—Licda. Gloriana Vicarioli Guier,
Notaria.—1 vez.—CE2022020819.—( IN2023742114 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las 14 horas 00 minutos del 19 de enero del año 2022, se
constituyó la sociedad denominada Chipie Limitada.—San José, 20 de enero del
2022.—Lic. Oscar Manuel Funes Orellana, Notario.—1 vez.—CE2022020820.—(
IN2023742115 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las 15 horas 00 minutos del 19 de enero del año 2022, se
constituyó la sociedad denominada Sueños Rosados Sociedad Anónima.—San José, 20 de enero del
2022.—Licda. Andrea Alejandra Fernández Montoya, Notaria.—1 vez.—CE2022020821.—( IN2023742116 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las 09 horas 00 minutos del 20 de enero del año 2022, se
constituyó la sociedad denominada Recuperaciones Jibran
M Y M Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 20 de enero del
2022.—Lic. Carlos Eduardo Gutiérrez Monge, Notario.—1 vez.— CE2022020822.— (
IN2023742117 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las 11 horas 00 minutos del 17 de enero del año 2022, se
constituyó la sociedad denominada Endless Vacation Limitada.—San José, 20 de enero del 2022.—Lic. Oscar Manuel
Funes Orellana, Notario.—1 vez.—CE2022020823.—( IN2023274118 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las 13 horas 00 minutos del 19 de enero del año 2022, se
constituyó la sociedad denominada Deliciosa Gracia y Verdad Llc Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 20 de enero del
2022.—Lic. Brians Salazar Chavarría, Notario.—
1 vez.— CE2022020824.— ( IN2023742119 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las 10 horas 00 minutos del 14 de enero del año 2022, se
constituyó la sociedad denominada Mission Board de Costa Rica Sociedad Anonima.—San José, 20 de
Enero del 2022.—Lic. Ana Cecilia Solís Ugalde, Notario.—1 vez.— CE2022020825.—
( IN2023742120 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las 10 horas 00 minutos del 17 de enero del año 2022, se
constituyó la sociedad denominada Golden Pacific
White Sand Blue Sea Sociedad de Responsabilidad Limitada..—San
José, 20 de enero del 2022.—Lic. Delia Alexandra Segura Soto, Notario.—1 vez.—
CE2022020827.— ( IN2023742121 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las 16 horas 00 minutos del 17 de enero del año 2022, se
constituyó la sociedad denominada Pax
Olympus Limitada.—San
José, 20 de enero del 2022.—Lic. Alejandro Alonso Román González, Notario.—1
vez.—CE2022020828.—( IN2023742122 ).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 22 horas 00 minutos del 13 de enero
del año 2022, se constituyó la sociedad denominada Montain
Of Peace Wjj Sociedad Anónima. —San José, 20 de enero del
2022.–Lic. Ricardo Jiménez Villalobos, Notario.—1
vez.— CE2022020829.— ( IN 2023742123 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las 16 horas 00 minutos del 17 de enero del año 2022, se
constituyó la sociedad denominada Protección y Asesorías en Seguridad
Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 20 de enero del 2022.—Lic. Carlos
Humberto Arias Solano, Notario.—1
vez.—CE2022020831.—( IN2023742124 ).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 17 horas 40 minutos del 19 de enero
del año 2022, se constituyó la sociedad denominada Hermanas Hidalgo Sociedad
Anónima.—San
José, 20 de enero del 2022.–Lic. Juli Tatiana Miranda Carmona, Notario.—1
vez.—CE2022020830.—( IN2023742125 ).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 12 horas 00 minutos del 19 de enero
del año 2022, se constituyó la sociedad denominada Finca La Gota de Agua de Curime Limitada.—San José, 20 de enero del 2022.—Lic. Eric Scharf Taitelbaum, Notario.—1
vez.— CE2022020832.— ( IN2023742126 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las 11 horas 00 minutos del 15 de diciembre del año 2021, se
constituyó la sociedad denominada Alianza Sendero Azul Sociedad Anónima.—San
