LA GACETA N° 105 DEL 13 DE
JUNIO DEL 2023
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AVISOS
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MUNICIPALIDADES
PROYECTO DE LEY
REFORMA DE LOS ARTÍCULOS 30, INCISO D) Y
37
DEL CÓDIGO DE TRABAJO, LEY N° 2 DE 27 DE
AGOSTO
DE 1943 Y SUS REFORMAS LEY PARA GARANTIZAR
EL RESPETO DE LOS DERECHOS LABORALES
DERIVADOS DE LA ANTIGÜEDAD
Expediente N.° 23.712
ASAMBLEA
LEGISLATIVA:
Esta iniciativa de ley, tiene como antecedente
el Expediente N.º 17.791, que fue
dictaminado afirmativamente
en la Comisión Permanente Ordinaria de Asuntos Jurídicos el 10 de setiembre de 2013, pasando al Plenario para lo que corresponde.
Sin embargo, a partir de las resoluciones
12250-2015, 116582018 y 13570-2018 de la Sala Constitucional,
que versan sobre el plazo de vigencia
de los expedientes legislativos y las prórrogas posibles mediante una moción de plazo
cuatrienal, se determinó
que este proyecto de ley, muy a pesar de lo avanzado que se encuentra en el trámite
legislativo, se debe archivar.
Mediante el presente proyecto de ley se pretende fortalecer la aplicación del principio de continuidad
en el marco
de las relaciones laborales,
mejorando la protección existente en el
Código de Trabajo para garantizar
el respeto de los derechos y garantías sociales derivados de la antigüedad de dichas relaciones. Con tal objetivo se propone sistematizar
y recoger expresamente en el Código de Trabajo una serie
de aplicaciones concretas
del principio de continuidad que la doctrina y la jurisprudencia han utilizado para frenar los abusos
cometidos en perjuicio de los derechos laborales a través de prácticas fraudulentas que intentan simular o aparentar su terminación
o a encubrir su duración en
el tiempo.
El principio de continuidad de la relación laboral es aquel, según el cual,
en beneficio de la persona trabajadora, se establecen una serie de reglas
que definen las relaciones laborales como dotadas de una “extremada vitalidad y dureza” y que se concretan en “la tendencia del derecho del trabajo por atribuirle
la más larga duración a la relación laboral desde todos
los puntos de vista y en todos los aspectos”.[1]
En relación con este principio, nuestros tribunales de trabajo han manifestado
con claridad que “lo que debe
imperar en toda relación laboral
es la intención de que la relación
laboral se mantenga, mientras que no surjan circunstancias que la hagan imposible; ya que proceder así equivale a buscar la estabilidad laboral, principio inspirador de todo ordenamiento laboral.” (Sala Segunda de la Corte Suprema de
Justicia, Sentencia N.° 419 de las 9:30 horas del 13
de diciembre de 1995)
En última instancia,
se trata de la orientación
del Derecho del Trabajo a proteger y estimular la conservación en el tiempo de la relación laboral. Precepto que también se encuentra tutelado en nuestro ordenamiento
jurídico por el artículo 56 constitucional, en tanto se reconoce el derecho al trabajo como un derecho humano fundamental que debe ser promovido por el
Estado. De esta manera, se reconoce que al ser el trabajo la principal fuente de ingresos tanto para la persona trabajadora
como para su familia es necesario que este tenga la mayor duración posible.
De ahí, que existan muchos ejemplos en nuestra legislación sobre normas que tienden a proteger la estabilidad en el
empleo tanto público como privado. En términos generales, se les da preferencia
a los contratos por tiempo indefinido.
Existen presunciones legales iuris tantum
de que los contratos de trabajo son de duración indefinida, calificándose los contratos a tiempo definido como una excepción.
El inciso d) del artículo 30 del
Código de Trabajo establece
que, para efectos del pago
del preaviso y cesantía será absolutamente nula cualquier cláusula de un contrato de trabajo “que tienda a interrumpir la continuidad de los servicios prestados
o por prestarse”. Otra aplicación concreta del principio de continuidad
se encuentra en el artículo 37 de este mismo cuerpo
normativo, que en relación con el cambio o sustitución del patrono (por ejemplo
mediante el traspaso de la empresa o negocio), establece que tal modificación “no afectará los contratos
de trabajo existentes, en perjuicio del trabajador”, y que el patrono anterior “será solidariamente responsable con el nuevo patrono por las obligaciones derivadas de los contratos o de la ley nacidas
antes de la fecha de la sustitución
hasta por un plazo de seis
meses”.
Una disposición similar e incluso mucho más garantista
y protectora de los
derechos laborales, ya que
no limita en el tiempo la solidaridad
del patrono sustituto, se encuentra contenida en el artículo
30 de la Ley Orgánica de la Caja
Costarricense del Seguro Social N.° 17 del 22 de octubre de 1943 cuyo tercer párrafo dice lo siguiente: “En caso del traspaso o arrendamiento de una empresa de cualquier índole, el adquiriente o arrendatario responderá solidariamente con el transmitente o arrendante, por el pago
de las cuotas obreras o patronales que estos últimos fueren en deber a la Caja
en el momento
del traspaso o arrendamiento.”
A pesar de lo anterior, cada vez son más frecuentes
en nuestro país diversas prácticas
fraudulentas que buscan limitar la continuidad de las relaciones laborales, afectando el pago
de derechos laborales y prestaciones
sociales asociadas a la antigüedad de dichas relaciones como el preaviso y la cesantía. Los mecanismos utilizados para este fin son variados, pero en general se trata de prácticas que buscan simular la terminación de las relaciones laborales u ocultar su duración
en el tiempo
con la clara finalidad de ahorrar dinero a costa del desconocimiento
de los derechos laborales
de las personas trabajadoras.
Por ejemplo, son constantes las denuncias presentadas por personas trabajadoras que son
contratadas y despedidas antes de cumplir
tres meses de laborar para el mismo patrono,
y de forma inmediata vuelven
a ser contratadas, para nuevamente
ser despedidas y recontratadas en
otro periodo igual y así sucesivamente.
Todo esto con la clara finalidad de impedir la consolidación de los derechos al preaviso y a la cesantía (artículo 28 inciso a. y artículo 29 inciso a.).
En muchos de estos casos los responsables
utilizan abusivamente la personalidad jurídica de las sociedades mercantiles. Las personas
trabajadoras afectadas son movilizadas entre sociedades integrantes de la misma empresa o pertenecientes a los mismos dueños
(ya sea que se les “despida”
y se les “recontrate” o bien que simplemente
se les “traslade”) con el resultado de que se interrumpe la
antigüedad laboral en perjuicio de los derechos que de ella se derivan.
Dentro de los
fraudes de este tipo que se cometen en detrimento de la estabilidad y de la antigüedad de
la relación laboral, uno de
los más comunes
consiste en aparentar que ha ocurrido una sustitución patronal cuando en realidad
el negocio sigue en manos de los mismos dueños.
En tales casos, la disposición
contenida en el artículo 37 del Código de Trabajo, ha resultado ser insuficiente, dado que restringe
la responsabilidad solidaria
del patrono sustituto a un periodo de seis meses únicamente;
con lo cual, dicha norma más bien termina siendo utilizada para legitimar (en fraude
de ley) la evasión de las obligaciones
laborales. Una vez transcurrido ese término, la sociedad que formalmente sustituyó al primer patrono (por ejemplo, mediante
la simulación de un traspaso
del negocio), negará toda responsabilidad por los derechos derivados de la antigüedad acumulada de sus trabajadores, aunque en la práctica
ésta y la primera empleadora integren una misma unidad.
Sin duda, se trata de prácticas sumamente lesivas de los derechos laborales que se aprovechan de la
posición de franca desigualdad en la que se encuentran las personas trabajadoras en el marco de la relación laboral. Cuando éstas han sido
detectadas y demostradas en juicio nuestra
jurisprudencia laboral
ha defendido la continuidad
de la relación laboral, considerando que nunca existió la pretendida sustitución patronal, por tratarse del mismo empleador, con distinto nombre. Por ejemplo, la Sala
Segunda ha dicho: “la sustitución
patronal prevista por la
ley, se da cuando hay un cambio
de firma, transferencia de fondo de comercio o establecimiento comercial o traspaso de una empresa y, por ello, ésta no es la figura aplicable al caso, pues tal
y como se indicó, se trata de una misma
unidad económico administrativa y el cambio de nombre, no puede afectar los
derechos adquiridos por los trabajadores.” (Sentencia N.° 236 de las 10:00 horas del 2 de octubre de 1992).
Sin embargo, en muchos
casos estas prácticas quedan impunes por diversas razones
que se enmarcan dentro de la estructura
desigual de las relaciones laborales: la falta de acceso por parte
de las personas trabajadoras afectadas
a información clara y precisa sobre sus derechos, su imposibilidad de contar mecanismos eficaces de defensa jurídica, la dificultad de demostrar los vínculos
existentes entre las diversas
personas jurídicas utilizadas
para encubrir estos fraudes y en general para desenredar el complejo
entramado de subterfugios legales que son utilizados en su comisión.
Frente a estas
prácticas, el principio de continuidad permite desenmascarar la apariencia de pluralidad de relaciones laborales generada por la interposición formal de personalidades distintas para evidenciar la permanencia sustancial del vínculo. Con base en este principio se justifica desconocer el aparente cambio
de persona empleadora y desvirtuar
una supuesta terminación de la relación laboral que no es conteste con la
realidad, lo cual lleva a “computar en un único periodo
de antigüedad los lapsos que el trabajador
ha laborado en filiales del mismo grupo empresario.”[2]
Para estos efectos, se propone establecer que además de las cláusulas contractuales que tiendan a interrumpir
la prestación de los servicios, también serán absolutamente nulas y constituirán acciones realizadas en fraude de ley, todas estas prácticas
dirigidas a afectar la antigüedad de las personas trabajadoras
y el cálculo de sus prestaciones laborales. Esto último incluye
la utilización de interpósitas
personas físicas o jurídicas
para simular la terminación
de la relación laboral.
De particular importancia, resulta la reforma que busca sancionar expresamente a quienes incurran en estas
prácticas. De esta forma se
pretende, por una parte, hacer
justicia a las personas trabajadoras
que han resultado afectadas por tales violaciones a sus derechos y que han
tenido que soportar largos procesos judiciales para obtener la reparación del daño sufrido; y por otra, desestimular
mediante una sanción rigurosa la comisión de este tipo de acciones fraudulentas que tanto perjudican
la estabilidad de las relaciones
laborales.
La reforma planteada también pretende fortalecer las potestades de las autoridades judiciales encargadas de investigar este tipo de violaciones
a los derechos laborales, a
fin de que puedan prescindir
de las formas jurídicas utilizadas para encubrir la realidad de las relaciones laborales, impidiendo que dichas formas prevalezcan
sobre la tutela efectiva de
los derechos laborales
(principio de primacía de la realidad).
Por último, se propone reformar el numeral 37 del Código de Trabajo
referido a la responsabilidad
patronal en los casos de sustitución del empleador con el objetivo de armonizarlo con lo dispuesto en el
artículo 30 de la Ley Orgánica
de la Caja Costarricense
del Seguro Social, dando preeminencia
a la norma más garantista.
Por otra parte, mediante
esta iniciativa también se busca recoger las mejoras incorporadas en esta iniciativa de ley por la Comisión de Asuntos Jurídicos, a partir de las consultas formuladas sobre el expediente N.°17.791. Estos criterios se sintetizan de la siguiente manera:
- La Procuraduría General de la República mediante
Opinión Jurídica OJ 039 de
2012 de fecha 11 de julio
del 2012, realizó un análisis
de la propuesta, indicando en sus conclusiones que:
“De acuerdo con la reforma que se pretende introducir en los artículos
30 y 37 del Código de Trabajo, no observa
este Órgano Consultor, en términos generales,
que ello contraríe las máximas del Derecho de Trabajo, establecidas en el Título V, Capítulo
Único de la Constitución
Política, los Convenios de
la Organización Internacional
del Trabajo, y el resto de
las normas del Código de Trabajo;
antes bien, las ampliaciones y reformas
que se proyectan bajo la citada
iniciativa tienden a fortalecer aún más, el principio de continuidad laboral, a fin de garantizar al trabajador la permanencia en el trabajo para todos los efectos
legales.”
- La Defensoría de los Habitantes, mediante oficio DHR-418-2012 de 26 de junio de 2012, indicó que el proyecto
consultado es de gran importancia
para la protección de los
derechos laborales de las personas trabajadoras, especialmente para aquellas que se desempeñan en el sector privado. Además, la Defensoría expresó que compartía las premisas y argumentos de la exposición de motivos de la iniciativa en estudio,
en cuanto a confirmar las situaciones de despidos antes de que las personas cumplan
los tres meses de laboral para romper el principio citado, como práctica
que lesiona la estabilidad
y violenta los derechos laborales, así como lo señalado de que el artículo 37 ha resultado insuficiente y hasta cierto punto causante de la impunidad dado que extiende la responsabilidad del patrono a un plazo de seis meses para que asuma
la responsabilidad solidario
del patrono sustituto con
lo cual se desconocen los derechos laborales y como indica el proyecto, reitera la Defensoría se constituye en fraude de ley.
De esta manera la Defensoría indicó en su respuesta
que “estamos totalmente de acuerdo con la reforma sugerida”, sustentándose en que “había conocido quejas por trabajadores
de la empresa privada, que consultaban a esa
entidad sobre la forma de reclamar a sus patronos el pago de sus derechos laborales, dado que el patrono que los contrató ya no era el mismo, y simplemente
desapareció y ahora opera
con otra razón social y nombre, y les desconocen el pago de todos
sus derechos.”
- El Informe Técnico del Departamento de Estudios, Referencias y Servicios Técnicos de la Asamblea Legislativa AL-DEST- IJU
-277-2019, señala que la Comisión
Permanente Ordinaria de Asuntos
Jurídicos emitió Dictamen Afirmativo de Mayoría en la sesión de 23 de octubre de 2019, en virtud de que: “entre el texto base y el texto dictaminado no existen modificaciones sustanciales y se mantiene el espíritu inicial
de la propuesta que recogió
para su formulación, las mejoras incorporadas en esta iniciativa
de ley por la Comisión de Asuntos Jurídicos, a partir de las consultas formuladas sobre el expediente N.°17.791.”, adicionando que “en el segundo párrafo
del inciso d) se refuerza
la descripción de los actos de fraude agregando que son todas aquellas prácticas dirigidas a simular o aparentar la interrupción de la continuidad de la relación laboral o a encubrir
dicha continuidad lo que resulta adecuado.”
El mismo informe evidencia
la coherencia de la propuesta
con algunos conceptos de interés, como lo son los de Fraude de Ley, Sustitución Patronal, el
Principio de continuidad en
derecho laboral; y refiere tal coherencia al artículo 20 del Código Civil, a aclaraciones de la misma Procuraduría General, al artículo
37 del Código de Trabajo, así
como a jurisprudencia de la
Sala Segunda y el Ministerio
de Trabajo.
El mismo informe concluye
que con respecto al artículo
30 en su nueva redacción y en particular en “los párrafos segundo,
tercero y cuarto que son adicionados, son en criterio de esta asesoría disposiciones que vienen a ampliar
y fortalecer el principio
de continuidad.”, resultando
en que “en criterio de esta asesoría lo propuesto es razonable y proporcionado”. Finalmente destaca el informe que el párrafo tercero
de la reforma planteada
para el artículo 30 “también es compatible con el espíritu de la iniciativa y
viable, y debe entenderse en el marco
de la protección y fortalecimiento
que busca el proyecto del principio de continuidad
de las relaciones laborales
y su protección especial al
trabajador.”
Con respecto a la reforma del artículo 37, el informe resuelve que “es congruente y responde al espíritu protector de la iniciativa.
En general, considera esta asesoría que el proyecto de ley viene a fortalecer la aplicación del
principio de continuidad laboral,
mejorando, ampliando y sistematizando la garantía existente para intentar frenear los abusos
existentes en perjuicio de los trabajadores frente a prácticas que pretenden simular, aparentar o encubrir la duración en el tiempo
de la relación laboral.” Y concluye que “no se identifica ningún problema de fondo o forma, para su aprobación”.
- Igualmente, en el texto que se presenta fueron incorporadas las recomendaciones contenidas en el Informe del Departamento de Servicios Técnicos, relativo al expediente N.° 17.791.
En virtud de las consideraciones
expuestas, las diputaciones que suscriben
someten a conocimiento de
la Asamblea Legislativa el siguiente proyecto
de ley para su estudio y pronta aprobación por parte de los
señores diputados y las señoras diputadas.
LA ASAMBLEA LEGISLATIVA
DE LA REPÚBLICA DE COSTA RICA
DECRETA:
REFORMA DE LOS ARTÍCULOS 30, INCISO D) Y
37
DEL CÓDIGO DE TRABAJO, LEY N° 2 DE 27 DE AGOSTO
DE 1943 Y SUS REFORMASLEY PARA GARANTIZAR
EL RESPETO DE LOS DERECHOS LABORALES
DERIVADOS DE LA ANTIGÜEDAD
ARTÍCULO ÚNICO- Se reforman
el inciso d) del artículo 30 y el artículo 37 del Código de Trabajo,
Ley N.º 2 de 27 de agosto de
1943 y sus reformas, que en
adelante se leerán de la siguiente manera:
Artículo 30- El preaviso y el auxilio de cesantía
se regirán por las siguientes reglas comunes:
(…)
d) Será absolutamente nula la cláusula del contrato que tienda a interrumpir la continuidad de los servicios prestados
o por prestarse.
Igualmente, constituyen
actos realizados en fraude de ley todas aquellas prácticas dirigidas a simular o aparentar la interrupción de la continuidad de
la relación laboral o a encubrir dicha
continuidad, con la finalidad
de afectar la antigüedad de
las personas trabajadoras y el
cálculo de sus prestaciones
laborales, incluyendo los despidos y las recontrataciones sucesivas, ya sea directamente por el mismo
patrono o a través de interpósitas personas físicas o jurídicas, así como cualesquiera otras prácticas similares o de efectos equivalentes. Todos estos actos serán
absolutamente nulos y no impedirán la efectiva aplicación de las disposiciones
de este Código.
Quienes incurran
en estas prácticas quedarán obligados a pagar a las personas trabajadoras afectadas la totalidad de las prestaciones adeudadas por concepto
de preaviso y auxilio de cesantía y serán sancionados con multa de conformidad con el artículo 398 de este Código, según la gravedad de la falta.
Para efectos de garantizar el cumplimiento de estas disposiciones, los funcionarios
responsables podrán prescindir de las formas jurídicas adoptadas por los sujetos
obligados que no correspondan
a la realidad de los hechos. Las personas jurídicas,
las entidades o colectividades
que formen parte de grupos económicos o grupos de sociedades quedarán solidariamente obligadas al cumplimiento de las obligaciones contenidas en este Código.
(…)
Artículo
37- La sustitución del patrono
no afectará los contratos de trabajo existentes, en perjuicio del trabajador. El patrono sustituido será solidariamente responsable con el nuevo patrono por las obligaciones derivadas de los contratos o de la ley, nacidas antes de la fecha de la sustitución y hasta por el término de doce
meses, siempre que no se trate
de una sustitución simulada, en cuyo
caso se aplicará lo dispuesto en el
artículo 30, inciso d) de este Código. Concluido este plazo, la responsabilidad subsistirá únicamente para el nuevo patrono.
Rige a partir
de su publicación.
Rocío Alfaro Molina Priscilla Vindas
Salazar
Jonathan Jesús Acuña
Soto Andrés Ariel Robles Barrantes
Sofía Alejandra Guillén Pérez Antonio José Ortega Gutiérrez
Diputadas y diputados
NOTA: El expediente legislativo aún no tiene comisión
asignada.
1
vez.—Exonerado.—( IN2023775073 ).
N° 44020-MAG
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA,
Y EL MINISTRO DE AGRICULTURA Y GANADERÍA
Con fundamento en
las atribuciones y facultades
conferidas en los artículos 50, 140 incisos 3) y
18) y 146 de la Constitución Política; los artículos 25 inciso 1), 27 inciso 1) y artículo 28 inciso 2) acápite b) de la Ley General de la Administración
Pública, N° 6227 del 2 de mayo de 1978; el artículo 8 inciso
g) del Convenio sobre Diversidad Biológica y sus Anexos, aprobado mediante la Ley N° 7416 del 30 de junio
de 1994; el artículo 2 incisos 1) y 2) del Protocolo de Cartagena sobre Seguridad de la Biotecnología del
Convenio sobre la Diversidad Biológica, aprobado mediante la Ley N° 8537
del 23 de agosto de 2006; los
artículos 45 y 46 de la Ley de Biodiversidad
N° 7788 del 30 de abril de 1998; los
artículos 40 al 42 de la Ley de Protección
Fitosanitaria N° 7664 del 08 de abril
de 1997, los artículos 5 y
6 inciso h) de la Ley General del Servicio
Nacional de Salud Animal N° 8495 del 06 de abril de 2006 y la Ley de Protección
al Ciudadano del Exceso de Requisitos y Trámites Administrativos, Ley N° 8220 del 4 de marzo
de 2002.
Considerando:
I.—Que el Convenio sobre
la Diversidad Biológica, aprobado mediante la Ley N° 7416,
publicada en La Gaceta N° 143 del 28 de julio
de 1994, señala en su artículo 8 inciso
g), la necesidad de establecer
o mantener medios para
regular, administrar o controlar
los riesgos derivados de la utilización y la liberación de organismos vivos modificados, como resultado de la biotecnología que es probable tengan repercusiones ambientales adversas
que puedan afectar a la conservación y a la utilización sostenible de la diversidad biológica.
II.—Que la Ley
de Protección Fitosanitaria
N° 7664, publicada en La
Gaceta N° 83 del 02 de mayo
de 1997, regula lo relativo
a la fitoprotección, importación,
exportación, investigación,
experimentación, movilización,
multiplicación, producción industrial, comercialización
y uso de materiales transgénicos y otros organismos genéticamente modificados para uso agrícola, sus productos, agentes de control biológico y otros organismos para uso agrícola producidos
dentro y fuera del país.
III.—Que el Protocolo de Cartagena sobre Seguridad de la Biotecnología del
Convenio sobre la Diversidad Biológica, aprobado mediante la Ley N° 8537,
publicada en La Gaceta N° 227 del 27 de noviembre
de 2006, tiene por objetivo contribuir a garantizar un nivel adecuado de protección en
la esfera de la transferencia,
manipulación y utilización seguras de los organismos vivos modificados resultantes de la biotecnología moderna
que puedan tener efectos adversos para la conservación y la utilización sostenible de la
diversidad biológica, teniendo
también en cuenta
los
riesgos para la salud
humana, y centrándose concretamente en los movimientos transfronterizos.
IV.—Que en el Artículo
40 de la Ley de Protección Fitosanitaria
N° 7664 se crea la Comisión
Técnica Nacional de Bioseguridad, como
órgano asesor del Servicio Fitosanitario del Estado, en
temas relacionados con biotecnología moderna y bioseguridad de los organismos vivos modificados para uso en la agricultura.
V.—Que el Reglamento a la Ley de Protección Fitosanitaria, Decreto Ejecutivo
N° 26921-MAG, publicado en La
Gaceta N° 98 del 22 de mayo de 1998, mantiene en su
redacción actual limitaciones en cuanto al uso
de terminología ya superadas
en la ciencia y la técnica, así como de la estructura orgánica misma del Servicio Fitosanitario del Estado, y de la conceptualización de las funciones de la Comisión Técnica Nacional de Bioseguridad como órgano asesor en el
proceso de regulación
de las actividades relacionadas
con los organismos vivos modificados para uso agrícola.
VI.—Que el Servicio Fitosanitario del
Estado, como ente encargado de las regulaciones y
control de las actividades relacionadas
con los organismos vivos modificados para uso agrícola, considera
necesario modificar la conformación de la Comisión
Técnica Nacional de Bioseguridad, a fin de incluir al sector agropecuario y agroindustrial, con el propósito de mantener una representación equilibrada y técnicamente fortalecida, de manera que los sectores representados
puedan valorar la información técnica y científica de manera objetiva desde la perspectiva de su competencia y, de esta forma, enriquecer las consideraciones técnicas del órgano colegiado sobre temas relacionados a la bioseguridad.
VII.—Que las regulaciones
y trámites de los órganos y entes que conforman la Administración Pública central y descentralizada, instituciones autónomas
y semiautónomas, órganos
con personalidad jurídica
instrumental, entes públicos
no estatales, municipalidades
y empresas públicas están sujetas al cumplimiento de los principios de eficiencia y simplicidad en aras de proteger los derechos fundamentales de los particulares. Es decir, no deben establecer restricciones, requisitos o trámites que dificulten a los habitantes del país el disfrute pleno
de sus derechos, y a los que desarrollan
una actividad económica a ejercerla
en un marco de libre competencia. Por tanto,
DECRETAN:
REFORMA DE LOS ARTÍCULOS 111 AL 116
DEL DECRETO EJECUTIVO N° 26921-MAG
DENOMINADO REGLAMENTO A LA LEY
DE PROTECCIÓN FITOSANITARIA
Artículo 1º—Refórmense los artículos 111, 112, 113, 114,
115 y 116 del Decreto Ejecutivo
N° 26921-MAG: Reglamento a la Ley de Protección Fitosanitaria, del 20
de marzo de 1998, para que se lean de la siguiente forma:
“Artículo
111.—De las funciones de la Comisión Técnica Nacional de Bioseguridad.
La Comisión tendrá las siguientes funciones:
1. Asesorar a las instituciones del sector agropecuario
en el establecimiento
y ejecución de medidas y procedimientos técnicos, así como la elaboración
de proyectos de decretos ejecutivos y reglamentos necesarios para regular organismos
producto de la biotecnología
moderna, incluidos los obtenidos por
la edición del genoma, así como los
organismos vivos modificados o sus productos, de uso agropecuario.
2. Asesorar
al Servicio Fitosanitario
del Estado en la adopción
de decisiones sobre la importación, movilización, experimentación, liberación al ambiente, multiplicación, comercialización o cualquier otra actividad con organismos producto de la biotecnología moderna, incluidos los obtenidos
por la edición del genoma, así como
los organismos vivos modificados, de uso en la agricultura,
que puedan representar un riesgo no aceptable para el ambiente, la salud humana, animal o las actividades productivas agrícolas.
3. Asesorar
al Servicio Nacional de Salud
Animal en la adopción de decisiones sobre la producción, uso, liberación, comercialización o cualquier otra actividad con organismos de origen animal producto de las nuevas técnicas de mejoramiento genético, tal como la edición
del genoma, organismos vivos modificados de origen animal, organismos vivos modificados de cualquier tipo destinados a uso directo como alimento
para consumo animal o para procesamiento,
agentes de control biológico
que son organismos vivos modificados o cualesquiera otra aplicación en animales, que puedan representar un riesgo no aceptable para el ambiente, la salud humana, animal o las actividades productivas con animales.
4. Asesorar
a las instituciones encargadas
de emitir las autorizaciones
para importar, usar, liberar
al ambiente, comercializar
o cualquier otra actividad con organismos vivos modificados, o sus productos. En el ámbito de competencias de cada institución regulatoria y de acuerdo a sus procedimientos internos.
5. Emitir dictámenes técnicos-científicos sobre la evaluación y gestión de riesgos, para las
solicitudes de importación,
uso, liberación al ambiente, comercialización
o cualquier otra actividad con organismos vivos modificados, o sus productos, sin historial de uso en el
país.
6. Asesorar
al Estado en la definición
de políticas y estrategias de bioseguridad dentro
del marco del Protocolo de
Cartagena sobre Seguridad
de la Biotecnología del Convenio sobre la Diversidad Biológica.
7. Promover
la divulgación, capacitación
y entrenamiento en aspectos de bioseguridad de los organismos vivos modificados.
“Artículo
112.—De la integración de la
Comisión Técnica Nacional de Bioseguridad.
La Comisión estará integrada por nueve
miembros propietarios con
derecho a voz y voto. Cada entidad representada
nombrará un miembro suplente para que sustituya al propietario en su ausencia. Se permitirá la presencia del suplente cuando esté presente el
miembro propietario, en cuyo caso
únicamente se le concede derecho a voz. La Comisión estará integrada por:
a) El Ministerio
de Agricultura y Ganadería
b) El Servicio
Fitosanitario del Estado.
c) El Servicio
Nacional de Salud Animal.
d) La Oficina
Nacional de Semillas.
e) El Ministerio
de Ambiente y Energía.
f) El Ministerio
de Salud
g) La Academia Nacional de Ciencias.
h) La Federación
para la Conservación de la Naturaleza.
i) La
Cámara Nacional de Agricultura y Agroindustria.”
“Artículo
113.—De la operación de la Comisión Técnica Nacional de Bioseguridad.
La Comisión Técnica Nacional de Bioseguridad
estará presidida por el representante
propietario del Servicio Fitosanitario del Estado, para que coordine
y dirija las reuniones en las que se discutan temas dentro del ámbito de competencias del Servicio Fitosanitario del
Estado. Además, nombrará de
su seno un Vicepresidente y un Secretario
con las atribuciones conferidas
por la Ley General de Administración
Pública.
En caso de ausencia o de enfermedad y, en general, cuando concurra alguna causa justa, el Presidente y el Secretario serán sustituidos por el Vicepresidente,
o un Presidente ad-hoc, y un
Secretario suplente, respectivamente.
En los casos de consultas
relacionadas a las solicitudes de importación,
uso, liberación al ambiente, comercialización o cualquier otra actividad con organismos producto de las nuevas técnicas de mejoramiento genético, tal como
la edición del genoma, así como organismos
vivos modificados, o sus productos, cuya toma de decisión no es competencia del Servicio Fitosanitario del Estado, la Comisión
Técnica Nacional de Bioseguridad mediante
acuerdo podrá nombrar a un Presidente ad-hoc, quien será el
representante titular de la institución
que realiza la consulta, para que coordine
y dirija las reuniones que permitan la asesoría en la toma de decisiones
para cada caso particular, según el ámbito
de competencias de la institución
consultante y de acuerdo a
sus procedimientos internos.”
“Artículo
114.—Del ejercicio de las funciones. Los miembros de la Comisión ejercerán sus funciones, en forma ad honorem, por un periodo de cuatro años, pudiendo ser reelectos por periodos sucesivos.
De igual manera podrán ser removidos de forma
libre por la institución u organización que los haya designado.”
“Artículo 115.—De las
sesiones. El Presidente convocará a sesión ordinaria una vez
al mes y a sesión extraordinaria cuando se requiera, por iniciativa
propia, a solicitud de al menos tres de los
miembros de la Comisión
Técnica Nacional de Bioseguridad debidamente
fundamentada ante la Presidencia o
a solicitud de al menos un miembro representante de las instituciones encargadas de emitir las autorizaciones para importar, usar, liberar al ambiente, comercializar o cualquier otra actividad con organismos producto de las nuevas técnicas de mejoramiento genético, tal como
la edición del genoma, así como organismos
vivos modificados, o sus productos.
Las sesiones podrán ser realizadas de forma presencial o
virtual garantizando los principios que rigen la colegialidad. Las sesiones se llevarán a cabo con al menos la mayoría absoluta de los miembros que conforman el órgano colegiado,
de los cuales tres deberán ser los funcionarios gubernamentales. Las decisiones
se tomarán por mayoría simple de votos presentes y en caso de empate el Presidente tendrá
la facultad de ejercer el doble voto. Las sesiones deberán grabarse en audio y video cada sesión, así
como levantará la respectiva acta y lista de asistencia.
“Artículo
116.—De las invitaciones a
las sesiones de la Comisión
Técnica Nacional de Bioseguridad. A las sesiones podrá ser invitada, con derecho a voz, pero no a voto,
cualquier persona, a quien
la Comisión Técnica Nacional de Bioseguridad
mediante acuerdo considere conveniente convocar o autorizar su participación.”.
Artículo 2º—Rige a partir de su publicación
en el Diario
Oficial La Gaceta.
Dado en la Presidencia de la República.—San
José, a los tres días del mes de mayo del año dos mil veintitrés.
RODRIGO CHAVES ROBLES.—El Ministro
de Agricultura y Ganadería, Víctor Julio Carvajal Porras.—1 vez.—O.C. N° 4600074933.—Solicitud N° PI.004-2023.—(
D44020 - IN2023776641 ).
Convoca a concurso Externo
N° 001-2023
Para la Contratación
de Sub Auditor Interno
Las personas interesadas en participar pueden consultar los lineamientos,
requisitos y términos de referencia al siguiente link:
https://mgpgo-my.sharepoint.com/:b:/g/personal/concursosubauditor2023_mgp_go_cr/EXZj_HtCPN1FvLm0QfqzkZABtX8fZqwa18SbauCfVd1T1g?e=6Y4F25
De igual forma, los mismos se podrán solicitar información a la siguiente dirección de correo electrónico:
concursosubauditor2023@mgp.go.cr
Según los términos de referencia, las ofertas se recibirán en forma física en la Unidad de Gestión de Recursos Humanos, ubicada de la Iglesia Santa Teresita 300 metros norte
y 125, en horario de 8 a.m.
a 2 p.m., o bien, por correo electrónico a: concursosubauditor2023@mgp.go.cr , en
este último caso, los documentos
deberán aportarse con firma digital y no puede sobrepasar los 15 MB de tamaño, de ser necesario se pueden enviar en
dos correos.
Se iniciará con
la recepción de ofertas, 10
días hábiles después de su publicación en el Diario
La Gaceta, hasta por
un periodo de cinco días hábiles adicionales improrrogables
Marlen María Luna
Alfaro, Viceministra de Gobernación
y Policía.—Diego Zúñiga
Mora, Oficial Mayor.—Jorge Fabián Ulate
Azofeifa, Gestión de Recursos Humanos.—1 vez.—O.C. N°
082202300010.—Solicitud N° 433999.—( IN2023782913 ).
SERVICIO NACIONAL DE SALUD ANIMAL
EDICTOS
DIRECCIÓN DE MEDICAMENTOS VETERINARIOS
DMV-RGI-R-998-2023.—La señora Natalia Alvarado
Picado, documento de identidad
número 1-1359-0757, en calidad de regente veterinario de la compañía Faryvet (Droguería), con domicilio en 100 mts. norte y 75 mts. oeste de la
entrada principal de Cenada. Heredia, Central-Ulloa,
Costa Rica, solicita el registro del producto veterinario del grupo 3: TS 200 (Inyectable), fabricado por Faryvet (Laboratorio),
de Costa Rica, con los principios
activos: sulfametoxazol 200
mg/ml, trimetoprim 40 mg/ml y las indicaciones
terapéuticas: Tratamiento
de infecciones provocadas bacterias sensibles a la asociación sulfonamida-trimetoprim
en vacas. La información del producto cumple con lo requerido en el Reglamento
Técnico Centroamericano RTCA 65.05.51:18. Medicamentos Veterinarios,
Productos Afines y sus Establecimientos. Requisitos
de Registro Sanitario y Control
(Decreto Ejecutivo Nº
42965-COMEX-MEIC-MAG). Se cita a terceros
con derecho a oponerse, para que lo hagan valer ante esta Dirección, dentro del término de 5 días hábiles, contados a partir del día siguiente de la publicación de este edicto, en el
Diario Oficial “La Gaceta”.—Heredia,
a las 13 horas del día 29 de mayo del 2023.—Dra. Miriam Jiménez Mata, Directora.—1
vez.—( IN2023775466 ).
DMV-RGI-R-989-2023.—El
señor Juan Antonio Acosta Campos, documento
de identidad número
4-0116-0574, en calidad de regente veterinario de la compañía Zoetis Costa Rica S.R.L., con domicilio
en edificio Escazú
Corporate Center, 5to piso, San Rafael de Escazú, San
José, Costa Rica, solicita el
registro del producto veterinario del grupo 3: Gromax, fabricado por Zoetis Suzhou Manufacturing Co., Ltd., de China, con los principios activos: maduramicina 0.0075
kg/kg, nicarbazina 0.08 kg/kg y las indicaciones terapéuticas: para prevenir y controlar la
coccidiosis causada por
Eimeria acervulina, E. brunetti,
E. máxima, E. mivati, E. necatrix y E. tenella en aves. La información
del producto cumple con lo requerido en el
Reglamento Técnico Centroamericano
RTCA 65.05.51:18. Medicamentos Veterinarios,
Productos Afines y sus Establecimientos. Requisitos de Registro Sanitario y Control (Decreto Ejecutivo Nº
42965-COMEX-MEIC-MAG). Se cita a terceros
con derecho a oponerse, para que lo hagan valer ante esta Dirección, dentro del término de 5 días hábiles, contados a partir del día siguiente de la publicación de este edicto, en el
Diario Oficial La Gaceta.—Heredia,
a las 9 horas del día 29 de mayo del 2023.—Dra. Miriam Jiménez Mata, Directora.—1 vez.—( IN2023776165 ).
DIRECCIÓN NACIONAL DE PENSIONES
De conformidad con resolución
MTSS-DMT-RTPG- 28-2023 de las 08:00 horas del 28 de abril
del 2023, el señor Ministro resuelve: Impartir aprobación final a la resolución MTSS-JPIG-RG-36-2023 de las 8:00 horas del 17 de
marzo del 2023, de sesión celebrada en San José a las 14:00
horas del 16 de marzo del 2023, de la Junta de Pensiones e Indemnizaciones de
Guerra. Se otorga Traspaso
de Pensión de Guerra a Gutiérrez Gutiérrez
Alicia, cédula de identidad Nº 5-066-134, a partir del día 12 de octubre de
2022; por la suma de ciento cuarenta mil doscientos noventa y un colones con cincuenta céntimos (¢140.291.50), mensuales
en forma vitalicia, sin perjuicio de los aumentos que por costo de vida que se hayan decretado a la fecha. Se da así por agotada la vía administrativa Notifíquese.—Sr.
Andrés Romero Rodríguez, Ministro de Trabajo y Seguridad
Social.—Glenda Sánchez Brenes, Directora.—1 vez.—( IN2023785186 ).
De conformidad con resolución
MTSS-DMT-RTPG- 15-2023 de las 08:00 horas del 28 de abril
del 2023, el señor Ministro resuelve: Impartir aprobación final a la resolución MTSS-JPIG-RG-24-2023 de las 8:00 horas del 17 de
marzo del 2023, de sesión celebrada en San José a las 14:00
horas del 16 de marzo del 2023, de la Junta de Pensiones e Indemnizaciones de
Guerra. Se otorga Traspaso
de Pensión de Guerra a Sibaja
Alvarado Ana María, cédula de identidad Nº 2-254-735,
a partir del día 25 de enero
de 2023; por la suma de ciento cuarenta mil doscientos noventa y un colones con cuarenta y un céntimos (¢140.291.41), mensuales
en forma vitalicia, sin perjuicio de los aumentos que por costo de vida que se hayan decretado a la fecha. Se da así por agotada la vía administrativa Notifíquese.—Sr.
Andrés Romero Rodríguez, Ministro de Trabajo y Seguridad
Social.—Glenda Sánchez Brenes, Directora.—1 vez.—( IN2023785215 ).
JUNTA ADMINISTRATIVA DEL REGISTRO NACIONAL
REGISTRO DE LA PROPIEDAD INDUSTRIAL
PUBLICACIÓN DE
TERCERA VEZ
Para ver las marcas con sus respectivas imágenes solo en La Gaceta con formato PDF
Solicitud N°
2022-0010777.—Fabiola Sáenz Quesada, en
calidad de apoderada
especial de Banco BAC San José S.A.,
cédula jurídica
N° 3101012009, con domicilio
en Costa Rica, San José, calle
0, avenidas 3 y 5, Costa Rica, San José, Costa
Rica, solicita la inscripción:
como marca de servicios
en clase(s): 36 internacional(es), para proteger
y distinguir lo siguiente: en clase 36: emisiones
de tarjetas de crédito y de
débito; servicios financieros y operaciones monetarias relacionadas con tarjetas de crédito y de débito. Reservas: Reserva del color rojo y de utilizarlo
en cualquier tamaño, pudiendo ser reproducido por todos los medios
que se estimen convenientes.
Fecha: 13 de diciembre de
2022. Presentada el: 8 de diciembre de 2022. San José: Se cita
a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos
valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. 13 de diciembre de 2022. A efectos de publicación, téngase en cuenta
lo dispuesto
en el artículo
85 de la Ley 7978. Esta solicitud
se rige por el art. 28 de la Ley de Marcas Comerciales y Otros Signos Distintivos que indica “Cuando la marca consista en una
etiqueta y otro signo compuesto por un conjunto de elementos, la protección no se extenderá a los elementos contenidos
en ella que sean de uso común
o necesario en el comercio”.—Walter Alfaro González, Registrador.—(
IN2023774854 ).
Solicitud Nº 2023-0002424.—Jaime(nombre) Cohen(apellido),
casado una vez, cédula de residencia 125000010910, con domicilio en: Santa Ana, Condominio Nuvo, casa número 23, San José, Francia, solicita
la inscripción
como nombre comercial en clase(s):
internacional(es), para proteger
y distinguir lo siguiente: en clase 49: un establecimiento comercial dedicado a boutique, salón,
academia, referente a lo que tiene
que ver con belleza. Ubicado en (no indica). Reservas: se reservan los colores morado,
azul y negro. Fecha: 26 de abril de 2023. Presentada el: 15 de marzo de 2023. San
José. Se cita a terceros interesados en defender sus
derechos para hacerlos valer
ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. 26 de abril de 2023. A efectos de publicación, téngase en cuenta
lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978. Esta solicitud se rige por el
art. 28 de la Ley de Marcas Comerciales
y Otros Signos Distintivos que indica “Cuando la
marca consista en una etiqueta
y otro signo compuesto por un conjunto de elementos, la protección no se extenderá a los elementos contenidos en ella
que sean de uso común o necesario en el
comercio”.—Wálter Alfaro
González, Registrador(a).—( IN2023774932 ).
Solicitud N° 2023-0003551.—Francini
Rodríguez Hernández, divorciada
una vez, cédula de identidad N° 503850192, con domicilio
en Guadalupe, Calle Blancos,
en la entrada de la Tapicería
Esquivel, a lado derecho penúltima
casa blanca, portón rojo,
San José, Costa Rica, solicita la inscripción:
como marca de servicios
en clase(s): 41 internacional(es), para proteger
y distinguir lo siguiente: en clase 41: educación,
formación, servicios entretenimiento, actividades deportivas y culturales. Fecha: 8 de mayo de 2023. Presentada
el: 19 de abril
de 2023. San José: Se cita a terceros
interesados en defender sus
derechos para hacerlos valer
ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. 8 de mayo de 2023. A efectos de publicación, téngase en cuenta
lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978. Esta solicitud se rige por el
art. 28 de la Ley de Marcas Comerciales
y Otros Signos Distintivos que indica “Cuando la
marca consista en una etiqueta
y otro signo compuesto por un conjunto de elementos, la protección no se extenderá a los elementos contenidos en ella que sean
de uso común o necesario en el
comercio”.—Grettel Solís Fernández, Registradora.—( IN2023774933 ).
Solicitud Nº 2023-0001819.—Ricardo Alberto Rodríguez Valderrama, en
calidad de Apoderado
Especial de Roche Servicios Sociedad Anónima, cédula jurídica 3101249352 con domicilio en Costa Rica,
Heredia, Distrito Ulloa, Zona Franca Ultrapark, Edificio Cuatro A, Costa Rica, solicita
la inscripción
como Marca de Fábrica y Servicios
en clase: 16. Internacional. Para proteger y distinguir lo siguiente: en clase 16: Tarjetas
de motivación; Cajas de tarjetas poderosas, productos de imprenta con ejercicios y dinámicas para hacer en grupo;
fotografías; artículos de papelería; adhesivos (pegamentos) de papelería o para uso doméstico; material de dibujo y material para artistas; materiales de instrucción y
material didáctico. Fecha:
22 de mayo de 2023. Presentada el:
1 de marzo de 2023. San José: Se cita
a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos
valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. 22 de mayo de 2023. A efectos de publicación,
téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo
85 de la Ley 7978. Esta solicitud
se rige por el art. 28 de la Ley de Marcas Comerciales y Otros Signos Distintivos que indica “Cuando la marca consista en una
etiqueta y otro signo compuesto por un conjunto de elementos, la protección no se extenderá a los elementos contenidos
en ella que sean de uso común
o necesario en el comercio”.—Randall
Abarca Aguilar, Registrador.—(
IN2023774934 ).
Solicitud N° 2023-0003552.—Francini Rodríguez Hernández, divorciada
una vez, cédula de identidad
N° 503850192,
con domicilio en Guadalupe,
Calle Blancos, en la
entrada de la Tapicería Esquires al lado derecho penúltima casa blanca portón rojo, San José,
Costa Rica, solicita la inscripción
como marca de comercio
y servicios en clase(s): 16 y 41. Internacional(es).
Para proteger y distinguir
lo siguiente: en clase 16: Papel, cartón, productos de imprenta, artículos de papelería, material didáctico,
hojas, bolsas de materiales
plásticas, caracteres de imprenta, clichés de imprenta.; en clase 41: Educación,
formación, servicios entretenimiento, actividades deportivas y culturales. Fecha: 24 de abril de 2023. Presentada el: 19 de abril de 2023. San José: Se cita
a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos
valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. 24 de abril de 2023. A efectos de publicación,
téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo
85 de la Ley N° 7978. Esta solicitud
se rige por el art. 28 de la Ley de Marcas Comerciales y Otros Signos Distintivos que indica “Cuando la marca consista en una
etiqueta y otro signo compuesto por un conjunto de elementos, la protección no se extenderá
a los elementos contenidos en ella
que sean de uso común o necesario en el comercio”.—Grettel Solís Fernández, Registradora.—( IN2023775003 ).
Solicitud Nº 2023-0003754.—Sergio Gustavo Rivera Jiménez, cédula de identidad
106500579, en calidad de Apoderado Especial de Guillermo Jesús Castilllo
Arjona, soltero, otra identificación PAG125388,
con domicilio en: avenida Central (Paseo Colón), Torres de Paseo Colón, torre B, apartamento N° 1503,
10102, San José, Costa Rica, solicita la inscripción
como marca
de servicios en clase(s): 41 internacional(es),
para proteger y distinguir
lo siguiente: en clase 41: servicios educativos, presenciales y virtuales, para personas. Reservas:
se reserva los colores dorado y negro. Fecha: 19
de mayo de 2023. Presentada el:
25 de abril de 2023. San José. Se cita
a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos
valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. 19 de mayo de 2023. A efectos de publicación,
téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo
85 de la Ley 7978. Esta solicitud
se rige por el art. 28 de la Ley de Marcas Comerciales y Otros Signos Distintivos que indica “Cuando la marca consista en una
etiqueta y otro signo compuesto por un conjunto de elementos, la protección no se extenderá a los elementos contenidos
en ella que sean de uso común
o necesario en el comercio”.—Ivonne
Mora Ortega, Registrador(a).—( IN2023775005 ).
Solicitud Nº 2023-0002549.—Genomma Lab
Internacional S. A.B DE C.V.
con domicilio en Antonio Dovali Jaime, N, EXT, 70, Torre A, N.INT Piso 2, Despacho A, Colonia Santa FE, C.P. 01210, Álvaro Obregón, Ciudad de México, México, solicita la inscripción:
como marca de servicios
en clase(s): 42 y 44 internacional(es), para proteger
y distinguir lo siguiente: en clase 42: Servicios
de investigación con fines médicos;
consultoría sobre química farmacéutica; investigación y desarrollo de nuevos productos farmacéuticos, para uso médico y productos cosméticos; servicios de laboratorios científicos para
fines médicos. Servicios de
un laboratorio químico y/o médico; servicios de laboratorio para pruebas analíticas; investigación de laboratorio en el ámbito de la cosmética.; en clase 44: Provisión de información en línea vía internet sobre los temas
de salud, el uso de productos farmacéuticos, medicamentos, productos cosméticos y para la higiene personal. Fecha: 5 de
mayo del 2023. Presentada el:
17 de marzo del 2023. San José: Se cita a terceros interesados en defender sus
derechos para hacerlos valer
ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. 5 de mayo del 2023. A efectos de publicación, téngase en cuenta
lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978. Esta solicitud se rige por el
art. 28 de la Ley de Marcas Comerciales
y Otros Signos Distintivos que indica “Cuando la
marca consista en una etiqueta
y otro signo compuesto por un conjunto de elementos, la protección no se extenderá a los elementos contenidos en ella que sean
de uso común o necesario en el
comercio”.—Alex Villegas
Méndez, Registrador(a).—( IN2023775006 ).
Solicitud N° 2023-0002916.—Maria Gabriela Bodden
Cordero, cédula de identidad 70118461, en calidad de apoderado especial de Inventto Group S.A.S. con domicilio
en calle 9 #42-18, casa Inventto, Medellín, Colombia, solicita
la inscripción
como marca de fábrica
y comercio en clase(s): 21 y 35. Internacional(es).
Para proteger y distinguir
lo siguiente: en clase 21: Abrebotellas, eléctricos y no eléctricos, abrebotellas para vino, azucareros,
bandejas giratorias [utensilios de mesa], bandejas
para comida, baterías de cocina,
cacerolas, cacerolas para baño maría, cucharas
para mezclar [utensilios de
cocina], cucharas perforadas [utensilios de cocina], cucharones [utensilios de cocina], mondadientes, ollas metálicas, palilleros, palillos chinos [utensilios de mesa], palillos
para aperitivos, recipientes en
acero inoxidable, recipientes de cocina, recipientes hondos para servicio de mesa, recipientes isotérmicos para alimentos o bebidas, recipientes para uso doméstico, recipientes térmicos, recipientes térmicos para alimentos, recipientes térmicos para bebidas, reposa cuchillos, saleros.; en clase
35: Compra, venta, importación, exportación y comercialización de maquina arrocera, marmita a gas, sartén basculante, freidora, canastilla para freidora, espátula perforadora, espumadera, cucharon, tablas de corte, peladora de papas, exprimidor de naranjas, licuadora comercial e industrial, maquina fabricadora de hielo, caldero de acero inoxidable, contenedor isotérmico, base de ruedas para contenedor, extensión contenedor, placa térmica para frío, carro para hielo, azafates acero, azafates policarbonato, bin de ingredientes, banda de 5 compartimentos, rack de vasos y copas ,extensión vasos y copas, base de ruedas para racks, tapa para rack, rack para bandejas, carro para transportar platos, bandeja para cubiertos, bandeja autoservicio, carro deservicio, carro camarero, dispensador bebidas, dispensador de cereales, termo para café, jarra en acero inoxidable,
jarra en vidrio, jarra en
policarbonato, calentador
de jarras, samovar eléctrico,
olla calentadora de sopas, toda clase de platos,
toda clase de cubiertos, copa cilindro. Fecha: 20 de abril de 2023. Presentada el: 29 de marzo de 2023. San
José: Se cita a terceros interesados en defender sus
derechos para hacerlos valer
ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. 20 de abril de 2023. A efectos de publicación,
téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo
85 de la Ley 7978. Esta solicitud
se rige por el art. 28 de la Ley de Marcas Comerciales y Otros Signos Distintivos que indica “Cuando la marca consista en una
etiqueta y otro signo compuesto por un conjunto de elementos, la protección no se extenderá a los elementos contenidos
en ella que sean de uso común
o necesario en el comercio”.—Grettel Solís Fernández, Registradora.—(
IN2023775008 ).
Solicitud Nº 2023-0002548.—Fabiola Sáenz Quesada, cédula de identidad
1953774, en calidad de Apoderado Especial de Genomma Lab Internacional S. A.B
De C.V. con domicilio en
Antonio Dovali Jaime 70, Torre C, Piso 2, Despacho A, Colonia Santa Fe, C.P. 01210, Álvaro Obregón, Ciudad
De México, México, México, solicita
la inscripción
como Marca de Servicios en
clase(s): 35. Internacional(es).
Para proteger y distinguir
lo siguiente: en clase
35: Dirección de negocios; administración de negocios; trabajos de oficina, todos los anteriores
relacionados con medicamentos para uso humano, preparaciones
farmacéuticas, productos cosméticos. Investigación de negocios; asistencia en la administración comercial. Demostración de artículos para propósitos promocionales. Distribución de muestras
(material de promoción). Servicios
de asesoramiento a terceros
de cuidado personal, nutrición,
bienestar y desarrollo y uso de productos farmacéuticos, medicamentos y productos cosméticos de todos tipos. Servicios de promoción para crear conciencia en materia
de salud, cuidado personal
y bienestar. Fecha: 26 de abril de 2023. Presentada el: 28 de marzo de 2023. San
José: Se cita a terceros interesados en defender sus
derechos para hacerlos valer
ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. 26 de abril de 2023. A efectos de publicación,
téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo
85 de la Ley 7978. Esta solicitud
se rige por el art. 28 de la Ley de Marcas Comerciales y Otros Signos Distintivos que indica “Cuando la marca consista en una
etiqueta y otro signo compuesto por un conjunto de elementos, la protección no se extenderá a los elementos contenidos
en ella que sean de uso común
o necesario en el comercio”.—Pablo
Andrés Sancho Calvo, Registrador(a).—( IN2023775011
).
Solicitud N°
2023-0002868.—Luis Diego Acuña
Vega, en calidad de apoderado especial de NGK Spark Plug Co., Ltd., con domicilio en 1-1-1, Higashisakura, Higashi-Ku, Nagoya-Shi, Japón,
solicita la inscripción:
como marca de fábrica
y comercio en clases 7; 9 y 17 Internacionales.
Para proteger y distinguir
lo siguiente: en clase 7: máquinas y herramientas para trabajar metales y sus partes y accesorios; herramientas de corte
como partes de máquinas; troqueles para su uso con máquinas
de herramientas; motores primarios no eléctricos, que no sean para vehículos terrestres; partes de motores primarios no eléctricos; dispositivos de encendido para motores de combustión interna; partes de dispositivos de encendido para motores de combustión interna; máquinas y aparatos de procesamiento químico; máquinas para generar gas por electrólisis; aparatos para endurecer productos moldeados de cal mediante la aplicación de dióxido de carbono; máquinas electromecánicas para la industria
química; máquinas para fabricar tejas; máquinas y aparatos para la fabricación de cerámica; tornos de alfarero; generadores de alto voltaje; generadores de electricidad; máquinas dispensadoras de
combustible para estaciones de servicio;
bombas dosificadoras de
combustible para estaciones de servicio;
máquinas dispensadoras de
combustible para estaciones de hidrógeno; bombas dispensadoras de
combustible para estaciones de hidrógeno;
equipos de estaciones
de hidrógeno para vehículos
de pila de combustible; correas de ventilador para motores; transmisiones para máquinas; válvulas [partes de máquinas]; máquinas de pesca industrial; máquinas y equipos para la industria acuícola; máquinas de reacción de deposición química de vapor para procesar obleas de semiconductores; máquinas de reacción de deposición química de vapor para la fabricación
de cristales líquidos; máquinas de reacción de deposición física de vapor para procesar obleas de semiconductores; máquinas de reacción de deposición física de vapor para la fabricación
de cristales líquidos; máquinas de procesamiento de grabado por plasma para procesar obleas de semiconductores; máquinas de procesamiento de grabado por plasma para la fabricación de
cristales líquidos; máquinas de implantación de iones para procesar obleas de semiconductores; máquinas de implantación
de iones para la fabricación
de cristales líquidos; máquinas de procesamiento de obleas de semiconductores y sus partes; máquinas y sistemas de fabricación de semiconductores;
partes y accesorios de máquinas y sistemas de fabricación de semiconductores; máquinas para fabricar dispositivos de visualización de cristal líquido; reparar o arreglar máquinas; elementos de máquinas que no sean para vehículos terrestres; máquinas y aparatos textiles; máquinas para fabricar artículos textiles; máquinas e instrumentos neumáticos o hidráulicos; generadores con función de cogeneración; alternadores; generadores de corriente continua; partes
para motores de vehículos terrestres y acuáticos, incluidos distribuidores y sus partes, carburadores y sus partes, componentes de inyección de combustible y sus partes,
válvulas de arranque en frío y sus partes,
componentes del sistema de emisiones y sus partes, válvulas de recirculación de
gases de escape (EGR) y sus partes , cables de encendido y sus partes; reguladores de presión [partes de máquinas]; bobinas de encendido [partes de motores]; reguladores de presión de
combustible para motores de combustión
interna.; en clase 9: Máquinas y aparatos de telecomunicaciones, y sus partes;
tubos de electrones; dispositivos semiconductores; circuitos electrónicos; programas informáticos, grabados; programas informáticos descargables; archivos de imagen y vídeo descargables; archivos de audio y
sonido descargables; publicaciones electrónicas descargables; asistentes digitales personales; aparatos e instrumentos de laboratorio; máquinas y aparatos de distribución o
control de energía; generadores
de alto voltaje para ignición
usando batería seca o fuente de energía doméstica; generadores de alto voltaje para encendido piezoeléctrico de gas; aparatos de encendido, eléctricos, para encender a distancia; aparatos de encendido, eléctricos, para encender; convertidores rotativos; modificadores de fase; medidores y probadores eléctricos o magnéticos; conductores eléctricos; cables eléctricos; máquinas y aparatos fotográficos; máquinas y aparatos cinematográficos; máquinas y aparatos ópticos; anteojos; aparatos y equipos de salvamento; máquinas y aparatos electrónicos, y sus partes; hardware de computadora; simuladores de entrenamiento deportivo; timbres eléctricos; alarmas contra-incendios; alarmas de fugas de gas; alarmas antirrobo; núcleos magnéticos; hilos de resistencia; electrodos, que no sean electrodos de soldadura o electrodos médicos; máquinas de calcular; osciladores de ondas ultrasónicas; ozonizadores; máquinas e instrumentos de medición o ensayo; aparatos e instrumentos de medición; pilas y baterías eléctricas, y sus partes y accesorios; cajas de batería; baterías solares y sus partes y accesorios; paneles solares para la producción de electricidad;
cargadores para acumuladores eléctricos
y sus partes y accesorios;
software, hardware informático y equipos
de telecomunicaciones para medir,
supervisar, gestionar y evaluar el estado
de las baterías; estuches
para baterías equipados con
equipos de medición y equipos de comunicación para medir, controlar y gestionar el estado
de las baterías; cargadores de baterías
que utilizan paneles de generación de energía solar equipados con equipos de medición y equipos de comunicación para medir, controlar y gestionar el estado de las baterías; aparatos para medir la producción de calor por pilas
de combustible domésticas mediante
el control del volumen de flujo de las diferencias de temperatura de entrada y salida
del medio de calentamiento; calorímetros;
pilas de combustible que utilizan
ánodos metálicos o electrolitos fluidos alcalinos; celdas de combustible
de electrolito polimérico; ordenadores para la supervisión remota de generadores de baterías de combustible mediante
redes de comunicación; celdas
de combustible; generadores de energía
electroquímicos, incluidas pilas de combustible; equipos de generación de energía con celdas de combustible; programas
de juegos para máquinas de videojuegos domésticas; programas informáticos descargables con función de inteligencia artificial; parlantes
de audio con inteligencia artificial; máquinas y aparatos electrónicos robóticos con programas de inteligencia
artificial; robots humanoides con inteligencia
artificial para su uso en apoyo educativo;
aplicaciones de informática
para funciones de calendario;
etiquetas NFC (comunicación
de campo cercano); etiquetas
con chips IC; lectores [equipos
de procesamiento de datos];
máquinas y aparatos de telecomunicaciones de estándares
de comunicación de campo cercano;
aplicaciones informáticas
para teléfonos inteligentes;
accesorios para semiconductores
cerámicos; diodos emisores de luz [LED]; partes y accesorios de diodos luminosos; celdas de batería de combustible; pilas de pilas de combustible; módulos de pilas de combustible; hilos,
cables y conectores eléctricos
para vehículos terrestres y
acuáticos, y sus accesorios;
sensores para vehículos;
clips de batería y cables de batería;
componentes de sistemas de arranque y carga, a saber, cables eléctricos
de arranque, cables eléctricos,
reguladores de voltaje y estabilizadores de voltaje; interruptores eléctricos; piezas de encendido para motores de combustión interna del
tipo o condensadores, módulo de control, a saber, controles
electrónicos para motores
de gasolina para vehículos terrestres y reguladores y reductores de voltaje; válvulas de solenoide [interruptores electromagnéticos];
cascos de protección; aparatos
de respiración de oxígeno,
que no sean para respiración
artificial; arranques para motores
y sus partes y accesorios; en clase 17: juntas; acoplamientos y juntas de tuberías
no metálicas; empaques para
juntas; materiales de aislamiento
eléctrico; fibra química, que no sea para uso textil; fibra cerámica,
que no sea para uso textil;
lana mineral [aislante];
juntas; acoplamientos y juntas de tuberías
no metálicas; empaques para
juntas; materiales de aislamiento
eléctrico; fibra química, que no sea para uso textil; fibra cerámica,
que no sea para uso textil;
lana mineral [aislante]. Prioridad: Fecha: 30 de marzo de 2023. Presentada el 28 de marzo de 2023. San José.