José, 20 de enero del 2022.–Lic. Juan José Marín Rivera, Notario.—1 vez.—
CE2022020835.— ( IN2023742127 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las 08 horas 00 minutos del 10 de enero del año 2022, se
constituyó la sociedad denominada Fid Land Division Sociedad de
Responsabilidad Limitada.—San
José, 20 de enero del 2022.—Lic. Oscar José Montenegro Fernández, Notario.—
1 vez.—CE2022020836.—( IN2023742128 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las 16 horas 40 minutos del 13 de enero del año 2022, se
constituyó la sociedad denominada Meba
Servicios Financieros y Contables Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San
José, 20 de enero del 2022..—Lic. Walter Solís Amen, Notario.—1 vez.—
CE2022020837.— ( IN2023742129 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las 13 horas 00 minutos del 10 de enero del año 2022, se constituyó
la sociedad denominada Metaverso Costa Rica Sociedad Anónima.—San José, 20 de enero del
2022.—Lic. Karol Priscilla Barrantes Fallas,
Notario.—1 vez.— CE2022020838.— ( IN2023742130 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las 13 horas 00 minutos del 27 de diciembre del año 2021, se
constituyó la sociedad denominada Refill
Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 20 de enero del 2022.—Lic. José Daniel
Alvarado Vásquez, Notario.—1 vez.—CE2022020840.—( IN2023742131 ).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría,
a las 13 horas 00 minutos del 20 de enero del año 2022, se constituyó la
sociedad denominada Costapiers Llc Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 20 de enero del
2022.—Lic. Federico Peralta Calzada, Notario.—1 vez.— CE2022020841.—(
IN2023742132 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las 08 horas 00 minutos del 18 de enero del año 2022, se
constituyó la sociedad denominada Servicios Múltiples Valle Dorado Sociedad
de Responsabilidad Limitada.—San
José, 20 de enero del 2022.—Lic. Rolando González Obando, Notario.—
1 vez.— CE2022020842.—( IN2023742133 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las 17 horas 00 minutos del 14 de enero del año 2022, se
constituyó la sociedad denominada Engineers
Architects Quinientos Seis Sociedad de
Responsabilidad Limitada.—San
José, 20 de enero del 2022.—Lic. Juan Diego Chaves Quesada, Notario.—1 vez.—
CE2022020843.—( IN2023742134 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las 14 horas 00 minutos del 14 de enero del año 2022, se
constituyó la sociedad denominada Aqualung Corporation Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 20 de enero del
2022.—Licda. Sandra Lucrecia Araya Vega, Notaria.—
1 vez.— CE2022020844.—( IN2023742135 ).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 10 horas 00 minutos del 20 de enero
del año 2022, se constituyó la sociedad denominada Changing
Latitudes Limitada.—San
José, 20 de enero del 2022.—Lic. Gonzalo José Rojas Benavides, Notario.—1 vez.—
CE2022020846.—( IN2023742137 )
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las 16 horas 30 minutos del 04 de enero del año 2022, se
constituyó la sociedad denominada Inversiones Empresariales Santamaria
Sociedad Anónima.—San
José, 20 de enero del 2022.—Lic. José Daniel García Picado, Notario.—1 vez.—
CE2022020848.—( IN2023742138 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las 13 horas 40 minutos del 19 de enero del año 2022, se
constituyó la sociedad denominada Soluciones C y DD Sociedad de Responsabilidad
Limitada.—San
José, 20 de enero del 2022.—Licda. Mariela Fernández González, Notaria.—
1 vez.— CE2022020847.—( IN2023742139 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las 15 horas 00 minutos del 19 de enero del año 2022, se
constituyó la sociedad denominada Multiservicios Delgasa
Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 20 de enero del 2022.—Lic. Joaquín
Bernardo Molina Hernández, Notario.—
1 vez.— CE2022020849.—( IN2023742140 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las 23 horas 00 minutos del 19 de enero del año 2022, se
constituyó la sociedad denominada Contabilidad y Asesoría ARSAB Sociedad Anónima.—San
José, 20 de enero del 2022.—Lic. Rafael Ángel Gutiérrez Gutiérrez,
Notario.—1 vez.— CE2022020850.—( IN2023742141 )
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las 10 horas 00 minutos del 18 de enero del año 2022, se
constituyó la sociedad denominada Bambu Zen
Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 20 de enero del 2022.—Lic. Juan Diego
Chaves Quesada, Notario.—1 vez.—CE2022020852.—( IN2023742142 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las 15 horas 00 minutos del 18 de enero del año 2022, se
constituyó la sociedad denominada Álvarez y Solano Consulting
Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José,
20 de enero del 2022.—Licda. Wendy Solorzano Vargas, Notaria.—
1 vez.—CE2022020853.—( IN2023742143 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las 12 horas 30 minutos del 20 de enero del año 2022, se
constituyó la sociedad denominada Tres Mil Ochocientos Veintiuno
Multiservicios Chirripó J Y D
Sociedad Anónima.—San José, 20 de enero del 2022.—Lic. Jorge Luis Zúñiga
Elizondo, Notario.—1 vez.—CE2022020859.—(
IN2023742150 ).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 10 horas 15 minutos del 20 de enero
del año 2022, se constituyó la sociedad denominada La Piedra de Maju Sociedad Anónima.—San
José, 20 de enero del 2022.—Lic. Andrés Emilio
Ramos Sibaja, Notario.—1 vez.—CE2022020861.—( IN2023742151 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las 17 horas 00 minutos del 21 de diciembre del año 2021 se
constituyó la sociedad denominada Non Toxic Steps MB LLC.—San José, 20 del 01 del 2022.—Lic. Roberto Pochet Torres,
Notario.—1 vez.—CE2022048558.—( IN2023742152 ).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 11 horas 15 minutos del 20 de enero
del año 2022, se constituyó la sociedad denominada Grupo Comboyet
Sociedad Anónima.—San José, 20 de enero del
2022.—Lic. Andrés Emilio Ramos Sibaja, Notario.—1
vez.—CE2022020862.—( IN2023742153 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las 11 horas 30 minutos del 07 de enero del año 2022, se
constituyó la sociedad denominada Sodom World Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 20 de enero del
2022.—Lic. Rodolfo Manuel Ramírez
Barquero, Notario.—
1 vez.—CE2022020863.—( IN2023742154 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las 08 horas 00 minutos del 07 de enero del año 2022, se
constituyó la sociedad denominada Instituto Adonay de Occidente Sociedad Anónima.—San
José, 20 de enero del 2022.—Licda. Hannia Mayela Cubero Li, Notaria.—1
vez.—CE2022020864.—( IN2023742155 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las 12 horas 15 minutos del 21 de enero del año 2022, se
constituyó la sociedad denominada Las Ocho Palmas Limitada.—San José, 21 de enero del
2022.—Lic. Hernán Cordero Baltodano, Notario.—1 vez.— CE2022020970.—(
IN2023742251 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría. a las 15 horas 45 minutos del 12 de enero del año 2022 se
constituyó la sociedad denominada Serkes
CSCR Holding.—San
José, 21 del 01 del 2021.—Lic. Carlos Jose Oreamuno Morera, Notario.—1
vez.—CE2022020971.—( IN2023742252 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las 08 horas 00 minutos del 19 de enero del año 2022, se
constituyó la sociedad denominada Flores Investigaciones & Meradeo A R M Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San
José, 21 de Enero del 2022.—Lic. Héctor Chaves Sandoval, Notario.—1 vez.— CE2022020974.—(
IN2023742253 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las 12 horas 00 minutos del 21 de enero del año 2022, se
constituyó la sociedad denominada Plankton
Internacional de Costa Rica Sociedad Anónima.—San José, 21 de enero del 2022.—Lic.