Se cita a terceros interesados en defender sus
derechos para hacerlos valer
ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. 30 de marzo de 2023. A efectos de publicación,
téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo
85 de la Ley N° 7978. Esta solicitud
se rige por el art. 28 de la Ley de Marcas Comerciales y Otros Signos Distintivos que indica “Cuando la marca consista en una
etiqueta y otro signo compuesto por un conjunto de elementos, la protección no se extenderá a los elementos contenidos
en ella que sean de uso común
o necesario en el comercio”.—Walter
Alfaro González, Registrador.—( IN2023775013 ).
Solicitud Nº 2023-0003592.—Luis Diego Acuña Vega, en calidad de Apoderado
Especial de Carlsberg A/S, con domicilio en: J.C. Jacobsens Gade 1, 1799 Copenhague V, Dinamarca, solicita la inscripción
como marca de fábrica
y comercio en clase(s): 32 y 33 internacional(es),
para proteger y distinguir
lo siguiente: en clase 32: cervezas; bebidas no alcohólicas; aguas minerales y gaseosas; bebidas de frutas y zumos de frutas; siropes y otras preparaciones sin alcohol para hacer
bebidas y en clase 33: bebidas alcohólicas, excepto cervezas; preparaciones alcohólicas para hacer bebidas. Fecha: 24 de abril de 2023. Presentada el: 20 de abril de 2023. San José. Se cita
a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos
valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. 24 de abril de 2023. A efectos de publicación, téngase en cuenta
lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978. Esta solicitud se rige por el
art. 28 de la Ley de Marcas Comerciales
y Otros Signos Distintivos que indica “Cuando la
marca consista en una etiqueta
y otro signo compuesto por un conjunto de elementos, la protección no se extenderá a los elementos contenidos en ella que sean
de uso común o necesario en el
comercio”.—Alex Villegas Méndez, Registrador(a).—( IN2023775014 ).
Solicitud Nº 2023-0003384.—Aaron Montero Sequeira, cédula de identidad
109080006, en calidad de Apoderado Especial de Model One International S. A., con domicilio en Edificio
Cofrisa NO. 9., Local NO. 15, Área Comercial
Zona Libre De Colon - República de Panamá., Panamá, solicita la inscripción:
como marca de fábrica
y comercio en clase(s): 5 internacional(es),
para proteger y distinguir
lo siguiente: en clase 5: Suplementos y complementos alimenticios medicinales a base
de colágeno que produce efectos
en la piel, rejuveneciéndola e hidratándola, colágeno hidrolizado medicinal, suplementos y complementos nutricionales y dietéticos contra el envejecimiento
del sistema inmunitario; productos farmacéuticos. Fecha: 12 de mayo del 2023. Presentada
el: 17 de abril del 2023.
San José: Se cita a terceros
interesados en defender sus
derechos para hacerlos valer
ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. 12 de mayo del 2023. A efectos de publicación, téngase en cuenta
lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978. Esta solicitud se rige por el
art. 28 de la Ley de Marcas Comerciales
y Otros Signos Distintivos que indica “Cuando la
marca consista en una etiqueta
y otro signo compuesto por un conjunto de elementos, la protección no se extenderá a los elementos contenidos en ella que sean
de uso común o necesario en el
comercio”.—Milena Marín
Jiménez, Registrador(a).—( IN2023775015 ).
Solicitud Nº 2023-0001455.—Luis Diego Acuña Vega, en calidad de Apoderado
Especial de Wind River Tobacco Company, LLC con domicilio
en 4792 Potato House Court, Wilson, Carolina del
Norte 27893, Estados Unidos de América, solicita la inscripción de: SIERRA,
como marca de fábrica y comercio en clase(s): 34 internacional(es), para proteger
y distinguir lo siguiente: en clase 34: CIGARRILLOS. Fecha: 22 de marzo del 2023. Presentada el: 21 de marzo del 2023. San José: Se cita
a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos
valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. 22 de marzo del 2023. A efectos de publicación, téngase en cuenta
lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978. Esta solicitud se rige por el
art. 28 de la Ley de Marcas Comerciales
y Otros Signos Distintivos que indica “Cuando la
marca consista en una etiqueta
y otro signo compuesto por un conjunto de elementos, la protección no se extenderá a los elementos contenidos en ella que sean
de uso común o necesario en el
comercio”.—Johnny Rodríguez
Garita, Registrador(a).—( IN2023775017 ).
Solicitud Nº 2023-0000700.—Luis Diego Acuña Vega, en calidad de Apoderado
Especial de Neovia con domicilio
en Talhouët, 56250 Saint-NolfF, Francia, solicita la inscripción de: LIFE DEFENSE como
Marca de Fábrica y Comercio en
clase(s): 31. Internacional(es).
Para proteger y distinguir
lo siguiente: en clase 31: Alimentos para animales
Fecha: 2 de febrero de
2023. Presentada el: 27 de enero de 2023. San José: Se cita
a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos
valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. 2 de febrero de 2023. A efectos de publicación, téngase en cuenta
lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978. Esta solicitud se rige por el
art. 28 de la Ley de Marcas Comerciales
y Otros Signos Distintivos que indica “Cuando la
marca consista en una etiqueta
y otro signo compuesto por un conjunto de elementos, la protección no se extenderá a los elementos contenidos en ella que sean
de uso común o necesario en el
comercio”.—Kimberly Arick Alvarado, Registrador(a).—(
IN2023775019 ).
Solicitud Nº 2023-0003860.—Alexandra Ramírez Centeno, casada una vez, abogada, cédula de identidad
503820197, en calidad de Apoderado Especial de LCTAX Real Pacífico
Sociedad Anónima,
cédula jurídica 3-101-764460 con domicilio en Guanacaste Liberia
Barrio Los Cerros, 50 metros al norte
del Hotel La Riviera, 50101, Liberia, Costa Rica, solicita
la inscripción de: ¡SOMOS PYMES, TE ENTENDEMOS!
como Señal de Publicidad Comercial en clase(s):
Internacional(es). Para proteger
y distinguir lo siguiente: Servicios de Contabilidad y Servicios de Asesoría Fiscal Dirigido A PYMES Reservas: Señal de Propaganda relaciona al registro 303951. Fecha: 18 de
mayo de 2023. Presentada
el: 28 de abril de 2023.
San José: Se cita a terceros
interesados en defender sus
derechos para hacerlos valer
ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. 18 de mayo de 2023. A efectos de publicación, téngase en cuenta
lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978. Esta solicitud se rige por el
art. 28 de la Ley de Marcas Comerciales
y Otros Signos Distintivos que indica “Cuando la
marca consista en una etiqueta
y otro signo compuesto por un conjunto de elementos, la protección no se extenderá a los elementos contenidos en ella que sean
de uso común o necesario en el
comercio” y el artículo 63 que
indica “Alcance de la protección. La protección conferida por el registro
de una expresión o señal de publicidad comercial abarca la expresión o señal en su conjunto y no se extiende a sus partes o elementos considerados por separado. Una vez inscrita, una
expresión o señal de publicidad comercial goza de protección por tiempo indefinido;
pero su existencia
depende, según el caso, de la marca o el nombre
comercial a que se refiera”.—Jamie Phillips Guardado, Registrador(a).—( IN2023775052 ).
Solicitud No. 2023-0002865.—Fabiola Saenz Quesada, Cédula de identidad
1953774, en calidad de Apoderado Especial de New Century Partners Inc con domicilio en Plaza Credicorp Bank, piso 26, ave. Nicanor De Obarrio, calle 50, Panamá, San José, Panamá, solicita
la inscripción de: iitos
como marca de servicios en clase(s):
35. Internacional(es). Para proteger
y distinguir lo siguiente: en clase 35: Consultoría
de negocios. Fecha: 30 de marzo de 2023. Presentada el: 28 de marzo de 2023. San
José: Se cita a terceros interesados en defender sus
derechos para hacerlos valer
ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. 30 de marzo de 2023. A efectos de publicación,
téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo
85 de la Ley 7978. Esta solicitud
se rige por el art. 28 de la Ley de Marcas Comerciales y Otros Signos Distintivos que indica “Cuando la marca consista en una
etiqueta y otro signo compuesto por un conjunto de elementos, la protección no se extenderá a los elementos contenidos
en ella que sean de uso común
o necesario en el comercio”.—Ginna
Aguilar Madriz, Registradora.—( IN2023775100 ).
Solicitud N°
2023-0002864.—Fabiola Sáenz Quesada, cédula de identidad N° 1953774, en calidad de apoderado especial de
New Century Partners Inc., con domicilio en Plaza Credicorp Bank, Piso 26,
Ave. Nicanor de Obarrio, Calle 50, Panamá / Panamá,
San José, Panamá, solicita la inscripción
de: Ulises como marca
de servicios en clase(s): 36. Internacional(es).
Para proteger y distinguir
lo siguiente: en clase 36: Servicios de fondos para inversiones financieras. Fecha: 30 de marzo de 2023. Presentada el: 28 de marzo de 2023. San
José: Se cita a terceros interesados en defender sus
derechos para hacerlos valer
ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. 30 de marzo de 2023. A efectos de publicación,
téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo
85 de la Ley N° 7978. Esta solicitud
se rige por el art. 28 de la Ley de Marcas Comerciales y Otros Signos Distintivos que indica “Cuando la marca consista en una
etiqueta y otro signo compuesto por un conjunto de elementos, la protección no se extenderá a los elementos contenidos
en ella que sean de uso común
o necesario en el comercio”.—Pablo
Andrés Sancho Calvo, Registrador.—( IN2023775101 ).
Solicitud Nº 2023-0002859.—Fabiola Sáenz Quesada, cédula de identidad
109530774, en calidad de Apoderado Especial de New Century Partners Inc. con domicilio en Plaza Credicorp Bank, Piso 26, Ave. Nicanor De Obarrio, Calle 50, Panamá, San José, Panamá, solicita la inscripción de: Ulises
como Marca de Servicios en clase: 35. Internacional.
Para proteger y distinguir
lo siguiente: en clase 35: Consultoría de negocios. Fecha: 13 de abril de 2023. Presentada el: 28 de marzo de 2023. San
José: Se cita a terceros interesados en defender sus
derechos para hacerlos valer
ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. 13 de abril de 2023. A efectos de publicación,
téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo
85 de la Ley 7978. Esta solicitud
se rige por el art. 28 de la Ley de Marcas Comerciales y Otros Signos Distintivos que indica “Cuando la marca consista en una
etiqueta y otro signo compuesto por un conjunto de elementos, la protección no se extenderá a los elementos contenidos
en ella que sean de uso común
o necesario en el comercio”.—Jamie
Phillips Guardado.—Registrador(a).—(
IN2023775104 ).
Solicitud No. 2023-0003263.—Aaron Montero Sequeira, cédula de identidad
10908006, en calidad de apoderado especial de Lesjöfors Aktiebolag con domicilio en Lagergrens Gata
2 652 14 Karlstad, Sweden, Suecia, solicita la inscripción de: Lesjöfors como Marca de Fábrica y Comercio en clases: 6; 7; 9; 12; 35 y 42. Internacionales.
Para proteger y distinguir
lo siguiente: en clase 6: sistemas de contrapeso para hojas de ventana consistentes en muelles helicoidales de metal y conectores de plástico que se utilizan para conectar a hojas de
ventana de madera o metal; ejes de alambre; materiales y elementos de construcción de
metal; bujes de metal; bujes
de metal [que no sean partes
de máquinas]; abrazaderas
de metal; clips de metal; metales comunes
y sus aleaciones; muelles
de compresión; cubiertas de
metal; muelles de metal para puertas,
no eléctricos; guías para cajones; muelles de extensión; muelles planos en espiral;
resortes de gas; ferretería,
pequeños artículos de ferretería de metal; Muelles de ballesta; Cargas (Cinturones de
metal, para manipulación -); Materiales
de metal para vías férreas;
Materiales de construcción
de metal; Herrajes de metal; Anillos
de metal; Estampados de metal; Alambres metálicos [no eléctricos]; Muelles de puerta no eléctricos; Tuercas, pernos y sujetadores, de metal; Abrazaderas de tubería; Tubos y tuberías de metal; Perno de precisión; Cinturón en espiral;
Muelles [herrajes de
metal]; Muelles que son herrajes
de metal para tapicería; Insertos
roscados; Muelles de torsión; Construcciones transportables de metal; Piezas
de doblado de alambre - con un hilo;
Formas de alambre; tor ;en clase 7: Implementos agrícolas que no sean manuales; Soportes an:vibración para máquinas; Máquinas expendedoras automá:cas; Ensamblaje de casquillos; Casquillos [partes de máquinas]; Cintas transportadoras de metal; Cintas transportadoras;
Muelles espirales planos [partes de máquinas]; Puntales de gas; Cilindros y sistemas hidráulicos; Actuadores lineales; Componentes de acoplamiento y transmisión de máquinas (excepto para vehículos terrestres); Máquinas herramienta; Componentes y equipos para líneas de fabricación y montaje, a saber, equipos de manipulación de materiales en forma de piezas de máquinas, a saber, disposi:vos de
sujeción y transporte de piezas para aplicaciones de mecanizado de precisión; Motores (excepto para vehículos terrestres); Piezas mul:piezas; Anillos (parte de máquinas); Anillos (pistón -); Pistón amor:guador (parte de máquina); Émbolos amor:guadores [partes de máquinas]; Amor:guadores; Muelles amor:guadores que son partes de la suspensión de máquinas; Resortes [partes de máquinas]; Resortes [partes de máquinas]; Resortes que son partes de soportes an:vibratorios para máquinas; Guías elás:cas [partes de máquinas]; Guías elás:cas de chapa [partes de máquinas]; Piezas estampadas; Anillos de tolerancia; ;en clase 9: Antenas; Conectores; Contrapesos; Conectores eléctricos; Equipos de comunicación de red; Enchufe eléctrico de metal precioso ;en clase
12: Aparatos de locomoción terrestre, aérea o acuática; Muelles helicoidales [piezas de suspensión de vehículos terrestres]; Muelles helicoidales para suspensiones de
vehículos; Muelles de ballesta para suspensiones de vehículos; Muelles amortiguadores
para vehículos; Muelles amortiguadores que son piezas de suspensión de vehículos; Muelles para sistemas de suspensión de vehículos; Amortiguadores para automóviles; Muelles de suspensión (Vehículo -); Muelles de suspensión de vehículos; Vehículos ;en clase
35: Servicios de asesoramiento
empresarial relacionados
con el desarrollo de productos; Venta al por menor, al por
mayor, al por menor en línea y al por
mayor en línea en el ámbito
de Ejes de alambre, Materiales
y elementos de construcción
de metal, Bujes de metal, Abrazaderas
de metal, Clips de metal, Metales comunes
y sus aleaciones, Muelles
de compresión, Tapas de metal; Venta
al por menor, venta al por mayor, venta al por menor
en línea y venta al por mayor en línea en
el ámbito de Muelles para puertas de metal, no
eléctricos, Correderas para
cajones, Muelles de extensión, Muelles planos en espiral,
Resortes de gas, Artículos
de ferretería, Pequeños artículos de ferretería de metal,
Muelles de ballesta, Cargas
(Correas de metal, para manipulación; Venta al por menor,
venta al por mayor, venta al por menor
en línea y venta al por mayor en línea en
el ámbito de Materiales metálicos para vías férreas, Materiales
metálicos de construcción, Anillos metálicos, Estampados metálicos, Hilos metálicos [no eléctricos], Herrajes metálicos, Muelles no eléctricos para puertas, Tuercas, pernos y elementos de fijación, de metal; Venta al por menor,
venta al por mayor, venta al por menor
en línea y venta al por mayor en línea en
el ámbito de Abrazaderas para tubos, Tubos y tuberías de metal, Pasador de precisión, Correa en espiral, Muelles
[herrajes de metal], Muelles
que son herrajes de metal para tapicería,
Insertos roscados, Muelles de torsión, Construcciones transportables de
metal, Piezas para doblar
alambre - con un hilo, Formas
de alambre; Venta al por menor, venta al por mayor, venta al por menor en
línea y venta al por mayor en línea
en el ámbito
de Implementos agrícolas
que no sean manuales, Soportes antivibración para máquinas, Máquinas expendedoras automáticas, Ensamblaje de casquillos, Casquillos [partes de máquinas], Cintas transportadoras
de metal, Cintas transportadoras, Muelles planos en espiral
[partes de máquinas], Puntales de gas, Cilindros y sistemas hidráulicos, Actuadores lineales, Componentes de acoplamiento y transmisión de máquinas (excepto para vehículos terrestres); Venta al por menor, venta
al por mayor, venta al por menor en
línea y venta al por mayor en línea
en el ámbito
de Máquinas herramienta,
Cintas transportadoras de metal, Motores
y motores (excepto para vehículos terrestres), Piezas multipiezas, Anillos (parte de máquinas), Anillos (pistón -), Pistón amortiguador (parte de máquinas), Émbolos amortiguadores [partes de máquinas]; Venta al por menor, al por
mayor, al por menor en línea y al por
mayor en línea en el ámbito
de Amortiguadores, Muelles amortiguadores que forman parte de suspensiones de máquinas, Muelles [partes de máquinas], Muelles que forman parte de soportes antivibración para máquinas, Muelles que forman parte de máquinas, Carriles guía con muelles [partes de máquinas], Guías de chapa con muelles [partes de máquinas], Piezas estampadas, Anillos de tolerancia; Venta al por menor,
al por mayor, al por menor en línea
y al por mayor en línea en el
ámbito de Aparatos de locomoción terrestre, aérea o acuática, Muelles helicoidales para suspensiones de vehículos, Muelles de ballesta para suspensiones de vehículos, Muelles amortiguadores para vehículos, Muelles amortiguadores que forman parte de la suspensión de vehículos, Muelles amortiguadores para vehículos, Muelles para sistemas de suspensión de vehículos, Muelles amortiguadores para
vehículos, Amortiguadores
para automóviles, Muelles
de suspensión para vehículos,
Vehículos; Venta al por menor, al por
mayor, al por menor en línea y al por
mayor en línea en el ámbito
de Antenas, Conectores, Contrapesos, Conectores eléctricos, Equipos de comunicación interna, Equipos de comunicación en red, Enchufes eléctricos de metales preciosos ;en clase 42: Diseño
y desarrollo de herramientas;diseño
de cintas
transportadoras; desarrollo,
diseño y ensayo de muelles, alambres y formas de alambre;servicios de gestión de proyectos de ingeniería; ensayos industriales; diseño y desarrollo de productos; diseño de muelles Prioridad: Fecha: 19 de abril de 2023. Presentada el: 13 de abril de 2023. San
José: Se cita a terceros interesados en defender sus
derechos para hacerlos valer
ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. 19 de abril de 2023. A efectos de publicación,
téngase en cuenta
lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978. Esta solicitud se rige por el
art. 28 de la Ley de Marcas Comerciales
y Otros Signos Distintivos que indica “Cuando la
marca consista en una etiqueta
y otro signo compuesto por un conjunto de elementos, la protección no se extenderá a los elementos contenidos en ella que sean
de uso común o necesario en el
comercio”.—Katherine Jiménez
Tenorio, Registradora.—( IN2023775105 ).
Solicitud N°
2023-0002547.—Fabiola Saenz Quesada, cédula de identidad N° 109530774, en calidad de apoderado especial de Genomma Lab Internacional S. A.
B. de C. V., con domicilio en
Antonio Dovali Jaime 70, Torre C, Piso 2, Despacho A, Colonia Santa Fe, C. P. 01210, Álvaro Obregón, Ciudad de México, México, solicita
la inscripción de: Lomecan,
el botiquín de la mujer como Señal
de Publicidad Comercial en clase(s): Internacional(es). Para proteger y distinguir lo siguiente: en clase 50: Para promocionar: Productos farmacéuticos; productos higiénicos y sanitarios para uso médico; sustancias dietéticas para uso médico; todos los
anteriores dirigidos a mujeres y relacionados con la marca Lomecan registro
205522. Fecha: 22 de marzo
de 2023. Presentada el: 17
de marzo de 2023. San José: Se cita
a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos
valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. 22 de marzo de 2023. A efectos de publicación, téngase en cuenta
lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley N° 7978.
Esta solicitud se rige por el
art. 28 de la Ley de Marcas Comerciales
y Otros Signos Distintivos que indica “Cuando la
marca consista en una etiqueta
y otro signo compuesto por un conjunto de elementos, la protección no se extenderá a los elementos contenidos en ella que sean
de uso común o necesario en el
comercio” y el artículo 63 que
indica “Alcance de la protección. La protección conferida por el registro
de una expresión o señal de publicidad comercial abarca la expresión o señal en su conjunto y no se extiende a sus partes o elementos considerados por
separado. Una vez inscrita, una expresión
o señal de publicidad comercial goza de protección por tiempo indefinido; pero su existencia
depende, según el caso, de la marca o el nombre
comercial a que se refiera”.—Wendy López Vindas, Registradora.—( IN2023775109 ).
Solicitud Nº 2023-0002544.—Fabiola Sáenz Quesada, en calidad de Apoderado
Especial de Genomma LAB Internacional
S. A.B DE C.V. con domicilio en
Antonio Dovali Jaime 70, Torre C, Piso 2, Despacho A, Colonia Santa Fe, C.P. 01210, Álvaro Obregón, Ciudad
De México, México, México, solicita
la inscripción de: Intradermix,
como marca de fábrica y comercio en clase(s): 3 internacional(es), para proteger y distinguir lo siguiente:
en clase 3: Preparaciones para blanquear y otras sustancias para la colada; preparaciones para limpiar, pulir, desengrasar y raspar; (preparaciones abrasivas) jabones; perfumería, aceites esenciales, cosméticos, lociones para el cabello; dentífricos.
Fecha: 21 de marzo del
2023. Presentada el: 17 de marzo del 2023. San José: Se cita
a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos
valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. 21 de marzo del 2023. A efectos de publicación, téngase en cuenta
lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978. Esta solicitud se rige por el
art. 28 de la Ley de Marcas Comerciales
y Otros Signos Distintivos que indica “Cuando la
marca consista en una etiqueta
y otro signo compuesto por un conjunto de elementos, la protección no se extenderá a los elementos contenidos en ella que sean
de uso común o necesario en el
comercio”.—Rebeca Madrigal
Garita, Registrador(a).—( IN2023775114 ).
Solicitud Nº 2023-0000749.—Luis Diego Acuña Vega, cédula de identidad
111510238, en calidad de
Gestor oficioso de Malta Texo
de México S.A. de C.V. con domicilio en Insurgentes Sur N°. 1602, Interior 1902, Colonia
Crédito Constructor, Delegación Benito Juárez, Ciudad
de México CP 03940, México, solicita la inscripción de: GRANDES HISTORIAS JUNTOS, como Marca de Fábrica y Comercio en clase: 31. Internacional.
Para proteger y distinguir
lo siguiente: en clase 31: Alimentos para animales.
Fecha: 21 de abril del
2023. Presentada el: 30 de enero del 2023. San José: Se cita
a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos
valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. 21 de abril del 2023. A efectos de publicación, téngase en cuenta
lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978. Esta solicitud se rige por el
art. 28 de la Ley de Marcas Comerciales
y Otros Signos Distintivos que indica “Cuando la
marca consista en una etiqueta
y otro signo compuesto por un conjunto de elementos, la protección no se extenderá a los elementos contenidos en ella que sean
de uso común o necesario en el
comercio”.—Kimberly Arick Alvarado, Registradora.—(
IN2023775116 ).
Solicitud Nº 2023-0004465.—Luis Diego Acuña Vega, en calidad de Apoderado
Especial de 10016459 Manitoba LTD. D/B Clearsecure
con domicilio en 7-1109 Wikes Ave., Winnipeg, Manitoba R3P2S2, Canadá,
solicita la inscripción de:
ROCKGLASS, como marca
de fábrica y comercio en clase: 19 internacional,
para proteger y distinguir
lo siguiente: en clase 19: Cristales de ventanas, en concreto,
cristales para ventanas que
no pueden romperse, cristales de ventanas resistentes a impactos, cristales de ventanas que no se quiebran; cristales de ventanas para edificios; cristales de ventanas; vidrio para edificios; ventanas de seguridad de plástico y policarbonato que permiten la comunicación; paneles de vidrio; cristales de ventanas de policarbonato; unidades de vidrio aislante para edificios; cobertores de ventanas no metálicos del tipo de pantallas para ventanas, a saber, pantallas protectoras de plástico o policarbonato para ventanas, pantallas no metálicas para ventanas resistentes a impactos, pantallas no metálicas para ventanas que no se
pueden romper, pantallas no
metálicas para ventanas que
no se quiebran; marcos de ventana compuestos, que no sean de metal, que comprenden cristales de vidrio y cristales de policarbonato; vidrio para la construcción; vidrio de seguridad para la construcción; marcos para ventanas no metálicas; ventanas abatibles no metálicas. Fecha: 17 de mayo del
2023. Presentada el: 15 de
mayo del 2023. San José: Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos
valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. 17 de mayo del 2023.
A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto
en el artículo
85 de la Ley 7978. Esta solicitud
se rige por el art. 28 de la Ley de Marcas Comerciales y Otros Signos Distintivos que indica “Cuando la marca consista en una
etiqueta y otro signo compuesto por un conjunto de elementos, la protección no se extenderá a los elementos contenidos
en ella que sean de uso común
o necesario en el comercio”.—Kimberly
Arick Alvarado, Registradora.—(
IN2023775117 ).
Solicitud Nº 2023-0002464.—Luis Diego Acuña
Vega, en
calidad de Apoderado
Especial de Mesabi Control Engineering LTD. con domicilio
en 7800 3RD ST, North, Suite 900, Oakdale, Minnesota
55128, Estados Unidos de América, solicita
la inscripción de: MESABI CONTROL ENGINEERING como
Marca de Fábrica y Servicios
en clase(s): 9 y 42. Internacional(es). Para proteger
y distinguir lo siguiente: en clase 9: Sistemas
personalizados de control de mezcla,
sistemas personalizados de mezclado y sistemas personalizados para realizar composiciones que consisten en sistemas de control a base de
hardware y software; en clase
42: Servicios de ingeniería,
de fabricación, de supervisión
para la instalación, puesta
en marcha, capacitación y soporte las 24
horas, 7 días de la semana para sistemas
personalizados de control de mezcla,
sistemas personalizados de mezclado y sistemas personalizados para realizar composiciones Prioridad: Fecha: 23 de marzo de 2023. Presentada el: 16 de marzo de 2023. San José: Se cita
a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos
valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. 23 de marzo de 2023. A efectos de publicación, téngase en cuenta
lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978. Esta solicitud se rige por el
art. 28 de la Ley de Marcas Comerciales
y Otros Signos Distintivos que indica “Cuando la
marca consista en una etiqueta
y otro signo compuesto por un conjunto de elementos, la protección no se extenderá a los elementos contenidos en ella que sean
de uso común o necesario en el
comercio”.—Pablo Andrés
Sancho Calvo, Registrador(a).—( IN2023775118 ).
Solicitud N°
2023-0001833.—Luis Diego Acuña
Vega, en calidad de apoderado especial de African Oxygen Limited, con domicilio en Afrox House, 23
Webber Street, Selby, Johannesburg, Gauteng, Sudáfrica,
solicita la inscripción de:
AZUCAR como Marca de Fábrica
y Comercio en clase: 6. Internacional. Para proteger y distinguir lo siguiente: en clase 6: Varillas y alambres
de metal para su uso con aparatos de soldadura para soldar, soldar con latón o deposición de metal; componentes de metales comunes para su uso en el
control de gases, incluidos grifos,
válvulas y reductores de presión adecuados para su uso con gases no combustibles
y gases combustibles, incluidos dichos
componentes combinados para
formar una unidad en un panel; componentes de metales no preciosos para tecnología de aplicación de gas, incluidos tubos y trenes de flujo, piezas de acoplamiento, distribuidores de
gas, cabezales de quemador
y boquillas aptas para su uso con gases combustibles y
gases no combustibles; recipientes metálicos para almacenamiento o transporte de gases; piezas, componentes y accesorios para los anteriores. Fecha: 2 de marzo de 2023. Presentada el: 1 de marzo de 2023. San José: Se cita
a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos
valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. 2 de marzo de 2023. A efectos de publicación, téngase en cuenta
lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley N° 7978.
Esta solicitud se rige por el
art. 28 de la Ley de Marcas Comerciales
y Otros Signos Distintivos que indica “Cuando la
marca consista en una etiqueta
y otro signo compuesto por un conjunto de elementos, la protección no se extenderá a los elementos contenidos en ella que sean
de uso común o necesario en el
comercio”.—Pablo Andrés Sancho
Calvo, Registrador.—( IN2023775121 ).
Solicitud Nº 2023-0001635.—Luis Diego Acuña Vega, en calidad de Apoderado
Especial de Medium Rare Limited con domicilio en 7-9 Riga Feraiou, Lizantia Court, Office 310, Agioi
Omologites, Nicosia, 1087, Chipre, solicita la inscripción de: STAKE
como Marca de Comercio y Servicios
en clases: 9; 35; 36; 38 y
41. Internacionales. Para proteger
y distinguir lo siguiente: en clase 9: Aparatos
e instrumentos para grabar,
transmitir, reproducir o procesar sonido, imágenes o datos; medios grabados y descargables, software, soportes
de grabación y almacenamiento
de medios digitales o analógicos en blanco;
Computadoras y dispositivos
periféricos de computadora;
Software y aplicaciones para dispositivos
móviles; Software descargable
del tipo de una aplicación móvil; Aplicaciones de software; Aplicaciones
de software para teléfonos inteligentes;
Aplicaciones de software informáticas;
Aplicaciones de software descargables;
Software de juegos informáticos
para su uso en teléfonos móviles
y celulares; Aplicaciones móviles y
software para apuestas y juegos; software de juegos; software de entretenimiento;
software de entretenimiento
interactivo; software de juegos
de computadora; software de computadora para entretenimiento;
aplicaciones de apuestas deportivas; software de apuestas;
software de juegos de azar; Software de juegos informáticos para su uso con juegos
interactivos en línea; Software para procesar imágenes, gráficos y texto; Software para el procesamiento de imágenes digitales; Software de pago en línea; Software para organizar transacciones en línea; software de pago; software de pago electrónico; partes y piezas para todos los productos mencionados
anteriormente.; en clase 35: Publicidad; gestión empresarial; Administración de Empresas; Funciones de oficina; Promoción de productos y servicios mediante patrocinio; Promoción de productos y servicios a través del patrocinio de eventos deportivos; Promoción de productos y servicios a través del patrocinio de eventos deportivos internacionales; Publicidad, incluida
la promoción de productos y
servicios de terceros a través de acuerdos de patrocinio y acuerdos de licencia relacionados con eventos deportivos internacionales; Servicios de promoción relacionados con eventos de deportes electrónicos; Servicios de publicidad relacionados con eventos de deportes electrónicos; Servicios de información, asesoramiento y consultoría relacionados con los servicios mencionados.;
en clase 36: Seguros; Asuntos financieros; asuntos monetarios; Asuntos inmobiliarios; Patrocinio financiero de eventos deportivos; Patrocinio financiero de actividades deportivas; Transacciones financieras en línea; Servicios de débito y crédito de cuentas financieras; Servicios de tarjetas de pago; Servicios de procesamiento de pagos; Servicios de pago electrónico; Servicios de tarjetas de transacciones de pago; Procesamiento de pagos para bancos; Cobro de pagos por bienes y servicios;
Procesamiento electrónico
de pagos a través de una red informática mundial; Servicios de tarjetas bancarias, tarjetas de crédito, tarjetas de débito y tarjetas de pago electrónico; Procesamiento de pagos para la compra de bienes y servicios a través de una red de comunicaciones electrónicas; Servicios de información, asesoramiento y consultoría relacionados con los servicios mencionados.; en clase 38: telecomunicaciones;
Difusión de eventos de deportes electrónicos; Transmisión en vivo de eventos de deportes electrónicos; Acceso a contenidos, sitios web y portales;
facilitación de acceso de múltiples usuarios a una red informática mundial de información; Suministro de acceso a sitios web
de juegos y apuestas a través de Internet; servicios de salas de chat; servicios de comunicación en línea; servicios de comunicación de datos por medios electrónicos;
servicios de comunicación
de datos accesibles mediante contraseña; transmisión de datos por cuenta de terceros;
transferencia automática de
datos digitales utilizando canales de telecomunicaciones; transmisión y
retransmisión electrónica
de sonidos, imágenes, documentos, mensajes y datos; servicios seguros de transmisión de datos, sonido e imágenes; servicios de comunicación, a saber, transmisión
electrónica de datos y documentos entre usuarios de ordenadores; Servicios de información, asesoramiento y consultoría relacionados con los servicios mencionados.;
en clase 41: Educación; provisión de servicios de entrenamiento; Entretenimiento; Actividades deportivas y culturales; Servicios de juegos en línea; Servicios
de casino en línea; Servicios de apuestas deportivas en línea;
Servicios de juegos de azar
en línea; Servicios de apuestas; Servicios de apuestas deportivas; Servicios de lotería; Entretenimiento interactivo en línea; Servicios de entretenimiento en línea; suministro de videojuegos en línea; Servicios de juegos informáticos en línea; Suministro
de juegos de ordenador en línea; Servicios
de juegos en línea a través de dispositivos móviles; Información relacionada con juegos informáticos de entretenimiento proporcionada en línea desde
una base de datos informática o una red de comunicación mundial; Suministro de instalaciones para deportes electrónicos; Servicios de entretenimiento relacionados
con deportes electrónicos; Suministro de información sobre deportes electrónicos; Servicios de información deportiva; Servicios de entretenimiento deportivo; Esparcimiento del tipo de partidos de fútbol; Esparcimiento del tipo de partidos de fútbol americano; Realización de eventos deportivos en directo; Organización
de eventos de fútbol; Servicios deportivos; Suministro de noticias deportivas; Servicios de resultados deportivos; Educación, entretenimiento y deportes; Servicios de educación, esparcimiento y deporte; Suministro de información sobre actividades deportivas; Suministro de información sobre deportes; Suministro de información sobre eventos deportivos; Suministro de información relacionada
con el entretenimiento en línea desde
una base de datos informática de Internet; organización
y realización de concursos;
Servicios de información, asesoramiento y consultoría relacionados con los servicios mencionados. Prioridad: Fecha: 19 de mayo de
2023. Presentada el: 24 de febrero de 2023. San José: Se cita
a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos
valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. 19 de mayo de 2023. A efectos de publicación,
téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo
85 de la Ley 7978. Esta solicitud
se rige por el art. 28 de la Ley de Marcas Comerciales y Otros Signos Distintivos que indica “Cuando la marca consista en una
etiqueta y otro signo compuesto por un conjunto de elementos, la protección no se extenderá a los elementos contenidos
en ella que sean de uso común
o necesario en el comercio”.—Randall
Abarca Aguilar, Registrador.—( IN2023775122 ).
Solicitud N° 2023-0001534.—Luis Diego Acuña Vega,
casado, cédula de identidad
111510238, en calidad de apoderado especial de Fujitsu Limited con domicilio en 1-1 Kamikodanaka 4-Chome, Nakahara-Ku, Kawasaki-Shi, Kanagawa
211-8588, Japón , solicita la inscripción de: SoftwareMaster
como marca de servicios en clases: 41 y 42. Internacionales. Para proteger y distinguir lo siguiente: en clase 41: Certificación
y otorgamiento de títulos profesionales, vocacionales o técnicos; implementación de exámenes de calificaciones profesionales, vocacionales o técnicas; consulta, orientación, asesoramiento, consultoría o suministro de información relativa a la acreditación o otorgamiento de calificaciones profesionales, vocacionales o técnicas; planificación de cursos educativos y pruebas
de calificaciones profesionales,
vocacionales o técnicas; desarrollo, organización y realización conferencias educativas, seminarios, discursos y entretenimiento; servicios educativos y de instrucción; proporcionar publicaciones electrónicas; traducción a través de la comunicación por terminales de computadora y traducción en general en el campo de software. ;en clase 42: Suministro
de programas informáticos en línea para la examinación del aprendizaje profesional, vocacional o técnico; suministro de información sobre tecnología informática y programación a través de un sitio
web; consultoría sobre informática; consultoría en tecnología de la información [TI]; servicios de programación de computadoras; servicios de alquiler de ordenadores; alojamiento de servidores; alquiler de web servidores; servicios de optimización para ordenadores, en concreto, configuración
de redes y programas informáticos;
instalación de software de computadoras;
mantenimiento y actualización
de software de cómputo, en concreto, mejora de funciones de software informático,
cambiar o agregar funciones de software informático,
y suministro de información
al respecto; software como servicio (SAAS); servicios de consultoría y asesoramiento sobre sistemas informáticos; proporcionar uso temporal de software basado en la nube no descargable;
suministro de información técnica sobre ordenadores,
informática software y redes informáticas;
plataforma como servicio (PaaS); análisis de datos técnicos, todo lo anterior limitado en el campo software. Fecha: 19 de abril de 2023. Presentada el: 22 de febrero de 2023. San José: Se cita
a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos
valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. 19 de abril de 2023. A efectos de publicación, téngase en cuenta
lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978. Esta solicitud se rige por el
art. 28 de la Ley de Marcas Comerciales
y Otros Signos Distintivos que indica “Cuando la
marca consista en una etiqueta
y otro signo compuesto por un conjunto de elementos, la protección no se extenderá a los elementos contenidos
en ella que sean de uso común
o necesario en el comercio”.—Rina
Ruiz Mata, Registradora.—( IN2023775129 ).
Solicitud N°
2023-0000989.—Luis Diego Acuña
Vega, en calidad de apoderado especial de Syngenta Participations AG., con domicilio en Rosentalstrasse
67, 4058 Basel, Suiza, solicita
la inscripción de: UNIFORM como
marca de fábrica y comercio en clases: 1 y 5. Internacionales. Para proteger y distinguir lo siguiente: en clase 1: Preparaciones
químicas para uso en agricultura, horticultura y silvicultura; productos biológicos para uso en agricultura,
horticultura y silvicultura;
compost, estiércol; fertilizantes;
biofertilizantes; nutrientes
y micronutrientes para uso en agricultura; preparaciones químicas para el tratamiento de semillas; productos biológicos para el tratamiento de semillas; microorganismo utilizado en agricultura, horticultura y silvicultura; inoculantes para uso agrícola; bioestimulantes para plantas y semillas; bioestimulantes para aplicación en el suelo;
feromonas, que no sean para
uso médico; preparaciones químicas y biológicas para la gestión del estrés de las plantas; preparaciones para mejorar el suelo; promotor del efecto de crecimiento de cultivos, plantas y raíces.; en clase
5: Preparados para destruir
alimañas; fungicidas, herbicidas, insecticidas, nematicidas; bioinsecticidas; biofungicidas; bionematicidas; bioherbicidas; agentes de control biológico para su uso en agricultura
para controlar enfermedades
fúngicas y bacterianas, plagas, nematodos y malas hierbas; preparaciones para repeler animales, pájaros e insectos; productos biológicos y preparados a partir de microorganismos, extractos botánicos y minerales para el biocontrol de plagas y patógenos. Fecha: 9 de febrero de 2023. Presentada el: 7 de febrero de 2023. San
José: Se cita a terceros interesados en defender sus
derechos para hacerlos valer
ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. 9 de febrero de 2023. A efectos de publicación,
téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo
85 de la Ley N° 7978. Esta solicitud
se rige por el art. 28 de la Ley de Marcas Comerciales y Otros Signos Distintivos que indica “Cuando la marca consista en una
etiqueta y otro signo compuesto por un conjunto de elementos, la protección no se extenderá a los elementos contenidos
en ella que sean de uso común
o necesario en el comercio”.—Ivonne
Mora Ortega, Registradora.—( IN2023775131 ).
Solicitud No. 2023-0000953.—Luis Diego Acuña
Vega, en calidad
de Apoderado Especial De Carlsberg Breweries A/S con domicilio en J.C. Jacobsens Gade 1, DK-1799 Copenhagen V, Dinamarca , solicita la inscripción de: SOMERSBY
como marca de fábrica y comercio en clase(s): 32 y 33. Internacional(es). Para proteger
y distinguir lo siguiente: en clase 32: Cervezas; bebidas a base de cerveza; cervezas sin alcohol; bebidas no alcohólicas; sidra sin
alcohol; aguas minerales y gaseosas; bebidas de frutas y zumos de frutas; siropes y otras preparaciones sin alcohol
para hacer bebidas; en clase 33: Bebidas
alcohólicas, excepto
cervezas; preparaciones alcohólicas
para hacer bebidas; sidras;
bebida carbonatada mineral
con alcohol estilo “seltzer dura” Fecha:
17 de mayo de 2023. Presentada el:
6 de febrero de 2023. San José: Se cita a terceros interesados en defender sus
derechos para hacerlos valer
ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. 17 de mayo de 2023. A efectos de publicación, téngase en cuenta
lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978. Esta solicitud se rige por el
art. 28 de la Ley de Marcas Comerciales
y Otros Signos Distintivos que indica “Cuando la
marca consista en una etiqueta
y otro signo compuesto por un conjunto de elementos, la protección no se extenderá a los elementos contenidos en ella que sean
de uso común o necesario en el
comercio”.—Ginna Aguilar
Madriz, Registradora.—( IN2023775132 ).
Solicitud N°
2023-0003407.—Félix Rafael Brito Ferrer, soltero, cédula de residencia 186201600802 con domicilio en 100 mts., oeste el Colegio Divino Pastor casa esquinera
color ladrillo Guadalupe, San José, Costa Rica, solicita la inscripción
como marca de servicios
en clase(s): 37. Internacional(es). Para proteger
y distinguir lo siguiente: en clase 37: Ensamblaje
e instalación de accesorios
para vehículos 4x4. Reservas:
De los colores: naranja, negro y blanco. Fecha: 20 de abril de 2023. Presentada el: 17 de abril de 2023. San José: Se cita
a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos
valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. 20 de abril de 2023. A efectos de publicación, téngase en cuenta
lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978. Esta solicitud se rige por el
art. 28 de la Ley de Marcas Comerciales
y Otros Signos Distintivos que indica “Cuando la
marca consista en una etiqueta
y otro signo compuesto por un conjunto de elementos, la protección no se extenderá a los elementos contenidos en ella que sean
de uso común o necesario en el
comercio”.—Grettel Solís Fernández, Registrador(a).—(
IN2023775137 ).
Solicitud Nº 2023-0002108.—Arleth Núñez
Montenegro, casada una vez, cédula de identidad 116040792 con domicilio
en LA Unión, Concepción, Calle Bonilla, Urb. Don mariano, Cartago, Costa Rica, solicita
la inscripción de: Bienestar
Home como Marca de Servicios
en clase(s): 35. Internacional(es). Para proteger
y distinguir lo siguiente: en clase 35: Publicidad; gestión, organización y administración de negocios comerciales; trabajos de oficina. Servicio de venta al por menor
de electrodomésticos, utensilios
de cocina, línea blanca, artículos de cuidado personal, colchonería, mobiliario y tecnología. Fecha: 18 de mayo de 2023. Presentada
el: 8 de marzo de 2023. San
José: Se cita a terceros interesados en defender sus
derechos para hacerlos valer
ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. 18 de mayo de 2023. A efectos de publicación, téngase en cuenta
lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978. Esta solicitud se rige por el
art. 28 de la Ley de Marcas Comerciales
y Otros Signos Distintivos que indica “Cuando la
marca consista en una etiqueta
y otro signo compuesto por un conjunto de elementos, la protección no se extenderá a los elementos contenidos en ella que sean
de uso común o necesario en el comercio”.—Grettel Solís Fernández, Registrador(a).—(
IN2023775152 ).
Solicitud Nº 2023-0004532.—Rojan Jerlyn
MC Bride, pasaporte P9459458A, en
calidad de Tipo representante
desconocido de Adira Lynn
Fashion And Cosmetic Limitada,
cédula jurídica 3102875273, con domicilio
en: La Cruz, distrito Santa
Cecilia Comunidad de Argendora
dos kilómetros
suroeste de la Escuela de Argendora,
casa a mano derecha color blanco,
portón
negro, Guanacaste, Costa Rica, solicita la inscripción
como marca
de comercio en clase(s): 3 internacional(es),
para proteger y distinguir
lo siguiente: en clase 3: cosméticos y preparaciones de tocador no medicinales. Reservas: se realiza reserva del color negro y
amarillo. Fecha: 18 de mayo
de 2023. Presentada el: 16
de mayo de 2023. San José. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos
valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. 18 de mayo de 2023. A efectos de publicación,
téngase en cuenta lo dispuesto en el
artículo 85 de la Ley 7978. Esta
solicitud se rige por el art. 28 de la Ley de Marcas Comerciales y Otros Signos Distintivos
que indica “Cuando la marca
consista en una etiqueta y otro signo compuesto
por un conjunto de elementos,
la protección no se extenderá
a los elementos contenidos en ella
que sean de uso común o necesario en el comercio”.—Rándall
Abarca Aguilar, Registrador(a).—(
IN2023775153 ).
Solicitud No. 2023-0003544.—Ronald Ramírez Fumero, cédula de identidad 116290788, en calidad de apoderado
generalísimo de 3-101-696158 S.A., Cédula jurídica
3101696158 con domicilio en
Curridabat, Granadilla norte,
del taller Wabe 200 mts norte y 1 km ESTE,
Residencial Bosques del Altamonte, casa 5,
San José, Costa Rica , solicita
la inscripción
como marca de fábrica
en clase(s): 29. Internacional(es). Para proteger
y distinguir lo siguiente: en clase 29: Mantequillas
de maní, nueces, almendras y marañon. Fecha: 21 de abril de 2023. Presentada el: 19 de abril de 2023. San José: Se cita
a terceros interesados
en defender sus derechos para hacerlos
valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. 21 de abril de 2023. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto
en el artículo
85 de la Ley 7978. Esta solicitud
se rige por el art. 28 de la Ley de Marcas Comerciales y Otros Signos Distintivos que indica “Cuando la marca consista en una
etiqueta y otro signo compuesto por un conjunto de elementos, la protección no se extenderá a los elementos contenidos
en ella que sean de uso común
o necesario en el
comercio”.—Ginna Aguilar
Madriz, Registradora.—( IN2023775364 ).
Solicitud Nº 2023-0003284.—Aaron Montero Sequeira, cédula de identidad 10908006, en calidad de Apoderado
Especial de Biodyne World, Inc
con domicilio en 959
Paschal Place Sarasota Florida, 34232, Estados Unidos
de América, Estados Unidos de América, solicita la inscripción de: ENVIRONOC
como Marca de Fábrica y
Comercio en clase: 1. Internacional. Para proteger y distinguir lo siguiente: en clase 1: Cultivos
de microorganismos, excepto
para uso médico y veterinario. Fecha: 18 de abril de 2023. Presentada el: 13 de abril de 2023. San
José: Se cita a terceros interesados en defender sus
derechos para hacerlos valer
ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. 18 de abril de 2023. A efectos de publicación,
téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo
85 de la Ley 7978. Esta solicitud
se rige por el art. 28 de la Ley de Marcas Comerciales y Otros Signos Distintivos que indica “Cuando la marca consista en una
etiqueta y otro signo compuesto por un conjunto de elementos, la protección no se extenderá a los elementos contenidos
en ella que sean de uso común
o necesario en el comercio”.—Wendy
López Vindas, Registradora.—(
IN2023775438 ).
Solicitud N°
2023-0004515.—María Gabriela Bodden Cordero, cédula de identidad N° 70118461, en calidad de apoderado
especial de True Value Company L.L.C., con domicilio en 8600 West Bryn Mawr Avenue, Chicago,
IL 60631-3505, Estados Unidos de América, solicita la inscripción de: EASYCARE
como marca de fábrica y comercio en clase 2. Internacional.
Para proteger y distinguir
lo siguiente: Pinturas. Fecha:
18 de mayo de 2023. Presentada el
16 de mayo de 2023. San José. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos
valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. 18 de mayo de 2023. A efectos de publicación,
téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo
85 de la Ley N° 7978. Esta solicitud
se rige por el art. 28 de la Ley de Marcas Comerciales y Otros Signos Distintivos
que indica “Cuando la marca
consista en una etiqueta y otro signo compuesto
por un conjunto de elementos,
la protección no se extenderá
a los elementos contenidos en ella
que sean de uso común o necesario en el comercio”.—Milena Marín Jiménez, Registradora.—(
IN2023775442 ).
Solicitud Nº 2023-0000215.—Aaron Montero Sequeira, cédula de identidad
109080006, en calidad de Apoderado Especial de William Grant & Sons Limited con domicilio en The Glenfiddich
Distillery Dufftown Banffshire Scotland AB55 4dh
United Kingdom, Reino Unido,
solicita la inscripción de:
MONKEY SHOULDER, como marca de fábrica y comercio en clase: 33 internacional, para proteger y distinguir lo siguiente: en clase
33: Bebidas alcohólicas, excepto cervezas; preparaciones alcohólicas para elaborar bebidas. Fecha: 12 de mayo del
2023. Presentada el: 12 de enero del 2023. San José: Se cita
a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos
valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. 12 de mayo del 2023.
A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto
en el artículo
85 de la Ley 7978. Esta solicitud
se rige por el art. 28 de la Ley de Marcas Comerciales y Otros Signos Distintivos que indica “Cuando la marca consista en una
etiqueta y otro signo compuesto por un conjunto de elementos, la protección no se extenderá a los elementos contenidos
en ella que sean de uso común
o necesario en el comercio”.—Jamie
Phillips Guardado, Registrador(a).—(
IN2023775444 ).
Solicitud Nº 2023-0000711.—María Gabriela Bodden
Cordero, cédula de identidad 70118461, en calidad de Apoderado Especial
de Galenicum Vitae, S.L.U. con domicilio
en C/ Sant Gabriel, 50; 08950 Esplugues
de Llobregat (Barcelona), España,
solicita la inscripción de:
PREGAVITAE, como marca
de fábrica y comercio en clase: 5 internacional,
para proteger y distinguir
lo siguiente: en clase 5: Productos farmacéuticos para el dolor neuropático, la epilepsia y el trastorno de ansiedad generalizada. Fecha: 29 de marzo del 2023. Presentada el: 27 de enero del 2023. San José: Se cita
a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos
valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. 29 de marzo del 2023. A efectos de publicación, téngase en cuenta
lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978. Esta solicitud se rige por el
art. 28 de la Ley de Marcas Comerciales
y Otros Signos Distintivos que indica “Cuando la
marca consista en una etiqueta
y otro signo compuesto por un conjunto de elementos, la protección no se extenderá a los elementos contenidos en ella que sean de uso común o necesario
en el comercio”.—Ginna Aguilar Madriz, Registradora.—(
IN2023775445 ).
Solicitud Nº 2023-0004325.—Aaron Montero Sequeira, cédula de identidad
10908006, en calidad de Apoderado Especial de Inversiones
Hozona S.A.S. con domicilio
en Carrera 83 Nº34C-42, Medellín - Antioquia /
Colombia, solicita la inscripción
de: ENTRESUEÑOS, como marca
de comercio en clase: 25. Internacional. Para proteger y distinguir lo siguiente: en clase
25: Prendas de vestir, calzado, artículos de sombrerería; vestidos de baño; pijamas; ropa interior femenina. Fecha: 15 de mayo del 2023. Presentada
el: 11 de mayo del 2023. San José: Se cita a terceros interesados en defender sus
derechos para hacerlos valer
ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. 15 de mayo del 2023. A efectos de publicación, téngase en cuenta
lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978. Esta solicitud se rige por el
art. 28 de la Ley de Marcas Comerciales
y Otros Signos Distintivos que indica “Cuando la
marca consista en una etiqueta
y otro signo compuesto por un conjunto de elementos, la protección no se extenderá a los elementos contenidos en ella que sean
de uso común o necesario en el
comercio”.—Kimberly Arick Alvarado, Registradora.—(
IN2023775446 ).
Solicitud Nº 2023-0004541.—Anel Aguilar Sandoval, cédula de identidad 113590010, en calidad de Apoderado
Especial de Unión de Clubes de Futbol
de Primera División, cédula
jurídica 3002295138 con domicilio
en
Alajuela, San Rafael, En Proyecto Gol, seiscientos metros al sur del cruce
de la Panasonic, Radial A Santa Ana, Costa Rica, solicita
la inscripción de: TORNEO DE COPA UNAFUT como Marca de Comercio y Servicios
en clases: 25; 28; 35 y 41.
Internacionales. Para proteger
y distinguir lo siguiente: en clase 25: Uniformes;
prendas de vestir, calzado, artículos de sombrerería.; en clase 28: Balones de futbol, juegos y juguetes; aparatos de video juegos; artículos de gimnasia y deporte.; en clase 35: Publicidad; gestión, organización y administración de negocios comerciales; trabajos de oficina.; en clase
41: Educación; formación; servicios de entretenimiento; actividades deportivas y culturales. Fecha: 18 de mayo de
2023. Presentada el: 16 de
mayo de 2023. San José: Se cita a terceros
interesados en defender sus
derechos para hacerlos valer
ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. 18 de mayo de 2023. A efectos de publicación, téngase en cuenta
lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978. Esta solicitud se rige por el
art. 28 de la Ley de Marcas Comerciales
y Otros Signos Distintivos que indica “Cuando la
marca consista en una etiqueta
y otro signo compuesto por un conjunto de elementos, la protección no se extenderá a los elementos contenidos en ella que sean
de uso común o necesario en el
comercio”.—Walter Alfaro
González, Registrador.—( IN2023775483 ).
Solicitud No. 2023-0004542.—Anel Aguilar Sandoval, cédula de identidad
113590010, en calidad de apoderado especial de Unión de clubes
de futbol de primera división, cédula jurídica
3002295138 con domicilio en
Alajuela, San Rafael, En Proyecto Gol, seiscientos
metros al sur del cruce de la Panasonic, Radial A
Santa Ana, Costa Rica, solicita la inscripción de: SUPER COPA UNAFUT como marca de comercio
y servicios en clase(s): 25; 28; 35 y 41. Internacional(es).
Para proteger y distinguir
lo siguiente: en clase 25: Uniformes; prendas de vestir, calzado, artículos de sombrerería; en clase 28: Balones de futbol, juegos y juguetes; aparatos de videojuegos; artículos de gimnasia y deporte.; en clase 35: Publicidad; gestión, organización y administración de negocios comerciales; trabajos de oficina; en clase
41: Educación; formación; servicios de entretenimiento; actividades deportivas y culturales. Fecha: 18 de mayo de
2023. Presentada el: 16 de
mayo de 2023. San José: Se cita a terceros
interesados en defender sus
derechos para hacerlos valer
ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. 18 de mayo de 2023. A efectos de publicación, téngase en cuenta
lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978. Esta solicitud se rige por el
art. 28 de la Ley de Marcas Comerciales
y Otros Signos Distintivos que indica “Cuando la
marca consista en una etiqueta
y otro signo compuesto por un conjunto de elementos, la protección no se extenderá a los elementos contenidos en ella que sean
de uso común o necesario en el
comercio”.—Walter Alfaro
González, Registrador.—( IN2023775484 ).