Álvaro Enrique Moreno Gómez, Notario.—
1 vez.— CE2022020973.—( IN2023742254 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaria, a las 16 horas 00 minutos del 18 de noviembre del año 2021, se
constituyó la sociedad denominada Super Cable del Caribe Sociedad Anónima.—San
José, 21 de enero del 2022.—Lic. Randy Anthony Gordon Cruickshank,
Notario.—1 vez.— CE2022020975.—( IN2023742255 ).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría. a las 19 horas 00 minutos del 20 de enero
del año 2022, se constituyó la sociedad denominada Solari Consulting Sociedad Anónima.—San José, 21 de enero del
2022.—Lic. Josue David Coto Castillo, Notario.—1
vez.— CE2022020977.—( IN2023742257 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría. a las 17 horas 00 minutos del 17 de enero del año 2022, se
constituyó la sociedad denominada CR Feria Sociedad Anónima.—San José, 21 de enero del
2022.—Lic. Alfredo Álvarez
Quirós, Notario.—1 vez.—
CE2022020978.—( IN2023742258 ).
Por escritura
número ciento setenta y cinco, de las once horas del veintinueve de
marzo del dos mil veintitrés, de esta notaría, se modificó la cláusula sexta del pacto constitutivo de la
sociedad Tres-Ciento Uno-Quinientos Noventa y Siete Mil Quinientos Ochenta.
Es todo.—San José, a los
veintinueve días del mes de marzo del dos mil veintitrés.—Lic. Yashir Daniel Wabe
Arroyo, Notario Público.—1 vez.—( IN2023742265 ).
Ante esta
notaría, por escritura número doscientos sesenta y ocho, de las catorce horas
del veintinueve de marzo del dos mil veintitrés, la señora Inés Cecilia Mendoza
Mazoub, quien fungía como presidente de la sociedad Cemezub S.A., con cédula jurídica número tres-ciento uno-trescientos
treinta y cuatro mil seiscientos treinta y ocho, otorga escritura de solicitud
de reinscripción de dicha sociedad, por encontrarse disuelta en virtud de la
Ley N° 9428.—San José, 22 de marzo del 2023.—Lic.
Rodolfo Freer Campos.—1 vez.—( IN2023742268 ).
Hoy,
protocolicé acta de asamblea general extraordinaria de socios de la sociedad Playa
de Luna Hermosa S. A., con cédula de persona jurídica número 3-101-147743.
Se reforma la cláusula segunda del pacto social y se hacen nuevos nombramientos.—Lagunilla, Heredia, 29 de marzo del
2023.—Licda. Imelda Arias del Cid, Notaria.—1 vez.—( IN2023742278 ).
Por escritura N° 192 del tomo 8,
de las 08:30 horas del día 30 de marzo del 2023, se acordó disolver la sociedad
Prego Capital Costa Rica S.R.L., cédula
jurídica N° 3-102-856467.—San José, 30 de
marzo del 2023.—Andrés Antonio Bonilla Valdés, Notario Público.—1
vez.—( IN2023742280 ).
Ante esta
notaría, por escritura otorgada a las quince horas del día diez de febrero de
dos mil veintitrés, Larp Associates S.A. y Yellow
Innovative Lands S.A., constituyen la
sociedad que se denominará: Omojae Motors
CR Sociedad Anónima.—San
José, treinta de marzo de dos mil veintitrés.—Lic. Guillermo José Sanabria
Leiva.—1 vez.—( IN2023742285 ).
Por escritura 193 del tomo 8, de
las 09:00 horas del día 30 de marzo del 2023, se acordó disolver la sociedad Roa
y Samano Costa Rica S.R.L., de
cédula jurídica N° 3-102-856495.—San José, 30 de
marzo del 2023.—Andrés Antonio Bonilla Valdés, Notario Público.—1
vez.—( IN2023742289 ).
En esta notaría se protocolizó
acta de reunión de cuotistas de la sociedad Blue Ville Bioeducation School Sociedad de Responsabilidad Limitada, cédula jurídica número tres-ciento
dos-ochocientos cincuenta y cuatro mil ciento cinco, asamblea celebrada a las
ocho horas y quince minutos del día veintiuno del mes de marzo del año dos mil
veintitrés, en la que se acordó modificar las cláusulas Sexta séptima del pacto
social constitutivo únicamente
en lo siguiente y para que en adelante diga: Sexta: los negocios sociales serán administrados por dos gerente,
para ser gerente no se requiere ser socio. Dichos personeros serán nombrado por la asamblea de cuotistas
y durara en su cargo por todo el plazo social, salvo remoción por parte de
dicha asamblea. Sétima: la
representación judicial
y extrajudicial de la sociedad corresponderá al gerente uno y al gerente dos.
Los gerentes tendrán facultades de apoderados generalísimos, sin límite de suma, pudiendo actuar conjunta o
separadamente de conformidad con el artículo mil doscientos cincuenta y tres del Código
Civil y el subgerente tendrá facultades de apoderado general de conformidad con
el articulo mil doscientos cincuenta y cinco del Código Civil, cuyo
nombramiento será por todo el plazo social. Los gerentes y los subgerentes
podrán sustituir sus poderes en todo o en parte, otorgar poderes, revocar
dichas sustituciones, y poderes y hacer y otorgar otros de nuevo, reservándose
o no el ejercicio de las facultades que sustituya.
Es todo.—Lic. David A. Montero Camacho.—1 vez.—(
IN2023742302 ).
Por escritura otorgada ante mí a
las 12:00 del 21 de marzo de 2023, se protocoliza acta de Asamblea General
Extraordinaria de Socios de La Casa de las Baterías en Costa Rica S. A.,
cédula jurídica N° 3-101-519559, mediante la cual se acuerda modificar el pacto
social para aumentar el capital social.—San José, 28
de marzo de 2023.—Lic. Mario Enrique Navarro Castillo, Notario.—1 vez.—(
IN2023742308 ).
Por protocolización de acta de
asamblea general de socios de la sociedad denominada Carga Recolección y Reciclaje de Basura El Moro
Sociedad Anonima, cédula jurídica número tres-ciento uno-trescientos treinta y nueve mil
ciento noventa, se nombró al señor Carlos Manuel Rivera Vargas, mayor,
divorciado, empresario, vecino de San José, El Carmen de Guadalupe, frente a
los tanques de A y A, cédula uno-ochocientos cuarenta y cuatro-novecientos
veinticuatro, como liquidador de la citada sociedad.—San José, al ser las ocho
horas del veintinueve de marzo de dos mil veintitrés.—Lic. Francis Hernández Valverde.—1 vez.—(
IN2023742309 ).
Por asamblea
general extraordinaria de socios, protocolizada en esta notaría hoy a las 13:00 horas, de la compañía
denominada Edificaciones Gufer S.A., en
la que se reforman estatutos.—San José, 21 de marzo
del 2023.—Adolfo Rojas Breedy, Notario.—1 vez.—(
IN2023742319 ).
Yo, Nikole Amerling Quesada, Notaria Pública, en escritura número
treinta y cuatro visible al folio treinta frente tomo Noveno, Constitución de
sociedad denominada MGD Aire Nunciatura Quince A Mas Sociedad
de Responsabilidad
Limitada.—San José, 28 de marzo del dos mil veintitrés.—1 vez.—(
IN2023742321 ).
Por escritura otorgada ante la
suscrita notaria número 195 otorgada a las 09 horas y 20 minutos del día 30 de
marzo de 2023, tomo 01 de mi protocolo, se modificó la cláusula Primera del
pacto constitutivo de la sociedad denominada Grupo CL Carnes Sociedad
de Responsabilidad Limitada, modificando el nombre de la sociedad.—Ciudad Quesada, 30 de marzo de 2023.—Lic. Carol
Patricia Ledezma Vargas, Abogada y Notaria Pública.—1 vez.—( IN2023742324 ).