PUBLICACIÓN DE
SEGUNDA VEZ
Solicitud N°
2022-0006466.—Simón Alfredo Valverde Gutiérrez, casado una vez,
cédula de identidad N° 303760289, en calidad de apoderado
especial de Impulsa IT Solutions Sociedad de Responsabilidad Limitada, con domicilio en Condominio
Ágape 23, 100 metros sur del Ebais
de San Rafael de Montes de Oca, San José, Costa Rica, solicita
la inscripción de: Nuestra empresa
impulsa la suya como señal de publicidad comercial. Para proteger y distinguir lo siguiente: Para promocionar servicios de venta al por menor
de equipos de información tecnológica, servicios de consultoría e información sobre arquitectura e infraestructuras tecnología de la
información, monitorización
de sistemas informáticos, administración de servidores, servicios de consultoría de expertos relacionados con redes informáticas, consultoría en redes y aplicaciones en la nube, creación
de copias de seguridad de datos electrónicos. En relación con
la marca IMPULSA IT SOLUTIONS, clase
35 y 42, expediente N° 2022-6449, e IMPULSA IT
SOLUTIONS (diseño), clase
42, expediente N° 2022-6454. Fecha: 2 de noviembre de 2022. Presentada el: 26 de julio de 2022. San José: Se cita
a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos
valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. 2 de noviembre de 2022. A efectos de publicación, téngase en cuenta
lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley N° 7978.
Esta solicitud se rige por el
art. 28 de la Ley de Marcas Comerciales
y Otros Signos Distintivos que indica “Cuando la
marca consista en una etiqueta
y otro signo compuesto por un conjunto de elementos, la protección no se extenderá a los elementos contenidos en ella que sean
de uso común o necesario en el
comercio”, y el artículo 63 que indica “Alcance
de la protección. La protección
conferida por el registro de una expresión o señal de publicidad comercial abarca la expresión o señal en su conjunto y no se extiende a sus partes o elementos considerados por separado. Una vez inscrita, una
expresión o señal de publicidad comercial goza de protección por tiempo indefinido;
pero su existencia
depende, según el caso, de la marca o el nombre
comercial a que se refiera”.—Isela Chango Trejos, Registrador(a).—(
IN2023708550 ).
Solicitud Nº 2023-0002833.—Arianna María Medrano Quesada, soltera, cédula de identidad 604560305 con domicilio
en La Reseda, Puntarenas, Costa Rica, solicita la inscripción
como marca
de comercio en clase(s): 43 internacional(es),
para proteger y distinguir
lo siguiente: en clase 43: restaurantes y comidas y demás productos incluidos en esta clase.
Fecha: 17 de mayo de 2023. Presentada
el: 27 de marzo de 2023.
San José. Se cita a terceros
interesados en defender sus
derechos para hacerlos valer
ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. 17 de mayo de 2023. A efectos de publicación, téngase en cuenta
lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978. Esta solicitud se rige por el
art. 28 de la Ley de Marcas Comerciales
y Otros Signos Distintivos que indica “Cuando la
marca consista en una etiqueta
y otro signo compuesto por un conjunto de elementos, la protección no se extenderá a los elementos contenidos en ella que sean
de uso común o necesario en el
comercio”.—Jamie Phillips Guardado, Registrador(a).—(
IN2023775176 ).
Solicitud Nº 2023-0003534.—Nidya Hernández Pérez, casada una vez, cédula de identidad 105410075 con domicilio
en 75 metros oeste de Transportes Núñez, entre la Iglesia Ministerio Dios Es Soberano y La Iglesia Jesucristo de Los Santos de Los Últimos
Días, 40803, Heredia, Costa Rica, solicita la inscripción:
como marca de fábrica
y comercio en clase(s): 33 internacional(es),
para proteger y distinguir
lo siguiente: en clase 33: Licor de agave con sabor a tamarindo. Fecha: 16 de mayo del 2023.
Presentada el: 19 de abril del 2023. San José: Se cita
a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos
valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. 16 de mayo del 2023.
A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el
artículo 85 de la Ley 7978. Esta
solicitud se rige por el art. 28 de la Ley de Marcas Comerciales y Otros Signos Distintivos
que indica “Cuando la marca
consista en una etiqueta y otro signo compuesto
por un conjunto de elementos,
la protección no se extenderá
a los elementos contenidos en ella que sean de uso común o necesario en el comercio”.—Ivonne Mora Ortega, Registrador(a).—(
IN2023775195 ).
Solicitud Nº 2023-0004262.—María José Ortega Tellería, mayor, casada una
vez, Abogada y Notaria Pública., Cédula de identidad
206900053, en calidad de Apoderado Especial de Rocha Vidrio
y Aluminio, S. A., Cédula jurídica
3101495743 con domicilio en
Alajuela, Grecia, Calle Carmona, Frente A Condominio Loma Verde., Costa Rica, solicita
la inscripción
como Marca de Fábrica y Servicios
en clase(s): 6; 19; 37 y
40. Internacional(es). Para proteger
y distinguir lo siguiente: en clase 6: Metales
comunes y sus aleaciones, menas; materiales de construcción y edificación metálicos;
construcciones transportables metálicas;
cables e hilos metálicos no
eléctricos; pequeños artículos de ferretería metálicos; contenedores metálicos de almacenamiento y transporte; cajas de caudales. En clase 19: Materiales de construcción no metálicos; tuberías rígidas no metálicas para la construcción; asfalto, pez, alquitrán y betún; construcciones transportables no metálicas; monumentos no metálicos. En clase 37: Servicios de instalación de puertas, ventanas, vidrios, barandas, puertas de baño, techos, parasoles,
rejillas, películas de seguridad y láminas de filtro solar. En clase 40: Servicios de fabricación personalizada de puertas, ventanas, vidrios, barandas, puertas de baño, vidrios de seguridad, muros cortina y estructuras de techo en vidrio.
Fecha: 12 de mayo de 2023. Presentada
el: 10 de mayo de 2023. San José: Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos
valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. 12 de mayo de 2023. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto
en el artículo
85 de la Ley 7978. Esta solicitud
se rige por el art. 28 de la Ley de Marcas Comerciales y Otros Signos Distintivos que indica “Cuando la marca consista en una
etiqueta y otro signo compuesto por un conjunto de elementos, la protección no se extenderá a los elementos contenidos
en ella que sean de uso común
o necesario en el comercio”.—Pablo
Andrés Sancho Calvo, Registrador(a).—( IN2023775198
).
Solicitud N°
2023-0004527.—Karla Villalobos Wong, soltera, cédula de identidad
110360375, en calidad de Apoderado Especial de empresa
Social Nutrivida Sociedad Anónima,
cédula jurídica 3101671777 con domicilio
en distrito Lagunilla, complejo bodegas Lagunilla, bodega número catorce, ochocientos al oeste y cien metros al norte de Jardines del Recuerdo, Heredia, Costa Rica, solicita
la inscripción
como marca de fábrica
y comercio en clase(s): 5. Internacional(es).
Para proteger y distinguir
lo siguiente: en clase 5: Suplementos nutricionales para niños. Fecha: 23 de mayo de 2023. Presentada
el: 16 de mayo de 2023. San José: Se cita a terceros interesados en defender sus
derechos para hacerlos valer
ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. 23 de mayo de 2023. A efectos de publicación, téngase en cuenta
lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978. Esta solicitud se rige por el
art. 28 de la Ley de Marcas Comerciales
y Otros Signos Distintivos que indica “Cuando la
marca consista en una etiqueta
y otro signo compuesto por un conjunto de elementos, la protección no se extenderá a los elementos contenidos en ella que sean
de uso común o necesario en el
comercio”.—Pablo Andrés
Sancho Calvo, Registrador(a).—( IN2023775199 ).
Solicitud No. 2023-0001528.—Carla Rodríguez Villegas, cédula de identidad 110630621 con domicilio en Villa Piedades Condominio casa 56, en Piedades de Santa Ana, San
José, Costa Rica, solicita la inscripción
como marca de comercio
en clase(s): 14. Internacional(es). Para proteger
y distinguir lo siguiente: en clase 14: Metales
preciosos y sus aleaciones;
artículos de joyería, piedras preciosas y semipreciosas. Reservas: De los colores: azul,
celeste, negro y blanco. Fecha:
29 de marzo de 2023. Presentada
el: 22 de febrero de 2023.
San José: Se cita a terceros
interesados en defender sus derechos para hacerlos
valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. 29 de marzo de 2023. A efectos de publicación, téngase en cuenta
lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978. Esta solicitud se rige por el
art. 28 de la Ley de Marcas Comerciales
y Otros Signos Distintivos que indica “Cuando la
marca consista en una etiqueta
y otro signo compuesto por un conjunto de elementos, la protección no se extenderá a los elementos contenidos en ella que sean
de uso común o necesario en el
comercio”.—Randall Abarca Aguilar, Registrador.—(
IN2023775225 ).
Solicitud Nº 2023-0004671.—María del Milagro Chaves Desanti, cédula de identidad 106260794, en calidad de Apoderado Especial de
San Miguel Industrias Pet S.A (Perú), con domicilio en: Av. Materiales 2354, Cercado de Lima. Lima, Perú, solicita la inscripción
como marca
de fábrica y comercio en clase(s): 1 internacional(es),
para proteger y distinguir
lo siguiente: en clase 1: productos químicos para la industria, la ciencia y la fotografía, así como para la agricultura, la horticultura y la
silvicultura; resinas artificiales
en bruto, materias plásticas en bruto; compuestos
para la extinción de incendios
y la prevención de incendios;
preparaciones para templar y soldar
metales; sustancias para curtir cueros y pieles de animales; adhesivos (pegamentos) para la industria; masillas y otras materias de relleno en pasta; compost, abonos, fertilizantes; preparaciones biológicas para la industria y la
ciencia. Fecha: 23 de mayo
de 2023. Presentada el: 19
de mayo de 2023. San José. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos
valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. 23 de mayo de 2023. A efectos de publicación,
téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo
85 de la Ley 7978. Esta solicitud
se rige por el art. 28 de la Ley de Marcas Comerciales y Otros Signos Distintivos que indica “Cuando la marca consista en una
etiqueta y otro signo compuesto por un conjunto de elementos, la protección no se extenderá a los elementos contenidos
en ella que sean de uso común o necesario en el
comercio”.—Wálter Alfaro
González, Registrador(a).—( IN2023775263 ).
Solicitud Nº 2022-0010638.—Greivin Monge Mora, soltero,
cédula de identidad 110580265 con domicilio
en la Unión, San Rafael. Los Sauces San Vicente del tanque de agua 50 mts norte, Cartago, Costa Rica, solicita
la inscripción
como Marca de Fábrica y Comercio en clase(s): 30. Internacional(es). Para proteger
y distinguir lo siguiente: en clase 30: Café molido, en grano
Fecha: 21 de diciembre de
2022. Presentada el: 6 de diciembre de 2022. San José: Se cita
a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos
valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. 21 de diciembre de 2022. A efectos de publicación, téngase en cuenta
lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978. Esta solicitud se rige por el
art. 28 de la Ley de Marcas Comerciales
y Otros Signos Distintivos que indica “Cuando la
marca consista en una etiqueta
y otro signo compuesto por un conjunto de elementos, la protección no se extenderá a los elementos contenidos en ella que sean
de uso común o necesario en el
comercio”.—Katherine Jiménez
Tenorio, Registrador(a).—( IN2023775282 ).
Solicitud N°
2023-0003516.—Jose Ignacio Quijano San Gil, mayor, soltero, abogado, cédula de identidad
115470435, en calidad de Apoderado Especial de Vetpawradise
CR Sociedad de Responsabilidad Limitada,
cédula jurídica 3102874186 con domicilio
en San José, Montes de Oca, San Pedro, del Más por Menos de San Pedro, cien metros y ciento setenta y cinco metros al oeste, casa color crema con portón
café, a mano izquierda, 11801, San José, Costa Rica, solicita la inscripción
como marca de servicios
en clase(s): 43 y 44. Internacional(es). Para proteger
y distinguir lo siguiente: en clase 43: los
servicios de residencias para animales;
en clase 44: la cría de animales; el aseo de animales;
cirugía veterinaria; odontología veterinaria; asistencia veterinaria; suministro de información veterinaria; servicios de información veterinaria prestados por internet Fecha: 5 de mayo de 2023. Presentada
el: 19 de abril de 2023.
San José: Se cita a terceros
interesados en defender sus
derechos para hacerlos valer
ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. 5 de mayo de 2023. A efectos de publicación, téngase en cuenta
lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978. Esta solicitud se rige por el
art. 28 de la Ley de Marcas Comerciales
y Otros Signos Distintivos que indica “Cuando la
marca consista en una etiqueta
y otro signo compuesto por un conjunto de elementos, la protección no se extenderá a los elementos contenidos en ella que sean
de uso común o necesario en el
comercio”.—Wendy López Vindas, Registrador(a).—(
IN2023775321 ).
Solicitud Nº 2023-0003883.—Valentina Quesada Méndez, soltera, cédula de identidad 208430984
con domicilio en Talamanca,
Cahuita, Hone Creek 100 metros suroeste de la Plaza
de Hone Creek, Costa Rica, solicita la inscripción:
como marca de fábrica
y comercio en clase(s): 25 internacional(es),
para proteger y distinguir
lo siguiente: en clase 25: Todo tipo de camisas y camisetas (camisetas de algodón, tipo polo), y Sudaderas de algodón con y sin gorro. Fecha: 19 de mayo del 2023.
Presentada el: 28 de abril del 2023. San José: Se cita
a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos
valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. 19 de mayo del 2023.
A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto
en el artículo
85 de la Ley 7978. Esta solicitud
se rige por el art. 28 de la Ley de Marcas Comerciales y Otros Signos Distintivos que indica “Cuando la marca consista en una
etiqueta y otro signo compuesto por un conjunto de elementos, la protección
no se extenderá a los elementos contenidos en ella que sean
de uso común o necesario en el
comercio”.—Wendy López Vindas, Registrador(a).—(
IN2023775362 ).
Solicitud N°
2023-0002609.—Joaquín Antonio Muñoz Ortiz, soltero, cédula de identidad N°
111660566; TLP La Plataforma de Lanzamiento al
Espacio Sideral Escuelas, Colegios, Universidades & Afines,
cédula jurídica N° 3-102-709983; The Launch Pad
Sociedad Anónima, cédula jurídica
y The Growth Proyect Sociedad Anónima,
cédula jurídica N° 3-101-455676, con domicilio en Santa Cruz,
Tamarindo, Villareal, Instalaciones de TLP y Centro Educativo GEA en la Finca Folio
Real 5-145594-000 en Barrio México, frente a Apartamentos Oasis,
Guanacaste, Costa Rica; San José-Santa Ana Centro, Barrio Lajas,
Centro Comercial Paseo del Ángel,
Segundo piso, Local número
18, Oficinas de The Launch Pad TLP., Costa Rica; San
José, Santa Ana, Pozos, Centro Empresarial
Forum 1, Edificio C, Oficina
1 C 1., Costa Rica y San José-Santa Ana, Pozos,
Centro Comercial Empresarial
Forum, Edificio C, Oficina
Uno C Uno., Costa Rica, solicita la inscripción
como marca de servicios
en clase(s): 41. Internacional(es). Para proteger
y distinguir lo siguiente: en clase 41: Todas
las formas de educación o formación. Reservas: De los colores: negro y blanco. Fecha: 16 de mayo de
2023. Presentada el: 21 de marzo de 2023. San José: Se cita
a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos
valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. 16 de mayo de 2023. A efectos de publicación,
téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo
85 de la Ley N° 7978. Esta solicitud
se rige por el art. 28 de la Ley de Marcas Comerciales y Otros Signos Distintivos que indica “Cuando la marca consista en una
etiqueta y otro signo compuesto por un conjunto de elementos, la protección no se extenderá a los elementos contenidos
en ella que sean de uso común o necesario en el comercio”.—Jamie Phillips Guardado, Registradora.—( IN2023775384 ).
Solicitud N°
2023-0003485.—Elizabeth Angulo López, divorciada dos veces, cédula de identidad 104191042 con domicilio
en Guadalupe Goicoechea Av.
2DA entre calles 2 y 4 casa N° 248, San
José, Costa Rica, solicita la inscripción
como marca
de comercio en clase(s): 25. Internacional(es).
Para proteger y distinguir
lo siguiente: en clase 25: Fajas reductoras (ropa interior). Reservas: No se hace reserva de las palabras
“Fajas Reductoras” Fecha:
15 de mayo de 2023. Presentada el:
18 de abril de 2023. San José: Se cita
a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos
valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. 15 de mayo de 2023. A efectos de publicación,
téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo
85 de la Ley 7978. Esta solicitud
se rige por el art. 28 de la Ley de Marcas Comerciales y Otros Signos Distintivos que indica “Cuando la marca consista en una
etiqueta
y otro signo compuesto por un conjunto de elementos, la protección no se extenderá a los elementos contenidos en ella que sean
de uso común o necesario en el
comercio”.—Rebeca Madrigal
Garita, Registrador(a).—( IN2023775414 ).
Solicitud Nº 2023-0004466.—Kassandra Teresita Vargas Farrier, divorciada una vez, cédula de identidad 602230570 con domicilio
en Condominio Bello
Horizonte, APTNº7. SN. Rafael, Escazú, San José, Costa Rica, solicita
la inscripción:
como marca de fábrica
en clase(s): 25 internacional(es), para proteger
y distinguir lo siguiente: en clase 25: Prendas
de vestir, calzado y sombrerería. Fecha: 17 de mayo
del 2023. Presentada el: 15
de mayo del 2023. San José: Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos
valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. 17 de mayo del 2023.
A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto
en el artículo
85 de la Ley 7978. Esta solicitud
se rige por el art. 28 de la Ley de Marcas Comerciales y Otros Signos Distintivos
que indica “Cuando la marca
consista en una etiqueta y otro signo compuesto
por un conjunto de elementos,
la protección no se extenderá
a los elementos contenidos en ella
que sean de uso común o necesario en el comercio”.—Kimberly Arick Alvarado, Registrador(a).—( IN2023775416 ).
Solicitud Nº 2023-0003153.—Efraín
Elías Cambronero Moraga, cédula de identidad
100680292, en calidad de Apoderado Generalísimo de Centro
Integral Oncología
CIO Sociedad Responsabilidad Limitada,
cédula jurídica 3-101-827235, con domicilio
en: Escazú, San Rafael, avenida
Escazú Torre AE dos 5 piso, Costa Rica, solicita la inscripción
como Marca de Servicios en
clases: 10; 42 y 44. Internacionales.
Para proteger y distinguir
lo siguiente: en clase 10: aparatos e instrumentos quirúrgicos, médicos,
odontológicos, y veterinarios, así como miembros,
ojos y dientes artificiales; artículos ortopédicos; material de sutura; en clase 42: servicios
Científicos y tecnológicos,
así como servicios de investigación y diseño en estos
ámbitos; servicios de análisis e investigación industriales; diseño y desarrollo de equipos informáticos y de software; en clase 44: servicios médicos, servicios veterinarios; tratamientos de higiene y de belleza para
personas o animales; servicios
de agricultura, horticultura
y silvicultura. Fecha: 17
de mayo de 2023. Presentada el:
11 de abril de 2023. San José. Se cita
a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos
valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. 17 de mayo de 2023. A efectos de publicación,
téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo
85 de la Ley 7978. Esta solicitud
se rige por el art. 28 de la Ley de Marcas Comerciales y Otros Signos Distintivos que indica “Cuando la marca consista en una
etiqueta y otro signo compuesto por un conjunto de elementos, la protección no se extenderá a los elementos contenidos
en ella que sean de uso común
o necesario en el comercio”.—Johnny
Rodríguez Garita, Registrador.—( IN2023775457 ).
Solicitud Nº 2023-0003573.—Giselle Reuben Hatounian, cédula jurídica N° de identidad N°
110550703, en calidad de apoderado especial de DIPO S. A., cédula jurídica N° 3101007589, con domicilio
en: del Hotel Marriott 350 m. al este, C. Arbolito, Heredia, Belén,
Costa Rica, solicita la inscripción
como marca
de comercio y servicios en clase 9; 16; 35; 36; 41 y 42 Internacionales. Para proteger y distinguir lo siguiente: en clase 9: contenido
digital descargable; aparatos
e instrumentos científicos,
de investigación, de navegación,
geodésicos, fotográficos, cinematográficos, audiovisuales, ópticos, de pesaje, de medición, de señalización, de detección, de pruebas, de inspección, de salvamento y de enseñanza; aparatos e instrumentos de conducción, distribución, transformación, acumulación, regulación o control
de la distribución o del consumo
de electricidad; aparatos e
instrumentos de grabación, transmisión, reproducción o tratamiento de sonidos, imágenes o datos; soportes grabados o descargables, software,
soportes de registro y almacenamiento digitales o análogos vírgenes; mecanismos para aparatos que funcionan con monedas; cajas registradoras, dispositivos de cálculo; ordenadores y periféricos de ordenador; trajes de buceo, máscaras de buceo, tapones para los oídos para buceo, pinzas nasales para submarinistas
y nadadores, guantes de buceo, aparatos de respiración para la natación subacuática; extintores.; en clase 16: papelería;
papel y cartón; productos de imprenta; material
de encuadernación; fotografías;
artículos de papelería y artículos de oficina, excepto muebles; adhesivos (pegamentos) de papelería o para uso doméstico; material de dibujo y
material para artistas; pinceles;
material de instrucción y material didáctico; hojas, películas y bolsas de materias plásticas para embalar y empaquetar; caracteres de imprenta, clichés de imprenta; en clase 35: Servicios
de publicidad; gestión, organización y administración de negocios comerciales; trabajos de oficina; en clase 36: Actividades
de beneficencia; servicios financieros, monetarios y bancarios; servicios de seguros; servicios inmobiliarios.; en clase 41: Servicios educativos; formación; servicios de entretenimiento; actividades deportivas y culturales y en clase 42: Servicio de acceso a contenido digital no descargable; Servicios científicos y tecnológicos, así como servicios
de investigación y diseño conexos; servicios de análisis industrial, investigación
industrial y diseño industrial; control de calidad y servicios de autenticación; diseño y desarrollo de hardware y software. Fecha:
23 de mayo de 2023. Presentada el
19 de abril de 2023. San José. Se cita
a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos
valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. 23 de mayo de 2023. A efectos de publicación,
téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo
85 de la Ley N° 7978. Esta solicitud
se rige por el art. 28 de la Ley de Marcas Comerciales y Otros Signos Distintivos que indica “Cuando la marca consista en una
etiqueta y otro signo compuesto por un conjunto de elementos, la protección no se extenderá a los elementos contenidos
en ella que sean de uso común
o necesario en el comercio”.—Wendy
López Vindas, Registradora.—(
IN2023775482 ).
Solicitud N°
2022-0010838.—Fabiola Sáenz
Quesada, cédula de identidad, en
calidad de apoderado
especial de Rappi Pura Vida S.A., cédula jurídica N° 3101768820, con domicilio
en Escazú, 800 metros
al oeste del Centro Comercial
Escazú Village, Edificio Banco General, sexto piso, Oficinas de Consortium
Legal, San José, Costa Rica, solicita la inscripción
como marca de servicios
en clase 35. Internacional. Para proteger y distinguir lo siguiente:
Publicidad; gestión, organización
y administración de negocios comerciales; gestión, organización y administración
del comercio electrónico; comercialización de productos; servicios business to business. Reservas:
Reserva del color azul,
celeste y utilizarlo en cualquier tamaño, pudiendo ser reproducido por todos los
medios que se estimen convenientes. Fecha: 20 de enero de 2023. Presentada el 08 de diciembre de 2022. San
José. Se cita a terceros interesados en defender sus
derechos para hacerlos valer
ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. 20 de enero de 2023. A efectos de publicación,
téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo
85 de la Ley N° 7978. Esta solicitud se rige por el art. 28 de la Ley de Marcas Comerciales y Otros Signos Distintivos que indica “Cuando la marca consista en una
etiqueta y otro signo compuesto por un conjunto de elementos, la protección no se extenderá a
los elementos contenidos en ella
que sean de uso
común o necesario en el comercio”.—Grettel Solís Fernández,
Registradora.—( IN2023775511 ).
Solicitud Nº 2022-0010840.—Fabiola Sáenz Quesada, en calidad de Apoderado
Especial de Rappi Pura Vida S. A., cédula jurídica 3101768820 con domicilio
en Escazú, 800 metros al oeste
del Centro Comercial Escazú Village, Edificio Banco General, sexto piso,
Oficinas de Consortium Legal, San José, Costa Rica, solicita la inscripción
como Marca de Servicios en
clase(s): 36. Internacional(es).
Para proteger y distinguir
lo siguiente: en clase 36: Servicios de seguros; operaciones financieras; operaciones monetarias; cashout (retiro de dinero en efectivo), pagos; operaciones de pagos a personas físicas y morales. Reservas: Reserva del color azul, celeste y utilizarlo en cualquier
tamaño, pudiendo ser reproducido por todos los medios
que se estimen convenientes.
Fecha: 20 de febrero de
2023. Presentada el: 8 de diciembre de 2022. San José: Se cita
a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos
valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. 20 de febrero de 2023. A efectos de publicación, téngase en cuenta
lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978. Esta solicitud se rige por el
art. 28 de la Ley de Marcas Comerciales
y Otros Signos Distintivos que indica “Cuando la
marca consista en una etiqueta
y otro signo compuesto por un conjunto de elementos, la protección no se extenderá a los elementos contenidos en ella que sean
de uso común o necesario en el
comercio”.—Wendy López Vindas, Registrador(a).—(
IN2023775578 ).
Solicitud N° 2022-0010842.—Fabiola Sáenz Quesada, cédula de identidad , en calidad
de Apoderado Especial de Rappi
Pura Vida S. A., cédula jurídica 3101768820, con domicilio en Escazú, 800 metros
al oeste del Centro Comercial
Escazú Village, Edificio Banco General, sexto piso, oficinas de Consortium
Legal, San José, Costa Rica , solicita la inscripción
como marca de servicios
en clase(s): 42. Internacional(es). Para proteger
y distinguir lo siguiente: en clase 42: Servicios de alojamiento, creación y programación de
software y plataformas de comercio
electrónico; servicio de
software; plataformas de internet que compilan o almacenan
el tráfico y procesamiento de datos de usuarios; aplicación digital que compila o almacena el tráfico y procesamiento
de datos de usuarios. Reservas: Reserva del color azul, celeste y utilizarlo en cualquier tamaño,
pudiendo ser reproducido por todos los
medios que se estimen convenientes. Fecha: 19 de enero de 2023. Presentada el: 8 de diciembre de 2022. San
José: Se cita a terceros interesados en defender sus
derechos para hacerlos valer
ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. 19 de enero de 2023. A efectos de publicación,
téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo
85 de la Ley 7978. Esta solicitud
se rige por el art. 28 de la Ley de Marcas Comerciales y Otros Signos Distintivos que indica “Cuando la marca consista en una
etiqueta y otro signo compuesto por un conjunto de elementos, la protección no se extenderá a los elementos contenidos
en ella que sean de uso común
o necesario en el comercio”.—Isela
Chango Trejos, Registradora.—( IN2023775674 ).
Solicitud N° 2023-0004524.—Pedro Eduardo Díaz Cordero, cédula de identidad N° 107560893, en
calidad de apoderado
especial de Bryan Molina Brenes, soltero, preparador físico, cédula de identidad N° 118140380, con domicilio
en provincia de San José,
Montes de Oca, Sabanilla, un kilómetro al norte del Gimnasio del este, Urbanización El Roblar, Casa número 6, San José,
Costa Rica, solicita la inscripción
como marca de servicios
en clase(s): 41. Internacional(es). Para proteger
y distinguir lo siguiente: en clase
41: servicios de entrenamiento
funcional, en sesiones grupales o personales de entrenamiento; educación física [consultoría]; servicios de gimnasio; organización y presentación de conferencias deportivas; organización de competencias [educación o entrenimiento]; asesoría, consultoría e información sobre actividades deportivas y culturales; entrenador personal [consultoría];
asesoría e información sobre educación física; servicios de conferencias deportivas y actividades deportivas;
servicios de entrenamiento de ejercicio físico;
servicios de entrenamiento relativos a la forma física y educación sobre salud física; servicios
brindados para el entretenimiento y formación en un gimnasio convencional y personalizado; gimnasio de acondicionamiento físico y gimnasio deportivo; celebración de eventos deportivos; organización de eventos con fines
de entretenimiento y sociales
en gimnasios; instrucción relativa a la nutrición impartida en gimnasios; capacitaciones
y consultorías relacionadas
con acondicionamiento y mejoramiento
físico impartidas en un gimnasio. Fecha: 19 de mayo de 2023. Presentada
el: 16 de mayo de 2023. San José: Se cita a terceros interesados en defender sus
derechos para hacerlos valer
ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. 19 de mayo de 2023. A efectos de publicación, téngase en cuenta
lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley N° 7978.
Esta solicitud se rige por el
art. 28 de la Ley de Marcas Comerciales
y Otros Signos Distintivos que indica “Cuando la
marca consista en una etiqueta
y otro signo compuesto por un conjunto de elementos, la protección no se extenderá a los elementos contenidos en ella que sean
de uso común o necesario en el
comercio”.—Wendy López Vindas, Registradora.—(
IN2023775769 ).
Solicitud Nº 2023-0001595.—Gabriela Cristina Bello Conde, casada una vez, cédula de residencia
186201079613, en calidad de
Apoderado Generalísimo de
Corporation Anrobell del Oeste Sociedad Anónima, cédula jurídica
3101730648, con domicilio en:
San José, Santa Ana, Pozos. Centro Comercial Urban plaza piso
2 local 202, Costa Rica, solicita la inscripción
como marca
de servicios en clase(s): 43 internacional(es),
para proteger y distinguir
lo siguiente: servicio de restauración o alimentación
de comida típica venezolana
especializado en arepas de maíz, rellenas de carne, pollo, queso, frijoles, maduro, aguacate, huevos y otros. Hervidos, tequeños, quesillo, papelón con limón. Fecha: 03 de mayo de 2023. Presentada
el: 23 de febrero de 2023.
San José. Se cita a terceros
interesados en
defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. 03 de mayo de 2023. A efectos de publicación,
téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo
85 de la Ley 7978. Esta solicitud
se rige por el art. 28 de la Ley de Marcas Comerciales y Otros Signos Distintivos que indica “Cuando la marca consista en una
etiqueta y otro signo compuesto por un conjunto de elementos, la protección no se extenderá a los elementos contenidos
en ella que sean de uso común
o necesario en el comercio”.—Alex
Villegas Méndez, Registrador(a).—( IN2023775865 ).
Solicitud N°
2023-0003432.—José Daniel Calderón Carrillo,
pasaporte A00787132, en calidad de apoderado especial de Carrofácil de Costa Rica S. A., cédula jurídica N°
3-101-367292, con domicilio en
La Uruca, Oficentro
Galicia, frente a la Fábrica
de Galletas Pozuelo, San José, Costa Rica, solicita
la inscripción
como Marca de Servicios en
clase: 36. Internacional.
Para proteger y distinguir
lo siguiente: en clase
36: Préstamos (financiación),
préstamos a plazo, préstamos prendarios o pignoraticios, prestamos con garantía, arrendamiento con opción de compra (leasing). Reservas: Se reservan los colores amarillo,
azul y blanco. Fecha: 17 de mayo de 2023. Presentada
el: 17 de abril de 2023.
San José: Se cita a terceros
interesados en defender sus
derechos para hacerlos valer
ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. 17 de mayo de 2023. A efectos de publicación, téngase en cuenta
lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley N° 7978.
Esta solicitud se rige por el
art. 28 de la Ley de Marcas Comerciales
y Otros Signos Distintivos que indica “Cuando la
marca consista en una etiqueta
y otro signo compuesto por un conjunto de elementos, la protección no se extenderá a los elementos contenidos en ella que sean de uso
común o necesario en el comercio”.—Isela Chango Trejos, Registradora.—(
IN2023776061 ).
PUBLICACIÓN DE
PRIMERA VEZ
Solicitud No. 2023-0004167.—Milena María Gómez Chaves, divorciada una vez, cédula de identidad 109900914, en calidad de apoderado generalísimo de Teneria Pirro Antonio Gómez Limitada,
Cédula jurídica 3102015985 con dEomicilio
en Heredia del Puente Pirro,
50 metros al sur, Heredia, Costa Rica, solicita la inscripción
como marca de fábrica,
comercio y servicios en clase(s): 25; 30 y 35. Internacional(es). Para proteger
y distinguir lo siguiente: en clase 25: Comprende
principalmente las prendas
de vestir, el calzado y los artículos
de sombrerería para personas. Las partes
de prendas de vestir, de calzado y de artículos de sombrerería. Las prendas de vestir y el calzado
para deporte. Ropa de cuero; en clase
30: Las bebidas a base de café, cacao, chocolate o té; en clase
35: Actualizaciones de documentación
publicitaria. Actualización
y mantenimiento de información
en los registros.
Servicios de publicidad,
marketing y promoción. Reservas:
De los colores: negro y
café. Fecha: 23 de mayo de 2023. Presentada
el: 8 de mayo de 2023. San José: Se cita a terceros interesados en defender sus
derechos para hacerlos valer
ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. 23 de mayo de 2023. A efectos de publicación, téngase en cuenta
lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978. Esta solicitud se rige por el
art. 28 de la Ley de Marcas Comerciales
y Otros Signos Distintivos que indica “Cuando la
marca consista en una etiqueta
y otro signo compuesto por un conjunto de elementos, la protección no se extenderá a los elementos contenidos en ella que sean de uso común
o necesario en el comercio”.—Kimberly
Arick Alvarado, Registradora.—(
IN2023776349 ).
Solicitud N° 2023-0004168.—Milena María Gómez Chaves, divorciada
una vez, cédula de identidad N° 109900914, en calidad de apoderado
generalísimo de Tenería Pirro Antonio Gómez Limitada, cédula jurídica N° 3102015985, con domicilio en del Puente Pirro, 50 metros al sur, Heredia, Costa Rica, solicita la inscripción
como marca de fábrica,
comercio y servicios, en clases: 18; 25; 30 y 35 internacionales. Para proteger y distinguir lo siguiente: en clase 18: Cuero; pieles de animales; artículos de equipaje y bolsas de transporte; paraguas y sombrillas; bastones; fustas; arneses y artículos de guarnicionería; collares, correas
y ropa para animales. Clase 25: Ropa de cuero. Clase 30: Las bebidas a base de café, cacao, chocolate o té. Clase 35: Actualizaciones de documentación publicitaria, actualización y mantenimiento de información en los registros
y servicios de publicidad,
marketing y promoción. Reservas:
negro. Fecha: 23 de mayo de 2023. Presentada
el: 8 de mayo de 2023. San José: Se cita a terceros interesados en defender sus
derechos para hacerlos valer
ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. 23 de mayo de 2023. A efectos de publicación, téngase en cuenta
lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley N° 7978.
Esta solicitud se rige por el
art. 28 de la Ley de Marcas Comerciales
y Otros Signos Distintivos que indica “Cuando la
marca consista en una etiqueta
y otro signo compuesto por un conjunto de elementos, la protección no se extenderá a los elementos contenidos en ella que sean
de uso común o necesario en el
comercio”.—Kimberly Arick Alvarado, Registradora.—(
IN2023776350 ).
SOLICITUD DE DECLARATORIA DE NOTORIEDAD
PUBLICACIÓN DE TERCERA VEZ
Expediente No. 2-123377.—María Del Pilar López Quirós, portadora
de la cédula de identidad 1-1066- 0601, en su calidad de Apoderada Especial de
PEPSICO, INC, con domicilio en 700 Anderson Hill
Road, Purchase, Esatado de Nueva York 10577, Estados Unidos de América, solicita
la declaratoria de notoriedad
sobre la siguiente marca denominativa “PEPSI”,
registro 122033, para proteger
y distinguir en clase 32 internacional lo siguiente: “aguas minerales y gaseosas y otras bebidas no alcohólicas, bebidas a base de frutas y otras preparaciones para hacer bebidas”.
Presentada el 04 de octubre
del 2022. San José. Se cita a terceros
interesados en defender sus
derechos para hacerlos valer
ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto; presentando los fundamentos de hecho y de derecho así como la prueba pertinente y con las formalidades
de Ley. Todo lo anterior de conformidad con la directriz DPI-0003-2019. Publicar
en Gaceta Oficial 3 veces.—San José 13 de marzo del 2023. A
efectos de publicación, téngase en cuenta
lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978.—Pablo Sancho Calvo. Registrador.—( IN2023772542
).
Marcas de ganado
Solicitud Nº 2023-1038.—Ref: 35/2023/2022.—Rafael Mauricio
Lizano Rojas, cédula de identidad
205380890, solicita la inscripción
de:
como marca
de ganado, que usará preferentemente en
Guanacaste, Liberia, Nacascolo quince kilometros noroeste cruce Golfo Papagayo, Barrio Baltia. Presentada el 12 de mayo del 2023. Según el expediente Nº 2023-1038.
Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos
valer ante este Registro, dentro de los 10 días hábiles contados a partir de la publicación de este edicto.—Rándall Abarca Aguilar, Registradores.—1 vez.—(
IN2023776144 ).
Patentes de Invención
PUBLICACIÓN DE TERCERA VEZ
El(la) señor(a)(ita)
María Gabriela Bodden Cordero, Cédula de identidad 70118461, en calidad de Apoderado
Especial de Gyroscope Therapeutics Limited, solicita
la Patente PCT denominada ÁCIDO NUCLEICO QUE
CODIFICA UNA ENTIDAD ANTI-VEGF Y UN REGULADOR DEL COMPLEMENTO NEGATIVO Y SUS USOS PARA EL TRATAMIENTO DE
LA DEGENERACIÓN MACULAR RELACIONADA CON LA EDAD. La
presente invención se refiere a un producto que comprende (i) una entidad anti–VEGF; y (ii) un regulador
del complemento negativo, o secuencias de nucleótidos
que los codifican, como una preparación
combinada para el uso simultáneo, separado o secuencial en terapia. En
particular, la entidad anti–VEGF es un anticuerpo anti–VEGF, preferentemente,
aflibercept, y el regulador
del complemento negativo es
Factor I del Complemento (CFI) o proteína
1 de tipo Factor H del Complemento
(FHL1). Los principales usos
son para el tratamiento de enfermedades oculares, en particular, degeneración
macular relacionada con la edad
(AMD).. La memoria descriptiva, reivindicaciones, resumen y diseños quedan depositados, la Clasificación Internacional de Patentes es: A61K 38/00, A61K 39/00, A61K
48/00, A61P 27/02, C07K 14/47, C07K 16/22 yC12N 15/86; cuyo(s)
inventor(es) es(son) Esteve-Rudd, Julian (GB); JOEL,
Josephine (GB); Ellis, Scott (GB) y Tam, Lawrence (GB). Prioridad:
N° 2016463.8 del 16/10/2020 (GB) y N° 2104148.8 del 24/03/2021 (GB). Publicación Internacional: WO/2022/079453.
La solicitud correspondiente
lleva el número 2023-0000202, y fue presentada a las 10:09:15 del 11 de mayo de 2023. Cualquier interesado podrá oponerse dentro de los tres
meses siguientes a la tercera
publicación de este aviso.
San José, 12 de mayo de 2023. Publíquese tres días consecutivos en el Diario Oficial
La Gaceta y una vez en un periódico
de circulación nacional.—Oficina de Patentes.—María
Leonor Hernández Bustamante.—( IN2023775142 ).
PUBLICACIÓN DE SEGUNDA VEZ
El(la) señor(a)(ita)
María Del Pilar López Quirós, en calidad de Apoderado Especial de Genentech, INC y F. Hoffmann-La Roche AG, solicita la Patente PCT denominada PROCESO
PARA LA PREPARACIÓN DE COMPUESTOS DE
BIHETEROARILO Y FORMAS CRISTALINAS DE ESTOS. Se proporcionan
procesos para preparar compuestos de biheteroarilo, incluso el compuesto
de biheteroarilo
3-(difluorometoxi)-5-[2-(3,3-difluoropirrolidin-1-il)-6-[(1S,4S)-2-oxa-5- azabiciclo[2.2.1]heptan-5-il]pirimidin-4-il]piridin-2-amina.
Entre otras ventajas, los procesos proporcionan:
el uso de solventes que son relativamente
no tóxicos y asequibles; el uso reducido
de catalizadores de metales
preciosos costosos; la reducción de la temperatura de reacción en ciertas
etapas; el uso de agentes de oxidación relativamente no tóxicos; el uso
de catalizadores de metales
de transición asequibles; una reducción de las relaciones molares de ciertos reactivos, lo cual mejora la eficiencia del proceso y reduce los costos y desechos;
concentraciones de reactivos
significativamente más altas en ciertas
etapas; eliminación de la necesidad de múltiples etapas de purificación cromatográfica; eliminación de la
necesidad de ciertas etapas de extracción mediante el uso
de solvente orgánico; y proporcionan un mayor rendimiento
y una pureza mejorada.. La memoria descriptiva, reivindicaciones, resumen y diseños quedan depositados, la Clasificación Internacional de Patentes es: A61K 31/537, A61P 25/28 y C07D 491/08; cuyo(s) inventor(es) es(son) Hoffmann-Emery, Fabienne (CH);
Niedermann, Katrin, Monika (CH); Konrath, manuel (CH); Lautz, Christian
(CH); Orcel, Ugo, Jonathan (CH) y Carrera, Diane,
Elizabeth (US). Prioridad: N° 63/087,109 del
02/10/2020 (US). Publicación Internacional:
WO/2022/072721. La solicitud
correspondiente lleva el número 2023-0000183, y fue presentada a las 07:06:42 del
28 de abril de 2023. Cualquier
interesado podrá oponerse dentro de los tres meses siguientes a la tercera publicación de este aviso. Publíquese tres días consecutivos en el Diario Oficial
La Gaceta y una vez en un periódico
de circulación nacional.—San José, 3 de mayo de 2023.—Oficina
de Patentes.—Viviana Segura De La O.—( IN2023775339
).
El(la) señor(a)(ita) Simón Alfredo
Valverde Gutiérrez, cédula de identidad 3-0376-0289, en calidad de apoderado
especial de Bison, Darrel, solicita la Patente Nacional París denominada SISTEMA DE ENVOLTURA DE PALLET CON BANDAS SUPERPUESTAS. Un sistema de envoltura
de pallet con al menos dos
conjuntos de guías configurados
para reducir el ancho de la
película elástica para formar un borde en banda sobre
la película elástica. Una pluralidad de rollos se posiciona adyacente a la pluralidad de guías para facilitar el paso de la película elástica a través de la pluralidad de guías. Un primer rollo de película elástica posicionado para pasar la película
elástica al primer conjunto de guías,
y un segundo rollo de película elástica posicionado para recibir una película elástica
en banda desde el primer conjunto de guías, estratificar la película elástica en banda sobre
la película elástica no en banda para formar
una película elástica compuesta no en banda, y después
pasar la película elástica compuesta no en banda al segundo conjunto de guías para formar una película elástica
compuesta en banda que tiene una primera capa
en banda con un ancho igual al primer ancho y una segunda capa en
banda con un ancho igual al
segundo ancho. La memoria descriptiva, reivindicaciones, resumen y diseños quedan depositados, la Clasificación Internacional de Patentes es: B65B 13/02 y B65G 57/24; cuyo(s)
inventor(es) es(son) Bison, Darrel (US). Prioridad:
no. 17/570,258 del 06/01/2022 (US) y N° 17/681,603 del 25/02/2022 (US).
La solicitud correspondiente
lleva el número 2023-0005, y fue presentada a las 10:13:08 del 9 de enero
de 2023. Cualquier interesado
podrá oponerse dentro de los tres
meses siguientes a la tercera
publicación de este aviso.. Publíquese tres días consecutivos en el diario
oficial La Gaceta y una vez en
un periódico de circulación
nacional.—San
José, 2 de mayo de 2023.—Oficina de Patentes.—Kelly Selva Vasconcelos.—( IN2023775340 ).
El(la) señor(a)(ita) Luis Diego Castro Chavarría,
cédula de identidad 106690228, en
calidad de Apoderado
Especial de Valent Biosciences LLC, solicita la Patente PCT denominada UNA
MEZCLA DE PIRETROIDES Y MECTINAS Y USOS DE LA MISMA. La presente
invención está dirigida a una mezcla pesticida que comprende una o más mectinas y uno o más piretroides. La presente invención se dirige además a un método de control de plagas que comprende aplicar una composición
de la presente invención a
un área que necesita
control de plagas. La memoria
descriptiva, reivindicaciones,
resumen y diseños quedan depositados, la Clasificación Internacional de Patentes es: A01N 37/02, A01N 43/90, A01N 53/00 y A01N
65/12; cuyo(s) inventor(es) es(son) Clark, Jason
(US); Dechant, Peter (US); Belkind,
Benjamín, A. (US) y Kesavaraju, Banugopan (US). Prioridad: N°
63/037,285 del 10/06/2020 (US). Publicación Internacional: WO/2021/252584. La solicitud
correspondiente lleva el número 2022-0000623, y fue presentada a las 11:28:32 del
7 de diciembre de 2022. Cualquier
interesado podrá oponerse dentro de los tres meses siguientes a la tercera publicación de este aviso. Publíquese tres días consecutivos en el Diario Oficial
La Gaceta y una vez en un periódico
de circulación nacional.—San José, 20 de abril de 2023.—Oficina de Patentes.—Daniel Marenco Bolaños.—( IN2023775341 ).
El(la) señor(a)(ita) Simón Alfredo
Valverde Gutiérrez, cédula
de identidad 3-0376-0289, en calidad de Apoderado
Especial de Calico Life Sciences LLC y ABBVIE INC., solicita
la Patente PCT denominada Moduladores de Profármacos de La
Vía de Estrés Integrada
(Divisional Expediente 2021- 238). Se proporcionan en la presente compuestos, composiciones y métodos de utilidad para modular la respuesta
al estrés integrada (ISR) y para tratar enfermedades, trastornos y condiciones relacionados..
La memoria descriptiva, reivindicaciones, resumen y diseños quedan depositados, la Clasificación
Internacional de Patentes
es: C07C 235/36, C07C 271/34, C07C 303/34, C07D 221/00 y C07F 9/09; cuyo(s) inventor(es) es(son) Voight, Eric (US); Sidrauski, Carmela (US); Tong, Yunsong
(US); Pliushchev, Marina (US); Frost, Jennifer, M.
(US); XU, Xiangdong (US); SHI, Lei (US); Dart,
Michael, J. (US); Martin, Kathleen, Ann (US); Murauski,
Kathleen (US); Brown, Brian, S. (US) y Randolph, John, T. (US). Prioridad: N° 62/744,293 del 11/10/2018 (US). Publicación Internacional: WO/2020/077217. La solicitud
correspondiente lleva el número 2023-0000182, y fue presentada a las 13:28:47 del
27 de abril de 2023. Cualquier
interesado podrá oponerse dentro de los tres meses siguientes a la tercera publicación de este aviso. Publíquese tres días consecutivos en el diario oficial
La Gaceta y una vez en un periódico
de circulación nacional.—San José, 2 de mayo de 2023.—Oficina
de Patentes.—María Leonor Hernández Bustamante.—(
IN2023775342 ).
El señor Simón Alfredo Valverde Gutiérrez, cédula de identidad N° 303760289, en calidad de Apoderado
Especial de Joint Stock Company “BIOCAD”, solicita la
Patente PCT denominada ÁCIDO NUCLEICO
CODÓN-OPTIMIZADO QUE CODIFICA LA PROTEÍNA SMN1 Y SU USO. La presente solicitud
se refiere a los campos de
la genética, la terapia génica y la biología molecular.
Más específicamente, la presente
invención se refiere a un ácido nucleico codón-optimizado aislado que codifica la proteína SMN1 (proteína de la neurona motora de supervivencia), un casete de expresión y un vector basado en el
mismo, así como un virus recombinante basado en AAV9 (virus adenoasociado de serotipo 9) para
aumentar la expresión del
gen SMN1 en células diana, y su uso.
La memoria descriptiva, reivindicaciones, resumen y diseños quedan depositados, la Clasificación Internacional de Patentes es:
A61K 35/761, A61K 48/00, A61P 21/00, A61P 25/00, C07K 14/075, C12N 15/63, C12N
15/67, C12N 15/86 y C12N 7/00; cuyos inventores son: Morozov, Dmitry Valentinovich
(RU); Madera, Dmitriy Aleksandrovich (RU); Gershovich, Pavel Mikhailovich (RU); Veselova, Anna Sergeevna (RU); Shugaeva, Tatiana
Evgenievna (RU); Lomunova,
Maria Andreevna (RU) y Shkliaeva,
Margarita Aleksandrovna (RU). Prioridad:
N° 2020118148 del 02/06/2020 (RU). Publicación Internacional: WO/2021/246909. La solicitud
correspondiente lleva el número 2022-0000619, y fue presentada a las 12:41:24 del
02 de diciembre de 2022. Cualquier
interesado podrá oponerse dentro de los tres meses siguientes a la tercera publicación de este aviso. San
José, 10 de mayo de 2023. Publíquese tres días consecutivos en el Diario
Oficial La Gaceta y una vez en
un periódico de circulación
nacional.—Oficina de Patentes.—Randall
Piedra Fallas.—( IN2023775343 ).
El(la) señor(a)(ita) Simón Alfredo
Valverde Gutiérrez, en calidad
de Apoderado Especial de Syngenta Crop Protection AG,
solicita la Patente PCT denominada TIPO NOVEDOSO DE PLANTAS DE MELÓN DE VIDA
ÚTIL PROLONGADA. La presente invención
se refiere a plantas de melón novedosas que producen frutos que presentan una combinación
de un rasgo de vida útil prolongada así como un rasgo
indicador de madurez. La presente invención también se refiere a semillas y a partes de dichas plantas, por ejemplo, a frutos. La presente invención se refiere, además, a métodos para producir y utilizar tales semillas y plantas. La presente invención también se refiere a secuencias genéticas novedosas asociadas con un fenotipo de cambio de la corteza en la madurez
que, cuando se combina con
un alelo de vida útil prolongada, altera significativamente las características
de la fruta de melón en maduración, funciona como indicador
de madurez fiable al tiempo que se conservan características comercializables adecuadas y da como resultado un tipo de planta de melón novedoso. La memoria descriptiva, reivindicaciones, resumen y diseños quedan depositados, la Clasificación Internacional de Patentes es:
A01H 1/00, A01H 5/08, A01H 6/34 y C12Q 1/6895; cuyo(s)
inventor(es) es(son) Kumar, Rakesh (US); Oliver, Marc (FR) y Álvarez Casanueva, Jose, Ignacio (ES). Prioridad:
N° 63/107114 del 29/10/2020 (US) y N° 63/115774 del 19/11/2020 (US). Publicación Internacional:
WO/2022/090188. La solicitud correspondiente
lleva el número 2023-0000184, y fue presentada a las 11:28:21 del 28 de abril
de 2023. Cualquier interesado
podrá oponerse dentro de los tres
meses siguientes a la tercera
publicación de este aviso. Publíquese tres días consecutivos en el Diario Oficial
La Gaceta y una vez en un periódico
de circulación nacional.—San José, 03 de mayo de 2023.—Oficina
de Patentes.—Daniel Marenco
Bolaños.—( IN2023775352 ).
El señor Simón Alfredo Valverde Gutiérrez, cédula de identidad
303760289, en calidad de Apoderado Especial de Gilead Sciences, INC., solicita la Patente PCT denominada PROTEÍNAS DE FUSIÓN INTERLEUCINA-2-Fc y
MÉTODOS DE USO. Se proporcionan heterodímeros de variante de IL-2
de vida media en suero (IL-2v) que tienen una unión reducida
a la subunidad IL2Rα (CD25). Particularmente,
se proporcionan heterodímeros
Fc-IL-2v y métodos para producir
y usar, p. ej., para mejorar
una respuesta inmunitaria, p. ej., en la prevención y tratamiento de infecciones virales y cáncer. La memoria descriptiva, reivindicaciones, resumen y diseños quedan depositados, la Clasificación Internacional de Patentes es:
C07K 14/55 y C07K 19/00; cuyo(s) inventor(es) es(son)
Hung, Magdeleine S. (US); Kanwar, Manu (US); Baca,
Manuel (US); Gilmore, Sarah A. (US); Javanbakht,
Hassan (US); Khan, Shahzada (US); Mukherjee, Prasenjit K. (US); Nagel, Mark R.
(US); Papalia, Giuseppe (US); Tam, Danny W. (US) y Thomas, Majlinda K. (US). Prioridad: N° 63/104,376 del 22/10/2020 (US) y N°
63/181,075 del 28/04/2021 (US). Publicación Internacional: WO/2022/087149. La solicitud
correspondiente lleva el número 2023-0000173, y fue presentada a las 11:25:56 del
20 de abril de 2023. Cualquier
interesado podrá oponerse dentro de los tres meses siguientes a la tercera publicación de este aviso. Publíquese tres días consecutivos en el diario oficial
La Gaceta y una vez en un periódico
de circulación nacional.—San José, 28 de abril de 2023.—Oficina de Patentes.—Randall
Piedra Fallas.—( IN2023775353 ).
El(la) señor(a)(ita) Simón Alfredo
Valverde Gutiérrez, en calidad
de Apoderado General de H. Lundbeck A/S, solicita la Patente PCT denominada UN Inhibidor de MAGL. En la presente se proporcionan
compuestos de 6- azaespiro[2.5]octano-6-carboxilato de
1,1,1,3,3,3-hexafluoropropan-2-ilo sustituidos y composiciones farmacéuticas que comprenden dichos compuestos. Los compuestos y composiciones proporcionados
en la presente son útiles como inhibidores
de MAGL. Además, los compuestos y composiciones proporcionados
en la presente son útiles para el tratamiento de enfermedades y trastornos que se benefician de
la inhibición de MAGL. La memoria
descriptiva, reivindicaciones,
resumen y diseños quedan depositados, la Clasificación Internacional de Patentes es: A61K 31/438, A61P 25/00, C07D 221/20, C07D
401/12, C07D 401/14, C07D 405/12, C07D 413/12, C07D 417/12, C07D 471/04 y C07D
487/04; cuyo(s) inventor(es) es(son) Grice, Cheryl,
A. (US); Cisar, Justin, S. (US); Wiener, John, J. M.
(US); Buzard, Daniel, J. (US); Weber, Olivia, D.
(US); Allan, Amy (US); Raffaele, Nicholas (US); Moody, Jeanne, V. (US) y Shaghafi, Michael, B. (US). Prioridad:
N° 63/113,662 del 13/11/2020 (US). Publicación Internacional: WO/2022/101412. La solicitud
correspondiente lleva el número 2023-0000203, y fue presentada a las 10:08:58 del
12 de mayo de 2023. Cualquier interesado
podrá oponerse dentro de los tres
meses siguientes a la tercera
publicación de este aviso.. Publíquese tres días consecutivos en el diario
oficial La Gaceta y una vez en
un periódico de circulación
nacional.—Oficina de Patentes.—San José, 17
de mayo de 2023.—Viviana Segura de la O.—( IN2023775354 ).
El(la) señor(a)(ita) María del Pilar
López Quirós, en calidad de
Apoderada Especial de Genentech, INC., solicita la Patente PCT denominada ANTICUERPOS ANTI-LY6G6D Y MÉTODOS DE USO.
En la presente se proporcionan
anticuerpos anti- Ly6G6D (complejo
6 del antígeno linfocítico,
locus G61) y métodos para el
uso de estos. La memoria descriptiva, reivindicaciones, resumen y diseños quedan depositados, la Clasificación Internacional de Patentes es:
A61K 39/395; C07K 14/725; C07K 16/30; A61P 35/00; C07K 16/28; C07K 16/46; cuyo(s) inventor(es) es(son) Lin, WeiYu
(US); Spiess, Christoph (US); Sun, Liping (US); Wu, Yan (US); Chiu, Cecilia, P.C (US); Darbonne, Wálter, Christian (US) y Dillon, Michael, Andrew (US). Prioridad: N° 62/948.097 del 13/12/2019 (US). Publicación Internacional:
WO/2021/119505. La solicitud correspondiente
lleva el número 2023-0000209, y fue presentada a las 14:07:20 del 15 de mayo de 2023. Cualquier interesado podrá oponerse dentro de los tres
meses siguientes a la tercera
publicación de este aviso. Publíquese tres días consecutivos en el Diario Oficial
La Gaceta y una vez en un periódico
de circulación nacional.—San José, 17 de mayo de 2023.—Oficina
de Patentes.—Daniel Marenco
Bolaños.—( IN2023775355 ).
La señora(ita) María del Pilar
López Quirós, en calidad de
apoderado general de Genentech Inc., solicita la Patente PCT denominada ANTICUERPOS ANTI-LY6G6D y MÉTODOS
DE USO (Divisional 2022-0330). En la presente se proporcionan anticuerpos anti-Ly6G6D (complejo
6 del antígeno linfocítico,
locus G61) y métodos para el
uso de estos. La memoria descriptiva, reivindicaciones, resumen y diseños quedan depositados, la Clasificación Internacional de Patentes es:
A61K 39/395; C07K 14/725; C07K 16/30; A61P 35/00; C07K 16/28; C07K 16/46; cuyos inventores son Lin, WeiYu (US); Spiess, Christoph
(US); Sun, Liping (US); Wu, Yan (US); Chiu, Cecilia,
P.C (US); Darbonne, Walter, Christian (US) y Dillon,
Michael, Andrew (US). Prioridad: N° 62/948097 del
13/12/2019 (US). Publicación Internacional:
WO/2021/119505. La solicitud correspondiente
lleva el número 2023-0000210, y fue presentada a las 14:41:31 del 15 de mayo de 2023. Cualquier interesado podrá oponerse dentro de los tres
meses siguientes a la tercera
publicación de este aviso. Publíquese tres días consecutivos en el diario oficial
La Gaceta y una vez en un periódico
de circulación nacional.—San José, 17 de mayo de 2023.—Oficina
de Patentes.—Daniel Marenco
Bolaños.—( IN2023775356 ).