JUNTA
ADMINISTRATIVA DEL REGISTRO NACIONAL
Se hace saber a: Guillermina
Ortega Sancho, cédula de identidad 9-0089-0527, en su condición
titular registral de la finca del partido de
Guanacaste número 34008 A, y siendo
que en virtud de no existir registrada dirección de Jorge del Carmen Hernández Cruz, cédula de identidad
6-0199-0416, en su condición anotante del practicado inscrito sobre la finca de Guanacaste 141535, bajo las citas 800-248316-01, y Róger Bravo Álvarez, cédula de identidad
1-0539-0409, en su condición anotante del practicado inscrito sobre la finca de Guanacaste 141535, bajo las citas 800-715176-01, que en este Registro se iniciaron Diligencias Administrativas
de oficio, para investigar una presunta sobreposición
de las fincas 5-34008 A, plano G-928310-2004,
5-123852, plano G-553676-1999 y 5-141535, plano G-973628-2005. En virtud de
lo informado esta Asesoría mediante resolución de las 15:00 horas del 27 de julio
del 2022, ordenó consignar Advertencia Administrativa sobre los asientos registrales 5-34008 A, plano
G-928310-2004, 5-123852, plano G-553676-1999 y
5-141535, plano G-973628-2005 y con el objeto de cumplir
con el principio constitucional
del debido proceso, por resolución de las 15:00 horas
del 24/03/2023, se autorizó la publicación
por una única
vez de un edicto para conferirle audiencia a las personas mencionadas,
por el término
de quince días contados a partir
del día siguiente de la publicación
del edicto en el Diario Oficial
La Gaceta; a efecto
de que dentro de dicho término presente los alegatos que a sus derechos convenga, y se le previene que dentro del término establecido para la audiencia, debe
señalar facsímil, correo electrónico o en su defecto
casa u oficina dentro de la
ciudad de San José donde oír
notificaciones, conforme los artículos 93, 94 y 98 del Decreto Ejecutivo 26771 que es el Reglamento del Registro Público, bajo apercibimiento,
que de no cumplir con lo anterior, las resoluciones se tendrán por notificadas veinticuatro horas después de dictadas. Igual consecuencia se producirá si el lugar
señalado fuere impreciso, incierto o ya no existiere, conforme al artículo 20 y de la
Ley 3883 Ley Sobre Inscripción
de Documentos en el Registro Público y el artículo 11 de la Ley 8687 Ley
de Notificaciones Judiciales.
Notifíquese. (Referencia expediente 2022-491-RIM).—Curridabat, 23 de marzo de 2023.—Licenciada
Gabriela Montoya Dobles, Asesora
Jurídica.—1 vez.—O.C. N°
OC23-0001.—Solicitud N° 420954.—( IN2023741661 ).
REGISTRO
INMOBILIARIO
EDICTO
Se
hace saber a quién demuestre legitimo interés en la sucesión
de quien en vida fuera Dinorah Ramírez
Alvarez, cédula de identidad número:
3-0161-0108, en calidad de propietario registral de la finca de Cartago matrícula 105197 sub-matrículas
001, 005, 007, que en este Registro se ventila Diligencias Administrativas bajo expediente
2022- 0970-RIM. Con el objeto
de cumplir con el principio
constitucional del debido proceso, por resolución
de las 08:10 horas del 28 de marzo del 2023, se autorizó la publicación por una vez
de un edicto para conferirle
audiencia a: I) A quien demuestre
legitimo interés en la sucesión de quien en vida
fuera Dinorah Ramírez Alvarez, cédula de identidad número: 3-0161-0108, en calidad de propietario
registral de la finca de Cartago matrícula 105197 sub
matrículas 001, 005, 007, por
el término de quince días contados a partir del día siguiente de la última publicación del edicto en el Diario
Oficial “La Gaceta”;
a efecto de que dentro de dicho término presenten
los alegatos que a sus
derechos convenga. Y se le previene
que, dentro del término establecido para la audiencia, debe
señalar medio, donde oír futuras notificaciones
de este Despacho, todo de conformidad con los artículos 22 y 26 del Reglamento Organizacional del Registro Inmobiliario, Decreto Ejecutivo N°35509-J; bajo
apercibimiento de que, de no cumplir
con lo anterior, las resoluciones se les tendrán por notificadas
veinticuatro horas después
de dictadas. Igual consecuencia se producirá si el lugar
señalado fuere impreciso, incierto o ya no existiere, conforme a los artículos 22 y 26 del Reglamento
de la materia y 11 de la Ley No 8687 (que es Ley de Notificaciones Judiciales). Notifíquese. (Referencia expediente 2022-0970-RIM).—Curridabat, 28 de marzo del
2023.—Licenciada Karol Solano Solano,
Asesoría Jurídica.—1 vez.—O. C. N° OC23-0001.—Solicitud
N° 421279.—( IN2023741883 ).