DIRECCIÓN NACIONAL DE NOTARIADO
HABILITACIÓN DE
NOTARIO PÚBLICO. La DIRECCIÓN NACIONAL DE
NOTARIADO con oficinas en
San José, San Pedro de Montes de Oca, costado Oeste
del Mall San Pedro, Oficentro Sigma, Edificio A, 5to. piso, HACE
SABER: Que ante este Despacho
se ha recibido solicitud de
INSCRIPCIÓN Y HABILITACIÓN como delegatario
para ser y ejercer la función
pública Estatal del
NOTARIADO, por parte de: HERNAN
OVARES SOTO, con cédula de identidad N°
112600003, carné N° 29766. De conformidad
con lo dispuesto por el artículo 11 del Código
Notarial, se invita a quienes
conozcan hechos o situaciones que afecten la conducta de la solicitante, a efecto de que lo comuniquen por escrito a esta
Dirección dentro de los QUINCE (15) DÍAS HÁBILES siguientes
a esta publicación.—San José, 08 de junio del 2023.—Licda. Irene Garbanzo Obregón. Abogada/Unidad Legal Notarial. Proceso
N° 178360.—1 vez.—( IN2023785237 ).
HABILITACIÓN DE
NOTARIO (A) PÚBLICO (A). La DIRECCIÓN NACIONAL DE NOTARIADO con oficinas en San José, San Pedro
de Montes de Oca, costado Oeste del Mall San Pedro, Oficentro Sigma, Edificio A,
5to.piso, HACE SABER: Que ante este Despacho se ha recibido solicitud de INSCRIPCIÓN Y HABILITACIÓN como
delegatario (a) para ser y ejercer
la función pública Estatal del NOTARIADO, por parte de MAIKOL GIOVANNI HERNANDEZ ARIAS, con cédula
de identidad N°701400677, carné
N°31599. De conformidad con lo dispuesto por el
artículo 11 del Código Notarial, se invita a quienes conozcan hechos o situaciones que afecten la conducta del solicitante, a efecto de que lo comuniquen por escrito a esta
Dirección dentro de los QUINCE (15) DÍAS HÁBILES siguientes
a esta publicación.—San José, 07 de junio 2023.—Licda. Lesbia Ramírez Arguedas, Abogada-Unidad Legal
Notarial. Proceso N°178503.—(
IN2023785261 ).
HABILITACIÓN DE
NOTARIA (O) PÚBLICA (O). La DIRECCIÓN NACIONAL DE NOTARIADO con oficinas en San José, San Pedro
de Montes de Oca, costado Oeste del Mall San Pedro, Oficentro Sigma, Edificio A,
5to.piso, HACE SABER: Que ante este Despacho se ha recibido solicitud de INSCRIPCIÓN Y HABILITACIÓN como
delegataria (o) para ser y ejercer
la función pública Estatal del NOTARIADO, por parte de: HILLARY KARINA MEZA VARGAS, con cédula de identidad N°7-0250-0432, carné
N°30980. De conformidad con lo dispuesto
por el artículo
11 del Código Notarial, se invita a quienes conozcan hechos o situaciones que afecten la conducta de la solicitante, a efecto de que lo comuniquen por escrito a esta Dirección dentro de los QUINCE (15) DÍAS HÁBILES siguientes
a esta publicación.—San José, 08 de junio de 2023.—Kíndily Vílchez Arias, Abogada.—Unidad Legal Notarial.—Proceso
N°177885.—1 vez.—( IN2023785323 ).
HABILITACIÓN DE NOTARIO(A) PÚBLICO(A). La DIRECCIÓN NACIONAL DE NOTARIADO
con oficinas en San José,
San Pedro de Montes de Oca, costado Oeste del Mall San Pedro, Oficentro
Sigma, Edificio A, 5to.piso, HACE SABER: Que ante este Despacho se ha recibido solicitud de HABILITACIÓN como delegatario para ser y ejercer la
función pública Estatal del NOTARIADO, por parte de MARISIA GONZALEZ ECHEVERRIA, con cédula de identidad número 116580174,
carné número 31511. De conformidad con lo dispuesto por el artículo
11 del Código Notarial, se invita a quienes conozcan hechos o situaciones que afecten la conducta del (de la) solicitante, a efecto de que lo comuniquen
por escrito a esta Dirección dentro de los QUINCE (15) DÍAS
HÁBILES siguientes a esta publicación. EXPEDIENTE N° 176967.—San José, 23 de mayo del 2023.—Tattiana
Rojas Salgado, Abogada-Unidad Legal Notarial.—1 vez.—(
IN2023785538 ).
DIRECCIÓN DE AGUA
EDICTOS
PUBLICACIÓN DE TERCERA VEZ
ED-0531-2023.—Exp 24310.—Anubis Security Holdings Sociedad de Responsabilidad Limitada, solicita concesión de: (1) 0.1 litro por segundo
del nacimiento naciente sin
nombre uno, efectuando la captación en finca de C Five Mi
Conservation CR Sociedad de Responsabilidad Limitada en, Puntarenas, para uso consumo humano y turístico. Coordenadas 59.436 /
596.490 hoja Golfo
Dulce. (2) 0.8 litros por segundo del nacimiento naciente sin nombre dos, efectuando la captación en finca de C Five Mi Conservation CR Sociedad de Responsabilidad Limitada en Puntarenas, para uso consumo humano y turístico. Coordenadas 60.042 /
596.227 hoja Golfo Dulce. Quienes
se consideren lesionados, deben manifestarlo dentro del mes contado a partir de la primera publicación.—San José, 06 de junio de 2023.—Departamento de Información.—Evangelina
Torres S.—( IN2023782681 )
ED-0523-2023.—Exp. 24298.—Izimineral Limitada, solicita concesión de: 4 litros por segundo
del nacimiento sin nombre, efectuando la captación en finca de su propiedad en Palmira (Cañas), Cañas, Guanacaste, para uso turifico piscinas. Coordenadas 289.676 / 423.426 hoja Tierras Morenas.
4 litros por segundo del nacimiento sin nombre, efectuando la captación en finca de su propiedad en
Palmira (Cañas), Cañas,
Guanacaste, para uso turístico
piscinas. Coordenadas 289.676 / 423.426 hoja Tierras Morenas. Quienes se consideren lesionados, deben manifestarlo dentro del mes contado a partir de la primera publicación.—San José, 05 de junio de
2023.—David Chaves Zúñiga, Departamento
de Información, Dirección
de Agua.—( IN2023782892 ).
PUBLICACIÓN DE SEGUNDA VEZ
ED-0470-2023.—Exp. N° 12064.—Seidy Mora
Madrigal, solicita concesión de:
(1) 0.01 litros por segundo del nacimiento sin
nombre, efectuando la captación en finca de su propiedad en Barbacoas, Puriscal, San José, para uso agropecuario - abrevadero. Coordenadas: 205.500 / 496.350, hoja Río Grande. Quienes se consideren lesionados, deben manifestarlo dentro del mes contado a partir
de la primera publicación.—San José, 24 de mayo de 2023.—Departamento
de Información.—Evangelina
Torres Solís.—( IN2023784099 ).
ED-0326-2023.—Exp. N° 15091.—Jhonnathan
Alpízar Suárez y
Kenneth Gerardo Alpízar Suárez, solicitan concesión de: 0.02 litros por segundo
del nacimiento sin nombre, efectuando la captación en finca de Walter Suárez Villalta en Acapulco, Puntarenas, Puntarenas, para uso consumo humano-doméstico.
Coordenadas 238.269 / 448.655 hoja Chapernal. Quienes se consideren lesionados, deben manifestarlo dentro del mes contado a partir de la primera publicación.—San José, 17 de abril del 2023.—Departamento de Información.—David Chaves Zúñiga.—(
IN2023784405 ).
PUBLICACIÓN DE PRIMERA VEZ
ED-0522-2023.—Exp.
23764P.—Comercial E Y J Uno Sociedad Anónima, solicita
concesión de: (1) 3 litros por segundo del acuífero, efectuando la captación por medio del pozo RG-1115 en finca de su propiedad en
Guácima (Alajuela), Alajuela, Alajuela, para uso consumo humano.
Coordenadas 216.619 / 507.626 hoja Río Grande. Quienes se consideren lesionados, deben manifestarlo dentro del mes contado a partir
de la primera publicación.—San José, 05 de junio de 2023.—Departamento de Información.—Vanessa
Galeano Penado.—(
IN2023785180 ).
ED-0401-2023.—Exp.
N° 24211.—Laura Lorena Cordero Chacón solicita concesión de: (1) 0.05 litros por segundo del nacimiento naciente Don Ovidio, efectuando la captación en finca del solicitante en San Isidro (El Guarco), El Guarco, Cartago, para
uso agropecuario - riego. Coordenadas 201.036 /
539.549 hoja Tapantí. Quienes
se consideren lesionados, deben manifestarlo dentro del mes contado a partir de la primera publicación.—San José, 04 de mayo de 2023.—Departamento
de Información.—Vanessa Galeano
Penado.—( IN2023785182 ).
ED-0530-2023.—Exp.
N° 24309.—Luis Antonio Solís Rodríguez, solicita concesión de: (1) 0.08 litros por segundo del lago sin nombre, efectuando la captación en finca de María Isabel Esquivel S en
Quesada, San Carlos, Alajuela, para uso consumo humano. Coordenadas 259.112 / 490.430 hoja Aguas
Zarcas. Quienes se consideren lesionados, deben manifestarlo dentro del mes contado a partir de la primera publicación.—San José, 06 de junio del 2023.—Departamento de Información.—Evangelina
Torres S.—( IN2023785230 ).
ED-UHTPSOZ-0022-2023.—13297.
Betsu S.A., solicita concesión de:
(1) 0.06 litro por segundo de la quebrada sin nombre,
efectuando la captación en
finca de su propiedad en San Pedro (Pérez Zeledón), Pérez Zeledón, San
José, para uso agropecuario-abrevadero. Coordenadas 142.822 / 585.857 hoja Repunta. (2) 3.15 litros por segundo del río San Pedro,
efectuando la captación en
finca de Guillermo Ruiz Bolaños en San Pedro (Pérez Zeledón), Pérez Zeledón, San José, para uso agroindustrial, agropecuario, consumo humano y riego. Coordenadas 142.955 /
585.001 hoja Repunta. (3) 0.7 litro
por segundo del río San Pedro,
efectuando la captación en
finca de su propiedad en San Pedro (Pérez Zeledón),
Pérez Zeledón,
San José, para uso agropecuario
- riego. Coordenadas
141.642 / 585.871 hoja Repunta. (4) 0.07 litro por segundo
de la quebrada Tambor, efectuando la captación en finca de su propiedad en San Pedro (Pérez Zeledón), Pérez Zeledón, San
José, para uso agropecuario.
Coordenadas 142.281 / 586.289 hoja Repunta. (5) 0.7 litro por segundo de la quebrada Portalón, efectuando la captación en
finca de su propiedad en San Pedro (Pérez Zeledón), Pérez Zeledón, San
José, para uso agropecuario
- riego. Coordenadas
141.546 / 585.225 hoja Repunta. Quienes
se consideren lesionados, deben manifestarlo dentro del mes contado a partir de la primera publicación.—San José, 08 de junio de
2023.—Unidad Hidrológica Térraba.—María
Paula Alvarado Zúñiga.—( IN2023785233 ).
ED-0529-2023.—Exp. N° 24308.—Universo Verde
Dota INC Sociedad de Responsabilidad
Limitada, solicita concesión de:
(1) 0.02 litros por segundo del Nacimiento
Tres, efectuando la captación en
finca de su propiedad en Rivas, Pérez Zeledón,
San José, para uso consumo humano. Coordenadas: 160.499 / 582.948, hoja San Isidro. Quienes se consideren lesionados,
deben manifestarlo dentro del mes contado a partir de la primera publicación.—San José, 06 de junio de 2023.—Departamento de Información.—Evangelina
Torres Solís.—( IN2023785459 ).
ED-0485-2023.—Expediente N° 16731P.—Karen
Vargas Rojas, solicita
aumento de caudal de: (1) 0.03 litros
por segundo del acuífero, efectuando la captacion por medio del pozo NA-809 en finca de su propiedad en Granja, Palmares, Alajuela, para uso consumo humano-doméstico.
Coordenadas 226.549/496.487 hoja Rincón de Mora. Quienes
se consideren lesionados deben manifestarlo dentro del mes contado a partir de la primera publicación.—San José, 26 de mayo de 2023.—Departamento
de Información.—Evangelina
Torres S.—( IN2023785477 ).
Que se encuentra en firme decisión final, resolución N° 16264-2022 (DJ-2191) de las 9:00 horas del 7
de octubre de 2023 y la resolución
N° 5414-2023 (DC-0095) R-DC-00036-2023 de las 12:00 horas del 26 de abril de 2023, dictada dentro del procedimiento administrativo N° CGR-PA-2022004132. En dicho
procedimiento administrativo
la Contraloría General de la República dispuso de forma vinculante sancionar con una amonestación escrita publicada en el
Diario Oficial, de conformidad con lo dispuesto en el inciso
a) del artículo 39 de la Ley N° 8422, al señor Pedro Miguel Muñoz Fonseca, cédula de identidad
N° 5-0247-0526.
Licda. Glory Elena Murillo Vega, Órgano Decisor.—1
vez.—O.C. N° 230001.—Solicitud
N° 437769.—( IN2023785171 ).
OFICINA DE REGISTRO E INFORMACIÓN
EDICTOS
PUBLICACIÓN DE TERCERA VEZ
ORI-129-2023.—Borda Peralta Ana María,
R-105-2023, pasaporte: BA817720, solicitó
reconocimiento y equiparación
del diploma de Odontóloga, Pontificia Universidad
Javeriana, Colombia. La persona interesada en aportar información
del solicitante, podrá hacerlo por escrito
ante esta Oficina dentro de los cinco
días hábiles siguientes a
la publicación del tercer aviso.—Ciudad Universitaria,
Rodrigo Facio, 22 de mayo de 2023.—M.Sc. María
Gabriela Regueyra Edelman, Jefa.—(
IN2023774066 ).
ORI-128-2023.—Castro Arce Adriana Karina, R-109-2023,
cédula de identidad: 110120894, solicitó
reconocimiento y equiparación
del diploma de Doctor, University of Groningen, Países
Bajos. La persona interesada
en aportar información del solicitante, podrá hacerlo por
escrito ante esta Oficina dentro de los cinco días hábiles siguientes a la publicación del tercer aviso.—Ciudad Universitaria
Rodrigo Facio, 22 de mayo de 2023.—M.Sc. María
Gabriela Regueyra Edelman, Jefa.—(
IN2023775107 ).
ORI-121-2023.—Cicilia Pérez María Cristina,
R-108-2023, Carné provisional-permiso
laboral 119200885221, solicitó reconocimiento
y equiparación del diploma de Doctora
en Estomatología,
Universidad de Ciencias Médicas
de las Tunas, Cuba. La persona interesada en aportar información
del solicitante, podrá hacerlo por escrito
ante esta Oficina dentro de los cinco
días hábiles siguientes a
la publicación del tercer aviso.—Ciudad Universitaria
Rodrigo Facio, 17 de mayo de 2023.—M.Sc. María
Gabriela Regueyra Edelman, Jefa.—(
IN2023775146 ).
PUBLICACIÓN DE SEGUNDA VEZ
ORI-120-2023.—Chacón
Loaiza Federico, R-107-2023, cédula de identidad: 1-0817-0367, solicitó reconocimiento y equiparación del
diploma de Máster en Leyes en Tecnología
de Información, Medios y
Comercio Electrónico, University of Essex, Inglaterra. La persona interesada
en aportar información del solicitante, podrá hacerlo por
escrito ante esta Oficina dentro de los cinco días hábiles siguientes a la publicación del tercer aviso.—Ciudad Universitaria
Rodrigo Facio, 16 de mayo de 2023.—M.Sc. María
Gabriela Regueyra Edelman, Jefa.—(
IN2023775150 ).
Carmen María Genie Lacayo, costarricense,
cédula de identidad
604060151, ha solicitado el
reconocimiento y equiparación
del diploma de Licenciado en
Administración de Empresas,
obtenido en la Universidad Iberoamericana de Ciencia y Tecnología, de Nicaragua. Cualquier
persona interesada en aportar datos sobre
la vida y costumbres del solicitante, podrá hacerlo mediante escrito que ha de ser presentado a la Oficina de Registro
y Administración Estudiantil, dentro de los cinco días hábiles siguientes a la publicación del tercer aviso. Mercedes de Montes de Oca, 24 de mayo, 2023.—Oficina
de Registro y Administración
Estudiantil.—Magister Sandra María Castillo Matamoros, Jefe a. í.—( IN2023775226 ).
ORI-134-2023.—Agüero
Barrantes Pablo Alberto, R-062-2023, Cédula de identidad: 110910815, solicitó reconocimiento y equiparación del
diploma de Doctor en Filosofía
en Ingeniería Civil,
University of Connecticut, Estados Unidos. La persona
interesada en aportar información del solicitante, podrá hacerlo por escrito
ante esta Oficina dentro de los cinco
días hábiles siguientes a
la publicación del tercer aviso.—Ciudad Universitaria
Rodrigo Facio, 25 de mayo de 2023.—M.Sc. María
Gabriela Regueyra Edelman, Jefa.—(
IN2023775386 ).
ORI-65-2023.—Narváez Campos Jair Enrique, R-050-2023, pasaporte
AY750791, solicitó reconocimiento
y equiparación
del diploma de Médico, Universidad Surcolombiana, Colombia. La persona interesada en aportar información
del solicitante, podrá hacerlo por escrito
ante esta Oficina dentro de los cinco
días hábiles siguientes a
la publicación del tercer aviso.—Ciudad Universitaria
Rodrigo Facio, 16 de marzo
de 2023.—Licda. Wendy Páez Cerdas, Jefa a. í.—( IN2023775410 ).
ORI-133-2023.—Mayorga
Castro Marisol, R-166-2007-B, cédula de identidad: 108460913, solicitó reconocimiento y equiparación
del diploma de Doctorado en
Filosofía con especialidad en Horticultura y Recursos Naturales, Kansas State University, Estados Unidos. La persona interesada
en aportar información del solicitante, podrá hacerlo por
escrito ante esta Oficina dentro de los cinco días hábiles siguientes a la publicación del tercer aviso.—Ciudad Universitaria
Rodrigo Facio, 25 de mayo de 2023.—M.Sc. María
Gabriela Regueyra Edelman, Jefa.—(
IN2023775447 ).
El Instituto Costarricense de Turismo, de conformidad
con la competencia conferida
en el Artículo
27 de la Ley de la Zona Marítimo Terrestre N° 6043, y
al Acuerdo de Sesión Ordinaria Presencial N° 6254 de
la Junta Directiva del Instituto Costarricense
de Turismo, en el Apartado 1 “Generalidades”, Artículo 5, inciso I, celebrada el lunes 22 de mayo de
2023 comunica lo siguiente:
Se Acuerda:
A) Acoger la recomendación dada en los oficios
DPD-P-048-2023 y DPD-P-041-2023 y declarar
de aptitud turística la zona marítimo terrestre que define el artículo 75 de la Ley de la
Zona Marítimo Terrestre, para los
sectores aledaños al canal
principal que une los puertos de Moín con Barra del
Colorado, que se encuentran bajo jurisdicción
de los cantones de Guácimo, Siquirres, Matina y los distritos de Limón y
Río Blanco pertenecientes al cantón
de Limón.
B) Las coordenadas
extremas del sector declarado
se definen entre el límite del Parque Nacional Tortuguero
en la coordenada 1143920 N
– 566061 E en el cantón de Guácimo y la desembocadura del Río Moín en la coordenada 1105976 N –
600853 E en el distrito Limón, cantón Limón en la proyección CRTM05.
C) Quedan
excluidos de este declaratoria por no ser zona marítimo terrestre, los sectores clasificados
como Áreas Silvestres Protegidas de conformidad con el artículo 73 de la Ley de la Zona Marítimo
Terrestre, las áreas que se hayan
clasificado o que se clasifiquen
a futuro como Patrimonio Natural del Estado, las áreas
declaradas ciudades o terrenos de propiedad privada de conformidad con el artículo 6 de la Ley de la
Zona Marítimo Terrestre.
D) Esta
aprobación sustituye y deroga las declaratorias practicadas en años anteriores para los cantones y distritos indicados en el punto 1.
E) Se instruye
a la Administración, realizar
las gestiones para la publicación
en el diario
oficial La Gaceta
para la oficialización de la presente
declaratoria.
Acuerdo
Firme.
Departamento de Planeamiento
Turístico.—Arq. Antonio Farah Matarrita, Jefe.—1 vez.—O.C. N° 043202300090.—Solicitud
N° 435382.—( IN2023776454 ).
PUBLICACIÓN DE SEGUNDA VEZ
El Instituto Nacional de Aprendizaje, Unidad
Regional Central Occidental (Naranjo), Proceso Financiero Contable, mediante la resolución
ALEA-274-2021, notifica a las empresas Profesionales
Vifer S. A., cédula 3-101-288796; Constructora K Y S, S. A., cédula
3-101-150217; Enlaces Casuales de Costa Rica S. A.
cédula 3-101-122876 y a la Junta Administrativa Liceo Francisco J Orlich cédula
300805139504; que se procederá con la destrucción de los certificados de depósito a plazo, presentados como garantía en
diferentes contrataciones administrativas; por lo que dichas empresas cuentan con cinco días hábiles para la gestión de retiro de lo contrario se procederá con la respectiva destrucción, favor contactar al correo electrónico
eviedoalfaro@ina.ac.cr para información.
Unidad de Compras Institucionales.—Allan Altamirano Díaz, Jefe.—O.C. N° 01-M557-2023.—Solicitud N° 435333.—( IN2023775863 ).
PUBLICACIÓN DE PRIMERA VEZ
El Instituto de Aprendizaje, Unidad Regional Chorotega, Proceso
Financiero Contable, mediante la resolución
ALEA-274-2021, notifica a la empresa
Multiservicios Romusol S.
A., cédula jurídica: 3-101-200561; que se procederá con la destrucción de los certificados de depósito a plazo presentados como garantía en diferentes
contrataciones administrativas;
por lo que dichas empresas cuentan con cinco días hábiles para la gestión de retiro de lo contrario se procederá con la respectiva destrucción, favor contactar al correo electrónico: evenegaspalacios@ina.ac.cr
para información. Firmado digitalmente Allan Altamirano Díaz Jefe Unidad de Compras Institucionales Instituto
Nacional de Aprendizaje.—O.C. Nº 01-M557-2023.—Solicitud
Nº 435328.—( IN2023776191 ).
El Instituto de Aprendizaje, Unidad Regional Brunca, Proceso Financiero Contable, mediante la resolución
ALEA-274-2021, URF-PT-309-2022 y URF-PT-767-2022, notifica a las empresas:
Multiservicios Romusol
S.A., cédula jurídica: 31010200561, Obando González Jorge Arturo, cédula:
301930489, Generadora de Servicios
Profesionales GESERPRO S.A., cédula: 310119816000,
que se procederá con la destrucción
de los certificados de depósito a plazo y documento valor presentados como garantía en
diferentes contrataciones administrativas; por lo que dichas empresas cuentan con cinco días hábiles para la gestión de retiro de lo contrario se procederá con la respectiva destrucción, favor contactar al correo electrónico:
rumanaleiva@ina.ac.cr para información.—Firmado digitalmente.—Unidad de Compras Institucionales.—Allan
Altamirano Díaz, Jefe.—O.C. N° 01-M557-2023.—Solicitud
N° 435329.—( IN2023776251 ).
El Instituto de Aprendizaje, Unidad Regional Pacífico
Central, Proceso Financiero
Contable, mediante la resolución ALEA-274-2021,
notifica a las empresas:
Desarrollo Empresarial y Diseño
Organizacional Estratégico Estudio de Marcas y INT.S.A.,
cédula: 3-101-294947 y a Servicio de Cuido Responsable S.A., cédula:
3-101-07763, que se procederá con la destrucción de los certificados de depósito a plazo y documento Valor presentados como garantía en diferentes
contrataciones administrativas;
por lo que dichas empresas cuentan con cinco días hábiles para la gestión de retiro de lo contrario se procederá con la respectiva destrucción, favor contactar al correo electrónico: vangulobustos@ina.ac.cr para información. Firmado digitalmente.—Unidad
de Compras Institucionales.—Allan
Altamirano Díaz, Jefe.—O. C. N° 01-M557-2023.—Solicitud
N° 435335.—( IN2023775866 ).
Convocatoria para Beca INA-MICITT:
Programa
para crear e implementar
Inteligencia Artificial -IA-en su
negocio.
El INA invita a los beneficiarios del Sistema de Banca para el
Desarrollo (SBD) a postularse para la Beca INA-MEIC-MICITT: Programa
para crear e implementar Inteligencia Artificial -IA- en su
negocio, en modalidad virtual. Este proyecto tiene como propósito,
desarrollar capacidades y competencias en la adopción y uso de
la inteligencia artificial -IA- en
unidades productivas,
como herramienta para aumentar su productividad
y competitividad, así como sus oportunidades de internacionalización. Convocatoria
se realizará del 02 al 19 de junio,
(hasta las 16:00 horas del 19 de junio) del presente año.
Objetivos específicos.
● Determinar la brecha de uso y adopción de tecnologías digitales, específicamente de la inteligencia
artificial, en el modelo de negocios de los diferentes tipos de unidades productivas participantes; considerando las singularidades
que representan los diferentes sectores participantes.
● Aumentar las competencias
de las unidades productivas
y las personas que las lideran, a través
de un proceso de fortalecimiento
de sus capacidades para aumentar
su nivel de adopción tecnológica, en especial de la IA, con el fin
de lograr un mayor aprovechamiento
de las tecnologías digitales
para mejorar la forma de crear,
capturar y entregar valor a
sus clientes.
● Asesorar y acompañar
a las unidades productivas
y las personas empresarias
en aspectos relacionados a nuevos modelos de negocios para una economía digital, y apoyarlos a desarrollar, fortalecer y transformar su modelo de negocio para avanzar en procesos
de transformación
digital, desarrollando e implementando
IA.
Perfil de Entrada de las Unidades
Productivas Participantes.
Las unidades productivas deben:
● Contar con una
actividad económica que tenga al menos tres años de estar
activa en el mercado local, generando ingresos y presentando declaraciones tributarias.
● Requerir apoyo
técnico para la adopción de
IA como parte de la estrategia de transformación
digital de su negocio.
● La persona participante deberá tener potestad
de toma de decisión dentro de la unidad productiva, poseer conocimientos básicos de computación y ser mayor de edad.
● Demostrar su condición como PYME, PYMPA o MAE.
Perfil de Salida.
● Unidades productivas
con el conocimiento adecuado para desarrollar el mapa de ruta
de la implementación de IA dentro
de su plan de adopción de tecnologías digitales (incluyendo a la innovación como elemento transversal de su proceso de cambio).
Todo lo anterior alineado con su
modelo de negocio.
● Unidades productivas
con el conocimiento adecuado para diseñar e implementar procesos y herramientas de IA en su modelo
de negocio, orientado a la transformación digital
de sus procesos empresariales.
(Uso de nuevos canales de venta y fidelización, potenciando la competitividad y facilitando la internacionalización,
mayor agilidad para responder a los
cambios del mercado, nuevas
oportunidades para la entrega
de valor y experiencia al cliente,
simplificar los flujos de trabajos en un entorno de conectividad colaborativa, etc.).
● Unidades productivas que han aplicado los
conocimientos de forma práctica,
obteniendo como resultado herramientas de IA que logren ser aplicadas en sus procesos.
Requisitos de Participación al Programa.
● Requisitos para las unidades
productivas:
● Con al menos tres
años de vender en el mercado local.*
● Estar inscrita, activa y al día con las obligaciones
tributarias**.
● Ser sujeto beneficio
de la Ley del SBD** (demostrar su
condición PYME, PYMPA, MAE).
● Completar la herramienta
“Chequeo Digital” en
https://chequeodigital.gob.go.cr/#! *
● Completar el formulario en línea
de solicitud de beca del INA.**
● Cumplir con los
requisitos específicos
*/que se señalen en el plan de becas del INA**.
* Este requisito puede modificarse, según las necesidades de la oferta/demanda en las convocatorias a realizar.
** El cumplimiento de estos requisitos es indispensable
para la solicitud de participación
y durante el desarrollo del programa completo.
La persona participante debe:
● Ser mayor de edad.
● Ser una persona tomadora
de decisiones.
● Ser ciudadana costarricense
o con estatus migratorio debidamente legalizado.
● Contar con conocimientos
básicos de computación que
le permitan la participación
en las actividades.
● Cumplir con los
requisitos específicos que
se señalan en el plan de becas del INA.
● Tener disposición de tiempo
y compromiso para llevar el programa completo
y participar de TODAS las sesiones
programadas (grupales e individuales) y cumplir con todos los entregables
solicitados.
● Firmar contrato
con el INA.
● Firmar una letra de cambio por el monto
del 95% que el INA aportará.
● Contar con equipo
de cómputo y acceso a Internet que permitan
la conectividad a las actividades.
● Contar con una
cuenta bancaria a su nombre y en
colones, en el sistema bancario
nacional.
● Presentar una certificación bancaria, emitida por el
Banco correspondiente, donde
se indique la cuenta cliente y cuenta IBAN en colones, para efectos de que el INA pueda realizar el desembolso de la Beca.
● Asumir el costo del 5% de valor total de la beca (El 95% lo asume el INA). El pago debe realizarse antes de iniciar el proceso
de formación a través de los medios dispuestos
por el oferente.**
● Recibir en su cuenta bancaria
el monto correspondiente al 95% del valor del Programa
y realizar el pago a la empresa proveedora del servicio antes de iniciar el Programa.
● Presentar los comprobantes de pago del Programa.
Contenido temático:
IA para unidades
productivas |
Introducción a la Inteligencia
Artificial: qué es, fundamentos Sistemas cognitivos Nube y computación Modelos disruptivos basados en IA. |
Asistencia Virtual y Chatbots |
Integración de chatbots para la atención
al cliente. Análisis ágil de las incidencias o dudas más frecuentes
de los clientes. |
Marketing Automation |
Desarrollo de campañas de
marketing con base en diferentes
escenarios, según el comportamiento del cliente. |
Análisis operacional y automatización de procesos y apoyo a departamentos |
Ahorro de tiempo y recursos con la automatización
de procesos, análisis y priorización de procesos automatizables |
Implementación de software de inteligencia
artificial y el análisis
de mercado |
Análisis y ordenamiento de datos, comportamientos del consumidor
o de clientes potenciales,
predicciones, definición
de nuevos clientes, personalización de ventas, asistentes de ventas, publicidad inteligente, control
de inventarios, gestión
de personal, control de logística, etc |
Tecnologías y soluciones
para implementar IA en mi
negocio |
Cómo seleccionar la mejor tecnología, según las capacidades y necesidades de mi negocio Hoja de ruta para la implementación de IA Cómo crear aplicaciones de IA |
Ciberseguridad, ética e Inteligencia Artificial |
Detectar y evitar ciberataques. Ética y la IA. |
Proyectos de IA |
Bases para formular un proyecto
de IA. Principios básicos para desarrollar un proyecto de IA. Gestión de riesgos. |
Costo Plan
de Beca
Rubro |
Monto |
Monto total de beca por
empresa |
¢ 1.700.000 (un millón setecientos
mil, colones exactos). |
Monto de aporte del INA: 95% |
¢ 1.615.000 (Un millón seiscientos
quince mil colones exactos). |
Monto de aporte de la empresa
becada: 5% |
¢ 85.000 (ochenta y cinco mil colones exactos).
|
El programa tiene una duración de 4 meses, iniciado el 01 agosto y finalizando el 24 de noviembre del presente año. El INA estará cubriendo el 95% de la beca, el 5% restante lo deberá aportar la persona beneficiaria.
Para aplicar, diríjase a los correos
MICITT: marcela.monge@micit.go.cr, INA: wbogantescoto@ina.ac.cr y
ctsozapata@ina.ac.cr, en redes sociales de ambas instituciones. Firmado
digitalmente.—Unidad de Compras Institucionales.—Allan Altamirano Díaz, Jefe.—1 vez.—O. C.
N° 02-M557-2023.—Solicitud N° 435323.—(
IN2023776143 ).
Convocatoria para Beca INA-PROCOMER: Programa
Crecimiento Verde XI Edición-2023.
El INA invita a los beneficiarios
del Sistema de Banca para el Desarrollo (SBD) a postularse para Beca INA-PROCOMER: Programa
Crecimiento Verde XI Edición-2023, del 13 de junio al 25 de julio, del presente año; mediante
las páginas oficiales del
INA y PROCOMER. En el marco,
de la alianza INA-PROCOMER, que se busca ejecutar; asesoría técnica para la ejecución de proyectos de transformación productiva mediante fondos no reembolsables de 50 empresas: revisión de proyectos participantes, informe para desembolsos, seguimiento al cumplimiento del
plan de trabajo de las empresas
ganadoras del concurso y asesorías especializadas a pymes beneficiarias de concurso XI de Crecimiento Verde.
Requisitos para participar:
El programa de transformación productiva verde se enfocará en 50 empresas con las siguientes características:
• Microempresa, pyme, micro, pequeño y mediano productor agropecuario, modelo asociativo empresarial, todos los anteriores, según las definiciones del artículo 6 de la ley 8634 Ley Sistema Banca para el Desarrollo.
• Exportadoras
o con potencial exportador
de los sectores agropecuario, alimentos, industria y servicios (con excepción a turismo).
• Desarrollen
mejoras en procesos con impacto ambiental positivo:
• Eficiencia energética
• Energías
renovables
• Reducción
de emisiones
• Uso
eficiente de agua
• Gestión
integral de residuos
• Disponer
de cédula jurídica (ser una
sociedad debidamente inscrita en el Registro Nacional) o ser una empresa bajo cédula física.
• Estar inscrito como patrono (en caso
de tener trabajadores) o como trabajador independiente (en caso de no tener trabajadores) en la Caja Costarricense del Seguro
Social, y encontrarse al día con los
pagos correspondientes.
• Tener la actividad económica sujeta de apoyo inscrita ante el Ministerio de Hacienda y encontrarse
al día con los pagos correspondientes
• Estar
al día con los permisos de funcionamiento del Ministerio de Salud, o cualquier otro permiso necesario
para su funcionamiento, o el desarrollo del proyecto.
• Haber
sido diagnosticada con el “Diagnóstico Único Exportador de PROCOMER”.
Es importante, destacar,
que toda empresa postulante debe estar dispuesta a:
• Firmar
un contrato con el
Instituto Nacional de Aprendizaje (INA), la Promotora de Comercio Exterior (PROCOMER) y la empresa consultora encargada del seguimiento del proyecto y las asesorías técnicas.
• Firmar
una letra de cambio con el INA, por el 95% de aporte
mediante el sistema de becas que realizará la institución.
• Entregar una certificación bancaria, emitida por una entidad
bancaria costarricense, donde se indique el número de cuenta IBAN en colones a nombre de la empresa beneficiaria (según cédula jurídica) o bien a nombre del dueño de la empresa, en los
casos donde se postuló a título personal.
Objetivos específicos:
1. Evaluación de propuestas de empresas postulantes.
2. Realizar
diagnósticos y planes de acción
para asesorías técnicas especializadas de las 50 pymes beneficiarias.
3. Brindar
12 horas de asesoría técnica
especializada virtual y presencial
a las 50 pymes beneficiarias.
4. Brindar
asesoría y acompañamiento en la ejecución de los proyectos de transformación productiva verde de las 50 pymes beneficiarias.
5. Establecer y monitorear indicadores
de impacto financiero, ambiental y empleo de las 50 pymes beneficiarias.
6. Ejecutar
informes de seguimiento y cierre de proyectos para las 50 empresas beneficiarias, así como informes
acumulados.
Áreas del plan de acción
del proyecto:
1. Gestión empresarial (planificación estratégica y financiera contemplando oportunidades y amenazas, valor
agregado, contabilidad,
pitch de ventas, one pager, mercadeo,
etc.)
2. Producción (manejo de inventario,
conocimiento y control sobre
tiempos de producción, planificación de la producción,
manejo de proveedores, productividad, acceso y uso de tecnología para potenciar la producción, etc.
Costo Plan de Beca
Rubro |
Monto |
Costo por empresa |
¢2.964.419 (dos millones
novecientos sesenta y
cuatro mil cuatrocientos diecinueve,
colones exactos). |
Monto de aporte del INA: 95% |
¢2.816.198,05 (dos millones
ochocientos dieciséis mil
ciento noventa y ocho colones con cinco céntimos). |
Monto de aporte de la empresa
becada: 5% |
¢148.220,95 (ciento
cuarenta y ocho mil doscientos veinte colones con noventa y cinco céntimos. |
Este programa se ejecutará del mes de setiembre 2023 y finaliza en setiembre
2024 Para aplicar, ingrese
a la de PROCOMER: www.procomer.com. En caso de consultas, favor escribir a: evargas@procomer.com, wbogantescoto@ina.ac.cr,
ctsozapata@ina.ac.cr
Unidad de Compras Institucionales.—Allan Altamirano Díaz,
Jefe.—1 vez.—O.C. N° 01-M557-2023.—Solicitud N° 435326.—( IN2023776145 ).
AUDIENCIA PÚBLICA VIRTUAL
La Autoridad Reguladora de los Servicios Públicos convoca a audiencia pública virtual la propuesta que
se detalla a continuación:
SOLICITUD DE OTORGAMIENTO DE LA CONCESIÓN
DE SERVICIO PÚBLICO DE GENERACIÓN ELÉCTRICA,
INTERPUESTA POR LA EMPRESA EL ÁNGEL SOCIEDAD ANÓNIMA, AL AMPARO DE LA LEY 7200. EXPEDIENTE CE-002-2023. |
1)
La solicitud para la autorización
de concesión para prestar
el servicio público de generación de electricidad, para planta hidroeléctrica,
al amparo del Capítulo I de la Ley 7200 y sus reformas, para efectos del desarrollo y operación del
Proyecto hidroeléctrico el
Ángel, ubicado en Sarapiquí, Alajuela, por un plazo de 20 años. 2)
Según se desprende del expediente administrativo
CE-002-2023, el proyecto hidroeléctrico se encuentra situado en el
distrito 14 Sarapiquí, cantón 01 Alajuela de la provincia
de Alajuela. |
SOBRE LA REALIZACIÓN DE LA AUDIENCIA:
La Audiencia Pública virtual (*) se realizará el martes 11 de julio de 2023, a
las 17 horas con 15 minutos (5:15 p.m.), por medio de la Plataforma Zoom. El
enlace para participar en
la audiencia pública virtual es: https://aresep.go.cr/participacion/audiencias/ce-002-2023
SOBRE CÓMO PARTICIPAR:
Los interesados pueden presentar una posición
a favor o en contra, indicando
las razones por dos vías:
1. DE FORMA ORAL: Para participar de
forma oral debe registrarse
a través del correo electrónico consejero@aresep.go.cr
hasta las 16 horas (4:00 p.m.) del día de la audiencia, manifestando su interés de participar en la audiencia del expediente CE-002-2023
e indicar su nombre completo, número de cédula, medio de notificaciones,
número de teléfono y adjuntar copia de su cédula de identidad.
El día de la audiencia se enviará un enlace al correo electrónico registrado, para que pueda hacer uso
de la palabra en la audiencia. No obstante, si no se inscribió de forma anticipada y desea participar, podrá inscribirse propiamente en la audiencia pública al chat preguntas y respuestas.
2. MEDIANTE ESCRITO FIRMADO presentado en las oficinas de la ARESEP en horario de 8:00 a.m. a 4:00
p.m., hasta el día y hora de inicio
de la audiencia, por medio del fax: 2215-6002 o al único correo electrónico
oficial (**): consejero@aresep.go.cr
En ambos casos presentar
fotocopia de la cédula (personas físicas),
correo electrónico, número de fax o dirección
exacta para notificaciones.
Las personas jurídicas
pueden participar por medio del representante legal
aportando una certificación de personería jurídica vigente.
PARA CONSULTAR EL EXPEDIENTE Y ASESORÍAS:
Puede hacerlo
en las instalaciones de la
ARESEP en horario de 8:00
a.m. a 4:00 p.m. o descargando el
expediente en la dirección electrónica: www.aresep.go.cr (expedientes,
expediente CE-002-2023).
Para asesorías e información adicional comuníquese con el Consejero del Usuario al correo electrónico: consejero@aresep.go.cr o
a la línea gratuita número 8000 273737.
(*) En caso de problemas o dudas para conectarse a la audiencia puede llamar al 2506-3200 extensión
1216.
(**)
La posición enviada por correo electrónico,
debe estar suscrita mediante firma digital o el documento con la firma debe ser escaneado y el tamaño no puede
exceder a 10,5 megabytes.
Dirección General de Atención al Usuario.—Gabriela Prado
Rodríguez, Directora General.—1 vez.—O.
C. N° 082202310380.—Solicitud N° 438348.—(
IN2023785152 ).
DEPARTAMENTO DE ZONA MARÍTIMO TERRESTRE
EDICTO
El Departamento de la Zona Marítimo
Terrestre de la Municipalidad de Nandayure, comunica que la compañía
3-102-875434 SRL, con cédula jurídica 3-102-875434.
Con base en la Ley de Zona Marítimo
Terrestre Nº 6043 del 02 de marzo de 1977 y su Reglamento, aprobado mediante Decreto Ejecutivo Nº 7841-P de 16
de marzo de 1977; solicita en concesión un terreno localizado en Playa Coyote, distrito sexto Bejuco, cantón noveno Nandayure, de la provincia de Guanacaste, parcela identificada con el número 28. Mide 1,461.31 metros cuadrados, para darle un uso de zona residencial turístico. Sus linderos son: norte, calle pública;
sur, zona restringida de la zona marítimo
terrestre (Zona Verde); este,
zona restringida de la zona marítimo
terrestre (lote 27-B) y oeste, calle pública.
Se concede a los interesados
un plazo máximo de treinta días hábiles contados a partir de esta única publicación
para oír oposiciones, las cuales deberán ser presentadas en la Municipalidad
ante la oficina del Alcalde Municipal, con copia al departamento de la Zona Marítimo Terrestre. El opositor debe identificarse debidamente.
Carmona de Nandayure, Guanacaste.—Jokcuan Aju Altamirano, Encargado.—1 vez.—( IN2023775177 ).
Convocatoria a asamblea
general, ordinaria y extraordinaria de socios.
Conforme al artículo 158 del Código de Comercio, se convoca a los
socios de “3-101-683355 S.A. cédula de persona jurídica 3-101-683355 a una Asamblea General Ordinaria y Extraordinaria de socios a celebrarse el próximo
miércoles 05 de julio del
2023, a las 10:00 am, en el
domicilio social de la empresa,
a saber; San José, San José, Zapote, Yoses Sur, avenida 16, calle 39, edificio Esquinero a mano izquierda ILS Abogados. De no presentarse
el quorum exigido en dicha convocatoria,
la segunda será una hora después con el número de socios
con derecho a voto que se encuentren
presentes, allí se conocerán los siguientes
asuntos;
Tema de la Asamblea General de Socios:
1. Verificación del
quorum y apertura de la asamblea.
2. Elección
de Secretario “ad hoc” para que presidan
la Asamblea.
3. Reforma
a los estatutos.
4. Revocatoria y nombramiento de puestos de Junta Directiva.
5. Protocolización
de Acuerdos.
6. Otros.
7. Cierre
de Asamblea.
San Isidro, Pérez Zeledón, 03 de junio del
2023.—Yasmin Lawrence, DIMEX.—1 vez.—(
IN2023785333 ).
GANADERÍA LONDINENSE, SOCIEDAD DE
RESPONSABILIDAD LIMITADA
Convocatoria Asamblea General Extraordinaria
de Socios
Se convoca a socios
de Ganadería Londinense,
Sociedad de Responsabilidad Limitada,
cédula jurídica 3-102-052333, a Asamblea
General Extraordinaria de socios
a celebrarse el 10 de julio del 2023 a las 09:00 horas, en
su domicilio social, San
José, Desamparados, 150 metros Este de Guardia Rural de la localidad.
De no presentarse el quórum de ley, habrá segunda convocatoria una hora después con los socios con derecho a voto presentes. Se conocerán los siguientes
asuntos: 1. Verificación
del quórum y apertura de la
asamblea. 2. Informe del gerente
sobre gastos generados en exceso.
3. Sustitución de los
dos Subgerentes y del Gerente
por el resto del plazo social. 4. Aprobación
del acta de la asamblea. 5. Cierre de la asamblea. Sólo podrán participar
en la asamblea aquellas personas que estén debidamente inscritos en el libro
respectivo. Los socios
personas físicas pueden hacerse representar por poder especial debidamente autenticado.—San José, 08 de junio 2023.—Convoca: Subgerente, Marco
Vinicio Gamboa Salazar, cédula 1-0465-0515.—1 vez.—( IN2023785393 ).
PUBLICACIÓN DE TERCERA VEZ
COSTA RICA COUNTRY CLUB
El suscrito Fernando González Pinto, mayor, costarricense, casado, portador de la cédula de identidad
N° 105380762, vecino de San José ha solicitado al Costa Rica Country Club la reposición de la acción N° 1435,
que fue extraviada y se encuentra a mi nombre. Se realizan las publicaciones de Ley
de acuerdo con el artículo 689 del Código de Comercio. Es todo.—San José 25 de mayo
del 2023.—Fernando González Pinto.—( IN2023773275 ).
PUBLICACIÓN DE SEGUNDA VEZ
AGENCIA ELECTROINDUSTRIAL AGELEC
SOCIEDAD ANÓNIMA
Edicto de reposición de acciones:
los señores Victoriano Julio Vega Castro, cédula 2-0168-0812, y Ligia María Blanco Montero, cédula 1-0275-0758, han solicitado por haberse extraviado la reposición de los certificados de acciones número 1 y 2 de fecha 04 de setiembre del 2018, los cuales representan cada uno 55 acciones comunes y nominativas de 500000 colones cada una
de la sociedad Agencia Electroindustrial Agelec Sociedad
Anónima, cédula de persona jurídica
número 3-101-132645, los cuales fueron emitidos
a su nombre. Se publica este edicto en
cumplimiento del artículo
689 del Código de Comercio. Informamos al público en general y a quien sea interesado, que se pueden comunicar al teléfono 2494 4600, por lo que no
nos hacemos responsables del uso indebido de los mismos, los cuales
procedemos a reponer transcurrido un mes desde la última publicación de este aviso que ha
de aparecer, por 3 veces consecutivas, en el Diario
Oficial La Gaceta y en uno de los diarios
de circulación nacional, siempre y cuando no se haya comunicado demanda alguna de oposición.—Grecia, Alajuela, 26 de mayo del 2023.—Julio
Vega Castro, cédula 2-0168-0812, Presidente.—(
IN2023775156 ).
ULACIT
Por este medio me permito solicitarles, se realicen las tres publicaciones que indica la
ley, con respecto al extravío
del título en el grado y carrera
de Bachillerato en Administración
de Negocios inscrito en nuestros registros
de graduados en el tomo: 6, folio: 99, asiento:
2329; con fecha del 27 de marzo
de 1999, obtenido por
Robles Ramírez Sandra, portador de la cédula de identidad número 900740005. Se expide la presente a solicitud del interesado y para efectos del trámite de reposición de título, a los siete días del mes de marzo del año dos mil veintitrés.—Departamento de Registro.—Adrián Leitón
Fernández.—( IN2023775305 ).
GANADERA EL CALABAZO ABANGAREÑO LIMITADA
Por escritura otorgada ante esta notaría, Ganadera
El Calabazo Abangareño Limitada, cédula de persona jurídica
número tres-ciento dos-ciento veintidós mil setecientos dieciocho, de conformidad con el artículo 689 del Código de Comercio, comunica
el extravío de los certificados de cuotas que representan el cien por
ciento de su capital
social, por lo que su
titular ha solicitado su reposición. Cualquier interesado podrá manifestarse en el domicilio social de la compañía dentro del plazo de ley. Publíquese tres veces.—Lic. José Adolfo Borge Lobo.—( IN2023775349 ).
PUBLICACIÓN DE PRIMERA VEZ
FARO ESCONDIDO UNO S.A.
Reposición de título
de acciones Nº 55
Se hace saber que “Carvila CR S.A.”,
con cédula jurídica número
3-101-166510, propietaria del certificado
de acciones número cincuenta y cinco, Serie A, de
Faro Escondido Uno S.A., ha solicitado la reposición de dicho título, con base en el artículo 689 del Código de
Comercio. Se cita y emplaza
a los interesados para que
se apersonen en el plazo de un mes contado a partir
de la última publicación de
este aviso, para que hagan valer sus derechos u oposiciones,
ante el Presidente de la
Junta Directiva en el domicilio social de la empresa en San José, Oficentro La Sabana, edificio 2, piso 2, local
2-9.—San José, 18 de mayo del 2023.—Max Fischel Mora,
Presidente.—(
IN2023770160 ).
UNIVERSIDAD LATINA DE COSTA RICA
Ante la Oficina de Registro
de la Universidad Latina de Costa Rica, se ha presentado
la solicitud de reposición
del Título de Bachillerato en Ingeniería Industrial inscrito bajo el Tomo I, Folio 23, Asiento 593, además
de la reposición del Título
de Licenciatura en Ingeniería Industrial inscrito
bajo el Tomo I, Folio 177,
Asiento 5102 a nombre de Guillermo Fonseca Vargas
cédula de identidad número
401940596. Se solicita la reposición
de los títulos indicados anteriormente por el extravío
de los originales. Se
publica este edicto para oír oposiciones a la reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la tercera publicación en el Diario
Oficial La Gaceta.
Se extiende la presente a solicitud del interesado en el día y lugar
de la fecha.—San José, 18 de mayo de 2023.—Departamento
de Registro.—Neda Blanco López, Directora.—(
IN2023770235 ).
REPOSICIÓN DE LIBROS LEGALES Y ACCIONES
Sigurd Jiménez Jiménez, cédula de identidad: uno-cero setecientos treinta y dos-cero ciento veintinueve, y Guillermo Jiménez Jiménez,
cédula de identidad número:
uno-cero quinientos treinta
y nueve-cero seiscientos nueve, ambos en conjunto con las facultades de apoderados generalísimos de Corporación
Myrian Jiménez Sociedad Anónima, hacen
constar que el libro del registro de accionistas, el libro de actas de la junta directiva y el libro de asamblea general de accionistas, todos tomo uno de la compañía se extraviaron, por lo que se le solicita al Registro Nacional de
Costa Rica se proceda con su
reposición. Asimismo, hacen constar que se han extraviado los certificados de las acciones de la compañía en su totalidad,
y en consecuencia se procederá con su reposición. Terceros interesados que manifiesten oposición podrán hacerlo en el
domicilio social de la compañía
en el término
de un mes a partir de la tercera publicación de este aviso. Telf. 8499-3173.—Licda. Mónica Molina
Céspedes, Notaria.—( IN2023770248 ).
PUBLICACIÓN DE UNA VEZ
PROYECTOS AGROPECUARIOS E INDUSTRIALES
SOCIEDAD ANÓNIMA
Proyectos Agropecuarios
e Industriales Sociedad Anónima,
cédula jurídica número tres-ciento uno-cero diecisiete
mil doscientos ochenta, comunica que ha sido extraviado el libro
de: Junta Directiva. Por lo anterior, se solicitará realizará la reposición respectiva del libro. Quien se considere afectado puede manifestar su oposición en
el domicilio de la sociedad, sea esto en: Guanacaste-Abangares Limonal, Sobre La Carretera Interamericana, Frente A Plaza Limonal. Es todo, veintinueve de mayo de dos mil veintitrés.—Carlos Alberto
Bonilla Ayub.—1 vez.—( IN2023775396 ).
EL RODE IVANA SOCIEDAD ANÓNIMA
El suscrito Dennis Ceciliano
Solís, en mi calidad de representante con facultades de apoderado generalísimo de la sociedad El Rode Ivana Sociedad Anónima,
cédula jurídica número tres-ciento uno-seiscientos ochenta y dos mil quinientos catorce, solicito al Registro de Personas jurídicas,
la reposición de los libros: i) Actas de Asamblea de Socios, ii) Registro de Accionistas; iii)
Libro de Actas del Consejo
de Administración Junta Directiva.
Lo anterior por extravío de
los mismos. Se otorga un plazo de ocho días hábiles, a partir de esta publicación, para escuchar oposiciones en San José, Central, Catedral, ciento veinticinco metros sur de
la esquina Este del Colegio Seminario,
oficina del Licenciado
Julio César Muñoz Mendoza, teléfono setenta noventa-veinticinco ochenta y dos.—San José, a las ocho horas del día treinta del mes de mayo del año dos mil veintitrés.—Dennis Ceciliano
Solís, Presidente de El Rode Ivana Sociedad Anónima.—1 vez.—( IN2023776455 ).
PUBLICACIÓN DE TERCERA VEZ
Por escritura otorgada hoy ante mí, a las diez horas del día
quince de mayo de dos mil veintitrés, se protocolizó acta de asamblea
general de cuotistas de EJP Servicios
Aduanales Sociedad de Responsabilidad
Limitada, donde se procede a modificar la cláusula quinta del capital social.—San José, 15 de mayo de 2023.—Lic.
Sergio Alberto Valverde Bermúdez.—( IN2023773021 ).
Hoy ante esta notaría, se protocolizó acta de la sociedad Repuestos Gigante S. A., mediante la cual se acordó disminuir el Capital por lo que se modifica la cláusula quinta del capital.—San José, 24 de mayo del 2023.—Randall Alberto
Quirós Bustamante, Notario.—( IN2023773294 ).
PUBLICACIÓN DE UNA VEZ
El suscrito notario hace constar
que en mi notaría, mediante escritura número ciento setenta
y cuatro del veintisiete de mayo del dos mil veintitrés, protocolicé acuerdos de asamblea general de
la sociedad Sand Tower Corporation Sociedad Anónima en donde se acuerda
disolver esta sociedad.—San
José, veintinueve de mayo del dos mil veintitrés.—Lic. Luis Gustavo
Pereira León, Notario Público.—(
IN2023775595 ).
Mediante escritura otorgada
ante esta notaría, a las 10
horas 00 minutos del 12 de enero
del año 2023, se constituyó
la sociedad denominada Grupo
Konawa Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San
José, 13 de enero del 2023.—Licda.
Ana Patricia Rodríguez Rodríguez, Notaria.—1
vez.—CE2023043224.—( IN2023775596 ).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 11 horas 00 minutos del 05 de enero del año 2023, se constituyó la sociedad denominada Inversiones SM Carrocería
y Pintura Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San
José, 13 de enero del 2023.—Licda.
Angie Priscila Rivera Mayorga, Notaria.—1 vez.—CE2023043225.—( IN2023775597 ).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 15 horas 00 minutos del 12 de enero del año 2023, se constituyó la sociedad denominada Irvine
Incorporated Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San
José, 13 de enero del 2023.—Lic.
Andrés Gómez Tristán, Notario.—1 vez.—CE2023043227.—( IN2023775598 ).
Mediante escritura otorgada
ante esta notaría, a las 14
horas 00 minutos del 11 de enero
del año 2023, se constituyó
la sociedad denominada Freedom
Costa Rica Holdings PYJ Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San
José, 13 de enero del 2023.—Lic.
Álvaro Quesada Loría,
Notario.—1
vez.—CE2023043228.—( IN2023775599 ).
Mediante escritura otorgada
ante esta notaría, a las 15
horas 00 minutos del 12 de enero
del año 2023, se constituyó
la sociedad denominada Murran Limitada.—San José, 13 de enero del 2023.—Lic. María Teresa Urpi Sevilla, Notario.—1
vez.—CE2023043230.—( IN2023775600 ).
Mediante escritura otorgada
ante esta notaría, a las 14
horas 00 minutos del 09 de enero
del año 2023, se constituyó
la sociedad denominada Hersan Pharmaceutical Sociedad Anónima.—San
José, 13 de enero del 2023.—Lic.
Fabio Alberto Arias Córdoba, Notario.—1 vez.—CE2023043229.—(
IN2023775601 ).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 16 horas 30 minutos del 12 de enero del año 2023, se constituyó la sociedad denominada AC Designs
Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 13
de enero del 2023.—Lic.
Maricela Mora Mora, Notario.—1 vez.—CE2023043231.—( IN2023775602 ).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 17 horas 00 minutos del 11 de enero del año 2023, se constituyó la sociedad denominada Costa
Ferry Limitada.—San José, 13 de enero del 2023.—Lic. Luis Antonio Salazar Villalobos, Notario.—1 vez.—CE2023043232.—( IN2023775603 ).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 16 horas 00 minutos del 12 de enero del año 2023, se constituyó la sociedad denominada Concentrados Araya y Solís Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 13 de enero del 2023.—Lic. Maricela Mora Mora, Notario.—1
vez.—CE2023043233.—( IN2023775604 ).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 09 horas 00 minutos del 20 de diciembre del año 2022, se constituyó la sociedad denominada Grupo
Ventura Capitales GVC Sociedad Anónima.—San José, 13 de
enero del 2023.—Lic. María
José Chaves Granados, Notario.—1 vez.—CE2023043234.—(
IN2023775605 ).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 18 horas 00 minutos del 11 de enero del año 2023, se constituyó la sociedad denominada Novillos
de Engorde PG Sociedad de Responsabilidad
Limitada.—San José, 13 de enero del 2023.—Lic. Maximiliano Villalobos Vargas, Notario.—1 vez.—CE2023043235.—( IN2023775606 ).
Mediante escritura otorgada
ante esta notaría, a las 09
horas 35 minutos del 10 de enero
del año 2023, se constituyó
la sociedad denominada Asesores Financieros
Campos y Jiménez Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San
José, 13 de enero del 2023.—Lic.
Laura María Reynolds Westober, Notario.—1 vez.—CE2023043236.—( IN2023775607 ).
Mediante escritura otorgada
ante esta notaría, a las 08
horas 00 minutos del 12 de enero
del año 2023, se constituyó
la sociedad denominada Tayra
Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 13
de enero del 2023.—Lic.
Allan Morales Brenes, Notario.—1 vez.—CE2023043237.—(
IN2023775608 ).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 08 horas 00 minutos del 13 de enero del año 2023, se constituyó la sociedad denominada Gestores de Inclusión
Sociedad Anónima.—San José, 13 de enero del 2023.—Lic. Gustavo Adolfo Koutsouris
Canales, Notario.—1 vez.—CE2023043238.—(
IN2023775609 ).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 08 horas 10 minutos del 13 de enero del año 2023, se constituyó la sociedad denominada Inclusiva Estética
Sociedad Anónima.—San José, 13 de enero del 2023.—Lic. Gustavo Adolfo Koutsouris
Canales, Notario.—1 vez.—CE2023043239.—(
IN2023775610 ).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 08 horas 20 minutos del 13 de enero del año 2023, se constituyó la sociedad denominada Inclusiva Inversiones
Sociedad Anónima.—San José, 13 de enero del 2023.—Lic. Gustavo Adolfo Koutsouris
Canales, Notario.—1 vez.—CE2023043240.—(
IN2023775611 ).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 08 horas 30 minutos del 13 de enero del año 2023, se constituyó la sociedad denominada Inclusiva Cuido
Sociedad Anónima.—San José, 13 de enero del 2023.—Lic. Gustavo Adolfo Koutsouris
Canales, Notario.—1 vez.—CE2023043241.—(
IN2023775612 ).
Ante la notaría de
María Auxiliadora Otero Rodríguez, se protocolizó acta número uno de la
sociedad anónima denominada Ezero Uno SA,
cédula jurídica número
3-101-350535, donde se hace
nombramiento de Secretario
y Tesorero y modifica el domicilio social. Otorgada en la ciudad de San
José, escritura número 205
de las 11:40 horas del 29 de mayo del 2023.—Licda. María Auxiliadora Otero
Rodríguez, Notaria Pública.—1 vez.—( IN2023775613 ).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 20 horas 00 minutos del 09 de enero del año 2023, se constituyó la sociedad denominada Mis Muchachitos de San Blas Sociedad Anónima.—San José, 13 de
enero del 2023.—Lic. Carlos
Alberto Cerdas Rodríguez, Notario.—1 vez.—CE2023043242.—( IN2023775614 ).
Mediante escritura otorgada
ante esta notaría, a las 10
horas 00 minutos del 13 de enero
del año 2023, se constituyó
la sociedad denominada Solver
SA de CV Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San
José, 13 de enero del 2023.—Lic.
Marco Antonio Montero González, Notario.—1 vez.—CE2023043243.—(
IN2023775615 ).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 08 horas 00 minutos del 13 de enero del año 2023, se constituyó la sociedad denominada Recicladora Loly
Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 13
de enero del 2023.—Lic.
Hugo Salazar Solano, Notario.—1 vez.—CE2023043244.—(
IN2023775616 ).
Debidamente facultado
al efecto protocolicé acta
de Asamblea General Extraordinaria
de Socios de Kelohe
Sociedad Anónima’ en la
cual se acuerda disolver esta sociedad
y se prescinde del nombramiento
de liquidador por cuanto no tiene activos ni pasivos.—San José, 11:15 del
25 de mayo 2023.—Miguel Antonio Rodríguez Espinoza, Notario
Público.—1 vez.—( IN2023775617 ).
Mediante escritura otorgada
ante esta notaría, a las 17
horas 30 minutos del 12 de enero
del año 2023, se constituyó
la sociedad denominada Data
y Telecomunicaciones Corporativas
Sociedad Anónima.—San José, 13 de enero del 2023.—Lic. Gabriela Rodríguez Sánchez, Notario.—1 vez.—CE2023043245.—( IN2023775618 ).
Mediante escritura otorgada
ante esta notaría, a las 12
horas 00 minutos del 09 de enero
del año 2023, se constituyó
la sociedad denominada Santoama Sociedad de Responsabilidad
Limitada.—San José, 13 de enero del 2023.—Lic. María Carolina Román Gutiérrez, Notario.—1 vez.—CE2023043246.—( IN2023775619 ).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 10 horas 00 minutos del 13 de enero del año 2023, se constituyó la sociedad denominada VYA Electrotec Sociedad Anónima.—San José, 13 de enero del 2023.—Lic. Adrián Alvarado Corella, Notario.—1 vez.—CE2023043247.—( IN2023775620 ).
Mediante escritura otorgada
ante esta notaría, a las 15
horas 00 minutos del 09 de enero
del año 2023, se constituyó
la sociedad denominada Transportes Hnos Valmaro Sociedad Anónima.—San José, 13 de enero del 2023.—Lic. Marjorie Arroyo Ocampo, Notario.—1 vez.—CE2023043248.—( IN2023775621 ).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 11 horas 00 minutos del 11 de enero del año 2023, se constituyó la sociedad denominada Servi Cios Técnicos en Refrigeración FJC Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 13 de enero del 2023.—Lic. Luis
Humberto Varela Vargas, Notario.—1 vez.—CE2023043250.—(
IN2023775622 ).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 14 horas 00 minutos del 12 de enero del año 2023, se constituyó la sociedad denominada Ketoke donde Floria Sociedad de Responsabilidad
Limitada.—San José, 13 de enero del 2023.—Lic. Laura Mónica Zamora Ulloa, Notario.—1 vez.—CE2023043252.—( IN2023775623 ).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 16 horas 00 minutos del 11 de enero del año 2023, se constituyó la sociedad denominada Solars Sociedad de Responsabilidad
Limitada.—San José, 13 de enero del 2023.—Licda. Marcela Patricia Gurdián
Cedeño, Notaria.—1 vez.—CE2023043251.—(
IN2023775624 ).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 09 horas 30 minutos del 13 de enero del año 2023, se constituyó la sociedad denominada Danka
Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 13
de enero del 2023.—Lic. Mayela Marlene Espinoza Loria, Notario.—1 vez.—CE2023043253.—( IN2023775625 ).
Mediante escritura otorgada
ante esta notaría, a las 10
horas 00 minutos del 13 de enero
del año 2023, se constituyó
la sociedad denominada Mar
Zr Dos Mil XXIII Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San
José, 13 de enero del 2023.—Lic.
Marianne Haydee Amaya Paniagua, Notario.—1 vez.—CE2023043255.—( IN2023775626
).
Mediante escritura otorgada
ante esta notaría, a las 09
horas 00 minutos del 13 de enero
del año 2023, se constituyó
la sociedad denominada Importadora y Distribuidora
de Insumos Eléctricos Pasco
Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 13
de enero del 2023.—Lic.
Andrés Pérez González, Notario.—1 vez.—CE2023043256.—(
IN2023775627 ).
Mediante escritura otorgada
ante esta notaría, a las 08
horas 30 minutos del 13 de enero
del año 2023, se constituyó
la sociedad denominada Elevate
CR Sport Brand Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San
José, 13 de enero del 2023.—Lic.
Amy Pamela Rodríguez Jiménez, Notaria.—1 vez.—CE2023043257.—( IN2023775628).
Mediante escritura otorgada
ante esta notaría, a las 13
horas 00 minutos del 12 de enero
del año 2023, se constituyó
la sociedad Denominada
Corporación Capital de Los Hermanos Perfumanía
Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 13
de enero del 2023.—Lic.
Hugo Salazar Solano, Notario.—1 vez.— CE2023043259.—(
IN2023775629 ).
Mediante escritura otorgada
ante esta notaría, a las 10
horas 00 minutos del 13 de enero
del año 2023, se constituyó
la sociedad denominada Fractal
Ecosystem Sociedad Anónima.—San José, 13 de enero del 2023.—Lic. Kattia Bermúdez
Montenegro, Notario.—1 vez.— CE2023043258.—(
IN2023775630 ).
Mediante escritura
otorgada ante esta notaría, a las 11 horas 00 minutos
del 05 de enero del año
2023, se constituyó la sociedad
denominada Carrocería
y Asociados Sociedad de Responsabilidad
Limitada.—San José, 13 de enero del 2023.—Licda. Angie Priscila Rivera Mayorga, Notaria.—1
vez.—CE2023043260.—( IN2023775631 ).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 11 horas 30 minutos del 04 de enero del año 2023, se constituyó la sociedad denominada Una Joya Escondida Limitada.—San José, 13 de enero del 2023.—Lic. Ana María Valverde Ramos, Notario.—1 vez.— CE2023043261.—( IN2023775632 ).
Mediante escritura otorgada
ante esta notaría, a las 09
horas 00 minutos del 11 de enero
del año 2023, se constituyó
la sociedad denominada Servicios Arybe
Sociedad Anónima.—San José, 13 de enero del 2023.—Lic. María Isabel Coto Sánchez, Notario.—1
vez.— CE2023043262.—( IN2023775633 ).
Mediante escritura otorgada
ante esta notaría, a las 15
horas 30 minutos del 10 de enero
del año 2023, se constituyó
la sociedad denominada Grupo
Desinteck Sociedad de Responsabilidad
Limitada.—San José, 13 de enero del 2023.—Lic. José Manuel Gutiérrez Gutiérrez,
Notario.—1
vez.— CE2023043263.—( IN2023775634 ).
Mediante escritura otorgada
ante esta notaría, a las 17
horas 35 minutos del 12 de enero
del año 2023, se constituyó
la sociedad denominada Maviurso Inmobiliaria
Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 13
de enero del 2023.—Lic.
Douglas Gerardo Delgado Barboza, Notario.—1 vez.— CE2023043264.—(
IN2023775635 ).
Mediante escritura otorgada
ante esta notaría, a las 13
horas 00 minutos del 12 de enero
del año 2023, se constituyó
la sociedad denominada Corporación Capital de Los Hermanos Perfumania Sociedad de Responsabilidad
Limitada.—San José, 13 de enero del 2023.—Lic. Hugo Salazar Solano, Notario.—1 vez.— CE2023043265.—( IN2023775636 ).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 15 horas 00 minutos del 09 de enero del año 2023, se constituyó la sociedad denominada Hoa Moana CR Limitada.—San José, 13
de enero del 2023.—Lic. Edry Herminio Mendoza Hidalgo, Notario.—1
vez.— CE2023043266.—( IN2023775637 ).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 12 horas 00 minutos del 13 de enero del año 2023, se constituyó la sociedad denominada Figueroa y
Porras Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San
José, 13 de enero del 2023.—Lic.
Adriana Brenes Mora, Notario.—1 vez.— CE2023043267.—(
IN2023775638 ).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 11 horas 00 minutos del 12 de enero del año 2023, se constituyó la sociedad denominada Altemédica
Limitada.—San José, 13 de enero del 2023.—Lic. Nidia Isabel Sibaja Blanco, Notaria.—1 vez.— CE2023043268.—(
IN2023775639 ).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 11 horas 00 minutos del 13 de enero del año 2023, se constituyó la sociedad denominada Shiloh and
Her Kingdom Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San
José, 13 de enero del 2023.—Lic.
Alan Elizondo Medina, Notario.—1 vez.—CE2023043270.—(
IN2023775640 ).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 11 horas 00 minutos del 09 de enero del año 2023, se constituyó la sociedad denominada Maelfa Sociedad Anónima.—San José, 13 de
enero del 2023.—Lic. Luis
Andrés Bonilla Ortiz, Notario.—1 vez.— CE2023043271.—( IN2023775641
).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 13 horas 00 minutos del 12 de enero del año 2023, se constituyó la sociedad denominada Rúa Gestor
de Sell Out Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San
José, 13 de enero del 2023.—Lic.
Rodolfo Freer Campos, Notario.—1 vez.— CE2023043272.—(
IN2023775642 ).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 12 horas 30 minutos del 04 de enero del año 2023, se constituyó la sociedad denominada Construvidrios Guevara Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 13 de enero del 2023.—Lic. Adolfo Vega Camacho, Notario.—1 vez.— CE2023043273.—( IN2023775643 ).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 17 horas 00 minutos del 12 de enero del año 2023, se constituyó la sociedad denominada Strada
Sports Sociedad Anónima.—San José, 13 de enero del 2023.—Lic. Cesar Gómez Montoya, Notario.—1 vez.— CE2023043274.—(
IN2023775644 ).
Mediante escritura otorgada
ante esta notaría, a las 12
horas 18 minutos del 10 de enero
del año 2023, se constituyó
la sociedad denominada Plaza
Manantial Sociedad Anónima.—San José, 13 de
enero del 2023.—Lic. Jorge
Eduardo León Vargas, Notario.—1 vez.—CE2023043275.—(
IN2023775645 ).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 15 horas 00 minutos del 12 de enero del año 2023, se constituyó la sociedad denominada Sparkly
Villa Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 13
de enero del 2023.—Lic.
Diana Carolina López Rosales, Notario.—1 vez.— CE2023043276.—(
IN2023775646 ).
Mediante escritura otorgada
ante esta notaría, a las 10
horas 00 minutos del 03 de enero
del año 2023, se constituyó
la sociedad denominada A
L S I Sociedad Anónima.—San José, 13 de enero del 2023.—Lic. Marylin Pamela Cárdenas Segura, Notario.—1 vez.— CE2023043279.—( IN2023775647 ).
Mediante escritura otorgada
ante esta notaría, a las 13
horas 00 minutos del 13 de enero
del año 2023, se constituyó
la sociedad denominada TR
Talent Recritment Sociedad de Responsabilidad
Limitada.—San José, 13 de enero del 2023.—Lic. Ruddy Antonio Saborío
Sánchez, Notario .—1 vez.—CE2023043280.—(
IN2023775648 ).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 19 horas 30 minutos del 08 de enero del año 2023, se constituyó la sociedad denominada Monkasda Soluciones de Mantenimiento Industrial Sociedad Anónima.—San José, 13 de
enero del 2023.—Lic. Jorge
Alfredo Kapfer Vásquez, Notario.—1
vez.— CE2023043281.—( IN2023775649 ).
Mediante escritura otorgada
ante esta notaría, a las 12
horas 00 minutos del 13 de enero
del año 2023, se constituyó
la sociedad denominada Villa
Yaya Ochenta y Dos Sociedad Anónima.—San José, 13 de
enero del 2023.—Lic.
Georgina María Castillo Jiménez, Notario.—1 vez.—CE2023043282.—(
IN2023775650 ).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 17 horas 30 minutos del 12 de enero del año 2023, se constituyó la sociedad denominada Access
Point Data y Telecomunicaciones Sociedad Anónima.—San
José, 13 de enero del 2023.—Lic.
Gabriela Rodríguez Sánchez, Notario.—1 vez.— CE2023043284.—(
IN2023775651 ).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 15 horas 00 minutos del 12 de enero del año 2023, se constituyó la sociedad denominada Ticondo CR Sociedad de Responsabilidad
Limitada.—San José, 13 de enero del 2023.—Lic. Mariela Cespedes Cruz, Notario.—1 vez.—CE2023043283.—( IN2023775652 ).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 19 horas 00 minutos del 12 de enero del año 2023, se constituyó la sociedad denominada Servicios Especializados
Eduardo Bedoya Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San
José, 13 de enero del 2023.—Lic.
Álvaro Eladio Barboza Mena, Notario.—1 vez.—CE2023043285.—(
IN2023775653 ).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 15 horas 40 minutos del 12 de enero del año 2023, se constituyó la sociedad denominada The
Infinity Diversion LLC Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San
José, 13 de enero del 2023.—Lic.
Fernando Dionisio Zamora Castellanos, Notario.—1 vez.—CE2023043286.—(
IN2023775654 ).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 12 horas 00 minutos del 12 de enero del año 2023, se constituyó la sociedad denominada Laport LLC Sociedad de Responsabilidad
Limitada.—San José, 13 de enero del 2023.—Lic. Fernando Dionisio Zamora Castellanos, Notario.—1
vez.—CE2023043287.—( IN2023775655 ).
Mediante escritura otorgada
ante esta notaría, a las 15
horas 00 minutos del 12 de enero
del año 2023, se constituyó
la sociedad denominada Ariane
Cometa de Nosara Sociedad
de Responsabilidad Limitada.—San José, 13
de enero del 2023.—Lic.
Andrés Francisco González Anglada, Notario.—1
vez.—CE2023043288.—( IN2023775656 ).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 11 horas 00 minutos del 21 de diciembre del año 2022, se constituyó la sociedad denominada Strong
World Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 13
de enero del 2023.—Lic.
Arturo Montero Flores, Notario.—1 vez.—CE2023043289.—(
IN2023775658 ).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 11 horas 00 minutos del 12 de enero del año 2023, se constituyó la sociedad denominada Grupo
Emerge Desarrollo y Bienestar Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 13 de enero del 2023.—Lic. Laura María Rodríguez Méndez, Notario.—1 vez.—CE2023043290.—( IN2023775659 ).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 11 horas 45 minutos del 13 de enero del año 2023, se constituyó la sociedad denominada Authentic
Treat Guanacaste Limitada.—San José, 13 de enero del 2023.—Lic. Edry Herminio
Mendoza Hidalgo, Notario.—1 vez.—CE2023043291.—(
IN2023775660 ).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 09 horas 00 minutos del 13 de enero del año 2023, se constituyó la sociedad denominada Nourish
Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 13
de enero del 2023.—Lic.
Sabrina Karine Kszak
Bianchi, Notario.—1 vez.—CE2023043292.—(
IN2023775661 ).
Mediante escritura otorgada
ante esta notaría, a las 11
horas 30 minutos del 10 de enero
del año 2023, se constituyó
la sociedad denominada Shark
Vibes Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 13
de enero del 2023.—Lic.
María Alejandra Calderón Hidalgo, Notario.—1 vez.—CE2023043293.—(
IN2023775662 ).
Mediante escritura otorgada
ante esta notaría, a las 09
horas 00 minutos del 11 de enero
del año 2023, se constituyó
la sociedad denominada Smart
Tek Corp Sociedad Anónima.—San José, 13 de enero del 2023.—Lic. Francisco Hernán Barth
Villalobos, Notario.—1 vez.—CE2023043294.—(
IN2023775663 ).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 16 horas 00 minutos del 13 de enero del año 2023, se constituyó la sociedad denominada Marina
Pura Vida Sociedad Anónima.—San José, 13 de enero del 2023.—Lic. Yenci Natalia Villalobos
Vargas, Notario.—1 vez.—CE2023043296.—(
IN2023775664 ).
Mediante escritura otorgada
ante esta notaría, a las 10
horas 30 minutos del 09 de enero
del año 2023, se constituyó
la sociedad denominada Deymark Industries Costa Rica DOTCOM Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 14 de enero del 2023.—Lic. Gerardo Francisco Quesada Monge, Notario.—1 vez.— CE2023043297.—( IN2023775667 ).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 14 horas 00 minutos del 10 de enero del año 2023, se constituyó la sociedad denominada Inversiones Fuyi Internacional Sociedad Anónima.—San José, 15 de
enero del 2023.—Lic. Sandra
Vanessa Escalante Porras, Notario.—1 vez.—CE2023043301.—(
IN2023775668 ).
Mediante escritura otorgada
ante esta notaría, a las 09
horas 00 minutos del 16 de diciembre
del año 2022, se constituyó
la sociedad denominada Inversiones KV Sociedad Anónima.—San José, 15 de
enero del 2023.—Lic.
Montserrat Durán Soto, Notario.—1
vez.—CE2023043302.—( IN2023775669 ).
Mediante escritura otorgada
ante esta notaría, a las 16
horas 00 minutos del 11 de enero
del año 2023, se constituyó
la sociedad denominada Head
Start Developments Sociedad Anónima.—San José, 15 de enero del 2023.—Lic. Javier Alberto Montejo Calvo, Notario.—1 vez.—CE2023043304.—( IN2023775670 ).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 15 horas 00 minutos del 21 de diciembre del año 2022, se constituyó la sociedad denominada BM Traders
INC Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 15
de enero del 2023.—Lic.
Jorge Armando Cartin Estrada, Notario.—1 vez.—CE2023043303.—( IN2023775671 ).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 09 horas 00 minutos del 27 de diciembre del año 2022, se constituyó la sociedad denominada Fuze DEV Sociedad de Responsabilidad
Limitada.—San José, 16 de enero del 2023.—Lic. Felipe Cordero Espinoza, Notario.—1 vez.—CE2023043305.—( IN2023775676 ).
Mediante escritura otorgada
ante esta notaría, a las 10
horas 00 minutos del 14 de enero
del año 2023, se constituyó
la sociedad denominada Sol
Diseño Punto en Línea Sociedad de Responsabilidad
Limitada.—San José, 16 de enero del 2023.—Lic. Edin Francisco Chavarría
Benavides, Notario.—1 vez.—CE2023043306.—(
IN2023775677 ).
Mediante escritura otorgada
ante esta notaría, a las 09
horas 00 minutos del 11 de enero
del año 2023, se constituyó
la sociedad denominada Vistas
de Santo Domingo VDS Sociedad Anónima.—San José, 16 de enero del 2023.—Lic. Solieth Lara Castillo, Notario.—1
vez.—CE2023043307.—( IN2023775678 ).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 08 horas 00 minutos del 13 de enero del año 2023, se constituyó la sociedad denominada Vertical Soluciones Industriales Sociedad Anónima.—San
José, 16 de enero del 2023.—Lic.
Paola Fernanda Chaves Solorzano, Notario.—1 vez.—CE2023043308.—( IN2023775679 ).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 11 horas 00 minutos del 14 de enero del año 2023, se constituyó la sociedad denominada Hype Me Up
Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 16
de enero del 2023.—Lic.
Marvin Josué Bastos Jara, Notario.—1 vez.—CE2023043309.—( IN2023775680 ).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 11 horas 00 minutos del 10 de enero del año 2023, se constituyó la sociedad denominada Blindajes Arquitectónicos
de Costa Rica Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San
José, 16 de enero del 2023.—Lic.
Marvin Leonardo López Martínez, Notario.—1 vez.—CE2023043310.—(
IN2023775681 ).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 20 horas 00 minutos del 15 de enero del año 2023, se constituyó la sociedad denominada J G W
Sociedad Anónima.—San José, 16 de enero del 2023.—Lic. Ronald José Arias Marchena, Notario.—1 vez.—CE2023043311.—( IN2023775682 ).
Mediante escritura otorgada
ante esta notaría, a las 11
horas 00 minutos del 09 de enero
del año 2023, se constituyó
la sociedad denominada Maelfa Gourmet Sociedad Anónima.—San José, 16 de
enero del 2023.—Lic. Luis
Andrés Bonilla Ortiz, Notario.—1 vez.—CE2023043312.—(
IN2023775683 ).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 08 horas 45 minutos del 16 de enero del año 2023, se constituyó la sociedad denominada Blue Zone
Beaches Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San
José, 16 de enero del 2023.—Lic.
Sara Murillo Ramos, Notaria.—1 vez.—CE2023043313.—(
IN2023775684 ).
Mediante escritura otorgada
ante esta notaría, a las 16
horas 30 minutos del 13 de enero
del año 2023, se constituyó
la sociedad denominada Pizza
Hub CR del Coco Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San
José, 16 de enero del 2023.—Lic.
Manuel Antonio Calderón Segura, Notario.—1 vez.—CE2023043314.—(
IN2023775685 ).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 16 horas 30 minutos del 13 de enero del año 2023, se constituyó la sociedad denominada Acawi Fresh Foods Industrial Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 16 de enero del 2023.—Lic. María Yuliana Bustamante Tanchez,
Notaria.—1 vez.—CE2023043317.—(
IN2023775686 ).
Mediante escritura otorgada
ante esta notaría, a las 09
horas 00 minutos del 14 de enero
del año 2023, se constituyó
la sociedad denominada Sistemas Automatizados Integrales Sociedad Anónima.—San José, 16 de enero del 2023.—Lic. Manuel Anrango Bonilla, Notario.—1
vez.—CE2023043316.—( IN2023775687 ).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 08 horas 31 minutos del 13 de enero del año 2023, se constituyó la sociedad denominada Transporte y Logística
Ohio Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 16
de enero del 2023.—Lic.
Andrés de Jesús Duran López, Notario.—1 vez.—CE2023043318.—(
IN2023775688 ).
Mediante escritura otorgada
ante esta notaría, a las 11
horas 00 minutos del 09 de diciembre
del año 2022, se constituyó
la sociedad denominada Kokoon OGNV Limitada.—San José, 16 de enero del 2023.—Lic. Sylvia Muñoz García, Notaria.—1
vez.—CE2023043319.—( IN2023775689 ).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 08 horas 00 minutos del 16 de diciembre del año 2022, se constituyó la sociedad denominada Asesores Tecnológicos y
Fitness López y López Sociedad Anónima.—San José, 16 de enero del 2023.—Lic. Eugenia María Hernández Carballo, Notario.—1 vez.—CE2023043320.—( IN2023775690 ).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 11 horas 50 minutos del 12 de enero del año 2023, se constituyó la sociedad denominada El
Sandwich Caleño Sociedad de Responsabilidad
Limitada.—San José, 16 de enero del 2023.—Lic. José Miguel Estrada Castro, Notario.—1 vez.— CE2023043321.—( IN2023775691 ).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 13 horas 00 minutos del 12 de enero del año 2023, se constituyó la sociedad denominada La Sanwuchera Costa Rica Sociedad de Responsabilidad
Limitada.—San José, 16 de enero del 2023.—Lic. José Miguel Estrada Castro, Notario.—1 vez.—CE2023043322.—( IN2023775692 ).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 13 horas 40 minutos del 12 de enero del año 2023, se constituyó la sociedad denominada Servicios de Personal El Sanwuche
Feliz Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 16
de enero del 2023.—Lic.
José Miguel Estrada Castro, Notario.—1 vez.— CE2023043323.—(
IN2023775693 ).
Mediante escritura otorgada
ante esta notaría, a las 08
horas 00 minutos del 12 de enero
del año 2023, se constituyó
la sociedad denominada Mash
Land Investments Limitada.—San José, 16 de enero del 2023.—Lic. Leonardo Salazar Villalta, Notario.—1
vez.—CE2023043324.—( IN2023775694 ).
Mediante escritura otorgada
ante esta notaría, a las 10
horas 00 minutos del 12 de enero
del año 2023, se constituyó
la sociedad denominada Gecko
Soluciones de Moda Riluw
Sociedad Anónima.—San José, 16 de enero del 2023.—Lic. Sandra Moya Serrano, Notario.—1 vez.— CE2023043326.—( IN2023775695 ).
Mediante escritura otorgada
ante esta notaría, a las 12
horas 00 minutos del 14 de enero
del año 2023, se constituyó
la sociedad denominada Breliu Inversores
Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 16
de enero del 2023.—Lic.
Brayan Alberto Alpízar Valverde, Notario.—1 vez.—CE2023043325.—( IN2023775696 ).
Mediante escritura otorgada
ante esta notaría, a las 09
horas 00 minutos del 16 de enero
del año 2023, se constituyó
la sociedad denominada L
L C Escaview Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 16 de enero del 2023.—Lic. Manuel Enrique Ventura Rodríguez, Notario.—1 vez.—CE2023043327.—( IN2023775697 ).
Mediante escritura
otorgada ante esta notaría, a las 09 horas 00 minutos
del 16 de enero del año
2023, se constituyó la sociedad
denominada Ortiz Costa Rica Falls LLC Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 16 de enero del 2023.—Lic. Alberto Sáenz Roesch, Notario.—1 vez.— CE2023043328.—(
IN2023775698 ).
Mediante escritura otorgada
ante esta notaría, a las 10
horas 00 minutos del 13 de enero
del año 2023, se constituyó
la sociedad denominada FP
Mascotas Faro Sociedad de Responsabilidad
Limitada.—San José, 16 de enero del 2023.—Lic. Steffano José Ferraro Flórez Estrada, Notario.—1 vez.—CE2023043329.—(
IN2023775699 ).
Mediante escritura otorgada
ante esta notaría, a las 14
horas 00 minutos del 13 de enero
del año 2023, se constituyó
la sociedad denominada Ventas
y Servicios Recurrentes
Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 16
de enero del 2023.—Lic.
José Armando Ortiz Muñiz, Notario.—1 vez.— CE2023043330.—( IN2023775700 ).
Mediante escritura otorgada
ante esta notaría, a las 10
horas 15 minutos del 13 de enero
del año 2023, se constituyó
la sociedad denominada Fp Salud Mascotas Sociedad de Responsabilidad
Limitada.—San José, 16 de enero del 2023.—Lic. Steffano José Ferraro Florez Estrada, Notario.—1 vez.— CE2023043331.—(
IN2023775702 ).
Mediante escritura otorgada
ante esta notaría, a las 18
horas 30 minutos del 13 de enero
del año 2023, se constituyó
la sociedad denominada Academia
Progresa Sociedad de Responsabilidad
Limitada.—San José, 16 de enero del 2023.—Lic. Sixto Vinicio Rodríguez
Gómez, Notario.—1 vez.— CE2023043332.—(
IN2023775703 ).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 18 horas 00 minutos del 11 de enero del año 2023, se constituyó la sociedad denominada Ecogranja Rancho Escondido Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 16 de enero del 2023.—Lic. Sirsa Eunice Méndez Matarrita,
Notario.—1
vez.—CE2023043333.—( IN2023775704 ).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 16 horas 33 minutos del 12 de enero del año 2023, se constituyó la sociedad denominada Johnnys Trust Co Sociedad de Responsabilidad
Limitada.—San José, 16 de enero del 2023.—Lic. Jenniffer Rivera Cordero, Notario.—1
vez.— CE2023043334.—( IN2023775705 ).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 15 horas 00 minutos del 15 de enero del año 2023, se constituyó la sociedad denominada Magia Infinita Dek Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San
José, 16 de enero del 2023.—Lic.
Alejandro Fernández Carrillo, Notario.—1 vez.— CE2023043335.—(
IN2023775707 ).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 14 horas 00 minutos del 14 de enero del año 2023, se constituyó la sociedad denominada La Doña
Carmen Lidia Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San
José, 16 de enero del 2023.—Lic.
Nancy Núñez Montiel, Notario.—1 vez.— CE2023043336.—( IN2023775708 ).
Mediante escritura otorgada
ante esta notaría, a las 09
horas 00 minutos del 16 de enero
del año 2023, se constituyó
la sociedad denominada Villa
Del Mar Fraser Cuatro Limitada.—San José, 16 de enero del 2023.—Lic. Juan Carlos Chávez Alvarado, Notario.—1 vez.— CE2023043337.—( IN2023775709 ).
Mediante escritura otorgada
ante esta notaría, a las 18
horas 00 minutos del 11 de enero
del año 2023, se constituyó
la sociedad denominada Distribuidora Felcar
Sociedad Anónima.—San José, 16 de enero del 2023.—Lic. Melania Andrea Fallas
Hidalgo, Notario.—1 vez.— CE2023043338.—(
IN2023775710 ).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 18 horas 00 minutos del 13 de enero del año 2023, se constituyó la sociedad denominada Xplore
Sport Cr Sociedad Anónima.—San José, 16 de enero del
2023.—Lic. Nancy Morales Sandi, Notario.—1 vez.— CE2023043339.—( IN2023775711 ).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 13 horas 00 minutos del 14 de enero del año 2023, se constituyó la sociedad denominada Elemec Costa Rica Sociedad de Responsabilidad
Limitada.—San José, 16 de enero del 2023.—Licda. María José Alvarado Núñez,
Notaria.—1 vez.—CE2023043340.—(
IN2023775712 ).
Mediante escritura otorgada
ante esta notaría, a las 12
horas 00 minutos del 13 de enero
del año 2023, se constituyó
la sociedad denominada Conselmec Sociedad de Responsabilidad
Limitada.—San José, 16 de enero del 2023.—Lic. German José Berdugo
González, Notario.—1 vez.— CE2023043341.—(
IN2023775713 ).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 11 horas 00 minutos del 12 de enero del año 2023, se constituyó la sociedad denominada Cam Soluciones Logísticas Integrales Sociedad Anónima.—San José, 16 de enero del 2023.—Lic. María Lucila Monge Pizarro, Notario.—1 vez.— CE2023043342.—( IN2023775714 ).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 10 horas 00 minutos del 16 de enero del año 2023, se constituyó la sociedad denominada Skippy El
Tipo Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 16
de enero del 2023.—Lic.
Alberto Sáenz Roesch, Notario.—1
vez.— CE2023043343.—( IN2023775715 ).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 11 horas 30 minutos del 13 de enero del año 2023, se constituyó la sociedad denominada Yezhou Curry Sociedad de Responsabilidad
Limitada.—San José, 16 de enero del 2023.—Lic. Carlos Fabián Chaves Leitón, Notario.—1vez.—
CE2023043344.—( IN2023775716 ).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 16 horas 30 minutos del 13 de enero del año 2023, se constituyó la sociedad denominada Bori de Salvador Limitada.—San José, 16
de enero del 2023.—Lic.
Sergio Vargas López, Notario.—1 vez.—CE2023043345.—(
IN2023775717 ).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 08 horas 00 minutos del 16 de enero del año 2023, se constituyó la sociedad denominada Kohola Sociedad de Responsabilidad
Limitada.—San José, 16 de enero del 2023.—Lic. Carolina Osorio Bolívar, Notario.—1 vez.— CE2023043346.—( IN2023775718 ).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 11 horas 00 minutos del 16 de enero del año 2023, se constituyó la sociedad denominada Dekowalls Sociedad Anónima.—San José, 16 de
enero del 2023.—Licda.
Karina Salas López, Notaria.—1 vez.—CE2023043347.—(
IN2023775719 ).
Mediante escritura otorgada
ante esta notaría, a las 18
horas 30 minutos del 06 de enero
del año 2023, se constituyó
la sociedad denominada Mikam Sociedad de Responsabilidad
Limitada.—San José, 16 de enero del 2023.–Lic. Esteban Gerardo Mora Bermúdez,
Notario.—1
vez.—CE2023043349.—( IN2023775720 ).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 09 horas 00 minutos del 16 de enero del año 2023, se constituyó la sociedad denominada Plaza De
Los Pumas Malos Sociedad de Responsabilidad
Limitada.—San José, 16 de enero del 2023.—Lic. Sabrina Karine Kszak Bianchi, Notario.—1 vez.—CE2023043354.—(
IN2023775721 ).
Mediante escritura otorgada
ante esta notaría, a las 13
horas 00 minutos del 07 de enero
del año 2023, se constituyó
la sociedad denominada Portafolio Invest Services Sociedad Anónima.—San
José, 16 de enero del 2023.—Lic.
Jazmín
Trejos Scott, Notario.—1 vez.—CE2023043353.—(
IN2023775722 ).
Mediante escritura otorgada
ante esta notaría, a las 09
horas 00 minutos del 16 de diciembre
del año 2022, se constituyó
la sociedad denominada Capitales KV Sociedad Anónima.—San José, 16 de
enero del 2023.—Lic.
Montserrat Duran Soto, Notario.—1 vez.— CE2023043355.—(
IN2023775723 ).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 12 horas 00 minutos del 16 de junio del año 2021, se constituyó la sociedad denominada Ganadería Cuatro Hermanos Sociedad Anónima.—San
José, 16 de enero del 2023.—Lic.
José Ronny Sandí
Chavarría, Notario.—1 vez.— CE2023043356.—(
IN2023775724 ).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 08 horas 00 minutos del 16 de enero del año 2023, se constituyó la sociedad denominada Catamaran
PL Operations Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San
José, 16 de enero del 2023.—Lic.
Gabriel Clare Facio, Notario.—1 vez.— CE2023043358.—( IN2023775725 ).
Mediante escritura otorgada
ante esta notaría, a las 15
horas 00 minutos del 13 de enero
del año 2023, se constituyó
la sociedad denominada Mundo
Camaleón Sociedad de Responsabilidad
Limitada.—San José, 16 de enero del 2023.—Lic. Katrin Pamela Jiménez Corrales, Notario.—1 vez.—CE2023043361.—( IN2023775726 ).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 09 horas 00 minutos del 16 de enero del año 2023, se constituyó la sociedad denominada Casitas
Pura Jungla Limitada.—San José, 16 de enero del 2023.—Lic. Pamela Mora Soto, Notario.—1 vez.—CE2023043362.—( IN2023775727 ).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 15 horas 00 minutos del 09 de enero del año 2023, se constituyó la sociedad denominada Soluciones Foguz
Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 16
de enero del 2023.—Lic.
Héctor Chaves Sandoval, Notario.—1 vez.— CE2023043363.—(
IN2023775728 ).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 15 horas 15 minutos del 15 de diciembre del año 2022, se constituyó la sociedad denominada Comercializadora de Cítricos
Díaz & Compañía Sociedad Anónima.—San José, 16 de enero del 2023.—Lic. Esteban
Gerardo Mora Bermúdez, Notario.—1 vez.—CE2023043364.—( IN2023775729 ).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 18 horas 00 minutos del 30 de diciembre del año 2022, se constituyó la sociedad denominada Inversiones Sohe
Sociedad Anónima.—San José, 16 de enero del 2023.–Lic. Esteban Andrés Villavicencio Meza, Notario.—1 vez.—CE2023043366.—( IN2023775730 ).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 10 horas 00 minutos del 14 de enero del año 2023, se constituyó la sociedad denominada Sabana Consultores
Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 16
de enero del 2023.—Lic. Xinia Mayela Campos Campos, Notario.—1 vez.—CE2023043367.—(
IN2023775731 ).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 13 horas 00 minutos del 16 de enero del año 2023, se constituyó la sociedad denominada Gestión Kinipi Limitada.—San
José, 16 de enero del 2023.—Lic.
Juan Manuel Aguilar Víquez, Notario.—1 vez.—CE2023043368.—( IN2023775732 ).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 20 horas 00 minutos del 15 de enero del año 2023, se constituyó la sociedad denominada Jugilwa Sociedad Anónima.—San José, 16 de
enero del 2023.—Lic. Ronald
José Arias Marchena, Notario.—1 vez.—CE2023043369.—(
IN2023775733 ).
Mediante escritura otorgada
ante esta notaría, a las 15
horas 00 minutos del 16 de diciembre
del año 2022, se constituyó
la sociedad denominada TRI
B O Gestión y Distribución
Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 16
de enero del 2023.—Lic.
Christian Alonso Merlos Cuaresma,
Notario.—1
vez.—CE2023043370.—( IN2023775734 ).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 22 horas 30 minutos del 16 de enero del año 2023, se constituyó la sociedad denominada Manzu Invest Sociedad de Responsabilidad
Limitada.—San José, 16 de enero del 2023.—Lic. Javier Eduardo Luna Montero, Notario.—1 vez.— CE2023043371.—( IN2023775735 ).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 09 horas 00 minutos del 12 de abril del año 2022, se constituyó la sociedad denominada River Tech
Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 16
de enero del 2023.—Lic.
Luis Alonso Gutiérrez Herrera, Notario.—1 vez.—CE2023043372.—(
IN2023775736 ).
Mediante escritura otorgada
ante esta notaría, a las 12
horas 00 minutos del 16 de enero
del año 2023, se constituyó
la sociedad denominada Making
of A Dream Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San
José, 16 de enero del 2023.—Lic.
Adriana Victoria Salgado Calvo, Notario.—1 vez.—CE2023043373.—(
IN2023775737 ).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 16 horas 10 minutos del 12 de enero del año 2023, se constituyó la sociedad denominada Cloudify
Sociedad Anónima.—San José, 16 de enero del 2023.—Lic. Sandra Cubillo Diaz, Notario.—1
vez.—CE2023043374.—( IN2023775738 ).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 16 horas 30 minutos del 10 de enero del año 2023, se constituyó la sociedad denominada Magna
Domain Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San
José, 16 de enero del 2023.—Lic.
Ileana Rodríguez González, Notario.—1 vez.—CE2023043375.—(
IN2023775739 ).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 09 horas 00 minutos del 13 de enero del año 2023, se constituyó la sociedad denominada Selva Beauty
Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 16
de enero del 2023.—Lic.
Sabrina Karine Kszak
Bianchi, Notario.—1 vez.— CE2023043376.—(
IN2023775740 ).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 13 horas 00 minutos del 16 de enero del año 2023, se constituyó la sociedad denominada Cando Corp
Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 16
de enero del 2023.—Lic. Analilly Baldioceda Fernández, Notario.—1
vez.—CE2023043377.—( IN2023775741 ).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 16 horas 30 minutos del 12 de enero del año 2023, se constituyó la sociedad denominada M y R
Designs Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San
José, 16 de enero del 2023.—Lic.
Maricela Mora Mora, Notario.—1 vez.— CE2023043378.—( IN2023775742 ).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 16 horas 00 minutos del 12 de enero del año 2023, se constituyó la sociedad denominada Pegaso Número Uno
Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 16
de enero del 2023.—Lic.
Iveth Orozco García, Notario.—1 vez.— CE2023043379.—(
IN2023775743 ).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 14 horas 00 minutos del 16 de enero del año 2023, se constituyó la sociedad denominada Inversiones y Multiservicios
Cordero C y G Sociedad Anónima.—San José, 16 de enero del 2023.—Lic. Rafael De La Peña Rojas, Notario.—1 vez.—CE2023043380.—( IN2023775744 )
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 20 horas 30 minutos del 14 de enero del año 2023, se constituyó la sociedad denominada Centro de Atención Integral Emmanuel Sociedad Anónima.—San José, 16 de
enero del 2023.—Lic. Miguel
Ángel Valverde Mora, Notario.—1 vez.— CE2023043381.—( IN2023775745 ).
Mediante escritura otorgada
ante esta notaría, a las 15
horas 30 minutos del 03 de enero
del año 2023, se constituyó
la sociedad denominada Aserradero Sibaja
Sociedad Anónima.—San José, 16 de enero del 2023.—Lic. Oscar Guerrero Alemán, Notario.—1
vez.—CE2023043382.—( IN2023775746 ).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 16 horas 00 minutos del 16 de enero del año 2023, se constituyó la sociedad denominada Villaggio Cinquanta Sociedad de Responsabilidad
Limitada.—San José, 16 de enero del 2023.—Lic. Mariajosé Víquez Alpízar, Notario.—1 vez.—CE2023043383.—(
IN2023775747 ).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 00 horas 00 minutos del 14 de enero del año 2023, se constituyó la sociedad denominada Aviva Life
Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 16
de enero del 2023.—Lic.
Maricela Mora Mora, Notario.—1 vez.— CE2023043384.—( IN2023775748 ).
Mediante escritura otorgada
ante esta notaría, a las 16
horas 00 minutos del 11 de enero
del año 2023, se constituyó
la sociedad denominada Villaggio
Treinta y Seis LLC Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San
José, 16 de enero del 2023.—Lic.
Mariajosé Víquez Alpízar, Notario.—1 vez.—CE2023043385.—( IN2023775749 ).
Mediante escritura otorgada
ante esta notaría, a las 15
horas 00 minutos del 12 de enero
del año 2023, se constituyó
la sociedad denominada Murran de Costa Rica MDCR Limitada.—San José, 16
de enero del 2023.—Lic.
María Teresa Urpi Sevilla, Notario.—1 vez.—CE2023043386.—( IN2023775750 ).
Mediante escritura otorgada
ante esta notaría, a las 15
horas 10 minutos del 14 de enero
del año 2023, se constituyó
la sociedad denominada Consultoría Forestek
Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 16
de enero del 2023.—Lic.
Randall Elías Madriz Granados, Notario.—1 vez.—CE2023043387.—(
IN2023775751 ).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 15 horas 45 minutos del 16 de enero del año 2023, se constituyó la sociedad denominada Centro de Convenciones El Bosque Dorado Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 16 de enero del 2023.—Lic. Maricela Mora Mora, Notario.—1
vez.—CE2023043388.—( IN2023775752 ).
Mediante escritura otorgada
ante esta notaría, a las 12
horas 00 minutos del 12 de enero
del año 2023, se constituyó
la sociedad denominada Manila
Con Sal Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San
José, 16 de enero del 2023.—Lic.
Otto Guevara Guth, Notario.—CE2023043389.—(
IN2023775753 ).
Mediante escritura otorgada
ante esta notaría, a las 16
horas 30 minutos del 05 de enero
del año 2023, se constituyó
la sociedad denominada K
I WI Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 16
de enero del 2023.—Lic. Roy
Ramírez Quesada, Notario.—1 vez.— CE2023043391.—(
IN2023775754 ).
Mediante escritura otorgada
ante esta notaría, a las 17
horas 00 minutos del 16 de enero
del año 2023, se constituyó
la sociedad denominada Izno Limitada.—San José, 16 de enero del 2023.—Lic. Ariana Azofeifa Vaglio, Notario.—1 vez.—CE2023043390.—(
IN2023775755 ).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 17 horas 30 minutos del 16 de enero del año 2023, se constituyó la sociedad denominada RF Consultores Sociedad de Sociedad de Responsabilidad
Limitada.—San José, 16 de enero del 2023.—Lic. José Antonio Arguedas Maklouf,
Notario.—1
vez.—CE2023043392.—( IN2023775756 ).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 12 horas 30 minutos del 09 de enero del año 2023, se constituyó la sociedad denominada C A RA COL
Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 16
de enero del 2023.—Lic. Roy
Ramírez Quesada, Notario.—1 vez.— CE2023043393.—(
IN2023775757 ).
Mediante escritura otorgada
ante esta notaría, a las 12
horas 00 minutos del 12 de enero
del año 2023, se constituyó
la sociedad denominada Señor Grupo Guapo Costa
Rica Sociedad Anónima.—San José, 16 de enero del 2023.—Lic. Pedro González Roesch, Notario.—1
vez.— CE2023043396.—( IN2023775758 ).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 08 horas 00 minutos del 12 de enero del año 2023, se constituyó la sociedad denominada Inversiones Rezuanma
Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 16
de enero del 2023.—Lic.
Didier Mora Calvo, Notario.—1 vez.— CE2023043395.—(
IN2023775759 ).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 10 horas 00 minutos del 27 de diciembre del año 2022, se constituyó la sociedad denominada Amaya y
Elizondo R Y T Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San
José, 16 de enero del 2023.—Lic.
Rita María Salazar Rodríguez, Notario.—1 vez.—CE2023043397.—(
IN2023775760 ).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 14 horas 00 minutos del 16 de enero del año 2023, se constituyó la sociedad denominada Procesadora de Productos
Naturales Vita Nova Sociedad Anónima.—San José, 16 de enero del 2023.—Lic. Jacqueline Gamboa Valverde, Notario.—1
vez.—CE2023043398.—( IN2023775761 ).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 14 horas 30 minutos del 16 de enero del año 2023, se constituyó la sociedad denominada Cultivos Medicinales de
Costa Rica Sociedad Anónima.—San José, 16 de enero del 2023.—Lic. Jacqueline Gamboa Valverde, Notario.—1
vez.— CE2023043400.—( IN2023775762 ).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 15 horas 00 minutos del 16 de enero del año 2023, se constituyó la sociedad denominada Central de
Exportaciones Agroindustriales
Cexa Sociedad Anónima.—San José, 16 de enero del 2023.—Lic. Jacqueline Gamboa Valverde, Notario.—1
vez.—CE2023043401.—( IN2023775763 ).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 16 horas 00 minutos del 16 de enero del año 2023, se constituyó la sociedad denominada Solís Paradise
CR Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 16
de enero del 2023.—Lic.
Eduardo Román Gómez, Notario.—1 vez.— CE2023043403.—(
IN2023775765 ).
Mediante escritura otorgada
ante esta notaría, a las 17
horas 30 minutos del 16 de enero
del año 2023, se constituyó
la sociedad denominada Leoncitos Surf Academy CR Limitada.—San José, 16
de enero del 2023.—Lic.
Javier Alberto Montejo Calvo, Notario.—1 vez.—CE2023043404.—(
IN2023775766 ).
Por escritura otorgada ante esta Notaría al ser las doce horas del día veintitrés de
mayo del dos mil veintitrés, ante el
notario Carlos Gutiérrez Font, se protocolizó
acuerdos de la empresa Tres
Ciento Uno Seiscientos Cincuenta y Dos Mil Cuatrocientos
Quince Sociedad Anónima,
cédula de persona jurídica tres
ciento uno seiscientos cincuenta y dos mil cuatrocientos
quince, en la que mediante acuerdo Junta Directiva se acordó aumentar el capital social hasta por la suma de trescientos setenta y cuatro mil dólares exactos, moneda curso legal de los Estados Unidos de América, mediante
la emisión de acciones preferentes y nominativas.—San
José, treinta de mayo del año
dos mil veintitrés.—Carlos Gutiérrez Font, Notario.—1 vez.—( IN2023775767 ).
Por escritura número 37, visible al
folio 82 frente del tomo 6
del protocolo de la suscrita
notaria, otorgada a las 14:00 horas del 29 de mayo
del 2023, protocolicé acta de asamblea
general extraordinaria de accionistas
celebrada por River
Plate Inversiones Tropicales
Sociedad de Responsabilidad Limitada,
cédula jurídica número tres- ciento dos- setecientos ochenta mil once, donde se acordó modificar la administración, representación y nombramientos de
dicha sociedad.—Pérez Zeledón, Daniel Flores, treinta
de mayo del dos mil veintitrés..—Licda.
Stefanny Martínez Ramírez, Notaria Pública.—1 vez.—( IN2023775768 ).
A las 15:20 horas del día 25 de mayo del año
2023, se protocolizó asamblea
general extraordinaria de socios
de la sociedad Geotraesa
Constructora Geotécnica, S.A., 3-101-794164 donde se acordó reformar la cláusula de la Administración del Pacto de Constitución. Es todo.—San José, 26 de mayo del 2023.—Alberto Raven Odio.—1 vez.—( IN2023775770 ).
Ante esta notaría a
las diez horas del día veintinueve
de mayo del dos mil veintitrés, se procedió a protocolizar el acta de la liquidación de la compañía por mutuo
acuerdo de socios de Inversiones Techos Cerámicos Providenciales Tecepro
S.A. cédula jurídica 3-101-496497.—San José, 29
de mayo del 2023.—Lic.
Fernando Sobrado Chamberlain.—1
vez.—( IN2023775771 ).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 15 horas 00 minutos del 01 de diciembre del año 2022, se constituyó la sociedad denominada Costa Rica
Ochenta Ochenta y Tres
Sociedad de Responsabilidad Limitada.
San José, 17 de enero del 2023.—Lic. Víctor Esteban Méndez Zúñiga,
Notario.—
CE2023043427.—( IN2023775772 ).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 15 horas 00 minutos del 08 de enero del año 2023, se constituyó la sociedad denominada Corporación La Perla de Cabuya Sociedad Anónima.—San
José, 17 de enero del 2023.—Lic.
Lydia Georgina Umaña Sánchez, Notaria.—1
vez.— CE2023043428.—( IN2023775773 ).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 10 horas 00 minutos del 17 de enero del año 2023, se constituyó la sociedad denominada ND MED Sala
de Operaciones Sociedad de Responsabilidad
Limitada.—San José, 17 de enero del 2023.—Lic. Andrés Antonio Bonilla Valdés, Notario.— CE2023043429.—(
IN2023775774 ).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 08 horas 00 minutos del 17 de enero del año 2023, se constituyó la sociedad denominada ILE AUX
Fleurs Sociedad de Responsabilidad Limitada. San José, 17 de enero
del 2023.—Lic. Gabriel Clare
Facio, Notario.—1 vez.— CE2023043430.—(
IN2023775775 ).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 11 horas 30 minutos del 16 de enero del año 2023, se constituyó la sociedad denominada Muchabucha Sociedad de Responsabilidad
Limitada.—San José, 17 de enero del 2023.—Lic. Manuel Emilio Rojas Salazar, Notario.—1 vez.— CE2023043431.—( IN2023775776 ).
Mediante escritura otorgada
ante esta notaría, a las 14
horas 15 minutos del 16 de enero
del año 2023, se constituyó
la sociedad denominada Studio
Nómada ARDM Sociedad de Responsabilidad
Limitada.—San José, 17 de enero del 2023.—Lic. Juan Carlos Radulovich
Quijano, Notario.—1 vez.—CE2023043432.—(
IN2023775777 ).
Mediante escritura otorgada
ante esta notaría, a las 13
horas 30 minutos del 10 de enero
del año 2023, se constituyó
la sociedad denominada Davos
Fund Sociedad Anónima.—San José, 17 de enero del 2023.—Lic. Rodolfo Martin Rojas Araya, Notario.—1 vez.— CE2023043433.—( IN2023775778 ).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 14 horas 00 minutos del 02 de enero del año 2023, se constituyó la sociedad denominada Transportes Trucking S&S Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 17 de enero del 2023.—Lic. Luis Diego Salazar Gonzalo, Notario.—1 vez.— CE2023043434.—( IN2023775779 ).
Mediante escritura otorgada
ante esta notaría, a las 10
horas 00 minutos del 17 de enero
del año 2023, se constituyó
la sociedad denominada Xtream Autoparts PZ
Sociedad Anónima.—San José, 17 de enero del 2023.—Lic. Emmanuel Efrén Elizondo Gamboa, Notario.—1 vez.—CE2023043435.—(
IN2023775780 ).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 10 horas 00 minutos del 17 de enero del año 2023, se constituyó la sociedad denominada Dos Jotas Pacífica Sociedad de Responsabilidad
Limitada.—San José, 17 de enero del 2023.—Lic. José Andrés Cubillo
González, Notario.—1 vez.— CE2023043436.—( IN2023775781
).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 14 horas 00 minutos del 02 de enero del año 2023, se constituyó la sociedad denominada O Y I Seguridad Sociedad de Responsabilidad
Limitada.—San José, 17 de enero del 2023.—Lic. Luis Diego Araya González, Notario.—1 vez.— CE2023043437.—( IN2023775782 ).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 15 horas 20 minutos del 17 de diciembre del año 2022, se constituyó la sociedad denominada Dos
Elefantes Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San
José, 17 de enero del 2023.—Lic.
Maricela Acuña Bogantes, Notario.—1
vez.— CE2023043438.—( IN2023775783 ).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 15 horas 00 minutos del 16 de enero del año 2023, se constituyó la sociedad denominada BJN Silver
Palm Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 17
de enero del 2023.—Lic.
Alejandro José Burgos Bonilla, Notario.—1 vez.— CE2023043439.—(
IN2023775784 ).
Mediante escritura otorgada
ante esta notaría, a las 14
horas 00 minutos del 13 de diciembre
del año 2022, se constituyó
la sociedad denominada Vet
Planet Investments Limitada.—San José, 17 de enero del 2023.—Lic. Isidor Asch Steele, Notario.—1 vez.— CE2023043440.—( IN2023775785 ).
Mediante escritura otorgada
ante esta notaría, a las 15
horas 20 minutos del 16 de enero
del año 2023, se constituyó
la sociedad denominada Mundo
Acuático Guanacaste Limitada.—San José, 17
de enero del 2023.—Lic.
Eduardo Rojas Piedra, Notario.—1 vez.— CE2023043442.—(
IN2023775786 ).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 17 horas 30 minutos del 16 de enero del año 2023, se constituyó la sociedad denominada Raíces y Tubérculos
Morales Sociedad Anónima.—San José, 17 de enero del 2023.—Lic. Denis Mauricio Artavia Cordero, Notario.—1 vez.— CE2023043443.—( IN2023775787 ).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 19 horas 00 minutos del 16 de enero del año 2023, se constituyó la sociedad denominada Jireh de
Mar Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 17
de enero del 2023.—Lic.
Edwin Martin Chacón Saborío, Notario.—1 vez.— CE2023043441.—( IN2023775788 ).
Mediante escritura otorgada
ante esta notaría, a las 17
horas 00 minutos del 11 de enero
del año 2023, se constituyó
la sociedad denominada Cutris Sugar Tour Sociedad Anónima.—San José, 17 de
enero del 2023.—Lic. Ballardo Avalos Sequeira, Notario.—1 vez.—CE2023043444.—( IN2023775789 ).
Mediante escritura otorgada
ante esta notaría, a las 15
horas 00 minutos del 15 de enero
del año 2023, se constituyó
la sociedad denominada Grupo
Medicina Veterinaria
Integral Limitada.—San José, 17 de enero del 2023.—Lic. Isidor Asch Steele, Notario.—1 vez.— CE2023043445.—( IN2023775790 ).
Mediante escritura otorgada
ante esta notaría, a las 11
horas 00 minutos del 13 de enero
del año 2023, se constituyó
la sociedad denominada Magicabuya Sociedad de Responsabilidad
Limitada.—San José, 17 de enero del 2023.—Lic. Roger Antonio Sancho Rodríguez, Notario.—1 vez.—CE2023043446.—( IN2023775791 ).
Mediante escritura otorgada
ante esta notaría, a las 10
horas 00 minutos del 14 de enero
del año 2023, se constituyó
la sociedad denominada Servicios Técnicos Electromecánicos E Ingenierías Quinientos Seis Sociedad Anónima.—San José, 17 de
enero del 2023.—Lic. Sandra
Cubillo Diaz, Notario.—1 vez.— CE2023043447.—( IN2023775792
).
Mediante escritura otorgada
ante esta notaría, a las 11
horas 00 minutos del 11 de enero
del año 2023, se constituyó
la sociedad denominada Servicios Técnicos en Refrigeración FJC de CR
Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 17
de enero del 2023.—Lic.