La Caja Costarricense
de Seguro Social informa que recibirá
únicamente documentos firmados de manera digital que cumplan con los requisitos técnicos de garantía de integridad, autenticidad y validez en el tiempo,
según lo establecido en la Ley de Certificados, Firmas Digitales y Documentos Electrónico, N° 8554; así como, las disposiciones
emitidas por el Ministerio de Ciencia, Tecnología y Telecomunicaciones (MICITT).—Subárea Archivo y Correspondencia.—Área Publicaciones
e Impresos.—Licda. Jennifer Zúñiga
Ruiz, Jefe.—1 vez.—O. C. N°
8006.—Solicitud N° 421226.—( IN2023741729 ).
SUCURSAL SAN
JOAQUÍN DE FLORES
De
conformidad con el artículo 20 del Reglamento para Verificar el Cumplimiento
de las Obligaciones Patronales
y de Trabajadores Independientes
por ignorarse domicilio actual del patrono QSR
Developers Costa Rica S. A., número:
2-03101604223-001-001, el Departamento
de Inspección de la sucursal
San Joaquín de Flores notifica traslado
de cargos: 1213-2023-00712, por eventuales
omisiones salariales, por un monto de ¢8.046.184,00 en cuotas obrero
patronales. Consulta expediente
en Flores, San Joaquín, de la clínica
Jorge Volio, 250 metros oeste,
edificio a mano derecha, de
dos plantas. Se le confiere
10 días hábiles a partir
del quinto día siguiente de su publicación para
ofrecer pruebas de descargo y hacer las alegaciones jurídicas pertinentes. Se previene señalar lugar o medio para notificaciones dentro del perímetro administrativo establecido por el Juzgado de Contravenciones
de Flores; de no indicarlo las resoluciones
posteriores se tendrán por notificadas con solo el transcurso de 24 horas a partir de la fecha de resolución. Notifíquese.—Flores, 23 de marzo de 2023.—Licda. Rosalba Jiménez Cascante, Jefa.— 1 vez.—(
IN2023741761 ).
COLEGIO DE PROFESIONALES EN
PSICOLOGÍA DE COSTA RICA
Resolución final.—Tribunal de Honor del
Colegio de Profesionales
en Psicología de Costa
Rica.—Curridabat, San José, a las diecinueve
horas con cinco minutos del
05 de setiembre del dos mil veintidós.
Por tanto,
De
conformidad con la prueba
que ha sido evacuada en este proceso
este Tribunal de Honor tiene
por demostrado que la señora Lindsay Guerrero Sossa, contravino lo dispuesto en el artículo
26 del Código de Ética y Deontológico
del Colegio de Profesionales en
Psicología de Costa Rica vigente
al momento de los hechos y por ello
de conformidad con lo establecido
en el artículo
44 de la Ley N° 6144 Ley del Colegio de Profesionales
en Psicología de Costa
Rica, artículo 40 del Reglamento
del Colegio de Profesionales en
Psicología, artículo 57 del
Código de Ética y Deontológico
del Colegio Profesional de Psicólogos
de Costa Rica, se le impone una
sanción consistente en 3 años de suspensión
para el ejercicio de sus funciones; esto tomando en consideración
la gravedad de los hechos denunciados y comprobados y por constituir una falta muy grave de conformidad con lo establecido en el artículo
67 del Código de Ética y Deontológico
del Colegio de Profesionales en
Psicología vigente al momento de los hechos. Se advierte a las partes que de conformidad con lo establecido en el artículo 44 de la Ley N°
6144, contra lo resuelto puede
interponerse el recurso de revocatoria el cual será
resuelto por el Tribunal de Honor y recurso de
apelación el cual será resuelto
por la Junta Directiva. El plazo para la interposición de los recursos es de tres días y ocho días hábiles, respectivamente, siguientes a la notificación a la
comunicación del auto. Es todo.
Notifíquese. Acuerdo firme de ejecución inmediata.—24
de marzo de 2023.—Tribunal de Honor del CPPCR.—Licda. Marla Hernández Gaubil, Presidenta.—1
vez.—( IN2023741780 ).
PUBLICACIÓN DE
PRIMERA VEZ
COLEGIO FEDERADO
DE INGENIEROS
Y DE ARQUITECTOS DE COSTA RICA
22
de marzo de 2023
JDG-0519-22/23
“La
Junta Directiva General mediante
acuerdo N° 11 de la
sesión N° 15-18/19-G.O. del 05 de marzo
de 2019, acordó autorizar
a la Administración a publicar
por edicto en el Diario
Oficial La Gaceta el acuerdo N° 19 Sesión N° 28-20/21-G.E., debido a
que según oficio
TH-456-2021 del Departamento de Tribunales
de Honor resultó materialmente
imposible notificar a la empresa E K Constructora y Consultora S.A. (CC-08443) expediente
disciplinario 0423-2019.
La
Junta Directiva General del Colegio Federado de Ingenieros y de Arquitectos, en su sesión N° 28-20/21-G.E. de fecha 06 de julio de 2021, acordó lo siguiente:
Acuerdo N° 19:
Se conoce informe
final INFIN-048-2021/0423-2019 remitido por el Tribunal de Honor integrado para conocer expediente N° 0423-2019 de denuncia interpuesta por el Sr. Ronny Hanzel Suárez Villalobos, en
contra de la empresa EK Constructora
y Consultora S. A. (CC-08443).
(…)
POR
LO TANTO SE ACUERDA:
Se
aprueba lo recomendado por el Tribunal de Honor y, en consecuencia, se ordena ARCHIVAR la causa seguida
a la empresa EK Constructora
y Consultora S.A. (CC-08443), en
el caso N° 0423-2019, al no
tenerse por demostrado el único
hecho intimado, y al no establecerse que con su actuación, infringiera el Código de Ética Profesional del Colegio Federado
de Ingenieros y de Arquitectos
de Costa Rica.
Este es un acuerdo firme, según lo dispuesto por los
artículos 36 y 40 del Reglamento
Interior General. De conformidad
con lo que dispone el artículo
31 del Código Procesal Contencioso Administrativo, Ley N° 8508, es facultativo
el agotamiento de la vía administrativa, por lo que pueden los interesados acudir a los Tribunales
de justicia a hacer valer sus derechos. Sin embargo, conforme
lo señala el artículo 115 del Reglamento del Procedimiento Disciplinario del Colegio Federado de Ingenieros y de Arquitectos, publicado en el
Diario Oficial La Gaceta
N° 119 de 20 de junio de 2008, contra la anterior resolución cabe
el recurso de
reconsideración ante la Junta Directiva
General, el cual deberá plantearse en el término
de diez días hábiles, contados a partir de la notificación a la presente resolución. Sírvanse publicar el siguiente
comunicado tres veces
consecutivas.—Ing. Guillermo Carazo
Ramírez, Director Ejecutivo.—O.C Nº 91-2023.—Solicitud
Nº420079.—( IN2023741642 ).