Luis Humberto Varela Vargas, Notario.—1 vez.— CE2023043448.—(
IN2023775793 ).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 13 horas 20 minutos del 17 de enero del año 2023, se constituyó la sociedad denominada Transportes Cerdas Briceño Sociedad de Responsabilidad
Limitada.—San José, 17 de enero del 2023.—Lic. Shirley Ávila Cortes, Notario.—1 vez.— CE2023043449.—( IN2023775794 ).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 11 horas 00 minutos del 17 de enero del año 2023, se constituyó la sociedad denominada Coco Dream
Escapes Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San
José, 17 de enero del 2023.—Lic.
Omar Jalil Ayalés Adén, Notario.—1
vez.— CE2023043450.—( IN2023775795 ).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 13 horas 25 minutos del 17 de enero del año 2023, se constituyó la sociedad denominada Corporación Cerdas Briceño Sociedad de Responsabilidad
Limitada.—San José, 17 de enero del 2023.—Lic. Shirley Ávila Cortes, Notario.—1 vez.— CE2023043451.—( IN2023775796 ).
Mediante escritura otorgada
ante esta notaría, a las 14
horas 50 minutos del 05 de enero
del año 2023, se constituyó
la sociedad denominada My
Forest Costa Rica Sociedad de Responsabilidad Limitada.—
San José, 17 de enero del 2023.—Lic.
Johan Andrés Herrera Ramírez, Notario.—1 vez.—CE2023043452.—(
IN2023775797 ).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 15 horas 40 minutos del 16 de enero del año 2023, se constituyó la sociedad denominada Aserrio y Venta de
Madera J y R Limitada.—San José, 17 de enero del 2023.—Lic. Edgar Manrique Salazar Sánchez, Notario.—1 vez.— CE2023043454.—( IN2023775798 ).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 18 horas 00 minutos del 10 de enero del año 2023, se constituyó la sociedad denominada Heno y Forrajes de
Costa Rica Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San
José, 17 de enero del 2023.—Lic.
Johan Andrés Herrera Ramírez, Notario.—1 vez.— CE2023043455.—(
IN2023775799 ).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 13 horas 00 minutos del 16 de enero del año 2023, se constituyó la sociedad denominada Noveno Piso Sociedad Anónima.—San José, 17 de
enero del 2023.—Lic.
Jacqueline Salas Salas, Notaria.—1
vez.— CE2023043456.—( IN2023775800 ).
Mediante escritura otorgada
ante esta notaría, a las 14
horas 00 minutos del 23 de diciembre
del año 2022, se constituyó
la sociedad denominada Agro Trébol CR Sociedad
de Responsabilidad Limitada.—San José, 17
de Enero del 2023.—Lic.
Lisbeth María Solorzano Salazar, Notario.—1 vez.—CE2023043457.—( IN2023775801 ).
Mediante escritura otorgada
ante esta notaría, a las 16
horas 00 minutos del 16 de enero
del año 2023, se constituyó
la sociedad denominada LP
Dos Mil Veinte Sociedad de Responsabilidad
Limitada.—San José, 17 de enero del 2023.—Lic. Carlos Mariano Arrea
Anderson, Notario.—1 vez.—CE2023043459.—(
IN2023775802 ).
Mediante escritura otorgada
ante esta notaría, a las 11
horas 00 minutos del 17 de enero
del año 2023, se constituyó
la sociedad denominada Losmopri Sociedad Anónima.—San José, 17 de
enero del 2023.—Lic. José
Fernando Fernández Alvarado, Notario.—1 vez.—CE2023043458.—(
IN2023775803 ).
Mediante escritura otorgada
ante esta notaría, a las 09
horas 00 minutos del 17 de enero
del año 2023, se constituyó
la sociedad denominada La
Casa de Surfistas Sociedad Anónima.—San José, 17 de
enero del 2023.—Lic. Willy
Alberto Montero Montero, Notario.—1 vez.— CE2023043461.—( IN2023775804 ).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 14 horas 10 minutos del 13 de enero del año 2023, se constituyó la sociedad denominada Theka Corp Sociedad de Responsabilidad
Limitada.—San José, 17 de enero del 2023.—Lic. Yucelin Merta
Castillo, Notario.—1 vez.— CE2023043463.—(
IN2023775805 ).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 14 horas 30 minutos del 09 de enero del año 2023, se constituyó la sociedad denominada Corporación Colors CO Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 17 de enero del 2023.—Lic. Liana Denis Noguera Ruiz, Notario.—1
vez.— CE2023043462.—( IN2023775806 ).
Mediante escritura otorgada
ante esta notaría, a las 13
horas 00 minutos del 17 de enero
del año 2023, se constituyó
la sociedad denominada Hugoland Sociedad Anónima.
San José, 17 de enero del 2023.—Lic. José Fernando Fernández Alvarado, Notario.—1 vez.— CE2023043464.—( IN2023775807 ).
Mediante escritura otorgada
ante esta notaría, a las 10
horas 00 minutos del 17 de enero
del año 2023, se constituyó
la sociedad denominada Bendición Iancarmu
Sociedad Anónima.—San José, 17 de enero del 2023.—Lic. Alejandra Rojas Carballo, Notario.—1 vez.— CE2023043465.—( IN2023775808 ).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 11 horas 40 minutos del 14 de enero del año 2023, se constituyó la sociedad denominada PRM
Consulting Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San
José, 17 de enero del 2023.—Lic.
Jorge Fredy Chacón Villalobos, Notario.—1 vez.— CE2023043466.—(
IN2023775809 ).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 10 horas 00 minutos del 16 de enero del año 2023, se constituyó la sociedad denominada Rafael
Ariel Investments Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San
José, 17 de enero del 2023.—Licda.
Tatiana Rivera Jiménez, Notaria.—1 vez.—CE2023043467.—(
IN2023775810 ).
Mediante escritura otorgada
ante esta notaría, a las 15
horas 20 minutos del 17 de diciembre
del año 2022, se constituyó
la sociedad denominada Consorcio Los Elefantes Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 17 de enero del 2023.—Lic. Maricela Acuña Bogantes, Notaria.—1 vez.—CE2023043469.—( IN2023775811 ).
Mediante escritura otorgada
ante esta notaría, a las 07
horas 43 minutos del 17 de enero
del año 2023, se constituyó
la sociedad denominada Kade
del Norte Sociedad Anónima.—San José, 17 de enero del 2023.—Lic. William Gerardo Rodríguez Acuña,
Notario.—1
vez.—CE2023043468.—( IN2023775812 ).
Mediante escritura otorgada
ante esta notaría, a las 18
horas 00 minutos del 13 de enero
del año 2023, se constituyó
la sociedad denominada Milagros
Vayu Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 17
de enero del 2023.—Lic.
Gonzalo Eduardo Rodríguez Castro, Notario.—1 vez.—CE2023043470.—(
IN2023775813 ).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 10 horas 00 minutos del 17 de enero del año 2023, se constituyó la sociedad denominada Oasis en Leona Mar Sociedad Sociedad Anónima.—San
José, 17 de enero del 2023.—Lic.
Daniel Murillo Rodríguez, Notario.—1 vez.—CE2023043471.—(
IN2023775814 ).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 09 horas 00 minutos del 14 de enero del año 2023, se constituyó la sociedad denominada Ponchi Mil Novecientos Ochenta y Tres Sociedad Anónima.—San José, 17 de
enero del 2023.—Lic. Ana
Lorena Umaña Rojas, Notario.—1 vez.—CE2023043472.—( IN2023775815 ).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 18 horas 00 minutos del 10 de enero del año 2023, se constituyó la sociedad denominada Inversiones Crisa
Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 17
de enero del 2023.—Lic.
Saul Mauricio Rosales Vargas, Notario.—1 vez.—CE2023043473.—(
IN2023775816 ).
Mediante escritura otorgada
ante esta notaría, a las 17
horas 00 minutos del 11 de enero
del año 2023, se constituyó
la sociedad denominada Sonyden Sociedad de Responsabilidad
Limitada.—San José, 17 de enero del 2023.—Lic. Marcela Patricia Gurdián
Cedeño, Notario.—1 vez.—CE2023043474.—(
IN2023775817 ).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 16 horas 00 minutos del 13 de enero del año 2023, se constituyó la sociedad denominada Multi Empresas Bratsi Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 17 de enero del 2023.—Lic. Ana Cristina Navarro Monestel,
Notario.—1
vez.—CE2023043475.—( IN2023775818 ).
Mediante escritura otorgada
ante esta notaría, a las 10
horas 00 minutos del 16 de enero
del año 2023, se constituyó
la sociedad denominada Rambam
Therapeutics Sociedad Anónima.—San José, 17 de enero del 2023.—Lic. Alonso Vargas Araya, Notario.—1 vez.—CE2023043476.—( IN2023775819 ).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 15 horas 00 minutos del 17 de enero del año 2023, se constituyó la sociedad denominada Boa
Consulting Group Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San
José, 17 de enero del 2023.—Lic.
Max Alberto Monestel Peralta, Notario.—1 vez.—CE2023043478.—( IN2023775820 ).
Mediante escritura otorgada
ante esta notaría, a las 15
horas 00 minutos del 12 de enero
del año 2023, se constituyó
la sociedad denominada Espíritu de La Selva Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 17 de enero del 2023.—Lic. Walter Alberto Castrillo
Fernández, Notario.—1 vez.—CE2023043477.—(
IN2023775821 ).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 13 horas 00 minutos del 16 de enero del año 2023, se constituyó la sociedad denominada Saltymangrovecr Sociedad de Responsabilidad
Limitada.—San José, 17 de enero del 2023.—Lic. Alonso Vargas Araya, Notario.—1 vez.—CE2023043479.—( IN2023775822 ).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 11 horas 45 minutos del 22 de diciembre del año 2022, se constituyó la sociedad denominada Invesiones Silvestre Barber Sociedad Anónima.—San
José, 17 de enero del 2023.—Licda.
Denia María Monge Vargas, Notaria.—1
vez.—CE2023043480.—( IN2023775823 ).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 11 horas 31 minutos del 26 de noviembre del año 2022, se constituyó la sociedad denominada DGB Desarrollos Integrales de Occidente Sociedad Anónima.—San José, 17 de enero del 2023.—Lic. Carmen Lidia Elizondo Vásquez, Notario.—1 vez.—CE2023043482.—( IN2023775824 ).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 15 horas 00 minutos del 17 de enero del año 2023, se constituyó la sociedad denominada Autoclinic M & S Sucursal
Norte Sociedad Anónima.—San José, 17 de enero del 2023.—Lic. Flor Eugenia Castillo Castro, Notario.—1 vez.—CE2023043484.—( IN2023775825 ).
Mediante escritura otorgada
ante esta notaría, a las 13 horas 00 minutos del 16 de enero del año 2023, se constituyó la sociedad denominada Noveno Piso Estrategia Sociedad Anónima.—San José, 17 de enero del 2023.—Lic. Jacqueline Salas Salas, Notario.—1
vez.—CE2023043485.—( IN2023775826 ).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 08 horas 00 minutos del 16 de enero del año 2023, se constituyó la sociedad denominada Cuarzo Total SS International Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 17 de enero del 2023.—Lic. Randall Gabriel Luna Jiménez, Notario.—1 vez.—CE2023043487.—( IN2023775827 ).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 13 horas 30 minutos del 17 de enero del año 2023, se constituyó la sociedad denominada Estructuras Tera CR Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 17 de enero del 2023.—Lic. Jonathan Jara Castro, Notario.—1 vez.—CE2023043488.—( IN2023775828 ).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 15 horas 00 minutos del 17 de enero del año 2023, se constituyó la sociedad denominada La Tortuga
y La Liebre Treinta y Nueve
LLC Limitada.—San José, 17 de enero del 2023.—Lic. Sergio Antonio Solera Lacayo,
Notario.—1
vez.—CE2023043489.—( IN2023775829 ).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 15 horas 00 minutos del 12 de enero del año 2023, se constituyó la sociedad denominada Lupe Ticondo CR Sociedad de Responsabilidad
Limitada.—San José, 17 de enero del 2023.—Lic. Mariela Cespedes Cruz, Notario.—1 vez.—CE2023043490.—( IN2023775830 ).
Mediante escritura otorgada
ante esta notaría, a las 11
horas 00 minutos del 08 de diciembre
del año 2022, se constituyó
la sociedad denominada Spirit
of Pacific Coast Limitada.—San José, 17 de enero del 2023.—Lic. Maureen Cecilia Diaz Araya, Notario.—1 vez.—CE2023043491.—( IN2023775831 ).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 12 horas 40 minutos del 17 de enero del año 2023, se constituyó la sociedad denominada Inter Cars
Group Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 17
de enero del 2023.—Lic.
Paul Tacsan Tacsan, Notario.—1
vez.—CE2023043493.—( IN2023775832 ).
Mediante escritura otorgada
ante esta notaría, a las 16
horas 30 minutos del 17 de enero
del año 2023, se constituyó
la sociedad denominada Lento
y Constante Cuarenta y Dos
LLC Limitada.—San José, 17 de enero del 2023.—Lic. Sergio Antonio Solera Lacayo,
Notario.—1
vez.—CE2023043495.—( IN2023775833 ).
Mediante escritura otorgada
ante esta notaría, a las 17
horas 30 minutos del 16 de enero
del año 2023, se constituyó
la sociedad denominada R
y F Consultores European Group Sociedad de Sociedad
de Responsabilidad Limitada.—San José, 17
de enero del 2023.—Lic.
José Antonio Arguedas Maklouf, Notario.—1 vez.—CE2023043497.—( IN2023775834 ).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 14 horas 00 minutos del 17 de enero del año 2023, se constituyó la sociedad denominada CR Three
Group Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 17
de enero del 2023.—Lic. Yorleni Diaz Berrocal, Notario.—1
vez.—CE2023043496.—( IN2023775835 ).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 15 horas 10 minutos del 14 de enero del año 2023, se constituyó la sociedad denominada AISSA Ingeniería y Ambiente Sociedad de
Responsabilidad Limitada.—San José, 17 de enero del 2023.—Lic. Randall Elías Madriz Granados, Notario.—1 vez.—CE2023043498.—( IN2023775836 ).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 18 horas 00 minutos del 16 de enero del año 2023, se constituyó la sociedad denominada Repuestos GERSA Sociedad de Responsabilidad
Limitada.—San José, 17 de enero del 2023.—Lic. Monserrat Alfaro Valenciano, Notario.—1 vez.—CE2023043499.—( IN2023775837 ).
Mediante escritura otorgada
ante esta notaría, a las 13
horas 00 minutos del 09 de enero
del año 2023, se constituyó
la sociedad denominada Segreta Sociedad de Responsabilidad
Limitada.—San José, 17 de enero del 2023.—Lic. Mónica Viviana Cespedes Navarro, Notario.—1 vez.—CE2023043501.—( IN2023775838 ).
Mediante escritura otorgada
ante esta notaría, a las 09
horas 00 minutos del 13 de enero
del año 2023, se constituyó
la sociedad denominada Costa
Rica Hemp Corporation Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San
José, 17 de enero del 2023.—Lic.
Emilia María Marín Diaz, Notario.—1 vez.—CE2023043502.—(
IN2023775839 ).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 15 horas 30 minutos del 14 de enero del año 2023, se constituyó la sociedad denominada Eagle Eyes
ES Sociedad Anónima.—San José, 17 de enero del 2023.—Lic. Francisco Javier Hidalgo Quesada, Notario.—1 vez.—CE2023043503.—( IN2023775840 ).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 10 horas 00 minutos del 16 de enero del año 2023, se constituyó la sociedad denominada Geoinfra Sociedad de Responsabilidad
Limitada.—San José, 17 de enero del 2023.—Lic. Juan Carlos Castillo Quirós, Notario.—1 vez.—CE2023043405.—( IN2023775841 ).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 18 horas 30 minutos del 16 de enero del año 2023, se constituyó la sociedad denominada Smart
Networks CR Limitada.—San José, 17 de enero del 2023.—Lic. Freddy Mesen Bermúdez, Notario.—1 vez.—CE2023043406.—(
IN2023775842 ).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 18 horas 00 minutos del 10 de enero del año 2023, se constituyó la sociedad denominada Corporación Nacaome
Guanacaste Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San
José, 17 de enero del 2023.—Lic.
Saul Mauricio Rosales Vargas, Notario.—1 vez.—CE2023043407.—(
IN2023775843 ).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 08 horas 00 minutos del 10 de enero del año 2023, se constituyó la sociedad denominada ST Blue
Experience LTDA Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San
José, 17 de enero del 2023.—Lic.
Lisbeth María Castro Poveda, Notario.—1 vez.—CE2023043409.—(
IN2023775844 ).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 11 horas 00 minutos del 30 de noviembre del año 2022, se constituyó la sociedad denominada Hermanos
Solís Solís Sociedad Anónima.—San José, 17 de
enero del 2023.—Lic.
William Fernández Sagot, Notario.—1 vez.—CE2023043410.—( IN2023775845 ).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 09 horas 00 minutos del 14 de enero del año 2023, se constituyó la sociedad denominada Siatin Sociedad Anónima.—San José, 17 de
enero del 2023.—Lic. Manuel
Anrango Bonilla, Notario.—1 vez.—CE2023043412.—( IN2023775846 ).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 11 horas 05 minutos del 16 de enero del año 2023, se constituyó la sociedad denominada Fiesta y
Regalos Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San
José, 17 de enero del 2023.—Lic.
Paola Andrea Ramírez Acosta, Notario.—1 vez.—CE2023043413.—(
IN2023775847 ).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 09 horas 00 minutos del 13 de enero del año 2023, se constituyó la sociedad denominada Donaly Sociedad de Responsabilidad
Limitada.—San José, 17 de enero del 2023.—Lic. Esteban Hernández Álvarez, Notario.—1 vez.—CE2023043414.—( IN2023775848 ).
Mediante escritura otorgada
ante esta notaría, a las 09
horas 00 minutos del 10 de enero
del año 2023, se constituyó
la sociedad denominada You
You Tiendas Sociedad Anónima.—San José, 17 de
enero del 2023.—Lic. Miguel
Armando Villegas Arce, Notario.—1 vez.—CE2023043416.—(
IN2023775849 ).
Mediante escritura otorgada
ante esta notaría, a las 16
horas 00 minutos del 16 de enero
del año 2023, se constituyó
la sociedad denominada Insurance
Estimators International Limitada.—San José, 17 de enero del 2023.—Lic. Alexandra Sánchez Gómez, Notario.—1 vez.—CE2023043415.—( IN2023775850 ).
Mediante escritura otorgada
ante esta notaría, a las 10
horas 00 minutos del 11 de enero
del año 2023, se constituyó
la sociedad denominada Pomito Sociedad Anónima.—San José, 17 de
enero del 2023.—Lic.
William Gerardo Sing Zeledón, Notario.—1 vez.—CE2023043417.—( IN2023775851 ).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 10 horas 00 minutos del 05 de enero del año 2023, se constituyó la sociedad denominada Servicios Sirena Lunar Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 17 de enero del 2023.—Lic. Shirley Ávila Cortes, Notario.—1 vez.—CE2023043418.—( IN2023775852 ).
Mediante escritura otorgada
ante esta notaría, a las 13
horas 30 minutos del 13 de enero
del año 2023, se constituyó
la sociedad denominada M
J Importaciones Electrónicas
Sociedad Anónima.—San José, 17 de enero del 2023.—Lic. Shih Min Lin Chang, Notario.—1 vez.—CE2023043419.—( IN2023775853 ).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 15 horas 15 minutos del 16 de enero del año 2023, se constituyó la sociedad denominada Tico
Trader Health Management Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San
José, 17 de enero del 2023.—Lic.
Emma Zoraida Cousin Picado, Notario.—1 vez.—CE2023043420.—(
IN2023775854 ).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 16 horas 00 minutos del 16 de enero del año 2023, se constituyó la sociedad denominada Inaltum Proyectos LTDA
Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 17
de enero del 2023.—Lic.
María Gabriela Sancho Carpio, Notario.—1 vez.—CE2023043421.—( IN2023775855
).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 14 horas 30 minutos del 10 de enero del año 2023, se constituyó la sociedad denominada Gamor de Alajuela Sociedad de Responsabilidad
Limitada.—San José, 17 de enero del 2023.—Lic. Gary Lloyd Hidalgo de La O, Notario.—1 vez.—CE2023043422.—( IN2023775856 ).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 09 horas 00 minutos del 09 de enero del año 2023, se constituyó la sociedad denominada Oromont Sociedad Anónima.—San José, 17 de
enero del 2023.—Lic.
Rodolfo Chaves Méndez, Notario.—1 vez.—CE2023043423.—(
IN2023775858 ).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 09 horas 00 minutos del 17 de enero del año 2023, se constituyó la sociedad denominada Servicios Integrales Serba Sociedad de Responsabilidad
Limitada.—San José, 17 de enero del 2023.—Lic. Alberto Acevedo Gutiérrez, Notario.—1 vez.—CE2023043424.—( IN2023775859 ).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 10 horas 00 minutos del 23 de diciembre del año 2022, se constituyó la sociedad denominada Grupo La
Costa Solutions Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San
José, 17 de enero del 2023.—Lic.
Melissa Diaz Artavia, Notario.—1 vez.—CE2023043425.—(
IN2023775860 ).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 10 horas 30 minutos del 17 de enero del año 2023, se constituyó la sociedad denominada Dajorase Muñoz Sociedad de Responsabilidad
Limitada.—San José, 17 de enero del 2023.—Lic. Yorlan Saborío
Fernández, Notario.—1 vez.—CE2023043426.—(
IN2023775861 ).
La suscrita Silvia María González Castro, Notaria Pública, Castro hace constar que, por escritura pública número 38-7 otorgada por mí a las 16:00 horas del 24
de mayo de 2023, mediante la cual
se protocolizó el Acta de Asamblea General Extraordinaria
de Socios de la sociedad denominada Recuerdos de
Costa Rica E C O, S.A., titular de la cédula jurídica
número 3-101-081592, por
medio de la cual se acordó
la reforma de la cláusula segunda y novena de los estatutos sociales referentes al domicilio social y plazo de los nombramientos
de Junta Directiva y Fiscal, respectivamente.
Es todo.—San
José, 24 de mayo de 2023.—Silvia María González Castro.—1 vez.—(
IN2023775862 ).
Mediante protocolización número
48-8, otorgada ante el Notario Público Juan Ignacio Davidovich Molina a las 10:00
horas del día 29 de mayo de 2023, se protocolizó la asamblea general ordinaria y extraordinaria de accionistas de
la sociedad Desarrollos
Ullsa Sociedad Anónima,
con cédula jurídica número
3-101-842244, en la cual se
acuerda la reforma de las cláusulas de la razón social y la
representación de la sociedad.—Lic. Juan Ignacio Davidovich Molina.—1
vez.—( IN2023775864 ).
Por escritura otorgada ante mí, a las 11 horas del 24 de mayo de 2023, se protocolizó el acta
de asamblea general extraordinaria
de Geocad S. A.,
cédula jurídica N° 3-101-139763, en la cual se reforma
la cláusula de la representación.—San José, 29
de mayo de 2023.—Vera V. Salazar Rojas, Notario
Público.—1 vez.—( IN2023775868 ).
Ante esta notaría, por
escritura otorgada a las doce horas del día veintinueve de
mayo de dos mil veintitrés, se protocolizan
acuerdos de acta de asamblea
de accionistas de la sociedad
denominada Sociedad Calificadora
de Riesgo Centroamericana
Sociedad Anónima. Donde
se acuerda reformar las cláusulas octava y décima primera y eliminar la cláusula decimoquinta de los estatutos de la compañía.—San José, veintinueve de mayo de
dos mil veintitrés.—Lic.
Guillermo José Sanabria Leiva.—1 vez.—( IN2023775869 ).
Mediante escritura número
ciento cuarenta y tres, otorgada ante esta notaría, a las ocho horas del diecisiete de mayo
de dos mil veintitrés, se protocoliza
acta de la compañía The Lone Papaya Sociedad Anónima, donde se disuelve la compañía.—San
José, veinticuatro de mayo de dos mil veintitrés.—Lic. Luis Diego Cerdas Cisneros.—1 vez.—( IN2023775870 ).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 09 horas 00 minutos del 14 de enero del año 2023, se constituyó la sociedad denominada Solconautin Sociedad Anónima.—San José, 18 de
enero del 2023.—Lic. Manuel
Anrango Bonilla, Notario.—1 vez.— CE2023043504.—( IN2023775872 ).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 15 horas 00 minutos del 17 de enero del año 2023, se constituyó la sociedad denominada Alianzas Costeras IMEX
Group Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 18
de enero del 2023.—Lic.
Paola Fernanda Chaves Solórzano, Notaria.—1 vez.—CE2023043505.—(
IN2023775873 ).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 14 horas 00 minutos del 04 de enero del año 2023, se constituyó la sociedad denominada Automotive
Industry Style Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San
José, 18 de enero del 2023.—Lic.
Ileana Rodríguez González, Notario.—1 vez.— CE2023043506.—(
IN2023775874 ).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 13 horas 00 minutos del 16 de enero del año 2023, se constituyó la sociedad denominada Ezren Digital Solutions Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 18 de enero del 2023.—Lic. Arvid Bokenfohr Solís, Notario.—1
vez.— CE2023043507.—( IN2023775875 ).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 13 horas 00 minutos del 17 de enero del año 2023, se constituyó la sociedad denominada J & K
Espinoza Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San
José, 18 de enero del 2023.—Lic.
Esteban Cherigo Lobo, Notario.—1 vez.—CE2023043509.—( IN2023775876 ).
Mediante escritura otorgada
ante esta notaría, a las 07
horas 00 minutos del 18 de enero
del año 2023, se constituyó
la sociedad denominada Las
Pawas Sociedad Anónima.—San José, 18 de enero del 2023.—Lic. Ronald José Arias Marchena, Notario.—1 vez.—CE2023043508.—( IN2023775877 ).
Mediante escritura otorgada
ante esta notaría, a las 14
horas 00 minutos del 17 de enero
del año 2023, se constituyó
la sociedad denominada Grupo
de Inversiones NSK Sociedad de Responsabilidad
Limitada.—San José, 18 de enero del 2023.—Lic. Lilliam Hidalgo Álvarez, Notario.—1 vez.— CE2023043510.—( IN2023775878 ).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 14 horas 00 minutos del 17 de enero del año 2023, se constituyó la sociedad denominada Billy
Billa Limitada.—San José, 18 de enero del 2023.—Lic. Carlos Roberto Rivera Ruiz, Notario.—1 vez.— CE2023043511.—( IN2023775879 ).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 12 horas 00 minutos del 17 de enero del año 2023, se constituyó la sociedad denominada Verde Ecovillas Limitada.—San José, 18 de enero del 2023.—Lic. María Teresa Urpi Sevilla, Notaria.—1 vez.—CE2023043512.—(
IN2023775880 ).
Mediante escritura otorgada
ante esta notaría, a las 08
horas 00 minutos del 16 de enero
del año 2023, se constituyó
la sociedad denominada GV
Happy Pet Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San
José, 18 de enero del 2023.—Lic.
Karen Daniela Oconitrillo
Quesada, Notario.—1 vez.— CE2023043513.—( IN2023775881 ).
Mediante escritura otorgada
ante esta notaría, a las 18
horas 30 minutos del 17 de enero
del año 2023, se constituyó
la sociedad denominada R
Isa de Junquillal Sociedad de Responsabilidad
Limitada.—San José, 18 de enero del 2023.—Lic. Rodrigo Ernesto Muñoz Ripper, Notario.—1 vez.— CE2023043515.—( IN2023775882 ).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 08 horas 30 minutos del 13 de enero del año 2023, se constituyó la sociedad denominada Centrofem Sociedad de Responsabilidad
Limitada.—San José, 18 de enero del 2023.—Lic. Milena Valverde Mora, Notario.—1 vez.— CE2023043514.—( IN2023775883 ).
Mediante escritura otorgada
ante esta notaría, a las 08
horas 00 minutos del 12 de enero
del año 2023, se constituyó
la sociedad denominada Consorcio Jurídico Administrativo y Tributario
Antares Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San
José, 18 de enero del 2023.—Lic.
Diana Araya Steinvorth, Notario.—1 vez.— CE2023043516.—( IN2023775884 ).
Mediante escritura otorgada
ante esta notaría, a las 09
horas 00 minutos del 18 de enero
del año 2023, se constituyó
la sociedad denominada Uruk Kasta Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 18 de enero del 2023.—Lic. Alejandro José Romero Fuentes, Notario.—1 vez.— CE2023043519.—( IN2023775885 ).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 16 horas 00 minutos del 13 de enero del año 2023, se constituyó la sociedad denominada Medialergias Sociedad de Responsabilidad
Limitada.—San José, 18 de enero del 2023.—Lic. Alejandra Salazar Blanco, Notario.—1 vez.— CE2023043518.—( IN2023775886 ).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 13 horas 00 minutos del 18 de enero del año 2023, se constituyó la sociedad denominada Futurum Consultancy Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 18 de enero del 2023.—Lic. Minor Alonso Ávila San Lee, Notario.—1 vez.— CE2023043520.—( IN2023775887 ).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 15 horas 30 minutos del 16 de enero del año 2023, se constituyó la sociedad denominada Transporte de Aceite Freidor TAF Sociedad de Responsabilidad
Limitada.—San José, 18 de enero del 2023.—Lic. María Elena Rodríguez Sánchez, Notario.—1 vez.— CE2023043521.—( IN2023775888 ).
Mediante escritura otorgada
ante esta notaría, a las 15
horas 00 minutos del 17 de enero
del año 2023, se constituyó
la sociedad denominada Al
Toque Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 18
de enero del 2023.—Lic.
Ronald Eduardo Morales Rodríguez, Notario.—1 vez.— CE2023043522.—(
IN2023775889 ).
Mediante escritura otorgada
ante esta notaría, a las 23
horas 30 minutos del 16 de enero
del año 2023, se constituyó
la sociedad denominada Vals Bakery Sociedad de Responsabilidad
Limitada.—San José, 18 de enero del 2023.—Lic. María De Los Ángeles Solano
Mora, Notario.—1 vez.— CE2023043523.—(
IN2023775890 ).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 09 horas 30 minutos del 13 de enero del año 2023, se constituyó la sociedad denominada BTS Servicios Logísticos Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 18 de enero del 2023.—Lic. Irving José Malespín Muñoz, Notario.—1
vez.— CE2023043524.—( IN2023775891 ).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 09 horas 00 minutos del 09 de enero del año 2023, se constituyó la sociedad denominada Kassio Technologies CR Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 18 de enero del 2023.—Lic. Andrea María Rojas Martínez, Notario.—1 vez.— CE2023043525.—( IN2023775892 ).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 11 horas 00 minutos del 17 de enero del año 2023, se constituyó la sociedad denominada Tidok Costa Rica Sociedad de Responsabilidad
Limitada.—San José, 18 de enero del 2023.—Lic. Karina Aguilar Quesada, Notario.—1 vez.— CE2023043526.—( IN2023775893 ).
Mediante escritura otorgada
ante esta notaría, a las 03
horas 00 minutos del 22 de diciembre
del año 2022, se constituyó
la sociedad denominada NB
Holding Corporation Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San
José, 18 de enero del 2023.—Lic.
Lilliam Solís Hernández, Notario.—1 vez.— CE2023043527.—(
IN2023775894 ).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 09 horas 00 minutos del 11 de enero del año 2023, se constituyó la sociedad denominada Thc Logistics Sociedad de Responsabilidad
Limitada.—San José, 18 de enero del 2023.—Lic. Héctor Chaves Sandoval, Notario.—1 vez.— CE2023043528.—( IN2023775895 ).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 11 horas 00 minutos del 16 de enero del año 2023, se constituyó la sociedad denominada Indorepacífico
Limitada.—San José, 18 de enero del 2023.—Lic. Maureen Cecilia Diaz Araya, Notario.—1 vez.— CE2023043529.—( IN2023775896 ).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 10 horas 00 minutos del 16 de enero del año 2023, se constituyó la sociedad denominada Junescomore Sociedad de Responsabilidad
Limitada.—San José, 18 de enero del 2023.—Lic. Audrys Esquivel Jiménez, Notario.—1
vez.— CE2023043530.—( IN2023775897).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 16 horas 00 minutos
del 12 de enero del año
2023, se constituyó la sociedad
denominada Tigelino
Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 18
de enero del 2023.—Lic.
Iveth Orozco García, Notario.— vez.— CE2023043532.—(
IN2023775898 ).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 08 horas 00 minutos del 17 de enero del año 2023, se constituyó la sociedad denominada Grupo de Inversiones Araya Bran MYK Sociedad de Responsabilidad
Limitada.—San José, 18 de enero del 2023.—Lic. Juan Carlos Radulovich
Quijano, Notario.—1 vez.— CE2023043531.—(
IN2023775899 ).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 16 horas 00 minutos del 05 de enero del año 2023, se constituyó la sociedad denominada Pacific
Rim Suplies Sociedad de Responsabilidad
Limitada.— San José, 18 de enero del
2023.—Lic. Sandra Isabel González Pinto, Notario.—1
vez.— CE2023043533.—( IN2023775900 ).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 08 horas 00 minutos del 18 de enero del año 2023, se constituyó la sociedad denominada Suplidora J&L Carvajal del Pacífico
Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 18
de enero del 2023.—Lic.
Karen Daniela Oconitrillo Quesada, Notaria.—1
vez.— CE2023043534.—( IN2023775901 ).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 14 horas 00 minutos del 16 de enero del año 2023, se constituyó la sociedad denominada Uvahills Limitada.— San José, 18 de enero del
2023.—Lic. Johnny Gerardo León Guido, Notario.—1
vez.— CE2023043535.—( IN2023775902 ).
Mediante escritura otorgada
ante esta notaría, a las 19
horas 00 minutos del 13 de enero
del año 2023, se constituyó
la sociedad denominada Pura
Villa Real State Sociedad Anónima.—San José, 18 de enero del 2023.—Lic. Ronald Núñez Álvarez, Notario.—1
vez.— CE2023043536.—( IN2023775903 ).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 11 horas 00 minutos del 16 de enero del año 2023, se constituyó la sociedad denominada Neni Scrap
Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 18
de enero del 2023.—Lic.
José Aurei Navarro Garro, Notario.—1 vez.— CE2023043537.—( IN2023775904 ).
Mediante escritura otorgada
ante esta notaría, a las 14
horas 00 minutos del 09 de enero
del año 2023, se constituyó
la sociedad denominada Alonets Security Sociedad Anónima.—San José, 18 de
enero del 2023.—Lic. Sigifredo Delgado Mora, Notario.—1 vez.— CE2023043538.—( IN2023775905 ).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 15 horas 00 minutos del 16 de enero del año 2023, se constituyó la sociedad denominada Saranagati Soul Reconnection Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 18 de enero del 2023.—Lic. Pablo Fernando Ramos Vargas, Notario.—1 vez.— CE2023043539.—( IN2023775906 ).
Mediante escritura otorgada
ante esta notaría, a las 12
horas 00 minutos del 12 de octubre
del año 2022, se constituyó
la sociedad denominada Yerberitas Sociedad Anónima.—San José, 18 de
enero del 2023.—Lic.
Monserrat Alfaro Valenciano, Notario.—1 vez.— CE2023043541.—(
IN2023775907 ).
Mediante escritura otorgada
ante esta notaría, a las 13
horas 05 minutos del 16 de enero
del año 2023, se constituyó
la sociedad denominada Olmo Sociedad de Responsabilidad
Limitada.—San José, 18 de enero del 2023.—Lic. Miguel Alberto Venegas Chacón, Notario.—1 vez.— CE2023043542.—( IN2023775908 ).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 09 horas 00 minutos del 14 de enero del año 2023, se constituyó la sociedad denominada Drevsto Sociedad de Responsabilidad
Limitada.—San José, 18 de enero del 2023.—Lic. Jorge Alberto Oviedo Mora, Notario.—1 vez.— CE2023043543.—( IN2023775909 ).
Mediante escritura otorgada
ante esta notaría, a las 10
horas 00 minutos del 11 de enero
del año 2023, se constituyó
la sociedad denominada Pomito AVL Sociedad Anónima.—San José, 18 de
enero del 2023.—Lic.
William Gerardo Sing Zeledón, Notario.—1 vez.— CE2023043544.—( IN2023775910 ).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 10 horas 00 minutos del 02 de diciembre del año 2022, se constituyó la sociedad denominada Endlessvacation Sociedad de Responsabilidad
Limitada.—San José, 18 de enero del 2023.—Lic. Dunia Pamela González Calero, Notario.—1 vez.— CE2023043548.—( IN2023775911 ).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 11 horas 30 minutos del 17 de enero del año 2023, se constituyó la sociedad denominada Baldor en Costa Rica Sociedad de Responsabilidad
Limitada.—San José, 18 de enero del 2023.—Lic. Juan Manuel Godoy Pérez, Notario.—1 vez.— CE2023043545.—( IN2023775912 ).
Mediante escritura otorgada
ante esta notaría, a las 18
horas 30 minutos del 06 de enero
del año 2023, se constituyó
la sociedad denominada Mikam Gastronómica
Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 18
de enero del 2023.—Lic.
Esteban Gerardo Mora Bermúdez, Notario.—1 vez.— CE2023043547.—( IN2023775913 ).
Mediante escritura otorgada
ante esta notaría, a las 10
horas 30 minutos del 18 de enero
del año 2023, se constituyó
la sociedad denominada Ecooil Sociedad de Responsabilidad
Limitada.—San José, 18 de enero del 2023.—Lic. Jairo José Ramírez Pacheco, Notario.—1 vez.— CE2023043549.—( IN2023775914 ).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 00 horas 00 minutos del 14 de enero del año 2023, se constituyó la sociedad denominada Aviva
Organic Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San
José, 18 de enero del 2023.—Lic.
Maricela Mora Mora, Notario.—1 vez.— CE2023043551.—( IN2023775915 ).
Mediante escritura otorgada
ante esta notaría, a las 11
horas 30 minutos del 10 de enero
del año 2023, se constituyó
la sociedad denominada Black
Diamond Constructions Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San
José, 18 de enero del 2023.—Lic.
Gonzalo Gutiérrez Acevedo, Notario.—1 vez.— CE2023043550.—(
IN2023775916 ).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 10 horas 00 minutos del 18 de enero del año 2023, se constituyó la sociedad denominada Automotrz González GLP Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 18 de enero del 2023.—Lic. Orlando Baltodano Valdelomar, Notario1 vez.— CE2023043553.—( IN2023775917 ).
Mediante escritura otorgada
ante esta notaría, a las 15
horas 30 minutos del 13 de enero
del año 2023, se constituyó
la sociedad denominada Apatoutsanz Sociedad de Responsabilidad
Limitada.—San José, 18 de enero del 2023.—Lic. Marcela Patricia Gurdián
Cedeño, Notario.—1 vez.— CE2023043556.—( IN2023775918
).
Mediante escritura otorgada
ante esta notaría, a las 10
horas 30 minutos del 04 de enero
del año 2023, se constituyó
la sociedad denominada Bit
Marketing Sociedad Anónima.—San José, 18 de enero del 2023.—Lic. William David Solís Segura, Notario.—1 vez.— CE2023043554.—( IN2023775919 ).
Mediante escritura otorgada
ante esta notaría, a las 09
horas 30 minutos del 18 de enero
del año 2023, se constituyó
la sociedad denominada Hall
Masis Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 18 de Enero del 2023.—Lic.
Fransua Alberto Vásquez Rojas, Notario.—1 vez.— CE2023043555.—(
IN2023775920 ).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 14 horas 00 minutos del 17 de enero del año 2023, se constituyó la sociedad denominada Denominará
Desarrollos Alimentarios de
Costa Rica F & Y Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San
José, 18 de enero del 2023.—Lic.
Marco Antonio Leitón Soto, Notario.—1 vez.—CE2023043557.—( IN2023775921 ).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 09 horas 00 minutos del 13 de enero del año 2023, se constituyó la sociedad denominada Ca Sports
Agency Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San
José, 18 de enero del 2023.—Lic.
Tatiana Arce Chaves, Notario.—1 vez.—CE2023043558.—(
IN2023775922 ).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 10 horas 00 minutos del 17 de diciembre del año 2022, se constituyó la sociedad denominada Campos Salvajes JR Sociedad de Responsabilidad
Limitada.—San José, 18 de enero del 2023.—Lic. Ronald Eduardo González Calderón, Notario.—1 vez.—CE2023043559.—( IN2023775923 ).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 10 horas 00 minutos del 12 de enero del año 2023, se constituyó la sociedad denominada Grupo Profesionales Konawa Sociedad de Responsabilidad
Limitada.—San José, 18 de enero del 2023.—Lic. Ana Patricia Rodríguez Rodríguez,
Notario.—1
vez.—CE2023043561.—( IN2023775924 ).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 19 horas 00 minutos del 16 de enero del año 2023, se constituyó la sociedad denominada Fondo de Inversión
K&M Sociedad de Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San
José, 18 de enero del 2023.—Lic.
Álvaro Eladio Barboza
Mena, Notario.—1 vez.—CE2023043562.—(
IN2023775925 ).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 11 horas 00 minutos del 17 de enero del año 2023, se constituyó la sociedad denominada CYM Constructora Sociedad Anónima.—San José, 18 de enero del 2023.—Lic. Karina Fernanda Quesada Salas, Notario.—1 vez.—CE2023043563.—( IN2023775926 ).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 11 horas 00 minutos del 12 de enero del año 2023, se constituyó la sociedad denominada Terrazas
Paradise Limitada.—San José, 18 de enero del 2023.—Lic. Gabriela Pérez Salas, Notario.—1 vez.—CE2023043564.—( IN2023775927 ).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 13 horas 30 minutos del 16 de enero del año 2023, se constituyó la sociedad denominada J&G
Capitals and Funds Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San
José, 18 de enero del 2023.—Lic.
Walter Solís Amen, Notario.—1 vez.—CE2023043565.—(
IN2023775928 ).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 14 horas 30 minutos del 12 de enero del año 2023, se constituyó la sociedad denominada Grupo S F
O Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 18
de enero del 2023.—Lic.
Reyna Liz Mairena Castillo, Notario.—1 vez.—CE2023043566.—( IN2023775929 ).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 14 horas 00 minutos del 17 de enero del año 2023, se constituyó la sociedad denominada Corporación Ticogringo
Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 18
de enero del 2023.—Lic.
Stefanny Martínez Ramírez, Notario.—1 vez.—CE2023043567.—(
IN2023775930 ).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 11 horas 30 minutos del 18 de enero del año 2023, se constituyó la sociedad denominada Two Deep
Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 18
de enero del 2023.—Lic.
Sergio Aguiar Montealegre, Notario.—1 vez.—CE2023043570.—( IN2023775931 ).
Por escritura otorgada ante esta notaría, a las once horas veinticinco minutos del veinticinco de mayo del dos mil veintitrés,
se protocoliza acta de asamblea
general de accionistas de la sociedad
Tres-Ciento Uno Seiscientos
Ochenta y Cuatro Mil Ochocientos
Ochenta y Siete, por la cual no existiendo activos ni pasivos se acuerda
la disolución de la sociedad.—San José, veinticinco de mayo de dos mil veintitrés.—1
vez.—( IN2023775932 ).
Mediante escritura otorgada
ante esta notaría, a las 15
horas 15 minutos del 15 de enero del año 2023, se constituyó la sociedad denominada BMS Inversiones Sociedad de Responsabilidad
Limitada.—San José, 18 de enero del 2023.—Lic. José Francisco Acevedo Gutiérrez, Notario.—1 vez.—CE2023043571.—(
IN2023775933 ).
Mediante escritura otorgada
ante esta notaría, a las 15
horas 00 minutos del 17 de enero
del año 2023, se constituyó
la sociedad denominada Construcciones Maga Dos Mil Veintitrés
Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 18
de enero del 2023.—Lic.
Silvia Patricia Alvarado Quijano, Notaria.—1 vez.—CE2023043573.—( IN2023775934 ).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 09 horas 30 minutos del 17 de enero del año 2023, se constituyó la sociedad denominada Bienes y Alquileres Estudio Ochenta y Siete Sociedad de Responsabilidad
Limitada.—San José, 18 de enero del 2023.—Lic. Ángel Picado Chavarría, Notario.—1 vez.—CE2023043574.—(
IN2023775935 ).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 13 horas 00 minutos del 14 de diciembre del año 2022, se constituyó la sociedad denominada Rolexa Sociedad Anónima.—San José, 18 de
enero del 2023.—Lic. Olman Alberto Rivera Valverde, Notario.—1 vez.—CE2023043572.—( IN2023775936 ).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 13 horas 45 minutos del 17 de enero del año 2023, se constituyó la sociedad denominada Allenac Sociedad Anónima.—San José, 18 de
enero del 2023.—Lic. Frank
Herrera Ulate, Notario.—1 vez.—CE2023043576.—(
IN2023775937 ).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 09 horas 10 minutos del 18 de enero del año 2023, se constituyó la sociedad denominada Genova
Realty Group Inmobiliaria Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 18 de enero del 2023.—Lic. Paul Tacsan Tacsan, Notario.—1 vez.—CE2023043577.—( IN2023775938
).
Mediante escritura otorgada
ante esta notaría, a las 11
horas 00 minutos del 17 de enero
del año 2023, se constituyó
la sociedad denominada Inversiones Pceta Labs
Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 18
de enero del 2023.—Lic.
Laura María Reynolds Westober, Notario.—1 vez.—CE2023043580.—( IN2023775939 ).
Mediante escritura otorgada
ante esta notaría, a las 13
horas 30 minutos del 12 de enero
del año 2023, se constituyó
la sociedad denominada Grupo
Olas del Pacifico GOP Sociedad de Responsabilidad
Limitada.—San José, 18 de enero del 2023.—Lic. Oscar Venegas Córdoba, Notario.—1 vez.—CE2023043581.—( IN2023775940 ).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 12 horas 00 minutos del 17 de enero del año 2023, se constituyó la sociedad denominada Alaluf Investments Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 18 de enero del 2023.—Lic. Tatiana Rivera Jiménez, Notaria.—1
vez.—CE2023043582.—( IN2023775941 ).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 15 horas 30 minutos del 14 de enero del año 2023, se constituyó la sociedad denominada Eagle Eyes
Es Seguridad Sociedad Anónima.—San José, 18 de
enero del 2023.—Lic.
Francisco Javier Hidalgo Quesada, Notario.—1 vez.—CE2023043579.—(
IN2023775942 ).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 10 horas 00 minutos del 17 de enero del año 2023, se constituyó la sociedad denominada Dilaytias Sociedad de Responsabilidad
Limitada.—San José, 18 de enero del 2023.—Lic. Tatiana Arce Chaves, Notario.—1 vez.—CE2023043583.—( IN2023775943 ).
Mediante escritura otorgada
ante esta notaría, a las 14
horas 00 minutos del 13 de enero
del año 2023, se constituyó
la sociedad denominada Crelen Sociedad de Responsabilidad
Limitada.—San José, 18 de enero del 2023.—Lic. Marcela Patricia Gurdián
Cedeño, Notario.—1 vez.—CE2023043584.—(
IN2023775944 ).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 14 horas 30 minutos del 10 de enero del año 2023, se constituyó la sociedad denominada Inversiones Gramor
Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 18
de enero del 2023.—Lic.
Gary Lloyd Hidalgo de La O, Notario.—1 vez.—CE2023043585.—(
IN2023775945 ).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 14 horas 00 minutos del 17 de enero del año 2023, se constituyó la sociedad denominada CR Three
HFF Group Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San
José, 18 de enero del 2023.—Lic.
Yorleni Díaz Berrocal, Notaria.—1 vez.—CE2023043586.—(
IN2023775946 ).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 14 horas 30 minutos del 18 de enero del año 2023, se constituyó la sociedad denominada The One
Company Limitada.—San José, 18 de enero del 2023.—Lic. Carlos Roberto Rivera Ruiz, Notario.—1 vez.—CE2023043587.—( IN2023775947 ).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 10 horas 00 minutos del 16 de enero del año 2023, se constituyó la sociedad denominada Gas
Santamaria Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San
José, 18 de enero del 2023.—Lic.
Luis Alejandro Vega Vargas, Notario.—1 vez.—CE2023043588.—(
IN2023775948 ).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 11 horas 30 minutos del 17 de enero del año 2023, se constituyó la sociedad denominada Gocubillo Sociedad Anónima.—San José, 18 de
enero del 2023.—Lic. Ángel Picado Chavarría, Notario.—1 vez.—CE2023043589.—(
IN2023775949 ).
Mediante escritura otorgada
ante esta notaría, a las 09
horas 00 minutos del 17 de enero
del año 2023, se constituyó
la sociedad denominada Servicios Logísticos
Imperial Limitada.—San José, 18 de enero del 2023.—Lic. Maricela Alpízar Chacón, Notario.—1
vez.—CE2023043590.—( IN2023775951 ).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 18 horas 30 minutos del 17 de enero del año 2023, se constituyó la sociedad denominada Dinka Gruop Limitada.—San José, 18 de enero del 2023.—Lic. Juan Luis Céspedes Vargas, Notario.—1 vez.—CE2023043591.—( IN2023775952 ).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 14 horas 00 minutos del 18 de enero del año 2023, se constituyó la sociedad denominada Nickiano Sociedad de Responsabilidad
Limitada.—San José, 18 de enero del 2023.—Lic. Patricia Claudia Frances, Notario.—1 vez.—CE2023043592.—( IN2023775953 ).
Mediante escritura otorgada
ante esta notaría, a las 13
horas 00 minutos del 18 de enero
del año 2023, se constituyó
la sociedad denominada Balsatree Sociedad Anónima.—San José, 18 de
enero del 2023.—Lic. Juan
Carlos Esquivel Favareto, Notario.—1 vez.—CE2023043593.—( IN2023775954 ).
Mediante escritura otorgada
ante esta notaría, a las 10
horas 30 minutos del 18 de enero
del año 2023, se constituyó
la sociedad denominada Clinton
Corp LLC Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San
José, 18 de enero del 2023.—Lic.
Guillermo Emilio Zúñiga González, Notario.—1 vez.—CE2023043594.—( IN2023775955
).
Mediante escritura otorgada
ante esta notaría, a las 18
horas 30 minutos del 06 de enero
del año 2023, se constituyó
la sociedad denominada Mikas Gastronómica
Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 18
de enero del 2023.—Lic.
Esteban Gerardo Mora Bermúdez, Notario.—1 vez.—CE2023043595.—( IN2023775956 ).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 15 horas 00 minutos del 17 de enero del año 2023, se constituyó la sociedad denominada Inversiones Occidente
CHM Sociedad Anónima.—San José, 18 de enero del 2023.—Lic. Jessica Vanessa Ortiz Calderón, Notario.—1 vez.—CE2023043597.—( IN2023775957 ).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 11 horas 00 minutos del 17 de enero del año 2023, se constituyó la sociedad denominada Jeffropuff Sociedad de Responsabilidad
Limitada.—San José, 18 de enero del 2023.—Lic. Nathalie Elizondo Montero, Notario.—1 vez.—CE2023043600.—( IN2023775958 ).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 16 horas 00 minutos del 09 de enero del año 2023, se constituyó la sociedad denominada Negocios Jordaman Cyr
Sociedad Anónima.—San José, 18 de enero del 2023.—Lic. Hiner Fernando Segura
Aguilar, Notario.—1 vez.—CE2023043599.—(
IN2023775959 ).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 15 horas 00 minutos del 13 de enero del año 2023, se constituyó la sociedad denominada Tecno Smart Sociedad de Responsabilidad
Limitada.—San José, 18 de enero del 2023.—Lic. Abel Ignacio Gómez Bloise, Notario.—1
vez.—CE2023043604.—( IN2023775960 ).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 16 horas 10 minutos del 21 de diciembre del año 2022, se constituyó la sociedad denominada Emprendecr Sociedad de Responsabilidad
Limitada.—San José, 18 de enero del 2023.—Lic. Edwin Ramírez Poveda, Notario.—1 vez.—CE2023043605.—( IN2023775961 ).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 14 horas 30 minutos del 17 de enero del año 2023, se constituyó la sociedad denominada Six
Dragons Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San
José, 18 de enero del 2023.—Lic.
Liza Bertarioni Castillo, Notario.—1 vez.—CE2023043607.—( IN2023775962 ).
Mediante escritura otorgada
ante esta notaría, a las 17
horas 00 minutos del 18 de enero
del año 2023, se constituyó
la sociedad denominada The
Happy Brand Company Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San
José, 18 de enero del 2023.—Lic.
José Fabio Vindas Esquivel, Notario.—1 vez.—CE2023043608.—( IN2023775963 ).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 17 horas 10 minutos del 18 de enero del año 2023, se constituyó la sociedad denominada Pagadito Costa Rica Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 18 de enero del 2023.—Lic. Mariela Solano Obando, Notario.—1 vez.—CE2023043609.—( IN2023775964 ).
Mediante escritura otorgada
ante esta notaría, a las 19
horas 00 minutos del 05 de enero
del año 2023, se constituyó
la sociedad denominada Inversiones Grupo Monte Sagrado Dos Mil Vientiuno Sociedad de Responsabilidad
Limitada.—San José, 18 de enero del 2023.—Lic. Natalia Obando Chinchilla, Notario.—1 vez.—CE2023043610.—( IN2023775965 ).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 15 horas 00 minutos del 18 de enero del año 2023, se constituyó la sociedad denominada Fly Post
Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 18
de enero del 2023.—Licda.
Allan García Barquero, Notaria.—1
vez.—CE2023043611.—( IN2023775966 ).
Mediante escritura otorgada
ante esta notaría, a las 14
horas 00 minutos del 17 de enero
del año 2023, se constituyó
la sociedad denominada Suka
Siete Sa Sociedad Anónima.—San José, 18 de
enero del 2023.—Lic. María
Gabriela Giral Arias, Notario
Público.—1 vez.—CE2023043612.—(
IN2023775967 ).
En esta notaria al ser las quince horas del veintinueve de mayo de los dos
mil veintitrés, se protocolizó el
acta de 3-102-682564 Sociedad Responsabilidad
Limitada S. A., cédula jurídica 3-102-682564, donde se acordó la disolución de dicha sociedad.—Pérez Zeledón, 29 de mayo del
2023.—Lic. Víctor Esteban Méndez Zúñiga.—1 vez.—( IN2023775968
).
Por escritura otorgada
ante esta notaría, a las
14:00 horas del 25 de mayo del 2023, se protocolizó
acta de reunión general de cuotistas
de la compañía Capgemini Costa Rica S. R. L., mediante la cual se acordó la reforma de la cláusula sexta del pacto social.—San José, 29 de mayo
de 2023.—Lic. Alejandro Arrieta Salas, Notario Público.—1 vez.—( IN2023775969 ).
Por escritura otorgada
ante mí, a las 13 horas 30 minutos
del 24 de mayo de 2023, se protocolizó el acta de asamblea general extraordinaria de Comercializadora
Varfer S. A., cédula jurídica
3-101-252032, en la cual se
reforma la cláusula del domicilio y de la representación.—San José, 29 de mayo de 2023.—Vera V. Salazar Rojas, Notario Público.—1 vez.—(
IN2023775970 ).
El suscrito notario hace constar que en mi notaría, mediante escritura número ciento setenta
y tres, del veintisiete de
mayo del dos mil veintitrés, protocolicé
acuerdos de asamblea
general de la sociedad El Salto Cualitativo Sociedad Anónima, en
donde se acuerda disolver ésta sociedad.—San
José, veintinueve de mayo del dos mil veintitrés.—Lic. Luis Gustavo
Pereira León, Notario Público.—1
vez.—( IN2023775972 ).
Mediante escritura número
cuarenta y ocho-ocho, otorgada ante los notarios públicos Nadia Chaves Zúñiga y
Fernando Vargas Winiker, a las 16:00 horas del 29 de mayo del año 2023, se acordó modificar la cláusula novena del pacto constitutivo, de la sociedad Vehiculos de Trabajo S. A., con cédula de persona jurídica número 3-101-020764.—San
José, 30 de mayo del 2023.—Nadia Chaves Zúñiga.—1 vez.—( IN2023775974 ).
Por escritura otorgada
ante mí, a las 08:00 horas del 25 de mayo de 2023, se
protocolizó acta de Constructora
Piedra Angular CR S. A..
Se nombra presidente y
fiscal. Tel.: 8914-0020.—Cartago, 30 de mayo de 2023.—Lic. Eugenio Ortiz Álvarez, Notario
Público. cédula 105690003.—1 vez.—( IN2023775976 ).
Mediante escritura otorgada
ante esta notaría, a las 11
horas 00 minutos del 17 de enero
del año 2023, se constituyó
la sociedad denominada Toy
Story CR Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 19 de enero del 2023.—Lic. Susan Ginneth Esquivel
Cespedes, Notario.—1 vez.—CE2023043613.—( IN2023775978 ).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 13 horas 00 minutos del 18 de enero del año 2023, se constituyó la sociedad denominada El Rio
Market Los Olivos SR Sociedad de Responsabilidad
Limitada.—San José, 19 de enero del 2023.—Lic. Javier Francisco Villalobos Pineda, Notario.—1
vez.—CE2023043614.—( IN2023775979 ).
Mediante escritura otorgada
ante esta notaría, a las 22
horas 00 minutos del 18 de enero
del año 2023, se constituyó
la sociedad denominada District
Mad Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 19
de enero del 2023.—Licda.
Mary Hellen Esquivel Brenes, Notaria.—1 vez.—CE2023043615.—( IN2023775980 ).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 09 horas 00 minutos del 18 de enero del año 2023, se constituyó la sociedad denominada Los Ciento Treinta MDM Molo Limitada.—San José, 19
de enero del 2023.—Lic.
Luis Fernando Castro Gómez, Notario.—1 vez.—CE2023043616.—(
IN2023775981 ).
Mediante escritura otorgada
ante esta notaría, a las 14
horas 30 minutos del 17 de enero
del año 2023, se constituyó
la sociedad denominada GMIV
Gema Publicitaria Sociedad
de Responsabilidad Limitada.—San José, 19
de enero del 2023.—Lic.
Karen Daniela Oconitrillo Quesada, Notario.—1
vez.—CE2023043617.—( IN2023775982 ).
Mediante escritura otorgada
ante esta notaría, a las 10
horas 00 minutos del 16 de enero
del año 2023, se constituyó
la sociedad denominada JAMG
Consultores Profesionales
Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 19
de enero del 2023.—Licda.
Laura Avilés Ramírez, Notaria.—1 vez.—CE2023043619.—(
IN2023775983 ).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 18 horas 00 minutos del 18 de enero del año 2023, se constituyó la sociedad denominada Oasis de
La Montaña Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San
José, 19 de enero del 2023.—Lic.
Sara Murillo Ramos, Notario.—1 vez.— CE2023043621.—(
IN2023775984 ).
Mediante escritura otorgada
ante esta notaría, a las 14
horas 00 minutos del 18 de enero
del año 2023, se constituyó
la sociedad denominada Aguja Azul Nueve E Limitada.—San
José, 19 de enero del 2023.—Licda
Diana Elke Pinchanski Fachler,
Notaria.—1 vez.—CE2023043622.—( IN2023775985 ).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 14 horas 30 minutos del 18 de enero del año 2023, se constituyó la sociedad denominada Cielo Vivo
Resort Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San
José, 19 de enero del 2023.—Lic.
Adriana Silva Rojas, Notario.—1 vez.— CE2023043623.—(
IN2023775986 ).
Mediante escritura otorgada
ante esta notaría, a las 15
horas 34 minutos del 18 de enero
del año 2023, se constituyó
la sociedad denominada Ónix Asesores Jurídicos
y Mercadeo Digital Limitada.—San José, 19 de enero
del 2023.—Lic. Carlos Roberto Ureña
Vásquez, Notario.—1 vez.—CE2023043624.—(
IN2023775987 ).
Mediante escritura otorgada
ante esta notaría, a las 19
horas 15 minutos del 18 de enero
del año 2023, se constituyó
la sociedad denominada Ramipica Sociedad Anónima.—San José, 19 de
enero del 2023.—Lic. Carlos
Humberto Serrano Pérez, Notario.—1 vez.— CE2023043625.—(
IN2023775988 ).
Mediante escritura otorgada
ante esta notaría, a las 16
horas 00 minutos del 06 de enero
del año 2023, se constituyó
la sociedad denominada Salubriter Sociedad Anónima.—San José, 19 de
enero del 2023.—Lic. Andrea
Alice Hernández Villarreal, Notario.—1 vez.— CE2023043626.—(
IN2023775989 ).
Mediante escritura otorgada
ante esta notaría, a las 14
horas 00 minutos del 17 de enero
del año 2023, se constituyó
la sociedad denominada Grupo
de Inversiones R R Sociedad
de Responsabilidad Limitada.—San José, 19
de enero del 2023.—Lic.
Lilliam Hidalgo Álvarez, Notaria.—1 vez.—CE2023043627.—( IN2023775990 ).
Mediante escritura otorgada
ante esta notaría, a las 20
horas 30 minutos del 18 de enero
del año 2023, se constituyó
la sociedad denominada Transportes Richeli e Hijos Sociedad de Sociedad de Responsabilidad
Limitada.—San José, 19 de enero del 2023.—Lic. Juan Carranza Cubillo, Notario.—1
vez.— CE2023043628.—( IN2023775991 ).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 18 horas 30 minutos del 09 de enero del año 2023, se constituyó la sociedad denominada Pamada Hermanos Limitada.—San José, 19
de enero del 2023.—Lic.
Bernardo Mata Soto, Notario.—1 vez.— CE2023043629.—(
IN2023775992 ).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 12 horas 00 minutos del 12 de enero del año 2023, se constituyó la sociedad denominada Custodia
de Activos Conyfran
Sociedad Anónima.—San José, 19 de enero del 2023.—Lic. Orlando Gustavo Araya Amador, Notario.—1 vez.— CE2023043631.—( IN2023775993 ).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 16 horas 30 minutos del 13 de enero del año 2023, se constituyó la sociedad denominada Bori El Salvador Limitada.—San José, 19
de enero del 2023.—Lic.
Sergio Vargas López, Notario.—1 vez.—CE2023043630.—(
IN2023775994 ).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 11 horas 30 minutos del 17 de enero del año 2023, se constituyó la sociedad denominada Thoreca Limitada.—San José, 19 de enero del 2023.—Lic. María Jesús Hernández Cruz, Notario.—1 vez.— CE2023043632.—( IN2023775995 ).
Mediante escritura otorgada
ante esta notaría, a las 15
horas 30 minutos del 17 de enero
del año 2023, se constituyó
la sociedad denominada Marquesitas de Costa Rica Sociedad Anónima.—San
José, 19 de enero del 2023.—Lic.
Mónica Elena Arroyo Herrera, Notaria.—1 vez.— CE2023043633.—( IN2023775996 ).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 11 horas 45 minutos del 17 de enero del año 2023, se constituyó la sociedad denominada Langosta
Dream CTR Limitada.—San José, 19 de enero del 2023.—Lic. María Jesús Hernández Cruz, Notario.—1 vez.— CE2023043634.—( IN2023775997 ).
Mediante escritura otorgada
ante esta notaría, a las 10
horas 00 minutos del 19 de enero
del año 2023, se constituyó
la sociedad denominada Anaur Sociedad de Responsabilidad
Limitada.—San José, 19 de enero del 2023.—Lic. Leiner Miguel Molina Pérez, Notario.—1
vez.— CE2023043636.—( IN2023775998 ).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 11 horas 00 minutos del 14 de julio del año 2022, se constituyó la sociedad denominada Infoanálisis
Psicosecurity CR Sociedad Anónima.—San José, 19 de
enero del 2023.—Lic. María
Ester Campos Ramírez, Notaria.—1 vez.—
CE2023043635.—( IN2023775999 ).
Mediante escritura otorgada
ante esta notaría, a las 10
horas 45 minutos del 19 de enero
del año 2023, se constituyó
la sociedad denominada Alouattas del Sur Sociedad Anónima.—San José, 19 de
enero del 2023.—Lic. Jarlin Guerra Álvarez, Notario.—1 vez.— CE2023043638.—( IN2023776000 ).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 09 horas 15 minutos del 19 de enero del año 2023, se constituyó la sociedad denominada Blue
Eleven Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San
José, 19 de enero del 2023.—Lic.
Juan Diego Elizondo Vargas, Notario.—1 vez.— CE2023043640.—(
IN2023776001 ).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 10 horas 44 minutos del 19 de enero del año 2023, se constituyó la sociedad denominada Gotitas de Luz Sociedad de Responsabilidad
Limitada.—San José, 19 de enero del 2023.—Lic. Leiner Miguel Molina Pérez, Notario.—1
vez.— CE2023043641.—( IN2023776002 ).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 16 horas 00 minutos del 18 de enero del año 2023, se constituyó la sociedad denominada Península Inversiones
de Costa Rica A y F Sociedad Anónima.—San José, 19 de enero del 2023.—Licda. Francisca Rojas Carranza, Notaria.—1
vez.— CE2023043642.—( IN2023776003 ).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 11 horas 00 minutos del
19 de enero del año 2023,
se constituyó la sociedad denominada Monte Sacro Desarrollos
Inmobiliarios Sociedad Anónima.—San José, 19 de
Enero del 2023.—Lic.
Orlando Gustavo Araya Amador, Notario.—1 vez.— CE2023043643.—(
IN2023776004 ).
Mediante escritura otorgada
ante esta notaría, a las 15
horas 30 minutos del 16 de enero
del año 2023, se constituyó
la sociedad denominada Vargas
Jenkins Corporation Sociedad de Responsabilidad Limitada..—San
José, 19 de enero del 2023.—Lic.
Eitel Eduardo Álvarez Ulate,
Notario.—1
vez.— CE2023043644.—( IN2023776005 ).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 00 horas 00 minutos del 18 de enero del año 2023, se constituyó la sociedad denominada Constructora Alvarado & Mora Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 19 de enero del 2023.—Lic. Nelson Antonio Gómez Barrantes,
Notario.—1
vez.—CE2023043646.—( IN2023776006 ).
Mediante escritura otorgada
ante esta notaría, a las 08
horas 00 minutos del 19 de enero
del año 2023, se constituyó
la sociedad denominada Sansolu Sociedad de Responsabilidad
Limitada.—San José, 19 de enero del 2023.—Lic. Magally María Guadamuz García, Notario.—1 vez.— CE2023043647.—(
IN2023776007 ).
Mediante escritura otorgada
ante esta notaría, a las 14
horas 00 minutos del 07 de enero
del año 2023, se constituyó
la sociedad denominada Grupo
Fermo Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 19
de enero del 2023.—Lic.
Gabriela Mercedes Carranza Moreno, Notario.—1 vez.— CE2023043648.—(
IN2023776008 ).
Mediante escritura otorgada
ante esta notaría, a las 09
horas 30 minutos del 19 de enero
del año 2023, se constituyó
la sociedad denominada South
Pacific Constructions OF Uvita Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 19 de enero del 2023.—Lic. Vilma Acuña Arias, Notario.—1
vez.— CE2023043649.—( IN2023776009 ).
Mediante escritura otorgada
ante esta notaría, a las 11
horas 00 minutos del 19 de enero
del año 2023, se constituyó
la sociedad denominada Educación Medica Continua Integral Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 19 de enero del 2023.—Lic. Roberto García Ulloa, Notario.—1 vez.— CE2023043650.—( IN2023776010 ).
Mediante escritura otorgada
ante esta notaría, a las 15
horas 00 minutos del 18 de enero
del año 2023, se constituyó
la sociedad denominada E&M
Dos Mil Veintitrés Sociedad Anónima.—San José, 19 de enero del
2023.—Lic. Mónica Rodríguez Ramírez, Notario.—1
vez.— CE2023043651.—( IN2023776011 ).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 10 horas 00 minutos del 19 de enero del año 2023, se constituyó la sociedad denominada Griffin
Wellness CR Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San
José, 19 de enero del 2023.—Lic.
Raquel Quirós Mora, Notario.—1 vez.— CE2023043652.—(
IN2023776012 ).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 11 horas 00 minutos del 17 de enero del año 2023, se constituyó la sociedad denominada Servicios Constructivos
CYM Sociedad Anónima.—San José, 19 de enero del 2023.—Lic. Karina Fernanda Quesada Salas, Notario.—1 vez.— CE2023043653.—( IN2023776013 ).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 10 horas 00 minutos del 17 de enero del año 2023, se constituyó la sociedad denominada Cardiología Clínica SCA
Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 19
de enero del 2023.—Lic.
Randall Tamayo Oconitrillo, Notario.—1 vez.— CE2023043654.—( IN2023776014 ).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 09 horas 00 minutos del 19 de enero del año 2023, se constituyó la sociedad denominada Inversiones Jocote
Dulce Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 19
de enero del 2023.—Lic.
Ricardo Cordero Vargas, Notario.—1 vez.— CE2023043655.—(
IN2023776015 ).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 15 horas 30 minutos del 17 de enero del año 2023, se constituyó la sociedad denominada Inversiones El Dorado del Este Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 19 de enero del 2023.—Lic. Jorge Andrés Cordero Leandro, Notario.—1 vez.— CE2023043656.—( IN2023776016 ).
Mediante escritura otorgada
ante esta notaría, a las 15
horas 00 minutos del 07 de enero
del año 2023, se constituyó
la sociedad Denominada
SB Mantenimiento Sociedad Anónima.—San José, 19 de
enero del 2023.—Lic. Marina
Yenori Calvo Fonseca, Notario.—1 vez.— CE2023043658.—( IN2023776017 ).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 11 horas 00 minutos del 19 de enero del año 2023, se constituyó la sociedad denominada Sueños de Costa Rica Investments LLC Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 19 de enero del 2023.—Lic. Fabian Kelso Hernández, Notario.—1 vez.— CE2023043659.—( IN2023776018 ).
Al ser las once
horas del veintiocho de mayo del dos mil veintiuno, en esta
notaría se protocolizó acta
de asamblea ordinaria y extraordinaria de socios, que reformó el pacto
social en cuanto a administración, cláusula de vigilancia, periodo fiscal y presentación de balance, así como se realizaron nombramientos de Junta Directiva
y Fiscal, todo de la empresa
Corporación La Renacida
Sociedad Anónima, cédula jurídica
tres-ciento uno-quinientos treinta y seis mil novecientos sesenta y dos.—Curridabat, veintinueve de mayo del dos mil veintitrés.—Lic. Esteban Francisco Troyo Dittel, Notario Público.—1 vez.—( IN2023776019 ).
Mediante escritura otorgada
ante esta notaría, a las 15
horas 50 minutos del 18 de enero
del año 2023, se constituyó
la sociedad denominada Inclusiva Relax Sociedad Anónima.—San José, 19 de
enero del 2023.—Lic.
Gustavo Adolfo Koutsouris Canales, Notario.—1
vez.— CE2023043660.—( IN2023776020 ).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 14 horas 30 minutos del 18 de enero del año 2023, se constituyó la sociedad denominada Tatmarcaba Sociedad de Responsabilidad
Limitada.—San José, 19 de enero del 2023.—Lic. Karen Cristina Salas Rivas, Notario.—1 vez.— CE2023043661.—( IN2023776021 ).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 12 horas 24 minutos del 19 de enero del año 2023, se constituyó la sociedad denominada AT MY
Place Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 19
de enero del 2023.—Lic.
Aldo José Mata Morales, Notario.—1 vez.— CE2023043662.—(
IN2023776022 ).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 15 horas 00 minutos del 18 de enero del año 2023, se constituyó la sociedad denominada Autopartes Extreme Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 19 de enero del 2023.—Lic. Cesar Gerardo Kiss Castro, Notario.—1 vez.— CE2023043663.—( IN2023776023 ).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 15 horas 00 minutos del 17 de enero del año 2023, se constituyó la sociedad denominada Madrigal Inversiones Occidente Sr Sociedad
Anónima.—San José, 19 de enero del 2023.—Lic. Jessica Vanessa Ortiz Calderón, Notario.—1 vez.— CE2023043665.—( IN2023776024 ).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 11 horas 30 minutos del 18 de enero del año 2023, se constituyó la sociedad denominada The
Flowery by Victoria Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San
José, 19 de enero del 202.—Lic.
Mauricio Ramírez Rodríguez, Notario.—1 vez.— CE2023043664.—(
IN2023776025 ).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 11 horas 00 minutos del 19 de enero del año 2023, se constituyó la sociedad denominada Mueblería y Creaciones Valemi Sociedad Sociedad Anónima.—San
José, 19 de enero del 2023.—Lic.
Henry González Guerrero, Notario.—1 vez.— CE2023043666.—(
IN2023776026 ).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 13 horas 00 minutos del 18 de enero del año 2023, se constituyó la sociedad denominada Lucha Tea
LG Limitada.—San José, 19 de enero del 2023.—Lic. Arlhene Pradella
Balladares, Notario.—1 vez.— CE2023043667.—(
IN2023776027 ).
Mediante escritura otorgada
ante esta notaría, a las 12
horas 00 minutos del 03 de enero
del año 2023, se constituyó
la sociedad denominada Matambu Consulting Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 19 de enero del 2023.—Lic. María Fernanda Barahona Pereira, Notario.—1 vez.— CE2023043671.—( IN2023776028 ).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 08 horas 00 minutos del 16 de enero del año 2023, se constituyó la sociedad denominada Cuarzos SS Rasoza INT
Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 19
de enero del 2023.—Lic.
Randall Gabriel Luna Jiménez, Notario.—1 vez.— CE2023043672.—(
IN2023776029 ).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 12 horas 00 minutos del 19 de enero del año 2023, se constituyó la sociedad denominada VM Global
Experiences Limitada.—San José, 19 de enero del 2023.—Lic. Luis Andrés Bonilla Ortiz, Notario.—1 vez.— CE2023043673.—( IN2023776030 ).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 12 horas 00 minutos del 19 de enero del año 2023, se constituyó la sociedad denominada Domatacos Sociedad Anónima.—San José, 19 de
enero del 2023.—Lic. Lorena
Méndez Quirós, Notario.—1 vez.— CE2023043675.—(
IN2023776031 ).
Mediante escritura otorgada
ante esta notaría, a las 09
horas 00 minutos del 19 de enero
del año 2023, se constituyó
la sociedad denominada OC
Manuel Antonio Development Two Limitada.—San José, 19 de enero del 2023.—Lic. Gonzalo José Rojas Benavides, Notario.—1 vez.— CE2023043676.—( IN2023776032 ).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 10 horas 00 minutos del 14 de enero del año 2023, se constituyó la sociedad denominada Sabana Consultores Agrícolas Sociedad de Responsabilidad
Limitada.—San José, 19 de enero del 2023.—Licda. Xinia Mayela
Campos Campos, Notario.—1 vez.—CE2023043677.—(
IN2023776033 ).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 08 horas 00 minutos del 19 de enero del año 2023, se constituyó la sociedad denominada Importadora y Distribuidora
MARG Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 19
de enero del 2023.—Lic.
Carlos Eduardo Gutiérrez Monge, Notario.—1 vez.— CE2023043678.—(
IN2023776034 ).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 16 horas 00 minutos del 21 de diciembre del año 2022, se constituyó la sociedad denominada Ismartcr Technology World Wide ITWW Limitada.—San
José, 19 de enero del 2023.—Lic.
María Teresa Urpi Sevilla, Notario.—1 vez.— CE2023043679.—( IN2023776035 ).
Mediante escritura otorgada
ante esta notaría, a las 08
horas 00 minutos del 11 de enero
del año 2023, se constituyó
la sociedad denominada Albiceleste
Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 19
de enero del 2023.—Lic.
Alejandra María Montiel Quirós, Notaria.—1 vez.— CE2023043680.—( IN2023776036 ).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 15 horas 15 minutos del 18 de enero del año 2023, se constituyó la sociedad denominada International
Coaching Institute PR Costa Rica Sociedad de Responsabilidad
Limitada.—San José, 19 de enero del 2023.—Lic. Maricela Alpízar Chacón, Notario.—1
vez.— CE2023043681.—( IN2023776037 ).
Por escritura número ochenta y uno-treinta y ocho, otorgada ante el notario Mauricio Benavides Chavarría, al ser las quince horas cuarenta
y cinco minutos del veinticuatro de mayo del dos mil veintitrés,
Clínica Empresarial
de Las Americas Sociedad Anónima, cédula jurídica número 3-101-269765, por medio de
su apoderado, Víctor Hugo
Carranza Salazar, cédula uno-seiscientos setenta y cuatro-cero veintinueve,
mayor de edad, casado una vez, master en administración de empresas, vecino de San Isidro de
Pérez Zeledón, hago constar que de conformidad con lo
dispuesto en la Ley número diez mil doscientos cincuenta y cinco, compareció dentro del plazo de ley, ante mi notaría pública, Bufete Benavides & Asociados,
Pérez Zeledón, 50 oeste y
50 al norte de la Ferretería
Xiomara. Lic. Mauricio Benavides Chavarría,
a efecto de otorgar escritura de solicitud de reinscripción de la referida sociedad.—San
Isidro de El General, a las ocho horas y cero minutos del treinta de mayo del
dos mil veintitrés.—Lic.
Mauricio Benavides Chavarría, Notario
Público.—1 vez.—(
IN2023776038 ).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 15 horas 00 minutos del 18 de enero del año 2023, se constituyó la sociedad denominada Extractores Industriales
Fan de Centroamérica Limitada.—San José, 19
de enero del 2023.—Lic.
José Fermín Morales Campos, Notario.—1 vez.— CE2023043682.—(
IN2023776039 ).
Mediante escritura otorgada
ante esta notaría, a las 17
horas 00 minutos del 16 de enero
del año 2023, se constituyó
la sociedad denominada Inversiones Cazu WM Turales Sociedad de Responsabilidad
Limitada.—San José, 19 de enero del 2023.—Lic. Edwin Alonso Mora Campos, Notario.—1 vez.—CE2023043683.—( IN2023776040 ).
Mediante escritura otorgada
ante esta notaría, a las 10
horas 00 minutos del 19 de enero
del año 2023, se constituyó
la sociedad denominada Ocean
Cove Ma Development One Limitada.—San José, 19 de enero del 2023.—Lic. Gonzalo José Rojas Benavides, Notario.—1 vez.—CE2023043685.—( IN2023776041 ).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 12 horas 00 minutos del 19 de enero del año 2023, se constituyó la sociedad denominada Viusa Limitada.—San José, 19 de enero del 2023.—Lic. Ana Giselle Barboza Quesada, Notario.—1 vez.— CE2023043684.—( IN2023776042 ).
Mediante escritura otorgada
ante esta notaría, a las 17
horas 00 minutos del 26 de noviembre
del año 2022, se constituyó
la sociedad denominada Inversiones El Cafetal de Turales
V & W Sociedad Anónima.—San José, 19 de enero del 2023.—Lic. Edwin Alonso Mora Campos, Notario.—1 vez.— CE2023043686.—( IN2023776043 ).
Mediante escritura otorgada
ante esta notaría, a las 15
horas 10 minutos del 18 de enero
del año 2023, se constituyó
la sociedad denominada Alpha
System & Innovation Tech Group Sociedad Anónima.—San José, 19 de
enero del 2023.—Lic.
Esteban Gerardo Mora Bermúdez, Notario.—1 vez.— CE2023043688.—( IN2023776044 ).
Mediante escritura otorgada
ante esta notaría, a las 19
horas 00 minutos del 17 de enero
del año 2023, se constituyó
la sociedad denominada Mar
de Sueños Catering Service Sociedad Anónima.—San
José, 19 de enero del 2023.—Lic.
Mario Alberto Calvo Asi, Notario.—1 vez.— CE2023043687.—( IN2023776045 ).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 14 horas 00 minutos del 13 de enero del año 2023, se constituyó la sociedad denominada Cheng Bin Ochenta y Ocho Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 19 de enero del 2023.—Lic. Katia Cristina Córdoba Quintero, Notario.—1 vez.— CE2023043689.—( IN2023776046 ).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 12 horas 24 minutos del 19 de enero del año 2023, se constituyó la sociedad denominada Katya
& Sveta Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San
José, 19 de enero del 2023.—Lic.
Aldo José Mata Morales, Notario.—1 vez.— CE2023043692.—(
IN2023776047 ).
Mediante escritura otorgada
ante esta notaría, a las 14
horas 00 minutos del 18 de enero
del año 2023, se constituyó
la sociedad denominada Puesta del Sol Nueve E Limitada.—San
José, 19 de enero del 2023.—Lic.
Diana Elke Pinchanski Fachler,
Notario.—1
vez.—CE2023043693.—( IN2023776048 ).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 14 horas 00 minutos del 17 de enero del año 2023, se constituyó la sociedad denominada Damapo Limitada.—San José, 19 de enero del 2023.—Lic. Alejandro José Burgos Bonilla, Notario.—1 vez.—CE2023043695.—( IN2023776049 ).
Mediante escritura otorgada
ante esta notaría, a las 10
horas 30 minutos del 18 de enero
del año 2023, se constituyó
la sociedad denominada Nebbia Software Solutions Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 19 de enero del 2023.—Lic. Sebastián David Vargas Roldán, Notario.—1 vez.— CE2023043696.—( IN2023776050 ).
Mediante escritura otorgada
ante esta notaría, a las 12
horas 10 minutos del 18 de enero
del año 2023, se constituyó
la sociedad denominada Inversiones Raudez Cero
Cuatro Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San
José, 19 de enero del 2023.—Lic.
Édison Bolaños Salazar, Notario.—1 vez.—CE2023043698.—( IN2023776051 ).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 20 horas 30 minutos del 14 de enero del año 2023, se constituyó la sociedad denominada Multiservicios Isamar LM Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 19 de enero del 2023.—Lic. Sergio Elizondo Garofalo, Notario.—1 vez.— CE2023043699.—( IN2023776052 ).
Mediante escritura otorgada
ante esta notaría, a las 12
horas 30 minutos del 19 de enero
del año 2023, se constituyó
la sociedad denominada Congo
Guapo Investments Sociedad Anónima.—San José, 19 de
enero del 2023.—Lic. Carlos
Eduardo Vargas Arias, Notario.—1 vez.—CE2023043700.—(
IN2023776053 ).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 10 horas 30 minutos del 19 de enero del año 2023, se constituyó la sociedad denominada Ocho Perras Limitada.—San
José, 19 de enero del 2023.—Lic.
Alejandra Salazar Blanco, Notario.—1 vez.—CE2023043703.—(
IN2023776054 ).
Mediante escritura otorgada
ante esta notaría, a las 15
horas 00 minutos del 18 de enero
del año 2023, se constituyó
la sociedad denominada Operaciones San Barthe
de Costa Rica Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San
José, 19 de enero del 2023.—Lic.
Gabriel Clare Facio, Notario.—1 vez.—CE2023043704.—( IN2023776055 ).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 12 horas 00 minutos del 18 de enero del año 2023, se constituyó la sociedad denominada Enping Li Market Y & Y Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 19 de enero del 2023.—Lic. Flor Eugenia Castillo Castro, Notario.—1 vez.—CE2023043705.—( IN2023776056 ).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 11 horas 00 minutos del 17 de enero del año 2023, se constituyó la sociedad denominada Servicios Constructivos
Sociedad Anónima.—San José, 19 de enero del 2023.—Lic. Karina Fernanda Quesada Salas, Notario.—1 vez.—CE2023043706.—( IN2023776057 ).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 13 horas 00 minutos del 18 de enero del año 2023, se constituyó la sociedad denominada Thunder
Shop Y & B Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San
José, 19 de enero del 2023.—Lic.
Flor Eugenia Castillo Castro, Notaria.—1 vez.—CE2023043707.—( IN2023776058 ).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 14 horas 00 minutos del 09 de enero del año 2023, se constituyó la sociedad denominada Soluciones Integrales
CMA Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 19
de enero del 2023.—Lic.
Carlos Miguel Redondo Campos, Notario.—1 vez.—CE2023043708.—( IN2023776059
).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 19 horas 00 minutos del 16 de enero del año 2023, se constituyó la sociedad denominada Jireh de Ramdorsky Sociedad de Responsabilidad
Limitada.—San José, 19 de enero del 2023.—Lic. Edwin Martin Chacón Saborío,
Notario.—1
vez.—CE2023043709.—( IN2023776060 ).
Por escritura número ciento sesenta y uno, de las ocho horas del treinta de mayo
del año dos mil veintitrés,
se protocolizó el acta de asamblea general de socios de la sociedad Tres Ciento Dos Ochocientos Cuarenta y Cinco Mil Trescientos Cincuenta y Tres
Sociedad de Responsabilidad Limitada,
mediante la cual se reforma la razón social a Mole
MTR Sociedad de Responsabilidad Limitada.—Licda. Adriana González Soto, Notaria.—1
vez.—( IN2023776066 ).
Ante el notario público Carlos Redondo Campos, y como
consta en el Libro de Actas de la Asamblea de Cuotistas de la compañía
3-102-089628
S. R. L., realizada a las
15 horas del 28 de noviembre del 2022, se protocolizó el acta N° 7, que en lo conducente indica: …Se acuerda reformar la cláusula sexta y décimo primero de los estatutos de la sociedad…Se hace constar que el Gerente Uno… Enrique Morera
Pacheco… falleció el 23 de febrero del 2021…no era dueño de ninguna cuota del capital social
de la presente sociedad, por lo que su puesto
se encuentra vacante; y se dejan constancia, que hasta la fecha no se les adeuda suma de dinero por su labor… Se conoce la renuncia…Bertilia Araya Sancho…quién ostenta el
cargo de Sub Gerente… Para llenar
las vacantes indicadas… Gerente Uno se designa a Carlos
Andrés Morera Araya… y como
Sub Gerente se designa a
María Estela Morera Araya… Quiénes
estando presente son debidamente juramentados, aceptan el nombramiento,
entran en posesión de su cargo por el resto del plazo social y juran su fiel cumplimiento…”
Que la cédula jurídica de la sociedad…
se encuentra vigente e inscrita en la Registro, Sección Mercantil al Tomo 362, Asiento
12857. De conformidad con lo dispuesto
en el numeral 77 del Código
Notarial, doy fe, que lo omitido en la transcripción
no modifica, altera, condiciona,
restringe ni desvirtúa lo transcrito.—Palmares, 29 de mayo del 2023.—1
vez.—( IN2023776067 ).
Ante esta notaría, por escritura otorgada
a las trece horas del veinticinco
de marzo de dos mil veintitrés,
se protocolizan acuerdos de
acta de asamblea de compañía
Pecos Fresh Fruit Sociedad Anónima, cédula de
persona jurídica número tres-ciento uno-quinientos noventa y nueve mil ciento ochenta y dos, donde se acuerda reformar la cláusula segunda del pacto de constitución correspondiente al domicilio social y la cláusula de
representación de la sociedad.—San
José, treinta de mayo de dos mil veintitrés.—Lic. Andy Jack Sánchez Porras.—1 vez.—( IN2023776069 ).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 16 horas 00 minutos del 17 de enero del año 2023, se constituyó la sociedad denominada Grupo Galana VL Sociedad de Responsabilidad
Limitada.—San José, 20 de enero del 2023.—Lic. Edgar Andrey López Carrillo, Notario.—1 vez.—CE2023043710.—( IN2023776070 ).
Mediante escritura otorgada
ante esta notaría, a las 09
horas 00 minutos del 18 de enero
del año 2023, se constituyó
la sociedad denominada Chicawawa Cinco Cero Seis Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 20 de enero del 2023.—Lic. Federico Peralta Calzada, Notario.—1
vez.—CE2023043711.—( IN2023776071 ).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 12 horas 00 minutos del 18 de enero del año 2023, se constituyó la sociedad denominada Garvilla Cero Seis del Sur Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 20 de enero del 2023.—Lic. José Isaac Fonseca Molina, Notario.—1 vez.—CE2023043712.—( IN2023776072 ).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 09 horas 00 minutos del 07 de enero del año 2023, se constituyó la sociedad denominada Dr Ocular
Sociedad Anónima.—San José, 20 de enero del 2023.—Lic. Nazareth Abarca Madrigal, Notario.—1
vez.—CE2023043713.—( IN2023776073 ).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 16 horas 00 minutos del 19 de enero del año 2023, se constituyó la sociedad denominada Sib Merge
Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 20
de enero del 2023.—Lic.
Jorge Fernando Calvo Mora, Notario.—1 vez.—CE2023043714.—(
IN2023776074 ).
Mediante escritura otorgada
ante esta notaría, a las 13
horas 30 minutos del 17 de enero
del año 2023, se constituyó
la sociedad denominada Infojo Sociedad de Responsabilidad
Limitada.—San José, 20 de enero del 2023.—Lic. Karen Daniela Oconitrillo
Quesada, Notario.—1 vez.—CE2023043715.—(
IN2023776075 ).
Mediante escritura otorgada
ante esta notaría, a las 16
horas 00 minutos del 19 de enero
del año 2023, se constituyó
la sociedad denominada RTH
Supply Parts Sociedad Anónima.—San José, 20 de enero del 2023.—Lic. Flor María Delgado Zumbado, Notario.—1
vez.—CE2023043716.—( IN2023776076 ).
Mediante escritura otorgada
ante esta notaría, a las 08
horas 00 minutos del 19 de enero
del año 2023, se constituyó
la sociedad denominada Constru Metal WAOP Sociedad Anónima.—San José, 20 de
enero del 2023.—Lic. Johnny
Alberto Moya Umaña, Notario.—1 vez.—CE2023043718.—( IN2023776077 ).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 14 horas 00 minutos del 17 de enero del año 2023, se constituyó la sociedad denominada Grupo de Inversiones Rueda y Asociados
Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 20
de enero del 2023.—Lic.
Lilliam Hidalgo Álvarez, Notario.—1 vez.—CE2023043720.—(
IN2023776078 ).
Mediante escritura otorgada
ante esta notaría, a las 12
horas 00 minutos del 19 de enero
del año 2023, se constituyó
la sociedad denominada Paz
Dental Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San
José, 20 de enero del 2023.—Lic.
Rosa Guillermina Aguilar Ureña, Notario.—1 vez.—CE2023043719.—( IN2023776079 ).
Mediante escritura otorgada
ante esta notaría, a las 15
horas 00 minutos del 19 de enero
del año 2023, se constituyó
la sociedad denominada Sunset
View LLC Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San
José, 20 de enero del 2023.—Lic.
Steffano José Ferraro Flórez
Estrada, Notario.—1 vez.—CE2023043722.—(
IN2023776080 ).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 16 horas 30 minutos del 19 de enero del año 2023, se constituyó la sociedad denominada Corner Box
Linderos Limitada.—San José, 20 de enero del 2023.—Lic. Ismene Arroyo Marín, Notario.—1 vez.—CE2023043724.—( IN2023776081 ).
Mediante escritura otorgada
ante esta notaría, a las 18
horas 15 minutos del 18 de enero
del año 2023, se constituyó
la sociedad denominada Fibrotank Sociedad Anónima.—San José, 20 de
enero del 2023.—Lic. Daglich Anthony Medina López, Notario.—1 vez.—CE2023043725.—( IN2023776082 ).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 08 horas 30 minutos del 20 de enero del año 2023, se constituyó la sociedad denominada Cava Desing
Group Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 20
de enero del 2023.—Lic. Merelyn Alvarado Robles, Notario.—1 vez.—CE2023043727.—( IN2023776083 ).
Mediante escritura otorgada
ante esta notaría, a las 09
horas 00 minutos del 20 de enero
del año 2023, se constituyó
la sociedad denominada Corrales
Auto Partes Sociedad de Responsabilidad
Limitada.—San José, 20 de enero del 2023.—Lic. Catherine Vanessa Mora Chavarría,
Notario.—1
vez.—CE2023043728.—( IN2023776084 ).
Mediante escritura otorgada
ante esta notaría, a las 14
horas 45 minutos del 19 de enero
del año 2023, se constituyó
la sociedad denominada Morrison
Vacation Rentals Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San
José, 20 de enero del 2023.—Lic.
María Gabriela Gómez Miranda, Notario.—1 vez.—CE2023043729.—(
IN2023776085 ).
Mediante escritura otorgada
ante esta notaría, a las 09
horas 30 minutos del 18 de enero
del año 2023, se constituyó
la sociedad denominada Residencias
Arenal Quinientos Seis Sociedad Anónima.—San José, 20 de
enero del 2023.—Lic.
Ricardo Alfonso Salazar Monge, Notario.—1 vez.—CE2023043730.—(
IN2023776086 ).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 11 horas 00 minutos del 19 de enero del año 2023, se constituyó la sociedad denominada Migsan Properties Limitada.—San José, 20
de enero del 2023.—Lic.
Silvia Vega Carballo, Notario.—1 vez.—CE2023043731.—(
IN2023776087 ).
Mediante escritura otorgada
ante esta notaría, a las 09
horas 00 minutos del 11 de enero
del año 2023, se constituyó
la sociedad denominada Sirio
Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 20
de enero del 2023.—Lic.
Karina Romero Espinoza, Notario.—1 vez.—CE2023043732.—(
IN2023776088 ).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 10 horas 00 minutos del 20 de enero del año 2023, se constituyó la sociedad denominada Rindeconomic Veggies Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 20 de enero del 2023.—Lic. Yadriela Rodríguez Quesada, Notario.—1
vez.—CE2023043734.—( IN2023776089 ).
Mediante escritura otorgada
ante esta notaría, a las 14
horas 00 minutos del 11 de enero
del año 2023, se constituyó
la sociedad denominada Inversiones Fisam
Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 20
de enero del 2023.—Lic.
Tatiana María Rodríguez Arroyo, Notario.—1 vez.—CE2023043736.—(
IN2023776090 ).
Mediante escritura otorgada
ante esta notaría, a las 08
horas 30 minutos del 12 de diciembre
del año 2022, se constituyó
la sociedad denominada Dimaprisa de Costa Rica Sociedad Anónima.—San
José, 20 de enero del 2023.—Lic.
Ivannia
Zúñiga Vidal, Notario.—1 vez.—CE2023043737.—(
IN2023776091 ).
Mediante escritura otorgada
ante esta notaría, a las 09
horas 30 minutos del 19 de enero
del año 2023, se constituyó
la sociedad denominada TK
CO Limitada.—San José, 20 de enero del 2023.—Lic. Alejandra Salazar Blanco, Notario.—1 vez.—CE2023043738.—( IN2023776092 ).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 09 horas 00 minutos del 19 de enero del año 2023, se constituyó la sociedad denominada Inversiones Maryland Dos Mil Veintitrés
Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 20
de enero del 2023.—Lic.
Ricardo Cordero Vargas, Notario.—1 vez.—CE2023043739.—(
IN2023776093 ).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 10 horas 00 minutos del 20 de enero del año 2023, se constituyó la sociedad denominada Inner
Bliss Yoga & Wellness Sociedad de Responsabilidad
Limitada.—San José, 20 de enero del 2023.—Lic. Sabrina Karine Kszak Bianchi, Notario.—1 vez.—CE2023043740.—(
IN2023776094 ).
Mediante escritura otorgada
ante esta notaría, a las 11
horas 30 minutos del 06 de enero
del año 2023, se constituyó
la sociedad denominada Constructora Acuña y
Benavides C A B Limitada.—San José, 20 de enero del 2023.—Lic. Franty Villafuerte Villafuerte, Notario.—1 vez.—CE2023043741.—(
IN2023776095 ).
Mediante escritura otorgada
ante esta notaría, a las 14
horas 00 minutos del 22 de diciembre
del año 2022, se constituyó
la sociedad denominada Territorio Fiestero Bar La Z Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 20 de enero del 2023.—Lic. Fernando Jiménez Mora, Notario.—1 vez.—CE2023043742.—( IN2023776096 ).
Mediante escritura otorgada
ante esta notaría, a las 10
horas 05 minutos del 19 de enero
del año 2023, se constituyó
la sociedad denominada Clear
Choice Capital LLC Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San
José, 20 de enero del 2023.—Lic.
Fabio Trujillo Hering, Notario.—1 vez.—CE2023043743.—( IN2023776097 ).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 09 horas 00 minutos del 19 de enero del año 2023, se constituyó la sociedad denominada Refugio de
Hadas Sociedad de Responsabilidad
Limitada.—San José, 20 de enero del 2023.—Lic. Rolando Luis Calderón Ureña,
Notario.—1
vez.—CE2023043744.—( IN2023776098 ).
Mediante escritura otorgada
ante esta notaría, a las 08
horas 30 minutos del 20 de enero
del año 2023, se constituyó
la sociedad denominada Inversiones Herrera Calvo del Oeste Sociedad Anónima.—San
José, 20 de enero del 2023.—Lic.
Juan Guillermo Tovar González, Notario.—1 vez.—CE2023043747.—(
IN2023776099 ).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 10 horas 00 minutos del 13 de enero del año 2023, se constituyó la sociedad denominada Diseñistico Sociedad de Responsabilidad
Limitada.—San José, 20 de enero del 2023.—Lic. Alejandro Cornejo Gutiérrez, Notario.—1 vez.—CE2023043748.—( IN2023776100 ).
Mediante escritura otorgada
ante esta notaría, a las 09
horas 00 minutos del 19 de enero
del año 2023, se constituyó
la sociedad denominada Tritsch House Properties Limitada.—San José, 20
de enero del 2023.—Lic.
Alejandra Salazar Blanco, Notario.—1 vez.—CE2023043749.—(
IN2023776101 ).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 10 horas 27 minutos del 20 de enero del año 2023, se constituyó la sociedad denominada Inversiones Apolo del
Este Sociedad Anónima.—San José, 20 de enero del 2023.—Lic. Rebeca Castillo Bastos, Notario.—1 vez.—CE2023043750.—( IN2023776102 ).
Mediante escritura otorgada
ante esta notaría, a las 11
horas 00 minutos del 17 de enero
del año 2023, se constituyó
la sociedad denominada Muchas Cosas Huacas Limitada.—San José, 20 de enero del 2023.—Lic. Helen Adriana Solano Morales, Notario.—1 vez.—CE2023043751.—( IN2023776103 ).
Mediante escritura otorgada
ante esta notaría, a las 17
horas 00 minutos del 19 de enero
del año 2023, se constituyó
la sociedad denominada AMVE
de Costa Rica Sociedad Anónima.—San José, 20 de enero del 2023.—Lic. Guillermo Echeverria Olaso, Notario.—1
vez.—CE2023043752.—( IN2023776104 ).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 12 horas 30 minutos del 20 de enero del año 2023, se constituyó la sociedad denominada International
Immobiliare Sociedad de Responsabilidad
Limitada.—San José, 20 de enero del 2023.—Lic. José Manuel Arias González, Notario.—1 vez.—CE2023043753.—( IN2023776105 ).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 23 horas 00 minutos del 20 de enero del año 2023, se constituyó la sociedad denominada W & E
Info Solutions Costa Rica Sociedad de Responsabilidad
Limitada.—San José, 20 de enero del 2023.—Lic. Kenneth Enrique Orozco Villalobos, Notario.—1 vez.—CE2023043754.—( IN2023776106 ).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 15 horas 45 minutos del 18 de enero del año 2023, se constituyó la sociedad denominada Peaceful
Tropics Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San
José, 20 de enero del 2023.—Lic.
Liza Bertarioni Castillo, Notario.—1 vez.—CE2023043758.—( IN2023776107 ).
La suscrita notaria pública Xinia
Arias Naranjo, hago constar que, ante esta notaria, se modificó el pacto constitutivo
de la sociedad Ethereal White S. A. y
Shadow Bent Investments S. A., ambas con domicilio
en Ojochal, Osa, Puntarenas, ciento cincuenta metros al este del
Hotel Villas Guía.—Palmar Norte, 28 de mayo de 2023.—1 vez.—(
IN2023776108 ).
Mediante escritura otorgada
ante esta notaría, a las 10
horas 00 minutos del 19 de enero
del año 2023, se constituyó
la sociedad denominada Autos
Zarcero Sociedad de Responsabilidad
Limitada.—San José, 20 de enero del 2023.—Lic. Maikol Vinicio Rodríguez Morales,
Notario.—1
vez.—CE2023043759.—( IN2023776109 ).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 10 horas 00 minutos del 26 de diciembre del año 2022, se constituyó la sociedad denominada Agromar Fresh Fruits Exports Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 20 de enero del 2023.—Lic. Monique Azuola Castro, Notario.—1
vez.—CE2023043762.—( IN2023776110 ).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 10 horas 30 minutos del 20 de enero del año 2023, se constituyó la sociedad denominada Grupo Comercial La Colmena Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 20 de enero del 2023.—Lic. José Joaquín Murillo Montero, Notario.—1 vez.—CE2023043763.—( IN2023776111 ).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 12 horas 00 minutos del 19 de enero del año 2023, se constituyó la sociedad denominada Minticket LLC Sociedad de Responsabilidad
Limitada.—San José, 20 de enero del 2023.—Lic. Andrés Eduardo Calvo Herra, Notario.—1
vez.—CE2023043764.—( IN2023776112 ).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 18 horas 00 minutos del 16 de noviembre del año 2022, se constituyó la sociedad denominada Agia Resorts Finance Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 20 de enero del 2023.—Lic. Ferdinand Von Herold Duarte, Notario.—1 vez.—CE2023043765.—( IN2023776113 ).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 11 horas 00 minutos del 17 de enero del año 2023, se constituyó la sociedad denominada Servicios Constructivos
Granacu Sociedad Anónima.—San José, 20 de
enero del 2023.—Lic. Karina
Fernanda Quesada Salas, Notario.—1 vez.— CE2023043766.—(
IN2023776114 ).
Mediante escritura otorgada
ante esta notaría, a las 17
horas 00 minutos del 17 de enero
del año 2023, se constituyó
la sociedad denominada Finca
El Porvenir Sociedad Anónima.—San José, 20 de
enero del 2023.—Lic.
Eduardo Sánchez Pérez, Notario.—1 vez.—CE2023043768.—(
IN2023776115 ).
Mediante escritura otorgada
ante esta notaría, a las 11
horas 00 minutos del 20 de enero
del año 2023, se constituyó
la sociedad denominada Butterfly
Bearthworks Sociedad de Responsabilidad
Limitada.—San José, 20 de enero del 2023.—Lic. Mario Andrés Hernández Bertarioni,
Notario.—1
vez.—CE2023043769.—( IN2023776116 ).
Que mediante escritura número 199, otorgada ante esta notaría en
la ciudad de San José, a las 19 horas del 18 de mayo de 2023, se procedió a protocolizar acta de asamblea general extraordinaria número cuatro de la sociedad
denominada Remodelaciones
Calvo Sánchez S. A., cédula de
persona jurídica número
3-101-580934, celebrada en su domicilio social en la ciudad de San José, San Francisco de Dos, a las 13
horas 15 minutos del 16 de enero
de 2023. Se conoció renuncia
de presidente, secretario y
tesorero de la junta directiva,
y fiscal, y se procedió a efectuar nuevos nombramientos por el resto del periodo, los cuales quedaron
en firme. Presidente: José Francisco Calvo Vargas, cédula
1-0545-0941, Fiscal: Jeremy Josué Arroyo Calvo,
cédula de identidad 1-1907-0034.—San José, 18 de mayo
de 2023.—Lic. Eduardo E. Acuña Castro, Notario.—1 vez.—( IN2023776117 ).
Mediante escritura otorgada
ante esta notaría, a las 09
horas 00 minutos del 11 de enero
del año 2023, se constituyó
la sociedad denominada Purpura
Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 20
de enero del 2023.—Lic.
Alejandra María Montiel Quirós, Notario.—1 vez.—CE2023043770.—(
IN2023776118 ).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 14 horas 30 minutos del 18 de enero del año 2023, se constituyó la sociedad denominada Casa SKY
Life Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 20
de enero del 2023.—Lic.
Adriana Silva Rojas, Notario.—1 vez.— CE2023043771.—(
IN2023776119 ).
Mediante escritura otorgada
ante esta notaría, a las 09
horas 00 minutos del 20 de enero
del año 2023, se constituyó
la sociedad denominada Hacienda
Encantada Limitada.—San José, 20 de enero del 2023.—Lic. Alejandra Salazar Blanco, Notario.—1 vez.—CE2023043772.—( IN2023776120 ).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 14 horas 00 minutos del 19 de enero del año 2023, se constituyó la sociedad denominada Pura CR
Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 20
de enero del 2023.—Lic.
Alejandro Cornejo Gutiérrez, Notario.—1 vez.— CE2023043773.—(
IN2023776121 ).
Mediante escritura otorgada
ante esta notaría, a las 16
horas 00 minutos del 17 de enero
del año 2023, se constituyó
la sociedad denominada Costa
Expeditions Limitada.—San José, 20 de enero del 2023.—Lic. Helen Adriana Solano Morales, Notario.—1 vez.—CE2023043774.—( IN2023776122 ).
Mediante escritura otorgada
ante esta notaría, a las 18
horas 00 minutos del 18 de enero
del año 2023, se constituyó
la sociedad denominada Sodess Tecnologías Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 20 de enero del 2023.—Lic. Francisco Gerardo Madrigal Ugalde, Notario.—1 vez.—CE2023043775.—( IN2023776123 ).
Mediante escritura otorgada
ante esta notaría, a las 08
horas 00 minutos del 18 de enero
del año 2023, se constituyó
la sociedad denominada Barvak Foods Sociedad Anónima.—San José, 20 de
enero del 2023.—Lic. Rafael
Ignacio González Saborío, Notario.—1 vez.— CE2023043776.—( IN2023776124 ).
Mediante escritura otorgada
ante esta notaría, a las 11
horas 00 minutos del 17 de enero
del año 2023, se constituyó
la sociedad denominada Toys
Logistics And Vapors Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San
José, 20 de enero del 2023.—Lic.
Susan Ginneth Esquivel Céspedes, Notario.—1 vez.—CE2023043779.—(
IN2023776125 ).
Mediante escritura otorgada
ante esta notaría, a las 15
horas 00 minutos del 19 de enero
del año 2023, se constituyó
la sociedad denominada Inversiones Agrícolas Inveragri Sociedad de Responsabilidad
Limitada.—San José, 20 de enero del 2023.—Lic. Lester García Sánchez, Notario.—1 vez.—CE2023043781.—( IN2023776126 ).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 08 horas 00 minutos del 10 de enero del año 2023, se constituyó la sociedad denominada ST Blue
Experience Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San
José, 20 de enero del 2023.—Lic.
Lisbeth María Castro Poveda, Notario.—1 vez.— CE2023043782.—(
IN2023776127 ).
Mediante escritura otorgada
ante esta notaría, a las 09
horas 03 minutos del 20 de enero
del año 2023, se constituyó
la sociedad denominada Movimientos y Acarreos Nicoyanos del Bosque Limitada.—San José, 20 de enero del 2023.—Lic. Jenny María Ramos González, Notario.—1 vez.—CE2023043783.—( IN2023776128 ).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 10 horas 30 minutos del 17 de enero del año 2023, se constituyó la sociedad denominada Cura Health Sociedad de Responsabilidad
Limitada.—San José, 20 de enero del 2023.—Lic. Eduardo Andrés Leitón Loría, Notario.—1
vez.— CE2023043784.—( IN2023776129 ).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 09 horas 30 minutos del 17 de enero del año 2023, se constituyó la sociedad denominada Inversiones TLSN Sociedad Anónima.—San José, 20 de
enero del 2023.—Lic. Manuel
Enrique Pastrana Gutiérrez, Notario.—1 vez.— CE2023043785.—(
IN2023776130 ).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 19 horas 00 minutos del 19 de enero del año 2023, se constituyó la sociedad denominada Sonolo Sociedad de Responsabilidad
Limitada.—San José, 20 de enero del 2023.—Lic. María Carolina Peláez Gil, Notario.—1
vez.— CE2023043786.—( IN2023776131 ).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 22 horas 00 minutos del 20 de enero del año 2023, se constituyó la sociedad denominada Inversiones Empresariales
del Bosque Limitada.—San José, 20 de enero del 2023.—Lic. Jenny María Ramos González, Notario.—1 vez.— CE2023043787.—( IN20237776132 ).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 09 horas 00 minutos del 19 de enero del año 2023, se constituyó la sociedad denominada Valkiria Kara Sociedad de Responsabilidad
Limitada.—San José, 20 de enero del 2023.—Lic. Ana Grettel Chaves Loría, Notario.—1
vez.— CE2023043788.—( IN2023776133 ).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 10 horas 00 minutos del 17 de enero del año 2023, se constituyó la sociedad denominada Industrias Matchon
Sociedad Sociedad Anónima.—San José, 20 de
enero del 2023.—Lic.
Guillermo Alberto Valverde Schmidt, Notario.—1 vez.— CE2023043789.—(
IN2023776134 ).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 14 horas 00 minutos del 17 de enero del año 2023, se constituyó la sociedad denominada Desarrollos en Sistemas Alimentarios F & Y
Sociedad de Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San
José, 20 de enero del 2023.—Lic.
Marco Antonio Leitón Soto, Notario.—1 vez.— CE2023043790.—( IN2023776135 ).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 17 horas 00 minutos del 19 de enero del año 2023, se constituyó la sociedad denominada Sisesa Sociedad Anónima.—San José, 20 de
enero del 2023.—Lic.
Jonatan Javier López Arias, Notario.—1 vez.— CE2023043791.—(
IN2023776136 ).
Mediante escritura otorgada
ante esta notaría, a las 17
horas 00 minutos del 18 de enero
del año 2023, se constituyó
la sociedad denominada Electromecánica Cuendiz
Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 20
de enero del 2023.—Lic.
Ronald Antonio Sánchez Trejos, Notario.—1 vez.— CE2023043792.—(
IN2023776137 ).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 12 horas 04 minutos del 09 de enero del año 2023, se constituyó la sociedad denominada San José
Happy Children Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San
José, 20 de enero del 2023.—Lic.
Ricardo Suarez Badilla, Notario.—1 vez.— CE2023043793.—( IN2023776138 ).
Jalmar Mel Sociedad Anónima, cédula de persona jurídica
número tres-ciento uno-tres dos cero uno cinco nueve, se acuerda por unanimidad de votos modificar la cláusula tercera del pacto constitutivo, para que de ahora en adelante
diga: Tercera: Del objeto: La sociedad se dedicará al comercio en general, a la actividad agropecuaria y ganadera, industria, alquileres, desarrollos urbanísticos, la exportación, importación, la agro industria y representación de casas extranjeras,
y en general toda actividad que esté legalmente permitida. Podrá formar parte
de otras sociedades, así como vender, hipotecar, pignorar y en cualquier forma permitida por la ley adquirir toda clase
de bienes muebles e inmuebles, enajenarlos o gravarlos conforme con sus necesidades. Podrá rendir fianzas y garantías a favor de socios y terceros, siempre que por ello la sociedad
adquiera algún beneficio, el cual
se presume con el sólo hecho de otorgarlas. Podrá dar bienes
en Fideicomiso o recibirlos, siendo Fideicomitente, Fiduciaria, Fideicomisaria o Beneficiaria, según el caso,
de conformidad con el capítulo duodécimo del Código de
Comercio, artículos seiscientos
treinta y tres y siguientes.” Ante el notario Roberto Enrique Romero Mora. Es todo.—San José, veintinueve de mayo del año dos
mil veintitrés.—Roberto Romero Mora.—1 vez.—( IN2023776139 ).
Mediante escritura otorgada
ante esta notaría, a las 11
horas 30 minutos del 19 de enero
del año 2023, se constituyó
la sociedad denominada Nex
Garden Sociedad Anónima.—San José, 21 de enero del 2023.—Lic. Jorge Andrés Cordero Leandro, Notario.—1 vez.— CE2023043794.—( IN2023776141 ).
Mediante escritura otorgada
ante esta notaría, a las 12
horas 00 minutos del 05 de enero
del año 2023, se constituyó
la sociedad denominada KJ
Scientific International Limitada.—San José, 21 de enero del 2023.—Lic. Ana Lorena Coto Esquivel, Notario.—1
vez.— CE2023043795.—( IN2023776142 ).
Mediante escritura número 32, otorgada ante mí, en Puntarenas, a las 17:00 horas del 05 de abril de 2023, protocolicé acta
de asamblea general extraordinaria
de Servifum Multiservicios
Sociedad Anónima, cédula jurídica
3-101-854618, donde se toma
el acuerdo firme de reformar la cláusula octava del pacto constitutivo.—Franklin López Ramírez, Notario.—1
vez.—( IN2023776146 ).
En mi notaria, en escritura N° 156-37,
folios 104vIto. y 105fte. del tomo 37, de las 10:00
hrs. del 22 de mayo del 2023, se protocoliza acta de asamblea general extraordinaria
de la entidad Gringo Bob!s Sociedad Anónima, cédula jurídica 3-101-575122, donde se acuerda la disolución de la misma.—Licda María Cecilia
Vargas Navarro, carné
2529, Notaria Pública.—1
vez.—( IN2023776147 ).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 11 horas 00 minutos del 20 de enero del año 2023, se constituyó la sociedad denominada W & E
Info Solutions Costa Rica Sociedad de Responsabilidad
Limitada.—San José, 23 de enero del 2023.—Lic. Kenneth Enrique Orozco Villalobos, Notario.—1 vez.— CE2023043833.—( IN2023776148 ).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 14 horas 00 minutos del 20 de enero del año 2023, se constituyó la sociedad denominada Servi Transportes
Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 23
de enero del 2023.—Lic.
Danilo Mata Castro, Notario.—1 vez.— CE2023043835.—(
IN2023776149 ).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 11 horas 00 minutos del 18 de enero del año 2023, se constituyó la sociedad denominada Sea to Sky
Security CRC Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San
José, 23 de enero del 2023.—Lic.
Loana Leitón Porras, Notaria.—1 vez.—CE2023043836.—(
IN2023776150 ).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 20 horas 00 minutos del 09 de enero del año 2023, se constituyó la sociedad denominada Giorka Sociedad de Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 23 de enero del 2023.—Licda. Karen Elena Sandí Sandí, Notaria.—1
vez.— CE2023043838.—( IN2023776151 ).
Mediante escritura otorgada
ante esta notaría, a las 11
horas 30 minutos del 19 de noviembre
del año 2022, se constituyó
la sociedad denominada Moth
IO Programas & Consultoría
Sociedad Anónima.—San José, 23 de enero del 2023.—Lic. Bianchy Magdalena Rodríguez
Salas, Notario.—1 vez.— CE2023043839.—(
IN2023776152 ).
Mediante escritura otorgada
ante esta notaría, a las 09
horas 00 minutos del 20 de enero
del año 2023, se constituyó
la sociedad denominada Logísticos del GAM Limitada.—San José, 23
de enero del 2023.—Lic. Ana
Lorena Coto Esquivel, Notario.—1 vez.— CE2023043840.—( IN2023776153 ).
Mediante escritura otorgada
ante esta notaría, a las 17
horas 30 minutos del 02 de enero
del año 2023, se constituyó
la sociedad denominada Pura
Vida Minerals Sociedad Anónima.—San José, 23 de enero del 2023.—Lic. Bernardo Vargas Quirós, Notario.—1 vez.—CE2023043841.—( IN2023776154 ).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 09 horas 35 minutos del 23 de enero del año 2023, se constituyó la sociedad denominada Costa
Palma Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 23
de enero del 2023.—Lic.
Luis Alberto Canales Cortes, Notario.—1 vez.— CE2023043842.—(
IN2023776155 ).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 13 horas 40 minutos del 13 de enero del año 2023, se constituyó la sociedad denominada RVA Desarrolladora y Electromecánica
Sociedad Anónima.—San José, 23 de enero del 2023.—Lic. Priscilla María Jiménez Olaso,
Notario.—1
vez.— CE2023043843.—( IN2023776156 ).
Mediante escritura otorgada
ante esta notaría, a las 13
horas 00 minutos del 20 de enero
del año 2023, se constituyó
la sociedad denominada Imgenio Studio Sociedad de Responsabilidad
Limitada.—San José, 23 de enero
del 2023.—Licda. Katrin Pamela Jiménez Corrales, Notaria.—1 vez.—CE2023043844.—( IN2023776157 ).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 14 horas 00 minutos del 21 de enero del año 2023, se constituyó la sociedad denominada Comercializadora Export Tuber Peeler Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 23 de enero del 2023.—Lic. Jessica Isabel López Araya, Notario.—1 vez.— CE2023043845.—( IN2023776158 ).
Mediante escritura otorgada
ante esta notaría, a las 23
horas 00 minutos del 19 de enero
del año 2023, se constituyó
la sociedad denominada Cortes
Selectos Sociedad Anónima.—San José, 23 de
enero del 2023.—Lic. Lidieth Porras Córdoba, Notario.—1 vez.— CE2023043846.—( IN2023776159 ).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 11 horas 20 minutos del 20 de enero del año 2023, se constituyó la sociedad denominada Taxista Independientes
de Belén MA Sociedad anónima.—San José, 23 de
enero del 2023.—Lic. Bianchy Magdalena Rodríguez Salas, Notario.—1 vez.— CE2023043847.—( IN2023776160 ).
Mediante escritura otorgada
ante esta notaría, a las 11
horas 00 minutos del 23 de enero
del año 2023, se constituyó
la sociedad denominada Investment
New York RBA Sociedad anónima.—San José, 23 de enero del 2023.—Lic. Manuel Francisco Monge Diaz, Notario.—1 vez.— CE2023043848.—( IN2023776161 ).
Mediante escritura otorgada
ante esta notaría, a las 10
horas 00 minutos del 20 de enero
del año 2023, se constituyó
la sociedad denominada Las
Cimas de Turrubares Sociedad anónima.—San José, 23 de
enero del 2023.—Lic.
Esteban José Esquivel Zúñiga, Notario.—1 vez.— CE2023043850.—( IN2023776162 ).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 00 horas 00 minutos del 23 de enero del año 2023, se constituyó la sociedad denominada La Joya de
Pavones Sociedad Anónima.—San José, 23 de enero del 2023.—Lic. Roy Faustino Jiménez Rodríguez, Notario.—1 vez.— CE2023043851.—( IN2023776163 ).
Mediante escritura otorgada
ante esta notaría, a las 11
horas 30 minutos del 23 de enero
del año 2023, se constituyó
la sociedad denominada
Posterity Pacific Enterprise Sociedad de Responsabilidad
Limitada.—San
José, 23 de enero del 2023.—Lic.
Sergio Cristofer Najera Carvajal, Notario.—1 vez.—CE2023043849.—(
IN2023776164 ).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 14 horas 00 minutos del 09 de enero del año 2023, se constituyó la sociedad denominada Soluciones Aplicadas
CMACR Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 23
de enero del 2023.—Lic.
Carlos Miguel Redondo Campos, Notario.—1 vez.—CE2023043852.—(
IN2023776166 ).
Mediante escritura otorgada
ante esta notaría, a las 08
horas 00 minutos del 23 de enero
del año 2023, se constituyó
la sociedad denominada Transportes Mora de Los Santos Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 23 de enero del 2023.—Lic. Alcira Hernández Astúa, Notaria.—1
vez.—CE2023043853.—( IN2023776167 ).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 10 horas 00 minutos del 21 de enero del año 2023, se constituyó la sociedad denominada Aventura
con Cuerdas Sociedad de Responsabilidad
Limitada.—San José, 23 de enero del 2023.—Lic. Jorge Luis Sibaja Alfaro, Notario.—1
vez.—CE2023043854.—( IN2023776168 ).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 11 horas 10 minutos del 23 de enero del año 2023, se constituyó la sociedad denominada Comercial de Maquinaria
y Motores CMM Sociedad de Responsabilidad
Limitada.—San José, 23 de enero del 2023.—Licda. Dayana Badilla Jarquín, Notaria.—1 vez.—CE2023043855.—(
IN2023776169 ).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 14 horas 00 minutos del 23 de enero del año 2023, se constituyó la sociedad denominada Corporación
López del Pacífico
Sur Sociedad Sociedad de Responsabilidad
Limitada.—San José, 23 de enero del 2023.—Lic. Marlene Lobo
Chaves, Notario.—1 vez.—CE2023043856.—(
IN2023776170 ).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 10 horas 00 minutos del 23 de enero del año 2023, se constituyó la sociedad denominada Lubricantes JUD Sociedad de Responsabilidad
Limitada.—San José, 23 de enero del 2023.—Licda. Marta Arabela Arauz Mora, Notaria.—1 vez.—CE2023043860.—( IN2023776171 ).
Mediante escritura otorgada
ante esta notaría, a las 10
horas 05 minutos del 19 de enero
del año 2023, se constituyó
la sociedad denominada Ginger
del Estero Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San
José, 23 de enero del 2023.—Lic.
René Dagoberto
Orellana Meléndez, Notario.—1
vez.—CE2023043859.—( IN2023776172 ).
Mediante escritura otorgada
ante esta notaría, a las 20
horas 00 minutos del 23 de enero
del año 2023, se constituyó
la sociedad denominada Montessori
Home Tools Sociedad Anónima.—San José, 23 de enero del 2023.—Lic. Eugenio Desanti Hurtado, Notario.—1
vez.—CE2023043861.—( IN2023776173 ).
Mediante escritura otorgada
ante esta notaría, a las 12
horas 00 minutos del 19 de enero
del año 2023, se constituyó
la sociedad denominada Grupo
Empresarial Alfaro Arias Sociedad Anónima.—San José, 23 de enero del 2023.—Lic. Geovanny Víquez Arley,
Notario.—1
vez.—CE2023043862.—( IN2023776174 ).
Mediante escritura otorgada
ante esta notaría, a las 14
horas 00 minutos del 22 de enero
del año 2023, se constituyó
la sociedad denominada Norma
Santa Teresa Limitada.—San José, 23 de enero del 2023.—Lic. Francisco José Salas Agüero, Notario.—1
vez.—CE2023043863.—( IN2023776175 ).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 09 horas 20 minutos del 23 de enero del año 2023, se constituyó la sociedad denominada Luna en Cangrejo Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 23 de enero del 2023.—Licda. Nancy Núñez
Montiel, Notaria.—1 vez.—CE2023043864.—( IN2023776176 ).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 10 horas 00 minutos del 20 de enero del año 2023, se constituyó la sociedad denominada Grupo Empresarial Kaymat Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 23 de enero del 2023.—Lic. Fernando Alberto Morera Blandino, Notario.—1 vez.—CE2023043865.—(
IN2023776177 ).
Mediante escritura otorgada
ante esta notaría, a las 14
horas 00 minutos del 20 de enero
del año 2023, se constituyó
la sociedad denominada Biofrut Company Sociedad Anónima.—San José, 23 de enero del 2023.—Lic. Miguel Chacón Alvarado, Notario.—1 vez.—CE2023043866.—(
IN2023776178 ).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 08 horas 00 minutos del 20 de enero del año 2023, se constituyó la sociedad denominada Alto San
Juan Coffee Traders Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San
José, 23 de enero del 2023.—Licda.
Laura Gabriela Chaverri Gómez, Notaria.—1 vez.—CE2023043868.—(
IN2023776179 ).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 19 horas 00 minutos del 16 de enero del año 2023, se constituyó la sociedad denominada Inversiones A Largo Plazo
K & M de Costa Rica Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San
José, 23 de enero del 2023.—Lic.
Álvaro Eladio Barboza Mena, Notario.—1 vez.—CE2023043867.—(
IN2023776180 ).
Mediante escritura otorgada
ante esta notaría, a las 08
horas 00 minutos del 23 de enero
del año 2023, se constituyó
la sociedad denominada Friends
of Portalón Sociedad Anónima.—San José, 23 de enero del 2023.—Lic. Ana Patricia Vargas Jara, Notario.—1 vez.—CE2023043870.—( IN2023776181 ).
Mediante escritura otorgada
ante esta notaría, a las 09
horas 30 minutos del 23 de enero
del año 2023, se constituyó
la sociedad denominada Patymay a Paradise Corporation Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 23 de enero del 2023.—Lic. Nancy Núñez Montiel, Notario.—1 vez.—CE2023043871.—(
IN2023776182 ).
Mediante escritura otorgada
ante esta notaría, a las 14
horas 19 minutos del 19 de enero
del año 2023, se constituyó
la sociedad denominada Dreams
and Smiles Companies Sociedad traducida al español Empresas de Sueños y Sonrisas Sociedad Anónima.—San José, 23 de enero del 2023.—Lic. Julieta Elizondo Araya, Notario.—1 vez.—CE2023043872.—( IN2023776183 ).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 07 horas 30 minutos del 23 de enero del año 2023, se constituyó la sociedad denominada Solmajara de Cartago Sociedad Anónima.—San José, 23 de enero del 2023.—Lic. Rodolfo Antonio Chacón Navarro, Notario.—1
vez.—CE2023043873.—( IN2023776184 ).
Mediante escritura otorgada
ante esta notaría, a las 13
horas 00 minutos del 21 de enero
del año 2023, se constituyó
la sociedad denominada Grupo
Bolaños & Alvarado Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San
José, 23 de enero del 2023.—Lic.
Nelson Antonio Gómez Barrantes, Notario.—1 vez.—CE2023043874.—(
IN2023776185 ).
Mediante escritura otorgada
ante esta notaría, a las 10
horas 00 minutos del 23 de enero
del año 2023, se constituyó
la sociedad denominada Sacori Sociedad de Responsabilidad
Limitada.—San José, 23 de enero del 2023.—Lic. Nancy Núñez Montiel, Notario.—1 vez.—CE2023043876.—(
IN2023776186 ).
Por escritura otorgada ante el suscrito notario,
Carlos Luis Mellado Soto, en
la ciudad de Esparza, a las 10:00 horas del 8 de junio
del 2023, el señor Max
Carranza Arce, cédula número uno-novecientos
tres-ochocientos dieciséis,
solicita al Registro Mercantil, la reinscripción de la
sociedad Inversiones
Humaxel Sociedad Anónima,
cédula de persona jurídica número: tres-ciento uno-noventa
y nueve mil trescientos setenta y cuatro.—Esparza, 8 de junio
del 2023.—Carlos Luis Mellado Soto, Notario.—1 vez.—( IN2023785593 ).
Por escritura otorgada
ante el suscrito notario, Carlos Luis Mellado
Soto, en la ciudad de Esparza, a las 15:15 horas del
11 de mayo del 2023, el señor
Mayron Guerrero Gabuardi,
cédula N° 6-314-455, solicita al Registro Mercantil, la reinscripción de la sociedad Hacienda
Jo Jo Jo S. A., cédula jurídica
N° 3-101-730618.—Esparza, 7 de junio del 2023.—Carlos Luis Mellado
Soto, Notario.—1 vez.—( IN2023785594 ).
CONSEJO DE SEGURIDAD VIAL
ÓRGANO
DIRECTOR DEL PROCEDIMIENTO
ADMINISTRATIVO
PUBLICACIÓN DE SEGUNDA VEZ
Ministerio de Obras
Públicas y Transportes.—Consejo de Seguridad Vial.—Órgano Director del Procedimiento Administrativo. Se comunica a los
señores Marvin Alfaro Alfaro,
cédula de identidad número
4-0105-1340, Randall Cordero Ocampo, cédula de identidad
número 1-1007-0650, Jorge Cordero Picado, cédula de identidad número 3-0476-0430,
Gerardo Díaz Herrera, cédula de identidad número 1-0488-0721, Leonardo Fernández Matamoros, cédula de
identidad número 1-1156-0866,
Jonathan Rojas Brenes, cédula de identidad número 3-0448-0730 y Óscar Ruiz Cubero, cédula de identidad número 1-1422-0946 que, por resolución de las ocho horas treinta minutos del día catorce de diciembre del dos mil veintidós, se dictó auto de apertura del Procedimiento Administrativo Ordinario Disciplinario y de Responsabilidad
Civil tramitado bajo expediente
N° CSV-AL-ADM-2022-C-03. Se comunica que el documento completo
lo pueden consultar en el siguiente
link: https://www.csv.go.cr/expedientes Cualquier duda se puede realizar
a los correos electrónicos: jmoram@csv.go.cr kvillalobosa@csv.go.cr con
copia a amarin@csv.go.cr Publíquese
por tres veces consecutivas, conformidad con el numeral 241.4
de la Ley General de la Administración Pública. Licda. Krystel
Villalobos Arce. Lic. Juan Pablo Mora Mena, Órgano Director del Procedimiento
Administrativo.—Ministerio de Obras Públicas y Transportes.—Consejo de Seguridad Vial.—Órgano Director del Procedimiento
Administrativo. Se comunica
a los señores Marvin Alfaro
Alfaro, cédula de identidad
número 4-0105-1340, Randall Cordero Ocampo, cédula de
identidad número 1-1007-0650, Jorge Cordero Picado, cédula de identidad número 3-0476-0430,
Gerardo Díaz Herrera, cédula de identidad número 1-0488-0721, Leonardo Fernández Matamoros, cédula
de identidad número
1-1156-0866, Jonathan Rojas Brenes, cédula de identidad
número 3-0448-0730 y Óscar Ruiz Cubero, cédula de identidad número 1-1422-0946 que, por resolución de las once horas veinte
minutos del quince de marzo
del dos mil veintitrés, traslada
la fecha para celebración de la audiencia oral del Procedimiento
Administrativo Ordinario
Disciplinario y de Responsabilidad
Civil tramitado bajo expediente
N° CSV-AL-ADM-2022-C-03 para las ocho horas del tres de julio del dos mil veintitrés, audiencia que se realizará
en el Auditorio
de Servicios Generales del Consejo de Seguridad Vial, sita en La Uruca,
detrás del Taller Policial Interministerial.
Se comunica que el documento completo lo pueden consultar en el siguiente
link: https://www.csv.go.cr/expedientes Cualquier duda se puede realizar
a los correos electrónicos: jmoram@csv.go.cr kvillalobosa@csv.go.cr con copia a
amarin@csv.go.cr Publíquese por
tres veces consecutivas, conformidad con el numeral 241.4 de la Ley General de la Administración Pública.—Licda. Krystel Villalobos Arce, Lic. Juan Pablo Mora Mena.—Órgano Director del Procedimiento
Administrativo.—O. C. N° 100001-00.—Solicitud N° 0183-2023.—( IN2023784307 ).
PUBLICACIÓN DE UNA VEZ
DIRECCIÓN DE GESTIÓN INSTITUCIONAL
DE RECURSOS HUMANOS
Publicación de segunda vez. Procedimiento Administrativo Cobratorio: Segunda intimación
de pago-En atención a los numerales 241 y 242 de la Ley
General de Administración Pública,
se comunica al señor Arnold
Picado Molina, cédula de identidad N° 1-1154-0472,
que de conformidad con la Resolución
Ministerial N° 2022-001572 de las siete horas y cuarenta minutos del día veintiuno del mes de noviembre del dos mil veintidós, emitida por el
señor Ministro de Obras Públicas y Transportes, se ordenó un Procedimiento Administrativo Cobratorio en su
contra a efecto de recuperar
la suma de (trescientos mil
colones exactos), suma pagada por
la Administración por concepto de deducible, a raíz del
percance ocurrido con el vehículo oficial
placas N° PE-12-4495, el
día 20 de marzo del 2020, siendo
que el señor Picado Molina,
fue declarado como autor y único
responsable de dicha colisión, según Sentencia N° 843-2021 dictada a
las 14:26 horas del 12 de julio del 2022, emitida por el
Juzgado de Tránsito de
Puntarenas. En este sentido,
se le confiere un plazo de
quince días hábiles contados
a partir del día siguiente
de la notificación de la presente
resolución para que realice
el pago referido,
monto que deberá ser depositado en la Caja única del Estado, cuenta número 15201001024247624
del Banco de Costa Rica. De no cumplir con el pago en
el plazo otorgado en la presente resolución, se procederá a realizar una segunda intimación
y de persistir el incumplimiento se procederá a la ejecución administrativa o
judicial de la presente resolución,
de conformidad con los artículos 146, 149 y 150 de la Ley General de Administración
Pública. Se le hace de su conocimiento que, contra el presente acto,
procede el recurso de revocatoria, mismo que podrá interponerse ante el Órgano Director en el plazo de tres
días hábiles y el de Apelación ante el Despacho del señor Ministro, según lo dispuesto en los
artículos 245, 345 inc. 1) y 346 de la Ley General de
Administración Pública. Expediente N° 2022-000293, el cual consta de 16 folios.—Departamento Relaciones Laborales, MOPT. Tel:
2523-2835.—Mba. Karen Obando
Rodríguez.—1 vez.—O.C. N° 4600070920.—Solicitud
N° 2023-024.—( IN2023776638 ).
JUNTA ADMINISTRATIVA DEL REGISTRO NACIONAL
REGISTRO DE PERSONAS JURÍDICAS
EDICTOS
PUBLICACIÓN DE SEGUNDA VEZ
Se hace saber a Bret Douglas Chapman, en
calidad de gerente general,
así como a Sheryl Ann Meger Chapman, en calidad de sugerente general
ambos de Princesa del Sol Limitada,
cédula jurídica N° 3-102-398289, que a través del expediente N° DPJ-107-2022 del Registro
de Personas Jurídicas se ha iniciado
diligencia administrativa por
cuanto: Vista la Resolución
de ocho horas veinte minutos del diecinueve de diciembre de dos mil veintidós,
que delega competencia de tramitación derivada, en virtud de lo informado mediante correo electrónico por parte del Registrador
Ramón Francisco Zumbado Retana
de las 12:30 horas del 8 de diciembre del 2022, recibido en la Dirección de Personas Jurídicas,
a las 13:32 horas del mismo día, se puso en conocimiento a este despacho de una similitud entre la entidad disuelta por la Ley N° 9024 Princesa del
Sol Limitada, cédula jurídica N° 3-102-398289,
con “cese de disolución por transitorio II Ley N° 9428 por Ley N° 10220” citas al tomo 2022, asiento 786498-1-3-1, y la sociedad
actualmente inscrita princesas del Sol S. A., cédula jurídica N° 3-102-745869,
inscrita mediante tomo 2017, asiento 595767-1-1-0. Con fundamento
en la circular N° DRPJ 11-2010 del veinticinco de agosto del año dos mil diez, dictada por
la Dirección de este Registro, de conformidad con lo estipulado por el
artículo noventa y siete del Reglamento del Registro Público, que es Decreto Ejecutivo número veintiséis mil setecientos setenta y uno-J de dieciocho de marzo de mil novecientos noventa y ocho y sus reformas, se ha ordenado consignar advertencia administrativa de manera preventiva en las inscripciones registrales de la citada sociedad por este medio se le confiere audiencia por el plazo de quince días hábiles contados a partir del día siguiente al de la
tercera publicación del presente edicto, a efecto de que dentro del plazo indicado, presente los alegatos
que a sus derechos convenga. Publíquese
por 3 veces consecutivas en el Diario Oficial
La Gaceta.—Curridabat, 24 de mayo del año 2023.—Departamento de Asesoría Legal.—Lic. Fabricio Arauz Rodríguez.—O. C. N° OC23-0001.—Solicitud N°
434635.—( IN2023775490 ).
MUNICIPALIDAD DE MONTES DE OCA
NOTIFICACIÓN DE COBRO ADMINISTRATIVO
Cobro Administrativo.—Montes
de Oca, a las ocho horas del 24 de abril, 2023. De quien en vida fuera
Arias Vargas Vargas Johnny Eduardo, cédula:
1-0385-0658. Medio para notificaciones: Publicación en el Diario Oficial
La Gaceta. De conformidad
con lo establecido en los artículos N° 18, N° 19, N° 20
y N° 53, del Código de Normas y Procedimientos
Tributarios y Nº 241 de la Ley General de Administración Pública; se le (s)
insta para que, en un plazo no mayor a ocho (8) días hábiles contados a partir del día siguiente a la publicación del presente acto; se cancele ante esta Municipalidad el adeudo sostenido por la finca del partido de San
José N° 451412-001, a saber: por los
Bienes Inmuebles I trimestre del 2011 al II trimestre
de 2023, por un monto de
¢1.089.868,20 (Un millón ochenta
nueve mil ochocientos sesenta y ocho colones con 20/100). Según el artículo N° 57 del Código de Normas y Procedimientos Tributarios, la ausencia de pago genera intereses moratorios por lo que el monto señalado
incrementará diariamente.
Se le(s) advierte que de no cancelarse
el adeudo supra citado este gobierno
local podrá aplicar los mecanismos judiciales expuestos en el artículo
Nº 79 del Código Municipal. Notifíquese tres veces con intervalos de ocho días entre las
publicaciones.—Montes de Oca.—Gestión de Cobro.—Marbeli Blandón Bucardo, Notificadora.—(
IN2023769744 ). 3 v. 2. Alt.
Cobro Administrativo.—Montes
de Oca, a las diez horas del 24 de abril, 2023. Señores Representantes judiciales y extrajudiciales de la sociedad
cédula jurídica 3-002-087902 con el
nombre Asociación Vecinos Unidos de San Pedro de Montes de Oca. Medio para notificaciones: publicación en el Diario
Oficial La Gaceta.
De conformidad con lo establecido
en los artículos
N° 18, N° 19, N° 20 y N° 53, del Código de Normas y Procedimientos Tributarios y N° 241
de la Ley General de Administración Pública; se le (s) insta para
que, en un plazo no mayor a
ocho (8) días hábiles contados a partir del día siguiente a la publicación del presente acto; se cancele ante esta Municipalidad el adeudo sostenido
por la finca del partido de
San José N° 406874-000, a saber: por los Bienes Inmuebles
del IV trimestre del 2018 al II trimestre
de 2023, por un monto de
¢396.412,30 (trescientos noventa
y seis mil cuatrocientos doce
colones con 30/100), por la
tasa de Servicios Urbanos por los períodos
comprendidos entre IV trimestre
de 2018 al II trimestre del 2023, por
un monto de ¢661.589,15 (seiscientos
sesenta y un mil quinientos
ochenta y nueve colones con 51/100). Según el artículo N° 57 del Código de Normas y Procedimientos Tributarios, la ausencia de pago genera intereses moratorios por lo que el monto señalado
incrementará diariamente.
Se le(s) advierte que de no cancelarse
el adeudo supra citado este gobierno
local podrá aplicar los mecanismos judiciales expuestos en el artículo
N° 79 del Código Municipal. Notifíquese tres veces con intervalos de ocho días entre las
publicaciones.—Montes de Oca.—Gestión de Cobro.—Marbeli Blandón Bucardo, Notificadora.—( IN2023769746 ). 3
v. 2 Alt.
Cobro Administrativo–Montes de Oca, a las catorce
horas del 20 de abril, 2023. Señor
de la Guardia Contreras Orlando Adriano, cédula: 159100434610 representante judicial y extrajudicial de la sociedad cédula jurídica
3-101-261383 con el nombre
Autos Luticio del Norte S. A. medio para notificaciones: Publicación en el Diario
Oficial La Gaceta.
De conformidad con lo establecido
en los artículos
N° 18, N° 19, N° 20 y N° 53, del Código de Normas y Procedimientos Tributarios y Nº
241 de la Ley General de Administración Pública; se les insta para que, en un plazo no mayor a ocho (8) días hábiles contados a partir del día siguiente a la publicación del presente acto; se cancele ante esta Municipalidad el adeudo sostenido
por la finca del partido de
San José N°000006-F, a saber: por los
Bienes Inmuebles I trimestre del 2020 al II trimestre
de 2023, por un monto de
¢345.242,30 (Trescientos cuarenta
y cinco mil doscientos cuarenta y dos colones con
30/100), por la tasa de Servicios Urbanos por los períodos comprendidos
entre IV trimestre de 2018 al II trimestre
del 2023, por un monto de
¢633.852,97. (Seiscientos treinta
y tres mil ochocientos cincuenta y dos colones con
97/100). Según el artículo N° 57 del Código de Normas
y Procedimientos Tributarios,
la ausencia de pago genera intereses moratorios por lo que el monto
señalado incrementará diariamente. Se les advierte que
de no cancelarse el adeudo supra citado este gobierno local podrá aplicar los
mecanismos judiciales expuestos en el
artículo Nº 79 del Código Municipal. Notifíquese tres veces con intervalos de ocho días entre las publicaciones.—Montes de Oca.—Gestión de Cobro.—Marbeli Blandón Bucardo- Marbeli Blandón Bucardo, Notificadora, Cobro Administrativo.—( IN2023769748
). 3 v. 2 Alt.
Cobro Administrativo.—Montes de Oca, a las diez horas
del 24 de abril, 2023. De quien
en vida fuera
Barrientos López Mercedes, cédula: 1-0368-0535. Medio para notificaciones:
Publicación en el Diario Oficial
La Gaceta. De conformidad
con lo establecido en los artículos N° 18, N° 19, N° 20
y N° 53, del Código de Normas y Procedimientos
Tributarios y N° 241 de la Ley General de Administración
Pública; se le(s) insta
para que, en un plazo no
mayor a ocho(8) días hábiles
contados a partir del día siguiente a la publicación del presente acto; se cancele ante esta Municipalidad el adeudo sostenido
por la finca del partido de
San José N° 050547-000, a saber: por los Bienes Inmuebles
IV trimestre del 2011 al II trimestre
de 2023, por un monto de
¢723.494,65. (Setecientos veintitrés
mil cuatrocientos noventa y
cuatro colones con 65/100).Por la tasa
de los Servicios Urbanos
del IV trimestre del 2011 al II trimestre
del 2023 ¢768.358,95. (Seiscientos sesenta y ocho mil trescientos cincuenta y ocho colones con 95/100).Según el artículo
N° 57 del Código de Normas y Procedimientos
Tributarios, la ausencia de
pago genera intereses moratorios por lo que el monto señalado
incrementará diariamente.
Se le(s) advierte que de no cancelarse
el adeudo supra citado este gobierno
local podrá aplicar los mecanismos judiciales expuestos en el artículo
N° 79 del Código
Municipal. Notifíquese tres
veces con intervalos de ocho días entre las publicaciones.—Montes de Oca.—Gestión de Cobro.—Marbeli Blandón Bucardo, Notificadora.—(
IN2023769750 ). 3 v. 2. Alt.
Cobro Administrativo–Montes de Oca, a las nueve
horas del 21 de abril, 2023. De quien
en vida fuera
Blanco Aragón Elda Virginia, cédula: 3-0108-0209. Medio para notificaciones: Publicación en el Diario
Oficial La Gaceta.
De conformidad con lo establecido
en los artículos
N° 18, N° 19, N° 20 y N° 53, del Código de Normas y Procedimientos Tributarios y Nº
241 de la Ley General de Administración
Pública; se le (s) insta
para que, en un plazo no
mayor a ocho (8) días hábiles
contados a partir del día siguiente a la publicación del presente acto; se cancele ante esta Municipalidad el adeudo sostenido
por la finca del partido de
San José N° 160163-003, a saber: por los Bienes Inmuebles
del I trimestre del 2018 al II trimestre
de 2023, por un monto de
¢403.765,28. (Cuatrocientos tres
mil setecientos sesenta y cinco colones con 28/100).Por la tasa de los Servicios
Urbanos del I trimestre del 2018 al II trimestre del 2023 ¢781.461,98. (Setecientos
ochenta y un mil cuatrocientos
sesenta y un colones con
98/100). Por el servicio de
Cementerio de la cuenta C1283, adeuda,
a saber: del IV trimestre del 2019 al II trimestre de 2023 el monto ¢326.952,63 (Trescientos veintiséis mil novecientos cincuenta y dos colones con
63/100). Según el artículo N° 57 del Código de Normas
y Procedimientos Tributarios,
la ausencia de pago genera intereses moratorios por lo que el monto
señalado incrementará diariamente. Se le(s) advierte
que de no cancelarse el adeudo supra citado este gobierno local podrá aplicar los
mecanismos judiciales expuestos en el
artículo Nº 79 del Código Municipal. Notifíquese tres veces con intervalos de ocho días entre las publicaciones.—Montes de Oca.—Gestión de Cobro.—Marbeli Blandón Bucardo, Notificadora.—(
IN2023769751 ). 3
v. 2. Alt.
Cobro Administrativo.—Montes de Oca, a las quince horas del 21 de abril, 2023. Quien en vida fuera
Calderón Rodríguez Marta, cédula: 6-0041-0113. Medio para notificaciones:
Publicación en el Diario Oficial
La Gaceta. De conformidad
con lo establecido en los artículos N° 18, N° 19, N° 20
y N° 53, del Código de Normas y Procedimientos
Tributarios y Nº 241 de la Ley General de Administración Pública; se le (s)
insta para que, en un plazo no mayor a ocho (8) días hábiles contados a partir del día siguiente a la publicación del presente acto; se cancele ante esta Municipalidad el adeudo sostenido por la finca del partido de San
José N° 223350-A-000, a saber: por los Bienes Inmuebles
II trimestre del 2018 al II trimestre
de 2023, por un monto de
¢336.794,20. (Trescientos treinta
y seis mil setecientos noventa
y cuatro colones con 20/100). Por la tasa de los Servicios
Urbanos del II trimestre del 2018 al II trimestre del 2023 ¢850.531,72. (Ochocientos
cincuenta mil quinientos treinta un colones con 72/100). Según el artículo
N° 57 del Código de Normas y Procedimientos
Tributarios, la ausencia de
pago genera intereses moratorios por lo que el monto señalado
incrementará diariamente.
Se le(s) advierte que de no cancelarse
el adeudo supra citado este gobierno
local podrá aplicar los mecanismos judiciales expuestos en el artículo
Nº 79 del Código Municipal. Notifíquese tres veces con intervalos de ocho días entre las
publicaciones.—Montes de Oca.—Gestión de Cobro.—Marbeli Blandón Bucardo, Notificadora.—(
IN2023769752 ). 3
v. 2. Alt.
Cobro Administrativo – Montes de Oca, a las quince horas del 20
de abril, 2023. Señora Caravaca Chacón Dinorah Mayela, cédula: 1-0435-0267. Medio para notificaciones:
Publicación en el Diario Oficial
La Gaceta.
De conformidad
con lo establecido en los artículos N°18, N°19, N°20 y
N°53, del Código de Normas y Procedimientos
Tributarios y Nº241 de la Ley General de Administración Pública; se le (s)
insta para que, en un plazo no mayor a ocho (8) días hábiles contados a partir del día siguiente a la publicación del presente acto; se cancele ante esta Municipalidad el adeudo sostenido por la finca del partido de San
José N°454965-002, a saber: por los
Bienes Inmuebles II trimestre del 2018 al II trimestre
de 2023, por un monto de
¢192.229,61 (Ciento noventa
y dos mil doscientos doscientos
veintinueve colones con
61/100).Por la tasa de los Servicios Urbanos del II trimestre
del 2018 al II trimestre del 2023. ¢823.262,97. (Ochocientos veintitrés mil doscientos sesenta y dos colones con 97/100).Según
el artículo N°57 del Código
de Normas y Procedimientos Tributarios, la ausencia de pago genera intereses moratorios por lo que el monto señalado
incrementará diariamente.
Se le(s) advierte que de no cancelarse
el adeudo supra citado este gobierno
local podrá aplicar los mecanismos judiciales expuestos en el artículo Nº79 del Código Municipal. Notifíquese tres veces
con intervalos de ocho días
entre las publicaciones.—Montes de
Oca. Gestión de Cobro.—Marbeli Blandón Bucardo.—( IN2023769754 ). 3 v. 2
Alt.
Cobro Administrativo
– Montes de Oca, a las once horas
del 21 de abril, 2023. Señora
Carvajal Salazar Xinia, cédula: 1-0572-0953. Medio
para notificaciones: Publicación
en el Diario
Oficial La Gaceta.
De conformidad con lo establecido
en los artículos
N°18, N°19, N°20 y N°53, del Código de Normas y Procedimientos Tributarios y
Nº241 de la Ley General de Administración Pública; se le (s) insta para
que, en un plazo no mayor a
ocho (8) días hábiles contados a partir del día siguiente a la publicación del presente acto; se cancele ante esta Municipalidad el adeudo sostenido
por la finca del partido de
San José N°415898-000, a saber: por los Bienes Inmuebles
II trimestre del 2018 al IV trimestre
de 2023, por un monto de
¢349.551,75. (Trescientos cuarenta
y nueve mil quinientos cincuenta y un colones con
75/100). Por la tasa de los
Servicios Urbanos del II trimestre
del 2018 al II trimestre del 2023 ¢937.275,20. (Novecientos treinta y siete mil doscientos setenta y cinco colones con 20/100).Según
el artículo N°57 del Código
de Normas y Procedimientos Tributarios, la ausencia de pago genera intereses moratorios por lo que el monto señalado
incrementará diariamente.
Se le(s) advierte que de no cancelarse
el adeudo supra citado este gobierno
local podrá aplicar los mecanismos judiciales expuestos en el artículo
Nº79 del Código Municipal. Notifíquese tres veces con intervalos de ocho días entre las
publicaciones.—Montes de Oca. Gestión de Cobro. Marbeli Blandón Bucardo.—( IN2023769756 ). 3
v. 2. Alt
Cobro Administrativo.—Montes
de Oca, a las doce horas del 24 de abril, 2023. Señores representantes judiciales y extrajudiciales de la sociedad
cédula jurídica 3-101-536762 con el
nombre Inversiones MR SA.
Medio para notificaciones: Publicación
en el Diario
Oficial La Gaceta.
De conformidad con lo establecido
en los artículos
N° 18, N° 19, N° 20 y N° 53, del Código de Normas y Procedimientos Tributarios y Nº
241 de la Ley General de Administración Pública; se le (s) insta para
que, en un plazo no mayor a
ocho (8) días hábiles contados a partir del día siguiente a la publicación del presente acto; se cancele ante esta Municipalidad el adeudo sostenido
por la finca del partido de
San José N° 285566-000, a saber: por los Bienes Inmuebles
III trimestre del 2018 al II trimestre
de 2023, por un monto de ¢387.635,72(Trescientos ochenta y siete mil seiscientos treinta cinco colones
con 72/100), por la tasa de Servicios
Urbanos por los períodos comprendidos entre III trimestre de 2018 al II trimestre
del 2023, por un monto de
¢596.758,22.(Quinientos noventa
y seis mil setecientos cincuenta
y ocho colones con 22/100).
Según el artículo N° 57 del Código de Normas
y Procedimientos Tributarios,
la ausencia de pago genera intereses moratorios por lo que el monto
señalado incrementará diariamente. Se le(s) advierte
que de no cancelarse el adeudo supra citado este gobierno local podrá aplicar los
mecanismos judiciales expuestos en el
artículo Nº 79 del Código Municipal. Notifíquese tres veces con intervalos de ocho días entre las publicaciones.—Montes de Oca.—Gestión de Cobro.—Marbeli Blandón Bucardo, Notificadora.—(
IN2023769758 ). 3 v. 2. Alt.
Cobro Administrativo.—Montes de Oca, a las once horas del 24 de abril, 2023. Señor Elisa Díaz
Sánchez, cédula: 1-0536-0669 representante judicial y
extrajudicial de la sociedad
cédula jurídica 3-101-238437 con el
nombre Inversiones Rayodi S. A. Medio para notificaciones:
Publicación en el Diario Oficial
La Gaceta. De conformidad
con lo establecido en los artículos N° 18, N° 19, N° 20
y N° 53, del Código de Normas y Procedimientos
Tributarios y N° 241 de la Ley General de Administración Pública; se le(s) insta para que, en un plazo no mayor a ocho(8) días hábiles contados a partir del día siguiente a la publicación del presente acto; se cancele ante esta Municipalidad el adeudo sostenido por la finca del partido de San
José N° 382172-000, a saber: por los
Bienes Inmuebles II trimestre del 2017 al II trimestre
de 2023, por un monto de
¢488.260,42(Cuatrocientos ochenta
y ocho mil doscientos sesenta colones con 42/100), por la tasa de Servicios Urbanos por los períodos comprendidos
entre IV trimestre de 2017 al II trimestre
del 2023, por un monto de
¢505.143,51.(Quinientos cinco
mil ciento cuarenta y tres colones con 51/100). Según el artículo
N° 57 del Código de Normas y Procedimientos
Tributarios, la ausencia de
pago genera intereses moratorios por lo que el monto señalado
incrementará diariamente.
Se le(s) advierte que de no cancelarse el adeudo supra citado este gobierno
local podrá aplicar los mecanismos judiciales expuestos en el artículo
N° 79 del Código
Municipal. Notifíquese tres
veces con intervalos de ocho días entre las publicaciones.—Montes de Oca.—Gestión de Cobro.—Marbeli Blandón Bucardo, Notificadora.—(
IN2023769759 ). 3
v. 2. Alt.
Notificación de cobro administrativo.—Cobro Administrativo.— Montes de Oca, a las catorce horas del 23 de febrero
del 2023.—De quien en vida fuera Aguilar Pacheco
Virginia, cédula: 1-0238-0383. Medio para notificaciones:
Publicación en el Diario Oficial
La Gaceta. De conformidad
con lo establecido en los artículos N° 18, N° 19, N° 20
y N° 53, del Código de Normas y Procedimientos
Tributarios y N° 241 de la Ley General de Administración
Pública; se le (s) insta
para que, en un plazo no
mayor a ocho (8) días hábiles
contados a partir del día siguiente a la publicación del presente acto; se cancele ante esta Municipalidad el adeudo sostenido
por la finca del partido de
San José N° 128951-000, a saber: por los Bienes Inmuebles
del I trimestre del 2018 al IV trimestre
de 2022, por un monto de
¢1.046.340,15 (un millón cuarenta
y seis mil trescientos cuarenta
colones con 15/100).Por la tasa
de los Servicios Urbanos
del I trimestre del 2018 al IV trimestre
del 2022 ¢2.331.448,40 (dos millones trescientos setenta y un mil cuatrocientos cuarenta y ocho colones con 40/100). Por la
finca del partido de San José N° 130220-000, a saber:
por los Bienes
Inmuebles del II trimestre
2022 al IV trimestre del IV al 2022 ¢163.539,65 (ciento sesenta y tres mil quinientos treinta y nueve colones con 65/100), por la tasa de Servicios Urbanos del II
2022 al IV trimestre de 2022, por
¢217.068,71 (doscientos diecisiete
mil sesenta y ocho colones con 71/100). Según el artículo N° 57 del Código de Normas y Procedimientos Tributarios, la ausencia
de pago genera intereses moratorios por lo que el monto señalado
incrementará diariamente.
Se le(s) advierte que de no cancelarse
el adeudo supra citado este gobierno
local podrá aplicar los mecanismos
judiciales expuestos en el artículo
N° 79 del Código
Municipal. Notifíquese tres
veces con intervalos de ocho días
entre las publicaciones.—Montes de Oca.—Gestión
de Cobro.—Marbeli Blandón Bucardo.—( IN2023769774 ). 3 v. 2 Alt.
Cobro Administrativo.—Montes de Oca, a las catorce
horas del 28 de febrero, 2023. Señores
representantes judiciales y
extrajudiciales de la sociedad
cédula jurídica 3-002-135483 con el nombre Asociación Gerontológica Mirando al
Horizonte. Medio para notificaciones: Publicación en el Diario Oficial
La Gaceta. De conformidad
con lo establecido en los artículos N° 18, N° 19, N° 20
y N° 53, del Código de Normas y Procedimientos
Tributarios y Nº 241 de la Ley General de Administración Pública; se le (s)
insta para que, en un plazo no mayor a ocho (8) días hábiles contados a partir del día siguiente a la publicación del presente acto; se cancele ante esta Municipalidad el adeudo sostenido por la finca del partido de San
José N° 525822-000, a saber: por los
Bienes Inmuebles I trimestre del 2020 al IV trimestre
de 2022, por un monto de
¢122.746,35(Ciento veintidós
mil setecientos cuarenta y
seis colones con 35/100), por
la tasa de Servicios
Urbanos por los períodos comprendidos entre I trimestre de 2020 al IV trimestre
del 2022, por un monto de
¢183.252,70.(Ciento ochenta
y tres mil doscientos cincuenta y dos colones con
70/100). Según el artículo N° 57 del Código de Normas
y Procedimientos Tributarios,
la ausencia de pago genera intereses moratorios por lo que el monto
señalado incrementará diariamente. Se le(s) advierte
que de no cancelarse el adeudo supra citado este gobierno local podrá aplicar los
mecanismos judiciales expuestos en el
artículo Nº79 del Código Municipal. Notifíquese tres veces con intervalos de ocho días entre las publicaciones.—Montes de Oca.—Gestión de Cobro.—Marbeli Blandón Bucardo, Notificadora.—(
IN2023769775 ). 3
v. 2. Alt.
Cobro Administrativo–Montes
de Oca, a las once horas del 10 de febrero, 2023. Señores Representantes judiciales y extrajudiciales de
la sociedad cédula jurídica
3-002-105545 con el nombre Asociación VIV. Mercedes de Montes de Oca. Medio para notificaciones: Publicación en el Diario
Oficial La Gaceta.
De conformidad con lo establecido
en los artículos
N° 18, N° 19, N° 20 y N° 53, del Código de Normas y Procedimientos Tributarios y Nº
241 de la Ley General de Administración Pública; se le (s) insta para
que, en un plazo no mayor a
ocho (8) días hábiles contados a partir del día siguiente a la publicación del presente acto; se cancele ante esta Municipalidad el adeudo sostenido
por la finca del partido de
San José N° 388967-000, a saber: por los Bienes Inmuebles
del I trimestre del 1996 al IV trimestre
de 2022, por un monto de
¢82.448,68 (Ochenta y dos mil cuatrocientos
cuarenta y ocho colones con 68/100), por la tasa de Servicios Urbanos por los períodos comprendidos entre I trimestre de 2014 al IV trimestre
del 2022, por un monto de
¢736.017,51(Setecientos treinta
seis mil diecisiete colones
con 51/100).Por la finca del partido de San José
N°389026-000, a saber: por los
Bienes Inmuebles I trimestre del 1996 al IV trimestre
de 2022, por un monto de
¢399.603.72 (Trescientos noventa
y nueve mil seiscientos tres mil colones con 72/100), por la tasa de Servicios Urbanos por los períodos comprendidos
entre I trimestre de 2014 al IV trimestre
del 2022, por un monto de
¢1.442.334,25(Un millón cuatrocientos
cuarenta y dos mil con trescientos
treinta cuatro mil colones
con 25/100). Según
el artículo N°57 del Código
de Normas y Procedimientos Tributarios, la ausencia de pago genera intereses moratorios por lo que el monto señalado
incrementará diariamente.
Se le(s) advierte que de no cancelarse
el adeudo supra citado este gobierno
local podrá aplicar los mecanismos judiciales expuestos en el artículo
Nº79 del Código Municipal. Notifíquese tres veces con intervalos de ocho días entre las
publicaciones.—Montes de Oca.—Gestión de Cobro.—Marbeli Blandón Bucardo, Notificadora.—( IN2023769776 ). 3 v. 2.
Alt.
Cobro Administrativo.—Montes
de Oca, a las diez horas del 1 de marzo,
2023. Señor Barrenechea Valerín Mauricio, cédula: 1-1161-0272. Medio para notificaciones: Publicación en el Diario
Oficial La Gaceta.
De conformidad con lo establecido
en los artículos
N° 18, N° 19, N° 20 y N° 53, del Código de Normas y Procedimientos Tributarios y N° 241
de la Ley General de Administración Pública; se le(s) insta para que,
en un plazo no mayor a ocho(8) días hábiles contados a partir del día siguiente a la publicación del presente acto; se cancele ante esta Municipalidad el adeudo sostenido
por la finca del partido de
San José N° 099019-000, a saber: por los Bienes Inmuebles
del IV trimestre del 2018 al IV trimestre
de 2022, por un monto de
¢251.531,25 (Doscientos cincuenta
y un mil quinientos treinta
y un colones con 25/100). Por la tasa
de los Servicios Urbanos
del IV trimestre del 2018 al IV trimestre
del 2022 ¢427.831,70 (Cuatrocientos veintisiete mil ochocientos treinta y un colones con 70/100).
Según el artículo N° 57 del Código de Normas
y Procedimientos Tributarios,
la ausencia de pago genera intereses moratorios por lo que el monto
señalado incrementará diariamente. Se le(s) advierte
que de no cancelarse el adeudo supra citado este gobierno local podrá aplicar los
mecanismos judiciales expuestos en el
artículo N° 79 del Código Municipal. Notifíquese tres veces con intervalos de ocho días entre las publicaciones.—Montes de Oca.—Gestión de Cobro.—Marbeli Blandón Bucardo, Notificadora.—(
IN2023769777 ). 3 v. 2. Alt.
Cobro Administrativo.—Montes
de Oca, a las ocho horas del 28 de febrero, 2023. Señor González
Calvo Adrián, cédula: 1-0813-0560 representantes judiciales y extrajudiciales de
la sociedad cédula jurídica
3-101-446840 con el nombre
Las Llaves de San Pedro SA. Medio para notificaciones: Publicación en el Diario
Oficial La Gaceta.
De conformidad con lo establecido
en los artículos
N°18, N°19, N°20 y N°53, del Código de Normas y Procedimientos Tributarios y Nº
241 de la Ley General de Administración Pública; se le (s) insta para
que, en un plazo no mayor a
ocho (8) días hábiles contados a partir del día siguiente a la publicación del presente acto; se cancele ante esta Municipalidad el adeudo sostenido
por la finca del partido de
San José N°245966-000, a saber: por los Bienes Inmuebles
II trimestre del 2018 al IV trimestre
de 2022, por un monto de
¢265.739,80(Doscientos sesenta
y cinco mil setecientos treinta y nueve colones con 80/100), por la tasa de Servicios Urbanos por los períodos
comprendidos entre II trimestre
de 2018 al IV trimestre del 2022, por
un monto de ¢541.493,80.(Quinientos
cuarenta y un mil cuatrocientos
noventa y tres colones con 05/100). Según el artículo N°57 del Código de Normas y Procedimientos Tributarios, la ausencia de pago genera intereses moratorios por lo que el monto señalado
incrementará diariamente.
Se le(s) advierte que de no cancelarse
el adeudo supra citado este gobierno
local podrá aplicar los mecanismos judiciales expuestos en el artículo
Nº79 del Código Municipal. Notifíquese tres veces con intervalos de ocho días entre las publicaciones.—Montes de Oca.—Gestión de Cobro.—Marbeli Blandón Bucardo.—( IN2023769778 ). 3 v. 2. Alt.
Cobro Administrativo.—Montes
de Oca, a las ocho horas
del 24 de febrero, 2023. Señores
representantes judiciales
y extrajudiciales de la sociedad
cédula jurídica 3-101-457791 con el
nombre León de Piedra Dos Mil Seis SA. Medio para notificaciones: Publicación en el Diario
Oficial La Gaceta.
De conformidad con lo establecido
en los artículos
N°18, N°19, N°20 y N°53, del Código de Normas y Procedimientos Tributarios y
Nº241 de la Ley General de Administración Pública; se le (s) insta para
que, en un plazo no mayor a
ocho (8) días hábiles contados a partir del día siguiente a la publicación del presente acto; se cancele ante esta Municipalidad el adeudo sostenido
por la finca del partido de
San José N°412833-000, a saber: por los Bienes Inmuebles
III trimestre del 2017 al IV trimestre
de 2022, por un monto de
¢6.127.592,30 (Seis millones ciento
veintisiete mil quinientos noventa y dos colones con
30/100), por la tasa de Servicios Urbanos por los períodos comprendidos
entre III trimestre de 2017 al IV trimestre
del 2022, por un monto de
¢2.110.416,85 (Dos millones ciento
diez mil cuatrocientos dieciséis colones con 85/100). Según el artículo
N°57 del Código de Normas y Procedimientos
Tributarios, la ausencia de
pago genera intereses moratorios por lo que el monto señalado
incrementará diariamente.
Se le(s) advierte que de no cancelarse
el adeudo supra citado este gobierno
local podrá aplicar los mecanismos judiciales expuestos en el artículo
Nº79 del Código Municipal. Notifíquese tres veces con intervalos de ocho días entre las
publicaciones.—Montes de Oca.—Gestión de Cobro.—Marbeli Blandón Bucardo, Notificadora.—( IN2023769779 ). 3
v. 2 Alt.
Cobro Administrativo.—Montes
de Oca, a las nueve horas
del 1 de marzo, 2023. Señor
Salas Aguilar Franklin José, cédula: 5-0169-0945. Medio para notificaciones: Publicación
en el Diario
Oficial La Gaceta.
De conformidad con lo establecido
en los artículos
N° 18, N° 19, N° 20 y N° 53, del Código de Normas y Procedimientos Tributarios y Nº
241 de la Ley General de Administración Pública; se le (s) insta para
que, en un plazo no mayor a
ocho (8) días hábiles contados a partir del día siguiente a la publicación del presente acto; se cancele ante esta Municipalidad el adeudo sostenido
por la finca del partido de
San José N° 210872-B-001, a saber: por los Bienes Inmuebles
del IV trimestre del 2018 al IV trimestre
de 2022, por un monto de
¢328.335,15 (Trescientos veintiocho
mil trescientos treinta y cinco colones con 15/100).Por la tasa de los Servicios Urbanos del IV trimestre del 2018 al IV trimestre del 2022 ¢634.462,50.(Seiscientos treinta y cuatro mil cuatrocientos
sesenta y dos colones con 50/100).Según
el artículo N° 57 del
Código de Normas y Procedimientos
Tributarios, la ausencia de
pago genera intereses moratorios por lo que el monto señalado
incrementará diariamente.
Se le(s) advierte que de no cancelarse
el adeudo supra citado este gobierno
local podrá aplicar los mecanismos judiciales expuestos en el artículo
Nº 79 del Código Municipal. Notifíquese tres veces con intervalos de ocho días
entre las publicaciones.—Montes de Oca.—Gestión de Cobro.—Marbeli Blandón Bucardo, Notificadora.—(
IN2023769780 ). 3 v. 2. Alt.
Notificación de cobro administrativo.—Cobro Administrativo.— Montes de Oca, a las ocho
horas del 2 de febrero del 2023.—Señor
Sánchez Bagnarello Giselle, cédula: 1-0868-0172.
Medio para notificaciones: Publicación
en el Diario
Oficial La Gaceta.
De conformidad con lo establecido
en los artículos
N° 18, N° 19, N° 20 y N° 53, del Código de Normas y Procedimientos Tributarios y N° 241 de la Ley General de Administración Pública; se le (s)
insta para que, en un plazo no mayor a ocho (8) días hábiles contados a partir del día siguiente a la publicación del presente acto; se cancele ante esta Municipalidad el adeudo sostenido por la finca del partido de San
José N° 237519-B-000, a saber: por los Bienes Inmuebles
del II trimestre del 2018 al IV trimestre
de 2022, por un monto de
¢326.351,25 (trescientos veintiséis
mil trescientos cincuenta y
un colones con 25/100).Por la tasa
de los Servicios Urbanos
del II trimestre del 2018 al IV trimestre
del 2022 ¢543.179,65 (quinientos cuarenta
y tres mil ciento setenta y nueve colones con 65/100). Según el artículo N° 57 del Código de Normas y Procedimientos Tributarios, la ausencia de pago genera intereses moratorios por lo que el monto señalado
incrementará diariamente.
Se le(s) advierte que de no cancelarse
el adeudo supra citado este gobierno
local podrá aplicar los mecanismos judiciales expuestos en el
artículo N° 79 del Código Municipal. Notifíquese tres veces con intervalos de ocho días entre las publicaciones.—Montes de Oca.—Gestión de Cobro.—Marbeli Blandón Bucardo.—( IN2023769781 ). 3 v. 2 Alt.
Cobro Administrativo.—Montes
de Oca, a las quince horas del 28 de febrero, 2023. Señora Sánchez Martínez José Gerardo, cédula: 4-0100-1018.
Medio para notificaciones: Publicación
en el Diario
Oficial La Gaceta.
De conformidad con lo establecido
en los artículos
N° 18, N° 19, N° 20 y N° 53, del Código de Normas y Procedimientos Tributarios y N° 241
de la Ley General de Administración Pública; se le(s) insta para que,
en un plazo no mayor a ocho(8) días hábiles contados a partir del día siguiente a la publicación del presente acto; se cancele ante esta Municipalidad el adeudo sostenido
por la finca del partido de
San José N° 259419-000, a saber: por los Bienes Inmuebles
del II trimestre del 2019 al IV trimestre
de 2022, por un monto de
¢638.273,30 (Seiscientos treinta
y ocho mil doscientos setenta y tres colones con 30/100). Por la tasa
de los Servicios Urbanos
del II trimestre del 2019 al IV trimestre
del 2022 ¢552.278,10 (Quinientos cincuenta
y dos mil doscientos setenta
y ocho colones con 10/100).
Según el artículo N° 57 del Código de Normas
y Procedimientos Tributarios,
la ausencia de pago genera intereses moratorios por lo que el monto
señalado incrementará diariamente. Se le(s) advierte
que de no cancelarse el adeudo supra citado este gobierno local podrá aplicar los
mecanismos judiciales expuestos en el
artículo N° 79 del Código Municipal. Notifíquese tres veces con intervalos de ocho días entre las publicaciones.—Montes de Oca.—Gestión de Cobro.—Marbeli Blandón Bucardo, Notificadora .—( IN2023769782 ). 3 v. 2. Alt.
Cobro Administrativo.—Montes
de Oca, a las ocho horas del 2 de marzo,
2023. Señor Ugarte Ulate
Ahmed Alonso, cédula: 1-0868-0172. Medio para notificaciones:
Publicación en el Diario Oficial
La Gaceta. De conformidad
con lo establecido en los artículos N°18, N°19, N°20 y
N°53, del Código de Normas y Procedimientos
Tributarios y Nº241 de la Ley General de Administración Pública; se le (s)
insta para que, en un plazo no mayor a ocho (8) días hábiles contados a partir del día siguiente a la publicación del presente acto; se cancele ante esta Municipalidad el adeudo sostenido por la finca del partido de San
José N°039747-F-001, a saber: por los
Bienes Inmuebles del II trimestre del 2017 al IV trimestre
de 2022, por un monto de
¢603.557,85 (Seiscientos tres
mil quinientos cincuenta y siete colones con 85/100).Por la tasa de los Servicios
Urbanos del I trimestre del 2019 al IV trimestre del 2022 ¢382.037,85.(Trescientos
ochenta y dos mil con treinta
siete colones con 85/100).Según el artículo
N°57 del Código de Normas y Procedimientos
Tributarios, la ausencia de
pago genera intereses moratorios por lo que el monto señalado incrementará diariamente. Se
le(s) advierte que de no cancelarse
el adeudo supra citado este gobierno
local podrá aplicar los mecanismos judiciales expuestos en el artículo
Nº79 del Código Municipal. Notifíquese tres veces con intervalos de ocho días entre
las publicaciones.—Montes de Oca.—Gestión de Cobro.—Marbeli Blandón Bucardo.—(
IN2023769783 ). 3 v. 2 Alt.
Cobro Administrativo.—Montes
de Oca, a las quince horas del 23 de febrero, 2023. Señora Valerio Ross Héctor Antonio, cédula: 1-0504-0839. Medio para notificaciones:
Publicación en el Diario Oficial
La Gaceta. De conformidad
con lo establecido en los artículos N° 18, N° 19, N° 20
y N° 53, del Código de Normas y Procedimientos
Tributarios y Nº 241 de la Ley General de Administración Pública; se le (s)
insta para que, en un plazo no mayor a ocho (8) días hábiles contados a partir del día siguiente a la publicación del presente acto; se cancele ante esta Municipalidad el adeudo sostenido por la finca del partido de San
José N° 376529-000, a saber: por los
Bienes Inmuebles del IV trimestre del 2021 al IV trimestre
de 2022, por un monto de
¢145.182,65 (Ciento cuarenta
y cinco mil ciento ochenta y dos colones con
65/100).Por la tasa de los Servicios Urbanos del IV trimestre
del 2021 al IV trimestre del 2022 ¢618.107,10(Seiscientos dieciocho mil ciento siete colones
con 10/100). Según el artículo N° 57 del Código de Normas
y Procedimientos Tributarios,
la ausencia de pago genera intereses moratorios por lo que el monto
señalado incrementará diariamente. Se le(s) advierte
que de no cancelarse el adeudo supra citado este gobierno local podrá aplicar los
mecanismos judiciales expuestos en el
artículo Nº 79 del Código Municipal. Notifíquese tres veces con intervalos de ocho días entre las publicaciones.—Montes de Oca.—Gestión de Cobro.—Marbeli Blandón Bucardo, Notificadora.—( IN2023769784 ). 3 v. 2. Alt.
MUNICIPALIDAD DE CURRIDABAT
PUBLICACIÓN DE TERCERA VEZ
Por desconocerse el domicilio de Rosalina Monge Jiménez, cédula 1-0248-0288 y habiéndose
agotado las formas de localización posibles, para dar cumplimiento a lo ordenado por la Municipalidad de Curridabat
respecto al inicio y avance de obras constructivas irregulares sin contar con los respectivos permisos Municipales de Construcción, se procede a notificar por edicto lo que se detalla: Se ordena al propietario de la finca 0SINF421 para que en un plazo de 30 días Hábiles proceda a tramitar los permisos
correspondientes de las obras
en desarrollo. En caso de no atender lo ordenado y vencido el plazo otorgado,
la municipalidad procederá
a realizar las acciones pertinentes a costa del infractor.
Responsable.—Julio César Ramos Chacón, Encargado del Departamento
de Inspecciones.—O. C Nº 45092.—Solicitud Nº
434771.—( IN2023775147 ).
[1]
Blanco Vado, (Mario) “Las relaciones laborales
en el marco de la globalización económica: los principios del derecho laboral,
su regulación y sus tendencias”, San José, Corte Suprema de Justicia,
Escuela Judicial de Costa Rica, 1996.
[2] Ermida Uriarte (Óscar), Empresas multinacionales y derecho laboral,
Montevideo, Ediciones jurídicas Amalio M. Fernández, 1981, p 135.